Legislatura XLIV - Año I - Período Ordinario - Fecha 19580819 - Número de Diario 2
(L44A1P1oN002F19580819.xml)Núm. Diario:2Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO, D.F., MARTES 19 DE AGOSTO DE 1958
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XLIV LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 2
SEGUNDA JUNTA PREPARATORIA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 19 DE AGOSTO DE 1958
SUMARIO
1. - Se abre la Junta Preparatoria. Se da lectura a la Orden del Día. Se lee y aprueba el acta de la junta anterior.
2. - Se aprueban catorce dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales, referentes a los Distritos Electorales que a continuación se expresan: 2o. de Morelos, 1o. de Tlaxcala, 1o. de Tamaulipas, 3o. de Oaxaca, 4o. de Puebla, 3o. de Yucatán, 5o. de Chihuahua, 6o. de Guanajuato, 9o. de Veracruz, 15 del Distrito Federal, 1o. de Durango, 1o. de Colima, 3o. de Chiapas y 4o. de México. En cada caso se hace la declaratoria correspondiente. Se levanta la Junta Preparatoria.
DEBATE
Presidencia del C. EMILIO SÁNCHEZ PIEDRAS
(Asistencia de 140 ciudadanos presuntos diputados).
El C. Presidente (a las 12.15 horas): Se abre la Junta Preparatoria.
- El C. secretario Olivares Santana Enrique (leyendo):
"Orden del Día.
"19 de agosto de 1958.
"Acta de la sesión anterior.
"Oficio en que el Senado comunica la designación de su Mesa Directiva para las Juntas Preparatorias.
"Dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales sobre los siguientes casos:
"2o. de Morelos.
"1o. de Tlaxcala.
"1o. de Tamaulipas.
"3o. de Oaxaca.
"4o. de Puebla.
"3o. de Yucatán.
"5o. de Chihuahua.
"6o. de Guanajuato.
"9o. de Veracruz.
"15. del Distrito Federal.
"1o. de Durango.
"1o. de Colima.
"3o. de Chiapas.
"4o. de México.
"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XLIV Congreso de la Unión, celebrada el día quince de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho.
"Presidencia del C. Antonio J. Hernández.
"En la ciudad de México, a las dieciséis horas y treinta minutos del viernes quince de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho, reunidos en el Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, ciento treinta y ocho ciudadanos presuntos diputados de la XLIV Legislatura Federal, se abre la Junta Preparatoria, después de comprobarse dicha asistencia con la lista que pasó el Secretario de la Comisión Instaladora, C. diputados Ignacio González Rubio.
"El C. diputado Gonzalo Maldonado Cervantes da lectura a los artículos tercero y cuarto del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, y de conformidad con este último precepto se procede a la elección, por escrutinio secreto, de un Presidente, un Vicepresidente y dos Secretarios de las Juntas Preparatorias, obteniéndose el siguiente resultado: ciento treinta y cinco votos para la planilla integrada por los CC. Emilio Sánchez Piedras, para Presidente, Tiburcio Garza Zamora, Vicepresidente, y Secretarios: Enrique Olivares Santana y Fernando Díaz Durán. Un voto para la siguiente planilla: Presidente, Fernando Guerrero Esquivel; Vicepresidente, Tiburcio Garza Zamora; Secretarios: José Ortiz Ávila y Fernando Díaz Durán. Un voto: Presidente, Francisco Pérez Ríos; Vicepresidente, Tiburcio Garza Zamora; Secretarios: Blas Chumacero Sánchez y Carlos Hank González. Un voto: Presidente, Manuel Martínez Orta, Vicepresidente, Esperanza Téllez Oropeza, Secretarios, José Ricardi Tirado y Fernando Díaz Durán.
"El C. Presidente de la Comisión Instaladora hace la declaratoria del resultado de la elección, y a continuación, antes de dar posesión de sus puestos a los ciudadanos presuntos diputados electos, da lectura a un mensaje que dirige a los miembros de la Junta Preparatoria. Acto continuo los electos toman posesión de sus puestos.
"Presidencia del C. Emilio Sánchez Piedras.
"La Secretaría da lectura al artículo 5o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso y de acuerdo con él los ciudadanos presuntos diputados hacen entrega de sus credenciales y al mismo tiempo depositan sus cédulas para la integración de las Comisiones Revisoras de Credenciales, resultando electos, por unanimidad de ciento treinta y seis votos los siguientes ciudadanos: Primera Comisión, 1a. Sección: Vicente Salgado Páez, Carlos Trujillo Pérez y Joaquín Guzmán Martínez; 2a. Sección: Juan José Osorio Palacios, José Ortiz Ávila y Antonio Acevedo Gutiérrez; 3a. Sección: José Guillermo Salas Armendáriz, Jacobo Aragón Aguillón y Alejandro D. Martínez Rodríguez; 4a. Sección: Fernando Guerrero Esquivel, Leopoldo González Sáenz y Juan Sabines Gutiérrez; 5a. Sección: José Vallejo Novelo, Carlos Guzmán Guzmán y Daniel Hernández Medrano. Segunda Comisión: Arturo Llorente González, José R. Castañeda Zaragoza y Blas Chumacero Sánchez.
"La Presidencia hace la declaratoria correspondiente. Se da cuenta con el oficio del C. Oficial Mayor de la Cámara de Diputados al que acompaña el inventario relativo a la documentación recibida y que corresponde a la elección de diputados al Congreso de la Unión, celebrada el día seis de julio del presente año. El oficio recibe el trámite de: túrnese la documentación a las Comisiones Revisoras de Credenciales e insértese el inventario en el "Diario de los Debates."
"Cumplida la Orden del Día, a las diecisiete horas y treinta minutos se levanta la junta y se cita para el próximo martes diecinueve del corriente a las once horas, suplicando puntual asistencia a los ciudadanos presuntos diputados".
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.
El C. secretario Díaz Durán Fernando: Se va a dar cuenta con los dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales, que constan en el Orden del Día.
"5a. Sección Revisora de Credenciales. Primera Comisión.
"Honorable Asamblea:
"Por acuerdo expreso de vuestra soberanía, la 5a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales se avocó el estudio del expediente que se formó con la documentación relativa a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron verificativo el día 6 de julio próximo pasado en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Morelos.
"En el citado distrito contendieron los partidos y candidatos que a continuación se mencionan:
"Por el partido Revolucionario Institucional los CC. Ana María Zapata P. de Manrique, propietaria y profesor Francisco Sánchez Benítez, suplente; por el Partido de Acción Nacional los CC. Maximino Alvarado Reyes, propietario y Miguel Gómez López, suplente; y por el Partido Nacionalista de México los CC. Manuel Cardona Testa, propietario y Mario Sánchez Anzures, suplente.
"Se hace la aclaración de que los partidos Populares y Auténtico de la Revolución Mexicana no registraron candidatos.
"Por el estudio que se hizo de la documentación respectiva, se llega a la conclusión de que la mayoría de 32,654 votos favoreció a la fórmula apoyada por el Partido Revolucionario Institucional e integrada por los CC. Ana María Zapata P. de Manrique y profesor Francisco Sánchez Benítez, propietaria y suplente, respectivamente.
"En vista de lo expuesto nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:
Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Morelos.
Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietaria y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral, los CC. Ana María Zapata P. de Manrique y profesor Francisco Sánchez Benítez. (Aplausos)
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1958. - La Comisión: José Vallejo Novelo.- Carlos Guzmán Guzmán. - Daniel Hernández Medrano".
Está a discusión el dictamen.
El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra a la compañera Ana María Zapata Portillo de Manrique.
- La C. Zapata Portillo Manrique Ana María: Señor Presidente, señores del Colegio Electoral: se cumple el propósito de la hidalguía española: "las damas primero". Quiero explicarme de esta manera que se haya escogido mi caso para ser el primero en tratarse en este Colegio Electoral. Por ello, en nombre de la mujer mexicana expreso a ustedes mi cumplido reconocimiento. Pero también, no puedo dejar de ver en esto, un homenaje a la memoria del caudillo de la primera revolución agraria triunfante que la historia universal ha contemplado. Mi padre: Emiliano Zapata, enarboló el Plan de Ayala; y con su lema: "Tierra y Libertad" llevó al campesino mexicano a la lucha por la reconquista de sus derechos de que había sido despojado por el feudalismo tradicional. Los postulados de este Plan Agrario fueron incluidos por nuestro Congreso Constituyente reunido en Querétaro, en la Constitución de 1917, que nos rige en la actualidad y de cuyo espíritu progresista y revolucionario debemos ufanarnos todos los mexicanos. Por esta razón debo ofrecer rendido homenaje a nuestra Carta Magna; ya que, gracias a la vigencia ideológica de su espíritu avanzado, fue posible realizar la reforma que otorga plenitud de derechos cívicos a la mujer mexicana; a virtud de la cual hemos participado en las últimas elecciones federales con todo entusiasmo y con el debido decoro. La escasa significación de mi persona, en principio, no auguraba el éxito en esta contienda en la que me presentó como candidato del Partido Revolucionario Institucional a diputado por el 2o. Distrito de mi Estado de Morelos. Pero el
vívido recuerdo de las luchas azarosas realizadas por mi padre y el contenido revolucionario del programa de acción de mi Partido, determinaron que la ciudadanía de mi distrito, casi totalmente campesina y oriunda de la región en donde se sintió, más que en ninguna otra, por las características sociológicas de la misma, la urgencia de la revolución agraria, sufragara en mi favor. Fue por eso que, la Comisión Electoral Federal primero, y luego la Comisión dictaminadora respectiva de este Colegio Electoral, pudieron apreciar la normalidad legal de mi expediente y comprobar que en el caso existe en mi favor una mayoría absoluta de sufragios. Mi triunfo es pues, evidente, y la razón del mismo queda establecida. Como he podido advertir que una significativa mayoría de los miembros de esta Asamblea Nacional proviene del sector revolucionario de nuestro pueblo; de la clase trabajadora a la que me honro en pertenecer, confío en que se reconocerá el triunfo categórico que he obtenido legítimamente y que no es mío exclusivamente, sino también de la mujer mexicana y del campesino mexicano; (aplausos) y al hacer esta declaración, estoy segura de saber comportarme en todo momento, con la necesaria dignidad.
En la tarea diaria por el progreso de México, las mujeres tenemos nuestro lugar, y en él estaremos siempre con toda limpieza; porque los problemas populares los sentimos y los entendemos con el matiz de nuestra feminidad y con nuestra firme convicción revolucionaria". He dicho. (Aplausos nutridos)
El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al compañero Arturo Llorente González.
El C. Llorente González Arturo: Miembros del honorable Congreso Electoral. Respetable Mesa Directiva del propio Colegio: mis primeras palabras deseo encauzarlas a rendir homenaje al Poder Legislativo, a ese elemento fundamental del régimen democrático constitucional que hoy nos brinda la feliz ocasión y el excepcional privilegio de encontrarnos en este respetable lugar que es a no dudarlo, una de las más elevadas tribunas de nuestra querida patria. En segundo término. no puedo contener porque lo tengo a flor de labio, el saludo cordial y fraterno a todos los presuntos diputados que provenientes de todos los confines de nuestra patria, comparecen ante este tribunal supremo a representar y defender la soberana voluntad de sus electores.
En cuanto al caso que la tercera sección dictaminadora de credenciales ha puesto a través de la Mesa Directiva a nuestra consideración, el caso de la señora Ana María Zapata de Manrique, considero estimados colegas, que rebasa los límites, que pasa las fronteras de los casos comunes; es de importancia, de honda significación, tiene este caso que para convertirlo en más honroso, hemos tenido la oportunidad de conocerlo en primer término. Esa importancia y trascendencia ha movido mis pasos para conducirme a esta tribuna.
Evidentemente a los ojos de propios y extraños, ante todos los habitantes de nuestro país, podemos lucir el excepcional privilegio de que un grupo de mujeres dignas representantes de la mujer mexicana, comparta las tareas de este Colegio Electoral.
Al honor que proporciona ser compañero de tan distinguidas damas, debemos aunar el hecho indiscutible de que ello confirma la madurez cívica y el progreso democrático de México. Es indiscutible también que la presencia de estas estimables damas en el recinto legislativo, demuestra con claridad y transparencia el empeño que han puesto los gobiernos emanados de la Revolución Mexicana y en particular el que rige actualmente nuestros destinos; el empeño que han puesto esos regímenes para incorporar a todos los sectores de la población mexicana a la marcha del progreso. El interés, la tenacidad con que han llevado al cabo sus programas de gobierno para que todos los habitantes de este hermoso territorio nacional participen en la tarea común; en esta tarea que tiene como mira el bienestar y el progreso de nuestras provincias y, como suprema aspiración, el engrandecimiento de México.
Si esto no fuera suficiente para calificar de excepcional el caso que comentamos, si no fuera bastante, estimables colegas, los argumentos aquí expresados hasta ahora, quiero rogarles que fijen su pensamiento en el caso particular de que se trata; hoy que la madurez cívica de México permite que la mujer revitalice nuestra democracia con la aportación de sus recursos espirituales; hoy que admiramos este primer caso en nuestro Colegio, ruego a ustedes pensar en este primer caso sometido a su consideración. En las venas de esa mujer mexicana que me antecedió en el uso de la palabra corre la sangre del héroe, corre la sangre del paladín que dio buena parte de ella para fecundar el campo de México; en el pensamiento y en el alma de esa mujer mexicana deben estar incrustados el alma y el pensamiento de su padre: Emiliano Zapata. (Aplausos).
Emiliano Zapata, el Jefe del Ejército Libertador del Sur; el vanguardista de los hombres que lucharon por el triunfo del Plan de Ayala; el que recogió la bandera emancipadora que enarboló en 1910 el apóstol de la democracia y de la libertad; de esa misma bandera que fue defendida posteriormente por el Ilustre Varón de Cuatro Ciénegas, don Venustiano Carranza. (Aplausos) Esa misma bandera fue la que también enarbolaron Villa, Zapata y Obregón.
La presencia de la señora Ana María Zapata de Manrique nos hace reflexionar hondamente sobre la historia de México y, en lo particular, sobre la historia de la Revolución Mexicana. Su presencia en la XLIV Legislatura, de dignarse ustedes emitir su voto aprobatorio como lo propongo, tendrá muy amplio alcance; su presencia en la XLIV Legislatura hará evocar a los hombres que dieron su vida por la libertad y el bienestar de sus semejantes; la presencia de esa mujer en la XLIV Legislatura hará pensar también en los nombres de todos nuestros héroes que nos dieron patria, libertad y justicia social; evocar el nombre del venerable cura de Dolores que inició nuestra lucha por la Independencia y el siervo de la nación y visionario de la Reforma Agraria, José María Morelos y Pavón. Los nombres de los constituyentes de 1856 que en el verbo elocuente del liberal limpio, Ponciano Arriaga, fueron plasmados el nombre de Juárez y sus colaboradores
(Aplausos) y los nombres de los que como antes expresé, dieron su vida para favorecer e impulsar el bienestar de los mexicanos. Una sola lucha y una sola tarea, un sólo afán de libertad y un solo afán de progreso iniciado en 1810, continuado por el siervo de la nación, defendido por los constituyentes de 1856, enaltecido por Juárez y sus colaboradores e incrustado definitivamente en la conciencia popular por estos paladines de la Revolución Mexicana que lograron convertir en preceptos normativos las conquistas sociales de México.
La presencia de esta mujer en la XLIV Legislatura nos hará evocar la reforma agraria, esa reforma que como todos recordamos, se inició con el antiguo concepto de restitución de tierras a los poblados desposeídos; esa reforma que enriqueció posteriormente su acervo con el nuevo ideal de dar tierra a los hombres que la merecen, a los hombres que la trabajan, esa reforma agraria que se consolidó definitivamente en las disposiciones normativas que nos rigen y que puede reafirmar sus postulados sin interrumpir la marcha progresista del pueblo de México.
Por ello, compañeros, la aprobación del caso de la señora Ana María Zapata de Manrique, no sólo será un justo reconocimiento al triunfo legítimamente alcanzado. Nuestra aprobación que invoco ante el acertado juicio de ustedes, nuestra aprobación no será un acto de justicia a la voluntad, al esfuerzo y al triunfo de esta mujer que representa a la mujer mexicana; el reconocimiento de este triunfo, el voto aprobatorio de nuestra Asamblea tendrá un alcance mayor: será la ratificación plena y firme de nuestro credo, de nuestra convicción ideológica y será también el justo y reconocido tributo que rinda este Colegio Electoral a la madurez cívica y al progreso democrático de México. (Aplausos)
Por ello, nuestro voto aprobatorio, nuestra aceptación sin reservas, la invocamos fervientemente apoyada en las convicciones ideológicas expuestas; emitamos pues nuestro voto, estimados colegas, de una manera categórica, contundente y estruendosa. (Aplausos)
El C. secretario Díaz Durand Fernando: En votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen del segundo distrito electoral del Estado de Morelos. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos)
"En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Morelos.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietaria y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral, los CC. Ana María Zapa P. de Manrique y profesor Francisco Sánchez Benítez". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. Tercera Sección.
"H. Asamblea:
"A la suscrita 1a. Comisión Revisora de Credenciales, Sección Tercera, que suscribe, fue turnado para estudio y dictamen, por acuerdo de vuestra soberanía el documental correspondiente a las elecciones celebradas el domingo 6 de julio del año en curso para diputados al H. Congreso de la Unión, en el primer distrito electoral del Estado de Tlaxcala, con cabecera en la ciudad de Tlaxcala.
"La Comisión dictaminadora comprobó del estudio que se hizo, que en el citado distrito contendieron para diputados, propietario y suplente, respectivamente, las siguientes candidaturas, por el PRI los CC. licenciado Emilio Sánchez Piedras y Nicolás López Galindo obteniendo 44,896 votos; por el Partido Acción Nacional los CC. Enrique Ríos Turnbull y Sebastián Barranco Rodríguez con 494 votos, los Partidos Popular, Nacionalista de México y Auténtico de la Revolución, no registraron candidatos.
"El Partido auténtico de la Revolución Mexicana protestó por supuestas irregularidades en algunas casillas sin expresar cuales hayan sido esas irregularidades y sin presentar prueba ninguna de que se hayan cometido, por lo que no es de tomarse en consideración.
Concluido el estudio de la documentación en cuestión, se comprobó que la preparación de las elecciones se efectuó de acuerdo con las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos legales; que las mismas se realizaron sin incidentes de tomarse en cuenta, y finalmente, el Comité Distrital respectivo, que funcionó legalmente, declaró el cómputo con los resultados arriba anotados.
"Por lo anteriormente expuesto la suscrita Comisión se permite proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo para la aprobación en su caso:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio del año en curso, en el primer distrito electoral del Estado de Tlaxcala.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral los CC. licenciado Emilio Sánchez Piedras y Nicolás López Galindo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1958. - José Guillermo Salas Armendáriz.- Jacobo Aragón Aguillón. - Alejandro D. Martínez Rodríguez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el domingo 6 de julio del año en curso, en el primer distrito electoral del Estado de Tlaxcala.
"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral los CC. licenciado Emilio Sánchez Piedras y Nicolás López Galindo". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales 4a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Los suscritos, miembros de la Cuarta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, se permiten rendir ante vuestra soberanía, el presente dictamen relativo a las elecciones que para Diputados al Congreso de la Unión, se verificaron el 6 de julio del presente año en el Primer Distrito Electoral Federal del Estado de Tamaulipas.
"Por dicho Distrito contendieron los siguientes candidatos: Tiburcio Garza Zamora y Ruperto Villarreal Montemayor por el Partido Revolucionario Institucional y los CC. Gregorio Chapa Saldaña y Eduardo de la Garza Fox por el Partido Acción Nacional.
"Comparando el estudio de las constancias que obran en el expediente respectivo, se llega a la conclusión de que el proceso electoral se desarrollo en dicho Distrito con estricto apego a las disposiciones relativas de la Ley Federal Electoral, ya que el personal de casillas se designó de conformidad con lo dispuesto con el artículo 24 de la ley mencionada, habiéndose cumplido además con lo que disponen el 73 y 75 del mismo Ordenamiento, sin que los partidos y candidatos registrados hubieren formulado objeciones.
"También consta en el expediente que el Comité Distrital Electoral, con citación de los representantes de los partidos contendientes, celebró la sesión de computación de los votos emitidos, en los términos del artículo 104 de la Ley Electoral Federal, habiendo asistido únicamente los representantes del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Popular, obteniéndose el siguiente resultado: Tiburcio Garza Zamora candidato propietario del Partido Revolucionario Institucional 77,970 votos; Ruberto Villarreal Montemayor, candidato suplente del propio Partido 77,970 votos; Gregorio Chapa Saldaña, candidato propietario del Partido Acción Nacional 423 votos y Eduardo de la Garza Fox, candidato suplente del propio Partido 423 votos.
"Como del texto del acta del cómputo de la votación se desprende que no se presentaron objeciones de ninguna naturaleza y como del resto de la documentación que integra el expediente no se desprende la existencia, ni mucho menos aprueba alguna de hechos que pudieran significar violaciones al proceso electoral que pudieran modificar el resultado de la votación, la Comisión que suscribe estima que deben declararse válidas las elecciones a que este expediente se refiere, poniendo a vuestra consideración este dictamen con arreglo a los siguientes puntos resolutivos:
"1o. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el 6 de julio del año en curso en el Primer Distrito Electoral del Estado de Tamaulipas.
"2o. Son Diputados al Congreso de la Unión por el mencionado Distrito Electoral de los CC. Tiburcio Garza Zamora y Ruperto Villarreal Montemayor, el primero como propietario y el segundo como suplente.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1958. - Licenciado Fernando Guerrero Esquivel.- Licenciado Leopoldo González Sáenz. -Juan Sabines Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el 6 de julio del año en curso en el Primer Distrito Electoral del Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado Distrito Electoral, los CC. Tiburcio Garza Zamora y Ruperto Villarreal Montemayor el primero como propietario y el segundo como suplente". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 4a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Ante la soberana consideración de esa Asamblea, los suscritos, integrantes de la 4a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, se permiten presentar el siguiente dictamen, que es el resultado del estudio del expediente electoral formado con motivo de las elecciones para la designación de candidatos a diputados a la próxima Legislatura, celebradas en el 3er. Distrito Electoral del Estado de Oaxaca, con fecha 6 de julio próximo pasado.
"Del estudio y examen de las constancias, actas y documentos que obran en el expediente, esta 4a. Sección ha obtenido plena convicción de lo siguiente:
"1o. Que fueron registrados oportunamente ante el Comité Distrital Electoral, los siguientes candidatos doctor Federico Ortiz Armengol, propietario por el PRI.; José Morales Paz suplente; Víctor Díaz Hernández y Margarita Trujillo, como propietario y suplente respectivamente por el Partido Acción Nacional y el general Francisco Cortés Figueroa y José Vázquez Martínez, como propietario y suplente, respectivamente, por los Partidos Nacionalista de México y auténtico de la Revolución Mexicana.
"2o. Que los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, se realizaron por los organismos electorales, por los partidos, sus candidatos y la ciudadanía con observación de las disposiciones contenidos en la Ley Electoral Federal.
"3o. Que la sesión computadora de fecha 13 de julio próximo pasado se celebró de acuerdo con los artículos 104, 105 y 106 de la Ley de la materia, examinándose y abriéndose los paquetes electorales, excepción hecha del correspondiente a la casilla número 65 del Municipio de Tomaltepec, que no se computó por no reunir los requisitos de ley, y haciéndose el cómputo sin objeciones por parte de los representantes de los partidos ni de los candidatos mismo que arrojó el siguiente resultado: doctor Federico Ortiz Armengol, propietario del PRI. 51,480 votos; doctor José Morales Paz, suplente, 51,012 votos; Víctor Díaz Hernández, candidato del Partido Acción Nacional, 5,201 votos; Margarita Trujillo, suplente, 5,009 votos;
general Francisco Cortés Figueroa, candidato de los Partidos Nacionalistas de México y auténtico de la Revolución, 197 votos; José Vázquez Martínez, suplente por dichos partidos 191 votos; candidatos no registrados, propietarios 5 votos, suplentes, 4.
"4o. Como de las constancias del expediente se desprende que el acto eleccionario se llevó a cabo con la mayor normalidad, c o n v i c c i o n que se robustece con el informe que la Comisión local electoral del Estado de Oaxaca rindió con fecha 16 de julio a la Comisión Federal Electoral en el cual se ratifica lo inexistencia de objeciones por parte de los partidos y de sus candidatos, consignándose tan sólo la existencia de meras irregularidades formales que se subsanaron por la vía de la persuasión y otras alusivas a defectos leves en el registro del padrón electoral, esta 4a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales es de opinión, salvo la mejor a la que pudiere llegar esta Asamblea, que deben declararse válidas las elecciones del Distrito que se estudia del Estado de Oaxaca y como Diputados propietario y suplente los postulados por el Partido Revolucionario Institucional, o sean, el doctor Federico Ortiz Armengol como propietario y el doctor José Morales Paz, como suplente.
"En razón a lo expuesto y con apoyo en los artículos 127 y 134 de la Ley Electoral Federal y 5o del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, nos permitimos presentar a vuestra consideración el presente dictamen, sintetizado en los siguientes puntos resolutivos:
"1o. Son válidas las elecciones celebradas el 6 de julio para designar diputados propietario y suplente para la XLIV Legislatura Federal, en el 3er. Distrito del Estado de Oaxaca.
"2o. Son diputados propietario y suplente por dicho distrito, los CC. doctores Federico Ortiz Armengol y José Morales Paz, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1958. - Fernando Guerrero Esquivel. - Leopoldo González Sáenz. - Juan Sabines Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones celebradas el 6 de julio para designar diputados propietario y suplente para la XLIV Legislatura Federal, por el 3er. Distrito del Estado de Oaxaca.
"Segundo. Son diputados propietario y suplente por dicho distrito, los CC. doctores, Federico Ortiz Armengol y José Morales Paz, respectivamente". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Para estudio y dictamen fue turnado a esta 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente formado con relación a la elección que para diputados federales se realizó el día 6 de julio próximo pasado, en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla. La Comisión al realizar un cuidadoso estudio de las constancias que obra en el expediente y de la documentación electoral, concluye:
I. Se desprende de la documentación examinada, que los trabajos preelectorales y la elección misma, se desarrollaron con estricto apego a la Ley Electoral Federal, instalándose 173 casillas correspondientes a los 33 municipios del Distrito, las que funcionaron normalmente, sin que se registraran incidentes de ninguna naturaleza, ni se recibieran quejas o protestas, levantándose en todas ellas las actas correspondientes de instalación, escrutinio y clausura;
II. Contendieron en este 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla, registrados por partidos nacionales, como candidatos a diputados federales propietarios y suplentes, los siguientes ciudadanos:
"Por el PAN María del Socorro Pando Salmerón y José Anzures Solís; por el PRI, Salvador Serrano Ramírez y Miguel Munive Alvarado; por el PARM, Manuel Palacios Jiménez y Honorio Cejudo Cuéllar; y por el PNM, Manuel Palacios Jiménez y Rafael Bruno Aguilar;
III. El día 13 de julio próximo pasado, cumpliendo con lo establecido por la ley relativa, el Comité Distrital Electoral, después de haber citado a los representantes de los partidos que participaron en los comicios, realizó el cómputo general, cuyo resultado fue el siguiente:
"Para la fórmula María del Socorro Pando Salmerón - José Anzures Solís, 693 votos; para la planilla Salvador Serrano Ramírez - Miguel Munive Alvarado, 60,479 votos; para los candidatos Manuel Palacios Jiménez - Rafael Bruno Aguilar, 319 votos; y para Manuel Palacios Jiménez - Honorio Cejudo Cuéllar, 35 votos.
"El Comité Distrital, consecuente con los resultados obtenidos, expidió constancias de mayoría de votos a la planilla integrada por los CC. Salvador Serrano Ramírez y Miguel Munive Alvarado, y
IV. La Comisión Federal Electoral en sesión celebrada el día 31 de julio próximo pasado, determinó conceder, por unanimidad de votos, el registro de ley a las constancias expedidas por el Comité Distrital del 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla.
"En virtud de todo lo expuesto, nos permitimos someter al recto criterio de esta Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la XLIV Legislatura, tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Puebla. (Aplausos)
"Segundo. Son diputados por el Distrito mencionado, los CC. Salvador Serrano Ramírez y Miguel Munive Alvarado, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos)
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1958. - La Comisión: Juan José Osorio Palacios. - José Ortiz Avila. - Antonio Acevedo Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta, en votación económica, si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la XLIV Legislatura, tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Puebla. (Aplausos)
"Segundo. Son diputados por el distrito mencionado, los CC. Salvador Serrano Ramírez y Miguel Munive Alvarado, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"Vuestra soberanía acordó turnar a esta 2a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente de las lecciones de diputados federales, efectuadas en el Tercer Distrito Electoral del Estado de Yucatán.
"De la revisión del propio expediente, del cual forma parte la más amplia y completa documentación, se desprenden las siguientes conclusiones:
"Que no hubo incidente alguno durante el proceso electoral, habiéndose realizado los comicios en forma tranquila y ordenada y que no se presentó ninguna protesta.
"Que la votación arrojó los siguientes resultados:
"CC. Jorge Andrés González Pérez y Abelardo Luna Cortés 8,166 votos, como candidatos propietario y suplente, respectivamente, del Partido Acción Nacional; licenciado José Vallejo Novelo y C. Bruno I. Mézquita Cisneros 55,834 votos como candidatos propietario y suplente, respectivamente, del Partido Revolucionario Institucional.
"Por lo anterior, la Comisión que suscribe, teniendo en cuenta la documentación invocada y el resultado del escrutinio llevado al cabo por el Comité Distrital Electoral, somete a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se efectuaron el domingo 6 de julio próximo pasado en el Tercer Distrito Electoral del Estado de Yucatán, para integrar la. . XLIV Legislatura.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, por el expresado distrito, los CC. licenciado José Vallejo Novelo y Bruno I. Mézquita Cisneros.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1958. - Arturo Llorente González. - José R. Castañeda Zaragoza. - Blas Chumacero Sánchez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se efectuaron el domingo 6 de julio próximo pasado en el Tercer Distrito Electoral del Estado de Yucatán, para integrar la XLIV Legislatura.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, por el expresado distrito, los CC. licenciado José Vallejo Novelo y Bruno I. Mézquita Cisneros". (Aplausos)
"1a. Comisión Dictaminadora de Credenciales. 4a. Sección.
"H. Asamblea:
"A la suscrita 1a. Comisión Dictaminadora de Credenciales, 4a. Sección, fue turnado el expediente electoral del 5o. Distrito del Estado de Chihuahua para su estudio y resolución, y teniendo a la vista la documentación correspondiente, aparece del mismo que el proceso electoral se verificó en la forma siguiente:
"Primero. Que en dicho distrito se procedió al empadronamiento de la ciudadanía, en los términos que prescribe la Ley Electoral Federal.
"Segundo. Que la contienda política - Electoral principió en el preciso momento en que los Partidos PRI sosteniendo su fórmula de los CC. Alfredo Chávez Vázquez para diputado propietario e ingeniero Jesús Sagarñaga A. para diputado suplente; el PAN sosteniendo su fórmula Gustavo Hernández M. y Raúl Alvarez A., para diputados propietario y suplente respectivamente, procedieron a hacer el registro dentro de los plazos y términos de ley ante el Comité Electoral Distrital.
"Tercero. Que en su oportunidad las secciones electorales de dicho Distrito Recibieron la lista nominal de electores, y dichas listas fueron fijadas en los lugares de costumbre para los efectos que indica la propia ley.
"Cuarto. Se hizo la designación del personal que debería integrar las casi las así como la ubicación de las mismas sin objeciones de ninguna clase.
"Quinto. Que en su oportunidad los organismos electorales registraron las credenciales de los representantes de partidos y de candidatos.
"Sexto. Que el día seis de julio se verificó la elección sin incidentes de importancia que mencionar habiendo funcionado todas las casillas del Distrito, con excepción de la 12 y 19 que no fueron instaladas por no haberse integrado el personal de las casillas.
"Se recogió la votación y ocurrieron el día 6 de julio los actos de instalación, escrutinio y clausura sin ningún incidente digno de mencionar.
"El 13 de julio, como lo establece la ley, en el local del Comité Electoral Distrital se procedió a hacer el cómputo general de votos, no habiéndose computado los de la casilla 17 de Ciudad Delicias por haber sido sustraída la documentación por un elementos de Acción Nacional de nombre Ramón Font.
"La número 20 del municipio de Jiménez, Chih., Estación Cerrillo, de donde se regresó la documentación sin aclaraciones de ninguna naturaleza; la número 7 de Saucillo, Chih., de la que se recibieron todas las boletas y un acta levantada por los funcionarios de la casilla en la que se informa
que el C. Guillermo Terrazas Taboada, candidato a senador suplente del Partido Acción Nacional confeccionó las actas de la casilla, habiéndose exigido al personal que las firmara, y al negarse a hacerlo Terrazas Toboada sustrajo la documentación.
"El resultado del cómputo fue el siguiente:
"PRI. C. Alfonso Chávez Vázquez, candidato a diputado propietario, 25,458 votos.
"C. ingeniero Jesús Sagarñaga A., candidato a diputado suplente, 24,577 votos.
"PAN. C. Gustavo Fernández M., candidato a diputado propietario, 12,463 votos.
"C. Raúl Alvarez A., candidato a diputado suplente 11,253 votos.
"Séptimo. La constancia de mayoría de votos fue expedida a la fórmula integrada por el PRI., cuyas personas procedieron a efectuar su registro en la Comisión Federal Electoral; habiendo sido aceptado totalmente dicho registro y fue comunicado oportunamente a la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
"En vista de lo anteriormente expuesto fundado, la Comisión resuelve:
"Primero. Son válidas las elecciones efectuadas el domingo 6 de julio del presente año para diputados propietario y suplente por el 5o. Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.
"Segundo. En consecuencia son diputados propietario y suplente respectivamente los CC. Alfredo Chávez Vázquez e ingeniero Jesús Sagarñaga A.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1958. - Fernando Guerrero Esquivel. - Leopoldo González Sáenz. - Juan Sabines Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones efectuadas el domingo 6 de julio del presente año para diputados propietario y suplente por el 5o. Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.
"Segundo. En consecuencia, son diputados propietario y suplente respectivamente los CC. Alfredo Chávez Vázquez e ingeniero Jesús Sagarñaga A.". (Aplausos)
"Segunda Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"Para estudio y dictamen fue turnado a esta Segunda Comisión Dictaminadora de Credenciales al expediente electoral relativo a las elecciones celebradas el día 6 de julio próximo pasado que para diputados a la Cuadragésima Cuarta Legislatura federal tuvieron lugar en el Sexto Distrito Electoral del Estado de Guanajuato, con Cabecera en la Ciudad de Salvatierra, en las que participaron los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Nacionalista de México.
"Del análisis de dicho expediente se desprende que las elecciones se ajustaron a lo que previene la ley de la materia, siendo firmada la documentación respectiva por los representantes de Acción Nacional y sin presentar protestas los Partidos contendientes; que estas elecciones se realizaron en el más completo orden y sin violaciones; así mismo, que el cómputo efectuado y suscrito por el Comité Distrital Electoral, alcanzó las siguientes cifras:
"CC. J. Jesús Magdaleno Ledesma y Donato González García, candidatos Propietario y Suplente del Partido Acción Nacional, obtuvieron 5,482 votos.
"CC. Ingeniero Vicente Salgado Páez y señora licenciada Rosa González de Carmona, 38,589 votos.
"CC. Natividad Ortega Tirado y Juana Paniagua, Propietario y Suplente del Partido Nacionalista de México, 40 votos.
"Tomando en consideración los resultados del análisis efectuado, esta Comisión se permite someter a la consideración de esa H. Asamblea, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales fueron celebradas en el Sexto Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, por el distrito electoral citado, el C. ingeniero Vicente Salgado Páez y la señora licenciada Rosa González de Carmona.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1958. - Arturo Llorente González. - José R. Castañeda Zaragoza. - Blas Chumacera Sánchez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta en votación económica si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales fueron celebradas en el Sexto Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, por el Distrito Electoral citado, el C. ingeniero Vicente Salgado Páez y la señora licenciada Rosa González de Carmona". (Aplausos)
- El C. secretario Díaz Durán Fernando (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"3a. Sección.
"H. Asamblea:
"Esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, recibió para emitir dictamen el expediente formado con motivo de las elecciones para diputados federales, celebradas el domingo 6 de julio del presente año en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Veracruz.
"Practicando el estudio de la documentación que nos fue turnado, se llegó a las siguientes conclusiones:
"1o. En las elecciones de referencia sólo figuraron como candidatos los CC. licenciado Arturo
Llorente González e ingeniero Ismael Lagunas Lastra, propietario y suplente respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional, habiendo obtenido una votación total de 62,312 votos.
"2o. En la preparación y desarrollo de las elecciones se observaron las disposiciones que sobre el particular contiene la Ley Electoral Federal, sin que se haya presentado objeción alguna.
"3o. La constancia de mayoría de votos, fue expedida y registrada legalmente por los organismos que la ley señala, en favor de los candidatos del PRI.
"Visto lo anterior esta Comisión propone a la soberanía de vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio anterior en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. licenciado Arturo Llorente González e ingeniero Ismael Lagunas Lastra.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 16 de agosto de 1958. - José Guillermo Salas Armendáriz.- Jacobo Aragón Aguillón. - Alejandro D. Martínez Rodríguez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio anterior en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son Diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. licenciado Arturo Llorente González e ingeniero Ismael Lagunas Lastra". (Aplausos)
"Honorable Asamblea:
"A la Comisión que suscribe fue turnado por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones de diputados federales del Décimoquinto Distrito Electoral del Distrito Federal, en las que participaron los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, Partido de Acción Nacional, Partido Popular y Partido Nacionalista de México.
"El examen de la documentación nos lleva a concluir que el desarrollo del proceso electoral se apego a las disposiciones legales que norman el procedimiento y que las objeciones del candidato del Partido Nacionalista de México, ya consideradas por la Comisión Federal Electoral, no hacen prueba con relación a las irregularidades apuntadas y menos aún desvirtúa el resultado de la votación.
"El cómputo total, suscrito por los integrantes del Comité Distrital respectivo, hace constar un total de 38,395 votos obtenidos por el C. Juan José Osorio Palacios, candidato propietario del Partido Revolucionario Institucional y 35,817 para el C. Manuel Nuñez Villegas, candidato suplente del propio partido; 13,085 votos para el C. licenciado Angel Flores Guadarrama, candidato propietario del Partido Acción Nacional y 12,392 votos para el C. doctor Guillermo Islas Olguín, candidato suplente del mismo partido; 1,264 votos para el C. Rúben Alvarez del Castillo Vega, candidato propietario del Partido Popular y 1,217 votos para el C. Donato Rodríguez Rivera, candidato suplente del citado partido; 1,334 votos para el C. Carlos García Ordóñez, candidato propietario del Partido Nacionalista Mexicano y 1,146 votos para el C. Manuel Martínez Rosas, candidato suplente del mismo Partido.
"Por lo expuesto y con base en la documentación mencionada, esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales, somete a la consideración de la H. Asamblea, las siguientes resoluciones:
"Primera. Son válidas las elecciones efectuadas para diputados al H. Congreso de la Unión, en el Décimoquinto Distrito Electoral del Distrito Federal.
"Segunda. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Juan José Osorio Palacios y Manuel Núñez Villegas.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.-
México, D. F., a 18 de agosto de 1958. - Arturo Llorente González. - José R. Castañeda Zaragoza. - Blas Chumacero Sánchez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primera. Son válidas las elecciones efectuadas para diputados al H. Congreso de la Unión, en el Décimoquinto Distrito Electoral del Distrito Federal. (Aplausos)
"Segunda. Son Diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Juan José Osorio Palacios y Manuel Núñez Villegas". (Aplausos)
"2a. Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
"Cumpliendo con el mandato de vuestra soberanía, la 2a. Comisión Revisora de Credenciales, procedió a estudiar el expediente de las elecciones para diputados federales en el primer Distrito Electoral del Estado de Durango, con cabecera en la ciudad de Durango.
"Contendieron en esa jornada electoral las fórmulas propuestas por los partidos: Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Popular y Auténtico de la Revolución Mexicana, integradas respectivamente por los CC. licenciado José Guillermo Salas Armendáriz, propietario y Guadalupe Camacho viuda de Barba, suplente; Salvador Barraza, propietario y J. Antonio Nájera Rivas, suplente; licenciado Miguel Luna Estrada, propietario y
Perfecto Gómez, suplente; ingeniero Federico Ramírez Morales, propietario y Alberto Salas Sánchez, suplente.
"La documentación comprendida en el expediente confiado a nuestro examen, nos lleva a considerar que el proceso electoral efectuado en el Distrito que nos ocupa, se llevó al cabo con normalidad y que el resultado del cómputo verificado por el Comité Distrital Electoral, no fue motivo de protesta alguna de parte de los partidos contendientes.
"En cuanto a la objeción de orden general que presentó el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana se estima que no altera en forma alguna el resultado de la elección ni fue debidamente probada.
"Por lo que hace a la inconformidad del Partido Acción Nacional, referente a que un grupo de aspirantes a braceros emitió su voto en la ciudad de Durango, se considera que la emisión del voto de los ciudadanos en tránsito es un caso previsto en la Ley Electoral Federal por lo tanto, la inconformidad que analizamos carece de validez.
"El cómputo total verificado por el Comité Distrital Electoral, arroja los siguientes resultados:
"Para los CC. licenciado José Guillermo Salas Armendáriz y Guadalupe Camacho viuda de Barba, candidatos propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Revolucionario Institucional, 35,563 votos para el primero y 35,436 para el segundo.
"Para los CC. Salvador Barraza y J. Antonio Nájera Rivas, candidatos propietario y suplente, respectivamente, del Partido Acción Nacional 7,461 votos para el primero y 7,026 para el segundo.
"Para los CC. licenciado Miguel Luna Estrada y Perfecto Gómez, candidatos propietario y suplente, respectivamente, del Partido Popular, 949 votos para el primero y 832 para el segundo.
"Para los CC. ingeniero Federico Ramírez Morales y Alberto Salas Sánchez, candidatos propietario y suplente, respectivamente, del Partido Autentico de la Revolución Mexicana 497 votos para el primero y 471 para el segundo.
"De lo anterior se desprende que el proceso electoral en todas sus fases, se realizó en completo orden y apegado a los mandatos de la ley.
"En consecuencia, la Comisión que suscribe somete a la soberanía de esta H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron lugar en el primer Distrito Electoral del Estado de Durango.
"Segunda. Son diputados federales propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado José Guillermo Salas Armendáriz y Guadalupe Camacho viuda de Barba.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.-
México, D. F., a 18 de agosto de 1958. - Arturo Llorente González. - José R. Castañeda Zaragoza. - Blas Chumacero Sánchez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron lugar en el Primer Distrito Electoral del Estado de Durango.
"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado José Guillermo Salas Armendáriz y Guadalupe Camacho viuda de Barba". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 4a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Los suscritos integrantes de la 4a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, se permiten presentar ante la Soberanía del H. Colegio Electoral, el presente dictamen relativo a las elecciones para diputados federales efectuadas en el 1er. Distrito del Estado de Colima, con fecha 6 de julio del presente año.
"Del estudio de las constancias que obran en el expediente se infiere que por el Primer Distrito del Estado de Colima contendieron candidatos del Partido Revolucionario Institucional del Partido Acción Nacional y del Partido Popular, postulándose por el primero a los señores ingeniero Othón Bustos Solórzano y Héctor Dueñas Aguilar, como propietario y suplente respectivamente por el Partido Acción Nacional Miguel Romo Morril y Susano Abel Ramírez y por el Partido Popular los señores Manuel Lozano Barrera y Amador Velasco A.
"Del informe rendido por el Comité Distrital Electoral y documentos anexos, se llega a la convicción de que dicho Comité, que en el caso tuvo a su cargo la preparación y desarrollo del proceso electoral, cumplió con las obligaciones que le impone la Ley Federal Electoral en sus artículos 22, 67, 104, 105 y demás relativos, procediendo el domingo 13 de julio del presente año a celebrar la sesión para la apertura de los paquetes electorales y computación de los votos emitidos, acto que llevó a cabo con citación de los representantes de los Partidos contendientes y que arrojó el siguiente resultado: Miguel Romo Morril y Susano Abel Ramírez, candidatos propietario y suplente postulados por el Partido Acción Nacional, con 3,121 y 3,072 votos respectivamente; Othón Bustos Solórzano y Héctor Dueñas Aguilar, propietario y suplente respectivamente por el Partido Revolucionario Institucional, 16, 732 y 16,634 votos respectivamente y Manuel Lozano Barreda y Amador Velasco A., candidatos postulados por el Partido Popular para propietario y suplente, obtuvieron una votación de 18 sufragios cada uno. Como consecuencia del resultado de la computación, en la que sólo se presentó irregular la votación de la Sección Electoral 29 por haberse entregado con los sufragios dentro del ánfora respectiva, el Comité Distrital otorgó constancias de mayoría a los CC. Othón Bustos Solórzano y Héctor Dueñas Aguilar, postulados por el Partido Revolucionario Institucional, remitiendo los
expedientes a la H. Cámara de Diputados y un ejemplar de las actas levantadas en cada casilla, a la H. Comisión Federal Electoral, organismo éste que por resolución de fecha 29 de julio retropróximo, acordó registrar la constancia de mayoría de las personas mencionadas con arreglo a la ley.
"Hecha la exposición anterior y considerando los suscritos que la votación de la Sección 29 que fue entregada al Comité Distrital en forma distinta de la prevista por la Ley, no afecta el resultado general de la elección y, tomando en cuenta además que en la sesión de la Junta Computadora no se formularon protestas por los representantes de los partidos ni de los candidatos, estima que debe declararse válida la referida elección y consecuentemente, diputados propietarios y suplente, por dicho distrito, a los CC. Othón Bustos Solórzano y Héctor Dueñas Aguilar.
"Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas de la Ley Electoral Federal, particularmente en su artículo 127, en relación con el 5o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, nos permitimos poner a vuestra consideración, el siguiente dictamen:
1. Es válida la elección para Diputados Federales celebrada al 6 de julio próximo pasado en el Primer Distrito del Estado de Colima, en consecuencia.
"2. Se declaran Diputados propietario y suplente por dicho Distrito, a los CC. Ingeniero Othón Bustos Solórzano y Héctor Dueñas Aguilar.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.-
México, D. F., a 16 de agosto de 1958. - Fernando Guerrero Esquivel. - Leopoldo González Sáens. - Juan Sabines Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Es válida la elección para Diputados Federales celebrada el 6 de julio próximo pasado en el Primer Distrito del Estado de Colima, en consecuencia.
"Segundo. Se declaran Diputados propietarios y suplente por dicho Distrito, a los CC. Ingeniero Othón Bustos Solórzano y Héctor Dueñas Aguilar". (Aplausos)
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.
"Segunda Sección.
"Honorable Asamblea:
"A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, fue turnado por vuestro mandato el expediente relativo a las elecciones efectuadas el día 6 de julio próximo pasado para elegir Diputados Federales por el Tercer Distrito Electoral del Estado de Chiapas y tras de hacer una revisión detenida de la documentación entregada, se llegó a las siguientes conclusiones:
"En cumplimiento de las disposiciones relativas de la Ley Federal Electoral, el Partido Revolucionario Institucional registró como candidatos a Diputados, propietario y suplente respectivamente, a los CC. licenciado Francisco Argüello Castañeda y Francisco Quiñones León. Deseamos llevar al conocimiento de Vuestra Soberanía que la fórmula antes mencionada fue la única que para los comicios en cuestión se registrara en ese Distrito.
"De acuerdo con el artículo 104 de la Ley Federal Electoral, el domingo 13 de julio, se efectuó la junta computadora la que en atención a los documentos que tuviera a la vista, acordó expedir constancias de mayoría de votos a favor de la planilla que el Partido Revolucionario Institucional postulara, y que como ya dejamos asentado antes, fue integrada por los CC. Francisco Argüello Castañeda y Francisco Quiñones León.
"De la documentación examinada se desprende que tanto los trabajos preelectorales, como la elección misma, se desarrollaron con estricto apego a la ley relativa sin que se registraran incidentes de ninguna naturaleza.
"La Comisión Federal Electoral otorgó registro a las constancias de mayoría de votos expedidas por el Comité Distrital Electoral, constancias que ninguno de los partidos políticos nacionales ha objetado.
"En tal virtud, y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Federal Electoral, la Comisión que suscriba, somete el digno criterio de la H. Asamblea los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Se declaran válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el Tercer Distrito Electoral Federal del Estado de Chiapas.
"Segundo. Son por lo tanto, Diputados propietario y suplente respectivamente a la XLIV Legislatura del Congreso de la Unión, por el citado Distrito, los CC. licenciado Francisco Argüello Castañeda y Francisco Quiñones León.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, .D F, a 16 de agosto de 1958. - La Comisión, Juan José Osorio. - José Ortiz Avila. - Antonio Acevedo Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económico se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
"En consecuencia, declara:
'Primero. Se declaran válidas las elecciones que para Diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el Tercer Distrito Electoral Federal del Estado del Chiapas.
"Segundo. Son por lo tanto Diputados propietario y suplente respectivamente a la XLIV Legislatura del Congreso de la Unión por el citado Distrito, los CC. licenciado Francisco Argüello Castañeda y Francisco Quiñones León". (Aplausos)
"Segunda Comisión Revisora de Credenciales.
"Honorable Asamblea:
'A la Comisión que suscribe le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones que para Diputados Federales se
efectuaron el día 6 de julio anterior en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de México con Cabecera en Atlocomulco.
"Las constancias que obran en el expediente mencionado apegadas a las disposiciones contenidas en la ley de la materia, ponen de manifiesto que el proceso electoral en el Distrito ya citado se llevó al cabo en completo orden, sin irregularidades ni violaciones, sino por el contrario, conduciendo a conclusiones que no merecieron objeción de parte de los partidos contendientes.
"Del cómputo de votos se desprende que el C. licenciado Fernando Guerrero Esquivel, candidato a Diputado Federal propietario del Partido Revolucionario Institucional, obtuvo 52,619 sufragios y que el C. Luis del Castillo, candidato a Diputado Suplente, obtuvo 45,796 votos.
"Que el C. Gerardo Medina Valdés, candidato del Partido Acción Nacional a diputado propietario, obtuvo 219 votos y el C. Alfredo Reyes Morales, candidato del mismo Partido a diputado suplente, alcanzó 222 votos.
"Que el C. Maximino Montiel Flores candidato del Partido Nacionalista de México a diputado propietario, no obtuvo voto alguno y que el C. licenciado Leopoldo Velasco Mercado, candidato del mismo organismo político a diputado suplente, obtuvo 6 votos.
"Tomando en consideración estos resultados, así como el orden y la legalidad de los comicios celebrados, la Segunda Comisión Revisora de Credenciales se permite presentar a la consideración de esta H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos.
"Primero. Son válidas las elecciones que para Diputados Federales tuvieron lugar en el cuarto Distrito Electoral del Estado de México, el pasado 6 de julio
"Segundo. Son Diputados Federales, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado Fernando Guerrero Esquivel y Luis del Castillo.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1958. - Arturo Llorente González. - José R. Castañeda Zaragoza. - Blas Chumacero Sánchez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta en votación económica si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar en el cuarto Distrito Electoral del Estado de México, el pasado 6 de julio".
"Segundo. Son Diputados Federales, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado Fernando Guerrero Esquivel y Luis del Castillo".
(Aplausos):
El C. Presidente ( a las 13.30 horas): Habiéndose concluído la orden del día, se levanta la Junta Preparatoria y se cita para mañana a las 12 horas, rogándose a todos los CC. presuntos diputados puntual asistencia.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"