Legislatura XXXIX - Año II - Período Ordinario - Fecha 19441222 - Número de Diario 21

(L39A2P1oN021F19441222.xml)Núm. Diario:21

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 1944

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos. el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II. - PERIODO ORDINARIO XXXIX LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 21

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 22 DE DICIEMBRE DE 1944

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Relación de los asuntos que serán tratados en esta sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Es introducido al Salón de Sesiones el Excelentísimo señor Chen Chiew, Embajador Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de China en México. El C. diputado Andrés Serra Rojas pronuncia un discurso de bienvenida y el señor Chen Chiew agradece el honor que se le ha dispensado.

3.- A moción del C. diputado Rodolfo Gaytán, la Asamblea guarda un minuto de silencio en señal de duelo por el fallecimiento del C. general Antonio I. Villarreal.

4.- Se turna a las comisiones respectivas el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1945 y proyecto de Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México.

5.- Se aprueban y pasan al Senado el Convenio de Límites entre el Territorio Norte de la Baja California y el Estado de Sonora; el proyecto de Ley del Catastro de los Territorios Federales; el proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de bonos de caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1945; el proyecto de decreto que autoriza la emisión de Bonos de la Industria Eléctrica de los Estados Unidos Mexicanos, 1945, y el proyecto de decreto que autoriza la emisión de Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945, y se concede permiso constitucional para usar condecoraciones, respectivamente, al C. Salvador Martínez Mercado y al C. Juan Pérez Abreu y de la Torre.

6.- Se turnan a las Comisiones respectivas un acuerdo de la Cámara de diputados de la República de Chile y la solicitud de permiso constitucional del C. subteniente de aeronáutica mecánico José María de la Vega Guzmán.

7.- Cartera. Se nombra una comisión para corresponder a la invitación de la legislatura del Estado de Sinaloa. Continúa la cartera.

8.- Se turnan a las comisiones respectivas las proposiciones del C. diputado Cándido Aguilar tendientes a beneficiar a los productores de café, en pequeño; proyecto del C. diputado Herminio Ahumada jr. para establecer la "Asociación nacional de la Lucha contra la Desnutrición Infantil"; proyecto de decreto del C. diputado Rosendo G. Castro que beneficia a los hijos de los trabajadores de base de la Cámara de Diputados.

Se aprueba un dictamen de la Comisión de Gobernación que crea la Medalla del Mérito del Trabajador de la Cámara de Diputados, y se turna a la Comisión de Hacienda la solicitud de la señora Dolores Santana de Brambila. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL

C. MIGUEL MORENO PADILLA

(Asistencia de 84 ciudadanos diputados).

- El C. Presidente (A las 13.35): Se abre la sesión.

El C. secretario Ramírez Melquiades: Asuntos que serán tratados en esta sesión:

"Acta de la sesión anterior.

"Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1945 que envía el Ejecutivo de la Unión.

"Proyecto de Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México.

"Convenio de Límites entre los Estados de Sonora y Territorio Norte de la Baja California, que somete el Ejecutivo de la Unión a la consideración del Congreso.

"Proyecto de Ley del Catastro de los Territorios Federales.

"Proyecto que autoriza al Ejecutivo para emitir Bonos de la Industria Eléctrica, 1945, hasta por $100.000,000.00.

"Proyecto de decreto que autoriza al Ejecutivo Federal para emitir un empréstito interior de Bonos de Obras Públicas, 1945, por $60.000,000.00.

"Proyecto de decreto que autoriza al Ejecutivo

para emitir Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1945, hasta por $100.000,000.00.

"Oficios de secretarías de Estados, del Tribunal Superior de Justicia y de Legislaturas y Gobiernos de los Estados.

"Proposición del C. Diputado Cándido Aguilar tendiente a proteger la industria cafetera.

"Proyecto para establecer el organismo denominado "Asociación Nacional de Lucha contra la Desnutrición Infantil.

"Solicitudes de particulares.

"Dictámenes que rinden varias comisiones dictaminadoras.

- El mismo C. Secretario: Se va proceder a dar lectura del acta de la sesión anterior, efectuada el día trece de los corrientes.

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputas del XXXIX Congreso de la Unión, el día trece de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

"Presidencia del C. Miguel Moreno Padilla.

"En la ciudad de México, a las trece horas y treinta y cinco minutos del miércoles trece de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro, se abre la sesión con asistencia de setenta y siete ciudadanos diputados, según lista que previamente pasó la Secretaría.

"Se dan a conocer los asuntos que se tratarán en esta sesión.

"Sin debate, se aprueba el acta de la sesión anterior efectuada el cinco de los corrientes.

"Documentos en cartera:

"Oficio de la Cámara de Senadores, al que acompaña el expediente y la Minuta Proyecto de decreto aprobado por aquélla Cámara, concediendo permiso constitucional al C. licenciado Salvador Martínez mercado, Embajador de México en Nicaragua, para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la condecoración de la Orden Nacional "Al Mérito", en el grado de Gran Cruz, que tuvo a bien otorgarle el Gobierno de la República del Ecuador. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Oficio de la Cámara de Senadores, remitiendo el expediente y la Minuta Proyecto de Decreto aprobado por aquella Cámara, que pensiona a la señorita Alicia Campos Fuentes. - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, comunicando el nombramiento hecho por el C. Presidente de la República en favor del C. licenciado Valentín Medina Ochoa, como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales, en substitución del C. licenciado Efraín Aranda Osorio, quien renunció.

"Previa consulta de la Secretaría, y de acuerdo con la facultad que esta Cámara otorga la fracción VI del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Asamblea aprueba, en votación económica, el nombramiento de que se trata.

"Con dispensa de trámites y sin debate, se aprueba la solicitud del C. diputado Mauro Angulo, con objeto que se prorrogue la licencia a fin de estar separado de sus funciones como diputado, por el tiempo que faltan para que concluya el actual período ordinario de sesiones.

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación remite el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Poder Judicial de la Federación, para el ejercicio fiscal de 1945. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"El Congreso de Sinaloa comunica que, con fecha 30 de noviembre, eligió su Mesa Directiva que actuará durante el mes de diciembre. - De enterado.

"La Legislatura de Tamaulipas participa que, con fecha 30 de noviembre, clausuró el segundo período de sesiones ordinarias, correspondientes al segundo año de su ejercicio, dejando integrada su Diputación Permanente. - De enterado.

"El C. ingeniero Jesús M. Rodríguez avisa que con fecha primero de diciembre y previas las formalidades legales, asumió el Despacho del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes; habiendo designado, como Secretario General de Gobierno de esa Entidad, al C. licenciado Manuel Hinojosa Ortiz. - De enterado.

"El C. general y doctor Edmundo M. Sánchez Cano participa que el primero de diciembre, y previa la protesta de ley que rindió ante la Legislatura local, se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; nombrando al C. licenciado Jesús Rojas Villavicencio, para desempeñar el puesto de Secretario General del Despacho de aquella Entidad. - De enterado.

"El C. Adolfo Ruiz Cortines informa que el primero de diciembre, previas las formalidades de ley, se hizo cargo del Despacho del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz para el período constitucional 1944 - 1950. - De enterado.

"El C. presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz comunica que, con fecha primero de diciembre, quedó legalmente constituído el mencionado Tribunal. - De enterado.

"La Secretaría lee una Iniciativa de Ley que presenta el C. diputado Carlos A. Madrazo, creando el Impuesto sobre Diversiones y Artículos de Lujo, para resolver el problema de la nutrición infantil. - A las Comisiones unidas de Asistencia Infantil e Impuesto, con atenta excitativa para que, a la brevedad posible, rindan su dictamen.

"Además, el autor de la iniciativa pide que, en vista de su importancia social, el dictamen respectivo se dé a conocer en la próxima sesión, a fin de que el Senado de la República pueda aprobar este asunto antes de que concluya el actual período ordinario de sesiones.

"Varios ciudadanos diputados presentan una proposición, creando la Medalla del Mérito del trabajador de la Cámara de Diputados. - A la Comisión de Gobernación en turno e imprímase.

"El C. doctor Juan Pérez Abreu y de la Torre pide permiso para aceptar y usar el título de Hijo Adoptivo de la ciudad de Remedios, República de Cuba, que le confirió el Ayuntamiento de dicha ciudad con motivo de la labor educativa que desarrolló en la misma. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"El C. doctor Juan Pérez Abreu y de la Torre solicita el permiso constitucional necesario para

aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito de

"Carlos Manuel de Céspedes", en el grado de Caballero, que le otorgó el Gobierno de la República. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La señora Luz M. Pérez viuda de A. Martínez solicita pensión, por los servicios que prestó a la Patria su extinto abuelo, el coronel y licenciado Joaquín Othón Pérez. Apoya esta solicitud la Diputación del Distrito Federal. - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"La señora Mercedes Villaescusa viuda de Trujillo, apoyada por los CC. diputados Jesús M. Figueroa y Saturnino A. Saldivar, solicita pensión por los servicios que prestó a la Revolución su finado esposo, el señor Adalberto Trujillo Gardner. - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"La señora Margarita Marino viuda de Lome solicita se aumente la pensión de que actualmente disfruta, o bien que se le pague lo que dejó de percibir desde la fecha en que murió su esposo el capitán primero de caballería Antonio Lome. - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"Las señoritas Herlinda y Aurora Garza solicitan pensión, por los servicios que prestó a la Revolución su extinto padre el general brigadier Reynaldo Garza. - Recibo, y a la Comisión de Defensa Nacional en turno.

"La señorita Elsa Graciela Híjar solicita pensión como sobrina del general brigadier Francisco L. Híjar, quien falleció a consecuencia de una enfermedad contraída en campaña. - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, que estima no es necesario conceder permiso, al C. Andrés Acosta Ibarra para prestar sus servicios en la Fuerza Aérea de la Francia Libre, en virtud de que ya existe un decreto de aplicación amplia al respecto, y propone se archive este expediente. - A discusión, sin ella se aprueba en votación económica.

"Dictamen de la mayoría de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, que considera inmotivada la reforma de la fracción V del apartado B) del artículo 37 constitucional, propuesta por la Legislatura de Oaxaca, y consulta se archive el expediente.

"A debate el anterior dictamen, el C. José María Suárez Téllez sube a la tribuna para leer su Voto Particular; el C. Pedro Guerrero Martínez, como firmante del dictamen, lo apoya en todas sus partes; el C. Andrés Serra Rojas habla en pro del dictamen; el C. Suárez Téllez usa de la palabra para sostener su Voto Particular; el C. Fernando Moctezuma, quien también firma el dictamen, lo sostiene; se considera suficientemente discutido se aprueba, en votación económica, el Dictamen de la mayoría de la Comisión.

"Sucesivamente se reserva para su votación nominal, sin que motiven debate, tres dictámenes de la 2a. Comisión Constitucionales que consultan proyectos de decreto de los que se concede permiso constitucional, para aceptar y usar las condecoraciones que a continuación se indican, a los siguientes ciudadanos:

"Al C. capitán Manuel Zermeño Araico las condecoraciones "Al Mérito", en el grado de Comendador y "Cruzeiro Do Sul", también en el grado de Comendador, que le confirieron los gobiernos de Chile y del Brasil, respectivamente.

"Al C. ingeniero Manuel de León Arratia la condecoración de la Orden "General Francisco Morazán", que le otorgó el Gobierno de la República de Honduras.

"Al C. teniente mecánico de aeronáutica Angel Carbajal Aranzolo las condecoraciones "Al Mérito", en los grados de Oficial y de Gran Caballero, que le concedieron los gobiernos de las Repúblicas de Chile y del Brasil, respectivamente.

"Con dispensa de trámites y sin discusión, también se reserva para su votación nominal un dictamen de la 2a. Comisión de la Defensa Nacional, que termina con el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios que prestó a la patria el extinto coronel Antonio Ramos Cadena, se pensiona a su viuda, la señora María Villegas, con la cantidad de $3.00 (tres pesos) diarios, que le serán cubiertos por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil".

"Se procede a recoger la votación nominal de todos los proyectos de decreto que con este objeto se reservaron, los que resultan aprobados por unanimidad de setenta y nueve votos. Pasan al Senado y la Ejecutivo, según corresponda, para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Educación Pública, sobre la incitativa de los CC. diputados Federico Medrano Valdivia, Benito Coquet, Manuel Moreno Sánchez, Fernando Moctezuma, tendiente a la expedición de una ley que establezca el Premio Nacional de Artes y Ciencias; dictamen que finaliza proponiendo el siguiente proyecto de Ley que establece el Premio Nacional de Artes y Ciencias.

"Artículo 1o. Se establece el Premio Nacional de Artes y Ciencias.

"Artículo 2o. El premio a que se refiere el artículo anterior se otorgará cada año, y sucesivamente, a los autores de obras que se refieren a:

"a) Literatura, comprendiendo el cuento, la novela, la poesía, el ensayo, la biografía, y el teatro y el argumento, cinematográfico.

"b) Artes Plásticas, comprendiendo la pintura, la escultura, el dibujo, el grabado y la arquitectura.

"c) Música comprendiendo la investigación y las obras para ejecución.

"d) Investigación histórica, estética o de cualesquiera de la Ciencias Culturales.

"e) Investigación científica, comprendiendo las ciencias naturales y exactas.

"Artículo 3o. El premio consistirá en la cantidad de veinte mil pesos en moneda nacional, en un diploma alusivo, y el 10% de la edición a que se refiere el artículo 9o.

"Artículo 4o. Para otorgarse el premio especificado en los artículos anteriores, se requiere que el

autor premiado sea mexicano por nacimiento o naturalización, siempre que ésta haya sido obtenida por el autor cuando menos cinco años antes de la publicación de la obra que se premie. No podrá otorgarse el premio a un autor por más de una vez.

"Artículo 5o. El discernimiento de los premios se hará por una Comisión Administradora del Premio Nacional de Artes y Ciencias, que estará integrada de la siguiente manera:

"a) Por dos miembros designados por la Universidad Autónoma de México.

"b) Por dos miembros desganados por la Academia Nacional de Ciencias "Antonio Alzate".

"c) Por dos miembros designados por el Colegio Nacional.

"d) Por el Secretario de Educación Pública que será el Presidente nato de la Comisión.

"Cada año se designarán los integrantes de la Comisión, adecuadamente a la naturaleza de la obra que haya de premiarse.

"Artículo 6o. Para el otorgamiento de los premios, se tomarán en cuenta las obras producidas durante los cinco años anteriores a la fecha en que se reúna la Comisión.

"Artículo 7o. Para apreciar el valor de los trabajos, la Comisión no impondrá a los autores restricción alguna por su actitud ideológica o doctrinal en cualquiera de sus manifestaciones o aspectos ni por el tema que desarrollen. En consecuencia, lo premios deberán aplicarse de las obras y no a la tendencia de las mismas, sin más taxativas que las que establecen para la diversas formas de expresión del pensamiento, la Constitución Política del país y sus leyes correlativas.

"Artículo 8o. En año que corresponda discernir el premio a las obras de artes plásticas, la Comisión Administradora del Premio Nacional convocará a una exposición nacional en la que todos los artistas que deseen participar podrán presentar hasta dos obras o maquetas de las mismas, que servirán de base el fallo de la Comisión.

"Artículo 9o. Las obras premiadas se editarán o reeditarán por la Secretaría de Educación Pública, en una colección que llevará el nombre de "Obras del Premio Nacional de Artes y Ciencias". La edición que corresponda a los premios de artes plásticas consistirá en una monografía del artista premiado. En todos los casos, el autor podrá disponer del 10% de la edición, y su publicación tendrá que hacerse dentro de los ocho meses siguientes a la fecha que hubiere sido discernido el premio.

"Artículo 10. El primero de agosto de cada año deberá instalarse la Comisión; sesenta días después deberá haber quedado discernido el premio, y a lo sumo, sesenta días después de discernido será entregado.

"Articulo 11. Cuando falte alguna de las instituciones mencionadas en el artículo 5o. para integrar la Comisión Administradora del Premio Nacional de Artes y Ciencias, se autoriza al Ejecutivo de la Unión para hacer las designaciones necesarias para integrarla, conforme a esta ley.

"Artículo 12. La Comisión Administradora del Premio Nacional de Artes y Ciencias formulará las normas indispensables para su funcionamiento interior, y la Secretaría de Educación Pública proveerá lo necesario para el fiel cumplimiento de esta ley, y señalara la retribución que corresponda a los miembros de la Comisión.

"Artículo 13. La Comisión Administradora del Premio Nacional de Artes y Ciencias no podrá, en ningún año, declarar desierto el premio.

"Artículo 14. La secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo su responsabilidad, incluirá anualmente en el Ramo de Educación, del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la cantidad para cumplir con lo ordenado por esta ley.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Se derogan todas las disposiciones anteriores sobre la materia, empezando la presente ley a surtir sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Artículo 2o. El primer año de la vigencia de esta ley se otorgará el Premio Nacional de Artes y Ciencias a una obra de literatura, y se seguirá otorgando, sucesivamente, en el orden establecido en el artículo 2o.

"Artículo 3o. A más tardar sesenta días después de la publicación de la presente ley, el Secretario de Educación Pública deberá haber constituído la Comisión Administradora del Premio Nacional de Artes y Ciencias, que deberá resolver en los términos señalados en el artículo 10 de la ley.

"Artículo 4o. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para ampliar el Presupuesto, en los términos necesarios, para el cumplimiento de esta ley en el primer año de su vigencia".

"Previa dispensa de trámites, se propone a discusión en los general el anterior dictamen, y, sin ella, se reserva para su votación nominal.

"A discusión en lo particular, sin ella y después de que la Secretaría contesta un pregunta del C. José María Suárez Téllez, también se reserva para su votación nominal.

"Se procede a recoger la votación nominal, en lo general y en lo particular, del proyecto de ley de que se trata, resultando aprobado por unanimidad de ochenta votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"A las catorce horas y cincuenta y cinco minutos se levanta la sesión".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente: Encontrándose a las puertas del salón el Excelentísimo señor Embajador de China, se comisiona a los ciudadanos diputados Andrés Serra Rojas, Adán Velarde y secretario Melquiades Ramírez, para que lo introduzcan.

(El Excelentísimo señor Embajador es introducido al salón, siendo recibido con aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Andrés Serra Rojas, para dar la bienvenida al Excelentísimo señor Embajador.

El C. Serra Rojas - Andrés: Señor Embajador;

compañeros diputados: Por una honrosa diferencia de mis colegas que me complace agradecer con emoción, he sido designado para ocupar esta tribuna de la Representación Nacional en este recinto Legislativo nuestra bienvenida más atenta y cordial al Excelentísimo señor Chen Chiew, Ministro Plenipotenciario y Embajador Extraordinario de la República de China.

No es esta recepción un acatamiento regular a los cánones diplomáticos o una ceremonia del ritual oficial. Simbólicamente son dos pueblos hermanos en la lucha, que comparten en efusivo abrazo un alentador momento de amistad y esperanza. Dos pueblos de trayectoria diferente en cuanto el tiempo de su evolución, pero unidos en las más justificadas aspiraciones de los pueblos libres. El primero, con una antigua civilización y una férrea tradición que despierta apasionadamente de su sueño milenario al calor de las luchas sociales del siglo veinte, luchando con afán de reconstruir una vida desgarrada en inútiles e incomprensibles conflictos internos. Sobre este acontecimiento, recordemos el análisis de Pearl S. Buck: "Los padres de la presente generación china fueron lo verdaderos revolucionarios. Borraron de la existencia el viejo dinástico; cambiaron con increíble velocidad el sistema de educación; con celo infatigable proyectaron y establecieron un plan de gobierno moderno. Ningún gobierno antiguo, bajo un emperador, cumplió jamás con mayor rapidez imperial tan tremendos cambios en un país tan grande".

En cuanto al pueblo de México, diremos que apenas ayer ha entrado a la palestra internacional con la fogosidad de sus bríos juveniles, dispuesto a defender y superar las conquistas esenciales de la joven revolución mexicana. Nuestro país vive hoy instantes de vital inquietud. Muy difícil es encontrar en la América Latina una nación que tenga la fisonomía y singular relieve espiritual de esta organización social y política. El pensamiento es original, porque el espíritu de la población es inteligente, vivaz y creador. Seguimos esforzadamente el ritmo de los grandes acontecimientos sociales y nuestra vida se desenvuelve en el torbellino de las corrientes fundamentales y avasalladoras del pensamiento de esta década. Una gran fe en el porvenir de nuestra Patria nos domina en forma optimista, seguros de que llegaremos a la cúspide de nuestra mas altas finalidades.

Al recibir con interés singular al distinguido visitante, queremos expresarle, con la alta investidura que ha acreditado ante el Gobierno Federal Mexicano, nuestra devoción y admiración muy sinceras al heroico pueblo de la República China, sin duda el más paladín de la defensa de la libertad y de la democracia en el Oriente.

Recordemos que los ideales más generosos de la Humanidad como son la libertad humana y la organización democrática, amenazados siempre en todos los rincones del mundo, ayer por las hordas de Gengis Khan, Atila y Alarico, y hoy por las facciones del Nacional Socialismo y del Imperialismo japonés, vuelven hoy a estar en peligro y encuentran una formidable defensa en tres momentos culminantes de los tiempos que corren: el primero la heroica defensa de Madrid por las fuerzas de los milicianos españoles; el segundo en al heroica e invencible fortaleza de Moscú y Stalingrado, en la que el pueblo ruso provoca la admiración mundial por su estoica resistencia; y el tercer momento de esta trilogía heroica del valor que es admirable conjunción de sacrificio humano al formar una de las más grandes epopeyas de la edad moderna, la heroica y tenaz defensa de su patria por el pueblo chino ante las hordas invasoras y vandálicas. En la historia china quedaran para siempre grabados los hechos de singular valor de los ejércitos chinos Octavo y Cuarto de ruta . La valerosa nación china nos proporciona un ejemplo puede llegar a martirios inenarrables antes que claudicar en las exigencias amenazantes de quienes pretendían convertirla en un pueblo de esclavos. La joven China es una realidad elocuente y prometedora, que como antaño volverá prodigiosamente a dar a la cultura los frutos magníficos de su naciente laboriosidad.

La China milenaria, Cung - Kuo o país medio, ha guardado celosamente desde los tiempos remotos un sentido oculto a su tradición histórica. Detengámonos un momento en el recuerdo de los hechos particulares de su remota y larga historia y pensemos en el viejo país del Celeste Imperio, no como una nación que esté alejada de los demás países del mundo, sino como un pueblo, respecto del cual debemos esforzarnos por comprender su manera de ser. Este inmenso país, con el complejo de una vida social pintoresca y rara para los pueblos de Occidente, es uno de los más grandes y sugestivos laboratorios sociales que existen en la actualidad y su historia un rico filón para el estudio de los fenómenos y acontecimientos sociales.

Numerosas son las páginas que se han escrito sobre la historia, las costumbres, las instituciones, el derecho, las artes y el paisaje de aquellas inmensidad del Extremo Oriente, pero en esas narraciones, extraña mezcla de utopía y realidad, es muy difícil conocer las diferentes y complicadas facetas del alma de un pueblo que en otro tiempo parecía reaccionar de diferente manera a otros pueblos.

Es tan vasto, insinuante y complejo el pueblo chino, que a veces nos imaginamos que el espíritu se declara incapaz de comprender su verdadero y profundo sentido, y nos lleva a aquella profunda sentencia de Confucio: "No conocemos la vida, ¿como conocer la muerte?" Hemos leído escritos, muy bellos tratando de explicar la psicología china y la fascinacíon que produce el país, pero como decía su más grande filósofo de la antigüedad, la palabra rebuscada y el aspecto insinuante rara vez se asocian con la verdadera virtud.

¡Con cuanto interés meditamos sobre los comentarios de los historiadores de las obras del pasado chino, que narran los orígenes y la organización primitiva del Celeste Imperio, como la historia Tchu - Chu o Anales de Bambú, escrito en tiras de corteza de caña y que comprende un período de

dos mil quinientos años, desde el Emperador Huang - Ti, hasta la dinastía Chou; o sea primavera y Otoño, y Sze o Recuerdos Históricos, que son obras que relatan una etapa de su desenvolvimiento social!

Las primeras épocas presentan un pueblo aislado y disperso, entregado al culto del cielo, la deidad suprema, cuya función ejercían los Magistrados a nombre del Estado y el culto a los antepasados como función del jefe de familia. Así nació la piedad filial sirviendo de base a todas las virtudes y la moral gobernando las principios políticos.

Según los historiadores, la edad de oro del pensamiento chino aparece con la dinastía Chou, entre los siglos XI y III A. J. C. y tuvo como exponente máximos a Confucio, a Mencio, Moh - ti y Laot - Tsé y todos sus discípulos. Desde la antigüedad, China ha dado al mundo la seda, el compás, el papel, los rudimentos del arte de escribir y conoció algo de pintura, poesía y una asombrosa producción artística en bronce; además, perfeccionaron el uso de la seda y crearon porcelanas de encanto. En el año de 1161, cuando la primera expedición tártara sobre China, en esa acción de guerra usaron por primera vez y principalmente como materia incendiaria su sensacional invento de la pólvora.

Desde el punto de vista del pensamiento político, toda la edad de oro ofrece normas de imperecedero valor. Sus filósofos sostuvieron durante el viejo régimen de las dinastías, la igualdad de los hombres y la necesidad de la ley como un freno de la condición depravada del hombre. Reconocieron el ideal democrático y el derecho de rebelarse contra toda autoridad despótica y arbitraria. Gettel nos dice: "que los libros de Confucio se encuentren ideas que no son sólo ya democráticas, sino radicales y revolucionarias". Moh - Ti, que exalta la fraternidad universal, dijo: "Satisfaciendo las aspiraciones populares, cumplimos la voluntad del Cielo..."; agregando el autor citado la máxima: "vox pópuli, voz Dei", aparece como un principio incontestable entre los chinos. En esto se funda la admiración que sintieron los escritores prerrevolucionarios de Francia por la filosofía y las instituciones chinas".

En el orden moral fue exaltada la virtud como fin del hombre y del Estado, así como el principio esencial de la antigua filosofía política china: el hombre comienza teniendo en la vida inclinación por la virtud; por ello los gobernantes deben vivir esos elevados ideales y cuando gobiernen mal deben ser remplazados por le más prudente, virtuoso y poderoso de los príncipes. Decía Confucio, Analectas, Libro XVI Capítulo VII: " Son tres las cosas de las que debe guardarse el hombre superior. En la juventud, cuando aún no se han asentado las fuerzas físicas están llenos de vigor, debe guardarse de la lujuria. Cuando es fuerte y sus fuerzas físicas están llenas de vigor, debe guardarse de la cólera. Cuando es viejo y las fuerzas animales han decaído, se guardará de la sordidez".

Sin duda el arte chino constituye una hermosa contribución a la cultura y ofrece un mundo de formas graciosas de inspiraciones fecundas y de un modo muy peculiar de sentir y de expresar las bellezas de la naturaleza creando magnificas obras en las que se derrocha la emoción sobre el paisaje inspirador que aprisiona el alma del artista. El carácter más notable de la pintura china, por ejemplo, es el gráfico, ya que los pintores chinos han sido ante todo, dibujantes y calígrafos. Por otra parte, la literatura ha tenido una singular importancia, después de la religión, como una continua fuente de elevación del espíritu. En el alma mágica, el giro, se vuelve más preciso y el matiz más delicado, es entonces cuando el hombre está totalmente sumergido en los encantos de la naturaleza y siente en la calma y sentido del paisaje, la placidez de la vida.

Hasta hace pocos años, China era para el mundo una nebulosa, sobre todo para los países de América. Creíamos que en el pensamiento recóndito de ese pueblo había algo de exótico, raro, y que era una idea obstinada, confusa y misteriosa, se perdía en una aparente vida social; contribuyendo a robustecer este criterio inexacto, la caprichosa obstinación de sus pensadores empeñados en ocultar lo que ocurría en su país, encerrándose otros en el idealismo de pensar que China sólo podía ser concebida a través de las máximas y de la filosofía de Confucio, de Lao - Tsé y de Mencio; y finalmente un grupo de gentes cultivando una verdadera veneración por todo lo occidental, "por aquel modernismo peligroso y agresivo de Occidente". El desconocimiento de la China verdadera llegó hasta los primeros años de este siglo, en que seguían pensando en el culto del Dragón, ese mitológico ser o animal que dominó durante largo tiempo la conciencia moral de los chinos. Pero el conocimiento de su vida no se hizo esperar. Nació con los mismos propósitos del pueblo de China, para incorporarse a la gran obra espiritual de la humanidad.

Y frente a un pueblo trabajador, que traía a cuestas toda una pesada tradición de más de cuatro mil años, de añosas y conservadoras dinastías y sometido a la esclavitud de anticuados prejuicios, surgió la joven China, con sus nuevos intelectuales, su brillante y abnegada milicia y la denodada legión de guerrilleros que luchan por la libertad de su Patria. Así nació aquel pueblo de pequeños agricultores con amor a sus campos, que parecía tomar la misma tierra la sencillez de la vida, una nueva esperanza, fincada en la acción de sus gobernantes republicanos.

El alborear de este siglo trajo un nuevo mensaje de aliento para un pueblo que se desesperaba de vivir en la oscuridad. Fue entonces cuando se oyeron en el primer siglo, como una magnifica promesa, las palabras renovadoras de aquel insigne varón Sun Yat Sen, fundador de la República China y creador del Kuomintang o Partido Nacional del Pueblo, apóstol y pensador por excelencia, el Profeta político de Oriente que expresó a la Nación China cuáles eran sus más hondos problemas, y elaboró un programa social generoso, para asegurar la libertad humana, como base de una nueva estructura política. "Durante cuarenta años, dice el doctor Sun Yat Sen me he

entregado a la causa de la Revolución Nacional, cuya finalidad consiste en asegurar a China una posición de independencia e igualdad entre las naciones. La experiencia recogida en esos cuarenta años me ha llevado al convencimiento absoluto de que para alcanzar aquella finalidad, es preciso despertar a las masas populares chinas y aliarnos a los pueblos del mundo que nos traten en un pie de igualdad en la lucha común. La Revolución todavía no se ha realizado Que todos mis camaradas se atengan a mis trabajos escritos: "planes de reconstrucción nacional"; "Fundamentos de la reconstrucción nacional"; "Los Tres Principios del Pueblo", y el manifiesto por le primer Congreso Nacional del Partido", y que trabajen sin descanso para ponerlos en práctica. Sobre todo, debe realizarse con la menor dilación posible la convocatoria del pueblo y la abolición de los tratados desiguales, que recientemente he defendido. Esta es mi voluntad y mi mandato".

China constituye para el mundo una sorprendente y desconcertante incógnita. Para marchar por la senda del porvenir, ha comenzado por combatir sus propios vicios y errores de un pasado muchas veces sombrío. Este país ha vivido sometido a un régimen medioeval atrasado y a la acción de fuerzas externas que impedían su desarrollo. Entre otras causas debemos señalar el injusto principio de extraterritorial, o sea el reconocimiento de una legislación extraña que se aplicaba sobre enormes regiones del territorio chino. El país del Celeste Imperio significó un mercado codiciado para todos los países industriales. La explotación se inicia con un régimen encaminado a la protección de los intereses de las potencias que comerciaban con ella, arrancándole el privilegio de aplicar la legislación de aquellos países, con la total exclusión de la legislación china, sobre una parte de su propio territorio.

Uno de los aspectos más bochornosos de esa infiltración europea, fue el llamado comercio de opio, que realizaba la compañía East India, y que originó la guerra contra ese estupefaciente. Las utilidades que se obtuvieron por dicho comercio ilícito fueron inmensas, y el daño que se ocasionó al pueblo chino no tiene precedente en la historia del comercio universal, ya que el tráfico y cultivo de la nociva adormidera, contribuye al embrutecimiento de cualquier pueblo. Este es históricamente el legado de opresión y de comercio indebido de los pueblos occidentales, que continuó el Japón, ya con un franco sentido imperialista, aspirando al monopolio del comercio asiático.

Contra esta situación decadente se volvió el Dr. Sun Yat, que formuló un programa revolucionario, sin duda el más radical e interesante que haya podido elaborar algún otro pueblo asiático. "En 1921, - dice Gunther - , el doctor Sun enunció sus tres principios teóricamente por lo menos, son la ideas determinantes de la actividad política china. Es decir, nacionalismo, democracia, y bienestar del pueblo. Con arreglo a estos principios, el eminente político extendía que China debía lograr su unidad e integración aboliendo la extraterritorialidad y las concesiones extranjeras; que el país tenía que prepararse para el gobierno propio mediante la implantación de los principios democráticos y la realización de elecciones libres con el propósito de elegir una legislatura nacional; que las reformas sociales, los procesos económicos y la redistribución de la riqueza, tenían que conducir al bienestar de los millones de hambrientos. La gigantesca magnitud de la tarea del doctor Sun puede deducirse del siguiente hecho: hasta que el la creó, no existía en el idioma chino una palabra que significase democracia. El doctor Sun decía que el desarrollo de la Revolución tenía que pasar por tres etapas; la consolidación militar, primero; el tutelaje político, y después, finalmente, el desenvolvimiento constitucional".

"Los defectos de un hombre, dijo Goethe, provienen de su época; sus virtudes y grandeza le pertenecen a él mismo". Este pensamiento, quizá injusto, es verdadero para el doctor Sun. La República China nació política y económicamente con la necesidad de desarrollar el amplio programa administrativo, que elaborara para aspirar a la categoría del pueblo soberano. Los factores que prolijamente hemos examinado y las vicisitudes de la actual contienda, han significado un compás de espera, una detención transitoria en un transformación política.

Necesitamos, decía el doctor Sun, más líneas ferroviarias; un país no puede dar un impulso eficiente a su economía, si no dispone de una importante red de comunicaciones. Y aquel país que parecía aletargado y había la fe en su propio destino, contristado ante el violento y artero derrumbamiento, no sólo de su propia cultura sino de la cultura occidental, volvió nuevamente a la lucha, unido a los países aliados, que empezaron por primera vez a conocer la magnitud y grandeza del espíritu chino. El enorme esfuerzo colectivo que se realiza en la actualidad, bajo la hábil dirección de Chiang Kai Shek, constituye uno de los grandes acontecimientos de la contienda universal.

La joven China no ha dado un ejemplo magnífico, sobre todo a los países de América, de cómo un pueblo, frente al peligro común, reconstruye toda su vida social, y política; hace una reconsideración de sus ideales y modela una nueva arquitectura estatal. La lucha contra el Japón, su opresor ancestral; la guerra contra el privilegio extranjero y los enervantes que perjudican al pueblo; la estabilización de su moneda; la fundación de un nuevo Banco Central, y la formación de una industria nacional, unidos a la aparición de una fuerte intelectualidad, son enunciados de una política de gobierno encaminados a lograr la plena unidad del pueblo chino.

"La tierra para los que la trabajan, dijo el doctor Sun, fijando una nueva política agraria, con objeto de que la pequeña propiedad, que era cultivada para la satisfacción de las necesidades más elementales de una familia, pudiera extender paulatinamente sus beneficios a todo el país, mediante intensivos y modernos procedimientos agrícolas. La

agricultura constituye la base de la economía china, dice Gunther, La vida de China es la de la tierra. El ochenta y cinco por ciento de los chinos son campesinos; la mayoría, pequeños arrendatarios y labradores, aunque las condiciones varían de una provincia a otra. Los de trigo y el mijo son los cultivos comunes en el Norte; el arroz, el del Sur. Hay muy pocos latifundios y por lo general arrendatarios sólo ocupan la superficie de la tierra, que puede cultivar la familia, esto es, media hectáreas. No abundan las estadísticas; pero según personas autorizadas, los ingresos de un pequeño campesino, término medio, no llegan a cien pesos chinos por un año, vale decir, ocho dólares norteamericanos. Un mal propietario es aquel que no cultiva él mismo su tierra, o el que recibe como renta más del cincuenta por ciento de la cosecha. Los pequeños propietarios y arrendatarios pagan impuestos abrumadores, en las provincias lejanas, como Szechwan, donde los señores de la guerra han recaudado anticipadamente los correspondientes a varios años. La deuda agrícola es enorme, tan enorme que no puede calcularse. He observado dos hechos que cualquiera puede comprobar. Primero: el campesino chino está identificado con el suelo, tan enraizado en él mismo color de su rostro es el de la tierra. Segundo: los montículo sepulcrales. Según una regla impuesta por la costumbre, los chinos no sepultan a los muertos muy profundamente, sino en la superficie, cubriéndolos con unos montículos, estas pequeñas elevaciones tachonan el campo en forma irregular y se dice que un cuatro por ciento de la tierra agrícola no se cultiva por respeto hacia las sepulturas de esta índole".

Finalmente, señor Embajador: Me es grato decir a usted en esta ocasión que en la biblioteca de cualquier intelectual mexicano existe por lo menos un libro de la magnífica y brillante legión de filósofos, poetas y novelistas chino contemporáneos, y los profundos libros que contienen las sabias enseñanzas de los filósofos de la antigüedad. ¿Quién no se ha recreado en el primer filósofo de la China moderna, el ingenioso y ameno Lin Yu Tang? ¡Quién no se ha conmovido con ese libro admirable: "Mi patria y mi Pueblo", que revela a los ojos de mundo una China totalmente diferente a la que entonces se nos había presentado por la propaganda falsa y mal intencionada? En la actualidad ya no es aquel país un pueblo exótico o raro, sino una nación con virtudes valiosamente humanas.

Tenemos muchos puntos de contacto con ese pueblo legendario: nuestra joven Revolución; las mismas angustias frente a los graves y complejos problemas que se derivan del atraso de nuestra población; nuestra inquietud de superación y el ansia de liberarnos de arraigados prejuicios: todo ello para forjar una Patria mejor. Son lineamientos generales que nos acercan a ese pueblo admirable y admirado.

Sed bienvenido a México, señor Embajador: la representación popular de mi patria os da la más cordial bienvenida; os deseamos todo éxito en el desempeño de la importante pero difícil misión diplomática que os ha conferido. Ojalá que el destino os depare más tarde el privilegio de haber contribuído a acercar a dos pueblos ligados en nobles aspiraciones y en similitud de destino histórico. Esperamos que los principios del movimiento social de China llegarán a fortalecer la nueva República después de la guerra. Los acontecimientos actuales habrán retardado el pleno establecimiento de la estructura republicana, el ideal generoso del doctor Sun; pero mañana, cuando los países en el proceso bélico actual, liquiden sus diferencias y formulen sus planes del porvenir, China formará también sus instituciones, no como una obra de la fantasía o de la milagrería oriental, sino como un pueblo que tiene perfecto derecho de escoger democráticamente la forma de gobierno que mejor le acomode.

La Revolución China ha elaborado un ideal humano de libertad y se difundirá por todas las épocas, como el pensamiento político de otras revoluciones como la Francesa, Americana, Mexicana y Rusa. Y sus clarinadas de Libertad llagarán como un mensaje luminoso hasta el modesto campesino sepultado en la inmensidad de sus campos... y entonces podremos repetir aspiración de un de los grandes novelistas orientales: "Pueblo chino, a los que tienen hambre, dales arroz; a los que sientan como tú el infortunio, darles tu corazón".

El C. Presidente: Tiene la palabra el Excelentísimo señor Embajador de la República China.

- El señor Embajador Extraordinario Ministro Plenipotenciario chino: (Habló en chino. Versión española). Honorable señor Presidente; honorables señores diputados: Hoy mi carácter de primer Embajador de la República China en México, tengo el alto honor de visitar a los señores diputados de este gran país, lo cual considero como un distinguido privilegio. Y siendo, como los señores diputados a quienes me dirijo, los legítimos representantes de México, por su digno conducto saludo a este heroico pueblo.

He escuchado con verdadero interés el elocuente discurso pronunciado por el señor diputado Serra rojas, en el cual se hace el elogio del heroísmo del pueblo chino, y expresa algunos conceptos amables para mí, en mi condición de Embajador en este país, por cuyos conceptos le doy las más expresivas gracias.

La buena voluntad y la profunda simpatía del pueblo de México, que acaba de expresar el señor diputado, voy a transmitirla para conocimiento no sólo de gobierno, sino de todo del pueblo entero de China.

Los gobiernos de China, durante tres mil y pico de años, fueron monárquicos hasta 1911; y a partir de entonces, el pueblo chino abrazó los principios democráticos, estableciendo un régimen constitucional.

China es un país de la paz; pero cuando se ve en la necesidad de repeler una agresión, está siempre lista y dispuesta a defender los derechos humanos y a oponerse a los ataques de los invasores. (Aplausos).

Desde la fundación de la República China, en 1911, en mi país se adoptó el principio proclamado

por Sun Yat Sen, o sea el gobierno del pueblo, por le pueblo y para el pueblo, consagrándose el derecho del pueblo a la democracia económica y a la democracia política; principio que ha sido fundamental para el establecimiento de la república China, que anhela no sólo su existencia y bienestar, sino el de toda la humanidad. (Aplausos).

Para defender su derecho nacional, su derecho a la vida independiente, China están luchando, China está resistiendo. Y seguiremos luchando por la democracia hasta conseguir el bien y la tranquilidad del pueblo y una democracia económica.

La resistencia china en contra de la invasión japonesa lleva ya siete años de estarse desarrollando. En los primeros años, China luchó sola; pero después ha logrado la simpatía y la ayuda del mundo entero, y ahora es miembro de las Naciones Unidas, China, además, por primera vez, es aliada de México. (Aplausos).

En tiempos de guerra, China es un camarada de México. La tradición de amistad entre México y China ha sido de muchos años; en este tiempo de guerra, China, naturalmente, está compadeciendo, luchando hombro con hombro, con México; pero no solamente durante este tiempo de guerra, sino que después de la guerra, China tendrá mucho gusto en cooperar con México, con el pueblo de México, para construir un mundo mejor. (Aplausos).

Entre México y China existe mucha semejanza; China, como México, es un país agrícola; México ha sufrido la agresión extranjera; China también la está sufriendo. En lo histórico, también existen muchos puntos de semejanza. Por eso, soy de opinión y tengo plena creencia de que México y China pueden cooperar a la construcción de un mundo mejor. En este punto estoy dispuesto a trabajar con todas mis fuerzas, cooperando con el gobierno y el pueblo de México. (Aplausos).

Con mi carácter de Embajador de China, representando al pueblo de China, doy un saludo muy cariñoso del pueblo chino, al pueblo de México, agradeciendo la fineza del señor Presidente y las que todos ustedes, señores diputados, han tenido conmigo; y al mismo tiempo quiero ofrecerme a sus órdenes incondicionalmente a la Embajada. (Aplausos).

El C. Presidente: Se suplica a la Comisión designada acompañe y despida al Excelentísimo señor Embajador de China.

(Se retira el señor Embajador, entre aplausos).

El C. Gaytán Rodolfo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gaytán Rodolfo: Señores diputados: pido a nombre del Sector Obrero y de Nuevo León, que se guarde un minuto de silencio, en señal de duelo, por la desaparición del gran revolucionario, y a la vez que uno de los iniciadores de nuestra Revolución Mexicana: general Antonio I. Villareal, acaecida el día dieciséis del presente mes.

El C. secretario Aragón Rebolledo: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Gaytán Rodolfo: Muchas gracias.

(La Asamblea, puestos sus compañeros de pie, guardó un minuto de silencio).

El C. secretario Aragón Rebolledo Efraín: (Leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. Secretaría de Gobernación. - México, D.F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los fines legales correspondientes, como el presente me permito remitir a ustedes exposición de motivos y el proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1945.

"Al rogar a ustedes dar cuenta con dichos documentos a esa H. Cámara, le reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección".

"México, D. F., a 22 de diciembre de 1944. - Por Acuerdo del C. Secretario, el Oficial Mayor, doctor Héctor Pérez Martínez". - Recibo, y la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Gobernación. - México, D. F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Por acuerdo del C. Presidente de la República y para los fines legales correspondientes, con el presente mi permito remitir a ustedes el proyecto de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México.

"Al rogar a ustedes dar cuenta con dicho documento a esa H. Cámara, les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 21 de diciembre de 1944. - Secretario,- El licenciado Miguel Alemán". - Recibo, a la Comisión de Educación Pública en turno, e imprímase, con la súplica a la comisión de que en la próxima sesión el dictamen respectivo.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Gobernación. - México, D. F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Por acuerdo del C. Presidente de la República y para los fines legales correspondientes, con el presente me permito remitir a ustedes el Convenio de Límites entre el Territorio Norte de la Baja California y el Estado de Sonora, y que consta de cuatro bases.

"Al rogar a ustedes dar cuenta con dicho documento a esa H. Cámara, les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 21 de diciembre de 1944. - Secretario, licenciado Miguel Alemán".

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"Convenio para Fijar los Límites entre el Estado de Sonora y el Territorio Norte de la Baja California.

"El C. Abelardo L. Rodríguez, Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, facultado por el Congreso del mismo Estado, de acuerdo con la Ley número 62 de 20 de septiembre del presente año, y el C. Juan Felipe Rico, Gobernador del Territorio Norte de la Baja California, autorizado por el C. Presidente de la República, en acuerdo del día 9 del presente mes, deseosos de resolver en definitivamente la cuestión de límites planteada entre ambas entidades, y

"Considerando: Que hasta la fecha no se ha precisado debidamente los límites de las zonas comprendidas entre el Territorio Norte de la Baja California y el Estado de Sonora; siendo la primera la que se encuentra situada entre la margen izquierda del cause actual del Río Colorado y el cauce antiguo del Riito, al Norte de la vía del Ferrocarril de Mexicali a Punta Peñasco; y la zona comprendida entre los dos causes antes mencionados, pero al Sur de la vía del ferrocarril aludido. Que falta de precisión ha traído consigo serios perjuicios económicos a ambas entidades y a los moradores de dichas regiones;

"Considerando: Que de las dos zonas antes mencionadas, la que se encuentra al Norte de la vía del ferrocarril citado, está ocupada por los ejidos de San Luis, Monumentos, Grullita, Islita, Lagunitas, Independencia y Nuevo Michoacán, y por las colonias de Moctezuma, Azteca, Cucapá, Campillo, Nuevo León, Coahuila, La Bolsa y el grupo denominado Sánchez y Socios. Que de dichos núcleos de población, los ejidos, que son los más densamente poblados, han expresado a la Presidencia, de la República, en acta de 30 de noviembre del presente año, que se han considerado siempre como sonorenses y arreglando todos sus asuntos ante las autoridades del Estado de Sonora, deseando por todos motivos continuar sosteniendo dichas relaciones. Que las colonias antes mencionadas se han dirigido en diversos oficios a la Presidencia de la República, en la misma fecha, tratando sus problemas de tierras y aguas, indicando, el efecto, que para ellos es indiferente pertenecer a la Baja California o al Estado de Sonora, no teniendo inconveniente, por su parte, que dichas colonias queden dentro de la jurisdicción del Estado de Sonora, si al efecto dicho Estado instala autoridades competentes en algún lugar cercano para atender a la resolución de sus problemas;

Considerando: Que la virtud de lo anterior, el problema de límites pude ser resuelto en forma equitativa, dejando dentro de Sonora la zona al Norte de la Vía del Ferrocarril, dada la manifestación que al respecto ha hecho los núcleos de población ante el Ejecutivo Federal. y en cambio, dejar la zona Sur de la mencionada vía al Territorio Norte de la Baja California;

"Considerando: Que teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, fueron comisionados los CC. ingenieros Adolfo Orive Alba y Francisco Antonio Astiazarán para que definieran la línea limítrofe y formularan bases generales, lo cual hicieron los mencionados profesionistas;

"Considerando: Que le proyecto de solución al presente problema, formulado por los representantes mencionados, satisface los anteriores puntos, por lo que, de acuerdo con dicha proposición, ambos ejecutivos formulan el presente Convenio con arreglo a las siguientes bases:

"Primera. La línea limítrofe entre el Estado de Sonora y el Territorio Norte de la Baja California es la siguiente:

"I. A partir del punto marcado como "A" en plano anexo, punto en el que la prolongación de la Línea Internacional entre el Estado de Sonora y Arizona intersecta la línea de mayores profundidades del cause actual del Río Colorado, se seguirá hacia aguas abajo por esta línea de mayores profundidades del mismo cause actual de dicho río hasta el punto marcado como "B" situado en la intersección de la misma línea con una paralela trazada a cien metros de distancia y al Norte del Eje de la tangente del Ferrocarril de Mexicali a Punta Peñasco, tangente que comienza en el P. T. del kilómetro 51 771.73 de la mencionada vía.

"II. Desde dicho punto "B" se seguirá hacia el Sureste por la mencionada línea paralela trazada a cien metros y al Norte del Ferrocarril hasta un punto marcado como "CC donde dicha línea paralela corta a una línea normal al eje del ferrocarril trazada por el centro del monumento 51 C. I. L. A.;

"III. A partir de dicho punto "C" se seguirá por la línea normal del eje del ferrocarril mencionado antes hasta el punto marcado como "D" situado sobre la misma normal, a cien metros del eje de la vía pero al sur de la misma;

"IV. A partir de dicho punto "D" se seguirá hacia el Sureste por una línea paralela al eje de la vía a cien metros de distanciamiento del mismo eje y al sur de dicha vía hasta el punto marcado como "E" donde la mencionada paralela intersecta la línea recta que forma el lindero Noroeste del ejido Nuevo Michoacán;

"V. Desde dicho punto "E" se seguirá por el mencionado lindero noroeste del Ejido Nuevo Michoacán, en dirección Sur Suroeste, hasta el centro de la mojonera que marca el vértice Suroeste de la poligonal que limita dicho ejido y que se designa con la letra "F" en el plano anexo;

"VI, Desde dicho punto "F" se seguirá una línea recta que lo una al centro del monumento 18 C. I. L. A., punto marcado con la letra "G" en el plano anexo;

"VII. Desde dicho punto "G" o monumento 18 ". I. L. A. se seguirá por una línea recta que lo una al centro del monumento 20 C. R. L. C., punto marcado en le plano con la letra "H";

"VIII. Desde dicho punto "H" o monumento 20 C. R. L. C. se seguirá hacia el sur por un meridiano astronómico hasta intersectar la línea de máximas profundidades del cause actual del Río

Colorado en el punto marcado con la letra "I" en el plano, y

"XI. A partir de dicho punto "I" se seguira hacia aguas abajo por la línea de máximas profundidades del cause del Río Colorado hasta su desembocadura en el Golfo de California. La línea pasará por el eje del canal que comprendido entre las Islas Montague y Gore por el Oeste y la Costa del Estado de Sonora, por el Este.

"Segunda. Quedan convenidos asimismo los siguientes puntos:

"1o. En la parte en que la línea de mayores profundidades del cause actual del Río es límite entre las dos entidades se colocarán monumentos fijos, en una margen y otra que permitan definir la posición exacta de dicha línea. Las variaciones futuras que pueda tener la línea de máximas profundidades dentro del cause actual del río o las variaciones de este mismo cause no modificarán la línea que se marea como límite actual entre las dos entidades, esto es, tanto las variaciones graduales como los cambios bruscos del cause del río no modificarán el límite señalado por los monumentos que se van a colocar.

"2o. Las dos entidades, mediante acuerdos que podrán celebrar en lo futuro, podrán convenir en que si el río divaga a uno y a otro lado de la línea divisoria antes definida, dejando bancos en un lado del río que pertenezcan a la entidad que está del otro lado del mismo, dichos bancos podrán ser cambiados por otros de igual superficie y en condiciones análogas que pertenezcan a la otra entidad.

"3o. En caso de que el río sea desviado por medio de obras de encauzamiento fuera de su cause actual, la línea divisoria correspondiente a la línea de mayores profundidas del cause actual continuará siendo el límite entre las dos entidades.

"4o. Si en lo futuro se decide encauzar y rectificar el río, en una forma permanente, dentro de su cause actual construyendo para el efecto bordos de defensa en ambas márgenes del río, la rectificación se efectuará de tal manera que los bancos de una entidad que pasen a la otra sean compensados por bancos equivalente que pasen a la primera entidad, de manera que ninguna de ellas gane superficie a expensas de la otra.

"5o. Se monumentarán lo más pronto que sea posible, los extremos de todas las líneas rectas que forman parte de la línea divisoria entre las dos entidades, de acuerdo con la descripción hecha. En donde se estime conveniente se pondrán monumentos intermedios en dichas líneas.

"6o. Todos los monumentos a que se refiere el presente Convenio serán colocados por una Comisión Mixta encabezada por un Ingeniero Representante del Territorio Norte de la Baja California y por un Ingeniero Representante del Estado de Sonora. Los gastos que erogue esta Comisión serán por mitad entre las dos entidades.

"Tercera. El presente Convenio con las autorizaciones a que se refiere el premio del mismo, y el plano que se adjunta por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, para que, de conformidad con la fracción IV del artículo 73 y artículo 116 de la Constitución de la República, se someta a la aprobación del Poder Legislativo Federal.

"Cuarta. Hecha la aprobación mencionada se publicará el presente Convenio en el "Diario Oficial" de la Federación, y desde esa fecha entrará en vigor.

"Conformes los ejecutivos citados con el presente Convenio, lo firman en la cuidad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro, haciéndose del mismo cinco tantos para entregar uno al C. Presidente de la República, otro al Ejecutivo del Estado de Sonora, otro al del Territorio Norte de la Baja California, uno más para el Secretario de Gobernación y el original para ser enviado al H. Congreso de la Unión para la aprobación a que se alude.

"El Gobernador del Estado de Sonora. Abelardo L. Rodríguez. - El Gobernador del Territorio Norte de la Baja California, Juan Felipe Rico. - El secretario General del Gobierno del Estado de Sonora, Antonio Canale".

En votación económica se consulta a la Asamblea si se considera este asunto de obvia y urgente resolución. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Sí se considera. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a las cuatro bases de que consta en este Convenio - que se encuentran insertas en este mismo número al ponerse el Convenio a discusión en lo general - , poniéndolas a discusión en lo particular, una por una, y sin que hubieren originado debate, se reservaron para su votación nominal).

Se va proceder a recoger la votación nominal en un sólo acto, en lo general y en lo particular, del Convenio de referencia. Por la afirmativa.

El C. secretario Ramírez Melquiades: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Aragón Rebolledo Eliseo: ¡Falta algún ciudadano de votar por la afirmativa?

El C. secretario Ramírez Melquiades: ¡Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Aragón Rebolledo Eliseo: Por unanimidad de setenta y ocho votos fue aprobado el Convenio de Límites ente el Estado de Sonora y el Territorio Norte de la Baja California. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretario de Gobernación. - México, D. F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los fines legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el proyecto de Ley del Catastro de los Territorios Federales, documento que el C. Presidente de la República somete a la consideración a esa H. Cámara.

"al rogar a ustedes dar cuenta con dicho documento, les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 16 de diciembre de 1944. - Por Acuerdo del C. Secretario, el Oficial Mayor doctor Héctor Pérez Martínez".

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"El desarrollo de la economía de los Territorios Federales hace necesario fijar nuevos procedimientos que, además de ser justificados y adecuados, determinen, con simplificación de trámites y de manera precisa, el valor de los predios rústicos y urbanos sitos en los mismos.

"Que de acuerdo con las consideraciones anteriores y con fundamento en el artículo 71,. fracción I de la Constitución de la República, me permito presentar ante esa H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de Ley del Catastro de los Territorios Federales:

"Capítulo I.

"Artículo 1o. El Catastro de los Territorios tiene por objeto hacer una avalúo general y uniforme de los predios rústicos y urbanos ubicados en el mismo.

"Artículo 2o. Corresponde al Departamento de Catastro, a las secciones de dicho Departamento y a los demás organismos que esta ley determina, las funciones que ella reglamenta.

"Artículo 3o. Las oficinas de Catastro de los Territorios auxiliares por los ingenieros valuadores adscritos, formarán y mantendrán al corriente un Registro Catastral de Bienes Inmuebles Urbanos y otro de rústicos en los que se asentarán todos los datos fiscales necesarios para la determinación y cobro del Impuesto Predial, así los datos relativos a modalidades, alteraciones o cambios, que afecten a cada propiedad.

Artículo 4o. Las resoluciones del Catastro relativas a la propiedad raíz producirán afectos fiscales y serán la base de las contiendas entre el Gobierno de los Territorios y los particulares.

Artículo 5o. Los valores de la propiedad raíz, manifestados por sus dueños y aceptados definitivamente por el Catastro, así como lo fijados resolutivamente por éste, servirán de base invariable con un aumento de 10% en todos los casos de expropiación por causas de utilidad pública, se leyes especiales no determinan lo contrario.

"Artículo 6o. El Departamento de Catastro continuará hasta su terminación los trabajos catastrales siguientes:

"a) Levantamiento de Planos Topográficos de los Territorios.

"b) Información detalladas referentes a cada predio y sus mejoras.

"c) Cálculos de superficies de predios y áreas cubiertas por construcciones.

"d) Valorización de la propiedad raíz mediante los procedimientos estipulados por esta ley.

"e) Determinación de líneas de propiedad en las zonas públicas invadidas por

"f) Determinación de las zonas o áreas de las vías públicas invadidas por particulares.

"g) Determinación de linderos de los inmuebles propiedad de la Federación, de los Territorios y en su caso de los Ayuntamientos, así como los pertenecientes a las fundaciones de beneficencia pública o privada que estén inmediata y directamente a los fines de la Institución.

"h) Todos aquellos trabajos necesarios para el prefecto conocimiento de limitación de avalúo, registros y fijación del impuesto relacionados con la propiedad raíz.

"Artículo 7o. Para los efectos de Castastro, la propiedad raíz se considera dividida en dos categorías: "Rústica" y "Urbana".

"Artículo 8o. Para los efectos de la presente ley se considerarán predios urbanos:

"I. Los que estén comprendidos dentro de los perímetros por los CC. Gobernadores de los Territorios, como zonas urbanas, y

"II. Los que, aun cuando estén ubicados en las zonas rústicas sostengan construcciones o mejoras que no se destinen a fines conexos con la explotación rural de la finca o a habitación de los propietarios, administradores o trabajadores de tal explotación rural.

"Los gobernadores de los Territorios estarán facultados para fijar los perímetros de las zonas urbanas en aquellos núcleos que ameriten ese carácter. El Territorio ubicado de tales perímetros constituirán las zonas rústicas.

"Artículo 9o. Todo propietario de bien inmueble rústico o urbano en los Territorios de la Baja California, está obligado a proporcionar al proporcionar al Gobierno de los Territorios, por conducto de las oficinas respectivas, en el plazo de 90 días contados a partir de la fecha en que entre en vigor esta ley, una manifestación que contenga los datos completos de cada predio, finca, edificio o lote de terreno, rancho o hacienda que posea, en la que incluya para los predios urbanos: número de lote, número de la manzana, nombre o número de la sección, zona o colonia, superficie del terreno, superficie construída, clase de construcción y valor de ellas; para los predios rústicos se anotará con claridad: la ubicación del terreno, linderos, superficie del terreno y superficie de las construcciones, clase de ellas y cercos.

"Artículo 10. El Catastro Oficial de los Territorios de la Baja California se llevará a cabo sistemáticamente, por zonas, colonias o regiones delimitadas y designadas adecuadamente de antemano, en cada una de las poblaciones de los Territorios, con entera sujeción a las disposiciones siguientes:

"Artículo 11. Si se trata de predios urbanos:

"I. Al ser designada por los Gobiernos de los Territorios, la zona, colonia o región cuyo catastro vaya a practicarse, se fijarán previamente a todo otro trabajo relacionado, las líneas con rumbos y

distancias que describan su perímetro y se adoptará la designación apropiada para la zona, colonia, región o distrito de que se trate;

"II. Se determinarán los valores máximo y mínimo por metro cuadrado de terreno que deban adoptarse como coeficientes catastrales en la zona o región de que se trate. Estos coeficientes representarán el valor del metro cuadrado de "Terreno desnudo de mejoras" y siendo el máximo el que deba corresponder a los terrenos de calidad y ubicación más ventajosa para su aprovechamiento, y el mínimo el que corresponda a los terrenos que por su calidad, situación desfavorable u otras circunstancias deban ser considerados como el valor mínimo;

"III. En el Plano de la Zona o Región Catastral que enseña los linderos de los predios, se anotarán en los lugares respectivos los máximos y los mínimos por metro cuadrado, y en proporción a las distancias que separan estos valores y el número de predios intermedios, se fijarán los coeficientes medios e intermedios cuya interpelación se considere justificada, formándose de esta manera el "Plano de Coeficientes Catastrales" de cada zona o región.

"IV. El valor de cada predio como "terreno desnudo de mejoras" se determinará multiplicando el área del predio por el coeficiente catastral correspondiente o por el promedio aritmético de los que lo afecten.

"V. La determinación de los valores de las construcciones se hará mediante la aplicación de la formula siguiente:

Vo=Ac (Vu+a+b+c......g)D

"En cuya fórmula:

Vo=Valor de lo construído.

Ac=Área en metros cuadrados, cubierta por la construcción.

Vu=Valor unitario de construcción.

D=Factor Decimal complementario del porcentaje deductible por deterioro, depreciación, estado ruinoso y otras causas justificadas.

"a, b, c,.......G, designan incrementos del valor unitario, según la Tabla correspondiente.

"VI. En cada zona o Región Catastral se adoptarán valores unitarios adecuados para cada clase o tipo de construcción; valores de los incrementos correspondientes a cada una de las mejoras complementarias de la construcción y Factores Decimales del "porcentaje deductible tipo", formándose las Tablas respectivas con los Coeficientes adoptados.

"Articulo 12. Si se trata de Predios Rústicos:

"I. Relacionando con diversas clases de tierra que cada uno comprenda a las "unidades tipos" que consten en la Tabla General de Valores, que, en los términos de la presente ley apruebe la junta Calificadora del Catastro.

"II. En la clasificación de las "unidades tipos" deberán tenerse presente las calidades de tierras diferentes (riego, temporal, agostadero, cerril, etc.), las características agronómicas de la región, tomándose como elemento para definirlas, las distancia de lo centros urbanos o de consumo, la facilidad de las comunicaciones, la población de la región y todas las demás circunstancias que puedan acrecentar o disminuir el valor de la tierra en razón de su situación.

"Artículo 13. Para los efectos de esta ley se establecerán tablas de coeficientes catastrales para valorización de predios urbanos desnudos de construcción, de valores unitarios correspondientes a los diversos tipos de construcción, de valores de los incrementos y de porcentaje deductible por deterioro, depreciaciones, estado ruinoso y otras causas justificadas y la tabla general de valores, para valorización de predios rústicos.

"Dichas tablas deberán contener, cuando menos, los siguientes datos:

"I. Coeficientes catastrales para la valorización del terreno desnudo de construcciones en las diversas poblaciones de los Territorios.

"Valor máximo por metro cuadrado.

"Valor mínimo por metro cuadrado.

"II. Tabla de valores unitarios (Vu) correspondiente a cada clase de tipo de construcción.

Clase de construcción. Vu. por metro cuad.

"Tabla parada................................................. $

"Armazón de madera y forro exterior de lámina...............

"Armazón de madera y forro exterior de madera siding........

"Forro exterior de tabla parada y forro de cartón...........

"Forro exterior de madera siding

y forro interior de cartón.

"Adobe.......................................................

"Forro exterior de madera siding y forro interior de madera..

"Forro exterior de madera y emplaste interior................

"Emplaste exterior e interior................................

"Adobe emplastado exterior e interiormente..................

"Concreto reforzado.........................................

"Concreto reforzado emplastado interiormente................

"Concreto reforzado emplastado exterior

e interior..........

"Ladrillo...................................................

"Ladrillo emplastado interiormente .........................

"Ladrillo emplastado interior y exteriormente...............

"Adobe parado................................................

"Los valores unitarios que se fijen en esta tabla se referirán únicamente a la construcción respectiva desprovista de acabados; pero incluirán cimentación es zancos para las casas de madera, o bien cimentación de concreto para las mismas construcciones de madera o para construcciones de adobe, ladrillo o concreto.

"También incluirán puertas y ventanas comunes y techos de papel ruberoide.

"III. Tabla de valores de los incrementos correspondientes a cada una de las mejoras complementarias de construcción.

Designación algebraica Concreto Valor por metro cuad. de incremento.

"a) Muros pintados.................................. $

"b) Pisos de tabla...................................

"c) Pisos de tabla o madera..........................

"d) Cielos de cartón................................

"e) Cielos de machambre..............................

"f) Cielos emplastados...............................

"g) Puertas y ventanas especiales ...................

"h) Techos de teja...................................

"i) Instalación de agua.............................

"j) Techos de tableta................................

"k) Instalación sanitaria...........................

"l) Aparatos sanitarios.............................

"m) Instalación eléctrica.........................

"n) Aparatos eléctricos............................

"ñ) Decoraciones de $ 2.00.........................

"o) Sótanos aprovechables..........................

"p) Por cada piso adicional.........................

"Los predios situados en esquina sufrirán un aumento en el valor del terreno, de 10%.

"IV. Tabla de factores decimales complementarios del porcentaje deductible, por deterioro, depreciación, estado ruinoso y otras causas justificadas.

Causas Porcentaje deductible

"Deterioro por mala construcción.

"Si el edificio es habitable..........

"Si el edificio no es habitable.......

"Estado ruinoso de las construcciones.

"Si pueden repararse económicamente a juicio de peritos.

"Si no es costeable su reparación a juicio de peritos.

"Depreciación.

"El valor de D se computará acumulando la depreciación de la construcción que no haya sido reparada y reconstruída, a razón de un porcentaje del valor total de cada año transcurrido desde que se fue terminada o reparada y restando de la unidad el monto de este porcentaje, esa deducción se aplicará solamente a las construcciones de madera y estuco, y un porcentaje de deducción anual por cada año transcurrido en las construcciones de cemento armado, tabique y adobe.

"Otras causas justificadas.

"Se justificarán en la información respectiva y se detallará el procedimiento aritmético adoptado para su cálculo.

"Artículo 14. Si con posterioridad a la fecha en que se notifica al causante el valor fiscal fijado a su propiedad y la cuantía de su contribución predial sobreviniera alguna causa que ocasione el demérito del valor fijado, el contribuyente deberá avisar por escrito del hecho, al Departamento de Catastro, quien designará un perito que dictamine sobre él y en vista de su opinión se hará la deducción que corresponda al impuesto fiscal en los términos de esta ley.

"Artículo 15. Una vez formados por el Departamento de Catastro o Comisión designada al efecto, los Planos de Coeficientes Catastrales y las Tablas Coeficientes a que se refieren los incisos II y III del artículo 13 y que sean aplicables en la zona o sección cuyo catastro se esté efectuando, serán sometidos por conducto del Departamento de Catastro, a la revisión de la Junta Calificadora respectiva. Esta Junta, previo estudio, discutirá los valores fijados y en caso de que hubiere algún error serán modificados previa aprobación de los Gobiernos de los Territorios.

"Artículo 16. Los Planos y Tablas Coeficientes Catastrales, aprobados por la Junta Calificadora respectiva, deberán ser del dominio público y al efecto, se fijarán en lugares visibles en las oficinas encargadas del Catastro y recaudadoras correspondientes. Las Tablas de Coeficientes Catastrales se publicarán además, en el Periódico Oficial de los Territorios.

"Artículo 17. Los Planos y Tablas de Coeficientes Catastrales y sus incrementos se revisarán por regiones catastrales cada cinco años, haciéndose en los avalúos las correcciones consecuentes. Si al expirar un periodo no se expidieren oportunamente las nuevas tablas y planos, continuarán en vigor las del periodo terminado.

"Artículo 18. Los Planos y Tablas de Coeficientes Catastrales y sus incrementos y deducciones aprobados en los términos de la presente ley y sus avalúos individuales resultantes, no podrán ser modificados en el curso del periodo para el cual fueron adoptados a menos que una alteración extraordinaria en alguno o algunos de los valores unitarios lo hagan necesario, o bien cuando sea indispensable ordenar una nueva categoría o se hubiere ejecutado la ampliación de una zona urbana.

"Capítulo II.

"De las Juntas Calificadoras del Catastro.

"Artículo 19. Las Juntas Calificadoras del Catastro que se encargarán de la función que las encomienda el artículo 15 de esta ley, deberá constituirse en cada Zona o Región Catastral, previa convocatoria expedida al efecto por los Gobiernos de los Territorios por conducto del Departamento de Catastro o su sección correspondiente.

"Artículo 20. Las Juntas Calificadoras del Catastro estarán compuestas de la siguiente manera:

"En la capital del Territorio.

"I. El Jefe del Departamento de Catastro;

"II. El Tesorero General del Territorio.

"III. Dos propietarios de Bienes Inmuebles en la Zona o Región de cuyo catastro se trate;

"IV. El Representante del Departamento de Obras Públicas, y.

"V. Un ingeniero o Contratista, o un perito en construcciones designados por los propietarios de la zona o región respectiva.

"En las Delegaciones del Gobierno.

"I. El Jefe de la Sección de Catastro;

"II. El Recaudador de Rentas;

"III. Dos propietarios de Bienes Inmuebles;

"IV. El ingeniero de la Delegación, y

"V. Un ingeniero o un contratista, o un perito

en construcciones designado por los propietarios de la zona o región respectiva.

"Artículo 21. Los miembros de las Juntas Calificadoras que representen a las asociaciones de propietarios serán designados por éstas si las hubiere o bien en junta convocada al efecto en la que se encuentren presentes, cuando menos, quince propietarios de bienes inmuebles de la zona o región de que se trate. Si los propietarios no designan a estos representantes en un plazo de diez días o los designados no se presenten al desempeño de las funciones que les impone esta ley, los CC. gobernadores de los Territorios ordenarán la integración de la Junta, designando directamente a los propietarios y peritos que estimaren apropiados para el efecto.

"Artículo 22. Son funciones de las Juntas Calificadoras del Catastro:

"I. Hacer constar su integración en acta formal que deberá levantarse por triplicado, remitiendo un tanto de ella a la Tesorería General del Gobierno del Territorio, otro a la Recaudación de Rentas respectiva, y otro a la oficina encargada del Catastro de la zona o región de que se trate;

"II. Recibir para su estudio los Planos de Coeficientes Catastrales y Tablas de Valores que se detallan en el artículo 13 de esta ley;

"III. Estudiar y dictaminar sobre dichos Planos y Tablas de Coeficientes Catastrales, pudiendo rectificar los propuestos, si hubiere razón para ello, pero resolviendo en definitiva por mayoría de votos, en menos de tres sesiones, celebradas en tres días consecutivos que serán precisamente los tres días siguientes a la fecha de la constitución de la Junta. En caso de que la votación resultare empatada, tendrá voto de calidad el C. Jefe del Departamento de Catastro o, en su caso, el Jefe de Sección, y

"IV. Devolver al Gobierno de los Territorios, por conducto del Departamento de Catastro, los Planos y Tablas que hubieren sido aprobados, para su aplicación.

"Artículo 23. Una vez terminada la misión para la cual fue convocada y constituída la Junta de Calificadora de cada zona o región, se levantará el acta respectiva con los mismos tantos y destinos que la de integración y se declarará disuelta la Junta.

"Capítulo III.

"De las inconformidades.

"Artículo 24. Practicados los avalúos y formados los planos, cuadros y libros correspondientes, las recaudaciones de Rentas respectivas notificarán a los interesados el valor fiscal fijado y la cuantía de su contribución predial para que procedan a presentar objeciones si las tuvieren.

"Artículo 25. Las objeciones serán admisibles en un plazo de treinta días siempre que se funden en las causas a que se refiere el artículo 27 de esta ley.

"Artículo 26. La Tesorería General del Gobierno de los Territorios, por los conductos debidos, tendrán el mismo derecho que los causantes para pedir la revisión por inconformidad de los términos que fija esta ley.

"Artículo 27. Las reclamaciones por inconformidad a que se refieren los artículos 24 y 25 de esta ley, solamente procederán cuando están fundadas en cualquiera de las circunstancias siguientes:

"I. Error en las medidas tomadas como base para avalúo, y

"II. Errónea aplicación de los Coeficientes Catastrales, de los Valores Unitarios, de sus incrementos o del porcentaje deductible.

"Artículo 28. Las reclamaciones por inconformidad que se presenten por causas distintas a las enumeradas en el artículo anterior, serán desechadas de plano por las oficinas recaudadoras correspondientes.

"Artículo 29. Los causantes tienen obligación de cubrir el Impuesto Predial, sobre la base fijada en la notificación a que se refiere en artículo 24 de esta ley, desde la fecha de ella, aunque oponga objeciones y se encuentre en trámite su queja; pero en caso que la reclamación sea interpuesta dentro de los treinta días de la notificación y se declare procedente, entonces se abonará al causante, en pago de contribuciones futuras, las diferencias que resulten entre la contribución predial primeramente fijada y señalada en la resolución que ponga final a su queja.

"Transitorios:

"Artículo 1o. La presente ley entrará en vigor a los quince días de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Artículo 2o. Se abrogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

"Hago a ustedes presentes mis atenciones.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D.F., a 31 de octubre de 1944.- El Presidente de la República, Manuel Avila Camacho".

Se pregunta si se considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa se sirvan a indicarlo. Sí se considera. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de acuerdo con el artículo relativo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los veintinueve artículos y dos transitorios que contiene esta ley - que se encuentran insertos en este mismo número al ponerse la ley a discusión en lo general -, poniéndolos a discusión en lo particular, uno por uno, y reservándolos para su votación nominal).

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F. - Secretaría de Gobernación.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales anexo al presente me permito remitir a ustedes proyecto de decreto que autoriza al Ejecutivo Federal para emitir Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1945, hasta por la suma de $100.000,000.00.

"Al rogar a ustedes dar cuenta con dicho documento a esa H. Cámara, les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D.F., a 22 de diciembre de 1944.- Por A c. del C. Secretario. El Oficial Mayor, Dr. Héctor Pérez Martínez".

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.

"El Ejecutivo de mi cargo, en ejercicio de la facultad que le concede la fracción primera del artículo 73 constitucional, somete a la consideración de ustedes la presente iniciativa para llevar a cabo una nueva emisión de Bonos de Caminos hasta por la suma de $100.000,000.00 (CIEN MILLONES DE PESOS).

"La única novedad que ofrece este proyecto es la de autorizar que la emisión se haga en moneda extranjera. El propósito de la reforma es capacitar al Gobierno para, en ese caso preciso, poder utilizar la facilidad de crédito que algunos años atrás se ha abierto a nuestro país en instituciones del exterior.

"Por tanto, ha tenido a bien formular el siguiente proyecto de decreto. "Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emita un empréstito que se denominará "Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1945" cuyo producto será invertido en la construcción de las carreteras nacionales, así como en la prosecución de las que actualmente están construyéndose, bien sea por cuenta del Gobierno Federal o en cooperación con los gobiernos de los Estados.

"Artículo 2o. Los "Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1945" se emitirán en una o varias series hasta por la suma de $100.000,000.00 (CIEN MILLONES DE PESOS).

"Artículo 3o. Las denominaciones de estos bonos serán fijadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bien sea en moneda nacional o en extranjera al tipo equivalente.

"Artículo 4o. Queda facultado el Ejecutivo Federal para celebrar los contratos necesarios a fin de proseguir e iniciar las obras a que se refieren los programas de caminos que se formulen para el año de 1945, aun cuando la ejecución de estas obras abarquen un periodo de tiempo mayor al ejercicio fiscal en que se han celebrado los contratos.

"Artículo 5o. Los cupones por intereses y capital de los "Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1945" podrán cobrarse en efectivo o bien desde la fecha de su vencimiento ser entregados en el pago de impuestos federales, no afectos a obligaciones específicas. Los cupones mencionados vencidos y pendientes de pago podrán ser presentados a la Tesorería de la Federación sólo para el efecto de que se cambien por un certificado de Tesorería válido para cubrir impuestos federales, en el ejercicio en que el vencimiento tenga lugar, o en cualquier fecha posterior al vencimiento, hasta antes de la proscripción de los cupones correspondientes.

"Artículo 6o. En la escritura de emisión se fijará la forma cómo intervendrán la Nacional Financiera, S.A. y el Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S.A., en los distintos aspectos de colocación, servicio y vigilancia que motiva este empréstito.

"Artículo 7o. Se faculta al Ejecutivo para dar en garantía de este empréstito los rendimientos de los impuestos y recargos sobre consumo de gasolina que correspondan al Gobierno Federal y de cualquier otro que en lo futuro se cree en substitución del mismo, siempre que no esté afecto a compromisos anteriores.

"Artículo 8o. Queda facultada la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que sobre las bases anteriores dicte todas las disposiciones que estime necesarias con el objeto de que esta emisión llene sus fines satisfactoriamente.

"Transitorio.

"Este decreto comenzará a regir el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Reitero a ustedes mi atenta y distinguida consideración.

"México, D.F., a 21 de diciembre de 1944.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Avila Camacho.

- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Suárez".

En votación económica se pregunta si se considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Sí se considera. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los ocho artículos y un transitorio de que se compone este proyecto de decreto, que se encuentran insertos en este mismo número al discutirse el proyecto en lo general; poniéndolos a discusión en lo particular uno por uno y reservándolos para su votación nominal, sin que hubieren originado debate)

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Anexo al presente me permito remitir a ustedes, para los efectos constitucionales, proyecto de decreto que autoriza al Ejecutivo Federal, para emitir Bonos de la Industria Eléctrica de los Estados Unidos Mexicanos para 1945, hasta por la suma de $100.000,000.00

"Reitero a ustedes mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 22 de diciembre de 1944.- Por A c.

del C. Secretario. El Oficial Mayor, Dr. Héctor Pérez Martínez".

"Estados Unidos Mexicanos Presidencia de la República.

"A los HH. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"El Ejecutivo de mi cargo, en ejercicio de la facultad que le concede la fracción I del artículo 73 constitucional, somete a consideración de ustedes la presente iniciativa para llevar a cabo una nueva emisión de los bonos destinada a la electrificación del país, hasta por una suma de cien millones de pesos.

"Este proyecto ofrece como novedad única la posibilidad de emitir denominaciones en moneda extranjera. El propósito de esta innovación es capacitar al gobierno para que, en caso preciso, pueda utilizar las fuentes de crédito exterior que desde hace algunos años atrás se ha abierto para nuestro país.

"Por las consideraciones anteriores se somete a ustedes el siguiente proyecto de decreto.

"Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo Federal para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita un empréstito que se denominará "Empréstito de la Industria Eléctrica, 1945", cuyo producto será invertido en las obras de electrificación del país.

"Artículo 2o. El empréstito se lanzará mediante títulos que se denominarán "Bonos de la Industria Eléctrica de los Estados Unidos Mexicanos 1945" en una o varias series y hasta por la suma de $100.000,000.00 (CIEN MILLONES DE PESOS).

"Artículo 3o. Las denominaciones de estos bonos serán fijados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bien sea en moneda nacional o moneda extranjera, al tipo equivalente.

"Artículo 4o. Los cupones por intereses y capital de los "Bonos de la Industria Eléctrica de los Estados Unidos Mexicanos, 1945, podrían ser entregados en pagos de impuestos federales, no afectos a obligaciones específicas. Los cupones mencionados vencidos y pendientes de pagos podrán ser presentados por la Tesorería de la Federación o a sus Oficinas Recaudadoras para cubrir impuestos federales en el ejercicio en que el vencimiento tenga lugar o en cualquiera fecha posterior al vencimiento.

"Artículo 5o. En la escritura de emisión se fijará la forma cómo intervendrá la Nacional Financiera, S.A. en los distintos aspectos de colocación, servicios y vigilancia que motive este empréstito.

"Artículo 6o. Se autoriza al Ejecutivo Federal para que otorgue en garantía del servicio puntual de este empréstito, así como para constituir las reservas o cualquier otra cantidad destinada al mejor éxito de esta emisión, los siguientes renglones en la parte que no se halle afecto a compromisos anteriores a esta emisión:

"A) El impuesto y los recargos sobre el consumo de la energía eléctrica que correspondan a las Comisión Federal de Electricidad.

"B) Los productos de la explotación de las plantas eléctricas u obras construídas por la Comisión Federal de Electricidad.

"Artículo 7o. Queda facultado el Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de acuerdo con las bases anteriores, dicte todas las disposiciones que estime necesarios con el objeto de que esta emisión llene sus fines satisfactoriamente.

"Transitorio.

"Este decreto comenzará a regir el día de su publicación el en "Diario Oficial" de la Federación.

"Reitero a ustedes mi atenta y distinguida consideración.

"México, D.F., a 21 de diciembre de 1944.- El Presidente Constitucional de los Estados unidos Mexicanos, Manuel Avila Camacho.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Suárez".

Se pregunta si se considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Sí se considera. Está a discusión en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los siete artículos y un transitorio de que consta este proyecto de decreto, y que se encuentran insertos al ponerse a discusión este proyecto de decreto en lo general, poniéndolos a discusión en lo particular uno por uno, y sin que hubiera habido debate, reservándolos para su votación).

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- Secretaría de Gobernación.- México, D.F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los fines legales correspondientes, anexo al presente me permito remitir a ustedes proyecto de decreto que autoriza al Ejecutivo de la Unión para emitir un Empréstito Interior, que se denominará Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945, hasta por la cantidad de $60.000,000.00; documento que el C. Presidente de la República somete a consideración de esa H. Cámara.

"Reitero a ustedes mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D.F., a 22 de diciembre de 1944.- Por Acuerdo del C. Secretario, el Oficial Mayor doctor Héctor Pérez Martínez".

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente.

"El Ejecutivo de mi cargo, en ejercicio de la facultad que le concede la fracción I del artículo 71 constitucional, somete a la consideración de ustedes la presente iniciativa de ley que autoriza la emisión de un empréstito interior, hasta por sesenta millones de pesos, con las características que el articulado respectivo determina.

"Dicha iniciativa se funda en la siguiente consideración:

"El Gobierno Federal, según el texto del Presupuesto del próximo ejercicio que por separado se somete a ustedes, tiene un programa de obras públicas para 1945 con un importe superior a $250.000,000.00 (doscientos cincuenta millones de pesos); sin considerar la construcción de caminos y las obras de electrificación, que serán financiados de la manera que se explica en las iniciativas que también por separado se remiten a esa H. Cámara. La mayor parte del programa indicado se atenderá con los ingresos normales del Erario; sin embargo, según las estimaciones hechas, principalmente respecto de las erogaciones probables que tendrán que afectar algunas partidas de ampliación automática, se considera que precisará acudir al crédito hasta por la suma ya mencionada en el párrafo primero de esta nota.

"Afortunadamente, los valores públicos cuyos servicios el Gobierno viene cuidando con toda regularidad, tiene en la actualidad, en el mercado interior, especialmente en nuestras instituciones financieras y de seguros, amplios mercado que permitirá sin dificultad absorber la presente emisión. Indirectamente, al colocarse los bonos, se recogerán ahorros públicos en forma benéfica para la situación monetaria del país.

"Por lo expuesto, he tenido a bien formular el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo Federal para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita un empréstito interior que se denominará "Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945", cuyo producto será invertido en las obras que el Ejecutivo determine dentro de los límites fijados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

"Artículo 2o. Los "Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945", se emitirán en una o varias series hasta por la cantidad de $60.000,000.00 (sesenta millones de pesos).

"Artículo 3o. Los "Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945", causarán interés a la tasa del 3% tres por ciento semestral y serán amortizados en diez años contados desde la fecha de emisión mediante veinte pagos semestrales iguales, que comprenderán la parte que corresponde a la amortización de capital y los intereses, contra la presentación de los cupones respectivos. El Ejecutivo Federal fijará la forma de la emisión y los valores de los títulos. El tipo mínimo de colocación será fijado en la escritura de emisión.

"Artículo 4o. Los cupones por intereses y capital de los "Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945" podrán cobrarse en efectivo o bien desde la fecha de su vencimiento ser entregados en pago de impuestos federales, no afectos a obligaciones específicas. Los cupones mencionados vencidos y pendientes de pago podrán ser presentados a la Tesorería de la Federación o a las oficinas recaudadoras federales para cubrir impuestos de la Federación en el ejercicio en que el vencimiento tenga lugar o en cualquiera fecha posterior al vencimiento hasta antes de la prescripción de los cupones correspondientes.

"Artículo 5o. La Nacional Financiera, S.A., se encargará de colocar las series que se emitan de "Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945", así como de verificar el servicio de amortización y pago de intereses, hasta su finiquito.

"Artículo 6o. Las instituciones de crédito y de seguros podrán hacer inversiones en "Bonos de Obras Públicas de los Estados Unidos Mexicanos, 1945", y éstas las serán computadas de acuerdo con las disposiciones actualmente en vigor.

"Artículo 7o. Queda facultada la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que sobre las bases anteriores dicte todas las disposiciones que estime necesarias, con el objeto de que esta emisión llene sus fines satisfactoriamente.

"Transitorios.

"Artículo único. Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial".

"En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, D.F., a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

"El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Avila Camacho.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Suárez". En votación económica se pregunta de se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal. Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los siete artículos y un transitorio de que consta este proyecto que se encuentran insertos al ponerse el proyecto a discusión en lo general, poniéndolos uno por uno a discusión en lo particular y reservándolos para su votación nominal por no haber originado debate).

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El Senado de la República, en sesión celebrada el día 5 de los corrientes, aprobó un Proyecto de Decreto concediendo permiso al C. licenciado Salvador Martínez Mercado para que, sin perder su ciudadanía mexicana pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional "Al Mérito", en el grado de Gran Cruz, que le confirió el Gobierno de la República de Ecuador.

"Habiéndose turnado el expediente respectivo a la suscrita Primera Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen, esta Comisión estima que no hay inconveniente para ratificar la resolución de la H. Cámara Colegisladora y con el fin de dar cumplimiento a lo que sobre el

particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 constitucional, se permite someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. licenciado Salvador Martínez Mercado, Embajador de México en la República de Nicaragua para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional "Al Mérito", en el grado de Gran Cruz, que tuvo a bien otorgarle el Gobierno de la República de Ecuador".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 14 de diciembre de 1944.- Fernando Moctezuma.- Pedro Guerrero Martínez.- José María Suárez Téllez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y dictamen fue turnada a la suscrita 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, la solicitud que presenta el C. doctor Juan Pérez Abreu y de la Torre para que se conceda permiso a fin de poder aceptar y usar, sin perjuicio de su ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden Nacional de Mérito Carlos Manuel de Céspedes, en el grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de la República de Cuba y el título de Hijo Adoptivo de la Ciudad de Remedios que le otorgó el Ayuntamiento de dicha ciudad.

"Esta Comisión estima que no hay inconveniente para conceder el permiso solicitado para el uso de la condecoración; y por lo que se respecta a la aceptación del título de Hijo Adoptivo de la Ciudad de Remedios, Cuba, estimamos que también necesita la concesión del permiso especial por encontrarse el caso comprendido en lo prescrito en la fracción B, inciso IV del artículo 37 constitucional, sin que en nuestro concepto haya motivo alguno para negar dicho permiso.

"En consecuencia y para dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el citado artículo 37 constitucional en la fracción B, inciso III y IV, nos permitimos someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. doctor Juan Pérez Abreu y de la Torre para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Mérito Carlos Manuel Céspedes, en el grado de Caballero que le otorgó el Gobierno de la República de Cuba y el título de Hijo Adoptivo de la Ciudad de Remedios, Cuba, que le confirió el Ayuntamiento de dicha ciudad.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 14 de diciembre de 1944.- Fernando Moctezuma.- Pedro Guerrero Martínez.- José María Suárez Téllez".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se procede a recoger la votación nominal en un solo acto, y en lo general y en lo particular en su caso, de todos los proyectos de decreto reservados para este objeto. Por la afirmativa.

El C. secretario Ramírez Melquiades: Por la negativa. (votación).

El C. secretario Aragón Rebolledo Eliseo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Ramírez Melquiades: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación)

El C. secretario Aragón Rebolledo Eliseo: por unanimidad de 80 votos fueron aprobados los proyectos de decretos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales, excepto el que concede permiso al C. Salvador Martínez Mercado, que pasa al Ejecutivo.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"La Secretaría de Relaciones Exteriores transcribe el acuerdo de la Cámara de Diputados de Chile para izar en su edificio la bandera de ese país en las fechas de la Independencia de cada una de las naciones americanas, con objeto de que esta Representación Popular lo tome en cuenta, por si estimare oportuno adoptar alguna medida de análoga significación".- Recibo, y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

"La Secretaría de la Defensa Nacional solicita se conceda al C. subteniente de aeronáutica mecánica José María de la Vega Guzmán el permiso constitucional necesario para aceptar y usar los gafetes y condecoraciones "Al Mérito", en el grado de Oficial, "Al Grado de Caballero con la Cruz de Boyacá" y "Servicios Distinguidos", que le otorgaron los gobiernos de Chile, Colombia y Cuba, respectivamente".- Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación informa que, con fecha 15 de diciembre, clausuró su periodo de sesiones, iniciado el 23 de septiembre último".- De enterado.

"El Congreso del Estado de Chiapas participa que, el 1o. de diciembre, eligió presidente y vicepresidente de su Mesa Directiva para este mes".- De enterado.

"La Legislatura de Chihuahua comunica que concedió licencia al Gobernador Constitucional, C. licenciado Fernando Foglio Miramontes, y designó al C. ingeniero Esteban Uranga para substituir a aquél".- De enterado.

"El Congreso del Estado de Durango participa que, con fecha 30 de noviembre, clausuró el primer periodo ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio, dejando instalada su Diputación Permanente".- De enterado. "La Legislatura del Estado de Guanajuato avisa que el 8 de diciembre acordó prorrogar, hasta por un mes, el periodo ordinario de sesiones del primer año de su ejercicio, y da a conocer la forma en que se integró su Mesa Directiva".- De enterado.

"El Congreso de Nayarit comunica que, con fecha 1o. de diciembre, se inauguró el primer periodo ordinario de sesiones de su cuarto y último año de ejercicio, dando a conocer su Mesa Directiva".- De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Invitación a la Legislatura del Estado de Sinaloa para la sesión solemne que celebrará el 31 del actual, y en cuyo acto rendirá la protesta de ley como Gobernador Constitucional de aquella entidad el C. general de división Pablo E. Macías Valenzuela".- Se designa en comisión a los ciudadanos Fausto A. Marín, Rosendo G. Castro, Pedro Téllez Vargas, Manuel Martínez Ch., Alberto Tapia Carrillo, Carlos Alcaraz Ahumada, Gilberto García, Fidencio Vázquez Cerda y secretario Bernardo Norzagaray.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"Circulares del Congreso del Estado de Tabasco, en las que informa que el 15 de diciembre clausuró el primer periodo ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio, designando a la Comisión Permanente que fungirá durante el receso; la que, a su vez, participa haberse instalado". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Veracruz avisa que, con fecha 16 de diciembre, clausuró el periodo único ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio, dejando instalada su Diputación Permanente". - De enterado.

"El C. ingeniero Esteban Uranga informa que, el 5 de diciembre, se hizo cargo, interinamente, del Despacho del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, en virtud de la licencia concedida al Gobernador Constitucional".- De enterado.

"El C. Adolfo Ruiz Cortines, Gobernador Constitucional de Veracruz, comunica que el 1o. de diciembre designó al C. licenciado Antonio Carvajal Secretario de Gobierno de aquella entidad".- De enterado.

"El C. licenciado José Castañón, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, da a conocer la forma en que se integró ese tribunal, con fecha 1o. de los corrientes, para funcionar hasta el 30 de noviembre de 1948".- De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Proposiciones del C. diputado Cándido Aguilar, tendientes a que se conceda, por la Federación, un subsidio a los productores en pequeño de café y ejidatarios; que cese la violación que se ha venido haciendo del Código Agrario por los gravámenes que se han impuesto a la producción ejidal y en lo sucesivo sólo se cobre a los ejidatarios el 5% de las utilidades que tengan, y que se pida al Ejecutivo de la Unión que, en uso de sus facultades extraordinarias, dicte las disposiciones para salvar la industria cafetera y para estimular a los campesinos que se dediquen a este cultivo".- A la Comisión de Fomento Agrícola, e imprímase.

"Proyecto del C. diputado Herminio Ahumada. jr., estableciendo de modo permanente, en la capital de la República, el organismo de cooperación y servicio social denominado "Asociación Nacional de Lucha contra la Desnutrición Infantil".- A las Comisiones Unidas de Asistencia Infantil e Impuestos, e imprímase.

"El C. diputado Rosendo G. Castro presenta un proyecto de decreto, con objeto de que los hijos de los trabajadores de base de la Cámara de Diputados que estudien en cursos prevocacionales o profesionales, tengan derecho a participar anualmente en un sorteo de cinco becas para continuar sus estudios". - A la Comisión de Previsión Social.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Gobernación.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y dictamen fue turnada a la

suscrita Primera Comisión de Gobernación la iniciativa presentada por varios CC. diputados para crear la Medalla del Trabajador de la Cámara de Diputados y el Diploma Honorífico de Constancias, como justo estímulo para los servidores de la propia Cámara, en los diferentes grados en que por el tiempo y eficiencia hayan prestados sus servicios.

"La iniciativa que estudiamos funda su proyecto en la obligación moral del Estado por estimular a quienes hayan contribuído a organizar, consolidar o mejorar las instituciones emanadas de régimen constitucional y de la Revolución, obligación que el Ejecutivo a cumplido ya, por su parte, instituyendo medallas y condecoraciones diversas; no así la Cámara de Diputados que hasta la fecha no ha otorgado dichos estímulos.

"Siendo competente la Cámara para acordar las recompensas aludidas para sus servidores, estimamos que la iniciativa merece la aprobación de todos sus puntos y en virtud nos permitimos someter a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Se crea la Medalla del Mérito del Trabajador de la Cámara de Diputados, de Primera, Segunda y Tercera Clases.

"Segundo. Se crea el Diploma Honorífico de Constancia del Trabajador de la Cámara de Diputados.

"Tercero. Los trabajadores que alcancen veinticinco años de servicios en la Cámara de Diputados y su labor sea ampliamente reconocida como meritoria, tendrán derecho a recibir la Medalla de Primera Clase y Diploma Honorífico de Constancia.

"Cuarto. Al cumplir veinte años de servicios, los trabajadores de la Cámara de Diputados tendrán derecho a recibir la Medalla del Mérito, de Segunda Clase y Diploma Honorífico de Constancia.

"Quinto. Los trabajadores cuya labor sea reconocida como destacada, tendrán derecho a la Medalla del Mérito de Tercera Clase y al Diploma Honorífico de Constancia, siempre que haya cumplido diez años de servicios a la Cámara de Diputados.

"Sexto. Los trabajadores que hayan desempeñado una labor considerada como excelente, cualquiera que sea el tipo de sus servicios, tendrán derecho al Diploma Honorífico de Constancia.

"Séptimo. La existencia de una nota mala en los expedientes de los ciudadanos a recibir los estímulos anteriores, nulifica dicho beneficio.

"Octavo. La Comisión de Administración de la Cámara de Diputados se encargará de la erogación correspondiente a las medallas y diplomas, en la inteligencia de que las medallas de Primera Clase deberán ser en oro; las de Segunda de plata y las de Tercera de bronce, los Diplomas estarán impresos en pergamino.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 14 de diciembre de 1944.- Rafael Murillo Vidal.- José D. Izquierdo.- Rodolfo Gaytán".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La señora Dolores Santana de Brambila solicita pensión vitalicia por los servicios que ha prestado al Magisterio de la República desde el año de 1909 a la fecha".- Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

El C. Presidente (a las 15.15): Se levanta la sesión.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina JUAN ANTONIO MOLL.