Legislatura XXXVII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19370908 - Número de Diario 9
(L37A1P1oN009F19370908.xml)Núm. Diario:9Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., MIÉRCOLES 8 DE SEPTIEMBRE DE 1937
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XXXVII LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 9
SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL
DE LA
CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 8
DE SEPTIEMBRE DE 1937
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
2.- Sin discusión se aprueba un dictamen de la 1a Comisión Revisora de Credenciales, 1a. Sección, por el que se declara que son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Puebla y que son diputados, propietario y suplente, respectivamente por el mencionado distrito, los ciudadanos Julián Cacho y Rafael Herrera A.
3.- Sin discusión se aprueban dos dictámenes; uno de la 1a. Comisión de Poderes, 3a. Sección, y otro de la propia Comisión, 4a. Sección, por los que se declaran nulas las elecciones que para diputados federales se efectuaron el día 4 de julio del presente año en los Distritos Electorales 4o. y 11. del Estado de Puebla y que se convoque a elecciones extraordinarias en los distritos de referencia. Se levanta la sesión de Colegio Electoral y se pasa a sesión de Cámara.
DEBATE
Presidencia del
C. JOSÉ CANTÚ ESTRADA
(Asistencia de 116 ciudadanos diputados.)
El C. Presidente (a las 20.40): Se abre la sesión.
- El C. Secretario Delgado Rodolfo (leyendo):
"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados del XXXVII Congreso de la Unión, el día tres de septiembre de mil novecientos treinta y siete.
"Presidencia del C. José Cantú Estrada.
"En la ciudad de México, a las quince horas y quince minutos del viernes tres de septiembre de mil novecientos treinta y siete, se abre la sesión con asistencia de ciento seis ciudadanos diputados.
Se da cuenta con un dictamen de la 5a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, que concluye con los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 4 de julio del presente año, en el 10. Distrito Electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el expresado Distrito Electoral, los CC. Alfredo Cuéllar Castillo y Ladislao Velasco."
Se ponen a discusión, y sin que la motiven, se aprueban, por lo que la Secretaría hace la declaratoria de rigor.
"En seguida se pone a debate un dictamen de la 1a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales que termina con los puntos resolutivos que se insertan a continuación:
"Primero. Son nulas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se celebraron el día 4 de julio del año en curso, en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Convóquese en su oportunidad a nuevas elecciones para diputados federales por el distrito de referencia."
"Sin que nadie los objete son aprobados los puntos resolutivos que anteceden, y se hace, por la Secretaría, la declaratoria del caso.
"A las quince horas y veinticinco minutos se levanta la sesión."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 1a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"A la 1a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente electoral relacionado con las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se verificaron el 4 de julio del presente año en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Puebla. "Del examen que se ha hecho de toda la
documentación recibida aparece que la fórmula Julián Cacho - Rafael Herrera A., obtuvo la mayoría de 17,008 votos y siendo a la que la Junta Computadora que se reunió en la ciudad de Tehuacán en el lugar designado previamente por la autoridad municipal, extendió las credenciales respectivas a los CC. Julián Cacho y Rafael Herrera A., como diputados propietario y suplente, respectivamente.
"Por lo anteriormente expuesto, esta Sección se permite someter a la consideración del H. Colegio Electoral, los siguientes puntos resolutivos:
"1o. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron el 4 de julio último en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"2o Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Julián Cacho y Rafael Herrera A."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 3 de septiembre de 1937.- César Martino.- Gonzalo Peralta A.- Humberto Obregón."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba, Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Julián Cacho y Rafael Herrera A." (Aplausos.)
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 3a. Sección.
"H. Asamblea:
"A la 3a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente electoral formado con la documentación recibida de las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se verificaron el 4 de julio del presente año en el 4o. Distrito del Estado de Puebla.
"Del examen que se hizo de esta documentación aparece lo siguiente: En este distrito fueron nulificados los plebiscitos que convocó el Partido Nacional Revolucionario, dejando libre el mismo para las elecciones que se efectuaron el domingo 4 de julio. Contendieron las siguientes fórmulas: Tomás Covarrubias - Metodio Gómez; Honorato Teutli - Jesús Teutli; Demetrio Romero López - Guillermo Cereso; Miguel Hidalgo Salazar - Pedro L. Romero; Francisco Linares T. - Calixto González; Andrés Reyes Otero - Julián Hernández; Manuel M. Moreno - León Huerta; Luis Lombardo Toledano - Lucio Martínez; Juan R. Juárez- Elías Ávila; Aurelio Mota - Abel Cruz; Eduardo Cortina - Ismael González y Rubén García - Alberto Guerrero.
"Por el número de candidatos se verá que las elecciones no se apagaron a lo que dispone la Ley de Poderes Federales, puesto que se reunieron 12 Juntas Computadoras de las que ninguna reunió los requisitos legales y por tanto esta Comisión Revisora tomando en consideración las numerosas violaciones e irregularidades cometidas en este distrito por las diversas fórmulas que contendieron, opina que deben nulificarse las elecciones celebradas en julio pasado y convocarse a nuevas elecciones inmediatamente, sujetándose a las disposiciones que contiene la Ley para Elección de Poderes Federales.
"Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración y aprobación del H. Colegio Electoral, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Se nulifican las elecciones que para diputados federales, se efectuaron el 4 de julio del presente año en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Convóquese a elecciones extraordinarias en el distrito de referencia."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 8 de septiembre de 1937.- Héctor Pérez Martínez.- Efraín Aranda Osorio.- Bolívar Sierra."
Está a discusión el dictamen . No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. se nulifican las elecciones que para diputados federales se efectuaron el 4 de julio del presente año en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Convóquese a elecciones extraordinarias en el distrito de referencia."
"1a. Comisión de Poderes.- 4a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"A los suscritos, miembros de la 4a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, correspondió hacer el estudio y dictaminar sobre el expediente relativo a las elecciones que para diputados federales tuvieron verificativo el día 4 de julio del año en curso el 11. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"Al hacer el estudio de la documentación contenida en el expediente mencionado, se llegó al conocimiento de que en el distrito de que se trata contendieron las fórmulas integradas por los CC. Fidel Hernández - Ruperto Nieto y José García Valseca - Manuel M. Pérez, propietarios y suplentes,
"Se encontraron dos actas de igual número de Juntas Computadoras, en las cuales se hace aparecer como triunfantes a las dos fórmulas citadas; credenciales extendidas a favor de los CC. Fidel Hernández y Ruperto Pérez Nieto, ambas certificadas por la Presidencia Municipal de Zacatlán, Pue., y finalmente, un sinnúmero de telegramas de protesta por el triunfo que se dice obtuvieron las dos fórmulas, tanto de una parte como de la otra.
"Por lo anteriormente expuesto, la Comisión
llego a la conclusión de que en el Distrito de referencia las elecciones no se verificaron con apego a las disposiciones legales sobre la materia y que durante ellas se observaron numerosas irregularidades en virtud de lo cual se permite someter a la consideración de la H. Asamblea, para su aprobación en su caso, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son nulas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 4 de julio del presente año en el 11. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Convóquese a elecciones extraordinarias en el distrito de referencias."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 8 de septiembre de 1937.- Jorge Meixueiro.- Miguel Z. Martínez. - Eduardo B. Jiménez."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son nulas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 4 de julio del presente año en el 11. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Convóquese a elecciones extraordinarias por el distrito de referencia.
El C. Presidente: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las 17 horas a sesión de Cámara.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"
El Director, Jefe de la Oficina
JOAQUÍN Z. VALADEZ.