Legislatura XXXVIII - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19410327 - Número de Diario 15
(L38A1P1eN015F19410327.xml)Núm. Diario:15ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., JUEVES 27 DE MARZO DE 1941
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO I.- PERIODO EXTRAORDINARIO XXXVIII LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 15
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 27 DE MARZO DE 1941
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2.- Proyecto de reformas al artículo 124 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de 30 de diciembre de 1939, que el Ejecutivo de la Unión somete a la consideración del Congreso. Recibo, a la Comisión de Vías Generales de Comunicación, e imprímase.
3.- proyecto de decreto por el que se declaran compensables los adeudos que la federación tenga a su favor y a cargo de los Estados, Territorios y Distritos Federales, con los créditos que tengan las Entidades Federativas en contra del Gobierno Federal. Considerado el proyecto de urgente y obvia resolución, sin discusión es aprobado y pasa al Senado.
4.- Proposición del C. Diputado José Gómez esparza para que la Cámara de Diputado al Congreso de la Unión lance un manifiesto, declarando que se solidariza con la política interior e internacional del C. Presidente de la República, dándole un aplauso por la brillante actuación de su Gobierno, que interpreta el sentir de la Nación. Funda el autor su proposición y se aprueba.
5.- El C. Diputado José Pérez, jr., invita a los miembros de la Cámara para que asista al acto de toma de posesión del C. José Lugo Guerrero como Gobernador del Estado de Hidalgo. Se nombra la Comisión.
6.- El C. diputado Porfirio Neri hace patente el reconocimiento de la Unión de Veteranos de la Revolución por las reformas hechas a la Ley Federal del Trabajo y al Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. MARIANO SAMAYOA
(Asistencia de 90 ciudadanos diputados.)
El C. Presidente (a las 13 horas): Se abre la sesión.
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: (leyendo):
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXVIII Congreso de la Unión, el día veinticinco de marzo de mil novecientos cuarenta y uno.
"Presidencia del C. Mariano Samayoa.
"En la ciudad de México, a las trece horas y veinte minutos del martes veinticinco de marzo de mil novecientos cuarenta y uno, se abre la sesión con asistencia de ochenta y nueve ciudadanos diputados.
"El C. Secretario J. Refugio F. Rodríguez da lectura al acta de la sesión anterior, efectuada el día veintiuno del mes en curso, la que se aprueba sin debate y en votación económica.
"En seguida se da cuenta a la Cámara con el Proyecto de Ley de la Sociedad Nacional Distribuidora y Reguladora, S. A. de C. V., que el C. Presidente de la República somete a la consideración del Congreso por conducto de la Secretaría de Gobernación. Este proyecto recibe el trámite de "Recibo, a la Comisión de Economía y Estadística, e imprímase."
"A las trece horas y cuarenta y cinco minutos se levanta la sesión." Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- Secretaría de Gobernación.- México, D. F.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.
"Para los efectos constitucionales, con el presente me permito remitir a ustedes proyecto de reformas al artículo 124 de la ley de Vías Generales de Comunicación, de 30 de diciembre de 1939.
"Reitero a ustedes mi atenta consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.
"México, D. F., a 25 de marzo de 1941.- Por Ac. del C. Secretario.- El Oficial Mayor, Adolfo Ruiz Cortines.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.
"En ejercicio de la facultad que me otorga la fracción I del artículo 71 Constitucional, por el digno conducto de ustedes me permito someter a la consideración de esta H. Cámara, el siguiente Proyecto de Reformas al artículo 124 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de 30 de diciembre de 1939.
"Los motivos que han determinado al Ejecutivo de mi cargo, para promover la reforma del expresado precepto legal, puedan concretarse en las consideraciones siguientes:
"I. El referido artículo 124, por tratarse de un servicio público, establece que los servicios conexos con las vías generales de comunicación y medios de transporte, solamente pueden prestarse por sociedades cooperativas o mercantiles legalmente constituías con tal objeto, y esta limitación, en la práctica ha dado lugar a multitud de dificultades, debidas principalmente a que los aludidos servicios, desde hace muchos años, han venido siendo prestados por organismos, en su mayoría de carácter sindical, integrados por auténticos trabajadores, quienes estiman, con justificación, que de verse obligados a formar sociedades cooperativas o mercantiles, perderían las conquistas alcanzadas en materia de trabajo y mediante innumerables esfuerzos;
"II. Que la forma de organización que adopten quienes pretendan prestar los servicios a que se contrae el referido artículo 124, no es esencial para la eficiencia y seguridad de tales servicios, ni para garantizar los intereses del público, una vez que, independientemente de esa forma, el Poder Público se reserva las facultades de intervención indispensables, para regular la prestación de que se trata, mediante la concesión de las autorizaciones correspondientes la expedición de tarifas, reglamentos de servicios, etc., así como la revisión, modificación adición o cancelación, de unas y otras, cuando el interés público así lo determine, y el otorgamiento de las garantías por parte de las agrupaciones que pretenden desempeñar los servicios de referencia, y
"III. Que, en consecuencia, la presente reforma solamente tiende a abolir de la ley la limitación de que sólo pueden prestarse los servicios a que se contrae el artículo 124 citado, por sociedades cooperativas o mercantiles debidamente organizadas, pero conservando en sus términos las atribuciones que la misma disposición legal confiere a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas y que se derivan de que, en materia de servicios Públicos, no solamente es facultad, sino obligación ineludible del Estado la de señalar la forma y requisitos, con sujeción a los cuales deben prestarse esos servicios; las condiciones que habrán de llenarse por quienes pretenden prestarlos y el monto de las prestaciones que deberán cubrirse en pago de tales servicios.
"Con apoyo en la exposición anterior, por el digno conducto de Vuestras Señorías, tengo a honor de someter a la consideración de esa H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente Iniciativa de Ley:
"Artículo 1o. Se reforma el artículo 124 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de 30 de diciembre de 1939, en los términos que siguen:
"Artículo 124. Los servicios que se presten en relación con las Vías Generales de Comunicación y medios de transporte, tales como maniobras de carga, descarga, alijo, almacenaje, transbordo, estiba, desestiba, checadura, acarreo, etc., se consideran como servicios públicos, conexos con dichas vías y transportes, y, en consecuencia, para su realización se requiere permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.
"Las agrupaciones que se dediquen a la prestación de esos servicios, cualquiera que sea el tipo de organización que adopten, inclusive el sindical, quedarán sujetas a la jurisdicción de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, en todo lo relativo a tarifas, clasificación de efectos, responsabilidades por demoras, pérdidas, mermas, averías, etc., y, en general, a sus relaciones con el público. Queda facultada esta Secretaría para reglamentar la prestación de los servicios a que se contrae este artículo y para expedir las tarifas para cobro de los mismos; así como para revisar, modificar, adicionar o cancelar la vigilancia de los reglamentos y tarifas, en los términos que señale el reglamento.
"Las agrupaciones a que se refiere el párrafo precedente tendrán obligación de rendir un informe anual, en los términos del artículo 120 de esta ley y quedarán sujetas a la inspección a que se refiere el capítulo anterior.
"Se impondrán multas de $ 50.00 a $ 2,000.00 a las agrupaciones de maniobristas que suspendan sus trabajos sin causa justificada y sin estar autorizadas para ello por la Secretaría de Comunicaciones. La reincidencia en la suspensión de los servicios y la resistencia para reanudarlos cuando así lo ordene la propia Secretaría, serán motivo para que se cancele el permiso otorgado a la organización de que se trate y para que se autorice a otra u otras organizaciones para prestar los servicios de maniobras en el lugar en que opere la agrupación rebelde.
"Si las agrupaciones de maniobristas llegaran a celebrar contrato de trabajo un particular o empresa, para la prestación de los servicios a que se contraen el presente artículo, tales contratos, en cuanto a la retribución que deba pagarse por esos servicios, se sujetarán estrictamente, bajo pena de nulidad, a las cuotas que el afecto señale la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, la que fijará igualmente el monto de las prestaciones adicionales que correspondan a los miembros de la agrupación, por vacaciones, séptimo día, enfermedades, accidentes profesionales, horas extras, etc.
"El permiso concedido a cualquiera agrupación o particular para prestar servicios de maniobras, no impedirá a los particulares realizar personalmente o por medio de obreros a su servicio exclusivo, las maniobras que requiera el manejo de sus propias mercancías.
"El reglamento de este artículo determinará la extensión de las maniobras que amparen las cuotas respectivas, la forma de mejorar los actos o sistemas de trabajo que se adopten las horas en que se deban realizar los servicios, y, en general, todas
las disposiciones que tiendan a la mejor realización de éstos".
"Artículo 2o. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día del en que se publique en el "Diario Oficial" de la Federación.
"Reitero a ustedes las seguridades de mi muy atenta y distinguida consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.
"México, D. F., a 21 de marzo de 1941.- El Presidente de la República, Manuel Avila Camacho."- Recibo, y a la Comisión de Vías Generales de Comunicación, e imprímase.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- Secretaría de Gobernación.- México, D. F.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.
"Para los fines legales correspondientes y por acuerdo del C. Presidente de la República, anexa al presente me permito remitir a ustedes Iniciativa de Ley encaminada a definir la situación existente entre la Federación y los Estados, Territorios y Distritos Federal, por adeudos recíprocos de muy diverso origen.
"Reitero a ustedes mi atenta consideración.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.
"México, D. F., a 25 de marzo de 1941.- Por A.c. del Secretario. El Oficial Mayor, Adolfo Ruiz Cortines."
"Estado Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente.
'En ejercicio de la facultad que me concede la fracción I del artículo 71 de la Constitución Federal, someto a la consideración del Congreso la presente iniciativa de ley encaminada a definir la situación que de años atrás existe entre la Federación y los Estados, Territorios y Distrito Federal, por adeudos recíprocos de muy diverso origen.
"No escapa a los señores diputados y senadores la conveniencia de que esta situación cese. Tanto la federación como las entidades, en efecto, están comprometidas en programas de mejoramiento colectivo y de obras públicas que han hecho necesario acudir al crédito mediante la emisión de distintos valores, y sin duda alguna que depurando a los fiscos locales del pasivo indeterminado que deriva de sus viejas deudas hacia la Federación, les serán más accesibles los canales naturales del crédito, con beneficio indirecto para la Federación misma.
"Con esta mira la iniciativa propone en substancia que los saldos que resulten a cargo de las Entidades Federativas, después de compensarse con los créditos que dichas entidades a su vez tengan a su favor, se condonen; con excepción de ciertos casos obvios que no pueden quedar comprendidos en esta medida sin desajustar seriamente la estabilidad de las finanzas federales. Tal ocurre, principalmente, con los anticipos de participaciones que, si se condonaran, alterarían automáticamente las estimaciones de ingresos hechas por la Federación.
"Ahora bien, como la Federación tiende a fijar un régimen sencillo para sus futuras relaciones con los Estados en punto a deudos, se ha estimado oportuno tratar una cuestión concreta que ha sido siempre origen de incertidumbres y dificultades: es la relativa a las contribuciones prediales que la Federación debe a los Estados por inmuebles ubicados en los territorios de éstos. El artículo 132 constitucional establece que con el consentimiento de las legislaturas respectivas, tales inmuebles cuando estén destinadas al servicio público o al uso común, quedarán exceptuadas de la jurisdicción local, y consecuentemente de la tributación local. A los Estados que desean acogerse al beneficio de la condonación, se les fija un plazo de un año para que dicten tales decretos. En el futuro, por tanto, la federación pagará contribuciones por los inmuebles no destinados al servicio público o al uso común. En cuanto a los adeudos de este origen que correspondan al pasado, naturalmente quedan comprendidos dentro de la extinción por compensación aque alude el artículo 1o.
"Por último, se faculta a la Secretaría de Hacienda para dictar las medidas administrativas que procedan y para celebrar con los Estados, Territorios y Distrito Federal los convenios a que haya lugar para definir las situaciones que por uno u otro motivo no queden solucionado automáticamente con la pura vigilancia de la ley.
"Por lo expuesto, he tenido a bien formular la siguiente iniciativa de ley:
"Artículo 1o. Se declaran compensables, a pesar de cualquier disposición legal en contrario que exista a la fecha, los adeudos que la Federación tenga a su favor y a cargo de los Estados, Territorios y Distrito Federal, con los créditos que a su vez, y cualquiera que sea su origen, tengan las entidades federativas en contra del Gobierno Federal. Para determinar los adeudos a cargo del Gobierno federal, se tomarán en cuenta las contribuciones que causen los inmuebles no destinados al servicio público o al uso común hasta el 31 de diciembre de este año.
"Cuando el saldo que arroje la compensación sea contrario a la entidad federativa, procederá su condonación en los términos de esta Ley.
"Artículo 2o. Se exceptúan de la condonación a que se refiere el artículo anterior, los adeudos que deriven de algunos de los siguientes conceptos:
"a) Anticipos a cuenta de participaciones en los impuestos federales.
"b) Adeudos a favor de terceros, garantizados por el Gobierno federal o que éste haya asumido y no tengan liquidados.
"Artículo 3o. Será requisito necesario para la condenación a que se refiere el artículo 1o., que las legislaturas respectivas, en un plazo no mayor de un año contado a partir de la vigencia de esta Ley, decreten en los términos del artículo 132 constitucional, que los inmuebles propiedad de la Federación o poseídos por ésta a título de propietaria y destinados al servicio público o al uso común, estarán expuestos de toda contribución local. Durante este plazo los adeudos condonables no serán exigidos por la Federación.
"Artículo 4o. Queda facultada la Secretaría de Hacienda para dictar las medidas administrativas que tienda a la ejecución de esta Ley, así como para celebrar con los Estados, Territorios y Distrito Federal, lo convenios que procedan respecto de los saldos que resulten a favor o en contra de dichas entidades y que no quedan comprendidos en la compensación o en la condonación a que se refiere el artículo 1o.
"Transitorios:
"Artículo primero. Esta Ley entrará en vigor en toda la República a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
"Artículo segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Ley.
"Atentamente.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.
"México, D. F., a 10 de marzo de 1941.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Avila Camacho.- El Subsecretario encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Ramón Beteta."
Se pregunta si se considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se considera. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal en lo general. Por la afirmativa.
El C. Secretario Gil Preciado Juan: Por la negativa. (Votación.)
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?
El C. Secretario Gil Preciado Juan: ¿falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se va a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: Fue aprobado en lo general el proyecto por unanimidad de votos.
A discusión en lo particular.
"Artículo 1o. Se declaran compensables, a pesar de cualquier disposición legal en contrario que exista a la fecha, los adeudos que la Federación tenga a su favor y a cargo de los Estados, Territorios y Distrito Federales, con los créditos que a su vez, y cualquiera que sea su origen, tenga las entidades federativas en contra del Gobierno Federal. Para determinar los adeudos a cargo del Gobierno Federal, se tomarán en cuenta las contribuciones que causen los inmuebles no destinados al servicio público o al uso común hasta el 31 de diciembre de este año.
"Cuando el saldo que arroje la compensación sea contrario a la entidad federativa, procederá su condonación en los términos de esta Ley."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 2o. Se efectúan de la condonación a que se refiere el artículo anterior, los adeudos que deriven de alguno de los siguientes conceptos:
"a) Anticipos a cuenta de participaciones en los impuestos federales.
"b) Adeudos a favor de terceros, garantizados por el Gobierno Federal o que éste haya asumido y no tenga liquidados."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 3o. Será requisito necesario para la condonación a que se refiere el artículo 1o., que las legislaturas respectivas, en un plazo no mayor de un año contando a partir de la vigencia de esta Ley, decreten en los términos del artículo 132 constitucional, que los inmuebles propiedad de la federación o poseídos por ésta a título de propietaria y destinados al servicio público o al uso común, estarán exceptuados de toda contribución local. Durante este plazo los adeudos condonables no serán exigidos por la Federación."
Está a discusión, No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo 4o. Queda facultada la secretaría de hacienda para dictar las medidas administrativas que tienda a la ejecución de esta ley, así como para celebrar con lo estados, Territorios y Distrito Federal, los convenios que procedan respecto de los saldos que resulten a favor o en contra de dichas entidades y que no queden comprendidos en la compensación o en lo condonación a que se refiere el artículo 1o."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Transitorio:
"Artículo primero. Esta Ley entrará en vigor en toda República a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial"
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
"Artículo segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Ley."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.
Se procede a recoger la votación nominal en lo particular. Por la afirmativa.
El C. Secretario Gil Preciado Juan: Por la negativa. (Votación.)
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?
El C. Secretario Gil Preciado Juan: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: Fue aprobado el proyecto por unanimidad de votos. Pasa al senado para su efecto constitucionales.
- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Doctor Gómez Esparza.
El C. Gómez Esparza José: Señores diputados: el periodo extraordinario de sesiones que está por terminar, representa una brillante jornada cuya significación quedará impresa en los anuales de la XXXVIII Legislatura.
Se han presentado en el interregno de estos días múltiples y variados asuntos, a cual más interesantes, para la buena marcha de la administración pública; pero hace destacar de entre ellos un tema mundial discutido; la codificación legal del esfuerzo humano, ya sea que éste se verifique en
el ambiente del taller, en una agitada cuidad, en la tranquila majestad del surco de una campiña o en la oficina burocrática de un servicio del Estado; no importa el lugar. El hecho material o intelectual es siempre el mismo: es el trabajo, para el que la Revolución de México ha consagrado uno de sus capítulos más significados; es el trabajo, cuyo codificación legal ha sido cumbre magnifica de las ambiciones más caras que a través de las edades han tratado de encontrar las clases laborantes de todo los países de la tierra.
La noble causa del trabajo es uno de los temas más apasionantes de la vida y al que debemos dar, como a ninguno, nuestra atención y nuestra preferencia. Por ello, todo lo que hayamos hecho en el transcurso de este período de sesiones extraordinarias en el bien del que trabaja, es la más alta confortación que puede recibir esta nación mexicana para ser grande, poderosa y respetable.
No cabe duda, señores diputados, el porvenir excelso de la humanidad está en los hombres que trabajan, en los hombres que con su esfuerzo corporal o por las agitaciones de su cerebro llevan el pan honrando al seno de sus hogares. De allí que los gobernantes que en verdad han escalado el Poder ascendiendo uno por uno los peldaños de la democracia, concedan a los trabajadores todo su apoyo y toda su garantía; y para gloria de México, a esta clase de gobernación pertenece sin dubitación alguna el actual presidente de México, quien ayer como candidato y hoy investido con su alta jerarquía de Primer Magistrado de la Nación, siempre se ha significado por su devoción hacia la las clases laborantes.
Solamente un insensato podía expresarse en términos diferentes a esta realidad que ha inundando todos los ámbitos de la República. Hay que decirlo con prístina claridad, señores diputados: el General Avila Camacho es el Presidente de las afirmaciones, nunca de las negaciones ni de los retrocesos; y así, colocado en esta firme postura revolucionaria, se dirige a todos los hombres de México exhortándolos a trabajar y pidiéndoles que fortifiquen y que garanticen la riqueza de la Nación dentro del sendero augusto de la ley, porque los pueblos prósperos, como bien dice Miguel Alessio, son los más heroicos y los más decididos defensores de la paz, de la democracia y de la libertad humana. En un pueblo sin libertad no hay justicia, no hay derecho, no hay moral.
"Debemos combatir a la miseria", ha dicho el señor Presidente, y nosotros nos permitimos agregar que del antro de la miseria surgen siempre los grilletes y las mordazas que incapacitan a los hombres para enarbolar con gallardía el estandarte invicto de la patria y de la libertad.
El período extraordinario de sesiones que está por terminar ha sido fructífero en todas sus manifestaciones, merced a la atingencia de todos y cada uno de los componentes de esta XXXVIII Legislatura. Hemos asistido a debates democráticos en los que se ha escuchado el vigoroso tono revolucionario de Leobardo Reynoso, de Gutiérrez Roldán, de Corona del Rosal; la elocuencia del Licenciado Carrillo, el sentir filosófico de Trueba Urbina, el pensamiento lúcido de Zapata Vela y el sentir patriótico, bien intencionado y sincero de Hernández Cházaro, Márquez Ricaño y Carrola Antuna. Todos ellos han aportado el contingente de su pensamiento y de su talento para alumbrar con la antorcha de la Revolución el ambiente de este nuestro parlamento mexicano. Pido para ello nuestra pública admiración y nuestro más cordial aplauso.
Para terminar, me permito someter a la consideración de Vuestra Soberanía la siguiente proposición, que concretamente consiste en que la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión lance, por los medios de publicación más adecuados y activos, un manifiesto a la nación tomando en consideración los puntos que a continuación expreso:
"Manifiesto o Declaraciones" dirigidas al pueblo de México por los componentes de la XXXVIII Legislatura al Congreso de la Unión, con motivo del período extraordinario de sesiones verificado en estos días.
"1o. La Cámara de Diputados al congreso de la unión categóricamente declara que la opinión del pueblo mexicano representado por este Cuerpo Colegiado, estima que los proyectos de la ley que el señor Presidente de la República han enviado a este Congreso, interpretan el sentir de la Nación.
"2o. Que la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión, traduciendo fielmente la manera de pensar de sus representados en todos los distritos del país, manifiesta que en su totalidad los grandes sectores que componen la vida de México, están ligados firmemente con el Gobierno revolucionario que preside el señor General de División Manuel Avila Camacho.
"3o. Que la Cámara de diputados al congreso de la Unión, sosteniendo siempre su postura revolucionaria, afirma categóricamente que el Gobierno encabezado por el Presidente Avila Camacho, es un Gobierno de afirmaciones, no de negaciones ni retrocesos. Es un Gobierno que Consolida todos los principios de la Revolución, siguiendo invariablemente el sendero marcado por la Ley.
"4o. Hoy que inicia su acción gubernativa el actual Presidente de México, los Diputados al Congreso de la Unión perteneciente a la XXXVIII Legislatura, expresan su deseo sincero de facilitar por cuantos medios estén a su alcance, el desarrollo, crecimiento y progreso del actual Gobierno de México, por considerar que con ello hacen un marcado bien a la patria mexicana.
"5o. la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión se hace solidaria y aplaude la política interior de la Nación desarrollada hasta hoy por el Primer Magistrado, así como también sostiene de manera inquebrantable la política internacional llevada a cabo por el propio señor Presidente y que se relaciona con la Soberanía de la Nación, con la defensa e integridad de los Países de América y en favor de la democracia y de la libertad del mundo.
"Hacen pública confianza en el honor y honestidad que han caracterizado al señor General Avila Camacho en todos los actos de su vida, para que siga en nombre de la Revolución y del Gobierno Mexicano tratando los asuntos exteriores del país por considerarlo nosotros los diputados el paradigma de la dignidad mexicana y el exponente primordial del sentimiento patriótico de la República.
"6o. Que todos los diputados componentes de esta Legislatura emprendan al retornar a sus Distritos una activa campaña moral para enaltecer el trabajo y combatir a la miseria, sembrando con ello el estímulo y el entusiasmo entre sus representados y ayudando en esta forma al éxito de una de las manifestaciones más elevadas que ha puesto en práctica el Gobierno de la República para el desarrollo de la riqueza y bienestar de todos los habitantes del país.
"7o. La Cámara de Diputados se felicita grandemente por el espíritu revolucionario y la fraternal unión que hasta hoy existe entre todos sus componentes, pensando entre otras cosas que este magnifico ambiente que reina fortuna nuestra en este Cuerpo Legislativo, se deben en gran parte a la atingencia y talento político que ha desarrollado la Comisión de Control Político que preside dignamente el diputado Leobardo Reynoso.
"Por estas razones lanzamos una excitativa a todos los componentes de la XXXVIII Legislatura para que sigamos como hasta hoy laborando por la Revolución y por la patria en esta atmósfera de armonía y de tranquilidad que seguramente se traducirá en confianza para la Nación".
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición del C. Diputado Gómez Esparza. Los que estén por la afirmativa, sírvance manifestarlo. Sí se toma en consideración. Está a discusión. No habiéndola, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvance manifestarlo. Aprobada.
- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado José Pérez jr.
El C. Pérez jr. José: Señores diputados: un hecho trascendental y solemne, cívicamente, tendrá que desarrollase en la historia política del Estado de Hidalgo, al tomar posesión el próximo martes primero de abril el nuevo Primer Mandatario que aquella Entidad, cuya elección popular recayó en el C. José Lugo Guerrero.
En nombre de la XXXVI Legislatura local y en nombre también de la representación federal de mi Estado en esta Honorable Asamblea, vengo a hacer especial y atenta invitación a todos y cada uno de sus honorables miembros para que asistan a la solemne ceremonia de transmisión de poderes que habrá de tener efecto en la fecha ya citada, con asistencia del C. Presidente de la República, General Manuel Avila Camacho, y su honorable gabinete.
Asimismo, con todo respeto pido a la Honorable Directiva, sea servida de designar una comisión para que oficialmente represente a esta H. ..... XXXVIII Legislatura en el acto solemne a que me he referido.
- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado Neri.
El C. Neri Porfirio: Compañeros diputados:
La Unión de Veteranos de la Revolución, integrada por los hombres que no escatimaron esfuerzo ni sacrificio en la lucha sostenía durante el período de novecientos diez a novecientos trece para defender la consolidación de los ideales democráticos, me confían la honrosa misión de hacer patente ante esta XXXVIII Legislatura su reconocimiento sincero y decidido por las reformas llevadas a cabo con tan brillante éxito a las Leyes Federales del Trabajo y Estatutos Jurídico; siendo esta última la que manifiesta en forma indiscutible el interés del Poder Ejecutivo de la Nación para que los viejos soldados de la Revolución también participen de los beneficios y garantías que tal ley encierra.
Así pues, con mi carácter de representante de la unión antes mencionada y como miembro integrante de esta Cámara, hago presente una vez más mi calurosa felicitación y la de mis antiguos compañeros de armas, que no en balde consideran el paso dado al respecto como la confirmación categórica al noble y justiciero deseo del señor Presidente de la República de proporcionar los medios necesarios para que nuestros hermanos de lucha no sigan permaneciendo al margen de los beneficios que la propia Revolución conquistó. Asimismo creo oportuno manifestar, que tal actitud es doblemente elogiable por considerar que hasta hoy, y por primera vez en la historia de nuestra gesta democrática, se garantiza en una ley el interés de los veteranos de la Revolución y se reconocen sus valiosos servicios prestados a la causa. En tal virtud, no sólo como soldado de la Revolución, sino también como trabajador del campo, campesino en la honrosa acepción de la palabra, aplaudo sinceramente todo aquello que pueda convertirse en provecho, tanto de los trabajadores de la cuidad como del campo, porque ello entraña una justa compensación a sus ideales libertarios, aunque debo confesar que la de estos últimos, apenas si se ha logrado en pequeña escala.
El campesino, no debemos desconocerlo, es el que produce la materia prima indispensable para el sostenimiento de todas las clases sociales de la cuidad, y en cambio sigue viviendo una vida de miseria y amargura; el bienestar que ha podido obtener a través de la Revolución es tan insignificante, que apenas si puede calificarse como un paso hacia la plena conquista de sus derechos. Cierto es que el Gobierno de la República se preocupa hondamente porque la labor educacional se extienda a todos los rincones del país con el fin exclusivo de lograr la superación moral e intelectual de los grandes núcleos campesinos, pero cierto es también que en el aspecto material no han alcanzado ni el más mínimo porcentaje de los beneficios de que disfrutan los trabajadores de las ciudades. Si a esto agregamos la inicua explotación de que los hacen objeto individuos que completamente ajenos a su dolor no aquilatan los valiosos servicios que han aportado a la Revolución y menos comprenden el anhelo que los anima para encontrar su superación en el orden económico, me hace reconocer que ustedes, como yo, consideran que no hay error en el juicio y por tanto este problema merece una atención muy amplia y facunda.
En la Exposición de los oradores que apoyaron las iniciativas de reformas a la Ley Federal del Trabajo
y al Estatuto Jurídico, se plantaron razones fundamentales en el orden moral, económico y político y se habló de los grandes sacrificios que los compañeros obreros tuvieron que aportar a su movimiento emancipador, así como de la sangre derramada para obtener lo que por derecho les corresponde. Asimismo en esta ocasión considero oportuno recordar a ustedes, señores diputados, que nuestros hermanos los campesinos entregaron sus vidas y ofrendaron su sangres con no menos valor y entusiasmo a una causa que no sólo era la de ellos, sino la de todos los que en una y otra forma sufrían de las injusticias y la opresión.
Como estos hechos son evidentes y la labor de nuestros sufridos campesinos dentro del movimiento revolucionario se tradujo en leyes que hoy son normas de la vida institucional de nuestro país, y sólida garantía para nuestros gobiernos revolucionarios, aprovecho mi paso por esta tribuna para pedir a mis honorables compañeros diputados, que tomando en cuenta los antecedentes que dejo señalados, nos preocupemos por encontrar la forma de garantizar el producto de su trabajo y elevar hasta el máximo posible la precaria vida en que desde hace años de debaten, con lo cual, estoy seguro, no hacemos más que cumplir con el mandato que los postulados de la Revolución nos impone. Apelo, pues, al sentimiento de equidad y comprensión que los caracteriza para suplicar a todos los compañeros capacitados la confección de leyes que de una vez por todas rescaten a nuestros hermanos campesinos de la triste condición moral y económica en que viven y los coloquen en el mismo nivel en que se encuentran sus hermanos los trabajadores de la cuidad.
Para terminar, una vez ruego a esta H. ....XXXVIII Legislatura, a la cual tengo el honor de pertenecer, acepte las sinceras felicitaciones de la Unión de Veteranos de la Revolución por la valentía y nobleza con que fueron apoyadas las iniciativas de reforma a las leyes a que antes me referí, presentadas ésta por el señor Presidente de la República, a quien me permito hacerla extensiva con el mayor respeto y consideración. (Aplausos.)
El C. Secretario Rodríguez J. Refugio F.: La Presidencia designa a los ciudadanos diputados Gómez Esparza, Acosta V. Ricardo, Cervantes Cesar, Córdoba Lara Alfredo, Chacón Baca Valente, Pámanes Escobedo Aurelio y Bolio Méndez José M., para que asistan a la protesta que como Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo se verificará del día primero de abril a las once horas en el Teatro Bartolomé de Medina, Pachuca, Hidalgo.
El C. Presidente (a las 13.50): Se levanta la sesión y se cita para el próximo martes a las once horas, suplicándoles su puntual asistencia.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"
El Director, jefe de la Oficina, JOAQUÍN Z. VALADEZ.