Legislatura XLV - Año II - Período Ordinario - Fecha 19621009 - Número de Diario 12
(L45A2P1oN012F19621009.xml)Núm. Diario:12ENCABEZADO
MÉXICO, D.F., MARTES 9 DE OCTUBRE DE 1962
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.
AÑO II.- PERIODO ORDINARIO
XLV LEGISLATURA
TOMO I.- NUMERO 12
SESIÓN DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 9 DE OCTUBRE DE 1962
SUMARIO
1.- Se abre la sesión. Se da lectura a la Orden del Día. Se lee y aprueba el acta de la sesión anterior.
2.- Cartera.
3.- Primera lectura a tres dictámenes: Resumen de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal por el ejercicio fiscal de 1961, que debe imprimirse, y los de aumento de jubilación a los empleados de esta H. Cámara CC. María Ruiz López y Benito Merlín Velásquez.
4.- Se aprueban dos dictámenes en que se concede el permiso constitucional necesario para que los CC. licenciado Bernardo Reyes y Rodolfo Usigli, puedan aceptar y usar condecoraciones que les confirieron los gobiernos de Argentina y Líbano, respectivamente. Pasan al Senado de la República para efectos constitucionales. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. MANUEL SODI DEL VALLE
(Asistencia de 95 ciudadanos diputados.)
El C. Presidente (a las 13.30 horas): Se abre la sesión.
- El C. secretario González Gómez, Javier (leyendo):
"Orden del Día.
"9 de octubre de 1962.
"Acta de la sesión anterior.
"Comunicaciones de las Legislaturas de los Estados:
"De la de Aguascalientes. Que designó su Directiva para el mes de octubre.
"De la de Jalisco. Que su Comisión Permanente clausuró sus labores.
"De la de Oaxaca. Que designó su Directiva para el mes de octubre.
"Dictámenes de primera lectura:
"De la Comisión de Presupuestos y Cuenta. Relativo a la Cuenta de la Hacienda Pública del año próximo pasado.
"Aumento de jubilación a la empleada de esta Cámara, C. María Ruiz López.
"Aumento de jubilación al empleado de esta Cámara, C. Benito Merlín.
"Dictámenes a discusión:
"Permiso al C. licenciado Bernardo Reyes para aceptar y usar una condecoración del Gobierno de Argentina.
"Permiso al C. Rodolfo Usigli para aceptar y usar una condecoración del Gobierno de Líbano."
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados de XLV Congreso de la Unión, el día cuatro de octubre de mil novecientos sesenta y dos.
"Presidencia del C. Manuel Sodi del Valle.
"En la ciudad de México, a las trece horas del jueves cuatro de octubre de mil novecientos sesenta y dos, se abre la sesión con asistencia de ciento un ciudadanos diputados, según declaró la Secretaría después de haber pasado lista.
"Se da lectura a la Orden del Día.
"Aprobación sin debate, del acta de la sesión anterior celebrada el día dos del corriente.
"Se da cuenta con los documentos en cartera.
"Telegrama por el cual la cuarta Legislatura del Estado de Baja California comunica haber quedado legalmente constituida para funcionar durante el trienio 1962-1965. De enterado.
"Dictamen de la 1a Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto en que se concede permiso al C. Bernardo Reyes, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador San Martín, que en el grado de Gran Oficial le confirió el Gobierno de Argentina. Primera lectura.
"Dictamen de la 2a Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto en que se concede permiso al C. Rodolfo Usigli, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Cedro, que en el grado de Gran Cordón le confirió el Gobierno de Líbano. Primera lectura.
"Dictamen de la 2a Comisión de Gobernación relativo a que la H. Cámara de Diputados declare en lo referente a sus labores legislativas en 1963,
"Año Belisario Domínguez", que termina con los siguientes puntos de acuerdo:
"Primero. Se declara para esta H. Cámara de Diputados el año legislativo de 1963, "Año Belisario Dominguez".
"Segundo. Formule la Comisión especial correspondiente de esta Cámara, programa de homenaje al patricio.
"Tercero. Publíquese el presente acuerdo en el "Diario Oficial" de la Federación."
"Para apoyar el dictamen hace uso de la palabra el C. Diputado Rafael P. Gamboa Cano, quien entre otros conceptos expresa: que el senador Belisario Domínguez dio un claro ejemplo de cómo se usa la legítima libertad de expresión y para qué se usan en la vida pública los derechos inviolables del hombre, y añadió: que la conducta del patricio ratificó el principio de la libertad de expresión, porque deseaba el orden ante el desorden, y la legalidad ante la anarquía.
"La Asamblea en votación económica aprueba los puntos de acuerdo contenidos en el dictamen.
"Dictamen de la 1a Comisión de Hacienda con proyecto de decreto en que se concede jubilación de mil setecientos ochenta y un pesos sesenta y seis centavos a la señora Carmen Molina Vallarta, prensista máquina de pie, de primera, de la Imprenta de la H. Cámara de Diputados, por servicios prestados a los Poderes de la Unión, por más de treinta años.
"A discusión, no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba el dictamen por unanimidad de ciento cinco votos. Pasa al Senado de la República para efectos constitucionales.
"Terminados los documentos en cartera, a las trece horas y treinta y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para el martes nueve del actual a las doce horas."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.
- El mismo C. secretario (leyendo):
"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes.- XLV Legislatura.
"Aguascalientes, Ags., 27 de septiembre de 1962.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F.
"Tenemos el honor de comunicar a ustedes que la H. XLV Legislatura del Estado en sesión celebrada hoy, hizo elección de Presidente y Vicepresidente de su Mesa Directiva, que deberán actuar durante el mes de octubre próximo; habiendo resultado electos los ciudadanos diputados siguientes:
"Presidente, J. Concepción Cardona Pérez; Vicepresidente, Heriberto Vásquez Becerra.
"Al participar a ustedes lo anterior, nos es grato reiterarles las seguridades de nuestra consideración distinguida.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.
"Joaquín Díaz de León, D. P.- J. Refugio Esparza Reyes, D. S." - De enterado.
"Estados Unidos Mexicanos.- Congreso del Estado Libre y Soberano.- Jalisco.
"C. Presidente del H. Congreso de la Unión.- México, D.F.
"Conforme lo dispone el artículo 162 de la Ley Reglamentaria del Poder Legislativo de esta entidad federativa, tenemos el honor de comunicar a usted que la Diputación Permanente de la XLIII Legislatura del estado Libre y Soberano de Jalisco, clausuró el día de hoy sus labores.
"Lo comunicamos a ustedes para su conocimiento y efectos legales correspondientes.
"Atentamente.
"Guadalajara, Jal., a 30 de septiembre de 1962.- Salvador Guerrero Gómez, D. S.- Manuel Bailón González, D. S.- De enterado.
"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo del Estado de Oaxaca.
"CC. diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D.F.
"En cumplimiento de preceptos legales, comunicamos a usted (es) que en términos reglamentarios resultaron electos los CC. diputados: Emiliano Ramírez Ceballos y Alvaro Solano Martínez, Presidente y Vicepresidente, respectivamente, de esta H. XLV Legislatura, para funcionar durante el próximo mes de octubre, en cuyo lapso corresponde actuar como Secretarios a los CC. diputados: Julio Esponda Solana y Florencio Castellanos Luna.
"Reiteramos a usted (es) las seguridades de nuestra consideración distinguida.
"Sufragio Efectivo. No Reelección.
"El Respeto al Derecho Ajeno el la Paz.- Oaxaca de Juárez, a 27 de septiembre de 1962.- Martín Martínez Soriano, D. S.- Magdaleno Villegas Domínguez, D. S." De enterado.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita Comisión de Presupuestos y Cuenta, le fue turnado el oficio 519-I-5806, de fecha 5 de septiembre último, con el cual el Poder Ejecutivo envió a esta Cámara, por conducto del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, el ejemplar original de cuarenta y nueve estados, que resumen la Cuenta de la Hacienda Pública Federal por el ejercicio fiscal de 1961, cumpliendo con lo dispuesto en la fracción I del artículo 65 de nuestra Constitución Política.
"En la misma fecha, le fueron remitidos a la Contaduría Mayor de Hacienda, dependiente de esta Cámara, el duplicado de estos estados y la documentación justificativa y comprobatoria, que constituyen la Cuenta de la Hacienda Pública Federal por el citado ejercicio de 1961.
"La Contaduría Mayor de Hacienda, de conformidad con el artículo 3o de su Ley Orgánica de 6 de junio de 1904, efectuó el estudio de los referidos estados y ha rendido a esta H. Comisión el informe respectivo, por conducto de la H. Comisión Inspectora. El cual comprende los resultados en cifras
generales, que en materia fiscal, económica y financiera, arrojaron las operaciones registradas durante el mencionado ejercicio, cuyos datos se tomaron de la información que contienen los principales estados de contabilidad que resumen la propia Cuenta.
"La Comisión que suscribe considera indispensable, para llevar al cabo un examen satisfactorio de los documentos de referencia, analizar los anteriores conceptos, para dar cumplimiento a los artículos 65, fracción I, y 73 fracción XXVIII de la Constitución:
"I. Ejecución de la Ley de Ingresos;
"II. Ejercicio del Presupuesto de Egresos, y
"III. Deuda Pública.
"Ley de Ingresos:
"Las operaciones relativas a la Ley de Ingresos durante el año de 1961, fueron como sigue: ingresos por $19,941.051,146.17.
"Se había estimado, previamente, una cantidad de $11,042.000,000.00. Sin embargo, el ingreso registrado ascendió a $19,941.051,146.17, de manera que el aumento, como se advertirá, fue de $8,899.051,146.17.
"En este aumento analizado por fracciones de la Ley de Ingresos mediante la comparación entre su estimación y recaudación, se determinan las diferencias en orden decreciente a su monto, detallado como sigue:
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Enumerados en orden decreciente al monto de su recaudación y con expresión del tanto por ciento que este significa sobre el total recaudado, estas mismas fracciones de la ley, causan:
Fracciones Recaudación %
Total $ 19,941.051,146.17 100
Colocación de Empréstitos y Financiamientos Diversos $ 7,576.366,531.24 37.994
Impuesto Sobre la Renta 4,072.628,174.31 20.423
Impuestos Sobre la Producción y Comercio de Bienes y Servicios Industriales 1,875.312,562.79 9.404
Impuesto Sobre la Importación 1,821.505,359.78 9.134
Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles 1,280.659,218.23 6.422
Impuestos Sobre la Exportación 1,133.297,461.24 5.683
Productos derivados de la Exportación o Uso de bienes que forman parte del Patrimonio Nacional 597.652,060.38 2.998
Aprovechamientos. 432.074,182.73 2.167
Derechos por la prestación de Servicios Públicos. 410.331,207.50 2.058
Impuestos Sobre la Explotación de Recursos Naturales, derivados y conexos a los mismos. 264.274,036.25 1.325
Impuesto del Timbre 209.840,999.69 1.052
Productos Derivados de Ventas y Recuperaciones de Capital 109.392,727.25 .548
Impuestos Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Juegos permitidos. 83.591,034.38 .419
Impuestos Sobre Primas pagadas a Instituciones de Seguros y Capitalización. 39.100,626.12 .196
Impuesto Sobre Migración. 31.096,154.71 .157
Impuestos Sobre Capitales 3.931,809.57 .020 Dar doble click con el ratón para ver imagen
"La recaudación de "Productos" que asciende a $707.044,787.63, comprende tanto los derivados de la explotación o uso de bienes que forman parte del Patrimonio Nacional, que ascendió a $597.652,060.38, como los originados de venta y recuperaciones de capital, que se elevó a $109.392,727.25, significando la enajenación y recuperación de los siguientes bienes de capital y valores:
Venta de propiedades nacionales. $ 6.315,193.70
Venta de acciones, bonos títulos y valores 140,528.00
Recuperaciones de créditos concedidos con fondos en fideicomiso. $ 102.937,005.55 Suman los productos derivados de ventas y recuperaciones de capital. $ 109.392,727.25 "Los ingresos presupuestales extraordinarios que en conjunto suman $7,576.366,531.24, representan obligaciones contraídas en 1961, que por no haber sido solventadas o amortizadas durante el propio ejercicio, significan un aumento de deuda que habrá de amortizarse en ejercicios venideros y su origen es el siguiente:
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"Presupuesto de egresos:
"Los egresos registrados como ejercicio del Presupuesto de Egresos, ascendieron a la cantidad de $20,362.040,464.03. La asignación definitiva a dicho presupuesto ascendió a la cantidad de $22,330.290,067.00 y comparando esta asignación con los egresos registrados, se aprecia una diferencia de $1,938.249,628.64 como no ejercidos.
"Esta diferencia no debe considerarse como una economía firme, pues es susceptible de modificarse en años posteriores al concentrar o regularizar operaciones que no lo fueron oportunamente.
"Distribución funcional del gasto.
"Toda erogación presupuestal está destinada a cubrir el costo de actividades o funciones de la Administración Pública Federal, las que se han venido realizando, clasificadas por tales funciones, enumeradas en orden decreciente a su magnitud y con expresión del porcentaje que significaron, en relación con el ejercicio total del Presupuesto, son:
Clasificación Funcional Erogación %
Deuda Pública. $ 7,364.741,898.20 36.169
Comunicaciones y Transportes 2,764.477,442.61 13.576
Promoción Industrial y Fomento Comercial 2,525.993,188.30 12.406
Servicios Educativos y Culturales 2,186.868,519.81 110.740
Administración General 1,661.380,853.32 8.159
Fomento Agrícola, Ganadero y Forestal. 1,246.961,121.71 6.124
Ejército, Armada y Servicios Militares. 1,111.066,040.62 5.456
Bienestar y Seguridad Social. 873.102,736.00 4.288
Servicios Asistenciales y Hospitalarios $ 615.994,194.02 3.025
Egresos pendientes de aplicar 11.454,469.44 .057
Totales. $ 20,362.040,464.03 100.000
"El excedente de $420.989,317.85 por el ejercicio del Presupuesto, sobre la ejecución de la Ley de Ingresos, puede ser estimado como carácter estrictamente presupuestal y contable, en virtud de que habiéndose afectado el Presupuesto de Egresos, al cierre de las operaciones del ejercicio, quedaron pendientes de cubrirse, para efectuarlo posteriormente, obligaciones por valor de $375.187,033.23, reduciéndose el referido exceso en la suma de $45.802,284.63.
"Las cifras mencionadas quieren decir, que el pueblo de México recibió un importante volumen económico en obras de beneficio social y que éstas fortalecen el clima de justicia social promovido por la actual administración Pública.
"Deuda pública titulada
"(Consolidada)
"Esta deuda está constituida por los bonos de empréstitos emitidos por el Gobierno Federal, colocados en el mercado y no llamamos a reembolso y por obligaciones contraídas o asumidas por el propio Gobierno, de acuerdo con los convenios de 5 de noviembre de 1942 y 20 de febrero de 1946 y sus reformas, cuya fecha de amortización no ha vencido.
"En los estados de contabilidad, relativos, se presenta un detalle del movimiento de cada uno de los empréstitos y por lo tanto, solamente se consigna, en forma global, las distintas fases de su transformación al 31 de diciembre de 1961 que son como sigue:
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"Deuda Pública Interior Llamada a Reembolso.
"Al llegar la fecha del vencimiento de los Bonos de la Deuda Pública Interior y ser llamados a reembolso, el Gobierno Federal constituye en las instituciones que tengan a su cargo el servicio de pagos, los depósitos suficientes e irrevocables para este fin.
"En realidad, habiéndose constituido los depósitos que las escrituras de emisión imponen en garantía de su pago, los Bonos llamados a Reembolso dejan de constituir un "Pasivo Directo para el Gobierno Federal", motivo por el cual y sólo con fines informativos, se consignan los siguientes datos:
"La situación de esta deuda se analiza como sigue:
Vencimientos de años anteriores $ 70.818,629.70
Vencimientos del año en curso. 141.616,947.33 Suma la Deuda Pública Interior, llamada a Reembolso. $ 212.435,577.03 "Como se dijo antes, esta Deuda está amparada por depósitos hechos por el Gobierno Federal en las siguientes Instituciones que tienen a su cargo los servicios de pago:
"Banco de México, S. A $ 212.400,000.00
"Nacional Financiera, S. A. 5,614.33
"Banco Nacional Hipotecario, Urbano y de Obras Públicas, S. A. 29,962.70
"Suma de los Depósitos, igual al monto de la Deuda llamada a Reembolso, pendiente de pago. $ 212.435,577.03
"Con fundamento en la exposición anterior, la Comisión de Presupuestos y Cuenta que suscribe, se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo 1o. Se admite la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 1961, a que se refieren los estados de contabilidad que resumen la propia Cuenta, que fue presentada por el Poder Ejecutivo dentro del término de ley.
"Artículo 2o. Una vez practicada por la Contaduría Mayor de Hacienda la revisión y glosa de los libros de contabilidad y los documentos justificativos y
comprobatorios que integran la propia Cuenta y de fincar las responsabilidades que resultaren, exigiendo su solventación; así como de otorgar en su caso los finiquitos correspondientes, procédase en los términos de ley.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 8 de octubre de 1962.- La Comisión: Carlos Sansores Pérez. -Leopoldo Ortega Lozano.- J. Guadalupe Cervantes Corona.- Romeo Rincón Serrano. -José G. Mata.- Ciriaco Tista Montiel.- Antonio Betancourt Hernández.- Rafael Mora Martínez.- Rodrigo Moreno Zermeño".
Trámite: Primera lectura e imprímase.- 9 de octubre de 1962.
"Primera Comisión de Hacienda.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita Primera Comisión de Hacienda fue turnada, por acuerdo de esta H. Asamblea, la solicitud de la señora María Ruiz López, Contador del Departamento de Administración de la Cámara de Diputados, a fin de que se derogue el decreto aprobado por el Congreso de la Unión, que le concedió jubilación voluntaria por más de 30 años de servicios a los Poderes de la Unión, otorgándole un nuevo decreto que contenga el sueldo íntegro que disfrutaba en el momento en que apareció publicado el mencionado decreto, en el "Diario Oficial" de la Federación.
"La señora Ruiz López solicitó ante esta H. Cámara jubilación de conformidad con la fracción III del artículo 3o. de la Ley de Jubilaciones para los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo, con fecha 1o. de noviembre de 1960. Seguidos los trámites correspondientes el Congreso de la Unión concedió el beneficio solicitado, remitiendo el decreto al Ejecutivo Federal para efectos constitucionales.
"La interesada ha seguido prestando sus servicios con toda eficiencia en la Oficina de Administración de la propia Cámara de Diputados, gozando como todos los servidores públicos, de las mejoras del sueldo, acordadas por el Primer Magistrado de la Nación.
"Con fecha 3 de agosto último, dos años después de concedido el beneficio a que nos hemos venido refiriendo, apareció en el "Diario Oficial" de la Federación publicado el decreto del Congreso que fue aprobado en diciembre de 1960.
"La señora Ruiz López sufre, por la demora en la publicación de su jubilación, gran trastorno económico, pues el sueldo que devengaba hasta el 3 de agosto último es superior al que se le concedió en el decreto de jubilación.
"Consideramos razonable acceder a la solicitud de la señora Ruiz López, ya que en adelante no se verá favorecida con ningún aumento que se les conceda a los trabajadores públicos y el hecho de que haya seguido prestando sus servicios a la Cámara, la hacen acreedora a obtener la cantidad que percibía en el momento de la publicación del tantas veces citado decreto.
"Por las consideraciones anteriores, nos permitimos someter al ilustrado criterio de la H. Asamblea, para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo primero. De conformidad con la fracción III del artículo 3o. de la Ley de Jubilaciones para los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo, se concede a la señora María Ruiz López, Contador del Departamento de Administración de la Cámara de Diputados, jubilación voluntaria de $ 4,837.13 mensuales, sueldo íntegro y compensaciones que actualmente disfruta, por servicios que durante más de 30 años ha prestado a los Poderes de la Unión. Esta jubilación le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación de conformidad con el artículo 6o. de la citada ley.
"Artículo segundo. Se deroga el decreto publicado en el "Diario Oficial" de la Federación de fecha 3 de agosto de 1962, por el que se concedió a la señora María Ruiz López, jubilación voluntaria de. . $ 3,816.11 mensuales.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -México, D. F., a 18 de septiembre de 1962.- José Luis Lamadrid.- Manuel Sodi del Valle.- Virginia Soto Rodríguez".- Primera lectura.
"1a. Comisión de Hacienda.
"Honorable Asamblea:
"Correspondió a la suscrita 1a. Comisión de Hacienda conocer el expediente que por acuerdo de vuestra soberanía le fue turnado, relativo a la solicitud que hace el C. Benito Merlín Velásquez, empleado jubilado de esta H. Cámara de Diputados, a efecto de que se modifique el decreto por el cual, de conformidad con la fracción III del artículo 3o. de la Ley de Jubilaciones para los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo, se le concedió jubilación voluntaria por más de 30 años de servicios, asunto sobre el que venimos a rendir el presente dictamen.
"Hemos examinado atentamente los antecedentes de caso, así como las razones expuestas por el interesado, encontrando su petición justificada ya que, efectivamente hacemos de dos años que el señor Merlín solicitó jubilación, y que en este lapso ha habido diferentes aumentos otorgados, tanto por el Poder Legislativo a sus trabajadores, como por acuerdo expreso del C. Presidente de la República, en favor de todos los empleados públicos, cantidades que no han quedado incluidas en la suma publicada en el "Diario Oficial" de la Federación.
"Es indiscutible que el propósito del C. Presidente al otorgar tales aumentos en favor de los trabajadores del Gobierno, ha sido el de aliviar en parte la situación económica de los mismos. Por otra parte, en el presente caso se trata de un trabajador que de conformidad con la citada ley, solicitó y obtuvo del H. Congreso de la Unión su jubilación desde hace 2 años y el decreto de referencia no surtió sus efectos por no haber sido publicado oportunamente. El señor Merlín siguió prestando sus servicios hasta el 3 de agosto último en que por fin se hizo la publicación de rigor. Los aumentos han sido considerables y el interesado se encuentra lesionado en sus intereses económicos, al retirarse con menor cantidad que la perciba hasta el 3 de agosto.
"Consideramos razonable acceder a la solicitud del Señor Merlín Velásquez, ya que en adelante no
se verá favorecido con otras mejoras, y, en tal virtud, nos permitimos suplicar a la H. Asamblea se sirva acordar de conformidad el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo primero. De conformidad con la fracción III del artículo 3o. de la Ley de Jubilaciones por los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo se concede al C. Benito Merlín Velásquez, Archivista C. del Departamento de Administración de la Cámara de Diputados, jubilación voluntaria de $ 1,958.48 (un mil novecientos cincuenta y ocho pesos cuarenta y ocho centavos) mensuales, sueldo íntegro y compensaciones que actualmente disfruta, por servicios que durante más de 30 años ha prestado al Poder Legislativo. Esta jubilación le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación de conformidad con el artículo 6o. de la citada ley.
"Artículo segundo. Se deroga el decreto del Congreso publicado en el "Diario Oficial" de la Federación de fecha 3 de agosto de 1962 por el que se concedió al señor Benito Merlín Velásquez, jubilación voluntaria de $ 1,579.29 mensuales.
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de septiembre de 1962.- José Luis Lamadrid.- Manuel Sodi del Valle.- Virginia Soto Rodríguez."- Primera lectura.
- El mismo C. Secretario (leyendo):
"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"A la suscrita 1a. Comisión de Puntos Constitucionales fue turnado por estudio y dictamen por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en sesión celebrada el dos del corriente, el oficio en que la Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el C. licenciado Bernardo Reyes, pueda aceptar y usar sin perder la ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden del Libertador San Martín, que en el grado de Gran Oficial le confirió el Gobierno de Argentina.
"Estudiada con detenimiento la solicitud que motiva este dictamen, la Comisión ha comprobado que se encuentran reunidos los requisitos que sobre el particular establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 de la Constitución Federal de la República, y, en tal virtud, nos permitimos someter a la consideración de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo Único. Se concede permiso al C. licenciado Bernardo Reyes para que sin perder la ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador San Martín, que en el grado del Gran Oficial le confirió el Gobierno de Argentina.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 3 de octubre de 1962.- Rómulo Sánchez Mireles.- Joaquín Gamboa P.- Benito Sánchez Henkel."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para la votación nominal.
"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.
"Honorable Asamblea:
"Por acuerdo de vuestra soberanía tomado en sesión celebrada el día dos del actual, fue turnada a la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales que suscribe, la solicitud formulada por la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, a efecto de que el C. Rodolfo Usigli pueda aceptar y usar sin perder la ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden del Cedro, que en el grado de Gran Cordón le confirió el Gobierno de Líbano.
"La Comisión, con fundamento en lo que previene la fracción III del apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, viene a emitir dictamen favorable al interesado, pues estima que la solicitud se ajusta a lo establecido en el ordenamiento invocado, y con base en lo anterior, nos permitimos someter al ilustrado criterio de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo Único. Se concede permiso al C. Rodolfo Usigli para que, sin perder su ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Cedro, que en el grado de Gran Cordón le confirió el Gobierno de Líbano.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 3 de octubre de 1962.- Manuel M. Moreno.- Enrique Pacheco Alvarez.- Rodrigo Moreno Z."
Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal de los dos proyectos. Por la afirmativa.
El C. prosecretario Corona Bandín, Salvador: Por la negativa. (Votación.)
El C. secretario González Gómez, Javier: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?
El C. prosecretario Corona Bandín, Salvador: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?
Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)
El C. secretario González Gómez, Javier: Fueron aprobados los dos proyectos por unanimidad de 98 votos y pasan al Senado de la República para efectos constitucionales.
El C. Presidente (a las 14.15 horas): Se levanta la sesión y se cita para el próximo jueves 11 de octubre, a las 12.00 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"