Legislatura XLVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19681219 - Número de Diario 30

(L47A2P1oN030F19681219.xml)Núm. Diario:30

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 septiembre de 1921.

AÑO II MÉXICO, D. F., JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 1968 TOMO II. - NUMERO 30

SUMARIO

Orden del día y acta

Se abre la sesión. Lectura del orden del día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior

Invitaciones

Del Departamento del Distrito Federal, a la ceremonia que tendrá lugar el 22 del actual, en ocasión del CLIII aniversario de la muerte del generalísimo José María Morelos y Pavón. Se designa Comisión Del Municipio de Ecatepec Morelos, Estado de México, al acto que en conmemoración del CLIII aniversario del sacrificio del Caudillo de la Independencia, se llevará a cabo el día 22 de los corrientes. Se designa comisión

Informes

Que rinden las Secretarías de Comunicaciones y Transportes; de Educación Pública y de Salubridad y Asistencia, sobre las labores desarrolladas por esas dependencias, durante el lapso de un año. Recibo; resérvense en la Oficialía Mayor para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores

OFICIO DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

Pensión

Oficio de la Secretaría de Gobernación relativo a la solicitud de pensión formulada por la C. Refugio Obregón. Se turna a Comisión

INICIATIVAS

Adición al artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Iniciativa de reformas al artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, suscrita por varios ciudadanos diputados miembros del Partido Revolucionario Institucional. A las Comisiones respectivas e imprímase

Reformas a la Ley de Crédito Agrícola

Iniciativa presentada por varios ciudadanos diputados integrantes del Partido Revolucionario Institucional, tendiente a reformar la Ley de Crédito Agrícola. A las Comisiones respectivas e imprímase

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

Reformas al artículo 311 del Código Penal

Dictamen de las Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, con proyecto de Decreto que reforma el artículo 311 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales. Primera lectura. Se dispensa la segunda. La asamblea aprueba una modificación propuesta por las Comisiones. Se aprueba el artículo único del proyecto. Regresa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Federal del Patrimonio Cultural

Dictamen de las Comisiones Unidas de Bienes y Recursos Nacionales y Primera de Educación, con proyecto de Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación. Se dispensa la segunda lectura. En favor del dictamen y para hacer consideraciones en torno a la iniciativa, hacen uso de la palabra los CC. Hilario Galguera Torres y Ezequiel Rodríguez Arcos y Alfonso de Alba Martín. Se aprueba en lo general. A discusión en lo particular. Se impugna el artículo 21. Se aprueba por unanimidad en los términos del proyecto. Los artículos no impugnados se aprueban por unanimidad. Regresa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional

MINUTA

Adiciones al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales

La H. Cámara de Senadores envía Minuta con proyecto de Decreto por el cual se reforma el artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales. Se turna a Comisión e imprímase

Orden del día

Lectura del Orden del día de la próxima sesión. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. JOSÉ DEL VALLE DE LA CAJIGA

(Asistencia de 148 ciudadanos diputados.)

- El C. presidente (a las 13:30 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto:

"Cámara de Diputados.

Segundo Período Ordinario de la XLVII Legislatura.

Orden del día.

19 de diciembre de 1968.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Invitaciones del Departamento del Distrito Federal y del H. Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México, a los actos que tendrán lugar el domingo 22 del actual, para conmemorar el CLIII aniversario de la muerte de Don José María Morelos y Pavón.

Los CC. secretarios de Comunicaciones y Transportes, Educación Pública y Salubridad y Asistencia, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, rinden el informe de labores correspondientes.

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que se acompaña solicitud de una pensión de gracia para la C. Refugio Obregón, como hija del extinto general Alvaro Obregón.

Iniciativa suscrita por ciudadanos diputados del Partido Revolucionario Institucional, para reformar el artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo.

Iniciativa suscrita por varios ciudadanos diputados del Partido Revolucionario Institucional, por la que se reforman diversos artículos de la Ley de Crédito Agrícola.

Dictamen de primera lectura.

De las Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, Sección Penal, con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 311 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Dictámenes a discusión.

De las Comisiones Unidas de Bienes y Recursos Nacionales y Primera de Educación con proyecto de Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación.

ACTA

- El mismo C. prosecretario:

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados del XLVII Congreso de la Unión, el día diecisiete de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho.

Presidencia del C. José del Valle de la Cajiga.

En la ciudad de México, a las doce horas y cinco minutos del martes diecisiete de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho, se abre la sesión una vez que la Secretaría declara una asistencia de ciento cincuenta y ocho ciudadanos diputados.

Lectura del orden del día.

Sin que motive debate se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día diecinueve de los corrientes.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

La Legislatura del Estado de Guerrero comunica la elección de su Mesa Directiva para el presente mes. De enterado.

El H. Congreso del Estado de Sinaloa participa haber expedido el decreto en virtud del cual se declara Gobernador Constitucional de la Entidad, al C. licenciado Alfredo Valdez Montoya. De enterado.

El C. licenciado Luis Echeverría, Secretario de Gobernación, envía el informe a que se refiere el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre el estado que guardan, hasta el 5 de septiembre de 1968, los asuntos que atiende esa dependencia a su cargo. Recibo, y resérvese en la Oficialía Mayor para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

El Ejecutivo de la Unión envía las siguientes iniciativas de Ley: De ingresos de la Federación; del Departamento del Distrito Federal; del Territorio Sur de la Baja California y del Territorio de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal de 1969. Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta e imprímase.

De Presupuestos de Egresos de la Federación; del Departamento del Distrito Federal; del Territorio Sur de la Baja California; y del Territorio de Quintana Roo para el año 1969. Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta e imprímase.

Informe rendido por el Ejecutivo Federal, relativo al uso de las facultades concedidas en materia arancelaria, durante el ejercicio fiscal de 1968. Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta e imprímase. De reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal. Recibo, y a las Comisiones Unidas de Impuestos en turno y de Hacienda en turno e imprímase.

Ley de Hacienda para el Territorio de Baja California Sur. Recibo, y a las Comisiones Unidas de Gobernación en turno y de Hacienda en turno e imprímase.

Ley que establece, reforma y adiciona disposiciones relativas a diversos Impuestos Federales. Recibo, y a las Comisiones Unidas de Impuestos en turno y Hacienda en turno e imprímase.

Decreto que da bases al Ejecutivo para celebrar empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para el fomento económico. Recibo, y a las Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Estudios Legislativos e imprímase.

Minuta con proyecto de Decreto aprobado por la H. Colegisladora, relativo a la inscripción con letras de oro en las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión, del apotegma de Benito Juárez: "ENTRE LOS INDIVIDUOS, COMO ENTRE LAS NACIONES, EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ."

La Presidencia por considerar este asunto de obvia resolución pide se consulte a la Asamblea si es de dispensarse el trámite. En votación económica, se aprueba la dispensa de trámite.

A discusión, sin ella, en votación nominal se aprueba el proyecto de Decreto por unanimidad de ciento veintiséis votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. diputado Manuel Hernández y Hernández hace uso de la palabra para recordar que en esta fecha, hace ciento cincuenta años partió, de Guelatao hacia Oaxaca, el 'Benemérito de las Américas'.

Las Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, Sección Penal, emiten un dictamen con proyecto de Decreto, por el que se adiciona con un tercer párrafo el artículo 170 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Primera lectura.

A solicitud de la Presidencia, la Asamblea, en votación económica, dispensa la segunda lectura al dictamen.

A discusión, no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba por unanimidad de ciento treinta y un votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Dictamen con proyecto de Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación, suscrito por las Comisiones Unidas de Bienes y Recursos Nacionales y Primera de Educación. Primera lectura.

Las Comisiones Unidas Segunda de Justicia y de Estudios Legislativos, Secciones Civil y Penal presentan un dictamen conteniendo proyecto de Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales.

En virtud de ser conocido el dictamen por los CC. diputados en su primera lectura, en votación económica la Asamblea dispensa el trámite de segunda lectura.

A discusión en lo general.

El C. diputados Juan Manuel Gómez Morín Torres hace uso de la palabra en favor del dictamen y para hacer varias consideraciones y aclaraciones sobre la iniciativa; presenta un escrito que contiene proposición de modificación a algunos artículos del proyecto de Ley, que se leerá al discutirse en lo particular.

En votación nominal se aprueba en lo general por unanimidad de ciento cuarenta y cuatro votos.

A discusión en lo particular.

La Secretaría da lectura a las modificaciones presentadas por los ciudadanos diputados Antonio Obregón Padilla y Juan Manuel Gómez Morín Torres; asimismo a las que también suscribe el C. diputado Humberto Acevedo Astudillo.

Las Comisiones dictaminadoras, por conducto del C. diputado José de las Fuentes Rodríguez, aceptan las modificaciones propuestas y la Asamblea las aprueba en votación económica.

Se aprueba en lo particular con las modificaciones presentadas, por unanimidad de ciento cuarenta y dos votos. Pasa a la Comisión de Corrección y Estilo y posteriormente al Senado para sus efectos constitucionales.

Para condenar los actos de terrorismo acaecidos recientemente, hacen uso de la palabra los CC. diputados Lázaro Rubio Félix, del Partido Popular Socialista; Adrián Tiburcio González, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Blas Chumacero Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional; Efraín González Luna Morfín, del Partido Acción Nacional; y Joaquín Gamboa Pascoe, del Partido Revolucionario Institucional.

Lectura del orden del día para la próxima sesión.

A las diecisiete horas y diez minutos se levanta la sesión y se cita para el jueves diecinueve de los corrientes, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

INVITACIONES

- El mismo C. prosecretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Departamento del Distrito Federal.

México, D. F., a 5 de diciembre de 1968.

C. diputado licenciado José del Valle de la Cajiga, presidente de la H. Cámara de Diputados. Donceles y Allende. Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta Dirección, invita a usted al acto que tendrá lugar el domingo 22 del actual, a las 11 horas, para conmemorar el CLIII aniversario luctuoso del generalísimo José María Morelos y Pavón, Caudillo de la Independencia y Creador de las Instituciones Republicanas, frente al monumento erigido a su memoria en la Plaza de la ex Ciudadela de esta capital. Al mismo tiempo, me permito rogarle tenga a bien dictar sus respetables instrucciones, con objeto de que una comisión que represente a esa H. Cámara de Diputados, asista al acto de referencia y haga el depósito de una ofrenda floral.

Reitero a usted mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El director general, licenciado Jesús Salazar Toledano."

- El C. presidente: Se designa en comisión para asistir a este acto a los siguientes ciudadanos diputados: Raúl Olivares Vionet, Eleuterio Macedo Valdez y Martín Guaida Lara.

- El mismo C. prosecretario:

"H. Ayuntamiento Constitucional. - Ecatepec, Morelos. - Estado de México. Secretaría.

Ecatepec de Morelos, México, diciembre 11 de 1968.

C. Presidente de la H. Legislatura Federal.

México, D. F.

El H. Ayuntamiento que honrosamente presido, está haciendo atenta y cordial invitación para que ese H. Cuerpo Legislativo nos honre con su presencia en la ceremonia cívica que habrá de celebrarse en esta villa el próximo día 22 del actual en conmemoración del CLIII aniversario del sacrificio del generalísimo don José María Morelos y Pavón.

Reitero a usted las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El presidente municipal Constitucional, Rafael Quesada Ramírez. - El secretario municipal Licenciado Roberto Mogica Mogica."

- El C. presidente: Se designa en comisión para asistir a este acto a los siguientes ciudadanos diputados: Fernando Suárez del Solar, Antonio Bernal Tenorio, Arturo Flores Mercado, Gregorio Velázquez Sánchez, Ignacio Pichardo Pagaza, Faustino Sánchez Pinto, Leonel Domínguez Romero, Leonardo Rodríguez Alcaine, Angel Bonifaz Ezeta y Ramiro González Luna.

INFORMES

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: "Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

México, D. F., a 10 de diciembre de 1968.

C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Allende y Donceles. - México 1, D. F.

Me permito enviar a usted un ejemplar del último informe anual de labores de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Asimismo me es grato comunicar a usted que con fecha 1o. de septiembre del año en curso, se envió a los CC. diputados de la XLVII Legislatura del Congreso de la Unión, el citado informe anual de labores de esta dependencia del Ejecutivo Federal, según el texto del oficio número 30. - 207 de la Dirección General de Información, que a la letra dice:

'...Por acuerdo del ingeniero José Antonio Padilla Segura, secretario de Comunicaciones y Transportes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito enviar a usted, con este oficio, un ejemplar del informe de las labores desarrolladas por la Secretaría en el período que va del 1o. de septiembre de 1967 al 31 de agosto de 1968...'

Reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración. Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Oficial Mayor, ingeniero Ramón Fabela."

- Trámite: Recibo; resérvase en la Oficialía Mayor para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

- El mismo C. secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. -

México, D. F. - Secretaría de Educación Pública.

México, D. F., a 15 de noviembre de 1968.

H. Congreso de la Unión. Ciudad.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el presente me permito enviar a ese honorable Cuerpo la memoria de las labores cumplidas por la Secretaría de Educación Pública de mi cargo, durante el período comprendido de septiembre de 1967 a agosto de 1968. De tal documento se desprende el estado que guarda este ramo de la Administración Pública.

Hago presente a esa H. representación mi más alto reconocimiento. El secretario, licenciado Agustín Yáñez."

- Trámite: Recibo; resérvese en la Oficialía Mayor para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

- El mismo C. secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D.F. - Secretaría de Salubridad y Asistencia.

México, D.F., a 25 de noviembre de 1968.

A la XLVII Legislatura del H. Congreso de la Unión. Donceles y Allende. Ciudad.

En acatamiento a lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estoy remitiendo a ese H. Congreso de la Unión el resumen de las labores realizadas por la Secretaría de Salubridad y Asistencia, en el período comprendido del 1o. de septiembre de 1967 al 31 de agosto de 1968.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración. Sufragio Efectivo. No Reelección.

El secretario, doctor Salvador Aceves Parra."

- Trámite: Recibo; resérvese en la Oficialía Mayor para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

OFICIO DE LA SECRETARIA DE

GOBERNACIÓN

Pensión

- El mismo C. secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D.F. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Presente.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, les acompaño con el presente fotocopia del memorial dirigido al C. Presidente de la República, en el que se solicita una pensión de gracia para la C. Refugio Obregón, como hija del extinto general Alvaro Obregón. Reitero a ustedes las seguridades de mi atención.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 1o. de agosto de 1967. - Por Ac. del C. secretario, el Oficial Mayor, licenciado Carlos Gálvez Betancourt."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

INICIATIVAS

Adición al artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

- El mismo C. secretario:

"Honorable asamblea:

Los suscritos diputados miembros del Partido Revolucionario Institucional a la XLVII Legislatura, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, proponemos una adición al artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, basándonos en los siguientes puntos:

I. El artículo 51 del Código de Comercio preceptúa que el corredor es el agente auxiliar del comercio con cuya intervención se proponen, ajustan y otorgan los contratos mercantiles, la fracción XV del artículo 75 del mismo Código, refuta actos de comercio, todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior; en consecuencia los contratos relativos al comercio

marítimo y a la navegación, pueden ser otorgados ante los corredores.

II. El artículo 641 del Código de Comercio establece que la traslación de dominio de una nave, ha de constar por escritura pública o por póliza de corredor.

III. El artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos dispone que los actos constitutivos, traslativos o extintivos de propiedad y los derechos reales sobre la nave, deberán constar en escritura pública.

IV. Si bien es cierto que el artículo 2o. transitorio de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos deroga los artículos del libro tercero del Código de Comercio, en lo que no se opongan a dicha Ley, y el artículo 641 está contenido en el citado título, es indudable que no hay oposición, ya que en la exposición de motivos de la iniciativa de la Ley de Navegación se expresa "Dentro de estos propósitos, la Ley contempla tres tipo de relaciones: las que corresponden al campo del Derecho Público, y de las que existen amplios precedentes en las disposiciones contenidas en la Ley de Vías Generales de Comunicación; las relaciones jurídicas de la autoridad con lo particulares, también consideradas en el propio ordenamiento, y por último, las bases esenciales que el Estado debe considerar para las relaciones entre los propios particulares en sus intereses privados y que fundamentalmente sigan regidas por el Código de Comercio en vigor."

V. Del contenido y relación entre sí de las disposiciones del Código de Comercio que se han citado, se llega a la conclusión de que en la redacción del artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, hubo una omisión involuntaria al no establecerse que los actos a que se refiere, deberían constar en escritura pública o en póliza ante corredor, por lo que se estima procedente la adición al artículo 111 en mención, ya que no existe razón para privar a los corredores de la facultad de autentificar este tipo de actos de comercio; y, por lo tanto se propone a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguientes

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se adiciona el artículo 111 de la Ley de navegación y Comercio Marítimos, en la siguientes forma:

"Artículo 111. Los actos constitutivos, traslativos, extintivos de propiedad y los derechos reales sobre la nave, deberán constar en escritura pública o en póliza ante corredor.

TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 18 de diciembre de 1968. - Licenciado Fernando Suárez del Solar. - Licenciado Humberto Acevedo Astudillo. - Licenciado José del Valle de la Cajiga. - Licenciado Andrés Sojo Anaya. - Licenciado Daniel Chowell Cázares."

- Trámite: A las Comisiones Unidas de Marina y de Estados Legislativos e imprímase.

REFORMAS A LA LEY DE CRÉDITO AGRÍCOLA

- El C. González Lárraga, José de Jesús:

"CC. secretario de la Cámara de Diputados de H. Congreso de la Unión. Presente.

Los suscritos, diputados a la XLVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, miembros del Partido Revolucionario Institucional, con base en la fracción II del artículo 71 Constitucional, presentan a la consideración de la H. Asamblea, iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley de Crédito Agrícola, de acuerdo con la siguiente exposición de motivos:

El artículo 27 de nuestra Constitución crea en México tres tipos de tenencia de tierra: pequeña propiedad, ejido y propiedad comunal. Con la creación de los Bancos Nacionales de Crédito Agrícola y Crédito Ejidal, los pequeños propietarios y los ejidatarios fueron beneficiados por dos instituciones encargadas de otorgarles crédito en la forma que lo indica la Ley de Crédito Agrícola vigente, olvidando la mencionada Ley de indicar específicamente con qué institución deben o pueden operar los núcleos de población comunal.

Existiendo en el país 836 comunidades confirmadas en el Departamento Agrario con 151,315 comuneros, con una superficie de 8.707,915 hectáreas, es indispensable incorporar a los núcleos de población comunal, en los beneficios del Crédito Agrícola oficial.

Si la situación jurídica del reconocimiento, titulación y registro de bienes comunales, ya está estatuida dentro del articulado del Código Agrario, las comunidades que se hayan acogido a tal beneficio o procedimiento, deben consecuentemente considerarse tácitamente como que han aceptado la aplicación, para ellas del régimen ejidal, ya que en ese mismo articulado del Código Agrario, equipara a la comunidad como al núcleo de población y les otorga la facultad y derecho constitucional para solicitar y recibir dotaciones y ampliaciones de ejidos, pues ambos son 'núcleos de población'.

Por lo tanto ambas entidades deben operar como sujetos de créditos en la rama ejidal.

Por lo anterior consideramos conveniente incorporar a la Ley de Crédito Agrícola en forma específica, a los núcleos de población comunal, que tengan previamente inscrito o reconocido su régimen en el Registro Agrario Nacional, por lo que nos estamos permitiendo proponer la modificación de los siguientes artículos de la Ley de Crédito Agrícola vigente, para quedar como sigue:

Artículo I. El Sistema Nacional de Crédito Agrícola quedará integrado por dos ramas de instituciones: la Ejidal, para los campesinos que tengan el carácter de ejidatario o comuneros, y la Agrícola para todos los que no tengan ese carácter.

Artículo 5, fracción XII. El Banco Nacional de Crédito Ejidal no podrá realizar operaciones activas de crédito con personas físicas o con personas morales no integradas por ejidatarios o comuneros, salvo que se trate de organismos descentralizados del Estado o de empresas de participación estatal.

Artículo 46, párrafo primero.

En las sociedades locales de crédito ejidal, los socios deberán ser ejidatarios que disfruten de

posesión definitiva, o comuneros que puedan acreditar su posesión mediante título debidamente inscrito en el Registro Agrario Nacional.

En las de crédito agrícola, serán agricultores.

Artículo 56, fracción II. Su importe no excederá del valor comprobado, según peritaje, de los bienes o mejoras para los que se vayan a destinar el crédito, ni del 50% del valor de las cosechas o ingresos correspondientes al período durante el cual deba amortizarse el préstamo. En el caso de que los acreditados sean ejidatarios o comuneros, el importe del crédito se computará de acuerdo con este último límite, y su garantía consistirá en los bienes a que se refiere la fracción anterior, excluidos los que conforme a las leyes agrarias no puedan gravarse.

Artículo 61. Los préstamos deberán ser garantizados con hipoteca en primer lugar sobre los bienes para cuya adquisición, construcción o mejoramiento se otorguen; o sobre otros bienes inmuebles o inmovilizados, en los términos del artículo 36 de la Ley General de Instituciones de Crédito, o con la entrega de los mismos bienes en fideicomiso de garantía. Cuando los acreditados sean ejidatarios o comuneros, la garantía consistirá en los bienes citados al final de la fracción segunda del artículo 56.

Artículo 62 (segunda párrafo).

Cuando los núcleos ejidales o comunales traten de adquirir tierras, con el fin de mejorar la situación económica de los ejidatarios o comuneros, aumentando la superficie de la parcela individual que les corresponda, el Banco Nacional de Crédito Ejidal concederá los préstamos, siempre que la parcela individual que resulte con la adquisición, no exceda del doble de la que concede el Código Agrario en vigor.

Artículo 80 fracción I. Los créditos de avío se irán ejerciendo a paso y medida que se ejecuten las labores del ciclo agrícola, conforme a las cuotas unitarias que se establezcan para la región, las cuales serán uniformes para todos los socios. En las sociedades ejidales ningún socio podrá recibir crédito para cultivar extensiones mayores que las de la parcela individual que corresponda en cada ejido o comunidad, y los aumentos que resulten conforme al artículo 62.

Atentamente.

México, D.F., a 19 de diciembre de 1968. - Diputado, ingeniero José de Jesús González Lárraga. - Diputado, doctor Ignacio González Rubio. - Diputado, licenciado Florencio Salazar Martínez. - Diputado, doctor Francisco Padrón Puyou. - Diputado, licenciado Guillermo Cosío Vidaurri."

- Trámite: A las Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y Asuntos Agrarios en turno e imprímase.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

Reformas al artículo 311 del Código Penal del Distrito y Territorios Federales

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto:

"Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, Sección Penal.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía, fue turnado a las suscritas Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, Sección Penal, para su estudio y dictamen el proyecto de Decreto aprobado por el H. Senado de la República que adiciona el artículo 311 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia del Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal; reforma que tiene por objeto conceder a 'la madre' la atenuante de responsabilidad a que se refiere el mencionado precepto.

Estimado procedente, en términos generales, la reforma propuesta por la Colegisladora en su proyecto sujeto a nuestro estudio, formulamos el presente dictamen de acuerdo con las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. La finalidad fundamental de la reforma al artículo 311 del Código Penal, conforme a la exposición de motivos de la iniciativa correspondiente, es la de suprimir dentro de nuestra Legislación, y con especialidad en el ordenamiento mencionado, toda huella de discriminación de que sea objeto la mujer mexicana; para tal efecto se propone que se adicione el precepto legal de referencia con el término 'o la madre' para conceder a la misma, al igual que al padre de una menor, la atenuante de responsabilidad penal en el caso de que 'maten o lesionen al corruptor de su hija, que esté bajo su patria potestad, si lo hicieren en el momento de hallarlos en el acto carnal o en un próximo a él, si no hubieren procurado la corrupción de la hija con el varón con quien la sorprendan o con otro'. Segunda. Es indiscutible la bondad y la procedencia de la adición al artículo 311 al tratar de suprimir en su contenido, un motivo más de discriminación para la mujer mexicana en nuestro sistema político - jurídico; en efecto, desde que constitucionalmente se concedió a la mujer la ciudadanía y la igualdad de derechos políticos y civiles, equiparándola con el hombre, el sistema legislativo mexicano ha ido eliminando la discriminación de que pueda ser objeto la mujer, para que goce de los mismos beneficios y derechos que el varón, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En consecuencia, no hay razón moral o legal alguna para que en el caso sujeto al presente dictamen, no se conceda a la madre, al igual que al padre, el beneficio de la atenuante de responsabilidad penal contenido en el artículo 311, motivo de la reforma, máxime si se toma en cuenta que el sentimiento y amor maternal son más fuertes que el del padre y la situación de hecho del precepto, puede ocasionar trastornos psicológicos y pasiones incontrolables en la mujer, motivados por el amor y cariño para la hija, víctima de un corruptor.

Tercera. Procede como es la adición de referencia, la Comisión estima que el artículo 311 del Código Penal debe ser objeto de una reforma total, que sometemos a la consideración de la honorable Cámara de Diputados para que, en el caso de que sea aceptada, vuelva el proyecto al Senado de la República, para los efectos legales correspondientes. Fundamos la reforma que se propone en los argumentos morales y jurídicos siguientes:

a) El beneficio de la atenuante de responsabilidad que actualmente concede al padre el artículo 311 y que con la reforma, de ser aprobada, se otorga a la madre, debe con justicia ampliarse a los demás ascendientes de una menor, generalmente los abuelos

paternos o maternos, cuando éstos ejerzan la patria potestad, situación de hecho muy frecuente en el seno de la familia mexicana en que a falta de los padres, son los ascendientes, cuando subsisten, los que se quedan a cargo de los menores, por lo que los sentimientos y afectos familiares que se lesionan por el corruptor de una menor son idénticos y causan los mismos traumas psicológicos.

Con base en la situación anterior, proponemos la reforma del artículo 311 para que se incluyan el término 'al ascendiente', en substitución del padre o la madre; expresión que incluye tanto al varón como a la mujer y a los que, ejerciendo la patria potestad de un descendiente, resulten afectados con la situación planteada en el artículo.

b) Igualmente estimamos conveniente, para la protección de la familia mexicana, que se adicione el precepto con el término 'descendientes' y no exclusivamente de la hija, con el objeto de que en el precepto se incluyan los casos en que desgraciadamente, contra la naturaleza y la moral, un varón menor de edad, que generalmente oscila entre los diez a diecisiete años, sea objeto de corrupción por parte de un homosexual para realizar actos 'contra - natura', aprovechándose de su situación económica, de su inexperiencia o del medio en que vive.

Esa situación de degeneración que planteamos, es tan grave como la corrupción de una mujer y puede causar en los ascendientes una situación psicológica igual, que los motive a realizar los actos señalados en el artículo objeto de esta reforma y que sujetamos a vuestra consideración.

c) Finalmente, estimamos que debe suprimirse el segundo párrafo del precepto, dado que no hay razón lógica o jurídica para su subsistencia.

En primer lugar, porque el ascendiente que provoque la corrupción de un descendiente, por la misma naturaleza de ese acto, no tiene derecho a gozar de atenuante alguna, sino que debe ser sancionado dentro de los preceptos jurídicos penales en que incurra.

En segundo lugar, porque el hecho de que un ascendiente haya sido condenado por otro delito, no tiene relación con el acto que ejecute motivado por la situación prevista en el artículo 311 y los sentimientos familiares que se pueden lesionar con la conducta de una 'corruptor', en nada se modifican porque un ascendiente haya sido responsable de un hecho delictuoso totalmente ajeno a la situación que se plantea en el multicitado artículo.

Por las razones expuestas, las Comisiones se permiten someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente.

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se reforma el artículo 311 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia del Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal, para quedar como sigue:

'Artículo 311. Se impondrán de tres días a tres años de prisión, al ascendiente que mate o lesione al corruptor del descendiente que esté bajo su potestad, si lo hiciere en el momento de hallarlos en el acto carnal o en uno próximo a él, si no hubiere procurado la corrupción de su descendiente con el varón con quien lo sorprenda, ni con otro.'

TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D .F., a 18 de diciembre de 1968. - Primera de Justicia: Diputado Daniel Chowell Cázares. - Diputado Alfonso de Alba Martín. - Diputado José María García Plascencia. - Diputado Abel Martínez Martínez . - Estudios Legislativos. Sección Penal: Diputada María Guadalupe Calderón Herrera. - Diputado Antonio Obregón Padilla. - Diputado Antonio Bernal Tenorio."

Primera lectura.

- El C. presidente: Por la naturaleza del asunto, esta presidencia lo considera de urgente y obvia resolución. En consecuencia, proceda la secretaría a preguntar a la asamblea si es de dispensarse la segunda lectura.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada. Está a discusión el dictamen.

- El C. presidente: Tiene la palabra el señor diputado Humberto Acevedo Astudillo.

- El C. Acevedo Astudillo, Humberto: Señor presidente: He solicitado el uso de la palabra en nombre de la Comisión nada más para solicitar que en las consideraciones del dictamen se suprima la palabra "patria", y quede exclusivamente "potestad", de acuerdo con los términos del artículo. Y en ellos se incluya ya todo el sistema familiar que se refiere a la situación de los padres y de los abuelos.

Es la única sugerencia o modificaciones que hacemos a nuestro dictamen.

- El C. presidente: Hecha la aclaración correspondiente de la Comisión, pregunte la secretaría si es de aceptarse la misma.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: En votación, económica, se pregunta si es de aceptarse la modificación propuesta por la Comisión. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aceptada.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo único del proyecto de Decreto. Por la afirmativa.

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Aprobado por 147 votos. Regresa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Federal del Patrimonio Cultural

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto. Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación.

- El C. presidente: Este proyecto de Ley se encuentra impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, procederá la secretaría a preguntar a la asamblea si se dispensa la segunda lectura.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto. Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si es de dispensarse la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión en lo general el proyecto de Ley.

- El C. presidente: Tiene la palabra el C. diputado Hilario Galguera.

- El C. Galguera Torres, Hilario: Señores diputados: "Con el propósito de hacer una breve descripción del proyecto de Ley sometido a consideración de esta asamblea, me permitiré mencionar algunos aspectos fundamentales no sólo para su aplicación sino para su mejor conocimiento y difusión, todo ello tendiente a dar a conocer de manera concreta los alcances de la Ley del Patrimonio Cultural.

La idea medular de la iniciativa es preservar los bienes que constituyen en acervo cultural de nuestra patria.

La adscripción de los bienes, puede realizarse por disposición de la Ley o mediante declaratoria; en el primer supuesto se encuentran los que son propiedad de la Federación, en el segundo, los que pertenecen a estados, municipio o particulares, siempre que reúnan las características de valor para el arte, la historia, la tradición, la ciencia o la técnica y que sean de tal naturaleza que su pérdida resulte irreparable.

Los efectos de esta adscripción que se señalan en el proyecto con toda claridad, son aquellos que preserven al bien de cualquier destrucción y eviten su exportación definitiva, cuando sean únicos, raros o de excepcional valor, impidiendo con ello el saqueo sistemático en perjuicio de la cultura de nuestro pueblo como ya ha sucedido con los altares barrocos de los que han desaparecido multitud de piezas de imaginería que los complementaban, y con otros bienes muebles e inmuebles.

De ninguna manera pueden derivarse de la aplicación de esta Ley la pérdida de la propiedad particular de quien la detenta. Artículo 17. Se faculta al Estado a ejercitar el derecho del tanto cuando considere que la operación de traslación de dominio pueda traducirse en lesión irreparable para estos bienes, o cuando por su valor intrínseco constituyan bienes cuya preservación resulte indispensable que la lleve a cabo la autoridad.

Las modalidades a la propiedad tienden, como se señala en el artículo 38, a la conservación de un bien, a la realización de trabajos necesarios para la localización de un monumento y a impedir le ejecución de las obras que demeriten su valor cultural; lo que equivale a otorgar un mayor beneficio tanto al propietario del bien como al único usufructuario de nuestra cultura, el pueblo.

La expropiación es por propia naturaleza una institución de excepción y como tal ha de ser aplicada, según se señala en la propia iniciativa, sólo por causas de utilidad pública.

Con relación a los bienes cuya propiedad o posesión la tenga un estado o municipio, claramente se determina que tanto su destino como su conservación y obras que pretenda realizar el Ejecutivo, por conducto de los institutos correspondientes se efectuarán siempre de común acuerdo respetando así su autonomía.

La Federación se obliga a prestar a los estados y municipios, la asistencia técnica necesaria para la mejor conservación de los bienes adscritos al patrimonio cultural, en este sentido se han elaborado los artículos 6 y 78.

Por otra parte se ha reestructurado la comisión técnico - consultiva incluyendo en ella profesionales de diversas disciplinas quienes serán los que dictaminen sobre el valor histórico, artístico o arqueológico de los bienes que deban adscribirse al patrimonio cultural.

Considerando que México sigue siendo, de acuerdo con la idea de Marcel Serres expresada en 1848, en su libro Cosmogonía de Moisés, "la tierra clásica de la civilización y las artes en América", así como que el patrimonio cultural es del pueblo y para el pueblo, y que éste debe disfrutarlo para aprender las enseñanzas que derivan de él, en fin, para realizar todas aquellas acciones tendientes a hacer evolucionar su cultura solicito de ustedes la aprobación del proyecto de Ley que preserva el patrimonio cultural de nuestra patria. (Aplausos.)

- El C. presidente: Por la Comisión ha solicitado el uso de la palabra el C. diputado Ezequiel Rodríguez Arcos. Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Ezequiel Rodríguez Arcos.

- El C. Rodríguez Arcos, Ezequiel: Señor presidente. Señoras y señores diputados:

"La Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación, enviada por el señor Presidente de la República, licenciado Gustavo Díaz Ordaz, a la Cámara de Senadores, que hace unos días la discutiera y aprobada, turnándola para los efectos legislativos a esta XLVII Legislatura, para la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista no sólo es una Ley democrática y nacionalista, sino axiológica en cuanto que se ocupa de la protección, conservación, recuperación y acrecentamiento de nuestro patrimonio cultural, y porque a esta característica aúna el propósito de que el pueblo de México lo valore y lo estime por medio de su conocimiento y lo disfrute al poner en función su emoción artística y sus sentimientos estéticos.

Sabemos que la cultura, mientras un pueblo vive en lucha por su mejoramiento y su libertad, no declina ni se extingue, y cada uno de sus períodos históricos entrega al siguiente sus obras, sus ideas y sus preocupaciones, obtenidas de lo más profundo del pueblo y de los principios de valor universal.

Nosotros amamos la manera mexicana de entender la vida y de luchar por elevarla, porque somos factor y producto de la comunidad espiritual de nuestra patria, formada en el curso de muchos siglos. No hay un solo hecho, un personaje, un documento que haya contribuido al acervo cultural

de nuestro país, que nos sea ajeno y que no tengamos en cuenta cuando hablamos del pensamiento avanzado de nuestra época.

Es por ello, que recogemos en su justo valor la intención de la Ley que comentamos porque a través de su vigencia no sólo afirmará la continuidad de los ideales de nuestro pueblo, sino que defenderá nuestra gloriosa herencia cultural que no ha dejado de estar amenazada.

Permítaseme, señores diputados, hacer algunas consideraciones sobre lo que somos en este aspecto de nuestra vida y de algunos nombres de quienes en proporción mayor o menor, nacidos en esta tierra o venidos a ella para dedicar su vida a servirla, han contribuido a darle a México su carácter propio y su conciencia de país singular e inconfundible.

En el tronco poderoso y vital de la población indígena se incorporaron la sangre y el pensamiento, las virtudes y los vicios de los españoles durante tres siglos, y a través de algunos llegaron a nuestro país las modernas ideas universales. Así fue formándose y creciendo el nuevo pueblo que crearía nuestra nación y lucharía por su independencia. Todos los que cooperaron en esta obra, la más grande que pueden ser emprendida, deben recordarse cuando se trata de precisar el carácter y las expresiones mejores de la cultura nacional, porque las ideas progresistas de hoy, que alimentan a la mayoría de los mexicanos, son la continuación de las mejores ideas del pasado.

México es la patria formada por las culturas autóctonas, entre las que sobresalen la gran cultura Olmeca, raíz de todas, y sus mejores frutos: la azteca y la maya. Poseía bella y profunda, sin que la lengua contara con alfabeto, y prosa hablada, elocuente y sobria, de extraordinaria claridad y concisión y llena de múltiples matices. Cómputo del tiempo con mayor exactitud que el de los europeos. Arquitectura grandiosa, armonía perfecta de la estructura material de la forma, de la escultura y de la pintura. Artes menores llenas de imaginación y elegancia. Amor entrañable y honra reverencia hacia la tierra y hacia sus dones. Señorío natural, resultado de un carácter austero y discreto, de una gran confianza del hombre en sí mismo y de un arrojo insuperable, que si a veces llega hasta el sacrificio de la vida, no hace sino acrecentar las cualidades viriles.

Y apenas consumada la conquista empieza el mestizaje. No sólo el de la sangre, sino también el del pensamiento. A veces prevalece lo hispánico, en ocasiones lo indígena, hasta que la nueva voz, con propio contenido, expresará para siempre los ideales del pueblo nuevo.

Son exponentes de nuestra cultura no el conquistador ávido de riquezas, sino los frailes misioneros imbuidos del humanismo del Renacimiento, que ha logrado colarse a través de los muros de la España feudal: Bartolomé de las Casas, Pedro de Gante, fundador de la primera escuela de América, Motolinía, Juan de Zumárraga y el iluminado utopista Vasco de Quiroga.

Vastas fueron las obras que pueden ser llamadas dádivas de México a la cultura universal creadas en esta etapa no sólo por aquellos humanistas, sino también por los hombres nativos formados por ellos. Pero sin lugar a dudas lo más valioso en el campo de la cultura fue el alegato de Bartolomé de las Casas en defensa de la población indígena.

Los misioneros urgidos de incorporar a los naturales en la fe católica, emplean todos los medios a su alcance, previo el aprendizaje de sus lenguas. De ahí surge el teatro misionero, mezcla de los relatos orales y de las danzas indígenas con coros y representaciones de la nueva religión. Este teatro se transformará después en el teatro europeo con sello mexicano y producirá al primer dramaturgo oriundo de América, el presbítero José Pérez Ramírez.

Posteriormente surge Bernardo de Balbuena que, según Menéndez y Pelayo, es el primer poeta genuinamente americano, al contribuir a la formación de nuestra cultura con su espléndido poema sobre la grandeza mexicana.

Se establece la primera imprenta en México y ella sería la piedra angular para la difusión de las artes literarias, las normas jurídicas y las ideas políticas. El primer libro impreso que hasta hoy se conoce es la 'Breve y más completa Doctrina Cristiana', en lengua mexicana y española.

Sobre un virreinato ya sólidamente estructurado, México produce tres personajes de valor universal, que despiertan en Europa un nuevo interés por México y una justificada admiración por su obra: Juan Ruiz de Alarcón, quien da brillo al siglo de oro de España, Sor Juana Inés de la Cruz, que aún sigue siendo figura grande de la lírica mexicana, y Carlos de Sigüenza y Góngora, discípulo de Descartes y enemigo de la tradición escolástica, poeta, matemático, astrónomo, cosmógrafo, historiador, cronista, biógrafo y técnico en fortificaciones y artillería. Investigó las civilizaciones indígenas y, como dice don Alfonso Reyes, representa y suma toda la cultura de la nueva España de su tiempo.

Pero Henríquez Ureña afirma que el siglo XVIII, es sin duda, dentro de los límites impuestos por el régimen político de la colonia, el siglo de mayor esplendor autóctono que ha tenido México. Ya no son la literatura y la historia las preocupaciones exclusivas de los que estudian y crean: el hombre empieza a ser comprendido como un ser de derechos en el escenario del mundo y, el pueblo como la fuente de las fuerzas motrices de la historia, de la libertad y la justicia.

Juristas, teólogos, físicos, matemáticos, astrónomos, arqueólogos, literatos e historiadores enriquecen la cultura en este período cuando la mexicanidad es un concepto ya definido y entre ellos destacan Javier Gamboa, Bartolache, León y Gama, Alzate, Clavijero, entre otros tantos y quienes semejantes a los del Renacimiento, guardando las proporciones, en su creación tuvieron como centro de sus preocupaciones al hombre y su posibilidad de elevación.

México ya no puede ser confundido con España, y aunque es su colonia todavía, lo que de ultramar nos llega adquiere inmediatamente un sello propio. Los mineros ricos y otros sectores acaudalados junto con la pequeña corte virreinal, beneficiarios del sistema social establecido, impulsan la arquitectura. Es el período del barroco que en México se vuelve jactancioso y retador; pero que a pesar del lujo y la presunción que lo caracterizan, produce obras magníficas como el Sagrario de la Catedral Metropolitana, Tepozotlán, el Convento de Santa Rosa en

Querétaro, la iglesia parroquial de Taxco y otras tantas más que forman parte de nuestra riqueza cultural.

La pintura también tuvo a sus mejores artistas entre los que destaca José Luis Rodríguez Alconedo, que algunos lo consideran como nuestro Goya.

La Revolución de Independencia, desde el punto de vista cultural, es un gran estímulo para los inconformes y rebeldes. El Cura de Dolores, Miguel Hidalgo, es el más destacado de todos; el último de los humanistas del régimen colonial y el primero de la vida independiente de México. Conocedor de las principales lenguas europeas e indígenas; traductor de Moliere, cuyas obras llevaba a escena para educar a sus feligreses; continuador superado de la obra de Vasco de Quiroga, e iluminado por las ideas de su siglo, era el indicado para iniciar no sólo con las armas la destrucción del virreinato, sino también con sus ideas y su palabra.

Y en la lucha por la independencia aparecen los nuevos creadores de nuestra cultura en los diversos campos del pensamiento y de la acción: Andrés Quintana Roo, el gran poeta, y José Joaquín Hernández de Lizardi, el Pensador Mexicano, cuyo "Periquillo Sarmiento" es la primera novela de un americano impresa en nuestro continente.

Posteriormente aparecen José Ignacio Ramírez, Ignacio Manuel Altamirano, Vicente Riva Palacio y Guillermo Prieto, ese cuadrivio excepcional del pensamiento, que hace brillar las letras, difunde los principios de la democracia y fortalece la conciencia nacional.

Ya en el porfirismo, la mayor parte de los hombres ilustrados miraba hacia Europa y, particularmente, hacia Francia, que al concluir el siglo XIX no era precisamente modelo de imitarse en algún sentido.

De esa época hay, sin embargo, un hombre de excepcional importancia: Gabino Barreda, el educador más grande que ha tenido México. Es cierto que su concepción fue incompleta y que no pueden despreciarse las humanidades para dar al hombre una noción cabal del mundo y de la vida y que la doctrina positivista que sustentaba era falsa; pero es verdad también que la cultura que no se basa en la ciencia será siempre epidérmica y deleznable, porque la fantasía no puede reemplazar a la razón ni las intuiciones y los prejuicios a la verdad objetiva. Barreda educó a muchas generaciones y ni la actual ni las que vienen podrán prescindir de los fundamentos de su concepción pedagógica y cultural. Otra figura que merece mencionarse es la de Justo Sierra, su aportación a nuestra cultura fue amplísima, y aunque equivocado respecto al carácter y de la significación social del régimen a que pertenecía, su saber, su sensibilidad y su amor a México lo impulsaron a producir el más brillante juicio que el liberalismo escribió acerca de la evolución histórica de nuestro pueblo y, particularmente, sobre la etapa grandiosa de la Reforma.

Y qué decir del maravilloso grupo de jóvenes que crearon el Ateneo de la Juventud, a quienes la Revolución dispersó por caminos diferentes.

Este formidable movimiento del pueblo, que descubrió a México para los mexicanos, en toda su miseria y su grandeza, también ha dado a muchos hombres geniales en todos los aspectos del ancho campo de la creación cultural: pintura, novela, teatro, música, poesía.

José Clemente Orozco, el Dr. Atl, Diego Rivera, para sólo mencionar algunos de los muchos artistas desaparecidos, en la plástica del México contemporáneo dejaron obras inmortales ya del paisaje o en el muralismo dramático y conmovedor, que deben ser considerados como parte de nuestro patrimonio cultural.

Señores diputados: es difícil acertar en una selección de los hombres que han contribuido a la formación de un país, incluyendo su patrimonio cultural, y a la defensa de los intereses del pueblo y de la nación en cualquiera de sus aspectos. No sólo porque los méritos pueden ser exagerados o disminuidos, sin quererlo, sino porque cuando la riqueza es grande, como sucede en la nuestra, escoger entre los mejores es tarea que apasiona y aflige, pues es necesario para el juicio definitivo, saber si los señalados, fueron fieles, hasta el final, a sus convicciones y a sus obras de los mejores momentos de su vida, y si el saldo de ésta merece el respeto de la historia.

Para la fracción parlamentaria del PPS, sin hablar de los que viven, no hay duda en afirmar que ésta es la patria de Quetzalcóatl, no importa que haya sido realidad o mito; de Cuauhtémoc, Bartolomé de las Casas, Sor Juana Inés de la Cruz, Carlos de Sigüenza y Góngora, Miguel Hidalgo y Costilla, José María Morelos, Benito Juárez, Valentín Gómez Farías, Gabino Barreda, Ricardo Flores Magón, Francisco I. Madero, Emiliano Zapata y Francisco Villa.

El Partido Popular Socialista que se ha inspirado en esa estirpe para servir a la patria y contribuir a engrandecerla, porque es hijo del pueblo, hoy más que nunca, porque no sólo está amenazada nuestra independencia económica y política, sino también nuestro perfil histórico - cultural, nuestro modo de valorizar la existencia, nuestra concepción de las relaciones entre los hombres y los pueblos, apoya sin reservas el dictamen relativo a la Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación.

Defendamos con esta ley no sólo el patrimonio cultural que el pueblo mexicano ha creado a lo largo de su historia con tenacidad y esfuerzo; es decir, nuestro paisaje cultural y simultáneamente nuestro paisaje natural con su flora y con su fauna, en las que existen tipos de especímenes que sólo pueden encontrarse en un ambiente ecológico como el nuestro, para que sus especies no tengamos que irlas a buscar al extranjero, siendo nuestras, para conocerlas y estudiarlas.

El imperialismo yanqui se ha propuesto, como una de sus tareas, multiplicar su influencia económica sobre México, pero ha puesto especial interés también en la conquista espiritual de nuestro pueblo, porque sabe bien que mientras éste mantenga su fisonomía cultural, la penetración económica puede romperse con un solo movimiento brusco.

A impedir este propósito ayuda la Ley que comentamos y es por ello que la hacemos nuestra y nos colocamos orgullosamente bajo el amparo de la gran tradición cultural mexicana y nos seguiremos inspirando en sus ideas de libertad, progreso y justicia, para continuar la secular lucha de nuestro pueblo por una vida mejor, digna y grande." (Aplausos.)

- El C. presidente: Tiene la palabra para una moción el ciudadano diputado Alfonso de Alba Martín.

- El C. De Alba Martín, Alfonso: Señor presidente, compañeros diputados: he pedido la palabra para

una brevísima moción aclaratoria. La Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación que va a ser puesta ya a la consideración de ustedes, atenta a la soberanía de los estados y de los municipio, no cubre, no protege la totalidad de los bienes culturales de México.

A guisa de ejemplo, no tiene disposiciones para proteger la fisonomía arquitectónica de muchos pueblos de México.

A veces por falta de un instrumento legal, muchos ayuntamientos del interior del país no pueden suspender esa bárbara y criminal demolición de sus más importantes edificios.

Urge que los gobernadores de los estados y sus legislaturas respectivas promuevan y aprueben leyes en consonancia con la Federal, a fin de que así queden protegidos en su integridad los bienes culturales de México.

Desde esta tribuna de la nación, de la manera más respetuosa hacemos una excitativa sobre este particular. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. presidente: Continúe la Secretaría con el trámite.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Por la afirmativa.

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Aprobado por 146 votos en lo general.

Está a discusión en lo particular el proyecto de Ley. Los ciudadanos diputados que deseen impugnar algunos de los artículos, sírvanse reservarlos.

(Se abre el registro de oradores.)

- El C. presidente: Para impugnar el artículo 21, segunda parte, se ha inscrito el ciudadano diputado Pedro Quintanilla. Por la Comisión, la señorita diputada Guadalupe Aguirre. Tiene la palabra el C. diputado Pedro Quintanilla.

- El C. diputado Quintanilla Coffin, Pedro Francisco: Honorable asamblea: Yo desearía que la Comisión me aclarara la segunda parte del artículo 21 que dice 'La conservación de los bienes adscritos al patrimonio cultural de la nación, propiedad de los estados y municipio, se realizará de común acuerdo la Federación y dichas entidades. Deseo que me aclaren porque al parecer esto podría ser una violación a la soberanía de los estados y municipios. En todo caso para que no quede así, podría redactarse el artículo diciendo: "Esta conservación se realizará por estados y municipios oyendo el parecer del Patrimonio Cultural de la nación. Creo que así se resolvería el problema de estados y municipios. Gracias.

- El C. presidente: Tiene la palabra la señorita diputada María Guadalupe Aguirre.

- La C. Aguirre Soria, María Guadalupe: Señor presidente, compañeros diputados: Posiblemente la observación que hace el diputado se refiera a la lectura de la iniciativa que envió el Ejecutivo. Precisamente para respetar la soberanía de los estados, la parte II del artículo 21, dice: 'Que la conservación de los bienes adscritos al patrimonio cultural de la nación, propiedad de los estados y municipios, se realizará de común acuerdo entre la Federación y dichas entidades.'

Este es un común acuerdo. Si no se ponen de acuerdo naturalmente que se respetará la independencia y la soberanía de los estados.

Por otra parte, el artículo 17 señala que los estados o municipios, los organismos públicos descentralizados, y las empresas de participación estatal, las personas físicas o morales, cuyos bienes sean adscritos al patrimonio cultural de la nación, conservarán los derechos del dominio.

Para que un bien forme parte del patrimonio cultural, se requiere el acuerdo del Ejecutivo. Y éste no se expedirá si no es aprobado por los estados.

De manera que creo que la objeción o la duda; más bien entendí yo su objeción como una duda, un interés muy claro y muy natural del respeto a la soberanía del cual todos nosotros los diputados y el Poder Legislativo Federal, está muy celoso de cuidar y de guardar.

Está muy acertada la objeción, pero creo que faltó leer algunos artículos concordantes que aceleran esa situación (Aplausos.)

- El C. presidente: Satisfecho el único artículo apartado, continúe la secretaría con el trámite.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Se pregunta a la asamblea, en votación económica, si está suficientemente discutido el artículo impugnado. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

En tal virtud, se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 21 del Proyecto de Decreto. Por la afirmativa.

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Aprobada la segunda parte del artículo 21, por unanimidad de 146 votos.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos no impugnados. Por la afirmativa.

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por la negativa. (Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Aprobados por unanimidad de 148 votos.

Habiendo sido aprobado el proyecto de Ley Federal del Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en lo general, como en lo particular, pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

MINUTA

Adición al Artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales

- El C. presidente: Esta presidencia acaba de recibir del Senado de la República minuta con proyecto de Decreto para adicionar con un párrafo el artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales. Proceda la secretaría a dar la cuenta con dicho documento.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: "Secretaría y Comisiones. Sección Segunda. Oficio No. 113.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - Presente.

Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes la minuta proyecto de Decreto aprobado por esta H. Cámara, por la que se adiciona un segundo párrafo al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 19 de diciembre de 1968. - Licenciado Diódoro Rivera Uribe, S.S. - Mayor Oswaldo Cravioto Cisneros, S.S."

"Minuta.

Proyecto de Decreto.

Artículo único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales, como sigue:

Artículo 419.

'El Ministerio Público, previa autorización del Procurador General de la República, podrá promover asimismo, sin los requisitos del artículo anterior y cualquiera que sea el estado que guarde el proceso, la libertad bajo protesta, cuando se trate de delitos contra la seguridad interior de la Nación, o de conspiración para cometerlos.'

Transitorio.

Artículo único. Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores. - México, D.F., 19 de diciembre de 1968. - Antonio Flores Mazari, S. VP. - Licenciado Diódoro Rivera Uribe, S. S. - Mayor Oswaldo Cravioto Cisneros, S. S."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Justicia en turno e imprímase.

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto: Señor presidente, agotados los asuntos en cartera, se va a proceder a dar lectura del orden del día de la sesión del 20 de diciembre de 1968.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Briceño Ruiz, Alberto:

"Cámara de Diputados.

Segundo período ordinario de sesiones. XLVII Legislatura.

Orden del día.

20 de diciembre de 1968.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de primera lectura.

De la Comisión de Hacienda en turno, relativo a la solicitud de pensión de la C. Refugio Obregón.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta el emitido en relación con la Ley de Ingresos del Territorio de Baja California Sur, para el ejercicio fiscal de 1969.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con proyecto de Decreto, por el que se aprueba la Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal de 1969."

- El C. presidente (a las 13:30 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana viernes veinte de los corrientes, a las diez horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"