Legislatura XXXVI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19351023 - Número de Diario 13

(L36A2P1oN013F19351023.xml)Núm. Diario:13

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 1935

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXXVI LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 13

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 23

DE OCTUBRE DE 1935

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta anterior.

2.- El C. Gobernador Provisional del Estado de Colima, invita a los miembros de la Cámara para la feria regional que tendrá lugar en la capital de aquel Estado, y solicita que se done un implemento agrícola. Igualmente invita a la Cámara a la toma de posesión del nuevo Gobernador de aquella Entidad Federativa. Se nombra una comisión y se hace el donativo.

3.- Se concede licencia al C. Diputado Samuel León.

4.- Cartera.

5.- Dictamen de la Comisión de Crédito, que consulta proyecto de Ley de Jubilaciones para los funcionarios y empleados de Poder Legislativo. Trámite: Primera lectura, e imprímase.

6.- Sin discusión se aprueban cinco dictámenes: uno de la Comisión de Economía y Estadística, uno de la 1a. de Guerra y tres de la de Crédito, que consultan diversos acuerdos económicos.

7.- Sin discusión se aprueban dos dictámenes: uno de la Comisión de Crédito y otro de la Comisión de Relaciones Exteriores, que consultan proyectos de Decreto por los que, respectivamente, se faculta al Ejecutivo de la Unión para que con cargo a la partida que estime conveniente del Presupuesto de Egresos en vigor, cubra los gastos que erogue la traslación de los restos de los extintos ciudadanos General J. Jesús Carranza Garza, Capitán Ignacio Peraldi y Teniente Abelardo Carranza, del Puerto de Veracruz a la población de Cuatro Ciénegas, Coah., y se concede permiso constitucional al ciudadano Carlos E. Trejo. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. RODOLFO T. LOAIZA

(Asistencia de 90 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 18.15): Se abre la sesión.

- El C. secretario León Tostado (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXVI Congreso de la Unión, el día diez y ocho de octubre de mil novecientos treinta y cinco.

"Presidencia del C. Rodolfo T. Loaiza.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y treinta y cinco minutos del viernes diez y ocho de octubre de mil novecientos treinta y cinco, se abre la sesión con el mismo número de ciudadanos diputados que asistieron a la secreta que antes se celebró.

"Es aprobada, sin discusión, el acta de la sesión anterior que se efectuó el día diez y seis del mes en curso.

"La Secretaría da cuenta con los siguientes documentos en cartera:

"La Cámara de Senadores, remite un proyecto de decreto que concede jubilación al C. Fidencio Soria Sánchez, por más de veinte años de servicios al Poder Legislativo.- Recibo, y a la Comisión de Crédito.

"La Secretaría de Gobernación, transcribe un oficio de la de Guerra y Marina, relativo a que al reglamentarse el artículo 4o. constitucional, se declare que entre las profesiones que necesitan título para ejercerse se encuentran la de Marino de Guerra y Marino Mercante.- Recibo, y a la 1a. Comisión de Educación Pública.

"Solicitud de licencia del C. Diputado Gustavo Marín R., por mes y medio, con goce de dietas.- Concedida sin discusión y previa dispensa de trámites.

"La Legislatura del Estado de Morelos, participa que con fecha 5 del actual, inauguró el segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio.- De enterado.

"Iniciativa de Ley del Ejecutivo de la Unión, que adiciona la Ley de Bienes Inmuebles de la Nación, de 18 de diciembre de 1902.

"La Asamblea considera que el asunto es de urgente y obvia resolución, por lo que se pone desde luego a discusión, en lo general, y en virtud de que no la motiva, se reserva para ser votado nominalmente.

"A discusión en lo particular cada uno de los artículos de que se compone la Iniciativa, no dan

lugar a ella, por lo que sucesivamente se reservan para su votación nominal. Los artículos de que se trata están redactados en los siguiente términos:

"Artículo 1o. Quedan equiparados a los bienes destinados a un servicio público, los predios o edificios que el Ejecutivo Federal destine a determinada obra de interés social, aunque la misma esté a cargo de personas o entidades privadas.

"Artículo 2o. El destino que se lleve a acabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, podrá extinguirse o modificarse en los términos que establece el artículo 21 de la Ley de 18 de diciembre de 1902.

"Artículo 3o. Para dictar alguna de las determinaciones que esta ley autoriza, deberá contarse con la opinión favorable de la Secretaría de Estado o Departamento Administrativo con el que, por su naturaleza, guarda conexión la obra de interés social de que se trate.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Esta ley entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario oficial".

"Artículo 2o. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente ley."

"En seguida se procede a recoger la votación nominal, en un solo acto, en lo particular y en lo general, del proyecto preinserto y resulta aprobado por unanimidad de ochenta y nueve votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"A las diez y nueve horas se levanta la sesión."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada el acta.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"El C. Gobernador Provisional del Estado de Colima, invita a los miembros de esta Cámara para la feria regional que tendrá lugar en la capital de aquel Estado, del 1o. al 15 de noviembre próximo, y suplica se envíe algún implemento agrícola para premiar al mejor ejido de esa Entidad."

"El C. Gobernador Provisional del Estado de Colima, invita a esta Cámara para la toma de posesión del nuevo Gobernador de aquella Entidad, que tendrá lugar el 10 del próximo noviembre."- Se nombra en comisión a los CC. Diputados Ignacio Gamiochipi, Arturo Gómez, Pablo Emilio Sotelo Regil y Mariano Vértiz, y transcríbase a la Comisión de Administración para que resuelva sobre la compra del implemento agrícola.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"El suscrito, diputado en ejercicio por el 1er. Distrito Electoral del Estado de Chiapas, solicita de esta H. Asamblea licencia para estar separado de su cargo, con goce de dietas, durante quince días, en virtud de tener que trasladarse al Distrito de referencia al arreglo de asuntos urgentes, a partir del día 25 del actual.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi muy atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 23 de octubre de 1935.- Diputado Samuel León."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D. F.

"A los CC. Secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

"De conformidad con lo estipulado en el artículo 72, fracción D, nos permitimos devolver el expediente formado por el Proyecto de Ley expedido el 30 de octubre de 1924 por esa H. Cámara, en virtud de haber sido desechado al juzgarlo extemporáneo en esta Cámara en sesión celebrada con fecha 15 de los corrientes; lo que comunicamos a ustedes para su conocimiento y fines consiguientes.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, 21 de octubre de 1935.- Alejandro Antuna, S. S.- M. Tárrega, S.S." - Recibo, y a la 1a. Comisión de Justicia.

"La Secretaría de Gobernación transcribe las observaciones que hace el C. Presidente de la República al decreto expedido por el Congreso de la Unión, pensionando a la señora Isabel Torres, viuda del Teniente Coronel Médico Militar Ricardo Suárez Gamboa."- Recibo, y a la 2a. Comisión de Guerra que conoció del asunto.

"El C. Lic. Francisco Salcedo, comunica que se hizo cargo del Poder Ejecutivo de Veracruz, en virtud de licencia hasta por ocho días concedida al Gobernador Constitucional Interino."- De enterado.

"La Liga de Empleados de Comercio e Industria de Guadalajara, Jal., pide que al reformarse la Ley Federal del Trabajo, se consignen medidas para que las demandas obreras que se presenten ante las Juntas de Conciliación, se tramiten con prontitud y justicia, pues se han dado casos de que fallezcan los quejosos sin haber obtenido laudo alguno."- Recibo, y a la 2a Comisión de Trabajadores que tiene antecedentes.

"El Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, Sección número 10 de Guadalajara, Jal., hace suya y la apoya en todos sus puntos la iniciativa de la Liga de Empleados de Comercio e Industria de esa ciudad, para que se reforme la Ley Federal del Trabajo, en el sentido que la misma lo solicita."- Recibo, y a la 2a. Comisión de Trabajo que tiene antecedentes.

"Numerosos vecinos del pueblo de San Mateo Churubusco de la Delegación de Coyoacán, D. F., piden se les condonen los recargos y se les concedan plazos razonables para pagar sus adeudos de los predios rústicos y urbanos de su pertenencia."- Recibo, y transcríbase al Ejecutivo de la Unión.

"Los CC. Eduardo Villegas, Juan Soto, Ernesto Noriega y otros, piden que, al reglamentarse el artículo 4o. constitucional, sean considerados como títulos de abogado los nombramientos de Jueces de Primera Instancia que fueron expedidos por acuerdo del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista en el año de 1915."- Recibo, y a la 1a. Comisión de Educación que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"A la Comisión de Crédito que suscribe, fue turnado para su estudio y resolución correspondiente, el expediente que contiene el pliego de observaciones que hace el Ejecutivo de la Unión al Proyecto de Ley de Jubilaciones a los funcionarios y empleados del Poder Legislativo, que la H. Cámara de Senadores, en apoyo al inciso c) del artículo 72 constitucional, tuvo a bien ratificar y remitir a esta Cámara para sus efectos constitucionales.

"A esta Comisión, al avocarse el estudio de las objeciones que formuló el Ejecutivo, le parece que éste no tomó en consideración el reducido número de empleados que prestan sus servicios en el Poder Legislativo, y la circunstancia de que las erogaciones que por virtud de dicha Ley pudieran ocasionarse, y si éstas las hubiere, serían de pequeñísima cuantía y con muy raras excepciones tendría que verse este caso, toda vez que la Ley establece que la jubilación sólo podrá concederse con los caracteres de forzosa o voluntaria. Para el primer caso se requieren 15 a 20 años de servicios y haber adquirido enfermedad física o mental en el desempeño de sus labores; para el segundo caso se necesitan 20, 25 o más años de servicios, tal como lo estipula el artículo 3o., y que debe entenderse que el empleado tiene derecho a disfrutar de los beneficios de esta Ley, una vez cumplidos los 50 años de edad, aun cuando en los momentos de solicitar su jubilación no sea empleado del Poder Legislativo, y tomando como base el último sueldo que disfrutó.

"Ahora bien, los antecedentes que existen de la poca estabilidad que tienen estos empleados, es una razón de más para que no abrigue ningún temor el Ejecutivo Federal de que pudiera causarse un desnivel en el Presupuesto, pues si se revisan las jubilaciones concedidas por el Poder Legislativo a sus empleados, en el período comprendido del año de 1917 a la fecha, se verá que no llegan a diez, y de estas sólo obtienen beneficios cinco o seis personas, en virtud de que otras han fallecido y el resto no han podido comprobar sus derechos.

"Por otra parte, si se toma en consideración que actualmente la mayoría de los empleados la componen elementos jóvenes, resulta que están muy lejos de ser favorecidos por esta Ley, y a quienes les toque ser beneficiados por ésta, será hasta dentro de algunos años a un grupo reducidísimo de antiguos empleados.

"Todas estas razones las ha tomado en cuenta la Comisión de Crédito, y la muy especial de que todos los servidores del Poder Legislativo están excluidos de los beneficios que otorga la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro a los otros servidores de la Federación, conforme al Decreto de fecha 9 de enero de 1934, publicado en el "Diario Oficial", que dice "Artículo 1o. Los empleados del Poder Legislativo no están comprendidos dentro de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro, del 12 de agosto de 1925". Este hecho constituye, en nuestro concepto una garantía más para los intereses de la Hacienda Pública, ya que al tomarse en cuenta nuestra aclaración, creemos fundadamente que se rectificará el celo que tuvo el propio Ejecutivo al denegar su apoyo a la presente Ley.

"Fundamentos de equidad y de justicia nos han hecho seguir apoyando esta idea, que viene solamente a consagrar una pequeña garantía a los empleados que prestan sus servicios en el Poder Legislativo; pues consideramos también que este reducido conglomerado de elementos, tiene justo derecho a que se dignifique con una prerrogativa, como exigua recompensa a sus energías gastadas durante los años que tiene de prestar sus servicios, para fin de tener derecho a ese beneficio.

"Con las razones anteriormente expuestas, dejamos a la recta e ilustrada consideración de ustedes, la deliberación, aprobación y ratificación del siguiente proyecto de ley que, como ya se ha dicho, mereció la ratificación de la Cámara de Senadores:

"Proyecto de Ley de Jubilaciones a los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo.

"Artículo 1o. Los funcionarios y empleados que hayan desempeñado cualquier puesto en el Poder Legislativo, tienen derecho a jubilación forzosa o voluntaria, de acuerdo con las prevenciones contenidas en esta Ley.

"Artículo 2o. La jubilación forzosa procede cuando el funcionario o empleado contraiga alguna enfermedad física o mental que provenga del esfuerzo desarrollado en el desempeño de sus funciones, que lo imposibilite permanentemente para seguir trabajando, y se concederá:

"I. Cuando se hayan prestado diez a quince años de servicios. En este caso, el interesado, percibirá el veinticinco por ciento de su último sueldo;

"II. Cuando se hayan prestado de quince a veinte años de servicios. En este caso, el interesado, percibirá el cincuenta por ciento de su último sueldo, y

"III. Cuando se hayan prestado servicios por

más de veinte años. En este caso, el interesado, percibirá las dos terceras partes de su último sueldo.

"Artículo 3o. La jubilación voluntaria se concederá a solicitud del interesado:

"I. Cuando haya prestado de veinte a veinticinco años de servicios y sea mayor de cincuenta años. En este caso, percibirá el cincuenta por ciento del sueldo que disfrute, y

"II. Cuando haya prestado más de veinticinco años de servicios. En este caso, percibirá dos terceras partes del sueldo que disfrute.

"Artículo 4o. El tiempo de servicios se computará aun cuando éstos se hayan prestado con interrupción.

"Artículo 5o. Cuando fallezca el funcionario o empleado que goce de jubilación o tenga derecho a ella, sus hijos, o en su defecto su esposa, disfrutarán de una pensión de igual al cincuenta por ciento del monto de la jubilación, hasta que los primeros no lleguen a la mayor edad o la segunda cambie de estado civil.

"Artículo 6o. Las jubilaciones y pensiones de funcionarios y empleados del Poder Legislativo serán decretadas por acuerdo expreso del H. Congreso de la Unión y pagadas íntegramente por la Tesorería General de la Federación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 10 de octubre de 1935.- J. Guadalupe Gallo.- Enrique Fernández Martínez."- Primera lectura, e imprímase.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión de Economía y Estadística.

"Honorable Asamblea:

"La suscrita Comisión de Economía y Estadística recibió, para su dictamen, el expediente que se formó con la solicitud del Grupo Revolucionario Pro - Hogar, relativa a que se le preste ayuda para conseguir el registro de su Cooperativa en la Secretaría de la Economía Nacional.

"Los suscritos somos de opinión que la ayuda que puede prestarse a los solicitantes es girar atenta comunicación a la Secretaría de la Economía Nacional, suplicándole que, de estar dentro de la Ley, sea registrada la Cooperativa de referencia, y en esa virtud nos permitimos someter a vuestro ilustrado criterio la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Transcríbase a la Secretaría de la Economía Nacional el memorial suscrito por el Grupo Revolucionario Orientador Pro- Hogar, encareciéndole que, de estar dentro de la Ley, sea registrada en esa dependencia del Ejecutivo la Cooperativa del mencionado grupo.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 23 de octubre de 1935.- Diputado Donaciano Carreón.- Diputado Francisco Trejo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Guerra.

"Honorable Asamblea:

"Esta 1a. Comisión de Guerra, por turno que le fue hecho, tiene para su estudio el expediente relativo a la solicitud de pensión presentada por la señora Feliciana Peña, por los servicios que prestó al Ejército su extinto hijo, el soldado de Caballería José García Hernández.

"En vista de haberse recibido una comunicación en que se da cuenta de la muerte de la peticionaria, los suscritos proponemos se apruebe el siguiente punto de acuerdo económico:

"Habiendo fallecido la señora Feliciana Peña, quien formuló solicitud de pensión por servicios prestados al Ejército por su extinto hijo, el soldado de Caballería José García Hernández, archívese el expediente respectivo."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., octubre de 1935.- Rafael Avila Camacho.- S. González."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobado.

"Comisión de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y resolución correspondiente, se turnó por acuerdo de Vuestra Soberanía, a la Comisión de Crédito que suscribe, el expediente formado con la solicitud y documentación respectiva, de las señoritas Lucía y Lidia Goroztiza, que enviaron a esta Cámara con fecha 8 de octubre de 1930, por la que solicitan se les conceda una pensión por los servicios que durante los años de 1824 a 1847 prestó a la nación su extinto abuelo, el C. Manuel Eduardo Goroztiza.

"La Comisión, al hacer el estudio de rigor, encontró perfectamente comprobados los servicios que en el siglo pasado prestara a la República el mencionado ciudadano Goroztiza, siendo esto sumamente importante y meritorio, en el caso presente, que, de premiarse, sólo se justificaría si se hiciera, si no directamente a la persona que se hizo acreedora por su actuación, cuando menos a los hijos del extinto, y éstos ya no existen por haber fallecido. Ahora los nietos reclaman esta recompensa que legalmente no les corresponde y que el Erario no está en condiciones de erogar.

"Opinan los suscritos que debe negarse esta solicitud, por las razones expuesta, y así se permite consultarlo a la H. Cámara, en el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Dígase a las señoritas Lucía y Lidia Goroztiza que, estando en estudio la reglamentación de conceder pensiones a los descendientes de personas que han prestado grandes servicios a la patria, no es posible por ahora concederles la pensión que solicitan como nietas del extinto C. Manuel Eduardo Goroztiza. Devuélvanse los documentos."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 16 de octubre de 1935.- J. Guadalupe Gallo.- Enrique Fernández Martínez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobado.

"Comisión de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y resolución correspondiente, fue turnado a la Comisión de Crédito que suscribe, el expediente que contiene ocurso del C. Profesor Pablo García, enviado a esta H. Cámara con fecha 1o. de septiembre de 1931, solicitando se le conceda una pensión en virtud de los servicios que ha prestado a la nación desde el año de 1887, como lo comprueba con los nombramientos que le fueron expedidos por el Gobierno que también figura en el citado expediente.

"La Comisión, al avocarse al estudio respectivo, encuentra que no es de su competencia la resolución de este asunto, sino que es a la Dirección General de Pensiones de Retiro, a quien corresponde conocerlo, de acuerdo con lo establecido por los artículos 6o. y 7o. de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro, expedida el 12 de agosto de 1925.

"En consecuencia, los suscritos son de opinión de que se le devuelvan al interesado los documentos que remitió, indicándosele a la vez que debe hacer sus gestiones directamente a la Dirección General de Pensiones de Retiro.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos, con toda atención, someter a la deliberación y aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Único. Dígase al C. Profesor García que no es a esta H. Cámara a quien le compete conocer de su solicitud que presentó, relativa a que se le conceda una pensión por los servicios que prestó al Gobierno desde el año de 1887, principalmente en el Magisterio, sino que es a la Dirección General de Pensiones de Retiro a quien corresponde conocer de su solicitud, de acuerdo con lo estatuido por los artículos 6o. y 7o. de la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro, expedida el 12 de agosto de 1925. Asimismo devuélvansele los documentos relativos que presentó."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 15 de octubre de 1935.- J. Guadalupe Gallo.- Enrique Fernández Martínez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobado.

"Comisión de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"A la Comisión de Crédito que suscribe, fue turnado para su estudio y resolución que proceda, el expediente que contiene documentación enviada por la señorita Josefina Rivero Andrade, con fecha 15 de noviembre de 1932, en la cual se hacen constatar los servicios que prestó al Gobierno su extinto padre el C. Ingeniero José Rivero Heras, durante los años de 1875 a 1912, con el carácter de profesor de varias asignaturas; por lo que solicita se le conceda una pensión vitalicia.

"La Comisión, al verificar el estudio respectivo, encuentra que los servicios prestados al Gobierno por el finado C. Ingeniero José Rivero Heras, no son suficientemente meritorios para que se le conceda la pensión que solicita su hija, la señorita Josefina Rivero Andrade, permitiéndose los suscritos proponerlo así a la H. Asamblea, en el siguiente acuerdo económico:

"Único. Por no estimarse suficientemente meritorios los servicios que, como Profesor de varias asignaturas, prestó al Gobierno durante los años de 1875 a 1912, el extinto C, Ingeniero José Rivero Heras, se deniega la solicitud de pensión que envió a esta H. Cámara la señorita Josefina Rivero Andrade, a quien se le devolverá la documentación respectiva, comunicándosele el resultado."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 15 de octubre de 1935.- J. Guadalupe Gallo.- Enrique Fernández Martínez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"A la Comisión de Crédito que suscribe, fue turnado para su estudio y resolución al expediente que contiene el escrito del C. Arturo Carranza, por el que solicita que esta H. Cámara autorice los gastos necesarios que origine la translación de los restos del señor su padre, el Extinto General J. Jesús Carranza Garza, así como también los restos de los extintos Capitán Ignacio Peraldí y Teniente Abelardo Carranza, que fueron sacrificados en Xambao, Oax., en el año de 1915, por el infidente Santibáñez, cuando prestaban grandes servicios a la Revolución, secundando los postulados reivindicadores de 1910.

"La Comisión, tomando en cuenta los efectivos servicios que tanto el General Carranza como los oficiales Peraldí y Carranza, prestaron al movimiento revolucionario, así como tomando también en cuenta que los familiares de los desaparecidos no están en condiciones de sufragar los gastos que demanda el translado, atentas estas razones, los suscritos opinan que esta H. Cámara debe cubrirlos, y así se permiten someterlo a la aprobación de Vuestra Soberanía, en el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Transládense los restos de los extintos General J. Jesús Carranza Garza, Capitán Ignacio Peraldí y Teniente Alberto Carranza, del Puerto de Veracruz a la población de Cuatro Ciénegas, Coahuila.

"Artículo 2o. Se faculta al Ejecutivo Federal para que, con cargo a la partida que estime conveniente del Presupuestos de Egresos en vigor, cubra los gastos que origine la translación de los restos que se mencionan."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 8 de octubre de 1935.- J. Guadalupe Gallo.- Enrique Fernández Martínez."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Comisión de Relaciones Exteriores.

"H. Asamblea:

"El C. Carlos E. Trejo, con fecha 2 del mes en curso, presentó ante esta Cámara un escrito en que solicita el permiso constitucional necesario para que, sin perjuicio de su ciudadanía mexicana, pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Haití en México, cargo que substituye al de Vicecónsul que tenía antes.

"Esta solicitud, que Vuestra Soberanía tuvo a bien turnar a la Comisión de Relaciones Exteriores que suscribe, se encuentra de conformidad con lo prescripto por la ley de la materia, por lo que somos de parecer se conceda al interesado el permiso que solicita.

"Con este motivo, nos permitimos presentar ante la H. Asamblea su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Carlos E. Trejo para que, sin perjuicio de su ciudadanía mexicana acepte y desempeñe el cargo de Cónsul Honorario de la República de Haití en México, que substituye al de Vicecónsul que antes desempeñaba."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 7 de octubre de 1935.- Gustavo Espinosa Mireles.- J. Guadalupe Gallo.- Guillermo A. Esteva."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para votación nominal.

Se procede a recoger la votación nominal de los decretos leídos. Por la afirmativa.

El C. Secretario Torres Caballero: Por la negativa.

(Votación).

El C. Secretario León Tostado: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Torres Caballero: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Secretario León Tostado: Aprobados los decretos por unanimidad de votos, pasan al Senado para los efectos constitucionales.

El C. Presidente (a las 18.50): Se levanta la sesión y se cita para el próximo viernes a las diecisiete horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina,

JOAQUIN Z. VALADEZ.