Legislatura XLIX - Año III - Período Ordinario - Fecha 19751115 - Número de Diario 26
(L49A3P1oN026F19751115.xml)Núm. Diario:26ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS XLIX LEGISLATURA
Registro como artículo de 2a. clase en la Administración, Local de correos el 21 de septiembre de 1921
AÑO III México, D. F., Sábado 15 de Noviembre de 1975 TOMO III. - NÚM. 26
SUMARIO
SUMARIO
Apertura
Orden del Día
Acta de la sesión anterior. Se aprueba
Reformas a los Artículos 27, 73 y 115 de la Constitución General
Dada su importancia, la Secretaría da lectura a la exposición de motivos de la Iniciativa de Reformas y Adiciones a los artículos expresados, la que fue turnada a las comisiones respectivas, en la sesión efectuada el día de ayer
OFICIO DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN
Condecoración
Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Antonio Ramírez Barrera, para que acepte la condecoración del Gobierno de la República del Brasil. Se turna a Comisión
Comunicaciones
Las Legislaturas de los Estados de Aguascalientes y Veracruz, por las que participan la elección de sus Mesas Directivas para el presente mes. De enterado
Invitaciones
Suscritas, respectivamente, por el Consejo Cultural Científico de Francia y por el Consejo Británico de Relaciones Culturales de la Gran Bretaña, a fin de que el C. diputado Fernando Uriarte Hernández, tomando en cuenta su sobresaliente carrera profesional, realice algunas visitas a las Universidades de ambos gobiernos. Se turnan a Comisión
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
El C. diputado Luis León Aponte da lectura al proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley ya mencionada. Primera lectura. Se dispensa la segunda lectura. A discusión en lo general. Apoyan el proyecto de Decreto los CC. Tomás Sánchez Hernández y José Rivera Arreola. Se aprueba en lo general y en lo particular por unanimidad. Pasa al Ejecutivo
Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército Nacional
Proyecto de Reformas y Adiciones a esta Ley. Primera lectura. Se dispensa la segunda. Se aprueba en lo general y en lo particular por unanimidad. Pasa al Ejecutivo
Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales
Proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley de referencia. Primera lectura. Se dispensa la segunda. Se aprueba en lo general y en lo particular por unanimidad. Pasa al Ejecutivo
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
Servicios como Empleado
Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Pablo Martínez Alvarado para que preste servicios como chofer en el Consulado de Túnez, acreditado en esta capital. Segunda lectura. Se aprueba. Pasa al Senado
Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Federal, en Materia Minera
El C. diputado Antonio Torres Gómez, a nombre de las comisiones que dictaminaron este proyecto de Ley, solicita sea devuelto a las Comisiones dictaminadoras, a fin de estudiarlo nuevamente, en virtud de las nuevas aportaciones y elementos de juicio que se han recibido. Se aprueba la solicitud. Se retira el proyecto de Ley del Orden del Día
Orden del Día
Se da lectura al Orden del Día para la sesión próxima. Se levanta la sesión
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO MARIANO ARAIZA ZAYAS
(Asistencia de 140 ciudadanos diputados.)
APERTURA
- El C. Presidente (a las 12:15 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
- El C. secretario Rogelio García González:
"Cámara de Diputados.
Tercer Período de Sesiones.
XLIX Legislatura.
Orden del Día 15 de noviembre de 1975.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Oficio de la Secretaría de Gobernación
Por él que se solicita el permiso constitucional necesario, para que el C. Antonio Ramírez Barrera pueda aceptar y usar la condecoración que le confirió el Gobierno de la República del Brasil.
Comunicaciones de los Congresos de los Estados de Aguascalientes y Veracruz.
Comunicaciones de la Embajada de Francia en México y del Consejo Británico de Relaciones Culturales.
Dictámenes de primera lectura
De las Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto, que reforma y adiciona la ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
De las Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército Nacional.
De las Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Permisos Constitucionales, con proyecto de Decreto, que concede permiso al C. Pablo Martínez Alvarado para prestar servicios en el Consulado de Túnez.
De las comisiones unidas de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, Segunda de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional, en Materia Minera."
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
- El mismo C. Secretario:
"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, el día catorce de noviembre de mil novecientos setenta y cinco.
Presidencia del C. diputado Mariano Araiza Zayas.
En la ciudad de México, a las once horas y quince minutos del viernes catorce de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, con asistencia de ciento treinta y un ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.
La propia Presidencia recuerda a la Asamblea que se citará a sesión ordinaria para el día de mañana sábado, a las once horas.
Lectura del Orden del Día y del Acta de la sesión anterior celebrada el día doce de los corrientes, la que sin debate se aprueba en votación económica.
Se da cuenta de los documentos en cartera: Para los efectos constitucionales, el C. Presidente de la República envía la Iniciativa de Reformas y Adiciones a los artículos 27, 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recibo, y a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales en turno; de Asuntos Agrarios, y de Estudios Legislativos e imprímase.
La Secretaría informa de la presencia en el Salón de las siguientes personalidades:
Licenciado Guillermo Becker Arreola; ingeniero Héctor Medina Neri; licenciado Carlos Fabre del Rivero; licenciado Santiago Sánchez Herrero; licenciado Pablo Marbán Laborde; licenciado Ernesto Rojas Benavides; licenciado Salvador Pliego Montes; ingeniero César Larrañaga Elizondo; licenciado Carlos Guerrero Larrañaga; licenciado David Gutiérrez Ruiz; licenciado Carlos Jonguitud; Dirigentes del Congreso del Trabajo; Dirigentes del Pacto de Ocampo; Dirigentes de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado; Representantes del Comité Nacional Mixto de Protección al Salario Mínimo; Representantes del Fondo Nacional de Fomento y Garantía del Consumidor para Trabajadores; Representantes de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales; Cámara Nacional de la Industria de Transformación; Confederación Patronal de la República Mexicana; Cámara Nacional de Comercio; Asociación de Banqueros de México y Confederación Nacional de Cámaras de Comercio.
Encontrándose a las puertas del Recinto el C. licenciado José Campillo Sáinz, Secretario de Industria y Comercio, la Presidencia designa en comisión para introducirlo al Salón de sesiones, a los CC. diputados Angel Olivo Solís, Fernando Estrada Sámano, Belisario Aguilar Olvera, Alejandro Mújica Montoya y Arturo Romo Gutiérrez.
La misma Presidencia expresa que en cumplimiento del Acuerdo aprobado por esta Cámara en sesión del día 4 del presente, comparece hoy ante la Representación Nacional el C. Secretario de Industria y Comercio, con
el objeto de que informe y conteste pregunta en relación a la Iniciativa de Ley Federal de Protección al Consumidor, enviada a este Cuerpo Legislativo por el C. Presidente de la República. Agrega que una vez que el C. licenciado José Campillo Sáinz dé lectura a la exposición relativa a la Iniciativa mencionada, un grupo de CC. diputados harán preguntas al señor Secretario de Estado.
A continuación, a invitación del C. Presidente de esta Cámara, el C. licenciado José Campillo Sáinz, hace uso de la palabra para dar lectura a su exposición, relacionada con la Iniciativa a estudio.
Después de un breve receso, los CC. diputados Jorge Durán Chávez, José Ortiz Arana, Ricardo Alvarado Silverio, Eugenio Ortiz Walls, Neftalí López Páez, Mario Vázquez Martínez, Jorge Hernández García, Armando Calzada Ramos, Salvador Robles Quintero, Angel Olivo Solís, Arturo Romo Gutiérrez, Lázaro Rubio Félix, Alejandro Mújica Montoya, Alberto A. Loyola, Luis Fernando Solís Patrón, Jesús José Gamero Gamero y Guillermo Vázquez Alfaro, formulan al C. Secretario de Industria y Comercio varias preguntas a las cuales éste da respuesta.
La Presidencia expresa al señor Secretario de Estado que el objetivo que se propuso la Representación Nacional al invitarlo a esta comparecencia se ha logrado plenamente; lo felicita por la claridad de su exposición, sus brillantes conceptos y sus atinadas respuestas.
La misma comisión que introdujo al alto funcionario lo acompaña al retirarse del Salón.
A su vez la Secretaría agradece la asistencia de los distinguidos invitados.
Agotados los asuntos en cartera, se da lectura al Orden del Día para la próxima sesión.
A las quince horas cuarenta y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, quince de noviembre, a las once horas."
Está a discusión el Acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobada.
REFORMAS A LOS ARTÍCULOS 27, 73 Y 115 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL
El C. secretario José Luis Estrada Delgadillo: Por instrucciones de la Presidencia y tomando en consideración la importancia de su contenido, se va a proceder a la lectura de la exposición de motivos de reformas y adiciones a los artículos 27, 73 y 115 de la Constitución, que en la sesión anterior fueron turnadas para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas en Puntos Constitucionales en turno, de Estudios Legislativos y Asuntos Agrarios.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.
La evolución de nuestra sociedad y el proceso histórico del desenvolvimiento mexicano son frutos de las luchas y de las instituciones democráticas que el pueblo se ha dado. El modelo de la nación a que aspiramos y nuestro proyecto de desarrollo compartido están indisolublemente ligados a la lucha por la independencia de México en todos los ámbitos, la salvaguarda de sus recursos y la protección de los intereses nacionales.
La Revolución Mexicana constituye un movimiento social permanente que promueve, con base en las garantías sociales, la justa distribución de la riqueza y la igualdad de oportunidades para acceder a los más elevados niveles de la dignidad humana. Asimismo, interpreta el desarrollo como un proceso amplio de transformación del hombre y de la sociedad, y acomete esta tarea magna con el propósito de obtener el bienestar colectivo, fundado en el pleno disfrute de los derechos humanos y en el imperio de la justicia.
Es evidente que en el momento actual del desarrollo mexicano, no pueden postergarse las medidas orientadas a reducir los desequilibrios, sectoriales y geográficos, cuya creciente agudización pone en peligro la posibilidad misma de continuar el proceso de crecimiento. En este sentido se inscribe la preocupación del Gobierno de la República de definir políticas y de encauzar acciones que cambien el rumbo del proceso urbano del país, y el de establecer las normas que fortalezcan la organización de los núcleos ejidales y comunales.
El desarrollo debe ser un proceso integral y equilibrado, cuya medida y propósito es la evolución misma de la sociedad en su conjunto. Por ello, la política económica y social del Estado Mexicano está orientada a impulsar el avance armónico del país y a distribuir con justicia sus beneficios, preferentemente, entre los sectores mayoritarios de la población y en las regiones que han permanecido marginadas. De nuestra capacidad para superar el agudo contraste entre el campo y la ciudad, y para evolucionar de un sistema macrocefálico de ciudades, a un desarrollo regional que dé base a centros urbanos de menor concentración, dependerá que avancemos vigorosamente hacia metas más elevadas en la productividad, el crecimiento económico y la justicia social.
La Reforma Agraria es un proceso histórico concebido para abolir el poder político, económico y social del régimen latifundista, para substituir un sistema de explotación feudal por una organización económica y democrática del sector agrario, que entra ahora, a una nueva etapa que hace imprescindible la adopción de renovados mecanismos institucionales que fortalezcan el trabajo colectivo de los hombres del campo.
Con el reparto de la tierra, fue necesario romper la unidad económica de explotación de las grandes haciendas; fraccionar la propiedad territorial y su régimen de explotación individualista, lo que propició el minifundio y originó una economía de autoconsumo, con mecanismos arcaicos que han auspiciado un lamentable desperdicio de recursos naturales, crediticios, técnicos y humanos en el medio rural.
El sector agrícola es el eslabón más débil del proceso productivo y su comportamiento se convierte en estratégico para el logro del desenvolvimiento económico. Por ello, para consolidar su ritmo de crecimiento, México requiere transformar su economía agrícola, haciéndola más flexible, dinámica y eficiente, a fin de que produzca más y mejores alimentos y materias primas, en primer término, para satisfacer las necesidades de consumo de los mexicanos, los requerimientos de la industria nacional, así como para incrementar el comercio exterior que genera importantes divisas para el país. Esto, implica actuar simultáneamente sobre un sinnúmero de obstáculos y con un complejo de medidas de diversa naturaleza.
Con esta finalidad, se considera conveniente adicionar el texto del párrafo tercero del artículo 27 Constitucional, señalando la facultad de la nación para dictar las medidas necesarias "para determinar en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades".
En nuestro país, la explotación colectiva de los bienes de los ejidos y las comunidades, está plenamente justificada tanto desde el punto de vista técnico y económico como del social, histórico y político. Las luchas agrarias por la restitución o dotación de tierras, aguas y bosques han sido invariablemente colectivas.
La experiencia ha demostrado que la explotación colectiva de la tierra, adoptada voluntariamente y apoyada resueltamente por el Gobierno de la Revolución permite incrementar la productividad, reducir los costos y redistribuir, con justicia, el producto del trabajo.
Al mismo tiempo la organización colectiva del ejido y de la comunidad permitirá a la vez que una mayor productividad que beneficie directamente a los propios campesinos, la plena superación económica, social y moral de los ejidatarios y comuneros que, apoyada en una sólida y eficiente actividad de autogestión, solucionará al mismo tiempo, los graves problemas que derivan de la confluencia del ocio involuntario, de los niveles de mera subsistencia, del abandono de la tierra y la emigración a las ciudades, así como del ilegal alquiler de las parcelas.
La adición Constitucional que se propone, por recoger la voluntad de los núcleos campesinos del país, manifestada en reiteradas ocasiones, por conducto de sus organizaciones, y por estar acorde con los principios de la Revolución Mexicana y con la filosofía de la Reforma Agraria, da cauce al proceso de la colectivización de los ejidos y comunidades, mediante la integración de unidades económicas de producción y comercialización de bienes y servicios. De esta manera, se auspicia la plena explotación agrícola, ganadera y forestal, y la diversificación de las actividades productivas, como un principio de solución al problema económico del ejido y de la comunidad, y a la necesidad de que sus miembros dispongan de ocupación permanente.
El desarrollo económico y social que se generó con el triunfo de la Revolución Mexicana y el establecimiento de las nuevas instituciones rectoras de nuestra vida social, ha traído cambios cuantitativos y cualitativos en el país, entre los que destaca la evolución de una economía fundamentalmente rural hacia un crecimiento industrial y comercial que ha tenido como escenario los centros de población urbanos, los que constituyen en su manifestación actual, uno de los más dramáticos reflejos de la problemática socio - económica del país en su conjunto.
Fijadas las bases de aplicación de la Reforma Agraria y encauzado el reparto de la tierra en favor de pueblos y comunidades, la nación confrontó la necesidad de impulsar el crecimiento económico dando estímulos a las industrias, que aprovechando las facilidades y ventajas otorgadas, se establecieron básicamente en los grandes centros urbanos del país.
Entre los objetivos fundamentales de la mencionada política de industrialización destacó el otorgamiento masivo de empleo, asimilando de esta manera el excedente de mano de obra del campo, lo que sólo se ha alcanzado parcialmente; no obstante, los centros urbanos han sido foco de atracción para los trabajadores desde hace varias décadas, y al no encontrar en muchos de los casos la fuente de trabajo deseada, pasan a integrarse al conjunto de hombres desempleados o en el mejor de los casos subempleados, dando origen a las zonas deprimidas de las ciudades.
La tasa demográfica del país y la migración de los habitantes del campo a la ciudad, ha ocasionado, en muchas de nuestras ciudades, controversias sobre tenencia de la tierra; posesiones al margen de la ley; insuficiencia de servicios públicos; viviendas sin las condiciones satisfactorias mínimas; contaminación ambiental y en general deterioro ecológico, así como otros fenómenos similares de igual trascendencia.
Por otra parte, el multicitado incremento de la población no ha venido acompañado del correspondiente aumento de la superficie urbana disponible, hecho que ha originado, por una parte, un déficit de habitación, principalmente de la popular, y por otra, el desbordamiento incontrolado de numerosos núcleos de población hacia zonas muchas veces ejidales y comunales, circunstancia que afecta a dichos núcleos e interrumpe actividades productivas, con el consiguiente quebrantamiento de la seguridad con que debe alentarse todo proceso de transformación urbana, y propicia, al mismo tiempo, entre otros fenómenos negativos, el de la creciente especulación de la tierra.
Asimismo, la presión ejercida por quienes tienen necesidad de un techo y de servicios públicos ha propiciado el nacimiento de las llamadas ciudades perdidas y de los cinturones de miseria, que constituyen asentamiento humanos no controlados, conformados sin sujeción a orden alguno que permita a las autoridades atender sus necesidades en el lugar en que se encuentran establecidos, ofreciendo notorios contrastes que deben eliminarse, pues deprimen la vida social y deterioran las relaciones humanas.
Los problemas del campo influyen y se reflejan en el crecimiento de los centros urbanos, y la problemática de éstos a su vez, impacta y dificulta las soluciones o las necesidades de los campesinos del país. Enfrentamos la existencia de un círculo vicioso que debe ser disuelto, a través de medidas complementarias que respondan a un desarrollo socialmente armónico entre las regiones, los sectores y los grupos productivos del país.
Al romper la caduca dicotomía campo - ciudad, nos pronunciamos por un principio de general validez para la acción del sector público, en el sentido de que igual atención merecen esos dos contextos del conjunto nacional y que para el mejor aprovechamiento de los recursos naturales, humanos, administrativos y financieros, entre otros, se deben aplicar políticas y medidas administrativas que consideren su interrelación, su apoyo mutuo y en conjunto, una integración que los vincule económica y socialmente.
El crecimiento desordenado de los centros urbanos de población debido a las causas antes señaladas ha ocasionado en muchos países, entre otros el nuestro, sistemas y sub - sistemas macrocefálicos de ciudades que provocan también un rendimiento decreciente en la inversión de recursos para satisfacer las necesidades de servicios públicos.
Los indicadores físicos de la problemática que se confronta en los asentamiento humanos detectan su gravedad, la que va acompañada de otros hechos que afectan a la población urbana en forma cotidiana, como los fenómenos de histeria social, la indiferencia ante la vida en común y el impacto de un escenario en el que las máquinas, los vehículos y las colosales estructuras de acero y de concreto establecen su predominio sobre el hombre.
Abrir las posibilidades para que todos los habitantes del país vivan en un centro de población digno y sean beneficiarios del bienestar que se deriva de los procesos de urbanización, de acuerdo con las posibilidades socioeconómicas del país, es una exigencia de la justicia social.
Esta Iniciativa propone el establecimiento de instituciones jurídicas que den base a procedimientos públicos que tiendan a resolver a mediano y largo plazo los problemas que confrontan los centros urbanos, señalando previsiones que encaucen el futuro desarrollo de los mismos.
Es necesario establecer las normas para que la planeación y ordenación de los centros urbanos de población integren a éstos de manera conveniente al desarrollo socioeconómico del país, y se obtenga el máximo aprovechamiento de los recursos, con la finalidad de lograr una convivencia más humana en las grandes urbes.
La programación económica y social del sector público, deberá considerar el desarrollo de los centros urbanos, y dicho sector deberá adecuarse para otorgarle la atención que le corresponda, establecer los vínculos de coordinación entre sus diversas entidades, tendiendo a lograr una mayor eficiencia de la inversión y del gasto público de los diversos niveles de gobierno; procurando el mejoramiento de las condiciones de vida de la población, así como la promoción de una distribución adecuada de la misma, en las zonas urbanas y rurales.
La Iniciativa de reformas y adiciones constitucionales que hoy someto al Constituyente Permanente por el digno conducto de ustedes, busca el cambio de actitudes, conductas y costumbres que logran una nueva conciencia comunitaria y que hagan posible substituir, con el esfuerzo de todos, una sociedad de privilegios para pocos y de sumisión para muchos, por otra justa y equitativa.
Los elementos y acciones que inciden en los centros urbanos de población por parte del sector público corresponden a los tres niveles de gobierno previstos en el sistema constitucional mexicano, lo que implica que para la ordenación de los centros urbanos, las acciones de los ayuntamientos, gobiernos estatales y del propio Gobierno Federal deberán darse de acuerdo con competencias que la Constitución General de la República les han conferido, respondiendo a objetivos comunes en el marco de una visión de conjunto de la problemática urbana, debiendo por tanto fijarse dichas bases en la carta fundamental y en la Ley Reglamentaria correspondiente.
En los sistemas de Gobierno Federal, lo que ha determinado el conferirse a la Federación una competencia, es la trascendencia nacional de una materia cuya atención rebasa el ámbito de una Entidad Federativa en lo particular; ése ha sido el sentido del sistema mexicano consagrado en diversas normas del texto constitucional y especialmente destacado por el artículo 117 de la Constitución en vigor. En este mismo sentido los problemas que pertenecen a dos o más Entidades Federativas en materias de nivel nacional deben de atenderse con la participación del Gobierno Federal, criterio general que sigue la Constitución al establecer la competencia de los tribunales federales para dirimir las controversias que se susciten entre dos Entidades Federativas.
La Constitución de 1917 no contiene ninguna norma que establezca regulaciones en materia urbana, por tanto, en los términos del artículo 124 se entiende en principio como una materia reservada a los Estados; sin embargo, es de señalarse que además de razones históricas que explican la ausencia correspondiente, la problemática urbana se encuadra dentro de un conjunto de acciones que difícilmente podrían establecer una facultad exclusiva a cualquiera de los niveles de Gobierno por los múltiples elementos, materias y atribuciones, que concurren a la misma.
En los términos de la vigente distribución de competencias del sistema federal mexicano, la Federación ejerce facultades decisivas en el desarrollo urbano, como son las correspondientes a la tenencia de la tierra, agua, bosques, contaminación ambiental, vías generales de comunicación, energía eléctrica, y en otras materias, así como en lo relativo a la promoción económica, las inversiones públicas de la Federación, tienen impacto determinante en dicho proceso, condicionan las posibilidades del crecimiento
agrícola e industrial, y dan origen a la creación de fuentes de trabajo, las que constituyen el elemento de atracción básica en la elección que los grupos humanos toman para asentarse.
La multiplicidad de elementos y de competencias que inciden en el fenómeno urbano nos lleva al principio de que la estructura jurídica que dé regulación al mismo, deberá establecer la concurrencia de los tres niveles de Gobierno a través de nuevas formas de colaboración de las Entidades Federativas entre sí, y de éstas con la Federación, como única forma de ser congruente al federalismo, dentro de un cauce de responsabilidad institucional compartida. Federalizar estas acciones públicas, sería una posición conservadora, anti - histórica, que escindiría responsabilidades y afectaría profundamente nuestro sistema federal; sólo la acción compartida entre la Federación y los Estados, permitirá una acción intergubernamental de amplia comunicación que dé atención al problema de manera integral.
En la adición que se propone para la primera parte del párrafo tercero del artículo 27 constitucional, se destaca el principio fundamental del aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación en beneficio de la sociedad, en el marco de un desarrollo armónico del país, que permita alcanzar mejores condiciones de vida para la población en su conjunto, debiendo abandonar la tendencia de concentrar las acciones gubernamentales en determinados centros de población, y en especial en las grandes urbes.
La Iniciativa establece en el nivel constitucional el derecho público y la responsabilidad política que tiene el Estado para fundar y ordenar los centros de población.
Las autoridades deberán dictar las medidas necesarias para reglamentar los asentamientos humanos en el amplio sentido del término y establecer las provisiones, usos, destinos y reservas de tierras, aguas y bosques, con objeto de planear y regular la fundación de las ciudades y demás centros de población; su conservación y mejoramiento.
En consecuencia con lo anterior, se propone la adición de dos fracciones al artículo 115; en la primera de ellas y para los efectos de la reforma al párrafo tercero del artículo 27 de la propia Constitución, se reafirma la facultad de los Estados y de los Municipios para que dentro del ámbito de sus competencias expidan las leyes, los reglamentos y las disposiciones administrativas que correspondan a la observación de la Ley Federal Reglamentaria de la materia; en la segunda se prevé la posibilidad y se establecen los mecanismos de solución para que en forma coordinada la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios planeen y regulen de manera conjunta el desarrollo de los centros urbanos de población que estando situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad geográfica.
Finalmente, en el artículo 73 se faculta al Congreso de la Unión para que expida las leyes que establezcan la adecuada concurrencia de las Entidades Federativas, de los Municipios y de la propia Federación en la solución de los problemas expresados.
Por lo antes expuesto y con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter al H. Constituyente Permanente, por el digno conducto de ustedes la siguiente iniciativa de ...
Hasta aquí la exposición de motivos. Se va continuar con los asuntos del Orden del Día.
OFICIO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
Condecoración
El C. secretario Rogelio García González: "Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.
Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación, con fecha 3 del actual:
'Agradeceré a usted tenga a bien solicitar del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. general de división D.E.M., Antonio Ramírez Barrera, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional do Cruzeiro do Sul que, en grado de Gran Oficial, le confirió el Gobierno de Brasil. Adjuntas al presente me permito remitir a usted dos copias fotostáticas del Diploma de la citada presea y una del acta de nacimiento del interesado.
' Al comunicar a ustedes lo anterior les envío con el presente los anexos a que se hace referencia, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 5 de noviembre de 1975.- El secretario, licenciado Mario Moya Palencia."
- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Permisos Constitucionales.
COMUNICACIONES
- El mismo C. Secretario:
"Escudo Nacional. - Poder Legislativo de Aguascalientes, Ags. - H. XLIX Legislatura.
Aguascalientes, Ags., 30 de octubre de 1975.
C. Presidente de la Cámara de Diputados. - H. Congreso de la Unión. - México, D. F.
Tenemos el honor de comunicar a ustedes que la H. XLIX Legislatura del Estado, llevó a cabo hoy la elección de Presidente y Vicepresidente que integrarán su Mesa Directiva durante el mes de noviembre próximo, habiendo resultado electos los ciudadanos diputados José María de Jesús Román Rodríguez y Jesús Placencia Díaz, respectivamente.
Al participar a usted lo anterior, le reiteramos las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Licenciado Francisco Ramírez Martínez, D. P. - Profesora Magdalena Lara Arriaga, D. S."
- Trámite: De enterado.
- El mismo C. Secretario:
"Escudo Nacional. - Poder Legislativo. - Estado Libre y Soberano de Veracruz - Llave. C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Donceles y Allende. - México, D. F.
Tenemos el honor de comunicar a usted que en sesión ordinaria celebrada hoy, y de conformidad con lo establecido por el artículo 17 capítulo II de nuestro Reglamento Interior, se llevó a cabo la designación de la Mesa Directiva que funcionará el próximo mes de noviembre, habiendo quedado integrada de la manera siguiente:
Presidente, diputada licenciada Carolina Hernández Pinzón; Secretario, diputado licenciado Jaen Castillo Zamudio; Vice - Presidente, diputado Raymundo Vargas Velázquez.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Xalapa, Ver., octubre 30 de 1975.
H. Legislatura del Estado.
Ingeniero Luis Vázquez O'Farril, Diputado Presidente - Raúl Rodríguez Feria, Diputado Secretario."
- Trámite: De enterado.
INVITACIONES
- El mismo C. Secretario:
"Ambassade de France au Mexique. Le Conseiller Culturel, Scientifique et de Cooperation Technique. - Havre 15, México6, D.F. México, D.F., 10 de noviembre de 1975.
Estimado señor Presidente:
Tengo el honor de informarle que el Ministerio Francés de Asuntos Extranjeros ha trasmitido a esta Embajada una invitación a favor del ciudadano diputado Fernando Uriarte Hernández, con la finalidad de visitar las Universidades de París - Sorbona, Lyon y Estrasburgo.
Esta invitación es dirigida al doctor Uriarte en cuanto a su calidad de universitario y antiguo Rector de la Universidad, así como Presidente de la Comisión de la Educación Superior ante la H. Cámara de Diputados.
Sírvase aceptar, estimado señor Presidente, las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.
Jean - Claude Cordel, Consejero Cultural, científico y de Cooperación técnica. c.c.: Doctor Fernando Uriarte Hernández.
c.c.: Diputado licenciado Carlos Sansores Pérez, Presidente de la Gran Comisión de la H. Cámara de Diputados de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión. -Ciudad."
- Trámite: Recibo, y túrnese a la Gran Comisión.
- El mismo C. Secretario:
"Consejo Británico de Relaciones Culturales. Apartado Postal 30 - 588, M. Antonio Caso 127, México 4, D. F., teléfono 566 - 61-44.
12 de noviembre de 1975.
Señor diputado licenciado Carlos Sansores Pérez, Presidente de la Gran Comisión de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión. - Presente.
Estimado señor diputado:
En consideración al distinguido puesto del doctor Fernando Uriarte como diputado a la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión y como Presidente de la Comisión de Enseñanza Superior de la H. Cámara de Diputados, y al mismo tiempo considerando su sobresaliente carrera profesional como cirujano especializado en Gastroenterología, primer presidente y fundador del Colegio de Medicina de Sinaloa y Ex - Rector de la Universidad de Sinaloa y en su capacidad de ex - Secretario Auxiliar Encargado de Asuntos Universitarios de la Presidencia de la República, tengo el placer de invitarle a realizar un programa de visitas a universidades y otras instituciones educativas en la Gran Bretaña durante el mes de diciembre del presente año como invitado especial del Consejo Británico.
Durante la estancia del doctor Uriarte en la Gran Bretaña, esperamos que él tenga también la oportunidad de conocer oficiales superiores de nuestro Departament of Education nad Science y llevar a cabo pláticas con ellos.
En espera de recibir su aceptación oficial a esta invitación aprovechamos la oportunidad para reiterarle las seguridades de nuestra más distinguida consideración.
Atentamente.
G. H. B. Kaye. - Representante Adjunto. c.c.: C. diputado doctor Fernando Uriarte Hernández."
- Trámite: Recibo, y túrnese a la Gran Comisión.
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
El C. diputado Luis León Aponte: Pido la palabra señor Presidente.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto?
El C. diputado Luis León Aponte: Para dar lectura a un dictamen.
El C. Presidente: Tiene la palabra él diputado León Aponte.
El C. diputado Luis León Aponte: Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: Antes de dar lectura a los dictámenes relacionados con las iniciativas de reformas y adiciones a tres leyes fundamentales para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, como son: La Ley Orgánica, la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios y la Ley de Ascensos y Recompensas, que enviara el Poder Ejecutivo al H. Congreso de la Unión,
quiero dejar constancia del orgullo que tengo por ser hijo del Heroico Colegio Militar y de la satisfacción que me causa el pertenecer a la Comisión de la Defensa Nacional de esta H. Cuadragésima Novena Legislatura, misma que se abocó a la tarea de revisar minuciosamente las iniciativas antes mencionadas, y sin las cuales constituyen sin duda un gran avance para actualizar y beneficiar dentro de la Ley a todos los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales; modelo de lo que deben ser las fuerzas armadas en todo el mundo.
"Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos.
Honorable Asamblea:
A las suscritas Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos fue turnada para su estudio y dictamen, la Minuta con proyecto de Decreto aprobada por la Colegisladora, relativa a la Iniciativa del C. Presidente de la República, que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, expedida el 10 de marzo de 1971.
Del estudio de la expresada Minuta se desprende que el Gobierno de la República lleva a cabo una constante revisión de sus Instituciones y procedimientos, que es condición básica para lograr el funcionamiento armónico de nuestro sistema constitucional.
Se pone también de manifiesto, que continúa el procedimiento de reforma Administrativa, con el objeto de perfeccionar las estructuras de las Dependencias del Ejecutivo Federal, para facilitar la realización de las funciones gubernamentales, perfeccionar la organización de los servicios y aprovechar al máximo los recursos humanos y materiales con que se cuenta.
La Iniciativa precisa que se hace necesario reformar la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, expedida el 18 de marzo de 1971, para armonizar y coordinar las actividades del Ejército y de la Fuerza Aérea con los requerimientos actuales del país.
Para el logro de tales propósitos se establece la creación del servicio de educación física, que se considera de gran utilidad para el desarrollo del personal militar, dado que evidentemente ha contribuido a fomentar la disciplina, salud, cooperación y colaboración de todos los integrantes del Instituto Armado.
Asimismo se amplían los grados tope en servicios y especialidades del Ejército y de la Fuerza Aérea Mexicanos, pues se estima que los miembros especializados de los cuerpos armados, deben tener mayor posibilidad de alcanzar grados superiores a los que actualmente tienen, tomándose en cuenta la capacidad y el esfuerzo desarrollado para obtenerlos.
También se considera que para estar acordes con el avance científico y tecnológico y con los programas de reforma educativa que operan en el país, se hace necesario crear nuevas escuelas y cursos específicos que permitan formar y utilizar personal militar especializado e integrarlo adecuadamente en los escalafones respectivos, como lo demanda el desarrollo del país y los requerimientos de un Ejército moderno.
Finalmente, se establecen las normas para reglamentar las licencias ilimitadas al personal militar, condicionándolas a que no exista estado de emergencia nacional, o que los interesados no hayan cumplido el tiempo obligatorio de servicios establecidos por la Ley o por su Contrato de Filiación y también se precisa que la baja del Ejército o de la Fuerza Aérea, implica la pérdida de derechos adquiridos por el tiempo de servicios prestados y el usar uniforme, condecoraciones y distintivos militares, según sentencia ejecutoria en Tribunal competente del Fuero Militar.
Como todas las Reformas y Adiciones que se proponen a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, tienden a hacerla operante, contribuyendo a la mejor organización, adiestramiento y empleo de los cuerpos armados y de los servicios, todo lo cual contribuye a armonizar y coordinar las actividades del Ejército y de la Fuerza Aérea con los requerimientos actuales del país, que demandan una más congruente organización y por último que también se considera el estímulo que debe ofrecerse a sus componentes para que mejoren su condición económica y social, las Comisiones que suscriben hacen suya la Iniciativa del C. Presidente de la República, que es producto de la evolución y de la realidad que vive el país, y de la concepción de un estado moderno.
Por todo lo anteriormente expuesto, las Comisiones dictaminadoras se permiten proponer a la H. Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY ORGÁNICA DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS
Artículo único. Se reforman los artículos 4o., 35, 41, 52, 53, la fracción V del artículo 60, 115, 110, 119, 122, 126, 134, 138, 141 y 156. Se modifica el rubro de la Sección Tercera, Capítulo Quinto -Servicios del Título Tercero- Organización y se adiciona este propio Título en su Capítulo Quinto, con la Sección Octava bis., así como los artículos 75, 125 y 127, todos de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, para quedar como sigue:
Artículo 4o. Las fuerzas terrestres y aéreas, comprenden:
I. Mando Supremo;
II. Alto Mando;
III. Órganos del Alto Mando y de la Administración;
IV. Tropas del Ejército;
V. Tropas de la Fuerza Aérea;
VI. Establecimientos de Educación Militar;
VII. Cuerpos Especiales; y
VIII. Cuerpos de Defensas Rurales.
Artículo 35. Las Ramas son los componentes de la Fuerza Aérea, equivalentes a las Armas del Ejército, cuya misión principal es el combate aéreo y operaciones conexas, y que
actúan en la forma peculiar que les impone el material de que están dotados y son: I. Pelea;
II. Reconocimiento;
III. Bombardeo; y
IV. Transporte.
Artículo 41. Los servicios del Ejército y de la Fuerza Aérea, son:
I. Ingenieros;
II. Cartográfico;
III. Transmisiones;
IV. Materiales de Guerra;
V. Transportes;
VI. Administración e Intendencia;
VII. Sanidad;
VII bis. Educación Física y Deportes;
VIII. Justicia;
IX. Veterinaria y Remonta;
X. Meteorológico;
XI. Control Militar de Vuelo; y
XII. Del Material Aéreo.
El Presidente de la República creará otros servicios cuando lo exijan las necesidades.
Sección tercera. Servicio Cartográfico.
Artículo 52. El Servicio Cartográfico tendrá a su cargo todos los trabajos de este tipo y los geodésicos, topográficos y fotogramétricos, así como la producción y el abastecimiento de cartas, mapas, mosaicos aéreos y material similar para el Ejército y Fuerza Aérea. Estas actividades podrán coordinarse con otros órganos oficiales semejantes.
Artículo 53. El Jefe del Servicio Cartográfico será un General Ingeniero.
Artículo 60. ..
V. Abastecer al Ejército y Fuerza Aérea de vestuario y equipo individual y colectivo; material de campamento y dormitorio, de comedor y cocina, oficina y peluquería; mobiliario en general; combustibles y lubricantes, excepto los manejados por los Servicios de Transportes y del Material Aéreo; y artículos que por su naturaleza y finalidad, no sean exclusivos de otros servicios;
Sección octava bis. Servicio de Educación Física y Deportes.
Artículo 63 bis. El Servicio de Educación Física y Deportes, tendrá su cargo formular el Plan General de Educación Física y Deportes; planear, dirigir y supervisar la educación física y los deportes en el Ejército y Fuerza Aérea; presentar los planos y proposiciones para la investigación científica en todo lo referente a educación física, deportes y medicina deportiva; establecer relaciones e intercambios con las Fuerzas Armadas de otros países y con dependencias e instituciones oficiales y civiles del país, y cooperar con los organismos oficiales y particulares al fomento y desarrollo de la cultura física a nivel nacional.
Artículo 75. La Dirección General de Educación Militar, tendrá a su cargo la formación del Plan General de Educación Militar, el cual determinará los cursos de formación, capacitación, especialización, actualización, perfeccionamiento y superiores que deban impartirse en los diversos establecimientos de educación militar, así como en las unidades y dependencias del Ejército y Fuerza Aérea.
La Secretaría de la Defensa Nacional, expedirá los títulos profesionales, diplomas y certificados que correspondan a las carreras y cursos que se impartan.
Artículo 115. El adiestramiento militar, en el Ejército y en la Fuerza Aérea, es obligatorio para todos sus miembros cualquiera que sea su Arma, Rama, Servicio, especialidad y categoría; se impartirá por los generales, jefes, oficiales y clases, de conformidad con los reglamentos y manuales técnicos y tácticas, y disposiciones relativas. La instrucción que se imparta al personal del Ejército y Fuerza Aérea de conformidad con el Plan General de Educación Militar, podrá incluir la utilización de profesores civiles, en los casos en que proceda.
Artículo 118. El personal de militares auxiliares de los servicios profesionales y técnicos, podrá pasar a la clase de servicio después de cinco años ininterrumpidos de servicios en su especialidad, siempre que sus actividades se consideren utilizables por el Ejército y Fuerza Aérea a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional. Mientras este personal pertenezca a la clase de auxiliares no podrá ser ascendido, pero sí reclasificado por necesidades del servicio.
Artículo 119. La veteranización del personal auxiliar se sujetará, además de lo dispuesto en el artículo anterior, a los requisitos establecidos sobre aptitud profesional, buena conducta militar y civil y buena salud y capacidad física.
Artículo 122. Para el personal del activo de las Armas, Servicios y Cuerpos Especiales, se establecerán los escalafones particulares siguientes:
I. De Plana Mayor, que se divide en tres grupos:
A. Generales de División, de Brigada y Brigadieres procedentes de las Armas del Ejército;
B. Generales de División, de Ala y de Grupo procedentes de la Fuerza Aérea;
C. Generales de Brigada y Brigadieres procedentes de los servicios, con anotación del servicio a que pertenezcan;
II. De Infantería;
III. De Caballería y Blindada;
IV. De Artillería; y
V. De Ingenieros, que se divide en diez grupos:
A. Ingenieros constructores;
B. Zapadores;
C. Pasantes de arquitecto;
D. Calculistas;
E. Topógrafos;
F. Operadores de maquinaria pesada;
G. Electricistas;
H. Mecánicos automotrices y de maquinaria pesada;
I. Especialistas calificados del servicio de ingenieros; y
J. Especialistas del servicio de ingenieros.
VI. Del servicio cartográfico, dividido en dos grupos:
A. Ingenieros del servicio cartográfico; y
B. Fotogrametristas.
VII. De la Fuerza Aérea, que se divide en nueve grupos:
A. Pilotos aviadores;
B. Bombardeadores aéreos;
C. Navegadores aéreos;
D. Fusileros paracaidistas;
E. Tropas terrestres;
F. Del servicio meteorológico militar, subdividido en:
a. Meteorólogos; b. Aereologistas; y c. Observadores meteorologistas.
G. Del servicio de control militar de vuelo, subdividido en:
a. Técnicos en operaciones aéreas; b. Despachadores de vuelo; y c. Controladores de vuelo.
H. Del servicio de Material Aéreo, que comprende:
a. De mantenimiento de material aéreo, subdividido en:
1. Ingenieros en aeronáutica;
2. Técnicos en mantenimiento de material aéreo;
3. Especialistas en mantenimiento de aviación; y
4. Mecánicos de aviación.
b. De abastecimiento de material aéreo, subdividido en:
1. Técnicos en logística aérea;
2. Abastecedores de material aéreo; y
3. Especialistas en abastecimientos de aviación.
c. Del material aéreo electrónico subdividido en:
1. Ingenieros en comunicación electrónica;
2. Técnicos en electrónica de aviación;
3. Especialistas en mantenimiento de equipo de radio y electrónicos; y
4. Especialistas en radioaeronáutica.
d. De implementos bélicos de fuerza aérea, que se subdivide en:
1. Especialistas en armamento aéreo; y
2. Armeros de aviación.
e. Mantenimiento de paracaídas.
I. Fotógrafos aéreos.
VIII. De transmisiones.
IX. De materiales de guerra, que se divide en dos grupos:
A. Ingenieros industriales; y
B. Del servicio de materiales de guerra.
X. De transportes que se divide en cinco grupos:
A. Mecánicos automotrices;
B. Especialistas calificados de transportes;
C. Choferes operadores;
D. Choferes; y
E. Personal de tropa del servicio de transportes.
XI. De administración e intendencia, que se divide en tres grupos:
A. Administración e intendencia;
B. Oficinistas; y
C. Especialistas calificados del servicio de administración e intendencia.
XII. De sanidad, que se divide en doce grupos:
A. Médicos cirujanos;
B. Cirujanos dentistas;
C. Administradores de hospitales;
D. Administradores de enfermerías;
E. Oficiales de sanidad;
F. Enfermeras;
G. Químico - biólogos;
H. Psicólogos;
I. Trabajadores sociales;
J. Farmacéuticos;
K. Personal de mantenimiento, subdividido en:
a. Mecánicos en rayos X;
b. Mecánicos en equipo dental;
c. Mecánicos en aparatos;
d. Mecánicos en prótesis dental;
e. Afanadoras;
f. Niñeras;
g. Embalsamadores; y
h. Empacadores.
XII bis. Del Servicio de Educación Física y Deportes; Profesores de Educación Física y Deportes.
XIII. De Justicia:
Licenciados en Derecho.
XIV. Del Servicio de Veterinaria y Remonta, se divide en dos grupos:
A. Médicos veterinarios; y
B. Del Servicio de Veterinaria y Remonta.
XV. Servicios de música militar:
Músicos.
Artículo 125. Los grados del personal de Infantería, Caballería, Blindada, Artillería, Zapadores, Fusileros Paracaidistas y Tropas Terrestres de Fuerza Aérea, incluirán las jerarquías de Soldado a General de División; y los del personal de Ingenieros Constructores, de Teniente a General de División.
Artículo 126. Los grados del personal de pilotos aviadores incluyen las jerarquías de Subteniente a General de División y las del personal de bombardeadores aéreos y navegadores aéreos, comprenderán las de Subteniente a Coronel.
Artículo 127. Los grados del personal de los Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea, comprenderán los siguientes:
I. Ingenieros del Servicio Cartográfico del Ejército: De Teniente a General de Brigada.
II. Fotogrametristas del Servicio Cartográfico del Ejército: de Cabo a Mayor.
III. De Transmisiones: De Soldado a General de Brigada.
IV. Ingenieros Industriales: De Teniente a General de Brigada.
V. Del Servicio de Materiales de Guerra: De Soldado a Teniente Coronel.
VI. Mecánicos Automotrices: De Soldado a Mayor.
VII. Especialistas Calificados de Transporte: De Cabo a Capitán 1o.
VIII. Choferes Operadores: De Sargento 1o. a Capitán 1o.
IX. Choferes: De Cabo a Capitán 2o.
X. Tropa del Servicio de Transportes: De Soldado a Sargento 1o.
XI. Del Servicio de Administración e Intendencia:
De Soldado a General de Brigada.
XII. Oficinistas: De Cabo a Teniente Coronel.
XIII. Especialistas Calificados de Administración: De Cabo a Teniente Coronel.
XIV. Médicos Cirujanos: De Capitán 2o. a General de Brigada.
XV. Cirujano Dentista: De Teniente a General Brigadier.
XVI. Administradores de Hospitales: De Capitán 1o. a General de Brigada.
XVII. Administración de Enfermería: De Teniente a Mayor.
XVIII. Oficiales de Sanidad: De Subteniente a Teniente Coronel.
XIX. Enfermeras: De Subteniente a Teniente Coronel.
XX. Químico - Biólogos: De Teniente a Teniente Coronel.
XXI. Psicólogos: De Subteniente a Teniente Coronel.
XXII. Trabajadores Sociales: De Subteniente a Capitán 1o.
XXIII. Farmacéuticos: De Subteniente a Capitán 1o.
XXIV. Personal Técnico de Sanidad: De Sargento 2o. a Capitán 2o.
XXV. Personal de Mantenimiento:
A. Mecánicos en Rayos X: De Sargento 2o.
a Capitán 2o.
B. Mecánicos en Equipo Dental: De Sargento 2o. a Capitán 2o.
C. Mecánicos en Aparatos: De Sargento 1o.
a Capitán 1o.
D. Mecánicos en Prótesis Dental: De Sargento 2o. a Capitán 1o.
E. Afanadora: De Soldado a Subteniente.
F. Niñera: De Soldado a Subteniente.
G. Embalsamador: De Sargento 1o. a Capitán 1o.; y
H. Empacador: De Soldado a Subteniente.
XXVI. Personal de Licenciados en Derecho del Servicio de Justicia Militar; De Mayor a General de Brigada.
XXVII. Del Servicio de Educación Física: De Subteniente a Teniente Coronel.
XXVIII. Médicos Veterinarios: De Capitán 2o. a Coronel.
XXIX. Del Servicio de Veterinaria y Remonta: De Subteniente a Teniente Coronel.
XXX. Meteorólogos: De Teniente a General de Grupo.
XXXI. Aerologistas: De Subteniente a Coronel.
XXXII. Observadores Meteorologistas: De Sargento 2o. a Sargento 1o.
XXXIII. Técnico en Operaciones Aéreas: de Teniente a General de Grupo.
XXXIV. Despachadores de Vuelo: de Subteniente a Coronel.
XXXV. Controladores de Vuelo: de Sargento 2o. a Subteniente.
XXXVI. Ingenieros en Aeronáutica: de Teniente a General de Ala.
XXXVII. Técnico en Mantenimiento de Material Aéreo: De Teniente a General de Grupo.
XXXVIII. Especialista en Mantenimiento de Aviación: de Subteniente a Coronel.
XXXIX. Mecánico de Aviación: de Soldado a Sargento 1o.
XL. Técnico en Logística Aérea: De Teniente a General de Grupo.
XLI. Abastecedor de Material Aéreo: de Subteniente a Coronel.
XLII. Especialista en Abastecimiento de Aviación: De Soldado a Sargento 1o.
XLIII. Ingenieros en Comunicación Electrónica: De Capitán 1o. a General de Ala.
XLIV. Técnicos en Electrónica de Aviación: De Subteniente a Coronel.
XLV. Especialistas en Mantenimiento de Equipos de Radio y Electrónicos: De Sargento 2o. a Subteniente.
XLVI. Especialista en Radio Aeronáutica: De Soldado a Sargento 2o.
XLVII. Especialista en Armamento Aéreo; De Subteniente a Coronel.
XLVIII. Armero de Aviación: De Soldado a Sargento 1o.
XLIX. De Mantenimiento de Paracaídas: De Cabo a Capitán 1o.
L. Fotógrafo Aéreo: De Sargento 1o. a Capitán 1o.
LI. Del Servicio de Música Militar: De Soldado a Mayor.
LII. Pasantes de Arquitecto: De Subteniente a Capitán 1o.
LIII. Calculistas: De Subteniente a Capitán 1o.
LIV. Topógrafos: De Subteniente a Capitán 1o.
LV. Operadores de Maquinaria Pesada: De Subteniente a Capitán 2o.
LVI. Electricistas: De Subteniente a Capitán 1o.
LVII. Mecánicos Automotrices y de Maquinaria Pesada: De Subteniente a Capitán 2o.
LVIII. Especialistas Calificados de Ingenieros: De Soldado a Capitán 2o.
LIX. Especialistas del Servicio de Ingenieros: De Soldado a Sargento 1o.
Artículo 134. La licencia ilimitada es la que se concede al militar de Arma, Rama o Servicio, sin goce de haberes y de otros emolumentos, para separarse del servicio activo. El Secretario de la Defensa Nacional podrá conceder o negar esta licencia, según lo permitan, a su juicio, las necesidades del servicio; pero en ningún caso se concederá cuando exista un estado de emergencia nacional y cuando el personal no haya cumplido el tiempo obligatorio de servicios establecidos en esta ley o en su contrato - filiación. El personal que la goce tendrá derecho a reingresar al servicio activo previa solicitud, siempre que el Presidente de la República considere procedente su petición y no se encuentre comprendido en alguna causal de retiro señalada por la ley de la materia, éste se halle físicamente útil para el servicio, exista vacante y no hayan transcurrido más de
seis años desde la fecha de su separación del activo.
La Secretaría de la Defensa Nacional podrá colocar en situación de licencia ilimitada al personal de tropa que hubiese cumplido su enganche o los reenganches admitidos.
Artículo 138. La baja del Ejército o de la Fuerza Aérea es la separación definitiva de los miembros de dichas instituciones y procederá por Ministerio de Ley o por Acuerdo del Secretario de la Defensa Nacional, en los siguientes casos:
I. Procede por ministerio de Ley:
A. Por muerte y
B. Por sentencia ejecutoriada que la ordene, dictada por tribunal competente del Fuero Militar. En estos casos la Secretaría de la Defensa Nacional deberá girar las órdenes que procedan para que la baja surta sus efectos.
II. Procede por acuerdo del Secretario de la Defensa Nacional:
A. Por ser declarado el militar prófugo de la justicia por el tribunal al que hubiese sido consignado, sin perjuicio del proceso que se le Siga y siempre que dure en esa situación más de tres meses;
En este caso, antes de girarse la orden de baja, se le emplazará por medio de publicación en la Orden General de la Plaza de México, expresándose el fundamento y motivo, a fin de que dentro del término de quince días a partir de la publicación, manifieste a la dirección de su Arma o Servicio; lo que estime necesario en su defensa; expirado el plazo sin que comparezca por escrito o personalmente, se le tendrá por conforme.
B. Por desaparición del militar, comprobada esta circunstancia mediante los partes oficiales, siempre que dure en esta situación más de tres meses. En caso de que el individuo de que se trate apareciera y justifique su ausencia, será reincorporado al activo:
C. Por solicitud del interesado que sea aceptada.
D. Tratándose del personal de tropa, además de las causas señaladas en los incisos que anteceden podrá ser dado de baja por observar mala conducta determinada por el Consejo de Honor de la Unidad o Dependencia a que pertenezca, o por colocarse en situación de no poder cumplir con sus obligaciones militares por causas no imputables a la Secretaría de la Defensa Nacional. En ambos casos, siempre será oído en defensa el afectado;
E. Los militares auxiliares causarán baja, además cuando no se consideren necesarios sus servicios o a consecuencia de cambios orgánicos en las estructuras de las unidades o dependencias. En estos casos también será oído en defensa el afectado; y
F. Si la baja se da al auxiliar sin que la haya motivado su mala conducta, y hubiese prestado más de cinco años de servicios, tendrá derecho a una compensación equivalente a un mes de haberes de su último empleo, por cada año completo de servicios.
Salvo el caso de la fracción I, inciso A, la baja del Ejército o de la Fuerza Aérea implica la pérdida de los derechos adquiridos por el tiempo de servicios, así como de usar uniforme y condecoraciones o distintivos militares.
Artículo 141. La segunda reserva se integra con el personal que haya cumplido su tiempo en la primera reserva y que se encuentre físicamente apto para el servicio de las armas, debiendo permanecer en ésta:
I. El personal de tropa del servicio voluntario, excepto los Sargentos Profesionales, hasta los 45 años de edad; y
II. El personal de Oficiales y los Sargentos Profesionales hasta los 50 años de edad, y las clases procedentes del Servicio Militar Nacional, hasta los 45 años.
Artículo 156. Los conductores, choferes y operadores de los vehículos que tengan finalidades netamente tácticas o altamente especializadas, pertenecerán a las Armas, Ramas y Servicios de la unidad en que estén encuadrados.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Este Decreto entrará en vigor a los tres días siguientes de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Artículo segundo. El personal administrativo que actualmente presta sus servicios en la Dirección General de Sanidad Militar pasará sin perder sus derechos y antigüedad al Servicio de Administración e Intendencia.
Artículo tercero. En igual forma, el personal que actualmente figura como administrativo del Servicio de Justicia Militar, pasará sin perder sus derechos y antigüedad al Servicio de Administración e Intendencia.
Artículo cuarto. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, hará todas las modificaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de este Decreto.
Artículo quinto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este Decreto.
Comisión de Defensa Nacional: Tomás Sánchez Hernández. - Luis León Aponte. Sección en Defensa Nacional: Modesto A. Guinart López.- José I. Arreola. - Rafael Gómez García.- Juan C. Peña Ochoa. - Jesús Guzmán Rubio. Comisión de Estudios Legislativos: Píndaro Urióstegui Miranda. - Antonio Torres Gómez. Sección Asuntos Generales: Julio Camelo Martínez. - Antonio Carrillo Huacuja. - Héctor Esquiliano Solís. - Miguel Hernández del Campo. - Ezequiel Rodríguez Arcos.- Rubén Rodríguez Lozano. - Delia de la Paz Rebolledo de Díaz.
- Trámite: Primera lectura.
El C. diputado Luis León Aponte: Dada la importancia del Decreto que acabo de dar cuenta, me permito solicitar en los términos del artículo 39 de la dispensa de la segunda lectura para que se discuta y se vote de inmediato.
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se dispensa la segunda lectura de este dictamen.
El C. secretario José Luis Estrada Delgadillo: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea en votación económica, si se dispensa la segunda lectura y se pone a discusión de inmediato... Dispensada la segunda lectura, señor Presidente.
En consecuencia está a discusión en lo general el proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.
El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. Han pedido el uso de la palabra el C. diputado Tomás Sánchez Hernández, y el C. diputado José Rivera Arreola.
Tiene la palabra el señor diputado general de división Tomás Sánchez Hernández, ameritado militar del Ejército Mexicano, y quien tomó parte de la escolta que acompaño al Presidente Madero en la histórica Marcha de la Lealtad. (Aplausos.)
El C. diputado Tomás Sánchez Hernández: Señor Presidente, honorable Asamblea, señoras y señores: Acaban ustedes de escuchar la lectura del Dictamen que la Comisión de la Defensa Nacional de esta Legislatura a la que tenemos el honor de pertenecer, ha formulado con respecto a la Iniciativa presentada por nuestro Primer Magistrado.
De esa lectura se darán ustedes cuenta cómo el señor licenciado Luis Echeverría, en todo su mandato, se ha preocupado en forma muy especial de las Fuerzas Armadas, de las cuales él es Jefe Nato.
Nada menos el día de mañana, el propio Primer Magistrado inaugurará las construcciones ya realizadas para esa Institución gloriosa, del Heroico Colegio Militar en San Pedro Mártir, Municipio de Talapan, esa gloriosa Institución que ustedes mismos, el 9 de octubre de 1973, por iniciativa del propio Primer Magistrado hicieron que se descubriera "Heroico Colegio Militar", "Heroica Escuela Naval Militar". (Aplausos.)
Para la XLIX Legislatura, a la cual tengo al altísimo honor de pertenecer después de más de 60 años de servicio a México, es para mí una cosa, en el ocaso de la vida, un grandísimo honor, pero para comprender cómo esas reformas a la Ley que apenas se habían establecido en 71, 4 años después se verifica una nueva Ley, es para darse cuenta cómo el señor Presidente está pendiente de las fuerzas armadas, de las cuales es el Jefe Nato. Y las estima y las quiere tanto, señores, porque el Ejército actual en nuestro país es tan diferente a los ejércitos pasados y para poderlo comprender, sería necesario que hiciéramos un análisis detenido desde las fuerzas que formaron el pie veterano de ese ejército.
Yo me voy a permitir hacerlo - mi voz no me lo permite mucho -, además, no quiero cansar su atención por mucho tiempo.
El pie veterano de las fuerzas armadas de México lo constituyeron aquellos 300 insurgentes que al tallado del sagrado bronce de Dolores, se presentaron al Padre de la Patria para luchar por la Independencia, abolir la esclavitud y la opresión.
Esta madrugada del 16 de septiembre de 1810, de ahí arranca el Ejército de las Fuerzas Armadas de México. El Padre de la Patria avisado por Aldama y por Hidalgo, gracias al mensaje recibido de la maravillosa mujer, la Corregidora de Querétaro, doña Josefa Ortiz de Domínguez, que al conocer que la conspiración de ese lugar había sido descubierta, inmediatamente se pusieron de acuerdo y no había más remedio que llevar a la lucha por las armas, y ese mismo día se pusieron en camino rumbo a San Miguel Allende con el único y exclusivo objeto de reforzar las fuerzas armadas con un regimiento muy bien organizado que era el Regimiento de Dragones de la Reina que guarnecía San Miguel el Grande, hoy de Allende, en memoria de aquellos cuatro capitales que mandaban los escuadrones respectivos Allende, Aldama, Jiménez y Abasolo, después de haber llegado a San Miguel Allende y cuando con las clases y oficiales lograron escuadrar la gente que en el camino ya se les había incorporado y que ya eran varios miles de hombres, determinaron seguir justamente rumbo a Celaya y a Irapuato a recoger otros regimientos provisionales bajo las banderas de la Independencia. Así siguieron por el camino de Irapuato y llegando a la Hacienda de Burras, entonces mandaron el regimiento para que hiciera la entrega de la Alhóndiga de Granadita al Intendente Juan Antonio Riaño, éste se negó, fue lo que se conoce en la historia por el Asalto de la Alhóndiga de Granaditas. Terrible hecho de armas el cual vencedores los insurgentes gracias al episodio de un barretero de la mina de Villado, Juan José Martínez "El Pípila" que después de varias horas de combate, claro, la Alhóndiga no había sido posible rendir, porque los insurgentes no disponían de más armas, unos cuantos mosquetones y sus útiles de labranza, espaldas y lanzas, y "El Pípila" puso fuego a la puerta de la Alhóndiga de Granaditas y así entraron los insurgentes, se apoderaron de ella y de todo el rico botín que ahí habían almacenado los españoles peninsulares, y los criollos que disponían de muchos elementos.
Dominaron Guanajuato, se dictaron las primeras disposiciones por el Cura Hidalgo, Padre de la Patria, se estableció una fundición de cañones, para lo cual nosotros éramos muy útiles y muy conocedores pues la materia prima de ello era sencillamente el bronce, el cobre y el estaño; se estableció una Casa de Moneda y después de algunos días caminaron y en vez de ir sobre las fuerzas realistas que estaban en Querétaro y en el campamento de la Pila al sur de San Luis Potosí, siguieron por Celaya con el objeto de aumentar sus contingentes de tropas armadas y con pertrechos pasando por Acámbaro rumbo a Valladolid, siguieron por Celaya con el objeto de aumentar sus contingentes de tropas armadas y con pertrechos
con el fin justamente de que los regimientos provinciales de Pátzcuaro y Valladolid se unieran a sus fuerzas.
En Celaya se le presentó al generalísimo Hidalgo un insurgente que fue precisamente José Antonio Torres, "el amo Torres", un agricultor acomodado de Piedra Gorda, hoy justamente Ciudad Doblado.
Hidalgo le dio la misión de insurreccionar el Occidente y apoderarse de Guadalajara. Veremos cómo lo efectuó este magnífico guerrillero.
Después de estar en Valladolid y organizar sus fuerzas hay un detalle que no debemos olvidar, señores. Es que todo regimiento provincial desde su jefe, el comandante Camudes, se incorporó a las fuerzas insurgentes, menos uno, el alférez Agustín de Iturbide.
De ahí empezaron lo méritos para que después de 10 años de luchar contra la insurgencia, pretendiera realizar sus sueños napoleónicos de Emperador de México.
De Valladolid progresaron rumbo a la capital de la República aprovechando el espacio y el tiempo, mientras Calleja que estaba en el campamento de la Pila, y el Coronel de la Cadena, Conde de la Cadena, se reunieron para auxiliar a los guerrilleros o a las fuerzas que defendía la capital de Nueva España. Ustedes ya saben, para qué cansarlos con todo el derrotero de la insurgencia. La Batalla del Monte de las Cruces, ganada por las fuerzas insurgentes, pero era muy distinto el asalto del Castillo de Granaditas, donde encontraron alimentos, provisiones, un rico botín, el Monte de las Cruces en pleno invierno, sin ningún servicio de sanidad ni de alimentación, el ejército vino a estrellarse contra las fuerzas de Torcuato Trujillo y además con los voluntarios de los hacendados, entre ellos Yerbon (¿), tan conocido de nuestra historia, y que combatieron cuando Allende pretendió desbordar las defensas de Trujillo con el objeto de cortar la retirada hacia la capital por Cuajimalpa, Después de esto y dado que Allende se encontró con muchos heridos, con muchos muertos, por el fuego de las armas de infantería y de artillería de Trujillo y por muchos desertores sin elementos, no era lo mismo de la Alhóndiga de Granaditas, repito, entonces decidió, claro, y muy bien hecho, estratégicamente bien concebido, volverse al centro de la República sin entrar a la capital de México, donde el Virrey Venegas había metido en cintura a todos los españoles gracias a la policía y al campamento que estableció en la hoy avenida de Bucareli.
En su marcha hacia el centro de la República se encuentran con las fuerzas justamente de Calleja y del Conde de la Cadena y entonces son derrotados y divididos en dos fuerzas, Allende que va sobre Guanajuato e Hidalgo que va sobre Celaya, Allende es derrotado en Guanajuato nuevamente por el Conde de la Cadena e Hidalgo recibe la noticia por un propio que le envía el amo Torres de que se había posesionado de Guadalajara y lo invitaba a que pasara a la Perla de Occidente.
Así se verificó y de ahí se reunieron los dos nuevamente: Hidalgo, Allende y los jefes guerrilleros. Allí se presentó lo que ustedes conocen también, la Batalla del Puente de Calderón. La Batalla del Puente de Calderón en sus fases iniciales, fue justamente una derrota para Calleja porque ni su izquierda comandada por el Conde de la Cadena, ni su derecha por el Coronel Emparán, lograron avanzar un paso. Y cuando Calleja se dio cuenta de que no podía rendir a los contrarios, entonces atravesó el Puente de Calderón y con sus reservas que tenía a la mano, atacó el centro de la defensa insurgente y con su artillería, 10 piezas, abrió fuego sobre el centro de la defensa insurgente que mandaba precisamente el amo Torres y ráfagas de la artillería de Calleja, caen los un imponderable de la guerra, una de esas proyectiles sobre los carros y carruajes de municiones y explosivos del ejército insurgente. Era el atardecer, era una tarde gris y sumamente fuerte en vientos, en el invierno y con ese viento se extendieron todas las llamas por el campo insurgente, entró el pánico y lo que era una victoria al principio se transforma en una derrota que no pudo ser completa por la descarga del Conde de la Cadena, porque ella, justamente persiguiendo a los insurgentes, muere Manuel Julián, Conde de la Cadena. Sabemos perfectamente bien cómo el padre de nuestra patria y sus lugartenientes, se dirigieron por Aguascalientes, por Zacatecas, por Saltillo a acercarse a la frontera y justamente con eso obtener pertrechos; allí encontramos al salir de Saltillo la inmensa mayoría de las fuerzas que habían logrado escapar del Puente de Calderón a las órdenes de Ignacio López Rayón y con una pequeña escolta se dirigen por Monclova rumbo a Chihuahua, allí tenemos la famosa traición de Elizondo, los aprehende, los lleva a Chihuahua donde son sometidos a un consejo de guerra y fusilados Hidalgo, Allende, Aldama y Jiménez, a excepción de Abasolo, porque casado con una criolla de gran influencia con el virrey Venegas, logra que se le conmute la pena por la de prisión perpetua y se le envía a Abasolo al Convento de Cádiz, España.
Tal parecía que el horizonte de la patria, la independencia se cubría de negros nubarrones, pero no fue así, señores, afortunadamente, aparte de los guerrilleros que surcaban ya todo el país inflamados por la llama de la independencia y libertad, hubo otro, el más grande en toda nuestra historia militar que se incorporó a las fuerzas del Generalísimo Hidalgo cuando avanzaba desde Valladolid sobre la capital de la República, que fue precisamente José María Morelos y Pavón que se incorporó en Charo y ahí recibió la misión de su antiguo maestro de San Nicolás de Valladolid, de insurreccionar el sur y de apoderarse de Acapulco.
Morelos, cumpliendo esas instrucciones, desde luego se interna con unos cuantos, 25 o 30 hombres de sus partidarios del Curato que dirigía en Curécuaro, en donde se reúnen los grandes guerrilleros. ¿Para qué meternos en tantos detalles?, los hermanos Galeana dentro de
los cuales iba como oficial un gran hombre, alguien que vivió toda la guerra de Independencia y que en esta Cámara hay justamente esa frase maravillosa y grande de Vicente Guerrero: La Patria es Primero. Aplausos.
Los cinco años de la campaña de Guerrero es todo un texto para los estudiosos de la carrera de las armas, maravillosa, porque Morelos con sus numerosas acciones de armas demostró que como militar era un genio, un genio, sí señores. Basta para nosotros que examinemos una y por cierto no victoriosa pero sí maravillosa acción: el Sitio de Cuautla. Vemos cómo allí Morelos encerrado en Cuautla, forzado porque López Rayón habían rendido Zitácuaro antes de sus cálculos que había ideado la operación de mandarlo a Galeana para sitiar Zitácuaro, pero él fue venir a aproximarse para enlazar en las goteras de la capital de la Nueva España. Se vio obligado a encerrarse en Cuautla, organizó maravillosamente la defensa de la ciudad y confiado en la valentía de ese gran guerrillero don Hermenegildo Galeana, le encarga de un fortín, del que se obtenía el agua para el abastecimiento de la ciudad de Cuautla, fortín que en los 72 días que duró el sitio de Cuautla ni una sola hora, señores, estuvo en posesión de Calleja ni de sus lugartenientes. Esa era la bravura de los guerrilleros de Galeana. Y cuando ya era materialmente imposible sostenerse en Cuautla reunió Morelos a sus lugartenientes, y aquí está el genio, todas las obras de táctica militar de la época que ustedes quieran, sabrán que un comandante de una plaza sitiada si es que se atreve a romper y puede el sitio, lo hace por un punto expresamente elegido, donde haya calculado y verificado que el adversario es débil.
Morelos, no lo hizo, sino por el contrario, rompe el sitio de Cuautla en todas direcciones en los 360o y dando orden a sus diferentes guerrilleros de encontrarse en tales fechas, en tales horas, y en tales puntos. Eso fue lo genial de Morelos. Aun más, en el sitio de Cuautla dejó fuera de la plaza a dos guerrilleros de fama, a Trujano y precisamente a Guerrero, con el objeto de hostilizar a todos los refuerzos, a todos los impedimientos, a todos los pertrechos que llegaron a Calleja.
Morelos es grande y es genial, reorganizó su ejército reuniendo en sus partidas y marcha sobre Oaxaca. Se apodera de Oaxaca y allí dura durante más de diez meses, pero allí produjo la semilla que él sembró a un elemento grandioso para nuestra historia. Allí, aquel pastorcillo de la Sierra de Ixtlán, nacido en Guelatao, don Benito Juárez, recibe las semillas de libertad y de independencia de las tropas insurgentes de Morelos, y abandonando su puesto de pastor, se incorpora en Oaxaca, y bajo el apoyo de su hermana que sirve en una casa acomodada, se ilustra en el Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca, y más tarde en la Facultad como Abogado, esa es la carrera del futuro Benemérito de las Américas, por la siembra de Morelos. (Aplausos.) Morelos y sus tropas marchan, ponen sitio y cumplen la misión de Hidalgo, se apoyarán de Acapulco, y tras de esas cosas, viene el gran hombre, no sólo generalísimo, sino gran estadista, formula justamente el programa para la instalación del Primer Congreso de Anáhuac en Chilpancingo, en septiembre de 1813.
Ahí, el Congreso considerando los grandes méritos de Morelos, ratifica su nombramiento de Generalísimo, y este hombre grandioso, pero humilde y modesto, manifiesta esa frase tan conocida por todos los mexicanos: "Yo soy el siervo de la nación" ( y así lo llevó toda su vida el gran Morelos. ocupó a las autoridades del virreinato, y lo Después de estos hechos, el Congreso persiguieron por todas partes, y fue el Congreso y sus miembros a peregrinar por las distintas provincias cercanas: Puebla, Michoacán, y a radicarse en Apatzingán.
Morelos, deseando justamente buscar un lugar de mayor seguridad para el Congreso, decide atacar Valladolid, su ciudad natal, y ahí ataca con sus mejores lugartenientes, y se viene a encontrar con que la defensa de la Plaza de Valladolid es defendida por ¿quien, señores?, por Agustín de Iturbide. Y por una confusión en la disposición de las órdenes en el momento de la defensa, las tropas insurgentes entran en confusión y son rechazadas por Iturbide y por Yáñez y perseguidas en Puruarán, alcanzan a la retaguardia y a los insurgentes en retirada y ahí cae prisionero Matamoros, uno de los brazos derechos del gran Morelos y conducido a la Plaza de Valladolid, es fusilado por órdenes de Iturbide.
Más tarde, en la misma retirada, cerca de Coyuca de Catalán, en un punto que se llama "El Salitral", muere Hermenegildo Galeana en combate.
Morelos había perdido sus dos brazos, sus mejores guerrilleros. Entonces, incorporado al Congreso de Apatzingán, y sabiendo el Virrey, entonces Calleja que había relevado a Venegas y que era por excelencia el hombre más cruel contra los insurgentes, baste recordar cómo al Padre de la Patria y a sus lugartenientes en Chihuahua les mandó cortar las cabezas y ponerlas en jaulas de hierro para colgarlas en los cuatro ángulos superiores de la "Alhóndiga de Granaditas"; había formado dos columnas fuertes: la del coronel Manuel de la Concha y la de su antiguo capitán de lanceros Armijo y las iba a perseguir y apoderarse del Congreso de Apatzingán. Morelos con tropas y elementos ya reducidos, sale escoltando al Congreso de Apatzingán rumbo a Tehuacán, alcanzado cerca de las colinas de Texmalaca, Morelos decide que Guerrero continúe la escolta; y él, con un pequeño número de soldados, hace frente a las tropas muy superiores del coronel Concha y es vencido; pero los incidentes del combate, al tratar de llegar a un bosquecillo y es aprehendido por un soldado de la Concha, Manuel Carranza, por cierto. Entonces, es llevado Morelos a Cuernavaca y más tarde se le trae a México y en la Inquisición es juzgado y degradado; de ahí pasa a la Ciudadela y en un consejo de guerra lo sentencia a muerte, y Morelos es fusilado
en San Cristóbal Ecatepec el 22 de diciembre de 1815. Nueva desgracia para la ciudad de independencia, mas cuando que el teatro principal de operaciones que es el Bajío, acababa de sufrir justamente en los combates la pérdida de sus mejores guerrilleros. Y al hablar del Bajío yo no quisiera pasar de esta época de la Independencia - y discúlpense ustedes por tratarse juntamente del Año Internacional de la Mujer - , de 3 maravillosas heroínas de la Independencia, que por sus características y sus actividades fueron muy diferentes; doña Josefa Ortiz de Domínguez, la que ya hemos nombrado y citado en el númen de la conspiración de Querétaro; doña María Tomasa Estévez y Salas, la heroína del Bajío; y otra nobilísima mujer, una grandiosa heroína, Rita Pérez de Moreno, la esposa del famoso guerrillero Pedro Moreno, que siendo acomodado y dueño de una finca próxima a Lagos, a Sauceda, había - posibilidades libertarias -, servido justamente de auxiliar a los guerrilleros de la región, temiendo ser aprehendido decidió irse a la sierra de Comanja y ahí establecer un fuerte, si era necesario llevándose a su familia; propuso a su esposa Rita tres caminos a seguir, o te quedas tú aquí en la Sauceda, o te incorporas con tu madre y la familia a Lagos o bien, si así lo deseas, me acompañas a la sierra de Comanja. Y esa maravillosa mujer de la época de la Independencia, a la cual debemos admiración y veneración, decidió por el más difícil: Yo no me separaré de ti nunca, más cuando que amo la libertad y la independencia de nuestra patria. Y Rita Pérez de Moreno, conocida en todo el Bajío por el Angel del Fuerte del Sombrero, no un día, no un mes, años, estuvo encerada en el Fuerte del Sombrero hasta que ya casi exhaustos los guerrilleros que mantenían el fuego de la Independencia llega a avivarlos Francisco Javier Mina, aquel liberal que luchó contra las tropas napoleónicas en España y que vino aquí a México para luchar contra el despotismo de Fernando Séptimo.
Francisco Javier Mina hizo una gran amistad, fraternal, podemos decir, con Pedro Moreno, y cuando ya sitiados en el Fuerte de El Sombrero lograron escapar para venir a pedir apoyo al fuerte de los Remedios, que también estaba instalado en el cerro de San Gregorio, al sur de Pénjamo, ya no pudieron y fueron alcanzados en un rancho a las orillas o inmediaciones de León, Gto; El Venadito.
Ahí caen acribillados a balazos Pedro Moreno, y Francisco Javier Mina es hecho prisionero y llevado frente al mariscal Mina.
Mina reavivó a la insurgencia en el Bajío, pero de contrapartida nos trajo a México al Mariscal y numerosas tropas españolas a dominar nuestra Independencia.
Mina, fusilado justamente en el cerro del Bellaco frente al fuerte de los Remedios, muere en 1817, exactamente en agosto.
Entonces sí ya perdido el Fuerte del Sombrero, donde se apoderó de él Iñan y lo incendió con los heridos dentro. Igualmente viene y se apodera del Fuerte del Sombrero con sus grandes elementos y Zitácuaro perdido, la Mesa de los Caballos perdida, la Mesa de los Suspiros, casi todos los puntos de reunión de los guerrilleros del bajío en poder justamente de las fuerzas realistas y en los albores de 1818, cuando llega justamente el nuevo Virrey, Juan Ruiz de Apodaca, y que recibiera por gracia el título de Conde del Venadito, se le ocurre una idea con la que él consideraba que podía dominar la revuelta de nuestra patria, porque ya no quedaba luchando más que en las montañas del sur el indomable Vicente Guerrero. Y entonces es cuando manda a su padre de Guerrero a buscarlo a su campamento y ofrecerle la amnistía y los honores si rinde las armas.
Y entonces es cuando Guerrero pronuncia esa formidable frase a su padre, aun sabiendo que la vida de él estaba expuesta "la patria es primero" y siguió Guerrero luchando en las montañas del sur. Y entre tanto, ¿qué hacía Agustín de Iturbide? Agustín de Iturbide que había rechazado a Morelos en Valladolid, Agustín de Iturbide que había fusilado a uno de los guerrilleros más famosos del bajío, Albino García, el Manco García y que en Celaya lo había fusilado y lo había descuartizado. En Celaya existió por mucho tiempo una calle que se llamaba La Cabecita, por la cabeza de Albino García, ordenado justamente el fusilamiento por el entonces Teniente Coronel Agustín de Iturbide. Y sus miembros descuartizados fueron enviados a diferentes partes del Estado de Guanajuato, o mejor dicho de la región del Bajío, recordando donde había triunfado este famoso guerrillero. Esos eran los servicios de Agustín de Iturbide. Pero todavía más, sus propios compatriotas de Celaya, vista su crueldad y su conducta, pidieron al propio Virrey Calleja que lo relevara del mando de la intendencia de Guanajuato. Calleja, a pesar de la deferencia y aprecio que por su subordinado, lo relevó del mando y entonces Iturbide vino a la capital de la República a gozar de su dinero y entre placeres y distracciones, se le presenta la oportunidad el año de 1820, para que Armijo que no había podido vencer a Guerrero, sea relevado por Agustín de Iturbide y cuenta la historia, mejor dicho, relata la historia que al despedirse justamente Agustín de Iturbide, el Virrey de Apodaca, cuando le dice que si logra vencer a Guerrero recibirá honores y muchos beneficios más, Iturbide sólo le dice: Yo sólo quiero que al vencer a Guerrero, de lo cual estoy seguro, me manden ustedes a España a conocer justamente el lugar de mis antepasados y allí morir. Iturbide marcha con las ilusiones de vencer a Guerrero, en los primeros combates es derrotado, entonces viendo que se había equivocado y que el camino a seguir era otro para colmar sus sueños napoleónicos, entonces ofrece a Guerrero hacer la Independencia de México y le da a conocer, yo en mi parte personal no creo que le haya dado a conocer el Plan de Iguala, no podía haberlo aceptado Guerrero por sus tres primeros artículos bien conocidos, deben haberlo mostrado o hablado de la proclama del Plan de Iguala que el fin y claro pedía la independencia de la Nueva España, de la condición
del México independiente. Guerrero por fin cede, ya lo saben ustedes el resto, el Abrazo de Acatempan, la campaña de siete meses del Ejército Trigarante de
Iturbide, el regreso a la capital de la República y el 27 de septiembre de 1921 la Declaración de la Independencia de México. Iturbide no estaban coronados sus anhelos, es nombrado Presidente de la Junta y luego Presidente de la Regencia, pero él soñaba con algo más grandioso, así lo conduce en aquel día famoso el sargento de sus tropas, dio marcha para declararlo en medio de la plebe emborrachada: Agustín I Emperador de México. Poco duró el entusiasmo, poco duró el tiempo ese porque el Congreso Constituyente formado justamente por españoles peninsulares o borbonistas, por iturbidistas y muy pocos republicanos, fue disuelto por Iturbide.
Discúlpenme ustedes señores, es que me entusiasmo tanto por estas páginas hermosas de nuestra bella y querida patria que yo quisiera seguir hablando lo que durante tantos años en mi cabeza llevo leyendo y estudiando.
Dejemos pues, sólo diré aquí que Iturbide fue fusilado merecidamente en el pueblo de Padilla de la Provincia de Nuevo Santander, hoy Tamaulipas, justamente el 29 de junio de 1824. Dejemos la Independencia y dejemos todo el período que siguió. Hablemos unas cuantas palabras sólo del gran Benemérito de la Patria, el gran Benito Juárez. El, justamente, que formará con su grupo de los grandes liberales en 1856-1857 la Constitución que lleva esa fecha, el 5 de febrero de 1857, y que después por el plan viene a ser formado justamente con el decreto de haber reconocido la Constitución jurada por Ignacio de Comonfort, el que por el Plan de Ayutla había vencido a Santana, anteriormente, justamente a su Alteza Serenísima, entonces viene Comonfort y Benito Juárez nombrado Presidente de la Suprema Corte de Justicia, como quien dice el que debería reemplazar las faltas temporales al Presidente de la República, viene y estalla el Movimiento de Tacubaya de Félix Raga. Lo que ya conocemos como el golpe de Estado de Comonfort y se declara a favor del Plan de Zuluaga de nombrar un Congreso Constituyente, una nueva Constitución. Ahí nace la guerra de Reforma. La Guerra de Reforma de tres largos años, desde fines de 1857 hasta fines de 1860 en la batalla de San Miguel de Calpulalpan, hoy llamado San Miguel de la Victoria. Pasado todo este tiempo de aquellas páginas maravillosas de la época del Benemérito de la Américas, hablemos de otro personaje de nuestra historia. Hablemos, justamente, del Apóstol de la Democracia, de don Francisco I. Madero.
Hablemos de Francisco I. Madero porque fue justamente aquel hombre acomodado, nacido en el Municipio de Parras, Coah., y que habiendo venido a cultivar la tierra allí y habiendo hecho un contacto completo con los campesinos de la región y habiéndoles dado no sólo la influencia para que tuvieran mejor hogar, mejor ilustración, mayores comodidades, vio cómo el gobierno porfirista de tantos años, que había durado más de treinta años, entonces ideó con el libro que publicó, "La Sucesión Presidencial", el año de 1908 la revolución maderista, es decir, la primera fase de la Revolución Mexicana.
Sería muy largo también adentrarse es todos los detalles de la revolución maderista, pasemos, señores, porque yo noto que los estoy cansando, pasemos justamente a la cuestión de la revolución constitucionalista, cuando el Apóstol de la Democracia es traicionado por aquél que le debía tanto favores, por nefasto y Dipsómano Victoriano Huerta. Entonces la Decena Trágica en México el 19 de febrero de 1913, y en esa fecha los heroicos cadetes del Colegio Militar, siguiendo su tradición de respetar las dos virtudes más nobles y más grandes de las fuerzas armadas, el honor y la lealtad, escoltan al Presidente Madero de Chapultepec hasta el Palacio Nacional.
La Decena Trágica desde nuestros tiempos más modernos es para ustedes perfectamente conocida. Madero muere asesinado el 22 de febrero de 1913 por dos tiros en la cabeza, por el cabo primero de Rurales, Francisco Cárdenas, que va a morir a Centroamérica como un pobre desgraciado. En esto, Huerta, ustedes saben cómo usurpan el poder, habiéndole puesto un telegrama al Gobernador de Coahuila, dándole cuenta que se había hecho cargo del Poder Ejecutivo, recibe por única contestación: "Gobierno de Coahuila no reconoce a Huerta", y desde ese momento sale Carranza con sus elementos rumbo a la Hacienda de Guadalupe, y en el Plan que ustedes conocen.
Empieza justamente la lucha contra el usurpador, y ahí vemos sencillamente a los carabineros de Coahuila, a los Centauros de Villa, a los Invencibles del Cuerpo del Invicto Alvaro Obregón, a los Guerrilleros del Sur, de Emiliano Zapata, los descendientes del indomable Vicente Guerrero, luchar durante año y medio para derrotar al usurpador, a Huerta, que también huye al extranjero y después viene a morir en una muerte triste y todavía misteriosa en Fort Bleith.
El gran Varón de Cuatro Ciénegas, don Venustiano Carranza, piensa, por los Tratados de Teoloyucan, no hace el mismo error que por los Tratados de Ciudad Juárez había hecho Madero, se disuelve el ejército federal, entonces quedan justamente las tropas revolucionarias al frente de los destinos de la patria; sucede el distanciamiento que para ustedes es bien conocido de los Convencionistas y los carrancistas, suceden las batallas de Celaya y vuelven a anegar en sangre el Bajío, y vencidos los villistas, Carranza también un gran estadista, forman en Querétaro, en el Teatro de la República, que como aquí se llamaba antes también, Teatro de Iturbide, entonces la Constitución de 1917, esa Constitución de 1917 la cual hoy nos rige con las condiciones y reformas que la actualidad y el mayor progreso de México señalan, fue precisamente debida a ese varón egregio de Cuatro Ciénegas.
Viene entonces la muerte y el asesinato del Varón de Cuatro Ciénegas en Tlaxcalaltongo el 21 de mayo de 1925. Y ahí ya entramos a la época del medio siglo que nos separa, desde la época del mando del general Alvaro Obregón y los Presidentes que le han sucedido. En todos ellos, señores, encontramos un esfuerzo y un entusiasmo por dedicar toda su inteligencia y todas sus fuerzas para servir a su patria. Pero en mi concepto, destacan dos Presidentes, esos dos Presidentes son Plutarco Elías Calles, que justamente al formar el Partido Nacional Revolucionario en 1929, aglutinó es esa forma todos los ideales de la Revolución en ese instituto político; y además, porque hizo la reforma bancaria grandemente e instituyó y creó el Banco Central de México, el único para la emisión en la cuestión económica.
Otro de los Presidentes que no quisiera pasar desapercibido, al contrario, fue Lázaro Cárdenas del Río, el viejo revolucionario de Jiquilpan que al llegar a la Presidencia de la República tiene algún distanciamiento del viejo compañero y amigo, son cuestiones personales. En ese cuadro también vemos que existen, ahí precisamente en letras de oro, quienes lucharon con las armas en la mano: Zapata, Villa, etcétera.
Lázaro Cárdenas entró a la Historia de México siguiendo su postulado básico, el que él siempre seguía: "Contra la Patria, nadie; por la Patria, todos". (Aplausos). Y por eso, cuando se presentó la lucha contra las poderosas compañías petroleras, encontraron firme en México y sereno a Lázaro Cárdenas que expropió el oro negro que tanto significa en la actualidad en el mundo entero, y a México que ha tenido la suerte o la desgracia - como ustedes quieran - de tener en sus manos el oro blanco; el oro negro y probablemente en el futuro, el oro atómico. ¿Cuál era el oro blanco?, el oro blanco fue el algodón, señores, que fue uno de los factores que decidió a Napoleón el pequeño, cuando se disputaba la supremacía contra Inglaterra por sus fábricas de textiles y nosotros poseíamos el algodón en la región del Nazas, en Sonora y en otros lugares. El oro negro, ya lo saben, lo tenemos en buena proporción y también tenemos el oro atómico en los terrenos de Chihuahua y allá en la Baja California, en lo que se llamó Ciudad Guerrero que hoy es Venustiano Carranza, que es uno de los factores del uranio, el berilio. Todo esto son cosas del pasado, Lázaro Cárdenas a quien tantos sin ningún motivo critican, llevó una vida como militar, pagó las virtudes del honor y la lealtad con su propia sangre, cuando el levantamiento de Estrada y enviado por Alvaro Obregón pretendió córtale la retirada a las fuerzas estradistas de Guadalajara a Colima, fue batido por el general Rafael Buelna, muerto su segundo, Paulino Navarro y él herido gravemente y conducido a Guadalajara. Eso fue Lázaro Cárdenas el militar. Educativamente no quisiera yo hablarles tanto más pero él fue el que formó las Escuelas Hijos del Ejército de donde tantos elementos han salido y, después, con ese civismo que caracterizó siempre a Lázaro Cárdenas, apenas llegó a servir a la Secretaría de la Defensa Nacional, después de haber sido Presidente, cuando la Segunda Guerra Mundial, porque él no consideraba ningún puesto inferior siempre que sirviera a la patria, él amaba y adoraba el ejemplo de Morelos y por eso fue, después de haber sido Presidente y Secretario de la Defensa Nacional; entonces, la primera orden que dio llegando a la Secretaría de la Defensa Nacional, fue sencillamente que las escuelas del Ejército desaparecieran y pasaran con su presupuesto y todas sus pertenencias a la Secretaría de Educación Pública, a venir a formar las Escuelas Internados de Enseñanza Primaria para así aglutinar hijos de soldados, hijos de obreros, hijos de campesinos. Mandó recoger el papel oficial de la Secretaría de la Defensa Nacional y prohibió terminantemente que el Jefe del Estado Mayor continuara titulándose Jefe de Estado Mayor del Secretario, Jefe de Estado Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, porque él amaba, como lo mismo había amado en su gran ídolo y admirador, la modestia y la sencillez, sencillamente del generalísimo Morelos.
Y ahora, señores, cuando ya no escuchamos afortunadamente y aun como viejo soldado lo digo con el corazón en la mano, el estampido de las granadas artilleras ni el traqueteo de las ametralladoras, cuando vivimos hasta hace ya casi 50 años o más, todavía de esos cincuenta años, en calma y en paz, laborando por nuestro bello país y nuestra bella tierra, viene a mandar los destinos de esta patria tan difícilmente asegurada y conquistada con la sangre y el esfuerzo de sus hijos, un hombre conocedor pleno de las oficinas y de los problemas mexicanos por los altos puestos que desempeñó en Marina y en la Secretaría de Educación Pública, en la Secretaría de Gobernación, en el Partido Revolucionario Institucional, Luis Echeverría Alvarez.
Y él, como todos sus antiguos compañeros, como los insurgentes, tiene un postulado; los insurgentes, su postulado era independencia. El postulado del Benemérito de las Américas fue siempre toda su vida: no intervención y autodeterminación del pueblo. El postulado de Madero su Sufragio Efectivo y no Reelección. El postulado de Lázaro Cárdenas ya lo dije: contra la patria, nadie; por la patria, todo, y el postulado de Luis Echeverría Alvarez, también como todas esas grandes frases, tres palabras nada más "Arriba y Adelante". (Aplausos.)
Y a mi entender, como soldado, se unifican justamente una llamada de clarín a todos los corazones mexicanos para esforzarse unidos, para constituir una resultante fuerte, puesto que ya la patria, su independencia está consolidada, puesto que ya la igualdad social fue iniciada y va por buen camino. Hay que proseguir para conquistar los objetivos de esta tercera fase de la Revolución Mexicana. ¿Cuáles son esos objetivos?, el progreso y felicidad de la gran familia mexicana. ¿Cómo alcanzarlos? Sencillamente por el perfeccionamiento
de la democracia y por alcanzar el objetivo fundamental: la justicia social para el bienestar de México.
Señores, esto es cuanto puede decirles -y perdónenme mi larga disertación- este modesto soldado de la República (aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado José Rivera Arreola.
El C. José Rivera Arreola: Señor Presidente, respetable público, amigos y compañeros legisladores: dice un principio jurídico "algunas veces duerme el derecho, pero no muere jamás". No existe área en donde las naciones se hayan enfrentado con más frecuencia que en el mar. A través de la historia de la humanidad no existe área en donde las naciones se hayan enfrentado con más frecuencia que en el mar, a través de la historia de la humanidad, ese enfrentamiento ha sido en ocasiones amistoso, otras conflictivo, pero al final ha servido para que los representantes de los países afectados se reunieran a entablar un diálogo que creara las base de un derecho con leyes de uso internacional que se conoce como derecho de gentes. Al mar no solamente podemos considerarlo como una masa de agua que cubre la mayor parte de la superficie de la tierra y que representa la hidrosfera, por su propia naturaleza ha fascinado al hombre desde los tiempos más remotos y tengo la seguridad que entre todos nosotros el concepto del mar es diferente, el misterio que hay debajo de su superficie ha estimulado su imaginación y alimentado la esperanza de los recursos que hay en su seno, servirán para aliviar el hambre de una población hambrienta y siempre creciente, a la fecha el mar sigue siendo un territorio todavía inexplotado del que apenas se tiene incipientes conocimientos, pero ya se sabe que sus recursos no son inagotables, que no puede continuarse trantándolo como un vertedero de desperdicios sin un grave perjuicio al sistema ecológico de toda la biosfera, que tendría graves consecuencias para las generaciones venideras. Son esas las razones esenciales por las que a partir de 1945 ha existido un profundo interés por establecer una legislación que regule los intereses de los Estados ribereños en el mar que baña sus litorales, con arreglo a nuevos criterios adoptados por la comunidad internacional, lo que actualmente ya no es una utopía, la garantía del derecho apoyado en la justicia es la verdadera ambición internacional de México, que busca no deshacer el derecho de gentes, sino perfeccionarlo en un amplio sentido de humanidad y de justicia. Las implicaciones que traerán las soluciones serán de orden geográfico, económico, político, social, diplomático y estratégico, es una aspiración del pueblo de México y que sus representantes han recogido enarbolando como bandera que nuestros mares, además de ser un recurso que beneficia nuestra nación no sea una barrera que nos aísle de los demás pueblos y culturales, sino una puerta que nos comunique ayudándonos a establecer una paz justa y duradera para nuestros hijos que representan el futuro de la patria.
Servir a México es el lema del instituto armado que se llama la Armada de México, es un instituto militar de la cual su alma material es la Heroica Escuela Naval, donde se forman los oficiales que en un futuro tendrán la responsabilidad y la seguridad de nuestra soberanía e integridad nacional.
El Ejército Mexicano, la Armada de México y la Fuerza Aérea, son instituciones que encuentran su origen en la fuerza del Derecho. Por tal motivo son las responsables de garantizar el orden interno y externo, así como el buen funcionamiento de las instituciones, pero como misión principal tienen la de guardar la soberanía nacional y la vigencia de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Por ser marino de profesión, militar y representante popular, veo y así lo interpretan mis compañeros, la gran preocupación que tiene el Ejecutivo de la Nación y los altos mandos militares de las tres fuerzas en que día con día se superen estos institutos armados y vemos con mucha simpatía las iniciativas de la Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea, Ley de Ascensos y Recompensas y la Ley del Cómputo de Servicios.
Felicito calurosamente a mis compañeros del Ejército y la Fuerza Aérea por la superación diaria y eficiente en el cumplimiento de nuestras obligaciones y los exhorto a seguir preparándose más al ser aprobadas estas iniciativas de ley. Gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el proyecto se encuentra suficientemente discutido.
El C. secretario José Luis Estrada Delgadillo: Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si considera suficientemente discutido el proyecto de Decreto en lo general... Suficientemente discutido.
Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general.
(Votación.)
Fue aprobado por unanimidad de 138 votos, en lo general.
A discusión en lo particular.
No habiendo quien haga uso de la palabra se va a proceder a recoger la votación nominal en lo particular.
Fue aprobado en lo particular por 136 votos. Pasa el Ejecutivo para los efectos constitucionales.
LEY PARA LA COMPROBACIÓN, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS EN EL EJERCITO NACIONAL
- El C. secretario Rogelio García González:
"Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos.
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos, les fue turnada por acuerdo de vuestra soberanía, la minuta con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley para la Comprobación, Ajuste
y Cómputo de Servicios en el Ejército Nacional, enviada por la H. Cámara de Senadores.
Las Comisiones mencionadas, consideran que las reformas propuestas corresponden a la necesidad de actualizar las disposiciones legales que rigen las Dependencias del Ejecutivo y que tales reformas y adiciones son indispensables para el buen funcionamiento del Ejército Nacional y de la Fuerza Aérea Mexicana; pues se trata, fundamentalmente, de dar seguridad jurídica a los integrantes de estos cuerpos armados y definir las situaciones en que se encuentran.
Estiman asimismo, las Comisiones que conocen de la Iniciativa, que el Gobierno de la República al hacer una revisión constante de Instituciones y de procedimientos, esenciales para el funcionamiento de nuestro Sistema Constitucional, perfecciona debidamente las estructuras de las Dependencias del Poder Ejecutivo Federal y contribuye a facilitar las funciones a su cuidado.
Las reformas y adiciones a que se refiere la Iniciativa, comprende también a la Fuerza Aérea Mexicana, pues a los elementos de este cuerpo son asimismo aplicables las modificaciones propuestas, y así se cambia la denominación de la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército Nacional, por "Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos."
La Iniciativa que nos ocupa de la categoría necesaria, dentro del ramo Administrativo, a la Oficina Formadora de Hojas de Servicio, la que debe realizar estudios y dictámenes que servirán de base para determinar los derechos y situaciones de los militares.
En las reformas propuestas se comprende también la forma y condiciones para hacer abonos y deducciones en el tiempo de servicios de antigüedad.
Precisa la Iniciativa que la comprobación de los servicios prestados por el personal del Ejército y de la Fuerza Aérea, se basará en los documentos que existen en los expedientes que se forman y en los datos que aportan los interesados, y que es en las Hojas de Actuación y Memorial de servicios donde deben asentarse todos los incidentes de la vida militar de los integrantes del Ejército y de la Fuerza Aérea.
La Iniciativa de reformas y adiciones que nos ocupa al precisar las situaciones en que se encuentran los integrantes de los cuerpos armados, les otorga la seguridad jurídica que a cada uno corresponde, como servidores públicos y se pone de manifiesto el interés del Jefe Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, en mejorar su situación social, económica y cultural.
Por los argumentos expuestos, las Comisiones Dictaminadoras hacen suya la Iniciativa del C. Presidente de la República y someten a la consideración de vuestra soberanía, el siguiente:
PROYECTO DE DECREMENTO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY PARA LA COMPROBACIÓN, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS EN EL EJERCITO NACIONAL
Artículo primero. Se modifican el título y los artículos 4o., 8o., 11, 27, 33, 34, 35 fracción I, 37 y 39; y se adicionan los artículos 1o., 10 y 28 de la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército Nacional para quedar como sigue:
LEY PARA LA COMPROBACIÓN, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS EN EL EJERCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS
Artículo 1o. La comprobación de los servicios prestados por el personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, se basará en los documentos que existan en los expedientes respectivos y en los que aporten los interesados de conformidad con esta Ley.
Artículo 4o. El memorial de servicios, es un documento en el que se asentará, por orden cronológico, todos los incidentes de la vida militar del personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea.
Artículo 6o. Las hojas de servicios y los extractos de antecedentes militares, se formularán en la Oficina Formadora de hojas de servicios. Las hojas de actuación y los memoriales de servicios, se formularán en la corporación o dependencia a que pertenezca el interesado.
Artículo 8o. El tiempo de servicios se contará a los militares desde el día en que hayan ingresado a la Revolución, el Ejército o a la Fuerza Aérea Mexicanos, con cualquier carácter y en cualquier clase, hasta el último que hayan estado en servicio activo, haciéndose los abonos y las deducciones que establece esta Ley. Por ningún motivo se contará tiempo anterior al 20 de noviembre de 1910.
Artículo 10. La antigüedad en el empleo para los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, se contará desde la fecha que se fije en el nombramiento o patente respectivos, teniéndose en cuenta las deducciones que procedan, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley y en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Artículo 11. La Oficina formadora de Hojas de Servicios, tiene la obligación de proceder al cómputo y ajuste de tiempo de servicios en los siguientes casos:
I. Para los efectos de la aplicación de la Ley de Retiros y Pensiones Militares;
II. Cuando lo ordene el Secretario de la Defensa Nacional o lo pida una autoridad competente; y
III. Para su remisión al Senado de la República, en los casos en que deba intervenir para la ratificación de grados militares.
Artículo 26. Al cerrarse una hoja de servicios, el jefe de la oficina formadora de hojas de servicios,
expedirá un certificado en que se exprese el motivo que origine el trámite. Artículo 27. Los militares acreditarán su edad:
I. Con copia certificada del acta del Registro Civil que consigne su nacimiento;
II. A falta del documento anterior, con copia certificada de la fe de butismo del interesado cotejada por notario público o por autoridad que legalmente lo substituya; y
III. A falta de los anteriores, con prueba documental consistente en las constancias que obren en el expediente oficial, relacionadas con la edad que manifestó el interesado al ingresar al Ejército o Fuerza Aérea, aunada en caso necesario, a la pericial que permita determinar su edad clínica.
Artículo 28. De acuerdo con lo dispuesto en este capítulo, el tiempo de servicios es susceptible de aumento o de deducción; la antigüedad en el empleo sólo lo es de deducción. No se harán más abonos o deducciones que los consignados expresamente en esta Ley.
Artículo 33. Se abonará tiempo doble a los militares que presten servicios en salas de hospitales militares donde se aloje personal que sufra enfermedades infecto - contagiosas.
Artículo 34. Los abonos a que se refiere esta Ley se anotarán al cerrarse las hojas de servicios y extractos de antecedentes, y las deducciones se hará al producirse las causas que las motiven.
Artículo 35. A los militares que se hayan encontrado en cualesquiera de las situaciones siguientes, se les harán las deducciones en el tiempo de servicios y antigüedad que en seguida se expresan:
I. A los que hubieran estado separados del servicio activo por licencia ilimitada, absoluta o por la licencia especial prevista en las fracciones II y III del artículo 135 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; así como por haber permanecido de hecho substraídos al servicio por cualquier causa no imputable a la Secretaría de la Defensa Nacional;
II. A los que hayan sido condenados a pena temporal por cualquier delito, se les deducirá de la antigüedad y tiempo de servicio todo el de la sentencia, con excepción del tiempo que presten en servicio activo, cuando obtengan libertad preparatoria o se les substituya la pena por la de amonestación. En caso de inhabilitación se deducirá de una y de otro, todo el tiempo de ésta, así como todo el de la duración en caso de suspensión;
III. A los que hayan disfrutado de retiro, se les descontará de la antigüedad y tiempo de servicios, todo el que duró esta situación;
IV. A los que hayan hecho uso de licencia con motivo de enfermedad contraída por el alcoholismo o por el uso de estupefacientes, se les deducirá de la antigüedad y tiempo de servicios, todo el que dure la licencia;
V. A los que hayan estado sujetos a proceso, en el que se dicte resolución de sobreseimiento, por retiro de acción penal, se les deducirá en el tiempo de sus servicios y antigüedad, todo el de la duración del procedimiento;
VI. A los que hayan estado sujetos a proceso en el que se pronuncie sentencia que declare extinguida la acción penal por prescripción o extinguida la pena por el mismo motivo, se les deducirá en la antigüedad y tiempo de servicios, en el primer caso, el tiempo marcado para la prescripción del delito; y en el segundo, todo el tiempo requerido para realizarse esa prescripción, más el que transcurra en presentarse; y
VII. El tiempo que exceda de seis meses de licencia ordinaria concedida para asuntos particulares en cada período de diez años de servicios.
Artículo 39. Se abonará a los militares en su tiempo de servicios, el que hayan permanecido con licencia especial para desempeñar los cargos a que se refiere la fracción I del artículo 135 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Artículo segundo. Se suprimieron los artículos 37, 40, 41, 42 y 43 de la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército Nacional.
TRANSITORIO
Artículo primero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este Decreto.
Artículo segundo. Este Decreto entrará en vigor a los tres días siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados. -México, D. F., a 13 de noviembre de 1975. - Comisión de Defensa Nacional: Tomás Sánchez Hernández. - Luis León Aponte. - Sección, Defensa Nacional: Modesto A. Guinart López. - José Rivera Arreola. - Rafael Gómez García. - Juan C. Peña Ochoa. - Jesús Guzmán Rubio. - Comisión de Estudios Legislativos: Píndaro Urióstegui Miranda. - Antonio Torres Gómez. - Sección, Asuntos Generales: Julio Camelo Martínez. - Antonio Carrillo Huacuja. - Héctor Esquiliano Solís. - Miguel Hernández del Campo. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Rubén Rodríguez Lozano. - Delia de la Paz Rebolledo de Díaz."
- Trámite: Primer lectura.
El mismo C. Secretario: A nombre de las Comisiones se pide la dispensa de la segunda lectura. En consecuencia, se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general y en lo particular.
Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.
Aprobada la dispensa de la segunda lectura. En consecuencia, está a discusión en lo general.
No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general.
(Votación.)
Fue aprobado en lo general por 131 votos.
Está a discusión en lo particular. Los diputados que quieran reservar algún artículo, sírvanse manifestarlo.
No habiendo quien haga usos de la palabra, se va a recoger la votación nominal en lo particular.
(Votación.)
Fue aprobado en lo particular por 131 votos. Aprobado el Dictamen en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA NACIONALES
- El mismo C. Secretario:
"Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos. Honorable Asamblea:
Por acuerdo de vuestra soberanía, les fue turnado a las Comisiones unidas de la Defensa Nacional y de Estudios Legislativos que suscriben, para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la Minuta Proyecto de Decreto que Reforma y Adiciona la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, relativas a la Iniciativa que sometió a la consideración del H. Congresos de la Unión el C. Presidente de la República.
Hemos examinado con detenimiento y meditación las reformas y adiciones propuestas, confrontando su texto con el de la Ley vigente en esta materia, para verificar que existe una congruencia plena; habiendo comprobado que así acontece.
En efecto, las reformas versan sobre ajustes a nuevas denominaciones usadas por la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, como son las de General Brigadier o de Grupo y de Brigada o de Ala para connotar las segundas jerarquías en la Fuerza Aérea, como se ve en los artículos 4o. y 29.
Fue conveniente, asimismo, mencionar en el artículo 7o. simplemente los servicios, para abarcar los prestados en el Ejército y en la Fuerza Aérea, suprimiendo la expresión "en el Ejército" que contiene el texto vigente. Como también lo fue resumir en el artículo 10 en un sólo párrafo los dos que contiene, ya que los ascensos de Cabo a Sargento Segundo y de Sargento Segundo a Primero, requieren los mismos requisitos.
Otra forma encaminada al perfeccionamiento del texto legal, es la continua mención de los términos "arma, rama o servicio", como se advierte en los diversos preceptos, pero especialmente en los nuevos artículo 15, 17 y 37.
Las reformas propuestas a los artículos 15 y 17, que especifican los requisitos necesarios para ascender de Subteniente hasta Capitán Primero y de Mayores a Tenientes Coroneles, son congruentes porque se resumen y reordenan las prevenciones de la Ley vigente y se logra mayor claridad en los nuevos textos.
Nos parece pertinente destacar la reforma propuesta al artículo 18, que suprime las menciones de oficiales que hubieran pasado a estudiar a escuelas militares extranjeras, porque en el artículo 15, fracción III, inciso B, subinciso a) y número 4, más en el subinciso b) y también número 4, al hablarse de "oficiales en instrucción en curso de aplicación, superiores o de perfeccionamiento" se está incluyendo, escuelas militares del país o del extranjero y por eso ya no era necesaria mención de estos últimos establecimientos. También en el contenido de dicho artículo 18 se precisa que a los Ayudantes del Presidente de la República, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, y a los Ayudantes del Secretario, Subsecretario y Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, se les deberá computar el tiempo que duren en esa situación, para los mismos efectos que establece la fracción III de los artículos 15 y 17. Es decir, que dichos ayudantes podrán concursar para asensos, porque sus servicios son también de carácter militar, que los otros servicios que se especifican en la citada fracción de los preceptos mencionados. Nos parece adecuado poner de relieve que de esta manera no se otorga privilegio alguno a los expresados ayudantes, puesto que deben concursar al igual que los otros oficiales.
En mucho se mejora en la Iniciativa el trámite por inconformidades de militares excluidos del concurso de selección, como se observa en el nuevo artículo 24.
Por otra parte deseamos poner de relieve que en el artículo 45 se crea sobre las condecoraciones existentes la del mérito deportivo y que se suprime la condecoración del mérito docente, la limitación que contiene la Ley en vigor, para que se otorgue hasta que ocurra la separación de los cargos, como esta última lo tiene prevenido.
Los artículos 61 y 64 se reforman para suprimir la mención de eventos deportivos, puesto que ya se creó la condecoración al mérito deportivo por el artículo 45, según se expuso anteriormente.
Queremos hacer notar que las Comisiones que suscriben, conjuntamente con las homólogas de la Colegisladora y a propuesta nuestra, se modificaron los textos de los artículos 10, 15, fracción III, inciso b),subinciso a) número 4, al artículo 16, fracciones VII y XVIII, en la inteligencia de que dichas modificaciones son meramente de estilo e introducidas para aclarar los mandatos contenidos en dichos preceptos, mismas que quedaron incorporadas en la Minuta Proyecto de Decreto a que se refiere este dictamen. Por todo lo expuesto y fundado, nos permitimos proponer a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA NACIONALES
Artículo único. Se modifican los artículos 4o., 7o., 10, 11, 15, 16, 17, 18, 24,29,30,33
37, 38, 45, 50, 52, 61 y 64; y se adiciona el artículo 52 Bis, de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales para quedar como sigue:
Artículo 4o. Los ascensos en el Ejército y Fuerza Aérea serán conferidos por rigurosa escala jerárquica. De Cabo a Coronel, el ascenso será conferido precisamente dentro de la misma arma, rama o servicio. Desde General Brigadier o de Grupo a General de División, no será necesario este requisito para los militares de arma o rama.
Artículo 7o. Los ascensos en el Ejército y Fuerza Aérea serán conferidos atendiendo conjuntamente a las siguientes circunstancias:
I. A la antigüedad en el grado;
II. A la aptitud profesional;
III. A la buena conducta militar y civil;
IV. A la buena salud y capacidad física;
V. Al tiempo de servicio; y
VI. A la aprobación en los cursos de formación, capacitación, de perfeccionamiento no superiores y demás que estatuya el Plan General de Educación Militar para el grado inmediato superior.
Artículo 10. Son requisitos indispensables y de Sargento Segundo a Sargento Primero, para el ascenso de Cabo a Sargento Segundo que el interesado tenga una antigüedad mínima en el grado, de un año; haya servido durante ese tiempo encuadrado en Unidades de su Arma o Rama, o en funciones militares propias de su especialidad los de Servicio, y apruebe el curso respectivo en la escuela de clases que corresponda.
Artículo 11. Son requisitos indispensables para el ascenso de Sargento Primero a Subteniente, que el interesado tenga una antigüedad mínima en el grado, de un año y haya servido durante ese tiempo encuadrado en las unidades de su Arma y Rama o en funciones militares propias de su especialidad los de Servicio, y que apruebe el curso respectivo en las Escuelas de Formación de Oficiales.
Artículo 15. Para participar en los concursos de selección, los oficiales deberán satisfacer los requisitos siguientes:
I. Tener como mínimo el tiempo de servicios que a continuación se expresa:
Subtenientes, 5 años
Tenientes, 9 años.
Capitanes 2/os., 12 años.
Capitanes 1/os., 15 años.
II. Tener como mínimo en el grado que ostenten, la antigüedad siguiente:
Subtenientes, 3 años.
Tenientes, 4 años.
Capitanes 2/os., 3 años.
Capitanes 1/os., 3 años.
III. Haber prestado sus servicios en ese grado en la forma siguiente:
A. Los Subtenientes:
a) De Rama o Rama, en las unidades del activo en cuarteles.
b) De Servicio, en los Servicios orgánicos de las Unidades del activo en cuarteles, en unidades de la Fuerza Aérea o en unidades de sus Servicios no encuadradas. En los servicios en los que no existan unidades organizadas, desempeñando actividades militares propias de su especialidad.
B. Los Tenientes;
a) De Arma o Rama, tres años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:
1. En las unidades del activo en cuarteles y en las unidades de vuelo, respectivamente.
2. En unidades orgánicas de los Establecimientos de Educación Militar.
3. Como profesores o instructores, encuadrados en esos Establecimientos; y
4. Como oficiales en instrucción en cursos de aplicación, superiores o de perfeccionamiento.
El resto del tiempo, en su caso en otras actividades militares propias de su especialidad.
b) De servicio, tres años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:
1. En los Servicios orgánicos de las unidades del activo en cuarteles, en unidades de la Fuerza Aérea o en unidades de sus Servicios no encuadradas. En los Servicios en los que no existan unidades organizadas, desempeñando actividades militares propias de su especialidad.
2. En unidades orgánicas de los Establecimientos de Educación Militar.
3. Como profesores o instructores, encuadrados en esos Establecimientos; y
4. Como oficiales en instrucción en cursos de aplicación, superiores o de perfeccionamiento.
El resto del tiempo, en su caso, en otras actividades militares propias de su especialidad.
C. Los Capitanes:
a) De Arma o Rama, dos años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:
1. En las unidades del activo en cuarteles y en las unidades de vuelo, respectivamente.
2. En unidades orgánicas de los Establecimientos de Educación Militar.
3. Como profesores o instructores, encuadrados en esos Establecimientos; y
4. Como oficiales en instrucción en los cursos de aplicación, superiores o de perfeccionamiento.
El resto del tiempo, en su caso, en actividades militares propias de su especialidad.
b) De Servicio, dos años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:
1. En los Servicios orgánicos de las unidades del activo en cuarteles.
2. En unidades de la Fuerza Aérea o en unidades de su Servicio no encuadradas.
En los Servicios en los que no existan unidades organizadas, desempeñando actividades militares propias de su especialidad.
3. En unidades orgánicas de los Establecimientos de Educación Militar.
4. Como profesores o instructores encuadrados en esos Establecimientos; y
5. Como oficiales en instrucción en los cursos de aplicación, superiores o de perfeccionamiento.
El resto del tiempo, en su caso, en actividades militares propias de su especialidad;
IV. Tener buena salud y estar capacitados físicamente para el desempeño de las funciones propias del grado inmediato superior;
V. Haber aprobado los cursos a que se refiere el artículo 7o. de esta ley;
VI. Acreditar buena conducta militar y civil;
VII. No encontrarse en algunas de las situaciones previstas en el artículo 30.
Artículo 16. Los Subtenientes egresados de las Escuelas o Cursos de Formación de Oficiales, podrán ser ascendidos al grado de tenientes fuera de concurso al cumplir dos años de antigüedad en el grado, siempre que reúnan además los siguientes requisitos:
I. Haber servicio durante ese lapso precisamente en las unidades del activo en cuarteles ejerciendo el mando; o en unidades de vuelo de la Fuerza Aérea, si se trata de pilotos aviadores; tratándose de oficiales de Servicio, en los Servicios orgánicos de las unidades del activo en cuarteles de la Fuerza Aérea y en aquellos Servicios en los que no existan unidades organizadas, desempeñando actividades militares propias de su especialidad;
II. El personal femenino, en los diversos escalones de su servicio, desempeñando actividades militares propias de su especialidad;
III. Tener buena salud y estar capacitada físicamente para el desempeño de las funciones propias del grado inmediato superior;
IV. Aprobar la prueba práctica de mando los oficiales de las Armas y Pilotos Aviadores; y de mando y práctica de su especialidad, los de Servicio;
V. Acreditar buena conducta militar y civil;
VI. No encontrarse en alguna de las situaciones previstas en el artículo 30; y
VII. Los Subtenientes que por no haber reunido cualesquiera de los requisitos señalados, no asciendan, podrán participar en la promoción especial del año siguiente, por una sola vez y siempre que reúnan los ya mencionados requisitos.
Los Subtenientes egresados de Escuelas de Formación de Oficiales que hayan realizado sus estudios conforme a programas de cuatro años, podrán ascender en los términos señalados en este artículo al cumplir un año de antigüedad en el grado.
Artículo 17. Para participar en los concursos de selección de Mayores a Tenientes Coroneles, será necesario satisfacer los requisitos siguientes:
I. Tener como mínimo 19 años de tiempo de servicios..
II. Tener como mínimo cuatro años de antigüedad en el grado.
III. Haber prestado sus servicios en ese grado en la forma siguiente:
A. De Arma o Rama, dos años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:
a) En las unidades del servicio en cuarteles y en las unidades de vuelo respectivamente;
b) En las unidades orgánicas de Establecimientos de Educación Militar;
c) Como profesores o instructores, encuadrados en esos Establecimientos; y
d) Como jefes en instrucción en los cursos superiores o de perfeccionamiento.
El resto del tiempo, en su caso, en actividades militares propias de su especialidad.
B. Se Servicio, dos años como mínimo en cualesquiera de las situaciones siguientes:
a) En los Servicios orgánicos de las unidades del activo en cuarteles.
b) En unidades de la Fuerza Aérea o en unidades de sus Servicios no encuadradas. En los Servicios en los que no existan unidades organizadas, desempeñando actividades militares propias de su especialidad.
c) En unidades orgánicas en los Establecimientos de Educación Militar.
d) Como profesores o instructores, encuadrados en esos establecimientos.
e) Como jefes en instrucción en los cursos superiores o de perfeccionamiento. El resto del tiempo, en su caso, en actividades militares propias de su especialidad;
IV. Tener buena salud y estar capacitado físicamente para el desempeño de las funciones propias del grado inmediato superior;
V. Haber aprobado los cursos a que se refiere el artículo 7o. de esta Ley.
VI. Acreditar buena conducta militar; y
VII. No encontrarse en alguna de las situaciones previstas en el artículo 30.
Artículo 18. Los Tenientes, Capitanes y Mayores que sean designados Ayudantes del Presidente de la República o del Secretario, Subsecretario u Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional; los encuadrados en los Estados Mayores y en los Cuarteles Generales de las Grandes Unidades, tendrán derecho a participar en concursos de selección para el ascenso, computándose el tiempo que duren en esa situación para los mismos efectos que establece la fracción III de los artículos 15 y 17 de esta ley, siempre que también reúnan los otros requisitos señalados en las demás fracciones de dichos preceptos.
Artículo 24. Si el dictamen favorece al militar excluido del concurso de selección, la Secretaría ordenará el examen del interesado fuera del periodo de pruebas. Si en dichas pruebas obtiene una puntuación superior a la del último ascendido en el concurso en el que debió participar el quejoso, se ordenará el ascenso de éste en la primera vacante con la antigüedad de la fecha en que ascendieron los militares que concursaron.
Cuando el dictamen sea favorable al militar que habiendo participado en un concurso de selección no hubiese ascendido, se ordenará su ascenso en la primera vacante con la antigüedad de la fecha en la que ascendieron los demás que concursaron.
Cuando a juicio del Secretario de la Defensa Nacional el dictamen haya sido emitido sin ajustarse a las disposiciones legales en vigor o destinando las constancias existentes, se ordenará su revisión por distinto jurado,
el que deberá analizar las observaciones formuladas y emitir nuevo dictamen que tendrá el carácter de definitivo.
Artículo 29. Los ascensos a los grados de Coronel, General Brigadier o de Grupo, de Brigada o de Ala y de División, serán conferidos por el Presidente de la República atendiendo preferentemente al mérito, aptitud y competencia profesionales, calificados a juicio de dicho alto funcionario.
Artículo 30. No serán conferidos ascensos a los militares que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:
I. Gozando de licencia ilimitada o especial;
II. Retirados del Activo;
III. Sujetos a proceso, prófugos o cumpliendo sentencia condenatoria en el orden penal; y
IV. Haber estado sujetos a proceso en el que se haya retirado la acción penal dentro del último año de su antigüedad.
Artículo 33. Los militares auxiliares no podrán ascender mientras no sean veteranizados.
Artículo 37. En las patentes de los generales, jefes y oficiales y en los nombramientos de las Clases, se harán constar los datos siguientes;
I. Nombre, apellidos y matrícula del interesado;
II. Motivo del ascenso y fecha de antigüedad en el grado;
III. Expresión del Arma, Rama o Servicio a que pertenezcan, hasta el grado de Coronel;
IV. En las patentes de los Generales procedentes de Arma o Rama, no se hará mención a la que hayan pertenecido; y
V. En las patentes de los Generales de Servicio, se hará constar el Servicio a que pertenezcan.
Las patentes de Mayor a General de División, llevarán el Gran Sello de la Nación.
Artículo 38. Siempre que dos o más militares del mismo grado o de la misma Arma, Rama o Servicio del Ejército y Fuerza Aérea, tengan nombramiento patente con antigüedad de igual fecha, deberá considerarse como el más antiguo al que hubiese servido por más tiempo en el grado anterior. En igualdad de circunstancias, el que tuviere en el Ejército o Fuerza Aérea mayor tiempo de servicios, y si aun éste fuere igual, al de mayor edad.
Artículo 45. Las condecoraciones que se otorgarán a los militares que presten servicios al Ejército y Fuerza Aérea, serán las siguientes:
I. Valor Heroico;
II. Mérito Militar;
III. Mérito Técnico;
IV. Mérito Facultativo;
V. Mérito Docente;
VI. De Perseverancia; y
VII. Mérito Deportivo.
Artículo 50. La Condecoración del Mérito Docente se concederá por la Secretaría de la Defensa Nacional al personal directivo o docente, militar o civil, de las Escuelas Militares, después de haber desempeñado sus cargos con distinción y eficacia por tres años consecutivos como mínimo, a juicio del Consejo correspondiente del plantel y con aprobación de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Artículo 52. Para computar los servicios a que se refiere el artículo anterior, únicamente se tomarán en cuenta los prestados sin abonos de tiempo.
Se pierde el derecho a la condecoración de Perseverancia en las clases que corresponda, si durante el lapso para la obtención de la misma, el militar interrumpe sus servicios por algunas de las siguientes causas:
I. Por haber gozado de licencias ordinarias y económicas para asuntos ajenos al servicio que en total sumen más de 180 días, en cada período de 10 años de servicios;
II. Por gozar de licencia ilimitada o especial, o haber gozado de licencia ilimitada o absoluta, o por haberse encontrado en alguno de los casos comprendidos en la licencia especial, antes de entrar en vigor la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;
III. Por gozar o haber gozado de licencia para desempeñar puestos de elección popular; IV. Por haberse dictado en su contra sentencia condenatoria de carácter penal o habérsele retirado la acción penal ya estando sujeto a proceso;
V. Por haber estado sujeto a proceso en el que se pronuncie sentencia que declare extinguida la acción penal por prescripción o extinguida la pena por el mismo motivo; y
VI. Por estar o haber estado en situación de retiro.
Artículo 52 Bis. La condecoración del Mérito Deportivo se concederá a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea que se distingan en cualquiera de las ramas del deporte militar.
Esta condecoración será de cuatro clases: 1/a., 2/a., 3/a., 4/a.; tendrá las características señaladas en el Decreto Presidencial de 14 de agosto de 1935, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 5 de octubre del propio año, y su otorgamiento se regulará conforme a lo dispuesto en el Reglamento para su concesión expedido el 5 de abril de 1937, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo del mismo año.
Artículo 61. Las distinciones son aquellas que se otorgan a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, cualquiera que sea su jerarquía, cuando hayan sobresalido en cursos militares, por su competencia profesional, celo en el cumplimiento de sus deberes y haber observado durante su carrera militar, una conducta ejemplar.
Artículo 64. Los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, que en concursos militares o profesionales en los que actúen llevando la representación del Ejército o Fuerza Aérea, hubieran destacado en forma extraordinaria, serán acreedores a una distinción.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Este Decreto entrará en vigor a los tres días siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este Decreto.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados. - México, D. F., a 13 de noviembre de 1975. - Comisión de Defensa Nacional: Tomás Sánchez Hernández. - Luis León Aponte.- Sección, Defensa Nacional: Modesto A. Guinart López. - José I. Arreola. - Rafael Gómez García. - Juan C. Peña Ochoa. - Jesús Guzmán Rubio. Comisión Estudios Legislativos: Píndaro Urióstegui Miranda. - Antonio Torres Gómez. - Sección, Asuntos Generales: Julio Camelo Martínez. - Antonio Carrillo Huacuja. - Héctor Esquiliano Solís. - Miguel Hernández del Campo. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Rubén Rodríguez Lozano. - Delia de la Paz Rebolledo de Díaz."
El C. secretario José Luis Estrada Delgadillo: En virtud de haber sido distribuido entre los señores diputados el dictamen profusamente, se omite la lectura del articulado. Primera lectura.
A solicitud de las Comisiones, se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Dispensada la segunda lectura.
Está a discusión en lo general.
Antes de someter el proyecto de Decreto a votación en lo general, se pregunta a los señores diputados si alguno de ellos lo impugnará en lo particular...
No habiendo impugnación en lo particular, se va a proceder a recoger la votación tanto en lo general como en lo particular.
(Votación.)
Fue aprobado en ambos sentidos, por unanimidad de 130 votos. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
Servicios como empleado
- El mismo C. Secretario:
"Comisión de Permisos Constitucionales.
Honorable Asamblea:
En escrito fechado el 7 de noviembre, el ciudadano Pablo Martínez Alvarado, solicita el permiso constitucional necesario para prestar servicios como chofer en el Consulado de Túnez, en la ciudad de México.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 11 de noviembre, fue turnado a la Comisión que suscribe, el expediente relativo a la solicitud.
CONSIDERANDO
a) Que el peticionario ha acreditado su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de su nacimiento;
b) Que los servicios que el propio solicitante prestará al Gobierno de Túnez, serán exclusivamente como chofer;
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción II del apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
Como el ciudadano Pablo Martínez Alvarado al prestar sus servicios como chofer no queda sujeto de manera alguna al Gobierno de Túnez, esta Comisión se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Pablo Martínez Alvarado, para prestar servicios como chofer en el Consulado de Túnez en la ciudad de México.
Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de noviembre de 1975. - Carlos Sansores Pérez. - Carlos A. Madrazo Pintado. - Flavio Romero de Velasco. - Píndaro Urióstegui Miranda. - Mario Ruiz de Chávez García.- Juan C. Peña Ochoa."
Segunda lectura.
Está a discusión el proyecto de Decreto.
No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal.
(Votación.)
Aprobado por unanimidad de 129 votos.
Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
LEY REGLAMENTARIA DEL ART¡CULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN MATERIA MINERA
El C. Antonio Torres Gómez: Pido la palabra, señor Presidente.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto?
El C. Antonio Torres Gómez: Para leer una proposición.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Antonio Torres Gómez.
El C. Antonio Torres Gómez: "Honorable Asamblea: Teniendo en consideración la importancia que para nuestro país representa el Proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia de Minería, las Comisiones unidas de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, Sección de Minerales, Puntos Constitucionales, y Estudios Legislativos, han considerado oportuno solicitar de esta Asamblea se retire de la orden del día, la segunda lectura del dictamen y debate, en su caso, de ese Proyecto en virtud de que entre el lapso que ha transcurrido desde su primera lectura a la fecha, dichas Comisiones han recibido aportaciones, solicitudes y sugerencias, encaminadas a mejorar la redacción del articulado del proyecto de Ley relativo y que provienen de la Colegisladora como de los representantes de los distintos partidos políticos que integran esta Cámara, e incluso de organismos oficiales, empresas, y aun particulares
que de alguna manera se encuentran interesados en la aplicación del ordenamiento sujeto a la consideración de esta Cámara.
No obstante que desde que se recibió la iniciativa, las Comisiones han estado en contacto con todas las fuentes de información y documentándose de la mejor manera para llegar a la solución que se ha considerado adecuada, estima que para alcanzar la operancia benéfica de la Ley de acuerdo con sus fines, resulta indispensable subordinar el interés que puede representar la economía de tiempo al interés de la nación que espera de nuestra actividad legislativa soluciones responsables y justas, razón por la cual, solicitamos de ustedes su anuencia para acceder a nuestra petición a fin de considerar la procedencia o no de las observaciones que se nos han formulado, disponiendo que la segunda lectura del dictamen de que se trata se incluya en los asuntos de la sesión próxima.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Por las Comisiones de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos: José de Jesús Medellín Muñoz. - Fernando Romero de Velasco. Sección Minerales: Luis Dantón Rodríguez.-- Gustavo Garibay. Comisión de Puntos Constitucionales, Sección Segunda: Mario Ruiz de Chávez. - José Ortiz Arana. Comisión de Estudios Legislativos: Píndaro Urióstegui Miranda. - Antonio Torres Gómez. Sección Constitucional: Alejandro Sobarzo Loaiza. - Abel Vicencio Tovar."
El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría haga la consulta reglamentaria.
El C. secretario Rogelio García González: Por instrucciones de la Presidencia y como lo pide el diputado Antonio Torres Gómez, se pregunta a la Asamblea si se retira del Orden del Día la segunda lectura del dictamen y el debate en su caso.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada la solicitud.
Señor Presidente, agotados los asuntos en cartera. Se va a proceder a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA
- El mismo C. Secretario:
"Cámara de Diputados.
Tercer Período Ordinario de Sesiones.
XLIX Legislatura.
Orden del Día Lectura del acta de la sesión anterior.
El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del 53 aniversario luctuoso de Ricardo Flores Magón, tendrá lugar el próximo sábado 22 de los corrientes.
En Congreso del Estado de Quintana Roo, invita la Sesión Solemne en la que rendirá su Primer Informe el C. licenciado Jesús Martínez Ross, Gobernador del Estado.
El Congreso del Estado de Veracruz, invita a la Sesión Solemne en la que el C. Gobernador licenciado Rafael Hernández Ochoa, rendirá su Primer Informe de Gobierno, la que tendrá lugar el 30 de los corrientes en la capital del Estado.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Permisos Constitucionales con proyecto de Decreto, por el que se concede permiso al C. Antonio Ramírez Barrera, para aceptar y usar la condecoración que le confirió el Gobierno de la República de Brasil.
De las Comisiones unidas Primera de Trabajo, de productividad del Comercio Interior y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley Federal de Protección al Consumidor.
Dictamen a discusión.
De las Comisiones unidas de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, Segunda de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional, en Materia Minera."
- El C. Presidente (a las 15:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes 18, a las 11:00 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"