Legislatura XLVI - Año I - Período Ordinario - Fecha 19640825 - Número de Diario 8

(L46A1P1oN008F19640825.xml)Núm. Diario:8

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MARTES 25 DE AGOSTO DE 1964

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XLVI LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 8

OCTAVA JUNTA PREPARATORIA

DE LA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 25

DE AGOSTO DE 1964

SUMARIO

I. Se abre la Junta Preparatoria. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del Acta de la Junta Preparatoria anterior.

II. Diecisiete dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales referentes a los distritos electorales que a continuación se expresan:

1o. de Chiapas: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

15 del Distrito Federal: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

5o. de Guanajuato: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

4o. de Guerrero: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

9o. de México: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

1o. de Michoacán: En contra, el C. Francisco Manuel Torres Serranía, del PAN, quien solicita la nulidad de la elección. En pro del dictamen habla el C. Miguel Covián Pérez. Por la Comisión dictaminadora hace uso de la palabra el C. Raúl Padilla Gutiérrez . Considerando suficientemente discutido el caso, se aprueba el dictamen. Declaratoria.

4o. de Zacatecas: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

11 de Jalisco. Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

3o. de Veracruz: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

3o. de Jalisco: En contra, el C. Ignacio González Luna Morfín, del PAN. La Comisión dictaminadora, por voz del C. Vicente Fuentes Díaz, declina el turno de hablar. La Presidencia da la oportunidad al C. Roberto Pufleau Treviño, del PARM, para impugnar el dictamen (solicita se suspenda la discusión del dictamen). En defensa de su caso, habla el C. Rubén Moheno Velasco, del PRI. Para hechos hacen uso de la palabra los CC. Pufleau Treviño y González Luna Morfín. Por la Comisión, defiende el dictamen el C. Vicente Fuentes Díaz. Considerando suficientemente discutido el asunto, se aprueba el dictamen. Declaratoria.

3o. de Chiapas: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

2o. de Guerrero: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

3o. de Guanajuato En contra, el C. Antonio Obregón Padilla, del PAN. Por la Comisión Dictaminadora, defiende el dictamen el C. Fluvio Vista Altamirano. Considerado suficientemente discutido el asunto, se aprueba el dictamen. Declaratoria.

6o. de Jalisco: Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

8o. de Jalisco Sin discusión se aprueba. Declaratoria.

1o. de Veracruz: En contra, el C. Urbano Pérez Tenorio, del PAN. En favor del dictamen hace uso de la palabra el C. Mario Colín Sánchez. Considerado suficientemente discutido el asunto se aprueba el dictamen. Declaratoria.

1o. de México: Sin discusión se aprueba. Declaratoria. Se levanta la Junta Preparatoria.

DEBATE

Presidencia del

C. VICENTE MADRIGAL GUZMÁN

(Asistencia de 152 ciudadanos presuntos diputados.)

I

- El C. Presidente (a las 11:40 horas): Se abre la Junta Preparatoria.

- El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"Orden del Día.

25 de agosto de 1964.

Acta de la Junta Preparatoria anterior.

Dictámenes de las Comisiones respectivas acerca de los siguientes expedientes:

Primero de Chiapas, Decimoquinto del Distrito Federal, Quinto de Guanajuato, Cuarto de Guerrero, Noveno de México, Primero de Michoacán, Cuarto de Zacatecas, Decimoprimero de Jalisco, Tercero de

Veracruz, Tercero de Jalisco, Tercero de Chiapas, Segundo de Guerrero, Tercero de Guanajuato, Sexto de Jalisco, Octavo de Jalisco, Primero de Veracruz, Primero de México."

"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XLVI Congreso de la Unión, celebrada el día veinticuatro de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro.

Presidencia del C. Vicente Madrigal Guzmán.

En la ciudad de México, a las once horas y cuarenta minutos del lunes veinticuatro de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro, se abre la Junta Preparatoria con asistencia de ciento cincuenta y ocho ciudadanos presuntos diputados, según consta en la lista que previamente pasa la Secretaría.

Se da lectura a la Orden del Día.

Sin discusión, es aprobada el acta de la Junta Preparatoria anterior celebrada el sábado veintidós del actual.

Se someten a la consideración de la Asamblea veinticuatro dictámenes presentados por las Comisiones dictaminadoras de expedientes electorales, los que son aprobados en votaciones económicas sucesivas, declarándose en los distritos, por ellos comprendidos, válidas las elecciones y diputados de mayoría a la XLVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, propietarios y suplentes, respectivamente, a los ciudadanos que en seguida se enumeran:

Cuarto de Chihuahua: Pedro N. García Martínez y Armando González Soto.

Vigesimocuarto del Distrito Federal: Bonifacio Moreno Tenorio y J. Félix González Órgano.

Segundo de Nuevo León: Arnulfo Treviño Garza y Félix G. Lazcano Elizondo.

Hace uso de la palabra en contra del dictamen el ciudadano Pedro Reyes Velázquez, candidato de Acción Nacional; en pro, los ciudadanos Treviño Garza y Rubén Moheno Velasco.

Se considera suficientemente discutido y en votación económica se aprueba.

Primero de Tlaxcala: Tulio Hernández Gómez y Faustino Zempoaltécatl Tetlacuilo.

Impugna el dictamen, el candidato del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, Miguel Osorio Ramírez; en favor, interviene el ciudadano Tulio Hernández Gómez, postulado por el Partido Revolucionario Institucional.

En votación económica se aprueba el dictamen.

Decimoctavo del Distrito Federal: Enrique Torres Calderón y José Oropeza Cerón.

Noveno de Veracruz: Miguel Castro Elías y Hermenegildo Lobato Cerón.

Decimosexto del Distrito Federal: Ramón Zentella Ascencio y Carlos Oropeza Gómez.

Para oponerse al dictamen habla el ciudadano Jorge Garabito Martínez, del Partido Acción Nacional; a favor, lo hace el ciudadano Raúl Padilla Gutiérrez, miembro de la Comisión dictaminadora. Para hechos, los ciudadanos Garabito Martínez y Padilla Gutiérrez.

Se considera suficientemente discutido y se aprueba el dictamen en votación económica.

Segundo de Yucatán: Fabio Espinosa Granados y Magda Bauza Romero.

Tercero de Oaxaca: Juan Bustamante Vasconcelos y María Toledo de Ramírez.

Tercero de Nuevo León: Guillermo Ochoa Rodríguez y José González Alvarado.

En su orden, hablan en contra, el ciudadano Francisco Calvi Reese, candidato postulado por el Partido Acción Nacional; en favor, los ciudadanos Ochoa Rodríguez y Treviño Garza y, finalmente, para hechos los ciudadanos Calvi Reese y Treviño Garza.

La Asamblea considera el asunto suficientemente discutido y aprueba el dictamen en votación económica.

Tercero de Tamaulipas: Ladislao Cárdenas Martínez y Gregorio Soto Guerrero.

La Presidencia decreta un receso de una hora, siendo las quince horas y treinta minutos. A las dieciséis horas y cuarenta y seis minutos se reanuda la Junta Preparatoria y se continúa con los asuntos en cartera.

Cuarto de Tamaulipas: Lauro Rendón Valdés y Darío Manuel Hernández Cervantes.

El candidato del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, C. Bernardino Brizuela Ascencio, se pronuncia en contra del dictamen y, en favor, lo hace el C. Rendón Valdés.

La Asamblea lo aprueba en votación económica.

Decimocuarto del Distrito Federal: Manuel Contreras Carrillo y Manuel Morales Vargas.

Cuarto del Estado de México: Guillermo Molina Reyes y Enrique Castañeda Ornelas.

Primero de Yucatán: Fidelia Sánchez de Mendiburu y Miguel F. Vidal Rivero.

Tercero de San Luis Potosí: Miguel Gascón Hernández y J. Guadalupe Martínez Sánchez.

Tercero de Sonora: Manuel R. Bobadilla y Mario Moraga Bórquez.

Decimosegundo del Distrito Federal: Marta Andrade de Del Rosal y Miguel Barrera Fernández.

Quinto de Puebla: Enrique Marín Retif y Ruperto Zafra Hernández.

En este caso, hacen uso de la palabra consecutivamente, en contra, los CC. Antonio Medina Hernández y Teodomiro González Islas, candidatos postulados respectivamente, por los Partidos Acción Nacional y Auténtico de la Revolución Mexicana; en pro, el C. Rodríguez Leija, miembro de la Comisión dictaminadora y para hechos nuevamente, los CC. Medina Hernández, González Islas y Rodríguez Leija.

Suficientemente discutido, en votación económica se aprueba el dictamen.

Tercero de Michoacán: Ernesto Reyes Rodríguez y Alfredo Pimentel Ramos.

Objeta el dictamen el ciudadano Antonio Lara López, candidato del Partido Acción Nacional y lo defiende el ciudadano Reyes Rodríguez del Partido Revolucionario Institucional.

El dictamen es aprobado en votación económica.

Cuarto de Michoacán: Domingo García López y José Arroyo Domínguez.

Decimoprimero del Distrito Federal: Luis Priego Ortiz y Tito Pequeño Pedroza.

Quinto del Estado de México: Mario Colín Sánchez y Maximino Pérez Alcántara.

Cuarto de Jalisco: Francisco Silva Romero y Rafael Madrigal Vázquez.

La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, hace la declaratoria en cada uno de los casos, de la

validez de las elecciones y de los candidatos que resultaron triunfantes.

A las diecinueve horas y cuarenta minutos se levanta la Junta Preparatoria y se cita para el día siguiente a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

II

- El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"1a. Comisión Dictaminadora. 3a. Sección.

Honorable Asamblea:

A esta 3a. Sección de la 1a. Comisión dictaminadora, les fue turnado para estudio y dictamen el expediente que se refiere a las elecciones verificadas el día 5 del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de Chiapas, en las que figuraron como candidatos a diputados federales, los ciudadanos que a continuación se mencionan:

Por el Partido Acción Nacional: C. Rafael Estudillo Solís como propietario y Luciano Ojeda Villalobos como suplente; por el Partido Revolucionario Institucional, doctor Jesús Cancino Casahonda como propietario y profesora Martha Luz Rincón Castillejos como suplente.

El estudio de la documentación que obra en nuestro poder nos da a conocer que durante el desarrollo del proceso electoral se cumplió con los requisitos exigidos por la Ley Federal Electoral y las disposiciones de los organismos electorales. Los representantes acreditados por los partidos políticos y candidatos contendientes vigilaron que el proceso se desarrollase cumpliéndose en este aspecto.

Se examinó el acta de la Junta Computadora y se estudiaron las protestas formuladas por el representante del Partido Acción Nacional de ciertas irregularidades que según él, se habían cometido durante el proceso electoral, tales como violación del secreto del voto, falta del reconocimiento de personalidad a su representante en la casilla número 20, impedimento en el ejercicio del derecho del voto a personas que deseaban hacerlo en virtud de que de acuerdo con el padrón aparecían que ya habían votado, razones por las cuales solicitaban la anulación de la elección de diputados. Debe mencionarse también que dejó de computarse la sección octava del Municipio de Berriozábal, porque no coincidió el acta que contenía el paquete electoral con la copia autorizada.

Como resultado del cómputo el Comité Distrital Electoral procedió a entregar constancia de mayoría al C. doctor Jesús Cancino Casahonda como diputado propietario y a la señorita profesora Martha Luz Rincón Castillejos como diputada suplente. Posteriormente la H. Comisión Federal Electoral previo estudio del expediente respectivo procedió a registrar dichas constancias para los efectos de ley.

Esta Comisión considera, que del estudio y examen de la documentación se desprende en forma clara que el proceso respectivo se ajustó debidamente a las disposiciones de ley, tanto en la etapa preelectoral como en las elecciones, escrutinio y cómputo de los votos y que las protestas presentadas no significan circunstancias que puedan invalidar o modificar los resultados contenidos.

Es por ello que venimos a solicitar a la consideración de esta Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron lugar el día 5 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Chiapas.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVI Legislatura por el mencionado distrito electoral los CC. Jesús Cancino Casahonda como propietario y Martha Luz Rincón Castillejos como suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 19 de agosto de 1964.- Raúl Padilla Gutiérrez.- Francisco Pérez Ríos.- Carlos Pérez Cámara."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron lugar el día 5 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Chiapas.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVI Legislatura por el mencionado distrito electoral los CC. Jesús Cancino Casahonda como propietario y Martha Luz Rincón Castillejos c o m o suplente." (Aplausos.)

- El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio (leyendo):

"1a. Comisión. 1a. Sección.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la suscrita 1a. Sección de la 1a. Comisión dictaminadora, en cumplimiento de lo preceptuado por el artículo 5o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente que contiene la documentación relativa al acto electoral efectuado el 5 de julio último en el decimoquinto distrito electoral del Distrito Federal, para designar diputados al Congreso de la Unión.

Contendieron los siguientes partidos y candidatos: PAN: Propietario licenciado Carlos Pineda Flores y Jorge A. Hernández Escalante como suplente; PRI: Propietario Rodolfo Rivera Rueda; Suplente, Pedro Luis Bartilotti Pérez: PPS: Propietario, profesor Héctor Manuel Niebla y profesor Artemio Martínez Pimentel, suplente; y PARM: Propietario, José Bárcenas Rojas y suplente, Carlos Emilio B. Salazar.

El resultado de la elección fue el siguiente: 11,514 votos para el candidato a diputado propietario postulado por el Partido Acción Nacional y 10,430 votos para su suplente; 35,992 votos para el candidato del Partido Revolucionario Institucional, propietario y 31,769 para su suplente; 1,691 votos para el candidato a diputado propietario por el Partido Popular Socialista y 1,540 para el suplente sostenido por el

propio partido; 1,159 votos para su suplente y, propietarios no registrados 189 votos y 125 para suplentes también no registrados.

Practicando el estudio minucioso de la documentación que obra en el expediente, se encuentra que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales que informan la Ley Electoral Federal, acatando igualmente las instrucciones de los organismos electorales; que el acto específico de las elecciones se realizó sin incidentes dignos de ser tomados en consideración, toda vez que si bien es cierto que el representante del Partido Popular Socialista y los representantes de los candidatos a diputados sostenidos por el propio partido levantaron un acta de protesta ese día, el Comité Distrital correspondiente se abocó en forma inmediata a la investigación de los hechos en que se hizo consistir dicha protesta, habiendo comprobado que la misma resultó infundada.

Merece hacerse especial mención además que si bien es cierto que en el expediente sometido a la consideración y estudio de esta Comisión aparece un escrito fechado el 27 de julio último signado por el señor candidato a diputado propietario postulado por el Partido Acción Nacional, en el cual solicita, fundado según él, en las graves irregularidades cometidas, la nulidad de los votos emitidos en favor de la fórmula registrada por el Partido Revolucionario Institucional, también lo es, que la Comisión Federal Electoral no tomó en cuenta dicha solicitud, proceder que se justifica porque las violaciones que se hacen valer no fueron comprobadas con documento alguno que demuestre su procedencia y antes bien esta Comisión dictaminadora quiere destacar en forma singular que según consta del acta levantada el 5 de julio, los representantes de los Partidos Acción Nacional y Popular Socialista, admitieron la legalidad de los procedimientos de instalación y funcionamiento de las 171 casillas distribuidas en el distrito a que corresponde el presente dictamen, así como, la de los escrutinios realizados en las propias casillas.

Por otra parte, el acta de cómputo final también fue firmada por los representantes de los partidos contendientes lo que evidencia, sin lugar a dudas, la legalidad con que fue realizado dicho cómputo.

No quiere pasar inadvertido esta Comisión, el hecho de la existencia de un escrito signado por el candidato postulado por el Partido Acción Nacional al través del cual se queja de varias irregularidades que por su naturaleza no son dignas de ser tomadas en cuenta, toda vez que por lo que toca a la que pudiera considerarse de mayor gravedad que es la que consiste en la acusación formulada en contra del señor Rodolfo Rivera Rueda ante la Procuraduría de Justicia del Distrito y Territorios Federales, vale indicar que al no existir algún elemento de convicción que justifique que dicha acusación ha prosperado desde el punto de vista legal, ello no debe ser motivo de análisis por esta Comisión dictaminadora, atendiendo a que, de llegar al examen indicado, se arribaría al absurdo de que basta para invalidar una candidatura formular una simple acusación en contra de la persona que pretende obtener un puesto de elección popular.

Por lo que hace a la protesta del Partido Popular Socialista en la que sostiene la interdicción judicial del candidato postulado por el Partido Revolucionario Institucional, importa hacer notar en forma destacada que la fracción II del artículo 62 de la Ley Electoral Federal se refiere a los ciudadanos que estén sujetos a esa interdicción judicial, misma que en una correcta hermenéutica jurídica es aquel estado que se decreta al través de una sentencia ejecutoriada, por la autoridad judicial de carácter civil, hipótesis normativa en la que en modo alguno encuadra el caso planteado; pero a mayor abundamiento de razones, conviene precisar que la interdicción de que tanto se ha hablado y el fundamento de examen, se refiere a la imposibilidad de votar, situación ésta que nada tiene que ver en el caso a estudio.

En esta virtud, si del expediente a dictamen no aparece ningún dato que pudiera constituir un sólido fundamento para invalidar las elecciones de que se trata ni tampoco han sido aportados elementos de prueba que así lo determinaran, ni menos para modificar el resultado de la elección, venimos a someter a la consideración de esta Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para designar diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 5 de julio del año en curso en el decimoquinto distrito electoral del Distrito Federal.

Segundo. En consecuencia, son diputados de mayoría al Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Rodolfo Rivera Rueda y Pedro Luis Bartilotti Perea.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. -México, D. F., a 24 de agosto de 1964.- Fluvio Vista Altamirano.- Leopoldo González Sáenz.- Everardo Gámiz Fernández."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para designar diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 5 de julio del año en curso en el decimoquinto distrito electoral del Distrito Federal.

Segundo. En consecuencia, son diputados de mayoría al Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Rodolfo Rivera Rueda y Pedro Luis Bartilotti Perea." (Aplausos.)

-El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"1a. Comisión. 1a. Sección.

Honorable Asamblea:

Ante la soberana consideración de esta H. Asamblea los suscritos, integrantes de la 1a. Comisión dictaminadora 1a. Sección, se permiten presentar el siguiente dictamen que es el resultado del estudio hecho de la documentación correspondiente al expediente electoral formado con motivo de las elecciones que, para diputados federales, tuvieron lugar

en el quinto distrito electoral del Estado de Guanajuato, cabecera en Pénjamo el domingo 5 de julio próximo pasado.

En dicho distrito electoral se registraron los siguientes candidatos:

PAN: Rubén Elizarrarás Canchola para diputado propietario.

José Rojo Flores para diputado suplente.

PRI: Ingeniero Vicente Salgado Páez para diputado propietario.

Licenciado Enrique Hernández Martínez Arce para diputado suplente.

PPS: Canuto Elías Velerio, para diputado propietario.

Agapito Ramírez Preciado, para diputado suplente.

PARM: Rafael Cortés Alfaro, para diputado propietario.

Hipólito Alvarado Hernández para diputado suplente.

Oportunamente se instaló la Comisión local electoral que, auxiliada por el Comité Distrital respectivo, dirigió y vigiló el proceso electoral hasta su culminación.

La elección se llevó a cabo con toda normalidad sin que se presentaran irregularidades, ni incidentes de ninguna naturaleza que pudieran viciarla, habiéndose apegado estrictamente a lo dispuesto por la Ley Electoral Federal y a las instrucciones de los organismos electorales competentes, habiéndoseles proporcionado a los representantes de los diversos partidos toda clase de facilidades y garantías para que contribuyeran al desarrollo pacífico y democrático de las elecciones del día 5 de julio del presente año.

Posteriormente según consta también, se desprende de los documentos que se tuvieron a la vista, que el Comité Distrital Electoral realizó el escrutinio y cómputo de todas las casillas pertenecientes a su jurisdicción, asentándose en el acta respectiva, la no computación de la documentación de las casillas No. 29 y 64 por caer en lo señalado 105, fracción IV y 135, fracción IV de la Ley Electoral, haciendo la Comisión la consideración de que este hecho en ningún sentido invalida el resultado total de la elección, y de que no pueden ser imputables a ningún partido las fallas que se presentaron que más bien se pueden atribuir a la falta de capacidad o conocimiento en el manejo de las atribuciones de un funcionario de casilla y por ningún motivo a falta de honradez o existencia de mala fe; confirmándose lo anterior con la aceptación del cómputo final que por medio de su firma hicieron los representantes de los partidos contendientes.

Como consecuencia del cómputo mencionado el Comité Distrital expidió la constancia de mayoría de votos en favor del C. ingeniero Vicente Salgado Páez como candidato a diputado propietario y del C. licenciado Enrique Fernández Martínez como candidato a diputado suplente por el 5o. distrito electoral de Guanajuato, misma constancia que fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral.

Por todo lo anterior, esta Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputado propietario y suplente se realizaron el día 5 de julio del presente año en el 5o. distrito electoral del Estado de Guanajuato.

Segundo. Son diputados de mayoría, al Congreso de la Unión, los CC. ingeniero Vicente Salgado Páez y licenciado Enrique Fernández Martínez Arce, propietario y suplente, respectivamente, por el distrito mencionado.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., agosto 17 de 1964.- Fluvio Vista Altamirano.- Leopoldo González Sáenz.- Everardo Gámiz Fernández."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputado propietario y suplente se realizaron el día 5 de julio del

presente año en el 5o. distrito electoral del Estado de Guanajuato.

Segundo. Son diputados de mayoría, al Congreso de la Unión, los CC. ingeniero Vicente Salgado Páez y licenciado Enrique Fernández Martínez Arce, propietario y suplente respectivamente, por el distrito mencionado." (Aplausos)

- El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio (leyendo):

"Primera Comisión Dictaminadora. Sección Tercera.

Honorable Asamblea:

La Primera Comisión dictaminadora, Sección Tercera, recibió para su estudio y dictamen, las constancias que integran el expediente formado con motivo de las elecciones que para diputados federales se llevaron a efecto el día 5 de julio del presente año en el 4o. distrito electoral del Estado de Guerrero, en el cual contendieron los partidos y candidatos que a continuación se mencionan:

El Partido Acción Nacional postuló como candidatos a diputados federales propietario y suplente, respectivamente, a los CC. José Alvarez Larín y Eleuterio Nájera Romano; el Partido Revolucionario Institucional a los CC. Rafael Camacho Salgado y Darío Esteves Leyva como propietario y suplente, y, por su parte, el Partido Popular Socialista, presentó a la palestra a los CC. Manuel Navarrete Valle y María Elena Ocampo Ortiz.

Vista el acta del cómputo total, encontramos que no hubo paquetes alterados, aunque a continuación y en el párrafo siguiente aparece una relación de casillas objetadas; se asienta mayoría de votos a favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, CC. Rafael Camacho Salgado como propietario y Darío Esteves Leyva como suplente; los representantes del Partido Acción Nacional, protestan contra el cómputo de la votación y manifiestan que oportunamente harán la relación detallada de sus protestas ante los organismos competentes; el acta viene firmada por los funcionarios del Comité Distrital y los representantes de los Partidos Acción Nacional, Popular Socialista y Revolucionario Institucional.

A continuación tuvimos a la vista las constancias de mayoría de votos a favor de los CC. Rafael Camacho Salgado y Darío Esteves Leyva, propietario y suplente, respectivamente, registradas en el libro de constancias de mayoría de votos de la Comisión Federal Electoral a fojas 80 y bajo los números 149 y 150.

Finalmente, sometimos a minucioso examen el dictamen formulado por la Subcomisión dictaminadora de la Comisión Federal Electoral que fue aprobado por ésta, dándonos cuenta de que el proceso electoral se desarrolló bajo la vigilancia de los representantes acreditados, por los partidos políticos y candidatos contendientes, y que, por razón de ello, no se registró en esa jurisdicción distrital, incidente alguno que ameritara consideración especial; salvo uno sin importancia acaecido en La Laja entre el Presidente del Comité Distrital y un ciudadano de esa localidad. Que de conformidad con el artículo 104 de la Ley Electoral Federal, el Comité Distrital previa citación de los representantes de los partidos, procedió a examinar los paquetes electorales y posteriormente efectuar el cómputo general de la votación; y que, después de revisadas tales operaciones conforme al orden indicado por el artículo 105 de la ley aludida, se levantó el acta respectiva y se hizo contestar que los paquetes correspondientes a 34 casillas no se computaron en virtud de que no se dispuso oportunamente de la documentación respectiva; y que no obstante lo anterior, los representantes de los partidos que intervinieron en la sesión firmaron el acta que se levantó, manifestando con ello que el procedimiento se llevó con apego a la ley.

Por cuanto a la falta de computación de los votos emitidos en las 34 casillas de referencia el PRI presentó una propuesta en la cual, justificó 17 paquetes electorales de iguales casillas, llegaron oportunamente al Comité Distrital y las huellas de aparente alteración que presentaron, obedecieron a manchas provocadas por la lluvia que esos días en forma abundante estaba cayendo en todo el distrito; no obstante, cabe observar que no se alteró la mayoría obtenida por la fórmula del PRI, dada la gran diferencia de votos que las casillas computadas arrojan a su favor.

Esta Comisión dictaminadora considera que el proceso electoral efectuado en el cuarto distrito electoral federal del Estado de Guerrero y que se llevó a efecto el día 5 de julio para elegir diputados federales, se desarrolló con apego a la ley y que las anomalías registradas sólo son atribuibles a fallas humanas derivadas de la escasa preparación de algunos funcionarios de casillas electorales sin que hubiera en ello dolo ni mala fe imputable a ninguna de las personas participantes en este proceso; y que las protestas y quejas presentadas por los Partidos Acción Nacional y Popular Socialista, fueron atendidas y consideradas debidamente. Considera igualmente, que ni los errores cometidos, ni las protestas presentadas, llegaron a constituir causa eficiente o de justificación para anular las elecciones en ese distrito, dado que lo esencial del proceso estuvo cubierto satisfactoriamente.

Esta Comisión dictaminadora solicita de la alta investidura de esta honorable Asamblea del Colegio Electoral, su aprobación para las siguientes proposiciones:

Primera. Son válidas las elecciones que para diputados federales se realizaron el día 5 de julio del presente año en el cuarto distrito electoral del Estado de Guerrero.

Segunda. Son diputados federales de mayoría al H. Congreso de la Unión, por el expresado distrito electoral, los CC. Rafael Camacho Salgado como propietario y Darío Esteves Leyva como suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 23 de agosto de 1964.- Raúl Padilla Gutiérrez.- Francisco Pérez Ríos.- Carlos Pérez Cámara."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"Primero Son válidas las elecciones que para diputados federales se realizaron el día 5 de julio, del presente año, en el cuarto distrito electoral del Estado de Guerrero.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al H. Congreso de la Unión, por el expresado distrito electoral, los CC. Rafael Camacho Salgado, como propietario y Darío Esteves Leyva, como suplente." (Aplausos.)

-El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"Primera Comisión Dictaminadora. Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A los integrantes, miembros de la Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, les fue entregado el expediente relativo a las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, que se celebraron el día 5 de julio del corriente año, en el noveno distrito electoral federal del Estado de México.

De la documentación del citado expediente, se desprende que, se registraron los ciudadanos Carlos Arellano Monjarraz, como propietario y Eligio Rosales García, como suplente del Partido Acción Nacional; Por el Partido Revolucionario Institucional, el licenciado Enedino Ramón Macedo, como propietario y Bernardo Aragón Sánchez, como suplente; por el Partido Popular Socialista, Víctor Manuel Carrasco Gutiérrez, como propietario y Rosalío Guzmán Mercado, como suplente, por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, capitán Angel Suárez Altamirano, como propietario y Miguel Estrada Galicia, como suplente.

De la documentación existente en el expediente que tratamos, se desprende con toda claridad que el proceso electoral se llevó a efecto con apego a la Ley Electoral vigente, registrando oportunamente a los candidatos enumerados, nombrando los cuatro partidos políticos citados sus respectivos representantes en el Comité Distrital Electoral. Se publicaron en cada municipalidad y delegación correspondiente al distrito electoral, los avisos de casillas electorales que habían de instalarse y la ubicación de las mismas junto con los nombres de los respectivos funcionarios de cada una; posteriormente, y no habiendo objeción de ningún partido político, se publicó la lista definitiva de casillas, lugar de instalación y nombres

de funcionarios correspondientes; dichas casillas quedaron instaladas en su totalidad el día 5 de julio del presente año, y se llevó a efecto la elección sin que se reportase incidente de ninguna especie, se procedió en los términos que marca la ley a llevar a efecto el cómputo respectivo, ante la presencia de los representantes de los partidos contendientes con el resultado de que el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría de votos de la elección para diputados al Congreso de la Unión, a los CC. Enedino Ramón Macedo, como propietario y Bernardo Aragón Sánchez, como suplente, firmando de conformidad los partidos de los cuatro partidos contendientes.

No teniendo otras consideraciones que hacer, la suscrita Comisión Dictaminadora, se permite proponer a vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron verificativo el día 5 de julio del presente año, en el noveno distrito electoral federal del Estado de México.

Segundo. Son diputados de mayoría, al H. Congreso de la Unión, por el expresado distrito electoral, los CC. Enedino Ramón Macedo y Bernardo Aragón Sánchez, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 24 de agosto de 1964.- Raúl Padilla Gutiérrez.- Francisco Pérez Ríos.- Carlos Pérez Cámara."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron verificativo el día 5 de julio del presente año, en el noveno distrito electoral federal del Estado de México.

Segundo. Son diputados de mayoría, al H. Congreso de la Unión, por el expresado distrito electoral, los CC. Enedino Ramón Macedo y Bernardo Aragón Sánchez, propietario y suplente, respectivamente." (Aplausos.)

-El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio (leyendo):

"Primera Comisión Dictaminadora. Sección Tercera.

Honorable Asamblea:

La suscrita, Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, recibió para estudio y dictamen, el expediente relativo a elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron lugar el día 5 de julio próximo pasado, en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán.

Se registraron, cumpliendo con lo que al respecto establece la Ley Electoral Federal, los siguientes candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente:

Por el Partido Acción Nacional, Francisco Manuel Torres Serranís y Alejandro Juan Ruiz Villaloz López; por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. Celia Gallardo González y doctor José Alvarado Vega y por el Partido Popular Socialista, J. Ventura Mier González y Ricardo Tinajero Hernández.

Del estudio minucioso que realizamos, observamos que durante el proceso preelectoral se ajustó debidamente a la ley, el Partido Acción Nacional presentó diversas protestas relacionadas principalmente con la ubicación de las casillas y la designación del personal de las mismas, así como por la propaganda realizada por los otros partidos, las cuales fueron debidamente atendidas por los organismos electorales competentes.

El día de la elección se instalaron 86 casillas cuyo personal fue designado conforme a lo establecido por el artículo 24 y demás relativos de la Ley Electoral Federal.

El día 12 del mes de julio del año en curso, se realizó el cómputo con la presencia de los representantes de los partidos acreditados, los cuales en unión de los funcionarios electorales dieron fe de que los paquetes electorales y la documentación relativa no mostraron alteración alguna. Durante la diligencia del cómputo, los representantes de los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, presentaron protestas por irregularidades cometidas en su opinión, durante los escrutinios realizados en diversas casillas, pero sin que exista la comprobación de las mismas.

El Comité Distrital Electoral informó cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley Electoral Federal, de que las elecciones se realizaron en sus diversas etapas, dentro de la ley.

El resultado del cómputo fue el siguiente:

Partido Acción Nacional 10,045 votos para el propietario y 8,755 votos para el suplente; Partido Revolucionario Institucional 22,125 votos para el propietario y 19,300 votos para el suplente; Partido Popular Socialista 427 votos para el propietario y 413 votos para el suplente; y candidatos no registrados 344 para el propietario y 1,672 para el suplente.

Como consecuencia, el Comité Distrital otorgó constancias de mayoría de votos a la profesora Celia Gallardo González, como propietaria y al C. doctor José Alvarado Vega, como suplente, de la fórmula sostenida por el PRI. Posteriormente la H. Comisión Federal Electoral acordó el registro de dicha constancia bajo el número 377, a fojas 174, de fechas 15 del mes en curso, del libro de constancia de mayoría de votos de esa Comisión.

En audiencia concedida por esta Comisión al C. Francisco Manuel Torres Serranía, reprodujo personalmente sus protestas presentadas ante el Comité Distrital Electoral sobre diversas violaciones, en su concepto, a la Ley Federal Electoral, acontecidas durante el acto electoral.

A juicio de esta Comisión, se considera que el proceso preelectoral, y post - electoral, se ajustaron debidamente a las disposiciones legales aplicables y, que del examen de la documentación que obra en los archivos de esta Cámara de Diputados y de los exhibidos por el C. Torres Serranía, se desprende que no obstante las protestas presentadas, no existen hechos que pudieran significar la modificación de los resultados en los términos del artículo 114 de la Ley Electoral Federal.

Por ello venimos a someter a la consideración de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se realizaron el día 5 de julio del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán.

Segundo. Son diputados federales de mayoría, al H. Congreso de la Unión, por el mencionado distrito electoral, los CC. profesora Celia Gallardo González y doctor José Alvarado Vega como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 24 de agosto de 1964.- Raúl Padilla Gutiérrez.- Francisco Pérez Ríos.- Carlos Pérez Cámara."

Está a discusión el dictamen.

El C. Torres Serranía, Francisco Manuel: Pido la palabra.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

Tiene la palabra el ciudadano Torres Serranía.

El C. Torres Serranía, Francisco Manuel: Honorable Colegio Electoral: Vengo a hacer la defensa de los votos que en las elecciones celebradas para integrar este Congreso, sufragaron los ciudadanos del primer distrito electoral de Michoacán, en favor de mi partido.

En estas elecciones se ha dicho que hubo la máxima limpieza, y ¡qué más quisiéramos nosotros, los de Acción Nacional, que reconocerlo así!

Pero en este paquete electoral, que es copia de los diversos documentos, tanto previos a la elección como integrados en las casillas y en el Comité Distrital, constituido en Computadora de la misma, existen las pruebas oficiales de que no fue así.

El voto, tal parece que se le está dando un sentido que no tiene. Se está confundiendo con un simple papel en el que hay unas rayas; no se toma el voto con el respeto y la dignidad que el voto debe tener, como expresión misma de la voluntad del hombre y de la mujer que quieren delegar su propia autoridad en la autoridad de un hombre o de una mujer que los represente en la más alta tribuna de la patria, para llevar a ella el sentir y la opinión de los ciudadanos que en ellos delegan su autoridad personal.

Esta expresión de voluntad merece y debe ser respetada y nosotros, los de Acción Nacional, hace 25 años que estamos precisamente, en primer lugar, luchando por defender la dignidad de la persona humana, sin importarnos ni ideologías, ni corrientes de opinión, ni procedencia de las mismas, con tal de que haya sinceridad en quien nos defienda; porque es precisamente en el cambio de ideas, en la expresión del propio sentimiento, como los hombres que con limpieza quieren construir una patria ordenada y generosa, pueden realizarlo; pero cuando el voto se convierte en simple amontonamiento de boletas, y para realizarlo se llega por todos los caminos imaginables a amontonar nada más boletas, se pierde su sentido.

Yo quiero que ustedes consideren, en primer lugar, cómo es posible que puedan votar gentes inexistentes. Hay un acta notarial que entregué a la Comisión que calificó este dictamen, en la que se hace constar que en el centro de la ciudad, en el edificio que ocupa el Museo de Michoacán, no hay más que dos domicilios habitados, en los cuales existen 4 electores que votaron de acuerdo con esta lista de electores que corresponde al padrón de la sección electoral número 1 del primer distrito de Michoacán. Sin embargo, y a pesar de que esta acta establece que nada más en el 168 y en el 200 de esa cuadra hay casas en las que viven 4 personas, en el padrón aparecen, antes del 168, setenta y nueve empadronados en domicilios inexistentes, de acuerdo con la certificación notarial que presenté a la Comisión; y en estos nombres que figuran en la lista, encontré, entre otros, el de una persona que lleva mi apellido: Alfonso Serranía. No tengo ningún pariente con ese nombre en Morelia; es mi tierra y todos mis parientes son de sobra conocidos en la ciudad. Pero no es sólo eso.

En esta sola sección que registra 780 empadronados, encontramos 147 que no existen, en que no existen esos domicilios; es decir, un 18.84% de empadronados falsos.

Así se explica que el día de las elecciones encontráramos, inclusive, las copias por triplicado, duplicado y cuadruplicado, en manos de electores que sufragaban con ellas. Así se explica que fuera posible que en casillas rurales, en las que el día de las elecciones, por ser un día lluvioso y los caminos vecinales intransitables para los vehículos, nuestros representantes tuvieran que llegar a pie, y se encontraron electores que habían ido a sufragar desde Guerrero, de Durango, de Baja California, del Estado de México y de diversos puntos de la República en listas debidamente certificadas por los jefes, con los sellos respectivos el día cinco de julio.

La instalación de casillas cuya lista original se publicó el cinco de julio, fue objetada por mi partido.

Para el distrito que tiene más habitantes en mi Estado, como es la capital, aparecían 79 casillas, y se hacía figurar en ellas un número de empadronados superior a los que prescribe la ley, a los mil doscientos que prescribe la ley. Hubo casillas que tuvieron tres mil seiscientos empadronados. Suponiendo un voto por minuto en las horas hábiles de la votación que la ley señala, apenas podrían votar cuatrocientas ochenta personas. Así, hubo casillas en la ciudad de Morelia en que a las nueve de la mañana todavía estuvieron formando filas los electores.

La impugnación a este pequeño número de casillas sufrió un efecto precario, porque solamente se aumentaron a ochenta y seis, y el personal designado para ellas no reunía los requisitos que establece también la ley en su artículo correspondiente, puesto que en 40 de estas casillas no estaban empadronados en las secciones correspondientes los funcionarios de las mismas, violándose así la Ley Electoral.

Por otra parte, hubo mucho personal de casillas que no reunía los requisitos que establece la ley en cuanto a capacidad para realizar sus funciones. No es documentos o protesta de partido, sino con las actas mismas de la elección, con las que Acción Nacional objetó en su oportunidad, parcialidad de personal de casillas que firman las actas, anteponiendo PRI a su nombre, como secretarios, como escrutadores o como presidentes de las casillas.

Como objeté también personal de casillas que firmaba con huellas digitales o bien personal que como en la casilla 55, instalada en Potrerillos, después de instalar la casilla, el Presidente, el Secretario y los dos escrutadores exhibieron sus credenciales como representantes del candidato oficial del PRI a diputado federal, y agregaron en la parte posterior, que se suscitaron los siguientes incidentes: No es de aconsejar a las personas en qué forma deben cruzar los círculos. Esto no lo inventó mi partido; esto nos lo entregaron los representantes de la casilla, lo mismo que la que se instaló en el canje, el presidente de la casilla, de su puño y letra, asentó que exhibió credencial como representante especial del PRI, representando a la candidata de ese partido a diputada federal.

Casillas en las que para instalarlas intervino una misma persona, en cinco de ellas instaladas en cinco distintos lugares. No puede decirse que estos documentos no sean oficiales y no den fe. Se presentaron protestas, fueron recibidas en las casillas y fueron tomadas en cuenta en el Comité Distrital, cuya función no era calificar las elecciones, y, por lo tanto, las transcribió, las pasó a la Comisión Federal Electoral, cuya misión tampoco era la de calificarlas.

Vinieron pues a la Comisión que estudia el proceso electoral en el distrito y vienen ante vuestra soberanía a ser calificadas, porque es función de ustedes el calificarlas; es decir, si las protestas que el acta de la computadora de que se trata registra, una por cada casilla, y aparecen las firmas de representantes del PRI, del PAN y de los demás partidos políticos, lo mismo que las de los funcionarios del Comité Distrital, del presidente y del secretario, con la anotación: "Se presentaron las siguientes objeciones, las que constan en el acta de la sesión."

Y el acta de la sesión, en 16 fojas útiles, registra 96 protestas presentadas por mi partido, fundadas en las actas de instalación, en las actas de escrutinio y en las actas de cierre de las casillas. En las actas de escrutinio no hay una en la que la aritmética simplísima de sumar y restar dé resultados. Diferencia en algunos casos notable, anomalías como en la número 1, en la que después de recibir protestas que vienen firmadas por el secretario de la casilla, se niegan en el cuerpo del acta; diferencia de 1,739 boletas faltantes en la casilla número 10. Y sería largo y tedioso hacer pormenorizado detalle de toda la gran cantidad de irregularidades que vician por lo menos, si no es que nulifican la elección en este distrito.

Por esto, yo presenté un escrito de objeción pidiendo la nulidad de los votos obtenidos por presión sobre los electores, como lo demostré con estas actas de instalación de funcionarios de casillas que hasta enseñaban cómo cruzar el círculo a los electores.

En el cuerpo de mi alegato adjunté fotografías de cómo se violó el secreto del voto en las casillas, haciendo indicaciones de cómo cruzar los círculos los electores, de cómo intervinieron en el manejo de las urnas los funcionarios mismos de las casillas, el presidente y los escrutadores, depositando los votos en lugar de los electores; de cómo en una palabra no se quiso dar en mi distrito al voto la dignidad altísima que tiene.

Yo vengo una vez más, porque ya van cuatro ocasiones en las que soy honrado en mi tierra natal como candidato a diputado, a exigir de ustedes que el voto en México adquiera ya la dignidad que la naturaleza de la persona humana exige en el acto de entregar el propio destino en las manos de los hombres y de las mujeres que vienen a este recinto, para de allí legislar para el bien de México, para realizar toda la tarea que está pendiente de realizar para que nuestros campesinos dejen de ser carne de explotación como braseros, para que nuestro obrero no sea tampoco explotado vilmente por quienes tienen en sus manos la economía de la patria; porque el Estado realmente realice una tarea de servicio por el bien común, que le corresponde realizar para este México que ustedes y nosotros amamos entrañablemente y a quien ustedes y nosotros debemos dedicar nuestra vida entera para servirle como se merece. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Covián Pérez.

El C. Covián Pérez, Miguel: Señor Presidente. Honorable Asamblea: Hemos escuchado con toda atención la serena exposición de sus quejas que ha hecho ante esta Asamblea el candidato derrotado de Acción Nacional, en el 1er. distrito del Estado de Michoacán. Realmente es importante analizar hasta qué punto las impugnaciones que hace al dictamen representan el señalamiento de violaciones graves a la Ley Electoral Federal, por que, como él mismo lo ha señalado, la función del colegio electoral consiste esencialmente en calificar las elecciones; y la calificación de las elecciones entraña sólo una doble posibilidad; la de declararlas válidas o la de declararlas nulas.

No está facultado por disposición alguna el colegio electoral, para cambiar el sentido de la voluntad popular que se expresó en las elecciones y que está cuantificada en los cómputos totales de cada distrito y de cuyo cómputo total deriva una constancia de mayoría de votos que se entrega necesariamente al candidato que haya obtenido el mayor número de sufragios. Quiero decir con esto que de ninguna manera el colegio electoral en la calificación de las elecciones, podría actuar suplantando la voluntad popular, es decir, haciendo que la constancia de mayoría de votos que representan el mayor número de sufragios, pasara de uno a otro candidato.

Para decirlo con mayor claridad, el espíritu y la letra de la Ley Electoral Federal facultan al colegio electoral exclusivamente para determinar si una elección fue v lida, para determinar si representa efectivamente la expresión de la voluntad popular, y, en caso contrario, declarar nula esa elección, para que posteriormente se convoque a nuevas elecciones y con todas las garantías que la Constitución y su Ley Reglamentaria establecen, pedirle al pueblo que vuelva a señalar cual es su voluntad. Consecuentemente, no podríamos nosotros salirnos de estas facultades expresas que la Ley Electoral Federal nos señala, no podríamos decir que el candidato del Partido Revolucionario Institucional no merece su mayoría de votos sino que la merece el candidato del Partido Acción Nacional; sino que, en caso de que se demuestre que las irregularidades aquí presentadas son efectivamente de las que la propia Ley Electoral Federal califica como graves, nuestra decisión tendría que ser la de nulificar la elección, pero nulificarla en su

totalidad. Así pues, sí es importante examinar si las objeciones, si el señalamiento de las irregularidades que nos presentó ante este Colegio Electoral el candidato derrotado de Acción Nacional, son irregularidades graves. Dice el artículo 133 de la ley de la materia que una elección será nula, fracción III, cuando se haya cometido graves irregularidades en la preparación y desarrollo de toda la elección.

La exposición que nos ha hecho el candidato del Partido Acción Nacional, a pesar de haber sido detallada, a pesar de haber sido minuciosa en muchos de sus aspectos, desde luego no presenta un panorama de irregularidades que vicien toda la elección. Ha señalado él lo que en su opinión constituyen irregularidades y ha presentado datos concretos que se refieren a una o varias casillas; por ejemplo, nos habla de un documento, acta notarial, en la que se certifica que en una de las calles de la ciudad de Morelia no existe la numeración de algunos domicilios que aparecen enlistados en el padrón electoral de esa sección. Este es un documento que, en caso de ser probatorio, cosa que vamos a discutir posteriormente, señalaría una irregularidad del padrón electoral relativo a una de las casillas, a una sola de las secciones electorales; pero por otra parte no consideramos que ese documento por sí mismo demuestre, como lo ha venido a afirmar el candidato de Acción Nacional, que esas personas con domicilios falsos hayan votado en la elección; demuestra únicamente y en todo caso, que se empadronaron algunas personas en domicilios falsos o que hubo un error en el señalamiento de esos domicilios; pero sería necesario demostrar que esas personas votaron efectivamente, y la única prueba concluyente respecto de esta cuestión que es esencial, es la lista original del padrón electoral que sirvió en el interior de las casillas para ir anotando a los ciudadanos que emitían sus sufragios. Si en esa lista, como seguramente la Comisión Dictaminadora lo apreció en el examen de la documentación correspondiente, no aparecen votando esas personas con domicilios equivocados, no se ha probado de modo alguno que hayan votado ciudadanos que no tenían derecho a hacerlo en esa casilla electoral. Y así, como este ejemplo, podríamos examinar todas y cada una de las objeciones que presenta el candidato derrotado de Acción Nacional; no vamos a detenernos a considerar una por una estas objeciones. Quiero hacer, en cambió, algunas consideraciones generales que me parecen más trascendentes. En esta tribuna continuamente se ha venido afirmando que la democracia en México no existe; hubo un candidato, si la memoria no me es infiel, del segundo distrito electoral del Estado de Coahuila, que presentó un documento al cual dio lectura y en el que manifestaba Fray Servando Teresa de Mier las condiciones en que se celebraron unas elecciones hace 150 años; y quería este candidato del Partido Acción Nacional establecer el parangón entre las condiciones en que se efectuaban esas elecciones de hace 150 años y las elecciones que se celebraron en el presente año, como manifestación de su criterio de que en México la democracia no ha avanzado, sino que se ha detenido en las mismas condiciones en que se encontraba hace 150 años.

Sin embargo, recuerdo con toda precisión que los oradores de Acción Nacional, Landerreche por un lado y Garavito por el otro, manifestaron de manera definitiva y clara en esta tribuna, que en México la democracia ha avanzado y que ha avanzado, según ellos dijeron, gracias al esfuerzo de Acción Nacional. Hay entonces una contradicción evidente en el criterio de los distintos exponentes de las tesis políticas de Acción Nacional; por un lado dicen que México se encuentra con un retraso de 150 años en su desarrollo cívico y democrático; por otro lado manifiestan que hay un avance en nuestra vida democrática, aun que desde luego tratan de atribuir a su partido ese avance en nuestro desarrollo cívico. Esta contradicción no es la única que encontramos en las diversas exposiciones del Partido Acción Nacional. Ahora bien, respecto de esa afirmación de que el avance democrático, referido concretamente a las recientes reformas electorales, es atribuible al Partido Acción Nacional, merece esta consideración un análisis detenido. No dudamos que la acción constante, en ciertos momentos terca del Partido Acción Nacional, haya influido en un grado de cierta consideración para que se establecieran las reformas electorales que crean los diputados de partido; como tampoco deben dudar los militantes y dirigentes del Partido Acción Nacional que también influyó en grado mucho más considerable, en virtud de su fuerza y de lo que representa dentro de la mecánica política del país, influyó, digo mucho más considerablemente, la acción del Partido Revolucionario Institucional. Pero igualmente influyeron también los demás partidos políticos registrados y todos los grupos de presión y de tensión que existen dentro del panorama político nacional; porque esta reforma electoral, que no es sino el reflejo de la política general del país, no es resultado de la acción dispersa de uno o de otro grupo, es resultado de todo lo que en la teoría constitucional se llaman los factores de poder. Todos los factores de poder van influyendo, van empujando hacia adelante el desarrollo del país en todos los órdenes.

No es pues, una afirmación, serena, juiciosa ni mucho menos cierto la que hace el Partido Acción Nacional; es una afirmación, como tantas que ha venid a sostener en esta tribuna, atribuible tan sólo a su táctica de lucha, a través de la cual pretende que se le reconozcan los méritos de todos los avances que en materia política y social se han conseguido en nuestro país, y atribuirnos, por su parte, a los miembros del Partido Revolucionario Institucional y al régimen, todas las cuestiones y fenómenos negativos que también se observan dentro de nuestra vida política, económica y social.

Táctica de lucha, sí, porque no podemos nosotros pensar que esto sea parte de la tesis doctrinaria del Partido Acción Nacional. Es sólo una táctica de lucha; táctica de lucha semejante también a aquel reconocimiento que hace, por un lado, de la victoria indudable, indiscutible, de nuestro candidato a la Presidencia de la República, como lo hacen también sus gritones de la galería y que vienen a contradecir diciendo que hubo fraude electoral en la mayoría de los distritos electorales del país. Si reclaman mayoría de votos en la mayoría de los distritos electorales del país, con lo que consecuentemente están reclamando mayoría de votos en toda la República; y, por otra parte, su candidato a la Presidencia de la República y su dirección nacional, reconocieron que no habían obtenido en la elección de Presidente, esa mayoría de votos, ¿quién la obtuvo entonces?

indudablemente el Partido Revolucionario Institucional. He aquí otra contradicción evidente entre las distintas posiciones que adopta el Partido Acción Nacional, de acuerdo con la conveniencia del momento, de acuerdo con la táctica que le convenga asumir frente a la cuestión particular que se discute.

Creemos nosotros, señores de Acción Nacional, a quienes yo he exhortado para que vengan a esta tribuna a exponer su posición ideológica, con serenidad y con sentido de responsabilidad, que es necesario hacerles un nuevo llamamiento. Esta tribuna del Colegio Electoral tiene una naturaleza y una finalidad muy distinta a la que tienen las tribunas de la plaza pública, que ustedes y nosotros ocupamos durante las pasadas elecciones. Esas tribunas de la plaza pública se utilizan para tratar de conquistar, en su oportunidad, la adhesión del pueblo. Esta tribuna debe utilizarse para otros fines, no debe ser éste un trampolín o un instrumento de mejoramiento y de avances, en todos los órdenes de la vida del país.

Si ustedes tienen la preocupación fundamental del avance democrático, como lo tenemos también nosotros, utilicemos con honradez, con espíritu de comprensión, con conocimiento de la realidad histórica que vive el país; utilicemos con ese sentido de verdad y auténtica responsabilidad, esta tribuna para aportar conocimientos y experiencias verdaderamente valiosas, para que ese avance se realice cada vez con mayor claridad; pero no tratemos de utilizar la tribuna de la Cámara como se utilizaban las tribunas de la plaza pública, para tratar de conquistar únicamente apoyo de las masas. No debe ser éste un instrumento de propaganda partidista; debe ser un instrumento para tratar de alcanzar, cada vez en mayor medida, planos más altos, mejores y más amplios en la vida nacional. (Aplausos.)

Se nos dice también, de manera continua, que los candidatos derrotados de los distintos partidos políticos se presentan frente a este Colegio Electoral en situación de desventaja. Indudablemente, pero esa desventaja no es producto de nuestra voluntad personal

¿En qué consiste la mecánica para la integración del Colegio Electoral? ¿Quiénes integran el propio Colegio Electoral? Aquéllos candidatos que en cada uno de los distritos electorales del país obtienen la constancia de mayoría de votos, y esa constancia es registrada ante la comisión federal electoral. La constancia se obtiene siempre ante organismos en los miembros del Colegio Electoral tienen voz y en la comisión federal electoral están representados también todos los partidos. Esas constancias, ya registradas, implican la base por la cual - la base legal, jurídica, inatacable-, por la cual cada uno de los miembros del Colegio Electoral tienen voz y tienen voto dentro del propio organismo.

Así pues, si en esta ocasión el Partido Acción Nacional obtuvo únicamente una constancia de mayoría de votos y esa constancia le fue registrada y un representante de su partido forma parte del Colegio Electoral, en tanto que son muchos más, una mayoría absoluta la de los miembros del Partido Revolucionario Institucional, los que integramos el Colegio Electoral, esto, repito, no es por voluntad ni de la comisión federal electoral ni de los comités distritales electorales; es voluntad del pueblo, que sufragó en cada uno de los distritos a favor precisamente de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional. (Aplausos.)

¿Quién ha creado entonces la desventaja? la desventaja, repito, no la hemos creado nosotros; es una consecuencia inexorable de las distintas etapas en que se va desarrollando el proceso electoral.

Así, pues, si en futuras elecciones los partidos de oposición, a base de un trabajo de veras constante, de veras permanente, fortalecen sus cuadros de base, estructuran una mejor organización, se presentan ante el pueblo no con disfraces ideológicos que no les corresponden, ni desde el punto de vista de las finalidades de su partido, ni desde el punto de vista histórico, ni desde ningún otro punto de vista, sino realmente presentan sus tesis frente al pueblo, con mayor honradez, con mayor claridad, podemos entonces esperar que probablemente esos partidos políticos llegar n, en el futuro, a tener una representación más amplia en el Colegio Electoral y quizá fuera desapareciendo, poco a poco, esa desventaja de que ahora se quejan.

Claro está que nosotros, los miembros del Partido Revolucionario Institucional, por nuestra parte, también nos dedicaremos a fortalecer nuestros cuadros, a mejorar nuestra doctrina, a adecuarla cada día más a las condiciones históricas que vive el país, para, de esta manera, contrarrestar la fuerza que ustedes pudieran alcanzar frente al pueblo; porque nosotros seguiremos luchando por seguir teniendo mayoría no solamente dentro del Colegio Electoral, sino dentro del órgano trascendental que constituye el Poder Legislativo, órgano que está encargado de hacer las leyes que la nación reclama; órgano cuyas puertas, por voluntad del pueblo, permanecieron mucho tiempo cerradas a los partidos de oposición y que ha sido precisamente el régimen de la Revolución Mexicana, el que ha querido abrirles una nueva puerta por la que puedan penetrar, si el pueblo lo desea, para contribuir con sus opiniones, seguramente que no con sus decisiones, a formular esas leyes que las necesidades y las aspiraciones de la nación están reclamando.

Sean ustedes, candidatos de los partidos de oposición, dignos entonces de esta tribuna que la Revolución Mexicana, que tanto y tan injustamente han atacado, hoy quiere compartir con ustedes. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, por la comisión, el C. Padilla Gutiérrez.

El C. Padilla Gutiérrez, Raúl: Honorable Asamblea: Si fue minuciosa la observación a las violaciones que se registraron en las casillas electorales por parte del candidato de Acción Nacional, también fue muy acuciosa la de la comisión dictaminadora para conocer de esas violaciones y estudiarlas satisfactoriamente.

La comisión dictaminadora dio audiencia al señor candidato de Acción Nacional y le recibió todas y cada una de las pruebas y de las protestas que adjuntó. Al conocer de ellas encontramos que ninguna llegó a constituir una alteración del procedimiento electoral. Ninguna de esas pruebas llegó a afectar las causas que estricta y delimitativamente expresa la Ley Electoral Federal en sus 4 fracciones del artículo 135.

Observamos, por ejemplo, cabalmente, la indicación que nos hace Acción Nacional en su escrito que nos fue presentado y que aparece también en el expediente donde hace esta consideración: "En las protestas se mencionan los hechos violatorios de preceptos expresos y determinados por la ley, por escrito, y además los hechos en que se fundan pueden ser comprobados, y lo ser n, ante los organismos superiores encargados de calificar las elecciones."

En este mismo escrito que fue presentado al comité distrital electoral, aparece esta nota del funcionario del comité distrital: Dice así: "Presentado por el partido a las 21 horas del día 14 del mes de julio de 1964, en hora en la que ya se había terminado el cómputo relativo a la elección." Es decir, ese block de protestas de las que dio cuenta aquí detalladamente, fue presentado con este escrito extemporaneamente.

La imputación más grave que a juicio de la comisión se encontró, es la siguiente: que en la calle Abasolo fueron empadronados 79 ciudadanos supuestamente existentes, es decir, los padrones contienen 79 nombres de personas inexistentes, los que comprobó mediante un acta notarial.

La comisión dictaminadora realmente no tuvo prueba contundente en qué sentido votarían esos 79 ciudadanos supuestamente existentes o no empadronados. Cabe la hipótesis de que pudieron votar a favor del candidato del PRI, pero también pudieron votar a favor del PAN. Es muy probable también que el PAN o los simpatizantes del candidato Francisco Manuel Torres Serranía, hayan ido a inscribir a los padrones a personas de su imaginación. Por lo demás, 79 nombres en un padrón electoral, muy poco influyen en la elección cuyo resultado total es: 22,125 votos a favor del PRI, contra 10,045, del PAN.

Hacemos la declaración de que el Colegio Electoral es el representante nato de la soberanía popular, que sí tiene facultades amplias para llegar a anular una elección en caso de que del estudio se llegue a la conclusión de que el proceso electoral fue afectado por las violaciones, substancialmente. Sin embargo, no es el caso del primer distrito electoral del Estado de Michoacán. Las pruebas fueron analizadas concienzudamente, y la comisión dictaminadora ante todo apoyada en un principio de responsabilidad patriótica y mexicana, expresó su dictamen.

La comisión dictaminadora le dice al señor candidato de Acción Nacional que de ninguna manera considera que al manejar votos, maneja simplemente papeles. Los papeles son un instrumentos necesario de trabajo, de los que el hombre se vale para llevar adelante en forma sistemática sus operaciones mentales o sus operaciones sociológicas, o de cualquier otra índole. El voto que está en el papel para nosotros representa la sagrada voluntad del elector, y el conjunto de votos que manejamos en este expediente, representa la intocable y la sangrada voluntad del pueblo del 1er. distrito electoral de Michoacán. (Aplausos.)

El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

-En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se realizaron el día 5 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán.

Segundo. Son diputados federales de mayoría, al H. Congreso de la Unión, por el mencionado distrito electoral, los CC. profesora Celia Gallardo González y doctor José Alvarado Vega como propietario y suplente, respectivamente." (Aplausos.)

-El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"Primera Comisión. 1a. Sección.

Honorable Asamblea:

Ante la soberana consideración de esa Asamblea, los suscritos integrantes de la 1a. Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, se permiten presentar el siguiente dictamen, que es el resultado del estudio hecho a la documentación del expediente electoral formado con motivo de las elecciones que, para diputados federales, tuvieron lugar el día 5 de julio próximo pasado en el cuarto distrito electoral del Estado de Zacatecas.

Contendieron en el mencionado distrito, los candidatos que a continuación se mencionan:

Por el PAN, el C. Carlos Ortiz Enciso, como candidato a diputado propietario; C. José González Silva, como candidato a diputado suplente.

Por el PRI, el C. ingeniero Pedro Ruiz González como candidato a diputado propietario; C. Antonio Cortés Hurtado, como candidato a diputado suplente.

De la documentación que aparece en el expediente, se desprende que la preparación de las elecciones en el cuarto distrito electoral del Estado de Zacatecas, se llevó a cabo de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Electoral y las instrucciones de los organismos electorales competentes; la votación realizada el día 5 de julio del presente año, se desarrolló sin haberse suscitado incidente alguno que alterara el acto electoral.

Posteriormente, según también se desprende de los documentos que se tuvieron a la vista, el Comité Distrital Electoral realizó el escrutinio y cómputo de 199 casillas pertenecientes a su jurisdicción, asentándose el resultado en el acta respectiva, la cual fue firmada de conformidad y sin protesta alguna tanto por los miembros del Comité Distrital como por los representantes de los partidos y candidatos.

El cómputo general de la votación recogida en este distrito arrojó los siguientes resultados.

Para los candidatos del PRI, 39,814 votos para el propietario y 39,468 votos para el suplente.

Para los candidatos del PAN, 6,539 votos para el propietario y 6,593 votos para el suplente.

En virtud del resultado anterior el Comité Distrital extendió constancias de mayoría de votos a favor de los CC. Pedro Ruiz González y Antonio

Cortés Hurtado como propietario y suplente, respectivamente, mismas que fueron registradas por la Comisión Federal Electoral.

En consecuencia y teniendo en cuenta que no hay protestas u objeciones apoyadas en pruebas que justifiquen la existencia de irregularidades suficientes para invalidar la elección o que desvirtúen el cómputo a que se ha hecho referencia, la suscrita Comisión propone a ustedes los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que, para diputados federales se efectuaron el día 5 de julio próximo pasado, en el cuarto distrito electoral del Estado de Zacatecas.

Segundo. Son diputados de mayoría, al Congreso de la Unión, el C. ingeniero Pedro Ruiz González como diputado propietario y el C. Antonio Cortés Hurtado como diputado suplente, por el mencionado distrito electoral.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 23 de agosto de 1964.- Fluvio Vista Altamirano.- Leopoldo González S.- Everardo Gámiz Fernández."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que, para diputados federales se efectuaron el día 5 de julio próximo pasado, en el cuarto distrito electoral del Estado de Zacatecas.

Segundo. Son diputados de mayoría al Congreso de la Unión, el C. ingeniero Pedro Ruiz González como diputado propietario y el C. Antonio Cortés Hurtado como diputado suplente, por el mencionado distrito electoral."

(Aplausos.)

-El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio (leyendo):

"Primera Comisión 5a Sección.

Honorable Asamblea:

De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, miembros de la Primera Comisión Dictaminadora de expedientes electorales, Quinta Sección, recibieron la documentación relativa a la elección que para diputados federales tuvo lugar en el decimoprimer distrito del Estado de Jalisco, el pasado 5 de julio.

En el distrito electoral que nos ocupa se registraron los siguientes contendientes:

Fausto Michel Ruelas, propietario y Francisco Hernán de Anda, suplente.

Partido: PAN.

María Guadalupe Urzúa Flores, propietaria y Francisco Villafaña Covarrubias, suplente. Partido: PRI.

Ramón Barajas Corona, propietario y Herminia Morelos Peña, suplente. Partido: PPS.

Bertha Alcalá Sanmartín, propietaria y Jesús García Blanco, suplente. Partido: PARM.

Al hacer el estudio minucioso del expediente que se nos turnó encontramos: una acta levantada en el Comité Distrital Electoral, en el sentido de que los representantes de Acción Nacional presenciaron todo el cómputo de la votación y que al procederse al formular las actas correspondientes, se retiraron sin previo aviso.

Ante el propio Comité Distrital los representantes del Partido Acción Nacional presentaron, con fecha 11 de julio, ocho protestas que se relacionan con los siguientes hechos:

Que la casilla número 17 del poblado "El Mentidero" instalada a la hora legal, fue levantada media hora después, pero por instrucciones del Comité Distrital Electoral se procedió a su reinstalación, demostrándose que después funcionó normalmente. Consta otra protesta en que dicen que no les fueron entregadas algunas actas de escrutinio en algunas casillas. Otra más asevera que en la casilla número cuatro votaron electores procedentes de Ahuacapan. Se comprobó que eran personas de tránsito. Otra queja del Partido Acción Nacional se refiere a que había propaganda del Partido Revolucionario Institucional cerca de las casillas, pero por la documentación relativa se desprende que dicha propaganda fue fijada con varios días de anticipación a los comicios.

Otras denuncias del Partido Acción Nacional Están basadas en argumentos que, examinados minuciosamente, deben tenerse como improcedentes y además no influyen en el resultado final de la votación.

El Comité Distrital extendió constancia de haber obtenido mayoría de votos en las elecciones a los CC. profesora María Guadalupe Urzúa Flores, propietaria y Francisco Villafaña Covarrubias, suplente.

La Comisión Federal Electoral, registró conforme a la ley, la constancia de mayoría de votos. En mérito de las manifestaciones hechas en el cuerpo de este escrito, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de esa H. Asamblea los siguientes puntos de acuerdo;

1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales, se efectuaron en el decimoprimer distrito electoral del Estado de Jalisco, el 5 de julio próximo pasado.

2o. Son diputados federales de mayoría, al Congreso de la Unión por dicho distrito electoral: profesora María Guadalupe Urzúa Flores y Francisco Villafaña Covarrubias, propietaria y suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 23 de agosto de 1964.- La Comisión: Vicente Fuentes Díaz.- Luis Dantón Rodríguez.- Fabio Espinosa Granados."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales, se efectuaron en el decimoprimer distrito electoral del Estado de Jalisco, el 5 de julio próximo pasado.

2o. Son diputados federales de mayoría al Congreso de la Unión por dicho distrito electoral, la C. profesora María Guadalupe Urzúa Flores y Francisco Villafaña Vovarrubias, propietaria y suplente, respectivamente."

(Aplausos.)

-El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"Primera Comisión. 1 Sección.

Honorable Asamblea:

En cumplimiento de acuerdo de vuestra soberanía, los suscritos miembros de la Primera Comisión Dictaminadora, Primera Sección, venimos a rendir el dictamen correspondiente al caso electoral del tercer distrito del Estado de Veracruz, con motivo de las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se llevaron a cabo el domingo 5 de julio del corriente año.

Examinando cuidadosamente la documentación respectiva, resultado del proceso electoral a que hacemos referencia, encontramos que en este distrito registraron candidatos los siguientes partidos:

Por el PAN, los CC. Felipe y Juan Sanmartín García; por el PRI, Pedro Vivanco García y Eleazar Pulido Valdez; y por el PPS, los CC. doctor Pedro Bonilla Díaz de la Vega y Juan Gutiérrez Ticante, todos ellos como propietarios y suplentes, respectivamente.

Conforme a lo establecido por los artículos 79, 80 y 82 de la Ley Electoral Federal, se instalaron y funcionaron las 148 casillas que se integran en este distrito.

Del expediente que se tiene a la vista, se desprende que el Partido Popular Socialista invoca en su escrito relativo la infracción a lo que establece la fracción II del numeral 84 de la Ley Electoral Federal, aduciendo que los miembros del Partido Revolucionario Institucional que fungieron como funcionarios de las casillas, ejercieron presión sobre la ciudadanía para que votaran en favor de los candidatos de este último partido. Como prueba de su aseveración acompañan una serie de fotografías que observadas con todo detenimiento y valorizadas a la luz de los principios generales de derecho, producen la convicción de que no justifican en modo alguno la violación a que se refiere el Partido Popular Socialista.

Por su parte, el Partido Acción Nacional, envió también un escrito dirigido al señor Subsecretario de Gobernación en que asegura la comisión de violaciones a diversos artículos de la Ley Electoral Federal, así como, la de diversos atropellos en contra de sus representantes en las casillas. En el citado escrito, se dice que parte de los actos a que se refiere quedan comprobados con el acta levantada en la Oficina Federal de Hacienda, pero en atención a que tal documento no forma parte del expediente, vale indicar que procede el desechamiento de las protestas de referencia por su falta de comprobación.

Ahora bien, no comprobadas las protestas aludidas, cabe hacer notar que revisada el acta de cómputo final se viene en conocimiento que la abrumadora mayoría de sufragios por lo que hace a la elección de diputados federales, fue emitida en favor de la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional, por lo que con vista de los resultados obtenidos, para los candidatos del PAN 2,785 y 2,413 votos; para los candidatos del PRI, 48,075 y 43,963 votos; para los del PPS; 1,775 y 1,592 propietario y suplente, respectivamente, y 9 no registrados, el comité distrital extendió constancias de mayoría de votos en favor de los candidatos postulados por dicho partido, como propietario y suplente, y a su vez, la comisión electoral federal en su oportunidad registró dichas constancias.

En mérito de los razonamientos procedentes, y si ante esta Comisión Dictaminadora no se ha aportado ningún nuevo elemento de prueba que pudiera alterar o modificar el sentido de la constancia de mayoría expedida por el comité distrital, ni tampoco del dictamen emitido por la comisión electoral federal, sin que sea dable jurídicamente, tener por demostrada la invalidez de la elección, la comisión que suscribe se permite, con fundamento en lo preceptuado por el artículo 60 de la Constitución General, someter al ilustrado criterio de esta honorable Asamblea para aprobación, en su caso, los siguientes puntos de acuerdo: Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 5 de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Veracruz.

Segundo. Son diputados de mayoría al Congreso de la Unión propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Pedro Vivanco García y Eleazar Pulido Valdez.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1964.- Fluvio Vista Altamirano.- Leopoldo González Sáenz.- Everardo Gámiz Fernández." Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso dela palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de esta Secretaría declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 5 de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Veracruz.

Segundo. Son diputados de mayoría al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Pedro Vivanco García y Eleazar Pulido Valdez." (Aplausos.)

"Primera Comisión.

5a. Sección.

Honorable Asamblea:

Cumplimentando el acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscriben, integrantes de la Quinta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de expedientes electorales, realizaron el estudio del expediente relacionado con la elección para diputados al Congreso de la Unión que tuvo lugar el domingo 5 de julio del corriente año, en tercer distrito electoral del Estado de Jalisco.

En el mencionado distrito, contendieron los candidatos de todos los partidos nacionales registrados y obtuvieron los siguientes resultados en la votación:

Por el PAN: licenciado Ignacio González Luna Morfín, propietario, 12,099 votos; María Guadalupe Salinas Águila, suplente, 9,443 votos.

Por el PRI: Rubén Moheno Velasco, propietario 23,854 votos; Abel Galván Chávez, suplente 17,823 votos.

Por el PPS: Emilia Dorado Baltazar, propietaria, 533 votos; Eustaquio Soto Gómez, suplente, 414 votos.

Por el PARM: C.P.T. Roberto Pufleau Treviño, propietario, 468 votos; José Emeterio Solano Urzúa, suplente, 341 votos.

Examinadas detenidamente las quejas presentadas por los Partidos Acción Nacional y Auténtico de la Revolución en este distrito electoral, relacionadas, unas, con la formación del padrón electoral, y otras con la publicación de las listas de funcionarios de casillas, debemos señalar que de acuerdo con el artículo 24 de la Ley Electoral y demás relativos al no oponerse de acuerdo los partidos para la integración de dichos elementos, fue el comité distrital electoral el que hizo las designaciones respectivas, mismas que fueron publicadas oportunamente.

Las boletas no fueron foliadas por acuerdo de los partidos contendientes, con excepción del Partido Acción Nacional que no asistió a la junta donde se adoptó esa determinación.

Las protestas del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, que este organismo alegaba no haber aparecido en los paquetes electorales, fueron encontradas en los que corresponden a los paquetes de la elección de senadores y dichos documentos se anexaron al expediente que estudiamos. Los suscritos hemos llegado a la conclusión de que ni unas ni otras quejas están comprobadas, y de acuerdo con la Ley Electoral vigente no llegan a invalidar el resultado de la votación que favoreció a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional. En consecuencia se expidió la constancia de mayoría de votos, por el comité distrital, a favor de los CC. Rubén Moheno Velasco y Abel Galván Chávez, propietario y suplente, respectivamente, integrantes de la fórmula presentada por el Partido Revolucionario Institucional.

Dicha constancia de mayoría de votos, fue registrada ante la comisión federal electoral, llenados que fueron todos los requisitos que establece la ley de la materia.

En mérito de lo anteriormente expuesto, sometemos a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:

1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales, se celebraron el domingo 5 de julio último, en el tercer distrito electoral del Estado de Jalisco.

2o Son diputados federales de mayoría al Congreso de la Unión, propietario, Rubén Moheno Velasco; suplente, Abel Galván Chávez por el distrito electoral antes citado.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

México, D. F., a 20 de agosto de 1964.- La Comisión: Vicente Fuentes Díaz.- Luis Dantón Rodríguez.- Fabio Espinosa Granados."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

Tiene la palabra el C. Ignacio González Luna Morfín.

El C. González Luna Morfín, Ignacio: Me he opuesto al dictamen relativo al tercer distrito electoral del Estado de Jalisco, porque omitió deliberadamente considerar datos y circunstancias que vician fundamentalmente los resultados de la elección. El padrón electoral en el tercer distrito de Jalisco arrojó, oficialmente, 83,000 empadronados en números redondos. Sin embargo, el cómputo oficial total de los sufragios emitidos en la elección de diputados no llega a 38,000 votos, o sea que estamos bastante abajo del 50% del número total de empadronados.

Por otra parte, al practicar la verificación de datos contenidos en el padrón, tanto a través de visitas personales como a través de la dirección de correos del servicio postal mexicano, encontramos, no como único caso, sino como síntoma, el de la primera sección del municipio de Guadalajara, en la parte que integra este distrito, el sector Juárez, y de la primera sección del municipio de Zapopan.

En la primera sección del Municipio de Guadalajara de 716 sobres enviados a otros tantos electores o aparentes, consignados en la lista correspondiente del padrón electoral, fueron devueltos por la dirección de correos, con la anotación de desconocidos o no existe el domicilio, 169. En la primera sección del municipio de Zapopan, de 556 personas, la dirección de correos devolvió 306 sobres. Violaría evidentemente el tiempo limitado del Reglamento interior, el analizar cada una de las secciones. La presento ésta no como dato único, sino repito, como síntoma.

Por otra parte, la Ley Electoral Federal al ordenar que todos los funcionarios de casillas han de radicar en la sección en la que van a actuar, evidentemente desea establecer un vínculo, una posibilidad real de conocimiento inmediato por razón de vecindad, entre el funcionario electoral que sufragara en la sección. En el tercer distrito de Jalisco, de 1,056 personas designadas por el comité distrital electoral como funcionarios de casillas, solamente 163 aparecen en la sección correspondiente.

Se impugnó oportunamente el caso de las 90 y 92, en las que los funcionarios de casillas ni siquiera vivían en el tercer distrito, sino en el primero de Jalisco.

Manifiesto mi conformidad con una de las afirmaciones del señor Covián Pérez hecha hace un momento en esta tribuna.

Se indicaba que aquí no se viene a conseguir votos. Desgraciadamente, el señor Covián Pérez tiene razón circunstancial. Hace varios decenios en este recinto, que nunca se ha impugnado un dictamen leído por la Secretaría.

Nuestra presencia, la de los candidatos de Acción Nacional en esta tribuna de la Cámara, es la continuación de un esfuerzo iniciado hace ya veinticuatro años, para lograr que en México se establezca y funcione con toda normalidad una verdadera estructura democrática. Hemos de entender los mexicanos, afortunadamente, lo estamos entendiendo ya, que la función cívica no es problema de afición

o de gustos: es una actividad que nos compete vitalmente a todos, independientemente de condición, de ideología, de partido.

Hemos entendido, estamos entendiendo ya un número cada día mayor de mexicanos, que a través de la función normal, del desarrollo normal de la función cívica, vivificamos todos el ser de la patria, a través de su estructura política. (Aplausos.)

No es el título de ciudadano un pegote o un artificio. El título de ciudadano implica una madurez personal intransferible, irrenunciable, que nos vincula responsabilidad con la comunidad de la que formamos parte. Nosotros, en Acción Nacional, hemos estado luchando, y lo continuaremos haciendo, por la existencia de una auténtica democracia en México, en servicio y para bien de todo el pueblo mexicano.

Nosotros entendemos que la democracia supone, fundamentalmente, fe en el hombre, fe en el caso concreto de nosotros, en el mexicano y que, necesariamente implica una estructura que debe ser vivificada por los partidos políticos, partidos políticos independientes, frente al poder público que luchan, claro está , pues tal es una de sus metas, por alcanzarlo, por manejarlo, por hacer acto de gobierno, lo que antes es tesis y mensaje ante el electorado.

(Aplausos.)

Ni frustrados, ni amargados al venir a esta tribuna; hemos de continuar en este esfuerzo. Se ha exagerado, señoras y señores, la importancia que para la vida realmente democrática tiene el cumplimiento de atenciones personales que, por otra parte, son bienvenidas y facilitan el ambiente del dialogo. Sin embargo, el cumplimiento formal de algunos capítulos del Carreño, en ninguna manera puede substituir el acatamiento de la Ley Electoral.

México tiene, al frente, retos verdaderamente dramáticos en el orden de la cultura y en el orden de las necesidades materiales. Son problemas de todos.

En buena hora que todos los mexicanos de todos los partidos compartamos el Poder.

El reto es dramático, repito, con manifestaciones múltiples; pero el esfuerzo unido, que no necesariamente la convicción unánme; el esfuerzo tenaz; el espíritu de servicio; el anhelo de bien de la patria, harán que nosotros los mexicanos todos, de todos los rumbos y de todas las ideologías, seamos capaces de convertir el reto en victoria rotunda para el bien de México. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Fuentes Díaz, Vicente: Señor Presidente: Me voy a permitir hacer una sugerencia y al mismo tiempo una proposición, para que yo pueda contestar a los dos impugnadores del dictamen: yo declino hacer uso de la palabra y cedo mi lugar al candidato del PARM.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Pufleau.

El C. Pufleau Treviño, Roberto: El Reglamento dice que se dará el uso de la palabra a un orador en contra y después a otro en pro. Fui registrado después de haberse abierto el registro de oradores, en seguida del ciudadano Moheno, que es a quien corresponde el uso de la palabra.

El C. Presidente: Ya habló la Comisión. Tiene la palabra el ciudadano Pufleau.

El C. Pufleau Treviño, Roberto: Banderas de mi patria, enseñas nacionales que presiden esta Junta Preparatoria de la XLVI Legislatura de México, a las que solamente se ha hecho referencia de ellas por un candidato del PARM y que han ignorado y que no han respetado las galerías porristas que vienen a armar desordenes a este sagrado, elevado y digno recinto de la patria. (Desorden y gritos en las galerías.) Ciudadano Presidente de las Juntas Preparatorias; ciudadano Vicepresidente y secretarios; diputados apoyados por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; ciudadanos diputados y presuntos diputados, especialmente la diputación de Jalisco, de ese gran Estado de México; ciudadanos periodistas informadores y forjadores de la opinión pública de México; damas y caballeros: Como hijo de uno de los hombres de la Revolución, vengo a defender el caso del tercer distrito electoral del Estado de Jalisco.

Ya han conocido la calidad de mi oponente, Rubén Moheno Velasco; el otro oponente es de Acción Nacional y es nada menos que uno de los fundadores de Acción Nacional. Qué lástima que no hayan venido los representantes de los candidatos del Partido Popular Socialista, porque probablemente hubiera sido un caso importante, un caso interesante en la historia política de esta XLVI Legislatura.

Voy a hablar por supuesto, con toda dignidad, con toda altura, con elevación de metas, y no haré más que acatar la indicación amable y gentil que hicieron en la junta previa dos de los presuntos diputados del partido oficial imposicionista. Han habido graves ilegalidades y han habido graves irregularidades en el proceso electoral que culminó el 5 de julio con las elecciones, y lo digo desde esta tribuna, sintiendo no estar de acuerdo en calificarla como la más alta de la patria, porque a mi modo de ver, en mi modesta opinión, es la de la Cámara de Senadores.

Es sintomático que día a día, momento a momento, vengan expresiones de todos los partidos de oposición, del Partido Acción Nacional, del Partido Popular Socialista y del Partido Auténtico de la Revolución, a hablar de ilegalidad, a hablar de irregularidades electorales.

Si alguno de ustedes hubiera estado, como me tocó a mí, el privilegio de estar en las juntas de la Comisión Federal Electoral, en casi todas sus sesiones, tendrían la misma opinión general, que no es posible esta mención de irregularidades; esta mención de ilegalidades es algo inventado por el partido de la oposición. Son verdad, no es efectiva la expresión de que hubo elecciones limpias en México. Desgraciadamente y yo en lo personal lo siento de todo corazón, no acataron muchas de las autoridades secundarias, muchos de los funcionarios ligados con el Gobierno o con el partido oficial imposicionista, los deseos, las órdenes expresadas por nuestro digno y gran Presidente el licenciado Adolfo López Mateos, de que habría libertad en esta elección y que fue confirmada por el licenciado Luis Echeverría, Subsecretario de Gobernación, encargado del Despacho, en declaraciones conocidas, difundidas dentro de la función social que cumple el periodismo serio y honesto.

Es sintomática esta situación de ilegalidades y de irregularidades electorales. Voy a dar preferencia para tratar uno de los puntos vitales del Partido Auténtico de la Revolución, la extraordinaria, la gigantesca cantidad de votos anulados en favor de los candidatos del Partido Auténtico de la Revolución.

Parece como que hubiera habido deseos de que se anularan los votos emitidos en favor de los auténticos revolucionarios por el PARM y perdóneseme la modestia, pero como dije, un hombre de la revolución de un aviador que inició la aviación militar en México y posteriormente la aviación civil que defendió el movimiento revolucionario constitucionalista en el Ebano, al lado de ese gran hombre el general de división Jacinto B. Treviño, a quien atinadamente han llamado héroe de la Revolución desde esta misma tribuna; como hijo de un hombre de la Revolución Mexicana, me considero capacitado para llamarle también auténtico revolucionario.

Dijo el Presidente, licenciado Adolfo López Mateos: "El día 5 de julio el voto popular será respetado en la forma en que sea emitido". Yo pregunto ahora si se anularon miles y miles, decenas de miles, centenares de miles de votos emitidos en favor de los candidatos a diputados del PARM. ¿Qué va a hacerse con esos ciudadanos que cruzaron el círculo verde del PARM? ¿Son nulos de acuerdo con la Ley Electoral? No; hay que agregar una Ley Electoral Especial, y así estaba hecho para todos los diputados de la mayoría, para la mayoría de los ciudadanos presentes en este digno recinto. Hay dos soluciones: la solución teórica por impracticable, de que se abran los paquetes de los 178 distritos electorales o bien de los 112 distritos electorales en donde el PARM, un partido que tiene seis años en la lucha cívica política de México, postuló candidatos a diputados federales. Pero esa solución, repito, la califico de teórica por impracticable.

Pero hay una solución práctica. Se puede hacer la estimación de esos votos nulos. Hay varios indicios. Se ha leído desde esta misma tribuna, una constancia expedida por uno de los comités distritales, hablando de muchos miles de votos nulos. Fue argumentada esa opinión de que muchos de esos votos no fueron para el PARM. Sin embargo, el representante del partido oficial imposicionista también llamado PRI, reconoció en las juntas de la Comisión Federal Electoral que estaba cruzado el círculo tricolor del partido oficial imposicionista y el círculo verde del PARM.

Puede hacerse esa estimación en una forma razonable, en una forma prudente para caer y llegar a la conclusión de que el PARM sí tiene el porcentaje marcado en la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para llegar a acreditar en esta Cámara, diputados de partido: es decir, el PARM, forzosa y necesariamente debía apoyar la candidatura de la Revolución a la Presidencia de la República, por eso apoyó la candidatura del licenciado Gustavo Díaz Ordaz.

Si alguno de ustedes, como me imagino, estuvieron interesados en los recuentos y escrutinios de algunas credenciales o les informaron sus representantes, amigos, obreros, ejidatarios, etc., a sus órdenes, resultó esa situación: hubo muchas boletas en que estaba cruzado el círculo del candidato Díaz Ordaz por el partido oficial imposicionista, el PRI y por el PARM. ¿Qué se hizo en esa ocasión? Muy sencillo. Como los funcionarios de casillas fueron designados por los Comités Distritales, pero a proposición de las autoridades, de los organismos, de los sindicatos afines al partido oficial imposicionista, entonces todos los computaron como votos del PRI y se olvidaron que también estaban cruzados por el PARM.

Hubo ocasiones en que hubo tres partidos cuyos emblemas estaban cruzados en las papeletas electorales. ¿Y qué sucedió? También lógicamente se aplicaron al PRI. Pero lo más grave lo más importante, ciudadanos, que yo les agradeciera especialmente a los representantes del Cuarto Poder, representantes de la prensa nacional, lo hagan notar en forma especial. Hubo multitud, hubo muchos cientos, miles agrega en los distritos de Jalisco, en que votos emitidos en favor del licenciado Díaz Ordaz cruzando el círculo verde del Partido Auténtico de la Revolución, también fueron computados como votos emitidos en favor del PRI. Les hablo, ciudadanos, independientemente de los resultados, independientemente del futuro que me depara la vida con toda la verdad, con todo el corazón y con todo el entusiasmo que sólo trae consigo la fuerza de la verdad. A ustedes, diputados jalisciences, por favor, si estoy faltando a la verdad haganmelo notar, pero si estoy en lo cierto, les agradeceré también que lo hagan del conocimiento de esta respetable y que debe ser respetada Asamblea.

C. Presidente de las Juntas Preparatorias, muy atentamente, con todo respeto suplico a usted que se sirva someter a la consideración de esta Asamblea que se suspenda la discusión del dictamen presentando por el Secretario a moción de la Quinta Sección de la Primera Comisión de la elección en este tercer distrito de Jalisco apoyado, por supuesto en los artículos aplicables del Registro para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. No sé si estuvo clara mi exposición. De acuerdo con el Reglamento, se puede suspender la discusión de un asunto siempre que lo solicite uno de los miembros. Considero que el que habla y todos los candidatos que han llamado derrotados y que han pasado por esta elevada tribuna, somos miembros, por lo menos en este momento de la XLVI Legislatura.

Suplico a usted ciudadano Presidente de las Juntas Preparatorias que someta a discusión y a resolución esta proposición que hago en este momento y que he hecho formalmente por escrito y que se ha entregado al señor Secretario de esta Cámara.

El C. Presidente: Hago saber a la H. Asamblea que el oficio lo firmó él y no la Comisión.

(Continúa el orador.)

Estoy seguro, ciudadano presidente, que más de uno de los diputados y presuntos diputados que están en este momento, en esta Asamblea, podrán también apoyar esa solicitud de moción suspensiva de la discusión de este dictamen.

Pero si no es posible que se suspenda este dictamen, solamente quiero agregar en la exposición de todas estas pruebas de que la política en los últimos años, sí señores diputados y presuntos

diputados, no es la capacidad de acercarse al pueblo, no es la capacidad de exponer una plataforma política limpia y auténtica como la del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, sino es la capacidad de probar irregularidades, de conseguir pruebas de las ilegalidades, y que tiene mayor capacidad o mayores recursos para conseguir probar y comprobar ampliamente a la satisfacción, primero de la Comisión Federal y después de la Comisión Dictaminadora de la elección, que ha habido irregularidades sumamente graves que se pueden considerar el orden político de oposición. Yo he presentado hace 6 años pruebas de que ha habido muertos de las brigadas volantes del PRI, no fueron irregularidades graves; hace 3 años hubo muchas otras irregularidades en todos sentidos y hubo desafortunadamente también muertos, un hombre asesinado por la espalda, previamente a las elecciones. Tampoco hubo, tampoco se consideraron irregularidades graves.

Voy a ir entregando al Secretario de esta Cámara una a una, las pruebas de las irregularidades e ilegalidades porque hay muchas que bien son ilegalidad en poner al candidato el problema de probar la ilegalidad; yo más bien preguntaría a la Comisión dónde están las legalidades, en qué punto se respeta la Ley Electoral en este caso del tercer distrito de Jalisco.

Telegramas a la Comisión Federal Electoral porque los policías de Zapopan estaban poniendo las huellas digitales en miles de credenciales de electores.

Se investigó y se llevó al Presidente a un famoso ciclista en México, al C. Ángel Romero Llamas, que toleraba y auspiciaba, que permitía esta falsificación de credenciales. Se levantó un acta por las gentes que accidentalmente me acompañaban en ese momento y que posteriormente a investigación de la Comisión, que nada más había un testigo y que necesitaban dos. Considerando que era superficial la investigación que ordenó la Comisión Federal Electoral, formulé nuevo escrito a esa propia Comisión Federal, mencionando algunos puntos concretos, se dio ya el número exacto de la credencial de elector que alcancé yo a percibir junto a los policías zapopanos, asesinos del postulado, del principio fundamental de la Revolución Mexicana, del sufragio efectivo, el postulado primario con el que se inició la Revolución política de Madero en 1910. Hubo casillas, de 1,800 y pico de ciudadanos supuestamente empadronados y la mayoría de ellos con domicilio conocido. Hubo otros 1,400 y pico, todo esto en Zapopan que nada más decía Santana Tepetitlán, se hacía alusión al gran espíritu cívico del empadronamiento que se acabó el día de la elección porque hay un acta notarial donde se menciona claramente que hay calles y números en el Fraccionamiento Constitucional y en otro lugar cercano del Municipio de Zapopan No era exacto el empadronamiento.

Y en el empadronamiento hay estas circunstancias particulares, y hay que denunciarlas a la opinión pública para que estos asesinos no sigan traicionando a los postulados de la Revolución, uno que se dice primo del licenciado Díaz Ordaz, ustedes lo conocen diputados y presuntos de Jalisco, un profesor Bolaños es el que prepara las irregularidades hace 6 años y 3 años ahora. Saben perfectamente las más altas autoridades electorales de la República aquí en la capital, que ese señor no es nada de nuestro candidato a la Presidencia de la República. Actúa como Delegado Estatal, es Subdelegado a la Presidencia de la República. Actúa como Delegado Estatal, es Subdelegado, y así se hizo notar en las sesiones de la Comisión Federal Electoral; porque el ciudadano Rocha representante del partido imposicionista porque no había habido oportunamente protestas. Hace tres años se presentaron protestas contra uno de los que llevaban la brigada volante de votantes del PRI, y el hermano fue premiado como Subdelegado estatal en el Estado de Jalisco, del registro de electores. Si es la base de las elecciones esto, ¿qué va a suceder, ciudadanos? Si estamos poniendo, como pueden decir los de Acción Nacional, la iglesia en manos de Lutero.

Se ha tratado de conseguir copias certificadas de esta denuncia sobre la gran falsificación de credenciales de elector en el Municipio de Zapopan, pero el Agente del Ministerio Público Federal todavía no ha podido terminarla, y es más, ya la mandó a consulta a la Procuraduría ya se pidieron copias; parece que ya hay alguna en el expediente de la Comisión. Tal vez ella pueda mencionar algo al respecto.

El C. Presidente: Esta Presidencia hace saber al orador que le quedan dos minutos de su tiempo.

El C. Pufleau Treviño, Rodolfo: Imposible, ciudadanos, luchar en condiciones desventajosas. Yo podría apelar al derecho que concede el Reglamento a otros 30 minutos de intervención de esta tribuna, lo cual hago ante la Presidencia.

(Gritos en la galerías.)

El C. Pufleau Treviño, Rodolfo: Para quien mencione que no, puede ver el artículo 100 y el 103 del Reglamento.

También hay que hablar de las fallas del empadronamiento. Graves fallas. Con los funcionarios de casillas también hubo grandes fallas. Todos ellos doctores o empleados del Seguro Social, de donde el Secretario General del Sindicato es el doctor Carlos González Guevara, a quien conoce muy bien el C. Vicepresidente de las Juntas Preparatorias, y quien designó a todos los doctores y a todos los empleados como funcionarios de casillas, sin respetar la ley. Con todo gusto entregaré las pruebas posteriormente al doctor Martínez Manautou.

Esa intervención del doctor González Guevara fácilmente se explica por el problema actual político que hay en Jalisco, y quien es hermano del licenciado Rodolfo González Guevara a quién conocen ustedes perfectamente bien.

Queremos, ciudadanos diputados y presuntos diputados, que se dignifique el Poder Legislativo. Por eso los hombres de la Revolución, y los hijos de los hombres de la Revolución quisiéramos tener la oportunidad de colaborar por el engrandecimiento de México. Creánmelo ustedes cuando se los expreso con toda sinceridad. Los jóvenes que, como yo, somos hijos de los hombres de la Revolución entendemos la política como una ocasión y una oportunidad de servir al distrito y a nuestro Estado, y como una auténtica ilusión de servir a la patria.

El C. Presidente: Se le ha terminado su tiempo. Tiene la palabra el C. Rubén Moheno Velasco.

El C. Moheno Velasco, Rubén: Señor Presidente, señores integrantes de este Colegio Electoral, señores y señoras: Se supone que yo debería venir a esta tribuna abrumado por la cantidad de acusaciones

que hace el señor Pufleau. (¿Así se llama?), ha pretendido aportar ante el ilustre conocimiento de ustedes; pero no vengo en tal estado de ánimo, sino por el contrario, después de la intervención del señor licenciado González Luna, candidato de Acción Nacional al tercer distrito electoral de Jalisco, yo no puedo menos que referirme, en primer término, a las objeciones en que funda su oposición al dictamen que parece, si el señor Pufleau me lo permite, favorecer.

Habla el licenciado González Luna, que merece toda mi consideración, porque lleva con limpieza un nombre que para las filas de Acción Nacional es ilustre, porque viene con decoro cívico a impugnar en la plataforma una tesis, una cuestión de interés nacional y de esencia en sí, pero como quiera que citara sólo dos casillas en las que hubieron irregularidades, según su afirmación, me he permitido traer este voluminoso legajo que contiene todas las actas de la computación del 5 de julio, para referirme a ellas, cumplida y detalladamente. Habla de las casillas 90 y 91; en la casilla 90 dice en otra parte relativa "se agrega a la presente, escritos de protesta o irregularidad".

En la casilla 91, también firmada por su representante, dice exactamente lo mismo, protesta por cuanto a irregularidades. En el acta de la computación que levantó la directiva del tercer distrito electoral, se hace notar que no hubo violación de los paquetes electorales; que no se presentaron protestas dignas de mención y que las hubieron y a las que se refiere el señor licenciado González Luna, se hace mención por separado en un pliego que no forma parte del cuerpo de esa acta.

Y bien, no se requieren esas inconformidades del candidato de Acción Nacional y sus representantes al acto propiamente electoral (ya lo dijo él), de manera clara hablaba de irregularidades en el padrón electoral y dijo que se podría comprobar en la sección primera de ese distrito con el envío y regreso de cartas devueltas por el correo, porque no vivían ahí esas personas.

Y bien, ¿cómo podemos asegurar (es una sutileza que no pretende herir a nadie, señor licenciado González Luna), cómo podemos asegurar que esos sobres no fueron rotulados con nombres supuestos que incuestionablemente no podía corresponder a esa sección, para argumentar el regreso del correo?

Naturalmente esto no es para afirmarlo, pero tan importante y posible que no debemos dejarlo pasar desapercibido.

Por lo demás el señor licenciado González Luna ha tratado de establecer una tesis de carácter democrático, de elevación del espíritu cívico, que yo aplaudo en propósito, si la conducta de ese partido en la historia de su vida, estuviera acoplado e identificado con esos mismos fines y con esa misma conducta. No puedo referirme más a las objeciones, a la oposición del señor licenciado Luna, porque con toda mi consideración y respeto, la elección del tercer distrito electoral del Estado de Jalisco, en cuanto a objeciones, carecen de fundamento, de consistencia, de hechos, de pruebas. Solamente quiero agregar que el acta computadora fue firmada, sin objeción alguna, por un caballero representante del Señor licenciado González Luna, que fue el licenciado Ramón Mendoza López. ¿Es verdad, señor licenciado? -Licenciado González Luna- es verdad.

Por ahora, no nos hemos de referir más a nuestra pequeña contienda. Lamento mucho que haya sido pequeña, con el Partido Acción Nacional; pero el elocuente orador del Partido Auténtico de la Revolución sí nos ha preocupado mucho. Nos ha preocupado mucho, porque si hemos de seguir ese viejo principio jurídico, que es cuna de todas las legislaciones y de todo el contenido del Derecho, que nace con los romanos en la bonna fide, en la buena fe, siento decir que no solamente el señor Pufleau, sino todos los candidatos del Partido Auténtico de la Revolución, desconocen ese principio, y lo niegan, y han venido a esta tribuna no a defender a la Revolución, ni a la legítima ni a la que ellos llaman auténtica, ni al espíritu cívico, ni al levantado anhelo de superación democrática. Han venido, como nos decía ayer Salvador Rodríguez L., con una elocuencia pintoresca, con las expresiones del don Juan Tenorio:

"la habéis dejado, don Juan, imposible para vos y para mí"; pero más con la gitanería de que "mía o de naiden", y ese es el propósito de los candidatos anodinos, incapaces en su mayor parte; no es cierto que revolucionarios, sino cómplices, quiero creer que involuntarios, del Partido Acción Nacional.

¡Conque auténtico de la Revolución! ¿no? ¿De cuál Revolución nos viene a hablar el señor Pufleau? ¿De cuál, cuando de una manera optimista se clasifica de joven? ¿De la de Madero de 910? ¿De la de Carranza de 913? ¿De la Constitución, que hoy acatamos, respetamos y tratamos de enaltecer, de 917 ?

No nos habla de las fracciones revolucionarias, no de la Revolución; no nos habla del grito sagrado del respeto a la voluntad del pueblo, expresada de manera heroica y acaso ilusa por Francisco I. Madero; no nos habla del respeto que Acción Nacional -y yo comparto ese principio- debe tenerse a la dignidad humana. No; nos habla de un pretendido héroe epónimo, de El Ébano, ¿a quién combatió en El Ébano? ¿A los invasores extranjeros? ¿A Huerta? ¿A Porfirio Díaz? ¿A todo lo que significa o significaba una corriente regresiva? No; combatió con otro revolucionario, discutido, indudablemente discutido; era violencia y huracán, era, en momentos decisivos de la historia del movimiento revolucionario, el brazo armado de la Revolución; combatió a Francisco Villa, también revolucionario. (Aplausos.)

¿Cuál es la auténtica? ¿Cuál es la falsificada? Hay una que tiene vigencia histórica: la de los personajes que yo he mencionado, no para cubrirme con su sombra gloriosa. Siempre que hablemos en esta tribuna de alguno de los hombres ilustres del pasado de México, hablaremos del patrimonio que comparte todo nuestro pueblo. No nos hemos de replegar en los pliegues de la Historia, algunos de ellos dramáticos, negros y tortuosos y otros llenos de luminosidad, para defender nuestras pobres, singulares personalidades. (Aplausos) No podría traer aquí el nombre que yo amo, de los míos, como ilustre revolucionario; traigo solamente mi pobre personalidad y el contenido que anhelo, limpio y alto de espíritu cívico para con mi pueblo. No podría invocar, porque me parecería indecoroso, las medallas ganadas por otras gentes que nada tienen de común conmigo los enormes personajes. Y sería ilegítimo y sería vano que no pudiendo ganar una curul para

representar con honra a un distrito, por lo menos tratara, como se ha intentado aquí, de enfangarlo, por lo menos de mancharlo con las salpicaderas de lodo y de esas invenciones tortuosas de novelas policíacas con que nos ha deleitado el señor Pufleau esta mañana. (Aplausos.)

Y volvemos con el héroe. ¿Cuál héroe? ¿Héroe que aspira a llevar a su sobrino a una curul, el señor Pufleau Treviño? ¿El héroe que brilló en los combates de El Ébano matando no reaccionarios sino revolucionarios? ¿El héroe que milita en una de las facciones, no importa cuál, porque todas ellas son un conjunto abigarrado que dieron un resultado? Y el Partido Auténtico de la Revolución, que ni es partido ni es auténtico, ni es de la revolución, (desorden en las galerías), nos manda a este pobre exponente.

Yo coincido y coincidiré con todos los mexicanos de buena fe, que amen a su patria, que quieran la superación necesaria e indubitable del espíritu cívico de México, de la integridad democrática, de la limpieza en el procedimiento, del levantamiento de esa bandera, que no sé por qué invocó el señor Pufleau, porque (hay Pufleau y Ricaud y una invasión francesa que parece que estamos en 1862) (risas en las galerías); la hemos de invocar solamente para honrarla, no como un triunfo indigno; sus pliegues, sus colores, su símbolo, su origen, son el símbolo atormentado de la historia violenta de nuestro país, y refugiarse en ella para aspirar con 468 votos, a una curul, no solamente es indigno; es francamente vergonzoso. (Aplausos.)

El señor candidato del Partido Auténtico de la Revolución es contador público, pero debiera ser, si me fuera permitido sugerirlo, agente de policía, por aficionado a Sherlock Holmes. Tengo en mi poder todos los documentos a que en forma comicodramática, no se ha referido este señor pero primero diremos los que aportó en el porcentaje de la ciudadanía, en el tercer distrito, por cuanto al sufragio.

Es verdad que hubo ochenta y dos mil empadronados; es verdad que no llegaron a cuarenta mil votos los votantes; pero el PRI aportó, en la ciudadanía que ejerció el voto, el sesenta y cuatro punto veintidós por ciento, de ese ejercicio. El PAN aportó el 32.57 por ciento; el PPS, el 1.45 por ciento, y el Auténtico de la Revolución, el 1.26 por ciento; pero fue la más alta votación en las tres reiteradas veces en que ha participado bajo el patrocinio de su tío, el señor Pufleau. La primera vez obtuvo 140 votos; la segunda, 250 votos y ahora 468 votos, merced a la organización de intento limpia, que le dio esa oportunidad. Dentro de sesenta años tendrá un segundo lugar. (Aplausos.)

Y, señores, en el movimiento armado, con la carabina al hombro, yo no participé; sospecho que el señor Pufleau tampoco; pero soy hijo de mi tiempo; soy ciudadano de México; he dedicado mi vida entera a las luchas sociales de mi gremio atormentado, violento: el gremio ferrocarrilero, lleno de conmociones también; lleno de impurezas en el pasado, y desde hace 39 años que gano mi pan modesto y limpio, en el ejercicio de mi trabajo como empleado ferroviario. (Aplausos en las galerías.)

Nunca, a pesar de que he participado en el orden nacional y en el local, en todos los eventos políticos desde que mi edad ciudadana me lo permitió, nunca fui candidato a nada. Yo soy mendigo del voto; yo voy al alma del pueblo en esta oportunidad que mi partido me diera para dialogar con él, y para ofrecerle una sola cosa; que si el dictamen es aprobado y se me concede la curul por el tercer distrito, yo pondré, por mi propia conciencia, por la pasión de mi vida, por el pasado de ella misma, todo lo que esté de mi parte para ser por lo menos diputado honorable, del cual no tengan que avergonzarse las gentes que votaron por mí.

No tengo que decir que el amparo de un pariente de discutida heroicidad nacional, vengo en busca de la representación de mi pueblo, al que he entregado mi vida en luchas sociales desde cuarenta años, en forma modestísima, pero apasionada, sincera y limpia.

Nadie de los que están aquí, ni fuera de aquí, con conciencia y con honor, me puede lanzar una sola acusación, ni de trucos, de chicanas, ni de combinaciones electorales, ni de nada que ponga una mancha en mi vida, porque abandonaría este Salón, ya que me honra a mí en lo singular, lo que más entraña en mi vida: dos de mis hijas que me acompañan.

Dice el señor Pufleau que levantó un acta en el municipio de Zapopan, porque los gendarmes se estaban llevando boletas de elector, y dice el señor Pufleau que lo consignó a las autoridades. Pues bien, esa acta no es acta; es una denuncia. Hay gentes que aunque no venga al caso, tienen espíritu nato de delator, aunque haya que inventar el delito. Levantó una acusación por sí y ante sí, que no es una acta. La llevó hasta la Procuraduría y tengo la copia fotostática de sus resoluciones.

Solamente citó una boleta como supuestamente falsa, la número 220,674, cuya copia fotostática y certificada del Registro Nacional de Electores tengo en mi mano, y corresponde a un ciudadano que no conozco, y que dice: "Madera Preciado, Antonio." No corresponde al municipio de Zapopan, sino al tercer distrito de Guadalajara, en este último municipio.

El representante del señor Pufleau también firma el acta sin protesta alguna del cómputo total de la elección para diputados.

El señor Jorge Roberto Molina Martínez de Castro, representante del PARM, y pido a la Secretaría que dé certificación de mi dicho, si aparece o no en la acta computadora, con su firma, con su rúbrica y sin ninguna objeción. Muchas gracias.

-El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio (leyendo):

"Que todos estos hechos y algunos otros detalles fueron presenciados por el C. Jorge R. Molina Martínez de Castro y por el joven, menor de edad, Hugo Sáinz Rentería que no puede ahora declarar nada por haberse ido a prestar el Servicio Militar Nacional como conscripto, pero que la hará el lunes próximo o el domingo día 23 de febrero de 1964. Que es todo lo que tiene que decir y firma para constancia el contador Roberto Pufleau Treviño, en unión del C. Jorge R. Molina Martínez de Castro, a las 15:30 horas del día 22 de febrero de 1964, en la ciudad de Guadalajara, Jal., donde consiguieron máquina para formular la presente acta.

Roberto Pufleau Treviño.- Jorge R. Molina Martínez de C."

-El C. Moheno Velasco, Rubén (continuando):

Claro que hay hoja adicional. El señor Pufleau, con sus aficiones detectivescas, ha realizado una tarea minuciosa, detallada, y en la hoja adicional, también del Comité Distrital, la intervención del PARM, no del representante del partido, sino de este candidato, de la misma catadura o peor, indudablemente peor, que su partido, dice: "Compareció para pedir, antes de que terminara el cómputo sin intervenir en él", porque a ningún candidato de los cuatro partidos que contendieron, nos fue permitido participar en el escrutinio. Yo, por supuesto, ni lo intenté. Y dice respecto a la protesta del candidato del Auténtico: "Desechada, por no tener éste personalidad ante el Comité, la que conforme al artículo 104 de la ley de la materia, sólo la tiene el representante del partido que lo postula." El representante del partido que lo postuló, firmó de conformidad; pero yo he estado a punto, señores integrantes de este Colegio Electoral, de pedir el reconocimiento de un psiquiatra para este señor. (Risas.)

Ya voy a terminar, no sin antes agregar que tendremos, y lo digo con convicción, por tres años, fuertes contiendas de carácter ideológico y de plataforma política en este Salón. Tendremos fricciones que esperamos no lleguen a la violencia, porque cuando la violencia interviene, ha terminado la razón, y terminada ésta, termina la más alta evaluación del hombre.

Intentaremos, todos los días de las sesiones de esta Cámara, defender lo que creemos postulados esenciales de la Revolución, sin propietarios, con pasión, porque al tronar de los fusiles que segaron tantas vidas, se paseó nuestra infancia en medio de un período doloroso para nuestro pueblo.

Es la Revolución armada, un elemento que lleva al encausamiento futuro de las conformaciones de un pueblo, inevitable pero doloroso; pero desde ahora quiero dejar asentado que siempre que me sea permitido por circunstancias y por mis dotes mínimas, he de intervenir en contra de los bucaneros de la política, de los aventureros que no solamente sollozan, imploran un tres por ciento más de los votos, sino que vendrían, demostrada su mentira y su mala fe, a esta tribuna, no para engrandecer los destinos de México, sino para deshonrar su momento histórico.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Pufleau Treviño.

El C. Pufleau Treviño, Roberto: Respetables ciudadanos: mi ilustre contendiente del partido oficial imposicionista ha tratado muy bien al licenciado González. Efectivamente no hizo ninguna campaña política en el distrito; por eso es que casi casi le da las gracias.

Estamos con todo decoro cívico, estamos con toda valentía; no me interesan las alusiones personales a mí, y he pedido la palabra para defender a los hombres que hicieron la Revolución en México, y haber en esta Asamblea quienes puedan defender a los héroes revolucionarios que después de esa lucha armada a la que desprecia el candidato Moheno, pudo conseguirse el régimen de legalidad, el general Treviño estuvo en El Ébano y así se le conoce, como el héroe de El Ébano, precisamente estando al lado de la legalidad, estando al lado del Primer Jefe del ejército constitucionalista, estando al lado de esa gran figura cuyo nombre est inscrito en esta Cámara, el más grande de los hombres de los últimos cien años, don Venustiano Carranza.

No dudo un momento de la frase inicial del general Francisco Villa, o del ciudadano Doroteo Arango, pero sí, cuando no estoy de acuerdo, es con la hegemonía del ciudadano Venustiano Carranza, en que había nada más un partido, o una decisión o una alternativa: o tomar la fase de la legalidad, como lo hizo el general Treviño, o irse no a esa reacción pero sí a esa indisciplina que ponía en peligro los resultados de esa Revolución armada que olvida el ciudadano Moheno desde su cómodo escritorio en una oficina ferrocarrilera que costó mas de medio millón de vidas, más de medio millón, si ciudadanos periodistas.

Muy lamentablemente, sí. No creo que tenga capacidad, que tenga ninguna autoridad el candidato Moheno, aunque llegue a ser el diputado federal; no creo que tenga ninguna autoridad para juzgar a uno de los héroes revolucionarios de México, que ha sido reconocido en esa forma no sólo por el expresidente de México, el ciudadano don Adolfo Ruiz Cortines; no sólo por nuestro Presidente actual, el gran Presidente licenciado Adolfo López Mateos, y por el candidato de la Revolución a la Presidencia de la República, por el Presidente electo licenciado Gustavo Díaz Ordaz.

No tiene caso entrar al detalle de actas y firmas; nada más quiero decir que realmente lo de bucanero no me gustó. No deben de usarse, a mi modo de ver, en esta seria tribuna nacional, expresiones irónicas, inaplicables, de burlas, de sátira y de ironía. Aquí, a mi modo de ver, deben discutirse los verdaderos problemas nacionales.

La conclusión final de esta segunda y última intervención, es muy simple: No fue limpio el proceso electoral; desgraciadamente en este caso, del 3er. distrito, no tuve la fortuna de conseguir las pruebas suficientes para demostrar no sólo las graves sino las gravísimas irregularidades que se cometieron en ese 3er. distrito electoral.

Agradezco esta ocasión que me deparó el destino para estar nuevamente en esta digna, en esta elevada tribuna nacional. Agradezco la atención de ustedes a seguir luchando por mi pueblo, por mis convicciones, por mi partido, el Auténtico de la Revolución Mexicana.

El C. Presidente: Tiene la palabra por cinco minutos, de acuerdo con el Reglamento, el ciudadano González Luna Morfín.

El C. González Luna Morfín, Ignacio: En cumplimiento del objetivo señalado por el Reglamento, debo aclarar a mi contrincante postulado por el PRI, que me referí concretamente a violaciones respecto de las casillas 90 y 91, que ciertamente no podían haberse impugnado ante la propia casilla o ante Comité Distrital Electoral, en virtud de haber afirmado que se trataba de personas independientemente de la honorabilidad de las mismas, radicadas en el 1er. distrito del Estado de Jalisco.

En segundo lugar, a la posibilidad que él mencionaba, de haber enviado estos sobres que mencioné y que fueron devueltos debidamente anotados por la Dirección General de Correos. Puedo asegurarles y

afortunadamente hay constancia, que fueron exhibidas ante la Comisión Federal Electoral, y se puede comprobar que se remitieron cumpliendo, acatando todos los datos existentes en las listas electorales del Padrón. Por otra parte, una acertada calificación de mi contrincante me ahorra la necesidad de refutar la acusación de complicidad respecto del PARM, hacia el mío, ya que sin sujeto no puede haber contrincante cómplice.

Creo que todos estaremos de acuerdo respecto del trato que mi propio contrincante reconoció de una votación oficial inferior al 50 por ciento de los empadronados oficialmente. ¿Qué el caso es grave y nos debe preocupar a todos? No es posible. No podemos los mexicanos vivir entre la fiebre de los asesinatos y el hielo de la indiferencia cívica. Hemos de provocar, de alimentar, de sostener el cumplimiento constante, normal, orgánico de la función política para beneficio de México. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Fuentes Díaz.

-El C. Fuentes Díaz, Vicente:

Honorable Asamblea. En nombre de la Comisión que estudió este caso debo contestar a los impugnadores del dictamen en el orden en que abordaron esta tribuna.

Refiriéndome en primer término a la intervención mesurada, serena, prudente, saturada de un sentido de pulcritud política del señor licenciado González Luna Morfín, debo explicar que el expediente relativo al tercer distrito electoral de Jalisco fue minuciosamente estudiado por la Comisión y que no omitimos ninguno de los documentos ni de las constancias que obran en aquél:

Se refirió él a que el dictamen no había hecho referencia a una denuncia de Acción Nacional sobre el supuesto descubrimiento de ciudadanos fraudulentamente empadronados. Solamente quienes hemos trabajado en el seno de una Comisión Revisora de expedientes electorales sabemos el arduo trabajo que esta tarea implica y la imposibilidad material de hacer mención en el cuerpo de un dictamen de cada uno de los hechos, de las pruebas, de las protestas, de las objeciones y de los documentos que se ponen a nuestra consideración. Pero puedo asegurarle al señor licenciado González Luna Morfín que tuvimos en nuestras manos y que leímos varias veces no solamente las protestas que presentaron sus representantes en el tercer distrito, sino también y fundamentalmente, el escrito que ante la Comisión Federal Electoral presentó el representante de su partido, licenciado Ulloa Ortiz.

En ese memorándum, efectivamente, como lo ha referido aquí el señor candidato de Acción Nacional, se habla de que dicho organismo político envió un número determinado de cartas a los electores, cuyos nombres figuran en el padrón electoral, y que la administración de Correos devolvió determinado número de esas cartas.

Yo no quiero llegar a la sutileza del señor Rubén Moheno de pensar que en esas cartas los sobres fueron o pudieron haber sido rotulados equivocadamente de un modo premeditado para que fuesen devueltos por el Correo. Pero vamos a suponer que en efecto se devolvieron esas cartas porque en los domicilios que se consignaban en el padrón electoral no vivían los ciudadanos empadronados.

Y yo hago esta pregunta: ¿hay acaso algún elemento de prueba para acusar al candidato triunfante de que los votos que pudieron haber emitido esas personas lo favorecieron? En último caso, señores de Acción Nacional, el padrón, con las deficiencias que pudiera tener, sirve para todos los partidos y para todos los candidatos y su carácter genuino o sus fallas benefician o afectan por igual a todos los partidos y a todos los candidatos (desorden en las galerías)

No puede decirse que haya un padrón para determinado candidato, que éste pueda utilizar en su propio derecho, y otros para los demás candidatos. El padrón es único. Pero hay algo más: la Ley Electoral señala plazos muy precisos para poder hacer todas las objeciones y presentar todas las protestas que se juzguen necesarias o prudentes respecto de las irregularidades que existan o que se sospecha que existen en el proceso electoral. Acción Nacional ha adoptado esta táctica: recaba del Registro Nacional de Electores copias de las listas nominales de votantes y muchas veces, muchas veces, yo como miembro de una Comisión Revisora de expedientes electorales lo he podido constatar, no hace absolutamente ninguna observación sobre esas supuestas irregularidades. Esperan que transcurran las elecciones para ver el número de votos que han obtenido sus candidatos y hasta entonces, de acuerdo con el resultado de la elección, presentan sus protestas. Esta no es una táctica, señores, que favorezca la depuración de nuestra vida cívica y el perfeccionamiento del sistema electoral. Si Acción Nacional, como lo ha reiterado en esta tribuna y como lo ha venido a repetir aquí el señor licenciado González Luna Morfín, lucha sinceramente por el avance democrático del país, est en la obligación de hacer, en tiempo dentro de los plazos legales todas las denuncias, protestas, observaciones y quejas que crea pertinente para que una vez llegadas las elecciones todo el proceso preparatorio de los comicios haya sido depurado, hasta donde humanamente es posible, de las fallas y de los errores que existan en él.

Puede usted tener la seguridad, señor licenciado González Luna Morfín y habla un hombre que con una vehemencia que yo tengo que reprimir ahora, ha venido a combatir las tesis de un señor padre en materia histórica, no le temblaría la mano para firmar un dictamen que lo favoreciera a usted si usted hubiese obtenido la mayoría de votos en el tercer distrito del Estado de Jalisco. Porque a pesar de que la constancia de mayoría de votos fue expedida en favor del candidato del Partido Revolucionario Institucional, este Colegio Electoral, y aquí me permito diferir de la opinión de mi muy estimado y querido amigo y compañero Miguel Covián Pérez, sí tiene la facultad terminante de inatacable, por mandato constitucional, de poder otorgar el triunfo a un candidato que realmente lo haya obtenido aun cuando la constancia de mayoría no se hubiese expedido en su favor. (Aplausos.)

Dijo el compañero Covián Pérez, que la misión fundamental del Colegio Electoral es calificar la validez de las elecciones y efectivamente así es, entendiendo por esta calificación la consideración basada en preceptos legales, de si el proceso electoral se ajustó o no a los preceptos legales en la materia. Pero, además, tiene la facultad inatacable, repito, de

otorgar el triunfo a quien haya obtenido, si, desde luego, el proceso electoral se ha ajustado a la ley, y si se comprueba que determinado candidato ha obtenido la mayoría de sufragios, aun cuando no ubiese obtenido la constancia de mayoría de votos expedida por el comité distrital.

Ejemplos hay muchos. A este Colegio Electoral han llegado candidatos con la constancia de mayoría de votos, expedida por el Comité Distrital respectivo y registrada por la Comisión Federal Electoral, pero hecho un estudio minucioso por la Comisión Revisora de expedientes electorales, se han dado casos en que la votación que aparentemente favorecía al candidato que obtuvo esa constancia de mayoría de votos, fue reducida o anulada por las irregularidades que la viciaban, y quedó como única válida o mayoritaria la de aquel que figuraba en segundo lugar.

Quiero dejar perfectamente asentada esta tesis para que no exista ninguna confusión respecto de las facultades del Colegio Electoral.

Refiriéndome al señor Pufleau Treviño, debo decir que su voluminoso expediente fue también estudiado por la Comisión, y que, además, los miembros de ésta tuvimos el comedimiento y la atención de escucharlo muy cuidadosamente. Se presentó en una ocasión para tener la plática inicial con los miembros de la Comisión, de acuerdo con lo establecido por el Presidente de este Colegio Electoral, en el sentido de que las puertas de las Comisiones Revisoras estuvieran -y están- abiertas a todos los candidatos para que se presentaran a ella a exponer toda clase de quejas, de observaciones y de puntos de vista sobre el proceso electoral que les interesa.

Y lo que voy a decir no creo que constituya la revelación de una confidencia, porque en el caso del señor Pufleau Treviño, como en el de los demás candidatos que se han acercado a la Comisión de la que formo parte, yo tuve el buen cuidado de advertirle que todo lo que me expusiera en la plática quedaba en declaración oficial, expuesta a ser considerada por la Comisión en esta tribuna del Colegio Electoral. Empezó por decirme el señor candidato del PARM que él no reconocía que hubiese obtenido el triunfo en el 3er. distrito de Jalisco, pero que quería ver si era posible que se le aumentaran algunos votos para alcanzar la diputación de partido, porque era la cuarta vez que figuraba como candidato.

Lo escuché con una paciencia verdaderamente franciscana. Como no llevaba en esos momentos pruebas que pudieran fundar muchas de sus aseveraciones, lo invité a que en una reunión posterior me llevara esas consideraciones por escrito, y me contestó que iba a ver si le era posible, en virtud de que tenía que ir a Guadalajara por su familia.

Se retrasó y llegó a última hora y como explicación de su tardanza, me dijo que lo había dejado el pullman. Dejo a la consideración de ustedes, al criterio de ustedes, si lo que lo dejó fue el pullman del ferrocarril, o lo ha dejado el pullman de la historia y posiblemente de la razón y de la lógica (Risas y aplausos.)

Y luego me hizo una larguísima enumeración de sus quejas. Dijo, como ya lo reiteró aquí, que en el Municipio de Zapopan se había hecho un empadronamiento fraudulento y que a él le constaba personalmente el hecho. Le pregunté que más o menos cuántas, cuántas credenciales de elector consideraba él que se habían empleado indebidamente y me dijo que nada menos que el mismo número de empadronados, en el Municipio de Zapopan: 24,821 empadronados. ¡Maravillosa facultad de cálculo del senador candidato del PARM!

Me aseveró igualmente, lo que es verdad, que pidió una investigación sobre ese supuesto empadronamiento irregular.

La investigación se ha realizado y se llevó hasta su fin. Consta en el expediente que el Registro Nacional de Electores comisionó a uno de sus supervisores, el licenciado Emilio Barroso Rodríguez, para que presentara en el Municipio de Zapopan a hacer la indagación correspondiente. Y el dictamen emitido por este funcionario, después de una minuciosa investigación, según se desprende del documento, es en el sentido de que no hubo tal irregularidad y de que en consecuencia, no se ha tipificado la infracción que establece el artículo 141, fracción V, de la Ley Electoral Federal.

Por otra parte, respecto de la investigación judicial, el agente del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Segundo de Distrito en Guadalajara, también comunicó a los organismos electorales que no se había comprobado la irregularidad denunciada por el señor Pufleau Treviño.

La argumentación oral del candidato del PARM, su petición medular fue ésta: quiero que se me reconozcan, dijo, los votos que indebidamente se me han anulado. Yo le pregunté que cuántos fueron los representantes que tuvo en las 130 casillas instaladas en el tercer distrito de Jalisco, para poder deducir, de las actas finales de escrutinio que debieron haber recabado sus representantes, cuáles fueron las irregularidades, si es que las hubo, y si su partido, a través de sus representantes, presentó la denuncia y la protesta correspondiente. Me dijo que solamente 40 representantes pudo acreditar, y yo, señores, no me explico cómo es posible que en un distrito donde hay 130 casillas y donde un partido acredita, y vamos por esta vez a dar crédito al dicho del candidato del PARM, solamente 40 representantes, puede tener una idea completa de los votos que le fueron anulados, ¿y cuántos votos cree usted, le pregunté, que le han sido anulados? Su respuesta contundente fue "cuatro mil", ni uno más ni uno menos: cuatro mil.

El señor Pufleau Treviño es contador público titulado. Si él presta sus servicios en alguna empresa para llevarle su contabilidad, con esas facultades de portentosa precisión matemática, no le arriendo las utilidades a esa compañía.

Pero todavía seguimos inquiriendo más: ¿En qué cree usted -le dije-, que radica la anulación indebida de los votos que usted reclama en su favor? ¡Ah!, me dijo, es que ha habido una confusión muy grave: como el escudo del PRI tiene el color verde y el de mi partido también lo tiene, los electores seguramente se confundieron y por ese fenómeno de daltonismo -él no lo dijo así, porque incluso no sé si domine ese término-, seguramente votaron por el PRI y no por mi partido.

Respecto de esta consideración, y lamento que se me haya adelantado este fino polemista que es Rubén Moheno, yo no quiero emitir ningún juicio

porque sería incursionar en una rama de la ciencia en la que confieso la la flaqueza de mis conocimientos: la psiquiatría.

Todas las quejas, todo el expediente, fue cuidadosamente estudiado por la Comisión. Podemos afirmar, señores miembros del Colegio Electoral, que no hubo una sola protesta, una sola queja, una sola consideración que no fuese tomada en cuenta y que, en justicia estricta, el triunfo correspondió al candidato del Partido Revolucionario Institucional. (Aplausos.)

Por último, se ha hablado aquí, y no solamente hoy sino en repetidas ocasiones, de que el Presidente López Mateos ofreció que se respetaría el voto. Precisamente por eso, señores, porque queremos respetar el voto, estamos emitiendo este dictamen justo, cuya aprobación solicito de ustedes. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto: La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, pregunta a la honorable Asamblea, si considera suficientemente discutido este caso. Suficientemente discutido.

En consecuencia, pregunta a la vez si se aprueba el dictamen. Aprobado.

(Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales, se celebraron el domingo 5 de julio último, en el tercer distrito electoral del Estado de Jalisco. Segundo. Son diputados federales de mayoría al Congreso de la Unión, propietario, Rubén Moheno Velasco; suplente, Abel Galván, por el distrito electoral antes citado." (Aplausos nutridos.)

-El C. secretario Cárdenas Andrade, Eugenio (leyendo):

"Primera Comisión. Quinta Sección.

Honorable Asamblea:

Fue turnada a la Quinta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de expedientes electorales, el expediente formado con la documentación relativa al tercer distrito electoral de Chiapas.

En las elecciones verificadas en el distrito de referencia, el primer domingo de julio del año en curso, contendieron los candidatos de los partidos que a continuación se mencionan, obteniendo los resultados siguientes:

Por el PAN: propietario, Enrique Cancino Gordillo con 161 votos y suplente, Bruno Barrera Arroyo con 158 votos.

Por el PRI: propietario, licenciado Jorge de la Vega Domínguez con 64,349 votos y suplente, profesor Jorge Guillén Ortiz con 63,428 votos.

Practicado el estudio de la documentación turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones acordadas por los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes; y que finalmente el Comité Distrital Electoral efectuó el cómputo, expidiendo las constancias de mayoría de votos, en las elecciones, en favor de los candidatos a diputados del Partido Revolucionario Institucional, C. licenciado Jorge de la Vega Domínguez, propietario y profesor Jorge Guillén Ortiz, suplente.

En virtud de que dichas elecciones fueron llevadas a cabo en el mayor orden y teniendo en cuenta que no se presentó protesta alguna, la suscrita Comisión, propone a vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el 5 de julio último, en el tercer distrito electoral de Chiapas.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Jorge de la Vega Domínguez y profesor Jorge Guillén Ortiz. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1964.- Vicente Fuentes Díaz.- Luis Dantón Rodríguez.- Fabio Espinosa Granados."

Est a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el 5 de julio último, en el tercer distrito electoral de Chiapas.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Jorge de la Vega Domínguez y profesor Jorge Guillén Ortíz."

(Aplausos.)

-El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto (leyendo):

"Primera Comisión. Primera Sección.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión Dictaminadora le fue turnado para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones celebradas el día 5 de julio del año en curso para la renovación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en el segundo distrito electoral del Estado de Guerrero.

De la revisión cuidadosa del expediente relativo aparece que el proceso electoral desde su inicio hasta que culminó, se desarrollo de acuerdo con las prescripciones establecidas por la Ley Electoral Federal, cuenta habida que si bien es cierto que el Partido Popular Socialista, formuló ante la Comisión Federal Electoral, un escrito en el que alega violaciones al referido ordenamiento electoral, en forma alguna han quedado evidenciadas sus afirmaciones.

Aparece igualmente que en el distrito mencionado contendieron como candidatos por el PAN Agustín Millán Brito y J. Jesús Brito Urióstegui; por el PRI ingeniero Rubén Figueroa Figueroa y profesor Daniel Molina Miranda; y, por el PPS Pedro Ayala Fajardo y Francisco Hernández L. Del acta correspondiente al cómputo total para la elección de diputados federales, se desprende que la mayoría de los sufragios emitidos lo fue en favor de la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario

Institucional, acta que aparece firmada por los representantes del Partido Acción Nacional y del Popular Socialista, lo que evidencia en forma indubitable la conformidad de los partidos mencionados al través de su representación.

Sentado lo anterior, y no existiendo en poder de esta Comisión Dictaminadora elementos de convicción que permitan modificar el resultado de la votación, pues ellos no fueron aportados en forma alguna, somos de parecer que deben someterse, como lo hacemos, a la ilustrada consideración de esta soberana Asamblea los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. Son válidas las elecciones que para la elección de diputados federales se celebraron el día 5 de julio último, en el segundo distrito electoral del Estado de Guerrero.

Segundo. Son diputados de mayoría al Congreso de la Unión, por el expresado distrito, los CC. ingeniero Rubén Figueroa Figueroa y profesor Daniel Molina Miranda, con el carácter de propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México D.F., a 17 de agosto de 1984. - Fluvio Vista Altamirano. - Leopoldo González Sáenz. - Everardo Gámiz Fernández."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para la elección de diputados federales se celebraron el día 5 de julio último, en el segundo distrito electoral del Estado de Guerrero.

Segundo. Son diputados de mayoría, al Congreso de la Unión por el mencionado distrito, los CC. ingeniero Rubén Figueroa Figueroa y profesor Daniel Molina Miranda, con el carácter de propietario y suplente, respectivamente." (Aplausos.)

"Primera Comisión.

Quinta Sección.

Honorable Asamblea:

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 5o, 6o, y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos mexicanos, la suscrita Sección Quinta de la Primera Comisión dictaminadora de expedientes electorales, recibió la documentación relativa a la elección que para diputados del Congreso de la Unión tuvo lugar el 5 de julio del corriente año, en el tercer distrito electoral de Guanajuato.

En el distrito electoral de referencia, se registraron los siguientes candidatos:

Por el PAN: licenciado Antonio Obregón Padilla, propietario; Eduardo Villanueva Castro, suplente.

Por el PRI: Domingo Camarena López, propietario; Efrén Pérez Guajardo, suplente.

Por el PPS: José Valdivia Alvarez, propietario; Celestino Rodríguez Gasca suplente.

Por el PARM: Juan Renaud Ramírez, propietario; Elías Briones Briones, suplente.

Al hacer un estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, encontramos una protesta del Partido Revolucionario Institucional contra una serie de irregularidades cometidas por el Partido Acción Nacional durante el proceso electoral, como la de hacer propaganda en el momento de la elección. Igualmente aparecen una serie de quejas del Partido Acción Nacional por supuestas violaciones a la ley, como la de que no se publicaron las listas de funcionarios de casillas en León y en el Municipio de Romita. Este cargo se desvanece por el acta notarial levantada con este motivo por el licenciado Joel Cabrera Alvarado, Notario Público número 44, en la que se hace constar que fueron fijadas en tableros las mencionadas listas de funcionarios de Casillas, con la ubicación de las mimas. Otras quejas del Partido Acción Nacional carecen de base legal.

Existe la circunstancia de que una de sus quejas, entregada en la computadora, menciona irregularidades en varias casillas, acusación también infundada por el hecho de que las actas de escrutinio respectivas están firmadas por los representantes de Acción Nacional.

En consecuencia, ninguna de las protestas y objeciones de los partidos influyen en forma alguna en los resultados finales de la votación que favorecieron a la fórmula presentada por el Partido Revolucionario Institucional.

El Comité distrital electoral extendió constancia de mayoría de votos a favor de los CC. Domingo Camarena López y Efrén Pérez Guajardo, Propietario y suplente, respectivamente.

La Comisión Federal Electoral llenados que fueron los requisitos, registró conforme a la ley dicha constancia de mayoría de votos.

Por todo lo anteriormente expuesto, la suscrita comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:

1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales, al Congreso de la Unión, se llevaron a cabo en el tercer distrito electoral del Estado a Guanajuato, el 5 de julio último.

2o. Son diputados federales de mayoría, al Congreso de la Unión, por dicho distrito, los CC. Domingo Camarena López, propietario y Efrén Pérez Guajardo suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

México, D. F., a 24 de agosto de 1964. - La Comisión: Vicente Fuentes Díaz. - Luis Dantón Rodríguez. - Fabio Espinosa Granados."

Está a discusión el dictamen.

El C. Obregón Padilla, Antonio: Pido la palabra, en contra.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

Tiene la palabra el C. Obregón Padilla.

El C. Obregón Padilla, Antonio: Señor Presidente de esta Junta Preparatoria, honorable Colegio Electoral: Cuando los ciudadanos de León se percataron de que yo vendría a defender este caso al Colegio Electoral, no fueron pocos los que me dijeron que pusiera de relieve la catadura moral de mi oponente; pero yo no voy a hacer eso. La moralidad de su vida no la voy a juzgar yo, ni está a discusión tampoco en este Colegio Electoral. Aquí se

trata, señores, cuestiones estrictamente electorales, avaladas, sí, con puntos de doctrina que sustentan los partidos contendientes.

Por ese motivo, es por el que yo he venido a defender el caso del tercer distrito de Guanajuato.

En la ciudad de León, el triunfo para Acción Nacional fue rotundo; las pruebas están en el expediente. Sin embargo, en la zona rural de esa ciudad, de ese Municipio, es donde se gestó el fraude que ahora me está impidiendo venir como un presunto diputados a la Cámara. Allí, señores, podemos firmar que no hubo elecciones; pocas, muy pocas casillas fueron las que realmente se instalaron: la 33, entre otras, no se instaló, y no se instaló porque la documentación no llegó a manos del presidente de la casilla. ¿Y cómo iba a llegar a manos del presidente de la casilla si era una persona propuesta por Acción Nacional? En otras dos casillas rurales, obtuvimos triunfos definitivos rotundos: 120 contra 23. del Municipio de Romita podemos decir otro tanto; votaciones con el cien por ciento de los empadronados y aún más, y no estoy inventando nada, todo eso está y consta en el expediente.

Así pues, con esa votación de las zonas rurales, se vino a opacar el triunfo obtenido en la ciudad de León.

Señores: Yo creo que este caso no debe tratarse con el tradicional criterio partidista; éste es una caso de honradez política. Si ya ganó Acción Nacional el segundo distrito de Guanajuato, ustedes quieren impedir que llegue el representante de Acción Nacional del tercer distrito de Guanajuato. Pero justamente... pero justamente por eso es, por lo que en éste, un caso de honradez política.

No es posible que una ciudadanía, en un Municipio en que la propaganda se hizo conjunta, en que la campaña se llevó en los mismos términos en una parte de la ciudadanía arbitrariamente seccionada por razones de índole electoral, la gente, los electores, vayan a cambiar de criterio. Eso no es posible.

Así, pues, en pocas, en brevísimas palabras, les he expuesto a ustedes cómo funciona la tarea electoral en el tercer distrito de Guanajuato.

Consecuentemente, corresponde a las conciencias de ustedes definir si este caso lo van a tratar con criterio partidista o lo van a tratar con honradez política. Cualquiera que sea la decisión de ustedes, vengo a manifestarles mi inquebrantable voluntad por trabajar por las mejores causas de México, a las que les guardo toda mi devoción. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Vista Altamirano.

El C. Vista Altamirano, Fluvio: Honorable Directiva, honorable Colegio Electoral: Con toda atención, como ha sido norma de este Colegio Electoral, con toda paciencia hemos escuchado las objeciones que el señor candidato de Acción Nacional ha venido a formular en esta tribuna, al dictamen emitido por la comisión respectiva.

Sostiene él, para tratar de demostrar a la opinión de ustedes que ha habido un fraude electoral, la circunstancia de que es imposible afirmar el que en una misma ciudad puedan las personas que integran la comunidad de los distritos electorales cambiar, de criterio. Me permito indicarle al señor candidato de Acción Nacional, que está totalmente errado en su apreciación. ¿Como no va a ser posible que en un mismo distrito electoral, como en el caso de la ciudadanía de León, puedan cambiar de criterio las personas? ¿Cómo podríamos considerar que todo el pueblo de León, que toda la ciudadanía de León pertenece a Acción Nacional? no es posible, señor licenciado, pues precisamente la democracia de un pueblo se finca en la diversidad de opiniones; no es posible, en consecuencia aceptar la postura del candidato de Acción Nacional. Pero si a esto le agregamos todavía que en el tercer distrito del Estado de Guanajuato se divide la ciudad de León, como él lo ha dicho, en una parte para el primer distrito y en la otra para el segundo y en otra para el tercero, y que en el tercer distrito está también comprendida la zona rural, habremos de explicarnos, fundadamente por lo demás, por qué el candidato del Partido Revolucionario Institucional obtuvo la mayoría de los sufragios emitidos.

Indudablemente que si en la zona rural de ese distrito habitan, como su nombre lo indica, elementos del sector campesino, tiene que ser indudable, habrá de ser inconcuso también, que toda esa ciudadanía de la masa campesina emitió sus votos en favor del Partido Revolucionario Institucional y de sus candidatos (Silbidos en las galerías.)

Tiene que hacerlo - aunque me silben - , tiene que hacerlo, porque es el PRI el partido que en México va canalizando las aspiraciones del propio pueblo mexicano; ha sido el PRI, al través de sus hombres de gobierno, quien ha llevado al campesino los mejores logros, quien ha dado a la clase campesina la mayor satisfacción de sus necesidades. ¿Qué de extraño tiene, pues, que la clase campesina del segundo distrito de Guanajuato hubiera votado y sufragado por el candidato del PRI?

Yo quiero reconocer en el señor candidato de Acción Nacional su postura altamente estimable, en cuanto él sostiene que no viene a impugnar la persona del candidato de nuestro partido. Ello lo enalteció, porque ha apreciado la verdadera labor del Colegio Electoral. El Colegio Electoral no tiene por qué discutir personalidades. Se vienen a discutir, como él lo afirma acertadamente los casos electorales. Vaya para usted nuestro reconocimiento en ese aspecto, señor licenciado.

Sostiene, igualmente, que las pruebas de su triunfo están en el expediente. Efectivamente, pero no del triunfo del candidato de Acción Nacional, sino del triunfo del candidato del Partido Revolucionario Institucional.

Y precisamente la serie de documentos que constituyen el propio expediente, ha sido materia de estudio y examen cuidadoso, porque ha sido la norma de las comisiones dictaminadoras, para emitir sus dictámenes, para emitir el dictamen que acaban ustedes escuchar, estudiar precisamente las pruebas inobjetables presentadas por el candidato del PRI, en el segundo distrito del Estado de Guanajuato.

Refiere también el señor candidato de Acción Nacional, que la casilla número 33 no funcionó, porque no llegó a manos del presidente la documentación, y yo hago la misma reflexión y la misma pregunta que algún compañero hacía hace un

momento: ¿si no llega la documentación a la casilla, no perjudica o beneficia a los dos candidatos?

En esas condiciones, la objeción que él presenta me parece totalmente deleznable. Fundados, pues, en la honradez política que el señor licenciado candidato de Acción Nacional ha venido a exigir en este Colegio Electoral, es por lo que vengo a solicitar la aprobación de este dictamen, porque, como lo decía yo hace un momento, el PRI, no sólo es un partido que agrupa en él a las mayorías revolucionarias: es el partido de la legalidad y el instrumento político del pueblo de México, para la realización de la democracia y para que pueda alcanzar este pueblo las metas de la justicia social.

Pero no quiero abandonar esta tribuna sin puntualizar algunos otros aspectos. Hemos escuchado, a través de las discusiones de este Colegio Electoral, que algunos señores de Acción Nacional nos han venido a hablar de la Reforma Agraria. Y nos hemos puesto a pensar en forma realmente seria si cuando ellos vienen a hablarnos aquí de reforma electoral, lo hacen convencidos de la bondad de esa reforma, o simplemente en un alarde lírico o haciendo uso de recurso de oratoria.

¡Qué bueno! señores de Acción Nacional, que también empiecen a interesarles a ustedes estas cuestiones y estos problemas, porque ello permitirá, indudablemente, que en el seno de este congreso se confronten ideas, se confronten tesis y podamos entre todos juntos depurar conclusiones que beneficien esta patria nuestra y fundamentalmente a la clase campesina de México. (Aplausos.)

Existe ya en mi país una conciencia nacional, a la cual ningún sector de la población es ajeno, de que la situación del agro mexicano debe atenderse preferentemente; prueba de ello es la ratificación del pensamiento revolucionario del señor licenciado Gustavo Díaz Ordaz quien ha afirmado categóricamente que resolver el problema del agro es resolver el problema secular de México. Por eso las masas campesinas, el pueblo que con su sangre fue a fructificar los campos en la época de la Revolución, la clase a la que por desgracia, habremos de reconocerlo, todavía, no le han llegado íntegramente los beneficios de la Revolución, tiene que estar con los hombres de esa Revolución y los hombres de esa Revolución son lo que encarnan en esta época Adolfo López Mateos y Gustavo Díaz Ordaz.

Por estas circunstancias, señores de Acción Nacional, yo me permito exhortarlos en forma amistosa, en forma comedida, para que cuando tratemos esos puntos en este Congreso, lo hagamos con patriotismo, lo hagamos sin pasión y teniendo siempre en la conciencia el dolor del campesino mexicano, la abnegación de nuestra venerable mujer campesina, la del niño y la del joven que efectivamente constituyen una esperanza para México y respecto de los cuales, muchas ocasiones se han desperdiciado sus aptitudes e inteligencia que en esta hora de México, debemos aprovechar para bien de la patria mexicana. Quiero aprovechar mi intervención en esta tribuna para rendir un homenaje caluroso a ese pueblo de Guanajuato, arquetipo de la provincia mexicana donde se funden armoniosamente el presente y el pasado, y en donde escuchamos las palpitaciones de nuestra propia patria. El pueblo de Guanajuato ha marcado ya su destino, como lo ha hecho el pueblo entero mexicano, ha escogido el camino que le corresponde, que no es otro que el de la Revolución Mexicana, para gloria de la propia Revolución y para gloria de México.

Suplico a ustedes, señores miembros del Colegio Electoral se sirvan aprobar en sus términos el dictamen, por recoger la voluntad soberana que, al fin y al cabo es la que debe interesarnos, del pueblo del 2o. distrito de Guanajuato, Muchas gracias.

El C. Obregón Padilla, Antonio: Una aclaración. Es el 3er. distrito el que est a discusión, no el 2o.

El C. Vista Altamirano, Fluvio: Efectivamente, es el 3o., tiene usted razón.

El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto: En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"1o. Son válidas las elecciones que para diputados federales, al Congreso de la Unión, se llevaron a cabo en el tercer distrito electoral del Estado de Guanajuato, el 5 de julio último.

2o. Son diputados federales de mayoría al Congreso de la Unión, por dicho distrito, los CC. Domingo Camarena López, propietario y Efrén Pérez Guajardo, suplente." (Aplausos.)

"Honorable Asamblea:

De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento para el gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, miembros de la Primera Comisión Dictaminadora, Primera Sección recibieron el expediente relativo a la elección que para diputados al Congreso de la Unión, tuvo lugar el domingo 5 de julio del corriente año en el sexto distrito electoral del Estado de Jalisco.

Hemos examinado cuidadosamente la documentación que tuvimos a la vista, resultado del proceso electoral a que hacemos referencia y encontramos que contendieron los ciudadanos que a continuación se mencionan, mismos que fueron registrados oportunamente por los partidos políticos nacionales.

El PAN, sostuvo la fórmula integrada por los CC. Alfredo Chávez Aguilera y José Alba Romo, como propietario y suplente respectivamente.

El PRI, apoyó a los CC. licenciado Raúl Alvarez Gutiérrez y Guillermo Muñoz Hernández , propietario y suplente respectivamente.

El PPS, registró a los CC. J. Trinidad González Rubio y José L. Sepúlveda Oliva, propietario y suplente respectivamente.

El PARM, sostuvo la planilla integrada por los CC. Pablo Aceves Limón como propietario y Dina Mulff Martínez como suplente.

El día de la elección se instalaron 172 casillas con el personal designado en los términos establecidos por el artículo 24 de la Ley Electoral Federal.

El proceso respectivo se ajustó debidamente a las disposiciones legales aplicables, tanto en la etapa preelectoral como en las elecciones, escrutinio y cómputo de votos.

El resultado del cómputo final realizado por el Comité Distrital, fue el siguiente:

Para los candidatos del PAN, propietario y suplente, 6,500 votos.

Para los candidatos del PRI, propietario y suplente, 29,019 votos.

Para los candidatos del PPS, propietario y suplente 113 votos, y

Para los candidatos del PARM, propietario y suplente 143 votos.

Con Apoyo en el cómputo anterior, el Comité Distrital extendió constancias de mayoría de votos en favor de los CC. licenciado Raúl Alvarez Gutiérrez como propietario y Guillermo Muñoz Hernández como suplente, mismas que en su oportunidad fueron registradas ante la Comisión Federal Electoral.

Las quejas y protestas presentadas por los representantes de los partidos y candidatos, no fueron debidamente probadas y aún en el caso de que lo hubieran sido, con ello no se desvirtuaría el resultado de la elección, dada la ventaja en número de sufragios de los candidatos a quienes se les extendió la constancia de mayoría de votos y de que los hechos en que se hicieron consistir las violaciones que originaron las protestas no afectan el proceso electoral ni el resultado de la votación.

Visto lo anterior, nos permitimos someter a la consideración y aprobación en su caso, de vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 5 de julio del corriente año, en el sexto distrito electoral del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito los CC. licenciado Raúl Alvarez Gutiérrez y Guillermo Muñoz Hernández.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D.F., a 20 de agosto de 1964. - Fluvio Vista Altamirano. - Leopoldo González Sáenz. - Everardo Gámiz Fernández."

Esta a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 5 de julio del corriente año, en el sexto distrito electoral del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVI Legislatura del H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito los CC. licenciado Raúl Alvarez Gutiérrez y Guillermo Muñoz Hernández." (Aplausos.)

"Colegio Electoral. XLVI Legislatura. - Comisiones Dictaminadoras.

Primera Comisión Dictaminadora. - 3a. Sección.

Honorable Asamblea:

Por resolución de vuestra soberanía, fue turnado a los suscritos miembros de la Primera Comisión Dictaminadora de expedientes electorales, Sección Tercera, el expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se realizaron en el 8o. distrito electoral del Estado de Jalisco el día 5 de julio del año en curso.

En el distrito electoral que nos ocupa contendieron los siguientes partidos y candidatos:

Por el Partido Acción Nacional, ingeniero Luis Enrique Rivas de Alba como propietario y J. Jesús Cervantes López como suplente; por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. licenciado Constancio Hernández Allende y Juan Valdivia Gómez como propietario y suplente respectivamente; por el Partido Popular Socialista, los CC. Roberto Jaramillo Flores como propietario y el C. Héctor Galván Covarrubias como suplente; por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, los CC. Daniel Bravo Chávez y Felipe Torres Polanco como propietario y suplente respectivamente.

Después de hacer una revisión y un estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, llegamos a la conclusión de que en la preparación de las elecciones y en éstas, se ajustaron a las disposiciones legales vigentes tanto constitucionales como las correspondientes a la Ley Electoral Federal y se siguieron las instrucciones de los organismos electorales, realizándose sin incidentes en las 160 casillas que se instalaron y funcionaron en este distrito.

Particularmente se estudió el cómputo de la elección para diputados federales practicado por el 8o. Comité Distrito del Estado de Jalisco, donde se hace constar que los paquetes electorales están en perfectas condiciones y sin alteración alguna y que en el mismo acto, no se presentó objeción alguna.

Con fundamento en lo anterior el propio Comité Distrital extendió constancia de mayoría de votos a favor de los CC. licenciado Constancio Hernández Allende como diputado propietario y Juan Valdivia Gómez como diputado suplente. En virtud de que se comprobó que el proceso respectivo se ajustó debidamente a las disposiciones legales, se aprobó y registró por la H. Comisión Federal Electoral la constancia de mayoría de votos.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe viene a solicitar de esta H. Asamblea la aprobación de los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al H. Congreso de la Unión, tuvieron lugar el día 5 de julio del presente año en el 8o. distrito electoral del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVI Legislatura por el mencionado distrito electoral los CC. licenciado Constancio Hernández Allende como propietario y Juan Valdivia Gómez como suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 16 de agosto de 1964. - Raúl Padilla Gutiérrez. - Francisco Pérez Ríos. - Carlos Pérez Cámara."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al H. Congreso de la Unión, tuvieron lugar el día 5 de julio del presente año en el 8o. distrito electoral del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVI Legislatura por el mencionado distrito electoral los CC. licenciado Constancio Hernández Allende como propietario y Juan Valdivia Gómez como suplente." (Aplausos.)

"Primera Comisión Dictaminadora.

Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

Para su estudio y dictamen ha sido turnado a esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, el expediente relativo a las elecciones que tuvieron lugar en el primer distrito electoral del Estado de Veracruz, el día 5 de julio pasado, para la renovación del Poder Legislativo Federal.

La Comisión tuvo a la vista la documentación que integra el expediente con objeto de hacer detenido estudio del mismo, obteniendo los resultados siguientes:

1o. En su oportunidad y dentro de los términos de ley fue designado el comité distrital electoral, el que con tal carácter procedió desde luego a registrar a los siguientes candidatos:

Por el PAN: Los CC. Urbano Pérez Tenorio y Antonio Hernández del Ángel, diputados propietario y suplente.

Por el PRI: Los CC. licenciado Raúl Lince Medellín y Andrés Tovar González, propietario y suplente.

Por PPS: El C. licenciado Valentín Hernández Segura, como propietario y el C. profesor Meliton Ramírez, como suplente.

2o. Que durante la etapa preelectoral se cumplió debidamente con lo previsto por los artículos 67, 68, 69, 73, 75 y demás de la Ley Electoral Federal.

3o. Que la votación en las 135 casillas que integran este distrito electoral estuvo ajustada en todo a las normas contenidas en los artículos 84, 85, 86 y relativos de la ley de la materia y la votación no fue alterada en ninguna forma.

4o. Que el comité distrital con fundamento en el artículo 104 de la citada Ley Electoral, el domingo 12 de julio anterior, procedió a realizar el Cómputo final de los votos emitidos por la ciudadanía en todas y cada una de las casillas de este distrito.

5o. Que con fundamento en los resultados del cómputo a que se ha hecho referencia, el propio comité distrital extendió constancias de mayoría de votos a los CC. licenciado Raúl Lince Medellín como propietario y Andrés Tovar González, como suplente. Posteriormente fueron registradas estas constancias en la comisión Federal Electoral.

Por todo lo anteriormente expuesto y dado que las quejas que presentaron los representantes así como los candidatos de Acción Nacional contenidas en escrito de fecha 10 de julio del año en curso, dirigido a la Comisión Federal Electoral, así como en telegrama enviado a la propia comisión y 2 escritos presentados ante la Comisión Local Electoral; se refieren a irregularidades en la votación que desde luego no quedaron probadas ni se señalaron oportunamente. En cuanto a las violaciones consistentes en la fijación de propaganda, debemos hacer notar que independientemente de que tampoco se probaron, de ninguna manera invalidan la elección, toda vez que estos hechos, no están considerados como causa de nulidad de la elección, en una casilla, ni la totalidad en el distrito, en los términos de los artículos 135 y 136 de la citada Ley Electoral Federal.

Por otra parte, la casilla número 11 del Municipio de Platón Sánchez y que corresponde a la número 89 de la numeración progresiva del distrito, no funcionó debido a que el registro nacional de electores, ordenó que los empadronados en la sección correspondiente a dicha casilla, votaron en las número 88 y 90, como se hizo, de acuerdo con el informe rendido a la Comisión Federal Electoral por el comité distrital.

En consecuencia, esta comisión que suscribe considera que las elecciones efectuadas en este distrito, deben declararse válidas y con apoyo en los preceptos invocados y además en los artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127 de la Ley Electoral Federal así como en los artículos 5o. fracción III, párrafo segundo y 6o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 5 de julio pasado, en el primer distrito electoral del Estado de Veracruz.

Segundo. Son diputados de mayoría al XLVI Congreso de la Unión, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Raúl Lince Medellín y Andrés Tovar, González como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

México, D.F., a 20 de agosto de 1964. - Humberto Velasco Avilés. - Manuel Rivera Anaya. - Aurora Navia Millán."

Está a discusión el dictamen.

(Se abre el registro de oradores).

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano Pérez Tenorio.

El C. Pérez Tenorio, Urbano: Honorable Colegio Electoral: He venido a esta tribuna nacional, no para cambiar el veredicto que se ha dado, sino para señalar las irregularidades que se cometieron en el proceso electoral allí en el primer distrito electoral del Estado de Veracruz.

Voy a hacer la aclaración que un compañero señalaba hace unos momentos. No vengo a atacar la personalidad de mi contrincante, vengo sencillamente a decir que el proceso electoral en el 1er. distrito fue irregular por la sencilla razón de que el comité distrital electoral en todo momento obró parcialmente en favor del candidato del partido oficial.

Empezaré por señalar que el registro de mi candidatura fue negado en ese comité distrital electoral y fue indispensable que se hiciera en la Comisión Federal Electoral.

Las razones que arguyó el presidente del comité distrital electoral fueron que no tenía personalidad ni partido allí en ese distrito. Debo agregar que en todo momento tuvimos que luchar por conseguir que pudiéramos entrar al comité distrital para encontrar los datos precisos que necesitábamos para colaborar en las elecciones que, se había pregonado, serían suficientemente limpias.

Hubo necesidad de recurrir con mucha frecuencia a la Comisión Local Electoral, para hacer que se nos dieran por lo menos, los datos más importantes. A pesar de eso no fue posible recabarlos, porque en ningún momento supimos cuándo se nombraron los funcionarios de las casillas electorales. Al tratar de conseguir por lo menos las listas de esos funcionarios, no fue posible porque, de acuerdo con el criterio de ese comité distrital que obró de manera parcial, no tenía la obligación de darnos a conocer las listas de esos funcionarios.

Yo quiero preguntar a este Colegio Electoral cómo se entiende que la ley nos diga que podemos objetar a funcionarios, si no sabemos quiénes van a desempeñar ese encargo electoral.

A eso vengo a esta tribuna, a señalar de una manera categórica que en el 1er. distrito electoral de Veracruz hubo esa irregularidad manifiesta en ese momento, porque siempre se desconoció al Partido Acción Nacional, así como a nuestras candidaturas ya registradas legalmente.

No vengo a hacer aseveraciones falsas. Aquí están las pruebas, aquí est el oficio que prueba la negación del registro de nuestra candidatura; aquí están también las demás pruebas que pueden demostrar que vengo a aseverar algo verídico, algo que sucedió en mi distrito, algo que yo quiero buscar la manera no de que se remedie, porque creo que ya no es posible realizarlo, pero sí que se siente un precedente para que en lo futuro, en las elecciones que tengamos que participar, haya más imparcialidad en las elecciones electorales, para que, de esa manera el Partido Acción Nacional pueda participar con mayor entusiasmo, con mayor interés, partiendo del interés cívico del pueblo del primer distrito electoral de Veracruz.

Yo quiero creer que la comisión federal electoral está enterada de lo bajísimo de la votación en ese distrito, no solamente en esta campaña, sino en las campañas pasadas en las que no participó Acción Nacional, pero que se enteró, porque trabajamos la campaña nacional del entonces candidato Luis Alvarez. Es necesario reconocer que en esta campaña sucedió lo mismo porque terminantemente el Presidente Municipal de la ciudad de Pánuco declaraba que apenas el 5% de la población había cumplido con el deber de emitir su voto. Yo quiero preguntar entonces, cómo es que mi opositor tenga más de 39,000 votos si un pueblo importante como Pánuco apenas dio el 5% de la votación general.

Quiero recalcar que en Tantoyuca donde hubo mayor interés por estas elecciones de una manera especialísima no se llega ni siquiera al 40% de la votación. ¿Cómo se explica, cómo puede pensarse que esa votación que tiene mi opositor sea exactamente la que consiguió en las casillas electorales? Debe entenderse que está aquí la parcialidad de la autoridad electoral de aquél porque de una candidatura que les solicitaba un partido nacional debidamente registrado, puede pensarse que este comité distrital favoreció al hombre parcialmente y favoreció esa votación en favor de mi candidato, de mi opositor.

Entonces quiero creer que es necesario en lo futuro si metemos las paces para que así podremos trabajar con mayor interés y con mayor entusiasmo; pero al mismo tiempo quiero exigir cierta imparcialidad por lo menos para que así se discuta, avance por los cauces del civismo a que como se ha repetido en esta tribuna, debemos conducirla por medio de la comprensión, por medio del interés, por medio del entusiasmo; por eso quiero preguntar al señor diputado del PRI, del primer distrito de Veracruz, cómo logró esa votación, además si no hizo campaña electoral; porque en realidad no se dedicó a trabajarlo, cómo puedo estar seguro que haya obtenido mayoría de votos si nosotros trabajamos, si nosotros hicimos el máximo del esfuerzo para conseguir esa votación.

Dijo antes que nunca pudimos obtener la lista de los funcionarios de las casillas y es la realidad, porque el día 5 de julio a las 8 de mañana no se sabía quiénes iban a ser los funcionarios de las casillas.

Yo quiero preguntar al diputado del PRI, del primer distrito electoral de Veracruz, cómo se realizó el cómputo de las elecciones en la primera casilla, ahí donde la casilla se instaló, no solamente en el lugar distinto sino en sección diferente al lugar que le correspondía. Debe él responder personalmente cómo se efectuó el cómputo en la votación de esas casillas. Y debe decir si se anuló, como lo señala la ley, debo aclarar que no vengo a pedir la nulificación de una votación, estoy concretando mis ataques de la votación de una casilla de la primera del distrito de Tantoyucan en donde, como dije antes, no se instaló en el lugar correspondiente, ni siquiera en la sección que le correspondía. Eso que sucedió en ese lugar tal vez se haya repetido en otros porque a pesar de las protestas que tengo de los representantes del partido en los municipios de Tantana y Tamalín, no fue posible que se recabara documentación del escrutinio final. Los funcionarios de las casillas terminantemente se negaron a concederla; de esa manera y en vista de las irregularidades optamos por retirar al representante general del Comité Distrital para el día de la Computadora. Por esa razón, cuando fue necesario conseguir la votación total, solicitamos por medio de oficio al Comité Distrital que nos diera por lo menos el total de esa votación y no fue posible porque el señor presidente del Comité Distrital de acuerdo con la ley y según él, no tenía autorización para otorgarnos esos datos que siquiera sirvieran para el archivo de nuestro Comité.

En esas circunstancias cabe señalar que si se ha pedido aquí al Partido Acción Nacional que colabore de una manera razonable en el progreso cívico de nuestra Patria, yo quiero pedir a ustedes que también pongan lo que esté de su parte para que de esta manera luchando, no digo unidos, sino de una manera definida, pero al mismo tiempo buscando

quien lleve al campo cívico de nuestra Patria las metas que tratan de implantarse para que impere una verdadera democracia en nuestra Patria. Quiero, Por último, señalar que no puedo reconocer una elección en esas circunstancias como una elección limpia como se ha pregonado con mucha frecuencia, no pueden ser limpias esas elecciones, y ustedes tienen la palabra, para contestar si la oposición puede conseguir cuando al conseguir algo, cuando la autoridad electoral en el distrito no da la información necesaria, para de esa manera encauzar nuestras actividades de acuerdo como lo señala la Ley Electoral Federal.

Solamente vine a eso, a señalar las irregularidades para que de esa manera se sepa cómo se realizaron las elecciones allá en el primer distrito de Veracruz. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Colín Sánchez Mario.

El C. Colín Sánchez, Mario: Honorable Asamblea. Señoras y señores: Es profundamente satisfactorio para nosotros observar cómo un aspirante a la representación nacional, haciéndose eco del sentir de su pueblo, del de sus amigos, del de sus electores, viene a esta tribuna a defender con las armas más nobles del caso electoral de alguno de los distritos del país.

Es muy estimulante el concurso de todos aquellos aspirantes a esta representación, que vengan aquí a decir su verdad, en este Colegio Electoral que se ha singularizado por sus acertadas deliberaciones, ya que el país está atento a lo que aquí sucede, en respuesta a las iniciativas patrióticas de reformas electorales, mismas que conducirán al pueblo de México por cauces democráticos cada día más eficaces, más dignos y más acordes con los progresos que en todos los órdenes ha alcanzado la nación.

Respecto al caso concreto del primer distrito de Veracruz, ha dicho el señor candidato de Acción Nacional que él no tiene ninguna objeción personal que presentar. Estamos de acuerdo. El señor licenciado Medellín es un distinguido ciudadano que ha servido a Veracruz en diferentes posiciones de responsabilidad pública. Ha desempeñado con eficacia diversas agencias del Ministerio Público; ha sido Juez de Primera Instancia; Secretario de la Universidad veracruzana; Jefe de Inspección de Migración dependiente de la Secretaría de Gobernación; Director de Investigaciones Políticas y Sociales de la propia dependencia; miembro del consejo directivo de la Unión Nacional Ganadera del Norte de Veracruz; consejero de la misma, y juzgamos natural que un ciudadano con esa trayectoria, tenga la fuerza moral y cívica necesaria para presentarse frente a la ciudadanía a requerir su voto. Y es de igual manera normal que el pueblo tome en cuenta, en forma principalísima, los antecedentes del ciudadano que aspira a representarlo en el seno del Congreso de la Unión.

Respecto a las protestas que hace el candidato de Acción Nacional, la Comisión Dictaminadora las ha estudiado en debida forma; las ha juzgado desde el punto de vista legal, y ha concluido por considerar que ninguna de ellas tiene la fuerza necesaria para objetar ese dictamen.

La respuesta que el pueblo del primer distrito de Veracruz con cabecera en Tantoyuca dio en los comicios pasados fue contundente. Contra una cifra aritmética, contra el dictamen, contra el procedimiento estableciendo por la ley Electoral, el pueblo dio su veredicto final. El candidato del PRI obtuvo 39,427 votos en un distrito en que el número de empadronados fue de 73,000 ciudadanos. La respuesta es categórica y tácita; corrobora en forma innegable que el pueblo veracruzano al sufragar por el licenciado Lince Medellín, hizo justicia a los méritos de un ciudadano digno que se ha hecho acreedor a representar a Tantoyuca en el Congreso de la Unión.

Por razones aludidas, vengo a pedir a este honorable Colegio Electoral su voto aprobatorio al dictamen, por ser justo, por haber sido debidamente analizado y discutido. Con ello este Cuerpo Colegiado, en el desempeño de su misión patriótica que será registrada en la historia del parlamentarismo mexicano, hará un acto de justicia al pueblo del primer distrito de Veracruz.

El C. secretario Gómez Villanueva, Augusto: La Presidencia por conducto de esta secretaría, pregunta a la honorable Asamblea si considera suficientemente discutido este caso. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

En consecuencia, se pregunta a la Asamblea, en votación económica si aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 5 de julio pasado, en el primer distrito electoral del Estado de Veracruz.

Segundo. Son diputados de mayoría al XLVI Congreso de la Unión, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Raúl Lince Medellín y Andrés, Tovar González, como propietario y suplente, respectivamente." (Aplausos.)

"Primera Comisión Dictaminadora. 2a. Sección.

Honorable Asamblea:

Es en poder de esta Comisión, el expediente conteniendo la documentación relacionada con las elecciones que se llevaron a efecto el pasado 5 de julio en el primer distrito electoral del Estado de México, para elegir diputados federales.

Al avocarnos al estudio del expediente en mención, hemos encontrado que en cumplimiento a los ordenamientos de la Ley Federal Electoral, el día 1o. de abril se dio el aviso correspondiente a fin de que los partidos nacionales registraran candidatos; en tal virtud Acción Nacional postuló a los CC. Nemesio Vázquez Morales, propietario y Baudelio Guerrero González, suplente. Por su parte el Revolucionario Institucional, integró su planilla con los C. Juan de Dios Osuna Pérez y C. doctor Ernesto Gómez Gómez, como propietario y suplente. Por el Popular Socialista contendieron, como propietario el C. Justino González Díaz y suplente el C.

Augusto Guadarrama Rojas. A su vez el Partido Auténtico de la revolución Mexicana registró al C. profesor Alfonso León García como propietario y Alejandrino Arce López, como suplente.

Asimismo, con fundamento en los artículos 79 y 82, incisos a, b, c, y d de la misma ley, las casillas se instalaron y funcionaron con toda normalidad.

Terminada la votación cada casilla levantó las actas correspondientes las cuales fueron enviadas al Comité Distrital, el cual a su vez y teniendo toda la documentación y en la presencia de los representantes de los partidos contendientes procedió conforme lo establece el artículo 104 de la Ley de la materia, a examinar los paquetes remitidos, certificando que ninguno de ellos presentaba alteración, por lo tanto se hizo el cómputo total de los sufragios emitidos por la ciudadanía, cuya acta fue suscrita por los representantes de los partidos PRI y PAN, evidenciándose que la votación favoreció a la planilla formada por los CC. Juan de Dios Osuna Pérez y doctor Ernesto Gómez Gómez, postulados por el Partido Revolucionario Institucional, en favor de quienes, el Comité Distrital expidió constancias de mayoría de votos la cual fue registrada por la Comisión Electoral Federal.

Con base en todo lo antes expuesto y no encontrando ningún documento ni protesta que puedan ser causa de invalidez de las elecciones efectuadas, esta Comisión estima que debe considerarse válido el proceso electoral en el primer distrito electoral del Estado de México y con apoyo en los preceptos legales invocados y además en los artículos 60 de la Constitución General de la República, 127 de la Ley Federal Electoral y además en los 5o., fracción III, párrafo segundo y 6o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, nos permitimos someter al elevado criterio de esta honorable Asamblea los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el 5 de julio del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de México.

Segundo. Son diputados de Mayoría propietario y suplente por el mencionado distrito ante la XLVI Legislatura de la Unión los CC. Juan de Dios Osuna Pérez y doctor Ernesto Gómez Gómez.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 20 de agosto de 1964. - Humberto Velasco Avilés. - Manuel Rivera Anaya. - Aurora Navia Millán."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el 5 de julio del presente año, en el primer distrito electoral del Estado de México.

Segundo. Son diputados de mayoría propietario y suplente por el mencionado distrito ante la XLVI Legislatura de la Unión, los CC. Juan de Dios Osuna Pérez y doctor Ernesto Gómez Gómez." (Aplausos.)

- El mismo C. Secretario: Señor Presidente, la Secretaría se permite informar a usted que est agotada la Orden del Día.

El C. Presidente (a las 16.10 horas): Se levanta la Junta Preparatoria y se cita para el día de mañana a las 10.00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"