Legislatura L - Año III - Período Ordinario - Fecha 19781228 - Número de Diario 60

(L50A3P1oN060F19781228.xml)Núm. Diario:60

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"L" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., Jueves 28 de Diciembre de 1978 TOMO III.- NUM. 60

SUMARIO

Apertura 3

Orden del Día

Acta de la sesión anterior. Se aprueba

Informe de Labores

Desarrolladas por la Secretaría de la Reforma Agraria, durante el lapso de un año. Resérvese en el Archivo Comisión Especial El C. Pastor Murguía González, miembro de la Comisión mencionada informa sobre el resultado del Convenio entre los campesinos y Petróleos Mexicanos, con motivo de las reformas a la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional. Resérvese en el Archivo

INICIATIVAS

Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica

El C. Jesús Luján Gutiérrez da lectura a una Iniciativa tendiente a adicionar la Ley expresada. Se turna a Comisiones e imprímase

Himno Nacional

La Diputación del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, suscribe una Iniciativa de Decreto para la creación de una Comisión para el estudio del mensaje del Himno Nacional. Se turna a Comisiones e imprímase

Inscripción con Letras de Oro del nombre de Serapio Rendón

El C. Sergio Guerrero Mier presenta una Iniciativa de Decreto, a efecto de que se inscriba con letras de oro en los muros de esta Cámara de Diputados, el nombre del héroe aludido. Se turna a Comisión e imprímase

Código Sanitario

El C. Fernando Correa Suárez fundamenta y da lectura a la Iniciativa de Decreto que reforma diversos artículos del Código expresado. Se turna a Comisión e imprímase

Industria Químico- Farmacéutica

El propio C. Correa Suárez, da lectura a una Iniciativa de Decreto que propone la creación de un Organismos Público Descentralizado para desarrollar esta industria y prestar asistencia técnica. Se turna a Comisiones e imprímase

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Condecoración

Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Rodolfo Reta Trigo, para aceptar y usar una condecoración del Gobierno de España. Primera lectura. Se dispensa la segunda. Se aprueba. Pasa al Ejecutivo

Prestación de Servicios

Dos por los que se concede permiso para que los CC. Genaro Villarreal Barbosa y Benjamín Lucio Barrientos, puedan prestar servicios como empleados, en la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y en la residencia del Embajador de la República Federal de Alemania, respectivamente. Primera lectura. Se dispensa la segunda. Se aprueban. Pasan al Ejecutivo

Reforma Económica a la Constitución

Dictamen con Puntos de Acuerdo, que desechan la proposición del C. Víctor Manzanilla Schaffer, para introducir una reforma económica a la Constitución. Asimismo, que se nombre una Comisión Especial Pluripartidista de esta Cámara, para que formule un proyecto

de Iniciativa sobre el particular. Primera lectura. A discusión los Puntos de Acuerdo. Para apoyarlos, interviene el C. Manzanilla Schaffer. Se aprueban los puntos de acuerdo

Proposición

Suscrita por el C. Presidente de la Gran Comisión de esta Cámara en relación a los puntos de Acuerdo que se acaban de aprobar, en la cual propone a los CC. Ifigenia Martínez Hernández, Miguel Montes García, Víctor Manzanilla Schaffer, Enrique Ramírez y Ramírez, Jesús Puente Leyva, Armando Labra Manjarrez, Hugo Castro Aranda, Julio Zamora Bátiz, Jorge Efrén Domínguez, Mario Hernández Posadas, Carlos Ortiz Tejeda, Miguel Hernández Labastida, Francisco José Peniche Bolio, Sergio Lujambio Rafols, Francisco Ortiz Mendoza, Marcela Lombardo de Gutiérrez, Héctor Ramírez Cuéllar y Pedro González Azcuaga, para integrar la Comisión Pluripartidista expresada. El C. Enrique Ramírez y Ramírez, ruega que se le excluya de la Comisión. La Presidencia ordena testar el nombre del C. Ramírez y Ramírez. Se aprueba la proposición. Túrnese a la Comisión integrada la Iniciativa del C. Víctor Manzanilla Schaffer, e imprímase

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Ley Orgánica del Poder Judicial

Proyecto de Decreto que reforma y adiciona esta Ley. Se dispensa la segunda lectura. A discusión en lo general y en lo particular. Se aprueba en ambos sentidos por unanimidad. Pasa al Ejecutivo

Ley que creó el INDECO

Proyecto de Decreto que reforma la Ley mencionada. Se dispensa la segunda lectura. A discusión en lo general y en lo particular el artículo único. Se aprueba en ambos casos por unanimidad. Pasa al ejecutivo

Artículo 107 Constitucional

Proyecto de Decreto que reforma las fracciones V y VI de este artículo. Se dispensa la segunda lectura. A discusión en lo general y en lo particular el artículo único. Se aprueba en ambos aspectos por unanimidad. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales

MINUTAS

Condecoraciones

La H. Cámara de Senadores remite seis minutas con proyectos de Decreto que conceden permiso a los CC. Enrique Velasco Ibarra, Margarita López Portillo, Ricardo Galán Méndez, Alvaro Conde Díaz Rubén, Fausto Vega y Gómez y Rafael de la Colina, para aceptar y usar condecoraciones de los Gobiernos de España y Venezuela. Se dispensan todos los trámites. Se aprueban por unanimidad. Pasan al Ejecutivo

Miembros de la Comisión Permanente

Elección por medio de cédula, de los miembros de esta Cámara de Diputados que integrarán la Comisión Permanente, durante el tercer receso de esta Legislatura. Votación. Escrutinio. Resultado. Declaratoria

Delegación Interparlamentaria México- Norteamérica

Proposición de la Gran Comisión, para integrar el grupo mexicano que formará parte de la Delegación arriba mencionada, que asistirá a la Décima Novena Conferencia que tendrá lugar el año próximo. Se aprueba la proposición

Delegaciones Interparlamentarias

La Gran Comisión propone que se le faculte para designar a los diputados que deberán integrar las Delegaciones Interparlamentarias que se lleven a cabo en nuestro país y en el extranjero, durante el tercer receso de la actual Legislatura. Se aprueba la proposición

Denuncia

El C. Gonzalo Altamirano Dimas, a nombre de la Diputación de Acción Nacional acusa a los diputados de la Legislatura Local del Estado de Coahuila, por violaciones a las Constitución. Para rebatir los argumentos del orador interviene el C. Sergio Guerrero Mier. Se da lectura al artículo 58 del Reglamento. Para insistir en sus razonamientos, vuelven a la tribuna los CC. Altamirano Dimas y Guerrero Mier. Se admite a discusión este asunto y se turna a Comisión

Orden del Día

Se da lectura al Orden del Día de la sesión siguiente. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. ANTONIO RIVA PALACIO LÓPEZ

(Asistencia de 187 ciudadanos diputados.)

APERTURA

El C. Presidente (a las 11.20 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano:

"Tercer período ordinario de sesiones. "L" Legislatura.

Orden del Día

28 de diciembre de 1978.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Informe del C. diputado Pastor Murguía González.

Iniciativa de Decreto que adiciona la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, presentada por miembros del Partido Popular Socialista.

Iniciativa de Decreto para la creación de una Comisión para el Estudio del mensaje del Himno Nacional, presentada por los ciudadanos diputados miembros del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Iniciativa de Decreto para que se inscriba con letras de oro en los muros de la H. Cámara de Diputados el nombre de Serapio Rendón, presentada por el C. diputado Sergio Guerrero Mier.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Permisos Constitucionales relativo a la minuta proyecto de Decreto por el que se concede permiso al C. Rodolfo Reta Trigo, para que pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de España.

Dos de la Comisión de Permisos Constitucionales con proyectos de Decreto por los que se les concede permiso a los CC. Benjamín Lucio Barrientos y Genaro Villarreal Barbosa, para prestar servicios en Embajadas extranjeras.

De las Comisiones Unidas Primera de Puntos Constitucionales y de Planeación del Desarrollo, relativo a la proposición del C. diputado Víctor Manzanilla Schaffer para que se estudie y presente una Iniciativa de Ley que contenga el Capítulo Económico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictámenes a discusión

De las Comisiones Unidas Segundas de Justicia y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial.

De las Comisiones Unidas Segunda de Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto que reforma la Ley que creó el INDECO.

De las Comisiones Unidas Primera de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto que reforma las fracciones V y VI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta:

"Acta de la sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día veintisiete de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

Presidencia del C. Antonio Riva Palacio López.

En la ciudad de México, a las dieciocho horas y quince minutos del miércoles veintisiete de diciembre de mil novecientos setenta y ocho, es declarada por la Presidencia la apertura de la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de ciento noventa y seis ciudadanos diputados.

Lectura del Orden del Día y del Acta de la sesión anterior, que tuvo verificativo por la mañana de este día, misma que es aprobada sin discusión.

Se da cuenta con los documentos en cartera: Dictamen emitido por las Comisiones Unidas Segunda de Justicia, y de Estudios Legislativos, que contiene proyecto de Decreto de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En virtud de que este dictamen fue ya distribuido entre los ciudadanos diputados, a solicitud de la Presidencia, la Asamblea, en votación económica, le dispensa la lectura.

Por tanto, queda de primera lectura.

Las Comisiones Unidas Segunda de Desarrollo de la Vivienda, y de Estudios Legislativos, presentan un dictamen con proyecto de Decreto que reforma la Ley que creó el INDECO.

Por las mismas razones del caso anterior, la Asamblea le dispensa, a petición de la Presidencia, la lectura.

Por lo tanto, queda de primera lectura.

Dictamen con proyecto de Decreto que reforma las fracciones V y VI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito por las Comisiones Unidas Primera de Puntos Constitucionales, y de Estudios Legislativos.

Por los mismos motivos de los casos anteriores, se dispensa la segunda lectura a este dictamen.

En tal virtud, queda de primera lectura.

La Comisión de Estudios Legislativos, Sección Civil, signa un proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal.

A petición de la Presidencia, la Asamblea, en votación económica, autoriza se dé lectura solamente a la parte expositiva del dictamen.

La Secretaría, cumpliendo con lo dispuesto por la Asamblea, da lectura a la parte expositiva mencionada.

Queda de primera lectura.

La propia Presidencia, considera este asunto de urgente resolución y la Asamblea, en votación económica, le dispensa el trámite de segunda lectura.

A discusión en lo general: sin que motive debate, en votación nominal se aprueba por unanimidad de ciento noventa y seis votos.

A discusión en lo particular. Sin que motive debate, se aprueba por unanimidad de ciento noventa y seis votos, en votación nominal.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en materia Federal. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

La Comisión de Permisos Constitucionales signa ocho dictámenes con sendos proyectos de Decreto, en virtud de los cuales se autoriza a los CC. Antonio Contreras, Rafael Varela Martínez, Mario Alberto García, José Matías Espericueta, Lucina Saldaña Aceves, Oralia Gil Valdez, María Teresa Villalón Lozano y Néstor Valdez Rangel, para que puedan prestar diversos empleos en la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica acreditada en nuestro país. Segunda lectura.

A discusión en su orden, sin que motiven debate, en votación nominal se aprueban por ciento ochenta y seis votos en favor y diez en contra. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

La Comisión de Estudios Legislativos, Sección Asuntos Generales, suscribe un dictamen con proyecto de Decreto que reforma el artículo decimosegundo transitorio de la Ley de Invenciones y Marcas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día diez de febrero de 1976.

La Asamblea le dispensa la segunda lectura. A discusión el artículo único de que consta el proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular, por unanimidad de doscientos un votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto que reforma el artículo decimosegundo transitorio de la Ley de Invenciones y Marcas. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Dictamen con proyecto de Decreto de reformas y adiciones a la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, presentado por las Comisiones Unidas Primera de Justicia; del Distrito Federal, y de Estudios Legislativos.

En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, a proposición de la Presidencia la Asamblea le dispensa la segunda lectura a fin de que se someta a discusión y votación de inmediato, en lo general y en lo particular.

A discusión en lo general. Sin que motive debate, se aprueba en votación nominal por unanimidad de doscientos un votos.

A discusión en lo particular. No habiendo quien haga uso de la palabra, se aprueba por unanimidad de doscientos votos, en votación nominal.

Aprobado en lo general y en lo particular el Decreto que reforma y adiciona la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Las Comisiones Unidas de Defensa Nacional; de Marina Nacional; Segunda de Hacienda, Crédito Público y Seguros, y de Estudios Legislativos, suscriben un dictamen con proyecto de Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.

Por las mismas razones del caso anterior, la Asamblea dispensa el trámite de segunda lectura a este Dictamen.

Está a discusión en lo general.

Hace uso de la palabra para apoyar el dictamen el C. Reveriano García Castrejón.

No habiendo más oradores, en votación nominal se aprueba en lo general por doscientos un votos.

A discusión en lo particular. Sin que motive debate se aprueba, en votación nominal, por unanimidad de doscientos un votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Agotados los asuntos en cartera, se da lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

A las diecinueve horas y cincuenta y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para mañana jueves, 28 de diciembre, a las once horas."

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobada.

INFORME DE LABORES

El C. Presidente: Se acaba de recibir el informe que rinde el C. Secretario de la Reforma Agraria, en cumplimiento por lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se ruega a la Secretaría dé cuenta con el mismo a esta H. Cámara.

- El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano:

"Escudo Nacional.- Secretaría de la Reforma Agraria.

México, D. F., a 27 de diciembre de 1978.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

De conformidad con el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, envío a ustedes el informe de las labores realizadas por la Secretaría de la Reforma Agraria, durante el período comprendido entre el 1o. de septiembre de 1977 y el 31 de agosto de 1978, para ponerlo a la consideración de esa honorable Representación Nacional.

En el documento que me permito remitir, quedan descritas cualitativa y cuantitativamente las acciones ejecutadas en acatamiento a las directrices que en materia de política agraria han sido dictadas por el C. Presidente de la República.

Reitero a ustedes las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El secretario, Antonio Toledo Corro."

- Trámite: Recibo y resérvese en el Archivo para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

El C. Presidente: Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

COMISIÓN ESPECIAL

El C. Pastor Murguía González: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Murguía González: Para rendir un informe.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Pastor Murguía González, para rendir el informe listado en el Orden del Día.

- El C. Pastor Murguía González:

"Señor Presidente,

Honorable Asamblea:

Hace un año, cuando fueron discutidas en esta Cámara las Reformas a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo del petróleo a fin de que Petróleos Mexicanos pudiera ocupar con carácter provisional mediante convenio con los campesinos interesados a autorización de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, terrenos ejidales o comunales aunque no se hubiere decretado expropiación, se hicieron importantes planteamientos de tipo jurídico y doctrinario, y al proponerse la aprobación de las reformas como imperativo ante el prioritario interés nacional que reviste la industria petrolera, se dijo que los diputados quedaríamos pendientes de que dicha empresa descentralizada cumpliera plenamente sus obligaciones económicas con los campesinos.

Por eso desde principios de este año, diputados integrantes de comisión designadas exprofeso por el Presidente de la Gran Comisión, Rodolfo González Guevara, han estado, incluso en ocasiones encabezados por él mismo, en las regiones petroleras con campesinos afectados y técnicos, han celebrado reuniones de trabajo con los funcionarios de Petróleos Mexicanos y, en coordinación con la Confederación Nacional Campesina, han apoyado la firma y cumplimiento de un convenio entre dicha empresa descentralizada y la mencionada organización agraria, a través de sus respectivos responsables: ingeniero Jorge Díaz Serrano y senador Oscar Ramírez Mijares, así como por el entonces coordinador de la diputación campesina, Antonio Toledo Corro, en el que propiamente se reglamenta al detalle, el interés de los campesinos, la aplicación de las reformas y se compromete Petróleos Mexicanos a coadyuvar económicamente con la Secretaría de la Reforma Agraria para el expedito desahogo de las expropiaciones de los terrenos ejidales o comunales que requiera; así como a promover el desarrollo económico y social de las zonas petroleras.

Hoy, a un año de las reformas, puede afirmarse que el organismo público descentralizado encargado, del manejo del petróleo, consciente de su responsabilidad en el uso de las facultades que le fueron otorgadas, cumple con los campesinos pagándoles los daños a bienes distintos a la tierra y el valor de ésta mediante la expropiación. Es así como graves conflictos que existían entre Petróleos Mexicanos y algunos núcleos campesinos que por falta de acuerdo se oponían a trabajos petroleros, han sido resueltos mediante el diálogo y la conciliación, sobre bases favorables a los grupos agrarios, con intervención de la Secretaría de la Reforma Agraria y la representación campesina.

Y es importante anotar que, gracias a la buena fe, colaboración y comprensión de los campesinos, así como a la magnífica disposición de Petróleos Mexicanos, en ningún caso dicha empresa ha tenido necesidad de solicitar a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial la autorización para ocupar provisionalmente terrenos ejidales o comunales contra la voluntad de sus titulares.

Pro otro lado, la Secretaría de la Reforma Agraria, con los recursos económicos convenidos que aportó Petróleos Mexicanos, en estrecha coordinación con la representación campesina, la Dirección General de Catastro de la Propiedad Federal de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y las demás dependencias participantes en el procedimiento de expropiación, programó y puso en marcha un eficaz programa intensivo de expropiaciones de terrenos ejidales y comunales a favor de Petróleos Mexicanos, que ha permitido el desahogo de todas las solicitudes de expropiación que resultaron procedentes excepto las que han requerido tratamiento especial. Las indemnizaciones correspondientes han sido depositadas a favor de los campesinos por Petróleos Mexicanos, una vez publicados los Decretos Presidenciales expropiatorios en el Diario Oficial de la Federación, y sumarán en total cerca de 200 millones de pesos.

Este programa, cuyo detalle lo mismo que una copia del convenio antes mencionado me

permito dejar en poder de la Secretaría para información de los compañeros diputados que así lo deseen, por lo demás, ha sido una ejemplar experiencia en el ámbito de la Reforma Agraria, pues ha permitido disminuir burocratismo, tiempos perdidos, trabajos duplicados o multiplicados y papeleo innecesario, lográndose dos objetivos prioritarios: eficacia y celeridad, gracias a una auténtica coordinación entre las diversas áreas internas de la Secretaría de la Reforma Agraria y de otros organismos o entidades participantes en el procedimiento.

Compañeros diputados:

Junto con otros legisladores como Lemus García y Castro Aranda, he tenido el honor de formar parte de las comisiones internas de trabajo en relación con el asunto que nos ocupa y por eso recibí el encargo de informar a ustedes lo anterior con la mayor concreción y objetividad posibles; pero antes de terminar debo expresar el profundo reconocimiento, muy especialmente del sector campesino de esta Quincuagésima Legislatura, para el Presidente José López Portillo por su eficaz disposición para que Petróleos Mexicanos, mediante expeditos trámites por parte de la Secretaría de la Reforma Agraria en los casos de expropiación, cumpla de inmediato, sin regateos ni dilaciones, sus compromisos económicos con los hombres del campo, pues él más que nadie es consciente de que los campesinos no deben sufrir mengua en su de por sí escaso patrimonio por la expansión de la industria petrolera, ya que esa gran riqueza nacional bien administrada y mejor distribuido su valor, debe servir para consolidar y ampliar las bases y los alcances de la justicia social, suprema meta del único dueño de esa riqueza: el pueblo todo de México.

México, D. F., a 28 de diciembre de 1978."

"CONVENIO que celebran por una parte Petróleos Mexicanos a quien en lo sucesivo se denominará PEMEX, representado por su Director General, ingeniero Jorge Díaz Serrano, y la Confederación Nacional Campesina Quien en lo sucesivo se denominará CNC, representada por su Secretario General, Profesor Oscar Ramírez Mijares, para colaborar en la solución de los problemas que pudieran plantearse en relación con los supuestos consignados en los Artículos 7 y 10 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo del Petróleo.

DECLARACIONES

1o. Pemex, Organismo Público Descentralizado del Gobierno Federal, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, que fue creado por Decreto de siete de junio de mil novecientos treinta y ocho, y reglamentado conforme a su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de seis de febrero de mil novecientos setenta y uno, tiene por objeto la exploración, explotación, la refinación, el transporte, el almacenamiento, la distribución y las ventas de primera mano de los productos petroleros y petroquímicos, de acuerdo con la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y sus reglamentos, así como todas aquellas actividades que directa o indirectamente se relacionen con las mismas industrias, o sirvan para el mejor logro de los objetivos del Organismo.

Por disposición expresa de la Ley, Pemex goza en el momento actual, de prioridad nacional por lo que hace a su gestión y tiene amplia libertad en el manejo y explotación de sus bienes, así como en el despacho de sus negocios y goza de las más amplias facultades para celebrar toda clase de convenios que se requieran para el cumplimiento de su objetivo.

2o. La CNC, creada por Acuerdo Presidencial de nueve de julio de mil novecientos treinta y cinco, tiene por objeto agrupar como Organismo Central a todos los campesinos de México, para que sea una institución de carácter permanente con amplios y avanzados propósitos la que formule un programa integral de dinamismo permanente, tomando en cuenta los puntos de acción necesarios para el país y ponga a cubierto, en el orden político a sus agremiados de los graves perjuicios que ocasionan las desleales luchas causadas por ambiciones personales; en el orden económico, libere definitivamente, a los citados connacionales de la desorganización y miseria en que viven y en el orden social, los eleve al nivel de factor activo y capaz de obtener por sí solos las metas por las que se luchó en nuestra Revolución.

3o. Pemex declara que el interés prioritario a que se refiere el artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo para la explotación y aprovechamiento de los recursos petrolíferos del subsuelo nacional, presupone, entre otros principios, el reconocimiento del derecho que asiste a los campesinos propietarios o poseedores de los terrenos que sean necesarios para el desarrollo del objetivo de Pemex, a recibir JUSTA y OPORTUNA indemnización por los daños que les ocasionen los trabajadores de investigación o exploración que lleve a cabo en todos los terrenos, así como por el valor de los mismos en el caso de que los requiera en definitiva para cumplir con los fines para los que fue creada; derecho que está establecido constitucionalmente en el artículo 27 y reglamentado en diversas Leyes, como son la de Expropiación, la Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y la Ley Federal de Reforma Agraria entre otras.

4o. La CNC consciente de la alta prioridad que otorgan las leyes a los objetivos de Pemex, que en el momento actual representan la base principal en el desarrollo total de la actividad económica nacional, manifiesta sus disposición a colaborar con Pemex para encauzar en la mejor forma, la buena disposición que tienen sus agremiados en relación con el exacto y debido cumplimiento de las leyes aplicables al

caso, para el logro de los objetivos prioritarios de la Institución.

5o. Ambas partes firmantes del presente Convenio, manifiestan su interés y están conscientes que es necesario optimizar los efectos económicos y sociales derivados de la puesta en marcha de nuevas exploraciones petrolíferas ya que la súbita inversión en capitales fijos y circulantes, la creación de empleos que al cubrirse con el personal necesario de técnicos y trabajadores, trae como consecuencia presiones sobre los bienes y servicios, así como sobre las estructuras sociales preestablecidas, hacen necesaria la estrecha colaboración que se pretende, para lograr una eficiencia mayor dentro de la que destaca, el lograr que los habitantes de áreas rurales, obtengan una participación activa en el desarrollo económico acelerado del que Pemex es motor principal y núcleo en diversas regiones del País.

6o. Declaran los asignantes que para acelerar de manera más sistemática, eficiente y ordenada el desarrollo integral de las áreas donde opera Pemex, y ya que conforme, tanto a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, como las diversas disposiciones aplicables, es necesario contar con el apoyo y concatenación de los esfuerzos de instituciones y dependencias tanto federales como estatales, desde este momento manifiestan que propugnarán por lograr la intervención de dichas entidades para obtener, de manera claramente definida, un magno programa nacional y tantos programas regionales de desarrollo como sean necesarios.

CLÁUSULAS

Primera. En caso de que se actualicen los supuestos de los artículos 7o. y 10 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, Pemex al solicitar permiso correspondiente para ocupar terrenos ejidales o comunales a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, señalará el tiempo aproximado de la ocupación y otorgará copia de su petición a la CNC. Cuando las ocupaciones de los inmuebles mencionados se requieran en forma definitiva, Pemex además solicitará la expropiación respectiva en los términos de la Ley de la materia, comunicando a la CNC tal situación.

Segunda. Pemex no ocupará terrenos ejidales o comunales si previamente no tiene la conformidad de los ejidatarios o comuneros interesados, o la autorización correspondiente de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, en los términos del artículo 7 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

Por lo que respecta a los contratista, Pemex se compromete a pactar con ellos que no podrán ocupar dichos terrenos ejidales o comunales, si previamente Pemex no ha obtenido la conformidad de los ejidatarios o comuneros interesados, o la autorización correspondiente de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial.

Tercera. La CNC tomando en cuenta las comunicaciones mencionadas en la cláusula anterior, intervendrá ante los titulares de los derechos sobre los terrenos que requiera Pemex, para que no exista oposición o cese, ésta si la hubiere; para tal efecto, procurará la CNC se logre entre sus agremiados y Pemex un acuerdo respecto al valor de los bienes distintos a la tierra y al monto de los daños y perjuicios que se les causen, cuantificándose el total y lo correspondiente a cada campesino en particular si es el caso; en el convenio que se celebre se pactará que Pemex a partir del momento de la ocupación se obliga a pagar las indemnizaciones mencionadas.

En caso de que la ocupación de los terrenos ejidales o comunales sea provisional, Pemex se obligará a ir liquidando los perjuicios que ocasione, de acuerdo con los ciclos de siembra no aprovechados.

La ocupación provisional podrá solicitarla Pemex por dos años, transcurridos los cuales, deberá, si los terrenos le son todavía necesarios, solicitar la expropiación de los mismos o pedir prórroga para seguir ocupándolos provisionalmente en los términos legales que procedan.

En el supuesto de que no obstante la intervención de la CNC no llegare a formularse convenio, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 7o. y 10 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, PEMEX solicitará a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, que oyendo a las partes, le conceda de inmediato permiso para la ocupación, reconociendo su obligación de indemnizar a los afectados de acuerdo al peritaje que la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales deberá practicar dentro de un plazo que no excederá de un año.

Cuarta. Ambas partes se obligan a que conformes los afectados y Pemex con la cuantificación de los bienes distintos a la tierra, así como en los daños y perjuicios que en lo individual se hayan causado, Pemex pagará de inmediato a los legítimos beneficiarios, el total del valor cuantificable hasta el momento y se pactarán las bases, en caso de que proceda, de la forma y términos en que Pemex pagará los daños y perjuicios que se llegaren a causar en lo futuro.

Quinta. El pago de las indemnizaciones por los bienes distintos a la tierra, así como por los daños y perjuicios que se causaren, se hará en base fundamentalmente, a los tabuladores actualizados aprobados por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

En caso de que no exista conformidad entre Pemex y los agremiados a la CNC, dicha Confederación gestionará ante Pemex lo necesario para lograr un oportuno arreglo, sin perjuicio de los recursos legales que utilicen los propios interesados.

Sexta. Pemex y CNC gestionarán ante la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, que se establezca un mecanismo ágil que permita la revisión periódica de las tarifas para indemnizar los bienes distintos a la tierra, tendiente a que las indemnizaciones que reciban los

afectados, sean justas y congruentes a la realidad económica del momento en que se actúe.

Séptima. Las indemnizaciones por concepto de bienes distintos a la tierra y ocupaciones provisionales, las entregará Pemex a los afectados en los términos de las disposiciones legales aplicables, procurando desde luego, sea con intervención de representantes de la CNC.

Octava. Las indemnizaciones correspondientes en caso de expropiación de superficies ejidales o comunales, se invertirán de preferencia en la compra de nuevas tierras que deberán incorporarse al régimen ejidal y se destinarán a los campesinos afectados o a sus legítimos herederos, o en los términos de la Ley Agraria, para el establecimiento de Agroindustrias, que beneficien a los propios interesados o al núcleo agrario de que se trate, para lo cual, se formularán los programas necesarios para el desarrollo de tales bienes, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.

Novena. Pemex y CNC se comprometen a activar hasta su conclusión la tramitación de los expedientes de expropiación iniciados con anterioridad a la firma del presente convenio, ya que es interés especial de la CNC, compartido por Pemex el que se liquide de inmediato el importe de las indemnizaciones que sean fijadas como resultado de dichos trámites, para que en forma oportuna se entreguen a quienes sean reconocidos como titulares con derecho a recibir dichas indemnizaciones.

Décima. Pemex dentro de sus posibilidades, proporcionará a la CNC relaciones de los expedientes de expropiación que se encuentran en trámite y de las que vaya solicitando para el cumplimiento de sus objetivos, cuando unas u otras afecten a campesinos agremiados a dicha Confederación.

En las mencionadas relaciones se incluirán los nombres del ejido, comunidad o predio de que se trate, municipio, entidad y la superficie requerida por Pemex.

Decimaprimera. Pemex y la CNC se comprometen a gestionar y procurar lo necesario para que la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, emita prioritariamente los dictámenes que le sean solicitados como consecuencia de este Convenio.

Decimasegunda. Pemex y la CNC gestionarán y procurarán ante la Secretaría de la Reforma Agraria lo necesario para que dicha dependencia del Ejecutivo, tomando en cuenta los requerimientos socioeconómicos de la Nación, cree la Consultoría o Consultorías Especiales que sean necesarias, para la resolución inmediata de los problemas que se planteen con motivo de las expropiaciones que solicite Pemex a fin de que los campesinos reciban oportunamente las indemnizaciones que en derecho les correspondan.

Decimatercera. Las partes se reconocen recíprocamente, la personalidad con que comparecen y otorgan el presente Convenio.

El presente Convenio se firma en dos tantos, en la ciudad de México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos setenta y ocho.

Por: Petróleos Mexicanos, ingeniero Jorge Díaz Serrano; Confederación Nacional Campesina, senador profesor Oscar Ramírez Mijares."

- Trámite: Resérvese en el Archivo para consulta de los ciudadanos diputados.

INICIATIVAS

Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica

El C. Jesús Luján Gutiérrez: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Luján Gutiérrez: Para leer una Iniciativa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Jesús Luján Gutiérrez.

- El C. Jesús Luján Gutiérrez:

"CC. Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados.- Presentes.

La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, en base a la facultad que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, presenta a la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados una Iniciativa de Reformas y Adiciones a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a efecto de que la Comisión Federal de Electricidad pueda realizar y promover el desarrollo y la fabricación nacional de equipos y materiales utilizables en el servicio público de energía eléctrica.

Los fundamentos de la presente Iniciativa son los siguientes:

En la Ley Reglamentaria del artículo 27 de la Carta Magna, en materia nuclear aprobada recientemente por el Congreso de la Unión, se establecen distintas condiciones para impulsar la participación de los científicos y técnicos nacionales en esa industria vital para el desarrollo económico y social de nuestro país.

En la legislación que comentamos se establecen también las premisas para realizar la investigación científica, su aplicación a la tecnología y en particular en el diseño y construcción nacional de los reactores nucleares, así como asesorar a la Comisión Federal de Electricidad en todos los aspectos referentes al desarrollo de las plantas nucleares.

De esta manera, a nuestro juicio, la comunidad científica de nuestro país adquiere un compromiso importante para multiplicar sus esfuerzos en el interés de edificar una tecnología nuclear, de carácter nacional e independiente, que permita satisfacer las necesidades energéticas del presente y del futuro de México.

Mientras estos avances se han registrado en la legislación nuclear, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica no contempla con la misma claridad y perspectivas el desarrollo y la construcción de maquinaria eléctrica. Hasta ahora, es una práctica común que la

Comisión Federal de Electricidad importe la maquinaria y el equipo necesario para el funcionamiento de sus instalaciones o se contraten los suministros de distintas compañías constructoras particulares.

En el fondo, las propuestas de la diputación del Partido Popular Socialista se inscriben dentro del propósito patriótico de conquistar la independencia económica y tecnológica, edificar una ciencia nacional propia que tome en cuenta los progresos del conocimiento y de la inventiva del hombre, que evite el grave problema que implica el contratismo que desnaturaliza a las empresas del Estado y que limite la salida de divisas hacia el exterior.

Por las consideraciones anteriores y con fundamento en el artículo 73, fracción X, presentamos a su alta consideración, la siguiente Iniciativa de Reformas y Adiciones a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Capítulo I

Artículo 4. Fracciones I y II.

Fracción III. La realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que requieran la planeación, construcción, ejecución, operación y mantenimiento del sistema eléctrico nacional y de sus componentes.

Artículo 9, Fracciones I a IV.

Fracción V. Realizar y promover la investigación científica y tecnológica nacional en materia de electricidad.

Fracción VI. Diseñar, fabricar y desarrollar equipos y materiales utilizables en el servicio público de energía eléctrica.

TRANSITORIOS

Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a 27 de diciembre de 1978.- La fracción parlamentaria del PPS: Diputados Rafael Campos López.- Jesús Luján Gutiérrez.- Víctor Manuel Carrasco G.- Francisco Ortiz Mendoza.- Felipe Cerecedo López.- Román Ramírez Contreras.- Alberto Contreras Valencia.- Héctor Ramírez Cuéllar.- Francisco Hernández Juárez.- Ildefonso Reyes Soto.- Marcela Lombardo de G.- Ezequiel Rodríguez Otal."

- Trámite: Túrnese a la Comisión de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, Sección Energía Eléctrica e imprímase.

HIMNO NACIONAL

"C Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Presente.

Los símbolos han sido en la historia del hombre, el resultado lógico, natural de su deseo de trascender. Trascender primero, el ámbito de sus necesidades individuales, para establecer una comunicación primaria con otros hombres. Para establecer una relación social. A partir de que el hombre utiliza símbolos para comunicarse, integra grupos sociales, sociedades, por primitivas que éstas sean. La historia del hombre, es también pues la historia de sus símbolos.

Símbolos fueron los elementos fundamentales de sus primeras estructuras religiosas; las religiones primitivas identificaron cada fenómeno, cada elemento, de la naturaleza con un símbolo. A través de símbolos se expresa el desarrollo del conocimiento humano. Símbolos para expresarse, para comunicarse, para manifestarse. Símbolos que se identifican con su creador. Símbolos que llegan a ser insignia, causa y motivo del quehacer humano. En defensa de sus símbolos el hombre ha arriesgado vida y patrimonio. ¿No salieron los caballeros cruzados, a defender miles de leguas de distancia, fundamentalmente un símbolo? ¿No fue la conquista, presidida también, por símbolos de una religión que buscaba alientos y dimensión universal?, para el observador acucioso, para el estudioso de la historia, la presencia de intereses económicos o comerciales, infraestructurales dirían algunos, en éstos, y en todos los grandes movimientos históricos, no desvirtúa, sino explica también, la función de los símbolos.

El poder político, a través de la historia, ha creado una simbología, que es hoy parte de la vida cotidiana. En la edad media, escudos y estandartes distinguían al guerrero, mercenario o caballero, en cuyas armas se fincaba el aspecto material de la dominación. El surgimiento del Estado Nación, trajo también consigo, una nueva simbología. Los Países que surgían del quebrantado mundo medieval incorporaron a su identificación, nuevas ideas, y una nueva dimensión a sus insignias.

Ideas políticas que entonces y aún hoy, para nuestra vergüenza como especie, fueron consideradas subversivas. Pasaron a convivir con el hombre en sus luchas de todos los días: libertad, igualdad, fraternidad, democracia, soberanía, independencia, fueron ideas que la lucha transformó en banderas, fueron insignias que volvió la adversidad escudos, fueron protestas que la historia convirtió en himnos. Unos y otros, son desde entonces elementos indisolubles en la lucha del hombre por la dignidad y por la vida. Símbolos de su esfuerzo cotidiano. De sus anhelos, sus triunfos y sus aspiraciones.

En México, nuestros símbolos nacionales surgen como una síntesis de nuestro pasado histórico. El escudo nace de las versiones casi legendarias del nacimiento de México Tenochtitlán. Por su diseño, por la belleza indudable de sus rasgos, por el mensaje ancestral que nos transmite, todos nos sentimos, de alguna manera, identificados con él. Algo nos dice de nuestro orgulloso antepasado indígena. Parece resumir en un sola imagen la conquista, y relata también la lucha cotidiana de un país resuelto a derrotar la adversidad. Es el ideal, que, en marco mexicano de nopales lucha denodadamente con la vida. Por la vida, y es tan nuestro, que en el "Águila o Sol", del

hombre marginado lo puede hallar, todos los días. En la aventura cotidiana de la vida.

La bandera nacional, esta íntimamente ligada a nuestra independencia. Reconoce como antecedentes fundamentales al estandarte religioso de Miguel Hidalgo, y al pabellón primogenio del Ejército Trigarante. Tiene hoy, nuestra bandera, una historia larga y generosa. Acompaño por igual a Juárez, a Madero y a Carranza. Cayó sin mancha en Chapultepec, y aún en Aguascalientes, cuando un soñador alucinado, la ofendió, quizá sin intención dolosa, demostró sin ambages, que ha pasado a formar parte de nosotros mismos. Cualquiera que sea nuestra ideología, nuestra extracción social, o nuestro origen, todos los mexicanos, con respeto, y con convicción, la queremos. Nos enseñaron a quererla desde nuestras tareas escolares. Preside por igual, la más solemne de las ceremonias oficiales de los poderes de la Unión, que la marcha, justificada o no, de cualquier grupo de protesta. Por eso la queremos más, porque es de todos nosotros por igual.

El Himno Nacional, surgido en la primera mitad del siglo XIX, es el canto de un país joven, que surge con paso vacilante ante las amenazas de dentro y de fuera, defendiendo su independencia. Liga el patriotismo con las cruentas batallas que el país tuvo que librar en la defensa de su territorio, de su dignidad y su soberanía. Su espíritu guerrero, no es sino el reflujo fiel de la gallardía, de la valentía, con la que algunos de nuestros mejores hombres hubieron de defender a México. Sin duda, ha sido un hermoso himno. Sin duda, ha vivido episodios fundamentales de nuestra historia. En este recinto, incluso, ha surgido espontáneo cuando se requería un aliento solidario.

Sin embargo, hoy, el himno se entona con respeto. Se repite con el ánimo reverente del pueblo mexicano. Sin reflexión, su contenido se repite una y otra vez, como un ritual patriótico. De alguna forma, hoy nuestro himno reconocido por todos en su forma, se canta sin detenernos jamás a reflexionar su contenido, el mensaje, que daría intención y dimensión al símbolo.

El México de hoy, el del niño campesino que recorre 2 o 3 kilómetros diarios para acudir a la escuela. El México producto de una revolución, pacífico y constructor, que busca afanosamente un mejor porvenir para cada uno de sus hijos, no se encuentra hoy, lamentablemente, reflejado en nuestro himno. Ni nuestro afán de todos los días por construir una democracia: ni la justicia social que buscamos para todos, ni el afán pacifista y respetuoso de nuestra política internacional, ni las preocupaciones cotidianas del mexicano de hoy, se encuentran con él. Por lo anterior los firmantes después de una amplia consulta con compañeros legisladores de otros partidos, así como de educadores y ciudadanos de los más diversos grupos sociales, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO PARA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN PARA EL ESTUDIO DEL MENSAJE DEL HIMNO NACIONAL

Artículo 1o. Se crea, la Comisión para el estudio del mensaje del Himno Nacional, que tendrá como objetivos:

a) Realizar una amplia consulta a nivel nacional sobre el contenido del mensaje del Himno Nacional Mexicano.

b) Revisar las posibilidades de actualización en el mensaje del Himno Nacional Mexicano.

c) Presentar al H. Congreso de la Unión, un informe y evaluación de resultados, a más tardar en el lapso de un año, a partir de la promulgación del Presidente.

Artículo 2o. La comisión para el estudio del mensaje del Himno Nacional, se integrará:

a) Por el C. secretario de Gobernación, quien presidirá sus actividades y sesiones;

b) Por el C. secretario de Educación Pública;

c) Por el C. secretario de la Defensa Nacional;

d) Por un representante del H. Senado de la República; y

e) Por un representante de la H. Cámara de Diputados.

Los tres funcionarios señalados en primer término, podrán ser substituidos, por aquellos funcionarios en quienes expresamente hubieran delegado su representación.

Artículo 3o. La comisión podrá auxiliarse en sus actividades del concurso de instituciones culturales y educativas, asociaciones de autores y de compositores, y de la opinión de todos aquellos grupos o sectores que considere pertinentes.

Artículo 4o. Para el desahogo de sus actividades, la Comisión podrá contratar el personal técnico y administrativo que requiera, con cargo al presupuesto de la Secretaría de Gobernación, la que consignará las partidas correspondientes.

Artículo 5o. Al concluir el lapso que señala el artículo 1o. una vez presentado el informe respectivo, el H. Congreso de la Unión resolverá lo conducente de acuerdo con las facultades que le otorga el artículo 73, fracción XXIX B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- México, D.F., a 20 de diciembre de 1978.- Diputado Edilio Hinojosa López.- Diputado Pedro González Azcuaga.- Diputada Arcelia Sánchez de Guzmán R.- Diputado licenciado Saúl Castorena Monterrubio.- Diputado Fortino A. Garza Cárdenas.- Diputado Apolinar Ramírez Meneses.- Diputado Fernando San Pedro Salem.- Diputado licenciado Manuel Hernández Alvarado.- Diputado licenciado Eugenio Soto Sánchez.- Diputado Raúl Guillén Pérez Vargas."

Pasa a las Comisiones unidas de Gobernación en turno, y de Estudios Legislativos e imprímase.

El C. Presidente: En virtud de que la Iniciativa de Decreto para la creación de una Comisión para el estudio del mensaje del Himno Nacional, ha sido ya distribuida entre los ciudadanos diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura y se turna desde luego a Comisión.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura y se turna desde luego a Comisión. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Dispensada la lectura.

INSCRIPCIÓN CON LETRAS DE ORO DEL NOMBRE DE SERAPIO RENDÓN

"CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

Con motivo de ser la presente la Quincuagésima Legislatura del Congreso de la Unión, durante el transcurso de nuestro primer período Ordinario de Sesiones y con base en las facultades que le otorga el Reglamento Interior, esta Cámara aprobó la creación de una Comisión Especial de Conmemoraciones que tendría a su cargo la formulación y ejecución de un programa de festividades que realzara y diera relieve nacional a este acontecimiento de significada importancia en nuestro proceso histórico legislativo. Constituir el cuerpo de Diputados número cincuenta en el devenir del parlamento mexicano a más de entrañar un gran honor ha representado una grave y delicada responsabilidad a la que esta Legislatura, bajo una acertada coordinación, ha sabido, a nuestro entender, corresponder con eficacia y con plena conciencia de su papel y de su misión en momentos difíciles de la vida de la Nación.

Seguramente el arduo e intenso trabajo que tanto en el seno de las comisiones como en los debates camarales ha caracterizado a esta Legislatura ha impedido que el loable propósito delineado con la integración de esa Comisión Especial de Conmemoraciones se alcanzara y se realizara conforme a sus objetivos iniciales.

Al estar por concluir nuestro tercero y último período ordinario de sesiones, estimamos que sería por todos conceptos lamentable que un hecho de tanta trascendencia en la vida institucional y democrática de la Nación pasara completamente desapercibido en el ámbito de las conmemoraciones nacionales y omitiéramos significar lo que ha representado para la estabilidad política de la República el ejercicio responsable del Poder Legislativo conforme a su esencia orgánica y a las facultades que le enmarca la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, a través de cincuenta legislaturas.

Por ello, estimamos conveniente el someter a la consideración de esta Honorable Asamblea una iniciativa para que, en Sesión Solemne que pudiera celebrarse dentro de un período extraordinario de sesiones, antes de terminar nuestro mandato constitucional, se conmemore dignamente ese acontecimiento histórico a que hemos venido refiriendo. Por otra parte, con base en reflexiones y cambios de impresiones que hemos hecho con compañeros diputados, concluimos que la mejor manera de hacerlo sería rindiendo pleitesía y homenaje a quienes en el desarrollo de nuestra vida parlamentaria y en ese mismo recinto se distinguieron por su patriotismo, su verticalidad política y su entrega a los más altos intereses de la Nación Mexicana.

Así como en diferentes épocas este cuerpo legislativo rindió merecidos homenajes a próceres de la talla del insigne patricio duranguense Francisco Zarco, del preclaro potosino Ponciano Arriaga o del egregio chiapaneco Belisario Domínguez, que en los recintos de las Cámaras del Congreso de la Unión dejaron el ejemplo imperecedero de su inalterable vocación republicana y democrática, creemos que por las mismas causas y motivos, no menos meritorios, debe rendirse, como marco central de esta conmemoración, un férvido homenaje a un hombre que pasó por esta Cámara de Diputados constituyéndose en adalid de la verdad, en irreductible defensor de la justicia y de la libertad del pueblo de México, en días aciagos en que el rompimiento del orden constitucional propició se pisoteara el Estado de Derecho y que desde esta Tribuna fustigó a la usurpación a costa de su propia vida inmolada como único medio de apagar la voz viril e insobornable de la dignidad legislativa: el legislador yucateco Serapio Rendón.

Si bien es cierto que en diciembre de 1954 el Congreso de la Unión decretó se inscribiera con letras de oro en los muros de este Salón de Sesiones la leyenda "A los legisladores mártires de 1913". "Como homenaje público de la representación nacional a los diputados propietarios y suplentes que llegaron hasta el sacrificio de sus vidas por sostener los ideales de libertad y de repudio a la utilización de la fuerza como medio de regir los destinos del País", y que con tal motivo se celebró una Sesión Solemne en la que se exaltó su memoria, sustentamos el criterio de que es necesario y de elemental justicia el resaltar la figura del diputado Serapio Rendón, que encarna el símbolo y el arquetipo del legislador que siguiendo los dictados de su conciencia actúa con decisión y con valentía singulares y conscientemente también sabe de antemano que esa postura le ocasionará la pérdida de su propia vida.

Rendir homenaje a Serapio Rendón, señores diputados, es rendirlo simultáneamente a todos los legisladores que en el devenir de la vida institucional del país y en la historia del Parlamento Nacional superior honrar y enaltecer la dignidad de la representación popular y contribuir a la integración y a la evolución constante del derecho positivo mexicano.

En tal virtud, nos permitimos presentar a la respetable consideración de ustedes esta iniciativa para que se inscriba con letras de oro en los muros de este recinto el nombre de Serapio Rendón y en Sesión Solemne del H. Congreso de la Unión se devele como acto conmemorativo de la Quincuagésima Legislatura que nos ha tocado el honor de integrar.

Por lo anteriormente expuesto y en uso de la facultad que me confiere el Artículo 71, Fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente .

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Inscríbase con letras de oro en los muros del Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados el nombre de Serapio Rendón como homenaje que la representación nacional rinde a la memoria del distinguido legislador yucateco que llegara hasta el sacrificio de su vida por defender la dignidad de la República a través del Poder Legislativo de la Unión.

Artículo segundo. En Sesión Solemne del Honorable Congreso de la Unión se develará la inscripción del nombre del ilustre diputado, mártir de la libertad, como acto conmemorativo de la Quincuagésima Legislatura en la historia del Parlamento Mexicano.

TRANSITORIO

Único. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- Diciembre 27 de 1978.- Diputado licenciado Angel Sergio Guerrero Mier.

Pasa a la Comisión de Programación Cívica y Actos Especiales.

El C. Presidente: En virtud de que la Iniciativa de Decreto para que se inscriba con letras de oro en los muros de la H. Cámara de Diputados el nombre de Serapio Rendón, ha sido ya distribuida entre los ciudadanos diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura y se turna desde luego a Comisión.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura y se turna desde luego a Comisión. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Dispensada la lectura.

El C. Fernando Correa Suárez: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Correa Suárez: Para presentar una iniciativa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Fernando Correa Suárez, para presentar una iniciativa.

- El C. Fernando Correa Suárez:

"Con su permiso, señor Presidente;

Honorable Asamblea.

He pedido hacer uso de la tribuna para hablar de hechos que pueden ser de los que más han ocupado a la prensa, que más han afligido a muchos y creado en nosotros seria preocupación, que ha obligado el estudio, consulta y reflexión; me refiero al asunto de los medicamentos.

Permítaseme hacerles breve recordación expositiva del asunto y algunos comentarios que desemboquen en la presentación de dos iniciativas que a mi juicio viene a ayudar a resolver nuestros problemas en fases inmediatas y mediatas.

No pudiendo disponer del tiempo necesario para expresar mejor las consideraciones por lo vasto del tema, me estoy permitiendo hacer llegar a ustedes, un documento que es una pequeña comunicación analítica que he titulado "La Industria Químico- Farmacéutica, sus Realidades y Perspectivas", como un intento motivador.

Actualmente existen unos mil cien, nadie sabe exactamente cuántos establecimientos llamados "laboratorios", que producen también aproximadamente dieciseis mil productos, de éstos, están registrados en la Secretaría de Comercio, mil aproximadamente; en la Secretaría de Salubridad y Asistencia, unos ochocientos y sólo seiscientos catorce, en la Cámara de la Industria Químico Farmacéutica.

El Diccionario de Especialidades Farmacéuticas sólo consigna cinco mil quinientos cuarenta y seis productos llamados éticos, y muchos son innecesarias repeticiones.

Importamos el ochenta y siete por ciento de la materia prima y no avizoramos una mejoría a corto plazo. No hemos logrado aún producir un solo medicamento original.

Al sector privado, vendió la industria afiliada a la cámara respectiva, la cantidad de 8,808.2 millones de pesos el año pasado.

Del total de ventas que se realizan al sector privado, corresponden a las que estrictamente deben venderse con recetas de prescripción médica, sesenta y dos por ciento, y el treinta y ocho por ciento restante, a productos que se adquieren directamente en el mostrador.

De ese sesenta y dos por ciento que requiere receta para su prescripción, casi una tercera parte es vendida en realidad sin receta de facultativo y estos hechos violatorios al Código Sanitario, se van multiplicando día a día, cuando las causas que lo originan, no se suprimen y se aumentan los medios de difusión que inducen a la automedicación sin ningún control.

Es importante señalar que algo así como el treinta por ciento de las recetas expedidas por una institución oficial (S.S.A.), no son

surtidas por no poderlas adquirir por su alto costo y esto en zonas urbanas, ni se diga lo que sucede en rurales.

Un hecho aparentemente paradójico, es que un mismo medicamento, de acuerdo con su principio activo, de dos marcas diversas, tienen diferencias hasta de diez tantos de su precio, resultando mayor el número de ventas en la cara, en las baratas, en razón de que ha sido inducido el consumidor por la promoción comercial.

Si tomamos en cuenta que hay en el mercado más o menos dieciséis mil especialidades, que no podemos saber con exactitud este número y que fuera de todo control de salubridad y de comercio, existen especialidades farmacéuticas en el mercado, que en el mercado existen diversas marcas que presentan distintos productos con las mismas propiedades terapéuticas, y algunas con ligeras modificaciones y otras a los que se les agrega algún componente de dudosa sinergía medicamentosa y otros con modificaciones en sus excipientes; y que en el país existen algo más de diez mil farmacias, que la mitad de ellas poseen un capital inferior a cien mil pesos declarados, que casi el cincuenta por ciento de las declaraciones de ventas mensuales, son inferiores a veinticinco mil pesos; que la mayor parte de los laboratorios con capital nacional se surten de las grandes transnacionales en su materia prima y que el último paso de la farmacia a la pequeña tienda rural, en la que se venden productos diversos y en donde se expenden también medicamentos, eleva el costo., si consideramos este absurdo número de medicamentos, que la falta de profesionales de la medicina se agrava en el campo; si recordamos que tenemos un déficit de treinta mil profesionales de la medicina que se encuentran pésimamente distribuidos y concentrados en zonas urbanas; que la automedicación es inducida por la incontrolada propaganda comercial, haciendo que productos de difícil manejo se expendan en tiendas de abarrotes lugareñas., que en su gran mayoría nuestra población conserva hábitos tradicionales y la automedicación es la regla; que el servicio social de los pasantes de medicina todavía no cumple plenamente con la obligación social, aunque es forzoso reconocerlo, que éstos son los únicos que cumplen el mínimo de las exigencias; que el número de técnicos y auxiliares en ciencias de la salud está creciendo; que sólo el veintisiete por ciento o algo más, de las ventas totales de la industria farmacéutica, corresponden a instituciones asistenciales y que el resto es a la farmacia, hospitales y particulares; que el consumo de medicamentos ha sido determinado por las decisiones comerciales fundamentalmente extranjeras y no por las necesidades reales de la salud idea de la aceptación sin reservas, de un cuadro básico a nivel nacional popular.

La existencia de un cuadro básico racional y equilibrado a precios justos, es por el mode la población, surge espontáneamente lamento, entre otros, la única medida que limitaría la automedicación de productos peligrosos, con un alto sentido de protección al productor nacionalista y al consumidor, haciéndose distribución por imperativos regionales de salud y no como decisiones comerciales; traería además como consecuencia la educación a la población, a fin de crearle hábitos terapéuticos útiles, gran estímulo a la industria químico farmacéutica del país y complementación en planes de salud. Entendiéndose los medicamentos como herramienta en la integración de este gran aparato.

Yo solicito a ustedes su apoyo a esta idea, a fin de que en pasos sucesivos encomiende el Estado, la fabricación a empresas nacionales y paraestatales, siendo él, el propio distribuidor.

Permítaseme presentar a la alta representación de ustedes, dos iniciativas que se complementan una y otra. La primera que consigna la modificación de varios artículos del código Sanitario y la otra que previene la creación de un organismo público descentralizado para desarrollar a la industria químico farmacéutica.

Daré lectura a la primera de ellas.

Sin apasionamientos, con equilibrio y mesura y en servicio del pueblo de México, con los antecedentes expresados, entiendo la razón de presentar a esa H. Presidencia, dos iniciativas de Ley que de ser aprobadas por esta soberanía, vendrán a modificar favorablemente la situación actual y a crear parte del marco faltante y con el mejor aprovechamiento de lo que tenemos, para lograr el establecimiento de la estructura indispensable para que en el futuro, el derecho a la salud, no sea sólo declarativo, sino una realidad llevada a precepto constitucional y merced a su ejercicio y en disfrute de salud pueda el pueblo de México relacionarse armónicamente con los demás, organizarse, crear y producir." Gracias.

CÓDIGO SANITARIO

"Honorable Asamblea:

El que suscribe, diputado por el II Distrito Electoral del Estado de Chiapas del Partido Revolucionario Institucional, miembro de la "L" Legislatura del Congreso de la Unión, en uso del derecho que me otorga la fracción II del artículo 71 constitucional y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, vengo a proponer a vuestra soberanía la siguiente Iniciativa de Decreto que reforma, diversos artículos del Código Sanitario.

FUNDAMOS LA INICIATIVA EN LAS SIGUIENTES RAZONES

Nuestra realidad nacional plantea actualmente la necesidad de establecer un armamentario medicamentoso razonable y terapéuticamente eficaz, así como el frenar el innecesario crecimiento del catálogo de especialidades farmacéuticas, que han venido creando confusión y explotación a los consumidores,

por lo que resulta necesario adicionar el último párrafo del artículo 269 y crear un artículo 270 Bis, derogando el 270 del Código Sanitario con el propósito de lograr un mejor control en el registro de medicamentos y evitar arbitrariedades en las nomenclaturas de los productos farmacológicos.

Asimismo, con el propósito de garantizar la eficacia de medicamentos y evitar reacciones nocivas en la población consumidora, es necesario que la Secretaría de Salubridad y Asistencia se sujete a bases técnicas y ponga debida atención en que la investigación preclínica se haya realizado primeramente en animales, por lo que se hace imprescindible adicionar el artículo 189 del código de la materia.

En consideración a que existen profesionales de la medicina, faltos de escrúpulos que se asocian con laboratorios para prescribir sus productos médicos y así obtener una mayor utilidad económica y esta actividad, además de representar falta de ética profesional y honradez, redunda en perjuicio económico del consumidor, es necesario adicionar al Código Sanitario el artículo 509, que establece la aplicación de sanciones por esta actividad.

Considerando que por criterio recientemente adoptado universalmente, algunas substancias enlistadas en el artículo 292 no son consideradas farmacológicamente estupefacientes y otras del mismo listado definitivamente deben estar comprendidas entre las de manejo prohibido, es necesario modificar el mencionado artículo y adicionar el texto del artículo 322 del Código Sanitario.

Por lo expuesto y con fundamento legal en los artículos invocados y demás facultades que previene la Constitución propongo a vuestra soberanía el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA Y MODIFICA EL CÓDIGO SANITARIO, EN LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS: 189, 269, 292, 322 Y DEROGA EL 270. Y CREA EL 270 BIS Y EL 509

Artículo Primero. Se modifica el artículo 189, se adiciona el último párrafo del 269, se deroga el artículo 270 y se crea el 270 Bis.

Artículo 189

y "después de que la investigación preclínica en animales haya sido evaluada y dictaminada por un farmacólogo registrado, en el sentido de que su uso no representa ningún peligro en humanos.

Artículo 269.

y además, cuando se demuestre que en México se han realizado los estudios necesarios para el desarrollo del medicamento, ya sea cualquiera de estos: Farmacología Preclínica, Eficacia, Toxicología, Aguda, Sub- Aguda, Crónica, Teratogénesis o Carcinogénesis Químicas, Farmacología Clínica Fases I. II. III. A juicio de la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

Artículo 270. Derogado.

Artículo 270 Bis. "El nombre de las especialidades farmacéuticas, para ser registradas, corresponderán al nombre genérico, según la organización mundial de la salud.

Artículo Segundo. Se excluyen de la lista descrita en el artículo 292, las siguientes substancias: Anfetamina, Dexanfetamina, Dietilamina del Ácido Lisérgico (LSD), Fenmetracina, Metanfetamina, Metilfenidato, Pentasocina y sus Sales, Pentobarbital, Secobarbital, Tetrahidrocanabinoles.

Artículo Tercero. Las siguientes substancias pasan a formar parte de las clasificadas en el artículo 322.

Dietilamina del Ácido Lisérgico (LSD), Tetrahidrocanabinoles, Mezcalina, Psilocibina.

Artículo Cuarto. Se adiciona al capítulo V el artículo 509.

Artículo 509. El profesional que se asocie a algún laboratorio de tal forma que perciba porcentajes en el precio de medicamentos en razón de su prescripción, se le aplicará una multa de $100.00 y $5,000.00 y si reincidiere, se le suspenderá por 5 años su ejercicio.

México, D. F., Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a 28 de diciembre de 1978.

Túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo Industrial, Sección Farmacéuticos, y de Estudios Legislativos e imprimase.

INDUSTRIA QUÍMICO- FARMACÉUTICA

- El mismo C. Correa Suárez:

"Honorable Asamblea:

El que suscribe, diputado por el II Distrito Electoral del Estado de Chiapas, del Partido Revolucionario Institucional, miembro de la "L" Legislatura del Congreso de la Unión, en uso del derecho que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, vengo a proponer a vuestra soberanía, la siguiente Iniciativa de Decreto que propone la creación de un organismo público descentralizado para desarrollar a la industria químico- farmacéutica y prestar asistencia técnica.

La función de dicho organismo consistirá en propiciar y planear la investigación en la rama químico- farmacéutica para incrementar la síntesis y producción de nuevas materias primas, el desarrollo de nuevos medicamentos y mejorar los existentes, el estudio y verificación de las normas de calidad para las materias primas, el desarrollo de nuevos medicamentos veterinario, formar recursos humanos en diferentes áreas tecnológicas tales como la fitoquímica, normalización y farmacología, etc., mediante la impartición de cursos especializados y seminarios, desarrollo de programas de capacitación y entrenamiento de personal, y optimización de los insumos nacionales y promoción de la industria químico- farmacéutica en general.

FUNDAMOS LA INICIATIVA EN LAS SIGUIENTES RAZONES

Los medicamentos contribuyen al bienestar y salud pública, reflejado en el aumento de esperanza de vida, y en la disminución de los días de incapacidad para el trabajo.

El crecimiento de los laboratorios dedicados a producir medicamentos, para humanos y animales ha tenido una tasa de 9.8 y 14.6% anual, respectivamente, las tecnologías utilizadas en el proceso productivo son en su mayoría importadas y, en consecuencia, en ocasiones pueden ser impropias para las características nacionales, y es necesario buscar las posibilidades de substituir importaciones en esta rama y desarrollar la investigación para la producción de materias primas.

Existen en México profesionistas altamente capacitados para la investigación y empresas mexicanas en desventajas a nacionales con matrices extranjeras.

La labor de investigación y desarrollo de productos farmacéuticos se lleva a cabo, principalmente, por empresas transnacionales en la sede de sus matrices y dirigidas a las necesidades de los mercados del mundo desarrollado.

Indudablemente, los gastos de comercialización, investigación y desarrollo que realizan las transnacionales, son cargados a los consumidores, entre ellos, la población económicamente débil de los países en desarrollo, aun cuando tales gastos contribuyan poco a sus necesidades reales.

Por lo anteriormente expuesto y considerando que el apoyo a la investigación científica, tecnológica químico- farmacéutica en nuestro país, se ha otorgado como subsidio insuficiente, desordenado e inestable ante una demanda casuística por parte de los institutos de enseñanza superior y los centros de investigación nacionales, así como la ausencia de una política definida en la distribución de recursos para el sistema científico tecnológico químico- farmacéutico, y la ambigüedad de criterios para la asignación de fondos destinados al desarrollo de la investigación y a la evaluación de sus resultados, lo que ha propiciado la dispersión del esfuerzo científico; y considerando que en México es muy escasa la investigación que conduzca al descubrimiento de nuevos medicamentos y mejorar los existentes, y que las empresas nacionales e internacionales deben hacer parte de la investigación farmacológica, toxicológica y preclínica en nuestro país ya que por el momento no existe ningún organismos que tenga capacidad para realizar estudios necesarios para el desarrollo de nuevos medicamentos, por lo que nuestros recursos vegetales se están desperdiciando unos y otros se están mal aprovechando; a que no se están formando profesionales que en el futuro con un criterio nacionalista aporten su conocimiento al desarrollo de la ciencia, creándose una industria auténticamente nacional, y en consideración a que es indispensable dotar al país de un organismo que dirija la investigación científica- tecnológica, que robustezca la capacidad de nuestros técnicos y forme nuevos, es necesaria la creación del organismo que se propone.

Por lo expuesto y con la facultad ya invocada y las demás relativas que previene la Constitución; proponemos a vuestra soberanía la siguiente Iniciativa.

DECRETO QUE CREA EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS APLICADAS A LA INDUSTRIA QUÍMICO- FARMACÉUTICA

Artículo primero. Se crea el Instituto de Investigaciones Científico- Tecnológico aplicadas a la industria químico- farmacéutica, por razones de utilidad pública, con carácter federal y encargado del desarrollo de nuevos medicamentos, verificación de la eficacia terapéutica de los existentes desde el punto de vista farmacológico, toxicológico, y para verificar controles de calidad, para auxilio de la industria químico- farmacéutica, a quien prestará servicios para sus fases de desarrollo de medicamentos y la formación de profesionales, hasta lograr la interdependencia tecnológica.

Artículo segundo. El Ejecutivo Federal elaborará la Ley Reglamentaria en un plazo no mayor de seis meses a partir de la publicación de este Decreto en el Diario Oficial de la Federación, y le dará su debido cumplimiento.

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados. - A 28 de diciembre de 1978."

Túrnese a las Comisiones unidas de Desarrollo Industrial, Sección Farmacéuticos, y de Estudios Legislativos e imprímase.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Condecoración

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Permisos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con la minuta de proyecto de Decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, por la que se concede permiso al ciudadano coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor, Rodolfo Reta Trigo, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Cruz del Mérito Militar, que le confiere el Gobierno de España.

CONSIDERANDO

a) Que con fecha 27 de diciembre del año en curso, la Colegisladora se dirigió a los ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados, en los siguientes términos:

"Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta proyecto de Decreto por el cual se concede permiso al ciudadano coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Rodolfo Reta Trigo, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden

de la Cruz del Mérito Militar que le confiere el Gobierno del Reino de España

b) Que en sesión efectuada por esta Cámara, el 27 de diciembre, se turnó a la suscrita Comisión para los efectos del artículo 87, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el expediente relativo.

c) Que en virtud de que el solicitante cubre los requisitos que se establecen en la fracción III del apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión dictaminadora hace suya la opinión de la Colegisladora, en los términos aprobatorios.

Por lo anterior, la Comisión que suscribe, se permite someter a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor, Rodolfo Reta Trigo para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Cruz del Mérito Militar que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de diciembre de 1978.- Rodolfo González Guevara.- Maximiliano Silerio Esparza.- Arturo Luna Lugo.- Enrique Gómez Guerra.- Raúl Bolaños Cacho Guzmán."

- Trámite: Primera lectura.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Permisos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con la minuta proyecto de Decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, por la que se concede permiso al ciudadano Genaro Villarreal Barbosa, para prestar servicios como Técnico de Campo, en la Embajada de los Estados Unidos de América.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 27 de diciembre, fue turnado a la Comisión que suscribe, el expediente relativo a la solicitud.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de su nacimiento;

b) Que los servicios que el propio solicitante prestará a la Embajada de los Estados Unidos de América, serán técnico de campo.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción II del apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Genaro Villarreal Barbosa, para prestar servicios como técnico de campo, en la Embajada de los Estados Unidos de América.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de diciembre de 1978.- Rodolfo González Guevara.- Maximiliano Silerio Esparza.- Arturo Luna Lugo.- Enrique Gómez Guerra.- Raúl Bolaños Cacho Guzmán."

- Trámite: Primera lectura.

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 12 de los corrientes, la Cámara de Senadores remite expediente con minuta de proyecto de Decreto, que concede permiso al ciudadano Benjamín Lucio Barrientos, para prestar servicios como jardinero en la residencia del señor Embajador de la República Federal de Alemania, en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 27 del actual, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que el propio interesado prestará, serán como jardinero.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al C. Benjamín Lucio Barrientos para aceptar y desempeñar el cargo de jardinero en la residencia del señor Embajador de la República Federal de Alemania, en México.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de diciembre de 1978.- Rodolfo González Guevara.- Maximiliano Silerio Esparza.- Arturo Luna Lugo.- Enrique Gómez Guerra.- Raúl Bolaños Cacho Guzmán."

- Trámite: Primera lectura.

El C. Presidente: Esta Presidencia considera los asuntos a los que se les dio primera lectura, como de urgente resolución. Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se les dispensa la segunda lectura y se ponen de inmediato a discusión y votación.

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se les dispensa la segunda lectura y se ponen a votación de inmediato. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Señor Presidente, se dispensa la segunda lectura.

En consecuencia, están a discusión los tres proyectos de Decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN)

Señor Presidente, se emitieron 192 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobados los proyectos de Decreto por 192 votos.

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. Presidente: Continúe la Secretaría con el desahogo de los demás asuntos en cartera.

REFORMA ECONÓMICA A LA CONSTITUCIÓN

- El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta:

"Comisiones Unidas de Planeación del Desarrollo Económico y Social y de Estudios Legislativos, Sección Constitucional.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones que suscriben les fue turnada para su estudio y dictamen propuesta del ciudadano diputado Víctor Manzanilla Schaffer, suscrita además por diversos diputados de los partidos, en el sentido de que se instruya a los futuros miembros de la Comisión Permanente para que, durante el próximo receso dicha Comisión convoque a un período extraordinario de sesiones para discutir, entre otras iniciativas, reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de revisar y adecuar las atribuciones que tiene el Estado Mexicano en la vida económica del país.

No resulta procedente, en cuanto a la forma, la propuesta a estudio, tomando en cuenta que constitucionalmente la Comisión Permanente es un órgano independiente de las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, y los miembros que componen a dicha Comisión Permanente no son mandatarios de las propias Cámaras en forma tal que pueda instruírseles para que actúen en el sentido que considera pertinente la Cámara que los designó.

Encuentran sin embargo, las Comisiones Dictaminadoras, que el tema objeto de la propuesta es de la mayor importancia y debe actualizarse pues no debe pasar inadvertido a los ciudadanos diputados que anteriores legislaturas, entre otras y en forma especial la XLVI, han estudiado con todo cuidado y responsabilidad esta materia.

Por otra parte, hace apenas algunos meses que el movimiento obrero nacional en forma destacada la Confederación de Trabajadores de México, el Congreso del Trabajo y el Sindicato Mexicano de Electricistas entre otras, han celebrado reuniones dedicadas específicamente a tratar el mismo tema y ahora con mayor fuerza, en virtud de los graves problemas económicos que aquejan tanto a las sociedades desarrolladas plenamente como a las que se encuentran en proceso de desarrollo y que tienden a precisar los fundamentos de la economía mixta que es la base de nuestro sistema nacional y las consecuencias que de todo ello se deriva para nuestro medio social.

Por todo lo anterior las Comisiones proponen que se acepte el fondo de la cuestión planteada por el ciudadano diputado Manzanilla Schaffer, y para obtener las finalidades perseguidas se integre una Comisión pluripartidista de esa Cámara, para que estudie las reformas constitucionales adecuadas sobre la materia y que podrían, en su caso, ser aceptadas por aquellos diputados que optaran por ejercer el derecho de iniciativa a que se refiere el Artículo 71 de la Constitución.

Visto lo anterior se propone a la Asamblea los siguientes puntos de

ACUERDO

Primero. Se desecha la proposición del ciudadano diputado Víctor Manzanilla Schaffer, en el sentido de instruir a los miembros de esta Cámara a la Comisión Permanente que actuará en el próximo receso, para introducir la reforma económica en nuestro texto constitucional.

Segundo. Nómbrese una Comisión especial pluripartidista de la Cámara para que formule un proyecto de iniciativa que, en su caso los ciudadanos diputados opten por presentar conforme a lo dispuesto por el Artículo 71 de la Constitución.

Sala de Comisiones de la Honorable Cámara de Diputados.- México, D. F., 27 de diciembre de 1978.- Planeación del Desarrollo Económico y social: Ifigenia Martínez Hernández.- Enrique Alvarez del Castillo L.- Guilebaldo Flores Fuentes.- Enrique Soto Izquierdo.- Julio César Mena Brito Andrade.- Roberto Leyva Torres.- Víctor Alfonso Maldonado Moreleón.- Roberto Madrazo Pintado.- Jorge Garabito Martínez.- Artemio Iglesias Miramontes.- Pastor Murguía González.- Héctor Hernández Casanova.- Hortensia Santoyo de García.- Jorge Mendicutti Negrete.- José Antonio Zorrilla Pérez.- Antonio Tenorio Adame.- Roberto Olivares Vera.- Armando Labra Manjarrez.- María Elena Alvarez Vicencio.- Bernabé Arana León.- Patricio Robles Robles.- Mario Hernández Posadas.- Ricardo Castillo Peralta.- Miguel Campos Martínez.

Estudios Legislativos: Presidente, Miguel Montes García.- Secretario, Pericles Namorado Urrutia.- Enrique Alvarez del Castillo.- Raúl Lemus García.- Manuel Villafuerte Mijangos.- Porfirio Cortés Silva.- Héctor Terán Torres.- Roberto Leyva Torres.- Luis Priego Ortíz.- Pastor Murguía González.- Francisco José Peniche Bolio.- Héctor Ramírez Cuéllar.- Saúl Castorena Monterrubio."

- Trámite: Primera lectura.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 del Reglamento Interior, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen al que se le dio primera lectura, y se pone a discusión de inmediato, y a votación.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Dispensada la segunda lectura.

Consecuentemente están a discusión los puntos de Acuerdo.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

El C. Víctor Manzanilla Schaffer: Pido la palabra en apoyo al dictamen.

El C. Presidente: Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en pro el ciudadano diputado Víctor Manzanilla Schaffer.

El C. Víctor Manzanilla Schaffer: Señor Presidente; honorable Asamblea.

He pedido la palabra para apoyar el dictamen con que la Secretaría nos ha dado cuenta, en virtud de que considero un paso trascendente de la cincuenta Legislatura el hecho de que se nombre una comisión especial pluripartidista de esta Cámara, para que formule un proyecto de iniciativa de conformidad con el artículo 71 de la Constitución, que contenga el tan ansiado y buscado capítulo económico de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Desde que en esta Tribuna se habló del artículo 28 en relación con la Ley de Cooperativas; quedó muy claro en el ánimo de todos los legisladores, de que ya es necesario, ya es tiempo de que en nuestra economía mixta se cambien las llamadas reglas del juego, por un capítulo económico que señale con precisión, con claridad y con autenticidad revolucionaria los principios, las metas, los condicionantes y las modalidades de la participación del sector privado en la economía nacional. Y, al mismo tiempo, señale con claridad cuáles son las metas, cuál es la definición del papel del Estado en esta economía mixta que ha sido definida desde 1917 por la propia Constitución.

Seguimos viendo todos los días, informándonos, como, a través de los órganos de la opinión pública nacional, como a pesar de lo dicho por el artículo 28 vigente, se siguen ocultando las mercancías, especulando con ellas, elevándose los precios en detrimento de la economía popular, en detrimento de la economía de los trabajadores de México. Por ello, sentimos que a través de los estudios que realice la Comisión Pluripartidista, debe ser presentada ya una iniciativa concreta para sustituir el artículo 28 constitucional por un Capítulo que defina este tipo de relaciones económicas.

Siento, y así lo expreso, que aun la propia iniciativa privada, el sector privado de nuestra economía, tendrá mayor seguridad, mayor certeza y por qué no decirlo, tranquilidad; cuando se defina claramente el papel que juega dentro del desarrollo económico y social de nuestro país.

Yo me he permitido y así lo he hecho llegar ante la Presidencia de esta Cámara en este momento, formular una Iniciativa de Ley en la cual se propone ya el artículo 28, que de aprobarse lógicamente sustituirá el texto actual que se encuentra vigente.

En esta iniciativa que someto a la consideración de esta Asamblea, se señala con toda claridad que corresponde al Estado la dirección, coordinación, regulación y promoción del desarrollo económico y social del país, a través de un Plan Nacional que regule el racional y justo aprovechamiento de los recursos naturales, de los humanos y de los recursos financieros, con el objeto de satisfacer las necesidades básicas de la población; redistribuir la riqueza, democratizar los medios de producción y desenvolver a las fuerzas productivas de la nación.

¿Por qué decimos que es a través del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social? Porque no es posible, no es pertinente someter el desarrollo económico de un país a determinadas emociones o circunstancias, que en algún caso pueden ser pasajeras o variables; tendrá que ser a través de un Plan Nacional de Desarrollo como se pueda conjuntar el esfuerzo nacional económico, con metas precisas, con prioridades y jerarquías, para que se logren estos objetivos que tanto la doctrina, la filosofía y aun las Instituciones de la Revolución, han marcado y han englobado bajo el principio de justicia social.

Lógicamente, este Plan Nacional de Desarrollo debe garantizar el crecimiento persistente, sostenido, de la economía nacional, estableciendo, como decía, prioridades y cuantificando las metas nacionales, pero aun las metas regionales y sectoriales.

Ahora bien, ¿cómo formular este Plan Nacional de Desarrollo? ¿Cuáles serían sus características o la expresión de sus condiciones? Desde luego, debe ser formulado con un sentido democrático, con un sentido popular, participativo y nacionalista, para garantizar el desenvolvimiento económico independiente de nuestro país, y tendrá que responder

necesariamente, preferentemente, a los intereses y necesidades del pueblo, y con el fin lógico de corregir las desigualdades económicas, tanto dentro de nuestra población como las desigualdades económicas que vemos, que apreciamos y palpamos, en las diferentes regiones de nuestro país.

Pero además, el artículo 28 constitucional, a pesar de que en algunos otros textos se manejen ya los conceptos, debe de precisar que la propiedad en México es una función social, no es que cumpla una función social, no, la propiedad en México es una función social, por lo tanto, el Estado debe promover, regular y coordinar la participación de la propiedad privada, de la propiedad estatal y de la propiedad social, dentro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

Y también el crédito que manejan las instituciones oficiales y privadas tendrá que responder a las mismas necesidades, a los señalamientos de este Plan de Desarrollo, para darle preferencia concreta a las actividades agropecuarias, industriales y, en general, a las actividades productivas.

Otro de los puntos fundamentales del artículo 28 constitucional debe ser el que el Estado coordine y ordene, ordenar dentro de un todo, las actividades productivas del ejido, de la propiedad comunal y de la pequeña propiedad, con el objeto de lograr una producción agropecuaria, que satisfaga las necesidades de consumo nacional y cree además las reservas alimenticias, que son tan preciadas dentro de la economía moderna.

El 28 Constitucional debe definir qué actividades están reservadas en forma exclusiva al Estado, que sea el Estado quien maneje la organización, fomento y administración de las industrias petrolera, petroquímica básica, explotación de minerales radioactivos y generación de energía nuclear, electricidad, ferrocarriles, comunicaciones telegráficas y radiotelegráficas, correos, acuñación de monedas y emisión de billetes de banco.

Pero además, debe de abrir la posibilidad el 28 Constitucional para que el Estado pueda nacionalizar o expropiar aquellas industrias que tengan un valor estratégico de acuerdo con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y reservar, además a mexicanos o sociedades mexicanas, con cláusula de exclusión de extranjeros, las actividades de radio y de televisión, transporte automotor urbano, interurbano y en carreteras federales, transporte aéreo y marítimo nacionales, explotación forestal, la distribución de gas y las demás que fijen las leyes o reglamentos del Ejecutivo Federal. El artículo 28 constitucional, compañeros diputados, también debe de ser el precepto que señale cuál es la participación del capital extranjero dentro de la propia economía nacional y debe de señalarse que la inversión privada extranjera podrá participar en forma complementaria en las actividades productivas asociadas con el capital nacional, lógicamente de acuerdo con las condiciones y modalidades que se digan en la ley reglamentaria.

Pero si hemos discutido aquí en varias ocasiones y hemos escuchado opiniones de los diferentes partidos políticos sobre la prestación de los servicios públicos, el propio artículo 28 constitucional debe de contener un párrafo que señale que los servicios públicos serán proporcionados por el Estado y sólo como excepción podrán ser concesionados por un tiempo determinado a mexicanos o sociedades mexicanas.

Pero además, el Estado debe reservarse el derecho a participar como socio en la proporción y términos que se señalen en la propia concesión.

Si estamos hablando de un capítulo económico de la Constitución, que esta Comisión pluripartidista, de aprobarse este dictamen, va a estudiar y va a formular, en este artículo 28 deberá legislarse sobre la forma de regular la comercialización tanto de materias primas como de productos para impedir alcabalas y restricciones a ese tránsito de esas mercaderías, pero además, para garantizar la calidad y justo precio, sobre todo de artículos destinados a la alimentación del pueblo, vestido, cuidado de la salud, y combatir la especulación, la ocultación, el acaparamiento y el exceso de intermediación.

Debe de fortalecerse, y así se debe de expresar en el propio artículo 28 constitucional, debe fortalecerse y ampliarse la red de distribución y la red de comercialización, para implantar un sistema nacional de centros de abastecimiento popular, porque de nada sirve cuidar la producción si todo el esfuerzo de los productores, agrícolas o industriales, queda en manos de esa excesiva intermediación, que día con día vemos cómo crece y cómo tiende a generalizarse.

Yo propongo en esa iniciativa, también, que a fin de garantizar la alimentación popular, el Estado deberá reservarse o podrá reservarse si se quiere, la distribución y la comercialización de los productos de consumo necesario, usando el sistema de comercialización establecido.

No podemos arriesgarnos a que los excedentes del petróleo que se vendan o que podrán venderse en el extranjero, y que nos traigan divisas, estas divisas sirvan para importar alimentos. Todas estas reservas, todos estos excedentes, deben servir para recapitalizar las actividades productivas de la nación.

No deseo leer la propia iniciativa, puesto que acaba de ser presentada, sino dar estos considerandos, estas opiniones, estos puntos de vista, que podrán servir o no para los estudios que realice esta Comisión especial pluripartidista de nuestra Cámara. Propongo al final de este artículo 28 que el Plan Nacional del Desarrollo Económico y Social sea sometido a la consideración de la Cámara de Diputados para su aprobación. Y esto, sin duda alguna, de poder culminar este esfuerzo legislativo, tendrá una gran repercusión histórica para establecer, como decía yo en un principio, los preceptos, las modalidades, los condicionantes del esfuerzo económico colectivo, tanto del sector público como del sector privado. Esas son las metas,

esa es la necesidad que tenemos como país en franco desarrollo y que debemos realizar como legisladores para darle a nuestro pueblo un catálogo de garantías sociales de contenido económico, y que esos grupos de interés y que ahora son grupos de presión dejen de empujar materialmente al Ejecutivo o de tener aquellas exigencias que les permiten las llamadas reglas del juego de la economía mixta, que cada sexenio se han ido fijando, y hemos visto, y son datos ya históricos, cómo cuando un gobierno desea encaminar la economía del país por senderos de justicia social distributiva, de equidad y de satisfacción de las necesidades básicas populares, cómo aquellos que han crecido a través de la acumulación del capital, a través del acaparamiento de la riqueza se alzan altivos y soberbios para evitar que nuestro gobierno camine franca y decididamente por el sendero abierto por la Revolución Mexicana

Yo pido a los señores diputados que votemos en favor de esta proposición. Efectivamente no es posible darle instrucciones a los diputados que formarán la Permanente para que ellos promuevan eso, pero el hecho de que el propio dictamen se apruebe el nombramiento de esta comisión en un paso positivo hacia la consecución final de los objetivos, de las metas que todo el pueblo está esperando del Estado, del gobierno y, por lo tanto, de los legisladores.

Saludo, pues, al dictamen, y formula mis personales votos por que los integrantes, diputados de esta comisión pluripartidista, inviertan el mejor de sus esfuerzos, hasta el límite de sus capacidades, pero con un sentido patriótico, nacionalista y progresista. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutidos los puntos de Acuerdo.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la Asamblea si están suficientemente discutidos los puntos de Acuerdo. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutidos.

En votación económica se pregunta si se aprueban los puntos de Acuerdo. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobados los puntos de Acuerdo.

El C. Presidente: Se ha recibido una propuesta de la Presidencia de la Gran Comisión, en relación con los puntos de Acuerdo aprobados por la Asamblea. Se ruega a la Secretaría dé cuenta con la propuesta.

PROPOSICIÓN

- El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta:

"México, D.F., 28 de diciembre de 1978. CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.

En consulta con los miembros de la Gran Comisión y en virtud de los acuerdos a que ha llegado esta Honorable Asamblea, en el sentido de integrar una comisión pluripartidista para el efecto de formular un proyecto de iniciativa sobre las reformas económica a la Constitución que los ciudadanos diputados opten, en su caso, por presentar conforme a lo dispuesto por el Artículo 71 de la Constitución, nos permitimos proponer a esta Soberanía para su aprobación, a los siguientes ciudadanos diputados.

Ifigenia Martínez Hernández, Miguel Montes García, Víctor Manzanilla Schaffer, Jesús Puente Leyva, Armando Labra Manjarrez, Hugo Castro Aranda, Julio Zamora Bátiz, Jorge Efrén Domínguez, Mario Hernández Posadas, Carlos Ortiz Tejeda, Miguel Hernández Labastida, Francisco Peniche Bolio, Sergio Lujambio Rafols, Francisco Ortiz Mendoza, Marcela Lombardo de Gutiérrez, Héctor Ramírez Cuéllar y Pedro González Azcuaga.

Atentamente.

Diputado licenciado Rodolfo González Guevara, Presidente de la Gran Comisión de la Cámara de Diputados."

El C. Enrique Ramírez y Ramírez: Ruego no se me incluya en la propuesta.

El C. Presidente: El ciudadano diputado Enrique Ramírez y Ramírez, ruega no se le incluya en la propuesta. Proceda la Secretaría a testar su nombre en el oficio de propuesta.

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición hecha por la Gran Comisión, para dejar integrada la Comisión Pluripartidista, conforme a los puntos de Acuerdo aprobados por esta Asamblea.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Aprobada.

El C. Presidente: En consecuencia, ruego a la Secretaría dé lectura a la lista de los miembros de la Comisión Pluripartidista nuevamente, con la testadura indicada por la Presidencia.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Se va dar lectura a la lista, conforme la modificación que se acaba de hacerse, de los ciudadanos diputados que integraran esta Comisión:

Ifigenia Martínez Hernández, Miguel Montes García, Víctor Manzanilla Schaffer, Jesús Puente Leyva, Armando Labra Manjarrez, Hugo Castro Aranda, Julio Zamora Bátiz, Jorge Efrén Domínguez, Mario Hernández Posadas, Carlos Ortiz Tejeda, Miguel Hernández Labastida, Francisco Peniche Bolio, Sergio Lujambio Rafols, Francisco Ortiz Mendoza, Marcela Lombardo de Gutiérrez, Héctor Ramírez Cuéllar y Pedro González Azcuaga.

El C. Presidente: Esta Presidencia, en uso de la facultad que le confiere la Fracción III del Artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acuerda:

Túrnese a la Comisión Pluripartidista integrada, la iniciativa formulada por el C. diputado Víctor Manzanilla Schaffer. Imprímase.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Ley Orgánica del Poder Judicial

"Comisiones Unidas Primera de Justicia y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas que dictaminan les fue turnada minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 40, 41, 42, 43, 45, 72, 72 bis y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Las modificaciones y adiciones de la minuta obedecen a una creación de juzgados de distrito en el Distrito Federal, en el Estado de Jalisco, en la ciudad de Mérida y en el Estado de Baja California, en donde se crea uno nuevo para la ciudad de Mexicali.

En el Distrito Federal, que actualmente cuenta con diez juzgados de distrito, se aumenta a trece el número de juzgados: dos en materia penal y uno en materia administrativa.

En el Estado de Jalisco se aumenta un juzgado de distrito a los cinco que actualmente existen y se les divide a todos en especialidades: dos en materia penal, dos en materia administrativa y dos en materia civil. Tomando en cuenta esta especialización, los artículos 40 a 43, que actualmente están apartados para el Distrito Federal y son los únicos que existían bajo esa competencia especializada, hacen ahora referencia tanto a los juzgados de distrito en el Distrito Federal como a los del Estado de Jalisco, y en esto consiste la reforma de tales disposiciones.

En materia de apelación, el artículo 72 sufre igualmente modificaciones para aumentar a trece juzgados los del Distrito Federal; a seis los del Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara; un juzgado en el Estado de Baja California Norte, con residencia en Mexicali, y un juzgado en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida.

Las mismas modificaciones se establecen en el artículo 72 bis, para referirse ahora a los juzgados de distrito en materia de amparo.

De la fracción II del artículo 73 de la Ley se elimina al Estado de Baja California y se crean dos fracciones para el propio artículo, bajo los números XX y XXI, a efecto de que la primera fracción tan sólo haga referencia a los juzgados primero y segundo de distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, y la última fracción al juzgado tercero de distrito en dicho Estado, con residencia en Mexicali.

Los artículos transitorios señalan la forma de proceder para instalar los nuevos juzgados y remitir los asuntos que ahora se encomiendan a los de reciente creación.

Todas las reformas y adiciones están adecuadas a las nuevas necesidades, en virtud de la creación de juzgados de distrito en materia de apelación y de amparo, razón por la cual las Comisiones Unidas que dictaminan proponen a la Asamblea la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO, DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo Único. Se reforman y adicionan los artículos 40, 41, 42, 43, 45, 72, 72 bis y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los términos que adelante se expresan:

"Artículo 40. En el Distrito Federal habrá trece Juzgados de Distrito: seis en materia penal, cinco en materia administrativa y dos en materia civil; y en el Estado de Jalisco seis Juzgados de Distrito: dos en materia penal, dos en materia administrativa y dos en materia civil."

"Artículo 41. Los jueces de Distrito en materia penal en el Distrito Federal y en el Estado de Jalisco, conocerán:

I. a IV.

"Artículo 42. Los jueces de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal y en el Estado de Jalisco, conocerán:

I. a V.

"Artículo 43. Los jueces de Distrito en materia civil en el Distrito Federal y en el Estado de Jalisco conocerán;

I. a VIII.

"Artículo 45. Fuera del Distrito Federal y del Estado de Jalisco, los jueces de Distrito conocerán de todos los asuntos a que aluden los artículos del 41 al 43 de esta ley."

"Artículo 72.

I.

Trece Juzgado de Distrito en el Distrito Federal con residencia en la ciudad de México;

II.

III.

Seis Juzgados de Distrito en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara;

IV.

V.

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali;

VI.

VII.

Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida;

VIII. a IX.

Artículo 72 bis.

I.

Trece Juzgados de Distrito en el Distrito Federal, con residencia en la ciudad de México;

II.

III.

Seis Juzgados de Distrito en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara.

IV.

V.

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali;

VI. a IX.

X.

Juzgado Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida;

XI. a XII.

"Artículo 73.

I.

II. Los Juzgados de Distrito en los Estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Colima, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas ejercerán jurisdicción respectivamente, en el territorio de cada uno de los mismos Estados;

III. a XIX.

XX. Los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Baja California, residentes en Tijuana, ejercerán jurisdicción en el territorio del Estado, excepto en el Municipio de Mexicali;

XXI. El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali, ejercerá jurisdicción en el municipio del mismo nombre de ese Estado."

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Artículo segundo. El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal iniciará sus labores el primero de enero de 1979, con todos los expedientes del Juzgado Supernumerario al que sustituye.

Artículo tercero. La Suprema Corte de Justicia de la Nación fijará oportunamente la fecha de instalación de los demás Juzgados de Distrito de nueva creación.

Artículo cuarto. Los asuntos que con motivo de estas reformas y adiciones deban pasar de un juzgado a otro, seguirán tramitándose y decidiéndose en el que radiquen, hasta la instalación de los nuevos juzgados.

Artículo quinto. Una vez instalados los nuevos Juzgados de Distrito, los ahora existentes harán las remisiones de los asuntos que correspondan, conforme a las presente reformas, a las disposiciones sobre competencia establecidas en esta ley y según las reglas que dicte la Suprema Corte.

Artículo sexto. Se faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dictar las medidas necesarias para la efectividad y cumplimiento de las presentes reformas y adiciones.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de diciembre de 1978.- Primera de Justicia: José de las Fuentes Rodríguez.- Raúl Lemus García.- Reveriano García Castrejón.- Agapito Duarte Hernández.- Carlos Manuel Vargas Sánchez.- Salvador Reyes Nevárez.- Augusto César Tapia Quijada.- Manuel Villafuerte Mijangos.- Eugenio Soto Sánchez.- Estudios Legislativos: Presidente, Miguel Montes García.- Secretario, Pericles Namorado Urrutia."

El siguiente punto del Orden del Día, es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En virtud de que el dictamen que nos ocupa ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, sírvase la Secretaría consultar a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone de inmediato a discusión en lo general y en lo particular.

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general y en lo particular... Se dispensa la segunda lectura al dictamen.

En consecuencia, está a discusión en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 192 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado en lo general el proyecto de Decreto por 192 votos.

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Está a discusión en lo particular el proyecto de Decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo particular. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 192 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado en la general y en lo particular el proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El C. prosecretario Heriberto D. Santos Lozano: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

LEY QUE CREO EL INDECO

"Comisiones Unidas Segunda para el Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

Fue presentada para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas Segunda de Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos, la minuta proyecto de Decreto que para fines constitucionales envió la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión a la Cámara de Diputados, relativa a la reforma que el Ejecutivo Federal presentó a la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular.

El dictamen que las Comisiones Unidas Única de Planeación del Desarrollo Económico y Social, Única de la Vivienda y Quinta Sección de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores emitieron con motivo del estudio que hicieron de la iniciativa, hace notar que unos de los más graves problemas de nuestras comunidades está constituido por el de la habitación y que es imperativa la necesidad de proporcionar a los mexicanos una morada digna en la que la familia se desenvuelva y se perfeccione, debiéndose tomar en cuenta, por otra parte, que dicho problema debe resolverse dentro de cánones de planeación y sistemas que aseguren la instalación de servicios en los asentamientos humanos, mismos que si no se sujetan a normas ordenadoras, se desarrollan en forma anárquica y desordenada.

Se hace hincapié también en que la migración hacia los grandes centros de población, fundamentalmente por causas económicas, crea focos de miseria en las ciudades perdidas que se erigen y focos, asimismo, de delincuencia; en la inteligencia de que el problema se agrava y se complica con el de la tenencia de la tierra, que debe resolverse mediante su regularización, dotación de áreas adecuadas para el establecimiento de colonias con fácil acceso y servicios, y adecuada estructuración de fraccionamientos en atención al interés social.

Con la finalidad de resolver el problema habitacional, originalmente se creó el Instituto Nacional de la Vivienda, pero su ámbito competencial fue superado en poco tiempo, por lo que hubo necesidad de considerar su reestructuración para adecuarla a los aspectos específicos que la hicieran operativa. De esta manera nació en 1971 el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular, cuyos objetivos, entre otros fueron el de que se realizaran investigaciones para valorar las necesidades en las zonas rurales y urbanas, proponer planes, realizar programas, establecer sistemas de ejecución dictar normas de urbanización, arquitectónicas y de edificación, propiciar la construcción de viviendas a bajo costo y la cooperación, con el trabajo colectivo y la ayuda mutua, entre los habitantes de los poblados rurales y las zonas urbanas.

El dictamen de la Cámara de Senadores indica que la Dirección de Pensiones para los Trabajadores del Estado y, posteriormente, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, han llevado a cabo la construcción de centros habitacionales para atender a los servidores públicos; y que los trabajadores, dentro del Apartado "A" del artículo 123 Constitucional, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción XXII, pugnaron por el cumplimiento de la obligación patronal para proporcionar habitación cómoda e higiénica a dichos trabajadores, motivo por el cual se creó el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores; con la aclaración de que el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada Nacionales han recibido importantes beneficios en este renglón, al través del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y del Banco del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S. A., en los términos de las leyes cuyo estudio se llevó a cabo recientemente.

No obstante lo anterior, se hace notar en la iniciativa materia del dictamen que la mayoría de los mexicanos carecen de atención institucional en el problema de la habitación y que dentro de la reforma administrativa propuesta por el Ejecutivo Federal, en la Ley Orgánica de la Administración Pública, se dio cabida a la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, a la que se confió la facultad de formular y conducir la política general de asentamientos humanos, planear la distribución de la población y la ordenación del territorio nacional, promover el desarrollo de la comunidad y formular y conducir los programas de vivienda y urbanismo.

Las reformas que se proponen a los artículos 1o., 2o., 5o.,7., 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular, tienen como finalidad ajustar el objeto y las atribuciones del Instituto al nuevo marco general de la administración pública federal para que se logre una plena correspondencia entre las atribuciones del organismo y las de la Secretaría de Asentamientos Humanos, así como a la problemática que se confronta en centros de desarrollo comunitario, a los que debe prestarse una preferente atención. En esta forma se atenderán los aspectos de la disponibilidad de la tierra para centros de población, se satisfarán necesidades de suelo para vivienda y, además, se participará en el mercado de tierra, como mecanismo para regular precios en los asentamientos humanos.

Por lo anterior, el artículo 1o. en su reforma propone el cambio de denominación del Instituto, suprimiendo el término "rural", para quedar así: Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, con lo que se adecua a la dinámica y al ámbito de acción que se propone en la iniciativa; en la inteligencia de que se elimina el adjetivo "consultivo", de manera que el Instituto dejará de ser un órgano de asesoría, consulta y promoción, para que participe en forma directa y decidida en la adecuada atención de los objetivos de la Ley.

El artículo 2o. consigna las atribuciones que se le confieren al Instituto para cumplir con su objeto, de manera que podrá atender los

aspectos fundamentales de la comunidad y de la vivienda, de acuerdo con los requerimientos que exigen los propósitos que marca la reforma administrativa del Ejecutivo Federal. De manera, el Instituto promoverá y ejecutará directamente, o a través de terceros, programas de vivienda popular; estará en aptitud de realizar programas de fraccionamiento, de promover o ejecutar directamente, o a través de terceros, programas de lotes preferentemente con servicios de vivienda progresiva y vivienda terminada y de atender, en lo general, la demanda de suelo urbano para vivienda familiar. Asimismo, podrá promover la emisión de títulos de crédito que se destinen al financiamiento de programas de vivienda, conceder directamente financiamiento para la adquisición y construcción de viviendas, gestionar en la banca hipotecaria y de ahorro los recursos disponibles que deban destinarse para la realización de sus programas, independientemente de que se esté en aptitud de fomentar la creación de empresas que se dediquen a la producción y a la comercialización de materiales e implementos para la vivienda, pudiéndose asociar con ellas en estas actividades. Por otra parte, podrá celebrar convenios con los gobiernos de los Estados y los municipios para la realización de acciones concertadas en materia de vivienda social, de modo que no se dupliquen tareas para orientar la solución de un mismo problema, sino que se facilite la actuación coordinada a fin de que los esfuerzos que se realicen produzcan los mayores beneficios de interés social.

No está por demás insistir en que el Instituto queda capacitado para comprar, fraccionar, enajenar o construir inmuebles por cuenta propia o de terceros, así como para comercializar los bienes inmuebles desincorporados del dominio de la Federación cuando se destinen en los asentamientos humanos al desarrollo urbano, en la inteligencia de que podrá adquirir y enajenar predios no edificados, con objeto de que se regule adecuadamente el mercado de los terrenos, independientemente de que queda en condiciones de ejecutar las acciones que le correspondan en las zonas libres de uso inmediato, limítrofes con otros predios sujetos a proceso de regularización de la tierra.

La realización de los programas permitirá que el Instituto atienda, en forma más atinada, los diversos aspectos de la problemática social, sobre todo si se tiene en cuenta que puede aprovechar los conocimientos adquiridos en los institutos de enseñanza superior, para realizar programas interdisciplinarios con la finalidad de aprovechar el servicio social obligatorio de los pasantes profesionales, orientándolos hacia el desarrollo de los asentamientos humanos para fomentar, en general, la participación de los estudiantes de las instituciones educativas del nivel medio superior en los programas de desarrollo de la comunidad.

Con la capacitación de personal especializado en la promoción y ejecución de los trabajos que constituyen su objeto, el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular se transformará en un órgano dinámico, lo que se comprueba, además, con la reforma que se hace al artículo 5o. por lo que toca al Consejo y al Director General, a fin de adecuarlo a sus objetivos y a la Ley de la Administración Pública Federal, de manera que se integra dicho Consejo con el Secretario de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, quien lo preside; el Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Secretario del Trabajo y Previsión Social y el Secretario de la Reforma Agraria, así como con el Director General del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. A. y el Director del Fondo de Operación y Descuento Bancario de la Vivienda.

El artículo 7o. señala la periodicidad de las sesiones del Consejo, lo que implica mayor posibilidad de atender y ventilar los asuntos trascendentes del Instituto, sin que sea necesario convocarlo con cualquier objeto que no merezca distraer las ocupaciones de sus integrantes.

El artículo 12 autoriza al Instituto para auxiliarse con otras entidades, lo que le permitirá coordinar sus funciones a fin de obtener logros eficientes.

El artículo 14 suprime la segunda parte, que condicionaba los recursos que se obtuvieren de organismos auxiliares a la autorización y vigilancia del Instituto. En esta forma, los recursos, que se obtengan de dichos organismos auxiliares se manejarán bajo la responsabilidad de los mismos, por lo que estarán obligados a atender, con celo, a la coordinación que deba existir para resolver el problema de la vivienda.

El artículo 15 incluye a los profesionales para que los organismos auxiliares cuenten con su capacidad en la realización de programas de desarrollo urbano y de vivienda.

Por último, con la reforma al artículo 16, el Instituto, en sus relaciones con las autoridades locales y con los particulares beneficiarios de sus programas, actuará de acuerdo con las políticas, prioridades y restricciones que en materia de ordenación del territorio nacional, planeación de la distribución de la población, desarrollo urbano y vivienda, determine el Gobierno Federal al través de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

Las Comisiones Unidas que suscriben, hecho el estudio de la minuta proyecto de decreto de reformas a la Ley del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular, concuerdan con los puntos de vista de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, al tenor del dictamen que para el objeto emitió considerándose que, efectivamente, es de interés público el que se otorguen a un organismo público descentralizado de carácter técnico y promocional, las facultades para promover y ejecutar en el país los programas relacionados con la vivienda, fundamentalmente para las personas que no están comprendidas en el artículo 123 constitucional y sus leyes reglamentarias, así como para promover y ejecutar fraccionamientos que coadyuven al desarrollo de los asentamientos en el Estado de Baja California, en donde se crea uno nuevo para la ciudad de Mexicali.

humanos, para llevar a cabo programas de lotes preferentemente con servicios de vivienda progresiva, conceder financiamientos para la adquisición y construcción de la vivienda, gestionar la obtención de recursos obtenibles en la banca hipotecaria, promover la creación de empresas dedicadas a la producción y comercialización de materiales de construcción e implementos y, para ejecutar, en lo general, toda las actividades tendientes a la realización de sus objetivos.

Las reformas que la iniciativa contiene respecto de los artículos 1o., 5o., 7o., 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, son de capital importancia, supuesto que le proporcionan a dicho organismo los medios para funcionar con eficiencia, administrar sus recursos y actuar en beneficio de quienes utilicen sus servicios, sobre todo cuando se trate de relaciones con autoridades locales y con los particulares, sin menoscabo de acatar los lineamientos de política que en materia de ordenación del territorio federal se lleven a cabo al través de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

Por lo antes expuesto y considerado, las Comisiones Unidas que suscriben, someten a esa H. Asamblea para su consideración el siguiente

PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS A LA LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD RURAL Y DE LA VIVIENDA POPULAR

Artículo Único. Se reforman los artículos 1, 2, 5, 7, 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad Rural y de la Vivienda Popular, para quedar como sigue:

Artículo 1o. Se crea el Organismo Público Descentralizado, de carácter técnico y promocional, denominado Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, con personalidad jurídica y patrimonio propio que tendrá por objeto: promover y ejecutar en el país conforme a esta Ley, programas de vivienda; así como integrar y administrar el sistema tendiente a satisfacer las necesidades de tierra para desarrollo urbano que requieran los centros de población.

Artículo 2o. Para cumplir con su objeto, el Instituto tendrá las atribuciones siguientes:

I. Promover y ejecutar, directamente o a través de terceros, programas de vivienda popular, fundamentalmente para personas que no estén comprendidas en el régimen del Artículo 123 Constitucional y sus leyes reglamentarias;

II. Promover y ejecutar fraccionamientos que coadyuven al desarrollo de asentamientos humanos;

III. Promover o ejecutar directamente o a través de terceros, programas de lotes preferentemente con servicios de vivienda progresiva y de vivienda terminada; también deberá atender en lo general, la demanda de suelo urbano para vivienda familiar;

IV. Promover ante las instituciones correspondientes, la emisión de títulos de crédito que se destinen la financiamiento de programas de vivienda;

V. Conceder financiamiento para adquisición y construcción de vivienda;

VI Gestionar la obtención de los recursos disponibles en la banca hipotecaria y de ahorro que deban destinarse por disposición legal a la vivienda popular, para la realización de sus programas, y mediante la satisfacción de los requisitos financieros fijados por el Gobierno Federal;

VII. Promover la creación de empresas dedicadas a la producción y comercialización de materiales e implementos para la vivienda, y participar o asociarse con ellas en sus actividades.

VIII. Celebrar convenios con los Gobiernos de los Estados y de los Municipios para la realización de acciones concertadas en materia de vivienda social, conforme a esta ley;

IX. Comprar, fraccionar, enajenar, arrendar, gravar o construir inmuebles por cuenta propia o de terceros, así como comercializar los bienes inmuebles desincorporados del dominio de la Federación cuando se destinen en los asentamientos humanos al desarrollo urbano;

X. Adquirir y enajenar predios no edificados, con el objeto de que se regule adecuadamente al mercado de los terrenos. Cuando sea socialmente necesario y se juzgue conveniente, podrá enajenar a precios inferiores de los de avalúo, otorgando subsidios por las diferencias.

XI. Ejecutar las acciones que le corresponden, en zonas libres de uso inmediato limítrofes con los predios sujetos a procesos de regularización de tenencia de la tierra;

XII. Obtener la recuperación de las inversiones que realice, y de los créditos que conceda a los particulares en la realización de sus programas;

XIII. Propiciar la participación de la comunidad en acciones de autoconstrucción y, en general, en la realización de obras urbanas necesarias para mejorar sus condiciones de vida;

XIV. Realizar programas interdisciplinarios para el aprovechamiento del servicio social obligatorio de los pasantes profesionales, orientándolos hacia el desarrollo de los asentamientos humanos, y en general fomentar la participación de los estudiantes de las instituciones educativas de nivel medio y superior en sus programas de desarrollo de la comunidad;

XV. Capacitar personal especializado en la promoción y ejecución de los trabajos que constituyen su objeto; y

XVI. En general, celebrar todos los contratos o convenios, y ejecutar todos los actos necesarios para la realización de su objeto.

Artículo 5o. Los órganos del Instituto son:

I. El Consejo, y

II. El Director General.

El Consejo estará integrado por el Secretario de Asentamientos Humanos y obras Públicas, que lo presidirá; por los Secretarios de Hacienda y Crédito Público, del Trabajo y Previsión Social y de la Reforma Agraria, así como por el Director General del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. A., y por el Director de Fondo de Operación y Descuento Bancario a la Vivienda.

Por cada Consejero Propietario, se designará un Suplente.

El Director General del Instituto será designado por el Presidente de la República.

Artículo 7o. El Consejo celebrará una reunión durante los últimos dos meses del año, para considerar y aprobar el Plan de Labores y Financiamientos del siguiente ejercicio; y dentro de los tres primeros meses de cada año celebrará una sesión en la que conozca el informe de las labores realizadas durante el ejercicio anterior. El Consejo podrá celebrar además las reuniones que considere convenientes para orientar la buena marcha de la Institución.

Artículo 12. El Instituto se podrá auxiliar con entidades, comités o patronatos afines que funcionen en las entidades federativas conforme a su legislación, para resolver en coordinación con el propio Instituto, problemas de desarrollo urbano y vivienda, conforme a esta Ley.

Artículo 13. Los organismos auxiliares a que se refiere el artículo anterior podrán colaborar en la elaboración, promoción y ejecución de los planes o programas que convengan con el Instituto, a fin de que se inviertan convenientemente los recursos provenientes de las aportaciones que reciban de los gobiernos de los estados y de los municipios, así como de los particulares que se beneficien con las obras o promociones que se realicen.

Artículo 14. Los recursos que obtengan los organismos auxiliares serán manejados bajo la responsabilidad de los mismos. Cuando aporte recursos el Gobierno Federal o el Instituto, éste cuidará que se inviertan convenientemente conforme a lo dispuesto por el artículo 12.

Artículo 15. Las entidades, comités o patronatos a que se refiere este Capítulo, contarán con la participación de representantes de los sectores sociales y profesionales que tengan interés en la realización de los programas de desarrollo urbano y vivienda, conforme a los convenios correspondientes.

Artículo 16. En sus relaciones con las autoridades locales y con los particulares beneficiarios de sus programas, el Instituto deberá acatar los lineamientos de políticas, prioridades del territorio nacional, planeación de la distribución de la población, desarrollo urbano y vivienda, determine el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de diciembre de 1978.- Segunda de Desarrollo de la Vivienda: José Ramírez Gamero.- Alberto Ramírez Gutiérrez.- Reveriano García Castrejón.- José Delgado Valle.- J. Guadalupe Vega Macías.- Julio Dolores Martínez Rodríguez.- Emilio A. Salgado Zubiaga.- Miguel López Riveroll.- Antonio Jaimes Aguilar.- Carlota Vargas Garza.- Jesús Puente Leyva.- Ericel Gómez Nucamendi.- Celeste Castillo Moreno.- Eugenio Soto Sánchez.- Estudios Legislativos: Presidente, Miguel Montes Garca.- Secretario, Pericles Namorado Urrutia."

El C. Presidente: El siguiente punto del Orden del Día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Decreto que reforma la ley que creó el INDECO.

En vista de que el dictamen que nos ocupa ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión de inmediato en lo general y en lo particular.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general y en lo particular. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Se dispensa la segunda lectura al dictamen.

El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de Decreto...

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor presidente, se emitieron 192 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado en lo general y en lo particular el Artículo Único del Decreto que reforma la Ley que creó el INDECO.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

ARTÍCULO 107 CONSTITUCIONAL

"Comisiones Unidas Primera de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas que suscriben les fue turnada la minuta proyecto de decreto que modifica las fracciones V y VI del artículo 107 constitucional, las cuales establecen la

competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los Tribunales Colegiados de Circuito, en lo que se refiere a la interposición del amparo directo contra sentencias definitivas o laudos.

La minuta reestructura las fracciones señaladas y además, en sus artículos transitorios segundo y tercero, faculta a la Suprema Corte de Justicia, tanto para dictar las medidas necesarias para lograr la efectividad de las reformas introducidas como para determinar, por conducto del Pleno, cuándo la Sala Auxiliar deberá suspender y reanudar sus funciones y cuándo dejará de funcionar definitivamente.

De la reforma propuesta por la minuta se desprende que en el encabezado de la fracción V se complementa lo dispuesto actualmente por la misma fracción, al mencionarse que el amparo contra sentencias definitivas o laudos puede promoverse ante la Suprema Corte de Justicia, o bien ante el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, ya que es esta doble mención la adecuada frente a las disposiciones competenciales que a la fecha existen.

En el inciso a) de la propia fracción V se simplifica la actual redacción para establecerse únicamente que el amparo procede contra resoluciones definitivas dictadas por tribunales judiciales, en materia penal, sean éstos federales, del orden común, o militares, dado que ante la nueva redacción del encabezado ya no resulta necesario especificar la competencia exclusiva de la Suprema Corte; cuestión que debe resolverse en la Ley Orgánica del Poder Judicial o en la Reglamentaria del Amparo.

Similar procedimiento se sigue en los incisos b), c) y d), de la fracción V, a los cuales se les simplifica en tratándose de materia administrativa, civil y laboral, ya que son la remisión a un encabezado que menciona a las Leyes Orgánica y Reglamentaria y con el señalamiento de que el amparo directo se interpone ante la Suprema Corte de Justicia o ante los Tribunales Colegiados de Circuito correspondientes, en los términos de las disposiciones que fijan sus respectivas competencias, no resulta necesario hacer las especificaciones que la fracción actual contiene.

La fracción VI del propio artículo 107 constitucional se adecua en su redacción a las modificaciones introducidas en la fracción V, con la cual se encuentra totalmente relacionada, en vista de que, establecida la clarificación ya explicada, el segundo párrafo que contiene la actual fracción VI resulta inútil porque los cuerpos legales que precisan las competencias, tanto de la Suprema Corte de Justicia como de los Tribunales Colegiados de Circuito, están perfectamente previstos en el encabezado de la fracción V.

Las facultades discrecionales señaladas en el artículo segundo transitorio del proyecto de decreto que contiene la minuta del Senado, resultarán de suma utilidad a la Suprema Corte de Justicia, que es el órgano que puede apreciar el cumplimiento de las funciones encomendadas al Poder Judicial de la Federación y puede, por tanto, resolver cuándo debe funcionar la Sala Auxiliar de la Suprema Corte y cuándo sus actividades no resultan ya necesarias.

Visto lo anterior las Comisiones que dictaminan proponen a la Honorable Asamblea la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN SUS FRACCIONES V Y VI

Artículo Único, Se modifican las fracciones V y VI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactadas en los siguientes términos:

"Artículo 107.

I a IV.

V. El Amparo contra sentencias definitivas o laudos, sea que la violación se cometa durante el procedimiento o en la sentencia misma, se promoverá directamente ante la Suprema Corte de Justicia o ante el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, conforme a la distribución de competencias que establezcan la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación o la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de esta Constitución, en los casos siguientes:

a) En materia penal, contra resoluciones definitivas dictadas por tribunales judiciales, sean éstos federales, del orden común o militares

b) En materia administrativa, cuando se reclamen por particulares sentencias definitivas dictadas por tribunales federales, administrativos o judiciales, no reparables por algún recurso, juicio o medio ordinario de defensa legal.

c) En materia civil, cuando se reclamen sentencias definitivas dictadas en juicios del orden federal o en juicios mercantiles, sea federal o local la autoridad que dice el fallo, o en juicios del orden común.

En los juicios civiles del orden federal las sentencias podrán ser reclamadas en amparo por cualquiera de las partes, incluso por la Federación, en defensa de sus intereses patrimoniales, y

d) En materia laboral, cuando se reclamen laudos dictados por las Juntas Locales o la Federal de Conciliación y Arbitraje, o por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado.

VI. En los casos a que se refiere la fracción anterior, la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución señalará el trámite y los términos a que deberán someterse tanto la Suprema Corte de Justicia como los Tribunales Colegiados de Circuito para dictar sus respectivas resoluciones:

VII a XVIII.

TRANSITORIOS

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Artículo Segundo. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia determinará cuándo la Sala Auxiliar deberá suspender y reanudar sus funciones, y cuándo dejará de funcionar definitivamente.

Artículo Tercero. Se faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dictar las medidas necesarias a fin de lograr la efectividad de las presentes reformas.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de diciembre de 1978.- Primera de Puntos Constitucionales: Rodolfo González Guevara.- Maximiliano Silerio Esparza.- Víctor Manzanilla Schaffer.- Víctor Alfonso Maldonado Moreleón.- Manuel Gutiérrez Zamora Zamudio Gonzalo Armando Esponda Zebadúa.- Reynaldo Dueñas Villaseñor.- Raúl Caballero Escamilla.- Porfirio Cortés Silva.- Enrique Ramírez y Ramírez.- Angel Sergio Guerrero Mier.- Ricardo Eguía Valderrama.- Fernando Moreno Peña.- Augusto César Tapia Quijada.- Lucía Betanzos de Bay.- Pericles Namorado Urrutia.- Carlos Manuel Vargas Sánchez.- Crescencio Herrera Herrera.- Eduardo Andrade Sánchez.- Roberto Leyva Torres.- Raúl Bolaños Cacho Guzmán.- Enrique Alvarez del Castillo L.- Mirna Esther Hoyos de Navarrete.- Ricardo Pedro Chávez Pérez.- Jaime Alberto Ramírez Gil.- Estudios Legislativos: Presidente, Miguel Montes García.- Secretario, Pericles Namorado Urrutia."

El C. Presidente: El siguiente punto del Orden del Día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Decreto que reforma las fracciones V y VI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura y se pone de inmediato a discusión en lo general y en lo particular.

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura.

El C. Presidente: Está a discusión en lo general y en lo particular...

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 192 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado por unanimidad en lo general y en lo particular el Decreto que reforma las fracciones V y VI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos .

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

MINUTAS

Condecoraciones

El C. Presidente: Se acaban de recibir varias Minutas de la Cámara de Senadores. Se ruega a la Secretaría dé cuenta a la Asamblea con ellas.

- El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso al ciudadano licenciado Enrique Velasco Ibarra, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de España.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga R., secretario."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo Único. Se concede permiso al C. licenciado Enrique Velasco Ibarra, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de España.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Antonio Ocampo Ramírez Presidente.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga Ruibal., secretario."

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso a la C. Margarita López Portillo, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil que, en grado de Gran Cruz, le confiere el Gobierno de España.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga R., secretario."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo Único. Se concede permiso a la C. Margarita López Portillo, para aceptar y

usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil que, en grado de Gran Cruz, le confiere el Gobierno de España.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Antonio Ocampo Ramírez, Presidente.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga Ruibal, secretario."

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente nos permitimos remitir a ustedes el expediente con Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Embajador Ricardo Galán Méndez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de España.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga R., secretario."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo Único. Se concede permiso al C. Embajador Ricardo Galán Méndez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de España.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Antonio Ocampo Ramírez, Presidente.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga Ruibal, secretario."

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con Minuta Proyecto Decreto que concede permiso al C. Alvaro Conde Díaz Rubín, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno de España.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga R., secretario."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Alvaro Conde Díaz Rubín, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno de España.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Antonio Ocampo Ramírez, Presidente.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga Ruibal, secretario."

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso al ciudadano licenciado Fausto Vega y Gómez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Alfonso X, EL sabio, en grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno de España.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga R., secretario."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO"

Artículo Único: Se concede permiso al ciudadano licenciado Fausto Vega y Gómez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Alfonso X, El Sabio, en grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno de España.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Antonio Ocampo Ramírez, Presidente.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga Ruibal, secretario."

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes, con el presente, expediente con Minuta Proyecto de Decreto que autoriza al C. Embajador Rafael de la Colina, a aceptar y usar la Condecoración de la Orden Francisco de Miranda que, en grado de Primera Clase, le confiere el Gobierno de Venezuela.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga R., secretario."

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo Único. Se concede permiso al C. Embajador Rafael de la Colina, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Francisco de Miranda que, en grado de Primera Clase, le confiere el Gobierno de Venezuela.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., 28 de diciembre de 1978.- Senador Antonio Ocampo Ramírez, Presidente.- Senador Joaquín E. Repetto Ocampo, secretario.- Senador Víctor Manuel Liceaga Ruibal, secretario."

El C. Presidente: Esta Presidencia considera los asuntos con los que acaba de dar cuenta la Secretaría, como de urgente resolución. Se ruega a la misma, consulte a la Asamblea si se dispensan todos los trámites y se ponen de inmediato a discusión y votación.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensan todos los trámites y se ponen a discusión y votación de inmediato. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Dispensados todos los trámites.

En consecuencia está a discusión el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso al C. licenciado Enrique Velasco Ibarra, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de España."

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación en conjunto.

- El mismo C. Secretario:

Está a discusión el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso a la C. Margarita López Portillo, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil que, en grado de Gran Cruz, le confiere el Gobierno de España."

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

- El mismo C. Secretario:

Está a discusión el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso al C. Embajador Ricardo Galán Méndez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de España."

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación en conjunto.

- El mismo C. Secretario:

Está a discusión el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Alvaro Conde Díaz Rubín para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno de España."

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Secretario:

Está a discusión el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al ciudadano licenciado Fausto Vega y Gómez para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Alfonso X, El Sabio, en grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno de España.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

- El mismo C. Secretario:

Está a discusión el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Embajador Rafael de la Colina para aceptar y usar la condecoración de la Orden Francisco de Miranda que, en grado de Primera Clase, le confiere el Gobierno de Venezuela."

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y los anteriormente reservados. Se ruega a la Oficialía Mayor que haga los avisos que ordena el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 192 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobados los proyectos de Decreto por 192 votos.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

ELECCIÓN DE MIEMBROS DE LA PERMANENTE

- El C. Presidente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución General de la República, por ser hoy la víspera de la clausura de las sesiones ordinarias, se va a proceder a la elección de miembros de esta honorable Cámara, que la representarán en la Comisión Permanente, durante el tercer receso de la "L" Legislatura. Se suplica a los ciudadanos diputados pasen a depositar su cédula al escuchar su nombre.

(Elección). (ESCRUTINIO.)

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Señor Presidente, el cómputo de la votación es el siguiente:

Seis votos anulados .

Un voto para la planilla siguiente: Antonio Tenorio Adame, Nicolás Pérez Pavón, Jesús Sarabia Ordóñez, Jesús González Balandrano, Ricardo Castillo Peralta, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Javier Santillán, Sacramento Jofre Vázquez, Héctor Jiménez González, Hugo Díaz Velázquez, Reynaldo Dueñas Villaseñor, Miguel López Riveroll, Julio Esponda Solana, María Elena Alvarez de Vicencio, Héctor Ramírez Cuéllar.

Un voto por la siguiente planilla; Enrique Alvarez del Castillo, Julio Zamora Bátiz, Ifigenia Martínez Hernández, Eduardo Donaciano Ugalde, Ricardo Castillo Peralta, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Javier Santillán, Sacramento Jofre, Héctor Jiménez González, Hugo Díaz Velázquez, Hugo Castro Aranda, Eladio Ramírez López, Julio Espaonda Solana, María Elena Alvarez de Vicencio, Héctor Ramírez Cuéllar.

Un voto por la siguiente planilla: Edilio Hinojosa López, Enrique Alvarez del Castillo, Ifigenia Martínez Hernández, Eduardo Donaciano Vargas, Ricardo Castillo Peralta, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Javier Santillán, Sacramento Jofre, Héctor Jiménez González, Hugo Díaz Velázquez, Reynaldo Dueñas

Villaseñor, Miguel López Riveroll, Julio Esponda Solana, María Elena Alvarez de Vicencio, Héctor Ramírez Cuéllar.

Un voto para la siguiente planilla: Enrique Alvarez del Castillo, Julio Zamora Bátiz, Ifigenia Martínez Hernández, Gustavo Salinas Iñiguez, Ricardo Castillo Peralta, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Javier Santillán Oseguera, Sacramento Jofre Vázquez, Héctor Jiménez González, Hugo Díaz Velázquez, Reynaldo Dueñas Villaseñor, Miguel López Riveroll, Julio Esponda Solana, María Elena Alvarez y Héctor Ramírez Cuéllar.

191 votos por la siguiente planilla: Enrique Alvarez del Castillo, Julio Zamora Bátiz, Ifigenia Martínez Hernández, Eduardo Donaciano Ugalde Vargas, Ricardo Castillo Peralta, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Javier Santillán Oseguera Sacramento Jofre Vázquez, Héctor Jiménez González, Hugo Díaz Velázquez, Reynaldo Dueñas Villaseñor, Miguel López Riveroll, Julio Esponda Solana, María Elena Alvarez de Vicencio y Héctor Ramírez Cuéllar.

El C. Presidente: En consecuencia, se declara que formen parte de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que funcionará durante el próximo tercer receso de la "L" Legislatura, los ciudadanos Enrique Alvarez del Castillo, Julio Zamora Bátiz, Ifigenia Martínez Hernández, Eduardo Donaciano Hugalde Vargas, Ricardo Castillo Peralta, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Javier Santillán Oseguera, Sacramento Jofre Vázquez, Héctor Jiménez González, Hugo Díaz Velázquez, Reynaldo Dueñas Villaseñor, Miguel López Riveroll, Julio Esponda Solana, María Elena Alvarez de Vicencio y Héctor Ramírez Cuéllar.

INTEGRANTES DE LA INTERPARLAMENTARIA MÉXICO- E.U.A.

- El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta:

"Gran Comisión.

Honorable Asamblea:

La Gran Comisión de la H. Cámara de Diputados con fundamento en el acuerdo del 4 de diciembre de 1959, publicado en el Diario Oficial de 25 de enero de 1960, propone a esta H. Asamblea para integrar el grupo mexicano que formará parte de la Delegación que asistirá a la Décima Novena Conferencia Interparlamentaria México- Norteamericana que tendrá lugar el año próximo, a los siguientes CC. diputados:

Rodolfo González Guevara, Enrique Alvarez del Castillo, Armando Labra Manjarrez, Pericles Namorado Urrutia, Hugo Roberto Castro Aranda, Gloria Carrillo Salinas, Alfredo Carrillo Juárez, Patricio Robles Robles, Pastor Murguía González, Sergio Lujambio Rafols, Marcela Lombardo de Gutiérrez, Pedro González Azcuaga.

México, D. F., a 28 de diciembre de 1978.

Diputado Rodolfo González Guevara.- Diputado Antonio Riva Palacio López."

El C. Presidente: Señor Secretario, proceda a poner a discusión primero, y a votación después, la propuesta relativa a la Delegación que concurrirá a la XIX Reunión Interparlamentaria México- Estados Unidos.

El C. prosecretario Heriberto Dante Santos Lozano: Por instrucciones de la Presidencia, se somete a discusión la propuesta hecha por la Gran Comisión, para integrar lista de representantes que formarán la Interparlamentaria México- Norteamericana... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobado.

DELEGACIONES INTERPARLAMENTARIAS

- El mismo C. Prosecretario:

"Gran Comisión.

Honorable Asamblea:

La Directiva de la Gran Comisión, tomando en cuenta los diversos compromisos de carácter interparlamentario adquiridos con anterioridad, considera conveniente que se faculte a la propia Gran Comisión para designar a los diputados que deban integrar las Delegaciones respectivas, durante el Tercer Receso.

Asimismo, siendo probable que durante los meses de enero a agosto próximos se reciban invitaciones para realizar intercambios de Visitas Parlamentarias a diversos países del mundo, como resultado del incremento de nuestras relaciones con los Parlamentarios Extranjeros, consideramos conveniente que la misma Gran Comisión quede autorizada también para designar a los ciudadanos diputados que nos representen en tales reuniones.

Por lo expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, la siguiente

PROPOSICIÓN

Se faculta a la Gran Comisión de la H. Cámara de Diputados para designar a los diputados que deberán integrar las Delegaciones Interparlamentarias en las reuniones que se lleven a cabo en nuestro país y en el extranjero, durante el Tercer Receso de la 'L' Legislatura.

México, D. F., diciembre 28 de 1978.

Presidente, diputado Rodolfo González Guevara.- Secretario, diputado Antonio Riva Palacio L."

En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.

DENUNCIA

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: Pido la palabra para dar lectura a una acusación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Gonzalo Altamirano Dimas.

- El C. Gonzalo Altamirano Dimas:

"H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión:

Los suscritos Diputados del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 74 fracción V y 108 de la Constitución y de acuerdo con el Artículo 36 de la Ley de Responsabilidades de funcionarios y empleados de la Federación, ante esta soberanía presentamos formal acusación en contra de los diputados miembros de la Legislatura Local del Estado de Coahuila, cuyos nombres son los siguientes:

Profesor Roberto Vega Mandujano, Ramón Mario Oyervides, licenciado Manlio Fabio Gómez Uranga, Leobardo Flores Avila, Catarino Lara Espinoza, Manuel González Treviño, José Guadalupe Quintanilla Garza, licenciado Enrique Meaves Muñiz, Martha Montoya de la Cruz Saúl López Aldape.

Esta acusación la fundamos en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

HECHOS

1. El domingo 3 del mes en curso se realizaron Elecciones Municipales en el Estado de Coahuila.

2. En el Municipio de Torreón, Coah., participaron con candidatos el Partido Acción Nacional, el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Popular Socialista.

3. El Partido Acción Nacional participó además del Municipio de Torreón y con candidatos propios en los Municipios de Monclova y Sabinas del mismo Estado de Coahuila, encabezando las planillas los señores ingeniero Edmundo Gurza Villarreal, Carlos Alberto Páez Falcón y Francisco Márquez Morales, respectivamente.

4. En las elecciones de Torreón, que son materia de esta acusación, el Partido Acción Nacional obtuvo una ventaja de 1,400 votos en 172 de las 175 casillas en las que se obtuvo documentación.

5. En las casillas restantes los funcionarios de casillas se negaron a efectuar el escrutinio en presencia de los representantes del Partido Acción Nacional.

6. De las 172 casillas mencionadas, una de ellas no funcionó y de las 171 casillas restantes computadas, el Partido Acción Nacional ganó 108 contra 60 casillas ganadas por el PRI, y una por el Partido Popular Socialista. El Partido Acción Nacional empató una casilla con el PRI y otra con el PPS.

7. El Comité Municipal Electoral estuvo integrado por personas adictas al PRI, actuando con parcialidad en contra de Acción Nacional durante todo el proceso. Dicho Comité solamente celebró una sesión y no admitió las proposiciones para nombrar funcionarios de casilla; obstaculizó el registro de representantes del PAN, cuyos nombramientos el día de las elecciones fueron rechazados por los presidentes de casilla, según declararon ellos, por instrucciones recibidas el Comité Municipal Electoral. El mencionado Comité estuvo amedrentando a los representantes de los Partidos Políticos amenazándolos de consignarlos y enviando gente armada a investigarlos a sus domicilios. Un número considerable de Presidentes de Casillas se negó a entregar las Actas de Escrutinio, pero algunos de ellos firmaron constancias del resultado de la votación.

8. El día 4 de diciembre nuestro Comisionado ante la Comisión Estatal Electoral, señor Lorenzo Burciaga Saucedo, pidió al Congreso del Estado a nombre de los candidatos de Acción Nacional en los Municipios de Sabinas, Monclova y Torreón que avisara de las fechas, en las que el Congreso, constituido en Junta Computadora, haría el cómputo correspondiente a esos municipios en Sesión Pública como lo indica el Artículo 132 de la Ley Estatal Electoral de Coahuila, con el objeto de que los mencionados candidatos o sus representantes pudieran tener en esa Junta la intervención que les concede el artículo 134 de la referida Ley Estatal Electoral.

9. El ingeniero Edmundo Garza Villarreal, candidato a Presidente Municipal de Torreón, postulado por el Partido Acción Nacional, hizo esta misma petición expresada el día 7 de diciembre pidiendo al Congreso que se le avisara con 72 horas de anticipación de la fecha en que se celebraría la Sesión Pública del Congreso que constituido en Junta Computadora haría el cómputo correspondiente al Municipio de Torreón.

10. No obstante que se cubrieron los requisitos legales y que las referidas peticiones fueron hechas conforme a derecho y a pesar de las disposiciones que obligan al Congreso Local a efectuar Sesión Pública al constituirse en Junta Computadora, los legisladores de esa Legislatura, en violación flagrante al Artículo 132 de la Ley Estatal Electoral, sesionaron sin dar acceso a ninguna persona fuera de los miembros de esa Legislatura Local.

11. La petición que presentaron tanto el Comisionado del PAN ante la Comisión Estatal Electoral como los propios candidatos, nunca fue contestada por la Legislatura Local a pesar de la insistencia y requerimiento de las personas mencionadas en este hecho.

DERECHO.

Los Diputados del Congreso del Estado de Coahuila, incurrieron en el delito de responsabilidad oficial, por violación a los artículos 8o., 14, 16, 40 y 115, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1. Se violó Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque los ciudadanos diputados integrantes de la Legislatura Estatal de Coahuila, no cumplieron las formalidades esenciales del procedimiento, al sesionar en forma secreta, cuando debieron de haberlo hecho de acuerdo con el Artículo 132 de la Ley Estatal Electoral, que establece que el Congreso Local al constituirse en Junta Computadora debe hacerlo

en Sesión Pública. Con este procedimiento viciado se violó la garantía de audiencia que consagra este precepto constitucional, ya que se privó de toda defensa al candidato el efectuar un procedimiento en su ausencia. Igualmente se violó la garantía de audiencia, porque el Artículo 134 de la Ley Estatal Electoral del Estado de Coahuila establece el derecho del candidato o su representante para estar presente en la Sesión Pública al constituirse en Junta Computadora el Congreso Local.

2. Se violó el Artículo 8o., que establece que los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa... "a toda petición deberá recaer de acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario". Dicho precepto fue violado en virtud de que tanto el Comisionado de Acción Nacional ante la Comisión Estatal Electoral y los mismos candidatos del Partido Acción Nacional, hicieron formal petición a la Legislatura Local, sin obtener respuesta alguna por parte de los funcionarios.

3. Se violó el artículo 16 constitucional, en virtud de que sin fundar ni motivar su resolución, los CC. diputados de la Legislatura Local de Coahuila, sesionaron en forma secreta al constituirse en Junta Computadora, en contravención de lo dispuesto por el Artículo 132 de la Ley Estatal Electoral de Coahuila.

4. Se violó el Artículo 40 constitucional que establece que "Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República Representativa, Democrática y Federal, compuesto de Estados Libres y Soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de esta Ley Fundamental. A pesar de esta disposición constitucional, el Congreso Local dio el triunfo a los candidatos del Partido Oficial, y no respetó la voluntad de los ciudadanos de Torreón que votaron mayoritariamente por los candidatos del Partido Acción Nacional.

5. Se violó igualmente el Artículo 115 Fracción I de la Constitución Política Mexicana, que establece que "cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa", al no reconocer los CC. diputados a la Legislatura Local del Estado de Coahuila la voluntad de los ciudadanos del Municipio de Torreón en favor de sus candidatos.

Esta Cámara es competente para conocer de la presente acusación, de acuerdo con el Artículo 74 Fracción V de la Constitución Federal de la República y de los artículos relativos del Capítulo 3o. del Título 3o. de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados de la Federación y de acuerdo con el Artículo 108 constitucional.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los preceptos legales mencionados, a esta H. Asamblea atentamente pedimos se sirva:

Primero. Tener por formulada la presente acusación consistente en violaciones a la Constitución en contra de los señores diputados: Profesor Roberto Vega Mandujano, Ramón Mario Oyervides, licenciado Manlio Fabio Gómez Uranga, Leobardo Flores Avila, Catarino Lara Espinoza, Manuel González Treviño, José Guadalupe Quintanilla Garza, licenciado Enrique Meaves Muñiz, Martha Montoya de la Cruz y Saúl López Aldape.

Segundo. Turnar la acusación a la Sección Instructora del Jurado.

Tercero. Una vez satisfechos los trámites a que se refiere el Capítulo 3o. del Título 3o. de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados de la Federación, erigirse esta Cámara en Jurado Acusador ante la Cámara de Senadores, para que ésta se erija a su vez en Jurado de Sentencia, de acuerdo con el Artículo 50 de la referida Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados de la Federación.

Protestamos nuestros respetos.

Salón de Sesiones a 28 de diciembre de 1978.

Diputado Fausto Alarcón Escalona.- Diputado Gonzalo Altamirano Dimas.- Diputada María Elena Alvarez de Vicencio.- Diputado Miguel Campos Martínez.- Diputado Guillermo de Carcer Ballescá.- Diputado Jorge Garabito Martínez.- Diputado Ramón Garcilita Partida.- Diputado Miguel Hernández Labastida.- Diputado Guillermo Islas Olguín.- Diputado Sergio Lujambio Rafols.- Diputada Rosalba Magallón Camacho.- Diputado José Luis Martínez Galicia.- Diputado Tomás Nava de la Rosa.- Diputado José Ortega Mendoza.- Diputado Teodoro Ortega García.- Diputado Francisco Peniche Bolio.- Diputado Adrián Peña Soto.- Diputado Jacinto Guadalupe Silva Flores.- Diputado Juan Torres Ciprés."

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Angel Sergio Guerrero Mier.

El C. Angel Sergio Guerrero Mier: Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados.

Una vez más se pretende convertir esta H. Asamblea en una caja de resonancias de supuestos problemas políticos que se desarrollan en las entidades federativas que integran nuestra República, en uso y aplicación precisamente, de las legislaturas estatales, fundamentalmente sus constituciones políticas y y sus propias leyes electorales. Esta es una actitud que en realidad no nos sorprende; es lógico suponer que siendo, precisamente, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, una reunión y una expresión de representantes populares de toda la República, es precisamente la oportunidad para llamar la atención y para propiciar el escándalo y obtener el comentario de la prensa, de la radio y de la televisión.

No es otro el objetivo de la exposición, supuestamente fundamentada, que hace la Fracción Parlamentaria de Acción Nacional, en relación con las elecciones municipales celebradas el primer domingo del presente mes en el municipio de Torreón, Coahuila.

Yo quiero abundar tan sólo en lo que ha venido siendo una tesis y una reafirmación de la plataforma ideológica y política del Partido Revolucionario Institucional, en relación con lo que debe constituir y lo que debe ser la esencia y el programa de un auténtico Partido Político.

Porque a través precisamente de la acción, del programa y del trabajo que nuestro Partido realiza diaria y cotidianamente, es como puede aspirarse a cumplir y llenar con los objetivos reales de un partido político.

No es tan sólo con la participación en un proceso electoral, como puede aspirarse a llenar las finalidades y los objetivos que la propia ley confiere a los partidos políticos.

Es precisamente con base en la estructura y el Programa de Acción de nuestro Partido, como hemos podido aspirar y hemos podido lograr triunfos electorales en la mayoría de las elecciones que se han celebrado en este país en los últimos 50 años.

No es algo fortuito, ni es algo que sea producto de actos de magia. Es resultado de una estructura de auténtico partido político que arranca desde su comité seccional y pasa a sus comités municipales y estatales y tiene una participación de los sectores mayoritarios del pueblo de México, los campesinos, los obreros y las clases populares, a través, precisamente, de su integración sectorial, y esto, que es una realidad, y que es una circunstancia imperante en la política nacional, creemos, aseguramos que debe ser precisamente el objeto de la preocupación de los partidos políticos que aspiren realmente a serlo, y a actuar con seriedad y con responsabilidad en los procesos electorales, ya sean federales, estatales o municipales.

Impugna el Partido Acción Nacional, ahora con un nuevo giro, y pretendiendo adoptar una estrategia diferente. Ahora ya no se viene a pedir la nulidad de las elecciones como lo han hecho repetidamente, ahora se viene a acusar a los órganos constitucionales, a los órganos jurisdiccionales locales, que tienen a su cargo y encomendada la tarea de calificar esos procesos electorales.

En realidad, esto abarca y encubre una nueva forma de intimidar, de amedrentar a los órganos electorales locales, que actúan precisamente en función y en sujeción y en acatamiento de las disposiciones que rigen la preparación y el desarrollo de los procesos electorales en las entidades federativas y en los municipios.

Impugna, por ejemplo. Acción Nacional, que el Congreso del Estado, que de acuerdo con la Ley Electoral del Estado de Coahuila, es el órgano que hace la calificación de las elecciones, no se hubiera constituido en Junta Computadora de las elecciones y haberle permitido el acceso a sus representantes.

La información que obra en nuestro poder y que consta precisamente en las actas del Congreso del Estado de Coahuila, dan la evidencia de que se cumplió con todos y cada uno de los requisitos que la Ley señala para la instalación de la Junta Computadora y que precisamente si hubo algunos impedimentos, o hubo algunas situaciones anómalas, ello se debió a una postura de violencia y de agresión que el candidato de Acción Nacional y cierto número de sus partidarios pretendieron hacer en pleno Congreso del Estado y la ley es muy clara y explícita, la Ley Electoral de Coahuila en cuando exista la incitación a la violencia y se pretenda intimidar o coaccionar las resoluciones de un Colegio Electoral, (en este caso la Junta Computadora) o sea el Congreso del Estado de Coahuila.

Se habla en relación con el desarrollo del proceso electoral, se habla de que no se permitió y no se aceptó el nombramiento de sus representantes y en esto existe una contradicción flagrante, plena, en cuanto se hace la afirmación de que en 166 de 175 casillas lograron obtener las actas de escrutinio y se manejan cifras, pero se manejan cifras parciales; de lo que según ellos arrojaba la votación, hasta determinado número de casillas, pero en esto también existe en forma plena e indubitable la acreditación y la comprobación de que muchas de esas actas de escrutinio; y esto sé que puede parecer algo imposible, que pueda parecer algo insólito; pero los mismos representantes y partidos volantes de Acción Nacional que actuaron ilícitamente el día de la elección, presionaron y coaccionaron a infinidad de presidentes y secretarios de casillas, pretendiendo que les firmaran y les certificaron supuestas copias de actas de escrutinio. ¿En qué viene a resultar todo esto? Indudablemente en una agitación ciudadana inconveniente e innecesaria que debe ser eliminada definitivamente de todos los procesos electorales de cualquier naturaleza que se celebren en lo futuro en nuestro País.

No es con la intimidación ni con la coacción ni con la violencia como puede asegurarse el triunfo en comicios electorales, es a través de una actitud y una acción responsable, seria, identificada con los estratos populares, que son los que deciden precisamente en los comicios cuál es el partido y cuáles son los candidatos de su preferencia.

El acta de la resolución dictada por el Congreso del Estado de Coahuila, arroja precisamente el triunfo de la planilla del Partido Revolucionario Institucional, por 15,904 votos contra 15,262 de Acción Nacional, y esto que debiera ser, sinceramente lo digo, motivo de beneplácito porque es la demostración fehaciente de un proceso democrático, de una auténtica contienda donde los partidos y los candidatos se enfrentan en igualdad de circunstancias, o cuando menos contando con simpatías similares en el pueblo, cuando se

obtiene una diferencia mínima en los resultados, se tiene inmediatamente que acudir a expresar que hubo fraude electoral.

Yo pienso que esa diferencia de 642 votos en las elecciones municipales de Torreón, deben ser motivo de una reflexión serena y deben ser motivo también de una deducción fructífera y positiva.

Qué bueno, qué bueno que pueda existir una acción responsable y seria de un partido político y de sus candidatos, que disputen el triunfo a los demás partidos, pero hacerlo con serenidad, hacerlo con seriedad, no a base de la agitación o de la violencia, ni a base de llamarse despojados por el hecho de ser esa diferencia mínima, en relación con procesos electorales anteriores.

Esto que debe ser objeto, repito, de reflexión y de reconocimiento nos lleva también a hacer una afirmación categórica en relación con la participación de los partidos políticos.

Nuestro partido, el partido mayoritario no está definitivamente en la actitud de no reconocer los triunfos que legítimamente se obtengan por parte de los partidos de oposición, y la prueba misma nos la han dado las elecciones recientes del propio Estado de Coahuila donde se reconoció expresamente el triunfo de la planilla de Acción Nacional en el municipio de Monclova.

Lo que debe preocupar también definitivamente a todos los partidos políticos, y en este caso a los contendientes en el municipio de Torreón, es realizar campañas a fondo y que lleguen a los últimos estratos de los sectores populares, es hacer comprender a la ciudadanía que su voto definitivamente es el único que cuenta a la hora de decidir procesos electorales, porque también debemos confesarlo con toda franqueza, no podemos ufanarnos de los porcentajes electorales obtenidos en el municipio de Torreón.

Hubo un alto grado de abstencionismo, es cierto, y eso es lo que debe ser motivo de nuestra preocupación para que todos nuestros programas de estrategia política y electoral puedan lograr y obtener en lo futuro abatir esos índices de abstencionismo, y lograr una mayor participación del pueblo en las luchas electorales.

Se menciona, ahora, como ya una resolución definitiva e intocable de acuerdo con la Constitución y la Ley Electoral del Estado de Coahuila, de su Congreso, en el sentido de calificar como validez las elecciones del Municipio de Torreón, y de conocer el triunfo de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, como ya no existe un procedimiento legal, y ojalá que también se instaure en todas las constituciones de los estados el recurso que la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales contempla de acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en caso de supuestas violaciones en el proceso electoral. Digo que ojalá, porqué eso eliminará definitivamente y para siempre, este tipo de intervenciones, que no buscan más que el efecto publicitario, y que no buscan más que cierta situación impactante en toda la nación a través de los medios de comunicación, y cuando exista un procedimiento de esa naturaleza, ya no habrá ningún pretexto, ni habrá tampoco ninguna argumentación para venir a traer a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión una acusación en contra de un congreso local.

Esto que viene siendo ya una nueva estrategia en esta Cámara de la Fracción Parlamentaria de Acción Nacional, nos lleva también a hacer consideraciones de tipo político y jurídico en relación con las supuestas violaciones en que haya podido incurrir, que no ha incurrido, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Coahuila.

Yo considero que es improcedente la violación a lo que se dice en el Artículo 140 Constitucional, porque hay una inexacta estimación de la Ley, por cuanto a que no debemos olvidar que el Congreso del Estado de Coahuila estuvo actuando como Junta Computadora, en función de facultades que le otorga la Constitución Política del Estado de Coahuila y su correspondiente Ley Reglamentaria, la Ley Electoral Local.

Y al erigirse en Junta Computadora de las Elecciones, actúa precisamente en cumplimiento de las disposiciones que le señala la Constitución Política de ese Estado. Y como un acto soberano, declara electos a los ciudadanos que obtuvieron la mayoría de votos emitidos durante las elecciones. Esto es algo inobjetable, es una situación jurídica plenamente definida en función de una legislación local. De una entidad autónoma, que no soberana, decía el diputado Peniche Bolio, en sesiones anteriores y estamos de acuerdo. Pero al fin autónoma que regula, sanciona y califica sus propios procesos electorales.

Se pretende acusar a la legislatura local del Estado de Coahuila, de ataque a las instituciones democráticas, de ataque a la forma de gobierno republicano y representativo federal, de ataque a la libertad del sufragio y que se violan las garantías individuales a que se refirió el diputado Altamirano Dimas.

Basta, repito, con señalar que la declaratoria de calificación de las elecciones, es una determinación soberana del Congreso de Coahuila, de carácter irrevocable, para concluir a todas luces que es improcedente la acusación de la Representación de Acción Nacional, es indiscutible que la acusación debió formularse concretamente en referencia a hechos tendientes a tipificar los ilícitos previstos en disposiciones de la ley de responsabilidades y empleados de la federación. Y el criterio tendiente a tratar de obtener por medio de un procedimiento de esta naturaleza, lo que no pudo obtener en los comicios electorales, creo yo que es un nueva faceta de una supuesta estrategia que se trata de incluir para lo futuro en la Cámara de Diputados, que debe, definitivamente, desecharse, porque es deleznable que lo que no pueda obtenerse por la fuerza de la razón y por la

voluntad popular en los comicios municipales o en los comicios estatales, se pretenda trasladar al seno de uno de los respetables organismos del Congreso de la Unión.

Sabemos que aún y a pesar de esta supuesta, de esta aparente sujeción a la Constitución y a sus Leyes reglamentarias que está esbozando Acción Nacional, en los momentos actuales está incitando a la violencia y a tomar por la fuerza la Presidencia Municipal de Torreón el primero de enero.

En fin, ¿cuál es la actitud, cuál es entonces la postura de quienes pretenden y afirman que se sujetan al Decreto, y, por otro lado, están excitando a sus correligionarios a tergiversar, a torcer el Derecho y a tomar por la fuerza lo que no han podido obtener por la fuerza de los sufragios del pueblo de Torreón?

Esa es la disyuntiva, pero como es la disyuntiva, también exhortamos definitivamente a Acción Nacional a que cesen esas acciones y a que se adopte una actitud seria y responsable.

Que se acudan, desde luego, a todos los procedimientos y a todos los recursos que establecen las Leyes, pero incitar a la violencia, incitar al derramamiento de sangre no es postura legítima, no es postura moral que pueda tener ningún partido político.

En las elecciones municipales de Torreón, por escasa diferencia, por muy escasa diferencia, pero el triunfo correspondió a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.

Esa es la situación definitiva, legal y política, sancionada ya por el máximo organismo electoral de un Estado que es el Congreso del Estado Libre y Autónomo de Coahuila y en este aspecto, yo pido a mis compañeros de Cámara, a todos los representantes de los partidos políticos, que dejemos y demos por terminado este debate, que se sigan los procedimientos legales, que se hagan las actuaciones jurídicas que competen en estos casos, pero que no se vuelva nunca jamás a aprovechar esta Cámara como caja de resonancias de los clamores de una fracción de un partido político. (Aplausos.)

El C. Presidente: Con el objeto de normar adecuadamente el procedimiento, se ruega a la Secretaría dé lectura al artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Federal.

El C. prosecretario Miguel Nogueira Huerta: El artículo 58 dice lo siguiente: "Las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara, sin formar los que la suscriben mayoría de diputación, se sujetarán a los trámites siguientes: 1o. Se presentarán por escrito y firmadas por sus autores, al Presidente de la Cámara y serán leídas una sola vez en la sesión en que sean presentadas. Podrá su autor, uno de ellos si fueran varios, exponer los fundamentos y razones de su proposición o proyecto. 2o. Hablarán una sola vez los miembros de la Cámara uno en pro y otro en contra, prefiriéndose al autor del proyecto o proposición y, 3o. Inmediatamente se preguntará a la Cámara si admite o no a discusión la proposición. En el primer caso se pasará a la Comisión o Comisiones a quienes corresponda y en el segundo se tendrá por desechada."

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: Para una moción. Lo que estamos presentando nosotros no es una proposición, sino es una acusación, y el trámite es distinto. Lo que se acaba de leer es para las proposiciones que no es materia de este caso.

El C. Presidente: Señor diputado, no existe trámite establecido de manera expresa; de ser así, se hubiera turnado directamente a Comisión. Le estamos dando la oportunidad a usted de que pueda perfectamente hacer valer sus exposiciones, si desea, puede hacer uso de la palabra en pro.

Tiene la palabra el ciudadano Gonzalo Altamirano Dimas en pro.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: Señor Presidente; Compañeros diputados.

Insisto en que el trámite no es el pertinente, porque al acabarse la discusión se va a proponer si se acepta o no la proposición, que no es este caso, y no puede ser desechada la denuncia que estamos presentando porque no es una proposición, sino es una acusación que debe de turnarse directamente a la Sección instructora del Gran Jurado, no es el mismo trámite.

Entrando en materia, y en referencia a lo que mencionó el señor diputado Guerrero Mier. Decía él que una vez más se pretende convertir en caja de resonancia a esta Cámara de Diputados por supuestas violaciones sufridas por el Partido Acción Nacional.

Definitivamente no es nuestra intención convertir a esta Cámara de Diputados en una caja de resonancia, de lo que estamos presentando es conforme al Reglamento Interior del Congreso de la Unión y a la propia Constitución. Si debe ser una resonancia el hecho de que esta Cámara asuma su facultad que tiene para conocer de las violaciones a la Constitución y se constituya en Gran Jurado, si esa es la resonancia a que se refiere el diputado Guerrero Mier, definitivamente sí estamos buscando que esta Cámara asuma su función.

No es ninguna intervención espectacular, ni ningún otro calificativo que él menciona. Si la propia Constitución y los ordenamientos legales conducentes nos permiten presentar una acusación formal, y nos hemos ceñido a las leyes y los reglamentos, creo que eso no tiene ninguna discusión, estamos en nuestro pleno derecho.

No podemos venir, señor diputado Guerrero Mier, a pedir la nulidad de una elección ya que esta Cámara no es competente para hacerlo. Se ha dicho que Acción Nacional ha incitado a la violencia, ha incitado a que corra el derramamiento de sangre. No, señor diputado, Acción Nacional nunca ha estado de acuerdo con los medios violentos para obtener el poder o para la participación de éste en la medida que el pueblo lo vaya requiriendo. En sus 39 años de lucha Acción Nacional ha esperado pacientemente hasta cuándo se van a reconocer en forma efectiva los triunfos de la

oposición. Llevamos 39 años y nos estamos cuestionando cuantos años m s vamos a esperar a que se sigan considerando a las minorías como simples entes de opinión. Ya no estamos de acuerdo con seguir en este papel de ser meros entes de opinión, y no queremos dádivas; queremos que se reconozcan legítimamente nuestros triunfos.

Cuestionamos en su momento los alcances de la Reforma Política que no es el momento de volver a invocar cuáles eran esas impugnaciones.

Efectivamente, se reconoció el Municipio de Monclova, porque creemos los diputados de Acción Nacional, que fueron evidentes los hechos, y que no se podía defraudar a una ciudadanía que votó copiosamente en favor de los candidatos de Acción Nacional. Pero por el hecho de haber reconocido a Monclava, y por encontrarse Torreón en la misma entidad, no vamos a quedarnos callados, porque no vamos a aceptar ninguna transacción de esta índole.

Moralmente estamos obligados ante nuestros ciudadanos de dar testimonios de nuestro triunfo, las violaciones a las que nos referimos en el escrito, son contundentes y tenemos la conciencia tranquila y la convicción moral del triunfo claro del candidato de Acción Nacional en Torreón.

Cuando tres casillas no se computan a la vista de los candidatos o de los representantes, y cuando en la mayoría de las demás casillas obtiene el triunfo Acción Nacional, creo yo que moralmente eso nos inclina a creer en el verdadero triunfo, a pesar de que usted, señor diputado Mier, contraviniendo el Reglamento, empezó a impugnar los cuestionamientos que estamos presentando en el documento cuando éste debería de haber sido turnado a la comisión respectiva. Ya nos referimos a las situaciones de hecho, reitero nuevamente las cuestiones de derecho que invocamos en nuestro documento. Cuando un congreso local se reúne en junta computadora; cuándo la propia ley estatal le ordena que esta sesión se haga en sesión pública; cuando este congreso no lo hace así y la realiza en sesión secreta, no es el salón de sesiones, señor diputado, sino en la planta alta del edificio, y no se permite la entrada de ninguna otra persona, fuera de los señores diputados, a pesar de que la propia Ley Estatal Electoral establece que los candidatos o sus representantes tienen derecho a estar presentes en esta Junta Computadora, en esta sesión, si a usted no se le hace justificable la intervención de nosotros en esta tribuna, para denunciar las violaciones a la Constitución, pues caramba, no sé qué concepto tenga usted de lo que es la defensa legítima de los votos de los ciudadanos.

Efectivamente, fueron 642 votos de diferencia conforme a los resultados oficiales, los que obtuvieron los candidatos del partido al cual usted pertenece.

Pero esos 642 votos, que fueron computados a espaldas de los representantes de los candidatos, no pueden atribuirse moralmente a una victoria legítima.

No pueden atribuirse, ya que no se cumplieron los requerimientos y los derechos que establece la propia constitución o Ley Electoral, de que puedan estar presentes los candidatos para que se haga el cómputo respectivo.

Realmente esto es muy sospechoso, de que no se computaran estas tres casillas en presencia de nuestros representantes y después nos vienen con que el triunfo es del Partido Oficial, por 642 votos.

En fin, quiero yo rechazar todas esas imputaciones que vino usted a hacer, de que estamos utilizando en forma irresponsable esta tribuna, porque efectivamente, ayer reclamábamos las elecciones celebradas en Monterrey y en Tepeaca, acusamos igualmente a los diputados locales de Nuevo León y de Puebla. Y hoy estamos acusando a los de Coahuila.

Mañana lo seguiremos haciendo ante aquellos congresos que pisoteen las normas constitucionales. Aquellos diputados que no guarden los procedimientos que debe seguir un procedimiento electoral. Aquellos diputados que no acaten las disposiciones constitucionales.

Los diputados de Acción Nacional, seguiremos insistiendo ante esta tribuna, y de ninguna manera creemos que estamos desprestigiando una institución tan noble, de ninguna manera estamos desprestigiando uno procedimiento tan alto como es el que estamos intentando en este momento.

La convicción moral del triunfo en Torreón, lo reiteramos ahora en esta Tribuna, y si la resonancia sirve para los medios de difusión, pues que cumplan con esa misión que tienen de informar a la ciudadanía, cuál es la veracidad de estos hechos. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Angel Sergio Guerrero Mier: Pido la palabra para una aclaración.

El C. presidente: Tiene la palabra para una aclaración, en los términos del artículo 102 del Reglamento, el diputado Angel Sergio Guerrero Mier.

El C. Angel Sergio Guerrero Mier: Señor Presidente; Honorable Asamblea.

No pretendemos, desde luego, convertir esto en un debate interminable, abusando de la paciencia de los señores diputados.

Creo que hemos sido suficientemente explícitos, y reafirmamos categóricamente el triunfo indiscutible del Partido Revolucionario Institucionales en las elecciones celebradas el primer domingo de diciembre en el Municipio de Torreón, Coahuila.

Ante todas la evidencias, ante todas las actuaciones de carácter legal que se han desarrollado, resulta absolutamente innecesario, el seguir hablando, el seguir expresando argumentaciones de tipo verbal, cuando existe la fundamentación legal, cuando existe la fundamentación constitucional.

En mérito de ello, y siguiendo lo que tradicionalmente ha caracterizado a esta Cámara de Diputados en el sentido de dar apertura democrática a las peticiones de las fracciones parlamentarias minoritarias y dar trámite a

los asuntos que en ella son planteados rectifico señor, diputado, y pido atentamente a la Asamblea que desde luego este asunto se ponga a discusión y consecuentemente pase a Comisiones para dictamen de acuerdo con nuestro Reglamento Interno. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite a discusión la proposición.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Por instrucciones de la Presidencia, y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se admite a discusión la proposición presentada por la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, y leída por el ciudadano diputado Gonzalo Altamirano Dimas. Los diputados que estén por que se acepte, sírvanse manifestarlo... Se admite, señor Presidente.

El C. Presidente: Túrnese a la Comisión de Gobernación en turno. Continúe la Secretaría con los demás asuntos en cartera.

El C. prosecretario Daniel Nogueira Huerta: Señor Presidente, agotados los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

- EL C. Prosecretario:

"Tercer Período Ordinario de Sesiones.

`L' Legislatura.

Orden del Día.

29 de diciembre de 1978.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Designación de las Comisiones de Cortesía.

Oficio de la H. Cámara de Senadores, por el que se comunica los nombres de los ciudadanos senadores que asistirán a la Interparlamentaria México- Estados Unidos.

La Colegisladora comunica los nombres de los ciudadanos senadores que resultaron electos para integrar la Comisión Permanente para el Tercer Receso de la 'L' Legislatura.

Declaratoria de Clausura de Labores del Tercer Período Ordinario de Sesiones de la 'L' Legislatura."

- El C. Presidente (a las 14:20 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar, el día de mañana, 29 de diciembre, a las 9:30 horas a sesión de Cámara y, a las 10:30 horas, a sesión de Congreso General.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"