Legislatura XLIX - Año III - Período Extraordinario - Fecha 19760518 - Número de Diario 7
(L49A3P1eN007F19760518.xml)Núm. Diario:7ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES.
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
XLIX LEGISLATURA.
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos,
el 21 de septiembre de 1921.
AÑO III México, D. F., Martes 18 de Mayo de 1976 TOMO III.- NUM. 7
PERIODO EXTRAORDINARIO.
SUMARIO
Apertura.
Orden del Día.
Acta de la sesión anterior. Se aprueba..
DICTÁMENES A DISCUSIÓN.
Licencia.
Concedida al C. ingeniero Efraín Humberto Garza Flores, para separarse de sus funciones como diputado federal, por haber sido designado Delegado del Departamento del Distrito Federal. Se aprueban los puntos de Acuerdo respectivo .
Ley Federal de Reforma Agraria.
Proyecto de Decreto que reforma los artículos 117, 126, 130, 155, 166, 167, 168, 169 y 170, de la Ley expresada.
Segunda lectura. El C. diputado Gustavo Nabor Ojeda da lectura a modificaciones hechas al dictamen, Se dispensa la segunda lectura de las mismas .
A discusión en lo general con las modificaciones presentadas. En apoyo del dictamen habla el E. diputado Diódoro Carrasco Palacios. Se aprueba en lo general por unanimidad. A discusión en lo particular, sin ella, se aprueba por unanimidad. Pasa al Senado .
MINUTA.
Ley Federal para el Fomento de la Pesca.
La H. Cámara de Senadores envía Minuta con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley citada. Se turna a Comisiones.
Orden del Día.
Lectura de la Orden del Día de la sesión próxima. Se levanta la sesión ..
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO MANUEL RAMOS GURRIÓN.
(Asistencia de 165 ciudadanos diputados.)
APERTURA.
- El C. Presidente (a las 12:10 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA.
El C. secretario Rogelio García González: "Período extraordinario de Sesiones XLIX Legislatura. Cámara de Diputados.
Orden del Día.
18 de mayo de 1976.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Dictámenes a discusión.
De la Comisión de Permisos Constitucionales con puntos de acuerdo, relativos a la solicitud de licencia del C. diputado ingeniero Efraín Humberto Garza Flores.
De las Comisiones unidas de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, de Asuntos Agrarios, de Hacienda, Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto, que reforma los artículos 117, 126, 130, 155, 166, 167, 168, 169 y 170, de la Ley Federal de Reforma
Agraria.
Minuta.
Con proyecto de Decreto, que reforma y adiciona la Ley Federal para el Fomento de la Pesca que remite la Colegisladora."
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
- El mismo C. Secretario:
"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, el día trece de mayo de mil novecientos setenta y seis.
Presidencia del C. Manuel Ramos Gurrión.
En la ciudad de México, a las doce horas y quince minutos del jueves trece de mayo de mil novecientos setenta y seis, con asistencia de ciento sesenta y ocho ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura de la Orden del Día y del acta de la sesión anterior celebrada el día once de los corrientes, la que sin discusión se aprueba.
Se da cuenta de los documentos en cartera:
El C. doctor Armando León Bejarano, suscribe atenta invitación a la solemne que tendrá lugar el día dieciocho del actual, en la ciudad de Cuernavaca, en la cual asumirá el cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, para el período 1976- 1982.
Para concurrir al acto mencionado, la Presidencia designa en comisión para llevar la representación de este Cuerpo Legislativo a los ciudadanos diputados Daniel A. Moreno Díaz, Francisco Javier Gutiérrez Villarreal, José Castillo Pombo y Roque González Urriza.
El C. ingeniero Efraín Humberto Flores Garza, diputado federal propietario, solicita licencia para separarse de sus funciones, en virtud de haber sido designado por el señor Presidente de la República, Delegado del Departamento del Distrito Federal en Iztapalapa. Recibo y a la Comisión de Permisos Constitucionales.
El C. diputado Alejandro Cañedo Benítez, da lectura y funda una moción suspensiva, a efecto de que la segunda lectura del dictamen sobre la Ley General de Asentamientos Humanos, se posponga para el final de este período extraordinario de sesiones.
El C. diputado Luis del Toro Calero usa de la Tribuna para expresar que la moción anterior ha sido presentada fuera de Reglamento; sin embargo la impugna y manifiesta que, precisamente por la importancia que entraña la iniciativa de Ley, debe someterse a discusión desde luego. Termina solicitando a la Asamblea deseche la moción suspensiva por infundada.
Los ciudadanos diputados en votación económica desechan la moción del C. Cañedo Benítez.
La Secretaría informa a la Asamblea de la presencia en el Recinto de los siguientes invitados de honor: licenciado Antonio Carrillo Flores, Presidente de la Conferencia Mundial sobre Población, dependiente de la Organización de las Naciones Unidas; Barra Mexicana de Abogados; Consejo Nacional de Población; Sociedad Mexicana de Planificación; Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística; Colegio de México; Consejo técnico de la Vivienda; Concanaco; círculo Plenario de Economistas de México; Concamin y Colegio de Arquitectos.
El C. diputado Feliciano Calzada Padrón, miembro de las Comisiones Dictaminadoras, da segunda lectura al dictamen que contiene el proyecto de Ley General de Asentamientos Humanos, emitido por las Comisiones Unidas de Planeación del Desarrollo Económico y Social; de Estudios Legislativos; de Puntos Constitucionales y de Gobernación.
A su vez, el C. diputado Filiberto Soto Solís, miembro de las mismas Comisiones, da lectura a las modificaciones hechas al dictamen, y solicita se dispense la segunda lectura de las mismas, a efecto de que se sometan conjuntamente a discusión con el proyecto de Ley.
La Asamblea en votación económica, dispensa la segunda lectura de las modificaciones.
A discusión en lo general con las modificaciones propuestas.
Hacen uso de la palabra, en contra, el C. José Angel Conchello Dávila; en pro, los CC. Ezequiel Rodríguez Arcos, Héctor Valencia Mallorquín, Salvador Castañeda O'Connor, Fernando Estrada Sámano; por las Comisiones Dictaminadoras, los CC. Mariano Araiza Zayas y Antonio Martínez Báez. Suficientemente discutido en lo general, en votación nominal se aprueba por ciento sesenta y tres votos en favor y cuatro en contra.
Después de un receso de treinta minutos se reanuda la sesión.
A discusión el proyecto de Ley en lo particular.
Se abre el registro de oradores y varios ciudadanos diputados reservan los artículos siguientes para su impugnación: 3o., 9o., 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 25, 27, 28, 31, 34, 35, 36, 40, 41, 42, 43 y 47. A discusión el artículo 3o. fracciones I, II, III, IV y V. Intervienen, para proponer una modificación el C. Héctor González García; por las Comisiones el C. Mario Araiza Zayas; por segunda ocasión los mismos oradores
Suficientemente discutido, en votación económica, se desecha la modificación. Se reserva para su votación nominal en conjunto.
A debate el artículo 9o. fracción III.
Hablan, para proponer una adición, el C. Javier Heredia Talavera; por las Comisiones, el C. Filiberto Soto Solís. Se desecha la adición. Se reserva el artículo para su votación en conjunto.
En el uso de la palabra el C. Gerardo Medina Valdez, expresa que en virtud de haber reservado 19 artículos para su impugnación, y en obvio de tiempo propone a las comisiones que acepten estudiarlas en el escrito que presenta, y de ser así, solamente hará uso de la tribuna para tratar los artículos 18, 21 y 40.
Las comisiones, por conducto del C. diputado Araiza Zayas aceptan la proposición. En el mismo sentido se pronuncia la Asamblea.
A discusión el artículo 11.
El C. Abel Vicencio Tovar propone una adición al mismo; a petición de las comisiones se reserva para su estudio, previa aprobación de la Asamblea.
A debate el artículo 14, fracciones I y IV.
Para proponer una adición a la fracción I y reformas a la fracción IV, usa de la palabra el C. Alfredo Oropeza García A petición de las comisiones y con la aprobación de la Asamblea,
se reservan los textos propuestos para su estudio.
En relación a los artículos 16, 17, 27, 28 y 41, hace uso de la tribuna el C. diputado Manuel González Hinojosa.
Las comisiones, por conducto del C. Araiza Zayas y con la aprobación de la Asamblea, ruega se le hagan llegar los textos de las proposiciones formuladas por el C. González Hinojosa, para su estudio.
A debate el artículo 17.
El C. Pedro Bonilla Díaz de la Vega propone se suprima dicho artículo; el C. Filiberto Soto Solís a nombre de las comisiones pide se reserve la proposición para su estudio. La Asamblea da su aprobación en este sentido, previas aclaraciones de los CC. González Hinojosa y Araiza Zayas.
El C. Gerardo Medina Valdez usa de la tribuna para proponer modificaciones a los artículos 18, 21 y 40. Oportunamente las comisiones solicitan el texto de las modificaciones para su estudio una vez que la Asamblea, sucesivamente, da su anuencia.
A continuación, el C. Mariano Araiza Zayas a nombre de las comisiones dictaminadoras acepta la modificación propuesta por el C. Abel Vicencio Tovar al artículo 11. Se reserva para su votación nominal en conjunto.
A su vez el C. Feliciano Calzada Padrón, miembro de las comisiones expresa que éstas aceptan la adición a la fracción I del artículo 14, propuesta por el C. Alfredo Oropeza García; no así en lo que se refiere a las reformas a la fracción IV del mismo artículo, por lo que pide sean desechadas.
La Asamblea en votación económica las desecha. Se reserva el artículo para su votación nominal en conjunto.
El propio diputado Calzada Padrón aprovecha la oportunidad para referirse a lo expresado esta mañana por dos señores diputados, sin partido, que insistieron y coincidieron con las declaraciones de un pequeño sector de la iniciativa privada, en que la Ley General de Asentamientos Humanos, había sido reformada por ellos.
Hace comentarios sobre el particular y concluye diciendo a los que atacan a la XLIX Legislatura que, efectivamente la actual Legislatura actúa en torno a una consigna girada desde el primer momento y aceptada con beneplácito: La de trabajar incansablemente para cumplir con el deber ciudadano contraído, de servir al pueblo de México.
Vuelve a la tribuna el C. Mariano Araiza Zayas para tratar lo referente a las modificaciones propuestas por el C. Medina Valdez a los Artículos 18, 21 y 40. Manifiesta que las Comisiones por su conducto, aceptan la modificación al artículo 18 a la cual da lectura. Asimismo las Comisiones aceptan se agregue la palabra "también" al texto del artículo 40.
En lo que se refiere al artículo 21, las Comisiones consideran que está perfectamente definido, y por lo tanto rechazan la modificación propuesta.
En vista de lo anterior, el C. Gerardo Medina reitera su impugnación al artículo 21.
Los artículos 28 y 40 discutidos, se reservan para su votación nominal.
El C. Filiberto Soto Solís, integrante de las Comisiones, rechaza, a nombre de las mismas las modificaciones propuestas por el C. Gerardo Medina Valdez a los artículos 9, 10, 12, 14, 16, 17, 25, 31, 33, 35, 42, 43, 41 y 47, porque comprenden supresiones y adiciones, y no correcciones de estilo como afirmó el C. Medina Valdez. Referente al artículo 15, las Comisiones sí aceptan la modificación propuesta.
Como en el caso anterior, el C. Gerardo Medina reitera las objeciones a los artículos rechazados, y en tal virtud se reservan para su votación nominal.
Para rechazar las modificaciones propuestas por el C. Manuel González Hinojoso, a los artículos 16, 17, 18, 28 y 41, hace uso de la palabra el C. José Ortiz Arana, miembro de las Comisiones Dictaminadoras. Hace consideraciones sobre el particular y solicita a la Asamblea rechace asimismo dichas modificaciones.
Para insistir en su tesis interviene el C. Manuel González Hinojosa; para contestar los conceptos, nuevamente el C. Ortiz Arana.
Suficientemente discutidos los artículos 16, 17, 27, 28 y 41, se reservan para su votación nominal.
Se procede a recoger la votación nominal de los artículos impugnados, que no sufrieron modificaciones, que son los artículos 3o., 9o., fracción III; 16, 17, 27, 28 y 41, que se aprueban por ciento veinticuatro votos en favor y catorce en contra.
Los artículos no impugnados y los artículos 11, 14, 15, 18 y 40, cuyas modificaciones propuestas fueron aceptadas por la Asamblea , se aprueban por ciento treinta y siete votos de la afirmativa, por uno de la negativa.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley General de Asentamientos Humanos, pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Agotados los asuntos en cartera, se da lectura a la Orden del Día de la sesión próxima
A las veinte horas y veinticinco minutos, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes dieciocho del actual, a las once horas."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Aprobada, señor Presidente.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN.
Licencia.
- El mismo C. Secretario:
"Comisión de Permisos Constitucionales.
Honorable Asamblea:
A la Comisión que suscribe, fue turnada por acuerdo de vuestra soberanía en sesión efectuada el día 13 del actual, la solicitud de licencia
que presentó el ciudadano diputado ingeniero Efraín Humberto Garza Flores, para separarse de sus funciones como diputado federal por el IV Distrito Electoral del Distrito Federal, a fin de poder desempeñar el cargo de Delegado del Departamento del Distrito Federal en Iztapalapa.
En la Primera Junta Preparatoria de fecha 17 de agosto de 1973, fue aprobado un dictamen con los siguientes puntos resolutivos:
"Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el IV Distrito del Distrito Federal.
Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión los CC. ingeniero Efraín Humberto Garza Flores y Leopoldo Núñez Flores, propietario y suplente, respectivamente."
Ahora bien, en vista de que, de conformidad con el artículo 62 de la Constitución Federal, los diputados y senadores propietarios, durante, el período de su encargo, no podrán desempeñar ninguna otra comisión o empleo de la Federación o de los Estados, por los cuales se disfrute sueldo, sin licencia previa de la Cámara respectiva; pero entonces cesarán en sus funciones representativas, mientras dure la nueva ocupación. La misma regla se observará con los diputados y senadores suplentes, cuando estuvieren en ejercicio. La infracción de esta disposición será castigada con la pérdida del carácter de diputado o senador, y basándose en lo perpetuado por el artículo 53 constitucional, propone a la honorable Asamblea los siguientes
PUNTOS DE ACUERDO.
Primero. Se concede licencia por tiempo indefinido al ciudadano ingeniero Efraín Humberto Garza Flores para que se separe de sus funciones como diputado federal, para desempeñar el cargo de Delegado del Departamento del Distrito Federal en Iztapalapa.
Segundo. llámese al suplente.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 14 de mayo de 1976.
Carlos Sansores Pérez.- Carlos A. Madrazo Pintado.- Flavio Romero de Velasco. - Píndaro Urióstegui Miranda.- Mario Ruiz de Chávez García.- Juan C. Peña Ochoa."
Están a discusión los puntos de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueban. Aprobados los puntos de Acuerdo, señor Presidente.
LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA.
- El mismo C. Secretario:
"Comisiones unidas de Desarrollo de los Cursos Naturales y Energéticos, de Asuntos Agrarios, de Hacienda, Crédito Público y Seguros, y de Estudios Legislativos.
Honorable Asamblea:
Dentro del lapso transcurrido desde la fecha en que se dio primera lectura al dictamen de las suscritas Comisiones, se han cambiado impresiones con los miembros que integran las mismas, sobre la conveniencia de introducir modificaciones al proyecto de Decreto de reformas a la Ley Federal de Reforma Agraria.
Con objeto de aclarar su contenido, se reformaron los artículos 126 y 169 relativos a la forma de integrar los Comités Técnicos y de Inversión de Fondos de los Fideicomisos de Apoyo a la Industria Rural y Fondo Nacional de Fomento Ejidal, se expresa en estos artículos que cada Comité Técnico se integra por un representante propietario y un suplente de las Secretarías y del sector campesino señalados en dichas normas, el texto de los artículos es el siguiente:
"Artículo 126. ...
..
Tercer párrafo. Este fideicomiso contará con un Comité Técnico y de Inversión de Fondos, integrado por un representante propietario y un suplente, de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Reforma Agraria, de Industria y Comercio, así como de la Financiera Nacional de Industria Rural, S. A., y un representante del Sector Campesino que será designado por el Ejecutivo Federal."
..
"Artículo 169. Se constituye el Comité Técnico y de Inversión de Fondos, para el manejo exclusivo y permanente del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal, integrado con un representante propietario y un suplente de las Secretarías de la Reforma Agraria, Agricultura y Ganadería, Hacienda y Crédito Público, Industria y Comercio, Financiera Nacional de Industria Rural, S. A., y del sector campesino ejidal que será designado por el Ejecutivo Federal."
..
Por otra parte se propone la modificación al artículo 155. Dicha modificación obedece a que, de su redacción actual podría interpretarse que la banca privada no debía canalizar sus recursos al sector ejidal, razón por la que se mejora la redacción, haciéndola acorde con las disposiciones de la Ley de Crédito Rural en vigor.
El texto del artículo sería el siguiente:
"Artículo 155. Las instituciones del sistema oficial de crédito rural deberán atender las necesidades crediticias de ejidos y comunidades en forma preferente y conforme al orden establecido en el artículo 59 de la Ley General de Crédito Rural. El crédito de las instituciones de crédito privadas para ejidos y comunidades, deberá ajustarse a las reglas que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público."
Por lo que respecta al artículo 2o. transitorio, se considera conveniente proponer una modificación a los términos de la facultad que se le concede a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de otorgar al personal de base de FONAFE, las equivalentes en categoría y sueldo a los que se encuentren
desempeñando, mediante una nueva redacción que disponga claramente que esta Secretaría procurará otorgar dichas plazas a fin de que la facultad sea ejercida de manera potestativa y en la medida de las posibilidades presupuestarias del Gobierno Federal.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de mayo de 1976. Comisión de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos.- Presidente, José de Jesús Medellín Muñoz.- Secretario, Flavio Romero de Velasco.- Sección Minerales: Jesús López González.- Higinio Chávez Marmolejo.- Luis Dantón Rodríguez.- Gustavo Garibay Ochoa.- Aurelio Zamora García.- Julio Cortazar Terrazas.- Gustavo Nabor Ojeda Delgado.- Anselmo Ibarra Beas.- Victor Rocha Martín.- Ramiro Oquita y Meléndrez.- Héctor González García.- Ignacio Vázquez Torres. Comisión de Asuntos Agrarios.- Presidente, Celestino Salcedo Monteón.- Secretario, Diódoro Carrasco Palacios. Sección Comercialización e Industrialización de los Productos Agropecuarios y Ejidales, Rafael Tristán López.- Ramiro Rodríguez Cabello.- Ernesto Aguilar Cordero.- Angélica Morlet Leyva.- Javier Barrios González.- Angel González Estrada.- Victor Rocha Marín.- Héctor G. Valencia Mallorquín.- Héctor González García.- Javier Heredia Talavera.- José Mario Rivas Escalante. Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros. - Presidente, Mario Vargas Saldaña.- Secretario, Feliciano Calzada Padrón. Sección Crédito.- Diódoro Carrasco Palacios.- Salvador Robles Quintero. - Fidel Herrera Beltrán.- Ignacio Carrillo Carrillo.- Alfonso Gómez de Orozco. - Ismael Villegas Rosas.- David Ramírez Cruz.- Antonio Martínez Báez.- Jesús Enríquez Burgos.- Jorge Hernández García.- Eugenio Ortiz Walls. Comisión de Estudios Legislativos.- Presidente, Píndaro Urióstegui Miranda.- Secretario, Antonio Torres Gómez, Sección Amparo.- Luis del Toro Calero.- José Ortiz Arana.- Jaime Esteva Silva.- Manuel González Hinojosa.- Belisario Aguilar Olvera. - Juan c. Peña Ochoa. Sección Administrativo.- José Ortiz Arana.- Humberto Hernández Haddad.- Hilario Punzo Morales.- Arturo González Cosío Díaz.- Angel Rubio Huerta.- Julio Cortazar Terrazas.- José Luis Escobar Herrera."
En virtud de haber sido profusamente distribuido entre los CC. diputados el articulado respectivo, se pregunta a esta Asamblea si se omite la lectura del mismo.
Los que estén por la afirmación sírvanse manifestarlo.
Dispensada, señor Presidente.
El C. Gustavo Nabor Ojeda Delgado: Pido la palabra.
El C. Presidente: Con qué objeto.
El C. Nabor Ojeda: Para adiciones al dictamen de Ley de Reforma Agraria.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Ojeda.
"Comisiones unidas de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, de Asuntos Agrarios, de Hacienda, Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos.
Honorable Asamblea:
Dentro del lapso transcurrido desde la fecha en que se dio primera lectura al dictamen de las suscritas Comisiones, se han cambiado impresiones con los miembros que integran las mismas, sobre la conveniencia de introducir modificaciones al Proyecto de Decreto de reformas a la Ley Federal de Reforma Agraria.
Con objeto de aclarar su contenido, se reformaron los artículos 126 y 169 relativos a la forma de integrar los Comités Técnicos y de Inversión de Fondos de los fideicomisos de Apoyo a la Industria Rural y Fondo Nacional de Fomento Ejidal, se expresa en estos artículos que cada Comité Técnico se integra por un representante propietario y un suplente de las Secretarías y del Sector Campesino señalados en dichas normas, el texto de los artículos es el siguiente:
"Artículo 126.
..
Tercer párrafo. Este fideicomiso contará con un Comité Técnico y de Inversión de Fondos, integrado por un representante propietario y un suplente, de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Reforma Agraria, de Industria y Comercio, así como de la Financiera Nacional de Industria Rural, S. A., y un representante del Sector Campesino que será designado por el Ejecutivo Federal."
..
"Artículo 169. Se constituye el Comité Técnico y de Inversión de Fondos, para el manejo exclusivo y permanente del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal, integrado con un representante propietario y un suplente de las Secretarías de la Reforma Agraria, Agricultura y Ganadería, Hacienda y Crédito Público. Industria y Comercio, Financiera Nacional de Industria Rural, S. A., y del Sector Campesino Ejidal que será designado por el Ejecutivo Federal."
..
Por otra parte se propone la modificación al artículo 155. Dicha modificación obedece a que, de su redacción actual podría interpretarse que la banca privada no debía canalizar sus recursos al sector ejidal, razón por la que se mejora la redacción, haciéndola acorde con las disposiciones de la Ley de Crédito Rural en vigor.
El texto del artículo será el siguiente:
"Artículo 155. Las Instituciones del sistema oficial de crédito rural deberán atender las necesidades crediticias de ejidos y comunidades en forma preferente y conforme al orden establecido en el Artículo 59 de la Ley General de Crédito Rural. El crédito de las instituciones de crédito privadas para ejidos y comunidades, deberá ajustarse a las reglas que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público."
Por lo que respecta al artículo 2o. transitorio, se considera conveniente proponer una modificación a los términos de la facultad que se le concede a la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público de otorgar al personal de base de FONAFE, las equivalentes en categoría y sueldo a las que se encuentren desempeñando, mediante una nueva redacción que disponga claramente que esta Secretaría procurará otorgar dichas plazas a fin de que la facultad sea ejercida de manera potestativa y en la medida de las posibilidades presupuestarias del Gobierno Federal.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de mayo de 1976. Comisión de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos.- Presidente, José de Jesús Medellín Muñoz. - Secretario, Flavio Romero de Velasco.- Sección Minerales: Jesús López González.- Higinio Chávez Marmolejo.- Luis Dantón Rodríguez.- Gustavo Garibay Ochoa.- Aurelio Zamora García.- Julio Cortazar Terrazas.- Gustavo Nabor Ojeda Delgado.- Anselmo Ibarra Beas.- Victor Rocha Marín.- Ramiro Oquita y Meléndez. - Héctor González García.- Ignacio Vázquez torres. Comisión de Asuntos Agrarios.- Presidente, Celestino Salcedo Monteón.- Secretario, Diódoro Carrasco Palacios. Sección Comercialización e Industrialización de los Productos Agropecuarios y Ejidales, Rafael Tristán López.- Ramiro Rodríguez Cabello.- Ernesto Aguilar Cordero.- Angelina Morlet Leyva.- Javier Barrios González.- Angel González Estrada.- Víctor Rocha Marín.- Héctor G. Valencia Mallorquín.- Héctor González García.- Javier Heredia Talavera.- José Mario Rivas Escalante. Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros. - Presidente, Mario Vargas Saldaña.- Secretario, Feliciano Calzada Padrón. Sección Crédito.- Diódoro Carrasco Palacios.- Salvador Robles Quintero.- Fidel Herrera Beltrán.- Ignacio Carrillo Carrillo.- Alfonso Gómez de Orozco.- Ismael Villegas Rosas.- David Ramírez Cruz.- Antonio Martínez Báez.- Jesús Enríquez Burgos.- Jorge Hernández García.- Eugenio Ortiz Walls. Comisión de Estudios Legislativos.- Presidente, Píndaro Urióstegui Miranda.- Secretario, Antonio Torres Gómez, Sección Amparo.- Luis del Toro Calero.- José Ortiz Arana.- Jaime Esteva Silva.- Manuel González Hinojosa.- Belisario Aguilar Olvera.- Juan C. Peña Ochoa. Sección Administrativo.- José Ortiz Arana.- Humberto Hernández Haddad.- Hilario Punzo Morales.- Arturo González Cosío Díaz.- Angel Rubio Huerta.- Julio Cortazar Terrazas.- José Luis Escobar Herrera." Es importante destacar que en estas modificaciones participaron el diputado Blanco Sánchez y el diputado Vicencio Tovar, del PAN, con valiosas aportaciones.
Señor Presidente: Por ser de vital importancia para el sector agrario, suplico a la Presidencia ponga a la consideración de la Asamblea si se dispensa la segunda lectura de estas modificaciones y de inmediato se ponga a discusión.
El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la lectura de las modificaciones propuestas por el diputado Ojeda.
El C. secretario Rogelio García González: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se consulta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura de las modificaciones propuestas y se pone a consideración de inmediato con el dictamen emitido por las mismas Comisiones el día 11 del presente mes.
Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.
Dispensada, señor Presidente.
El C. Presidente: En consecuencia está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.
Tiene la palabra el diputado Diódoro Carrasco.
El C. Diódoro Carrasco: Señor Presidente, compañeros diputados:
"He solicitado el uso de la palabra para hacer unas breves reflexiones en torno al dictamen de reformas a la Ley de Reforma Agraria, que el señor Presidente envío a esta Cámara y que las comisiones han dictaminado en los términos que acabamos de escuchar.
Es evidente que el señor Presidente de la República sigue con una permanente preocupación en torno al problema del campo, que, continúa siendo el más importante de este país, y para señalar solamente lo que se relaciona, durante su mandato al Poder Legislativo, ha enviado tanto a la XLVIII como a la actual XLIX Legislatura, una serie de iniciativas que procuran el mejor nivel de los campesinos en todos los órdenes, solamente queremos resaltar de ellas la revolucionaria Ley Federal de Reforma Agraria, la Ley Federal de Aguas en la Legislatura anterior, la primera revoluciona las estructuras del campo mexicano y constituyó el más eficiente instrumento de lucha de los campesinos, y permitió durante su vigencia y dentro del mandato del Presidente Echeverría pese a la opinión de los escépticos avanzar con pasos firmes y definitivos en la aplicación de la Reforma Agraria, resolviendo muchos de los problemas ancestrales de tenencia de la tierra, podemos asegurar sin temor a equivocarnos que la aplicación de esta Ley determinó nuevos rumbos en política agraria, ha beneficiado a los campesinos de México y permitirá llevar a la Reforma Agraria hasta sus últimas consecuencias.
La segunda, la Ley de Aguas, complementó en uno de sus aspectos la Tenencia de la Tierra, regula el adecuado uso del agua y avanza revolucionariamente en uno de sus enunciados al determinar que en los Distritos de Riego que se construyan en el futuro con el dinero del pueblo se fije una superficie máxima a la propiedad particular de 20 hectáreas.
Estas dos Leyes aprobadas por la Legislatura anterior a iniciativa del Presidente Echeverría son la mejor constancia de su inquebrantable decisión para que se resuelvan los problemas de los campesinos de México.
En la actual Legislatura aprobamos la modificación de la Ley de Secretarías de Estado al elevarse a Secretaría de Estado el Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización creándose la Secretaría de la Reforma Agraria,
a uno y a otro el señor Presidente Echeverría aumentó considerablemente sus presupuestos siempre con un objetivo preciso: dar mejor atención a los campesinos y procurar la adecuada solución de sus problemas.
Posteriormente discutimos y aprobamos la Ley de Crédito Rural, quien puede dudar que esta Ley complementa definitivamente la obra legislativa del Presidente Echeverría, permite agilizar los sistemas de crédito llevando los necesarios recursos financieros al hombre del campo, fija metas concretas para aumentar la producción, contempla la necesaria industrialización de los productos agropecuarios al crear la financiera Nacional de Crédito Rural, S. A., entre cuyas facultades destacamos, el crédito a los avecindados y los hijos de campesinos sin tierras, incorporando a este importante sector de mexicanos desposeídos para hacerlos sujetos productivos, la Ley de Crédito Rural por su lado determina nuevas modalidades en la aplicación al proporcionarlo para el consumo familiar para la mujer campesina que así se incorpora como sujeto de crédito y para vivienda campesina.
La aprobación de la Ley de Crédito Rural trajo como consecuencia la necesidad de adecuar la Ley de Reforma Agraria, en los artículos procedentes para que ésta pueda ser consecuente en su aplicación por lo dispuesto en la Ley de Crédito Rural, pero además contemplamos algunas modalidades que indiscutiblemente benefician a los campesinos, de las que queremos resaltar, la creación de dos fideicomisos uno de apoyo a la industria rural que tendrá como fuentes de financiamiento las utilidades que se obtendrán de los terrenos ejidales y comunales expropiados y, destinados para fraccionamientos, por otro lado los bienes expropiados que reviertan como consecuencia del incumplimiento de los campesinos señalados en los Decretos Expropiatorios, y los que después de 5 años de expropiados no cumplen con el fin para el que se hizo la expropiación: estos recursos permitirán que este fideicomiso apoye en gran escala a la necesaria e importante industrialización rural en el campo, por otro lado se fortalece la Financiera Nacional de Industria Rural con el Fideicomiso Fondo de Fomento Ejidal que se integrará con los siguientes recursos: 1. Fondos comunes ejidales. 2. Remanentes que queden de las indemnizaciones en efectivo, por expropiaciones de terrenos ejidales después de la adquisición de las tierras que deban entregarse al núcleo de población y a los ejidatarios afectados y de la creación de fuentes permanentes de trabajo para los mismos, en compensación de los bienes expropiados. 3. Aportaciones del Gobierno Federal y lo Estados y los Municipios. 4. Cuotas de solidaridad que acuerden los Sindicatos Obreros para el sector campesino y 5o. Los demás recursos que obtengan por cualquier otro concepto.
Finalmente es importante anotar que la Financiera de Industria Rural quedará como Fiduciaria del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal la que además captará Recursos del Público que permitan un mejor apoyo al desenvolvimiento del campo. Fundamentalmente en su industrialización.
Debe hacerse notar la desaparición del Fondo Nacional de Fomento ejidal como empresa descentralizada sin que esto lesione al personal de base de la actual Institución, ya que a este se procurará otorgar por la Secretaría de Hacienda plazas equivalentes a las que tienen destinándolo a las distintas Dependencias del Gobierno Federal de acuerdo con sus especialidades.
Las anteriores consideraciones nos hacen ver que nuevamente el señor Presidente de la República, licenciado Luis Echeverría Alvarez, reitera su permanente preocupación por servir a los campesinos de México en cuyos corazones tiene ya ganado un sitio preferente por su revolucionaria obra que ha permitido cambiar las políticas en torno de los campesinos de México.
Quiero concluir pidiendo a los compañeros diputados que se sirvan aprobar en sus términos el dictamen de las comisiones. Muchas gracias. (Aplausos)
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen con las modificaciones propuestas se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. secretario Rogelio García González: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
Los que estén por la afirmación sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido en lo general, señor Presidente.
En consecuencia se va a proceder recoger la votación nominal en lo general. (Votación.)
Fue aprobado en lo general el proyecto de dictamen por unanimidad de 160 votos.
Está a discusión en lo particular con las modificaciones propuestas. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo particular.
(Votación.)
Fue aprobado en lo particular por unanimidad de 162 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
(Aplausos.)
MINUTA.
Ley Federal para el Fomento de la Pesca.
- El mismo C. secretario:
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - Presentes.
Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes expedientes con Minuta Proyecto de Decreto aprobada por esta H. Cámara, por la que Reforma y Adiciona la Ley Federal para el Fomento de la Pesca. Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D. F., 13 de mayo de 1976.- Germán Coronado del Rosal, S. S.- José Castillo Hernández, S. S.
"MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA PESCA.
Artículo primero. Se adiciona al Capítulo Décimo de la Ley Federal para el Fomento de la Pesca, el artículo 78 Bis. en los siguientes términos:
Artículo 78 Bis. A quien posea o adquiera productos pesqueros para comerciar con ellos o industrializarlos, sin obtener la documentación que acredite su procedencia legal, o a quién que acreciendo de dicha documentación, los proporcione o venda a terceros, se sancionará con uno a ocho años de prisión
y multa de $1,000.00 a $100,000.00 cuando el valor de los productos exceda de $2,500.00, calculado al precio oficial para pago de impuestos. Si el valor es inferior a la cantidad indicada, la sanción sólo consistirá en multa de $100.00 a $5,000.00
Las mismas sanciones se aplicarán a quien transborde productos pesqueros de una embarcación a otra, sin contar con permiso de la Secretaría de Industria y Comercio, salvo caso de siniestro. Se equiparan al transbordo cualesquiera maniobras que permitan o faciliten que los productos pesqueros sean recogidos por embarcación distinta de aquella cuya tripulación los capturó.
En todo caso y sin perjuicio de que en su oportunidad se apliquen las sanciones anteriores, se procederá al decomiso de los productos pesqueros, y los vehículos utilizados serán retenidos hasta en tanto se cubra la multa impuesta.
Las multas y el decomiso de productos se aplicarán por la Secretaría de Industria y Comercio, conforme al artículo 88 de la presente Ley, con absoluta independencia de la sanción corporal, y corresponderá a la autoridad judicial federal la aplicación de esta última, a cuyo efecto las autoridades administrativas pondrán los hechos en conocimiento del Agente del Ministerio Público Federal de la jurisdicción, para el ejercicio de la acción penal correspondiente.
Artículo segundo. Se reforman los artículos 78, 89 y 91 de la Ley Federal para el Fomento de la Pesca, para quedar como sigue:
Artículo 78. Son infracciones:
I. ..
II. ..
III. ..
IV. ..
V. ..
VI. ..
VII. ..
VIII. ..
IX. ..
X. ..
XI. ..
XII ..
XIII. ..
XIV. ..
XV. ..
XVI. ..
XVII. ..
XVIII. ..
XIX. Desembarcar productos de pesca comercial de embarcaciones extranjeras sin autorización de la Secretaría de industria y Comercio, salvo en casos Secretaría de Industria y Comercio, salvo en casos de siniestro;
XX. En los demás casos de incumplimiento de la presente Ley. Artículo 89. Se impondrá multa de:
I. ..
II. ..
III. $5,000.00 a $100,000.00 por infracción a los artículos 24; 38, fracción
III: 68, fracciones I, II y III; 78, fracción XIX;
IV. ..
V. $100.00 a $20,000.00 por infracción al artículo 78, fracciones VIII, XI, XII, XIII y XVIII, así como por violación a otras disposiciones de esta Ley.
Artículo 91. Además de las multas previstas en el artículo 89 podrán imponerse simultáneamente, una o más de las siguientes sanciones:
1. Decomiso de productos pesqueros, transportes, instrumentos y artes de pesca, cuando se trate de infracción a los artículos 38, fracción I; 41 y 78, fracciones VI, VII y VIII.
II. ..
III. ..
Artículo tercero Se adiciona una fracción VI al artículo 73 y un párrafo siguiente a las tres fracciones del artículo 95 para quedar dichos preceptos como sigue:
Artículo 73. ..
I. ..
II. ..
III. ..
IV. ..
V. ..
VI. Con el porcentaje de participación en el producto del remate de artículos pesqueros decomisados, conforme lo previene el artículo 95 de la presente Ley.
Artículo 95. A los bienes decomisados se les dará el siguiente destino:
I. ..
II. ..
III. ..
El producto de los remates de que trata este precepto, se distribuirá entre quienes descubran o denuncien la infracción, a razón de un 20%, y el fideicomiso que menciona el artículo 73 de esta Ley, a razón del 80% restante.
TRANSITORIO.
Artículo único . El presente Decreto entrará en vigor al tercer día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., a 13 de mayo de 1976.- Enrique González Pedrero, S. P.- Germán Corona del Rosal, S. S. - José Castillo Hernández, S. S."
- Trámite: Recibo, y a las Comisiones unidas de Desarrollo Pesquero, Patrimonio Nacional, y de Estudios Legislativos.
- El mismo C. Secretario: Señor Presidente, agotados los asuntos en cartera. Se va a proceder a dar lectura a la Orden del Día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA.
- El mismo C. Secretario:
"Periodo Extraordinario de Sesiones de la XLIX Legislatura.
Cámara de diputados.
Orden del Día.
20 de mayo de 1976.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Dictamen de primera lectura.
De las Comisiones unidas de Desarrollo Pesquero, Patrimonio Nacional y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Federal para el Fomento de la Pesca.
Minuta.
Con proyecto de Decreto que reforma los artículos 730, 2317 y 2917 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal."
- El C. Presidente (a las 13:05 horas):
Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 20, a las once horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES".