Legislatura XLVI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19650921 - Número de Diario 6

(L46A2P1oN006F19650921.xml)Núm. Diario:6

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MARTES 21 DE SEPTIEMBRE DE 1965

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XLVI LEGISLATURA TOMO I.- NUMERO 6

SESIÓN DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DE 1965

SUMARIO

I. Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

II. Se turna, a las Comisiones correspondientes, las solicitudes de pensión de lo CC. Fermina Guerrero C., Reyna Lagunes de González, Filiberto Velázquez Muñoz, Prudencio Martínez Castañeda y Joaquín Leopoldo Martínez.

III. Se turna, a Comisión, las solicitudes de permiso para que, los CC. Lorenzo Gamio, Herbert Stockder García Granados y Fernando Magaña Erosa, puedan aceptar y usar condecoraciones que les fueron otorgadas por gobiernos extranjeros.

IV. El C. gobernador del Estado de Sonora comunica que el H. Congreso Local expidió la Ley No. 25, la cual señala el día 13 de octubre próximo para que el Ejecutivo rinda su Cuarto Informe de la Administración Pública. De enterado.

V. Circulares de las legislaturas de los siguientes Estados: Tabasco, que el día 11 del actual quedó legítimamente constituida la XLV Legislatura; Chihuahua, que el 8 del presente, la XLVII Legislatura inauguró y clausuró su octavo período extraordinario de sesiones y da a conocer la integración de su Mesa Directiva; Oaxaca, la Comisión Permanente informa que el día 15 se instalará la XLVI Legislatura, y, al día siguiente, abrirá su primer período ordinario de sesiones; Michoacán, que el día 15 del presente se abrirá el primer período ordinario de sesiones de la LVII Legislatura; Zacatecas, que el Colegio Electoral califico, el día 4 del actual, y declaró válidas las elecciones de diputados propietarios y suplentes al H. Congreso Local; Hidalgo, que el 30 de agosto inauguró el segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al tercer año de su ejercicio, y da a conocer su Mesa Directiva. De enterado.

VI. Se turna, a las Comisiones que corresponde, y se ordena la impresión de una iniciativa de reformas al Apartado A) del Artículo 123 constitucional, que suscriben varios CC. diputados, a la que da lectura el C. diputado Juan Moisés Calleja García.

VII. Se turna, a las Comisiones que corresponden las siguientes solicitudes: de pensión, de un grupo de supervivientes de la defensa del Puerto de Veracruz, en 1914, encabezados por el C. Ernesto Mazariegos Mosqueira; de jubilación, del C. Octavio Domínguez Albert, empleado de esta H. Cámara, y de pensión, de los CC. Florencio López Isaacs, Saturnino A. Villanueva Zuloaga y Pedro N. Puente Almanza.

VIII. Se turna, a Comisión, las solicitudes de permiso de los CC. Carlos Canseco Jr. Y Juan de Dios Gutiérrez Gutiérrez, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul general honorario de la República de Honduras, en Monterrey, N.L., y para prestar servicios en la FAO como director del Fondo Especial del Proyecto del Instituto de Ordenación de Vertientes e Ingeniería Forestal, en la ciudad de La Plata, Argentina, respectivamente.

IX. Se turna, a Comisión, las solicitudes de pensión de las CC. Enedina B. Sánchez Catalán y María Arriaga Delgado.

X. Del rezago: Dos dictámenes, con puntos de acuerdo, en que se indica que no son de tomarse en cuenta las proposiciones hechas en 1957 por la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica, y por el C. Enrique Sánz de Sicilia, en 1958, proponiendo reformas y adiciones al Código Sanitario en vigor. Se aprueba los dictámenes.

XI. Dictamen, con punto de acuerdo, que determina no es de aprobarse la iniciativa presentada en 1953, por el entonces diputado Juan Sabines Gutiérrez, proponiendo el traslado de los restos de don Belisario Domínguez, al Monumento de la Revolución, de la ciudad de México. Con el voto, en contra, de la diputación del Estado de Chiapas, por voz del C. diputado Abraham Aguilar Paniagua, es aprobado el dictamen.

XII. Dictamen, con punto de acuerdo, en que se niega la pensión solicitada por la señora Amalia Silva Díaz, en virtud de no haber comprobado el derecho que reclama, y se ordena archivar el expediente sin perjuicio de que si, con posterioridad, inicia nueva gestión se considere éste como antecedente. Se aprueba el dictamen.

XIII. Dictamen, con proyecto de decreto, que concede pensión al a señorita Carmen Abrego. Primera lectura. Se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta.

DEBATE

Presidencia del C. AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA

(Asistencia de 176 ciudadanos diputados.)

I

- El C. Presidente (a las 11.35 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Hernández Gómez, Tulio (leyendo):

Orden del Día.

21 de septiembre de 1965.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Cuatro oficios, de la Secretaría de Gobernación, transcribiendo cinco solicitudes de pensión de gracia suscritas por los CC. Fermina Guerrero C., Reyna Lagunes de González, Filiberto Velázquez Muñoz, Prudencio Martínez Castañeda y Joaquín Leopoldo Martínez.

La Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, envía las solicitudes que, para aceptar y usar condecoraciones conferidas por gobiernos extranjeros, suscriben los CC. Lorenzo Gamio y Herbert Stockder García Granados.

La Secretaría de Marina transcribe la solicitud de permiso del vicealmirante Fernando Magaña Erosa, para aceptar y usar la condecoración que le confirió el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica.

El gobierno del Estado de Sonora participa que, con fundamento en la Ley No 25, el Ejecutivo de esa entidad rendirá informe de su gestión administrativa el día 13 de octubre próximo.

Circulares de diversas legislaturas locales.

Iniciativa de reformas al artículo 123 Constitucional, suscrita por los CC. diputados Moisés Calleja, Francisco Pérez Ríos y otros.

Ernesto Mazariegos Mosqueira y otros supervivientes de la defensa del Puerto de Veracruz solicitan pensión de gracia.

El C. Octavio Domínguez Alberto, jefe del Departamento de Secretaría y Comisiones, de esta H. Cámara, solicita jubilación.

Los CC. Florencio López Isaacs, Saturnino A. Villanueva y Pedro N. Puente, veteranos de la Revolución, solicitan pensión de gracia.

Los CC. Carlos Canseco y Juan de Dios Gutiérrez solicitan el permiso constitucional necesario para aceptar nombramientos que les confirieron gobiernos extranjeros.

Las CC. Enedino V. Sánchez y María Arriaga Delgado, hija de Jesús Sánchez la primera y nieta de Ponciano Arriaga la Segunda, solicitan pensión de gracia por los servicios que prestaron sus padres a la patria.

Del rezago:

Dos dictámenes, de la Comisión de Salubridad, conteniendo puntos de acuerdo, que decretan se archiven los expedientes que contienen las proposiciones de reformas al Código Sanitario, pues los solicitantes, de acuerdo con la Constitución, carecen de facultades para iniciar.

La Primera Comisión de Gobernación rinde dictamen en relación con el expediente formado en la XLII Legislatura, que contiene una proposición para que se trasladen los restos de Belisario Domínguez al Monumento a la Revolución.

Dictamen, de la Primera Comisión de la Defensa Nacional, con punto de acuerdo, por el que archiva el expediente formado con la solicitud de pensión de la C. Amalia Silva Díaz.

Dictamen de Primera Lectura. Del rezago: La Primera Comisión de la Defensa Nacional presenta dictamen, con proyecto de decreto, por el que se concede pensión de gracia a la C. Carmen Abrego.

Sesión secreta."

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados del XLVI Congreso de la Unión, el día diez de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco. Presidencia del C. Augusto Gómez Villanueva.

En la ciudad de México, a las once horas y treinta y cinco minutos del viernes diez de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco, se abre la sesión con asistencia de ciento treinta y nueve ciudadanos diputados, según declara la Secretaría, una vez que pasa lista.

Lectura de la Orden del día y del Acta de la sesión anterior, celebrada el día siete del actual, que sin debate es aprobada en votación económica.

La Presidencia hace referencia al sentido fallecimiento del Maestro Julián Carrillo, acaecido el día de ayer, y designa para que, en representación de esta Cámara, asistan al sepelio, que tendrá lugar hoy a las doce horas, a los CC. diputados Andrés Henestrosa Morales, Martha Andrade de Del Rosal, Rodolfo Velázquez Grijalva, Ramón Rocha Garfias y Abel Vicencio Tovar.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

Oficio, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al que se acompaña el ejemplar original de cuarenta y nueve estados que resumen la Cuenta de la Hacienda Pública Federal por el ejercicio fiscal de 1964. Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

La propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público envía los ejemplares originales de treinta y dos estados que resumen la Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio fiscal de 1964. Recibo, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta.

Invitación del C. licenciado Ernesto P. Uruchurtu, jefe del Departamento del Distrito Federal, a la Ceremonia de conmemoración del ciento dieciocho aniversario y exaltación de los Niños Héroes, que tendrá lugar en el monumento erigido a su memoria, el trece de los corrientes, en el Bosque de Chapultepec.

Asistirán a dicha ceremonia, en representación de esta Cámara, los ciudadanos diputados: Augusto Gómez Villanueva, Rigoberto González Flores, Enrique Torres Calderón, Manuel R. Bobadilla, Marciano González, Manuel Contreras Carrillo, Francisco Quiroga Fernández, Ramón Zantella Asencio, Juan Moisés Calleja y Secretaria Hilda Anderson Nevárez. Invitación, al homenaje que rendirán los tres poderes de la República a los héroes de nuestra Independencia, acto organizado por el Departamento del Distrito Federal, para el jueves dieciséis del actual, en la Columna de la Independencia.

Se designa, en Comisión, para que asistan, en representación de esta Cámara, a los ciudadanos diputados: Augusto Gómez Villanueva, Antonio Pliego Noyola, Eliseo Jiménez Ruiz, Faustino Félix Serna, Jesús Orta Guerrero, José León Cruz, Luis Priego Ortiz, Alberto Orduña Culebro y Secretario Mario Colín Sánchez.

La cuadragesimaquinta Legislatura del Estado de Sinaloa comunica la instalación de las juntas preparatorias y la integración de su mesa directiva. De enterado.

El Colegio Electoral del Estado de Zacatecas participa que, con fecha cuatro del presente, hizo la declaratoria de los ciudadanos diputados propietarios que deberán integrar la cuadragesimaquinta Legislatura de la entidad. De enterado.

La Mesa Directiva designa, para que asistan, en representación de esta H. Cámara de Diputados, a las ceremonias en que darán lectura a sus informes de gobierno los CC. Praxedes Giner Durán, ingeniero Enrique Dupré Ceniceros, Prof. Enrique Olivares Santana, ingeniero Manuel González Cosío, ingeniero José Elías y licenciado Eduardo Livas Villarreal, gobernadores constitucionales de los Estados de Chihuahua, Durango, Aguascalientes, Querétaro, Zacatecas y Nuevo León, respectivamente, las siguientes comisiones:

Chihuahua, 15 de septiembre, CC. diputados Braulio Meraz Nevárez, Gilberto Balboa Escobar, María Guadalupe Ursúa Flores, Jaime López Peimbert, Raúl H. Lezama Gil, José Martínez Alvídrez, Saúl G. Herrera, Arnaldo Gutiérrez Hernández, Pedro N. García Martínez y Florentina Villalobos.

Durango, 15 de septiembre, CC. diputados Manuel Orijel Salazar, Everardo Gámiz Fernández, Enrique González Vargas, Enrique W. Sánchez, Jesús Reyes Acevedo y Angel Rodríguez Solórzano.

Aguascalientes, 16 de septiembre, CC. diputados Enrique Bautista Adame, Tulio Hernández Gómez, Carlos Pérez Cámara, Gabino Vázquez Oseguera, Ernesto Reyes Rodríguez, Luis H. Ducoing Gamba y Celia Gallardo.

Querétaro, 16 de septiembre, CC. diputados Heberto J. Malo Paulín, Marta Andrade de Del Rosal, Luz María Zaleta, Arturo Domínguez Paulín y Arturo Guerrero Ortiz.

Zacatecas, 15 de septiembre, CC. diputados Jesús Cancino Casahonda, Aurelio Fernández Enríquez, Pedro Ruiz González, Aurora Navia Millán, José Muro Saldívar, Adolfo Rodríguez Ortiz y Jesús García Santacruz.

Nuevo León, 16 de septiembre, CC. diputados Alfonso Martínez Domínguez, Agustín Arroyo Damián, José Antonio Cobos Panamá, Alejandro Carrillo, Miguel Osorio Marbán, Enrique Ramírez y Ramírez, Fidelia Sánchez de Mendiburu, Manuel Gurría Ordoñez, Leopoldo González Sáenz, Arnulfo Treviño Garza, Ricardo Covarrubias, Pedro Reyes Velázquez y Guillermo Ochoa Rodríguez.

Iniciativa, enviada por el C. Presidente de la República, que adiciona el artículo 23 de la Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México. Recibo, y a las Comisiones Unidas de Ferrocarriles en turno y de Estudios Legislativos, e imprímase.

Proposición, suscrita por los ciudadanos diputados miembros del Partido Acción Nacional, a efecto de simplificar y abreviar el trámite de los decretos relativos a condecoraciones, jubilaciones, pensiones y autorizaciones de empleos. A las Comisiones unidas, de Reglamentos y de Estudios Legislativos, e imprímase.

A continuación la Presidencia concede el uso de la palabra a los siguientes ciudadanos diputados, lo cuales informan sobre el resultado de diversas comisiones de que formaron parte.

C. Raúl Legaspi Donis, sobre la Reunión Preliminar de carácter organizativo que, en enero de 1965, se efectuó con objeto de planear la fecha de la V Conferencia Interparlamentaria México Norteamericana, así como el temario, la guía de trabajo y la integración de las comisiones.

C. José Antonio Cobos Panamá, en su carácter de Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos, que participó en la V Reunión Parlamentaría entre México y Estados Unidos de Norteamérica, informa acerca de los temas: Política Comercial entre los dos países; Desarrollo Económico, Inversiones extranjeras directas o indirectas y Alianza para el Progreso; así como Financiamiento del desarrollo de Organismos de Crédito Internacionales.

C. Manuel Gurría Ordoñez, miembro de la Comisión de Asuntos Políticos, de la propia V Reunión Interparlamentaria, informa sobre las relaciones México Norteamericanas; se refiere al panorama mundial y a la política general de la Organización de los Estados Americanos.

C. Miguel Osorio Marbán, miembro de la Comisión de Asuntos Sociales y varios, de la misma V Reunión, expresa haber tratado sobre los asuntos relacionados con estudiantes pregraduados y postgraduados, publicaciones y órganos de cultura; exposiciones de arte y ciencia; programas de extensión universitaria; escuelas de verano; cambio de notas sobre becas y, por último, sobre trabajadores migratorios, turismo y asuntos fronterizos.

C. Alejandro Carrillo, hace uso de la palabra para referirse, en lo general, a los trabajos que llevaron a cabo las Comisiones en que fue dividida la Delegación a la V Reunión Interparlamentaria México Estados Unidos, y finaliza proponiendo que el informe completo de dicha reunión se incluya en el "Diario de los Debates", de esta H. Cámara de Diputados.

La Asamblea, en votación económica, aprueba la proposición.

La C. Martha Andrade de Del Rosal, a nombre de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Servicio Consular y Diplomático, informa sobre las actividades realizadas durante el primer receso de la XLVI Legislatura por dichas comisiones, y

manifiesta la distinción especial que varios países amigos tuvieron al enviar representaciones especiales con motivo de la toma de posesión del C. Presidente de la República, licenciado Gustavo Díaz Ordaz, así como de las delegaciones parlamentarias de diversos países que nos visitaron; expresa, además, que se recibieron nueve invitaciones para enviar representantes del Congreso Mexicano a otros tantos países amigos, y manifiesta que todos los distinguidos visitantes coincidieron en opiniones sinceras y estimables para nuestro país, que ha logrado una ejemplar estabilidad política, consecuencia de los gobiernos emanados de la Revolución.

A invitación de la Presidencia, el C. diputado Adolfo Christlieb Ibarrola informa sobre la visita no oficial que hiciera a la Asamblea Nacional Constituyente de la hermana República de Guatemala y, para el efecto, da lectura a las palabras que pronunció en dicha Asamblea, así como al discurso que en contestación a ellas, pronunciara el señor Vicente Díaz Samayoa. Presidente de la mencionada Asamblea Nacional.

La Mesa Directiva propone se envíe un mensaje de agradecimiento al Congreso guatemalteco, en reciprocidad por el saludo cordial enviado al pueblo mexicano por conducto del C. diputado Christlieb Ibarrola. Puesta a discusión, la asamblea, en votación económica, aprueba la propuesta.

El C. Rubén Moheno Velasco se refiere a la invitación formulada por la Contraloría del Estado de Israel, para asistir al V Congreso Internacional de Entidades Fiscalizadoras; al que asistieron, en representación de esta Cámara, el C. Luis Dantón Rodríguez y el propio Moheno Velasco. En seguida hace una relación de los trabajos desarrollados en el Congreso, así como de las facilidades y de la hospitalidad de que fueron objeto; por lo que solicita de la Asamblea, se dirija un mensaje de gratitud a los gobiernos de los Estados de Israel y Kuwait, por las muy singulares atenciones que dispensaron todas las autoridades a la delegación mexicana.

La proposición del C. diputado Moheno Velasco es aprobada, en votación económica.

EL C. Abraham Aguilar Paniagua, a nombre de la delegación designada por la H. Comisión Permanente, previo acuerdo de la Gran Comisión de la Cámara de Diputados y la Gran Comisión de la Cámara de Senadores, delegación que asistió al Simposium Internacional de Turismo, efectuado en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, en agosto próximo pasado, informa sobre los diversos asuntos tratados y aprobados en el mismo, así como de las intervenciones que tuvieron los representantes mexicanos en dicho congreso.

Por último, usa de la palabra el C. diputado Luis Dantón Rodríguez, quien hace una glosa general de los informes presentados anteriormente por los CC. diputados; se refiere a la inclusión en el `Diario de los Debates', del Senado de los Estados Unidos de América, del acto de transmisión del Poder Ejecutivo de México; hace una síntesis de la política internacional de nuestro país y, finalmente, concluye refiriéndose al próximo viaje a Centroamérica del C. licenciado Gustavo Días Ordaz, Primer Magistrado de la Nación.

A las catorce horas y cuarenta y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para el martes catorce del actual, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. En votación económica es aprobada.

II

- El C. secretario Velázquez Grijalva, Rodolfo (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presente.

Para conocimiento de ustedes, y de acuerdo con los antecedentes relativos, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de la Defensa Nacional dirigió a ésta, de Gobernación, con fecha 29 de julio próximo pasado:

"Por acuerdo del C. general de división Secretario adjunto me permito remitir a usted en una foja útil, escrito de la señora Fermina Guerrero C., quien solicita se le conceda una pensión, aduciendo para ello ser hija del general don Vicente Guerrero, héroe de la patria, por lo que esta dependencia considera que la citada solicitud es un asunto de la competencia de esa Secretaría a su digno cargo."

Al comunicar a ustedes lo anterior les acompaño, con el presente, copia del memorial relativo, indicándoles, además, que en el expediente respectivo no existen los documentos que indica la interesada.

Reitero a ustedes mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 7 de septiembre de 1965.- Por Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt." Recibo, a la Comisión de Hacienda, en turno.

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría Gobernación.

CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presente.

En oficio fechado el 29 de julio próximo pasado, la Secretaría de la Defensa Nacional manifiesta a ésta, de Gobernación, lo siguiente:

`Por acuerdo del C. general de división Secretario, adjunto me permito remitir a usted en una foja útil, escrito de la señora Reyna Lagunes de González, quien solicita se le haga extensivo el beneficio de una pensión que el licenciado don Benito Juárez, otorgó a la extinta señora Romana Maldonado, por lo que esta dependencia considera que la citada solicitud es un asunto de la competencia de esa Secretaría a su digno cargo.'

Hago del conocimiento de ustedes lo anterior, para la atención procedente, acompañándoles con el presente copia del memorial relativo.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 7 de septiembre de 1965.- Por Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt." Recibo, a la Comisión de Hacienda, en turno.

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F..- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presente.

La Secretaría de la Defensa Nacional se ha dirigido a ésta, de Gobernación, con fecha 30 de julio próximo pasado, manifestando lo siguiente:

`Por acuerdo del C. general de división Secretario, adjunto me permito remitir a usted en una foja útil, escrito del C. Filiberto Velázquez Muñoz, quien solicita se le conceda ayuda económica aduciendo para ello ser hijo de un defensor de la patria en los años de 1847 y 1862, por lo que esta dependencia considera que la citada solicitud, es un asunto de la competencia de la Secretaría a su digno cargo.'

Hago del conocimiento de ustedes lo anterior para los fines legales procedentes, acompañándoles con el presente copia del memorial del señor Velázquez Muñoz.

Reitero a ustedes mi atenta consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 7 de septiembre de 1965.- Por Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt." Recibo, a la Comisión de Hacienda, en turno.

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presente.

La Secretaría de la Defensa Nacional se ha dirigido a ésta de Gobernación, con fecha 23 de agosto próximo pasado, manifestando lo siguiente:

`Por acuerdo del C. general de división Secretario, adjunto me permito remitir a usted en CINCO fojas útiles, escrito de los CC. Prudencio Martínez Castañeda y Joaquín Leopoldo Martínez, así como copias fotostáticas de otros documentos, quienes solicitan sean amparados por la Ley Federal, sobre los Defensores de la República, por ser hijo y nieto, respectivamente, de un Defensor de la República contra la Intervención Francesa, por lo que esta Dependencia considera que la citada solicitud, es un asunto de la competencia de esa Secretaría a su digno cargo'.

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, acompañándoles con el presente, copia del memorial relativo y los anexos que en el mismo se indican.

Reitero a ustedes mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F. a 7 de septiembre de 1965.- Por Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt." Recibo, a la Comisión de la Defensa Nacional, en turno.

III

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presente.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se ha dirigido a ésta de Gobernación, con fecha 31 de agosto próximo pasado, manifestando lo siguiente:

`Ruego a usted muy atentamente se sirva solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de la Constitución Política, para que el C. Lorenzo Gamio, director del Museo de Arqueología de Oaxaca, Oax., pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito, que en el grado de Caballero Oficial, le confirió el Gobierno de Italia. En acatamiento de las disposiciones relativas, con el presente se servirá usted encontrar el acta de nacimiento del C. Lorenzo Gamio, así como el documento por el que se le confirió la condecoración aludida.'

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, acompañándoles con el presente los anexos relativos.

Reitero a ustedes mi atenta consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 7 de septiembre de 1965.- Por Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt." Recibo, a la Comisión de Puntos Constitucionales, en turno.

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios del H. Congreso de la Unión.- Presente.

A continuación transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación, con fecha 31 de agosto próximo pasado:

Ruego a usted, muy atentamente, se sirva solicitar de la Comisión permanente del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de la Constitución Política, para que el C. Herbert Stocker García Granados, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito, que, en el grado de Cruz de Primera Clase, le confirió el gobierno de la República Federal de Alemania. En acatamiento de las disposiciones relativas con el presente se servirá usted encontrar el acta de nacimiento del C. Stockder García Granados, así como una copia fotostática del documento por el que se le confirió la condecoración aludida.'

Al comunicar a ustedes lo anterior les acompaño con el presente los anexos relativos.

Reitero a ustedes mi atenta consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 7 de septiembre de 1965.- Por Ac. del C. Secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt." Recibo, a la Comisión de Puntos Constitucionales, en turno.

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Marina.

México, D. F., a 24 de agosto de 1965.

Al C. licenciado Alfonso Martínez Domínguez, Presidente del H. Congreso de la Unión.- Allende y Donceles.- Ciudad.

Esta Secretaría de Marina tiene el agrado de transcribir a usted, el contenido del oficio número 1213, girado a esta propia Dependencia por el C. Vicealmirante del Cuerpo General Fernando Magaña Erosa, con fecha 6 del actual, que a la letra dice:

`Antec. Sup. oficio número 34624 C.G.A., Depto. de Personal, Sección de Oficiales, del 29 julio ppdo. Con relación al oficio que se cita en antecedentes, en el que se me comunica haber recibido las copias fotostáticas del diploma y oficio en que el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica me concedió la condecoración de la "Legión del Mérito" de dicho país, me permito rogar a usted se hagan los trámites correspondientes ante el Congreso de la Unión, para que se me conceda autorización para hacer uso de dicha condecoración.'

Al transcribir a usted el oficio que antecede, me es grato informarle que el Oficial Superior de referencia, en cumplimiento a lo dispuesto en Acuerdo Presidencial número 744, estuvo fungiendo como Agregado Naval a la Embajada de México en Washington, D.C., E.U.A., del 1º de julio de 1959 al 1º de enero del presente año, y que la condecoración a que alude, se la otorgó el Gobierno de los Estados Unidos, en reconocimiento al sentido de responsabilidad, diplomacia y conducta observada en el desempeño de su comisión.

Reitero a usted las seguridades de mi muy atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Secretario Antonio Vázquez del Mercado, Almirante." Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

IV

- El C. secretario Hernández Gómez, Tulio (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sonora. Hermosillo, Sonora, a 23 de agosto de 1965.

C. diputado Presidente de la H. Cámara de Diputados.- México, D.F.

Por acuerdo expreso del C. licenciado Luis Encinas, gobernador constitucional del Estado, tengo el honor de hacer del conocimiento de usted, rogándole participarlo a esa H. Cámara que dignamente preside, que el H. Congreso Local expidió la Ley número 25 de fecha 6 de los corrientes, publicada en el Boletín Oficial número 12, del día 11 siguiente, por virtud de la cual señala el día 13 de octubre próximo para que el propio Jefe del Ejecutivo rinda su informe anual correspondiente al cuarto período de la Administración Pública, comprendiendo los diversos ramos de su gobierno.

Al comunicarlo a usted, me permito suplicarle tomar nota, y aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi respetuosa y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Oficial Mayor de Gobierno, J. Refugio Bernal S." De enterado.

V

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"V. Hermosa, Tab., septiembre 11 de 1965.

Presidente del Congreso de la Unión.- H. Cámara de Diputados.- México, D.F.

Con satisfacción tenemos honor participarle fecha ayer quedó legítimamente constituida H. Cuadragesimaquinta Legislatura Congreso Estado. Atenta y respetuosamente.

Licenciado Carlos E. Dagdug Martínez, D.P.- José Oliveiro Pulido Martínez, D.S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos.- Estado Libre y Soberano de Chihuahua.- Poder Legislativo.- Secretaría.

Chihuahua, 8 de septiembre de 1965.

CC. diputados Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Congreso de la Unión.- México, D.F.

Con esta fecha la XLVII Legislatura del Estado, inauguró el octavo período extraordinario de sesiones, a que le convoco su Diputación Permanente, estando integrada su Mesa Directiva en la siguiente forma: Presidente, Manuel S. García; Vicepresidente, licenciado José A. Molina; Primer Secretario, Juan J. Fernández; Segundo Secretario, Isidro Hermosillo; Primer Prosecretario, ingeniero Samuel I. Valenzuela; Segundo Prosecretario, José Solís Trejo.

Habiéndose resuelto los asuntos contenidos en la convocatoria, en la propia fecha fue clausurado el período de referencia.

Lo que nos permitimos participar a usted(es) para su conocimiento y efectos consiguientes, reiterándole(s) las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Juan J. Fernández, D.S.- Isidro Hermosillo, D.S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión Permanente de la H. XLV Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca invita a usted(es) a los actos solemnes que se desarrollarán en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado:

15 de septiembre, 12 horas, instalación de la H. XLVI Legislatura Constitucional del Estado.

16 de septiembre, 12 horas, apertura del primer período ordinario de sesiones de la H. XLVI Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Constitución Política Local.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.

Oaxaca de Juárez, Septiembre de 1965.- Por la Comisión Permanente de la H. XLV Legislatura Local: Alfredo D. Altamirano Martínez, D.P.- Antonio Velasco Ortiz, D.S." De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos.

La Diputación Permanente del H. LVI Congreso Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, tiene el honor de invitar a usted a la sesión solemne que celebrará en el Auditórium del Poder Legislativo el día 15 del mes en curso, a las 22 horas, con asistencia de los CC. gobernador constitucional y presidente del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado y

en cuyo acto se hará la declaratoria de apertura del primer período ordinario de sesiones de la H. LVII Legislatura Constitucional de la entidad. Morelia, Mich., Septiembre de 1965.- Mario Ruiz Aburto, D.P.- Xavier Herrera Pantoja, D.S." De enterado.

"Colegio Electoral de la XLV Legislatura.- Circular número 2. C. Presidente de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- Allende y Donceles.- México, D.F.

Hoy, a las once horas, el Colegio Electoral de la XLV Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, con fundamento en los artículos 35, 48, fracción I, de la Constitución Política Local; 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas y 5º del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso del Estado, en sesión celebrada en el Salón de Sesiones del Palacio del Poder Legislativo, tuvo a bien hacer la siguiente declaratoria:

Primero. Son buenas y válidas las elecciones verificadas en lo distritos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno, décimo y onzavo, que para la renovación del Poder Legislativo tuvieron lugar el día 4 de julio del presente año.

Segundo. En consecuencia, son diputados propietarios y suplentes, respectivamente, al H. Congreso Local, por los distritos ya mencionados, para el período comprendido del 15 del presente mes al 14 de septiembre de 1968, por haber obtenido mayoría absoluta de votos, los ciudadanos siguientes:

Propietarios: J. Cruz Guerrero Encina, Manuel Salas Villegas, Jesús Salas Duque, profesora María Isabel Saucedo O., Anastasio Avila Avila, licenciado Jesús Yañez Castro, ingeniero Moctezuma Meza Solano, Antonio Rivas Bañuelos, Enrique A. Rodríguez R., Tobías Sánchez Guzmán, Abundio Monsiváis García. Suplentes: Guillermo Rubio Belmonte, José Bonilla Robles, Saúl Acosta Martínez, Bernardo Pérez Trinidad, Manuel Puente Frausto, Elpidio Torres Bañuelos, Pedro Chávez Rubio, Pedro Contreras Sánchez, José García Sánchez, Juan Angel Abrego García, J. Concepción Rodríguez Mendoza.

Tercero. Comuníquese a los diputados propietarios electos para que se presenten el día 14 del actual a rendir la protesta de Ley, en los términos que establece la Constitución Política Local, y el artículo 96 de la expresada Ley Electoral.

Lo que tenemos el honor de comunicar a usted para su conocimiento y fines legales correspondientes, reiterándole nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Zacatecas, Zac., a 4 de septiembre de 1965.- El Colegio Electoral: Jesús Salas Duque, D.P- Enrique A. Rodríguez R., D.S." De enterado.

"República Mexicana.- Congreso del Estado de Hidalgo.- Secretaría.

La XLIV Legislatura del H. Congreso Constitucional del Estado de Hidalgo tiene el honor de participar a usted(es) que, en sesión celebrada el día de hoy, inauguró su segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al tercer año de su ejercicio y la forma en que quedó integrada su Mesa Directiva que fungirá durante el próximo mes de septiembre: Presidente, Balmore Mariel Lara; Vicepresidente, licenciado César Vieyra S., Secretario, Jorge Preisser T.; Suplentes: licenciado José Lugo Gil y Miguel Gómez Mendoza.

Al comunicar a usted(es) lo anterior, aprovechamos la oportunidad para renovarles las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Pachuca, Hgo., a 30 de agosto de 1965.- Licenciado José Lugo Gil,D.S.- Jorge Preisser Terán, D. S. De enterado.

VI

El C. Presidente: Los diputados que suscriben la iniciativa de reformas al artículo 123 constitucional y que figura en la orden del día, han solicitado, a la mesa directiva, dar lectura a dicha iniciativa. No teniendo ninguna objeción a esta solicitud, la Mesa concede el uso de la palabra al diputado Moisés Calleja, para lo apuntado.

El C. Calleja García, Juan Moisés: Señor Presidente, señores diputados:

A nombre de la diputación obrera cetemista de esta XLVI Legislatura y, en cumplimiento de la orden del día, vamos a proceder a dar lectura a una iniciativa de reformas al artículo 123 constitucional:

"En ejercicio de lo que dispone el artículo 71 de la Constitución Política del país y los artículos 55, fracción II y 58, fracción I, del Reglamento Interior del Honorable Congreso de la Unión, los diputados federales que suscriben, militantes de la Confederación de Trabajadores de México, se permiten presentar ante la H. Cámara de Diputados, para su difusión y aprobación, la iniciativa de Reformas a las fracciones I, III, IV, VIII, IX, XII, XV, XVIII, XXI, XXII, XXIII y XXXI del apartado A, del artículo 123 constitucional.

Exposición de Motivos

Primero. El artículo 123 de la Constitución General de la República consigna los derechos mínimos que deben disfrutar los trabajadores para que subsista un régimen de justicia social.

Es conforme la doctrina jurídica, con apoyo en la experiencia, que las leyes dejan de ser eficaces por el transcurso del tiempo y, especialmente, por el cambio de condiciones que las originan.

Ha sido una preocupación continua de los Gobiernos de la Revolución y desde luego también de los trabajadores, mantener en las relaciones obreropatronales un régimen de justicia social mediante la actualización o superación del Mandato Constitucional a través de reformas o adiciones. Dejar de hacerlo para que permanezca estático, significaría apartarlo de sus principios o que frente a las nuevas condiciones economico sociales sean desatendidas las justas y legítimas aspiraciones de la clase trabajadora.

La Confederación de Trabajadores de México con la representación que le caracteriza, constata que con el desenvolvimiento industrial del país y su natural progreso, se han modificado sensiblemente las condiciones que en cuenta tomó el Constituyente; por lo que las nuevas demandas de justicia que animan

a los obreros no encuentran dentro del texto vigente la respuesta adecuada. Para que la clase trabajadora elevando sus niveles de vida, dé por ahora satisfacción a sus nuevos requerimientos, son de proponerse las reformas al artículo 123, inciso A de la Constitución General de la República en sus fracciones I, III, IV, IX, XII, XV, XVIII, XXI, XXII, XXIII y XXXI.

Segundo. Es una aspiración legítima de la clase obrera disfrutar de una jornada máxima de 40 horas a la semana a fin de que los trabajadores puedan descansar dos días de ella con goce de salario íntegro. La aspiración es justificada porque la automatización y técnicas modernas que influyen en la industrialización, significa la obtención de mayor riqueza y la exigencia de una mejor preparación, cuidado y esfuerzo de los trabajadores. A medida que la producción se mecaniza, determina una reducción en la utilización de la mano de obra que agrava el problema del desempleo y baja los costos de la producción aumentando las utilidades.

Si bien es cierto que en épocas históricas ya lejanas, el capitalismo industrial sostuvo su prelación sobre las utilidades e impunemente fomentó los males sociales, inclusive el desempleo, el concepto que hoy se tiene de considerar al capital invertido y a la fuerza de trabajo como los dos factores esenciales que combinados, producen los beneficios, determinan, que en la misma proporción que la máquina desplaza al hombre, deben reducirse las horas de trabajo. Lo contrario es consentir, violando el régimen de justicia social, en aumentar sólo los beneficios del capital en la producción con perjuicio de los trabajadores que la obtienen y de la población obrera desocupada que continuará perdiendo la posibilidad de contratación en los tiempos libres que deja la reducción de jornada.

La experiencia alcanzada en las industrias que operan con jornada menor a la de 48 horas a la semana es satisfactoria. Los índices de producción se han mejorado y reducido los infortunios profesionales, porque un mayor descanso para el trabajador, significa cabal recuperación y mayor productividad. En el país, varios Contratos Colectivos de Trabajo han establecido la jornada de 40 horas; así la reforma constitucional a las fracciones I y IV elevará a norma legal una justa aspiración que redundará en bien de los trabajadores, del desarrollo industrial y del progreso nacional, independientemente de que, además, se acepta la recomendación de que para esta importante cuestión, ha hecho a los Estados miembros, la Oficina Internacional del Trabajo.

Tercero. La reforma a la fracción III del artículo 123 constitucional tiene por objeto evitar la discriminación antisocial y antieconómica que se viene practicando en forma común por las empresas, que rechazan el ingreso de trabajadores mayores de 35 años, considerando, en forma por demás equivocada, que se obtienen rendimientos superiores con trabajadores de menor edad.

Esta postura choca con los principios más elementales que propenden a asegurar con dignidad y decoro, a través del trabajo, una vida mejor a todo ser humano; desaprovecha la experiencia y preparación adquiridas con la edad, originando pérdidas, desperdicios y mayores costos para la industria, derivados de la necesidad de capacitar a trabajadores jóvenes.

Cuarto. Por cuanto hace a la fracción VIII, la reforma tiende a que la protección contra embargo, compensación o descuento, opere para los salarios mínimos generales y profesionales. Además, para que esas afectaciones sólo procedan sobre la parte excedente de esos salarios, de tal suerte que el trabajador nunca reciba, una cantidad inferior a ellos.

La Institución del Salario Mínimo que es una de las de mayor contenido social, propende a asegurar una remuneración mínima que garantice la satisfacción de las necesidades normales del trabajador entendido como jefe de familia; en consecuencia, es indebido que en razón del pago de impuestos, de cuotas del Seguro Social, etc. disfrute de una percepción menor, a pesar de tener asignada una superior, pues de hecho se viola el principio y se anulan los elevados propósitos sociales de esta disposición legal.

Quinto. La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresa , que consigna la fracción IX es objeto de reforma para superar vicios y lagunas que en la práctica han mostrado las disposiciones vigentes en esta materia.

La copia de la declaración fiscal anual, que la empresa está obligada a proporcionar a los trabajadores, para que conozcan las utilidades alcanzadas, no es suficiente para formar criterio. Las autoridades se han negado a apoyar las demandas obreras para que se proporcione, además de la declaración anual, copia de los anexos que legalmente deben acompañarla, no obstante que la idea del legislador sin duda ha sido, que los trabajadores conozcan y comprueben los conceptos en que se apoya la declaración de utilidades. Sería absurdo suponer, que la intención fue tenerlos ignorantes de sus derechos, que es lo que ocurre precisamente al sólo recibir copia de la declaración de que se trata, que de ninguna forma es suficiente para conocer la procedencia de las utilidades declaradas y menos para establecer su exactitud.

Lo anterior permite eludir en forma parcial y total, a un sinnúmero de patrones, el cumplimiento correcto de la obligación del reparto de utilidades. Crea desconfianza e incertidumbre entre los trabajadores. Por eso la reforma señala que las empresas deban proporcionar a sus trabajadores copia de su declaración anual y de todos los anexos que legalmente debe acompañarla para que la conozca y puedan comprobar sus conceptos; lo que de ninguna suerte implica intervención de su parte en la administración o dirección de la empresa, sino el natural derecho que les asiste de poder comprobar el monto de las utilidades y la participación que a ellos les corresponde.

Esta trascendental conquista obrera, representa uno de los avances actuales más valiosos de justicia social. Es indispensable velar por su cabal cumplimiento dotando a los trabajadores de un instrumento eficaz. Para tal efecto, se propone que sea objeto legal de huelga el incumplimiento parcial o total por la empresa del reparto de utilidades, por ser causa de un desequilibrio económico.

Sexto. El problema de falta de habitaciones cómodas e higiénicas, que aqueja en grado muy importante a las clases populares del país y en particular a los trabajadores, reclama una disposición legal con mayor eficacia que la consignada en la fracción XII, respecto a la obligación patronal de proporcionar

habitaciones a sus trabajadores a cambio de una renta módica. La reducción actual establece que, si las negociaciones estuvieren situadas dentro de las poblaciones y ocuparen un número mayor de cien trabajadores, tendrán que cumplir con dicha obligación. Esto ha sido utilizado para su inobservancia. La reforma suprime la condición o limitación apuntada para eliminar esa posibilidad.

Séptimo. La protección al trabajador en su vida e integridad física, no sólo se obtiene con los preceptos vigentes sobre higiene y salubridad dentro de las negociaciones, sino que también se requiere se haga extensiva respecto a la población que integran. Es frecuente que la desatención a esas medidas, en relación con las poblaciones, hacen inútiles las que concretamente se observan en los centros de trabajo, pues durante el tiempo que los obreros están fuera de las mismas, así como el resto de la población, quedan expuestos a las contaminaciones del ambiente, descomposición de aguas, putrefacción de productos, etc. Para cumplir con los propósitos que sin duda alguna tuvo el legislador, es pertinente una adición a la fracción XV del artículo 123, haciendo extensiva las medidas de higiene y seguridad en bien de la colectividad.

Octavo. El mandato constitucional contenido en la fracción XVIII del artículo 123 constitucional respecto al derecho de huelga, se ha limitado en su cumplimiento por las autoridades laborales a la obtención, cumplimiento y revisión de los Contratos Colectivos de Trabajo, pues el desequilibrio económico como casual se considera inoperante por reiteradas determinaciones jurisprudenciales. Consideramos que hay desequilibrio económico entre los factores de la producción, cuando fijado el salario mínimo ocurre un aumento en el costo de la vida. Por definición, tal remuneración es la que debe disfrutar el trabajador para satisfacer sus necesidades normales, entendido como jefe de familia. En consecuencia, si después de su fijación sube el costo de la vida, casi siempre por la elevación de precios a los productos, se confronta un desequilibrio económico a perder el salario su atributo de satisfactor, por lo que siendo imprescindible que los salarios mínimos correspondan a los propósitos que los inspiran en el orden económico, social y jurídico, deben tener cabal protección.

Dentro de la práctica tribunalicia en varias ocasiones se tuvo como válido el criterio de calificar como desequilibrio entre los factores de la producción, la elevación en el costo de la vida después de fijados los salarios, al igual que la agresión patronal a la representación sindical por separación masiva o individual de los integrantes de un Comité Ejecutivo.

Por estas razones, se reforma la fracción XVIII del artículo 123 constitucional señalando los anteriores casos como los más sobresalientes de desequilibrio económico.

Noveno. Las reformas al artículo 123 constitucional del año de 1962, permitieron volver al derecho laboral nacional por sus fueros en cuanto que con las modificaciones a sus fracciones XXI y XXII se reconoció que es potestativo del trabajador, en los casos de separación injustificada, el cumplimiento del Contrato de Trabajo o el pago de una indemnización. Estas reformas fueron objeto de duras críticas por el sector empresarial por lo que para amenguarlas, subsistió la primera de las fracciones, siendo propiamente innecesaria. En consecuencia para que el texto constitucional adquiera plena claridad, se impone la supresión de la fracción XXI, tanto más que su persistencia es anacrónica. Actualmente se acepta sin objeción, que las Juntas de Conciliación y Arbitraje son tribunales, con imperio, al cual deben someterse las partes para evitar la anarquía.

La reforma incluye también modificación al monto de la indemnización a favor del trabajador, cuando opta por ella con caso de despido injustificado, así como cuando se ve obligado a reiterarse del empleo por culpa del patrón; de tal suerte que la indemnización no se limite al pago de tres meses de salario sino también al de veinte días de salario por cada año de servicios, norma que ya es aplicable en los casos en que la Ley secundaria permite al patrón negarse a reinstalar a determinados trabajadores y que debe ser aplicada, por equidad y mayoría de razón, para los casos de grave responsabilidad patronal a que se refiere la fracción XXII reformada.

Décimo. Continuamente los trabajadores afrontan la imposibilidad de cobrar los créditos legítimamente reconocidos a su favor cuando existen otros provenientes de impuestos fiscales, cuotas del Seguro Social, etc. Inclusive, recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación fincó preferencia sobre el crédito laboral, al prendario constituido a favor de una institución bancaria.

El cierre de una negociación, casi siempre lleva aparejadas deudas con el fisco, con el Seguro Social, con acreedores hipotecarios y, naturalmente con los trabajadores por concepto de salarios, vacaciones, tiempos extraordinarios y otras prestaciones. A pesar de que éstas forman parte de su patrimonio, que les son imprescindibles para su subsistencia y, de que, la fracción XXIII del artículo 123 constitucional les otorga preferencia a los devengados en el último año, sobre cualquier crédito, la realidad es totalmente distinta en el orden jurisdiccional. Por eso, para afirmar la autoridad del mandato Constitucional, a más de eliminar la limitación de un año para los créditos a favor de los trabajadores, la reforma que se propone, aclara su preferencia sobre cualquier otro, incluso fiscal o del Seguro Social, de modo que se tutelen y protejan realmente los derechos obreros y específicamente aquellos que ya han entrado al patrimonio del trabajador.

Decimoprimero. Finalmente, como reforma de gran importancia, se propone la modificación a la fracción XXXI, con el objeto de establecer que la aplicación de las leyes del trabajo es competencia exclusiva de las autoridades federales.

Se observa cada vez, en grado sumo, cómo el carácter tutelar de la legislación laboral se desvirtúa por parte de las autoridades locales del trabajo, que al interpretarla y aplicarla tienden, en muchos casos, a satisfacer intereses particulares desnaturalizando la función de justicia social que corresponde a esta importante rama del Derecho.

Se puede afirmar sin exageración, que la actitud de esas autoridades, no solo anula el carácter proteccionista de las leyes del trabajo sino que coloca a la parte obrera, frente al patrón, en condiciones de inferioridad cuando ventilan sus conflictos; lo que

contraría abiertamente los propósitos de legislador, quebranta la armonía y el equilibrio, que al amparo de la ley deben imperar en la relación de trabajo.

Por otra parte, es indispensable teminar con el caos que provocan las múltiples, variadas y casi siempre contradictorias interpretaciones que producen las Juntas de Conciliación y Arbitraje, haciendo perder a la ley su autoridad, creando desconfianza para la justicia obrera.

Es imperativo no sólo preservar la función tutelar de las leyes en esta materia, sino la unidad de criterio en su aplicación, que permita al trabajador conocer con certidumbre el alcance de sus derechos y las formas precisas del procedimiento para hacerlos valer, pues cuando es errónea esa aplicación, ya sea con propósitos torcidos o por desconocimiento de la disciplina jurídica, se lesionan gravemente los intereses obreros provocando inquietud y malestar social.

Esta y otras muchas consideraciones, justifican la necesidad de restaurar la jerarquía y respetabilidad de la ley; de reintegrar la confianza hacia los tribunales del trabajo; y preservar en sus reales alcances las conquistas y beneficios que la ley consigna para la clase obrera, de tal suerte que nuestra legislación laboral no se trasforme en letra muerta o se mistifique sus principios al momento de ser impartida en justicia.

Con tales propósitos, la reforma propone la substitución de las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje, por Juntas Regionales de Conciliación y Arbitraje, de carácter federal, que dentro del ámbito territorial que les corresponda, sigan conociendo de los asuntos que actualmente se ventilan en las Juntas Centrales mencionadas. Además se prevé una Junta Nacional de Conciliación y Arbitraje, en la ciudad de México, a la que corresponderá tratar los asuntos, que en razón de su materia, importancia o naturaleza, ya consigna la fracción XXXI actualmente en vigor; y además de otras industrias de primera importancia en la vida económica del país que se incluyen y que son: la de la carne, en sus renglones de empacadoras, rastros y frigoríficos y, la automotriz.

Con respecto a la cinematográfica que ya está incorporada a la fracción XXXI, se aclara que corresponde a las ramas de producción, distribución y exhibición, para dar fin a los problemas de competencia que constantemente se han presentado.

Por todo lo anterior expuesto, son de proponer y se proponen las siguientes reformas al artículo 123 constitucional inciso A, de la Constitución General de la República.

Jornada semanal.

Fracción I. La duración de la jornada máxima será de OCHO HORAS DIARIAS Y DE CUARENTA SEMANARIAS.

Ocupación a los Trabajadores sin límite de edad.

Fracción III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis, tendrán como jornada máxima la de seis horas, fuera de las anteriores prevenciones, se prohibe y es nula toda limitación de edad, que impida el ingreso de los trabajadores al empleo.

Descanso semanal.

Fracción IV. Por cada cinco días de trabajo deberá disfrutar el trabajador de dos días de descanso cuando menos, con goce de salario.

Protección al salario.

Fracción VII. Los salarios mínimos generales o profesionales a que se refiere este título quedan exceptuados de embargo, compensación o descuento. El embargo, compensación o descuento a los salarios superiores al mínimo sólo procederá sobre la diferencia. En ningún caso el trabajador recibirá por sus servicios una cantidad inferior al salario mínimo.

Reparto de utilidades.

Fracción IX.

e) Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa, se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los trabajadores podrán formular ante la oficina correspondiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las objeciones que juzguen convenientes, ajustándose al procedimiento que determine la ley; para tal efecto, la empresa está obligada a proporcionarles copia de su declaración anual y de todos los anexos que legalmente debe acompañar a la misma a fin de que los trabajadores estén en condiciones de conocerla y comprobar sus conceptos. f). g) El cumplimiento parcial o total de la empresa, del reparto de utilidades que corresponde a los trabajadores, es causa del desequilibrio económico entre los factores de la producción: capital y trabajo, que consigna la fracción XVIII de este artículo.

Habitación Obrera.

Fracción XII. En toda negociación agrícola, industrial, minera o cualquiera otra clase de trabajo, los patrones estarán obligados a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, por las que podrán cobrar rentas que no excederán del medio por ciento mensual del valor catastral de las fincas. Igualmente deberán establecer escuelas, enfermerías y demás servicios necesarios a la comunidad.

Higiene y Seguridad Industrial.

Fracción XV. El patrón estará obligado a observar en la instalación y funcionamiento de sus establecimientos, los preceptos legales sobre higiene y salubridad para protección de sus trabajadores y de la población y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte para la salud y la vida de aquéllos la mayor garantía compatible con la naturaleza de la negociación, bajo las penas que al efecto establezcan las leyes.

Huelga.

Fracción XVIII. La huelga procede cuando tenga por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del Trabajo con los del Capital y, en los demás casos que la Ley lo establezca. Son causas de desequilibrio entre otras: la negativa del patrón a celebrar, revisar o cumplir el contrato colectivo de trabajo: el aumento en el costo de la vida después de que sean fijados los salarios mínimos; dejar de pagar el salario o de no hacerlo con la oportunidad debida; el incumplimiento parcial o total de la empresa, del reparto de utilidades que corresponda a los trabajadores; la separación de uno o más directivos sindicales hasta en tanto no haya causado estado el laudo que la autorice.

Rebeldía patronal para someterse al arbitraje de las juntas o acatar al laudo pronunciado.

Fracción XXI. (Suprimida).

Despidos justificados.

Fracción XXII. El patrono que despida a un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del trbajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario, veinte días de salario por cada año de servicios prestados, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto. Con igual cuantía se indemnizará al trabajador, cuando éste se retire del servicio por falta de probidad del patrono o por recibir de él malos tratamientos, ya sea por su persona o en la de su cónyuge, padres, hijos o hermanos. El patrono no podrá eximirse de esta responsabilidad, cuando los malos tratamientos provengan de dependientes o familiares que obren con su consentimiento o tolerancia. La ley determinará los casos en que el patrono podrá ser eximido de la obligación de cumplir el contrato, mediante el pago de la indemnización.

Preferencia de Créditos de los Trabajadores.

Fracción XXIII. Todos los créditos en favor de los trabajadores tendrán preferencia sobre cualquiera otro, inclusive fiscales y los provenientes del Seguro Social.

Jurisdicción Federal.

Fracción XXXI. La aplicación de las Leyes del Trabajo corresponde a las Autoridades Federales en todo el Territorio Nacional. Para tal efecto se constituirán en cada Estado, en el Distrito Federal, y en los Territorios Federales, Juntas de Conciliación y Arbitraje para que conozcan de los conflictos de su jurisdicción; además, una Junta Nacional de Conciliación y Arbitraje en la capital de la República, para que conozcan en exclusiva, de los asuntos relativos a la industria textil, eléctrica, cinematográfica: producción, distribución y exhibición; hulera, azucarera, de la carne: empacadoras, rastros y frigoríficos; petroquímica, automotriz, metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos, hidrocarburos, cemento, ferrocarriles y empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal; empresas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que le sean conexas; empresas que ejecuten trabajos en zonas federales y aguas territoriales; a conflictos que afecten a dos o más entidades federativas; a contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en más de una entidad federativa y, por último, las obligaciones que en materia educativa corresponden a los patronos, en la forma y términos que fija la ley respectiva.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., 1o. de septiembre de 1965.- José Dolores García A.- Juan Miosés Calleja.- Hilda Anderson Nerváez.- Enrique Torres Calderón.- Salvador Padilla Flores.- Juan J. Varela.- Heliodora Hernández Loza.- José María Martínez.- Francisco Pérez Ríos.- José Chiquillo Juárez.- Gonzalo Pastrana Castro.- Enrique López Naranjo.- Marina Núñez Guzmán.- Melquiades Trejo H.- Samuel Castro C.- Manuel R. Bobadilla.- Salvador Barragán.- Pedro Vivanco García.- Pablo Pavón Rosado." A las Comisiones unidas, de Puntos Constitucionales, en turno; Trabajo, en turno, y de Estudios Legislativos, e imprímase.

VII

- El C. secretario Velázquez Grijalva, Rodolfo (leyendo):

"Un grupo de ciudadanos, encabezados por Ernesto Mazariegos Mosqueira, supervivientes de la Defensa del Heroico Puerto de Veracruz en 1914, solicitan estudie la Cámara de Diputados la posibilidad de que se les otorgue pensión de gracia, en atención a los servicios prestados a la Patria." Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional, en turno.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presente.

Octavio Domínguez Albert, Jefe del Departamento de Secretaría y Comisiones de la H. Cámara de Diputados, ante usted, con todo respeto, comparezco y expongo:

Que, por medio del presente escrito, vengo a solicitar mi jubilación voluntaria con apoyo en la fracción III del artículo 3o. de la Ley de Jubilaciones para los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo Federal.

Como lo compruebo con las certificaciones que acompaño, he prestado servicios a la Federación por más de 30 años; 3 años nueve meses en la Procuraduría General de la República; 1 año 1 mes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Registrador del Crédito Agrícola; 2 años 2 meses en el Departamento del Distrito Federal; 1 año 4 meses en la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas y, los últimos 22 años, en el Poder Legislativo.

Al mismo tiempo exhibo certificación de la Dirección de Administración de la Cámara de Diputados en la que consta el sueldo que actualmente devengo.

Por lo expuesto, a ustedes, CC. Secretarios, atentamente pido:

1. Otorgarme una pensión jubilatoria igual al sueldo íntegro y compensaciones que actualmente percibo.

Protesto lo necesario.

México, D. F., a 22 de septiembre de 1965.- Ocatvio Domínguez Albert." Recibo, a la Comisión de Hacienda, en turno.

"H Congreso de la Unión. Presente.

Florencio López Isaacs, con domicilio para oir notificaciones en la calla Emiliano Zapata 42, Colonia Portales, México 13, D. F., respetuosamente comparezco y expongo.

Que milité en el Ejército Constitucionalista, donde alcancé el grado de capitán primero por méritos en campaña, y que concurrí a los combates que se mencionan en los documentos que anexo.

En vista de mis servicios prestados al movimiento armado revolucionario contra el régimen usurpador

de Victoriano Huerta, solicito atentamente que se me conceda pensión de gracia por encontrarme en la pobreza y en la ancianidad, y sin posibilidad de realizar trabajo alguno para satisfacer mis necesidades más urgentes.

Anexo a esta solicitud los siguientes documentos:

1o. Copia fotostática del diploma donde se me otorga condecoración por méritos y servicios prestados a la Revolución.

2o. Dos certificados de militancia en el Ejército Constitucionalista y concurrencia de diversos sitios. 3o. Nombramiento de 'Encargado de Confiscaciones' en el Estado de Guerrero, de fecha 25 de febrero de 1916.

4o. Certificado de ascenso de fecha 22 de febrero de 1914.

Protesto lo necesario. México, D. F., a 2 de septiembre de 1965.- Florencio López Isaacs." Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional, en turno.

"Ex teniente coronel de Caballería Saturnino A. Villanueva Zuloaga. Calle Rafael Velarde No. 995, esquina R. Aranda, C. Juárez Chih.

"C. Juárez, Chih., septiembre 5 de 1965.

CC. diputados al Congreso de la Unión. Cámara de Diputados México 1, D. F.

Saturnino A. Villanueva Zuloaga, ex teniente coronel de caballería, Veterano de la Revolución y Legionario, ante esa H. Representación vengo a solicitar se me conceda una pensión de gracia, por mis servicios prestados a la Revolución en la época aciaga.

Por encontrarme en situación crítica debido a mis enfermedades, contraídas a consecuencia de la cruenta lucha y no teniendo medios de subsistencia, me veo en la necesidad de ocurrir ante esa H. Cámara solicitando el beneficio antes mencionado a que tengo derecho.

Para justificar mi situación militar me permito adjuntar al presente - con carácter devolutivo- los siguientes documentos oficiales y certificados militares, expedidos por la Secretaría de la Defensa Nacional y varios CC. generales, donde reconocen mis servicios prestados a la Revolución, desde el día 21 de abril de 1913, hasta agosto de 1920, que son: Extracto de Servicios, oficio 1050 de 14 de diciembre de 1939. Reconocimiento, oficio No. 1533 de 7 de febrero de 1940. Reconocimiento como Legionario, 20 de noviembre de 1949. Certificado de buena conducta firmado por el señor ex Presidente de la República don Adolfo de la Huerta, y otros firmados por los CC. generales Rosalío Hernández Cabral, Manuel Maldinaveytia E., Fidel Avila, Lorenzo Avalos y Gregorio Núñez Hernández, reservándose otros certificados más, por no considerarlos necesarios.

No dudo de la generosidad de ese H. Congreso y de verme favorecido con una benévola resolución a mi solicitud, recibiendo Gracia y Favor.

Muy respetuosamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El ex teniente coronel de Caballería Legionario y Veterano Saturnino A. Villanueva Zuloaga, (A/111/5- 9) L- 1244." Recibo, a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"El ex capitán 2o. de Caballería Legionario Pedro N. Fuente Almanza.

Domicilio Conocido. Monclova, Coah., agosto 18 de 1965.

C. Presidente de la Cámara de Diputados. México, D. F.

El suscrito, reconocido oficialmente como Veterano de la Revolución y Legionario, ante usted, con el debido respeto, comparece a exponer:

Que atravesando por una crítica situación económica, ya que por mi edad, más de 85 años, no me es posible trabajar, vengo a suplicar a usted se sirva presentar a la consideración de esa Honorable Cámara de Diputados me conceda una pensión de gracia, por los servicios que presté a la Revolución Mexicana, según copias de documentos que me permito acompañar.

Respetuosamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El ex capitán 2o. de Caballería Veterano y Legionario Pedro N. Fuente Almanza." Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

VIII

- El C. secretario Hernández Gómez Tulio (leyendo):

"Doctor Carlos Canseco Jr.

Monterrey, N. L. 31 de agosto de 1965.

H. Congreso de la Unión.- Donceles y Allende.- México, D. F.

Muy señores nuestros:

Por indicación de la Dirección General del Servicio Consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores me estoy dirigiendo a Uds. atentamente, para solicitar de ese H. Congreso de la Unión, y en apoyo a lo dispuesto en la fracción II del apartado B, el artículo 37 constitucional, el permiso para aceptar el nombramiento de Cónsul General Honorario de Honduras, en Monterrey, N. L., sin perder mi ciudadanía.

El exequátor No. 20, expedido por el señor Presidente de la República Licenciado Don Adolfo López Mateos, en abril 18 de 1964, y enviada a través de la Embajada de Honduras con fecha de 5 de agosto del año en curso, sirven de base para mi solicitud anterior.

Esperando sean Uds. tan amables de tramitar mi solicitud, quedo como afectísimo, amigo y S. S. Doctor Carlos Canseco Jr." Recibo, a la Comisión de Servicio Consular y Diplomático.

"Juan de Dios Gutiérrez.- Ingeniero Agrónomo.

H. Congreso de la Unión.

Juan de Dios Gutiérrez, mexicano por nacimiento, originario de Chihuahua, Chih., de 45 años de edad, e ingeniero agrónomo especialista en bosques, con domicilio en Rébsamen 446, departamento 3, zona postal 12, de esta ciudad, ante ese H. Congreso, respetuosamente digo:

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (F.A.O.) me ha propuesto el cargo de Director del Fondo Especial del Proyecto del Instituto de Ordenación de Vertientes

e Ingeniería Forestal, con radicación en Ciudad La Plata, República Argentina, cuyo cargo implica la prestación de servicios oficiales a un gobierno extranjero, en el caso de la citada República Argentina; por lo que no deseando perder mi ciudadanía mexicana vengo a solicitar la autorización correspondiente del H. Congreso Federal, para aceptar el nombramiento aluido, cumpliementando así lo dispuesto en el atículo 37 apartado B, inciso II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Protesto lo necesario.

México, D. F., 13 de septiembre de 1965.- Juan de Dios Gutiérrez." Recibo, a la Comisión de Servicios Consulares y Diplomáticos.

IX

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Enedina B. Sánchez Catalán.- Quintana Roo No. 3.- Chilpancingo, Gro., septiembre 8 de 1965.

C. Presidente de la Cámara de Diputados. Presente.

Enedina B. Sánchez Catalán, de 82 años de edad, hija de Jesús Sánchez, ya extinto, que fue cabo de Caballería, que tomó participación en el Estado de Querétaro en 1867, recibiendo, por tal motivo, la condecoración correspondiente otorgada por el Congreso de la Unión, según documentos que me permitió acompañar, solicita de esa Honorable Cámara se le conceda una pensión de la cantidad que estime conveniente con objeto de poder subsistir sus últimos años ya que mi pobreza es manifiesta y además las enfermedades me agobian constantemente.

Atentamente.

Enedina B. Sánchez Catalán." Recibo, a la Comisión de Hacienda en turno.

"María Arriaga Delgado.- Heriberto Frías 1217, Departamento 5.- Colonia del Valle, México, D. F.

H. Congreso de la Unión.- México, D. F.

María Arriaga Delgado, soltera, de 69 años de edad, con muy quebrantada salud, y nieta legítima del señor licenciado don Ponciano Arriaga, presidente que fue de la Comisión de Constitución de 1857, atentamente solicita de ese H. Congreso que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto (cuya veracidad está en posibilidad de comprobar), y, en virtud de haber sido denominado el año de 1957 como: Año de la Constitución 1857 y del pensamiento Liberal Mexicano, y del propósito del actual régimen de honrar a los legisladores que forjaron la Carta del 57, le sea concedida una pensión vitalicia, que venga a aliviar la difícil situación por que atraviesa la solicitante, que no cuenta, ni ha contado nunca, con ningún patrimonio, por lo que su situación ha sido siempre sumamente difícil; advirtiendo que está dispuesta a comprobar legalmente su legítimo parentesco con el mencionado Ponciano Arriaga.

Anticipa las mas cumplidas gracias a ese H. Congreso por la atención que espera se sirva conceder a la presente petición.

Respetuosamente.

María Arriaga Delgado." Recibo, a la Primera Comisión de Hacienda.

X

- El C. secretario Velázquez Grijalva, Rodolfo (leyendo):

"Comisión de Salubridad.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión fue turnado, con fundamento en el artículo 61 del Reglamento Interior para el Gobierno del Congreso de la Unión, un escrito dirigido por la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica, proponiendo una adición al artículo 209 del Código Sanitario en vigor.

El trámite correspondiente, de acuerdo con el precepto invocado, tiene por base la circunstancia de que los proponentes carecen del derecho constitucional de iniciativa y por tanto se trata de que esta Comisión determine si es o no de considerarse la proporción y consecuentemente pasarla ante esta honorable Asamblea para su estudio y discusión.

La suscrita Comisión estima que no es de considerarse esta proporción, por las siguientes razones:

a) La adición que se propone tiende a prohibir que los productos medicinales conocidos comúnmente como `Muestras Medicinales' puedan ser objeto de comercio.

b) La simple prohibición, en los términos en que está redactada en la proposición de referencia, sería inoperante toda vez que no establece sanción de ninguna especie para quienes violasen dicha disposición.

c) En cambio, el Código Penal, aplicable al Distrito y Territorios Federales en materia de orden común y para toda la República en el orden Federal, ya prevé estos hechos y los tipifica como delito en sus artículos 386 y 387, ya que la venta o enajenación por título oneroso de bienes que no estén destinados al comercio y que, consecuentemente, existe la certidumbre de que no se tiene derecho a disponer de ellos, constituyen el delito de fraude.

d) En consecuencia, no hay necesidad de una prohibición específica relacionada con las muestras médicas y mucho menos la de una norma incompleta como es la que se propone, toda vez que la prohibición existe y está sancionada por las leyes penales.

Por las razones apuntadas, la suscrita Comisión de Salubridad considera que debe desecharse la proposición de la Cámara de la Industria Farmacéutica , por lo que se somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo:

Único: Comuníquese a la Cámara de la Industria Farmacéutica que en los términos del artículo 61 del Reglamento Interior para el Gobierno del Congreso de la Unión, no ha sido admitida la propuesta que nos fue dirigida con fecha de 3 de septiembre de 1957.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, D. F., septiembre 20 de 1965.- Raúl Legaspi Donis.- Francisco Quiroga F.- Raúl H. Lezama Gil.- Juan Ignacio Bustamante V.- Pedro Reyes Velázquez."

Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta, en votación económica si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvase manifestando. Aprobado.

"Comisión de Salubridad.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión fue turnado el escrito, presentado con fecha 17 de octubre de 1958 por el C. Enrique Sáenz de Sicilia, proponiendo un proyecto de decreto para reformar el Código Sanitario, ampliando las facultades concedidas a la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

El trámite que corresponde a este escrito lo señala el Artículo 61 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión y consiste en que esta Comisión debe determinar si es o no de tomarse en cuenta la proposición correspondiente.

Habiéndola estudiado con todo detalle y profundidad, los suscritos estimamos que debe desecharse la proposición, ya que se refiere a medidas de carácter administrativo relacionadas con la instalación, por parte de las autoridades sanitarias de una planta pasteurizadora que funcionaría bajo la administración directa de las propias autoridades y no es, por tanto, materia que deba ser normada por el Congreso de la Unión.

En consecuencia, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo:

Único. Comuníquese al C. Enrique Sáenz de Silicia que, con apoyo en el artículo 61 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, no es de tomarse en cuenta su proposición.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, D. F., septiembre 20 de 1965.- Raúl Legaspi Donis.- Francisco Quiroga F.- Raúl H. Lezama Gil.- Juan Ignacio Bustamante V.- Pedro Reyes Velázquez."

Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta, en votación económica si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

XI

- El C. secretario Hernández Gómez, Tulio (leyendo):

"Primera Comisión de Gobernación.

Honorable Asamblea:

A la Comisión que suscribe fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa presentada, el 17 de noviembre de 1953, por el entonces Diputado C. Juan Sabines Gutiérrez, proponiendo el traslado de los restos de don Belisario Domínguez, que actualmente se encuentran en el panteón civil de Comitán Chiapas, al Monumento a la Revolución, de la ciudad de México.

Del estudio de los antecedentes que pueden ilustrar el criterio de esta H. Asamblea, en relación con este asunto, sobresalen las siguientes conclusiones:

a) El Monumento a la Revolución fue erigido para conmemorar la iniciación y desarrollo de aquel movimiento social, pero está destinado a albergar los restos de quienes en él; es decir, su función consiste en simbolizar materialmente una etapa trascendental de nuestra Historia, pero no es la de constituirse en panteón cívico.

b) Comprueba lo anterior el hecho de que, al momento de la presentación de la iniciativa que nos ocupa, los únicos restos que reposaban bajo sus bóvedas eran los de don Venustiano Carranza; y que, posteriormente - y por coincidir con una conmemoración inusitada, como fue el Cincuentenario de la Iniciación de la Revolución Mexicana- , fueron trasladados los restos de don Francisco I. Madero. Así, pues, a la fecha sólo los restos de estos dos próceres, que son, sin lugar a dudas, de los que mayor influencia tuvieron en el desarrollo y destino de la Revolución, han sido trasladados, bajo condiciones verdaderamente excepcionales, al Monumento a la Revolución.

c) Si el criterio, acerca de la naturaleza conmemorativa del Monumento a la Revolución, fuera otro, debe considerarse que son tan numerosos los hombres de valía excepcional que contribuyeron, con el pensamiento y con la acción, al triunfo de la Revolución Mexicana, y tan numerosos también los que fueron sacrificados en defensa de sus postulados, que bien pronto dicho monumento quedaría convertido en un panteón cívico - lo que, repetimos, no es su finalidad- y su capacidad sería insuficiente- lo que obligaría a hacer distinguidos injustos en sí mismos.

Por las razones expuestas, la suscrita Comisión estima que no es de aprobarse la iniciativa que nos ocupa, sin que ello signifique demérito alguno a la personalidad histórica y a las virtudes revolucionarias del doctor Belisario Domínguez. Por el contrario, los suscritos desean hacer uso de esta oportunidad para expresar, públicamente, su admiración y reconocimiento a un hombre que, en la trinchera civil, sin más armas que la razón humana, el valor cívico y el pensamiento viril, combatió la traición y la usurpación; cuyo nombre está inscrito en el recinto de la Cámara y cuya figura - independientemente del lugar en que reposen sus restos- ha merecido siempre el homenaje de la conciencia nacional.

En tal virtud, la Primera Comisión de Gobernación se permite someter a la aprobación de esta H. Asamblea, el siguiente punto de acuerdo:

Único. No es de aprobarse la iniciativa fechada el 17 de noviembre de 1953, para el traslado al Monumento a la Revolución de los restos del doctor Belisario Domínguez.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

México, D. F., 20 de septiembre de 1965.- Alfonso Martínez Domínguez.- José de Jesús Limón.- Fluvio Vista Altamirano.- Luis Priego Ortiz."

Está a discusión el punto de acuerdo.

El C. Aguilar Paniagua, Abraham: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Se le concede el uso de la palabra al C. diputado Abraham Aguilar Paniagua.

El C. Aguilar Paniagua, Abraham: En representación de los diputados chiapanecos pedimos a la Presidencia se haga constar, de manera expresa, en el acta respectiva, nuestro voto en contra del dictamen que se ha sometido a la consideración de esta H. Asamblea.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría tome nota de esta petición.

El C. secretario Hernández Gómez, Tulio: No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta en votación económica, si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

XII

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Primera Comisión de la Defensa Nacional.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de la solicitud de pensión que formula la C. Amalia Silva Díaz, quien manifiesta ser nieta del extinto coronel de caballería Jesús Díaz.

Tomando en cuenta que la solicitud respectiva fue presentada el 18 de diciembre de 1963 y hasta la fecha la peticionaria no ha vuelto a renovar sus gestiones y, por otra parte, en el escrito de solicitud no aparece su domicilio, concurren, en este caso, dos circunstancias que impiden a esta Comisión llevar adelante los trámites indispensables para comprobar los posibles derechos de la solicitante, ya que, por un lado, se ha puesto de manifiesto la falta de interés de ella en renovar sus gestiones y, por el otro, no es posible intentar su localización.

En tal virtud, los suscritos, miembros de la Primera Comisión de la Defensa Nacional, se permiten someter a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente punto de acuerdo:

Único. No es de aprobarse la solicitud de pensión que formula la C. Amalia Silva Díaz, en virtud de no haber comprobado el derecho que reclama. Archívese el expediente, sin perjuicio de que, si con posterioridad inicia una nueva gestión, se considere ésta como antecedente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

México, D. F., septiembre 20 de 1965.- General Castillo Borzani.- Coronel Eliseo Jiménez Ruiz.- Licenciado y general Jaime López Peimbert.- General Juan Barragán R."

Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra se pregunta, en votación económica, si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

XIII

- El C. secretario Velázquez Grijalva, Rodolfo (leyendo):

"Primera Comisión de la Defensa Nacional.

Honorable Asamblea:

La Comisión Permanente del XLV Congreso de la Unión remitió a esta Cámara el expediente relativo a la solicitud presentada por la señorita Carmen Abrego, a efecto de que se le conceda pensión como hija del extinto Manuel Abrego, defensor de la patria en 1862.

Dicho expediente fue turnado a los suscritos, miembros de la Primera Comisión de la Defensa Nacional, para su dictamen, en sesión celebrada por vuestra soberanía, el 2 de septiembre último.

Al hacer el estudio del caso llegamos a la conclusión de que la señorita Abrego, desde el año de 1935 hizo gestiones para lograr el indicado fin; que existen, en el expediente, opiniones favorables por parte de la Presidencia de la República y del gobierno del Estado de Chiapas, y, sin embargo, no ha obtenido la pensión solicitada; no obstante, según constancias que obran en el expediente, acredita ser descendiente directa y, en primer grado, del defensor de la República que combatiera al invasor francés en el año de 1862; no obstante, también, que el propio defensor de la República, al encontrarse en difíciles condiciones económicas y enfermo solicitó el mismo beneficio en el año de 1897, falleciendo sin que se le hiciera justicia a reconocimiento a su acreditado mérito; que la actual solicitante, la anciana señorita Abrego, se encuentra enferma, incapacitada para trabajar y en una condición económica apremiante, por lo que solicita la pensión que le fue negada a su señor padre, teniendo fe en el juicio justiciero y humano de la XLVI Legislatura para obtenerla.

En atención a lo expuesto, la Comisión que suscribe considera que es de justicia otorgar a la señorita Carmen Ábrego la pensión que solicita; en tal virtud, nos permitimos someter a la consideración de la H. Asamblea, para su aprobación el siguiente proyecto de decreto:

Artículo primero. Concédase a la señorita Carmen Ábrego pensión vitalicia por la cantidad de $ 750.00 mensuales, en reconocimiento a los servicios que prestó a la patria su señor padre, el extinto Manuel Ábrego.

Artículo segundo. Dicha pensión le será pagada, íntegramente, por la Tesorería General de la Nación, sin descuento alguno.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 20 de septiembre de 1965.- General Alfonso Castillo Borzani.- General Jaime López Peimbert.- Coronel Eliseo Jiménez Ruiz." Primera lectura.

- El mismo C. secretario: Señor Presidente: se han agotado los asuntos de la orden del día.

El C. Presidente (a las 13.05 horas): Se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta. Se suplica a los presentes, que no sean diputados, se sirvan abandonar el salón. Los señores periodistas, si así lo desean, pueden permanecer en él.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"