Legislatura XXXVII - Año III - Período Comisión Permanente - Fecha 19400731 - Número de Diario 46
(L37A3PcpN046F19400731.xml)Núm. Diario:46ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., MIÉRCOLES 31 DE JULIO DE 1940
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO III. - PERIODO ORDINARIO XXXVII LEGISLATURA TOMO VI. -NÚMERO 46
SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE
CELEBRADA EL DÍA 31 DE JULIO DE 1940
SUMARIO
1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2. - Cartera.
3. - Sin discusión se aprueban dos dictámenes de la Comisión de Puntos Constitucionales por los que, respectivamente, se concede permiso constitucional a los ciudadanos Manuel A. Fregoso Flores y José Gómez de Silva.
4. - Los ciudadanos León García, José Aguilar y Maya, Arnulfo Hernández Z., y otros ciudadanos representantes, presentan un escrito en el que se denuncian las actividades ilegales que vienen desarrollando el PRUN al margen de las últimas elecciones para la renovación de los Poderes Federales y solicitan que se pongan estos hechos en conocimiento del ciudadano Procurador de la República para los efectos correspondientes. Sin discusión se aprueba la proposición.
5. - El Comité Central Ejecutivo del Partido de la Revolución Mexicana envía una comunicación, en la que se refiere a los actos violatorios a la ley realizados por los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Chihuahua en relación con las elecciones para Poderes locales, y solicita de la Comisión Permanente amplíe la convocatoria al periodo extraordinario de sesiones que está celebrando el Congreso de la Unión para que incluya el caso de que se trata. Trámite: Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
6. - Dictamen de la Comisión de Gobernación, que concluye con tres puntos de acuerdo por los que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara que desconoce la validez de la declaratoria hecha por la Legislatura del Estado de Chihuahua en favor del C. Alfredo Chávez como Gobernador electo de dicha entidad; que dicha Comisión Permanente estima que hay presunciones suficientes para considerar a los ciudadanos diputados locales de Chihuahua y al C. ingeniero Gustavo Talamantes, Gobernador en funciones, responsables de los delitos oficiales y del orden común analizados en este dictamen, con excepción de los ciudadanos diputados Baudelio Rodríguez y Santiago Ochoa y, al efecto, se amplía el periodo extraordinario de sesiones para que la Cámara de Diputados y la de Senadores, en su caso, instruyan el proceso correspondiente de acuerdo con la Ley de Responsabilidades en vigor. Sin discusión se aprueba.
7. - Los ciudadanos representantes Antonio S. Sánchez y Wilfrido C. Cruz presentan un proyecto de decreto a efecto de que se amplíe la convocatoria para el Periodo extraordinario, de sesiones del Congreso de la Unión, publicada en el "Diario Oficial" de 19 de julio del presente año, a efecto de que el Congreso se ocupe también de los delitos oficiales en que hubiesen incurrido el C. Gobernador del Estado de Chihuahua y los diputados a la Legislatura del mismo Estado, con excepción de los ciudadanos Baudelio Rodríguez y Santiago Ochoa. Sin discusión se aprueba.
8. - El C. diputado Luis Lombardo Toledano presenta un proyecto de decreto a efecto de que amplíe la convocatoria para el periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, con el fin de que se trate el asunto "modificación a la Tarifa General de Importación". Sin discusión se aprueba.
9. - El C. diputado León García presenta un proyecto de decreto para que se amplíe el periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión para suprimir del mismo el asunto que se refiere a la "Ley Reglamentaria del Párrafo Segundo de la Fracción VII del artículo 27 Constitucional (Conflictos por Límites de Terrenos Comunales) substituyéndolo con el siguiente: "Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en Materia de Terrenos Comunales". Sin discusión se aprueba. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del
C. LEÓN GARCÍA
(Asistencia de 16 ciudadanos representantes).
El C. Presidente (a las 14.25 horas): Se abre la sesión.
- El C. secretario Hernández Arnulfo Z. (leyendo):
"Acta de la sesión celebrada por la H. Comisión Permanente del XXXVII Congreso de la Unión, el día veinticuatro de julio de mil novecientos cuarenta.
"Presidencia del C. León García.
"En la ciudad de México, a las catorce horas del miércoles veinticuatro de julio de mil novecientos cuarenta, se abre la sesión con asistencia de diez y seis ciudadanos representantes.
"Se aprueba, sin discusión, el acta de la sesión anterior que se efectuó el día veintiséis de junio próximo pasado.
"A continuación se da cuenta a la Asamblea con los documentos en cartera:
"La Secretaría de Gobernación transcribe un oficio de la de Relaciones Exteriores en que comunica que se expidió nombramiento de Cónsul General de Primera en favor del C. doctor Bernardo Bátiz Blancarte, con adscripción en el Consulado de Yokohama, Japón. Recibo, y resérvese para la Cámara de Senadores.
"La Secretaría de Gobernación transcribe una nota de la de Relaciones Exteriores, en que se participa que el C. licenciado Juan Manuel Alvárez del Castillo fue nombrado Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de México ante el Gobierno de Portugal. Recibo, y resérvese para la Cámara de Senadores.
"El C. Manuel A. Fregoso Flores, por conducto de la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito, en el grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de la República de Chile. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales.
"La Secretaría de Relaciones Exteriores remite a la H. Cámara de Senadores, por conducto de la de Gobernación el Convenio Internacional para la represión de la circulación y el tráfico de publicaciones obscenas. Recibo, y resérvese para la Cámara de Senadores.
"El XXXIV Congreso Constitucional del Estado de Coahuila, comunica que con fecha 15 de julio abrió un Periodo extraordinario de sesiones. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Chihuahua comunica que con fecha 26 de junio concedió licencia hasta por diez días, para separarse de su puesto, al C. ingeniero Gustavo L. Talamantes, Gobernador de la propia entidad. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Chihuahua participa que con fecha 15 de julio clausuró su segundo Periodo ordinario de sesiones correspondiente al último año de su ejercicio legal. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Guanajuato comunica que con fecha 9 de julio inauguró un Periodo extraordinario de sesiones. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Guerrero comunica que, con fecha 28 del pasado junio, clausuró el segundo Periodo ordinario de sesiones, correspondiente al último año de su ejercicio. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Michoacán participa que con fecha 28 de junio declaró Gobernador Constitucional de esa entidad para el Periodo de 1940-1944, al C. general Félix Ireta. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Michoacán comunica que con fecha 28 de junio clausuró un Periodo extraordinario de sesiones. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Michoacán comunica que con fecha 19 de julio inauguró el segundo Periodo extraordinario de sesiones a que fue convocado por su Diputación Permanente. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Morelos, comunica que eligió Presidente y Vicepresidente de su Mesa Directiva para el mes de julio. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Morelos participa que el 12 de julio prorrogó su primer Periodo ordinario de sesiones, correspondientes al último año de su ejercicio. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Nayarit comunica que el 29 de junio eligió Presidente y Vicepresidente de su Mesa Directiva que funcionará durante el mes de julio. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Puebla comunica que con fecha 5 de julio nombró la Mesa Directiva que funcionará durante su segundo Periodo ordinario de sesiones. De enterado.
"La diputación Permanente del Congreso del Estado de Sinaloa participa que el 30 de junio eligió su Mesa Directiva que funcionará durante el mes en curso. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Tabasco participa que con fecha 31 de mayo clausuró su segundo Periodo ordinario de sesiones. De enterado.
"La Comisión Permanente de la Legislatura del Estado de Tabasco, avisa su instalación legal con fecha 31 de mayo y la designación de su Mesa Directiva. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Tabasco participa que con fecha 11 de julio abrió un Periodo extraordinario de sesiones. De enterado.
"La Diputación Permanente de la Legislatura del Estado de Tlaxcala comunica que el 1o. de julio quedó legalmente instalada. De enterado.
"La Legislatura del Estado de Tlaxcala participa que el 30 de junio clausuró su primer Periodo ordinario de sesiones, correspondientes al segundo año de su ejercicio. De enterado.
"La Legislatura, del Estado de Tlaxcala avisa que con fecha 16 de julio abrió un Periodo extraordinario de sesiones. De enterado.
"El C. Pedro V. Rodríguez Triana participa que el 22 de junio volvió a hacerse cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Coahuila. De enterado.
"El C. Ángel Martínez participa que con fecha 27 de junio asumió, interinamente, el Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua. De enterado.
"El C. ingeniero Gustavo L. Talamantes informa que el 3 de julio volvió a hacerse cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua. De enterado.
"El Gobierno del Estado de Morelos participa que ha sido designado Secretario General del mismo el C. licenciado Ricardo Gómez Azcárate. De enterado.
"El C. Rafael Lugo Gruintal comunica que se
hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Yucatán en virtud de la licencia concedida al Gobernador Constitucional, ingeniero Humberto Canto Echeverría. De enterado.
"Telegramas de la Legislatura del Estado de Yucatán y del profesor Laureano Cardós Ruz, relacionados con la designación que aquella Asamblea hizo del mismo C. Cardós Ruz como Gobernador Constitucional Interino de aquella entidad, en sustitución del ingeniero Humberto Canto Echeverría a quien se concedió licencia indefinida. De enterado.
"El C. profesor Cardós Ruz participa que, con fecha 9 del presente mes de julio se hizo cargo, interinamente, del Poder Ejecutivo del Estado de Yucatán. De enterado.
"El C. diputado Gilberto Bañuelos C., participa que continúa, interinamente, al frente del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas. De enterado.
"El C. licenciado Armando Rodríguez Mújica, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero, da a conocer la forma en que se encuentra integrado dicho Tribunal. De enterado.
"El C. licenciado Duarte Porchas participa que se hizo cargo de la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora. De enterado.
"El C. doctor José Gómez de Silva, mexicano por naturalización, solicita el permiso constitucional correspondiente para poder seguir usando las condecoraciones que se le otorgaron como oficial del Ejército Italiano, durante la Guerra de 1915-1918. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales.
"Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales que manifiesta que no es de concederse al C. Ernesto Fernández y Arteaga, el permiso que solicita para admitir de algunos Gobiernos extranjeros los nombramientos que espera obtener. Aprobado sin discusión.
"Sucesivamente, y sin discusión, se reservan para su votación nominal los proyectos de decreto que presenta la Comisión de Puntos Constitucionales, por los que se autoriza a los siguientes ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones que en cada caso de expresan:
"Al C. doctor Pedro de Alba, la condecoración de la Orden de Carlos Manuel de Céspedes, en el grado de Comendador, que le otorgó el Gobierno de Cuba.
"Al C. Joaquín Barrera Aceves, la condecoración de la Orden de Vasco Núñez de Balboa, en el grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de Panamá.
"Al C. licenciado Alfredo B. Cuéllar, las condecoraciones "Al Mérito", en el grado de Oficial, y la Orden de Boyacá que le fueron otorgadas, respectivamente, por los Gobiernos de Chile y Colombia.
"Al C. capitán primero Gustavo Cataneo González, la condecoración "Al Mérito", en el grado de Oficial, que el Gobierno de la República de Chile le ha conferido.
"Al C. licenciado Francisco A. de Icaza, la Cruz del Mérito de la Orden del Águila Alemana de Primera Clase, que le otorgó el Gobierno Alemán.
"Al C. licenciado Anselmo Mena, las condecoraciones Carlos Manuel de Céspedes, en el grado de Gran Oficial, y Comendador de la Orden de Vasa, Primera Clase, que le concedieron los Gobiernos de Cuba y Suecia, respectivamente.
"Al C. licenciado Mariano Armendáriz del Castillo, las condecoraciones de la Orden de Boyacá, en el grado de Comendador, y la de Comendador de la Orden de Vasa, Primera Clase, que le confirieron los Gobiernos de Colombia y Suecia, respectivamente.
"Al C. Antonio Martínez Barragán, la condecoración de "Chevalier du Mérito Agrícole", que el Gobierno de la República Francesa le otorgó.
"Se recoge la votación de todos los proyectos anteriores, los que resultan aprobados por unanimidad de votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
"En seguida se da cuenta con una comunicación del Comité Central Ejecutivo del Partido de la Revolución Mexicana, con el que remite copia del escrito que dirigió a la Secretaría de Gobernación en relación con las violaciones a la ley cometidas en las últimas elecciones para renovar los Poderes del Estado de Chihuahua, y pide que esta H. Comisión Permanente se avoque inmediatamente al conocimiento del caso y tome las resoluciones que sean procedentes.
"También se da cuenta con un escrito de los presuntos senadores y diputados al Congreso de la Unión por el Estado de Chihuahua, en el que piden que esta Asamblea resuelva la situación, anticonstitucional que prevalece en aquella entidad, y con numerosos telegramas de organizaciones políticas, obreras y campesinas en los que protestan contra la Legislatura de Chihuahua que declaró electo Gobernador del Estado al C. Alfredo Chávez.
"Hace uso de la palabra el C. diputado Francisco García Carranza y propone que la documentación recibida sobre este caso sea turnada a la Comisión de Gobernación, a efecto de que ésta rinda su dictamen a la brevedad posible. Los CC. representantes José María Dávila y Adán Ramírez López apoyan la anterior proposición.
"El C. secretario Luis Flores G., informa a la Asamblea que existen quejas sobre las elecciones en el Estado de Aguascalientes, y propone que también sean turnados a la Comisión de Gobernación.
"Se aprueban las proposiciones de los CC. García Carranza y Flores G., por lo que la documentación sobre las elecciones en los Estados de Chihuahua y Aguascalientes se turnan a la Comisión de Gobernación, suplicándole que en un plazo perentorio rinda su dictamen, y se cita a sesión para el próximo viernes a fin de conocer de ese dictamen.
"A las catorce horas y cincuenta y cinco minutos se levanta la sesión".
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se
pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada el acta.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"La Legislatura del Estado de Coahuila avisa que con fecha 23 del actual clausuró su primer Periodo extraordinario de sesiones". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Chiapas participa que el 26 de los corrientes abrió un cuarto Periodo extraordinario de sesiones". - De enterado.
"La Legislatura de Chiapas avisa que el 17 del mes en curso clausuró su tercer Periodo de sesiones extraordinarias". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Guanajuato comunica que clausuró un Periodo extraordinario de sesiones, con fecha 20 del actual". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Sinaloa participa que abrió, con fecha 25 del actual, un periodo extraordinario de sesiones". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Tamaulipas informa que el 24 de los corrientes inauguró un Periodo extraordinario de sesiones". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Veracruz comunica que con fecha 23 del mes en curso abrió un segundo Periodo extraordinario de sesiones". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Veracruz participa que el día 24 del actual clausuró su segundo Periodo de sesiones extraordinarias". - De enterado.
"La Legislatura del Estado de Zacatecas comunica que, previstas las formalidades legales, se instaló en Junta Computadora para los efectos de la Ley Electoral de Poderes Federales". - De enterado.
"El C. ingeniero Efraín A. Gutiérrez comunica con fecha 12 del actual volvió a hacerse cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas". - De enterado.
"La Federación Nacional de Obreros y Campesinos del Distrito Federal solicita se reforme la fracción X del artículo 73 constitucional, en el sentido de que las autoridades federales conozcan de los conflictos obrero patronales de la industria hulera". - Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
"La Unión de Filarmónicos del Estado de Hidalgo solicita que en el próximo Presupuesto de Egresos se nivelen los salarios de los maestros de Hidalgo con los de los Federales". - Recibo, y resérvese para la Cámara de Diputados.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"El C. Manuel A. Fregoso Flores, por conducto de la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito, en el grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de Chile.
"El expediente con la solicitud de que se trata se turnó a la suscrita Comisión de Puntos Constitucionales la cual accede a la petición y en esa virtud se permite someter a la consideración de ustedes para su aprobación el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. Manuel A. Fregoso Flores para que, sin perder su calidad de ciudadanos mexicano, acepte y use la condecoración de la Orden del Mérito, en el grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de la República de Chile.
"Sala de Comisiones de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 24 de julio de 1940. - José Aguilar y Maya. - J. Jesús González Gallo.- Antonio S. Sánchez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita Comisión de Puntos Constitucionales fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la solicitud del C. doctor José Gómez de Silva, mexicano por naturalización, en la que pide permiso para poder seguir usando las condecoraciones que se le otorgaron como oficial del Ejército Italiano, durante la Guerra de 1915-1918.
"Encontrándose la petición ajustada al precepto constitucional relativo, esta Comisión concede el permiso solicitado y con tal motivo somete a
la consideración de ustedes la aprobación del siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede permiso al C. doctor José Gómez de Silva para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano por naturalización, acepte y use las siguientes condecoraciones: Medalla de Plata al Valor Militar; Segunda Medalla de Plata al Valor Militar; Cruz de Bronce al Mérito de Guerra; Caballero de la Orden de la Corona; Insignia de Plata para los Mutilados de la Guerra: Medalla de Bronce de la Unidad de Italia; Insignia de Honor para los Heridos de Guerra; Medalla de Bronce del Frente de Guerra y Medalla de Bronce Interaliada, que le fueron concedidas por el Gobierno Italiano.
"Sala de Comisiones de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 24 de julio de 1940. - José Aguilar y Maya. - J. Jesús González Gallo. - Antonio S. Sánchez".
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
Se procede a recoger la votación nominal de los proyectos reservados para este objeto. Por la afirmativa.
El C. secretario Hernández Arnulfo: Por la negativa. (votación).
El C. secretario García Carranza: ¿ Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa ?
El C. secretario Hernández Arnulfo: ¿ Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa ? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación).
El C. secretario García Carranza: Por unanimidad de votos fueron aprobados los proyectos. Pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
- El mismo C. secretario (leyendo):
"Honorable Asamblea:
"Ha sido perfectamente observado por toda la nación y particularmente por el elemento revolucionario, el desarrollo de las actividades políticas recientes tanto en la etapa que precedió a los comicios, como en la actitud de los contendientes con posterioridad a ellos.
"De la observación serena de los acontecimientos, se desprende que el grupo que acaudilló el movimiento contrarrevolucionario derrotado estrepitosamente en el campo democrático, pues apenas en una o dos entidades alcanzó victorias parciales, en el resto del país sus contingentes cívicos resultaron verdaderamente irrisorios; y ese mismo grupo, animador de las reuniones tumultuarias en que predominaron los menores, las mujeres y los niños lanzados a la vía pública el día de la elección, que sólo debe ser considerado como elemento de coacción contra los auténticos votantes con derecho a hacerlo, pretende arrogarse una victoria general por los desórdenes y atropellos que el día 7 del mes en curso cometió en esta capital, prevaliéndose de la seguridad de que el régimen no había de reprimirlo para no darle el pretexto de afirmar que se coartaba su libertad.
"Aprovechando tal circunstancia, ese mismo grupo que escuda sus actividades de toda clase con el pseudónimo de PRUN, de una manera constante y sistemática y mediante sus inserciones en la prensa de información, recomendó la instalación de casillas electorales fuera de los lugares señalados por la autoridad, contra lo que dispone la ley de la materia, la violación al secreto del voto, la propaganda en las casillas el día de las elecciones y todo el conjunto de irregularidades que el pueblo de la ciudad de México, principalmente, presenció con su cohorte de amenazas, sobornos, cohechos, suplantación de votos, votos emitidos en las supuestas casillas, a millares por la misma persona, intervención de hombres armados en las mesas de votación, presencia de innumerables mujeres y niños en ellas contra el texto expreso de la ley; y como complemento de esta serie de asechanzas contra los verdaderos ciudadanos, el lujo de violencias que culminó en golpes, lesiones y homicidios de que se hizo víctimas por los regresionistas a algunos de sus simpatizadores.
"Con posterioridad a las elecciones y siempre bajo la dirección del PRUN ninguno de sus afiliados - que siguen afirmando haber alcanzado, principalmente en el Distrito Federal, una victoria sin procedente - concurrió a los lugares señalados por la autoridad municipal para la celebración de las Juntas Computadoras, sino que afirmaron haber establecido éstas en lugares secretos bajo el pretexto de que no hubieran disfrutado de garantías para practicar los cómputos.
"Finalmente, de una manera reiterada, el mismo PRUN ha recomendado en sus últimas publicaciones que no se remitan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley Electoral, los expedientes a la Secretaría de la Cámara de Diputados, sino que oportunamente se les indicará a donde deben hacerlo, pues no se ha señalado todavía el lugar donde habrá de reunirse "el legítimo Poder Legislativo ante el cual otorgará su protesta como Presidente de la República el general Juan Andreu Almazán".
"Este mismo candidato, a su salida del territorio nacional, manifestó que se retiraba a descansar y que el asunto electoral quedaba en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Pero como ni el más alto Tribunal tiene facultad decisoria alguna en materia de elecciones - pues la consignada en el artículo 97 es para fines punitivos - ni a la fecha se ha presentado ni por el PRUN ni por nadie, instancia alguna relativa a las últimas elecciones, debe deducirse que fue esa una declaración mendaz para fingir que hacía uso legal, aun a sabiendas de que no existe, dado que la facultad de calificar los votos emitidos en una elección presidencial, corresponde exclusivamente a la Cámara de Diputados, conforme a la fracción I del artículos 74 constitucional.
"En tales condiciones y dadas las actividades
contrarrevolucionarias que - con posterioridad a los comicios - han venido ejercitándose, es seguro que el PRUN y sus prosélitos deben haber generalizado sus maniobras a toda la República, y para esta fecha debe estar ya fraguada la documentación relativa a sus candidatos en todo el país, pues aun cuando en una gran parte de la República el almazanismo no presentó candidatos a las Cámaras Federales, ahora - según sus afirmaciones -, está todo listo para la instalación y constitución de las mismas, las que tendrán a su cargo recibir la protesta de su candidato como Presidente de la República.
"Lo expuesto anteriormente pone de manifiesto que quienes se enfrentaron contra la Revolución en la última jornada cívica, pretenden obtener, por medios distintos de los que dan la voluntad popular y la ley, el triunfo de sus respectivos candidatos, para lo cual no vacilan en apelar a toda clase de medios, aun aquellos que revisten carácter delictuoso.
"En efecto, los recintos oficiales, tanto del Senado de la República como de la Cámara de Diputados son conforme a nuestras leyes y al Reglamento Interior del Congreso de la Unión, que regula la forma de instalación de ambas Cámaras, los lugares donde los diputados y Senadores deben reunirse el día 15 de agosto del año de la renovación, a las dieciséis horas y sin necesidad de citación alguna.
"Los directores del PRUN no pueden ignorar, y tal ignorancia sería en su perjuicio, donde se encuentra ubicado el asiento de las Cámaras Legislativas, pues algunos de ellos hasta han figurado entre sus miembros.
"Además, es bien sabido que ambas Cámaras se encuentran laborando actualmente, dentro de sus respectivos recintos, a virtud de convocatoria hecha por esta H. Comisión Permanente a solicitud del Ejecutivo Federal, para tratar, en Periodo extraordinario de sesiones, la iniciativa enviada por el mismo Ejecutivo relativa al Servicio Militar Obligatorio y sobre otras materias.
"Así pues, todos los Poderes de la Unión, la Suprema Corte de Justicia inclusive, están acordes sobre la actual residencia de los Supremos Poderes de la Unión. Solamente los directores del PRUN desconocen la del Poder Legislativo, y afirman que en su oportunidad la darán a conocer.
"El artículo 68 de la Constitución Federal establece, además, que las dos Cámaras residirán en el mismo lugar, y no podrá trasladarse a otro, sin que antes convengan en la traslación y en el tiempo y modo de verificarla. Ambas Cámaras están actualmente en funciones, y como no hay motivo alguno para su cambio de residencia, es segura que hasta la expiración de su ejercicio - El próximo 31 de agosto - es justificable cualquier grupo que pretenda constituirse fuera del recinto oficial, y que todos los actos que se encaminen a la realización de ese propósito, deben ser considerados como de carácter subversivo, supuesto que pretenden realizarse por medios distintos de los establecidos en las leyes que rigen la renovación de los órganos de los Poderes.
"Todos los hechos que han quedado narrados envuelven, pues, la intención de despojar por ahora al Poder Legislativo por constituirse, de sus atribuciones, de impedírselas o de usurpárselas; y las constantes publicaciones de la directiva del PRUN - violatorias todas de los preceptos constitucionales - no tienen más finalidad que la de preparar, por una serie de actos de aparente defensa de los derechos electorales la perturbación del orden público.
"La gravedad del precedente que para las instituciones sobrevendría si la Representación del Poder Legislativo dejara pasar inadvertida la probabilidad de que - por inveterada inconformidad con el resultado de una elección se ataque el prestigio de nuestras instituciones, se menoscabe la soberanía popular de que emana todo mandato, se vulnere el principio de autoridad o se ponga siquiera en tela de juicio de legitimidad de origen de los nuevos Poderes de la Unión, hace preciso que se pongan los hechos anteriores en conocimiento del Procurador de la República - acompañandole las constancias pertinentes, muchas de las cuales deben obrar en la Secretaría de la Cámara de Diputados - para que este alto funcionario, previas las investigaciones del caso y obrando conforme a sus obligaciones, exija las responsabilidades legales correspondientes.
"Sala de Sesiones de la H. Comisión Permanente, treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta. - León García. - Jesús Aguilar y Maya. - Arnulfo Hernández Z. - Y otros firmantes".
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Partido de la Revolución Mexicana. - Oficinas Generales. - Paseo de la Reforma 18. - México, Distrito Federal.
"C. diputado León García. - Presidente de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- Presente.
"Por acuerdo del Comité Central Ejecutivo de este Partido de la Revolución Mexicana, me permito dirigirme a usted para referirme nuevamente a la situación creada en el Estado de Chihuahua con motivo de los actos realizados por los Poderes Ejecutivo y Legislativo de aquella entidad, en relación con los actos electorales recientemente verificados.
"En oficio anterior me permití manifestar a usted que tanto la Legislatura Local como el Gobernador de aquella entidad, habían violado en perjuicio de los intereses de nuestro partido que sostuvo al ciudadano ingeniero Fernando Foglio Miramontes como candidato al Gobierno del Estado, las estipulaciones expresas de la Constitución de Chihuahua y de la Ley Electoral para Poderes Locales del mismo Estado, al constituirse los dos
Poderes a que me refiero en partido político y apoyar públicamente la candidatura del señor Alfredo Chávez, a quien se declaró Gobernador electo, después de haberse auspiciado toda una larga serie de violaciones legales que el oficio de referencia señalé.
"En el propio comunicado me permití indicar a usted, que además de haberes violado, por parte de la Legislatura de Chihuahua y del Gobernador de esa entidad, los procedimientos fijados por la Constitución del Estado y la Ley Electoral respectiva, al hacer la declaratoria en favor del señor Alfredo Chávez dichos Poderes usurparon atribuciones que competen a la nueva Cámara Local, atentado contra el régimen democrático, representativo y popular que previene la Constitución Federal en sus artículos 39, 40 y 115, tanto para la integración de los Poderes Federales como para la de los Estados.
"En virtud de las violaciones que ya dejo señaladas, el C. Gobernador y los diputados al Congreso Local de Chihuahua incurrieron en actos de responsabilidad previstos y sancionados por los artículos 2, 13 fracción I, II, III, IV y VI; 14, 15, 36, 42, 43 y 47 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito y Territorios Federales, y de los Altos Funcionarios de los Estados; motivo por el que este partido estima que es llegado el caso de exigir, por los órganos públicos y conforme al procedimiento que la expresada ley señala, la responsabilidad en que incurrieron los funcionarios locales que ha mencionado.
"Por todo lo anterior, y con fundamento en los artículos 36 y 47 de la citada ley, en la forma más atenta me permito solicitar de usted:
"Primero. Que sea muy servido de dar cuenta con este escrito a la H. Comisión Permanente que usted dignamente preside, para que está turne el caso a la Cámara de Diputados, a fin de que ella se constituya en Jurado de Acusación y resuelva lo procedente.
"Segundo. Que en virtud de que actualmente la H. Cámara de Diputados está en Periodo extraordinario de sesiones, se amplíe por esa H. Comisión Permanente la convocatoria que en fecha reciente se lanzó al efecto, incluyendo en ella el caso del Estado de Chihuahua, con el fin de que a la mayor brevedad posible quede debidamente resuelto.
"Atentamente.
"Por una Democracia de Trabajadores.
"México, D. F., a 30 de julio de 1940.- El Presidente del C. C. E. del P. R. M., general de división, Heriberto Jara"
Recibo, y a la Comisión que tiene antecedentes.
- El mismo C. Secretario: Se procede a dar lectura al dictamen de la Comisión de Gobernación sobre la petición del P. R. M., respecto al caso electoral de Chihuahua.
"Comisión de Gobernación.
"Honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
"A la suscrita Comisión de Gobernación fue turnado el expediente formado con motivo de las denuncias y quejas presentadas en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Chihuahua originadas por los actos electorales para la renovación de los Poderes locales y federales.
"Del análisis de las constancias que contiene el expediente, aparece:
"a) Que el primer domingo de julio próximo pasado tuvieron lugar, en el Estado de Chihuahua, las elecciones de poderes federales y locales.
"b) Que con anterioridad a la elección próximo se había provocado en la misma entidad una situación de intranquilidad motivada por la agitación propia de toda lucha electoral y agravada particularmente por la actitud asumida por las autoridades dependientes del Ejecutivo Local. En el expediente obran numerosas quejas por violaciones a la Ley Electoral del Estado: falta de padrones, negativas de registro, violaciones de garantías individuales por asesinatos, delitos de sangre en general, secuestros, encarcelamientos, amenazas, prohibición para fijar propaganda, etc. En las elecciones, las violaciones a las leyes de la materia se registraron en la mayor parte del Estado, dado que las quejas atribuyen a las autoridades una participación directa y parcial en los comicios, sosteniendo a todo trance a los candidatos a diputados locales y Gobernador de la planilla que encabeza el C. Alfredo Chávez.
"c) La Legislatura local, con posterioridad a la elección, de manera festinada ha ejecutado actos que también ponen de manifiesto su parcialidad en favor de la planilla que encabeza, el señor Chávez, obrando en esto de acuerdo con el Ejecutivo local y su actitud a este respecto ha sido francamente violatorio de los principios que en lo esencial norman la organización del Estado Mexicano, faltando a sus más elementales deberes de funcionarios.
"d) Las violaciones que se contienen en los puntos anteriores fueron motivo de queja ante la Secretaría de Gobernación y ésta dependencia, obrando dentro de las facultades que le otorga la Ley de Secretarías de Estado declaró anticonstitucionales los actos de los Poderes Legislativos y Ejecutivo de Chihuahua, por medio de los cuales pretendían legitimar una situación creada a base de violencia y con infracción de las leyes constitucionales. La actuación de estas autoridades será analizada concretamente en el siguiente Capítulo de este dictamen:
"II.
"Primero. Estimamos los suscritos que la H. Comisión Permanente, representativa del Congreso de la Unión, tiene el deber de vigilar y evitar las violaciones a la Constitución General del País, especialmente cuando estas implican el desconocimiento del pacto federal, base de nuestra Organización Política. De ahí que puntualizamos de preferencia la responsabilidad oficial en que hubieren incurrido los CC. Gobernador y diputados locales de Chihuahua sin que por ello dejemos de precisar también los delitos y responsabilidades del orden común. Al efecto.
"Segundo. La Constitución Política de la República establece que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática y Federal compuesta de Estados soberanos unidos a la Federación mediante un pacto que garantiza la libertad de los propios Estados y la supremacía de la Ley Fundamental sobre las Constituciones de los mismos; que la soberanía reside en el pueblo y la ejerce por medio de los Poderes de la Unión y de los Estados, de acuerdo con sus Constituciones respectivas y, finalmente, que los Estados adoptarán, para su régimen interior, y la forma de gobierno republicano, representativo y popular. Artículos 39, 40, 41 y 115 de la Constitución General del País. El hecho fundamental de donde deriva la más grave violación a los principios antes consignados, la constituye la declaración de Gobernador electo del Estado de Chihuahua que hizo en favor del C. Alfredo Chávez la Legislatura local y la sanción de ese decreto por parte del C. Gobernador. Por lo que respecta a la calificación de las elecciones para Gobernador. Por lo que respecta a la calificación de las elecciones para Gobernador, el inciso a) de la fracción XVIII del artículo 64 de la Constitución de Chihuahua faculta al Congreso del Estado para calificar las elecciones del Ejecutivo y para hacer la declaración correspondiente por decreto en forma. Si este precepto no indica que Legislatura es la que debe calificar y hacer la declaratoria, tenemos que concluir con que en ningún caso esa facultad puede corresponder a la Legislatura actual porque contravendría las bases del Pacto Federal anteriormente mencionado. La Constitución del Estado prohibe a la actual Legislatura calificar las elecciones de diputados (artículo 45) y efectuándose conforme a la ley en la misma fecha las elecciones de Gobernador y de diputados locales, no hay razón para seguir regímenes distintos en la apreciación del resultado de las elecciones. La unidad de origen hace inferir, lógicamente, que surgiendo dichas autoridades de la misma expresión de la voluntad popular, en el mismo Periodo de renovación democrática, los nuevos integrantes del Congreso no deben ser extrañados a la calificación de las elecciones del funcionario que va a ocupar la Primera Magistratura del nuevo régimen, y con el cual están solidarizados en su actuación futura. Admitir lo contrario sería conculcar nuestros principios democráticos permitiendo a un régimen saliente desconocer la voluntad popular, cuyos genuinos representantes en el nuevo Periodo administrativo son los diputados de reciente elección, favoreciendo así un continuismo propicio a la tiranía y al despotismo.
"Tercero. Por otra parte, debiendo instalarse la Legislatura del Estado el día 16 de septiembre e iniciar su funciones al Ejecutivo hasta el 4 de octubre siguiente, es lógico suponer que debe calificarse primero la elección de los nuevos diputados y a continuación la del Gobernador. La declaración de Gobernador electo y la protesta que el mismo debe rendir al tomar posesión de su cargo, son dos actos de un mismo proceso que se complementa; es congruente que se realicen ante la misma Legislatura que representa al pueblo del Estado en un mismo Periodo constitucional. La Constitución local establece en su artículo 88 que el Gobernador electo rendirá la protesta ante la nueva Legislatura, y entonces debe concluirse por la relación íntima entre la calificación y la protesta que esa misma Legislatura es la competente para hacer la mencionada declaratoria. La Legislatura de Chihuahua festinó sus procedimientos, porque habiendo entrado en receso el día 15 de julio último, convocó a Periodo extraordinario para el día 19 siguiente, misma fecha en que hizo la calificación, habiendo faltado al cumplimiento del artículo 82, fracción VIII de la Constitución local, que establece como obligación recibir los expedientes relativos a elecciones de Poderes del Estado, para dar cuenta oportunamente al Congreso. El término "oportunamente" está indicando que el turno debe hacerse a la Legislatura que se integre con la concurrencia de los diputados recién electos. De lo expuesto se concluye que los ciudadanos diputados locales del Estado de Chihuahua, con excepción de los CC. Baudelio Rodríguez y Santiago Ochoa, que no se solidarizaron con los actos denunciados, se abrogaron facultades que no les competen constitucionalmente y violaron por ello el artículo 197 de la Constitución local que establece que toda autoridad se limitará a obrar dentro de la esfera de sus atribuciones. El Gobernador del Estado, señor ingeniero Gustavo L. Talamantes, violó igualmente la Constitución del Estado y la Federal al reconocer y sancionar los actos de los diputados acusados, cuando su obligación era, de acuerdo con el artículo 120 de la Constitución Política de la República, y 91 fracción I de la local hacer cumplir las leyes federales, en este caso los artículos 39 al 41 y 115 del Ordenamiento citado. Finalmente, todos los funcionarios citados son responsables, según se deduce de lo expuesto, de los delitos oficiales a que se refiere el artículo 13, fracciones I, II, IV y VI de la Ley de Responsabilidades de los funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito y Territorios Federales y de los altos funcionarios de los Estados.
"Cuarto. Tanto el C. Gobernador como los diputados acusados son presuntos responsables igualmente, en concepto de la Comisión, de los delitos que consigna el artículo 13 ya citado, en sus fracciones III y V, puesto que, como se dijo en el Capítulo Primero de este dictamen, existen en el expediente quejas numerosas que se relacionan con el ataque a la libertad de sufragio y a las garantías individuales. Esta responsabilidad se deduce por la tolerancia que el Ejecutivo local tuvo para sus subalternos a quienes se atribuyen directamente los hechos delictuosos expresados, no obstante las denuncias de esos actos que la Secretaría de Gobernación le hizo en su oportunidad.
"Quinto. Con relación a los delitos del orden común que pudieran derivarse de las quejas a que se ha hecho mérito, compete a las autoridades que inicien la investigación aclarar los elementos de los mismos.
"Sexto. Igualmente estima la Comisión que, de
acuerdo con lo que establecen los artículos 108, párrafo II, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución General de la República en concordancia con los artículos 1o., 2o., 14 y demás relativos de la Ley de Responsabilidades de los funcionarios y Empleados de la Federación, del Distrito y Territorios Federales y de los altos funcionarios de los Estados, compete a la Cámara de Diputados y a la se Senadores, en su caso, iniciar la investigación y resolver sobre las quejas que se analizan en este dictamen; para ese efecto, procede ampliar la convocatoria del Periodo extraordinario de sesiones, a fin de que expresamente se les faculte para avocarse al conocimiento de las violaciones denunciadas y de las responsabilidades consiguientes.
"Por todo lo anteriormente expuesto proponemos a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos de acuerdo:
"I. La H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en uso de sus facultades constitucionales, declara que concede la validez de la declaratoria hecha por la Legislatura del Estado de Chihuahua en favor del C. Alfredo Chávez, como Gobernador electo de dicha entidad federativa;
"II. La H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión estima que hay presunciones suficientes para considerar a los CC. diputados locales de Chihuahua y al C. ingeniero Gustavo Talamantes, Gobernador en funciones, responsables de los delitos oficiales y del orden común ya analizados en este dictamen, con excepción de los diputados Baudelio Rodríguez y Santiago Ochoa;
"III. Se amplía el Periodo extraordinario de sesiones para el efecto de que la Cámara de Diputados y la de Senadores, en su caso, instruyan el proceso correspondiente de acuerdo con la Ley de Responsabilidades en vigor, y
"IV. Comuníquese.
"Sala de Comisiones de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 31 de julio de 1940. - Antonio S. Sánchez. - Wilfrido C. Cruz.- Arnulfo Z. Hernández".
Está a discusión el dictamen de la Comisión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.
- El mismo C. secretario (leyendo):
"Honorable Asamblea:
"En virtud del dictamen de la Comisión de Gobernación que acaba de aprobarse y de conformidad con el tercer punto de acuerdo del mismo, sometemos a la consideración de la Asamblea, con dispensa de trámites, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se amplía la convocatoria para el Periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, publicada en el "Diario Oficial" de 19 de julio del año en curso, en el sentido de que en el mismo Periodo extraordinario de sesiones el Congreso se ocupe también de los delitos oficiales en que hubieren incurrido, de acuerdo con la Ley de Responsabilidades en vigor, el C. Gobernador del Estado de Chihuahua y los diputados a la Legislatura del mismo Estado, con excepción de los CC. Baudelio Rodríguez y Santiago Ochoa.
"Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
"México, D. F., 31 de julio de 1940.- Antonio S. Sánchez.- Wilfrido C. Cruz". Está a discusión No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Honorable Asamblea:
"En atención a la necesidad de hacer modificaciones a la Tarifa General de Importación y atendiendo a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la de Economía Nacional me han expresado la urgencia que ellas también en esas modificaciones, me permito dirigirme a esta H. Asamblea suplicándole que, con dispensa de todo trámite, se sirva aprobar el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se amplía la convocatoria para el Periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión promulgada en el "Diario Oficial" de 19 de los corrientes, en el sentido de que en el mismo Periodo extraordinario de sesiones se agregue el siguiente asunto: "Modificación a la Tarifa General de Importación".
"Hago presente a los CC. diputados y senadores de la H. Comisión Permanente mi consideración muy distinguida.
"México, D. F., a 31 de julio de 1940. - Luis Lombardo Toledano".
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Honorable Asamblea:
"En el decreto convocado al Congreso de la Unión a un Periodo extraordinario de sesiones, aprobado por esta H. Asamblea y promulgado en el "Diario Oficial" de 19 de los corrientes, aparece, entre los asuntos de que debe ocuparse el propio Congreso, el relativo a la Ley Reglamentaria del Párrafo segundo de la fracción VII del artículo 27 Constitucional. (Conflictos por Límites de Terrenos Comunales).
"Este asunto está pendiente de resolución en la Cámara de Senadores a donde volvió en virtud de las reformas que le hizo la Cámara de Diputados, y como las mismas abarcan diversos problemas con que tropiezan las comunidades indígenas para su desenvolvimiento económico y social, se hace necesario reformar el citado decreto de convocatoria ampliando el asunto ya mencionado en el sentido de que es procedente la expedición
de una Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de terrenos comunales.
"En tal virtud, nos permitimos someter, con dispensa de trámites, a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se reforma el decreto que convoca al H. Congreso de la Unión a un periodo extraordinario de sesiones, promulgado en el "Diario Oficial" de 19 de julio del año en curso, en el sentido de suprimir del mismo el asunto que se refiere a la "Ley Reglamentaria del párrafo segundo de la fracción VII del artículo 27 constitucional. (Conflictos por los límites de terrenos comunales)". Substituyéndolo con el siguiente: "Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de Terrenos Comunales".
"Salón de Sesiones de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 31 de julio de 1940. - León García".
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
Se procede a la votación nominal de los tres proyectos de decreto que se reservaron para este efecto. Por la afirmativa.
El C. Secretario Hernández Arnulfo: Por la negativa. (Votación).
El C. Secretario García Carranza: ¿ Falta algún ciudadano representante de votar por la afirmativa ?
El C. Secretario Hernández Arnulfo: ¿ Falta algún ciudadano diputado o senador de votar por la negativa ? Se procede a recoger la votación de la Mesa.
(Votación).
El C. secretario García Carranza: Por unanimidad de votos fueron aprobados los proyectos de decreto; pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
El C. Presidente (a las 15.05 horas): No habiendo asunto de que tratar, se levanta la sesión y se cita para el próximo miércoles a las doce horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"
El Director, Jefe de la Oficina,
Joaquín Z. Valadez.