Legislatura XXXVII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19371202 - Número de Diario 31

(L37A1P1oN031F19371202.xml)Núm. Diario:31

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 1937

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XXXVII LEGISLATURA TOMO I.- NUMERO 31

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 2 DE DICIEMBRE DE 1937

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Se lee y aprueba el acta de la anterior.

2.- Cartera.

3.- La Secretaría de la Cámara de Diputados envía el Estado que manifiesta el número de expedientes tramitados por las Comisiones Permanentes de la Cámara de Diputados durante el mes de noviembre próximo pasado. Insértese en el DIARIO DE LOS DEBATES.

4.- Continúa la Cartera.

5.- Sin discusión se aprueban dos dictámenes: Uno de la 2a. Comisión de Gobernación y otro de la 2a. de Puntos Constitucionales, que consultan acuerdos económicos.

6.- Los ciudadanos Diputados Miguel Ángel Menéndez, Héctor Pérez Martínez, José Muñoz Cota y Rodolfo Delgado, presentan una proposición que consulta Proyecto de Decreto por el que se crean los Premios Nacionales de Literatura, Poesía, Música, Artes Plásticas e Investigación Científica. Se considera el asunto de urgente y obvia resolución. Sin discusión en lo general y en lo particular, se aprueba y pasa al Senado para los efectos de Ley.

7.- Dictamen de las Comisiones unidas de Tierras Nacionales y 2a. de Puntos Constitucionales, que consulta Proyecto de Decreto por el cual el Gobierno Federal cede al pueblo de Salina Cruz, del Estado de Oaxaca, a título gratuito, para que con ellos se constituya su fundo legal, los terrenos nacionales, urbanos y suburbanos planificados del puerto, con exclusión de los predios y construcciones destinados actualmente para los servicios públicos de la Federación y de los que ella se reserve para los mismos fines. Se considera el asunto de urgente y obvia resolución. Sin discusión se aprueba por unanimidad de votos en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo para los efectos de Ley.

8.- Sin discusión se aprueban cuatro dictámenes; tres de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales y uno de la de Relaciones Exteriores, por los que se concede permiso constitucional a los CC. General de División Lázaro Cárdenas, General Eduardo Hay, Licenciado Gonzalo Vázquez Vela, Doctor Francisco Castillo Nájera, Licenciado Alfonso Cravioto, Licenciado Ramón Beteta, Profesor Luis Chávez Orozco, Ernesto Hidalgo, Jaime Torres Bodet, Octavio Reyes Spíndola, Licenciado Luis I. Rodríguez, Doctor Gabriel Malda, Ingeniero Félix F. Palavicini, General Manuel Ávila Camacho, Samuel C. Rojas, J. Salvador Sánchez, Octavio Reyes Spíndola, Mayor Luis Ramírez Fontánez y Doctor Francisco A. Albuerne. Pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para los efectos de Ley.

9.- Dictamen de la 2a. Comisión de Gobernación que consulta Proyecto de Decreto por el que se declaran días de luto nacional, el 21 de mayo y el 10 de abril de cada año, como actos de justicia para honrar la memoria de los destacados revolucionarios C. Venustiano Carranza, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, y General Emiliano Zapata, Jefe de la Revolución del Sur, en las fechas en que fueron asesinados. Sin discusión se aprueba y pasa al Ejecutivo para los efectos de Ley.

10.- Se concede la palabra al C. Diputado Miguel Ángel Menéndez Reyes, quien informa a la Asamblea sobre el resultado de la comisión que se le confirió. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. ENRIQUE ESTRADA

(Asistencia de 87 CC. diputados.)

El C. Presidente (a las 18 horas): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Delgado Rodolfo (leyendo):

"Acta de sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXVII Congreso de la Unión, el día treinta de noviembre de mil novecientos treinta y siete.

"Presidencia del C. Alfonso Francisco Ramírez.

"En la ciudad de México, a las diez y nueve horas del martes treinta de noviembre de mil novecientos treinta y siete, se abre la sesión con asistencia de ciento quince ciudadanos diputados.

"En votación económica y sin discusión, se aprueba el acta de la sesión anterior, efectuada el día veintitrés del mes en curso.

"A continuación se da cuenta a la Cámara con los documentos en cartera:

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación, participa el fallecimiento de uno de sus magistrados el C. Licenciado don Daniel Galindo Esparza, acaecido el día 23 de los corrientes.- De enterado con sentimiento.

"La Legislatura del Estado de Morelos, comunica la designación que hizo en favor de los CC. José Sayavedra Ruiz y Félix E. Rodríguez, para presidente y vicepresidente, respectivamente, de su Mesa Directiva durante el mes actual.- De enterado.

- El C. Eduardo López Vidrio, participa que continúa, interinamente como Gobernador del Estado de Nayarit.- De enterado.

"El C. Francisco Parra, comunica que con fecha 30 de noviembre se hizo cargo nuevamente del Gobierno del Estado de Nayarit, dando por terminada la licencia de que disfrutaba.- De enterado.

"Las Secciones 21,25,62,14,43,95 y 94 del Sindicato Industrial de Trabajadores Mineros apoyan la iniciativa del Diputado Adán Velarde relativa a reducir la jornada máxima de los trabajadores mineros.- Recibo, y a la Comisión de Trabajo que tiene antecedentes.

"El centro de Estudios y Relaciones Internacionales, envía documentos relacionados con la actuación de la señora Profesora María Luisa de la Torre de Otero, durante la lucha revolucionaria y en su labor pro - México en el extranjero y pide se le conceda su retiro del Magisterio con una jubilación igual al sueldo de que actualmente disfruta, o lo más cercano posible.- Recibo, y a la Comisión de Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito.

"El Sindicato de Amarradores de Barcos del puerto de Veracruz, solicita no se apruebe el artículo 256 del proyecto de ley de Vías Generales de Comunicaciones enviado por el ejecutivo, a fin de no sufrir los perjuicios que señalan en sus intereses.- Recibo, y a la Comisión de Vías Generales de Comunicaciones.

"El C. Rodolfo Alvárez y V., solicita permiso del Congreso para aceptar la Medalla de Honor de Plata de la Educación Física, que le concedió el Gobierno de la República Francesa.- Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"El Bloque Periodístico Nacional, solicita que en el próximo Presupuesto de Egresos figure una partida para la creación y sostenimiento del Instituto Nacional de Historia de la Revolución Mexicana, institución sugerida por el General Gildardo Magaña ante el Primer Congreso Periodístico Nacional.- recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"El Sindicato de Campesinos "Unión y Progreso" de San Antonio el Encinal, Tuxtepec, Oax., solicita se reforme la Ley Federal del Trabajo en el sentido de que figuren en la tabla de enfermedades profesionales el paludismo, la tos, los catarros agudos y la tuberculosis.- Recibo, y a la Comisión de Trabajo en turno.

"El C. Doctor Francisco A. Albuerne, solicita permiso para aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de la República de Panamá en Monterrey, N. L.- Recibo, y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

"Dictamen de las Comisiones de Puntos Constitucionales sobre la iniciativa del Ejecutivo de la Unión por la que se reforma la fracción I del artículo 104 de la Constitución General de la República.- Imprímase y a discusión en su oportunidad.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Justicia que concluye con un acuerdo económico que declara que no ha lugar por ahora a decretar la Ley de Indulto General, que han venido solicitando diversas agrupaciones de reclusos y algunas otras.

"Sin discusión es aprobado por la Asamblea.

"Dictamen de la misma Comisión que propone un acuerdo económico por el que se dice al C. Doctor Odilón Gallegos que estando en el Código Civil vigente el punto a que se refiere en su instancia, no ha lugar a adicionar dicho código.

"También se aprueba este acuerdo sin que nadie lo objete.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Justicia que finaliza con un acuerdo económico que propone se archive el escrito que en 6 de abril de 1936 dirigió a esta Cámara el ciudadano General Manuel Víctor Romo y Romo, exponiendo algunas irregularidades que estima se cometieron en el proceso que se le instruyó.

"Es aprobado sin discusión.

"Se procede, en seguida, a la elección, por cédula, de presidente y vicepresidente de esta Cámara para actuar durante el próximo mes de diciembre, y resultan electos por unanimidad de votos, para presidente el C. Enrique Estrada, y para vicepresidentes los CC. Carlos Aguirre y Ramón B. Aldana.

"A las diez y nueve horas y veinticinco minutos, se levanta la sesión."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"El C. Pedro V. Rodríguez Triana, comunica que con fecha primero del actual se hizo cargo del Gobierno del Estado de Coahuila."- De enterado.

- El C. Senador Gonzalo N. Santos, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de Gran Cruz de la Orden de la Corona, que le otorgó el Rey de Bélgica."- Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"ESTADO que manifiesta el número de expedientes tramitados durante el mes de noviembre por las Comisiones Permanentes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

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- El mismo C. Secretario (leyendo):

"El Comité Ejecutivo General del Sindicato Industrial de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, hace sugestiones con objeto de que en la Ley del Trabajo figuren disposiciones para que se impida que las empresas mineras y metalúrgicas realicen paros y suspensiones del trabajo sin llenar los requisitos de la Ley y que ocasionan perjuicios a los trabajadores, y que en todo caso de paro o suspensión contrario a la Ley, se cancelen las concesiones y se entreguen las mismas a los trabajadores afectados.'' - Recibo, y a la Comisión de Trabajo en turno".

"El Sindicato Industrial de Carpinteros de Ribera, Ayudantes y Calafates del puerto de Veracruz, solicita ayuda de esta Cámara, a fin de que se lleve a efecto el laudo del Tribunal del Trabajo, que obliga a los navieros de cabotaje a firmar un contrato colectivo de trabajo con ese Sindicato".- Recibo, y a la Comisión de Trabajo en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Gobernación.

"Honorable Asamblea:

"La H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 8 de septiembre de 1936 aprobó la iniciativa del Diputado Leopoldo Gatica Neri, apoyada por gran número de representantes de la misma Cámara, prohibiendo el cruce de apuestas de todo género en las casas o lugares en donde se practiquen juegos permitidos por la ley. Se formuló el decreto respectivo y su minuta fue enviada a la H. Cámara de Senadores, la que en sesión del 17 de octubre de 1936 no aprobó el proyecto de ley mencionado devolviendo el expediente a esta Cámara de acuerdo con lo que sobre el particular prescribe el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Federal.

"Considerando plausibles los razonamientos expuestos en la Cámara Alta para desechar el proyecto mencionado, la Comisión que suscribe - a la cual fue turnado el expediente para su estudio y dictamen - se permite proponer a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Único. Archívese el presente expediente". "Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D. F., a 13 de septiembre de 1937.- José Santos Alonso.- Rodolfo Delgado.- Alfredo Zárate Albarrán".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita 2a. Comisión de Puntos

Constitucionales fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de la solicitud presentada ante el C. Presidente de la República y turnada a esta Cámara, por las señoritas Rosa y Josefina Quintana, pidiendo les sea pagada una pensión que se acordó en su favor, desde el 1o. de enero de 1936 al 15 de agosto de 1937, período durante el cual, según las solicitantes, no percibieron dicho pago.

"Estudiado debidamente el caso, esta Comisión ha encontrado lo siguiente:

"El 13 de diciembre de 1935 esta H. Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto que concedía una pensión de dos pesos diarios a cada una de las señoritas Rosa y Josefina Quintana, por servicios prestados a la Patria por su extinto padre el Coronel Ramón Quintana. El proyecto de decreto aludido fue enviado a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales y aprobado por ésta en los últimos días del mismo mes, se envió el decreto al Ejecutivo de la Unión para su promulgación.

"El Ejecutivo Federal dispone, constitucionalmente de un lapso de tiempo para hacer observaciones a los decretos expedidos por el Congreso, y si no ha lugar a éstas, promulgarlos. Fue hasta el 22 de julio de 1937 cuando el Ejecutivo de la Unión firmó el decreto aludido el cual fue publicado en el "Diario Oficial" de la Federación", con fecha 12 de agosto de 1937.

"Ahora bien, como de acuerdo con el artículo 92 de la Constitución General, ningún decreto será obedecido si no está firmado por el Presidente y el Secretario del Despacho a cuyo ramo corresponda el asunto de que se trate, y como el decreto que concedía pensión a las señoritas Quintana fue firmado hasta el 22 de julio de 1937 hasta esa fecha no podía ser obedecido faltando aún el requisito de la promulgación de que habla el artículo 70 constitucional.

"La promulgación es la publicación en el "Diario Oficial" del decreto o ley para que surta sus efectos y esta promulgación o publicación se hizo con fecha 12 de agosto de 1937, fecha desde la cual comenzaba a surtir sus efectos como ley el mandato de pago de la pensión referida, sin que por ningún motivo pudiera tener efectos retroactivos, esto es, iniciar su vigencia con fecha anterior a su promulgación.

"En atención a lo expuesto, nos permitimos someter a vuestra consideración el siguiente acuerdo económico:

"Único. Dígase a las solicitantes que habiendo sido promulgado el decreto que les concede la pensión de que gozan hasta el día 12 de agosto de 1937, no puede considerarse vigente dicho mandato por ningún período anterior a esa fecha".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 23 de noviembre de 1937.- Alfonso Francisco Ramírez.- José Muñoz Cota.- Alfonso García González".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, diputados a la XXXVII Legislatura del Congreso de la Unión, se permiten someter a Vuestra Soberanía un decreto que crea los Premios Nacionales de Literatura, Poesía, Música, Artes Plásticas y de la Investigación Científica; decreto que modifica substancialmente los anteriores, de fechas 2 de enero de 1929 y 28 de diciembre de 1933 aprobados por el Congreso de la Unión y expedidos por el Ejecutivo de la República.

"Las razones fundamentales que nos han guiado en la elaboración del decreto a que hacemos mérito, son los siguientes:

"La organización económica de nuestra sociedad no ha permitido hasta hoy la emancipación de aquellas personas que se dedican a actividades artísticas, literarias y científicas, manteniéndolas obligadamente en una subclase social y sujetas paralelamente a la explotación que de ellas realizan los editores y empresarios particulares, lo cual lleva en sí el germen de una deformación previa de las finalidades que, de acuerdo con las aspiraciones de la Revolución Mexicana, deben perseguir las obras literarias, artísticas y científicas, ya que editores y empresarios rechazan sistemáticamente aquellas obras inspiradas por nuestra realidad social.

"La producción literaria, artística y científica no ha recibido tampoco en México ningún estímulo por parte del Estado, como no sea el relativo amparo que un puesto burocrático significa para estos especialistas quienes se miran, en esta forma, compelidos a actividades distintas, si no antagónicas muchas veces, de aquellas que su vocación y aptitudes pueden hacer fructificar

"No se nos ha escapado, pues, la importancia que para acelerar la transformación social del país encierra el fomento de la cultura, sin dejar que tal fomento venga de parte de los sectores privados, pues éstos sólo se preocupan, como ya lo hemos hecho notar, por aquellas producciones orientadas en contra de nuestras reivindicaciones sociales con lo que sirven a sus particulares intereses de clase, con detrimento de nuestras mayorías trabajadoras y del propio Estado.

"Inspirados en estas consideraciones, hemos visto que los Premios Nacionales creados por Decreto de 28 de diciembre de 1933 sólo ofrecen un interés bastante mezquino a los trabajadores de la literatura, las artes y la investigación científica y que aun la concepción del decreto referido tiende a mantener a escritores y artistas -a los investigadores también - fuera de todo vínculo entre sí y con la Revolución y sus Instituciones.

"El decreto que hemos formulado se dirige principalmente a fomentar la organización de escritores, artistas e investigadores con el otorgamiento de Premios Nacionales bajo determinados requisitos, como el de registro de las obras que, además, los protege automáticamente contra sus explotadores seculares; y descarta el sistema de concursos o certámenes que consideramos antisociales, creando una Comisión Administradora de los mismos Premios que, bajo la vigilancia directa del Secretario

de Educación Pública, se dedique exclusivamente a la revisión, clasificación y ordenamiento de los trabajos producidos dentro de cada año y sobre los cuales hayan de concederse los mismos referidos Premios.

"Estos que, de acuerdo con el Decreto de 28 de diciembre de 1933, son de $ 2,000.00 (dos mil pesos), han sido elevados por nosotros a $ 10,000.00 (diez mil pesos), aumentando así el estímulo y dotando a quienes por sus merecimientos resulten premiados, de un medio de vida que les asegure y proteja contra el raquítico ambiente que en materia literaria, artística y de investigación científica, priva en México.

"Los suscritos anuncian que, tratado este asunto con el Poder Ejecutivo al través de la Secretaría de Educación Pública, han recibido el ofrecimiento formal de incluir en el Presupuesto de Egresos correspondiente al próximo ejercicio fiscal, las partidas necesarias para cubrir el importe de los Premios y las erogaciones relativas al funcionamiento de la Comisión Administradora de los mismos Premios de que trata el artículo 5o. de nuestro proyecto.

"Y como éste sería el principal impedimento al decreto por nosotros formulado y está resuelto ya, venimos a pedir a Vuestra Soberanía se sirva aprobarlo en los términos que a continuación se expresan, con dispensa de trámites, a fin de que pase al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

"Decreto:

"Artículo 1o. Se crean los Premios Nacionales de Literatura, Poesía, Artes Plásticas e Investigación Científica.

"Artículo 2o. Los Premios serán de $ 10,000.00 (diez mil pesos) cada uno y se otorgarán anualmente a las mejores obras mexicanas de Literatura (novela, o cuento, o ensayo, o teatro), de Poesía, de Música y de Artes Plásticas inscritas en el Registro de la Propiedad Artística, y a la mejor Investigación Científica.

"Artículo 3o. Para recibir algunos de los premios nacionales especificados en los artículos anteriores, se requiere ser mexicano por nacimiento o naturalización, siempre que ésta haya sido obtenida por el autor cuando menos un año antes de la publicación de la obra que se premie.

"Artículo 4o. Se adoptará para valorizar el mérito de cada obra, un criterio amplio, aunque debiendo preferirse aquellas que estén presididas por un mayor sentido de justicia social.

"Artículo 5o. El otorgamiento de estos Premios se hará por conducto de una Comisión Administradora de los Premios Nacionales de Literatura, Poesía, Música y Artes Plásticas que dependerá de la Secretaría de Educación Pública y cuyo Presidente será el Secretario de Educación Pública.

"Por cuanto hace al Premio de la Investigación Científica, será discernido por el Consejo Nacional de la Educación Superior y de la Investigación Científica, o por los Organismos de Estado que lo substituya en caso de que dicho Consejo desaparezca.

"Artículo 6o. La Secretaría de Educación Pública expedirá la reglamentación del funcionamiento de la Comisión Administradora de los Premios Nacionales que se menciona en el artículo anterior.

"Transitorio.

"Artículo único. Este decreto deroga los de la materia, de fechas 2 de enero de 1929 y de 28 de diciembre de 1933, y comenzará a surtir sus efectos a partir de su publicación en el "Diario Oficial de la Federación".

"Atentamente.

"México, noviembre 25 de 1937.- Diputado Miguel Ángel Menéndez.- Diputado Héctor Pérez Martínez.- Diputado José Muñoz Cota.- Diputado Licenciado Rodolfo Delgado".

Se pregunta a la Asamblea si considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Miranda: Por la negativa.

(Votación).

El C. Secretario Delgado Rodolfo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Miranda: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. Secretario Delgado Rodolfo: Se procede a la votación de la Mesa.

(Votación de la Mesa).

Por unanimidad de ochenta y ocho votos fue aprobado el proyecto de decreto en lo general.

Está a discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se crean los Premios Nacionales de Literatura, Poesía, Música, Artes Plasticas e Investigación Científica.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 2o. Los Premios serán de $ 10.000.00 (diez mil pesos) cada uno y se otorgarán anualmente a las mejores obras mexicanas de Literatura (novela, o cuento, o ensayo, o teatro), de Poesía, de Música y de Artes Plásticas inscritas en el Registro de la Propiedad Artística, y a la mejor Investigación Científica".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 3o. Para recibir algunos de los Premios Nacionales especificados en los artículos anteriores, se requiere ser mexicano por nacimiento o naturalización, siempre que ésta haya sido obtenida por el autor cuando menos un año antes de la publicación de la obra que se premie".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 4o. Se adoptará, para valorizar el mérito de cada obra, un criterio amplio, aunque debiendo preferirse aquellas que estén presididas por un mayor sentido de justicia social".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 5o. El otorgamiento de estos Premios se hará por conducto de una Comisión Administradora de los Premios Nacionales de Literatura, Poesía, Música y Artes Plásticas que dependerá de la Secretaría de Educación Pública, y cuyo Presidente será el Secretario de Educación Pública.

"Por cuanto hace al Premio de la Investigación Científica, será discernido por el Consejo Nacional de la Educación Superior y de la Investigación Científica, o por el Organismo de Estado que los substituya en caso de que dicho Consejo desaparezca".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 6o. La Secretaría de Educación Pública expedirá la Reglamentación del funcionamiento de la Comisión Administradora de los Premios Nacionales que se menciona en el artículo anterior".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Transitorio:

"Artículo único. Este decreto deroga los de la materia, de fechas 2 de Enero de 1929 y de 28 de diciembre de 1933, y comenzará a surtir sus efectos a partir de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se procede a recoger la votación nominal de los artículos reservados.

Por la afirmativa.

El C. Secretario Miranda: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Delgado Rodolfo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Miranda: ¿Falta Algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. Secretario Delgado Rodolfo: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación de la Mesa).

Por unanimidad de ochenta y ocho votos fue aprobado el proyecto de decreto. Pasa al Senado para efectos de ley.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisiones unidas de Tierras Nacionales y 2a. de Puntos Constitucionales.

"H. Asamblea:

"los suscritos, miembros de las Comisiones unidas de Tierras Nacionales y 2a. de Puntos Constitucionales, recibimos por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su estudio y dictamen, la iniciativa de ley que presentó a la H. Cámara de Senadores el C. Senador Wilfredo C. Cruz y que después de haberla aprobado ese Alto Cuerpo colegislador, la envió a esta Cámara para sus efectos constitucionales.

"El proyecto del C. Senador Cruz, se refiere a que los terrenos, propiedad de la Nación, que sirven de asiento al puerto de Salina Cruz, Oax., sean cedidos por la Federación, y a título gratuito, a dicha ciudad, a fin de que constituya su fundo legal.

"Hecho el estudio correspondiente a dicho proyecto, encontramos que, tanto su exposición de motivos de índole legal, económica y social, como las sólidas y convincentes razones por las que el H. Senado le concedió su aprobación, lo justifican plenamente y, en tal virtud, los suscritos hacemos nuestra en todas sus partes tan importante iniciativa y nos permitimos proponer a la H. Asamblea que, por tratarse de un asunto de ingente necesidad para el puerto de Salina Cruz, apruebe en todas sus partes el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. El Gobierno Federal cede al pueblo de Salina Cruz, del Estado de Oaxaca, a título gratuito, para que con ellos se constituya su fundo legal, los terrenos nacionales, urbanos y suburbanos planificados del puerto, con exclusión de los predios y construcciones destinados actualmente para los servicios públicos de la Federación y de los que ella se reserve para los mismos fines.

"Artículo 2o. La cesión a que se refiere el artículo anterior, comprende igualmente las obras de provisión de agua potable, saneamiento y drenaje incorporados en el mencionado inmueble.

"Artículo 3o. El Gobierno Federal rescindirá los actuales contratos de enfiteusis y arrendamiento que se encuentran en la condición legal de ser rescindidos, quedando a opción de los adquirientes de lotes no comprendidos en el caso anterior, el continuar bajo el régimen de los contratos actuales o acogerse a los beneficios de esta Ley.

"Artículo 4o. La Hacienda Pública Federal renuncia en favor de los actuales enfiteutas y de sus sucesores legales, con las limitaciones que establezca el reglamento, los derechos que ha venido adquiriendo sobre las construcciones erigidas en los lotes que han sido materia de sus respectivos contratos.

"Artículo 5o. Se cancelan los adeudos que con la Hacienda Pública Federal tengan los enfiteutas y arrendatarios cuyos contratos deban rescindirse, por concepto de cánones y rentas insolutas hasta la fecha.

"Artículo 6o. Los terrenos cedidos estarán en lo sucesivo bajo la administración del Ayuntamiento de Salina Cruz de acuerdo con las bases que fije el reglamento que formulara una comisión especial integrada por un representante del Gobierno Federal, uno del referido Ayuntamiento y otro de los enfiteutas y demás organizaciones afectadas, de la localidad.

"Artículo 7o. El reglamento a que se refiere el artículo anterior deberá adoptar como criterio general la preferencia a favor de los actuales enfiteutas para la adquisición de los lotes que ocupen; establecerá los requisitos de consolidación de la propiedad predial en favor de los mismos enfiteutas y fijará las bases para la adquisición de los terrenos vacantes.

"Dicho reglamento necesitará, para su vigencia y aplicación, la previa aprobación del Gobierno Federal.

"Transitorio:

"Único. Este decreto surtirá sus efectos a partir de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 29 de noviembre de 1937.- Comisión de Tierras Nacionales: Nabor A. Ojeda.- Emilio N. Acosta.- José L. Rosas.- 2a. Comisión de Puntos Constitucionales: Alfonso Francisco Ramírez.- José Muñoz Cota.- Alfonso García González".

Está a discusión en lo particular.

"Artículo primero. El gobierno Federal cede al

pueblo de Salina Cruz, del Estado de Oaxaca, a título gratuito, para que con ellos se constituya su fundo legal, los terrenos nacionales, urbanos y suburbanos planificados del puerto, con exclusión de los predios y construcciones destinados actualmente para los servicios públicos de la Federación y de los que ella se reserve para los mismos fines."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo segundo. La cesión a que se refiere el artículo anterior, comprende igualmente las obras de provisión de agua potable, saneamiento y drenaje incorporados en el mencionado inmueble".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo tercero. El Gobierno Federal rescindirá los actuales contratos de enfiteusis y arrendamiento que se encuentran en la condición legal de ser rescindidos, quedando a opción de los adquirientes de lotes no comprendidos en el caso anterior, el continuar bajo el régimen de los contratos actuales o acogerse a los beneficios de esta Ley."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo cuarto. La Hacienda Pública Federal renuncia en favor de los actuales enfiteutas y de sus sucesores legales, con las limitaciones que establezca el reglamento, los derechos que ha venido adquiriendo sobre las construcciones erigidas en los lotes que han sido materia de sus respectivos contratos."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo quinto. Se cancelan los adeudos que con la Hacienda Pública Federal tengan los enfiteutas y arrendatarios cuyos contratos deban rescindirse, por concepto de cánones y rentas insolutos hasta la fecha."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo sexto. Los terrenos cedidos estarán en lo sucesivo bajo la administración del Ayuntamiento de Salina Cruz de acuerdo con las bases que fije el reglamento que formulará una comisión especial integrada por un representante del Gobierno Federal, uno del referido Ayuntamiento y otro de los enfiteutas y demás organizaciones afectadas, de la localidad."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo séptimo. El reglamento a que se refiere el artículo anterior, deberá adoptar como criterio general la preferencia a favor de los actuales enfiteutas para la adquisición de los lotes que ocupen; establecerá los requisitos de consolidación de la propiedad predial en favor de los mismos enfiteutas y fijará las bases para la adquisición de los terrenos vacantes.

Se pregunta a la Asamblea si considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Miranda: Por la negativa.

(Votación.)

El C. Secretario Delgado Rodolfo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Miranda: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. Secretario Delgado Rodolfo: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación de la Mesa.)

Por unanimidad de 88 votos fue aprobado el proyecto de decreto en lo general.

A discusión en lo particular.

"Dicho reglamento necesitará, para su vigencia y aplicación, la previa aprobación del Gobierno Federal."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Transitorio.

"Único. Este decreto surtirá sus efectos a partir de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se procede a recoger la votación nominal de los artículos reservados. Por la afirmativa.

El C. Secretario Miranda: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Delgado Rodolfo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Miranda: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. Secretario Delgado Rodolfo: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación de la Mesa.)

Por unanimidad de 88 votos fue aprobado el Proyecto de Decreto. Pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Fue turnado a la suscrita 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de la solicitud presentada para que se concediera permiso a los CC. General Lázaro Cárdenas, General Eduardo Hay, Licenciado Gonzalo Vázquez Vela, Doctor Castillo Nájera, Licenciado Alfonso Cravioto, Licenciado Ramón Beteta, Profesor Luis Chávez Orozco, Ernesto Hidalgo, Jaime Torres Bodet, Octavio Reyes Spíndola, Licenciado Luis I. Rodríguez, Doctor Gabriel Malda e Ingeniero Féliz F. Palavicini, a fin de que puedan aceptar y usar la Condecoración que a cada uno de ellos confirió el Gobierno de la República de Cuba.

"La H. Cámara de Senadores, en sesión celebrada el 17 de los corrientes, aprobó un proyecto de Decreto concediendo lo pedido enviando la minuta respectiva a esta Colegisladora.

"No existiendo inconveniente para acceder a lo solicitado y estando además cumplido el requisito que establece el artículo 37 constitucional en el inciso III de su fracción B, esta comisión se permite someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso a los ciudadanos que enseguida se mencionan, para que

puedan aceptar y usar, sin perder su calidad de ciudadanos mexicanos, la condecoración de la Orden "Carlos Manuel de Céspedes" en los grados que a cada uno de ellos correspondieron; y que tuvo a bien otorgarles el Gobierno de la República de Cuba: General Lázaro Cárdenas, Gran Cruz con Distintivo Especial; General Eduardo Hay, Licenciado Gonzalo Vázquez Vela, Doctor Francisco Castillo Nájera y Licenciado Alfonso Cravioto, Gran Cruz; Licenciado Ramón Beteta, Profesor Luis Chávez Orozco, Ernesto Hidalgo, Jaime Torres Bodet y Octavio Reyes Spíndola; Gran Oficial; y Licenciado Luis I. Rodríguez, Doctor Gabriel Malda e Ingeniero Félix F. Palavicini, Comendador".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., noviembre 25 de 1937.- Alfonso Francisco Ramírez.- José Muñoz Cota.- Alfonso García González".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores del Congreso de la Unión envió a esta colegisladora el expediente formado con la solicitud presentada por la Secretaría de Relaciones Exteriores para que se les concediera permiso a los CC. Generales Manuel Ávila Camacho, Samuel C. Rojas y J. Salvador Sánchez para que pudieran aceptar y usar una condecoración que a cada uno fue conferida por el Gobierno de la República de Cuba.

"La misma Cámara de Senadores acordó de conformidad la solicitud y remitió la Minuta del proyecto de decreto respectivo.

"No existiendo motivo para negar lo solicitado y estando cumplido el requisito que establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 constitucional, esta Comisión se permite someter a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso a los CC. Generales Manuel Ávila Camacho, Samuel C. Rojas y J. Salvador Sánchez para que, sin perder su calidad de ciudadanos mexicanos, puedan aceptar y usar la Gran Cruz Primera Clase con Distintivo Blanco de la Orden del Mérito Militar, que les fue otorgada a cada uno de ellos por el Gobierno de la República de Cuba".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 25 de noviembre de 1937.- Alfonso Francisco Ramírez.- José Muñoz Cota.- Alfonso García González".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La H. Cámara de Senadores aprobó y envió a ésta el expediente respectivo formado con motivo de la solicitud presentada por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que se les conceda permiso a los ciudadanos Octavio Reyes Spíndola y Mayor Luis Ramírez Fontánez, a efecto de que puedan aceptar y usar, sin perjuicio de su calidad de ciudadanos mexicanos, una condecoración que les fue otorgada por el Gobierno de la República de Cuba.

"El expediente mencionado fue turnado a la suscrita 2a. Comisión de Puntos Constitucionales y la misma estima que no existe ningún inconveniente para conceder lo pedido y estando, además, satisfecho el requisito que establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 constitucional, se permite someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso a los CC. Octavio Reyes Spíndola y Mayor Luis Ramírez Fontánez para que, sin perder su calidad de ciudadanos mexicanos, puedan aceptar y usar la condecoración Militar "Por servicios distinguidos al Ejército", que tuvo a bien otorgarles el Gobierno de la República de Cuba."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 25 de noviembre de 1937.- Alfonso Francisco Ramírez.- José Muñoz Cota.- Alfonso García González".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Comisión de Relaciones Exteriores.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Relaciones Exteriores fue turnada, para su estudio y dictamen, la solicitud presentada por el C. Doctor Francisco A. Albuerne para que se le conceda permiso, a fin de que pueda aceptar y desempeñar el cargo de Vicecónsul Honorario de la República de Panamá en la ciudad de Monterrey, N. L.

"Estando satisfecho el requisito establecido por el inciso IV de la fracción B del artículo 37 constitucional y no existiendo a juicio de los suscritos ningún impedimento para conceder lo pedido, esta Comisión se permite someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Doctor Francisco A. Albuerne para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y desempeñar el cargo de Vicecónsul Honorario de la República de Panamá en Monterrey, N. L.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 2 de diciembre de 1937".- Rodolfo Delgado.- Jaime Chaparro.- Ricardo G. Hill".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Gobernación.

"Honorable Asamblea:

"La H. Legislatura local del Estado de Chihuahua, en oficio de fecha 19 de mayo de 1936, solicitó se declarara día de luto nacional el 20 de mayo, fecha en que fue asesinado el Presidente de la República C. Venustiano Carranza.

"La solicitud de la Legislatura local de

Chihuahua ha sido respaldada por las Legislaturas de los Estados de Nayarit, Morelos, Nuevo León, Colima, México, Oaxaca, Jalisco, Veracruz, Guerrero, Coahuila, Zacatecas, Campeche, San Luis Potosí, Durango, Querétaro y Guanajuato.

"Aun cuando en la petición inicial y aun en algunas de las solicitudes que respaldan a ésta, se fija como fecha de la muerte del C. Venustiano Carranza el día 20 de mayo, aclaraciones posteriores hacen ver que el funesto acontecimiento tuvo lugar el 21 de mayo.

"Por otra parte, la H. Cámara de Senadores, en sesión celebrada el día 9 de noviembre último y atendiendo a la misma sugestión presentada por el Congreso Local de Guanajuato, aprobó un proyecto de Decreto declarando día de luto nacional el 21 de mayo, remitiendo con fecha 15 de noviembre a está Cámara Colegisladora el expediente y la Minuta del mencionado proyecto de Decreto.

"Esta Comisión considera muy justo rendir un homenaje nacional a quienes en el camino de la Revolución Mexicana, se hayan distinguido más con su esfuerzo y por su orientación y que por haber sido sacrificados merezcan la gratitud del país. Indudablemente que dentro de esta apreciación se encuentran los grandes revolucionarios Venustiano Carranza, Alvaro Obregón y Emiliano Zapata.

"Por lo que respecta al General Obregón, ésta declarado día de luto nacional el 17 de julio de cada año, según Decreto promulgado en el "Diario Oficial de la Federación, de 28 de enero de 1929. Por lo que hace al General Emiliano Zapata existe también la solicitud reiterada del Comité Nacional pro - homenaje integral a Emiliano Zapata, solicitud que también cuenta con el respaldo de varios Gobiernos de los Estados de la República y sobre la cual insistió, en reciente fecha, la "Unión de Revolucionarios agraristas del Sur".

"En atención a lo expuesto, esta Comisión se permite proponer a vuestra consideración el que sea modificado el proyecto de Decreto enviado por la H. Cámara de Senadores, en los siguientes términos:

"Proyecto de decreto:

"Artículo único. Se declaran días de luto nacional el 21 de mayo y el 10 de abril de cada año, como actos de justicia para honrar la memoria de los destacados revolucionarios C. Venustiano Carranza, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, y C. Emiliano Zapata, Jefe de la Revolución del Sur, en las fechas en que fueron asesinados."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 2 de diciembre de 1937.- José Santos Alonso.- Rodolfo Delgado. - Alfredo Zárate Albarrán."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Se procede a recoger la votación nominal de los decretos reservados para ese objeto.

Por la afirmativa.

El C. Secretario Miranda: Por la negativa. (Votación.)

El C. Secretario Delgado Rodolfo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Miranda: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. Secretario Delgado Rodolfo: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación de la Mesa.)

Por unanimidad de 88 votos fueron aprobados los proyectos de decreto. Pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para los efectos de ley.

El C. Menéndez Reyes Miguel Ángel: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Menéndez Reyes Miguel Ángel: Compañeros diputados: Informo a ustedes con motivo de la Comisión que se sirvieron conferirme para acercarme al ciudadano Secretario de Hacienda y al ciudadano Presidente de la República, en relación con la extracción de la maquinaria henequenera de Yucatán. Entrevisté a ambos funcionarios, y el señor Secretario de Hacienda se sirvió informarme que la Embajada de Cuba ha hecho gestiones reiteradas por conducto, algunas veces, de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en otras directamente, para lograr que la maquinaria de la señora Dolores Puerto fuera sacada de Yucatán.

Entiendo yo que el Gobierno de Cuba, atento al propósito de absorber una importante industria nacional como la henequenera, ha dado toda suerte de facilidades para obtener su finalidad, y de hecho combate un propósito de la Revolución y un propósito económico de un sector mexicano tan importante como el yucateco.

La Secretaría de Hacienda, según información del señor Secretario de Hacienda, ordenó al Jefe de la Aduana en Progreso que no fuera permitida la salida de la maquinaria; pero el telegrama en que esto se ordenaba llegó tarde, motivo por el cual se permitió que saliera la maquinaria. El señor Secretario de Hacienda, después de leer el expediente respectivo, se sirvió asegurarme que se impondría una sanción severa al Jefe de la Aduana en Progreso.

Entrevisté, también al señor Presidente de la República, y advertido de que esa es una de las maniobras que el capitalismo tiene para perjudicar una industria que beneficia al campesino yucateco, se sirvió decirme que ya se tomaban providencias dentro de la ley para evitar que continuara siendo sacada la maquinaria henequenera de Yucatán, y que al mismo tiempo se impondrían sanciones a los que resultaran responsables de la salida de esa maquinaria henequenera.

Con las medidas tomadas por la Secretaría de Hacienda y por el señor Presidente de la República, compañeros diputados, espero yo fundadamente que la maquinaria henequenera de Yucatán, de acuerdo con la Ley que la Legislatura de Yucatán expidió en agosto anterior, sea fijada en los sitios en donde los ejidatarios de Yucatán la necesiten.

El C. Presidente (a las 18.35): Se levanta la sesión y se cita para mañana a las 17 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina, JOAQUÍN Z. VALADEZ.