Legislatura L - Año II - Período Ordinario - Fecha 19771220 - Número de Diario 49

(L50A2P1oN049F19771220.xml)Núm. Diario:49

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"L" LEGISLATURA

Registrado como artículo 2a. clase en la Administración

Local de correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II México D.F., Martes 20 de Diciembre de 1977 TOMO II. - NÚM. 49

SESIÓN MATUTINA

SUMARIO

Apertura

Orden del Día

Acta de la sesión anterior. Se aprueba

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales

A discusión al Artículo 1o. del Capítulo I. Intervienen, para proponer una supresión, la C. Marcela Lombardo de Gutiérrez; para una moción, el C. Miguel Montes García; en pro los CC. Saúl Castorena Monterrubio y Eduardo Andrade Sánchez; para hechos el C. Francisco Ortiz Mendoza y para una moción el C. Antonio Riva Palacio López. Se reserva al artículo para su votación nominal, en su oportunidad.

A discusión el Artículo 14. Usan de la palabra, para proponer una adición, el C. José Ortega Mendoza, en pro el C. Enrique Gómez Guerra; por la Comisión el C. Miguel Montes García. Se desecha la adición. Se aprueba en sus términos por mayoría.

A debate el Artículo 18. Hablan, para proponer una modificación el C. Jorge Garabito Martínez; para contestar alusiones personales, el C. Enrique Ramírez y Ramírez; por la Comisión el C. Miguel Montes García y el C. Antonio Riva Palacio López, quien solicita autorización para reiterar dicho artículo y estudiarlo nuevamente. Se retira el artículo.

La Presidencia declara un receso de veinte minutos.

Se reanuda la sesión. El C. Antonio Riva Palacio López da lectura a un nuevo texto para el artículo 18 y solicita se reserven los artículos 154 y 166, concordantes con el 18, para discutirlos en su oportunidad.

Para hablar en pro del nuevo texto presentado por la Comisión, aborda la Tribuna el C. Ramón Garcilita Partida; en contra el C. Francisco Ortiz Mendoza; por la Comisión el C. Antonio Riva Palacio López; para aclaraciones, nuevamente los CC. Garcilita Partida y Ortiz Mendoza; por último, por la Comisión el C. Riva Palacio López. Se aprueba el nuevo texto para el artículo 18 por mayoría, anotándose en el acta respectiva los nombres de los diez diputados que votaron por la negativa.

A discusión el Artículo 19. A solicitud de la C. Marcela Lombardo de Gutiérrez, se reserva para debatirlo en su oportunidad.

A discusión el artículo 25, fracciones I y II. Usan de la palabra, en contra el C. Tomás Nava de la Rosa; en pro los CC. María Elena Marqués de Torruco y Venustiano Reyes López; para una moción el C. Jacinto Guadalupe Silva Flores; moción que se desecha; continúa en el uso de la palabra el C. Reyes López; para hechos el C. Adrián Peña Soto; por la Comisión el C. Pericles Namorado Urrutia. Se desechan las proposiciones del C. Nava de la Rosa. Se aprueba el artículo 25, fracciones I y II en sus términos por mayoría.

A debate el Artículo 27, inciso b). Hablan, para proponer una adición el C. Miguel Campos Martínez; en pro el C. Eduardo Andrade Sánchez. Se desecha la adición. Se aprueba en sus términos por mayoría el artículo.

Previa aprobación de la Asamblea, la C. Marcela Lombardo de Gutiérrez objeta en una sola intervención, los artículos 32, 36, 43 y 44, proponiendo modificaciones a cada uno de ellos; el C. Enrique Gómez Guerra, refuta los artículos 32 y 36; por la Comisión el C. Pericles Namorado Urrutia, rechaza la modificación al artículo 44, advirtiendo

que se reserva el derecho de rebatir el artículo 43, en virtud de que también fue reservado por el Partido Acción Nacional; para insistir en sus argumentaciones, vuelven a la Tribuna la C. Lombardo de Gutiérrez y el C. Namorado Urrutia. A petición de la propia C. Marcela Lombardo, el artículo 32 se reserva para su votación con los artículos relativos a las Asociaciones Políticas.

El artículo 36 se aprueba en sus términos por unanimidad. El artículo 44 se aprueba en sus términos por mayoría. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. GUILLERMO COSIO VIDAURRI

(Asistencia de 178 ciudadanos diputados.)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 10:15 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez:

"Segundo Período Ordinario de Sesiones.

'L' Legislatura.

Orden del Día

20 de diciembre de 1977.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Estudios Legislativos, Sección Constitucional con proyecto de Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, Discusión del Título Primero y Título Segundo, capítulos I a XII."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y siete.

Presidencia del C. Guillermo Cosío Vidaurri.

En la ciudad de México, a las diecisiete horas y quince minutos del lunes diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y siete, con asistencia de ciento setenta y siete ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del Orden del Día y del acta de la sesión anterior, verificada hoy por la mañana, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

La Secretaría da lectura a las siguientes iniciativas enviadas por el C. Presidente de la República:

De Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación. Recibo y túrnese a a las Comisiones unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros en turno; de Justicia en turno, y de Estudios Legislativos, Sección Fiscal e imprímase.

De Decreto que reforma y adiciona el Código Fiscal de la Federación. Recibo y túrnese a las Comisiones unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros en turno; de Justicia en turno, y de Estudios Legislativos e imprímase.

De Ley del Registro Federal de Vehículos. Recibo y túrnese a las Comisiones unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros en turno, y de Estudios Legislativos, Sección Fiscal e imprímase.

De Reformas a la Ley General de Crédito Rural. Recibo y túrnese a las Comisiones unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros; de Asuntos Agrarios , y de Estudios Legislativos e imprímase.

De Decreto que reforma diversas Disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Recibo y túrnese a la Primera Comisión de Desarrollo de la Seguridad Social y Salud Pública e imprímase.

Agotados los asuntos en cartera, se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima.

A las diecinueve horas y veinticinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana martes veinte, a las diez horas".

Está a discusión el Acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Federal de Organizaciones Políticas y Pocesos Electorales

El C. Presidente: En cumplimiento del acuerdo aprobado en la sesión de ayer, están a discusión en lo particular los Títulos Primero y Segundo, Capítulo I a XII de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, que contienen los artículos del 1o. al 153 inclusive. Los diputados que deseen impugnar algún artículo se servirán reservarlo.

Esta Presidencia informa que , por conducto de la Secretaría, las fracciones parlamentarias representadas en esta Cámara, han reservado los artículos 34, 14, 18, 25, fracciones I y II; 27, 42, 43, 48, fracciones I y III; 49, primer párrafo y Sección "A", Sección "B" y Sección "C", inciso d); 68, fracciones I y III; 70, 71, 78, 82, fracciones VII, IX y XIX; 97, fracción I; 104, 116 inciso b); 123, 129, 130 y 134, por el Partido Acción Nacional.

El Partido Popular Socialista reservó los artículos 1o., 19, 32, 35, 36, 37, 44, 48, 49, 50 al

59 inclusive; 61,62,66,68,73,78,81,82,86,87,94,96,101,110,113,115,116,120,129, y 130.

El Partido Revolucionario Institucional reservó el artículo 49, Sección "C", inciso g).

En consecuencia, se abre el registro de oradores para las discusión.

El C. Alarcón Escalona: Señor Presidente, no se encuentra en la lista reservado el artículo 115 por Acción Nacional.

El C. Presidente: No aparecía reservado, señor diputado, pero lo damos por reservado en estos instantes. Muchas gracias.

En consecuencia, de acuerdo con la reserva hecha por las fracciones parlamentarias aquí representadas y con la reservación que se acaba de hacer en estos instantes por el diputado Alarcón, se va a abrir el registro de oradores para la discusión del artículo 1o.

(Registro de oradores.)

Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en relación con el artículo 1o., en contra, la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez y, en pro, los, diputados Saúl Castorena y Eduardo Andrade.

Tiene la palabra la ciudadana diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Señor Presidente, solicito se me permita en una sola intervención tratar todos los artículos que se refieren al mismo tema para no tener que hacer varias intervenciones, porque están relacionados unos con otros.

El C. Presidente: La diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez solicita se le permita tratar en una sola exposición las objeciones que presentará a diversos artículos. La Presidencia ruega a la diputada Lombardo de Gutiérrez señale concretamente a qué artículos se refiere.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Título I, Capítulo I: Artículo 14, del Capítulo III: Artículo 19, del Capítulo IV: Artículo 32, fracción III, artículo 35 primer párrafo. Los artículos del Capítulo VII, del Capítulo VIII: Artículo 56, artículo 59, y el artículo 73 del Capítulo IX.

El C. Presidente: Ha pedido la palabra el señor Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos.

El C. Miguel Montes García (desde su curul): Es de por sí difícil la discusión de esta Ley. Dificultaría más la discusión el que se discutieran de manera conjunta la totalidad de los artículos mencionados que obviamente muchos de ellos no tratan de las mismas materias.

El C. Presidente: La Presidencia se permite indicar que efectivamente, tomando en consideración que la materia que se está discutiendo es la misma en todos los casos por tratarse de algo relacionado con la Ley de Asociaciones Políticas Electorales, y no queriendo que se presten a confusión los debates que suscite el dictamen por lo que se refiere a la discusión en lo particular de los artículos reservados, dará oportunidad a que la discusión se haga en lo particular, de acuerdo con las reservas hechas por cada Partido, en los artículos indicados al iniciarse esta discusión, pero, en el caso de que se trate de artículos que, efectivamente, por la forma como están redactados dentro de los títulos correspondientes, puedan presentar una sola consideración, dará, en esos casos a petición de los señores diputados, oportunidad a que la discusión se englobe en varios artículos.

En caso señalado por la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez, se considera que deberá discutirse inicialmente el artículo primero, y después pasaremos a discutir por el orden en que están hechas las reservaciones, siguiendo los numerales de la Ley de Asociaciones Políticas y Procesos Electorales los artículos 19, 32, etcétera, de acuerdo con el orden en que están consignados.

En consecuencia, la diputada Lombardo de Gutiérrez habrá de referirse al artículo 1o. para hablar en contra de ese dispositivo.

Tiene la palabra la diputada Lombardo de Gutiérrez.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Señor Presidente:

A pesar de la moción del diputado Miguel Montes, sí tienen relación los artículos que mencioné, porque en todos ellos se menciona y se habla de las asociaciones políticas nacionales, que es precisamente a lo que me voy a referir, porque en el artículo 1o. se trata y se habla de asociaciones políticas nacionales.

Por esto es que solicité se me permitiera intervenir, hacer una sola intervención, porque es, simplemente, en esos artículos que enumeré, para pedir la supresión de la expresión "asociaciones políticas nacionales", y voy a explicar por qué.

El C. Presidente: La diputada Lombardo Gutiérrez tuviera la bondad de repetir lo expuesto al final de su comentario, debido a que el sonido no se percibió en esta parte de la Cámara correctamente.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: En el artículo primero pedimos que se suprima la expresión "y asociaciones políticas nacionales".

Habiendo sido aprobadas las reformas constitucionales que entraron en vigor el día 7 de este mes éstas dieron lugar, es decir, se hizo indispensable que se elaborara el proyecto de Ley Reglamentaria de las Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, cuyo dictamen ahora examinamos.

Sin las reformas constitucionales aprobadas, la ley no hubiera sido posible, así como sin la ley que reglamenta su aplicación, las normas constitucionales no podrían llevarse a la práctica.

Esta Iniciativa de ley lógicamente está hecha acorde con las reformas ya en vigor; son los ordenamientos que ha concebido el Ejecutivo para que se realice la Reforma Política, con la cual se propicia e impulsa una mayor participación de los ciudadanos, y también para que la representación popular se integre con

los representantes de las corrientes políticas e ideológicas que existen en nuestro país. Esto, creemos, ha sido la idea del Ejecutivo.

Es indudable que esta ley es el complemento de las reformas constitucionales aprobadas recientemente, y también es indudable que éstas han tenido la intención de que nuestra estructura política se modifique para avanzar a estudios superiores del desarrollo democrático del país.

Este interés de hacer avanzar el sistema democrático, no ha sido idea de una sola persona, no ha sido idea del Presidente de la República nada más, sino que responde a una imperiosa, urgente e inaplazable necesidad del actual desarrollo económico del país.

Nuestro partido siempre ha considerado que es deber de todos los mexicanos, pero principalmente de los partidos políticos, precisar las opinión acerca de cómo deben participar las fuerzas políticas en el desarrollo democrático de nuestro país.

El maestro Lombardo al aplicar la teoría marxista a las condiciones específicas históricas de México, siempre insistió que era indispensable abrir los cauces para que pudieran participar en las luchas políticas, las distintas fuerzas y corrientes nacionales representativas de las clases que integran la estructura económica, política y social de México.

En una sociedad dividida en clases como la nuestra, la única alternativa que tiene el pueblo trabajador para expresar su opinión y participar en la lucha, es organizándose en los partidos políticos que representan sus intereses de clase, tanto desde el punto de vista de sus contradicciones materiales con la burguesía propietaria de los instrumentos de la producción y del cambio, como desde el punto de vista ideológica, Por esto, siempre hemos pensado que deben eliminarse los obstáculos que impidan el registro de los partidos que verdaderamente representen corrientes nacionales en las luchas de nuestro pueblo.

Nuestro Partido vio con entusiasmo la reforma de los instrumentos legales que permitirían que las fuerzas políticas organizadas lucharan por conquistar la opinión de la mayoría de nuestro pueblo, que daría como resultado la posibilidad de participar a todas esas fuerzas democráticas nacionalistas en la dirección política del país para lograr nuestra definitiva independencia respecto de la sujeción imperialista y por la transformación de la actual estructura económica de explotación en que vivimos.

La Cámara de Diputados debe ser reflejo fiel de las diversas corrientes de opinión que actualmente existen. las cuales a través de los representantes de sus partidos deben expresarse con toda claridad en esta alta tribuna del pueblo. La Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales debe tener ese objetivo y no otro, por eso deben hacerse la modificaciones necesarias e indispensables al dictamen que ha sido presentado por la Comisión de Estudios Legislativos, para que puedan llegar a la Cámara de Diputados todos los representantes populares a que nos hemos referido, y sea ésta la asamblea verdaderamente representativa del pueblo, convirtiéndose en el centro del examen de las ideologías de los partidos políticos nacionales, y que aquí se discuta, para que el pueblo juzgue y examine cuál es el programa más eficaz y certero para resolver sus problemas.

Aquí se deben contrastar y cotejar las opiniones de los partidos que siempre se sienten o se dicen revolucionarios, con los de otros partidos revolucionarios y con los de los partidos de la derecha, el partido conservador.

Hay que explicar las ideas que se exponen y no emplear lenguajes demagógicos. El pueblo trabajador, el conjunto social, ya está cansado de esto. Hay que luchar por ofrecer soluciones y vigilar que se lleven a la práctica, porque aunque una Ley pueda ser muy buena en su texto, solamente en la medida en que se aplique, limpia y eficazmente, tendrá validez.

En esa medida, volverá la confianza del pueblo y participará con mayor entusiasmo dentro de los partidos políticos que representen sus intereses de clase.

Esto es lo trascendente de la Ley, garantizar y fomentar la participación permanente de los ciudadanos a través de los partidos políticos que han sido declarados constitucionalmente entidades de interés público y como lo dice el artículo segundo de este proyecto de Ley, "garantizar la efectividad del sufragio y la autenticidad e imparcialidad de las elecciones".

Siendo ésta la intención, se debe eliminar todo aquello que pudiera negar o evitar lo que se propone la ley, sentado las bases jurídicas que permitan edificar el sistema democrático que requiere nuestro país con urgencia y le permitan avanzar hacia un desarrollo democrático más avanzado.

Por esta razón llamamos la atención de todos los diputados, que integran esta Legislatura, para que mediten en nuestra proposiciones, que tienen por objeto que se elabore una ley que real y efectivamente abra la posibilidad de una mayor participación ciudadana a través de los Partidos Políticos, que es la única forma -decíamos -la única forma de lucha que tienen las clases sociales. No para una participación a medias, condicionada o manipulada, la ley reglamentaria, si no está bien estructurada puede anular los avances que se lograron en las Reformas Constitucionales, recientemente aprobadas.

Por esta razón no estamos de acuerdo en que se registren a las asociaciones políticas, por eso pedimos que se suprima del artículo número uno la expresión que dice: Asociaciones Políticas. Por que éstas, lejos de contribuir a desarrollar y fortalecer la opinión política del pueblo trabajador, para que éste se organice en partidos políticos, contribuye a que se disperse, con el pretexto de la democracia, de la amplitud democrática y de una actitud revolucionaria, con este tipo de agrupamientos lo que se está propiciando es, por un lado

la pulverización de los órganos políticos de la clase trabajadora, cuando solamente debiera impulsarse la responsabilidad y definición ciudadana al ingresar a los partidos políticos, opinando y luchando dentro de éstos.

Por otra parte estos agrupamientos son con el objeto además de fomentar la dispersión de los partidos políticos, propiciar y alentar el oportunismo de algunos grupos, al mismo tiempo que el partido en el gobierno pueda seguir ostentando el control de la vida política, y no sólo, sino aumentar ese control sobre los partidos políticos al propiciar la formación de asociaciones políticas como lo dice el artículo 55, del proyecto de ley. Asociación que solamente estarán formadas por grupos de oportunistas y simuladores que intentarán fragmentar a los partidos políticos, principalmente a los de la izquierda.

No se trata solamente de cambiar el sistema electoral, actual, que tiene facultades mágicas para que el partido oficial conserve la mayoría utilizando todos los medios lícitos o ilícitos, no se trata de agregar métodos nuevos a lo que el maestro Lombardo llamaba "Tratado de la Delincuencia Electoral en los Estados Unidos Mexicanos", o también "Antología del Fraude Electoral", no, la intención del Presidente López Portillo es la de acabar con el atraso político del país y que el desarrollo político esté acorde con el desarrollo económico nacional.

Las asociaciones políticas que existen y las que se formarán, están y estarán integradas por aquellas personas que carecen de principios y de ideales; que ven en la actividad política un medio para llegar a puestos que les permiten hacer fortuna, conservarla o acrecentarla. ¿Cómo se puede decir que sustentan una misma ideología? Esto solamente es posible dentro de los partidos políticos nacionales. Las asociaciones políticas también se formarán con aquellos mexicanos que no tienen el valor cívico y la decisión de formar parte de un partido político para actuar permanentemente con ideología, principios, estatutos y disciplina de partido.

¡Que fácil será que tenga éxito esta nueva figura jurídica que contradice o niega el propósito de fortalecer a los partidos políticos! Se formarán muchas, para impedir que se fortalezca la conciencia de la clase trabajadora y ésta asuma la vanguardia política en las luchas del pueblo, para impedir que surjan dirigentes legítimos y verdaderos de los trabajadores.

Pero como las clases sociales se van diferenciando cada vez más y los ciudadanos mexicanos cada vez teniendo mayor conciencia de la necesidad de propiciar cambios profundos, a pesar de todo se irán incorporando individualmente al partido de la clase que los represente y a la que pertenecen.

Las asociaciones políticas nacionales tratan de detener este proceso que es inevitable, efectivamente la Comisión Federal Electoral propiciará la formación de estos agrupamientos oportunistas, porque los requisitos que se exigen para su reconocimiento son mínimos. ¡Qué fácil será también para una organización sindical, juvenil o de profesionistas, formar una asociación! si solamente se exigen cinco mil miembros o cinco mil asociados en todo el país y así pueden participar en las elecciones, asociadas al partido político, a un partido político. Es decir, a aquel partido que con el apoyo y su aval le va a proporcionar un diputado.

Estas asociaciones dan personalidad política a los individuos que se consideran con el derecho a tratar de dirigir la política nacional desde sus puntos de vista muy personales, sin comprometerse a pertenecer a los partidos políticos.

Son los que llamamos francotiradores, que opinan según su estado de ánimo o según su imaginación. Son los que critican a los partidos políticos, sobre todo a los revolucionarios, a los que actúan de acuerdo con una filosofía y que representan a una clase social.

Ellos creen que pueden participar al margen de las clases sociales y de los partidos, y que pueden además aconsejar a los partidos.

Se sienten con esa autoridad. A esos individuos es a quienes se impulsa con la asociaciones políticas.

Estamos en contra de esta nueva figura jurídica de asociaciones políticas, y pedimos que se suprima en todos los artículos en donde aparezca esta figura jurídica.

Si la Presidencia lo autoriza, puedo leerles los artículos y lo que propone el Partido Popular Socialista, por mi conducto en donde deben suprimirse las "asociaciones políticas nacionales".

El C. Presidente: La Presidencia no cree prudente que se haga la relación de todos los artículos que van a ser objetados por el Partido Popular Socialista, dado que estamos discutiendo lo que se refiere exclusivamente al artículo primero. En su turno habrá, que ir objetando artículo por artículo, para dar oportunidad a los demás partidos representados en esta Cámara, que intervengan de acuerdo con lo previsto en el Reglamento. Concrétese la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez a reseñar lo que corresponda al artículo 1o.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: En lo que se refiere al artículo 1o., el Partido Popular Socialista propone que se suprima "y asociaciones políticas nacionales" para que quede como sigue: "La presente Ley garantiza el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos, la organización, funciones y prerrogativas de partidos políticos, y regula la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales ordinarios y extraordinarios que se celebren para elegir a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo". Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Saúl Castorena Monterrubio del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, para hablar en pro.

El C. Saúl Castorena Monterrubio: Con su venia, señor Presidente; señoras y señores;

honorable Asamblea. Mi partido, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, después de haber analizado y discutido en su conjunto la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, considera que en su artículo 1o. de la presente Ley, reúne en esencia los propósitos, la voluntad y los principios de esta iniciativa para poder implementar, realizar y concebir la reforma política.

Después de haber reformado los artículos constitucionales referentes a la reforma política, consideramos que en lo particular y con una actitud visionaria se fortalece el pluripartidismo en México, que es base fundamental de la democracia organizada; se abren nuevas pautas y nuevas condiciones para la participación de nuevos partidos políticos y se establecen condiciones para que los partidos políticos organizados que participan en la vida democrática del país y registrados, tienen la responsabilidad de fortalecer sus cuadros, de mejorar sus programas de acción, de instrumentar sus estatutos de acuerdo con la nueva realidad nacional. De una u otra forma nosotros hemos escuchado una serie de contradicciones y de ataques a la reforma política. Por otro lado, hemos escuchado también el apoyo y el compromiso de participar en su cumplimiento.

Queremos manifestar, a nombre de nuestro partido, que ratificamos el propósito y la afirmación de las comisiones de este dictamen; también lo suscribimos porque consideramos que la generalidad, la observancia y el espíritu de este artículo y los relativos a él tiene una orientación de beneficio, de progreso, del ámbito, de la vida política y democrática de nuestro país.

Pero también es importante señalar que esta reforma política, para instrumentarse, para realizarse y para concebirse, requiere pensar nuevo, aprender a cambiar.

Hemos participado en muchas luchas electorales. Yo quiero dejar constancia en esta honorable Asamblea, que siento una profunda simpatía por los programas, por los principios, del Partido Revolucionario Institucional, y nos hemos acercado a las luchas electorales, luchando contra los caciques, contra los explotadores del pueblo, contra los que han amedrentado y han vulnerado la voluntad del pueblo. Luchamos contra esos caciques aquí y a donde estén. Esos no representan al Partido Revolucionario Institucional. Esos son usurpadores de la Revolución Mexicana, esos son a los que el Presidente de la República les dice que ya se callen, que cierren la cloaca y que no estén manipulando a la Revolución Mexicana. Estamos contra el cacicazgo y son los enemigos de la reforma política.

Queremos hacer de su conocimiento, de que nuestros programas, de que nuestros principios revolucionarios, y que si nosotros tenemos la frente limpia, la convicción sana para hablar de Revolución Mexicana, y junto con López Portillo, queremos decir a ustedes que la Revolución Mexicana es norma y sociedad normada, y por normar; realización y proyecto, fruto y promesa también en ocasiones desviación e insuficiencia.

La Historia construye y en el devenir siempre hay algo que construir y modificar, que todo fluye, que todo cambie, es lo obvio, estructurado el cambio, constituye la máxima responsabilidad de la voluntad humana, influir en el futuro como progreso y no como regreso, mantener en la estructural lo que vale, y desechar lo que no sirve y estorba, sólo así regimos nuestro existir, nos convertimos en actores de nuestro destino, pero todo propósito para ser pleno y responsable, requiere del "ahora" y el "aquí", ordenar en cada tiempo y lugar la acción útil para el propósito buscado. Esta es la definición de Revolución Mexicana que da el Presidente López Portillo.

El C. Presidente: La Presidencia hace notar al orador a efecto de que se sujete a la discusión del artículo 1o. que se está considerando en estos instantes.

El C. Saúl Castorena Monterrubio: Señor Presidente: Quiero aclarar a usted, con todo respeto, que el artículo 1o. establece que la presente ley garantiza el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos, la organización y prerrogativas de los partidos políticos y asociaciones políticas nacionales, y regula la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales ordinarios y extraordinarios que se celebran para integrar los poderes Legislativo y Ejecutivo.

El C. Presidente: La Presidencia permite interrumpir nuevamente al orador para suplicarle se sujete al tema a debate; no está en contra de las definiciones de lo que son los partidos políticos que ha hecho el señor diputado Saúl Castorena Monterrubio, pero simplemente, con el objeto de orientar el debate y de que éste se siga por el cauce previsto en el Reglamento, suplica al señor orador sujetarse en su intervención a la discusión del artículo primero en la forma que está prevista.

El C. Saúl Castorena Monterrubio: Aceptada la observación de la Presidencia; que bueno que tuve de fundamentar los propósitos y los principios que señalamos y congruentes de la Reforma Política del Presidente de la República.

Queremos decir que los partidos políticos nacionales al convertirse en organismos de interés público, también establecen las condiciones paralelas en la Reforma Política para instrumentar las condiciones necesarias y participar decorosamente en la actividad política del país. Queremos hacer notar que el derecho a la información y el financiamiento del desarrollo político, quedan perfectamente señalados en esta ley al establecer que los partidos políticos tienen acceso a la radio, a la televisión, a los medios mínimos elementales para poder participar en las contiendas electorales.

Nosotros queremos argumentar en esta ocasión que se ratifica un deseo de mi partido, el financiamiento del desarrollo político no constituye ninguna dádiva, es obligación del Estado mexicano como en los Estados modernos más avanzados. Queremos decir también

que el derecho a la información revela una de las formas más operantes para que el pueblo tenga acceso al contenido de la ley, de la cultura, para transformar esta sociedad y para desarrollar al hombre de manera integral. El hecho también de la participación de las agrupaciones políticas en la vida electoral de nuestro país constituye un apertura nueva que motiva una mayor participación de la vida ciudadana; queremos también señalar que el registro de partidos condicionados, permitirá en una forma democrática y abierta de que los mexicanos tengan una mayor participación y que sea el pueblo, a través de la votación el que decida si estos partidos continúan en el ámbito organizado de nuestro país.

Para terminar, quiero manifestar y ratificar que estamos en pro del artículo primero, que el artículo primero y los relativos a él, instrumentan los mecanismos adecuados para fortalecer el pluripartidismo y el desarrollo político del país, establece las condiciones para que un mayor número de mexicanos informados pueda participar en las decisiones que lo afecten. Sabemos la generalidad. el espíritu revolucionario de nuestra ley, pero hacemos un llamado nuevamente que para instrumentarla, todas las autoridades electorales y todos los que participemos, estemos comprometidos con sus propósitos, para sacar adelante a este país. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra para hablar en pro el señor diputado Eduardo Andrade del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Eduardo Andrade Sánchez: Con su permiso, señor Presidente:

Quisiera, en primer término, hacer referencia a la observación que a manera de moción hizo el compañero diputado Miguel Montes, respecto a la necesidad de ordenar nuestra discusión con base en el orden progresivo de los artículos.

Tratándose de una ley extensa, y refiriéndose muchos artículos a diversas materias, aún en el caso de que una expresión aparezca en varios artículos, puede ocurrir, y de hecho ocurre, que la expresión se encuentre en contextos diversos que regulan diferentes supuestos, y en consecuencia deben ser abordados uno por uno para poder discutir con claridad el contenido de cada uno de los artículos.

Sentimos, por otra parte, que dada la ordenación de la discusión de diferentes temas, los compañeros diputados de la mayoría hemos establecido también un sistema ordenado para hacer referencia a estas diversas materias y diversos artículos.

En consecuencia, yo quisiera ratificar aquí la necesidad de mantener este criterio. Respecto al caso de objeciones, creo que debemos hacerlas concretamente, a la expresión o contenido del artículo para llevar con precisión, claridad y orden la discusión.

En tal virtud y respecto a la intervención en contra, de la compañera diputada Marcela Lombardo quisiera establecer, sólo de manera general, la necesidad de considerar esta nueva figura de la Asociación Política, como una figura que tiene verdaderamente al fortalecimiento de los Partidos Políticos, ya que se constituyen en verdaderos canales diversificados de expresión ciudadana. Así lo dice la Iniciativa, así lo señala el dictamen; hay un párrafo del dictamen que hace claramente referencia a que no existe el peligro del aventurerismo o del oportunismo político, en virtud de la creación de esta figura de las Asociaciones Políticas, sino que por el contrario, se constituyen en formas y canales de expresión más diversificados, con lo cual se enriquece definitivamente nuestra vida democrática.

Respecto de este tema en el momento en que se llegue a la discusión concreta del capítulo correspondiente, que es el capítulo séptimo de este título primero, otros compañeros diputados de la mayoría habrán de profundizar sobre los objetivos, la organización y la regulación de estas Asociaciones Políticas Nacionales. Por lo cual, hasta aquí limito esta intervención en pro, para que la cuestión de fondo, más extensa, sea analizada justamente en el capítulo séptimo, que se refiere a esta nueva figura jurídico - política. Por lo demás no ha habido ninguna otra objeción al artículo primero. Creo que está jurídicamente bien estructurado y con claridad define cuáles son los objetivos de la ley, lo que va a regular, lo que suele ser un artículo primero de una ley, hacer referencia general a la ordenación de las materias, de los temas y el objetivo del dispositivo legislativo.

Así pues, solicito a ustedes que se apruebe este artículo primero en sus términos y que continuemos la discusión, con precisión, con el orden debido, y con la referencia exacta al contenido de cada uno de los artículos, puesto que estamos en una discusión en lo particular. Muchas gracias".

El C. Ortiz Mendoza: Pido la palabra.

El C. Presidente: El señor diputado Ortiz Mendoza no está inscrito como orador. Estamos discutiendo el artículo primero.

El C. Ortiz Mendoza: Solicito la palabra para aclaración al debate.

El C. Presidente: Para hechos tiene la palabra el diputado Ortiz Mendoza.

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Señor Presidente; honorable Asamblea. Es una simple cuestión de procedimiento.

Si se aprueba el artículo primero en este momento, quedan ya aprobadas las asociaciones políticas y entonces carece de objetivo la discusión posterior sobre dichas asociaciones políticas porque ya quedaron incluidas dentro del artículo uno. Entonces, si se quiere seguir el procedimiento propuesto por el diputado Andrade, que se reserve este artículo uno, y todos los que se refieran a las asociaciones políticas, hasta que se discutan en su conjunto. Pero si en este momento se aprueba el artículo uno, incluyendo a las asociaciones, carece de objetivo la discusión posterior sobre ellas.

El C. Antonio Riva Palacio López: Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: Por las Comisiones el diputado Riva Palacio López.

- El C. Antonio Riva Palacio López (desde su curul):

En relación con el procedimiento propuesto por el diputado Ortiz Mendoza, las Comisiones suplican a la Presidencia que para el efecto de que no haya falta de concordancia en las votaciones, se vayan declarando suficientemente discutidos los artículos en el orden en que fueron reservados, pero que se suspenda su votación reservándose para votarse en el conjunto de los que tienen íntima vinculación para efecto de continuar el orden del debate.

El C. Presidente: La Presidencia toma en consideración las expresiones de los diputados Ortiz Mendoza, quien hizo uso de la palabra en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 102, y del señor licenciado Riva Palacio quien habló por las Comisiones. En consecuencia, considerado congruente el procedimiento que señalan con lo que dispone el Reglamento, la Secretaría preguntará a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 1o.

El C. secretario Héctor Ximénez González: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 1o. de la Ley a discusión. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido. Se reserva para recoger la votación nominal en su oportunidad.

El C. Presidente: Está a discusión el artículo 14 que fue reservado por el Partido de Acción Nacional.

Se abre el registro de oradores...

Se ha inscrito para hablar en contra, el diputado José Ortega Mendoza; para hablar en pro, el diputado Enrique Gómez Guerra.

Tiene la palabra para hablar en contra el diputado José Ortega del Partido Acción Nacional.

El C. José Ortega Mendoza: Señor Presidente; señoras y señores diputados; Señoras y señores que nos acompañan:

He pedido el uso de la palabra para proponer una adición al artículo 14 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales que nos ocupa en este debate.

El primer inciso del artículo 13 de la Ley Federal vigente, consigna como impedimento para votar el no estar inscrito en el padrón electoral y este precepto, a pesar de ser tan importante se omite en el artículo 14 de la presente Iniciativa. Ignora los motivos de los omisión, yo sinceramente quiero pensar que es de buena fe, pero si en esta Iniciativa se pretenden perfeccionar los procesos electorales, la diputación de Acción Nacional considera como causa de impedimento para ser elector, el no estar inscrito en el padrón electoral y por lo mismo carecer de la credencial de elector , porque juzgamos indispensable se observe este requisito elemental de garantía a la voluntad ciudadana, el voto constituye un medio por el cual el pueblo realiza uno de los ideales de la democracia, como es obtener auténtica representación en el Gobierno y no poder lograrse este objetivo si se permite votar a cualquier persona que no esté inscrita en el padrón electoral.

Honorable Asamblea:

Ya para terminar quiero manifestar lo siguiente: Si en realidad se pretende que esta Iniciativa de Ley resulte mejor que la actual, por qué no aceptar nuestra proposición de adición al artículo 14 del proyecto, quedando el mencionado artículo como sigue: "Artículo 14. Son impedimentos para ser elector: primero, no estar inscrito en el padrón electoral y demás incisos del mencionado artículo". Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Enrique Gómez Guerra, del PRI.

El C. Enrique Gómez Guerra: Señor Presidente.

Compañeros diputados:

Mi intervención será necesariamente muy breve, no sólo porque es mi costumbre, sino por que la intranquilidad que manifiesta el señor diputado Ortega va a quedar subsanada de inmediato.

El artículo 14 del Proyecto de Decreto es simplemente una transcripción casi literal del artículo 38 Constitucional que señala cuáles son los derechos y prerrogativas de los ciudadanos. Consecuentemente, el artículo 14, cuya adición se propone y que es muy claro, dice: " son impedimentos para ser elector", o sea, con cualidades inherentes a la persona del elector, como son estar sujeto a proceso criminal por delito que merezca pena corporal, desde que se dicta auto de formal prisión, etc.

Lo que el señor diputado Ortega propone es un impedimento para poder votar porque obviamente al no estar inscrita una persona en el padrón electoral no tendrá credencial, consecuentemente no estará inscrita en las listas y no podrá votar. En consecuencia, debe sentirse tranquilo el señor diputado Ortega y su proposición, sinceramente, creo que está fuera de lugar y pido a la Asamblea la aprobación del artículo en sus términos.

El C. Montes: Señor Presidente, pido la palabra por las Comisiones.

El C. Presidente: Por las Comisiones, tiene la palabra el diputado Miguel Montes.

El C. Miguel Montes: Señor Presidente; Honorable Asamblea.

Es muy breve la intervención, porque no puede ser de otra manera. Creo que hay que distinguir entre los requisitos para poder votar en una elección concreta, determinada, que se realiza hoy y las características que deben cumplir los electores en términos generales.

Cuando el capítulo II del Título Tercero de esta Ley habla de la votación y establece cómo deberá votarse, la obligación principal que impone al elector es exhibir su credencial de elector y entre las obligaciones del Presidente de la Mesa de Casilla, la obligación anterior es el artículo 105, fracción primera, pero el Presidente de la Mesa de Casilla debe cerciorarse que el elector está inscrito en la lista nominal de esa casilla.

Consecuentemente, este no es un requisito para poder ser elector de manera permanente,

capacidad de ejercicio de un derecho, sino para no votar en esa elección concreta.

Yo creo, que el caso a que se refirió el compañero de Acción Nacional está previsto en la Ley; máxime si se considera que en otros artículos relativos se establece la nulidad de la casilla cuando tiene un excedente del 10% de votos en lista adicional, previendo exclusivamente los casos que excepcionalmente pueden estar ahí, generalmente de personas justificadamente en tránsito. Creo que la inquietud está resuelta por la misma ley en artículos posteriores. Muchas gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si admite o no a discusión la adición presentada por el diputado José Ortega Mendoza.

El C. secretario Héctor Ximénez González: En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la adición propuesta por el señor diputado de Acción Nacional. Los que estén por que se acepte, sírvanse manifestarlo.

Los que estén por que se deseche, sírvase manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 14 que está a debate.

El C. secretario Héctor Ximénez González: En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 14. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo...

Suficientemente discutido, señor Presidente.

El C. Presidente: Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal del artículo 14.

El C. secretario Héctor Ximénez González: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 14 en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

El C. secretario Héctor Ximénez González: Se emitieron 162 votos en pro y 16 votos en contra, señor Presidente.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 14 por 162 votos en pro y 16 en contra. Está a discusión el artículo 18 reservado por el Partido de Acción Nacional.

La Presidencia se permite informar que se han inscrito para hablar en contra, el diputado Jorge Garabito Martínez del Partido Acción Nacional y, para hablar en pro, el ciudadano diputado Miguel Montes por la Comisión.

Tiene la palabra el diputado Jorge Garabito Martínez.

El C. Jorge Garabito Martínez: Con su venia, señor Presidente:

No es mi intención, señoras y señores diputados, continuar el debate iniciado ayer en lo general, pero no tenía razón el diputado Ramírez y Ramírez cuando dijo que no habíamos presentado objeciones en lo general, sino en lo particular.

¿De qué otras raíces pueden nutrirse nuestras objeciones en lo general, sino en los graves defectos que encontramos en la Ley en lo particular?

No quiero continuar la discusión, pero qué importante, qué importante intervención tuvo el diputado Ramírez y Ramírez cuando expresó esa dura requisitoria en contra del sistema que ha propiciado ese fantasma del abstencionismo que recorre los ámbitos del país desde hace muchos años.

Porque es responsabilidad del sistema el haber desalentado a la ciudadanía, el haber hecho que los ciudadanos perdieran la fe en los ideales democráticos por los que lucha Acción Nacional.

El insistió una y otra vez en el fraude, en el robo, en la misma viciada senda de violaciones a la voluntad popular.

Porque es responsabilidad del sistema que se ha carcomido y roído con sus propios vicios y esta Ley, consecuencia de la Reforma Política que trata de enderezar, de apuntalar el carcomido sistema que se está cayendo.

Esta ley viene a vigorizar al Partido del Gobierno, porque no es cierto- como decía el diputado Ramírez -que estábamos contemplando el fin de la hegemonía del PRI, cuando que precisamente lo que estamos contemplando, es el apuntalamiento de esa hegemonía del Partido Revolucionario Institucional.

Dije yo ayer como objeción general, que la ley era inconstitucional y anticonstitucional en algunos de sus aspectos. Porque rebasa el ámbito de la Constitución. Y este es precisamente uno de los casos, de los varios casos en que la ley rebasa el ámbito de la Constitución.

El artículo 18 objetado dice: "Los candidatos registrados a diputados federales, para ser electos según el principio de mayoría relativa, no podrán a la vez figurar en las listas regionales para la elección según el principio de representación proporcional".

Está bien, hemos modificado la Constitución y establecido el principio de representación proporcional para las minorías. Textualmente el artículo 52 reformado y ya en vigor dice: " La Cámara de Diputados, estará integrada por trescientos diputados electos, según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales y hasta cien diputados que serán electos, según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales.

¿En dónde, de dónde sale la prohibición de figurar en las dos listas? La Constitución establece un sistema mixto de representación directa en 300 distritos uninominales y un sistema de representación proporcional a base de circunscripciones plurinominales que podrán dar hasta cien diputados de representación proporcional. Hasta ahí.

¿De dónde sale la prohibición de que un candidato figure en las dos listas? No en la Constitución, ciertamente, y no en la Constitución, porque la Constitución no contempla esto. Claro que no viene al caso, porque no es exactamente el caso, simplemente, me viene a la memoria que, de acuerdo con nuestra tradición - y tiene un valor muy grande la tradición - , me

recuerdo que en sistema electorales anteriores, en el siglo pasado por ejemplo, eminentes personajes de la vida pública, como Ponciano Arriaga, fue inscrito en varias ocasiones en distintos distritos. En una ocasión Ponciano Arriaga fue postulado a candidato en siete distritos distintos, porque era atractiva la personalidad de este ciudadano y no repugnaba a la idiosincrasia mexicana el que distintos electorales, lo llamaran para ser su diputado. No tiene aplicación esto a la circunstancia actual, porque la evolución del sistema electoral se ha venido circunscribiendo a base de divisiones geográficas y los requisitos necesarios para ser candidato han venido evolucionando y no puede darse el caso de Ponciano Arriaga, pero ahora están incluyendo en elemento totalmente extraño y ajeno a la tradición y a la manera de ser del mexicano, ¿por qué razón un candidato en un distrito uninominal, digamos, dentro de una circunscripción plurinominal, que en hipótesis puede comprender 60 distritos uninominales, por qué razón un candidato de esos 60 distritos uninominales, va a estar impedido para figurara en la lista de los 20 candidatos plurinominales que van a figurar dentro de la misma circunscripción geográfica? No hay ninguna razón. Ese ciudadano puede acceder al Congreso de la Unión por una de las dos vías, porque son dos vías las que la Constitución está dando para el acceso al Congreso de la Unión. Las elecciones uninominales por mayora relativa o la circunscripción plurinominal por medio de una planilla que comprende 20 candidatos en un supuesto dado, de los cuales llegarán el número que la votación ciudadana determine que lleguen de este partido.

No son cargos distintos, es el mismo cargo, diputados de la nación mexicana al Congreso de la Unión. No son votos distintos, es la misma voluntad ciudadana que se emite para elegir sus representantes ante el Congreso de la Unión.

Consecuentemente la reforma constitucional contempla perfectamente la posibilidad de que los candidatos de la lista plurinominal, los 20 candidatos de la lista plurinominal puedan ser al mismo tiempo candidatos en los distritos uninominales.

Y la razón es válida. ¿Cuál es el origen y la validez del mandato que ostentamos los diputados al Congreso de la Unión, diputados de mayoría o de partido?

Para la Constitución no existe diferencia alguna, son representantes de la nación originados en el voto del pueblo mexicano.

Y esta base constitucional no se ha modificado en la reforma constitucional, los integrantes del Congreso de la Unión a la próxima Legislatura, tendrán como base fundamental, jurídica y constitucional el voto del pueblo mexicano.

Entonces, es lógico y es lícito que los candidatos que figuren en la lista plurinominal, ocurran directamente a la ciudadanía a requerir su apoyo y a pedir su voto.

Es lógico y es natural que el representante del pueblo mexicano ante el Congreso de la Unión por lista plurinominal tenga que buscar su representación en el voto directo del pueblo mexicano.

Esto es lo que contempla la Constitución ¿De dónde viene, entonces la prohibición?. No de la Constitución.

No del proyecto de reformas constitucionales que el Presidente López Portillo envió a esta Cámara y fue aprobado.

Porque ayer el diputado Ramírez y Ramírez en un argumento ab dominem, decía: "No, esta es la ley López Portillo, congruente con la reforma de López Portillo".

No, la reforma Constitucional ya fue aprobada y estas desviaciones, estos excesos no se originaron en Palacio Nacional; son excesos afrancesados de Bucareli, porque si no corresponden a la idiosincrasia mexicana son solamente limitación extralógica del sistema francés, de un sistema francés que trata de implantar en México a base de diputados que no son electos directamente por el pueblo, por eso es la necedad de tratar de estatuir en una incompatibilidad entre los diputados de elección plurinominal y los diputados de mayoría en las elecciones distritales; carece absolutamente de razón, no tiene fundamento constitucional ninguno.

De las expresiones que pronuncié el día de ayer sobre las alocuciones que escuchamos en las Comisiones, de revolucionarismo, de ideología, yo pido que nos alejemos de ellas y nos centremos al aspecto concreto de la discusión. El artículo 18 es anticonstitucional porque rebasa el texto del artículo 52 ya reformado; la incompatibilidad establecida con el Proyecto a consideración, no encuentra fundamento constitucional ninguno y en consecuencia carece de base legal. Por lo tanto, y concretamente, yo solicito de la Asamblea que teniendo en cuenta el texto constitucional reformemos el artículo 18 para quitar de este artículo la pretendida incompatibilidad y establezcamos un texto legal acorde al texto constitucional que no contempla ninguna prohibición, ninguna taxativa a los candidatos a diputados para figurar en las listas plurinominales y en los distritos uninominales. La Constitución no lo contempla, la Ley no debe contemplarlo. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se le concede el uso de la palabra al diputado Ramírez y Ramírez.

El C. Enrique Ramírez y Ramírez: Con la venia de usted, señor Presidente.

Unas cuantas palabras aclaratorias.

Felizmente, los medios modernos de elaboración universal, no exclusivamente mexicana, no exclusivamente azteca, nos permite conservar testimonios de lo dicho.

Hay grabaciones de los discursos que aquí se pronuncian.

Yo no dije, señor diputado Garabito, que estaba terminando la hegemonía del PRI. Yo dije que estábamos asistiendo al ocaso de una etapa política que había empezado a configurarse en los años 40, aproximadamente, en la que el juego político nacional había estado a cargo, fundamentalmente, de 4 partidos ; los representados en la Cámara con una abrumadora- esta fue

la palabra que usé - preponderancia de un partido muy poderoso, el Revolucionario Institucional y otros partidos débiles.

Que está en período de extinción una etapa política a base de esa extrema, abrumadora preponderancia y de esos otros partidos débiles. ¿Por qué? No por causa de un solo partido , sino por que las nuevas condiciones del país han rebasado ya ese estrecho cuadro de la lucha política, que está también en período de extinción, la posición sobresaliente de un partido, el PAN, que había detentado durante largos años el monopolio de la oposición y que había pretendido y lo había logrado, capitalizar para sí todo el descontento respecto al partido dominante .

No dije que esté terminando la hegemonía del Partido Revolucionario Institucional, estoy lejos de considerarlo así.

El Partido Revolucionario Institucional, seguirá siendo el partido hegemónico en este país, mientras tenga la capacidad que ha tenido, fundamentalmente, hasta la fecha, para representar, por encima de sus defectos y limitaciones, a las que también me referí ayer, los intereses fundamentales del pueblo y de la nación mexicana y representar en la lucha política a las mayorías formadas por los obreros, los campesinos y la clase media organizada del país.

Finalmente, señor diputado, no soy yo quien insiste en hacer juegos de palabras. Es usted quien insiste en pequeñas maquinaciones de tercera clase, en oponer Palacio Nacional a Bucareli.

Hemos aprobado una Reforma Constitucional firmada por un hombre que sabe hacer honor a su firma, el Presidente de la República y estamos discutiendo un Proyecto de Ley, por ese mismo hombre, se trata de dos proyectos del mismo autor y no es de buen arte querer contraponerlos para los efectos de este debate. (Aplausos.)

El C. Miguel Montes García : Señor Presidente, pido la palabra por las Comisiones.

El C. Presidente: Puede usted hacer uso de la tribuna.

El C. Miguel Montes: Señor Presidente, compañeros diputados.

Debemos de reconocer el oficio parlamentario del señor diputado Garabito, tenemos que reconocer también su capacidad de abogado, pero más parece abogado litigante que preocupado, y litigante que sabe hacer trampas, realmente por la interpretación jurídica de la Constitución y de la Ley.

Tenemos que principiar por señalar que, al señalar su intervención, el diputado Garabito nos previene para que nos sujetemos al tema que él plantea, en resumen, "la inconstitucionalidad - ya veremos que no existe - del artículo 18 de la Ley"; pero antes hizo afirmaciones generales fuera de contexto, esas agresiones que es tan hábil en plantear.

Esta ley, como aquí lo han reconocido todos los partidos políticos y todos nosotros, significa un avance democrático, eso es indiscutible, lo reconocen los partidos representados en la Cámara y los partidos que posiblemente lleguen a esa representación por efecto de esta ley. Por eso, porque es un avance democrático y por que es congruente con su origen y su historia, Acción Nacional se opone a la ley, por ninguna otra razón, pero además, la ley que es iniciada por el Ejecutivo Federal, aquí también se dijo el día de ayer, no es el único autor de la ley, somos coautores de la ley, Yo en lo personal no me siento influido por ninguna doctrina francesa, no sé si el diputado Garabito sí domine ese idioma y se sienta influido por ese tipo de doctrinas. Nosotros estamos discutiendo aquí, en la Cámara, esta ley de la que seremos coautores y no se vale que neguemos nuestras responsabilidades, los diputados aquí presentes seremos responsables del contenido de la ley, y los que salven su voto lo salvarán bajo su responsabilidad, y los que voten en contra tendrán esa responsabilidad histórica, y los que la aprobemos tendremos esa responsabilidad histórica, si a esa conclusión llegamos. Consecuentemente esta ley nace en la Cámara aunque se haya iniciado en otra instancia y se inició en la instancia del Ejecutivo, los funcionarios que tienen derecho a hacer iniciativas de ley son los que señala la Constitución, diputados, senadores, ejecutivos, legislaturas locales ningún otro funcionario, y si la ley tiene defectos, si la ley tuviera errores, estamos para discutirlos, para corregirlos, para analizarlos.

No es posible, y lo digo con un poco de preocupación, que personas tan de buena fe como conocemos al diputado Garabito en su trato diario, al subir a la tribuna modifiquen esa actitud ¿será por vicio del oficial parlamentario? ¿Será que se plantea así interesadamente para desorientar a la Asamblea, dejar ir afirmaciones generales como que el abstencionismo es responsabilidad del sistema? No es posible dejarlo en el aire, cuando los que vivimos en este país recordamos que ha habido campañas expresas de un partido político invitando a los ciudadanos al abstencionismo y recordamos que ese partido político en grandes lugares del país realizó campañas muy costosas para pedir a los ciudadanos que no votaran.

Pues con razón ese partido político no quiere participar, esto es un hecho, esto es historia, esto lo vivimos todos . Todos recordamos también el partido político que promovió esa campaña de abstencionismo, entonces ¿por qué ahora culpan al sistema?

Es cierto y con objetividad lo hemos señalado y queremos afirmarlo: no vivimos en un sistema perfecto, ningún país del mundo vive en un sistema perfecto, mientras el hombre sea ese ser limitado que conocemos, con carencias, mientras sea ese ser finito; mientras de la esencia, de la necesidad siga siendo el ser limitado en su capacidad pero ilimitado en su número, esto es que cuando se satisface uno, surgen otras necesidades, seguiremos viviendo y a eso está condenada la humanidad y no lo digo con pesimismo, seguiremos viviendo en sistemas nacionales e internacionales imperfectos y la responsabilidad nuestra, la responsabilidad intransferible del presente es mejorar en la

medida de los posible esos sistemas en que vivimos. No es culpa de un sistema, sino de momentos de desarrollo de un país lo negativo que se pueda tener, pero vamos al tema concreto.

La ley, la ley primero, no apuntala lo que el diputado Garabito calificó de carcomido sistema. Viene a vigorizar la participación ciudadana y, ya dijimos, aspira a que las mayorías sigan gobernando este país y que la voluntad de las mayorías se deduzca con claridad de los procesos electorales.

Dejo, pues, y de verdad con buena intención, con efecto y tratando de ser honesto en el planteamiento, el que no nos dejemos llevar por esas afirmaciones generales que introducimos en temas concretos. Vamos a analizar, señor diputado Garabito, la constitucionalidad.

El diputado Garabito señala:

"El artículo 18 es inconstitucional por que el artículo 52, que nosotros reformamos, no establece la prohibición de que los diputados que participen en los distritos uninominales, no puedan hacerlo en las circunscripciones plurinominales".

Creo que esa es la objeción.

Y es verdad que el artículo 52 no previene esa prohibición; pero es verdad también que, y el señor diputado Garabito lo sabe, que las leyes reglamentarias desarrollan el contenido de las leyes que reglamentan, y que esta ley reglamentaria de lo que hemos dado en llamar Reforma Política, va a desarrollar el contenido de estos artículos y para eso está facultada, facultada expresamente, porque también es verdad que la Constitución no se agota con el artículo 52, por favor. La Constitución es mucho más amplia y vamos a analizar dos preceptos que expresamente remiten al legislador común que somos nosotros, la facultad de señalar las condiciones en que los Partidos Políticos deben participar en el proceso electoral. Por eso afirmo que el artículo 18 no es inconstitucional ni anticonstitucional.

Y qué artículos son esos, artículo 41, fracción I: "Los Partidos Políticos son entidades de interés público. La ley - esta Ley - determinará las formas específicas de su intervención en el proceso electoral". Esta Ley determinará las formas específicas de la intervención de los partidos políticos en el proceso electoral.

Otro artículo, artículo 54, primer párrafo: "La elección de los cien diputados según el principio de la representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujetará a las reglas generales siguientes y a lo que en particular diga la Ley".

Entonces, señores, por favor, estamos facultados para en lo particular señalar las reglas a que se van a sujetar los cien diputados de las circunscripciones plurinominales y la Ley, la Constitución está remitiendo al legislador común para que establezca estas facultades, y esta Ley es reglamentaria.

Yo creo, de verdad lo creo, que el artículo 18 no es inconstitucional y que quizá los términos del debate deban plantearse de otra manera, analizar si el artículo 13 es conveniente y adecuado para nuestro grado de desarrollo político, analizar la bondad de su contenido, analizar su conveniencia, pero de ninguna manera atacar su inconstitucionalidad.

Por eso ayer señor diputado Garabito, nosotros señalábamos que la inconstitucionalidad tendríamos que discutirla en cada caso concreto y particular, porque no es fácil decir esta Ley es inconstitucional, ¿es toda? No. Habrá artículos quizá, pero en ese caso lo discutiremos como es el caso del artículo 18.

Yo creo que el debate debe ser planteado en esos términos, la Constitución faculta al legislador común para que establezca los requisitos de participación electoral, tanto de los partidos políticos como de los cien candidatos de representación proporcional.

Ojalá que de esta manera quede planteado el debate y dado que el artículo no es inconstitucional, yo solicito a la asamblea la aprobación en sus términos." (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Antonio Riva Palacio, por las Comisiones.

El C. Antonio Riva Palacio López: Señor Presidente; honorable Asamblea. Es innegable que estamos debatiendo en este momento, uno de los temas más trascendentes que contiene la Ley de Organizaciones Políticas, que cuya iniciativa estamos discutiendo.

Es también innegable que en este debate se han puesto de manifiesto nuevamente diversas observaciones, consideraciones y argumentos, que no solamente se han debatido en esta Cámara, sino que han sido objeto del más amplio debate por la opinión pública.

Hace unos minutos se expresaban puntos de vista totalmente encontrados, pero en el fondo se ponía de manifiesto la necesidad de que esta Cámara profundice en este artículo 13.

A nombre de las Comisiones y con el fin de buscar al máximo posible, la conciliación de los puntos de vista encontrados que se han expuesto esta mañana, pero sobre todo de un camino a la realidad política mexicana, al momento en que vivimos; solicito que autorice a las comisiones, para replantear este artículo 13. A cuyo efecto se conceda a las comisiones un receso de 20 minutos para ver si logramos encontrar un adecuado camino, que satisfaga los intereses del pueblo de México. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si autoriza a la Comisión plantear el artículo 18.

El C. secretario Héctor Ximénez González: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si se concede el tiempo que ha solicitado el diputado Riva Palacio a las Comisiones para replantear el artículo dieciocho. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo ...Concedido.

El C. Presidente: Concedido, se abre un receso de veinte minutos. (RECESO).

El C. Presidente: Se reanuda la sesión. Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Antonio Riva Palacio, por las Comisiones.

El C. Antonio Riva Palacio López: Compañeros diputados.

Las Comisiones en las cuales están representadas las fracciones minoritarias que componen esta honorable Cámara de Diputados, han buscado la forma de resolver conciliatoriamente el debate del Artículo 18. Al efecto y tomando en consideración el espíritu mismo de la Ley, el planteamiento que ésta hace para el efecto de que sea el órgano llamado Comisión Federal Electoral, quien lleve a cabo los trabajos inherentes y tome las decisiones para fijar aquello que la ley deja abierto y sujeto a cada elección (como es el caso del número de las circunscripciones plurinominales del ámbito de las mismas, del número de diputados que a cada uno corresponderán), que si este es el órgano dentro del cual se encuentran representados todos los partidos políticos registrados, la solución podría ser compaginándose la misma con las condiciones políticas, con el desarrollo cultural del país que fuera este órgano, el que determinara la compatibilidad de los candidatos a diputados, pero fijada para cada una de las elecciones. En esas condiciones, la Comisión ha llegado a un texto distinto del Artículo 18, el texto que se propone a la consideración de ustedes, es el siguiente:

Artículo 18. Los partidos políticos, podrán incluir en sus listas regionales, el número de candidatos a diputados federales por mayoría relativa, que para cada elección fije, la Comisión Federal Electoral.

Es decir, se establece un sistema semejante al que la ley señala y que la Constitución, en las reformas que aquí aprobamos, estableció de manera que sea la Comisión Federal Electoral, la que determine para cada elección (como lo hace para las circunscripciones plurinominales, como lo hace para el número de diputados que van a estar incluidos o que van a ser electos en cada en cada circunscripción plurinominal). ¿qué número de candidatos que están jugando un distrito uninominales pueden ser incluidos por un Partido Político en sus listas que presenta para elección de diputado por representación proporcional? Esa es la propuesta de la Comisión de Estudios Legislativos Sección Constitucional.

Al mismo tiempo es necesario consecuentemente hacer adiciones a los artículos 154 y 166 concordantes con la nueva redacción del artículo 18, rogando a la presidencia considere reservados estos artículos para el efecto de ser modificados en la parte correspondiente en el momento en que vayan a ser discutidos, para el efecto de que en este acto se vote únicamente el artículo 18 modificado en los términos que se han expuesto a ustedes y que repito: "Artículo 18. Los partidos políticos podrán incluir en sus listas regionales el número de candidatos a diputados federales por mayoría relativa que para cada elección fije la Comisión Federal Electoral".

Esta a consideración de la Asamblea

- El C. Presidente Consulte la Secretaría a la Asamblea si se acepta la propuesta de modificación presentada por la Comisión de Estudios Legislativos".

El C. Ramón Garcilita Partida: Pido la palabra en pro de la proposición.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Ramón Garcilita Partida.

El C. Ramón Garcilita Partida: Señor Presidente.

Honorable Asamblea:

Este artículo 18 cuya modificación ha propuesto a la Asamblea el señor diputado Riva Palacio, efectivamente constituye el artículo más importante del proyecto de ley que estamos discutiendo y dada la importancia de este artículo, la diputación de Asociación de Acción Nacional dejó perfectamente bien clara su posición ante el texto del artículo, tal como lo contiene el proyecto enviado por el Ejecutivo, y aceptado primordialmente por la Comisión de Estudios Legislativos, Sección Constitucional.

Dentro de la Comisión de Estudios Legislativos, los diputados de Acción Nacional que concurrimos a las sesiones, lo discutimos con toda amplitud; igualmente, fue ampliamente también comentado a través de los órganos de difusión por los grupos políticos que aún no tienen el carácter de partidos.

La solución presentada en este momento por la Comisión, merece por parte de la diputación de Acción Nacional, nuestra aprobación, por que juzgamos que concilia las corrientes de opinión que se vertieron alrededor de este dispositivo."(Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se acepta la propuesta de la Comisión de Estudios Legislativos.

El C. secretario Héctor Ximénez González: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por las Comisiones al artículo 18. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se encuentra suficientemente discutido el artículo.

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene la palabra, para hablar en contra, el diputado Ortiz Mendoza.

- El C. Francisco Ortiz Mendoza:

Señor Presidente;

Honorable Asamblea.

Hace un momento cuando se inició el debate de este artículo 18 de la ley, en una pirotecnia jurídica se hablaba de que era anticonstitucional o más bien, inconstitucional negar el derecho a los partidos políticos de incluir en sus listas plurinominales a los candidatos que estuvieran presentes en las listas uninominales.

A juicio nuestro, esta tesis carecía de validez. Para El Partido Popular Socialista es indiferente que nos permitan o no incluir a nuestros candidatos uninominales en las listas plurinominales. De una o de otra manera, podríamos participar.

Subió a la tribuna el diputado Montes, por las Comisiones, y dio argumentación suficiente para demostrar que no tenía nada de inconstitucional ese artículo. Al principio de los debates en Comisiones, el Partido Popular

Socialista demandaba que se permitiera, en la Ley, la inclusión en las plurinominales de los candidatos uninominales, por que eso facilitaría bastante el trabajo de los partidos. Al advertir el consenso de la propia Comisión y sin ser este artículo uno de principios para nosotros, no lo reservarnos para el debate, pero la enmienda que se ha hecho sí afecta la vida política de México y de una manera seria. Se ha dicho aquí que el procedimiento que se ésta aplicando es de origen francés. Tampoco nos asusta que venga de Europa un método más o menos adecuado para iniciar la actividad de los partidos políticos en el campo de la proporcionalidad. Hemos dicho que por lo menos teníamos una tecnología política mexicana que podía aportar algo, aun cuando fuera en el lenguaje. En Comisiones planteamos esta cuestión, pero una de las críticas que hacemos a esta enmienda es el extraordinario poder que, con ella, se le da a la Comisión Federal Electoral. Ya en los debates habremos de precisar esta cuestión, pero resulta que la enmienda que se propone le da más facultades a la Comisión Federal Electoral. Adelantaré parte de nuestra argumentación: las experiencias sobre este procedimiento, generadas en Alemania Federal y en Francia particularmente, en esta última con más rudeza, nos indican que los cambios en cada elección, cambios de las áreas de los distritos electorales, cambios cada tres años de las zonas que abarcará cada planilla plurinominal, de por sí le darían una facultad a la Comisión Federal que le permitiría dejar las elecciones, o mejor dicho, manejar el peso de los partidos políticos a su arbitrio. Se dirá que allí está el Partido Popular Socialista y que están los demás partidos; pero la mayoría de la Comisión Federal Electoral pertenece a un solo partido .¿ Y qué va a suceder ahora? Ahora tienen una facultad más, ya no sólo dividir a los distritos de acuerdo con el criterio de la Comisión, ya no sólo dividir a las circunscripciones en número, en área, de acuerdo con su criterio, sino ahora también le dan la facultad de decir cuándo los partidos políticos podemos poner a nuestros candidatos uninominales en las listas plurinominales.

No me explico cómo Acción Nacional ahora, de pronto, le encuentra contenido constitucional a esta proposición. ¿Qué sucedió en Francia? Argumentaba nuestro compañero hace un momento, en las Comisiones, que cuando el Partido Comunista Francés tenía influencia suficiente en una área obrera, De Gaulle inmediatamente dividía esa área obrera en fracciones para que se pulverizara su votación.

Pero ahora ya no sólo serán las áreas, ahora también serán las personas. Cuando un partido político tenga un dirigente con suficiente autoridad entre la población, que tenga la doble opción de atraer suficientes votos por el uninominal, y en caso de no ser electo por mayoría, pasar por el sistema plurinominal, en ese momento, la Comisión Federal Electoral puede decir: ahora cero; ni uno de los candidatos uninominales puede ser plurinominal", y caeríamos en lo que estaba inicialmente especificado en el artículo.

Yo no me explico cómo los abogados distinguidos de Acción Nacional, los Mr. Hyde, como les ha dicho el diputado Montes con justa razón que en las comisiones son muy afectuosos y en la tribuna muy violentos, cómo ahora sí le encuentran constitucionalidad a este procesamiento.

El Partido Popular Socialista está totalmente en contra, porque le da un peso grande, muy grande a la Comisión Federal Electoral, que está en manos mayoritarias de un solo partido, y eso originaría en el futuro que los partidos que estuvieran teniendo preponderancia o los representantes de los partidos, fueran liquidados con la mayor facilidad por esta proposición que se está haciendo.

El Partido Popular Socialista invita a las Comisiones, invita a la Cámara, a que se medite en esta proposición, que, a nuestro juicio, en nada ayuda a la propia Ley y a la vida democrática de México. (Aplausos.)

El C. Antonio Riva Palacio López: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra, para hablar en pro del artículo 18 modificado, el diputado Antonio Riva Palacio, de las Comisiones.

- El C. Antonio Riva Palacio López: Que lamentablemente es que en ocasiones cambiemos el sentido del debate.

No estamos discutiendo en el artículo 18 las facultades de la Comisión Federal Electoral; no estamos discutiendo quiénes la integran, pero si realmente queremos hablar del órgano al cual se alude en este proyecto presentado por las Comisiones respecto al artículo 18, qué pena es que se piense que los partidos políticos van a votar siempre, como se ha argumentado ahí vulgarmente haciéndole el juego al partido mayoritario.

La Comisión Federal Electoral la integran los partidos políticos, todos los partidos políticos registrados y el supuesto de la mayoría es falso, salvo que se parta de que los partidos políticos anteponen su interés partidista al interés nacional.

¿Por qué?

Porque si estamos hablando en esta Ley de que se van a registrar más partidos políticos y estamos abriendo todas las posibilidades de participación en el caso de los ciudadanos, si se contempla a la vista el registro de varios partidos, si se ha hablado de la posibilidad de ocho partidos ¿dónde está la mayoría del Partido Revolucionario Institucional?.

¿Dónde está la determinación del criterio de la Comisión Federal Electoral?

No, señores, no es el tema, pero tampoco es el tema si esta propuesta afectó la inconstitucionalidad del artículo, porque nosotros, la mayoría parlamentaria, sigue sosteniendo que el texto original sí era constitucional, pero, en su exposición el diputado Montes fue muy claro, la Ley reglamentaria, por razones del momento histórico de lo que va a reglamentar, de lo que debe regular, puede tomar distintas soluciones dentro del marco constitucional y esta solución es tan constitucional como la que originalmente tenía la Iniciativa que estamos

discutiendo. ¡Perdónenos! Pero esta argumentación se expuso con toda claridad y, hay una más, no sé si hablé en el vació anteriormente, cuando expuse a nombre de las comisiones el espíritu que animaba a esta nueva redacción, dije con claridad que era congruente con los principios sustentados por toda la iniciativa y expuse cuáles eran esos principios de coherencia, si es este órgano - la Comisión Federal Electoral - en el que participan todos los partidos políticos, el que va a llevar a cabo las divisiones de las circunscripciones, los ámbitos, los números de diputados, pues, lo lógico es que, dentro de esa misma armonización de elementos, sea ella - La Comisión Federal Electoral - , la que fije las condiciones de compatibilidad y, de esa manera, estemos todos los partidos políticos, no los que pretenden que en sí pueden satisfacer la doble postulación, sino hasta aquellos que piensen que no la pueden satisfacer, estaremos comprendidos dentro de estas posibilidades que establece la redacción que proponen las comisiones.

No queremos que sea una propuesta que pretenda, como existe en el sustrato de la afirmación que hizo en su intervención el diputado Ortiz Mendoza, el ánimo de destruir en un momento dado a un candidato. Si ese candidato realmente tiene el arrastre que dice, podrá ganar la elección en el distrito uninominal pero si el partido piensa que no puede ganar y por determinación en que el momento de esa elección el partido tiene duda, pues que lo haga jugar en la circunscripción plurinominal como cabeza de lista, ¿dónde está el problema? ¿Cuál es el problema que estamos contemplando? Es un problema inexistente.

Perdónenme, creo que la argumentación del diputado Ortiz Mendoza en contra del texto propuesto por las comisiones, resulta absolutamente injustificado y solicito se apruebe en la forma propuesta por la Comisión.

Mucha gracias. (Aplausos).

El C. Presidente: Consulte a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 18.

El C. diputado Garcilita: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Ramón Garcilita: Partida: para una aclaración.

El C. Presidente: Para una aclaración en los términos del artículo 102 reglamentario, el señor diputado Garcilita para su segundo turno.

El C. Ramón Garcilita Partida: Señor Presidente.

Honorable Asamblea:

Es una intervención breve, tiene el carácter de aclaratoria ante la mención que se hizo por uno de los diputados del Partido Popular Socialista de que la diputación de Acción Nacional ahora cambiaba de criterio.

No es esa nuestra manera de actuar. Siempre hemos sido muy claros y muy verticales en nuestro debate y nunca hemos presentado objeciones a una ley para después resultar que la aprobamos en la votación.

Acción Nacional encuentra que la redacción del artículo 18 tal y como fue elaborada por la Comisión, da un mejor contenido, un mejor avance al artículo 18 tal como lo propone originalmente el Ejecutivo.

Repito, en las intervenciones de ayer en lo general y particularmente en la intervención de este día del diputado Garabito, quedó perfectamente bien clara cuál es la posición de nuestro partido.

Si aceptamos ahora esta proposición que hace la Comisión de Estudios Legislativos, esto no implica el abandono de nuestra tesis, pero sí reconocemos que es mejor la redacción del artículo 18 tal como la propone la Comisión, que como está contenido en el proyecto. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Francisco Ortiz Mendoza.

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Retiro en este momento, para no viciar el debate; la posibilidad de la integración de la Comisión Federal Electoral, como la mayoría de un solo partido.

Veamos exclusivamente el artículo 18 que está a debate: ¿En qué se avanza dejar por ley posponer para el futuro, la precisión de si participan o no los candidatos uninominales en las listas plurinominales? ¿En qué se avanza? ¿Qué se gana? ¿Qué argumentos se van a manejar en la Comisión Federal Electoral para determinar cuántos van a ser? ¿Por qué se traslada a la Comisión Federal ese problema?

Es un problema a debate que será subjetivo, porque alguien propondrá que sean tres los que puedan participar, y otro dirá que sean siete, y otro dirá que sean nueve, y otro dirá que sean los veinte, y otro más podrá decir que no sea uno solo.

¿Qué será lo que determinará la CFE? ¿Qué elementos de juicio objetivo se le están dando a la Ley Comisión Federal Electoral para que resuelva este problema cuando se le plantee? Simplemente será un motivo más de agudos debates en la Comisión Federal Electoral. ¿Por qué se traslada a la Comisión Federal este problema? ¿Por qué no lo resolvemos, ahora? ¡No se permite un sólo candidato de las uninominales, en las plurinominales! ¡Listo! Así ya sabemos a que atenernos. O decir: se permite a juicio de cada partido. ¡Listo! y sabemos a qué atenernos. Pero, ¿Por qué trasladamos a la Comisión Federal Electoral?

¿Qué argumentos objetivos se le dan? Será simplemente, y lo veremos en la experiencia práctica, un problema de encono en la Comisión Federal Electoral. Trasladar una discusión allá que estamos rehuyendo aquí, ¿Por qué? ¿Por qué no de una vez lo resolvemos? Como lo decía la iniciativa, no se permite, ¡perfecto! O si se permite, ¡perfecto! ¿Por qué trasladarlo a la Comisión Federal Electoral independientemente de la mayoría o minoría que tenga en ella un solo partido? (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Antonio Riva Palacio, por la Comisión.

El C. Antonio Riva Palacio: Disculpen la insistencia, pero es necesario. No es cierto. De ninguna manera podemos aceptar, que no haya existido una motivación

cuando se habló por la iniciativa y las Comisiones lo plantearon así, respecto de la prohibición para jugar en las listas regionales a los candidatos uninominales.

Tenía como todas las leyes una razón de ser y la razón es muy simple y es razón política, que no se abandone por el candidato el trabajo electoral, que no abandone la lucha en los distritos uninominales, pensando en que va a tener éxito a través de la representación proporcional en la elección por lista. Esa es la razón, veámosla auténticamente. Dentro de esa razón que no se ha perdido, está concebida precisamente esta modificación que han propuesto las Comisiones, conservar la posibilidad de que el juego político se sigue manteniendo en su máxima expresión, que no se abandone la lucha, sino que se intensifique, pero tampoco es cierto que no existan elementos de juicio, ¿qué la experiencia política no cuenta? ¿Qué la experiencia política, simplemente la tenemos los hombres? También la tienen las instituciones y más cuando somos los hombres quienes formamos esas instituciones y más cuando somos los partidos políticos los que integramos el órgano.

¿Qué elemento se tomará?

Pues la experiencia política.

De acuerdo con las condiciones que se vaya desarrollando la lucha política podrá el órgano y nosotros, participando en la decisión como partidos políticos, determinar el número, pero no se trata de un problema de sí o no, se trata de un problema que debe resolverse conforme a la experiencia política, siguiendo el desarrollo de la evolución política de México, buscando fortalecer la participación de los partidos y buscando que la expresión ciudadana tenga mejores efectos a través de que pueda seleccionar a sus diputados, conforme la experiencia haya determinado, que se pondrá de manifiesto a través de la compatibilidad en los dos sistemas electorales que integran nuestro sistema mixto de dominante mayoritario con representación proporcional. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Habiéndose agotado la lista de oradores, y hecho uso de su segunda oportunidad el diputado Francisco Ortiz Mendoza, que se había inscrito en contra, se considera suficientemente discutido el Proyecto a discusión. En consecuencia, proceda la Secretaría a tomar la votación nominal.

El C. secretario Héctor Ximénez González: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 18, con las modificaciones aceptadas. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

El C. Antonio Riva Palacio: Pido la palabra para hacer moción de orden. Rogaría a la Secretaría que la votación se tomara del texto modificado del artículo. No son modificaciones al texto original. Es el texto presentado por las Comisiones.

El C. Presidente: Se toma en cuenta la moción del diputado Riva Palacio y la Secretaría procederá a tomar la votación en esos términos.

El C. secretario Héctor Ximénez González: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 18 en los términos propuestos por las comisiones. (Votación).

Se emitieron 172 votos en pro y 10 en contra.

Aprobado por 172 votos el artículo 18, por 10 en contra .

El C. Riva Palacio López: El artículo que presenté es sustitutivo de todo el texto. Es: "en lugar de"...

El C. Presidente: La presidencia toma nota de la aclaración y de acuerdo con lo que arrojó el resultado de la votación se declara en consecuencia que quedó aprobado por 172 votos el artículo 18 que ésta redactado en la siguiente forma: "Artículo 18. Los partidos políticos podrán incluir en sus listas regionales el número de candidatos a diputados federales por mayoría que para cada elección fije la Comisión Federal Electoral".

El C. Luján Gutiérrez: Solicito a la Presidencia que se incluya la votación nuestra en contra del artículo.

El C. Presidente: Se toma nota de la petición de quienes sufragaron en contra y se hará constar en el texto del acta.

- La C. Lombardo de Gutiérrez: Que se reserve el artículo 19 para cuando se trate lo relativo a las asociaciones políticas.

El C. Presidente: Tomando en consideración lo expuesto por la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, la que en su oportunidad reservó para su discusión el artículo 19, la Presidencia reserva la discusión de este artículo para el momento en que se discuta lo relacionado con el Capítulo: "Asociaciones políticas".

Está a discusión el artículo 25, fracciones I y II reservadas por el Partido Acción Nacional.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Está reservado también el artículo

El C. Presidente: La Presidencia se permite discutir de lo expuesto por la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez.

En el turno de reserva quedaron simplemente anotados por el Partido Popular Socialista los siguientes artículos: 1o. 19, 32, 35, 36, y siguientes. Y por el por el Partido Acción Nacional, en este orden: 14, 18, 25, etc.

No está reservado el artículo 20 y en consecuencia, no ha lugar a discutirlo.

Prosiga la Secretaría poniendo a discusión el artículo 25, fracciones I y II. Sírvase consultar quienes estén en contra y quienes estén en pro. (Se abre el registro de oradores).

El C. Presidente: La Presidencia se permite informar que se ha inscrito para hablar en contra del artículo 25, fracciones I y II, el ciudadano diputado Nava, del PAN. Y que se han inscrito para hablar en pro del dictamen, la diputada María Elena Marqués y el diputado Venustiano Reyes.

En consecuencia, tiene la palabra el diputado Tomás Nava.

El C. Tomás Nava de la Rosa: Señor Presidente;

Señoras y señores diputados;

Señoras y señores.

He apartado el artículo 25 de esta Ley, en sus fracciones primera y segunda, para su impugnación. La fracción primera establece una denominación propia y distinta a la de otros partidos registrados, así como el emblema y color o colores que lo caracterice o diferencie de otros partidos políticos, todo lo cual deberá estar exento de alusiones religiosas o raciales.

Al respecto debo señalar que en cada elección que se lleva a cabo en México se le aplica un golpe sicólogico a la mayor parte de la ciudadanía, porque sigue el vicio y eso es lo que no queremos que sigan utilizando los colores nacionales, los colores de nuestra bandera con fines partidistas. Con esta base, muchos de los triunfos que obtiene el partido oficial, se deben a este mal uso de los colores de la bandera nacional.

Por ello, señores diputados, voy a reiterar la postura que ha mantenido desde siempre Acción Nacional al respecto.

México es una nación y es una patria por esta unidad de pensamientos y de sentimientos, por este recuerdo del pasado conjugado con el presente y proyectado hacia el porvenir, porque la patria, señores diputados, la escuchamos y la vemos en esas imágenes que son símbolos: el Himno Nacional y nuestra Bandera, de la cual forma parte. El respeto que debemos a la patria lo debemos también por participación a sus símbolos. A través de este respeto a sus símbolos estamos respetando la patria. Por ello, esos mismos deben ser respetados y preservados de toda deformación y de todo uso indebido y resulta evidente que no se puede utilizar ni a la patria ni a sus símbolos para objetivos que no tienen el valor que tiene la patria y sus símbolos, porque al hacerlo se rebaja, se menosprecia, se atenta contra esta patria nuestra.

Los colores de la enseña patria son colores, al igual que el escudo nacional y que el Himno, son patrimonio de México, señores diputados, son elementos, valores vinculados con el concepto de patria y por eso son bienes espirituales, éticos, que forman parte del bien común de la nación mexicana.

De esa forma, no pueden ser, no deben ser usados exclusivamente por un partido y mucho menos para propaganda electoral. Es injusto que esos símbolos de la patria sean utilizados con fines partidistas, por que la patria no puede ser patrimonio exclusivo de un partido, porque un partido solo es parte de México, no es México entero, la patria es de todos los mexicanos.

Señores diputados:

Esta Ley no prohibe el mal uso de los colores en los distintivos de partidos políticos y, por tanto, significa, sin lugar a dudas, que se ésta pensando en la conservación del sistema y del poder únicamente.

También significa no tener la menor voluntad de cambio de mentalidad para dejar de apropiarse cosas que pertenecen a todos lo mexicanos, sin distinción de credos religiosos o filosóficos, sino que lo que pertenece a todos, se usa como botín y prevenda de una parte de la sociedad mexicana.

Al usar los colores de la bandera en un distintivo político, no es cambiar la mentalidad y esto significa que sigue existiendo el propósito firme y decidido de conservar el poder a como dé lugar, en donde todo se vale, y para lo cual todo se vale.

Qué diferente sería que el partido del poder y detentor del sistema político ,con un sentido eminentemente patriótico y nacional restituyera el valor indudable de los símbolos nacionales y que prohibiera por ese mismo poder el uso de los colores patrios, que pertenece a todos los mexicanos y no solo a los priístas.

La conservación de los colores nacionales en el distintivo del PRI, es una actitud de simple poder del sistema antidemocrático y antinacional, porque cuando los días 15 y 16 de septiembre, días en que se celebran las fiestas patrias, todos los mexicanos hacen ondear con orgullo esa bandera nuestra, trátese de priístas o panistas, trátese de pepinos o parmistas dígase sí o no es antidemocrático y sectario que un partido político use los colores de nuestra bandera nacional para fines partidistas en los momentos cruciales en que todos los mexicanos deben de decidir quiénes nos gobiernen.

Señores diputados del partido oficial:

Deben de reflexionar sobre la imperiosa necesidad de terminar con ese principio de competencia desleal en materia electoral que representa el uso exclusivo de los colores de la bandera nacional en favor de dicho partido y no crean que esta medida representaría una desventaja para el partido oficial, por el contrario, daría prestigio al gobierno, contribuiría abiertamente a afirmar la conciencia nacional y la confianza en el diálogo entre el gobierno y el pueblo y se fortalecerían los vínculos comunitarios y las instituciones democráticas.

En esa virtud, señores diputados, propongo que al final de la fracción primera de esta ley, diga: "Ningún partido político podrá usar en sus distintivos electorales los colores de la bandera nacional".

Por lo que respeta a la fracción II y de este mismo artículo, quiero mencionar a ustedes, quiero hacer destacar que esta fricción II no prohibe la afiliación masiva de los obreros y campesinos a cualquier partido político, y ¿por qué nosotros estamos en esta lucha de liberar a los obreros y campesinos de esta esclavitud política?

Porque la afiliación masiva o de entidades morales a un partido en principio y en la realidad histórica de México por decisión de la mayoría o de sus dirigentes, atenta de hecho contra la dignidad individual y la democracia configura partidos políticos y puede configurar al mismo Estado como un Estado corporativista

totalmente opuesto a la concepción democrática.

En síntesis, señores diputados, quiero proponer lo que ya en la Iniciativa presentada en esta tribuna el 25 de octubre pasado, hice: "La afiliación de los ciudadanos a los partidos políticos será individual, ningún grupo, corporación, asociación, sindicato o comunidad, podrá resolver o acordar la afiliación de sus integrantes a los partidos políticos, ni éstos podrán admitir dicha afiliación colectiva".

Señores diputados, mientras el Gobierno, mientras el partido oficial no borre la intención, de prohibir que sigan usando los colores de la Bandera Nacional con fines partidistas, no podemos hablar de reformas políticas.

Cuando y mientras no se prohiba la afiliación masiva, forzosa de pertenecer los obreros y campesinos a cualquier partido político, no estaremos hablando de democracia política, señores.

Necesitamos a toda costa liberar a los obreros y campesinos de estas ataduras, de esta esclavitud política en que los tiene el sistema, en que los tiene el gobierno, necesitamos comunidad de hombres libres, señores.

Por ello quiero remitirme, para que ustedes reflexionen si es necesario que México viva en una situación de libertad, de los obreros y campesinos para que ellos puedan afiliarse al partido político que les convenga. Muchas gracias".

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra a la diputada María Elena Marqués de Torruco.

- La C. María Elena Marqués de Torruco: Con su venia, señor Presidente.

Compañeros y compañeras diputados.

Subo en esta ocasión a la tribuna de nuestra Cámara, porque soy una mujer convencida profundamente de la bondad democrática del sistema político mexicano.

Quiero manifestarles que amo profundamente a México y soy orgullosamente militante activa del Partido Revolucionario Institucional.

Una pequeña aclaración a mi compañero diputado de Acción Nacional, que mencionó los colore de nuestra bandera. No se trata, compañero, de la bandera nacional, los colores representan sólo el credo nacionalista del Partido.

Vea usted lo que es nuestra Bandera Nacional. (Señalando a la Bandera Nacional.)

Y ahora me voy a permitir apoyar la segunda fracción del artículo 25.

Yo afirmo que la afiliación colectiva de los organismos profesionales, que pueden ser principalmente sindicatos, ligas agrarias o asociaciones de ingenieros o de economistas, tienen el valor de adherir una organización como tal en términos generales a un partido político, pero no significa nunca que con ello queden comprometidos con dicho partido, todos y cada uno de los miembros del sindicato o de la asociación de que se trate.

Esta es la verdad y la realidad como lo sabe quien haya pertenecido por muchos años a un sindicato y este es mi caso particular. No existe en mi organización, la de Actores y Actrices de Cine, Radio y Televisión Nacional, un régimen que nos obliguen a ser miembros forzados contra nuestra voluntad de ningún Partido.

La adhesión de muchas organizaciones sindicales al Partido Revolucionario Institucional, tiene un carácter general, ideológico, prográmatico y se refiere a la línea política en general, no ataca la libre voluntad de las personas, no establece sanciones en contra de infractores a supuestas obligaciones en ese sentido.

La mayoría de las organizaciones del país, se han adherido en el curso de los últimos cuarenta años, al PRI. Ese es un hecho que habla más que cualquier disertación de carácter teórico.

Es perfectamente sabido que dentro de las organizaciones afiliadas colectivamente al PRI existen innumerables miembros que, o bien no militan en ningún Partido o militan precisamente en Partidos opuestos al Partido Revolucionario Institucional y no se conocen más que por remota excepción que, como se dice, confirman la regla; casos en que se haya hecho objeto de alguna sanción a esos miembros disidentes o discrepantes, de la afiliación colectiva de sus agrupaciones. Son por el contrario, notables los casos en que los miembros de esos sindicatos que incluso ocupan en ellos posiciones dirigentes o directivas, que militan en partidos opuestos al Partido Revolucionario Institucional.

Estoy convencida de que esta ley abrirá cauces más amplios a la participación política y que fortalecerá a todos los partidos políticos, para que en el futuro justifiquen plenamente su responsabilidad como tales, con una participación más profunda en los procesos electorales, adecuando su actuación a los problemas que como Nación contemplamos en la búsqueda de simpatizantes; desarrollando la conciencia democrática de los mexicanos.

Estoy segura que nuestros adversarios ideológicos afirmarán que esta tarea es más accesible para el partido mayoritario, pero en cambio nunca reconocerán que desde su fundación, nuestra organización política ha venido actuando en defensa de los intereses populares y que por eso nosotros podemos ser juzgados por lo que hemos hecho y no sólo por lo que hablemos o lo que prometemos.

El PRI, como organización política, no se ha reducido a la actividad electoral o parlamentaria, sino que se ha proyectado en las conquistas sociales que las organizaciones que lo integran han obtenido. Los intereses de los obreros, de los campesinos, y de las clases medias populares, han sido prioritarios en el establecimiento de estrategias y postulados del Partido, por ello, en nuestra estructura, mantenemos la afiliación directa e indirecta, que en forma amplia trata Maurice Duverger, en su obra "Los Partidos Políticos", Duverger señala que en el año 1900, el Partido Laborista Británico, estaba constituido por sindicatos, cooperativas, sociedades mutualistas, grupos

intelectuales que se habían unido para establecer una organización electoral común. No había miembros individuales directos del Partido, sino sólo miembros de los grupos de base, de los sindicatos, de las cooperativas, de las sociedades mutualistas. El Partido Laborista Británico, el que en su evolución y a través de las diferentes etapas contempla a partir de 1946 la afiliación colectiva y la afiliación individual.

El licenciado Jesús Reyes Heroles en su conferencia "Revolución y Desarrollo Político", contenida en la obra "Análisis Ideológico de la Revolución Mexicana 1910 - 1971", nos dice que la afiliación colectiva no fue un descubrimiento mexicano, en numerosos partidos del mundo existe esta afiliación de gremios, de sindicatos, de asociaciones voluntarias. La explicación es que el mundo individualista del Siglo XIX ya no existe. Un partido con exclusiva afiliación individual es anacrónico.

El PRI tiene ambos sistemas de afiliación: la individual en los Comités Seccionales y la colectiva a través de los Sectores. La participación política de los sindicatos debe darse, ya que su papel no es solo el de luchar por las reivindicaciones de sus agremiados, si bien esta es una muy importante función de ellos, pero al parejo de ellas se debe luchar por la transformación cualitativa que garantice un mejor lugar para los sindicatos en la correlación de las fuerzas políticas y un mejor destino para los trabajadores que agrupan.

Se reprocha que el partido mediante la afiliación colectiva tenga muchos miembros y por otra que, a pesar de dicha afiliación, el partido tenga escasos miembros.

Pues bien, un partido no son muchos, son pocos o mejor dicho, pocos, rodeados de muchos. Es un núcleo activo que recluta adherentes que no hacen vida predominantemente política y que obtienen simpatizantes por afinidad, simpatía o interés que votan por su programa, por sus candidatos o por sus programas y por sus candidatos.

Frente a estos argumentos está la crítica de aquellos que no presentan realmente opciones viables para el desarrollo de las organizaciones obreras, campesinas y populares, que se resisten a comprender que los sindicatos están gobernados por la voluntad mayoritaria de los trabajadores y que éstos toman los acuerdos en asambleas y otros órganos que son las autoridades máximas de sus organismos, facultados para adoptar resoluciones en defensa de los intereses de clase.

Así el dirigente nacional del Partido Acción Nacional con juegos de palabras afirma que los deberes de la solidaridad gremial no deben implicar en ningún caso la pérdida total de la libertad individual frente a las decisiones de la mayoría y mucho menos a las inconsultas de los dirigentes.

La solidaridad impone ciertas restricciones a la libertad individual en casos claros del bien común de la agrupación, pero que jamás será admisible de la licitud de la enajenación de derechos fundamentales de la persona como son los derechos políticos en aras de esa solidaridad.

Al respecto y usando una frase que en algunas ocasiones he escuchado, creo que a este Partido se le detuvo el reloj de la historia, porque, como afirmó el diputado Ramírez y Ramírez en la Comisión Federal Electoral, en respuesta a una pregunta del licenciado Abel Vicencio Tovar, "en el siglo pasado y en el antepasado, el protagonista, el sujeto de la vida política, era el individuo, esto se daba en los sistemas demoliberales propios de la organización típica de Occidente; en el siglo XX hay una transformación profunda de las sociedades que ha venido a dar el papel principal en las luchas políticas, a los grandes conjuntos de las masas organizadas en todas las sociedades." Esto va camino de una nueva democracia que no es ya la individualista del pasado, sino la de las masas populares organizadas; esta es una razón de legitimidad histórica, compañeros, fundamentalmente en nuestro país y nuestro país tiene ciertamente un camino propio de evolución política.

La intervención de los sindicatos, de las ligas agrarias de los grupos estudiantiles, de las asociaciones de colonos y demás tipos de organizaciones, en la lucha política, en la vida política, no es un capricho ni una invención ni mucho menos una innovación; es el hecho resultante de un profundo sacudimiento en la vida nacional, que representó la revolución iniciada a principios de siglo y prolongada en forma trascendente hasta nuestros días. Ya durante la etapa de la revolución armada, la clase trabajadora intervenía en política, en la política armada de aquellos días, esto lo hacía en forma organizada y no dispersa, tal y como lo demuestra el pacto de la Casa del Obrero Mundial, que establecía una alianza con el Primer Jefe Constitucionalista y un entendimiento de la clase trabajadora, representada en ese tiempo, por la Casa del Obrero Mundial con el Gobierno Revolucionario. Ahí se advierte el profundo proceso que va poniendo de pie al nuevo sujeto de la lucha política. La intervención de los sindicatos, de las ligas agrarias y de las demás organizaciones se fue presentando y se fue produciendo posteriormente y la verdad irremisible es que, fuera de los gabinetes de la teoría política, fuera de toda imitación extralógica de las democracias de otro tipo y otros países, de otros continentes y fuera del simple arbitrio de una persona, con la filiación de los sindicatos al PRI.

Al propiciar el Presidente Cárdenas (en 1938), la transformación del PNR en PRM, el partido ya no es tanto un partido de individuos, sino fundamentalmente un partido de organizaciones y hasta de clases. Cárdenas, de acuerdo con las organizaciones obreras y campesinas de ese tiempo, al iniciar ese cambio no estaba haciendo otra cosa que reconocer un hecho histórico. No cometía ninguna infracción a la Constitución ni a ningún otro mandato legal, estaba simplemente obedeciendo a una Constitución real de la nación,

a una Constitución producto de un desarrollo histórico, legítimo. Esa es la razón profunda que quizá no pueda entenderse, pero ciertamente, la afiliación colectiva de organizaciones de clase a partidos políticos tiende a armonizar la defensa de los derechos sociales que esas organizaciones de clase abanderan y sostienen con sus derechos en el campo político. Por que es en el campo político donde se pueden defender con mayor eficacia estos derechos sociales, en el terreno de la lucha sindical de los patrones, con las empresa. Ahora, al revés, si los sindicatos sólo defendieran esos derechos en el terreno con los patrones y con las empresas y abandonaran toda la participación de conjunto en el terreno político o permitieran que sus fuerzas fueran a la lucha política dispersas y atomizadas, sueltas y abandonadas a todas las presiones, de hecho estarían haciendo una división antinatural entre la defensa de los derechos políticos. Esa es la justificación profunda de la participación de los sindicatos y de las ligas agrarias en un partido político que han escogido libremente, porque es el Partido que se identifica con su voluntad soberana, con sus aspiraciones y sus objetivos, todo lo cual no supone la imposición a los individuos de ninguna regla, de ninguna norma que se vaya a mutilar sus derechos políticos, porque a la hora que el ciudadano miembro o no de un sindicato va a ejercer su derecho al voto, al voto secreto, nadie va a imponerle que voten en contra de su voluntad.

Quiero dejar precisado que las organizaciones obreras, campesinas y populares que se adhieren a nuestro partido, lo hacen por una decisión libre y autónoma.

La defensa de los derechos sociales es inseparable de la defensa de los derechos políticos.

Toda organización resuelve incorporarse al PRI porque identifica sus principios de lucha social con la doctrina que pregonamos. Esta identidad ideológica es la razón fundamental por la que deciden que su acción política se canalice dentro del partido que mejor representa sus intereses, sus aspiraciones y sus fines, como organismos representativos de una clase social.

La misma autonomía que prevalece desde el momento de su afiliación al PRI, se mantiene invariable y sin restricciones. El partido respeta las decisiones de vida interna de sus organizaciones.

Corresponde a las propias organizaciones determinar los medios para hacer efectiva su adhesión, pero a mayor abundamiento, para razonar mi defensa de que debe mantenerse el doble sistema de afiliación colectiva e individual, está lo establecido por la Ley de la materia que ahora analizamos, en la que se procura que el voto sea secreto y que los organismos electorales absolutamente imparciales vigilen que la expresión de la voluntad ciudadana se realice plenamente.

Encuentro en la actitud de los organismos que critican este sistema de afiliación colectiva la intención de fraccionar la unidad de los grupos progresistas revolucionarios que están militando en el partido, a que pertenezco, porque saben que la fuerza decisiva de nuestro partido radica en su unión indisoluble con las organizaciones mayoritarias de la gran clase trabajadora, mientras nuestro partido, señoras y señores diputados, sea fiel a su alianza con las clases trabajadoras de México, nuestro partido, será invencible y seguirá conduciendo a la nación. Nunca romperemos la alianza entre el PRI y el movimiento de los trabajadores e intelectuales de México. Gracias (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Reyes López.

El C. Venustiano Reyes López: Con su permiso, señor Presidente, ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados. Me voy a permitir hacer referencia a lo primeramente manifestado por la diputación panista en cuanto a la fracción del artículo 25 que estamos tratando.

El señor diputado del Partido Acción Nacional, manifiesta entre sus diversos conceptos de nuestro partido, mi partido, debe dejar de usar los colores verde, blanco y rojo, porque en esa forma estamos menospreciando el emblema de la patria y también nos dice al finalizar su intervención proponiendo que ningún partido político pueda usar los colores de la bandera nacional. Todos sabemos que este tema ha sido muy discutido al través de los años y pienso que es una manera de venir a hacer acto de presencia el volver a atacar al Partido Revolucionario Institucional con lo que, según ellos, los señores de Acción Nacional, consideran que estamos cometiendo un abuso, una ofensa a nuestra patria al usar los colores del emblema nacional y saben perfectamente los señores de Acción Nacional, que eso no es cierto, no creo que ellos confundan el significado "símbolo nacional" con el significado "colores nacionales". Si eso fuera, que no lo es, tendríamos que prohibirles a nuestros pintores que utilizaran estos colores, tendríamos que prohibirles a los artistas, escultores que usaran estos colores, podríamos prohibirle posiblemente a nuestros campesinos que labraran la tierra, que trabajaran el campo, porque ahí está el color verde y el color verde es propiedad de todos y forma parte de los colores de la bandera y no podemos hacer una ofensa usando los colores de nuestro pabellón nacional.

Si vamos por ese camino, en el sentido de que no podemos usar esos colores, porque esos tres colores pertenecen a todos los mexicanos y ofendemos a los mexicanos, entonces también podríamos decir por nuestra parte que el Partido Acción Nacional no podría usar el color azul, debemos prohibirle también por Ley que utilice el color azul, porque el color azul, pues ya lo saben ustedes, ya se ha dicho, es el color del cielo y se pueden enojar todos los católicos del país que son casi la mayoría.

Entonces, señores diputados, yo pienso que la fracción I del artículo 25 debe ser

aprobada como está propuesta por la Comisión.

En otra parte de la intervención del señor diputado de Acción Nacional, hace referencia a la fracción II del artículo 25 y entre sus manifestaciones dice, que hay que liberar a los ciudadanos de la esclavitud política, dejándolos dispersos que voten cada quien a su manera - que en realidad al final de cuentas así sucede - , pero los señores de Acción Nacional plantean la situación en otra forma, a manera de restar la unidad que tienen nuestros sindicatos y como consecuencia quizá restar la fuerza de nuestro Partido Revolucionario Institucional, porque sería un sector menos dentro del instituto político.

Vengo a hacer uso de esta tribuna, para defender el derecho social de los trabajadores, para poderse afiliar al instituto político que mejor garantice sus intereses, tanto en lo individual como en forma colectiva.

Para esto, me voy a permitir, rogando a ustedes permiso para escucharme y el ruego consiste en ser reiterativo en lo que dice la historia, en lo que dicen los oradores, en lo que ya se ha dicho en esta tribuna.

Me voy a referir a algunos hechos de nuestra vida nacional, que han ocurrido, muy distintos a los ocurridos en el Movimiento Obrero, en otros lugares del mundo.

Permítaseme remitirme a los primeros años de la Revolución armada, 1912, a la Casa del Obrero Mundial donde se agruparon los primeros Sindicatos Obreros de la época, que se iban desenvolviendo, cuando también comenzaban a crearse los grandes centros industriales en nuestro país. La Casa del Obrero Mundial que agrupaba no solamente a trabajadores, que agrupaba también a distinguidos intelectuales que simpatizaban con el Movimiento Obrero... entre ellos recordamos con admiración a don Antonio Soto y Gama, a don Diego Arenas Guzmán y a otros grandes intelectuales que, simpatizando con el Movimiento Obrero, se lanzaron en contra de la dictadura del gobierno militarista de Huerta.

Y ahí encontramos a don Isidro Fabela, que fue quien pronuncio el primer discurso, conmemorando por primera vez el 1o. de mayo en el año de 1913. Discurso de justificados ataques en contra de la dictadura militarista y que le obligó a salir a escondidas de la ciudad de México, para incorporarse a las fuerzas constitucionalistas. Los obreros de la Casa del Obrero Mundial, en busca de cauces para lograr hacer efectivas las aspiraciones de reivindicación de la clase trabajadora, lograron realizar un pacto del proletariado con el Gobierno Constitucionalista de don Venustiano Carranza, pacto que fue firmado en representación del Gobierno, por don Rafael Subarán y por parte de la Casa del Obrero Mundial, por Rafael Quintero, Rosendo Salazar, Salvador Gonzalo García y Celestino Gazca, entre otros. En este pacto se comprometieron los obreros a defender al Ejército Constitucionalista integrando los batallones rojos y por otra parte, el Gobierno se compromete con los obreros a tratar de hacer una realidad sus aspiraciones de reivindicación proletaria.

Llegamos al 1919 cuando se realiza otro hecho histórico de suma importancia que viene justificando la tradición de alianza de los trabajadores con el Gobierno Revolucionario, iniciada por los obreros de la Casa del Obrero Mundial . Este hecho tan importante al que me estoy refiriendo, es cuando el Gobierno del Estado de Coahuila, convoca al Congreso Obrero Nacional, que se efectúa en la Ciudad de Saltillo, de donde surge la organización nacional de trabajadores más grandiosa en su época y más grandiosa en la historia de aquellos tiempos : la Confederación Regional Obrera Mexicana, que adopta una linea de socialismo moderado, muy aproximada a la filosofía de nuestra Revolución Mexicana y se propone como objetivos luchar para hacer efectivas las estipulaciones del artículo 123 Constitucional, principalmente hacer efectiva la jornada de 8 horas, el derecho de huelga, el derecho a la sindicalización y establece una plataforma política de independencia del gobierno pero al mismo tiempo de acercamiento y de colaboración.

En esos años surgen otras organizaciones de trabajo, una con tendencia al anarquismo, otras con tendencia al comunismo y es entonces cuando se organiza el Partido Comunista de México que seguía la línea de la Internacional Comunista con orientaciones que procedían de Moscú.

Y surgen otras organizaciones más de trabajo y al través de algunos años surge una gran organización de obreros: la Confederación de Trabajadores de México, en sus principios dirigida por don Vicente Lombardo Toledano y pocos años después, es dirigida por el más grande líder que ha tenido el proletariado nacional: Fidel Velázquez. (Aplausos.)

Hecho histórico en la vida de los trabajadores mexicanos es la promulgación de la Ley Federal del Trabajo.

En aquellos años cuando la mayoría de los países capitalistas no contaban con una Ley laboral y menos con una Ley tan avanzada, como la Ley laboral mexicana; en esos años, cuando los propios comunistas en Moscú, en un país esencialmente marxista, en esos años los propios comunistas de Moscú tenían el criterio y lo sostenían contrariando las teorías de Carlos Marx, que al trabajador solamente debería pagársele las horas trabajadas, cuando aquí en nuestro México ya los obreros en las fábricas gozaban del pago de un séptimo día, de un día de descanso, fundamentada esta conquista en el espíritu de nuestra Constitución que tiene mucha relación con la teoría del valor de Carlos Marx, en México se tenía y se tiene el criterio de que a los trabajadores se les debe pagar, no las horas trabajadas, se les debe pagar el día de descanso, se les debe pagar su fuerza de trabajo y si el día de descanso es necesario para recuperar energías y mantener esa fuerza de trabajo , pues al trabajador hay que pagarle las horas de descanso y hay que

pagarle todo lo que contribuya, todo lo que converja a la reparación de la fuerza de trabajo.

Llegamos al 1938, cuando se realiza otro acontecimiento que viene a alimentar esa tradición de alianza de los obreros con el Gobierno de la Revolución, cuando el Presidente Cárdenas, como lo dijera mi compañera diputada María Elena Marquéz, hace un llamado a las organizaciones campesinas, a las organizaciones de estudiantes, a las organizaciones de la clase media popular y a los sindicatos de obreros, sindicatos, como organizaciones para que juntos integren lo que fue el Partido de la Revolución Mexicana, instituto político en el que adquirieron el compromiso todas las partes de defender las conquistas de la revolución y de defender la integridad del país que en ese año estaba en peligro con motivo de la expropiación del petróleo...

- El C. Presidente: Esta Presidencia se permite hacer notar que han transcurrido 4 horas desde el momento en que se inició esta sesión. En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 y no habiéndose agotado aún los asuntos en cartera, dispone la continuación de esta sesión hasta que se agoten los asuntos listados.

Al mismo tiempo se permite informar al C. diputado Venustiano Reyes López que le queda un minuto y que si desea seguir haciendo uso de la palabra debe solicitarse el permiso de la Asamblea.

- El C. Reyes López: Solicito con todo respeto a la Presidencia me permita continuar hasta terminar.

- El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si le permite al C. diputado Venustiano Reyes López continuar en el uso de la palabra para concluir su discurso.

El C. secretaria Héctor Ximénez González: Por instrucciones de la presidencia se pregunta a la Asamblea si se le concede el tiempo necesario al diputado para que termine su exposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Concedido.

- El C. Presidente: Prosiga en el uso de la palabra, C. Reyes López.

- El C. Venustiano Reyes López: Muchas gracias, señor Presidente; muchas gracias, señores diputados.

- El C. J. Guadalupe Silva: Una moción de orden. Solamente agradecería a la Presidencia que con el objeto de que este debate que tiene suma importancia se orientara hacia el articulado de la Ley, que el orador no cabalgue tanto en la historia, porque de otra manera no vamos a salir de aquí.

- El C. Presidente: Moción desechada. Esta Presidencia se permite hacer notar al C. diputado Jacinto Guadalupe Silva, que el señor diputado Tomás Nava de la Rosa, al reservar el artículo 25 en sus fracciones I y II, tocó precisamente el tema relacionado con la afiliación de los ciudadanos a los partidos políticos, de los sindicatos a los partidos políticos y el señor diputado Reyes López se está refiriendo precisamente a las consideraciones que se hicieron sobre las asociaciones de trabajadores.

Continúa en el uso de la palabra el diputado Reyes López.

- El C. Venustiano Reyes López (continuando): Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos.)

No creo, señores diputados, no creo que esté fuera del tema que estamos tratando sobre las fracciones I y II del artículo 25.

Precisamente estoy haciendo una relación de hechos, para llegar a la conclusión que estoy defendiendo y si me estoy permitiendo hacer esta relación que está escrito, pues, en muchos textos de la historia, pero, pues, por lo visto se les han olvidado a los señores de Acción Nacional.

Solamente como un recordatorio, me estoy permitiendo hacer esta relación de hechos históricos.

Los sindicatos son organizaciones hechas para defender los intereses de los trabajadores, pero esta defensa no puede ser en forma eficaz, si solamente se concretan los sindicatos a actuar en el terreno puramente sindical y adoptaran una posición apolítica.

¿Qué sucedería cuando un sindicato en la revisión de un contrato colectivo exigiera al patrón determinadas prestaciones, justas para los trabajadores?

El patrón otorgaría lo que buenamente quisiera dar al trabajador, pero en el momento en que sintiera lesionados sus intereses económicos, fácilmente el patrón podría al través de su vocero lograr la derogación del derecho de huelga, la derogación de la contratación colectiva, la derogación de la sindicalización, si no estuvieran los sindicatos, si no estuvieran los trabajadores actuando políticamente y representados en esta Cámara. Eso es lo que quisieran los enemigos de los trabajadores, que actuáramos en el terreno sindical solamente y que quedáramos fuera de la actividad política.

Frente al patrón actuamos unidos y esa unidad no permitimos ni permitiremos que se rompa cuando pasemos al terreno político; eso es lo que quisieran los enemigos de los trabajadores, que nos dispersáramos, que actuáramos individualmente, que perdiéramos el concepto de unidad y que cada trabajador, como lo propuso Acción Nacional, se defendiera como pudiera, votara por quien se le ocurriera, pero creo que ese no es el objetivo de Acción Nacional, pienso que el objetivo es restarle fuerza a los sindicatos y restarle fuerza a mi partido.

Los trabajadores en esta forma, como estamos luchando en unidad sindical, organizamos nuestros sindicatos y nos afiliamos al partido que más garantiza nuestra conducta sindical y nuestra conducta política y si al través de los años hemos, por convicción, acordado estar dentro del Partido Revolucionario Institucional, pues ahí seguiremos estando les guste o no les guste a los señores del PAN.

Los diputados obreros que están aquí en este recinto actuando políticamente en su calidad de dirigentes sindicales, actuamos allá

con nuestros compañeros haciendo labor de convencimiento, labor de afiliación para nuestro partido y rechazamos categóricamente lo manifestado por la diputación panista. De ninguna manera ejercemos coacción, de ninguna manera ejercemos la amenaza en contra de nuestros compañeros para obligarlos a que se afilien a nuestro partido.

En la sesión de ayer, el diputado Miguel Montes, hizo una declaración cierta, verídica, en cuanto a lo que estoy refiriendo: no ejercemos coacción para la afiliación de nuestros compañeros a nuestro partido y tan cierto es eso, que aquí, como dijera el diputado Montes, aquí hay diputados que pertenecen a un sindicato miembro de mi partido, pero aquí están representando a otro partido; además es sabido de todos, por eso a veces causa extrañeza, las manifestaciones de los señores de Acción Nacional, todos lo sabemos, que en los sindicatos el trabajador hace uso del voto directo, universal, libre y secreto, si estuvieran amenazados para votar por determinados candidatos, pues ahí tendríamos la oportunidad porque nadie les vigila cuando van a votar, ahí tendrían la oportunidad de, hasta como desahogo, votar por otros candidatos contrarios a nuestro partido. Nosotros los representantes sindicales no ejercemos coacción para que se afilien nuestros compañeros en lo individual y colectivamente a nuestro Instituto Político, al Partido Revolucionario Institucional y aquí los diputados obreros estamos comprometidos a que junto con los sectores de campesinos y de la clase media sigamos manteniendo esa tradición de alianza que se iniciara con los obreros de la Casa del Obrero Mundial, estamos firmes a sostener esa tradición, obreros de la Casa del Obrero Mundial que fueron con sus ejércitos rojos, sus gloriosos ejércitos rojos a la Revolución armada, derramando con su sangre los surcos de donde brotó el México libre, el México revolucionario que nosotros hemos heredado y que estamos dispuestos a defender en la forma y en el momento en que México nos lo reclame. Muchas gracias." (Aplausos.)

- El C. Peña Soto: Pido la palabra, señor Presidente.

- El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

- El C. Peña Soto: Para hechos, señor Presidente.

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra para hechos, en los términos del artículo 102 del Reglamento, al señor diputado Adrián Peña Soto, cinco minutos.

- El C. Adrián Peña Soto: Con su venia señor Presidente; señoras y señores diputados.

Vengo a referirme a un hecho que tuvo lugar en contra de un compañero de la 47 legislatura. Un compañero que fue, digo fue, pero él siente que lo es, del gremio artístico, al señor locutor don Rigoberto López Sedano, miembro de esa Legislatura y que desempeñaba su función en la ciudad de Mexicali y que por haber sido diputado de Acción Nacional, le fue retirado su trabajo.

Entonces, cuando nosotros en Acción Nacional hablamos de conciencia en los mexicanos para afiliarse al partido que más deseen, es porque hemos sido afectados por el vicio que se sigue en la práctica electoral mexicana.

Vengo aquí a preguntar a la compañera María Elena Marqués, del gremio artístico, al compañero diputado Venustiano Reyes López, también del gremio artístico, que si consideran que el haber sido despedido de su trabajo artístico este compañero, es justo y que va con las normas que ustedes han expresado aquí en esta Tribuna.

Pues entonces, si está bien la acción cometida en contra de este ciudadano mexicano, pues que permanezca ahí y si ustedes consideran que es una injusticia, pues bien valdría la pena ocuparse de esta injusticia porque aún en los tribunales del Trabajo subsiste el alegato de inconformidad de este ciudadano.

Esta es la razón por la que nosotros los de Acción Nacional, cuando mencionamos que es inconveniente una afiliación masiva, porque los líderes de los sindicatos - claro - tienen ellos perfecto derecho a afiliarse al Partido que más deseen, pero que no porque ellos se afilien al sindicato de su preferencia, tengan esas consecuencias y máxime en un señor diputado que estuvo aquí en esta Cámara y que fue tratado en esa forma tan desleal, tan injusta por su sindicato, que no ha hecho nada por remediar esa situación y creo que si no mal entiendo, quien encabeza el Sindicato de Locutores es el actual senador Camacho.

Entonces pido como demostración de buena fe, la simpatía de ustedes por este hecho que realmente no beneficia de ninguna manera al Partido al que ustedes pertenecen. Si se dicen que ustedes quieren justicia, hagan justicia reinstalando a este compañero que es locutor allá en la ciudad de Mexicali. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra por la comisión, el diputado Pericles Namorado Urrutia.

- El C. Pericles Namorado Urrutia: Con su permiso señor Presidente; Señoras y señores diputados.

Un agudo escritor político que se ha venido ocupando de comentar con profundidad los capítulos de la iniciativa de ley, que ahora tenemos a debate, aludía a cierta actitud sorjuanesca de algunos partidos, que traen el coco para luego espantarse con él.

En su primera intervención, el ciudadano diputado Jorge Garabito hizo una justa y certera prevención a oradores que intervinieran en este debate, para que centraran sus exposiciones a los temas motivo o materia de las misma y ¿qué hemos comprobado aquí en forma misteriosa?, que con la mayor facilidad se desvía del meollo de la cuestión, para llegar a la injuria, para llegar a la diatriba o sencillamente, como dice una expresión castiza: por los cerros de Ubeda.

La última intervención del señor diputado del Partido de Acción Nacional no

convierte en nada las tesis vertidas por nuestros compañeros, la diputada Ma. Elena Marqués y el diputado Venustiano Reyes López, objetando las exposiciones del señor diputado Tomás Nava de la Rosa. Ha venido a hacerla aquí de abogado defensor de alguien que no sabemos por qué causa seguramente legítima, fue expulsado de su gremio. Le responderíamos sencillamente: la excepción confirma la regla. El hecho de que en un sindicato, en una organización se apliquen medidas disciplinarias, concierne al régimen de esa organización o de ese sindicato. ¿Qué acaso en Acción Nacional no se expulsó alguna vez a un miembro distinguido de ese Partido, por un acto de culto público, como fue don Aquiles Elorduy?

¿Qué acaso ahora mismo no han aplicado sanciones disciplinarias a miembros de su Partido?

No, señores, hagamos el propósito de concentrar el debate a la materia que la motiva. Aquí se han estado discutiendo las fracciones I y II del artículo 25 de la iniciativa.

Tanto la compañera diputada María Elena Marqués como el compañero diputado Reyes López, han expresado a mi juicio argumentos macizos que demuestran que no hay nada contra la ley ni contra la moral del partido ni de los partidos en el uso de los colores que constituyen el emblema del Partido Revolucionario Institucional y también con razones macizas se ha demostrado que la afiliación colectiva, que no es por cierto un artificio o un artilugio inventado por el Partido Revolucionario Institucional, sino una técnica de afiliación partidista conocida desde hace mucho tiempo, en nada influye en última consecuencia en el acto electoral cuando se emite el voto secreto y donde no es posible que el líder pueda ejercer actos compulsivos sobre la voluntad del elector.

Esas son las tesis, aquí quedan fijadas, por lo mismo, en nombre de las Comisiones considerando que no son trascendentes, que no son fundadas las objeciones del Partido Acción Nacional, pido que la Asamblea apruebe en sus términos el artículo discutido, 25 de la Iniciativa, en sus fracciones I y II. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El Presidente: Sírvase la Secretaría dar lectura al escrito de adición presentado por el diputado Tamás Nava de la Rosa, respecto a las fracciones I y II del artículo 25 que está a debate.

- El C. secretario Héctor Ximénez González: "Fracción I del artículo 25. Ningún partido político podrá usar en sus distintivos electorales los colores de la bandera nacional".

"Fracción II. La afiliación de los ciudadanos a los partidos políticos será individual, ningún grupo, corporación asociación, sindicato o comunidad, podrá resolver o acordar la afiliación de sus integrantes a los partidos políticos, ni éstos podrán admitir dicha afiliación colectiva".

- El C. Presidente: Consulte la Secretaria a la Asamblea si se admiten o se rechazan las adiciones propuestas.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: En votación económica se pregunta si se admiten o se desechan las modificaciones propuestas. Los que estén por que se acepte...

Los que estén por que se deseche... Desechadas.

- EL C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si está suficientemente discutido el asunto a debate.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 25, fracciones I y II. suficientemente discutido.

- El C. Presidente: Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal del artículo.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 25, fracciones I y II, en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. (Votación.)

Señor Presidente, se emitieron 161 votos en favor por 17 en contra.

- El C. Presidente: Aprobado el artículo 25 por 161 votos en pro y 17 en contra.

Está a discusión el artículo 27, fracciones I y III, reservado por el PAN.

Sírvanse los señores diputados que desean hacer uso de la palabra manifestarlo.

La Presidencia se permite informar a la Asamblea que se han inscrito para hablar en contra el diputado Miguel Campos Martínez, del PAN, y el diputado Eduardo Andrade, en favor. Tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Campos Martínez.

- El C. Miguel Campos Martínez: Con permiso, señor Presidente.

Señores diputados.

Señoras y señores:

He pedido hacer uso de la palabra para solicitar a esta H. Asamblea una adición complementaria en el artículo 27 que trata de los requisitos para constituir un nuevo partido político en el cual pedimos se establezca por obligación la firma o huella digital del ciudadano afiliado a algún partido político que concurra a alguna de las asambleas.

En la actual ley electoral, éste es uno de los requisitos fundamentales que se exigen para toda organización política y realmente no encuentro ninguna explicación, razón o motivo por el cual la iniciativa que está a discusión haya suprimido este requisito.

Salta a la vista la importancia que tiene este requisito tantas veces citado, porque evita la constitución de partidos políticos fantasmas o de membrete.

Por tanto, sugiero que el complemento del inciso B de la fracción III del artículo 27, quede como sigue:

"que con las personas mencionadas en el artículo anterior, quedaron formadas las listas de afiliados con el nombre, los apellidos, el

número de la credencial permanente del elector, la residencia y la firma o huella digital". Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: tiene la palabra por la Comisión el diputado Andrade Sánchez.

- El C. Eduardo Andrade Sánchez: con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

Creo que es de desecharse la proposición que hace el compañero diputado de Acción Nacional, porque la subscripción del documento que sirva de prueba de la afiliación está prevista en el artículo 27. Dice en su fracción III, inciso A: "que concurrieron a la Asamblea estatal o distrital el número de afiliados que señala la fracción primera de este artículo, que aprobaron la declaración de principios, programa de acción y estatutos y que subscribieron el documento de manifestación formal de afiliación".

Creo que esta indicación, la subscripción del documento como manifestación formal de afiliación, cubre el requisito que nos propone el compañero diputado de Acción Nacional.

En tal virtud, pienso que no hay razón para la proposición, y que debe de aprobarse el artículo en sus términos.

- El C. Presidente: Sírvase la Secretaría dar lectura al escrito que propone la adición por parte del diputado Miguel Campos Martínez y consulte a la Asamblea si se admite o se desecha.

- El C. Presidente: Sírvase la Secretaría dar lectura al escrito que propone la adición por parte del diputado Miguel Campos Martínez y consulte a la asamblea si se admite o se desecha.

- El C. secretario Héctor Ximénez González:

Para mejor precisión se va a dar lectura a la adición propuesta por el diputado Campos Martínez. "Artículo 27, inciso b): Que con las personas mencionadas en el inciso anterior, quedaron formadas las listas de afiliados con el nombre, los apellidos, el número de la credencial permanente de elector , la residencia, y firma o huella digital".

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la adición propuesta, los que estén porque se acepte sírvanse manifestarlo...

Los que estén por que se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada.

- El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo a debate.

- El C. secretario Héctor Ximénez González: En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 27, los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 27 en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. (Votación.)

Se emitieron 165 votos en pro y 17 en contra.

- El C. Presidente: Aprobado en sus términos el artículo 27 por 165 en pro y 17 en contra.

Está a discusión el artículo 32 reservado por el Partido Popular Socialista La Presidencia se permite informar que se han inscrito, para hablar en contra, la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez, del Partido Popular Socialista, y, para hablar en pro, el señor diputado Enrique Gómez Guerra y el diputado Juan Madera.

Tiene la palabra la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Señor Presidente, ruego a usted se sirva autorizarme a tratar varios artículos, porque la argumentación es válida para éstos. Se trata del artículo 32, el artículo 36, 43 y 44.

- El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si e autoriza que el debate del artículo 32 se haga conjuntamente con el debate de los artículos 36, 43 y 44.

- El C. secretario Héctor Ximénez González: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si se le permite a la diputada mencionar los artículos 36, 43 y 44. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo Concedido.

- El C. Presidente: Proceda la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez, en los términos aprobados por la Asamblea.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Señoras y señores diputados: Los partidos políticos son, como fue aprobada en la reforma a la Constitución, en el artículo 41, entidades de interés público. Por lo tanto, son las agrupaciones que tienen mayor importancia para participar en la lucha política del país y en las elecciones para llevar sus representantes a esta Asamblea.

En consecuencia, en el artículo 32, que se refiere al procedimiento del registro condicionado al resultado de las elecciones, queremos hacer una proposición.

Nos parece que si realmente un partido representa una corriente nacional de opinión, debe contar además de los requisitos que ya establece la ley, uno más que haga evidente su carácter nacional; por eso proponemos que se adicione una fracción a este artículo 32, adición que sería la fracción IV y que dice así:

"Deberá contar con un Comité Nacional u organismo equivalente."

No se trata de pedir mayores requisitos, sino simplemente de hacer evidente su carácter de una corriente nacional.

En el Capítulo V de los Derechos y Obligaciones de los Partidos Políticos, en el artículo 36, proponemos también que se agregue a la fracción IV la palabra "funcionarios". Es decir, deberán tener los partidos políticos, como derecho, el de nombrar no solamente a sus representantes ante las Mesas Directivas de las casillas, como lo establece el artículo 38 de esta Ley, sino también

deberán tener como derecho, nombrar a funcionarios y representantes en las casillas.

Esa es la otra proposición que tenemos para este artículo.

Dentro de este mismo capítulo de los Derechos y Obligaciones de los Partidos Políticos, el artículo 43 se refiere a los partidos con registro condicionado al resultado de las elecciones, deberán observar las obligaciones a que se refieren las fracciones I, V, VII Y VIII del artículo anterior.

Nosotros proponemos que además de esas obligaciones, a las que se refieren las fracciones mencionadas, se agreguen también las fracciones III y IV del artículo anterior, para que quede como obligación de los partidos con registro condicionado, las fracciones II, III, IV, V, VII y VIII del artículo

En lo que se refiere al artículo 44, éste sí es un artículo que mi Partido propone que se elimine, porque dice que Comisión Federal Electoral "vigilará" que las actividades de los Partidos Políticos se desarrollen con apego a la Ley y que cumplan con las obligaciones a que estén sujetos.

¿A qué vigilancia se refieren? ¿Nos van a nombrar policías que estén dentro de nuestras organizaciones? ¿Nos van a nombrar a alguna persona que esté en las reuniones de los comités centrales de un Partido, en las reuniones de la Dirección Nacional?

¿Cómo va a vigilar la actividad de los Partidos? Si para los partidos políticos su función es educar, formar la conciencia política del pueblo, sobre todo a la clase a la que representa; lo que más le interesa es difundir sus ideas, sus programas sus principios y su forma de lucha; que sea conocido por todo el pueblo. Al contrario, deseamos que más se conozcan nuestros principios, nuestro programa y nuestra forma de luchar. Por eso creemos que esto es una interferencia o una ingerencia en la vida interna de los Partidos.

Por lo tanto, propone mi Partido que este artículo se suprima y se corra la numeración de acuerdo como corresponda. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: La Presidencia se permite hacer notar que la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez no ha presentado el escrito que contenga las adiciones o proposiciones a que se ha referido en su exposición; y que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento, para poderle dar curso necesitamos ese documento.

(La diputada Lombardo hace entrega de las proposiciones.)

La Presidencia se permite hacer notar, por razón de orden, que al autorizar la Asamblea a la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez que hablara en relación con los artículos 32, 36, 43 y 44, dejamos de tomar en consideración que el Partido de Acción Nacional, había reservado para debate los artículos 42 y

En consecuencia, independientemente de que la diputada Lombardo de Gutiérrez ha propuesto un escrito con adiciones al texto de los artículos 32,36 y 43 y una supresión del artículo 44, oportunamente pondré a debate al artículo 43, de acuerdo con el apartado que hizo el Partido de Acción Nacional.

Para proseguir el debate en los términos iniciados, se concede el uso de la palabra al señor diputado Gómez Guerra.

- El C. Enrique Gómez Guerra: Compañeras y compañeros diputados:

Estoy enteramente de acuerdo con la primera afirmación que hizo la estimada señora, nuestra compañera diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez, de que los partidos políticos, al adquirir rango constitucional, desde que se discutieron y aprobaron las reformas respectivas, son de interés público y todo el sistema que ha elaborado el proyecto de ley que estamos considerando, parte de ese supuesto. Ella se ha referido a los artículos 32, 36, 43 y 44. Por razones de orden me referiré en esta intervención exclusivamente a los artículos 32 y 36, dejando los demás a la Comisión Dictaminadora.

Con relación al artículo 32 la compañera diputada propone la adición de una fracción IV. Dicho artículo 32, que señala los requisitos que deben llenar los partidos políticos que hayan solicitado su registro condicionado al resultado de las elecciones, deberán acreditar:

I. Que cuenta con declaración de principios, programa de acción y estatutos en los términos comprendidos del artículo 22 al 25 de esta Ley;

II. Que representa una corriente de opinión, etc.

III. Que ha realizado una actividad política permanente durante los 4 años anteriores a la solicitud de registro, demostrada mediante reuniones, congresos, asambleas u otros eventos políticos o bien haber funcionado como asociación política nacional, un año antes de la convocatoria a que se refiere el artículo 31.

Ella pide una fracción IV donde, si no me equivoco, propone que deberán contar con un comité nacional.

Este supuesto ya está previsto por el artículo 25 también del proyecto de Decreto que sólo contiene las reglas generales para los requisitos que deberán llenar todos los partidos políticos nacionales, según reza el encabezado del Capítulo IV.

El artículo 24, dice: "El programa de acción determinará, en su fracción IV : "Las funciones, obligaciones y facultades de sus órganos que cuando menos serán los siguientes:

1. Una Asamblea Nacional.

2. Un comité nacional u organismo equivalente que tenga la representación del partido en todo el país.

Siendo esta, repito una regla de partido político nacional aplicable no sólo a los que tengan el registro definitivo, sino también a aquellos que hayan solicitado su registro condicionado al resultado electoral, considero sinceramente que estando muy justificado lo expresado por la diputada, resulta ocioso incluir esta fracción que propone en el artículo 32,

porque el caso ya está previsto en el artículo 25. En consecuencia, respecto a este artículo solicito de la Asamblea la aprobación en sus términos.

Con relación al artículo 36, la compañera diputada propone que en la fracción IV que se refiere a que son derechos de los partidos políticos - fracción IV - nombrar representantes ante las mesas directivas de casillas como lo establece el artículo 36 de esta ley, que se adicione, diciendo también, si mal no entendí: "Que tendrán derecho a nombrar funcionarios de casillas".

Si recordamos el mecanismo empleado por la ley para la integración de los organismos electorales, recordaremos que los comités distritales electorales serán nombrados por insaculación.

Y que en cada uno de estos comités distritales electorales habrá un representante de los partidos políticos nacionales con registro definitivo, que tendrá voz y voto.

Además, los partidos políticos con registro condicionado, tendrán voz. Consecuentemente, esta posibilidad de nombrar representantes para los funcionarios o más bien de nombrar funcionarios para la integración de las directivas de las casillas, ya está previsto.

Como es natural, no es un derecho que se pueda ni se deba conceder en forma directa a los partidos políticos porque quizás rompiéramos o se rompiera el principio de equidad entre todos ellos, que quisieran seguramente hacer esas designaciones.

Pero ese derecho en forma indirecta ya está concedido a los partidos políticos, a través de los comités distritales electorales donde tienen sus representantes legalmente acreditados.

Por estas razones, también resulta inútil la propuesta y por lo tanto solicito de la Asamblea que se apruebe este artículo en sus términos. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra por la Comisión el diputado Namorado Urrutia.

- El C. Pericles Namorado Urrutia: Con su permiso, señor Presidente. Señoras y señores diputados.

Me correspondería responder a las objeciones de la compañera diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez, formuladas a los artículos 43 y 44 de la Iniciativa, toda vez que el artículo 43 está reservado por diputados de Acción Nacional, por razón de economía dejaremos los comentarios de este precepto para cuando se hayan expuesto los argumentos de la fracción parlamentario de Acción Nacional.

Quiero referirme, por consiguiente, a las objeciones del artículo 44, se hace consistir concretamente en que se suprima del texto que la Comisión Federal Electoral vigilará que las actividades de los partidos políticos se desarrollen con apego a la ley. Dicho con el profundo respeto que me merece como dama y compañera diputada la señora Lombardo de Gutiérrez, yo creo que en este caso, pues, se ha dejado llevar por la suspicacia.

Vigilar no significa obviamente intervenir en forma inquisitorial para fiscalizar las actividades de los partidos. Por otra parte, creo que el compañero diputado Antonio Riva Palacio ha explicado con toda claridad la integración y funcionamiento de la Comisión Federal Electoral, en la que están los representantes de los partidos y es obvio que éstos no permitirán ninguna actitud de la misma que lesionara los derechos de las organizaciones políticas que estamos tratando precisamente de incrementar en su actividad para mejorar los caminos de la democracia y no para destruirlos.

Yo creo, dicho con todo respeto, que no hay una relevancia trascendente en que se use en el precepto esta condición de vigilancia que, por otra parte, es justificada, porque de otra manera cómo podría cerciorarse la Comisión Federal Electoral de que los partidos que se ostentan como tales en realidad están cumpliendo con los requisitos de existencia que señala la ley.

Por lo expuesto ruego a la Asamblea que, considerando estos breves pero creo que definitivos razonamientos, se apruebe en sus términos el artículo 44 a debate.

Muchas gracias.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Madera.

- E. C. Juan Madera: Por considerarlo innecesario, no hago uso de la palabra.

- El C. Presidente: Téngase por hecha la manifestación. Tiene la palabra para su segundo turno la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez.

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez:

Señor Presidente.

Señores diputados. Queremos insistir en nuestra proposición de adición de una fracción al artículo 32, porque no es ocioso el que la propongamos, porque es el registro condicionado que contiene parte de los requisitos a los que se refiere el artículo al que aludió el diputado Gómez Guerra. Simplemente, es para que quede claro que esta agrupación política, el partido político que desea ser registrado, realmente represente una corriente nacional de opinión, y este Comité Nacional u organismo similar, u organismo equivalente, sea el que dé a la luz de la opinión pública, el carácter nacional que debe tener.

En lo que se refiere a la fracción cuarta del artículo 36, es verdad que los partidos políticos tenemos el derecho de nombrar nuestros representantes ante los comités distritales electorales; pero eso no nos da la facultad explícita de nombrar funcionarios de las casillas electorales, en las mesas directivas de las casillas.

Sí, los partidos políticos y sus candidatos nombran a sus representantes, pero no a los funcionarios de las casillas electorales. En los comités distritales electorales, ahí es en donde están representados los partidos, pero no por esa razón van a poder nombrar funcionarios en las mesas de las casillas.

En lo que se refiere al artículo 44, no es cuestión de suspicacia de nuestra parte. La

vigilancia no es necesaria. ¿Qué mejor que la actividad misma de los partidos para saber si se están apegando a la Ley sus actividades, si son lícitas, si éstas corresponden a los preceptos de la Constitución y a la Ley reglamentaria de la función de los partidos?

Con esa actividad, que es la que van a conocer todos los ciudadanos, es suficiente para que se sepa si actúan o no de acuerdo a la Constitución y a lo que se establece en esta Ley para el funcionamiento de los partidos. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra por las Comisiones el diputado Namorado Urrutia.

- El C. Pericles Namorado Urrutia: Con su permiso, señor Presidente; Honorable Asamblea.

Siento que la compañera diputada Lombardo de Gutiérrez no agregó ninguna razón fundamental a la primera de sus argumentaciones para promover las reformas propuestas. Por consiguiente, me va a perdonar, me perdonarán ustedes, que yo tenga también que ser reiterativo.

La preocupación de ello es que el partido con registro condicionado sea la expresión de una corriente nacional; muy bien, el artículo 32 dice: "Para obtener el registro condicionado al resultado de las elecciones, el solicitante deberá acreditar: primero, que cuenta con declaración de principios, programa de acción y estatutos en los términos comprendidos del artículo 22 al 25 de esta ley". Esto es, aquí está configurada, precisamente en el dispositivo legal, que debe tratarse no de corpúsculos ayunos de ideología y de consistencia política como hemos dicho, sino que sean manifestaciones serias, profundas, de alguna opinión pública en las corrientes políticas de nuestro país.

Por lo que hace a su proposición, para que los funcionarios de casilla sean designados en forma distinta a la que establece la Iniciativa que comentamos, la mayoría priísta declara categóricamente que se sostiene, apoya y afirma en el texto de la Iniciativa.

Creemos que se ha dado un paso extraordinario cuando en la misma se propone que la composición de las comisiones locales electorales y los comités distritales electorales, deben ser como resultado de insaculación, ahí está garantizada la imparcialidad de los organismos electorales y, por cuanto hace a la vigilancia que molesta y deba ejercer la Comisión Federal Electoral, pues yo insisto en el pecado de la reiteración, pero debe cómprense que esta vigilancia no quiere decir en modo alguno, no lo significa ni gramaticalmente el vocablo, ni puede entenderse así en el contexto de la ley, que se trata de interferir en la vida particular de los organismos políticos; por consiguiente, ruego a la Asamblea que se aprueben en sus términos los artículos de debate.

- El C. Presidente: Sírvase la Secretaría dar lectura al escrito presentado por la diputada Marcela Lombardo de Gutiérrez, por el que propone adiciones al artículo 32, al 36, y la supresión del artículo 44, y consulte a la asamblea si se admiten o se desechan.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: Artículo 32. Se adiciona una fracción que sería la IV, que dice:

"Cuarta. Deberá contar con un Comité Nacional u organismo equivalente".

Artículo 36. Capítulo V. Artículo 36. En la fracción IV adicionar: Nombrar "funcionarios".

Y artículo 43, adicionar las fracciones III y V del artículo anterior.

Artículo 44. Suprimirlo y correr el articulado.

En votación económica se pregunta si se admiten las modificaciones propuestas . Los que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo... Desechada.

- El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si están suficientemente discutidos los artículos 32, 36, 43 y 44.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: En votación económica se pregunta a la Asamblea si están suficientemente discutidos los artículos 32, 36, 43 y 44. Los que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo... Suficientemente discutido.

- El C. Presidente: Proceda la Secretaría a recabar la votación de los artículos...

- La C. Marcela Lombardo de Gutiérrez: Solicito que el artículo 32 no se someta a votación por lo que ya quedó expuesto con anterioridad.

- El C. Presidente: Lamentamos discrepar de la opinión de la diputada Marcela Lombardo Gutiérrez; la Asamblea ha determinado que el artículo 32 se encuentra suficientemente discutido.

- El C. Francisco Ortiz Mendoza: Para una moción, es que se incluye el término "asociación", y si se vota ahora a favor, vuelve a caer en lo mismo, y si es votado, nos encontraríamos que los demás artículos a tratar en que se menciona el término "asociación" automáticamente quedarán aprobados, cosa que no debe de ser.

- El C. Presidente: La Presidencia recoge la expresión del diputado Francisco Ortiz Mendoza. Queda firme: totalmente discutido el artículo 32 y solamente se reservará para su votación cuando se voten los artículos relacionados con las asociaciones políticas.

En consecuencia, la Secretaría tomará la votación de los artículos 36 y 44.

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos 36 y 44.

- El C. diputado Luján: Señor Presidente: Pedimos que se tome la votación por separado de cada uno de los artículos, en virtud de que impugnamos en uno la supresión y en otro la redacción.

- El C. Presidente: Tomando en consideración que se trata de los artículos, no hay razón para negar la petición del diputado Jesús Luján. En consecuencia, la Secretaría puede proceder a tomar la votación de los dos artículos por separado, primero el 36 y posteriormente el 44. Proceda en estos términos.

- El C. secretario Héctor Ximénez González: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 36. (Votación.)

Fue aprobado por unanimidad de 184 votos.

- El C. Presidente: Aprobado por unanimidad en sus términos el artículo 36. Proceda la Secretaría a recoger la votación del artículo 44. (Votación.)

- El C. secretario Alberto Ramírez Gutiérrez: fue aprobado por 174 votos y diez en contra.

- El C. Presidente: En sus términos fue aprobado el artículo 44, por 174 votos a favor y diez en contra.

Tomando en consideración lo avanzado de la hora, y habida en cuenta de que esta Cámara deberá celebrar sesión vespertina, de conformidad con lo aprobado en el transcurso de la Sesión del día de ayer, a fin de atender asuntos que también son de urgente trámite, se levanta y suspende esta sesión y se continuará mañana a la diez para dar cuenta con los asuntos que aún quedan, o sean los artículo 19, 34, fracciones I y II, 43, fracciones I y III, 41, 43, 44, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 61, 62, 66, 68, 70, 71, 73, 78, 81, 82, 86, 87, 94, 96, 97, 101, 104, 110, 113, 115, 116, 120, 123, 129, 130 y 134, que correspondían a la orden del día de esta mañana.

Se levanta la sesión (a las 15:20 horas) y se cita para la de hoy mismo en la tarde, a las 17:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"