Legislatura XXXIX - Año III - Período Ordinario - Fecha 19450925 - Número de Diario 6

(L39A3P1oN006F19450925.xml)Núm. Diario:6

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MARTES 25 DE SEPTIEMBRE DE 1945

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III. - PERÍODO ORDINARIO XXXIX LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 6

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADO EL DÍA 25

DE SEPTIEMBRE DE 1945

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2. - Los CC. diputados Federico Medrano V., Gabriel Ramos Millán, Raúl Lozano y Saúl Cantú Balderas informan, respectivamente, del resultado de las comisiones que se les confirieron.

3. - Cartera.

4. - Solicitud de los CC. diputados Manuel Moreno Sánchez, Benito Coquet, Efraín Brito Rosado y Donato Miranda Fonseca, en relación con el juicio contra los antifascistas Santiago Alvarez y Sebastián Zapirain. Se aprueba la solicitud.

5. - Continúa la Cartera.

6. - Se nombran Comisiones para corresponder a las respectivas invitaciones del Gobierno del Estado de Morelos y del Presidente Municipal de Ecatepec de Morelos, Estado de México; y se turna a la comisión respectiva la solicitud de aumento de pensión de Josefa Alcocer y Bulnes.

7. - Continúa la Cartera.

8. - El C. diputado Federico Mendrano V., Norberto Aguirre y varios ciudadanos diputados solicitan se nombre una comisión para gestionar se dé cumplimiento a varios puntos de acuerdo que benefician a los agricultores y campesinos. Se aprueba la solicitud y se nombra la comisión.

9. - Proposición de la Gran Comisión para integrar la de Pro México de Afuera. Se aprueba.

10. - Iniciativa de Ley sobre Cesación del Estado de Suspensión de Garantías Individuales. Discusión. Se aprueba. Pasa al Senado.

11. - El C. diputado Rodolfo Tiburcio Márquez solicita se nombre una comisión para que trate del problema que se ha suscitado en el Puerto de Veracruz. Discusión. Para la solicitud a las Comisiones Unidas de Trabajo en turno y de Vías Generales de Comunicación. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidente del

C. BENITO COQUET

(Asistencia de 78 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 13.30): Se abre la sesión.

- El C. secretario Lima J. de Jesús, (leyendo).

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXIX Congreso de la Unión, el día once de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco.

"Presidencia del C. Benito Coquet.

"En la ciudad de México, a las trece horas y veinte minutos del martes once de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco, se abre la sesión con asistencia de setenta y siete ciudadanos diputados, según comprueba previamente la Secretaría en la lista que pasó.

Sin debate se aprueba el acta de la sesión anterior que se efectuó el día siete de los corrientes.

"Se da cuenta con los asuntos en cartera:

"La Secretaría de Gobernación transcribe solicitud de la de Relaciones Exteriores para que se conceda permiso al C. Rafael de la Colina para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito Juan Pablo Duarte, que le confirió el Gobierno de la República Dominicana. Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"El Grupo Pro República Española de San José, Costa Rica, expresa su satisfacción y agradecimiento por las atenciones dispensadas a los republicanos españoles en México y al Gobierno del señor don Diego Martínez Barrio, en el exilio. De enterado.

"El Congreso de Tamaulipas participa que el primero de septiembre abrió su segundo período de sesiones y da a conocer su Mesa Directiva. De enterado.

"La Gran Comisión propone que la Comisión de Autotransportes aprobada en la sesión anterior se integre en la siguiente forma: Luis Jiménez Delgado, Pedro Guerrero Martínez, Filemón Manrique y suplente Eduardo Luque Loyola. Esta proposición es aprobada en votación económica.

"La legislatura del Estado de Guerrero invita a la sesión solemne que para conmemorar el CXXXII aniversario de la instalación del Primer Congreso de Anáhuac se efectuará en el templo parroquial

de Chilpancingo, declarado recinto oficial, a las veinte horas del día trece del actual. Se designan en Comisión, para asistir a este acto, a los CC. Donato Miranda Fonseca y Francisco López Cortes.

"Los maestros de las escuelas primarias que integran la 39 zona escolar en el Distrito Federal, solicitan la expedición de una Ley de Jubilaciones para el Magisterio de la República. Recibo y a la Comisión de Educación Pública en turno.

"En uso de la palabra el C. Francisco de P, Jiménez, a nombre del Comité Pro México de Afuera del Bloque Revolucionario de esta Cámara, expone las dificultades que continúan sufriendo los mexicanos en el Estado de Texas por haberse acentuado los actos discriminatorios en su contra; presenta una lista de ciento cincuenta poblaciones de Texas en que ocurren tales casos, pidiendo se inserte en el Diario de los Debates de esta fecha y somete a la consideración de la Asamblea el siguiente proyecto de Acuerdo, para el que pide dispensa de todo trámite: "Que el Comité Pro México de Afuera, que forma parte del H. Bloque de la Cámara de Diputados, a partir de esta fecha, pase a formar parte como Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, debiendo de seguir funcionando en los mismos términos que lo ha hecho hasta hoy, ampliando, para lo sucesivo, su más estrecha vinculación entre tal organismo y los mexicanos residentes en el exterior, para cuyo fin, esta H. Cámara proporcionará los medios a su alcance".

"Se toma en consideración la proposición anterior; se dispensan los trámites y se aprueba en votación económica. Pasa a la Gran Comisión para que haga la proposición correspondiente.

"A las trece horas y cuarenta minutos se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta y se pasa a sesión secreta".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada.

El C. Presidente: Tienen la palabra las comisiones que fueron designadas para asistir a las ceremonias oficiales organizadas en diversos Estados del país, con motivo de la lectura de los informes constitucionales rendidos por varios gobernadores.

El C. Mendrano V. Federico: Honorable Asamblea:

Me es grato informar a ustedes que la Comisión nombrada por Vuestra Soberanía para acompañar al señor Presidente de la República en la jira que hizo por el Estado de Guanajuato, correspondiendo a la invitación que le hicieron los Poderes de aquella Entidad para visitarla, estuvo presente en los actos efectuados en los diversos municipios del Estado que recorrió el señor Presidente; manifestándonos el señor Gobernador su más cordial complacencia por haber estado presente la Cámara, representada por nosotros, en aquellos festejos, y pidiéndonos hacer del conocimiento de este alto Cuerpo su mas rendido reconocimiento, así como el de la Legislatura local por la deferencia tenida por esta Cámara. (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ramos Millán Gabriel.

El C. Gabriel Ramos Millán: Señores diputados:

Distraigo su atención para informar a ustedes del resultado de la comisión que nos confirió esta Cámara de Diputados para ir al Estado de Zacatecas a escuchar el primer informe constitucional del señor gobernador Leobardo Reynoso.

La Comisión designada al efecto, estuvo presente, realmente, en uno de los espectáculos democráticos de más significación, a nuestro entender; no sólo por el contenido del informe, sino porque fuimos testigos de los adelantos realizados en esa Entidad Federativa, inspirados y llevados a la práctica por un hombre eminentemente salido las filas de la Revolución.

Pudimos constatar cómo el pensamiento revolucionario no ha caído en ningún momento, cuando es manejado por los hombres capaces y responsables ante el mismo movimiento revolucionario. Así por ejemplo, venimos a informar a Vuestra Soberanía, acerca de dos o tres capítulos, para no hacer larga esta exposición, de los que se está llevando a cabo en Zacatecas, haciendo ver cómo una provincia que estaba abandonada, tanto en sus comunicaciones como en su buen gobierno, ha tenido notables adelantos. Para demostrarlo, me concretaré a mencionar que el presupuesto del Estado que era de algo más de dos millones de pesos, sólo en el período de este año ha aumentado a casi cinco millones; pero no como estamos acostumbrados a ver que se procede: aumentando los impuestos; sino simplemente y sencillamente haciendo una recaudación con sentido ordenado y con sentido científico.

Hemos sido testigos de cómo se levantan, a manera de maravilla, las nuevas obras en lo que respecta a escuelas, cómo se están abriendo grandes zonas urbanas en esa capital antes olvidada.

En la Administración de justicia, es laudable ver cómo un gobernador en pleno informe, hace cargos categóricos a los malos funcionarios, y cómo premia a los buenos. Pero lo que más llamó nuestra atención fue saber cómo este Gobernador ha canalizado la iniciativa privada para el mayor en engrandecimiento de su Estado; y hemos visto también, no obstante que le han tirado zarpazos fuerzas enemigas a su régimen, que no sólo ha prometido hacer y crear nuevas fuentes de riqueza, si no que lo está haciendo de una manera inteligente y decidida para que todas las fuerzas generales del Estado empiecen a moverse.

La cuestión de cooperación con el Gobierno Federal es verdaderamente maravillosa no sólo en lo que se refiere a introducción de agua y construcción de presas, sino también en los créditos que se han abierto a esa Entidad Federativa, que mucho la honran.

No debemos dejar pasar inadvertida la contestación del mensaje que se le dio por la Cámara local. Realmente, se trata de un documento que

debe desglosarse, porque no encierra ni una falsedad ni una mentira, sino que simplemente se dedica a hacer justicia a un gobernante que, como dije antes, es un producto genuino de las filas revolucionarias. Creo que si se sigue el ejemplo dado por este Gobierno, todas las demás entidades federales obtendrán magníficos resultados y progresos en su organización y adelanto.

Solamente me resta decir que los compañeros Raúl López Sánchez Ramón G. Bonfil, Demetrio Flores Fagoaga, Antonio Ulíbarri Camacho, Francisco López Cortés y Roberto Aguilera, estuvieron atentos a todo lo que significa un movimiento económicosocial en la Entidad que visitamos.

Con este simple informe creo que pueda desahogarse nuestra comisión. Muchas gracias.

El C. Lozano Raúl: La Comisión designada por la H. Cámara de Diputados para asistir a Querétaro, a la lectura del informe del ciudadano Gobernador, cumplió con su deber, y por mi conducto dicho alto funcionario les hace patente su más sincero agradecimiento.

El C. Cantú Balderas Saúl: Señores diputados: La Comisión designada por esta soberanía para asistir al primer informe rendido por el ciudadano Gobernador del Estado de Veracruz, cumplió con su deber y pudo darse cuenta de cómo un mandatario que quiere a su Estado pone al servicio de él todo su entusiasmo, todo su cariño y todo lo mejor de que dispone para hacer que su Entidad prospere y progrese, como lo hemos visto ya por espacio de un año.

El señor Gobernador del Estado de Veracruz no sólo nos demostró, a través de su informe, la gran obra que en beneficio del pueblo veracruzano está desarrollando, sino que igualmente hizo ver al pueblo que entusiasmado escuchó su informe, cómo el Gobierno de aquella Entidad está colaborando con el Gobierno Federal en la solución de los grandes problemas que tiene frente a sí.

Fue para nosotros sorprendente observar cómo el Gobierno veracruzano ha emprendido realmente una campaña alfabetizante a través de todo el Estado; cómo el Gobierno veracruzano se empeña por resolver los problemas económicos y sociales de aquella Entidad Federativa; cómo se preocupa por mejorar el nivel de vida de las clases asalariadas, particularmente destinando una gran partida, una partida muy importante del presupuesto, para atender las necesidades del mejoramiento de los salarios del magisterio veracruzano.

Realmente esta Representación Nacional, esta Comisión que estuvo presente, se sintió y se siente orgullosa al comprobar que una Entidad Federativa tan importante como Veracruz, tiene a su frente un gobernante que es digno de nuestra estima y de nuestro respeto.

- El C. secretario Lima J. de Jesús (leyendo):

"Embajada de Guatemala. - México, D. F., a 17 de septiembre de 1945.

"Señor Angel Castillo Lanz, Oficial Mayor de la H. Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. - Presente.

"Muy señor mío:

"Tengo el gusto de acusar a usted recibo de la comunicación que la H. Cámara de Diputados se sirvió dirigirse con fecha 8 del mes en curso, por medio de la cual se invita a una representación del Congreso de Guatemala para que participe en la solemnidad de acercamiento intercontinental.

"Deseo que por su digno medio exprese usted a los honorables miembros del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos y a su digno presidente, el licenciado Benito Coquet, el agradecimiento más sincero por esta invitación que, a no dudarlo, será inmediatamente aceptada por el Congreso de Guatemala y por los términos en que dicha invitación ha sido redactada, ya que contiene frases de profunda comprensión para el movimiento revolucionario guatemalteco.

"Inmediatamente que recibí la comunicación del honorable Congreso la trasladé por el órgano correspondiente al Congreso de Guatemala.

"Aprovecho la oportunidad para reiterar a usted las muestras de mi más alta y distinguida consideración.

R. Artu Cobos". - A sus antecedentes.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Relaciones Exteriores. - México, D. F.

"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Ciudad.

"El señor Embajador del Perú acreditado en México, en nota fechada el 6 del mes en curso, transmite por encargo de su Gobierno el siguiente texto de una Moción de Orden del Día aprobado por el honorable Senado de la República peruana en sesión del 10 de agosto próximo pasado.

"El Senado de la República, ante la noticia del ofrecimiento de rendición incondicional del Japón, que supone el virtual término de la presente guerra mundial, acuerda: 1o. Saludar a los pueblos y gobiernos de las Naciones Unidas en esta hora del triunfo definitivo de sus fuerzas armadas, a cuyo destino se ligó el perú con su declaratoria de guerra al Imperio japonés. 2o. Expresar su propio júbilo por la trascendencia política mundial de esta victoria, que significa el afianzamiento permanente de las Cuatro Libertades y de las instituciones democráticas para todos los hombres de la Tierra. 3o. Comunicar este acuerdo a los parlamentos de las Naciones Unidas.

"Al dar a usted traslado, para los fines correspondientes, del texto preinserto, aprovecho de esta oportunidad de reiterarle las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - El Subsecretario Encargado del Despacho, Manuel Tello". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Relaciones Exteriores. - México, D. F.

"México, D. F., 14 de septiembre de 1945.

"C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Ciudad.

"Me es grato dar a usted traslado, a continuación, del texto que para conocimiento del Congreso mexicano comunica a esta Secretaría la Embajada del Perú en México de las mociones de Orden del Día aprobadas por unanimidad de votos por el H. Senado de la República del Perú, en sesión del 7 de agosto último, sobre el Gobierno que preside el general Francisco Franco y sobre las relaciones diplomáticas y comerciales de la República peruana con la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas.

"Los acuerdos de referencia han sido concebidos en los siguientes términos:

"La Cámara de Senadores, considerando: Que el régimen político que preside en España el general Francisco Franco, y que fue impuesto con la cooperación política, militar y económica de los exdirectores Hitler y Mussolini, constituye, por su orientación imperialista y totalitaria, una amenaza para las instituciones democráticas y libres, y que conforme lo establece en forma categórica la declaración de Potsdam, es contrario a las tendencias democráticas que hoy prosperan victoriosamente en el mundo, y de las cuales es genuina expresión el Nuevo Régimen Peruano; acuerda: Primero. Expresar su más cordial saludo al noble y heroico pueblo español que ha luchado y lucha por la democracia y la justicia social y cuya tradición es parte de la nuestra. Segundo. Manifestar al Poder Ejecutivo que la Cámara de Senadores vería con agrado la suspensión de relaciones diplomáticas con el Gobierno de España, mientras no se hayan restaurado, plenamente, sus libres instituciones. Tercero. Comunicación de esta resolución a los parlamentos de las Naciones Unidas.

"La Cámara de Senadores, teniendo en consideración: Que la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas en uno de los principales miembros de las Naciones Unidas, de cuyo pacto constitutivo es signatario del Perú; que el Aporte de la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas ha sido decisivo para la victoria sobre el nazifascismo; que sus avanzadas reformas políticas y sociales y su extraordinario desarrollo económico influirán vigorosamente en el mundo de postguerra, y que la mayoría de las naciones americanas han establecido ya con ella vínculos de amistad, acuerda: Primero. Manifestar al Poder Ejecutivo que vería con agrado el establecimiento de las relaciones diplomáticas y comerciales con la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas. Segundo. Comunicar este acuerdo a los parlamentos de las Naciones Unidas.

Lo que permito transcribir a usted, para los fines correspondientes, aprovechando la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi consideración muy atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"El Subsecretario Enc. del despacho, Manuel Tello. - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados:

"Los suscritos, miembros de esta H. Cámara de Diputados, atentamente solicitan de ustedes se sirvan dar cuenta en la sesión de hoy , de la proposición siguiente, cuya resolución estima obvia y solicitamos dispensa de trámites:

"I. La Victoria que acaba de obtenerse en la guerra que comprometió los destinos del mundo, ha creado en favor de las Naciones Unidas, a las que pertenece nuestro país, la evidencia absoluta de que la libertad, en sus formas esenciales, así como los derechos básicos de la persona humana, deben seguir rigiendo en el concierto humano.

"II. En diferentes regiones del planeta, gobiernos de hecho y contrarios a esos principios se entronizaron sobre la opresión popular en los días en que los hoy vencidos tenía fuerza bastante para auxiliarlos. Esos gobiernos han ido desapareciendo y ahora solamente quedan algunos focos aislados de infección fachista, que deben ser destruídos para salud de la libertad y seguridad mundiales.

"III. Pero si a nosotros no nos toca destruir directamente esos regímenes, sí es nuestro deber vigilar por que los dirigentes demócratas y antifachistas de todo el mundo, tengan la posibilidad de expresar libremente sus ideas y de luchar por ellas con plenas garantías.

"IV. Nuestro país, en el caso de la nación española, ha dejado perfectamente clara cuál en su situación y ha mantenido una línea que lo obliga a ser un beligerante moral en el derrocamiento de tales regímenes que en horas tremendas para el mundo, pudieron elevarse al poder, ante la indiferencia culpable de muchos que ahora comprenden sus errores.

"Ahora bien:

"A pesar de la amnistía política que se dice ha sido concedida dentro del suelo español, los demócratas y antifachistas Santiago Alvarez y Sebastián Zapirain han sido encarcelado por la expresión de sus ideas socialistas y políticas y están amenazados de un juicio en que ninguna de las elementales garantías del proceso les han de ser respetadas, con la mira de llevarlos al patíbulo. Lo menos que podemos exigir en este caso, unidos a otros organismos del mundo americano que piensen como nosotros, es que tales garantías se les concedan en un proceso justo, a fin de que demuestren que la simple expresión de las ideas y la lucha por los principios sociales que ha aceptado el mundo victorioso, no constituyen delitos ni faltas que parezcan penas de encarcelamiento.

"Por todo lo anterior solicitamos la aprobación del siguiente acuerdo, con dispensa de trámites:

"Diríjase, por los conductos debidos, una comunicación a las Cámaras Legislativas de los países de Latinoamérica, a fin de que ellas, a su vez, se dirijan a los organismos, instituciones, cancillerías

o gobiernos que lo estimen conveniente, exigiendo la celebración de un juicio con plenas garantías y justicia para los luchadores antifachistas Santiago Alvarez y Sebastián Zapirain.

"Salón de sesiones, 25 de septiembre de 1945. - Manuel Moreno Sánchez. - Benito Coquet. - Efraín Brito Rosado. - Donato Miranda Fonseca".

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Legislatura del Estado de Chihuahua participa que el doce del presente mes clausuró su segundo período extraordinario de sesiones". - De enterado.

"El Congreso de Guanajuato de a conocer la integración de su Mesa Directiva para el primer mes del primer período ordinario de sesiones del segundo año de su ejercicio". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Michoacán informa que el 16 del actual inauguró su segundo período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio". - De enterado.

"El Congreso de San Luis Potosí comunica que el 15 del actual abrió su primer período ordinario de sesiones e informa de la forma en que integró su Mesa Directiva". - De enterado.

"La Diputación Permanente de la Legislatura del Estado de Sinaloa informa que eligió su Mesa Directiva que actuará durante los primeros quince días del corriente mes". - De enterado.

"El Congreso del Estado de Sinaloa participa que con fecha 15 del actual abrió su primer período de sesiones de su segundo año de ejercicio y da a conocer su Mesa Directiva". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Veracruz comunica que inauguró, con fecha 16 de los corrientes, su período único de sesiones de su segundo año de ejercicio y da a conocer su Mesa Directiva". - De enterado.

"El C. general Abelardo L. Rodríguez comunica que con fecha 5 de los corrientes volvió a asumir el Poder Ejecutivo del Estado de Sonora". - De enterado.

"El C. ingeniero Fernando Foglio Miramontes participa que con fecha 10 de septiembre, dio por terminada la licencia de que venía haciendo uso, y se hizo cargo nuevamente del Gobierno de Chihuahua". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"El Gobierno del Estado de Morelos invita a esta Cámara a la ceremonia que tendrá lugar los días 29 y 30 del presente y primero de octubre, en la ciudad de Cuautla, en celebración del CLXXX aniversario del natalicio de don José María Morelos y Pavón, y pide el envío de una ofrenda floral".

La Presidencia ha designado en comisión para asistir a este acto a los ciudadanos diputados Eliseo Aragón Rebolledo y Manuel Aranda.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"El Presidente Municipal de Ecatepec de Morelos, Estados de México, invita a esta Cámara para que designe una comisión y un orador en la ceremonia que tendrá lugar en esa población el 30 del actual, en ocasión del CLXXX aniversario del natalicio de don José María Morelos y Pavón".

La Presidencia designa en comisión para asistir a este acto a los ciudadanos diputados José D. Izquierdo y Federico S. Sánchez, el primero como orador.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La señorita Josefa Alcocer y Bulnes solicita se aumente la pensión que ella y su hermana Rosa tienen asignada como nietas de don Vidal Alcocer". - Recibo, y a la Comisión de Hacienda.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Frente Unido de Libertad Dominicana. - México, D. F.

"México, D. F., septiembre 13 de 1945.

"Sr. Lic. Benito Coquet. - Presidente de la Cámara de Diputados. - Cámara de Diputados. - Ciudad.

"Honorable señor Presidente:

"La prensa local anuncia la solemne ceremonia que esa honorable Cámara de Diputados celebrará el próximo 12 de octubre y a la cual se invitan "los Congresos de los países democráticos".

"Como representante en México del Frente Unido de Liberación Dominicana pláceme felicitar a usted a esa Honorable Cámara por tan justa y democrática disposición.

"Ya en otra ocasión tuve honrosa oportunidad de dirigir un mensaje a miembros del Congreso mexicano por una actuación análoga, donde declaraba que "son los hombres dirigentes de América Latina libres de la amenaza de dictadores, los que realmente pueden garantizar la defensa de nuestro ideal democrático". El Congreso de Venezuela dio el primer ejemplo de protesta sobre las tiranías de América, que encabeza el triste y vergonzoso caso actual de la República Dominicana. Este ejemplo fue seguido por el Congreso cubano y otro ejemplo análogo acaba de dar el recientemente instalado Gobierno de la República española al no establecer relaciones con las dictaduras de América: Trujillo, Somoza, etc.

"Aunque elementos mercenarios a veces tratan de desvirtuar el clamor público, honrado y justo, en contra de tales regímenes, permítome incluir recortes de la prensa extranjera que de manera inequívoca muestran el setado de infortunio en que tiene sometido al pueblo dominicano la actual tiranía de Trujillo, cuyos quince años de robos y crímenes no parecen saciar los menguados apetitos del sátrapa.

"Es de ustedes, hombres dirigentes, libres de la amenaza de dictadores, de quienes la justicia puede esperar libre curso por el organismo social de América, haciendo desaparecer con ello la amarga desventura que significa en algunos de sus pueblos la absoluta ausencia de los derechos sagrados del hombre.

"Atentamente le saluda.

"Ing. J. C. Alfonseca C., Presidente". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"H, Cámara de Diputados:

"Conocida es la situación que se presenta en el campo, por lo que se refiere al uso de la energía eléctrica para aplicarla a la obtención de agua del subsuelo para destinarla al riego de los cultivos en que el margen de utilidades para el campesino es muy reducido y en cambio los trabajos que desarrolla son múltiples. A pesar de ello, en el Bajío y en algunas otras regiones se ha aumentado la tarifa, ya de suyo alta antes de esta fecha, produciéndose con esto que los agricultores reduzcan sus siembras en las tierras que antes irrigaban por este medio y, como consecuencia, que baje la producción agrícola.

"Por otra parte y como es ya del conocimiento general, gran parte de las cosechas de este año se verán reducidas por la deficiencia del temporal de lluvias. Un rápido recorrido por los Estados vecinos o por los más alejados, pone de manifiesto lo anterior lamentablemente en amplitud tal que hace pensar en una deficiencia de carácter nacional para el año venidero.

"Por otra parte y como es ya del conocimiento general, gran parte de las cosechas de este año se verán reducidas por la definición del temporal de lluvias. Un rápido recorrido por los Estados vecinos o por los más alejados, pone de manifiesto lo anterior lamentablemente en amplitud tal que hace pensar en una deficiencia de carácter nacional para el año venidero.

"A esta pérdida en la producción se agregará la especulación a que queda expuesta, con perjuicio grave para los productores agrícolas y para los consumidores, de no intervenirse oportunamente y en la medida necesaria.

"A nuestro juicio esta Representación Nacional debe gestionar desde luego lo siguiente en atención a los problemas anteriores.

"I. Que no se eleven las tarifas de la energía eléctrica que consumen los agricultores para fines de irrigación, y

"II. Que se fijen a la mayor brevedad precios de garantías estimulantes para los campesinos, a los productos agrícolas que están por cosecharse.

"Para estos fines, proponemos que se designe la comisión correspondiente.

"México, D. F., 21 de septiembre de 1945. - Federico Mendrano V. - Norberto Aguirre. - José R. Velázquez Nuño. - Manuel Moreno Sánchez. - Ignacio Luis Velázquez de la peña. - Alberto Ramos Sesma. - Heliodoro Hernández Loza. - Raúl López Sánchez. - Alvaro Vivas Marfil. - J. de Jesús Lima. - Miguel Moreno Padilla. - Francisco García Carranza. - Y siguen muchas firmas más".

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites a esta proposición. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada.

La Presidencia designa, para integrar la comunicación relativa, a los ciudadanos diputados Federico Medrano V., Raúl López Sánchez, Norberto Aguirre, José R. Velázquez Nuño, Francisco García Carranza y Fidencio Vázquez Cerda.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"Se turnó a la Gran Comisión que suscribe, para los efectos reglamentarios correspondientes, la proposición del C. diputado Francisco de P. Jiménez, aprobada por esta H. Cámara en su sesión del día 11 de los corrientes, para que el Comité Pro México de Afuera, que venía funcionando dentro del Bloque de la Cámara de Diputados, pase a formar parte de las Comisiones Permanentes de la misma.

"La Gran Comisión se honra en cumplir con su encargo, poniendo a vuestra consideración la integración de la Comisión Pro México de Afuera en la siguiente forma:

"Presidente, Francisco de P. Jiménez. "Secretario, Guillermo Aguilar y Maya. "Secretario, Antonio Manero. "Vocal, Leonardo Flores Vázquez. "Vocal, Gilberto García.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 24 de septiembre de 1945. - El Presidente de la Gran Comisión, Raúl López Sánchez. - El Secretario, Rafael Murillo Vidal".

En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición de la Gran Comisión. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Se aprueba.

El C. Presidente: Se va a dar lectura a la iniciativa del C. Presidente de la República, en relación con la vigencia de las leyes de emergencia.

- El C. secretario Lima José de Jesús (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Gobernación. - México, D. F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Por acuerdo del C. Presidente de la República y para los fines legales correspondientes, en el presente me permito remitirles iniciativa de Ley sobre Cesación de Suspensión de Garantías Individuales.

"Al rogar a ustedes dar cuenta con dicho documento a esa H. Cámara, les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 21 de septiembre de 1945. - Licenciado Primo Villa Michel".

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Con fundamento en la fracción I del artículo 71 constitucional; y por el digno conducto de ustedes, tengo el honor de someter a la soberanía de la H. Cámara de Diputados la siguiente iniciativa de Ley sobre Cesación del Estado de Suspensión de Garantías Individuales.

"Aunque no sería necesario, desde un punto de vista estrictamente constitucional, expedir ningún decreto legislativo levantando el estado de suspensión de garantías aprobado por decreto del H. Congreso de la Unión de 1o. de junio de 1942, puesto que para tal efecto se reputaría suficiente la mera expiración del plazo prefijado en dicho decreto y de su prórroga acordada en el Decreto de 13 de agosto del corriente año, el Ejecutivo de mi cargo ha resuelto, sin embargo, formular la presente iniciativa de ley poniendo término a la suspensión de garantías individuales y decretando, en consecuencia, el retorno a la normalidad constitucional, para dejar así constancia solemne de que los derechos garantizados por la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos no han sido restringidos a sus habitantes más tiempo del previsto después de cesar las hostilidades; cuyo momento, habiendo sido fijado puntualmente en el día 1o. de septiembre de 1945, según declaración oficial del propio Ejecutivo, determina la fecha del 1o. de octubre de 1945 como día del restablecimiento de las garantías suspensas.

"Cesado el estado de suspensión de garantías debe quedar sin efecto, para lo sucesivo, toda la legislación de emergencia, es decir, la Ley de Prevenciones Generales relativas a dicha suspensión, la Ley Reglamentaria de ésta y demás disposiciones que las reformaron durante su vigencia, así como todas las dictadas por el Ejecutivo usando de la autorización concedida por el artículo 3o. del decreto fundamental, atendido que todo este cuerpo de legislación teniendo por objeto determinar las restricciones impuestas a las garantías en suspenso, carece de razón de subsistir luego que es levantada dicha suspensión; no obstante lo cual, una cláusula derogatoria, expresa y general, relativa a esta legislación de emergencia, conviene establecerla con autoridad de ley, para dejar sentando el principio de que el derecho de excepción ha caducado.

"No se da el mismo caso por lo que se refiere a las disposiciones expedidas por el Ejecutivo en uso de las facultades extraordinarias que le fueron concedidas por los artículos 4o. y 5o. del citado de decreto fundamental para modificar y legislar en los distintos ramos administrativos. Dichas facultades extraordinarias quedan desde luego canceladas al cesar el estado de suspensión de garantías que las motivaron, pero las leyes que fueron expedidas por el Ejecutivo mientras estuvo dotado de aquellas facultades son leyes válidamente estatuidas, que deben quedar incorporadas a la legislación común hasta que sean derogadas por otras leyes posteriores. Para disipar cualquiera duda a este respecto, dicha legislación extraordinaria se hace objeto de expresa ratificación por la presente ley, de tal suerte que las referidas disposiciones del Ejecutivo toman desde su respectiva fecha el valor de leyes, como si hubiera sido expedidas por el mismo Congreso de la Unión que ahora las ratifica.

"Esta ratificación legislativa que viene a cubrir en general a toda la legislación extraordinaria requiere, sin embargo, ciertas excepciones. Toca la primera a aquellas disposiciones que según su tenor se establecieron por sólo el tiempo que durase el período de emergencia, las circunstancias de guerra u otras semejantes de carácter excepcional, y afecta la segunda a aquellas otras en cuyo texto expresamente se proclama como directamente afectadas por sus mandatos determinadas garantías constitucionales a la sazón suspendidas; pues, en efecto, ni uno ni otro tipo de disposiciones pueden alcanzar su ratificación legislativa si se toma en consideración claros motivos de oportunidad de validez constitucional.

"Todavía la presente ley trata de cumplir una misión más delicada, estableciendo una especie de excepción a las antes señaladas, con la clara finalidad de mantener vigentes todavía algunas disposiciones del Ejecutivo que, aunque fueron expedidas con ánimo de vigencia temporal o con expresa referencia a determinada garantía en suspenso, resulta, sin embargo, que pueden ser compatibles con el estado de normalidad constitucional o que aun pasadas las circunstancias específicas de emergencia, guerra u otras semejantes, se necesita todavía mantenerlas subsistentes hasta su substitución por otras leyes, sí se ha de impedir que sobrevengan graves dificultades de reajuste económico o social en el complejo período de la postguerra.

"Muchas de las leyes dictadas por el Ejecutivo usando de facultades extraordinarias sobre contribuciones aparecieron con la declarada justificación de servir a las necesidades de la Hacienda Pública en época de guerra, tan repleta de gastos extraordinarios.

Pero es forzoso reconocer que en las subsiguientes etapas inmediatas de la paz no disminuye el gasto público, pues si algunos de sus capítulos desaparecen, otros, en cambio, se presentarán apremiantes para hacer frente a las necesidades críticas de la postguerra. De donde resulta la conveniencia de conceder una ratificación especial a las mencionadas disposiciones fiscales si se ha de evitar un grave trastorno en el sistema de los ingresos del Erario Público.

"Así también las disposiciones del Ejecutivo regulando una mayor intervención del Estado en la vida económica del país claman por verse prorrogadas en su vigencia más allá de los límites temporales de una economía de guerra, para dominar también durante el período de reajuste económico en las primeras etapas de la paz. Pasar del régimen de intervención económica a un sistema de economía liberal, aunque sujeto a ciertas restricciones, sería tanto como desconocer imperativos irrebatibles de la realidad, que han de tenerse en cuenta según criterio de prudencia política. Y es bajo esta consideración, sobre todo, por lo que aquel cuerpo de legislación merece también una ratificación legislativa especial que garantice la temporal subsistencia del mismo, hasta que nuevas leyes vayan disminuyendo el grado y las modalidades de intervención económica del poder público; mientras este momento llega, como consecuencia de cambios paulatinos que han de operarse en la coyuntura económica del país, aquella legislación interventora puede ser mantenida en general con fundamento en la fracción X del artículo 73 de la Constitución, en la Orgánica del artículo 28 constitucional y otras varias disposiciones que pueden servirles de fundamento; siendo procedente, por lo demás, devolver las competencias respectivas a la Secretaría de la Economía Nacional y al Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con la Ley de Secretarías y la Ley Orgánica del referido Gobierno.

"Próximo a este orden, encuéntranse las disposiciones expedidas por el Ejecutivo en uso de facultades extraordinarias legislando en materia de inquilinato. Suspender, desde ahora, esta legislación especial sin que exista otra que la reemplace, sería provocar un enorme trastorno en la economía doméstica de las clases menos acomodadas que se ven en la necesidad de alojarse en casa ajena contra el pago de una renta cuya elevación sin tasa, dada la escasez de casas habitación, haría de esta deuda arrendaticia uno de los renglones más oneroso de la economía privada. Por estas consideraciones la expresada legislación debe ratificarse de manera especial, hasta tanto que una legislación reconstruída sobre bases más completas fije el estatuto legal del inquilinato en los grandes centros de población; en realidad, aquella legislación no pugna con el sistema de garantías individuales, entre las que no figura especialmente declarada la libertad de contratación, sólo consignada en el derecho común, aunque con ciertas limitaciones, entre las cuales pueden establecerse la que actúa sobre la cláusula referente a la cuantía de la renta y la que atañe al pacto relativo a la duración del contrato; ambas impuestas en aquellos decretos del Ejecutivo que ahora se rectifican por la presente ley.

"Requiero también una ratificación especial que viene aconsejada por motivos económicos y sociales generalmente reconocidos, la ley de compensación al salario insuficiente, causada en un elevado costo de la vida, del cual no cabe esperar una rápida contracción. Y lo mismo la ley sobre contratos colectivos de trabajo que tampoco debe ser al presente derogada en cuanto todavía subsisten los motivos que a ella dieron lugar. Ambas disposiciones implican medidas del Poder público que, aun separándose del derecho común, pueden todavía valer jurídicamente si quedan cubiertos por una ratificación legislativa que les daría fuerza suficiente para modificar la legislación ordinaria del ramo de trabajo.

"Reclama asimismo su ratificación legislativa especial, por elevados motivos de cultura nacional, la ley relativa a la campaña contra el analfabetismo. Los servicios de enseñanza que obligatoria y gratuitamente se imponen por ella pueden ser considerados como profesionales y de carácter social; y, por consiguiente, convertida aquella disposición en ley, mediante su ratificación legislativa. le compete a ella misma dictar los términos gratuitos y obligatorios en que dicho servicio nacional debe ser prestado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 5o. de la Constitución.

"La Ley de Propiedades y Negocios del enemigo ha creado bajo su vigencia distintas situaciones jurídicas que han de ser objeto de ulterior liquidación. Pero ésta ha de llevarse a cabo según una ley especial que en su oportunidad se dicte. Mientras tanto, dichas situaciones deben ser mantenidas con los mismos efectos de la Ley bajo cuyo imperio se constituyeron y, para este fin correcto, de carácter transitorio, procede mantener en vigencia la citada ley hasta que las situaciones creadas se liquiden con arreglo a su derecho especial.

"En fin, el tránsito de la legislación penal de emergencia, dejada sin efecto para el futuro por la presente ley, a la legislación penal ordinaria planteará, inevitablemente, delicadas cuestiones de derecho transitorio que toca resolver en cada caso concreto a la jurisdicción competente, no obstante lo cual se ha considerado preciso establecer en esta ley algunas reglas relativas al procedimiento en curso y a la sustitución de la pena de muerte decretada por alguna ley de excepción.

"Por último, la presente ley consagra en sus artículos transitorios, no solo las cláusulas de vigencia y derogación adecuadas, sino también lo referente a la potestad reglamentaria del Ejecutivo. Pero ésta no se limita a reconocerle una facultad que constitucionalmente le está atribuída por la fracción I del artículo 89 de la Constitución, si no que le viene impuesta con un mandato que obliga a ejercitarla. Y en su cumplimiento la Administración podrá expedir, en el plazo más breve que le sea posible, un cuadro de vigencias en el que con referencia a cada ramo administrativo se incluyan las distintas disposiciones que deben quedar en vigor con arreglo a las normas de la presente ley y

sin perjuicio de la jurisdicción de los tribunales, cuya soberanía en la aplicación de la norma jurídica de ningún modo se pretende a disminuir.

"Y en virtud de todo lo expuesto se decreta:

"Artículo 1o. A partir del día primero de octubre se levanta la suspensión de garantías decretadas el primero de junio de 1942 y se restablece, por lo tanto, el orden constitucional en toda su plenitud.

"Artículo 2o. Quedan sin efecto: la Ley de Prevenciones Generales, de 11 de junio de 1942; la Ley Reglamentaria de su artículo 1o., de 9 de septiembre de 1942; las demás dictadas reformando las anteriores, y en general, las disposiciones expedidas por el Ejecutivo en ejercicio de la facultad contenida en el artículo 3o. del Decreto del Congreso de la Unión, de 1o. de junio de 1942.

"Artículo 3o. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior la fracción VI del artículo 1o. del Decreto de 9 de septiembre de 1942, la cual, sin las restricciones contenidas en su párrafo tercero, se incorpora a la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal, de 31 de diciembre de 1941, en substitución del artículo 51.

"Artículo 4o. Se ratifican y declaran vigentes las disposiciones dictadas por el Ejecutivo durante el período de emergencia en materia hacendataria.

"Artículo 5o. Se ratifican y declaran vigentes las disposiciones dictadas por el Ejecutivo, durante el período de suspensión de garantías, en uso de las facultades que le fueron concedidas en los artículos 4o. y 5o. del Decreto de 1o. de junio de 1942, para legislar en todos los ramos de la Administración pública; salvo las disposiciones expedidas con vigencia limitada a la emergencia, o aquellas de cuyo texto aparezca declarada que se basaron en la suspensión de alguno o algunas garantías individuales.

"Artículo 6o. Se ratifican con el carácter de leyes las disposiciones emanadas del Ejecutivo durante la emergencia y relacionadas con la intervención del Estado en la vida económica, quedando encomendado su cumplimiento a la dependencia federal competente, en los términos establecidos por la Ley de Secretarías de Estado y la Orgánica del Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 7o. Las leyes y disposiciones relativas a arrendamientos, de fechas 1o. de julio y 19 de octubre de 1942, quedarán vigentes hasta en tanto sean derogadas por una ley posterior.

"Artículo 8o. Se ratifican igualmente, por esta ley; la de Compensaciones de Emergencia al Salario Insuficiente, de 23 de septiembre de 1943, sus aclaraciones y modificaciones, así como la relativa a contratos colectivos de carácter obligatorio, expedida en 30 de mayo de 1945; las cuales fueron expedidas por el Ejecutivo usando de las facultades que le fueron concedidas por el decreto de suspensión de garantías.

"Artículo 9o. Se ratifican por la presente ley la de 21 de agosto de 1944, que establece la Campaña contra el Analfabetismo, y se declaran servicios profesionales de índole social, para los efectos del artículo 5o. de la Constitución, las prestaciones impuestas por ella.

"Artículo 10. Así también se ratifica la Ley relativa a Propiedades y Negocios del Enemigo para el efecto de mantener las situaciones creadas a su amparo Hasta que se proceda a su liquidación de acuerdo con las normas legales y reglamentarias que se establezcan.

"Artículo 11. No obstante lo dispuesto en el artículo 2o. de esta ley, se observarán, respecto de los delitos cometidos durante el estado de suspensión de garantías y bajo la vigilancia de la legislación de emergencia, las siguientes prescripciones:

"I. Las averiguaciones previas y los procesos pendientes se seguirán tramitando por las autoridades a quienes dio competencia aquella legislación;

"II. Los inculpados no serán incomunicados y gozarán de todas las garantías derechos que la Constitución y las leyes señalan, debiendo sujetarse el procedimiento a las reglas del Código Federal de Procedimientos Penales, y

"III. La pena de muerte establecida por la legislación de emergencia se substituye por la de treinta años de prisión.

"Transitorios.

"Artículo 1o. La presente ley entrará en vigor el día 1o. de octubre del año en curso.

"Artículo 2o. Esta ley deroga las disposiciones legales y reglamentarias que de cualquier modo se le opongan.

"Artículo 3o. El Ejecutivo de la Unión dictará las disposiciones reglamentarias para la ejecución de la presente ley.

"Reitero a ustedes mi consideración más atenta.

"Palacio Nacional, 14 de septiembre de 1945.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"El presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Ávila Camacho".

El C. Presidente: Por tratarse de un asunto de urgente resolución y manifestando una vez más el espíritu de cooperación de este Cuerpo legislativo con el Ejecutivo, la Presidencia se permite solicitar la dispensa de trámites.

El C. secretario Lima J. de Jesús: Se pregunta si se considera este asunto de urgente resolución. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Sí se considera.

Está discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular. El artículo primero dice:

"Artículo primero. A partir del día primero de octubre se levanta la suspensión de garantías decretadas el primero de junio de 1942 y se restablece, por lo tanto, el orden constitucional, en toda su plenitud".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo segundo. Queda sin efecto: La Ley de Prevenciones Generales, de 11 de junio de 1942; de la Ley reglamentaria de su artículo primero de nueve de septiembre de 1942; las demás dictadas reformando las anteriores, y en general, las disposiciones

expedidas por el Ejecutivo en ejercicio de la facultad contenida en el artículo tercero del decreto del Congreso de la Unión, de primero de junio de 1942".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo tercero. Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior la fracción sexta del artículo primero del Decreto de 9 de septiembre de 1942, la cual, sin las restricciones contenidas en su párrafo tercero, se incorpora a la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal de 31 de diciembre de 1941, en substitución del artículo 51".

Está a discusión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Andrés Serra Rojas.

El C. Serra Rojas Andrés: Compañeros diputados: Como Presidente de la Comisión Legislativa de esta Honorable Cámara de Diputados, vengo a solicitar de ustedes el despacho rápido y oportuno de la iniciativa de ley sobre cesación del estado de suspensión de garantías individuales, que se ha servido enviar el señor Presidente de la República, con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución.

El 9 de diciembre de 1941 y con motivo de la injusta agresión llevada a cabo en contra de los Estados Unidos de Norteamérica por el Japón, la nación totalitaria del Oriente, el Ejecutivo de la Unión Federal Mexicana, General de División, Manuel Ávila Camacho, dirigió a la República un significativo y alentador mensaje en el cual reafirmó la invariable actitud de México en materia internacional e hizo un llamamiento a los mexicanos para que se unieran en torno a la gloriosa bandera de la República.

Actuando en plena y leal cooperación internacional y de acuerdo con los compromisos contraídos en la Reunión de Cancilleres de la Habana, e inspirándose además en el mismo espíritu de solidaridad continental, el Gobierno mexicano rompió sus relaciones diplomáticas y consulares con las potencias del Eje. Con este acto trascendental el Primer Magistrado reafirmó la política exterior del Gobierno mexicano, ya que con anterioridad había expresado: "La linea de conducta que México se ha trazado es de una inquebrantable firmeza y está orientada por los siguientes principios fundamentales: reconocimiento de la igualdad democrática de los pueblos; respeto de los derechos que emanan de la soberanía y de la independencia de los países; convicción de que la paz no es una mera garantía regional o local sino una condición general, indivisible en sus consecuencias y sostenida sobre las bases de la seguridad colectiva de las naciones; subordinación de las ambiciones particulares de cada pueblo a los límites definidos por los Tratados; condenación de todo provecho individual impuesto por la fuerza; y colaboración amistosa de los Estados, de conformidad con la norma, inflexiblemente seguida, de que ninguna nación - por alto que sea el nivel cultura de que goce o por poderosas que estime sus organizaciones económica técnica y militar -, pueda atribuirse el derecho de intervenir en los asuntos de las demás".

En la sesión de la apertura del período extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, el día 28 de mayo de 1942 el señor Presidente, dio lectura a uno de los documentos más importantes de nuestra historia, en el cual informó a los representantes de la nación los motivos por los que ha pedido el Ejecutivo Federal la declaración de que existe un estado de guerra entre México y los agresores. "Me presento a cumplir ante ustedes, dijo el señor Presidente, el más grave de los deberes que incumbe a un Jefe de Estados el de someter a la Representación Nacional la necesidad de acudir al último de los recursos de que dispone un pueblo libre para defender sus destinos. Según lo informó oportunamente a la Nación el Gobierno de la República, durante la noche del 13 del mes en curso, un submarino de las potencias nazifascistas torpedeó y hundió en el Atlántico a un barco tanque de matrícula mexicana, el "Potrero del Llano". Ninguna consideración detuvo a los agresores; ni la neutralidad del país al que la nave pertenecía, ni la circunstancia de que ésta llevase todos los signos externos característicos de su nacionalidad, ni la precaución de que el barco viajase con las luces encendidas a fin de hacer claramente perceptibles los colores de nuestra bandera; ni, por razones de derecho internacional y humanitarias, el deber de otorgar a los miembros de la nave la oportunidad de atender a su salvamento". "El estado de guerra, agregó, en que se encontraba el país si ustedes aprueban mi iniciativa no querrá decir que México va a entregarse a persecuciones injustas. La defensa de la patria es compatible con la tradición de generosidad y decencia mexicanas. Tampoco significará que la vida interior de la República va a alterarse suspendiendo aquellas garantías que puedan mantenerse sin quebrantar el espíritu de la defensa nacional".

Con fecha 1o. de junio de 1942, el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos aprobó la suspensión de las garantías individuales consignadas en los artículos 4, párrafo I del 5, 6, 7, 10, 11, 14, 16, 19, 20, 21, párrafo III del 22 y 25 de la Constitución Política, que acordó el C. Presidente de la República previa conformidad del Consejo de Ministros, para todo el territorio y todos los habitantes de la República. En el propio decreto se indicó: que la suspensión de garantías duraría todo el tiempo que México permanezca en estado de guerra con Alemania, Italia y el Japón, o con cualquiera de estos países y será susceptible de prorrogarse, a juicio del Ejecutivo, hasta treinta días después de la fecha de cesación de las hostilidades.

El decreto aludido, autorizó al ejecutivo de la Unión para dictar las prevenciones generales que reglamenten los términos de la suspensión de garantías individuales; facultándolo para imponer en los distintos ramos de la Administración Pública, todas las modificaciones que fueren indispensables

para la eficaz defensa del Territorio Nacional, de su soberanía y dignidad y para el mantenimiento de nuestras instituciones fundamentales, lo mismo que para legislar en los distintos ramos de la Administración Pública, con sujeción a los preceptuado en el propio decreto.

"El 11 de junio de 1942 el Ejecutivo Federal expidió la ley de prevenciones generales relativa a la suspensión de garantías establecidas por decreto de 1o. de junio de 1942. En la exposición de motivos de este ordenamiento se indicó: "Ahora bien, después de que el Ejecutivo disfruta potencialmente de las facultades constitucionales de que antes se ha hablado, considera que la situación imperante en todo el Territorio Nacional no amerita que haga uso desde luego de la totalidad de las facultades de que se le ha investido, pues afortunadamente el pueblo todo ha respondido a las medidas adoptadas por el poder público, con una comprensión clara de sus deberes, con actitudes de solidaridad para el gobierno de la nación y con sincero patriotismo...; para garantizar este propósito, el Ejecutivo considera que las limitaciones que deben sufrir algunas de las garantías consagradas en la Constitución y cuya suspensión fue autorizada, ha de realizarse exclusivamente por el propio Ejecutivo que será la autoridad única que podrá dictar disposiciones de esta materia y sólo a través de sus inmediatos colaboradores, los Secretarios de Estado, el Procurador General de la República y los Jefes de los Departamentos Autónomos".

"A partir de las fechas indicadas y de conformidad con las facultades que se otorgaron el Ejecutivo Federal, se expidieron numerosas leyes en los distintos ramos de la Administración Pública y encaminadas todas ellas a la resolución de los graves problemas originados por la guerra mundial.

"Con fecha 13 de agosto del presente año, el señor Presidente, en uso de las facultades otorgadas por decreto de 1o. de junio de 1942, prorrogó en todo el país, por el término de treinta días, contados a partir de la fecha de cesación de hostilidades entre las naciones unidas y - Japón, el estado de suspensión de garantías individuales que acordó el propio Ejecutivo con la conformidad del Consejo de ministros y la aprobación del H. Congreso. "La brusca abrogación del sistema estatuído en materia de trabajo, precios, comercio exterior, impuestos, - para no hacer mérito sino a los aspectos más salientes de la legislación de emergencia -, dijo la exposición de materias, sería susceptible de provocar serios desajustes, que el Poder Público debe prever y evitar. En otro orden, mientras no se concierten los tratados de paz respectivos, sería prematuro dictar disposiciones sobre la suerte de las propiedades que las nacionales del Eje tienen en el país y que fueron intervenidas por el Gobierno de la República. Y, finalmente, al amparo de la suspensión de garantías se establecieron normas jurídicas cuya vigencia debe ser permanente, como las que se encaminan a elevar el nivel cultural de nuestro pueblo".

"Finalmente, por acuerdo fechado el 11 de septiembre de este año, publicado en el "Diario Oficial" del 14 del mismo mes, se declaró la cesación de las hostilidades a partir del 1o, de septiembre actual. Es decir, la legislación de emergencia dictada por el Ejecutivo Federal, concluye su vigencia legalmente el día 30 de septiembre próximo.

"Es necesario que nos detengamos a considerar la naturaleza jurídica del estado de emergencia. Durante todo el tiempo señalado, años de 1942, 1943 y 1944 y el de 1945, hasta el 30 de septiembre actual, se ha creado por el Ejecutivo Federal, en virtud de las facultades de que estaba investido, todo un cuerpo de doctrina jurídica. Es necesario clasificar todas esas disposiciones en dos grandes grupos: disposiciones de emergencia que deberán perdurar en nuestra vida jurídica, porque son disposiciones substantivas cuya eficacia y valor debe perdurar, dándoseles una nueva vigencia. En segundo lugar, un conjunto de disposiciones de vigencia limitada a la época de suspensión de garantías.

"La iniciativa que se somete a ustedes comprende esas dos partes. Ante todo, la afirmación categórica que el Ejecutivo de la Unión hace al país de que a partir del primero de octubre no habrá una sola disposición que menoscabe ninguna de las garantías individuales. Pueden, por lo tanto, estar seguros todos los ciudadanos de México, de que no habrá una sola disposición que afecte en lo mínimo alguna de las garantías individuales. En primer lugar, dejarán de estar vigentes todas aquellas disposiciones que demandaban una aplicación de carácter limitado o temporal. En segundo lugar, se demanda del Congreso de la Unión la ratificación de aquellas leyes de emergencia que han establecido situaciones jurídicas nuevas, que han creado nuevos derechos. Estas nuevas situaciones y estos nuevos derechos no pueden de ninguna manera ser olvidados por el Congreso de la Unión. Existen muchos miles de obreros que están pendientes en este momento de las resoluciones que se dictarán en relación con sus contratos colectivos de trabajo, y con el salario de emergencia.

"Existen numerosas disposiciones en materia financiera y económica que han establecido privilegios a fin de contrarrestar el alza de los precios; se han creado instituciones económicas y financieras; han surgido multitud de preceptos cuya vigencia es necesaria y de urgente resolución. Por lo tanto, a partir del primero de octubre no puede de ninguna manera olvidarse la legislación de emergencia que ha sido formada durante toda esa época. Pensar en una situación diversa, sería imaginarnos una situación de desequilibrio, de profundos problemas económicos para el país que no debemos por ningún concepto desatender. Estamos en la obligación de seguir adelante con la legislación de emergencia que debe perder su carácter de ley transitoria temporal de emergencia, para convertirse en una ley sustantiva. Todas esas nuevas disposiciones serán disposiciones expedidas normalmente por el Congreso de la Unión, con todos los atributos materiales y formales de una ley.

La legislación de emergencia no es un fenómeno propio de México. Ustedes recordarán que tanto en Inglaterra, como en los Estados Unidos, como en

otros países, el Poder Ejecutivo y, en general, todos los órganos de la Administración Pública quedaron investidos de inusitadas facultades para atender a los gravísimos problemas que demandaba la guerra. La guerra ha terminado, en efecto, pero los problemas económicos de la guerra no han terminado. En este momento todos los países, sin excepción, viven una profunda crisis de carácter económico que es una consecuencia lógica del desajuste de las economías nacionales, del desajuste de la economía mundial. La mayor parte de los Estados modernos se han enfrentado a esa situación con disposiciones análogas a las de legislación de emergencia. Es, por lo tanto, urgente la adopción de este nuevo tipo de legislación que nosotros vamos a crear al aprobar esta iniciativa.

La comisión encargada de estudiar la legislación de emergencia de esta honorable Cámara se encontró con varios sistemas para atender a este gravísimo problema de la nueva legislación: desde luego la redacción de un solo precepto que viniera a crear y a restablecer la legislación de emergencia como una legislación normal elaborada por el Congreso Federal.

Nos encontramos con serias observaciones que hacer: primera, que muchas disposiciones que podían haber afectado las garantías individuales ya no deben quedar subsistentes; segunda, la desaparición de toda la legislación transitoria, es decir, de aquellas disposiciones que respondieron a una atención inmediata y urgente, que tuvo necesidad de ser elaborada por el Ejecutivo para resolver situaciones concretas, situaciones materiales.

Nosotros pensamos que esas disposiciones no podían quedar incluídas genéricamente, porque sería crear muy graves problemas. Pensamos también en hacer una enumeración de todas las leyes; pero nos encontramos con esta situación: sólo en una Secretaría de Estado, como la Secretaría de Hacienda, había mucho más de mil disposiciones que era necesario enumerar, y unidades a todos los ramos de la Administración Pública creaban una situación compleja y difícil de estimar, y, finalmente, otro sistema, que fue el que adoptó la iniciativa que hoy se presenta, clasificó por materias los diferentes asuntos de la Administración Pública que reclaman la supervivencia de la ley.

Los artículos primero y segundo de la iniciativa que estudiamos, simplemente se concretan a hacer cesar automáticamente la legislación de emergencia. Esa legislación de emergencia tiene un tiempo limitado, de acuerdo con el artículo veintinueve de la Constitución, de acuerdo con la Ley Reglamentaria respectiva expedida por el Congreso de la Unión del primero de junio de mil novecientos cuarenta y dos. En consecuencia, es una ley que cesa automáticamente, es decir, es un conjunto de disposiciones cuya facticidad, eficacia y vigencia, terminan precisamente el día último de este mes.

El artículo tercero de la iniciativa advierte que se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior la fracción sexta del artículo primero del Decreto de nueve de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos, la cual, sin las restricciones contenidas en su párrafo tercero, se incorpora a la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal de treinta y uno de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno, en substitución del artículo cincuenta y uno de la propia ley.

La cita de este precepto necesita una aclaración: la fracción sexta del artículo primero del Decreto de nueve de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos, no se refiere al texto original de este decreto de nueve de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos; se refiere a la Ley de veinticuatro de agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro, que creó precisamente esta fracción sexta, reformando la Ley de nueve de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos. Con esta declaración, nosotros aceptamos el texto del artículo tercero.

Del artículo cuarto al artículo onzavo se expresan cuáles son los materiales de las diferentes leyes de emergencia que van a quedar subsistentes. Materia hacendaria, las expedidas en todos los ramos de la Administración Pública a que se contrae la disposición de primero de junio de mil novecientos cuarenta y dos. La intervención del Estado en la Vida Económica, la materia relativa a arrendamientos, la materia relativa al salario insuficiente y contratos colectivos de carácter obligatorio; la campaña contra el analfabetismo; la Ley sobre Propiedades y Negocios del Enemigo y, por último, disposiciones relacionadas con la competencia en las averiguaciones previas y los procesos pendientes, desaparición de la incomunicación y substitución de la pena de muerte por la de treinta años. Estas diferentes materias no hacen sino clasificar las numerosas disposiciones de la legislación de emergencia.

Yo deseo hacer hincapié sobre la urgencia que tenemos de que se apruebe esta iniciativa; pero esta urgencia está relacionada también con una obligación de carácter legal y moral para el Congreso de la Unión. La urgencia, porque durante este mes no podremos tener más de una sesión, y el honorable Senado de la República no tendrá sino una sesión, precisamente el próximo jueves. La legislación de emergencia concluye su vigencia el día treinta. Existe, por lo tanto, una imperiosa necesidad de que consideremos preferentemente esta iniciativa.

Al aprobar la iniciativa, pesa sobre el Congreso de la Unión una grave obligación y responsabilidad. Sabemos - estamos seguros de ello - que la legislación de emergencia es una legislación que adolece, indudablemente, de defectos; es una legislación susceptible de críticas, y que hay numerosas disposiciones que pueden ser superadas. Sabemos que se han establecido derechos que pueden ser superados; que hay un cuadro de materias que deben ser necesaria y eficazmente revisadas por el Poder Legislativo. Esto nos crea una grave responsabilidad: la de enfrentarnos a todos estos problemas urgentes.

No es exacto que los problemas de índole económica hayan concluído. Por el contrario, en este momento se agravan más por el reajuste de la balanza económica nacional y mundial. Al venir el egoísmo de todos los países para atender a sus propios problemas, trae repercusiones en las economías de los

otros países. Nosotros no podremos librarnos de estos problemas de repercusión económica mundial.

Es necesario atender al grave problema de los monopolios nacionales; es necesario atender al grave problema de los precios; ya no hay ninguna justificación para la elevación de los precios; el salario de los obreros, y de los campesinos, debe elevarse; ya que sus ingresos normales, son en estos momentos insuficientes para atender a las más apremiantes de sus necesidades. No podemos quedarnos cruzados de brazos frente a esas grandes necesidades colectivas. Hoy, más que nunca, debemos poner toda nuestra atención en la resolución de los grandes problemas de México, pero debemos hacerlo no con improvisaciones, sino con el conocimiento de la realidad y con el estudio. El mundo del mañana es un mundo que reclama una mejor organización técnica, que demanda una mayor actividad de todos los factores de la producción, que demanda mayor cohesión de los grupos, y sobre todo, una unión perfecta de todo el país: una actitud decidida para denunciar públicamente a todas aquellas personas que en una forma tan antipatriótica se han enriquecido, al amparo del sufrimiento del pueblo mexicano. Nosotros sabemos, y no lo ignoramos porque eso lo confirma el Registro Público de la Propiedad en la capital de la República, que se han formado fortunas fantásticas, y esas fortunas fantásticas han sido hechas precisamente por medio de la especulación con los artículos de primera necesidad; han sido hechas por personas que hoy ostentan palacios y riquezas injuriosas, precisamente con la sangre y con el dolor del pueblo mexicano. (Aplausos nutridos). Pero yo estoy seguro de que no es con palabras ni con gritos aislados como se resuelven estos problemas, sino yendo a la realidad de ellos, creando instituciones, enfrentándose a todas las situaciones. Ayer todavía podían escudarse esas personas en alguna injusta justificación; pero hoy, que ha cesado la guerra, ya no hay justificación de ninguna especie.

Es urgente, por lo tanto, que nosotros aceptemos, primero, la necesidad de prolongar la legislación de emergencia convirtiéndola en nuevas leyes formales; pero también tenemos la obligación de sustituir toda la legislación de emergencia por nuevas leyes perfectamente bien estudiadas.

No debemos dilatar la aprobación de esta ley, para que el honorable Senado de la República esté en aptitud, antes del último de este mes, de poder aprobarla.

Compañeros diputados: Yo os ruego que, con el amplio sentido de responsabilidad que ha caracterizado a esta honorable Legislatura, al estudiar con todo patriotismo los grandes problemas de México, en esta ocasión no detengamos el curso de la legislación de emergencia; pero ofrezcamos sinceramente a la Nación mexicana, a nuestros representados, al pueblo de México, que la legislación de emergencia no es sino una medida transitoria del Congreso de la Unión para atender un grave y urgente problema; pero que el mañana, el mañana inmediato, nos obligará a atender en una forma eficaz, en una forma certera y técnica, los problemas más urgentes.

¿Que ese mañana nos sorprenda con un libro bajo del brazo y una esperanza en el corazón! (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Suárez Téllez.

El C. Suárez Téllez José María: Señores diputados: De acuerdo con el fondo de la iniciativa presentada por el señor Presidente de la República, solamente quiero expresar algunas reservas mentales por lo que respecta al fondo.

No intento demorar la expedición de esta ley; pero sí quiero, haciéndome cargo de la responsabilidad a que aludía el señor licenciado Serra Rojas, no dejarnos en el pecho ninguna reserva a este respecto, con el objeto de que más tarde no podamos quejarnos a nosotros mismos.

En la iniciativa se estima que el país vuelve a la normalidad; se propone, sin embargo, que subsistan algunas disposiciones de emergencia. Yo considero que hay cierta contradicción al respecto y preferiría que el Congreso de la Unión reconociera que el estado de cosas que originó la legislación de emergencia, persiste aún, como se dice en la exposición de motivos, que difícilmente se puede captar a través de una simple lectura hecha por la Secretaría.

Yo quiero referirme, como caso concreto, a la ley que aplicó la pena de muerte en los casos de asalto en despoblado. Se ratifica y se prorroga la vigencia de esta ley, más bien dicho, se expide una nueva ley substantiva de aplicación federal. ¿No es verdad que con esta ley de carácter federal se viola la soberanía de los Estados que tienen la facultad de legislar en materia penal? Por qué no decimos que el estado de emergencia subsiste y esto obliga al Estado Federal a dejar en vigencia esa ley con la reforma que se introduce de conmutar la pena de muerte por treinta años de prisión, pena que por otra parte ya está establecida en algunas legislaciones locales y que han adoptado la que rige en el Distrito y Territorios Federales, cuando tratándose de homicidios calificados, se imponen hasta treinta años de prisión.

Considero, pues, que para poner de acuerdo las nuevas leyes que vamos a dictar, aunque se diga en el texto que se trata de una simple ratificación, yo propondría que el Congreso de la Unión reconozca que el estado de emergencia persiste aún y esto nos obliga a darle vigencia prorrogada a algunas disposiciones que se aplicaron en los momentos de la guerra, por una parte.

Por otra, si esa legislación que suspende algunas garantías, se concreta en leyes substantivas, considero que puesto que atacan algunas disposiciones de orden constitucional, deben tener una vigencia limitada como limitada fue la vigencia de estas disposiciones dadas durante la guerra.

Así pues, resumiendo, yo propondría que el Congreso de la Unión reconociera que el estado delicado de cosas que originó la legislación de emergencia, persiste aún, por una parte, y por la otra, que las leyes que vamos a dictar en esta ocasión tengan también una duración limitada por cuanto atacan a algunas disposiciones constitucionales.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Eliseo Aragón Rebolledo.

El C. Aragón Rebolledo Eliseo: Compañeros diputados: He pedido el uso de la palabra, no solamente para contrariar la opinión y los argumentos del compañero Suárez Téllez, sino para aclarar la confusión que él abriga por la situación del estado de emergencia que ha pasado definitivamente, y también para justificar mi voto, en sentido favorable a la iniciativa del Ejecutivo, por las siguientes consideraciones:

El compañero Suárez Téllez nos dice que en la iniciativa del Ejecutivo se dejan en vigor algunas leyes de emergencia, y aunque sea o parezca una sutileza, quiero afirmar, en esta ocasión, que con la iniciativa del Ejecutivo no persisten ni siguen en vigor las leyes de emergencia, sino las dictadas por el Ejecutivo en tiempo de emergencia que vivió el país durante la guerra contra los países totalitarios. Es distinto, por la sencilla razón de que al concederse facultades extraordinarias al Presidente de la República, no solamente hizo uso de la suspensión de las garantías individuales para repeler grandes trastornos de carácter social y económico del país, sino también expidió leyes que desde entonces se advirtió, y aquí en la Cámara se dijo, que habían de tener más tarde el carácter de leyes permanentes y que habían de ser incorporadas a la legislación común, por necesidad y por la experiencia de los buenos resultados que se habían observado en ellas.

Prueba de ello respecto de estas leyes dictadas en época de emergencia, la dan patentemente los siguientes casos: la congelación de las rentas y la suspensión del alza inmoderada de los arrendamientos; la campaña de alfabetización; el salario de emergencia y el caso de las disposiciones de Hacienda para controlar los precios y para evitar el mercado negro, controlando los precios con medidas económico administrativas.

Es por esto que se aplaude aquella facultad de la cual generosamente hizo uso el Ejecutivo, al grado de que en ningún país del mundo, como en uno de sus mensajes nos informó el señor Presidente, se haya dado el caso de que con tanta delicadeza se haya usado la suspensión de garantías, como en el nuestro; de tal manera que hemos visto con profundo entusiasmo cómo esas leyes dictadas con estudio y dedicación han sido benéficas para México y seguirán siéndolo aun después de haber caducado los motivos por los cuales el señor Presidente se vio obligado a hacer uso de facultades extraordinarias.

Por lo que se refiere a la objeción que hizo el compañero Suárez Téllez al artículo 11 de la iniciativa de ley, que se relaciona con la pena de muerte establecida por la legislación de emergencia, la cual es sustituida por treinta años de prisión, es completamente obvio hacer mención de que la pena de muerte fue establecida en una época de peligro inminente para las clases sociales de México, con el espíritu de la pena de muerte clásica: con el ánimo y con la intención de ejemplaridad.

Ahora bien, si en aquella época se estimó necesaria para repeler los delitos de disolución social, los homicidios y todos aquellos delitos, producto de un estado caótico de subversión de los órdenes morales, no podría prevalecer en la legislación común esa pena de muerte que sólo está especificada en la Constitución de la República para delitos gravísimos, como el de traición a la Patria; y no podría prevalecer, cuando toda nuestra teoría de Derecho Penal se opone sistemáticamente casi en todos los Estados de la República, a la implantación de la pena de muerte.

Era necesario, pues, que la pena de muerte quedara abolida, y de hecho así será, el primero de octubre próximo, al dejar de estar en vigor las leyes de emergencia que establecen como excepción y como principio de ejemplaridad la pena de muerte; pero también es cierto que, tratándose de delitos que en la época de emergencia se cometieron, los delincuentes lo hicieron a sabiendas de que tenían como sanción, como castigo, la pena capital; y es natural que, al volver la legislación ordinaria, todos los delitos cometidos posteriormente a esa época de emergencia, habrán de estar sujetos a la penalidad de los diversos códigos penales del Distrito y Territorios Federales y de los Estados.

Entonces, vemos que, de acuerdo con la técnica de la penalidad que no es uniforme en toda la República, el homicidio en algunos Estados es castigado con una pena de cuatro años a cinco años de prisión, mientras que en otros la pena es de veinte y treinta años según las agravantes que rodean la comisión delictuosa. Así, para uniformar un criterio, en los delitos que se cometieron en la época de emergencia, y para los procesos que se encuentran tramitándose ya ante los juzgados de Distrito de todos los Estados de la República, principalmente a los asaltantes en despoblado, acreedores a la pena capital, se ha pensado que la ejemplaridad de la pena debía subsistir. Pero oponiéndose nuestro sistema penal, a la prosecución de la máxima pena capital, se pensó que la substitución por la de treinta años será suficiente para castigar al delincuente que en aquella época había cometido el delito. no se presta a una confusión aun admitiendo la prórroga de jurisdicción en materia penal, por el hecho de que los juzgados de Distrito sigan conociendo de los procesos que se ventilaron en la época de emergencia, por la única razón de que de acuerdo con el propio Derecho Penal, se admiten casos en que, cuando el interés social lo exige o lo demarca la ley, la prórroga de jurisdicción se hace necesaria. En algunos Estados, como Morelos, se halla establecida la prórroga de jurisdicción en materia criminal con las excepciones que marca la ley, cuando el delincuente, cuando el sujeto a proceso, presenta el peligro de ser lapidado en la propia cárcel o cuando las cárceles municipales no prestan las debidas seguridades para retener al delincuente.

Y como estos casos y aun otros especificados en la teoría penal, se pueden encontrar argumentos de interés social suficientes para hacer prevalecer

una prórroga excepcional en materia criminal, además de que todas las ventajas de carácter social que nos enseña esta disposición, nos robustecen el argumento de que aquellos jueces que han conocido de los procesos iniciados, muchas veces voluminosos, son los que más preparados están para dictar una sentencia justa y no pasarlos al fuero común o a distinta jurisdicción, en la que un juez nuevo y sin conocimiento de las pruebas exhibidas en el proceso dictaría una resolución injusta.

En estos breves argumentos, he querido manifestar a esta honorable Cámara, mi conformidad con la iniciativa del Ejecutivo, y pienso también, como el compañero Suárez Téllez, que los diputados al Congreso de la Unión tenemos una gran responsabilidad sobre esta materia y sobre toda la materia legislativa que aquí se conozca; una grave responsabilidad que podemos clasificar de dos maneras: una activa, que es lo que nuestra propia función nos manifiesta, que es lo que nuestra propia función nos indica para actuar, para iniciar leyes, para expedir decretos, para legislar, en suma; y una responsabilidad estática, una responsabilidad pasiva, una responsabilidad que pudiéramos cifrarla en el grave peligro de la omisión. A esta responsabilidad, pues, quiero referirme, manifestando mi conformidad a esta ley, y sintetizar que nosotros somos tan responsables de aprobar y de expedir leyes como de omitir la aprobación de leyes benéficas para la nación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Saúl Cantú Balderas.

El C. Cantú Balderas Saúl: Señores diputados: Es incuestionable que la guerra ha traído a todos los países del mundo problemas que estos propios países deben resolver. Encontrándose México entre ellos, y colocado en una de las primeras líneas de la democracia internacional, por conducto de sus órganos representativos, como el Poder Ejecutivo de la Unión, y esta Honorable Representación Nacional, tienen también que resolver los problemas específicos de nuestro país.

Claro está que la guerra trajo infinidad de problemas; que la guerra provocó un desajuste mundial en todas las actividades normales de los pueblos cuando éstos se encontraban en paz; pero de todos los problemas que la guerra provocó en el mundo, a mi juicio, el más grave de todos ellos fue, y sigue siendo, el problema económico. Si el Ejecutivo de la Unión con todo tino y con pleno conocimiento de la responsabilidad que pesa sobre si ha tratado de proteger al pueblo de México contra el ahondamiento de los problemas económicos que la guerra ha provocado en nuestro país, nosotros no tenemos más que aplaudir la iniciativa del Poder Ejecutivo de la Unión.

El Poder Ejecutivo, en su iniciativa, sugiere el mantenimiento de sus relaciones directas en la vida económica de México, y nosotros estimamos que si no fuera así, claro que nos enfrentaríamos con ese gravísimo problema económico provocado por gentes interesadas en aprovechar el río revuelto para beneficiarse y para satisfacer sus apetitos de lucro. Por eso el Poder Ejecutivo está en lo justo al sostener que debe seguir interviniendo en la vida económica del país. Y al hablar de la vida económica del pueblo de México, tenemos que referirnos a la congelación de las rentas, al mantenimiento de las leyes de emergencia, al salario insuficiente, que el Ejecutivo, en su iniciativa, considera que deben prevalecer, por ser justo y equitativo dentro de las circunstancias imperantes en nuestro medio.

Igualmente, el Ejecutivo recomienda mantener en vigor el decreto que creó la campaña de alfabetización en nuestro país. Esta medida sugerida en la iniciativa del Poder Ejecutivo, debe ser aplaudida doblemente por nosotros, señores diputados, en virtud de que ella habrá de terminar de una vez por todas con el obscurantismo que ya es nuestro país una lacra, una enfermedad que no ha permitido hasta ahora que nuestro país surja como una nación que debe intervenir y actuar con todo conocimiento de causa en el desenvolvimiento universal del mundo.

Nosotros venimos a pronunciarnos por la iniciativa del Ejecutivo. Se hicieron ya por los oradores que me antecedieron, especulaciones de carácter jurídico que hemos entendido y que consideramos justas. Por eso venimos a otorgar nuestro voto en pro de la iniciativa y a exhortar a los señores diputados para que, de una vez por todas, aprobemos la iniciativa de referencia.

El C. secretario Lima: No habiendo más oradores inscritos, se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Atento al sentido de la discusión, el artículo tercero quedará redactado en la siguiente forma:

"Artículo tercero: Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior la fracción sexta del artículo primero del decreto de 9 de septiembre de 1942, adicionada por decreto de 24 de agosto de 1944, la cual, sin las restricciones contenidas en su párrafo tercero, se incorpora a la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal de 31 de diciembre de 1941, en substitución del artículo 51".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

(La Secretaría, de acuerdo con el artículo respectivo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los artículos del 5o. al 11 de esta iniciativa, así como del primero al tercero transitorios, que fueron leídos al discutirse la ley en lo general; poniéndolos uno por uno a discusión y no habiendo sido objetados se reservan para su votación).

Se va a proceder a recoger la votación nominal, en un solo acto, en lo general y en lo particular, de esta iniciativa de ley. Por la afirmativa.

El C. secretario Zavala Ruiz: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Lima J. Jesús: ¿Falta algún ciudadanos diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Zavala Ruiz José: ¿Falta algún

ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Lima: Por unanimidad de setenta y ocho votos fue aprobada la iniciativa. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

El C. Presidente: ¿Algún ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra?

El C. Márquez R. Tiburcio: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Márquez Rodolfo Tiburcio: Señores diputados: Es bien conocido de todos ustedes, a través de la prensa, que hoy hace un mes y veinte días que hay un problema de mucha trascendencia en el Puerto de Veracruz. Ese problema es el siguiente: la Sección 28 del Sindicato de Ferrocarrileros, en Veracruz, que se compone de treinta y tres patieros tiene un problema: Los barcos que vienen del extranjero para descargar en el puerto de Veracruz, se ven obligados a perder mucho tiempo y esto origina un gasto a cada uno de los barcos que llegan al puerto, de dos mil quinientos dólares. Los trabajadores marítimos del puerto hemos hecho muchos esfuerzos para que esta situación se resuelva lo más pronto posible.

Con fecha once de septiembre, los de la Comisión de Trabajadores Marítimos del puerto de Veracruz entrevistamos al Ministro del Trabajo, habiéndonos manifestado este funcionario que el asunto no era de su competencia, sino de la Secretaría de Comunicaciones.

Se ha llegado a llamar a tres mil, cuatrocientos hombres para trabajar; pero al final de cuentas no pueden trabajar más de cuarenta o cincuenta hombres porque las vías quedan bloqueadas, originando esto que estén desesperados los propios trabajadores.

En estas circunstancias, como diputado federal por el puerto de Veracruz, vengo a suplicar a esta honorable Cámara se avoque directamente a este asunto.

Tenemos el problema en estos momentos de que para el próximo mes, como por el día cuatro, entrarán a Veracruz unas veintidós mil toneladas de carga. Los trabajadores de Veracruz no nos asustamos de que esa carga sea enviada por otro lado; pero sí queremos que, de una vez por todas, el Gobierno intervenga en este asunto, porque la perversidad no está en los trabajadores, como se viene manifestando en los periódicos de la capital, pues son mentiras las informaciones que han publicado al respecto.

Es mentira lo que dicen los periódicos de que se han llevado a cabo paros para protestar contra otros paros. Es mentira. Lo que hay de cierto en esto, es que hoy, a las doce del día, en Veracruz, se hizo un paro en la zona marítima, para que, de una vez por todas, se ponga un "hasta aquí" a esta situación.

Voy a dar a conocer a ustedes un asunto muy importante. Por convenio firmado en Londres con los Ferrocarriles de México, en mil novecientos ocho se formó la Compañía Terminal. La Compañía Terminal, al formarse esta sociedad, aportó noventa libras esterlinas. Los ferrocarriles hicieron una aportación igualmente. Al mover la plataforma y los carros en los patios de la Terminal, todavía aportaron los ferrocarriles, para la propia Compañía Terminal, un quince por ciento adicional. En esa situación, la Compañía Terminal siempre se lava las manos. Hoy que ha sido reanudado el tráfico marítimo con nuestra República en el Golfo y en el Pacífico, viene cometiendo actos de sabotaje para los propios trabajadores.

En mil novecientos treinta y ocho, la Compañía Terminal no podía sostener la empleomanía de los trabajadores. Entonces el Gobierno tuvo que hacerse cargo de los Compañía Terminal para que no fueran cesados esos trabajadores.

En esas circunstancias, ¿cómo es posible que ahora que existe bastante trabajo, que ahora que viene bastante cargamento para los puertos de Veracruz y Tampico, se esté tropezando con tantas dificultades?

Yo vengo a pedir en estos momentos al Congreso de la Unión que, mientras siga esta situación, la Compañía Terminal pase a poder del Gobierno como pasó en mil novecientos treinta y ocho, y esto es posible, porque el Gobierno tiene cuatro acciones, mientras el Ferrocarril Mexicano tiene solamente una, además de que el Gobierno tiene que estar dando subvenciones para el sostenimiento de este equipo, por más de cien mil pesos mensuales.

Me he documentado debidamente para sostener estos puntos de vista que he expuesto ante esta honorable Cámara de Diputados y sigo sosteniendo que no es de admitirse que ahora que viene un buen cargamento, con el que el Gobierno Federal obtendrá más de dos millones de pesos por concepto de impuestos, se estén llevando a cabo estos actos de sabotaje.

Quiero que la Cámara de Diputados nombre una comisión para resolver este asunto lo más pronto posible, compañeros.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Gorgonio Quesnel.

El C. Quesnel Acosta Gorgonio: Honorable Asamblea: Desde esta tribuna donde se observa el panorama de la patria, hemos lanzado muchas iniciativas tanto para defender los derechos de los trabajadores, como para evitar el hambre del pueblo. Aquí hemos visto a muchos compañeros animados de un fervor; digámoslo, fanático. Todos y cada uno han venido con sus jóvenes corazones, con una mente sana y limpia, a defender lo que han creído justo dentro de los derechos ciudadanos y constitucionales. Algunas leyes de emergencia las hemos aprobado en estos momentos, ampliando el tiempo de su duración, por considerar benéfica su subsistencia. Cada uno de los ciudadanos de México han visto que sus mandatarios, que los gobiernos de los Estados, por pequeños que sean, ponen la fuerza incontrastable del derecho en defensa del pueblo, luchando en contra del hambre que padece o pudiera padecer.

En cambio, señores, los ferrocarrileros no han

dado un ejemplo patriótico. Esta acusación la vengo a lanzar ante mi patria, basado en informes fidedignos, ya que yo, como representante federal, no podría venir a decir una mentira. Yo mismo he oído a los ferrocarrileros dirigir insultos a nuestro Primer Mandatario y a nosotros, lo mismo que a los Congresos que legislan.

He visto la mala administración que han demostrado de un modo que no se puede poner en duda, como con lo ocurrido en Cazadero. Y cuando más se ha sentido el hambre en nuestro pueblo, las mercancías, sobre todo, los artículos de primera necesidad, no han sido movidos, echándose a perder en las estaciones, en los pueblos, no por falta de carros, porque los ha habido para poder satisfacer las necesidades imperiosas del pueblo, como su hambre, sino, señores, porque esos individuos han constituído una mafia y confabulados explotan y se burlan de la bondad de nuestro Primer Magistrado, quien no ha querido aplicar con energía las leyes con que lo facultamos para gobernar en momentos difíciles de guerra en que se encontró la nación. Todos los mexicanos, aun en los rincones más apartados del país, han visto siempre con cariño la obra generosa y benéfica del señor Presidente.

Ahora, señores diputados, a Veracruz arribarán veintitantas mil toneladas de mercancías, lo que significa un ingreso para el erario de cerca de tres millones de pesos. Yo, como veracruzano, he venido a esta tribuna para hacer oír la demanda, la voz de los desheredados, como ya lo hizo el compañero Tiburcio Márquez. Llegarán, como he dicho, cerca de veintidós mil toneladas de mercancías en barcos; y apenas supieron esto los ferrocarrileros, los patieros que hacen maniobras en patio y todos los elementos del Puerto de Veracruz, del ramo ferrocarrilero, lanzaron la voz de alarma, diciendo que irían a la huelga, con cualquier motivo, pretexto o circunstancia. Es un verdadero sabotaje lo que los ferrocarrileros han estado haciendo, algo enteramente antipatriótico y vituperable.

En la mente de los que me escuchan, no habrá uno solo limpio y sano, que no esté dispuesto a acusar como yo en este caso. Repito: apenas supieron esos señores que iban a descargar esos barcos, lanzaron la voz de alarma para que los armadores y las casas consignatarias inmediatamente desviaran las rutas de estos barcos, porque la carga la iban a dejar ahí, ya que los ferrocarriles no la arrastrarían, y como Tampico está congestionado, posiblemente esa carga no llegue al país.

Esta labor es por todos motivos antipatriótica y vengo a solicitar de esta H. Cámara de Diputados que se nombre una Comisión que investigue estos hechos delictuosos de los ferrocarrileros, ya que los paros son constantes. Se necesita poner el remedio a esta situación para que así mañana podamos estar satisfechos de haber coadyuvado en este problema como ciudadanos.

El C. Secretario: Por acuerdo de la Presidencia se turna la proposición del ciudadano Rodolfo Tiburcio Márquez, a las Comisiones Unidas de Trabajo y Vías Generales de Comunicación.

El C. Jiménez Bolán Rafael: Compañeros diputados: He escuchado con toda atención los problemas que han planteado los compañeros Rodolfo Tiburcio Márquez y Quesnel Acosta. En parte estoy de acuerdo con ellos, porque es una situación grave para sus representados; pero en lo que sí no estoy de acuerdo es en que se lancen cargos de manera directa a los compañeros ferrocarrileros. Los ferrocarrileros hemos tenido la valentía de señalar en cuantas ocasiones ha sido necesario, el porqué los ferrocarriles están en una situación bastante desastrosa. Prueba de ello...

El C. Márquez Rodolfo Tiburcio (Interrumpiendo): Un momento, compañero. Permítame una aclaración. Yo no he lanzado cargos contra los ferrocarrileros. En segundo lugar, he dicho que no son culpables los patieros, que la culpable es la Compañía Terminal de Veracruz por no respetar el contrato que tiene con la Sección 28. Es lo que yo quiero aclarar para que no tergiverse usted las cosas.

El C. Jiménez Bolán Rafael: Efectivamente, compañeros, fue el compañero Quesnel el que lanzó los cargos de una manera directa a los ferrocarrileros, pues ha dicho en esta tribuna que su labor ha sido y es antipatriótica. No, compañeros diputados; nosotros, los ferrocarrileros, siempre hemos colaborado en defensa de la Revolución y hemos sacrificado nuestras propias vidas; y mientras haya un diputado ferrocarrilero en esta honorable Cámara no se permitirá esa clase de ataques.

El C. Presidente (a las 15.15): ¿Algún otro ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra? No habiéndolo, se levanta la sesión y se cita para el próximo viernes, a las doce horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina, JUAN ANTONIO MOLL