Legislatura XLIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19550822 - Número de Diario 4
(L43A1P1oN004F19550822.xml)Núm. Diario:4Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO, D. F., LUNES 22 DE AGOSTO DE 1955
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos
el 21 de septiembre de 1921.
AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XLIII LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 4
CUARTA JUNTA PREPARATORIA
DE LA
CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 22
DE AGOSTO DE 1955
SUMARIO
SUMARIO
1.- Se abre la junta preparatoria. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la junta anterior.
2.- Se aprueban sin discusión los siguientes dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales en que se declaran válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, con indicación del distrito electoral que representan: 17o. del Distrito Federal: Alfonso Ituarte Servín y Ubaldo Vargas Martínez, aprobado sin discusión: 8o. de Oaxaca: Ángel J. Arreola Martínez y Leopoldo Jiménez Córdoba, que habiendo fallecido el C. Ángel J. Arreola Martínez, propietario, entra en ejercicio desde luego el C. Leopoldo Jiménez Córdoba; 4o. de Veracruz: Rosendo Topete Ibáñez y Prisciliano Nava Vay; 3o. de Nuevo León: Rafael González Montemayor y Heliodoro Lozano González; 1o. de Oaxaca: Adolfo Gurrión Gurrión y Bulmaro A. Rueda; 8o. de México: Leonardo Rodríguez Alcaine y Santiago Montes Cerros; 7o. de Guanajuato: Jesús Madrigal Yáñez y Miguel Roncal Genner; 5o. de Hidalgo: Miguel Gómez Mendoza y Gabriel Parrodi Casaux; 5o. de México: Gregorio Velázquez Sánchez y Juan Gómez Gómez; 11o. de Jalisco: Francisco Galindo Ochoa y José Ramos Gómez; 4o. del Distrito Federal: Salvador Carrillo Echeveste y Joaquín del Olmo; 1o. de Baja California: Emilio Hernández Armenta y Roberto Canett González; 5o. de Veracruz: Raúl Navarro Chanes y Mario de la Garza Castro, y 3o. de Michoacán: Antonio Arriaga Ochoa y Victoriano Cázares Sánchez. La Presidencia hace las declaraciones respectivas de cada caso, separadamente.
2o. de Michoacán: Agustín Carreón Florián y María Dolores Tregoni de Rivas. Dictamen discutido y aprobado.
La Presidencia hace declaratoria respectiva.
3o. de Yucatán: José Manuel López Lliteras y Gustavo Flota Rosas, y 4o. de San Luis Potosí: José de la Luz Blanco Govea y Narciso García Tovar. Dictámenes aprobados sin discusión. La Presidencia hace la declaratoria respectiva en cada caso, separadamente.
2o. de Querétaro: Rosalío Herrera Maldonado y Palemón Ledesma Ledesma. Dictamen discutido y aprobado. La Presidencia hace la declaratoria respectiva.
4o. de Coahuila: Antonio Hernández Méndez y Juan F. Villareal. Dictamen aprobado sin discusión. La Presidencia hace la declaratoria respectiva.
2o. de Nuevo León: Leopoldo Banda Romero y Jesús Malacara García. Dictamen discutido y aprobado. La Presidencia hace la declaratoria respectiva.
2o. de Oaxaca: Graciano Federico Hernández López y Zeferino González Diego, y
2o. de Zacatecas: Gonzalo Bretado Sánchez y Rafael Yáñez Sosa. Dictámenes aprobados sin discusión. La Presidencia hace las declaratorias respectivas en cada caso, separadamente.
1o. de Sinaloa: Eliseo Galaviz Bernal y Ramón López Gutiérrez. Dictamen discutido y aprobado. La Presidencia hace la declaratoria respectiva.
2o. de Aguascalientes: Alberto Alcalá de Lira y Alfredo de Lara Isaacs;
3o. de Tamaulipas: Jesús Betancourt Vergara y Florentino López Mireles, y
1o. de Zacatecas: Roberto del Real Carranza y Alfonso J. Cardona Peña. Dictámenes aprobados sin discusión. La Presidencia hace las declaratorias respectivas en cada caso, separadamente.
6o. de Jalisco: Francisco Rodríguez Gómez y Flavio Ramírez Alvarez. Dictamen discutido y aprobado. La Presidencia hace la declaratoria respectiva.
1o. de Nuevo León: Ángel Lozano Elizondo y Luis Díaz de León Arrieta, y
1o. de Puebla: Salvador Lobato Jiménez y Rodolfo Arriaga Martínez. Dictámenes aprobados sin discusión. La Presidencia hace las declaratorias respectivas en cada caso, separadamente.
4o. de Nuevo León: Margarita García Flores y Roberto M. González Gutiérrez, y
2o. de Baja California: Guilebaldo Silva Cota y Abelardo Rodríguez Ortega. Dictámenes
discutidos y aprobados. La Presidencia hace las declaratorias respectivas en cada caso, separadamente. Se levanta la junta.
DEBATE
Presidencia del
C. JOSÉ LÓPEZ BERMÚDEZ
(Asistencia de 129 ciudadanos presuntos diputados).
El C. Presidente (a las 11 30 horas): Se abre la Junta Preparatorio.
- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Orden del Día. "22 de agosto de 1955. "Acta de la Junta anterior. 1. 17o. del Distrito Federal. 2. 8o. de Oaxaca. 3. 4o. de Veracruz. 4. 3o. de Nuevo León. 5. 1o. de Oaxaca. 6. 8o. de México. 7. 7o. de Guanajuato. 8. 5o. de Hidalgo. 9. 5o. de México. 10. 11.o de Jalisco. 11. 4o. del Distrito Federal. 12. 1o. de Baja California. 13. 5o. de Veracruz. 14. 3o. de Michoacán. 15. 2o. de Michoacán. 16. 3o. de Yucatán. 17. 4o. de San Luis Potosí. 18. 2o. de Querétaro. 19. 4o. de Coahuila. 20. 2o. de Nuevo León. 21. 2o. de Oaxaca. 22. 2o. de Zacatecas. 23. 1o. de Sinaloa. 24. 2o. de Aguascalientes. 25. 3o. de Tamaulipas. 26. 1o. de Zacatecas. 27. 6o. de Jalisco. 28. 1o. de Nuevo León. 29. 1o. de Puebla. 30. 4o. de Nuevo León. 31. 2o. de Baja California". "Acta de la Junta Preparatoria de la H. Cámara de Diputados del XLIII Congreso de la Unión, celebrada el día diecinueve de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco.
"Presidencia del C. José López Bermúdez.
"En la ciudad de México, a las once horas y treinta y cinco minutos el viernes diecinueve de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco, se abre la Junta con asistencia de ciento treinta y tres ciudadanos presuntos diputados, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.
"Se da lectura a la Orden del Día.
"Se aprueba, sin discusión, el acta de la Junta Preparatoria efectuada el día dieciocho del Corriente.
"Se da cuenta con los dictámenes por los que se declaran Válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, a los ciudadanos que en el mismo orden se expresan a continuación con indicación del distrito electoral que representan:
"4o. de Durango. Pablo Picharra Esparza e Ismael Mora.
"2o. de Veracruz. Antonio Pulido Cobos y Alvaro Lorenzo Fernández.
"9o. de Veracruz. Juan Malpica Mimendi y Juan Méndez Martínez.
"2o. de Yucatán. Acrelio Carrillo Puerto y Alberto Peniche Barrera.
"3o. de Coahuila. Jesús Rodríguez Silva y Eduardo Dávila Garza.
"En votación económica, que en cada caso se efectúo, la Asamblea aprobó los cinco dictámenes antes mencionados que no fueron objeto de impugnación. A continuación la Secretaría por acuerdo de la Presidencia, hizo la declaratoria de rigor.
"2o. de Chiapas. Jesús Argueta López y Francisco S. Becerra Pérez. Es impugnado el dictamen por el C. Manuel Sierra Macedo. Defiende el dictamen a nombre de la Comisión dictaminadora, el C. Hesiquio Aguilar Marañón. Agotado el turno de oradores y considerándose por la Asamblea el asunto suficientemente discutido, en votación económica se aprueba. Se hace la declaratoria correspondiente.
"2o. de Sonora. Emiliano Corella Molina y Francisca Córdoba Macalpín. Este dictamen es impugnado por el C. Francisco F. Figueroa Mendoza, y durante su intervención, la Presidencia varias veces llama la atención a los asistentes a las galerías para que guarden la compostura debida y no haya motivo para mandarlas desalojar; al mismo tiempo hace un llamado al orador para que modere sus expresiones y respete a la Asamblea; a continuación la Presidencia emite conceptos acerca de las obligaciones y derechos de su encargo; continúa en el uso de la palabra el C. Francisco F. Figueroa Mendoza. La Presidencia advierte al orador infracciones al Reglamento, emisión de conceptos injuriosos, a no concretarse al punto a discusión y Término del tiempo reglamentario para hablar, el que amplía por acuerdo de la Asamblea. El C. Francisco J. Figueroa Mendoza continúa en el uso de la palabra. Por la Comisión dictaminadora habla en defensa del dictamen el C. Hesiquio Aguilar Marañón. A continuación habla en pro el C. Emiliano Corella Molina. Agotado el turno de oradores y considerándose el asunto suficientemente discutido, se aprueba el dictamen en votación económica y se hace la declaratoria respectiva.
"Los cuatro dictámenes siguientes no fueron objetados; y una vez aprobados se hizo la declaratoria correspondiente en cada caso:
"1o. de Tlaxcala. Raúl Juárez Carro y Ricardo Altamirano Flores.
"1o. de Veracruz. Raymundo Flores Fuentes y Raúl Lince Medellín.
"5o. de San Luis Potosí. Jacinto Maldonado Villaverde y Domingo Luis Rocha Rangel.
"8o. de Puebla. Jesús López Ávila y José Cid Sánchez.
"9o. de Michoacán. José Garibay Romero y David Pérez Zepeda. Hace uso de la palabra en contra del dictamen el C. Rafael Ruiz Béjar y en pro a nombre de la Comisión, el C. Salvador Pineda y para contestar una impugnación hecha por el C. Rafael Ruiz Béjar, ocupa la tribuna el C. Hesiquio Aguilar Marañón, a nombre de la Comisión dictaminadora.
"Agotado el turno de oradores y considerándose por la Asamblea suficientemente discutido el punto, se aprueba el dictamen y se hace la declaratoria de rigor.
"Los diez dictámenes que a continuación se citan, al no haber sido impugnados, en votaciones económicas sucesivas se aprueban, haciéndose en cada caso la declaratoria de rigor.
"Único del Territorio de Baja California. Luis Barajas Alvarez y Francisco Manríquez Hirales.
"2o. de Durango. Manuel García Santibáñez y Francisco Galindo Chávez.
"3o. de Chiapas. Octavio Esponda Rovelo y Esteban Jiménez Miranda.
"3o. de Guanajuato. Gonzalo Maldonado Cervantes y Francisco Granados González.
"8o. de Guanajuato. Agustín Arroyo Damián y Juan Flores Echeverría.
"4o. de Puebla. Antonio J. Hernández Jiménez y Salvador Serrano Ramírez.
"9o. de Puebla. Javier Ruperto Bonilla Cortés y Francisco Albarrán Cortés.
"2o. de Tabasco. José Agapito Domínguez Cabrera y José del Carmen Palma.
"6o. de Veracruz. Telésforo Contreras Solano y José de Jesús Solís Tapia.
"12o. de Veracruz. Francisco Rocha Ruiseco y Armando Velázquez Vázquez.
"8o. de Jalisco. Flavio Romero de Velasco y Pedro Parra Centeno. Este dictamen es impugnado por el C. Alfonso Ituarte Servín, quien fue interrumpido por una moción de orden del C. Hesiquio Aguilar Marañón, que da a lugar a una aclaración de la Presidencia, relacionada con el cumplimiento del artículo 105 Reglamentario. El C. Alfonso Ituarte Servín hace entrega a la Presidencia de un escrito para consignar las impugnaciones de una publicación. En defensa del dictamen hace uso de la palabra el C. Marcos Carrillo Cárdenas. En contra, habla el C. Manuel Sierra Macedo y en pro el C. Flavio Romero de Velasco. Agotado el registro de oradores, se considera suficientemente discutido el asunto por la Asamblea y el dictamen resulta aprobado en votación económica, haciéndose a continuación la declaratoria de rigor.
"6o. del Distrito Federal. Baltasar Dromundo Chorné y Javier Salgado Estrada. Este dictamen es impugnado por el C. Francisco Ortiz Mendoza, quien durante su intervención es interrumpido varias veces por los asistentes a las galerías, a los que pide la Presidencia guarden orden y compostura, asimismo llama la atención al orador para que se concrete al tema a discusión. Habiéndose agotado al orador el tiempo reglamentario, la Asamblea concede prórroga de cinco minutos. A continuación, a nombre de la Comisión dictaminadora, habla el C. Marcos Carrillo Cárdenas, y en su turno lo hace en pro el C. Baltasar Dromundo Chorné. Agotado el registro de oradores, y acordando la Asamblea que el asunto ha sido suficientemente discutido, se pasa a la votación del dictamen que resulta aprobado, haciéndose la declaratoria que corresponde.
"Los siguientes tres dictámenes no fueron impugnados, y aprobados por la Asamblea, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, hizo las declaraciones respectivas en cada caso:
"5o. de Jalisco. Agustín Pineda Flores e Isidro Alférez Espinosa.
"7o. de Puebla. Fernando Cueto Fernández y Alfonso Valderrama González, y el
"10o. de Veracruz. Hermenegildo J. Aldana y Auxilio M. Tejeda.
"18o. del Distrito Federal. Julio Ramírez Colozzi y Eulalio Cabañas González. La Presidencia, antes de poner a discusión el dictamen anterior, hace un llamado a los concurrentes a las galerías para que guarden la compostura debida, y da lectura al artículo 210 del Reglamento. A continuación hace uso de la palabra la C. Adriana Lombardo Silva impugnando el dictamen. En pro habla la C. Margarita García Flores. Considerado suficientemente discutido el asunto, la Asamblea, en votación económica, aprueba el dictamen, haciendo la Secretaría, por acuerdo de la Presidencia, la correspondiente declaratoria.
"3o. del Distrito Federal. Patricio Aguirre Andrade y Guillermo Martínez Estape y Beristáin. Es impugnado el dictamen por la C. Elodia Ramírez viuda de Rojas, y defendido por el C. Carlos Román Celis a nombre de la Comisión dictaminadora. El orador inscrito, C. Wilebaldo Lara Campos, no estuvo presente y en seguida usa de la palabra el C. Manuel Rivera. Considerado suficientemente discutido el punto, se aprueba el dictamen y la Secretaría, por acuerdo de la Presidencia, hace la declaratoria de rigor.
"A las dieciséis con veinte minutos, agotados todos los dictámenes marcados en la Orden del Día, se levanta la Junta y se cita para el próximo lunes veintidós a las once horas".
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales.
"1a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Los suscritos, miembros de la Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al decimoséptimo distrito electoral del Distrito Federal, se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:
"En dicho distrito, contendieron los siguientes candidatos:
"PAN: Propietario, Alfonso Ituarte Servín.
"Suplente, Ubaldo Vargas Martínez.
"PRI: Propietario, Enrique Guasp Ureta.
"Suplente, Alberto Pérez Azpeitia.
"PNM: Propietario, Ingeniero Manuel Castillo Soltar.
"Suplente, Edmundo López Vallejo.
"PP: Propietario, Miguel Alfonso Larrínaga.
"Suplente, Belisario Moreno Escalante.
"El Comité Distrital Electoral, hecho el recuento correspondiente, computó 16,864 votos para los candidatos del PAN, 16,225 votos para los candidatos del PRI, 2,307 para el candidato del PP, y 1,490 votos para el candidato del PNM. Consecuentemente, se expidió constancias de mayoría de votos en favor de los candidatos del PAN, las cuales fueron registradas por la Comisión Federal Electoral.
"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos proponer a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el decimoséptimo distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados al congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Alfonso Ituarte Servín y Ubaldo Vargas Martínez, propietario y suplente, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 22 de agosto de 1955.- Salvador Pineda Pineda.- Telésforo Reyes Chargoy.- Joaquín Bates Caparroso".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos) En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el decimoséptimo distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados al congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Alfonso Ituarte Servín y Ubaldo Vargas Martínez, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)
--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión.
"5a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"A esta Quinta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado para su estudio y dictamen, por acuerdo de vuestra soberanía el expediente relativo a las elecciones para diputados al H. Congreso de la Unión, que tuvieron verificativo el día 3 de julio del año en curso, en el octavo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"De la documentación que hemos tenido a la vista, aparece que fueron registrados como candidatos únicos por dicho distrito electoral, apoyados por el Partido Revolucionario Institucional los CC. capitán Ángel J. Arreola Martínez y Leopoldo Jiménez Córdova, como propietario y suplente, respectivamente.
"Esta Quinta Sección de la Primera Comisión Revisora de credenciales, después de realizar un minucioso y detenido estudio de la documentación aludida, llega al convencimiento de que las elecciones en el mencionado distrito electoral, se llevaron a cabo con estricto apego a la Ley Electoral Federal vigente, no existiendo ningún impedimento o protesta para cambiar en algo la libre opinión de los electores, por lo que es de declararse triunfante dicha fórmula.
"Cabe hacer especial mención al hecho de que días después del 3 de julio en que se verificaron las elecciones, murió accidentalmente el C. capitán Ángel J. Arreola Martínez, candidato propietario, por lo que el C. Leopoldo Jiménez Córdova, candidato suplente, queda, de hecho, como único representante de la ciudadanía del octavo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"En consecuencia, sometemos a la ilustrada consideración de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones federales verificadas el día 3 de julio anterior en el octavo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el citado distrito electoral, los CC. capitán Ángel J. Arreola Martínez y Leopoldo Jiménez Córdoba.
"Tercero. Habiendo fallecido el candidato a diputado propietario, C. capitán Ángel J. Arreola Martínez, entra en ejercicio desde luego el suplente, C. Leopoldo Jiménez Córdova, como diputado por el octavo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1955.- Marcos Carrillo Cárdenas.- Carlos Valdés Villarreal.- Guillermo Quevedo Moreno".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, hace la siguiente declaratoria:
"Primero. Son válidas las elecciones federales verificadas el día 3 de julio anterior en el octavo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el citado distrito electoral, los CC. capitán Ángel J. Arreola Martínez y Leopoldo Jiménez Córdova.
"Tercero. Habiendo fallecido el candidato a diputado propietario, C. Ángel J. Arreola Martínez, entra en ejercicio desde luego el suplente, C. Leopoldo Jiménez Córdova, como diputado
por el octavo distrito del Estado de Oaxaca". (Aplausos)
--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"Los suscritos, miembros de la Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al cuarto distrito electoral del Estado de Veracruz, se permite presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:
"En el distrito electoral de referencia, contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:
"Por el PRI los CC. Rosendo Topete Ibáñez y Prisciliano Nava Vay.
"Por el PNM los CC. Federico Van Steambergh Elvia y Leonardo Peña Mendoza.
"Practicando el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin irregularidades durante el desarrollo del proceso electoral ni durante la computación y finalmente el Comité Distrital Expidió la constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones, en favor de los CC. Rosendo Topete Ibáñez y Prisciliano Nava Vay, como diputados propietario y suplente, respectivamente.
"Por las razones expuestas, la suscrita Comisión propone a ésta H. Asamblea la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se celebraron el 3 de julio próximo pasado en el cuarto distrito electoral del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Rosendo Topete Ibáñez y Prisciliano Nava Vay.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de esta secretaría declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se celebraron el 3 de julio próximo pasado en el cuarto distrito electoral del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral los CC. Rosendo Topete Ibáñez y Prisciliano Nava Vay". (Aplausos)
--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales.
"1a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"En cumplimiento del acuerdo dictado por vuestra Soberanía, los que suscriben, miembros de la Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, procedieron al estudio del expediente relativo a la elección que para diputados al Congreso de la Unión tuvo lugar el domingo 3 de julio del año en curso en el tercer distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"En dicho distrito contendieron los CC. Rafael González Montemayor y Heliodoro Lozano González, como candidatos a diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, por el PRI; y los CC. Gonzalo Guajardo Hernández y José R. Mireles Chapa, propietario y suplente, respectivamente, por el PAN.
"Efectuando el estudio minucioso de la documentación que integra el expediente, se concluyó que el acto electoral se desarrolló con apegó a lo dispuesto por la Ley Electoral Federal; que el mismo se realizó sin ningún incidente; y, finalmente el Comité Distrital respectivo efectuó el Cómputo, habiéndose obtenido el resultado siguiente:
"Para diputado propietario C. Rafael González Montemayor, del PRI, 28,785 votos; C. Gonzalo Guajardo Hernández, del PAN., 1,077 votos.
"Para diputado suplente, C. Heliodoro Lozano González, del PRI., 28,773 votos; C. José R. Mireles Chapa, del PAN., 1,076 votos.
"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayoría de votos a los CC. Rafael González Montemayor y Heliodoro Lozano González, como diputados, propietario y suplente, respectivamente.
"En vista de las razones expuestas y teniendo en cuenta, además que no hay protesta ni objeciones que desvirtúen el cómputo a que se ha hecho referencia, los suscritos someten a la consideración de vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el tercer distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Rafael González Montemayor y Heliodoro Lozano González, propietario y suplente, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1955.- Salvador Pineda Pineda.- Telésforo Reyes Chargoy.- Joaquín Bates Caparroso".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se
pregunta si se aprueba. Los que estén por la Afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el tercer distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados al congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Rafael González Montemayor y Heliodoro Lozano González, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)
- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
Sección 4a.
"H. Asamblea:
"A la suscrita Comisión Dictaminadora fue turnado el documento relativo a las elecciones para diputados federales que tuvieron lugar el domingo tres de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Oaxaca, con cabecera en Ciudad Ixtepec.
"Se comprobó que en el citado distrito contendieron las siguientes candidaturas para diputados, propietario y suplente respectivamente: por el PRI los CC. Adolfo Gurrión Gurrión y Bulmaro A. Rueda con 30,933 votos y 30,933 sucesivamente; por el PAN los CC. Roberto E. Salazar Y José María Martínez Hinojosa, cuyas candidaturas fueron canceladas por el propio Partido; por el PP los CC. Frumencio F. Vázquez García y Crisóforo Chiñas Mendoza con 1,265 votos y 1,265 sucesivamente, y candidaturas no registradas, 1 voto tanto para propietario como suplente.
"Por dicho estudio del documental se concluyó que el acto preelectoral se llevó a efecto de acuerdo con las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de tomarse en cuenta, no obstante las protestas infundadas de los representantes del Partido Popular, y finalmente el Comité Distrital respectivo hizo el cómputo con los resultados arriba anotados y expidió constancia de mayoría de votos en las elecciones, en favor de los CC. Adolfo Gurrión Gurrión y Bulmaro A. Rueda para diputados, propietario y suplente respectivamente, y después la Comisión Federal Electoral expidió registro conforme a la Ley sobre dicha constancia de mayoría de votos a favor de los ciudadanos mencionados, bajo el número 20 del libro respectivo.
"Por lo expuesto y tomando en cuenta que las protestas u objeciones mencionadas no son suficientes para invalidar la elección o que desvirtúen el Cómputo aludido, la suscrita Comisión se permite proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Adolfo Gurrión Gurrión y Bulmaro A. Rueda.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1955.- Hesiquio Aguilar Marañon.- Leopoldo Sánchez Celis.- Saturnino Saldívar Alcalá".
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la asamblea si lo prueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. En consecuencia, la Presidencia, por este conducto, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el 1er. distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Adolfo Gurrión Gurrión y Bulmaro A. Rueda". (Aplausos)
--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales.
"1a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"La suscrita Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, a la que fue turnado el expediente electoral correspondiente al octavo distrito electoral del Estado de México, se permite presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:
"En el distrito de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se expresan:
"Por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. Leonardo Rodríguez Alcaine y Santiago Montes Cerros; y por el Partido Popular, los CC. Alfredo Rebollar Mirairrio y Vicente Castañeda Vásquez.
"Practicado el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se llegó a la conclusión de que el proceso electoral se desarrolló de acuerdo con las disposiciones que contiene la Ley Electoral Federal, sin ningún incidente, habiendo efectuado el Comité Distrital respectivo, el cómputo con los resultados siguientes:
"Candidatos del Partido Revolucionario Institucional, 40,039 votos.
"Candidatos del Partido Popular, 222 votos.
"En vista de lo anterior, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayoría de votos en la elección a los CC. Leonardo Rodríguez Alcaine y Santiago Montes Cerros, como diputados propietario y suplente, respectivamente.
"Por las razones anteriormente expuestas, y teniendo en cuenta que en el expediente no existen protestas ni objeciones que desvirtúen el cómputo
citado, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas el 3 de julio del año en curso en el octavo distrito electoral del Estado de México.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Leonardo Rodríguez Alcaine y Santiago Montes Cerros, propietario y suplente, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1955.- Salvador Pineda Pineda.- Telésforo Reyes Chargoy.- Joaquín Bates Caparroso".
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, hace la siguiente declaratoria:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas el 3 de julio del año en curso en el octavo distrito electoral del Estado de México.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Leonardo Rodríguez Alcaine y Santiago Montes Cerros, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)
--- - El C. secretario Carrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales
"Sección 4a.
"H. Asamblea:
"A la Comisión que suscribe pasó por acuerdo de vuestra soberanía para estudio y dictamen el documental relativo a las elecciones que para diputados federales al H. Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo tres de julio del presente año, en el VII distrito electoral del Estado de Guanajuato, con cabecera en Celaya.
"Se comprobó que en el citado distrito contendieron para diputados, propietario y suplente respectivamente, las siguientes candidaturas: por el PRI los CC. Jesús Madrigal Yáñez y Miguel Roncal Genner con 33,992 votos y 33,992 sucesivamente; por el PNM los CC. Abraham Vera Galicia y Ramón Guerrero Sánchez con 1,503 votos y 1,503 sucesivamente. Asimismo, se comprobó que el acto preelectoral se llevó a cabo de acuerdo con las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de tomarse en cuenta, y finalmente el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados arriba anotados.
"En consecuencia, el expresado Comité Distrital expidió constancia de mayoría de votos en las elecciones a los CC. Jesús Madrigal Yáñez y Miguel Roncal Genner como diputados, propietario y suplente respectivamente, y después la Comisión Federal Electoral expidió el registro de dicha constancia en favor de los ciudadanos mencionados, bajo el número 84 del libro respectivo.
"Por lo expuesto y tomando en cuenta que las protestas u objeciones presentadas por el Partido Nacionalista de México no son suficientes para invalidar la elección o que desvirtúen el cómputo aludido, la suscrita Comisión se permite proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el VII distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral los CC. Jesús Madrigal Yáñez y Miguel Roncal Genner.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1955.- Hesiquio Aguilar Marañon.- Leopoldo Sánchez Celis.- Saturnino Saldívar Alcalá".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el VII distrito electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral, los CC. Jesús Madrigal Yáñez y Miguel Roncal Genner". (Aplausos)
--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"3a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado para estudio el expediente formado con motivo de las elecciones constitucionales para elegir diputado propietario y suplente en el quinto distrito electoral en el Estado de Hidalgo.
"Hecho el estudio minucioso de las constancias que obran en el expediente, no se encontró protesta ni prueba que acredite alguna irregularidad ni en el proceso electoral ni en la propia elección.
"De las propias constancias se desprende que la votación recogida en este distrito fue la siguiente:
"Para la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional, integrada por los CC. Miguel Gómez Mendoza y Gabriel Parrodi Casaux, para propietario y suplente respectivamente, 45,382 votos.
"Para la fórmula sostenida por el Partido Acción Nacional integrada por los CC. Jorge Salazar Hernández y Genoveva Valladares, para propietario y suplente, respectivamente, 444 votos.
"Apareciendo de las constancias un triunfo aplastante en favor de la fórmula Miguel Gómez Mendoza y Gabriel Parrodi Casaux, se permite proponer a la consideración de esta H. Asamblea, se aprueben los siguientes puntos resolutivos:
"Primero: Son válidas las elecciones celebradas en el quinto distrito electoral del Estado de Hidalgo, el domingo 3 de julio de este año, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el expresado distrito electoral, de la mencionada entidad, los CC. Miguel Gómez Mendoza y Gabriel Parrodi Casaux.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 17 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. En consecuencia, la Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas en el quinto distrito electoral del Estado de Hidalgo, el domingo 3 de julio de este año, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el expresado distrito electoral, de la mencionada entidad, los CC. Miguel Gómez Mendoza y Gabriel Parrodi Casaux". (Aplausos)
- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"Con fecha 15 del actual fue turnado a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente electoral referente a los comicios efectuados el día 3 de julio del año actual en el quinto distrito electoral del Estado de México, para la elección de diputados, propietario y suplente, del Poder Legislativo Federal.
"Las planillas electorales que fueron registradas por el mencionado distrito, estuvieron integradas por los siguientes ciudadanos: Gregorio Velázquez Sánchez y Juan Gómez Mondragón, propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Revolucionario Institucional; y por el Partido Popular los CC. Alfonso Vallejo García y Profesor Alonso Hernández Alpízar, propietario y suplente, respectivamente; del cómputo de la elección, aparece que obtuvo el triunfo la planilla integrada por los CC. Gregorio Velázquez Sánchez y Juan Gómez Mondragón con 24,565 votos; la planilla del Partido Popular obtuvo 425 votos, habiéndose registrado la cantidad de 57 votos para diversos candidatos.
"Estudiadas las constancias que fueron sometidas a dictamen de esta Comisión, se encontró que no se cometieron irregularidades durante el proceso electoral y ninguno de los partidos formuló objeción alguna; habiendo firmado de conformidad ante el Comité Distrital el candidato del Partido Popular.
"Por tanto, es de proponerse y se propone a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones efectuadas en el quinto distrito electoral del Estado de México el día 3 de julio del año actual, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Gregorio Velázquez Sánchez y Juan Gómez Mondragón.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 18 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones efectuadas en el quinto distrito electoral del Estado de México el día 3 de julio del año actual, para diputados al Congreso de la Unión.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Gregorio Velázquez Sánchez y Juan Gómez Mondragón". (Aplausos)
- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea.
"En cumplimiento del acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscriben procedieron al estudio del expediente relativo a la elección que para diputados al Congreso de la Unión, tuvo lugar el domingo 3 de julio del año en curso en el onceavo distrito electoral del Estado de Jalisco.
"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:
"Por el PRI los CC. Francisco Galindo Ochoa y José Ramos Gómez, por el PAN los CC. Francisco G. Morett Curiel y José María Romero Arana y candidatos no registrados.
"Practicado el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia, desarrollándose en forma normal el proceso electoral; que en el Municipio de Tomatlán no se
verificaron elecciones en virtud de que por su lejanía no llegaron oportunamente los documentos para su realización, en algunas secciones tampoco pudieron llevarse a cabo pero no afectó el resultado del escrutinio en virtud de que los electores de esas secciones no llegaron a dos mil, y así lo reconocieron los representantes de los partidos políticos que afirmaron sin protesta el acta respectiva.
"Los representantes del Partido Acción Nacional presentaron dos escritos de protesta por violación en la mayoría de las casillas al secreto de voto y permitir que votaran ciudadanos que carecían de credencial de elector. No se acompañó documento alguno justificativo de las pretendidas violaciones.
"El Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:
"Partido Revolucionario Institucional en favor del C. Francisco Galindo Ochoa 30,652 votos; y 30,545 votos en favor del C. José Ramos Gómez, para propietario y suplente, respectivamente; Partido de Acción Nacional en favor del C. Francisco G. Morett Curiel 5,140 votos; y 5,029 votos en favor del C. José María Romero Arana; y 169 votos para candidatos no registrados.
"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Francisco Galindo Ochoa y José Ramos Gómez, como diputados propietario y suplente, respectivamente.
"Por las razones anteriores, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio anterior, en el onceavo distrito electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, por el distrito electoral antes mencionado, los CC. Francisco Galindo Ochoa y José Ramos Gómez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 17 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien solicite el uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio anterior, en el onceavo distrito electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, por el distrito electoral antes mencionado, los CC. Francisco Galindo Ochoa y José Ramos Gómez". (Aplausos)
--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"Vuestra soberanía acordó turnar a la Comisión Revisora de Credenciales que suscribe para estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones verificadas el domingo 3 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal, para designar diputados al Congreso de la Unión.
"El ejercicio de la función electoral se desarrolló con apego a la ley de la materia, de acuerdo con el cómputo total del acta, fue firmada de conformidad por los representantes de todos los partidos contendientes, no habiendo objeción alguna por parte de ellos.
"Habiendo jugado tres fórmulas integradas en la siguiente forma: CC. Carrillo Echeveste y Joaquín del Olmo por el PRI con 22,849 y 21,541 votos respectivamente; José Trinidad Cervantes y Roberto López Martínez por el PAN con 10,028 y 9,706 votos, respectivamente; María Teresa Puente Camacho y Jesús León Chavarría por el PP con 3,078 y 2,829 votos, respectivamente, correspondiendo el triunfo a los CC. Salvador Carrillo Echeveste, como diputado propietario y Joaquín del Olmo como diputado suplente.
"Fueron examinadas las objeciones presentadas por el PP, aduciendo que el voto no fue secreto; que brigadas volantes recorrieron todo el distrito y emitieron su voto en las diferentes casillas; que el PRI indicaba a los votantes que lo hicieran por los colores que más quisieran a efecto de inclinarlos por los colores nacionales, al escrito de protesta no se acompaña prueba de ninguna naturaleza que acredite los hechos aseverados.
"En consecuencia, no es posible tomar en consideración la protesta de referencia, y venimos a someter a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales al Congreso de la Unión se verificaron el día 3 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Salvador Carrillo Echeveste y Joaquín del Olmo. "Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron el
día 3 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Salvador Carrillo Echeveste y Joaquín del Olmo". (Aplausos)
--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fueron turnadas para estudio y dictamen, por esta H. Asamblea, las Constancias relativas a la elección para diputados federales celebradas el domingo 3 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Baja California.
"Dichas constancias tenidas a la vista aparecen protestas formuladas por el representante del Partido Acción Nacional, que se refiere a acontecimientos que además de afectar en forma muy secundaria el resultado final de la elección, se contraen a hechos que no fueron probados en forma alguna y, por lo tanto, deben considerarse insuficientes ya que de dichos documentos se desprende que se trata de una serie de numerosas supuestas irregularidades cometidas dentro del proceso electoral antes de las elecciones y el día de los comicios. A las demás protestas relativas, el día de la elección, no representan comprobante alguno.
"El Partido Popular no formuló protesta alguna.
"Participaron en la citada elección las siguientes fórmulas que se consignan con el resultado de su votación final:
"Por el Partido Revolucionario Institucional: Para diputado propietario, Emilio Hernández Armenta 25,428 votos, para diputado suplente, C. Roberto Canett González, 24,863 votos.
"Por el Partido Acción Nacional; para diputado propietario, Francisco Siqueiros N., 5,580 votos, para diputado suplente, C. David Montaño Córdova, 5,380 votos.
"Por el Partido Popular, para diputado propietario, José Dolores García V., 1,522 votos; para diputado suplente, C. Flora Lugo Armenta, 1,419 votos.
"Vistos los resultados del examen de las constancias anteriores, se encontró que triunfaron por aplastante mayoría los CC. Emilio Hernández Armenta y Roberto Canett González como diputados propietario y suplente, respectivamente.
"En tal virtud y por no haber sido eficaces las protestas y pruebas presentadas, esta Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, celebradas en el primer distrito del Estado de Baja California, el domingo 3 de julio del presente año.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el primer distrito electoral del Estado de Baja California, los CC. Emilio Hernández Armenta y Roberto Canett González.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 20 de agosto, de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
"Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, celebradas en el primer distrito del Estado de Baja California, el domingo 3 de julio del presente año.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el primer distrito electoral del Estado de Baja California, los CC. Emilio Hernández Armenta y Roberto Canett González". (Aplausos)
--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Sección 4a.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita Primera Comisión Revisora de Credenciales Sección Cuarta, pasó para el estudio y dictamen el documental correspondiente a las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso en el 5o. distrito electoral del Estado de Veracruz, con Cabecera en Jalapa.
"La Comisión Dictaminadora comprobó por el estudio del caso electoral en cuestión, que en el citado distrito contendieron las siguientes candidaturas para diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el PRI., los CC. Raúl Navarro Chanes y Mario de la Garza Castro; por el PP., los CC. Josafat Malgarejo Hernández y Delfino Vázquez Narváez. Asimismo, se comprobó que el acto preelectoral se llevó a cabo de acuerdo con las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales, y que en cuanto a las objeciones invocadas por los representantes del PP. en el propio acto electoral, como violaciones a la ley de la materia con respecto a instalación, funcionamiento de casillas, exactitud del padrón electoral, etc., quedaron plenamente desvirtuadas toda vez que no presentó dicho partido ninguna prueba legal al respecto y, en cambio, se concretó solamente enviar aquellas respuestas que oficialmente se le dieron sobre las afirmaciones a que se ha hecho referencia. Este Colegio Electoral hasta el momento de rendir este dictamen no ha recibido protesta alguna de los partidos contendientes, por lo que cabe afirmar que el acto electoral se efectuó con las normalidades debidas y, por consiguiente, el Comité Distrital queda justificado en su actuación al haber expedido constancia de mayoría de votos a la fórmula que obtuvo el mayor número de sufragios
y que correspondió a las candidaturas sostenidas por el PRI., al haber triunfado el C. Navarro Chanes como candidato a diputado propietario con 26,452 votos y con igual cantidad el candidato diputado suplente; la fórmula sostenida por el Partido Popular alcanzó la candidatura para diputado propietario la suma de 5,716 votos y el candidato a diputado suplente la de 5,716; el Partido Acción Nacional obtuvo 225 votos para el candidato a diputado propietario e igual suma al candidato a diputado suplente, pero no registró ninguna candidatura, y en esta última condición estuvo el Partido Nacionalista Mexicano al no haber registrado ninguna candidatura y solamente sufragaron en su favor 166 votos para el diputado suplente únicamente Finalmente quedaron 178 votos en blanco.
"El Comité Distrital expidió constancia de mayoría de votos a la fórmula sostenida por el PRI., y después la Comisión Federal Electoral hizo el registro respectivo bajo el número 103. Por lo que en mérito de lo expuesto nos permitimos proponer a esa H. Asamblea los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso en el 5o. distrito electoral del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral los CC. Raúl Navarro Chanes y Mario de la Garza Castro.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Hesiquio Aguilar Marañón.- Leopoldo Sánchez Celis.- Saturnino Saldívar Alcalá".
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso en el 5o. distrito electoral del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral, los CC. Raúl Navarro Chaves y Mario de la Garza Castro". (Aplausos)
--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Sección 4a.
"H. Asamblea:
"A la suscrita Primera Comisión Revisora de Credenciales, sección 4a., que suscribe, fue turnado para estudio y dictamen por acuerdo de vuestra soberanía el documental correspondiente a las elecciones celebradas el domingo tres de julio del año en curso para diputados al H. Congreso de la Unión, en el 3er. distrito electoral del Estado de Michoacán, con Cabecera en Pátzcuaro.
"La Comisión dictaminadora comprobó del estudio que hizo, que en el citado distrito contendieron para diputados, propietario y suplente respectivamente, las siguientes candidaturas: por el PRI los CC. Antonio Arriaga Ochoa y Victoriano Cázares Sánchez, obteniendo 35,784 votos y 35,481 sucesivamente; por el PAN los CC. Heliodoro Durán Santoyo y Agustín García Navarro, obteniendo 3,589 votos y 3,659 sucesivamente; candidatura no registrada, 1 voto tanto para el propietario como para el suplente, y 290 votos que por no haber sido computados fueron declarados nulos, legalmente.
"Concluído el estudio de la documentación en cuestión, se comprobó que la preparación de las elecciones se efectuó de acuerdo con las normas legales vigentes de y las instrucciones de los organismos legales; que las mismas se realizaron sin incidentes de tomarse en cuenta, y finalmente, el Comité Distrital respectivo que funcionó legalmente, declaró el cómputo con los resultados arriba anotados.
"En consecuencia, el expresado Comité Distrital expidió constancia de mayoría de votos en las elecciones a los CC. Antonio Arriaga Ochoa y Victoriano Cázares Sánchez como diputados, propietario y suplente respectivamente, y después la Comisión Federal Electoral registró conforme a la ley esa constancia de mayoría de votos a favor de los ciudadanos mencionados, bajo el número 13 del libro respectivo.
"Por lo anteriormente expuesto la suscrita Comisión se permite proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el 3er. distrito electoral del Estado de Michoacán.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral, los CC. Antonio Arriaga Ochoa y Victoriano Cázares Sánchez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 16 de agosto de 1955.- Hesiquio Aguilar Marañón.- Leopoldo Sánchez Celis.- Saturnino Saldívar Alcalá".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del presente año en curso, en el 3er. distrito electoral del Estado de Michoacán.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral, los CC. Antonio
Arriaga Ochoa y Victoriano Cázares Sánchez". (Aplausos)
--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"A esta Tercera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por acuerdo de la soberanía de esta Asamblea para estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de las elecciones para diputados federales, celebradas el día 3 de julio próximo pasado en el segundo distrito electoral del Estado de Michoacán.
"De las constancias que tuvo a la vista para estudio esta Comisión, se desprende que el Partido Acción Nacional presentó objeción al resultado de la elección.
"El Partido Acción Nacional objetó la validez de la elección por haber encontrado, según dice, irregularidades en la formación del padrón electoral que en diversas secciones no coinciden con el número de anotaciones de "votó" y las cuales se encuentran alternadas; que las actas de escrutinio de las casillas 14 y 18 de Ciudad Hidalgo no coinciden con las que obran en el Partido; que en varias casillas fueron robadas las ánforas por sus presidentes y que no se instaló una de las cinco casillas de Alvaro Obregón ni dos de Contepec y que en otras se negó la documentación a los representantes de este partido, además hace consideraciones de que en algunas casillas votaron hombres por sus esposas sin aceptarse sus protestas a los representantes y que en otras se permitió votar sin credencial.
Estudiadas minuciosamente las constancias que se tuvieron a la vista así como las que remitió la Comisión Federal Electoral a este H. Colegio para estudio, no pudo encontrarse ninguna prueba ni principio de prueba que fundamente las protestas y objeciones anteriormente sintetizadas.
"Participaron en la elección los candidatos sostenidos por los partidos que a continuación se expresan:
"CC. Agustín Carreón Florián y María Dolores Tregoni de Rivas, por el Partido Revolucionario Institucional; y Leopoldo Medina Sotelo y Roberto Maldonado Sánchez, por el Partido Acción Nacional.
"De las actas de escrutinio parciales y de su computación total se desprende que los CC. Agustín Carreón Florían y María Dolores Tregoni de Rivas, candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el PRI, obtuvieron una mayoría de 22,143 votos. La fórmula Leopoldo Medina Sotelo y Roberto Maldonado Sánchez, del PAN, obtuvo 4,820 votos.
"Vistas las anteriores consideraciones, esta Comisión se permite someter a esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el domingo 3 de julio de este año en el segundo, distrito electoral del Estado de Michoacán.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, en su orden, los CC. Agustín Carreón Florían y María Dolores Tregoni de Rivas.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Leopoldo Medina Sotelo, de Acción Nacional.
El C. Medina Sotelo Leopoldo: Honorable Asamblea. Señores diputados: He creído un deber justo, aun cuando está hecho ya el dictamen, venir a este lugar porque tengo compromiso con mis electores del segundo distrito electoral del Estado de Michoacán. Dice la Comisión dictaminadora que no encuentra motivos para que mi contrincante deje de ser el candidato, que no encuentra forma para rechazarlo.
En mi distrito hay 92 casillas; me robaron cuarenta ánforas; me falsificaron veinte; en veinte no me entregaron constancia y en las otras, no gané nada; me sobran diez. ¿Creen ustedes que este no es más que suficiente o no es una prueba para que mi contrincante no fuera candidato? ¿Qué más pruebas quiere la Comisión dictaminadora? Anduve pueblo tras pueblo y rancho por rancho, conociendo las necesidades de mi distrito porque todos los distritos están abandonados y los diputados nunca se ocupan de visitarlos, y, en cambio, aunque soy hombre del pueblo, sé cumplir con mi deber y me he parado en esta tribuna para que sepan que los miembros de Acción Nacional cumplen hasta el final con lo que prometen y con lo que ofrecen.
A pesar de los pesares y después de tanta vicisitud veo yo que por último pudiera hacer algo de favoritismo, pero en cambio yo no vengo a invitar a nadie porque esta no es lucha de candidatos, no hablo ni siquiera de candidatos, es lucha de partidos, es lucha de grupos. Y es más, señores, que van a formar la nueva Cámara de Diputados, urge de inmediato que se reforme la ley electoral para que esto no sea un margallate en las próximas elecciones federales. ¡Esto no se llama democracia! y, además, no se llama democracia porque estamos dando una mala nota ante las naciones cultas; esto parece mas bien un circo romano que una Cámara de Diputados, porque dejan hablar al que quieren.
Agradezco bastante la atención de ustedes y de todos modos seguiré trabajando por mi partido y por la reforma social en México. Muchas gracias.
El C. Ramírez Ladewig Carlos: Honorable Asamblea: como miembro de la 3a. sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales de esta junta preparatoria, me presento en esta tribuna para confirmar nuestro dictamen que ha sido impugnado por el candidato de Acción Nacional, del 2o. distrito electoral de Michoacán.
El candidato de Acción Nacional ha hecho varias aseveraciones, la más seria de ellas
indiscutiblemente es la de que se le robaron varias ánforas el día de la elección en su distrito. El puede hacer esta aseveración una y mil veces, pero en ninguna parte consta que esto es cierto, No emite absolutamente ninguna prueba ni en el expediente ni en los paquetes remitidos a este Congreso ni a la Comisión Federal Electoral.
La Ley Electoral federal nos dice que hay determinados medios que pueden los candidatos de oposición así como los del partido Revolucionario utilizar para comprobar que ha habido violaciones a la Ley Electoral, son precisamente los artículos 123 y 124 de la Ley Electoral Federal.
Y los candidatos de la oposición, en este caso el de Acción Nacional, no ha hecho uso de esos medios de que dispone legalmente. No pueden ellos esperar que esta Asamblea les crea únicamente porque ellos lo dicen. Lo que ellos dicen, no es la verdad legal únicamente por que ellos vengan a gritarlo aquí. Repito, no obra ninguna prueba en absoluto, sobre lo que viene a aseverar el candidato de Acción nacional. Por lo tanto, yo exhorto a esta Asamblea para que apruebe el dictamen emitido por la Tercera Sección de la Primera Comisión. Muchas gracias.
El C. secretario Corrales Ayala Rafael: Estando agotado el registro de oradores, se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el caso. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
Por lo tanto, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el domingo 3 de julio de este año en el segundo distrito electoral del Estado de Michoacán.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, en su orden, los CC. Agustín Carreón Florián y María Dolores Tregoni de Rivas". (Aplausos).
---- - El C. secretario Ruiz Vaconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"En cumplimiento del acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscriben procedieron al estudio del expediente relativo a la elección que para diputados al Congreso de la Unión tuvo lugar el domingo 3 de julio del año en curso en el tercer distrito electoral del Estado de Yucatán.
"Al hacer el examen cuidadoso de la documentación contenida en dicho expediente, se llegó al conocimiento de que en el citado distrito únicamente se registró la fórmula integrada por los CC. José Manuel López Lliteras y Gustavo Flota Rosas, para diputados federales propietario y suplente, respectivamente, sostenida por el partido Revolucionario Institucional.
"La constancia expedida legalmente por el Comité Distrital Electoral que se reunió en la Ciudad de Temax, Yuc., pone de manifiesto que la fórmula mencionada obtuvo en los comicios 57,033 votos.
"Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Electoral Federal en vigor, la Comisión somete al ilustrado criterio de la H. Asamblea para aprobación, en su caso, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día 3 de julio del presente año, en el tercer distrito electoral del Estado de Yucatán.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. José Manuel López Lliteras y Gustavo Flota Rosas.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 18 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewig.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de esta Secretaría declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 3 de julio del presente año, en el tercer distrito electoral federal del Estado de Yucatán.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. José Manuel López Lliteras y Gustavo Flota Rosas". (Aplausos)
---- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión revisora de Credenciales.
"Tercera sección.
"Honorable Asamblea:
"Por acuerdo de esta Asamblea soberana fue turnado a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente integrado en relación con las elecciones constitucionales para diputados federales propietario y suplente, celebradas el día 3 de julio pasado en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.
"De las constancias que estuvieron a la vista se desprende que el Partido Acción Nacional en escrito de 25 de julio, presentó objeciones ante la Comisión Federal Electoral para que negara el registro a los candidatos triunfantes, por haberse cometido numerosas y graves irregularidades en el proceso preparatorio de la elección, en la elección misma y en los cómputos de votos ante las casillas y ante el Comité Distrital.
"Esta Comisión estima improcedente e infundada la queja presentada, ya que el partido no presentó ningún principio de prueba que haga presumir la procedencia de su protesta.
"Por el informe rendido por el presidente del Comité Distrital Electoral y por el acta del cómputo total, se desprende que el resultado de la votación es el siguiente:
"C. José de la Luz Blanco Govea Y Narciso García Tovar, 31,828 votos del Partido Revolucionario Institucional.
"C. Juan Hernández Rangel Y Ernesto Méndez Arrona 1,201 votos del Partido Acción Nacional.
Esta Comisión estima que triunfaron en las elecciones constitucionales para diputados federales en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí, el C. José de la Luz Blanco Govea como diputado propietario y Narciso García Tovar como diputado suplente. Por lo tanto, propone a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí, el día 3 de julio de este año.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado cuarto distrito electoral de la entidad mencionada, los CC. José de la Luz Blanco Govea y Narciso García Tovar.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 18 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewing.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí, el día 3 de julio de este año.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado cuarto distrito electoral de la entidad mencionada, los CC. José de la Luz Blanco Govea y Narciso García Tovar". (Aplausos)
---- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Tercera Sección.
"Honorable Asamblea:
"Los que suscriben, miembros de la Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al segundo distrito electoral del Estado de Querétaro, se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:
"En el distrito electoral de referencia contendieron por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. Rosalío Herrera Maldonado Y Palemón Ledesma Ledesma, como propietario y suplente, respectivamente, y Jorge Manuel Marrón Erostarbe y José Manuel Cordero Torres, por el Partido Nacionalista de México, como propietario y suplente respectivamente.
"De acuerdo con el acta de cómputo total no se presentó objeción alguna, y, por lo mismo, el Comité Distrital del segundo Distrito electoral del Estado de Querétaro, expidió en favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, por haber obtenido mayoría de votos, la constancia correspondiente.
"El Partido Nacionalista de México presentó un escrito afirmando que durante las elecciones no se acataron las disposiciones contenidas en la Ley Electoral Federal, siendo la protesta muy vaga, pues no se señala un solo hecho concreto que pueda resultar violatorio a los preceptos de la mencionada ley.
"En vista de los resultados anteriores, esta Comisión propone a la soberanía de esta Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el día 3 de julio del presente año, para diputados federales, en el segundo distrito electoral del Estado de Querétaro.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, los CC. Rosalío Herrera Maldonado y Palemón Ledesma Ledesma.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 17 de agosto de 1955.- Julián Rodríguez Adame.- Carlos Ramírez Ladewing.- Marcelina Galindo Arce".
Está a discusión el dictamen.
El C. Presidente: Está registrado, para hablar en contra del dictamen y tiene el uso de la palabra el ciudadano Jorge Manuel Marrón, del Partido Nacionalista Mexicano.
El C. Marrón Jorge Manuel: Honorable Asamblea: No he venido a atacar a nadie ni a nada, porque no es mi costumbre. Jamás he atacado a nadie ni pienso hacerlo en adelante; pero para que ustedes estén perfectamente enterados de mi actitud, de mi trabajo respecto al distrito que represento, caminemos un poco atrás en el tiempo:
Hace ocho años yo fui llevado al pueblo de Tequisquiapan en el 2o. distrito electoral de Querétaro, muy enfermo, paralítico, casi muriéndome. En sus aguas maravillosas recobré la salud, tuve oportunidad entonces de conocer a esas gentes de las más humildes de la República mexicana, otomíes muy pobres.
Comencé a ahondar en sus problemas, estoy profundamente enterado de todos los problemas de esas gentes, pues he convivido con ellos durante largos ocho años. Durante esos ocho años y en pago honrado a la amistad, al cariño y la bondad que se me brindaron, he hecho publicidad turística, gratuita.
Me propongo seguir trabajando por el 2o. distrito del Estado de Querétaro, que incluye a San Juan del Río y Tequisquiapan, principalmente.
Quiero saber si mi contrincante está en posición de hacer el mismo trabajo que yo y si en esos ocho años ha movido un solo dedo en pro de su distrito. Salga o no yo en el dictamen que se verifique aquí, pienso seguir trabajando por gratitud por el 2o. distrito electoral del Estado de Querétaro. ¿Podrá hacerlo mi contrincante? Quiero hacerle una pregunta, antes de retirarme de esta tribuna, ¿por qué el candidato del PRI en el 2o. distrito electoral del Estado de Querétaro obtuvo el doble número de votos que el candidato del mismo partido en el Primer Distrito que es donde está la Capital del Estado y la mayor cantidad de sus habitantes? Quiero suplicar a la Comisión, si es posible, que ponga nuevamente a estudio mi caso porque es exclusivamente la honradez, la rectitud de mis procedimientos que se han impuesto allí contra un señor representante del PRI, que no es ni siquiera conocido en su distrito.
Señores, mil gracias por la atención que se me ha prestado. Queda esa pregunta suspensa en el espacio y con permiso de ustedes.
El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión
El C. Ramírez Ladewing Carlos: Honorable Asamblea: es evidente y no requiere ni siquiera que haga referencia a ello, que el candidato del Partido Nacionalista Mexicano no ha venido a impugnar el dictamen. Ha venido a hacer una autobiografía de sus paseos en el distrito. (Aplausos)
La votación en el 2o. Distrito de Querétaro es tan abrumadora que no creo que pueda heber ni la más leve duda sobre su resultado. Los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, 41,483 votos; los candidatos del Nacionalista, 324 votos. Entonces, únicamente quiero venir aquí a exhortar a la Asamblea a que apruebe el dictamen que ha sido estudiado y que ha sido emitido estrictamente apegado a la ley. Muchas gracias. (Aplausos)
El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Estando agotado el registro de oradores, se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
También en votación económica se pregunta si es de aprobarse el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones celebras el día 3 de julio del presente año para diputados federales en el segundo distrito electoral del Estado de Querétaro.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, los CC. Rosalío Herrera Maldonado y Palemón Ledesma Ledesma". (Aplausos)
---- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.-
"5a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"De conformidad con el artículo 5o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los Estados Unidos mexicanos, la Quinta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales se avocó el estudio de la documentación integrada con motivo del proceso electoral que se llevó a cabo para elegir diputados al Congreso de la Unión en el 4o. distrito electoral del Estado de Coahuila.
"De la documentación que se tuvo a la vista, y que obra en el archivo de esta H. Cámara de Diputados, resulta que se registraron los siguientes candidatos:
"Partido Revolucionario Institucional: propietario, Antonio Hernández Méndez; suplente, Juan F. Villareal.
"Partido Popular: propietario, Isidro González Flores; suplente, Pedro Barranza Moreno.
"Se cumplió con los requisitos que se señalan en la Ley Electoral Federal, durante todo el proceso posterior al registro; habiéndose instalado 131 casillas, las cuales funcionaron sin incidente alguno, según el informe rendido por el Comité , Distrital Electoral.
"De acuerdo con los datos asentados en el acta del cómputo total de la elección practicado por el Comité Distrital Electoral con fecha 10 del mes de julio anterior, se emitió en las casillas instaladas un total de 49,664 votos para diputados propietarios y suplentes, dustribuídos de la siguiente manera:
"Propietario, C. Antonio Hernández Méndez, del Partido Revolucionario Institucional, 48,768 votos.
"Propietario, C. Isidro González Flores, del Partido Popular, con 596 votos.
"Suplente, C. Juan F Villarreal, del partido Revolucionario Institucional, con 48,768 votos.
"Suplente, C. Pedro Barranza Moreno, del Partido Popular, con 596 votos.
"Según se advierte en la misma acta del cómputo total de la elección, no hubo paquetes alterados ni se formularon protestas u objeciones de ninguna clase relativas al desarrollo del proceso electoral; habiéndose extendido constancia de mayoría de votos a favor de los candidatos triunfantes, CC. Antonio Hernández Méndez y Juan F. Villarreal, propietario y suplente, respectivamente, del Partido Revolucionario Institucional.
"En vista de lo anterior, se somete a la ilustrada consideración de esta H. asamblea el presente dictamen con los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año, en el cuarto distrito electoral federal del Estado de Coahuila.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito electoral federal los CC. Antonio Hernández Méndez Y Juan F. Villarreal.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 19 De agosto de 1955.- Marcos Carrillo Cárdenas.- Carlos Valdés Villarreal.- Guillermo Quevedo Moreno".
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el 3 de julio del presente año en el cuarto distrito electoral federal del Estado de Coahuila.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito electoral federal, los CC. Antonio Hernández Méndez y Juan F. Villarreal." (Aplausos)
---- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"5a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Por acuerdo expreso de vuestra soberanía, nos fue turnado para estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verifican el día 3 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral federal del Estado de Nuevo León.
"Esta Comisión procedió a examinar la legitimidad de los actos que se derivaron del proceso electoral, advirtiendo que se registraron como candidatos del Partido Revolucionario Institucional, propietario y suplente, Respectivamente, los CC. Leopoldo Banda Romero y Jesús Malacara García y por el Partido Acción Nacional, los CC. José Ortiz Bernal e Ing. Luis J. Prieto González, como propietario y suplente, respectivamente.
"Previa designación de los funcionarios de casilla por parte del Comité Distrital Electoral, en virtud de no haberse puesto de acuerdo los representantes de los partidos contendientes, se llevó a cabo la elección el día 3 de julio anterior, levantándose en todas y cada una de dichas casillas, las actas correspondientes.
"El día 10 del mismo mes y año, se procedió a hacer el cómputo total de la elección en las oficinas del Comité Distrital Electoral, con asistencia de representantes de los partidos que intervinieron en las elecciones, encontrándose, según se asienta en el acta respectiva, que los paquetes electorales correspondientes al segundo distrito electoral federal del Estado de Nuevo León no presentaron muestras de alteración alguna, por lo que se procedió a abrir los mismos, siguiendo el orden de escrutinio contenidas en los paquetes, -que no fueron objetadas por los representantes de los partidos ni por los representantes de los candidatos-, se comprobó un total de 39,506 votos a favor del C. Leopoldo Banda Romero como candidato propietario, y de 39,328 votos en favor del C. Jesús Malacara García, como candidato suplente, ambos del Partido Revolucionario Institucional contra 5,776 votos a favor del C. José Ortiz Bernal, como candidato propietario, y 5,754 votos en favor del C. Ing. Luis J. Prieto González candidato suplente, del Partido Acción Nacional.
"Verificado el escrutinio final, se asentó en el acta correspondiente que durante la sesión del Comité Distrital Electoral, no hubo ningún incidente, con lo que se dio por terminada dicha sesión, firmando el acta los que en ella intervinieron.
"Para la elaboración de este dictamen, se estudiaron todos y cada uno de los documentos que, como ya se dijo, obran en el expediente, y en los paquetes relativos, teniéndose en cuenta también los informes del Comité Distrital Electoral, los de la Comisión Federal Electoral, y se analizaron detalladamente los escritos de objeciones que con posterioridad al proceso electoral, que culminó con el escrutinio en la Computadora, presentaron los partidos contendientes.
"Como esta Quinta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales no encuentra motivos fundados que hagan cambiar la libre emisión del sufragio, somete a la ilustre consideración de vuestra soberanía el presente dictamen con los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año, para elegir diputados federales en el segundo distrito electoral federal del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente por el segundo distrito electoral federal del Estado de Nuevo León, los CC. Leopoldo Banda Romero Y Jesús Malacara García, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Marcos Carrillo Cárdenas.- Carlos Valdés Villarreal.- Guillermo Quevedo Moreno".
Está a discusión el dictamen.
El C. Presidente : Tiene la palabra el ciudadano Patricio Aguirre Andrade, de Acción Nacional.
El C. Aguirre Andrade Patricio: Señor Presidente, Señores presuntos diputados: en esta primera ocasión que vengo ante esta tribuba, vengo o expresar a ustedes una vez más, que los candidatos de Acción Nacional yo, y en lo personal, no recurrimos a insultos personales de la naturaleza que aquí se profieren constantemente a todos los candidatos de los diferentes partidos.
Los señores de la Comisión, indiscutiblemente que van a alegar que no hay pruebas en el expediente, en contra de todas las arbitrariedades cometidas en los distintos casos que siempre hemos defendido los candidatos de Acción Nacional y que venimos a impugnar con la verdad de las cosas.
La situación y el juicio real lo conoce perfectamente el pueblo de México; no venimos a sorprender a nadie. Ustedes en sus manos tienen al mismo tiempo que los elementos de juicio, tienen
también los elementos para hacer las elecciones a la voluntad de cada uno de ustedes. Por lo tanto, es imposible que nosotros aquí traigamos pruebas, las pruebas están en las paquetes electorales. Por consiguiente, a la Comisión corresponde dar el juicio en este sentido: todos y cada uno ,de los elementos que intervienen en el proceso electoral, ya sea el Comité Distrital, ya sean los Presidentes y funcionarios de casilla, ya sea, por último, la Comisión encargada de dictaminar, hacen naturalmente a un lado y nunca son suficientes los elementos que tienen en sus manos para emitir un juicio justo en relación con la voluntad popular.
"Dejo, señores, al fuero interno de cada uno de ustedes el nombre que debe darse a esta situación. Por lo tanto, debo advertir a ustedes desde esta primera vez que tomo la palabra en esta tribuna, que los miembros de Acción Nacional no es que seamos antirrevolucionarios, somos precisamente revolucionarios y venimos precisamente aquí, a defender señores. . . (Murmullos y desorden)
El C. Presidente: La Presidencia ruega respeto al orador.
El C. Aguirre Andrade Patricio (continuando): Repito, señores, una vez más, que somos revolucionarios, realmente porque estamos defendiendo el primer postulado de la Revolución, el sufragio efectivo. . . (murmullos y desorden en las galerías).
Como el candidato de Acción Nacional por el 2o. distrito del Estado de Michoacán, el señor Leopoldo Medina Sotelo, venimos aquí y vendremos cuantas veces sea necesario a defender la actitud del Partido Acción Nacional. Queda a la Comisión resolver el caso.
- El C. Presidente Tiene la palabra la Comisión.
El C. Carrillo Cárdenas Marcos: Honorable Asamblea: en la oportunidad de significar este dictamen, justificarlo como ya lo justificó la Comisión al hacer el detenido estudio y análisis de sus probanzas, quiero advertir al señor teniente coronel Ituarte Servín, que ha manifestado que esta es la primera ocasión en que no profiere insultos,, y yo le pregunto: ¿Acaso antes de ser diputado tenía el propósito de decir insultos en esta tribuna? Porque en tal caso yo soy el primero en contestarle que la soberanía de esta Asamblea o la representación del pueblo de México, no se lo hubiera permitido. (Aplausos)
El señor teniente coronel Ituarte Servín. . . (desorden) procede reconocer mi error; no es el señor teniente coronel Ituarte Servín, sino el señor diputado Patricio Aguirre Andrade.
El señor diputado Patricio Aguirre se contradice: después de advertir que no trae el propósito de pronunciar insulto alguno, ataca la voluntad de la Comisión, que está apegada en derecho, cuando dice que aquí, arbitrariamente, se pronuncian los dictámenes. Y es por ello que me veo en la imperiosa necesidad de rebatir uno a uno los cargos que se hacen a ese dictamen, no en esta tribuna, porque el señor diputado Patricio Aguirre no ha hecho prácticamente ninguna objeción al dictamen, sino los cargos o las objeciones que se hacen en el escrito que presentó el representante del Partido Acción Nacional ante el honorable Colegio Electoral, el 15 de agosto de 1955.
Para conocimiento de este honorable Colegio, me veo en la imperiosa necesidad de informarle del contenido de dicho documento. En el escrito de referencia se pide la nulidad de las elecciones para diputados federales en el segundo distrito electoral del Estado de Nuevo León; no el segundo de Michoacán, señor diputado Patricio Aguirre, como usted dijo.
Se pide la nulidad de las elecciones, primero por que el padrón electoral se entregó deliberadamente fuera de tiempo, haciendo imposible la revisión, según se comprueba con las actas notariales que se adjuntan. Al respecto, la Comisión se permite informar a la soberanía de esta Asamblea que conforme a los artículos 53 y 54 de la Ley Electoral, no existe la obligación de proporcionar a los partidos, padrón electoral, sino simplemente la obligación de publicarlo para el conocimiento de la ciudadanía de México.
Por otra parte, señores debo advertir que, de acuerdo con las constancias que obran en el expediente, la Secretaría de Gobernación, por conducto de su órgano encargado para el caso, tuvo la consecuencia para con el Partido Acción Nacional y proporcionó el padrón electoral al Partido Acción Nacional en fechas, mayo 17 y mayo 20 de este año, según se comprueba por este año, según se comprueba por este oficio suscrito por el Delegado Estatal del Registro Nacional de Electores, ¿Qué dice a esto el representante de Acción Nacional, cuando ataca a la Comisión y dice que resuelve sin tener las constancias y a una arbitraria voluntad? ¿Qué dice el Partido Acción Nacional, cuando no contando con la ciudadanía del 2o. distrito de Nuevo León, lleva al notario Agustín Fernández del Valle para que dé fe de que en las fechas 17 y 20 de mayo se le entregaron al representante de Acción Nacional, allá en Nuevo León., las constancias relativas al padrón electoral?
Se pide la nulidad de elecciones porque se manifiesta en el escrito relativo que el Comité Distrital designó al personal de las casillas con una parcialidad manifiesta a favor del Partido Revolucionario Institucional. Esta manifestación de parcialidad amerita un análisis detenido porque creo que en un país de libertades no se debe abusar para insultar a un ciudadano honorable del Estado de Nuevo León, de suprema parcialidad, como lo hace el Partido Acción Nacional. Basta manifestar al respecto, señores, que en el 2o. Distrito de Nuevo León, la designación de los funcionarios de casillas no fue Hecha ni siquiera tomando en cuenta las listas que había elaborado el Partido Revolucionario Institucional, porque el representante de nuestro partido no consideró necesario exhibir esta lista porque tuvo confianza en la honestidad de toda la ciudadanía del 2o. distrito de Nuevo León y porque consideró que en cualesquiera de ellas, de esas personas de la ciudadanía en que recayera el nombramiento, era más que garantía suficiente, dados los principios de honestidad de la ciudadanía de ese Estado.
En cambio, Acción nacional, sí presentó sus escritos relativos y tomando en cuenta esas listas presentadas por Acción Nacional, el Presidente del Comité Distrital Electoral, juntamente con los demás funcionarios hicieron la designación del caso. Pero es digno, señores hacer mención a esta circunstancia: por intransigencia del Partido Acción Nacional no se pudo llevar a cabo la elaboración de las listas con la voluntad o el acuerdo de voluntades de representantes de partidos, y por eso se apeló a lo dispuesto en el artículo 24 y fue así como el Comité Distrital quien, repito, hizo la designación de funcionarios de casillas.
Ahora bien, el artículo 24 de la Ley Electoral Federal Electoral dice que cuando no se pusieren de acuerdo los partidos, será el Comité Electoral quien designe a estos funcionarios, pero tomando en cuenta la reconocida probidad y el modo honesto de vivir.
Si se designó a las personas que se designaron, fue sin duda, porque tenían modo honesto de vivir y eran de reconocida honorabilidad y si no se designó a los que no se designaron y a los que se quería que se designaran, fue tal vez porque no satisfacían esos requisitos morales.
Más adelante se imputa la violación de que no se admitieron a los representantes del PAN en la mayoría de las casillas, entre otras, según protesta presentada ante el Comité Distrital Electoral en los números 2, 3 y 103 del segundo distrito de Nuevo León.
La Comisión se permite informar a esta Asamblea que de las 129 casillas, el Partido Acción Nacional tuvo acreditados 92 representantes en 92 casillas de las 129, y no es culpa de los demás partidos el que Acción Nacional no hubiera tenido ni siquiera gente que mandar como representantes a las demás casillas. (Aplausos en las galerías)
Señores, ya para terminar, quiero significar a ustedes que precisamente en las casillas mencionadas, el Partido Acción Nacional tuvo representantes acreditados. ¿por qué se nos pide ahora que nulifiquemos la elección en este distrito, alegando que no se les permitió la oportunidad de acreditar representantes? ¿por qué, señores? ¿No es mejor que el Partido Acción Nacional, antes acredite o reconozca sus representantes para después saber si actuaron o no realmente como representantes del Partido Acción Nacional, personas que ellos mismos
hubieren designado? ¿Por qué no mejor se incita al Partido Acción Nacional para que, antes que nada, identifique a su gente y la reconozca para que después no nos venga a decir que no tuvo representantes? ¿Por qué, señores, el Partido Acción Nacional desconoce ahora la actuación de sus representantes?
Por otra parte, se advierte que la elección es nula porque se permitió votar en casi todas las casillas a multitud de personas que carecían de credencial, y al respecto se señalan las casillas en que precisamente estuvieron los representantes actuando. Señores, ¿por qué esos representantes, en legítima función de sus derechos de ciudadanos no tuvieron el valor de advertir esta circunstancia que a posteriori el Partido Acción Nacional imputa a los candidatos del PRI? ¿Por qué, señores, ahora pretenden tergiversarse las cosas y reducir la situación a una simple calumnia, diciendo que nosotros, Comisión Revisora, somos los que alteramos los documentos? No admito esta imputación y reto a los representantes del Partido Acción Nacional a que me acompañen a revisar todos y cada uno de los paquetes electorales como lo ha hecho la Comisión Revisora.
He querido, señores que la soberanía de esta Asamblea tome conocimiento, una vez más, para conocimiento de la opinión pública nacional, que la Comisión Revisora se apega estrictamente a la legalidad y que no tiene empacho en reconocer que ha obrado de acuerdo con las constancias reales que obran en el expediente. Dejo a la ilustrada soberanía de esta Asamblea, el que reconozca, como dijera Confucio: "Si es el hombre quien hace la verdad o es la verdad quien hace al hombre". (Aplausos)
El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Agotado el registro de oradores, se pregunta, en votación económica si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año para elegir diputados federales en el segundo distrito electoral federal del Estado de Nuevo León.
Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente por el segundo distrito electoral federal del Estado de Nuevo León, los CC. Leopoldo Banda Romero y Jesús Malacara García, respectivamente". (Aplausos)
---- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 5a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"La suscrita 5a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales fue honrada por esta H. Asamblea para hacer estudio y dictamen del expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el 3 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Esta 5a. Sección encuentra que en el mencionado distrito, los actos electorales se ajustaron a las normas establecidas por la vigente Ley Electoral, en el que contendieron los CC. Tte. Corl. Graciano Federico Hernández López y Zeferino González Diego, como propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Revolucionario Institucional y los CC. profesor Mauro Hernádez Pérez y Gildardo Manzano, propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Acción Nacional.
"No se presentó objeción ni protesta alguna en las fases del proceso electoral, habiéndose desarrollado las elecciones en completo orden, al igual que el cómputo total de la elección verificando ante el Comité Distrital Electoral el día 10 de julio de este año.
"El resultado del cómputo total, es como sigue:
"Partido Revolucionario Institucional:
"Propietario Tte. Corl. Graciano Federico Hernández López,. 32,383 votos.
"Suplente, Zeferino González Diego, 32,383 votos.
"Partido Acción Nacional:
"Propietario, profesor Mauro Hernández Pérez, 65 votos.
"Suplente, Gildardo Manzano, 65 votos.
"No existiendo ningún impedimento o protesta para cambiar en algo la libre opinión de los electores, sometemos a la ilustrada consideración de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral federal, los CC. teniente coronel Graciano Federico Hernández López y Zeferino González Diego.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Marcos Carrillo Cárdenas.- Carlos Valdés Villarreal.- Guillermo Quevedo Moreno".
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La presidencia, por este conducto, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral federal, los CC. teniente coronel Graciano Federico Hernández López y Zeferino González Diego". (Aplausos)
---- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales, 5a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Por acuerdo expreso de vuestra soberanía, nos fue turnado para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral del Estado de Zacatecas.
"Esta 5a. Sección, después de realizar minucioso y detenido estudio en la documentación aludida, advierte que se registraron por el Partido Revolucionario Institucional los candidatos CC. Gonzalo Bretado Sánchez como propietario y Rafael Yánez Sosa, como suplente: por el Partido Acción Nacional, los CC. ingeniero Jesús Huerta Hernández, como propietario y José Márquez Márquez, como suplente, y por el Partido Popular, los CC. Héctor Manuel Alcalá R. como propietario y Víctor Moraza Torres, como suplente.
"De los informes rendidos por el Comité Distrital Electoral y de las actas levantadas en cada una de las casillas que se instalaron en dicho distrito, se desprende que la votación se llevó a cabo el día 3 de julio del presente año, en completo orden y sin objeción alguna.
"El día 10 de julio del propio año se practicó por el Comité Distrital Electoral el cómputo total de la elección, con asistencia e intervención de los representantes de los Partidos Revolucionarios Institucional y Acción Nacional, sin que hubiere concurrido el representante del Partido Popular, no obstante el citatorio que para tal fin se le giró oportunamente.
"En el acta relativa al cómputo total, acorde con la votación que se registró en los paquetes electorales que obran en los archivos de esta H. Cámara de Diputados, se registra en triunfo de los CC. Gonzalo Bretado Sánchez y Rafael Yáñez Sosa, propietario y suplente, respectivamente, con 30,826 votos, en tanto que los CC. ingeniero Jesús Huerta Hernández y José Márquez Márquez, obtuvieron 4,685 votos, y los CC. Héctor Manuel Alcalá R. y Víctor Moraza Torres, 807 votos.
"El representante del Partido Acción Nacional prácticamente no hizo objeción alguna que amerite estudio de esta 5a. Sección, toda vez que sólo se concretó a asentar en el acta de cómputo total, que objetaba 23 casillas, sin precisar la numeración de ellas ni los motivos de la objeción.
"Del análisis de la documentación en la forma expuesta, esta 5a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, llega al convencimiento de que las elecciones en el mencionado distrito, se verificaron con estricto apego a la Ley Electoral en vigor, sin que exista impedimento o protesta para cambiar en algo la libre opinión de los electores.
"En consecuencia, sometemos a la ilustrada consideración de vuestra soberanía, el presente dictamen, con los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral Federal del Estado de Zacatecas.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Gonzalo Bretado Sánchez y Rafael Yáñez Sosa.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Marcos Carrillo Cárdenas.- Carlos Valdés Villarreal.- Guillermo Quevedo Moreno".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, hace la declaratoria siguiente:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral federal del Estado de Zacatecas.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Gonzalo Bretado Sánchez y Rafael Yáñez Sosa". (Aplausos)
---- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 5a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"La 1a. Comisión Revisora de Credenciales, 5a. Sección, se avocó al estudio del expediente que contiene la documentación relativa a la elección que para diputados al Congreso de la Unión, se celebró el día 3 de julio anterior en el primer distrito electoral del Estado de Sinaloa.
"Del estudio de la documentación de referencia se desprende que se registraron conforme a la Ley Federal Electoral, los siguientes candidatos:
"Partido Acción Nacional:
"Propietario, María Luisa Quiñones viuda de Alatorre.
"Suplente, José Demetrio Gómez Gómez.
"Partido Revolucionario Institucional:
"Propietario, Eliseo Galaviz Bernal.
"Suplente, Ramón López Gutiérrez.
"Partido Popular:
"Propietario, Sostenes García Ceceña.
"Suplente, Teodoro Valenzuela Villalejo.
"De acuerdo con las constancias respectivas, entre las que se encuentra el informe que rinde el Comité Distrital Electoral a la Comisión Federal Electoral, en acatamiento del artículo 108 de la ley de la materia, se hicieron en tiempo oportuno las publicaciones relativas al registro de los mencionados candidatos, así como de la división territorial y del personal de casillas, previa convocatoria que giró el precitado Comité Distrital Electoral, por medio de la prensa local, y con citatorios que recibieron personalmente los representantes de los partidos y de los candidatos.
"El día 3 de julio anterior se llevaron a cabo las elecciones en completo orden, habiéndose levantado las actas de instalación, clausura y escrutinio en todas y cada una de las casillas en que se registró votación, estando firmadas por los representantes de los partidos que acreditaron tales elementos ante las casillas.
"El día 10 de julio pasado se instaló la Junta Computadora en el Comité Distrital Electoral respectivo, con citación de los representantes de los partidos contendientes, quienes asistieron al acto, y tras de haberse verificado el examen de los paquetes electorales, y no acusándose violación en ninguno de ellos, se practicó el escrutinio final, con el resultado siguiente:
"Partido Revolucionario Institucional:
"Propietario, Eliseo Galaviz Bernal, 18,049 votos.
"Suplente, Ramón López Gutiérrez, 18,049 votos.
"Partido Acción Nacional:
"Propietario, María Luisa Quiñones viuda de Alatorre, 385 votos.
"Suplente, José Demetrio Gómez Gómez, 385 votos.
"Partido Popular:
"Propietario, Sóstenes García Ceceña, 811 votos.
"Suplente, Teodoro González Villalejo, 811 votos.
"Boletas en blanco, 13.
"Del análisis de los documentos, según la exposición que antecede, se concluye que las elecciones en el primer distrito electoral del Estado de Sinaloa fueron válidas y acusan el triunfo a favor de los candidatos del partido Revolucionario Institucional.
"De la documentación estudiada, se observa que tanto el Partido Acción Nacional como el Partido Popular, presentaron protestas ante el Comité Distrital Electoral, sin que en ninguna de ellas se precisen violaciones concretas. En efecto, el escrito de protesta presentado por el representante del Partido Acción Nacional, sólo apunta una serie de artículos que estima dicho representante fueron violados, sin precisar el concepto o conceptos de violación, con la circunstancia singular de que los artículos que se citan, se refieren a casos de posibles violaciones que pudieron cometerse durante el proceso electoral en su fase anterior al cómputo total verificado en la Computadora pero sin que se hubiera hecho objeción alguna al cómputo final.
"Igual cosa puede decirse respecto de los escritos de objeciones presentados por el representante del Partido Popular.
"Cabe advertir, además, que se tuvo a la vista el informe de la Comisión Federal Electoral que otorgó el registro de las constancias de mayoría que expidió el Comité Distrital Electoral a favor de los CC. Eliseo Galaviz Bernal y Ramón López Gutiérrez, respectivamente, como diputados propietario y suplente por el primer distrito electoral federal del Estado de Sinaloa.
"Por todo lo anterior, se emite el presente dictamen y se someten a la consideración de la soberanía de esta Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero: Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Sinaloa.
"Segundo. Son diputados federales, por el mencionado distrito, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Eliseo Galaviz Bernal y Ramón López Gutiérrez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1955.- Marcos Carrillo Cárdenas.- Carlos Valdés Villarreal.- Guillermo Quevedo Moreno".
Está a discusión el dictamen.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Sóstenes García Ceceña, del Partido Popular.
El C. García Ceceña Sóstenes: Honorable Colegio Electoral: en el primer distrito del Estado de Sinaloa, el Partido Popular me lanzó como candidato para contender en las elecciones del 3 de julio. El dictamen que ofrece la Comisión era de esperarse y al no tomar en cuenta las pruebas que presentamos, es porque era valor entendido.
El proceso electoral habido en el Estado de Sinaloa estuvo en manos de puros elementos del Partido Revolucionario Institucional, en sus distintos organismos. El padrón electoral adoleció de irregularidades en grado sumo: no se registraron electores con autenticidad, en virtud de que estuvo a cargo de elementos irresponsables, incondicionales del partido Revolucionario Institucional, para llevar a cabo el Colegio Electoral.
El Co mité Distrital estuvo integrado por personas incondicionales del mismo Partido Revolucionario Institucional, en virtud de que este señor, ya que no tiene el Partido Revolucionario Institucional en aquella entidad federativa una persona que lo represente, escogieron lo peor de la ralea de los líderes que existen en aquella entidad. (Voces en las galerías: ¿Cuántos votos sacaste?) Yo le suplico a la Presidencia que las interrupciones que me hacen en las galerías, se tomen en cuenta en la media hora que se me da.
Efectivamente las elecciones fueron pacíficas en el Estado de Sinaloa y, ciudadanos del Colegio Electoral, fueron pacíficas porque todavía hay respeto en el país para una persona y para una institución: la persona es el señor Presidente de la República y la institución, el Ejercito Nacional. En ustedes está ciudadanos, como en toda la ciudadanía, procurar que se guarde respeto a estas dos entidades. Está en peligro no nada más la Revolución mexicana, sino está en peligro la patria. En el Partido Revolucionario Institucional se han colado elementos incondicionales de la reacción y de lo más negro de nuestra patria. Por eso ven ustedes que un elemento de Acción Nacional viene y dice aquí; por eso oyen ustedes, señores del Colegio Electoral a un elemento de Acción Nacional que dice en la tribuna más alta de mi patria, que es revolucionario.
La Revolución está mixtificada porque se ha detenido el aspecto agrario y se ha detenido el aspecto agrario y se ha traficado con el derecho de huelga; le Revolución está estancada, porque no hay respeto al sufragio; la Revolución se ha detenido por que no hay garantías individuales.
En aquella entidad, cuando fue el Presidente del Partido Revolucionario Institucional, como consecuencia del aniversario del protomártir de la Revolución, Gabriel Leyva Solano, le dijeron los parientes al general Leyva Velázquez, que nada menos que la candidato de Acción Nacional era su parienta y que había dicho ella que si había aceptado la candidatura de Acción Nacional no era porque estuviera en ese partido o participara de los ideales del mismo, sino que lo hacía porque estaba astiada y astiado el pueblo de aquella región, de que se impusieran elementos de la ralea como los que figuraron en Cámaras anteriores por el primer distrito electoral.
Primeramente lanzan como candidato del partido revolucionario Institucional a un elemento que vive en amasiato con la dueña de un prostíbulo de la región de Los Mochis. (MURMULLOS)
En segundo lugar, en este período que está por terminar el 31 de agosto lanzan a un elemento pícaro y ratero, que se ha enriquecido con el sudor de los campesinos, y hoy lanzan a un elemento incondicional de los que se han enriquecido y han robado a la organización nacida de la Revolución en el aspecto más noble que es el sistema colectivo.
Hay un desfalco de más de veinticinco millones de pesos que han hecho estos señores, en convivencia con los políticos y con la empresa United Sugar Company, Y le aclaro la señora que era la razón, pues, de que por ella había aceptado ser candidata de Acción nacional. Porque el general Leyva Velázquez le dijo que se retirara de la candidatura de Acción Nacional y que en las próximas elecciones sería candidata del partido revolucionario Institucional.
El general Leyva Velázquez al entrevistar a sus parientes en aquella región, le dijeron que él estaba en la contrarrevolución y que si su padre viviera sería una afrenta para él mismo, porque para Gabriel Leyva Solano, él había peleado por el Sufragio Efectivo y que él estaba en condiciones en que estaba el Partido Científico en 1910 que habían sido los que habían matado al padre de él, de Gabriel Leyva Solano.
El proceso electoral, señores se llevó a cabo, efectivamente en una forma pacífica porque el pueblo no votó. Las pruebas están en los paquetes; las casillas electorales del Municipio de El Fuerte, todavía a las 11 de la mañana estaban en poder de la Inspección de Policía y se presentó acta notarial de lo mismo, que obra en antecedentes, tanto de la Comisión Federal Electoral, como de la Comisión nombrada por ustedes para revisar el caso del distrito electoral.
La patria está en peligro, camaradas. . . (Desorden en las galerías)
Acción Nacional hace honor al compromiso interno que tiene con los directores del PRI. En el corrillo, aquí, el primer día, decían varios presuntos diputados del PRI que los alegatos que presentaban los representantes de Acción Nacional que venían a esta tribuna, que no eran ni para tomarse en cuenta; que no tenían argumentos para rebatir los dictámenes que presentaban las Comisiones dictaminadoras a favor del Partido Revolucionario Institucional; Y es efectivo, porque hay compromisos internos compromisos, tras bambalinas, como se dice, entre los directores del Partido Acción Nacional y los directores del PRI para entregar la Revolución en manos de la contrarrevolución.
Los candidatos del PRI en aquella región no tuvieron el voto de la ciudadanía por la razón de que son los que están estancando la reforma agraria; son los que están traficando con los intereses del pueblo; tienen repartido lo mejor de la tierra que va a regarse con la presa Miguel Hidalgo, hecha con el dinero de la nación y que está siendo para
beneficio de unos cuantos que están acaparando lo mejor de las tierras.
El derecho de huelga es letra muerta en aquella región, señores. Hubo necesidad de hacer un movimiento de abstención, de entrega de caña, de donde es representante el candidato centésima del PRI en aquella región. (Aplausos en las galerías); pero por haberse negado a dar un peso más que le pedían los campesinos. . . (Desorden, gritos en las galerías) Ustedes, ciudadanos del Colegio Electoral, mediten.
En el Partido Revolucionario Institucional existe la contrarrevolución que detiene el aspecto agrario y nulifica el derecho de huelga.
El pueblo no votó por los elementos del PRI por la razón de que se están muriendo de hambre, mientras los candidatos y los dirigente principales del PRI se vanaglorian de tener al joven más rico del mundo. Es necesario que mediten la política para poder salvar a la Revolución y para poder salvar los intereses de la patria.
Una oradora dijo que el general Cárdenas era miembro del PRI; y el general Cárdenas en declaraciones que hizo a la revista "HOY" dice que no pertenece ni ha pertenecido al PRI. Es necesario, ciudadanos, que mediten, la contrarrevolución está en marcha, el clero político quiere ahogar nuestra patria como en Argentina, en una revolución interna, y ustedes serán los responsables porque están haciendo el juego con Acción Nacional.
A nadie engañan en el sentido de que las elecciones son limpias. Las elecciones son meditadas desde arriba y las confeccionan de acuerdo con los intereses del organismo; en la Comisión Federal Electoral se presentaron las pruebas contundentes para que se negara la constancia al candidato del PRI; y la Comisión nombrada por ustedes para conocer sobre el caso del primer distrito electoral, sabe de las pruebas contundentes, de que el pueblo no votó.
Las elecciones del 3 de julio, como ustedes lo han afirmado por conducto de la Comisión nombrada, fueron legales y fueron pacíficas debido a que el pueblo está en tregua esperando que se haga la justicia que está en nuestra Constitución para darle al pueblo mismo las garantías a que tiene derecho.
La patria de Hidalgo, la patria de Morelos, la patria de Guerrero, la patria de Valentín Gómez Farías, de don Benito Juárez, de Madero, de Zapata, de Villa, de Obregón, de Lázaro Cárdenas, está en peligro, señores del Colegio Electoral. Si ustedes siguen en la actitud obsecada y haciéndole el juego a la reacción, por conducto del partido de Acción Nacional, serán responsables de que se borren los nombres que están aquí y se ponga en lugar de ellos los de Agustín de Iturbide, Miramón, Zuloaga, Lavastida y Victoriano Huerta.
Acción nacional está en combinación directa con los directores de la alta política del PRI, recibiendo las consignas de los dirigentes que tiene el imperialismo norteamericano en las distintas negociaciones del país. La Reforma agraria ha sido estancada; el derecho de huelga es negatoria; el derecho más esencial de las garantías, es letra muerta. La Constitución Política, en sus artículos más nobles, es pisoteada. . . (Voces: Sáquenlo, bájenlo)
Si el Colegio Electoral ratifica el dictamen de la Comisión conocedora de las elecciones en el primer distrito de Sinaloa, consumará una vez más un fraude que se agrega a la cadena de fraudes que se han hecho en contra de la soberanía de México. Le dan 18,000 votos al elemento de la CTM incrustado en el PRI (Aplausos) y la cantidad irisoria la marcan al Partido Popular...
El señor Presidente de la República es testigo de la recepción que le hicimos el día 29 de noviembre de 1954 al hacer las peticiones de las distintas organizaciones campesinas y de los campesinos que están pidiendo las tierras que tienen acaparadas los nuevos latifundistas o los revolucionarios de nuevo cuño. Los ministros que acompañaron al propio señor Presidente de la República, son testigos del recibimiento que hicimos y tuvimos que pedir la fuerza federal para que nos dieran garantías y para podernos presentar ante el Señor Presidente de la República.
Los elementos de la CTM y del PRI, previendo el ridículo, que harían, trataron de evitar que nosotros presentáramos al señor Presidente de la República las peticiones, de conformidad con el Código Agrario, la Ley Federal del trabajo y la Constitución General de la República, a que tenemos derecho. Ustedes no hacen más que prolongar esta situación de desastre en que está nuestro país, en virtud de la miseria en que están las masas campesinas y los obreros subyugados por los líderes raqueteros que se han enriquecido y que gastan el dinero que debían otorgar a las masas obreras, con ostentación de lujo y de fuerza, y van a regalar una vez más la curul a un elemento ratero, pícaro y sinvergüenza de aquella región, por situaciones de alta política, que se conocen.
El primer distrito electoral de Sinaloa no votó por él. Los votos los confeccionaron en las oficinas del Comité Distrital. Ahí tienen ustedes a los elementos que confeccionaron los paquetes de las elecciones que se llevaron a efecto el primer domingo de julio. Es necesario que mediten, señores del Colegio Electoral, porque la responsabilidad estriba en ustedes. Yo no espero que ustedes vayan a votar a favor del candidato del Partido Popular en aquella región, en razón de que la consigna está dada para que voten en contra del candidato y a favor del dictamen; pero una vez más, la responsabilidad ante ustedes, históricamente se les señalará como uno de los consumadores de los fraudes en esta época.
El peligro no está más que en Acción Nacional y en el Sinarquismo que desde el sexenio pasado se le ha dado la oportunidad en distintas formas, tanto en los puestos públicos como en las esferas oficiales para que intervengan en la política nacional, empezando a sentar sus raíces en la contrarrevolución.
El imperialismo norteamericano es la causa primordial para que a los miembros del Partido Popular no se les deje entrar a las Cámaras del Congreso de la Unión; es el responsable de la miseria en que vive nuestra patria.
El C. Presidente: La Presidencia ruega orden para aclarar dos cosas: primero, se ha tenido y se tendrá la decisión inquebrantable de permitir que los oradores representantes de los diversos partidos registrados en nuestro país legalmente, hagan uso de esta tribuna.
Cuando un orador, como es el caso del orador Sóstenes García Ceceña, se convierte no en un defensor de su partido, sino en un agente de injurias, él mismo se evita el derecho que se le concede a subir a la tribuna más alta del país.
Segundo punto: la Presidencia hace saber esto: algunas gentes y algunos órganos de opinión, señalan que el Presidente del Colegio Electoral ha tenido debilidad al remitir que hablen quienes profieren algunas injurias. Yo quiero decir a ustedes y se ha señalado también que sería necesario que el Presidente demostrara su energía e hiciese desalojar las galerías. Yo pregunto: ¿qué haríamos en un caso en que una Cámara deliberara en secreto? Por eso pido a los asistentes que están aquí, en respeto de las doctrinas o causas de su partido, puesto que un partido político no debe ser otra cosa que el lazo político para unirse a los intereses sagrados de la patria, sean también respetuosos de quienes son sus contrincantes de ideas.
Para poder estimar la bondad de las ideas nuestras, es necesario oír, saber oír los ataques del enemigo. Por eso yo les pido a ustedes respeto, porque yo no permitiré que aquí se desaloje al público para que hagamos sesiones en secreto. (Aplausos)
La Cámara del Congreso de la Unión no tiene secretos para el pueblo, por eso es que yo siempre tendré la determinación de no celebrar sesiones en secreto, levantando las sesiones públicas. Por eso yo quiero que todos los que están aquí recuerden que esta es la Cámara de todos los mexicanos. (Aplausos)
Decía que ustedes respeten al orador, pero que el orador respete también este recinto.
Las decisiones del Presidente del Colegio Electoral están sujetas a la vuluntad de la Asamblea. Yo pregunto a la Asamblea si puede continuar en el uso de la palabra el orador.
(Voces: ¡No! ¡No!)
El C. Presidente: El orador se ha privado a sí mismo del derecho que se le ha dado de venir a hablar en esta tribuna.
El C. Sánchez Madariaga Alfonso: Señor Presidente; ciudadanas y ciudadanos integrantes de este honorable Colegio Electoral: los que a orgullo tenemos pertenecer a la Confederación de Trabajadores de México y por lo tanto, al Partido Revolucionario Institucional, realmente sentimos que el debate político esté siendo derivado por la oposición al PRI, en campañas de calumnia, de insultos de la más baja expresión y aún queriéndose hacer de las actividades políticas no una labor cívica, sino una acción subversiva en contra del régimen que preside el ilustre Presidente don Adolfo Ruiz Cortines, pues con ello degenera los aspectos que deben animar toda contienda política, esto es, la exposición de programas, de principios y de personalidades, a fin de que el debate del programa y de las personalidades, la ciudadanía escoja al que crea que tenga la razón.
Los elementos del Partido Popular insultan constantemente al PRI y a sus hombres, sin embargo, en el Teatro Lírico hace pocos días su Presidente con el estribillo de que el país está en peligro, invitaba al PRI para que se hiciera una acción conjunta con el P.P. Si como dicen somos tan malos, si no estamos defendiendo a la Revolución, si nuestros hombres están realizando una tarea que no es precisamente la del progreso del país, porqué quieren unirse nuestro Partido? Quieren unirse porque desean que los cobije la sombra revolucionaria y de mayoría ciudadana del Partido Revolucionario Institucional.
El Partido Popular no es sino un partido minúsculo en todos los rincones de nuestra Patria, por eso han venido pugnando porque la Ley Electoral que rige en nuestro país, conceda el voto proporcional pues con el voto proporcional pretenden que haya voto para las minorías como ocurre en algunos países con minorías raciales en que se les concede representación en el Parlamento, y así ellos como minoría aquí, pretenden que se haga una cosa similar, para poder asegurar la representación que no pueden lograr con el voto universal que rige en México. Todos sabemos que en nuestro país no hay sino grupos pequeños adictos a las banderas del Partido Popular.
El candidato del Partido Popular que acaba de hacer uso de la palabra ha sido dos veces candidato a diputado federal, dos veces candidato a Presidente Municipal, y no ha tenido en todas esas ocasiones sino una cantidad insignificante de votos. ¿Y por qué es esto? Porque este compañero fue cajero de la Sociedad de Interés Colectivo Agrícola Ejidal de Los Mochis por ocho años, por que su hermano Carlos Ramón García fue el Gerente de esa misma Sociedad por el mismo tiempo y en la opinión de todos los integrantes de dicha Sociedad se les considera como los responsables de los millones de desfalco de que el propio candidato habló aquí.
Hace muy pocas semanas, el Presidente del Partido Popular, queriendo hacer de la región de Los Mochis un lugar en que pudiera presentar un problema importante para significar la fuerza de su partido, fue personalmente a esos lugares y trató de utilizar la amistad que en alguna época tuvo con los elementos de la CTM, para incitarlos a actos de violencia, inclusive, la quema de cañaberales con el pretexto de un aumento pequeño en el precio de la caña y, ¿cuál fue el resultado de esa gran fuerza persuasiva del "mesías" del Partido Popular? ¿Cuál fue el resultado de su labor y de sus propósitos? El más absoluto fracaso. Los elementos de la SICAE siguieron realizando sus
tareas, se opusieron a la labor del PP y esto no es sino la demostración de no tiene eco ni fuerza la prédica disolvente de ese partido.
Se viene haciendo aquí también por los diversos oradores del Partido Popular que han pasado por la tribuna, la acusación constante de que las autoridades electorales no hacen otra cosa que servir a los elementos del PRI y yo debo decir que en la mayoría de los distritos en que jugó el Partido Popular, no se registró, conforme al artículo 68 de la Ley Electoral en las Comisiones Distritales Electorales; y, sin embargo, por atención de la Comisión Electoral Federal, se dieron instrucciones a los Comités Distritales Electorales, varios días después de cerrado el registro, para que se hiciera el de los candidatos del Partido Popular. ¿Quiénes son, entonces, los que están recibiendo atenciones de la Comisión Federal Electoral?
En este caso es realmente audaz que se venga a hablar también de anti imperialismo y de lucha contra las compañías norteamericanas, cuando precisamente en Los Mochis, los mejores aliados de la United Sugar Co. contra los compañeros ejidatarios de la SICAE son los elementos del partido Popular. (Aplausos)
La lucha de los elementos lombardocomunistas del Partido Popular en los Mochis, en contra de la sociedad representativa del interés colectivo de esa región, no hace sino favorecer la lucha que, por su parte, realiza en contra de ella la United Sugar Co.
Creo que está en el ambiente de esta Asamblea que no se viene a usar de la tribuna por los elementos del PP, sino para lanzar de nuestos y hablar de peligros imaginarios y para tratar con el viejo procedimiento comunista, de presentarse como víctimas con el fin de hacer proselitismo.
Afortunadamente la nación mexicana los conoce. La clase trabajadora se ha librado hace años de la ponzoña comunista. (Aplausos)
El C. secretario Corrales Ayala Rafael: Agotado el registro de oradores, se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido este caso. Suficientemente discutido.
En votación económica se pregunta se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, hace la siguiente declaratoria:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral federal del Estado de Sinaloa.
"Segundo . Son diputados federales por el mencionado distrito propietario y suplente respectivamente, los CC. Eliseo Galaviz Bernal y Ramón López Gutiérrez". (Aplausos)
---- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Acordó turnar vuestra soberanía a la suscrita 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, para el correspondiente estudio y dictamen, la documentación que produjo la votación electoral del 3 de julio de este año en el segundo distrito electoral del Estado de Aguascalientes, para designar diputados al H. Congreso de la Unión.
En cumplimiento de este acuerdo, la Comisión dictaminadora viene a informar a ustedes que en el citado distrito se registraron los siguientes candidatos:
Por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. Alberto Alcalá de Lira y Alfredo de Lara Isaac; por el Partido Acción Nacional, los CC. José Martínez de Luna y Francisco Espinosa Ponce. Y por el Partido Nacionalista de México, los CC. Carlos Ramos Ramírez y Antonio Uvalle.
"Del estudio de la documentación que obra en poder de la suscrita Comisión, se colige que los trabajos preparatorios de la elección se sujetaron plenamente a las disposiciones legales y que el acto de la elección misma no registró incidente alguno. Los partidos contendientes no presentaron objeciones de ninguna naturaleza ni aportaron pruebas de que se hayan cometido irregularidades en el proceso electoral, ante esta 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales.
"El día 10 del mes de julio, el Comité Distrital celebró sesión a la que fueron citados los representantes de los partidos políticos que tomaron parte en esta justa electoral y por haber obtenido la mayoría de votos la fórmula Alberto Alcalá de Lira y Alfredo de Lara Isaac, sostenida por el PRI, le fue extendida la constancia respectiva.
"En las 61 casillas instaladas en el distrito se emitieron un total de 23,505 votos para diputados suplentes y 23,505 votos para diputados propietarios distribuidos en la siguiente forma:
"Propietarios: C. Alberto Alcalá de Lira, candidato del Partido Revolucionario Institucional, 22,280 votos; C. José Martínez de Luna, candidato del Partido Acción nacional, 834 votos; C. Carlos Ramos Ramírez, candidato del Partido Nacionalista de México, 391 votos.
"Suplentes: C. licenciado Alfredo de Luna Isaac, candidato del Partido Revolucionario Institucional, 22,280 votos; O. Francisco Esparza Ponce, candidato del Partido Acción Nacional 834 votos; C. Antonio Uvalle, candidato del Partido Nacionalista de México, 391 votos.
"La Comisión Federal Electoral, el 26 de julio de 1955 otorgó registro a la constancia de mayoría de votos extendida por el Comité Distrital Electoral a favor de los CC. Alberto Alcalá de Lira y Alfredo de Lara Isaac por considerar que era incontrovertible el hecho de que la fórmula citada había obtenido mayoría de votos en la elección del 3 de julio.
"En atención a las consideraciones anteriormente expuestas, la suscrita Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales se permite someter al criterio de esta honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a la XLIII Legislatura tuvieron lugar el día 3 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral del Estado de Aguascalientes.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los ciudadanos Alberto Alcalá de Lira y Alfredo de Lara Isaacs. "Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. "México, D.F., a 19 de agosto de 1955. -1a. Comisión, Carlos Román Celis. -Emilio Martínez Manautou. -Roberto Herrera León."
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
"La Presidencia por conducto de esta Secretaría, hace la siguiente declaratoria:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a la XLIII Legislatura tuvieron lugar el día 3 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral del Estado de Aguascalientes.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los ciudadanos Alberto Alcalá Lira y Alfredo de Lara Isaacs." (Aplausos)
--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisadora de Credenciales.
"Sección Segunda.
"Honorable Asamblea:
"La Segunda Sección de la Primera Comisión Revisadora de Credenciales, después de practicar estudio completo del expediente formado con relación a las elecciones que para diputados federales se llevaron a cabo en el tercer distrito electoral del Estado de Tamaulipas, el día 3 de julio próximo pasado llegó al conocimiento de los siguientes hechos: "I. Participaron en la contienda electoral de ese distrito como candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente, los ciudadanos que a continuación se mencionan: "Jesús Betancourt Vergara y Florentino López Mireles, sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional.
"Pablo Villanueva y Espiridión Adame Pérez sostenidos por el Partido Popular.
"Jesús Martínez Azúa y Dr. David Avila'B., por el Partido Acción Nacional.
"II. Con apego a la Ley Federal se llevaron a cabo los trabajos preelectorales; la elección tuvo lugar con pleno orden y sin que se registraran incidentes de ninguna naturaleza, lo cual se demuestra por el contenido de las actas de escrutinio levantadas en las 182 casillas que funcionaron en ese distrito.
"III. El día 10 del mes de junio, el Comité Distrital Electoral celebró sesión a la que fueron citados los representantes de los partidos que contendieron; habiéndose examinado los paquetes electorales y hecho el cómputo de la votación, resultó distribuida en la siguiente forma:
"Para la fórmula del PRI, integrada por Jesús Betancourt Vergara y Florentino López M.. . . . 36,030 votos; para la fórmula del PP, formada por Pablo Villanueva García y Espirirdión Adame P., 1,530 votos y para la fórmula del PAN Jesús Martínez Azúa y David Ávila B., 1,227 votos, además se emitieron 41 votos para el Partido Nacionalista de México; y 24 votos más para candidatos no registrados.
"IV. La Comisión Federal Electoral envió, en el expediente que se estudia, algunas protestas presentadas por el Partido Acción Nacional en las que no se aporta ninguna prueba ni se especifica con claridad el medio por el que se pueda comprobar lo denunciado, razones por las que la propia Comisión Federal Electoral, al conocer del caso que nos ocupa, desechó las protestas en cuestión, por encontrarlas infundadas y, por tanto, improcedentes. Esta Comisión, al estudiar las protestas a que nos venimos refiriendo, las desecha también por ilegales.
"V. La Comisión Federal Electoral en sesión efectuada el primero de agosto, determinó otorgar el registro de Ley a la constancia de mayoría de votos extendida por el Comité Distrital Electoral en favor de los CC. Jesús Betancourt Vergara, por haber obtenido un triunfo abrumador en las elecciones del 3 de julio.
"Por todo lo anterior expuesto nos permitimos someter a esta honorable Asamblea los siguintes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a la H. XLIII Legislatura se realizaron en el tercer distrito electoral federal del Estado de Tamaulipas, el día 3 de julio corriente.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Jesús Betancourt Vergara y Florencio López M.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. "México, D. F., a 26 de agosto de 1955. -La Comisión, Carlos Román Célis. -Emilio Martínez Manautou. -Roberto Herrera León."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. aprobado.
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a la H. XLIII Legislatura se realizaron en el tercer distrito electoral federal del Estado de Tamaulipas, el día 3 de julio corriente.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC Jesús Betancourt Vergara y Florentino López M." (Aplausos)
El C. secretario Ruiz Vasconcelos Román: (leyendo)
"Primera Comisión Revisadora de Credenciales.
"Sección Cuarta.
"Honorable Asamblea.
"Para estudio y dictamen fue turnado a la Primera Comisión Revisadora de Credenciales, sección cuarta, el expediente electoral de las elecciones para diputados al H. Congreso de la Unión celebrada el domingo tres de julio del presente año en el 1er. distrito electoral del Estado de Zacatecas, con cabecera en Zacatecas.
"La Comisión dictaminadora comprobó por el estudió que hizo de la documentación de que se trata, que en el citado distrito contendieron las siguintes candidaturas para diputados, propietario y suplente respectivamente: por el PRI., los CC. Roberto del Real Carranza y Alfonso J. Cardona Peña, y por el PAN., los CC. Samuel Salinas López y Jaime Haro Rodríguez. Asimismos, pudo comprobarse que el acto preelectoral se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se desarrollaron sin incidentes de importancia, no obstante la petición que hizo al Comité Regional el Partido Acción Nacional de que se nulificaran las elecciones a causa, según afirma el propio Comité de ese partido, sobre diversas irregularidades habidas durante el proceso electoral, tales como que la Comisión Local Electoral no citó a sus representantes y que la designación de personal de casillas se hizo únicamente tomando en cuenta el que propuso el representante del Partido Revolucionario Institucional, así como que el día de la elección se cometieron diversas violaciones a la Ley Electoral en varias casillas. Todas estas aseveraciones la comisión dictaminadora las encontró infundadas, pues nunca el organismo político aludido llegó a rendir prueba legal alguna sobre el particular.
"Del examen minucioso practicado a la documentación relativa, se comprobó que el Comité Distrital respectivo funcionó legalmente y efectúo el cómputo correspondiente, habiendo expedido constancia de mayoría de votos a la candidatura sostenida por el PRI., por haber obtenido 35,151 votos el candidato a diputado propietario y 35,151 el candidato a diputado suplente: la fórmula sostenida por el Partido Acción Nacional obtuvo para el candidato a diputado propietario 4,900 votos y el candidato a diputado suplente 4,900. Por último la Comisión Electoral Federal registró dicha constancia de mayoría de votos en las elecciones, a favor de la fórmula sostenida por el PRI, bajo el número 59 del libro respectivo.
"Por lo anteriormente expuesto, la suscrita Comisión se permite someter a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del presente año en el 1er. distrito electoral del Estado de Zacatecas.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito, los CC. Roberto del Real Carranza y Alfonso J. Cardona Peña.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. "México, D.F., a 19 de agosto de 1955. -Hesiquio Aguilar Marañón. -Leopoldo Sánchez Célis. -Saturnino Alcalá."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. (Aprobado)
"La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del presente año en el 1er. distrito electoral del Estado de Zacatecas.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Roberto del Real Carranza y Alfonso J. Cardona Peña." (Aplausos)
--- - El secretario Corrales Ayala Rafael: (leyendo)
"Primera Comisión Revisadora de Credenciales.
"Sección Cuarta.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita Comisión dictaminadora pasó por acuerdo de vuestra soberanía el documental correspondiente a las elecciones para diputados federales que tuvieron verificativo el tres de julio del presente año, en el VI distrito electoral del Estado de Jalisco, con Cabecera en Tepatitlán.
"Se comprobó por la documentación de que se trata, que en el citado distrito contendieron para diputados, propietario y suplente respectivamente, las siguientes candidaturas: por el PRI los CC. Francisco Rodríguez Gómez y Flavio Ramírez Alvarez, obteniendo 29,699 votos y 29,697 sucesivamente; por el PAN, los CC. David Alarcón Zaragoza y Juventino González Flores con 4,182 votos y 4,181 sucesivamente, y otras candidaturas no registradas con 50 votos y otros tantos, sucesivamente.
"Igualmente se comprobó del estudio en cuestión, que el acto preelectoral se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes así como las instrucciones dadas por los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de tomarse en cuenta, y, finalmente, el Comité Distrital respectivo funciono legalmente y efectuó el cómputo con los resultados arriba anotados.
"En consecuencia el expresado Comité Distrital extendió constancia de mayoría de votos en las elecciones a los CC. Francisco Rodríguez Gómez y Flavio Ramírez Alvarez como diputados, propietario y suplente respectivamente y después la Comisión Federal Electoral registró conforme a la ley dicha constancia de mayoría de votos a favor de
los ciudadanos mencionados, bajo el número 104 del libro respectivo. "Por lo anteriormente expuesto y tomaron en consideración que las propuestas u objeciones que presentó el Partido Acción Nacional no son suficientes para invalidar la elección o que desvirtúen el cómputo aludido, nos permitimos proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el VI distrito electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito electoral. los CC. Francisco Rodríguez Gómez y Flavio Ramírez Alvarez .
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. "México, D.F., a 16 de agosto de 1955. - Hesiquio Aguilar Marañón. -Leopoldo Sánchez Célis. -Saturnino Saldívar Alcalá."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación.. . . .
- El Presidente: Se ha registrado para hablar en contra del dictamen el ciudadano Ituarte Servín. Tiene la palabra.
El C. Ituarte Servín Alfonso: El señor licenciado Carrillo Cárdenas me obliga a referirme al penoso caso que traté hace algunos días. Se ha hecho una publicación calumniosa en mi contra; soy diputado y tengo derecho a hablar señores. He hecho la consignación de los hechos mencionados en esta publicación a la Procuraduría; y entre tanto no se resuelva el asunto, tengo derecho a que se me respete y a que se me hagan imputaciones que significan injurias muy graves a mi honor.
El C. Presidente: La Presidencia aclara al orador lo siguiente: Si la Comisión que estudió el dictamen se le ha dado aprobación en la Asamblea, hubiese encontrado en ese documento de que él habla calumnias para él, pruebas para consignarlo, se hubiese detenido el asunto. Entonces, en estos momentos, él habla no como un delincuente bajo el peso de una culpa, sino como un ciudadano en el uso de sus derechos. (Aplausos)
El C. Ituarte Servín Alfonso: Por esa razón me he permitido protestar contra la forma insidiosa con que iniciaba, confundiéndose el señor licenciado Carrillo Cárdenas en su anterior intervención, cuando se refería al señor teniente coronel Ituarte.
"Quiero precisar, señores diputados, señores presuntos diputados, que el objeto principal de este Colegio Electoral es la calificación de las elecciones. Necesariamente al venir a intervenir en la tribuna, tenemos que referirnos a todos aquellos hechos, aquellas situaciones que influyan en forma determinante en el criterio político que debe tenerse para calificar las elecciones.
"Las protestas presentadas por nuestro Secretario general, el señor doctor Velasco Zimbrón, que entre paréntesis, lo dejo anotado para futuras discusiones, desempeña la Secretaría General de nuestro partido, sin ganar un centavo, sino solamente para servir a México, se refieren a hechos ciertos, a realidades que han pasado en los distritos, son tan numerosos que algún simpático colega de la Cámara acordándose de un chiste de programa de radio; nos ha colocado el epíteto de protestantes; y han surgido también otros oradores parlamentarios exigiéndonos pruebas y más pruebas. Allá voy. Incluso se han dicho que no he ido a Roma por la respuesta, cuando he hecho afirmaciones anteriores en la tribuna. Ciertamente no he ido a Roma; está muy caro, con nuestra moneda devaluada significaría una erogación muy grande. "He ido, señores diputados, al Registro Nacional de Electores, fuente de información oficial a donde están consignados los datos todos de la elección de todos los distritos y he ido en virtud de presunto diputado y he hablado con el señor Subdirector del Registro y le he dicho: "señor, me interesa conocer algunos datos en relación con algunos expedientes". El señor subdirector del Registro Nacional de Electores, muy gentilmente ha llamado a un empleado, señorita Lupita, le ha dicho: atienda usted al señor. Y entré al Registro Nacional de Electores; pedí tres o cuatro expedientes. Con sorpresa, con agrado encontré cuadros extraordinariamente elocuentes que sí son pruebas cuadros de Elección en varios distritos en los que se detallan los resultados de la votación, por secciones, en los distritos, por cada casilla; y me he encontrado la explicación de la eficacia abrumadora del funcionamiento del Partido Revolucionario Institucional. Hay casillas por secciones en las que se empadronaron 700 personas y votaron 700 personas. Casillas en las que se empadronaron 685 y votaron 685 personas, naturalmente en favor del PRI., y casillas en las que se empadronaron mil personas y votan dos mil personas. Quiero imaginarme el suceso así: es claro, el pueblo de México, santamente entusiasmado con los programas del PRI, por las figuras relevantes de sus candidatos, se formó el día 3 de julio y poseído de un santo entusiasmo, bajo el sol ardoso de México va y vota uno a uno, todos los electores por el PRI, y se sienten tan entusiasmados por lo que ahi encuentran, que regresan y vuelven a votar. (Aplausos en las galerías)
Esto señor licenciado Hesiquio Aguilar (no deseo molestarlo), en lo general se refiere a un dictamen que ha estudiado usted. Cuarenta y siete casillas; en 10 casillas votaron todos los electores por el PRI y en 4 casillas votaron más electores de los empadronados, por el PRI; en 16 casillas votaron casi todos los electores por el PRI. Solamente en 11 casillas, para cubrir el expediente de democracia, hay una votación balanceada entre PAN y PRI. El cuadro de números aquí está, señores, prueba no de Acción Nacional, sino del Registro Nacional de Electores.
Me voy a permitir entregarlo, como un diploma al mérito, al diputado electo por el segundo distrito de Chiapas. Tengo copias suficientes de estos documentos por si les interesan a los señores de la prensa. Y debo decir también que he podido, a nombre del partido, al señor Secretario de
Gobernación para que, en calidad de Presidente de la Comisión Federal Electoral, envíe a este Colegio Electoral todas las tabulaciones de votos referentes a los diferentes casos que se discuten, con objeto de que se cuando se presente cada vez un dictamen, tengamos a la vista esa tabulación y poder juzgar eficientemente y con criterio político, del resultado. ¿Quieren que lea el cuadro de números? (Voces: No) -- El C. Presidente: La presidencia recuerda al orador que está a discusión el 6o. Distrito del Estado de Jalisco y él debe resumirse.
El C. Ituarte Servín Alfonso (Continuando): En el 6o. distrito de Jalisco, señor Presidente, teníamos 42,000 empadronados, de los cuales votaron el 82% porcentaje que no digo resulta maravilloso en la Ciudad de México, sino probablemente en Estados Unidos y en Suiza, países democráticos. Por esto es, señores, que la fecha 1910 que alguien citaba aquí, no nos molesta, porque 1910 habla de sufragio efectivo. Incidentalmente debo mencionar que en mi distrito, la persona encargada de dirigir la sección femenina de Acción Nacional, es una persona que lleva el apellido Madero, y no sólo lo lleva, sino que lleva el deseo de lograr que se haga efectivo el sufragio. Lo que nos molesta, lo que nos importa más, lo que molesta exageradamente al pueblo de México, es que después de cuarenta y cinco años de Revolución, después de tanta sangre derramada entre hermanos, no existe todavía un sistema eficaz para conocer cuál es la voluntad del pueblo y determinar quienes son sus auténticos representantes.
No nos molesta tampoco que algún zapatero haya firmado el acta de nacimiento de un señor diputado. En Acción Nacional hay muchos zapateros y muchos carniceros, el pueblo de México todo está en las filas de Acción Nacional; yo me permito invitar muy sinceramente al colega que hizo la moción para que el día que quiera asistir a nuestras oficinas, puede hacerlo a efecto de que conozca a los zapateros, a los carniceros. Esos que están allí con un denominador de mexicanos entre hombres libres y que no van a buscar chambas a Acción Nacional, porque saben que no es el organismo adecuado para eso. Quiero referirme también a algunas afirmaciones que se han hecho a propósito del distrito de Jalisco: se ha dicho que nosotros no hacemos escuelas, que no hacemos obras públicas, advirtiendo que no es función de los señores diputados hacer escuelas, porque esas debe hacerlas el Gobierno y debe hacerlas, ustedes lo saben bien, con el aplauso de todos, pero con el dinero de todos también, porque el patrimonio de la nación. . . .
- El C. Román Celis Carlos (Interrumpiendo):
Protesto contra la voluntad de Acción Nacional que no quiere que se eduque a nuestro pueblo.
El C. Ituarte Servín Alfonso (Continuando): Son las contribuciones que pagan los señores de la porra, que pagan ustedes y que pagamos nosotros. (Murmullos)
Lo que sí me interesa recoger es el gentil ofrecimiento del colega diputado de un distrito de Jalisco. El va a estar en actitud permanente vigilando de las necesidades de sus representados y les a ofrecido escuelas y muchas cosas más; yo le advierto que sus representados se le aparecerán muy pronto no en calidad de votos sino en calidad de personas físicas con muchos problemas, con relativos a la morena tierra de donde proceden, y se le presentarán a a refrescarle la memoria para que les cumpla el ofrecimiento que les ha hecho. Termino, señores, pidiendo que se suspenda la discusión del dictamen hasta que se traiga a consideración del Colegio Electoral la tabulación hecha por el Registro Nacional de Electores.
El C. presidente: La Presidencia, para dar cumplimiento al artículo 110, pide a la Secretaría dar lectura a la moción suspensiva que ha presentado el ciudadano diputado por Acción Nacional Ituarte Servín.
El C. secretario Corrales Ayala Rafael: Dice así: "Ciudadano Presidente del Colegio Electoral: Alfonso Ituarte, diputado por el 17/o. distrito del Distrito Electoral, con apoyo en el artículo 105 del reglamento, pide que se suspenda la discusión del dictamen del 6o. distrito electoral de Jalisco hasta que se presente la tabulación hecha por el Registro Nacional de Electores, de los votos emitidos en relación con el padrón electoral en ese distrito. Firmado" Como ya el señor tuvo ocasión de fundar esta petición de suspensión, solamente pregunta la Secretaría a la Asamblea si la desecha o no. Los que estén por que se deseche, sírvanse manifestarlo. Desechada.
- El mismo C. Srecretario: Se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el caso. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del año en curso, en el 6o. distrito electoral del Estado de Jalisco.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Francisco Rodríguez Gómez y Flavio Ramírez Alvarez". (Aplausos)
---
- El C. secretario Ruiz Ramón (leyendo):
"Primera Comisión Revisadora de Credenciales.
"Sección 4a.
"Honorable Asamblea:
"El expediente formado con la documentación relativa a las elecciones que para diputados al H. Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo tres de julio del año en curso en el 1er. distrito electoral del Estado de Nuevo León, con Cabecera en la Ciudad de Monterrey, fue turnado para su estudio y dictamen a la suscrita Primera Comisión Revisadora de Credenciales, cuarta sección
"Puedo comprobar la Comisión através de los documentos que en el citado distrito contendieron las siguientes candidaturas para diputados, propietario y suplente respectivamente; por el PRI, CC. Angel Lozano Elizondo y Luis Díaz de León Arrieta, con 32,586 votos y 31,867, sucesivamente; por el PAN, CC. Rafael Alfonso Y Prieto Y Rafael Posas Vizcaya, con 5,355 votos y 5,147, sucesivamente; la fórmula del Partido Popular obtuvo 36 votos y 36 sucesivamente, y la del Partido Nacionalista Mexicano obtuvo 7 votos y 7 sucesivamente.
"Igualmente pudimos comprobar que los preparativos electorales se efectuaron con toda normalidad, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Electoral vigente y acatando las instrucciones de los organismos electorales respectivos, no obstante las objeciones que hizo el Partido Acción Nacional al respecto, abarcando el acto eleccionario. Entre esas objeciones cabe mencionar las más salientes que hizo ese organismo político, referentes a la designación de personal de casillas, en que dice no haber sido citados los representantes de los partidos contendientes. Queda refutada esta objeción cuando el organismo electoral respectivo demostró que las personas propuestas por el propio partido Acción Nacional para que los representara, no correspondían a las secciones respectivas.
"Sería prolijo todas las objeciones invocadas por el PAN, y solamente manifestamos que oportunamente el Comité Distrital demostró su improcedencia, por lo que queda demostrado que sólo tuvieron como fin esas objeciones obstruccionar el acto electoral como quedó demostrado plenamente por las informaciones que oportunamente rindieron a la Comisión Federal Electoral y a la Secretaría de Gobernación los inspectores comisionados para el caso. "Con relación a la ratificación de objeciones aludidas y que con fecha de 15 del mes en curso hizo la Secretaría General del Partido Acción Nacional, ante este Colegio Electoral, la suscrita Comisión comprobó que son literalmente los mismos cargos a que se está haciendo mérito, pero desafortunadamente para ese partido, no presentó las pruebas legales de rigor y nuevamente quedó evidenciado el propósito sistemático de pretender obstruccionar el acto cívico de renovación de la Cámara de Diputados Federal.
"En virtud de lo expuesto y tomando en cuenta que las protestas que presento el Partido Acción Nacional que figuran en el documental que se estudió, no son suficientes para invalidar la elección o que se desvirtúen el cómputo aludido, la Comisión que suscribe se permite someter a vuestra consideración para aprobación, en su caso, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al H. Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo tres de julio del año en curso en el 1er. distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito, los CC. Angel Lozano Elizondo y Luis Díaz de León Arrieta.
"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. "México, D.F., a 16 de agosto de 1955. - El Presidente, Lic. Hesiquio Aguilar Marañon. - Secretario, Leopoldo Sánchez Celis. -Secretario, Saturnino Saldívar Alcalá".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al H. Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 3 de julio del año en curso, en el 1er. distrito electoral del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente respectivamente por el mencionado distrito, los CC. Angel Lozano Elizondo y Luis Díaz de León Arrieta". (Aplausos).
---
- El secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Sección Segunda.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente y la documentación anexa, formados con relación a las elecciones que para diputados federales se realizaron el 3 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Puebla.
"De las constancias tenidas a la vista se concluye que fueron registrados por partidos políticos nacionales como candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente, los siguientes ciudadanos:
"Por el Partido Revolucionario Institucional Salvador Lobato Jiménez y Rodolfo Arriaga Martínez; por el Partido Acción Nacional Dr. José Alfonso Armona Lanche y Javier Rivero Romay.
"Al avocarse la Comisión el estudio minuciosos del expediente y documentación correspondiente al distrito que nos ocupa, encontró, que tantos los actos previos a la elección como la elección misma se realizaron con estricto apego a lo que al respecto establece la Ley Electoral Federal.
"No figuran en el expediente y documentación ni objeciones ni constancias de que el orden o el procedimiento electoral hayan sido alterados.
"El Comité Distrital Electoral, cumplimiento con lo que al respecto establece el artículo 104 de la Ley Federal Electoral, efectuó el 10 de julio el cómputo final de la justa electoral, con el siguiente resultado:
"Para la planilla Salvador Lobato Jiménez Rodolfo Arriaga Martínez, sostenida por el PRI, 16,033 y 15,820 votos, respectivamente.
"Para la planilla José Alfonso Armona Lanche Javier Rivero Romay, sostenida por el Partido Acción Nacional, 4,069 y 4,059 votos, respectivamente.
"Para candidatos no registrados 362 votos.
"La Comisión Federal Electoral en su dictamen de fecha 27 de julio y después de certificar la votación recibida en las 88 casillas instaladas en el distrito a estudio, acordó otorgar registro a la constancia de mayoría de votos, extendida por el Comité Distrital relativo.
"Así pues, por las consideraciones expuestas y fundadas en la documentación a estudio, la suscrita Comisión, se permite someter al recto criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son Válidas las elecciones realizadas para diputados a la H. XLIII Legislatura, el día 3 de julio del corriente año en el primer distrito electoral federal del Estado de Puebla.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Salvador Lobato Jiménez y Rodolfo Arriaga Martínez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. -México, D.F., a 19 de agosto de 1955. - La Comisión: Carlos Román Celis. -Emilio Martínez Manautou. -Roberto Herrera León."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
"Primero. Son válidas las elecciones realizadas para diputados a la H. XLIII Legislatura, el día 3 de julio del corriente año en el primer distrito electoral federal del Estado de Puebla.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Salvador Jiménez y Rodolfo Arriaga Martínez". (Aplausos)
---
- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):
"1a. Comisión Revisadora de Credenciales. Sección 2a.
"Honorable Asamblea:
"La 2a. Sección Revisadora de Credenciales que suscribe, tiene el honor de venir ante vuestra soberanía, a rendir dictamen sobre el expediente que le fue turnado, relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron en el cuarto distrito electoral del Estado de Nuevo León, el día 3 de julio próximo pasado.
Aparece en la documentación examinada que en dicho distrito contendieron las siguientes planillas:
"Por el Partido Revolucionario Institucional, la C. Lic. Margarita García Flores y Roberto M. González Gutiérrez; por el Partido Acción Nacional, los CC. Dr. Felipe García Guajardo y Rogelio Luis González González.
"El resultado del cómputo total de la elección registró los siguientes resultados.
"Diputados Propietarios:
"C. Lic. Margarita García Flores, candidata del Partido Revolucionario Institucional, 27,967 votos,
"Dr. Felipe García Guajardo, candidato del Partido Acción Nacional, 944 votos.
"Diputados Suplentes:
"Roberto M. González Gutiérrez, candidato del partido Revolucionario Institucional, 27,954 votos.
"Rogelio Luis González González, candidato del Partido Acción Nacional, 937 votos.
"Además, se emitieron 309 votos en favor del Partido Popular, sin que mencione el lista el nombre de ningún candidato.
"Los documentos estudiados, hacen saber que todas las casillas instaladas en el cuarto distrito electoral del Estado de Nuevo León, funcionaron normalmente; que no hubo durante las elecciones en parte alguna del propio distrito, ningún incidente digno de ser tomado en consideración, así como que ambos partidos contendientes gozaron de las garantías que la ley les otorga.
"El día 10 de julio, el Comité Distrital celebró la sesión a que se refiere el artículo 104 de la Ley Federal electoral en la ciudad de Cadereyta Jiménez, N. L., donde después de celebrar el cómputo total, se extendió constancia de mayoría de votos en favor de los candidatos sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional; constancia que fue legalmente registrada por la Comisión Federal Electoral el 5 de agosto del presente año.
"El Partido Acción Nacional presentó ante el honorable Colegio Electoral de la XLIII Legislatura del Congreso de la Unión, un escrito aduciendo supuestas violaciones a la Ley Electoral vigente, pero como carece de comprobación legal alguna, y son de tal manera deleznables, que esta Comisión estimó que dichas protestas son insuficientes para acreditar los hechos a que se refieren y no merecen ser tomadas en consideración.
"Por lo antes expuesto, nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a la H. XLIII Legislatura, tuvieron lugar el día 3 de julio del corriente año en el cuarto distrito electoral federal del Estado de Nuevo León.
"Segundo. Son diputados, propietarios y suplente respectivamente, por el citado distrito. los CC. Margarita García Flores y Roberto M. González Gutiérrez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.
"México, D.F., a 20 de agosto de 1955. -La Comisión: Carlos Román Celis. -Emilio Martínez Manautou. -Roberto Herrera León.
Esta a discusión el presente dictamen.
El C. Presidente: Se concede la palabra al doctor Felipe García Guajardo, del PAN.
El C. Felipe García Guajardo: Honorable Asamblea: fue para mi alto honor haber tenido como contrincante a una distinguida dama como es la señorita licenciado Margarita García Flores.
En las paredes de este recinto están marcadas con letras de oro nombres de mujeres insignes que han trabajado por la patria, y es un gran paso en la democracia de México la presencia de la mujer en la contienda política. Como médico siempre he sido partidario de las verdades científicas, de las verdades demostradas, y con todo el respeto que ella me merece vengo a impugnar el dictamen basándome en las siguientes pruebas: con toda atingencia seguí todos los actos necesarios preelectorales, presenté una lista de mis representantes en todas las casillas, los cuales fueron debidamente registrados. Presenté también propuesta por la destrucción de mi propaganda en varios municipios del Estado y que corresponden al 4o. distrito electoral. Entre los muertos estuvo el doctor Cossío y hubo más de cinco por las mismas diferencias de los priístas. Eso es un borrón, que para Nuevo León es un verdadero estigma.
En el día de las elecciones, también quiero anticipar que presenté listas de representantes para las casillas, las cuales nunca fueron tomadas en cuenta por el cuarto Comité Electoral a pesar de que el dictamen dice que mis pruebas son deleznables, aquí presenté yo una copia de la prueba de mi representante en una casilla de Villa Juárez en que con mano temblorosa viene afirmando que el alcalde de Villa Juárez volcó toda la votación a favor del PRI; y como es natural, como la organización del PRI es bastante eficiente y engrasada, se negaron a aceptar las protestas de mis representante. Entonces ellos firmaron el acta de escrutinio y yo someto esta prueba ante cualquier calígrafo para ver si las firmas del final no corresponden a las que están en el expediente electoral. También quiero poner en conocimiento de la Comisión todas las pruebas no aceptadas y otra firma que está en el acta de clausura. Otra acta tengo también aquí donde el mismo presidente de la casilla dice palpablemente que todos los votantes de allí tuvieron que emigrar, por la miseria en que está México, como braceros a Matamoros y Texas; aquí está la prueba.
Otra prueba de la falsedad del padrón electoral es que, aunque muy tarde me entregaron las listas, mandé propaganda a más de cinco mil votantes. El correo me devolvió más de quinientos sobres. Aquí está una copia de una de ellas donde dice que estaba empadronado un muerto y muchos desconocidos. (Murmullos)
Celebro los aplausos para mi contrincante, por que veo que es popular aquí en la ciudad de México, porque siendo candidato a regidor por el Cabildo de Monterrey, vino a desempeñar un alto puesto en el Partido oficial, que es el PRI. (Voces: Arriba el PRI)
La prensa de Monterrey, la prensa del Estado de Nuevo León ha atacado y es una cosa que cualquiera puede ver, la acción nula que como representante del Cabildo hizo la señorita diputada. He dicho diputado porque comprendo que la maquinaria está perfectamente engrasada.
La democracia es ideal, que llega al pueblo y que hace que convivan todos en perfecta armonía cualquiera que sean sus ideas. Es mi ideal que pronto alcanzará nuestra patria.
hace trescientos años un pensador dijo, que la soberanía radicaba en el pueblo y no en la herencia a través de los reyes; los reyes tuvieron que caer guillotinados, porque la idea de la democracia empezaba. Ahora ya nadie piensa en poner rey; ahora ya nadie piensa cuando se derriba un Gobierno, en poner otra vez tronos y reyes, porque el poder reside en el pueblo y la democracia está contra las ideas del maquiavelismo político.
Señores, estoy en un plan decente y sé que aquí se encuentra un ilustre escritor, el diputado Baltasar Dromundo, autor de un maravilloso libro sobre política; sé que él está de acuerdo en lo que resto diciendo; pero no creo en el maquiavelismo y algún día, así como hay decencia en las familias, habrá decencia en toda la gran familia mexicana y habrá respeto al voto popular. (Aplausos)
No me asustan las porras ni los aplausos, porque tengo una profesión que me permite vivir libre; y sólo quiero pedir que en este cuarto distrito, que ya perteneció una vez a Acción Nacional, que en este cuarto distrito ahora sí la señorita diputada haga un trabajo más grande que el que hizo en el Cabildo de Monterrey.
- El C. Presidente Tiene la palabra la Comisión.
El C. Román Celis Carlos: Señores...
(Una voz en las tribunas: ¡Salte!)
El C. Román Celis Carlos (continuando): Salirme compañero, equivaldría a guardar silencio, y no quiero que usted interprete mi silencio.
No conozco, honorable Asamblea, la especialidad del profesionista que hizo uso de la palabra, pero... (Gritos de ¡Ole! ¡Ole! en las galerías)
Demando una tregua a los ocupantes de las galerías. Ese grito taurino no cabe en este recinto, porque comprendo que los candidatos de su partido fueron mansos que el pueblo devolvió al corral el 3 de julio. (Risas y aplausos)
El C. Presidente: La Presidencia suplica al orador que se ciña a la defensa del dictamen.
El C. Román Celis Carlos: El señor doctor afirmaba que él se basa en verdades científicas. Yo sé que un argumento tal como lo define el diccionario de nuestro idioma, es una verdad; es una razón que se emplea para probar, para demostrar, para convencer, para contradecir, para impugnar. Y así hay una serie de argumentos de diversas especialidades fundados unos, en lo incontrovertible de la ley, argumentos claros, precisos, contundentes, pero los argumentos del señor doctor Guajardo han venido a agregar una nueva definición a esta palabra.
Hay también argumentos de pan con atole. El Partido Acción Nacional, por conducto de su Secretario General, presentó ante la 2a. Sección Revisora de Credenciales, un larguísimo escrito de los que confecciona por series el Partido Acción Nacional en el que, en primer término, señala que las listas electorales fueron entregadas muy tarde y que se dispuso de muy breve plazo para impugnarlas, porque el Registro Nacional de Electores careció en Nuevo León de Elementos suficientes para elaborar esas listas.
La Comisión estima que estas circunstancias fueron en perjuicio de todos los partidos y de ninguna manera puede atribuirse a ninguno de ellos en particular esta armonía si existió y mucho menos responsabilizar de ello a los candidatos.
Asegura Acción Nacional que del padrón se tomarón nombres de cuatro mil ciudadanos para envíales comunicaciones y que de éstas, como lo dijo el candidato de ese partido, el correo devolvió quinientas por diversas circunstancias.
Vamos a recurrir al dictamen que emitió la Subdirección de la H. Comisión Federal Electoral para que se lleve al ánimo de ustedes lo que aconteció en este hecho que señala el candidato.
Dice la Subcomisión mencionada: en el expediente constan dieciocho sobres que se dice que tuvieron correspondencia para personas que figuraron en el padrón del registro y no quinientos como dice el candidato de Acción Nacional. Creemos que de haber sido devuelto este último número, lo natural era que todos se exhibieran. A mayor abundamiento, estudiada este parte de la denuncia encontramos: 1 ciudadano fallecido; 6 que viven fuera del perímetro en que el Correo está obligado a hacer entrega de correspondencia; 8 cuyos domicilios fueron puestos incompletamente (carecen de su respectiva casa habitación) y 3 cambiaron de domicilio. Todo esto no demuestra que el padrón haya sido deformado intencionalmente.
La Comisión estima que en Villa de Guadalupe, se crearon tres casillas más de las previstas y, según dice Acción Nacional, motivaron confusión a los electores. Esta medida para facilitar la votación en jurisdicciones muy pobladas, creemos que resulta conveniente, y de ninguna manera puede atribuirse culpa alguna a algún partido o candidato respecto al resultado de la votación, a quien quiera que haya favorecido.
También ha dicho el candidato de Acción Nacional que algunos anuncios murales fueron destruidos. No hay en el expediente ninguna prueba al respecto y, en su caso, malamente puede afectar el resultado de la elección, cualquiera que esta sea.
Que la casilla número 3 Cadereyta, no se había instalado a las 8.25 hs. del día 3 de julio. Como si se tratara de un enfermo agonizante, con la gravedad de Acción Nacional, se alega fraude por la instalación de una casillas 25 minutos después de la hora legal; pero esta objeción debe desecharse por todos motivos, puesto que la casilla se instaló un poco más tarde y en ella se recibió completa, ordenada y legalmente la votación; asimismo, el señor García Guajardo señalaba que hubo numerosas irregularidades en la casilla número 2 de Villas Juárez. Y esas irregularidades denunciadas, la Comisión comprobó que se refieren a una sola. Se trata de un ciudadano que votó por su esposa. Esta es, desde luego, una irregularidad condenable y, de comprobarse, si se hubiesen aportado pruebas suficientes, la sanción debería ser, como manda la ley, de nulificar ese voto, en cuyo caso Margarita García Flores hubiera obtenido 26,966 votos y el señor doctor don Felipe García Guajardo los mismos elocuentes 944 votos.
En otra casilla de Villa Santiago, instalada en la congregación de San Francisco, votaron muchos ciudadanos sin estar en el padrón; pero el acta de escrutinio que tuvimos ante nuestra vista, hace constar que de ninguna manera se trató de muchos y solamente fueron 7 los que votaron sin estar en el padrón y en todo caso lo que faltó fue la lista adicional que justifique el motivo de estos siete votos.
Por el mismo tenor de estas sistemáticas objeciones, sigue Acción Nacional atacando a los organismos electorales, al Partido Revolucionario Institucional y a Margarita García Flores.
Para concluir con el análisis de estas objeciones según sus propias palabras y sin aportar el menor elemento de prueba que, siendo principio fundamental de derecho que nadie puede aprovecharse de su propio dolo debe, en consecuencia, concluirse que los votos del 4o. distrito electoral de Nuevo León son nulos al artículo 135 de la Ley electoral Federal.
El artículo 135 del capítulo XI que se refiere a la nulidad de las elecciones, dice así:
"Artículo 135. La votación recibida en una casilla electoral será nula:
"I. Cuando se haya instalado la casilla electoral en distinto lugar al señalado y en condiciones diferentes a las establecidas por esta ley;
"II. Cuando haya mediado cohecho, soborno o presión de alguna autoridad para obtener la votación en favor de determinado candidato;
"III. Cuando se haya ejercido violencia sobre los electores en las casillas electorales por alguna autoridad o particular con el mismo objeto que indica la fracción anterior, y
"IV. Por haber mediado error o dolo en la computación de los votos".
Ya se ha hablado aquí mucho de refrescar memorias. Nosotros queremos ahora referimos a la del señor Raúl Velasco Zimbrón... (Risas) porque se equivocó. El artículo que debería haber invocado es el 136 que dice que una elección será nula por las tres causas que aquí señala la ley y que no voy a leer a ustedes para no cansarlos. Simplemente quisiéramos que nos señalara la casilla en que pide, por medio de tan largo escrito la anulación de los votos de Margarita García Flores.
También se ha dicho que son revolucionarios los señores de Acción Nacional. Quiero decir a ustedes, porque existe en el expediente esta publicación del propio candidato, en el periódico "El Norte", de Monterrey, en que dijo a sus electores este mensaje: "He querido contribuir con mi grano
de arena a la destrucción del monopolio faccioso que oprime a nuestra patria desde hace más de cuatro décadas, en el que me he comprometido toda la vida". Yo pregunto: ¿En donde está el respeto de que hablaba para la memoria del Apóstol de la Democracia y Mártir de los traidores, Francisco I. Madero? Para concluir sólo quiero, como miembro de esta Cámara de Diputados, salir en defensa, una vez más de la mujer mexicana. (Aplausos) Se ha atacado aquí a una de las más limpias representantes de la actual generación femenil a una de las inteligentes mujeres del Partido Revolucionario Institucional, que cuando fue regidora del Ayuntamiento de Monterrey, comisionada en el ramo de educación que no percibe un sólo centavo para realizar su tarea, obtuvo para la ciudad veintidós mil árboles de ornato, miles de cartas anatómicas, planos, planisferios, libros y útiles de enseñanza.
El candidato del PAN invocó en esta tribuna los nombres de las mujeres heroicas que ofrendaron su vida, su espíritu y su sangre en areas de la patria para en seguida venir a atacar a una de las más activas militantes en las filas revolucionarias del actual momento que vive México, y esto no nos entraña, señores del Colegio Electoral, porque bien sabido está que los jerarcas de Acción Nacional sólo saben defender a las mujeres ricas que asesinan a sus esposos.
-E. C. Presidente: De acuerdo con el reglamento, la Presidencia ha registrado a los oradores que se han inscrito. Hablará a continuación el ciudadano doctor Patricio Aguirre Andrade y en seguida la ciudadana licenciada Marga García Flores.
El C. Aguirre Andrade Patricio: Presidente. Señores diputados: vengo nada más a hacer la aclaración a esta tribuna de que el candidato postulado por Acción Nacional, en ningún momento ha tratado de insultar ni ha sido su intención insultar a la señorita candidato del PRI. Es satisfactorio para Acción Nacional haber sido siempre y haber demostrado a todo el pueblo de México que en todos los trabajos cívicos, desde su fundación, imploró y tuvo la ayuda de la mujer mexicana; la obtuvimos de nuestras esposas y nuestras hijas para trabajar en nuestra campaña como en todas las que ha tomado parte Acción Nacional.
Me permito aclarar al señor Román Celis, de la Comisión, que en Acción Nacional hay muchos toros pero no mansos y aquí estamos para demostrarlo. Para ustedes, señores de la Comisión, sabemos perfectamente que ningún elemento es prueba contundente, porque ya en la otra ocasión un señor licenciado, que actualmente es Ministro de la Suprema Corte negó que tuviera importancia y valor un acta notarial. Por consiguiente, señores, ante ustedes sabemos que no hay ninguna prueba que valga. Esperamos que en alguna ocasión ustedes tomen parte y realmente modifiquen la Ley Electoral, para que el pueblo de México esté garantizado.
El C. Presidente: Tiene la palabra la ciudadana Margarita García Flores.
- La C. García Flores Margarita: Señor Presidente. Honorable Asamblea: vengo a esta tribuna como hija de un limpio revolucionario que en el año de 1913 se lanzara a la lucha armada de México, luchando por el mejoramiento del pueblo mexicano, a defender aquí no únicamente la voluntades de mis electores, sino en mi calidad de limpia ciudadana de Nuevo León. (Aplausos)
Heredera legítima, porque mi padre me inculcara la ideología revolucionaria, es mi mayor orgullo poder decir que soy miembro de mi partido y soy una fiel servidora de la Revolución Mexicana, (Aplausos) de esa Revolución que se alzó sobre las tremendas necesidades del pueblo cuando éste demostró sus inquietudes en esta forma, cansado ya de tanto desprecio, de tanta necesidad y de tanta hambre.
Considero que es indudablemente la Revolución mexicana el movimiento social y político que nos ha otorgado a las mujeres mexicanas las ventajas y las conquistas de que nosotras ahora disfrutamos, primero con Venustiano Carranza, a quien mi padre sirviera con la Ley de Relaciones Familiares y, posteriormente con distintos ordenamientos legales que nos protegen, como la Ley Federal del Trabajo, el Código Agrario, el Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de la Federación y el Seguro Social. (Aplausos)
En esta etapa actual de México, las mujeres consideramos que la patria necesita de todos sus ciudadanos, hombres y mujeres, y nosotras venimos a las lides políticas con toda nuestra limpieza de ánimo, con toda nuestra buena fe y, sobre todo, con toda nuestra convicción revolucionaria.
Estimamos, principalmente, que el hogar mexicano necesita superaese en lo económico; mejorar sus hábitos de vida elevar el nivel de salud de sus habitantes y, sobre todo, mayores oportunidades de cultura para los jóvenes de México. Animadas de todos estos pensamientos, venimos a participar en la vida política de México y aceptamos figurar como candidatos de nuestro partido en esta misma política.
He de contestar a mi contrincante, el señor doctor García Guajardo, diciéndole, primero, cuáles son las características del 4o. distrito electoral federal de mi Estado.
El 4o. distrito electoral, para honra de la Revolución, es un distrito revolucionario, eminentemente revolucionario, porque aportó a la causo de la Revolución, grandes contingentes de hombres desde el año de 1913. Este distrito ha sido también cuna de los líderes políticos de mi Estado; este distrito en el que existen quince municipios, seis tienen ejidos y existen dotaciones ejidales; el resto de los municipios son de pequeños agricultores y pequeños ganaderos.
Una minoría de este distrito, tiene condiciones económicas favorables y la inmensa mayoría no las tiene. A ello se debe tal vez, que los habitantes de mi distrito tengan las características de las cuales el doctor García Guajardo apuntaba hace un momento una calumnia para mí.
¡No quiera usted cubrir, doctor García Guajardo, llenándome con los estigmas de los muertos que usted cita, una votación que el pueblo no le otorgó! (Aplausos)
No es ninguna novedad para mí servir a Nuevo León y aquí he de hablar de mis propias actividades y de mi persona aun que yo no quiera, pero el doctor García me ha obligado.
Existe en el territorio de Nuevo León, en la calle de Garibay y Matamoros el Instituto de Trabajadoras Sociales que ha educado a las empleadas sociales que están guiando el trabajo social de los Centros de Bienestar Rural que el gobierno de la Revolución tiene en distintas partes del país. Mi Estado tiene en los municipios de Aramberri, Iturbide, La Ascensión, Cadereyta y Mina. Yo fundé ese Instituto; yo fui maestra y trabajadora social. (Aplausos). Abogada de los campesinos de Nuevo León, abogada de la Liga de Comunidades Agrarias de Nuevo León; serví a los campesinos de mi Estado, y allí está Chón Chávez que lo diga; yo no soy una abogada brillante, pero al servicio de los campesinos de Nuevo León nunca perdí un pleito. (Aplausos)
Cómo no iban a estar los electores del 4o. distrito conmigo, si yo los he servido, si siempre les he servido de buena fe, pero nunca como una dádiva, nunca como una caridad, sino con la conciencia del deber social que tenemos los que hemos ído a la Universidad del Pueblo, que es la universidad de Nuevo León. (aplausos)
Es necesario, ademas, agregar que mi partido tiene prestigio en el cuarto distrito electoral de Nuevo León; que hay una gran cantidad de ejidatarios; que una, hay gran cantidad de trabajadores y de mujeres. Yo recorrí 148 pueblos. En 148 pueblos estuve, y usted lo sabe muy bien señor doctor García Guajardo. Pero no fui a conocer los problemas de mi distrito, porque ya los conocía. Hace 9 años que los conozco. Cerca de 40,000 hectáreas de pequeña propiedad agrícola tiene mi firma y ningún poseedor puede decir que yo lo haya esquilmado.
Quiero decir al doctor García Guajardo, que las instituciones y democracia actual no le gustan, no le parecen bien, ¿y cuando la reacción estuvo en el Poder? Quiere que nuestras instituciones sean perfectas. ¿Cuales fueron sus instituciones? Quieren que nuestras leyes sean también perfectas y nuestros hombres infalibles. Cuando ustedes han estado en el Poder, ¿Cuales han sido sus instituciones? El latifundio. ¿Cuales han sido sus leyes? Leyes protectoras de los monopolios. ¿Y sus hombres? Santa Ana y Porfirio Díaz.
Con todo respeto y en reciprocidad, quiero decirle al doctor García Guajardo que los problemas del cuarto distrito no se conocen en fines de semana, como él lo asevera en esta publicación autorizada por Acción Nacional, en la cual dice que los candidatos foráneos seguirán utilizando los fines de semana para hacer recorridos por los distritos. Ni se conocen tampoco desde una clínica de la Cervecería Cuauhtémoc con aire acondicionado. (Aplausos) Hay que ir a los pueblos; el fervor ciudadano no está en razón directa con el Estado completo de las carreteras del cuarto distrito, a las Aldamas no Llegó sino hasta el día de las elecciones. Ya ve que estoy informada. Hay que ir a recorrer el cuarto distrito por todas las brechas, llenándose de polvo, sudor y convivir con el pueblo. Pero es más: sentir fecundamente, con toda devoción sus causas; por esto no se hace únicamente dentro de una campaña electoral, sino a través de muchos años. Los electores -mis electores- me conocen y lo conocen a usted. (Aplausos)
Ahora, están pendientes de la resolución de esta Asamblea, los líderes agrarios Reyes Ortega y Nabor Ochoa; en Cadereyta están otros como Zamarripa y Julio Navarro y están los mineros de Villa de Guadalupe; están pendientes; la colonia del Maestro Federal está pendiente, así como están pendientes los obreros y obreras de Nuevo León. Yo quiero decir y afirmar sin equivocarme, con toda convicción, que el 4o. distrito electoral del Estado de Nuevo León, es revolucionario.
Finalmente, en nombre de las mujeres de mi partido, quiero agregar que las actitudes para el trabajo y la libertad, el bien y la justicia, no son atributos únicamente del género masculino, sino son bienes que se conquistan con devolución y perseverancia y que pertenecen a México, a la causa de su grandeza material y espiritual. Que la defensa del hogar, el culto a los héroes y la lucha diaria para el progreso y la Soberanía de la patria, son tareas comunes a todos los mexicanos.
Por ser este nuestro pensamiento, estimamos que la plenitud de nuestros derechos políticos consagrados por la constitución, es un acto de justicia que honra al pueblo de México, al régimen revolucionario y al integrador de la ciudadanía mexicana, señor Adolfo Ruiz Cortines. (Aplausos)
Y quiero aseverar con toda seguridad, con toda convicción, que a pesar de los augurios pesimistas y de las afirmaciones equivocadas que se han hecho, nosotros afírmanos que el voto femenino estará siempre al servicio de las grandes causas de México.
El C. secretario Vasconcelos Ramón: Se pregunta a la asamblea, en vista de haberse agotado el registro de oradores, si considera suficientemente discutido el dictamen. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunte si se aprueba. Los que estén por a afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. La Presidencia, por este conducto, hace la siguiente declaratoria:
Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a la XLIII Legislatura tuvieron lugar el día 3 de julio del corriente año en el cuarto distrito federal del Estado de Nuevo León.
Segundo. Son diputados, propietario y Suplente respectivamente, por el citado distrito, los CC. Margarita García Flores y Roberto M. González Gutiérrez: (Aplausos)
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- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Sección IV.
"H. Asamblea:
"A la Primera Comisión Revisora de Credenciales Sección 4a., fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía para estudio y Dictamen el expediente electoral de las elecciones para diputados Federales celebradas el domingo 3 de julio del presente año en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Baja California, con Cabecera en Tijuana.
"Practicado el estudio de que se trata, pudo comprobarse que en el expresado distrito electoral contendieron las siguientes candidaturas para Diputados, Propietarios, Suplentes respectivamente: por el PRI los CC. Guilebardo Sílva Cota y Abelardo Rodríguez Ortega, por el PP los CC. Luis Arriaga Gutiérrez y Salvador Ruvalcaba Aguirre; por el PAN los CC. Darío Sánchez Enríquez y Germán Brambila Gómez. Asimismo, pudo comprobarse que el acto preelectoral se desarrolló de acuerdo con lo dispuesto por la ley de la materia y las instrucciones de los organismos electorales; en cuanto al acto de reelección, la Comisión Dictaminadora estima pertinente dar a conocer los incidentes a fin de que esa H. Asamblea Norme su criterio al resolverlo procedente en el acto electoral de este Distrito.
"El Partido Acción Nacional hizo objeciones a la elección y presentó ante el Comité Distrital correspondiente, las copias de las protestas que sus representantes hicieron durante la instalación y funcionamiento de las casillas en el expresado Distrito. Estos hechos fueron tenidos en cuenta para tratar de comprobarlos durante la computación general de votos habiéndose encontrado comprobación alguna que sirviera como elemento de prueba suficiente y que pudiera haber influido en manera determinante en el resultado de la elección, toda vez que se referían tales objeciones a aspectos de tipo general, y en cuanto a los casos concretos de las casillas electorales 13 y 56 se hizo consistir, en cuanto a la primera, en que varios electores votaron sin estar incluidos en las listas nominales; pero se comprobó por el Comité Distrital que sí tenían domicilio dentro de la Sección, y con relación a la siguiente casilla, se adujo el cambio de ubicación con el objeto de desorientar a los electores, pero la Comisión Dictaminadora no considera que tenga valor probatorio semejante objeción ya que la ubicación que se hizo para la casa número 626, correspondió al número 628 de la misma calle y ello debióse a causas de fuerza mayor pero nunca a la imputación invocada por el Partido recurrente.
"En cuanto a las protestas que el Comité Ejecutivo del Partido Acción Nacional hizo con fecha 15 del presente mes ante este Colegio Electoral y que fueron turnadas para estudio y comprobación a la Comisión que suscribe, no son más que repeticiones de las objeciones que en un principio hicieron los representantes de dicho Partido; y tomando por caso, de la prolija exposición la denuncia de que el señor Darío Sánchez Enríquez, candidato de este organismo político, fue víctima de los atropellos en sus garantías individuales al tratar el Gobernador del Estado, según afirma, detenerlo por conducto de la policía en dos ocasiones, el propio Comité Ejecutivo de dicho Partido manifiesta en su escrito que no se llevó a cabo tal atentado porque las autoridades respetaron el amparo que portaba el mencionado candidato y que guardaron consideraciones al grupo que lo acompañaba, lo cual lejos de construir un cargo para aquélla autoridad, pone de manifiesto el respeto que tiene para los habitantes cuando estos no han cometido ninguna acción jurídica, porque de no haber sido así, se habría hecho respetar la ley por encima de los grupos que hubieran tratado de oponerse a ello. "El Comité Distrital estimó que el cómputo se efectuó con la normalidad debida y de acuerdo con las disposiciones de la Ley Electoral Federal vigente y dio a conocerlo en la siguiente forma: para diputados propietarios y suplentes respectivamente: por el PRI, los CC. Guilebardo Silva Cota 18,634 votos y Abelardo Rodríguez Ortega 18,200; por el PAN, los CC. Darío Sánchez Enríquez 7,893 votos y Germán Bramblia Gómez 7,625; por el PP. los CC. Luis Arriaga Gutiérrez 782 votos y Salvador Ruvalcaba Aguirre 742. El Partido Nacionalista Mexicano obtuvo 124 votos para el diputado Propietario y 113 para el Suplente, pero no registró candidatura alguna; candidatos no registrados, obtuvieron 113 votos para cargo de Diputado Propietario y 116 para el de Suplente. Así también expidió dicho organismo electoral constancia de mayoría de votos en favor de los CC. que integraron la fórmula del PRI, en los términos arriba anotados y la Comisión Federal Electoral hizo el registro respectivo bajo el número 106.
"Por lo anteriormente expuesto y tomando en cuenta la información oficial de los inspectores de la Comisión Federal Electoral y de la Secretaría de Gobernación para vigilar la celebración de las elecciones federales, que fue en el sentido de que no hubo irregularidad alguna que invalide la elección o que desvirtúe la computación de votos aludidos, nos permitimos someter a nuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo para aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral del Estado de Baja California.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente por el mencionado distrito. los CC. Guilebardo Silva Cota y Alberto Rodríguez Ortega.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. "México, D.F., a 19 de agosto de 1955. -Hesiquio Aguilar Marañón. -Leopoldo Sánchez Celis. -Saturnino Saldívar Alcalá".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra del Dictamen, el ciudadano Manuel Sierra Macedo. - El C. Sierra Macedo Manuel: De acuerdo con la fracción XI del artículo 21 de Reglamento de este Congreso, la Presidencia debe dar a conocer, desde el día anterior, la orden del día de la sección siguiente. El viernes no se hizo saber la orden del día de esta sesión y, por lo tanto, ignorábamos que se iba a tratar este asunto.
Nuestro candidato el señor licenciado Sánchez Enríquez, se vió obligado a hacer toda su campaña en el segundo distrito electoral de Baja California, con un amparo en las bolsa. El le pidió al Gobernador del Estado de que le rindiera cuentas de veintisiete millones de pesos; que le rindiera cuentas al pueblo del destino que se había dado a ese dinero.
El Gobernador respondió a eso, acusándolo por difamación. Toda la campaña fue perseguido a pesar de que se le concedió una suspensión en su amparo. Se trató de obstaculizar la celebración de todos los mitines. Las mismas autoridades judiciales del Estado, en vergonzosa complicidad con el Gobernador dictaron orden de aprehensión. Desgraciadamente, la justicia federal también se prestó en cierta forma a la maniobra y exigió una fianza sumamente elevada para tratarse de un delito de esa categoría, una fianza por dieciséis mil pesos.
El señor licenciado Sánchez Enríquez ha tenido una campaña sumamente difícil y llena de obstáculos; no pudo hacer su campaña en debida forma. ¡No se le va a permitir en este último momento en que podría él defender su caso y credencial, entrar a este Colegio Electoral?
Yo pido a la Presidencia que en vista de no haberse cumplido con la disposición que cito del Reglamento, se suspenda la resolución de este caso para que se le permita venir en la próxima sesión en la que se trate el asunto.
El C. Presidente: La Presidencia: hace saber al orador que oportunamente los representantes del partido Acción Nacional, personalmente el Secretario General, doctor Velázquez Zimbrón, se acercó a la Oficialía Mayor para conocer esta orden del día. Fue conocida; ustedes solicitaron quienes deberían formar parte en los debates de sus casos, a ninguno se la ha privado de ese derecho.
La Presidencia pregunta sin embargo, a la Asamblea, en vista de la solicitud del ciudadano Manuel Sierra Macedo, si aplaza este caso. Voces: (¡No. No!) En todo caso, la Presidencia considera que un partido tiene la obligación de estar informado de todas las irregularidades que haya habido en algún distrito. Ustedes han dicho aquí que vienen a la tribuna a referirse a cada caso concreto. ¿Entonces, cómo es posible que se alegue el desconocimiento de la orden del día? Ustedes tienen un profundo conocimiento de este caso. Si procede, la tribuna está lista para que ustedes impugnen.
El C. Sierra Macedo Manuel: Me permito informar que la orden del día de esta sesión, se nos dio a las once de la mañana, precisamente iba a comenzar la sesión. De acuerdo con el Reglamento, debe hacerse conocer antes. ¿Por qué no se exige a la Presidencia que cumpla con el Reglamento en ese aspecto?
El C. Presidente: La Presidencia, en cumplimiento de ese Reglamento, ha estado dando a conocer esos casos. La representación de su partido ha acudido siempre para conocerlo; y si en ninguno de los casos se ha presentado esa objeción, la Presidencia tampoco considera sea una excepción la que se haga aquí. Sin embargo el Presidente está sujeto siempre al voto de la Asamblea y de acuerdo con el Reglamento, se concreta a preguntar a la Asamblea, no obstante que han tenido en todo el proceso electoral y en este momento que solamente es el de la última calificación de las elecciones, los representantes de Acción Nacional, repito, tiempo suficiente para presentar objeciones y es este el caso, para presentarlas en relación con el 2o. distrito de Baja California, se hace una excepción para suspender este caso o se vota en seguida el derecho de impugnar, porque la Presidencia lo está concediendo. Se quiere una excepción. Yo no puedo dársela, la tiene que dar la Asamblea. Pregunta la Presidencia: ¿se concede, por excepción, la suspensión de la discusión de este caso" ¿Que pregunte la Secretaría en los términos del Reglamento.
El C. Secretario Corrales Ayala Rafael: Se pregunta a la Asamblea si se desecha esta proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Desechada.
En vista de lo cual, en votación económica se consulta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, Aprobado. La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:
Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral del Estado de Baja California.
Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito los CC. Guilebardo Silva Cota y Abelardo Rodríguez Ortega". (Aplausos)
El C. Presidente (a las 15.55 horas): agotados todos los dictámenes a discusión, se levanta la sesión y se cita para mañana a las 11 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"