Legislatura XLIV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19591210 - Número de Diario 35

(L44A2P1oN035F19591210.xml)Núm. Diario:35

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 10 DE DICIEMBRE DE 1959

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XLIV LEGISLATURA TOMO I.- NUMERO 35

SESIÓN

DE LA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 10

DE DICIEMBRE DE 1959

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Se da lectura a la Orden del Día. Se lee y aprueba el acta de la sesión anterior.

2.- Se turna a Comisión y se ordena la impresión de una iniciativa del C. diputado Francisco Rivera Caretta, proponiendo la construcción de hospitales para combatir el paludismo y enfermedades tropicales.

3.- Proposición de la Comisión de Estudios Legislativos sugiriendo la creación de una Comisión especial dedicada a concluir la revisión del problema educativo nacional. Se dispensan los trámites. Se aprueba. se designa a los CC. diputados Antonio Castro Leal y Enrique Olivares Santana.

4.- Invitación del Congreso del Estado de Sinaloa para el acto en que rendirá su Informe constitucional el C. Gobernador del Estado. Se designa Comisión.

5.- Primera lectura al dictamen sobre la iniciativa del Ejecutivo Federal para establecer el servicio social de los maestros egresados de las Escuelas Normales dependientes de la Federación.

6.- Segunda lectura al dictamen sobre las características de las monedas conmemorativas del primer centenario del natalicio de don Venustiano Carranza. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

7.- Se aprueba en dictamen que contiene un punto de acuerdo en que se propone se solicite del Ejecutivo Federal la expropiación de un predio a fin de ampliar el local de la Biblioteca del Congreso de la Unión.

8.- Se aprueban dos dictámenes que contienen acuerdos económicos en que se declara improcedentes las solicitudes de pensión de las señoritas Angela Rocha Pimentel y Concepción Menchaca Jiménez. Archívense. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. JUAN SABINES GUTIÉRREZ

(Asistencia de 100 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 14.05 horas): Se abre la sesión.

- El C. Pérez Ríos Francisco (leyendo):

"Orden del Día.

"1o. de diciembre de 1959.

"Acta de la sesión anterior.

"Iniciativa del C. diputado Francisco Rivera Caretta tendiente a construir hospitales para combatir el paludismo y enfermedades del trópico.

"Proposición de la Comisión de Estudios Legislativos para la creación de una Comisión Especial dedicada a concluir la revisión del problema educativo nacional, formulando los proyectos de ley correspondientes.

"Invitación del Congreso de Sinaloa para su sesión solemne en que rendirá su Informe Constitucional el Gobernador del Estado.

"Primera lectura al dictamen sobre la iniciativa del Ejecutivo Federal para establecer el servicio social de los maestros egresados de las escuelas dependientes de la Federación.

"Dictámenes a discusión:

"Proyecto de decreto que autoriza la emisión de moneda en el primer centenario del nacimiento de don Venustiano Carranza.

"Proyecto de acuerdo para que se solicite del Ejecutivo Federal la expropiación de un predio a fin de ampliar el local de la Biblioteca del Congreso.

"Acuerdos económicos declarando improcedentes las solicitudes de pensión de las señoritas Angela Rocha Pimentel y Concepción Menchaca Jiménez".

"Acta de la sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados del XLIV Congreso de la Unión el día nueve de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

"Presidencia del C. Juan Sabines Gutiérrez.

"En la ciudad de México, a las trece horas y cincuenta y cinco minutos del miércoles nueve de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve, se abre la sesión con asistencia de ciento veinte ciudadanos diputados, según declaró la Secretaría después de haber pasado lista.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Se da lectura al acta de la sesión anterior celebrada el día ocho del mes en curso.

"El C. diputado José Ortiz Avila aclara que su voto emitido en contra y mencionado en el acta, fue exclusivamente por el procedimiento.

"La Secretaría toma nota y pregunta a la Asamblea si se aprueba el acta de la sesión anterior. Aprobada.

"La Secretaría de cuenta con los asuntos en cartera:

"Solicitud de jubilación de los empleados de esta H. Cámara, CC. Dolores Camba Cramer y Manuel Toledo. Recibo, y a la comisión de Hacienda en turno.

"Proyecto de decreto enviado por el Ejecutivo Federal señalando las características de las monedas conmemorativas del primer centenario del natalicio de don Venustiano Carranza. Primera lectura.

"Dictámenes de la Primera Comisión de Hacienda conteniendo proyectos de decreto en que se concede jubilación a los empleados de esta Cámara, María de la Luz Cantón, ayudante de servicio del Departamento de Taquigrafía Parlamentaria y Adolfo Pastor García, telefonista de primera. Primera lectura.

"Continúa la discusión, en lo particular, del dictamen que consulta la aprobación del proyecto de Ley Federal de Radio y Televisión.

"A discusión el artículo 90. Hace uso de la palabra el C. diputado Florencio Barrera Fuentes para hablar en contra y sugiere una propuesta que la Comisión por voz del C. diputado Blas Chumacero Sánchez acepta. Suficientemente discutido se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 91. El C. diputado Florencio Barrera Fuentes habla en contra y hace propuesta que la Comisión, por voz del C. diputado José Guillermo Salas Armendáriz, acepta. Suficientemente discutido se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 92. El C. diputado Florencio Barrera Fuentes hace propuesta que la Comisión, por voz del C. diputado José Guillermo Salas Armendáriz acepta. Suficientemente discutido el artículo 92 se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 93 reservando para la discusión por el C. Diputado Rubén Marín y Kall. Por no encontrarse en el Salón, el C. diputado Castro Leal pide el uso de la palabra en substitución del C. Marín y Kall. La Secretaría consulta a la Asamblea si es de aceptarse la petición del C. diputado Castro Leal, respondiendo ésta afirmativamente; hace uso de la palabra el C. diputado Castro Leal para hablar en contra y hace una propuesta que la Comisión por voz del C. diputado Chumacero Sánchez acepta.

"Suficientemente discutido el artículo 93 se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 94. Hace uso de la palabra para impugnarlo y hacer una propuesta el C. diputado Barrera Fuentes, proposición que la Comisión acepta parcialmente por voz del C. diputado Chumacero Sánchez. Suficientemente discutido el artículo 94 se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 96. Hace uso de la palabra el C. diputado Rafael Espinosa Flores para hablar en contra y hacer una propuesta, al mismo tiempo sugiere una adición. La Comisión acepta ambas a reserva de discutir la redacción por voz del C. diputado Chumacero Sánchez. La Secretaría declara que siendo aceptadas la propuesta y adición por la Comisión, pasa a ser el artículo 96, 84. No habiendo más discusión al respecto, se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 97. Hace uso de la palabra el C. diputado Rafael Espinosa Flores para hablar en contra y hacer la misma propuesta sobre el artículo anterior respecto a un cambio en el orden numérico. La Comisión acepta por voz del C. diputado Chumacero Sánchez que pase a ser el artículo 97, artículo 85. Suficientemente discutido el asunto se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 98. Hace uso de la palabra el C. diputado Espinosa Flores para hablar en contra y hacer la misma propuesta que respecto al artículo anterior, de cambio numérico. La Comisión acepta por voz del C. diputado Chumacero Sánchez y pasa a ser el artículo 98, artículo 86. Hace uso de la palabra el C. diputado Yáñez Ruiz registrado para impugnar este artículo. El C. diputado Ortega Calderón, por la Comisión, contesta las objeciones hechas por el orador. El C. diputado Carrillo Carrillo habla en contra. Suficientemente discutido el artículo 98, se procede a la votación nominal, resultando aprobado por ochenta y nueve votos de la afirmativa y tres en contra.

"A discusión el artículo 99. Hace uso de la palabra el C. diputado Espinosa Flores para hacer una propuesta a nombre de los autores de la iniciativa que la Comisión, por voz del C. diputado Chumacero Sánchez, acepta. Suficientemente discutido el artículo 99 se reserva para la votación nominal.

"A discusión el artículo 100. Hace uso de la palabra el C. diputado Yáñez Ruiz en contra. Por la Comisión el C. Chumacero Sánchez contesta las impugnaciones hechas. La C. diputada Macrina Rabadán Santana de Arenal pide el uso de la palabra para presentar una propuesta a nombre de la Asociación Nacional de Locutores de México. Por no haber apartado en su oportunidad el artículo a discusión, la Presidencia pregunta a la Asamblea si es de aceptarse a discusión la propuesta antes mencionada. La Asamblea responde afirmativamente. La Presidencia ordena a la Secretaría le dé lectura. Los CC. diputados Pérez Ríos y Gavaldón Leyva para aclaraciones piden se les conceda el uso de la palabra.

Suficientemente discutido el asunto la Secretaría procede a recabar la votación nominal, resultando aprobado por noventa votos de la afirmativa y tres en contra.

"A discusión el artículo 112. Hace uso de la palabra el C. diputado J. Concepción Carrillo Carrillo que habla en contra. Por la Comisión el C. diputado Blas Chumacero Sánchez. Los CC. diputados Francisco Pérez Ríos y Jesús López González, con fundamento en el artículo 102 del Reglamento Interior hacen uso de la palabra para hablar en contra, este último hace una propuesta. Para aclaraciones intervienen en el debate los CC. diputados Francisco Pérez Ríos, Moisés Ochoa Campos, Guillermo Salas Armendáriz y Emilio Sánchez Piedras. La Comisión acepta por voz del C. diputado Salas Armendáriz la proposición del C. López González. Suficientemente discutido el artículo 112 es reservado para la votación nominal.

"A discusión el artículo 113. El C. diputado Carrillo Carrillo registrado en contra, retira su intervención por no creerla ya necesaria. No habiendo más discusión, se reserva el artículo para la votación nominal.

"A discusión el artículo 128. Hace uso de la palabra el C. diputado Yáñez Ruiz para hablar en contra y proponer la supresión del artículo. La Comisión por voz del C. diputado Salas Armendáriz acepta la sugerencia.

"A discusión el artículo 8o. transitorio. Hace uso de la palabra el C. diputado González Sáenz para hablar en contra y sugerir un cambio en la redacción. La Comisión por voz del C. diputado Salas Armendáriz acepta la redacción sugerida. Suficientemente discutido el artículo 8o. transitorio, se reserva para la votación nominal.

"La Secretaría declara que son suprimidos del dictamen, por haberlo aceptado así la Comisión, los artículos 25 y 128 y el último párrafo del 17; a continuación, se da lectura, como lo ordena el Reglamento, a las modificaciones hechas a los artículos impugnados.

"El C. diputado Yáñez Ruiz interviene para hacer aclaraciones respecto a los artículos 13 y 21.

"El C. diputado José Guillermo Salas Armendáriz, por la Comisión, hace aclaraciones respecto a los artículos 45 y 76.

"Habiéndose terminado la lectura a las modificaciones hechas a los artículos impugnados, se votan nominalmente; resultando aprobados por unanimidad de noventa y cuatro votos.

"El C. diputado Manuel Yáñez Ruiz, presenta una proposición respecto al artículo 13; el C. diputado Fernando Díaz Durán, para una moción y solicita se dé lectura al artículo 125 del Reglamento Interior. La Secretaría da lectura al artículo 25 del Reglamento.

"Se pregunta a la Asamblea si admite a discusión la proposición del C. diputado Yáñez Ruiz. A discusión. El C. diputado José Luis Martínez Rodríguez, a nombre de la Comisión presenta nueva redacción para la adición sugerida por el C. Yáñez Ruiz redacción a la que se adhiere el C. diputado Yáñez Ruiz. Suficientemente discutido el asunto, la Secretaría procede a recoger la votación nominal. Aprobado por unanimidad de noventa votos.

"El C. diputado José Concepción Carrillo Carrillo presenta una proposición con relación al artículo 17. Se consulta a la Asamblea si se admite a discusión. El C. diputado Guillermo Salas Armendáriz, a nombre de la Comisión, manifiesta su conformidad en parte de la supresión sugerida por el C. Carrillo. El C. diputado Carrillo Carrillo se adhiere a la sugestión de la Comisión. Se considera suficientemente discutido el asunto. La Secretaría procede a recoger la votación nominal. Aprobado por unanimidad de noventa votos.

"La Comisión dictaminadora presenta un proyecto de modificación al artículo 76. Se consulta a la Asamblea si se admite a discusión. A discusión. No habiendo quien impugne la proposición, la Secretaría procede a recoger la votación nominal. Aprobada por unanimidad de ochenta y nueve votos.

"Habiendo sido aprobado el proyecto de Ley Federal de Radio y Televisión, pasa al Senado para efectos Constitucionales.

"A las dieciséis horas y cincuenta y cinco minutos, se levanta la sesión y se cita para el día siguiente a las doce horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"Conforme al artículo 55 de la fracción II para el Gobierno Interior de esta H. Cámara, respecto al derecho que tienen los CC. diputados para iniciar leyes, presenta el C. doctor, coronel y diputado Francisco Rivera Caretta la siguiente iniciativa:

"Las bases del progreso, bienestar, mejoramiento social y económico de los pueblos y las naciones son las siguientes:

"1o. La salud.

"2o. La escuela, la ciencia, el trabajo en las fábricas, los talleres y el campo.

"3o. La ley.

"4o. La libertad. De acuerdo con la máxima de la filosofía escolástica primero ser y después la manera de ser.

"Sentada como base primera y fundamental para el mejoramiento social, económico y progreso de la República Mexicana la salud.

"La enfermedad que ataca a casi todos los habitantes de la República que invade a todos los Estados con excepción de Zacatecas y Tlaxcala es el paludismo.

"Ocupa el tercer lugar en las defunciones de los habitantes. Caracterizado en su forma aguda por el ataque febril al organismo. En su forma crónica ataca a todos los órganos. (Corazón, aorta, estómago, articulaciones, nervios y músculos). El germen del paludismo puede permanecer en el organismo, es decir la forma crónica que puede durar hasta 42 años después del ataque febril además predispone a muchas enfermedades como la tuberculosis, anemia, debilidad física e intelectual, etc.

"En vista de esta exposición suscinta, real y positiva acerca de esta enfermedad es deber de todos nosotros procurar la salud de nuestros compatriotas.

"La república tiene varias zonas tropicales, zonas calientes, las costas del Golfo como del Pacífico y el Sur.

"En estas regiones reina además del paludismo las enfermedades de las zonas tropicales.

"Estas enfermedades son de tanta importancia que en la ciencia médica existe un tratado de "Enfermedades Tropicales". Por tal motivo proponemos la siguiente iniciativa:

"1o. Construir un hospital del Paludismo en el D. F. y cuantos hospitales sean necesarios en toda la República y en dichos hospitales se aceptarán enfermos atacados de enfermedades tropicales.

"2o. A dichos hospitales pueden concurrir todos los enfermos de la República para ser atendidos convenientemente.

"3o. El personal de dichos hospitales debe estar constituido por médicos distinguidos que hayan ejercido largos años en las zonas palúdicas de la República y que estén al tanto de los últimos adelantos de la ciencia sobre el particular.

"4o. El personal debe ser nombrado por el C. Presidente de la República.

"5o. Todos los servicios administrativos deberán estar a cargo del Ministerio de Salubridad así como el pago de los honorarios respectivos.

6o. Deben rendir cada mes un informe al Departamento de Salubridad de todas las actividades científicas desarrolladas en dichos hospitales.

"México, D. F., a 7 de diciembre de 1959.- Francisco Rivera Caretta".- A la Comisión de Obras Públicas e imprímase.

El C. Rivera Caretta Francisco: Pido la palabra para hablar sobre ciertos lineamientos científicos en relación a mi iniciativa.

El C. Presidente: El artículo 56 del Reglamento dice lo siguiente: "Las iniciativas de ley presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los Estados o por uno o varios miembros de las Cámaras, pasarán desde luego a Comisión".

Por lo tanto, no hay lugar a conceder la palabra.

- El C. secretario Hank González Carlos (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"En cumplimiento del acuerdo que vuestra soberanía emitió con fecha 29 del mes de octubre último, aprobando la proposición de la C. diputada Aurora Arrayales de Morales, a efecto de que la Comisión de Estudios Legislativos se avocara la revisión de los preceptos legales relacionados con el problema de la educación primaria en nuestro país, a los que hace referencia en el Plan Nacional para el Mejoramiento y Expansión de la Educación Primaria en México, recientemente elaborado por una Comisión en que nuestra Cámara estuvo representada por los CC. diputados licenciado Antonio Castro Leal y profesor Enrique Olivares Santana.

"Y en virtud de que el problema mencionado reviste amplitud y características particulares que entrañan para su examen interpretación y aplicación de resoluciones adecuadas, la coordinación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, el primero por medio de sus dependencias de Educación y Hacienda y el segundo al través de las Cámaras de Diputados y Senadores, órganos que podrán tomar en cuenta los complejos factores educativos y presupuestales en relación con las tres entidades que forman la Nación Mexicana, Federación, Estados y Municipios.

"Nos permitimos proponer, de acuerdo con el contenido de la fracción VIII del artículo 3o. constitucional, que concede al Congreso de la Unión facultad explícita para expedir las leyes destinadas a distribuir la función educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, así como a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público; con apego también a las fracciones XXV y XXX del artículo 73 de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 71, 78 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, la integración de una Comisión Especial, con los presentantes de las Cámaras de Diputados y Senadores y de las Secretarías de Educación Pública y Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto será:

"1o. Estudiar la forma de distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y Municipios.

"2o. Examinar las normas adecuadas que puedan fijar las aportaciones económicas necesarias para el sostenimiento y la expansión del servicio público educativo.

"3o. Investigar un sistema de subsidios o ayudas federales y su reglamentación necesaria para lograr una vigilancia eficaz en el otorgamiento y la inversión de dichas ayudas y subsidios.

"4o. Presentar en el siguiente período de sesiones, a las Cámaras del Congreso de la Unión, las iniciativas legales pertinentes.

"En consecuencia, solicitamos de la soberanía de esta Asamblea de la Representación Nacional, su aprobación a los tres puntos de acuerdo siguientes:

"I. Designar dos CC. diputados para formar parte de la Comisión Especial propuesta;

"II. Invitar a la Cámara colegisladora a que designe, para los mismos fines, a dos CC. senadores, y

"III. Invitar a los CC. Secretarios de Educación Pública y Hacienda y Crédito Público a que nombren, cada uno de ellos, un representante asesor que auxilie en sus labores a la Comisión de referencia.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 10 de diciembre de 1959.- Comisión de Estudios Legislativos: Arturo Llorente González, D. P.- José Guillermo Salas Armendáriz, D. S." Siendo de urgente y obvia resolución, nos permitimos solicitar dispensa de trámite a la presente proposición.

La propia Comisión presentó ante la Presidencia una solicitud que dice en síntesis: siendo de urgente y obvia resolución este asunto, nos permitimos solicitar a la Presidencia que pida el acuerdo de la Asamblea para que se apruebe con dispensa de trámites la presente proposición.

Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se concede dispensa de trámites a este asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados.

Está a discusión la proposición. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente: En cumplimiento al acuerdo de la Asamblea, se designa a los ciudadanos diputados Antonio Castro Leal y Enrique Olivares Santana para que formen parte de la comisión que se acordó crear. Ya se procede a invitar a la

colegisladora y a la Secretaría de Educación para que designen, en su caso, a sus respectivos representantes.

- El C. secretario Pérez Ríos Francisco (leyendo):

"Culiacán, Sin., 9 de diciembre de 1959.

"CC. Diputados Secretarios. Cámara de Diputados. - México, D. F.

"Congreso Estado hónrase invitar esa Representación Nacional sesión solemne verifícase quince actual (coma) en cuyo acto Gobernador Estado rendirá su Informe Gobierno punto Atentamente.- Amalia Millán Maldonado, D. P.". Se designa en comisión para que asistan a tal acto el próximo día 15, a los ciudadanos diputados Enrique Olivares Santana, Manuel Herrera Ángeles y Heriberto Béjar Jáuregui.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Primera Comisión de Educación Pública.

"Honorable Asamblea:

"Fue turnado a la suscrita Comisión de Educación Pública el proyecto de decreto enviado por el Ejecutivo de la Unión en virtud del cual se establece el servicio social de los maestros egresados de las escuelas normales dependientes de la Federación, en los lugares que la Secretaría de Educación Pública lo considere necesario.

"Examinando detenidamente el proyecto, la Comisión está de acuerdo con el pensamiento del Ejecutivo Federal respecto a las apremiantes necesidades de nuestro país en materia de educación pública, que exigen que los egresados de la escuelas normales que forman parte del sistema federal desempeñen sus actividades profesionales, de preferencia en los lugares en que mayor falta hacen elementos debidamente preparados para ejercer la función social de la educación.

"Asimismo, como el Ejecutivo Federal lo hace notar, la comisión creada por decreto de 30 de diciembre de 1958, para formular un plan nacional destinado a resolver el problema de la educación primaria, ha elaborado un programa para cuyo cumplimiento es indispensable que la Secretaría de Educación Pública disponga, en lo sucesivo, del personal docente en forma que permita aprovechar sus servicios en las regiones donde éstos son requeridos con mayor urgencia.

"Mas, al mismo tiempo, al establecer este imprescindible servicio social, el Ejecutivo Federal crea un nuevo beneficio para el magisterio al determinar que las nuevas plazas de maestros titulados que en lo futuro figuren en los presupuestos se destinarán preferentemente a los egresados de las escuelas normales.

"En atención a estas urgentes necesidades nacionales en materia de educación, expresadas por el Ejecutivo Federal y que compartimos plenamente, la suscrita Comisión de Educación Pública somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Las nuevas plazas de maestros titulados que en lo futuro figuren en los Presupuestos de Egresos de la Federación se destinarán preferentemente a los maestros egresados de las escuelas normales dependientes de la Secretaría de Educación Pública.

"Artículo 2o. Para que los maestros egresados de las escuelas normales tengan derecho a gozar de la preferencia que establece el artículo anterior, deberán suscribir, como requisito previo de ingreso a los citados planteles, el compromiso de prestar sus servicios profesionales en los lugares que les asigne la Secretaría de Educación Pública, la que, para ello, tomará en cuenta las necesidades del país y, hasta donde sea posible, la ubicación de la residencia de la familia de los maestros.

"Artículo 3o. Para que los alumnos de las escuelas normales dependientes de la Secretaría de Educación Pública, puedan disfrutar de becas (en efectivo, en servicios asistenciales, en puestos de internado o en otras formas análogas, a cargo del Estado), deberán suscribir previamente, en unión de las personas que ejerzan la patria potestad o, en su caso, la tutela legal, un compromiso mediante el cual quedarán obligados a prestar sus servicios profesionales, por el término mínimo de tres años, en los lugares que les fueren asignados por la Secretaría de Educación Pública, de acuerdo con los requerimientos educativos del país. El mismo compromiso deberá contener la estipulación de pagar el importe total de la beca, si el comprometido se negare a desempeñar los servicios en el lugar asignado por la Secretaría de Educación Pública. El plazo dentro del cual deberá efectuarse dicho pago será no mayor de cinco años, contados a partir de la fecha de la negativa para desempeñar el servicio.

"Artículo 4o. Los alumnos que concluyan su carrera de maestros en los centros normales regionales que el Ejecutivo tiene en proyecto o en las escuelas normales, urbanas o rurales, dependientes del Gobierno Federal, cumplirán el servicio social que establece la Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales, desempeñando su misión en los lugares que determine oportunamente la Secretaría de Educación Pública.

"Artículo 5o. Los maestros a que se refieren los artículos 2o., 3o. y 4o. del presente decreto recibirán, desde el momento en que se les nombre, el sueldo correspondiente a la categoría de maestro titulado de enseñanza primaria, sin perjuicio de que tengan que cumplir con lo dispuesto por el acuerdo presidencial relativo a los requisitos para la presentación de exámenes profesionales y la obtención de las correspondientes cédulas de ejercicio profesional.

"Transitorios:

"Primero los alumnos que en la actualidad estén colocados en los casos previstos en los artículos 2o. y 3o. de este decreto, si desean continuar disfrutando de los beneficios a que se refieren dichas disposiciones, deberán suscribir, al iniciarse el próximo año lectivo, el compromiso por virtud del cual se obligan a prestar sus servicios en los lugares que les asigne la Secretaría de Educación Pública al término de sus estudios profesionales.

"Segundo. Las disposiciones del presente decreto son aplicables desde luego a los maestros que terminen sus estudios durante el año escolar en curso.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 9

de diciembre de 1959.- José Luis Martínez Rodríguez.- José Pérez Moreno.- Humberto Celis Ochoa". - Primera lectura.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"El C. Presidente de la República, con apoyo en la fracción I del artículo 71 de la Constitución General de la República, ha enviado a esta H. Cámara un proyecto de decreto en virtud del cual se señalan las características de las monedas conmemorativas del primer centenario del natalicio de don Venustiano Carranza.

"Al emitir esta moneda, la Comisión estima que se pretende rendir tributo y merecido homenaje en el primer aniversario de su natalicio a don Venustiano Carranza, que ocupa un sitio de honor en las páginas de la Historia de México, como prócer de la Revolución, que con fe, valor y entusiasmo, nos legó el Código Fundamental de la República.

"Independientemente de lo anterior, la emisión de las monedas a que se hace mérito tiene efectos económicos favorables que estimulan el ahorro, en virtud de que estas monedas, que tienen un valor en sí mismas, capitalizan el dinero de los adquirientes.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter al ilustrado criterio de la H. Asamblea para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto que señala las características de las monedas conmemorativas del primer centenario del natalicio de don Venustiano Carranza, con valor unitario de cinco pesos.

"Artículo primero. Se autoriza por una sola vez la emisión de cinco millones de pesos en monedas con valor unitario de cinco pesos, para conmemorar el primer centenario del nacimiento de don Venustiano Carranza.

"Artículo segundo. Las características de las monedas a que se refiere el artículo anterior serán como sigue:

"Diámetro; ley, metal de liga; pesos; contenido; tolerancia en ley y tolerancia en peso iguales a los que fija el decreto de 13 de septiembre de 1955, para esta denominación.

"Cuños.

"Anverso: Al centro: el escudo nacional con la leyenda "Estados Unidos Mexicanos"; con el exergo el valor de la moneda "Cinco pesos", la ley de la liga metálica "0.720", el peso de la pieza "18.055 g", y el año de "1959". El marco listo.

"Reverso: Al centro: la efigie de perfil mirando a la izquierda del C. Venustiano Carranza, Presidente de la República; en dirección de la nuca el símbolo de la Casa de Moneda M; en el exergo la leyenda "Año de Carranza", abajo los años "1859.1959" separados por tres puntos ornamentados; el marco liso.

"Canto: liso.

"Artículo transitorio.

"Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 9 de diciembre de 1959.- Federico Ocampo Noble Pérez.- José A. Montaño Torres.- Pompeyo Gómez Lerma".

Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para la votación nominal.

Está a discusión el dictamen en lo particular. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para la votación nominal en lo particular.

Se va a proceder a la votación nominal, en lo general y en lo particular, de este proyecto, en un solo acto. Por la afirmativa.

El C. secretario Hank González Carlos: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Pérez Ríos Francisco: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Hank González Carlos: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Pérez Ríos Francisco: Fue aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 89 votos. Pasa al Senado para efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión de Obras Públicas.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía a esta Comisión de Obras Públicas fue turnada para estudio y dictamen la iniciativa presentada por el C. diputado Crisanto Cuéllar Abaroa, representante del segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala, quien apoyo en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la sometió a la consideración del mismo. Iniciativa en la cual pide se solicite del Ejecutivo de la Unión que, mediante los trámites de ley, se declare de utilidad pública la expropiación del predio que forman las calles de Tacuba y Bolívar de esta ciudad de México, D. F., para anexarlo a la Biblioteca del Congreso y ponerlo a la disposición de este centro de cultura para la ampliación de su local y mejor funcionamiento del mismo.

"El autor de la iniciativa hace resaltar en ella la importancia que esta Biblioteca tiene y las circunstancias en que viene funcionando, el estado actual del edificio que ocupa y las condiciones de éste, proponiendo además las medidas que se deben de adoptar para el mejor funcionamiento de la Biblioteca del Congreso y cuya importancia como tal y para los fines a que está destinada los servicios que presta, debe reunir los requisitos indispensables de mejor presentación y comodidad, dignos del Poder a que pertenece; medidas que tienen como base la ampliación del local mediante el anexo que se propone y la construcción en él, del complemento del edificio, en forma conveniente para mayor aprovechamiento en el propósito que se persigue.

"Esta Comisión de Obras Públicas, al hacer el estudio de esa iniciativa en forma acuciosa, a fin de fundamentar debidamente su dictamen, ha querido considerar los antecedentes y apoyos legales de la misma iniciativa y ha encontrado al respecto lo siguiente:

"Antecedentes.

"La Biblioteca del Congreso de la Unión fue creada atendiendo a la iniciativa del C. diputado Carlos A. Calderón, presentada con fecha 24 de agosto de 1935 para que la Biblioteca de la Cámara de Diputados existente, que se encontraba en su propio edificio, prestara un servicio al pueblo, permitiéndose el acceso público a ella.

"Esta iniciativa fue ampliada con fecha 12 de noviembre del mismo año para instalar y reorganizar la Biblioteca de la Cámara de Diputados, proponiéndose la creación de una del Congreso de la Unión que estuviera integrada por las Bibliotecas de la Cámara de Diputados, de la de Senadores y la de Contaduría mayor de Hacienda y que al formarse quedaría establecida en el edificio conocido con el nombre de Templo de Santa Clara, ubicado en las calles de Tacuba de esta ciudad, cuya cesión se pediría para tal objeto al Poder Ejecutivo de la Unión, proponiéndose además el personal que entonces se consideró indispensable y la creación de una Comisión que invitara a la Cámara de Senadores a que su Biblioteca formara parte de la del Congreso de la Unión.

"Esta iniciativa fue aprobada con dispensa de trámite nombrándose en comisión a los CC. diputados Luis Mora Tovar, Carlos A. Calderón y Demetrio Bolaños E., para el desarrollo del proyecto. Se logró, por esta Comisión, que por decreto de fecha 2 de enero de 1936 se destinara el ex templo de Santa Clara para el establecimiento de la Biblioteca, local que se recibió el día 7 del mismo mes y año.

"Con fecha 30 de diciembre de 1935 fue aprobado el presupuesto de la Biblioteca, por la Cámara de Diputados y que montó a la suma de $59,136.40 incluyendo, sueldos de empleados, obras de reparación de local y muebles.

"La existencia inicial de volúmenes fue de 11,057 - nueve mil ochocientos catorce de la Cámara de Diputados y mil doscientos cuarenta y tres de la Contaduría Mayor de Hacienda -,con un valor total de $46,512.85. La Cámara de Senadores aportó 4,278 volúmenes con un valor de $ 15,000.00 y se adquirieron con el presupuesto 1,151 obras de edición moderna y casi exclusivamente relativas a Ciencias Sociales.

"Logró la Comisión el aumento de este acervo con la cooperación de la Presidencia de la República, de los Gobernadores, de las Secretarías y Departamentos de Estado, de las Legislaturas de los Estados, de los diputados federales, de los particulares, de los autores, de la Universidad Nacional Autónoma, de sociedades particulares, de bibliotecas, de organizaciones obreras, del Cuerpo Diplomático y Consular, de las Cámara Legislativas extranjeras, de Asociaciones de Prensa, de editores entre otros, con el fin de que al organizarse la Biblioteca del Congreso se reunirá en ella, aparte del material de conocimientos de la Ciencia Universal, una sección especial referente a la legislación, por considerar que era indispensable en nuestro Cuerpo legislativo una documentación principalmente mexicana, y se procuró al efecto que ésta fuera lo más completa y amplia posible, lo mismo que la literatura correspondiente a la legislación extranjera.

"Al ser entrevistado ese mismo año el señor Presidente de la República, general Lázaro Cárdenas, por la Comisión Organizadora, ésta le solicitó entre otras cosas, que la Secretaría de Hacienda concretara con el propietario del predio ubicado en la esquina que forman las calles de Tacuba y Bolívar, permuta con una finca propiedad de la Nación; pues se pretendía utilizar aquel predio para ampliar el local destinado a la Biblioteca en el cual se construiría un anexo de tres pisos que, siguiendo el estilo arquitectónico del edificio del templo, le sirviera de remate a la misma y de complemento eficaz para el objeto que se perseguía. De esta ampliación proyectada desde entonces, existe plano y boceto en el informe rendido por la Comisión Organizadora a la XXXVI Legislatura, que da una idea plana de cómo quedarían las obras de ampliación.

"Se comenzó el traslado de la Biblioteca de la Cámara de Diputados al ex templo de Santa Clara el 17 de abril de 1936 y fue inaugurada el día 4 de septiembre del mismo año, concurriendo en representación del Presidente de la República el Secretario de Educación de esa época, licenciado Gonzálo Vázquez Vela, quedando desde esa fecha abierta al público, con una existencia de 28,915 volúmenes de obras particularmente de docrina económica, política y legislativa, con valor de $ 123,835.37.

"Comenzó a prestar servicio con un personal de 38 empleados y un horario de las 14 a las 21 horas y los domingos de 10 a las 14 horas, con departamentos de lectura para ciegos, infantil y una hemeroteca y además una sala de lectura general, siendo desde entonces según el informe de la Comisión, insuficiente el local de que ha dispuesto. El reglamento para su funcionamiento fue aprobado por la Cámara con fecha 18 de octubre de 1936 y declara que: la Biblioteca del Congreso tiene carácter de servicio social; que será sostenida y fomentada por la Cámara de Diputados, la cual incluirá en su presupuesto anual la suma que debe ser destinada para ese objeto y para el Gobierno de la misma que actuará una Comisión de Biblioteca compuesta por cuatro ciudadanos diputados y dos ciudadanos senadores y que la asistencia a ella será libre, sin más limitaciones que la que señala el propio reglamento.

"Se constituyó el depósito legal de la Biblioteca del Congreso por decreto de fecha 24 de noviembre de 1936, por medio del cual se previene a los autores, editores e impresores en el Distrito Federal, que deben enviar a ella dos ejemplares de los libros, periódicos y revistas que publiquen.

"Fueron madrinas en la inauguración de la Biblioteca del Congreso la "Libray of Congress", de Washington "Britsh Museum", de Londres, Bilbliotéque Nationale", de París; "Biblioteca Nacional", de Madrid e "Ibero Americaniches Institut", de Berlín.

"Prestando este servicio social como centro de cultura y consulta para niños, estudiantes y en forma

especial como auxiliar y fuente de consulta del Poder Legislativo, la Biblioteca del Congreso estuvo desarrollando eficazmente, dentro de sus posibilidades, la labor para la que fue creada, y en marzo de 1959, la Cámara de Diputados emprendió las obras de reparación necesarias en el local que ocupa, las que se terminaron el día último de julio del mismo año y se efectuó su reapertura el 1o. de agosto por el C. Doctor Norberto Treviño Zapata, a nombre de la XLII Legislatura.

"En la actualidad, es cierto, como la afirma el autor de la iniciativa, que la bóveda del muro Sur está seriamente dañada por el temblor de julio de 1957 y por el asentamiento del número 8 de las calles de Bolívar, daños que han abierto la bóveda al grado de que entra el agua de la lluvia por las hendeduras, y no obstante lo anterior, continúa prestando servicio; tiene 76 empleados, más de 74,000 volúmenes, algunos de ellos del siglo XVIII y un número de lectores que pasa de 1,000 diarios y es notorio que el local que ocupa es insuficiente para albergar su estantería que se encuentra pletórica hasta su máxima capacidad y es urgente que se le ponga el remedio necesario con los puntos que señala el autor de la iniciativa y con otras medidas que la Comisión de esta Cámara señale; pero para ello es indiscutible que es necesaria la anexión del lote que, estando en completo abandono actualmente en la esquina de las calles de Tacuba y Bolívar, debe expropiarse por causa de utilidad pública, ya que es evidente el beneficio que a la colectividad presta la Biblioteca del Congreso, como tal y como parte esencial del Poder Legislativo.

"Consideraciones legales.

"Pasando a analizar la expropiación propuesta encontramos que: el artículo 27 constitucional dice: que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponden originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

"Que las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

"La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público.

"La Ley Federal de Expropiación, aplicable al Distrito Federal y Territorios, está en vigor desde 1936, año en que fue promulgada, aunque data de 1892 en su forma original y estudiando sus antecedentes hemos encontrado que en la exposición de motivos que la originaron, la Comisión encargada de su redacción dice:

"Fue la mente de la Comisión, comprender entre los motivos de expropiación por causas de utilidad pública, no solamente los consagrados hasta ahora por la Jurisprudencia y la doctrina, sino además los derivados de la evolución que ha sufrido este concepto jurídico, a saber: utilidad pública, utilidad social y utilidad nacional.

"En un principio la facultad del Estado para expropiar la propiedad privada, por razones de interés público, reposaba en la noción restringida de que sólo se admitía la existencia de ese interés, cuando la administración juzgaba necesario construir una obra o establecer y explotar un servicio público, caso en el cual, a virtud del fenómeno de expropiación, se operaba un cambio en el dueño y en el dominio de la propiedad que dejaba de ser privada para convertirse en pública.

"La primera transformación que sufrió este concepto, amplió el alcance de la facultad de expropiar comprendiendo en ella, además de los casos en que el Estado estableciera y explotara por sí mismo un servicio público, aquellos en que los particulares, mediante autorización, fuesen los encargados de realizar estos objetivos en beneficios de la colectividad.

"La nueva concepción jurídica de la propiedad, que no la refuta ya como un derecho absoluto, si no como una función social, permite que la expropiación pueda llevarse a cabo no sólo por causa de utilidad pública, sino además por razones de interés social, ya que si el individuo no tiene el derecho de conservar improductivos sus bienes ni cegar las fuentes de vida, de trabajo o de consumo, con menoscabo del bienestar general ante la inercia, o la rebeldía del individuo para cumplir con ese trascendental deber, el Estado, en su carácter de administrador de los intereses públicos y de órgano destinado a satisfacer las imperiosas necesidades populares, tiene el deber indeclinable de intervenir con la energía y rapidez que el caso reclama, a fin de impedir que la propiedad fecunda se vuelva estéril, que el equilibrio económico se rompa o que el progreso nacional se estanque.

"Según la doctrina, la expropiación por razones de utilidad social, se caracteriza por la tendencia a satisfacer de un modo directo o inmediato las necesidades de determinadas clase social, pero mediata o indirectamente las de la colectividad, sin que los bienes expropiados dejen de continuar bajo el régimen de propiedad privada. Así, acontece, por ejemplo, tanto en el fraccionamiento de los grandes latifundios o su colonización, como en el fraccionamiento y urbanización de terrenos destinados a construir habitaciones baratas o higiénicas para obreros. En estos casos es indudable, que los directamente beneficiados son los individuos pertenecientes a estos dos grandes grupos sociales, pero a la postre, lo es en la sociedad, por la interdependencia que la vida moderna ha establecido entre ésta y aquéllos.

"Finalmente, la expropiación, por razones de interés nacional, obedece no solamente a los fines que debe cumplir el Estado de velar por la paz pública y por el bienestar de la colectividad en caso de crisis, de trastornos graves, de epidemias o terremotos con las proporciones o los caracteres de una verdadera calamidad pública, sino además, a la imperiosa necesidad de proveer con toda eficacia a la defensa de la soberanía o de integridad territorial.

"El artículo 27 constitucional confiere a la nación el derecho de imponer en todo tiempo, a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, y, al efecto, dispone que se dicten las medidas necesarias para el desarrollo de la pequeña propiedad agrícola, para la creación de nuevos centros de población, para el fomento de la agricultura y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad

pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. En el sentir de la Comisión el señalamiento de medidas con innegable fin de utilidad social autoriza al Estado para adoptar como concepto básico de la expropiación, el de utilidad pública en su más amplio significado, es decir, el que abarca las tres distintas modalidades que anteriormente se han expresado.

"Pasando a analizar el contenido de la ley en lo referente a su aplicación y el contenido de este dictamen. encontraremos que :

"Artículo 1o. considera como causas de utilidad pública, entre otras, las siguientes: "El establecimiento, explotación o conservación de un servicio público. El embellecimiento, ampliación y sancamiento de las poblaciones y puertos. La construcción de hospitales, escuelas, parque, jardines, campos deportivos o de aterrizaje y de cualquiera otra obra destinada a prestar servicios de beneficio colectivo. La creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad.

"Y prescribe el artículo 2o. en los casos comprendidos en la enumeración del artículo 1o.; previa declaración del Ejecutivo Federal procederá a la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio para los fines del Estado o interés de la colectividad.

"El artículo 3o. dispone: El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Estado, Departamento Administrativo o Gobierno de los Territorios correspondientes, tramitarán el expediente de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio y en su caso hará la declaratoria respectiva.

"Considerando, por todo el análisis hecho, que la iniciativa presentada por el C diputado Crisanto Cuéllar Abaroa, es procedente en su contenido, esta Comisión de Obras Públicas somete a la soberanía de la Asamblea el siguiente proyecto de acuerdo:

"Primero Solicítese del Ejecutivo de la Unión que mediante los trámites establecidos por la ley, se declare de utilidad pública la expropiación del predio que forman la esquina de las calles de Tacuba y Bolívar de esta ciudad de México, Distrito Federal, para anexarlo a la Biblioteca del Congreso de la Unión y ponerlo a disposición de ésta para la ampliación de su local y mejor funcionamiento.

"Segundo. Conseguido lo anterior, esta Cámara de Diputados, señalara en el Presupuesto de Egresos de la Nación. la cantidad correspondiente a la indemnización y realización de los fines propuestos en la iniciativa.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de octubre de 1959.- Adán Hernández Rojas.- José García Castillo.- Rafael Buitrón Maldonado".

Está a discusión el punto de acuerdo con que concluye el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Primera Comisión de la Defensa Nacional

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Primera Comisión de la Defensa Nacional, fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía, para estudio y dictamen, el expediente que contiene la solicitud de la Srita., Angela Rocha Pimentel, a fin de que se le conceda pensión por los servicios que prestó a la Patria su extinto padre el C. teniente coronel Maximiano Rocha.

"Al examinar el expediente de que se trata, hemos llegado a la conclusión, de que, sin dejar de reconocer los eminentes servicios que prestó a la Patria el militar fallecido, lamentablemente la solicitante ha perdido sus derechos conforme a lo que dispone el artículo 51 de la de Retiros y Pensiones Militares en vigor, toda vez que ha transcurrido con exceso el plazo que señala el citado ordenamiento para que los familiares de los militares soliciten la pensión.

"En mérito de lo expuesto, nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía, el siguiente punto de acuerdo:

"Se declara improcedente la solicitud de pensión formulada por la señorita Angela Rocha Pimentel, como hija del extinto teniente coronel Maximiano Rocha. Archívese el expediente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D .F., a 26 de noviembre de 1959.- Tiburcio Garza Zamora.- Celso Vázquez Ramírez.- Adán Cuéllar Layseca".

"Ley de Retiros y Pensiones Militares.

............................................................................................................ .............................................................................................................

"Artículo 51. El derecho para reclamar pensión o compensación por parte de los familiares, prescribe en cinco años a partir de la fecha del fallecimiento del militar.

.............................................................................................................. ...............................................................................................................

"Diario Oficial" de 31 de diciembre de 1955".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"A la 1a. Comisión de la Defensa Nacional, fue turnado para estudio y dictamen, el expediente que contiene la solicitud de pensión del C. Plácido Menchaca Ceballos, por los servicios que prestó a la patria su extinto hijo el C. capitán primero J. Guadalupe Menchaca Jiménez.

"Posteriormente, al fallecer el solicitante, su hija Concepción Menchaca Jiménez, pidió se le diera trámite, a nombre de ella, a la solicitud presentada por su señor padre.

"Al estudiar el expediente, la Comisión encontró que no existe la comprobación de la personalidad de la señorita Menchaca Jiménez, como hija

del extinto C. Plácido Menchaca Ceballos ni en el Registro Civil de Gómez Palacio, Dgo., donde ella dice haber nacido, según constancias que obran en citado expediente.

"En esa virtud y no habiendo documento que acredite la personalidad de la interesada para los beneficios de la pensión que solicita, la Comisión somete al ilustrado criterio de vuestra soberanía, el siguiente punto de acuerdo:

"Se declara improcedente la solicitud de pensión de la señorita Concepción Menchaca Jiménez, como descendiente del extinto capitán primero J. Guadalupe Menchaca Jiménez. Archívese el expediente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 26 de noviembre de 1959.- Tiburcio Garza Zamora.- Celso Vázquez Ramírez.- Adán Cuéllar Layseca".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Secretaría informa que se han terminado los asuntos de la Orden del Día.

El C. Presidente (a las 15.10 horas): Se levanta la sesión y se cita para el lunes próximo a las 12.00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"