Legislatura L - Año III - Período Ordinario - Fecha 19781222 - Número de Diario 55

(L50A3P1oN055F19781222.xml)Núm. Diario:55

ENCABEZADO

Diario de los Debates

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"L" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., Viernes 22 de Diciembre de 1978 TOMO III.- NUM. 55

SESIÓN VESPERTINA

SUMARIO

Apertura.

Orden del Día.

Acta de la sesión anterior. Se aprueba.

MINUTAS

Condecoraciones

La H. Cámara de Senadores remite dos Minutas

con sendos proyectos de Decreto que conceden

permiso a los CC. Santiago Roel García y Félix

Galván López, para aceptar una condecoración

que les confieren respectivamente, los Gobiernos

de El Salvador y de España. Se turnan a Comisión.

INICIATIVA DEL EJECUTIVO

Reformas al Código Civil

El C. Presidente de la República envía Iniciativa

de Decreto que reforma y adiciona diversos

Artículos del Código Civil. Se turna a Comisión

e imprímase.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Cuenta de la Hacienda

Pública Federal

Dictamen relativo a esta Cuenta Pública.

A discusión en lo particular. A debate

el Artículo 1o. Hablan en pro, los CC.

Tomás Nava de la Rosa y Pedro González

Azcuaga. Se aprueba el Artículo 1o. por unanimidad.

A discusión el Artículo 2o. Intervienen,

en contra el C. Guillermo de Carcer Ballescá;

en pro los CC. Artemio Iglesias Miramontes y

Armando Labra Manjarrez Se aprueba el Artículo 2o.

en sus términos, por mayoría.

A debate el Artículo 3o. Usan de la palabra, en contra el C. Sergio Lujamabio Rafols; en pro el C. Jorge Efrén Domínguez. Se aprueba el Artículo 3o. en sus términos, por mayoría.

A discusión el Artículo 4o. Hablan, en contra, la C. María Elena Alvarez de Vicencio; en pro el C. Julio Zamora Bátiz; en contra el C. Jacinto Guadalupe Silva Flores; en pro el C. Enrique Alvarez del Castillo. Se aprueba el Artículo 4o. en sus términos, por mayoría. Los Artículos no impugnados se aprueban por unanimidad. Pasa al Ejecutivo.

MINUTAS

Ley Orgánica del Poder Judicial

La H. Cámara de Senadores envía Minuta con proyecto de Decreto que reforma y adiciona es ta Ley. Se turna a Comisiones.

Ley que Creó el INDECO

La propia Cámara de Senadores envía Minuta con proyecto de Decreto que reforma la Ley mencionada. Se turna a Comisiones.

Reformas al Artículo 107

Constitucional

La H. Colegisladora remite Minuta con proyecto de Decreto que reforma las fracciones V y VI del Artículo 107 de la Constitución. Se turna a Co misiones.

Orden del Día

Se da lectura al Orden del Día de la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. ANTONIO RIVA PALACIO LÓPEZ

(Asistencia de 145 ciudadanos diputados.)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 17:25 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta:

Tercer Período Ordinario de Sesiones.

"L" Legislatura.

Orden del Día

22 de diciembre de 1978

Lectura del acta de la sesión anterior.

Minutas

Dos con proyectos de Decreto por los que se le concede permiso a los CC. Santiago Roel G. y Félix Galván López, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren Gobiernos Extranjeros.

Iniciativa del Ejecutivo

De Decreto que reforma y adiciona diversos Artículos del Código Civil.

Dictamen a Discusión

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta, relativo a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Discusión en lo particular.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El mismo C. Prosecretario:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

Presidencia del C. Antonio Riva Palacio López.

En la ciudad de México, a las once horas y quince minutos del martes veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho, con asistencia de ciento ochenta y siete ciudadanos representantes, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del Orden del Día.

Sin discusión se aprueba el Acta de la sesión anterior llevada a cabo el día veintidós de los corrientes.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

La Asociación Nacional Cívica Felipe Carrillo Puerto, suscribe atenta invitación a la ceremonia que, con motivo del 55 aniversario de la muerte del Mártir del Proletariado Nacional Felipe Carrillo Puerto, tendrá lugar el día 3 de enero de 1979, en el Monumento erigido en su memoria, en el Parque Salesiano de esta ciudad capital.

Para asistir a esta ceremonia en representación de la Cámara de Diputados, la Presidencia designa a los CC. Marta Andrade de Del Rosal, Mirna Esther Hoyos de Navarrete y Jesús Puente Leyva.

Las legislaturas de los Estados de Durango, Oaxaca y Tabasco, comunican actos relativos a sus funciones legislativas. De enterado.

En virtud de que el dictamen mencionado ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, a petición de la Presidencia, la Asamblea en votación económica le dispensa la segunda lectura a efecto de que se someta a discusión y votación en lo general y en lo particular.

A discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.

A continuación, hacen uso de la palabra, en contra el C. Miguel Hernández Labastida; en pro el C. Jaime Aguilar Alvarez.

Suficientemente discutido en lo general, se aprueba en votación nominal por ciento setenta y un votos en pro y dieciséis en contra.

A discusión en lo particular. Se abre el registro de oradores.

A debate el Artículo 2o.

Intervienen, en contra el C. Miguel Hernández Labastida; en pro el C. Julio César Mena Brito; para aclaraciones nuevamente el C. Hernández Labastida, y por último a nombre de las Comisiones, el C. Julio Zamora Bátiz.

Suficientemente discutido el Artículo 2o., se aprueba en sus términos en votación nominal, por ciento setenta y seis votos de la afirmativa y catorce de la negativa.

A discusión el Artículo 3o.

Usan de la tribuna, en contra el C. Adrián Peña Soto; en pro Enrique Soto Izquierdo.

Suficientemente discutido el Artículo 3o., en votación nominal se aprueba en sus términos por ciento setenta y seis votos en pro y catorce en contra.

A debate el Artículo 4o.

Usan de la tribuna, en contra el C. José Luis Martínez Galicia; en pro el C. Eduardo Andrade Sánchez.

Suficientemente discutido se aprueba el Artículo 4o. en sus términos por ciento setenta y cinco votos en favor y quince en contra.

Los Artículos no impugnados en votación nominal se aprueban por unanimidad de ciento noventa votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el dictamen de la Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima.

A las catorce horas y cincuenta y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de hoy, a las diecisiete horas."

Está a discusión el Acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta y se aprueba... Aprobada.

MINUTAS

Condecoraciones

- La C. secretaria Guadalupe López Bretón:

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta proyecto de decreto por el cual se concede permiso para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional José Matías Delgado que, en el grado de Gran Cruz Placa de Plata, le confiere el Gobierno de El Salvador, al C. Santiago Roel García.

Reiteramos a ustedes la seguridad de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 7 de diciembre de 1978.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Telésforo Trejo Uribe, S. P. S."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano licenciado Santiago Roel García, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional José Matías Delgado que, en el grado de Gran Cruz Placa de Plata, le confiere el Gobierno de El Salvador.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., a 7 de diciembre de 1978.- Antonio Ocampo Ramírez, S. P.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Telésforo Trejo Uribe, S. P. S."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Permisos Constitucionales.

- La misma C. Secretaría:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta del proyecto de decreto por el cual se concede permiso al ciudadano General de División Diplomado de Estado Mayor Félix Galván López para que pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de la Gran Cruz del Mérito Militar, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 20 de diciembre de 1978.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Roberto Corzo Gay, S. S."

MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano General de División Diplomado de Estado Mayor Félix Galván López para que pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de la Gran Cruz del Mérito Militar, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., a 20 de diciembre de 1978.- Antonio Ocampo Ramírez S.P.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Roberto Corzo Gay, S. S."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de

Permisos Constitucionales.

INICIATIVA DEL EJECUTIVO

Reformas al Código Civil.

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente les envió Iniciativa de Decreto que propone reformas y adiciones al Código Civil, en lo que toca a Registro Civil y Registro Público.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 18 de diciembre de 1978.- El secretario, licenciado Jesús Reyes Heroles."

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.

En ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión, por el apreciable conducto de ustedes la presente iniciativa por la que se derogan, reforman y adicionan diversos artículos del Código Civil para el Distrito Federal, en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Fundan esta iniciativa los siguientes

MOTIVOS:

Desde el año de 1861 a la fecha, los asentamientos de los actos del estado civil, se han registrado en libros y la práctica nos ha demostrado que con el uso de este sistema, se han venido cometiendo diversos errores de forma y de fondo derivados de la inscripción manuscrita, del deterioro y destrucción, así como del difícil manejo de los libros; por tanto, se considera conveniente substituirlos por documentos que se denominen Formas del Registro Civil, sobre las cuales se harán los asentamientos respectivos en forma mecanográfica, abatiendo con este sistema errores que surgen por falta de

legibilidad de la escritura manuscrita, facilitando asimismo la expedición de certificados mediante el empleo de procedimientos directos de fotocopiado o los que sean procedentes de acuerdo con el avance de la tecnología.

Consecuentemente con las modificaciones que se introducen en esta iniciativa, se proponen reformas a los artículos específicos del Código Civil, para hacerlos congruentes con la modificación del sistema que se propone.

En beneficio de los nacidos en el interior de los Reclusorios Femeninos del Distrito Federal, se ha modificado el precepto legal para que se señale exclusivamente como domicilio, la Ciudad de México.

A efecto de facilitar a los interesados las modificaciones de las actas cuando existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole que no afecten los datos esenciales del registro, eliminando procedimientos judiciales largos y costosos, en la presente iniciativa se incluye un procedimiento administrativo que deberá tramitarse ante la Oficina Central del Registro Civil.

No se quiso dejar pasar la oportunidad de derogar los artículos 56 y 130 del Código vigente para hacerlos congruentes con la realidad que impera en nuestro medio, al suprimir en el primero de ellos, las sanciones a quienes están obligados para declarar un nacimiento no lo hagan, con objeto de incrementar los registros de nacimiento que son básicos para la persona; respecto a los artículos 126 y 130, se hacen congruentes con la fracción IV del artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En otro orden de ideas y en lo que se refiere al sistema en que se han venido sustentando los registros jurídicos de bienes, se advierte que las profundas conmociones sociales que han sacudido a la Nación a todo lo largo de una centuria, no han logrado evolucionarlo, en grado apreciable.

El Código Civil de 1870, en su título vigésimo tercero, institucionalizó el Registro Público de la Propiedad en la entonces recién restaurada República, si bien, redujo a su mínima expresión los cuatrocientos dieciséis artículos de la Ley Hipotecaria Española de 1864, fue, en lo restante, una réplica a veces demasiado literal y poco afortunada del ordenamiento hispano.

El Código Civil de 1884, que abrogó al de 70 y rigió prácticamente en todo el país, continúo por la misma línea introduciendo reformas de escasa significación.

A partir de ese momento y al amparo de lo estatuido por el pacto federal, cada entidad federativa inició su propia etapa de codificación sobre la base de lo ya legislado en los ordenamientos citados, retocándolos, de tiempo en tiempo, justo en lo necesario para que tuviesen operancia con arreglo a las condiciones locales.

Resultado de todo ello es que, a la fecha, no se pueda decir, con propiedad, que la materia registral haya evolucionado; todo lo más que, en rigor, puede evidenciarse, es que se ha repetido insistentemente con base en un patrón, más que centenario, una rutina que resulta incongruente con las demandas y necesidades del momento actual, ya que lo hasta ahora legislado en relación con los registros inmobiliarios data de los Códigos Civiles mencionados y culmina en el vigente de 1928. En realidad, y así se consigna en la exposición de motivos de este último, poco hay en él de novedoso y nada que, registralmente hablando, pueda calificarse de original y pertinente para el cumplimiento de su objetivo y fines.

Es importante advertir que mientras la legislación en materia de registro no ha evolucionado, en cambio, es impresionante cómo la problemática de la propiedad en sus múltiples manifestaciones se desenvuelve dentro de un complejo panorama que exige un margen amplísimo de seguridad jurídica que le facilite el cumplimiento de una verdadera función social.

Las actuales presiones socio- económicas y la necesidad de imprimir a la institución del registro público la dinámica y modalidades que aquéllas demandan, implica la necesidad de contar con un sistema que facilite todos los aspectos que interesan a cuantos, profesional u ocasionalmente, confían a la publicidad y fe pública registrales, la certeza y seguridad de los negocios jurídicos en que intervienen directamente como partícipes o instrumentadores, o bien, en general, como usuarios del servicio registral en sus diversas manifestaciones.

Por todas estas consideraciones es inaplazable que al Registro Público se le reconozca el rango jerárquico que tiene de acuerdo con su objetivo y fines y que a través de la sistemática y naturaleza del Código Civil le corresponde, ya que este ha sido concebido e instrumentado en instituciones; no obstante, dicho ordenamiento, en el Artículo 2999, considera al Registro Público como una oficina, lo que resulta incongruente con el espíritu y contenido general del mencionado código, y también con la organización y jerarquía que dentro de un régimen de derecho debe tener el Registro Público, por tratarse de una Institución a la que se le encomiendan funciones jurídicas específicas, razón por la cual, la presente reforma lo considera como una dirección, denominada que no sólo formalmente, sino desde el punto de vista de la administración, permitirá que pueda desenvolverse con la personalidad con la que ha sido concebida, teórica y prácticamente, para el cumplimiento de sus fines.

Hasta ahora el sistema para llevar a cabo las inscripciones y los actos jurídicos que le son característicos, resulta inoperante y dificulta la información que la publicidad y demás principios registrales demandan.

Al alcance de todo el mundo está advertir la inseguridad jurídica y material de las múltiples inscripciones que en torno a un acto o inmueble se diseminan en diversos volúmenes de difícil manejo; ocasionándose con ello su fácil alteración y el entorpecimiento del despacho de los asuntos.

Por tal motivo, al establecer un nuevo método registral he considerado pertinente instituir el sistema de folios, que substituirá a los libros base del orden antes mencionado, con el objeto de que a cada finca corresponda un folio en donde se inscribirán y anotarán todas las operaciones y actos relacionados con los derechos reales de la misma. De esta manera habrá una concentración de datos en un solo instrumento, lo que facilitará la observancia de todos los principios registrales y con ello, gran celeridad en la substanciación del procedimiento registral, mayor seguridad jurídica y publicidad registral efectivas.

La multiplicidad de predios no incorporados al Registro Público, presenta aspectos negativos que es necesario encarar, si se pretende erradicar toda irregularidad que sea fuente generadora de inseguridad jurídica, falta de planificación urbana y evasión fiscal.

Dentro de la problemática de la regularización de la propiedad, la inmatriculación es de capital importancia ya que, en algunas zonas del Distrito Federal, multitud de personas han venido acreditando derechos de propiedad adquiridos mediante documentos a veces deficientes, que al no ser objeto de registro, generan un laberinto de transacciones clandestinas, en ocasiones fraudulentas.

El Registro Público es una Institución que cuenta con capacidad técnica, material y con acervo informativo concerniente a la propiedad inmobiliaria. Además, dada la naturaleza de sus funciones le compete la inmatriculación de los bienes inmuebles.

Las adiciones propuestas incorporan un procedimiento a cargo de la Institución para la inmatriculación, independiente de los procedimientos judiciales por cuanto a las informaciones de posesión y a las de dominio, cuya utilidad, tanto desde el punto de vista de la administración como por lo que hace al interés individual de los particulares resulta indubitable.

Las reformas aquí consignadas permitirán que en el ordenamiento reglamentario correspondiente, se instrumente un sistema adecuado a las múltiples demandas del momento actual, en torno a una publicidad registral que facilite el tráfico inmobiliario en un clima de auténtica seguridad jurídica.

En lo sustancial, se ha conservado la esencia de las reformas introducidas al Código Civil vigente por decreto publicado en el Diario Oficial de la federación el 18 de enero de 1952; reformas que, hasta la fecha, quedaron sin aplicación, dado que su vigencia debía iniciarse concomitantemente con la de un nuevo Reglamento del Registro Público de la Propiedad.

En el momento de presente y puesto que, por las razones apuntadas, ha sido preciso instrumentar ese nuevo ordenamiento regulador de las funciones registrales, resulta imperativa la puesta en vigor de las reformas de que fue objeto la Ley Civil sustantiva, mismas que, con ligeras variantes, proporcionan el sustrato jurídico para implantar un sistema de registración en armonía con esa realidad objetiva que es, en principio el fermento renovador de las Instituciones.

De acuerdo con las consideraciones anteriores me permito proponer a la atención del Honorable Congreso de la Unión la expedición del siguiente

DECRETO

Artículo primero. Se reforman y adicionan los siguientes artículos del Código Civil: 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 58, 59, 60, 65, 66, 68, 75, 76, 81, 82, 83, 84, 86, 89, 90, 93, 103, 103- bis, 112, 115, 116, 117, 118, 120, 121, 122, 124, 125, 126, 127, 129, 131, 132, 133, 138- bis, y se modifican las denominaciones de los capítulos III, X y XI del Título Cuarto del Libro Primero, como sigue:

Artículo 35. En el Distrito Federal, estará a cargo de los Jueces del Registro Civil autorizar los actos del estado civil y extender las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, matrimonio, divorcio administrativo y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes en los perímetros de las Delegaciones del Distrito Federal, así como inscribir las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, el divorcio judicial, la tutela o que se ha perdido o limitado la capacidad legal para administrar bienes.

Artículo 36. Los Jueces del Registro Civil, asentarán en formas especiales que se denominarán "Formas del Registro Civil", las actas a que se refiere el artículo anterior.

Las inspiraciones se harán mecanográficamente y por triplicado.

Artículo 37. Las actas del Registro Civil, sólo se pueden asentar en las formas de que habla el artículo anterior.

La infracción de esta regla producirá la nulidad del acta y se castigará con la destitución del Juez del Registro Civil.

Artículo 38. Si se perdiere o destruyere alguna de las Formas del Registro Civil, se sacará inmediatamente copia de alguno de los ejemplares que obren en los archivos que esta Ley señala en su artículo 41.

La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, cuidará de que se cumpla esta disposición y a este efecto el Juez del Registro Civil o el encargado del Archivo Judicial, le darán aviso de la pérdida.

Artículo 39. El estado civil sólo se comprueba con las constancias relativas del Registro Civil; ningún otro documento ni medio de prueba es admisible para comprobarlo, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.

Artículo 40. Cuando no hayan existido registros, se hayan perdido, estuvieren ilegibles o faltaren las formas en que se pueda suponer que se encontraba el acta, se podrá recibir prueba del acto por instrumento o testigos.

Artículo 41. Las Formas del Registro Civil serán expedidas por el Jefe del Departamento del Distrito Federal o por quien él designe. Se renovarán cada año y los Jueces del Registro

Civil remitirán en el transcurso del primer mes del año, un ejemplar de las Formas del Registro Civil del año inmediato anterior al Archivo de la Oficina Central de Registro Civil, otro al Archivo del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el otro, con los documentos que le correspondan quedará en el archivo de la oficina en que se haya actuado.

Artículo 42. El Juez del Registro Civil que no cumpla con las prevenciones del artículo anterior, será destituido de su cargo.

Artículo 49. Los actos y actas del estado civil del propio Juez, de su cónyuge, ascendientes y descendientes de cualquiera de ellos, no podrán autorizarse por el mismo Juez, pero se asentarán en las formas correspondientes y se autorizarán por el Juez de la adscripción más próxima.

Artículo 51. Para establecer el estado civil adquirido por los mexicanos fuera de la República, serán bastantes las constancias que los interesados presenten de los actos relativos, sujetándose a lo previsto en el Código Federal de Procedimientos Civiles, y siempre que se registren en la Oficina que corresponda del Distrito Federal o de los Estados.

Artículo 52. Los Jueces del Registro Civil se suplirán en sus faltas temporales por el más próximo de la Delegación en que actúen. A falta de éste, por el más próximo de la Delegación colindante.

Artículo 53. El Ministerio Público, cuidará que las actuaciones e inscripciones que se hagan en las Formas del Registro Civil, sean conforme a la Ley, pudiendo inspeccionarlas en cualquier época, así como consignar a los jueces registradores que hubieren cometido delito en el ejercicio de su cargo, o dar aviso a las autoridades administrativas de las faltas en que hubieren incurrido los empleados.

Artículo 54. Las declaraciones de nacimiento se harán presentando al niño ante el Juez del Registro Civil en su oficina o en el lugar donde aquél hubiere nacido.

Artículo 55. Tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos y, en su defecto, los maternos, dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.

Los médicos cirujanos o matronas que hubieren asistido el parto, tienen obligación de dar aviso del nacimiento al Juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes.La misma obligación tiene el jefe de familia en cuya casa haya tenido lugar el alumbramiento, si éste ocurrió fuera de la casa paterna.

Si el nacimiento tuviera lugar en un sanatorio particular o del Estado, la obligación a que se refiere el párrafo anterior, estará a cargo del Director o de la persona encargada de la administración.

Recibido el aviso, el Juez del Registro Civil tomará las medidas legales que sean necesarias a fin de que se levante el acta de nacimiento conforme a las disposiciones relativas.

Artículo 58. El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre y apellidos que le correspondan; asimismo, la razón de si se ha presentado vivo o muerto; la impresión digital del presentado. Si éste se presenta como hijo de padres desconocidos, el Juez del Registro Civil le pondrá el nombre y apellidos, haciéndose constar esta circunstancia en el acta.

Si el nacimiento ocurriere en un establecimiento de reclusión, el Juez del Registro Civil deberá asentar como domicilio del nacido, el Distrito Federal.

En lo casos de los artículos 60 y 77 de este Código el Juez pondrá el apellido paterno de los progenitores o los dos apellidos del que lo reconozca.

Artículo 59. Cuando el nacido fuere presentado como hijo de matrimonio, se asentarán los nombres, domicilio y nacionalidad de los padres, los nombres y domicilios de los abuelos y los de las personas que hubieren hecho la presentación.

Artículo 60. Para que se haga constar en el acta de nacimiento el nombre del padre de un hijo fuera del matrimonio, es necesario que aquél lo pida por sí o por apoderado especial constituido en la forma establecida en el artículo 44, haciéndose constar la petición.

La madre no tiene derecho de dejar de reconocer a su hijo. Tiene obligación de que su nombre figure en el acta de nacimiento de su hijo. Si al hacer la presentación no se da el nombre de la madre, se pondrá en el acta que el presentado es hijo de madre desconocida, pero la investigación de la maternidad podrá hacerse ante los Tribunales de acuerdo con las disposiciones relativas de este Código.

Además de los nombres de los padres se hará constar en el acta de nacimiento su nacionalidad y domicilio.

En las actas de nacimiento no se expresará que se trata en su caso de hijo natural.

Artículo 65. Toda persona que encontrare un recién nacido o en cuya casa o propiedad fuere expuesto alguno, deberá presentarlo al Juez del Registro Civil con los vestidos, valores o cualesquiera otros objetos encontrados con él, y declarará el día y lugar donde lo hubiere hallado, así como las demás circunstancias que en su caso hayan concurrido, dándose además intervención al Ministerio Público.

Artículo 66. La misma obligación tienen los jefes, los directores o administradores de los establecimientos de reclusión, y de cualquier casa de comunidad, especialmente los de los hospitales, casas de maternidad e inclusas, respecto de los niños nacidos o expuestos en ellas y en caso de incumplimiento, la autoridad Delegacional impondrá al infractor una multa de diez a cincuenta días del importe del salario mínimo legal fijado en el lugar correspondiente.

Artículo 68. Si con el expósito se hubieren encontrado papeles, alhajas u otros objetos que puedan conducir al reconocimiento de

aquél, el Juez del Registro Civil, ordenará su depósito ante el Ministerio Público respectivo; mencionándolos en el acta y dando formal recibo de ellos al que recoja al niño.

Artículo 75. Si al dar aviso de un nacimiento se comunicare también la muerte del recién nacido, se extenderán dos actas, una de nacimiento y otra de defunción, en las Formas del Registro Civil que correspondan.

Artículo 76. Cuando se trate de parto múltiple, se levantará una acta por cada uno de los nacidos, en la que además de los requisitos que señala el artículo 58 se harán constar las particularidades que los distingan y el orden en que ocurrió su nacimiento, según las noticias que proporcionen el médico, el cirujano, la matrona o las personas que hayan asistido el parto y, además, se imprimirán las huellas digitales de los presentados. El Juez del Registro Civil relacionará las actas.

CAPITULO III

De las actas de reconocimiento

Artículo 81. La omisión del registro, en el caso del artículo que precede, no quita los efectos legales al reconocimiento hecho conforme a las disposiciones de este Código.

Artículo 82. En el acta de reconocimiento hecho con posterioridad al acta de nacimiento, se hará mención de ésta, poniendo en ella la anotación correspondiente.

Artículo 83. Si el reconocimiento se hiciere en oficina distinta de aquélla en que se levantó el acta de nacimiento, el Juez del Registro Civil que autorice el acta de reconocimiento, remitirá copia de ésta al encargado de la oficina que haya registrado el nacimiento, para que haga la anotación en el acta respectiva.

Artículo 84. Dictada la resolución judicial definitiva que autorice la adopción, el Juez, dentro del término de ocho días, remitirá copia certificada de las diligencias al Juez del Registro Civil que corresponda, a fin de que, con la comparecencia del adoptante, se levante el acta correspondiente.

Artículo 86. El acta de adopción contendrá los nombres, apellidos, edad y domicilio del adoptante y del adoptado; el nombre y demás generales de las personas cuyo consentimiento hubiere sido necesario para la adopción, y los nombres, apellidos, y domicilio de las personas que intervengan como testigos. En el acta se insertarán los datos esenciales de la resolución judicial.

Artículo 89. Pronunciado el auto de discernimiento de la tutela y publicado en los términos que previene el Código de Procedimientos Civiles, el Juez de lo Familiar remitirá copia certificada del auto mencionado al Juez del Registro Civil para que levante el acta respectiva. El Curador cuidará del cumplimiento de este artículo.

Artículo 90. La omisión del registro de tutela no impide el autor entrar en ejercicio de su cargo, ni puede alegarse por ninguna persona como causa para dejar de tratar con él.

Artículo 93. En los casos de emancipación por defecto del matrimonio, no se extenderá acta por separado; será suficiente para acreditarla, el acta de matrimonio.

Artículo 103. Se levantará luego el acta de matrimonio en la cual se hará constar:

I. Los nombres, apellidos, edad, ocupación, domicilio y lugar del nacimiento de los contrayentes;

II. Si son mayores o menores de edad;

III. Los nombres, apellidos, ocupación y domicilio de los padres;

IV. El consentimiento de éstos, de los abuelos o tutores, o de las autoridades que deban suplirlo;

V. Que no hubo impedimento para el matrimonio o que éste se dispensó;

VI. La declaración de los pretendientes de ser su voluntad unirse en matrimonio, y la de haber quedado unidos, que hará el Juez en nombre de la Ley y de la sociedad;

VII. La manifestación de los cónyuges de que contraen matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal o de separación de bienes;

VIII. Los nombres, apellidos, edad, estado civil, ocupación y domicilio de los testigos, su declaración sobre si son o no parientes de los contrayentes, y si lo son, en qué grado y en qué línea;

IX. Que se cumplieron las formalidades exigidas por el artículo anterior.

El acta será firmada por el Juez del Registro Civil, los contrayentes, los testigos, y las demás personas que hubieren intervenido si supieren y pudieren hacerlo.

En el acta se imprimirán las huellas digitales de los contrayentes.

Artículo 103- bis. La celebración conjunta de matrimonios no exime al Juez del cumplimiento estricto de las solemnidades a que se refieren los artículos anteriores.

Artículo 112. El Juez del Registro Civil, que sin motivo justificado, retarde la celebración de un matrimonio, será sancionado la primera vez con multa de $1,000.00 y en caso de reincidencia con destitución del cargo.

Artículo 115. El acta de divorcio administrativo se levantará en los términos prescritos por el artículo 272 de este ordenamiento, previa solicitud por escrito que presenten los cónyuges y en ella se expresará el nombre y apellidos, edad, ocupación y domicilio de los solicitantes, la fecha y lugar de la Oficina en que celebraron su matrimonio y el número de partida del acta correspondiente.

Artículo 116. Extendida el acta se mandará anotar la de matrimonio de los divorciados y la copia de la declaración administrativa de divorcio se archivará con el mismo número del acta.

Artículo 117. Ninguna inhumación o cremación se hará sin autorización escrita dada por el Juez del Registro Civil, quien se asegurará suficientemente del fallecimiento, con certificado expedido por médico legalmente autorizado. No se procederá a la inhumación o cremación sino hasta después de que transcurran veinticuatro horas del fallecimiento, excepto

en los casos en que se ordene otra cosa por la autoridad que corresponda.

Artículo 118. En el acta de fallecimiento se asentarán los datos que el Juez del Registro Civil requiera o la declaración que se le haga, y será firmada por dos testigos, prefiriéndose para el caso, los parientes si los hay, o los vecinos.

Artículo 120. Los que habiten la casa en que ocurra el fallecimiento; los directores o administradores de los establecimientos de reclusión, hospitales, colegios o cualquiera otra casa de comunidad, los huéspedes de los hoteles, mesones o las casas de vecindad tienen obligación de dar aviso al juez del Registro Civil, dentro de las veinticuatro horas siguientes del fallecimiento y en caso de incumplimiento se sancionarán con una multa de quinientos a cinco mil pesos.

Artículo 121. Si el fallecimiento ocurriera en un lugar o población en donde no exista Oficina de Registro Civil, la autoridad municipal extenderá la constancia respectiva que remitirá al Juez del Registro Civil que corresponda, para que se levante el acta correspondiente.

Artículo 122. Cuando el Juez del Registro Civil, sospeche que la muerte fue violenta, dará parte al Ministerio Público, comunicándole todos los informes que tenga, para que proceda a la averiguación conforme a derecho. Cuando el Ministerio Público averigüe un fallecimiento, dará parte al Juez del Registro Civil para que asiente el acta respectiva. Si se ignora el nombre del difunto, se asentarán las señas de éste, las de los vestidos y objetos que con él se hubieren encontrado y, en general, todo lo que pueda conducir a identificar a la persona; y siempre que se adquieran mayores datos, se comunicarán al Juez del Registro Civil para que los anote en el acta.

Artículo 124. Si no aparece el cadáver, pero hay certeza de que alguna persona ha sucumbido en el lugar del desastre, el acta contendrá el nombre de las personas que hayan conocido a la que no aparece y las demás noticias que sobre el suceso puedan adquirirse.

Artículo 125. En el caso de muerte en el mar a bordo de un buque nacional, o en el espacio aéreo nacional, el acta se formará en la manera prescrita en el artículo 119, en cuanto fuere posible, y la autorizará el capitán o patrono de la nave, practicándose, además, lo dispuesto para los nacimientos en los artículos 71 y 72.

Artículo 126. Cuando alguno falleciere en lugar que no sea el de su domicilio se remitirá al Juez del Registro Civil de su domicilio, copia certificada del acta para que se asiente en el libro respectivo.

Artículo 127. El jefe de cualquier cuerpo o destacamento militar, tiene la obligación de dar parte al Juez del Registro Civil, de los muertos que haya habido en campaña, o en otro acto del servicio, especificándose la filiación Artículo 129. En todos los casos de muerte violenta en los establecimientos de reclusión, no se hará en los registros mención de estas circunstancias y las actas solamente contendrán los demás requisitos que prescribe el artículo 119.

CAPITULO X

De las inscripciones de las ejecutorias que

declaran o modifican el estado civil.

Artículo 131. Las autoridades judiciales que declaren la ausencia, la presunción de muerte, la tutela, el divorcio o que se ha perdido o limitado la capacidad para administrar bienes, dentro del término de ocho días remitirán al Juez del Registro Civil correspondiente, copia certificada de la ejecutoria respectiva.

Artículo 132. El Juez del Registro Civil hará la anotación correspondiente en las actas de nacimiento y de matrimonio, en su caso, e insertará los datos esenciales de la resolución judicial que se le haya comunicado.

Artículo 133. Cuando se recobre la capacidad legal para administrar, se revoque la adopción o se presente la persona declarada ausente o cuya muerte se presumía, se dará aviso al Juez del Registro Civil por el mismo interesado y por la autoridad que corresponda, para que cancele la inscripción a que se refiere el artículo anterior.

CAPITULO XI

De la rectificación, modificación y aclaración

de las actas del Registro Civil

Artículo 138- bis. La aclaración de las actas de estado civil, procede cuando en el Registro existan errores mecanográficos o de otra índole que no afecten los datos esenciales de aquéllas, y deberán tramitarse ante la Oficina Central del Registro Civil.

Artículo segundo. Se reforman y adicionan los artículos 1550, 1553, 1554, 1556, 1557, 1558, 1559, 1560, 1564, 1594, 1596, 2310, 2313, 2852, y 2853 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, como sigue:

Artículo 1550. Se llama testamento ológrafo al escrito de puño y letra del testador.

Los testamentos ológrafos no producirán efecto si no están depositados en el Archivo General de Notarías en la forma dispuesta por los artículos 1553 y 1554.

Artículo 1553. El testador hará por duplicado su testamento ológrafo e imprimirá en cada ejemplar su huella digital. El original dentro de un sobre cerrado y lacrado, será depositado en el Archivo General de Notarías, y el duplicado, también cerrado en un sobre lacrado y con la nota en la cubierta a que se refiere el artículo 1555, será devuelto al testador. Este podrá poner en los sobres que contengan los testamentos, los sellos, señales o marcas que estime necesarios para evitar violaciones.

Artículo 1554. El depósito en el Archivo General de Notarías se hará personalmente por el testador quien, si no es conocido del

encargado de la oficina, debe presentar dos testigos que lo identifiquen. En el sobre que contenga el testamento original, el testador de su puño y letra pondrá la siguiente nota: "dentro de este sobre se contiene mi testamento". A continuación se expresará el lugar y la fecha en que se hace el depósito. La nota será firmada por el testador y por el encargado de la oficina. En caso de que intervengan testigos de identificación, también firmarán.

Artículo 1556. Cuando el testador estuviere imposibilitado para hacer personalmente la entrega de su testamento en la Oficina del Archivo General de Notarías, el encargado de ella deberá concurrir al lugar donde aquél se encontrare, para cumplir las formalidades del depósito.

Artículo 1557. Hecho el depósito, el encargado del Archivo General de Notarías tomará razón de él en el libro respectivo, a fin de que el testamento pueda ser identificado, y conservará el original bajo su directa responsabilidad hasta que proceda a hacer su entrega al mismo testador o al juez competente.

Artículo 1558. En cualquier tiempo el testador tendrá derecho de retirar del Archivo General de Notarías, personalmente o por medio de mandatario con poder especial otorgado en escritura pública, el testamento depositado, en cuyo caso se hará constar el retiro en una acta que firmarán el interesado o su mandatario, y el encargado de la oficina.

Artículo 1559. El Juez ante quien se promueva un juicio sucesorio pedirá informes al encargado del Archivo General de Notarías, acerca de si en su oficina se ha depositado algún testamento ológrafo del autor de la sucesión, para que en caso de que así sea, se le remita el testamento.

Artículo 1560. El que guarde en su poder el duplicado de un testamento, o cualquiera que tenga noticia de que el autor de una sucesión ha depositado algún testamento ológrafo, lo comunicará al Juez competente, quien pedirá al encargado del Archivo General de Notarías en que se encuentra el testamento que se lo remita.

Artículo 1564. El encargado del Archivo General de Notarías no proporcionará informes acerca del testamento ológrafo depositado en su oficina, sino al mismo testador, a los jueces competentes que oficialmente se los pidan y a los Notarios cuando ante ellos se tramite la sucesión.

Artículo 1594. Los Secretarios de legación, los Cónsules y los Vicecónsules mexicanos podrán hacer las veces de Notarios o de Receptores de los testamentos de los nacionales en el extranjero en los casos en que las disposiciones testamentarias deban tener su ejecución en el Distrito Federal.

Artículo 1596. Si el testamento fuere ológrafo, el funcionario que intervenga en su depósito lo remitirá por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el término de diez días, al encargado del Archivo General de Notarías.

Artículo 2310. La venta que se haga facultando al comprador para que pague el precio en abonos, se sujetará a las reglas siguientes:

I. Si la venta es de bienes inmuebles, puede pactarse que la falta de pago de uno o varios abonos ocasionará la rescisión del contrato. La rescisión producirá efectos contra tercero que hubiere adquirido los bienes de que se trata, siempre que la cláusula rescisoria se haya inscrito en el Registro Público.

II. Si se trata de bienes muebles que sean susceptibles de identificarse de manera indubitable, podrá también pactarse la cláusula rescisoria, de que habla la fracción anterior y esa cláusula producirá efectos contra terceros si se inscribió en el Registro Público.

III. Si se trata de bienes muebles que no sean susceptibles de identificarse, los contratantes podrán pactar la rescisión de la venta por falta de pago del precio, pero esa cláusula no producirá efectos contra tercero de buena fe que hubiere adquirido los bienes a que esta fracción se refiere.

Artículo 2313. El vendedor a que se refiere el artículo anterior, mientras no se venza el plazo para pagar el precio, no podrá enajenar la cosa vendida con reserva de propiedad. Esta limitación de dominio se anotará en la parte correspondiente.

Artículo 2852. La persona ante quien se otorgue la fianza, dentro del término de tres días, dará aviso del otorgamiento al Registro Público, para que en el folio correspondiente al bien raíz que se designó para comprobar la solvencia del fiador, se haga una anotación preventiva relativa al otorgamiento de la fianza. Extinguida ésta, dentro del mismo término de tres días se dará aviso al Registro Público, para que haga la cancelación de la anotación preventiva.

La falta de avisos hace responsable al que deba darlos, de los daños y perjuicios que su omisión origine.

Artículo 2853. En los certificados de gravamen que expida el Registro Público se harán figurar las anotaciones preventivas de que habla el artículo anterior.

Artículo tercero. Se reforma el Título Segundo de la Tercera Parte del Libro Cuarto del Código Civil, como sigue:

TITULO SEGUNDO

Del Registro Público

CAPITULO I

De su organización

Artículo 2999. Las oficinas del Registro Público se establecerán en el Distrito Federal y estarán ubicadas en el lugar que determine el Jefe del Departamento del Distrito Federal.

Artículo 3000. El Registro Público funcionará conforme al sistema y métodos que determine el Reglamento.

Artículo 3001. El Registro será Público. Los encargados del mismo tienen la obligación de permitir a las personas que lo soliciten, que se enteren de los asientos que obran en los folios del Registro Público, y de los documentos relacionados con las inscripciones que estén archivados. También tienen la obligación de expedir copias certificadas de las inscripciones o constancias que figuren en los folios del Registro Público, así como certificaciones de existir o no asientos relativos a los bienes que se señalen.

Artículo 3002. El reglamento establecerá los requisitos para desempeñar los cargos que requiera el funcionamiento del Registro Público.

Artículo 3003. Los encargados y los empleados del Registro Público, además de las penas que les sean aplicables por los delitos en que puedan incurrir, responderán civilmente de los daños y perjuicios a que dieren lugar, cuando:

I. Rehúsen admitir el título, o si no practican el asiento de presentación por el orden de entrada del documento o del aviso a que se refiere el artículo 3016;

II. Practiquen algún asiento indebidamente o rehúsen practicarlo sin motivo fundado;

III. Retarden, sin causa justificada, la práctica del asiento a que dé lugar el documento inscribible;

IV. Cometen errores, inexactitudes u omisiones en los asientos que practiquen o en los certificados que expidan; y

V. No expidan los certificados en el término reglamentario.

Artículo 3004. Las sentencias firmes que resulten en aplicación del artículo anterior, incluirán la inhabilitación para el desempeño del cargo o empleo hasta que sea pagada la indemnización de daños y perjuicios que en su caso corresponda.

CAPITULO II

Disposiciones comunes de los documentos registrables

Artículo 3005. Sólo se registrarán:

I. Los Testimonios de escrituras o actas notariales u otros documentos auténticos;

II. Las resoluciones y providencias judiciales que consten de manera auténtica;

III. Los documentos privados que en esta forma fueren válidos con arreglo a la ley, siempre que al calce de los mismos haya la constancia de que el Notario, el Registrador, el Corredor Público o el Juez de Paz, se cercioraron de la autenticidad de las firmas y de la voluntad de las partes. Dicha constancia deberá estar firmada por los mencionados funcionarios y llevar impreso el sello respectivo.

Artículo 3006. Los actos ejecutados o los contratos otorgados en otra entidad federativa o en el extranjero, sólo se inscribirán si dichos actos o contratos tienen el carácter de inscribibles conforme a las disposiciones de este Código y del Reglamento del Registro Público.

Si los documentos respectivos apareciesen redactados en idioma extranjero y se encuentran debidamente legalizados, deberán ser previamente traducidos por perito oficial y protocolizados ante Notario.

Las sentencias dictadas en el extranjero sólo se registrarán si no están en desacuerdo con leyes mexicanas y si ordena su ejecución la autoridad judicial competente.

Artículo 3007. Los documentos que conforme a este Código sean registrables y no se registren, no producirán efectos en perjuicio de tercero.

Artículo 3008. La inscripción de los actos o contratos en el Registro Público tiene efectos declarativos.

Artículo 3009. El Registro protege los derechos adquiridos por tercero de buena fe, una vez inscritos, aunque después se anule o resuelva el derecho del otorgante, excepto cuando la causa de la nulidad resulta claramente del mismo registro. Lo dispuesto en este artículo no se aplicará a los contratos gratuitos, ni a actos o contratos que se ejecuten u otorguen violando la Ley.

Artículo 3010. El derecho registrado se presume que existe y que pertenece a su titular en la forma expresada por el asiento respectivo. Se presume también que el titular de una inscripción de dominio o de posesión, tiene la posesión del inmueble inscrito.

No podrá ejercitarse acción contradictoria del dominio del inmueble o derechos reales sobre los mismos o de otros derechos inscritos o anotados a favor de persona o entidad determinada, sin que, previamente o a a la vez, se entable demanda de nulidad o cancelación de la inscripción en que conste dicho dominio o derecho.

En caso de embargo precautorio, juicio ejecutivo o procedimientos de apremio contra bienes o derechos reales, se sobreserá el procedimiento respectivo de los mismos o de sus frutos, inmediatamente que conste en los autos, por manifestación auténtica del Registro Público, que dichos bienes o derechos están inscritos a favor de persona distinta de aquella contra la cual se decretó el embargo o se siguió el procedimiento, a no ser que se hubiere dirigido contra ella la acción, como causahabiente del que aparece dueño en el Registro Público.

Artículo 3011. Los derechos reales y en general cualquier gravamen o limitación de los mismos o del dominio, para que surtan efectos contra tercero, deberán constar en el folio de la finca sobre que recaigan, en la forma que determine el Reglamento. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a los inmuebles que, en su caso, comprendan: la hipoteca industrial prevista por la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares; la hipoteca sobre los sistemas de las empresas, a que se refiere la Ley de Vías Generales de Comunicación; y los casos similares previstos en otras leyes.

Artículo 3012. Tratándose de inmuebles, derechos reales sobre los mismos u otros derechos inscribibles o anotables, la sociedad

conyugal no surtirá efectos contra tercero si no consta inscrita en el Registro Público.

Cualquiera de los cónyuges u otro interesado tienen derecho a pedir la rectificación del asiento respectivo, cuando alguno de esos bienes pertenezcan a la sociedad conyugal y estén inscritos a nombre de uno solo de aquéllos.

DE LA PRELACIÓN

Artículo 3013. Las preferencias entre derechos reales sobre una misma finca u otros derechos, se determinará por la prioridad de su inscripción en el Registro Público, cualquiera que sea la fecha de su constitución.

El derecho real adquirido con anterioridad a la fecha de una anotación preventiva será preferente, aun cuando su inscripción sea posterior, siempre que se dé el aviso que previene el artículo 3016.

Si la anotación preventiva se hiciere con posterioridad a la presentación del aviso preventivo, el derecho real motivo de éste será preferente, aun cuando tal aviso se hubiese dado extemporáneamente.

Artículo 3014. Los asientos del Registro Público, en cuanto se refieran a derechos inscribibles o anotables, producen todos sus efectos, salvo resolución judicial.

Artículo 3015. La prelación entre los diversos documentos ingresados al Registro Público se determinará por la prioridad en cuanto a la fecha y número ordinal que les corresponda al presentarlos para su inscripción, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

Artículo 3016. Cuando vaya a otorgarse una escritura en la que declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga la propiedad o posesión de bienes raíces, o cualquier derecho real sobre los mismos, o que sin serlo sea inscribible, el Notario o autoridad ante quien se haga el otorgamiento, deberán solicitar al Registro Público certificado sobre la existencia o inexistencia de gravámenes en relación con la misma. En dicha solicitud que surtirá efectos de aviso preventivo deberá mencionar la operación y finca de que se trate, los nombres de los contratantes y el respectivo antecedente registral. El registrador, con esta solicitud y sin cobro de derechos por este concepto, practicará inmediatamente la nota de presentación en la parte respectiva del folio correspondiente nota que tendrá vigencia por un término de 30 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Una vez firmada la escritura que produzca cualquiera de las consecuencias mencionadas en el párrafo precedente, el Notario o autoridad ante quien se otorgó dará aviso preventivo acerca de la operación de que se trate, al Registro Público dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes y contendrá además de los datos mencionados en el párrafo anterior, la fecha de la escritura y la de su firma. El registrador, con el aviso citado y sin cobro de derecho alguno, practicar de inmediato la nota de presentación correspondiente, la cual tendrá una vigencia de noventa días naturales a partir de la fecha de presentación del aviso. Si éste se da dentro del término de treinta días a que se contrae el párrafo anterior, sus efectos preventivos se retrotraerán a la fecha de presentación de la solicitud a que se refiere el mismo párrafo; en caso contrario, sólo surtirá efectos desde la fecha en que fue presentado y según el número de entrada que le corresponda.

Si el testimonio respectivo se presentare al Registro Público dentro de cualquiera de los términos que señalan los dos párrafos anteriores, su inscripción surtirá efectos contra tercero desde la fecha de presentación del aviso y con arreglo a su número de entrada. Si el documento se presentare fenecidos los referidos plazos, su registro sólo surtirá efectos desde la fecha de presentación.

Si el documento en que consiste alguna de las operaciones que se mencionan en el párrafo primero de este artículo fuere privado, deberán dar aviso preventivo con vigencia por noventa días, el Notario, el Registrador o el Juez de Paz que se hayan cerciorado de la autenticidad de las firmas y de la voluntad de las partes, en cuyo caso el mencionado aviso surtirá los mismos efectos que el dado por los Notarios en el caso de los instrumentos públicos.

Artículo 3017. La inscripción definitiva de un derecho que haya sido anotado preventivamente, surtirá sus efectos desde la fecha en que la anotación los produjo.

DE QUIENES PUEDEN SOLICITAR

EL REGISTRO Y DE LA CALIFICACIÓN

REGISTRAL

Artículo 3018. La inscripción o anotación de los títulos en el Registro Público pueden pedirse por quien tenga interés legítimo en el derecho que se va a inscribir o anotar, o por el Notario que haya autorizado la escritura de que se trate.

Hecho el registro, serán devueltos los documentos al que los presentó, con nota de quedar registrados en tal fecha y bajo tal número.

Artículo 3019. Para inscribir o anotar cualquier título deberá constar previamente inscrito o anotado el derecho de la persona que otorgó aquél o de la que vaya a resultar perjudicada por la inscripción a no ser que se trate de una inscripción de inmatriculación.

Artículo 3020. Inscrito o anotado un título, no podrá inscribirse o anotarse otro de igual o anterior fecha que refiriéndose al mismo inmueble o derecho real, se le oponga o sea incompatible.

Si sólo se hubiere extendido el asiento de presentación, tampoco podrá inscribirse o anotarse otro título de la clase antes expresada, mientras el asiento esté vigente.

Artículo 3021. Los Registradores calificarán bajo su responsabilidad los documentos que se presenten para la práctica de alguna inscripción o anotación; la que suspenderán o denegarán en los casos siguientes:

I. Cuando el título presentado no sea de los que deben inscribirse o anotarse;

II. Cuando el documento no revista las formas extrínsecas que establezca la Ley;

III. Cuando los funcionarios ante quienes se haya otorgado o rectificado el documento, no hayan hecho constar la capacidad de los otorgantes, o cuando sea notoria la incapacidad de éstos;

IV. Cuando el contenido del documento sea contrario a las Leyes prohibitivas o de interés público;

V. Cuando haya incompatibilidad entre el texto del documento y los asientos del registro;

VI. Cuando no se individualicen los bienes del deudor sobre los que se constituya un derecho real, o cuando no se fije la cantidad máxima que garantice un gravamen en el caso de obligaciones de monto indeterminado, salvo los casos previstos en la última parte del artículo 3011, cuando se den las bases para determinar el monto de la obligación garantizada; y

VII. Cuando falte algún otro requisito que deba llenar el documento de acuerdo con el Código u otras leyes aplicables.

Artículo 3022. La calificación hecha por el Registrador podrá recurrirse ante el Director del Registro Público. Si éste confirma la calificación, el perjudicado por ella podrá reclamar en juicio.

Si la autoridad judicial ordena que se registre el título rechazado, la inscripción surtirá sus efectos, desde que por primera vez se presentó el título, si se hubiere hecho la anotación preventiva a que se refiere la fracción V del artículo 3043.

DE LA RECTIFICACIÓN DE ASIENTOS

Artículo 3023. La rectificación de los asientos por causa de error material o de concepto, sólo procede cuando exista discrepancia entre el título y la inscripción.

Artículo 3024. Se entenderá que se comete error material cuando se escriban unas palabras por otras, se omita la expresión de alguna circunstancia o se equivoquen los nombres propios o las cantidades al copiarlas del título, sin cambiar por eso el sentido general de la inscripción ni el de alguno de sus conceptos.

Artículo 3025. Se entenderá que se comete error de concepto cuando al expresar en la inscripción alguno de los contenidos en el título se altere o varíe su sentido porque el Registrador se hubiere formado un juicio equivocado del mismo, por una errónea calificación del contrato o acto en él consignado o por cualquiera otra circunstancia.

Artículo 3026. Cuando se trate de errores de concepto los asientos practicados en los folios del Registro Público sólo podrán rectificarse con el consentimiento de todos los interesados en el asiento.

A falta del consentimiento unánime de los interesados, la rectificación sólo podrá efectuarse por resolución judicial.

En caso de que el Registrador se oponga a la rectificación, se observará lo dispuesto en el artículo 3022.

En el caso previsto por el segundo párrafo del artículo 3012 el que solicite la rectificación deberá acompañar a la solicitud que presente al Registro, los documentos con los que pruebe el régimen matrimonial.

Artículo 3027. El concepto certificado surtirá efectos desde la fecha de su rectificación.

DE LA EXTINCIÓN DE ASIENTOS

Artículo 3028. Las inscripciones no se extinguen en cuanto a terceros, sino por cancelación o por el registro de la transmisión del dominio o derecho real inscrito a favor de otra persona.

Artículo 3029. Las anotaciones preventivas se extinguen por cancelación, por caducidad o por su conversión en inscripción.

Artículo 3030. Las inscripciones y anotaciones pueden cancelarse por consentimiento de las personas a cuyo favor estén hechas o por orden judicial. Podrán no obstante ser canceladas a petición de parte, sin dichos requisitos, cuando el derecho inscrito o anotado quede extinguido por disposición de la Ley o por causas que resulten del título en cuya virtud se practicó la inscripción o anotación, debido a hecho que no requiera la intervención de la voluntad.

Artículo 3031. Para que el asiento pueda cancelarse por consentimiento de las partes, éste deberá constar en escritura pública.

Artículo 3032. La cancelación de las inscripciones y anotaciones preventivas podrá ser total o parcial.

Artículo 3033. Podrá pedirse y deberá ordenarse, en su caso, la cancelación total:

I. Cuando se extinga por completo el inmueble objeto de la inscripción;

II. Cuando se extinga, también por completo, el derecho inscrito o anotado;

III. Cuando se declare la nulidad del título en cuya virtud se haya hecho la inscripción o anotación;

IV. Cuando se declare la nulidad del asiento;

V. Cuando sea vendido judicialmente el inmueble que reporte el gravamen en el caso previsto en el artículo 2325; y

VI. Cuando tratándose de cédula hipotecaria o de embargo, hayan transcurrido dos años desde la fecha del asiento, sin que el interesado haya promovido en el juicio correspondiente.

Artículo 3034. Podrá pedirse y deberá decretarse, en su caso, la cancelación parcial:

I. Cuando se reduzca el inmueble objeto de la inscripción o anotación preventiva; y

II. Cuando se reduzca el derecho inscrito o anotado.

Artículo 3035. Las anotaciones preventivas, cualquiera que sea su origen, caducarán a los tres años de su fecha, salvo aquellas a las que se les fije un plazo de caducidad más breve. No obstante, a petición de parte o por mandato de las autoridades que las decretaron, podrán prorrogarse una o más veces, por dos años cada vez, siempre que la prórroga sea anotada antes de que caduque el asiento.

La caducidad produce la extinción del asiento respectivo por el simple transcurso del tiempo; pero cualquier interesado podrá solicitar en este caso que se registre la cancelación de dicho asiento.

Artículo 3036. Cancelado un asiento, se presume extinguido el derecho a que dicho asiento se refiere.

Artículo 3037. Los padres como administradores de los bines de sus hijos, los tutores de menores o incapacitados y cualesquiera otros administradores, aunque habilitados para recibir pagos y dar recibos, sólo pueden consentir la cancelación del registro hecho en favor de sus representados, en el caso de pagos o por sentencia judicial.

Artículo 3038. La cancelación de las inscripciones de hipotecas constituidas en garantía de títulos transmisibles por endoso, pueden hacerse:

I. Presentándose las escritura otorgada por la que se hayan cobrado los créditos, en la cual debe constar haberse inutilizado los títulos endosables en el acto de sus otorgamiento; y

II. Por ofrecimiento del pago y consignación del importe de los títulos, tramitados y resueltos de acuerdo con las disposiciones legales relativas.

Artículo 3039. Las inscripciones de hipotecas constituidas con el objeto de garantizar títulos al portador, se cancelarán totalmente si se hiciere constar por acta notarial, estar recogida y en poder del deudor la emisión de títulos debidamente inutilizados.

Procederá también la cancelación total si se presentasen, por lo menos, las tres cuartas partes de los títulos al portador emitidos y se asegurase el pago de los restantes, consignándose su importe y el de los intereses que procedan. La cancelación en este caso, deberá acordarse por sentencia, previos los trámites fijados en el Código de Procedimientos Civiles.

Artículo 3040. Podrán cancelarse parcialmente las inscripciones hipotecarias de que se trate, presentando acta notarial que acredite estar recogidos y en poder del deudor, debidamente inutilizados, títulos por un valor equivalente al importe de la hipoteca parcial que se trate de extinguir, siempre que dichos títulos asciendan, por lo menos, a la décima parte del total de la emisión.

Artículo 3041. Podrá también cancelarse, total o parcialmente la hipoteca que garantice, tanto títulos nominativos como al portador, por consentimiento del representante común de los tenedores de los títulos, siempre que esté autorizado para ello y declare bajo su responsabilidad que ha recibido el importe por el que se cancela.

CAPITULO III

Del registro de la propiedad inmueble y de

los títulos inscribibles y anotables.

Artículo 3042. En el Registro Público de la Propiedad inmueble se inscribirán:

I. Los títulos por los cuales se cree, declare, reconozca, adquiera, transmita modifique, limite, grave o extinga el dominio, posesión originaria y los demás derechos reales sobre inmuebles;

II. La constitución del patrimonio familiar;

III. Los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles, por un período mayor de seis años y aquellos en que haya anticipos de rentas por más de tres años y

IV. Los demás títulos que la ley ordene expresamente que sean registrados.

Artículo 3043. Se anotarán preventivamente en el Registro Público: I. Las demandas relativas a la propiedad de bienes inmuebles o a la constitución, declaración, modificación o extinción de cualquier derecho real sobre aquéllos;

II. El mandamiento y el acta de embargo que se haya hecho efectivo en bienes inmuebles del deudor;

III. Las demandas promovidas para exigir el cumplimiento de contratos preparatorios o para dar forma legal al acto o contrato concertado, cuando tenga por objeto inmuebles o derechos reales sobre los mismos;

IV. Las providencias judiciales que ordenen el secuestro o prohiban la enajenación de bienes inmuebles o derechos reales;

V. Los títulos presentados al Registro Público y cuya inscripción haya sido denegada o suspendida por el Registrador;

VI. Las finanzas legales o judiciales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2852;

VII. El decreto de expropiación y de ocupación temporal y declaración de limitación de dominio, de bienes inmuebles;

VIII. Las resoluciones judiciales en materia de amparo que ordenen la suspensión provisional o definitiva, en relación con bienes inscritos en el Registro Público; y

IX. Cualquier otro título que sea anotable, de acuerdo con este Código u otras leyes.

DE LOS EFECTOS DE LAS ANOTACIONES

Artículo 3044. La anotación preventiva perjudicará a cualquier adquiriente de la finca o derecho real a que se refiera la anotación, cuya adquisición sea posterior a la fecha de aquélla, y en su caso, dará preferencia para el cobro del crédito sobre cualquier otro de fecha posterior a la anotación.

En los casos de las fracciones IV y VIII del artículo 3043 podrá producirse el cierre del registro en los términos de la resolución correspondiente. En el caso de la fracción VI, la anotación no producirá otro efecto que el fijado por el artículo 2854.

En el caso de la fracción VII, la anotación servirá únicamente para que conste la afectación en el registro del inmueble sobre el que hubiere recaído la declaración, pero bastará la publicación del decreto relativo en el Diario Oficial de la Federación para que queden sujetos a las resultas del mismo, tanto el propietario o poseedor, como los terceros que intervengan en cualquier acto o contrato posterior a dicha publicación, respecto del inmueble

afectado, debiendo hacerse la inscripción definitiva que proceda, hasta que se otorgue la escritura respectiva, salvo el caso expresamente previsto por alguna ley en que se establezca que no es necesario este requisito.

Artículo 3045. Salvo los casos en que la anotación cierre el registro, los bienes inmuebles o derechos reales anotados podrán enajenarse o gravarse, pero sin perjuicio del derecho de la persona a cuyo favor se haya hecho la anotación.

DE LA INMATRICULACIÓN

Artículo 3046. La inmatriculación se practicará:

I. Mediante información de dominio;

II. Mediante información posesoria;

III. Mediante resolución judicial que la ordene y que se haya dictado como consecuencia de la presentación de titulación fehaciente que abarque sin interrupción un período por lo menos, de cinco años;

IV. Mediante la inscripción del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación que convierta en bien de dominio privado un inmueble que no tenga carácter, o del título o títulos que se expidan con fundamento en aquel decreto; y

V. Mediante la inscripción del contrato privado de compraventa autenticado en los términos del artículo 3005, fracción III, acompañado del certificado de no inscripción de la finca y de un plano de la misma.

Artículo 3047. El que haya poseído bienes inmuebles por el tiempo y con las condiciones exigidas para prescribirlos y no tenga título de propiedad o teniéndolo no sea inscribible por defectuoso, si no está en el caso de deducir la acción que le concede el artículo 1156, por no estar inscritos en el Registro Público los bienes en favor de persona alguna, podrá demostrar ante el Juez competente que ha tenido esa posesión, rindiendo la información respectiva en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles A su solicitud acompañará precisamente certificado del Registro Público que demuestre que los bienes no están inscritos y otro relativo al estado actual de la finca en el catastro y en los padrones de la Dirección de Catastro e Impuesto Predial.

La información se recibirá con citación del Ministerio Público, del Registrador de la propiedad, de los colindantes y de la persona que tenga catastrada la finca a su favor o a cuyo nombre se expidan las boletas del impuesto predial.

Los testigos deben ser, por lo menos tres, de notorio arraigo en el lugar de la ubicación de los bienes a que la información se refiere.

No se recibirá la información sin que previamente se publique la solicitud del promovente, por tres veces, de tres en tres días en un periódico de amplia circulación en el Boletín del Registro Público.

Comprobada debidamente la posesión, el Juez declarará que el poseedor se ha convertido en propietario, en virtud de la prescripción, y tal declaración se tendrá como título de propiedad y será protocolizada e inscrita en el Registro Público.

Artículo 3048. El que tenga una posesión apta para prescribir, de bienes inmuebles no inscritos en el Registro Público en favor de persona alguna, aun antes de que transcurra el tiempo necesario para prescribir, puede registrar su posesión mediante resolución judicial que dicte el Juez competente, ante quien la acredite del modo que fije el Código de Procedimientos Civiles.

A la solicitud acompañará los documentos que se mencionan en la parte final del párrafo primero del artículo anterior.

La información que se rinda para demostrar la posesión se sujetará a lo dispuesto en los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 3047.

Las declaraciones de los testigos versarán sobre el hecho de la posesión, sobre los requisitos que debe tener para servir de base a la prescripción adquisitiva y sobre el origen de la posesión.

En efecto de la inscripción será tener la posesión inscrita como apta para producir la prescripción al concluir el plazo de cinco años contados desde la misma inscripción.

Las inscripciones de posesión expresarán las circunstancias exigidas para las inscripciones previstas en el Reglamento del Registro Público.

Artículo 3049. Cualquiera que se considere con derecho a los bienes cuya inscripción se solicita mediante información de dominio o de posesión, podrá alegarlo ante la autoridad judicial competente.

La presentación del escrito de oposición, en la forma que establece el Código de Procedimiento Civiles suspenderá el curso del expediente de información; si éste estuviere ya concluido y aprobado, deberá el Juez poner la demanda en conocimiento del registrador para que suspenda la inscripción, y si ya estuviese hecha, para que anote dicha demanda. Si el opositor deja transcurrir seis meses sin promover en el procedimiento de oposición, quedará éste sin efecto, haciéndose, en su caso, la cancelación que proceda.

Artículo 3050. Transcurridos cinco años desde que se practicó la inscripción sin que en el Registro Público aparezca algún asiento que contradiga la posesión inscrita, tiene derecho el poseedor, comprobando este hecho mediante la presentación del certificado respectivo, a que el Juez competente declare que se ha convertido en propietario en virtud de la prescripción y ordene se haga en el Registro Público la inscripción de dominio correspondiente.

Artículo 3051. No podrán inscribirse mediante información posesoria, las servidumbres continuas no aparentes, ni las discontinuas, sean o no aparentes, ni tampoco el derecho hipotecario.

Artículo 3052. El que tenga justo título o título fehaciente que abarque cuando menos un período ininterrumpido de cinco años inmediatamente anteriores a su promoción,

podrá inmatricular su predio mediante resolución judicial, siempre que satisfaga los siguientes requisitos:

I. Que acompañe a su promoción además de la titulación:

a) Certificado del Registro Público que acredite que el bien de que se trata no está inscrito;

b) Las boletas que comprueben que el predio está al corriente en el pago del impuesto predial;

II. Que en tal promoción manifieste bajo protesta de decir verdad si está poseyendo el predio o el nombre del poseedor, en su caso.

III. Que se publique la solicitud de inscripción en el boletín del Registro Público y en uno de los periódicos de amplia circulación, por tres veces, en cada uno de ellos, con intervalos de diez días;

IV. Que se cite a los colindantes, a las personas que figuren en los padrones de la Dirección de Catastro e Impuesto Predial como causantes, así como el poseedor, cuando exista; y

V. Que transcurra un plazo de treinta días a partir de la última publicación sin que haya oposición.

Si hubiere oposición se suspenderá el procedimiento; está se substanciará conforme al Código de Procedimientos Civiles.

Artículo 3053. Para la inmatriculación de inmuebles que carezcan de antecedentes registrales, los interesados podrán ocurrir ante el Registro Público a solicitarla, mediante el procedimiento que establezca el reglamento respectivo.

Artículo 3054. Los interesados en la inmatriculación, además de satisfacer los requisitos que señale el reglamento deberán acreditar, a juicio del Director del Registro Público, que les asiste derecho para obtenerla.

Artículo 3055. La inmatriculación de un inmueble por resolución del Director del Registro Público, nada prejuzga sobre los derechos de propiedad o posesión que puedan existir en favor de los solicitantes o de terceros.

Artículo 3056. La inmatriculación, una vez hecha, no podrá modificarse o cancelarse sino mediante determinación judicial contenida en sentencia irrevocable, dictada en juicio en que haya sido parte el Director del Registro Público.

Artículo 3057. La resolución del Director del Registro Público que ordene la inmatriculación, además de expresar los fundamentos en que se apoye, deberá comprender la siguiente advertencia:

"Esta resolución no prejuzga sobre derechos de propiedad o posesión a favor del solicitante o de terceros."

Artículo 3058. Una vez ordenada, la inmatriculación de un inmueble se hará, desde luego, la inscripción en el folio correspondiente, previo el pago de los derechos que se deban cubrir.

DEL SISTEMA REGISTRAL

Artículo 3059. El Reglamento establecerá el sistema conforme al cual deberán llevarse los folios del Registro Público y practicarse los asientos.

La primera inscripción de cada finca será de dominio o de posesión.

Artículo 3060. Los asientos y notas de presentación expresarán:

I. La fecha y número de entrada;

II. La naturaleza del documento y el funcionario que lo haya autorizado.

III. La naturaleza del acto o negocio de que se trate;

IV. Los bienes o derechos objeto del título presentado, expresando su cuantía si constare; y

V. Los nombres y apellidos de los interesados.

Artículo 3061. Los asientos de inscripción deberán expresar las circunstancias siguientes:

I. La naturaleza, situación y linderos de los inmuebles objeto de la inscripción o a los cuales afecte el derecho que deba inscribirse; su medida superficial, nombre y número si constare en el título; así como las referencias al registro anterior y las catastrales que prevenga el reglamento;

II. La naturaleza, extensión y condiciones del derecho de que se trate;

III. El valor de los bienes o derechos a que se refieren las fracciones anteriores, cuando conforme a la ley deban expresarse en el título;

IV. Tratándose de hipotecas, la obligación garantizada; la época en que podrá exigirse su cumplimiento; el importe de ella o la cantidad máxima asegurada cuando se trate de obligaciones de monto indeterminado; y los réditos, si se causaren y la fecha desde que deban correr;

V. Los nombres de las personas físicas o morales a cuyo favor se haga la inscripción y de aquellas de quienes procedan inmediatamente los bienes. Cuando el título exprese nacionalidad, lugar de origen, edad, estado civil, ocupación y domicilio de los interesados, se hará mención de esos datos en la inscripción;

VI. La naturaleza del hecho o negocio jurídico; y

VII. La fecha del título, número si lo tuviere, y el funcionario que lo haya autorizado.

Artículo 3062. Las anotaciones preventivas contendrán las circunstancias que expresa el artículo anterior, en cuanto resulten de los documentos presentados y, por lo menos, la finca o derecho anotado, la persona a quien favorezca la anotación y la fecha de ésta.

Las que deban su origen a embargo o secuestro, expresarán la causa que haya dado lugar, a aquéllas y el importe de la obligación que los hubiere originado.

Las que prevengan de una declaración de expropiación, limitación de dominio u ocupación de bienes inmuebles, mencionarán la fecha del decreto respectivo, la de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y el fin de

utilidad pública que sirva de causa a la declaración.

Artículo 3063. Los asientos de cancelación de una inscripción o anotación preventiva, expresarán:

I. La clase de documento en virtud del cual se practique la cancelación, su fecha y número si lo tuviere y el funcionario que lo autorice;

II. La causa por la que se hace la cancelación;

III. El nombre y apellidos de la persona a cuya instancia o con cuyo consentimiento se verifique la cancelación;

IV. La expresión de quedar cancelado total o parcialmente el asiento de que se trate; y

V. Cuando se trate de cancelación parcial, la parte que se segregue o que haya desaparecido del inmueble, o la que reduzca el derecho y la que subsista.

Artículo 3064. Las anotaciones deberán contener las indicaciones para relacionar entre sí las fincas o asientos a que se refieren y, en su caso, el hecho que se trate de acreditar, y el documento en cuya virtud se extienda.

Artículo 3065. Los requisitos que según los artículos anteriores deban contener los asientos, podrán omitirse cuando ya consten en otros del registro de la finca, haciéndose sólo referencia al asiento que los contenga.

Artículo 3066. Todos los asientos, de la clase que fueren, deberán ir firmados por el registrador y expresar la fecha en que se practiquen, así como el día y número del asiento de presentación.

Artículo 3067. Los asientos del Registro Público no surtirán efecto mientras no estén firmados por el registrador o funcionario que lo substituya, pero la firma de aquéllos puede exigirse por quien tenga el título con la certificación de haber sido registrado.

Los asientos podrán anularse por resolución judicial con audiencia de los interesados, cuando substancialmente se hubieren alterado dichos asientos, así como en el caso de que se hayan cambiado los datos esenciales relativos a la finca de que se trate, o a los derechos inscritos o al titular de éstos, sin perjuicio de lo establecido respecto a la rectificación de errores, inexactitudes u omisiones.

Artículo 3068. la nulidad de los asientos a que se refiere el artículo anterior no perjudicará el derecho anteriormente adquirido por un tercero, protegido con arreglo al artículo 3009.

CAPITULO IV

DEL REGISTRO DE OPERACIONES

SOBRE BIENES MUEBLES

Artículo 3069. Se inscribirán en los folios de operaciones sobre bienes muebles:

I. Los contratos de compraventa de bienes muebles sujetos a condición resolutoria a que se refiere la fracción II del artículo 2310;

II. Los contratos de compraventa de bienes muebles por los cuales el vendedor se reserva la propiedad de los mismos, a que se refiere el artículo 2312; y

III. Los contratos de prenda que menciona el artículo 2859.

Artículo 3070. Toda inscripción que se haga en los folios de bienes muebles deberá expresar los datos siguientes:

I. Los nombres de los contratantes;

II. La naturaleza del muebles con la característica o señales que sirvan para identificarlo de manera indubitale;

III. El precio y forma de pago estipulados en el contrato y, en su caso, el importe del crédito garantizado con la prenda;

IV. La fecha en que se practique y la firma del registrador.

CAPITULO V

DEL REGISTRO DE PERSONAS

MORALES

Artículo 3071. En los folios de las personas morales se inscribirán:

I. Los instrumentos por los que se constituyan, reformen o disuelvan las sociedades y asociaciones civiles y sus estatutos;

II. Los instrumentos que contengan la protocolización de los estatutos de asociaciones y sociedades extranjeras de carácter civil y de sus reformas, cuando haya comprobado el registrador que existe la autorización a que se refiere el artículo 2736 de este Código; y

III. Las fundaciones y asociaciones de beneficencia privada.

Artículo 3072. Las inscripciones referentes a la constitución de personas morales deberán contener los datos siguientes:

I. El nombre de los otorgantes;

II. La razón social o denominación;

III. El objeto, duración y domicilio;

IV. El capital social, si lo hubiere, y la aportación con que cada socio deba contribuir;

V. La manera de distribuirse las utilidades y pérdidas en su caso;

VI. El nombre de los administradores y las facultades que se les otorguen;

VII. El carácter de los socios y de su responsabilidad ilimitada cuando la tuvieren; y

VIII. La fecha y la firma del registrador.

Artículo 3073. Las demás inscripciones que se practiquen en los folios de las personas morales, expresarán los datos esenciales del acto o contrato, según resulten del título respectivo.

Artículo 3074. Las inscripciones que se practiquen en los folios relativos a bienes muebles y personas morales no producirán más efectos que los señalados en los artículos 2310, fracción II; 2312, 2673, 2694 y 2859 de este Código, y les serán aplicables a los registros las disposiciones relativas a los bienes inmuebles, en cuanto sean compatibles con la naturaleza de los actos o contratos materia de éste y del anterior capítulo y con los efectos que las inscripciones producen.

Artículo Cuarto. Se derogan los artículos 56 y 130 del Código Civil para el Distrito Federal.

TRANSITORIOS

Artículo Primero. El presente decreto, por lo que hace al Registro Público entrará en vigor al tercer día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y, por lo que hace al sistema que habrá de seguirse en la Oficina Central y en los Juzgados del Registro Civil, treinta días después de su publicación en el propio Diario Oficial.

Artículo Segundo. Quedan derogadas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto y se abroga el que reforma varios artículos del Código Civil para el Distrito Federal, en Materia Común, y para toda la República, en Materia Federal, así como el Título II de la Tercera Parte del Libro Cuarto de este mismo Código, de fecha 31 de diciembre de 1951 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 1952.

Artículo Tercero. Las disposiciones de este decreto se aplicarán a los actos, contratos, títulos y documentos de fecha anterior a su vigencia, siempre que no sean en perjuicio de los interesados.

Artículo Cuarto. Al entrar en vigor el presente Decreto en el Distrito Federal el Director del registro Público hará entrega al encargado del Archivo General de Notarías de los testamentos ológrafos depositados en el citado Registro Público, mediante acta que contenga la relación detallada de los mismos y de los libros e índices en que consten anotados.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, a 18 de diciembre de 1978.- El Presidente de la República.- José López Portillo."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Estudios Legislativos e imprímase.

El C. Presidente: En virtud de que la iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversos artículos del Código Civil ha sido ya distribuida entre los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se turna desde luego a Comisión.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura y se turna desde luego a Comisión... Se dispensa la lectura.

DICTAMEN A DISCUSIÓN.

Cuenta de la Hacienda Pública Federal

"Comisión de Presupuesto y Cuenta.

Honorable Asamblea:

En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, el Ejecutivo de la Unión envió a esta H. Cámara de Diputados la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 1977, la cual fue recibida dentro del término de la prórroga que tuvo a bien conceder la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, en acuerdo de fecha 7 de junio de 1978, publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 12 del mismo mes.

De conformidad con lo establecido por los artículos 80 y 81 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los documentos mencionados se turnaron a la Comisión de Presupuestos y Cuenta para su revisión y la preparación del respectivo dictamen y - en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Orgánica respectiva- a la Contaduría Mayor de Hacienda, por conducto de la H. Comisión Inspectora.

El informe de la Contaduría Mayor de Hacienda concluye que los estados que forman la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 1977 son correctos y que reflejan las operaciones efectuadas, tal como constan en los libros y registros de contabilidad de todas las entidades del sector público. Estas cifras fueron consolidadas por la Secretaría de Programación y Presupuesto, según lo dispone la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

La Comisión de Presupuestos y Cuenta hizo un cuidadoso análisis de la información entregada; recabó de las entidades del sector público federal ampliaciones y precisiones conceptuales y numéricas y examinó las cifras y resultados en el contexto de las necesidades del país y de las disposiciones legales vigentes.

Como resultado de este proceso, la Comisión de Presupuestos y Cuenta rinde a esta H. Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

I. La Política Económica y Social en 1977.

El adecuado análisis del ejercicio fiscal exige enmarcarse en el contexto económico político y social del país. La Cuenta de la Hacienda Pública Federal, correspondiente al año de 1977, refleja con fidelidad los efectos de una coyuntura desfavorable, tanto en el plano internacional como en el doméstico, que afectó seriamente a la actividad productiva, según lo demuestran los principales indicadores estadísticos formulados por el Gobierno y por entidades especializadas del sector privado.

La ejecución del presupuesto de ese año se inicia en medio de la severa crisis que, agudizada en los últimos meses de 1976, experimentaba la nación. La crisis marcó el agotamiento de un modelo de desarrollo seguido a lo largo de tres decenios; el cual, a pesar de sus evidentes logros cuantitativos, mostraba una incapacidad cada vez mayor para responder con criterios justos a las necesidades sociales.

Vanos fueron los intentos realizados por cambiar las pautas de ese modelo desarrollista, que generó una profunda contradicción entre su creciente anquilosamiento y los anhelos de justicia social, lo que, combinado con los quebrantos experimentados por el sistema económico internacional en el actual decenio, ocasionó la coyuntura crítica en que hubo de iniciarse la presente Administración del Presidente López Portillo.

Indudablemente fue aceptada, en general, la estrategia y el manejo dispuesto por el Gobierno actual, que se encaminó no solamente a modificar el ritmo y las tendencias adversas de algunos de los principales indicadores, esto es, datos ciertos, de nuestra economía, sino también a controlar las tensiones inflacionarias, establecer las bases para acrecentar la producción agrícola e industrial, y fundamentalmente, incrementar la oferta de empleo, las fuentes de trabajo.

Reorientar nuestro desarrollo social y económico era imperativo, dada la gravedad de la situación; ello implicó conciliar la voluntad de cambio de las estructuras económicas, para alcanzar los criterios sociales del régimen revolucionario, y del manejo de las relaciones políticas que deben guiar al país. La vigencia de las instituciones democráticas respaldó al sistema, y el Titular del Poder Ejecutivo, razonablemente, convocó al pueblo a "una tregua inteligente para recuperar serenidad y no perder el rumbo".

Así, fue aceptada por todos la propuesta de integrar una Alianza Popular Nacional y Democrática para la Producción, que permitiese remontar las manifestaciones más agudas de la crisis y, más aun, enderezar los esfuerzos nacionales hacia un país más justo, libre y solidario, en el que las oportunidades y seguridades estén distribuidas igualitariamente.

Precisamente por este afán de conjuntar el esfuerzo de todos los mexicanos para solucionar los problemas, el Presidente José López Portillo inició una transformación de conceptos y estructuras del quehacer político nacional.

La reforma constitucional, efectuada en 1977, conocida como reforma política, tiene dos grandes aspectos: primero, sobre los partidos políticos y los mecanismos electorales adecuados a la realidad de un México democrático y respetuoso en el aspecto ideológico, en la libertad de pensamiento y expresión; y dinámico en la confrontación de sus problemas, en la comprensión de su desmesurado crecimiento demográfico. Segundo: el cambio sustantivo en el ejercicio de las atribuciones del Poder Legislativo y de la Cámara de Diputados, en materia de reglas y control del gasto público de México por conocer, en términos claros y sencillos, la acción de su gobierno

Los cambios introducidos en los artículos 65 y 74 de la Constitución especifican la competencia del Congreso de la Unión y de la Cámara de Diputados, representación popular por excelencia, en materia de contribuciones aprobación de los presupuestos de egresos y, de manera especial, de examen y verificación de los resultados de la acción del gasto gubernamental reflejados en la Cuenta Pública.

La Cámara de Diputados es ahora la única responsable del examen y opinión de la Cuenta Pública; resultaba impropio que se mantuviesen separados la aprobación del presupuesto de egresos y el análisis de la cuenta, ya que - como lo decía la Iniciativa del Ejecutivo- "se escinde el conocimiento de dos cuestiones que por su naturaleza se hallan plenamente vinculadas".

El examen de las reformas al artículo 74 permiten cuatro conclusiones fundamentales:

1. Se sistematiza la gestión del Poder Legislativo en lo que hace a cuestiones presupuestales, esto es de gasto público: gestión financiera, ajustes de lo presupuestado y lo gastado y objetivos alcanzados mediante el gasto.

2. Se concentran en la Cámara de Diputados los elementos de la política de gasto, lo que implica un mayor conocimiento de la opinión popular en la formulación y vigilancia de la operación económica del gobierno.

3. Se norma la adecuación de las medidas políticas y administrativas a la suficiente capacidad técnica de la Cámara para apoyar los trabajos de carácter económico y a las disposiciones de la reforma administrativa, que se han puesto en vigor con las leyes Orgánicas de la Administración Pública, de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, de la Deuda Pública y la de Contaduría Mayor de Hacienda, iniciada ésta en principio por el Titular del Poder Ejecutivo y replanteada por los miembros de la Cámara de Diputados para hacer efectiva su función constitucional de control del gasto Público.

4. Se reitera el respeto del Poder Ejecutivo a la Soberanía del Poder Legislativo como representante directo de la población. Evolución de la economía de 1977.

El año de 1977 constituyó el puente que permitió sentar las bases para una nueva política de desarrollo y vencer las resistencias estructurales que frenaban los impulsos e incentivos de toda índole aplicadas a la economía. Los logros obtenidos en 1977 no se prestan a elogios ni tal es la intención de esta Comisión. Lo importante no estriba tanto en los niveles absolutos obtenidos, sino en el cambio radical de la tendencia. Así, la tasa de crecimiento de 2.8%, si bien puede ser modesta en comparación con el índice de expansión demográfica, fue superior en casi una unidad al resultado obtenido en 1976. (1.9%). El retraimiento de la inversión acentuó los bajos niveles de demanda efectiva y por lo tanto agudizó el problema del desempleo.

Debemos subrayar que la crítica situación que México afrontó en 1976, y que condicionó en mucho 1977, no se gestó solamente en el interior del país. En todo el mundo la mitad de la década se caracterizó por la más grave crisis después de la de 1929- 30. El crecimiento del Producto Nacional Bruto, de los países más adelantados, miembros de la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico, no alcanzó ni siquiera un 4%, resultado que no difiere gran cosa del crecimiento experimentado en los países en vía de desarrollo; el período de inflación generalizado por el que el mundo atravieza, ha afectado en mayor o menor grado a todos los países, si bien quienes con mayor violencia han resentido sus efectos, han sido

los países en vías de desarrollo importadores de petróleo.

En América Latina la inflación alcanzó niveles alarmantes, cuyo punto más alto se situó en alrededor de 68% en 1975, disminuyendo a 51.3% en 1976, lo que se tradujo en mengua del dinamismo de la producción y la demanda interna de los países de la región y en desequilibrios de sus respectivas balanzas de pagos.

Simultáneamente la economía norteamericana entró en receso, con el consiguiente debilitamiento de su posición hegemónica mundial. Ello implicó la devaluación gradual del dólar, que ha continuado hasta la fecha, la que, por la cuantía de nuestra relación económica con los Estados Unidos, introdujo otro factor de presión negativa en las estructuras productivas mexicanas.

Los planes económicos trazados por el Gobierno Federal previeron varias etapas en la recuperación y revitalización de nuestra economía. En 1977 el esfuerzo se concentró en la administración de la crisis; los satisfactorios resultados iniciales aparecen con claridad en la Cuenta Pública del ejercicio que examinamos. "Se trataba de levantar al país de la postración" - como dijera el Presidente López Portillo en su II Informe de Gobierno- evitar que nos hundiéramos; de recobrar la confianza en nosotros mismos. Nada más, - agregó- pero nada menos que eso.

Como indica el examen que se presenta a continuación, la acción del sector público durante 1977 significó, en suma, una positiva incidencia en la economía nacional, principalmente en tanto que contribuyó a remover en medida considerable las restricciones que algunos de los efectos más agudos de la crisis imponían al crecimiento dinámico del producto social y al aumento acelerado del empleo, objetivos prioritarios del país y condiciones imprescindibles para la viabilidad de la estrategia de desarrollo a largo plazo.

El éxito logrado en la administración de la crisis - que puede resumirse al destacar que la tasa inflacionaria se redujo, cesó la especulación cambiaría, se revertió la tendencia al estancamiento y se fortaleció la capacidad económica y política del Estado para guiar y concitar la actividad de todos los sectores sociales- no impide reconocer que hubo implícitos altos costos sociales, onerosos sobre todo para el sector de trabajadores, cuyo apoyo a la gestión gubernamental fue decisivo para la aplicación de la estrategia de corto plazo.

Las espectativas ofrecidas por el descubrimiento y explotación de grandes yacimientos petroleros, permitieron formular proyectos a largo plazo destinados a modificar la estructura productiva del país. Sin embargo, fue necesario reordenar los recursos y, si bien no era posible abatir los niveles absolutos de la deuda pública, sí era imperativo proceder a una mejor reordenación de los montos a pagar y de los plazos de vencimiento. Asimismo, se hacía imprescindible estimular el ahorro gubernamental y sanear la estructura financiera de las empresas paraestatales. A la inversión pública, era necesario contemplarla desde el ángulo de una serie de medidas tendientes a racionalizar el gasto, revisar las políticas gubernamentales de compra de bienes y servicios y lograr una mejor y más lógica utilización de los recursos humanos.

Tales eran las medidas aconsejables para reducir el déficit presupuestal, limitar el crecimiento de la deuda externa y consolidar los logros de una política antiinflacionaria y de estabilización y de reactivación de la economía.

Los incentivos aplicados al ahorro de los particulares, tales como la elevación de las tasas de interés y la ampliación de las opciones de la colocación de fondos, así como la estabilidad observada en la escala de flotación del peso mexicano, hicieron que el público recobrara la confianza en los instrumentos financieros en moneda local.

El ritmo de crecimiento del Producto Nacional Bruto varió entre los diferentes componentes; el producto del sector primario (agricultura, ganadería, silvicultura y pesca) experimentó un crecimiento de 2.7%, el sector industrial 4.7% y el de servicios 2.1%.

En lo tocante al sector primario, el incremento obedeció principalmente a una recuperación de la producción agrícola, cuyo crecimiento (2.4%) contrastó notablemente con la caída (7.2%) observada en 1976. La elevación de los precios de garantía para una amplia gama de cultivos, la ampliación de los programas de crédito al sector y la incorporación al riego de más de 127 mil hectáreas, constituyeron los principales factores que permitieron resultados positivos. No obstante, la superficie cosechada de productos básicos registró un ligero descanso.

El crecimiento del producto industrial se vio apoyado casi exclusivamente por el extraordinario dinamismo observado en los energéticos, ya que el producto manufacturero observó un incremento bajo, en tanto que la industria de la construcción, la petroquímica y la minería presentaron tasas negativas. El subsector eléctrico aumentó en el curso del año en 7.7% mientras que el petróleo lo hizo en 18.8%. El crecimiento de ambos se explica principalmente por el estímulo de la inversión pública y, adicionalmente, en el caso del petróleo, por la existencia de una amplia demanda externa.

La industria de la construcción fue una de las actividades que con mayor rigor resintieron durante 1977 los efectos de la recesión económica. No obstante, durante la segunda mitad del año se detuvo la caída de la actividad, en respuesta el mayor dinamismo del gasto de obras públicas.

En materia de empleo, la persistencia de la recesión por segundo año consecutivo determinó un deterioro del mercado de trabajo y una elevación del número de desempleados. La tasa de desocupación abierta pasó de 7.0% en 1976 a 8.0% en 1977.

En la composición del Producto Interno Bruto en 1977 es notorio el predominio del sector servicios, 55.4% del total, que casi es constante en la última década. Las industrias han

mejorado ligeramente su posición, hasta llegar al 36.7%, en tanto que las actividades primarias continúan declinando lentamente, para llegar al año que comentamos a ser 9.1% del producto interno bruto.

El producto percápita fue del orden de $23,624, frente a $19,586 que se registra en 1976.

Inversión

El magro crecimiento de la economía nacional en 1977 es atribuible enteramente a la retracción de la inversión, que en total fue 4.5% inferior a la del año precedente. Tanto el sector privado como el gobierno contrajeron su gasto productivo, por lo que la participación de la inversión en el PIB se redujo de 22.7% en 1976 a solamente 17.3% en 1977.

El sector gobierno redujo la inversión a fin de contribuir al control de las presiones inflacionarias; por otra parte en los años anteriores su ritmo de aumento en este renglón fue muy elevado, por lo que era necesario un reflujo en la tendencia; adicionalmente con esta política se logró reducir el ritmo de endeudamiento externo.

En cuanto al sector privado, la baja en el nivel absoluto de inversiones es atribuible a falta de programación de proyectos, que habían sido abandonados desde meses antes de iniciarse el período de recuperación de la economía; a la brusca elevación de los costos de los bienes de capital importados, que se origina en la flotación del peso y en la constante alza interna de precios en los países abastecedores, en particular los Estados Unidos de América; a la crisis de liquidez de muchas empresas y accionistas y a las dificultades de acción de la banca, que tuvo que reajustar sus sistemas operativos a las nuevas formas de acción del sistema.

Salarios y precios

Durante 1977, pese a la presión en los precios, las agrupaciones sindicales redujeron sus demandas salariales a niveles mínimos, lo que hizo posible que el gobierno afrontara con mayores argumentos las presiones empresariales orientadas al alza de precios.

En la práctica esto permitió mantener abiertas las fuentes de ocupación y evitó que se reanudara la carrera precios- salarios- precios. En general el criterio seguido en las revisiones contractuales fue el de examinar las posibilidades particulares de cada empresa, en el contexto del conjunto de la economía.

Como apoyo a los trabajadores se incrementó el número de tiendas sindicales y cooperativas de consumo, a la par que se ampliaba el funcionamiento de sistemas de crédito especializados. En realidad estos elementos también vinieron a fortalecer la demanda interna, en beneficio directo de los empresarios.

El promedio geométrico de los salarios mínimos en las 89 zonas económicas del país subió de $72.46 al finalizar 1976 a $81.69 diarios que rigió durante 1977. Este moderado aumento del 12.7% fue otro factor muy trascendente en el control de la inflación. El ritmo de avance de los precios al consumidor se redujo hasta una tasa media mensual de 1.1% al finalizar 1977. En los precios al mayoreo la media mensual de incremento fue de 0.5%, frente a 7.3% que resultó en 1976.

No obstante, la inflación promedio fue considerable durante 1977; el índice anual de precios al consumidor a nivel nacional fue superior en 29% al de 1976.

Sector Externo

Como efecto de la brusca alza de los precios internacionales en términos de un peso ahora flotante, las importaciones se redujeron drásticamente, auxiliada esta contradicción por la falla general en la inversión y por las medidas de austeridad del gasto gubernamental. Así, el déficit de México en sus operaciones comerciales con el exterior fue 49% inferior al del año de 1976.

Fue un gran apoyo para el sector externo el alza de precios de algunas exportaciones, como el café, y la iniciación de ventas masivas de petróleo crudo, renglón que es hoy nuestra más importante exportación.

El régimen de comercio exterior que se empezó a aplicar está orientado a eliminar el proteccionismo excesivo y promover la competitividad de la industria nacional. En un esfuerzo adicional para fomentar la exportación, se reimplantaron las devoluciones de impuestos a exportadores, que se habían eliminado a raíz de la devaluación; se incrementó la devolución, que ahora oscila entre 25% y 80% del valor exportado, según el grado de manufactura y de integración de costos nacionales. Sin embargo es notorio que no se ha aprovechado suficientemente, la ventaja adicional que significó la devaluación de 1976, ya que no se elevaron las ventas externas y en cambio aumentaron algunos precios en término de dólar, por lo que en ciertos casos se perdieron mercados ya conquistados.

La balanza de servicios registró un déficit de 3,3641 millones de pesos, que se explica en buena medida por la fuerte gravitación que adquirieron los intereses de la deuda dentro del total de egresos en cuenta corriente.

En el caso del turismo se observó que la afluencia de visitantes extranjeros durante 1977 aumentó en cerca de 5%, en base al año anterior, después de dos años de presentar variaciones negativas. Asimismo, el número de personas empleadas por las maquiladoras registró un incremento de 5.3%. Estos aumentos, sin embargo, no se vieron materializados en una mayor captación de divisas debido a que la depreciación cambiaría se tradujo en un sensible abaratamiento del precio, expresado en dólares, de dichos servicios.

El favorable comportamiento del turismo empezó a dejar sentir sus efectos positivos a

partir del segundo semestre del año, período en el cual el monto de ingresos por visitantes superó en 13% el registrado en 1976.

Conforme a lo programado, el endeudamiento neto externo del sector público se limitó a 67.740 millones de pesos1 en comparación con los 116,061 millones1 que por el mismo concepto se registraron durante 1976. Asimismo se logró el objetivo de mejorar el perfil de la deuda mediante la liquidación de pasivos a plazo menor de un año por el equivalente de 21,451 millones de pesos1.

Por otra parte y acorde con la nueva estrategia de utilizar el tipo de cambio como un instrumento de financiamiento del desarrollo y no como objetivo del sistema económico, se mantuvo, a lo largo de 1977, el régimen de flotación. De esta manera fue posible sostener un nivel cambiario realista y, al mismo tiempo, se evitaron fluctuaciones bruscas que alternaran el nivel de precios y el sistema financiero.

La evolución de los distintos renglones de la balanza de pagos permitió incrementar durante el año las reservas internacionales brutas, que se elevaron de 1,411 millones de dólares a fines de 1976 a 1,968 millones al concluir 1977.

Sistema Financiero

En el año de análisis la banca se recuperó de la crisis de intermediación que tuvo en 1976. Se desmoralizó la economía y ello implicó un sostenido aumento de la captación de recursos, que llegaron a 132 mil 879 millones de pesos en 1977.

Para fortalecer el sistema bancario, las autoridades flexibilizaron las tasas de interés a los depósitos en dólares, elevaron los pagos a depósitos a plazo fijo en moneda nacional y diversificaron los instrumentos financieros de ahorro interno.

Sin embargo el financiamiento fue muy retrasado respecto a la captación. La banca privada y la mixta apenas prestaron el 45% de los recursos que les fueron entregados por el público.

Para aumentar la disponibilidad y racionalizar el uso de fondos, atenuando simultáneamente los problemas de liquidez de las empresas, se modificó el régimen de encaje legal, determinándolo en 37.5%. Para fomentar la Alianza Popular y Democrática para la Producción, se estableció un nuevo cajón de crédito para la producción y distribución de productos básicos.

II. REVISIÓN DE LA CUENTA PUBLICA

La Comisión ha contado en la preparación de este dictamen con la valiosa ayuda de compañeros Diputados de varios Partidos. En las conversaciones sostenidas se ha llegado a la 1Estimado a base de la cotización promedio del dólar en el año, 22.58 pesos. convicción de que el análisis y debate de la Cuenta Pública pueden ser en mucho mejorados si la presentación de los elementos de estudio es más accesible, ya que la tradicional integración del documento contiene formatos contables, que exigen determinado conocimiento especializado para su examen. Consecuentemente, la Comisión ha elaborado tres cuadros que resumen la fundamental de la Cuenta Pública de 1977, con el espíritu de reflejar en ellos los aspectos que constitucionalmente deben analizarse: la gestión financiera - concretada a la comparación entre Ingresos Egresos y Financiamientos- y las variaciones existentes entre el presupuesto aprobado por la H. Cámara para 1977 y el presupuesto efectivamente ejercido por el Estado en ese año.

Resulta conveniente reducir las complejidades técnicas de la Cuenta Pública a un esquema general, necesariamente sumarizado, más comprensible, que al tiempo que permita identificar el origen de los ingresos y el destino final de los gastos, guíe el examen de cada uno de sus componentes, que se exponen detalladamente en el documento original, para que el análisis que por mandato legal hace esta H. Cámara, sea de plena comprensión, verdaderamente público.

La acción económica total del sector público federal se integra con lo que ejerce el Gobierno Federal en forma directa, por medio de sus Secretarías y Departamento de Estado, y lo realizado por los organismos y empresas de su propiedad.

Cabe acotar que los apoyos del Gobierno Federal a organismos y empresas paraestatales no sujetos a control presupuestal, así como los relativos a otras entidades públicas y privadas, quedan controlados y registrados como parte de la acción del propio Gobierno Federal; o sea que no hay ausencia de control, sino que éste asume diferentes formas; este control se ha venido perfeccionando a partir de la Reforma Administrativa, que implicó la responsabilización sectorial.

En el cuadro anexo se aprecian los ingresos y los gastos totales del sector público federal, del Gobierno Federal y de los organismos y empresas propiedad de éste. En los ingresos corrientes se incluyen como principales los derivados de los impuestos recaudados por el Gobierno Federal, los precedentes de la venta de bienes y servicios por el sector paraestatal. Los ingresos de capital, poco significativos en el total, se derivan de la venta de bienes, de valores y las erogaciones recuperables.

Los egresos o gastos comprenden los que se hacen por el funcionamiento administrativo del gobierno y de la operación de las empresas, denominadas gasto corriente, y los realizados en inversiones, que pueden ser de infraestructura por el Estado y los gastos que las empresas realizan para ampliar los bienes productivos; éstos se denominan gastos de capital.

También se individualizan los ingresos derivados de financiamientos y la amortización de estos préstamos.

Los resultados de restar los gastos de los ingresos son el déficit o superávit y se les denominan financieros, cuando no incluyen las operaciones relacionadas con los préstamos, y presupuestales si los consideran; en este último caso, el resultado representa variaciones en las disponibilidades en efectivo.

En esta presentación resumida se contabilizan dentro de los gastos del Gobierno Federal las transferencias (subsidios al comercio, industria, exportaciones e importaciones, participaciones a los Estados en ingresos federales y apoyos y subsidios al sector paraestatal). Estas transferencias a organismos y empresas propiedad del Gobierno Federal, cuando se destinan al subsector a control presupuestal, no aparecen ni como ingresos ni como gastos en las cuentas correspondientes a dichas cantidades, por lo cual se habla de "operaciones con cargo a recursos propios", diferenciándolos de aquellos que "incluyen el gasto con cargo a aportaciones del Gobierno Federal".

Las transferencias hechas por el Gobierno Federal, ya sea en forma de participaciones a los Estados en impuestos federales, subsidios al comercio, industrias y comercio exterior o transferencias por gasto corriente, de capital o para amortización de pasivo a los organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, requieren una consideración especial; gravan los gastos del Gobierno Federal y en consecuencia su situación financiera, aunque son efectuados por otras entidades.

Esto implica que en la determinación del gasto social - y por lo tanto en la determinación de los estados financieros, del nivel de endeudamiento y del resultado presupuestal del Gobierno Federal- gravitan aquellas transferencias; de hecho, representan una parte muy importante de los egresos totales. Cuando se pretende analizar los efectos de los gastos atendiendo a su destino final, los resultados financieros se alteran, ya que deben restarse de los gastos del Gobierno Federal y sumarse a los de Sector Paraestatal los apoyos y subsidios concedidos por el primero al segundo, siendo éste quien ejecuta realmente el gasto.

Planteados así en términos más realesles los resultados financieros en el Sector Público Federal, se aprecia también la influencia de las transferencias en su funcionamiento. El aumento del déficit paraestatal y la correlativa disminución del correspondiente al Gobierno Federal, reflejan la persistencia de una política de precios y tarifas en el primer sector que impide efectuar su capitalización con recursos propios y exige el apoyo con recursos fiscales, además del endeudamiento.

Se clarifica también que estos son los resultados de una política deliberada de flujo de recursos nacionales; las tesis de ineficiencia en las empresas públicas como causa fundamental del déficit público se contrarrestan estos hechos y se observa con claridad que estas entidades no pueden manejarse, en el esquema de economía mixta, con un criterio comercial, rentista o lucrativo.

Por otra parte, se hace evidente la necesidad de dotar en mayor medida de recursos propios a estas empresas, si bien no se desconoce la de guardar un equilibrio que impida la generación de presiones inflacionarios por la vía del aumento de los costos.

La gestión financiera del sector público federal en el año de 1977 fue satisfactoria. De acuerdo a las necesidades y posibilidades del país se instrumentó una política de reducción drástica del nivel de endeudamiento (50% menos que en 1976); más importante aún es el mejoramiento substancial que se logró en el perfil de la deuda. Si bien el monto de las amortizaciones fue superior al inicialmente proyectado, ello se debió a la conveniencia de aprovechar las condiciones favorables de los mercados de dinero para contratar financiamientos a largo plazo y solventar deuda de corto plazo.

Se pusieron en vigor medidas de administración fiscal que permitieron que los ingresos del Gobierno Federal superaran en 2.7% a los proyectados inicialmente; los organismos y empresas del Estado lograron elevar en 4.1% sus ingresos propios, al reestructurar algunos los precios de sus bienes y servicios.

Los egresos totales del Gobierno Federal fueron apenas 1.4% mayores que lo presupuestado. El sector descentralizado tuvo gastos 14.6% superiores a lo previsto, debido a la necesidad de cubrir amortizaciones superiores a lo esperado.

El gasto del sector público federal creció de 518.5 miles de millones de pesos en 1976 a 733.8 miles de millones de pesos en 1977, lo que representa un incremento de 41.5%. La relación entre el egreso total del sector público federal y el producto interno bruto que fue de 42% en 1976, presentó un ligero aumento en 1977, para alcanzar 44%. La proporción de los ingresos propios, excluyendo financiamientos, creció también, al pasar de 27% del PIB en 1976 a 29% en 1977.

En 1977 el gasto de los organismos y empresas controladas presupuestalmente representó el 48.4% del total, en tanto el del Gobierno Federal significó el 51.0% complementario. En 1976 las proporciones relativas fueron de 46.9% y 53.1%, lo que significa que la composición del egreso se movió en favor del sector paraestatal.

Por el lado de los ingresos, excluyendo financiamientos, el sector paraestatal contribuyó con el 51.4% en 1976 y el 52.1% en 1977, mejoría resultante de ajustes en sus precios y otras mejoras administrativas internas.

En relación con el año anterior, para 1977 en el sector público federal destacan los considerables aumentos en los ingresos propios (44.1% en conjunto) el crecimiento menos que proporcional en los gastos corrientes y de capital (29.3%), lo que permitió aumentar el esfuerzo de amortización de la deuda.

La búsqueda de una estructura de plazos más sana y los requerimientos crediticios para la capitalización, hicieron aumentar también

la contratación de financiamientos; sin embargo se refinanció deuda y se aplica una estricta austeridad en cuanto a contratar otros créditos, por lo que el déficit financiero, y en consecuencia el endeudamiento neto, fueron inferiores a los observados en 1976.

Estos resultados se deben especialmente a la gestión financiera del Gobierno Federal, que aumentó sus ingresos propios en 42.1%, en tanto sus gastos sólo crecieron 23.4% considerando el corriente y el de capital. En el sector paraestatal los aumentos en los ingresos totales fueron absorbidos por ritmos más acelerados de crecimiento del gasto y, especialmente, de la inversión; el endeudamiento neto se mantuvo a nivel similar el año anterior.

Las desviaciones presupuestales globales fueron de 8.3% en el ingreso y de 7.8% en el gasto, influidas, sobre todo, por inversiones en el financiamiento y en forma más que proporcional en la amortización; los ingresos propios totales se desviaron 6% del total previsto y los gastos con cargo a ellos en 5% sobre las estimaciones originales.

El endeudamiento neto del sector público federal en 1977 fue de 132,463 millones de pesos. Algunas duplicidades por transacciones financieras entre el Gobierno Federal y el sector paraestatal y por conducto de los intermediarios financieros deben ser eliminados, para conciliar con las cifras presentadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y para apreciar su incidencia real en relación con otras variables macroeconómicas.

El objetivo es corregir el persistente desajuste de las finanzas públicas, incrementando el ingreso y adecuando el gasto a posibilidades de financiamiento no inflacionarias, al disminuir las necesidades financieras influyó también en la reducción del ritmo de expansión de la base monetaria, por lo que no existió emisión de circulante, excepto para satisfacer normales demandas.

El incremento del producto interno bruto a precios corrientes se dio junto a un lento crecimiento de los billetes y monedas y un aumento acelerado en los saldos de las cuentas de cheques; este cambio de composición del medio circulante provocó un aumento del multiplicador monetario. Los billetes y monedas redujeron su tasa de crecimiento anual y las cuentas de cheques aumentaron al recobrar plenamente la confianza el público en el manejo de la economía nacional.

En sentido contrario, sobre el tamaño de la base monetaria actúan el incremento en la reservas internacionales, que aumentaron en 11,946.1 millones de pesos.

Lo anterior se reflejó en un crecimiento del medio circulante del 26.6% en 1977, aún alto, pero comparativamente menor que el de 1976.

En las páginas siguientes se analizan las operaciones de las entidades del sector público federal, presentando con mayor detalle los resultados de la gestión financiera, las variaciones presupuestales y el logro de objetivos sectoriales. El análisis incluido en la exposición de motivos y los estados analíticos que se anexan a la Cuenta Pública complementan este documento. Están también en los archivos de la Comisión, elaboraciones básicas globales que se utilizaron para preparar el dictamen, pero que no se incluyen para evitar recargarlo con voluminosas y en ocasiones repetitivas cifras estadísticas.

En cada uno de los apartados siguientes (gestión financiera, variaciones presupuestales y cumplimiento de los objetivos de los programas) se incluyen sucesivamente el análisis de las operaciones del Gobierno Federal, el de los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal, para culminar con el examen conjunto del sector público federal.

Al preparar los cuadros de apoyo se tuvo presente la conveniencia de no repetir ninguno ya incluido en el documento entregado de manera que reflejen la información adicional o ampliada que obtuvo la Comisión. Aún así, se omite la presentación de muchos detalles que harían excesivamente engorroso el análisis de este dictamen. Por ello se ha preparado un anexo que contiene el estudio minucioso de las operaciones del Gobierno Federal; el examen de todas las acciones del sector paraestatal, individualizando cada entidad, y un análisis sectorial del gasto y el ingreso público federales; la Comisión quiere destacar que ha obtenido información sobre el destino del gasto, individualizando aun las erogaciones incluidas en los renglones "inferiores a 20 millones de pesos", en cada una de las entidades, material que está a disposición de los ciudadanos Diputados, lo mismo que 60 cuadros estadísticos que fueron analizados en los textos incluidos en el anexo.

A. LA GESTIÓN FINANCIERA

De acuerdo con las disposiciones constitucionales la revisión de la Cuenta pública tiene como primer objeto conocer los resultados de la gestión financiera. Básicamente ello implica analizar los ingresos y egresos y apreciar las condiciones de financiamiento en que se operó.

En opinión de la Comisión, la revisión de la Cuenta Pública de 1977 permite afirmar que la gestión financiera fue satisfactoria y obedeció a las necesidades sociales y económicas del país.

El Gobierno Federal

En términos muy concisos, el examen de la Cuenta Pública revela que los siguientes fueron los objetivos más importantes de la política hacendaria fiscal del Gobierno federal.

a) Elevar substancialmente la recaudación fiscal en relación con el año precedente.

b) En especial, mejorar los rendimientos de los ingresos tributarios.

c) Atenuar las inequidades de la carga fiscal.

d) Financiar, de esta manera, el gasto del Gobierno con recursos propios en su mayor parte.

e) Abatir el ritmo de crecimiento del endedudamiento y el peso específico de la deuda pública dentro de los ingresos totales del Gobierno Federal.

En función de esos objetivos el análisis realizado puso en evidencia los siguientes resultados:

1. Efectivamente los ingresos globales del Gobierno se elevaron en términos muy considerables. En el año que se examina, los recursos captados por el Gobierno Federal aumentaron 25.3% sobre el total de 1976 (72,657 millones de pesos).

2. El aumento mencionado se debió, principalmente a la mejoría de los Ingresos Tributarios, que se elevaron en 44.6% sobre el año anterior. En el cuadro que se adjunta al presente Dictamen, se detalla el comportamiento de todos los rubros impositivos. Puede decirse que, en general, todos los renglones tributarios tuvieron mejorías importantes, pero se destacaron, en lo particular, los rendimientos del impuesto sobre la renta, los de producción y comercio, recursos naturales y de manera muy significativa, los impuestos a la exportación - producidos por la venta de petróleo al exterior.

3. La mejoría en los rendimientos del Impuesto sobre la Renta pudo hacerse compatible, con los propósitos de aliviar la carga fiscal sobre la población con bajos ingresos, al suprimirse o disminuir este gravamen en los términos de los artículos 56 y 75 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, relativos al ingreso sobre productos del trabajo.

Por otra parte estas medidas se complementaron con la eliminación de ciertas deducciones que favorecían al consumo suntuario en las empresas y con otras para desalentar la obtención de utilidades provenientes de la especulación o alzas injustificadas de precios.

4. Por su parte, los financiamientos a que tuvo que recurrir el Gobierno disminuyeron. En efecto, el peso específico del endeudamiento en el total de los ingresos, que en 1976 representó el 43.12% descendió al 35.49% en el año que se examina. Este descenso se explica, fundamentalmente, porque el incremento neto que ahora tuvo la Deuda Pública sobre el saldo de 1976 fue de 35.2%, cifra que contrasta de manera significativa con el aumento de 70.8% entre 1975 y 1976.

5. En suma, la estructura de los ingresos fiscales logró una notable mejoría al aumentarse el monto de los llamados ingresos ordinarios dentro del total (64.51%), y disminuirse, a su vez, la importancia de los financiamientos (35.49%). En 1976 los porcentajes fueron, respectivamente, 56.88 y 43.12%.

6. Por otro lado, el Gobierno tuvo que gastar 354,716 millones de pesos en total que, comparados con los ingresos globales que obtuvo (359,305 millones de pesos) le permitieron obtener un superávit presupuestario de 4,590 millones de pesos.

7. Para lograr estos resultados en su gestión financiera, el gobierno obtuvo financiamientos brutos (a través del endeudamiento interno y externo) por 124,487 millones. En esta cantidad se incluyeron 9,005 millones de pesos que corresponden a pasivos que tuvo que asumir el gobierno, en su mayor parte por cuenta de Sistema de Transporte Colectivo (8,003 millones de pesos) y de otras tres entidades paraestatales.

8. Por otra parte en 1977, el Gobierno cubrió 17,505 millones de pesos para amortización de deuda correspondiente a compromisos que se vencieron ese mismo año. Además se erogaron otros 12,051 millones para cubrir adeudos de ejercicios fiscales anteriores. Así, en total, se amortizaron 29,556 millones de pesos.

9. Deducida la amortización total de los financiamientos totales en que incurrió el Gobierno, se deduce que el nivel del endeudamiento neto del Gobierno se elevó a 97,931 millones.

10. En resumen, el saldo total de la deuda pública al término de 1976 ascendió a 370,293 millones de pesos. A partir de esta cifra, los diversos movimientos de la deuda que incluyen la nueva colocación, la asunción de pasivos, los ajustes por nuevo tipo de cambio, la deducción de la amortización y otros ajustes, elevaron el nuevo saldo total de la deuda pública, en diciembre de 1977, a 500,633 millones de pesos.

Los Organismos y Empresas

Para este análisis se utiliza la presentación conocida como "cuenta doble", cuya estructura permite conocer el resultado de la aplicación a los programas de ingresos y egresos, separando los que corresponden a la cuenta corriente, de la de capital y el endeudamiento. Del total se excluyeron 41,747 millones de pesos que corresponden a los subsidios y aportaciones, a fin de no duplicar su registro, ya que figuran dentro de los Estados consolidados del Gobierno Federal.

De la mayor captación de los ingresos sobre los egresos corrientes se obtuvo un ahorro corriente de 16,155 millones de pesos, superior al de 1976 o 0.8% y menor en 41.4% al presupuesto. Este ahorro corriente cubrió la tercera parte del déficit de capital; el resto se cubrió con financiamientos. Es conveniente resaltar que el déficit en cuenta de capital fue menor en 1977 en 2,214 millones de pesos, debido a un mayor ingreso.

El incremento de la deuda del Sector Paraestatal incluye no sólo sus contrataciones directas y a través de las instituciones nacionales de crédito sino también los traspasos crediticios que indirectamente recibieron del Gobierno Federal. Esta mayor contratación de deuda de los Organismos y Empresas propiedad del Gobierno Federal no representó un incremento neto importante, debido a que estuvieron en condiciones de amortizar a corto plazo. Estas operaciones crediticias estuvieron

debidamente integradas a las metas de endeudamiento publico de 1977.

Pese a que se realizaron esfuerzos para dotar al pueblo de ‚México de energéticos‚ticos, petroquímica, minería y siderúrgica, así como al deseo de propiciar el impulso de la generación y uso racional de tecnología, la formación de empresas industriales orientadas a la creación de empleos y generación de divisas y a la vigencia de la decisión de utilizar eficientemente la capacidad instalada, fomentar la producción y promover el consumo industrial de materias primas nacionales con objeto de reactivar el crecimiento programar el desarrollo y elevar el nivel de vida social, factores que podrían haber significado un fuerte incremento de la deuda del Sector Paraestatal, este aumento fue de 0.2% respecto al incremento del año anterior y 13.2% en relación al endeudamiento. Estos incrementos reflejan los esfuerzos de la Administración por sanear su economía y lograr el equilibrio financiero del sector Paraestatal.

Destaquemos que al aumentar la amortización de deuda de 59.6% por encima de lo presupuestado, se propició que el endeudamiento neto de 34,523 millones de pesos en 1977 se mantuviera casi en el mismo nivel que el de 1976, que fue de 34,453 millones de pesos.

De los financiamientos obtenidos por el Sector Paraestatal la mayor proporción se obtuvo el exterior, correspondiendo al sector industrial el monto más elevado. La considerable captación en el exterior (80,690 millones de pesos) se debió principalmente a una mayor rotación de los créditos revolventes y a la necesidad de hacer frente a un amplio programa de inversiones productivas.

Por lo antes dicho, la colocación de deuda aumentó en 53,434 millones de pesos respecto al año anterior y 32,831 millones en comparación a lo estimado. El financiamiento interno fue superior al de 1976 en 27.3% y 103% respecto a lo estimado. La captación de recursos externos superó 23.9% al estimado.

El análisis de la deuda pública del Sector Paraestatal denota que la mayor colocación corresponde en buena medida al aumento de la amortización, pues los gastos dirigidos al pago de deuda se incrementaron en 53,355 millones de pesos, 154% más que lo amortizado durante el ejercicio anterior y 32,831 millones más que lo presupuestado para este concepto. De la misma forma corresponde a la amortización externa la mayor diferencia, pues superó en 144.0% a la de 1976 y 56.6% a la estimada.

La amortización interna tuvo también incrementos considerables, superando en 64.6% la estimación original.

La amortización de pasivo externo fue superior a la amortización del interno, a pesar de las desviaciones del sector industrial, originadas por los pagos anticipados de pasivos a corto plazo y al proyectado traslado al Gobierno Federal de la deuda contratada por el Banco de México y la contraída por el Gobierno Federal a través de la Comisión Federal de Electricidad, ya que la estimación de la deuda por contratos de septiembre a diciembre de 1976 resultó en condiciones diferentes, lo que originó una amortización mayor a la prevista.

Por su parte PEMEX hizo pagos anticipados de pasivo a corto plazo, lo que redujo considerablemente durante el último trimestre de 1976 y principio de 1977; captó financiamiento cuyos vencimientos ocurrieron en este último ejercicio, por lo que no se consideraron en el presupuesto original.

Por lo que respecta al servicio de la deuda del Sector Paraestatal, su ejercicio se vio incrementado respecto a lo estimado en 30,137 millones de pesos, como consecuencia de las necesidades de inversiones; principal fue también en este rubro el sector industrial, cuyo impulso es imperativo para el desarrollo nacional.

La política de endeudamiento permitió disminuir el gasto por concepto de intereses, comisiones y gastos de la deuda en 2,694 millones de pesos respecto a lo estimado y aumentar el monto de la amortización 32,831 millones de pesos, también en relación a lo estimado.

Las cifras anteriores corresponden a los estados contables incluidos en la Cuenta Pública. Sin embargo la Comisión juzgó adecuado efectuar un análisis de la contabilidad patrimonial de las empresas y organismos descentralizados.

El detalle figura individualmente en el anexo del Dictamen; a continuación se resumen los principales resultados que arroja la compulsa de los estados financieros de estas entidades, agrupados de acuerdo al sector administrativo a que pertenece cada una.

El decaimiento de la economía mexicana en 1977 ocasionó un efecto doble en el sector de organismos y empresas del Estado; por un lado, la contracción general de la actividad económica de la industria, el comercio y los servicios privados ocasionó una menor demanda y ventas de los productos y servicios que produce el Estado. Con ello decrecieron los ingresos del sector, debilitando las finanzas públicas al requerirse apoyos no presupuestados.

Por otro lado, fue imperativo que algunas empresas estatales estratégicas impulsaran a la economía en forma sostenida, tanto para impedir un mayor decaimiento global, como para no contribuir a mayores presiones inflacionarias derivadas de una menor producción de bienes y servicios.

El sector energético ejemplifica esta política. Sin embargo, no fue el único ya que, en forma similar a la de los años anteriores, la acción del Estado a través de sus empresas impidió una reacción mayor al inducir las operaciones de sus industrias, servicios asistenciales, comerciales y de transporte a un ritmo más acelerado.

El análisis de las páginas siguientes, está basado en la "Contabilidad Patrimonial" de los organismos y empresas propiedad del gobierno federal, derivado de los Estados financieros de la Cuenta Pública.

Durante 1977 los activos consolidados de los organismos y empresas del Estado, ascendieron a 638 miles de millones de pesos, 34.5% por encima de los 474 miles de millones correspondientes a 1976. De ellos, 72% son activos fijos integrados básicamente por bienes de producción (46%), obras en proceso (15%) y bienes muebles e inmuebles (casi 9%).

A pesar de ello, perdió dinamismo la tendencia de años recientes, en tanto el valor de las ventas consolidadas del sector paraestatal (225 miles de millones de pesos), representó 10.1% del producto interno bruto, (2,215 miles de millones de pesos corrientes) proporción que fue de 11.6% en 1976 y 8.3% en 1970.

A pesar de ello, perdió dinamismo la tendencia de años recientes en tanto el valor de las ventas consolidadas del sector paraestatal (225 miles de millones de pesos), representó 10.1% del producto interno bruto (2,215 millones de pesos corrientes) proporción que fue de 11.6% en 1976 y de 8.3% en 1970.

A precios corrientes, las ventas consolidadas de las empresas paraestatales aumentaron en 45% respecto a 1976, al ascender a 155 mil millones de pesos. En la misma proporción crecieron los ingresos totales, que llegaron a 228 mil millones de pesos en 1977.

Es interesante mencionar que, de los ingresos totales, en 1977 los gastos de administración representaron 6.9% proporción que en 1976 fue de 7.4%. También es relevante que los impuestos cubiertos por estas entidades hayan pasado de 9.7 a 19.8 miles de millones de pesos (más del 104%) con lo cual este renglón, que representó 6.1% de los ingresos totales de la economía paraestatal en 1976, llegó a 8.7% en 1977.

Los subsidios aumentaron en 60%, de 7.5 a casi 12 mil millones de pesos, como resultante de la contracción relativa de los niveles de ventas, por ende de ingresos, explicables en la menor demanda de los demás sectores de la economía. Para no agravar la disponibilidad de capital de trabajo y la estructura financiera de estas empresas, fue apuntalada su operación con subsidios a fin de no inducir a una captación crediticia en el mercado comercial de dinero, que hubiese contraído el potencial de recursos bancarios disponible a la inversión privada. Finalmente, el resultado consolidado del ejercicio que en 1976 arrojó pérdidas por 4 mil millones de pesos, en 1977 acusa un saldo positivo de 2,265 millones.

El sector paraestatal generó en 1977 recursos por 128 mil millones de pesos, provenientes en 54% de ingresos propios y el resto 46%, por ampliación de pasivos (33%), aportaciones del Gobierno Federal (9%) y en pequeña medida por decrementos de inversiones y ajustes intersectoriales.

El destino de esos recursos fue la adquisición de bienes de producción por 74 mil millones, inversiones en proceso por 30 mil millones, y casi 17 mil millones en la adquisición de activos (58,23 y 13% del total); el restante (6%) se aplicó a reducciones de pasivos financieros. Así, los recursos erogados llegaron a 124 mil millones de pesos , por lo que el capital de trabajo aumentó en casi 4 mil millones de pesos en 1977.

Al 31 de diciembre de 1977 los saldos insolutos del pasivo titulado del sector paraestatal consolidó el equivalente a 286 mil millones de pesos por concepto de capital y 77.5 miles de millones de pesos por intereses, cuyos vencimientos conforme a la Cuenta Pública de ese año son como sigue:

Dar doble click con el ratón para ver imagen

El pasivo de la economía paraestatal fue distribuido sectorialmente como sigue:

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Se desprende que el grueso del apasivamiento del sector paraestatal descansa en las actividades de mayor densidad económica y más alta rentabilidad, lo cual permite suponer que es más factible su control y el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

El Sector Público Federal

El resultado de las actividades financieras del Sector Público Federal arroja un ahorro corriente de 48,370 millones de pesos, que representan una cuantía superior de los ingresos sobre los gastos correspondientes. No así los ingresos de capital, que son inferiores en 177,246 millones de pesos a los gastos. En consecuencia, el déficit financiero fue de 128,876 millones de pesos, financiado a través del endeudamiento neto (132,463 millones de pesos) generando un superávit de 3,578 millones de pesos.

El déficit financiero del Gobierno Federal tiene como origen, entre otros,los subsidios a los sectores de la población que otorga a través del Sector Paraestatal, como una toma de apoyar la economía de los grupos de más bajos ingresos, y el crecimiento de la inversión. El

déficit de los Organismos y Empresas revela la incapacidad de éstos para financiar su expansión con recursos propios. En conjunto denotan la insuficiencia de los ingresos públicos para atender todos los renglones de gasto que garanticen su operación eficiente y su expansión requerida por el crecimiento económico.

El aumento del ahorro corriente del Sector Público Federal (14.3% respecto a lo presupuestado y 44,990 millones de pesos en relación a 1976) y el aumento del déficit en la cuenta de capital de 4.7% respecto a la estimación original, se combinan para determinar un déficit inferior en 9,330 millones de pesos al de 1976 y sólo 1.5% superior al presupuestado. Las inversiones realizadas en 1977, por 207,031 millones de pesos superaron en 22,771 millones (12.4%) a lo estimado originalmente y en 50,953 millones (32.6%) a lo ejercido en 1976 y explican el déficit financiero y el endeudamiento.

El endeudamiento neto, sin incluir ajustes por variación en el tipo de cambio de algunas monedas y excluyendo la asunción de pasivos por parte del Gobierno Federal, fue de 132,463 millones de pesos (4.4% superior al presupuesto), lo cual permitió abrir el déficit financiero y aumentar la disponibilidad de efectivo en 3,587 millones.

Se respetaron los límites fijados por el Congreso para el endeudamiento neto del sector Público Federal. De los financiamientos obtenidos durante el ejercicio presupuestal de 1977 la mayor parte fue dirigida al Sector Paraestatal, a fin de que estuviera en condiciones de cubrir los requerimientos económicos de sus programas de inversión y acelerar la amortización de su pasivo a corto plazo.

El servicio de la deuda del Sector Público tuvo una disminución en el renglón de intereses, comisiones y gastos de 10,507 millones de pesos, respecto al gasto presupuestado para este concepto. En comparación al año anterior, en el ejercicio que se analiza hubo un aumento en el pago de deuda de 136.0% y de 59.0% en lo que hace al pago de comisiones, gastos e intereses de la deuda. Por su parte los adeudos ejercicios fiscales anteriores fueron inferiores en 391 millones de pesos a los de 1976 y 7,113 millones de pesos menos que lo previsto en el presupuesto.

Los datos denotan que se atendió debidamente la ampliación del servicio de la deuda, pagándose por intereses comisiones y otros gastos cantidades inferiores a las presupuestadas y acentuándose el esfuerzo en la liberación de deuda, especialmente en el Sector Paraestatal, mediante nuevos financiamientos, que facilitaron que el actual saldo de deuda pública federal tenga una más sana estructura de plazos e intereses.

B. VARIACIONES PRESUPUESTALES

El segundo objetivo que tiene la revisión de la Cuenta Pública, según lo dispone la Constitución, es "comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el presupuesto".

En función de la estructura del egreso autorizado por la H. Cámara de Diputados, la forma adecuada de efectuar esa comprobación es analizar la magnitud de las variaciones entre el presupuesto efectivamente ejercido y el originalmente aprobado.

Es necesario por tanto evaluar si fueron tales variaciones realizadas dentro de los límites de flexibilidad presupuestal que la propia Cámara autorizó en el momento de aprobar el presupuesto o mediante otras disposiciones jurídicamente válidas. También conviene apreciar si hubo imperativos económicos o sociales que hicieron imprescindible efectuar algún cambio.

La conclusión que la Comisión deriva de la revisión que hizo de la Cuenta Pública de 1977, es que el uso y distribución de los fondos públicos se ajustó a los criterios señalados por el presupuesto y que las variaciones registradas fueron justificadas por las necesidades del país y estuvieron amparadas en las correspondientes disposiciones legales.

El Gobierno Federal

A pesar de las muy serias dificultades económicas y de operación que tuvo que enfrentar el Gobierno durante el año de 1977 a consecuencia de las crisis post devaluatoria, se hizo un gran esfuerzo por formular una adecuada programación del gasto y por ajustarse a su ejercicio real a los montos originalmente previstos.

En lo particular, se debe tener presente en esta parte del análisis que la aplicación del egreso gubernamental en 1977, se realizó en el marco concurrente de dos acciones mayúsculas de racionalización, emprendidas por la Federación en 1977: la reforma administrativa, por una parte, y la formulación del presupuesto con una orientación prográmatica.

En rigor, estos dos grandes propósitos no pueden considerase como medidas susceptibles de realizarse de manera inmediata, sino que constituyen un proceso, que tiene que afinarse permanente hasta lograr, en forma paulatina, todos sus propósitos. Así la reforma administrativa implica necesariamente el enfrentamiento de múltiples dificultades, que se derivan de la reagrupación por sectores de diversas funciones y dependencias del Gobierno y- lo que quizá es aún más importante- la transferencia y la readaptación de importantes contingentes de personal técnico y administrativo. Por otro lado, la ejecución eficaz de un presupuesto por programas requiere- como lo demuestra la experiencia de otros países - de una gran capacidad técnica, organizativa y de operación, que demanda varios años para consolidarse en términos de su máxima eficacia.

Es lógico, entonces, que todos estos problemas, especialmente cuando concurren en los inicios de un nuevo régimen de Gobierno, afecten substancialmente el ejercicio de su presupuesto.

El examen de la Cuenta Pública , realizado en función de las consideraciones anteriores,

sobre el ejercicio del presupuesto permite derivar, como algunas de las más importantes conclusiones, las siguientes:

1. La diferencia del presupuesto autorizado del gobierno y el gasto efectivamente ejercido puede considerarse, en término globales, como de importancia mínima. En efecto, los 5,099 millones de pesos gastados de más, sólo representan el 1.5% del presupuesto original. Desde este punto de vista, es válido afirmar que el ejercicio presupuestal se ajustó, en los términos más rigurosos posibles, al monto originalmente aprobado;

2. Internamente, dentro del presupuesto, la aplicación de las diversas asignaciones señaladas para cada uno de los ramos específicos (Secretarías y Departamento de Estado) y para los ramos generales que integran la clasificación administrativas del gasto, sufrió diversas y, en ciertos casos, importantes variaciones. No obstante, en conjunto, unas alteraciones se compensaron con otras y, como ya se mencionó antes, el gasto efectivo global sólo tuvo una mínima variación en relación con el presupuesto original.

3. Las variaciones más significativas hacia el alza fueron, en su orden, las que se observaron en el gasto de la Presidencia de la República, la Secretaría de Gobernación, de Salubridad y Asistencia y el Departamento de Pesca. Por lo contrario, los presupuestos ejercidos, por las Secretarías de Asentamientos Humanos y Obras Públicas. Comercio. Patrimonio y Fomento Industrial y Agricultura y Recursos Hidráulicos muestran, también en su orden, las diferencias más importantes de gasto por debajo del presupuesto asignado.

4. En los denominados Ramos Generales, el rubro de inversiones tuvo un sensible incremento 93.3% sobre el presupuesto original y el renglón de Deuda Pública se ejerció con una diferencia de 21.4% por debajo de lo estimado.

5. Los factores más importantes, que objetivamente explican estas variaciones internas del presupuesto son: la necesidad urgente que tuvo el gobierno de realizar varias adquisiciones importantes; los incrementos de los sueldos y salarios aprobados en mayo y septiembre de 1977, que repercutieron sobre toda la Administración Pública; y, fundamentalmente, los diversos cambios en la estructura orgánica y funcional de los ramos el Ejecutivo, originados por el proceso de la Reforma Administrativa.

Por cuanto se refiere a las inversiones financieras, su variación se explica detalladamente en la Cuenta Pública por los respaldos del Gobierno a los sectores industrial, agropecuario y administrativo, a través de la Constitución y apoyo a varios fideicomisos y entidades incorporadas a los diversos sectores.

6. Finalmente, en el capítulo de Deuda Pública que dentro de la clasificación administrativa del gasto tenía previsto originalmente destinar 80 mil 670 millones de pesos para el llamado servicio de la Deuda Pública (que incluye amortización, intereses, comisiones y otros gastos conexos), sólo se aplicaron, finalmente, 63,807 millones; esto es, 21.1% menos de lo previsto. Estas variaciones se explican con detalle en el propio documento de la Cuenta y se deben, principalmente, a pasivos no asumidos por el Gobierno en diversas entidades del sector público, mismos que inicialmente se previó cubrir;

operaciones que en el curso del año no se consideró necesario realizar. Estas economías, se deben, también, al ahorro en el pago de intereses, comisiones y gastos por una menos contratación de los créditos y la no aplicación de varias cantidades previstas para cubrir eventuales pérdidas cambiarias.

A continuación se examina, de manera más detallada el comportamiento de los componentes más importantes del ingreso y el gasto gubernamental en función de sus distintas variaciones.

La comparación de las cifras del ejercicio fiscal de 1977 sujeto a dictamen con los propuestos aprobados en su oportunidad por esta Representación Popular y con los datos correspondientes al año anterior, permite evaluar el equilibrio financiero y las desviaciones producidas sobre el presupuesto, así como cuantificar los esfuerzos realizados para satisfacer los objetivos de política económica y social aprobados por el H. Congreso de la Unión.

Los Ingresos Gubernamentales

El análisis del cuadro adjunto, muestra que los ingresos ordinarios estimados para el ejercicio de 1977 ascendieron a 214,223 millones de pesos y los recaudados excedieron en un 8.2% a la estimación del año, que en términos absolutos arroja la cifra de 68,727 millones de pesos.

Así, en ateria tributaria, el principal objetivo fue el de incrementar la recaudación, para hacer frente a los aumentos imperativos del gasto público, pero tratando, al mismo tiempo, de hacer compatible esta finalidad con la de beneficiar a los sectores de la población con más bajos ingresos, mediante la disminución de sus gravámenes.

Dentro de los ingresos tributarios se presentaron incrementos muy considerables por concepto de impuesto sobre la renta; en esa circunstancias a los ingresos totales por este concepto, las empresas y las personas físicas contribuyeron en porciones similares. No obstante, los gravámenes a personas físicas por concepto de producto del trabajo representaron casi el 90% del total y sólo el 10% restante recayó sobre los productos o rendimientos de capital.

Dentro del conjunto de adecuaciones fiscales realizadas en el ejercicio que se examina, se eliminaron las deducciones por depreciación y gastos incurridos en automóviles de lujo a los causantes del impuesto al ingreso global de las empresas, para desalentar la canalización excesiva de recursos hacia fines suntuarios. Por otra parte, y con el objeto de que se recuperasen los niveles de productividad se redujo el plazo en pérdidas de

amortización ocasionadas por la devaluación. Se estableció un mecanismo para entorpecer la obtención de utilidades que correspondieran a maniobras especulativas o bien a alzas injustificadas de precios, como lo indica el propio documento de la Cuenta, la tasa de utilidades brutas excedentes obedeció a este propósito y no específicamente a un fin recaudatorio. La captación de impuestos relacionados con la explotación de recursos naturales, aumentó en 11.0% en relación a lo presupuestado; por su parte, los ingresos del rubro petrólero crudo y sus derivados no alcanzaron la meta programada, de 2,824 millones en las estimaciones iniciales y sólo se recaudaron 2,718 (4.0% menos).

Los impuestos a las industrias y sobre la producción y comercio, a la tenencia o uso de bienes y a servicios industriales, superaron en un 11.6% a lo programado en 1977, habiéndose captado por este concepto 47,879 millones.

La supresión de las exenciones de impuestos que disfrutaban los expendios de gasolina de la zona fronteriza y los concesionarios del servicio público de carga, permitió elevar estos ingresos tributarios en un 9.0% sobre la estimación original. Como consecuencia de la adecuación de algunas disposiciones fiscales en razón de las condiciones económicas prevalecientes, se efectúo una revisión de las tasas impositivas sobre algunos productos de consumo no necesario, como cerveza, alcohol, tabaco y automóviles, restableciendo la carga fiscal de estos productos, que había disminuido por los constantes incrementos en sus precios.

También se tomaron, medida para reorientar el consumo gravando los artículos no indispensables, que pueden calificarse como bienes suntuarios.

En 1977 se captaron 40,507 millones de impuesto federal sobre ingresos mercantiles, 121 millones de pesos menos que los presupuestados originalmente. Este descenso se originó en diversas medidas adoptadas para suprimir algunas exenciones injustificadas o innecesarias (industria cinematografía, arrendamiento de negocios, industrias y comerciales, etc.) y por la reubicación en tasas especiales de algunos productos no indispensables, contribuyendo a racionalizar el consumo.

Los efectos de la devaluación el sector externo de la economía ocasionaron una contracción sensible de los impuestos a la importanción en tanto que la recaudación por impuestos a la exportación aumentó considerablemente, en su mayor parte debido a las remesas de petróleo crudo y sus derivados.

Los ingresos no tributarios fueron de 10,905 millones de pesos (inferior en 1,622 millones a los presupuestados) y no alcanzaron las metas programadas, ya que la percepción por concepto de derechos por la prestación de servicios público se sobreestimó y el volumen real quedó 33% por abajo.

Los ingresos por concepto de productos y aprovechamientos superaron las metas programadas con 7.1% y 15.0% respectivamente.

En los ingresos de capital, por ventas de bienes y de valores y por recuperaciones, se obtuvieron 2,947 millones, que representan un 227.5% de aumento en relación a la estimación original, que fue de 900 millones.

Los Egresos Gubernamentales

El ejercicio del Presupuesto buscó iniciar la reactivación de la economía y dinamizar sus sectores prioritarios, a la vez que enfrentaba la restricción impuesta por la necesidad coyuntal de controlar la crisis, contribuyendo así a reducir la inflación y a restaurar la confianza en nuestra economía, a fin de detener la salida de capitales y la creciente dolarización. También debió plantearse la reducción del ritmo de endeudamiento oportuno de los compromisos contraídos con el exterior.

En este contexto, el presupuesto inicial limitaba la expansión del gasto corriente a lo estrictamente necesario y otorgaba prioridad a la formación de capital, a través del programa de inversiones públicas. Dadas las restricciones, se buscaba concentrar los esfuerzos en los sectores estratégicos, mediante la austeridad en renglones menos urgentes.

El ejercicio del presupuesto de egresos del Gobierno Federal en 1977 ascendió a 354,716 millones de pesos que, en relación con los 349,617 millones previstos, implica un incremento por encima de lo autorizado, del 1.5% equivalente a 5,099 millones de pesos. Aún cuando internamente existieran varias diferencias entre los diversos rubros que componen el egreso del gobierno, cabe destacar el esfuerzo gubernamental por ajustarse en términos globales lo más estrictamente posible a los niveles autorizados de gasto, puesto que la desviación entre el ejercicio y el presupuesto originalmente aprobado fue prácticamente no significativa.

Para facilitar la revisión de la Cuenta, en un solo cuadro se han concentrado los datos de volumen de bienes y servicios que se utilizan, el monto de los recursos que se transfieren, la contribución que hace el gobierno a la capitalización del país y las modalidades de la mortización de la deuda pública.

El análisis revela que la cuenta corriente registró una economía sobre el presupuesto de 2,172 millones de pesos; aumentaron el ejercicio del gasto las transferencias por 16,255 millones de pesos, los servicios personales, 4,574 millones que, adicionados, dan un total de 20,829 millones de pesos de incremento sobre el original de 1977. El renglón de servicios personales muestra, en su conjunto, un incremento originado principalmente por el aumento de los sueldos y salarios otorgados por el Ejecutivo Federal durante el mes de septiembre de 1977.

Para lograr mayor actividad productiva del sector paraestatal, fideicomisos y otras entidades del sector público federal, se ha instrumentado un sistema de control que permite mayor coordinación entre éstos y sus cabezas de sector, a fin de contar con instrumentos

idóneos para llevar a cabo los programas del Gobierno.

El monto total de recursos transferidos por el Gobierno al sector paraestatal y a otras entidades fue de 189,821 millones de pesos. Este volumen incluye transferencias corrientes de capital e inversiones financieras.

Los recursos totales aplicados a estos conceptos fueron superiores en 39,770 millones al presupuesto original. De la distribución de este total de recursos transferidos, corresponden el 49.5% a gasto corriente y 50.5% a las transferencias de capital del mismo presupuesto original.

Atención especial merecen las transferencias que el Gobierno Federal efectúa hacia los organismos y empresas sujetas a control presupuestario, las que tiene por objeto reforzar a estas instituciones, así como los subsidios al comercio, industria, importación y exportación y las participaciones a los Estados y municipios en ingresos federales. En conjunto, las transferencias corrientes ascendieron a 90,571 millones de pesos y con 21.9% superaron a las aprobadas; las de capital importaron 36,053 millones de pesos siendo este monto 16.1% inferior a lo presupuestado originalmente.

Las inversiones financieras se destinan a la adquisición o inversión en bienes muebles, acciones, bonos, obligaciones y títulos de crédito en general. El gasto ejercido por este concepto en 1977 fue de 63,197 millones de pesos. Las inversiones realizadas en los organismos y en las empresas sujetas a control presupuestal, resultaron menores en 102 millones de pesos al presupuestado estimado.

La variación que se observa dentro del concepto de "otras inversiones financieras" por 30,555 millones de pesos (154.2% sobre lo aprobado) se explica por la necesidad de canalización de recursos mayores hacia fideicomisos y otras cantidades para el apoyo a los sectores agropecuario e industrial, destacándose los que corresponden a Comisión federal de Electricidad, Ferrocarriles Nacionales de México, Producto Pesqueros Mexicanos, Siderúrgica Lázaro Cárdenas Las Truchas, y otras empresas, interese de la deuda azucarera y faltante de la liquidación de la producción de azúcar 1976-1977, nuevos ingenios azucareros, teléfonos de México, Fondo Nacional de Fomento Turístico y el Fondo de Financiamiento del Sector Público, entre las principales. Este último, absorbió 32,783 millones y el 65,08% del total del renglón de las llamadas "otras inversiones financieras".

El total de 32,783 millones de pesos que aparece como inversión financiera del Fondo de Financiamiento del sector público, tuvo como objetivo canalizar recursos crediticios captados por el Gobierno Federal a diversas entidades paraestatales.

En 1977 el déficit del Gobierno Federal, fue de 93,341 millones de pesos, inferior en un 3.2% a lo presupuestado. Durante este período, el déficit estuvo integrado por 32,215 millones de pesos de ahorro en cuenta corriente, recursos que fueron canalizados para financiar en parte los 125,556 millones del déficit en cuenta de capital.

Para cubrir el resto del déficit en cuenta de capital, fue necesaria la colocación de empréstitos que ascendieron a 127,487 millones suma a la que restándole la amortización del capital del año en curso, que fue de 17,505 millones, y la amortización de capital de años anteriores por 12,501 millones, arroja un endeudamiento neto de 97,931 millones; al restar esto al déficit financiero, se obtuvo un superávit presupuestario de 4,509 millones de pesos.

Para cubrir el déficit financiero de 1977 se contrató deuda por 127,487 de pesos, correspondiendo a créditos internos 71,682 millones de 55,805 a créditos externos.

El Gobierno Federal tuvo su principal apoyo en el usos de recursos financieros internos, gracias a la recuperación del sistema bancario y flujo de capitales provenientes del exterior, que antes habían abandonado el país.

Es pertinente mencionar que en los 127,487 millones de recurso crediticios captados y luego canalizados a diversos destinos, se incluyen 9,005 millones de asunción de pasivos y 27,490 millones que se asignaron a diversas entidades del sector público. Entre ellas destacan Nacional Financiera, S. A., Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad, Banco Nacional de Crédito Rural y Banco Nacional de Comercio Exterior, de aquí se deduce que el Gobierno Federal utilizó para sus fines únicamente la cantidad de 90,992 millones del total de este endeudamiento. El 56.2% correspondió a deuda interna y el 43.8% restante a la deuda contratada por el exterior.

El endeudamiento neto incurrido para financiar el déficit presupuestal fue de 97,931 millones de pesos, de los cuales 46,306 millones provinieron de fuentes internas. (43.3%) y 51,625 procedentes del exterior (53.7%).

El saldo de la deuda externa total del Gobierno Federal ascendió a 164,964 millones y el saldo interno fue del orden de los 335,699 millones de pesos. Se obtiene un total en el saldo de la deuda de 500,633 millones de pesos, monto de 6.8% en relación a lo presupuestado. La deuda aún se mantiene dentro de límites tolerables y el Gobierno Federal hizo frente al servicio de la deuda en forma rigurosa, conforme a compromisos contraídos. Por concepto de amortización de deudas y pago de intereses se liquidaron 51,340 millones de pesos y 12,467 de adeudos fiscales de años anteriores; en conjunto, el servicio de la deuda presentó el 18.0% del gasto total.

Organismos y Empresas.

Los ingresos presupuestales de los organismos descentralizados y de las empresas propiedad del Gobierno Federal sujetos a control, se estimaron originalmente en 327,620 millones de pesos, habiéndose logrado una captación de 14.3% por encima de lo

presupuestado. Los renglones de mayor ingreso fueron los de capital y financiamientos habiendo incrementado 87.1% y 43.0%, respectivamente, sobre lo presupuestado.

Los ingresos totales, es decir los corrientes, de capital y por financiamientos, aumentaron sectorialmente como sigue: en el sector comercial 9.0%; en el industrial 21.5%; desarrollo social 2.8% y transportes y comunicaciones, 8.8%.

Cabe anotar que de las 27 empresas y organismos controlados, diez lograron superar el presupuesto original de ingresos. Algunas variaciones relevantes en los ingresos, por empresa, fueron los incrementos en comparación con lo previsto de 110.2% registrado en el INDECO; 40.0% en PEMEX; 20.6% en CONASUPO; 19.0% en el Ferrocarril del Pacífico, y 15.0% en la CFE.

Por contra, destacan disminuciones experimentadas en los ingresos presupuestados para la Forestal Vicente Guerreo, INMECAFE, Guanos y Fertilizantes, DINA y SIDENA, empresas en las que el ingreso obtenido efectivamente fue menor en 19.0, 26.7, 20.1, 20.3 y 45.7% respectivamente, en relación a la previsión original.

Es importante anotar que el financiamiento interno se incrementó sobre lo presupuestado en 103.8% y el externo en 23.9%; la procedencia del financiamiento fue en 34.1% de fuentes internas y en 65.9% de origen externo.

Las variaciones entre el financiamiento presupuestado y el ejercicio se reflejaron principalmente en el sector agropecuario y el industrial, en los que se evidenciaron incrementos de 29.6 y 52.3% respectivamente. Básicamente estas desviaciones fueron determinadas, en el primer sector, por Productos Pesqueros Mexicanos y en el segundo por PEMEX y la CFE.

El ingreso total de los organismo descentralizados y las empresas propiedad del Gobierno Federal descansa fundamentalmente en la contribución del sector industrial (62.40% del total) seguida por la del sector del desarrollo social (16.36% del total), destacando en el primero la participación de PEMEX (36.02%) y la CFE (14.08%).

Los sectores agropecuario y pesquero, comercial y transportes y comunicaciones y el de administración aportaron el 2.5, 9.9, 6.8 y 2.0% al total de ingresos de la economía paraestatal respectivamente.

Por lo que se refiere al presupuesto de egresos en cuenta corriente y de capital de los organismo y empresas la asignación original fue superada en 5.5% Atendiendo a su clasificación económica, las principales variaciones en los egresos corrientes se refieren al aumento de 31.4% por concepto de pagos de impuestos federales; erogaciones derivadas de ingresos por cuenta de terceros que resultaron mayores a lo previsto en 14.9% y, por otro lado los intereses con cargo a la operación disminuyeron en 14.4%. El aumento de estos gastos puede atribuirse al incremento de impuestos que hubieron de cubrir estas empresas.

La cuenta de capital experimentó alzas importantes sobre la asignación original; en forma contraria las inversiones financieras, los intereses con cargo a la inversión y los gastos en la conservación de bienes muebles e inmuebles disminuyeron en 87.0, 12.5 y 18.3% respectivamente.

Las principales variaciones en los egresos ejercidas respecto a los presupuestos se experimentaron en el sector industrial, cuyas erogaciones aumentaron en 22.3% sobre lo asignado presupuestalmente, y en el agropecuario, donde el ejercicio de gastos fue menor en 10.6% con respecto al presupuesto.

Por lo que toca a la liquidación del pasivo total de los organismo y empresas, fue incrementado en 59.6% sobre lo presupuestado. El pago de pasivos internos presentó un aumento de 64.6% sobre la asignación original y la cobertura de deudas con el exterior sobrepasó en 59.6% a lo previsto.

La estructura de los gastos totales, incluidos los que se hicieron con subsidios y aportaciones, se distribuyó en 59.6, 18.3, 10.0, 7.8, 2.4 y 1.7% para los sectores industriales, desarrollo social, comercial, transportes y comunicaciones, agropecuario y pesquero y administración.

Sector Público Federal

La política de ingresos del sector público federal fue encauzada a influir sobre los efectos de la crisis económica, por lo que se combinaron una serie de elementos, de tal manera que no obstruyeran el objetivo de aumentar la recaudación y permitiera influir para restablecer el equilibrio en el ingreso de los diferentes factores productivos.

No obstante que el aumento salarial fue sólo de 12% en 1977 y que modificaron algunos artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, suprimiendo o disminuyendo el gravamen, buscando beneficiar el sector de menores recursos con estas medidas, los ingresos del Gobierno Federal aumentaron.

La Ley de Ingresos vigente durante el año de 1977 dio como resultado que la recaudación superará a la estimación en 27,589 millones de pesos. Los ingresos corrientes, tuvieron un incremento de 2.9% en relación a lo estimado y 41.4% en comparación al ejercicio fiscal de 1976. Los ingresos de capital, que representan la venta de bienes y valores y las recuperaciones de capital, fueron superiores en 14,790 millones de pesos (98.6%) respecto a los estimados y prácticamente duplicó los de 1976.

El financiamiento del sector público federal ascendió a 24,980 millones de pesos, representado en 13.1% de aumento sobre la estimación.

La actividad del sector público federal se encauzó básicamente hacia la organización de los sectores productivos, dentro del marco de la política económica orientada hacia una participación adecuada en la producción y

el consumo de los sectores sociales que participan en la creación de la riqueza. El gasto público se ejerció fundamentalmente con esos fines, lo que se refleja en su estructura. Para impulsar este esfuerzo nacional se instrumentó la reforma administrativa, y el Gobierno de la República enfrentó los problemas de la actual crisis económica involucrando la participación de los sectores sociales, productivos ya administrativos del país, para facilitar la recuperación y propiciar la redistribución económica.

Así se tiene para financiar la ampliación de sus actividades el sector público federal erogó 406,629 millones de pesos del gasto corriente. Los gastos destinados a servicios personales ascendieron a 118,655 millones de pesos, de los cuales el sector paraestatal utilizó el 45.7% del total y el resto (54.3%) el Gobierno Federal.

Dentro de los gastos corrientes del sector público federal, los 116,624 millones de pesos correspondientes al renglón de transferencias fueron destinados principalmente a subsidiar tanto el consumo como la producción y la previsión social.

Por otra parte, los gastos de capital se destinaron al fortalecimiento económico del Estado, y al aumento de la producción, como lo demuestra por una parte la inversión financiera que representa la adquisición de títulos de crédito y por otro la inversión en obras públicas y construcciones que se canalizan al mejoramiento de los transportes, la irrigación, educación, salud pública, etc.

En total alcanzaron 207031 millones de pesos 12.4% más que lo presupuestados.

FONDO DE FINANCIAMIENTO

(Nota explicativa)

El gasto total real del Sector Público Federal para el ejercicio de 1977 fue 730,177 millones de pesos, de los cuales 167,555 millones correspondieron al pago de intereses, comisiones y otros gastos, así como la amortización de deuda pública y de adeudos de años anteriores. Si a éstos se les agregan 32,783 millones de pesos, del Fideicomiso Fondo de Financiamiento del Sector Público (para canalizar recursos crediticios captados por el Gobierno Federal a diversas entidades Paraestatales) y asunción de pasivos por 9,005 millones de pesos se obtiene un total de 209,343 millones, que restados a los consignados en el gasto total real de 1977, arrojan 520,834 millones de pesos que corresponden al total del gasto sectorizable.

El total de 32,783 millones de pesos que aparece como inversión financiera del Fondo de Financiamiento del Sector Público fue distribuido como se observa en el Cuadro Anexo.

La distribución de los recursos del Fondo afectará el análisis sectorial en la medida en que se incluyeran dentro de los apoyos en los ramos generales los concedidos a la Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos (Sector Industrial), al Banco Nacional de Crédito Rural (Sector Agrícola) y al Banco Nacional de Comercio Exterior (Sector Comercio), los dos primeros como transferencias al sector paraestatal y los dos últimos como apoyo en ramos generales.

No obstante, al alterarse también los grandes totales los efectos sobre la distribución sectorial porcentual no se afectan en forma significativa y tampoco el análisis sectorial presentado.

Los recursos canalizados hacia otras entidades por el Fondo, están reportados adecuadamente en el análisis de la Clasificación económica del gasto del Gobierno Federal y además no afectan la clasificación sectorial, por tratarse de entidades controladas por el Departamento del Distrito Federal (Sistema de Transporte Colectivo), entidades no controladas (Altos Hornos de México, S. A.) o instituciones financieras (Financiera Nacional Azucarera, S. A., Nacional Financiera, S. A., y Sociedad Mexicana de Crédito Industrial).

Para evitar cambios numéricos que hubiesen hecho difícil comprender el análisis, al alterar datos por ajuste, se decidió que el dictamen se fundara en los cuadros conocidos, agregando esta aclaración que permite ubicar en el sector descentrtalizado el impacto de los 32,783 millones de pesos que el Gobierno Federal efectuó como inversión financiera. La cifra está involucrada en los datos del sector paraestatal; adicionarlos a los cuadros del informe hubiese sido duplicar cantidades.

DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS

CAPTADOS A TRAVÉS DEL FONDO DE

FINANCIAMIENTOS DE SECTOR

PUBLICO FEDERAL

Entidad M. N. Importe Sistema de Transporte Colectivo 469.1 Comisión Federal de Electricidad 3,723.0 Petróleos Mexicanos 3,967.0 Banco Nacional de Crédito Rural 2,991.1 Banco Nacional de Comercio Exterior 3,535.0 Altos Hornos de México 793.0 Financiera Nacional Azucarera 476.0 Nacional Financiera 8,017.1 Sociedad Mexicana de Crédito Industrial 2,583.2 Subtotal 26,554.5 Recursos utilizados por el Gobierno Federal 6,228.5 Total 32,783.0

C. CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS

DE LOS PROGRAMAS

El tercer aspecto que debe cubrir la revisión de la Cuenta Pública es el "cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas". Es necesario subrayar que pese a los substantivos esfuerzos realizados para reestructurar el presupuesto federal y darle las características

de "presupuesto por programas", es evidente que un proceso tan complejo no puede concluirse en un par de años. Al iniciar 1977 se puso en vigor un plan para lograr a paso acelerado la reconversión de los sistemas contables y de preparación de presupuestos; los ajustes que esto exige se han hecho ya en las diversas dependencias; sin embargo, resulta prematuro aún esperar que el presupuesto se maneje por programas.

En lo que hace a 1977, el esfuerzo de adaptación básica es meritorio, pero aún no se dispone -ni se dispondrá en años- de información previa y posterior del gasto, que permita evaluar con certeza el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

Sin embargo, la Comisión procuró examinar los más significativos programas de los sectores administrativos, a manera de análisis que le permitiera opinar respecto al cumplimiento de objetivos de los programas presupuestales y estar -en consecuencia- en capacidad de completar la revisión de la Cuenta Pública en los tres aspectos que la Constitución ordena.

Especial atención se ha puesto en la inversión, motor del desarrollo, estructurando un cuadro -no contenido en la Cuenta Pública- que refleja con claridad el esfuerzo de producción y promoción que efectúa el Estado Mexicano.

Después de revisar la Cuenta Pública, la Comisión está en condiciones de afirmar que, en la medida que la situación económica y administrativa permite hacer una evaluación, los objetivos contenidos en los programas incluidos en el presupuesto de 1977 fueron satisfactoriamente alcanzados.

En congruencia con la política sectorial adoptada por el Ejecutivo Federal, para el análisis se utilizó la división en siete sectores de las entidades del Gobierno Federal y las del Sector Paraestatal. Dicho agrupamiento sectorial se funda en el inicio del cambio de un presupuesto tradicional a un presupuesto por programas. La adopción de un presupuesto de tal naturaleza permitirá, en la medida en que se vaya perfeccionando, el aprovechamiento racional de los recursos naturales y económicos con que se cuenta y obviamente los resultados tenderán a que el crecimiento económico obtenga índices más elevados, sobre todo en base a la situación real del país.

La inversión pública federal realizada en 1977 fue del orden de los 140,102.0 millones de pesos, que significó un aumento del 29% respecto a 1976. De esa cantidad la inversión que se canalizó al sector industrial fue del 45.1% para llevar a cabo programas prioritarios en energéticos, petroquímica, minería y siderurgia, así como para propiciar el impulso de la generación y uso racional de tecnología; la constitución de empresas industriales orientadas a la creación de empleos y generación de divisas; la utilización más eficiente de la capacidad instalada; el fomento de la producción y uso de técnicas, equipos y materias primas nacionales, con objeto de reactivar el crecimiento, promover el desarrollo y elevar el nivel de la actividad económica de todo el país.

CUADROS RESUMEN PARA EL ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DEL SECTOR PUBLICO FEDERAL En los cuadros anexos se presentan los principales datos para el análisis de la situación financiera del Sector Público Federal en conjunto, del Gobierno Federal y del Sector Paraestatal sujeto a control presupuestal, en la forma de cuentas dobles de ingresos y gastos.

A efecto de no repetir cifras y poder apreciar los resultados consolidados del ejercicio presupuestal, el primer cuadro resume los ingresos (corrientes, de capital y financiamientos) y los gastos (corrientes y de operación, de capital e inversión y amortización de la deuda); en los dos siguientes -dedicados a gobierno federal y sector paraestatal respectivamente- se detallan los conceptos que constituyen cada uno de los totales de ingreso y de gasto, para apreciar su composición.

El cuadro 4 presenta la estructura sectorial del Gasto Público Federal, que permite apreciar las prioridades en el ejercicio presupuestal. Dentro de dicho gasto, el de inversión resulta el de mayor importancia por los efectos multiplicadores que ejerce sobre el conjunto de la actividad económica; con el fin de destacar el esfuerzo del sector público por impulsarla, se incluye al final de un cuadro que presenta el destino por sectores de esta inversión. El análisis de estos cuadros resumen, así como el correspondiente a los de mayor detalle contenidos en la Cuenta Pública y a los elaborados para efectos de dictamen se han presentado en el cuerpo de este documento. Se incluyen aquí sólo explicaciones complementarias de las diferencias y formas de canalización del gasto total y del sectorizable y de cantidades transferibles por el Gobierno Federal a otras entidades financieras y no financieras mediante un Fondo, que en la Cuenta Pública no estaban suficientemente explicadas y sobre las cuales hubo de realizarse una investigación adicional.

Por lo expuesto:

Con fundamento en el artículo 74, Fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, y demás disposiciones legales, relativas, los suscritos, miembros de la Comisión de Presupuesto y Cuenta, someten a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o. Se ha revisado la Cuenta Pública del Gobierno Federal y de sus organismos descentralizados y empresas de participación estatal,

correspondiente al ejercicio fiscal de 1977.

Artículo 2o. La gestión financiera fue satisfactoria y obedeció a las necesidades sociales y económicas del país.

Artículo 3o. El uso y distribución de los fondos públicos se ajustó a los criterios señalados por el Presupuesto, cumpliéndose las distintas disposiciones legales que amparan y autorizan las variaciones observadas.

Artículo 4o. En la medida en que la situación económica y administrativa permite hacer una evaluación, los objetivos contenidos en los programas incluidos en el Presupuesto de 1977 fueron satisfactoriamente alcanzados.

Artículo 5o. Envíese el presente dictamen a la Contaduría Mayor de Hacienda, por conducto de la Comisión Inspectora de la propia Contaduría, para su conocimiento y efectos.

Artículo 6o. Ordénese a la Contaduría Mayor de Hacienda, por conducto de la Comisión Inspectora, que una vez concluido el examen de los libros de contabilidad y la glosa de los documentos justificados y comprobatorios que integran la Cuenta, envíe el informe correspondiente a esta Cámara de Diputados, también por conducto de la Comisión Inspectora, en los primeros diez días de septiembre de 1979.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 8 de diciembre de 1978.

Comisión de Presupuestos y Cuenta: Diputado licenciado Enrique Alvarez del Castillo.-Diputada licenciada Carlota Vargas Garza.-Diputado licenciado Julio Zamora Bátiz.-Diputado licenciado Luis Priego Ortiz.-Diputado Enrique Ramírez y Ramírez.-Diputado licenciado Armando Labra Manjarrez.-Diputado ingeniero Mario Hernández Posadas.-Diputado doctor Víctor Alfonso Maldonado.-Diputado licenciado Jorge Efrén Domínguez.-Diputado licenciado Artemio Iglesias Miramontes.-Diputado arquitecto Jaime Aguilar Alvarez.-Diputado ingeniero Julio César Mena Brito.-Diputado licenciado Francisco Santillán Oseguera.

RESUMEN DE LAS FINANZAS DEL SECTOR PUBLICO FEDERAL CUADRO NUM. 1

Dar doble click con el ratón para ver imagen

FUENTE: Exposición de motivos de la Cuenta Pública Federal 1977.

*No incluye pago de adeudos de Ejercicios Fiscales anteriores por 12,852 millones de pesos.

**No incluye 1,539 millones de pesos de deuda contratada por el Gobierno Federal. Estos procesos fueron transferidos al Sector Paraestatal.

***Hechos los ajustes correspondientes a las dos notas anteriores los datos resultantes son los que aparecen para el Gobierno Federal en el cuadro siguiente

Dar doble click con el ratón para ver imagen

INGRESOS, CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL GASTO Y FINANCIAMIENTO DEL DEFICIT Y

MOVIMIENTOS DE LA DEUDA PUBLICA

DEL GOBIERNO FEDERAL

1976-1977

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

*Se dedujeron 416 millones en ejercicio, 170 en Presupuesto correspondiente a deducción de ingresos percibidos indebidamente en ejercicios fiscales anteriores.

CUADRO 3

INGRESOS CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL GASTO Y FINANCIAMIENTO DEL DÉFICIT Y MOVIMIENTO EN LA DEUDA PUBLICA DEL SECTOR PARAESTATAL 1977

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

FUENTE: Exposición de Motivos Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1977

CUADRO 4

CLASIFICACIÓN SECTORIAL DEL GASTO PUBLICO FEDERAL 1977

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

CUADRO 4 (Conclusión)

CLASIFICACIÓN SECTORIAL DEL GASTO PUBLICO FEDERAL 1977

Dar doble click con el ratón para ver imagen

FUENTE: Exposición de Motivos de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, 1977. Págs.: 19 a 41 y 84 a 106.

CUADRO 5

INVERSIÓN PUBLICA FEDERAL REALIZADA 1976- 1977

Dar doble click con el ratón para ver imagen

(1) Por su forma especial de recuperación no figura en el total.

Fuente: Secretaría de Programación y Presupuesto, Dirección General de Estadística, Información Económica y Social Básica. México, 1978. Volumen 2, No. 2, Págs. 98- 99.

- EL C. Presidente: El siguiente punto del Orden del Día es la discusión en lo particular de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Los ciudadanos diputados que deseen impugnar algún artículo. Sírvanse reservarlo.... Esta Presidencia informa que han sido reservados para su discusión los artículos 1o, 2o, 3o, y 4o.

Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 1o....

Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en pro del Artículo 1o. los ciudadanos diputados Tomás Nava de la Rosa y Pedro González Azcuaga.

Se le concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Tomás Nava de la Rosa

El C. Tomás Nava de la Rosa: Señor Presidente;

Señoras y señores diputados:

He pedido la palabra en nombre de la diputación de Acción Nacional para hablar en pro del Artículo 1o. del decreto de la Cuenta Pública del Gobierno Federal por 1977, en virtud de la intervención del diputado Enrique Alvarez del Castillo en la sesión matutina de hoy, Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta, quien manifestó lo siguiente:

"Es cierto, no podemos dudarlo, ni ahora, ni quizá en el futuro, ni durante un largo trecho, que el examen siempre será insuficiente, no de ahora; porque ya incide en ello criterio subjetivo y por otra parte porque siempre en esta complejidad enorme que significa el gasto actual de la Nación, habrá puntos que han de quedar un tanto confusos para nuestra explicación, pero que poco a poco tendrán que superarse esas confusiones, esas insuficiencias que no son propias exclusivamente de la Cuenta Pública, sino de todo el proceso de desarrollo estructural y administrativo de nuestro país."

Pero limitaciones existieron, eso es indudable. Por eso nuestro reto en esta Cámara, en esta sesión que hemos tenido y que está por concluir, fue siempre procurar, en virtud del examen del gasto público del presupuesto, del ingreso, fortalecer nuestro organismo técnico, fortalecerlo, habiendo aceptado ya la nueva Ley de la Contaduría Mayor, estableciendo las estructuras básicas para que sea un organismo efectivo, que coordine en un mismo lenguaje, con el Poder Ejecutivo el control del Gasto.

Por lo que, señores diputados, la Diputación de Acción Nacional votará en favor de este artículo.

Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Pedro González Azcuaga.

El C. Pedro González Azcuaga: Con su permiso, señor Presidente;

Honorable Asamblea:

Dos son las razones fundamentales por las que hemos decidido intervenir en esta discusión en lo particular del Artículo 1o. del proyecto de Decreto a discusión.

Una de ellas, la fundamental, es que dicho Artículo señala que se ha revisado la Cuenta Pública del Gobierno Federal y, como parecía haber duda de que se hiciera esta revisión, a juicio nuestro, en las intervenciones precedentes, en la del compañero Puente Leyva y en la del compañero Alvarez del Castillo, creo que quedó perfectamente claro que sí se realizó esa revisión, que la Cámara sí asumió esa responsabilidad y que el dictamen sí es el producto de ese análisis.

Nosotros coincidimos con ello. Por eso pedimos la palabra, para hablar en pro de este primer Artículo del proyecto de Decreto, porque nos merece toda nuestra confianza, toda la que el ejercicio profesional de los compañeros de la Comisión de Presupuestos y Cuenta han llevado a cabo en este trabajo.

La otra razón no es una razón de tipo personal, sino una razón de tipo político, porque parece que Acción Nacional se sintió agraviado por los conceptos que en una intervención anterior tuve en esta tribuna.

En función de lo importante que es el tema a discusión, yo vengo aquí nuevamente a solicitar a ustedes, que si hemos de pensar que no existió jamás la casta divina, pensémoslo así que si hemos de conceder que no existe el Grupo Monterrey, concedámoslo así; que si habremos de aceptar que ni la casta divina ni el Grupo Monterrey tuvieron nada que ver con Acción Nacional jamás, de acuerdo, compañeros. Vamos a quitarles todos los adjetivos, lo reconozco, a mí sí, apasionada intervención.

Vamos a ver, a tratar de analizar con objetividad, en función no del partido a que pertenezcamos, en función del superior interés nacional este resultado que es la Cuenta Pública del año de 1977, nada más con ese objeto, aparte de ratificar, desde luego, mi confianza, nuestro reconocimiento a los compañeros Zamora Bátiz y Alvarez del Castillo y a los que en la Comisión del Presupuesto y Cuenta intervinieron en la elaboración de este Dictamen.

Esta es la excitativa que traigo aquí; no importa que tengamos una cuota grande o pequeña de reconocimientos que aportar, eso lo decidieron nuestros electores en su momento, quizá los que tengan más tendrán una mayor responsabilidad, ojalá que todos podamos aportarla efectivamente en beneficio de este Poder Legislativo.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si el artículo 1o. se encuentra suficientemente discutido.

- La C. secretaria Guadalupe López Bretón: En votación económica se consulta a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 1o. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 1o.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 156 votos a favor; ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado en lo particular el artículo 1o. por 156 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 2o.

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra del artículo 2o., el ciudadano diputado Guillermo de Carcer Ballescá y, para hablar en pro del mismo, los ciudadanos diputados Artemio Iglesias Miramontes y Armando Labra. Tiene la palabra el ciudadano diputado Guillermo de Carcer.

El C. Guillermo de Carcer Ballescá: Señor Presidente.

Señores diputados:

Continuaremos con el debate del Dictamen de la Cuenta Pública Federal por el año de 1977. Dentro de esta discusión en lo particular, me he inscrito en contra del artículo 2o. del Dictamen que dice: "La gestión financiera fue satisfactoria y obedeció a las necesidades sociales y económicas del país".

Primeramente, quisiera insistir en la responsabilidad que tenemos los diputados de conocer y analizar la Cuenta Pública es en ella donde se refleja el destino de la captación de dinero, por parte del sector público.

Los diputados debemos estar en condiciones de poder informar a nuestros representados del uso que se ha dado a los recursos tanto internos como externos y cumplir de esta manera con la representación que nos ha sido conferida.

Al debate de la Cuenta Pública debe dársele una mayor importancia y tiempo para su discusión. Cada vez se mueve mayor cantidad de recursos en mayor número de entidades, se complican los mecanismos y se tiene que entrar al control por medio de la computación por el gran volumen de operaciones.

La materia de la cuenta pública es la más vasta, y el tiempo que se le debe dedicar tanto al estudio como a los comentarios debe ser mayor para poder cumplir de una manera cierta con el precepto constitucional.

Los diputados de Acción Nacional no acudimos a esta tribuna, ni pretendemos, como alguna vez se nos dijo, hacer terrorismo contable, o venir a soltar una catarata de números. Venimos a analizar una cuenta que debe interpretarse en sus números. No solamente es válido venir a filosofar.

Entrando en la materia del artículo, ¿qué es lo que podemos entender o debemos entender como gestión financiera? El propio dictamen lo dice: "De acuerdo con las disposiciones constitucionales, la revisión de la cuenta Pública tiene como primer objeto conocer los resultados de la gestión financiera.

Básicamente ello implica analizar los ingresos y egresos, y apreciar las condiciones de financiamiento en que se operó; por lo tanto, debemos analizar los ingresos y egresos del Gobierno Federal, los ingresos y egresos del Sector Paraestatal, y, dentro de ellos, el comportamiento que tuvo la deuda pública.

Este análisis se puede profundizar hasta donde se pueda o hasta donde se quiera con los elementos que se disponen, enfocados, por ejemplo, al análisis de cada uno de los sectores, y dentro de ellos, de cada dependencia del gobierno y de cada paraestatal sujeta a control presupuestal.

No es posible, evidentemente, por el tiempo ni por los elementos, llegar a este minucioso análisis. Sí quiero dejar constancia que dentro del trabajo en Comisiones, la información que solicitamos nos fue proporcionada.

Empezaremos por los ingresos del Gobierno Federal.

Estos ingresos provienen de los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos, como ingresos corrientes o ingresos naturales. Durante el año de 1977, sumaron 229 mil millones de pesos; en el mismo año, los ingresos de capital, producto de enajenaciones de bienes o valores, y las recuperaciones sumaron 3 mil millones, y los financiamientos, es decir, el dinero que pidió prestado el gobierno para financiar el presupuesto de egresos, alcanzó la cifra de 127 mil millones de pesos, en total 359 mil millones de pesos de ingresos.

En los ingresos del gobierno, comparados contra lo presupuestado, observamos: Que dentro de los tributarios, dentro de los impuestos, se aumentó la recaudación en un 8.6%. Dentro de los no tributarios decreció en un 13%. En los ingresos de capital aumentó en un 227%, y en financiamiento se pensaban pedir 135 mil millones, y se ingresaron 127 mil millones.

Al examinar los impuestos, la recaudación mayor corresponde al Impuesto sobre la Renta, con un 22% y al Impuesto por Exportaciones, en un 18%.

Dentro del Impuesto sobre la Renta, el ingreso global de las empresas aumentó en un 38% y el de los causantes menores en un 31%. Los ingresos de las personas físicas aumentaron también en un 14.7%.

El Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, tuvo una variación pequeña; pero sí disminuyó notablemente en un 37.8%, el Impuesto de Importación y en un 16% el impuesto recaudado por la Ley del Timbre.

La baja en los impuestos de importación, se deriva del impacto causado por la devaluación del peso.

En 1976, se recaudaron por este concepto, 10 mil 802 millones, y para 1977, se habrían presupuestado recaudar 16 mil millones y se recaudaron 9 mil. Es decir incluso se recaudaron cantidades menores a las de 1976.

Si analizamos cuáles fueron las principales importaciones, veremos que importamos maíz, trigo, leche y bienes de producción para la industria petrolera.

Predominan en las importaciones, los alimentos básicos y los bienes de producción para la industria prioritaria del petróleo.

Esta disminución en las importaciones, en algunas de ellas tuvieron reflejo en aquellas fábricas que tienen instaladas maquinarias extranjeras que necesitaban refacciones para su mantenimiento y que al no poderlas adquirir en México, por no fabricarse y el haberlas comprado en el extranjero, representarían una erogación muy alta. Esto evidentemente incidió en la producción de algunos artículos.

Por lo que respecta a la disminución de una 16% en lo recaudado por la Ley del Timbre, esta baja la localizamos en la compra- venta y en el arrendamiento. Esto nos demuestra que ha habido disminución en las operaciones de bienes inmuebles y también en la celebración de contratos de arrendamiento.

Esto debido, seguramente, a la gran inflación, el alto costo de los inmuebles y al aumento también de las rentas. En un país como el nuestro, necesitado cada día más de habitación para todos los mexicanos.

Dentro de los ingresos corrientes no tributarios, los derechos también disminuyeron en un 33%. Se estimaron 6,795 millones, y se recaudaron 4,549. La misma Cuenta dice que fueron sobreestimados 2,246 millones. Aquí simplemente con este hecho, observamos cómo existen algunos funcionarios que presentan presupuestos muy halagadores, pero sin bases técnicas. No puede tener otra explicación esta sobreestimación de 2,246 millones en los derechos.

En productos y aprovechamientos, se recaudaron más de lo previsto. Seguramente porque existieron mayor número de requerimientos a los causantes y se impusieron multas e intereses moratorios por cantidades dejadas de cubrir en su oportunidad.

Ingresos de Capital. El mayor renglón está representado por las recuperaciones. Se estimaron 675 millones, y se recaudaron 2,240. Un 331% más. La explicación que se nos dio, es que estas recuperaciones se refieren a capital proveniente de fideicomisos terminados, que difícilmente se pueden presupuestar.

Concedimos con el Dictamen en el sentido de afirmar que los ingresos globales del Gobierno se elevaron en términos considerables, pero no creemos que sólo debe observarse con generalidades. Si entramos al análisis, aunque sea brevemente, como ya lo hemos hecho, observamos distintos comportamientos, sobre todo en algunos impuestos y en los derechos.

Sabemos que el Impuesto sobre la Renta, el de la Producción y el del Comercio tienden a aumentar, puesto que tanto los salarios como los demás ingresos por productos de trabajo, así como las ventas de bienes y servicios son factores que modifican la base tributaria.

Ingresos por financiamiento, dentro todavía del gobierno federal. Estos ingresos tienen un pequeña fluctuación de un 6%, se estimaron 135 mil y se ejercieron 127 mil millones. Esto refleja en el gobierno un incremento neto menor de la deuda con respecto a 1976.

Pero no podemos dejar de advertir dentro de estos 127,487 millones de financiamiento, los 9,005 millones que corresponden a pasivos que asumió el gobierno federal y que se refieren a:

Primero el Metro, con 8,803 millones, que el gobierno asumió su pasivo y dice la Cuenta: "por el evidente deterioro de sus finanzas".

A PIPSA, 178 millones y también dice el dictamen: "por problemas de liquidez, por efectos de la devaluación y por un incendio en sus bodegas".

A Productos Pesqueros Mexicanos, 18 millones por su deficiente posición financiera y los problemas que se detectaron en ella y que todos conocemos, porque salieron en los periódicos como síntoma de corrupción.

Y 6 millones a la Comisión Coordinadora para el Desarrollo Integral del Istmo de Tehuantepec, que ya fue disuelta en marzo de 1977.

9,005 millones que el gobierno asumió de pasivos de estas entidades.

Esto por supuesto además de todos los apoyos, subsidios, transferencias, etc., con que el gobierno alimenta a las empresas paraestatales.

Dentro de este concepto general de ingresos del gobierno, comparto la misma inquietud que ha manifestado aquí mi compañero Lujambio, en el sentido de la necesidad de incluir en la presentación de la Cuenta Pública, los ingresos por circulante monetario, tanto de emisiones primarias, como de aquel que se retira y posteriormente se envía nuevamente a la circulación en billetes y monedas. La Cuenta los debe reflejar en el gasto, pero debe hacerse mención de cómo ingresa y cómo se distribuye.

Egresos del Gobierno Federal. El total de egresos del Gobierno Federal en el año de 1977 ascendió a 354,000 millones de pesos; aquí no podemos establecer una comparación entre 1976 y 1977 debido a la reestructuración administrativa. Hubo cambios de acuerdo con la ley y entonces no coinciden las partidas asignadas en 76 con las que vienen en la Cuenta Pública de 1977.

Los egresos del Gobierno los podemos clasificar en 3 grandes conceptos: egresos corrientes, egresos de capital y amortización de la deuda, Dentro del gasto corriente, los servicios personales, que son los sueldos y los salarios pagados por el Gobierno, representan el 31% del total, 64,000 millones de pesos. En el renglón de "Otras transformaciones" el 29%, 58,000 millones y el de "Otros Gastos Corrientes" el 4% con 7,804 millones. Dentro de este rubro de "Otras transferencias" se comprende un renglón denominado "Erogaciones Adicionales" por 36,000 millones de pesos. La explicación que la Cuenta trae sobre las otras transferencias es que representan gastos destinados al sostenimiento, ayuda o fomento de actividades de interés general, así como ayudas, culturales y sociales a entidades del sector público o privado.

Creemos, señores diputados, que es indispensable que se abandonen términos tan generales y explicaciones también tan generales como las que se comentan.

La Cuenta Pública - y en eso creo que estamos coincidiendo varios de los oradores, debe modificarse en su presentación y substituir todos estos términos por otros que respondan al concepto mismo del gasto. Esto servirá para hacerla más entendible y accesible a todos aquellos que se interesen por conocerla. Cierto es que se puede encontrar dentro de la propia Cuenta los conceptos que componen estos rubros, pero para ello hay que buscar, hacer cálculos para llegar a integrarlos.

En el gasto corriente hay aportaciones y subsidios a organismos y empresas sujetas a control presupuestal, por 24,713 millones de pesos, 25% más de lo presupuestado. Destacan las aportaciones a CONASUPO, 65% más, 2,140 millones sobre los 3,294 presupuestados; y la entrega a Guanos y Fertilizantes por 1,970 millones que no estaban presupuestados.

Si dice que se necesitó apoyar a la CONASUPO para fortalecer su situación financiera que se deterioró con motivo del pago de pasivos en moneda extranjera y a Guanos y Fertilizantes para cubrir los quebrantos de la devaluación.

Con ésta, si ustedes se han fijado, son varias las menciones que yo ya he hecho y la cuenta hace muchas más, de los apoyos del gobierno a las paraestatales para contrarrestar los efectos de la devaluación.

Por lo que esto lo traducimos en que significó una cantidad muy importante dentro del gasto público, que se destinó precisamente a este fin, por la imposibilidad de que esas entidades por sí solas resuelvan sus problemas postdevaluatorios.

Y lo grave es que el dinero que se les dio se tuvo que restringir en otras áreas, como ya hemos comentado, por ejemplo en el área agropecuaria.

Al examinar las principales transferencias otorgadas a personas e instituciones, nos encontramos que aquí se refleja el apoyo a una gran cantidad de entidades no sujetas al control presupuestal de la Cámara de Diputados. Son los apoyos a las empresas y organismos distintos a los 27 incluidos en la Cuenta Pública.

Dentro de la misma cuenta corriente, del gobierno federal se incluyen los pagos por intereses, comisiones y gastos de la deuda pública por 33,835 millones, 7,859 menos de lo que se había presupuestado.

En la cuenta de capital del gobierno federal, la cantidad mayor es por 50,000 millones, en el rubro de Otras Inversiones y 29,000 en otros gastos de capital. Dentro de la primera está incluida la partida denominada Fondo de Financiamiento del sector público para canalizar recursos crediticios captados por el gobierno federal por 32,783 millones entregados a Nacional Financiera, al propio gobierno federal, a Petróleos Mexicanos, a la Comisión Federal de Electricidad, al Banco Nacional de Comercio Exterior, y a otros.

Para finalizar con el análisis del gobierno federal, la cuenta arroja un déficit financiero de 93,341 millones que se cubrieron con endeudamiento interno, 71,682, que representa el 56 por ciento, y externo, 55,805, que representa el 44 por ciento, 127,487 millones.

En esto se incluye, como ya se mencionaron, 9,005 resumidos a pasivos asumidos por el gobierno federal. La diferencia contra los 93 mil, son las amortizaciones de capital y los adeudos fiscales de ejercicios anteriores.

Pasaré a analizar brevemente la gestión financiera de las empresas y organismos descentralizados. Como todos sabemos, de las más de 800 empresas y organismos descentralizados, sólo están 27 sujetos a control presupuestal de la Cámara de Diputados.

Los ingresos previstos para 1977, como ingresos corrientes, fueron aproximadamente los recaudados, ya lo decía Julio Zamora Bátiz. En donde hay un mayor ingreso de un 87% más, son en los ingresos de capital presupuestados en 14 mil millones, y recibidos por 26 mil. Seguramente, eso obedece a la venta de inversiones o de activos de las propias empresas.

Respecto al financiamiento estimado en 85 mil millones, se elevó a 122,493; es decir, 36,846 millones más, 43% se pidieron prestados. Se dicen que se aplicaron al pago de pasivos, buscando una mejor estructura de plazos de la deuda. El Dictamen es más explícito, y dice que se incluye no sólo sus contrataciones directas a través de las instituciones nacionales de crédito, sino también los traspasos y subsidios que indirectamente recibieron del Gobierno Federal.

¿Por qué sucede esto? Aquí se impone la siguiente reflexión: "Las deudas de las paraestatales acumuladas, representan cantidades muy importantes. Los vencimientos a corto plazo, representan también, la cantidad mayor de sus pasivos. Muchas de ellas no pueden conseguir financiamientos porque no son consideradas actualmente como sujetos de crédito. En todo esto se refleja el impacto de la devaluación, pero también influye en muchos factores como empleados y funcionarios que no necesitan las paraestatales y están en la nómina. Es que prevalece el manejo político en muchas de ellas; existe liberalidad en el otorgamiento de plazos, concesiones, créditos, etc., hay rotación de empleados y funcionarios, y también corrupción y deshonestidad manifiesta.

Lo que más nos llama la atención, es que conociéndose ya la situación financiera de estas empresas los plazos de sus deudas, etc., dentro del presupuesto de 1977, no se hubiera contemplado un presupuesto mayor para financiamiento ya que se sabe que muchas de ellas no les alcanza sus ingresos corrientes, para cubrir sus costos, sus gastos, sus inversiones y además pagar sus compromisos.

Lo grave es que el gobierno se esté endeudando para poder sostener a todo el sector paraestatal en donde se encuentran muchas empresas improductivas. Por eso nos parece correcto que la actual administración esté procediendo a liquidar o fusionar empresas paraestatales improductivas.

Los mayores financiamientos fueron otorgados a las empresas del sector industrial y dentro de éste a Petróleos Mexicanos y a la Comisión Federal de Electricidad. Del financiamiento a las empresas por 122 mil millones, 41 mil 803, el 34%, correspondió a financiamientos internos y 66%, 80,690 millones, a financiamiento externo; es a la inversa de lo que sucede con el Gobierno Federal.

Este estudio de la gestión financiera de las paraestatales, lo podíamos efectuar desde muy distintos enfoques: podíamos estudiar la situación financiera que presentan al 31 de

diciembre de 1977 o estudiar el estado de resultados por el ejercicio de 77 y establecer comparaciones con otros años, o enfocarnos al estudio de los subsidios que se les otorgan, o al de los apoyos y a las transferencias o aportaciones, o podríamos estudiarlo desde el enfoque de los cambios que han sufrido en su situación financiera a través de los distintos ejercicios o analizando las razones económicas y financieras o también analizando los Estados que muestran de su deuda. No es posible dada la brevedad del tiempo y del debate, profundizar o presentar un punto de vista desde cada uno de estos enfoques.

Tratamos por ello, solamente de resaltar algunas observaciones que hemos estado acumulando a través del curso de nuestro trabajo.

Tenemos que mencionar que en muchos balances al 31 de diciembre de 1977 de las empresas paraestatales, hay notas, y los diputados que leyeron la Cuenta o que vieron la Cuenta, lo pueden ver, diciendo que no están los Balances dictaminados por Auditores externos a la fecha de presentación de la Cuenta, y en algunos otros de esos Estados financieros, existen notas de ajustes de auditorías que modifican resultados de ejercicios anteriores, por lo que se ven alterados los resultados presentados en la Cuenta Pública anterior, aunque se estén corrigiendo posteriormente.

Esto quiere decir que el Dictamen de los auditores se entregara en fecha posterior a la presentación de la Cuenta a la Cámara de Diputados, y, por tanto, no puede servir como un elemento auxiliar en el momento de la revisión.

Hay que anotar también que no existe un criterio uniforme en la presentación de los estados financieros en todas las empresas sujetas a control presupuestal. No hay normas que se apliquen para poder establecer comparaciones y razones. De la misma manera, creemos que dentro de la Cuenta Pública se deberían anexar a los estados financieros de las paraestatales, relaciones al balance general y a los Estados de resultados, para conocer con mayor detalle los conceptos de activo, pasivo y el análisis de los gastos.

En el análisis de las 27 empresas y organismos, se observa que las tres están dentro del Sector Agropecuario, tuvieron pérdidas. En el Sector Comercial, la CONASUPO tiene pérdidas, al igual que el Instituto Mexicano del Café. El Instituto Mexicano de Comercio Exterior, arroja utilidad. En el Sector Industrial arrojan utilidades Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad, aunque apoyada por el Gobierno. Las demás, pierden Diesel Nacional, Siderúrgica Nacional, Las Truchas, PIPSA, etcétera.

En el Sector de Desarrollo Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el ISSSTE, arrojan resultados positivos. En Transportes y Comunicaciones, reporta utilidades Caminos y Puentes Federales de Ingresos y la Lotería Nacional. Las demás, pierden, es decir, de las 27 empresas sólo siete de ellas tienen números negros.

Ya sé que se va a volver aquí a la discusión de si deben o no reportar utilidades estas empresas. Se nos va a decir que no se deben observar con criterio de sector privado, etcétera. Estamos de acuerdo en que algunas seguirán siendo subsidiadas y deben seguir siendo subsidiadas. Su función es la de prestar un servicio social, pero otras no justifican su improductividad.

Y aquí vuelve a surgir la pregunta, ¿y las 800 restantes?, ¿esas ganan o pierden?, ¿son de interés social? No sabemos, lo desconocemos, porque no están sujetas al control de esta Cámara.

Afortunadamente hemos aprobado hace algunos días la liquidación de las Juntas de Mejoras que significaban una sangría inútil en el erario público. Los diputados debemos conocer por lo menos los estados financieros de todas las paraestatales y que deben incorporarse a la Cuenta Pública a todas aquellas que no tengan algún impedimento al control presupuestal de la propia Cámara.

Dentro del concepto que la Cuenta Pública denomina "Apoyos a través de Ramos Generales", se distribuyen 111 mil millones de pesos. Es una clasificación sectorial que por tanto incluye tanto a las dependencias del gobierno como a las empresas paraestatales en su totalidad.

La mayor cantidad, 38 mil millones se destina al sector defensa y poderes, al sector industrial 29 mil y al agropecuario también 29 mil. A los demás sectores se les da una mucho menor cantidad.

Comprende este rubro casi 300 asignaciones específicas, son aquellas que Julio Zamora nos enseñaba en la mañana, desde aquí y nos decía que estaban sectorizadas.

Lo que más nos llamó la atención dentro de esas asignaciones, fue el haber presupuestado partidas para nuevos proyectos o estudios e investigaciones que fueron canceladas, por ejemplo, en el sector agropecuario se dejaron de ejercer 100 millones para nuevos proyectos agropecuarios; 74 millones para nuevos proyectos de pesca; 2,500 millones para fomento y promoción de actividades agropecuarias; 3,073 para programas de desarrollo social.

En el Sector Industrial no se ejercieron 4,682 millones al fomento, promoción y reglamentación industrial; 1,586 para apoyos a nuevas empresas; y así en los demás sectores. Es posible que por esta falta de métodos que señalaba en algunas dependencias, el Presupuesto se asigne con un rubro distinto o en otra partida, y el ejercicio o sea la Cuenta Pública se cambie y aparezca en este momento por otro lado. Pero también es posible que no se pudo llevar a cabo una serie de proyectos de fomento, promoción, etc., por utilizarse los fondos para otros renglones, en ese movimiento de transferencias que efectúa el Gobierno y dentro de los apoyos a la situación financiera de las empresas que ya hemos comentado.

Señores diputados, en las condiciones actuales en que estamos comentando esta Cuenta

Pública de 1977 no podemos afirmar, como lo hace el Dictamen que la gestión financiera fue satisfactoria y que obedeció a las necesidades sociales y económicas del país. Eso implicaría afirmar como satisfactorias las gestiones de todas y cada una de las dependencias oficiales, así como de todas y cada una de las 800 empresas paraestatales, ya que aunque no estén todas bajo el control presupuestal, los apoyos del Gobierno sí las están incluyendo No contamos con los elementos necesarios por ejemplo, para poder afirmar que fue satisfactoria la gestión financiera de Las Truchas o del Banco Nacional de Crédito Rural o del Fideicomiso de Bahía de Banderas o el Instituto Mexicano del Café, que todos están incluidos en esas negociaciones; tampoco podemos afirmar que obedecieron a las necesidades sociales y económicas del país, cuando hemos cuestionado la política económica del Gobierno.

Hacemos votos para que con la implantación de los programas y subprogramas la normatividad que se utilice, la presentación de la Cuenta Pública en los plazos señalados por la ley, de operatividad de la Contaduría Mayor de Hacienda, que tendrá que cambiar forzosamente con la Nueva Ley de Contaduría, con el auxilio de las autoritarias externas, con los estados financieros de todas las paraestatales, sus anexos y sus relaciones, se cuenten en el futuro con mayores elementos que permitan aprobar parte del Decreto, pero para eso es necesario que se piense en alguna forma de presentación más analítica, para que se pueda afirmar en qué estamos de acuerdo, en dónde no estamos. Acción Nacional no esta obcecada para rechazar toda la Cuenta Pública, quisiéramos poder manifestar las áreas y las entidades donde sí podemos coincidir con el Dictamen, pero al generalizar el punto dos, no podemos votar aprobatoriamente.

Esperamos que se aplique en el sector público los factores de economía, eficiencia y eficacia; economía, para evitar los gasto inútiles, ahorrar y reducirlos; la eficiencia para poder producir realmente un efecto, para hacer competente la entidad; la eficacia para desarrollar las actividades, imprimir fuerza para lograr para los mexicanos, una vida mejor, una justicia en la distribución, tanto en los ingresos como en los gastos. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Artemio Iglesias Miramontes.

El C. Artemio Iglesias Miramontes: Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Asamblea:

Una muy breve intervención para no incurrir en disgresiones fuera del tema motivo de debate.

Varias veces algunos diputados se han expresado aquí, casi como restregándonosla en el rostro, la palabra y la expresión corrupción y en este sentido no sé si se diga por alguno de los aquí presentes: el chaleco no me queda, o, ¿a qué se refieren?

Tan malo es venir hablar de corrupción, en tanto no se señalen los corruptos y tan malo es caer en el otro extremo, como decir que no existe corrupción. Es grave de las dos maneras.

De ahí que yo tenga una definición muy plana; quizá un poco ríspida y un poco acre, pero que defina de una vez por todas por lo menos cuál es el criterio de algunos de nosotros en esta materia.

El régimen de la Revolución no pueda utilizar, no utiliza ni ha utilizado esa expresión a veces llena de bondad de tipo cristiano, que dice: "Perdónalos, Señor, no saben lo que hacen". Las siete famosas palabras, un poquito quevedianas. Espero no les asusten a los amantes de Góngora, puristas del lenguaje. En materia de corrupción estas siete palabras: de los de ustedes y el de los nuestros, el que sea perro, que lo ahorquen.

Compañeros diputados;

El artículo 74 de la Constitución, impone la obligación a esta Cámara de Diputados, de revisar en esta materia, en tres rubros la Cuenta Pública, gestión financiera, variaciones presupuestales y resultado. Ese es el marco. Nosotros hemos dividido en dos campos la sección financiera, un servidor la correspondiente al Gobierno Federal, y el compañero diputado Armando Labra, para suplir deficiencias de un servidor y tratar, además la gestión financiera de las empresas y organismos, propiedad el Gobierno Federal. De ahí que yo no habré de referirme al tránsito, a ese aspecto intermedio de las transferencias, que las recoja el compañero diputado Labra, simple y sencillamente al aspecto: Gestión Financiera del Gobierno Federal. Es importante también ubicar el tiempo en el análisis, en la revisión de una Cuenta Pública, en este sentido:

Son tres aspectos concatenados, de los que hablaba el diputado Garcilita, dos en perspectivas para el año siguiente, que son Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, que son hacia el año siguiente y la otra se refiere a un año anterior, que es lo que en este momento estamos realizando aquí, revisión de la Cuenta Pública.

El aspecto de la gestión financiera de la Cuenta Pública, podríamos definirlo como reza el dictamen.

La gestión financiera se traduce en este caso a la comparación entre ingresos egresos y financiamiento, o de otra forma, los resultados de restar los gastos de los ingresos, son el déficit o superávit y se les denomina financieros cuando no incluye las operaciones relacionadas con los préstamos.

De tal manera compañeros, que habremos de analizar la Cuenta Pública en este marco y en este contexto, pero es muy importante retroceder a lo que le señalamos al Ejecutivo en aquella ocasión y paradójicamente lo que sucede es que a veces tenemos poca precaución de leer el contenido de una palabra que expresa dentro de lo que aquí nosotros estamos revisando. De ahí compañeros, nosotros le impusimos al Ejecutivo en 1976, parodógicamente, lo que yo llamo una holgada camisa de fuerza. Porque le

señalábamos en un gerundio que decía: cuidando que no se exceda de lo que tiene aprobado y luego, un poco más abajo, en la fracción I, del artículo 3o y aquí está en el Diario de los Debates, en la programación del Gasto Público, no en términos ni siquiera jurídicos ni económicos, le decíamos al Ejecutivo: podrás hacer algún hoyo para tapar otro, pero nunca agregar un hoyo más a los que ya están hechos. Eso es lo que nosotros le señalábamos y eso es lo que me propongo alegar en favor del punto número dos de lo que reza el dictamen, que dice lo siguiente: "la gestión financiera del Gobierno, fue satisfactoria."

Si le pudiéramos dar una expresión, una definición a la expresión "satisfactoria", no acudí al diccionario; lo entiendo así, dentro del seno de las Comisiones, por eso fue la palabra que quizá encontramos como más feliz que definiera esto. Como la entiende un miembro de las Comisiones y que dentro del seno de ellas, estuvo de acuerdo en que se pusiera este juicio de valor, "satisfactoria". "Satisfactoria", para mí sería que se hizo lo conducente en pro de los objetivos trazados. Esa es la expresión "satisfactoria".

Agrega posteriormente: "obedeciendo a las necesidades sociales y económicas del país".

Empezaremos por lo último, de atrás para adelante. En 1977, el día 1o. de enero de 1977 arranca este Presupuesto, con la tendencia de corregir por parte del Gobierno de la República, una serie de factores represivos de la economía nacional, de distinta naturaleza, entre los que predominaba un descenso relativamente pronunciado de la inversión, el lento crecimiento de la mayoría de las actividades, e agravamiento de los problemas del empleo, el escaso dinamismo de la demanda externa y la baja captación y movilización de recursos internos. Este era lo que había que corregir, este era el marco, este es lo que señala el artículo 2o. "obedeciendo a las necesidades sociales y económicas del país."

Ahora bien, cuando nosotros les decíamos al Ejecutivo en la fracción I del del artículo 3o., "cuida de no excederte en tu prepuesto que te hemos autorizado y lo que hagas, siempre que tenga carácter compensado..." El Dictamen nos señala a propósito de la gestión financiera, ingresos y egresos.

La Ley de Ingresos tenía como objetivo elevar sustancialmente la recaudación fiscal en relación con el año precedente. Veamos si cabe el término "satisfactorio" en este objetivo de la Ley de Ingresos que aprobamos todos en lo general. Los ingresos tributarios aumentaron en relación al año anterior que cuestionaba la ley. En 1976, $150,778 millones; en 1977 lo real $217,968 millones, aumentaron para cumplir el objetivo: 44.6%. ¿Es esto o no es esto "satisfactorio" compañeros, que es la palabra que tal parece que sienten mal dentro del dictamen?

Tenía otro objetivo, en especial mejorar los rendimientos de los ingresos tributarios, ya para ese año, veamos si fue satisfactorio o no fue satisfactorio.

Se proponía de acuerdo con la Ley de Ingresos obtener una recaudación por ingresos corrientes que son tributarios, no tributarios de $200,796 millones y obtuvo $217,967 millones, un 8.6% encima de lo que había calculado, lo que yo razono, lo que razonó la Comisión, que es satisfactorio, no total, ni ampliamente satisfactorio. Un adjetivo un tanto modesto y lo que dice el dictamen: no es un año, no es una Cuenta Pública que se preste a elogios desmedidos, así lo señalan las Comisiones, pero sí es satisfactorio porque se hicieron los eventos, concurrieron muchos de ellos en pro de los objetivos que se plantearon.

Luego dice, como propósito:

"Atenuar las inquietudes de la carga fiscal."

Si nos aumentan aquí, nosotros aprobamos una Ley de Ingresos para todos ustedes conocida, si no la atenuamos con esta Ley de ingresos culpa es de todos los que la aprobamos y no de quienes no atenuaron estas cargas fiscales. Financiar de esta manera el gasto del Gobierno Federal con recursos propios en su mayor parte, fue financiado con recursos propios, abatir el ritmo del endeudamiento y el peso específico de la deuda pública dentro de los ingresos totales del Gobierno Federal se abatió el ritmo no se quería cancelar porque además no tenemos para hacerlo nosotros sin recursos externos, esto es muy simple, pero se pretendía acudir menos a la Deuda Pública. Este es por el lado de los ingresos compañeros, veamos el aspecto Egresos. La fracción IV perdón la fracción I del artículo 4o. del Presupuesto de Egresos que fue aprobado por 213 votos en 1976, esto es por unanimidad, dice entre otras cosas lo siguiente: "Tratándose de los excedentes de los ingresos ordinarios", hace por ahí algunas excepciones y luego señala: "Se aplicarán dentro de las normas, dentro de la nomenclatura establecida por la Secretaría de Programación y Presupuesto, y de acuerdo con las prioridades de los programas que hubieren sido aprobados. Estas transferencias, estos castigos a sectores no fundamentales, se vieron en función de la fracción I del artículo 3o. Ahora veamos estos ingresos excedentes si tuvieron verdaderamente la finalidad que les imponía el Presupuesto, si es razonable, ¿cuál sería la finalidad? Si nos la preguntamos todos nosotros, ¿aumentar la burocracia? o hacer programas de inversiones.

Cualquiera contestaríamos, cualquiera de las dos menos aumentar el gasto corriente en burocracia. Si se cumplió o no se cumplió este objetivo, señalemos o planteemos o aleguemos en favor de este dictamen, de acuerdo a lo que nos dice la cuenta doble.

Los ingresos, de $213,000 millones, subieron a $228,000 millones. Los egresos corrientes,- me estoy refiriendo en dos aspectos- , general del Gobierno Federal tenga autorizado 198,829 millones de pesos, quizá porque el petróleo, porque otros aspectos, la importación inclusive de CONASUPO, la compra a diferentes precios de garantía, llevo a gastar de los 228,000

millones de ingresos corrientes, 196,657 millones. Esto es, en burocracia, en gasto corriente, en compra de bienes y servicios, adquirió menos, sacrificó el Estado mexicano su gasto corriente, inclusive demandar más empleos, ofrecer más empleos, en el 1.1%, 2,172 millones de pesos.

¿Es esto o no satisfactorio para cualquiera que los vea en la cuenta del capital?

Los ingresos subieron 227.4% los egresos aquí aumentaron, 111,811 millones a 128,503 millones de pesos. Pero veamos, tuvo que recurrir para esto a un mayor endeudamiento, o se ajusto al presupuesto y a lo que le habíamos señalado en la fracción I del artículo 4o.: "que utilice los excedentes de ingresos en los programas de tipo prioritario", de lo que nos dice: aquellos 15,000 millones que obtuvimos de más en ingresos se fueron, algunos de ellos a la cuenta o al gasto, a los egresos de capital, en lugar de haberse ido al gasto burocrático se fueron a egresos de capital.

¿Es o no satisfactorio esto, compañeros? Esto es lo que trato. Por eso habré de involucrar la palabra satisfactorio en cada uno de estos renglones, por una razón, compañeros, por una simple y sencilla razón: no queremos, no quieren las comisiones en ningún momento poner sobre este aspecto algo que a los diputados de la mayoría, de las fracciones parlamentarias minoritarias, les dé rubor, o tengan o adopten una actitud vergonzante para aprobarlo.

El déficit financiero lo habíamos aprobado; tenía todo el derecho a cubrir esta falla entre ingresos y egresos que aquí la aprobamos; que no intentó él. Tenía todo el derecho sin que nadie lo hubiese cuestionado al Ejecutivo a adquirir 96,417 millones de pesos.

Sin embargo, compañeros, solamente tuvo un déficit financiero de 93,341 millones de pesos. 3,076 millones menos. El 3.2 por ciento menor de lo que habíamos autorizado.

¿Es satisfactorio o no esto, compañeros diputados?

El asunto del endeudamiento y otros aspectos serán tratados por otros compañeros diputados; y que me perdonen y disculpen la expresión: "Al mejor antídoto. para la amnesia", el Diario de los Debates.

En 1976, el diputado que me antecedió en la palabra, el C. Guillermo de Cáncer Ballezca, dijo al final de sus intervención: "Señores diputados, lo importante de este presupuesto es que no aumenta la inflación más allá de los límites previstos". La inflación de diciembre a diciembre de 1975 a 1976, fue el orden del 27.2%, estamos en este Presupuesto no aumentó la inflación. Continúa: "Creemos que si este Presupuesto, que hoy nos presenta, se mantiene con flexibilidad." Expresión del diputado de Cáncer, la flexibilidad fue del 1.5% en el Presupuesto, en el ejercicio de más, en el sector público federal. Tengo casi impresión, subjetiva, si ustedes quieren, que esta administración pública quería presentarle, por respeto al pueblo, através de nosotros, el Presupuesto a "tabla rasa", 1.5% en todos estos miles de millones de pesos, es algún error...

Si a nivel individual, y más en estos tiempos, quien anda viendo ingresos y egresos en financiamientos a nivel individual, imaginemos la economía nacional en donde se manejan miles de millones de pesos, 1.5% siento que es honestidad, es lealtad, es respeto político a esta soberanía nacional, compañeros.

(Aplausos.)

Utilizo sus argumentos; decía: "Si por el contrario, se disparara, aumenta el déficit previsto". "El déficit fiscal de 1976 fue de 29.5% en 1977, fue de 22.9%, no aumento el déficit fiscal previsto.

Dice así: creemos que si este presupuesto que hoy se nos presenta, se mantiene, con flexibilidad, pero apegado directamente a los objetivos de la producción, la producción, el agropecuario en 1976 menos 4%; en 1977, 3.4% positivo; el industrial 2.9%; 3% en 1977; observamos que hay un repunte. Aquí, destacan dos aspectos: petróleos con el 10.4% en 1976; 16.7% en 1977; electricidad 7.4% en 1976 8.3% en 1977; y usted se enterará a través de la Cuenta Pública y se enterarán todos. Electricidad por decirles algo, no solamente no aumentó su gasto corriente, disminuyó sus inversiones y su gasto de capital y con esto aumentó de acuerdo con estos indicadores. ¿Indica esto eficiencia o deficiencia es insatisfactorio? Yo creo en la eficiencia en este aspecto y creo las palabras de satisfactorio.

Esto, compañeros diputados, es lo que como miembro de la Comisión, en el tema exclusivo que me ha conferido para tratar de subrayar con ustedes, porque invocamos y cuales son las demostraciones de que por qué hemos escogido esta expresión, satisfactorio.

Yo creo que así como han reconocido con una gran honestidad intelectual, que se ha revisado la Cuenta Pública, que lo hicimos mal, puede decir, culpa es de mis limitantes personales, pero no de mi vocación de pretender y aspirar a hacer las cosas bien.

Nadie, por definición, juega a equivocarse ni quiere errar, nadie, lo hicimos con una gran honestidad y con una gran lealtad, cumpliendo los principios constitucionales.

Esa fue la expresión. Se empeñaba mi compañero de Partido, diputado Julio Zamora Bátiz, en hacer entender que esta Cuenta no tenía claridad, porque alguien dijo que no era clara. Yo siento que ésta es una subjetividad, en última instancia no es problema de claridad externa, es un problema de limpieza de parabrisas, compañeros, para no ver el ambiente y lo claro que existe en estos números de la Cuenta Pública, en esa medida, compañeros, y porque más que el aspecto numérico, siento y creo que el Ejecutivo, y digo el Ejecutivo, apartir de todos los empleados del Sector Público de este país, no solamente el Presidente de la República, se empeñaron en cumplir de acuerdo con los preceptos que nosotros habíamos establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1977.

Si hay honestidad, si hay lealtad con nosotros mismos, creo y considero que deberíamos aprobar en su totalidad, absolutamente, todos

los artículos que se proponen en este Dictamen.

Muchas gracias y muy amables. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez.

El C. Armando Labra Manjarrez: Con su venia, señor Presidente. He pedido la palabra para hablar a favor del artículo 2o. del decreto porque el contenido del dictamen explica sin duda, razonablemente, con gran claridad, el desempeño del gasto público y en particular la gestión financiera del sector paraestatal, así como su relación a las necesidades sociales y económicas del país, en lo que toca al Estado atender.

Creo que la explicación que se nos proporciona el dictamen es muy abundante; nos aclara metodológicamente una serie de conceptos que usualmente no abordábamos y creo que, cualquiera sean los resultados; estemos de acuerdo con ello o no, la contribución del dictamen a esclarecer la estructura, el destino el origen de los dineros públicos, es muy afortunada en este dictamen. Por eso estoy a favor de que se aprueben en lo que se refiere al artículo 2o.

Creo que se puede mejorar todavía el análisis cualitativo incluso cuantitativo de la Cuenta Pública, como se puede mejorar cualquier esfuerzo por interpretar la realidad nacional.

Me voy a referir, fundamentalmente, a las empresas de sector paraestatal. Para hacerlo es necesario hacer una reflexión sobre la crisis, sobre la recesión de 1977, cosa que no voy a hacer, porque ya lo hicieron los diputados Zamora y Garaiz. Empero, creo que es importante ubicar en su contexto más general al sector paraestatal porque la crisis de 77 impacto negativamente las empresas públicas pero también a las empresas privadas.

En unas y otras, a pesar de la crisis, las ventas aumentaron en 40% frente a 1976. En las empresas estatales este aumento se dio a pesar de una economía contraída y, en buena medida, porque en general sus precios fueron contenidos para evitar presiones inflacionarias y poder seguir satisfaciendo la demanda de los bienes y servicios que producen.

Es importante recordar que, de 1968 a la fecha, los precios de los productos de las empresas estatales han crecido en 22% menos que el resto de los precios de las empresas en la economía nacional.

En las empresas privadas el aumento del 40% en las ventas obedeció básicamente a elevaciones de precios que, si bien permitió que el sector empresarial creciera modestamente, incidió negativamente en el desarrollo social de nuestro país.

Por ejemplo, el sector industrial de nuestro país, cuya producción creció en valor en 35% y sus ventas aumentaron en 37%, registro un decrecimiento en los empleos que genera, del orden de menos 8.7%; los salarios decrecieron en ese sector en menos 18%.

El decaimiento general impidió a empresas públicas y privadas lograr niveles de venta previstos. Sin embargo esto no fue tan grave para las empresas del sector paraestatal ya lo mencionaba el diputado De Cáncer. Se había previsto vender el equivalente a 170,000 millones de pesos y se vendieron 164 mil millones de pesos.

Ante la política de contención de precios, las empresas estatales hubieron de requerir no 24, sino 42 mil millones de pesos en aportaciones y subsidios. Esos 42 mil millones de pesos se distribuyeron de la siguiente manera:

25% a la Comisión Federal de Electricidad, 20% al ISSSTE, 20% a los Ferrocarriles Nacionales de México, 13% a la CONASUPO, 12% al Instituto Mexicano del Seguro Social, 5% a Guanos y Fertilizantes. Tal monto fue superior en 4,500 millones de 1976 y, en exactamente la misma medida, a lo presupuestado. Es decir la asignación de subsidios y aportaciones sufrió una desviación no del 25% sino del 12% esos 4,500 millones de pesos que se gastaron de más fueron a para a 47% a CONASUPO; 43% a Guanos y Fertilizantes; 10% a FF.CC. Nacionales de México. Eso quiere decir que no es válido lo que afirma el diputado De Carcer en términos de que se desatendió al sector agropecuario, se "desatendió" quizás en aspectos promocionales, pero estamos viendo que la incidencia de los aumentos en los subsidios y las aportaciones van directamente a satisfacer las necesidades de abasto de alimentos y transporte de alimentos, fundamentalmente, para los sectores populares.

Esta política de grandes aportaciones y subsidios saneó financieramente al sector. 60% de estos recursos se dedicaron a contrarrestar deficientes en los renglones de ingreso corriente; 40% se destinaron a capital de inversiones. Así los resultados consolidados del sector paraestatal que en 76 fueron negativos en 4 mil millones de pesos resultaron ser positivos, como lo indica la información que tiene el diputado De Carcer, en 2,265 millones.

Pero ello no sólo quiere decir que esté saneado el sector paraestatal con determinado monto de recursos y que ahí quede este esfuerzo. Tenemos que ser claros en que estas contribuciones al sector paraestatal influyen através de las empresas públicas y vienen a recaer en sectores sociales y en la economía privada de nuestro país y que este esfuerzo que hizo el sector público por transferir 42 mil millones de pesos en aportaciones y en subsidios, no solamente sirvió para sanear a las empresas estatales, sino para apuntalar el desarrollo general de la economía.

Todo ello, finalmente permitió estabilizar el endeudamiento neto del sector paraestatal. Es cierto lo que decía el diputado De Carcer: la deuda del sector paraestatal aumentó de 86 mil a 123 mil millones de pesos. Pero el incremento neto, es decir la diferencia entre lo que nos endeudamos y lo que pagamos, se mantuvo exactamente en el mismo nivel al de 1976; 34 mil 5 millones de pesos. Es esto lo es más reelevante, más aún si se considera que hubo un crecimiento cercano al 60%, respecto a lo presupuestado, en las cantidades que se dedicaron a amortizar las deuda de las empresas estatales. Se había previsto amortizar las deudas por el orden de 55 mil millones de

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

pesos y finalmente se amortizaron 88 mil millones de pesos y el endeudamiento neto quedó en un monto idéntico.

Yo creo que esto invalida por sí mismo esta frase triste, romántica, del diputado De Carcer de que el Estado se está endeudando para financiar empresas improductivas; luego abundaré en ello.

Creo en lo que sí tiene razón el diputado De Carcer es que tenemos que hacer un esfuerzo porque los dictámenes de auditoria externa no sean extemporáneos; que los tengamos a tiempo. Debemos hacer un esfuerzo porque sea homologada la información de los balances de las empresa del Estado, y a ello nos va contribuir la operación de la Ley de la Contaduría Mayor de Hacienda y los trabajos de la Contaduría Mayor de Hacienda. Sin embargo algo en que no estoy de acuerdo con el diputado De Carcer es que, hay 800 empresas del estado fuera de control y que nadie sabe qué pasa con ellas. Así como los ciclos económicos, hay un ciclo de argumentación en torno al asunto. En los 3 años que he tenido oportunidad de hablar sobre este tema, he llegado a la conclusión de que este es un tema recurrente que debemos superar.

Si ustedes, señores diputados, usted diputado De Carcer pudiera ver el cuadro cuatro del dictamen, ahí están consolidados los resultados de todas las empresas, por sectores, en las que participa el Estado. Observarán que en cada una de las dependencias está la información auditada. En cada una de las dependencias del gobierno federal responsables sectorialmente de las empresas paraestatales están disponibles los estados financieros de todas y cada una de las 800 empresas. Lamento que está discusión sea tan recurrente; creo que, para no caer en esto habría que pensar en ir más allá en el análisis de la ubicación del sector paraestatal.

A mí no me preocupan, pues, las afirmaciones y las conclusiones a que llegó el diputado De Carcer. A mí me preocupa otra cosa. Me preocupa que la economía paraestatal haya contribuido en 1976 al 12 por ciento del producto interno bruto, y que en 1977 sólo haya contribuido con el 10 por ciento. Este rezago debe ser entendido y evitado en el futuro porque a fin de cuentas el sector paraestatal contribuye cada vez más al desarrollo nacional. Y voy a dar algunos indicadores.

En 1970 las empresas estatales aportaron en impuesto el 5.5 por ciento de los ingresos del gobierno federal. Esto equivalió en esa fecha a más de 2,600 millones de pesos.

En 1977 este monto fue superior a 20 mil millones de pesos, que equivale al 9% de los ingresos del Gobierno Federal. Esta aportación es muy importante, porque ha habido un penoso, un largo, un arrastrado proceso por aumentar la carga fiscal en nuestro país, es decir, la parte con la cual los mexicanos, a través de nuestros impuestos, contribuimos al desarrollo nacional. La carga fiscal que en 1968 fue de 9.2%, fue en 1977 del 14%, y a ello contribuyeron importantemente las empresas estatales. ¿Por qué enfatizó las empresas estatales? Si analizamos la tendencia del impuesto sobre la renta, vemos que los impuestos sobre los ingresos a las empresas, han contribuido, en 1968, con el 58.2%, proporción que disminuyó en 77, a menos del 50%. Por otra parte, los asalariados contribuyeron con 30%, en 1968 , y 38% en 1977. Lo que esto nos está indicando es que tanto los asalariados como el sector paraestatal, son los contribuyentes más dinámicos al financiamiento del gasto público en nuestro país.

Los sectores más dinámicos en la economía, fueron en 1977 y son hoy por hoy responsabilidad del Estado.

Hoy la economía funciona, no porque haya una recuperación global, sino porque se ha vigorizado: son el sector energético y el sector siderúrgico los que apuntalan la recuperación parcial de la economía mexicana. Los sectores que producen bienes- salario, los que producen alimentos, se han rezagados, y de ahí la insistencia en el gasto público por cubrir tales deficiencias.

Sirva esta reflexión simplemente, para no olvidar el carácter de un sector paraestatal de una economía capitalista como la nuestra, en la que, a pesar de todo, el capital depende del Estado y no viceversa.

Creo que es fácil explicar el comportamiento del gasto público en 1977 y el desempeño del sector paraestatal y, si no quedamos satisfechos, no es tanto por el resultado mismo del sector paraestatal, sino porque hay un gran deficiente en nuestro desarrollo nacional.

El ingreso real percapita decreció, en 1976, en 1.6% y en 0.6% en 1977, además de que se concentró el ingreso por la inflación, la contención de salarios y el desempleo: diputado Lujambio, en ello tiene usted toda la razón. Para dar un indicador destacado basta citar que los salarios industriales representaron, respecto al valor de la producción industrial el 16% en 1976, en 1977. el 15.6%, y, en lo que va del año el 15.1%. El salario real, en México, que en 1976 aumentó en 16.6%. decreció en 1977 en menos 7.3%. Así, lo que estamos viendo es que el esfuerzo conjunto es insuficiente; que no basta el esfuerzo del sector paraestatal y es creciente el rezago de los demás sectores de la economía.

Creo que para entender esto hay que ser objetivos a fin de comprender que no solamente ya se agotó ya el modelo de desarrollo estabilizador. Se ha agotado también el intervencionismo incidental del Estado, entendido como la acción estatal sobre las consecuencias del proceso económico en lo cual evidentemente no hay orientación previa e la tarea pública, sino respuesta - mera respuesta diría yo- , a lo hechos derivados del ejercicio

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

del poder económico, del capital, siendo que éste sobrevive en realidad, gracias al Estado.

No es ese el proyecto nacional que definió la Revolución, ni el que hoy demandan la clase trabajadora, los campesinos, ni siquiera las clases medias, si bien es el proyecto que ha logrado imponer la oligarquía, no sólo nacional sino continental, porque es este un país capitalista periférico, en efecto, dependiente, como ya lo mencionaba el diputado Garay. Quienes hoy sistemática, recurrentemente, enjuician a la empresa estatal, no argumentos contables o economicistas, olvidan o quieren lesionar la única vía con que cuenta el Estado Mexicano para abandonar el desarrollismo estabilizador y el intervencionismo incidental subyugado y sometido a la voluntad de minorias antipopulares. Y eso inhibe el paso a una ingerencia planificada de Estado para conducir el proceso económico y social deliberadamente dentro de una estrategia de auténtico beneficio popular.

Tal presencia del Estado exige el ejercicio permanente de la voluntad política para lograrlo; el soporte económico de las empresas estatales y el apoyo consciente y militante de los trabajadores, de los sectores mayoritarios, cuya movilización política es hoy por hoy la única opción histórica frente a la climatérica organización política dominante, cuya reforma emprenden los sectores progresistas del país.

Porque entendemos esta circunstancia histórica, debemos vigilar, para fortalecer, la economía paraestatal. Tenemos cada día más instrumentos de control sobre los dineros que a ella se aplican. Pero la esencia de nuestra responsabilidad radica en vigilar el rumbo político e ideológico de la empresa del Estado.

Entendamos qué pasó en 77, pero demos atención al futuro; evitemos los rezagos, hagamos de todas nuestras empresas estatales, auténticas empresas públicas, porque beneficien al pueblo, y que no lo hacen cuando subsidian a sectores privilegiados. Que sea este el objeto de nuestra atención y vigilancia si hemos de abocarnos a lo fundamental, a lo realmente trascendente.

En 1977, a mi juicio, en efecto, la gestión financiera del sector público y de las empresas estatales fueron satisfactorias y respondieron a las necesidades sociales y económicas del país en las áreas que les correspondió atender dentro de las limitaciones históricas, técnicas y políticas que he referido a ustedes.

Sin duda lo aspectos técnicos de control y vigilancia se pueden mejorar.

Siempre se podrán mejorar.

Por lo antes dicho, pido a ustedes la aprobación del artículo segundo del Decreto que estamos discutiendo. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si el artículo 2o. se encuentra suficientemente discutido.

- El C. secretario Daniel Nogueira Huerta:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 2o. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 2o. de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 144 votos en pro y 13 en contra.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 2o. por 144 votos, en sus términos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 3o.

Esta Presidencia informa que ha inscrito para hablar en contra del artículo 3o el ciudadana diputado Sergio Lujambio Rafols y, para hablar en pro de mismo artículo 3o., los ciudadanos diputados Jorge Efrén Domínguez y Esteban M. Garaiz.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Sergio Lujambio Rafols.

El C. Sergio Lujambio Rafols: Señor Presidente, nos hemos inscrito en contra del artículo 3o. del proyecto de Decreto y vamos a ser breves, quizás ampliando un poco los argumentos que se vertieron ya por mi conducto, cuando hablamos en lo general del Proyecto de Decreto.

Sin embargo, quisiera hacer tres muy breves aclaraciones en torno a la discusión de la mañana, ya no pedí una segunda oportunidad, porque se alargan sin necesidad las sesiones...

Sobre algo importante que dijo Zamora Bátiz. Yo no dije que los 111,795 millones de pesos de los apoyos a través de ramos generales no estuvieran sectorizados; están sectorizados, pero es aquí donde se encuentran esos 800 paraestatales que no son motivo de control presupuestal y que no puede ser observado su funcionamiento por parte de la Cámara de Diputados.

Armando Labra nos acaba de mandar al cuadro No. 4 y efectivamente, nada más que ahí no hay especificación por entidad de cada una de las paraestatales, y a nosotros nos interesa conocer la operación en lo particular de cada una de las entidades.

Lo otro, que es una novedad que estamos hablando de salarios suficientes. Desde su fundación, Acción Nacional pensó en términos de salarios justos, remuneradores y suficientes, como el primer mecanismo para una adecuada distribución de la riqueza, y en la segunda oportunidad niveles de tribulación a través de los cuales el gobierno pudiera generar una riqueza compartida en el país.

Así es que esto no es ninguna tesis novedosa, desde 1939 Acción Nacional habla de salarios suficientes.

Y lo otro es lo del circulante monetario. Puede que yo no tenga entendederas muy

AÑO III. T. III. No 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

claras, más o menos entendí lo de las cuentas de cheques pero no de la emisión de billetes y monedas.

En 1976 la emisión de billetes y monedas fue de 31,038 millones de pesos. Yo en la intervención de lo general dije que la emisión de dinero fresco se había limitado en su tendencia, pero el hecho es que durante 1977 ha habido una emisión de 16,244 millones de pesos en billetes y monedas. En enero de 1977 había 71,791 millones de pesos, y para diciembre de 1977 había 88,035 millones de pesos en circulación.

La pregunta concreta que yo planteaba a los economistas del partido oficial es que nos explicaran: cuando el dinero está en el Banco de México y se mete en circulación, ¿quién toma dominio de ese dinero? Si el gobierno el que con ese dinero gasta o invierte - es la tesis que sostiene Guillermo De Carcer - , pues tiene que ser contemplada en la cuenta pública porque de alguna manera es un ingreso que esta recibiendo el sector público a través propiamente del gobierno o a través de las paraestatales.

Lo propio de esta intervención que, repito, voy a tratar de ser muy breve, es por qué estamos en contra del artículo tercero, que dice: "El uso y distribución de los fondos públicos se ajusto a los criterios señalados por el presupuesto".

Bueno, esto es de grado y de la interpretación que cada uno de nosotros quisiéramos dar en estricta verdad a las variaciones presupuestales. Por principio de cuentas yo sí quisiera insistir en esto porque espero que para próximos años la información se haga conciente.

Cuando se nos presento el Presupuesto de Egresos para la Federación, para 1977 venía expresado el gasto, y así fue aprobado en todos sus canales de distribución absorbiendo los amortizadores de pagos de intereses, y daba 616,324 millones; si le aumentábamos las operaciones virtuales por 61,083 millones, ya teníamos 677,407 millones, que es en globo el Presupuesto que contempla en su comparación la Cuenta Pública. Pero para llegar a esta cifra, ya dentro del Presupuesto que expresa la Cuenta Pública, ya al Gasto le han quitado las amortizaciones y pagos de interés y le han incorporado las operaciones virtuales, entonces el Gasto Sectorial da 522,585 millones de pesos más los 94,107 de la amortización dan los 677,237 en el Presupuesto.

Entonces, amigos míos, hay que hacer unas hojas de este tamaño para poder entender esto. Yo creo que no se vale poner a trabajar a lo diputados, sin necesidad.

Lo otro ya son las variaciones del Presupuesto que contiene la Cuenta Pública, con el ejercicio real del Gasto.

La diferencia, Iglesias, no es 1.5% en todo caso será 8%. Hasta comparaciones en los gastos sectoriales, 522.585 millones de pesos de presupuesto, contra 520,834 millones de pesos; evidentemente la variación es muy pequeña, nada más que aquí hay que adicionar las partidas que no son sectorizables, entonces el gasto habría que aumentarle los 50 mil 38 millones de pesos de intereses, comisiones y gastos de la deuda, perdón, habría que aumentarle los 117 mil 518 de amortizaciones de la deuda; habría que aumentarle los 32 mil 783 millones de pesos del fideicomiso para el financiamiento del sector público y habría que aumentarle los 9 mil 5 millones de pesos de asunción de pasivos. Entonces el gasto total son 730 mil 177 millones de pesos, que si lo comparamos con los 677 mil del presupuesto, tenemos una diferencia real de 52 mil 940 millones de pesos en el gasto total y esto nos parece ya una variación en el globo, muy importante. Si a esto quisiéramos restar las operaciones virtuales, la variante seguirá siendo la misma del orden de 52 mil 940 millones de pesos; que es un 8% entre lo presupuestado.

Pero todo esto es de grado, si la variación la consideramos importante en el gasto total, encontramos dentro de los canales de gasto, variaciones a los presupuestos, que son mucho más importantes y más significativas que pudieran serlo la variación total del gasto.

Por ejemplo De Carcer mencionó, pues en manejo financiero y variaciones presupuestales, todo esto está concatenado de alguna manera. Que se había presupuestado 13 mil 961 millones de pesos para proyectos de fomento y promoción y no se realizó nada, otra variación muy importante al presupuesto que aquí se autorizó, en el orden de los gastos genéricos, en sueldos y salarios.

En 1976, voy a repetir esto porque me parece muy importante, se habían pagado en el sector público, 83 mil 955 millones de pesos. Ese era el dato de la cuenta pública que reflejaba en servicios personales esto.

Para el presupuesto de 1977 se hicieron aumentos por un 35% y dijeron: ahora vamos a pagar en servicios personales, "sueldos y salarios", 113,470 millones de pesos, pues nos pareció una elevación terrible.

Sin embargo en el ejercicio real del gasto, se pagan 125 mil 787 millones de pesos de sueldos que ya la variante es de un orden de 12 mil 317 millones de pesos. Nos parece esto una cifra muy importante que representa una variación muy severa al Proyecto autorizado por esta Cámara.

Otras variaciones muy importantes: en la colocación de deuda se había autorizado en todo el Sector Público, colocar deudas por 221,042 millones, y se hicieron por 249,980 millones, una variante de 28,938 millones, y en amortizaciones, habíamos dicho que se pagara deuda por 94,107 millones, y de hecho, se hizo por 117,517 millones, con una variación de 23,450 millones de pesos.

Evidentemente, el endeudamiento neto nada más tiene una variable de 5,528 millones en el endeudamiento neto, entre los 132,463 realizado, contra los 126,935 autorizados pero

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

la estructura de contratación y pago de la deuda sufrió transformaciones muy importantes.

Quizás uno de los argumentos que más pesaron en nuestro ánimo, para no admitir como adecuadas las variaciones presupuestales, advertidos que estamos bien conscientes de que ese Presupuesto manejaba una crisis coyuntural, fue quizás la insuficiencia de recursos al sector Agropecuario y Pesquero.

Hemos estado hablando que hay dos prioridades en este país: alimentos y energéticos.

Energéticos, evidentemente, ha recibido un trato prioritario, pero no el sector agropecuario y pesquero. Al sector agropecuario y pesquero le habíamos, destinado 62,096 millones de pesos, y gastamos 48,266 millones, con una variante de 13,830 millones de pesos, cuando en este mismo año tuvimos que importar tres millones de toneladas de grano, entre maíz, trigo y sorgo y una cantidad terrible de leche.

Entonces sentimos que no se ha dado respuesta a la prioridad que el presupuesto marcaba en el destino de recurso para el sector agropecuario.

Una variación importante a favor, también esto lo apreciamos, que teníamos proyectado gastar 60,545 millones de pesos en intereses y nada más pagamos 50,038 millones, de alguna manera esto representó una nueva bondad por el nuevo tratamiento de contratación y pagos de deudas. Esto es un hecho evidente, pero existe un mandamiento constitucional que tenemos que estar respetando.

Otra violación y la consideramos muy importante desde el punto de vista presupuestal, no financiero, fue el fideicomiso para el financiamiento del sector público donde se captan 32,783 millones de pesos y no se ubican dentro de los gastos sectoriales.

Entendemos las necesidades del manejo financiero de esto, pero también hubiéramos querido ver representado este gasto dentro de las áreas sectoriales para conocer el costo- beneficio sectorial. Y esto lo consideramos una variante de 32,783 millones que no estaban presupuestados.

Y por último, advertí que iba a ser breve, la asunción de pasivos, 9,005 millones de pesos que se le absorben; al Metro, 8.803 millones; a la PIPSA, 178 millones; a Productos Pesqueros, la Coordinación del Itsmo de Tehuantepec, seis millones, total: 9,005 millones de pesos, que no estaban en el presupuesto Entonces sentimos que este presupuesto sufrió variantes de tal naturaleza que lo que se ejerció de gasto fue algo sensiblemente distinto al presupuesto autorizado por esta Cámara. Y esto, repito, es de grado, si el artículo 3o. dice: " el uso y distribución de los fondos públicos, ect., se ajustó a los criterios señalados por el presupuesto". No lo podemos aprobar así.

Si ustedes hubieran planteado una redacción para este artículo en que de alguna manera se justificaba en el manejo conyuntural de las crisis, las variaciones en unos casos, las modificaciones en otros y en algunos francamente las violencias que sufrió el Presupuesto, pues probablemente lo hubieremos aprobado. Por este sentido nuestro voto será en contra en lo que se refiere al artículo 3o. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Jorge Efrén

Domínguez.

- El C. Jorge Efrén Domínguez. Con su venia, señor Presidente. Compañeros diputados. Compartiendo con todos ustedes y también con el compañero diputado Lujambio la conveniencia y la necesidad de la brevedad en esta difícil sesión de análisis - difícil por el sinnúmero de consideraciones de índole cuantitativa que es menester hacer a todos y cada uno de nosotros para normar rectamente nuestro juicio en torno a los asuntos que se discuten, haré un esfuerzo por ser lo más breve posible.

Sin duda alguna, después de toda esta enorme mención de cifras, de porcentajes, de números, de variaciones, de referencias a lo aprobado, a lo ejercido, al presupuesto del año de 76, al 77 etcétera, etcétera, valdría la pena hacer un esfuerzo adicional por encontrar, en medio de este inmenso mar de números, las razones esenciales de fondo que animan a esta discusión. En este intento, quisiera poner de reelevancia ante ustedes, lo que a juicio de nosotros pudiera resumir, con todos los riesgos que obviamente incluye un intento de síntesis aventurada, la tesis de la fracción parlamentaria de Acción Nacional. Por lo menos, la tesis de algunos de sus representantes, las tesis que han venido sistemáticamente sosteniendo, claro que sin mencionarla así, explícitamente, y que es la tesis de la parálisis presupuestal. Una parálisis presupuestal que se alimenta, en lo que yo llamaría quizá una deformación profesional, un enfoque que llamaría, también por denominarlo de alguna forma, un enfoque "contabilista", en donde se olvida lo esencial, de lo que a juicio de la mayoría parlamentaria es en última instancia, el Presupuesto de Egresos de la Federación; esto es, uno, si no es que el mayor instrumento maestro por excelencia de la ejecución de la instrumentación, de la realización de una política y una estrategia económicas.

Visto este planteamiento, esta tesis fundamental, trataremos de ir al encuentro de lo que, en rigor dispone en su artículo 3o. el proyecto de Decreto que está sometido a su consideración.

Dice el proyecto del artículo 3o.: "El uso y distribución de los fondos públicos se ajustó a los criterios - criterios- señalados por el presupuesto - por el presupuesto- cumpliéndose las distintas disposiciones legales que amparan y autorizan las variaciones observadas"

Primero. Estamos haciendo un análisis de estas posibles variaciones en función de criterios del manejo de la política económica a través del presupuesto de la Federación, que fueron dados por el propio presupuesto. Segundo. Se admite luego entonces, que en un presupuesto, al ser éste ejercido al

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

convertirse en gasto real puede hacer variaciones. Raro, sumamente raro sería el caso, y sin duda lo es, de cualquier prepuesto, ya no digamos de una nación o de una empresa, sino aun de una entidad familiar donde no hay variaciones en el ejercicio del presupuesto.

De ahí viene su nombre, es un pre (guión) supuesto, Es decir, suponiendo que se den determinadas condiciones previsibles, vamos a pensar en hacer este monto de erogaciones "X" en función de determinados rubros, a), b), c), d), etc., haciendo un esfuerzo por limitarnos a gastar lo que hemos previsto que vamos a gastar y a erogarlo en los grandes renglones que hemos presupuestado, que hemos presupuestado , es decir, que hemos presupuestado de acuerdo con ciertas jerarquías de orden e importancia de dichos rubros que, en este caso, corresponden a los sectores a los que ha estado haciendo alusión el compañero diputado Lujambio, los grandes órdenes de prioridad.

Entonces, dos conclusiones: primero, no venimos en rigor, a discutir, si son válidas o no son válidas las variaciones. Es decir, no venimos a discutir si se admite o no se admite que un presupuesto, en este caso el presupuesto de Egresos de la Federación, tenga variaciones Por supuesto que debe de tenerlas. Lo que venimos a ver es si esas variaciones, como lo señala la Constitución, como lo señala este proyecto de artículo tercero que estamos discutiendo, se ajusta a los criterios, a los grandes criterios de política económica para cuya satisfacción precisamente se hizo un presupuesto, y el cual, el Gobierno Federal y el Sector Público en su conjunto se comprometieron a erogarlo para llenar determinados objetivos que se fijó el Estado.

Entonces, ante esta posición, constitucionalmente válida, económicamente comprensible, técnicamente justificada, que es el criterio de la flexibilidad a la cual por lo de más de manera sumamente clara ya se refería Artemio Iglesias al recordar las pertinentes observaciones y votos de flexibilidad que hacía el compañero diputado De Carcer hace un par de años. A esta tesis quiere o parece querer empecinadamente proponer el Partido de Acción Nacional, la antítesis de la parálisis presupuestal. ¡Ah! pecado grave que haya una modificación de tantos o cuántos millones, o de 2 o 3%. ¡Imposible! Como ya lo decía Artemio Iglesias Miramontes: "Este es el manejo de las finanzas públicas, con órdenes de magnitud enormes". De allí que ustedes han estado oyendo durante varias horas, ésta que se ha llamado aquí "catarata de millones", "catarata de cifras". Estamos hablando de la nación en su conjunto. Se ha hablado, por una parte, de que el Presupuesto ya en su ejercicio un presupuesto de muchos miles de millones de pesos, un presupuesto global del orden de 730 177 millones de pesos, perdónenme una cifra más, tiene en su conjunto, es decir, en los dos integrantes que lo conforman, el llamado "sector gobierno", y, por otra parte, el llamado "sector paraestatal", tiene una variación en su conjunto, a pesar de todas las dificultades para su ejercicio, de 8.3%. Y que referido este análisis únicamente al Gobierno Federal, como lo señalaba Artemio Iglesias, la variación entre lo que pensó y se previó gastar un año antes, y lo que efectivamente se erogó un año después, fue de 1.5%. Claro, para un observador poco atento, cuando le dicen que ese 1.5% equivale al orden 5 mil y tantos millones de pesos, y se emplea esta cifra, como también ya se mencionó aquí, con intenciones, si no de terrorismo contable, por lo menos sí de confusionismo numérico, pues puede resultar muy impresionante. El Gobierno erogo demás 5 mil 59 millones de pesos. ¿Qué pasó allí? Pero olvidamos que el marco, el contexto de referencia, es muchísimo mayor, y que a pesar de las enormes dificultades que son inherentes al manejo de un presupuesto en una economía constantemente dinámica, donde varían prácticamente mes con mes, y en ocasiones, día con día, costos, precios, salarios, precios de materiales específicamente, donde se modifican las presiones de la oferta y la demanda, donde influyen los precios que nos cotizan en el exterior en determinadas importaciones, que son absolutamente indispensables para la buena marcha del Gobierno, en suma, cuando intervienen tantos factores de incertidumbre, dentro de las cuales está inserta la economía nacional, porque forma parte de un concierto internacional de intereses y de rejuego económico, insisto, bien decía nuestro compañero de mayoría, que resulta, francamente encomiable; resulta, francamente satisfactorio, que a pesar de esa capacidad de variación y de variabilidad inherente al propio manejo de la económica, el Presupuesto, específicamente el del Gobierno Federal, y, en su conjunto, el del Sector Público Federal, hayan tenido una variación que, en globo, no rebasó el 8.3% Yo creo que éste es un dato que, en rigor, hay que retener como fundamentalmente para los propósitos de la discusión de este artículo.

Ahora bien, cierto, cierto, hubieron variaciones, y si hay algo de lo que se preocupa con una gran acuciosidad, el propio Dictamen - y la Cuenta, de ante mano, a lo que ya hizo amplísima referencia el propio diputado Lujambio Rafols y también incidió en ello señor diputado Carcer- , fue, precisamente, en el análisis de esa variaciones. ¿Qué querían, que dijera la Cuanta Pública que no hubo variación? ¿qué las escondiéramos? ¿qué las escamotearamos? No, precisamente se ha estado realizando el análisis de cuáles fueron esas variaciones; en dónde fueron, cuánto sumaron, cuánto fueron más hacia el alza, cuánto más hacia la baja y porque, es decir, cuáles son las razones fundamentales que explican esas variaciones.

Pero si pudiéramos también hacer un esfuerzo de síntesis para explicar las razones esenciales, por lo menos en el caso del sector Gobierno Federal, que explican esas variaciones, tenemos dos fundamentales, que ya la propia Cuenta que nos fue presentada y el

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

análisis de dicha Cuenta realizada por la Comisión nos propone clarísimamente en evidencia y que no escapa a la comprensión elemental de ninguno de ustedes y seguramente mucho menos, de la Fracción Parlamentaria de Acción Nacional. Por una parte la reforma administrativa. ¿Que ha significado la Reforma Administrativa? pues significa esencialmente dos cosas: una, una recomposición de la estructura del gobierno con la que hace la fusión de dependencias o, por lo contrario, separación de dependencias y, por lo tanto resignación y reacomodo de recursos. Pero no solamente de recursos materiales de equipos, de bienes de trabajo, no, algo todavía más importante, algo realmente fundamental, que es una resignación de personal.

Claro, en este esfuerzo de racionalización que emprendió decisivamente el gobierno en el año que examina, es obvio que estos movimientos del proceso de reforma administrativa, incidiesen a querer y no, entorpeciendo parte del ejercicio de algunos de los programas.

Segundo opta, opta por primera vez el gobierno - en éste ánimo de mejorar su funcionamiento- por realizar un presupuesto por programas. En rigor, no le llama por programas sino un presupuesto con orientación programática, precisamente porque está consciente de que un presupuesto por programas, sistemáticamente previsto y todavía mejor ejecutado, es un presupuesto que las condiciones actuales precisamente de este intercambio, de este movimiento, de este proceso de reforma administrativa, resulta difícil llevarlo a un término matemáticamente exacto. Independientemente de que, técnicamente, el ejercicio de un presupuesto por programas presupone una gran experiencia previa y una capacidad de ejecución verdaderamente extraordinarias.

El país lo requiere, y precisamente por eso, en cuanto ha sido posible - históricamente hablando, situada esta fecha en el año 1977- , el Gobierno emprende este esfuerzo de racionalización para ordenar sus previsiones y racionalizar su gasto. De manera que si hay, como decía hace un momento, razones de fondo que pudieran explicar más allá del análisis casuístico de las cifras y más cifras, que si la Secretará fulana o la empresa paraestatal mengana o que si las transferencias, zutanas, etcétera, hay dos razones de fondo que pudieran explicar y justificar estas variaciones, éstas, son, fundamentalmente, las que se han mencionado.

Entonces, en el caso del Sector o del Gobierno Federal, insisto, la diferencia entre los 349 mil millones de pesos presupuestados, y los 354 mil finamente erogados que dan una diferencia de cinco mil millones de pesos, corresponden, en verdad, sólo a una diferencia mínima de 1.5%.

La propia Cuenta, y el análisis que de ella se realiza, indican cuáles fueron los grandes rubros en que hubo esas variaciones. Ahora, cuando se analizan las modificaciones que ha a habido en algunos de los renglones específicamente mencionados, por ejemplo, en el caso de la deuda para tomar alguna, en que se había previsto erogar en lo que se llama técnicamente un "servicio de deuda" por 80,670 millones de pesos, y finalmente este servicio de la deuda se constriñe en el caso del sector gobierno federal a 63,807 millones de pesos para tomar un ejemplo de los que aquí se han dado- insisto, en que también el documento de la Cuenta y el análisis realizado por la Comisión, dan perfectamente la explicación de a qué se deben esas variaciones.

Pudiéramos hacer una especie de gran catálogo de razones fundamentales, ya de índole más técnico, que explican las variaciones encontradas. En primer lugar, debemos insistir en que este ejercicio presupuestal se lleve a cabo en un año particularmente difícil, difícil no solo por la coyuntura internacional a las que tantas veces se ha hecho alusión, sino difícil además por el manejo de la economía mexicana que está saliendo difícilmente de la crisis postdevaluatoria del año anterior.

Y en estas condiciones, las variaciones encontradas, obedecen fundamentalmente a las siguientes razones técnicas; a la necesidad urgente de hacer varias adquisiciones, a los incremento de sueldos y salarios, particularmente a los habidos en mayo y septiembre de 1977, por los ajustes que todos conocemos y todos conocimos, que fueron considerados indispensables, precisamente para restaurar el poder de compra de los trabajadores al servicio del Estado.

No se deben a que se hayan contratado contingentes y más contingentes de personal simplemente para tenerlos expectantes en alguna Secretaría de Estado sino porque este movimiento fue parte de un movimiento nacional de ajustes de salarios.

Se deben las variaciones también a los cambios, como ya se mencionó hace un momento en la estructura orgánica de la administración pública. ¿A qué se deben los cambios en las inversiones financieras..? Con esta dinamicidad, de la economía, fue necesario respaldar determinados sectores, especialmente el industrial, el agropecuario, el administrativo, crear determinados o alimentar determinados fideicomisos específicos. Y si hay algunas páginas abundosas y abundantes en explicación sobre el destino específico, entidad por entidad, empresa por empresa de las transferencias que hizo el Gobierno y que las inversiones que realizó el Gobierno en apoyo del sector paraestatal son precisamente en estos renglones; y la Deuda Pública y su movimiento todo está explicado. ¿Por qué no se realizaron los pagos previstos en la materia, no los pagos, perdón, sino los montos ejercidos en materia de deuda pública? Bueno, porque - también el documento lo dice- en varios casos que se reseñan, que se señalan pasivos que finalmente no se asumieron, por lo tanto hubo también ahorros en pagos de intereses, en pago de comisiones. No se constató un cierto número de créditos porque no se consideró indispensable elevar todavía más en el nivel de la deuda, porque no se aplicaron finalmente

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

determinadas cantidades que estaban previstas para hacer frente a ciertas pérdidas cambiarias, etcétera. En suma, compañeros hacia ustedes el ofrecimiento de constreñirnos a las razones escenciales y de fondo de las variaciones; no a tratar de hacer artificios numéricos que finalmente en todo caso pueden inducir más a la confusión que al orden. Si en rigor el Mandato Constitucional sobre el cual estamos discutiendo, nos señala que debe existir un marco de referencia para hacer un juicio de valor sobre determinadas variaciones presupuestales, yo me pregunto: ¿cuáles son, cuáles fueron los grandes objetivos generales y específicos del ejercicio del Presupuesto de 1977? Primero, y convendrán conmigo en que estos son: controlar la crisis y resolverla, 2o. Dinamizar sus sectores prioritarios. ¿Cuáles fueron? energéticos, alimentos, industria y servicios. 3o. Reducir el ritmo de la inflación; 4o., detener la fuga de capitales; 5o., disminuir la dolarización. Ahora, específicamente, apoyar el desarrollo agropecuario, apoyar el desarrollo industrial, mantener y acrecer aún los servicios sociales consolidar la infraestructura del país; disminuir el ritmo del endeudamiento.

También, abatir el peso específico de los financiamientos dentro del conjunto de ingresos que tiene que allegarse al sector público. Cumplir fielmente nuestros compromisos con el exterior en forma oportuna y rigurosa. Y todo ello, y todo ello, para lograr lo que yo estimo, en lo personal, los dos grandes objetivos anuales maestros del prepuesto de egresos de 1977. Los tres mejor dicho, para ser reiterativo en uno de ellos: el primero, ya mencionado:

controlar la crisis, administrarla, superarla, resolverla; 2o., lograr, iniciar así la recuperación económica, y 3o., como consecuencia de todo ello, impulsar el crecimiento económico. Este presupuesto, en su conjunto, ¿ha logrado, ha coadyuvado, sí o no, al cabal cumplimiento de estos propósitos? Yo creo que basta una cifra, una sola cifra, elocuente, evidente por sí misma, para hacer un juicio de valor y para orientar la decisión de todos y de cada uno de ustedes. En el año precedente al que se analiza, 1976, la economía logra crecer al 1.9% En el año que estamos analizando, 1977, aplicando el presupuesto, realizados todos los esfuerzos que aquí se han mencionado, la economía logra efectivamente acrecerse en 2.8%. ¿Cuál es la diferencia del ritmo de crecimiento? Aparentemente la diferencia entre 1.9% y 2.8% es escasamente de la unidad. ¡Ah! pero estamos hablando del crecimiento de un país, y de una economía en la que confluyen cerca de 70 millones de habitantes.

¿Qué significó en este vasto mundo económico para el país en su conjunto para los trabajadores de la Nación, para los campesinos: lograra alcanzar los objetivos que mencionamos y además, lograr que la expansión y el crecimiento económico, en su ritmo, en comparación con el año precedente, se acreciera en cerca de la unidad?

Dicho en otros términos - y esto no es un juego de números ni un artificio de números- este esfuerzo en términos de crecimiento representó para la Nación el pasar el 1.9% al 2.8% en su taza de crecimiento, representó pues, un esfuerzo equivalente al 47% de su ritmo de crecimiento.

¿Es esto o no es satisfactorio? ¿Basta este objetivo, sí o no para justificar estas variaciones de las que se ha dado cuenta con todo detenimiento en el propio documento que nos ha sido presentado a análisis y en el dictamen que se ha realizado?

Yo creo, y prácticamente con esto concluyo mi intervención, que es absolutamente justificado que a la luz de este logro, que nadie puede quitarle el ejercicio presupuestal, el artículo que esta a discusión y a consideración de ustedes, debe ser sin duda alguna aprobado.

Pero un argumento todavía más, para ir directamente al encuentro de las preocupaciones de jerarquización del gasto. Es cierto, cuando el Congreso, cuando la Cámara de Diputados aprueba un presupuesto, de hecho realiza una función doble y simultánea. No solamente está aprobando que se ejerza un determinado monto y volumen de recursos que, como hemos visto en los casos que acabamos de analizar del gobierno federal y del sector público en su conjunto, en la medida de lo posible, de lo técnica y políticamente posible, se ha ajustado al presupuesto original, sino que, además, el presupuesto tiene un cierto orden de jerarquías.

¿Cuál fue el conjunto de las siete prioridades, vistas las prioridades por el orden en que los sectores jugaron en la conformación del presupuesto, que tuvo el presupuesto inicial u original de 1977? ¿A quién le asignan de conformidad con lo que votó esta Cámara la prioridad número uno del presupuesto? Al sector industrial. Y esto se puede consultar en la página 84 del documento de la Cuenta Pública de la Hacienda Pública Federal.

¿A quién, finalmente, se le concede en el ejercicio del presupuesto la prioridad número uno? Al sector industrial. ¿Quién le sigue en el orden inmediatamente? El sector desarrollo social en el presupuesto original ¿cuál es la prioridad en el presupuesto ejercido? el desarrollo social igualmente ¿Cuál es la tercera prioridad? Administración, defensa y poderes, ¿se respeta esta prioridad del ejercicio presupuestal?, sí, se respeta esta prioridad en el ejercicio presupuestal. En suma para no agotar su atención y su paciencia. La estructura de jerarquías, el orden de jerarquías que determinó esta Cámara para asignar por sectores el Gasto Público, fue escrupulosamente respetado.

¿Qué los montos individualmente, de cada uno de estos sectores, tuvo variaciones? Sí, y ya se explicaron y se justificaron. Por todos ellos compañeros, porque la estructura presupuestal sectorial fue respetada y segundo porque los grandes propósitos de la política económica propuestas a Vuestra Soberanía con el ejercicio del presupuesto, se cumplieron

AÑO III. T. III. No. 55 CÁMARA DE DIPUTADOS DICIEMBRE 22, 1978

plenamente, yo pido a esta Asamblea, que vote en pro de la aceptación del Artículo 3o. de este Proyecto de Decreto. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Esteban Mario Garáiz.

El C. Esteban Mario Garáiz: Señor Presidente, considero que el artículo 3o. ha sido ampliamente discutido, por lo tanto declino el uso de la palabra. - El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si el artículo 3o. se encuentra suficientemente discutido.

- La C. secretaría Guadalupe López Bretón: En votación económica se consulta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el artículo 3o. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 3o. en sus términos. (VOTACIÓN.)

Se emitieron 143 votos a favor y 14 en contra.

El C. Presidente: Aprobado en lo particular, en sus términos, el artículo 3o por 143 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 4o. ... Esta presidencia informa que se han inscrito en contra del artículo 4o., los siguientes ciudadanos diputados: María Elena Alvarez de Vicencio y Jacinto Guadalupe Silva Flores y, para hablar en pro del mismo artículo 4o., los ciudadanos diputados: Julio Zamora Bátiz y Enrique Alvarez del Castillo.

Tiene la palabra la ciudadana diputada María Elena Alvarez de Vicencio.

- La C. María Elena Alvarez de Vicencio: Señor Presidente; señores diputados.

Estoy segura que me hubiera llevado una ovación si desisto de hacer el uso de la palabra, y los estuve comentando, porque considero el cansancio y los deseos que todos tiene de retirarse ya, a terminar esta sesión, pero no pude declinar el hacer uso de la palabra, porque siento la responsabilidad de dar el testimonio de los ciudadanos a quienes represento, y de mi obligación de cumplir como diputada, al igual que todos ustedes están cumpliendo.

No hago más disgresiones para poder ser más breve.

Quiero fundamentar por qué la diputación de Acción Nacional, por más que lo quisiera no puede aprobar el artículo 4o., y quisiera aprobarlo porque eso significaría que la realidad mexicana ha mejorado muchísimo y que se han cumplido todos los objetivos del presupuesto y, en último caso, eso es lo que en verdad vale la pena analizar, porque hasta el artículo 3o. de este decreto ha sido solamente la teoría del manejo de los números, pero ahora en este nuevo capítulo, nos toca analizar las evidencias reales de logros, objetivos tangibles, que es lo que en realidad al pueblo le interesa y le llega.

En todo ese manejo de números eficiente, adecuado, variado, cambiados de un rubro para otro, cuál fue el resultado, real, tangible que en último caso es lo que se beneficiará a nuestros cuidadanos. El dictamen analiza la ejecución del presupuesto en un período que se ha considerado de severa crisis, agudizado en los últimos meses de 1976.

Y es importante dejar sentado en primer lugar, que lo sucedió en el período que termina en 1976, no es un período relativo a un sistema extraño al que se ocupó de ejercer el presupuesto de 1977. Si es el mismo sistema hay continuidad en la responsabilidad del resultado que cita el dictamen, como el marco de referencia en que se inicio el período de 1977 que nos ocupa. Dice el dictamen también, que vanos fueron los esfuerzos y los intentos realizados por cambiar las pautas de ese modelo de desarrollo, que generó una profunda contradicción entre su creciente anquilosamiento y los anhelos de justicia social. Ciertamente que el Ejecutivo y quienes ejercieron el presupuesto hicieron esfuerzos enormes, ciertamente que trataron de ir solventando la crisis, y nosotros no estamos en contra del todo, sino simplemente afirmamos que se pudieron hacer muchos más esfuerzos y se debieron hacer en formas más eficientes.

Yo quiero analizar brevemente, solamente en unos cuantos aspectos, especialmente referidos al sector social y al sector turismo, porque siento que son estos aspectos los que más llegan a la parte más delicada de nuestro pueblo, a lo menos favorecidos económica y socialmente. En el sector social al que se le dio en el Presupuesto toda la importancia que tiene, puesto que se le designó un porcentaje muy alto, pues fue más del 20% y al sector Turismo que se le dio el porcentaje casi el más bajo, solamente un .5% del Presupuesto El sector social comprende ramos tan importantes como la educación, la salubridad y los asentamientos humanos y las obras públicas. En la educación se ejerció el 47% del sector social o sea un porcentaje elevadísimo; sin embargo, y aquí es donde otra vez repetimos, fueron vanos los esfuerzos no obstante que se canalizó un porcentaje tan alto del presupuesto en este sector educación, seguimos constatando, para desgracia de nuestro pueblo, que no alcanza a cubrir la demanda educativa, que el nivel académico de la educación superior sigue siendo enormemente bajo, que por más esfuerzos, la respuesta no iguala a las demandas de educación. Tenemos pues que cambiar el rumbo, tenemos para el próximo ejercicio del Presupuesto, que usar nuevas estrategias porque la realidad sigue demostrando la realidad educacional que es enorme; hay que buscar pues, otros caminos.

En el ramo de Salubridad se ejerció todavía un porcentaje más alto, el 48% de la parte del sector social; sin embargo, hace algunos días escuchamos la declaración del Subsecretario de Salubridad, que es insuficiente la salubridad que se proporciona a nuestro pueblo, que todavía hay sectores que no se benefician absolutamente en este ramo. Vemos en forma positiva cómo el ISSSTE y el Seguro Social van

ampliando el número de afiliados y desgraciadamente, a pesar de estos esfuerzos, es enorme la cantidad que no se beneficia todavía con estos servicios, hay enormes áreas que no reciben seguridad social ni por el ISSSTE, ni por Salubridad Pública ni por el Seguro Social.

Pero sin embargo, estas dos entidades podían mejorar todavía el manejo de sus presupuestos, para hacer con mayor celeridad la extensión de estos servicios a sectores más amplios. Se dice por ejemplo que el Seguro Social, tiene un costo más bajo de operación por asegurado que el ISSSTE; se necesita hacer un estudio profundo para analizar qué sistemas mejorarían el rendimiento en la salubridad, si efectivamente el Seguro Social ha logrado optimizar sus servicios, o es que está prestando un servicio menos eficiente que el ISSSTE. O es que el ISSSTE tiene que mejorar su manejo para que el servicio sea a un costo menos elevado y más eficiente.

Se publicó también que el Seguro Social está operando con superávit. Sin embargo, hay un dato que aparece: fueron entregados al Seguro Social 5,171 millones de apoyo sobre presupuesto. Es un dato que me parece confuso: si tiene superávit, ¿por qué necesitó un apoyo de 5, 171 millones?

También quisiéramos esperar que el Seguro Social no fuera a seguir el mal ejemplo del gobierno federal en cuanto a la adquisición de empresas quebradas. Este año se anunció que adquirió un equipo de futbol que anda en los límites de la segunda división. No sé realmente qué objetivos sociales pretendan, que no se pudieran lograr con un costo menos oneroso. Si la demanda de servicios es tan grande, tan enorme, es indispensable que no desviemos un solo peso de nuestros presupuestos para poderlos encauzar todos realmente hacia la solución de estos problemas.

En el área de asentamientos humanos y obras públicas, la parte del sector social que se ejerció fue realmente una cantidad mínima 0.30%. En este renglón la mayor parte está por hacerse, sobre todo en las grandes ciudades las demandas de habitación y urbanismo son enormes, y ahí tenemos todo un campo que debe ser programado con más eficiencia para el presupuesto en el próximo año.

Y por último, en el sector turismo, que se presenta solamente como un sector que va a beneficiar la captación de divisas, y se ha logrado mejorar desde luego, puesto que en el año anterior al que estamos analizando, se había descendido a niveles alarmantes y efectivamente se logró superar la captación de turismo extranjero, por lo tanto la captación de divisas.

Pero yo pienso que el turismo no solamente tiene que considerarse como un instrumento para captar recursos, para aumentar divisas, sino que debe desempeñar también una función social, sobre todo el turismo interno tiene que servir para elevar la cultura de nuestro pueblo y para mejorar su salud. Es apremiante que se hagan programas de bajo costo y de eficiencia para que los mexicanos prefieran el turismo dentro de su propio país, son muchas las fugas que tenemos por mexicanos que realizan frecuentes viajes al extranjero y muchos de ellos no conocen una buena parte de nuestro país.

Es imprescindible que se haga un programa turístico interno para mejorar la cultura y la salud de nuestro pueblo.

Tenemos pues, muchísimo por hacer, si nos damos cuenta que por más esfuerzos que se hicieran con el presupuesto fue imposible llenar todas las necesidades que nuestro pueblo demanda, los buenos propósitos no bastan, nuestros recursos son insuficientes, la respuesta que tenemos que dar además de eficiencia, será una respuesta de solidarismo. Tenemos que despertar la confianza en los ciudadanos para que se supla con trabajo voluntario, lo que los recursos económicos limitados que tenemos, no nos permiten hacer. Necesitamos un trabajo voluntario auténtico y sincero, un trabajo voluntario sin demagogias. La tregua que pidió el Ejecutivo para superar la crisis "recuperando la serenidad y no perdiendo el rumbo", se logró en parte, porque muchos recobraron la serenidad, pero yo pienso que el rumbo no lo tenemos del todo bien dirigido, no siento que tengamos todavía el rumbo correcto en nuestro país.

Necesitamos reorientar el desarrollo social y económico. Este fue el imperativo que se marcó también. Necesitamos enmarcarlo en un nuevo manejo de las relaciones políticas. Sustancialmente tiene que ser diferente a las que se dieron entre gobernantes y gobernados en el pasado inmediato al análisis del presupuesto y de la cuenta que estamos ahora haciendo.

Y para darnos una idea si realmente tenemos ya el rumbo adecuado o hemos hecho este cambio imperativo, podríamos responder a estas preguntas, si las respuestas fueran afirmativas entonces se pensaría que sí estamos en el rumbo adecuado, y si no, hay que encontrarlo lo más pronto posible. - ¿Existe realmente el propósito, demostrado con hechos, de respetar los resultados electorales cuando éstos no favorezcan al partido oficial?- ¿El ciudadano común y corriente tiene conciencia de que ha disminuido realmente la corrupción en la administración pública y, por lo tanto, está más dispuesto por eso, a cumplir sus obligaciones fiscales?

El criterio imperante para designar funcionarios directivos en las paraestatales, es la solvencia moral y la capacidad técnica, o sigue siendo el reconocimiento a merecimiento y compromisos políticos? La respuesta que la realidad da a estas preguntas, explica, en parte, la gran dificultad que se ha tenido y se sigue teniendo para captar los recursos suficientes, y el desvío y desperdicio de los que existen, y por tanto, los serios obstáculos que la administración confrontó para lograr los objetivos sociales anunciados en el Presupuesto de la Cuenta que nos ocupa.

Para hacer realidad el estado solidario que provea a las necesidades sociales, cuyos objetivos sean una decisión libre del pueblo, es indispensable, como condición, que esta decisión

libre sea verdaderamente respetada, sobre todo, cuando se manifiesta en la elección que los ciudadanos hacen de sus gobernantes.

El pueblo, entonces sí, se sentirá solidario con estos gobernantes, y ellos tendrán una generosa respuesta humana y solidaria, entonces sí se podrá suplir la deficiencia de nuestros recursos. Muchas gracias. (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Julio Zamora Bátiz.

El C. Julio Zamora Bátiz: Con su venia, señor Presidente.

Atendiendo una petición compasiva de la primera fila, sólo quisiera referirme muy brevemente a las razones por las cuales es necesario votar en favor este artículo a discusión.

Primero quisiera señalar algunos de los aspectos que comentó la señora Vicencio. En cuanto al sector de desarrollo social, el gasto fue de 19,331 millones de pesos. Entre otras cosas se atendió a 8 millones 755 mil alumnos, se terminaron de construir hospitales con un total de 1,533 camas y en los centros de salud pública se atendió a más de 13 millones de personas, y otros dos millones de personas en el Distrito Federal.

Con relación al turismo interno, se movió durante 1977 a más de 13 millones de personas, casi catorce millones, lo que significó un movimiento de 15 mil millones de pesos.

Estamos de acuerdo en que en éstas como en otras áreas, el Gobierno Federal y los organismos descentralizados, desarrollaron una actividad fructífera. Es muy interesante hacer una referencia al debate que el día 30 de diciembre de 1976 tuvimos en esta Cámara con relación al presupuesto.

Por más que se quiera minimizar el aumento del ingreso per capita y el aumento del producto interno bruto, como expresiones de la eficacia del desarrollo de la economía, es evidente que no tenemos otras magnitudes que reflejen con más claridad esta situación.

El 30 de diciembre de 1976 el diputado Armando Labra dijo desde esta misma tribuna, "este presupuesto (se refería al Presupuesto de Egresos de 1977 que es la base de la Cuenta Pública que analizamos) está preparado para que la economía crezca alrededor de 2.5%."

Logramos 2.8% de crecimiento. Este régimen se propuso contener el ritmo de inflación, y fue muy inferior el aumento de precios en 1977 al incremento que tuvo el costo de vida en los años precedentes. Fue propósito del Gobierno incrementar la producción y en mi intervención anterior cité cómo en todos los sectores de la actividad económica, se logró un reflujo de la tendencia y modestos avances productivos que hicieron que no continuara la situación anterior y sí se plantearan las bases para un desarrollo más acelerado, que hemos visto ya en 1978.

¿Por qué es difícil en estos momentos, entrar en mayor detalle en cuanto al cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas, según la terminología del párrafo IV del artículo 74 constitucional?

Pues porque este Presupuesto se hizo precisamente cuando se iniciaba el proceso de transformación del presupuesto del tipo tradicional al presupuesto por programas, que tratamos de que sea la forma de guiar la actividad del Sector Público en los años por venir.

No es fácil, aunque lo parezca, el transformar un Presupuesto de orden tradicional en un Presupuesto por programas. En un país tan capacitado tecnológicamente, tan lleno de estadísticas y de controles, como es los Estados Unidos de América, la implantación del presupuesto por programas a nivel federal se inició hace 14 años y todavía hoy no se completa el proceso de transformación. Creo que el examinar el Presupuesto de Egresos para 1979 vamos a apreciar en su verdadera magnitud el esfuerzo verdaderamente titánico que han desarrollado las diferentes dependencias de gasto del sector público federal, para transformar sus sistemas de trabajo y adecuarlos a un presupuesto por programas.

En la próxima semana habremos de examinar el dictamen sobre el presupuesto de egresos y ahí veremos que ya se logra hacer presupuesto por programas de los diversos sectores y de las diversas entidades, con metas muy específicas.

Pero al iniciarse 1977 el presupuesto no tenía, no podía tener características tan avanzadas de sectorialización y características tan precisas de programación por objetivos; por lo tanto, el examen de la Cuenta Pública de 1977 no puede ir más allá que una apreciación de índole general de la evaluación, de la evolución de los distintos sectores.

Creo que a lo largo del día de hoy, en diversos momentos, con precisión o con indicaciones de magnitud o de calidad, hemos establecido con toda certeza que el avance de la economía nacional - de la cual el Sector Público representa un 40% por lo menos, 50% si nos restringimos exclusivamente al aspecto de inversión- que el avance de la economía nacional es positivo, que durante 1977 se lograron avances importantes no sólo cuantitativamente, sino por tratarse de un año en el que estábamos combatiendo una crisis severa; es muy trascendente que esos avances hayan sido cualitativos, que se haya revertido la tendencia de todos los sectores, que se hayan logrado avances importantes en magnitud en varios sectores estratégicos para el proceso de desarrollo.

Y valga aquí citar como última cifra de esta intervención que la inversión pública federal fue el orden de 140,102 millones de pesos, lo que implica un aumento de casi 30% con respecto a la inversión del año precedente, y que 45% de esa inversión fue destinado al sector industrial, que era el que más rápida y eficazmente podía responder al estímulo y arrastrar positivamente a toda la economía nacional. Creo que todo lo dicho hoy, avala plenamente una afirmación como la contenida en el artículo 4o. del Decreto que es, y debo subrayarlo, muy prudente, porque tomando en consideración la realidad en que se desarrolló el análisis, la realidad administrativa y contable que disponemos - que será mejor en

el próximo año y mucho mejor en los subsiguientes- , dice que en la medida en que la situación económica y administrativa, permite hacer una evaluación, los objetivos contenidos en los programas incluidos en el Presupuesto de 1977 fueron satisfactoriamente alcanzados.

Creo que es una afirmación realista, serena y objetiva y por tanto, pido a ustedes que la apoyen. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Jacinto Guadalupe Silva Flores.

El C. Jacinto Guadalupe Silva Flores: Señor Presidente, señores diputados: el artículo 4o. del proyecto de Decreto termina con una frase concluyente: "Fueron satisfactoriamente alcanzados todos los objetivos". Y hasta en eso podría yo estar de acuerdo. Hasta en eso.

Por la mañana se produjo aquí una afirmación mi manera de ver, monstruosa. Se dijo: los aficionados a los números, los contadores de Acción Nacional, teníamos deseos de que estos debates fueran largos, de varios días, y es cierto. Acción Nacional quiere que se ventile, que se le dé aire, a como, a la manera en que se utilizan y se gastan los escasos recursos del pueblo de México.

Nos meten en una sesión kilométrica, cansada, con la catarata de números, y todos los retobos del discurso de en la mañana, de Julio Zamora Bátiz. ¿Qué es, para Acción Nacional, este debate? Para Acción Nacional, el debate de la Cuenta Pública no es solamente la forma adecuada, pulcra, ajustada a los lineamientos constitucionales con que se presenta. De formalismos están tapizadas todas las injusticias de la historia. De formalismos están llenos los países que se debaten en la miseria.

¿Qué es este debate?, ¿esto, que a los señores del Partido Popular Socialista les parece perder el tiempo?, ¿cansados los números? sí, a mi también me aburren, por supuesto; ¿pero necesarios?, sí; pero sobre todo, ¿qué sentido tiene este debate frente a quienes nos llamamos representantes de la Nación? Aquí se escenifica todo lo que es México, en este debate, todo, y pudiera significarse si esto se aireara y se ventilara suficientemente, por todo lo que quiere ser México.

De aquí, de un debate amplio, suficiente, cabal, claro, entendible, debieran surgir los nuevos canales por donde el gasto público fluyera y llegara efectivamente a donde debiera llegar. De aquí, de este debate, debieran surgir todos los correctivos que se debieron aplicar para llegar a la sociedad ideal que pudiéramos pretender.

¿Debate intrascendente? ¿Pérdida de tiempo? Cuando estamos contemplando y viendo cómo se gastó el dinero de los contribuyentes. Y, señores diputados, les voy a pedir un favor: yo no soy redentor de nadie, ni quiero serlo; no me interesa.

Soy simplemente un hombre que quiere cumplir con su conciencia dentro de su historia, humilde, sencilla, sin pretensiones.

Lo advierto por lo que voy a decir: este debate debiera dejar claramente establecido dónde se quedó el dinero. Cuáles fueron los beneficiados del gasto. ¿Quiénes fueron los que acabaron de llenarse en su ambición sin límites? El pueblo, y es fundamentalmente el pueblo humilde de México, por eso advertía de que no fuera a calificar de que quiero ostentarme como redentor de alguien. Pero esto es un hecho. Los grandes contribuyentes, a pesar de todos los esfuerzos que ha hecho el Estado, se les siguen escapando. Somos los trabajadores que a lista de raya se nos descuentan los impuestos, de quienes estamos sustentando acumulando, todas estas enormes cifras que después el gobierno gasta.

Para mí esto es lo que significa este debate, es el todo de México, es el todo; en este debate debiéramos de ver con claridad si hay justicia, si hay equidad, si hay proporción. Claro está, esto sólo se da en los parlamentos de los países que intentan una vida democrática. No se da en las dictaduras, por supuesto, no se da en los países de partidos únicos, no, no se puede dar allí.

El pueblo que contribuye, no de muy buena gana, no, se siente feo cuando le descuentan a uno los impuestos, muy feo, a pesar de la coqueta de "Lolita" que anda lavando cerebros. Dos años tenemos oyendo que la mayor aportación para recobrar la confianza, fue de los trabajadores. Todos lo hemos hecho.

Este costo social evidente y claro, ¿tuvo acaso en el ejercicio del presupuesto en el destino final del gasto, alguna compensación para los trabajadores, algo más de lo que ya tenían?, porque también en la mañana se decía que se había recobrado la confianza, pero que en el pueblo no había desconfianza. Yo les digo, puede que no el mismo tipo de desconfianza, pero la había. Por lo menos en el pueblo, en virtud de la crisis del sexenio pasado, había una inestabilidad acongojante muchas veces preguntándose, ¿qué es lo que iba a pasar? Claro todo el sentido del poder político, pero de manera muy especial del poder económico, cuando hablan del recobramiento de la confianza, se refieren a la confianza del inversionista y es ahí donde yo mismo me cuestiono En el destino final del gasto, donde se afirma que fueron satisfactoriamente alcanzados todos los objetivos. El dinero del pueblo de México irrigó realmente a los sectores marginados y empobrecidos de México, o se volvió a quedar, por esta estrechez de las estructuras políticas, económicas y sociales de nuestra patria, en las minorías de privilegio, en las transnacionales a través de los subsidios, ¿dónde se quedó el dinero? Es muy ambiciosa la frase "los objetivos fueron alcanzados", y no cuestiono que hayan tenido ustedes y el Gobierno la intención de que ese dinero llegar a los grupos marginados, pero yo digo que no llegó.

El que se hable de 24 mil pesos más o menos de ingreso per capita, creo que así se dice, eso no significa que cada mexicano haya tenido 24 mil pesos. Esto significa que en las eternas clases de privilegio de México, se quedó la mayor parte de ese dinero, ¿por qué? Porque las estructuras en México son angostas, son estrechas, están anquilosadas; ni al Gobierno, aunque lo quiera, le es permitido lograr que llegue a realizarse ese propósito.

Este Debate, que ojalá y en otras legislaturas se le dé suficiente tiempo, podría significar entre ustedes mismos, la posibilidad de encontrar estructuras más amplias, más adecuadas a nuestro tiempo, que pudieran transformar la vida política y económica de México.

Yo sé que molesta mucho, créanme o no, les ruego que lo crean, no voy a decir lo que sigue por molestar, simplemente por que son trágicos y desgraciados hechos, porque Efrén Domínguez hablaba de pecados mortales, vamos a calificarlos de pecados veniales.

El diputado Víctor Manzanilla, pues creo que no está, produjo un maravilloso discurso y eso sí se vale, que sean de los propios, eso sí es reválido y hasta aplausos y en carretadas, ¿pero que sea uno que no sea de los propios, el que habla de corrupción? Eso no se vale, eso es condenable.

Es que estamos divididos por estamentos, por estancos, incomunicables, porque esta es la estructura que ha creado el sistema. Y el sistema no quiere la ayuda de otros mexicanos, el sistema prácticamente, aun que no lo diga, afirma que sólo los que a él pertenecen son inteligentes y capaces, son bien preparados.

Cuando alguno de los iniciativos llega a ministro de Estado, aquí te afilas y después de haber estado echando pestes contra la Revolución, es el más revolucionario del mundo. No, el sistema no permite, ni ando buscando trabajo, yo tengo el mío y he vivido, pues, humildemente pero siempre he vivido de mi trabajo y con él me conformo. El sistema no permite, de ninguna manera, que alguien que se niegue a adoptar sistema como padre, pueda colaborar, pueda entrar a dar su testimonio de hombre, de individuo comprometido con su tiempo y con la sociedad, ni eso se puede; tiene que pasar por las horcas caudinas de la afiliación para que pueda declarársele inteligente, capaz, preparado. A mí no me preocuparía, señores diputados, la corrupción individual de la que hablaba Víctor Manzanilla, no, si el sistema tuviera los mecanismos y en su tiempo y oportunidad no los cancelara cuando los tiene para expulsar a los corruptos del sistema, el sistema; voy a dar solamente 2 ejemplos que están de moda, que son oportunos, aquí se dice "que se han alcanzado las metas", quiere decir que el gasto, pues bien, llegó a su destino. Señores diputados, yo soy derechohabiente del Seguro Social desde que el Seguro se fundó, violando la Ley Federal del Trabajo, éste ha trabajado a los trece años, por hambre; como derechohabiente del Seguro Social yo pienso que las cuotas que yo doy al Seguro Social, con las que contribuye la empresa y con la parte correspondiente del Estado, tienen que servir para beneficio de los derechohabientes.

Yo no le veo otro fin ni otro destino a ese dinero. No hay otro destino. Por más que le busquen. Resulta que ahora me incorporan a fuerza, en los quién sabe cuántos ventitantos millones de derechohabientes, para financiar un equipo de futbol fracasado.

¿Es esto aplicar el dinero del pueblo correctamente, adecuadamente, darle la finalidad expresa? Y aquí hay un concepto moral, tiene que ser aplicado para el objeto que se aporta.

No se puede arbitrariamente desviar la contribución. ¿No es esto ya el sistema el que está produciendo estas fallas, estos desaciertos, esta desviación del dinero?

Otro ejemplo muy oportuno: señores diputados, hay por ahí un jueves muy mencionado el Jueves de Corpus, después de la... No, no, no dramaticemos. Después de los hechos lamentables que sucedieron ese jueves, se prometió que se encontraría al responsable. ¿Se le cortó el pescuezo a Alfonso Martínez Domínguez? y ahora, Alfonso está ya postulado de candidato al gobierno del Estado de Nuevo León.

No tengo el menor propósito de ofender a nadie, simplemente el ejemplo: ¿Por qué señores diputados, realmente el sistema no encontró al culpable?, así nada más por olvido, por amnesia social se acabó ya el problema?, ¿todos esos hechos lamentables del Jueves de Corpus no merecen una explicación cabal de las autoridades?

Yo entiendo, y creo que ya lo está entendiendo toda la sociedad, se postula Alfonso porque se le absuelve del problema, bueno, y ¿quién es el culpable?, ¿así nada más amnésicamente? Y esto se refleja en todo. Cuando contemplamos los 125 mil millones de servicios personales, ¿cuántos habrán llegado, cuántos se habrán quedado en el camino?

Señores, si ustedes no ventilan la administración pública, si no le dan aire, si no dan a conocer a la sociedad cuánto ganan, cuáles son las nóminas de las paraestatales, ¿porqué La Quina y su dinastía siguen vendiendo plazas en Petróleos?

En tanto no se ventilen estas cosas, la sociedad no puede estar tranquila y plenamente confiada.

¿Y qué costaría, señores diputados, qué realmente costaría algo?, ¿o realmente tienen algo que ocultar?, ¿qué les cuesta darle a conocer a la sociedad las nóminas del personal de Petróleos, empleados y trabajadores? Yo quisiera saber si La Quina todavía trabaja, o es funcionario sindical y por eso no trabaja, que le daría el derecho a no trabajar, pero a lo mejor ya ni funcionario sindical es, y quién sabe.

Si ustedes ventilaran esto, cuántas cosas aparecerían. La sociedad quiere saber cuánto ganan los Secretarios de Estado, qué otras prestaciones tienen, cuánto tienen de representación personal.

¡Ah, cómo no va a ser importante el debate de Cuenta Pública! ¿Cómo no? Si aquí es en donde se encuentran todas las cosas, si se quisieran ventilar. Por qué no decirle al pueblo de México cuánto ganan los Ministros de Estado, cuánto ganan los directores, y cuánto ganan los trabajadores del sector eléctrico y los del petrolero.

Es toda una fiesta sobre el petróleo; pura fiesta. Esto nos va a sacar de la pobreza, pero el pueblo se pregunta, ¿Nos llegará algo? ¿Alcanzaremos algo de esta enorme riqueza que nos están diciendo que existe? O se va a quedar en las estructuras cerradas donde no entra el aire, donde la conciencia y el conocimiento de un pueblo no pueden entrar.

Ahí se va a quedar, Señores diputados, Acción Nacional no puede aprobar esto en tanto ustedes no le pidan al poder político que nos dé a conocer todas las nóminas del personal de las paraestatales y de todo el sector del gobierno. - El C. Presidente: Habiendo transcurrido el término máximo para la duración de una sesión, en uso de la facultad que el artículo 28 reglamentario confiere a la Presidencia, se prorroga la misma hasta concluir con los asuntos listados en el Orden del Día.

Se le concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Enrique Alvarez del Castillo.

El C. Enrique Alvarez del Castillo: Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Que alto es el precio de la libertad, precio que nos obliga a pagarlo, escuchando discursos violentos, agresivos, demagógicos, provocadores, que a nadie benefician y, que más bien, perjudican a quien los pronuncia; contradicen las tesis de un partido respetable para nosotros, a pesar de las divergencias ideológicas y de otra índole, que podamos mantener. Sin embargo, bien vale la pena pagar ese costo y hasta uno más alto, por mantener y propiciar la libertad de expresión en esta Cámara de Diputados. Pero de eso, a prestarles consideraciones a tales manifestaciones deshilvanadas y desechas por sí mismas sólo habríamos de obtener como resultado, engrandecerlas, y eso no se merecen.

Por ello, compañeros, me limitaré a tomar uno que otro punto que no podemos dejar en el vacío, pero principalmente a reducirme al motivo de este debate. El Artículo 4o. del decreto que propone la Comisión Presupuesto y Cuenta y que en nuestro concepto se encuentra plenamente justificado y por consecuencia debe aprobarse.

En efecto, cuando en el artículo 4o. planteamos como consideración y como proposición que han sido satisfactoriamente cumplidos los propósitos que se señaló el gobierno. Estos propósitos se refirieron única y exclusivamente el ejercicio del presupuesto de 1977 y no voy a insistir, ante ustedes, en todo lo que a lo largo de este día se ha dicho sobradamente. ¿Han servido el cumplimiento de los propósitos, de los resultados, para salir, salir apenas; pero, apuntar una salida definitiva, de una situación difícil, de una situación de crisis, de una situación peligrosa?

Y de esta manera se han replanteado estructuras, sistemas, inversiones, financiamientos; en fin, estructuras de producción que habrán de propiciar lo que ahora se maneja ligeramente, el alcance y la satisfacción de una justicia social que no arranca de este momento ni de 1977; sino que venimos consiguiendo, a golpes de hacha, desde que este país es independiente y que fueron fortalecidos, revolucionariamente, en un movimiento social plenamente justificado, que nace en 1910 y que genera nuestra concepción ideológica. Ahora bien, el dictamen, y este punto 4o., obedece a una necesidad indispensable: cumplir la Constitución; pero no en lo formal, sino en su contenido. ¿Qué acaso en este largo día hemos estado discutiendo formalismos? ¿Qué no acaso la discusión ha sido fundamentalmente en los números, las causas de esos números; la gestión financiera, los ajustes, variaciones, etcétera, que se analizan precisamente en el Dictamen, si se lee; y que además, está conformado por una serie de apéndices conocidos por quienes, diputados, han tenido el interés de participar en la discusión y formación del Dictamen?

Pero por otra parte, no es tampoco, ¡qué imaginación tan pobre!, la Cuenta Pública, por importante y trascendente que ella sea y que nadie lo niega, el corazón de México, el resumen de todo México. En ella encontramos, desde luego, en primer término, reflejos de la corrupción, pero en la revisión de la Cuenta no se persiguen fenómenos del Derecho Penal.

Esos han de dirimirse de otras maneras, y se han estado dirimiendo; y por ello, estamos nosotros luchando por una integración adecuada de nuestros sistemas de control en el Legislativo, y en su coordinación con los sistemas de control del Ejecutivo.

¿Ese es el sentido de la Cuenta Pública? Obviamente que no. El sentido es muy otro. El sentido no es encasillarse en puntos que se alejan del examen del resultado de la acción del Gobierno, para convertirse en pretendidos juicios éticos o en ataques, que no sé de donde vienen. Porque si nos hemos referido a veces a la pasión o al formalismo nos negamos a hablar del fanatismo, ese por sí solo todos lo entienden y todos lo repudian.

De ahí pues que únicamente pudiera yo considerar además del apoyo que en sí mismo tiene la razón de ser el artículo 4o., y que no quiero repetir porque lo fundamentó perfectamente Zamora Bátiz, a la distorsión gigantesca que se pretende hacer con el concepto "servicios personales", es decir, con los sueldos y salarios.

Pero por qué, de qué o cómo, de los sueldos y salarios que se señalen para unos o para otros, salen riquezas extraordinarias, por muy altos que pudieran ser estos sueldos en sí mismos, no aportan capitales gigantescos. Esos están en otras actividades, no están en las actividades profesionales, no están directamente en la actividad política bien entendida, no están en la actividad administrativa. Ahí está sólo un precio justo al trabajo.

Para acumular bienes, en un sistema como el nuestro de economía mixta; obviamente cuando menos yo, nunca hubiera estudiado, hubiera quizás puesto un negocio desde los 15 años: porque es ahí, en la actividad de producción, en la actividad comercial, es donde lícitamente pudieran hacerse capitales y con mayor razón si se recurre a lo ilícito. Pero para eso también bastaría con ponerse un antifaz y andar por las calles.

De ahí, señores, que no es con el aprovechamiento de situaciones que pretenden ser de coyuntura aprovechable para pasquín, como debe analizarse los problemas de México, los de la Cuenta Pública; que, en esta ocasión, hemos ordenado, hemos sistematizado, se han elevado los niveles, se han discutido los problemas en su integridad, en su contenido; no en su forma, no en su dispersión; y si se quiere regresar al pasado, no debemos permitirlo, no debemos ni tan siquiera escucharlo. Por eso es su homenaje a la libertad, y en función de esa libertad, señores, como debemos seguir marchando hacia adelante. Debemos aprovechar y aprobar este primer intento que podrá tener defectos, en concepto de algunos, pero que es lógico, racional; es el principio de un camino en homenaje a la actividad libre del Poder Legislativo y en bien de México. Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si el artículo 4o. se encuentra suficientemente discutido.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 4o. de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 4o. en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN) Se emitieron 144 votos a favor y 14 en contra.

El C. Presidente: Aprobado en lo particular, y en sus términos el artículo 4o., por 144 votos.

- La C. secretaria Guadalupe López Bretón: Se va a recabar la votación nominal de los artículos no impugnados.

(VOTACIÓN.) Aprobados por unanimidad de 158 votos, señor Presidente.

El C. Presidente: Aprobados en lo particular los artículos no impugnados, por 158 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular, el Decreto relativo a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. - La C. secretaria Guadalupe López Bretón: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. Presidente: Esta Presidencia informa que durante el transcurso de esta sesión se recibieron tres minutas de la Colegisladora.

Se ruega a la Secretaría dé cuenta con ellas.

MINUTAS

Ley Orgánica del Poder Judicial

- La C. secretaria Guadalupe López Bretón: "CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a ustedes, el expediente que contiene Minuta Proyecto de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D. F., a 22 de diciembre de 1978.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Víctor Manuel Liceaga Ruibal, S. S."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo Único . Se reforman y adicionan los artículos 40, 41, 42, 43, 45, 72, 72 bis y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los términos que adelante se expresan:

"Artículo 40. En el Distrito Federal habrá trece Juzgados de Distrito: seis en materia penal, cinco en materia administrativa y dos en materia civil; y en el Estado de Jalisco seis Juzgados de Distrito: dos en materia penal, dos en materia administrativa y dos en materia civil."

"Artículo 41. Los jueces de Distrito en materia penal en el Distrito Federal y en el Estado de Jalisco, conocerán:

I. a IV."

"Artículo 42. Los jueces de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal y en el Estado de Jalisco, conocerán:

I. a V."

"Artículo 43. Los jueces de Distrito en materia civil en el Distrito Federal y en el Estado de Jalisco, conocerán:

I. a VIII."

"Artículo 45. Fuera del Distrito Federal y del Estado de Jalisco, los jueces de Distrito conocerán de todos los asuntos a que se aluden los artículos del 41 al 43 de esta ley."

"Artículo 72.

I.

Trece Juzgados de Distrito en el Distrito Federal con residencia en la ciudad de México;

II.

III.

Seis Juzgados de Distrito en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara;

IV.

V.

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali;

VI.

VII.

Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida;

VIII. a IX.

Artículo 72 bis.

I.

Trece Juzgados de Distrito en el Distrito Federal, con residencia en la ciudad de México;

II.

III.

Seis Juzgados de Distrito en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara;

IV.

V.

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali;

VI. a IX.

X.

Juzgado Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida;

XI. a XII.

"Artículo 73.

I.

II. Los juzgados de Distrito en los Estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Colima, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas ejercerán jurisdicción respectivamente, en el territorio de cada uno de los mismos Estados;

III. a XIX.

XX. Los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Baja California residentes en Tijuana, ejercerán jurisdicción en el territorio del Estado, excepto en el Municipio de Mexicali;

XXI. El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali, ejercerá jurisdicción en el municipio del mismo nombre de ese Estado."

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Artículo segundo. El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal iniciará sus labores el primero de enero de 1979, con todos los expedientes del Juzgado Supernumerario al que sustituye. Artículo tercero. La Suprema Corte de Justicia de la Nación fijará oportunamente la fecha de instalación de los demás Juzgados de Distrito de nueva creación.

Artículo cuarto. Los asuntos que con motivo de estas reformas y adiciones deban pasar de un juzgado a otro, seguirán tramitándose y diciéndose en el que radiquen, hasta la instalación de los nuevos juzgados.

Artículo quinto. Una vez instalados los nuevos Juzgados de Distrito, los ahora existentes harán las remisiones de los asuntos que correspondan, conforme a las presentes reformas, a las disposiciones sobre competencia establecidas en esta ley y según las reglas que dicte la Suprema Corte.

Artículo sexto. Se faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dictar las medidas necesarias para la efectividad y cumplimiento de las presentes reformas y adiciones.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., a 22 de diciembre de 1978.- Antonio Ocampo Ramírez, S. P.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Víctor Manuel Liceaga Ruibal, S. S."

El C. Presidente: Recibo y a las Comisiones unidas de Justicia en turno, y de Estudios Legislativos.

LEY QUE CREO EL INDECO

- La misma C. Secretaria:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a ustedes, el expediente que contiene la Minuta Proyecto de Decreto de Reformas a la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D. F., a 22 de diciembre de 1978.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Víctor Manuel Liceaga Ruibal, S. S."

MINUTA PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS A LA LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD RURAL Y DE LA VIVIENDA POPULAR

Artículo Único . Se reforman los artículos 1o., 2o., 5o., 7o., 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular, para quedar como sigue:

Artículo 1o. Se crea el Organismo Público Descentralizado, de carácter técnico y promocional, denominado Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, con personalidad jurídica y patrimonio propio que tendrá por objeto: promover y ejecutar en el país conforme a esta Ley, programas de vivienda; así como integrar y administrar el sistema tendiente a satisfacer las necesidades de tierra para desarrollo urbano que requieran los centros de población.

Artículo 2o. Para cumplir con su objeto, el Instituto tendrá las atribuciones siguientes:

I. Promover y ejecutar, directamente o a través de terceros, programas de vivienda popular, fundamentalmente para personas que no estén comprendidas en el régimen del Artículo 123 Constitucional y sus leyes reglamentarias;

II. Promover y ejecutar fraccionamientos que coadyuven al desarrollo de asentamientos humanos;

III. Promover o ejecutar directamente o a través de terceros, programas de lotes preferentemente con servicios de vivienda progresiva y de vivienda terminada; también deberá atender en lo general, la demanda de suelo urbano para vivienda familiar;

IV. Promover ante las instituciones correspondientes, la emisión de títulos de crédito que se destinen al financiamiento de programas de vivienda;

V. Conceder financiamiento para adquisición y construcción de vivienda;

VI. Gestionar la obtención de los recursos disponibles en la banca hipotecaria y de ahorro que daban destinarse por disposición legal a la vivienda popular, para la realización de sus programas, y mediante la satisfacción de los requisitos financieros fijados por el Gobierno Federal;

VII. Promover la creación de empresas dedicadas a la producción y comercialización de materiales e implementos para la vivienda, y participar o asociarse con ellas en sus actividades;

VIII. Celebrar convenios con los Gobiernos de los Estados y de los Municipios para la realización de acciones concertadas en materia de vivienda social, conforme a esta ley;

IX. Comprar, fraccionar, enajenar, arrendar, gravar o construir inmuebles por cuenta propia o de terceros, así como comercializar los bienes inmuebles desincorporados del dominio de la Federación cuando se destinen en los asentamientos humanos al desarrollo urbano;

X. Adquirir y enajenar predios no edificados, con el objeto de que se regule adecuadamente al mercado de los terrenos. Cuando sea socialmente necesario y se juzgue conveniente, podrá enajenar a precios inferiores de los de avalúo, otorgando subsidios por las diferencias;

XI. Ejecutar las acciones que le corresponden, en zonas libres de uso inmediato, limítrofes con los predios sujetos a procesos de regularización de tenencia de tierra;

XII. Obtener la recuperación de las inversiones que realice, y de los créditos que conceda a los particulares en la realización de sus programas;

XIII. Propiciar la participación de la comunidad en acciones de auto construcción y, en general, en la realización de obras urbanas necesarias para mejorar sus condiciones de vida;

XIV.Realizar programas interdisciplinarios para el aprovechamiento del servicio social obligatorio de los pasantes profesionales, orientándolos hacia el desarrollo de los asentamientos humanos, y en general fomentar la participación de los estudiantes de las instituciones educativas de nivel medio y superior en sus programas de desarrollo de la comunidad,

XV. Capacitar personal especializado en la promoción y ejecución de los trabajos que constituyen su objeto; y

XVI. En general, celebrar todos los contratos o convenios, y ejecutar todos los actos necesarios para la realización de su objeto.

Artículo 5. Los órganos del Instituto son:

I. El Consejo, y

II. El Director General.

El Co nsejo estará integrado por el Secretario de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, que lo presidirá: por los Secretarios de Hacienda y Crédito Público, del Trabajo y Previsión Social y de la Reforma Agraria, así como por el Director General del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. A., y por el Director del Fondo de Operación y Descuento Bancario a la Vivienda.

Por cada Consejero Propietario, se designará un Suplente. El Director General del Instituto será designado por el Presidente de la República.

Artículo 7. El Consejo celebrará una reunión durante los últimos dos meses del año, para considerar y adoptar el Plan de Labores y Financiamientos del siguiente ejercicio; y dentro de los tres primeros meses de cada año celebrará una sesión en la que conozca el informe de las labores realizadas durante el ejercicio anterior. El Consejo podrá celebrar además las reuniones que considere convenientes para orientar la buena marcha de la Institución. Artículo 12. El Instituto se podrá auxiliar con entidades, comités o patronatos afines que funcionen en las entidades federativas conforme a su legislación, para resolver en coordinación con el propio Instituto, problemas de desarrollo urbano y vivienda, conforme a esta Ley.

Artículo 13. Los organismos auxiliares a que se refiere el artículo anterior podrán colaborar en la elaboración, promoción y ejecución de los planes o programas que convengan con el Instituto, a fin de que inviertan convenientemente los recursos provenientes de las aportaciones que reciban de los gobiernos de los Estados y de los municipios, así como de los particulares que se beneficien con las obras o promociones que se realicen.

Artículo 14. Los recursos que obtengan los organismos auxiliares serán manejados bajo la responsabilidad de los mismos. Cuando aporte recursos el Gobierno Federal o el Instituto,

éste cuidará que se inviertan convenientemente conforme a lo dispuesto por el artículo 12.

Artículo 15. Las entidades, comités o patronatos a que se refiere este Capítulo, contarán con la participación de representantes de los sectores sociales y profesionales que tengan interés en la realización de los programas de desarrollo urbano y vivienda, conforme a los convenios correspondientes.

Artículo 16. En sus relaciones con las autoridades locales y con los particulares beneficiarios de sus programas, el Instituto deberá acatar los lineamientos de políticas, prioridades y restricciones que en materia de ordenación del territorio nacional, planeación de la distribución de la población, desarrollo urbano y vivienda, determine el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 22 de diciembre de 1978.

Antonio Ocampo Ramírez, S. P.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Víctor Manuel Liceaga Ruibal, S. S."

El C. Presidente: Recibo, y a las Comisiones unidas de Desarrollo de la Vivienda en turno, y de Estudios Legislativos.

REFORMAS AL ARTÍCULO 107 CONSTITUCIONAL

- La C. secretaria Guadalupe López Bretón: "CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta del proyecto de Decreto que reforma el Artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus fracciones V y VI.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 22 de diciembre de 1978.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Víctor Manuel Liceaga Ruibal, S. S."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN SUS FRACCIONES V Y VI

Artículo único. Se modifican las fracciones V y VI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactadas en los siguientes términos:

'Artículo 107.

I al IV.

V. El amparo contra sentencias definitivas o laudos, sea que la violación se cometa durante el procedimiento o en la sentencia misma, se promoverá directamente ante la Suprema Corte de Justicia o ante el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, conforme a la distribución de competencias que establezcan la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación o la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución, en los casos siguientes:

a) En materia Penal, contra resoluciones definitivas dictadas por tribunales judiciales sean éstos federales, del orden común o militares.

b) En materia administrativa, cuando se reclamen por particulares sentenciados definitivas dictadas por tribunales federales, administrativos o judiciales, no reparables por algún recurso, juicio o medio ordinario de defensa legal.

c) En materia civil, cuando se reclamen sentencias definitivas dictadas en juicios del orden federal o en juicios mercantiles, sea federal o local la autoridad que dicte el fallo, o en juicios del orden común.

En los juicios civiles del orden federal las sentencias podrán ser reclamadas en amparo por cualquiera de las partes, incluso por la Federación, en defensa de sus intereses patrimoniales, y

d) En materia laboral, cuando se reclamen laudos directos por las Juntas Locales o la Federal de Conciliación y Arbitraje, o por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado.

VI. En los casos a que se refiere la fracción anterior, la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución señalará el trámite y los términos a que deberán someterse tanto la Suprema Corte de Justicia como los Tribunales Colegiados de Circuito para dictar sus respectivas resoluciones:

VII a XVIII."

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Artículo segundo. El pleno de la Suprema Corte de Justicia determinará cuándo la Sala Auxiliar deberá suspender y reanudar sus funciones, y cuándo dejará de funcionar definitivamente.

Artículo tercero. Se faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dictar las medidas necesarias a fin de lograr la efectividad de las presentes reformas.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., a 22 de diciembre de 1978.- Antonio Ocampo Ramírez, S. P.- Joaquín E. Repetto Ocampo, S. S.- Víctor Manuel Liceaga Ruibal, S. S."

El C. Presidente: Recibo, y a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales en turno, y de Estudios Legislativos.

- El C. secretario Daniel Nogueira Huerta:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

"Tercer Período Ordinario de Sesiones.

'L' Legislatura.

Orden del Día

26 de diciembre de 1978.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Invitación al acto cívico que con motivo del 55 aniversario del Sacrificio del Mártir del Proletariado Nacional Felipe Carrillo Puerto, tendrá lugar el próximo 3 de enero.

Comunicaciones de los Congresos de los Estados de Durango, Oaxaca y Tabasco. Comunicación de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría de Comercio remite el Informe de Labores correspondientes al período del 1o. de septiembre de 1977 al 31 de agosto de 1978.

Iniciativa de Decreto para adicionar y reformar los artículos 132 y 154 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por el C. diputado Porfirio Cortés Silva. Dictamen a Primera lectura

De las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, Marina Nacional, Segunda de Hacienda, Crédito Público y Seguros, y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta, relativo a la Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal."

- El C. Presidente (a las 21:30 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 26 de diciembre, a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"