Legislatura XLVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19681220 - Número de Diario 31

(L47A2P1oN031F19681220.xml)Núm. Diario:31

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II MÉXICO, D. F., VIERNES 20 DE DICIEMBRE DE 1968 TOMO II.- NUMERO 31

SUMARIO

Orden del día y acta

Se abre la sesión. Lectura del Orden del día

Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Pensión

De la Segunda Comisión de Hacienda, con proyecto de Decreto, que concede pensión a la C. Refugio Obregón Primera lectura

Adición al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales De la Segunda Comisión de Justicia, con proyecto de Decreto, en virtud del cual se adiciona con un segundo párrafo, el artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales. Primera lectura. Se dispensa la segunda. A discusión. Hacen uso de la palabra: Para una aclaración a la Iniciativa, el C. Antonio Obregón Padilla; para contestar los conceptos del orador, el C. Humberto Acevedo Astudillo miembro de la Comisión; en pro el C. Angel Baltazar Barajas. Se aprueba por unanimidad. Pasa al Ejecutivo

Ley de Ingresos del Territorio de Baja California Sur

Dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, emitido en relación a la Ley de Ingresos del Territorio de Baja California Sur para el ejercicio fiscal de 1969. Primera lectura. Se dispensa la segunda. Se aprueba por unanimidad. Pasa al Senado

Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo

Dictamen presentado por la Comisión de Presupuestos y Cuenta, relativo a la Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo para el año fiscal de 1969. Primera lectura. Se dispensa la segunda. Se aprueba por unanimidad. Pasa al Senado

Proposición

Solicitando Información al Secretario de Hacienda

La diputación del Partido Acción Nacional, suscribe una proposición en la cual se solicita al Secretario de Hacienda y Crédito Público, información sobre el monto total del egreso presupuestal para el presente año de 1968. Funda la proposición el C. José Angel Conchello Dávila; en contra, habla el C. Ignacio Pichardo Pagaza. Se admite y se turna a la Comisión correspondiente

Orden del día

Lectura del Orden del día de la próxima sesión. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. JOSÉ DEL VALLE DE LA CAJIGA

(Asistencia de 168 ciudadanos diputados.)

- El C. presidente (a las 12:35 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DIA

- El C. secretario Díaz Durán, Fernando:

"Cámara de Diputados.

Segundo Periodo Ordinario de Sesiones. XLVII Legislatura.

Orden del Día.

20 de diciembre de 1968.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de Primera Lectura.

De la Comisión de Hacienda en turno, relativo a la solicitud de pensión de la C. Refugio Obregón.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo, al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta el emitido en relación con la Ley de Ingresos del Territorio de Baja California Sur, para el ejercicio fiscal de 1969.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con proyecto de Decreto, por el que se aprueba la Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal de 1969.

ACTA

- El mismo C. secretario:

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados del XLVII Congreso de la Unión, el día diecinueve de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho.

Presidencia del C. José del Valle de la Cajiga.

En la ciudad de México, a las once horas y cincuenta y cinco minutos del jueves diecinueve de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho, se abre la sesión con asistencia de ciento cuarenta y ocho ciudadanos legisladores, según declara la Secretaría después de pasar lista. Lectura del orden del día y aprobación del acta de la sesión anterior celebrada el día diecisiete del actual.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de la Dirección General de Acción Social invita al acto que tendrá lugar el día 22 del actual, en conmemoración del CLIII aniversario luctuoso del Generalísimo José María Morelos y Pavón, frente al monumento erigido a su memoria en la Plaza de la ex Ciudadela de esta ciudad.

Para asistir a ese acto con la representación de esta Cámara se designa en comisión a los CC. diputados Raúl Olivares Vionet, Eleuterio Macedo Valdez y Martín Guaida Lara.

El Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México, hace atenta invitación a la ceremonia cívica que habrá de celebrarse el próximo 22 del presente, con motivo del CLIII aniversario del sacrificio del Generalísimo José María Morelos y Pavón.

Se designa en comisión para asistir a dicha ceremonia con la representación de esta Cámara a los CC. Fernando Suárez del Solar, Antonio Bernal Tenorio, Arturo Flores Mercado, Gregorio Velázquez Sánchez, Ignacio Pichardo Pagaza, Faustino Sánchez Pinto, Leonel Domínguez Rivero, Leonardo Rodríguez Alcaine, Angel Bonifaz Ezeta y Ramiro González Luna.

Los CC. ingeniero José Antonio Padilla Segura, Secretario de Comunicaciones y Transportes; licenciado Agustín Yáñez, Secretario de Educación Pública y doctor Salvador Aceves Parra, Secretario de Salubridad y Asistencia envían el informe a que se refiere el artículo 93 constitucional, sobre las labores desarrolladas por esas dependencias a su cargo, de septiembre de 1967, a agosto de 1968. Recibo y resérvense en la Oficialía Mayor para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

Oficio de la Secretaría de Gobernación al que se acompaña la solicitud de pensión formulada por la C. Refugio Obregón, hija del extinto general Alvaro Obregón. Recibo, y a a Comisión de Hacienda en turno.

Iniciativa suscrita por varios ciudadanos diputados del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo 111 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. A las Comisiones Unidas de Marina y de Estudios Legislativos e imprímase.

Varios ciudadanos diputados miembros del Partido Revolucionario Institucional presentan una iniciativa por la que se reforman diversos artículos de la Ley de Crédito Agrícola. A las Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Asuntos Agrarios en turno e imprímase.

Dictamen con proyecto de Decreto emitido por las Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, Sección Penal, por el que se reforma el artículo 311 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Primera lectura.

La Presidencia considera este asunto de urgente y obvia resolución. La Asamblea, en votación económica, dispensa la segunda lectura del dictamen.

A discusión el artículo único del proyecto de Decreto.

El C. diputado Humberto Acevedo Astudillo hace uso de la palabra a nombre de las Comisiones dictaminadoras para proponer una modificación.

En votación económica la Asamblea aprueba la modificación propuesta por las Comisiones.

A discusión, no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba con la modificación por unanimidad de ciento cuarenta y siete votos. Regresa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

Las Comisiones Unidas de Bienes y Recursos Nacionales y Primera de Educación, presentan un dictamen con proyecto de Ley Federal de Patrimonio Cultural de la Nación.

La Presidencia por conducto de la Secretaría solicita a la Asamblea la dispensa del trámite de segunda lectura por ser ya conocido de los ciudadanos diputados. En votación económica se aprueba la solicitud.

A discusión en lo general.

Para hacer consideraciones en torno a la iniciativa, hace uso de la palabra el C. diputado Hilario Galquera Torres; por la Comisión, habla el C. Ezequiel Rodríguez Arcos; para formular una aclaración y una excitativa, el C. Alfonso de Alba Martín.

En votación nominal se aprueba en lo general por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos.

A discusión en lo particular.

El C. Pedro Quintanilla Coffin impugna la segunda parte del artículo 21.

Por la Comisión habla la C. María Guadalupe Aguirre Soria. Suficientemente discutido, en votación nominal se aprueba en sus términos el artículo 21, por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos. Los artículos no impugnados se aprueban por unanimidad de ciento cuarenta y ocho votos. Regresa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional.

Minuta con proyecto de Decreto enviada por la H. Cámara de Senadores por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales. Recibo, y a la Comisión de Justicia en turno e imprímase.

Lectura del orden del día para la próxima sesión.

A las trece horas y treinta minutos se levanta la sesión y se cita para el viernes veinte del presente, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Pensión

- El mismo C. secretario:

"Segunda Comisión de Hacienda.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la Comisión Segunda de Hacienda, para su estudio y dictamen, el expediente formado con la solicitud de la C. Refugio Obregón, a efecto de que se le conceda una pensión, como hija del general de división Alvaro Obregón, por los relevantes servicios que prestó a la patria.

Al hacer un minucioso estudio de la documentación que integra dicho expediente, encontramos copia del acta de nacimiento de la interesada, que comprueba plenamente su parentesco con el general de división Alvaro Obregón, que según los documentos que adjunta a la solicitud a estudio, prestó relevantes servicios a la patria en diferentes batallas libradas, demostrando su valor en la defensa de nuestra patria, una de las más conocidas por nosotros es siendo Presidente Constitucional de la República en el periodo de 1920 a 1924, y sin perder su investidura se puso al frente de las fuerzas que combatieron en el Oriente y Occidente de la República, hasta el aniquilamiento de los rebeldes huertistas.

Esta comisión, tomando en cuenta la avanzada edad de la interesada y la crítica situación por la que atraviesa, estima que es de justicia concederle la pensión solicitada.

En mérito a lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración a esta Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Por los brillantes servicios que prestó a la Patria el extinto general de división Alvaro Obregón, se concede pensión a su hija, la C. Refugio Obregón, de $ 900.00 (novecientos pesos, 00/100) mensuales. Esta pensión será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de diciembre de 1968.- Diputado Roberto Reyes Pérez Ontiveros.- Diputado Eleuterio Macedo Valdez.- Diputado Renaldo Guzmán Orozco.- Diputado José Arana Morán."

- Trámite: Primera lectura.

Adición al Artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales

- El mismo C. secretario:

"Segunda Comisión de Justicia.

Honorable asamblea:

A la Segunda Comisión de Justicia que suscribe, se le turnó para su estudio y dictamen el proyecto de Decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores por el que, a iniciativa del C. Presidente de la República, se adiciona un segundo párrafo al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales; iniciativa que tiene por finalidad que se pueda conceder el beneficio de la libertad bajo protesta, a promoción del Ministerio Público, a los procesados por la comisión de delitos contra la Seguridad Interior de la Nación, y del de Conspiración para la realización de dichos delitos.

En cumplimiento de nuestro cometido y del acuerdo de vuestra soberanía, conforme a lo dispuesto por los artículos 57 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, rendimos el presente dictamen, apoyándolo en las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. La iniciativa presidencial, motivo de este dictamen, tiene por finalidad la de extender los beneficios legales de la libertad protestatoria, independientemente de los requisitos señalados específicamente en el artículo 418 del Código Federal de Procedimientos Penales, a las personas que, en un momento dado, se encuentren procesados por la comisión de delitos contra la Seguridad Interior de la Nación. Este beneficio también se concede en la iniciativa a los que cometen el delito de Conspiración, previsto en el artículo 132 del mismo Código Penal cuando tenga por finalidad preparar la ejecución de los citados delitos.

Segunda. Es innegable la bondad de la reforma o adición al artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales. Son evidentes los generosos propósitos del Primer Mandatario de la Nación, que lo impulsaron a presentar su iniciativa al Congreso de la Unión, la que al ser aprobada por el Poder Legislativo y entrar en vigor permitirá, mediante procedimientos legales y que la reforma señala, conceder los beneficios de la libertad protestatoria a los encausados por la comisión de delitos contra la Seguridad Interior de la Nación; libertad protestatoria que se les puede conceder, a promoción del Ministerio Público.

Tercera. La reforma que se sujeta a la consideración de la honorable Asamblea, tiende a proporcionar a la Institución del Ministerio Público, como Representante legal del Estado, un medio jurídico, un procedimiento legal para gestionar y obtener del Juez de los autos, la libertad provisional bajo protesta de los individuos procesados por delitos políticos, señalados en el Título Segundo del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia de Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal, cuando, a juicio del Estado, puedan gozar del beneficio indicado.

Siendo procedente la iniciativa del Ejecutivo Federal y que fue aprobada por la Colegisladora en el proyecto de Decreto sujeto al presente dictamen, la Comisión que suscribe se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se adiciona con un segundo párrafo el artículo 419 del Código Federal de Procedimientos Penales, como sigue:

Artículo 419...........................................

'El Ministerio Público, previa autorización del Procurador General de la República, podrá promover, asimismo, sin los requisitos del artículo anterior y cualquiera que sea el estado que guarde el proceso, la libertad bajo protesta, cuando se trate de delitos contra la Seguridad Interior de la Nación o de Conspiración para cometerlos.'

TRANSITORIO

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de diciembre de 1968.- Segunda de Justicia, diputado José de las Fuentes Rodríguez.- Diputado Juan Pablo Leyva Córdoba. - Diputado Pedro Luis Bartilotti Perea.- Diputado Angel Baltazar Barajas.

El C. presidente: Por la naturaleza de este asunto, la presidencia considera que se trata de urgente y obvia resolución, por lo que procede a la secretaría, consultar a la asamblea si se dispensa el trámite de segunda lectura.

El C. secretario Díaz Durán, Fernando: Por acuerdo de la presidencia, se consulta a la asamblea si es de dispensarse el trámite de segunda lectura al dictamen con que se acaba de dar cuenta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa de segunda lectura.

Está a discusión el Artículo Unico del proyecto de Decreto.

El C. Obregón Padilla, Antonio: Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente: Se le concede la palabra para una aclaración.

El C. Obregón Padilla, Antonio: Señores diputados: Mi intervención en esta tribuna será muy breve. Simplemente quiero fijar la posición de los diputados de Acción Nacional ante la iniciativa que está a discusión.

Daremos nuestro voto aprobatorio a la iniciativa a discusión porque consideramos que puede beneficiar a un número regular de personas sujetas a proceso y que no pueden gozar en la actualidad de su libertad personal.

Sin embargo, debemos dejar asentado que la iniciativa no nos satisface como solución legislativa permanente, ya que contiene defectos graves como la inseguridad jurídica en que quedan los procesados, la intervención del Ministerio Público, que rompe con el sistema de la situación de la libertad bajo protesta, para no señalar sino dos de esos defectos.

En su oportunidad, presentaremos una iniciativa sobre este particular, que a nuestro juicio satisfaga mejor y en forma permanente los problemas que se plantean.

El C. presidente: Se concede la palabra al ciudadano diputado Humberto Acevedo Astudillo.

El C. Acevedo Astudillo, Humberto: Señor presidente, honorable asamblea:

He escuchado con profundo interés la intervención del señor diputado licenciado Obregón Padilla. Tomamos nota de sus observaciones y solamente deseo precisar la siguiente situación.

La libertad provisional bajo protesta no es una garantía individual, no tiene las mismas características de las demás instituciones legales como son la libertad bajo caución, la libertad condicional o la libertad preparatoria. Los presupuestos jurídicos de esos tipos de libertad, de esas modalidades de libertad personal, dentro de un proceso penal, se basan en presupuestos distintos, en situaciones legales muy diversas y satisfacen finalidades de índole diversa. La libertad bajo protesta es una institución típicamente procesal, que se concede en determinadas condiciones, bajo ciertos requisitos, a individuos que son delincuentes primarios, cuya pena máxima de su delito es de 2 años, y otros requisitos más de carácter procesal.

La iniciativa del señor Presidente de la República no viene a romper la institución procesal de la libertad bajo protesta. Es un acto generoso del señor Presidente de la República, por medio del cual la iniciativa - Si es aprobada por esta H. Cámara -, se obtiene un medio legal por el cual, el Ejecutivo Federal a través de la Procuraduría, pueda pedir, pueda solicitar, la libertad de aquellos individuos que se encuentren procesados por delitos políticos.

Es decir, viene a ser una anexión más al tipo de libertad preparatoria, pero sin modificar la esencia de dicha institución. Siendo un acto generoso del señor Presidente de la República; siendo un acto que está proporcionando medios legales, procedimientos legales para obtener la libertad de las personas cuando el Estado lo estime conveniente, creo que debe ser aprobada la iniciativa, y agradecemos también su voto afirmativo que, nos ha indicado el señor licenciado Obregón Padilla, nos dará el Partido de Acción Nacional.

Respecto a la proposición que hace, a la sugerencia que hace, de que oportunamente ofrecerán una nueva iniciativa, con gusto la tomamos en consideración y esperamos colaborar juntos en esa iniciativa. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: Se concede la palabra al ciudadano diputado Baltazar Barajas.

El C. Baltazar Barajas, Angel: Señor presidente, señores diputados: El propósito de la reforma o de la iniciativa de la reforma que presenta el Poder Ejecutivo a vuestra consideración en esta ocasión, es de una gran importancia, porque es precisamente la finalidad de humanizar cada día más la ley que nos rige, lo que el Ejecutivo ha planteado en esta iniciativa. En estos momentos de crisis política internacional y nacional, el Ejecutivo trata de encontrar una solución ajustada estrictamente a la ley.

Por esa razón el Partido Popular Socialista, a través de su fracción parlamentaria, aprueba unánimemente esta iniciativa.

Es necesario que el poder político cuente con un instrumento jurídico para revisar todos aquellos procesos de carácter político que se encuentran en trámite en los tribunales de nuestro país. Sin esta reforma no habría posibilidad de dar una solución satisfactoria a ello, porque como se dice en la iniciativa que el Ministerio Público previa autorización del Procurador General de la República, podrá promover la libertad bajo protesta en cualquier estado en que se encuentre un proceso, y aun todavía más, cuando ya se haya dictado sentencia y se encuentre en apelación el proceso.

Esto abre las posibilidades de que muchos reos políticos, muchos delincuentes políticos puedan obtener cuanto antes su libertad aun cuando no sea, como dicen los compañeros diputados que acaban de antecederme en el uso de la palabra, no sea una libertad definitiva, pero al fin y al cabo es un paso a la solución de esta situación jurídica que guardan muchos mexicanos, muchos ciudadanos que por una u otra circunstancia se encuentren privados de su libertad.

Por esta razón, el Partido Popular Socialista, a través de su fracción parlamentaria, da su voto aprobatorio unánime, sin ningunas reservas, para esta iniciativa. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. secretario Díaz Durán, Fernando: Se pregunta a la asamblea, en votación económica, si considera discutido suficientemente el asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Díaz Durán, Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Díaz Durán, Fernando: Por unanimidad de 165 votos fue aprobado el proyecto de Decreto. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

LEY DE INGRESOS DEL TERRITORIO DE BAJA CALIFORNIA SUR

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Honorable asamblea:

En uso de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el C. Presidente de la República envió a esta Cámara de Diputados, la iniciativa de Ley de Ingresos del Territorio de Baja California Sur, para el ejercicio fiscal de 1969, misma que fue turnada a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen.

Aun cuando en general su estructura no varía respecto a la establecida en el año de 1968, se hicieron algunas modificaciones en su enumeración, para armonizar sus disposiciones con las de la Ley de Hacienda del Territorio.

Se suprimió el inciso 16 de la fracción I del artículo 1o., ya que estos impuestos están comprendidos dentro de los que autoriza el artículo 81 de la Ley del Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles, y que en el proyecto se encuentra enmarcado en el subinciso b) del inciso 4 de la fracción I, del mismo artículo.

Asimismo se suprimió el inciso 26 de la fracción II del artículo mencionado, por quedar comprendido en la fracción II, inciso 4, subinciso d) del anterior artículo, del proyecto para 1969.

Consecuente con lo anterior, la Comisión estima oportuno dejar aclarado que los incisos 11, 12 y 13 de la fracción II del artículo 1o., quedan subsistentes, según se advierte en el texto del Proyecto de Ley a que se refiere este dictamen.

Los ingresos presupuestales al igual que en años anteriores se dividen en cinco capítulos que son: Impuestos, derechos, productos, aprovechamientos e ingresos extraordinarios.

Por las consideraciones anteriores esta Comisión propone a la H. asamblea apruebe el siguiente proyecto de

LEY DE INGRESOS DEL TERRITORIO DE BAJA CALIFORNIA SUR, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 1969

Artículo 1o. Los ingresos del Territorio de Baja California Sur, durante el ejercicio fiscal de 1969, serán los que se obtengan por los siguientes conceptos:

I. Impuestos:

1. Predial:

a) Urbano.

b) Rústico.

c) Ejidal.

d) Plantas de beneficio y establecimientos metalúrgicos.

2. Urbanización.

3. Traslación de dominio.

4. Comercio e industria:

a) Cuota adicional de acuerdo con la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.

b) Impuestos autorizados por el artículo 81 de la citada Ley.

c) Venta de gas industrial y el destinado a uso doméstico, excepto el anhídrido carbónico.

d) Venta de gasolina y demás derivados del petróleo, en los términos del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Consumo de Gasolina.

e) Compraventa de automóviles y bienes muebles, que no constituya actos de comercio.

f) Despepite de algodón, en los términos de la Ley del Impuesto sobre Despepite de Algodón en Rama.

g) Elaboración de panocha.

5. Producción agrícola.

6. Cría de ganado.

7. Compraventa de ganado, aves de corral y huevo.

8. Sacrificio de ganado.

9. Productos de capitales.

10. Ejercicio de profesiones y actividades lucrativas.

11. Explotación de cantera y caliza, cuando se destinen directamente a la construcción o a la fabricación de materiales de construcción u ornamentación.

12. Vehículos que no consuman gasolina.

13. Diversiones, espectáculos públicos y aparatos fonoelectromecánicos.

14. Juegos permitidos, rifas y loterías.

15. Adicional.

II. Derechos por:

1. Cooperación para obras públicas.

2. Registro Público de la Propiedad y del Comercio

3. Registro Civil.

4. Certificados:

a) De vecindad.

b) De registro de morada conyugal.

c) Otros.

d) Expedición de pasaportes provisionales.

5. Registro de títulos profesionales.

6. Registro y búsquedas de fierros y señales para ganado.

7. Legalización de firmas, certificación y copias certificadas de documentos.

8. Servicios de hospitalización.

9. Servicios sanitarios.

10. Panteones.

11. Dotación o canje de placas y expedición de permisos diversos.

12. Inspección de frenos, dirección y sistema de luces.

13. Licencias para conducir vehículos de motor, y su refrendos.

14. Licencias para portar armas de fuego.

15. Licencias para construcciones.

16. Licencias para funcionamiento de establecimientos en horas extraordinarias.

17. Licencias diversas.

18. Rastro e inspección sanitaria.

19. Traslado de animales sacrificados en los rastros.

20. Depósito de animales en los corrales del Gobierno del Territorio.

21. Alineamiento de predios, número oficial y medición de solares del fundo legal.

22. Anuncios.

23. Inspecciones, revisiones o supervisiones.

24. Servicios catastrales.

25. Agua potable.

III. Productos de:

1. Venta y explotación de bienes muebles e inmuebles propiedad del Territorio

2. Reintegro de préstamos refaccionarios de habilitación o avío.

3. Venta de solares del fundo legal.

4. Energía eléctrica propiedad del Territorio.

5. Boletín oficial.

6. Talleres del Gobierno.

7. Escuela Industrial.

8. Establecimientos penales.

9. Imprenta del Gobierno.

10. Papel para copias de actas del Registro Civil.

11. Publicaciones oficiales.

12. Servicio telefónico.

13. Aeródromos del Gobierno del Territorio.

14. Mercados y ocupación de la vía pública.

15. Productos diversos.

IV. Aprovechamientos:

1. Recargos.

2. Rezagos.

3. Multas.

4. Cauciones judiciales.

5. Donaciones de los particulares.

6. Participaciones.

7. Aprovechamientos diversos.

V. Ingresos extraordinarios:

1. Subsidios del Gobierno Federal:

a) Para las atenciones de los servicios tradicionales.

b) Extraordinarios.

2. Empréstitos.

3. Aportaciones especiales.

4. Otros no especificados.

Artículo 2o. Los ingresos a que se refiere el artículo anterior, se causarán y recaudarán de acuerdo con lo que disponen las siguientes leyes: De Hacienda del Territorio; Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles; Código Fiscal de los Territorios y demás leyes, reglamentos, tarifas y disposiciones relativas.

TRANSITORIOS:

Artículo primero. Esta Ley entrará en vigor el día primero de enero de 1969.

Artículo segundo. Se derogan las leyes y demás disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión México, D. F., a 19 de diciembre de 1968.- Diputado Ignacio Pichardo.- Pazaga.- Diputado Ignacio Vázquez Torres.- Diputado Joaquín Gamboa Pascoe.- Diputado Agapito Domínguez Canabal.- Diputado Pedro Luis Bartilotti.- Diputado Mario Trujillo García."

El C. presidente: Como el dictamen se encuentra impreso y distribuido entre los señores diputados, proceda la secretaría a consultar si se dispensa la segunda lectura.

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por instrucciones de la presidencia se consulta a los ciudadanos diputados en votación económica, si se dispensa la segunda lectura. Dispensada.

A discusión, no habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Suárez del Solar, Fernando: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Suárez del Solar, Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por unanimidad de 162 votos se aprueba el proyecto. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Honorable asamblea:

Para su estudio y dictamen fue turnada a la suscrita Comisión la iniciativa de Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo, par el ejercicio de 1969, enviada por el Ejecutivo Federal en ejercicio de la facultad consignada en la fracción I del artículo 71 de nuestra Constitución Política.

La iniciativa en cuestión contiene substancialmente las mismas normas que las leyes de ingresos anteriores y sólo presenta algunas modificaciones encaminadas a darle mayor claridad y transformarla en un instrumento más adecuado para la recaudación.

Las modificaciones introducidas en el cuerpo de la iniciativa que se comenta, pueden resumirse en la forma siguiente:

1. Se modifica el inciso 3 de la fracción I, del artículo 1o. de la Ley en vigor, agregándose las palabras "...de bienes inmuebles". Esta modificación tiene como propósito dar mayor precisión al concepto impositivo de que se trata. En la Ley de Ingresos para 1968 sólo se indicaba que quedarían gravadas las operaciones de traslación de dominio lo cual, naturalmente, incluía bienes muebles e inmuebles. Esa situación se oponía a la intención de gravar sólo las operaciones con bienes del segundo tipo.

2. Se modifica el párrafo c) del inciso 4, de la fracción I del artículo 1o. de la Ley vigente, porque la referencia al artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre consumo de gasolina resultaba indispensable.

3. Se adiciona el inciso f) de la fracción I del artículo 1o. con la frase "elaborado con uva fresca del país" con lo cual se deja claramente establecido que se exceptúan de impuesto únicamente los vinos de mesa de producción nacional.

4. Se reforma el inciso 11) de la fracción I del artículo 1o. de la actual Ley, para suprimir una constricción que en la práctica resultaba difícil de controlar; con ello se consigue dar al precepto la generalización necesaria. En efecto, en la Ley de Ingresos para el ejercicio de 1968, la disposición a la que se alude señala: "11. Explotación de cantera y caliza, cuando se destine directamente a la construcción o a la fabricación de materiales de construcción u ornamentación". En la nueva Ley este mismo inciso quedaría del modo siguiente: "11. Explotación de cal, arena y piedra".

5. Se restablece el impuesto sobre instrumentos públicos, porque su eliminación de la Ley en vigor no estaba enteramente justificada en la práctica. En la nueva Ley quedaría consignado en el inciso 15) de la fracción I del artículo 1o.

6. Para dar mayor congruencia a la fracción II, del artículo 1o., Derechos, se cambió el orden en que aparece el inciso referente a expedición de pasaportes provisionales.

7. En fracción III, del artículo 1o., Productos, se adiciona el inciso 10) con el concepto que aparece en el inciso 11 de la vigente Ley, para quedar en un solo renglón como sigue: 10. Ocupación de la vía pública y mercados.

8. Finalmente, en el artículo tercero de la iniciativa de Ley para el ejercicio de 1969, se dan las bases para el pago de la contribución que se señala en el inciso 15) de la fracción I del artículo primero.

Por las razones expuestas, esta Comisión se permite proponer a esta honorable asamblea la aprobación del siguiente proyecto de

LEY DE INGRESOS DEL TERRITORIO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1969

Artículo 1o. Los ingresos del Territorio de Quintana Roo, durante el ejercicio fiscal de 1969, serán los que se obtengan por los siguientes conceptos:

I. Impuestos:

1. Predial:

a) Urbano.

b) Rústico.

c) Ejidal.

2. Urbanización.

3. Traslación de dominio de bienes inmuebles.

4. Comercio e Industria:

a) Cuota adicional de acuerdo con la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.

b) Impuestos autorizados por el artículo 81 de la citada ley.

c) Venta de gasolina y demás derivados del petróleo, en los términos del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Consumo de Gasolina.

d) Venta de primera y ulteriores manos de alcohol, aguardiente y similares.

e) Venta de segunda y ulteriores manos de champaña, sidra y vinos espumosos.

f) Expendios de bebidas alcohólicas, excepto la cerveza, y los vinos de mesa elaborados con uva fresca del país.

g) Fábricas de vinos, licores y ampliadoras de alcohol.

h) Compraventa de automóviles y bienes muebles, que no constituyan actos de comercio.

i) Desfibración de henequén o sisalana.

j) Bagazo de henequén o sisalana.

k) Industrialización de la fibra de henequén o sisalana.

5. Producción agrícola:

a) Copra.

b) Miel de abeja.

c) Maíz.

d) Caña de azúcar.

e) Producción en general.

6. Cría de ganado.

7. Compraventa de ganado, aves de corral y huevo.

8. Sacrificio de ganado.

9. Productos de capitales.

10. Ejercicio de profesiones y actividades lucrativas.

11. Explotación de cal, arena y piedra.

12. Vehículos que no consuman gasolina.

13. Diversiones, espectáculos públicos y aparatos fonoelectromecánicos.

14. Juegos permitidos rifas y loterías.

15. Instrumentos públicos.

16. 15% adicional.

II. Derechos:

1. De cooperación para obras públicas.

2. Del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

3. Del Registro Civil.

4. Certificados:

a) De vecindad.

b) De residencia dentro del perímetro libre.

c) De registro de morada conyugal.

d) Otros.

5. Expedición de pasaportes provisionales.

6. Registro de títulos profesionales.

7. Registro y búsqueda de fierros y señales para ganado.

8. Legalización de firmas, certificación y copias certificadas de documentos.

9. Panteones.

10. Por servicios de tránsito:

a) Registro de vehículos.

b) Dotación de canje de placas.

c) Inspección de frenos, dirección y sistema de luces.

d) Licencias para conducir vehículos de motor.

11. Licencias para portar armas de fuego.

12. Licencias para construcción.

13. Licencias para funcionamiento de establecimientos en horas extraordinarias.

14. Licencias diversas.

15. Rastro e inspección sanitaria.

16. Depósito de animales en los corrales del Gobierno del Territorio.

17. Alineamiento de predios, número oficial y medición de solares del fundo legal.

18. Anuncios.

19. Agua potable.

20. Servicios de hospitalización.

21. Servicios sanitarios.

22. Inspecciones, revisiones o supervisiones.

23. Servicios catastrales.

III. Productos:

1. Venta y explotación de bienes muebles e inmuebles propiedad del Territorio.

2. Venta de solares del fundo legal.

3. Energía eléctrica propiedad del Territorio.

4. Periódico Oficial.

5. Talleres del Gobierno.

6. Establecimientos penales.

7. Imprenta del Gobierno.

8. Papel para copias de actas del Registro Civil.

9. Publicaciones oficiales.

10. Ocupación de la vía pública y mercados.

11. Productos diversos.

IV. Aprovechamientos:

1. Recargos.

2. Rezagos.

3. Multas.

4. Cauciones judiciales.

5. Donaciones de particulares.

6. Participaciones.

7. Aprovechamientos diversos.

V. Ingresos extraordinarios:

1. Subsidios del Gobierno Federal:

a) Para las atenciones de los servicios tradicionales.

b) Extraordinarios.

2. Empréstitos.

3. Aportaciones especiales.

4. Otros no especificados.

Artículo 2o. Los ingresos a que se refiere el artículo anterior, se causarán y recaudarán de acuerdo con lo que disponen las siguientes leyes: De Hacienda del Territorio; Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles; Código Fiscal de los Territorios y demás leyes, reglamentos, tarifas y disposiciones relativas.

Artículo 3o. El impuesto que establece el inciso 15, de la fracción I, del artículo 1o. de esta Ley, se causará a razón de $ 20.00 por cada Instrumento Público que se otorgue dentro del Territorio o que deba surtir efectos en el mismo y se pagará en efectivo en la oficinas recaudadoras, dentro de los 5 días siguientes a su otorgamiento o antes de surtir efecto, si se otorgó fuera del Territorio.

Las autoridades administrativas o judiciales ante quienes se presente un Instrumento Público, se cerciorarán de que haya sido pagado el impuesto y en caso contrario, lo harán del conocimiento de la Oficina Recaudadora correspondiente.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta Ley entrará en vigor el día primero de enero de 1969.

Artículo segundo. Se derogan las Leyes y demás disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de diciembre de 1968.- Diputado Ignacio Pichardo Pagaza.- Diputado Ignacio Vázquez Torres.- Diputado Joaquín Gamboa Pascoe.- Diputado Agapito Domínguez Canabal.- Diputado Pedro Luis Bartilotti.- Diputado Mario Trujillo García."

El C. presidente: En virtud de que el dictamen que se ha leído ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, proceda la secretaría a consultar a la asamblea si se dispensa el trámite de segunda lectura.

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Por disposición de la presidencia se pregunta a la asamblea en votación económica, si se dispensa trámite de segunda lectura. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Suárez del Solar, Fernando: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Suárez del Solar, Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Hernández Partida Leopoldo: Por unanimidad de 158 votos se aprueba el proyecto de Ley. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

PROPOSICIÓN

Solicitando Información al Secretario de Hacienda

El C. presidente: Tiene la palabra el C. diputado Francisco Xavier Aponte.

- El C. Aponte Robles Arenas, Francisco Xavier:

Señor presidente; Señoras y señores diputados:

"Los suscritos diputados federales a la XLVII Legislatura del Congreso de la Unión, miembros del Partido Acción Nacional, en relación con el proyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno Federal que se ha sometido en primera lectura a la consideración de la H. Cámara de Diputados, y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso presentan la siguiente proposición:

Que a fin de poder dictaminar con suficiente información el Presupuesto de Egresos de la Federación que ha sido sometido a esta H. Cámara, se solicita con carácter urgente al Secretario de Hacienda y Crédito Público información sobre el monto total de egreso presupuestal para el presente año de 1968.

Fundamos nuestra petición en las siguientes consideraciones:

1. En la breve historia fiscal de este sexenio se ha visto que año tras año los presupuestos ejercidos

han sido muy superiores a los presupuestos autorizados por el Congreso de la Unión de suerte que cuando se confrontan las cuentas públicas con los presupuestos autorizados de los tres últimos años fiscales, se ve que el Gobierno Federal se ha excedido en los presupuestos autorizados en casi 50 mil millones de pesos.

2. En especial, la cuenta pública del año de 1967 que la mayoría parlamentaria aprobó hace unas semanas, arrojó un egreso del Gobierno Federal de 40 mil millones de pesos y el presupuesto autorizado fue sólo de 22 mil millones.

3. Podemos suponer y debemos esperar que una cantidad similar debió haberse gastado en el año de 1968 y por ello no nos explicamos que para el año de 1969 se envíe un presupuesto de 26 mil millones de pesos; cuando dos años atrás se gastaron 40 mil millones.

Por todo lo anterior y a fin de que el Congreso de la Unión tenga elementos de juicio suficientes para el estudio del presupuesto, proponemos que la Comisión de Presupuestos y Cuenta solicite del Secretario de Hacienda y Crédito Público información respecto a la cuantía del egreso del año de 1969.

Salón de Sesiones, a 17 de diciembre de 1968.- Diputado Manuel González Hinojosa.- Diputado licenciado José Angel Conchello.- Diputado licenciado Rafael Preciado Hernández.- Diputado Enrique Fuentes Martínez.- Diputado doctor Octavio Corral Romero.- Diputado Efraín González Luna Morfín.- Diputado Francisco Xavier Aponte.- Diputado Alfonso Ituarte Servín.- Diputada profesora Graciela A. de Romero.- Diputado Javier Blanco Sánchez.- Diputado Gerardo Medina Valdés.- Diputado Juan José Hinojosa.- Diputado licenciado Antonio Obregón Padilla.- Diputado Rigoberto López Sedano.- Diputado licenciado Juan M. Gómez Morín.- Diputado licenciado Felipe Gutiérrez Z.- Diputado Adrián Peña Soto.- Diputado Astolfo Vicenio Tovar.- Diputado licenciado Abel Martínez."

El C. presidente: Se concede la palabra al diputado José Angel Conchello para fundamentar la proposición.

El C. Conchello Dávila, José Angel: Señor presidente, señores diputados: No queremos aparecer ingenuos pretendiendo que la Secretaría de Hacienda nos informe al centavo lo que espera recaudar durante el presente año de 1968. No lo pretendemos porque necesitaríamos ser adivinos; sin embargo sabemos que una estimación aproximada -y cuando decimos aproximada hablamos de mil millones menos, mil millones más - de lo que se espera recaudar este año.

Creemos y sabemos que ese dato debe estar en manos de la Secretaría de Hacienda primero, porque para calcular su ingreso del año entrante, debió haber pensado en su ingreso ordinario del año actual y, segundo, porque en el presupuesto de ingresos del Departamento del Distrito Federal que se nos ha enviado, se habla ya de que el Departamento del Distrito espera recaudar el presente año tres mil millones de pesos.

Insisto que el dato es posible obtenerse para poder juzgar no la política, no el fondo del presupuesto, sino para juzgar algo más sencillo aún que es la seriedad, la sinceridad del presupuesto que se nos ha enviado.

En verdad, señores, la historia fiscal de este sexenio nos hace pensar que este presupuesto que se ha sometido a nuestra consideración carece de seriedad; que no tiene la seriedad de un documento para que lo apruebe el otro poder, el Poder Legislativo, sino la superficialidad de quien quiere salir del paso.

Voy a hacer breve memoria de la historia fiscal de este sexenio. En el año de 65, en el presupuesto, se autorizó un presupuesto de egresos de 17 mil millones de pesos; en ese año se ejercieron 36 mil millones de pesos, es decir, más del doble. En el segundo año se autorizaron 20 mil millones de pesos y se egresaron 32 mil, es decir, 61 por ciento más de lo autorizado.

En el tercer año, 67, se autorizaron 22 mil y se gastaron 40 mil millones de pesos. No fue simplemente cautela, señores, porque los ingresos ordinarios, sin pensar en los financiamientos extraordinarios, fueron en el año de 65 de 22 mil millones de pesos y sin embargo para 66 se piden 20. En el año de 66 fueron 24 mil millones de pesos los ingresos ordinarios y se solicitan sólo 22. El año de 67, hace un año, los ingresos ordinarios fueron 27 mil millones de pesos, el año pasado.

Entonces, señores, no nos explicamos por qué para el entrante se solicita la autorización de un presupuesto de egresos que es más bajo que lo recaudado el año pasado, y más bajo, 14 mil millones de pesos más abajo de lo que realmente se gastó.

Cuando se presentó el primer presupuesto de este sexenio se dijo que el desenvolvimiento acelerado de nuestra economía exige con apremio la planeación del gasto público total con el fin de lograr unidad, coordinación y armonía de la acción. Lamentablemente hemos visto que no ha habido aún esa planeación y creemos estar en tiempo de exigir que las autoridades hacendarias sean más prolijas, más sinceras y más veraces en su presentación de documentos.

¿Señores, si nos piden esos dineros adicionales podemos hablar de un exceso de cautela. Y podemos pensar si ese exceso de cautela ha llevado a la Secretaría de Hacienda a pensar que el año entrante va a recaudar menos de los que recaudo el año pasado?

¿No estaríamos en derecho de preguntar a la Secretaría de Hacienda si espera acaso una contracción económica tan bárbara que los ingresos ordinarios de la Federación bajen más allá de los que fueron el año pasado?

Otro argumento es éste: Cada año los ingresos ordinarios, insisto - no hablo de los financiamientos - han aumentado un 10 por ciento sobre el año anterior. Si esa tendencia siguió en los años cuya cuenta pública no conocemos, debemos pensar que lo recaudado en este año será de 30 mil millones; y que el año entrante, siguiendo la misma tendencia, México sigue, México continúa el mismo ritmo, será de 33 mil millones de pesos.

Entonces, señores, a la vista del todas esas dudas; a la vista de todas esas interrogantes, no queremos hacer un juicio precipitado, pero sí creemos tener derecho a que se nos dé mayor información que la que se nos ha dado. A que el documento que se ha sometido a nosotros, tenga fidelidad histórica, y fidelidad económica.

Ese es el sentido de nuestra proposición, y esperamos que ustedes la aprueben. Muchas gracias.

El C. presidente: Tiene la palabra el señor diputado Ignacio Pichardo Pagaza.

El C. Pichardo Pagaza, Ignacio: Señor presidente, compañeros diputados: Hemos escuchado esta intervención del diputado Conchello, de Acción Nacional, que parece impugnar anticipadamente los datos que habrá de contener el dictamen sobre el presupuesto de egresos para el ejercicio de 1969, que esta honorable asamblea habrá de conocer en unos días más. Sin embargo, no oportunamente, adelantándose a la primera lectura del dictamen, en la que seguramente a la primera lectura de su dictamen, en la que seguramente él ya ha adivinado aunque aún no se ha redactado ese dictamen, ya ha adivinado las argumentaciones técnicas que se contengan, parece criticar acervamente tanto al dictamen mismo como al presupuesto de egresos.

Al escuchar la proposición de los diputados de Acción Nacional, me llamó la atención el párrafo 2o. de esa misma proposición: Que se solicite al Secretario de Hacienda - Dice una de las partes sustanciales de la proposición - que se solicite al Secretario de Hacienda y Crédito Público información sobre el monto total del egreso presupuestal para el presente año de 1968. Yo me pregunto si los señores diputados de Acción Nacional vieron con detenimiento la iniciativa del Ejecutivo, puesto que no una, sino reiteradas veces se hace alusión al monto total del presupuesto de egresos para el ejercicio de 1969, puesto que el de 1968 está en vigor y es un documento público que se puede conocer y que simple y sencillamente no ha lugar a solicitar esta información, puesto que esta asamblea está en posibilidad de conocer el presupuesto en vigor que ya aprobó y discutió en diciembre de 1967 y conoce también la iniciativa del Ejecutivo del presupuesto de egresos para 1969. Me parece fuera de lugar la solicitud esencial de la proposición que se hace.

Por lo que toca a las consideraciones relacionadas con la diferencia entre los ingresos presupuestados y los ingresos efectivamente ejercidos, recuerdo que en la discusión de la cuenta pública se señaló claramente que un análisis honesto y cuidadoso de la cuenta pública y el presupuesto de egresos revelaría de qué manera la diferencia substancial de ingresos que existe entre la cuenta pública y el presupuesto es fundamentalmente proveniente de la contratación de empréstitos; es decir, de los ingresos extraordinarios. Y también recuerdo que se hizo alusión a la imposibilidad e incluso a la inconveniencia de que se hiciera una estimación más precisa del monto de la contratación de créditos extranjeros puesto que esa contratación no depende exclusivamente de las decisiones contenidas en el presupuesto y ejercitadas por el Poder Ejecutivo Federal, sino de las condiciones económicas internacionales; de la situación de los mercados financieros internacionales; de la posibilidad de diversificar las fuentes crediticias, de la conveniencia o inconveniencia en un momento dado y a un corto plazo, de hacer emisiones a tasas convenientes y a plazos más alargados.

Todo este conjunto de circunstancias que están fuera del control de las autoridades económicas, impiden hacer una estimación precisa del monto de los ingresos extraordinarios que, repito, forman la parte más importante de la diferencia entre lo presupuestado y lo ejercido.

Pero todavía más. Señaló el diputado Conchello que el Presupuesto de Egresos para 1969, parecía reflejar falta de planificación económica por parte del Ejecutivo Federal. En esto está totalmente equivocado. Y como sé que el diputado Conchello está interesado en cuestiones económicas y conoce el funcionamiento del aparato económico del Poder Ejecutivo Federal, esta equivocación sólo la puedo atribuir a mala fe, porque hay documentos públicos del Gobierno Federal, y hay documentos públicos que tengo la seguridad que él conoce, como son los informes del Banco Mundial, en donde se señala una y otra vez, reiteradamente, que México es tal vez el país en la América Latina que más ha avanzado en materia de planificación de las inversiones públicas.

Particularmente a partir de 1967, ha habido una serie de innovaciones en materia de planificación económica. Y quiero señalar simplemente dos:

Los cuadros de inversión - financiamiento y la anualización de las inversiones que se hacen en el seno de la Comisión Intersecretarial, que también el diputado conoce, que reflejan de qué manera el Ejecutivo Federal se ha venido preocupando por un elemento fundamental del Presupuesto de Egresos, que es el de la planificación de las inversiones, elemento clave dentro del gasto público total.

La planificación de las inversiones en nuestro país, compañeros diputados, tiene antecedentes remotos: En 1933 se elaboró el Primer Plan Sexenal por la Comisión de Planificación del Partido Nacional Revolucionario; en 1939, hubo el Segundo Plan Sexenal; en 1944, se estableció el Fondo de Inversiones que manejó el Banco de México; el año de 1946, la Comisión Nacional de Inversiones; en el año de 1953, se transformó en Comité de Inversiones, en 1954 en la Comisión de Inversiones, en 1958 se estableció la Secretaría de la Presidencia con esas funciones, en 1964 se estableció la Comisión Intersecretarial para la planificación del desarrollo y, a partir de 1967, estos dos elementos, la programación, los programas de inversión y financiamiento y anualización de inversiones, han dotado de una agilidad, han dotado de unas características técnicas extraordinariamente interesantes, a la planificación de las inversiones del sector público federal.

Es inadmisible que los diputados de la oposición vengan a señalar que no existe planificación económica en México, cuando la opinión pública del país y la opinión pública del extranjero constantemente está subrayando los esfuerzos notables que ha hecho nuestro país para conseguir que las inversiones públicas rindan el máximo beneficio económico para el pueblo de México. (Aplausos.)

Los diputados de la oposición se refirieron también a la cautela financiera del Gobierno Federal que se revela en el Presupuesto de Egresos para 1969. Se refirieron a la falta de información que aparentemente existe en estos documentos y yo quiero recordar al diputado Conchello, finalmente, estos datos: En el año de 1950, el Presupuesto de Egresos de la Federación tenía una sola presentación: La presentación administrativa, que como esta honorable Asamblea bien conoce, es la presentación simplemente por ramos de la Administración Pública. A partir de 1950 se han venido agregando nuevas formas de presentación del Presupuesto de Egresos con el propósito de facilitar el entendimiento, tanto de esta

honorable representación, como de la opinión pública del país.

El Presupuesto ahora se presenta como una clasificación administrativa y funcional. Después, se agregó la presentación económica, es decir, divididos los gastos en Cuenta Corriente y en Gastos de Capital y, finalmente, en una presentación territorial.

Los señores diputados habrán leído en la iniciativa del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1969 enviada por el Poder Ejecutivo Federal, que la presentación del monto total de este Presupuesto de Egresos - Dato que sí se consigna, naturalmente, en esa iniciativa - está presentada no una sola vez, sino a través de cuatro enfoques distintos:

El administrativo, el económico, el funcional y el territorial, con el propósito de ilustrar mejor a la consideración de esta soberana Asamblea la intención y las características de la política económica del Poder Ejecutivo Federal. Sin duda alguna, la proposición de Acción Nacional habrá de ser considerada cuidadosamente; pero sí anticipamos que de la simple lectura de esa proposición y de las exposiciones hechas al respecto, nos parece que carece de fundamentos, que es de mala fe y que no está tomando en cuenta los avances notables conseguidos en materia presupuestal. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: Túrnese a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

El C. secretario Hernández Partida, Leopoldo: Agotados los asuntos en cartera, se va a dar lectura al Orden de día de la sesión del 21 de diciembre de 1968.

ORDEN DEL DIA

- El C. secretario Díaz Durán, Fernando:

"Cámara de Diputados.

Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la XLVII Legislatura.

Orden del día.

21 de diciembre de 1968.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de primera lectura:

De las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y Primera de Hacienda con Proyecto de Ley de Hacienda para el Territorio Sur de Baja California.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con Proyecto de Decreto, relativo al Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo.

De las Comisiones Unidas Primera de Impuestos y Segunda de Hacienda con Proyecto de Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con Proyecto de Decreto, relativo al Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California.

Dictámenes de segunda lectura.

De la Comisión de Hacienda en turno, relativo a la solicitud de pensión de la C. Refugio Obregón."

- El C. presidente (a las 13:55 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana sábado 21 de los corrientes, a las 10.00. horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"