Legislatura XLV - Año III - Período Comisión Permanente - Fecha 19640723 - Número de Diario 71

(L45A3PcpN071F19640723.xml)Núm. Diario:71

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 23 DE JULIO DE 1964

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III. - PERÍODO ORDINARIO XLV LEGISLATURA TOMO I. NÚMERO 71

SESIÓN

DE LA

H. COMISIÓN PERMANENTE

EFECTUADA EN DÍA 23

DE JULIO DE 1964

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Se da lectura a la Orden del Día. Se lee y aprueba el acta de la sesión anterior.

2.- Se turnan a comisión las solicitudes de permiso para que los CC. licenciado Federico A. Mariscal, Mario Ezcurdia (tres solicitudes), Alfonso Guerra, Raúl Baca García de Alba, doctor Manuel Velasco Suárez, Oscar Araiza López y coronel Leopoldo Garduño Canizal, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confirieron gobiernos extranjeros.

3.- Las Legislaturas de los Estados participan lo siguiente: de Coahuila, Zacatecas y Guerrero, informan de la apertura y clausura de períodos extraordinarios de sesiones y la designación de Mesas Directivas; de Querétaro, la clausura de su segundo período ordinario de sesiones, la instalación de su Diputación Permanente, así como la designación de su Mesa Directiva; de Oaxaca, la clausura de su segundo período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio y la designación de su Diputación Permanente, así como la integración de su Mesa Directiva. De enterado.

4.- La Diputación Permanente del Estado de Michoacán, apoya y secunda la iniciativa del H. Congreso del Estado de Hidalgo, tendiente a rendirle un homenaje al C. licenciado Adolfo López Mateos, Presidente Constitucional de la República Mexicana, en reconocimiento a su política eminentemente humanista en beneficio de la paz mundial. A sus antecedentes.

5.- La Legislatura del Estado de Chiapas declaró Válida la elección para Gobernador del C. licenciado José Castillo Tielemans. De enterado.

6.- Se turna a comisión la solicitud de permiso del C. Carlos López Chavarría, para poder prestar servicios de la Embajada de Bélgica del Estado de Baja California.

7.- El C. diputado Antonio Vargas MacDonald propone que la Comisión Permanente haga una declaración de solidaridad a la política internacional del C. Presidente de la República, con respecto a la actitud de México en la reunión de Cancilleres que la Organización de Estados Americanos ha convocado a instancias de la República de Venezuela, a efecto de examinar la querella de dicho Gobierno y el de Cuba. Se considera el asunto de obvia resolución. El C. senador Antonio Mena Brito hace una breve exposición de la conducta de nuestro país y apoya, con razones jurídicas, la proposición. Se aprueba la proposición. La Presidencia designa a los CC. diputado Antonio Vargas MacDonald y senador Antonio Mena Brito para que redacten la declaración respectiva. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. ROMULO SÁNCHEZ MIRELES

(Asistencia de 19 ciudadanos representantes.)

El C. Presidente (a las 12.50 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Rivera Toro, Manuel (leyendo):

"Orden del Día. 23 de julio de 1964.

Acta de la sesión anterior.

Oficios de la Secretaría de Gobernación transcribiendo otros de la de Relaciones Exteriores, relativos a solicitudes de permiso para que ciudadanos mexicanos acepten y usen condecoraciones otorgadas por gobiernos extranjeros.

Circulares de las Legislaturas de los Estados por las que participan aperturas y clausuras de períodos ordinarios y extraordinarios de sesiones y designación de Mesas Directivas.

Circular del Congreso de Michoacán, transcribiendo el acuerdo de 6 de julio por el que apoya la iniciativa de la Legislatura de Hidalgo tendiente a brindar homenaje al C. licenciado Adolfo López Mateos, Presidente de la República. en reconocimiento de su política humanitaria de paz.

La Legislatura del Estado de Chiapas comunica que, erigida en Colegio Electoral, declaró Válida la elección de Gobernador Constitucional del Estado, siendo por tanto Gobernador electo el C. licenciado José Castillo Tielemans.

Solicitud del C. Carlos López Chavarría, a fin de que se le conceda permiso para desempeñar el cargo

de Cónsul Honorario Interino, en el Estado de Baja California, cargo que el gobierno de Bélgica le propone."

"Acta de la sesión celebrada por la Comisión Permanente del XLV Congreso de la Unión, el día dieciséis de julio de mil novecientos sesenta y cuatro.

Presidencia del C. diputado Rómulo Sánchez Mireles.

En la ciudad de México, a las trece horas y treinta minutos del jueves dieciséis de julio de mil novecientos sesenta y cuatro, se abre la sesión con asistencia de diecisiete ciudadanos legisladores, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.

Se da lectura a la orden del día.

Lectura y aprobación, en votación económica, del acta de la sesión anterior celebrada el nueve del actual.

Se da cuenta con los asuntos en cartera:

La Gran Comisión de la H. Cámara de Senadores comunica que el C. Gonzalo Aguilar Farrugía, Oficial Mayor de esa Cámara, hizo uso de su jubilación, y fue designado para ocupar su lugar, el C. senador licenciado Eliseo Aragón Rebolledo. De enterado.

Oficio de la Secretaría de Gobernación comunicando el nombramiento hecho por el señor Presidente de la República en favor del C. licenciado Enrique Martínez Ulloa, como Ministro de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en substitución del C. licenciado Alberto R. Vela, a quien le fue concedido su retiro.

De acuerdo con la facultad que concede la fracción V del artículo 79 constitucional a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, la Asamblea aprueba el nombramiento en votación económica.

Encontrándose en las puertas del Salón el C. licenciado Enrique Martínez Ulloa, son designados para introducirlo y acompañarlo en el acto de protesta, a los CC. senador Juan Manuel Terán Mata, diputado Eduardo Luque Loyola, diputado Antonio Vargas MacDonald y senador Abdón Alanís Ramírez.

Puestos los presentes de pie, el nuevo Ministro rinde la protesta de ley. Acto seguido, la misma comisión nombrada lo acompaña al retirarse.

Invitación del Departamento del Distrito Federal a la ceremonia conmemorativa del 92 aniversario luctuoso del Benemérito Benito Juárez, que, con asistencia del Primer Magistrado de la Nación, tendrá lugar en el hemiciclo erigido a su memoria, en la Alameda Central, el día dieciocho de los corrientes.

Son designados en comisión para asistir a este acto, los CC. senadores Mauricio Magdaleno, Manuel Rivera Toro, Antonio Salazar Salazar y diputado Salvador González Lobo.

Ocho dictámenes de la Comisión de Puntos Constitucionales, conteniendo proyectos de decreto que conceden permiso para aceptar y usar condecoraciones otorgadas por gobiernos extranjeros a los siguientes ciudadanos:

Del Gobierno de los países Bajos: a Lorenzo Basulto Jaramillo, de la Orden de Orange Nassau en el grado de Caballero; a Ismael Casillas García y Moisés Azor Domingo, de la Orden de la Casa de Orange en el grado de Medalla de Honor de Plata; a Germán Valle S. y José Calderón Tagliabue, de la Orden de la Casa de Orange en el grado de Oficial; a Jesús Silva R., de la Orden de la Casa de Orange en el grado de Caballero de Primera Clase; y, otorgadas por el señor Presidente de la República de Francia, a Enrique Ramos Cabañas y José Calderón Tagliabue, la Medalla de Honor de la Policía de la República Francesa.

A discusión sucesivamente, sin que nadie haga uso de la palabra, son aprobados los ocho dictámenes en votación nominal, por unanimidad de diecisiete votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

A las trece horas y cincuenta minutos se levanta la sesión y se cita para el jueves veintitrés de los corrientes a las doce horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se ha dirigido a ésta de Gobernación, con fecha 14 de los corrientes, manifestando lo siguiente:

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política, para que el C. Licenciado Federico A. Mariscal, Director General del Ceremonial, pueda aceptar y usar, sin perder su ciudadanía mexicana la condecoración de la Orden al Mérito, que en el grado de Gran Cruz le confirió el Gobierno de la República Federal de Alemania.'

Hago del conocimiento de ustedes lo anterior, para los fines legales procedentes, reiterándoles mi consideración atenta.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor, licenciado Noé Palomares." Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación con fecha 14 del presente mes:

'Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución política, para que el C. Mario Ezcurdia, jefe de la Oficina de prensa de la Presidencia de la República, pueda aceptar

y usar sin perder su ciudadanía mexicana la Condecoración de la Legión de Honor, que en el grado de Gran Oficial le confirió el Gobierno de la República Francesa.'

Reitero a ustedes mi atención.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor, licenciado Noé Palomares." Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

Con fecha 14 del mes en curso la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a ésta de Gobernación lo siguiente:

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política, para que el C. Mario Ezcurdia, Jefe de la Oficina de Prensa de la Presidencia de la República, pueda aceptar y usar sin perder su ciudadanía mexicana la Condecoración Bandera Yugoslava con Estrella de Oro de Collar que le confirió el gobierno de la República Socialista Federativa de Yugoslavia.'

Hago del conocimiento de ustedes lo anterior, para los fines legales procedentes, reiterándoles mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor, licenciado Noé Palomares." Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión . - Presentes.

A continuación transcribo, a ustedes, para su conocimiento y fines procedentes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación, con fecha 14 del actual.

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política, para que el C. Mario Ezcurdia, Jefe de la Oficina de Prensa de la Presidencia de la República, pueda aceptar y usar sin perder su ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden al Mérito que en el grado de Comendador le confirió el gobierno de la República Federal de Alemania.'

Reitero a ustedes mi consideración atenta.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial mayor, licenciado Noé Palomares." Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

En oficio fechado el 2 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a ésta de Gobernación lo siguiente:

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política para que el C. Alfonso Guerra, Embajador de México, pueda aceptar y usar sin perder su ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden al Mérito, que en el grado de Gran Cruz con Banda y Estrella le confirió el gobierno de Alemania.'

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, reiterándoles mi consideración atenta.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 13 de julio de 1964. - Por Ac. del C. subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor licenciado Noé Palomares." Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se ha dirigido a ésta de Gobernación con fecha 3 del actual, manifestando lo siguiente:

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política para que el C. Raúl Baca García de Alba, Consejero del Servicio Exterior Mexicano, pueda aceptar y usar sin perder su ciudadanía mexicana, la consideración de la Orden al Mérito, que en el grado de Gran Cruz le confirió el gobierno de Alemania.'

Hago del conocimiento de ustedes lo anterior, para los fines procedentes, reiterándoles mi consideración atenta.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 13 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor licenciado Noé Palomares." Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

En oficio fechado el 14 de los corrientes, la Secretaria de Relaciones Exteriores manifiesta a ésta de Gobernación, lo siguiente:

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política,

para que el C. doctor Manuel Velasco Suárez, Director General de Neurología, Salud Mental y Rehabilitación de la Secretaría de Salubridad y Asistencia Pública, pueda aceptar y usar, sin perder su ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden 'Hipólito Unanue', que en el grado de Comendador le confirió el gobierno de la República de Perú.'

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, reiterándoles mi consideración atenta.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor licenciado Noé Palomares." Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

A continuación transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación, con fecha 21 del presente mes:

Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, inciso B, del artículo 37 de la Constitución Política para que el C. Oscar Araiza López, Canciller del Servicio Exterior Mexicano, pueda aceptar y usar, sin perder su ciudadanía mexicana, la condecoración de la Orden al Mérito, que en el grado de Cruz de Primera Clase le confirió el gobierno de Alemania.'

Reitero a ustedes las seguridades de mi atención.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 13 de julio de 1964. - Por Ac. del C. Subsecretario, encargado del Despacho, el Oficial Mayor licenciado Noé Palomares." Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

La Secretaría de la Defensa Nacional se ha dirigido a ésta de Gobernación, con fecha 4 del actual, manifestando lo siguiente:

El C. coronel de infantería D.E.M. Leopoldo Garduño Canizal, perteneciente a la 16a Zona Militar, en escrito de 22 de junio último, dice lo siguiente: De conformidad por lo estatuido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ruego a esa Superioridad se hagan las gestiones correspondientes ante el H. Congreso de la Unión a fin de que se me autorice aceptar y usar las condecoraciones que me fueron otorgadas por el gobierno de la República de Guatemala siendo las siguientes: Orden del Quetzal, en el grado de Comendador; Cruz de 'Mérito Militar de Primera Clase', lo que por acuerdo del C. general de división Secretario, transcribo a usted estimándole ordenar que por ese conducto se gestione ante el H. Congreso de la Unión el permiso constitucional correspondiente, para que el interesado pueda aceptar y usar las condecoraciones que le fueron conferidas por el gobierno de la República de Guatemala.'

Hago del conocimiento de ustedes lo anterior, para los fines legales procedentes, reiterándoles mi consideración atenta.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 14 de julio de 1964. - Por Ac. del Subsecretario Encargado del Despacho, el Oficial Mayor, licenciado Noé Palomares." Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza. - Secretaría.

H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - México, D. F.

Nos es grato informar a ustedes que hoy abrió esta XLII Legislatura del Estado, un Período Extraordinario de Sesiones, designando su Mesa Directiva en la siguiente forma:

Presidente, Profa. Guadalupe González Ortiz; Vicepresidente, Antonio Bercheemann Iruegas; Secretario, Raúl Marines Rodríguez; Secretario, licenciado Gustavo Guerra Castaño; Tesorero, Félix Cortés Vigil.

Lo que comunicamos a ustedes para su conocimiento, protestándoles las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Saltillo, Coah., julio 20 de 1964. - Leobardo Flores Avila, D. S. - Gustavo Guerra Castaño, D. S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Diputación Permanente del Congreso del Estado de Zacatecas.

C. Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Allende y Donceles. - México, D. F.

La H. XLIV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas abrió y clausuró hoy dieciséis de julio de mil novecientos sesenta y cuatro, su Noveno Período Extraordinario de Sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio legal, al que fue convocada su Diputación Permanente por Decreto número 330 de fecha 13 del actual, con el exclusivo objeto de resolver acerca de varios proyectos de decreto, enviados por el Ejecutivo Local, habiendo quedado integrada la Mesa Directiva que fungió durante dicho período en la siguiente forma:

Presidente, Alfonso Pérez Peña; Vicepresidente, Benigno Llamas Márquez; Primer Secretario, doctor Calixto Medina Medina; Segundo Secretario, Raúl Castillo Aguilar.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Zacatecas, Zac., a 16 de julio de 1964. - Calixto Medina Medina, D. S. - Raúl Castillo Aguilar, D. S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero. - Poder Legislativo. - Comisión Permanente.

Chilpancingo, Gro., 3 de julio de 1964.

C. Presidente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

La H. XLIV Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guerrero, abrió el día 1o del actual su Segundo Período Extraordinario de Sesiones, correspondiente al Segundo Año de su Ejercicio Legal, habiéndolo clausurado el 2 del mismo mes, el cual fue convocado por esta Diputación Permanente con el exclusivo objeto de tratar varios asuntos de urgente resolución.

Al tratar participar a usted lo anterior, no es satisfactorio reiterarle las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente de la Diputación Permanente, Raúl Fernández Galeana. - Secretario, Martín Hernández Hernández." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Estado de Querétaro Arteaga. - Poder Legislativo. Querétaro, Qro., 30 de junio de 1964.

H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D. F.

La Honorable Cuadragésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, en cumplimiento de lo que ordena el artículo 42 de la Constitución Política Local, clausura hoy, treinta de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, su Segundo Período Ordinario de Sesiones, Correspondientes al Tercer año de su ejercicio legal.

Lo que comunicamos a Ud. (s) para su conocimiento y efectos legales consiguientes.

Protestamos a Ud. (s) las seguridades de nuestra atención.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Severiano Pérez Enríquez, D. S. - Antonio Domínguez Trejo, D. S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Estado de Querétaro Arteaga. - Poder Legislativo.

Querétaro, Qro., 30 de junio de 1964.

"H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

La Diputación Permanente de la Honorable Cuadragésima Legislatura Constitucional de este Estado, en cumplimiento de lo que ordena el artículo 67 de la Constitución Política Local, se declara legítimamente instalada hoy treinta de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, para funcionar durante el Segundo Receso, correspondiente al tercer año de su ejercicio legal, quedando integrada su Mesa Directiva en la siguiente forma:

Presidente, licenciado Alberto Fernández Riveroll; Secretario, doctor Antonio Sánchez Obregón; Secretario, Enrique Redentor Albarrán; Suplentes: Severiano Pérez Enríquez; Regina Olvera Ledesla; Telésforo Trejo Uribe.

Lo que comunicamos a Ud. (s) par su conocimiento y efectos legales consiguientes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Enrique Redentor Albarrán, D. S. - Antonio Sánchez Obregón, D. S." - De enterado "Estados Unidos Mexicanos. - Poder Legislativo del Estado. - Oaxaca. - Secretaría.

CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D. F.

En cumplimiento de preceptos legales, hacemos de su conocimiento que la H. XLV Legislatura Constitucional del Estado, clausuró hoy su segundo período ordinario de sesiones correspondiente al segundo año de ejercicio legal, dejando integrada su Diputación Permanente en la forma que sigue:

CC. diputados: Presidente, licenciado Julio Esponda Solana; Vicepresidente, doctor José Antonio Vargas Ramírez; Tercer miembro, Alvaro Solano Martínez; Prosecretario, licenciado Fernando Castillo Castillo; Secretario, Alfredo D. Altamirano Martínez.

Suplentes: doctor Pablo Morales Hernández y Magdaleno Villegas Domínguez. Reiteramos a usted (es) las seguridades de nuestra consideración distinguida. Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz'

Oaxaca de Juárez, a 30 de junio de 1964. - Florencio Castellanos Luna, D. S. - Alvaro Solano Martínez, D. S." De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo. - Morelia, Mich., a 6 de julio de 1964. - 'Año de la Constitución de Apatzingán'. C. Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F.

En sesión celebrada el día de hoy, en el recinto parlamentario del H. Congreso del Estado, se aprobó el siguiente acuerdo:

I. La Diputación Permanente de la H. LVI Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, apoya y secunda con beneplácito la iniciativa aprobada por el H. Congreso del Estado de Hidalgo, tendiente a brindar merecido homenaje, en unión de los HH. Congresos de los Estados, al C. licenciado Adolfo López Mateos, Presidente Constitucional de la República Mexicana, en reconocimiento a su política eminentemente humanitaria, en beneficio de la paz mundial, y

II. Comuníquese el anterior acuerdo a la H. Legislatura del Estado de Hidalgo y a las Colegisladoras de las demás entidades de la nación, para su conocimiento y fines consiguientes.

Al transcribir a usted lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en la parte final del acuerdo que antecede, nos es satisfactorio aprovechar la oportunidad para patentizarle, una vez más, nuestra consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Francisco Guevara López, D. P. - Mario Ruiz Aburto, D. S." - A sus antecedentes.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Tuxtla, Gutiérrez, Chiapas, 14 de julio de 1964.

Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Satisfácenos comunicar a usted que esta honorable cuarenta y ocho Legislatura de Chiapas, erigida en Colegio electoral, declaró Válida la elección de Gobernador Constitucional del Estado celebrada el día cinco del presente mes y Gobernador electo al C. senador de la República licenciado José Castillo Tielemans, por haber obtenido mayoría de sufragios en dicha elección.

Atentamente.

Leopoldo Velasco Robles, D. P. - Amado de Jesús Zepeda Orozco, D. S. - Antonia G. de Sarmiento, D. S." De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"H. Congreso de la Unión.

Carlos López Chavarría, propietario, casado, mayor de edad, originario de San Pedro de las Colonias, Estado de Coahuila y señalando para oír notificaciones la casa número 375 de la calle 11 de la ciudad de Tijuana, Baja California, ante ese H. Congreso, respetuosamente comparezco y expongo:

Que el País de Bélgica, con quien México sostiene cordiales relaciones diplomáticas, me ha conferido el cargo de Cónsul Honorario Interino de dicho país, en el Estado de Baja California, por ausencia accidental del titular del mismo.

Que con el fin de proteger mi nacionalidad mexicana, por medio del presente escrito y en forma respetuosa, vengo a solicitar de ese H. Congreso de la Unión la autorización necesaria, en acatamiento a lo establecido por la fracción II del inciso B) del artículo 37 de la Constitución Política de la República.

Por lo expuesto:

A ese H. Congreso de la Unión, respetuosamente pido se sirva acordar de conformidad lo solicitado en el cuerpo de este escrito.

Protesto lo necesario.

México, D. F., a 7 de julio de 1964. - Carlos López Chavarría." Recibo, y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

El C. Vargas MacDonald, Antonio: Pido la palabra, señor Presidente, para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Vargas MacDonald.

El C. Vargas MacDonald, Antonio: Señores senadores, señores diputados: creo de mi deber, una vez más, alzar la voz ante la distinguida presencia de ustedes, para señalar hechos de importancia no solamente actual, sino histórica, que se derivan de la actitud de México en la Reunión de Cancilleres a que ha convocado, a instancias de la hermana República de Venezuela, la Organización de Estados Americanos, a efecto de examinar la querella entre el gobierno venezolano y el gobierno de la también hermana República de Cuba.

Nos encontramos, señores senadores y diputados, en mi modesto parecer, en la obligación moral y política ineludible de expresar como representantes que somos de la opinión política nacional, no así como legisladores, los puntos de vista que son el reflejo y la interpretación de lo que sin duda el pueblo mexicano, o cuando menos su inmensa mayoría, piensa y siente respecto de esta cuestión internacional.

No estamos ante un problema representado por la necesidad de tomar partido en pro o en contra de una tesis política o social cualquiera. Nuestro problema no es estar con los Estados Unidos o contra los Estados Unidos; no es nuestro problema estar con Cuba o contra Cuba. México no está contra ninguno de los pueblos ni contra ninguno de los gobiernos, con quienes sostiene relaciones diplomáticas. El problema se ha querido ver por quienes pueden tener interés en torcer sus términos o en alterar su planteamiento, como un problema de definición política, pero esto es erróneo:

La cuestión que se plantea a México, es el de sostener dentro de su imparcialidad respecto de los sistemas políticos y sociales de los miembros de la Organización Regional, sin flexionarse, sin agitarse, sin violentarse, el principio de nuestra independencia diplomática que da base y sostenimiento a un principio histórico, sin el cual ni la Revolución Mexicana, ni el pueblo de México, podrían seguir desenvolviendo su vida con la nobleza y gallardía con que la desenvuelve, quiero decir: el principio de la no intervención, de un Estado, dentro de la órbita soberana de otro.

Eso es lo único que se plantea ante nosotros; no es un principio que México, como excepción, mantenga en todas las reuniones internacionales convocadas para examinar cuestiones de este género, sino una doctrina permanente.

Todos los países de América, con inclusión de la América anglosajona, han sostenido el principio de la no intervención, que quedó clara, nítidamente definido en Bogotá.

En la primera de las conferencias en que se hizo esta definición, fue en la Conferencia de la Habana, y los Estados Unidos, junto con todos los países de la América Latina, sostuvieron el principio de la no intervención, impecablemente explicado en una declaración que tiene vigencia todavía hoy. Y en la Carta de San Francisco, también con claridad meridiana, se establece el principio de la no intervención. Entonces México no está en la Conferencia de Washington frente a un camino que escoger, cubre dos caminos posibles.

Tiene México, sencillamente, la obligación de marchar adelante sosteniendo nuestra tradición histórica, sin que pueda pesar o medir la fuerza o la razón de su actitud por el número de los países que lo acompañan en el camino.

Esperamos que el triunfo de la razón sea reconocido por la Historia; esperamos que cuando los ánimos se serenen, que cuando los elementos perturbadores de la conciencia que actúan en este momento hayan pasado a la historia, puedan reflexionar los gobernantes y los pueblos, y reconozcan la impecable, la inatacable, la inobjetable posición de México, que no es otra cosa que la posición permanente de un pueblo que quiere su libertad, y por eso respeta la libertad y la soberanía de los otros.

No es un principio gratuito, desinteresado, el de la 'no intervención' es un principio de autodefensa de los pueblos porque ningún pueblo puede quejarse cuando Estados extranjeros intervengan directa o indirectamente, militar, política o económicamente en la órbita de su soberanía, si este pueblo ha votado o se ha adherido, a tesis contrarias a la 'no intervención'; porque en la vida de las naciones, como en la vida de los hombres, como en la vida de relación de los pueblos, no pueden impunemente hacerse cosas que no se desea que un día sean hechas contra quien antes las realizó en perjuicio de otro.

En consecuencia, creo que la Comisión Permanente está obligada, y así lo propongo a ustedes, a hacer una breve declaración de solidaridad con la gallarda política del Presidente de la República, licenciado López Mateos, quien al llevarnos a Washington para sostener los principios permanentes de nuestra vida como nación independiente, demuestra que México merece el lugar distinguido que él ha sabido conquistarle en el mundo. Muchas gracias (Aplausos.)

El C. Presidente: La Presidencia se permite interrogar a la Asamblea si considera de obvia resolución el asunto planteado por el señor diputado Vargas MacDonald para que sin pasar a Comisión se ponga a discusión de la Asamblea. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se declara que es de obvia resolución.

Tiene la palabra el Senador Mena Brito.

El C. Mena Brito, Antonio: Considero que es obligación moral de un representante de elección popular y principalmente cuando por decisión de este Cuerpo se le ha conferido la Comisión de Relaciones Exteriores, hacer alguna explicación de la conducta de nuestro país en la IX Conferencia Interamericana o de Consulta que se celebra actualmente en la ciudad de Washington. Yo desde luego coincido totalmente en los puntos expuestos por el diputado Vargas MacDonald, en el sentido de que la posición de México no es una posición política, sino una posición eminentemente jurídica de defensa al sistema jurídico interamericano y a los principios generales que norman la conducta internacional de los pueblos y que han sido expresa y debatidamente apoyados y aceptados por los que formamos parte de la Organización de las Naciones Unidas.

"La intervención de uno o varios Estados en los asuntos de otro Estado está expresamente prohibida por la Organización de Estados Americanos. En efecto en el artículo 15 de la Carta de Bogotá, cuyos conceptos son indudablemente superiores a los empleados con el mismo fin, en la Carta de San Francisco se dice claramente: 'Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho a intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro.

El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también cualquier otra forma de ingerencia o tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen.'

Existe teóricamente, sin embargo otro tipo de intervención, o sea el de la intervención de una organización internacional en los asuntos interiores de los Estados miembros. Al contrario de lo que sucede con la intervención a que antes me he referido, respecto a ésta, la Carta de las Naciones Unidas se compara favorablemente con la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la que estipula claramente en su artículo segundo, párrafo 7o., 'ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará a los miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta.'

Sería un error, argüir que la ausencia de una disposición semejante a la que acabo de mencionar en la Carta de la Organización de Estados Americanos, pueda interpretarse como una autorización a dicha Organización para llevar a cabo estos que le están expresamente prohibidos a la Organización de las Naciones Unidas.

Hay que tener en cuenta también que la Organización de Estados Americanos no es un súper Estado; al igual que las Naciones Unidas, está basada en el reconocimiento expreso de la soberanía de sus miembros y, por tanto, los límites de la esfera de acción que le está permitida, es decir, los límites de su competencia son, en el orden jurídico político, los fijados en los capítulos 4o. y 5o. de la Carta de la Organización de Estados Americanos y que son los que se refieren a la solución pacífica de las controversias y la seguridad colectiva.

Las medidas que pueden tomarse en aplicación de las disposiciones de tales capítulos, o en cumplimiento de las del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca al que se alude en el Capítulo 5o., lejos de violar el principio de no intervención, constituye como lo decía hace poco el señor Tello, una real y positiva contra intervención.

Por otra parte todos los Estados Americanos suscribimos en Bogotá que ninguna de las estipulaciones de la Carta de la Organización de Estados Americanos debería interpretarse en el sentido de menoscabar los derechos y obligaciones de los Estados miembros, de acuerdo con la Carta de Naciones Unidas.

Por lo mismo el principio del respeto al dominio reservado de todos y cada uno de nuestros Estados, dominio que pertenece esencialmente a su jurisdicción interna, obliga por igual a la Organización de las Naciones Unidas y a la Organización de los Estados Americanos.

Existe lo que llama en derecho la doctrina de las condiciones imprevisibles (unforeceen conditions) a la que se ha recurrido frecuentemente en el derecho constitucional norteamericano, y por virtud de la cual resulta que en el derecho internacional, el poder implícito de aplicar el Tratado con una extensión que no pudo preverse cuando se promulgó.

En primer lugar, cabe observar que si bien en el derecho constitucional norteamericano es bastante amplia la aplicación que se ha dado a la doctrina de las facultades implícitas, no así, lo es en el derecho constitucional mexicano, dentro del cual, en opinión de los tratadistas, se encuentra estrictamente limitada en la fracción XXX del artículo 73 constitucional, según la cual el Congreso tiene facultad para expedir todas las leyes que sean necesarias, a

objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión en opinión de autorizados juristas mexicanos, el otorgamiento de esta facultad implícita, sólo puede justificarse cuando se reúnen los siguientes requisitos:

1o. La existencia de una facultad explícita, que por sí sola no podría ejercitarse.

2o. La relación de medio necesario respecto a un fin, entre la facultad implícita y el ejercicio de la facultad explícita, de suerte que sin la primera no podría alcanzarse el uso de la segunda.

3o. El reconocimiento por el Congreso de la Unión de la necesidad de la facultad implícita y su otorgamiento por el mismo Congreso al poder que de ella necesite.

Por otro lado, es oportuno señalar que cualquiera que sea la amplitud con que se entienda la doctrina de las facultades implícitas en el derecho interno sea en México o en los Estados Unidos, es hasta ahora del todo insólita la aplicación o traslación que de dicha doctrina intenta hacer el senador Morse, al derecho de los Tratados Internacionales.

En efecto, todo Tratado Internacional implica, en mayor o menor medida, una restricción en la soberanía de los Estados, por lo que todo Tratado debe interpretarse con estricto apego a sus cláusulas, y, por consiguiente, no podría inferirse jamás que las partes en un compromiso internacional han querido enajenar con otras facultades fuera de aquellas que se contienen expresamente en el respectivo instrumento.

En el caso de que los tratados que constituyen un organismo internacional, como lo son la Carta de la O.E.A. y el Tratado Internacional de Asistencia Recíproca, no podrá tener en ningún otro caso este organismo otros poderes, fuera de los que le han sido atribuidos expresamente en el instrumento constitutivo.

La doctrina anterior es de más rigurosa aplicación su acción, cuando el Tratado respectivo autoriza la imposición de sanciones al Estado miembro que por algún motivo haya infringido las disposiciones del pacto; caso en el cual no podrán decretarse otras sanciones fuera de aquellas taxativamente enumeradas en el mismo Tratado.

Aparte de no tener hasta ahora fundamento alguno, ni en la doctrina, ni en la jurisprudencia internacional, esta novedosa traslación de la doctrina constitucional de las facultades implícitas al terreno internacional, deben ponderarse los efectos, a todas luces nocivos y tremendos que tendría su aplicación irrestricta, la cual no podría evitarse una vez que la doctrina se propone, con tan absoluta generalidad.

Piénsese, por ejemplo, a qué extremos podría llegar la Organización de las Naciones Unidas, si con la especie de que su fin primordial es el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, y de que una vez autorizada la consecución de un fin, lo está también la de todos los medios conducentes al mismo, la propia Organización hubiera de aplicar sin limitación alguna todas las medidas coercitivas o de otro género a situaciones distintas a aquellas que han sido previstas expresamente en su Carta Constitutiva y fuera de los poderes que la misma le otorga.

Ningún jurista o ningún hombre público o con sentido de responsabilidad, podría desconocer que en estas circunstancias sobrevendría el desquiciamiento más completo de la marcha de la organización, y no podría, por tanto, asumir una doctrina que lógicamente lleva a consecuencias verdaderamente catastróficas.

Así pues, la actitud de México y concretamente la del Presidente López Mateos, en quien recae la responsabilidad de la dirección de la política internacional del país, no solamente está fundada en la tradición mexicana, sino apoyada en nuestra interpretación de buena fe, de las normas del derecho interamericano, y, ajustada además a las disposiciones constitucionales que nos rigen dentro y fuera del territorio nacional.

De ahí que, los delegados mexicanos, no lleven a esta junta ninguna propuesta, pero sí la resolución de estudiar las que se presenten a la luz de los principios fundamentales antes acordados por México y que constituyen la base jurídica de nuestro sistema interamericano.

Por lo demás, los fundamentos y criterios de la posición mexicana respecto a los temas que se tratan ya han sido definidos en otras ocasiones y expresados con claridad:

a) La inaplicabilidad, en este caso, del Tratado de asistencia recíproca de Río de Janeiro.

b) Del fortalecimiento del sistema interamericano, mediante más estricto apego a todos a sus normas jurídicas, cuya base primordial es la Carta de Bogotá, constitutiva de la Organización de los Estados Americanos.

c) El derecho de autodeterminación de cada país y el respeto a su soberanía para que busque y pueda darse el sistema de vida y las instituciones económicas, políticas y sociales que mejor le convengan.

d) La no intervención de ningún país o grupo de países en los asuntos interiores de otro, lo que debe entenderse como norma de aplicación general y no solamente respecto a un Estado o grupo de Estados.

El artículo 6o. del Tratado de Río dispone lo siguiente: 'Si la inviolabilidad o la integridad del territorio o la soberanía o la independencia política de cualquier Estado Americano fueren afectadas por una agresión que no sea ataque armado, o por un conflicto extracontinental o intracontinental, o por cualquier otro hecho o situación que puede poner en peligro la paz de América, el órgano de consulta se reunirá inmediatamente a fin e acordar las medidas que en caso de agresión se deban tomar en ayuda del agredido o en todo caso las que convenga tomar para la defensa común, para la defensa de la paz y la seguridad del Continente.

Como se verá no bastan la agresión y todo lo demás que sigue para que se ponga en movimiento el mecanismo de la consulta, sino que es preciso, además, que todo ello afecte de algún modo la inviolabilidad o integridad territorial, la soberanía o la independencia política de cualquier Estado Americano. Si la condición no se cumple no tiene lugar en absoluto nada de lo condicionado.

Puede hablarse de una agresión potencial, pero en este caso queda a la conveniencia del momento tomar o no tal o cual acción cuando no se trata sino de una amenaza de agresión que bien puede ser

muy remota, y queda al arbitrio de los Estados en particular ejercerlas, una vez que el órgano de consulta se ha pronunciado sobre las medidas obligatorias que deben tomarse en los términos del artículo 20 del Tratado.

En un instrumento de seguridad colectivo que pretende tener carácter permanente, no es buena técnica infringir situaciones que, al menos de yure deben estimarse como transitorias, y a las cuales, por lo demás, podrá siempre llegado el caso aplicarse el Tratado.

Por último, todos los verdaderos mexicanos aceptar n con nosotros que la dignidad de independencia de nuestro país, no es materia de transacciones por provechosas que en lo material transitoriamente pudieran aparecer y que cualquiera que pudieran ser los problemas que el país enfrentara para defender su derecho, su expresión y su doctrina, los debemos resolver unidos, tal como lo hemos hecho una y otra vez en el pasado; pues esos problemas no han de ser tan intrincados, ni la decisión de esta generación ha de ser menor que las de las generaciones que nos antecedieron."

El C. Presidente: ¿Algún otro miembro de la Permanente desea hacer uso de la palabra? No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se acepta la proposición del diputado Vargas MacDonald, para que se haga una declaración en el sentido en que fue propuesta por él. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

La Presidencia se permite designar a los ciudadanos representantes Vargas MacDonald y Mena Brito, para que redacten la declaración de la Comisión Permanente.

No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión y se cita para el próximo jueves 30 a las 12 horas. (13.30)

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES