Legislatura XLII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19520819 - Número de Diario 2
(L42A1P1oN002F19520819.xml)Núm. Diario:2Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., MARTES 19 DE AGOSTO DE 1952
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XLII LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 2
JUNTA PREPARATORIA
DE LA
CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 19
DE AGOSTO DE 1952
SUMARIO
1. - Se abre la junta preparatoria. Lectura y aprobación del acta de la junta anterior.
2. - Se presentan 24 dictámenes unitarios de las Comisiones Revisoras de Credenciales, sobre el resultado de las elecciones para diputados federales celebradas el día 6 de julio último en los distritos electorales de la República, que a continuación se expresan, con el propietario y suplente respectivo: 3o. de Guanajuato, doctor Cayetano Andrade López - Antonio Ramírez Maldonado; 1o. de Campeche, licenciado Fernando Lanz Duret - Hermilo Sandoval Campos; 3o. de Hidalgo, licenciado José María de los Reyes - Leonardo Ramírez; 1o. de Coahuila, Rafael Carranza Hernández - Jesús Santos Cepeda; 1o. de Tamaulipas, licenciado Juan Manuel Terán Mata - Francisco Morales Núñez; 4o. de Jalisco, profesor Ramón García Ruiz- Elías Gómez Rodríguez; 2o. de Guerrero, profesor Jesús Mastache Román - Alberto Salgado Cuevas; 1o. de Nayarit, doctor José Angulo Araico - Juventino Espinosa Jr.; 2o. de Colima, ingeniero Jesús Robles Martínez - Roberto Pizano Saucedo; único de Baja California Norte, licenciado Braulio Maldonado Sánchez - Francisco Benítez Méndez; 1o. de Guanajuato, J. Jesús Lomelín Mancilla - Ignacio Vázquez S.; 2o. de Aguascalientes, licenciado Benito Polomino Dena - Fernando Ramos Jáuregui; 3o. de Chiapas, Juas Sabines Gutiérrez - Eduardo Tovar Armendáriz; 1o. de México, profesor Roberto Barrios Castro - ingeniero Jesús Alarcón Moreno; 1o de Nuevo León, licenciado Caleb Sierra Ramos - Donato González Castillo; 1o. de San Luis Potosí, licenciado Agustín Olivo Monsivais - J. Jesús Blanco Vega; 9o. de Puebla, José Ricardi Tirado - José María Arroyo; 1o. de Sonora, Jesús Lizárraga Gastélum - Jesús Siqueiros Moreno; 4o. de Sinaloa, Bernardo Norzagaray Angulo - Alberto Tripp Flores; 8o. del Distrito Federal, licenciado Rómulo Sánchez Mireles - Margarito Curiel; 1o. de Tabasco, Ernesto Brown Peralta - José María Valenzuela; 2o. de Tamaulipas, doctor Norberto Treviño Zapata - Aureliano Caballero González; 2o. de Yucatán, profesor Antonio Bustillos Carrillo - doctor Jorge Martínez Ríos; 8o. de Oaxaca, licenciado Manuel Sodi del Valle - Jonás Salinas Narváez. Cada caso se aprueba en votación económica y se hace la declaratoria respectiva. Se levanta la junta.
DEBATE
Presidencia del
C. CAYETANO ANDRADE LÓPEZ
(Asistencia de 135 ciudadanos presuntos diputados).
El C. Presidente (A las 13.12 horas): Se abre la junta preparatoria.
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (Leyendo):
"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XLII Congreso de la Unión celebrada el día quince de agosto de mil novecientos cincuenta y dos.
"Presidencia del C. diputado Francisco Turrent Artigas.
"En la ciudad de México, a las dieciséis horas y veintidós minutos del viernes quince de agosto de mil novecientos cincuenta y dos, reunidos en el salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión ciento veinticuatro CC. presuntos diputados a la XLII Legislatura Federal, se abre la Junta, después de comprobarse dicha asistencia con la lista que pasó el Secretario de la Comisión Instaladora C. diputado Silvestre Aguilar.
"El mismo ciudadano diputado da lectura a los artículos 3o. y 4o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Federal, y de conformidad con este último precepto se procede a la elección, por escrutinio secreto de un presidente, un vicepresidente y dos secretarios de las Juntas Preparatorias, resultando electos por unanimidad de ciento treinta y un votos para Presidente el C. Cayetano Andrade López; Vicepresidente
Fernando Lanz Duret, y para Secretarios los CC. José María de los Reyes y Rafael Carranza Hernández.
"El C. Presidente de la Comisión Instaladora hace la declaratoria del resultado de la elección y de posesión de sus puestos a los electos.
"Presidencia del C. Cayetano Andrade López.
"De conformidad con el artículo 5o. del Reglamento, los CC. presuntos diputados hacen entrega de sus credenciales y proceden al nombramiento, por cédula, de Comisiones Revisoras de Credenciales, resultando electas, por unanimidad de ciento treinta y tres votos las siguientes
"1a. Comisión.
"Sección 1a. Juan Manuel Terán Mata, Ramón García Ruiz y Jesús Mastache Román.
"Sección 2a. Manuel Hinojosa Ortiz, José Angulo Araico y Jesús Robles Martínez.
"Sección 3a. Braulio Maldonado Sández, J. Jesús Lomelín Mancilla y Benito Palomino Dena.
"Sección 4a. Juan Sabines Gutiérrez, Roberto Barrios Castro y Caleb Sierra Ramos.
"Sección 5a. Agustín Olivo Monsivais, José Ricardi Tirado y Jesús Lizárraga Gastélum.
"2a. Comisión. Bernardo Norzagaray Angulo, Rómulo Sánchez Mireles y Ernesto Brown Peralta.
"Se hace la declaratoria correspondiente.
"Se da cuenta con el oficio del C. Oficial Mayor de la Cámara de Diputados, al que acompaña el inventario de la documentación y bultos que se han recibido y que corresponden a los expedientes de las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, celebradas el día seis de julio del año en curso. Este oficio recibe el trámite de: "Túrnese esta documentación a las Comisiones Revisoras de Credenciales de acuerdo con la distribución que señala el artículo 5o. del Reglamento.
"La presidencia recomienda a las Comisiones Revisoras de credenciales pasen a recoger a la Secretaría de la Cámara la documentación correspondiente, a fin de que formulen los dictámenes sobre los casos que les fueran turnados.
"Se cita para la próxima junta a las once horas del martes diecinueve del corriente.
"A las diecisiete horas y veintidós minutos se levanta la Junta Preparatoria"
. Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.
El C. Presidente: Se va a dar lectura a los dictámenes presentados por las respectivas Comisiones Revisoras de Credenciales.
- El C. secretario Carranza Rafael (Leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. - 3a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Se turnó a esta 3a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales el expediente que se formó con motivo de las elecciones celebradas el día 6 de julio del corriente año en el tercer distrito electoral del Estado de Guanajuato, a efecto de que nos avocáramos su estudio y resolución.
"En cumplimiento del acuerdo de vuestra soberanía, la suscrita Comisión tiene el honor de informar a ustedes que después de un detenido y cuidadoso estudio de la documentación que se tuvo a la vista, aparece que, en dicho distrito contendieron tres fórmulas para diputados, propietario y suplente, respectivamente, habiendo obtenido una mayoría de votos la integrada por los CC. doctor Cayetano Andrade López y Antonio Ramírez Maldonado.
"En tal concepto, y como no hubo irregularidades en dicha elección, que se apegó a las disposiciones de la Ley Electoral en vigor, venimos a solicitar a esta H. Asamblea la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son Válidas las elecciones que para diputados al congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año actual en el tercer distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. doctor Cayetano Andrade López y Antonio Ramírez Maldonado.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de agosto de 1952. - Braulio Maldonado Sández. - J. Jesús Lomelín. - Benito Palomino Dena".
El C. secretario De los Reyes José María: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la presidencia, por conducto de la Secretaría , pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario Carranza Rafael (Leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año actual en el tercer distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito los CC. Cayetano Andrade López y Antonio Ramírez Maldonado". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. - 3a. Sección.
'Honorable Asamblea:
"A la suscrita Comisión Revisora de Credenciales fue turnado, para estudio y dictamen, el expediente que se formó con motivo de las elecciones verificadas el domingo 6 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Campeche.
"Para cumplimentar el acuerdo de vuestra soberanía y después de estudiar detenidamente la documentación relativa, tenemos el honor de informar a ustedes que en el citado distrito contendieron las siguientes fórmulas para diputados propietario y suplente, respectivamente: licenciado Fernando Lanz Duret y Hermilo Sandoval Campos;
Javier. Rimero Gutiérrez y Alberto Moreno Villanueva; Luis A. Reyes Barrera y Saturnino Castillo Pérez y Ramón Berzunza Pinto y Emilio Can P.
"Del cómputo total de la elección, aparece que obtuvo una mayoría de 12,166 votos el C. licenciado Fernando Lanz Duret, como propietario, y de 12,147 votos el C. licenciado Hermilo Sandoval Campos, como suplente.
"En tal virtud, y habiéndose apegado la elección a las disposiciones de la Ley Electoral Federal en vigor, venimos a solicitar a esta H. Asamblea la aprobación de los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron lugar el domingo 6 de julio del corriente año, en el primer distrito electoral del Estado de Campeche.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Fernando Lanz Duret y Hermilo Saldoval Campos.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de agosto de 1952. - Braulio Maldonado Sández. - J. Jesús Lomelín M. - Licenciado Benito Palomino Dena".
El C. secretario De los Reyes José María: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:
(Leyendo)
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron lugar el domingo 6 de julio del corriente año, en el primer distrito electoral del Estado de Campeche.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Fernando Lanz Duret y Hermilo Sandoval Campos". (Aplausos)
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de credenciales.
Quinta Sección.
"Honorable Asamblea.
"Para su estudio y dictamen fue turnado a la Quinta Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente electoral relativo a las elecciones para diputados al H. Congreso de la Unión, que tuvieron lugar el día 6 de julio del año en curso, en el 3er. distrito electoral del Estado de Hidalgo, habiendo figurado como candidatos propietarios y suplentes, según registro correspondiente, los CC. José Ángeles Estrada, propietario, y Baldomero Arteaga Trejo, suplente, por el P. A. N.; licenciado José María de los Reyes, propietario, y Leonardo Ramírez, suplente por el P. R. I.; José Guadalupe Gómez Rivera, propietario y Telésforo Contreras Ruiz, suplente por el P. N. M. y Antonio Saunders Contreras, propietario, y Catarino Villalobos Rodríguez, suplente, por la F. P. P. M.
"Considerando, previo estudio pormenorizado de todos los documentos tenidos a la vista, que los actos preelectorales se ajustaron a lo estipulado por la Ley Electoral Federal vigente; que el acto de las elecciones se realizó normalmente y que el día 13 del mismo mes se reunió el Comité Distrital Electoral, en los términos que marca la propia ley, con el objeto de verificar el cómputo de la votación recibida y que el mismo organismo con el resultado del citado cómputo otorgó a los CC. Lic. José Ma. de los Reyes y Leonardo Ramírez, propietario y suplente respectivamente, la constancia de mayoría de votos que obtuvieron por ese distrito; que no existiendo constancias de objeciones con protestas de los Partidos contendientes y que la constancia de mayoría de votos se encuentra debidamente registrada bajo el número 32, fojas 1, del libro del Registro respectivo de la H.. Comisión Federal Electoral, con fecha 12 del corriente, la suscrita Comisión se permite someter a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:
"Primero son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del presente año, en el tercer distrito electoral del Estado de Hidalgo.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. licenciado José María de los Reyes y Leonardo Ramírez.
"Sala de Comisiones del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de agosto de 1952.
"Primera Comisión Revisora de Credenciales, Quinta Sección. - Agustín Olivo Monsivais. - José Ricardi Tirado. - Jesús Lizárraga Gastélum".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(Leyendo)
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del presente año, en el tercer distrito electoral del Estado de Hidalgo.
"Segundo. Son diputado al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. licenciado José María de los Reyes y Leonardo Ramírez". (Aplausos).
- El C. secretario De los Reyes José María (Leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
Quinta Sección.
"Honorable Asamblea:
"Para estudio y dictamen fue turnado a la Quinta Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales el expediente electoral relativo a las elecciones para diputados al H. Congreso de la Unión, que tuvieron lugar el día 6 de julio del año en curso, en el 1er. distrito electoral del Estado de Coahuila.
"De la documentación tenida a la vista aparece que fueron registrados los siguientes candidatos a diputados propietarios y suplentes, en el citado distrito los CC. Rafael Carranza Hernández, propietario, y Jesús Santos Cepeda, suplente, por el P. R. I., José Adolfo Cárdenas Molina, propietario, y Félix de la Fuente Talamantes, suplente, por el P. A. N., Juan Torres Flores, propietario, y Vicente Valdez Valdez, suplente, por el P. P. y Ramón Jasso Ramírez, propietario, y Magdaleno Pachicano Herrera suplente, por la F. P. P. M.
"Considerando que los actos preelectorales se ajustaron a lo estipulado por la Ley Federal Electoral; que el acto de las elecciones se realizó normalmente y que el día 13 del mismo mes se reunió el Comité Distrital Electoral, en los términos que marca la propia ley, con el objeto de verificar el cómputo de la votación recibida y que el mismo organismo con el resultado del citado cómputo, otorgó a los CC. Rafael Carranza Hernández y Jesús Santos Cepeda, propietario y suplente respectivamente, la constancia de mayoría de votos por ese distrito; que en vista de que las objeciones que presenta el C. José Adolfo Cárdenas Molina, candidato del P. A. N., que en escrito de fecha 7 de julio próximo pasado, carecen de fundamento legal pero no estar debidamente comprobadas, no deben tomarse en consideración y que encontrándose debidamente registrada la constancia de mayoría de votos antes aludida, bajo el número 13, fojas 1, del libro de Registro de la H. Comisión Federal Electoral, con fecha 12 del corriente, la suscrita Comisión se permite someter a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de Coahuila.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Rafael Carranza Hernández y Jesús Santos Cepeda.
"Sala de Comisiones del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de agosto de 1952.
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
Quinta Sección. - Agustín Olivo Monsivais. - José Ricardi Tirado. - Jesús Lizárraga Gastélum".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo).
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día seis de julio del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de Coahuila.
"Segundo. son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Rafael Carranza Hernández y Jesús Santos Cepeda". (Aplausos).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta 2a. Comisión Dictaminadora de Credenciales fueron turnadas para su estudio y resolución, las constancias que integran el expediente formado con motivo de la elección a diputados federales celebrada el día 6 de julio pasado en el primer distrito electoral en el Estado de Tamaulipas.
"Del estudio minucioso de las constancias que se proporcionaron a esta comisión para su dictamen, no se encontró que se hubiese presentado objeción fundada o prueba alguna que haga presumir alguna irregularidad del proceso electoral que culminó con esas elecciones.
"De acuerdo con las constancias estudiadas se encontró que la votación recogida en este distrito electoral fue la siguiente:
"Para la fórmula presentada por el Partido Acción Nacional y que integran los señores Agustín Herrera González para propietario y Jesús de la Garza para suplente, 879 votos.
"Para la fórmula presentada por el Partido Popular integrada por los CC. Nicolás Vargas Rodríguez para propietario y José Lemus Bravo para suplente, 579 votos.
"Para la fórmula presentada por la Federación de Partidos del Pueblo, integrada por los señores Rodolfo Cepeda Aregui para propietario y Aureliano Meza Avalos para suplente, 2,639 votos.
"Para la fórmula presentada por el PRI, integrada por los CC.
Lic. Juan Manuel Terán Mata para propietario y Francisco Morales Núñez para suplente, 26,798 votos.
"El Partido Nacionalista de México no registró candidatos.
"Vistos los anteriores resultados esta 2a. Comisión propone a la soberanía de esta H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de 1952 para diputados federales en el primer distrito electoral en el Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, el C. Lic. Juan Manuel Terán Mata y Francisco Morales Núñez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo)
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de 1952 para diputados federales en el primer distrito electoral en el Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, el C. Lic. Juan Manuel Terán Mata y Francisco Morales Núñez". (Aplausos).
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"2a Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A la 2a. Comisión revisora de Credenciales que suscribe fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía para estudio y dictamen, el expediente que se formó con la documentación correspondiente a las elecciones constitucionales para diputados al Congreso de la Unión y que se efectuaron en el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco el día seis de julio de presente año.
"Estudiado el expediente con la atención debida se encontró que el proceso electoral se sujetó estrictamente a la ley y que las diversas fórmulas registradas que contendieron en el distrito de referencia fueron las siguientes:
"Profesor Ramón García Ruiz y Elías Gómez Rodríguez, propietario y suplente respectivamente, por el Partido Revolucionario Institucional; Lic. Jisé Ernesto Aceves y Remberto Sánchez Valdez, propietario y suplente en su orden, por el Partido Acción Nacional; Luis Aldama Martínez y Abel Márquez Leaños, para los mismos cargos por el Partido Popular y Artemio Miramontes Antillón y Porfirio Guzmán Pérez como propietario y suplente, por la Federación de Partidos del Pueblo; habiendo obtenido 10,280 votos la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, 2,207 la fórmula del Partido Acción Nacional, 99 votos la planilla del Partido Popular y 323 votos los candidatos de la Federación de Partidos del Pueblo.
"En la documentación entregada a la Comisión que suscribe no se hacen constar protestas, objeciones o pruebas de los distintos partidos contendientes, demostrando que se hubiese cometido irregularidades en el proceso electoral.
"En esa virtud en nuestro concepto la credencial que en favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional expidió la Junta Computadora legalmente constituida en Yahualica, Jal., cabecera del cuarto distrito electoral del Estado, tiene toda validez y es legítimo el triunfo de la planilla del PRI en las elecciones de día 6 de julio, por lo que proponemos sean aprobados los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del corriente año en el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Es diputado propietario por el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco el C. profesor Ramón García Ruiz.
"Tercero. Es diputado suplente por el mismo cuarto distrito electoral de la mencionada entidad, el C. Elías Gómez Rodríguez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
- El C. secretario De los Reyes José María:
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo).
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del corriente año en el cuarto distrito Electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Es diputado propietario por el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco el C. profesor Ramón García Ruiz". (Aplausos).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea.
"A esta 2a. Comisión revisora de Credenciales se le turnó para estudio y dictamen el expediente formado con motivo de la elección verificada el día 6 de julio próximo anterior, de diputados federales en el segundo distrito electoral del Estado de Guerrero.
"De las constancias que se tuvieron a la vista para su estudio, se encontraron objeciones presentadas por la Federación de Partidos del Pueblo ante el C. Presidente del Comité Electoral del segundo distrito electoral de fecha 12 de julio de 1952 y del Partido Popular presentada ante la H. Comisión Federal Electoral con fecha 6 de agosto de 1952.
"En los pliegos mencionados se alegan diversas violaciones al proceso electoral, tanto en su preparación como en su desarrollo. Sin embargo, ni en los paquetes formados por el personal de casilla que intervino, ni en el expediente que integró el Comité electoral Distrital, ni la Junta local electoral, ni la Comisión electoral federal, se encontraron documentos que comprueben la procedencia de las objeciones presentadas.
"De las propias constancias se desprende que participaron en estas elecciones, por el Partido Revolucionario Institucional, el profesor Jesús Mastache Román como candidato a diputado propietario y Alberto Salgado cuevas como candidato a diputado suplente; por la Federación de Partidos del Pueblo, el profesor Jesús Delgado Arrocena como candidato a diputado propietario y Nestor Mastache Preller, como candidato a diputado suplente; por el Partido Acción Nacional, Ubaldo B. Palacios como candidato a diputado propietario y Juvencio I. Petronilo, como candidato a diputado suplente; y por el Partido Popular, Leocadio Pastrana Ramírez como candidato a diputado propietario y Arnulfo Salgado Lagunas como candidato a diputado suplente.
"Revisados los escrutinios parciales y totales se llegó a la conclusión de que obtuvieron el triunfo por la mayoría de sufragios el C. profesor Jesús Mastache Román con 20,183 votos para diputado propietario y el C. Alberto Salgado cuevas, con la misma cifra de votación, para diputado suplente. Los candidatos de la Federación de Partidos del Pueblo obtuvieron 4,448 votos el propietario y 4,497 votos el suplente; los candidatos del Partido Acción Nacional obtuvieron 590 votos el propietario y 502 el suplente los candidatos que
apoyó el Partido Popular resultaron con 239 votos el propietario y 240 votos el suplente.
"Por lo visto y fundado, esta 2a. comisión Revisora de Credenciales propone a la consideración de esta H. Asamblea se aprueben los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de este año para diputados al Congreso de la Unión, en el segundo distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, en su orden, por el citado segundo distrito electoral de la mencionada entidad, los ciudadanos profesor Jesús Mastache Román y Alberto Salgado Cuevas.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D . F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael:
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo).
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de este año para diputados al Congreso de la Unión, en el segundo distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, en su orden, por el citado segundo distrito electoral de la mencionada entidad, los ciudadanos profesor Jesús Mastache Román y Alberto Salgado Cuevas". (Aplausos)
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta 2a. Comisión Dictaminadora de Credenciales fue turnado para estudio el expediente formado con motivo de las elecciones constitucionales para elegir diputado propietario y suplente en el primer distrito electoral en el Estado de Nayarit.
"Hecho el estudio minuciosos de las constancias que obran en el expediente, no se encontró protesta ni prueba que acredite alguna irregularidad ni en el proceso preelectoral ni en la propia elección.
"De las propias constancias se desprende que la votación recogida en este distrito fue la siguiente:
"Para la fórmula sostenida por el Partido Popular, integrada por los CC. Crispín Durán Zamorano para propietario y Serveriano Osegueda Peña, para suplente, 855.
"Para la fórmula sostenida por la Federación de Partidos del Pueblo, integrada por los CC. Jesús Abitia Arzápalo para propietario y Jorge Vázquez Prieto para suplente, 3,045 votos.
"Para la fórmula sostenida por el PRI, integrada por los CC. doctor José Angulo Araico para propietario y Juventino Espinosa Jr. para suplente, 15,230 votos.
"No registraron candidatos ni el Partido Nacionalista de México ni el Partido de Acción Nacional.
"En vista de los resultados anteriores, esta Comisión propone a la soberanía de esta Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de 1952 para diputados federales en el primer distrito electoral del Estado de Nayarit
. "Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, el señor doctor José Angulo Araico y Juventino Espinosa Jr.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray A. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo).
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de 1952 para diputados federales en el primer distrito electoral del Estado de Nayarit
. "Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, el señor doctor José Angulo Araico y Juventino Espinosa Jr". (Aplausos).
El C. secretario Carranza Hernández Rafael: (leyendo).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta 2a. Comisión Revisora de Credenciales fueron turnados para estudio y dictamen, por acuerdo de la soberanía de esta H. Asamblea, los documentos que integran el expediente formado con motivo de la elección para diputados federales celebrada el día seis de julio próximo pasado en el segundo distrito electoral del Estado de Colima.
"Aparece de las constancias que tuvo a la vista esta Comisión dictaminadora, que la elección se celebró tanto en su aspecto preelectoral como en su desarrollo mismo, dentro de las normas establecidas por las leyes respectivas y sin que se hubiesen formulado protestas o presentando pruebas en contrario.
"Aparece de la documentación citada, que participaron en esta elección los siguientes candidatos: Ingeniero Jesús Robles Martínez como propietario y Roberto Pizano Saucedo como suplente, sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional; Rafael Ávila Santillán como propietario y Leonardo Gutiérrez Barajas como suplente, de parte de la Federación de Partidos del Pueblo; José Ray Navarro como propietario y Miguel Valencia Pérez como suplente, postulados por el Partido Acción
Nacional: doctor Enrique Brizuela como propietario y doctor Eduardo Alvarez como suplente, por el Partido Nacionalista Mexicano; y finalmente, se encontró que el Partido Popular no registró candidatos.
"Hecho el estudio minucioso de las actas de cómputo final, se llegó a la conclusión de que los candidatos Robles Martínez y Pizano Saucedo obtuvieron mayoría de sufragios, ya que las fórmulas de los otros partidos tuvieron una votación muy baja según los siguientes cómputos finales:
"Partido Revolucionario Institucional: 8,665 votos. "Federación de Partidos del Pueblo: 1,156 votos. "Partido Acción Nacional: 370 votos. "Partido Nacionalista Mexicano: 63 votos. "No registrados: 10 votos.
"En tal virtud, esta Comisión se permite proponer la aprobación de los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el segundo distrito electoral del Estado de Colima, el domingo seis de julio del corriente año.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado segundo distrito de la expresada entidad, los ciudadanos ingeniero Jesús robles Martínez y Roberto Pizano Saucedo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario De los Reyes José María (Leyendo):
"Primero. Son Válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el segundo distrito electoral del Estado de Colima, el domingo 6 de julio del corriente año.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente por el mencionado segundo distrito de la expresada entidad, los ciudadanos ingeniero Jesús Robles Martínez y Roberto Pizano Saucedo". (Aplausos).
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (Leyendo):
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales fueron turnadas para estudio y dictamen, por esta H. Asamblea, las constancias relativas a la elección para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio próximo pasado en el único distrito del Territorio Norte de Baja California.
"De dichas constancias tenidas a la vista aparecen protestas formuladas por los representantes de la Federación de Partidos del Pueblo, que se refieren a acontecimientos que además de afectar en forma muy secundaria el resultado final de la elección, se contraen a hechos que no fueron probados en forma alguna y, por lo tanto, deben considerarse insuficientes al objeto para el que se propusieron.
"Participaron en la citada elección las siguientes fórmulas que se consignan con el resultado de su votación final:
"Por el Partido Revolucionario Institucional: para diputado propietario, C. Braulio Maldonado Sández, 21,283 votos; para diputado suplente, C. Francisco Benítez Méndez, 19,100 votos.
"Por la federación de Partidos del Pueblo: para diputado propietario, C. Manuel Guereña Valle, 9,705 votos; para diputado suplente, C. Leoncio Orozco Carrillo, 8,820 votos.
"Por el Partido Acción Nacional: para diputado propietario, C. Gustavo Llorenz García, 4,173 votos; para diputado suplente, C. Manuel Carreaga Lizárraga, 4,026 votos.
"Como no registrados, figuran como candidatos a diputados propietarios los CC. Oscar Gutiérrez Zamora, con 1,212 votos y Antonio Morales Tamborel, con 790 votos; y como candidatos a diputados suplentes los CC. Luis Arrega Gutiérrez con 1,111 votos y José T. Núñez con 692 votos.
"Vistos los resultados del examen de las constancias anteriores, se encontró que triunfaron por aplastante mayoría los CC. Braulio Maldonado Sández como diputado propietario y Francisco Benítez Méndez como diputado suplente.
"En tal virtud y por no haber sido eficaces las protestas y pruebas presentadas, esta Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, celebradas en el único distrito electoral del Territorio Norte de Baja California, el domingo seis de julio de 1952.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el único distrito electoral del Territorio Norte de Baja California, los ciudadanos Braulio Maldonado Sández y Francisco Benítez Méndez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
El C. secretario De los Reyes José María: Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(Leyendo)
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, celebradas en el único distrito electoral de Territorio Norte de Baja California, el domingo 6 de julio de 1952.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el único distrito electoral del Territorio Norte de Baja California, los ciudadanos Braulio Maldonado Sández y Francisco Benítez Méndez". (Aplausos).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales fueron turnadas para estudio y dictamen, las constancias que se formaron con motivo de la elección para diputados federales, celebrada el día 6 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Revisadas las constancias que se tuvieron a la vista, se encontró con que participaron en esta elección los CC. J. Jesús Lomelín Mancilla como candidato a diputado propietario e Ignacio Vázquez Sánchez como candidato a diputado suplente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional; CC. Luis Romero Gallardo como propietario y Crecencio Rayas Almaguer como suplente, por la Federación de Partidos del Pueblo; y CC. José Hernández Hernández como propietario y Benigno Estrada Hermosillo como suplente, por el Partido Acción Nacional. El Partido Popular no registró candidaturas ni lo hizo tampoco el Partido Nacionalista Mexicano.
"No existen ante esta Comisión ni protesta ni prueba alguna que haga presumir que el proceso preelectoral o la elección en sí hayan adolecido de algún vicio o violación a la ley que la afecte en sus resultados.
"De las constancias se desprende que obtuvieron el triunfo por mayoría de sufragios los CC. J. Jesús Lomelín Mancilla como propietario con 10,022 votos e Ignacio Vázquez S., como suplente con.. 10,903 votos.
"Los candidatos restantes obtuvieron los siguientes resultados:
"F. P. P. CC. Luis Romero Gallardo candidato a diputado propietario 4,719 votos; Crecencio Rayas Almaguer candidato a diputado suplente, 4,620 votos.
P. A. N. CC. José Hernández Hernández, candidato a diputado propietario, 5,462 votos; Benigno Estrada Hermosillo, como candidato a diputado suplente, 5,258 votos.
'En tal virtud y dadas las consideraciones anteriores, es de proponerse y se proponen los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo seis de julio de esta año en el primer distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado primer distrito electoral de la citada entidad, los CC. J. Jesús Lomelín Mancilla e Ignacio Vázquez S.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray A. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo).
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo seis de julio de esta año en el primer distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado primer distrito electoral de la citada entidad, los CC. J. Jesús Lomelín Mancilla e Ignacio Vázquez S." (Aplausos)
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"Fueron turnadas por acuerdo de esta H. Asamblea para estudio y dictamen a esta 2a. Comisión Revisora de Credenciales, las constancias referentes a la elección para diputados propietario y suplente en el segundo distrito electoral del Estado de Aguascalientes.
"De estas constancias se desprende que solamente el Partido Popular, por un escrito de 6 de agosto de 1952, objetó la validez del proceso electoral sin que hubiese presentado ninguna prueba que funde sus objeciones.
"Participaron como candidatos de los distintos partidos las siguientes personas con los resultados que a continuación se enumeran:
"Partido Revolucionario Institucional: diputado propietario, C. Lic. Benito Palomino Dena (11,075) votos; diputado suplente, C. Fernando Ramos Jáuregui (10,946) votos.
"Federación de Partidos del Pueblo: diputado propietario, C. Miguel Macías Ortega (1,730) votos; diputado suplente, C. Baudelio Marín (1,702) votos.
"Partido Acción Nacional: C. Gregorio Ruiz Velasco, candidato a diputado propietario (338) votos y C. Melquíades Díaz de León Guerrero, candidato a diputado suplente (332) votos.
"Partido Popular: diputado propietario, C. Manuel Mendoza Ugarte (114) votos y diputado suplente, C. Cleofas Revilla (100) votos.
"Candidatos no registrados: diputado propietario, C. Roberto González (1) voto y candidato a diputado suplente, C. Porfirio Díaz (1) voto.
"Apareciendo de las citadas constancias un triunfo aplastante en favor de la fórmula Palomino Dena Ramos Jáuregui, esta Comisión se permite proponer a la consideración de esta H. Asamblea se aprueben los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son Válidas las elecciones celebradas en el segundo distrito electoral del Estado de Aguascalientes el domingo 6 de julio de este año, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el expresado segundo distrito electoral de la mencionada entidad, los CC. Benito Palomino Dena y Fernando Ramos Jáuregui.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray A. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas en el segundo distrito electoral del Estado de Aguascalientes el domingo 6 de julio de este año, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el expresado segundo distrito electoral de la mencionada entidad, los CC. Benito Palomino Dena y Fernando Ramos Jáuregui". (Aplausos).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta 2a. Comisión Revisora de Credenciales que suscribe, se turnó por acuerdo de esta H. Asamblea para estudio y dictamen, el expediente formado con la documentación correspondiente al tercer distrito electoral del Estado de Chiapas, relativa a las elecciones celebrada el día seis de julio próximo pasado, para la designación de diputados al Congreso de la Unión.
"Estudiadas las constancias que fueron sometidas a dictamen de esta Comisión se encontró lo siguiente:
"Contendieron las fórmulas integradas por los CC. Juan Sabines Gutiérrez y Eduardo Tovar Armendáriz para diputados propietario y suplente, respectivamente, sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional; Eduardo Bonifaz Villar y Joaquín Cabrera para los mismos puestos, sostenidos por la Federación de Partidos del Pueblo; Elías Guillén V. y Enrique Cancino S. C., sostenidos por el Partido Acción Nacional; y Enrique Vázquez R. y David Marina, para los propios puestos sostenidos por el Partido Popular.
"El proceso electoral se realizó estrictamente apegado a la ley, como lo reconocieron los representantes de los partidos participantes en acta levantada el día 25 del mes de junio anterior y en esa misma forma se desarrolló también el proceso electoral, sin que haya ante esta Comisión objeciones, protestas o pruebas en contrario.
"En tal virtud, revisado el escrutinio se encontró que triunfó la planilla integrada por Juan Sabines Gutiérrez, candidato a diputado propietario y Eduardo Tovar Armendáriz, candidato a diputado suplente, por haber obtenido una mayoría de 25,469 votos contra 953 votos obtenidos por la planilla sostenida por la Federación de Partidos del Pueblo; 110 votos en favor de la planilla presentada por Acción Nacional; 101 votos que correspondieron a la planilla del Partido Popular y un voto de una candidatura no registrada.
"Por tanto, es de proponerse y se proponen a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el domingo seis de julio del año en curso, en el tercer distrito electoral del Estado de Chiapas.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por haber obtenido mayoría de sufragios, en el distrito mencionado, los CC. Juan Sabines Gutiérrez y Eduardo Tovar Armendáriz.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F, a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray A. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
- El C. secretario De los Reyes José María:
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el domingo 6 de julio del año en curso, en el tercer distrito electoral del Estado de Chiapas.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por haber obtenido mayoría de sufragios, en el distrito mencionado, los CC. Juan Sabines Gutiérrez y Eduardo Tovar Armendáriz". (Aplausos)
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"Fueron turnadas para su estudio y dictamen a esta 2a. Comisión Revisora de Credenciales, por mandato de esta H. Asamblea, las constancias que integran el expediente formado con motivo de la elección constitucional para diputados federales celebrada el pasado domingo seis de julio en el primer distrito electoral del Estado de México.
"Aparecen de las propias constancias que contendieron en este distrito los siguientes candidatos:
"CC. profesor Roberto Barrios Castro como propietario e ingeniero Jesús Alarcón Moreno como suplente, por el Partido Revolucionario Institucional; ingeniero Rafael Lira Uriarte, como propietario y Margarito Vargas V., como suplente, por la Federación de Partidos del Pueblo; Eligio Rosales García, como propietario y Antonio Macedo Serrano como suplente, por el Partido Acción Nacional; y Emilio Alvarez del Valle como propietario y Antonio González Reza como suplente, por el Partido Popular.
"El proceso electoral se desarrolló tanto en su etapa preelectoral como en la elección misma, apegado en todo a las normas legales respectivas.
"La federación de Partidos del Pueblo en escrito presentado por el señor ingeniero Bartolomé Vargas Lugo el día 24 de julio pasado, impugna el registro de los señores profesor Roberto Barrios Castro como propietario e ingeniero Jesús Alarcón Moreno como suplente, ante la Comisión Federal Electoral, alegando que en las casillas se desconoció a los representantes de la Federación de Partidos del Pueblo y a los candidatos; que se inició la votación antes de la hora que marca la ley y en algunas casillas se cerró antes de tiempo sin que se hubiese hecho el escrutinio y en algunos otros casos las ánforas se sustrajeron con propósitos de adulterar los resultados obtenidos en la votación.
"La Federación de Partidos del Pueblo ofreció presentar las pruebas de sus afirmaciones, sin que hasta la fecha haya presentado ninguna prueba de las quejas alegadas.
"El Partido Popular presentó una protesta en la que se refieren hechos que según este Partido tienden a modificar la libre emisión del voto, pero en ningún caso presentó ni en el más elemental principio de prueba, de tal manera que esta Comisión considera la protesta notoriamente infundada.
"Por protestas del P. R. I. se encuentra el paquete correspondiente a la casilla número 9 por haber mostrado alteraciones cuando fue revisado en la Junta Computadora el día 13 de julio y al revisarse en la dicha Computadora se encontró en su interior un paquete de boletas falsificadas de las de la emisión especial de la Federación de Partidos del Pueblo para diputados, senadores y Presidente de la República, razón por la cual se anuló el resultado de esta casilla.
"Los escrutinios parciales y el cómputo total arrojó los siguientes resultados:
"CC. profesor Roberto Barrios para diputado propietario y Jesús Alarcón para diputado suplente, 26,874 votos; Rafael Lira U. para diputado propietario y Margarito Vargas para diputado suplente, 3,363 votos; Eligio Rosales García para diputado propietario y Antonio Macedo Serrano para diputado suplente, 953 votos y finalmente Emilio Alvarez del Valle como diputado propietario y Antonio González Reza como diputado suplente, 147 votos.
"Vistos los anteriores resultados y la circunstancia de que la protesta presentada por el Partido Popular de ninguna manera afecta la validez y legitimidad de esta elección por no haber estado acompañada de ninguna prueba que la haga procedente, esta Comisión propone a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio de 1952 en el primer distrito electoral del Estado de México.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado primer distrito electoral del mencionado Estado de México los ciudadanos profesor Roberto Barrios Castro e ingeniero Jesús Alarcón Moreno.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
El C. secretario De los Reyes José María: Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo).
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio de 1952 en el primer distrito electoral del Estado de México.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado primer distrito electoral del mencionado Estado de México los ciudadanos profesor Roberto Barrios Castro e ingeniero Jesús Alarcón Moreno". (Aplausos).
- El C. Secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea
"A esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por acuerdo de la soberanía de esta Asamblea para estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de las elecciones para diputados federales celebradas el día seis de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"De las constancias que tuvo a la vista para estudio esta Comisión, se desprende que prestaron objeciones al resultado de la elección el Partido Acción Nacional y el Partido Popular.
"El Partido Acción Nacional objetó la validez de la elección por haber encontrado, según dice, irregularidades en la formación del padrón electoral objeciones sobre la idoneidad del personal integrante del Comité Distrital; del personal integrante de las casillas y de la propia Comisión Local Electoral; objeciones al funcionamiento del algunas de las casillas por haber cambiado de domicilio en forma irregular o por haber permitido la votación a personas que no tuvieron derecho a hacerlo; ilegalidad en la forma y resultados del escrutinio general.
"El Partido Popular presentó un pliego de objeciones alegando entre otras cosas que los funcionarios integrantes del Comité Distrital no reunían los requisitos de ley; que el personal de casillas estaba integrado por miembros del P. R. I.; que hubo irregularidades en la distribución de tarjetas de elector, suplantación del voto y alteración y suplantación de listas electorales, así como transportación de votantes en masa y votación de personal sin credencial; que no se permitió a sus representantes participar en el proceso electoral ni se les recibieron sus protestas.
"Estudiadas minuciosamente las constancias que se tuvieron a la vista así como las que remitió la Comisión Federal Electoral a este H. Colegio para
su estudio, no pudo encontrarse ninguna prueba ni principio de prueba que fundamenten las protestas y objeciones anteriormente sintetizadas.
"Participaron en la elección los siguientes candidatos sostenidos por los partidos que a continuación se expresan:
"CC. José Vázquez Ramírez y Rafael Alonso y Prieto, como candidatos propietario y suplente, respectivamente, sostenidos por el Partido Acción Nacional; licenciado Caleb Sierra Ramos y Donato González Castillo, candidatos propietario y suplente en su orden, de parte del Partido Revolucionario Institucional; licenciado Pedro J. Mireles Malpica y Tomás Gómez Alanís, candidatos a los mismos puestos por el Partido Popular, y Jesús Ma. Salinas Westrup y Francisco Reyes Ortiz, candidatos a diputados propietario y suplente, por la Federación de Partidos del Pueblo.
"De las actas de escrutinio parciales y de su computación total, se desprende que los CC. licenciado Caleb Sierra Ramos y Donato González Castillo, candidatos a diputados propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Revolucionario Institucional, obtuvieron una mayoría de 9,577 votos. La fórmula José C. Vázquez Ramírez - Rafael Alonso y Prieto, del Partido Acción Nacional, obtuvo 3,838 votos; la planilla Pedro J. Mireles Malpica - Tomás Gómez Alanís, del Partido Popular, obtuvo 416 votos y los candidatos de la Federación de Partidos del Pueblo CC. Jesús Ma. Salinas W. y Francisco Reyes Ortiz, obtuvieron 1,079 votos.
"Vistas las anteriores consideraciones, esta Comisión se permite someter a esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son Válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el domingo 6 de julio de esta año en el primer distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente en su orden, los CC. licenciado Caleb Sierra Ramos y Donato González Castillo, por el expresado primer distrito electoral de la mencionada entidad.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray A. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
El C. Secretario De los Reyes José María: Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
(leyendo)
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el domingo 6 de julio de este año en el primer distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente en su orden, los CC. licenciado Caleb Sierra Ramos y Donato González Castillo, por el expresado primer distrito electoral de la mencionada entidad".
(Aplausos)
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta Segunda Comisión Dictaminadora de Credenciales fueron turnados para estudio y dictamen los documentos que integran el expediente formado con motivo de la elección para diputados federales, realizada en el primer distrito electoral del Estado de San Luis Potosí, el día 6 de julio pasado.
"De las constancias que tuvo a la vista la Comisión se desprende que el partido Popular presentó un escrito de queja de fecha 4 de agosto en curso, en el cual alega violaciones al secreto del voto, presión en contra de los electores, traslado en camiones de grupos de campesinos para que votaran fraudulentamente en diversas casillas y que en una casilla, la número 44, a pesar de no haberse presentado un solo volante, en la sección de la Junta Computadora aparecieron las boletas cruzadas.
"Como de las constancias a estudio no aparece ninguna prueba que confirme las aseveraciones anteriores, esta Comisión estima que las objeciones presentadas no quedaron debidamente comprobadas y que, por tanto, es de aceptarse que el proceso preelectoral y electoral de este distrito se ajustó estrictamente a la ley y no adolece de ningún vicio que afecte sus resultados.
"La computación arrojó los siguientes resultados:
"Fórmula sostenida por el P. A. N., formada por los CC. Francisco Ramírez Vázquez para propietario y Jesús González Martínez para suplente, 2,549 votos;
"Fórmula sostenida por el P. R. I., integrada por el licenciado Agustín Olivo Monsivais como propietario y J. Jesús Blanco Vega como suplente, 34,778 votos
; "Fórmula sostenida por el Partido Popular, formada por los CC. Aristeo Borjas Acevedo para propietario y Prisciliano Pérez Anguiano para suplente, 466 votos;
"Fórmula sostenida por la Federación de Partidos del Pueblo formada por los CC. Juan Soria Urías para propietario y Alejo Amaya Armendáriz para suplente, 2,728 votos;
"Consecuentemente, vistos los términos de la anteriores constancias, esta Comisión, considera que obtuvo el triunfo por mayoría de sufragios la formula integrada por el señor licenciado Agustín Olivo Monsivais para propietario y J. Jesús Blanco Vega para suplente y, por tanto, propone a la soberanía de esta Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de 1952 para diputados federales en el primer distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, el señor licenciado Agustín Olivo Monsivais y J. Jesús Blanco Vega.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18
de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 6 de julio de 1952 para diputados federales en el primer distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, el señor licenciado Agustín Olivo Monsivais y J. Jesús Blanco Vega". (Aplausos).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"A esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales fueron turnadas para estudio y dictamen las constancias que integran el expediente formado con motivo de la elección de diputados federales celebrada el domingo seis de julio de este año en el noveno distrito electoral del Estado de Puebla.
"De las citadas constancia no aparece que se hubiese presentado queja u objeción fundada ni aportado prueba alguna que haga sospechar que se cometieron violaciones o irregularidades contrarias a la ley en el proceso preelectoral ni en la propia elección.
"Figuraron como contendientes los CC. José Ricardi Tirado como candidato a diputado suplente, y los CC. Tobaldo Sosa como candidato a diputado propietario y Reyes Bonilla como candidato a diputado suplente; los primeros sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional y éstos últimos por la Federación de Partidos del Pueblo.
"Hecha una revisión de los escrutinios parciales y de la computación total, se encontraron los siguientes resultados: la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por los CC. José Ricardi Tirado como diputado propietario y José María Arroyo como diputado suplente obtuvo 17,852 votos; en tanto que la fórmula presentada por la Federación de Partidos del Pueblo que la integraron los CC. Tobaldo Sosa y Sosa como propietario y Reyes Bonilla como suplente, sólo obtuvo un total de 2,089 votos.
"En tal virtud, no existiendo ningún dato contrario a los resultados que se dejan asentados, es de proponerse y se propone el siguiente acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión celebradas el día seis de julio del corriente año en el noveno distrito electoral del Estado de Puebla.
"Segundo: Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mismo noveno distrito electoral del Estado de Puebla, los ciudadanos José Ricardi Tirado y José María Arroyo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael:
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión celebradas el día seis de julio del corriente año en el noveno distrito electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mismo noveno distrito electoral del Estado de Puebla, los ciudadanos José Ricardi Tirado y José María Arroyo". (Aplausos).
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"Fue turnada para estudio y dictamen a esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales la documentación formada con motivo de las elecciones para diputados federales celebradas el día 6 de julio próximo pasado, en el primer distrito electoral del Estado de Sonora.
"Aun cuando en la documentación entregada a esta Comisión no existe ninguna protesta presentada previamente en forma oportuna ante la Comisión Federal Electoral, el Partido Popular presentó directamente ante el H. Colegio Electoral de la Cámara de Diputados un escrito de protesta por los resultados de la elección en este Distrito, que en síntesis contiene los siguientes puntos:
"Que todo el personal que actuó en la elección en este distrito, desde funcionarios de casillas hasta Comité Distrital Electoral, estuvo constituido por elementos escogidos del PRI; que en el desarrollo de la elección se cometieron toda clase de violaciones como: votación de ciudadanos no inscritos, votación de ciudadanos sin credencial; violación al secreto del voto; negativa de los funcionarios de casillas para recibir protestas; computación de votos ilegales sin estar cruzadas las cédulas, computación de votos que no llenaron los requisitos del artículo 94 de la ley; negativa de los funcionarios de casillas para entregar copias de actas y escrutinios; violencia de la tropa federal y de la policía de los Ayuntamientos y de la Judicial sobre los votantes; doble empadronamiento; votación múltiple de los ciudadanos en varias casillas, confección fraudulenta de paquetes; propaganda, presión y coacción en las casillas; robos de ánforas y
toda clase de irregularidades en el proceso electoral. La Comisión revisó cuidadosamente todos los paquetes formados con la documentación de la elección de este distrito, así como los documentos que fueron entregados para su estudio y no pudo encontrar ninguna prueba que constate la procedencia o verosimilitud de las objeciones presentadas por él partido Popular.
"Participaron en esta elección, sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. Jesús Lizárraga Gastélum y Jesús Siqueiros Moreno, candidato a diputado propietario y suplente, respectivamente, con una votación por igual de 18,470; Antonio Cano Miranda y Roque Villicaña Hurtado, para los mismos puestos, postulados por el Partido Popular, con un resultado de 1,463 votos el primero y 1,462 votos el segundo; José Mata Lara y Lamberto Camon Loaiza, candidatos a diputados propietario y suplente, en su orden, por parte del Partido Acción Nacional, con una computación total de 484 votos para ambos, y Enrique Orozco Montenegro e Ignacio Loaiza Flores, propietario y suplente, por la Federación de Partidos del Pueblo, obteniendo 1,202 votos el propietario y 1,199 votos el suplente.
"De las constancias que tuvo a la vista esta Comisión se desprende que no habiendo protesta, objeciones ni pruebas que desvirtúen el resultado de esta elección, el resultado mismo es legítimo para la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional.
"En tal virtud, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones efectuadas en el primer distrito electoral del Estado de Sonora el día 6 de julio del corriente año, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito electoral, los CC. Jesús Lizárraga Gastélum y Jesús Siqueiros Moreno.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray A. - Rómulo Mireles. - Ernesto Brown Peralta".
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones efectuadas en el primer distrito electoral del Estado de Sonora el día 6 de julio del corriente año, para diputados a Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el citado distrito electoral, los CC. Jesús Lizárraga Gastélum y Jesús Siqueiros Moreno". (Aplausos).
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 3a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Fue turnado a la 3a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente que contiene la documentación producida por la función cívica del día 6 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Estado de Sinaloa, para designar diputados al Congreso de la Unión.
"Las planillas electorales que fueron registradas por le mencionado distrito, estuvieron integradas por los siguientes ciudadanos: Bernardo Norzagaray y Angulo - Alberto Tripp Flores; Jesús Salazar Cepeda - Félix Gutiérrez y Naranjo; Lázaro Rubio Félix - Ramón García Sosa, y José Luis Guilbot Bonillet - Alejandro Crespo Salas, para diputados propietario y suplente, respectivamente.
"Del cómputo de la elección, aparece que obtuvo el triunfo para diputado propietario el C. Bernardo Norzagaray, con 16,099 votos, y, para diputado suplente, el C. Alberto Tripp Flores, con 16,097 votos.
"En consecuencia, venimos a someter a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 6 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Estado de Sinaloa.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Bernardo Norzagaray y Angulo y Alberto Tripp Flores.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1952. - Braulio Maldonado Sández. - J. Jesús Lomelín. - Benito Palomino Dena".
- El C. secretario De los Reyes José María:
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.
Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 6 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Estado de Sinaloa.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Bernardo Norzagaray Angulo y Alberto Tripp Flores". (Aplausos).
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 1a. Sección.
"H. Asamblea:
"Por acuerdo de vuestra soberanía, fue turnado a los suscritos, miembros de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente relativo a las elecciones que para la renovación del Poder Legislativo Federal se efectuaron el día 6 de julio del
presente año en le octavo distrito del Distrito Federal.
"Al hacer el examen cuidadoso de la documentación contenida en dicho expediente, se llegó al conocimiento de que en el citado distrito se registró la fórmula integrada por los CC. Lic. Rómulo Sánchez Mireles y Margarito Curiel, para diputados federales propietario y suplente, respectivamente, sostenida por el Partido Revolucionario Institucional.
"La constancia expedida legalmente por el Comité distrital Electoral que se reunió en la ciudad de México, D. F., debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral, pone de manifiesto que la fórmula mencionada obtuvo en los comicios mayoría de votos.
"Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Federal Electoral en vigor, la Comisión somete al ilustrado criterio de la H. Asamblea para su aprobación en su caso, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero: Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión. Se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el octavo Distrito del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Lic. Rómulo Sánchez Mireles y Margarito Curiel.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 16 de agosto de 1952. - Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz. - Jesús Mastache Román".
El C. secretario De los Reyes José María: Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo persona alguna que quiera hacer uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el octavo distrito del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. licenciado Rómulo Sánchez Mireles y Margarito Curiel". (Aplausos).
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. - 1a Sección.
"Honorable Asamblea:
"La Primera Comisión Revisora de Credenciales que suscribe, tuvo el honor de recibir vuestro mandato para avocarse el estudio del caso electoral del primer distrito del Estado de Tabasco, en el cual fue registrada la fórmula Ernesto Brown Peralta y José María Valenzuela, para diputados propietario y suplente, respectivamente, sostenida por el Partido Revolucionario Institucional.
"Sobre el particular, deseamos llevar al conocimiento de vuestra soberanía, que la constancia expedida legalmente por el Comité Distrital Electoral de dicho Distrito, y que sesionó en Villahermosa, Tab., fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral, lo que pone de manifiesto que la fórmula mencionada obtuvo en los comicios mayoría de votos.
"En tal virtud, y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Federal Electoral en vigor, la Comisión que suscribe somete al ilustrado criterio de la H. Asamblea para aprobación, en su caso, lo siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Se declaran válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el primer distrito electoral federal del Estado de Tabasco.
"Segundo. Son por lo tanto, diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Ernesto Brown Peralta y José María Valenzuela.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz. - Jesús Mastache Román".
El C. Secretario Carranza Rafael: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"Primero. Se declaran válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el primer distrito electoral federal del Estado de Tabasco.
"Segundo. Son, por lo tanto, diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Ernesto Brown Peralta y José María Valenzuela". (Aplausos).
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. - 3a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Para estudio y dictamen fue turnado a las suscrita Comisión el expediente formado con la documentación que arrojó la función electoral del día 6 de julio próximo pasado, para designar diputados al Congreso de la Unión en el segundo distrito de Tamaulipas.
"Acatando el mandato de vuestra soberanía, venimos a emitir el dictamen correspondiente al acto electoral que se menciona, debiendo informar a ustedes que, tras un cuidadoso estudio de la documentación que tuvimos a la vista, aparece que en
dicho distrito contendieron cuatro fórmulas integradas en la siguiente forma: doctor Norberto Treviño Zapata - Aureliano Caballero González; Luis Guerra García - Ernesto Peña Peña: Gregorio Garza Flores - Jesús Valadez R., y Manuel Bernal López - Carlos Sánchez Saldaña.
"La fórmula Treviño Zapata - Caballero González, obtuvo una mayoría de 17,662 votos, con lo que se comprueba plenamente su triunfo.
"En consecuencia y como no hubo irregularidades en dicha elección que se apegó en todo a las disposiciones de la Ley Electoral Federal en vigor, venimos a someter a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio de este año en el segundo distrito electoral del Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. doctor Norberto Treviño Zapata y Aureliano Caballero González.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 16 de agosto de 1952. - Braulio Maldonado Sández. - J. Jesús Lomelín. - Benito Palomino Dena".
El C. secretario Carranza Rafael: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"Primero. Son válidas la selecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio de este año en el segundo distrito electoral del Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. doctor Norberto Treviño Zapata y Aureliano Caballero González". (Aplausos)
- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales. Primera Sección.
"H. Asamblea:
"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a los suscritos, miembros de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente relativo a las elecciones que para la renovación del Poder Legislativo Federal se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el segundo distrito electoral federal del Estado de Yucatán.
"Al hacer el examen cuidadoso de la documentación contenida en dicho expediente, se llegó al conocimiento de que en el citado distrito se registró la fórmula integrada por los CC. profesor Antonio Bustillos Carrillo y doctor Jorge Martínez Ríos, para diputados federales propietario y suplente, respectivamente, sostenida por el Partido Revolucionario Institucional
"La constancia expedida legalmente por el Comité Distrital Electoral que se reunió en la ciudad de Ticul, Yuc., cabecera del distrito que nos ocupa debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral, pone de manifiesto que la fórmula mencionada obtuvo en los comicios mayoría de votos.
"Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Electoral Federal en vigor, la Comisión somete al ilustrado criterio de a H. Asamblea para aprobación, en su caso, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral federal del Estado de Yucatán.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. profesor Antonio Bustillos Carrillo y doctor Jorge Martínez Ríos.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D: F., a 16 de agosto de 1952. - Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz. - Jesús Mastache Román".
El C. secretario De los Reyes José María: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
El C. secretario Carranza Hernández Rafael: (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral federal de Estado de Yucatán.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. profesor Antonio Bustillos Carrillo y doctor Jorge Martínez Ríos". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales.
"2a. Sección
"Honorable Asamblea:
"En cumplimiento del acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscriben procedieron al estudio del expediente relativo a la elección que para diputados al Congreso de la Unión tuvo lugar el domingo 6 de julio del año en curso en el octavo distrito del Estado de Oaxaca.
"Practicado el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia; y, finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:
PRI, CC. Manuel Sodi del Valle y Jonás Salinas Narváez, 15,734 votos.
"F.P.P.M. CC. Ezequiel Hernández Velasco y Salomón Melo Baños, 171 votos.
"PAN. CC. Adalberto Calderón Sarmiento y Rubén Dario Méndez, 66 votos.
"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Manuel Sodi del Valle y Jonás Salinas Narváez como diputados propietario y suplente, respectivamente.
"Por las razones anteriores y teniendo en cuenta que no hay protestas y objeciones, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válida las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el 8o. distrito del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral los CC. Manuel Sodi del Valle y Jonás Salinas Narváez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - José Angulo Araico. - Manuel Hinojosa Ortiz. - Jesús Robles Martínez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el 8o. distrito del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral los CC. Manuel Sodi del Valle y Jonás Salinas Narváez". (Aplausos)
El C. Presidente (a las 14.40 horas): No habiendo otro asunto de que tratar se levanta la sesión y se cita a los ciudadanos diputados y presuntos diputados, para pasado mañana a las doce horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"