Legislatura XLI - Año III - Período Ordinario - Fecha 19511023 - Número de Diario 13

(L41A3P1oN013F19511023.xml)Núm. Diario:13

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 1951

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2da. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO III.- PERIODO ORDINARIO XLI LEGISLATURA TOMO I- NUMERO 13

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 23

DE OCTUBRE DE 1951

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2.- Cartera. Se aprueban y pasan al Senado para efectos constitucionales, tres dictámenes por los que se concede permiso para aceptar y usar condecoraciones a los ciudadanos Víctor Alfonso Maldonado y Roberto Amorós, y para prestar servicios profesionales a la República de Venezuela al ciudadano doctor Antonio Ladrón de Guevara Cassal.

3.- Primera lectura a un dictamen sobre el proyecto de Ley de Caza. Se dispensa la segunda lectura. Se aprueba y pasa al Senado.

4.- Segunda lectura del dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta por el que consulta la aprobación de un proyecto de decreto en que se aprueba la revisión llevada a cabo por la Contaduría Mayor de Hacienda. Se aprueba y hecha la declaratoria, pasa al Senado para efectos constitucionales.

5.- Se da lectura a un escrito presentado por cuatro ciudadanos diputados en que piden se excite a las Comisiones respectivas para que dictaminen sus iniciativas presentadas. Hacen uso de la palabra los ciudadanos diputados Juan José Hinojosa y Noé Palomares Navarro para apoyar al escrito y a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, respectivamente. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. MILTON CASTELLANOS EVERARDO

(Asistencia de 81 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 13.25 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Herrera Estúa Uriel (leyendo):

"Orden del Día.

"23 de octubre de 1951.

"Acta de la sesión anterior.

"Circular del Congreso de Zacatecas, participando la designación de su Mesa Directiva.

"Dictamen de la segunda Comisión de Puntos Constitucionales por el que concede permiso al C. licenciado Víctor Alfonso Maldonado para aceptar y usar una condecoración del Gobierno de El Salvador.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales por el que se concede permiso al C. licenciado Roberto Amorós para aceptar y usar una condecoración del Gobierno de Cuba.

"Dictamen de la Primera Comisión de Puntos Constitucionales por el que autoriza al C. doctor Antonio Ladrón de Guevara Cassal para que preste sus servicios profesionales al Gobierno de Venezuela.

"Primera lectura al dictamen de la Comisión de Caza y Pesca sobre la iniciativa de una nueva Ley de Caza enviada por el Ejecutivo Federal.

"A discusión el dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta que se refiere al examen de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1949.

"Excitativa de los CC. diputados Chapela, Facha Gutiérrez, Hinojosa y Robles Martín del Campo para que se dictaminen iniciativas que han presentado.

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XLI Congreso de la Unión, el día dieciocho de octubre de mil novecientos cincuenta y uno.

"Presidencia del C. Mario Romero Lopetegui.

"En la ciudad de México, a las trece horas y treinta minutos del jueves dieciocho de octubre de mil novecientos cincuenta y uno, se abre la sesión con la asistencia de setenta y ocho ciudadanos diputados, según declaró la Secretaría después de haber pasado lista.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"En uso de la palabra el C. Armando del Castillo Franco propone se rinda un homenaje póstumo al ciudadano diputado Gustavo Durón González, recientemente muerto y todos los presentes se ponen de pie guardando un minuto de silencio.

"Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior, celebrada el día nueve del corriente.

"Se da cuenta con los asuntos en cartera:

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación solicita se

conceda permiso al C. licenciado Roberto Amorós para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Mérito "Carlos Manuel de Céspedes" del Gobierno de Cuba. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que transcribe solicitud de la de Relaciones Exteriores para que se conceda permiso al C. licenciado Víctor Alfonso Maldonado para aceptar y usar la condecoración de la Orden "José Matías Delgado" del Gobierno de El Salvador. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Las Legislaturas de los Estados que a continuación se mencionan, informan lo siguiente: de Guerrero, que eligió su Mesa Directiva para el mes de octubre; de Michoacán, dando a conocer su Directiva para octubre; de Oaxaca, que designó a los integrantes de su Mesa Directiva para el mes de octubre; de Sinaloa, que abrió y clausuró su segundo período extraordinario de sesiones, dando a conocer la Directiva que fungió durante el mismo; asimismo informa que el 15 de septiembre abrió el primer período ordinario de sesiones del segundo año de su ejercicio; de Yucatán, que el 30 de septiembre clausuró el segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio y que dejó integrada su Diputación Permanente. De enterado.

"La Legislatura de Jalisco informa que falleció el C. diputado Rafael Cuevas. De enterado con sentimiento.

"Invitación del C. Gobernador del Estado de Chiapas para la lectura del Informe constitucional que rendirá ante la Legislatura de aquella entidad, el día primero de noviembre. Se designa en comisión a los CC. Milton Castellanos Everardo, Francisco Galindo Ochoa, Armando del Castillo Franco, Lucino M. Rebolledo, Mauricio Magdaleno, Carlos Real Encinas, David Franco Rodríguez, Rodolfo Suárez Coello, Emilio Zebadúa, Valentín Rincón Coutiño, Felipe Pagola Reyes y Angel Ruiz Vázquez.

"El C. licenciado Manuel Lanz Gutiérrez, Presidente del H. Tribunal Superior de Justicia de Campeche, da a conocer la forma en que con fecha 16 de septiembre quedó legalmente instalado dicho Cuerpo. De enterado.

"El C. licenciado Francisco de la Fuente Olivares informa haber tomado posesión de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León. De enterado.

"La señora Emérita Arenas viuda de Espinosa, apoyada por varios CC. diputados, solicita se le aumente, de seis a veinte pesos la pensión de que actualmente disfruta por los servicios que su extinto esposo, licenciado Francisco Espinosa, prestó a la Revolución y a la Administración Pública en distintos cargos, además de haber sido diputado constituyente y haber firmado la Carta Magna. Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

"La señora Helen T. viuda de Payno solicita pensión por los servicios que durante muchos años prestó al Gobierno, en el extranjero, su extinto esposo C. Manuel Payno Mariscal. Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

"Dictamen que presenta la Comisión de Presupuestos y cuenta sobre la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1949. Primera lectura.

"La Segunda Comisión de Hacienda presenta un dictamen en que consulta la aprobación de un proyecto de decreto por el que se concede jubilación de $ 15.40 diarios al C. Benito Hernández Moedano, empleado de la imprenta de esta Cámara. Sin que motive debate y en votación nominal, se aprueba el proyecto de decreto por unanimidad de setenta y nueve votos. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

"A las catorce horas y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para el martes próximo a las doce horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El C. secretario Herrera Estúa Uriel (leyendo):

"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Allende y Donceles.- México, D. F.

"De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, en sesión reglamentaria celebrada hoy, esta H. XL Legislatura eligió su Mesa Directiva que funcionará desde esta fecha hasta el 15 de noviembre próximo; quedando integrada en la siguiente forma:

"Presidente, C. Abraham R. Frías.

"Vicepresidente, C. José Muro Saldívar.

"Primer Secretario, C. doctor Agustín Díaz.

"Segundo Secretario, C. profesor Pedro Rodríguez.

"Lo que nos permitimos comunicar a Ud. (es), para los efectos legales correspondientes, reiterándole (s) las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Zacatecas, Zac., a 16 de octubre de 1951.- Agustín Díaz, D. S.- Pedro Rodríguez Lozano, D. S." De enterado.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, ha solicitado el permiso constitucional necesario para que el C. licenciado Víctor Alfonso Maldonado pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden "José Matías Delgado", que le confirió el Gobierno de El Salvador.

"En cumplimiento de lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución Federal, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto.

"Artículo único. Se concede permiso al C. licenciado Víctor Alfonso Maldonado, para que, sin perder la ciudadanía mexicana pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden "José Matías Delgado" que le confirió el Gobierno de El Salvador.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 20 de octubre de 1951.- Alfonso Pérez Gasga.- Antonio Rocha Jr.- Natalio Vázquez Pallares".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para votación nominal.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Por conducto de la Secretaría de Gobernación, la de Relaciones Exteriores ha solicitado el permiso constitucional necesario para que el C. licenciado Roberto Amorós pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Mérito "Carlos Manuel de Céspedes", que le confirió el Gobierno de Cuba.

"A efecto de dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución General de la República, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto.

"Artículo único. Se concede permiso al C. licenciado Roberto Amorós, para que, sin perder la ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Mérito "Carlos Manuel de Céspedes" que le confirió el Gobierno de Cuba.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 20 de octubre de 1951.- Alfonso Pérez Gasga.- Antonio Rocha Jr.- Natalio Vázquez Pallares".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Primera Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"El C. doctor Antonio Ladrón de Guevara Cassal ha solicitado el permiso constitucional correspondiente para prestar sus servicios profesional Gobierno de Venezuela, como médico veterinario.

"No teniendo esta Comisión objeciones que hacer a la solicitud a que se contrae este dictamen, y con el fin de dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso II de la fracción B del artículo 37 de la Constitución Federal, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto.

"Artículo único. Se concede permiso al C. doctor Antonio Ladrón de Guevara Cassal, para que, sin perder la ciudadanía mexicana, pueda prestar sus servicios profesionales al Gobierno de Venezuela como médico veterinario.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 20 de octubre de 1951.- Rafael Corrales Ayala.- Pablo Quiroga Treviño.- Guillermo Ramírez Valadez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los tres proyectos de decreto reservados. Por la afirmativa.

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: Por la negativa. (Votación).

El C. secretario Herrera Estúa Uriel: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación). - El C. secretario Herrera Estúa Uriel: Fueron aprobados los tres proyectos de decreto por unanimidad de 81 votos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

- El C. secretario Coronado Organista Saturnino (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"Cumpliendo con el mandato de vuestra soberanía, la Comisión de Caza y Pesca que suscribe, se avocó el estudio del proyecto de una nueva Ley de Caza, enviada por el Ejecutivo de la Unión.

"Este proyecto de Ley de Caza contiene normas y reglas acerca del derecho de los cazadores para apropiarse de los animales salvajes, cuyas especies se declaran propiedad de la nación. Pero de ese derecho se deriva precisamente la necesidad de conservar, restaurar y propagar nuestra fauna, lo que indudablemente es de interés nacional.

"La aplicación de la Ley de Caza en vigor, ha ofrecido la oportunidad de observar sus errores; por lo tanto, procede la expedición de nuevas disposiciones que hagan desaparecer deficiencias, sin lesionar los tratados internacionales celebrados por nuestro país en la materia que nos ocupa.

"El Ejecutivo expone que al formular este proyecto, tuvo en cuenta el presentado por miembros de esta Legislatura y el personal especializado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería; pero que trató de mejorar la técnica y quitó preceptos que mejor encajan dentro de una reglamentación.

"Una ley de esta naturaleza debe procurar, como en efecto procura, el no exterminio de ciertas especies de animales; y para ello se pondrá mayor cuidado en la expedición de permisos para caza deportiva y se prohibirá la caza con fines comerciales. Con el mismo propósito se establecerán zonas de reservas nacionales y se determinarán vedas temporales o indefinidas.

"Consideramos como capítulo importante del proyecto, el que la Secretaría de Agricultura y

Ganadería imparta conocimientos especiales para la conservación y fomento de nuestra fauna silvestre.

"La misma Secretaría de Agricultura expedirá los permisos de caza, previa autorización de la autoridad competente para portación y uso de armas de fuego, por haber quedado como ley ordinaria situaciones de emergencia. Esos permisos serán personales e intransferibles, pero sólo se otorgarán a los miembros de las asociaciones o clubes de cazadores registrados y reconocidos por la Secretaría de Agricultura. De ese modo se podrá exigir responsabilidades a esas agrupaciones, cuando no se observen los preceptos legales, y se procurará su ayuda para incrementar y aprovechar nuestra fauna.

"El capítulo XI trata de "delitos y faltas en materia de caza" y la Comisión estima práctica la disposición que contiene en el sentido de que, cuando se trate de faltas leves, pueda la autoridad administrativa recoger las piezas de caza y las armas, sin esperar larga tramitación, y que devolverá después de pagada la sanción correspondiente. Claro está que cuando se trate de delitos, serán los Tribunales de la Federación los que intervendrán.

"Directamente a la Comisión le fue entregada una sugestión del licenciado Luis Garrido, Rector de la Universidad Autónoma de México, para que en la ley se autorice la expedición de permisos gratuitos a colectores científicos dependientes de museos, universidades e instituciones educativas en general, nacionales o extranjeras, pero consideramos que este punto ya está comprendido en el artículo 17 del proyecto cuando autoriza la captura, previo acuerdo del Presidente de la República, de ejemplares de una especie no considerada como dañina o perjudicial para fines de investigación científica, culturales o para trabajos de repoblación y siempre que la solicitud proceda de alguna institución oficial, científica o educativa, ya sea nacional o extranjera.

"La Comisión tuvo a la vista también proposiciones de la Federación Nacional de Caza, Tiro y Pesca las que, después de un estudio minucioso, creemos no deben introducirse, modificándola, en la iniciativa del Ejecutivo.

"Hechas estas consideraciones sobre la inciativa, materia de este dictamen, esta Comisión de Caza y Pesca somete a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente proyecto de ley.

"Capítulo I.

"Objeto de la ley.

"Artículo 1o. Esta ley tiene por objeto orientar y garantizar la conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre que subsiste libremente en el Territorio Nacional, regulando su aprovechamiento.

"Artículo 2o. La fauna silvestre, está constituída por los animales que viven libremente y fuera del control del hombre. También se consideran silvestres, para los efectos de esta ley, los domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y apropiación por los medios autorizados en este ordenamiento y su reglamento.

"Artículo 3o. Todas las especies de animales silvestres que subsisten libremente en el Territorio Nacional, son propiedad de la nación y corresponde a la Secretaría de Agricultura y Ganadería autorizar el ejercicio de la caza y la apropiación de sus productos.

"Capítulo II.

"Protección de la fauna silvestre.

"Artículo 4o. Se declara de utilidad pública:

"a) La conservación, restauración y propagación de todos los animales silvestres útiles al hombre, que temporal o permanentemente habiten en el Territorio Nacional.

"b) El control de los animales silvestres, ya sean útiles o perjudiciales al hombre, o a las demás especies animales.

"c) La importación, movilización y alimentación de animales silvestres.

"d) La conservación y propagación de los recursos que sirven de alimentación y abrigo a la fauna silvestre.

"Artículo 5o. La protección de las aves y demás animales silvestres migratorios, se ejercerá de acuerdo con los preceptos de esta ley, su reglamento y con los tratados internacionales ya celebrados y los que en lo futuro se celebren.

"Artículo 6o. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, tendrá a su cargo la inspección y vigilancia de todas las actividades cinegéticas en los términos de esta ley, su reglamento y las demás disposiciones que de ella emanen.

"Artículo 7o. Las autoridades federales, locales y municipales, los clubes de cazadores y todos los habitantes de la República, deberán coadyuvar con la Secretaría para el logro de las finalidades señaladas en esta ley.

"Articulo 8o. La Secretaría de Agricultura y Ganadería impartirá la enseñanza especializada y difundirá por todos los medios a su alcance los conocimientos necesarios para asegurar la conservación y fomento de la fauna silvestre nacional.

"Capítulo III.

"Zonas de reservas nacionales, refugio para animales y zonas vedadas de propagación.

"Artículo 9o. El Ejecutivo de la Unión, previo el estudio correspondiente, establecerá las zonas de las reservas nacionales, y determinará las vedas temporales o indefinidas para obtener la repoblación, propagación, aclimatación o refugio de los animales silvestres, y principalmente, de especies en peligro de extinción.

"Capítulo IV.

"Aclimatación y propagación.

"Artículo 10. Cuando la Secretaría de Agricultura y Ganadería considere benéfica la importación de animales silvestres exóticos para su aclimatación, expedirá el permiso correspondiente y la importación se hará libre de derechos.

"Artículo 11. La captura de animales silvestres con fines de propagación, obliga al permisionario a proporcionar a la Secretaría de Agricultura y Ganadería, los ejemplares vivos sanos que determine el Reglamento y de acuerdo con lo especificado en el permiso.

"Artículo 12. Igualmente quedan obligados los permisionarios a entregar a la Secretaría de Agricultura y Ganadería, los ejemplares enfermos que ocasionalmente capturen, con el fin de que se investiguen las causas de la enfermedad, se controlen las epizootias y se combatan con eficacia.

"Capítulo V.

"Cotos de caza.

"Artículo 13. Los clubes o asociaciones cinegéticas registradas en la Secretaría, podrán gestionar del Ejecutivo de la Unión la declaratoria de "Cotos de Caza".

"Se entenderá por "coto" una superficie delimitada y destinada a la caza deportiva.

"Artículo 14. Será requisito previo para la declaración por el Ejecutivo, de un coto de caza, que la Secretaría de Agricultura proyecte, por cuenta de los interesados, el estudio que justifique el establecimiento del coto y las condiciones bajo las cuales habrá de funcionar. En este estudio se fijará la especie y el número de animales que cada cazador tendrá derecho a cazar durante la temporada.

"Capítulo VI.

"Ejercicio del derecho de caza.

"Artículo 15. El ejercicio de la caza en el Territorio Nacional, no tiene más limitaciones que las establecidas en la presente ley, en su reglamento y en las disposiciones que dicte la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

"Artículo 16. Se prohibe la caza con fines comerciales.

"La caza deportiva se autorizará en las épocas permitidas y se sujetará a las disposiciones de esta ley y su reglamento, así como al Cuadro de Epocas Hábiles de Caza que expida la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

"Artículo 17. En casos excepcionales y previo acuerdo del C. Presidente de la República, podrá autorizarse la captura de determinado número de ejemplares de una especie no considerada como dañina o perjudicial, cuando se soliciten para fines de investigación científica, culturales o para trabajos de repoblación y la solicitud proceda de alguna institución oficial, científica o educativa, nacio- nal o extranjera.

"Capítulo VII.

"Permisos.

"Artículo 18. Los permisos de caza se expedirán previa la solicitud correspondiente y el pago de los derechos que fije la tarifa, a los miembros de las asociaciones o clubes de cazadores registrados y reconocidos por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, previo el permiso de la autoridad competente para la portación y uso de armas de fuego.

"Artículo 19. Los permisos de caza son personales e intransferibles y sus poseedores están obligados a presentarlos a las autoridades civiles o militares cuantas veces se les requiera.

"Artículo 20. Las curtidurías, tenerías y establecimientos de taxidermia que se dediquen a la preparación de pieles de animales silvestres, están obligados a requerir del interesado el permiso correspondiente y a llevar un libro de control en la forma y términos que determine el reglamento.

"Capítulo VIII.

"Armas de caza y medios de captura.

"Artículo 21. Corresponde a la Secretaría de Agricultura y Ganadería fijar los tipos y calibres de las armas, así como los medios de caza que podrán usarse para el ejercicio de la misma.

"Artículo 22. Se prohibe la caza por medio de venenos y los reclamos sólo podrán usarse en los casos excepcionales que fije el reglamento.

"Artículo 23. Queda terminantemente prohibido ejercer la caza de aves acuáticas y de ribera, por el sistema de armadas y redes.

"Se declaran armas prohibidas los cañones que pueden utilizarse en las armadas y toda clase de armas que no estén especificadas en el Reglamento.

"Capítulo IX.

"Transporte de animales silvestres y sus productos.

"Artículo 24. El transporte de animales silvestres o sus productos y despojos, debe ampararse con el permiso correspondiente, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones legales reguladoras del servicio de sanidad animal.

"Artículo 25. Las empresas de transporte están obligadas a exigir a los remitentes, el permiso que ampare su envío. "Capítulo X.

"Disposiciones generales.

"Artículo 26. Se prohibe la exportación de piezas de caza, vivas o muertas, así como de sus productos y derivados, cualesquiera que éstas fueren.

"Se exceptúan de esta disposición las piezas o productos de caza logrados por extranjeros residentes, en el número autorizado en el permiso correspondiente . "Artículo 27. Se decreta una veda permanente en el territorio de los parques y reservas nacionales, campos de experimentación y viveros.

"Artículo 28. Los viveros, los campos de experimentación, las reservas y los parques nacionales se considerarán centro de propagación de nuevas especies y se utilizarán por las autoridades del ramo para fomentar la cría de toda clase de animales no predatorios.

"Capítulo XI.

"Delitos y faltas en materia de caza.

"Artículo 29. Los Tribunales de la Federación conocerán de los delitos en materia de caza.

"Artículo 30. Son delitos de caza:

"I. El ejercicio de la caza y de especies en vedas permanentes; "II. El uso de armas prohibidas para el ejercicio de la caza;

"III. La caza de hembras y crías de mamíferos no considerados dañinos, cuando sea posible distinguir con claridad el sexo de los animales;

"IV. La apropiación o destrucción de nidos y huevos de las aves silvestres,

"V. La caza por el sistema de uso de armadas o por otros medios no autorizados. "Artículo 31. A los responsables de los delitos tipificados en el capítulo anterior, se les impondrá como pena hasta de tres años de prisión, o multa de $ 100.00 a $ 10,000.00 y en ambos casos, la inhabilitación para obtener permisos de caza por un

término de cinco años. Se duplicarán las sanciones para los reincidentes.

"Artículo 32. Las piezas de caza y las armas o medios empleados en la comisión de delitos o faltas, se recogerán por la autoridad administrativa sólo se devolverán cuando se usen con permiso de la autoridad competente y previo pago de la sanción pecuniaria correspondiente, en caso de que la falta sea leve. En los demás casos y tratándose de delitos, la Secretaría de Agricultura declarará la pérdida de las armas en favor de la nación y procederá a su remate en la forma y términos que establezca el Reglamento.

"Artículo 33. Son faltas en materia de caza:

"I. Ejercer la caza sin el permiso correspondiente;

"II. La apropiación de animales salvajes sin permiso; "III. Transitar en despoblado con armas de caza, trampas u otros medios de captura, sin la licencia respectiva;

"IV. La captura de animales predatores con trampas no autorizadas;

"V. Ejercer la caza de especies en veda temporal;

"VI. Ejercer la caza con ayuda de luz artificial, de venenos o reclamos;

"VII. La venta, comercio o anuncio de carnes, productos o despojos de animales de caza;

"VIII. Cazar o capturar más animales de los autorizados en el permiso;

"IX. Transportar animales de caza o productos derivados de los mismos, sin la documentación correspondiente, o en mayor número del autorizado;

"X. Remitir productos de caza mezclados o cambiar su denominación para eludir la vigilancia, y

"XI. Violar cualesquiera de las demás disposiciones de esta ley o de su reglamento.

"Artículo 34. Las faltas se castigarán con multa de $ 100.00 a $ 10,000.00 y con la confiscación de los productos y equipos, sin perjuicio de que respecto de las armas, se proceda en su caso, en los términos del artículo 32 de esta ley.

"Artículo 35. Cuando se detengan animales vivos, éstos se libertarán de preferencia en el lugar de captura.

"Los productos o despojos cuando sean susceptibles de descomponerse, se donarán a Instituciones de Beneficiencia, y los industrializables se rematarán por la Oficina Federal de Hacienda correspondiente. "Artículo 36. De las faltas cometidas y del pago de las sanciones por los cazadores o capturadores, también se considerarán responsables a los remitentes, consignatarios y porteadores de productos de caza.

"Artículo 37. La falta se sancionará por los Delegados Forestales y de Caza en cada entidad federativa y se revisarán por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, para el efecto de aumentar, confirmar o disminuir el importe de las multas y para asegurar una mejor aplicación de esta ley y de su reglamento.

"Tratándose de delitos, los Delegados o la Secretaría harán la consignación al Ministerio Público Federal de la jurisdicción territorial que corresponda. "Artículo 38. Son reincidentes las personas condenadas o declaradas infractoras por igual delito o falta, en un lapso de 5 años.

"Artículo 39. Cuando los infractores abandonen los implementos detenidos y los productores de caza, se procederá a su remate por la Secretaría de Agricultura, una vez transcurridos 30 días desde su detención.

"El producto de los remates que se lleven a cabo por la Secretaría de Agricultura, se entregará invariablemente a la Secretaría de Hacienda, en un plazo no mayor de 5 días contados a partir de la fecha de la almoneda.

"Artículo 40. Las multas se harán efectivas por las oficinas Federales de Hacienda, con sujeción a las leyes respectivas.

"Transitorios.

"1o. Se deroga la ley de caza de 28 de agosto de 1940 y cualquiera otra disposición que se oponga a la presente.

"2o. Esta ley comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"3o. Los permisos vigentes subsistirán hasta la expiración de sus plazos; pero deberán sujetarse en su régimen interno a las prescripciones de esta ley.

"4o. El Cuadro de Epocas Hábiles de Caza o Captura, seguirá vigente y se modificará por el Secretario de Agricultura y Ganadería cuando lo estime conveniente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 22 de octubre de 1951.- Lucino M. Rebolledo.- Ricardo Alzalde Arellano.- Alberto Perera Castillo".

Primera lectura. Por acuerdo de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura al proyecto que se acaba de leer.

El C. Facha Gutiérrez Eduardo: ¡No! Que se le dé el trámite ordinario.

El C. Presidente: Sírvase computar la votación la Secretaría.

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: En votación económica se pregunta si se dispensa o no de la segunda lectura al proyecto que se acaba de leer. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Dispensada la segunda lectura.

Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular. (La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, dio lectura a los artículos que componen este proyecto de ley y que se encuentran insertos al ponerse el mismo a discusión en lo general, poniéndolos a votación uno por uno y no habiendo sido objetados se reservan para su votación nominal).

Se va a proceder a recoger la votación tanto en lo general como en lo particular del proyecto, en un solo acto. Por la afirmativa.

El C. secretario Herrera Estúa Uriel: Por la negativa. (Votación).

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Herrera Estúa Uriel: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: Por una mayoría de 78 votos en pro y 4 en contra se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto Ley de Caza. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Honorable Asamblea:

"A la Comisión de Presupuestos y Cuenta que suscribe, fue turnado el oficio número 252 de 5 de septiembre del año actual, enviado por la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda y al cual se adjunta el informe sobre los trabajos de auditoría verificados del 2 de septiembre de 1950 a 31 de agosto de 1951, en la documentación comprobatoria correspondiente a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1949, así como algunas parciales que más adelante quedarán enumeradas.

"Como esta H. Cámara, en sesión del 27 de diciembre del año próximo pasado, aprobó el dictamen de la anterior Comisión de Presupuestos y Cuenta, acerca del examen verificado en la Cuenta de la Hacienda Pública del año de 1948, la presente Comisión se ocupa ahora de la revisión y examen relativo a la Cuenta del año de 1949.

"Las labores desarrolladas por la Contaduría Mayor de Hacienda se clasificaron en Auditoría de Egresos "A" y Auditoría de Egresos "B". La Auditoría de Egresos "A" llevó a cabo la revisión y glosa de los egresos presupuestales correspondientes a la cuenta del año de 1949, relacionados con las siguientes especialidades:

"Contabilidad. Se revisaron y ajustaron los mayores auxiliares de las partidas del Presupuesto de Egresos, habiéndose formulado las observaciones correspondientes, se vieron las partidas de Haberes, Haberes Militares Procesados, Honorarios Especiales, Pensiones, Cancelaciones de Pasivo, Erogaciones no Especificadas y Cuentas por Pagar. Como resultado de la revisión y glosa, se formularon y comunicaron a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Contaduría de la Federación, cincuenta y cuatro pliegos de observaciones por defectos y faltas de justificación, veinte por defectos y faltas de comprobación, dos por responsabilidades reembolsables en efectivo y dieciséis pliegos de observaciones de orden por deficiencias y errores técnicos. Asimismo, en las especialidades correspondientes a la Auditoría "A", fueron satisfechos y por tanto cancelados, los pliegos de observaciones que estaban pendientes y que habían sido formulados como resultado de la glosa de operaciones del año de 1947.

"En la Auditoría de Egresos "B", se terminó conforme al plan de trabajo aprobado la glosa y revisión de las especialidades, Anticipos para Adquisiciones o Construcciones, Adquisiciones o Construcciones y Erogaciones no Especificadas. Como resultado de la revisión y glosa antes dicha, se formularon cincuenta y dos pliegos por faltas o defectos de justificación, cuarenta y uno por faltas o defectos de comprobación, uno por responsabilidad reembolsable en efectivo y siete pliegos de observaciones de orden por deficiencias y errores técnicos.

"Es de hacerse notar que se habían venido acumulando de años anteriores diversos saldos en la cuenta mencionada, que llegaron a sumar.... $ 47.584,085.64, de los cuales se obtuvo ya la comprobación respectiva, y, por consiguiente, quedó hecha la cancelación de rigor. También se obtuvo la regularización pendiente de otros años en la cuenta de Deudores Diversos -otros deudores- , por la cantidad de $ 25.588,094.73, haciéndose la correspondiente cancelación de esos saldos.

"En lo que toca a fideicomisos, se ha verificado que las ministraciones de fondos hayan sido hechas de acuerdo con los contratos respectivos, y están en estudio los expedientes para la cancelación de los ya cumplidos y extinguidos, para exigir el reintegro de los fondos que debieron ser ya recuperados. Se hizo asimismo, una auditoría de ingresos y cuentas diversas para el Departamento del Distrito Federal y los Territorios Federales, así como la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

"La revisión y glosa del Departamento del Distrito Federal correspondió a la cuenta del año de 1947 rendida por el citado Departamento.

"Para llevar a cabo las pruebas respectivas se formularon los siguientes documentos:

"Estados mensuales de las Afectaciones a las Partidas del Presupuesto de Egresos.

"Cortes de Caja, mensuales, de primera y segunda operación.

"Estados de Asignación, Ejercicios y Saldos por Ramo de Presupuesto, y, dentro de éstos, por Partidas.

"Registro de expedición y Pago de Ordenes de Pago "A".

"Registro de Expedición y Pago de Ordenes de Pago "B".

"Como resultado se formularon doce pliegos por falta de comprobación en las operaciones relativas, y cinco pliegos por observaciones de orden por deficiencias y errores técnicos.

"Territorios Federales.

"Territorio Norte de Baja California.

"Se terminó la revisión y glosa de las cuentas correspondientes a los años de 1948 y 1949, esta última a base de pruebas, y se formularon las siguientes observaciones: diez pliegos por falta de comprobación y veintidós pliegos de responsabilidades reembolsables en efectivo.

"Territorio Sur de Baja California.

"Se terminó la revisión y glosa de las cuentas correspondientes a los años de 1948 y 1949, esta última a base de pruebas, sin observaciones. "Territorio de Quintana Roo.

"Se terminó la revisión y glosa de las cuentas correspondientes a los años 1948 y 1949. Como resultado de dichas labores se formularon seis pliegos de observaciones de orden por deficiencias y errores técnicos.

"Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

"Se terminó la revisión y glosa de la cuenta correspondiente al segundo semestre del año de 1948, y como resultado de las labores llevadas a cabo se formularon ocho pliegos por falta de comprobación y veintiún pliegos de responsabilidades reembolsables en efectivo.

"Expuestos los datos anteriores, debemos manifestar a la H. Asamblea que habiéndose recibido en tiempo oportuno cuarenta y ocho estados que resumen la cuenta correspondiente al ejercicio fiscal de 1950, mismos que conforme a lo preceptuado en el artículo 80 del Reglamento Interior del Congreso nos han sido turnados por acuerdo de vuestra soberanía, se procede ya a dirigir oficio a la Cantaduría Mayor de Hacienda para solicitarle que una vez terminada la revisión y glosa respectiva a la documentación comprobatoria que el Ejecutivo Federal le envió directamente, se sirva rendir su informe a fin de que esta Comisión de Presupuestos y Cuenta esté en aptitud de formular dictamen sobre el particular.

"Réstanos sólo poner a la consideración de la H. Asamblea, para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se aprueba la revisión y glosa de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al año de 1949, llevada a cabo por la Contaduría Mayor de Hacienda.

"Artículo 2o. Las responsabilidades resultantes se deducirán en la forma y términos previstos por la ley.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 24 de septiembre de 1951.- Alfonso Sánchez Madariaga.- Salvador Pineda.- David Rodríguez Jáuregui.- Eduardo Vargas Díaz.- Pedro Pablo González.- Mauricio Magdaleno.- Alfonso L. Nava.- Matías Rebollo Téllez". Está a discusión en lo general el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular. (La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, dio lectura a los artículos que componen este proyecto de ley y que se encuentran insertos al ponerse el mismo a discusión en lo general, poniéndolos a votación uno por uno y no habiendo sido objetados se reservan para su votación nominal).

Se va a proceder a recoger la votación en lo general y en lo particular del dictamen, en un solo acto. Por la afirmativa. - El C. secretario Herrera Estúa Uriel: Por la negativa. (Votación).

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Herrera Estúa Uriel: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

El C. secretario Coronado Organista Saturnino: Por unanimidad de 82 votos se aprueba el proyecto de ley en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

- El C. secretario Herrera Estúa Uriel (leyendo):

"H. Cámara de Diputados:

"En el mes de noviembre del año de 1948, los diputados miembros de Acción Nacional a la XL Legislatura presentaron tres iniciativas de ley que integran un completo sistema electoral: proyecto de Ley Electoral de Poderes Federales, proyecto de ley de Partidos Políticos e iniciativa de reforma constitucional para crear el Tribunal Federal de Elecciones, proyectos que no fueron dictaminados por la mencionada Legislatura y que, por lo tanto, hicimos nuestros y los presentamos nuevamente el mes de octubre del año de 1950, ante esa H. Cámara.

"Durante el período de sesiones correspondiente al mismo año de 1950, presentamos cuatro excitativas urgiendo que dichos proyectos fueran dictaminados de acuerdo con lo que ordena el Reglamento Interior del Congreso; pero a pesar de que en cada ocasión el Presidente en turno de la Cámara conminó terminantemente a las Comisiones dictaminadoras, a las que fueron turnados los expedientes para que en cumplimiento de sus obligaciones rindieran los dictámenes correspondientes, las tres iniciativas quedaron sin dictaminar. "El pueblo de México ha manifestado una decidida vocación en favor de la democracia; el régimen, en reiteradas y solemnes declaraciones, tanto en lo nacional como en lo internacional, ha manifestado su decisión de poner todos los medios a su alcance para lograr que la democracia rija y presida la vida de los pueblos libres de la Tierra; pero para satisfacer los anhelos de la ciudadanía y para establecer la debida correspondencia entre las declaraciones oficiales y la realidad nacional es indispensable, como requisito previo, el establecimiento legal de un régimen electoral que garantice la efectividad del sufragio, ya que, si así no fuera, se mantendría la situación intolerable de incongruencia entre un verbalismo hipócrita y una realidad dramática y desoladora.

"Además, la proximidad de las elecciones de poderes federales, cuya etapa previa ya se inició, exige, con urgencia inaplazable, que se haga una reforma completa, leal y sincera del actual sistema electoral que ha demostrado suficientemente su inadecuación a las exigencias fundamentales de la auténtica democracia.

"Por todo ello venimos a pedir se excite una vez más a las Comisiones dictaminadoras para que los proyectos de ley a que nos hemos referido tantas veces sean dictaminados desde luego para que, en caso de aprobarse, puedan entrar en vigor oportunamente y cumplirse todos los plazos y términos en ellos señalados.

"Por otra parte, es francamente censurable la negativa sistemática al cumplimiento de la obligación que impone el Reglamento Interior del Congreso a las Comisiones encargadas de dictaminar tales proyectos, las que, con su actitud, hacen suponer que proceden de mala fe en un propósito deliberado de impedir una legislación que haga posible la efectividad del sufragio. De nada sirve el derecho de iniciativa de los miembros del Congreso de la Unión que la Constitución consagra, si queda sujeto a la buena o mala fe, a la pereza o a la actividad de las Comisiones dictaminadoras. Las inmensas posibilidades de beneficios para México que tal derecho ofrecen quedan esterilizadas ante esos propósitos abiertamente violatorios a la Constitución y al Reglamento Interior.

"Esperamos que en esta ocasión, a diferencia de las anteriores, nuestra excitativa no quede condenada a la rutinaria intervención de la Presidencia, hasta la fecha no respetada, sino que, en cumplimiento de las disposiciones legales expresas y terminantes, sean dictaminados el proyecto de Ley Electoral de Poderes Federales, el proyecto de ley de Partidos Políticos y la iniciativa de reforma constitucional para crear el Tribunal Federal de Elecciones presentados por nosotros, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de esta excitativa.

"Salón de sesiones, México, D. F., a 23 de octubre de 1951.- Gonzalo Chapela.- Eduardo Facha Gutiérrez.- Juan José Hinojosa.- Jaime Robles Martín del Campo"

El C. Hinojosa Juan José: Pido la palabra para fundar la excitativa.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hinojosa Juan José: Señores 81 diputados presentes: perdonen ustedes que los venga a interrumpir en la agobiadora tarea para fundar esta excitativa. Yo comprendo que el intensísimo trabajo legislativo realizado en estos dos últimos meses los tiene a ustedes positivamente abrumados y cansados. Sin embargo, es urgente fundar esta excitativa, por tratarse de una quinta excitativa que viene a resultar una quinta que no debe ser mala. De nada sirve, lo decimos en la iniciativa y lo insisto en esta ocasión, el derecho de iniciativa que la Constitución concede a los diputados, si éste queda sujeto a que las Comisiones les venga en gana dictaminar los proyectos que los diputados presentemos o que no les venga en gana hacer ese dictamen.

Si es cierto esto, que se modifique la Constitución, señalando que tienen derecho de iniciativa los diputados, siempre y cuando a las Comisiones se les antoje cumplir con la misión que se les tiene encomendada.

Entonces sí, estableceremos la debida congruencia entre una disposición constitucional y una realidad de todos los días dentro de la Cámara. Trátandose de un proyecto tan importante como lo es el de la Ley Electoral, venimos insistiendo, no en un plan de oportunismo, sino desde el primer año del período de sesiones de esta Legislatura, venimos insistiendo en la urgencia de que sean dictaminados esos proyectos.

El Reglamento Interior del Congreso, con su aguilita respectiva en la pasta señala en la fracción XVI de los artículos 22 y 23 que es obligación del Presidente, y se los echo entero: "Excitar a cualesquiera de las Comisiones, a nombre de la Cámara, a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días después de aquél en que se les turne un asunto y, si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado..." El que redactó eso ya se imaginaba estos minúsculos menesteres de la flojera de las Comisiones, "...y si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que se pase a otra comisión".

Han transcurrido no cinco días, sino tres años, durante los cuales hemos presentado cinco excitativas sin que las comisiones hayan rendido dictamen. En cada caso el presidente en turno ha hecho la excitativa -se acuerdan del licenciado Ramírez Valadez que poniéndose muy solemne excitó a las Comisiones para que cumplieran con lo que el Reglamento exige- y las Comisiones han quedado positivamente excitadísimas, pero no han rendido el dictamen respectivo.

En vista de todas estas consideraciones, en este caso venimos a exigir que de acuerdo con esta fracción XVI se señale el martes próximo para que las Comisiones presenten el dictamen respectivo. Y señalamos el martes, porque los cinco días concluyen en domingo y difícilmente haríamos que los diputados, a pesar del gran propósito de trabajo que han demostrado hasta la fecha, se fueran a presentar en domingo. Entonces queda la primera sesión Hábil, para que, de acuerdo con lo que el Reglamento dice, presente el martes ese dictamen. En caso de que las Comisiones no cumplan debe pasar a otra Comisión, que tiene sólo cinco días. Si después de transcurrido ese plazo la otra Comisión no presenta el dictamen, sólo queda una alternativa: plantear con toda franqueza que los diputados no tienen derecho de iniciativa; borrarlo de la Constitución y borrarlo del Reglamento, porque no hay necesidad de estarnos haciendo tarugos con una letra que no estamos dispuestos a cumplir.

El C. Presidente: Como lo solicitan los señores diputados Chapela, Hinojosa, Robles Martín del Campo y Facha Gutiérrez se excita nuevamente a las Comisiones para que dictaminen los proyectos de ley presentados, a la mayor brevedad posible.

El C. Palomares Navarro Noé: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Palomares Navarro Noé: Señores diputados: en relación con la excitativa formulada por los señores diputados de Acción Nacional y tomando en consideración los jocosos argumentos de nuestro compañero diputado Hinojosa, quiero informar a ustedes que las Comisiones unidas de Gobernación, de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, aunque no lo crea el señor

diputado de Acción Nacional, Hinojosa, han estado trabajando intensamente la elaboración de los dictámenes.

Debe comprender el señor diputado Hinojosa, que formular dictámenes sobre asuntos de tanta trascendencia, no es cosa como suele decirse vulgarmente, de "enchílame esta gorda". Se está jugando en este caso una situación de gran interés para la nación. Los proyectos que ha presentado Acción Nacional, son: una iniciativa de Ley Electoral Federal, otra de Ley de Partidos Políticos, otra más de reformas constitucionales para crear un Tribunal Federal Electoral, y, finalmente, una iniciativa más para la creación del Registro Nacional Ciudadano.

Como ustedes ven, son cuatro iniciativas del partido Acción Nacional, más una iniciativa de reformas a la Ley Electoral que presentó el Partido Popular, aparte de otra iniciativa del Ejecutivo Federal sobre reformas a la Ley Electoral.

Los miembros de las Comisiones mencionadas, comprendemos que por la propia naturaleza de estas iniciativas, deben ser discutidas acuciosamente en este período de sesiones, porque no podrá aplazarse más, y dentro de breve plazo presentaremos a la consideración de ustedes los dictámenes respectivos. Para satisfacción del compañero Hinojosa, quiero decirle que en muy breve plazo tendrá oportunidad de exhibir su ingenio y su fogosidad en la discusión de esos dictámenes.

El C. Presidente (a las 14.20): Se levanta la sesión y se cita a los ciudadanos diputados para el próximo jueves a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"