Legislatura XLIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19551202 - Número de Diario 32

(L43A1P1oN032F19551202.xml)Núm. Diario:32

ENCABEZADO

MÉXICO, D.F., VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 1955

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XLIII LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 32

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

CELEBRADA EL DÍA 2

DE DICIEMBRE DE 1955

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2.- Cartera. Estado que manifiesta el número de expedientes tramitados por las Comisiones Permanentes de esta H. Cámara durante el mes de noviembre. Insértese en el Diario de los Debates.

3.- Se aprueban dos dictámenes que se concede en uno el permiso al C. Gabriel de la Colina Riquelme para que pueda aceptar y usar una condecoración extranjera, y el otro en que se aprueba la iniciativa de ley del Ejecutivo Federal por la que se crea la Comisión Nacional de Energía Nuclear. Pasan al Senado para efectos constitucionales. El C. diputado Manuel Sierra Macedo hace uso de la palabra para una aclaración antes de votarse en lo general este último asunto y posteriormente a la votación en lo particular del mismo, hablaron en favor del proyecto de ley los CC. diputados Salvador Carrillo Echeveste, a nombre del Sector Obrero, Aarón Peláez Salazar, por el Sector Campesino y el C. Rafael Corrales Ayala, por el PRI,. para hacer consideraciones sobre la importancia y trascendencia de la ley que acaba de votarse. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. CARLOS VALDES VILLARREAL

(Asistencia de 126 ciudadanos diputados)

El C. Presidente (a las 12.45 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Morales Cruz José Ignacio (leyendo):

"Orden del Día.

"2 de diciembre de 1955.

"Acta de la sesión anterior.

"Oficio del Senado en que da a conocer su nueva Mesa Directiva.

"Oficio del Congreso de Aguascalientes en que comunica la elección que hizo de Mesa Directiva para el mes de diciembre.

"Estado que manifiesta el número de expedientes tramitados por las Comisiones permanentes de esta H. Cámara en el mes de noviembre último.

"Segunda lectura y discusión del dictamen por el que se concede permiso al coronel Gabriel de la Colina Riquelme para aceptar una condecoración del gobierno de Panamá.

"Segunda lectura y discusión del dictamen sobre la iniciativa del Ejecutivo para crear la Comisión Nacional de Energía Nuclear".

"Acta de la sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados del XLIII Congreso de la Unión, el día veintinueve de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco.

"Presidencia del C. Rafael González Montemayor.

"En la ciudad de México, a las trece horas del martes veintinueve de mil novecientos cincuenta y cinco, se abre la sesión con asistencia de ciento veinticuatro ciudadanos diputados, según declaró la Secretaría después de haber pasado lista.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Sin discusión, se aprueba el acta de la sesión anterior, celebrada el día veinticinco del actual.

"La Secretaría da cuenta con los asuntos en cartera:

"Dictamen que presentan las Comisiones unidas de Bienes y Recursos Nacionales y de Economía y Estadística, sobre el proyecto de Ley del Ejecutivo que crea la Comisión Nacional de Energía Nuclear. Primera lectura e imprímase.

"El C. diputado Carlos Román Celis hace uso de la palabra para solicitar a la Presidencia que, en representación de esta H. Cámara y como un testimonio de reconocimiento al licenciado Benito Juárez, se designe una comisión que asista a la sesión que el Senado de la República celebra en este día para conmemorar el centenario de la expedición de la Ley Juárez.

"La Presidencia, en uso de la facultad que le concede el Reglamento y atenta a la significación del acto, designa en comisión a los CC. diputados Ramón Ruiz Vasconcelos, Raúl Bolaños Cacho Güendelain y José Ignacio Morales Cruz para que se

sirvan pasar a la Cámara de Senadores, llevando la representación de esta Cámara.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales que contiene el proyecto de decreto por el que concede permiso al C. coronel ingeniero industrial Gabriel de la Colina Riquelme para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Vasco Núñez de Balboa, en el grado de Gran Cruz, que le confirió el Gobierno de Panamá.

- Primera lectura.

"A continuación se procede a la elección, por cédula, de Presidente y Vicepresidentes para el mes de diciembre: los ciudadanos diputados Carlos Valdés Villareal, Salvador Carrillo Echeveste y Manuel Rivera Anaya, obtuvieron 94 votos; el C. diputado Octavio Esponda Rovelo obtuvo 5 votos para Presidente y el mismo número de votos el C. diputado Adolfo Gurrión para Vicepresidente. También obtuvieron votos para Vicepresidentes el C. diputado Roberto del Real Carranza 3 y el C. diputado Roberto Herrera León 2.

"La Presidencia declara que son Presidente y Vicepresidentes para el próximo mes de diciembre, respectivamente, los CC. diputados Carlos Valdés Villareal, Salvador Carrillo Echeveste y Manuel Rivera Anaya.

"A la trece horas y cincuenta minutos se levanta la sesión y se cita para el próximo viernes a las doce horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El C. secretario Dauajare Torres Félix (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - Secretaría y Comisiones. - Sección Primera.

- Oficio No. 50.

"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión. Presentes.

"Para conocimiento de esa H. colegisladora nos permitimos comunicar a ustedes que en sesión ordinaria celebrada hoy por esta H. Cámara, designó la siguiente Mesa Directiva que funcionará durante el próximo mes de diciembre:

"Presidente, licenciado Oscar Flores; Vicepresidentes: licenciado Fausto Acosta Romo y general Marcelino Inurreta.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D.F., a 29 de noviembre de 1955.-J. Rodolfo Suárez, S. S. Roberto A. Cortés, S. S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos.- H. XXXIX Legislatura del Estado de Aguascalientes.

- Aguascalientes, Ags., a 28 de noviembre de 1955 "CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión "México, D.F.

"El H. Congreso del Estado en sesión ordinaria celebrada hoy y en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 39 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo, procedió a la elección de Presidente y Vicepresidente que integrará su Mesa Directiva durante el mes de diciembre próximo; habiendo resultado electos los ciudadanos diputados Francisco González Sánchez y José Esparza Díaz, respectivamente.

"Al comunicar a ustedes lo anterior, les reiteramos las seguridades de nuestra consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo, No Reelección.

"Diputado Presidente, Edmundo Olivares. - Diputado Secretario, profesor J. Santos Reyna". - De enterado.

"De acuerdo con la fracción VI del artículo 25 del Reglamento Interior del Congreso, la Secretaría presenta el estado que manifiesta el número de expedientes tramitados en el mes de noviembre en curso, por las Comisiones Permanentes de la Cámara de Diputados del XLIII Congreso de la Unión.

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"México, D.F., a 30 de noviembre de 1955. - Agustín Carreón Florián, D. S. - Félix Dauajare Torres, D.S.". - Insértese en el Diario de los Debates.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La Secretaría de la Defensa Nacional, por conducto de la de Gobernación, ha solicitado el permiso constitucional necesario para que el C. coronel ingeniero industrial Gabriel de la Colina Riquelme pueda aceptar y usar una condecoración de la Orden de Vasco Núñez de Balboa, que en el grado de Gran Cruz, le confirió el Gobierno de la República de Panamá.

"La suscrita Comisión considera que se encuentran reunidos los requisitos necesarios para conceder el permiso que se solicita y que la ciudadanía mexicana no se ve afectada con motivo de la aceptación de la condecoración aludida, por lo que nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía, en cumplimiento de lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución General de la República, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso al C. coronel ingeniero industrial Gabriel de la Colina Riquelme, para que sin perder la ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Vasco Núñez de Balboa, que en el grado de Gran Cruz, le confirió el Gobierno de la República de Panamá.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 28 de noviembre de 1955. - José Inocente Lugo. - Román Esquivel Pimentel. - Marcos Carrillo Cárdenas".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Dauajare Torres Félix: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Carreón Florián Agustín: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Dauajare Torres Félix: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

El C. secretario Carreón Florián Agustín: Fue aprobado el proyecto de decreto por unanimidad de 117 votos. Pasa al senado para efectos constitucionales.

"Unidas de Bienes y Recursos Nacionales y de Economía y Estadística.

"Honorable Asamblea:

"El C. Presidente de la República, con fundamento en lo establecido en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, envió al H. Congreso de la Unión, por conducto de esta Cámara de Diputados, la iniciativa de ley que crea la Comisión Nacional de Energía Nuclear. Por acuerdo tomado por vuestra soberanía el día 25 de octubre de este año, la iniciativa a que se le hace referencia fue turnada para su estudio y dictamen a las suscritas Comisiones unidas de Bienes y Recursos Nacionales y de Economía y Estadística.

"En cumplimiento de dicho acuerdo, las Comisiones unidas someten a la consideración de la H. Cámara de Diputados el siguiente dictamen:

"1. La iniciativa de ley que ha presentado el C. Presidente de la República al H. Congreso de la Unión, es de enorme trascendencia para el progreso científico del país y su desarrollo económico.

"Como se expresa en la exposición de motivos, los adelantos técnicos logrados en el campo de la energía nuclear pueden proporcionar grandes beneficios en la forma de nuevas fuentes de energía, así como sus aplicaciones en relación con la biología, la medicina, la salubridad pública, la agricultura y la industria.

"En algunas partes del mundo se ha iniciado ya la operación de reactores nucleares que suministran energía eléctrica a las industrias y a los hogares. En ciertas circunstancias, como las que ocurren en alguna zonas deficientemente comunicadas de México, será más económica la energía nuclear que la que proviene de las viejas fuentes de energía, como el petróleo, el carbón y las caídas de agua. Es indudable que pronto los reactores serán una de las principales fuentes de energía en el mundo. México debe iniciar cuanto antes un programa de aprovechamiento de energía nuclear.

"Los reactores producen, además de energía valiosísimos isótopos y constituyen una poderosa fuente de radiación de importantes aplicaciones prácticas. Algunos de los isótopos tienen propiedades espectaculares: unos han permitido al hombre de ciencia investigar la fisiología humana animal y vegetal y le ha dado una comprensión mayor de los procesos biológicos; otros emiten radiaciones de gran valor terapéutico, particularmente en el tratamiento del cáncer; hay isótopos que han aclarado la acción de los abonos y han permitido mejorar la producción agrícola; otros más, han servido para mejorar la resistencia de los materiales en la industria. También han servido los isótopos para localizar fuentes de abastecimiento de aguas subterráneas, etc.

"Por su parte, las radiaciones que se obtienen como subproducto de los reactores, han demostrado su utilidad para la esterilización y conservación de los alimentos, medicinas y del agua potable y constituyen, por tanto, un factor de gran importancia para la salubridad pública;

"II. México requiere con urgencia los beneficios de la energía nuclear y de sus productos derivados. Es necesario, pues, afrontar el problema - citamos la exposición de motivos de la iniciativa de ley - "con responsabilidad, patriotismo y conocimiento de causa de la nueva era atómica, exclusivamente con fines pacíficos";

"III. La iniciativa de ley formada por el Poder Ejecutivo, mantiene el principio de que los

yacimientos de uranio, torio y demás substancias de las que se obtengan isóto pos hendibles de que pueden producir energía nuclear, son reservas minerales nacionales; esto es, que su explotación no se hará mediante el régimen de concesiones a particulares sino por el control directo del Estado. "Para ese efecto, se propone la creación de la Comisión Nacional de Energía Nuclear como órgano del Poder Ejecutivo con personalidad y patrimonio propios. A ella, de acuerdo con el artículo 5o. del proyecto corresponderá el ejercicio de la facultad ya señalada de explotar los yacimientos, así como la de poseer, transferir por cualquier título, explotar e importar las substancias mineras de que se trata de autorizar la posesión o empleo de ellas para fines exclusivamente terapéuticos, industriales o científicos.

"La Comisión tendrá, además, a su cargo, la vigilancia, la coordinación, el fomento y la realización de las investigaciones científicas en el campo de la física nuclear y en las disciplinas científicas y técnicas conexas, asesorará al Gobierno sobre la legislación y todos los asuntos relacionados con los minerales radioactivos y tendrá a su cuidado la generación y uso de la energía nuclear;

"IV. Hasta ahora, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias existentes, la explotación de las reservas minerales que contengan substancias radioactivas debería hacerse a través de la Comisión de Fomento Minero. Las comisiones dictaminadoras estiman, al igual que el Ejecutivo que es más conveniente para los intereses nacionales que la actividad oficial en esta materia se encomiende a un órgano altamente especializado que depende directamente del C. Presidente de la República como será la Comisión de Energía Nuclear. Además, en esta forma se logra que un mismo órgano tenga la responsabilidad, bajo la dirección del Jefe del Gobierno, desde la explotación de los recursos minerales radioactivos hasta la generación, uso y producción de la energía nuclear.

"V. La Comisión estará integrada por tres miembros nombrados y removidos libremente por el Presidente de la República, de quien dependerán y ante el que son responsables (artículo 7o.); además, conjuntamente funcionará un Consejo Consultivo integrado por tantos miembros como sea conveniente, los que serán nombrados y removidos libremente por el Ejecutivo después de considerar las opiniones de la Universidad Nacional Autónoma de México, del Instituto Politécnico Nacional y de las instituciones de carácter científico que estime apropiado consultar (artículo 8o.). El Presidente de la Comisión está obligado a acordar con el C. Presidente de la República - como jefe de un órgano que depende del mismo - las decisiones que deba aplicar y ésta tiene la responsabilidad de proponer los lineamientos a seguir en la materia a la decisión del Titular del Poder Ejecutivo. Para la integración del Consejo Consultivo no se señala limitación en cuanto al número, a fin de que los hombres de ciencia mexicanos que destaquen en esta rama del saber, puedan ser incorporados al mismo con el propósito de que aporten su contribución en las labores de asesoramiento propias de la Comisión, en los estudios y trabajos que se encomienden y formulen las sugestionen que juzguen pertinentes;

"VI. Por lo que se refiere a la importación y exportación de materiales atómicos y de equipos para aprovechamiento de la energía nuclear así como a los contratos que la Comisión podrá celebrar para la realización de trabajos de exploración y explotación de los minerales mencionados, temas de que se ocupan los artículos 3o., 4o. y 15 de la iniciativa, las comisiones unidas de Bienes y Recursos Nacionales y de Economía y Estadística se entrevistaron, siguiendo el espíritu del artículo 93 constitucional, con los órganos del Poder Ejecutivo federal que se consideró necesario, para precisar el alcance de las normas propuestas y teniendo en cuenta el resultado de las consultas efectuadas proponen las siguientes modificaciones en los textos:

"a) El artículo 3o. establece en su inciso c) que en la Comisión Nacional de Energía Nuclear tiene, entre otras funciones, " la exportación e importación de tales materiales (atómicos) y de equipos para aprovechamiento de la energía nuclear". El artículo 4o. de la iniciativa señala que se requiere permiso expreso de la Comisión para realizar las actividades señaladas, en el inciso c). La redacción del citado inciso, tal como ha sido presentada comprende, por una parte, la exportación e importación de los materiales atómicos; y, por otra, la exportación e importación de equipos para aprovechamiento de la energía nuclear. Es conveniente dividir el inciso c) en dos partes a fin de que la importación o exportación de los materiales radioactivos sólo se haga por la Comisión Nacional de Energía Nuclear y para que la importación y exportación de equipos para el aprovechamiento de la energía nuclear pueda hacerse con permiso de la Comisión, tal como se señala en el artículo 4o. En consecuencia, se propone que los artículos 3o. y 4o. de la iniciativa de ley sean modificados en la siguiente forma:

"Artículo 3o. La Comisión Nacional de Energía Nuclear tiene por objeto:

"I. El control, la vigilancia, la coordinación el fomento y la realización de "a) La exploración y explotación de los yacimientos de materiales atómicos y otros de utilidad específica para la construcción de reactores nucleares.

"b) La posesión de materiales atómicos.

"c) La exportación e importación de tales materiales, con autorización expresa del Presidente de la República.

"d) La importación y exportación de equipos para el aprovechamiento de la energía nuclear.

"e) El comercio y transporte interior de los mismos.

"f) La producción y uso de la energía nuclear, destinada primordialmente a satisfacer las necesidades nacionales.

"g) Las investigaciones científicas en el campo de la física nuclear y las disciplinas científicas y técnicas conexas, y

"II. Asesorar al Gobierno sobre legislación y en todos los asuntos relacionados con esta materia, para los que sea consultada.

"Artículo 4o. La Comisión Nacional de Energía Nuclear podrá conceder permiso para realizar las actividades señaladas en los incisos d), e) y f) del artículo anterior y estas actividades estarán sujetas al control y vigilancia de la misma Comisión".

"b) El artículo 15 de la iniciativa de ley establece la posibilidad de que la Comisión Nacional de Energía Nuclear celebre contratos de obra para la realización de trabajos de exploración y explotación de los minerales radioactivos.

"Es obvia la justificación que existe para que el Estado celebre los contratos indicados, pues el Erario Público - que tiene que hacer frente a las inversiones cada vez mayores que demanda el programa en ejecución en materia de caminos, ferrocarriles, obras de riego, electrificación, puertos, escuelas, salubridad y defensa nacional y que tiene que complementar las que exigen industrias básicas indispensables - no dispone de los recursos que demandaría la exploración y explotación de las substancias radioactivas y consecuentemente es indispensable establecer la forma jurídica como, salvaguardando los intereses superiores del país, se acepte la colaboración privada para tales trabajos.

"Con esto no se vuelve, con distinto nombre, al régimen de las concesiones. En efecto, la concesión, especialmente la concesión minera, por una tradición secular supone el otorgamiento de derechos al concesionario sobre la riqueza natural que va a explotar. Como consecuencia de ese régimen, el concesionario se apropia de los minerales que extrae sin que tenga otra obligación que la de cubrir los impuestos superficiales y los que gravan la producción misma y en su caso la exportación.

"En el caso de los minerales radioactivos el Ejecutivo ha deseado que con toda claridad se precise que el particular cuando por virtud de un contrato toma a su cargo los trabajos de exportación y explotación, no adquiere derecho alguno sobre los yacimientos; pero ni siquiera sobre los minerales que extraiga, los cuales serán siempre propiedad de la nación. Será pues el Estado, a través de los órganos responsables del Gobierno, quien mantenga siempre el control más amplio y completo acerca del destino que se dé a tales minerales.

"Por otra parte, como el contratista hará a su propio riesgo las inversiones que los trabajos demanden, debe reconocérsele una compensación adecuada, de lo contrario el sistema todo sería inoperante y México no recibiría los beneficios que puede y debe esperar de la explotación de estos recursos naturales. Como no sería posible prever en la ley todos los requisitos y modalidades a que se deben sujetarse estos contratos, en los preceptos que se proponen se consagran simplemente las normas generales para definir dicho sistema y se deja a un reglamento posterior del Ejecutivo la elaboración de las reglas complementarias.

"Las Comisiones unidas de Bienes y Recursos Nacionales y de Economía y Estadística, consultan, en consecuencia, que se modifique el artículo 15 del proyecto, adicionándolo con los siguientes párrafos:

"Las substancias que se obtengan con la ejecución de los trabajos serán siempre de propiedad de la nación.

"El Reglamento de esta ley determinará: a) La duración máxima de los contratos; b) El método para fijar la retribución que corresponda a los contratistas por sus trabajos y para la amortización de sus inversiones, así como su forma de pago; c) Las extensiones máximas que puedan contratarse con una misma persona o empresa; d) El sistema para la adjudicación de los contratos y las garantías que deban prestar los contratistas, así como los requisitos adicionales que estos tengan que satisfacer.

"Los contratos que celebre la Comisión Nacional de Energía Nuclear deberán ser previamente aprobados por el Presidente de la República".

Consecuentes con las consideraciones de este dictamen, se somete a la consideración de vuestra soberanía el siguiente proyecto de Ley que Crea la Comisión Nacional de Energía Nuclear.

"Artículo 1o. Se crea la Comisión Nacional de Energía Nuclear, como órgano del Poder Ejecutivo Federal, con personabilidad y patrimonio propios y capacidad jurídica para la realización de sus fines.

"Artículo 2o Para los efectos de esta ley son "materiales atómicos", incluídos en las reservas mineras nacionales:

"a) El uranio. "b) El torio. "c) En general, todo elemento del que se pueda obtener energía por medio de reacciones nucleares, en cantidades importantes a juicio de la Comisión, fundado en el estudio correspondiente del Consejo Consultivo a que se refiere esta ley.

"Artículo 3o. La Comisión Nacional de Energía Nuclear tiene por objeto:

"I. El control, la vigilancia, la coordinación , el fomento y la realización de:

"a) La exploración y explotación de los yacimientos de materiales atómicos y otros de utilidad específica para la construcción de reactores nucleares.

"b) La posesión de materiales atómicos;

"c) La exportación e importación de tales materiales, con autorización expresa del Presidente de la República.

"d) La importación y exportación de equipos para el aprovechamiento de la energía nuclear.

"e) El comercio y transporte interior de los mismos.

"f) La producción y uso de la energía nuclear, destinada primordialmente a satisfacer las necesidades nacionales.

"g) Las investigaciones científicas en el campo de la física nuclear y las disciplinas científicas y técnicas conexas, y

"II. Asesorar al Gobierno sobre la legislación y en todos los asuntos relacionados con esta materia para los que sea consultada.

"Artículo 4o. La Comisión Nacional de Energía Nuclear podrá conceder permiso para realizar las actividades señaladas en los incisos d), e) y f) del

artículo anterior y estas actividades estarán sujetas al control y vigilancia de la misma Comisión.

"Artículo 5o. La Comisión Nacional de Energía Nuclear ejercerá las funciones a que se refieren los artículos 3o., 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley del 31 de diciembre de 1949, referente a esta materia.

"Artículo 6o. Las instituciones gubernamentales, las instituciones descentralizadas, las empresas privadas y los particulares que tengan información sobre yacimientos de materiales atómicos la proporcionarán a la Comisión Nacional de Energía Nuclear.

"Artículo 7o. La Comisión Nacional de Energía Nuclear estará integrada por tres miembros que serán nombrados y removidos libremente por el Presidente de la República, de quien dependerán directamente. El designado en primer lugar actuará como Presidente de la Comisión. En los casos de ausencia temporal de algunos de sus miembros, el Presidente de la República designará substituto.

"Artículo 8o. Se crea un Consejo Consultivo integrado por tantos miembros como a juicio del Ejecutivo sea conveniente, los que serán nombrados y removidos libremente por él, después de considerar las opiniones de la Universidad Nacional Autónoma de México, del Instituto Politécnico Nacional y de otras instituciones de carácter científico que estime apropiado consultar.

"Artículo 9o. El Consejo Consultivo asesorará a la Comisión y desempeñará los estudios y trabajos que ésta le encomiende.

"Artículo 10. Son atribuciones del Presidente de la Comisión Nacional de Energía Nuclear:

"I. Tener la representación jurídica de la Comisión;

"II. Convocar y presidir las juntas de la Comisión y, cuando lo juzgue conveniente, las del Consejo Consultivo;

"III. Cumplir y ejecutar las decisiones de la Comisión;

"IV. Designar el personal de la Comisión, y

"V. Ejercer el presupuesto de la Comisión.

"Artículo 11. La Comisión adoptará las medidas para la realización de sus fines y, además:

"I. Formulará anualmente el proyecto de presupuesto de la Comisión para someterlo al Presidente de la República;

"II. Encomendará al Consejo Consultivo las investigaciones, trabajos, peritajes y consultas de carácter científico y técnico, y

"III. Formulará el Reglamento Interior de la Comisión.

"Artículo 12. La Comisión sesionará por lo menos una vez al mes. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos y deberán celebrarse siempre con la asistencia de todos sus miembros.

"Artículo 13. El Consejo Consultivo designará cada dos años el Presidente del mismo. En sus ausencias temporales o definitivas, presidirá el que designen, por mayoría, los miembros presentes. Se reunirá cuantas veces sea convocado por su Presidente o por el Presidente de la Comisión. Constituye quórum la reunión de la mitad más dos de sus miembros y sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, teniendo voto de calidad el que presida.

"Artículo 14. La Secretaría de Economía asignará a la Comisión los terrenos que está solicite para la exploración y explotación de materiales atómicos.

"Artículo 15. Los interesados en la exploración y explotación de yacimientos de materiales atómicos presentarán sus solicitudes a la Comisión, la que a su juicio y mediante el estudio correspondiente, podrá celebrar con ellos contratos para la realización de trabajos de exploración y explotación de los minerales mencionados. Los contratos deberán hacerse de manera que aseguren la realización de trabajos continuados de acuerdo con las condiciones que en ellos especifiquen.

"Las substancias que se obtengan con la ejecución de los trabajos serán siempre de propiedad de la nación.

"El reglamento de esta ley determinará: a) La duración máxima de los contratos; b) El método para fijar la retribución que corresponda a los contratistas por sus trabajos y para la amortización de sus inversiones, así como su forma de pago; c) Las extensiones máximas que puedan contratarse con una misma persona o empresa; d) El sistema para la adjudicación de los contratos y las garantías que deban prestar los contratistas, así como los requisitos adicionales que éstos tengan que satisfacer.

"Los contratos que celebre la Comisión Nacional de Energía Nuclear deberán ser previamente aprobados por el Presidente de la República.

"Artículo 16. El Patrimonio de la Comisión Nacional de Energía Nuclear estará integrado por:

"a) La asignación que fije anualmente el Presupuesto de la Federación en calidad de subsidio.

"b) El subsidio anual que aporten los organismos descentralizados.

"c) Los ingresos de la Comisión.

"Artículo 17. Los ingresos y adquisiciones de cualquier especie de bienes de la Comisión Nacional de Energía Nuclear, así como los documentos que suscriba y los actos que ejecute, estarán exentos de toda clase de contribuciones, impuestos y derechos fiscales.

"Transitorio.

"Artículo único. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 28 de noviembre de 1955. - Comisión de Bienes y Recursos Nacionales: Francisco Rodríguez Gómez. - Rosalío Herrera Maldonado. - Benigno Abúndez Chávez. - Comisión de Economía y Estadística: Flavio Romero de Velasco. - Marcos Carrillo Cárdenas. - Gregorio Velázquez Sánchez".

Segunda lectura. Está a discusión en lo general.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores para la discusión del proyecto en lo general. Los ciudadano diputados que deseen hablar en contra del dictamen, se servirán indicarlo.

El C. Sierra Macedo Manuel: Pido la palabra para una aclaración, señor Presidente.

El C. Sierra Macedo Manuel: Señor Presidente, señores diputados: se esperaba que con motivo de la discusión de esta iniciativa de ley, se provocara

un escándalo en esta Cámara. Nosotros no vamos a ser los que provoquemos el escándalo; no provocamos escándalos por cuenta de nadie y menos por Rusia. Consideramos que esta iniciativa de ley tiene algunas deficiencias; la definición clara y precisa del régimen jurídico a que se debería estar sujeto el proceso de aprovechamiento de energía nuclear y materiales respectivos, así como los medios económicos y respectivos en favor del régimen de México, deberían ser los puntos que tratara a fondo la iniciativa de ley. Además, la ley proyectada debería crear un organismo igualmente definido en sus deberes capaz de resumir la creación de ese régimen jurídico y económico; sin embargo, creemos que se trata de una materia completamente nueva, de una materia que debe ser regida, que debe ser legislada a la mayor brevedad posible. Por eso suponemos que tenga esas deficiencias.

Por lo que toca a la creación del organismo, nos damos cuenta que toda la ley gira alrededor de darle al Presidente facultades absolutas en esta materia. El Presidente de la República es el encargado de nombrar a los miembros de la Comisión; el Presidente de la República es el encargado de nombrar el Consejo; El Presidente de la República es quien debe aprobar los contratos que se celebren para la exploración y explotación.

Nosotros, los diputados de Acción Nacional, estamos de acuerdo en que así sea, en que se le dé al señor Presidente esa responsabilidad. Esperamos que más adelante y ya cuando haya estudios más avanzados en esta materia, cuando sepamos a fondo cuáles son en realidad los yacimientos que existen de los materiales que puedan proporcionar la energía nuclear, se haga una legislación completa y más adecuada.

El hecho de que queden en manos del señor Presidente todas las facultades sobre esta materia, creo que el señor Presidente las ejercitará con todo patriotismo. En esas condiciones y aun en el caso de que el señor Presidente realizara sus funciones con todo el patriotismo, para eso estamos nosotros; y al decir nosotros, no me refiero únicamente a los diputados de Acción Nacional, sino a todos nosotros diputados de Acción Nacional y del Partido Revolucionario Institucional, que estaremos aquí para exigir responsabilidad. Aun cuando estemos en distintos partidos, no por eso dejamos de reconocer que somos mexicanos y que sobre los partidos está la patria. En esas condiciones, la diputación de Acción Nacional votará a favor del proyecto. Sin embargo, el proyecto tiene algunos defectos de estilo que quisiéramos que la Comisión, posteriormente, los tomara en cuenta para corregirlos.

El C. Presidente: No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta si se considera suficientemente discutido. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. Se procede a tomar la votación nominal.

El C. secretario Carreón Florián Agustín: Por la afirmativa.

El C. secretario Dauajare Torres Félix: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Carreón Florián Agustín: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Dauajare Torres Félix: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se procede a tomar la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Carreón Florián Agustín: Fue aprobado el proyecto en lo general, por 123 votos.

Está a discusión en lo particular. Los señores diputados podrán apartar los artículos que deseen objetar y cuyo texto se encuentra inserto al ponerse el mismo a discusión en lo general. No habiendo quien desee hacer uso de la palabra en lo particular, se va a proceder a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Dauajare Torres Félix: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Carreón Floirán Agustín: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?.

El C. secretario Dauajare Torres Félix: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Carreón Floirán Agustín: Fue aprobado el proyecto de ley en lo particular por 124 votos. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Carrillo Echeveste.

El C. Carrillo Echeveste Salvador: Señores diputados: he pedido la palabra después de haber sido aprobada la iniciativa de ley que crea la Comisión de Energía Nuclear, para expresar a ustedes la opinión de los obreros cetemistas en está Cámara, dada la trascendencia histórica de este problema ya resuelto por ustedes.

Es indiscutible que estamos constatando lo que se ha dado en llamar, atinadamente, la "Era Atómica", y es indudable, también, que hemos visto cómo se tocan los dos extremos: primero, el extremo de destrucción, y después, la aplicación generosa de la fuerza atómica encauzada a servir no solamente a la industria, a la medicina y a la ciencia en general. Se trata, pues, entonces, de algo que ha provocado no solamente la curiosidad, sino el interés bien meditado por conocer a fondo cuáles son los resultados que al fin el mundo va a constatar de esta Era Atómica.

Todos sabemos que son muchos los problemas que van a resolverse y que hasta ahora permanecían insolutos. Son muchas las enfermedades incurables que ahora encontrarán un remedio eficaz. Estoy seguro que esta Era Atómica tendrá, necesariamente, que modificar no solamente la mentalidad, sino las costumbres y las condiciones de vida que hasta ahora no son comunes. Esto quiere decir que viene a revolucionar, indudablemente, la vida cotidiana; viene a crear nuevo impulsos y viene a proporcionar

nuevas esperanzas en todos los campos en los cuales tiene aplicación la fuerza nuclear.

Por esta causa, entiendo yo todos los pueblos de la Tierra están interesados en conocer los resultados de este nuevo invento, de esta nueva fuerza que trae consigo, aparejado, un cambio radical no solamente en la situación económica de estos pueblos, sino en su situación política, y especialmente en los pueblos como el nuestro, que ha descubierto ricos yacimientos de uranio y de todas las substancias que puedan producir fuerza nuclear. Si esto es así, si esta ley, por su contenido, garantiza de una manera plena la posesión de esas substancias para México, entonces nosotros al aprobarla hemos dado un voto de confianza, una prueba de cariño y de respeto a un hombre ejemplar, a un gran patriota, a un hombre que, con su honestidad, con su habilidad, con su gran talento, ha sabido guiar al pueblo de México por senderos de progreso: Adolfo Ruiz Cortines. (Aplausos nutridos y prolongados)

El tiene ya su lugar en las páginas de oro de nuestra historia. No es posible que esta ley, como dijera el señor diputado Sierra Macedo, de Acción Nacional, no es posible repito que esta ley contenga todo y abarque todo lo que es necesario para que gobierne realmente las actividades de que se trata; y no es posible, porque todos sabemos que las leyes no las hacen los hombres; las leyes las hacen las necesidades, las necesidades apenas van a observarse, para después plasmarse en leyes.

Por esta causa, la ley va más allá de lo que se señala en la fracción I del artículo 27 constitucional; va más a allá, porque la ley ya no señala concesiones: señala contratos. Quiere decir esto que México continúa conservando sus riquezas naturales, que México podrá, libremente, explotar estas substancias atómicas que, si no es posible como lo dice el dictamen que el gobierno haga frente a las enormes sumas que tuviera que destinar a la exploración y explotación de estas substancias, por tener que atender otras actividades tan importantes o más que está, dada la situación vital que tiene, entonces se ha colocado el gobierno y la ley en un plano de realidad; esta ley es realista; esta ley garantiza y se finca en lo que es realmente materia de observación y de experiencia. ¿Cual es ésta? La situación real que vive el país desde el punto de vista económico y la necesidad que existe de estimular a los particulares, cualesquiera que éstos sean, para que exploten y exploren estos productos que, al fin y al cabo, serán de México.

Yo quiero, señores diputados, expresar a ustedes nuestro entusiasmo caluroso en nombre de la diputación cetemista, porque esta ley indudablemente garantiza, desde este punto realista, el interés de todos los mexicanos. Si esta ley antes de ser aprobada por ustedes, ha sido atacada en todas formas, es indudable que estos ataques no debemos tomarlos en consideración, porque están fuera de la realidad, porque están movidos por intereses ajenos completamente al interés de México, por intereses que tienen su punto de partida en los grandes intereses internacionales.

Por esa causa, señores diputados, yo quiero felicitarlos en nombre de la diputación cetemista, por haber aprobado esta ley y, desde luego, felicitar al autor de la iniciativa, al Presidente Ruiz Cortines y decirle que los gobiernos de México estarán con él en esta etapa gloriosa de beneficios para la patria mexicana. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Pelaéz Salazar.

El C. Pelaéz Salazar: Señores diputados: no acostumbro a venir a este lugar sino en ocasiones de debate, como lo he hecho en los centros en que yo acostumbro a hacer el uso de la palabra o pensar en voz alta; esta vez es más satisfactorio para mi porque no se trata de un debate, sino que se trata en esta ocasión de una fiesta cívica, en donde he visto con felicidad que uno de los abogados más distinguidos, Sierra Macedo, ha venido a expresar sus puntos de vista favorables también al dictamen de las Comisiones.

Nosotros creemos que esta fecha es para México trascendentalísima. De todas maneras, había rogado a la Presidencia de esta Cámara que me permitiera hacer uso de la palabra para felicitar a los mexicanos que en momentos difíciles se unen. Siempre he visto que cuando hay discrepancias interiores, existen también divisiones por lo que respeta a opiniones que se entrelazan y se discuten y gana el que tiene más posibilidades de hacerlo de acuerdo con las circunstancias que prevalecen; pero hoy en que todo el mundo se da cuenta de que estamos aprobando realmente una ley histórica y trascendental para la vida de México, no para el transitorio régimen actual, sino para la vida de México, positivamente me llena de felicidad que los compañeros digan aquí que no obstante las facultades que ellos llaman absolutas al Ejecutivo, se adhieran a ellas, porque consideran que es el Ejecutivo el vigilante mejor de estas condiciones presentes y futuras para el pueblo de México.

Cuando él dice, con acierto, que tiene confianza en que el Presidente vigilará con patriotismo los trabajos de esta Comisión y que en caso de que esto no sea, está Legislatura para poderlo rectificar, yo le digo que no es la Legislatura nada más, que es el pueblo de México en el que está arraigado y el pueblo que está feliz con su mandato directo.

Por eso creo que él tiene razón; pero no sólo nosotros, es el pueblo de México que tiene todo el interés de estar vigilando los grandes problemas de México.

Yo habría querido en otra ocasión hablar con galanura, pero traigo impreso en el corazón, de veras, el aspecto triste que he mirado en las ciudades y villorrios del pueblo de México, triste y miserable.

Cuando he regresado de mi distrito y he encontrado en los pueblos más tristes de Guerrero, de donde procedo, que viven en una miseria secular del siglo pasado; entonces, cuando nosotros vemos el advenimiento de una nueva era para enterrar, como el siglo pasado enterró la era del carbón, ahora nosotros estamos enterrando la era del combustible y del petróleo, ahora que viene la era atómica, creo que todos los pueblos mexicanos podrán hacer desaparecer la noche triste en que ellos viven, porque los reactores atómicos que dicen están siendo usados en otros países, podrán también ser

usados en los nuestros y desterrar la miseria y la desgracia en que viven. Por estas consideraciones y otras muchas, que no habiendo debate no tiene caso mencionar, quiero felicitar muy de veras a todos los compañeros de todos los partidos, de todas las clases sociales, a los iniciadores, a los formuladores de esta ley, por que la Confederación Nacional Campesina que en esta ocasión expresa su asentimiento por mis labios, les rinde homenaje muy sincero y sentido por la ocuciosidad, por el método, por el cuidado que han puesto en la elaboración de esta ley.

Fuera de esto, señores, quiero dar un saludo muy cariñoso del Estado de Guerrero y de la Confederación Nacional Campesina, que saluda a los iniciadores de este proyecto. (Aplausos)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Corrales Ayala.

El C. Corrales Ayala Rafael: Señor Presidente, Honorable Asamblea: con profunda convicción, como integrante de esta cuadragésima tercera Legislatura, vengo a traer mi punto de vista sobre la ley que vosotros acabáis de aprobar y que, por su evidente espíritu patriótico, ha sido aceptada por unanimidad por esta Legislatura, dándose el espectáculo feliz de que nuestros colegas de Acción Nacional quienes suelen ser nuestros persistentes contradictores en los debates que aquí ventilamos, hoy se suman, resueltos, a darle paso a esta iniciativa del Ejecutivo de la Unión.

No hay, pues, aquí discrepancia señores diputados: hay un ambiente de unanimidad en el criterio que juzga este nuevo cuerpo normativo; pero yo sí quisiera, si me lo permitís, englobar en esta ocasión, dentro de mis consideraciones, algunos puntos de contumacia crítica, de finalidad muy dudosa, que un círculo, por cierto muy reducido de hombres, ha tratado de establecer en torno a esta iniciativa.

Señores diputados: hay un hombre de ojos ardientes, parecidos a los Savonarola, como dicen los biógrafos que es una mezcla de místico y de sofista griego. Ese hombre es inteligente y culto, y pudo haberle prestado grandes beneficios al país, a no ser porque su barca naufragó en el proceloso mar de las ideas y porque ha revestido las neuronas de su cerebro con un casco interior, de contacto, parecido a estos lentes que se pegan a las niñas de los ojos, que en la moderna civilización recibe el nombre de materialismo dialéctico. Y ese hombre, con su fascinación personal, tal vez, ha podido engendrar un potaje de personalidades que se llama Círculo de Estudios Mexicanos y que más o menos, mes a mes, se anuncia en un menú que se denomina "Problemas de Latinoamérica".

Y es precisamente este grupo, insisto, de angostura evidente en nuestro medio, quien ha podido formular algunas dudas e incertidumbres en torno de la disposición que hoy nos ocupa. Hay dos clases de leyes, en términos muy generales. Leyes conservadoras y leyes innovadoras: las primeras propenden a mantener en un orden social la vida en todas sus manifestaciones, siguiendo un cierto punto de vista filosófica y cultural. Ejemplo típico de esa clase de normas, son las que rigen la vida de la familia. Las leyes innovadoras no se orientan a la conservación de lo ya organizado, intentan organizar lo que aun está disperso, para que tome cuerpo y forma y vida, lo que sólo permanece latente en el seno de la realidad social. Ejemplo típico de esta clase de leyes innovadoras, profundamente revolucionarias, no en un sentido político nada más, sino en un sentido sociológico, son aquellas que impulsan la vida económica, y de este tipo de ley innovadora, vigorosamente revolucionaria en el más claro sentido sociológico de la palabra, es la ley que acabamos de aprobar. Y yo he dado en lo personal, mi voto como seguramente muchos de vosotros, a la aprobación de esta ley, porque siendo innovadora ha sabido esquivar el defecto más frecuente de este tipo de leyes, que es la perniciosa utopía que no alcanza realmente a perfeccionar la organización del futuro, porque comete el error de no captar fielmente las características irrefutables de la actualidad.

Y esta ley que no trata de conservar el pasado, sino al contrario conquistar el porvenir, porque pensemos que en él tendremos que pasar una parte de nuestra vida, no ha incurrido en el error de desconocer la realidad, los aspectos positivos y las limitaciones de la realidad económica de México, y es así como su principal mérito, a mi modo de ver, señores diputados, consiste en que ha conectado, en que ha coordinado de manera admirable los grandes requerimientos, los impostergables requerimientos de la soberanía política al servicio de la vitalidad de la nación con las grandes realidades de la interdependencia económica de los pueblos en esta hora del mundo, dando así muestras la ley de que México vive atento a la resolución de sus problemas con un claro y espléndido sentido nacionalista que nadie podrá negarle a la Revolución Mexicana, que en última instancia es la que está detrás de esta ley que ustedes acaban de aprobar. (Aplausos)

Señores diputados: la nación es algo que se va construyendo con el tiempo, trabajada por la historia, por la unificación cultural, por la enseñanza pública, por las tradiciones, por la ubicación geográfica. Y cada realidad responde a su ley constitutiva y la ley constitutiva de la nacionalidad es la soberanía política que aparece y puede definirse como el desiderátum de organizar en forma autónoma la resolución de los problemas sociales en un territorio determinado, cuando un grupo humano ha alcanzado la clara conciencia del "nosotros", del ser distintos, de la fisonomía espiritual que no se parece a otra.

En este sentido, las poderosas fuerzas creadoras de la nacionalidad, las poderosas fuerzas organizadoras de la soberanía política, tienen a la diversificación, a la acentuación del estilo intransferible de los pueblos. La realidad económica responde a esta ley constitutiva: a la división del trabajo, a la diversificación de los satisfactores para allanar, para solventar necesidades diversas. Y en este sentido profundo, la economía también a la diversificación de los pueblos, y entonces, en principio, de una manera radical y sociológica, no hay una contradicción flagrante ni tiene por qué haberla entre los grandes propósitos de la nacionalidad y los grandes propósitos de la economía.

Pero sucede, señores diputados, que es la codicia humana, el perjuicio político, los que muchas veces

han hecho que se revierta la fuerza creadora de la interdependencia económica, contra los grandes designios de la soberanía política o a la inversa; pero el pueblo mexicano, que tiene la experiencia de un acusado dolor histórico, hace mucho tiempo que está prevenido precisamente contra esas antinomias de la economía y de la soberanía política y, lejos de dejarse arrastrar por ellas, sobre todo en la etapa constructiva de la Revolución Mexicana, siempre ha decidido solventar las grandes reclamaciones de su economía, mirando primero las exigencias impostergables de su soberanía política.

Y éste es el espíritu que anima a la ley. Yo quisiera, señores diputados, hacer las siguientes puntualizaciones, a cargo de mi personal responsabilidad y entendiendo que se trata de una interpretación jurídica que yo le doy a la ley que nos ocupa. Me impulsa ella, incluso, la apreciación que pueda hacerse sobre la mayor o menor claridad del Régimen Jurídico que esta ley plantea para nuestras grandes reservas de materiales atómicos, desde luego, la ley no puede ser perfecta, desde luego, la ley, trabajada por la vida que fluye, por los problemas que se renuevan, por los estudios sociales que se vayan superando, tendrá que perfeccionarse cada vez más. Así ha acontecido con nuestros grandes estatutos jurídicos; pero sí creo que esta ley, desde el punto de vista eminentemente jurídico, tiene aportaciones que son dignas del aplauso del pueblo mexicano y de la conciencia jurídica nacional. Hay una íntima relación entre economía y derecho, se ha dicho que la economía es el fondo o una de las materias, importantes y que el derecho es la forma, y así vemos, señores diputados que, por ejemplo, el certificado de participación, los bonos públicos, las sociedades anónimas, el cheque, en fin muchas instituciones jurídicas que yo podría citar aquí, responden a ese afán del derecho por buscar sus formas más ágiles sus instituciones más fluidas, para seguir el ritmo acelerado de la economía en los tiempos modernos; y desde este ángulo de vista yo diría que la ley que hemos aprobado representa fórmulas jurídicas ágiles para lograr estos dos objetivos fundamentales:

La energía, irrefutable y eficacísima protección y salvaguarda de nuestras reservas de sustancias radioactivas y al mismo tiempo la promoción económica que necesita el país en el momento que va a abordar el ciclo de su etapa atómica.

Frente a las críticas que se han podido hacer por grupos reducidos, yo establecería esta primera proposición: que no aceptándose el sistema de concesiones, que habiéndose proscrito tajantemente el sistema de concesiones, ni siquiera ha sido preciso establecer el requisito de la nacionalidad para calificar a los sujetos que van a contratar con el Estado la exploración y explotación de nuestros yacimientos de energía nuclear.

El artículo 27 constitucional (P. 23) establece que tratándose de aguas o elementos del subsuelo, sólo podrán otorgarse concesiones a sociedades civiles o comerciales que se establezcan conforme a las leyes mexicanas. Que en tratándose del petróleo no se otorgarán concesiones.

La Constitución permite a los extranjeros adquirir el dominio de aguas y tierras, para obtener concesiones de explotación de minas y combustibles, siempre y cuando renuncien a la protección de sus gobiernos. En el caso de materiales atómicos, jamás se traspasa el dominio, ni se dan concesiones. Luego no tiene la misma importancia exigir el requisito de la nacionalidad. La proposición, en el Constituyente de 17, de que ningún extranjero pudiera adquirir propiedades, sin previa nacionalización, fue rechazada porque se dijo, que ello equivaldría a la muralla china. El diputado Colunga expresó que tal precepto cerraría al país la entrada de capitales. Fue así como se eligió una fórmula, que procurando similares efectos, no tiene los inconvenientes de la aludida y que es la consagrada en la constitución. Se basa en un contrato que celebra el extranjero con Relaciones, en el sentido de considerarse como nacional.

De suerte que cuando de ningún modo se adquiere la propiedad o concesión sobre los productos nucleares, que solo pertenecen al Estado el requisito de nacionalidad es irrelevante. Aquí se trata de contratos que se cumplen, o no se cumplen, de acuerdo con lo pactado. Si no se cumplen se rescinden. El contrato Administrativo es aquél que tiene unas finalidades estrechamente relacionado con el cumplimiento de una atribución del Estado: localización o extracción de bienes son del dominio de la nación y destinados a satisfacer interés colectivo. Por tanto esos contratos se rigen por el Derecho público en cuanto a su ejecución, interpretación y terminación.

Establecería esta segunda proposición: que los contratos de obra para la explotación y la explotación autorizados por la ley, aun cuando - óigase bien - la contratación de tales trabajos pudieran consistir en el pago en especie de un porcentaje de los productos extraídos, no disfraza con ningún motivo y seria demagogia imperdonable decirlo así, verdaderas concesiones; porque en primer lugar, como ya lo habéis anotado al escuchar el dictamen, al escuchar la lectura del cuerpo normativo, la nación sostiene, de manera indeclinable, la propiedad en todo momento, en todo caso, de los productos extraídos. (Aplausos) En segundo lugar, hay que advertir que estos contratos son contratos de obras de carácter administrativo y, en esa virtud, sujetos al supremo designio del interés público; y será entonces un estatuto de derecho público el que norme su interpretación, su ejecución y, en determinado momento, cuando así lo reclamen los altos intereses del Estado, su rescisión.

Sobre las posibilidades de exportación directamente otorgadas a la Comisión Nacional de Energía Nuclear, facultades de exportación en donde de una manera directa se siente el criterio y la vigilancia del Estado mexicano como representante de la nación, yo quisiera decir algo: alguien pudiera decir, alguien ha dicho, que cómo es posible que concibamos la exportación de nuestros materiales radioactivos y yo contestó: no es que como propósito fundamental la ley haya facultado el organismo correspondiente para la exportación de materiales, pero la deja abierta, y esa posibilidad, señores diputados, está respondiendo ya una línea económica que se acusa en el mundo civilizado en materia de explotación de uranio.

Por estudios económicos que se han hecho, por el dictamen de los peritos y de los científicos, se entiende que hay una tendencia a la baja de precio del uranio y que hay una proliferación en todo el orbe, de exploración y de investigación de tales materiales o de substancias equivalentes.

Entonces, esta facultad de explotación la deja realmente al Estado Mexicano, a través de la Comisión Nacional de Energía Nuclear, la posibilidad de concurrir a tiempo a los mercados de las substancias susceptibles de energía nuclear, para proporcionarle a México la constitución de un mercado importante y, desde luego quizá, la entrada muy importante de divisas o la adquisición de equipos indispensables para echar a andar su economía de tipo atómico. (Aplausos)

Sobre ese punto en que se insiste tanto el Círculo de Estudios Mexicanos, a propósito del capital extranjero que podría, en un determinado momento concurrir a la edificación de nuestra ciclo atómico, cabe decir, primero, que la Ley se inserta en una clara nítida estirpe constitucional, porque precisamente el artículo 27 constitucional establece la facultad general para que la nación pueda concesionar materiales importantes de su subsuelo, incluso a extranjeros, con la condición de que cumplan con los requisitos de la cláusula Calvo, es decir, la renuncia a la protección de sus Gobiernos en lo que respecta a la adquisición de esos bienes; pero esa facultad constitucional que está inserta en el cuerpo del artículo 27, esta Ley no la ha ejercitado porque considera que a través del régimen de contratación que establece, eficaz desde el punto de vista jurídico, no es necesario que la ejercite. Y ahora yo digo esto: se abre entonces para el capital de México, para la iniciativa privada de México, una gran posibilidad: si queremos realmente ir construyendo nuestra industria atómica en forma decisiva y fundamental, con nuestros propios recursos, los extraídos de nuestro trabajo, es importante que de hoy en adelante el capital de México colabore con este espíritu altamente patriótico y claramente bien orientado desde el punto de vista jurídico que el Poder Ejecutivo de la Unión ha dejado vivo y palpitante en el cuerpo de esta Ley.

Señores diputados: en forma demagógica se ha querido esbozar una comparación entre la forma en que nace la industria atómica de México y la forma en que se gestó y adivino a la vida económica la industria petrolera. Pero, si hemos de trazar un paralelo, este paralelo, el de hoy, debe llenarnos de júbilo, porque la industria atómica, en este día en que se aprueba al Ley que crea el Instituto de Energía Nuclear del año 1955, que se vive bajo el espíritu de justicia social de la Revolución Mexicana, es sumamente distinto al momento de finales del siglo pasado en que nacía la industria petrolera. Bástame recordar para el caso, lo que decía el artículo 10 de la legislación minera de 1884. Decía: son los productos minerales de la exclusiva propiedad del dueño del suelo quien, por lo mismo, sin necesidad de denuncia y de adjudicación especial, podrá explotarlos y aprovecharlos. Y esa misma legislación de 1884 hasta 1901, permitía la libre exportación de los productos y la preferencia de adquirir terrenos nacionales a precios de terrenos baldíos.

Comparece este realidad, esta precaria realidad que dejó en la historia económica de México una página de sangre con esta sonriente realidad de la ley que hemos aprobado. (Aplausos)

Para terminar señores diputados, quiero hacer esta última consideración: la nacionalidad no es un argumento dialéctico al servicio de la ideología política de los partidos. Es una realidad humana cargada de grandes significaciones. La nacionalidad es el pasado, en el recuerdo común en las mismas luchas y en los mismos éxitos, es un patrimonio común que nos ampara.

En última instancia, señores diputados, la nacionalidad es el hambre mismo visto de pie sobre la tierra que lo sustenta y que ama, encajado en sus grandes tradiciones culturales, definido por una mentalidad única que nos hace sentir decoro y dignidad siempre que pronunciamos el nombre de la patria. Y yo digo: quien más tiene derecho a hablar de la nacionalidad mexicana y de su altísima y esforzada defensa es la Revolución Mexicana que ha defendido al mexicano como hombre de carne y hueso, como sangre palpitante y ardiente, contra la adversidad y la desventura, a través del artículo 27 constitucional, a través del artículo 123, a través del régimen de libertades que disfrutamos, a través del espíritu de justicia que arranca de la Independencia y traspasa todas las cordilleras de nuestra historia; y a este claro sentido revolucionario de la nacionalidad mexicana, viene a sumarse el régimen que preside el Presidente Adolfo Ruiz Cortines, y una prueba evidente de esa suma inequívoca de su régimen a este gran sentido del decoro de la nacionalidad, es sin duda alguna, lo digo con profunda convicción, esta ley con la cual damos un firme paso en el desenvolvimiento económico de nuestra Patria. (Aplausos)

El C. Presidente (a las 14.15): Se levanta la sesión y se cita a los señores diputados para el martes próximo a las doce horas.

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"DIARIO DE LOS DEBATES"