Legislatura XLIV - Año I - Período Ordinario - Fecha 19580828 - Número de Diario 10
(L44A1P1oN010F19580828.xml)Núm. Diario:10Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO D. F ., JUEVES 28 DE AGOSTO DE 1958
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos el 21 de septiembre de 1921
AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XLIV LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 10
DÉCIMA JUNTA PREPARATORIA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS.
EFECTUADA EL DÍA 28 DE AGOSTO DE 1958.
SUMARIO
1.- Se abre la Junta Preparatoria. Se da lectura a la Orden del Día. Se lee y aprueba el acta de la Junta anterior.
2.- Se aprueban catorce dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales, referentes a los distritos electorales que a continuación se expresan: 5o. de Michoacán, 2o. de Yucatán, 7o. de México, 10 de Veracruz (impugnados), 19 del Distrito Federal, 1o. de Guerrero, 6o. de Veracruz, 4o. del Distrito Federal, 1o. de Sinaloa, 1o. de Baja California, 5o. de Guerrero, 4o. de Guerrero, 3o. de Tamaulipas y 5o. de Puebla. En cada caso se hace la declaratoria correspondiente. Se levanta la Junta Preparatoria.
DEBATE
Presidencia del C. EMILIO SÁNCHEZ PIEDRAS
(Asistencia de 143 miembros de la Asamblea).
El C. Presidente (a las 13.15 horas): Se abre la Junta Preparatoria.
- El C. secretario Díaz Durán Fernando (leyendo):
"Orden del Día.
"28 de agosto de 1958.
"Acta de la Junta Preparatoria anterior.
"Dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales sobre los siguientes casos:
"5o. de Michoacán.
"2o. de Yucatán.
"7o. de México.
"10 de Veracruz.
"19 del Distrito Federal.
"1o. de Guerrero.
"6o. de Veracruz.
"4o. del Distrito Federal.
"1o. de Guerrero.
"1o. de Baja California.
"5o. de Guerrero.
"4o. de Guerrero.
"3o. de Tamaulipas.
"5o. de Puebla".
"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XLIV Congreso de la Unión, celebrada el día veintisiete de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho.
"Presidencia del C. Emilio Sánchez Piedras.
"En la ciudad de México, a las trece horas del miércoles veintisiete de agosto de mil novecientos cincuenta y ocho, se abre la Junta con asistencia de ciento cuarenta y siete ciudadanos presuntos diputados, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.
"Se da lectura a la Orden del Día.
"Sin que motive discusión se aprueba el acta de la Junta Preparatoria celebrada el día veintiséis del actual.
"La Secretaría de cuenta con los dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales, por los que se declaran válidas las elecciones, y diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, a los ciudadanos que a continuación se expresan:
"6o. de México: profesor Carlos Hank González y Francisco García Rubio.
"4o. de Veracruz: Antonio Marroquín Carlón y Diego Arrazola Becerra.
"4o. de Guanajuato: licenciado Aurelio García Sierra y profesor J. Jesús Aguirre Reynoso.
"1o. de Yucatán: Eduardo José Molina Castillo y Humberto Lizcano Ríos. El dictamen es objetado por el C. José Acevedo Bassó, candidato que sostuvo el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana. En pro del dictamen hacen uso de la palabra los CC. José Guillermo Salas Armendáriz, y por la Comisión dictaminadora el C. Vicente Salgado Páez. Considerado suficientemente discutido el asunto, en votación económica se aprueba t la Secretaría hace la declaratoria respectiva.
"2o. de Sonora: ingeniero Benito Bernal Domínguez y Ciro Arce Fonseca.
"4o. de Durango: Ezequiel Nevárez Ramírez y profesor Ramón Ortiz Serratos.
"2o. de Campeche: Carlos Cano Cruz y profesora María Reyes Ortiz.
"5o. del Distrito Federal: José María Leoncio Alejandro Ruiz Zavala y Víctor Manuel Avila Romero.
"1o. de Jalisco: Luis Ramírez Meza y profesor Primitivo Tolentino Mancilla. Al ser puesto a discusión el dictamen el C. Roberto Pufleau Treviño, candidato del Partido Auténtico de la Revolución
Mexicana usa de la palabra para impugnarlo; el C. Francisco Pérez Ríos hace una moción para que se concrete al dictamen el orador y éste continúa en el uso de la palabra. Habiéndose agotado el tiempo de que podía disponer el impugnador, la Asamblea acuerda, previa consulta de la Mesa, no prorrogar el término. A continuación habla en pro del dictamen el C. José Pérez Moreno. Considerando la Asamblea suficientemente discutido el asunto, se procede a la votación y resulta aprobado el dictamen. La Secretaría hace la declaratoria de rigor.
"2o. de Guanajuato: licenciado Enrique Gómez Guerra y Pedro Lona Quezada.
"2o. de Nuevo León: Rosalío Delgado Elizondo y José Ovalle Morales.
"4o. de Tamaulipas: Carlos Parga González y Pedro Castañeda Zúñiga.
"Único de Quintana Roo: capitán de navío Félix Morel Peyrefite y Julio Mac H.
"7o. de Veracruz: Samuel Vargas Reyes y Angel Contreras Cerrilla.
"7o. de Oaxaca: doctor Manuel Hernández y Antonio Velasco Ortiz.
"7o. de Michoacán: Silvestre García Suazo y profesora Ma. Soledad Pérez Ríos.
"En todos los casos, después de la aprobación de cada dictamen, la Secretaría hace la declaratoria correspondiente.
"10 del Distrito Federal: Roberto Gavaldón Leyva y Alfonso Acevedo Delbouis. Este dictamen, al ser puesto a discusión, es impugnado por el candidato del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, C. Manuel Arvides Rendón. En defensa de su caso hace uso de la palabra el C. Roberto Gavaldón Leyva. Considerándose suficientemente discutido el dictamen se procede a su votación y resulta aprobado. Se hace declaratoria correspondiente por la Secretaría. A las quince horas y treinta minutos se levanta la Junta Preparatoria y se cita para el día siguiente, a las doce horas.
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de l palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El C. secretario Olivares Santana Enrique (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.-4a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Habiéndose turnado esta 4a. Sección de la primera Comisión Revisora de Credenciales para estudio y dictamen el expediente formado por motivo de las elecciones para diputados federales por el 5o. distrito del estado de Michoacán celebradas el 6 de julio próximo pasado, nos permitimos someter a la ilustrada consideración de la asamblea, el presente dictamen.
"Del estudio de los documentos que obran en este expediente electoral, o sea, de las actas de escrutinio de las secciones electorales en que se divide el distrito, del acta de computación del comité Distrital Electoral, de la resolución dictada por la Comisión Federal Electoral otorgando el registro a la constancia de mayoría de votos expedida por este último y demás anexos que integran el caso, hemos obtenido plena convicción de lo siguiente:
"1o. Que el comité Distrital Electoral del 5o. Distrito del Estado de Michoacán, publicó con toda oportunidad la lista de electores proporcionadas por la Dirección del Registro Nacional de Electores; que con citación de los representantes de los partidos políticos nacionales, el propio comité distrital en los términos del artículo 24 de la ley de la materia, designó el personal directivo de las casillas, sin que dentro del término de 90 días que el artículo 53 de la propia ley Electoral Federal confiere, se hubieran presentado solicitudes, mejor dicho, objeciones al personal de referencia.
"2o. Que en los términos del artículo 79 de la misma ley, el día 6 de julio se instalaron 150 casillas electorales y que tanto su instalación, como la votación y el escrutinio se realizaron en los términos previstos en el capítulo VII de la Ley Electoral Federal.
"3o. Que con citación de los representantes de los partidos contendientes. El Comité Distrital celebró la sesión prevista en el artículo 104, abriendo los paquetes sin que se hubiere observado alteración alguna y realizándose el cómputo total de la votación que arrojo el siguiente resultado: Baltazar Gudiño Canela, candidato propietario del partido Revolucionario Institucional, 32,847 votos; Salvador Valdés Ayala, candidato suplente del propio partido, 31,522 votos; Alicia Hernández Orozco, candidata propietaria del Partido Acción Nacional, 7,224votos,y el doctor Francisco Sánchez Villanueva, suplente por el propio partido, 7,252 votos.
"4o. Que como resultado de la computación expresada en el punto anterior, el Comíte Distrital Electoral, expidió constancia de mayoría de votos, en favor de la fórmula postulada por el Partido Revolucionario Institucional.
"5o. Que la comisión Federal Electoral al hacer el estudio del expediente, con fecha 11 de agosto del presente año acordó otorgar el registro legal de las constancias de mayoría de votos antes indicada.
"Correspondiendo a la H. Cámara de Diputados la calificación de la elección de sus miembros en los términos del artículo 127 de la Ley Electoral Federal, siendo sus resoluciones definitivas e inapelables ,esta comisión opina que debe declararse válida la elección y candidatos electos a los registrados por el Partido Revolucionario Institucional, ya que del estudio y examen de la documentación no se encontró ningún hecho que pudiera implicar violaciones al proceso electoral, por lo que en los términos del artículo 5o. del reglamento para el gobierno interior del Congreso General, nos permitimos someter a la consideración de la Asamblea, el siguiente dictamen:
"1o. Son válidas las elecciones que para elegir diputados propietario y suplente la XLIV Legislatura por el 5o. distrito del Estado de Michoacán, se celebraron el 6 de julio del presente año ,en consecuencia.
"2o. Se declaran diputados por el propio distrito,l os que integran la fórmula propuesta por el partido Revolucionario Institucional a sean
Baltazar Gudiño Canela y Salvador Valdés Ayala, propietario y suplente, respectivamente.
"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 16 de agosto de 1958.-Fernando Guerrero Esquivel .- Leopoldo González Sáenz.- Juan Sabines Gutiérrez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. los que estén por la afirmativa sirvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia se declara:
"Primero.Son válidas las elecciones que para elegir diputado propietario y suplente a la XLVI Legislatura por el 5o. distrito del estado de Michoacán, se celebraron el 6 de julio del presente año, en consecuencia.
"Segundo .Se declaran diputados por el propio distrito, los que integran la fórmula propuesta por el Partido Revolucionario Institucional o sean Baltazar Gudiño Canela y Salvador Váldes Ayala, propietario y suplente, respectivamente (Aplausos)
"Primera comisión Revisora de Credenciales .- 3a.Sección.
"Honorable Asamblea:
"A esta tercera sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por vuestros mandato, el expediente relativo a las elecciones efectuada el 6 de julio próximo pasado para diputados federales por el segundo distrito electoral del Estado de Yucatán y tras de hacer una revisión detenida de la documentación entregada ,se llegó al conocimiento de las siguientes consideraciones:
"De conformidad con la Ley Electoral Federal fueron registrados por partidos políticos nacionales, los siguientes candidatos a diputados propietarios y suplentes, respectivamente: por el Partido Revolucionario Institucional, Gustavo Flota Rosas y Mario Ceballos Novelo; y por el Partido Acción Nacional,Príamo Jesús Gamboa Ojeda y Reinaldp Flores Chi.
Los Partidos Popular y Auténtico de la Revolución Mexicana, no presentaron candidatos.
"El día 13 de Julio, el Comité Distrital Electoral celebró sesión ,previa citación de los representantes de los partidos contendientes para examinar los paquetes electorales, los que se encontraron sin alteración alguna; concluida la sesión mencionada, el propio comité Distrital dio a conocer el resultado del cómputo total, que es el siguiente:
"Para la planilla Gustavo Flota Rosas-Mario Ceballos Novelo,55,241 votos.
"Para la fórmula Príamo Jesús Gamboa Ojeda-Reynaldo Flores Chi, 9,602 votos.
"El mencionado comité Distrital, con base a los datos citados, extendió constancias de mayoría de votos en favor de los CC. Gustavo Flota Rosas y Mario Cevallos Novelo.
"La comisión Federal Electoral al estudiar los comicios del 6 de julio, efectuados en el segundo distrito electoral federal del Estado de Yucatán, otorgó el registro de ley a las constancias de mayoría de votos de los candidatos antes mencionados, quienes con toda oportunidad procedieron a enlistarlos en la Oficialía Mayor de esta H. Cámara de Diputados, obteniendo así credencial de acceso al Colegio Electoral.
"La comisión atenta a todo lo anterior, se permite someter al recto criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral del Estado de Yucatán.
"Segundo. Son diputados a la H.XLIV Legislatura por el distrito mencionado, los CC. Gustavo Flota Rosas y Mario Ceballos Novelo, propietario y suplente respectivamente.
"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.
"México, D.F., a 16 de agosto de 1958.-José Guillermo Salas Armendáriz- Jacobo Aragón Aguillón.-Alejandro D Martínez Rodríguez".
Está a discusión el dictamen. no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sirvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral del estado de Yucatán.
"Segundo. Son diputados a la H. XLIV Legislatura por el distrito mencionado , los CC. Gustavo Flota Rosas y Mario Ceballos Novelo, propietario y suplente respectivamente".
"Primera comisión Revisora de Credenciales . - 3A.Sección.
"Honorable Asamblea:
"Con fundamento al artículo 5o. del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General. vuestra soberanía turnó para estudio y dictamen a la suscrita Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente y la documentación formulados como resultados de la elección que para diputados federales se realizaron en el séptimo distrito electoral del Estado de México.
"Esta Comisión, al realizar minucioso estudio de dichos documentos y expedientes,llegó a las siguientes conclusiones:
"Primero .Se registraron, cumpliendo con lo que al respecto establece la Ley Federal Electoral, por los partidos políticos nacionales, las siguientes
planillas de candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente. "Por el Partido Revolucionario Institucional los CC. licenciado Benito Contreras García y licenciado Silvano Ortega Sánchez.
"Los CC. Francisco Galindo Solano y Javier Gutiérrez Nava, sostenidos por el partido Acción Nacional.
"Por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, los CC. Honorio Hernández Vargas y profesor Pompeyo Adalberto Blanco Santana.
"Por el Partido Popular licenciado Antonio Ruiz Meza y Jenaro Robles Barrera.
"Segundo. Atentos al artículo 79 de la Ley Federal Electoral, se instalaron en el distrito a
Estudio todas y cada una de las casillas enumeradas en la documentación, las cuales según se desprende del análisis funcionaron sin incidente alguno.
"Tercero. Se emitieron, según consta en el acta del Comité Distrital Electoral, 39,445 votos para diputados propietarios y el mismo numero de votos para los suplentes, los que tienen la siguiente distribución:
"Para la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por el CC. Benito Contreras García-Silvano Ortega Sánchez,38,724 votos.
"Para la planilla sostenida por el Partido Acción Nacional y formada por los CC. Francisco Galindo Solano-Javier Gutiérrez Nava,540 votos.
"Para los CC. Honorio Hernández Vargas-Pompeyo Adalberto Blanco Santana, candidatos del partido autentico de la Revolución Mexicana, 3 votos.
"Para la planilla del Partido Popular, integrada por los CC. Antonio Ruiz Meza- Jenaro Robles Barrera, 188 votos.
"Cuarto. con fundamento en el cómputo a que hemos hecho mencion,el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría de votos para la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional e integrada por los CC. licenciado Benito Contreras García-licenciado Silvano Ortega Sánchez, candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente.
"Quinto. Con fecha 8 del corriente,l a Comisión Federal Electoral, otorgó a las constancias de mayoría de votos expedidas por el Comité Distrital Electoral a favor de la planilla a que se hace mención en el considerando anterior.
"Por lo antes expuesto, a suscrita Comisión somete al ilustrado criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:
"I. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H.XLIV Legislatura tuvieron lugar el día 6 de julio del presente año en el séptimo distrito electoral del Estado de México.
"II. Son diputados al H. Congreso de las Unión, propietario y suplente, por el citado distrito los CC. Benito Contreras García y Silvano Ortega Sánchez.
"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 DE AGOSTO DE 1958.-José Guillermo Salas Armendáriz.- Jacobo Aragón Aguillón.-Alejandro D.Martínez Rodríguez".
Esta a discusión el dictamen..No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia se declara:
"I. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H.XLIV Legislatura tuvieron lugar el día 6 de julio del presente año en el séptimo distrito electoral del Estado de México.
"II. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, por el citado distrito, los CC. Benito Contreras García y Silvano Ortega Sánchez". "Comisión Revisora de Credenciales.-4a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Con fundamento al artículo 5o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, fue turnado para estudio y dictamen a esta Sección 4a. de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente formado por motivo de la elección para diputados federales, realizada el 6 de julio próximo pasado en el 10o. distrito electoral del Estado de Veracruz.
"Al hacer el estudio de la documentación contenida en el expediente de referencia, la 4a. Sección que suscribe, de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, ha obtenido plena convicción de lo siguiente:
"1o. De que se registraron oportunamente ante el comité Distrital respectivo y en términos de la Ley Electoral Federal, las fórmulas siguientes: or el Partido Acción Nacional, Pedro Cortés Palacios como candidato propietario y Ramón Gudiño Mora como suplente; por el Partido Revolucionario institucional el señor profesor Octaviano Corro Ramos y licenciado José Antonio Tejeda; por el Partido Popularicen el mismo orden de propietario y suplente, los señores Octavio Fentanes Sánchez y Guillermo Alvarado Rivera y por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana los CC. Adrián Tiburcio González y Vicente Andrade Meza.
"2o. Que de conformidad con el artículo 79 de la Ley Electoral Federal se instalaron las casillas correspondientes al distrito en cuestión, salvo las correspondientes las secciones 4 y 10 del municipio de Playa Vicente, cuyos paquetes según constancias de autos, no llegaron a poder del comité Distrital así como la 3,5 y 6, de Ignacio de la Llave, Ver., que según constancia autorizada por el Agente Federal de Hacienda en funciones de Agente de Ministerio Público Federal y por el C. Cipriano Mendoza, delegado auxiliar del comité Distrital Electoral, no se instalaron debido a un fuerte temporal.
"3o. Que según el texto del acta computadora del comité Distrital Electoral, se emitieron sufragios para cada una de las fórmulas registradas, en la siguiente forma: Pedro Cortés Palacios, candidato propietario del Partido Acción Nacional, 424 votos; Ramón Gudiño Mora, candidato suplente del propio partido, 419 votos; profesor Octaviano Corro Ramos, candidato propietario del PRI. 23,913 votos, licenciado José Antonio Tejeda,candidato suplente del propio partido, 23,861 votos; Octavio Fentanes Sánchez, candidato propietario del partido popular, 279 votos; Gillermo Alvarado Rivera, candidato suplente del propio partido, 274 votos; Adrián Tiburcio González, candidato propietario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, 1,730 votos y Vicente Andrade Meza, de este propio partido, en su calidad de suplente, con 1,729 votos.
"4o. Que fundado en el cómputo que se menciona en el punto anterior y que se celebró con citación de los representantes de los partidos contendientes, el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría de votos en favor de la fórmula registrada por el Partido Revolucionario Revolucionario Institucional, integrado por los señores profesor Octaviano Corro Ramos
y licenciado José Antonio Tejeda, como propietario y suplente respectivamente.
"5o Que al hacer el estudio del expediente respectivo la Comisión Federal Electoral dictó resolución otorgando el registro a las constancias de mayoría de votos que el comité Distrital expidió a los expresados candidatos del Partido revolucionario Institucional.
"6o. Que también consta en autos que tanto durante la sesión de computación del comité Distrital como ante la Comisión Federal Electoral, el representante del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana presentó diversas protestas que hizo consistir el mal funcionamiento de varias casillas, en violación del artículo 52, fracción V de la Ley Electoral Federal arguyendo deficiencias del registro nacional de electores, concretamente la de no haber entregado a ciudadanos empadronados su credencial de elector;l a de no haberse dado a su partido ninguna intervención en el nombramiento del personal de casillas; la de haberse violado el artículo 62 fracción V,por permitirse sufragar a personas que carecían de credencial y por último la violación del artículo 79 de la propia Ley Federal Electoral, porque según el partido impugnador aparecían actas de escrutinio a pesar de no haber funcionado ninguna casilla.
"7o. Entrando al estudio de las constancias que en numero de 73 acompaño la representación del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana a su escrito de objeciones concebido en 6 fojas útiles esta 4a. Sección que suscribe, de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, estima que son inoperantes las protestas y objeciones en el consignadas, por las siguientes razones; 1o. La que alude a la violación de la fracción V del artículo 52 de la Ley Electoral Federal, porque dicha disposición sólo establece la obligación de todo ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Electores de comunicar, a la Dirección del mismo, los cambios de domicilio dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que estos ocurran, y además, porque en los términos del artículo 54 de la propia ley, que establece el derecho para los partidos Políticos y para los ciudadanos, dentro del término de 90 días, de acudir de las oficinas mencionadas con las pruebas necesarias a solicitar la inclusión y exclusión de personas en el registro, los interesados o el propio partido Auténtico de la Revolución Mexicana, estuvo en posibilidad, dentro del término mencionado, de allegar a las pruebas conducentes y solicitar la inclusión de las supuestas personas que menciona a quienes afirma se omitió a entregarles su credencial de elector. 2o. Por lo que hace a la violación del artículo 24 que hacen consistir en no haber dado participación a su partido en el nombramiento del personal de casillas, porque consta en autos que el comíte Distrital relativo convocó a los representantes de los partidos para que de común acuerdo designaran el personal de la Directiva de las casillas, pero no habiéndose puesto de acuerdo tal designación la hizo el comité Distrital de acuerdo con la facultad que el párrafo 2o. del propio artículo 24 le confiere. 3o. La relativa a la violación de la fracción V del artículo 62, así como el contenido del artículo 79 de Ley Federal Electoral y que hacen consistir en el hecho de haberse permitido sufragar a personas sin credencial de elector y haberse levantado actas de escrutinio sin que hubiesen funcionado las casillas. Se estima improcedente porque no se aportaron pruebas suficientes a juicio de esta comisión para acreditar las supuestas violaciones, pues como lo asienta acertadamente la H. Comisión Federal Electoral en su resolución, la gran mayoría de los anexos exhibidos como prueba no se refieren sino ha transcripciones de los representantes del partido quejoso y en algunos casos a constancias firmadas por uno o varios vecinos de los lugares en que se dice no funcionaron las casillas, que no producen la convicción necesaria de la autenticidad de los hechos en que se hacen consistir las violaciones, pues repetimos, se trata de meros documentos privados, firmados cuya identidad no fue acreditada y por lo tanto no pueden tomarse en cuenta al hacerse la calificación definitiva de la elección. 4o. porque además, aun deduciendo de la computación general la votación correspondiente a las casillas, 4, 5, 6 y 10, respecto a las cuales se aprobó plenamente, con documento público autorizado por el jefe de Hacienda en funciones de Notario Público que no se instalaron por causas de fuerza mayor consistente en un fuerte temporal que cayó sobre el Municipio de Ignacio de la Llave, Ver., aún deduciendo repetimos, la votación correspondiente a esas casillas instaladas extemporaneamente, la eliminación de los votos consiguientes no afecta en manera alguna el resultado general de la elección, porque entre todas sólo amparan un total de 2,021 electores y la votación total obtenida por los candidatos que integran la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, excede con mucho a la alcanzada con la formula de los partidos opositores.
"Por las consideraciones expuestas en el párrafo que antecede, y no existiendo a juicio de esta comisión, prueba suficiente de las objeciones formuladas por el partido Autentico de la Revolución Mexicana y obrando por otra parte las copias de las actas de escrutinio de las casillas, la de la sesión del acta computadora y además constancia que acreditan haberse celebrado la elección con apego a las disposiciones de la Ley Federal Electoral, con meras irregularidades formales que no determinan la nulidad del acto eleccionario, los suscritos como resultado del estudio del expediente nos permitimos poner a la soberana consideración de la Asamblea, el presente dictamen que concretamos en los siguientes puntos resolutivos:
"1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales de la XLIV Legislatura , se efectuaron el pasado día 6 de julio en el 10o. distrito electoral del Estado de Veracruz.
"2o. Son diputados al H. Congreso de la Unión, los CC. profesor Octaviano Corro Ramos, como propietario y el licenciado José Antonio Tejeda, como suplente, por el expresado distrito.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1958.- Fernando Guerrero Esquivel.-
Leopoldo González Saénz - Juan Sabines Gutiérrez".
Esta a discusión el dictamen.
El C. Presidente: La Presidencia procede a abrir el registro de oradores .Se informa a la Asamblea que se han inscrito, para hablar en contra del dictamen, el ciudadano Adrián Tiburcio González, y en pro del dictamen el ciudadano Octaviano Corro Ramos y el ciudadano diputado Gonzalo Sáenz.
Tiene el uso de la palabra el ciudadano Adrián Tiburcio González.
El C. Tiburcio González Adrián: señor Presidente del Colegio Electoral. señores diputados: vengo a esta tribuna antes de hacer la defensa del caso del décimo distrito electoral, a pediros que me perdonen por algunos yerros que pueda haber en mi humilde peroración, pero me cobijo con la benevolencia de vosotros que siento flotar en este recinto,
Vengo también a honrar y a dignificar en este momento a los hombres y mujeres que me escuchan y que son representativos de nuestro pueblo erigido aquí en un tribunal, el más alto poder, el Poder Legislativo que forma nuestra institución.
Yo fui a una lucha inspirado por las declaraciones de nuestro señor Presidente de la República, don Adolfo Ruiz Cortines, una lucha donde fui también en un marco de decencia, en un marco democrático; pero es triste y doloroso el que tergiversen las cosas y vengo, señores, no ha que me regalen una curul, se que los designios están trazados, pero con toda entereza y como hombre que ha sabido defender la verdad públicamente, vengo ante vosotros, este tribunal que va ha juzgar para que resuelva si en realidad fueron justas las elecciones y no hubo violaciones a la Ley.
En toda mi jira, municipio por municipio, hice mítines, conquistándome adeptos, exponiendo un programa: de mi partido, el programa del candidato presidencial, señor licenciado Adolfo López Mateos.
En esa jira Política, muchos de los conciudadanos me decían de las amenazas de las autoridades, porque, señores, no es lo mismo-que me perdone la Comisión que hizo el dictamen, son hombres honorables, pero no conocen nada de mi distrito- decían que no les entregaban las tarjetas de electores, porque las tenían los Ayuntamientos. Entonces yo me queje 20 días antes de la elección, como consta en ese expediente que entregara la Comisión dictaminadora del Colegio Electoral al señor Presidente de la República, al señor secretario de Gobernación, al, Comité Estatal, para que se remediara este mal. También consigné que un día, horas antes de que terminara el plazo de los padrones electorales,y no me los entregarón. En cambio,el señor profesor Corro tenía,diez días antes, nombradas todas las mesas directivas de las casillas y únicamente pude conseguir una gracia: el que se nombrara en las ciento treinta y cinco casillas, dos representantes. Aquí está sellado todo, por el Comité Distrital. Entonces, señores,ya el día de las elecciones hubo sí, desde el sábado, un diluvio, porque ahí están los reportes meteorológicos, y puedo asegurar firmemente, como hombre digno, que he defendido la verdad públicamente, de que más de cincuenta por ciento de las casillas no fueron instaladas.
Y es más señores;obra aquí un documento que leí y que a la hora de la computadora estas cuatro casillas donde firmó el Agente del Ministerio Público Federal y el Comité Distrital,arrojaban más de treinta mil votos, y ahí están mis representantes todos, que protestaban ante el delegado general del Partido Revolucionario Institucional.
Ahora aquí aparece que no llegó la votación de Ignacio de la Llave.
Señores: vengo con mi conciencia tranquila, porque he luchado como todos vosotros; he hecho patria como todos ustedes, hombres y damas representativos de mi patria;pero si siempre he dicho la verdad, porque todo el mundo conoce lo que he escrito y sigo escribiendo en " El Universal", de México y digno que he hecho patria, porque tengo una ejecutoria nacional, modesta, humilde; pero he luchado por los trabajadores cuando era un delito defenderlos a ir a una tribuna en nombre de ellos, pues era parar a una mazmorra o un cuartelero eso me siento aquí como en mi casa con vosotros,porque también ustedes son luchadores de las viejas guardias, y aquí veo rostros que luchaban también conmigo en aquella época,codo con codo con nuevos profesionistas, algunos de los cuales fueron discípulos míos, porque no tan sólo en la lucha social, sino en la cátedra también, he sido profesor de la Escuela Superior de Ingeniería y del glorioso Colegio Militar, y por eso estoy aquí, para defender un derecho de mi pueblo, el décimo distrito de Veracruz.
Cuando hablamos de las libertades, me recuerdo de estos sagrados apóstoles, estos nombres que fueron fundidos en los grandes crisoles de la libertad y del patriotismo, testimonios vivos que han recogido las lecciones de las grandes patrias cuyo fruto fue por el sacrificio que entregaron a este México que tanto queremos y que tanto respetamos, señores.(Aplausos).
Y esas lecciones son recogidas con la misma dignidad y con el mismo patriotismo por Adolfo Ruiz Cortines y Adolfo López Mateos.
Yo, señores, vengo a decirles que no he ocupado ningún puesto de elección popular. No, señores. He ocupado dentro de mi profesión de marino mercante, muchos otros, pero jamás mis dedos se han manchado con el lodo y nunca he tenido ansias de poder y nada ha empañado con su sombra el limpio cristal de mi consiencia,porque es patrimonio que les lego a mis hijos y así vengo ante ustedes,ante vuestra soberanías.
He sido defensor de la Revolución y de la Democracia. Hemos visto,señores, en la prensa,con rubros grandes, de la desaparición de los caciques. !Bendito sea Adolfo López Mateos! Es una cosa que podemos considerar como una ignominia para la Revolución. Pero en el décimo distrito electoral se encuentra "San Cristóbal", de donde el señor Corro, con Arreola Molina, vienen a defender derechos inconfesables. Es la verdad y yo pienso, como los que hemos dado toda vuestra vida en la lucha Social de México,?cómo es posible que vosotros que representáis los intereses de los pueblos, los mezclen con otro interés inconfesables? No puedo yo admitir eso, señores.
Señores del Colegio Electoral: vine aquí con toda dignidad. Yo se que el designio está trazado; pero creo que todos los hombres y mujeres y que han def endido el ideario,el pensamiento liberal revolucionario y democrático, no pueden aceptar ese dictamen que llena de oprobio al distrito de mi pueblo y por ende, suplica las elecciones justas y honradas que hubieron en los demás distritos de Veracruz.
Señores: les decía anteriormente que he defendido con todo entusiasmo el programa majestuoso,el ideario de la marcha al mar,del señor Presidente don Adolfo Ruiz Cortines, a quien tengo profunda admiración y fui uno de los primeros que defendió también con su pluma, la injusticia que le habían hecho a nuestras mujeres al descriminarlas. Qué gusto me dio cuando las incorporaron a la vida cívica, porque ellas, las que nos quitan el sueño, esas mujeres mexicanas que comparten nuestras amarguras y nuestras dulzuras, tenían que ser reivindicadas y por eso al observar los rostros de las representativas en la Cámara, qué gusto me da verlos. Ruiz Cortines pasará a la historia como uno de los grandes presidentes de México.(Aplausos) Por eso vengo aquí ha hacerle honor a esta tribuna; pero al mismo tiempo me recuerdo de la Revolución.
Yo no fui a la Revolución, señores, ni empuñe las armas; no es verdad; yo he coadyuvado con ella en las tribunas,en las conferencias con mi pluma; he defendido lo mismo a Yucatán que ha Tabasco, Campeche y todos los litorales;no me ha importado jamás que un ministro que un hombre grande en la política no me quiera; y tengo mi conciencia tranquila de que he cumplido con mi patria como sigo cumpliendo aquí adentro y fuera.
Ahora, señores, no los quiero cansar; pero quiero definir una situación que me corresponde. Yo jugué por un partido, por el partido Hombres de la Revolución, que representa una fuerza revolucionaria como la representa tambi| en el partido Revolucionario Institucional el Partido Popular. Esos partidos son independientes.No es la oposición; la oposición, señores, es la reacción organizada de los que ayer nos querían imponer un príncipe de sangre azul. Juárez, el Benemérito de las Américas, le dio una lección al mundo entero,c uando dijo que castigaba al que mancillaba nuestro suelo patrio. Y ahí tenéis el monumento en un rincón de nuestra patria donde se fusilan emperadores y se firman constituciones: Querétaro. Esos son los enemigos del pueblo, los enemigos de la Revolución, los enemigos del Gobierno institucional; pero no los partidos independientes.
En nombre de todos los decoros humanos; en nombre de tanta sangre que se ha regado en los campos de batalla, por nuestras luchas, luchas intestinas, vengo ha pediros que antes de tomar una decisión penséis con el cerebro. Muchas gracias.(Aplausos)
- El C. Presidente :Se concede el uso de la palabra al ciudadano Octaviano Corro Ramos.
El C. Corro Ramos Octaviano: señor Presidente del Colegio Electoral. Señores diputados y presuntos Diputados: el Congreso Mexicano que ésta viviendo las horas preliminares de su instalación, ha hecho la más grande felicidad de un hombre: la del capitán de altura Adrián Tiburcio González, que orador de fuste como se siente, que ha hablado en las reuniones obreras; que ha pronunciado discursos en los mítines políticos; que ha dado cátedra en la Universidad y en los Politécnicos; que ha hablado ha todo el pueblo de México quería,anhelaba,deseaba, y esa había sido su mas íntima y profunda preocupación, hablar desde la tribuna del Colegio Electoral, del Congreso de México, y ustedes se lo han concedido. Puede vivir ahora tranquilo el señor capitán de altura Adrián Tiburcio González, que se ha dirigido a vuestra soberanía y a la patria mexicana desde el sitio más grande, desde el sitio mas encumbrado y respetable de la patria de ayer, de hoy y de siempre.
Pero no venimos aquí a esta tribuna, ennoblecida por las grandes gestas de realización de anhelos, a referirnos a los apuntes de organización nacional que en Apatzingán se convirtieron en primera constitución,ni a la de 56-57, ni a esta tribuna ennoblecida por las discusiones,anhelos y apasionamientos que en Querítario tuvierón los que crearón esta Constitución magnifica, una de las más brillantes y adelantadas del mundo en 1917. El señor capitán de altura don Adrián Tiburcio González,ha olvidado que no venimos ha teorizar sobre lo que debe entenderse por patriotismos, sobre lo que es revolución y sobre todo, autobiografia.Debemos venir aquí a decir a este tribunal nacional quien obtuvo la mayoria de votos, y el señor capitan de altura, como yo y como todos ustedes,nombró-lo ha dicho aquí- representantes en todas las casillas electorales, y ¿para qué, señores diputados, se nombra un representante¿ Se le da un nombramiento, se le abraza y se le da la mano fraternal y de amigo que lo va a defender a uno y luego lo va a desmentir. ¿Que clase de hombre,qué clase de dignidad es esta? Dice el señor capitán que nombró 135 delegados en las casillas y que firmaron, como consta aquí en todos los documentos... (Desorden en las galerías) Tengo aquí una fotografía de la Junta Computadora,en donde aparece el señor capitán de altura José Berzunza y el señorOsío Vidal,un representante de su partido y otro representante personal,donde están firmando el acta de escrutinio.¿ Qué clase de hombre es éste que desmiente a sus hombres¿ El capitán Berzunza va a reclamar a este mentecato, porque desde la tribuna de la Patria viene a desmentirlo! (Desorden en galerías)
Tengo aquí una fotografia,señores, en donde, con la presencia de sus representantes, el capitán Berzunza Pinto y el señor Jenaro Osio Vidal,en Cosamaluapan, están viendo cómo el Presidente del Comité Distrital Electoral me entrega la constancia de mayoría de votos. ¿No significa esto sancionar de la manera más clara y eviente un hecho¿ Durante más de doce horas intervinieron estos señores en el recuento de votos. Y esto fue porque en Cosamaloa-pan el Partido Revolucionario Institucional tuvo el máximo cuidado, quizás de todo el país,porque el señor capitán de altura Adrián Tiburcio González, en todos lados, en todo lugar y en todo sitio, decía que traía la credencial en la bolsa, porque había hablado con Adolfo y no sé a quién se refería este señor cuando hablaba con esa confianza,si al señor Presidente de la República, incapaz de dar consignas de esta índole o a don Adolfo López Mateos,
incapaz también de torcer la voluntad de los electores.(Desorden en galerías)
El C. Presidente: La Presidencia ruega con toda atención al público que concurre,se sirva a abstenerse de hacer actitudes inconvenientes en relación con los oradores.
- El C.Corro Ramos Octaviano (Continuando):Alas 8 de la mañana del día 13 de julio, los funcionarios del comité Distrital Electoral se reunierón en su local oficial y los representantes míos. El representante de mi partido, el señor Pedro Herrera González, y el representante mío, a quien hoy públicamente y en este sitio alto de la patria quiero rendirle, por ese gesto un homenaje, mi representante personal,señores, en aquel acontecimiento, fue el senador y licenciado don Luis I. Rodríguez, uno de los grandes en México. Y cuando se presentaron el señor capitán Berzunza Pinto y el señor Osío Vidal al acto, el señor senador Luis I. Rodríguez les preguntó:" ¿Vamos a empezar a realizar el acto como caballeros y a respetar lo que haya en cada uno de los paquetes¿" y los señores contestaron que si.
A las ocho de la mañana empezaron a revisar uno por uno los paquetes; a las 10 de la noche terminarón. ¿Cómo es posible que frente a una personalidad tan grande como la de Luis I. Rodríguez y despúes de haber trabajado a las ocho de la mañana a las diez de la noche el capitán Berzunza Pinto,hombre de honor y marino de verdad, y el señor Osío Vidal, un consumado integro ciudadano, se negaran a firmar? Yellos firmaron...
- El C.González Adrián Tiburcio (interrumpiendo):Firmaron bajo protesta...
- El. C. Corro Ramos Octaviano:Señores:No quería alterar mi propósito de sólo hablar del acto electoral; pero el señor capitán de altura Adrián Tiburcio González, ha aludido a que yo soy amigo o protegido o no sé qué del ingeniero San Cristóbal y del cacique Arriola Molina; y yo quiero decir a ustedes que yo me honro con la amistad de Arriola Molina, que es un hombre trabajador, un infatigable luchador por el bien y por la prosperidad de los municipios del Río Papaloapan,y que el Ingeniero San Cristóbal, el más grande del mundo,es orgullo para todos los mexicanos, principiando por el señor Presidente de la República, a quien le he oído decir:"don Roberto,es usted un gran mexicano que ha creado la factoría azucarera más grande del mundo,y me enorgullezco en abrazarlo".
Sólo ese mentecato piensa lo contrario de este ingeniero de San Cristóbal que es más que el fruto de don Roberto García,un talento al servicio de la industria azucarera, hombre visionario que ha sabido hacer florecer un producto de la tierra maravillosa que baña el río Papaloapan y uno de los hombres valiosos de aquel rumbo.
Quiero,para finalizar,encomendar a vuestra señoria una justa apreciación y valorización del proceso electoral en el distrito de Cosamaloapan.Elseñor capitán de altura ha dicho que tiene ejecutoria nacional, y eso es verdad.Yo no tengo ejecutoria nacional; yo no he escrito sobre Chihuahua, sobre Campeche, sobre Tabasco o sobre donde quiera que haya un problema, como él ha escrito en El Universal.Yo he dedicado mi pluma,que también la tengo,a escribir sobre las cosas del Papaloapan; él es un valor nacional;podría jugar para Presidente de la República o para cualquier otro cargo importante.Yo soy valor local de Cosamaloapan.Aquí está mi libro "Canto de Cosamaloapan" que me llevó diez años de trabajo en los archivos de las iglesias,en los archivos municipales; diez años de trabajo en el Archivo Nacional; todo cuanto documento y cuanto papel se obtuvo en los archivos y las bibliografías,relacionadas con el río Papaloapan, están aquí.Este es un trabajo amoroso,entregado al VII Congreso Mexicano de Historia.He escrito un libro sobre el hombre más grande de mi tierra.Cosamaloapan,que él ni siquiera conoce,el general Marcos Carrillo Herrera, héroe de cuatro guerras.He escrito una novela sobre Vidal Tenorio en donde si bien exalto la obra de un bandolero me sirvió como tema para cantar las exelencias del río Papaloapan y mi libro sobre los mirlos de Veracruz y del río Papaloapan y también mi libro sobre la Escuela Normal Veracruzana.No soy un valor nacional,soy sólo un humilde profesor de escuela que ha estado al servicio constante y permanente de mi pueblo.
Señores diputados y presuntos diputados: quiero entregar a la señoria de ustedes el mensaje caluroso de mi pueblo, al que he estado vinculado hoy y siempre, pueblo al que no ha estado vinculado el capitán de altura don Adrián Tiburcio González que vive en la capital de la República dando conferencias escribiendo,defendiendo todos los entuertos que se presentan en el país. Yo he estado en contacto con mi pueblo,sirviéndole en sus luchas, en sus dificultades.He sido Presidente de mi pueblo Cosamaloapan y todo el mundo lo sabe menos él,que no ésta en contacto con el pueblo.Cuando entregué la presidencia municipal,entregué la mayor cantidad de dinero que presidente alguno haya dejado contante y sonante en las arcas.(Aplausos en galerías)
Quiero decir a ustedes que en verdad el capitán de altura don Tiburcio González recorrió el distrito: que en todos lados, en todos los lugares, celebró reuniones miseras y pobres, donde pudo lucir su verbo estupendo, y que yo, en todos lados, reuní también a los hombres y mujeres y fui hasta donde él jamás pudo soñar en ir: hasta la sierra de Playa Vicente y entre la gente a la que no ha visitado jamás ningún funcionario, ante los pintos de esos lugares tan apartados,expuse mi ideario y mi pueblo estuvo escuchándome y me aclamó,otorgándome, al final,en las elecciones, una votaciónd de 23,900 votos,en contra de 1,700 que obtuvo este marinerito que viene aquí creyendo que éste es un mar revuelto.
.- El C.Presidente: La Presidencia concede nuevamente el uso de la palabra al ciudadano Adrián Tiburcio González.
El C. Adrián Tiburcio González: Señores: yo no vengo aquí ha hacer teatro, pues soy un marino mercante.Como dije anteriormente, estuve y he servido a mi patria en esta última guerra mundial.Yo le voy ha aprobar al señor Corro, que tiene nada más el nombre de profesor, porque lo que ha sido es presidente municipal de Cosamaloapan, síndico
de coatzacoalcos y comandante de policía. Aquí está el testimpnio que lo justifica. Y en lo que toca a mi pueblo,Alvarado,puedo demostrar que todo el pueblo ha estado y ésta conmigo, en todos los lugares.
Yo vine aquí con toda dignidad y vine a expresar los sentimientos de mi pueblo Estoy aquí en México,si,señores,pero yo cuando fui a esa lucha cívica y esta es la verdad desnuda, al señor profesor Corro no lo querian en Cosamaloapan ni en ninguna parte, porque él mucho ha intervenido en el ingenio de San Cristóbal que es un pulpo qué esta absorbiendo los demás ingenios de la región, y lo dice Tiburcio González: han desaparecido los pequeños ingenios y allí se está muriendo "Paraíso Novillero"...
El C. Presidente: Se ruega que no se hagan desviaciones innecesarias en relación con el tema a debate.
El C. Tiburcio González Adrián: De manera que no vengo aquí a sorprender;yo he coadyuvado a formar generaciones, no ha tener un titulo para guardarlo ahí y ocupar otros puestos. Ahí está mi ejecutoria, y desde Alvarado en que fui el primer Director de la Secundaria, profesor de Algebra y de Física, no he sido maestro de dedo sino efectivo en la cátedra; yo no he vivido de la política.Y el señor Corro si ha vivido de ella.Yo dejo en vuestras manos el asunto de mi tierra;éste será un día inolvidable;acuñaré con los más preciados metales mi corazón en este día,si aquí se resuelve a mi favor;pero si se da el voto a favor de ese dictamen que ésta lleno de oprobio y de ignominia a la democracia veracruzana entonces, señores, ¿dónde está la revolución?(Aplausos)
- El C. Presidente:Se concede el uso de la palabra a la comisión.
El C. González Sáenz Leopoldo: Honorable Asamblea: como miembro de la Comisión Revisora llego nuevamente a esta tribuna para intervenir en el debate susitado por el dictamen de la cuarta Secciónen el caso electoral federal del décimo distritodel Estado de Veracruz.
Después de escuchar el pro y el contra de esta discusión, cumpleme decir a esta honorable Asamblea que llego hasta aquí impulsando no úniocamente por el deber que me impone mi condición de miembro de la Comisión dictaminadora, sino también porque soy un convencido de que cuando las posiciones de la Revolución están en riesgo, cuando a un hombre de bien, cuando a una gente limpia como el profesor Octaviano Corro que ha entregado lo mejor de su vida y de sus años al servicio de las causas más nobles de su pueblo; cuando a una gente como él, que ha ajustado su vida y sus hechos al marco de la ley,hablar no es un derecho, es una obligación imperiosa, es un deber impostergable de hombre, de mexicano y de caballero.(Aplausos)
Soy de Nuevo León y a fuer de sincero, debo decir a esta asamblea que apenas si conozco a los candidatos que postularán mi partido por el décimo distrito del Estado de Veracruz. Sin embargo,el expediente electoral de ese distrito es tan claro y el dictamen de la Comisión Revisora tan preciso, que por si solos se explican, se aclarán y se defienden.
Para llegar a las conclusiones que en ese dictamen se consignan, la Comisión hubo que recurrir únicamente a los documentos constantes en el expediente electoral, los que por si propios son suficientes para determinar el triunfo indiscutible de los postulados por el Partido Revolucionario Institucional, sino que también se recurrió a la información y al conocimiento que se tiene de los antecedentes, de la trayectoria social y de la conducta pública y privada del señor profesor Octaviano Corro.Hombres distinguidos,veracruzanos valiosos de recia y firme militancia en las luchas sociales de su Estado y del país,nos han hablado ampliamente de la estatura moral y de la categoría cívica del señor profesor Octaviano Corro.
A través de esas fuentes que vienen a corroborar la verdad legal comprobada en el expediente, la Comisión ha llegado al convencimiento de que Octaviano Corro,al igual que la gran mayoría de los que venimos a formar parte de este Colegio Electoral, no fue a la lucha política en pos de metas egoístas ni de ventajas personales. Si aceptó la responsabilidad que implicaba su postulación, fue con el propósito de alcanzar, mediante el sufragio de su pueblo, la oportunidad que anhelaba de servir a su Estado y a su patria, al amparo del programa y el ideario de su partido, programa he ideario más avanzado porque encarna las aspiraciones del pueblo y se identifican en los postulados más nobles y generosos del movimiento político y social de la Revolución Mexicana.( Aplausos)
El oponente del dictamen manifestó en esta tribuna que él fue a una lucha decente y a una lucha democrática. En esa misma forma lo hizo el profesor Octaviano Corro.A través de la documentación que obra en el expediente,la Comisión obtuvo el convencimiento de que Octaviano Corro, fiel a los mandatos de su partido,fue ha buscar hasta donde le correspondía, hasta los manantiales auténticos en que se finca toda autoridad,hasta su pueblo mismo,la fuerza de su elección.
De ese expediente se desprende que Octaviano Corro fue a su pueblo como, fuimos muchos,pertechados con las mejores armas de su partido, con las mejores armas de la dignidad, de la entereza y de un elevado espíritu cívico, a conquistar el triunfo en el escenario democrático de su distrito. Por eso él puede darse con orgullo el lujo de decir que ha regresado de su Estado trayendo consigo una documentación limpia, trayendo consigo un expediente que le da lugar a un escaño en esta Cámara,que le da derecho a una credencial, que a falta de cualquier otro ascenso o distinción, se tiene por lo menos prestigio indiscutible de haber obtenido el triunfo en una lucha desarrollada sin ventajas,en buen lid,en una lucha sin consignas, en una lucha sin violencias ni favoritismos ni ligas de índole personal.
A través de esa documentación, con los papeles del expediente se comprueba que todos los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, desde la simple publicación de la lista de electores, la integración del personal directivo de las casillas,la instalación de estas ultimas, su funcionamiento, su clausura, los escrutinios parciales y el cómputo general de la elección, se realizarón con estricto apego a las disposiciones de la Ley Federal Electoral.
La comisión hizo un estudio amplio, profundo y razonable de todos los aspectos que llenan el expediente del décimo distrito electoral de Veracruz, para llegar a la conclusión que las objeciones que ante la Comisión Electoral Federal y ante la asamblea computadora formulara el PARM son improcedentes. Este partido, el llamado de los partidos de los Auténticos, en síntesis, ante la Comisión presentó diversas protestas que hizo consistir en el mal funcionamiento de varias casillas; primero: en violación del artículo 52 fracción V de la Ley Electoral Federal,arguyendo deficiencias del registro nacional de electores, concretamente la de no haber entregado a ciudadanos empadronados credencial de elector; segundo: la de no haberse dado a su partido ninguna intervención en el nombramiento del personal de casillas; tercero: la de haberse violado el artículo 62 fracción V por haberse permitido sufragar a personas sin credencial de elector y, por último,haberse levantado acta de escrutinio sin que se hubieran instalado las casillas.
Esas cuatro objeciones que en síntesis formuló este Partido, son improcedentes.La primera de ellas, la que alude a la negativa a expedir credenciales de elector a ciudadanos empadronados, porque independientemente de que esta objeción no sería imputable a los candidatos, sino en todo caso a los funcionarios y al personal del registro nacional de electores,porque la Ley Federal de Electoral establece el derecho para los partidos políticos nacionales,para la propia ciudadanía, de gestionar dentro del término de 90 días a partir de la publicación de la lista de electores,la inclución o la exclusión de personas en el padrón. Consecuentemente, el Partido que postulo al oponente, el propio oponente y los ciudadanos interesados,estuvierón en condiciones de reclamar con las pruebas consiguientes,dentro del término de 90 días que empezó a correr partir del 10 de enero,la inclución de las personas que aparecierón en el Registro del Padrón Electoral.
La segunda objeción que la hacen consistir en que no se dio al Partido Auténtico la oportunidad de intervenir en la designación del personal directivo de las casillas, también es improcedente,porque contra esa afirmación consta en el expediente del acta respectiva,del acta del Comité Distrital Electoral, con la que se demuestra que se convocó a los partidos contendientes para que se pusieran de acuerdo en la selección del personal de las casillas; pero que no habiendo llegado a ningún entendimiento, la designación la hizo el Comité Distrital, con apego a la facultad que le confiere el artículo 24 de la Ley Federal Electoral.
La tercera y cuarta objeciones que hicierón consistir en haberse permitido sufragar a personas sin credencial de elector, sin haberse levantado acta de escrutinio, sin que se hubiesen levantado las casillas,la Comisión las consideró improcedentes, porque no existen pruebas suficientes en el expediente para acreditar los hechos en que se hacen consistir dichas violaciones.
Los documentos exhibidos por el Partido Auténtico son en número de 73 y en largo y tedioso escrito,se desvirtúan plenamente con las pruebas rendidas por el candidato del PRI y con las actas y demás documentos remitidos por los organismos electorales que demuestran plenamente y sin lugar a dudas,tanto la limpieza del procedimientos electoral como el triunfo indiscutible de los candidatos postulados por los partidos de la Revolución Mexicana. (Aplausos)
Pero ademas de todo lo anterior,cabe agregar, no como un juicio privativo de este Colegio Electoral,si no como un hecho que está en el dominio público, que el triunfo arollador obtenido en esta lucha por los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, vino a demostrar una vez más que ese partido es el unico órgano político que tiene la autoridad moral suficiente para convocar a las grandes mayorías de México, como lo hizo en esta ocación,en que convocó a la ciudadanía toda; en que los hombres y las mujeres todos de México se apresuraron a tomar sitio de vanguardia en favor de la causa de la Revolución y de su abanderado nacional el licenciado Adolfo López Mateos.Y de ahí que cuando los llamados partidos de la oposición, los Auténticos y los que no lo son,nos vienen con este recinto con el sobado argumento de que se consumó un fraude y que los candidatos del partido fuerón objeto de una imposición, nosotros pensamos que lo que falta a esos partidos es sentido de la dignidad y entereza para reconocer con honradez que en esta lucha no alcanzarón la victoria y no la alcanzarón, ellos saben porqué.Porque no han sabido o no han tenido tiempo de sembrar en el alma y en el corazón del pueblo.Apenas parece que llega hasta el augusto recinto de esta cámara el candidato del llamado "Partido de los Auténticos" a reclamar el triunfo después de haber contenido como candidato en un distrito con 60 ó 70 mil electores registrados y haber recibido la ridícula votación de 1,730 votos. Lo ínfimo de la votación alcanzada por ese partido ,sólo ha venido a demostrar, por una parte la indiferencia de la ciudadanía ante la demagogia de los "parmistas",el rechazo manifiesto del pueblo ante los llamados partidos de la oposición carentes de programa e ideario, y, por otra parte, vino ha demostrar también el arraigo que tienen los principios generosos de la Revolución Mexicana. (Aplausos)
En consecuencia, honorable Asamblea, comprobado como queda completamente que en el caso electoral del 10 distrito electoral del Estado de Veracruz,no se efectuaron violaciones graves que pudieran trascender al resultado de la votación,la comisión,por mi conducto,se permite solicitar se imparta la definitiva aprobación a su dictamen.Muchas gracias.( Aplausos)
El C. Presidente: Se pregunta a la asamblea si considera suficientemente discutido el asunto a debate.Suficientemente discutido. En consecuencia,en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa,sírvanse manifestarlo.Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales de la XLIV Legislatura, se efectuaron el pasado día 6 de julio en el 10 distrito electoral del Estado de Veracruz.
"2o. Son diputados al H. Congreso de la Unión los CC. profesor Octaviano Corro Ramos, como propietario y licenciado José Antonio Tejeda Panamá, como suplente por el expresado distrito".(Aplausos).
- El C.secretario Díaz Durán Fernando (leyendo):
"Primera comisión Revisora de Credenciales.-2a.sección
"Honorable Asamblea:
"Por vuestro autorizado acuerdo fue turnado a los suscritos,miembros de la segunda Sección de la Primera Sección Revisora de Credenciales,el expediente electoral número 42, relativo a las elecciones efectuadas el día 6 de julio próximo pasado,para la renovación del Poder Legislativo Federal,en el décimonoveno distrito electoral del Distrito Federal.
"Del examen y estudio del expediente y de la documentación anexa, que obra en el Archivo de esta H. Cámara,se desprende que en el 19 distrito electoral del Distrito Federal,con absoluto apego a la ley de la materia, se llevaron acabo los trabajos preelectorales, tales como el registro de candidatos,la publicidad de numero de casillas electorales y ubicación, las listas de electores que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Federal Electoral, se distribuyerón oportunamente;así como que la elección tuvo lugar ordenadamente y sin que se registraran insidentes dignos de mencionarse, lo que se demuestra por el contenido de las actas de escrutinio levantadas en las casillas que funcionarón en el distrito a estudio.
"En los comicios de referencia participaron como candidatos a diputados, propietarios y suplentes,respectivamente,los CC.Bibiano Segura León y Gabino González,pertenecientes al partido Acción Nacional;Emiliano Aguilar G. y Oscar Ramírez Mijares postulados por el partido Revolucionario Institucional; Cándido Jaramillo y Félix González Sandoval sostenidos por el partido Popular; Nicolás Alvarado y Juan Dominguez Martínez del Partido Nacionalista de México, e Ignacio Alvarez B. y Miguel Chavira,miembros del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.
"El comité Distrital Electoral, el día 13 de julio próximo pasado,realizó sesión computadora a la que fuerón citados los representantes de los partidos que contendierón, habiéndose examinado en dicha sesión los paquetes electorales y hecho el cómputo con el siguiente resultado a favor de candidato a diputados propietario y suplente, respectivamente:
"Para Bibiano Segura León y Gabino González, del Partido Acción Nacional, 9,849 y 9,142 votos,respectivamente.
"Para Emiliano Aguilar G. y Oscar Ramírez Mijares candidatos del Partido Revolucionario Institucional,40,096 y 37,222 votos,respectivamente.
"Para Cándido Jaramillo y Félix González Sandoval, candidatos del Partido Popular,1,775 votos.
"Para Nicolás Alvarado y Juan Domínguez Martínez, del Partido Nacionalista de México, 1,006 y 465 votos, respectivamente.
"Para Ignacio Alvarez B. y Miguel Chavira, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana,530 y 781 votos, respectivamente.
"Para candidatos no registrados, 131 y 137 votos, respectivamente.
"El comité Distrital atento al cómputo que antecede y con fundamento en la fracción VI del artículo 105 de la Ley Electoral Federal,expidió constancias de mayoría de votos a favor de los integrantes de la fórmula Emiliano Aguilar G..- Oscar Ramirez Mijares.
"La Cómision Federal Electoral, con fecha del 14 del corriente,al calificar el acto electoral realizado el día 6 de julio en el 19o. distrito electoral del Distrito Federal,determinó otorgar registro a la constancia de mayoría de votos expedidas por el Comité Distrital Electoral a que se hace mención en el considerando anterior,por considerar incontrovertible el hecho de que la fórmula Emiliano Aguilar G.- Oscar Ramirez Mijares,habia obtenido mayoria de votos.Al mismo tiempo,la Comisión Federal Electoral que había recibido protestas del partido popular y del partido Nacionalistas de Mexico, calificó éstas de imprecisas y sin valor probatorio,pues no aportaba documentos que comprobaran su dicho.
"Esta comisión,al conocer el texto de las protestas en cuestión,hace suyo el criterio de la Comisión Federal Electoral, pues considera que ni el partido Popular probó que haya habido coacción espiritual de parte del P A N o material de parte del P R I,que infunda temor entre los votantes o creyentes como categóricamente, sin prueba asienta,ni el Nacionalista de México prueba en extrito derecho que las cajas que sirvierón de envoltura a la documentación no estuvierón bien cerradas, pues esta aseveración sólo la apoya en su dicho. En consecuencia,carecen en absoluto de comprobación legal las objeciones de ambos partidos.Por lo tanto, la suscrita Comisión se permite someter a vuestra consideración, los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H.XLIV Legislatura tuvierón lugar el día 6 de julio del presente año en el décimonoveno distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo.Son diputados al H.Congreso de la Unión,propietario y suplente respectivamente,por el citado distrito,los CC.Emiliano Aguilar Garcés y profesor Oscar Ramírez Mijares.
"Sala de comisiones de la H.Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1958.- La Comisión:Juan José Osorio Palacios.- Jóse Ortiz Avila.- Antonio Acevedo Gutíerrez".
Esta a discusión el dictamen.No habiendo quien haga uso de la palabra,en votación económica se pregunta si se aprueba.Los que estén por la afirmativa sirvanse a manifestarlo.Aprobado.
En consecuencia se declara:
"Primero.Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H.XLIV Legislatura tuvieron lugar el día 6 de julio del presente año en el décimonoveno distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo.Son diputados al H.Congreso de la Unión,propietario y suplente, respectivamente,por el citado distrito,los CC.Emiliano Aguilar Garcés y profesor Oscar Ramírez Mijares".(Aplausos)
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.- Tercera Sección
"Honorable Asamblea:
"Los suscritos,miembros de la tercera Sección,de la Primera Comisión Revisora de Credenciales,
a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al primer distrito electoral del Estado de Guerrero,se permite presentar a la consideración de vuestra soberanía, el siguiente dictamen:
"Aparece de la documentación que se tuvo a la vista,que fuerón registrados como candidatos por dicho distrito,los siguientes ciudadanos:
"Luis Reyes Reyes y doctora Celia Pineda y Espinosa, por el partido Acción Nacional, habiendo obtenido 2,098 votos,propietario y suplente,respectivamente.
"Licenciado Moises Ochoa Campos y mayor Andrés Alarcón Rojas, con 55,403 votos, como propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Revolucionario Institucional.
"Israel H.Salmerón y Guillermo Fuentes Morales,como propietario y suplente,con 760 votos, por el Partido Popular.
"El P N M no registró candidato habiendo obtenido 8 votos y P A R M , tampoco registró candidato habiendo obtenido 1 voto.
"El Secretario de Asuntos Electorales del Comité Directivo Estatal del Partido Popular se dirigió al Presidente del Comité Distrital Electoral pidiendo se negara el triunfo al candidato del Partido Revolucionario Institucional, aduciendo que el Presidente de la Comisión Local Electoral concentró en su persona toda la Autoridad de la Comisión Local Electoral, y finalmente, enumera falta de instalación de casillas en algunos lugares de distrito.A esta protesta no acompañarón elementos probatorios de su contenido.El propio Partido Popular denuncia irregularidades durante la elección.Atribuyéndolas a la actitud del presidente de la Comisión Local Electoral.Este documento como el anterior no fue acompañado de elementos que comprueben su contenido y como las protestas de Partido Popular carecen de comprobante, no son de tomarse en consideración.
"Habíendose extendido la constancia de mayoría de votos a favor del C. licenciado Moisés Ochoa Campos, como diputado propietario, y al C.mayor Andrés Alarcón Rojas como suplente,por el mencionado primer distrito electoral del Estado de Guerrero,la Comisión se permite someter a la consideración a la honorable Asamblea,los siguientes puntos resolutivos:
"Primero.Son válidas las elecciones federales verificadas el día 6 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo.Son diputados al Congreso de la Unión,propietario y suplente, respectivamente,por el repetido distrito los CC. licenciado Moisés Ochoa Campos y mayor Andrés Alarcón Rojas.
"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., A 19 de agosto de 1958.-Jóse Gulilermo Salas Armendaríz.- Jacobo Aragón Aguillón.-Alejandro D.Martínez Rodríguez".
Está ha discusión el dictamen.No habiendo quien haga uso de la palabra,en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.Aprobado.
En consecuencia,se declara:
"Primero.Son válidas las elecciones federales verificadas el día 6 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo.Son diputados al congreso de la Unión,propietario y suplente, respectivamente,por el repetido distrito los CC. licenciado Moisés Ochoa Campos y mayor Andrés Alarcón Rojas".(Aplausos)
"Primera Comisión Revisora de Credenciales.-5a.Sección.
"Honorable Asamblea.
"Los suscritos,miembros de la Quinta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales,se avocarón el estudio del expediente electoral que corresponde al 6o distrito del Estado de Veracruz,relativo a las elecciones que para diputados propietario y suplente,tuvierón verificativo el día 6 de julio del presente año .
"De las constancias expedidas por el comité Distrital electoral y por la Comisión Federal Electoral, se desprende que el proceso eleccionario se llevo a cabo con absoluta sujeción a las disposiciones de la Ley Federal Electoral en vigor.
"Las constancias de referencia,hacen fe de que la votación fue mayoritaria en favor de los candidatos registrados por el Partido Revolucionario Institucional,con 32,804 votos para los CC.profesor Humberto Celis Ochoa Jr.y Aristeo Rivas Andrade,como propietario y suplente,respectivamente.
"Por lo que se refiere al Partido Acción Nacional registro la siguiente fórmula,que obtuvo una votación minoritaria: Maximino Beristán Lloval, propietario,y Crescenciano Altamirano A.
"Debe hacerse constar especialmente,que los demás partidos nacionales, no registraron ninguna candidatura.
"Por lo tanto,nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía, la aprobación de ,los siguientes puntos resolutivos:
"Primero.Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión,se efectuaron el día 6 de julio de 1958,en el 6o distrito electoral federal del Estado de Veracruz.
"Segundo. Son por lo tanto,diputados al Congreso de la Unión,por el mencionado 6o distrito electoral federal del Estado de Veracruz,propieterio y suplente, respectivamente,los CC.profesor Humberto Celis Ochoa Jr. y Aristeo Rivas Andrade.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H.Congreso de la Unión.
"México,D. F., a 16 de agosto de 1958.-La Comisión: José Vallejo Novelo.- Carlos Guzmán Guzmán.-Daniel Hernández Medrano".
Está a discusión el dictamen.No habiendo quien haga uso de la palabra,en votación económica se pregunta si se aprueba.Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.Aprobado.
En consecuencia,se declara:
"Primero.Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión,se efectuaron el día 6 de julio de 1958,en el 6o distrito electoral federal del Estado de Veracruz.
"Segundo.Son,por lo tanto,diputados al congreso de la Unión por el mencionado 6o distrito electoral federal del Estado de Veracruz.
Propietario y suplente, respectivamente, los CC. profesor Humberto Celis Ochoa Jr. y Aristeo Rivas Andrade" (Aplausos)
"Primera Comisión Revisora de Credenciales. - 3a Sección.
"Honorable Asamblea:
"Por acuerdo expreso de vuestra soberanía nos fue turnado para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron el día 6 de julio del presente año, en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal.
"Examinados los informes aparece que el proceso electoral y la elección se desarrollaron sin incidentes violentos; que oportunamente se designó al personal de las ciento once casillas del distrito, menos la número 108 en la que el personal de la misma no levantó el cómputo respectivo. Verificado el recuento general de votos se encontraron todos los paquetes sin muestras de violencia, arrojando el siguiente resultado:
"PRI: propietario, Ramón Villarreal Vázquez, 28,836 votos; suplente, Luis Díaz Vázquez, 21,306 votos.
"PAN: propietario, José Raymundo Ruiz Villalbazo, 11,005 votos; suplente, José del Carmen Méndez Flores, 8,537 votos.
"PP: propietario, doctor Leopoldo Ancona Hernández, 1,244 votos; suplente, J. Concepción Aranda Alvarez, 849 votos.
"PNM: propietario, Alejandro Cicero López, 439 votos; suplente, no registró.
"El Partido Popular objetó la constancia, diciendo que hay una serie de actas levantadas en las casillas en que se da constancia de irregularidades violatorias de los artículos 84 y 85 de la Ley Electoral, habiéndose levantado listas adicionales sin ningún control previo o que responsabilizara la votación de turistas o personas no residentes en el distrito.
"A esta acta no se acompaña ningún comprobante de sus afirmaciones, por lo cual no deben de tomarse en consideración.
"En vista de lo anterior se somete a la ilustrada consideración de esta H. Asamblea el presente dictamen con los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 6 de julio del presente año, en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito electoral federal los CC. Ramón Villarreal Vázquez y Luis Díaz Vázquez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 19 de agosto de 1958. - José Guillermo Salas Armendáriz. - Jacobo Aragón Aguillón. - Alejandro D. Martínez Rodríguez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 6 de julio del presente año, en el cuarto distrito electoral del Distrito Federal.
"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito electoral federal los CC. Ramón Villarreal Vázquez y Luis Díaz Vázquez". (Aplausos)
"Primera Comisión Revisora de Credenciales. - 5a Sección.
"Honorable Asamblea:
"Los suscritos, miembros de la Quinta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, se permiten, a continuación, rendir ante vuestra soberanía el presente dictamen que se refiere a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se verificaron el día 6 de julio del presente año en el primer distrito del Estado de Sinaloa.
"Damos, a continuación, los nombres de los candidatos y partidos que contendieron en dichas elecciones:
"El Partido Revolucionario Institucional apoyó a Samuel Castro Cabrera y Nicolás Mariscal Mariscal, como propietario y suplente, en su orden.
"El Partido Acción Nacional registró a los CC. Gilberto Beltrán Cebreros y Santos Galaviz Moyte, propietario y suplente.
"El Partido Popular, a los CC. Jesús García Palafox y Gil Avila Valencia, propietario y suplente.
"Por la documentación que hemos examinado detenidamente, observamos que los comicios se realizaron bajo las normas estatuidas en la Ley Federal Electoral, considerando que no hubo irregularidades que los invaliden; así pues, hacemos del conocimiento de vuestra soberanía, que la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional obtuvo una mayoría de 53,676 votos para ambos candidatos, propietario y suplente, los CC. Samuel Castro Cabrera y Nicolás Mariscal.
"Los documentos expedidos tanto por el Comité Distrital Electoral, como por la Comisión Federal, constatan que la fórmula anterior obtuvo la mencionada mayoría de votos.
"En virtud de las consideraciones anteriores, venimos a someter a vuestra ilustrada consideración, la aprobación de los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados propietario y suplente, se celebraron en el primer distrito electoral federal del Estado de Sinaloa, el día 6 de julio del presente año.
"Segundo. Son, por lo tanto, diputados propietario y suplente, respectivamente, los CC. Samuel Castro Cabrera y Nicolás Mariscal Mariscal.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 18 de agosto de 1958. - La Comisión: José Vallejo Novelo. - Carlos Guzmán Guzmán. - Daniel Hernández Medrano".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia, se declara:
"Primera. Son válidas las elecciones que para diputados propietario y suplente, se celebraron en el
primer distrito electoral federal del Estado de Sinaloa, el día 6 de julio del presente año.
"Segundo. Son, por lo tanto, diputados propietario y suplente, respectivamente, los CC. Samuel Castro Cabrera y Nicolás Mariscal Mariscal". (Aplausos)
- El C. secretario Olivares Santana Enrique (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales. - 3a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales recibió para emitir dictamen, el expediente formado con motivo de las elecciones para diputados federales, celebradas el domingo 6 de julio del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de Bajo California.
"Practicado el estudio de la documentación que nos fue turnada, se llegó a las siguientes conclusiones:
"1o. En las elecciones de referencia figuraron como candidatos los siguientes ciudadanos: por el PRI, Ricardo Alzalde Arellano y Rafael Gómez García, propietario y suplente, respectivamente; por el PAN, Salvador Rosas Magallón y David Montaño Córdoba, propietario y suplente, respectivamente.
"2o. En la preparación y desarrollo de las elecciones se observaron las disposiciones que sobre el particular contiene la Ley Electoral Federal, sin incidentes de importancia y sin que se haya objetado válidamente el resultado.
"3o. La constancia de mayoría de votos fue expedida y registrada legalmente por los organismos que la ley señala, en favor de los candidatos del P R I.
"Visto lo anterior esta Comisión propone a la consideración de vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio anterior en el primer distrito electoral del Estado de Baja California.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Ricardo Alzalde Arellano y Rafael Gómez García.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de agosto de 1958. - José Guillermo Salas Armendáriz. - Jacobo Aragón Aguillón. - Alejandro D. Martínez Rodríguez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio anterior en el primer distrito electoral del Estado de Baja California.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Ricardo Alzalde Arellano y Rafael Gómez García". (Aplausos)
"Primera Comisión Revisora de Credenciales. Segunda Sección.
"Honorable Asamblea:
"Fue turnado a esta Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente y documentación que con motivo de las elecciones para la renovación del Poder Legislativo Federal, tuvieron lugar el día 6 de julio próximo pasado, en el quinto distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Esta Comisión se avocó el estudio concienzudo de la documentación y expediente antes mencionados, estudio por el cual se llegó a las siguientes conclusiones: que tanto los actos preelectorales como los trabajos de la junta computadora, estuvieron sujetos a lo que dispone la Ley Federal Electoral. Que en los comicios de referencia sólo participaron los Partidos Revolucionario Institucional, y Acción Nacional, pues el Auténtico de la Revolución, el Popular y el Nacionalista de México, no registraron candidatos.
"La planilla integrada por los CC. Herón Varela Alvarado y Efraín Guillén de la Barrera, fue postulado por el Partido Revolucionario Institucional.
"El Partido Acción Nacional, sostuvo como candidatos a los CC. Lidio Sánchez Vázquez y Albino R. Ortega Juárez.
"El Quinto Comité Distrital Electoral del Estado de Guerrero, con cabecera en la Ciudad de Tlapa, el día 13 de julio próximo pasado, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 104, 105 y 106 de la Ley Federal Electoral, examinó los paquetes electorales para hacer el cómputo total de la elección, con los resultados siguientes:
"Para la planilla presentada por el Partido Revolucionario Institucional e integrada por los CC. Herón Varela Alvarado y Efraín Guillén de la Barrera, 83,886 votos.
"Para los integrantes de la fórmula Lidio Sánchez Vázquez - Albino R. Ortega Juárez, postulados por el Partido Acción Nacional, 1,059 votos.
"Con fundamento en el cómputo que antecede, el Comité Distrital Electoral acordó extender constancias de mayoría de votos a la planilla compuesta por los CC. profesor Herón Varela Alvarado y doctor Efraín Guillén de la Barrera, para diputados federales propietario y suplente, respectivamente, por el distrito mencionado.
"De conformidad con los ordenamientos legales, la Comisión Federal Electoral, con fecha 23 de julio próximo pasado, acordó otorgar, por unanimidad, el registro a las constancias de mayoría de votos, expedidas por el Comité Distrital Electoral.
"Por lo expuesto, la Comisión que suscribe somete al recto criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la XLIV Legislatura, tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el quinto distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo. Son diputados por el mencionado distrito, los CC. Herón Varela Alvarado y Efraín Guillén de la Barrera, propietario y suplente, respectivamente.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D. F., a 27
de agosto de 1958. - La Comisión: Juan José Osorio Palacios. - José Ortiz Avila. - Antonio Acevedo Gutiérrez".
Esta a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la XLIV legislatura, tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el quinto distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo. Son diputados por el mencionado distrito, los CC. Herón Varela Alvarado y Efraín Guillén de la Barrera". (Aplausos)
"1o. Comisión Revisora de Credenciales. - 1a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"En cumplimiento del acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscriben, miembros de la Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, procedieron al estudio del expediente relativo a la elección que para diputados federales tuvo lugar el domingo 6 de julio del año en curso en el cuarto distrito electoral del estado de Guerrero .
"En dicho distrito electoral contendieron los siguientes partidos y candidatos: por el P R I, los CC. Mario Castillo Carmona y Guillermo Leyva Ventura; por el P A N, los CC. Octaviano Gómez Arceta e Isidro Diego Solís; por el P P, los CC. Nicolás Román Benítez y Miguel Solís Torres, y por el PARM, los CC. Marcos Sánchez Sosa y Fernando Sánchez Azuara.
"El Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo, habiéndose obtenido los siguientes resultados:
"Candidatos del P R I, 53,581 votos; candidatos del P A N, 1,374 votos; candidatos del P P, 471 votos; candidatos del P A R M, 3,462 votos; y candidatos no registrados, 62 votos.
"Teniendo en cuenta que no hay protestas u objeciones apoyadas en pruebas que justifiquen la existencia de irregularidades suficientes para invalidar la elección o que desvirtúen el cómputo se permite proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el cuarto distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Mario Castillo Carmona y Guillermo Leyva Ventura.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 23 de agosto de 1958. - Vicente Salgado Páez. - Carlos Trujillo Pérez. - Joaquín Guzmán Martínez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el cuarto distrito electoral del Estado de Guerrero.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Mario Castillo Carmona y Guillermo Leyva Ventura". (Aplausos)
"1a. Comisión Revisora de Credenciales. - 1a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Fue turnado a esta Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de credenciales el expediente que se formó con motivo de las elecciones celebradas del día 6 de julio del corriente año, en el tercer distrito electoral del Estado de Tamaulipas, a efecto de avocarnos su estudio y resolución.
"En cumplimiento del acuerdo de vuestra soberanía la suscrita Comisión tiene el honor de informar a ustedes que, después de detenido y cuidadoso estudio de la documentación que se tuvo a la vista, pudo comprobarse que en el citado distrito electoral contendieron dos fórmulas para diputados propietario y suplente, habiendo obtenido una mayoría de 58,859 votos la integrada por los CC. Aureliano Caballero González y Leopoldo de la Fuente Núñez, registrados por el Partido Revolucionario Institucional en contra de 72 votos para Francisco Quezada Arellano, como propietario, e igual número de votos para Guillermo Guevara Rojo, como diputado suplente, ambos candidatos del P A R M.
"Además, los siguientes votos: 951 a favor del P A N; 22 del P P y 26 del P N M, partidos que no postularon candidatos; y 48 para candidatos no registrados.
"En el expediente aparecen varias protestas formuladas por el representante del P A N; pero en las mismas y de manera especial en la que hace referencia a varias casillas, no se especifica a qué votación se refieren presumiéndose que no ha de ser a la de diputados, por no haber registrado dicho partido candidatos para ese puesto.
"En virtud de que del examen practicado en la documentación electoral no aparecen hechos que pudieran significar la modificación del resultado de la votación, venimos a solicitar de esta H. Asamblea, la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Aureliano Caballero González y Leopoldo de la Fuente Núñez.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1958. - Vicente Salgado Páez. - Carlos Trujillo Pérez. - Joaquín Guzmán Martínez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.
En consecuencia se declara:
"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Tamaulipas.
"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario suplentes, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Aureliano Caballero González y Leopoldo de la Fuente Núñez". (Aplausos)
- El C. secretario Díaz Durán Fernando (leyendo):
"Primera Comisión Revisora de Credenciales. - 3a. Sección.
"Honorable Asamblea:
"Vuestra soberanía acordó turnar para estudio y dictamen, a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente que se formó con motivo de las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el domingo 6 de julio pasado en el quinto distrito electoral del Estado de Puebla.
"Después de realizar cuidadosa revisión de los documentos que integran el mencionado expediente, se llegó a las consideraciones que en seguida se detallan:
"Contendieron en los comicios del quinto distrito electoral del Estado de Puebla, registrados por partidos políticos nacionales, los siguientes CC.: por el Partido Acción Nacional, Antonio López y López propietario y Jesús Benavides Bazán suplente; por el Partido Revolucionario Institucional, Juan Pandall Martínez y profesora Irene Godínez Orta, propietario y suplente, respectivamente; por el Partido Popular, Daniel Morales Serrano como propietario e Ignacio Carvajal Valencia como suplente y por el Partido Nacionalista de México el general Cástulo Villagómez Rodríguez propietario y el doctor Juan Vázquez Herrera como suplente.
"Al realizar el estudio del expediente, la Comisión Federal Electoral observó la existencia de irregularidades durante el desarrollo del proceso electoral encontrando algunas dudas. En su opinión sólo podía esclarecer el Colegio Electoral con base en la documentación que le fue enviada y considerando esto negó el registro de la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital del quinto distrito electoral del Estado de Puebla a favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.
"Esta Tercera Sección, de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, al estudiar con toda minuciosidad la documentación que le fue turnada y tomando en cuenta las observaciones y duda de la Comisión Federal Electoral, pudo comprobar la existencia de serias irregularidades, suficientes para estimar como nula la votación mayoritaria obtenida por los candidatos del PRI y como triunfadora a la formula que ocupó el segundo lugar en la votación general o sea la sostenida por el Partido de Acción Nacional.
"Atendiendo a estas consideraciones esta Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales propone a la soberanía de vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Es nula la votación obtenida por los candidatos del PRI, en las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el pasado 6 de julio en el quinto distrito electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Son válidas las elecciones efectuadas en la misma fecha y en el mismo distrito electoral, por lo que se refiere a la votación de los candidatos de los partidos de Acción Nacional, Popular y Nacionalista de México.
"Tercero. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente por el mencionado distrito los CC. Antonio López y López y Jesús Benavides Bazán.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
"México, D. F., a 25 de agosto de 1958. - José Guillermo Salas Armendáriz. - Jacobo Aragón Aguillón. - Alejandro D. Martínez Rodríguez".
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Aprobado)
El C. Vázquez Herrera Juan: ¡Pido la palabra!
El C. Presidente: Se suplica a la Secretaría que certifique si se encuentra esta persona en la lista de diputados o presuntos diputados.
El C. secretario Díaz Durán Fernando: No figura en la lista.
El C. Vázquez Herrera Juan: Soy candidato a diputado suplente.
El C. Presidente: ¿Tiene usted tarjeta de acceso?
El C. Vázquez Herrera Juan: No me la dieron.
El C. Presidente: La Presidencia considera improcedente la solicitud y se le niega el uso de la palabra.
El C. secretario Díaz Durán Fernando: No habiendo otra persona que haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Aprobado)
En consecuencia, se declara:
"Primero. Es nula la votación obtenida por los candidatos del PRI, en las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el pasado 6 de julio en el quinto distrito electoral del Estado de Puebla.
"Segundo. Son válidas las elecciones efectuadas en la misma fecha y en el mismo distrito electoral, por lo que se refiere a la votación de los candidatos de los partidos Acción Nacional, Popular y Nacionalista de México.
"Tercero. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito los CC. Antonio López y López y Jesús Benavides Bazán".
El C. Presidente (a las 15.05 horas): Habiéndose concluido la orden del Día, se levanta esta junta preparatoria y se cita para mañana a las doce horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"