Legislatura XXXVI - Año I - Período Ordinario - Fecha 19341128 - Número de Diario 29

(L36A1P1oN029F19341128.xml)Núm. Diario:29

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MIÉRCOLES 28 DE NOVIEMBRE DE 1934

DIARIO DE LOS DEBATES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XXXVI LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 29

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DE 1934

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- El Senado de la República remite el expediente relativo a las reformas del artículo 3o. y de la fracción XXV del artículo 73 de la Constitución Federal, así como el Proyecto de Declaración relativo. A discusión la Declaratoria. Se aprueba y pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

3. - La Cámara de Senadores remite el expediente con la Minuta Proyecto de Declaración de reformas a los artículos 73, 94 y 95 de la Constitución General de la República. A discusión la Declaratoria. Se aprueba y pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

4. - Cartera.

5. - Dictamen de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales que reforma la fracción X del artículo 73 constitucional. Se dispensan los trámites. A discusión. Se aprueba y pasa al Senado para sus efectos.

6. - Dictamen de la Comisión de Crédito que consulta Proyecto de Ley de Jubilación para los funcionarios y empleados del Poder Legislativo. Se dispensan los trámites. A discusión. Pasa al Senado para los efectos de ley.

7. - Dictamen de la Comisión de Impuestos que contiene Proyecto de Decreto por el que se condona el Impuesto Predial que hasta el 31 de diciembre de 1933 aparezca pendiente de pago por parte de los ejidatarios del Distrito Federal. Se dispensan los trámites. A discusión. Se aprueba y pasa al Senado para los efectos de ley.

8. - Dictamen de la 2a. Comisión de Guerra que consulta Proyecto de Decreto por el que se pensiona a la señora Cándida Valdez viuda de Hernández. Se dispensan los trámites. A discusión. Se aprueba. Pasa al Ejecutivo para sus efectos.

9. - Pasan a la Comisión de Crédito los Proyectos de Decreto que envía la Cámara de Senadores por los que, respectivamente, se jubila a los ciudadanos Luis Isidoro Reed Emparan, Miguel Camarena, Porfirio Parra y Apolinar Ortega.

10. - Por unanimidad de votos se aprueba la designación del ciudadano Rafael Ponce de León, como Secretario de la Cámara de Diputados, en substitución del ciudadano Federico Quiroga, quien falleció.

11. - Se concede la palabra para hechos al ciudadano Altamirano Manlio Fabio.

12.- El ciudadano Liera B. Guillermo informa que ya se encuentran en esta capital los ciudadanos diputados al Congreso de la República de Panamá.

13. - Elección de Mesa Directiva para el mes de diciembre próximo. Escrutinio; resultado; declaratoria.

14. - Con motivo de la protesta que rendirá en el Estadio Nacional el día 30 del presente mes el ciudadano General de División Lázaro Cárdenas, se nombrarán las Comisiones reglamentarias. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. ENRIQUE GONZÁLEZ FLORES

(Asistencia de 96 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente (a las 19.45): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Gómez Esparza (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXVI Congreso de la Unión, el día veintitrés de noviembre de mil novecientos treinta y cuatro.

"Presidencia del C. Enrique González Flores.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y veinticinco minutos del viernes veintitrés de noviembre de mil novecientos treinta y cuatro, con asistencia de ochenta y siete ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Se aprobó sin debate el acta de la anterior, verificada el día veintiuno de los corrientes.

"La Secretaría dio cuenta con los asuntos en cartera:

"La H. Cámara de Senadores remite un mensaje de la Asociación de Agentes Aduanales Mexicanos del puerto de Veracruz, tendiente a que se promulgue el decreto que suspende la expedición de

patentes para Agentes Aduanales, por las razones que expresa. - Recibo, y a la Comisión de Aranceles y Comercio Exterior que conoce del Proyecto de Ley Aduanal.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores transcribe un mensaje del Encargado de Negocios de México en la República de Panamá, y que da a conocer que la Asamblea Nacional de ese país designó en Comisión Especial a los diputados José Crespo, Rogelio Navarro y Darío Anguizola para asistir a la protesta de ley del C. General de División Lázaro Cárdenas, como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. - De enterado y que la Presidencia, en su oportunidad, nombrará la Comisión que atienda a los miembros de la Asamblea Nacional de Panamá.

"La Legislatura del Estado de Hidalgo, comunica que en su sesión celebrada el día 15 de noviembre eligió su Comisión Instaladora y da a conocer los nombres de las personas que la integran. - De enterado. "La misma Legislatura participa que con fecha 15 de noviembre clausuró el segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al segundo y último año de su ejercicio legal, dejando integrada su Diputación Permanente, - De enterado.

"El C. General Matías Ramos, avisa que con fecha 14 de noviembre volvió a hacerse cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas, por entrega que del mismo le hizo el C. Cuauhtémoc Esparza, quien lo substituyó durante el tiempo de su licencia. - De enterado.

"La Logia Simbólica "Faro del Bajío de Salvatierra, Gto., apoya la iniciativa presentada ante esta Cámara de Diputados por la Logia "Vicente Guerrero", relativa a que se decrete la suspensión de la confesión auricular que vienen efectuando los sacerdotes de la iglesia católica. - Recibo, y a la segunda Comisión de Gobernación que tiene antecedentes.

"La Academia de la Lengua Náhuatl, solicita que se emprenda una campaña de restitución y conservación de los nombres indígenas en la Geografía de México. - Recibo, y a la Comisión de Gobernación en turno.

"La Orden de Pilotos Navales Mexicanos de Veracruz, Ver., solicita se adicione el artículo 158 de la Ley Federal del Trabajo en el sentido de que se construyan las "Casas del Marino" en los puertos de Mazatlán y Veracruz. - Recibo, y a las Comisiones unidas de Trabajo para que lo tengan en cuenta cuando se hagan las reformas generales a la Ley Federal del Trabajo.

"Se aprobó sin debate, en votación económica, un dictamen de la Primera Comisión de Justicia Relacionada con la queja presentada en contra del Juez de Distrito del Estado de Nayarit, y que concluye proponiendo que pase al Comité de Salud Pública el expediente de que se trata para que investigue la conducta y los antecedentes del C. Juez de Distrito en el Estado de Nayarit, Lic. Miguel Mendoza López S., y dé cuenta al Bloque en su oportunidad.

"Con dispensa de trámites se puso a discusión y, sin ella, se aprobó por unanimidad de noventa y dos votos el proyecto de decreto con que termina un dictamen de la Primera Comisión de Puntos Constitucionales y que a la letra dice:

"Artículo único. Se concede permiso al C. General José Mijares Palencia para que, sin que pierda su ciudadanía mexicana acepte el cargo de miembro honorario de las Fuerzas Rurales de Texas que le fue conferido por el Gobierno de ese Estado de la Unión Norteamericana."

"Este proyecto de decreto pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"Se concedió el uso de la palabra para hechos al C. Enrique Fernández Martínez, quien solicitó y obtuvo que la Secretaría diera lectura a un documento relacionado con el asesinato cometido en las personas de los CC. Refugio y Primo Mendoza, en el Estado de Guanajuato.

"Antes de leerse ese documento, la Presidencia propuso se pasara a sesión secreta. El C. Altamirano hizo una moción de orden, el C. Mora Tovar agregó unas consideraciones. El C. Fernández Martínez propuso y la Asamblea lo aprobó, que ese documento pase a la Comisión Especial nombrada para investigar sobre casos análogos ocurridos en aquella Entidad.

"El C. Mora Tovar, solicitó se ampliara el trámite dado a ese documento, en el sentido de que se obtenga del C. Presidente de la República y del C. Secretario de Guerra se proceda a desarmar a las llamadas "Guardias Blancas" de algunos Estados. El C. Altamirano interpeló a la Presidencia respecto de los trabajos realizados por la Comisión Investigadora que fue a Guanajuato, y el C. Fernández Martínez, a nombre de la citada Comisión, informó sobre el particular. El C. Alamillo Flores manifestó su inconformidad con lo propuesto por el C. Mora Tovar, y este representante insistió en que debe gestionarse el desarme de las Guardias Blancas, lo que aprobó la Cámara después de que el C. Cebada Tenreiro apoyó la moción del C. Mora Tovar, y de que el C. Altamirano hizo una aclaración.

"Se dio cuenta, asimismo, con una iniciativa que presentan las Agrupaciones y Comunidades Agrarias de la Colonia Gustavo Madero, apoyadas por la Diputación del Distrito Federal, y tendiente a que la actual Colonia Gustavo A. Madero vuelva a tener la categoría de Delegación del Departamento del Distrito Federal. - A la Comisión del Departamento del Distrito Federal.

"A las diez y ocho horas y cincuenta y cinco minutos se levantó la sesión pública para pasar a sesión secreta."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobada.

El C. Liera B. Guillermo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Después se le concederá, compañero. Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera y en seguida se le concederá la palabra para hechos.

- El C. Prosecretario Ponce de León (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para los efectos del artículo 135 constitucional, tenemos el honor de remitir a ustedes en 230 fojas útiles, el expediente relativo a las reformas del artículo 3o., y a la fracción XXV del artículo 73 de la Constitución General, así como el proyecto de Declaración aprobado por el Senado Igualmente en 68 fojas útiles remitimos un legajo formado con documentos sobre el mismo asunto.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., noviembre 23 de 1934 - J. de D. Bátiz, S. S. - P. T. Ortiz, S. S.

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Federal y previa la aprobación de la mayoría de las Legislaturas de los Estados, declara reformados el artículo 3o. y la Fracción XXV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

"Artículo 3o. La educación que imparta el Estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.

"Sólo el Estado - Federación, Estados, Municipios - impartirá educación primaria, secundaria y normal. Podrán concederse autorizaciones a los particulares que deseen impartir educación en cualquiera de los tres grados anteriores, de acuerdo en todo caso con las siguientes normas:

"I. Las actividades y enseñanzas de los planteles particulares deberán ajustarse, sin excepción alguna, a lo preceptuado en el párrafo inicial de este artículo, y estarán a cargo de personas que en concepto del Estado tengan suficiente preparación profesional, conveniente moralidad e ideología acorde con este precepto. En tal virtud, las corporaciones religiosas, los ministros de los cultos, las sociedades por acciones que exclusiva o preferentemente realicen actividades educativas, y las asociaciones o sociedades ligadas directa o indirectamente con la propaganda de un credo religioso, no intervendrán en forma alguna en escuelas primarias, secundarias o normales, no podrán apoyarlas económicamente;

"II. La formación de planes, programas y métodos de enseñanza corresponderá en todo caso al Estado;

"III. No podrán funcionar los planteles particulares sin haber obtenido previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, y

"IV. El Estado podrá revocar, en cualquier tiempo, las autorizaciones concedidas. Contra la revocación no procederá recurso o juicio alguno.

"Estas mismas normas regirán la educación de cualquier tipo o grado que se imparta a obreros o campesinos.

"La educación primaria será obligatoria y el Estado la impartirá gratuitamente.

"El Estado podrá retirar discrecionalmente en cualquier tiempo, el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares.

"El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan.

"Artículo 73. . . . .

"XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica; escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la Nación, y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República. Los títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata, surtirán sus efectos en toda la República.

"Transitorio.

"Único. Las presentes reformas constitucionales entrarán en vigor el día 1o. de diciembre del presente año."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba la declaratoria. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. Pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.

"Cámara de Senadores. - México, D. F.

"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para los efectos del artículo 135 constitucional, en 128 fojas útiles tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta Proyecto de Declaración, que reforma los artículos 73, 94 y 95 de la Constitución General de la República.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., noviembre 26 de 1934. - D. A. Cossío, S. S. - J. de D. Bátiz, S.S."

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Federal y previa la aprobación de la mayoría de las HH. Legislaturas de los Estados, declara reformados el último párrafo de la base 4a. de la fracción VI del artículo 73, el artículo 94 y las fracciones II y III del artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

"Artículo 73, fracción VI, base 4a., último párrafo.

"Los Magistrados y los Jueces a que se refiere esta base, durarán en sus encargos seis años; pero podrán ser privados de sus puestos cuando observen mala conducta, de acuerdo con la parte final del artículo III o previo el juicio de responsabilidad correspondiente.

"Artículo 94. Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación, en una Suprema Corte de Justicia, en tribunales de Circuito y en juzgados de Distrito, cuyo número y atribuciones fijará la ley. La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de veintiún Ministros y funcionará en Tribunal Pleno o dividida en cuatro Salas de cinco ministros cada una, en los términos que disponga la ley. Las audiencias del Tribunal Pleno o de las Salas serán públicas, excepción hecha de los casos en que la morala o el interés público exijan que sean secretas. Las sesiones serán celebradas en la forma y términos que establezca la ley respectiva. La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito y los jueces de Distrito, no podrá ser disminuida durante su encargo. Los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito y los jueces de Distrito, durarán en sus encargos seis años, pero podrán ser privados de sus puestos cuando observen mala conducta, de acuerdo con la parte final del artículo 111 o previo el juicio de responsabilidad correspondiente.

"Artículo 95.

"II. No tener más de sesenta y cinco años de edad, ni menos de treinta y cinco el día de la elección;

"III. Poseer el día de la elección, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de abogado expedido por la autoridad o corporación legalmente facultada para ello.

TRANSITORIOS:

"Artículo primero. La presente reforma entrará en vigor el día 15 de diciembre del año en curso.

"Artículo segundo. Los ministros de la Suprema Corte de la Nación y los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales, actualmente en ejercicio, cesarán en sus encargos el día 31 de diciembre del año en curso.

"Artículo tercero. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia y los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales que sean designados de acuerdo con la presente reforma, tomarán posesión el día 1o. de enero del próximo año de 1935.

"Artículo cuarto. La Suprema Corte de Justicia de la Nación designará a los nuevos magistrados de Circuito y jueces de Distrito, dentro de los diez primeros días del mes de enero de 1935. Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales designará a los nuevos jueces del fuero común del Distrito y Territorios Federales dentro del mismo Plazo.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba la declaratoria. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para sus efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes, en 4 fojas útiles, el expediente con la minuta del proyecto de decreto en virtud del cual se concede permiso constitucional al C. Ruperto J. Colina, para que acepte y desempeñe el cargo de Cónsul Ad - honorem de la República de El Salvador, en el Puerto de Veracruz, Ver.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., noviembre 27 de 1934. - J. de D. Bátiz, S. S. - D. A. Cossío, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

"El Congreso de Chihuahua, participa que concedió licencia al C. Rodrigo M. Quevedo, Gobernador Constitucional de esa Entidad, para separarse de su cargo, y nombró al C. Diputado Francisco P. Antillón como Gobernador Constitucional Interino." - De enterado.

"El C. Diputado Francisco V. Antillón, comunica que con fecha 21 de noviembre se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, mientras dura la licencia concedida al Gobernador Constitucional del mismo Estado, C. Gral. Rodrigo M. Quevedo, para estar separado de dicho cargo." - De enterado.

"El Congreso del Estado de Guerrero, participa que respalda la incitativa del Diputado Mariano M. Vértiz y de la Diputación Guanajuatense, relativa a que los edificios propiedad de la Nación sean puestos desde luego a disposición del Gobierno del Estado en que se encuentren ubicados." - Recibo, y a la 2a. Comisión de Gobernación que tiene antecedentes.

"La Diputación Permanente del Congreso de Nayarit, comunica que concedió licencia hasta por treinta días renunciables para separarse de sus funciones de Gobernador Constitucional, al C. Francisco Parra, y nombró Gobernador interino al C. Lamberto Luna, quien avisa tomó posesión de su cargo." - De enterado.

"El C. Antonio E. Banuet, participa que se hizo cargo del Gobierno del Territorio Norte de Baja California, mientras dura la licencia concedida al Gobernador del mismo, C. General Agustín Olachea, para estar separado de su cargo." - De enterado.

"Dos telegramas que refieren a una licencia que obtuvo del Congreso Local el C. Manuel Páez, Gobernador de Sinaloa, y a la designación que para substituirlo se hizo en favor del C. Ingeniero Roberto Avendaño Viera." - De enterado.

"El C. Limbano Correa A., comunica que se hizo cargo, por ministerio de la ley, del despacho del Poder Ejecutivo de Tabasco, en virtud de licencia hasta por quince días concedida al Gobernador Constitucional, C. Tomás Garrido C." - De enterado.

"Telegrama de Jalapa, Ver., del C. Licenciado F. Salcedo Casas, en el que participa que substituirá al C. Gonzálo Vázquez Vela durante la licencia que como Gobernador del Estado de Veracruz le concedió la Legislatura Local." - De enterado.

"El C. Diputado Suplente Daniel Angel Ortega presenta una iniciativa para que se forme un fondo con la aportación de cincuenta pesos por cada ciudadano diputado y que se destinará a auxiliar a los familiares del representante que fallezca, aun cuando sea Suplente, pero siempre que haya estado en ejercicio y contribuído para formar el fondo de que se trata." - A las Comisiones de Crédito y Reglamento unidas.

"La señora María Cuevas viuda de Félix, solicita pensión por los servicios prestados a la Patria por su extinto esposo, el C. Francisco C. Félix." - Recibo, y a la Comisión de Crédito.

"El Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, solicita que antes de reformarse la Ley Federal del Trabajo, se permita a las clases laborantes exponer sus puntos de vista." - Recibo, y a las Comisiones unidas de Trabajo.

"El Sindicato Regional de Obreros del Petróleo y Perforadoras Mexicanos, de Reventadero, Ver., solicitan se reforme el artículo 134 del Reglamento de la Ley del Petróleo vigente, en el sentido de que el beneficiario de una concesión de cualquier índole, se obligará a emplear, cuando menos, un noventa por ciento de operarios y empleados mexicanos por nacimiento." - Recibo, y a la Comisión de Petróleo.

"Las señoritas Esther y Concepción Bermúdez solicitan pensión por los servicios que durante cerca de cuarenta años prestó en el Ramo de Aduanas su extinto padre, el C. Leandro Bermúdez. - Recibo, y a la Comisión de Crédito.

"La señora Elvira Ceolio viuda de Gutiérrez, solicita se pensione a sus menores hijos, José Guillermo, Isabel Victoria y Julia Elvira, por los servicios prestados por su extinto esposo, el Coronel Julio Gutiérrez Solís." - Recibo, y a la Comisión de Guerra en turno.

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El Ejecutivo de la unión envió a esta Cámara una iniciativa sobre reforma de la fracción X del artículo 73 de la Constitución General de la República, con objeto de dar facultades al Congreso para legislar sobre Industria Cinematográfica, iniciativa que se turnó, para su estudio, y dictamen, a esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estimamos acertadas y procedentes las razones que expone el Ejecutivo sobre la necesidad de establecer normas tendientes a regular la importación y exportación de cintas cinematográficas, producción de las mismas en territorio nacional y en general todo lo que a esta Industria se refiere, así como la impresión de películas y fotografías no destinadas al comercio; por otra parte, se considera indispensable que las disposiciones indicadas tengan un carácter unitario, con el propósito de expeditar su aplicación, evitando dificultades que podrían surgir si la legislación cambiara de un Estado a otro.

"En esa virtud, somos de opinión que esta H. Cámara acuerde favorablemente la iniciativa motivo de este dictamen y, como consecuencia, proponemos la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

"Artículo 73.

"X. Para legislar en toda la República sobre Minería, Industria Cinematográfica, Comercio, Instituciones de Crédito y Energía Eléctrica, para establecer el Banco de Emisión Único, en los términos del artículo 28 de esta Constitución, y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123 de la propia Constitución. La aplicación de las leyes del trabajo, corresponde a las autoridades de

los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, excepto cuando se trate de asuntos relativos a la industria textil, ferrocarriles y demás empresas de transporte amparadas por concesión federal, minería e hidrocarburos, los trabajos ejecutados en el mar y en las zonas marítimas, y, por último, las obligaciones que en materia educativa corresponden a los patrones, en la forma y términos que fijen las disposiciones reglamentarias. En el rendimiento de los impuestos que el Congreso Federal establezca sobre energía eléctrica en uso de las facultades que en materia de legislación le concede esta fracción, participarán los Estados y Municipios en la proporción que las autoridades federales y locales respectivas acuerden."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de noviembre de 1934. - Romeo Ortega. - Jesús Torres Caballero."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si de dispensan los trámites a este dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"Comisión de Crédito.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía fue turnado a la Comisión de Crédito que suscribe, para su resolución y dictamen, el expediente que contiene la minuta del proyecto de decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, relativa a las jubilaciones de funcionarios y empleados del Poder Legislativo, y que remite a esta Cámara para sus efectos constitucionales.

"El Senado, al aprobar este proyecto de ley, se fundó en que el Congreso de la Unión, en diciembre del año de 1932, expidió una ley de jubilaciones para los empleados del Poder Legislativo, que fue objetada por el Ejecutivo en algunos de sus artículos, pero la Cámara colegisladora, teniendo en cuenta las primeras objeciones hechas al anterior proyecto de ley, procuró que esta nueva Ley se sujetara a modalidades que el Ejecutivo Federal no tuviera que objetar, y por la circunstancia de que los empleados del Poder Legislativo, por decreto promulgado por el Ejecutivo en 9 de enero del presente año, quedaron excluídas de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro en vigor.

"La Comisión, al hacer la revisión correspondiente, estimó pertinente hacerle pequeñas modificaciones de forma a este proyecto de ley, adicionando solamente algunos de sus artículos, para mayor claridad.

"Al artículo 2o. se le cambió la palabra "intelectual" por "mental" que es más amplia en su acepción, y se le agregó un artículo más que indica la forma en que deben computarse los años de servicio, para el efecto de las jubilaciones.

"Al artículo 3o. se le adicionó una frase aclaratoria, también respecto del concepto en que deben otorgarse las jubilaciones voluntarias.

"La propia Comisión encuentra conveniente la expedición de esta ley, pues los empleados del Poder Legislativo no han disfrutado hasta ahora de un beneficio que les pueda equiparar siquiera con los que gozan los empleados del Poder Ejecutivo Federal.

"Por lo anteriormente expuesto, tenemos el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente proyecto de Ley de Jubilación de los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo:

"Artículo 1o. Los funcionarios y empleados que hayan desempeñado cualquier puesto en el Poder Legislativo, tienen derecho a jubilación forzosa o voluntaria, de acuerdo con las prevenciones contenidas en esta Ley.

"Artículo 2o. La jubilación forzosa procede cuando el funcionario o empleado contraiga alguna enfermedad física o mental que provenga del esfuerzo desarrollado en el desempeño de sus funciones, que lo imposibilite permanentemente para seguir trabajando, y se concederá:

"I. Cuando se hayan prestado de diez a quince años de servicios. En este caso, el interesado percibirá el veinticinco por ciento de su último sueldo:

"II. Cuando se hayan prestado de quince a veinte años de servicios. En este caso, el interesado percibirá el cincuenta por ciento de su último sueldo, y

"III. Cuando se hayan prestado por más de veinte años. En este caso, el interesado percibirá las dos terceras partes de su último sueldo.

"Artículo 3o. La jubilación voluntaria se concederá a solicitud del interesado:

"I. Cuando haya prestado de veinte a veinticinco años de servicios y sea mayor de cincuenta años. En este caso, percibirá el cincuenta por ciento del sueldo que disfrute, y

"II. Cuando haya prestado más de veinticinco años de servicios y sea mayor de cincuenta años. En este caso, percibirá las dos terceras partes del sueldo que disfrute.

"Artículo 4o. El tiempo de servicios se computará aun cuando éstos se hayan prestado con interrupción.

"Artículo 5o. Cuando fallezca el funcionario o empleado que goce de jubilación o tenga derecho a ella, sus hijos, o en su defecto, su esposa, disfrutarán de una pensión igual al cincuenta por ciento del monto de la jubilación, hasta que los primeros no lleguen a la mayor edad o la segunda cambie de estado civil.

"Artículo 6o. Las jubilaciones y pensiones de funcionarios y empleados del Poder Legislativo serán decretadas por acuerdo expreso del H. Congreso de la Unión, y pagadas íntegramente por la Tesorería General de la Federación."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 23 de noviembre de 1934. - Donaciano Carreón. - Enrique Fernández Martínez."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites a este dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"Comisión de Impuestos.

"Honorable Asamblea:

"La Comisión de Impuestos que suscribe, por acuerdo de Vuestra Soberanía recibió, para su estudio y dictamen, la solicitud enviada por la Unión de Pueblos Agrarios del Sureste del Distrito Federal, fechada el 26 de septiembre del año en curso y en la que solicita la condonación de todas las contribuciones ejidales, correspondientes a las Delegaciones de Xochimilco, Tláhuac, Milpa Alta, Ixtapalapa, Ixtacalco, General Anaya, Tlalpan, Coyoacán, Villa Obregón, Contreras, Cuajimalpa, Villa Gustavo Madero y Atzcapotzalco; así como que sea derogado durante los meses que faltan para finalizar el año, el recargo que preceptúa la Ley de Hacienda en su artículo 245.

"Al hacer el estudio detenido de dicha solicitud para normar su criterio, la Comisión estimó necesario solicitar informes previamente de los Departamentos Agrario y Central del Distrito Federal. Esta última dependencia del Poder Ejecutivo, en oficio número 721 de 24 de los corrientes, manifiesta a la Comisión que los ejidatarios en el Distrito Federal no han pagado ningún impuesto predial desde hace algunos años, y, en consecuencia, el propio Departamento Central no encuentra inconveniente para que se legalice esa situación de hecho, mediante la condonación de los impuestos a que se refiere el primer punto de la solicitud, pero considera a la vez posible que algunos ejidatarios hayan pagado ya determinadas cantidades, por lo que estima conveniente evitar la devolución de esos ingresos que ha recaudado y aplicado, no siendo necesario señalar concretamente las Delegaciones cuyos ejidatarios serían favorecidos con la medida, pues basta simplemente citarlas en términos generales, con el objeto de coordinar el precepto constitucional que prohibe otorgamiento de ventajas exclusivas a favor de personas determinadas con perjuicio del público en general.

"Por otra parte, el propio Departamento Central manifiesta a la Comisión, que el artículo 245 de la Ley de Hacienda expresa claramente que los recargos no podrán condonarse ni parcial ni totalmente en ningún caso ni por ningún motivo, y dice que esta disposición de la Ley de Hacienda fue suspendida temporalmente, y puesta en vigor nuevamente a partir del primero de enero por decreto expedido por esta H. Cámara de Diputados.

"Pero el Departamento Central, con un elevado espíritu de equidad y con el propósito de ayudar a los ejidatarios del Distrito Federal, manifiesta concretamente a la Comisión que no tiene inconveniente en que se condone el impuesto predial que hasta el 31 de diciembre de 1933 aparezca pendiente de pago, y que no causarán recargos los impuestos insolutos del presente año.

"En tal virtud, la Comisión de Impuestos, tomando en consideración las razones expuestas con anterioridad y el propósito de atender en todas sus partes la justa petición de los ejidatarios del Distrito Federal, se permite sujetar a Vuestra Soberanía la aprobación al siguiente proyecto de decreto:

"Artículo primero. Se condona el Impuesto Predial que hasta el 31 de diciembre de 1933 aparezca pendiente de pago por parte de los ejidatarios del Distrito Federal.

"Artículo segundo. El impuesto Predial que corresponda pagar a los propios ejidatarios del Distrito Federal, por el presente año, no causarán los recargos establecidos por la Ley de Hacienda del propio Distrito, siempre que el mismo sea cubierto en un plazo que vencerá el 31 de diciembre próximo.

TRANSITORIO

"Artículo único. La comprobación de carácter de ejidatario para los efectos del presente decreto y las gestiones respectivas, serán hechos por el Comisario Ejidal, con intervención del Consejo de Vigilancia a que se refiere el capítulo II del Código Agrario, y con certificación del Departamento Agrario."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 28 de noviembre de 1934. - Gustavo Segura. - Espiridión Torres G. - Ildefonso Garza."

En votación económica se pregunta a la asamblea si se dispensan los trámites a este dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión.

El C. Liera B. Guillermo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Liera B. Guillermo: Como pudiera ser que ese decreto fuera criticado por la reacción, quiero aclarar a los compañeros lo siguiente: muchos de ustedes conocen perfectamente las condiciones, no sólo de los ejidatarios del Distrito Federal, sino de los ejidatarios todos del País, en que muchas veces los Gobiernos locales están equilmando, por decirlo así, a diversas comunidades de campesinos, porque hasta ahora no se han tomado en cuenta las necesidades de los propios campesinos para aplicar las cuotas por las contribuciones prediales. En el caso particular del Distrito Federal, tenemos, de veintitantas mil hectáreas dotadas, alrededor de doce mil que son cultivadas, y de las cuales siete mil se inundan anualmente, perdiéndose alrededor del cincuenta por ciento de las cosechas.

Cuando el año pasado me tocó en suerte estar al frente del Departamento de Organización Agraria, tuve en mis manos el asunto de contribuciones del Distrito Federal, y lo conozco. Por eso vengo a defender a los campesinos del Distrito Federal y a apoyar la proposición de la comisión. Se sometió a la consideración de la superioridad un proyecto consistente en desviar las aguas del río de La Compañía, que son las que inundan anualmente una gran extensión de los ejidos del Distrito Federal. Por otra parte, he sabido que este año las cosechas han sido completamente nulas, y por esa misma razón me he permitido, como me permito ahora, pedir a ustedes que sea aprobado este proyecto de ley; y hago la aclaración, para que la reacción no tome esto como una medida de defensa diciendo que los campesinos no producen, diciendo

que los campesinos continuamente están pidiendo exenciones de impuestos, y quiero que los compañeros de la prensa tomen muy en cuenta esta aclaración que hago.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado Ramírez de Arellano.

El C. Ramírez de Arellano Luis: Señores diputados: Desde luego, estoy completamente de acuerdo con este proyecto de decreto que se somete a la consideración de ustedes para su aprobación y que tiende, indudablemente, a aliviar en mucho la carga tributaria que pesa sobre los ejidos del Distrito Federal; pero entiendo que el compañero Liera también tiene conocimiento de que las autoridades rentísticas del Departamento Central han estado notificando a los ejidatarios, a los comisarios ejidales de las comunidades de esta Entidad federativa, fijándoles para el presente año determinada cantidad de contribuciones sin antes haberse sujetado a la comprobación de si ha habido o no producción en esos ejidos. Precisamente esta tarde tuvimos la oportunidad los compañeros Liera, Montes de Oca y Rodríguez, de oír innúmeras quejas que se relacionan con comunidades agrarias que están jurisdiccionadas en Villa Gustavo Madero. Pudimos convencernos de que en esos ejidos se han perdido totalmente las cosechas y se está pasando por sobre lo que previene el artículo ciento cincuenta y dos del Código Agrario vigente, que expresa claramente que las contribuciones, a partir de la vigencia de este Código Agrario, o sea a partir de este año, deberán hacerse efectivas sobre la rentabilidad de la tierra, pero con la condición de que esa cantidad que se fije no exceda del cinco por ciento del producto de esos ejidos; y si los productos en los ejidos son nulos, quiero que se haga constar en esta discusión y que sean también los miembros de la prensa metropolitana que asisten a estos debates, quienes lleven al Departamento Central la protesta de los ejidatarios por este procedimiento que juzgamos atrabiliario, injusto e ilegal; que las contribuciones, no sólo en el Distrito Federal, sino en todos los ejidos de la República, se cobren en la forma que establece el artículo ciento cincuenta y dos de dicho Código, es decir, que en ningún caso y en ninguna forma excedan del cinco por ciento de la producción de los ejidos de la República.

El C. Morillo Safa Eduardo: ¡Una interpelación!

El C. Ramírez de Arellano: Con gusto.

El C. Morillo Safa Eduardo: ¿Qué el Gobierno Federal puede legislar en materia hacendaria de los Estados?

El C. Ramírez de Arellano: Voy a contestar al compañero. El Código Agrario es de carácter federal. El Código Agrario establece claramente la forma de su aplicación. Por ser el ejido precisamente de jurisdicción federal, pues que no pertenece a la Soberanía de ningún Estado, ya que el ejido es únicamente de propiedad nacional, los ejidatarios no resultan más que usufractuariso y, por tanto, el Código Agrario previene, en su carácter de legislación federal, la forma en que debe hacerse el cobro de las tributaciones.

El C. Morillo Safa Eduardo: Quise hacer esta aclaración porque es cosa frecuente en los Estados incurrir en errores constantes a la hora de pagar las contribuciones de los ejidos, porque siempre se ponen tasas más altas que las del cinco por ciento a que se refiere el artículo del Código Agrario que citó el compañero, y ya que esta discusión se ha orientado en este sentido, yo propondría que se hiciera un estudio concienzudo en este aspecto, para exigir a todos los Gobiernos de los Estados que su contribución no exceda nunca del cinco por ciento de la cosecha en bruto de los ejidos de la República.

El C. Ramírez de Arellano: Me voy a permitir aclarar la situación en que se encuentran los ejidatarios de la República.

A partir de mayo de este año, la mayor parte de los Gobiernos de los Estados, teniendo el lugar número uno el Estado de México, con su Gobernador, Licenciado José Luis Solórzano, hicieron declaraciones precisas y contundentes de que, por esta vez, comenzarían a hacerse efectivos los tributos en los ejidos de sus propias jurisdicciones, en la forma establecida por el artículo ciento cincuenta y dos del Código Agrario vigente, particularmente en las fracciones primera y segunda; la primera, relativa a que los ejidos que se tienen ya en posesión definitiva, por ningún motivo la rentabilidad de la tierra acarreará tributaciones sobre la misma que excedan del cinco por ciento, y, por lo que se refiere a ejidos que no están en posesión definitiva, que están observando una posición en primera instancia, se harán efectivos los tributos por contribuciones prediales en cada uno de los estados que forman la República Mexicana, en una proporción de veinticinco por ciento, a partir del primer año en que rija el Código Agrario; y en los años subsecuentes, hasta que se obtenga la posesión definitiva, se irá aumentando anualmente un diez por ciento.

Entiendo que todos los Gobernadores, con más o menos detalles, con más o menos arbitrariedades o actos ilegales, por el desconcierto que tienen de las cosechas en toda la República, están observando lo prevenido por el Código Agrario vigente.

Por lo demás, yo creo que este asunto de tanta importancia para los ejidatarios merecerá la aprobación de la Asamblea, y en los casos en que los representantes federales de algún Estado sepan, como nosotros lo hemos estado sabiendo, de algunos Estados en que se atenta contra los ejidos, tengan la suficiente entereza para venir a denunciar a esta tribuna de la Representación Nacional, para identificarnos una vez más como defensores del movimiento revolucionario del campo.

El C. Liera B.: Respecto de este mismo asunto, quiero informar a la Asamblea que hay una enorme dificultad para cubrir cada año las contribuciones, como dice el compañero que acaba de precederme en el uso de la palabra. el asunto de contribuciones de por sí es arduo, porque intervienen en él no sólo terrenos cultivados, sino también terrenos con pástales y con esquilmos, y es bastante difícil, como digo, para un gobierno, establecer con un año de anterioridad o en el propio año, cuáles son las contribuciones que deben pagarse; aun cuando así lo estatuye el Código Agrario, en la práctica, lo que ha venido haciéndose, mejor dicho, lo que hicimos cuando estuve al frente del Departamento de Organización,

fue excitar a los Gobiernos para que señalaran cuotas módicas. En tal sentido, por ser de justicia, quiero informar a ustedes que cuando hicimos esta excitativa, nos contestaron y la llevaron a la práctica los Gobiernos de Durango y Puebla, estableciendo cuotas completamente ínfimas, con el fin de hacer que los campesinos acostumbren a pagar sus contribuciones y de no estar a cada rato condonándoselas, viendo ellos, al mismo tiempo, que el Gobierno está haciendo esfuerzos por ayudarlos, pero que tienen la obligación de pagar.

El estudio que próximamente presentaré a la consideración de esta Cámara, trata pormenorizadamente estos asuntos, y ya ustedes dictaminarán sobre él; pero por lo pronto, me permito volver a insistir para que se acepte el proyecto como está, porque ahora el Departamento Central tiene una multitud de excitativas sobre distintos pueblos, a los que amenaza ya con embargo inmediato , por lo cual pido que se apruebe inmediatamente este proyecto, para que deveras reciban beneficios los campesinos y que posteriormente se hagan a la ley las mejoras que creamos pertinentes por lo que se refiere a este año.

El C. Presidente: Continúa a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se considera el asunto suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se considera. Se reserva para su votación.

El C. Padilla Guillermo T: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Padilla Guillermo T: El compañero Ingeniero Liera me hizo favor de comisionarme para que en nombre del Bloque nos trasladáramos el compañero Velasco y el que habla, al Puerto Aéreo a recibir a los diputados que han venido en comisión de la República de Panamá, en el acto de la toma de posesión del nuevo Presidente de la República de Panamá, en el acto de la toma de posesión del nuevo Presidente de la República.

El C. Liera B. Guillermo: Creo que lo que el compañero quiso informar es que la comisión ya está aquí.

El C. Presidente: Después de los asuntos en cartera, se le concederá la palabra.

El C. López Franco Roberto: Como posiblemente ya no haya sesión del Bloque con oportunidad para atender este asunto, creo que sería muy acertado que se escuchara aquí el informe del compañero.

El C. Presidente: Oportunamente trataremos ese asunto:

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"2a. Comisión de Guerra.

"Honorable Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Guerra que suscribe, fue turnado para su estudio y resolución el expediente enviado por la Cámara de Senadores en el que concede una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios a la señora Cándida Valdez viuda de Hernández, por los servicios que prestó a la Patria su finado esposo el C. Teniente de Artillería Luis C. Hernández.

"La Comisión abunda en las mismas razones en que la Comisión de la Cámara colegisladora fundó su dictamen para conceder la pensión a la señora Valdez viuda de Hernández.

"Revisada la documentación respectiva aparece que el C. Luis C. Hernández prestó importantes servicios a la Nación durante las guerras de Intervención Francesa y el llamado Imperio, habiéndose encontrado en el sitio y toma de Querétaro.

"En tal virtud, nos permitimos proponer a Vuestra Soberanía, para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de dos pesos cincuenta centavos diarios a la señora Cándida Valdez viuda de Hernández, por los servicios prestados a la Patria por el extinto C. Teniente de Artillería Luis Hernández, esposo de la interesada. Esta pensión le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras no cambie de su actual estado civil."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 24 de noviembre de 1934. - Ireneo Contreras C. - J. Nochebuena."

- El mismo C. Prosecretario: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Prosecretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Tenemos el honor de remitir a ustedes, en ocho, fojas útiles, para los efectos constitucionales, el expediente con la minuta del proyecto de Decreto por el que se ratifica la jubilación del C. Luis Isidoro Reed Emparan, Oficial Mayor de la H. Cámara de Senadores.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 27 de noviembre de 1934. - E. Soto Reyes, S. S. - J. de D. Bátiz, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Crédito.

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. No se dispensan los trámites. Pasa a la comisión de Crédito respectiva.

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Tenemos el honor de remitir a ustedes, en ocho fojas útiles, para los efectos constitucionales, el expediente con la minuta del Proyecto de Decreto, por el que se ratifica la jubilación al C. Miguel

Camarena, Taquígrafo Parlamentario de la H. Cámara de Senadores.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., noviembre 27 de 1934. - E. Soto Reyes, S. S. - J. de D. Bátiz, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Crédito.

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Tenemos el honor de remitir a ustedes, en ocho fojas útiles, para los efectos constitucionales, el expediente con la Minuta del Proyecto de Decreto, por el que ratifica la Jubilación al C. Porfirio Parra, empleado de la Cámara de Senadores.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 27 de noviembre de 1934. - E. Soto Reyes, S. D. - Juan de D. Bátiz, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Crédito.

"Cámara de Senadores. - Estados Unidos Mexicanos. - México, D. F.

"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Tenemos el honor de remitir a ustedes, en ocho fojas útiles, para los efectos constitucionales, el expediente con la minuta del proyecto de decreto, por el que se ratifica la jubilación del C. Apolinar Ortega, mozo de la Cámara de Senadores.

"Reiteramos a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 27 de noviembre de 1934. - E. Soto Reyes, S. S. - Juan de D. Bátiz, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Crédito.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los proyectos reservados. Por la afirmativa.

El C. Secretario Mayés Navarro: Por la negativa.

(Votación).

El C. Prosecretario Ponce de León: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la afirmativa?

El C. Secretario Mayés Navarro: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar por la negativa?

El C. Prosecretario Ponce de León: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación). Por unanimidad de noventa y dos votos fueron aprobados los proyectos reservados. Pasan al Ejecutivo y al Senado para sus efectos constitucionales.

El C. Presidente: Se pregunta a la Asamblea si se aprueba el nombramiento del ciudadano Prosecretario Rafael Ponce de León, como Secretario de esta Cámara, para substituir en ese cargo al extinto representante Federico Quiroga. (Voces: ¡Sí!) Los que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo. Aprobado. (Aplausos).

El C. Altamirano Manlio Fabio: Pido la palabra para la lectura de un documento.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Altamirano: Compañeros diputados: Pedí la palabra para la lectura de un documento, porque lo considero de trascendencia y de importancia para esta Cámara, en virtud de que todos nos hemos significado como diputados radicales. El documento es la lista de los puntos de vista aprobados por el reciente Congreso de Escritores Revolucionarios celebrado en esta Capital. Dice así:

"Conclusiones a que se llegó en la sesión final del Sindicato de Escritores Revolucionarios, en el día 26 de 1934.

"I. Los trabajadores intelectuales al servicio del Estado, deben considerarse como asalariados que deben de gozar de las mismas prerrogativas que los demás trabajadores;

"II. Pedir al ciudadano Presidente Electo de la República, después de hacerse cargo de su puesto, amplias garantías para todos los escritores revolucionarios que traten de difundir sus ideas sociales, de acuerdo con las tendencias sociales avanzadas;

"III. El frente único que se formará con todas las organizaciones de escritores revolucionarios que se han reunido en este Congreso, pugnará por que los textos que se usan en las escuelas oficiales, sean de los producidos por los miembros del frente único;

"IV. El Sindicato de Escritores Revolucionarios y el Congreso se declaran abiertamente partidarios de las doctrinas económicas cuyo autor es Carlos Marx, y del Socialismo Científico; por lo tanto, nuestra tarea será difundir por cuantos medios estén a nuestro alcance el marxismo (por el Radio, la Prensa, el Teatro, el Cine y la Pintura). Todos aquellos elementos que por falta de preparación no estén los suficientemente preparados para poder interpretar el marxismo, los Comités Estatales de este frente único se encargarán de organizar mítines periódicos entre los sindicatos, para ir creando conciencia de clase en las masas trabajadoras y señalarles cuál es la ruta revolucionaria que deben de seguir en defensa de sus demandas económicas inmediatas;

"V. El frente único declara públicamente que combatirá en todas las formas que sean necesarias, al fascismo en todas sus manifestaciones, ya sean los llamados camisas doradas, grupo integrado por farsantes y payasos que se han puesto al servicio del Imperialismo Alemán y del Imperialismo Norteamericano, para combatir y destruir a las organizaciones revolucionarias de trabajadores; a los camisas azules o rojas o mexistas, que han aparecido recientemente en el país;

"VI. El frente único denunciará ante la faz del mundo entero y del proletariado de México los preparativos guerreros que aquí se hagan, y declarará el boycot, con la sangre proletaria, así como instigará a los soldados, obreros y campesinos, para que volteen sus armas contra sus verdugos (el militarismo) y no peleen contra los trabajadores de cualquier otro país, que son nuestros hermanos de clase y que nada tienen que ver con las diferencias entre capitalistas;

"VII. Que se nombre una comisión para que, a nombre de este frente único, se acerque al C. General Lázaro Cárdenas y pida el regreso de todos

los deportados en las Islas Marías, por el solo hecho de tratar de implantar el Salario Mínimo en varias de las haciendas del General Eulogio Ortiz y en Camarón, N. L. Estos trabajadores, sin haber cometido algún delito ni haber sido sentenciados por autoridad judicial alguna, fueron y se encuentran deportados en las Islas Marías;

"VIII. Que se pida al ciudadano Presidente Electo que funcionen legalmente las organizaciones revolucionarias del Socorro Rojo Internacional, la Liga Anti - Imperialista de México, el Partido Comunista de México, el periódico "El Machete" varias veces saqueado, y demás periódicos, órganos de la Confederación Sindical Unitaria de México; es paradójico que México, diciéndose revolucionario, persiga estos sindicatos y, en cambio, en Estados Unidos se publica el World Worker, Diario de la magnitud de "El Universal", órgano de las organizaciones revolucionarias, y

"IX. Que se pida al ciudadano Presidente Electo la reanudación de las relaciones diplomáticas y comerciales con el Gobierno Soviet, pues los mismos Estados Unidos, país capitalista, ha reconocido a ese régimen jurídico; hacer ver al Gobierno que el Comunismo no se importa, que es una consecuencia misma de los errores del régimen capitalista".

Es verdaderamente consolador, señores diputados, que los jóvenes escritores, que han sido ya creados al calor de la Revolución, tengan esas orientaciones. Son los escritores revolucionarios los que van a seguir combatiendo, en las columnas de la prensa, a los Juncos de todos los periódicos.

El C. Liera B. Guillermo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Liera B. Guillermo: Nada más para informar a la Asamblea que hoy, ya casi al medio día, recibí informes de que los compañeros del Congreso de Panamá, cuya llegada se nos anunció en sesión de esta Cámara, se encuentran ya aquí. Los compañeros que fueron a recibirlos, designados de improviso, me informan que nadie más estuvo ahí con tal objeto, y que los colegas de Panamá estaban un poco sentidos porque la Cámara Federal no había mandado representantes. Tienen la impresión, porque alguien se los dijo, que nosotros les preparábamos una sesión solemne. Pongo en conocimiento de ustedes lo anterior, para lo que a bien tengan acordar, porque ya están aquí según lo he dicho, y no hemos tenido para ellos ninguna muestra de amistad. Los mismos compañeros de Panamá dicen que el Congreso Mexicano está ocupando un lugar muy prominente, y que sus ideas son muy discutidas en los países del sur; quieren que les informemos ampliamente de nuestros trabajos, y que les proporcionemos toda la literatura que exista, acerca de los últimos asuntos que hemos tratado aquí. Ven, pues, ustedes, que los compañeros de Panamá tienen estimación por nosotros, y es justo que correspondamos a esa su buena voluntad.

El C. Cebada Tenreiro Rafael: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Cebada Tenreiro Rafael: Por fin, ¿fueron los comisionados a recibir a los compañeros de Panamá, o no? Dice el Diputado Liera que nombró una comisión para que fueran a recibirlos, y que nadie los recibió. ¿Entonces en qué quedamos?

El C. Liera B. Guillermo: Suplico al compañero que se fije bien en lo que estoy diciendo. Dije que los compañeros de Panamá expresaron a la comisión que se nombró, que ya estaban muy sentidos porque creían que no se les había ido a recibir.

El C. Cebada T.: ¡Ah! ¡Creían! (Risas.)

El C. Secretario Ponce de León: Se procede a la elección de Mesa Directiva de la Cámara para el mes de diciembre. (Votación.)

Por unanimidad de noventa y cuatro votos resultaron electos para fungir como Presidente y Vicepresidentes de esta Cámara, durante el próximo mes de diciembre, respectivamente, los siguientes ciudadanos Diputados: Donaciano Carreón, Rafael Anaya y Alfonso Ramírez Paulín. (Aplausos.)

El C. Presidente: En atención a que el próximo día 30 del actual tendrá verificativo en el Estadio Nacional la sesión a que ha convocado esta Cámara para tomar la protesta al Presidente Electo de la República, ciudadano Lázaro Cárdenas, se hace especial recordatorio a todos los miembros de esta Asamblea para que asistan con toda puntualidad, haciendo la aclaración de que cualquiera dificultad que se presente para las invitaciones, existe en el Partido Nacional Revolucionario un comité encargado de resolverlas. A continuación, y como último acto de esta sesión, la Secretaría dará lectura a las comisiones de cortesía que se ha servido designar esta Presidencia, y en las cuales se ha procurado que estén representados todos los Estados de la República.

- El C. Secretario Ponce de León:

Para acompañar al Presidente del C. E. N. del P. N. R., desde su domicilio hasta la entrada del Estadio CC. Francisco Trejo, Pedro Palazuelos y Romeo Ortega.

Para atenderlo dentro del Estadio, CC. Gustavo Espinosa Mireles, Gilberto Bosques y Juan Chacón.

Para acompañarlo hasta el Palacio Nacional, CC. Rafael A. Valdés, Gonzalo González y Carlos A. Calderón.

Para acompañar al C. General Plutarco Elías Calles, hasta las puertas del Estadio, CC. Ildefonso Garza, Rafael Cebada Tenreiro y Carlos Real.

Para recibirlo y atenderlo dentro del Estadio, CC. Alejandro Gómez Maganda, Julián Aguilar G. y Guillermo Liera B.

Para acompañarlo al Palacio Nacional, CC. Rafael Campos Viveros, José Martínez Vértiz y Pablo Emilio Sotelo Regil.

Para acompañar al Presidente de la República desde su domicilio hasta las puertas del Estadio, CC. Gustavo Marín R., Gilberto Flores Muñoz y Maurilio Ortiz.

Para recibirlo y atenderlo dentro del Estadio,

CC. David Arizmendi, Joaquín Muñoz y Tomás Siqueiros.

Para acompañarlo al Palacio Nacional CC. Aurelio Velázquez, Tito Ortega y Francisco Ochoa Zamudio.

Para acompañar al C. General Lázaro Cárdenas, Presidente Electo de la República, desde su domicilio hasta las puertas del Estadio, CC. Luis I. Rodríguez, Lorenzo Quevedo y Delfín Cepeda.

Para recibirlo y atenderlo dentro del Estadio, CC. Plutarco Elías Calles jr., Rodolfo T. Loaiza y Arturo Chávez, y

Para acompañarlo del Estadio hasta el Palacio Nacional, CC. Carlos Peralta, Rafael Avila Camacho y Antonio Villalobos.

El C. Presidente (a las 20.45): Se levanta la sesión.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina, JOAQUIN Z. VALADEZ.