Legislatura XLIX - Año II - Período Ordinario - Fecha 19741121 - Número de Diario 35

(L49A2P1oN035F19741121.xml)Núm. Diario:35

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLIX LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II México, D. F., jueves 21 de noviembre de 1974 TOMO II.- NÚM. 35

SUMARIO

SUMARIO

Apertura ..

Orden del día ..

Acta de la Sesión Anterior. Aprobada .

Invitaciones

Del Departamento del Distrito Federal, el acto cívico conmemorativo del LXIII aniversario de la Promulgación del Plan de Ayala. Se designa comisión

Del C. profesor J. Refugio Esparza Reyes, al acto en que rendirá la propuesta de la ley como Gobernador Constitucional de el Estado de Aguascalientes, el 1o. de diciembre próximo, en el Cine Plaza de la capital de la Entidad. Se designa comisión

Del C. licenciado Roberto Gómez Reyes, Gobernador del Estado de Nayarit, a la ceremonia a la que rendirá el V Informe de gobierno, el próximo 1o. de diciembre. Se designa comisión

Del C. doctor Luciano Huerta Sánchez, Gobernador del Estado de Tlaxcala, a la sesión en que dará lectura al V y último informe de su gestión administrativa, que tendrá lugar el día 1o. de diciembre próximo en el Teatro Xicoténcatl de la capital de la Entidad. Se designa comisión

De la L Legislatura del Congreso de Veracruz, a la sesión solemne en la que el C. licenciado Rafael Hernández Ochoa rendirá la protesta de la ley como Gobernador constitucional del Estado de Veracuz, el domingo 1o. de diciembre próximo, en el cine Xalapa de la capital del Estado. Se designa comisión

Participación de los diputados Prom Lavoignet y Nateret Escobar en Comisiones de Trabajo

La Gran Comisión propone a los CC. diputados Juan Pablo Lavoignet y José Nataret Escobar para que formen parte de seis y cinco comisiones de trabajo, respectivamente. Sin discusión se aprueba

Visita parlamentaria de la República Democrática Alemana

Una comisión designada al efecto, introduce a la Delegación Parlamentaria de la República Democrática de Alemania, compuesta de diputados de todos los partidos políticos del país, que acompaña el Embajador de dicha República en México. La Presidencia menciona los nombres de los miembros de la Delegación y designa al C. diputado Arturo González Cosío Díaz para dirigirles un mensaje de bienvenida. En seguida el señor Wolfgang Rosser da respuesta al orador. La comisión que los introdujo los acompaña al abandonar el recinto

Solicitud de licencia del diputado Ruiz Béjar

El C. Rafael Ruiz Béjar, diputado por el IX Distrito Electoral del Estado de Michoacán, solicita licencia para dejar el cargo, en virtud de haber sido designado Oficial Mayor del Gobierno de la Entidad Federativa mencionada. Se considera el asunto urgente y obvia resolución. Se le dispensan los trámites.

A discusión los puntos de Acuerdo respectivos:

Sin ella, se aprueba .

Protesta de Ley del diputado Sánchez Cervantes

Acompañado de una comisión que introduce al salón al C. Vicente Sánchez Cervantes, éste rinde la protesta de Ley como diputado suplente en funciones por el IX Distrito Electoral del estado de Michoacán .

INICIATIVAS DE CC. DIPUTADOS

Reforma al artículo 73 constitucional

Iniciativa con proyecto de Decreto de la fracción parlamentaria del P. A. N.,

tendiente a reformar la base 1a. de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Política de la República. Se turna a comisiones. Imprímase ..

Reforma a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal

Iniciativa con proyecto de Decreto de la Diputación del P. A. N., por la que se propone varias reformas a artículos de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal. Se turna a comisiones .

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Dictamen con punto de acuerdo que ordena archivar el expediente relativo a la iniciativa presentada en la XLVIII Legislatura, de reformas al artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. A discusión el punto de Acuerdo: Sin ella, se aprueba

Orden del día de la sesión próxima. Se levanta la sesión ..

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO LUIS LEÓN APONTE

(Asistencia de 168 ciudadanos diputados.)

APERTURA

El C. Presidente (a las 12:05 horas). Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

"Cámara de Diputados.

Segundo periodo ordinario de Sesiones.

XLIX Legislatura.

Orden del día

21 de noviembre de 1974.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita a la ceremonia que para conmemorar el 63 aniversario de LA Promulgación del Plan de Ayala, tendrá lugar el próximo jueves 28 de los corrientes.

El C. profesor J. Refugio Esparza Reyes, invita al acto en el que rendirá la protesta de ley como Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, la que tendrá lugar el próximo 1o. de diciembre, en la capital del Estado.

El C. licenciado Roberto Gómez Reyes, Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit, invita al acto en el que rendirá su V informe de gobierno ente la XVII Legislatura local, el próximo 1o. de diciembre.

El Gobernador del Estado de Tlaxcala, doctor Luciano Huerta Sánchez, invita al acto en el que rendirá su V informe de Gobierno ante la XLVIII Legislatura local, que tendrá lugar el 1o. de diciembre del año en curso.

La Quincuagésima Legislatura del Estado de Veracruz, invita a la sesión Solemne en la que el C. licenciado Rafael Hernández Ochoa, rendirá la protesta de la ley como Gobernador Constitucional, la que efectuará el próximo 1o. de diciembre.

Proposición de la Gran Comisión.

Solicitud de licencia del C. diputado Rafael Ruiz Béjar.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

De las Comisiones unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, con punto de acuerdo."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El C. secretario Octavio Ferrer Guzmán:

"Acta de la sesión efectuada por la cámara de Diputados de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, el día diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.

Presidencia del C. Jorge Hernández García.

En la ciudad de México, a las once horas y treinta minutos del martes diecinueve de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro, se abre la sesión con asistencia de ciento setenta y ocho ciudadanos representantes, según declara la Secretaría una ves que pasa lista.

Encontrándose a las puertas del rincón el C. licenciado Octavio Sentíes Gómez, jefe del Departamento del Distrito Federal, se designa en comisión para que lo introduzcan al Salón, a los ciudadanos diputados Carlos Sansores Pérez, Carlos Dufoo López, Estela Rojas de Soto y Graciano Estudillo Alarcón.

La Secretaría informa a la Asamblea de la presencia en el salón de los invitados de honor, licenciado Octavio Sentíes Gómez, doctor Octavio Hernández González, Secretario de Gobierno del Departamento del Distrito Federal; licenciado Roberto Ríos Elizondo, Secretario de Obras y Servicios; ingeniero Renato Vega Alvarado, Oficial Mayor; licenciado Andrés Serra Rojas, Secretario del Consejo Consultivo; licenciado Abel Treviño Rodríguez, Presidente del Tribunal Superior de Justicia; licenciado Horacio Castellanos Coutiño, Procurador; licenciado Saturnino Agüero, Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo; Magistrados del propio Tribunal; todos ellos funcionarios del Departamento del Distrito Federal; el consejo Consultivo de la Ciudad de México y los ciudadanos Delegados del Departamento del Distrito Federal; doctor Pedro: Hernández Silva, licenciado Humberto Lugo

Gil, profesora Martha Andrade de Del Rosal, licenciado Manuel Jiménez San Pedro, arquitecto Agapito Domínguez, C. Eduardo Tonela, ingeniero Rodolfo Canales, licenciado Delfín Sánchez Juárez, doctor Ramón Osorio y Carbajal, licenciado Edgar Baqueiro, C. Alberto Alvarado Arámburu, C. Héctor Calderón, arquitecto Jaime Aguilar, general y doctor José Valenzuela y C. Mario Alvirez Pablo.

Lectura del orden del día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior, celebrada el día catorce de los corrientes.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

A continuación, para poner de manifiesto la importancia de la conmemoración del (150) aniversario de la creación del Distrito Federal, hacen uso de la palabra los ciudadanos diputados Humberto Mateos Gómez, José de Jesús Martínez Gil, Belisario Aguilar Olvera, Rubén Rodríguez Lozano y Carlos Machiavelo Martín del Campo.

En uso de la palabra el C. diputado Píndaro Urióstegui Miranda, se refiere a la participación que el ciudadano Presidente de la República tuvo en Roma con motivo de su asistencia a la conferencia Mundial de la alimentación.

La Presidencia agradece la presencia del señor licenciado Octavio Sentíes Gómez, jefe del Departamento del Distrito Federal, así como la de los funcionarios del propio Departamento que lo acompañaron en este acto.

Se designa a los CC. diputados Arturo González Cosío, Jesús García Lovera, Jorge Reyna Toledo y Ernesto Aguilar Cordero, para que acompañen a los invitados al retirarse.

Invitación del Departamento del Distrito Federal, al acto cívico que tendrá lugar el viernes 22 del actual, en la Rotonda de los Hombres Ilustres, en el panteón Civil de esta Capital, con motivo del (52) aniversario luctuoso de Ricardo Flores Magón.

Para asistir a este acto de representación de esta Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: Guillermo Vázquez Alfaro, Ofelia Casillas Ontiveros, Jesús Moreno Jiménez y Sixto Noguez Estrada.

El C. licenciado Rafael Murillo Vidal, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, formula atenta invitación a la ceremonia en la cual dará lectura el sexto y último informe de gestión administrativa, el día 30 del presente, en la capital de la Entidad.

Para concurrir a dicha ceremonia en representación de esta Cámara de diputados, se designa a los siguientes ciudadanos: diputados Mario Vargas Saldaña, Juan Pablo Prom Lavoignet, Delia de la Paz Rebolledo. Demetrio Ruiz Malerva, Antonio Jiménez Puya, Silverio Ricardo Alvarado, Ignacio Mendoza Aguirre, Patricio Chirinos Calero, José Luis Melgarejo Vivanco, Rogelio García González, Fidel Herrera Beltrán, Serafín Domínguez Ferman, David Ramírez Cruz Y Manuel Ramos Gurrión.

El C. Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, licenciado Mario Trujillo García, invita al acto en el que dará lectura a su cuarto informe de gobierno, que se llevará a cabo en la ciudad de Villahermosa el miércoles 20 del mes en curso.

Para asistir a este acto en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: Feliciano Calzada Padrón, Luis del Toro Calero, Javier Blanco Sánchez, Lázaro Rubio Félix, Julián Montejo Velazquez, Efrén Ricárdez Carrión, Humberto Hernández Haddad, Jesús Dávila Narro, Jaime Esteva Silva, José Ortiz Arana, Carlos Moguel Sarmiento, Víctor Cervera Pacheco y Fernando Solís Patrón.

Oficio de la Cámara de Senadores por el que comunica que el C. doctor Ramón Ángel Amante Echeverría, rindió la protesta de Ley como senador suplente en el ejercicio, por el Estado de Sonora, en substitución del extinto senador general Benito Bernal Miranda, de enterado.

La Legislatura del Estado de Morelos comunica la apertura del segundo periodo ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio, y la designación de la mesa directiva. De enterado.

La Legislatura del Estado de Veracruz participa la integración de la Mesa Directiva para el presente mes. De enterado.

Invitación de los Defensores Supervivientes en la Segunda Invasión Norteamericana al Puerto de Veracruz, a la ceremonia que tendrá lugar el día 23 de los corrientes, en ocasión de conmemorar el (61) aniversario de la desocupación de nuestro suelo por las fuerzas invasoras.

Para llevar la representación de esta Cámara a dicha ceremonia, la Presidencia designa a los ciudadanos diputados Modesto A. Guinart, Lylia Berthely, Alfonso Gómez de Orozco, José Rivera Arreola y Antonio Jiménez Puya.

La C. Sara María Muñoz Castillo Jaime, solicita el permiso constitucional necesario para prestar sus servicios como secretaria en el Consulado General Norteamericano, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León. Recibo y a la Comisión de Permisos Constitucionales.

Las Comisiones unidas de desarrollo Agropecuario y productividad, de comercio Interior, y de Estudios Legislativos, suscriben un dictamen con punto de Acuerdo que ordena se archive el expediente relativo, en virtud de que la reforma propuesta en la Iniciativa presentada por tres ciudadanos diputados, a fin de modificar el artículo 9o., fracción VII de la Ley sobre impuestos de tabacos Labrados, quedó incluida en la Ley que establece, reforma y adiciona diversas disposiciones fiscales, aprobada el día ocho del actual.

A discusión el punto de Acuerdo, no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se aprueba.

Se da lectura al orden del día de la próxima sesión.

Agotados los asuntos en cartera, a las catorce Horas y cuarenta minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves veintiuno, a las once horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.

INVITACIONES

- EL C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F. - Departamento del Distrito Federal.

México, D.F., a 21 de noviembre de 1974.

'Año de la República Federal y del Senado.'

C. diputado licenciado Jorge Hernández García, Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Donceles y Allende.- Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta dirección General, hace a usted una atenta y cordial invitación al acto cívico que, con motivo de conmemorarse el LXIII aniversario de la promulgación del Plan de Ayala, tendrá lugar el próximo jueves 28 del actual, a las 10:30 horas, ante la estatua que evoca la memoria del general Emiliano Zapata, en la Glorieta de Huipulco, ubicada en la Calzada de Tlalpan en esta cuidad.

Al propio tiempo, me permito rogarle tenga a bien dictar sus respetables instrucciones con objeto que una comisión asista al acto de referencia y efectúe el depósito de una ofrenda floral, con la representación de esa H. Cámara de Diputados a su digno cargo.

Reitero a usted; con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Director General, arquitecto Oscar H. Villareal."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de la Cámara de Diputados, se designa a los siguientes representantes: diputado Diódoro Carrasco Palacios y diputado Roque González Urriaza.

- El C. secretario José Octavio Ferrer Guzmán:

"Profesor J. Refugio Esparza Reyes. Gobernador Constitucional electo del Estado de Aguascalientes.

7 de noviembre de 1974.

Señor diputado licenciado Carlos Sansores Pérez, Presidente de la Gran Comisión de la Cámara de Diputados.- Dolores No. 3, 9o. Piso. - México, D. F.

Dilecto amigo:

El 1o. de diciembre próximo, a las 11:00 horas, rendiré la protesta de la Ley como Gobernador constitucional del estado ante la representación popular.

El acto se llevará a cabo en el 'Cine Plaza', declarado recinto oficial para el efecto.

Su presencia habrá de constituir un honor para Aguascalientes y una satisfacción personal que mucho le agradeceré.

Con el objeto de brindarle las atenciones que nos merece, le ruego encarecidamente comunicar su aceptación al señor licenciado Daniel Villalpando Hernández, a los teléfonos 556- 72 o 556- 18.

Aprovecho el conducto para enviarle mi cordial saludo y expresarle el renovado testimonio de mi consideración y alta estima. Rúbrica."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de la Cámara de Diputados, se designa a los siguientes representantes: diputado Jesús Medellín Muñoz, diputado Higinio Chávez Marmolejo, diputado Jorge Reyna Toledo, diputado Arturo Romo Gutiérrez y diputado Rubén Rodríguez Lozano.

El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

"Licenciado Roberto Gómez Reyes, Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit.

Tepic, noviembre 17 de 1974.

C. diputado doctor Jorge Hernández García, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Donceles y Allende.- México D. F.

Me es grato manifestar a usted que a las diez horas del día primero de diciembre en el cine Amado Nervo, rendiré ante la Honorable XVII Legislatura Local, el V informe de Gobierno, en cuyo acto se dará a conocer a los Habitantes del Estado, las actividades realizadas durante el presente año, así como también se patentizará el reconocimiento del pueblo y gobierno a la obra que el Presidente Echeverría ha realizado en beneficio de Nayarit y de México.

Como en años anteriores, ese H. Cuerpo Legislativo ha estado presente, razón por la cual nos agradaría contar nuevamente con la presencia de usted y de una comisión que al efecto tenga a bien designar.

Lo saludo cordialmente. Rúbrica."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de la Cámara, se designa a los siguientes diputados: Joaquín Cánovas Puchades, Anselmo Ibarra Beas, José Ortiz Arana, Guillermo Gómez Reyes, Ernesto Báez Lozano, Ignacio Carrillo Carrillo, Héctor Guillermo Valencia Mallorquín y Salvador Castañeda O'Connor.

- El mismo C. Secretario:

"Doctor Luciano Huerta Sánchez, Gobernador Constitucional del Estado.

Noviembre 7 de 1974.

Señor diputado y licenciado Carlos Sansores Pérez, Presidente de la Gran Comisión de la H. Cámara de diputados.- México, D. F.

Distinguido señor diputado y fino amigo:

El día 1o. de diciembre próximo habré de rendir ante la H. XLVIII Legislatura Local mi V y último Informe del estado que guarda la Administración Pública, acto que tendrá lugar a las 11:00 horas, en el teatro Xicoténcatl de esta ciudad, declarado para el efecto Recinto Oficial.

Con tal motivo, me permito formular una muy cordial invitación a esa H. Cámara de Diputados para que nos distingan con su presencia en ese acto; por lo que ruego a usted en forma atenta, tenga a bien designar una Comisión de esa Cámara, a fin de que nos acompañe en esta ceremonia, suplicándole comunicar su aceptación a los teléfonos 2 - 00 - 28 o 2 - 17 - 49 de esta ciudad, a efecto de brindar a los señores diputados que nos visiten las atenciones que merecen.

En espera de que se sirva acordar favorablemente esta petición, le anticipo mis agradecimientos mas cumplidos aprovechando la oportunidad para saludarlo con toda cordialidad y renovarle el testimonio de mi amistad y afecto. Rúbrica."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de la Cámara, se designa a los siguientes diputados: Esteban Minor Quiroz, Mario Zamora García, Hernán Morales Medina, Julio Camelo Martínez, Raúl Gómez Danes y Julián Montejo Velázquez.

- El mismo C. Secretario:

"La honorable Quincuagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Veracruz- Llave, invita a usted a la Sesión Solemne en la que el ciudadano licenciado Rafael Hernández Ochoa rendirá la protesta de la Ley al cargo de Gobernador Constitucional del Estado en la ceremonia que tendrá lugar el domingo primero de diciembre de 1974, en el cine Xalapa, declarado para el efecto, Recinto Oficial.

Xalapa - Enríquez, Ver."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes representantes: diputados: Mario Vargas Saldaña, Rogelio García González, Ignacio Mendoza Aguirre, Manuel Ramos Gurrión, Demetrio Ruiz Malerva, Lylia Berthely, Delia de la Paz Rebolledo de Díaz, Silverio Ricardo Alvarado, Patricio Chirinos Calero, Modesto A. Guinart López, Fidel Herrera Beltrán, Juan Pablo Prom Lavoignet, Serafín Domínguez Ferman, José Luis Melgarejo Vivanco, David Ramírez Cruz y Juan C. Peña Ochoa. Participación de los diputados Prom Lavoignet y Nataret Escobar en Comisión de Trabajo

- El C. secretario Octavio Ferrer Guzmán:

"Cámara de Diputados.- Gran Comisión.

Honorable Asamblea:

La Gran Comisión de la H. Cámara de Diputados, en uso de las facultades que le otorgan los artículos 74 y 77 del Reglamento Interior del Congreso, se permite proponer a los CC. diputados Juan Pablo Prom Lavoignet y José Nataret Escobar, para que formen parte de las siguientes comisiones:

Juan Pablo Prom Laboignet: Asuntos Agrarios.

Sección: Organización Ejidal y Comunal; Desarrollo Educativo. Sección: Educación Superior; Desarrollo Forestal y de la Fauna; Desarrollo de Turismo; Gobernación. 1a. Sección; Trabajo. 1a. Sección; Seguridad Social y la Salud Pública. Sección Previsión Social.

José Nataret Escobar: Abastos y Subsistencias Populares; Asuntos Agrarios. Sección: Fomento para el Desarrollo Económico, Cultural y Social de la Mujer Campesina; Desarrollo Industrial. Sección: Eléctrica; Desarrollo de los Medios de Comunicación. Sección: Correos y Telégrafos; Desarrollo Regional. Sección: Zona del Istmo.

México, D. F., a 14 de noviembre de 1974.

'Año de la República Federal y del Senado.'

Presidente, licenciado Carlos Sansores Pérez. - Secretario, licenciado Luis Dantón Rodríguez."

- El mismo C. Secretario: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la presente proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse demostrarlo. Aprobada.

Visita Parlamentaria de la República Democrática Alemana

El C. Presidente: Se encuentra a las puertas de este recinto una delegación parlamentaria de la República Democrática Alemana, con representación de todos los partidos políticos de este país. Para introducirla se designa en comisión de ciudadanos diputados Arturo González Cosío, José Ángel Conchello, Belisario Aguilar Olvera y Alejandro Mújica Montoya.

(La comisión cumple su cometido.)

El C. Presidente: Queremos significar la presencia de la Delegación de la República Democrática Alemana compuesta por los siguientes diputados, representantes de todos los partidos políticos de su país: señor Wolfgang Rosser, diputado, Miembro del Presidium de la Cámara del pueblo del Partido Nacional - Demócrata de Alemania, Jefe de la Delegación; señor Rudi Singer, diputado, Miembro del Partido Socialista Unificado de Alemania, Vicejefe de la Delegación; señor Werner Wünschmann, diputado de la Unión Cristiano Demócrata; señor Gerhard Lindner, diputado del Partido Liberal Demócrata de Alemania, Miembro del Comité de Política Exterior de la Cámara del pueblo; señor profesor Rodolf Wabersich, diputado del Partido Campesino Democrático de Alemania, Miembro del Comité de Política Exterior de la Cámara del Pueblo; señor Hans- Dieter Leh, secretario de la Delegación; señor Embajador de la República Democrática Alemana en México, licenciado Gerard Karth.

Esta Presidencia designa al diputado Arturo González Cosío para que a nombre de esta representación nacional dé la bienvenida a tan distinguidos visitantes. Tiene el uso de la palabra el C. diputado González Cosío.

El C. Arturo González Cosío: Señor Presidente, compañeros diputados, distinguidos visitantes:

Es un señalado honor saludar desde esta tribuna a los diputados miembros de la Cámara del pueblo de la República Democrática Alemana que en esta ocasión visitan México.

La cultura que entendemos como un todo que es complejo y que incluye el conocimiento, las creencias, el arte, las leyes, la moral, las costumbres y otras capacidades y hábitos adquiridos por el hombre como integrante de una sociedad, posibilita un nivel de entendimiento entre dos países que pertenecen a la misma civilización.

En la República Democrática Alemana han destacado intelectuales de la talla de Adalbert Desau que escribió sobre la literatura de la Revolución Mexicana. Del rango de Ana Seghers, eminente escritora que vivió en México en el destierro, durante años aciagos y hostiles para su patria, fundadora de la Academia de Arte y Presidenta de la Asociación de escritores de la República Democrática Alemana.

La perenne tradición filosófica del pueblo alemán se significó por ejemplo con la vida universitaria de Kant, en Koenisberg; con la cátedra de Filosofía de la Historia que Hegel dictara en Jena (1805- 06) y en Berlín (1829- 30), con las preocupaciones del estudiante Carlos Marx en su examen de doctorado en la Universidad de Jena (1841), con su famosa tesis "Diferencia de la Filosofía de la naturaleza en Demócrito y Epicuro"; con el papel ejercido en el pensamiento socialista por Rosa Luxemburgo, y con el humanismo altruista y pragmático de Bertold Brecht que tanto participara en la dura tarea que ha sido edificar la República Democrática Alemana. Estos no son sino algunos testimonios de la grandeza de la cultura del pueblo Alemán.

En la actualidad esta República amiga ha desarrollado una constructiva convivencia interna y su desarrollo económico, ha alcanzado altos y equitativos niveles de vida y de consumo, y en este proceso prevalecen organizaciones cooperativas de la tierra, parecidas a nuestros ejidos, al lado de un especializado trabajo obrero y de una intensa vida en las universidades e instituciones de investigación tecnológica, tal y como México lo practica hoy, para lograr su liberación y fortalecer su independencia.

Los postulados de la política exterior del México revolucionario, expresadas por Carranza en 1917 tienen un contenido de valores universales, como el reconocimiento de que todos los países son iguales y que deben respetar mutua y escrupulosamente sus instituciones, sus leyes y su soberanía. El acatamiento estricto y sin excepción del principio universal de la no intervención, y la aceptación de que nacionales y extranjeros deben ser iguales ante la soberanía del país en que se encuentren, no son sino estelas históricas de nuestro difícil paso en la conquista de una sociedad mas justa y equitativa.

El Presidente Echeverría ha contribuido a la formación de una nueva política entre las naciones, al promover infatigablemente por todo el mundo, la aceptación de la carta de Derechos y Deberes Económicos de los estados y al pugnar por una responsabilidad compartida entre todos los estados del orbe, sin la cual el futuro no sólo resulta amenazador, sino carente de sentido.

El origen de nuestros países ha sido difícil y traumático y muchas han sido las experiencias dolorosas tanto para México como para la República Democrática Alemana, pero no podemos quedar aislados quejándonos del pasado, como decía el gran dramaturgo socialista Bertold Brecht en Berlín, en (1954):

"¿Por qué no escombrar aquí la mesa? ¿Por qué no hablar de hoy? ¡Por que aquel que quiere dar el gran salto, tiene que retroceder algunos pasos! El presente se alimenta del pretérito y marcha hacia el mañana. La historia puede escombrar quizá la mesa, pero le tiene miedo al vacío".

La presencia de nuestros colegas alemanes, propicia que hablemos del contenido de las relaciones entre nuestros países, con las nuevas orientaciones y perspectivas que tiene hoy el orden económico y el intercambio comercial, con el deseo de que en el horizonte político se fortalezcan sus respectivas instituciones públicas, convencidos de que éste es el mejor camino para dar a cada pueblo, una creciente prosperidad material y un mayor acceso a los bienes de la cultura y la igualdad.

Así pues, me complace dar la bienvenida a los representantes de un pueblo que tiene una incomensurable presencia en el terreno de la cultura y la ciencia, que nos brinda su amistad para auspiciar que las relaciones bilaterales sean fortalecidas y que un amigo lejano pase a ser un factor presente en la vida diaria de nuestra República. (Aplausos.)

El C. Arturo González Cosío Díaz: Honorable Asamblea: traduciré a nuestros colegas alemanes, las anteriores palabras.

(Traducción.)

Es ist eine grosse Ehre, von dieser Tribüne die verehrten Mitglieder der Volks Kammer der Deutschen Demokratischen Republik in Mexiko zu begrüssen. Die Kultur als Ganzheit verstanden; Wissen, Kunst, Gesetzgebung, Moral, Sitten und Gebrauche, die der Mensch in Laufe der Jahrhunderte als Produkt verschiedener Gesellschaftsordnungein geschaffen hat, gibt uns heuete die Moglichkeit der Verstandigung zwischen zwei Landern, die der gleichen Zivilisation angehoren.

Die Deutsche Demokratische Republik hat Intellektuelle vom Format eines Adalbert Desau hervorgebracht, der über die Literatur der Mexikanischen Revolution geschrieben hat. Oder eine Schirftstellerin wie Anna Seghers, die wahrend schwieriger und harter Jahre ihrer Heimat, in Mexiko in der Verbannung lebte und spater - zarückgekehrt - Gründerin der Akademie der kunste und Prasidentin des Schriftsteller verbandes der Deutschen Demokratischen Republik wurde.

Die alte philosophischen Tradition des Deutschen Volkes wird zum Beispiel im Universitatsleben von Kant in Konigsberg reprasentiert. Von den Vorlesungen uber geschichts Philosophie, die Hegel in Jena in den Jahren 1805- 06)

ind in Berlín 1829- 30 hielt. Vom Doktorexamen des Studenten Karl Marx in der Universitat Jena im Jahre 1841 und seiner berühmten Dissertation von der "Differenz der demokrítischen und epikureischen Natur Philosophie".

Von der Rolle, die Rosa Luxemburg auf dem Weg zum sozialistischen Denken spielte und nicht zuletzt im altruistischen und pragmatischen Humanismus eines Bertold Brecht, der so unendlich zu der schweren Aufgabe der Verwirklichung der Deutschen Demokratischen Republik beigetragen hat.

Und diese Beispiele stellen nur einen winzigen Teil der kulturellen Grosse des Deutschen Volkes dar.

Bis zum heutigen Tag hat diese befreundete Republik Durch konstruktive interne Zusammenarbeit und eine beachtliche wirtschaftliche Entwicklung das Ideal eines hohen und gerechten Lebensstandards ereicht. in diesem Prozess wiegen Landkooperative, die unseren "Ejidos" vergliechbar sind, vor. Durch Arbeitspezialisierung und intensives Universitatsleben sowohl in den Universitaten als auch in technischen Forschungsinstituten, die denen in Mexiko vergleichbar sind. So machen beide lander ahnliche Anstrengungen ihre Unabhangigkeit zu vertiefen.

Die Fordernungen der mexikanischen Aussenpolitik, die 1917 von Carranza proklamiert wurden, beziehen sich im wesentlichen auf universelle Werte. Dass alle volker gleich sind und ihre jeweiligen Institutionen, Gezetze und Souveranitatsansprüche zu respektieren haben. Die strikte Befolgung ohne Ausnahme des universellen Prinzips der Nicht - Intervention und die Anerkennung der Tatsache, dass Staats bürger und Auslander vor der Souveranitat des Staates, in dem sie sich befinden gleich sein müssen. Diese Grundsatze sind historische Andenken auf unserem schwierigen Wege zur Erreichung einer gerechteren Gesellschftsordnung.

Unser President Echeverría hat zu der Moglichkeit einer neuen Politik zwischen den Nationen durch seine unermüdlichen Bemuhungen biegetragen. Er kampfte fü die Anerkennung eines "Vertrages von wirtschaftlichen Rechten und Pflichten der Staaten" und für eine gemeinsame Verantwortlichkeit aller Lander, ohne die unsere gemeinsame Zukunft nicht nur zweifelhaft, sonder auch sinnlos wurde.

Der Ursprung unserer Lander war schwer und traumatisch und sowohl Mexiko als auch die Deutsche Demokratische Republik hatten unzahlige schmerzhafte Erfahrungen zu überwinden. Aber wir konnen nicht unsere Zeit damit verbringen, über unsere Vergangenheit zu klagen. Wie der grosse sozialistischen Dramaturg Brecht (1954) in Berlíin sagte: "Warum nicht de reinen Tisch machen? Warum nicht von huete reden? Aber der den grossen Sprumg machen will, muss einige Schritte zurückgehen, das Heute geht gespeist durch das Gestern in dar Morgen. Die Geschichte macht vielleicht einen reinen Tisch, aber sie scheut den leeren".

Die Anwesenheit unserer deutschen Kollegen ist die beste Gelegenheit, uber die Beziehungen zwischen unseren Landern, neue Richtlinien ünd uber die Perspektiven der gegenwartiger Wirtschaftsordnung und einen Wirtschaftlichen Austausch zu sprechen. Wir haben den Wunsch, in unseren beiden Landern die offentlichen Institutiones zu starken and isnd uberzeugt, dass das beste Weg für jedes Volk ist, wachsenden materiellen Wohlastand und einen breiteren Zugang zu Kultur und Gleicheit zu ermoglichen.

In diesem Sinne heisse ich die Vertreter eines Volkens willkommen, das unermessliche Beitrage auf dem Gebiet von Kultur and Wissenschaft geleistet hat und uns seine Freundschaft bietet, auf dass unsere gegenseitigen Beziehungen verstarkt werden und auf dass aus einen fernen Freund eine inmer gegenwartiger Faktor im taglichen Leben unserer Republik werden moge. (Aplausus.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra el señor Wolfgang Rosser, miembro del presidium de la Cámara del pueblo y Jefe de la Delegación.

El C. Wolfgang Rosser: Estimado señor Presidente, estimadas señoras y señores diputados.

"En primer lugar permítanme, por favor, estimados señores miembros de esta Alta Representación, expresar nuestra gran satisfacción que sentimos al tener el privilegio de ser huéspedes de su país. Quisiéramos agradecerles sinceramente su invitación y aprovechar esta oportunidad para trasmitirles los saludos y mejores votos por parte de la Cámara del Pueblo de la República Democrática Alemana. Queremos manifestarles nuestra convicción de que los contactos entre los parlamentos la posibilidad de llegarse a conocer y comprender mejor uno al otro, el intercambio de opiniones y experiencias, que todos estos factores ocupan un papel de gran importancia en el fomento de una colaboración entre nuestros Estados y pueblos en todos los campos que se basa sobre la igualdad de derechos.

En el día de nuestra llegada a su país tuvimos ayer el gran honor de ser la primera delegación de la representación popular más alta de la República Democrática Alemana que haya participado en los actos para conmemorar el aniversario de la iniciación de la Revolución Mexicana de 1910.

Queremos decirles aquí que el pueblo de la República Democrática Alemana estima altamente la historia revolucionaria mexicana. Personalidades tan eminentes como Juárez, Hidalgo, Morelos o Cárdenas ocupan un lugar firme en la conciencia histórica revolucionaria de nuestro pueblo.

Muy firmemente arraigada en la conciencia de nuestro pueblo queda la actitud democrática y antifascista que adoptó México durante la dominación bárbara hitleriana. Cientos de antifascistas alemanes encontraron durante este tiempo aquí su patria. Después de su regreso de México ocuparon y ocupan cargos

importantes y respetados en nuestra República.

Tal como México en aquel entonces se puso al lado de los combatientes contra el fascismo hitleriano, el pueblo y Gobierno de México muestra hoy su solidaridad con el pueblo chileno. Eso nos llena de un sentimiento de adhesión. Al mismo tiempo que nos llena de orgullo poder decirles aquí - 25 años después de la fundación del primer Estado socialista de los obreros y campesinos en el suelo alemán - que también el pueblo y Gobierno de la República Democrática Alemana están estrechamente unidos con todos los pueblos, con todos aquellos que abogan por la paz, la libertad y la democracia. Por eso, también nosotros estamos al lado del pueblo chileno, por eso condena nuestro pueblo por unanimidad los crímenes contra la humanidad y la democracia, por eso persigue una solidaridad activa.

Permítanme por favor, estimados señores diputados, hacer referencia al hecho de que en cuestiones fundamentales de la salvaguardia de la paz, así como de las relaciones internacionales hay un alto grado de concordancia en la posiciones de nuestros dos Estados, Gobiernos y Parlamentos. Coincidimos en cuestiones tan decisivas como son:

- el mantenimiento y la salvaguardia de la paz,

- la lucha por la distensión en el mundo,

- la solución de problemas en las relaciones internacionales con medios pacíficos,

- el uso de los principios de la coexistencia pacífica.

Con gran atención y mucha simpatía seguimos las iniciativas mexicanas en el escenario internacional. Me refiero a sus actividades tan importantes como las que realizaron para lograr el Tratado de Tlatelolco, el primer acuerdo en el mundo que prevé, bajo el derecho internacional, una zona libre de armas nucleares, y también los viajes que realizó su muy estimado señor presidente Echeverría, sus esfuerzos por la carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados - la intención fundamental de la cual apoyamos nosotros - y también su actitud en la reciente conferencia de la OEA en Quito.

Nuestra Constitución nos obliga a perseguir una política exterior que sirve a la paz, el entendimiento entre los pueblos y la seguridad internacional.

Nosotros abogamos por:

- el principio de la igualdad soberana de los Estados;

- el derecho a la libre determinación del camino de desarrollo socioeconómico;

- el derecho a la libre decisión sobre el desenvolvimiento de las relaciones de economía exterior excluyendo toda forma de descriminación;

- el derecho soberano de los Estados de disponer libremente de sus recursos naturales; y otros derechos más.

Estimados señores diputados:

Si hay una conformidad en estos puntos y otros puntos fundamentales entonces permítanme poner de relieve que la República Democrática Alemana, como puede comprobarse, se ha esforzado desde su fundación, es decir, desde hace 25 años, en aplicar estos principios en las relaciones con otros Estados. Eso fue posible, y eso es posible, debido a que nuestra República forma parte inseparable de la comunidad de Estados socialistas agrupados alrededor de la Unión Soviética y que participa en la política exterior coordinada dentro de dicha comunidad.

Eso fue posible, y esto es posible, porque nuestro Estado representa en su política interior y exterior la ruptura completa con la política agresiva del imperialismo alemán que en el transcurso de siglo hizo dos veces que Europa fuera el campo de batalla de dos guerras sangrientas. Las relaciones nuevas entre los hombres también determinan las de nuestro pueblo con los demás.

Estimados señores diputados:

Hace apenas 18 meses se establecieron las relaciones diplomáticas entre nuestros dos Estados.

En este breve periodo se ha mostrado, por el desarrollo de las relaciones en los diversos campos, lo importante que fue este paso.

La RDA se esfuerza activamente por la ulterior ampliación y la profundización de las relaciones. Aquí sólo quisiera mencionar tales eventos como la visita del Vicepresidente del Consejo de Estado de la RDA, el profesor Heirrich Homann, la visita del ministro de comercio Exterior Horst Soelle, la firma del Convenio Comercial y el comienzo de un intercambio vivo cultural y científico. Hace pocos días, el vicejefe de nuestra delegación, el diputado Singer, Presidente del Comité Estatal de Radiodifusión, pudo concluir un convenio sobre la colaboración en el campo de la radiodifusión con el señor Subsecretario, licenciado Miguel Alvarez Acosta. Ahora, gracias a su atenta invitación, también podemos establecer las relaciones parlamentarias al futuro desarrollo de las cuales la Cámara del Pueblo de la República Democrática Alemana concede una gran importancia.

Estimado señor Presidente, estimados señores diputados:

Permítanme aprovechar esta oportunidad para reiterar ante esta Alta Representación, la invitación que pronunció la Cámara del Pueblo de la República Democrática Alemana para que una delegación de su Cámara de Diputados visite lo más antes a la RDA.

Asimismo, nos sea permitido agradecerles otra ves de manera más cordial por su invitación que a hecho posible nuestra estancia en su estimado país. En particular queremos expresar nuestra gratitud por el honor que se nos hizo en darnos la oportunidad de presenciar una de las sesiones plenarias y de poder hacer uso de la palabra ante esta Alta Representación.

Les rogamos acepten nuestros mejores votos por su bienestar, por su trabajo en la Cámara

de Diputados, por la prosperidad del pueblo mexicano y un ulterior avance exitoso de México. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a la Comisión designada se sirva acompañar a tan distinguidos visitantes, cuando ellos deseen retirarse. (Aplausos.)

(La Comisión cumple su encargo.)

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

Solicitud de licencia del diputado Ruiz Béjar.

- El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.

Con esta fecha se me ha distinguido con el nombramiento de Oficial Mayor del Gobierno del Estado de Michoacán.

Por lo anterior, y con fundamento en lo que dispone el artículo 62 constitucional, ruego a ustedes someter a consideración de la honorable Asamblea mi solicitud de licencia para dejar de ejercer el cargo de diputado federal, para el que fui elegido el 1o. de julio de 1973 por el IX Distrito Electoral del Estado de Michoacán, durante el tiempo que desempeñé el cargo a que hice referencia anteriormente.

Reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración. México, D. F. a 17 de septiembre de 1974. - Rafael Ruiz Béjar."

El C. Presidente: Esta Presidencia estima que este asunto debe considerarse como de urgente resolución y pide a la Secretaría consulte a la Asamblea si son de dispensarse todos los trámites y se somete a discusión y votación de inmediato.

- El mismo C. Secretario:

En votación económica se consulta a la Asamblea si por considerarse de urgente resolución el asunto con el que se acaba de dar cuenta, se dispensan los trámites y se somete a discusión de inmediato. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando la mano. Dispensados los trámites.

En consecuencia, están a discusión los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. Se concede licencia al C. Rafael Ruiz Béjar, para que se separe de sus funciones como diputado federal, para desempeñar el cargo de Oficial Mayor del Gobierno del Estado de Michoacán, durante el tiempo que dure su encargo.

Segundo. Llámese al suplente.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Aprobado.

Protesta de Ley del diputado Sánchez Cervantes

El C. Presidente: Se encuentra a las puertas de este recinto el señor Vicente Sánchez Cervantes, diputado suplente por el IX Distrito Electoral del Estado de Michoacán. Se nombra en comisión para introducirlo al Salón de Sesiones a fin de que rinda la protesta de Ley, a los siguientes señores diputados: José Luis Escobar Herrera y José Alvarez Cisneros. (se ruega a los presentes ponerse de pie). (Aplausos.) Ciudadano Vicente Sánchez Cervantes:

"¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente, el cargo de Diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"

El C. Vicente Sánchez Cervantes: "Sí, protesto."

El C. Presidente: "Si así no lo hiciéreis.

la Nación os lo demande." (Aplausos.)

INICIATIVAS DE CC. DIPUTADOS

Reformas al Artículo 73 Constitucional

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra la diputada Prida de Yarza.

- La C. Margarita Prida de Yarza: Señor Presidente, honorable Asamblea: El artículo 39 de la constitución vigente, que no hace sino repetir el mismo principio que inspiró la constitución de 57 y el espíritu de las constituciones anteriores, reconoce que la soberanía radica en el pueblo y que éste la ejerce a través de sus mandatarios. El artículo 41 de la misma Ley Fundamental expresamente determina que la soberanía se ejerce de los poderes de la Unión, en el ámbito federal, por los poderes de los estados en el ámbito local, y en un plano diferente, según el artículo 115, por los ayuntamientos de elección popular directa, en el ámbito del municipio libre.

De acuerdo con estas disposiciones constitucionales, basadas todas ellas en los más puros principios democráticos, los ciudadanos mexicanos tenemos teóricamente la facultad de elegir 3 tipos de autoridades Federales: presidente, senadores y diputados; Estatales: gobernador y congresos locales; Municipales: ayuntamientos.

Los habitantes del Distrito Federal somos una excepción entre los Mexicanos.

El Distrito Federal es un fenómeno inusitado y ambivalente en el país; por un lado es el orgullo de la República: La gran ciudad moderna con avenidas, plazas y jardines. pero por otro, es el mayor productor de injusticia social, de desajustes psicológicos, de vicio y de enfermedades.

Esta paradójica ciudad que agrupa al mayor número de habitantes urbanos de toda la República, que tiene la mayor influencia socioeconómica sobre el resto del país, que genera el mayor cúmulo de capitales, que centraliza las decisiones que gobiernan a la Nación, que cuenta con un mayor sentido crítico, está más politizada, tiene a su alcance mayor información, en donde está la sede de los poderes federales, este número de población es el único en toda la República Mexicana que no tiene poder de decisión ya que sus habitantes no pueden elegir a sus gobernantes, pues tiene un gobierno nombrado por el ejecutivo.

La Constitución de 1924 autorizó al Congreso a elegir el lugar de residencia de los poderes, y ese Congreso, en uso de sus facultades, escogió para la capital de la República a la Ciudad de México; desde entonces quedó la ciudad convertida en sede de los Poderes Federales, pero con un gobierno propio en manos de un ayuntamiento de elección popular.

Fue preocupación del constituyente de 57, el gobierno de Distrito Federal, al discutirse el proyecto de la fracción VI del artículo 72, preocupó el problema de los Derechos Político- electorales de los ciudadanos del Distrito Federal. Don Ignacio Ramírez afirmó que lo que se pretendía era despojar de todos sus derechos al Distrito Federal, privándolo de elegir a sus propias autoridades; que a dicha entidad se le consideraba como menor, mientras recibían el trato de mayores los estados de la Federación.

Se arguyó que mientras se hablaba mucho de democracia, se quería dejar al pueblo del Distrito Federal bajo la tutela de las autoridades federales, sin ningún derecho de decisión propia y que, por lo tanto, el proyecto era antidemocrático.

La discusión versó en torno al tema de las autoridades locales, con exclusión de la Autoridad Municipal; la existencia de ésta, y su necesidad, ni siquiera se discutieron. Repugnaba a muchos de los constituyentes la sola idea de que el gobernador del Distrito pudiera, como dijo uno de ellos, ejercer la dictadura local sin que hubiera forma de exigirle responsabilidades. José María Mata, uno de los defensores del proyecto, arguyó que la organización municipal en manos del pueblo, bastaba para asegurar la libertad local.

Se aprobó la fracción VI del artículo 72, que no corresponde propiamente a las discusiones y argumentos de los debates. La fracción decía:

"El Congreso tiene facultad para el arreglo interior del Distrito Federal, teniendo por base el que los ciudadanos elijan popularmente las Autoridades Políticas, Municipales y Judiciales, designándoles rentas para cubrir sus atenciones locales".

Al discutirse en la Constitución de 1917 las bases 1a., y 3a. de la fracción VI del artículo 73, se proponía que el Distrito Federal y los Territorios se dividieran en municipalidades, cada una de ellas a cargo de un ayuntamiento de elección popular y que el Gobierno del Distrito Federal estaría a cargo de un gobernador directamente dependiente del presidente de la República.

Sin embargo, la base segunda proponía una excepción respecto a la municipalidad de la ciudad de México, la cual estaría a cargo del número de comisionados que determinara la ley, en lugar de estar gobernada por un ayuntamiento de elección popular. En este aspecto, el proyecto fue vigorosamente impugnado.

Los autores del dictamen alegaron que los poderes federales podrían verse entorpecidos en el ejercicio de sus funciones, por disposiciones municipales. La respuesta a los impugnadores fue sencilla: si se admitirá que los poderes federales podrían verse obstaculizados por disposiciones municipales, sería necesario admitir que tales disposiciones no podrían expedirse donde residirán los poderes de un estado, puesto que entre éstos y la autoridad municipal, existe una relación semejante.

En contra del proyecto se dijo que era necesario dejar sentado con claridad el respeto a las pequeñas instituciones por parte de las mayores y lo que trataba de asegurarse, era la libertad municipal.

El Constituyente decidió rechazar el proyecto de supresión del ayuntamiento de elección popular en la capital de la República, toda vez que la constitución de 1857 había consagrado la existencia de un ayuntamiento electo popularmente.

El Constituyente de 1917 aprobó textos para las bases 1a. y 2a. de fracción VI del artículo 73, que establecieron la existencia de ayuntamientos de elección popular directa en todas las municipalidades en que se dividieron el Distrito y los Territorios Federales.

En 1928 el Distrito Federal sufre un retroceso. Alvaro Obregón, mediante la proposición de una reforma constitucional, suprime los ayuntamientos y confiere el mando del gobierno del Distrito Federal a las autoridades que la ley orgánica determinara; ese mismo año se expidió dicha ley orgánica, creándose el Departamento de Distrito Federal, encabezado por un jefe y 13 delegados, nombrados todos por el Ejecutivo para gobernar los municipios que hasta esa fecha eran gobernados por autoridades elegidas por sus pobladores.

Se establecieron los consejos consultivos, uno para el Departamento Central y uno para cada una de las 13 delegaciones, integrado por representantes de diversas agrupaciones, eludiendo expresamente, lo que la exposición de motivos de la ley llamaba 'Los peligros del sufragio universal', A 64 años de iniciada la Revolución el Distrito Federal se encuentra en este respecto, como puede verse en condiciones sustancialmente iguales que en los últimos años del gobierno de Porfirio Díaz.

Sus funciones más importantes eran las de consejería, elaboración de proyectos de reglamentos, y vigilancia del funcionamiento de los servicios públicos.

El 31 de diciembre de 1941, desaparecieron los consejos de las delegaciones, conservándose sólo el consejo Central con facultades únicamente consultivas. En 1970 cristalizó una buena idea con la nueva ley orgánica del Departamento del Distrito Federal; esta ley, trató de volver a descentralizar las funciones del Departamento del Distrito Federal; estableció 16 delegaciones, creó una mayor autonomía administrativa y más amplias facultades políticas, estableció las juntas de vecinos y un Consejo del Distrito Federal formado por los presidentes de las mismas. Conforme a esta iniciativa, y a la complementaria que con esta fecha se presenta para reformar la ley orgánica del Distrito Federal, se mantiene un régimen de gobierno especial, por dos razones: una por ser la sede de los poderes Federales y otra de orden práctico, ya que la organización administrativa,

no puede ser cambiada de golpe por lo complejo que esto resultaría; sin embargo, aunque desearíamos introducir más reformas al régimen político del Distrito Federal, sólo se exponen las que creemos posibles en los momentos actuales.

Seguimos pensando que las razones aducidas por los constituyentes de 1857 y 1917 sobre la necesidad de un gobierno democrático para el Distrito Federal siguen siendo válidas.

Por eso se hace necesario reformar la base primera de la fracción VI del artículo 73 constitucional, a efecto de que conforme a la ley orgánica, se establezca un Consejo de Gobierno de elección popular que comparta con el Ejecutivo la responsabilidad de gobierno de esta gran ciudad, desempeñando facultades reglamentarias y gubernativas, que requieren de un fundamento constitucional.

Los diputados a la XLVI Legislatura miembros del Partido Acción Nacional presentaron el 9 de noviembre de 1965 a la consideración de esta H. Cámara una iniciativa de reformas a la base primera de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La iniciativa que ahora me ocupa no hace más que repetir el sentir de la iniciativa aludida adecuándola a los cambios que dicha fracción ha tenido.

Por lo expuesto, y a efecto de hacer posible la reforma de la Ley Orgánica del Distrito Federal para el establecimiento de un Consejo de Gobierno de elecciones popular, que sustituya al actual Consejo Consultivo y en uso de las facultades que nos otorga el artículo 71, fracción II de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción II del artículo 55 del Reglamento Interior de este Congreso, los suscritos, diputados del partido Acción Nacional a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, proponemos el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Art¡culo único. Se reforma la base 1a. de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

VI. Para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal, sometiéndose a las bases siguientes:

1a. El Gobierno del Distrito Federal estará a cargo del Presidente de la República y de un Consejo de Gobierno de elección popular. El Presidente ejercerá sus funciones por conducto de los órganos que determine la ley respectiva. El Consejo de Gobierno tendrá las facultades reglamentarias y gubernativas que fije la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

TRANSITORIOS

Primero. Esta reforma entrará en vigor diez días después de su publicación en el 'Diario Oficial' de la Federación.

Segundo. El Consejo Consultivo del Distrito Federal que esté en funciones al entrar en vigor la presente reforma, actuará como Consejo de Gobierno, hasta la fecha en que de conformidad con la ley Orgánica del Distrito Federal, quede instalado el primer Consejo de Gobierno de elección popular.

México, D. F., Salón de sesiones de la Cámara de Diputados a 21 de noviembre de 1974. - Diputada Graciela Aceves de Romero.- Diputado Jorge Baeza Somellera.- Diputado Javier Blanco Sánchez.- Diputado J. Armando Calzada Ramos.- Diputado Alejandro Cañedo Benítez.- Diputado José Ángel Conchello Dávila. - Diputado Alejandro Coronel Oropeza.- Diputado Fernando Estrada Sámano.- Diputado Alvaro Fernández de Cevallos.- Diputado Miguel Fernández del Campo M.- Diputado Carlos Gómez Alvarez.- Diputado Héctor González García.- Diputado Manuel González Hinojosa.- Diputado Eduardo Limón León.- Diputado Alberto Antonio Loyola Pérez.- Diputado José de Jesús Martínez Gil.- Diputado Gerardo Medina Valdéz.- Diputado Alejandro Oropeza García.- Diputado Eugenio Ortiz Wall.- Diputada Margarita Prida de Yarza.- Diputado Lorenzo Reynoso Ramírez.- Diputado Federico Ruiz López.- Diputado José de Jesús Sánchez Ochoa.- Diputado Abel Vicencio Tovar."

El C. Presidente: Túrnese a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales en turno, de Estudios Legislativos y del Distrito Federal e imprímase.

Reformas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

El C. Abel Vicencio Tovar: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Abel Vicencio Tovar: para presentar una iniciativa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Abel Vicencio Tovar.

El C. Abel Vicencio Tovar: Señoras y señores diputados:

Como lo acaba de anunciar la diputada Margarita Prida de Yarza, es consecuencia lógica de la iniciativa que acaba de presentar reformas a la fracción sexta del artículo 73 Constitucional, que se refiere precisamente el Gobierno del Distrito Federal, la iniciativa que ahora me voy a permitir presentar a ustedes.

Hace apenas dos días se celebró el 150 Aniversario de la erección del Distrito Federal, y consideramos que si no son muchos años para la vida de los Hombres, son pocos considerándolos institucionalmente, es decir en relación a las Instituciones que rigen la vida de un pueblo. Por eso creemos que 150 años son suficientes, señores diputados, para que nos esforcemos con imaginación, con buena voluntad para hacer posible que más de 8 millones de habitantes que viven en el Distrito Federal, tengan la posibilidad de intervenir directamente, mediante elección popular, por lo menos en alguna forma en la instauración, vigilancia de

sus autoridades más inmediatas. Esto, creemos que es la respuesta mínima que puede esperarse en un país donde la Constitución establece esa base democrática, la elección popular por parte del pueblo, para todas sus autoridades.

Me voy a permitir leer la Iniciativa.

INICIATIVA DE REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

H. Cámara de Diputados:

En el mes de noviembre de 1965, la diputación del partido Acción Nacional perteneciente a la XLVI Legislatura del Congreso de la Unión, presentó una iniciativa de reforma a la base 1a. de la fracción IV del artículo 73 de la Constitución General de la República, y otra iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

El objeto básico de las reformas propuestas, fueron la descentralización del Gobierno del Distrito Federal, ampliando las facultades y funciones de los delegados para la mejor eficacia de los servicios y la integración del gobierno y pueblo en los lugares de su residencia. El 2o. objetivo fue la democratización. Es decir, la participación efectiva del ciudadano en los procedimientos de instauración, funcionamiento y vigilancia de sus autoridades más inmediatas.

Ninguna de las iniciativas mencionadas fue dictaminada, pero años después la nueva Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, promulgada el 26 de febrero de 1971, dividió todo el ámbito geográfico del mismo en delegaciones, cada una a cargo de un delegado y otorgó a éstos algunas nuevas atribuciones y facultades con lo que en parte se inició la descentralización del Gobierno del Distrito Federal, lo cual es promesa de logros futuros.

Así, el ciudadano del Distrito Federal vio realizada aunque sólo parcialmente una de las transformaciones que se han juzgado necesarias para la vida cívica, política y administrativa de la entidad. Sin embargo, nada se ha logrado en orden a la democratización del Gobierno del Distrito Federal por lo que a la fecha más de 8 millones de habitantes que representan aproximadamente el 15% de la población total, siguen como hace 46 años, privados totalmente de toda clase de derechos político - electorales, para intervenir en la instauración, vigilancia y funcionamiento de las autoridades político - administrativas, que rigen la vida de su ciudad.

Las circunstancias demográficas así como socio - económicas que controlan el problema actual se inician propiamente desde la fundación de Tenochtitlán en 1325 en donde pronto se estableció el centro más importante en el orden económico, cultural y demográfico.

El 24 de octubre de 1539, el rey de España, en cédula real, otorgó a la ciudad de México su territorio jurisdiccional; la ciudad de México fue asiento por un lado, del poder general del país, delegando en la persona del Virrey y además estuvo gobernada internamente por ayuntamientos que se establecieron desde los primeros años de su existencia como capital novohispana hasta la época en que estuvo vigente la Constitución Española de Cádiz de 1812. Tales ayuntamientos se coordinaron y subordinaron en las obras y en actividades a las autoridades generales del país. Con ello se estaba gestando el actual Distrito Federal como asiento de 2 autoridades: la General del país y la Local o particular de la Capital.

El virrey gobernó con facultades casi omnímodas ya que no tenía más obligación que la de escuchar a la audiencia, pero no obedecerla (tal como ocurre en nuestros Días con las funciones y la práctica respecto al Consejo Consultivo del Departamento del Distrito Federal).

El Distrito Federal tiene su origen en la fracción XXVIII del artículo 50 de la Constitución de 1824, en el que se señala como facultad del Congreso General "elegir un lugar que sirva de residencia a los Supremos Poderes de la Federación y ejercer en su distrito las atribuciones del Poder Legislativo de un Estado."

Pero como la ciudad de México, asiento de los poderes nacionales, se encontraba dentro del Territorio y la Jurisdicción del Estado de México, surgieron graves problemas. El Congreso Constituyente expidió entonces el decreto del 18 de noviembre de 1824, declarando que la ciudad de México serviría de residencia a los Supremos Poderes de la Federación (artículo 1o.) y que su Distrito quedaría comprendido en un círculo "cuyo centro sea la plaza mayor" de esta ciudad y su radio de dos leguas" (artículo 2o) previniéndose que para "señalar los términos del Distrito" el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de México nombrarían peritos (artículo 3o). El mismo decreto, en sus artículos del 4o. al 6o. da las bases generales de organización y funcionamiento del Distrito Federal, conforme a las disposiciones de la Ley del 23 de junio de 1813; pero sustituyendo al jefe político por un gobernador que coexistiría con los ayuntamientos de elección popular (artículo 7o).

El Régimen establecido en la Constitución de 1824, tuvo la misma vigencia que el sistema federal a través de las disputas con los partidarios de Centralismo. Sin embargo, en ambos sistemas prevaleció cierta coexistencia entre los poderes nacionales y los ayuntamientos locales.

El constituyente de 1857, conoció de varias iniciativas para establecer el Distrito Federal en Querétaro y en Aguascalientes y exigió el Estado del valle de México en su actual asiento. El artículo 45 de la constitución de 1857 dice: "El Estado del Valle de México se formará del Territorio que en la actualidad comprende el D.F.; pero la elección sólo tendrá efecto cuando los Supremos Poderes Federales se traslade a otro lugar".

En definitiva, bajo la Constitución de 1857 el Distrito Federal siguió siendo parte de la Federación, y concedió facultades al Congreso para el arreglo interior del Distrito Federal y los Territorios, teniendo por base el que los ciudadanos "elijan popularmente las autoridades políticas, municipales y judiciales asegurándole rentas para cubrir sus necesidades propias".

Posteriormente hasta marzo de 1903 funcionaron ayuntamientos en el Distrito Federal; el de la ciudad de México y los de las municipalidades. El 27 de marzo de 1903 se publicó la Ley de Organización Política y Municipal del Distrito Federal, que el Presidente Díaz expidió en uso de facultades extraordinarias. De acuerdo con la misma, el Distrito Federal se regiría por las Leyes que para su régimen interior dictara el Congreso de la Unión y en el orden administrativo, dependería del Ejecutivo de la Unión por conducto de la Secretaría de Gobernación. El gobierno se ejercía por tres funcionarios: el Gobernador del Distrito, el presidente del Consejo Superior de Salubridad y el Director General de Obras Públicas, quienes formaban el Consejo Superior del Gobierno del Distrito Federal.

En cada una de las municipalidades funcionaba un ayuntamiento de elección popular indirecta. Los Ayuntamientos, privados de personalidad jurídica, conservan funciones políticas muy restringidas, con voz consultiva y derecho de vigilancia y de veto; sus bienes, derechos y obligaciones, pasaron al Gobierno Federal; sus facultades administrativas se atribuyeron a los funcionarios arriba citados y al Consejo Superior del Gobierno; el Gobernador del Distrito Federal pasó a ser la primera autoridad política y las delegaciones foráneas quedaron al cuidado de prefectos con mando de fuerzas de policía, y con importantes atribuciones que hacían determinante su actuación. En las poblaciones que no eran cabeceras municipales, hacían las veces de prefectos, los comisarios de policía. Además de la Secretaría de Gobernación, tenían alguna ingerencia en el Gobierno del Distrito las Secretarías de Hacienda y de Comunicaciones.

En 1911, los ayuntamientos fueron rehabilitados por la Ley. En la Constitución de 1917 se dividió el Distrito Federal en Municipalidades a cargo de ayuntamientos de elección popular y se estableció el nombramiento directo del Gobernador del Distrito Federal por el Presidente de la República.

La reforma Constitucional de 1928 suprimió los ayuntamientos, excluyó de la Constitución al Gobernador del Distrito Federal y para el gobierno de la entidad por el Presidente de la República, previó la existencia de un órgano u órganos determinados por la "ley respectiva".

La Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales de 1928, representó la modificación más importante en las estructuras de gobierno del Distrito Federal. Creó un organismo político administrativo que tomó a su cargo "las funciones desempeñadas por los ayuntamientos y por el Gobierno del Distrito de acuerdo con las transformaciones sociales, económicas y políticas", que denominó "Departamento del Distrito Federal". En la exposición de motivos, se habló de la necesidad de organizar al Distrito Federal como a "una verdadera entidad federativa"; de la conveniencia de que la administración local se encomendara a órganos identificados con los intereses y aspiraciones de la región; de que la unidad política y geográfica del Distrito Federal exigía que su administración quedara sujeta a un solo órgano, el Departamento del Distrito Federal, presidido por el Jefe al cual quedarían subordinados los encargados de los servicios locales, con el argumento de una necesaria unidad de mando y de la coordinación de servicios.

Las delegaciones foráneas se encomendaron a un delegado a cuyo cargo quedó la administración de los servicios públicos locales. En la exposición de motivos se expresó que, para evitar que en los delegados resurgieran los jefes políticos de la dictadura, no se les daban mando de fuerzas, manejo de la hacienda pública, ni facultades para recaudar rentas o para intervenir en la elección del personal judicial. Se argumentó también sobre la necesidad de centralizar servicios y de buscar su coordinación, la que habría de lograrse mediante juntas mensuales de los delegados con los Directores generales de las diversas dependencias que se establecieron.

Esta Ley introdujo la institución de los Consejos Consultivos. Se afirmó que era necesario someter a la opinión pública la gestión de las autoridades, ya que siendo el principal fin de las instituciones gubernativas satisfacer las necesidades sociales, resultaba indispensable que fuese la sociedad misma la que analizara el comportamiento de las autoridades. Se instituyeron un Consejo Consultivo en el Departamento Central y uno de cada una de las 13 delegaciones, integrados por representantes de diversas agrupaciones, con lo que - afirmaba el proyecto - se "evitaban los peligros del sufragio universal". Los consejos tendrían a su cargo la administración de los servicios públicos, pero ejercerían funciones de iniciativa y vigilancia que contribuirían a la eficacia de los mismos. El artículo 92 fijó las facultades de los consejos: formular iniciativas de reglamento; ser oídos por el Jefe del Departamento al formarse los reglamentos gubernativos, estudiarse iniciativas de Leyes relativas a servicios públicos, elaborarse proyectos de ley de ingresos y de presupuesto de egresos, contratarse obras y servicios de importancia; y al efectuarse la municipalización de algún servicio, se les atribuyó también el derecho de inspeccionar los servicios locales y de denunciar las deficiencias en la prestación de los mismos. Los jefes de policía para cada Delegación, eran nombrados por el Jefe del Departamento, con aprobación del Presidente, pero controlados por el delegado respectivo.

Esta organización, en parte vigente, fue modificada por la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal de 31 de diciembre de 1941. A pesar de la importancia de una Ley destinada a normar jurídica, administrativa, y políticamente el funcionamiento de la entidad federativa más importante del país, en el Diario de los Debates de 29 de diciembre de 1941 aparece una nota que constituye una demostración de la ligereza con que obró el Poder Legislativo y una prueba de que la nueva Ley fue resultado de una determinación del Poder Ejecutivo: "La iniciativa - dice la nota - se aprobó sin discusión, por haberse considerado ser de obvia y urgente resolución".

En la exposición de motivos, de escasas dos cuartillas, se afirmó que "la premura con que hubo necesidad de proveer en la Ley del 31 de diciembre de 1928 al subsistir el antiguo sistema... hizo que numerosos aspectos de la organización administrativa del Distrito Federal no fueran lo convenientemente considerados", por lo que se presentaba el nuevo proyecto, aprobado también sin discusión.

A diferencia de la anterior, la nueva Ley concentró el poder en la persona del Jefe del Departamento, eliminando las funciones de los Consejos Consultivos y convirtió al Consejo que se dejó subsistente, el Central, en organismo de simple opinión que ninguna autoridad está obligada a pedir, ni menos a seguir. El Consejo Consultivo quedó desde entonces sin posibilidad de vigilar los actos de la autoridad o de analizarlos con eficacia gubernativa.

La absoluta centralización de las funciones, convirtió a los delegados en simples empleados encargados de vigilar en parte mínima, la prestación de los servicios públicos y de representar al Jefe del Departamento en sus respectivas circunscripciones.

La Ley actualmente vigente contiene la nueva Institución de las Juntas de Vecinos; los Presidentes de éstas integran el Consejo Consultivo abandonándose así la integración del mismo por sectores de población; desconcentra en parte las funciones administrativas del Gobierno del Distrito Federal dando mayores atribuciones a los Delegados.

Sin embargo, queda vigente el problema principal que se plantea como base de esta Iniciativa, tanto los integrantes de las Juntas de Vecinos, como los del Consejo Consultivo tienen su origen en una designación unilateral y no en una elección popular y las funciones que se les encomiendan caracterizan los correspondientes Organismos como simples cuerpos de consulta sin ninguna participación efectiva en las decisiones que afectan a sus supuestos representados.

De este rápido análisis, sobre cómo evolucionó la organización política del Distrito Federal, se concluye que los ciudadanos de la entidad como electores, han quedado sometidos a un empobrecimiento gradual, hasta resultar los ciudadanos más disminuidos de todo el país, que sólo pueden participar en los comicios federales. En este proceso de erosión política, se ha acudido a explicaciones diversas, que pueden sintetizarse en dos:

1. Las complicaciones técnicas que ofrece el gobierno de una entidad densamente poblada, en la que se localiza la concentración humana más importante del país.

2. La inconveniencia de que coexistan en el Distrito Federal los Poderes de la Federación - particularmente al Ejecutivo - y una autoridad local autónoma.

No se pone en duda que el gobierno de una entidad como el Distrito Federal, donde hoy viven aproximadamente 8 millones de personas ofrece serias y especiales dificultades.

Sin embargo, resulta obvio que son quienes viven en estas comunidades - características del mundo moderno - los más capacitados para calificar la integración de sus gobiernos, para designar autoridades aptas y para vigilar democráticamente su actuación.

Los argumentos tecnocráticos que sirvieron para privar de derechos electorales a los ciudadanos del Distrito Federal, reduciéndolos a su actual condición, no resultan suficientes. Si el criterio técnico hubiera de aplicarse, para coincidir con los legisladores de 1928, habría que ir suprimiendo, paulatinamente, a las autoridades municipales de las ciudades de la República cuyo crecimiento se aproximara al que presentaba la ciudad de México en 1928 y se haría necesario suprimir ya los ayuntamientos de elección popular en Guadalajara y Monterrey, y otras ciudades, municipios de hoy ofrecen complicaciones de gobierno local, similares a las que presentaba la ciudad de México en 1928. A ese paso, en poco tiempo se haría necesaria la desaparición de los ayuntamientos de elección popular en todas las capitales de los Estados y en las principales ciudades del país y se implantaría como camino necesario, el de la supresión, del derecho del pueblo para elegir a sus autoridades más cercanas, que como tales, requieren una especial vinculación democrática con sus gobernados.

La complejidad de la vida contemporánea y la complicación de las técnicas tendientes a simplificarlas, no pueden ser constituidas en obstáculos para el ejercicio de la vida democrática. Si se admitiera como válida la idea de que la técnica y la democracia se excluyen, se llegaría al absurdo de proscribir la elección de todo tipo de autoridades, so pretexto por una parte, de la incapacidad técnica de sus integrantes, y por otra, de la incapacidad del pueblo para seleccionar a los gobernantes en consideración a sus aptitudes técnicas. La tecnocracia de hoy, emparentada con el cientificismo porfiriano, acaba por alejar a los gobernantes, de un pueblo cuya voz considera inculta e impreparada.

La supuesta inconveniencia de que coexistan los Poderes Federales con una autoridad local autónoma y democrática, so pretexto de la unidad de mando que se presenta como necesariamente monolítica, se funda en consideraciones inexactas. Es normal la coexistencia sin problemas, en las capitales de los Estados, de los poderes con los ayuntamientos.

Y es natural: los poderes locales - Legislaturas, Gobernadores y Judicaturas - determinan los rumbos de la vida política y social para toda una entidad; en cambio, las autoridades más cercanas a la persona y a la familia - tradicionalmente los Ayuntamientos - tienen funciones que fundamentalmente se ocupan de los Poderes Federales, sin llegar al extremo de concluir que aún la división de poderes y el mismo pacto federal, pudieran resultar inconvenientes para una benéfica unidad de mando sin interferencia alguna.

No hay argumento válido para privar a los ciudadanos del Distrito Federal - y solamente a ellos - de intervenir en la designación de sus autoridades locales. En esta entidad, la más

poblada del país, donde la vida resulta más complicada y problemática, donde los Poderes Federales residen, y cuyas actividades tienen repercusión nacional e internacional, resulta ya indispensable poner los medios para que operen la democracia y la representación popular en la designación de las autoridades locales.

La solución al problema planteado, o sea la participación de los ciudadanos del Distrito Federal en la instauración y vigilancia de sus autoridades más cercanas y a la vez la indiscutible garantía que los Poderes Federales deben tener de supremacía y respeto en su asiento en el Distrito Federal, está en la solución apuntada en distinta Iniciativa de Reforma a la fracción VI del artículo 73 Constitucional que permite que el Gobierno del Distrito Federal sea compartido por el funcionario designado por el Presidente de la República y por un Consejo de Gobierno electo popularmente.

El Consejo por participar de las características plenas de la autoridad, sería un verdadero Consejo de Gobierno que de acuerdo con las facultades que le asignan, colaboraría coordinadamente en la labor administrativa con el Jefe del Departamento del D. F.

El Consejo de Gobierno, sería electo popularmente y el Jefe del Departamento lo sería directamente por el Presidente de la República. En caso de discrepancia entre ellos el Presidente de la República resolvería, con lo cual se garantizaría la unidad decisoria en el más alto nivel, aun con la intervención de un organismo de elección popular.

Proponemos que para dicha elección, se aproveche la ocasión de las elecciones federales, tanto porque se pretende que el Gobierno del D. F., sea compartido por el Ejecutivo Federal con el Consejo de Gobierno, como para no multiplicar los procesos y las disposiciones electorales.

Por otra parte, la experiencia ha demostrado - en este mismo recinto -, la conveniencia de la participación de las diversas posturas políticas en las responsabilidades del poder. Resulta entonces justificado proponer un sistema que garantice la participación de las minorías electorales en la integración del Consejo de Gobierno del D. F., para lo cual se han tenido presentes las reglas contenidas en el artículo 54 de la Constitución Federal, relativa a Diputados de partido.

Por cuanto a las atribuciones del Consejo, resultaría inútil la elección popular de un organismo que sólo tuviera facultades de opinión y funciones protocolarias ocasionales, como el actual Consejo Consultivo. En esas condiciones, su actuación sería la de un vocero ineficaz sin funciones de autoridad. Para el Consejo de Gobierno, proponemos facultades reglamentarias y gubernativas, con razonables limitaciones.

Para nadie es un secreto que los habitantes del D. F., viven entre la falta de reglamentos actuales y la ignorancia de los existentes. El Consejo de Gobierno, legalmente facultado, tendrá que revisar los reglamentos existentes, ordenarlos, complementarlos y, sobre todo, ajustarlos a nuestro sistema de garantías constitucionales, reiteradamente violado por el texto y la aplicación de algunos de esos reglamentos. Podrá también dictar los que sean necesarios.

De suma importancia será que un órgano de representación popular determine qué actividades han de considerarse como servicios públicos en el D. F., y fije criterios sobre la prestación de los mismos, vigile la contratación de obras y servicios; revise los proyectos de Ley de Ingresos y de Presupuestos de Egresos y la Cuenta Pública del Departamento del D. F., y envíe sobre presupuestos y cuentas, sus observaciones al Poder Legislativo.

Grandes núcleos de habitantes del D. F., requieren atención urgente y responsable para sus problemas comunes, por parte de los delegados y subdelegados, las facultades del Consejo de Gobierno para el nombramiento y remoción de delegados y subdelegados; para examinar sus informes anuales, y para solicitarles informaciones permitirán mejorar el Gobierno y la Administración del Distrito, mejorar las condiciones de vida de gran número de sus habitantes.

El Consejo de Gobierno, como ahora el Consejo Consultivo, estará facultado para expedir su reglamento interior, con sujeción a las bases precisadas en la Iniciativa; mientras en lo que no se opusiera a la Ley, sería aplicable el vigente Reglamento del Consejo Consultivo.

Las modificaciones al régimen de Gobierno del D. F., que esta Iniciativa propone limitan parcialmente las atribuciones del Jefe del Departamento. Además al introducir la designación del Consejo mediante prácticas democráticas, y al darle facultades de importancia, se evitará que la eficacia del gobierno en el D. F., sólo esté condicionada a las cualidades personales del funcionario en turno.

Respecto a los servicios y la administración, se propone descentralizar aquellos que menos dificultades ofrezcan, por su naturaleza misma.

La atribución de mayores facultades a los delegados se propone junto con obligaciones para garantizar las posibilidades de mejor Gobierno, tales como formulación de proyectos de presupuestos y programas, rendición y publicación de informes anuales y comparecencia personal a petición del Consejo de Gobierno, sin perjuicio de las responsabilidades que como funcionarios les correspondan.

Por lo que se refiere a la facultad reglamentaria que se propone para el Consejo de Gobierno, y para la cual se buscó fundamento en iniciativa diversa encaminada a reformar la base de la fracción VI, del artículo 73 de la Constitución, habrá de ser la función de mayor importancia entre las del Consejo de Gobierno.

Esta facultad se circunscribe a los reglamentos de la Ley Orgánica del Departamento del D. F., el Jefe del Departamento tendrá derecho para vetarlos, y en caso de discrepancias insuperables, entre el Jefe del Departamento y el Consejo de Gobierno tanto en esta materia, como en cualquiera otra, resolverá en definitiva el Presidente de la República, como primera autoridad política del D. F.

Esta iniciativa naturalmente se funda en la aceptación de la modificación al artículo 73 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; esta llena del deseo y de la imaginación política de sus autores, que sinceramente deseamos comparta esta H. Cámara para dar a la principal entidad federativa de la nación, el estatuto jurídico político más adecuado para la solución de los más graves problemas que afronta y que son cada vez de mayor proporción por el crecimiento constante y progresivo de su población y la complejidad, también creciente de su administración.

Por lo expuesto y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo I. Se reforma el Artículo 1o. de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, para quedar como sigue:

"El Gobierno del Distrito Federal estará a cargo del Presidente de la República y del Consejo del Gobierno del D. F., en los términos de la presente Ley. El Presidente de la República ejercerá las facultades que le correspondan, por conducto de un funcionario que se denominará Jefe del Departamento del D. F. Todas las disposiciones de la presente Ley o las de cualquier otra que empleen las denominaciones de 'Gobierno del D. F.', Primera Autoridad Administrativa y Presidente Municipal, se entenderá que se refieren y serán aplicables al 'Departamento del D. F.', y al 'Jefe del Departamento del D. F.' respectivamente, excepción de las que correspondan conforme al capítulo III de esta Ley al Consejo de Gobierno.

El Jefe del Departamento del D. F., será nombrado y removido por el Presidente de la República.

El Consejo de Gobierno del D. F., se integrará por elección popular directa, de acuerdo por lo dispuesto por el Artículo III de esta Ley". Artículo II. Se reforman los Artículos 2, 12 18, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 del capítulo III de la Ley Orgánica del Departamento del D. F., para quedar como sigue:

"Artículo 12. Cada Delegación del D. F., estará a cargo de un Delegado y un Subdelegado que serán nombrados y removidos por el Jefe del Departamento del D. F., a propuesta interna del Consejo de Gobierno. Para la proposición de subdelegados, el Consejo de Gobierno oirá previamente el parecer del delegado correspondiente".

"Artículo 18. El Consejo de Gobierno del Distrito Federal se compondrá de representantes populares electos en su totalidad cada tres años, mediante elección directa, por los ciudadanos mexicanos residentes en el Distrito Federal, inscritos en el Registro Nacional de Electores".

"Artículo 21. Para la formación del Consejo de Gobierno, se elegirá un Consejero Propietario y un Titular por cada uno de los Distritos Federales comprendidos en el territorio del Distrito Federal.

La elección se efectuará en la misma fecha en que se realicen las elecciones de Diputados Federales, de acuerdo con las siglas siguientes:

1. El mismo personal que integra las casillas para las elecciones federales, recibirá y escrutará la elección de miembros del Consejo de Gobierno, en documentación y urnas especiales, que proporcionará el Departamento del Distrito Federal a través de la Dirección de Gobernación.

2. Los paquetes electorales de la elección de Consejeros serán entregados por los Presidentes de Casilla a los Comités Distritales Electorales.

3. Los Comités Distritales Electorales tendrán respecto a la elección de Consejeros las funciones que fija la Ley Electoral Federal en sus artículos 104 y 105.

4. Los escrutinios y cómputos relativos a la elección de Consejeros, se hará una vez concluidos los correspondientes a las elecciones federales. El paquete electoral respectivo será enviado inmediatamente a la Comisión Local Electoral.

5. La Comisión Local Electoral será el órgano revisor y calificador de las elecciones de Consejeros del Distrito Federal y su fallo será inapelable.

6. En todo lo que no se oponga a las reglas anteriores, la elección de Consejeros se sujetará a lo dispuesto por la Ley Electoral Federal.

"Artículo 22. Además de los Consejeros a que se refiere el artículo 65, integrarán el Consejo de Gobierno, Consejeros de Partido, electos conforme a las siguientes reglas:

1. Todo partido político nacional, al obtener el 10 % de la votación total en la elección de Consejeros de Gobierno en el Distrito Federal, tendrá derecho a que se acrediten, de sus candidatos, dos Consejeros, y uno más, hasta seis como máximo por cada cinco por ciento más de los votos emitidos.

2. Todo partido político nacional que obtenga la mayoría en seis o más distritos electorales, no tendrá derecho a que se le acrediten Consejeros de Partido. Los partidos que triunfen por mayoría en menor número de distritos, siempre que alcancen el 10 % de la votación total de Consejeros, tendrán derecho a acreditar hasta seis Consejeros, sumando a los electos directamente, el número que corresponda de Consejeros de Partido, conforme al porcentaje que alcancen sobre la votación total.

3. Los Consejeros de Partido se acreditarán por riguroso orden, de acuerdo con el número absoluto de votos que hayan logrado en sus respectivos distritos, en relación con los demás candidatos del mismo partido en todo el Distrito Federal.

4. Sólo podrán acreditar Consejeros de Partido, los partidos políticos nacionales que hubieren obtenido su registro conforme a la ley

Electoral Federal por lo menos con un año de anterioridad al día de la elección.

5. Los Consejeros de mayoría y los de partido, siendo representantes del pueblo del Distrito Federal tendrán la misma categoría e iguales derechos y obligaciones.

6. El Consejo de Gobierno se instalará el día 2 de septiembre del año en que se efectúe la elección de sus miembros, previa protesta constitucional que rendirán ante el Presidente de la República.

"Artículo 23. Para ser miembro del Consejo de Gobierno se requiere:

1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.

2. Tener por lo menos 25 años cumplidos el día de la elección.

3. Ser vecino del Distrito Federal con una residencia efectiva no menor a cinco años anteriores al día de la elección.

4. No estar comprendido en alguno de los casos que señala el Artículo 62 de la Ley Electoral Federal.

5. No desempeñar cargo alguno del Gobierno o de elección popular.

6. No estar en alguno de los casos previstos por las fracciones IV, V, VI, y VII del artículo 55 de la Constitución Federal.

"Artículo 24. Son atribuciones del Consejo de Gobierno las siguientes:"

I. Exponer al C. Jefe del Departamento, la situación que guarden tanto las actividades del servicio público del Distrito Federal, como las condiciones sociales y económicas del propio Distrito y proponer las medidas que en su concepto hayan de tomarse para mejorar unas y otras.

II. Determinar por iniciativa propia o a petición del Jefe del Departamento, cuándo una actividad debe ser considerada como servicio público;

III. Dar a conocer al Jefe del Departamento sus puntos de vista en relación con los asuntos de gobierno del Distrito Federal que por su trascendencia social, política o económica, así lo requieran:

IV. Autorizar la celebración de contratos y convenios que en materia de obras, construcciones, servicios públicos y aprovechamiento se proponga realizar el Jefe del Departamento, cuando sean por término mayor de un año, o cuya cuantía exceda del 10% de la cantidad asignada para el servicio relativo;

V. Revisar las Iniciativas de Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, haciendo las observaciones que juzgue pertinentes, mismas que enviará a la Cámara de Diputados para su conocimiento;

VI. Examinar el proyecto de Cuenta Pública anual que el Departamento del Distrito Federal envíe a la Cámara de Diputados, remitiendo a ésta las observaciones que tuviere al respecto, con copia al Jefe del Departamento.

VII. Dictar los reglamentos necesarios para el gobierno y la administración del Distrito Federal, con excepción de aquellos a que se refiere el artículo 33, oyendo el parecer del Jefe del Departamento, y remitir los reglamentos aprobados al Presidente de la República para su promulgación y publicación.

El Jefe del Departamento podrá vetar los reglamentos que expida el Consejo de Gobierno. Los reglamentos vetados regresarán al Consejo con las observaciones relativas. En caso de que el Consejo no acepte dichas observaciones, resolverá sobre el particular el Presidente de la República.

VIII. Proponer al Jefe del Departamento ternas de candidatos a delegados y subdelegados;

IX. Pedir al Jefe del Departamento, por causa fundada, la destitución de Delegados o Subdelegados. En este último caso, deberá oír previamente el delegado correspondiente.

X. Examinar el Informe Anual de los Delegados, haciendo saber su opinión sobre el mismo al Jefe del Departamento.

El Consejo podrá hacer comparecer a delegados o subdelegados, para que aclaren cualquier asunto relacionado con su gestión, contenido o no en el informe correspondiente, y.

Se modifica el número de las fracciones I, III, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII del actual artículo 24 de la Ley, para quedar con la siguiente numeración respectivamente: XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV.

XXV. Expedir su reglamento interior, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 70.

En caso de discrepancia entre el Consejo y el Jefe del Departamento respecto de otros asuntos que competan a ambos, resolverá el Presidente de la República a moción de cualquiera de las partes.

"Artículo 25. El funcionamiento del consejo de Gobierno se regirá por su reglamento interior, que deberá sujetarse a las bases siguientes:

a) Las sesiones se celebrarán por lo menos una vez al mes, con asistencia de la mayoría de los Consejeros.

b) Nombrará de entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General y un Prosecretario, en la primera sesión que celebre en el año.

c) Distribuirá los negocios para estudio y dictamen, por comisiones permanentes, sin perjuicio de las eventuales que fueren necesarias.

d) Todo asunto que sea de la competencia del Consejo deberá pasar a la Comisión respectiva, la que presentará el dictamen respectivo en un plazo no mayor de quince días.

e) El Consejo tomará sus resoluciones por mayoría de votos de los Consejeros presentes.

"Artículo 26. Cuando en los casos de urgencia, el Jefe del Departamento del Distrito Federal consultare al Consejo en su opinión sobre alguna medida relativa a disposiciones del artículo 69, y el propio funcionario estimare que deben serle dispensados los trámites, el consejo deberá resolver sobre la consulta que se le formule, dentro de los siete días siguientes a la fecha en que la reciba. Si dentro de este término no resolviere sobre ella, se considerará aprobada".

"Artículo 27. El Consejo, por conducto de su Presidente, comunicará sus resoluciones al Jefe del Departamento, para que éste dicte los acuerdos necesarios para su cumplimiento, a las dependencias que corresponda".

Artículo III. Se reforman los artículos 36 y 37 del capítulo V de la Ley, para quedar como sigue:

"Artículo 36. El departamento del Distrito Federal tendrá las atribuciones que a continuación se enumeran, sin perjuicio de las que esta Ley concede al Jefe del Departamento y al Consejo de Gobierno respectivamente:"

I........................................

"Artículo 37. ..........................

XXXIV. Las demás que le señalen el Consejo de Gobierno o el Jefe del Departamento.

XXXV. Rendir al Consejo del Gobierno Informe Anual de sus actividades.

XXXVI. Comparecer ante el Consejo de Gobierno cuando éste lo requiera para aclarar cualquier asunto relacionado con su gestión contenida o no en el informe.

Artículo IV. Se suprime el artículo 66 de la Ley.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

1. Estas reformas entrarán en vigor tres días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

2. Entre tanto se integre e inicie sus actividades el Consejo de Gobierno a que se refiere esta Ley, continuará funcionando el constituido en los términos de la Ley que se reforma, y por lo mismo seguirá vigente el Reglamento Interior correspondiente a este organismo.

Salón de Sesiones del H. Congreso de la Unión, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.

Diputada Graciela Aceves de Romero.- Diputado Jorge Baeza Somellera.- Diputado Javier Blanco Sánchez.- Diputado J. Armando Calzada Ramos.- Diputado Alejandro Cañedo Benítez.- Diputado José Ángel Conchello Dávila.- Diputado Alejandro Coronel Oropeza.- Diputado Fernando Estrada Sámano.- Diputado Alvaro Fernández de Cevallos.- Diputado Miguel Fernández del Campo M.- Diputado Carlos Gómez Alvarez.- Diputado Héctor González García.- Diputado Manuel González Hinojosa - Diputado Eduardo Limón León.- Diputado Alberto Antonio Loyola Pérez.- Diputado José de Jesús Martínez Gil.- Diputado Gerardo Medina Valdés.- Diputado Alfredo Oropeza García.- Diputado Eugenio Ortiz Walls.- Diputada Margarita Prida de Yarza.- Diputado Lorenzo Reynoso Ramírez.- Diputado Federico Ruiz López.- Diputado José de Jesús Sánchez Ochoa.- Diputado Abel Vicencio Tovar."

El C. Presidente: Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales en turno, de Estudios Legislativos y del Distrito Federal e imprímase.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

- El C. secretario Octavio Ferrer Guzmán:

"Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los artículos 87 y 38 del Reglamento Interior del Congreso General, las Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos, someten a su consideración el presente dictamen relacionado con la iniciativa presentada en la Legislatura anterior, para reformar el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Las comisiones dictaminadoras, desean destacar el interés justificado y digno de encomio del autor de la iniciativa, sin embargo, por las razones que enseguida se mencionan, estimamos que debe desecharse:

A juicio de las Comisiones el delito previsto en el artículo 193, es un delito de tipo formal, que no puede asimilarse al fraude toda vez que el precepto no lo indica; de esta manera solamente remite a la Ley Penal en lo que se refiere a la sanción, pero no a los elementos de tipo, mismos que están claramente definidos en la Ley Mercantil.

Sin perjuicio de lo anterior, en conveniente hacer notar que aunque la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia dictada en uso de la facultad constitucional de interpretar, en última instancia, la legislación ha establecido diferentes criterios en relación con la figura que comentamos; ello no significa invasión de facultades ni, en todo caso, precedente que obligue al Congreso a modificar el artículo en cuestión.

En las condiciones anteriores, aún suponiendo sin conceder, que desde un ángulo estrictamente técnico jurídico correspondiera a un ordenamiento de derecho privado establecer figuras delictivas y sancionarlas, lo cierto es que una interpretación puramente gramatical del artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, puede llevarnos a soluciones notoriamente injustas, y para demostrarlo, basta con tener en cuenta que dentro de sus previsiones generadoras de una pena equivalente a la del fraude, alude al caso de que un cheque no se ha pagado por no tener el librador fondos disponibles al expedirlo, supuesto que en nuestro concepto no entraña necesariamente la comisión de ese delito, si se advierte que el cheque pudo no haber sido pagado, por un error de contabilidad del Banco, del contador de la empresa o del particular que lo emite, o bien porque el tenedor a sabiendas de que el librador no tenía fondos, recibe un cheque en esas condiciones o cerciorado de que carecía de autorización para expedir cheques, le exige el otorgamiento de uno de ellos para garantizar cualquier adeudo, independientemente de que en algunos casos, la expedición del cheque no pagado, tiene su origen en una actitud de mera liberalidad, situaciones que la doctrina ha

rechazado como susceptibles de integrar una figura delictiva de tipo fraudulento.

Todo lo anterior demuestra que aun llenados formalmente los requisitos establecidos por el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. a que se viene haciendo referencia, no siempre se configura el fraude a que se alude en la iniciativa como maniobra específica encaminada a adueñarse de bienes ajenos, y por ese motivo salta a la vista lo injusto que resultaría en los términos del Proyecto de Reformas al artículo 193 en cita, dictar una orden de aprehensión y negar la libertad caucional a una persona que por las razones indicadas, y que no está en aptitud de justificar inmediatamente, emite un cheque por cantidad superior a tres mil pesos.

Por ello, resulta evidente que las deficiencias que se atribuyen al artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, no derivan del sistema de "reenvío" que ha establecido con las dificultades de orden práctico, a que se refiere la iniciativa, cuando se trata de determinar cuál debe de ser la pena aplicable al infractor de ese precepto y en esas condiciones, en los términos de la iniciativa, lo procedente sería haber intentado una nueva redacción del artículo 193 a que tantas veces se ha hecho referencia para que sus supuestos tipificaran sin lugar a duda las peculiaridades del fraude específico que se dice ha establecido del texto vigente, como maniobra que tiene por objeto adueñarse de los bienes de otro, para excluir definitivamente una interpretación gramatical del texto vigente con las consecuencias apuntadas, y estar en aptitud con la nueva redacción de justificar la sanción que se propone, porque en nuestro concepto, la iniciativa deja de tomar en cuenta, que toda norma jurídica cabal se integra con dos elementos; hipótesis y disposición, y en el presente caso lo que se ha pretendido sin lograrlo es mejorar la redacción de la hipótesis agravando la pena, lo que resulta insostenible, y por tanto en concepto de esta Comisión la reforma propuesta además de no ser técnica, entraña un remedio de consecuencias más graves que las que trae aparejadas la redacción del artículo 193.

Las Comisiones, no obstante los razonamientos expresados anteriormente, hacen notar la conveniencia de un análisis más profundo sobre este artículo para que, conjugándose criterios jurisprudenciales, opiniones doctrinales y la experiencia de los hechos se proceda a presentar, por las Comisiones responsables, alguna iniciativa que clarifique el precepto aludido. Por todo lo anterior, nos permitimos someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Archívese el expediente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de noviembre de 1974.

'Año de la República Federal y del Senado.' Justicia: 1a. Sección, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza.- José Luis Escobar Herrera.- Delia de la Paz Rebolledo de Díaz.- Guillermo A. Gómez Reyes.- Carlos A. Madrazo Pintado.- Jesús Dávila Narro.- Antonio Martínez Báez.- Estudios Legislativos: Presidente, Luis del Toro Calero.- Secretario, Jesús Dávila Narro. - Sección Penal: Luis González Escobar.- Ismael Andraca Navarrete.- Manuel González Hinojosa.- Oscar Bravo Santos.- Jorge Canedo Vargas.- José Luis Escobar Herrera.- Sección Mercantil: Carlos Rivera Aceves.- Antonio Torres Gómez.- Oscar Navarro Santos.- Demetrio Ruiz Malerva.- Alejandro Cañedo Benítez."

Está a discusión el punto de Acuerdo.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobado.

Señor Presidente, agotados los asuntos en cartera. Se va a proceder a dar lectura al orden del día para la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

"Cámara de Diputados.

Segundo Período Ordinario de Sesiones.

XLIX Legislatura.

Orden del Día

Noviembre de 1974.

Lectura del acta de la sesión anterior.

La Legislatura del Estado de Oaxaca, invita a la Sesión Solemne en la que rendirá la protesta de ley como Gobernador Constitucional del Estado, el C. licenciado Manuel Zárate Aquino, la que tendrá lugar el próximo 1o. de diciembre.

El Gobernador del Estado de Morelos, ingeniero Felipe Rivera Crespo, invita a los actos que para conmemorar el 63 aniversario de la Promulgación del "Plan de Ayala", tendrán lugar el próximo 28 de los corrientes en Chinameca, y Villa de Ayala, Morelos.

La Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados comunica haber recibido las consonancias de mayoría de votos de los CC. José Andrés Cota Sandoval y Héctor Esquiliano Solís, y demás documentación correspondiente a las elecciones extraordinarias de diputados al Congreso de la Unión, de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo.

Oficio de la Comisión Federal Electoral por el que se comunica que fueron registradas las constancias de mayoría de votos extendidas a favor del licenciado Andrés Cota Sandoval y Héctor Esquiliano Solís, presuntos diputados por los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo, respectivamente.

SOLICITUD DE PARTICULAR

El C. Luis Rodríguez Manzanera, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración que le confirió el Gobierno de la República de Brasil.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

De la Comisión de Permisos Constitucionales con proyecto de Decreto, que concede permiso a la C. Sara María de la Luz Muñoz Castillo Jaime, para prestar servicios como secretaria en el Consulado General Norteamericano, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.

De las Comisiones unidas de Desarrollo Educativo y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley Orgánica, del Instituto Politécnico Nacional.

De las Comisiones unidas de Hacienda Crédito Público y Seguros; de Presupuesto y Gasto Público y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley, que crea la Tarifa del Impuesto General de Exportación.

De la Comisión de Presupuesto y Gasto Público con proyecto de Decreto que admite las Cuentas Públicas de la Federación y del Departamento del Distrito Federal."

El C. Presidente: (a las 14:05 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 26 de noviembre, a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"