Legislatura XL - Año I - Período Ordinario - Fecha 19461015 - Número de Diario 21

(L40A1P1oN021F19461015.xml)Núm. Diario:21

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MARTES 15 DE OCTUBRE DE 1946

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XL LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 21

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 15 DE OCTUBRE DE 1946

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2. - Se turnan a la comisión respectiva los expedientes y Minutas Proyectos de Declaratorias, que envía el Senado, sobre las reformas a los artículos 3o.; fracción VIII del 73; adición a la fracción VIII del 117; reforma a la fracción I del 104, de la Constitución General de la República; y el proyecto de decreto que concede permiso constitucional al C. Antonio Méndez Fernández.

3. - Solicitudes de permiso constitucional de los CC. José L. Cossío, Juan Manuel Torrea y Luis Garrido. Se turnan a las comisiones respectivas.

4. - Cartera.

5. - Iniciativa del Ejecutivo sobre la Ley del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal. - Se turna a las comisiones respectivas. 6. - Se aprueba y se turna a la Gran Comisión la solicitud del C. diputado Pablo Muñoz Gutiérrez, para crear la Comisión de Ganadería.

7.-A solicitud de varios ciudadanos diputados del Estado de Veracruz se nombra una comisión para que gestione una petición del Consejo Directivo de la Escuela Náutica Mercante "Fernando Siliceo".

8. - Se reserva para su discusión en la próxima sesión el dictamen que consulta la reforma al artículo 250 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales; se aprueban los que conceden permiso constitucional a los siguientes ciudadanos: Eduardo Peniche Carbajal y Adrián Correa; y los que conceden pensiones, respectivamente, a Herlinda y Aurora Garza, Alicia Campos Fuentes, Genoveva Abarca Bello, Guadalupe Martínez viuda de Castillo, Judith C. viuda de López, Graciana Ausencia Juárez, Dominga Sánchez Morelos y Petra Treviño; y asimismo se aprueban los siguientes dictámenes que consultan acuerdos económicos: dos de la Comisión de Crédito, Moneda y Instituciones de Crédito y uno de la Comisión de Aranceles y Comercio Exterior.

9. - Proposición del C. diputado Rafael Arriola Molina, para que se nombre una comisión que se encargue de gestionar se envíen brigadas de auxilio a las víctimas de las inundaciones de Tuxpan y Poza Rica. Se nombra la comisión. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. ANTONIO PÉREZ CISNEROS

(Asistencia de 81 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 12.30): Se abre la sesión.

- El C. secretario Salgado Palacios Gil (leyendo):

"Orden del Día.

"I. Acta de la sesión anterior;

"II. Comunicaciones de la Cámara de Senadores remetiendo proyectos de declaratorias sobre los siguientes preceptos constitucionales: artículo 3o., fracción VIII del artículo 73; fracción VIII del 117; y fracción I del artículo 104. Y el proyecto de decreto que concede permiso al C. licenciado Antonio Méndez Fernández para usar una condecoración.

"Oficios de la Secretaría de Relaciones Exteriores solicitando permisos para que usen condecoraciones diversas personas.

"Circulares de las Legislaturas de Chihuahua y Sinaloa;

"III. Iniciativa del Ejecutivo de la Unión para crear el Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.

"Proposición del C. diputado Pablo Muñoz Gutiérrez;

"VI. Dictamen de la Segunda Comisión de Justicia acerca de la Iniciativa del Ejecutivo para modificar el artículo 250 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, y

"V. Dictámenes consultando proyectos de decretos sobre pensiones y permisos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XL Congreso de la Unión, el día ocho de octubre de mil novecientos cuarenta y seis.

"Presidencia del C. Ramón Castellanos Camacho.

"En la ciudad de México, a las doce horas y veinticinco minutos del martes ocho de octubre de mil novecientos cuarenta y seis, se abre la sesión con asistencia de ochenta y seis ciudadanos diputados, según se comprobó previamente por la lista que pasó la Secretaría.

"Se dio cuenta con la orden del día.

"Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día dos de los corrientes.

"Se da cuenta con los asuntos en cartera:

"La Secretaría de Relaciones Exteriores transcribe un saludo enviado por la Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador en ocasión de la Independencia de México. - De enterado con agradecimiento.

"Las Legislaturas de los Estados que a continuación se expresan, comunican lo siguiente: de Chihuahua que el 15 de septiembre clausuró el período de sesiones que inauguró el 16 de julio del año en curso; de Jalisco que el 1o. de octubre inauguró el 2o. período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio y da a conocer su Mesa Directiva; de Oaxaca informando la integración de su Directiva para octubre; de Querétaro que el 14 de septiembre clausuró sus labores la Diputación Permanente y el 15 inauguró el primer período ordinario de sesiones correspondiente a su primer año de ejercicio; de Sinaloa que el 15 de septiembre abrió el primer período ordinario de sesiones de su tercer año de ejercicio y da a conocer el decreto por el cual se elige el personal que integrará el Supremo Tribunal de Justicia de esa Entidad; de Tlaxcala que el día 1o. del actual abrió el segundo período ordinario de sesiones de su segundo y último año de ejercicio legal. - De enterado.

"El Congreso de Querétaro da a conocer el decreto que aprobó declarando festividad pública, de observancia en todo el Estado, el 15 de mayo de cada año, para conmemorar la entrada de las fuerzas republicanas en la ciudad de Querétaro en 1867 y propone que el Congreso de la Unión declare Fiesta Nacional el mismo día. - De enterado y a la Comisión de Gobernación en turno.

"La Secretaría de Gobernación envía iniciativa de Ley del C. Presidente de la República creando la Institución Pública Descentralizada del Ferrocarril Mexicano. - Recibo, a la Comisión de Ferrocarriles en turno, e imprímase.

"Informe del C. diputado Vicente J. Villanueva sobre la comisión que se le confirió para asistir a los festejos patrios en la ciudad de Cuautla, Morelos y propone que esta Cámara intervenga, por medio de una Comisión, para auxiliar a la Secretaría de Educación Pública en la recuperación del Convento y Capilla de San Diego, considerados como Monumentos Históricos Nacionales y destinados actualmente a otros usos. El proponente solicita dispensa de trámites. - Concedida ésta y sin motivar discusión se aprueba la proposición y se designan, para integrar la comisión relativa, a los CC. Vicente J. Villanueva, Porfirio Palacios y Manuel Pérez Avila.

"Escrito del C. diputado Rafael Gómez proponiendo se investigue, por la Comisión respectiva de esta Cámara, la denuncia pública hecha por el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, en contra de algunos funcionarios de la institución denominada "Petróleos Mexicanos" -A la Comisión de Petróleo.

"Informe de la Diputación del Distrito Federal sobre el convenio celebrado entre el Gobierno del Distrito y el Sindicato Único de Trabajadores de Automóviles de Alquiler, la presidencia dicta el trámite de enterado, Impugna el trámite el C. Nabor A. Ojeda y con ese motivo intervienen presentando aclaraciones y mociones los CC. Blas Chumacero, Alejandro Gómez Maganda, Luis Márquez Ricaño, Eugenio Prado, Antonio Pérez Cisneros, Antonio Vega García y Alfonso Martínez D., quien hace una amplia exposición sobre el informe leído. - Se considera el asunto suficientemente discutido y la Asamblea aprueba, en votación económica, el trámite dictado por la Presidencia.

"El C. licenciado César A. Valadez H., comunica que con fecha primero de agosto asumió la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Coahuila. - De enterado.

"El C. Raúl Ramírez Cuéllar, subjefe del Departamento de Secretaría y Comisiones de esta Cámara, solicita su jubilación por treinta años de servicios a la misma. - A la Comisión de Hacienda en turno.

"El C. Fernando Durán Sánchez, Jefe de Oficina Técnica de la Oficialía Mayor de esta Cámara, solicita su jubilación por 30 años de servicios. - A la Comisión de Hacienda en turno.

"El C. Eduardo Peniche Carbajal solicita permiso para poder aceptar y usar nueve condecoraciones que le confirió el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica. - A la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"El C. Néstor Sánchez Hernández solicita permiso para aceptar y usar la condecoración "Cruz de Valientes" que le confirió la República de Polonia. -Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Dictamen de la segunda Comisión de la Defensa Nacional que consulta un proyecto de ley para crear el "Servicio Geográfico del Ejército" Sin discusión en lo general y ni en lo particular, se toma la votación nominal en los dos sentidos, resultando aprobado por unanimidad de ochenta y tres votos tanto en lo general como en lo particular el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1o. Se crea el Servicio Geográfico del Ejército que tendrá a su cargo los trabajos de topografía y aerofotogrametría y los relacionados con el levantamiento de la Carta Militar del país, para uso del ejército.

"Artículo 2o. El Servicio Geográfico del Ejército se organizará con los elementos y materiales con que actualmente cuenta la Comisión Geográfica

Militar.

"Artículo 3o. El Servicio Geográfico del Ejército, dependerá en su funcionamiento técnico y operativo del Estado Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, conservando su autonomía en el aspecto administrativo.

"Artículo 4o. Contará con un escalafón al que podrán ingresar todos los Jefes y Oficiales que lo deseen, ya sea que se encuentren actualmente comisionados en la Comisión Geográfica Militar o en otras comisiones, imponiéndose la condición de presentar las pruebas de eficiencia que al efecto se señalen.

"Artículo 5o. A los miembros del Ejército que ingresen al Servicio Geográfico del Ejército, se les expedirá nueva patente, cancelándoseles la anterior, pero tomando en consideración, su antigüedad en el empleo y tiempo de servicios en el arma o servicio de origen.

"Artículo 6o. Para los efectos del artículo anterior, se concederá un plazo de seis meses a partir de la promulgación del presente ordenamiento, en cuyo lapso, tendrán verificativo las pruebas que se refiere el artículo 4o.

"Artículo 7o. Una vez terminado el plazo a que se refiere el artículo anterior, el ingreso al Servicio Geográfico del Ejército se llevará a cabo en los términos del artículo 10 de la ley para la comprobación, ajuste y cómputo de servicios en el Ejército Nacional.

"Artículo 8o. Por lo que respecta al personal clasificado o especialista de clave que actualmente presta sus servicios en la Comisión Geográfica Militar, continuará en las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones con que actualmente prestan sus servicios en el Ejército, los militares auxiliares.

"Artículo 9o. Todos los miembros del Servicio Geográfico del Ejército, estarán sujetos a las leyes y reglamentos militares en vigor, como "Militares de Servicio", percibiendo los emolumentos que el presupuesto de egresos les fije.

"Transitorios:

"Artículo 1o. El presente decreto comenzará a surtir sus efectos tres días después de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación, derogando por tanto, todas las disposiciones que a él se opongan.

"Artículo 2o. Para el funcionamiento interior del "Servicio Geográfico del Ejército", se formulará el reglamento correspondiente".

"Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"La Comisión de Correos y Telégrafos presenta un dictamen que consulta la aprobación del siguiente Proyecto de Decreto:

"Artículo 1o. Se derogan la segunda parte del artículo 3o. de la Ley que declara de utilidad pública la Campaña contra el Paludismo y crea la Comisión de Saneamiento Antimalárico, el Decreto de 7 de octubre del año de 1938 y los artículos 2o. y 3o. del Decreto de 21 de noviembre de 1945, que crearon las estampillas especiales en favor de las Campañas contra el Paludismo y el Analfabetismo, respectivamente.

"Artículo 2o. Se reforma la Tarifa de Portes y Derechos Postales número 25 en vigor, en lo que se refiere a la primera clase, como sigue:

"Cartas, todo envío cerrado y toda correspondencia actual y personal, ya sea que circule en envoltura abierta o cerrada, por cada 20 gramos o fracción, en el Servicio Urbano, 10 c; en el servicio Interior, 15c; Tarjetas - carta, en el Servicio Urbano, 10c; en el Servicio Interior, 15.

"Artículo 3o. De los ingresos generales por venta de timbres postales, la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, por conducto de la Dirección General de Correos, entregará a cada una de las Secretarías de Salubridad y Asistencia y de Educación Pública, la cantidad de cien mil pesos mensuales, mientras subsistan las dos sobre - cuotas mencionadas.

"Artículo Transitorio. Este Decreto entrará en vigor quince días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

"Puesto a discusión en lo general, hace uso de la palabra en contra el C. Antonio L. Rodríguez y en favor el C. Rafael Arriola Molina. Considerado el asunto suficientemente discutido en lo general, se toma la votación nominal en este sentido, resultando aprobado el proyecto por ochenta y un votos de la afirmativa contra dos de la negativa. Se pone a discusión en lo particular y, sin ella, se procede a su votación nominal, con el resultado de setenta y nueve votos por la afirmativa contra dos de la negativa. Se declara aprobado en lo general y en lo particular. - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la Primera Comisión de Ferrocarriles que consulta la aprobación del siguiente Proyecto de Decreto:

"Artículo Único. Se reforma el Decreto de 30 de agosto de 1944, que creó el Órgano Público denominado "Tiendas Ferronales", en los términos que siguen:

"Artículo 3o. La Administración de Tiendas Ferronales estará a cargo de un Consejo de Administración compuesto de cinco miembros que, con sus respectivos suplentes, serán nombrados como sigue: tres por el Gerente General de la Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México, y dos por el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, por conducto de su Comité Ejecutivo General.

"Los miembros del Consejo y sus suplentes, podrán ser removidos libremente por quien los haya designado.

"El Consejo funcionará válidamente con la presencia de tres de sus miembros, pero en este caso, para que sus resoluciones sean válidas será necesaria la votación unánime.

"El Consejo de Administración rendirá informes comprobado que su gestión al Ejecutivo Federal, por conducto del Gerente General de la Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México, mensualmente y cada vez que lo crea prudente el mismo Ejecutivo o el expresado Gerente General.

"Artículo 6o. El Consejo de Administración designará un Gerente que tendrá a su cargo la

administración directa e inmediata de los negocios de Tiendas Ferronales conforme a acuerdos e instituciones del mismo Consejo, y para ello gozará de todas las facultades que conforme a la legislación civil corresponde a un mandatario general, incluyendo la de delegar la representación en la persona o personas que estime conveniente, esto, con aprobación previa del Consejo de Administración.

"El Gerente podrá concurrir a las sesiones del Consejo, con voz pero sin voto, y tendrá obligación de hacerlo cuando para información así lo demande el propio Consejo. El mismo Gerente hará el nombramiento del personal trabajador de "Tiendas Ferronales", con sujeción a la reglamentación prevista en el artículo 4o.

"Artículo 8o. el funcionamiento de "Tiendas Ferronales", se sujetará al presupuesto que formule el Consejo de Administración y que para su validez requerirá la aprobación del Ejecutivo Federal por conducto del Gerente General de la Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México.

"Transitorios:

"Artículo 1o. El actual Gerente de "Tiendas Ferronales", que fue nombrado por acuerdo del Ejecutivo Federal, continuará en el desempeño de sus funciones mientras no las renuncie o sea separado de ellas por causa justificada. En consecuencia el Consejo de Administración ejercitará la facultad de nombramiento que le concede el artículo 6o. de este Decreto, una vez que el expresado actual Gerente deje de ocupar su puesto.

"Artículo 2o. El presente Decreto entrará en vigor el día en que sea publicado en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Sin motivar discusión en lo general ni en lo particular, se procede a su votación nominal en ambos sentidos, resultando aprobado por unanimidad de ochenta y cuatro votos, tanto en lo general como en lo particular. - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"El C. Antonio Pérez Cisneros informa sobre la comisión que se le confirió para visitar al C. diputado Armando Molina Trujillo con motivo de su enfermedad.

"La Presidencia ruega a las Comisiones designadas para invitar a los CC. Presidente de la República y Presidente Electo para que asistan a la sesión solemne que tendrá lugar el día doce de los corrientes, el que tengan a su cargo también acompañar a dichas personas o a sus representantes el día expresado; y suplica a todos los CC. Diputados su puntual asistencia a las doce horas del día de 12 del actual.

"A las catorce horas y veinticinco minutos se levanta la sesión".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobada.

- El mismo C. secretario Salgado Palacios: Se va a dar lectura a un oficio de la Cámara de Senadores:

"Cámara de Senadores. - Estados Unidos Mexicanos. - México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Para los efectos constitucionales nos permitimos remitir a esa H. Colegisladora, los expedientes números 55 y 58 en 66 y 81 fojas, respectivamente, con la Minuta Proyecto de Declaratoria que reforma el artículo 3o. de la Constitución General de la República.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración distinguida y atenta.

"México, D. F., 9 de octubre de 1946. - Donato Miranda F. S. S. - Rubén Vizcarra. S. S." - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Para los efectos constitucionales nos permitimos remitir a esa H. Colegisladora, los expedientes números 56 y 59 en 22 y 45 fojas, respectivamente, con la Minuta Proyecto de Declaratoria que reforma la fracción VIII del artículo 73 y adiciona la fracción VIII del artículo 117 de la Constitución General de la República.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., 9 de octubre de 1946. - Donato Miranda F. S. S. - Rubén Vizcarra. S. S. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Para los efectos constitucionales, nos permitimos remitir a esa H. Colegisladora, los expedientes números 54 y 57 en 33 y 35 fojas, respectivamente, con la Minuta Proyecto de Declaratoria que reforma la fracción I del artículo 104 de la Constitución General de la República.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., 9 de octubre de 1946. - Donato Miranda F. S. S. - Rubén Vizcarra. S. S.". - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Senadores. México, D. F. Departamento de Secretaría y Comisiones. Sección 1a. Núm. 62.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Para sus efectos constitucionales, en cuatro

fojas útiles se remite a esa H. Cámara expediente y minuta proyecto de decreto que aprobó el Senado en sesión de hoy, concediendo permiso al C. licenciado Antonio Méndez Fernández para que acepte y use la condecoración de la "Orden Nacional de la Cruz del Sur", en el grado de Oficial, que le confirió el gobierno de Brasil. Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., 8 de octubre de 1946. - Donato Miranda F. S. S. - Rubén Vizcarra. S. S." - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, comunica que el Gobierno de Haití concedió al C. licenciado José L. Cossío, la condecoración de la Orden Nacional de Haití, en el Grado de Oficial, por lo que se solicita el permiso constitucional necesario para que el interesado pueda aceptar y usar dicha condecoración". - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, comunica que el Gobierno de Haití, concedió al C. general Juan Manuel Torrea, jefe de Archivo de la expresada Secretaría de Relaciones, la condecoración de la Orden Nacional de Haití, en el Grado de Oficial, por lo que se solicita el permiso constitucional necesario para que el interesado pueda aceptar y usar dicha condecoración". - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, comunica que el Gobierno de Haití, concedió al C. licenciado Luis Garrido, la condecoración de la Orden Nacional de Haití, en el Grado de Comendador, por lo que se solicita el permiso constitucional necesario a fin de que el interesado pueda aceptar y usar dicha condecoración". - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

- El C. secretario Guerrero Esquivel Fernando (leyendo):

"La Legislatura del Estado de Chihuahua informa haber concedido licencia al C. ingeniero Fernando Foglio Miramontes para separarse del cargo de Gobernador Constitucional del Estado, designando en su lugar al C. ingeniero Esteban Uranga, Secretario General de Gobierno". - De enterado.

"La Legislatura de Estado de Sinaloa da a conocer su Mesa Directiva que funcionará durante el mes de octubre". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. Poder Ejecutivo Federal. Secretaría de Gobernación.

. "CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Con el presente me permito remitir a ustedes, para los efectos constitucionales, iniciativa de ley que el C. Presidente de la República somete a la consideración de esa H. Cámara, para crear el Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.

"Al rogar a ustedes dar cuenta de dicho documento, a esa H. Cámara, les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D. F., a 9 de octubre de 1946.- P. Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado, Benito Coquet"

"Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.

"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Con la facultad que me concede la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para iniciar las leyes, someto a la soberanía de esa H. Cámara la ley que crea el Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, apoyando dicha iniciativa en las razones siguientes:

"Por resolución de fecha 2 de agosto del año en curso se decretó la caducidad de las concesiones otorgadas por el Gobierno para la prestación del servicio público de transportes eléctricos en el Distrito Federal, en virtud de que las compañías concesionarias no prestaban dicho servicio en forma conveniente para la colectividad. En la misma resolución se estableció que los bienes afectos al servicio pasarían al Gobierno con la extensión y efectos que en derecho procedan. El servicio de transportes eléctricos es indispensable para la población del Distrito Federal y para su mejor atención se ha creído conveniente descentralizar el servicio de manera que no sea prestado directamente por la Administración Pública, con objeto de eliminar los obstáculos que se presentarían si se burocratizara dicho servicio.

"La iniciativa que se adjunta crea una corporación pública descentralizada que tendrá por objeto la administración y manejo del citado servicio y estará dirigida por un Consejo de Administración compuesto por cinco miembros designados por el Gobierno, técnicos en la materia y supervisado por el Consejo de Vigilancia tripartita en el que estén representados el Gobierno, los trabajadores y los usuarios del mismo servicio. Como una innovación importante, se concede a los trabajadores un porcentaje fijo en las utilidades, sin perjuicio de los

derechos que les concede la Ley Federal del Trabajo, con la mira de que los mismos trabajadores tengan un interés directo en los resultados de la Administración.

"El Ejecutivo de mi cargo espera que con la organización que se proyecta en la iniciativa, se mejoren considerablemente las condiciones de los transportes eléctricos del Distrito Federal, por lo que confía que merezca la aprobación de vuestra soberanía.

"Reitero a ustedes mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 27 de septiembre de 1946.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Avila Camacho".

"Iniciativa de Ley del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.

"Artículo 1o. Se crea una institución de servicio público descentralizado que se denominará "Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.

"Artículo 2o. El servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal tendrá por objeto la administración y manejo del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal y sistemas auxiliares; el estudio, proyección y construcción, en su caso, de líneas elevadas o subterráneas para transportes eléctricos y servicios auxiliares en el Distrito Federal.

"Artículo 3o. El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido por:

"a) Bienes, muebles e inmuebles, que para el servicio de transportes eléctricos posee actualmente la Dirección del Servicio de Transportes Eléctricos del Gobierno del Distrito Federal.

"b) Las cantidades en efectivo, créditos y demás que dicho servicio posea hasta el momento de entrar en vigor el presente decreto.

"c) Las cantidades que Gobierno del Distrito Federal destine para el mejoramiento y ampliación del servicio de transportes eléctricos y sistemas auxiliares.

"d) Los bienes que el servicio adquiera por cualquier título jurídico.

"Artículo 4o. Se faculta al Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal para hacer uso de las calles, avenidas, etc., que sean necesarias para la buena prestación del servicio público a su cargo, debiendo sujetarse a las disposiciones administrativas correspondientes.

"Artículo 5o. El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal estará dirigido por un Consejo de Administración compuesto de cinco miembros, que serán designados por el Gobierno del Distrito Federal. Por cada uno de los Consejeros se designará un suplente. Los Consejeros deberán ser técnicos, de preferencia, especializados en la industria de transportes eléctricos o ferroviarios. El Gobierno del Distrito Federal designará un Presidente y un Vicepresidente de entre los Consejeros y estos últimos nombrarán un Secretario. El Presidente será el Gerente General de la Institución. El Gerente General representará a la Institución como un mandatario general en los términos del artículo 2554 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales y podrá otorgar poderes generales o especiales, previo acuerdo del Consejo de Administración. El Consejo nombrará a los demás empleados de dirección, administración e inspección de labores, según las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Para ocupar los puestos mencionados deberá preferirse a los trabajadores traviarios más competentes y más antiguos en el servicio. En caso de que se trate de personas ajenas a la industria de transportes eléctricos, es requisito indispensable que sean técnicos debidamente especializados.

"Artículo 6o. El Servicio de Transportes Eléctricos estará supervisado por un Consejo de Vigilancia, integrado por tres miembros, los cuales serán designados por el Gobernador del Distrito Federal, por la Alianza de Tranviarios de México y por los usuarios del sistema. El Gobernador del Distrito Federal hará el nombramiento de este último, a proposición de las organizaciones obreras y burocráticas del Distrito Federal. El Consejo de Vigilancia tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

"a) Supervisar la marcha administrativa y técnica del negocio.

"b) Hacer la Auditoría de las cuentas y balances.

"c) Proponer las medidas que juzgue convenientes para la mejor operación del servicio.

"Los miembros del Consejo de Vigilancia estarán obligados a informar mensualmente a las personas que los hayan designado sobre el resultado de su gestión y podrán ser removidos libremente.

"Artículo 7o. Las remuneraciones de los Consejeros, Gerente General y demás personal de dirección, Administración e inspección de labores, serán fijadas en el presupuesto anual de la Institución , debiendo procurarse que dichas remuneraciones correspondan al estado de las fianzas del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal y a la responsabilidad que a cada puesto corresponde. Los salarios y demás prestaciones para el resto del personal se establecerán en el Contrato Colectivo de Trabajo de acuerdo con lo que sobre el particular dispone la Ley Federal de la materia y atendiendo a los usos y costumbres establecidos en la industria. Anualmente se formulará un balance general que será puesto a la consideración del Gobierno del Distrito Federal para su revisión y glosa de cuentas respectivas.

"Artículo 8o. Todos los funcionarios del Consejo y el personal de dirección, administración e inspección de labores que tenga responsabilidad directa o indirecta en el manejo de fondos y valores del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, deberá caucionar debidamente su manejo mediante fianza otorgada por una empresa aseguradora legalmente constituída, a juicio del Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 9o. Los rendimientos líquidos que se obtengan después de deducir las reservas técnicas, sin perjuicio de los derechos que consagra el

artículo 56 de la Ley Federal del Trabajo, se distribuirán en la siguiente forma:

"a) Hasta un 20% para la formación de reservas de previsión y amortización.

"b) El remanente se distribuirá en la proporción de un 50% para el mejoramiento, conservación y ampliación del servicio y el 50% restante se entregará a los trabajadores por concepto de participación de utilidades que se distribuirán en la forma proporcional a los salarios que devenguen.

"Artículo 10. El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal disfrutará de preferencia para el otorgamiento de concesiones para nuevas líneas de transportes eléctricos y sistemas auxiliares, en relación con particulares o empresas, nacionales o extranjeras.

"Artículo 11. Se otorgan amplias facultades al Gobierno del Distrito Federal para que, previo acuerdo del Ejecutivo de la Unión, reglamente las disposiciones de la presente ley.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Esta ley abroga las disposiciones que se le opongan.

"Artículo 2o. Las disposiciones de esta ley entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Artículo 3o. El primer Consejo de Administración deberá proceder a la mayor brevedad a la discusión y aprobación del Contrato Colectivo de Trabajo con la Alianza de Tranviarios de México, así como del Reglamento Interior y Técnico, así como para hacer los arreglos conducentes a afecto de que el Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal se subrogue en las obligaciones de la Compañía de Tranvías de México, S. A., contraídas con los trabajadores a su servicio. - Recibo, a las Comisiones Unidas de Autotransportes y del Gobierno del Distrito Federal e imprímase.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Pablo Muñoz Gutiérrez, diputado en ejercicio, de la manera más respetuosa y atenta se permite dirigirse a esta H. Cámara de Diputados a fin de proponer, con fundamento en el artículo 70 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la creación de la Comisión de la Ganadería, ya que es de urgente creación, dados los problemas que se presentan con motivo de la intensificación que el Gobierno del señor licenciado Alemán hará en esta rama de importante vitalidad para el país. Pido dispensa de trámites.

"México, D. F., 12 de octubre de 1946. - Diputado Médico Veterinario, Pablo Muñoz Gutiérrez"

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites de esta proposición.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada. Pasa a la Gran Comisión para que se haga la proposición de los integrantes de la Comisión.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Presentes.

"Los suscritos, diputados por el Estado de Veracruz, ruegan a ustedes pongan a consideración de la H. Asamblea la justa solicitud que por nuestro conducto presentan a ustedes el Consejo Directivo de la Escuela Náutica Mercante "Fernando Siliceo", tendiente a obtener de la Secretaría de Marina, que en sus próximos presupuestos señale por mínimo, la cantidad de $ 100,000.00, en vez de los $ 30,000.000 que en la actualidad brinda como cooperación a la mencionada Escuela. Pedimos dispensa de trámites.

"Atentamente.

"México, D. F., a 15 de octubre de 1946. - Rafael Arriola Molina. - Josué Benignos H. - Ramón Camarena M. - Daniel Sierra R."

"Escuela Náutica Mercante "Fernando Siliceo". Calle Francisco Canal 70, Veracruz, Ver. 10 de octubre de 1946.

"C. profesor y diputado, señor Rafael Arriola Molina. Presidente de la Diputación Veracruzana, Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. México, D. F.

"Deseamos traer a la consideración de usted, como Presidente de la Diputación Veracruzana, el caso de la Escuela Náutica Mercante "Fernando Siliceo", confiando en el problema que presenta merecerá su atención.

"Este plantel fue fundado en 1919, como consecuencia directa del artículo 32 de la Constitución de 1917, que estableció que todos los marinos de los barcos de la Marina Mercante Nacional, sean mexicanos por nacimiento. Desde entonces esta Escuela ha venido proveyendo el personal técnico necesario y actualmente, puede decirse, que casi todos los oficiales de cubierta y máquinas de los barcos mercantes nacionales, han salido de sus aulas.

"Sin embargo, esta labor, que se ha extendido a través de un cuarto de siglo, no ha sido fácil, ya que aunque contando con la resuelta dedicación de sus dirigentes y la abnegada colaboración de su profesorado, se ha tropezado siempre con la falta de medio económicos para satisfacer adecuadamente las necesidades que demanda el mantenimiento y operación de un establecimiento educativo de su índole. Aunque casi desde su principio, el plantel ha contado con la ayuda oficial, no le ha sido dable conseguir que ésta sea en la proporción necesaria; actualmente cuenta con los subsidios anuales que le han asignado la Federación y el Estado, por $ 30,000.00 y $ 7,200.00, respectivamente. A pesar de que percibe una cantidad adicional por concepto de cuotas de colegiatura, nunca ha sido posible que los emolumentos del profesorado sean los debidos y, mucho menos, ha podido adquirir los equipos y accesorios que demanda esta

especilización. Basta decir que anualmente se viene registrando un déficit en su presupuesto, que ha obligado, para aminorarlo, a no cubrir los sueldos correspondientes a las vacaciones.

"No deseamos cansar su atención con mayores detalles, ya que creemos que la breve exposición que antecede es suficiente para llegar a la conclusión de que es indispensable ampliar la ayuda oficial, en la medida que corresponde. El Consejo Directivo de la Escuela estima que, para poder cumplir debidamente con la tarea que se ha impuesto, se necesita la cantidad de $ 100,000.00 anuales, y es por ello que se apela a la H. Cámara de Diputados para que, al discutirse el presupuesto federal del próximo ejercicio, sea aprobada la cifra que se menciona.

"Si, como el sentir general parece expresarlo, se avecina una era de expansión económica para nuestro país, justo es esperar que todos aquellos factores indispensables para ese desarrollo reciban la atención que les corresponde. Las vías de comunicación y los medios de transporte están en ese caso y entre ellos se destaca, en lugar prominente, el transporte marítimo y fluvial Es por ello pertinente hacer notar que el personal especializado que se necesita para la operación y conservación de los barcos no puede improvisarse, si no que requiere años de estudio de preparación, mientras que los barcos mismos pueden adquirirse en cualquier momento, proveídos los medios para su compra o trueque.

"Esperando, C. Diputado, que se servirá usted aceptar exponer el caso de esta escuela ante esa H. Cámara, a fin de darle la solución que se pide y mientras tanto, nos es grato reiterarle nuestra atenta y distinguida consideración.

"Por el Consejo Directivo: el Director de Estudios, Jefe de Máquinas, J. C. Santos; el secretario, G. M. Bandala; el Tesorero, ingeniero Ernesto Domínguez".

Se pregunta a al Asamblea si se dispensan los trámites a la proposición y se designa una comisión que trate el asunto con el Secretario de Marina. Dispensados los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

Por disposición de la Presidencia, se designa en comisión a los ciudadanos diputados Arriola Molina, Ricardo Rodal y Braulio Maldonado.

- El mismo C. secretario Guerrero Esquivel (leyendo):

"2a. Comisión de Justicia.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía fue turnado a la suscrita 2a. Comisión de Justicia el expediente que contiene la iniciativa presentada a esta H. Cámara por el Ejecutivo Federal y en virtud de la cual se propone la reforma del artículo 250 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia del fuero común, y para toda la República en materia del fuero federal.

"Al efecto, el Ejecutivo de la Unión sostiene "el Capítulo VI del Título Décimotercero del Código Penal sanciona el delito de usurpación de profesión", pero sin comprender determinadas situaciones que constituyen "nuevas figuras delictivas", ahora que si se ha reglamentado el artículo 4o. constitucional.

"La suscrita Comisión estima que la reforma al artículo 250 del Código Penal, propuesta por el C. Presidente de la República, no sólo completa el espíritu de la reglamentación del artículo 4o. constitucional, sino que viene a dar mayor unidad al sentido aplicativo de la ley.

"En mérito de las consideraciones anteriores y no teniendo ninguna objeción que hacer al proyecto que motiva este dictamen, venimos a someter a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se modifica el artículo 250 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia de fuero común, y para toda la República en materia del fuero federal, para quedar como sigue:

"Artículo 250. Se sancionará con prisión de un mes a cinco años y multa de diez a diez mil pesos:

"I. Al que, sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de la funciones de tal;

"II. Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada expedido por autoridad u organismo legalmente capacitados para ello conforme a las disposiciones reglamentarias del artículo 4o. constitucional:

"a) Se atribuye el carácter de profesionista.

"b) Realice actos propios de su actividad profesional.

"c) Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista.

"d) Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello.

"e) Obtenga un lucro por la explotación del trabajo de profesionistas o administre una asociación de fines profesionales que tenga a su servicio profesionistas sujetos a sueldo sin hacerlos participar de las utilidades;

"III. Al extranjero que ejerza una profesión reglamentada sin tener autorización de autoridad competente o después de vencido el plazo que aquélla le hubiera concedido, y

"IV. Al que usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho.

"Transitorio.

"Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 11 de octubre de 1946. - Carlos Villamil Castillo.- José Castañón. - Ernesto Gallardo S."

De conformidad con la fracción IV del artículo treinta del Reglamento Interior del Congreso de

los Estados Unidos Mexicanos, este asunto se pondrá a discusión en la sesión siguiente. La fracción cuarta dice lo siguiente:

"Dictámenes que consulten proyectos de ley o decreto y que deben sufrir una lectura antes del día señalado para su discusión".

Se va a dar cuenta con dictámenes que contienen proyectos de decreto sobre pensiones y permisos para usar condecoraciones. Conforme al reglamento, estos dictámenes deben tener dos lecturas, pero por tratarse de asuntos obvios, se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba que se pongan a debate en esta sesión con una sola lectura. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano. Aprobado.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Venimos a rendir el dictamen correspondiente a la solicitud presentada por el sargento primero paracaidista C. Eduardo Peniche Carbajal, para que se le conceda el permiso constitucional necesario que lo autorice a aceptar y usar las siguientes condecoraciones que le confirió el Gobierno de los Estados unidos de América: Estrella de Bronce, Corazón de Púrpura, Medalla de la Victoria, Medalla de Buena Conducta, Gafete de Teatro Europeo con cuatro estrellas de bronce y una punta de flecha, Cruz de Guerra, Citación Presidencial, Belgium Fourdeguerre y Cordón Anaranjado de Holanda.

"Habiendo comprobado el C. Peniche Carbajal que le han sido conferidas las citadas condecoraciones por el Gobierno norteamericano, esta Comisión no tiene inconveniente en cumplimentar lo establecido en el inciso III de la fracción B del artículo 37 constitucional, y al efecto viene a someter a la consideración de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Eduardo Peniche Carbajal, para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano pueda aceptar y usar las siguientes condecoraciones que le confirió el Gobierno de los Estados Unidos de América: Estrella de Bronce, Corazón de Púrpura, Medalla de la Victoria, Medalla de Buena Conducta, Gafete de Teatro Europeo con cuatro estrellas de bronce y una punta de flecha, Cruz de Guerra, Citación Presidencial, Belgium Fourdeguerre y Cordón Anaranjado de Holanda.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 10 de octubre de 1946. - Ramón V. Santoyo. - Ernesto Gallardo S".

Está a discusión, no habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Comisión de Relaciones Exteriores.

"Honorable Asamblea.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, transcribe solicitud del C. doctor Adrián Correa, en virtud de la cual pide se le conceda el permiso que la Constitución Federal establece a fin de que sin perder su ciudadanía mexicana, pueda aceptar y desempeñar el cargo de Vicecónsul ad - honorem del Ecuador en México, que le ha sido ofrecido por el Gobierno de aquel país.

"El expediente relativo fue turnado para su estudio a esta Comisión de Relaciones Exteriores, la cual tiene el honor de rendir ante Vuestra Soberanía el presente dictamen favorable al interesado por considerar que su solicitud se ajusta a las disposiciones de la fracción IV del Inciso B del artículo 37 de la Constitución General de la República y en tal virtud, somete a la consideración vuestra para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. doctor Adrián Correa para que, sin que pierda su ciudadanía mexicana, acepte y desempeñe el cargo de Vicecónsul ad - honorem del Ecuador en México, que le confirió aquel país.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., 26 de septiembre de 1946. - José María Ibarra G. - Francisco Martínez Peralta".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Pasó a la 2a. Comisión de la Defensa Nacional que suscribe, por acuerdo de Vuestra Soberanía para su estudio y dictamen, el expediente que envió el Senado y que contiene un proyecto de decreto en virtud del cual se concede una pensión de $ 5.00 diarios a cada una de las señoritas Aurora y Herlinda Garza, como hijas del extinto general brigadier Reynaldo Garza.

"La Cámara de Senadores tuvo en cuenta para acordar favorablemente la petición anterior, la conocida actuación revolucionaria del desaparecido general Garza que incuestionablemente será también del conocimiento de alguno de los miembros de esta H. Cámara; así como que las interesadas han comprobado debidamente su parentesco con el citado general, y que siendo en la actualidad personas de avanzada edad, se encuentran imposibilitadas para sostenerse debidamente con el producto de su trabajo.

"Expuesto lo anterior, tenemos el honor de someter a la consideración de la Honorable Asamblea para su aprobación en su caso el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios prestados a la Revolución por el extinto general brigadier Reynaldo Garza, se concede a cada una de sus hijas, las señoritas Herlinda y Aurora Garza, una pensión de $ 5.00 -cinco pesos- diarios, que les será cubierta íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras las interesadas se conserven célibes.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 7 de octubre de 1946. - Nabor A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"La Cámara de Senadores aprobó con fecha 24 de noviembre del año de 1944, un dictamen de su 2a. Comisión de la Defensa Nacional, que concluye con un proyecto de decreto por el que se concede pensión de $ 4.00 diarios a la señorita Alicia Campos Fuentes por los servicios que prestó a la Revolución su extinto padre el Coronel Caballero Aniceto C. Campos.

"El expediente con la documentación relativa a este asunto fue turnado por acuerdo de Vuestra Soberanía a la suscrita 2a. Comisión de la Defensa Nacional, que tiene el honor de rendir ante esta Honorable Asamblea el presente dictamen, después de haber examinado con detenimiento los documentos en que la Colegisladora fundó su resolución que fue favorable a la solicitud de la interesada.

"En consecuencia, los suscritos, haciendo suya la opinión del Senado, someten a la consideración vuestra el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios prestados a la Revolución por el extinto Coronel de Caballería Aniceto C. Campos, se concede a su hija la señorita Alicia Campos Fuentes, la suma de $ 4.00 -cuatro pesos - diarios, que le serán cubiertos íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada permanezca célibe.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 5 de octubre de 1946. - Nabor A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Esta 2a. Comisión de la Defensa Nacional recibió, para su estudio y dictamen, el expediente que le fue turnado, procedente del Senado, que contiene un proyecto aprobado por aquella Colegisladora en virtud del cual se otorga una pensión de $ 5.00 diarios a la señorita Genoveva Abarca Bello.

"Al examinar con todo detenimiento las razones que la Cámara de Senadores tuvo para otorgar el beneficio que nos ocupa, encontramos que se trata de una descendiente del ameritado Teniente Pánfilo Bello que sucumbió en el año de 1854 en defensa del Plan de Ayutla y quien además prestó otros importantes servicios a la Nación.

"Se encontraron asimismo documentos que de manera fehaciente comprueban el parentesco de la solicitante con el mencionado Teniente Pánfilo Bello, por lo que juzga la Comisión que es de aprobarse el proyecto del Senado en virtud del cual somete a la consideración de esta Honorable Asamblea para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios prestados a la Nación por el extinto Teniente Pánfilo Bello, se concede a su bisnieta la señorita Genoveva Abarca Bello una pensión de $ 5.00 -cinco pesos- diarios, que le será cubierta íntegramente por la Tesorería General de la Nación mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., octubre 5 de 1946. - Nabor A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Correspondió a la suscrita 2a. Comisión de la Defensa Nacional conocer del expediente que por acuerdo de Vuestra Soberanía le fue turnado, relativo a la solicitud de pensión que hace la señora Guadalupe Martínez Viuda de Castillo.

"Tenemos el honor de venir ante esta Honorable Asamblea a rendir dictamen sobre el expediente antes mencionado, después de haber estudiado con detenimiento los considerandos de la Comisión respectiva del Senado, de donde proceden estos documentos, para acordar favorablemente una pensión a la señora Martínez como viuda del extinto Mayor de Infantería José María Castillo, por los servicios que éste prestó a la Nación.

"Obran en el citado expediente documentos que comprueban con toda exactitud el parentesco de la expresada señora con el Mayor Castillo y en esa virtud tenemos el honor de someter a la consideración de la Honorable Asamblea a fin de que otorgue su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señora Guadalupe Martínez viuda de Castillo, una pensión de $ 8.00 diarios que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 5 de octubre de 1946. - Nabor A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

"Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"La H Colegisladora en sesión de 14 de diciembre de 1945, aprobó un dictamen de su 1a.

Comisión de la Defensa Nacional, que termina con un proyecto de decreto concediendo una pensión de $8.00 diarios a la señora Judith C. viuda de López por los servicios que prestaron a la Revolución los extintos teniente coronel médico cirujano Felipe M. López y general brigadier Antonio Carrasco Núñez, esposo y hermanos, respectivamente, de la solicitante.

"Pasó a la Comisión que suscribe, por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su estudio y dictamen. el expediente formado con este motivo, en el cual se encontró amplia documentación comprobatoria, tanto de los servicios que prestaron los extintos, como del parentesco de la señora viuda de López.

"Expuesto lo anterior la Comisión opina que debe ratificarse el acuerdo del Senado, y en tal virtud somete a vuestro ilustrado criterio el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios prestados a la Revolución por los extintos teniente coronel médico cirujano Felipe M. López y general brigadier Antonio Carrasco Núñez, se concede a la viuda y hermana, respectivamente, de los citados, la señora Judith C. viuda de López una pensión de $8.00 -ocho pesos- diarios, que le será cubierta íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 5 de octubre de 1946. - Nabor A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena ".

Esta a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"La señorita Graciana Ausencia Juárez ha presentado ante esta H. Cámara de Diputados solicitud de pensión como hija del Benemérito de las Américas, licenciado don Benito Juárez.

"La 2a. Comisión de Hacienda a quien fue turnado este expediente, después de estudiarlo con todas atención, tiene el honor de rendir ante Vuestra Soberanía dictamen favorable a la interesada, por juzgarla merecedora de este beneficio, ya que se trata de la descendiente de uno de los más ilustres hombres de nuestra Patria que con su clara inteligencia legó al país las Leyes de Reforma, uno de los pasos más avanzados de nuestra Historia Nacional.

"Es por esto que estimamos de justicia que la señorita Juárez goce de una pensión y en esta virtud nos permitirnos proponer a vuestra soberanía, para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de siete pesos diarios a la señorita Graciana Ausencia Juárez como hija del Benemérito de las Américas, licenciado don Benito Juárez que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., 10 de octubre de 1946. - Braulio Mandonado.- Juan Gutiérrez Lascarán".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Fue turnado a la suscrita 2a. Comisión de la Defensa Nacional, para su estudio y resolución, el expediente que se formó con la solicitud de la señorita Dominga Sánchez Morelos, para que se le conceda una pensión como descendiente del generalísimo don José María Morelos y Pavón.

"Esta Comisión tiene el honor de informar a la H. Cámara de Diputados que habiendo examinado detenidamente los documentos que integran el expediente que nos ocupa, llegó a la conclusión de que la señorita Sánchez Morelos es en efecto, descendiente de uno de los más destacados próceres de nuestra Independencia que actualmente atraviesa por situación económica apremiante; que siendo un deber de la Nación acudir en ayuda de aquellas personas cuyos antecesores lucharon por una causa como fue la Independencia de nuestra patria figurando entre nuestros héroes, es de justicia acordar favorablemente la solicitud que nos ocupa, y en tal virtud sometemos a la consideración de esta H. Asamblea para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Como descendiente del generalísimo don José María Morelos y Pavón, se concede a la señorita Dominga Sánchez Morelos una pensión de $6.00 -seis pesos- diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 5 de octubre de 1946. - Nabor A. Ojeda.- Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"La señora Petra Treviño dirigió un escrito a la Cámara de Diputados manifestando ser viuda del extinto general Eulalio Gutiérrez, que en la época más aciaga de la Revolución, como es bien sabido, fue Presidente Interino de la República, habiendo sido además, uno de los distinguidos revolucionarios juzgados ya por la Historia; expresa también en su escrito la señora Treviño viuda de Gutiérrez que de su matrimonio con el señor general Eulalio Gutiérrez procreó diez hijos, de los cuales los varones han llegado a la mayoría de edad y las mujeres una casada y las otras dependen de la señora tantas veces mencionada.

"Encontramos en el expediente que nos ocupa actas de Registro Civil que comprueban el parentesco legítimo de la señora viuda de Gutiérrez y sus hijas con el señor general del mismo apellido y estimamos que sería un acto de justicia acudir en ayuda de estas personas, toda vez que para nadie son desconocidos los méritos del militar mencionado.

"Expuesto lo anterior, tenemos el honor de someter a la consideración de la Honorable Asamblea para su aprobación en su caso el siguiente Proyecto de Decreto:

"Artículo Único. Por los eminentes servicios que prestó a la Nación el extinto general Eulalio Gutiérrez, se concede a su viuda la señora Petra Treviño, una pensión de $12.00 - doce pesos- diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., octubre 5 de 1946. - Nabor A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso, de la palabra, se reserva para su votación nominal.

El C. secretario Guerrero Esquivel Fernando: Se va a dar lectura a los artículos 146 y 147 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.

"Artículo 146. Habrá tres clases de votaciones: nominales, económicas y por cédula. Nunca podrá haber votaciones por aclamación.

"Artículo 147. La votación nominal se hará del modo siguiente:

"I. Cada miembro de la Cámara, comenzando por el lado derecho del Presidente, se pondrá en pie y dirá en alta voz su apellido y también su nombre, si fuere necesario para distinguirlo de otro, añadiendo la expresión sí o no".

Se suplica al ciudadano diputado César Cervantes se sirva pasar a auxiliar a la Secretaría.

Se procede a recoger la votación nominal de los proyectos de decretos reservados para este efecto.

Por la afirmativa.

El C. secretario Cervantes César M.: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Guerrero Esquivel Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado votar por la afirmativa?

El C. secretario Cervantes César M.: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. secretario Guerrero Esquivel Fernando: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Por unanimidad de ochenta y dos votos fueron aprobados los proyectos de decretos leídos anteriormente. Pasan al Ejecutivo y al Senado, según corresponda, para sus efectos constitucionales.

- El mismo C. secretario Guerrero Esquivel Fernando: (leyendo):

"Comisión de Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y dictamen fue turnado a la Comisión de Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito el expediente que contiene la solicitud de los representantes del Magisterio del Distrito Federal enviada a esta H. Representación el 20 de abril de 1928, referente al artículo 62 de la Ley General de Pensiones. Civiles de Retiro.

"Hecho el estudio respectivo, la Comisión opina que habiéndose expedido una nueva ley de Pensiones Civiles de Retiro que deroga la de 1925, resulta extemporánea dicha solicitud, en atención a lo cual los suscritos se permiten someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Archívese el expediente que contiene la solicitud de los representantes del Magisterio del Distrito Federal por extemporáneo.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., 25 de septiembre de 1946. - Blas Chumacero Sánchez. -Pablo Muñoz Gutiérrez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"Comisión de Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito.

"Honorable Asamblea:

"Vuestra Soberanía acordó turnar a la suscrita Comisión de Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito, el expediente que contiene la solicitud de la Unión de Pensionistas Civiles de Retiro enviada a esta H. Cámara de Diputados con fecha 26 de octubre de 1936, relativa a varias reformas a la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro.

"Esta Comisión estima que habiéndose expedido una nueva Ley de Pensiones Civiles de Retiro que deroga la de 1925, la solicitud antes mencionada resulta extemporánea, en cuya virtud los suscritos se permiten someter a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Archívese el expediente que contiene la solicitud de la Unión de Pensionistas Civiles de Retiro por extemporánea.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., 25 de septiembre de 1946. - Blas Chumacero Sánchez.- Pablo Muñoz Gutiérrez".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"Comisión de Aranceles y Comercio Exterior.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Aranceles y

Comercio Exterior fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente que contiene proyecto de decreto aprobado por esta H. Cámara, que modifica las fracciones 3.21.02 y 3.21.03 de la Tarifa del Impuesto General de Importación.

"La colegisladora, con fundamento en el inciso D del artículo 72 de la Constitución Federal, devolvió a esta Cámara, con fecha 5 de diciembre de 1945, dicho decreto por considerarlo extemporáneo. Examinadas con la atención debida las razones expuestas por el Senado, esta Comisión juzga que es de aprobarse el acuerdo tomando por el mismo y en tal virtud somete a vuestra consideración el siguiente acuerdo económico:

"Único. Archívese este expediente por ser extemporánea la modificación que contiene a las fracciones 3.21.02 y 2.21.03 de la Tarifa del Impuesto General de Importación.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México., D.F, a 8 de octubre de 1946. - Antonio L. Rodríguez.- Alberto Jaimes Miranda. - Galileo Bustos Valle".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: ¿Algún ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra?

El C. Arriola Molina Rafael: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Arriola Molina Rafael: Señores diputados: Quizá por la prensa del país estén enterados de que se han desbordado varios ríos y arroyos de las regiones de Tuxpan y Poza Rica, Veracruz, y según esos informes ha habido más de cincuenta y siete víctimas y las pérdidas pasan de ocho millones de pesos.

En virtud de aquella situación de tragedia que impera en parte de la huasteca veracruzana, la diputación del mismo Estado, por mi conducto, quiere rogar a ustedes se designe una comisión para que lo más pronto posible entreviste a los señores secretarios de Salubridad y Asistencia Pública, Hacienda y Comunicaciones, con el fin de que se envíen brigadas con auxilios para aquellas víctimas y, en consecuencia, puedan recibir todos los auxilios que les hacen falta.

No quiero ampliar mi exposición para no cansar a ustedes; pero es claro que urgen médicos y medicinas, que hace falta una brigada de Comunicaciones para reparar siquiera los puentes que las corrientes quitaron y que originaron que quedara incomunicada aquella región; asimismo, para que entreviste al Secretario de Hacienda, con el fin de que apruebe y entregue las cantidades que Salubridad necesite aportar para el auxilio inmediato de las víctimas.

Así, pues, quiero a ustedes se designe la comisión que propongo para gestionar que se lleven auxilios a nuestros hermanos de la huasteca.

El C. Presidente: Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición que hace el ciudadano diputado Arriola Molina. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Sí se toma en consideración. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Aprobada.

Se nombra en comisión, para que se acerquen a las secretarías indicadas, al propio diputado Arriola Molina y a los ciudadanos diputados César M. Cervantes, general Josué H. Benignos, profesor Rafael Herrera Angeles y diputado Rafael Gómez.

- El mismo C. Presidente (a las 13.45): Se levanta la sesión y se cita para el viernes próximo a las doce horas.

DIRECCIÓN DE TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"