Legislatura XLIV - Año I - Período Ordinario - Fecha 19581209 - Número de Diario 39

(L44A1P1oN039F19581209.xml)Núm. Diario:39

ENCABEZADO

MÉXICO, D.F., MARTES 9 DE DICIEMBRE DE 1958

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos. el 21 de septiembre de 1921

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XLIV LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 39

SESIÓN

DE LA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 9

DE DICIEMBRE DE 1958

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2.- Cartera. Se turna a Comisión la solicitud de jubilación de la C. Amelia Arrieta Hernández, empleada de esta Cámara.

3.- Se aprueba un dictamen en que se acuerda archivar la solicitud de jubilación del C. Julio Campos Razo, empleado de la Contaduría Mayor de Hacienda.

4.- Primera lectura a dos dictámenes, uno, en que se establece en favor de los trabajadores del Departamento de la Industria Militar, un beneficio económico con cargo al Erario Federal para que se cubran sus aportaciones al fondo de Pensiones en el período comprendido del año de 1925 al de 1940, y otro, en que se concede pensión vitalicia con cargo el Erario Federal y por las cantidades mensuales que se señalan a diverso personal del Departamento de la Industria Militar.

5.- Se aprueban dos dictámenes en que se concede el permiso a los CC. licenciado Roberto Gatica Aponte y Jorge Daesslé Segura para que puedan aceptar y usar condecoraciones que les confirieron Gobiernos extranjeros. El primero es discutido, interviniendo varios ciudadanos diputados en el debate. Pasan al senado para efectos constitucionales. Se levanta la sesión ordinaria y se pasa a sesión solemne para conmemorar el aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

DEBATE

Presidencia del

C. EMILIO SÁNCHEZ PIEDRAS

(Asistencia de 119 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 13.35 horas): Se abre la sesión ordinaria.

- El C. secretario Díaz Durán Fernando (leyendo):

"Orden del Día.

"9 de diciembre de 1958.

"Acta de la sesión anterior.

"Circular del Congreso de Chihuahua relacionada con una licencia del Gobernador de esa entidad federativa.

"Oficio del Congreso de Guerrero dando a conocer su Directiva para el mes en curso.

"Oficio del C. Presidente del Congreso de Veracruz relativo a la elección de la elección de la Mesa de ese Cuerpo para el mes de diciembre.

"Telegrama en que el C. Oswaldo Cravioto C. avisa que se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo.

"Solicitud de jubilación de la empleada de esta Cámara señorita Amelia Arrieta Hernández.

"De la 1a. Comisión de Hacienda que propone se archive el expediente relativo a la solicitud de Jubilación del empleado de la Contaduría Mayor de Hacienda Julio Campos Razo.

"Dictámenes de primera lectura:

"De las comisiones unidas 1a. de Hacienda y 1a. de la Defensa Nacional que establece el beneficio económico ante la Dirección de Pensiones Civiles en favor de los trabajadores del Departamento de la Industria Militar.

"De las mismas Comisiones en que se concede pensión vitalicia a diverso personal del Departamento de la Industria Militar.

"Dictámenes a discusión:

"De la Comisión de Puntos Constitucionales que concluye con un proyecto de decreto en que se concede permiso al C. licenciado Roberto Gatica Aponte para usar una condecoración del gobierno de Francia.

"De la misma Comisión que concluye con un proyecto de decreto que se concede permiso al C. José Daesslé Segura para aceptar una condecoración de la República Federal de Alemania.

"Sesión solemne con motivo del aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos".

"Acta de la sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados del XLIV Congreso de la Unión, el día cuatro de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho

"Presidencia del C. Emilio Sánchez Piedras.

"En la ciudad de México, a las trece horas y quince minutos del jueves cuatro de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho, se abre la sesión con asistencia de ciento dieciséis ciudadanos

diputados, según declaró la Secretaría después de haber pasado lista.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"La Presidencia informa que se encuentra en el salón de Sesiones el señor Pedro L. Repetto Caballero, diputado del Congreso de Perú, al cual saluda afectuosamente, y se comisiona a los CC. diputados Florencio Barrera Fuentes y Enrique Gómez Guerra para que se sirvan acompañarlo en el transcurso de la sesión.

"Al mismo tiempo informa que se encuentra a las puertas del Salón el C. diputado electo Antonio López y López y designa en Comisión para que lo introduzcan y acompañen durante el acto de la protesta a los CC. diputados Jenaro Maldonado Matías y Fernando Díaz Durán.

"La Comisión cumple su cometido y puestos de pie todos los presentes el C. Antonio López y López rinde la protesta de ley como diputado federal al XLIV Congreso de la Unión, por el quinto distrito electoral del Estado de Puebla.

"Se lee y aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día veintisiete de noviembre próximo pasado.

"La Secretaría da cuenta con los asuntos en cartera:

"El Senado de la República da a conocer su Mesa Directiva para el mes de diciembre. De enterado.

"Iniciativa del Ejecutivo Federal que contiene un proyecto de decreto en que se establece en favor de los trabajadores del Departamento de la Industria Militar, un beneficio económico para que el Erario Federal cubra sus aportaciones al fondo de Pensiones de 1925 a 1940. Recibo, y a las Comisiones unidas de Hacienda y de la Defensa Nacional en turno.

"Iniciativa del Ejecutivo de la Unión concediendo una pensión vitalicia con cargo al Erario Federal a diverso personal del Departamento de la Industria Militar. Recibo, y a las Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Hacienda en turno e imprímase.

"Dos dictámenes del la Primera Comisión de Puntos Constitucionales que contienen sendos proyectos de decreto por los que se concede el permiso constitucional necesario para que los CC. Jorge Daesslé Segura y Roberto Gatica Aponte puedan aceptar y usar las condecoraciones de la Orden del Mérito, en el grado de Comendador, de la República Federal de Alemania, a la de la Legión de Honor, en el grado de Oficial, de la República de Francia, respectivamente. Primera lectura.

"Estado que manifiesta el número de expediente tramitados en el mes de noviembre próximo pasado, por las Comisiones Permanentes de esta H. Cámara. Insértese en el Diario de los Debates".

"A las trece horas y cuarenta y un minutos, habiéndose agotado los puntos de la Orden del Día se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta". Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. mismo Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Estado Libre y Soberano de Chihuahua. - Poder Legislativo. - Secretaría.

"Chihuahua, 25 de noviembre de 1958.

"CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D.F.

"Esta H. Cámara Legislativa en sesión de hoy; aprobó el decreto número 402 que dice:

"Artículo primero. Con fundamento en la fracción XIX del Artículo 64 de la Constitución Política del Estado, se concede al C. Téofilo Borunda, Gobernador Constitucional de esta entidad federativa, licencia para separarse de sus funciones por quince días renunciables y a partir del 26 de corriente.

"Artículo segundo. Es Gobernador Constitucional Institucional Interino del Estado, durante la licencia concedida al titular y por ministerio de ley, el C. licenciado José Luis Siqueiros, Secretario General de Gobierno".

"Lo que nos permitimos comunicar a Ud.(s) para su conocimiento y fines consiguientes, reiterándole (s) las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Héctor Ornelas K., D. S. - Buenaventura Reyes, D. S.". - De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero. - Poder Legislativo.

"Chilpancingo, Gro. 30 de noviembre de 1958.

"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F.

"Con toda atención nos permitimos comunicar a usted que en sesión de esta fecha y por mayoría de votos, resultaron electos para Presidente y Vicepresidente de este H. XLII Congreso, para el mes de diciembre próximo, los CC. diputados Mario Adame Caballero y profesor Ernesto López Salgado, respectivamente.

"Reiteramos a usted nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Orbelín Soberanis Núñez, D. S. - Rafael Reyes Ramírez, D. S.". - De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Legislativo. - Estado Libre y Soberano de Veracruz - Llave.

"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados México, D.F.

"Nos es grato participar a usted que en sesión ordinaria efectuada el 29 de noviembre anterior y en cumplimiento a los dispuesto por el artículo 11 del Reglamento Interior de esta propia H Cámara, se designó la Mesa Directa que funcionará durante el presente mes de diciembre, integrada por los siguientes ciudadanos diputados:

"Presidente, José Zúñiga Acevedo.

"Vicepresidente, próspero Meraz Flores.

"Secretario, Francisco López Arias.

"Al hacer de su conocimiento lo anterior, me permito reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo No Reelección.

"Jalapa, Ver., a 2 de diciembre de 1958.-H. Legislatura del Estado. José Zúñiga Acevedo, D. P.". - De enterado.

"Pachuca, Hgo., diciembre 7 de 1958.

"C. Presidente de la Cámara de Diputados. - México, D.F.

"Hónrome comunicar usted fecha ayer Comisión Permanente diputación local designóme Gobernador interino esta entidad coma por licencia concedida al C. general y licenciado Alfonso Corona del Rosal coma habiendo rendido protesta ley correspondiente trece horas propia fecha. Muy respetuosamente el Gobernador Constitucional interino del Estado. - Oswaldo Gravioto c.". - De enterado.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Amelia Arrieta Hernández, empleada de esta H. Cámara de Diputados, de la manera más atenta expone:

"Que ingresé a la imprenta de la propia Cámara como dobladora, el 1o. de agosto de 1935 habiendo continuado sin interrupción prestando mis servicios hasta la fecha, en que desempeño el empleo de encuadernador "A" de dicha dependencia.

"En virtud de encontrarme enferma, como lo demuestro con el certificado del Servicio Médico de esta Cámara, vengo a solicitar jubilación forzosa, con apoyo en la fracción III del artículo 2o. de la Ley de Jubilaciones a los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo.

"Me es grato hacer a ustedes presente las seguridades de mi atención.

"México, D, F., 24 DE noviembre de 1958. - Amelia Arrieta Hernández". - A la Comisión de Hacienda en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Primera Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"El empleado de la Contaduría Mayor de Hacienda, Julio Campos Razo, en escrito fechado el 29 de octubre de 1953, solicitó jubilación voluntaria.

"La Comisión de Hacienda que conoció del asunto, expresó opinión en el sentido de que no llenaba los requisitos necesarios para gozar de este beneficio, por lo que el interesado, en escrito posterior pidió el retiro de la mencionada solicitud y la devolución de sus documentos.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración vuestra el siguiente punto de acuerdo:

"Archívese este expediente.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 19 de noviembre de 1958. - Antonio Acevedo Gutiérrez. - Silvestre García Suazo. - Fernando Guerrero Esquivel".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisiones unidas 1a. de Hacienda y 1a. de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Con fundamento en la fracción II del artículo 71 constitucional el C. Presidente de la República envió a esta H. Cámara de Diputados iniciativa en que se establece en favor de los trabajadores del Departamento de la Industria Militar un beneficio económico con cargo al Erario Federal para que se cubran sus aportaciones al Fondo de Pensiones, en el período comprendido del año de 1925 al 1940, dicha iniciativa fue turnada a las suscritas Comisiones unidas Primera de Hacienda y Primera de la Defensa Nacional, las cuales consideran:

"1o. Que apartir de octubre de 1940 el personal civil del departamento de la Industria Militar quedó incorporado al régimen de Pensiones Civiles para el beneficio de jubilación, de acuerdo con la ley respectiva, pero tomándosele en cuenta solamente los servicios de estos trabajadores a partir del 1o. de octubre del mencionado año, no obstante que han prestado servicios con anterioridad en los establecimientos fabriles y de Aprovisionamientos Militares.

"2o. Que el personal mencionado no está comprendido dentro de los beneficios de la Ley de Pensiones Civiles por tener asimilación militar ni tampoco es sujeto de la Ley de Retiros y Pensiones Militares, precisamente por su carácter de militares asimilados.

"3o. Que atentos a los considerados anteriores el núcleo de los trabajadores de referencia se encuentra indiscutiblemente en situación desventajosa respecto a los demás servidores del Estado y no es equitativo desestimar los servicios de dichos trabajadores. En consecuencia, las Comisiones que suscriben, en reconocimiento a los méritos del mencionado grupo de servidores del Departamento de la Industria Militar, aceptan la iniciativa del ejecutivo para que se cubra la diferencia resultante entre el importe de la pensión que otorgue la Dirección de Pensiones Civiles y el 100% de la totalidad de las percepciones económicas disfrutadas en el último empleo de cada uno de los elementos que en el caso se encuentren.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter al ilustrado criterio de la Asamblea el siguiente proyecto de decreto que establece la concesión con cargo al Erario Federal de una cuota

diaria adicional de la pensión que otorgue la Dirección de Pensiones Civiles a trabajadores del Departamento de la Industria Militar.

"Artículo 1o. En reconocimiento a los servicios prestados a la Federación por los trabajadores del Departamento de la Industria Militar, con anterioridad el primero de octubre de 1940, se establece en favor de los mismos un beneficio económico, con cargo al Erario Federal, cuyo otorgamiento se sujetará a las reglas siguientes:

"a) Concedida que sea por la Dirección de pensiones Civiles la jubilación de algún trabajador de la Industria Militar, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al sancionar dicho beneficio previa la comprobación de dichos servicios concederá a favor del mismo, con cargo al Erario Federal, una cuota diaria adicional equivalente a la diferencia entre la cuota asignada con cargo a Fondo de dicha Dirección y el 100% del total de las percepciones económicas disfrutadas en su último empleo, siempre que dicho trabajador sea mayor de 53 años de edad y el cómputo de sus servicios sea de 30 años o más, incluidos los considerandos pro la Dirección de Pensiones.

"b) En los casos en que los servicios computados por la Dirección de Pensiones unidos a los desempeñados con anterioridad al 1o. de octubre de 1940 formen un total menor de 30 años, para el otorgamiento de la cuota adicional con cargo al Erario Federal, se aplicará la tabla contenida en la fracción primera del artículo 89 de la Ley de Pensiones Civiles en vigor.

"c) En los casos en que la jubilación concedida por la Dirección de Pensiones sea por inutilización por causa del servicio o a consecuencia de él, la cuota adicional será concedida también por la cantidad que resulte como diferencia entre la cuota que se asigne con cargo al fondo de la Dirección de Pensiones Civiles y el 100% de la totalidad de las percepciones económicas que reciba el trabajador en su último empleo.

"d)Todas las disposiciones de la Ley de Pensiones Civiles en vigor relativas a iniciación de pago del beneficio, duración de éste, transmisión y monto de la misma a deudos del causante señalados por la ley, extinción y prescripción del derecho al beneficio, se aplicarán igualmente a la cuota diaria adicional que se establece con cargo el Erario Federal.

"Artículo 2o. La cuota adicional, con cargo al Erario Federal, a que se refiere el presente decreto, sólo se concederá a los trabajadores del Departamento de la Industria Militar cuya jubilación haya sido acordada por la Dirección de Pensiones Civiles, con posterioridad a la fecha en que entre en vigor este decreto, cuyas disposiciones en ningún caso tendrán carácter retroactivo.

"Transitorio.

"El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"México, D.F., A 8 de diciembre de 1958. - Primera Comisión de Hacienda. - Antonio Acevedo Gutiérrez. - Silvestre García Suazo. - Fernando Guerrero Esquivel. - Primera Comisión de la Defensa Nacional Tiburcio Garza Zamora. - Celso Vázquez Ramírez. - Adán Cuéllar Layseca". - Primera lectura.

"Comisiones unidas 1a. de Hacienda y 1a. de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"El Ejecutivo de la Unión en iniciativa fechada el 26 de noviembre próximo pasado, somete a consideración de esta H. Cámara el otorgamiento de pensión vitalicia con cargo al Erario Federal y por las cantidades mensuales que se señalan a diverso personal del Departamento de la Industria Militar.

"En la sesión celebrada el día 4 del corriente vuestra soberanía acordó turnar este proyecto a las Comisiones unidas Primera de Hacienda y Primera de la Defensa Nacional, que suscriben.

"Con motivo de diversas reformas a la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, al personal civil que presta servicios en el Departamento de la Industria Militar no se le hizo el descuento señalado en la fracción II del artículo 16 de la Ley de Pensiones Civiles, sino hasta el año de 1940 y, por consiguiente, no se podría, conforme a la propia ley, computárseles el lapso comprendido de 1925 a 1940, quedando dicho personal excluido de los derechos que para los demás servidores del Estado establecen las leyes respectivas, por hechos no imputables a los trabajadores.

"Los suscritos, teniendo en cuenta las consideraciones del Ejecutivo Federal y deseando ayudar a todas las personas que durante más de treinta años han prestado servicios eficientes al Gobierno, para que gocen de iguales privilegios que todos los demás trabajadores, hacen suya la iniciativa presentada por el Primer Mandatario, y se permiten someter a la consideración de la honorable Asamblea, para su aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo primero. Por los servicios prestados a la Federación, se concede pensión vitalicia con cargo al Erario Federal por las cantidades mensuales que se señalan, a las personas que a continuación se detallan:

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"Artículo segundo. El pago del beneficio a que se refiere el artículo anterior, se hará a los interesados a partir de la fecha en que dejen de desempeñar sus funciones en el Departamento de la Industria Militar, siempre que sea con posterioridad a la de la publicación de este decreto".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 8 de diciembre de 1958. - Primera Comisión de Hacienda Antonio Acevedo Gutiérrez. - Silvestre García Suazo. - Fernando Guerrero Esquivel. - Primera Comisión de la Defensa Nacional

Tiburcio Garza Zamora. - Celso Vázquez Ramírez. - Adán Cuéllar Layseca". - Primera lectura.

- El mismo C. Secretario(leyendo):

"Primera Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la Primera Comisión de Puntos Constitucionales para estudio y dictamen, el escrito en que la Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para el C. licenciado Roberto Gatica Aponte pueda aceptar y usar la condecoración de la Legión de Honor, que en el grado de Oficial le confirió el Gobierno de la República de Francia.

"Estudiado que fue con detenimiento en expediente que motiva este dictamen, la Comisión estima que estando satisfechos los requisitos necesarios y a fin de que no se afecte la ciudadanía mexicana del interesado, es de concederse el permiso correspondiente y, en esa virtud, para dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. licenciado Roberto Gatica Aponte para que, sin perder la ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de la Legión de Honor, que en el grado de Oficial le confirió el Gobierno de la República de Francia.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., A 26 de noviembre de 1958. - Florencio Barrera Fuentes. - Enrique Sada Baigts. - Enrique Gómez Guerra".

Está a discusión el dictamen.

El C. Molina Castillo Eduardo José: Pido la palabra.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. Se ha inscrito para hablar en contra del dictamen el señor diputado Molina Castillo, y para apoyarlo la Comisión, presidida por el señor diputado Florencio Barrera Fuentes. Tiene la palabra el señor diputado Molina Castillo.

El C. Molina Castillo Eduardo José: Señor Presidente. Señores diputados: Esta postura ni es ideológica ni es partidarista, por consiguiente espero que mis compañeros de recinto tengan a bien escucharla con la atención que se merece, ya que afecta la posición y la dignidad de cada uno de nosotros los diputados federales.

La fracción XI del artículo 21 de nuestros Estatutos clarísimamente dispone que la orden del día sea leída al final de cada sesión y que afecte las discusiones de la misma inmediata posterior. Ha habido una agresión a los Estatutos, más aún, al artículo 22 de nuestros propios Estatutos que establece las penas y las consecuencias que ha de sufrir el presidium por no cumplir con este precepto o con cualesquiera otro de nuestro Reglamento Interior. Si el Reglamento Interior que afecta a la Cámara de Diputados es bueno, es eficiente, es operante y es conveniente, que se cumpla. Si, por otro lado, no lo es, que se cambie, que se modifique o que se derogue...

El C. Díaz Durán Fernando (interrumpiendo): Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Molina Castillo Eduardo José (continuando): No cabe la moción de orden, porque estoy hablando de la parte fundamental que afecta todas las discusiones en esta tribuna: Que es nuestro Reglamento Interior.

El C. Presidente: La Presidencia llama la atención del orador para hacerle la aclaración de que es la Presidencia la única que concede o no la moción de orden. Tiene la palabra el diputado Díaz Durán.

El C. Díaz Durán Fernando: Esta a discusión un dictamen sobre si se concede o no permiso a un ciudadano de apellido Gatica Aponte, en cuanto al uso de una condecoración que le confiere un gobierno extranjero. El señor diputado don Eduardo José Molina Castillo se está refiriendo a los Estatutos, habla, por ejemplo, de la fracción XI del Artículo 11 de nuestro reglamento que creo que es a lo que se refiere. En cuanto a lo que habla de los estatutos es una cosa muy distinta.

El C. Presidente: La Presidencia con todo respeto invita la señor orador a que habiéndose inscrito en contra del dictamen presentado por la Comisión, se refiera exclusivamente a dicho dictamen.

El C. Molina Castillo Eduardo José: El dicho dictamen debe ser objetado porque adolece del defecto fundamental de que no fue incluido en la Orden del Día que debió haber sido presentada a la consideración de los señores diputados en la sesión inmediata anterior, y para refrescar la memoria a nuestro señor Secretario, quiero decirle que no he hecho ninguna alusión al artículo onceno. He hecho alusión a la fracción XI del artículo 21. Tiene usted el libro en las manos. Todo lo que se discute en esta tribuna de esta Cámara está afectado pro la objeción. La objeción cabe sencillamente porque el proyecto de ley adolece del defecto de que no ha cruzado los canales que las mismas ordenanzas anteriores indican. Porque no ha sido la orden del día leída con la anticipación en la sesión inmediata anterior. Impugno la legalidad de cualesquiera de las leyes que de aquí emanen, porque no se cumple con nuestro Reglamento Interior; ese Reglamento Interior que tanto se invoca para negarle la palabra a la oposición y que es el reglamento interior que ahora vengo a defender, diciendo que si es bueno, que se cumpla; y si es malo, que se derogue o se cambie. La posición de dignidad humana de los diputados se pone en juego. Los proyectos de ley se leen a todo vapor; aquí entran y salen ujieres, recaderos, fotógrafos, toda clase de gente. Las cosas se hacen festinadas, rápidas, con el objeto de que los señores diputados, tal vez, no las entiendan. Debemos actuar con la sinceridad y la limpieza que se merece este recinto. Tenemos esa responsabilidad ante nuestros electores y ante el pueblo entero de México. Me dirán ustedes que no ha de prosperar la postura del diputado de Yucatán, porque es uno contra ciento cincuenta. A propósito de eso quiero recordarles que cada uno de ustedes son uno, pero

ante ciento cincuenta mil electores les han de exigir responsabilidad cuando las leyes que emanen de aquí no sean útiles y que no sean de alguna dependencia del Ejecutivo Federal.

Siento mucho si he de herir a las personas que se creen portadores de la consigna; con toda seguridad hay muchos que no lo creen; ¡tan raras veces se les concede la tribuna a un diputado auténtico! Clara y legítimamente electo, que deseo aprovechar esa oportunidad, aunque a mí raras veces me gusta hacer alusiones a asuntos personales, para darle respuesta con tres breves frases cortantes al señor que tuvo la amabilidad de ocuparse de mi persona mediante la diatriba, en la última sesión, al señor Vallejo Novelo.

No tengo más que decir a propósito de eso, no consideraciones de orden interior ni personales, datos contundentes y golpeantes que estoy en disposición, cuando le Presidencia me los pida, de exhibirlos aquí en este recinto... (Desorden en las galerías)

El C. Presidente (interrumpiendo): Se ruega a los señores diputados, en aras de la libertad de expresión, no interrumpir al orador.

El C. Moreno Cárdenas Manuel : Moción de orden, señor Presidente. Que el señor orador haga el servicio de cincunscribirse al acto para el cual pidió la palabra. Nada tiene que ver un asunto personal entre él y el diputado Vallejo Novelo, con el asunto que está a discusión.

El C. Presidente: La presidencia ruega al señor orador se sirva no hacer desviaciones innecesarias, y constreñirse al tema a debate.

El C. Molina Castillo Eduardo José: Me permito muy respetuosamente indicarle al señor Presidente que cuando el señor Vallejo Novelo ocupó esta tribuna para ofenderme no vi que haya prosperado ninguna moción de orden para ceñirlo al punto a debate.

Consta por el acta respectiva, inscrita el cinco de marzo de 1958 en el pueblo de Valladolid, el nacimiento del señor Vallejo Novelo; por consiguiente, no puede ocupar una curul de diputado, teniendo nueve meses de edad. No deseo volver a entrar en consideraciones de índole personal, las detesto. Contesto con estadísticas, fuertes y serias, y documentos que no tienen discusión. Aquí siempre nosotros haremos lo posible por refutar cualquier ley que no sea sometida auténticamente a la discusión de los señores diputados, violando los reglamentos de la Cámara.

Por último, el artículo 92 de nuestro reglamento Interior, clarísimamente ordena que es facultad de cualquier diputado federal, ingresar a cualesquiera de las Comisiones, sin voto, pero con voz para dar sus ideas y promover mociones ante la Comisión que estudia. Aquí, de una manera solemne, pido al señor Presidente que tanto al señor diputado de Chiapas, como al señor diputado Brambila de la Baja California, así como al señor diputado López de Puebla y a quien tiene la honra de ocupar esta tribuna, sean convenientemente alternados en esas Comisiones con el derecho que nos asiste el artículo 92 de ese propio Reglamento que tanto se invoca. Muchas gracias, señores.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al señor diputado Barrera Fuentes, por la Comisión.

El C. Vallejo Novelo José: Pedí la palabra para una moción, señor Presidente.

El C. Presidente: Oportunamente le será concedida.

El C. Barrera Fuentes Florencio: Señores diputados: El señor diputado Molina Castillo se inscribió para oponerse el dictamen por el cual se concede permiso al licenciado Roberto Gatica Aponte para usar sin perder sus derechos ciudadanos, una condecoración que le ha sido conferida por el gobernador de la República francesa, y el señor diputado Molina Castillo ha venido a la tribuna a decir muchas cosas, menos a objetar el dictamen. El derecho inalienable de los miembros de la representación de hacer uso de esta tribuna no puede prestarse a hacer de ella un abuso. Intentar venir a decir aquí su pensamiento, tratando de objetar un dictamen, sería permisible si sus palabras se constriñeran, como lo demandan algunos compañeros al asunto a debate.

El venir a hacer uso de la palabra a nombre de la Comisión dictaminadora de la solicitud del C. Roberto Gatica Aponte solamente puede decir a ustedes que la Comisión ha encontrado todos los elementos necesarios para que esta persona disfrute del honor que le ha conferido la República Francesa, sin perder sus derechos ciudadanos.

Ojalá, señores, que esa mira de que vienen haciendo gala los diputados de la oposición, se encamine a los altos intereses del pueblo de México, no de mero asunto de trámite. (Aplausos)

El C. Presidente: Tiene la palabra para hacer la aclaración correspondiente el C. diputado Vallejo Novelo.

El C. Vallejo Novelo José: Señores diputados: Seguramente que de acuerdo con los datos biográficos ya expresados acerca de mi persona por el señor diputado Molina Castillo resulto un lactante incapaz por falta de edad para venir a abordar esta tribuna. Tal vez el día de mañana, llevado por esa fantasía tropical muy propia en él, resulte yo un nonato.

Quiero explicar que cuando el Partido Revolucionario Institucional, en sus convenciones internas, determinó quiénes eran sus candidatos e hizo el registro de los mismos ante las Comisiones locales electorales, acompañó la documentación suficiente que acreditaba uno de los requisitos sustanciales: Precisamente el origen o la residencia en la jurisdicción por donde se pretendía ocupar el cargo de representante popular. Son hechos positivamente consumados, pero no con ese sentido de procedencia funesta o ilegal, porque se cumplió con todos los requisitos de ley.

Nadie que verdaderamente conozca y sienta a Yucatán, puede negar el origen de mi apellido materno. No quiero entrar en una discusión que sería necia, torpe, porque restaría tiempo al tratamiento de otros asuntos importantes. Sí quiero aclarar lo siguiente: Si me referí a la persona del señor Molina Castillo en la sesión, pasada, es porque él mismo abrió la pauta cuando dijo ser representante

popular, no de un distrito de Mérida, sino de todo Yucatán.

Por un elemental cariño al pueblo de Yucatán, no podría yo soslayar esa afirmación calumniosa para el pueblo de Yucatán hecha por el señor Molina Castillo y, claro, no era mi intención hablar al señor Molina Castillo sino a la persona que se ostentaba como representante de todo Yucatán, en forma ya no falsa, sino positivamente audaz.

Hay todavía en el tintero muchas cosas más de qué hablar y que diremos si es que el señor Molina Castillo da oportunidad para esa polémica, para que se piense y se recuerde que también hubo algunos antecesores suyos que quitaron las ruedas de la carroza donde iban los emperadores y en su lomo los llevaron al Palacio Nacional (Aplausos)

Quiero, consecuentemente, rogar al señor Molina. . .

El C. Molina Castillo Eduardo José (interrumpiendo): Acepto al polémica, señor Presidente, pero que sea en la tribuna de la Cámara de Diputados.

El C. Vallejo Novelo José (continuando): Quiero, consecuentemente, señores diputados, que volvamos a la serenidad. La vida de los hombres no debe interrumpir marcha de los acontecimientos nacionales. Quise hacer esta pequeña aclaración respecto de la duda que ha querido sembrar, en lo que respecta a mi origen yucateco, el señor Molina Castillo. Muchas gracias.

El C. secretario Díaz Durán Fernando: Se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discuto. Se procede a tomar su votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario González Saenz Leopoldo: Por la negativa. (Votación).

El C. secretario Díaz Durán Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Sáenz Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

El C. Presidente: Antes de continuar con los asuntos en cartera, la Presidencia considera pertinente aclarar a los señores diputados, principalmente de Acción Nacional, que en cuanto corresponde al señor diputado Molina Castillo, forma parte de la Comisión de Estudios Legislativos; y en cuanto a los demás, no aparecen incluidos en las demás Comisiones de trabajo de la Cámara porque resolvieron, recientemente, cumplir con su deber de su representación. Se toma nota de su solicitud y oportunamente se resolverá sobre ello.

El C. Pérez Ríos Francisco: Para una aclaración, señor Presidente, pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Francisco Pérez Ríos.

El C. Pérez Ríos Francisco: Me parece relativo el derecho de los señores diputados expanistas, para poder ir a dar sus puntos de vista y opiniones a las diferentes Comisiones; no necesitan solicitarlo. El Reglamento en el artículo 92 les concede ese derecho. Así que son inútiles esas poses demagógicas del señor diputado Molina Castillo. Tienen el derecho de hacerlo; cuando quieran trabajar en bien de México, pueden hacerlo.

El C. secretario Díaz Durán Fernando: Por 120 votos de la afirmativa, por cuatro de la negativa, fue aprobado el dictamen de la comisión de Puntos Constitucionales en que se concede permiso al señor licenciado Roberto Gatica Aponte para usar la condecoración que le otorgó el Gobierno de la República de Francia.

"Primera Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación ha solicitado el permiso constitucional necesario para que el C. Jorge Daesslé Segura pueda aceptar y usar, sin perder la ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden del Mérito, que en el grado de comendador le confirió el Gobierno de la República Federal de Alemania.

"Hecho el estudio de la documentación que contiene el expediente, la suscrita Comisión estima que se encuentran satisfechos los requisitos necesarios para conceder el permiso de referencia; y, en tal virtud en relación con lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso al C. Jorge Daesslé Segura para que, sin perder la ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito, que en el grado de comendador le confirió el Gobierno de la República Federal de Alemania.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 26 de noviembre de 1958. - Florencio Barrera Fuentes. - Enrique Sada Baigts. - Enrique Gómez Guerra". Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a su votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario González Sáenz Leopoldo: Por la negativa. (Votación).

El C. secretario Díaz Durán Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario González Sáenz Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

El C. secretario Díaz Durán Fernando: Por 121 votos de la afirmativa por tres de la negativa, fue aprobado el dictamen. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

El C. Presidente (a las 14.21 horas): Se levanta la sesión ordinaria de Cámara y se pasa a sesión solemne para conmemorar el X Aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

SESIÓN SOLEMNE

DE LA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 9

DE DICIEMBRE DE 1958

SUMARIO

1.- Se abre la sesión solemne. Se da lectura a la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. El ciudadano diputado Antonio Castro Leal habla sobre el tema que se conmemora.

2.- Se lee y aprueba el acta de la presente sesión, levantándose ésta.

DEBATE

Presidencia del

C. EMILIO SÁNCHEZ PIEDRAS

(Asistencia, la misma de la sesión ordinaria anterior).

El C. Presidente ( a las 14.22 horas): Se abre la sesión solemne. Se ruega a la Secretaría dar lectura a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

- El C. secretario González Sáenz Leopoldo (leyendo):

"Declaración Universal de Derechos Humanos.

"Preámbulo.

"Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.

"Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la Humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados de temor y de la miseria disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias.

"Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.

"Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre la naciones.

"Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta, su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y elevar el nivel de su vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.

"Considerando que los Estados miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre.

"Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso.

"La Asamblea General proclama:

"LA PRESENTE DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción:

"Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

"Artículo 2. 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

"2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

"Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

"Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud está prohibida en todas sus formas.

"Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

"Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

"Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

"Artículo 8. toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la ley.

"Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

"Artículo. 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

"Artículo 11.-1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia

mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

"2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho Nacional o Internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

"Artículo 12. Nadie será objeto de ingerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales ingerencias o ataques.

"Artículo 13. - 1 Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

"2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país incluso del propio, y a regresar a su país.

"Artículo 14. - 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

"2. Este derecho no podrá se invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de la Naciones Unidas.

"Artículo 15. - 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

"2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

"Artículo 16. - 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna pro motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

"2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

"3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y del Estado.

"Artículo 17. - 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

"2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

"Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

"Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, y el difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

"Artículo 20 - 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

"2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

"Artículo 21 - 1 Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

"2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

"3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal o igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

"Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad, social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

"Artículo 23 - 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

"2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

"3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

"4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

"Artículo 24. Toda persona tiene derecho a descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

"Artículo 25 - 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

"2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

"Artículo 26 - 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

"2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las

libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

"3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

"Artículo. 27-1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

"2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

"Artículo 28. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

"Artículo 29-1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo con ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

"2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

"3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

"Artículo 30. Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualesquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración".

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Antonio Castro Leal.

El C. Castro Leal Antonio: Señor Presidente. Señores diputados: El año de 1948 exactamente el diez de diciembre cuyo decenio se celebra mañana, es una de las grandes fechas en la historia del Derecho Internacional porque la Asamblea de las Naciones Unidas, con el consenso universal, propuso a todos los pueblos del mundo una lista de normas que constituyen los derechos básicos del hombre.

En la primera sección de nuestra Constitución de 1857, relativa a los Derechos del Hombre, se dice que en la República Mexicana "todos nacen libres", y en las discusiones sobre los artículos de esa sección el gran liberal don Ignacio Ramírez insistió en que esos derechos fundamentales "no nacen de la ley, sino que son anteriores a toda ley: Que el hombre nace con ellos". Todos los hombres - decía don Ignacio Ramírez - tienen el derecho de alimentarse y de vivir. Al nacer tienen derechos en el mundo que viven, en la nación a que pertenecen, en la sociedad de que forman parte.

¿Cuáles son esos derechos fundamentales? Cada nación los ha ido fijando en sus Cartas constitucionales. No todos los países reconocen los mismos derechos, en unos pueblos son mayores que en otros, en algunas zonas del mundo tienen con frecuencia limitaciones y cortapisas. Los derechos fundamentales que fija cada nación revelan claramente su desarrollo social, el nivel de su cultura y la concepción que tienen de la organización política. Estas diferencias de niveles sociales, culturales y políticos dificultan una rápida y uniforme solidaridad, y, a veces, ponen en peligro y hasta trastornan la paz internacional.

En el último medio siglo, las asambleas internacionales han llegado a establecer la responsabilidad que en la provocación de las guerras tienen las condiciones internas de los diversos países. Un estado de inquietud o de tensión social provocado por una injusta situación de los obreros y de los campesinos, por un estado general de pobreza o de hambre, por una persistente ignorancia y arraigados prejuicios puede provocar o acelerar una guerra. De manera que en el cuadro de los organismos internacionales vienen a resultar indispensables instrumentos de paz instituciones como la Organización Internacional del Trabajo, que por medio de tratados establece en todo mundo condiciones justas para los trabajadores; o el Centro de Agricultura y Alimentación, que estudia las formas de producción y distribución mundial de subsistencias; o la UNESCO, que combate le ignorancia y los prejuicios y ve de establecer más altas normas de cultura.

Pero durante mucho tiempo, y especialmente desde la conferencia de San Francisco California, se pregunta constantemente la ONU: ¿será posible establecer una lista completa de los derechos fundamentales que pueda ponerse en vigor en todas las naciones del mundo? Una vez establecida esa lista era indudable que podría servir de orientación a todos los países y de base a la legislación de todas las naciones del mundo. Y entonces la ONU empezó a trabajar en la redacción de esa lista de principios, que finalmente, el año de 1948 - hace diez años fue proclamada como una Declaración internacional, es la Declaración cuya lectura acabamos de escuchar.

En ella están resumidos los derechos fundamentales del hombre, es como un paradigma al que deben de tender todos los Estados, como un ideal al que se deben de acercar todas las leyes, una norma a la que deben ajustar su conducta todos los gobiernos.

Después de diez años de haber sido proclamada mundialmente esa Declaración hay que confesar que todavía no están implantados todos los derechos que contiene en la totalidad de las naciones del mundo. Pero hay que confesar también que, en esos diez años, muchas naciones han ido aceptando y poniendo en vigor algunos de esos derechos, que no figuraban antes en sus legislaciones. Acaso algún día - tan cercano como lo permita el progreso político y social - podremos ver, resplandecientes y en vigor en todas las naciones del mundo, la lista completa, sin que falte uno solo, de todos los derechos fundamentales del hombre.

Y acaso también algún día será posible crear una Corte Internacional de los Derechos del Hombre, ante la cual se puedan denunciar las leyes nacionales contrarias a esos derechos y las violaciones concretas contra el hombre en la jurisdicción de cada país. Esa Corte Internacional de los Derechos del Hombre será la expresión máxima de solidaridad internacional en el plano más elevado, demostrando que el respeto de los derechos de los seres humanos y las condiciones de su existencia son indispensables a la seguridad y a la paz internacional.

¿Cuál es la situación de México respecto a los derechos del hombre que contiene la Declaración de las Naciones Unidas? Nuestro país siempre ha sido un defensor de las más amplias y generosas tendencias en el campo del Derecho Internacional; hemos auspiciado desde las formas más inclusivas de arbitraje y de solución pacífica de los conflictos internaciones hasta la aceptación total, imperativa y provista de las sanciones que quieran establecer unánimemente las asambleas internacionales respecto a la Declaración de los Derechos del Hombre.

No tenemos contra dicha Declaración ninguna objeción doctrinal, ninguna diferencia política, ninguna actitud que pudiera significar reservas o cortapisas. Lo único que tenemos son limitaciones materiales, cargas históricas que hacen lentas y a veces la solución de viejos problemas. Hay que pensar que hemos acumulado problemas durante cuatrocientos años y que sólo llevamos cuarenta años de resolverlos. Pero en decisión y en espíritu, en conciencia y en voluntad, todos los mexicanos están decididos a mantener, como norma universal y nacional, la Declaración de los derechos de hombre.

Para prueba de ello no habrá más que recordar algunas de las expresiones que, como anuncio de su programa de gobierno, proclamó ante la Nación el señor Presidente López Mateos, al tomar posesión de su cargo el primero de diciembre. No dijo, coincidiendo con la doctrina de seguridad colectiva, que la paz es indivisible en lo político, en lo económico, en lo social y en lo cultural, y que, dentro de esta convicción, México robustecerá, tanto en el plano universal cuanto en el regional de este Hemisferio, los medios de asistencia recíproca de los pueblos.

De aquí - agregaba el Presidente López Mateos - nuestra decisión de participar, cada vez más intensamente, en el trabajo de las instituciones internacionales creadas para instaurar, mantener y promover un régimen de derecho y de progreso colectivo.

Pero, al lado de esta abierta y generosa actitud del gobierno hacia la colaboración internacional, debemos ver en el mensaje del Presidente López

Mateos, el anuncio de reforzar el desarrollo y el progreso de México en el campo social, económico y cultural de México. Y este empeño y este propósito tienen una influencia decisiva en la voluntad de colaboración internacional de México, porque, según las frases que ya citamos, la paz es indivisible y en ella nos corresponde una parte tanto en la esfera mundial como en el escenario más reducido del Continente americano.

Debemos felicitarnos, al celebrar al primer decenio de la Declaración Internacional de los Derechos del Hombre, que al franco apoyo del pueblo mexicano por esos principios, por los que, en una forma o en otra, hemos combatido a lo largo de nuestra historia, se una la voluntad del nuevo gobierno que siente esas obligaciones y esa solidaridad y esa necesidad de colaboración internacional como uno de los puntos fundamentales de su programa.

Hagamos votos por que en los próximos diez años, la Declaración Internacional de los Derechos del Hombre haya sido ya incorporada a todas las legislaciones del mundo. (Aplausos)

El C. secretario González Sáenz Leopoldo: Por acuerdo de la Presidencia la Secretaría da lectura al acta de esta sesión solemne:

"Acta de la sesión solemne celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el día nueve de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

" Presidencia del C. Emilio Sánchez Piedras.

"En la ciudad de México a las catorce horas y veintidós minutos del martes nueve de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho se abre esta sesión solemne para conmemorar el aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, con el mismo quórum que hubo en la sesión ordinaria de Cámara inmediata anterior.

"La Secretaría por orden de la Presidencia, da lectura a la Declaración Universal de Derechos Humanos.

"En el uso de la palabra el C. diputado Antonio Castro Leal pronuncia un discurso alusivo a la Declaración Universal de Derechos Humanos.

"Se levanta la sesión solemne y se cita a sesión pública ordinaria el Próximo jueves once a las doce horas.

"La Secretaría dio lectura a la presente acta".

Esta a discusión el acta de la sesión solemne. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente (a las 14.47 horas): Se levanta la sesión solemne y se cita para el jueves 11 del corriente, a las 12 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"