Legislatura XL - Año I - Período Ordinario - Fecha 19461119 - Número de Diario 30

(L40A1P1oN030F19461119.xml)Núm. Diario:30

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 1946

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

DIRECTOR DE LA IMPRENTA, Lic. Román Tena. Director del Diario de los Debates, J. Antonio Moll.

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XL LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 30 SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DE 1946

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2. - Iniciativa de la Ley de la Comisión Marítima Mexicana, enviada por el Ejecutivo de la Unión. A la Comisión de Marina e Imprímase.

3. - Cartera. Iniciativa de varios ciudadanos diputados para que la ceremonia de la protesta del C. Licenciado Miguel Alemán Valdez, como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se efectué en el Palacio de las Bellas Artes. Se aprueba.

4. - Se nombra una comisión para corresponder a la invitación de " Petróleos Mexicanos"; se turnan a la Comisión respectiva dos solicitudes del C. Miguel E. Abed; y se nombra una comisión para corresponder a la invitación de la Comisión Federal de Electricidad en el Estado de Guerrero.

5. - Se turnan a las comisiones respectivas las solicitudes de Guadalupe E. Torres viuda de Moya y de Alfonso Rivera Chavero, linotipista de la Imprenta de la Cámara de Diputados.

6. - Se aprueban los dictámenes que conceden pensiones a Delfina Robles Limares y Casta Judith Bravo viuda de Basurto; y los que conceden permiso constitucional a los CC. Francisco Castillo Nájera, Pablo Campos Ortiz, Andrés Iduarte, y dos a favor del C. Miguel E. Abed. Pasan al senado. Se amplia la comisión designada para el Estado de Guerrero. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. FEDERICO BERRUETO RAMÓN

(Asistencia de 81 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 12.45): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Cervantes César A. (leyendo):

"México, D. F., a 19 de noviembre de 1946.

"Orden del día.

"Acta de la sesión anterior.

"Iniciativa del Ejecutivo de la Unión, en virtud de la cual se crea la Comisión Marítima Mexicana como una institución descentralizada.

"Telegramas de la Legislatura y del Gobernador de Coahuila.

"Proyecto de decreto de varios CC. Diputados para que la protesta del señor licenciado Miguel Alemán Valdez como Presidente de la República son el Palacio de las Bellas Artes, de esta ciudad.

"Invitación de Petróleos Mexicanos para la inauguración de las nuevas plantas en la Refinería de Atzcapotzalco.

"Solicitudes del C. Miguel E. Abed, a fin de que se le permita aceptar la representación del Gobierno del Líbano en la protesta del licenciado Alemán, y una condecoración del mismo Gobierno.

"Solicitud de pensión de la señora Guadalupe E. Torres viuda de Moya.

"Solicitud de jubilación del C. Alfonso Rivera Chavero, linotipista de la Imprenta de esta Cámara.

"Invitación para la inauguración de la planta eléctrica de Colotlipa, Guerrero.

"Dictámenes de 2a. Comisión de la Defensa Nacional, y de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, concediendo pensiones y permisos para aceptar comisiones y condecoraciones".

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XI, Congreso de la Unión, el día quince de noviembre de mil novecientos cuarenta y seis.

"Presidencia del C. Federico Berrueto Ramón.

"En la ciudad de México, a las doce horas y treinta y cinco minutos del viernes quince de noviembre de mil novecientos cuarenta y seis, se abre la sesión con asistencia de ochenta y cinco ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Sin discusión, se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día doce de los corrientes.

"Se da cuenta con los asuntos en cartera:

"La Secretaría de Gobernación transcribe oficio de las Relaciones Exteriores solicitando permiso para que el C. general de brigada Federico Cervantes acepte y use la condecoración de la Legión de Honor, en el grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de Francia. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La Legislatura del Estado de Chiapas informa que el día 1o. del actual abrió el primer período ordinario de ejercicio. - De enterado.

"El C. Diputado Aquiles Elorduy solicita cinco días de licencia para ausentarse de esta ciudad. Previa y dispuesta de trámites se concede la licencia, sin discusión.

"El C. Teniente Coronel Tarsicio Márquez Padilla solicita autorización para aceptar los títulos de Comandante Mayor y Teniente Coronel de las Milicias de Costa Rica, que le confirió el Gobierno de aquel país. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La Sociedad Defensores de Veracruz invita a esta Cámara al acto con que conmemorará el aniversario de la evacuación del Puerto de Veracruz por las fuerzas norteamericanas el día 23 del actual. - Se designa en comisión a los CC. Víctor Herrera González, Moisés Rosalío García, J. Trinidad Rosales y Secretario Rafael Gómez.

"Dictamen de la Primera Comisión de Hacienda en el que se pide un archivo, por extemporáneo, el expediente que contiene la solicitud que en 1941 presentó el sindicato Único de Trabajadores de la Enseñanza de las Generaciones para que se modificara el Presupuesto de la Secretaría de Educación. - Sin motivar debate, se aprueba.

"Dictamen de la Segunda Comisión Puntos Constitucionales, expresando que la señorita Esperanza Zambrano, no necesita de permiso constitucional para aceptar y usar la condecoración que le otorgó el Gobierno de la República Dominicana, por no estar reconocida, constitucionalmente, la ciudadanía de la mujer. - Sin discusión se aprueba el dictamen.

"Dictamen de las Comisiones Unidas del Gobierno del Distrito Federal y Primera de Justicia proponiendo se archive el expediente formado con la iniciativa para la creación del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal, por considerar extemporáneo su estudio - Sin debate, se aprueba.

"Las Comisiones Unidas de Autotransportes y del Gobierno del Distrito Federal presentan un dictamen que consulta la aprobación del proyecto de ley de Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, con el siguiente texto:

"Artículo 1o. Se crea una institución de servicio pública descentralizada que se denominará "Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal".

"Artículo 2o. El servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal tendrá por objeto la administración y manejo del servicio de transportes eléctricos del Distrito Federal y sistemas auxiliares; el estudio, proyección y construcción, en su caso de lineas elevadas subterráneas para transportes eléctricos y servicios auxiliares en el Distrito Federal.

"Artículo 3o. El servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido por:

"a) Bienes, muebles e inmuebles, que para el servicio de transportes eléctricos posee actualmente la Dirección del Servicio de Transportes Eléctricos del Gobierno del Distrito Federal.

"b) Las cantidades en efectivo, créditos y demás que dicho servicio posen hasta el momento de entrar en vigor el presente decreto.

"c) Las cantidades que el Gobierno del Distrito Federal destine para el mejoramiento y ampliación del servicio de transportes eléctricos y sistemas auxiliares.

"d) Los bienes que el servicio adquiera, por cualquier título jurídico.

"Artículo 4o. Se faculta mal Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal para hacer uso de las calles, avenidas, etc, que sean necesarias para la buena prestación del servicio público a su cargo, debiendo sujetarse a las disposiciones administrativas correspondientes.

"Artículo 5o. El servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal estará dirigido por un Consejo de Administración compuesto de cinco miembros, que serán designados por el Gobierno del Distrito Federal. Por cada uno de los Consejeros se designará un suplente. Los Consejeros deberán ser técnicos, de preferencia, especializados en la industria de transporte eléctricos o ferroviarios. El Gobierno del Distrito Federal designará un Presidente y un Vicepresidente de entre los Consejeros y estos últimos nombrarán un Secretario. El Presidente será el Gerente de la Institución. El General representará a la institución como un mandatario general. En los términos del artículo 2554 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales y podrá otorgar poderes generales o especiales, previo acuerdo del Consejo de Administración. El Consejo nombrará a los demás empleados de dirección, administración e inspección de labores, según las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Para ocupar los puestos mencionados deberá preferirse a los trabajadores tranviarios más competentes y más antiguos en el servicio. En caso de que se trate de personas ajenas a la industria de transportes eléctricos, es requisito indispensable que sean técnicos debidamente especializados.

"Artículo 6o. El servicio de Transportes Eléctricos estará supervisado por un Consejo de Vigilancia, integrado por tres miembros, los cuales serán designados por le Gobernador del Distrito Federal, por la Alianza de tranviarios de México y por los usuarios del sistema. El Gobernador del Distrito Federal hará el nombramiento de este último, a proposición de las organizaciones obreras y burocráticas del Distrito Federal. El Consejo de Vigilancia tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

"a) Supervisar la marcha administrativa y técnica del negocio.

"b) Hacer la Auditoria de las cuentas y balances.

"c) Proponer las medidas que juzguen convenientes para la mejor operación del servicio.

"Los miembros del Consejo de Vigilancia estarán obligados a informar mensualmente a las personas que hayan designado sobre el resultado de su gestión y podrán ser removidos libremente.

"Artículo 7o. Las remuneraciones de los Consejeros, Gerente General y demás personal de Dirección, administración o inspección de labores, serán fijadas en el presupuesto anual de la Institución, debiendo procurarse que dichas remuneraciones correspondan al estado de las finanzas del servicio de Transportes Eléctricos del Federal y a la responsabilidad que a cada puesto corresponde. Los salarios y demás prestaciones para el resto del personal se establecerán en el Contrato Colectivo de Trabajo de acuerdo con lo que sobre el particular dispone la Ley Federal de la materia y atendiendo a los usos y costumbres establecidos en la industria. Anualmente se formulará un balance general, que será puesto a la consideración del tiempo del Distrito Federal para su revisión y glosa de cuentas respectivas.

"Artículo 8o. Todos los funcionarios del Consejo y el personal de dirección, administrativa e inspección de labores que tenga responsabilidad directa o indirecta en el manejo de fondos y valores del Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, deberá caucionar debidamente su manejo, mediante fianza otorgada por una empresa aseguradora legalmente constituida, a juicio del Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 9o. Los rendimientos líquidos que se obtengan después de deducir las reservas técnicas sin perjuicio de los derechos que consagra el artículo 56 de la ley federal del trabajo, se distribuirán en la siguiente forma:

"a) Hasta un 20% para la formación de reservas de previsión y amortización.

"b) El remanente se distribuirá en la proporción de un 50% para el mejoramiento conservación y ampliación del servicio y el 50% restante se entregará a los trabajadores por concepto de participación de utilidades que se distribuirán en forma proporcional a los salarios que devenguen.

"Artículo 10. El servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, disfrutará se preferencia para el otorgamiento de concesiones para nuevas lineas de transportes eléctricos y sistemas auxiliares, en relación con particulares o empresa, nacionales o extranjeras.

"Artículo 11. Se otorgan amplias facultades al Gobierno del Distrito Federal para que, previo acuerdo del Ejecutivo de la Unión, reglamente las disposiciones de la presente ley.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Esta ley abroga las disposiciones que se le opongan.

"Artículo 2o. Las disposiciones de esta ley entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Artículo 3o. El Primer Consejo de Administración deberá proceder a la mayor brevedad a la discusión y aprobación del Contrato Colectivo de Trabajo con la Alianza de Tranviarios de México, así como del Reglamento Interior y Técnico, así como para hacer los arreglos conducentes a afecto de que el Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal se subrogue en las obligaciones de la Compañía de Tranvías de México, S. A. contraídas con los trabajadores a su servicio".

"La Asamblea dispensa la segunda lectura.

"Se pone el dictamen a discusión en lo general. Hace uso de la palabra el C. Aquiles Elorduy solicitando un informe de la Comisión dictaminadora. A nombre de ésta habla el C. Antonio Pérez Cisneros. El C. Aquiles Elorduy, con fundamento en el artículo 113 del reglamento Interior, solicita que se de lectura a un documento y previa la aprobación de la Asamblea la Secretaría lee un memorial de la Compañía de Tranvías. El C. Aquiles Elorduy hace uso de la palabra en contra del Dictamen y durante su discurso hace una interpelación el C. Ramón V. Santoyo y formula una aclaración el C. Rafael Cebada Tenreiro. Habla en favor del dictamen el C. Francisco Elí Sigüenza, quien formula dos preguntas a la Secretaría, que ésta contesta.

"Se considera suficientemente discutido el asunto y se procede a su votación nominal, en lo general. Durante esta el C. Aquiles el Elorduy hace uso de la palabra para razonar su voto que es afirmativo. Por unanimidad de ochenta y un votos se aprueba el proyecto en lo General. Se pone a discusión en lo particular y, sin ella, se procede a su votación nominal en este sentido, resultando aprobado por unanimidad de ochenta votos. Pasa el Senado para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la Primera Comisión de la Defensa Nacional que consulta la aprobación de un proyecto de decreto concediendo una pensión de quince pesos diarios al C. mayor Salvador Fernández Vera, por los servicios que prestó a la Revolución. Sin motivar debate se reserva para su votación nominal.

"Cuatro dictámenes de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales que consultan otros tantos proyectos de decreto concediendo permiso a los CC. José Gorostiza, licenciado Rafael Fuentes, Armando C. Amador y Manuel Tello, para que acepten y usen las condecoraciones de la Orden de la Estrella Brillante, que a cada uno les confirió la República de China en los siguientes grados: la Placa para los dos primeros, la Encomienda para el tercero y el Gran Cordón para el cuarto. Sin que en ningún caso se suscite discusión, se reservan los cuatro proyectos para su votación nominal.

"Se procede a recoger la votación nominal de los proyectos de decreto reservados, resultando aprobado cada uno por unanimidad de setenta y ocho votos. - Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

"A las catorce horas y diez minutos se levanta la sesión".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, su votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobada.

- El C. Secretarios Salgado Palacios Gil (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.

"Presidencia de la República.

"CC. Secretario de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Presentes.

"A medida que la Nación va confrontando la realidad económica que plantea para el país dentro del panorama mundial, el período de la postguerra, el Ejecutivo de mi cargo ha venido fijando cada vez más su atención en la importante función que desarrolla, dentro de un plan general de alto desenvolvimiento industrial y comercial del país, los transportes marítimos a los cuales corresponde, en gran parte, la tarea de conectar nuestra economía y nuestra civilización con la realidad cultural y económica del mundo, en uno de los instantes más trascendentales de la historia.

"Considera el Poder Ejecutivo de mi cargo que en la transcendental materia de los transportes marítimos, el país no ha vivido ni una realidad estable y elemental, ni una autonomía recia y vigorosa; en efecto, hasta la etapa presente de su historia, la marina mercante estuvo determinada en su existencia funcionamiento y desarrollo, por la naturaleza de las relaciones económicas y comerciales de México con el extranjero; y, productor de materias primas y semielaboradas destinadas a alimentar la industria de otros, países, México carecía de los medios propios de transportación marítima que son ineludible completamente de las etapa industrial hacia la cual tiende el desenvolvimiento económico de nuestra Patria.

"No obstante la terminación de la guerra y el esfuerzo por nuestro país, así como el papel político que desempeño durante la contienda, marcan el inicio de una de las jornadas más importantes en la historia de México. La guerra detuvo o destruyó el desenvolvimiento industrial de muchos países que marchaban a la cabeza de la economía del mundo; o bien, en otros casos, distrajo la fuerza industrial de los pueblos para concretas y especificas aplicaciones bélicas. Nuestro país, que fiel a sus tradiciones históricas militó en la guerra bajo bandera de la democracia, y aportó para la historia contingentes materiales y espirituales inestimables, encuentra hoy la oportunidad de realizar, en definitiva, la superación de los estudios que ha venido viviendo a través de su desenvolviendo económico. Esto es, considera el Ejecutivo de mi cargo que un vigoroso esfuerza para alcanzar la etapa de la industrialización integral de nuestra Patria, debe ser realizado sin titubeos y con levantado espíritu patriótico.

"Los horizontes dentro de los cuales esta superación debe ser alcanzada, se amplían en la etapa de la postguerra de manera limitada, pues la vinculación de México al mundo, es hoy una realidad que es el futuro inmediato deberá ser ampliada y robustecida de manera indestructible y firme.

"Nuestras vías de comunicación a lo que tal vinculación corresponde, han sido hasta la fecha, en las ramas terrestre y aérea, conexiones de nuestro país con el norte y el sur inmediatos de nuestro continente, pues las necesidades de transportación que nuestra balanza internacional planteaba no realmente de modo imperioso una ampliación de tales medios de comunicación que en la rama marítima transoceánica eran atendidas por las flotas mercantes de otros países.

"Sin embargo y para responder debidamente a las nuevas y más exigentes necesidades de transportación por agua, una política vial de más amplios relieves debe ser emprendida por nuestra parte, sobre todo en esta época de la historia del mundo, pues, además, tal política es necesario completamente de la industrialización integral de nuestra patria, y para este efecto principal, una flota mercante mexicana debe ser creada desde luego y la transportación marítima transoceánica impulsada de tal manera que satisfaga plenamente los requerimientos y las exigencias de la etapa de la industrialización que el país aborda en este instante de su desenvolvimiento que el país aborda en este instante de su desenvolvimiento histórico.

"Pero estima también el Ejecutivo, que para que esta política vial de amplias perspectivas pueda ser realizada, son indispensables órganos especiales encargados de la tal función, que, además, cuenten con las necesarias facilidades para poder transformar en palpables resultados por propósitos que inspiran esta iniciativa. Tales órganos deben estar dotados de la autonomía, personalidad jurídica, autoridad política, patrimonio propio y posibilidades del trabajo y desarrollo que son indispensables para atender la importante responsabilidad que significa el desarrollo del comercio marítimo extranjero y doméstico; la creación de una marina mercante suficiente para atender eso comercio en tiempos normales y, como reserva de la Marina de Guerra, el auxilio naval necesario en tiempos de emergencia nacional, así como la conservación y el mantenimiento cuidadoso dentro de un cuadro estrictamente nacionalista, de tan importante aspecto de la vida colectiva de nuestro país. Un organismo de tal naturaleza, y al cual habrán de entregársele funciones de elevado interés nacional y patriótico, deberá estar necesariamente desvinculado de los intereses particulares que actúan dentro de la marina mercante, en virtud de que las altas finalidades que se encomiendan a dicho organismo, deben colocarlo por encima de los diversos intereses particulares que existen en esta actividad, a efecto de poder coordinarlos dentro de una recta orientación patriótica y con un claro sentido de estabilización y crecimiento constante de las posibilidades de transportación por agua con que hoy cuenta el país, y que para ser multiplicadas, mejoradas y coordinadas hasta llegar a colocar a la marina nacional en el plazo de superación que corresponde a la actual política de industrialización, exigen organismos directores que inspiren su función de manera exclusiva, en los propósitos de interés general y colectivo anteriormente expuestos.

"Por las consideraciones expresadas y haciendo uso de las facultades que el Ejecutivo Federal otorga la fracción I del artículo 71 de la

Constitución General de la República, por el digno conducto de ustedes me permito someter al elevado criterio de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de Ley de la Comisión Marítima Mexicana.

"Artículo 1o. Se crea la Comisión Marítima Mexicana como una institución oficial descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrada por cinco miembros nombrados por el C. Presidente de la República directamente o a través de la Secretaría de Marina.

"Los miembros de dicha Comisión serán personas que no hayan tenido ni tengan interés directo o indirecto con ninguna empresa naviera o constructora de barcos, extranjeros o mexicana, ni con agencias aduanales.

"Serán designados en la forma indicada, inmediatamente después de promulgada la presente ley, y podrán ser removidos discretamente por el Presidente de la República.

"Artículo 2o. Las facultades de la Comisión Marítima Mexicana son las siguientes:

"a) Aportación de un programa de largo alcance para reemplazamiento y adiciones de los transportes marítimos, orientando su función hasta una capacidad plena para la satisfacción de las necesidades del comercio marítimo doméstico y extranjero de la nación mexicana, proveyéndola de servicios de transportes marítimos en todas las rutas esenciales para mantener al corriente tal comercio en todo tiempo.

"b) Creación de una adecuada flota marítima mercante incluyendo barcos de todos tipos, suficientes para proveer al servicio de transportes marítimos en los puertos mexicanos y entre éstos y los del extranjero.

"c) Organización y preparación de la marina mercante mexicana para hacerla apta a servir como auxiliar naval militar en tiempos de guerra o de emergencia nacional.

"d) Investigación y determinación de servicios oceánicos, rutas y líneas entre puertos de la nación mexicana y mercados extranjeros que deban ser determinados como esenciales para la promoción, desarrollo, expansión y mantenimiento del comercio extranjero con la República Mexicana.

"e) Estudio y resolución de todos los problemas marítimos que resulten en la realización de los propósitos señalados en los incisos anteriores.

"f) Investigación y fiscalización del manejo de las compañías navieras y constructoras de barcos mexicanos. A este efecto, la Secretaría de Marina incluirá en las concesiones respectivas, la obligación inexcusable de dichos compañías de mostrar a la Comisión Marítima Mexicana libros de contabilidad y documentos que la mencionada Comisión necesite para realizar la investigación que se proponga.

"g) La compra y adquisición de embarcaciones para integrar y ampliar la marina mercante mexicana.

"h) Administración, conservación y mantenimiento de los barcos mercantes que pertenecen a la Nación.

"i) La administración, conservación y mantenimiento de Astilleros, Diques y Varaderos que se pongan a su disposición como parte de su patrimonio.

"j) Construcción de embarcaciones de todo tipo en astilleros mexicanos.

"k) Manejar y otorgar seguros marítimos contra todo riesgo, por si o, mientras organiza su propio sistema de seguros, por conducto de las compañías de seguros mexicanos autorizados para operar, sobre toda la marina mercante de acuerdo con la reglamentación que sobre el particular su dieta.

"l) Vigilar y controlar las operaciones de los barcos dedicados al comercio e industrias pesqueras.

"m) Otorgar previo estudio o retirar en las mismas condiciones, subsidios a empresa navieras o a empresas constructoras de barcos, mexicanas, y que satisfagan los requisitos de la reglamentación correspondiente.

"n) Financiar a empresas o particulares mexicanos para la adquisición o arrendamiento de embarcaciones, ya sea para la marina mercante o para la industria pesquera, también de acuerdo con la reglamentación correspondiente.

"o) Promoción de empresas de navegación para el establecimiento de rutas permanentes de comercio marítimo. doméstico y extranjero, a efecto de ampliar y estabilizar la red de comunicaciones por agua de la Nación Mexicana.

"p) Las demás que le señalen las leyes.

"Articulo 3o. En todas sus operaciones Comisión Marítima Mexicana estará obligada a escuchar y atender las indicaciones de la Secretaría de Marina; pero será previa, forzosamente, la aprobación de la Secretaría de Marina para la realización de obras en las instalaciones que se le entreguen como patrimonio, y en las que considere necesario construir, así como en las compras y construcción de embarcaciones.

"Artículo 4o. Inmediatamente después de su integración, la Comisión Marítima Mexicana gestionará con la Secretaría de Marina el otorgamiento de concesiones para el establecimiento de líneas de navegación en rutas comerciales que se consideren esenciales para la Nación, y en ellas utilizará desde luego las embarcaciones mercantes que por virtud de esta ley entran a su dominio.

"Artículo 5o. El fomento y la ayuda a las líneas particulares de navegación que operan actualmente en el país, deberán ser emprendidos desde luego por la Comisión Marítima Mexicana de acuerdo con la reglamentación correspondiente

. "Artículo 6o. La ayuda, financiamientos, etc., que la Comisión Marítima está facultada a otorgar a los particulares deberán ser concedidas exclusivamente a empresas o ciudadanos mexicanas y que además no tengan ningún interés directo o indirecto con empresas o personas extranjeras relacionadas de alguna manera con la marina mercante de sus respectivos países

. "Artículo 7o. La Comisión Marítima Mexicana establecerá relaciones con la personalidad jurídica que esta ley le otorga, y en su calidad de institución oficial descentralizada, con todas las

dependencias oficiales que de alguna manera intervengan en el comercio marítimo del país.

"Artículo 8o. Se integra el patrimonio de la Comisión Marítima Mexicana con los siguientes bienes nacionales:

"a) Las embarcaciones mercantes de cualquier tipo y trabajo que sean propiedad del Gobierno Federal.

"b) Los astilleros, diques y varaderos nacionales, a excepción de los que, por su carácter, deben pertenecer a la Armada Nacional.

"c) Los subsidios que el Gobierno Federal le otorgue.

"d) Los demás que las leyes le señalen.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Esta ley en vigor cinco días después de su publicación en el "Diario Oficial".

"Artículo 2o. La designación de los miembros que integren la Comisión Marítima Mexicana se publicará también en el "Diario Oficial".

"Artículo 3o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Marina dictará las reglamentaciones que sean necesarias para que el funcionamiento de la Comisión Marítima se inicie desde luego.

"Artículo 4o. La Secretaría de Marina, con al intervención que corresponda a la Secretaría de Hacienda, entregará con las formalidades respectivas a la Comisión Marítima Mexicana los bienes que, conforme a esta ley, integran su patrimonio.

"Artículo 5o. La Secretaría de Hacienda proveerá presidenciales, para que la Comisión Marítima cuente desde su integración con los medios económicos indispensables a su inmediato funcionamiento.

"Artículo 6o. Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Palacio Nacional, a 26 de diciembre a 1945. - El Presidente de la República, Manuel Avila Camacho. - El Secretario de Marina, general Herberto Jara". - Recibo, a la Comisión de Marina e imprimase.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Legislatura del Estado de Coahuila participa que, con fecha 15 de noviembre inauguró su primer año de su ejercicio constitucional". - De enterado.

"El C. Ignacio Cepeda Dávila, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila participa que el día 15 del mes en curso rindió ante la Legislatura local el informe relativo al primer año de su Gobierno". - De enterado.

"Honorable Asamblea:

"La protesta ante el Congreso de la Unión del señor licenciado Miguel Alemán Valdez, como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, será un acto de trascendencia inusitada, toda vez que el pueblo mexicano lo designó dentro de los preceptos de una nueva Ley Electoral que garantizó la efectividad del sufragio.

"Serán numerosas las delegaciones de gobierno de países extranjeros que concurrirán a ese acto, así como representantes de agrupaciones de obreros, de campesinos, de la industria, del comercio y en general de todas las actividades que se desarrollas en el país. En consecuencia, el local de la Cámara de Diputados, que es donde el Congreso debía reunirse para ese fin, resulta insuficiente para contener al número de personas que presenciarán la ceremonia.

"Se ve la necesidad, por lo tanto, de que el Congreso se reúna en un recinto más amplio y con ese motivo hemos pensado en el Palacio de la Bellas Artes de esta ciudad.

"Ahora bien, el artículo 194 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso establece que las Cámaras jamás asistirán, ni juntas ni separadas, a función alguna fuera de su Palacio, y en esa virtud se hace necesario que el Congreso expida un decreto, a fin de que en la ocasión que nos ocupa celebre su sesión en lugar distinto del oficial. Ya hay precedentes sobre el particular, pues se expidieron decretos para que rindiera la protesta en el Estado Nacional los CC. presidentes de la República general Plutarco Elías Calles, licenciado Emilio Portes Gil, ingeniero Pascual Ortiz Rubio y general Lázaro Cárdenas.

"En vista de todo lo expuesto, sometemos a la consideración de esta II. Cámara, pidiendo se considere el asunto de urgente y obvia resolución, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. El día de diciembre del año en curso, a las once horas, se reunirá en el Palacio de las Bellas Artes de esta ciudad el Congreso de la Unión, con objeto de que ante él rinda la protesta de Ley como Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. el C. Licenciado Miguel Alemán Valdez.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de noviembre de 1946. - César M. Cervantes,- Ernesto Gallardo S. -Manuel Peña Vera. - Porfirio Palacios. - Antonio Vega G."

Se pregunta si se considera este asunto de urgente y obvia resolución. Si se considera.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal.

El C. Secretario Guerrero Esquivel Fernando: Por la afirmativa.

El C. Secretario Cervantes César: Por la negativa.

(Votación).

El C. Secretario Guerrero Esquivel Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Cervantes César: ¿Falta

algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se produce a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Secretario Guerrero Esquivel Fernando: Por unanimidad de ochenta y dos votos, fue aprobado el producto y pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

- El C. Secretario Salgado Palacios Gil (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

"Petróleos Mexicanos. - Avenida Juárez, 92-94. - México, D. F.

"México, D. F., 14 de noviembre de 1946.

"Señor diputado Rafael Gómez. Secretario de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presente.

"El 20 del actual, a las 11 horas, el señor Presidente de la República inaugurará las nuevas plantas instaladas en la República de Atzcapotzalco.

"El propio Primer Magistrado tuvo a bien informarse que, por los conductos debidos, invitaría a los CC. senadores y diputados que integran el H. Congreso de la Unión.

"A mi vez, ruego a usted con toda atención se sirva invitar a mi nombre a la H. Representación Nacional, y al efecto le acompaño las tarjetas correspondientes.

"Reitero a usted mi atenta consideración.

"Director General, E. Buenrostro."

Se designa en comisión a los siguientes ciudadanos diputados: Salmón Ortiz Antonio, Romero Manuel Antonio y Peña Vera Manuel.

"El C. Miguel E. Abed solicita permiso para aceptar, sin perder su ciudadanía mexicana, la representación del Gobierno de la República del Líbano, para asistir a la toma de posesión del señor licenciado Miguel Alemán, como Presidente de la República." - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"El C. Miguel E. Abed solicita permiso para aceptar y usar la condecoración "Medalla de Honor del Mérito Libanés", que le confirió el Gobierno de la República Libanesa". - Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"La Comisión Federal de Electricidad invita a esta Cámara a la inauguración de la planta eléctrica de Colotlipa, Estado de Guerrero, que se efectuará el 21 de los corrientes, y el C. gobernador del mismo Estado invita a la inauguración del Colegio del Estado y del servicio de Luz y Fuerza en la ciudad de Chilpancingo".

Se designa en omisión a los ciudadanos diputados Alejandro Gómez Maganda, José López Bermúdez, Miguel Peña Vera y Angel Tapia Alarcón.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Señora Guadalupe E. Torres viuda de Moya solicita pensión de diez pesos diarios en atención a que su extinto esposo, el señor Luis Moya, fue hijo del General del mismo nombre que inició la Revolución en Zacatecas". - Recibo y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"El C. Alfonso Rivera Chavero, Linotipista de la Imprenta de la Cámara, con más de 18 años de servicios ininterrumpidos, solicita su jubilación forzosa". Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Vuestra soberanía acordó turnar a la suscrita Segunda Comisión de la Defensa Nacional, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la petición formulada por la señorita Delfina Robles Linares a fin de que le sea transmitida la parte proporcional de la pensión que disfrutaba su extinta hermana la señorita Angela Robles Linares.

"Examinados los antecedentes del caso la Comisión encontró:

"Primero, por decreto de 31 de diciembre de 1921, se concedió a las señoritas Angela Delfina y Josefina Robles Linares una pensión de $ 3.00 diarios a cada una de ellas como recompensa a los servicios que prestó a la patria su finado padre el C. coronel Juan Robles Linares.

"Segundo. Que habiendo fallecido la señorita Josefina Robles Linares la parte profesional de la pensión que a está correspondía, fue transmitida a las dos supervivientes por decreto de 23 de enero de 1926;

"Tercero. Que en solicitud, la señorita Delfina Robles Linares manifiesta que habiendo fallecido su hermana la señorita Angela, solicita que, como en la anterior ocasión, se transmita a ella el beneficio que ambas disfrutaban. Al efecto acompaña su solicitud con el acta de defunción legalmente expedida.

"Cuarto. Que en la época en que fue otorgado el beneficio a las señoritas Robles Linares se comprobó debidamente que los servicios que su padre prestó a la Nación, y por último, se justifica plenamente la solicitud de la interesada, puesto que la pensión que en conjunto fue concedida hace 20 años a las señoritas Robles Linares, en la actualidad apenas es suficiente para el sostenimiento de una persona de avanzada edad y carente de recursos económicos, como pudimos darnos cuenta, lo es la señorita Delfina Robles Linares.

"Por lo anteriormente expuesto la comisión somete al ilustrado criterio de esta H. Asamblea

para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto.

"Artículo 1o. Se deroga el decreto de 18 de diciembre de 1925, publicado por el Diario Oficial de 23 de enero de 1926, por el que se concedió una pensión de $3.00 diarios a cada una de las señoritas Angela y Delfina Robles Linares.

"Artículo 2o. Por los servicios que prestó a la Patria el Extinto coronel Juan robles Linares, se concede a su hija la señorita Delfina Robles Linares una pensión de $6.00 - seis pesos - diarios que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., noviembre 9 de 1946. -A. Ojeda. - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena".

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Se dispensan los trámites.

Está a discusión en lo general el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

"Artículo primero. Se deroga el decreto de 18 de diciembre de 1925, publicado en el diario oficial de 23 de enero de 1926, por el que se concedió una pensión de $3.00 diarios a cada una de las señoritas Angela y Delfina Robles Linares.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo segundo. Por los servicios que prestó a la patria el extinto coronel Juan Robles Linares, se concede a su hija la señorita Delfina Robles Linares una pensión de $6.00 (seis pesos) diarios que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Pasó a esta suscrita Segunda Comisión de la Defensa Nacional, para su estudio y resolución, el expediente formado con la solicitud que hace la señora Casta Judith Bravo viuda de Basurto a fin de que se le otorgue una pensión como hija del extinto teniente coronel Prefecto Bravo, héroe de la Guerra de Intervención Francesa.

"Tuvimos a la vista copiosa documentación en la que hace constar los servicios que el teniente coronel Bravo prestó a la Patria; de la hoja de servicios del referido militar se desprende que tomó participación muy activa en la defensa de la ciudad de Puebla, en la batalla del 5 de mayo de 1862, en la que perdió un brazo; por otra parte, la señora viuda de Basurto acreditó debidamente sus personalidad como descendiente legítima del militar al que hemos venido refiriéndonos, en las actas del Registro Civil legalmente expedidas.

"Hacemos notar que con anterioridad la señora Bravo viuda de Basurto ya había disfrutado del beneficio que ahora solicita, pero habiendo contraído matrimonio, voluntariamente renunció a y él como en la actualidad se encuentra viuda y sin recursos, es de justicia que vuelva a otorgarse la pensión que solicita, que su padre prestó a la Nación como antes queda dicho.

"Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe somete a la consideración vuestra el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los meritorios servicios que prestó a la nación durante la intervención Francesa, el extinto teniente coronel Prefecto Bravo, se concede a su hija, señora Casta Judith Bravo viuda de Basurto, una pensión de $10.00 - diez pesos - diarios, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., noviembre 18 de 1946. -Nabor A. Ojeda - Francisco Martínez Peralta. - Juvencio Nochebuena.

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Se ha dirigido a esta H. Cámara la Secretaría de Relaciones Exteriores, con Gobierno de la de Gobernación, solicitando el permiso constitucional necesario para que el C. Doctor Francisco Castillo Nájera pueda aceptar y usar la condecoración del Gran Cordón Especial de la Orden de la Estrella Brillante, que le confirió el Gobierno de la República de China.

"Comprobada con el testimonio de la solicitud la autenticidad de la condecoración a que contrae este dictamen, y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso III de la fracción B del artículo 37 constitucional, venimos a proponer a esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Doctor Francisco Castillo Nájera para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración del Gran Cordón Especial de la Orden de la Estrella Brillante, que le confirió el Gobierno de la República de China.

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., 14 de noviembre de 1946. - Ramón V. Santoyo - Luis Díaz Infante - Ernesto Gallardo C."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La Secretaría de Gobernación ha transcrito a esta H. Cámara un oficio de la de Relaciones Exteriores, y en virtud del cual se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Licenciado Pablo Campos Ortiz, pueda aceptar y usar la condecoración de la Placa de la Orden de la Estrella Brillante, que le confirió el Gobierno de la República de China.

"No teniendo inconveniente esta Comisión en conceder el permiso de referencia y con el fin de dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso II de la fracción B del artículo 37 de la constitución Federal, venimos a someter a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Licenciado Pablo Campos Ortiz para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de la Placa de la Orden de la Estrella Brillante, que le confirió el Gobierno de la República de China.

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 13 de noviembre de 1946. - Ramón V. Santoyo - Luis Díaz Infante - Ernesto Gallardo S."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El Gobierno de la República de Cuba confirió al C. Doctor Andrés Iduarte, la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, "Carlos Manuel de Céspedes según lo comunica esta H. Cámara la Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la Gobernación, al mismo tiempo que solicita el permiso constitucional necesario para que el interesado pueda aceptarla y usarla.

"No teniendo inconveniente para otorgar el C. Doctor Andrés Iduarte el permiso que la Secretaría de Relaciones, solicita en su favor, y a efecto de cumplir con lo que el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la constitución federal, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Doctor Andrés Iduarte para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, "Carlos Manuel de Céspedes", que le confirió el Gobierno de la República de Cuba.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., 14 de noviembre de 1946. Ramón V. Santoyo. - Luis Díaz Infante. - Ernesto Gallardo S."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien la impugne, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Con fecha 16 de los corrientes, se ha dirigido a esta H. Cámara el C. Miguel E. Abed solicitando el permiso constitucional necesario para que, sin perder su ciudadanía mexicana, pueda aceptar la representación, que le confirió el Gobierno de la República del Líbano, para asistir a la toma de posesión del C. Licenciado Miguel Alemán, como Presidente de la República.

"En virtud que esta Comisión no tiene inconveniente en conceder el permiso constitucional que se solicita, y con el fin de dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso II de la fracción B artículo 37 de la Constitución Federal, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C, Miguel E. Abed para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y desempeñar la representación del Gobierno de la República del Líbano, para en su nombre asistir a la toma de posesión del C. Licenciado Miguel Alemán, como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., 19 de noviembre de 1946. - Ramón V. Santoyo - Luis Díaz Infante. - Ernesto Gallardo S."

Está a discusión el dictamen.

El C. Chumacero Blas: ¿Qué el señor Miguel E. Abed, es mexicano? (Voces: Sí, es ciudadano mexicano).

El C. Secretario Salgado Palacios Gil: No habiendo quien impugne este dictamen, se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El C. Miguel E. Abed se ha dirigido a esta H. Cámara solicitando el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración de la "Medalla de Honor al Mérito Libanés" que le confirió el Gobierno de la República Libanesa.

"Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso B del artículo 37 de la Constitución General de la República, toda vez que esta Comisión no tiene inconveniente en conceder el permiso que se solicita, venimos a proponer a vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Miguel E. Abed para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y usar la condecoración de la "Medalla de Honor al Mérito Libanesa.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., 19 de noviembre de 1946. - Ramón V. Santoyo. - Luis Díaz Infante. - Ernesto Gallardo S."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien lo impugne, se reserva para su votación nominal.

Se va a proceder a recoger la votación nominal, en un solo acto, de los proyectos reservados para este efecto.

El C. Secretario Guerrero Esquivel Fernando: Por la afirmativa.

El C. Secretario Salgado Palacios Gil: Por la negativa.

(Votación.)

El C. Secretario Guerrero Esquivel Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Salgado Palacios Gil: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

El C. Secretario Guerrero Esquivel Fernando: Por unanimidad y siete votos fueron aprobados los proyectos de decreto. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

El C. Presidente: La Presidencia designa en comisión para corresponder a la invitación que hizo el ciudadano Gobernador del Estado de Guerrero, a los ciudadanos diputados Nabor A. Ojeda, Roberto Soto Martínez y Alejandro Sánchez Castro.

El C. Secretario Gil Salgado Palacios: Se recuerda a los ciudadanos diputados, miembros del Bloque, que mañana a las 12 horas en punto tendrá verificativo la sesión solemne con motivo de ser el día de la Revolución.

El C. Presidente (a las 13.35 horas): Agotada la orden del día, se pregunta si alguno de los ciudadanos diputados desea hacer uso de la palabra. No habiéndolo, se levanta la sesión y se cita para el próximo viernes a las 12 horas en punto.