Legislatura XLIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19730820 - Número de Diario 5
(L49A1P1oN005F19730820.xml)Núm. Diario:5Colegio Electoral
ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
XLIX LEGISLATURA
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO I México, D. F., Lunes 20 de Agosto de 1973 TOMO I.-NUM. 5
QUINTA JUNTA PREPARATORIA
SUMARIO
Orden del Día
Se abre la Junta Preparatoria. Se da lectura al Orden del Día
Acta
Lectura y aprobación del Acta de la Junta Preparatoria anterior
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
Expedientes Electorales
Décimo Segundo de Veracruz. Sin discusión se aprueba
Primero de Tabasco. Sin discusión se aprueba
Cuarto de Guerrero. Sin discusión se aprueba
Vigésimo Séptimo del Distrito Federal. Sin discusión se aprueba
Vigésimo Segundo del Distrito Federal. Sin discusión se aprueba
Primero de Chihuahua. Hacen uso de la palabra, en contra, el C. Javier Blanco Sánchez; por la comisión, el C. Jaime Esteva Silva; para una aclaración, el C. Blanco Sánchez; por la comisión, el C. Luis del Toro Calero. Nuevamente, para hechos los CC. Blanco Sánchez y del Toro Calero. Se aprueba en sus términos
Cuarto de Chihuahua. Sin discusión se aprueba
Vigésimo del Distrito Federal. Sin discusión se aprueba
Tercero de Chiapas. Sin discusión se aprueba
Tercero de Coahuila. Sin discusión se aprueba
Primero de Campeche. Sin discusión se aprueba
Séptimo de Michoacán. Sin discusión se aprueba
Noveno de Jalisco. Sin discusión se aprueba
Segundo de Aguascalientes. Sin discusión se aprueba
Primero de Querétaro. Sin discusión se aprueba
Décimo de Puebla. Sin discusión se aprueba
Único del Territorio de Quintana Roo. Sin discusión se aprueba
Segundo de Nayarit. Sin discusión se aprueba
Décimo del Estado de México. Sin discusión se aprueba
Décimo Tercero de Jalisco. Hacen uso de la palabra los CC. Ezequiel Rodríguez Arcos, en contra y, por la comisión, Guillermo Jiménez Morales. Se aprueba en sus términos
Segundo de Zacatecas. Sin discusión se aprueba
Primero de Chiapas. Sin discusión se aprueba
Primero de Nuevo León. Hacen uso de la palabra, en contra, el C. Vicente O. González Garza; en pro, la C. Margarita García Flores. Se aprueba en sus términos
En todos y en cada uno de los casos la Presidencia hace la Declaratoria de rigor. Se levanta la Junta Preparatoria
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. MARIO VARGAS SALDAÑA
(Asistencia de 178 ciudadanos presuntos diputados.) - El C. Presidente (a las 10:50 horas): Se abre la Junta Preparatoria.
ORDEN DEL DÍA
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Quinta Junta Preparatoria.
XLIX Legislatura.
Orden del Día
20 de agosto de 1973.
Lectura del acta de la Junta Preparatoria anterior.
Dictámenes a Discusión
Los emitidos por las Comisiones Dictaminadoras acerca de los siguientes expedientes:
Decimosegundo de Veracruz; Primero de Tabasco; Cuarto de Guerrero; Vigesimoséptimo del Distrito Federal; Vigesimosegundo del Distrito Federal; Primero de Chihuahua; Cuarto de Chihuahua; Vigésimo del Distrito Federal; Tercero de Chiapas; Tercero de Coahuila; Primero de Campeche; Séptimo de Michoacán; Noveno de Jalisco; Segundo de Aguascalientes; Primero de Querétaro; Décimo de Puebla; Único de Quintana Roo; Segundo de Nayarit; Décimo de México; Decimotercero de Jalisco; Segundo de Zacatecas; Primero de Chiapas; Primero de Nuevo León."
ACTA
- El mismo C. Secretario:
"Acta de la Junta Preparatoria de la H. Cámara de Diputados del XLIX Congreso de la Unión, efectuada el día diecinueve de agosto de mil novecientos setenta y tres.
Presidencia del C. Reyes R. Flores Zaragoza.
En la ciudad de México, a las once horas y diez minutos del domingo diecinueve de agosto de mil novecientos setenta y tres, se abre la Junta Preparatoria con asistencia de ciento setenta y dos ciudadanos presuntos diputados, según declara la Secretaría una vez que pasa lista.
Lectura del Orden del Día.
El C. Presidente Reyes R. Flores Zaragoza, informa a esta Asamblea que preside esta sesión, ya que por respeto a la misma el ciudadano Mario Vargas Saldaña, ha preferido estar en su curul.
Sin que motive debate, se aprueba el acta de la Junta Preparatoria efectuada el día dieciocho del presente.
La Secretaría da lectura y somete a discusión trece dictámenes relativos a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día primero de julio del año en curso, en el siguiente orden.
Décimo Primer Distrito del Estado de Veracruz: Mario Vargas Saldaña, propietario y Juan Somohano Aragón, suplente.
Sin que se haga uso de la palabra, se aprueba.
Presidencia del C. Mario Vargas Saldaña.
Quinto Distrito del Estado de Hidalgo: Ismael Villegas Rosas, propietario y Francisco Escamilla Velázquez, suplente.
Sin discusión se aprueba.
Segundo Distrito del Estado de Guerrero: Píndaro Urióstegui Miranda, propietario y Efigenia Márquez R., suplente.
Sin que motive debate se aprueba.
Cuarto Distrito del Estado de Coahuila; J. Jesús López González, propietario y Oswaldo Villarreal Valdés, suplente.
Sin que se haga uso de la palabra, se aprueba.
Primer Distrito del Estado de Guanajuato: Luis Dantón Rodríguez, propietario y Aurora Guerrero Vda. de Olivares, suplente.
Sin discusión se aprueba.
Primer Distrito del Estado de Aguascalientes: José de Jesús Medellín Muñoz, propietario y Adelina Hernández de Villalpando, suplente.
Sin debate de aprueba.
Quinto Distrito del Estado de Oaxaca: Diódoro Carrasco Palacios, propietario y Maclovio Rodríguez Pérez, suplente.
Sin que se haga uso de la palabra, se aprueba.
Décimo Tercer Distrito del Estado de Veracruz; Serafín Domínguez Ferman, propietario y Alfredo Bielma Villanueva, suplente.
Sin discusión a prueba.
Segundo Distrito del Estado de Sonora: Alejandro Sobarzo Loaiza, propietario y Rita Silvina Agramont de López, suplente.
Sin que motive debate se aprueba.
Quinto Distrito del Estado de Michoacán: José Luis Escobar Herrera, propietario y Roberto Garibay Ochoa, suplente.
Sin que se haga uso de la palabra, se aprueba.
Segundo Distrito del Distrito Federal: Angel Olivo Solís, propietario y Víctor Manuel Avila Romero, suplente.
A discusión.
Habla: para consideraciones generales, el C. Wenceslao Sandoval Arreola; el C. Alejandro Sobarzo Loaiza, declina el uso de la palabra, por haber apoyado el dictamen el anterior orador.
En votación económica se aprueba.
Octavo Distrito del Estado de Guanajuato: Ignacio Vázquez Torres, propietario y Sergio Tovar Alvarado, suplente.
Sin que motive debate se aprueba.
Décimo Tercer Distrito del Estado de México: Mario Ruiz de Chávez García, propietario y Luis Manuel Valle Caro, suplente.
Sin que se haga uso de la palabra, se aprueba.
En todos y cada unos de los casos la Presidencia hace la declaratoria de rigor.
A las doce horas y treinta minutos, se levanta la Junta Preparatoria, y se cita para la que tendrá lugar el día veinte del presente, a
las diez horas y treinta minutos, en la que se tratarán los asuntos con los que la Secretaría dé cuenta."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
Expedientes Electorales
- El mismo C. Secretario:
"Primera Comisión Dictaminadora. Quinta Sección. XII Veracruz.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio y dictamen, a esta 5a. Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, el expediente relativo a la elección que para Diputados Federales se llevó a cabo el día 1o. de julio de 1973, en el XII Distrito Electoral del Estado de Veracruz.
Del análisis de los documentos en cuestión se precisó que los organismos electorales se apegaron en todo, a los preceptos establecidos por la Ley Federal Electoral.
En su oportunidad tal y como lo dispone la ley de la materia, se aprobó y publicó, la lista de todas y cada una de las casillas que habrían de funcionar el día de las elecciones; señalándose tanto su ubicación, como la lista de los funcionarios de las mismas. No se presentó objeción alguna por parte de los partidos políticos contendientes.
Ante el Distrito que se consigna fueron registradas la siguientes fórmulas de candidatos:
PAN: propietario, Rubén Efraín González López; suplente, Martín Rodríguez Jiménez.
PRI: propietario, licenciado Fidel Herrera Beltrán; suplente, licenciado César Fentanes Méndez.
PPS: propietario, profesor Miguel V. Contreras Martínez; suplente, Juan Guillermo Contreras.
PARM: propietario, Jorge Galán Díaz; suplente, Crispín Mendiola Cruz.
En la sesión de cómputo distrital se revisaron los paquetes electorales, de conformidad con lo establecido por el Artículo 154 del invocado ordenamiento legal, previa citación a los representantes de los partidos políticos acreditados, para que asistieran a ese acto, los cuales actuaron en ejercicio de sus facultades legales.
En el Cómputo Distrital, se obtuvieron los siguientes resultados:
PAN, 1,697 votos; PRI, 72,477 votos; PPS, 1,165 votos; PARM, 863 votos.
El Comité Distrital correspondiente expidió de acuerdo con el Artículo 154 Fracción VI de la Ley Federal Electoral, constancia de mayoría de votos a favor de los CC. licenciado Fidel Herrera Beltrán y licenciado César Fertanez Méndez, propietario y suplente, respectivamente, misma que fue registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el Artículo 60 Constitucional, 165 Fracción I, de la Ley Federal Electoral, 5o., 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos.
Primero: Son legítimas y válidas las elecciones celebradas el 1o. de julio de 1973, en el XII Distrito Electoral del Estado de Veracruz.
Segundo: Son Diputados Federales por mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Fidel Herrera Beltrán y licenciado César Fentanes Méndez, propietario y suplente respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.-México, D. F., a 19 de agosto de 1973. -Diódoro Carrasco Palacios. -Leopoldo González Sáenz. -José Luis Escobar Herrera."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, esta Presidencia declara:
Primero: Son legítimas y válidas las elecciones celebradas el 1o. de julio de 1973, en el XII Distrito Electoral del Estado de Veracruz.
Segundo: Son Diputados Federales por mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Fidel Herrera Beltrán y licenciado César Fentanes Méndez, propietario y suplente respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Segunda Comisión. I Tabasco.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Segunda Comisión Dictaminadora el expediente formado por todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el I Distrito Electoral en el Estado de Tabasco con cabecera en Villahermosa.
En este Distrito, se registraron oportunamente las fórmulas electorales, por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Popular Socialista, no habiendo sido recibida ninguna fórmula para inscripción por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, obteniéndose el cómputo de votos que a continuación se detalla:
El Partido Acción Nacional registró a los candidatos CC. licenciado Mario Jesús Evia e ingeniero Inocente Palomera López, propietario y suplente respectivamente, quienes obtuvieron en el cómputo final 7,745 votos.
El Partido Revolucionario Institucional registró a los candidatos licenciado Feliciano Calzada Padrón y doctor Armando León Franyutti como propietario y suplente respectivamente, quienes obtuvieron un total de 34,998 votos.
El Popular Socialista registró como fórmula a los CC. Román Ramírez Contreras y profesora Elizabeth Ramírez J., como propietario
y suplente respectivamente, con un total de 714 votos.
Se llevó a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, estimando que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor, habiéndose acatado igualmente todos los acuerdos de la Comisión Federal Electoral.
En su oportunidad y conforme lo marca la Ley, el Comité Distrital Electoral dio a conocer la ubicación de todas y cada una de las casillas que funcionarían el día de la elección, de ese Distrito, así como haberse integrado debidamente el personal de las mismas, designándose los representantes de cada uno de los Partidos contendientes en esta elección.
Como se desprende del expediente, el día de la elección no se presentó ningún incidente que pudiera afectar la misma. En cuanto a la instalación y cierre de casillas, escrutinio y computación de votos, tampoco se presentaron incidentes graves que involucraran violaciones a la Ley Federal Electoral.
En virtud de no haberse presentado protestas ante el Comité Distrital Electoral, así como tampoco ante la Junta Computadora correspondiente, el propio comité expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral por unanimidad.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Segunda Comisión Dictaminadora, considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de elegir Diputados Federales en el I Distrito Electoral del Estado de Tabasco con cabecera en Villahermosa, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por las autoridades Electorales.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana, artículo 5o. fracciones I y III; 6o. Y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General y 165 de la Ley Federal Electoral, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso en el I Distrito Electoral en el Estado de Tabasco, con cabecera en Villahermosa.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. licenciado Feliciano Calzada Padrón y doctor Armando León Franyutti, propietario y suplente respectivamente.
Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados el día 18 de agosto de 1973. -La Comisión Dictaminadora: licenciado Carlos Armando Madrazo Pintado. -Licenciado Serafín Domínguez Ferman. -Angel Olivo Solís."
Está a su consideración el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, esta Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso en el I Distrito Electoral en el Estado de Tabasco.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. licenciado Feliciano Calzada Padrón y doctor Armando León Franyutti, propietario y suplente respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"IV Guerrero.
Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección.
Honorable Asamblea:
Fue turnado para su estudio y dictamen a la Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente electoral formado de acuerdo con las elecciones de Diputados Federales efectuadas el 1o. de julio de 1973, en el IV Distrito Electoral del Estado de Guerrero.
Contendieron en dicha jurisdicción electoral las siguientes fórmulas de candidatos:
PAN: Propietario, Armando Alanís Reynoso; suplente, Baltazar Ramírez Mendoza.
PRI: Propietario, Graciano Astudillo Alarcón; suplente, Vicente Rueda Saucedo.
PPS: Propietario, licenciado Teodoro Ignacio Urióstegui; suplente, Gabino Dámaso Reséndiz.
PARM: Propietario, ingeniero Angel Federico Segura Leyva; suplente, Abad Guerrero Lozano.
Del estudio realizado en los documentos que integran este expediente, se desprende que el proceso comicial del mencionado Distrito se ajustó a las formas, asimismo llenaron los requisitos que establece la Ley Federal Electoral.
El Comité Distrital Electoral, celebró el día 8 de julio de 1973, la sección del cómputo distrital, habiendo obtenido las siguientes cifras, los partidos contendientes:
PAN, 5,973 votos; PRI, 71,341 votos, PPS, 1,003 votos; PARM, 1,184 votos.
El Comité Distrital Electoral, después de celebrada la sesión del cómputo distrital, procedió a extender la constancia de mayoría de votos a la fórmula que legalmente la obtuvo, siendo ésta postulada por el Partido Revolucionario Institucional y sus integrantes los CC. licenciado Graciano Astudillo Alarcón y Vicente Rueda Saucedo, propietario y suplente respectivamente.
Por lo anteriormente expuesto, y dado que no hubo protestas en la instalación de la votación durante el desarrollo ni el cierre de la misma, ya que el proceso electoral se desarrolló sin incidentes que lo viciaran y con la conformidad de los partidos contendientes, la Comisión Federal Electoral registró por unanimidad la constancia de mayoría de votos aludida
de acuerdo con el artículo 163 de la Ley de la Materia.
Por consiguiente y para los efectos del Artículo 60 Constitucional, 165 fracción I; 169 y 170 de la Ley Federal Electoral; 5o. fracción I y III, 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se somete a consideración de esa H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos.
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones de diputados federales celebradas el 1o. de julio de 1973, en el IV Distrito Electoral del Estado de Guerrero.
Segundo. Son diputados federales por mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Graciano Astudillo Alarcón y Vicente Rueda Saucedo, propietario y suplente respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de agosto de 1973. -Licenciado Luis del Toro Calero.- Licenciado Jaime Esteva Silva. -Licenciada Estela Rojas de Soto."
Está a consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones de diputados federales celebradas el 1o de julio de 1973, en el IV Distrito Electoral del Estado de Guerrero.
Segundo. Son diputados federales por mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Graciano Astudillo Alarcón y Vicente Rueda Saucedo, propietario y suplente respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Cuarta Sección. XXVII Distrito Federal.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el Vigesimoséptimo Distrito Electoral del Distrito Federal. Para participar en la elección de este Distrito, los cuatro partidos políticos nacionales registraron oportunamente fórmulas electorales en los términos siguientes:
El Partido Acción Nacional a los CC. Eduardo Limón León y Jesús Salgado Quiróz, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Revolucionario Institucional a los CC. doctor Ernesto Aguilar Cordero y arquitecto Víctor Manuel Tommasi Navarrete, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Popular Socialista a los CC. ingeniero Porfirio García de León González y Carlos Bedolla Macías, como candidatos propietarios y suplente respectivamente.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana a los CC. Jorge Calzada González y Gustavo Rodríguez Pérez, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
Efectuado el cómputo distrital de la votación recogida en este Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
PAN, 34,619 votos; PRI, 42,339 votos; PPS, 6,685 votos; PARM, 2,032 votos.
Después de llevar a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente de que se da cuenta, se estima que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal en vigor y que se acataron, asimismo, todos los acuerdos emanados de la Comisión Federal Electoral y del Comité Distrital Electoral.
De las protestas presentadas ante el Comité Distrital Electoral por los Partidos, ninguna de ellas se refiere a acto alguno que pudiera constituir una grave irregularidad en el proceso comicial.
En tal virtud, en la junta computadora correspondiente, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el Vigesimoséptimo Distrito Electoral del Distrito Federal, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana, en los artículos 165, fracción I, 169 y 170 de la Ley Federal Electoral, así como en los artículos 5o., fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en Junta Preparatoria, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Vigesimoséptimo Distrito Electoral del Distrito Federal.
2o. Son Diputados de Mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. doctor Ernesto Aguilar Cordero y arquitecto Víctor Manuel Tommasi Navarrete, como propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 16 de agosto de 1973.-C. Jesús Elías Piña.- Licenciado Alejandro Sobarzo Loaiza. -C. Silverio Ricardo Alvarado."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Vigesimoséptimo Distrito Electoral del Distrito Federal.
2o. Son Diputados de Mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. doctor Ernesto Aguilar Cordero y arquitecto Víctor Manuel Tommasi Navarrete, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión. Segunda Sección. XXII Distrito Federal.
Honorable Asamblea:
A la Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 1o. de julio en el XXII Distrito Electoral del Distrito Federal.
Contendieron en dichas elecciones, candidatos de todos los partidos políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:
PAN: propietario, licenciado Manuel González Hinojosa; suplente, Juan Ma. Isabel Reséndiz Aguilar.
PRI: propietario, licenciado Arturo González Cosío; suplente, José N. Iturriaga de la Fuente.
PPS: propietario Cándido Avilés Inzunza; suplente profesor Sergio Ruíz Pérez.
PARM: propietario, coronel Félix Riojas Rivera; suplente, Manuel Flores Cruz.
Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados.
PAN, 40,161 votos; PRI, 53,456 votos; PPS, 5,900 votos; PARM, 2,089 votos.
Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el Artículo 154 fracción VI de la Ley de la materia, a los CC. licenciado Arturo González Cosío y José N. Iturriaga de la Fuente, propietario y suplente, respectivamente.
Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajustó a los mandatos de la Ley y que las protestas presentadas, no contienen irregularidades graves que afecten el fondo del proceso ni sus resultados.
Revisadas que fueron las protestas presentadas y por el Partido de Acción Nacional, de las mismas se desprenden varias impugnaciones que no fueron comprobadas debidamente y parecen incidir en el ámbito de las suposiciones, tales como el vago señalamiento de una supuesta presión ejercida sobre el sentido del voto de los trabajadores; la violación de las normas elementales de la Ley Electoral; violación de propaganda y el de hacer cierto tipo de ofrecimientos, con el objeto de motivar el voto de los electores. Asimismo, se objeta por parte del Partido de Acción Nacional, el hecho de que se hayan anulado 30,000 votos, cantidad que parece excesiva, en relación al número de sufragios emitidos. Al respecto, esta Comisión Dictaminadora, hace suya la observación en el sentido de que en casi todos los Distritos Electorales, lamentablemente se confundieron los votos anulados con las boletas inutilizadas , sumando ambos en una sola cifra.
Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de la República, 165, fracción I de la Ley Federal Electoral, así como en el Artículo 5o. fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el XXII Distrito Electoral del Distrito Federal.
Segundo. Son Diputados de Mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Arturo González Cosío y José N. Iturriaga de la Fuente, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1973. -Licenciado Píndaro Urióstegui Miranda. -Licenciado Flavio Romero de Velazco. -Licenciado Mario Ruiz de Chávez."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el XXII Distrito Electoral del Distrito Federal.
Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Arturo González Cosío y José N. Iturriaga de la Fuente, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. -Primera Sección. -I de Chihuahua. Honorable Asamblea:
Los que suscribimos, miembros de la Primera Comisión Dictaminadora, procedimos al estudio del expediente formado con motivo de la elección para Diputados Federales, en el I Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, para los efectos de rendir el dictamen correspondiente.
Los Partidos Nacionales registraron en tiempo fórmulas electorales en la jurisdicción del distrito de cuenta, con los resultados de votación señalados en los puntos siguientes:
Por el PAN el C. licenciado Héctor Mauricio Chavira y Pascual García Orozco, propietario y suplente, respectivamente, los que obtuvieron una votación de 13,578.
Por el PRI se registró la fórmula electoral integrada por el C. doctor Julio Cortázar Terrazas y Normando Perales Ramírez, propietario y suplente, respectivamente, los que obtuvieron una votación de 34,674.
Por el PPS registró la fórmula integrada por el profesor Hildebrando Gaytán Márquez y Juan Manuel Antillón Licón, que obtuvo una votación de 4,114.
Hacemos notar que en este Distrito Federal Electoral, el PARM no registró fórmula de candidatos.
De la revisión y estudio que hemos hecho del expediente, instruido con motivo de la elección de Diputados Federales por el I Distrito del Estado de Chihuahua, hemos desprendido que todas las actividades realizadas en el proceso electoral respectivo, se apegaron estrictamente a lo mandado por la Ley Federal Electoral, habiéndose llenado todos los requisitos que estos preceptos legales ordenan.
En el expediente de cuenta, al realizar sus funciones y atribuciones la Junta Computadora, en la que actuaron comisionados de los partidos contendientes, se hicieron impugnaciones que después de analizarlas ponderando los elementos de prueba que aparecen en el expediente, se llegó a la conclusión de que las protestas anteriormente mencionadas no afectan substancialmente el resultado de la elección. Por otra parte, en apoyo de esta afirmación, es pertinente hacer del conocimiento de esta honorable Asamblea que las actas de apertura y clausura de casilla fueron firmadas por los representantes de los partidos que contendieron en el I Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, así como el acta del cómputo distrital.
El Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría de votos a favor de los candidatos postulados por el PRI, la que fue registrada por la Comisión Federal Electoral, quien desestimó las aseveraciones en contrario por inoperantes e infundadas.
Para los efectos previstos en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 165 fracción I de la Ley Federal Electoral vigente, el 5o. fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a la consideración de esta honorable Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, propietario y suplente, que se realizaron el día 1o. de julio del año en curso en el I Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.
Segundo. Son Diputados Federales de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, los CC. doctor Julio Cortázar Terrazas y Normando Perales Ramírez, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México D. F., a 20 de agosto de 1973. -Licenciado Luis del Toro Calero. -Licenciado Jaime Esteva Silva. -Licenciada Estela Rojas de Soto."
Está a su consideración el presente dictamen.
El C. Javier Blanco Sánchez: Pido la palabra.
El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.
Tiene la palabra el ciudadano diputado electo Javier Blanco Sánchez.
El C. Javier Blanco Sánchez: Equivocada e inoperante es la soberbia de poder político que cierra los ojos a la realidad nacional e impide el libre flujo del sufragio del pueblo para llegar de verdad y en forma inobjetable a elecciones igualmente inobjetables.
Señor Presidente de esta Junta Preparatoria, señores diputados electos, señores presuntos diputados, ciudadanos: En el Primer Distrito del Estado de Chihuahua no fueron del todo regulares las elecciones. Según el decir de mi amigo y compañero el ex diputado Carlos Chavira Becerra, las elecciones en el Primer Distrito de Chihuahua son tan limpias como joven es don Adolfo Ruiz Cortines.
Ustedes saben que don Adolfo no es joven. En este dictamen, que fueron refutados según el dictamen por inoperantes e infundadas, consisten en la parcialidad de funcionamiento del Comité Distrital, que integró el personal directivo de las casillas sin tomar en consideración ninguna de las proposiciones planteadas por los candidatos y los representantes de Acción Nacional, las casillas 3, 17, 40, 42, 49, 56, 64, 66, 95, 102 y 109-A del municipio de la ciudad de Chihuahua, 14 casillas en total, se instalaron en lugar diferente, al señalado por el propio Comité Distrital Electoral, y, esto, de acuerdo con la Ley Electoral vigente, es causa de nulidad. Hubo algunas casillas que infringiendo lo dispuesto por el artículo 132, que también es sancionado como causa de nulidad, por la ley vigente, se instalaron antes de la hora señalada y por lo mismo, los representantes de los partidos políticos contendientes no tuvieron la oportunidad de comprobar y de dar fe de que las ánforas, en que se iba a recibir el voto del pueblo, antes de la elección estaban vacías. Estas casillas se abrieron a las 7:30 horas de la mañana, y casillas que se instalaron sin que se hubiera hecho previamente la publicación definitiva de la ubicación de las mismas y del nombre de los funcionarios que debieron integrar su mesa directiva, como sucedió con las casillas 49-B, 115-A y 161, y lo que es más, se infringió con lo mismo gravemente lo dispuesto por la ley en sus artículos 122 y 132.
Las casillas 3, 4, 5 y 6 de General Trías, 8 casillas, se instalaron sin que se hubiera publicado oportunamente el lugar de su ubicación. Funcionaron las casillas 14, 15-A, 30, 42, 51, 56, 63, 66, 75-A, 76, 86, 86-A, 90, 98, 100-A, 102, 104, 117, 117-B, 119, 123, 126, 130, 134, 138, 140, 142, 149, 156, 159 y 158 del
Municipio de Chihuahua, infringiendo lo dispuesto por el artículo 133 de la Ley Electoral Federal, puesto que intervinieron suplentes y personas no nombradas, sin esperar, como lo dispone el mismo artículo de la ley, a que se venciera el plazo para que fungieran los propietarios designados o que se instalaran con la intervención de los auxiliares o delegados del Comité Distrital Electoral.
Hubo casillas que empezaron a funcionar sin estar presentes ni el Secretario, ni el Presidente, ni los suplentes respectivos. Estas fueron las casillas 20, 66, 104 y 117 del Municipio de Chihuahua.
Pero señores presuntos diputados, todas estas irregularidades con las que no deseo cansar su atención, sino ejemplificar y que tienen su prueba documental en la propia documentación electoral, que no hicieron miembros de Acción Nacional, sino los propios funcionarios de casillas, no tiene caso, si el propio dictamen hace suyo el alegado del comisionado del PRI en la Comisión Federal Electoral y se atreve, con una gran exhibición de imparcialidad de juicio, con un gran sentido de imparcialidad política a llamarlas inoperantes e ineficaces. Qué objeto tendría, pues, aquí, señores diputados, tratar de convencer a ustedes de que todas estas irregularidades que contiene la propia documentación electoral vician el proceso y por lo menos niegan la posibilidad de que Acción Nacional pueda reconocer aquí, ahora, con honradez política una derrota limpia, una derrota justa. Precisamente, el que nosotros señalemos estas irregularidades en el procedimiento electoral, tienen como mira insistir en la misma idea política que el Jefe del Partido de ustedes, ciudadanos diputados de la mayoría de esta sesión preparatoria, advirtió a ustedes mismos:
Flaco favor le hacen a su Partido y peor servicio al desarrollo político y democrático de México, quienes acostumbrados a caciquear vulneran los derechos políticos de los ciudadanos impiden la libre expresión del voto popular y ponen trabas y obstáculos al libre juego de los partidos políticos contendientes.
La Ley Electoral, por fortuna para México, y ya se ha dicho aquí, por iniciativa del régimen político mexicano, ha sido reformada. Ha abierto mejores posibilidades y cauces para el despertar cívico y democrático de la Nación.
Si se cumpliera con fidelidad, con lealtad, con limpieza y recto juicio la Ley Electoral permitiría que este conjunto de ciudadanos que, en nombre del pueblo se reúnen para legislar en el futuro próximo de México tuvieran, como sello común lo inobjetable de la elección personal y distrital; pero aún quedan retrancas, rémoras que impiden el cumplimiento de la Ley, ciudadanos que creen servir al partido político llamado Revolucionario Institucional violando la Ley, traicionando su misión de funcionarios imparciales, y, en última instancia, ni le sirven al Partido Revolucionario Institucional y sí lesionan la salud de la República.
Porque para bien de la República, para la salud nacional, es necesario que lleguemos definitivamente, inobjetablemente, a las elecciones inobjetables. A la legalidad del proceso electoral, para que así despierte en quienes han perdido la fe en el sistema democrático, la fe en la democracia, se avive y se aliente la fe en la eficacia del voto de quienes creyendo las elecciones son una farsa, pretenden seguir los duros caminos de la subversión y la violencia.
La reforma electoral alentó la llama de la esperanza. El compromiso del régimen frente al pueblo, reiterado una y otra y otra vez de respeto irrestricto a la voluntad popular, alentaron la concurrencia de los ciudadanos a las casillas.
Es triste que aún subsistan funcionarios distritales o de casillas que antepongan a la salud de la República el capricho electoral en favor de algún candidato. Objetamos las elecciones del Primer Distrito Electoral de Chihuahua, no por simple decir de partido, de partido político, sino con documentación electoral, que, si se hubiera tomado la molestia la Comisión de dictaminar analizando documentos, tendría por fuerza que coincidir con nosotros, no como coincide en el dictamen anterior que acabamos de aprobar, en la sola consideración de que sí está muy abultado el que haya 30 mil votos anulados, sino en la importancia eficaz de su misión de examinar, si esos votos anulados, están debidamente anulados o han sido equivocadamente anulados; de analizar, si se cumplió en cada casilla con lo que la ley dispone o si los funcionarios, por ignorancia -que también la hay- o por mala fe, violaron la Ley Electoral.
Nosotros, ciudadanos diputados y presuntos diputados, ciudadanos de México, no estamos exigiendo en este momento un triunfo electoral para Acción Nacional: estamos exigiendo, sí, un triunfo para México y para la democracia.
Si los señores miembros de la Comisión desean analizar los documentos, aquí se los dejo.
El C. Presidente: Tiene la palabra Jaime Esteva Silva.
El C. Jaime Esteva Silva: Señor Presidente; honorable Asamblea: Antes de refutar las afirmaciones hechas por el señor diputado Blanco Sánchez, a nombre de la Comisión manifestamos que es de muy mal gusto la mención del ex Presidente de México, don Adolfo Ruiz Cortines (aplausos), ya que si tuviera que ver algo con el dictamen, tal vez se justificaría, pero mencionarlo sin ningún sentido, es una falta de respeto al ciudadano ejemplar y al gran ex Presidente, por lo que la Comisión rechaza ese cargo.
El diputado Javier Blanco Sánchez hace afirmaciones que manifiesta, se encuentran acreditadas con una documentación que obra en su poder. La Comisión analizó las protestas del Partido Acción Nacional debidamente, tanto las que fueron presentadas con oportunidad, como las que fueron presentadas extemporáneamente. Acusa de parcialidad al Comité Distrital Electoral para integración de casillas, y, de acuerdo con los documentos que obran en poder de la Comisión, el Comité Distrital Electoral se ajustó a la ley en esa integración,
nombrando las personas que estimó prudentes para formarlas. En ninguna casilla de las que señala se abrió la votación, o se hizo la instalación de las mismas, antes de la hora que fija el artículo 132 de la Ley Federal Electoral.
Es notorio de hecho de que ante el Comité Distrital Electoral, el Partido de Acción Nacional, en un documento que tengo a la mano hizo valer unas protestas que ahora son distintas a esas. No sé si ese juego de protestas sea únicamente para sorprender a alguien; porque a la Comisión no le causa sorpresa esas mentiras.
Se manifiesta que algunas casillas también se instalaron en lugar distinto al que se publicaron; o en algunas, se dejó de publicar el lugar y personas que los integran. Eso es falso. Cierto que algunas casillas se instalaron junto al domicilio en que se había señalado por el periódico o en los diarios, o en las publicaciones, en razón de que las personas propietarias de esos predios, no permitieron su instalación, pero estuvieron presentes los representantes de Acción Nacional y firmaron las actas de conformidad. No fue un cambio de domicilio, sino nada más colocar las casillas de la ubicación correcta, junto a la marcada por la publicación correspondiente.
Se señala igualmente por Acción Nacional, que en una serie de casillas participaron en la formación de las mismas personas que no tenían nombramiento, violando en ese caso el artículo 133 de la Ley Electoral. Debo advertir que después de analizar debidamente la queja correspondiente a las casillas que presentó Acción Nacional ante el Comité Distrital Electoral, se operó en algunos casos que no se presentaron los propietarios la movilización que señala la Ley Electoral sin ninguna violación y aún cuando en algunas actas no se hizo constar realmente cuál fue el procedimiento que se observó de los que señala la Ley, eso no alteró en nada por la sanción que se dio por los miembros del Partido Acción Nacional que se encontraban en las casillas correspondientes.
Se menciona igualmente que en 4 casillas ni el Presidente ni el Secretario estuvieron presentes al iniciarse el acto electoral. También es falso, creo que tenemos la documentación que nos hace afirmar lo anteriormente sostenido. Esta Comisión tuvo el cuidado enorme de ir viendo por queja, casilla por casilla, todas las suscritas por el Partido de Acción Nacional, no quiso soslayar ninguna violación que pudiese existir que viciase la elección del primero de julio. Sin embargo, como lo reconoce el diputado Javier Blanco Sánchez se asentó ese estudio, no porque fuera real la violación de que se queja Acción Nacional, sino para demostrar que sí se hizo el análisis correspondiente.
Por último, el diputado Blanco Sánchez se extraña que no se haya hecho análisis de 30,000 votos que dice fueron anulados; debo hacer notar que según el acta de cómputo distrital que fue firmada debidamente, aparece que los votos anulados en el Primer Distrito Electoral de Chihuahua fueron únicamente 3,121.
El C. Javier Blanco Sánchez: (desde su curul): Si usted me permite, yo dije que me refería al dictamen anterior.
El C. Jaime Esteva Silva: En razón de las afirmaciones de los documentos, de los informes de todos los datos que se allegó esta Comisión, estima que la imputación, las aseveraciones que hace el Partido de Acción Nacional acerca de las elecciones del Primer Distrito Electoral de Chihuahua, no son válidas y consecuentemente sostiene su dictamen y pide a esta honorable Asamblea, se apruebe en sus términos. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra
El C. Javier Blanco Sánchez: Sería conveniente que se preguntara a la Asamblea si está suficientemente discutido el dictamen. Si no, no haré uso de la palabra.
El C. Presidente: Aún no es el caso de preguntar.
El C. Luis del Toro Calero: Yo deseo tomar la palabra, pero le corresponde el turno al diputado Blanco Sánchez. Después de que él lo haga, yo participaré.
El C. Javier Blanco Sánchez: Señores diputados y presuntos diputados: Yo le rogaría al señor Secretario le diera lectura al artículo correspondiente para el debate e ilustrara a la Mesa Directiva al respecto, puesto que el Reglamento dice muy claro que hablará un orador en contra y uno en pro, alternativamente, y la Comisión las veces que lo crea pertinente; en este instante vino aquí la Comisión, no un orador.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Luis del Toro Calero.
El C. Luis del Toro Calero: Con su venia, señor Presidente. Honorable Asamblea: no obstante que vengo a hablar en nombre de la Comisión Dictaminadora y que consecuentemente en estricta lógica procedimental jurídica deberíamos circunscribir esta alegación a la materia de la litis electoral y tomando en consideración que el señor diputado electo Javier Blanco Sánchez hizo algunas aseveraciones que salen de la contienda electoral propiamente dicha, con el mismo derecho quiero hacer algunas consideraciones.
En primer término no quiero dejar pasar esta oportunidad primera de abordar esta tribuna para hacer una reflexión que lleva también una formal protesta respecto de algo que aquí en esta misma tribuna se ha expresado y mi formal y enérgica protesta la elevo no solamente en mi nombre y en el de todos los compañeros de mi Partido, sino también en nombre de todos aquéllos, cuanto en el devenir histórico del país han abordado esta tribuna. Infortunadamente quienes están acostumbrados a los malabarismos políticos, los gimnastas de la política que hacen saltos mortales, los equilibristas a veces con red y a veces sin ella y por eso han caído, los que están acostumbrados a la pirotecnia verbal, en fin, aquéllos que más que un quehacer político se dedican a la actuación, entre comillas,
política, en lógico que estén acostumbrados a actuar más que a trabajar políticamente, ya no digamos en teatros, sino en carpas, esto es, en espectáculos circenses; pero ese hecho honorable asamblea, no los autoriza para decir, como dijo el compañero Juan José Hinojosa, que este recinto sacrosanto de la República era un circo romano. Señor Juan José Hinojosa, esta es la tribuna más alta de la expresión republicana, este recinto es el foro más digno depositario de la voluntad mayoritaria y de la expresión disidente minoritaria de la soberanía popular, yo le ruego a usted en forma enérgica y respetuosa que cuando suba a esta tribuna no vuelva a decir que está frente a un circo romano, por favor hágalo usted en términos respetuosos y comedidos.
Por lo que respecta, honorable Asamblea, a la litis electoral, a la materia objeto del dictamen a estudio, yo estimo que tanto de las irregularidades presentadas, desde luego fuera tiempo y en forma sorpresiva por el señor diputado electo Javier Blanco Sánchez, del análisis que el compañero de la comisión Jaime Esteva Silva ha hecho, estimo, repito, que tienen ustedes una gran gama de argumentos que los lleven a la convicción y poder así resolver favorablemente el dictamen. No es, realmente, un análisis procedimental y jurídico de este caso el que vengo yo a hacer aquí, puesto que ya lo ha hecho hasta la saciedad el compañero Esteva Silva.
Yo quisiera comentar con ustedes algunos otros ingredientes electorales que forman parte no solamente de este dictamen, sino de todos los dictámenes que se someterán a la consideración de esta honorable Asamblea.
Efectivamente, como dice Blanco Sánchez, la democracia implica participación, la democracia es un concepto multidimensional, la democracia, en su aspecto político, la democracia en su aspecto electoral es, por llamarle de alguna manera, el andamiaje jurídico que soporta la democracia social, la democracia económica y la democracia cultural de un pueblo.
Nuestro país en su escalada democrática, en su afán por ensanchar el soporte democrático político de sus instituciones, ha elaborado en el curso de su historia un sinnúmero de reformas políticas de contenido eminentemente electoral que han permitido y que permiten, hoy por hoy, que la orientación pública mayoritaria y minoritaria se canalice por cauces del orden jurídico y cabe el orgullo a los revolucionarios del país de expresar que todas estas reformas electorales han sido producto de la ideología revolucionaria. Efectivamente, y quisiera yo recordarle a la fracción minoritaria representada en esta Cámara, que no fue un conservador en el año de 1842 el que consideró importante, desde aquella época, que en el Congreso de la Nación estuvieran también representadas las corrientes minoritarias, fue un liberal, fue un directo antecesor de nosotros los revolucionarios limpios del país, fue Mariano Otero, que en el año de 1842 pedía se considerara oportuno que también las minorías estuviesen representadas.
En el año de 1857, en el seno del Congreso Constitucional de 56-57 fueron también los liberales, entonces revolucionarios, los que le dieron, los que pretendieron y quisieron darle oportunidad a las minorías exacerbadas, para que en un plano de armonía política, en una coincidencia en lo fundamental participaran pacíficamente en la conformación de la voluntad mayoritaria del país.
Infortunadamente en aquel entonces las minorías disidentes, los conservadores antecesores de la facción minoritaria no aceptaron esa proposición que los republicanos les hacían. Y fue también, y esto para refrescar un poco su memoria, un Presidente revolucionario, nada menos que el forjador del Partido Revolucionario Institucional, quien en esta tribuna en el año de 1928 decía y hablaba también de la convivencia de que todas las voces de la nación, las mayoritarias, de que todas las corrientes de opinión, incluso las disidentes y discrepantes, forman parte de esta Representación Nacional.
Señores, gracias también a un Presidente revolucionario, merced también a un hombre surgido de las filas de la Revolución Mexicana, merced a un Presidente que surge de las filas de nuestro Partido, ustedes, desde el año de 1964, están aquí representados.
Todas estas reformas, incluyendo la última que les permitirá probablemente llegar a tener 25 voces disidentes en el seno de este Congreso, han sido reformas revolucionarias, reformas democráticas que les permite a ustedes conformar y formar parte de la orientación política del pueblo de México.
La Ley Federal Electoral que rige los procedimientos de las actuales elecciones, la Ley Federal Electoral aprobada en este recinto por diputados representativos de todas las corrientes del país; también, por diputados de su partido -quienes, por cierto, solamente hicieron objeciones en 8 de los preceptos-, es también un instrumento operacional de la democracia mexicana; es un instrumento que nos dota de las normas necesarias para poder recibir -con formas, en términos y en una gran comunión con el cuerpo electoral- la expresión de la voluntad soberana del pueblo.
Pero esta Ley Federal Electoral, que refleja, que pretende reflejar y refleja radicalmente en todos sus órganos la imagen del cuerpo sociológico electoral, señala un aspecto de fundamental importancia, que yo quisiera recalcarles a los señores de Acción Nacional: la corresponsabilidad de todos los partidos políticos en el manejo de los procesos electorales. Las elecciones, en nuestro país, no solamente son procedimientos en los que debe intervenir, a favor o en contra, el Estado Mexicano; es un procedimiento en el que deben participar legalmente los partidos políticos, el Estado y los ciudadanos. ¡Que no se les olvide esa responsabilidad que la Ley Federal Electoral establece en todos y cada uno de sus preceptos!
Al promulgarse la Ley Federal Electoral, todavía recordamos las palabras contenidas en la iniciativa y en los debates de esta Cámara.
entonces, se dijo que a esa reforma política debía ser consecuente una reforma de los partidos políticos. Consecuente con estas palabras, el Partido Revolucionario Institucional, por voz de su Presidente, determinó -y nos hizo protestar a los candidatos- que de una vez por todas deberíamos impedir que algunas viejas prácticas electorales se practicaran. Nos postulamos, entonces, por elecciones profundamente limpias; decidimos mejorar nuestros procedimiento de selección interna de los candidatos. En fin, salir a la contienda política mejorando democráticamente hablando. El Partido Acción Nacional no cumplió con estos propósitos. No mejoró sus sistemas de selección interna, no postula democráticamente a sus candidatos. No postula fórmulas de candidato. Acción Nacional no tiene métodos de selección democrática interna, postula fórmulas conyugales, fórmulas de esposos; postula fórmulas fraternales; postula hermanos en diferentes Distritos del país. Acción Nacional predicó el abstencionismo que es la abdicación de la decisión de participar en las decisiones colectivas. Finalmente, Acción Nacional, y esto es lo que yo quisiera dejar en la mente de todos ustedes, ha postulado una serie de nuevas "chicanas" electorales. ¿Por qué -le pregunto yo al compañero Blanco Sánchez- esas irregularidades a las que hace mención en esta tribuna, no las hicieron valer en el momento oportuno? Ello, en la jerga "abogaril", no es sino una "chicana", para sorprender en el momento de la decisión al órgano juzgador. ¿Por qué?, porque Acción Nacional no señaló representantes, acreditó representantes en todas sus casillas. ¿Por qué Acción Nacional en aquellas casillas en las que teniendo representantes y en las que la Ley le otorga la facultad de protestar, no lo hace? ¿Por qué viola un principio elemental del Derecho Procesal? ¿Por qué Acción Nacional cuando frente a los representantes de otros partidos se pueden debatir las protestas, no las formula? ¿Por qué Acción Nacional, pregunto yo, en el seno de la Comisión Federal Electoral, por ejemplo, no presenta los instrumentos de prueba, los elementos probatorios para que ahí, sí hubiese en todo caso, diferido el Dictamen? Estas y muchas otras artimañas que han utilizado los compañeros de Acción Nacional, nos mueven a las Comisiones Dictaminadoras a desestimar precisamente, y lo digo en términos procesales, por impertinentes, por infundadas y por extemporáneas las argumentaciones con las que pretenden hacer valer un derecho que no supieron ganar en las urnas. Quiero para finalizar, compañero Blanco Sánchez, recordarle a usted una frase que se pronunció en esta tribuna: "La Ley Federal Electoral no es una ley de beneficencia política , la Ley Federal Electoral es un conjunto de preceptos en cuya aplicación somos corresponsables Estado, partidos políticos y ciudadanos." Si ustedes desean que las Comisiones Dictaminadoras, si ustedes estiman y quieren que los procesos electorales se sigan conforme a derecho, ustedes también tienen la obligación de cumplir con todas las formalidades procesales. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el dictamen. Suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría lo someta a votación.
El C. Javier Blanco Sánchez: Pido la palabra, señor Presidente, tengo derecho por el Reglamento a hacerlo, para hechos.
El C. Presidente: Una vez que se tome la votación, con todo gusto le concederemos la palabra, diputado.
El C. Javier Blanco Sánchez: No es el caso, es antes de la votación, de acuerdo con la Ley Electoral y de acuerdo con el Reglamento.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra por cinco minutos para hechos.
El C. Javier Blanco Sánchez: Porque somos corresponsables; porque somos profundamente respetuosos del procedimiento electoral, estamos aquí de acuerdo con la Ley Electoral que el señor presunto diputado Calero del Toro ignora, defendiendo, en la última instancia, de acuerdo con el 175 de la Ley Federal Electoral, las posibilidades de que este Congreso, de que esta Reunión Preparatoria, rectifique y sancione las irregularidades procesales.
Si se toma la molestia el compañero Calero del Toro de leer la Ley Electoral, se dará cuenta que no estamos ni a destiempo, ni chicaneando, ni dándoles un albazo en el procedimiento. Para eso es este dictamen: para ser discutido. Si la ley dijera que presentándose el dictamen ya no hay posibilidad de presentar alegatos, sería inútil nuestra presencia en estas sesiones preparatorias.
Y ya que se trata de repartir refrescos de memoria, yo le voy a repartir otro refresquito al señor Calero del Toro, No se olvide, mi querido amigo Calero del Toro, que fue en las carpas de México en donde se refugió la inquietud del pueblo en contra de la dictadura.
(Gritos en las galerías.)
El C. Presidente: Orden en las galerías.
El C. Javier Blanco Sánchez: Fue en el chiste popular de la carpa en donde fermentaron las primeras inquietudes del incendio social de 1910.
Yo no desprecio las carpas, señor Calero del Toro. Es donde se reúne el pueblo de México, el desamparado y el pobre. Claro que las carpas no son aprovechadas por la aristocracia; la monarquía nunca ha mandado a sus gentes a divertirse oyendo los chistes políticos de los carperos. Pero las carpas en la historia electoral y política de México tienen un lugar de categoría; tienen el sentido nutriente de la conformidad del pueblo que se refugia en el chiste político. Tienen la posibilidad de ser integradas por la comunidad humana económicamente desamparada.
Claro que los aristócratas de nuevo cuño tienen que despreciar las carpas y no salen de los teatros de lujo en donde pueden pagar sus entradas. Pero en última instancia, es preferible ser carpero a burlar la voluntad del pueblo en las elecciones.
El C. Presidente: Tiene la palabra Luis del Toro Calero para hechos.
El C. Luis del Toro Calero: Con su venia, señor Presidente. Honorable Asamblea, compañero Javier Blanco Sánchez: Nuevamente debemos, quiero dividir este alegato en dos grandes apartados porque uno se refiere a la litis electoral y el otro parece que se refiere a la antología de la carpa. Yo quiero traer a colación un principio general de derecho que reza de la siguiente manera: "A confesión de parte relevo de prueba". El compañero Javier Sánchez Blanco ha dicho que él es carpero. Por favor, ya no dudamos de que sea carpero, no le vamos a pedir pruebas de ello.
Yo quiero, después de los palabras del diputado Blanco Sánchez, rescatar la dignidad de los foros republicanos. No, no fue en las carpas, en donde, como usted lo dice, nace la simiente de nuestra República. Es en el campo. Rechazo la moción con fundamento en el 104 del Reglamento. Es en el campo, es en las Fábricas, es en la miseria en la que se debatían después de 30 años de sojuzgamiento nuestras clases populares, medias y campesinas, en donde se genera la semilla de la Revolución Mexicana. Ni siquiera tenían derecho aquellos mexicanos que hoy por hoy militan en mi partido, a asistir a los espectáculos a los que usted se ha referido. Con grave dificultad comían y vivían, ahí es donde se gesta la Revolución Mexicana, compañero Blanco Sánchez, y posteriormente es en el recinto parlamentario, es en el foro republicano, es al ejercitarse la soberanía popular, como se conforma nuestro orden jurídico, nuestra constitución en sentido real y formal, yo quiero pues pedirle a usted que reflexione que fue en un recinto parlamentario, que fueron voces representativas de la voluntad soberana del pueblo de México, las que hicieron posible que la Revolución Mexicana se convirtiera en un ordenamiento constitucional, reflexionemos pues en ello y rescatemos la dignidad de estos foros republicanos, compañero Blanco Sánchez, con todo respeto.
Muy cierto es, y ya entrando en el debate electoral, que ustedes tienen derecho como lo tenemos todos los mexicanos afortunadamente, a expresarlos libremente, a acceder a esta tribuna, pero yo quiero recordarle también, compañero Blanco Sánchez, a usted que conoce de leyes aunque no sea abogado, que la Ley Federal Electoral en sus procedimientos electorales, contempla procesos con pluralidad de grados, con varias instancias, y que es principio general del derecho procesal que no podemos olvidar en este órgano que norma su actuación conforme a la Ley Federal Electoral, que en cada una de las instancias los interesados deben agotar los recursos, deben ofrecer las probanzas y deben preparar en general la convicción de todos y de cada uno de los órganos intermedios para que éstos puedan resolver consecuentemente, con las pruebas y evidencias presentadas y es también principio de derecho procesal que los recursos deben tramitarse o se pierde el derecho a ellos. Dijo usted, un poco molesto, que efectivamente tenía derecho a subir a esta Tribuna. Tiene usted el derecho como representante, pero en el mismo orden de ideas yo quiero preguntarles a ustedes: De acuerdo con el artículo 176, el 177 y el 178 de la Ley Federal Electoral, ¿por qué no están haciendo uso de la última instancia procesal que la Ley les concede, sus candidatos? ¿Qué ese derecho de acción electoral, porque así se le puede titular, por qué no lo ejercitan, por qué no vienen a esta Tribuna a defenderse?
Si pensamos con un procesalista que la acción es el medio para hacer valer en el juicio un derecho pretendido, yo quiero pensar que los candidatos que no tuvieron los arrestos jurídicos suficientes para presentarse a esta Tribuna, en uso de las facultades que la Ley les otorga, o no conocen la Ley o no tienen derechos que hacer valer en esta Tribuna. Por eso seguramente se presentan los candidatos del Partido Acción Nacional. (Aplausos.) Y me hubiese gustado, honorable Asamblea, y lo digo con toda franqueza compañeros de Acción Nacional, que se hubieran presentado. Hay entre candidatos buenos abogados, ustedes no dudo que sean dignos representantes de ellos, pero aquí se está manejando una Ley. Aquí se está empleando una terminología jurídica y esto, para tranquilidad del compañero Juan José Hinojosa, aquí estamos resolviendo conforme a derecho las formas, no el fondo, porque, como dijo el compañero Dantón, aquí no venimos a discutir la voluntad depositada en las urnas.
¡Qué lástima que no vinieron los abogados! Aquí sí hacían falta abogados en lugar de malos representantes que no conocen el derecho. Honorable Asamblea, la Ley Federal Electoral contempla, contiene un sinnúmero de normas. Gran parte de ellas de orden procedimental, muchas otras de carácter orgánico y de comportamiento.
Quiero referirme a las de orden procesal y quiero, para ilustrar la decisión de ustedes, recordarles que el derecho, como un todo jurídico, no puede marginarse de los principios generales que convienen en su aplicación e interpretación.
Dentro del derecho procesal in genere hay varios principios que es importante que tomemos en consideración, el principio de la igualdad de las partes en el proceso. Este principio se genera precisamente en cada una de las instancias. El principio del debate contradictorio conforme al cual las pruebas deben exhibirse, dándole vista a la parte contraria en el momento procesal en que ocurre el hecho a aprobar, para que puedan discutirse.
El principio que es fundamental también de que las pruebas supervenientes solamente pueden ofrecerse respecto de hechos que se desconocían.
Finalmente el principio que determina que todos los derechos y facultades deben agotarse en las instancias previstas por nosotros.
Compañeros de Acción Nacional, ustedes están exigiendo que este organismo colegiado resuelva con estricto apego a la Ley Federal Electoral, en la cual están inmersos los principios a que me he referido, yo quisiera rogarles que ustedes los respetaran. Y yo quisiera pedirles a ustedes que las supuestas pruebas
supervenientes; yo quisiera pedirles a ustedes que lo que no agotaron en las instancias -porque carecieron en Derecho para hacerlo- no quieran después hacerlo valer, infundada y sorpresivamente, en una última instancia, cuando no supieron utilizar los derechos que la ley les concedía.
Quiero abandonar esta tribuna invitando a los compañeros abogados de Acción Nacional a que vengan, si tienen derechos que defender, a defenderlos con la ley en la mano. ¡Vamos a convertirnos en abogados del Derecho Electoral, no en coyotes electoreros! Es todo.
El C. Presidente: Ruego a la Secretaría pregunte a la Asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.
El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo: Se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen. Suficientemente discutido.
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba en sus términos el dictamen. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales propietario y suplente que se realizaron el día 1o. de julio del año en curso en el I Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.
Segundo. Son Diputados Federales de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos los CC. doctor Julio Cortazar Terrazas y Normando Perales Ramírez, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Cuarta Sección. IV Chihuahua.
Honorable Asamblea.
Se turnó para su estudio a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Chihuahua con cabecera en Ciudad Juárez, Sector Este.
Para participar en la elección de este Distrito, los cuatro partidos políticos nacionales registraron oportunamente fórmulas electorales en los términos siguientes:
El Partido Acción Nacional a los CC. José Posada Pompa y Alberto J. Torres Pérez, como propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Revolucionario Institucional a los CC. Luis Fuentes Molinar y Fernando Martínez Tafoya, como propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Popular Socialista a los CC. Gabriel Ernesto Ríos Machado y José Luis Ramírez, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana a los CC. capitán José Cabrera Hernández y doctor Fernando Herrera Negrete, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
Efectuado el cómputo distrital de la votación recogida en este Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
PAN, 16,286 votos; PRI, 52,668 votos; PPS, 1,765 votos; PARM, 1,061 votos.
Después de llevar a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, se estima que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor y que se acataron, asimismo, todos los acuerdos emanados de la Comisión Federal Electoral y del Comité Distrital Electoral.
De las protestas presentadas ante el Comité Distrital Electoral por los Partidos, ninguna de ellas se refiere a acto alguno que pudiera constituir una grave irregularidad en el proceso comicial.
En tal virtud, en la junta computadora correspondiente el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Chihuahua con cabecera en Ciudad Juárez Sector Este, se apegó en todos los trámites a los establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana y los artículos 5o., fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Chihuahua con cabecera en Ciudad Juárez, Sector Este.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Luis Fuentes Molinar y Fernando Martínez Tafoya, como propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1973.-C. Jesús Elías Piña. -Licenciado Alejandro Sobarzo Loaiza. -C. Silverio Ricardo Alvarado A."
Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día
primero de julio del año en curso, en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Luis Fuentes Molinar y Fernando Martínez Tafoya, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión. Segunda Sección. XX del Distrito Federal.
Honorable Asamblea:
A la Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 1o. de julio en el XX Distrito Electoral del Distrito Federal.
Contendieron en dichas elecciones candidatos de todos los Partidos Políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las siguientes fórmulas:
PAN: propietario, Gerardo Medina Valdez; suplente, Gonzalo Altamirano Dimas.
PRI: Propietario, doctor Ricardo Ignacio Castañeda Gutiérrez; suplente, Aurora Larrazolo Flores.
PPS: propietario, licenciado Agustín Rojo Romero; suplente, Honorio Bautista Galindo.
PARM: propietario, Antonio Rodríguez Ruiz; suplente, Alejandro Marín García.
Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:
PAN, 35,177 votos; PRI, 50,890 votos; PPS, 6,765 votos; PARM, 2,345 votos.
Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el Artículo 154 fracción VI de la Ley de la materia, a los CC. Ricardo Ignacio Castañeda Gutiérrez y Aurora Larrazolo Flores, propietario y suplente, respectivamente.
Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajustó a los mandatos de la Ley y que las protestas presentadas no contienen irregularidades graves que afecten el fondo del proceso ni sus resultados.
Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de la República; 165 fracción I de la Ley Federal Electoral, así como en el Artículo 5o. fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el XX Distrito Electoral del Distrito Federal.
Segundo. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Ricardo Ignacio Castañeda Gutiérrez y Autora Larrazolo Flores, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1973. -Licenciado Píndaro Urióstegui Miranda. -Licenciado Flavio Romero de Velasco. -Licenciado Mario Ruiz de Chávez."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el XX Distrito Electoral del Distrito Federal.
Segundo. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Ricardo Ignacio Castañeda Gutiérrez y Aurora Larrazolo Flores, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Tercera Sección. III Chiapas.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a la Primera Comisión Dictaminadora, Tercera Sección, la documentación relativa a la elección que para Diputados al Congreso de la Unión tuvo verificativo el 1o. de julio próximo pasado, en el III Distrito del Estado de Chiapas.
Se registraron las siguientes fórmulas:
PAN: propietario, Jorge Gallegos Abarca; suplente, Cutberto Barrientos Niricumbo.
PRI: propietario, licenciado Fedro Guillén Castañón; suplente, Roberto Bonifaz Caballero.
PPS: propietario, Leonides Suasnávar Ramírez; suplente, Joaquín Roque Albores Salazar.
PARM: propietario, Antonio Alvarez Santiago; suplente, Julio Trujillo Cordero.
Habiendo hecho un estudio detenido a la documentación que integra dicho expediente, se llega al conocimiento de que la preparación de las elecciones se desarrolló siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales, así como que las mismas estuvieron apegadas a la Ley de la materia.
En la junta computadora celebrada el día 8 de julio se procedió al examen de los paquetes electorales de conformidad con lo dispuesto por los artículos 153 y 154 de la Ley Federal Electoral, previa citación de los comisionados de los Partidos Políticos para que asistieran.
En dicha sesión se obtuvo el siguiente resultado:
Para los candidatos del:
PAN, 644 votos; PRI, 87,957 votos; PPS, 233 votos; PARM, 344 votos.
Como resultado de lo anterior el Comité Distrito Electoral, expidió de conformidad con lo dispuesto por el artículo 154 fracción VI, constancia de mayoría de votos a favor de la fórmula favorecida.
Entre los documentos examinados que integran este expediente es visible la copia del dictamen en la que se asienta el registro de la constancia de mayoría mencionada.
Este organismo electoral comunicó oportunamente a la H. Cámara de Diputados haber registrado dicha constancia cumpliendo con lo previsto por el Artículo 163 párrafo II de la Ley de la materia.
Durante el estudio de este expediente se analizó que no hubo protestas formuladas por los Partidos Políticos y no se registró ningún incidente en el proceso electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto se llega a la conclusión de que el proceso eleccionario en el III Distrito Electoral del Estado de Chiapas, se desarrolló apegado a las disposiciones de la materia y en esa virtud esta Comisión decreta que se ha recabado la información para determinar que durante el proceso electoral no se realizaron actos que impliquen irregularidades en la Comisión del sufragio, ya que se cuidó de respetar las disposiciones de la Ley de la materia.
Consecuentemente y con apoyo en los artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 165 fracción I de la Ley Federal Electoral; 5o. y fracciones I y III; 6o. y 7o., y relativos del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:
I. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el 1o. de julio del presente año, en el III Distrito Electoral en el Estado de Chiapas.
II. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Fedro Guillén Castañón y Roberto Bonifaz Caballero, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1943. -Primera Comisión Dictaminadora: Luis Dantón Rodríguez J. -Feliciano Calzada Padrón. -Guillermo Jiménez Morales."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
I. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el 1o. de julio del presente año, en el III Distrito Electoral en el Estado de Chiapas.
II. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Fedro Guillén Castañon y Roberto Bonifaz Caballero, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Quinta Sección. III Coahuila.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Comisión Dictaminadora, el expediente que contiene todas las actas levantas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Coahuila con cabecera en Monclova.
Para participar en la elección en este Distrito, los Partidos Nacionales registraron oportunamente sus fórmulas electorales, habiéndose obtenido el cómputo de votos que a continuación se detalla:
El Partido Popular Socialista registró como candidatos a los CC. Jacinto Falla Martínez y Miguel Luna Prado, como propietario y suplente, respectivamente, habiendo obtenido 1,793 votos.
El Partido Revolucionario Institucional registró como candidatos a los CC. doctor Arnoldo Villarreal Zertuche y José Alvarez Alfaro, como propietario y suplente, respectivamente, quienes obtuvieron un total de 70,690 votos.
El Partido Popular Socialista registró como fórmula a los CC. profesor Armando Ibarra Garza y Octaviano Clackaller García, como candidatos propietario y suplente, respectivamente, con un total de 3,491 votos.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, registró como fórmula de candidatos a los CC. profesora Victoria Vonversen González y señor Federico González Núñez, propietario y suplente, respectivamente, con un total de 694 votos.
Se llevó a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, estimando que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, el cual culminó con la elección del primero de julio pasado, se llevó con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor, así como las indicaciones hechas por las autoridades electorales, señaladas en la mencionada Ley.
Oportunamente, el Comité Distrital Federal Electoral dio a conocer la ubicación de todas las casillas que funcionarían el día de la elección, habiendo designado también el personal que integró las mismas y los Partidos acreditados a sus representantes.
Como se desprende del expediente, el día de la elección no hubo ningún incidente que pudiera afectar a la misma. En cuanto a la instalación y cierre de casillas, escrutinio y computación de votos, tampoco se presentaron incidentes que involucraran violación alguna a la Ley Federal Electoral.
De las protestas presentadas ante el Comité Distrital Federal Electoral, ninguna de ellas es de consideración grave y que pudiera significar irregularidad en el proceso comicial, ya que de su queja no se desprende ningún hecho violatorio a la Ley Federal Electoral.
En tal virtud, en la Junta Computadora correspondiente, el Comité Distrital Electoral
Federal expidió constancia de mayoría, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por lo anteriormente expuesto, esta Primera Comisión Dictaminadora, Sección Quinta, considera que la elección realizada el día primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Coahuila, con cabecera en Monclova , se apegó a lo establecido por la Ley Federal Electoral, la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral correspondiente.
Por lo tanto y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política Mexicana, artículo 5o., fracciones I y III; 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión Dictaminadora somete a la consideración de la Honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio próximo pasado en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Coahuila con cabecera en Monclova.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. doctor Arnoldo Villarreal Zertuche y José Alvarez Alfaro, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1973. -Diódoro Carrasco Palacios. -Leopoldo González Sáenz. -José Luis Escobar Herrera."
Está a consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio próximo pasado en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Coahuila.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la unión los CC. doctor Arnoldo Villarreal Zertuche y José Alvarez Alfaro, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Sección Cuarta. I Campeche.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el Primer Distrito Electoral del Estado de Campeche con cabecera en la ciudad de Campeche.
Para participar en la elección de este Distrito, tres partidos políticos nacionales registraron oportunamente fórmulas electorales en los términos siguientes:
El Partido Acción Nacional a los CC. Gustavo Noceda Camal y William Short Carrillo, como propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Revolucionario Institucional a los CC. profesora Rosa María Martínez Denegri y Mario Boeta Blanco, como propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Popular Socialista a los CC. Miguel Ehuan Balam y Carmen López de Luna, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
Efectuado el cómputo distrital de la votación recogida en este Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
PAN, 851 votos; PRI, 70,791 votos; PPS, 190 votos.
Después de llevar a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, se estima que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas a la Ley Federal Electoral en vigor y que se acataron, asimismo, todos los acuerdos emanados de la Comisión Federal Electoral y del Comité Distrital Electoral.
En tal virtud, en la junta computadora correspondiente el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el Primer Distrito Electoral del Estado de Campeche, con cabecera en la ciudad de Campeche, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana y los artículos 5o., fracción I, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en Junta Preparatoria, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Primer Distrito Electoral del Estado de Campeche, con cabecera en la ciudad de Campeche.
2o. Son Diputados de Mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. profesora Rosa María Martínez Denegri y Mario Boeta Blanco , como propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1973.-C. Jesús Elías Piña. -Licenciado Alejandro Sobarzo Loaiza. -C. Silverio Ricardo Alvarado A."
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, esta Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas la elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Primer Distrito Electoral del Estado de Campeche.
2o. Son Diputados de Mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. profesora Rosa María Martínez Denegri y Mario Boeta Blanco, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:" Primera Comisión Dictaminadora. Sección III. VII Michoacán.
Honorable Asamblea:
A los miembros de la Tercera Sección, Primera Comisión Dictaminadora, les fue turnado, para su estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones que, para Diputados Federales, tuvieron lugar el día 1o. de julio del presente año, en el VII Distrito Electoral del Estado de Michoacán.
En el Distrito de referencia, los Partidos Políticos Nacionales registraron a los siguientes Candidatos:
PAN: propietario, C. Javier Gallegos Gascón y suplente, C. José Hernández Romero.
PRI: propietaria, C. María Villaseñor Díaz, y suplente, C. Octavio León Infante.
PPS: propietario, licenciado Luis Jacobo García y suplente, C. J. Jesús Arciga Arciga.
PARM: propietario, C. Aurelio Juardo Aquihua y suplente, capitán Herminio Equihua Valencia.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 de la Ley Federal Electoral, se designaron a los funcionarios de las mesas directivas en las 176 casillas electorales que integran el Distrito. El día 1o. de julio quedaron debidamente instaladas en los lugares señalados oportunamente.
Durante la votación no se presentaron incidentes o protestas cuya gravedad alterara la validez del proceso electoral.
El segundo domingo de julio, como lo previene la citada Ley, el Comité Distrital Electoral, verificó el cómputo de la elección con los resultados que a continuación se mencionan:
PAN: 2,425 votos.
PRI: 70,589 votos.
PPS: 1,046 votos.
PARM: 287 votos.
Por consiguiente, el Presidente de dicho Organismo Electoral expidió constancia de mayoría de votos a los CC. María Villaseñor Díaz y Octavio León Infante, Candidatos a Diputados Federales, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.
La Comisión Federal Electoral, después de una revisión de los documentos que obran en los expedientes relativos, registró la constancia de mayoría y remitió su informe a la H. Cámara de Diputados para su calificación definitiva.
Del estudio y examen de dichos documentos, se concluye que el proceso electoral se ajustó a la forma y términos establecidos por los Ordenamientos Jurídicos.
Las protestas y objeciones planteadas durante el proceso, y elevadas a la consideración de la propia Comisión Federal Electoral, no constituyen hechos probados debidamente, que puedan estimarse como violatorios de la emisión libre del sufragio registrado en ese Distrito, y por tanto no alteran la validez de los resultados obtenidos en la elección. Por lo anterior, y tomando en consideración que durante la preparación y desarrollo se observaron las formalidades legales, con fundamento en los artículos 60 de la Ley Fundamental, 165, 169 y 170 de la Ley Federal Electoral; 5o., 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se proponen los siguientes
PUNTOS DE ACUERDO
1o. Son legítimas y válidas las elecciones celebradas el día 1o. de julio para Diputados Federales en el Séptimo Distrito Electoral del Estado de Michoacán.
2o. Son Diputado Federales a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. María Villaseñor Díaz y Octavio León Infante, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1973. -La Comisión: Luis Dantón Rodríguez J. -Feliciano Calzada P. -Guillermo Jiménez Morales."
Está a discusión de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones celebradas el día 1o. de julio para Diputados Federales en el Séptimo Distrito Electoral del Estado de Michoacán.
Segundo. Son Diputados Federales a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. María Villaseñor Díaz y Octavio León Infante, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Segunda Comisión. IX Jalisco.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Segunda Comisión Dictaminadora el expediente formado por todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el IX Distrito Electoral del Estado de Jalisco con cabecera en Jocotepec.
En el Distrito se registraron oportunamente las fórmulas electorales por los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Popular Socialista y Auténtico de la Revolución Mexicana, habiéndose obtenido el cómputo de votos que a continuación se menciona:
El Partido Acción Nacional registró a los candidatos CC. Felipe Lomelí Galindo y J. Refugio Larios Calvario, como propietario y
suplente, respectivamente, quienes obtuvieron un total de 6,432 votos.
El Partido Revolucionario Institucional registró a los candidatos CC. licenciado Flavio Romero de Velasco y licenciado Luis Albino Reyes Robles, como propietario y suplente, respectivamente, quienes obtuvieron en el cómputo final un total de 45,826 votos.
El Partido Popular Socialista, registró fórmula y fueron los CC. Arcadio Partida Rivera y Primitivo Barragán Michel, propietario y suplente, respectivamente, habiendo obtenido un total de 1,039 votos.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana registró a los candidatos CC. general Enrique Llanas Sánchez y Juan Cuevas, propietario y suplente, respectivamente, habiendo obtenido un total de 1,377 votos.
Se llevó a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, estimando que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor, habiéndose acatado igualmente todos los acuerdos de la Comisión Federal Electoral.
En su oportunidad y conforme lo marca la Ley, el Comité Distrital Electoral dio a conocer la ubicación de todas y cada una de las casillas que funcionarían el día de la elección en ese Distrito, así como haberse integrado debidamente el personal de las mismas, designándose los representantes de cada uno de los partidos contendientes en esta elección.
Como se desprende del expediente, el día de la elección no se presentó ningún incidente que pudiera afectar la misma. En cuanto a la instalación y cierre de casillas, escrutinio y computación de votos, tampoco se presentaron incidentes graves que involucraran violaciones a la Ley Federal Electoral.
En virtud de no haberse presentado protesta ante el Comité Distrital Electoral, así como tampoco ante la Sesión de Cómputo correspondiente, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral por unanimidad.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Segunda Comisión Dictaminadora, considera que la elección realizada el día primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de elegir Diputados Federales en el IX Distrito Electoral en el Estado de Jalisco con cabecera en Jocotepec, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana, artículos 5o., fracciones I y III; 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, y 165 de la Ley Federal Electoral, esta Comisión somete a la consideración de la honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día primero de julio del año en curso, en el IX Distrito Electoral del Estado de Jalisco con cabecera en Jocotepec.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. licenciado Flavio Romero de Velasco y licenciado Luis Albino Reyes Robles, propietario y suplente, respectivamente.
Dado en la Sala de Comisiones da la Cámara de Diputados el día 19 de agosto de 1973. -La Comisión Dictaminadora: licenciado Carlos Armando Madrazo Pintado. -Licenciado Serafín Domínguez Ferman. -C. Angel Olivo Solís."
Está a su consideración el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, esta Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el IX Distrito Electoral del Estado de Jalisco.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. licenciado Flavio Romero de Velasco y licenciado Luis Albino Reyes Robles, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. -Tercera Sección. -II de Aguascalientes.
Honorable Asamblea:
La Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora que suscribe, recibió para su estudio y dictamen el expediente integrado con la documentación relativa a las elecciones de diputados federales que tuvieron lugar el 1o. de julio último, en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Aguascalientes, con cabecera en Jesús María y en el que constan los siguientes
ANTECEDENTES
Registraron fórmulas de candidatos los Partidos:
Partido Acción Nacional.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido Popular Socialista.
Durante el desarrollo del proceso electoral, los comisionados y representantes acreditados de partidos políticos y de fórmulas de candidatos, actuaron en ejercicio de las facultades que les concede la Ley.
El resultado de la votación registrado en el cómputo distrital, fue el siguiente:
PAN: propietario, Antonio Delgadillo Gutiérrez, suplente, Manuel Suárez Luna, 1,890 votos.
PRI: propietario, Higinio Chávez Marmolejo; suplente, Gilberto Calderón Romo, 36,562 votos.
PPS: propietario, Arturo Carreón Díaz; suplente, Manuel Flores Rentería, 516 votos.
PARM: propietario, no registró; suplente, no registró.
En vista de lo anterior, el Comité Distrital Electoral respectivo, extendió la constancia de mayoría de votos en favor de los CC. Higinio Chávez Marmolejo y Gilberto Calderón Romo, como propietario y suplente, respectivamente, quienes fueron postulados por el Partido Revolucionario Institucional.
La Comisión Federal Electoral, registró dicha constancia por unanimidad de votos, y así lo notificó a esta Cámara de Diputados, para su conocimiento y efectos.
Del estudio y examen de la documentación que obra en los archivos de esta Comisión, se desprende que el proceso electoral se ajustó a las disposiciones legales, por lo que, con fundamento en los artículos 60 constitucional, 165, fracción primera, 169 y 170 de la Ley Federal Electoral y 5o., 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso, nos permitimos someter a su consideración los siguientes
PUNTOS DE ACUERDO
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio del presente año, en el Segundo Distrito del Estado de Aguascalientes.
Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Higinio Chávez Marmolejo y Gilberto Calderón Romo, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1973. -La Comisión: licenciado Luis Dantón Rodríguez J. -Licenciado Guillermo Jiménez Morales. -Licenciado Feliciano Calzada Padrón."
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio del presente año, en el Segundo Distrito del Estado de Aguascalientes.
Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Higinio Chávez Marmolejo y Gilberto Calderón Romo, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo: "Primera Comisión Dictaminadora.- Sección III. -I de Querétaro
Honorable Asamblea:
En cumplimiento a la comisión que nos fue conferida para dictaminar sobre el expediente relativo a las elecciones de Diputados Federales que se efectuaron el pasado día 1o. de julio en el I Distrito Electoral del Estado de Querétaro, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 5o., 6o. y 7o. del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, nos permitimos someter a su distinguida consideración lo siguiente:
Todos los Partidos registraron oportunamente ante el Comité Distrital Electoral, candidatos a Diputados Federales.
Dentro de la forma y términos señalados por la Ley, se designaron los miembros de las mesas directivas y se dieron a conocer la ubicación de las casillas electorales; oportunamente se les entregó la documentación respectiva en cada una de las secciones electorales.
El primer domingo de julio quedaron instaladas las 210 casillas que integran el Distrito Electoral. Durante el proceso comicial, los representantes acreditados de Partidos Políticos y Candidatos, actuaron en ejercicio de las facultades que les concede la Ley, sin haber registrado incidentes que alteraran la votación.
Después de efectuado el cómputo distrital de la elección verificada en ese Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
PAN: propietaria, C. Natalia Carrillo García; suplente, C. Aurelio Granados Martínez, con 8,710 votos.
PRI: propietario, licenciado José Ortiz Arana; suplente, doctor José Borbolla Patiño, con 67,019 votos.
PPS: propietario, C. Teodoro Villanueva Martínez, suplente, C. Juan Sánchez González, con 1,205 votos.
PARM: propietario, C. J. Jesús Zambrana Hernández; suplente, C. Guadalupe Salgado Pérez, con 816 votos.
El Comité Distrital después de verificar la votación emitida, extendió constancia de mayoría a los CC. licenciado José Ortiz Arana y doctor José Borbolla Patiño, candidatos propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.
La constancia de mayoría fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral, remitiéndose la documentación relativa a la H. Cámara de Diputados.
En mérito a lo expuesto, y con fundamento en los artículos 60 de la Ley fundamental y 165 fracción I de la Ley Federal Electoral, así como los demás relativos al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se permite someter a la consideración de la H. Asamblea los siguientes
PUNTOS DE ACUERDO
1o. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o. de julio del presente año, en el Primer Distrito Electoral en el Estado de Querétaro.
2o. Son Diputados Federales de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. licenciado José Ortiz Arana y doctor José Borbolla Patiño, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1973. -La Comisión: Luis Dantón Rodríguez J. -Feliciano Calzada P. -Guillermo Jiménez Morales."
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o. de julio del presente año, en el Primer Distrito Electoral en el Estado de Querétaro.
2o. Son Diputados Federales de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. licenciado José Ortiz Arana y doctor José Borbolla Patiño, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Segunda Comisión. -X Puebla.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Segunda Comisión Dictaminadora, el expediente formado por todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el X Distrito Electoral del Estado de Puebla con cabecera en Huauchinango.
Para efectos de participar en la elección en este Distrito, los Partidos Nacionales registraron oportunamente las fórmulas electorales, habiéndose obtenido el cómputo de votos que a continuación se detalla:
El Partido Acción Nacional registró como candidatos a los CC. Arturo Vázquez Bravo y Carlos Flores Gayoso, propietario y suplente, respectivamente, quienes obtuvieron un total de 1,768 votos.
El Partido Revolucionario Institucional registró a los CC. licenciado Guillermo Jiménez Morales y Angel Esquitín Lechuga, como candidatos, propietario y suplente, respectivamente, quienes obtuvieron en el cómputo final un total de 84,353 votos.
El Partido Popular Socialista registró como candidatos a los CC. profesor Zotico Leyva López y profesora Arminda Ramírez Hernández, propietario y suplente, respectivamente, habiendo obtenido un total de 1,136 votos.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana registró a los CC. José Luis del Moral Díaz y Guillermo Castillo Ayala, como candidatos propietario y suplente, respectivamente, quienes obtuvieron un total de 626 votos.
Se llevó a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, estimándose que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, el cual culminó con la elección del primero de julio próximo pasado, se llevó con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor, así como haberse acatado las indicaciones libradas por las autoridades electorales señaladas en el ordenamiento jurídico mencionado.
Oportunamente, el Comité Distrital electoral dio a conocer la ubicación de todas las casillas que funcionarían el día de la elección, así como haber designado el personal de las mismas y los Partidos haber acreditado a sus representantes.
Como se desprende del expediente, el día de la elección no hubo ningún incidente que pudiera afectar a la misma. En cuanto a la instalación y cierre de casillas, escrutinio y computación de votos, tampoco se presentaron incidentes graves que implicaran alguna violación a la Ley Federal Electoral.
En tal virtud y por no haberse presentado protesta alguna durante los comicios, así como tampoco en la Sesión de Cómputo correspondiente, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral por unanimidad.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Segunda Comisión Dictaminadora considera que la elección realizada el día primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de elegir Diputados Federales en el X Distrito Electoral del Estado de Puebla con cabecera en Huauchinango, se apegó en todos sus trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana, artículos 5o., fracciones I y III; 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, y 165 de la Ley Federal Electoral, esta Comisión somete a la consideración de la honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso en el X Distrito Electoral del Estado de Puebla con cabecera en Hauchinango.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. licenciado Guillermo Jiménez Morales y Angel Esquitín Lechuga, propietario y suplente, respectivamente.
Dado en la Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados el día 18 de agosto de 1973. La Comisión Dictaminadora: licenciado Carlos Armando Madrazo Pintado. -Licenciado Serafín Domínguez Ferman. -C. Angel Olivo Solís."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso en el X Distrito Electoral del Estado de Puebla.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. licenciado Guillermo Jiménez Morales y Angel Esquitín Lechuga, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. -Sección Cuarta. -Unico Quintana Roo.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el Único Distrito Electoral del Territorio de Quintana Roo.
Para participar en la elección de este Distrito, dos partidos políticos nacionales registraron oportunamente fórmulas electorales en los términos siguientes:
El Partido Revolucionario Institucional, a los CC. Jesús Martínez Ross y Sebastian Uc Yam, como propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Popular Socialista, a los CC. Adán García Moscoso y Jovita Castillejos de García, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
Efectuado el cómputo distrital de la votación recogida en este Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
Partido Revolucionario Institucional: 33,590 votos.
Partido Popular Socialista: 280 votos.
Después de llevar a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, se estima que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor y que se acataron, asimismo, todos los acuerdos emanados de la Comisión Federal Electoral y del Comité Distrital Electoral.
En tal virtud, en la junta computadora correspondiente el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el Único Distrito Electoral del Territorio de Quintana Roo, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana y los artículos 5o., fracción I Y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la honorable Asamblea en Junta Preparatoria, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Único Distrito Electoral del Territorio de Quintana Roo.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Jesús Martínez Ross y Sebastián Uc Yam, como propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D.F., a 19 de agosto de 1973.-C. Jesús Elías Piña.- Licenciado Alejandro Sobarzo Loaiza. -C. Silverio Ricardo Alvarado A."
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Único Distrito Electoral del Territorio de Quintana Roo.
2o. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Jesús Martínez Ross y Sebastian Uc Yam, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. -Cuarta Sección. -II Nayarit.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Nayarit, con cabecera en Santiago Ixcuintla.
Para participar en la elección de este Distrito, los cuatro partidos políticos nacionales registraron oportunamente fórmulas electorales en los términos siguientes:
El Partido Acción Nacional, a los CC. Héctor Miguel Algarín González y Pedro Dofour Encinas, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Revolucionario Institucional, a los CC. Anselmo Ibarra Beas y licenciado José Luis Béjar Fonseca, como candidatos propietarios y suplente, respectivamente.
El Partido Popular Socialista, a los CC. José Santos González Gallo y profesor Marcial Rodríguez Romero, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, a los CC. licenciado Héctor Guillermo Valencia Mayorquín y Ramón González Martínez, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
Efectuado el cómputo distrital de la votación recogida en este Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
Partido Acción Nacional: 1,463 votos.
Partido Revolucionario Institucional: 20,024 votos.
Partido Popular Socialista: 6,569 votos.
Partido Auténtico de la Revolución Mexicana: 5,221 votos.
Después de llevar a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, se estima que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor y que se acataron, asimismo, todos los acuerdos emanados de la Comisión Federal Electoral y del Comité Distrital Electoral.
De las protestas presentadas ante el Comité Distrital Electoral por los Partidos, ninguna de ellas se refiere a acto alguno que pudiera constituir una grave irregularidad en el proceso comicial o se refiere a actos no imputables a alguno de los candidatos por tratarse de acuerdos adoptados por la Comisión Federal Electoral.
En tal virtud, en la junta computadora correspondiente el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Nayarit, con cabecera en Santiago Ixcuintla, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana, en los artículos 165, fracción I, 169 y 170 de la Ley Federal Electoral, así como en los artículos 5o. fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Nayarit con cabecera en Santiago Ixcuintla.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Anselmo Ibarra Beas y licenciado José Luis Béjar Fonseca, como propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 16 de agosto de 1973.-C. Jesús Elías Piña. -Licenciado Alejandro Sobarzo Loaiza. -C. Silverio Ricardo Alvarado A."
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Nayarit.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Anselmo Ibarra Beas y licenciado José Luis Béjar Fonseca, como propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección. X de México.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Comisión Dictaminadora, el expediente que contiene todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el X Distrito Electoral del Estado de México con cabecera en Ciudad Netzahualcoyotl.
Para participar en la elección en este Distrito, los Partidos Nacionales registraron oportunamente las fórmulas electorales, habiéndose obtenido el cómputo de votos que a continuación se detalla:
El Partido Acción Nacional registró como candidatos a los CC. Miguel Castillo Morales y Catarino Gutiérrez Barba, quienes alcanzaron un total de 29,089 votos.
El Partido Revolucionario Institucional registró a los CC. profesor Sixto Noguez Estrada y Miguel Pérez Guadarrama, propietario y suplente, respectivamente, los cuales obtuvieron en el cómputo final un total de 52,021 votos.
El Partido Popular Socialista registró como candidatos a los CC. Alejandro Abarca Reyes y Guillermo García Hernández, los que lograron un total de 3,550 votos.
El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana registró a los CC. licenciado Lorenzo Manuel Ramos Chanes y Raymundo Díaz Galicia, propietario y suplente, respectivamente, habiendo obtenido un total de 1,748 votos.
Se llevó a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, estimando que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, mismo que culminó con la elección del primero de julio próximo pasado, se llevó con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor, habiéndose acatado igualmente las indicaciones libradas por las autoridades electorales señaladas en el ordenamiento jurídico mencionado.
Oportunamente y con apego a lo establecido por la Ley Federal Electoral, el Comité Distrital Electoral dio a conocer la ubicación de todas las casillas que funcionarían el día de la elección, habiéndose designado también el personal de las mismas, así como los
representantes de los Partidos Nacionales que fungirían el primero de julio anterior.
Como se desprende del expediente de referencia, el día de la elección no hubo ningún incidente que pudiera afectar a la misma. En cuanto a la instalación y cierre de las casillas, escrutinio y computación de votos, tampoco se registraron incidentes graves que involucraran violaciones a la Ley Federal Electoral.
De las protestas presentadas ante el Comité Distrital Federal Electoral por los Partidos, ninguna de ellas es de considerarse como de grave irregularidad en el proceso a estudio, porque no se refieren a hechos que constituyeran violaciones a la Ley Federal Electoral.
En tal virtud y por tampoco haberse presentado ante la Junta Computadora correspondiente impugnación alguna, el Comité Distrital Federal Electoral expidió constancia de mayoría de votos, la cual fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral por unanimidad.
Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Dictaminadora Sección Primera, considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el X Distrito Electoral en el Estado de México con cabecera en Ciudad Netzahualcoyotl, se apegó en todos sus trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral.
Con fundamento en el Artículo No. 60 de la Constitución Política Mexicana, artículo 5o. fracciones I Y III; 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el X Distrito Electoral del Estado de México con cabecera en Ciudad Netzahualcoyotl.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. profesor Sixto Noguez Estrada y Miguel Pérez Guadarrama, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1973. -Licenciado Luis del Toro Calero.- Licenciado Jaime Esteva Silva. -Licenciada Estela Rojas de Soto."
Está a su consideración el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba en sus términos. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia esta Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el X Distrito Electoral del Estado de México.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. profesor Sixto Noguez Estrada y Miguel Pérez Guadarrama, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Tercera Sección. XIII de Jalisco.
Honorable Asamblea:
La Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora que suscribe, recibió para su estudio y dictamen el expediente integrado con la documentación relativa a las elecciones de diputados federales que tuvieron lugar el 1o. de julio último, en el Decimotercer Distrito Electoral del Estado de Jalisco, con cabecera en Guadalajara, y en el que constan los siguientes
ANTECEDENTES
Registraron fórmulas de candidatos los Partidos:
Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Partido Popular Socialista, Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.
Durante el desarrollo del proceso electoral, los comisionados y representantes acreditados de partidos políticos y de fórmulas de candidatos, actuaron en ejercicio de las facultades que les concede la Ley.
El resultado de la votación registrado en el cómputo distrital, fue el siguiente:
PAN: propietaria, Ma. Guadalupe Salinas Águila; suplente, Ma. de los Angeles Monraz. G., 25,926 votos.
PRI: propietario, Carlos Rivera Aceves; suplente, Daniel Aguirre Cortínez, 36,566 votos.
PPS: propietario, Ezequiel Rodríguez Arcos; suplente, Raquel Barajas Villaseñor, 3,417 votos.
PARM: propietario, J. Inés Hernández Cabrera; suplente, Domingo González Valdivia, 1,173 votos.
En vista de lo anterior, el Comité Distrital Electoral respectivo, extendió la constancia de mayoría de votos en favor de los CC. Carlos Rivera Aceves y Daniel Aguirre Cortínez, como propietario y suplente, respectivamente, quienes fueron postulados por el Partido Revolucionario Institucional.
La Comisión Federal Electoral registró dicha constancia por mayoría de votos, con un voto en contra del Partido Acción Nacional, y así lo notificó a esta Cámara de Diputados, para su conocimiento y efectos.
Del estudio y examen de la documentación que obra en los archivos de esta Comisión, se desprende que el proceso electoral se ajustó a las disposiciones legales, por lo que, con fundamento en los artículo 60 constitucional, 165, fracción primera, 169 y 170 de la Ley Federal Electoral y 5o., 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso, nos permitimos someter a su consideración los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio del presente año, en el Decimotercer Distrito del Estado de Jalisco.
Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Carlos Rivera Aceves y Daniel Aguirre Cortínez, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1973. -Licenciado Luis Dantón Rodríguez J. -Licenciado Guillermo Jiménez Morales. -Licenciado Feliciano Calzada Padrón."
Está a consideración el presente dictamen.
El C. Presidente: (Se abre el registro de oradores). Tiene la palabra el C. Ezequiel Rodríguez Arcos.
El C. Ezequiel Rodríguez Arcos: Con su venia, señor Presidente. H. Asamblea Con estas Juntas Preparatorias concluye la última instancia del proceso electoral para integrar la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión.
En esta campaña política excepcional para los miembros del Partido Popular Socialista en muchos de sus aspectos, contendieron los 4 Partidos legalmente registrados. Para nosotros, una campaña política no sólo es la confrontación de un programa, no sólo es una exposición de ideas, no sólo es la confrontación de las personalidades de los candidatos, es eso y, además, un momento conyuntural en que el rumbo del país puede ser trazado de una manera definitiva.
Los partidos contendientes expresamos nuestras tesis, algunos de una manera tímida y otros precisamente fincamos en la divulgación de nuestros principios la captura de los votos de la ciudadanía mexicana, para transformarnos en una verdadera fuerza electoral.
El PRI y yo creo que estarán de acuerdo todos sus miembros aquí presentes, plantea programáticamente una nueva sociedad. Yo estoy pensando que si vivimos en una sociedad capitalista, esa nueva sociedad no puede ser otra que la nueva sociedad socialista.
El Partido Auténtico de la Revolución en las postrimerías de la campaña radicalizó su lenguaje e hizo pronunciamientos muy valiosos y, ¡qué bueno que así fue! en el sentido de que es necesario que el Estado profundice su intervención en el proceso económico de México.
En cuanto al Partido Popular Socialista, partido que se inspira en el materialismo dialéctico para interpretar y estudiar los fenómenos sociales de nuestra patria de acuerdo con su etapa y desarrollo, no ocultamos que siendo nuestro objetivo histórico la instauración del socialismo en México, conscientes de lo que es la patria, hoy aportamos nuestro esfuerzo para profundizar más el proceso revolucionario iniciado en 1910 y aún se encuentra en etapa de continuación. Y quiero citar esta coincidencia feliz, porque ello expresa que los tres partidos, independientemente de las apreciaciones de los fenómenos sociales, independientemente de la forma de interpretar y resolver el futuro de México, en esta etapa tenemos coincidencias, y son precisamente estas coincidencias por las que nosotros luchamos, de acuerdo con nuestra línea estratégica y táctica, no sólo por una cosa mecánica o espontánea, sino inspirados en la raíz de nuestra historia e inspirados en las luchas de nuestro pueblo.
La historia nos dice que cada vez que los mejores mexicanos se han asociado, esta patria nuestra ha dado saltos definitivos e importantes en su construcción. Por eso, mi partido aprovecha esta coyuntura para volver a llamar con lealtad, con sinceridad, con convicción, a todos los buenos mexicanos, a los mexicanos patriotas, a los mexicanos revolucionarios y nacionalistas que están dentro del Gobierno y que están fuera del Gobierno, para combatir, para golpear y para erradicar, como fuerza política, a los malos mexicanos que están dentro del Gobierno y también fuera del Gobierno.
Esa es la línea estratégica y táctica de nuestro partido; ese es el pronunciamiento por medio del cual nosotros llamamos a la concurrencia, a los jóvenes, a los trabajadores, al pueblo todo, a los intelectuales progresistas, a empujar a que esta nación salga de esta etapa de atraso, para buscar elevarla a la condición que deseamos los mejores mexicanos.
Nunca, cuando hemos llamado al concurso, a la lucha, a las fuerzas nacionalistas de México, nunca lo hemos hecho de una manera abstracta; la lucha por la Independencia de la Patria, no es abstracción, compañeros diputados, o presuntos diputados, es algo concreto. Lo que sucede es que a veces nos marea la autosuficiencia pero yo quiero llamar al recuerdo a los señores presuntos diputados y diputadas, sobre lo que hubiera sido México, lo que fuera México hoy si don Miguel Hidalgo hubiera sido un hombre engreído y hubiera pensado que él solo podía consumar la Independencia de la Patria.
Yo quiero llamar la atención sobre qué fue lo que hizo Benito Juárez para derrotar a las fuerzas conservadoras, y también, para salvar la integridad física de la Nación. Convocar a los mejores mexicanos con humildad. Y también recordar qué fue acaso lo que hizo Francisco I. Madero para derrotar la Dictadura Porfirista, si no convocar a todos los mexicanos, a los campesinos, a los rancheros, a los hombres del campo, terratenientes aún con una mentalidad nueva; y, aún a los industriales de una burguesía que apenas nacía, y, que hoy ha tomado estatura y desarrollo.
No puede ser el envanecimiento lo que nos ayude compañeros patriotas, a empujar y a hacer que esta Nación se desarrolle y se impulse como lo deseamos -repito-los mejores hijos de esta patria.
Somos, el partido Popular Socialista, por naturaleza, un partido crítico y autocrítico; somos un partido crítico hacia fuera de nuestro partido. Pero siempre practicamos la crítica constructiva; siempre vamos a un camino: el camino que nosotros consideramos justo para resolver el problema motivo de la crítica y
somos un partido que por nuestra propia naturaleza, por nuestra propia inspiración filosófica somos un partido autocrítico porque en un partido de la clase trabajadora sólo la autocrítica es capaz de evitar que una línea estratégica o un camino trazado no se cumpla debidamente, sólo la autocrítica permite, señores presuntos y diputados, sólo esta autocrítica permite en realidad perfeccionar la calidad de nuestros miembros, nuestra militancia y, en consecuencia, nuestro propio organismo político. Estatutariamente somos un partido muy autocrítico; ésta es nuestra razón, pero felizmente estamos viviendo hoy en México en una etapa formidable donde la crítica y la autocrítica son promovidas, son alentadas desde el Palacio Nacional por el Primer Magistrado de la República en una etapa en que la crítica y la autocrítica también es manejada por muchos de sus colaboradores más cercanos de una manera muy positiva.
Sentado en estas premisas señores diputados, mal haría mi partido en venir a declarar que el proceso electoral por el cual acabamos de transitar ha sido bueno, puro y muy limpio; yo creo que no estaríamos ayudando a que la democracia en México adquiriera la calidad que deseamos todos los mexicanos.
El Partido Popular Socialista desea afirmar una vez más, que la elección pasada para renovar la Cámara de Diputados se desenvolvió en condiciones políticas diferentes a otras campañas. Hubo menos agresiones contra los candidatos de los partidos y sus propagandistas; las libertades fueron más amplias. No recibimos, es cierto, las agresiones del pasado, pero todavía hubo regiones del país en que los cambios no operaron y los intereses contrarios al avance democrático estuvieron presentes.
Oficialmente se nos reconocen más de medio millón de votos, pero si examinamos con mayor objetividad nuestra fuerza política y nuestra fuerza electoral, nos daremos cuenta de que la votación efectiva del Partido Popular Socialista sobrepasó al millón de votos. Al hecho de que se nos reconozca oficialmente una votación que consideramos importante, le damos su justa significación, si partimos del conocimiento de que el Partido Popular Socialista no cuenta, por una actitud de principio, con organizaciones de presión para el electorado, como ciertos sindicatos, las organizaciones campesinas, los llamados grupos de presión, las fuerzas económicas, la iglesia con sus organismos confesionales, y que a otros partidos les ayudan a canalizar la votación a su favor.
Un testimonio voy a dar a conocer al Congreso para comprobar la anterior afirmación. Es una Carta modesta de un campesino católico pero que sabe que se puede ser católico sin dejar de luchar por el progreso de la nación, como lo ha probado la historia de México. Quiero manejar este documento de una manera impersonal, porque no se trata de enjuiciar a personas sino se trata de precisar errores para que esas piedras que se ponen en el camino, para que esta democracia mexicana se perfeccione, sea más bien retirada de manera definitiva. Dice el testimonio -no voy a dar ni el nombre siquiera de mi Estado- el párroco de este lugar, lee las propagandas del PRI y del PAN arriba en su púlpito y exhorta a todos los feligreses a votar por el PRI o por el PAN y les hace saber que el viaje del señor Presidente de la República por el exterior está endeudando al pueblo, ya que es fabulosa la deuda que el país debe al exterior y que con tanto viaje y tanto préstamo está llamando a una intervención y los pone en estado de alerta diciendo que hay muchos comunistas que tienen muy altos puestos en el Gobierno y que están al servicio de Rusia y de China. Agrega el padre, que altos dirigentes del Partido Socialista acompañan al Presidente a sus giras y que el Presidente de la República lleva su régimen a un socialismo nacionalista y que el socialismo es un paso al comunismo y que es una dictadura peor que la que teníamos en tiempo de Porfirio Díaz. Que se acabe la propiedad y se recoge,...
El C. Presidente: Respetuosamente se le informa al orador que se le ha terminado el tiempo, se le conceden cinco minutos para concluir.
El C. Ezequiel Rodríguez Arcos: Yo quiero, como candidato del Partido Popular Socialista por un Distrito del Estado de Jalisco, y esto que quede bien claro, quiero relevar subrayadamente de toda responsabilidad a la dirección estatal del PRI en Jalisco de la conducta de este cura militante del clero político, entre otros motivos porque él no puede ser miembro de ese Partido, su acción obedece a otro interés que nada tiene que ver con la preocupación de los mejores mexicanos, y abandonar la lucha de los trabajadores del país por mejorar sus condiciones de vida, por la unidad de las fuerzas democráticas para hacer avanzar a la Revolución Mexicana hacia nuevas y más elevadas etapas.
Yo deseo reconocer que las elecciones en el XIII Distrito de Jalisco fueron elecciones limpias, fueron elecciones limpias, afirmar otra cosa sería desde luego deformar una verdad, pero de ninguna manera me puedo hacer solidario de la limpieza de las elecciones en otros distritos de mi Estado, particularmente en los rurales en donde en verdad las elecciones no fueron, no se realizan con la limpieza, el deseo y el esfuerzo en que lo pregona nuestra Ley Electoral Federal. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el compañero diputado electo Carlos Rivera Aceves.
El C. Carlos Rivera Aceves (desde su curul): Debido a que el candidato Ezequiel Rodríguez Arcos no se refirió al proceso electoral y reconoció la legitimidad de las elecciones, declinó hacer uso de la palabra.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Guillermo Morales Jiménez.
El C. Guillermo Jiménez Morales: Honorable Asamblea: En relación con la intervención del compañero Ezequiel Rodríguez del Partido Popular Socialista, no haremos ninguna referencia al Dictamen, en virtud de que como él mismo lo ha expresado en esta tribuna, las
elecciones en ese Distrito fueron limpias. Asimismo, para hacer de su conocimiento que el reconocimiento definitivo de los votos alcanzados por el Partido Popular Socialista , por los Partidos de la oposición, se hará en el momento mismo en que la Comisión correspondiente dictamine el total de los sufragios efectivo.
Voy a aprovechar esta oportunidad para referirme a las reflexiones políticas que el compañero Ezequiel Rodríguez hizo en esta tribuna. Al triunfo de la Revolución de 1910, como lo ha reiterado el gran estadista Luis Echeverría, se estableció un nuevo orden político, el país estaba desmembrado, el territorio nacional era propiedad de unos cuantos y nuestros recursos eran botín para el extranjero. La masa popular no tenía otro horizonte que vivir en las condiciones miserables de total sometimiento, pero en esa larga noche de opresión se gestó una filosofía nacida en el seno popular, filosofía que, por conducto de las armas, por conducto del ímpetu del pueblo hizo normas de gobierno y objetivo de catálogos y estableció un gobierno revolucionario y le dio la consigna de ir tras la justicia social. Pueblo y gobierno han sido el motor del desarrollo nacional. Hubo que integrar la República, comunicarla, llevar la educación a todos los puntos cardinales del país, nacionalizar las fuentes de energía para que produjeran para la propia nación; establecer normas de trabajo justas y equitativas en las relaciones del trabajo; crear mayores fuentes de trabajo y, en suma, hacer las obras de infraestructura necesarias para el desenvolvimiento de la capacidad productiva del país.
Esa inmensa tarea, épico aceleramiento de la historia para superar siglos de retraso, no podía haberse realizado por un Gobierno alejado de su pueblo. Sin la comunión de gobernantes y gobernados la enormidad de los obstáculos y el poderío de los intereses, enemigos de la justicia, la hubieran hecho naufragar en su intento.
Allí radica precisamente la fuerza de la Revolución y la fuerza de sus órganos ejecutores, en la identificación de las finalidades, de los objetivos que están plenamente ligados con los intereses de las grandes mayorías.
Con el mismo espíritu democrático se reformó la Constitución Política para incorporar con los derechos cívicos a la mujer mexicana. A la juventud se le otorga la participación, la responsabilidad del ejercicio ciudadano a partir de los 18 años, como reconocimiento a su madurez plena de impulsos creativos.
A fin de estimular a las minorías nacionales se crea la institución de diputados de partido, que tienen como fundamento el que exista el mayor número de elementos de este Congreso, de conformidad con la fuerza que apoya a cada partido político nacional.
En la actual etapa de la sociedad mexicana existen supervivencias del antiguo régimen que deben ser desterradas, existen deficiencias y deformaciones del proceso revolucionario que deben ser desterradas. Los Gobiernos de la Revolución, con un sentido de autocrítica, han propugnado, a lo largo de su camino, la evolución necesaria para realizar los cambios en cada época en que vive el país, con el objeto de lograr, paso a paso y con toda firmeza, la justicia social para todos.
Con esta mística, es necesario analizar los graves problemas que todavía confronta el país: de incomunicación, insalubridad, analfabetismo; de muchas carencias que constituyen abismos y desigualdades entre las clases sociales, con el propósito de conocer las causas que originan el desempleo y el subempleo, la erosión, el monocultivo y, en suma, los obstáculos que impiden el desarrollo de las sociedad mexicana, para alcanzar los niveles de bienestar por los que tanto el pueblo de México ha luchado.
Jubilados que ven reducirse el poder adquisitivo de sus pensiones; y jóvenes obreros que no alcanzan el salario mínimo, que no han sido incorporados al movimiento sindical, que viven en una sociedad que no entienden, en un desempleo que no conciben, con falta de autobuses, con falta de vivienda, con precios altos; jóvenes decepcionados de la falta de autenticidad en muchos de los adultos, que, con escasos recursos, con pocas posibilidades de trabajo, no encuentran su ubicación en una sociedad que crece desorganizadamente, que a veces reciben una deficiente organización profesional por falta de maestros, de bibliotecas, talleres o laboratorios. Precisamente para solucionar esos problemas, es que los gobiernos de la Revolución han conjugado todas las acciones, a efecto de vencer esas carencias que todavía subsisten, que todavía ahogan a los integrantes del pueblo de México.
Durante siglos se habló de las riquezas fabulosas de nuestro país; se propaló la ambición extranjera; se propalaron diferentes ideas y conceptos de la incapacidad natural de nuestro país para probar esas riquezas. Ahora, sabemos que nuestros recursos naturales no son tan fabulosos como señalaban esas utopías, que son inferiores a muchas otras naciones; sabemos que nuestros climas y lo accidentado del Territorio, hacen en verdad difíciles la explotación de los recursos humanos, la comunicación y el trabajo. Sabemos que nuestro acceso tardío al desarrollo industrial y nuestra larga dependencia del exterior, motivaron que fuéramos un país en subdesarrollo orgánico que hace pobres a los países productores de materias primas, aunque estas sean abundantes.
He aquí el contexto que enmarca y mide el esfuerzo de nuestro país. Esfuerzo que reclama de todos los ciudadanos del país; y, principalmente de los integrantes de esta Honorable Asamblea, dedicar nuestra capacidad, nuestro tiempo y nuestras energías a sumarnos vigorosamente el esfuerzo de la comunidad, al esfuerzo del pueblo, con el objeto de ser gestores de obras sociales; coordinadores de acción de beneficio colectivo para ser diputados de la nación, legisladores de los grandes problemas nacionales; para ser legisladores de reformas profundas e intensas que modifiquen la sociedad en que vivimos; en un todo orgánico para que haya el cambio en todo y cada uno de sus
partes; para establecer una sociedad más justa más equilibrada, más orgánica y más sana. Reclama esforzarnos en ser legisladores para abrir las puertas a todas las actividades a la juventud responsable de México; a una juventud que consciente de sus capacidades que mida sus posibilidades, que pondere con justicia su capacidad y los medios de acción, y que consciente de que una juventud que camine con los altos propósitos de solidaridad social y de patriotismo, y que conozcan la realidad de la Historia de México, que es la mejor aportación para el progreso del país, reclama de nosotros ser legisladores para fortalecer la acción vigorosa en favor del sector campesino, para que coma mejor nuestro pueblo, para que por medio de los productos agropecuarios se desenvuelvan mejor las áreas industriales, para fortalecer física y espiritualmente al hombre de México, dignificarlo, enaltecerlo, para abatir los enriquecimientos ilegítimos y los abusos de poder, para abatir las desigualdades económicas entre la gente que escasamente vive en la penosa subsistencia y los dispendios de la clase poseedora. Propugnamos y trataremos de legislar para abatir esas diferencias y llegar a una sociedad en donde impere al justicia social, en donde campee la libertad humana en una sociedad de hombres libres para hombres libres, en una sociedad libre de abusos, servidumbres, libre de todo aquello que hiera y lacere la condición humana. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido.
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
Consecuentemente, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: Por lo tanto, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio del presente año; en el Decimotercer Distrito del Estado de Jalisco.
Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Carlos Rivera Aceves y Daniel Aguirre Cortinez, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Cuarta Sección. II Zacatecas.
Honorable Asamblea:
Se turnó para su estudio a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actas levantadas con motivo del proceso electoral de los comicios llevados a cabo en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Zacatecas, con cabecera en Fresnillo.
Para participar en la elección de este Distrito, tres partidos políticos nacionales registraron oportunamente fórmulas electorales en los términos siguientes:
El Partido Acción Nacional a los CC. Sóstenes Segura Dorantes y Moisés García Ríos, como propietario y suplente, respectivamente. El Partido Revolucionario Institucional a los CC. licenciado Arturo Romo Gutiérrez y doctor José Haro Avila, como propietario y suplente, respectivamente.
El Partido Popular Socialista a los CC. Ramiro Valenzuela Rodríguez y Salvador Pinedo Reyes, como candidatos propietario y suplente, respectivamente.
Efectuado el cómputo distrital de la votación recogida en este Distrito, se obtuvo el siguiente resultado:
PAN, 8,117 votos; PRI, 56,045 votos; PPS, 722 votos.
Después de llevar a cabo el estudio pormenorizado de la documentación que integra el expediente del que se da cuenta, se estima que la actividad desarrollada durante el procedimiento comicial, que culminó con la elección el primero de julio próximo pasado, se llevó a cabo con estricto apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Electoral en vigor y que se acataron, asimismo, todos los acuerdos emanados de la Comisión Federal Electoral y del Comité Distrital Electoral.
De las protestas presentadas ante el Comité Distrital Electoral por los Partidos, ninguna de ellas se refiere a acto alguno que pudiera constituir una grave irregularidad en el proceso comicial.
En tal virtud, en la junta computadora correspondiente el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos, misma que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora considera que la elección realizada el primero de julio próximo pasado, llevada a cabo con motivo de nominar Diputados Federales en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Zacatecas, con cabecera en Fresnillo, se apegó en todos los trámites a lo establecido por la Ley Federal Electoral y a los acuerdos dictados por la Comisión Federal Electoral y por el Comité Distrital Electoral.
Con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política Mexicana y los artículos 5o., fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea en Junta Preparatoria, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Zacatecas, con cabecera en Fresnillo.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Arturo Romo Gutiérrez y doctor José Haro Avila, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D.F., a 19 de agosto de 1973.-C Jesús Elías Piña.- Licenciado Alejandro Sobarzo Loaiza. -C. Silverio Ricardo Alvarado A."
Está a consideración de ustedes el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
1o. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Zacatecas.
2o. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Arturo Romo Gutiérrez y doctor José Haro Avila, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección.
Honorable Asamblea:
Fue turnado a esta Comisión Dictaminadora el expediente que comprende todas las actividades y actuaciones realizadas con motivo de las elecciones efectuadas el domingo primero de julio del año en curso en el I Distrito Electoral del Estado de Chiapas con cabecera en Tuxtla Gutiérrez.
Para los efectos de esta elección los partidos nacionales que, oportunamente registraron fórmulas electorales obtuvieron las votaciones que enseguida precisamos:
PAN: propietario, Eduardo Martínez Reyes; suplente, Humberto Díaz Hernández, 2,233 votos.
PRI: propietario, doctor Carlos Moguel Sarmiento; suplente, Enrique Enciso Solís, 63,448 votos.
PPS: propietario, ingeniero Luis López Moreno; suplente, profesor Sarain Gómez Maza, 547 votos.
PARM: propietario, Guillermo de Coss Cutiño; suplente, Leonardo León Cerpas, 204 votos.
Del estudio y revisión minuciosa efectuada en la documentación que integra el expediente de cuenta, hemos estimado que las actividades, el proceso electoral y la elección del primero de julio anterior, fueron llevadas con apego estricto a lo que dispone la Ley Federal Electoral en vigor, así como que acataron las indicaciones libradas por las autoridades electorales señaladas en el ordenamiento jurídico mencionado.
Oportunamente se dio a conocer la ubicación de cada una de las casillas electorales del I Distrito Electoral del Estado de Chiapas con cabecera en Tuxtla Gutiérrez, así también se integró debidamente el personal de casillas, designándose los representantes de cada uno de los partidos contendientes en esta elección.
Hacemos notar que el día de las elecciones no presentó ningún incidente que pudiera afectar a la misma, en cuanto a la instalación de casillas, durante el tiempo de votación, cierre de la casilla, escrutinio y computación de votos y, tampoco se presentan impugnaciones en la junta computadora correspondiente, por lo que se expidió en favor de la fórmula registrada por el Partido Revolucionario Institucional, la constancia de mayoría de votos, la que fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral por unanimidad.
Por lo anteriormente expuesto esta Comisión Dictaminadora, Sección Primera, considera que la elección realizada el primero de julio pasado, con motivo de nominar diputados federales por el I Distrito Electoral del Estado de Chiapas con cabecera en Tuxtla Gutiérrez, se apegó en todos sus trámites a lo dispuesto en la Ley Federal Electoral y, con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5o. fracciones I y III, 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General; esta Comisión se permite someter a la consideración de esa H. Asamblea, en junta preparatoria, los siguientes puntos resolutivos:
Primero: Son legítimas y válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día primero de julio del año en curso en el I Distrito Electoral del Estado de Chiapas con cabecera en Tuxtla Gutiérrez.
Segundo. Son diputados federales de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. doctor Carlos Moguel Sarmiento y Enrique Enciso Solís, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, H. Congreso de al Unión.- México, D.F., agosto 20, 1973. -Primera Comisión Dictaminadora. -Primera Sección. -Licenciado Luis del Toro Calero. -Licenciado Jaime Esteva Silva.- Licenciada Estela Rojas de Soto."
Está a consideración de ustedes el presente dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día primero de julio del año en curso en el I Distrito Electoral del Estado de Chiapas.
Segundo. Son diputados federales de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. doctor Carlos Moguel Sarmiento y Enrique Enciso Solís, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
"Primera Comisión. Segunda Sección I Nuevo León.
Honorable Asamblea:
A la Primera Comisión Dictaminadora. Segunda Sección, fue turnado para su estudio y
dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 1o. de julio en el I Distrito del Estado de Nuevo León, con cabecera en Monterrey.
Contendieron en las elecciones candidatos de todos los Partidos Políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las siguientes fórmulas:
PAN: propietario, licenciado Jesús Montaño García; suplente arquitecto Alfredo Verástegui Chapa.
PRI: propietario, licenciada Margarita García Flores; suplente Ramiro Martínez Lozano.
PPS: propietario, Armando Reza Trejo; suplente, Joel Guerrero Cruz.
PARM: propietario, Vicente Odón González Garza; suplente Rolando Ricardo Lackner Garza.
Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:
PAN, 13,564 votos; PRI, 29,082 votos; PPS, 655 votos; PARM, 845 votos.
Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 154, fracción VI de la Ley de la materia, a los CC. licenciada Margarita García Flores y Ramiro Martínez Lozano, propietario y suplente, respectivamente.
Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajustó a los mandatos de la Ley y que las protestas no contienen irregularidades graves que afecten el fondo del proceso ni sus resultados.
Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de la República; 165, fracción I de la Ley Federal Electoral, así como en el artículo 5o. fracciones I y II y 6o. y 7o. del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes
PUNTOS RESOLUTIVOS
Pimero. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el I Distrito del Estado de Nuevo León con cabecera en Monterrey.
Segundo. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciada Margarita García Flores y Ramiro Martínez Lozano, propietario y suplente, respectivamente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 19 de agosto de 1973. -Licenciado Píndaro Urióstegui Miranda. -Licenciado Flavio Romero de Velasco. -Licenciado Mario Ruíz de Chávez."
Está a consideración de la Asamblea el presente dictamen.
El C. Presidente: Se abre el registro de oradores...
- El mismo C. Presidente: Se han inscrito los siguientes oradores: Vicente Odón González Garza, en contra, y Margarita García Flores y Leopoldo González Sáenz, en pro. Tiene la palabra el compañero Vicente Odón González Garza.
El C. Vicente Odón González Garza: Honorable Asamblea: Es una gran satisfacción para mi estar en esta Cámara de Diputados donde todos ustedes vienen cumpliendo con la Ley, tanto de la Constitución General de la República como de la Ley Electoral. Las protestas que hicimos en el primero Distrito Electoral de Nuevo León, son protestas reales y positivas que la Comisión Federal Electoral debió habernos tomado en cuenta, para, asimismo, tener un juicio real y positivo para que vengan a salvar las leyes de nuestro país y la nación entera. No vengo a hacer un discurso grande porque sería cansarlos, además, lo único que quiero que quede asentado es esto: que sí es cierto que sacó mayoría de votos la Sra. María Refugio García Flores y es cierto que el PAN también sacó mayoría de votos; pero también es cierto que violaron las casillas, violaron los padrones e hicieron una bola de desmanes habidos y por haber. Dejo a la consideración de la Comisión Electoral que sea la que defina esa situación. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra la compañera Margarita García Flores.
- La C. Margarita García Flores: Honorable Asamblea, mi nombre es María Margarita del Refugio García Flores. El señor Vicente Odón González tuvo amplio acceso a las autoridades del Comité Distrital Electoral como le consta a la sociedad regiomontana. No hizo protestas en ninguna casilla. Hubo una sola protesta que hizo con posterioridad al día del cómputo final, fue una protesta extemporánea y no presentó pruebas, así como el día 1o de julio tampoco sus representantes, en ninguna casilla presentaron pruebas. Su comisionado firmó el acta del cómputo final. Debo decir a esta H. Asamblea, que las elecciones en el Estado de Nuevo León se verificaron en un ambiente de tranquilidad y de libertad y que realizamos una campaña de tranquilidad y de libertad y que realizamos una campaña conjuntamente el señor Ramiro Martínez que integra la fórmula junto conmigo, con el doctor Pedro Zorrilla entonces candidato al Gobierno de Nuevo León.
Esta campaña la realizamos palmo a palmo, celebrando reuniones con obreros, trabajadores, amas de casa, visitando fábricas y haciendo reuniones domiciliarias así como realizando asambleas de trabajo en cada una de las colonias.
El día del cómputo final los paquetes electorales fueron abiertos todos, uno por uno, en sentido progresivo y no se encontró ninguna
falla ni hubo ninguna violación como consta en la citada acta de cómputo final.
Este Primer Distrito de Monterrey, en el cual nosotros trabajamos tan empeñosamente, ante nuestro asombro personal ninguno de los otros tres contendientes hizo campaña alguna como no fuera impresión de propaganda política pegada a los postes y en las bancas.
No supimos que ningún otro partido hubiera verificado ninguna asamblea de trabajo ni ninguna reunión de carácter político.
Aparte de que trabajamos palmo a palmo el Distrito y como fui fundadora de la Escuela de Trabajo Social de la Universidad Autónoma de Nuevo León, 222 trabajadoras sociales, ex alumnas mías, visitaron casa por casa exhaustivamente el Primer Distrito Electoral Federal de la ciudad de Monterrey.
Explicamos nosotros, en nuestra campaña, por qué habíamos aceptado ser candidatos y dijimos lo siguiente: no solamente por el amor entrañable que le tengo a Monterrey sino por el carácter batallador de sus gentes, es por el cual nos hemos decidido desde toda la vida a trabajar en este camino de la política, porque consideramos que la política es un camino factible para trabajar por nuestras comunidades y por México.
Nos fuimos a esa campaña con el siguiente lema político: "De los objetivos que se derivan de la política del bienestar compartido del señor Presidente Echeverría", ya que consideramos que el bienestar social es el fin último de todas nuestras tareas.
Y, además, también hablamos de una reforma urbana, con sentido humano, para Monterrey.
Consideramos a la política como una de las actividades más serias y, además, como una de las actividades humanas del más alto rango moral, porque otorga al individuo la oportunidad de probar su capacidad de servicio, su capacidad de iniciativa y el alcance de sus propias posibilidades de creación; la entendemos, a un mismo tiempo, como ciencia y como arte, porque en ella intervienen doctrina, conocimiento de lo científico, sensibilidad y voluntad de realizar. Es en esta actividad compleja -que atañe a todas las fuerzas sociales- en donde queremos participar las mujeres, con la misma calidad que participan los varones, ya que el país necesita de todos sus recursos humanos para resolver los complejos problemas de la vida social; y queremos participar -y de hecho participamos- con un sentido ético y humano; es decir, sabemos que hemos de participar en la vida política de México con sentido ético, con la preparación adecuada para el puesto de responsabilidad y de trabajo que queremos desempeñar, y dando, además, sentido humano a todas nuestras tareas.
Es por ello que queremos aportar a la vida de México el matiz de nuestro pensamiento. Consideramos que la herencia social pertenece a todos -hombres y mujeres por igual-, y que la mujer debe ser también considerada como un factor para conservar todos los bienes que integran esta herencia, de la cual nos sentimos legítimamente orgullosas.
Consideramos, también, que debemos contribuir a la conservación de la paz social, porque sin ella no es posible disfrutar ni de los bienes materiales, ni de los de la salud, ni de los bienes de la cultura, ni de los que se derivan de la vida familiar. Y, así como colaboramos y ayudamos a salvar la vida de nuestras propias familias, queremos ayudar a mantener y a salvar a la familia mexicana. (Aplausos.)
En la tribuna más alta del país, queremos subrayar lo siguiente: Queremos participar en la planeación y solución de los problemas sociales, que como la carestía de la vida, nos afectan directamente, y porque tenemos energías y claridad de entendimiento para comprender y trabajar en la resolución de todos los problemas de México. Además, deseamos y trabajamos para que un mayor número de mujeres participe cada día en el campo de la técnica, la ciencia, la cultura y la política, porque son tareas de todos los mexicanos procurar la educación integral de los jóvenes -hombres y mujeres-, trabajar con efectividad en la orientación social de los campesinos para que obtengan mejores niveles de bienestar y trabajar en el campo de la planeación económica y social, así como en el científico y técnico para lograr un equilibrio entre el desarrollo económico y el desarrollo social.
Fue esta doctrina señores, con la que fuimos nosotros a nuestra campaña; así la hicimos, y ahora, queremos hacernos una reflexión; una reflexión de política nacionalista y pensamos que si la conjunción de todas las fuerzas políticas e ideológicas del país pueden lograrse para lograr un mayor nivel de bienestar social, queremos afirmar: ahora que el Gobierno del Presidente Echeverría realiza una gran promoción social y económica en el campo y en los más apartados lugares, intentando llevar el bienestar social a todas la comunidades, como ciudadana pensamos en la posibilidad de un plan social integrado a la planeación nacional proporcionando el reparto equitativo del ingreso nacional, fuera emprendido por los factores de la producción.
Trabajadores y empresarios, campesinos, artesanos, maestros, estudiantes, trabajadores intelectuales, unidos todos los mexicanos nos empeñáramos para lograr en el marco de una evolución pacífica que México sea en medio de este mundo perturbado como reza el lema de mi partido, un país con democracia y con justicia social. (Aplausos.)
El C. Presidente: Se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el dictamen. Suficientemente discutido. Se ruega a la Secretaría lo someta a votación.
El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo: Se pregunta a la Asamblea si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara:
Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el I Distrito del Estado de Nuevo León.
Segundo. Son Diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciada Margarita García Flores y Ramiro Martínez Lozano, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)
- El C. secretario Ignacio Carrillo Carrillo:
Señor Presidente, agotados los asuntos de esta Junta Preparatoria. -El C. Presidente (a las 14:20 horas): Se levanta la Junta Preparatoria y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana a las 10:30 horas, en la que se tratarán los asuntos con los que los ciudadanos secretarios den cuenta.
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