Legislatura XLVIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19700821 - Número de Diario 5

(L48A1P1oN005F19700821.xml)Núm. Diario:5

Colegio Electoral

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVIII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I México, D. F., Viernes 21 de Agosto de 1970 TOMO I. - NUMERO 5

QUINTA JUNTA PREPARATORIA

SUMARIO

Orden del Día

Lectura del Orden del Día

Acta

Lectura y aprobación del Acta de la Junta Preparatoria anterior

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Expedientes electorales

La Secretaría da lectura y somete a consideración de la Asamblea diecinueve dictámenes, relativos a las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el 5 de julio del año en curso, en el siguiente orden:

Primero del Estado de Yucatán. Sin discusión se aprueba

Noveno del Estado de Michoacán. Sin discusión se aprueba

Tercero del Estado de Baja California. Sin discusión se aprueba

Primero del Estado de Coahuila. Para hacer consideraciones y en apoyo del dictamen, habla el C. Moisés Ochoa Campos. Se aprueba en sus términos

Cuarto del Estado de Hidalgo. Sin discusión se aprueba

Segundo del Estado de Tlaxcala. Sin discusión se aprueba

Cuarto del Estado de México. Sin discusión se aprueba

Quinto del Estado de Chihuahua. Sin discusión se aprueba

Vigésimo del Distrito Federal. Sin discusión se aprueba

Primero del Estado de Veracruz. En apoyo al dictamen y para hacer consideraciones en torno a la juventud, hace uso de la palabra el C. Abel Salgado Velasco. Se aprueba en sus términos

Quinto del Estado de Chiapas. Sin discusión se aprueba

Segundo del Estado de Oaxaca. Sin discusión se aprueba

Octavo del Estado de Oaxaca. Sin discusión se aprueba

Décimo del Estado de Jalisco. Sin discusión se aprueba

Séptimo del Estado de Michoacán. Sin discusión se aprueba

Décimo Primero del Estado de Jalisco. Para hacer diversas consideraciones y en favor del dictamen, habla la C. Esvelia Calderón Corona. Se aprueba en sus términos

Tercero del Estado de Guerrero. Sin discusión se aprueba

Octavo del Estado de Guanajuato. Sin discusión se aprueba

Cuarto del Estado de Sonora. Sin discusión se aprueba

En todos y cada uno de los casos, la Presidencia hace la Declaratoria de rigor. Se levanta la Junta Preparatoria

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. MARIO COLÍN

(Asistencia de 158 ciudadanos presuntos diputados.)

- El C. Presidente (a las 11:55 horas): Se abre la Junta Preparatoria.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Orijel Salazar, Manuel:

Quinta junta preparatoria.

XLVIII Legislatura.

Orden del Día.

21 de agosto de 1970.

Lectura del Acta de la Junta anterior.

Dictámenes a discusión

De las respectivas Comisiones Dictaminadoras acerca de los siguientes expedientes electorales:

Primero del Estado de Yucatán.

Noveno del Estado de Michoacán.

Tercero del Estado de Baja California.

Primero del Estado de Coahuila.

Cuarto del Estado de Hidalgo.

Segundo del Estado de Tlaxcala.

Cuarto del Estado de México.

Quinto del Estado de Chihuahua.

Vigésimo del Distrito Federal.

Primero del Estado de Veracruz.

Quinto del Estado de Chiapas.

Segundo del Estado de Oaxaca.

Octavo del Estado de Oaxaca.

Décimo del Estado de Jalisco.

Séptimo del Estado de Michoacán.

Decimoprimero del Estado de Jalisco.

Tercero del Estado de Guerrero.

Octavo del Estado de Guanajuato.

Cuarto del Estado de Sonora."

ACTA

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del H. XLVIII Congreso de la Unión, efectuada el día veinte de agosto de mil novecientos setenta.

Presidencia del C. Mario Colín.

En la ciudad de México, a las once horas y treinta minutos del jueves veinte de agosto de mil novecientos setenta, se abre la Junta Preparatoria con asistencia de ciento cincuenta y cuatro ciudadanos presuntos diputados, según consta en la lista que previamente pasa la Secretaría.

Lectura del Orden del día.

Sin discusión se aprueba el acta de la Junta Preparatoria celebrada el día de ayer.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

La Secretaría da lectura y somete a discusión diecisiete dictámenes relativos a las elecciones que, para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día 5 de julio del año en curso, en el siguiente orden:

Sexto Distrito Electoral del Distrito Federal: Jorge Baeza Rodríguez y C. P. Ignacio Colunga Mones, propietario y suplente, respectivamente.

A discusión, sin ella, en votación económica se aprueba el dictamen.

El C. secretario Manuel Orijel Salazar, solicita permiso para retirarse de sus funciones, ya que en el siguiente dictamen va a intervenir en el debate. En votación económica se aprueba la petición.

Único del Territorio de Quintana Roo: Hernán Pastrana Pastrana, propietario y Delio Paz Angeles, suplente.

A discusión.

Hace uso de la palabra el C. Manuel Orijel Salazar en pro del dictamen y para hacer consideraciones.

Se considera suficientemente discutido, en votación económica se aprueba el dictamen en sus términos.

Sexto Distrito Electoral del Estado de Jalisco: Rubén Moheno Velasco, propietario y Ernesto Ríos González, suplente.

Sin que nadie haga uso de la palabra, en votación económica, se aprueba el dictamen.

Primer Distrito Electoral del Estado de Morelos: Ingeniero Marcos Manuel Suárez y Raúl Arana Pineda, propietario y suplente, respectivamente.

Sin discusión se aprueba el dictamen en votación económica.

Primer Distrito Electoral del Estado de Guerrero: Licenciado Moisés Ochoa Campos, propietario; y Elías Cuauhtémoc Tabares Juárez, suplente.

Sin que nadie haga uso de la palabra, en votación económica, se aprueba el dictamen.

Quinto Distrito Electoral del Estado de Michoacán; doctor Ignacio Gálvez Rocha, propietario; y Miguel García Vega, suplente.

Sin que motive debate, en votación económica, se aprueba.

Primer Distrito Electoral del Estado de Nayarit: Licenciado Salvador Díaz Coria, propietario; y José Félix Torres Haro, suplente.

A discusión. Hablan: en contra, el C. Alejandro Gascón Mercado, del Partido Popular Socialista; en pro, el C. Celso Humberto Delgado Ramírez; nuevamente, en igual sentido, los mismos oradores.

Se considera suficientemente discutido el dictamen y, en votación económica, se aprueba en sus términos.

Vigesimosegundo Distrito Electoral del Distrito Federal: Guillermina Sánchez Meza de Solís y licenciado Juan Villarreal López, propietario y suplente respectivamente.

Sin que motive debate, en votación económica, se aprueba.

Decimoquinto Distrito Electoral del Distrito Federal: Doctor Roberto Dueñas Ramos, propietario y Alvaro Roldán Olvera, suplente.

A discusión. Hablan: en contra, el C. Francisco Dorantes Gutiérrez del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; en pro, el licenciado Enrique Soto Reséndiz.

Se considera suficientemente discutido el dictamen y, en votación económica, se aprueba en sus términos.

Primer Distrito Electoral del Estado de Aguascalientes: Licenciado Luciano Arenas Ochoa y Luis Gilberto de León Pedroza, propietario y suplente, respectivamente.

En votación económica se aprueba el dictamen.

Quinto Distrito Electoral del Estado de San Luis Potosí: Licenciado Tomás Medina Ponce,

propietario; y Ángel Martínez Manzanarez, suplente.

Sin discusión, en votación Económica, se aprueba.

Quinto Distrito Electoral del Estado de Nuevo León: Carolina Morales Farías y Gorgonio García Bernal, propietario y suplente, respectivamente.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se aprueba.

Primer Distrito Electoral del Estado de México: Profesor Alberto Hernández Curiel, propietario; y profesora Marciana Valdespino Sánchez, suplente.

Sin discusión se aprueba el dictamen en votación económica.

Octavo Distrito Electoral del Estado de Veracruz: Licenciado Juan Zurita Lagunes y Pascual Cuacua Mendoza, propietario y suplente, respectivamente.

Sin que nadie haga uso de la palabra, en votación económica, se aprueba el dictamen.

Primer Distrito Electoral del Estado de Zacatecas: Licenciado Raúl Rodríguez Santoyo, propietario; y licenciado José María Pino Méndez, suplente.

En votación económica se aprueba el dictamen.

Tercer Distrito Electoral del Estado de Jalisco, licenciado Genaro Cornejo Cornejo y doctor Raúl Bracamontes Gutiérrez, propietario y suplente, respectivamente.

A discusión. Hablan: en contra, la C. profesora Emilia Dorado Baltazar del Partido Popular Socialista; en pro, licenciado Arnulfo Villaseñor Saavedra.

Suficientemente discutido el dictamen, en votación económica se aprueba.

Decimoprimer Distrito Electoral del Estado de Veracruz: Roberto Ávila González y Gervasio Triana Arano, propietario y suplente, respectivamente.

A discusión. Para hacer consideraciones sobre el particular, hace uso de la palabra el C. Ignacio Altamirano Marín.

Suficientemente discutido, en votación económica, se aprueba el dictamen en sus términos.

En todos y cada uno de los casos, la Presidencia hace la declaratoria de rigor.

El C. Luis Ducoing Gamba, da lectura a una proposición a efecto de que se envíe al señor Presidente de la República, licenciado Gustavo Díaz Ordaz, a nombre de todos los integrantes del Colegio Electoral Correspondiente a la XLVIII Legislatura, un mensaje de apoyo y de confianza, con motivo de la entrevista efectuada en esta fecha en Puerto Vallarta, Jalisco, con el señor Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica.

Intervienen sobre el particular los CC. Alejandro Ríos Espinosa y José Fernando Rivas Guzmán, respectivamente y la Asamblea en votación económica, por unanimidad aprueba en sus términos el texto del mensaje.

A las quince horas y treinta minutos se levanta la Junta Preparatoria y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana.

El C. secretario Orijel Salazar, Manuel: Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Expedientes electorales

- El mismo C. Secretario:

"Primera Comisión Dictaminadora. Sección Segunda.

Honorable Asamblea:

A esta Segunda Sección, de la Primera Comisión Dictaminadora, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente electoral formado con motivo de las elecciones para diputados federales que tuvieron lugar el domingo 5 de julio último en el Primer Distrito del Estado de Yucatán.

En el evento cívico de referencia participaron a través de sus fórmulas electorales los partidos que a continuación se relacionan y que obtuvieron la votación siguiente:

PAN: propietario, Miguel Ángel Díaz Herrera; suplente, Tomás Vargas Sabido, 22,895 votos.

PRI: propietario, doctor Orlando Valencia Moguel; suplente, Pedro Silveira Rodríguez, 44,503 votos.

PPS: propietario, Alfonso Roig Herrera; suplente, José de los Santos Castillo, 265 votos.

PARM: propietario, doctor Orlando Valencia; suplente, Pedro Silveira Rodríguez, 28 votos.

Consecuente con el anterior resultado el Comité Distrital Electoral Federal correspondiente expidió constancia de mayoría de votos en favor de los CC. doctor Orlando Valencia Moguel y Pedro Silveira Rodríguez, propietario y suplente, respectivamente, la cual fue oportunamente registrada en la Comisión Federal Electoral.

Los actos preparatorios, de verificación y posteriores a la elección de que se habla, según los documentos que los acreditan y que la Comisión examinó y estudió se encuentran comprendidas dentro de lo dispuesto por las disposiciones respectivas de la Ley Federal Electoral en vigor.

Es cierto que en el acta de cómputo total aparece que de común acuerdo los Partidos que intervinieron en la Justa democrática del 5 de julio aludido, resolvieron no computar los votos de la casilla número 118; tal decisión no afecta ni desnaturaliza el aspecto general del proceso electoral, si se toma en cuenta que fueron 152 casillas las que funcionaron el día de la elección.

Con tales antecedentes existe en el ánimo de esta Comisión, la firme convicción de que procede declarada la legitimidad, validez y limpieza de las elecciones que ocupan y motivan este dictamen.

Por lo expuesto anteriormente y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 127, fracción I, 134 y 139 de la Ley Electoral Federal, esta

Comisión se permite poner a consideración de este H. Pleno los siguientes puntos resolutivos.

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el Primer Distrito del Estado de Yucatán.

Segundo. Son diputados de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral, los CC. doctor Orlando Valencia Moguel y Pedro Silveira Rodríguez.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F. a 19 de agosto de 1970. - La Comisión, licenciado J. Carlos Osorio Aguilar. - Armando González Soto. - Profesor Marco Antonio Bolaños Cacho."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Orijel Salazar, Manuel: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero: Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 1er. Distrito Electoral del Estado de Yucatán el 5 de julio del Presente año.

Segundo: Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos doctor Orlando Valencia Moguel y Pedro Silveira Rodríguez, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: "Primera Comisión Dictaminadora.

- Primera Sección.

Honorable Asamblea:

Los que suscribimos, miembros de la Primera Comisión Dictaminadora, procedimos al estudio del expediente relativo a la elección para diputados federales que tuvo lugar el domingo 5 de julio pasado, en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Michoacán.

Contendieron en dicha Jurisdicción Electoral las siguientes fórmulas de candidatos:

Por el Partido Acción Nacional, el C. profesor Josué Madrigal Chávez, como propietario y el C. profesor Gonzalo Zaragoza Ureña, como suplente, habiendo obtenido 2,504 votos.

Por el Partido Revolucionario Institucional, el C. licenciado Ildefonso Estrada Jacobo, como propietario y el C. Rafael Manríquez Infante, como suplente, con una votación de 51,559.

Por el Partido Popular Socialista, el C. Bartolo Maldonado Benítez, como propietario y el C. Ángel Pérez Esquivel, como suplente, obtuvieron 498 votos.

Por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el C. coronel Juan B. Adame Barajas, como propietario y el C. capitán Antonio Tafolla Caballero, como suplente, tuvieron 208 votos.

Del estudio que se hizo de los documentos que obran en nuestro poder, se desprende que el proceso electoral en el citado Distrito, se ajustó a las normas y se llenaron los requisitos que establece la Ley Electoral Federal.

Se presentaron algunas protestas por parte de los Partidos Acción Nacional y Popular Socialista que con Salvedad de la presentada por el último de ellos en relación a que no se levantó acta de instalación de la casilla número 15, no se ajustan a lo preceptuado por los artículos 72, 137 y 139 de la mencionada Ley.

Ahora bien, esta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, valorando la protesta considerada, estima que no puede afectar sustancialmente el resultado de la elección. En consecuencia, tomando en cuenta que el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría de votos en favor de los candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional y que fue debidamente registrada, previa aprobación de la Comisión Federal Electoral; para los efectos consignados en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 127 de la Ley Electoral vigente; 5o., fracciones I y III, 6o., y 7o., del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a la consideración de esta H. Asamblea, los siguientes Puntos Resolutivos.

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales propietario y suplente, que se realizaron el día 5 de julio del presente año en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Michoacán.

Segundo. Son diputados federales de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión los CC. licenciado Ildefonso Estrada Jacobo, propietario, y Rafael Manríquez Infante, suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1970. - Licenciado Ramiro Salas Granado. - Profesora Ma. de los Angeles Grant Munive. - Doctor Oscar Hammeken Martínez."

Está a discusión el dictamen.

El C. presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana Seuthe, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se consulta a la Asamblea si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero: Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Michoacán el 5 de julio del presente año.

Segundo: Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos licenciado Ildefonso Estrada Jacobo y Rafael Manríquez Infante, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Origel Salazar, Manuel:

"Primera Comisión Dictaminadora. Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía, nos fue turnado conforme lo establecen los artículos 5o. y 6o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, la documentación que comprende el expediente que nos informa sobre el procedimiento electoral del III Distrito Electoral del Estado de Baja California.

En el Distrito citado, se registraron conforme a derecho a las siguientes fórmulas:

PAN: licenciado Javier Priero Aceves, propietario; Jesús Robles Pérez, suplente.

PRI: Alfonso Garzón Santibañez, propietario; licenciado Luis Ayala García, suplente.

PPS: José Herrera Barajas, propietario; Reynaldo Tolento Navarro, suplente.

PARM: Antonio Bañuelos Beltrán, propietario, A. César Olachea Guzmán, suplente.

Deducimos de la lectura minuciosa de los elementos de juicio, que el proceso electoral en todas y cada una de sus diferentes etapas estuvo acorde con las disposiciones legales vigente de la materia.

Así, observamos cómo, en presencia de los funcionarios del Comité Electoral del Distrito, y de los representantes de los partidos políticos y candidatos acreditados ante él, se realizó el siguiente cómputo:

PAN: propietario, licenciado Javier Prieto Aceves; suplente, Jesús Robles Pérez, 14,556.

PRI: propietario, Alfonso Garzón Santibáñez; suplente, licenciado Luis Ayala García, 58,379.

PPS: propietario, José Herrera Barajas; suplente, Reynaldo Tolento Navarro,

PARM: propietario, Antonio Bañuelos Beltrán; suplente, A. César Olachea Guzmán, 697.

Concluido el acto procesal anterior, se procedió a extender constancia de mayoría de votos a favor de la planilla integrada por los CC. Alfonso Garzón Santibáñez, y licenciado Luis Ayala García.

Esta constancia de mayoría sometida a la consideración de la Comisión Federal Electoral, conforme lo establecido en el artículo 114 del ordenamiento jurídico señalado, ratificó el acuerdo anterior y procedió a comunicárselo a la H. Cámara de Diputados para que surtiera los efectos constitucionales correspondientes.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter con fundamento en el artículo 6o. del Reglamento con antelación citado, a esta honorable Asamblea los siguientes puntos Resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados Federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el III Distrito Electoral del Estado de Baja California.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Alfonso Garzón Santibañez y licenciado Luis Ayala García, como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Abel Ramírez Acosta. - Licenciado Tarsicio González G. - Hilda Anderson Nevárez."

Está a discusión el dictamen.

El C. presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Orijel Salazar, Manuel: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero: Son Válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 3er. Distrito Electoral del Estado de Baja California el 5 de julio del presente año.

Segundo: Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos Alfonso Garzón Santibáñez y Luis Ayala García, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Quinta Sección.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 60 de la Constitución Federal y por acuerdo de vuestra soberanía, a la Quinta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora le fue turnado para su estudio y dictamen, expediente formado con motivo de las elecciones que para diputados federales, se celebraron el día 5 de julio del presente año, en el Primer Distrito Electoral Federal del Estado de Coahuila, en donde se registraron ante el Comité Distrital competente, los candidatos siguientes:

Por el PAN: CC. licenciado Bibiano V. Berlanga Castro y Alfonso Bernal Almanza; por el PRI: CC. licenciado Gustavo Guerra Castaños y José Cruz Salazar; por el PPS: CC. Héctor Rodríguez Valdés y Celestino Delgado Perales; por el PARM: CC. Laura Peraldi Ferriño y doctor José Fallat Badillo.

Que hecho el estudio de la documentación que integra el expediente, pudo comprobarse que durante el período preparatorio de las elecciones se dio cumplimiento a lo previsto por los artículos 67, 68, 69, 70, 72, 74, 75 y demás de la Ley Electoral Federal.

Que la votación, escrutinio y cómputo de la elección, se efectuaron conforme a las normas legales aplicables, por lo que no habiendo encontrado el Comité Distrital Electoral Objeción alguna en las Actas de las Casillas, ni alteración en los paquetes electorales y tomando en cuenta que el resultado de la votación fue para los CC. licenciado Bibiano V. Berlanga Castro y Alfonso Bernal Almanza (PAN) de 11, 425 votos; para los CC. licenciado Gustavo Guerra Castaños y José Cruz Salazar (PRI) de 62,839 votos; para los CC. Héctor Rodríguez Valdés y

Celestino Delgado Perales (PPS) de 295 votos; para los CC. Laura Peraldi Ferriño y doctor José Fallat Badillo (PARM) de 410 votos, se extendió constancia de mayoría a los CC. licenciado Gustavo Guerra Castaños y José Cruz Salazar, respectivamente propietario y suplente, la cual fue registrada por la Comisión Federal Electoral con fecha 31 de julio de este año.

Ahora bien, como de las constancias y documentos revisados se llega a la conclusión de que no hay motivo que afecte el resultado final de la elección y que el Acta de Cómputo total está firmada por el representante del Partido Acción Nacional, el resultado de la votación es correcto y de ninguna manera existen bases legales para invalidar o anular la votación en alguna de las casillas electorales.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 60 Constitucional; 127, fracción I de la Ley Electoral Federal; 5o., fracciones I y III y 6o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración y aprobación de esta H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales que tuvieron lugar el día 5 de julio próximo pasado en el Primer Distrito Electoral del Estado de Coahuila.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado Gustavo Guerra Castaños y José Cruz Salazar.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Juan Moisés Calleja. - Doctor José Rivas Guzmán. - Licenciada Guillermina Sánchez Meza de Solis."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. Ochoa Campos Moisés: Pido la palabra.

El C. Presidente: La Presidencia suplica a la Asamblea, y a todos los compañeros en particular que deseen intervenir en apoyo o en la discusión de algún dictamen, cuando se sirvan solicitar la palabra, les rogamos expresar el objeto a fin de precisar esta rutinaria pregunta que establece el Reglamento, y evitar a la Presidencia la pena de tenerlo que hacer en forma reiterada, y al orador no sentirlo molesto también por esta pregunta.

Tiene la palabra el compañero Ochoa Campos.

El C. Ochoa Campos, Moisés: Ciudadano Presidente, honorable Asamblea: solicité el uso de la palabra en esta tribuna, en apoyo del dictamen relativo al primer Distrito Electoral del Estado de Coahuila; pero no solamente para apoyar el dictamen que por su razón jurídica, por su razón de derecho está plenamente respaldado ya. He pedido la palabra además, para hacer consideraciones relacionadas con una realidad viviente nacional, que está íntimamente vinculada a la ubicación geográfica del primer Distrito de Coahuila. Vivimos la etapa constitucional de la Revolución Mexicana, y esta etapa constitucional tiene su origen, sus raíces, en dos nombres que se enlazan para producir posteriormente la aparición de la constitución revolucionaria. Esos dos nombres que se enlazan, son los del Plan de Guadalupe, dictado en Coahuila y firmado en Coahuila, y el nombre de Venustiano Carranza, apóstol de la Constitución Mexicana. (Aplausos.) Por ello, señores, he pedido el uso de la palabra para abundar no solamente en el texto del dictamen, sino para hacer consideraciones sobre lo que para nosotros representa la etapa constitucional que vivimos.

Carranza fue un auténtico traductor de la realidad mexicana; su gran mérito está precisamente en ser netamente mexicano; emana de nuestra propia realidad, responde a nuestra propia realidad; no es hombre que haga elucubraciones fuera de los dictados de la circunstancia nacional. Carranza, como decimos, responde perfectamente a la realidad mexicana.

Posiblemente se preguntará en qué consiste esa realidad mexicana. Habría que preguntarnos por las causas de la Revolución y en pocas palabras podemos resumirlas. La Revolución había sido generada en México porque en México existía una sociedad penal, de siervos, de peones encasillados que formaban el 63% de la población nacional. Esta organización feudal que imperaba en México, constituía la más férrea oposición no solamente para el progreso económico, sino para la justicia del mexicano en su propio campo, en su propia tierra.

Existía una situación laboral absolutamente anacrónica; mientras en la mayoría de los países de Europa, ya estaba vigente una legislación laboral, en México todavía operaba la técnica de los obrajes y parecía todavía imperar la legislación colonial que sujetaba al obrero a 18 horas de jornada diaria.

Pero en contraste con esta realidad deprimente, estaba ya en ebullición, se estaba forjando ya la Revolución Mexicana, desde el momento en que estas fuerzas sociales estaban tomando conciencia de sí propias; bajo el látigo de la injusticia estaban adquiriendo conciencia de sí. Comprendían ya que había que transformar esa realidad; ya así vemos cómo una clase media que comenzaba a surgir desde la época de la Reforma, una clase obrera que trataba de emanciparse del yugo, de la explotación, y una inmensa clase campesina desposeída, se lanzaron a la Revolución. ¿Por qué? Por que exigían justicia, porque exigían una transformación, porque exigían un cambio.

Se ha preguntado qué es la Revolución: La Revolución es precisamente un gran cambio; eso es lo que significa la Revolución, y hacia este gran cambio las clases sociales en México, las clases explotadas, dirigieron su lucha para conquistar nuevas formas de vida. Precisamente, interpretando este pensamiento, esta decisión del pueblo cuando Victoriano Huerta usurpa el poder y consuma el gran crimen nacional, aparece la figura de Venustiano Carranza, restaurador del orden institucional. Levantando en

sus manos la bandera de la Constitución, Carranza se convierte en el patriarca de la Constitución mexicana e interpretando la realidad del país, Carranza lanza en Veracruz en 1915 las adiciones al Plan de Guadalupe, en las cuales ya bosqueja el derecho obrero mexicano, en las cuales lanza la Ley de 6 de enero de 1915 que fue la primera Ley Agraria de México, y lanza el primer decreto sobre libertad municipal que sienta las bases de una transformación en la provincia mexicana. Carranza está respondiendo ya a los pocos meses de lucha, a las transformaciones nacionales que exigía la Revolución Mexicana. La Revolución ha cumplido sus promesas y sus postulados desde un principio, no ha terminado su tarea porque una revolución mientras tenga poder creativo y poder de transformación, es una revolución vigente, pero la Revolución Mexicana, señores, ha respondido desde un principio a las demandas del pueblo mexicano. En este sentido, Carranza, interpretó la realidad de México; cuajó esta realidad en preceptos constitucionales, y había de presentar su proyecto de Constitución al Constituyente de Querétaro. Esta Constitución Mexicana, tan mexicana que es la nuestra, esta Constitución Mexicana responde fielmente a los dictados de nuestra realidad. No adopta una postura sectaria, mantiene el equilibrio entre las garantías individuales, los derechos sociales y las libertades políticas. Es una Constitución que fue la primera en el mundo que incorporó los derechos sociales a una ley fundamental. Pero precisamente en esa ley fundamental, la Revolución concretó su programa. Por ello la Constitución es un programa para México. La Constitución es nuestra vida arrancada de las entrañas del pueblo mexicano. La Constitución es la traducción fiel de nuestra realidad. ¿Cómo no sentirnos orgullosos de poder invocar desde esta tribuna el nombre de Venustiano Carranza, apóstol de la etapa constitucional de la Revolución? ¿Cómo no sentirnos orgullosos de poder rendir homenaje a nuestra Constitución desde esta tribuna? ¿ Y Cómo no sentirnos orgullosos de nuestra Revolución Mexicana?

Este sentido dinámico y creador de la ley fue expresado por el Presidente Díaz Ordaz cuando dijo que la Constitución es letra viva en la entraña del pueblo mexicano. Este concepto dinámico y creador de la ley - la concepción de una Constitución dinámica - fue recogido precisamente en torno a nuestra ley fundamental por el señor licenciado Luis Echeverría. (Aplausos), quien señaló que la Constitución Mexicana de 1917 nos señala el camino recto y ascendente para crecer y progresar en la libertad. Sin la Constitución -dijo el licenciado Echeverría - la Revolución sólo habría sido un dramático, un heroico hecho de sangre. Sin la Revolución, la Constitución no sería sino una especulación de gabinete. Sí, nuestra Revolución tiene aún mucho por hacer, nuestra Constitución está llena de potencialidad creadora para impulsar a los mexicanos a continuar por el camino de las transformaciones sociales y de las libertades públicas que conjugadas forman nuestro sistema de vida.

Esto es lo que para nosotros representa la Constitución: un sistema de vida, un programa. Tenemos un ideario; la Revolución Mexicana tiene un ideario definido en materia social y política, ese ideario responde a la realidad de México; nuestra Revolución no ha sido fabricada, ha emanado del pueblo y se ha generado en las luchas sociales del pueblo mexicano. Por ello, en esta ocasión en que se ha tratado el caso del Primer Distrito de Coahuila, he deseado hacer estas breves consideraciones y pido a esta H. Asamblea que acepte estas palabras como el homenaje de un mexicano a los hombre que hicieron la Revolución con las armas en la mano en la etapa armada de la Revolución, como un homenaje a los constituyentes de 1917 y como un homenaje a Venustiano Carranza, apóstol de la etapa constitucional de la Revolución Mexicana. Muchas Gracias. (Aplausos.)

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: La secretaría pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el caso. Suficientemente discutido. En consecuencia, la secretaría consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 1er. Distrito Electoral del Estado de Coahuila, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los CC. Gustavo Guerra Castaños y José Cruz Salazar, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Segunda Comisión Dictaminadora.

Honorable Asamblea:

Para su estudio y dictamen, fue turnado a esta Segunda Comisión, de conformidad con lo establecido por los artículos 5o. y 6o. del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente formado con motivo de las elecciones efectuadas el 5 de julio del año en curso en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, para Diputados al Congreso de la Unión.

En los comicios de referencia contendieron las fórmulas de los Partidos Políticos que a continuación se expresan:

PAN: propietario, Máximo González Venegas; suplente, Felipa Ponce de Villegas, 185 votos.

PRI: propietario, licenciado Abel Ramírez Acosta; suplente, M. Isabel F. de Sepúlveda, 99,915 votos.

PPS: propietario, Elfego Lara Pardo; suplente, Manuel Antonio Cortés, 4 votos.

Del minucioso estudio del citado expediente, se advierte que la preparación de las elecciones se realizó con estricto apego a la Ley Electoral Federal, esto es, que se cumplieron las

formalidades esenciales del proceso electoral tanto en la integración de los organismos correspondientes como en la votación, escrutinio y cómputo total, sin que en el caso se suscitara incidente alguno.

Al efectuar el cómputo total de la votación y como resultado de la misma, se expidió constancia de mayoría a favor del licenciado Abel Ramírez Acosta y Ma. Isabel Fayad de Sepúlveda, como candidatos a diputados federales propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional. La citada constancia fue registrada con fecha 24 de julio del año en curso por la Comisión Electoral Federal.

Del análisis del propio expediente, se observa que el acta relativa al cómputo total de la elección está firmada de conformidad por los representantes del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional.

En mérito de lo expuesto y para los efectos consignados en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127 y 134 de la Ley Electoral Federal; 5o. fracciones I y III; 6o. y 7o. y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se propone a la consideración de esta honorable Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales efectuadas en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión los CC. licenciado Abel Ramírez Acosta y Ma. Isabel Fayad de Sepúlveda, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - La Comisión, Licenciado Roberto Estrada Salgado. - Licenciado Ignacio Altamirano Martín. - Doctor Roberto Dueñas Ramos."

Está a discusión el dictamen.

El C. presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se consulta a la Asamblea si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

El C. presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero: Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, el 5 de julio del presente año.

Segundo: Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos Abel Ramírez Acosta y María Isabel Fayad de Sepúlveda, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Segunda Comisión Dictaminadora.

Honorable Asamblea:

Fue turnado a la Segunda Comisión Dictaminadora para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la elección para diputados federales que tuvo lugar el domingo 5 de julio del año en curso. en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Tlaxcala.

Contendieron en el mencionado distrito las fórmulas de candidatos de los partidos que a continuación se relacionan obteniendo los siguientes resultados en la votación:

PAN: propietario, Hipólito Rodríguez García; suplente, José Carmen Saldaña Flores, 3,136.

PRI: propietario, profesora Ma. de los Ángeles Grant Munive; suplente, Wilulfo Candia Monter, 53,609.

PPS: propietario, profesor Miguel Flores Santa Cruz; suplente, Florencio Serrano Chamorro, 130.

Este resultado quedó plasmado en el acta de cómputo total, previa comprobación de que los paquetes electorales se encontraban sin alteración. No se suscitó durante el curso del cómputo ninguna objeción y firmaron de conformidad los representantes del Partido Acción Nacional, y Revolucionario Institucional.

El Comité Distrital Federal Electoral respectivo expidió la constancia de mayoría de votos en favor de los CC. profesora Ma. de los Ángeles Grant Munive y Wilulfo Candia Monter, como propietario y suplente respectivamente, constancia que fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral.

En los términos de los artículos 127 fracción I, 134 y 139 de la Ley Electoral Federal en vigor, esta Segunda Comisión llevó a cabo el estudio del expediente que comprende todo el proceso electoral culminado el 5 de julio, examinando todas las constancias levantadas en testimonio del mismo, se llegó a la conclusión de que la elección de referencia se ajustó en todos sus términos a los artículos de la Ley Electoral Federal.

En consecuencia, esta Segunda Comisión Dictaminadora con apoyo en las disposiciones legales antes invocadas, propone a esta honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales efectuadas en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Tlaxcala.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura al Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, los CC. profesora Ma. de los Ángeles Grant Munive y Wilulfo Candia Monter.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1970. - Licenciado Roberto Estrada Salgado. - Licenciado Ignacio Altamirano Marín. - Doctor Roberto Dueñas Ramos."

Está a discusión el dictamen.

El C. presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos).

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Tlaxcala, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los CC. María de los Ángeles Grant Munive y Wilulfo Candia Monter, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A la Tercera Sección de la Primera Comisión, que suscribe, le fue turnada para su estudio y dictamen el expediente electoral formado con motivo de las elecciones para diputados federales que tuvieron lugar el día 5 de julio pasado, en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de México.

En el Distrito Electoral, a que se hace referencia, se registraron las siguientes fórmulas de candidatos:

PAN: Mariano Saint Martín Loera y Baudelio Guerrero González, como propietario y suplente, respectivamente.

PRI: Alfonso Solleiro Landa y Alfredo Ramos Zuñiga, como propietario y suplente, respectivamente.

PPS: profesor Reyes Vázquez Rivera y Pedro Becerril Calderón, como propietario y suplente, respectivamente.

PARM: Alfonso León García y David Palomeque Díaz, como propietario y suplente, respectivamente.

Habiendo efectuado un estudio detenido de la documentación existente en dicho expediente, se llega al conocimiento que la preparación y desarrollo de las elecciones, se ajustaron a las disposiciones de la Ley Electoral Federal y a las instrucciones dadas oportunamente por los Organismos Electorales.

En cumplimiento con lo que establece la Ley relativa, el comité distrital respectivo, realizó el cómputo de votos emitidos por la ciudadanía, obteniéndose el siguiente resultado:

Fórmulas:

PAN: propietario, Mariano Saint Martín Loera; suplente, Baudelio Guerrero González, 14,092 votos.

PRI: propietario, Alfonso Solleiro Landa; suplente, Alfredo Ramos Zúniga, 59,700 votos.

PPS: propietario, profesor Reyes Vázquez Rivera; suplente, Pedro Becerril Calderón, 1,223 votos.

PARM: propietario, Alfonso León García; suplente, David Palomeque Díaz, 1,109 votos.

Como consecuencia del cómputo anterior, el Comité Distrital expidió. con fundamento en el artículo 105 fracción VI de la Ley Electoral Federal, constancias de mayoría a favor de los CC. Alfonso Solleiro Landa y Alfredo Ramos Zúñiga, como propietario y suplente, respectivamente.

El Partido Acción Nacional, presentó un escrito, sin fecha, en el que hace referencia a una serie de violaciones, que según él, se cometieron en el proceso de desarrollo de las elecciones. Esta Comisión, la desecha, en virtud de que ninguna de ellas es probada conforme a derecho, por lo que no es de considerarse como documento a discusión.

En atención a lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127 y 134 de la Ley Electoral Federal, 5o., fracciones I y III, 6o., 7o. y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Federal, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de México.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Alfonso Solleiro Landa y Alfredo Ramos Zúñiga, como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Abel Ramírez Acosta. - Licenciado Tarsicio González Gutiérrez. - Hilda Anderson Nevárez."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 4o. Distrito Electoral del Estado de México, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos Alfonso Solleiro Landa y Alfredo Ramos Zúñiga, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

La Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora recibió, para su estudio, el expediente relativo a las elecciones efectuadas el pasado 5 de julio en el 5o. Distrito Electoral Federal del Estado de Chihuahua.

Por los conductos legales oportunamente se registraron las candidaturas de los CC. Carmen Yolanda Baray Trujillo y Elías Hernández Terrazas, con el carácter de propietario y suplente respectivamente, para contender por el Partido Acción Nacional; Abelardo Pérez Campos e ingeniero Homero Corral Piñón por el Partido Revolucionario Institucional y profesor Guillermo Muñoz López y Alfonso Maltos por el Partido Popular Socialista, propietario y suplente, en su orden.

De los documentos que detenidamente se estudiaron se desprende que el proceso electoral en la jurisdicción a que se hace mención estuvo en todo momento apegado a las disposiciones legales que lo rigen, habiéndose instalado trescientas seis casillas distribuidas en los veintiún municipios que componen el referido Quinto Distrito y a las cuales concurrió la ciudadanía a sufragar en perfecto orden y sin que se registrara incidente digno de mencionarse.

Al efectuarse la computación correspondiente el Comité encontró que los candidatos del Partido Revolucionario Institucional obtuvieron cincuenta mil ciento cincuenta votos y los que postuló el Partido Acción Nacional cinco mil quinientos cuarenta y cinco, obteniendo el Partido Popular Socialista ciento noventa y ocho, habiéndose anulado seis mil ochocientos cuarenta y tres sufragios que hablan de la imparcialidad de la computación y la limpieza del examen de los sufragios emitidos, por lo que se expidió oportunamente constancia de mayoría a los candidatos del partido primeramente mencionado, Abelardo Pérez Campos e ingeniero Homero Corral Piñón, la que fue registrada por la Comisión Federal Electoral.

La documentación que evidencia lo anterior fue suscrita por los representantes de los partidos políticos contendientes y por lo que hace a la elección de diputados, no se presentaron protestas de ninguna naturaleza.

En consecuencia y con apoyo en lo dispuesto por el artículo 60 de la Constitución General de la República, 127 y 134 de la Ley Electoral Federal y 5o., 6o., y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Comisión somete a la soberanía de la Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales, se realizaron el día 5 de julio del presente año en el Quinto Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Abelardo Pérez Campos e ingeniero Homero Corral Piñón, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de agosto de 1970. - Licenciado Raúl Rodríguez Santoyo. - Licenciado Porfirio Cortés Silva. - Carolina Morales Farías."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

El C. Presidente: En consecuencia la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 5o. Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos Abelardo Pérez Campos e ingeniero Homero Corral Piñón, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Segunda Comisión Dictaminadora.

Honorable Asamblea:

En cumplimiento a los dispuesto por los artículos 5o. y 6o. del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se turnó a esta Segunda Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente en el que se contiene el resultado de las elecciones verificadas el 5 de julio del año en curso, en el 20o. Distrito Electoral del Distrito Federal.

En los comicios de referencia concurrieron los partidos que a continuación se expresan, obteniendo la votación siguiente:

PAN: propietario, mayor Arturo Bravo Hernández; suplente, Julio Alberto Lujambio Rafols, 45,290 votos.

PRI: propietario, doctor Oscar Hammeken Martínez; suplente, Juan Canales Pérez, 93,893 votos.

PPS: propietario, Agustín Rojo Romero; suplente, Heberto Gazali Rosado, 3,538 votos.

PARM: propietario, Cástulo Buendía Rocha; suplente, Venancio Ramírez Alvarado, 2,024 votos.

Del estudio minucioso de la documentación que conforme el expediente, materia de este dictamen, aparece que en la integración de los organismos electorales, votación, escrutinio y cómputo total, se llevaron a cabo con apego a lo dispuesto por la Ley Electoral Federal e instrucciones giradas por los organismos de la materia.

En la secuela del proceso electoral se observaron estrictamente las disposiciones de la Ley, habiendo intervenido los representantes de los partidos acreditados, sin que se registrara incidente alguno.

Oportunamente, y con base en el resultado de la elección, el Comité del 20o. Distrito Electoral, al hacer la computación total, expidió constancia de mayoría de votos en favor de la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional, misma que se registró en la Comisión Electoral Federal, debiéndose hacer notar que el acta circunstanciada fue firmada por todos los representantes de los partidos contendientes.

Ahora bien, aun cuando en la verificación de la computación total el representante del

Partido Revolucionario Institucional protestó por considerar que se habían invertido los resultados de la votación de la casilla No. 6, atribuyendo al Partido Acción Nacional 229 votos, y al Partido Revolucionario Institucional 144, debiendo ser lo contrario, ocurriendo lo mismo en la casilla No. 122; y por su parte el representante del Partido Popular Socialista también protestó por que no se tomó en cuenta su requerimiento para que se revisaran los paquetes correspondientes a las casillas 29-A y 41, por las dudas que le originó el no haber obtenido voto alguno, como dichas objeciones no alteran en su base el resultado de la votación, y por otra parte no se allegaron otras pruebas que pudieran dar motivo a modificar o anular la elección, esta Segunda Comisión coincide con la opinión emitida en la constancia de mayoría de votos expedida por el Comité Distrital, la cual fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral.

En mérito de lo expuesto y para los efectos consignados en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 127 y 134 de la Ley Electoral Federal vigente; 5o., fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión que suscribe se permite proponer a la consideración de esta H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el Vigésimo Distrito Electoral del Distrito Federal.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. doctor Oscar Hammeken Martínez y Juan Canales Pérez.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1970. - Licenciado Roberto Estrada Salgado. - Licenciado Ignacio Altamirano Marín. - Doctor Roberto Dueñas Ramos."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 20o. Distrito Electoral del Distrito Federal, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos doctor Oscar Hammeken Martínez y Juan Canales Pérez, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Segunda Sección.

Honorable Asamblea:

Para su estudio y dictamen le fue turnado a esta Segunda Sección, de la Primera Comisión Dictaminadora, el expediente electoral formado con motivo de las elecciones federales ocurridas el domingo 5 de julio último en el Primer Distrito Electoral del Estado de Veracruz.

Contendieron en el mencionado Distrito las fórmulas de candidatos de los partidos que a continuación se relacionan, obteniendo los siguientes resultados en la votación:

PAN: propietario, licenciado Raymundo Hernández Hernández; suplente, C. P. Pedro Gutiérrez Salas, 6,661 votos.

PRI: propietario, licenciado Raymundo Flores Bernal; suplente, profesora Sofía Maza de De León, 51,243 votos.

PPS: propietario, Adán Castelán Arteaga; suplente, Cruz Flores Delgado, 413 votos.

De acuerdo con el anterior resultado la constancia de mayoría de votos fue expedida por el Comité Distrital Federal Electoral respectivo, en favor de los CC. licenciado Raymundo Flores Bernal y profesora Sofía Maza de De León, como propietario y suplente respectivamente, constancia que fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral.

En los términos de los artículos 127 fracción I, 134 y 139 de la Ley Electoral Federal en vigor, esta Comisión llevó a cabo el estudio del citado expediente que comprende todo el proceso electoral que culminó el 5 de julio y al efecto examinó todas las constancias levantadas en testimonio del mismo y se llegó a la conclusión de que la elección federal de referencia se ajustó en todos sus términos a los preceptos de la Ley Electoral Federal aplicables en cada caso, resultando un procedimiento limpio, y apegado a la Ley.

En confirmación de lo anterior debe hacerse notar que los partidos participantes en las citadas elecciones firmaron de conformidad en el acta de cómputo total.

Con estos antecedentes esta Sección Dictaminadora apoyada en las disposiciones legales al principio invocadas, se permite proponer a este Honorable Pleno los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el Primer Distrito Electoral de Veracruz.

Segundo. Son diputados de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente los CC. licenciado Raymundo Flores Bernal y profesora Sofía Maza de De León.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1970. - La Comisión: Licenciado J. Carlos Osorio Aguilar. - Armando González Soto. - Profesor Marco Antonio Bolaños Cacho."

Está a discusión el dictamen.

El C. Salgado Velasco, Abel: Señor Presidente, pido la palabra para hacer consideraciones y en apoyo del dictamen.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Abel Salgado Velasco.

El C. Salgado Velasco, Abel: Señor Presidente; Honorable Asamblea; jóvenes de México; señoras y señores: Llego a esta tribuna con la clara imagen de lo que significa una responsabilidad, y dos satisfacciones: la responsabilidad de la que somos depositarios aquellos que por voluntad soberana del pueblo integramos este Colegio Electoral, alta responsabilidad, señores, que me honro en compartir con todos ustedes. Una satisfacción y emoción que siento como joven mexicano al abordar está, la más alta tribuna de mi pueblo, emoción y satisfacción que comparto solidariamente con los jóvenes que también integran este Colegio Electoral, y que quiero compartir con todos los jóvenes revolucionarios de México.

Una segunda satisfacción, paralela a la anterior: el hacer uso de la palabra ante vuestra soberanía, tratándose del dictamen que juzga el expediente electoral de un joven mexicano, de un joven que como muchos que aquí estamos presentes, forma parte de esa joven generación de mexicanos: el señor licenciado Raymundo Flores Bernal.

No me subí a esta elevada tribuna para defender a Raymundo Flores Bernal; Raymundo Flores Bernal, con los votos soberanos del pueblo del Primer Distrito de Veracruz, se basta y se sobra para defenderse solo.

No viene tampoco a realizar un penegírico fácil, ni a pronunciar halagos superfluos. El halago se lo hicieron sus electores. Su panegírico se lo hará él mismo cuando cumpla con su responsabilidad social, y cuando cumpla con decoro, como estoy seguro que habrá de hacerlo, con su responsabilidad como legislador de la República.

He venido, señor Presidente, honorable Colegio, a realizar algunas modestas consideraciones: La presencia de los que somos jóvenes como Raymundo Flores Bernal en este Colegio, nos da una pauta, nos deja ver y nos reafirma la participación real, efectiva, institucional que la juventud de México tuvo en los pasados comicios electorales y en los actos previos a los mismos.

Al hablar de la juventud, no me refiero a ello como un estado físico, sino como una actitud ante la vida. Hablo de la juventud, pero no pretendo sentar ninguna diferencia generacional. La historia, que es nuestra máxima lección, nos muestra la presencia de grandes forjadores y conductores de nuestro ser nacional. Nos muestra a Cuauhtémoc en su jovial gallardía, en su soberana postura ante el despotismo, ante la invasión española.

Nos enseña la historia a un Hidalgo, a un hombre maduro que supo encender la chispa libertaria en el pueblo mexicano; nos muestra el holocausto de los jóvenes héroes de Chapultepec, que llegan al sacrificio físico y a la pérdida de la existencia en aras del ideal patrio; y nos enseña al imperturbable, a la montaña histórica, al vértice de nuestra historia, al sereno, al impasible señor Juárez, a quien la juventud respeta y de quien la juventud toma enseñanzas. Conduce a su pueblo en un peregrinaje dramático, en la serenidad de Palacio Nacional, pero dando siempre muestras de profundo patriotismo y de alta distinción de conductor social; nos enseña en la Revolución al joven caudillo suriano, el señor general Emiliano Zapata, el ímpetu del hombre que resumió los esfuerzos, los anhelos, las metas que los campesinos de México, que los peones en aquella etapa feudal reclamaban para alcanzar, tierra, justicia y libertad y nos muestra la serena figura del señor Carranza que con madurez institucional supo captar y canalizar los anhelos, los estrépitos, la fuerza de la Revolución por los caminos legales y de soberanía. No pretendo pues, al hablar de la juventud, sentar diferencias generacionales. Creo que los jóvenes no entendemos ni creemos en las luchas de generación; los jóvenes tendremos diferencias, habrá conflictos, tendremos luchas, pero sólo con los enemigos de México de ayer y de hoy, con los enemigos de la Revolución Mexicana; con ellos es la lucha y es el choque histórico, no de generación. (Aplausos.)

El 5 de julio pasado fue un resumen histórico de la lucha del pueblo de México por conseguir el sufragio popular directo; el 5 de julio marcó en la historia electoral de México saludables precedentes reconocidos nacional e internacionalmente; pero la historia mexicana, en la integración y en la solidaridad de los mexicanos, presenta una fecha histórica y determinante, porque en las urnas electorales se depositaron razonada y conscientemente los votos de millones de jóvenes mexicanos, votos de jóvenes en todos los distritos, señores diputados y presuntos diputados; votos de jóvenes que sufragaron por la Revolución Mexicana, votos de jóvenes desde los 18 años que hicieron su entrada definitiva a la vida cívica de México merced a la reforma del Artículo 34 de nuestra Carta Magna, promovida por el ilustre Presidente Gustavo Díaz Ordaz. (Aplausos.)

Pero la Revolución no sólo está entregando y entregó a los jóvenes de México la posibilidad de participación directa en la vida cívica; entregó, sí, ese derecho, pero precedido por una importante obra material y moral que se desprende desde la etapa cruenta de la Revolución, desde los primeros balbuceos institucionales, que se refuerza en el Constituyente de 17, obra material y moral que finca el patrimonio colectivo de nuestro pueblo, que finca obras de grande y mediana infraestructura, social y económica, la posibilidad real y efectiva de que sigamos todos juntos transitando y luchando esforzadamente para alcanzar la nueva etapa de progreso definitivo, estable y justo, por el cual el pueblo de México ha luchado en su devenir histórico.

Recordemos que estamos en la etapa de construcción y recordemos las palabras de Luis Cabrera cuando decía que la etapa auténticamente revolucionaria es la etapa constructiva de la Revolución, en la que se forjan las nuevas instituciones, el nuevo estado de cosas, producto de la Revolución, en donde la Revolución se traduce en realidad, en objetividades y en condiciones reales que propicien el desarrollo revolucionario del pueblo de México.

El voto a los 18 años y la postura consciente de las grandes mayorías de jóvenes mexicanos de todos los niveles y condiciones sociales y culturales, dio oportunidad, uniéndose al pueblo de México, para realizar el puente histórico que institucionalmente, que por el imperio de la Ley, que por mandato del pueblo, que por la soberanía del pueblo, hemos realizado; el puente histórico que comunicará a México a una nueva etapa que será comandada el patriota, por el hombre que dialogó recia, descarnada, pero objetiva patrióticamente, acerca de todos los problemas de México: nuestro compañero de Partido, el próximo Presidente de México por voluntad del pueblo, el señor licenciado Luis Echeverría. (Aplausos.)

Durante su campaña, el licenciado Echeverría realizó un diálogo abierto, sostenido, con el pueblo, con los jóvenes, con los jóvenes campesinos, obreros; con los jóvenes de las clases medias populares; con estudiantes, con artesanos, con cooperativistas.

Recordemos algunas palabras de él, vertidas en una Asamblea Juvenil: "A las nuevas generaciones corresponde, más que a nadie, el deber de prepararse conscientemente para realizar una obra en verdad creadora; han recibido un país transformado por la Revolución que es dinámica y que no está dispuesta a detenerse pero tampoco a desviarse. Los jóvenes deben ser fieles a su juventud sin dejar de ser fieles a su patria. Por eso, los jóvenes mexicanos, las nuevas generaciones de México han reiterado su vigencia de pensamiento y su identidad con la historia patria. Piensan en Hidalgo, en el gran Morelos, en el señor Juárez, en Zapata, en Carranza; piensan en la historia de su pueblo y con ella se guían para poder delinear la marcha constitucional que dentro de la colectividad nacional les está determinado. El licenciado Echeverría ha convocado al pueblo de México a realizar conjuntamente una reforma agraria integral en relación directa con los problemas concretos de la juventud.

A este particular, habré de referirme en un aspecto por considerarlo uno de los más agudos y graves en esta materia.

La reforma agraria integral plantea también un aspecto de esta situación. Es necesario educar al campesino, es urgente establecer sistemas educativos en el campo para poder coadyuvar con la reforma agraria, ésta sin una educación adecuada acorde a la problemática rural, marchará coja, pero es importante no sólo entender que el campo habrá de llevarse el alfabeto. Además de ello, habrán de establecerse enseñanzas, escuelas, adiestraciones para que el joven campesino se eduque y se enseñe, para contribuir en la producción y en la organización del campo, para que pueda ser realizada en forma plena su contribución al avance de la reforma agraria, para que pueda hacer y cumplir con su responsabilidad que el destino histórico le tiene deparado.

Señores diputados, la juventud sabe lo que significa la paz como patrimonio, la juventud no es sinónimo de anarquía o de dispersión, los jóvenes revolucionarios de México han pensado y es su determinación ligarse a la nueva etapa de renovación institucional que el licenciado Echeverría pregonó en su campaña política y que estará dispuesto a realizar, perfeccionando nuestras instituciones, fortaleciendo nuestro sistema democrático, creando mejores condiciones para el desarrollo justo e integral del pueblo de México.

Los que aquí venimos por voluntad de los electores, por mandato de la ley, porque su procedimiento fue observado y que ocupamos un escaño en este Colegio Electoral, venimos con el firme criterio de integrarnos institucionalmente a esta magna asamblea, de integrarnos con los que son representantes y producto real de las más diversas actividades del quehacer nacional, con líderes y con profesionistas, con mujeres y con intelectuales; con el mosaico que habrá de reflejar fielmente la realidad de nuestro pueblo durante la próxima Legislatura de este Congreso de la Unión. Venimos a cumplir con un legado histórico, con un mandamiento histórico que nos viene desde el gran Morelos, el primer legislador que sentó las bases institucionales del México independiente; con Ramos Arizpe en su criterio federalista y republicano, con Ponciano Arriaga, Zarco y Ramírez, en su concepción liberal y en su pensamiento limpio y honesto, y también a responder a la enseñanza dada por el Constituyente del 17, que transformó en ley, en mandamiento normativo, de justicia social, los anhelos y las luchas revolucionarias de nuestro pueblo. Echeverría ha dicho: "La transformación de México es tarea que no admite pausas ni permite esperas; continuémosla con decisión y fe, porque la causa del pueblo siempre es invencible."

Señores diputados y presuntos diputados, al aprobar, porque habrán de hacerlo así, conforme a derecho y a conciencia, el dictamen que aprueba el expediente del compañero Raymundo Flores Bernal, hagámoslo reiteradamente, como ya se ha hecho, como una muestra de solidaridad, como una muestra de integración generacional, como una muestra de nacional, para unidos, y sin más mandato, sin más compromiso que obedecer la soberanía del pueblo, podamos realizar en lo que esté a nuestro alcance, sin esperas y sin retrocesos, los anhelos que el mismo pueblo nos ha expresado durante las campañas que se realizaron.

Señores, mencioné el inicio de una nueva etapa con la participación de los jóvenes en la vida cívica de México. En esta tribuna, que

aprovecho como joven, como integrante de la juventud, rindo homenaje al patriota Gustavo Díaz Ordaz (aplausos) que ha sabido interpretar su momento histórico, que es celoso de nuestra soberanía nacional, y que nos da una muestra el día de ayer, y hoy, de que los principios de nuestra doctrina institucional e internacional se encuentran salvaguardados por la conducta ejemplar de este patriota ciudadano. (Aplausos.)

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: Se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 1er. Distrito Electoral del Estado de Veracruz, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos Raymundo Flores Bernal y Sofía Maza de De León, como propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Primera Sección.

Honorable Asamblea:

Fue turnado a esta Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, el expediente formado con motivo de las elecciones de diputados federales efectuadas el 5 de julio próximo pasado en el Quinto Distrito Electoral del Estado de Chiapas.

En el Distrito de referencia, los partidos registraron las siguientes fórmulas de candidatos, que obtuvieron la votación que a continuación se especifica:

PAN: propietario, Abelardo Pérez Chanona; suplente, Herminia Yolanda Hernández G., 1,612 votos.

PRI: propietario, licenciado Antonio Melgar Aranda; suplente, Pantaleón Orella Machique, 43,503 votos.

PPS: propietario, profesor Noel López Ricoy; suplente, Ramón Gómez Oaxaca, 709 votos.

PARM: propietario, J. Mario García Soto; suplente, Antonio Delfín Martínez Mariño, 1,436 votos.

Del examen de los documentos que obran en nuestro poder, se desprende que el proceso electoral en sus diversas fases se ajustó a los requisitos que establece la Ley Electoral Federal, en efecto:

El Presidente del Comité Distrital Electoral al rendir su informe, determinó que en los actos preparatorios de la elección así como en la elección misma, no existió incidente alguno; que en la sesión celebrada en cumplimiento al artículo 104 de la Ley Electoral Federal, previa verificación de que los paquetes no presentaban señal de alteración, se efectuó el cómputo total de la elección, sin que haya existido protesta alguna, en los términos de la fracción III del artículo 105 del ordenamiento citado; por lo que se extendió constancia de mayoría de votos a la fórmula integrada por los CC. licenciado Antonio Melgar Aranda y Pantaleón Orella Machique, candidatos propietario y suplente, respectivamente. Constancia que quedó debidamente registrada al ser aprobada por la Comisión Federal Electoral.

El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana en fechas diversas a la celebración de los actos relativos a la preparación, elección y computación, dirigió un escrito a la Comisión Federal Electoral, en el que asienta algunas protestas, mismas que al ser debidamente examinadas, a juicio de esta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, no se ajustan a lo preceptuado por los artículos 72, 137 y 139 de la Ley Electoral Federal y por ende no pueden afectar el resultado final de la votación.

Por lo expuesto y para los efectos consignados por el artículo 60 Constitucional y 127 de la Ley Electoral Federal y en acatamiento de los artículos 5o., fracciones I y III; 6o., y demás relativos del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, proponemos a esa honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales propietario y suplente, que se realizaron el día 5 de julio del presente año en el Quinto Distrito Electoral del Estado de Chiapas.

Segundo. Son diputados federales de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Antonio Melgar Aranda, propietario y Pantaleón Orella Machique, suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Ramiro Salas Granado. - Profesora Ma. de los Ángeles Grant Munive. - Doctor Oscar Hammeken Martínez."

Está a discusión el dictamen:

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 5o. Distrito Electoral del Estado de Chiapas, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos, licenciado Antonio Melgar Aranda y Pantaleón Orella Machique, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

En atención a lo dispuesto por el artículo 5o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, fue turnado a los suscritos, integrantes de la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, el Expediente relativo a la elección celebrada el 5 de julio anterior en el Segundo Distrito Electoral Federal del Estado de Oaxaca.

Contendieron en la jurisdicción electoral que se ha mencionado, los CC. Eduardo Ramírez Soto e Hilario Cruz Ortiz, a quienes postuló el Partido de Acción Nacional con el carácter de propietario y suplente, respectivamente; el licenciado Rodolfo Alavez Flores y Aurelio Ramírez García que fueron postulados por el Partido Revolucionario Institucional y Víctor Sánchez Rivera y Mario Ruiz López que lo fueron por el Partido Popular Socialista.

El acto comicial se efectuó normalmente, según se desprende de la documentación examinada, habiéndose instalado ciento cincuenta casillas dentro de la jurisdicción electoral a que se hace mención, las que con toda oportunidad concentraron la documentación al Comité Distrital correspondiente, el que el día 12 del propio mes de julio realizó el cómputo que establece el artículo 104 de la Ley Electoral Federal y que arrojó setenta y un mil trescientos cuarenta y siete sufragios para los candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional, ciento treinta y siete para los del Partido Acción Nacional y setecientos cincuenta y nueve para los del Partido Popular Socialista, en virtud de lo cual el propio Comité Distrital expidió constancia de mayoría a los primeros, la que fue registrada en su oportunidad por la Comisión Federal Electoral.

De la propia documentación se deduce que no existió ningún incidente previo y durante el proceso electoral que se estudia. En consecuencia consideramos procedente que la Asamblea apruebe los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones celebradas el 5 de julio último en el Segundo Distrito Electoral Federal del Estado de Oaxaca, con cabecera en Guelatao de Juárez.

Segundo. Son diputados de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión los CC. licenciado Rodolfo Alavez Flores y Aurelio Ramírez García, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de agosto de 1970. - Licenciado Raúl Rodríguez Santoyo. - Licenciado Porfirio Cortés Silva. - Carolina Morales Farías."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Oaxaca, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos licenciado Rodolfo Alavez Flores y Aurelio Ramírez García, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía, nos fue turnado conforme lo establecen los artículos 5o. y 6o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, la documentación que comprende el expediente que nos informa sobre el procedimiento electoral del VIII Distrito Electoral del Estado de Oaxaca.

En el Distrito citado, se registraron conforme a derecho a las siguientes fórmulas:

PAN: Gumaro Rojas López, propietario; José Estrada González, suplente.

PRI: licenciado Abdón Ortiz Cruz, propietario, profesora Ma. Guadalupe Pérez Baños, suplente.

PPS: Lucio Peña Castro, propietario; Pedro Sánchez Vivas, suplente.

Deducimos de la lectura minuciosa de los elementos de juicio, que el proceso electoral en todas y cada una de sus diferentes etapas estuvo acorde con las disposiciones legales vigentes de la materia.

Así, observamos cómo, en presencia de los funcionarios del Comité Electoral del Distrito, y de los representantes de los partidos políticos y candidatos acreditados ante él, se realizó el siguiente cómputo:

Fórmulas:

PAN: propietario, Gumaro Rojas López; suplente, José Estrada González, 157 votos.

PRI: propietario, licenciado Abdón Ortiz Cruz; suplente, Ma. Guadalupe Pérez Baños, 65,129 votos.

PPS: propietario Lucio Peña Castro; suplente, Pedro Sánchez Vivas, 154 votos.

Concluido el acto procesal anterior, se procedió a extender constancia de mayoría de votos a favor de la planilla integrada por los CC. licenciado Abdón Ortiz Cruz y profesora María Guadalupe Pérez Baños.

Esta constancia de mayoría sometida a la consideración de la Comisión Federal Electoral, conforme lo establecido en el artículo 114 del ordenamiento jurídico señalado, ratificó el acuerdo anterior y procedió a comunicárselo a la H. Cámara de Diputados para que surtiera los efectos constitucionales correspondientes.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter con fundamento en el artículo 6o. del Reglamento con antelación citado, a esta honorable Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebrada el día 5 de julio del

presente año, en el VIII Distrito Electoral del Estado de Oaxaca.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Abdón Ortiz Cruz y profesora María Guadalupe Pérez Baños, como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Abel Ramírez Acosta. - Licenciado Tarsicio González G. - Hilda Anderson Nevárez."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores,

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara: Primero. Son Válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 8o. Distrito Electoral del Estado de Oaxaca, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos, Abdón Ortíz Cruz y María Guadalupe Pérez Baños, como propietario y suplente respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Sección Cuarta de la Primera Comisión Dictaminadora le fue turnado el expediente relativo a la elección celebrada el pasado 5 de julio en el Décimo Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco, con cabecera en Ciudad Guzmán.

En la jurisdicción electoral estudiada fungieron como candidatos las siguientes fórmulas: Matías Salvador Corona Castañeda y Jesús Apolinar Ochoa Magaña, propietario y suplente respectivamente, por el Partido Acción Nacional; José María Martínez Rodríguez y Adolfo Medrano Rebolledo por el Partido Revolucionario Institucional; profesor Felipe Montaño Rodríguez y Juan González Díaz por el Partido Popular Socialista y Manuel Hernández Acosta y J. Jesús Gutiérrez Magaña por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

De los documentos examinados se desprende que con toda oportunidad y ajustándose a lo dispuesto por la Ley Electoral Federal, se hicieron la publicación de la ubicación y personal que atendería las 206 casillas que funcionaron en el Distrito a que se hace mérito, a las que concurrió la ciudadanía para manifestar su voluntad eleccionaria, la que produjo en el cómputo del día 12 del propio mes de julio y que efectúo el Comité Distrital correspondiente, una mayoría de setenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos sufragios para la fórmula sostenida, por el Partido Revolucionario Institucional; así también se obtuvieron diez mil treinta y siete votos por los candidatos del Partido Acción Nacional, setecientos sesenta y cinco para los del Partido Popular Socialista y novecientos ochenta y ocho para los del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en virtud de lo cual se expidió la constancia de mayoría a los candidatos primeramente mencionados.

Una sola protesta fue formulada por el Partido Acción Nacional, respecto de la casilla número 6 del Distrito examinado, la que no fue considerada debidamente por carecer de fundamento.

Por lo anterior expuesto, y con apoyo en lo dispuesto por los artículo 60 de la Constitución General de la República, 127 y 134 de la Ley Electoral Federal, así como los artículos 5o. al 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior de este Congreso y de que todo el proceso de la elección del Décimo Distrito de Jalisco se mantuvo dentro del marco de la Ley y de que no hubo incidentes que hicieran procedente anulación alguna, solicitamos de la soberanía de esta Asamblea que apruebe los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del corriente año, en el Décimo Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados federales de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. José Ma. Martínez Rodríguez y Adolfo Medrano Rebolledo, con el carácter de propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1970. - Licenciado Raúl Rodríguez Santoyo. - Licenciado Porfirio Cortés Silva. - Carolina Morales Farías."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen. Aprobado. (Aplausos.)

El C. Presidente: En consecuencia; la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 10o. Distrito Electoral del Estado de Jalisco, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos José María Martínez Rodríguez y Adolfo Medrano Rebolledo, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, conforme lo establecen los artículos 5o. y 6o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de

los Estados Unidos Mexicanos, le fue turnado, por acuerdo soberano de esta Asamblea, la documentación que conforma el expediente electoral del Séptimo Distrito Electoral Federal del Estado de Michoacán.

En el precitado Distrito, conforme a lo que ordena la Ley de la materia, se registraron para la contienda electoral, las siguientes fórmulas de candidatos a diputados:

PAN: propietario, Vicente Zarco Rojas; suplente, Javier Gallegos.

PRI: propietario, licenciado Julio Antonio Gallardo Ortiz; suplente, profesora Delia Vélez R.

PPS: propietario, licenciado Crescencio Morales; suplente, Antonio Cárdenas.

PARM: propietario, Arturo Pineda Hernández; suplente, J. Jesús Nuñez L.

La lectura minuciosa de cada uno de los documentos que integran el expediente del Distrito con antelación citado, nos conduce a la conclusión de que el proceso comicial estuvo en todas y cada una de sus partes, ajustado a derecho.

Con la asistencia de los funcionarios del Séptimo Comité Distrital Electoral y los representantes de los partidos políticos y de sus candidatos, el día 12 de julio se reunieron como manda la Ley, a realizar el cómputo de votos y a sancionar con su firma el siguiente resultado:

Fórmulas:

PAN: propietario, Vicente Zarco Rojas; suplente, Javier Gallegos, 4,868 votos.

PRI: propietario, licenciado Julio Antonio Gallardo Ortiz; suplente, profesora Delia Vélez R., 64,584 votos.

PPS: propietario, licenciado Crescencio Morales; suplente, Antonio Cárdenas, 330 votos.

PARM: propietario, Arturo Pineda Hernández; suplente, J. Jesús Nuñez L., 332 votos.

En consecuencia, se extendió constancia de mayoría a favor de los integrantes de la fórmula del Partido Revolucionario Institucional: licenciado Julio Antonio Gallardo Ortiz y profesora Delia Vélez Romero, como propietario y suplente, respectivamente; documentos que fue debidamente registrado sin objeción alguna en la Comisión Federal Electoral, para cumplir con lo establecido en el artículo 114 de la Ley Electoral Federal. Y para que surtiera los efectos del artículo 60 constitucional, fue comunicado el acuerdo anterior a la H. Cámara de Diputados.

Por lo anterior, con fundamento en el precepto constitucional citado, los artículos 127 y 134 de la Ley Electoral Federal; 5o., 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de la Comisión que suscribe pone a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el Séptimo Distrito Electoral del Estado de Michoacán.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Julio Antonio Gallardo Ortiz y profesora Delia Vélez R., como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México D. F., a 20 de agosto de 1970. - Licenciado Abel Ramírez Acosta. - Licenciado Tarsicio González Gutiérrez. - Hilda Anderson Nevárez."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Michoacán, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos licenciado Julio Antonio Gallardo Ortiz y Delia Vélez Romero, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 5o., 6o. y 7o. para el Gobierno Interior del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, la suscrita Sección Tercera, de la Primera Comisión Dictaminadora de expedientes electorales recibió la documentación relativa a la elección que para diputados federales tuvo verificativo el día 5 de julio próximo pasado en el 11o. Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco.

Por parte de los partidos contendientes se registraron las siguientes fórmulas de candidatos:

Por el Partido Acción Nacional los CC. Ma. de la Luz Michel Olivera y Juan Espinoza Véliz, como propietario y suplente, respectivamente.

Por el Partido Revolucionario Institucional la C. María Guadalupe Urzúa Flores, como propietaria, y el C. Manuel Robles Morán, como suplente.

Por el Partido Popular Socialista los CC. profesor Ramón Barajas Arana y Agustín Flores Bautista, como propietario y suplente, respectivamente.

Por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana los CC. Gabriel Castillo Alvarado, como propietario, y Florencio Venegas Marín, como suplente.

De la minuciosa revisión efectuada de los documentos electorales relativos a las elecciones en ese Distrito se desprende que las actividades electorales y la instalación de las 151 casillas estuvieron sujetas a las normas establecidas por la Ley Electoral Federal.

Diversos representantes del Partido Acción Nacional presentaron protesta y el Partido

Popular Socialista una sola, que a consideración nuestra, no alteran el proceso electoral.

El acta de cómputo general de votos asienta constancia de que no hubo paquetes violados, ni objeciones y aparece firmada de conformidad por los representantes de los partidos presentes, los integrantes del Comité Distrital Electoral, así como por el Agente del Ministerio Público Federal.

Una vez que se procedió con fundamento en el artículo 105 de la Ley de la Materia, el Comité Electoral Distrital extendió constancia de mayoría de votos a la fórmula presentada por el Partido Revolucionario Institucional de acuerdo con la siguiente votación:

Fórmulas:

PAN: propietaria, Ma. de la Luz Michel Olivera, suplente, Juan Espinoza Véliz. Votos 5,736.

PRI: propietaria, María Guadalupe Urzúa Flores, suplente, Manuel Robles Morán. Votos 44,915.

PPS: propietario, profesor Ramón Barajas Arana, suplente, Agustín Flores Bautista. Votos 342.

PARM: propietario, Gabriel Castillo Alvarado, suplente, Florencio Venegas Marín. Votos 217.

La Comisión Federal Electoral registró a su vez la mencionada constancia de mayoría.

En consecuencia y con fundamento en los artículos: 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127 y 134 de la Ley Electoral Federal; 5o., fracciones I y III, 6o., 7o. y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta honorable Asamblea los siguientes Puntos Resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio próximo pasado en el XI Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados de Mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. María Guadalupe Urzúa Flores y Manuel Robles Morán, como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1970. - Licenciado Abel Ramírez Acosta. Licenciado Tarsicio González Gutiérrez. - Hilda Anderson Nevárez."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

- La C. Calderón Corona, Esvelia: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra.

- La C. Calderón Corona, Esvelia: "Señor Presidente; señores y señoras: Al abordar esta tribuna para apoyar el dictamen de la III Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, en favor de la limpia luchadora agraria, la compañera Ma. Guadalupe Urzúa Flores, viene a mi recuerdo la imagen de la mujer que a través del Territorio Nacional, sufre y trabaja arduamente al lado del hombre, para lograr la grandeza de la Patria, de la que en todos los grandes acontecimientos del pueblo ha estado presente, de la que aportó su esfuerzo y su sangre, como madre, como esposa y también como soldado, en los tres movimientos armados que en la Independencia, en la Reforma y en la Revolución han convulsionado profundamente nuestro suelo, me refiero a la mujer campesina, que como responsable del hogar, calladamente sufre cuando a la familia falta el pan, el vestido, o es víctima de las enfermedades tan frecuentes en nuestro medio, de la mujer campesina que cada tres y cada seis años renueva sus esperanzas y su fe en la Revolución Mexicana, y diariamente modela en sus hijos a los nuevos ciudadanos de México, en el más puro y profundo conocimiento de nuestra historia y en el más reverente respeto para nuestros héroes.

En la lucha cívico - Electoral, que el 5 de julio próximo pasado culminó con un arrollador y legítimo triunfo de la Revolución en las urnas electorales, la participación de la mujer campesina, aunada a la de los sectores obrero y popular, fue determinante y significativa, pues fuimos testigos de que la mujer campesina en grupos compactos concurrió a las casillas electorales a participar y depositar su voto en favor del Partido de la Revolución, poniendo de manifiesto que la mujer del campo, al igual que todas las mujeres de México, ejercita el derecho de la ciudadanía, que el Gobierno de la Revolución le entregó y que durante mucho tiempo y en otras épocas en forma discriminatoria le había sido negado como ser inferior.

La reforma constitucional que otorgó el voto a la mujer, ha sido interpretada en su justo y verdadero alcance por el Partido Revolucionario Institucional, quien ha promovido en todo el país, muchas oportunidades para incorporar a las mujeres a la vida pública. Así encontramos en los cargos de dirección de cientos de municipios a mujeres revolucionarias; en los Congresos de los Estados y en el Congreso de la Unión se ha escuchado la voz de la mujer mexicana defendiendo los derechos del pueblo y dignificando la vida política de nuestra nación.

He solicitado la palabra, no sólo para pedir a ustedes la aprobación del dictamen de la compañera Guadalupe Urzúa Flores, que ha entregado con lealtad lo mejor de su vida al servicio de los campesinos, y que tuvo una elección ejemplar por la limpieza y apego a la Ley en todos los momentos del proceso, sino porque en ella, en la compañera Carolina Morales y en la maestra Ma. de los Ángeles Gran y en todas las mujeres que recibimos la oportunidad de nuestro Partido de participar en la histórica jornada electoral del 5 de julio de 1970, se demuestra la auténtica representación de todos los sectores nacionales a este Congreso y la unidad democrática de México.

Nadie puede negar a la mujer campesina su militaricé revolucionaria. Desde el movimiento armado en que acompaño y alentó con su

sacrificio a los soldados campesinos que hicieron este México más justo, hasta la época actual en que a ella - mejor que a nadie - le consta el empeño de los gobiernos de la Revolución por lograr mejores niveles de vida para el sector rural.

Es a la mujer del campo a quien produce más profunda emoción y esperanza la creación de los miles de escuelas rurales que el Gobierno siembra por el Territorio Nacional, porque sabe que obtendrán sus hijos la educación que ellas no pudieron adquirir y la garantía de una vida más decorosa y más humana.

Los miles de parcelas en manos de las mujeres del campo, la energía eléctrica para los hogares, los programas de mejoramiento de la vivienda, el crédito doméstico agropecuario, son programas de la Revolución que se traducen en realidades todos los días ante el testimonio de la mujer campesina.

Es ella quien mejor valora los esfuerzos de la Revolución por mejorar las condiciones de higiene de las comunidades, con la introducción de agua potable y el establecimiento de hospitales rurales, porque la salud y la vía de sus hijos, por tantos años desamparados, es el mejor patrimonio que le pueden otorgar - y aquí quiero rendir en nombre de las mujeres campesinas de México, nuestro más sentido y sincero homenaje de gratitud a una ejemplar mujer por cuyo amor entrañable a la niñez, muchos días, semana tras semana del año escolar, durante seis fecundos años, miles de niños campesinos recibieron en el desayuno escolar el apoyo indispensable para sus estudios - ; me refiero a la distinguida señora Guadalupe Borja de Díaz Ordaz, a quien deseamos salud y felicidad familiar por mucho tiempo.

Esa es la razón por la que mi Partido, el Revolucionario Institucional, cada día se arraiga más profundamente en la entraña de nuestro pueblo, es la razón por la cual, los hombres y las mujeres que tenemos el honor de ser nominados como sus candidatos, al recorrer palmo a palmo nuestros poblados, ejidos y ciudades, encontramos confianza y apoyo de parte de nuestros conciudadanos.

Del Partido Revolucionario Institucional surgió nuestro actual Presidente de la República, licenciado Gustavo Díaz Ordaz, su Gobierno profundamente revolucionario, se ha caracterizado por la realización de importantes y funcionales obras que llegan a nuestros ejidos para contribuir como una valiosa aportación más que la Revolución y sus gobiernos emanados de ella nos otorgan.

Desde esta la más alta tribuna de mi país, permítanme afirmar, como mujer y como campesina, que el licenciado Gustavo Díaz Ordaz ha cumplido con la patria, y particularmente con los campesinos.

Por esto, les decimos a los reaccionarios de México: son y serán los campesinos, los obreros y la clase media popular de México, revolucionarios y sostén de la Revolución Mexicana, única doctrina que con el esfuerzo y con mucha sangre derramada por miles de mexicanos se ha forjado, y que es y será por siempre el patrimonio de México.

Señores: mi presencia en esta tribuna, no es sólo para defender el caso de la compañera Guadalupe Urzúa, pues su defensa quedó plenamente manifiesta el 5 de julio en las urnas electorales, y hecha por el propio pueblo del Décimo Primer Distrito de Jalisco. No, he venido en nombre de mi generación, en nombre de mi Sector Campesino, de la mujer tarasca, obrera, campesina y popular, a ratificar a este honorable Colegio Electoral, que mañana formará parte del Congreso de la Unión, la confianza de la mujer campesina para que se legisle todavía mejor y más aprisa en beneficio de nuestro pueblo para que se lleve la salud, las comunicaciones, los servicios sociales y la cultura, en forma integral a mis hermanos, los campesinos de México, que aunque han logrado importantes conquistas, aún están llenos de carencias, si se toma en cuenta que fueron ellos los que aportaron el más alto porcentaje de sangre para su triunfo.

A partir del 1o. de diciembre, otro priísta asumirá, por voluntad de todos los mexicanos, la Primera Magistratura del País, el licenciado Luis Echeverría. Realizó una intensa gira con profundo sentido humano, nos tocó la oportunidad de verlo dialogar en el pequeño poblado, en la comunidad, y aun sobre la carretera en pleno trayecto de su gira con los Comisariados Ejidales, los obreros y el pueblo, todos se acercaron a él, le expusieron sus problemas y sus propósitos de progresar, de mejorarse y de trabajar con intensidad por el bienestar de los mexicanos. En cada lugar y a cada ciudadano, nos emocionó su sencillez, su pasión por la patria y el alto sentido de justicia social con que supo escuchar nuestras demandas.

Al lado del señor licenciado Luis Echeverría, en muchas jornadas importantes y agobiadoras, las mujeres campesinas - y todas las mujeres de México - destacamos la sencilla presencia de otra mujer revolucionaria del pródigo suelo jalisciense, que con su presencia fortaleció la confianza y dignidad de la familia mexicana y el puente de emoción que liga permanentemente al pueblo con sus gobernantes: la respetable señora María Esther Zuno de Echeverría, amiga ya de todas las campesinas de México.

México tiene garantizado un sexenio más de progreso, de intensa aplicación a las leyes agrarias, pero sobre todo un sexenio más de libertad y de justicia, con la guía y dirección del licenciado Luis Echeverría, quien ha demostrado con su conducta, ser merecedor a recibir la Bandera de la Revolución Mexicana, con ella sus postulados de Tierra y Libertad." (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc. En votación económica, se consulta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

En consecuencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 11o. Distrito Electoral del Estado de Jalisco, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos María Guadalupe Urzúa Flores y Manuel Robles Morán, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnado para su estudio y dictamen el expediente formado con motivo de los comicios que para diputados se efectuaron en la jurisdicción correspondiente al Tercer Distrito del Estado de Guerrero, el día 5 de julio próximo pasado.

En las elecciones contendieron los partidos y fórmulas de candidatos que seguidamente se mencionan:

PAN: propietario, Jesús Brito Urióstegui; suplente, Eusebio Martínez.

PRI: propietario, licenciado Ramiro González Casales; suplente, Albino Macedo Rivera.

PPS: propietario, Leonardo Tavira Santos; suplente, Emiliano Vivas Segura.

PARM: propietario, Lorenzo Reyes Catalán; suplente, Arturo Guadarrama Alaniz.

Al hacer la suscrita Comisión el estudio del caso que la ocupa, constató que fueron integrados conforme a derecho los órganos a los que corresponde la preparación, el desarrollo y la vigilancia del proceso electoral; e igualmente pudo verificar que en tiempo y forma se hizo el registro de los candidatos participantes en la elección.

Las elecciones se efectuaron sin incidentes que fueran objeto de repercusión atendible y en la fecha correspondiente se realizó el cómputo conforme lo establecen los artículos 104 y 105 de la ley de la materia. El Comité Distrital expidió la constancia de mayoría de votos en favor de la fórmula de candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional en virtud de que el número de sufragios que alcanzó fue de 71,113.

Los integrantes de las fórmulas registradas por los demás partidos contendientes obtuvieron las votaciones siguientes:

PAN: propietario, Jesús Brito Urióstegui; suplente, Eusebio Martínez, 473.

PPS: propietario, Leonardo Tavira Santos; suplente, Emiliano Vivas Segura, 201.

PARM: propietario, Lorenzo Reyes Catalán; suplente, Arturo Guadarrama Alaniz,

La constancia de mayoría de votos fue registrada por la Comisión Federal Electoral.

En el debido cumplimiento de la obligación inherente a esta comisión, se procedió al exhaustivo examen de los documentos a que se contrae el expediente y del análisis relativo se concluye que el proceso electoral en la jurisdicción correspondiente no produjo irregularidades susceptibles de fundamentar la nulidad parcial o total de los comicios; en consecuencia, con base en lo que establecen los artículos 60 de la Constitución General de la República, 127 y 134 de la Ley Federal Electoral, 5o., fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Comisión se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año en el III Distrito Electoral del Estado de Guerrero.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado Ramiro González Casales y Albino Macedo Rivera.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de agosto de 1970. - Licenciado Raúl Rodríguez Santoyo. - Licenciado Porfirio Cortés Silva. - Carolina Morales Farías."

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se consulta a la Asamblea si aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 3er. Distrito Electoral del Estado de Guerrero, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos licenciado Ramiro González Casales y Albino Macedo Rivera, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Primera Sección.

Honorable Asamblea:

Fue turnado para su estudio y dictamen a la Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente formado con motivo de las elecciones a diputados federales efectuadas el 5 de julio próximo pasado en el Octavo Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.

Contendieron en el mencionado Distrito las siguientes fórmulas de candidatos, que oportunamente fueron registradas en los términos del artículo 68 de la Ley Electoral Federal, quienes obtuvieron además la siguiente votación:

PAN: propietario, Raúl Rodríguez Arellano; suplente, Francisco Galván Rodríguez, 17,862 votos.

PRI: propietario, Roberto Suárez Nieto; suplente, licenciado Constantino Olalde M., 54,023 votos.

PPS: propietario, Emiliano Flores Sánchez; suplente, Ernesto Elías Aguirre, 1,101 votos.

El estudio minucioso que se hizo de los documentos que obran en nuestro poder, nos permite llegar a la conclusión que el proceso electoral en el citado distrito, se ajustó a las normas y se llenaron los requisitos que establece la Ley Electoral Federal.

El Comité Distrital respectivo, expidió constancia de mayoría de votos a los CC. Roberto Suárez Nieto, propietario; y licenciado Constantino Olalde M., suplente, misma que registró la Comisión Federal Electoral.

El representante del Partido Acción Nacional, presentó algunas protestas por irregularidades en casillas. Examinadas por esta Comisión Dictaminadora, se llegó a la conclusión que carecen de relevancia para el resultado final de la elección.

En mérito a lo expuesto, y para los efectos del artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127 y 134 de la Ley Electoral Federal; 5o., fracciones I y III, 6o. y 7o. y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, Comisión se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 5 de julio del presente año, en el Octavo Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Roberto Suárez Nieto, propietario; y licenciado Constantino Olalde M., suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Ramiro Salas Granado. - Profesora Ma. de los Ángeles Grant Munive. - Doctor Oscar Hammeken Martínez."

El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 8o. Distrito Electoral del Estado de Guanajuato, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los CC. Roberto Suárez Nieto y licenciado Constantino Olalde M., como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Santa Ana, Cuauhtémoc:

"Primera Comisión Dictaminadora. - Quinta Sección.

Honorable Asamblea:

La Sección Quinta de la Primera Comisión Dictaminadora, recibió para su análisis y dictamen, el expediente del Cuarto Distrito Electoral del Estado de Sonora, que comprende los informes y documentos del proceso electoral desarrollado en la citada jurisdicción.

Participaron en el Distrito consignado, las fórmulas de candidatos registrados en los términos del artículo 68 de la Ley Electoral Federal. Los contendientes fueron postulados por los Partidos de Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Popular Socialista y Auténtico de la Revolución Mexicana.

De acuerdo con el artículo 104 de la Ley Electoral Federal, se computaron los votos emitidos con los resultados que a continuación se transcriben:

PAN: propietario, José López Moctezuma; suplente, Leopoldo Padilla Nuño,

PRI: propietario, Javier Robinson Bours Almada; suplente, Enrique Rubio Cañedo, 75,421.

PPS: propietario, José Ruelas Orozco; suplente, José Carmen Miranda Martínez, 1,037.

PARM: propietario, Emigdio Padilla Hernández; suplente, Tomás Lizárraga Félix, 5.

Con base en el cómputo realizado, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría en favor de la fórmula priísta, misma que fue registrada por la Comisión Federal Electoral.

Del estudio minucioso del expediente turnado, se desprende que el proceso electoral se desarrolló sin ningún incidente y dentro de los preceptos legales vigentes. Las objeciones formuladas no se fundaron en pruebas que justificaran su validez.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Dictaminadora se permite someter a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales se realizaron el 5 de julio del año en curso, en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Sonora.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Javier Robinson Bours Almada y Enrique Rubio Cañedo, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1970. - Licenciado Juan Moisés Calleja García. - Doctor José Rivas Guzmán. - Licenciada Guillermina Sánchez Meza de Solís."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén de acuerdo, sírvanse indicarlo. Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales efectuadas en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Sonora, el 5 de julio del presente año.

Segundo. Son diputados federales de mayoría al XLVIII Congreso de la Unión, los ciudadanos Javier Bours Almada y Enrique Rubio Cañedo, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El mismo C. Secretario: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera de esta Junta Preparatoria. El Orden del Día de la próxima Junta se integra con la lectura, discusión y aprobación, en su caso, de los dictámenes que presenten las Comisiones.

El C. Presidente: Se comunica a la Asamblea que el día de mañana continuarán los trabajos de este Colegio Electoral, razón por la cual suplicamos a todos los integrantes que tengan la bondad de asistir a fin de continuar las labores propias que nos corresponden como calificadores de las elecciones.

Se cita para el día de mañana a las 11:00 horas. (A las 14:50 horas): Se levanta esta Junta Preparatoria.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"