Legislatura XLIX - Año III - Período Comisión Permanente - Fecha 19760122 - Número de Diario 4

(L49A3PcpN004F19760122.xml)Núm. Diario:4

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA COMISIÓN PERMANENTE

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLIX LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., 22 de Enero de 1976 TOMO III.- NUM. 4

SUMARIO

Apertura

Orden del Día

Acta de Sesión Anterior. Se aprueba.

Comisión para la Revisión y Nuevos Estudios de los Hallazgos de Ixcateopan

El C. Secretario de Educación Pública, comunica haber sido designado Presidente de esta Comisión. Asimismo ruega se nombren los representantes de la Comisión Permanente. La Presidencia propone a los CC. senador Vicente Fuentes Díaz y diputado José Luis Melgarejo Vivanco, para que formen parte de la Comisión. Se aprueba la proposición. Comuníquese

Reformas a los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución

Para los efectos del Artículo 135 Constitucional, la H. Cámara de Senadores remite el expediente relativo a las reformas y adiciones de los Artículos mencionados. Se turna a Comisión

Invitación

Suscrita por la Legislatura del Estado de Guerrero al acto de conmemoración del (186) aniversario del nacimiento del general Juan Alvarez. Se designa comisión

Reformas Constitucionales

Los Congresos de Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Veracruz, comunican haber aprobado la adición al Artículo 27 Constitucional. A la Comisión que tiene antecedentes

Los Congresos de los Estados de Puebla y Yucatán, comunican haber aprobado las reformas a los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución. A la Comisión que tiene antecedentes

Comunicaciones

Las Legislaturas de los Estados de Guanajuato y Michoacán, dan a conocer actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado

Opción de Cargo

Oficio del C. doctor Francisco Luna Kan, senador por el Estado de Yucatán. Comunica que opta por el cargo de Gobernador de dicha Entidad de conformidad con el Artículo 125 Constitucional. Recibo y túrnese a la H. Cámara de Senadores

SOLICITUDES DE PARTICULARES

Cargos Consulares

Los CC. Alberto Limón Padilla, Sergio Pruneda y Mora y Flavio Oliveri - Sangiacomo y Lorda, solicitan el permiso necesario para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de los Gobiernos de Austria, en la ciudad de Tijuana, Baja California, con juridicción en los Estados de Baja California Norte y Sonora; del Gobierno de Italia en Mazatlán, Sin., y del propio Gobierno de Italia, en Tijuna, Baja California, respectivamente. Se turnan a comisión.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Condecoración

Proyecto de Decreto que concede permiso al C. doctor Guillermo Soberón Acevedo, para que acepte la condecoración que le otorgó el Gobierno de Francia. Primera lectura

Reforma al Artículo 27 Constitucional

Proyecto de Declaratoria que adiciona el Artículo expresado. Primera lectura. Se dispensa la segunda. A discusión. Hablan en pro, los CC. senador Norberto Mora Plancarte y diputado Feliciano Calzada Padrón. Se aprueba por unanimidad. Pasa al Ejecutivo

Nombramiento

La Secretaría de Gobernación comunica el nombramiento hecho por el C. Presidente de la República en favor de la C. licenciada Silvia Eugenia Díaz Vega, como Magistrada del Tribunal Fiscal de la Federación, en substitución del C. licenciado Juan Manuel Terán Contreras. Se turna a Comisión

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Servicios Administrativos

Proyecto de Decreto que autoriza a la C. Ofelia Anaya Pacheco, para que preste servicios como empleada en la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en esta ciudad capital. Segunda lectura. Se aprueba. Pasa al Ejecutivo. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO CARLOS SANSORES PEREZ

(Asistencia de 25 ciudadanos legisladores.)

APERTURA

- EL C. Presidente (a las 11:20 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

EL C. secretario Luis Fernando Solís Patrón:

"Comisión Permanente.

Tercer Receso de la XLIX Legislatura.

Orden del Día

22 de enero de 1976.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación del C. Secretario de Educación Pública.

Para los efectos del artículo 135 constitucional, la Cámara de Senadores remite el expediente seguido en las Cámaras del Congreso de la Unión, relativo a la Iniciativa de Reformas a los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Congreso del Estado de Guerrero, invita a la Sesión Pública y Solemne que para conmemorar el 186 aniversario del natalicio del general don Juan Alvarez, tendrá lugar el próximo 27 de los corrientes en Arenal de Alvarez, Municipio de San Jerónimo de Juárez, Guerrero.

Los Congresos de los Estados de Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Veracruz, comunican haber aprobado la adición al artículo 27 constitucional.

Los Congresos de los Estados de Puebla y Yucatán, comunican haber aprobado las reformas a los artículos 27, 73 y 115 de la Constitución.

Comunicaciones de los Congresos de los Estados de Guanajuato y Michoacán.

Comunicación del senador doctor Francisco Luna Kan.

Solicitudes de particulares

El C. Alberto Limón Padilla, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Austria, en la ciudad de Tijuana, Baja California, con jurisdicción en los Estados de Baja California Norte y Sonora.

El C. Sergio Pruneda y Mora, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Italia, en Mazatlán, Sinaloa.

El C. Flavio Oliveri- Sangiacomo y Lorda, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Italia, en Tijuana, Baja California.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto, por el que se concede permiso al C. doctor Guillermo Soberón Acevedo, para aceptar y usar la condecoración que le confirió el Gobierno de Francia.

De la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de Declaratoria que adiciona el Párrafo Octavo al Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de Decreto por el que se concede permiso a la C. Ofelia Anaya Pacheco, para prestar servicios como empleada en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en la ciudad de México."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la Sesión de la Comisión Permanente de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día dieciséis de enero de mil novecientos setenta y seis.

Presidencia del C. diputado Mariano Araiza Zayas.

En la ciudad de México, a las once horas y diez minutos del viernes dieciséis de enero de mil novecientos setenta y seis, se abre la sesión una vez que la Secretaría declara una asistencia de veintidós ciudadanos legisladores.

Lectura del Orden del Día y del Acta de la sesión anterior celebrada el día ocho de los corrientes, la que sin discusión se aprueba en votación económica.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

El C. Licenciado Euquerio Guerrero López, Presidente de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, comunica la inauguración del primer período de sesiones, de ese alto tribunal, correspondiente al año en curso. De enterado.

La Legislatura del Estado de Tamaulipas, formula atenta invitación a la sesión solemne que tendrá lugar el próximo primero de febrero, en la que el C. Enrique Cárdenas González, Gobernador Constitucional de la Entidad, rendirá el primer informe de su gestión administrativa.

La Presidencia, designa para que en representación de la Comisión Permanente concurra a dicha sesión, a los CC. senador Luis M. Farías y diputado Filiberto Soto Solís.

Los Congresos de los Estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Jalisco, México y Quintana Roo, comunican haber aprobado la adición al párrafo octavo del Artículo 27 de la Constitución General de la República. Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

Comunicaciones de las legislaturas de los Estados de Guerrero, Quintana Roo y Veracruz, por las que participan actos relativos a sus funciones legislativas. De enterado.

El C. doctor Guillermo Soberón, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, solicita la autorización constitucional para que pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Francia. Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales.

La Comisión de Relaciones Exteriores suscribe dos dictámenes con proyectos de Decreto, que conceden permiso a los CC. Jaime Sánchez Córdova y Esteban Vigil Villaseñor, para que puedan aceptar y desempeñar, respectivamente, el cargo de Cónsul Honorario de Canadá, en el Puerto de Acapulco, con jurisdicción en el Estado de Guerrero; y en la ciudad de Guadalajara, con jurisdicción en los Estados de Jalisco y Colima. Primera lectura.

A proposición de la Presidencia, la Asamblea, en votación económica, dispensa la segunda lectura a estos asuntos.

A discusión, no habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueban los dos proyectos de Decreto por unanimidad de veintidós votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

La propia Comisión de Relaciones Exteriores emite un dictamen, que concluye con un proyecto de Decreto que autoriza a la "C. Ofelia Anaya Pacheco, para que preste servicios como empleada en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en esta ciudad capital. Primera lectura.

Terminados los asuntos en cartera, a las once horas cuarenta minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves veintidós de los corrientes, a las once horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

COMISIÓN PARA LA REVISIÓN Y NUEVOS ESTUDIOS DE LOS HALLAZGOS DE IXCATEOPAN

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Secretaría de Educación Pública.

C. diputado y licenciado Carlos Sansores Pérez, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Allende y Donceles.- México 1, D. F.

El C. Presidente de la República tuvo a bien encargarme presida la Comisión para la Revisión y Nuevos Estudios de los Hallazgos de Ixcateopan, integrada conforme lo dispone el artículo 2, del Decreto del 14 de los corrientes por distintas instituciones científicas y representantes del H. Congreso de la Unión de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Me dirijo a usted con el ruego de que se sirva designar al C. diputado y al C. senador que formen parte de la Comisión. Esta será solemnemente instalada por el C. Presidente Luis Echeverría, el jueves 22 del presente en el Salón Bolívar del edificio que ocupa la Secretaría de Educación Pública. La ceremonia se iniciará a las 10:00 horas, por lo que he de agradecerle quiera pedir a los Legisladores que representarán a ese H. Congreso su distinguida concurrencia al acto.

Reitero a usted las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

México, D. F., a 19 de enero de 1976.

Sufragio efectivo. No Reelección.

El secretario Víctor Bravo Ahuja."

El C Presidente: Esta Presidencia se permite proponer para representar a los CC. senadores y diputados en la Comisión para la Revisión y Nuevos Estudios de los Hallazgos de Ixcateopan, al senador Vicente Fuentes Díaz y diputado José Luis Melgarejo Vivanco. Consulte la Secretaría a la Asamblea si se aprueba la proposición.

El C. secretario Luis Fernando Patrón Solís: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada, señor Presidente.

El C. Presidente: La Secretaría deberá comunicar a los interesados y a la Secretaría de Educación Pública estas designaciones.

REFORMAS A LOS ARTÍCULOS 27, 73 Y 115 DE LA CONSTITUCIÓN

- EL C. secretario Pascual Bellizzia Castañeda:

"CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tenemos el honor de remitir a esa Comisión Permanente el expediente original seguido en las HH. Cámaras del Congreso de la Unión,

relativo a la Iniciativa del C. Presidente de la República, de Reformas y Adiciones a los Artículos 27, 73 y 115 de nuestra Carta Magna, y en el que se contiene la aprobación de las legislaturas de los siguientes Estados de la República:

Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas y Zacatecas.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 16 de diciembre de 1976. Por los CC. Secretarios, el Oficial Mayor, licenciado Eliseo Rodríguez Ramírez."

- Trámite: Recibo, y a las Comisiones de Puntos Constitucionales.

INVITACIÓN

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero.- Poder Legislativo.- Diputación Permanente.

Chilpancingo, Gro, a 8 de enero de 1976.

C. Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presente.

La H. Cuadragésima Octava Legislatura Constitucional del Estado, celebrará Sesión Pública y Solemne a las 11:00 horas del próximo día 27 de los corrientes, en el parque público de la población de Arenal de Alvarez, Municipio de San Jerónimo de Juárez, Guerrero, en conmemoración del CLXXXVI Aniversario del natalicio del general don Juan Alvarez.

Por tal motivo nos permitimos formular a usted la más atenta y cordial invitación para que nos honre con su presencia en dicho acto.

Con la seguridad de contar con su amable asistencia, le anticipamos nuestro agradecimiento y el testimonio de nuestra consideración más distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Profesora Aurea María Luisa Chávez Dircio, D. P.- Miguel Trani Dávila, D. S."

El C Presidente: para asistir en representación de esta honorable Comisión Permanente, se designa a los ciudadanos senador José Castillo Hernández y diputado Jesús José Gamero Gamero.

REFORMAS CONSTITUCIONALES

- El mismo C. Secretario:

"Saltillo, Coahuila, 17- 01- 1976.

CC Secretarios Comisión Permanente.- Presentes.

Este Congreso en sesión celebrada 14 actual tuvo a bien aprobar adición párrafo octavo artículo 27 Constitución General República. Concepción Nánez de Barrera, D. P."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"Chilpancingo, Guerrero, 16- 01- 1976

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.- México, D. F.

Permítome informarles que Cuadragésima Octava Legislatura esta entidad con fecha 13 corrientes aprobó reforma párrafo octavo artículo veintisiete Constitucional. Respetuosamente. Oficial Mayor Congreso.

Licenciado Antonio Morales Alarcón."

- Tramite: Recibo, y a la Comisión de Puntos constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

Pachuca, Hidalgo, 20- 01- 1976.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Honrome comunicar XLIX Legislatura Estado Hidalgo aprobó esta fecha todas partes Iniciativa Decreto Ejecutivo Federal adiciona el párrafo octavo al artículo 27 Constitucional. Atentamente.

Doctor Edmundo Elense Ledesma, D. P."

- Tramite : Recibo, a la Comisión de Puntos Constitucionales que tienen antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"Cuernavaca, Morelos, 20- 01- 1976

CC. Secretarios Comisión Permanente Congreso de la Unión. - Allende y Donceles. - México, D. F.

Sesión día 20 enero, Congreso Estado Morelos aprobó reforma artículo 27 Constitucional párrafo octavo. Atentamente. CC. Secretarios."

- Tramite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"Oaxaca, Oaxaca, enero 21 1976.

Secretarios de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Allende y Donceles. - México, D. F.

Cuadragésima Novena Legislatura Estado Oaxaca reunida en Período Extraordinario Sesiones ayer aprobó con beneplácito Iniciativa Presidencial contiene reforma artículo veintisiete Constitucional establecido zona económica exclusiva. Atentamente.

Profesor Josafat Espinosa Rodríguez, D. S. - Profesor Manuel Morales Santiago, D. S."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Esta H. Cámara de sesión celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente

ACUERDO

Único. La Cuadragésima Octava Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, aprueba en todas y cada una de sus partes la adición al Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, después del párrafo séptimo, para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 27. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . La nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extensión produzca superposición con las zonas económicas exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor ciento veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos setenta y seis.

Federico Velarde Mellado, D. P. - Simón Jacobo Nava, D. S. - Baldomero López Arias, D. S."

- Tramite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Congreso del Estado Libre y Soberano. - Hermosillo.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H Congreso de la Unión. - México, D. F.

La XLVII Legislatura del Estado, en sesión celebrada el día de ayer, tuvo a bien aprobar los siguientes

ACUERDOS

Primero. Es de aprobarse y se aprueba, con una ligera modificación, la iniciativa de Decreto del C. Presidente de la República de fecha 4 de noviembre de 1975, que en su parte conducente es como sigue:

INICIATIVA DE DECRETO: QUE ADICIONA EL PÁRRAFO OCTAVO AL ART¡CULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA ESTABLECER UNA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA

Artículo único. Se adiciona el Artículo 27 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, después del párrafo séptimo, para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 27. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . La nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinan la leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extensión produzca superposición con las zonas económicas exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en los medios que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor ciento veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hágase saber el acuerdo que antecede a las HH. Cámaras de Senadores y de Diputados del Congreso de la Unión, así como al C. Gobernador Constitucional del Estado y a las HH. Legislaturas de los Estados de la República.

Lo que nos permitimos comunicar a ustedes para su conocimiento y efectos.

Atentamente.

Sufragio. Efectivo. No Reelección.

Hermosillo, Sonora, a 14 de enero de 1976.-

Licenciada Rita Silvina Agramont de López, D. S.- Manuel Valdez Perea, D. S."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

" C. Victoria, Tams. 16 01 1976.

H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - México, D. F.

Efectos artículo ciento treinta y cinco Constitucional General de la República (coma) comunicamos Cuadragésima Novena Legislatura Tamaulipas (coma) aprobó proyecto de Decreto seguido Cámaras Congreso de la Unión (coma) adicionar artículo veintisiete propio ordenamiento (coma) establecer zona económica exclusiva. Atte. diputado presidente Salvador Juárez García."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"Veracruz, Ver. 21 01 1976.

CC. Secretarios Cámara de Diputados. - Congreso de la Unión. - Allende y Donceles.- México, D. F.

Sesión hoy aprobose Decreto 98 relativo Adición Párrafo Octavo, Artículo 27 Atentamente.

Presidente, diputado Jorge Morales Fernández, secretario diputado Raúl Rodríguez Feria."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Con el presente oficio remitimos a ustedes el Acuerdo aprobado por este H. Congreso del Estado en Sesión Extraordinaria celebrada en esta fecha, que Reforma y Adiciona a los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

H. Puebla de Zaragoza, a 16 de enero de 1976. - José Fernández González, D. S. - Pomposo Alcalá López, D. S."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

- El C. secretario Luis Fernando Solís Patrón:

"XLVII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Yucatán, Mérida. CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Me es honroso remitir a esa H. Cámara dos ejemplares del Diario Oficial del Gobierno del Estado, correspondientes a la fecha de hoy, en el cual aparece inserto el Decreto número 438 por virtud del cual la XLVII Legislatura Local aprobó las adiciones y reformas a los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciadas por el C. Presidente de la República, licenciado Luis Echeverría Alvarez y aprobadas por ambas Cámaras del Congreso de la Unión.

Queda así, cumplida, por lo que toca al Congreso del Estado de Yucatán, la disposición del Artículo 135 de nuestra Carta Magna.

Hago presente a ustedes las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Mérida, Yuc., enero 14 de 1976. - El Oficial Mayor, Francisco Cantú Rosas."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales que tiene antecedentes.

COMUNICACIONES

- El C. secretario Luis Fernando Solís Patrón:

"Escudo Nacional. - Congreso del Estado de Guanajuato. - XLIX Legislatura.

C. Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Tenemos el honor de comunicar a usted que la H. XLIX Legislatura Constitucional del Estado, en debido cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 26 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso y 46 de la Constitución Política Local, tuvo a bien declarar clausurado en sesión celebrada con esta fecha, el primer período ordinario de sesiones prorrogado, correspondiente al tercer año de su ejercicio eligiendo previamente la Diputación Permanente que actuará durante su receso, la cual quedó integrada como sigue:

Presidente, diputado licenciado Roberto Plascencia S.; secretario, diputado Manuel Cos Núñez; primer vocal, diputado licenciado Claudio Ortiz Olvera; segundo vocal, diputado doctor Francisco Arroyo Bravo; prosecretario, diputado Luis Ferro de la Sota. - Suplentes: diputado Jorge Martínez Domínguez; diputado Efrén Pérez Guajardo; diputado licenciado Carlos Villalobos Torres.

Nos es grato reiterar a usted, con este motivo, las seguridades de nuestra más atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guanajuato, Gto., enero 15 de 1976. - Luis Ferro de la Sota, D. S. - Francisco Arroyo Bravo, D. S."

- Trámite: De enterado.

- El mismo C. Secretario:

"Morelia, Mich., a 23 de diciembre de 1975.

C. Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

La H. LX Legislatura Constitucional del Estado, en sesión celebrada el día de hoy y de conformidad con lo que dispone el artículo 22 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, designó en votación celular al Presidente y Vicepresidente de su Directiva, que habrá de fungir durante el mes de enero próximo, habiendo resultado electos los siguientes ciudadanos:

Presidente, diputado profesor Eliseo Macías Pallares; vicepresidente, diputado Ignacio Alvarado García.

Al comunicar a usted lo anterior para su conocimiento y fines consiguientes, nos es satisfactorio reiterarle las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Licenciado Guillermo Morales Osorio, D. S. - Rafael Genel Manzo, D. S."

- Trámite: De enterado.

OPCIÓN DE CARGO

- El mismo C. Secretario:

"Doctor Francisco Luna Kan, senador de la República.

México, D. F., 7 de enero de 1976.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

La H. Legislatura del Estado de Yucatán me ha declarado Gobernador Electo de esa

Entidad, calificando así las elecciones constitucionales verificadas el pasado 23 de noviembre.

En consecuencia, opto por el cargo de Gobernador para asumir la Primera Magistratura de mi Estado el próximo 1o. de febrero del corriente año.

En esa virtud y para cumplir con las disposiciones del artículo 125 de la Constitución General de la República, solicito de la H. Cámara de Senadores, por el digno conducto de ustedes, el permiso correspondiente para separarme, definitivamente, del cargo de senador de la República que he venido desempeñando, para estar en aptitud de atender las altas responsabilidades que el pueblo de Yucatán me ha conferido.

Con mi reconocimiento y especial consideración, expreso a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi consideración atenta y distinguida. (Rúbrica.)

- Trámite: Recibo y túrnese a la H. Cámara de Senadores.

SOLICITUDES DE PARTICULARES

Cargos Consulares

- El mismo C. Secretario:

"Alberto Limón Padilla, avenida Hipódromo No. 18- 7. Col. Hipódromo, teléfono 6- 36 - 25. Tijuana, B. C.

Diciembre 23 de 1975.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Atención, señor Eliseo Rodríguez Ramírez, Oficial Mayor.

A solicitud del señor doctor Eugen Buresch, embajador de la República de Austria en México, de establecer un Consulado Honorario en esta ciudad, con jurisdicción en los Estados de Baja California Norte y Sonora y de nombrar Cónsul Honorario a un servidor, debido al interés creciente de dicha República de ampliar sus relaciones comerciales con el noroeste de nuestro país, en atención a la Fracción II, inciso B, del artículo 37 Constitucional, me permito solicitar ante ese H. Congreso me sea concedido el permiso correspondiente para aceptar y ejercer el cargo de referencia, considerando que estoy en posibilidades de poder desempeñarlo satisfactoriamente.

Sin otro particular, reitero a ustedes las seguridades de mi distinguida consideración y respeto.

Alberto Limón Padilla."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

- El mismo C. Secretario:

"Arquitecto Sergio Pruneda.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presente

Enero 10 de 1976.

Sergio Pruneda y Mora, mexicano por nacimiento (México, D. F., el 22 de enero de 1928), solicita a ese H. Congreso el permiso necesario para desempeñar el puesto de Agente Consular de Italia en Mazatlán, sin perder mi nacionalidad mexicana y de acuerdo con la Fracción II, inciso "B" del Artículo 37 Constitucional, fijando como domicilio para esperar su resolución: Avenida Olas Altas 66- 105 de este puerto de Mazatlán, Sinaloa.

Presento a ustedes mis más atentas consideraciones y especial respeto.

Arquitecto Sergio Pruneda y Mora".

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

- El mismo C. Secretario:

"California Bursátil, S. A.

Tijuana, B. C., a 13 de Enero de 1976.

C. Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión .- Presente.

Distinguido C. Presidente:

El suscrito Flavio Olivieri- Sangiacomo Lorda, con domicilio en calle Tula No. 55 Colonia Hipódromo, Tijuana, B. C., mexicano por nacimiento, según certificado de nacionalidad mexicana No. 1414 de fecha diciembre 10 de 1962, en virtud de haberme sido propuesto el cargo de Agente Consular Honorario de Italia en la ciudad de Tijuana, B. C., de acuerdo con los términos del inciso B, fracción II del Artículo 37 Constitucional, atentamente solicito de ese H. Congreso, la autorización necesaria para aceptar dicho cargo. La presente la dirijo a usted en papel membretado de la Compañía California Bursátil, S. A., de la cual soy Presidente del Consejo de Administración, siendo mi estado civil el de casado.

Sin más por el momento que agradecer a usted las atenciones de su consideración, me suscribo como atento, afectísimo y seguro servidor.

Flavio Olivieri Sangiacomo Lorda."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Condecoración.

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

El ciudadano doctor Guillermo Soberón Acevedo, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, en escrito fechado el 7 de enero, solicita el permiso constitucional necesario para poder aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de la Legión de Honor, en grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de Francia.

En sesión efectuada por la Comisión Permanente el 16 de enero, se turnó a la

Comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario ha acreditado su nacionalidad mexicana;

b) Que al solicitante le ha sido conferida la distinción respectiva, por su labor desarrollada para estrechar los lazos de amistad entre México y el Gobierno de Francia;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción III, del Apartado B), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y

Como el ciudadano doctor Guillermo Soberón Acevedo, al recibir la condecoración señalada no queda sujeto de manera alguna al gobierno otorgante esta Comisión se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano doctor Guillermo Soberón Acevedo, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de la Legión de Honor, en grado de Caballero, que le confirió el Gobierno de Francia.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de enero de 1976.

Diputado Luis del Toro Calero. - Senador Florencio Salazar Martínez. - Diputado Filiberto Soto Solís. - Senador Salvador Gámiz Fernández."

- Trámite: Primera lectura.

REFORMAS AL ART¡CULO 27 CONSTITUCIONAL

- El C. secretario Pascual Bellizzia Castañeda:

"Comisión de Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales que suscribe, para su estudio y dictamen el expediente que contiene los dictámenes aprobatorios del Congreso de la Unión y de los Congresos de los diversos Estados de la Federación, para adicionar el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta reforma consiste en adicionar al artículo 27 constitucional con un párrafo, que será el octavo, que tiene por objeto el establecimiento de una zona económica exclusiva de 200 millas frente a nuestras costas.

La Iniciativa de referencia, fue presentada por el licenciado Luis Echeverría Alvarez, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos el día 5 de noviembre próximo pasado siendo enviada a través de la Secretaría de Gobernación, a la H. Cámara de Senadores como Cámara de origen. Ese cuerpo colegiado aprobó la adición y la remitió a la Cámara de Diputados con proyecto de Decreto respectivo, mismo que fue aprobado el día 28 de noviembre del mismo año.

Para los efectos del artículo 135 constitucional, la Cámara de Diputados envío copia del expediente en cuestión a las Legislaturas de los Estados de la Federación.

La Adición, materia de este dictamen ha sido aprobada por la mayoría de los Congresos de los Estados integrantes de la Federación, que de acuerdo con el conjunto que obra en la Secretaría, son los siguientes: Estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas.

La Comisión que suscribe considera que han sido satisfechos los supuestos del artículo 135 constitucional, dado que la Iniciativa para la Adición de un Párrafo Octavo al Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer una Zona Económica Exclusiva, fue aprobada por el Congreso de la Unión y por la mayoría de los Congresos de los Estados, por lo que se permite someter a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECLARATORIA

La Comisión Permanente del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el último párrafo del Artículo 135 de la Constitución General de la República y previa aprobación del H. Congreso de la Unión y de la mayoría de los Congresos de los Estados, declara:

Artículo único. Se adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, después del párrafo séptimo, para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 27. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . La Nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En aquellos casos en que esa extensión, produzca superposición con las zonas económicas exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en la medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor ciento veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de enero de 1976.

Diputado Luis del Toro Calero. - Senador Florencio Salazar Martínez. - Diputado Filiberto Soto Solís. - Senador Salvador Gámiz Fernández."

- Trámite: Primera lectura.

El C. diputado Filiberto Soto Solís: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Filiberto Soto Solís.

El C. diputado Filiberto Soto Solís: Señor Presidente, señores legisladores: El artículo 135 constitucional faculta tanto al Congreso de la Unión cuando está reunido, como a la Comisión Permanente durante los períodos de receso de aquél para que hagan la declaración de que las reformas o adiciones constitucionales, queden incorporadas a la ley suprema.

En esa virtud, y habiéndose satisfecho los supuestos del citado artículo 135, la Comisión dictaminadora pide a ustedes que este asunto sea considerado como de obvia resolución.

Que en consecuencia se dispense el trámite de la segunda lectura del dictamen con que se ha dado cuenta para el efecto de que se someta desde luego a votación el proyecto de declaratoria que se propone.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa el trámite de segunda lectura y se pone a discusión de inmediato el asunto.

El C. senador Pascual Bellizzia Castañeda: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura y se pone a discusión de inmediato... Dispensada, señor Presidente.

Está a discusión el proyecto de Declaratoria.

El C. senador Norberto Mora Plancarte: Señor Presidente pido la palabra.

El C. diputado Feliciano Calzada Padrón: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el senador Mora Plancarte.

"Señor Presidente, señores diputados, señores senadores:

Este día la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que todos nosotros integramos, cumple con una de sus facultades constitucionales más importantes. En efecto, en los términos del artículo 135 de nuestra Ley Suprema, hemos hecho el cómputo de los votos que las Legislaturas de los Estados han emitido en torno a la reforma del artículo 27 constitucional, iniciativa que fue propuesta por el señor Presidente Echeverría, a fin de crear una Zona Económica Exclusiva en nuestros litorales.

Al hacer este cómputo la Comisión Permanente ha declarado también que la reforma mencionada ha sido aprobada y que su texto debe remitirse al Presidente de la República para su correspondiente promulgación y publicación en el Diario Oficial.

No es exagerado afirmar que esta es una fecha histórica para nuestro país. Al culminar el proceso de reforma que ha llevado a cabo el Poder Constituyente Permanente - integrado por el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados -, México está ejerciendo una vez más su independencia política y su soberanía estatal, para buscar así un aprovechamiento más racional y más justo de sus recursos naturales básicos.

Es evidente que el mundo que está viviendo los inicios de una nueva etapa histórica en la que los pueblos débiles levantan con mayor firmeza su voz y luchan con más lucidez por un nuevo orden económico internacional, capaz de desterrar la injusticia, el coloniaje y la explotación y de dar paso a la equidad y a la cooperación respetuosa como bases indispensables para la consolidación de la paz mundial.

Hoy más que nunca las bases de la sociedad mundial, en los aspectos económico, político y social, están sujetas a una revisión profunda, revisión de la que depende la subsistencia misma del género humano y la posibilidad de que su ascenso global no se detenga en las trampas de la intolerancia y de la injusticia, de los intereses hegemónicos, y de la violencia irracional. Ya nadie puede discutir que es indispensable modificar de raíz una estructura internacional tremendamente injusta y perturbadora que ha desembocado en la existencia de unas cuantas islas de opulencia y de consumo desenfrenado, frente a un verdadero océano de miseria, de hambre y de atraso.

Es en ese contexto general que el pensamiento y la acción del Presidente Luis Echeverría adquieren su cabal significación histórica. Es en ese contexto que debe valorarse la importancia de la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, que hace tiempo dejó de ser una propuesta mexicana, para convertirse en un triunfo de la razón de la mayoría y en un instrumento jurídico internacional para reordenar los aspectos fundamentales de la comunidad mundial.

Si algo forma ya parte indisoluble del patrimonio histórico y político de la nación mexicana es, sin duda, la vigorosa, audaz y al mismo tiempo reflexiva política internacional que el Presidente Echeverría ha venido desarrollando en nombre de nuestra patria en todos los foros donde se debate y en donde se lucha por un destino más luminoso para el hombre universal.

Hay en la política exterior del Presidente Echeverría una inequívoca y extraordinaria fidelidad a las más limpias y nobles tradiciones que en esta materia ha forjado nuestro pueblo y a lo largo de su historia; pero hay también nuevos acentos y nuevos impulsos en la

instrumentación de todo nuestro quehacer en el ámbito exterior. La fidelidad a la tradición histórica mexicana y la modernidad definen la limpia política externa del régimen actual.

No cabe duda que las grandes mayorías nacionales comprenden cabalmente la importancia y la nobleza de las tareas que el Jefe de nuestro país ha emprendido para proyectar de manera más dinámica el pensamiento y la acción de México en el ámbito de nuestro planeta, y sin embargo, hay todavía algunas reducidas minorías que acostumbradas a la inercia y ancladas en el pasado, formulan críticas parciales, infecundas y superficiales hacia esas tareas internacionales. Hay quienes en su ceguera y en su pequeñez hablan de que de poco o de nada sirven tanto batallar en el exterior y dicen que lo más importante es ocuparnos de nosotros mismos, evitando esfuerzos inútiles hacia afuera.

¡Qué equivocados todos aquellos que no entienden que en nuestro tiempo se sirve a la patria propia dentro y fuera de sus fronteras geográficas! ¡Qué equivocado aquellos que no entienden que hoy más que nunca "el destino de la Humanidad es indivisible" y que nada hay tan estéril y peligroso como el aislamiento y la soledad en busca de una autosuficiencia total tan absurda como utópica!

Al amparo de estas consideraciones deseo subrayar que el cómputo y la declaratoria que hoy comentamos en esta Comisión Permanente es, entre otras muchas, una prueba irrefutable de la extraordinaria validez de esa política global y coherente que el Presidente Echeverría ha venido aplicando a lo largo de su mandato constitucional. En efecto, la Reforma Constitucional que ha sido aprobada ya por las Legislaturas de los Estados y que pronto entrará en vigor, es una realización jurídica que demuestra cómo las políticas interior e internacional están íntimamente vinculadas.

La creación de una Zona Económica Exclusiva en nuestros mares es resultado de nuestras luchas en el exterior y de nuestros mejores afanes en el orden interno. Por una parte, esta reforma es testimonio claro de nuestra lucha al lado de todos los países del Tercer Mundo, decididos a evitar el saqueo y la explotación irracional de sus recursos. Por otra parte, la reforma se apoya en la solidez de nuestras instituciones, en la unidad de nuestro pueblo y en el ejercicio pleno de nuestra soberanía para actualizar permanentemente las normas jurídicas que rigen nuestra vida colectiva.

Algunos espíritus débiles o mal intencionados critican esta decisión legislativa - decisión que es hoy de todo el pueblo mexicano - diciendo que debíamos haber esperado a que las conferencias internacionales sobre el derecho del mar adoptaran un criterio unificado en torno al concepto de Mar Patrimonial o de Zona Económica Exclusiva. El Jefe de nuestro país, y con él las grandes mayorías nacionales, han contestado ya a esos espíritus con esta histórica reforma que no sólo es un avance en nuestra vida interior, sino un paso ejemplar en las luchas generales que los pueblos del Tercer Mundo vienen librando en favor de una nueva sociedad en lo económico, en lo político y en lo social.

Señores legisladores:

En los considerandos de la Iniciativa Presidencial, en los dictámenes de las Comisiones de las dos Cámaras que integran el Congreso de la Unión y en los discursos que diputados y senadores pronunciaron en torno a esta cuestión, hay elementos suficientes para exaltar la importancia, la justeza, la procedencia y la proyección que entraña la creación de la Zona Económica Exclusiva de 200 millas en nuestros mares. Yo por mi parte sólo he querido destacar aquí, una vez más, que esta reforma es un triunfo de la justicia nacional e internacional y uno de los logros más trascendentes de un régimen que se define por su vocación para el cambio progresista en el marco de las leyes y de las instituciones surgidas de la Primera Gran Revolución del Siglo XX.

Estoy convencido de que esta sesión quedará registrada en los anales de la historia contemporánea de nuestro país; por eso, quienes hoy tenemos el honor, el alto honor, de ser actores de un cómputo y de una declaratoria previstas en el artículo 135 de nuestra Ley Suprema, debemos experimentar una noble y razonada satisfacción, y debemos llamar fraternalmente a todo nuestro pueblo a defender con su trabajo, con su vigilancia, con su patriotismo, esta nueva conquista de la Nación Mexicana que quiere acelerar su progreso mediante el uso nacionalista, racional y planeado de los valiosos recursos, que contienen nuestros mares.

Al lado de la creación jurídica es necesaria la solidaridad social y la conducta cotidiana de todos los ciudadanos empeñados en la grandeza de su patria. Estamos seguros de que al entrar en vigor la disposición jurídica que crea la Zona Económica Exclusiva, nuestro pueblo sabrá hacer honor a las responsabilidades que este paso histórico implica. Mientras tanto se impone exaltar limpiamente, con sobriedad republicana la inteligencia visionaria y el espíritu patriótico del gran Presidente Luis Echeverría.

¡Aprobemos el proyecto de declaratoria! Compañeros. (aplausos.)

El C Presidente: Tiene la palabra el diputado Feliciano Calzada Padrón.

- El C. licenciado Feliciano Calzada Padrón. "Señor Presidente.

Honorable Asamblea:

Acabamos de constatar la participación de los Estados- Miembros en la formación de la voluntad federal.

Se ha dado cuenta aquí, con el hecho de que las dos terceras partes de las Legislaturas Locales, con base en lo que dispone el artículo 135 constitucional, han expresado su solidaridad con este Congreso en la adición al artículo 27 de nuestra Carta Magna, con el objetivo de establecer una zona económica exclusiva de 200 millas frente a nuestras costas, ratificándose por tanto, la aprobación otorgada a una de las iniciativas más trascendentales del Presidente Echeverría.

Para fundamentar mi convicción sobre la importancia que reviste esta adición constitucional, y para una mejor compresión de la decisión tomada, es oportuno recordar, brevemente, los antecedentes de una institución conexa con la zona económica exclusiva, como lo es el mar territorial.

El viejo orden jurídico internacional, basado en un restringido mar territorial, favoreció a las potencias que disponían de grandes flotas marítimas. Desde la antigüedad era admitido que el dominio que los grupos sociales ejercían sobre su territorio se extendiera, hasta cierto punto, al mar próximo a sus costas. Fenicios, cartagineses, griegos, etc., pretendieron, en ciertas épocas y sobre ciertos mares, derechos territoriales en el mar. En la Europa medieval de las Ciudades - Estados, las pretensiones se multiplicaron. Venecia se consideraba ama y señora del Adriático; Génova y Pisa pretendían derechos sobre el mar de Liguria; Dinamarca y Suecia declaraban como suyo el mar Báltico.

En la época de los grandes navegantes, españoles y portugueses, holandeses e ingleses se invocaron derechos exclusivos sobre vastas extensiones del océano.

La Inglaterra de Isabel I veía como suyo el mar que va de Noruega hasta España e imponía derechos de pesca en el mar del Norte. En 1534 el rey de Portugal Joao II declaraba: "Los mares que todos deben y pueden navegar, son aquellos que siempre fueron conocidos de todos y comunes a todos, pero los otros, que nunca fueron conocidos, en los cuales parecía que no se podía navegar y fueron descubiertos por mi con tanto trabajo, ¡esos no!" La tendencia opuesta, la del "Mare Liberum", surge en la primera década del Siglo XVII en la obra de Hugo Grocio, la cual reflejaba el punto de vista holandés respecto a sus controversias con Portugal en el mar de la India, y con Inglaterra en el mar del Norte. En ella, defendía la tesis de que el mar territorial debería extenderse hasta donde se pudiera ejercer una jurisdicción efectiva. Sin embargo, esta tesis no fue entonces aceptada, pues la del ingles Seldeny Welwood, la del "Mare Clausum" adquirió mayor consenso.

Por otra parte anteriormente en el Derecho Romano se hablaba de límites diversos: en el siglo XV Baldo de Ubaldis se inclinaba por las 60 millas y Bártolo (1314- 1357) por las 100. En el siglo XVI Bodino habla también de 60 millas y Felipe II de España, en 1565, reivindica apenas aquella porción de mar que llega hasta donde la vista alcance, o sea unas 14 millas como máximo.

En 1610 en negociaciones entre Holanda e Inglaterra se habla por vez primera del alcance de la bala de un cañón.

La última palabra entonces fue emitida por el juez Holandés Bynkershiek en 1702 en su obra "De Dominio Maris". Más tarde, en otro trabajo, el mismo autor formuló el principio que habría de prevalecer durante mucho tiempo, el concepto de la fuerza de las armas es el que prevalece restringiéndose prácticamente el alcance que éstas tenían y que entonces era de 3 millas.

A pesar de que la noción del mar territorial aparece en la Edad Media en todas las regiones de Europa, su significado y alcances eran muy variados. En los siglos XIV y XV los juristas italianos reclamaron distancias considerables para la zona de mar en que el Estado ribereño debía ejercer jurisdicción. Entre los juristas, el más conocido lo fue Bártolo de Sassoferrato (1319- 1357), quien postuló que los Estados deberían ejercer su jurisdicción sobre el mar hasta una distancia de 100 millas.

En los mismos siglos XIV y XV el criterio más general entre los países de la Europa Septentrional fue aquel que decía que el dominio debería ser "hasta donde alcance la vista", Naturalmente como dicho alcance dependía tanto de las condiciones meteorológicas como de la altura al nivel del mar que se colocase el observador, la distancia nunca fue la misma para diferentes países que la practicaban. Mientras en Inglaterra y Francia correspondían a unas 21 millas, en Escocia era de 14 y en Holanda de 15.

Esta diversidad de jurisdicción empieza a disminuir en el Siglo XVIII, cuando el jurista holandés Cornelius Van Bynkershoek en sus obras publicadas en 1703 y 1737 propone como norma general el alcance del disparo de un cañón emplazado en la costa. Cincuenta años más tarde, esta fórmula serviría para elaborar la tesis o pretendida tesis "regla de las tres millas". En 1789 Galiani en una obra sobre los deberes de los "príncipes neutrales" propone que se adopte como medida de alcance de la bala de cañón la distancia de 3 millas. Según Gidel Estados Unidos fue el primer país en adoptar (en una nota diplomática del 8 de noviembre de 1793 de Jefferson a los ministros de la Gran Bretaña y de Francia) la doctrina Galiani.

A pesar de todo este acuerdo se habrían de presentar nuevos problemas, las más de las veces violentos. En 1825 Rusia tomaba una nueva iniciativa al reclamar el mar de Behring como parte integrante de su territorio. Más tarde los Estados Unidos reclaman el mismo mar, pero lo pierden en sentencia arbitral de 1893.

En 1862 España realiza una gestión diplomática ante el gobierno de los Estados Unidos, en la que reclama 6 millas de mar territorial alrededor de Cuba entonces colonia española. Washington responde que por su parte aceptaba el principio general enunciado por "los publicistas" y aceptado por las potencias marítimas que establece que su jurisdicción se extiende sobre tres millas de mar que bañe las costas del Estado ribereño.

El concepto de mar territorial tuvo como derivación el de zona de pesca o zona contigua de pesca. Esta es una faja adyacente al mar territorial, en la cual el Estado no tendría derechos soberanos, pero sí el derecho de fijar normas para la pesca, la cual se debería reservar exclusivamente a sus nacionales. Se trata, de un carácter exclusivamente económico

y que al igual que en el caso del mar territorial, se vuelve un motivo de nuevas controversias.

La primera tentativa de fijar por acuerdo internacional la extensión del mar territorial se dio en la Conferencia para la Codificación del Derecho Internacional realizada en La Haya, en el año de 1930 y bajo los auspicios de la Sociedad de Naciones. El tema del mar territorial ocupó uno de los tres temarios en discusión.

A pesar de todos los esfuerzos no se llegó a ningún acuerdo y la Sesión Plenaria no pudo tomar ninguna decisión.

El 28 de septiembre de 1945, el Presidente Truman en calidad de representante de la mayor potencia de entonces, los Estados Unidos, tomó una decisión que habría de revolucionar el Derecho Internacional. Emitió dos proclamas cuyas consecuencias habrían de influir sobre el Derecho del Mar. Se trata de las Proclamas sobre los Recursos Naturales del Subsuelo y del Fondo del Mar de la Plataforma Continental y sobre Pesqueras y Costeras en Ciertas Áreas del Alta Mar.

La primera Reunión de Consulta de los cancilleres americanos celebrada en Panamá, de septiembre a octubre de 1939 aprobó, la declaración de Panamá con la cual se establece que la extensión de las costas de las repúblicas americanas necesitan de una zona de seguridad, extendiéndose, en algunos puntos hasta varias centenas de millas. Este fue un paso conceptual muy importante. En esa junta, los países americanos no reclamaron derechos de soberanía marítima, porque reconocían que las zonas de alta mar eran patrimonio universal, sólo pretendían que se les dejara aprovechar sus recursos en forma exclusiva.

Como resultado de la proclama de Truman de 1945, varios estados latinoamericanos reclamaron, posteriormente 200 millas como zona exclusiva de pesca en el Pacífico Sur y establecieron solicitud de licencia de embarcaciones extranjeras que quisieran operar en tales áreas.

En 1947 fue la segunda ocasión en que los países americanos volvieron a declararse interesados en aguas bien lejanas a la de sus mares territoriales al firmar el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), en cuyo Artículo 4 se establece la región dentro de la cual, un ataque armado contra cualquier país americano, será considerado como ataque contra todos.

En la Conferencia de Santo Domingo celebrada en 1971, Venezuela asumió la tesis del mar patrimonial, copatrocinada en el Comité de Fondos Marinos, por Colombia y Ecuador. Esta tesis recibió una extraordinaria acogida no sólo en los países africanos y asiáticos, convirtiéndose en la posible solución aglutinadora entre las tesis 12 millas de soberanía del mar territorial - defendida por la mayor parte de las grandes potencias - y la fórmula de una mayor extensión de soberanía del mar territorial, que en algunos casos fue fijada en 200 millas y que fue propiciada por varios países latinoamericanos. El concepto de "Mar Patrimonial" establece la soberanía sobre una anchura de 12 millas a partir de la costa y amplía la anchura con una fórmula teórica, denominada "Zona Económica", con extensión máxima de 200 millas, en las que se mantendrá la libertad de navegación y sobrevuelo, y la instalación de cables y tuberías.

La reforma que hoy comentamos reivindica para la Nación, una zona exclusiva, lo que significa que se afirman ciertos derechos soberanos sobre los recursos naturales, renovables y no renovables, que existen en la zona mencionada lo que implica que México ejercerá derechos soberanos en dicha área. Entendemos que ello significa que México tendrá derechos preferenciales, sobre todo, para la explotación, en una superficie de más de dos millones de kilómetros cuadrados sobre los recursos que se encuentren en los fondos oceánicos, el subsuelo del fondo marino y en la columna de agua en sí.

Es indudable que estamos ante una figura nueva y revolucionaria del derecho internacional, que está tomando forma e incluso consolidándose durante el curso de la Tercera Conferencia Internacional de Estados de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar que, como ustedes saben, aún no se concluye , que ha tomado e institucionalizado la vieja aspiración de muchos países, sobre todo en vías de desarrollo, de que se les reconozca, por la Comunidad Internacional la reivindicación de las riquezas marinas contiguas a sus costas.

No era posible permanecer impasibles ante el hecho de que las grandes potencias estuvieran explotando nuestros recursos marinos en una distancia muy relativa, más allá de la jurisdicción de las aguas territoriales, basados en que estaban capturando especies que se encontraban en "alta mar". Creemos que con la creación de la ZEE la situación anterior ya no podrá ser avalada ni por el derecho nacional ni por el Derecho Internacional.

De acuerdo con la adición constitucional la ZEE se extenderá hasta 200 millas marinas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial, lo que significa que México continúa conservando plena soberanía sobre su mar territorial (12 millas) lo cual es indiscutido e indiscutible, de acuerdo con los artículos 27, 42 y 48 de la Carta Magna. Lo que la Nación proclama en estos momentos es una ZEE de 188 millas contadas más allá del límite exterior de las aguas nacionales pero que para efectos de su delimitación, esta se hará a partir de la línea de base en que se mide el mar territorial.

Entendemos de acuerdo a lo anterior, que México no se abroga soberanía plena y absoluta sobre la ZEE sino que solamente ejercerá ciertos derechos soberanos sobre los recursos que se encuentren en la misma.

No era posible ganar la batalla de las 200 millas náuticas de mar territorial, como legítimamente deseaban varios países, sobre todo con un grado relativo de desarrollo. No obstante, México respeta el consenso internacional

que cristaliza en la tesis de las 200 millas marinas como ZEE.

La misma adición aclara que en los casos de Estados opuestos o contiguos, México está en la mejor disposición de negociar, mediante acuerdos bilaterales con los Estados interesados, acuerdos que contengan un justo y equitativo reparto del espacio marino opuesto o contiguo, lo cual está en plena consonancia con la práctica seguida en el Derecho Internacional.

La decisión tomada por la soberanía nacional, de ninguna manera es contraria al derecho internacional, sino por el contrario, hace suya la expresión mayoritaria, sino es que unánime, de la Conferencia de NN. UU. sobre el Derecho del Mar, plasmada en los textos únicos de la sesión celebrada en 1975, en Ginebra, Suiza. Es más, la actitud tomada por México vendrá a avalar esa corriente, que constituye un acuerdo implícito que ha servido de fundamento internacional de la posición asumida por México, según lo aseveró atinadamente en días pasados nuestro Canciller licenciado García Robles. Por otro lado, y desde un punto de vista interno, es innegable la enorme urgencia que existe de aprovechar en beneficio del pueblo mexicano los recursos de los espacios marinos que están próximos a nuestra costas y aguas territoriales, lo que de por sí justificaría la decisión soberana tomada.

Una de las repercusiones más importantes de la adición constitucional que hoy comentamos, es la cristalización de un anhelo viejo del pueblo mexicano: reivindicar la totalidad de las aguas del Golfo de California, pues con la declaración de la ZEE, dicho Golfo se "cerrará" en beneficio exclusivo del pueblo mexicano. Por fin, nuestros anhelos se concretizan sin violar las reglas del Derecho Marítimo Internacional.

Para concluir rindo mi reconocimiento más profundo, al patriotismo que impulsó al Presidente Echeverría, a resguardar valiosos recursos de la Nación serán de gran beneficio para nuestro pueblo y sobre todo para las futuras generaciones de mexicanos.

Le rindo mi cálido homenaje al Presidente de México, porque su decisión representa hacer tangible un ideal revolucionario, el de reivindicar todos los recursos naturales que nos corresponden, para impulsar el desarrollo económico de México.

Le brindo al Presidente de México, y propongo que todos los aquí presentes lo hagamos, nuestra firme solidaridad, no solamente por lo antes expresado, sino porque la adición constitucional que nos ocupa, equivale al hecho de que nos entregue, a todos los mexicanos, una Patria más grande, con más recursos, ¡con más espacio vital! (sin afectar a nadie), en la que indiscutiblemente se desarrollará el pujante México que desde ahora vislumbramos. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

El Secretario senador diputado Luis Fernando Solís Patrón tomará la votación negativa.

El C secretario senador Pascual Bellizzia Castañeda: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la asamblea si el asunto se encuentra suficientemente discutido.

Suficientemente discutido, señor Presidente.

El secretario diputado Luis Fernando Solís Patrón tomará la votación negativa.

El secretario senador Pascual Bellizzia Castañeda la positiva.

(Votación.)

El proyecto de Declaratoria fue aprobada por 25 votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales. (Aplausos.)

NOMBRAMIENTO

- El mismo C. secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

El C. Presidente de la República con fundamento en el artículo 3o. de la Ley Orgánica del Tribunal de la Federación, ha designado con fecha primero del mes en curso, a la C. licenciada Silvia Eugenia Díaz Vega, Magistrado del Tribunal Fiscal de la Federación, en substitución del C. licenciado Juan Manuel Terán Contreras, a quien le fue concedida licencia para estar separado de dicho cargo.

Lo que hago del conocimiento de ustedes, para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 20 de enero de 1976.- El secretario, licenciado Mario Moya Palencia."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Servicios Administrativos

- El C. secretario Luis Fernando Solís Patrón:

"Comisión de Relaciones Exteriores.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 26 de diciembre de 1975, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Ofelia Anaya de Hasse, pueda prestar servicios como empleada en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en la ciudad de México.

En sesión efectuada por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el 8 de enero, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria ha acreditado su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento a nombre de Ofelia Anaya Pacheco;

b) Que los servicios que la propia solicitante prestará al Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, serán de carácter estrictamente administrativo;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del Apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Ofelia Anaya Pacheco, para prestar servicios como empleada en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en la ciudad de México.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 9 de enero de 1976.- Senadores José Rivera Pérez Campos. - Diputado Leonardo Rodríguez Alcaine.- Senador Emilio González Parra. - Diputado Abraham Talavera López."

- El mismo C. Secretario: Segunda lectura. Está a discusión el proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra. Fernando Solís Patrón recogerá la votación afirmativa.

El secretario senador Pascual Bellizzia Castañeda, la negativa.

(Votación.)

Fue aprobado por unanimidad de 26 votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. secretario senador Pascual Bellizzia Castañeda: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

- El C. Presidente (a las 12:35 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 29 de enero, a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"