Legislatura XXXV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19331030 - Número de Diario 16
(L35A2P1oN016F19331030.xml)Núm. Diario:16ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., LUNES 30 DE OCTUBRE DE 1933
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos el 21 de septiembre de 1921
AÑO II. PERIODO ORDINARIO XXXV LEGISLATURA TOMO II.- NÚMERO 16
SESIÓN
DE LA
CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 30
DE OCTUBRE DE 1933
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2.- Cartera.
3.- Se concede licencia a los ciudadanos Diputados Guzmán Ponciano y Saracho y José R. de. Se suspende la sesión a las 18.45
4.- A las 19.10 se reanuda la sesión. Continúa la cartera.
5.- Se concede licencia al C. Diputado Garza Antonio G.
6.- Continua la cartera.
7.- Reciben primera lectura y se les dispensan la segunda para discutirse el primer día hábil, cuatro dictámenes: Uno de la 2a. comisión de Relaciones Exteriores que concede permiso constitucional al C. José Antonio Samaniego, una de las comisiones unidas 1a. de Gobernación y 2a. de Hacienda, que consulta proyecto de Decreto por el que se derogan los artículos del 66 al 88 inclusive de la Ley de Hacienda del territorio Norte y el Capitulo XXX de la del Territorio sur de la Baja California; uno de la 2a. de Hacienda, que pensiona a la señora Concepción García y Gómez Farías viuda de Rosenow, y uno de la 1a. de Relaciones Exteriores, que consulta proyecto de Decreto por el que se concede permiso constitucional al C. Guillermo Ernesto Carlos Pirsch. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del
C. ALEJANDRO ANTUNA LÓPEZ.
(Asistencia de 94 ciudadanos diputados)
El C. Presidente (a las 19.30): Se abre la sesión.
- El C. Secretario Peralta (leyendo.)
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados de la XXXV Legislatura del Congreso de la Unión, el día veintiséis de octubre de mil novecientos treinta y tres.
"Presidencia del C. Alejandro Antuna López.
"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas del jueves veintiséis de octubre de mil novecientos treinta y tres, con asistencia de ochenta y ocho ciudadanos diputados, se abrió la sesión.
"Se aprobó el acta de la anterior, que tuvo lugar el día diez y siete de los corrientes.
"Se presentó a las puertas del Salón una Comisión del Senado, que fue introducida por la Comisión que para el efecto designó la Mesa, y el C. Senador Gustavo Talamantes expresó que la Comisión que preside era portadora de un proyecto de ley que adiciona el decreto de reformas a la Ley del Trabajo en su parte relativa al Salario Mínimo. El C. Presidente contestó en términos generales y la Comisión del Senado se retiró acompañada de la Comisión que la introdujo al Salón.
"El C. Flores Muñoz, solicitó la dispensa de todos los trámites al anterior proyecto. El C. Mijares solicitó que se diera lectura al expediente relativo, lo que verificó la Secretaría, y, finalmente, la Cámara consideró el asunto de urgente y obvia resolución.
"Puesto a discusión en lo general, no hubo quien usara de la palabra y se declaró con lugar a votar y se aprobó en lo particular, sin debate, por unanimidad de ochenta y seis votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
"La Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera:
"La Cámara de Senadores, con cinco oficios, remite igual número de proyectos de decreto que aprobó y por los que, respectivamente se dispone sean traídos, para ser depositados en la Columna de la Independencia en esta ciudad, los restos de la Heroína doña Josefa Ortiz de Domínguez, que se encuentran en la ciudad de Querétaro; se concede permiso constitucional al C. Licenciado Manuel J. Sierra para aceptar y usar una condecoración del Gobierno Chileno, y se conceden pensiones, de tres pesos diarios a la señora María García viuda de García; de cinco pesos diarios a la señora Ernestina Bórquez viuda de Bouchez, y de cuatro pesos diarios, a la señora Ana Vázquez viuda de Ochoa. El primer expediente pasa a la Comisión de Gobernación que corresponda, el segundo a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno y los restantes a las Comisiones de Guerra en turno.
"La Secretaría de Gobernación, con cuatro oficios, remite tres iniciativas del C. Presidente de la República, tendientes a que se reforme el artículo 245 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal; a que se reforme el artículo 10 de la Ley de Beneficencia Privada para el Distrito y Territorios Federales; a que se autorice a las Oficinas Recaudadoras de la Federación para recibir a la par y en cantidades ilimitadas "Bonos de la Deuda Pública Interior de los Estados Unidos Mexicanos, 40 años." en pago del 75 por ciento de los adeudos que especifican los Decretos de 29 de mayo y 16 de agosto del presente año, y el expediente formado con la solicitud de pensión que elevó ante el Primer Magistrado la señora Leonor Cambero viuda de ex - Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Licenciado Carlos C. Echeverría. Pasan los expedientes relativos, los dos primeros, a las comisiones de Gobernación en turno, y los dos últimos a las comisiones de Hacienda en turno La Secretaría de Guerra y Marina, transcribe una solicitud del C. General Brigadier Leobardo C. Ruiz, jefe del Departamento de Aeronáutica de esa Secretaría, referente a que se le conceda permiso para aceptar y usar la condecoración de primera clase del Mérito Militar, que le fue concedida por el Gobierno de la República de cuba.- Recibo, y a la comisión de puntos, Constitucionales en turno.
"La XXXIV Legislatura del estado de Guanajuato, da a conocer la forma en que quedó integrada su Mesa Directiva que funciona durante el segundo mes del primer periodo ordinario de sus sesiones de su último año de ejercicio legal - De enterado.
"El Congreso del Estado de Zacatecas, avisa que con fecha 20 de octubre eligió su mesa Directiva que funcionará hasta el día 15 de noviembre próximo y da a conocer los nombres de los ciudadanos que la integran.- De enterado. "Proposición suscrita por el C. Pedro Quevedo y hecha suya por numerosos diputados más, que concluye con el siguiente punto de acuerdo:
"Trasládense los restos del patriota Maclovio Herrera, del lugar a donde se encuentran, a esta capital, haciéndose los gastos que originen este traslado por cuenta del Poder Legislativo; y nómbrese una comisión del mismo poder con el fin de que la represente en las ceremonias que para el efecto se lleven a cabo."
"Una vez que la Cámara le dispensó los trámites, se aprobó esta proposición y para dar cumplimiento a este acuerdo la Mesa designó en comisión a los CC. Octavio M. Trigo, Pedro Quevedo, Cipriano Arriola, Manuel Riva Palacio y Francisco R. Almada.
"Con dispensa de trámites y sin debate, la Cámara concedió, sucesivamente, licencia por diez y quince días, respectivamente, que con goce de dietas solicitan los CC. Diputados José Alejandro Albíztegui y Jesús C. Treviño.
"El C. Contador Mayor de Hacienda, remite el informe que rinde a la H. Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda relacionado con la glosa de la cuenta de la Hacienda Pública Federal, correspondiente al ejercicio fiscal de 1931.- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y con cuenta.
"Se dio el trámite de Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno", a los siguientes asuntos:
"La señora María B. del Río viuda de Ortega, solicita pensión por los servicios que prestó al Ejercito su esposo el Mayor Ignacio L. Ortega, fallecido a consecuencia de enfermedad contraída en campaña.
"La Sociedad de Inspectores de la Secretaría de Educación Pública, pide la reforma del párrafo tercero de la fracción del artículo 16 de la Ley de Pensiones Civiles de Retiro, en el sentido de que la Federación coopere para la jubilación de los maestros con el uno y medio por ciento del promedio de los sueldos que hayan disfrutado en los cinco años inmediatos anteriores a su jubilación, multiplicado por los años de servicios, en vez de veinticinco por ciento sobre el monto de la pensión que señala el citado párrafo;
"La Federación de Sindicatos Obreros Curtidores del Distrito Federal, solicita se reforme la Ley del Trabajo, en el sentido de que los obreros sólo puedan ser separados del trabajo después del fallo de la Junta Central de Conciliación y que se haga obligatoria la sindicalización;
"Los Secretarios y escribientes de los Juzgados Menores de Coyoacán, Villa Obregón, Tlalpan y Xochimilco, solicitan aumento en sus sueldos en lo que resta del presente año y consiguientemente la ampliación en un mil quinientos sesenta pesos, de la partida correspondiente del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal;
"Numerosos vecinos de la Villa de Tecali de Herrera, del Estado de Puebla, solicitan ayuda de esta Cámara para que no se lleve a efecto el cambio de la cabecera del Municipio de esa Villa al pueblo de Amozoc, como lo ha decretado el Gobierno de esa Entidad, y
"Las señoritas Mercedes y Adela Godoy, solicitan pensión por los servicios que durante treinta años prestó el cuerpo Diplomático, su extinto padre el C. Licenciado José F. Godoy.
"Las señoritas Ana María Ruiz Banda y Ana María Ruiz Quintana, como hijas del General de División Mariano Ruiz, solicitan pensión por los servicios prestados a la patria por su extinto padre. Apoyan esta petición varios ciudadanos diputados.- Recibo, y a la Comisión de Guerra en turno.
"La Confederación Nacional de Organizaciones Magisteriales y los Comités Ejecutivos de la Zonas Escolares del Distrito Federal, solicitan que en el próximo Presupuesto de Egresos se mejore el sueldo de los maestros, que se aumente el número de estos y que figuren las partidas relativas al fondo de pensiones para hacer los pagos de las cantidades que por este concepto se adeudan a los maestros.- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"El C. Elías Arias, envía el artículo intitulado "Gabriel Leyva ante la Historia", escrito por el señor Licenciado Fernando Cuén, a fin de que se agregue a la petición que tiene presentada ante esta H. Cámara, relativa a que los hombres de Ramón Corona, Antonio Rosales, Gabriel Leyva y José María Pino Suárez sean inscritos en el Salón de
Sesiones de esta Representación Nacional.- Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
"La Sociedad Mexicana de Eugenesia, remite un ejemplar del manifiesto que, con motivo de la celebración del Día de la Raza y la Eugenesia Hispano Americana, lanzó a la República.- Recibo.
"La Secretaría de Gobernación y el Departamento de Salubridad Pública, participan el fallecimiento del Doctor Gastón Melo, Jefe del Departamento de Salubridad Pública.- De enterado con sentimiento.
"La Mesa designó en comisión para hacer guardias, en representación de esta Cámara, ante el cadáver del extinto funcionario, a los CC. Carlos Soto Guevara, Alberto Coria, Manuel Mijares V., Fernando Arenas, Epifanio Castillo, Martín G. Cruz, Antonio Arellano y Luis Bedolla, y para asistir a los funerales, a los CC. Angel Posada, Ismael M. Lozano, José Santos Alonso, José Rivera, Gonzalo Bautista, Rafael E. Melgar, Dionisio Ortiz Acosta, Pedro Quevedo, Carlos Dario Ojeda y Juan C. Peña.
"Sucesivamente se aprobaron, en votación económica, veintitrés dictámenes que contienen igual número de acuerdos económicos y que corresponden, respectivamente, a las Comisiones Segunda de Peticiones, Primera Agraria y Primera de Hacienda, por lo que se resuelve:
"Que pasen a las Comisiones de Puntos Constitucionales: A la que tiene antecedentes, la solicitud de los obreros y campesinos de Tuxtepec, Oax., sobre reformas al artículo 3o. constitucional, y a las que estén en turno las solicitudes de permiso para usar condecoraciones extranjeras que presentan los CC. Coronel Piloto Aviador Gustavo G. León, y Subteniente Auxiliar de Infantería Rodolfo Enrique Koenneker;
"que pasen a las comisiones unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 3a. de Gobernación, que tiene antecedentes, las solicitudes presentadas por el Comité Particular Administrativo Agrario de Cieneguilla, N. L., y por la señorita Domitila Colmenares sobre reformas al artículo 37 Constitucional;
"que se turne a la comisión de Agricultura y Fomento la solicitud del sindicato de Obreros y Campesinos del Puerto de Oro, Distrito de Mina, Gro., relacionado con el agrarismo, agricultura y ganadería nacionales:
"que pasen al estudio y resolución de la Gran Comisión Agraria cuatro expedientes que sobre esa materia conservaba en su poder la Comisión Agraria;
"que se archiven, por las razones que se expresan, la solicitud de los reclusos de varias cárceles del país para que se expida una ley de indulto; el decreto por el que se concede un premio de diez mil pesos al C. Julián Carrillo, y el proyecto de ley de Hacienda para el Distrito Sur de la Baja California;
"que pase a la Comisión de Presupuestos y cuenta, el expediente formado con la solicitud de aumento de sueldos que hacen los empleados de la Aduana del puerto de Veracruz.
"que pasen a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social que comprenda las solicitudes de reformas a la ley Federal del trabajo que presenten el Sindicato de obreros y obreras, de Jauja, y Oficios Varios, de Tepic, Nay., el Comité directivo de la Confederación de Sindicatos de Médicos de la República y la señora Esther Lobato viuda de Barreiro y varios obreros del estado de Guanajuato.
"que pasen a las Comisiones de Guerra en turno, el ocurso de la señora Loreto Fernández viuda de González Cuéllar, para que se reanude el pago de la pensión que disfrutaba; el proyecto de decreto por el que se pensiona a los deudos del extinto general de División Higinio Aguilar y las solicitudes de pensión que presentan la señorita María de Jesús Telésfora Monterde y las señoras Guadalupe Bermúdez viuda de Pérez, María Cortazar viuda de Chávez y Margarita Huerta viuda de Morales.
"que se diga al Comité Particular Administrativo de los Ejidos de San Pedro Mártir, Dgo., que no siendo de la competencia de esta H. Cámara conocer de su solicitud, se remite su memorial a la Secretaría de Agricultura y Fomento.
"que pase a la Comisión de Hacienda en turno la solicitud que presenta el C. Ingeniero Flavio de S. Palomares relativo a que se le jubile, y
"que pasen a las Comisiones de Gobernación en turno, la solicitud del C. General de Brigadier Guillermo Palma Moreno, para que se concede el título de "Heroica" a la ciudad de Guaymas, Son., y la iniciativa del C. Elías Arias para que se escriban con letras de oro en el salón de sesiones del Congreso de la Unión los nombres de Ramón Corona, Antonio Rosales, Gabriel Leyva y José María Pino Suárez.
"A las diecinueve horas y diez minutos se levantó la sesión y se citó para el día siguiente, a las dieciséis horas."
"Esta a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobada el acta.
- El mismo C. Secretario (leyendo.)
"Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.- México.
"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión Presentes.
"Para los efectos constitucionales y en 13 fojas útiles tenemos la honra de remitir a ustedes el expediente con el proyecto de decreto, aprobado por esta H. Cámara, que concede una pensión a la señora María de Jesús Cortéz viuda del C. General de Brigadier Feliciano Zermeño.
"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta consideración.
"México .D.F., a 27 de octubre de 1933.- M. Garrido L.- R. T. Loaiza."- Recibo, y a la comisión de Guerra en turno.
"Poder Ejecutivo Federal.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
"A los ciudadanos Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
"Tengo el honor de remitir a ustedes, original y en dos fojas útiles, para los efectos legales correspondientes
la iniciativa de adiciones al titulo XIX de la Ley Aduanal vigente con los artículos 781 y 782, que somete a la consideración de ese H. Congreso el ciudadano Presidente de la República, en uso de las facultades que le concede la fracción I del artículo 71 e inciso h), del 72 de la Constitución General de la República.
"Al suplicar a ustedes se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara con el documento de que se trata, les agradeceré acusarme el recibo de estilo.
"Reitero a ustedes las seguridades de mi distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.- México D.F., 30 de octubre de 1933.- El Secretario, Eduardo Vasconcelos."
"Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente.
"Por decreto del 30 de agosto último se reformó la Ley Aduanal y se adicionó el Título XIX, estableciendo los perímetros libres en las poblaciones de Tijuana y Ensenada, Baja California.
"La finalidad de establecer los citados perímetros libres, fue en primer término la de impartir una ayuda a los habitantes de esas poblaciones, ya que estas por su situación geográfica se encuentran bastante alejadas de los centros productores del interior del país, no contando con los suficientes medios de comunicación, circunstancia que coloca a sus habitantes en una situación bastante desventajosa en relación con el resto de la población de la República.
"Además, se tuvo la idea de procurar el establecimiento del comercio en grande escala, para evitar la tendencia arraigada de sus habitantes de surtirse de lo indispensable, en el comercio de las poblaciones extranjeras inmediatas. "Sin embargo, como la Ley Aduanal establece determinadas facilidades, en cuanto a documentación, para las pequeñas importaciones (es decir, de acuerdo con el artículo 322, las de mercancías cuyos derechos no pasan de veinte pesos), entre otras la de no requerir la presentación de facturas comerciales ni manifiesto, existe el peligro de que el comercio extranjero ubicado en las cercanías de las poblaciones en que se establecieron los perímetros libres principalmente en Tijuana, aprovechando estas facilidades de la Ley Aduanal, impida el desarrollo del comercio nacional.
"Por otra parte, para obtener el desarrollo comercial en estas poblaciones, parece indispensable determinar la duración de la franquicia que implica el establecimiento de los perímetros libres, con el objeto de dar seguridades a las inversiones de importancia que puedan atraerse para el establecimiento de nuevas actividades industriales y comerciales en las zonas favorecidas.
"En vista de lo anterior expuesto, someto a su elevada consideración el siguiente decreto:
"Artículo único. Se adiciona el título XIX de la Ley Aduanal en vigor, con los siguientes artículos:
"Artículo 781. Las importaciones que se efectúen en los perímetros libres, inclusive las pequeñas importaciones, se sujetan a lo dispuesto por esta Ley y su reglamento, para la importación común, sin que en consecuencia sea aplicable a las pequeñas importaciones el artículo 322 de esta Ley.
"Artículo 782. El presente título estará vigente por el término de diez años contados a partir del día primero de septiembre de mil novecientos treinta y tres.
"Suplico a ustedes, CC. Secretarios, se sirvan dar cuenta con esta iniciativa a la H. Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales de rigor.
"Reitero a ustedes mi distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No reelección.
"México D.F., a 25 de octubre de 1933.- El presidente Constitucional substituto de los Estados Unidos Mexicanos, A L. Rodríguez.- El Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Encargado del Despacho, Marte R. Gómez."- Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.
"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- Secretaría de Gobernación .- México.
"A los CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
"Original y en seis fojas útiles, tengo el honor de remitir a ustedes para los efectos legales consiguientes, la iniciativa y proyectos de reformas a los artículos 1o., 11, 32, 33 y al Título del Capítulo III de la ley de Impuestos a la Minería, y al artículo 16 de la Ley de Ingresos vigente, que presenta el señor presidente de la República a la consideración del H. Congreso de la Unión, en uso de las facultades que le concede la fracción I del artículo 71 y el inciso h) del 72 de la Constitución General de la República.
"Al suplicar a ustedes se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara con el documento de que se trata, les agradeceré acusarme el recibo correspondiente.
"Reitero a ustedes las seguridades de mi distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No reelección.
"México, D.F., a 27 de octubre de 1933.- El Secretario , Eduardo Vasconcelos." Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D.F.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
"A principios del presente año tuvo verificativo en esta ciudad la segunda Convención Nacional Fiscal que aprobó, entre otros dictámenes, el relativo a los impuestos especiales, cuyas conclusiones adicionales dicen textualmente:
"I. Establézcase un impuesto, de tasa pequeña, como un peso por la tonelada de sal y uno por ciento de su valor para los productores no metálicos de los otros minerales; este impuesto será cobrado por los Fiscos de los Estados, los que darán una participación al Gobierno Federal, de un veinticinco por ciento. El impuesto de que se trata se establecerá en la ley de Impuestos a la Minería, a efecto de que no pierda su carácter federal, y
"II Suprímanse las Juntas de Mejoras Materiales y entréguese directamente a los municipios la
participación establecida en la Ley del Impuesto sobre Fundos Mineros."
"En la sesión de 11 de marzo se dictaron las bases para la organización de la Comisión Permanente de la segunda Convención Nacional Fiscal, la cual debería integrarse por representantes de las entidades locales y del Gobierno Federal, a efecto de llevar el terreno de la práctica y resoluciones que merecieron la aprobación de la referida Segunda Convención.
"Esa Comisión permanente ha venido desarrollando en la Secretaría de Hacienda los trabajos encomendados a su competencia, y habiendo estudiado los puntos relativos a las conclusiones antes insertadas, se ha servido enviar a esta Ejecutivo la siguiente iniciativa.
"Cumplimentando los acuerdos de la segunda Convención Nacional Fiscal, nos honramos en someter a su distinguida consideración la conveniencia de iniciar ante en H. Congreso de la Unión las reformas de los artículos 1o. 11, 32, primer párrafo del 33, y el Título del Capítulo III de la Ley de Impuestos a la Minería y del artículo 16 de la Ley de Ingresos del Erario Federal para el presente año el tenor de los proyectos adjuntos.
"A continuación se expresan brevemente los motivos determinantes de esta reforma.
"Por decreto de 24 de enero de 1923 se concedió por primera vez a los municipios en que se encuentran ubicados los fundos mineros una participación del impuesto federal que grababa los mismos. En ese decreto se estableció que las cantidades aplicadas a los municipios deberían destinarse exclusivamente a dotación de aguas, apertura y conservación de caminos vecinales y de escuelas. Los fondos colectados eran administrados por los propios Ayuntamiento de los municipios de ubicación de los fundos.
"En la Ley de Impuestos a la Minería de 4 de marzo de 1924 se dijo que la participación se destinaría al fomento de mejoras materiales y servicios públicos y que su importe sería administrado por una junta compuesta por un delegado del Ayuntamiento, otro de la Cámara de Comercio y otro por los propietarios de fundos mineros.
"Posteriormente de dictaron otras disposiciones que por su poca importancia carece de objeto que se mencionen.
"El reglamento de las Juntas de Mejoras Materiales de 22 de abril de 1931, fijaba como taxativas a los municipios que la participación debería ser administrada por las expresadas Juntas; que el importe de la participación se destinaría a la construcción de mejoras materiales; que los proyectos de estas mejoras se someterían al estudio y aprobación de la Secretaría de Hacienda, que las cantidades de esa participación se irían enterando a medida que se fueran ejecutando esas mejoras, y que la inversión de fondos estaría vigilada por la Contraloría de la Federación.
"El Reglamento de 28 de septiembre de 1932, en vigor, modifica favorablemente la situación anterior concediendo una mayor libertad de acción a los municipios. De esta manera las juntas ejecutan a su arbitrio las mejoras que proyectan y destinan los enteros de la participación sin cortapisas de ninguna naturaleza.
"No obstante estas modificaciones, los municipios siguen sometidos a las juntas y los fondos afectados a un fin especial, ya que forzosamente deben destinarse a mejoras materiales. Ahora bien, como la Ley de Ingresos del Erario Federal para el presente año y las anteriores han dispuesto que la participación pertenece a los municipios y como, por otra parte, el artículo 115 constitucional previene que estas entidades administrarán libremente su hacienda, esta Comisión, inspirada en el principio de la autonomía municipal, propone que la participación en cuestión se entregue directamente a los Ayuntamientos o, en su defecto, a las juntas de administración civil y que su importe se destine en la forma que se considera más conveniente a sus intereses. Así pues, para lo sucesivo podrá prestarse especial atención a los servicios públicos y en lo general atenderse a las necesidades más apremiantes.
"Para realizar estos propósitos, se dispone en las reformas mencionadas que la Secretaría de Hacienda liquidará cuando menos cada ejercicio fiscal, la participación correspondiente a tres tercios, no siendo posible establecer el pago total de atención a las dificultades inherentes a la depuración de los créditos que resulten contra los dueños o poseedores de fundos mineros.
"En lo que respecta a la sal (Cloruro de sodio) formada directa y recientemente por las aguas marinas y a los otros productos mineros no metálicos, ya fueron debido a las dificultades que se presentaban en su recaudación, fue suprimido este gravamen en la vigente Ley de 27 de abril de 1932.
"Para los Gobiernos de los Estados, Distrito Federal y Territorios no existen los inconvenientes que obligaron a la Federación a cumplir esos impuestos, porque tienen en los más apartados lugares oficinas de recaudación que les permiten vigilar la producción y las ventas de esos productos y hacer costeable el impuesto.
"Para aquellos casos en que no sea posible calcular los valores de ventas, los propios gobiernos locales pueden fácilmente determinar los precios unitarios que servirán de base para el cobro del impuesto de minerales no metálicos con excepción de la sal, que en todos los casos deberá pagar un peso por tonelada.
"De esta manera paulatinamente se irá logrando que la explotación de recursos naturales le reporte a la nación un beneficio, aun cuando este sea pequeño, debido a que los productos minerales no metálicos hasta ahora vienen siendo objeto de un aprovechamiento en reducida escala.
"Como de este nuevo impuesto que recaudarán directamente los gobiernos locales el Gobierno Federal tiene una participación de un 25 por ciento, se faculta a la Secretaría de Hacienda para que dicte las disposiciones reglamentarias que normen el procedimiento para determinación y pago de esa participación."
"Habiendo merecido la anterior iniciativa la plena aprobación de este Ejecutivo, ruego a ustedes,
en uso de la facultad que me otorga la Constitución de la República en los artículos 71, fracción I, y 72, inciso h), se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara de las reformas propuestas, a efecto de que resuelva lo que estime pertinente.
"Sufragio Efectivo. No reelección.- México D.F. a 11 de octubre de 1933.- El Presidente Constitucional Substituto de los Estados Unidos Mexicanos, A L. Rodríguez.- El subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Encargado del Despacho, Marte R. Gómez.
"Proyecto de reformas a los artículos 1o. 11, 32 y 33 de La Ley, del Impuesto a la Minería.
"El Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, decreta.
"Artículo único. Se reformen los artículos 1o., 11, 32, primer párrafo del 33 y el título del Capítulo III de la Ley de Impuestos a la Minería, para quedar como sigue:
"Artículo 1o. Los impuestos que recaen sobre la minería, son los siguientes:
"I. Sobre fundos mineros.:
"II. Sobre producción de metales y compuestos metálicos, y
"III. Sobre producción de minerales no metálicos."
"Artículo 11. Los productos que a continuación se indican, causarán las siguientes cuotas:
"I Carbón Mineral.
"a) Al que no se dé más tratamiento que el de limpia por procedimientos mecánicos, $0.065 por tonelada.
"b) Al usado para fabricar coque u otros subproductos del carbón, $0.045 por tonelada.
"c) Al usado para desarrollar energía eléctrica de aplicación local, $0.035 por tonelada.
"II. Sal (cloruro de sodio) formada directa y recientemente por las aguas marinas, $1.00 por tonelada.
"III. Los demás productos no metálicos, 1 por ciento sobre los valores de venta de primera mano que hagan los productores.
"En aquellos casos en que los explotadores utilizan dichas substancias como materias primas en establecimientos propios o subsidiarios de la misma empresa, los gobiernos de los Estados, Distrito Federal y Territorios determinaran los precios unitarios que servirán de base para la aplicación del impuesto.
"El impuesto establecido en esta fracción y en la anterior será recaudado directamente por los gobiernos de los Estados, Distrito Federal y Territorios, y de su importe se concederá una participación al Gobierno Federal de un 25 por ciento.
"La Secretaría de Hacienda dictará las disposiciones reglamentarias para los efectos de la determinación y pago de esta participación.
"Artículo 32. Del impuesto sobre fundos mineros establecido por los artículos 4o. y 5o., se aplicará el 40 por ciento a los municipios de ubicación de los fundos, en calidad de participación.
"La Secretaría de Hacienda liquidará la participación correspondiente a los municipios, en forma tal, que en cada ejercicio fiscal recibirán cuando menos, el impuesto correspondiente a tres tercios.
"Artículo 33. Del impuesto de producción a que se refieren los artículos 10 y 11, fracción I, se concede a los Estados y Territorios de donde provengan los minerales, la siguiente participación:
"Capítulo III.
"Impuesto sobre producción de metales, compuestos metálicos y de minerales no metálicos.
"Artículo transitorio. El presente decreto empezará a regir a partir del...
"El Presidente Constitucional substituto de los Estados Unidos Mexicanos. A. L. Rodríguez.- El Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Encargado del Despacho, M. R. Gómez."
"Proyecto de reforma del artículo 16 de la Ley de Ingresos del Erario Federal para el presenta año.
"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta: Artículo único, Se reforma el artículo 16 de la Ley de Ingresos del Erario Federal de 1933, para quedar como sigue:
"Artículo 16. Los municipios en los que existe fundos mineros tendrán la participación que fija la Ley de Impuestos a la Minería.
"Esta participación quedará exenta del pago de la contribución federal y será destinada a los fines que determinen los Ayuntamientos o Juntas de Administración Civil.
"La participación correspondiente a los municipios por los tercios comprendidos de enero a septiembre del presente año y todos los anteriores, cuyo importe no se haya cubierto debidamente, será entregado a los Ayuntamientos o Juntas de Administración Civil, de acuerdo con las disposiciones que al efecto dictará la Secretaría de Hacienda."
"Artículo transitorio. El presente decreto empezará a regir a partir del...
"El presidente Constitucional substituto de los Estados Unidos Mexicanos, A. L. Rodríguez.- El Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Encargado del Despacho, Marte R. Gómez."- Recibo, a la 2a. Comisión de Minas, e Imprímase.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"CC. Secretario de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
"El suscrito, diputado en ejercicio por el 9o. Distrito Electoral del Estado de Jalisco, suplica a la H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, se sirva conceder licencia por veinte días, con goce de dietas, para separarse de sus funciones legislativas y atender asuntos importantes de sus comitentes, en la inteligencia de que comenzará a disfrutar de dicha licencia a partir del próximo 3 de noviembre del corriente año.
"Ruego a ustedes se sirvan dar cuenta con mi solicitud a la H. Asamblea, a la que pido se sirva dispensarle todos los trámites.
"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.
"México D.F., a 30 de octubre de 1933.- Ponciano Guzmán."
En votación económica se pregunta si se dispensan
los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Concedida la licencia.
"CC. Secretario de la H. Cámara de Diputados.- Presente.
"El Suscrito, diputado en ejercicio al Congreso de la Unión por el 1er, Distrito Electoral del Estado de Sinaloa, viene a pedir a la H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, le sea concedida licencia por treinta días renunciables, con goce de dietas, con objeto de trasladarse al Distrito que representa y atender asuntos urgentes de sus comitentes que demandan su atención, en la inteligencia de que si se le concede dicha licencia, comenzará a hacer uso de ella a partir de mañana.
"Ruego a ustedes dar cuenta a la H. Asamblea con esta mi solicitud, pidiendo para ella una dispensa de los trámites reglamentarios.
"Protesto a ustedes mi atenta y distinguida consideración.
"México, D.F., a 30 de octubre de 1933.- José R. de Saracho."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Dispensados los trámites. Esta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada la licencia.
- El mismo C. Secretario (a las 18.45): Por disposición de la Presidencia, se suspende la sesión de Cámara para pasar a sesión de Bloque.
El C. secretario Peralta (a las 19.10): Por disposición de la Presidencia se reanuda la sesión de Cámara.
Telegrama procedente de: "Guadalajara Jal., 27 de octubre de 1933.
"CC. Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F.
"Congreso Jalisco, sesión extraordinaria ayer, acordó solidarizarse con Ejecutivo esta entidad, darle voto confianza y respaldarlos todas resoluciones dicte motivo huelga estudiantil. Tenemos honra comunicarlo conocimiento ese Alto Cuerpo.- Atentamente.- Diputado secretario J. de Jesús Ibarra.- Diputado Secretario, Heliodoro Hernández."- De enterado.
"Dos telegramas relativos a una licencia que hasta por un mes obtuvo el C. Tomás Garrido C., Gobernador Constitucional de Tabasco y durante la cual le substituirá el C. Profesor Nicanor González."- De enterado.
Telegrama procedente de: "Puebla, Pue., 25 de octubre de 1933.
"Diputado Alejandro Antuna López, Presidente de la Cámara de Diputados.- México, D.F.
"Tengo el honor de poner superior conocimiento a usted, haberme hecho cargo Comité Estatal P. N. R., con mi carácter Vicepresidente del mismo.- Salúdolo respetuosamente.- Diputado Bernardo L. Bandala."- De enterado, y que se le desea éxito en su labor.
- El mismo C. secretario (leyendo).
"A los ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes. Antonio G. Garza, diputado al congreso de la Unión por el 2o. Distrito del Estado de Nuevo León, ante vuestra soberanía vengo por medio de la presente a solicitar una licencia por veinte días, con goce de dietas, a contar del próximo día 30 del presente mes, con objeto de trasladarme a mi Distrito al arreglo de asuntos relacionados con el puesto que desempeño. Pido dispensa de trámites.
"Reitero a ustedes la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
"México D.F., a 26 de octubre de 1933.- Antonio G. Garza."
En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Esta a discusión No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.
- El mismo C. secretario (leyendo)
"Varios ciudadanos diputados al Congreso de Morelos, solicitan se otorgue una pensión a la señora Julia Mora, por los servicios que prestó a la causa de la Revolución."- Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"La señorita María Aurora G. Encinas, solicita pensión por los servicios prestados a la Patria por su extinto padre el C. Mayor Antonio G. Encinas."- Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"El C. Feliciano Rosado, solicita permiso para aceptar y desempeñar el cargo de Vicecónsul ad - honorem de la República de Guatemala, en la población de Balancán, Tab."- Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"La señorita Guadalupe González Gómez, solicita se le conceda una pensión por los servicios prestados a la patria por su extinto padre el Teniente Coronel.
de Caballería Eligio González Lozano."- Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"La Confederación Femenil Mexicana, solicita se reforme el artículo 37 de la Ley Electoral para poderes federales, con objeto de que la mujer mexicana goce de derechos políticos."- Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.
"Las señoras Herlinda Zertuche viuda de Córdova y Juana Zertuche viuda de Zorrillo, solicitan pensión por los importantes servicios que prestó a la Patria, tanto en la Guerra de Reformas como durante la Intervención Francesa, su extinto padre el C. General de Brigadier Albino Zertuche".- Recibo, y a la Comisión de Peticiones que corresponda.
"El Comité Ejecutivo del Sindicato de Operarios y Operarias Sastres y Similares del Puerto de Veracruz, renuevan la petición que tienen presentada ante esta H. Cámara de Diputados, relativa a que se reforme el artículo 206 de la Ley del trabajo."- Recibo, y a la comisión de trabajo y Previsión Social que tiene antecedentes.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.
"Honorable asamblea,
"la Comisión que suscribe recibió, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la solicitud que por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, envió el C. Doctor José Antonio Samaniego a fin de que le sea concedida la licencia necesaria para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Nicaragua en la ciudad de Sacramento, California, Estados Unidos de América.
"A fin de que el solicitante no caiga bajo la sanción establecida por la fracción II del artículo 37 constitucional para quienes acepten de un gobierno extranjero un cargo de la naturaleza del aludido, la Comisión opina que debe concedérsele la licencia pedida, y en esa virtud se permite el honor de someter a la deliberación y aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente proyecto de Decreto.
"Artículo único. Se concede licencia al C. Doctor José Antonio Samaniego para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de Cónsul Honorario de la República de Nicaragua, en la ciudad de Sacramento, California, Estados unidos de América, que le ha sido conferida por el Gobierno del citado país.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México D.F. a 4 de octubre de 1933.- Enrique Arrioja Isunza.- Armando R. Pareyón. - Enrique Liekens."
Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensan la segunda para que se discuta el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada y a discusión el primer día hábil.
"Comisiones unidas 1a. de Gobernación y 2a. de Hacienda.
"Honorable Asamblea.
"Las Comisiones que suscriben recibieron para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la iniciativa enviada por el Ejecutivo de la Unión, encaminada a la expedición de un decreto por el cual se deroguen los artículos 66 al 88 inclusive de la ley de Hacienda del Territorio Norte y el Capítulo XXX de la del Territorio Sur de la Baja California, prescribiendo de esta manera el ejercicio de la facultad económica - coactiva para las citadas entidades con arreglo a la ley de 30 de diciembre de 1932.
"Por la breve pero acertada exposición de motivos formulada por el Ejecutivo, las comisiones se han compenetrado de la necesidad que hay que expedir el decreto aludido y en esa virtud, hacen suya en todas sus partes la iniciativa de que se trata permitiéndose el honor de someter a la ilustrada consideración, y aprobación, en su caso, de vuestra soberanía, el siguiente proyecto de decreto "Artículo 1o. En los territorios Federales el ejercicio de la facultad económica - coactiva se hará de acuerdo con las disposiciones de los capítulos II, III, IV, V y VI de la Ley de 30 de diciembre de 1932, Orgánica de la Tesorería de la Federación.
"Artículo 2o. En consecuencia la tesorería y las oficinas recaudadoras de ambos territorios que dan investidas de las facultades que dicha Ley asigna a la tesorería de la Federación y oficinas recaudadoras Federales,
"Artículo 3o. La interpelación de este decreto, en casos dudosos, se hará por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
"Transitorios.
"Artículo 1o. Quedan derogados los artículos 66 a 88 inclusive de la Ley de Hacienda vigente en el territorio Norte y Capítulo XXX de la del Territorio sur de la Baja California.
"Artículo 2o. Este decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México D.F. A 16 de octubre de 1933.- 1a. Comisión de Gobernación: Fernando Arenas.- Víctor Ortiz.- 2a. Comisión de Hacienda Andrés Ruiz.- Ignacio Gómez A"
Primera lectura. En votación económica se consulta si se dispensa la segunda para que se discuta el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa sírvanse indicarlo. Se dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.
"2a. Comisión de Hacienda.
"H. Asamblea.
"Por acuerdo de Vuestra soberanía fue turnado
a esta 2a. Comisión de Hacienda, el expediente formado con el escrito que con fecha 5 de septiembre último, dirigió a esta H. Cámara la señora Concepción García y Gómez Farías viuda de Rosenow, y que apoya la mayoría de la diputación del Estado de Puebla, por el que pide se le conceda una pensión como descendiente del extinto C. Valentín Gómez Farías, cuyos servicios y patriotismo han sido públicamente reconocidos.
"La Comisión ha estudiado con todo detenimiento este caso y ha comprobado, por los informes que le han sido proporcionados por los diputados que apoyan esta solicitud, que efectivamente la peticionaria se encuentra en muy difícil situación desde la muerte de su esposo, teniendo que atender a su subsistencia y a la de una pequeña hija suya. Como los subscritos fueron testigos del homenaje que se tributó meses pasados por los Poderes de la Unión así como por todas clases sociales, a los restos del C. Valentín Gómez Farías, opinan que la federación debe acudir en auxilio de la descendiente de este ilustre patriota, concediéndole una pequeña pensión que le permita vivir modestamente, y en este sentido se permiten proponerlo a la H. Asamblea en el siguiente proyecto de decreto.
Artículo único. En atención a los eminentes servicios que presto a la patria el extinto C. Valentín Gómez Farías, se concede a su biznieta la señora Concepción García y Gómez Farías viuda de Rosenow, una pensión de cinco pesos diarios que le serán pagados íntegramente por la Tesorería de la Federación mientras no cambie su actual estado civil.
Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México D.F., a 13 de octubre de 1933.- Licenciado Andrés Ruiz.- Guillermo Zárraga.- Ignacio Gómez A."
Primera lectura. En votación económica se consulta si se dispensa la segunda para que se discuta el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.
"1a. Comisión de Relaciones exteriores.
"Honorable Asamblea.
"El C. Guillermo Ernesto Carlos Pirsch, se ha dirigido a esta representación nacional en solicitud de licencia para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, adquirida por naturalización, pueda seguir desempeñando las funciones de Vicecónsul Honorario de Noruega y Cónsul Honorario de Colombia, en la ciudad de Manzanillo Col.
"Encontrándose el solicitante dentro de lo prescrito por la fracción II del artículo 73 constitucional, la comisión opina que debe otorgársele la licencia que pide y en esa virtud se permite el honor de someter a la ilustrada consideración vuestra, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. Guillermo Ernesto Carlos Pirsch, para que, sin que pierda su calidad de ciudadano mexicano, adquirida por naturalización, continúe desempeñando las funciones de Vicecónsul Honorario de Noruega y Cónsul Honorario de Colombia, en la ciudad de Manzanillo Col."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 17 de octubre de 1933.- Juan Aviña López.- José R. de Saracho.- Vicente L. Benítez."
Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda para que se discuta el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo. Dispensado el trámite, y a discusión el primer día hábil.
Por disposición de la Presidencia se levanta la sesión y se cita para mañana a las dieciséis horas, con carácter de urgente a las 17.25.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES."
El Director, Jefe de la Oficina.
JOAQUIN Z. VALADEZ.