Legislatura XLVII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19691104 - Número de Diario 18

(L47A3P1oN018F19691104.xml)Núm. Diario:18

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO III. MÉXICO, D. F., MARTES 4 DE NOVIEMBRE DE 1969 TOMO III. - NUMERO 18

SUMARIO

Orden del Día

Se abre la sesión. Lectura del Orden Día

Acta

Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior2

Circular

De la Legislatura del Estado de Chiapas, participando la apertura del primer período de sesiones del tercer año de ejercicio. De enterado

Comunicación

Del H. Senado de la República, dando a conocer la Mesa Directiva que fungirá durante el presente mes. De enterado

Informe

Que presenta la secretaría sobre el estado que manifiesta el número de expedientes tramitados por las Comisiones Permanentes de la Cámara de Diputados, durante el mes anterior. Insértese en el Diario de los Debates

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Federal del Trabajo

Dictamen de las Comisiones Unidas Primera y Segunda de Trabajo, y de Estudios Legislativos, Sección Trabajo, relativo al proyecto de Ley Federal del Trabajo. Se dispensa la segunda lectura. A discusión en lo general. Para poner de manifiesto la importancia de la iniciativa y en apoyo del dictamen en lo general, hacen uso de la palabra los CC. diputados Adrián Tiburcio González, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Carlos Sánchez Cárdenas, Gloria Rodríguez de Campos, del Partido Popular Socialista; Efraín González Luna Morfín, Blas Chumacero Sánchez y Celso Vázquez Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional. Se aprueba en lo general por unanimidad. Se reserva para su discusión en lo particular para la siguiente sesión

Orden del Día

Lectura del Orden del Día para la próxima sesión. Se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. FERNANDO SUAREZ DEL SOLAR

(Asistencia de 138 ciudadanos diputados.)

- El C. presidente (a las 11:40 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Iglesias Meza, Manuel:

"Cámara de Diputados.

Tercer Período Ordinario de la XLVII Legislatura.

Orden del Día

4 de noviembre de 1969.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Circular de la Legislatura del Estado de Chiapas.

Oficio del Senado de la República, por el que comunica la integración de su Mesa Directiva para el mes de noviembre.

Los CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados, cumpliendo con el artículo 25, fracción VI del Reglamento, presentan el estado que expresa el número de expedientes despachados y pendientes, manejados por las Comisiones Permanentes.

Dictamen a Discusión

De las Comisiones Unidas Primera y Segunda de Trabajo y de Estudios Legislativos, Sección de Trabajo, con proyecto de Ley Federal del Trabajo.

Sesión Secreta."

ACTA

- El C. secretario Sojo Anaya, Andrés:

Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados del XLVII Congreso de la Unión, el día treinta de octubre de mil novecientos sesenta y nueve.

Presidencia del C. Francisco Padrón Puyou.

En la ciudad de México, a las once horas y cuarenta minutos del jueves treinta de octubre de mil novecientos sesenta y nueve se abre la sesión una vez que la Secretaría declara una asistencia de ciento cincuenta y cuatro ciudadanos diputados.

Lectura del orden del día y aprobación del acta de la sesión anterior celebrada el día veintiocho de los corrientes.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

El C. profesor Caritino Maldonado, gobernador constitucional del Estado de Guerrero, invita a los actos que, con motivo del aniversario de la promulgación del acta de independencia, se llevarán a cabo el día 6 de noviembre próximo, en la ciudad de Chilpancingo, Gro.

Se designa en comisión, para llevar la representación de esta Cámara a dichos actos, a los CC. diputados: Alberto Díaz Rodríguez, Alfonso Argudín Alcaraz, Roberto Reyes Pérez Ontiveros y Félix Riojas Rivera.

Minuta proyecto de Decreto por el que se reforma el primero y segundo párrafo de la fracción II del artículo 18 de la Ley General de Bienes Nacionales. Recibo, y a la Comisión de Bienes y Recursos Nacionales.

Elección, por medio de cédula, de Presidente y Vicepresidentes de la Cámara de Diputados, para el mes de noviembre próximo.

Hecho el escrutinio, da el siguiente resultado:

Ciento veinticinco votos para la planilla integrada por los CC. diputados Fernando Suárez del Solar, para Presidente; Ignacio Castillo Mena y Fernando Peraza Medina, para Vicepresidentes.

Once votos para la planilla en la que se propone para Presidente al C. Felipe Gutiérrez Zorrilla y para Vicepresidentes a los CC. Juan José Hinojosa Hinojosa y José Ángel Conchello Dávila.

Tres votos para la planilla integrada por los CC. diputados Felipe Gutiérrez Zorrilla, para Presidente, y Francisco Xavier Aponte Robles Arenas y Octavio Corral Romero, para Vicepresidentes.

También se registró un voto para otras dos distintas planillas.

De acuerdo con la votación, la Presidencia hace la declaratoria correspondiente.

Dictamen con proyecto de Decreto presentado por las Comisiones Unidas Primera y Segunda de Trabajo y de Estudios Legislativos, Quinta Sección Trabajo, relativo a la Ley Federal del Trabajo.

A moción del C. diputado Joaquín Gamboa Pascoe, la asamblea en votación económica dispensa la lectura del articulado del proyecto de Decreto. Trámite: Primera lectura e imprímase.

Para expresar la importancia de la iniciativa del C. Presidente de la República y para felicitar a todos los trabajadores de México y a la C.T.M., hace uso de la palabra el C. diputado Celso Vázquez Ramírez.

Lectura del orden del día para la próxima sesión.

A las catorce horas se levanta la sesión y se cita para el martes cuatro de noviembre, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

CIRCULAR

- El mismo C. Secretario:

"Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F.

Tuxtla Gtz., Chis., 1 noviembre 1969.

Satisfácenos participar a usted que H. Quincuagésima Legislatura Estado, abrió hoy primer período ordinario sesiones, correspondiente tercer año ejercicio. Atte.

Profesor Gaspar Jiménez, D.S. - Ezequiel Pola Ruiz, D. S."

- Trámite: De enterado.

COMUNICACIÓN

- El mismo C. Secretario:

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presente.

Nos es honroso comunicar a ustedes, para conocimiento de esa H. Colegisladora, que esta Cámara en sesión ordinaria de esta fecha, designó la siguiente Mesa Directiva que funcionará durante el mes de noviembre próximo:

Presidente, mayor Oswaldo Cravioto Cisneros; Vicepresidentes: Senador Napoleón Gómez Sada y licenciado Manlio Fabio Tapia Camacho.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 30 de octubre de 1969. - Doctor Juan Pérez Vela, S. S. - Alicia Arellano Tapia. S. S."

- Trámite: De enterado.

INFORME

- El mismo C. Secretario:

"De acuerdo con la fracción VI del artículo 25 del reglamento para el gobierno interior del Congreso General, la Secretaría presenta el estado que manifiesta el número de expedientes tramitados en el mes de octubre de 1969 por las Comisiones Permanentes de la Cámara de Diputados del XLVII Congreso de la Unión.

Dar doble click con el ratón para ver imagen

México, D. F., a 30 de octubre de 1969. - Andrés Sojo Anaya, D. S. - Manuel Iglesias Meza, D. S."

- Trámite: Insértese en el Diario de los Debates.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Federal del Trabajo

- El mismo C. Secretario: Segunda lectura al proyecto de Decreto de Ley Federal del Trabajo.

El C. presidente: En atención a que el dictamen de la Ley Federal del Trabajo se encuentra impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la asamblea si es de dispensarse la segunda lectura, y ponerse a discusión en lo general.

El C. secretario Sojo Anaya, Andrés: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general el proyecto de Decreto. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado. Se dispensa la segunda lectura.

Está a discusión en lo general.

Se abre el registro de oradores.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. diputado Adrián Tiburcio González.

El C. Tiburcio González, Adrián: Señor presidente, señores diputados: El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, mi partido, me ha hecho el honor de designarme para venir a expresar el pensamiento de él en lo que se relaciona a la iniciativa de reforma que presentara el señor Presidente de la República a esta H. Cámara. Quiero, señores diputados, que me concedan el privilegio y el honor de decir que en este día, que será memorable, será un recuerdo para aquellos que luchamos y que siguen luchando en pro de las conquistas que han obtenido los trabajadores de sangre generosa de ellos y de los campesinos.

Por eso, señores, vengo a alzar mi voz en nombre de todos los humanos, para apoyar firmemente la iniciativa que presentara ese gran mexicano Díaz Ordaz al Congreso de la República. Por eso, señores diputados, haré consideraciones de peso para darles un mentís a los que realmente siempre se llaman a robado: me refiero al sector patronal del Distrito Federal, que siempre se llora, que siempre pierde y que cada día se hacen más millonarios y quieren que los trabajadores se hagan más pobres, esa injusticia jamás la apoyaríamos en la Cámara. En la Cámara todo el que se diga buen mexicano tiene que apoyar la conquista de los trabajadores de México. (Aplausos.)

Señores diputados: Antes de establecer los puntos de vista en los que mi partido apoya el dictamen, fundamentalmente quiero recordar las épocas pasadas de ese movimiento de 1906 en Cananea y del 7 en Río Blanco; recordar también por qué los trabajadores reclaman el sitial que debe tener en México, el sitial que les corresponde como la masa productora del país, a los trabajadores y a los campesinos. Y basta recordar a aquellos Batallones Rojos que salieran de la Casa del Obrero Mundial en la época de Venustiano Carranza; y a esos paladines que cayeron ayer y los que están ahora y que siguen dirigiendo el movimiento obrero del país y que están peleando palmo a palmo con la reacción mexicana, con ese sector patronal que quieren hacerse más millonarios de lo que son. Ellos jamás han visto a los trabajadores de México, ellos nunca han querido que los trabajadores de nuestra patria vivan mejor, menos los campesinos. Por eso, desde esta tribuna refuto al sector patronal, que aquí no vendrá a sorprender a ningún diputado, aquí, con plena responsabilidad de nuestros deberes, tendremos y seguiremos defendiendo los ideales de la Revolución, la conquista de los trabajadores. Por eso, señores, a los dirigentes de la C.T.M., a los dirigentes de la C.R.O.M. y de la C.R.O.C., a esos paladines que siguen en la brega, permítanme, en nombre de todos los sectores humanos, felicitarlos y admirarlos porque siguen defendiendo los derechos de los trabajadores de mi patria. Cómo vamos a olvidar aquí, en este día tan solemne, a los caídos de aquellas épocas, cómo vamos a olvidar, sí señores, a un Luis N. Morones, cómo vamos a olvidar también a quien en múltiples ocasiones estuvo en contra de él, pero en esta misma tribuna le rendí un homenaje póstumo, le rindió mi partido - porque a nombre de él hablé - a Lombardo Toledano. Cómo vamos a olvidar también a un Enrique Rangel, compañero mío de la gloriosa Confederación General de Trabajadores, cuando el que habla fue secretario general dos períodos. Cómo no voy a admirar a esa juventud que ahora lleva las riendas de la organización en mi Estado, verbi gracia, a un Silverio Alvarado, a un Daniel Sierra, a un Martín Guaida que convivió conmigo; Julio Ramírez y otros más, cuando era dirigente de esa organización.

Y ahora, cómo voy a olvidar a la nueva generación que se debate defendiendo los intereses de los trabajadores; jóvenes talentosos como Joaquín Gamboa Pascoe, que todavía va a las juntas a defender los intereses de los trabajadores encomendados a él; cómo no voy a admirar a un Guillermo Morfín, defensor también de los campesinos; cómo no voy a admirar a un ilustre abogado como Ignacio Castillo Mena.

Señores diputados: Creo que ahora va a ser el momento, porque mi partido va a fundar su situación para apoyar firmemente la iniciativa del Presidente en el dictamen que esa comisión ha formulado. Lo va a apoyar en lo general, porque en lo particular habrá tiempo de aumentar también las conquistas que deben tener más de lo que está estipulado en esos artículos que se han reformado.

Yo quiero asentar aquí que he sido admirador de los hombres que han pasado por el poder, las conquistas que hemos obtenido en el progreso y evolución de nuestro pueblo. Y dije ahorita este pasaje porque al último voy a referirme al mexicano patriota que hoy dirige los destinos de nuestra patria.

Cómo nos vamos a olvidar que un Presidente, a quien admiro y respeto, haya hecho la nacionalización del petróleo. Cómo voy a olvidar, ni ustedes tampoco, de que ese propio Presidente haya dándole el lugar a los trabajadores del Estado en el estatuto que hoy rige y que son las conquistas de ellos, porque antiguamente los empleados federales estaban al vaivén de la política.

Cómo vamos a olvidar de que aquí tenemos la representación de las mujeres, de estas dignas mujeres, la genuina representación de la mujer mexicana. Cómo vamos a olvidarnos de esa incorporación que se le debe también a otro mexicano, a Adolfo Ruiz Cortines. Y cómo vamos a olvidar a un mexicano que acaba de poner el prestigio de México en el extranjero muy en alto. Cómo vamos a olvidar que ese mexicano ha repartido la tierra a los campesinos como ninguno, porque ha dado más de 3 millones de hectáreas últimamente.

La iniciativa amplía la protección de los trabajadores. Hace vigente la disposición constitucional de proporcionar habitaciones a los trabajadores. La iniciativa de referencia hace también que el reparto de utilidades sea efectivo. Desgraciadamente, como en muchos casos sucede, los que vigilan, los funcionarios hacen contubernio con la clase patronal y escamotean lo que realmente le corresponde a la clase trabajadora. Por eso debemos exigir también, y lo exige mi partido desde esta tribuna, que se pongan elementos honorables, es decir, honrados, para que coadyuven con el ideario del gobierno, para que esa derrama sea efectiva; para que esa participación se lleve a efecto en una forma leal y honesta, para que los trabajadores no sufran como hasta la fecha han estado sufriendo.

El dictamen que apoya la iniciativa presentada por el Ejecutivo, o el señor Presidente Díaz Ordaz, hace más efectiva las realizaciones de los trabajadores de México. Que gocen realmente de las vacaciones que les pertenecen. Por eso es que el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana apoya en lo general el dictamen que ha sustentado la honorable Cámara de Diputados. Es decir, perdón, la Comisión.

Quiero, para terminar, señores diputados, rendirle homenaje de pleitesía y admiración a Gustavo Díaz Ordaz; a ese mexicano que se ha puesto, que se ha conmovido ante su pueblo; que le ha dado todo; que es uno de los Presidentes que ha hecho llegar la justicia social hasta el rincón más apartado de México.

Por eso es, señores, que desde aquí, desde esta tribuna, le rindo homenaje de admiración y respeto. Señores diputados, muchas veces se ha llorado de pena y de alegría. Cuando se

asoman esas lágrimas en nuestros ojos, y se vuelven al océano del alma para endulzar esa amargura y esos júbilos, para transformarlos en grandes satisfacciones, permítanme decirles a vosotros, señores diputados, que ésta es la satisfacción más grande de mi vida al venir a esta tribuna a defender y a seguir defendiendo en otras ocasiones, los intereses de los trabajadores de mi patria. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Carlos Sánchez Cárdenas.

El C. Sánchez Cárdenas, Carlos: Señor Presidente, respetable asamblea:

La razón por la cual hace falta una nueva Ley Federal del Trabajo, es una que he mencionado ya, que mencionaré hoy y también en el futuro, pues no me cansaré de hacerlo mientras el problema que entraña no sea resuelto. Es la siguiente: México se ha desarrollado, pero su desarrollo ha sido defectuoso; el desarrollo defectuoso del país que consiste, que se manifiesta en una injusta distribución del ingreso, en una muy injusta distribución del ingreso, ha sido estimulado por falsas tesis y por una política económica inadecuada.

Se ha dicho desde hace muchos años y de manera más destacada durante el período de gobierno del licenciado Miguel Alemán, que lo que requiere el país para desarrollarse es la capitalización y el ahorro. Recientemente, también en círculos oficiales, se postula ya una tesis distinta, divergente de ésta, que consiste en sostener que a México no le puede interesar un desarrollo que no signifique la mejoría del nivel de vida de las masas del pueblo; no le puede interesar un desarrollo que acumule la riqueza en unas cuantas manos.

Una expresión muy característica para definir, para significar esa defectuosa política económica: "Para distribuir riqueza", se dijo durante el gobierno del licenciado Alemán, "primero hay que crearla"; pero se creó la riqueza, la crearon sobre todo los obreros, los trabajadores manuales e intelectuales, la acumularon los capitalistas, y distribuyeron miseria.

Por eso es necesaria la nueva Ley Federal del Trabajo.

La oposición de los patrones y particularmente el desplegado que hicieron publicar el día de ayer es lógica, pero suena a argucia. Ante lo inevitable, ante el hecho de que aprobaremos una nueva Ley Federal del Trabajo gritan, se desgañitan, patalean, adelantando a los diputados y senadores la acusación de que de aprobar la nueva Ley, frenarán el desarrollo de México. Pero ellos saben muy bien, como la sabemos nosotros, que la situación en nuestro país ha llegado a un punto tal en el que si no se varía en lo básico la política económica, será precisamente detenido el desarrollo y no lo contrario. Si se persiste en sólo favorecer a los patrones bajo el lema de fomentar la capitalización y el ahorro, se ayudará a detener el desarrollo del país, porque ya lo hemos dicho: La industria y la agricultura nacionales requieren, para incrementarse, antes que nada, de una ampliación muy importante del mercado interno, de una elevación muy importante de la capacidad de consumo de los obreros y de los campesinos.

La salida patronal de ayer a la luz pública, da la impresión de que pretenden aparentemente, mostrando una gran preocupación por las consecuencias de la nueva Ley, pretenden que nos consideremos satisfechos; pero creo que no debemos considerarnos satisfechos, y que al discutir el dictamen debemos esforzarnos por mejorar aún más las prestaciones y las ventajas que la nueva Ley significa para la clase obrera mexicana.

Y da la impresión también, la declaración patronal, de que pretenden de este modo, presentándose como ofendidos, conseguir evitar golpes que les lleguen desde otras partes, cuando ya se habla en el país, y cada vez con mayor insistencia, de la necesidad de propiciar una mejor distribución del ingreso, mediante una profunda, seria reforma fiscal. Ojalá que prevalezcan en el país las fuerzas partidarias de esta profunda reforma fiscal y que no se dejen sorprender por las argucias patronales.

Es conveniente, para expresar un juicio en relación con la nueva Ley Federal del Trabajo, un juicio en lo general, mencionar un factor que debe servirnos como base. ¿Corresponde la nueva Ley Federal del Trabajo al desarrollo del país en todos los aspectos durante los últimos 40 años, desde la fecha en que entró en vigor la Ley del Trabajo que todavía nos rige, o hay algunas omisiones importantes que es preciso tomar en cuenta? Yo creo que el dictamen y también la iniciativa contienen algunas omisiones importantes.

¿Qué es lo que había hace 40 años? (y menciono este hecho porque es una implicación política del fenómeno que mencioné al iniciar esta intervención).

Menos de un lustro después de la aprobación de la Ley vigente, el movimiento sindical se unió, surgió la más poderosa central obrera que ha habido y que existe en México: La Confederación de Trabajadores de México. (Aplausos.) La dirigía una de las más grandes figuras de la Revolución Mexicana: Vicente Lombardo Toledano. La presidía una política de la cual estaba descartado, proscrito el anticomunismo como una corriente política antagónica a los intereses de la clase obrera, del pueblo de México y a la ruta de la Revolución Mexicana. Entonces, del producto nacional era mayor la proporción que se distribuía entre los trabajadores por concepto de salarios y prestaciones que lo que percibían los patrones por concepto de utilidades. Pero las estadísticas nos muestran muy reveladoramente que hubo un momento en que esa relación se convirtió en la inversa. En el movimiento obrero mexicano se inauguró ese fenómeno que adquiere su título por el nombre y el mote de su progenitor, el "Charro Díaz de León", de ingrata memoria. A partir de entonces la relación se invierte y hoy, del producto nacional va a dar a manos de la clase patronal una proporción mucho mayor que la que perciben los trabajadores. El hecho

económico tiene una relación directa con el hecho político, y es preciso que la clase obrera se percate de ello para que oriente debidamente su lucha.

En estos cuarenta años, la clase obrera ha crecido numéricamente. Hay muchos centenares de miles más de trabajadores industriales y agrícolas; pero, en cambio, afirmo que la clase obrera no ha progresado cualitativamente y que la conciencia de clase de los obreros mexicanos se encuentra por debajo de la que habían alcanzado durante aquel período de los treintas, en que el movimiento obrero fue un factor decisivo en el desarrollo de la Revolución Mexicana.

Se vio bien claro entonces que la clase obrera constituía un sólido punto de apoyo para el gobierno del general Cárdenas, en su afán de impulsar al país y beneficiar a su pueblo. La clase obrera mexicana fue un factor básico para que se decretara la nacionalización de la industria petrolera. Esto debe el país a la clase obrera mexicana, su propia integración nacional.

Y en el hecho se ve también que la política de nacionalización de las industrias básicas, lo mismo si se rescatan de los capitales extranjeros o de los monopolios imperialistas, que si se toman de manos de los capitalistas privados, constituye uno de los puntos de programa obligado para que la Revolución de México cumpla con su programa.

Se inició el proceso desde antes de los treintas con la creación del Banco Ejidal, que debía cubrir la necesidad de crédito para la realización de la Reforma Agraria, crédito negado por la iniciativa privada; y se afirmó con la creación de las industrias nacionalizadas, quitadas de las manos de los monopolios extranjeros, pero convertidas en propiedad del Estado, y no puestas en manos privadas, así fuesen mexicanas.

De este modo se ve cómo la intervención del Estado en la vida económica de México es un fruto genuino, obligado, inevitable del programa de la Revolución. Y cómo, para que este programa marche, los gobernantes deben buscar la alianza con la clase obrera, y no la supeditación de ésta; el desarrollo del movimiento proletario, y no su envilecimiento.

Es en este punto en donde quiero hacer la primera observación de tipo general al proyecto de nueva Ley Federal del Trabajo.

Siendo las industrias nacionalizadas, las empresas nacionalizadas, las empresas del sector estatal, un producto genuino de la Revolución Mexicana, ¿es correcto que no haya sido tomado en cuenta este nuevo factor económico en la Ley Federal del Trabajo? Si el capitalismo de Estado en México fuese igual al capitalismo de Estado en Inglaterra o en Francia, poco habría que decir. Pero si ha surgido y se ha desarrollado como fruto de un proceso revolucionario, por orden de la revolución, y además, si en la vida económica de México ocupa un espacio tan amplio (es probablemente México el país del mundo capitalista donde la intervención del Estado en la vida económica es tan grande, marcha en este sentido a la vanguardia del resto de los países del mundo capitalista), ¿es correcto, repito, que la nueva Ley no tome en cuenta ese factor? ¿Deben ser tratadas las relaciones obrero patronales de manera exactamente igual en las empresas nacionalizadas que en las empresas de la iniciativa privada? ¿O hay algún elemento digno de ser considerado para incorporar nuevos elementos, nuevos factores en la relación obrero patronal? Opino que es una omisión de la nueva Ley no haber considerado el fenómeno, ni haber, en consecuencia, establecido algunas disposiciones, de carácter general, aunque fuera, al respecto. Me quiero referir de manera más concreta a lo siguiente: Las empresas nacionalizadas a menudo han sido fuente de enriquecimiento de los personajes que han sido comisionados para presidirlas, con apoyo en ellas, usándolas como mercado seguro de determinados productos, han fundado empresas para producir lo que ha de consumir la gran empresa nacional en cuya dirección han sido puestos. Concretamente se puede señalar el uso de Petróleos Mexicanos durante la administración pasada para el enriquecimiento de su Director. Y hay otras empresas en las que predomina el capital nacional, que bajo el lema de capitalizar y fomentar el ahorro han permitido la proliferación y el enriquecimiento de estos nuevos magnates de la injusta distribución de la riqueza, de estos nuevos magnates del capitalismo privado colocados al frente de empresas del sector estatal o en las que el sector estatal predomina.

Por ejemplo, Altos Hornos de México, que durante el régimen anterior y el anteanterior y también en el presente, tiene a la cabeza a personajes que han usado el cargo para crear industrias privadas accesorias, de las cuales Altos Hornos de México es cliente seguro.

¿Y la clase obrera debe limitarse a observar el proceso que se produce en empresas fruto de la Revolución Mexicana, indiferente y pensando sólo en las condiciones del contrato colectivo de trabajo?

Creo que debiera haberse establecido - sugiero que se establezca - , que en las empresas nacionalizadas debe establecerse una relación entre los factores de la producción que dé lugar a una directa, seria y respetada participación obrera en todo el proceso de la gestión industrial.

Y después de casi cuarenta años de vigencia de la Ley actual ¿cuáles son los resultados? El espectáculo de las relaciones obrero - patronales, del trato político del sector patronal al sector obrero y del movimiento sindical, no es en ninguna forma alentador. Podemos decir que el sistema existente de relaciones obrero - patronales en la actualidad es siniestro.

Además del ingreso insuficiente que obliga a los trabajadores a buscar dos o tres empleos, ¡y a cuántas trabajadoras a realizar actividades luego en el hogar, cosiendo, planchando, lavando!, a más de eso, de esa dramática situación económica de la gran mayoría de los trabajadores de la ciudad y del campo en México, hay

todo un sistema cargado de vicios, de desviaciones, de suciedad, en las relaciones obrero - patronales. Estos patrones que se desgañitan, en vez de procurar que la relación con los trabajadores sea limpia y clara, se van por el camino fácil de la corrupción para acumular ganancias mayores. Se fomenta así la creación de sindicatos blancos, de líderes blancos, de líderes venales, que prefieren al interés de la clase en su conjunto, la solución de un problema personal. Que de ese modo traicionan los intereses de sus compañeros de clase.

Las autoridades del trabajo intervienen muy a menudo no para sanear el ambiente, sino para acabar con sus resoluciones de ensuciarlo. Se arrogan facultades que no tienen y deciden no sólo acerca de cuál es sindicato y cuál no lo es, sino acerca de quiénes son los dirigentes y quiénes no lo son. Por conveniencia muy a menudo política, y no respetando la verdadera disposición, el verdadero deseo de los trabajadores. Hay numerosos sindicatos blancos, hay sindicatos falsos que agrupan a trabajadores que no saben que están agrupados en ningún sindicato; pero el propietario del contrato entre sindicato fantasma y empresa percibe una cantidad equis por administrar un contrato que ha sido registrado ante las autoridades, que no ofrece el menor beneficio a los trabajadores supuestamente agremiados al sindicato fantasma. Y hay también el líder administrador de contratos que lejos de convertirse en el jefe de una organización sindical que vele por los intereses de los agremiados frente al patrón, maneja su categoría de administrador del contrato como una fuerza económica y como una fuerza política, que no beneficia para nada a los trabajadores afectados.

Esa relación de trabajo, ese ambiente en las relaciones obrero - patronales, debe ser modificada. En este sentido, debo hacer notar que considero que la nueva Ley no profundiza debidamente ni acentúa en la forma necesaria una política que produjera esos resultados.

Porque la nueva Ley Federal del Trabajo debe ser un instrumento seguro, serio, profundo del desarrollo y debe alcanzar, además, vigencia real. Porque el Artículo 123 fue promulgado el 5 - fue aprobado y creo que la promulgación se produjo el primero de mayo - fue aprobado el 5 de febrero de 1917; pero muchos años después una buena parte de sus artículos y de sus incisos y de sus disposiciones no habían entrado en vigor y todavía hoy, en 1969, muchos de los puntos contenidos en el Artículo 123 no están en vigencia y hay centenares de miles de trabajadores en México que no disfrutan de los beneficios del Artículo 123 Constitucional.

Habrá, pues, que darle vigencia real a la nueva Ley y acentuar su categoría de instrumento del desarrollo, hacer más profundo su impacto en favor de una menos injusta distribución, del ingreso, en favor de una menor - válgase el término - cuota de explotación de los obreros y de una limitación de las utilidades. Como alguien lo ha dicho, la nueva Ley debe desempeñar el papel de un acelerador económico.

Opino que hubiera sido mejor que la nueva Ley fuese precedida de una reforma al Artículo 123 Constitucional, para dejar establecidas en la Constitución las nuevas normas, más claramente definidas en beneficio de la clase obrera y en las que estuviese reflejada la conciencia del desarrollo del país durante este período de casi 40 años, como parte del texto constitucional.

Creo que la Ley que se ofrece a nuestra consideración es buena porque introduce, convirtiéndolas en generales, algunas conquistas conseguidas, establecidas en determinados contratos colectivos de trabajo, contratos que superaban, que han superado, que superan las ventajas contenidas en el texto de la ley vigente. Y que tiene de bueno también, creo, la nueva Ley, la inclusión de sectores de trabajadores - aunque no todos - , que anteriormente habían sido tomados en consideración. Es un progreso que se legisle acerca de estos nuevos y amplios sectores de la clase trabajadora de México.

Pero advierto las siguientes deficiencias, además de las ya señaladas. La primera: No se pone suficiente énfasis en aquellas medidas dirigidas a estimular el desarrollo de un movimiento sindical vigoroso e independiente en México. Se deja en pie el criterio que permitirá al gobierno seguir interviniendo en la vida interna de los sindicatos...

El C. presidente: Me permito recordar al orador que se ha excedido en diez minutos del tiempo reglamentario. Le ruego abrevie su disertación.

El C. Sánchez Cárdenas, Carlos: Muchas gracias; seré breve, en vista de la llamada de atención -justificada- del señor presidente de los debates...

El C. Blanco Sánchez, Javier: Moción de orden. Yo quisiera rogar a la Presidencia se consultara a la Asamblea si se concede libertad de tiempo para que en esta ocasión, siendo el tema tan importante, los señores diputados puedan exponer ampliamente los juicios que sobre la ley tengan que hacer.

El C. presidente: Ruego a la Secretaría consultar a la Asamblea si está de acuerdo en que haya libertad de tiempo para los oradores en esta sesión.

El C. secretario Iglesias Meza, Manuel: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se deja amplitud a los oradores para discutir en lo general el tema que se está tratando. Los que estén por la afirmativa que se sirvan levantar la mano.

El C. presidente: Como es una minoría la que ha levantado la mano, nos sujetaremos al Reglamento.

El C. Sánchez Cárdenas, Carlos (continuando): Bien, entonces, en la forma de simples enunciados. Creo que la ley debiera ser más enfática y clara en relación con la independencia del movimiento sindical, con la autodeterminación del movimiento sindical, con

el derecho de organización sindical, limitado no sólo con motivo de que las autoridades se constituyan en árbitros, sino también por la existencia de cuerpos represivos como la policía industrial que funciona en muchos lugares, y muy destacadamente en el Estado de México, y que persigue a los trabajadores que quieren organizar sindicatos de lucha.

Creo que la ley debió haber sido más precisa en relación con la vigencia del derecho de huelga, pues el derecho de huelga se halla muy limitado en México; casi podríamos decir que sólo existe en teoría, ya que cuando se trata de empresas del Estado, el fallo es: Inexistencia; y cuando se trata de una gran empresa privada, mediante la incautación, el gobierno se convierte en juez y parte. Y sólo funcionan las huelgas en los pequeños talleres, en las pequeñas empresas de la iniciativa privada.

Creo que en relación con la contratación colectiva debió haber sido también más profunda la ley con el fin de evitar, de proscribir y de sancionar la simulación de contratos, y la promoción de los mismos a espaldas de los agremiados a los sindicatos.

Creo que en otros aspectos, la Ley Federal del Trabajo debió haber contenido un capítulo sobre los jubilados y otro sobre los lisiados. Cumplo con una petición formulada por los jubilados ferrocarrileros en el sentido de proponer que sea incluido en la Ley Federal del Trabajo, que sea incluido un capítulo...

El C. presidente: Me permito recordar al señor orador que se está discutiendo la Ley en lo general, no en lo particular.

El C. Sánchez Cárdenas, Carlos: La Ley en lo general no tiene un capítulo de jubilados. ¿En qué capítulo particular voy a proponer que haya un capítulo de jubilados? ¿Podría contestarme el señor presidente? Le pregunto con todo respeto.

Que además, en algún artículo transitorio debía establecer que quedan anulados todos los reglamentos (como algunos que favorecen a Su Majestad el Poder Financiero de México), que entran en conflicto con las disposiciones de la Ley que vamos a aprobar.

Y finalmente, que para contribuir a la limpieza en el manejo de las relaciones obrero - patronales y teniendo en cuenta que particularmente las Juntas Centrales adolecen de numerosas irregularidades, los Tribunales del Trabajo deben ser federalizados.

Con las aclaraciones anteriores y expresando mi esperanza en que sean tomadas en cuenta, manifiesto que votaré por que el Dictamen que ha sido puesto a nuestra consideración, sea aprobado en lo general.

Gracias a la presidencia por haber manejado con elasticidad el tiempo de que he dispuesto. Gracias a ustedes por haberme escuchado. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra la C. diputada Gloria Rodríguez de Campos.

- La C. Rodríguez de Campos, Gloria: Señor presidente, señores diputados:

"La fracción Parlamentaria de mi partido, el Partido Popular Socialista, aprobará en lo general el dictamen que con proyecto de Decreto han presentado las Comisiones, en relación a la iniciativa que para una nueva Ley Federal del Trabajo ha sido enviada por el Primer Magistrado de la Nación a esta asamblea. Al aprobarla en lo general nosotros los diputados del Partido Popular Socialista hemos considerado que las omisiones que el documento presenta son de carácter particular y a éstas nos vamos a referir de manera concreta, consecuentes con la actitud invariable de nuestro partido de reconocer los actos positivos del Gobierno, pero siempre reservándonos el derecho que como partido independiente tenemos de señalar con franqueza y espíritu constructivo las omisiones que presenten los documentos del Poder Público en todos sus niveles.

En las consideraciones generales que contiene la iniciativa del C. Presidente de la República, aparecen tesis y conceptos muy valiosos, que las Comisiones que elaboraron el dictamen `consideraron prudente modificar... para hacer más efectivos los objetivos propuestos...', pero solamente le restaron valor al espíritu y tesis que se manejan en el documento del Ejecutivo.

Efectivamente, el Proyecto afirma: `Es cierto que el Proyecto tiene la tendencia a conceder a los trabajadores en general algunos beneficios que no se encuentran consignados en la Ley vigente, pero conviene hacer notar, en primer lugar, que la Legislación del Trabajo no puede ser un derecho estático, sino al contrario, para llenar su función tiene que ser un derecho dinámico que procure, sin incurrir en exageraciones que podrían perjudicar el progreso general del país, mejorar las condiciones de vida de los trabajadores...' Más adelante se asienta: Es norma de conducta que rige la administración actual, que si bien el gobierno debe contribuir al desarrollo de la industria, de la agricultura y del comercio a fin de que se aumente la producción, también lo es que el crecimiento de la industria y de sus productos no puede beneficiar a un solo grupo, sino que debe extenderse a todos los sectores de la población mexicana. El verdadero progreso de un país consiste en que los resultados de la producción aprovechen a todos y permitan a los hombres mejorar sus niveles de vida.'

Este concepto del desarrollo económico coincide con las tesis de nuestro Partido, que ha sostenido siempre que el desarrollo considerado solamente como un fin, carece de valor y de importancia. El desarrollo económico debe considerarse como un medio para elevar las condiciones de vida del pueblo. Saludamos que el proyecto haya adoptado esa posición contraria esencialmente a la que se sostenía en tiempos de Miguel Alemán, cuando se afirmaba que para repartir la riqueza era necesario primeramente acopiarla.

Lamentamos, por otra parte, el temor expresado en el proyecto de incurrir en exageraciones, cuando se trata de mejorar las prestaciones y los niveles de vida de la clase trabajadora, porque lo que es francamente exagerado es la forma, notoriamente injusta, de como se

reparten en nuestro país las riquezas y el ingreso nacional. Sólo el 15% de este último va a beneficiar a los trabajadores, del resto se aprovechan el Estado, los patrones y otros sectores minoritarios de la población.

La fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista acepta con agrado que el gobierno reconozca el aspecto dinámico de la Legislación Obrera y que afirme que es norma de conducta de la administración no beneficiar a un solo grupo, sino extenderse para que los resultados de la producción aprovechen a todos con miras a mejorar sus niveles de vida.

El Dictamen no recoge viejas y sentidas demandas de la clase obrera por las que nuestro partido ha luchado desde que nació a la vida pública, como es el caso de la jornada de 40 horas semanales, en cinco días de trabajo; de la escala móvil de salarios, la federalización de los tribunales de trabajo y aquellas normas que garanticen la vida democrática de los sindicatos. El Proyecto es, sin embargo, más avanzado que la actual legislación, respecto a las prestaciones que se reconocen y garantizan a los trabajadores. Su mérito consiste en generalizar algunas de las prestaciones que los sindicatos más organizados y combativos han conquistado en sus contratos colectivos. Entre ellas se encuentran: El aguinaldo anual, los fondos de ahorro, prima de antigüedad, un período más largo de vacaciones y la facilitación de habitaciones. Sin embargo, el proyecto no se coloca en el grado más alto de esos contratos colectivos con el propósito de dejar en libertad a los trabajadores de que en la medida en que lo permita el progreso de las empresas o ramas de la industria puedan obtener beneficios superiores a los establecidos en la Ley.

A este respecto queremos comentar que, en efecto, mejorar esas prestaciones corresponde al grado de organización y combatividad que la clase obrera alcance en el futuro. Porque no es la Ley, sino la lucha de clases, la fuente de todas las conquistas y de todos los derechos de la clase obrera, que la legislación sólo reconoce y garantiza.

El proyecto toma en consideración también los aspectos más positivos de la jurisprudencia de la Suprema Corte de la Nación, incorporándolos al texto legal. Finalmente, el nuevo Proyecto incorpora algunos de los acuerdos internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, organismo especializado de la ONU.

En cuanto a la jornada de trabajo el Proyecto no contiene ninguna novedad de importancia, a no ser la de reglamentar el trabajo extraordinario en un intento de garantizar la disposición constitucional que prohibe el trabajo extraordinario cuando se repite más de tres veces a la semana y con una duración mayor de tres horas en cada ocasión. El método que utiliza el Proyecto para lograr este objetivo es el de aumentar el precio de las horas extraordinarias en un doscientos por ciento cuando se exceda de los límites señalados.

El Proyecto precisa el alcance de los mandamientos constitucionales, en lo que se refiere a la determinación de la jornada máxima y del llamado servicio extraordinario; define lo que se entiende por jornada de trabajo, que a de ser el tiempo que el trabajador esté a disposición del patrón para la prestación de sus servicios, relevándolo de la prolongación de la jornada a causa de cualquier interrupción que sobrevenga en el trabajo, asegura el descanso semanal y el disfrute del período de vacaciones.

Si el Proyecto incorpora prestaciones que superando la Ley laboral vigente han obtenido los sindicatos más organizados y combativos, debía haber aprovechado precedentes ya sentados por algunas empresas del Estado que tienen establecido el sistema de 40 horas de trabajo en cinco días a la semana.

El Partido Popular Socialista lamenta el que no se hubiese aprovechado un esfuerzo legislativo de tanta importancia como es el de elaborar una nueva Ley Federal del Trabajo, para incorporar en el nuevo texto dos instituciones por las que la clase obrera de nuestro país y del mundo capitalista ha venido luchando denodadamente, tales como la jornada de 40 horas a la semana y la escala móvil del salario.

La reducción de la jornada de trabajo es una reivindicación histórica de la clase obrera y es objeto de una dura y constante lucha entre el capital y el trabajo y que, desde hace un siglo, ha dado lugar en numerosas ocasiones a grandes movimientos de masas en el plano internacional y nacional. En el siglo pasado, la demanda fundamental consistió en establecer la jornada máxima de ocho horas; pero en nuestro tiempo y dentro de los países capitalistas, la reivindicación más generalizada es la lucha por la jornada de 40 horas en cinco días de trabajo a la semana.

Las consecuencias de las semanas de trabajo excesivamente largas, se hacen sentir duramente en la salud y en las condiciones de vida de los trabajadores. El aumento de la duración del trabajo, así como la aceleración de su ritmo son factores que contribuyen al crecimiento del número de accidentes y de enfermedades causadas por el agotamiento físico y nervioso, asimismo aumenta los casos de invalidez prematura de los obreros y reducen su vida activa. El aumento de la duración del trabajo, conjuntamente con su intensificación conducen a una grabación del estado general de la salud de los trabajadores y constituyen un serio perjuicio para sus condiciones de existencia, que afecta a todos los aspectos de su vida, y más en nuestro país en donde por la insuficiencia de los salarios muchos trabajadores tienen que prestar horas extras de servicio o atender dos empleos que prolongan su jornada diaria de 12 a 16 horas. La reducción de la jornada de trabajo constituye para los trabajadores un medio de lucha contra la agravación del desempleo y los despidos, particularmente, en relación con las consecuencias del desarrollo de la automatización.

En el curso de los últimos años, debido al aumento de la productividad el número de los trabajadores de la industria ha disminuido con relación a la producción. Un número creciente de trabajadores ha sido despedido, trasladado o desclasificado. Esto hace más necesario que nunca la reducción de los horarios de trabajo.

Muchas empresas, sobre todo las ligadas al capital imperialista, se oponen encarnizadamente a la reducción efectiva de la duración del trabajo, bajo el pretexto de que ésta traería como consecuencia la disminución de la producción, que determinaría nuevas alzas en los precios. Sin embargo, los hechos refutan tales argumentos. Los progresos de la técnica han sido tales que las ganancias de los monopolios han alcanzado un nivel tan elevado, que se han creado las condiciones que hacen posible la reducción inmediata de la duración del trabajo.

La ciencia económica y la práctica han demostrado que el aumento de salarios no afecta el nivel de la producción ni propicia la inflación monetaria ni la elevación de los precios de los artículos de primera necesidad, por el contrario, un aumento en los precios de las mercancías sí afecta directamente las condiciones de vida de los trabajadores que ven reducidos sus salarios reales con tal procedimiento.

Por esa razón el Partido Popular Socialista ha luchado desde su creación porque se implante en México el sistema de la escala móvil del salario, que consiste en que los salarios aumenten en la misma proporción en que se elevan los precios de las mercancías; pero superándolos siempre. Un sistema de esta naturaleza sería más consecuente con el criterio general del proyecto que venimos comentando en el sentido de que el trabajo es el objeto de la protección de las leyes laborales para dignificar a quien lo presta y elevar sus condiciones de vida.

El proyecto mantiene el principio de la sindicalización plural, es decir, la posibilidad legal de que existan varios sindicatos dentro de una misma empresa; pero al tratar lo relativo al contrato colectivo de trabajo pone mayor énfasis en este principio. Establece las normas que deberán observarse en la celebración de los contratos colectivos de trabajo cuando en una misma empresa concurran sindicatos de empresas e industriales, sindicatos gremiales y de empresa o de industria. Se establece el principio de que los sindicatos mayoritarios son los que tienen el derecho de celebrar el contrato colectivo; pero también prevé que el contrato puede celebrarse con todos los sindicatos gremiales que concurran en la empresa siempre que se pongan de acuerdo o, en caso contrario, que cada sindicato gremial celebre un contrato colectivo para su profesión, siempre que el número de sus agremiados sea mayor que los trabajadores de la misma profesión que formen parte del sindicato de empresa o de industria, que concurra con ellos en una empresa determinada.

Todo esto quiere decir que la Ley contempla no sólo la posibilidad de que existan varios sindicatos en una misma empresa, sino también que existan varios contratos colectivos por profesiones o especialidades. A nuestro entender esto implicará una mayor dispersión del movimiento obrero y se dará vida a modalidades feudales de organización ya superadas por la historia: La organización de los gremios.

Nuestro partido sostiene el principio de que deben existir contratos colectivos de trabajo únicos para cada empresa, producto de la movilización unida de todos los trabajadores que laboran en ella, donde se especifiquen, naturalmente, las condiciones de trabajo que requieren las distintas profesiones y especialidades. Es más, nuestro partido considera que debe aumentar el número de los contratos ley, o sea aquellos contratos colectivos de trabajo que establecen las condiciones de trabajo para todas las empresas de una misma rama industrial.

Por otra parte, la nueva legislación del trabajo, aplicando fielmente los principios del artículo 123 de la Constitución General de la República, debe garantizar plenamente el derecho de asociación sindical de todos los trabajadores, derogando, expresamente, todas aquellas disposiciones contenidas en leyes, decretos o acuerdos que prohiban la organización sindical de algunos sectores de trabajadores, como ha sucedido con los empleados de la banca y el comercio.

Aún cuando hemos preconizado toda la vida que el poder público no debe intervenir en la organización interna de los sindicatos, hemos afirmado también que la Ley Federal del Trabajo debe contener una serie de normas que garanticen el régimen de la democracia sindical en el seno de las agrupaciones de trabajadores, cuidando especialmente, de la elección de los dirigentes, el manejo de fondos, la rendición de cuentas y la independencia completa de las organizaciones sindicales respecto del Estado y de la clase patronal. Una serie de normas que contribuyan y faciliten la acción unida de los trabajadores frente a sus reivindicaciones y anulen los impedimentos que actualmente existen para la reconstrucción de la unidad orgánica de las agrupaciones sindicales y el libre ejercicio de las garantías individuales de cada trabajador.

El proyecto mantiene la figura jurídica popularmente conocida con el nombre de cláusula de exclusión' y que se refiere a la obligación legal que tienen los patrones de despedir del trabajo a quienes hayan renunciado o sean expulsados del sindicato si en los contratos colectivos de trabajo se aprobó la cláusula respectiva; pero toma algunas medidas para evitar los frecuentes abusos que los dirigentes sindicales cometen contra los miembros del sindicato que no están de acuerdo con ellos, tales como la de garantizar la presencia física de las dos terceras partes de los miembros del sindicato para que pueda tener lugar la exclusión.

Pese a los ataques que ha provocado la cláusula de exclusión por el indebido manejo que de ella han hecho muchos dirigentes sindicales, pensamos que se trata de una institución necesaria para conservar la autonomía e integridad de cualquier sindicato cuando es aplicada con criterio de clase.

El contrato sindical de trabajo, es una conquista de la clase obrera mexicana y es, tal vez, la más grande que haya logrado el proletariado de nuestra Nación. Este contrato, sin la cláusula del empleo obligatorio de los trabajadores que proporciona el sindicato, quedaría deshecho y el sindicato perdería su fuerza social.

Tratándose de los trabajadores agrícolas, debe decirse que el Proyecto ignora los cambios operados en el país respecto la tendencia de la tierra a partir de la aplicación de la Reforma Agraria, pues en términos generales establece las mismas condiciones de trabajo que fijó la Ley de 1931, cuando el país estaba aún bajo los efectos de las relaciones de producción en grandes haciendas.

No hay en el proyecto ninguna institución que acerque a los trabajadores agrícolas a los trabajadores de la ciudad, que garantice su derecho a organizarse sindicalmente; a la seguridad en el trabajo; a disfrutar de salarios decorosos; días de descanso, vacaciones, y a los beneficios de la seguridad social.

Se establece alguna protección menor para los trabajadores de planta; pero en tratándose de los trabajadores eventuales no se les protege en forma alguna. Esto es muy grave si se toma en consideración que en el campo la gran mayoría de los trabajadores son eventuales.

La fracción XVIII del artículo 123 de la Constitución General de la República, establece que las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital... Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra personas o propiedades o, en caso de guerra, cuando aquellas pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del gobierno.

Esto quiere decir que el Constituyente impuso al ejercicio de huelgas sólo dos requisitos: Que tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción y que no se cometan actos violentos contra las personas o las propiedades. La Legislación laboral debe ajustarse estrictamente a lo dispuesto por la Constitución General de la República, sin imponerle al derecho de huelga otras condiciones que las que establezca la propia Constitución.

Desde este punto de vista consideramos anticonstitucional, que las huelgas sean calificadas de existentes o inexistentes, ya que estas son existentes por su propia naturaleza, pues todas se proponen conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción.

Deben derogarse también, por anticonstitucionales, todas las disposiciones que autorizan al poder público intervenir a las empresas donde hayan estallado movimientos de huelga, con el pretexto de salvaguardar el interés público.

Nos parece, por último, que la expresión de que el trabajo no es artículo de comercio, no corresponde a la verdad. Es un intento de disfrazar el fondo de la explotación capitalista. Los productores directos, o sean los trabajadores, están separados, en el régimen capitalista de los bienes y de los instrumentos de la producción económica, por lo que se ven en la necesidad de vender, a quienes detentan la propiedad de los mismos, su fuerza de trabajo, a fin de no morir de hambre. Esta fuerza de trabajo es una mercancía que, como cualquier otra, tiene un valor y un precio que se expresa en dinero; pero es la única mercancía que produce valor. Los capitalistas sólo pagan su precio, pero no el precio de los valores que produce, es decir, sólo pagan la cuota estrictamente necesaria para que el trabajador pueda vivir. El trabajador obtiene con su trabajo valores necesarios para poder vivir, pero es obligado a laborar una jornada suplementaria para producir los valores destinados al capitalista. Este último se apropia de todas las mercancías y con ellas, de un trabajo y un valor suplementario que no es retribuido al trabajador. En una palabra, se aprovecha de la plusvalía que trae como consecuencia el constante enriquecimiento de los propietarios de los medios e instrumentos de la producción económica y empobrecimiento de los trabajadores. Sin embargo, en el proyecto se observa como se dice antes, el espíritu de sus autores de dignificar el trabajo humano y dar a quien lo presta ciertas garantías que lo protejan contra la explotación inmoderada.

Hechas las consideraciones anteriores, la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista, declara que aprobará en lo general, el Dictamen, con proyecto de Decreto para una nueva Ley Federal del Trabajo, reservándose los derechos para que al discutirse en lo particular, hacer las observaciones, adiciones o modificaciones a algunos capítulos y artículos en lo particular que merezcan una opinión distinta a la que actualmente tienen." (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Efraín González Luna Morfín.

El C. González Luna Morfín, Efraín: Señor presidente; señores diputados: Al fundamentar el voto de la diputación de Acción Nacional, quiero señalar que aprobamos todas las disposiciones que por razones de justicia incluyen avances y mejoras para los trabajadores.

Nos reservamos, desde luego, la discusión de diversos artículos cuando pasemos a examinar el proyecto en lo particular. Para precisar nuestra posición en una materia tan importante como lo es la legislación del trabajo, queremos señalar coincidencias y discrepancias respecto de principios, supuestos y metas del proyecto a consideración.

Respetando los límites que impone una discusión en lo general, me referiré a algunas nociones fundamentales expresadamente consignadas en el dictamen y, sobre todo, en la introducción y en la exposición de motivos del Proyecto de Nueva Ley Federal del Trabajo impreso en el Diario de los Debates el 12 de diciembre del año pasado.

Estos diversos aspectos se refieren a las bases en las que necesariamente tiene que apoyarse cualquier modificación concreta de una ley laboral.

Además de los detalles que necesariamente deben aparecer en el articulado, está latente en el proyecto determinada serie de principios acerca de lo que debe ser el trabajo dentro de la realidad económica humana en México.

Se encuentran también apreciaciones respecto de problemas y tesis básicas del mundo

actual, como son las relaciones entre el desarrollo económico y el progreso social; el esquema o tipo de sociedad que acepta como fundamento o punto de partida el proyecto para proponer una nueva ley, la idea que se tiene de las relaciones entre el poder público y los sindicatos y los dueños de los medios de producción. Estas y otras muchas nociones no afloran, desde luego, con toda claridad en un articulado concreto; pero sí se señalan en la introducción y en la exposición de motivos. Creo que constituyen un tema adecuado de reflexión y de discusión en lo general.

En primer lugar, se afirma con toda claridad en la introducción del proyecto que la Ley Federal del Trabajo debe ser un medio para la elevación de las condiciones de vida de los trabajadores. La idea es, obviamente, correcta.

Se rechaza con esto, como lo exige la dignidad humana de los trabajadores y la responsabilidad del Estado, la idea liberal o neoliberal de que el Estado debe mantenerse al margen de las relaciones humanas que se anudan en el mundo económico. Se rechaza la idea falsa de que, de los automatismos económicos de oferta y demanda, si se dejan funcionar sin trabas, resultará el mejor de los mundos socioeconómicos posibles.

Se rechaza la idea del estado legítimo y justo que no debe intervenir, según esas falsas teorías, en la protección de los económicamente débiles o en la búsqueda de metas generales de bien común, por encima de intereses particulares.

Reconocemos, además, que bajo la protección de la Ley Federal de 1931, sí ha habido, para muchos trabajadores mexicanos, elevaciones apreciables del nivel de vida, y señalamos que tal mejoría de nivel de vida no abarca, por desgracia, a todos los mexicanos y deja mucho que desear en relación con ciertos grupos de obreros, de empleados y, sobre todo, con los campesinos de México.

El proyecto incluye aumentos valiosos y positivos de remuneración y de prestaciones para los trabajadores; pero se queda dentro de una posición que podría llamarse de reforma de los ingresos que deben recibir los trabajadores, sin aprovechar la magnífica oportunidad de una nueva Ley Federal del Trabajo para plantear tesis y metas que, en plan realista, se pueden ir ya realizando en México.

En concreto no es posible, tomando en cuenta factores de madurez de conciencia y de desarrollo económico de México, mantenerse indefinidamente en una dosificación de mejoras económicas para los trabajadores, sin dar el paso básico, sin aceptar el desafío radical que en México y en América Latina y en los países del mundo en general plantea la situación del trabajador como persona humana. Este desafío es el cambio de la condición proletaria, el acceso generalizado a la propiedad no sólo de medios de consumo o de uso durable, sino también de medios de producción.

Una nueva ley del trabajo, sin sensacionalismos ni demagogias, podría ir planteando bases reales con miras a este objetivo básico de cambio de condición humana para los trabajadores. Hay, desde luego, una ambigüedad que aparece en planteamientos de diverso signo, dentro y fuera de nuestra patria. Como dato socioeconómico, la condición del trabajador proletario puede servir para poner en marcha entendimientos y voluntades en busca de esfuerzos realistas de reforma, o también tal condición proletaria se puede mantener indefinidamente y servir de pedestal práctico para el control político de los trabajadores. Es la disyuntiva que en realidad se afronta en diversas partes del mundo. Por eso, la misma introducción al proyecto señala un factor indispensable que permita afrontar el problema anterior: La coalición, el derecho de coalición sindical y de huelga, dentro de un marco legal salvaguardado por el Estado, para lograr la creación de centros de decisión y de iniciativa por parte de los trabajadores en sus relaciones con la clase patronal y con el Estado. Eso es fundamental y representa un innegable acierto de la legislación mexicana. Se necesitan crear sujetos de negociación, sujetos capaces de discutir, de elaborar exigencias, de elaborar planes, con tal que se observe una condición básica que garantiza la misma ley: La autonomía de la coalición sindical frente a los patrones y frente al Estado. En México está legalmente establecido este sistema de coalición, que incluso se adelantó en comparación con otras naciones. Lo que hace falta es llevar a práctica estos principios absolutamente necesarios para que de la coalición, de la protección legal que otorgue el Estado, surja la voluntad de innovación, de cambio de condición humana en los trabajadores, de mayor participación en los productos del desarrollo económico.

En tercer lugar, como uno de los motivos justificados que explica una necesidad de reformas laborales, se menciona el desarrollo industrial y la amplitud de las relaciones comerciales. En países en desarrollo, frente a las exigencias de reformas en el mundo del trabajo, con frecuencia se propone primero complementar el desarrollo en su aspecto real y financiero y dejar para después la satisfacción de exigencias de justicia y de mejoramiento humano, cuando en realidad el desarrollo mismo, como etapa típica de inversión neta en un país que, va creciendo, ofrece las posibilidades de innovar formas de relación entre los trabajadores y los dueños de los medios de producción.

El proyecto, a este respecto, no señala esas formas de innovación que podrían representar, con realismo, con técnica económica, avances muy positivos para los trabajadores mexicanos.

De hecho, aquí como en otras partes, se da el fenómeno curioso que consiste en alabar la capacidad de ciertas técnicas de adiestramiento, de creación de conciencia, de ahorro o de inversión cuando dan resultado a favor de quienes son dueños del capital o de los medios de producción y, al mismo tiempo, la posibilidad de generalizar esas técnicas cambiando

todo lo que la dignidad humana exija en su aplicación. Cuando se habla de esa posibilidad, se rechaza alegando impreparaciones o incompresiones de los trabajadores.

Es posible, en este aspecto, generalizar los beneficios del desarrollo económico para toda la población, como señala también el proyecto en su introducción: El desarrollo de la industria, la agricultura y el comercio para todos los sectores de la población mexicana. Desde luego que subsiste el grave problema de la injusta distribución de producto e ingreso nacional. Pero en esta afirmación del proyecto está la idea fundamental del destino universal de los bienes materiales. Falta el señalamiento concreto, realista, de formas de apropiación para la clase trabajadora.

Las afirmaciones anteriores se complementan desde luego con una idea dinámica de la legislación del trabajo. Reservando, como señalé al principio, diversos artículos para su discusión en lo particular, los diputados miembros de Acción Nacional queremos señalar la necesidad de llevar a sus consecuencias prácticas los principios valiosos mencionados en la introducción del proyecto.

En está, como en otras materias, no nos falta con frecuencia una correcta orientación legal; nos falta decisión para llevar a la práctica esas orientaciones que, si se quedan en la teoría, no resolverán los problemas de los mexicanos.

Parece que el proyecto contempla para un plazo indefinido la posibilidad de seguir manteniendo la legislación laboral sobre la noción de la sociedad capitalista de clases, sin insertar en la ley mecanismos de reforma que pueden operar con toda eficacia.

En esa sociedad capitalista de clases existe la división en torno del mercado de trabajo, con dueños de medios de producción frente a dueños de mano de obra. Y esta situación plantea una decisión responsable: Generalizar las posibilidades de desarrollo económico, de apropiación, de acceso a bienes de producción para los trabajadores, aceptar las tesis de colectivismo de Estado que Acción Nacional considera, en su expresión comunista, inaceptables.

Dentro de este planteamiento general, en opinión de los diputados miembros de Acción Nacional, se deben concretar tres puntos fundamentales: Lograr que el ejercicio del derecho de coalición cumpla las funciones que le asigna la ley y se libere de controles políticos indebidos o de controles patronales; en segundo lugar: Establecer fórmulas realistas, progresivas, eficaces para la generalización del acceso a la propiedad y la participación en la decisión e iniciativa en las empresas y centros de trabajo. En tercer lugar, con franqueza queremos señalar que al hablar de problemas de reforma social, no queremos caer en esa gradación cronológica que se defiende en algunas partes. Quienes defienden esta posición, creen necesario luchar primero por la reforma socioeconómica, renunciando a todos los aspectos de reforma política; pero si en realidad el Estado, como organización política de la sociedad, se refiere precisamente a la generalidad de los fines humanos para posibilitar su obtención, hay que buscar simultáneamente la reforma socioeconómica y la reforma política. De hecho, señalamos que en México la voluntad de mantener determinado sistema político, opera en la práctica en contra de las exigencias básicas que menciona el mismo proyecto de ley, en concreto, control del ejercicio del derecho de coalición y la consiguiente limitación de la capacidad de cambio en manos de los organismos de trabajadores.

Como idea fundamental está en el artículo tercero de la Exposición de Motivos la afirmación de que el trabajo es un derecho y un deber sociales, que no es artículo de comercio, porque se trata de la energía humana de trabajo que exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y que debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel decoroso para el trabajador y su familia.

Con el respeto a las libertades y a la dignidad de quien presta el trabajo, con la observancia no sólo de estos artículos, sino del 5 y 35 de la Constitución, la Ley Federal del Trabajo podrá significar un avance decisivo en la vida de México.

Con estas aclaraciones, el voto de los diputados miembros de Acción Nacional será a favor en lo general. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el C. diputado Blas Chumacero Sánchez.

El C. Chumacero Sánchez, Blas: Señor Presidente; señoras y señores diputados:

"La mayoría parlamentaria de la Honorable Cuadragésima Séptima Legislatura del Congreso de la Unión y en particular la diputación del sector obrero, me han concedido el honor de expresar cuál es el sentir y la forma de pensar de los trabajadores del país, en relación con la Iniciativa de la Nueva Ley Federal del Trabajo, enviada por el señor licenciado Gustavo Díaz Ordaz, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos a esta Cámara de Diputados para su estudio y aprobación.

En primer lugar, he de dejar constancia de que la Ley Federal del Trabajo vigente ha cumplido su misión, satisfaciendo el pensamiento de los legisladores de 1931 que reglamentaron los mandatos del Artículo 123 Constitucional.

En segundo, la evolución del derecho del trabajo, el desarrollo económico e industrial que opera en nuestro país, como consecuencia lógica del avance tecnológico en la industria, en el comercio, en la agricultura y en los servicios, era indispensable un nuevo ordenamiento laboral que continúe tutelando a los trabajadores, ajustando los mandatos a los nuevos sistemas de producción en la pequeña, mediana y grande industria.

Del examen de la Iniciativa se llegó al convencimiento de que será una nueva Ley de contenido social avanzado y de que mejorando derechos y prestaciones satisfará aspiraciones económicas de los trabajadores y armonizará las relaciones entre el capital y el trabajo,

estableciendo además el equilibrio económico en los factores de la producción.

La Iniciativa está convenientemente concatenada en dieciséis Títulos distribuidos en Principios Generales, Relaciones Individuales de Trabajo, Condiciones de Trabajo, Derechos y obligaciones de los trabajadores y de los patrones, Trabajo de las mujeres y los niños, Trabajos Especiales, Relaciones colectivas de Trabajo, Huelgas, Riesgos de Trabajo, Prescripción, Autoridades del Trabajo, Personal jurídico de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, Representantes de los trabajadores y de los patrones, Derecho Procesal del Trabajo, Procedimientos de ejecución, Responsabilidades y Sanciones de los trabajadores y patrones. Transitorios.

Es decir, conforme a sus principios la Ley será de observancia obligatoria en toda la República; las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones; el trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y una norma económica decorosa para el trabajador y su familia. No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social.

Estos postulados forman parte de nuestro derecho constitucional.

Las relaciones de trabajo quedan precisadas en los capítulos correspondientes de Derecho Sustantivo; igual forma se observa en el Derecho Administrativo y en el Derecho Procesal.

Sin embargo, las comisiones unidas que suscriben el dictamen y las comisiones técnicas que oportunamente fueron designadas, escucharon a las partes interesadas y a todas las personas e instituciones, peritos en la disciplina laboral, conociendo sus puntos de vista verbales y escritos en relación con la Iniciativa, habiendo formado los juicios correspondientes para estudiar la Ley y proponer reformas y adiciones que contiene el Dictamen y el Proyecto de Decreto.

Respecto de la terminología se adoptan los términos de 'trabajador' por el de 'obrero', porque se entiende que ese término es más genérico y comprende a toda persona que presta a otra un trabajo personal subordinado; igualmente se adopta el de persona 'moral' por el de persona jurídica, por ser el término usual y más entendible en las relaciones de trabajo; el de 'patrones' en lugar de 'patronos' por ser el primero el plural de patrón, con la finalidad de que no se preste a confusiones en la relación de trabajo.

El sindicato queda garantizado porque la voluntad de los trabajadores es la que determina la forma de constituirlo, estableciendo su régimen estatutario. Cubiertos los requisitos ante la autoridad correspondiente, si ésta no otorga el registro en un término de 60 días, los solicitantes comparecerán ante ella para que les entregue la constancia respectiva y si no lo hace se tendrá por registrado el Sindicato para todos los efectos legales. Este mandato reafirma el principio de la libertad sindical.

El derecho de huelga se respeta en su integridad. La huelga se realiza por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento y en el caso de que la mayoría sea objetada el recuento se llevará a cabo después de la suspensión de las labores. Así se evita los llamados recuentos previos con los cuales se hacía negatorio el ejercicio de la huelga. En el recuento se tomarán en cuenta únicamente los votos de los trabajadores que concurran.

En materia de habitación para los trabajadores, la Ley vigente había dejado incumplida la obligación consignada en el Artículo 123 Constitucional, condicionaba su observancia a una reglamentación, no prevista por el Texto Fundamental. A cincuenta y dos años de distancia todavía los trabajadores no han disfrutado de hogar cómodo e higiénico. La Ley que ésta por aprobarse dará, sin duda alguna, vigencia al mandato. Los trabajadores, atendiendo a los preceptos por aprobarse, podrán disfrutar de una habitación consecuente a sus necesidades y dignidad humana.

Se reglamenta con mayor atingencia los capítulos de trabajos especiales contenidos en la Ley vigente, pero el nuevo ordenamiento va más allá, creando otros, que sin lugar a dudas permitirán la protección legal de trabajadores que hasta hoy se encuentran sustraídos a la tutela laboral.

Desaparece la posibilidad, aún vigente, de que cedan o traspasen trabajadores como mercancía. La Ley, consecuente a sus principios, reconoce que el trabajador no es artículo de comercio; en consecuencia, los deportistas tendrán toda la protección que necesiten para que únicamente con su consentimiento opere la transferencia. Ello significa reconocer que el deportista es también un ser humano con plenos derechos.

Preocupación destacada es dentro de la Nueva Ley proteger al trabajador a domicilio porque siempre ha sido motivo de una explotación despiadada; en su perjuicio se han violado las más de las disposiciones llegando a la conclusión de estar totalmente desamparados por las legislación laboral. Las disposiciones que integran el capítulo respectivo de la Nueva Ley serán, sin temor a equivocarnos, el mejor conducto reivindicatorio de esos trabajadores representados en su mayoría por las mujeres de nuestro pueblo, que en sus domicilios ayudan a sufragar los gastos del hogar y la educación de sus hijos.

Motivo de grandes controversias lo han sido la condición de los agentes de comercio, muchas resoluciones les negaron el carácter de trabajadores, grandes dudas se generaron en relación con los mismos dando lugar a que infinidad de patrones, mediante argucias, evadieran el cumplimiento de sus obligaciones. La Ley de ser aprobada eliminará cualquier incertidumbre porque los reconoce como sujetos de la relación de trabajo y con ello les concede toda su protección.

Igual panorama y, seguramente con mayor trascendencia, ocurre al gremio de choferes explotando en razón de las condiciones en que vienen prestando los servicios. Los choferes de automóviles dedicados a la conducción de pasajeros, con la Nueva Ley dejarán de ser los supuestos arrendatarios de los vehículos que manejan, para adquirir con plenitud su jerarquía de trabajadores. El capítulo en cuestión, además de otorgarles el derecho que se comenta, les abre las puertas de la seguridad social.

El ordenamiento laboral por aprobarse, con espíritu justiciero, comprende a quienes con su ingenio o destreza artística nos dan alegría; los artistas que trabajan en el cine, en el teatro o en cualquier espectáculo dejarán de estar expuestos a la irresponsabilidad de quienes los ocupan y frente a sus patrones tendrán el carácter de auténticos trabajadores. (Aplausos).

Una servidumbre, que por tradición se ha conservado marginada siendo un sector considerable, encontrará en la Nueva Legislación la protección que le corresponde. Los trabajadores domésticos ya no serán las personas olvidadas, explotadas, sin medios de superación. Tendrán mejores condiciones de vida y mayores posibilidades para cubrir sus necesidades.

Respecto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se ha precisado el mandato de que los patrones tienen la obligación de entregar a los trabajadores copia de su declaración anual y poner a la vista los anexos que sirvieron de base para formularla. Estos documentos estarán en las oficinas de la empresa y en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a disposición de los trabajadores para confrontación y consulta.

La nueva norma jurídica lleva la tendencia de precisar las utilidades correctas de las empresas y evitar, como ahora sucede, que los trabajadores dejen de percibir las que legítimamente les corresponde.

El reparto de utilidades a los trabajadores es obligación que deberán cumplir los patrones. La violación de esta norma jurídica faculta a los trabajadores para exigir su cumplimiento mediante el ejercicio del derecho de huelga.

Jamás la industrialización del país será cierta en tanto la clase trabajadora no esté técnicamente capacitada. Los esfuerzos sobre la productividad igualmente serán nulos, mientras no exista una mano de obra ampliamente preparada. Hasta ahora la capacitación profesional ha estado a cargo del Estado y a la iniciativa personal de los trabajadores. El sector empresarial ha permanecido indiferente a esa necesidad no obstante que es el más beneficiado en los resultados. El nuevo ordenamiento laboral suple la deficiencia. Determina que es obligación de los patrones organizar permanente o periódicamente cursos de capacitación profesional para sus trabajadores, de conformidad con los planes y programas de las autoridades del trabajo.

La obligación es plausible para el Movimiento Obrero que entiende, por una parte, lo imprescindible que es mejorar la calidad de los productos para reafirmar su consumo en los mercados. Industrialmente hemos pasado la época de las improvisaciones. Y por otra, que con mejores técnicos, con trabajadores debidamente preparados, es posible la construcción de nuestras máquinas, de su perfeccionamiento con invenciones propias. Pero además de lo anterior, la capacitación profesional implica la posibilidad para que el hombre supla con la ciencia, con la técnica, su esfuerzo físico acercándose a su cabal liberación.

La Ley que está por aprobarse en modo alguno obedece a improvisaciones. Sus mandatos recogen las legítimas aspiraciones de los trabajadores, al igual que considera los adelantos industriales y los infortunios que consigo llevan. Son muchos años los que han pasado desde que entró en vigor la Ley Laboral próxima a abrogarse. Ella contempló condiciones distintas a las actuales; muchos riesgos profesionales que hoy ocurren, en su época eran desconocidos. En consecuencia, el ordenamiento que está por aprobarse recoge experiencias, apunta previsiones, y en su capítulo intitulado Riesgos de Trabajo, consigna nuevas enfermedades profesionales, prevé otras incapacidades, y en los más de ellos aumenta las indemnizaciones En los casos que más requiere el trabajador la ayuda, es en los infortunios laborales, y respecto de los mismos, la nueva Ley es equitativa. Cumple debidamente con la naturaleza tutelar del Derecho del Trabajo. Hace volver a nuestro país a la categoría de adelantado en la protección de la persona humana con sentido estricto de justicia social.

Grave malestar se confronta en la solución de los conflictos de trabajo. La justicia obrera ha perdido en lo general sus cauces originales. Se está tornando tarda, formalista, casi siempre al servicio de los patrones. Es de urgencia inaplazable retornarla a sus principios. Darle la celeridad que las controversias laborales requieren, sencillas en sus trámites y tutela para quien en la relación de trabajo es la parte más débil.

La Iniciativa Presidencial satisface estos presupuestos. El Título que constituye el Nuevo Derecho Procesal, lleva consigo la definida tendencia de evitar los largos juicios que tantos trastornos causan a los obreros. El tiempo es el peor enemigo de nosotros. El hambre que amenaza el hogar del trabajador separado del empleo de un mal consejero. Pierde sus derechos por irrisorias cantidades. En la Ley, que estamos por aprobar, se clarifica el procedimiento, lo hace entendible para el común de las partes en la controversia y rechaza con formalismo que con tanta maña hacen valer los jurisperitos que ponen su inteligencia al servicio de los patrones. La competencia de las Juntas de Conciliación y de Conciliación y Arbitraje se aclara en lo posible a fin de evitar las inútiles controversias que en esta materia se generan; a los trámites se les da más actividad, tanto en los juicios ordinarios como en los especiales y nuevamente se declara que los laudos o sentencias deberán dictarse a

verdad sabida sin sujetarse a reglas sobre estimación de las pruebas, sino apreciando los hechos en conciencia. Una justicia pronta y expedita, como lo es y debe serlo siempre la obrera, demanda un personal idóneo. Se han previsto en la Ley normas al respecto.

Los trabajadores de México se sienten complacidos porque parte de sus reclamos sobre la justicia del trabajo quedan satisfechos. Ello traerá tranquilidad en las relaciones obrero - patronales que mucho bien han de hacer al progreso real de nuestro país.

Los oradores del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el compañero diputado sin partido, el Partido Popular Socialista y el Partido de Acción Nacional, han venido a esta tribuna y no han objetado el dictamen.

Han manifestado su conformidad de votar afirmativamente la Ley en lo general.

Han hecho la advertencia de que harán reservaciones a determinados capítulos y artículos del proyecto de Decreto de la nueva Ley Federal del Trabajo. Estamos dispuestos a entablar la discusión oportunamente y a dar las razones que tenemos, porque por encima de los intereses creados y de los intereses de Partido, está la clase trabajadora y el progreso de México.

Analizado someramente en lo general el texto de la Iniciativa Presidencial y las reformas y adiciones que contiene el dictamen y el proyecto de Decreto, el Movimiento Obrero Mexicano, agrupado en el Congreso del Trabajo, se siente complacido y manifiesta por mi modesta voz su reconocimiento al señor Presidente de la República, licenciado Gustavo Díaz Ordaz, al Partido Revolucionario Institucional que lo llevó al Poder y a la Revolución Mexicana que con su espíritu generoso continúa creando los Ordenamientos Legales, tendientes a una mejor distribución de la riqueza y a la implantación de la Justicia Social.

La nueva Ley Federal del Trabajo vendrá a reafirmar el progreso socioeconómico del país, mejorando las condiciones de vida de los trabajadores para que las relaciones de trabajo puedan ser cordiales, si es que la clase patronal entiende que cumpliendo las obligaciones legales y contractuales, se propicia una paz dinámica y un desarrollo equilibrado, ya que esta Ley, responde a una necesidad que está acorde con el avance tecnológico que impera en el mundo.

Quien afirme lo contrario, está fuera de la realidad. La explotación del hombre por el hombre es una etapa que está siendo ya superada.

La investigación científica, la tecnología, la industrialización y la automatización, deben en todo tiempo estar al servicio del hombre.

Consecuentemente, habiendo sido escuchadas las opiniones de los partidos minoritarios, me es grato solicitar de los señores diputados integrantes de la cuadragésima séptima Legislatura, que el dictamen y proyecto de Decreto de la Nueva Ley Federal del Trabajo, que estamos discutiendo, sea aprobado en lo general, para que, en su caso, se pase a discutir en lo particular. Muchas gracias." (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el C. diputado Celso Vázquez.

El C. Vázquez Ramírez, Celso: Señor presidente, honorable Asamblea:

"La plana que publicó el Centro Patronal del Distrito Federal el día de ayer en los diarios de esta capital, no es más que la expresión vieja de esa institución, que solamente se preocupa en forma egoísta en incrementar sus utilidades económicas, olvidando en forma absoluta los interés generales del país. La redacción de tal plana es, en mi opinión, irrespetuosa para el Poder Legislativo. Dentro del concepto que tienen del tema todavía suponen que el trabajo es una mercancía o una materia prima más que pueden manejar para aumentar sus ganancias y ahondar el abismo que separa a los pobres de los ricos; olvidando que también los primeros son seres que en lo espiritual aspiran justamente, mediante sus valiosos esfuerzos, al disfrute de los beneficios que la sociedad moderna otorga a todos los hombres.

Los argumentos patronales son los mismos, en su esencia, a aquellos que presentaron en contra de los Constituyentes de 1917, para oponerse al artículo 123, los mismos que esgrimieron en contra de la actual Ley Federal del Trabajo.

Los mismos sofismas que opusieron en la creación del Instituto Mexicano del Seguro Social en 1942, y más recientemente, los mismos argumentos con que objetaron tenazmente la expedición de la ley reglamentaria de la distribución de las utilidades.

Sin embargo, lo único evidente es que, desde el año de 1917 a la fecha, y muy a pesar de sus equívocos augurios, México no sólo ha impulsado su evolución y expresado en muchas formas su progreso, sino también ha alcanzado sólidos y altos niveles para grandes núcleos de mexicanos.

Contra lo afirmado tradicionalmente por los empresarios nacionales y extranjeros, la filosofía del mundo moderno considera al trabajo como el auxiliar más valioso de la producción, en todas las ramas de ésta, y consecuentemente, es ya indiscutible la necesidad de estimular su esfuerzo mediante todas las medidas de seguridad social y las prestaciones y beneficios económicos, considerando que quienes realizan dicho trabajo son seres humanos que también velan por su dignidad y por el disfrute justo de prestaciones para sí y para su familia.

Son los hechos, los resultados y no las tendenciosas presunciones, amenazas y malos augurios, los que determinan la evolución de un pueblo; y ésta sólo se alcanza cuando ese pueblo, o sea la gran mayoría de un país, deja de padecer hambre, insalubridad, ignorancia, etc.

Una clase trabajadora satisfecha en sus necesidades y reclamos económicos; reconocida por sus patrones es su calidad de dignidad humana, resulta el motor más vivió, más responsable y más eficiente para la producción nacional. Un trabajador limitado en sus justas aspiraciones, en el disfrute humano de sus descansos,

etc., podrá convertirse en el saboteador no sólo para dichos patrones, sino lo más lamentable para el progreso general del país.

Esta tesis no abarca el viejo y antiguo concepto del patrón y si por el contrario el empresario moderno que la ha hecho suya y quien como inversionista es un factor de solidaridad y de cooperación, no sólo con los órganos del gobierno que sabiamente distribuyen el ingreso nacional, sino también con los trabajadores, sindicatos, confederaciones de obreros y en general con toda esa gran masa que constituyen el valioso concepto que de "trabajo" se ha expuesto antes.

Afortunadamente para el país, existe en la actualidad una gran corriente de opinión entre los empresarios - valga la expresión - con espíritu de empresa, que apoyan con entusiasmo el nuevo proyecto de ley laboral.

Por otra parte, los legisladores de todos los partidos, somos responsables y obramos en conciencia de acuerdo con nuestros conocimientos y criterios políticos y no aceptaremos presión alguna de grupos interesados.

No responderemos a publicaciones casi anónimas; responderemos siempre con sentido de responsabilidad ante nuestro representado: El pueblo. (Aplausos.)

El C. presidente: Consulte la secretaría a la asamblea si se considera suficientemente discutido.

El C. secretario Sojo Anaya, Andrés: En votación económica, se pregunta si se considera suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Por la afirmativa.

El C. secretario Iglesias Meza, Manuel: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Sojo Anaya, Andrés: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Iglesias Meza, Manuel: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Sojo Anaya, Andrés: Aprobado por unanimidad de 139 votos. (Aplausos nutridos y puestos de pie.)

El C. secretario Sojo Anaya, Andrés: Está a discusión en lo particular. Los ciudadanos diputados que deseen reservar algunos artículos, sírvanse manifestarlo.

- El C. diputado Gerardo Medina, Valdés (desde su curul) a nombre de los diputados del Partido Acción Nacional, señala los artículos que pueden impugnar. Lo propio hacen el C. diputado Indalecio Sayago Herrera por el Partido Popular Socialista y el C. diputado Carlos Sánchez Cárdenas.

El C. diputado Chumacero Sánchez, Blas: A nombre de los legisladores del Partido Revolucionario Institucional, los inscribe para sostener en pro los artículos que han sido reservados y a su vez reserva para una adición el artículo 132, fracción XV del proyecto de Decreto.

El C. presidente: Con el objeto de que la discusión de los artículos que han sido reservados hasta el momento, se lleve en la mejor forma posible, me permito proponer que se consulte a la asamblea si se reserva la discusión para la sesión siguiente.

El C. secretario Sojo Anaya, Andrés: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si el Debate en lo particular deberá continuarse en la próxima sesión pública. Sírvanse manifestarlo los que estén por la afirmativa. Aprobado.

ORDEN DEL DÍA

El C. secretario Iglesias Meza, Manuel: Se va a dar lectura al Orden del día para la próxima sesión.

"Cámara de Diputados.

Tercer Período Ordinario de la XLVII Legislatura.

Orden del Día

Lectura del acta de la sesión anterior.

Circulares de las Legislaturas de los Estados.

Dictamen a Discusión:

De las Comisiones Unidas Primera y Segunda de Trabajo y de Estudios Legislativos, Sección de Trabajo, con Proyecto de Ley Federal del Trabajo."

- El C. presidente (a las 14:30 horas): Se levanta la sesión pública y se pasa a sesión secreta.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"