Legislatura LI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19800925 - Número de Diario 10

(L51A2P1oN010F19800925.xml)Núm. Diario:10

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LI" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II México, D. F., Jueves 25 de Septiembre de 1980 TOMO II.- NUM. 10

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

SE APRUEBA

PROTESTA DE LEY

Una Comisión introduce al C. Epigmenio García Avila, diputado suplente por el Primer Distrito Electoral de Aguascalientes. Acto seguido rinde la protesta de rigor como diputado suplente en funciones 4

DENUNCIA

Formulada por el C. Pedro René Etienne Llano por la destrucción, por fuerzas policiacas de la Delegación Política de Iztacalco, de 20 casos de trabajadores en una zona de Santa Cruz Iztacalco. Se turna a Comisión 4

PROPOSICIÓN

Del C. Gilberto Rincón Gallardo a fin de que esta Cámara de Diputados envíe un telegrama a los Parlamentos de Irak e Irán, advirtiendo el peligro de una guerra generalizada. El C. Alfonso Zegbe Sanen apoya la proposición

A su vez, el C. Humberto Olguín y Hermida manifiesta que está de acuerdo con la proposición, pero considera debe cambiarse el texto. Para expresar sus puntos de vista sobre el particular, intervienen los CC. Edmundo Gurza Villarreal, Rafael Corrales Ayala, Aurora Navia Millán y Carlos Sánchez Cárdenas. Se pasa la proposición a la Comisión de Estilo para que unifique criterios y presente nuevo texto

INVITACIONES

Al 159 aniversario de la consumación de la Independencia, el día 27 de los corrientes. Se designa Comisión

Al 215 aniversario del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón, el día 30 del actual. Se designa Comisión

Al Sexto y último Informe del C. Gobernador del Estado de Chihuahua, el día 30 del presente. Se designa Comisión

OFICIOS DE LA SECRETARIA

DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIONES

Seis, por los que se solicita permiso para que los CC. licenciado José López Portillo, Enrique Olivares Santana, Gerardo M. Bueno, Francisco Carbajal de la Cruz y Rafael Gálvez Ibarra, pueden aceptar condecoraciones de gobiernos extranjeros. Se turna a Comisión

COMUNICACIÓN

Del Senado de la República de Colombia dando a conocer la Mesa Directiva de la misma. De enterado y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

INICIATIVAS

REFORMA AL ARTÍCULO 60

CONSTITUCIONAL

Iniciativa de Decreto enviada por el C. Presidente de la República que reforma el artículo mencionado. Se turna a Comisión e imprímase

REFORMAS AL CÓDIGO DE COMERCIO Y A LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

El C. Rafael Alonso y Prieto presenta y da lectura a una Iniciativa de Decreto que modifica, adiciona y deroga diversas disposiciones de los ordenamientos expresados. Se turna a Comisión e imprímase

REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS Y PROCESOS ELECTORALES

EL C. Pablo Emilio Madero presenta y da lectura a una Iniciativa que adiciona y modifica el artículo 49 de esta Ley. Se turna a Comisión e imprímase

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CONDECORACIÓN

Proyecto de Decreto que concede permiso al C. Raúl Arreola González para aceptar una condecoración del Gobierno de Honduras. Primera lectura

CARGO CONSULAR

Proyecto de Decreto que autoriza al C. León Arnulfo Flores González, para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de Honduras en Monterrey, Nuevo León, Primera lectura

TELEGRAMA

El C. Gilberto Rincón Gallardo da lectura al nuevo texto de telegrama que se enviará a los Parlamentos de Irak e Irán. Con una observación el C. Edmundo Gurza Villarreal. Se aprueba el nuevo texto

ORDEN DEL DÍA

Se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. CUAUHTÉMOC ANDA GUTIÉRREZ

(Asistencia de 378 ciudadanos diputados.)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 11:35 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

"Segundo Período Ordinario de Sesiones.

'LI' Legislatura.

Orden del Día

25 de septiembre de 1980.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal invita a la ceremonia que para conmemorar el 159 aniversario de la Consumación de la Independencia, tendrá lugar el próximo 27 de los corrientes.

Invitación del Departamento del Distrito Federal al acto que para conmemorar el 215 aniversario del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón, tendrá lugar el próximo 30 de septiembre.

El Congreso del Estado de Chihuahua invita a la Sesión Solemne en la que el C. Manuel Bernardo Aguirre, Gobernador Constitucional, rendirá su Sexto Informe de labores, la que tendrá lugar el 30 de los corrientes.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. licenciado José López Portillo pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden del León de Oro, que le confiere el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo.

Por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. profesor Enrique Olivares Santana y Gerardo M. Bueno puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo.

Por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Francisco Carbajal de la Cruz, Gerardo M. Bueno y Rafael Gálvez Ibarra puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Con el que se remite fotocopia de la comunicación enviada a nuestra Embajada en Bogotá, por el H. Senado de la República de Colombia. Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de

Decreto por el que concede permiso al C. Raúl Arreola González para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de Honduras.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por que concede permiso al C. León Arnulfo Flores González para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Honduras en Monterrey, Nuevo León."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Primera

Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día veintitrés de septiembre de mil novecientos ochenta.

Presidencia del C. Cuauhtémoc Anda Gutiérrez.

En la ciudad de México, a las once horas y diez minutos del martes veintitrés de septiembre de mil novecientos ochenta, la Presidencia declara abierta la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de trescientos setenta y ocho ciudadanos diputados.

Lectura del Orden del Día.

Con una aclaración del C. Carlos Stephano Sierra se aprueba el Acta de la sesión anterior, llevada a cabo los días 12 y 18 de los corrientes.

El C. Luis M. Farías hace uso de la palabra para presentar una Iniciativa suscrita por varios ciudadanos diputados miembros del Partido Revolucionario Institucional, tendiente a adicionar con una fracción V el Artículo 54 y reformar el Artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

A su vez el C. Hiram Escudero Alvarez presenta y da lectura a una Iniciativa suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el Artículo 56 de la Constitución General de la República. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

El propio C. Hiram Escudero Alvarez da lectura a otra Iniciativa del Grupo Parlamentario de su Partido, en virtud de la cual se reforma el Artículo 4o. de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. Túrnese a la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

Por su parte, el C. Martín Tavira Urióstegui da lectura a una Iniciativa presentada por la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista , que reforma los artículos 65, 66 y 69 constitucionales. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

Para hecho relacionados con la vida de la República del Uruguay interviene el C. Hildebrando Gaytán Márquez, quien, a nombre de la Representación del Partido Popular Socialista, propone que esta Cámara de Diputados formule una declaración pública solicitando la libertad inmediata del General Líber Seregni y del doctor José Pedro Cardoso y promueva ante los organismos mundiales que estime conducentes el respeto a los derecho humanos en el Uruguay. Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

La Legislatura del Estado de San Luis Potosí suscribe atenta invitación a la sesión solemne que tendrá lugar el día 26 del actual, en la que el C. profesor y licenciado Carlos Jonguitud Barrios, Gobernador Constitucional de la Entidad, rendirá el Primer Informe de su gestión administrativa.

Para asistir a esta sesión representando a esta Cámara de Diputados, la Presidencia designa a los ciudadanos Elba Esther Gordillo Morales, Humberto Pliego Arenas, José Ramón Martel López, Loreto Hugo Amao González, Angel Martínez Manzanares, Manuel Rivera del Campo, Arturo Romo Gutiérrez, Antonio Sandoval González y Ricardo Flores Magón y López.

Invitación del Ayuntamiento Constitucional de Ecatepec de Morelos, Estado de México, a la ceremonia que con motivo del 215 aniversario del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón, se efectuará el día 30 del presente mes.

La Presidencia nombra a los CC. Jesús Alcántara Miranda, Héctor Jarquín Hernández, Vicente Coss Ramírez, José Antonio Rivas Roa y Héctor Arturo Moreno Toscano, para que concurra a dicha ceremonia con la representación de este Cuerpo Legislativo.

El C. Roberto Díaz Rodríguez, diputado federal por el Estado de Aguascalientes, comunica que con fundamento en el Artículo 125 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, opta por el cargo de Senador suplente en funciones por el mismo estado de Aguascalientes. Se toma nota de la opción de cargo del C. Roberto Díaz Rodríguez. Llámese al suplente.

El C. licenciado Flavio Romero de Velasco, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, suscribe atenta comunicación por la que agradece a esta Cámara de Diputados, haber enviado una Comisión a la población de Arandas, que fue afectada por el desbordamiento del Río Colorado. Hace cordial invitación para que nuevamente visiten al estado dentro de dos meses. De enterado.

El señor Raúl Roa, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba, felicita a esta H. Cámara de Diputados, en ocasión de conmemorarse el 170 aniversario de la Proclamación de la Independencia de México. De enterado.

También por el aniversario de nuestra Independencia Nacional, el Presidente de la Cámara del Pueblo de la República Democrática Alemana, señor Horst Sindermann, felicita a esta H. Representación Nacional. De enterado.

La Secretaría de Gobernación remite seis oficios relativos a las solicitudes de permiso para que los CC. Héctor Cornejo González, Juan Olivares Amador, Rodolfo Calderón, Jaime Valdéz Cruz, Emma Ortiz y Jiménez y Alicia Guilbert de Rowe, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada de los Estados Unidos de América, acreditada en nuestro país. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Dos oficios más de la propia Secretaría de Gobernación, por los que se solicita autorización para que los CC. Jaime Jiménez Muñoz y Salvador López Matamoros, puedan aceptar y usar una condecoración que les confiere el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Federativa del Brasil, respectivamente. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Para los efectos correspondientes, el C. licenciado David Ibarra, Secretario de Hacienda y Crédito Público, envía el Informe de la Deuda Pública, relativo al primer trimestre de 1980. Recibo y resérvese en el Archivo para consulta de los ciudadanos diputados y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

El C. Raúl Arreola González solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar una condecoración que le otorga el Gobierno de la República de Honduras. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

A su vez, el C. León Arnulfo Flores González solicita la autorización necesaria para poder aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Honduras, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Dos dictámenes con proyectos de Decreto emitidos por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que conceden permiso al C. Gerónimo Bringas Murrieta, para aceptar y usar la condecoración Medalla al Mérito del Ejército Popular, que le confiere el Consejo de Ministros de la República Democrática Alemana, y al C. César Sepúlveda, la Orden Civil José Cecilio del Valle, en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Honduras. Primera lectura.

La misma Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales suscribe siete dictámenes con sendos proyectos de Decreto, que autorizan a los CC. María Angélica Soto Caballero, Domingo Cruz Sánchez, Juan Jorge Illanes Ramírez, Carlos Enríquez Medina, Emma Imelda Galván y González, Guillermo Ortiz Jiménez y José Ramón Saavedra García, para que puedan prestar servicios como empleados en la Embajada de los Estados Unidos de América, acreditada en México. Primera lectura.

La misma Comisión ya mencionada suscribe un dictamen con proyecto de Decreto que concede permiso a la C. Alma Gloria Hernández Alvarez, para que preste servicios como secretaría en el Consulado General Americano en la ciudad de Monterrey, Nuevo León. Primera lectura.

Cinco dictámenes con proyectos de Decreto presentados por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que conceden permiso a los ciudadanos que a continuación se mencionan para que puedan aceptar y usar condecoraciones de gobiernos extranjeros en el siguiente orden:

Ricardo Cházaro Lara, la condecoración en Oro al Mérito Militar del Gobierno de la República Democrática Alemana; Adrián Lajous Vargas, la Orden al Mérito Civil en Grado de Encomienda del Gobierno de España; Rubén Romo Pacho, la Cruz al Mérito Militar del Gobierno de la República de Guatemala; Héctor Pérez Gallardo, la Orden de Isabel la Católica en grado de Gran Cruz del Gobierno de España, e Ignacio Machorro Delmonte, la Orden Francisco de Miranda en grado de Primera Clase de Gobierno de la República de Venezuela. Segunda lectura.

A discusión en su orden. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación nominal se aprueban los cinco proyectos de Decreto por trescientos veintiséis votos en pro y cuarenta y dos abstenciones. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima.

A las trece horas y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves veinticinco del presente, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Aprobada.

PROTESTA DE LEY

El C. Presidente: Con base en el Artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se llamó al diputado suplente Epigmenio García Avila, por el primer distrito electoral del Estado de Aguascalientes.

Se designa en comisión para que lo acompañen en el acto de rendir la protesta de Ley, a los siguientes ciudadanos diputados: Mauricio Valdez, Armando Avila Sotomayor y Javier Michel Vega. Se suplica a la Comisión cumplir con este encargo.

(La Comisión cumple su cometido.)

Se ruega a los presentes ponerse de pie.

Ciudadano Epigmenio García Avila: "¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"

El C. Epigmenio García Avila: "Si, protesto".

El C. Presidente: "Si así no lo hiciéreis, la Nación os lo demande".

(Aplausos.)

Se ruega al diputado Epigmenio García tomar asiento.

DENUNCIA

El C. Pedro René Etienne: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Pedro René Etienne: Para hechos.

El C. Presidente: En el uso de la palabra el diputado Etienne.

El C. Pedro René Etienne Llano: Señor Presidente;

Compañeros diputados:

El día de ayer, por la noche, sin mediar orden legal alguna, un batallón de granaderos al mando del teniente coronel Agustín Ordorica Zárate y cumpliendo indicaciones del Delegado Político de Iztacalco, doctor Leonardo Muñoz López, destruyeron en forma violenta 20 casas habitación de trabajadores que habitan en la zona expropiada de Santa Cruz Iztacalco.

Fuimos testigos cinco diputados miembros de esta Cámara, del abuso de autoridad que se cometió en contra de los posesionarios que tienen legitimado su derecho por la sentencia de amparo 270/73.

Estos simples hechos que, desde nuestro punto de vista, son graves, tienen para nosotros una connotación que nos obligan a plantear la denuncia y la queja de los colonos ante esta soberanía popular, porque no sólo se trató de una acción violenta sin mediar orden de autoridad alguna, no sólo se trató de una violación flagrante a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia, sino lo que nos parece más grave por el lujo de violencia y por la arbitrariedad de la acción, se configura como una clara provocación política, en momentos en los cuales el país y, sobre todo, las autoridades, están obligadas a respetar los legítimos derecho del pueblo y de los trabajadores.

Nos hemos preguntado desde ayer ¿cuál pudo haber sido la intención de ordenar esta destrucción violenta, utilizando elementos de la policía del Distrito Federal? ¿Cuál pudo haber sido inclusive la intención para revivir ese nefasto grupo de halcones que directamente estuvieron hostigando y provocando a los habitantes de la zona expropiada?

Para nosotros la respuesta es que se trata de una clara provocación política que exige, por lo tanto, la investigación a fondo de las comisiones correspondientes de esta Cámara de Diputados.

Hemos recibido, para presentar a esta Honorable Asamblea, una denuncia de la Unión de Colonos de Santa Cruz Iztacalco, una denuncia formal que quisiera pedirle al Presidente que los secretarios dieran lectura de la misma y solicitarle formalmente que sea turnada a la Comisión de Gestoría y Quejas, para que por la gravedad de esta acción sea investigada de inmediato.

El C. Presidente: Proceda la Secretaría a dar lectura de inmediato.

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

Unión de Colonos de Santa Cruz Iztacalco e Iztapalapa, Zona Expropiada C. Honorable Cámara de Diputados. Presentes. La organización arriba señalada, por este conducto, nos dirigimos a ustedes.

(Lectura. Insértese.)

"Unión de Colonos de Santa Cruz Iztacalco e Iztapalapa, Zona Expropiada, A. C. Registro número 21-353.

Túrnese a la Comisión Gestoría y Quejas.

25 de septiembre de 1980.

Honorable Cámara de Diputados. Presentes

La organización arriba señalada, por este conducto nos dirigimos a ustedes para saludarlos y correlativamente exponer lo que sigue:

Desde el año de 1958, llegamos a vivir dentro de los terrenos del pueblo de Iztacalco e Iztapalapa, que más tarde fueron expropiados por causa de utilidad pública, en que nos encontrábamos viviendo 32 mil familias en aquel entonces.

Desde el 10 de marzo de 1975, en que nos constituimos en una asamblea permanente para llevar a cabo la ejecución del amparo 270/73, en donde fuimos totalmente declarados titulares de la posesión de la tierra, y desde ese momento hemos sido víctimas de ataques de las fuerzas públicas, encarcelamientos, despojos, hasta los asesinatos de nuestros compañeros en lucha junto con nosotros.

Ayer nuevamente fuimos víctimas de un nuevo ataque de las fuerzas públicas comandadas por el señor teniente coronel Agustín Ordorica Zarvan jefe de área de Iztacalco, ordenada por el señor Delegado Político de Iztacalco, señor doctor Leobardo Muñoz López, quien desde su llegada se ha distinguido por tratarnos de causar los mayores problemas habidos y por haber. Fueron destruidas 20 casas de nuestros compañeros y robado todo el material, como la mercancía que muchos de nuestros compañeros tenían como pequeños comerciantes, pérdidas que tienen un valor de cinco millones de pesos, y que exigimos se nos sean pagados por el señor Delegado de Iztacalco y el señor coronel Ordorica.

Puntos resolutivos en el Campamento 2 de octubre:

Primero. Regularización de la tenencia de la tierra en la zona expropiada de Iztacalco e Iztapalapa, con apego a los convenios de 1975, 1978 amparo 270/73 y contratos de compra-venta, firmados por los colonos organizados.

Segundo. Destitución y consignación del Delegado Político de Iztacalco y su jefe de área quienes fueron los ejecutores intelectual y material de las agresiones de que fuimos víctimas, el día 24 de septiembre de 1980, a las 20:30 p.m.

Tercero. El pago de los daños y perjuicios de que fuimos víctimas, los niños heridos y compañeros golpeados, y que asciende a un total de cinco millones de pesos.

Cuarto. Y demandamos el emplazamiento para todas las organizaciones del Frente Nacional Campamento 2 de Octubre, A. C., y en que estamos siendo atacados por organizaciones oficialistas.

Quinto. El desalojo de todos los invasores a nivel oficial, dentro de la zona expropiada de Iztacalco e Iztapalapa, como el pago de todos los daños que ha causado en nuestras posesiones de la tierra, posesión de los colonos.

Estos serán los puntos que debemos llevar a una solución definitiva, dentro del Campamento 2 de Octubre, que en forma definitiva la entrega total de toda la zona expropiada como titulares en el amparo 270/73, que es a favor de los colonos, como lo demostramos en el convenio del 13 de agosto de 1975, y en el amparo antes mencionado.

México, D. F., a 25 de septiembre de 1980.

Atentamente.

Francisco de la Cruz Velasco. Representante Común de Amparo 270/73.

El C. Presidente: En atención a la denuncia del diputado Etienne Llano, túrnese a la Comisión de Gestoría y Quejas.

PROPOSICIÓN

El C. Gilberto Rincón Gallardo: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Gilberto Rincón Gallardo: Para presentar una proposición.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el diputado Gilberto Rincón Gallardo.

El C. Gilberto Rincón Gallardo: Señor Presidente;

Señores diputados:

Todos estamos en conocimiento de que Irak e Irán realizan una guerra de enorme peligro para todos los países, precisamente porque contienden en la zona petrolera más importante del planeta. El origen más inmediato de esta lucha está en viejos desacuerdos fronterizos. Hace cinco años parecía que ambos países habían encontrado una solución a sus diferencias con la firma del acuerdo de Argel. Ahí se delimitaban las fronteras con el Río Chat El Arat. Cuatro años más tarde Irán manifestó su inconformidad con ese acuerdo el 17 de septiembre de 1980 que denunció como inadmisible y el lunes 22 las tropas de Irak iniciaron el ataque.

El conflicto bélico entre Irak e Irán tiene su componente, pero no es el único, en el más importante hoy en el nivel alcanzado por la guerra.

El Golfo Pérsico es la yugular por la corre la energía. El conflicto no se reduce ya a la frontera del Río Chat El Arat, los yacimientos petrolíferos en Kusistán han sido destruidos. El petróleo es un elemento que ahora pone en riesgo la paz mundial.

Por esta razón, con estas consideraciones, el Grupo Parlamentario Comunista Coalición de Izquierda quiere proponer a esta Legislatura que la Cámara envíe un telegrama a los Parlamentos de Irak e Irán con el siguiente texto:

"La crisis del Golfo Pérsico a conducido a Irán e Irak a una guerra en la que no se pueden estar interesados esos pueblos ni los de ningún otro país de la tierra. El conflicto bélico iniciado el 22 de septiembre pone al mundo en riesgo de una hecatombe: La guerra generalizada, por lo cual estamos obligados todos a acudir al encuentro de la paz y el cauce de las soluciones pacíficas a los conflictos por medio de la negociación."

Con esa convicción los diputados de la LI Legislatura al Congreso de la Unión hacemos del conocimiento de los parlamentarios de Irak e Irán nuestra profunda preocupación por la situación creada a raíz de esta confrontación armada, ningún pueblo es ajeno a ella, la intervención del Parlamento irakí y la del Parlamento Iraní para poner fin a las operaciones bélicas en esa zona pueden ejercer una gran influencia y contribuir al reencuentro de la paz.

Con ese anhelo y con esa solicitud nos dirigimos a ustedes. Muchas gracias.

El C. Presidente: Preséntese por escrito.

El C. Alfonso Zegbe Sanen: Pido la palabra.

El C. Presidente: En el uso de la palabra el diputado Zegbe.

El C. Alfonso Zegbe Sanen: Señor Presidente:

Como miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores de esta H. Cámara y con motivo de la propuesta del compañero diputado Gilberto Rincón Gallardo y siendo ésta de gran trascendencia para el pueblo de México, nosotros queremos reiterar que ha sido tesis tradicional de mi partido, el Revolucionario Institucional, recogida del pueblo de México y ejecutada por el Gobierno de la República, de reiterar las tesis permanentes de no intervención, autodeterminación de los pueblos y solución de los conflictos entre los Estados por medios pacíficos.

Solicito señor Presidente se apruebe el envío de ese documento.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si es de admitirse la propuesta hecha por la Secretaría a la Asamblea.

El C. Humberto Olguín Hermida (desde su curul): Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Humberto Olguín Hermida (desde su curul): Para rectificar la redacción de ese documento. La intención es correcta pero la redacción muy incorrecta.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Humberto Olguín Hermida.

El C. Humberto Olguín Hermida: Ciudadano Presidente;

Ciudadanos diputados:

Se ha propuesto y en esencia todos estamos de acuerdo, que la Cámara de Diputados se dirija a los congresos de Irak y de Irán, con el propósito de incitarlos a que sigan las vías pacíficas de solución de sus problemas.

Hasta ahí todo está perfecto, pero en la redacción de ese larguísimo documento que propone el señor diputado Rincón Gallardo, quizá a causa de su indebida extensión, se incluyen consideraciones que son intervencionismo de un órgano del gobierno mexicano en las cuestiones interiores de los dos países a cuyos Congresos iría dirigido este mensaje.

Nosotros podemos, debemos simplemente explicar que dados los acuerdos básicos de la Organización de las Naciones Unidas, teniendo en cuenta la trayectoria de la política internacional mexicana, teniendo en cuenta también que nuestro país reiteradamente respeta tanto los principios de autodeterminación y solución pacífica de los conflictos como, la "No Intervención", simplemente el Congreso Mexicano llama a la cordura a los órganos legislativos, sus colegas de estos dos países,

y les pide que hagan los esfuerzos necesarios para que los conflictos que hayan surgido entre las dos naciones se soluciones por la vía de la paz, pero en ese documento propuesto, si se aprueba tal como está, estamos realmente interviniendo en asuntos que son de la exclusiva competencia de los gobiernos de las naciones en conflicto; estamos pues faltando formalmente al menos, a las normas de nuestra política exterior y estamos invadiendo el terreno del Poder Ejecutivo en esta materia.

Nosotros sólo podemos, en materia de política exterior, ratificar, reiterar, asegurar cuales son los lineamientos ideológicos del movimiento revolucionario del cual emana nuestro Gobierno y no meternos a considerar, ni a aconsejar ni a regañar a los gobiernos de dos naciones que están en pleito.

Por lo tanto, mi proposición concreta es la siguiente: Apruébese el envío del documento, pero redáctese de nuevo, con perdón de mi compañero Rincón Gallardo, pero está muy mal redactado e invalido su verdadero objetivo. Es todo ciudadano diputado. (Aplausos.)

El C. Presidente Cuauhtémoc Anda: Muchas gracias, señor diputado. Señores diputados:

Esta Presidencia considera que es prudente recoger la observación del diputado Olguín; en consecuencia, rogamos que al tomarse la votación se considere completa la proposición tanto en la esencia lo propuesto por el diputado Rincón Gallardo, con las modificaciones que guardando el espíritu de autonomía de poderes, pueda redactar esta Presidencia quien al final de cuentas firmará el documento. En estas condiciones se ruega a la Secretaría someter a votación la propuesta.

El C. Edmundo Gurza Villarreal: Señor Presidente, pido que se afine la redacción primero y luego se ponga a votación.

El C. Presidente: Señores diputados: La esencia de este documento a todos parece ser que es lo que más nos interesa; si alguna palabra o algunas palabras de más están en la propuesta original, no creo que el diputado Rincón Gallardo tenga inconveniente en que sean pulidas en la medida en que se respete el espíritu de la proposición. Ponernos a discutir aquí sobre la redacción de un telegrama, más de 300 diputados, me parece que estaríamos tomando demasiado tiempo.

El C. Rafael Corrales Ayala: De acuerdo con el espíritu de lo que usted acaba de decir, señor Presidente, encontramos que hay una consistencia medular en el documento que se leyó y las observaciones hechas por el diputado Olguín; yo sugiero que los dos diputados rejunten hoy mismo y afinen la redacción y en esta misma sesión quede definitivamente el texto para que votemos. (Aplausos.)

El C. Carlos Sánchez Cárdenas: Es la primera vez que la Comisión de Estilo puede hacer algo y se le niega esta oportunidad. Propongo que se disuelva la Comisión de Estilo.

-La C. Aurora Navia Millán: Quiero proponer lo siguiente: Que sean los dos diputados que presentaron sus opiniones a esta Legislatura, agregando a la Comisión de Estilo, los que redactemos el telegrama que debe enviarse a las dos naciones hoy mismo y someterlo a la consideración de la Asamblea tan pronto como terminemos de redactarlo.

El C. Carlos Sánchez Cárdenas: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Sánchez Cárdenas.

El C. Carlos Sánchez Cárdenas: Me permito; como miembro de la Comisión de Estilo hacer una observación desde la primera ocasión en que se presentó el punto a rectificar.

Hemos escuchado invariablemente en cada reunión, dos o tres veces, con motivo de la invitación de algún gobierno local para ir a su Informe, o a alguna Ceremonia Cívica, que la Presidencia, todas las Presidencias que hemos tenido hasta la fecha, el señor diputado de Anda es el quinto Presidente que hemos tenido, que se lee invariablemente la siguiente resolución:

"Se designan a los diputados a pesar de que se trata de una expresión impersonal que debía ser usada en singular; sugerí una pequeña observación de estilo, que se usara en singular: "Se designa a los diputados", pero ni en eso se ha hecho caso a un miembro de la Comisión de Estilo. Ahora se presenta una segunda ocasión en que la Comisión de Estilo intervenga y también se le margina. Una de dos, o la hacemos que trabaje, hacemos caso de sus observaciones, o de plano prescindimos de ella y seguimos repitiendo un pequeño disparate que sería conveniente que se modificara.

Gracias.

El C. Presidente: Señores diputados: Con el fin de proceder a la votación, esta Presidencia considera adecuada la propuesta de la diputada Navia Millán. En consecuencia se turnaría el documento a la Comisión de Estilo, acompañados del diputado Olguín y del diputado Rincón Gallardo y nos presentarían la versión definitiva, en la inteligencia de que votaremos porque, es decir, la votación que tomaremos ahora es para que se respete el espíritu de documento original.

Proceda la Secretaría, pues, en votación económica, a consultar a la Asamblea.

El C. Edmundo Gurza Villarreal: Señor Presidente, hasta que nos presenten el documento podremos votar.

El C. Presidente: Señor diputado, estamos confiando en la Comisión de Estilo donde están representados todos los partidos políticos.

El C. Edmundo Gurza Villarreal: Podrá confiar el PRI pero los demás no confiamos.

El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Señor Presidente, con el ánimo de obviar el trámite y para tratar de equilibrar la situación de criterios que aquí se han expresado, sugiero de mayor respeto que la Comisión de Estilo se unifique de inmediato con su criterio, lo traiga a la Asamblea, lo presente, se lea y cuando todos lo conozcamos lo votemos. Si con esta proposición está de acuerdo la

Asamblea, por instrucciones del señor Presidente, en votación económica me indique que lo consulte y se sirva manifestarlo.

Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Proceda la Secretaría a seguir desahogando los asuntos en cartera.

INVITACIONES

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Departamento del Distrito Federal. México, D. F., a 8 de septiembre de 1980. C. diputado licenciado Cuauhtémoc Anda Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Donceles y Allende.- Presente.

El Departamento del Distrito Federal por conducto de esta Dirección General, hace a usted una cordial y atenta invitación al acto cívico que tendrá lugar a las 10:30 horas, del día 27 del actual, con motivo del CLIX Aniversario de la Consumación de la Independencia, ante la estatua del Benemérito general Vicente Guerrero, ubicada en el jardín de San Fernando de esta capital.

Al propio tiempo, me permito rogarle tenga a bien dictar sus respetables instrucciones, con objeto de que una comisión asista al acto de referencia y efectúe el depósito de una ofrenda floral, con la representación de esa H. Cámara de Diputados a su digno cargo.

Reitero a usted, con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Directora General, profesora Martha Andrade Del Rosal."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de esta H. Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: Carlos Hidalgo Cortés, Arturo Salcido Beltrán, Hiram Escudero Alvarez e Isabel Vivanco Montalvo.

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.-

Departamento del Distrito Federal.

México, D. F., a 15 de septiembre de 1980.

C. diputado licenciado Cuauhtémoc Anda Gutiérrez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Donceles y Allende.- Presente.

Con motivo de conmemorarse el CCXV Aniversario del natalicio del generalísimo José María Morelos y Pavón, el Departamento del Distrito Federal por conducto de esta Dirección General, hace a usted una cordial y atenta invitación al acto cívico que tendrá lugar a las 11:00 horas, del próximo día 30 del actual, frente a la estatua erigida a su memoria en la Plaza de la Ciudadela de esta capital.

Al propio tiempo, me permito rogarle tenga a bien dictar sus respetables instrucciones con objeto que una comisión asista al acto de referencia y efectúe el depósito de una ofrenda floral, con la representación de esa H. Cámara de diputados que usted preside.

Reitero a usted, con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Directora General, profesora Martha Andrade Del Rosal."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes diputados: Miguel Angel Camposeco, Rodolfo Siller Rodríguez, Cuauhtémoc Amezcua y José Valencia González.

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

"La H. Quincuagésima Segunda Legislatura del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, tiene el honor de invitar a usted(es) a la Sesión Solemne que efectuará el día 30 del actual a las 20:00 horas, en el cine Colonial, declarado Recinto Oficial del Poder Legislativo, en el que otorgarán la Protesta de Ley los ciudadanos diputados de la H. Quincuagésima Tercera Legislatura e inaugurarán el Primer Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio legal y en cuyo acto dará lectura a su Sexto Informe de labores el C. Manuel Bernardo Aguirre, Gobernador Constitucional del Estado. Chihuahua, Chih., septiembre de 1980."

El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de esta Cámara, se designan a los siguientes ciudadanos diputados: Demetrio Bernardo Franco Derma, Miguel Lerma Candelaria, Margarita Moreno Mena, Jesús Chávez Baeza, René Franco Barreno, Enrique Pérez González, Enrique Sánchez Silva, Mario Legarreta Hernández, Rebeca Anchondo Vda. de Rodríguez, Alfonso Jesús Armendáriz, Antonio Becerra Gaytán, Hildebrando Gaytán Márquez, Esteban Aguilar Jáquez, María del Carmen Jiménez y Jesús González Schmal.

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIONES

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.-

Presentes.

En oficio fechado el 11 de los corrientes, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a ésta Gobernación, lo siguiente:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, Apartado B, del Artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que le C. licenciado José López Portillo, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden del León de Oro que, le confiere el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo, con motivo de la visita a México del Primer Ministro de este país".

Lo que hago del conocimiento de ustedes para los fines legales procedentes, reiterándoles en

esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 17 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

En oficio fechado el 23 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a quien suscribe, lo siguiente:

"Tengo el honor de comunicar a usted que, con esta fecha, el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo ha tenido a bien informar a esta Secretaría que, con motivo de la visita oficial a México del Excmo. Sr. Presidente de este país, habrá de otorgársele a usted la condecoración de la Orden del Mérito, en grado de Gran Cruz. Al hacer de su conocimiento lo anterior a fin de que se proceda a solicitar el permiso correspondiente del H. Congreso de la Unión.............."

Por lo anterior, solicito al H. Congreso de la Unión, por el amable conducto de ustedes, el permiso necesario para aceptar y usar la condecoración mencionada, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 24 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

La Secretará de Relaciones Exteriores se ha dirigido a ésta de Gobernación, con fecha 4 del actual, manifestando lo siguiente:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, Apartado B, del Artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Embajador Gerardo M. Bueno, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Mérito que, en grado de Gran Cruz, le confirió el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo".

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 15 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

A continuación transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación con fecha 3 del actual:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, Apartado B, del Artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Francisco Carbajal de la Cruz, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden al Mérito por Servicios Distinguidos que, en grado de Comendador, le confirió el Gobierno del Reino de España".

Al comunicar a ustedes lo anterior le reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 15 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación. CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

A continuación transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación con fecha 3 del actual:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, Apartado B, del Artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Embajador Gerardo M. Bueno, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de la Corona que, en grado de Gran Cruz, le confirió el Gobierno del Reino de Bélgica".

Al comunicar a ustedes lo anterior les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 15 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se ha dirigido a ésta de Gobernación, con fecha 11 del actual, manifestando lo siguiente:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, Apartado B, del Artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Teniente Fragata C. G. Rafael Gálvez Ibarra, pueda aceptar y usar la Condecoración Premio Armada Argentina, conferida por la Armada de ese país".

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 19 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

COMUNICACIÓN

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

A continuación transcribo a ustedes, para su conocimiento y atención que estimen procedente, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a esta de Gobernación, con fecha 3 del actual:

"Con el atento ruego de que, de no mediar inconveniente para ello, tenga a bien hacerla llegar al H. Congreso de la Unión, con el presente me es grato acompañar fotocopia de la comunicación enviada a nuestra Embajada en Bogotá, por el H. Senado de la República de Colombia, en la que se informa sobre la conformación de la Comisión de la Mesa de la citada Cámara, para el periodo constitucional del 20 de julio de 1980 al 20 de julio de 1981".

Al comunicar a ustedes lo anterior les envío con el presente el anexo que en el mismo se menciona, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 9 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

-Trámite: De enterado y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.

INICIATIVAS

REFORMA AL ARTÍCULO 60

CONSTITUCIONAL

El C. Presidente: Se acaba de recibir de la Secretaría de Gobernación una iniciativa. Se ruega a la Secretaría dar cuenta de ella.

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente les envió Iniciativa que propone la reforma del primer párrafo del Artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 24 de septiembre de 1980.

El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."

"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presente

La reforma política es un proceso de transformación democrática, dentro del cual avanzamos, con el propósito de que nuestro sistema electoral, basado en el pluralismo a través de la participación de los partidos políticos nacionales, alcance sus objetivos.

De ahí que, si concebimos a la democracia como compromiso y fórmula para lograr el orden jurídico aplicable a mayorías y minorías-siempre conservando el principio de que sea una mayoría estable la que debe gobernar, pero sin impedir la participación de las minorías -, tendremos que proceder a la revisión de las normas jurídicas, cuando la práctica lo exija.

Las elecciones para renovar la Cámara de Diputados y elegir la LI Legislatura, demostraron que la forma de integrar el colegio electoral admite la posibilidad de que el colegio quede conformado mayoritariamente por las diputaciones minoritarias.

Por ello se ha considerado necesario reformar el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a fin de que, sin cambiar la estructura del colegio electoral, no se supedite su integración a la mayor votación en los distritos uninominales, o la votación más alta en las circunscripciones

plurinominales, sino que sea el origen de los presuntos diputados electos, provenientes de los partidos políticos nacionales, mayoritarios y minoritarios, lo que determine la integración del colegio en el número y forma correspondiente a la votación obtenida.

Mediante esta reforma, que someto a la consideración de esa Soberanía, la iniciativa mantiene el criterio de la característica básica del sistema previsto para la integración de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, y en particular el dominante mayoritario que dicho sistema preconiza, como principio que no debe romperse, y que corresponde a lo que nos hemos propuesto reiteradamente: Ampliar la presentación nacional, haciendo posible que las minorías participen en las decisiones que en un sistema democrático como el nuestro se apoyan en la mayoría.

Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo Federal a mi cargo confiere el Artículo 71 fracción I, de la Constitución General de la República, por el digno conducto de ustedes, me permito someter a la elevada consideración del H. Poder Constituyente Ordinario, a que se refiere el Artículo 135 de la propia Constitución, la siguiente iniciativa de

DECRETO

Artículo único. Se reforma el primer párrafo del artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

Artículo 60. La Cámara de Diputados calificará la elección de sus miembros a través de un colegio electoral que se integrará con los sesenta presuntos diputados de los electos en los distritos uninominales procedentes del partido político que hubiera obtenido mayor número de constancias de mayoría registradas por la Comisión Federal Electoral y cuarenta de los electos en circunscripciones plurinominales, procedentes de los demás partidos políticos, de acuerdo al número que para cada uno de ellos hubiera reconocido la Comisión Federal Electoral en proporción al porcentaje de votación obtenido. Los sesenta presuntos diputados de mayoría, y los cuarenta presuntos diputados de minoría, serán designados por el partido mayoritario y los correspondientes partidos minoritarios.

.........................................................................................

.........................................................................................

TRANSITORIO

Único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, a 24 de septiembre de 1980.

El Presidente de la República, José López Portillo."

-Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

REFORMAS AL CÓDIGO DE COMERCIO

Y A LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES

MERCANTILES

El C. Rafael Alonso y Prieto: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Rafael Alonso y Prieto: Para proponer una iniciativa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Rafael Alonso y Prieto.

- El C. Rafael Alonso y Prieto:

"H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, Diputados a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión, miembros del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentamos la siguiente iniciativa del decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código de Comercio y de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En varios aspectos la Legislación mercantil mexicana presenta características de arcaísmo y obsolescencia que hacen que muchos de sus preceptos, formalmente vigentes, sean sistemáticamente ignorados y no cumplidos, que a otros se les dé un cumplimiento meramente nominal y que otros constituyen un obstáculo al desarrollo de las operaciones dentro del contexto de la economía moderna.

Promulgado el Código de comercio en 1890 y la Ley de Sociedades Mercantiles en 1934, muchos de sus preceptos han permanecido sin modificación a pesar de que los avances en las tecnologías y los cambios en el medio y las prácticas económicas hacían imperiosa su modificación para adaptarse a las nuevas condiciones.

Algunos de los aspectos en que estas circunstancias se dan con mayor evidencia son aquellas que se refieren a la contabilidad, correspondencia, anuncio de la calidad mercantil, en el Código de Comercio y los relativos a la información y vigilancia en las sociedades anónimas.

El arcaísmo de las disposiciones mencionadas en el Código de Comercio es evidente. Sus normas y sus reglas corresponden a una tecnología y a unos sistemas que estaban en uso a fines del siglo XIX, -y que sustancialmente son los mismos que se empezaron a utilizar en el Renacimiento, cuando se inició el auge comercial de las repúblicas italianas. En materia de contabilidad, por ejemplo, el Código de Comercio, ignora, porque no las pudo prever, la aparición de los sistemas mecánicos a fines de la década de 1930, posterior aparición de los sistemas electro-mecánicos de procesamiento masivo de datos, y, naturalmente, la más reciente aparición de los sistemas de

procesamiento electrónico de datos e información, cuyo uso se ha extendido y generalizado, a pesar de las disposiciones del Código de Comercio, aplicables solamente a los procedimientos decimonómicos de registro manual.

Como un ejemplo, basta señalar que las disposiciones legales vigentes exigen a los comerciante llevar un "libro copiador de cartas", recurso arcaico de archivo que quedó inutilizado desde la aparición, hace ya bastante tiempo, de la máquina de escribir. Naturalmente, nadie cumple esta obligación y nadie exige su cumplimiento.

Por otro lado, tampoco se ha tomado en cuenta en la legislación el cambio en las condiciones, la multiplicidad y la extensión territorial de las operaciones mercantiles y se mantienen en vigor disposiciones, -como las relativas al anuncio de la calidad mercantil-, imposibles de cumplir en las condiciones actuales.

Algo semejante ha sucedido con las disposiciones relativas a información y vigilancia en las sociedades anónimas. Concebidas en una época en que las sociedades eran relativamente pequeñas, cerradas y de un número relativamente reducido en socios, estas normas son inadecuadas para las condiciones modernas.

Las disposiciones en vigor se refieren al Balance General como el único instrumento de información financiera, dejando de reconocer los considerables adelantos habidos en materia de información financiera en los últimos 50 años. Igualmente se establecen recursos de revisión por parte de los accionistas: por ejemplo poner a su disposición el Balance y los libros de la sociedad, que son totalmente ineficaces dada la magnitud, complejidad y extensión de las operaciones de las modernas sociedades mercantiles.

La figura del Comisario, ideada para vigilar la sociedad y proteger los intereses de los accionistas frente a los administradores, se ha convertido, por falta de adaptación a las condiciones reales, en una mera figura ineficiente.

La legislación actual impone al comisario actividades concretas inútiles o imposibles de realizar en las condiciones actuales, tales como la obligación de practicar arqueos de caja, y, por otro lado, omite imponerle obligaciones que sí harían efectiva su labor.

En parte la razón de este atraso en nuestra legislación mercantil es atribuible al deseo -varias veces expresado e intentado desde los años 1930 y nunca realizado- de efectuar una revisión "a fondo" y una codificación total de la legislación mercantil. Mientras tanto, las disposiciones arcaicas siguen nominalmente en vigor y la práctica sigue ignorándolas y desobedeciéndolas.

"Consideramos que en vista de lo anterior es indispensable y urgente establecer procedimientos y sistemas adaptados a las condiciones modernas, que hagan viables y den eficacia a los derechos de los socios de vigilar el manejo y la situación de las sociedades en que participan y a recibir información veraz y suficiente de la situación y del manejo dichos, vigilancia e información que ahora se cumplen, en general, de manera más formalista que real; y para estos efectos, presentamos a esa H. Cámara de Diputados, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE MODIFICA,

ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS

DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y DE

LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCAN- TILES

Artículo primero. Se modifican, adicionan y derogan, en su caso, los artículos 16, 17, 21, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 42, 43, 44, 46, 47, 48, 49 y 50 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

Artículo 16. Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, están obligados:

.....................................................................................................................................

III. A mantener un sistema de control y registro que permita conocer las operaciones que realicen, sus detalles y características, y que permitan determinar, en los términos que establezcan las distintas leyes aplicables, su situación financiera y los resultados de sus operaciones.

Artículo 17. Los comerciantes tienen el deber:

I. De participar al público en general, y en particular a las personas o entidades con que tengan relaciones de negocios, usando los medios de comunicación que en cada caso se consideran eficaces, por lo menos los siguientes hechos: a) La apertura, cierre o clausura, y cambio de domicilio de su oficina o establecimiento principal, así como de las sucursales, agencias o corresponsalías; b) El nombre, razón o denominación social de las personas físicas o morales que puedan actuar como sus apoderados o en su nombre y representación, señalando la extensión o limitación de los poderes respectivos; c) El nombre, razón o denominación social o el nombre o designación comercial de los establecimientos señalados en el punto a).

II. De participar, en igual forma, las modificaciones que sufran cualquiera de las circunstancias antes mencionadas.

III. De publicar en el periódico oficial de la entidad de su domicilio, y en su defecto en algún otro de amplia circulación las circunstancias y cambios de ellas mencionados en los dos incisos anteriores.

Artículo 21. En la hoja de inscripción de cada comerciante o sociedad se anotarán:

...............................................................................................................................................

XV. Derogada.

................................................................................................................................................

Artículo 33. El comerciante estará obligado a llevar y mantener un sistema de control y registro de todas sus operaciones con los objetivos señalados en la fracción III del artículo 16. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento, que mejor se acomoden a las características particulares del

negocio, a la complejidad y el volumen de sus operaciones, al número de sucursales, establecimientos y agencias que tenga, etc., pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:

a) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.

b) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las "cuentas" y viceversa.

c) Permitirá la preparación de los "estados" que se incluyan en la información financiera del negocio.

d) Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos "estados", las acumulaciones de las "cuentas" y las operaciones individuales.

e) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión de registro de operaciones significativas, para asegurar la corrección de las cifras resultantes.

Artículo 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar debidamente encuadernados, empastados y foliados, el libro mayor y, en el caso de las sociedades y asociaciones, el libro o los libros de actas. La encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, sin perjuicio de los requisitos especiales que establecen las leyes y reglamentos fiscales para los registros y documentos que tengan relación con las obligaciones fiscales del comerciante.

Artículo 35. En el libro mayor se deberán anotar, como mínimo y por lo menos una vez al mes, los nombres o designaciones de las "cuentas" de la contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato o anterior, el total de movimientos de cargo o crédito de cada cuenta en el periodo y su saldo final. Podrán llevarse mayores parciales por oficinas, segmentos de actividad, etc., cuando esto sea conveniente, pero en todos los casos deberá existir un mayor general en que se concentren todas las operaciones de la entidad.

Artículo 36. En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios o asociados y, en su caso, los consejos de administración.

Artículo 37. Todos los registros a que se refiere este capítulo deberán llevarse en castellano, aunque el comerciante sea extranjero. En caso de no cumplirse este requisito, las autoridades correspondientes podrán ordenar que se haga la traducción al castellano por medio de perito traductor debidamente reconocido, siendo por cuenta del comerciante todos los costos originados por dicha traducción.

Artículo 38. El comerciante deberá conservar, debidamente archivados, los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y con el registro que de ellas se haga, y deberá conservarlos por un plazo mínimo de diez años.

Artículo 39. Se deroga.

Artículo 40. Se deroga.

Artículo 42. No se puede hacer pesquisa de oficio por tribunal ni autoridad alguna, para inquirir si los comerciantes llevan o no el sistema de control y registro a que se refiere este capítulo.

Artículo 43. Tampoco podrá decretarse, a instancia de parte, la comunicación, entrega o reconocimiento general de los libros, registros, comprobantes, cartas, cuentas y documentos de los comerciantes, sino en los casos de sucesión universal, liquidación de compañía dirección o gestión comercial por cuenta de otro o de quiebra.

Artículo 44. Fuera de los casos prefijados en el artículo anterior, sólo podrá decretarse la exhibición de los libros, registros y documentos de los comerciantes, a instancia de parte o de oficio cuando la persona a quien pertenezcan tenga interés o responsabilidad en el asunto en que proceda la exhibición.

El reconocimiento se hará en el lugar en que habitualmente se guarden o conserven los libros, registros o documentos, o en el que de común acuerdo fijen las partes, en presencia del comerciante o de la persona que comisione y se contraerá exclusivamente a los puntos que tengan relación directa con la acción deducida comprendiendo en ellos aun los que sean extraños a la cuenta especial del que ha solicitado el reconocimiento.

Artículo 46. Todo comerciante está obligado a conservar los libros, registros o documentos de su negocio por un plazo mínimo de diez años.

Artículo 47. Los comerciantes están obligados a conservar debidamente archivadas las cartas, telegramas y otros documentos que reciban en relación con sus negocios o giro, así como copias de los que expidan.

Artículo 48. Tratándose de las copias de las cartas, telegramas y otros documentos que los comerciantes expidan, así como de los que reciban que no queden incluidos en el artículo siguiente, el archivo podrá integrarse con copias obtenidas por cualquier medio: Mecánico, fotográfico, electrónico, etc., que permita su reproducción posterior íntegra y su consulta o compulsa en caso necesario.

Artículo 49. Los comerciantes están obligados a conservar los originales de aquellas cartas, telegramas o documentos en que se consignen contratos, convenios o compromisos que den nacimiento a derechos y obligaciones y deberán conservarlos por un plazo mínimo de diez años.

Artículo 50. Los tribunales pueden decretar de oficio, o a instancia de parte legítima, que se presenten en juicio las cartas que tengan relación con el asunto del litigio, así

como que se compulsen de las respectivas copias las que se hayan escrito por los litigantes, fijándose de antemano, con precisión, por la parte que la solicite, las que hayan de ser copiadas o reproducidas.

Artículo segundo. Se modifica la Ley General de Sociedades Mercantiles en cuanto a sus artículos 18, 19, 21, 23, 116, 144, 158, 165, 166, 169, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 181, 186 y 197, para quedar como sigue:

Artículo 18. Si hubiere pérdida del capital social, éste deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse repartición o asignación de utilidades. Se entiende que hay pérdida del capital social cuando el monto de las pérdidas acumuladas y no absorbidas o restituidas, exceda del monto de las primas pagadas por los socios más sus aportaciones adicionales, más las utilidades acumuladas no repartidas, más las otras reservas o partidas que formen parte del patrimonio con excepción del propio capital social.

Artículo 19. La distribución de utilidades sólo podrá hacerse después de que hayan sido debidamente aprobados por la asamblea de socios o accionistas los estados financieros que las arrojen. Tampoco podrá hacerse distribución de utilidades mientras no hayan sido restituidas o absorbidas mediante aplicación de otras partidas del patrimonio, las pérdidas sufridas en uno o varios ejercicios anteriores.

Segundo párrafo. Igual.

Artículo 21. Primer párrafo y segundo. Iguales.

Añadir:

No se entenderá como reparto la capitalización de la reserva legal, cuando esto se haga, pero en este caso deberá volverse a constituir, a partir del ejercicio siguiente a aquel en que se capitalice, en los términos del artículo 20.

Artículo 23. Los acreedores particulares de un socio no podrán, mientras dure la sociedad, hacer efectivos sus derechos sino sobre las utilidades que correspondan al socio según los acuerdos de distribución o reparto de utilidades o dividendos que tomen las asambleas de socios o accionistas; y, cuando se disuelva la sociedad o se reduzca el capital social, sobre la porción que le corresponda en la liquidación o la reducción del capital social. Igualmente, podrán hacer efectivos sus derechos sobre cualquier otro reembolso que se haga a favor de los socios, tales como devolución de primas sobre acciones, devolución de aportaciones adicionales, y cualquier otro semejante.

Podrán, sin embargo, embargar la porción que le corresponda al socio en la liquidación, y, en las sociedades por acciones, podrán embargar y hacer vender las acciones del deudor.

Tercer párrafo igual.

Artículo 116. Solamente serán liberadas las acciones cuyo valor esté totalmente cubierto y aquellas que se entreguen a los accionistas, según acuerdo de la asamblea general extraordinaria, como resultado de la capitalización de primas sobre acciones o de otras aportaciones previas de los accionistas, así como de capitalización de utilidades retenidas o de reservas de valuación o revaluación.

Cuando se trate de capitalización de utilidades retenidas o de reservas de valuación o revaluación, éstas deben haber sido previamente reconocidas en estados financieros debidamente aprobadas por la asamblea de accionistas.

Tratándose de reservas de valuación o revaluación, éstas deberán estar apoyadas en avalúos afectados por valuadores profesionales independientes debidamente reconocidos, o en cotizaciones certificadas de Bolsas de Valores o de Mercancías, cuando se trate de valores o mercancías cotizados en estas instituciones.

Artículo 144. Cuando los administradores sean tres o más, el contrato social determinará los derechos que corresponda a la minoría en la designación, pero en todo caso la minora que represente un diez por ciento del capital social nombrará cuando menor un consejero.

Segundo párrafo. Igual.

Artículo 158. Los administradores son solidariamente responsables para con la sociedad.

I. Igual.

II. Del cumplimiento de los requisitos legales y estatuarios establecidos con respecto a los dividendos que se paguen a los accionistas.

III. De la existencia, mantenimiento y regularidad de los sistemas de control, registro, archivo e información que previene la ley.

IV. Igual

Artículo 165. No podrán ser comisarios:

I. Igual.

II. Los empleados de la sociedad, los empleados de aquellas sociedades que sean accionistas de la sociedad en cuestión por más de un 25% del capital social, ni los empleados de aquellas sociedades de las que la sociedad en cuestión sea accionista en más de un 50%.

III. Igual.

Artículo 166. Son facultades y obligaciones de los comisarios:

I. Igual.

II. Exigir a los administradores una información mensual que incluya por lo menos un esta de situación financiera y un estado de resultados.

III. Realizar un examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones que la ley les impone y para poder rendir fundadamente el dictamen que se menciona en el siguiente inciso.

IV. Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un informe respecto a la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información presentado por el Consejo de Administración a la propia Asamblea de Accionistas.

Este informe deberá incluir por lo menos:

a) La opinión del comisario sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados

y suficientes tomando en consideración las circunstancias particulares de la sociedad.

b) La opinión del comisario sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.

c) La opinión del comisario sobre si, como consecuencia de lo anterior, la información presentada por los administradores refleja en forma veraz y suficiente la situación financiera y los resultados de la sociedad.

V - VI - VII - VIII - IX. Iguales.

Artículo 169. Los comisarios serán individualmente responsables para con la sociedad por el cumplimiento de las obligaciones que la ley y los estatutos les imponen. Podrán, sin embargo, auxiliarse y apoyarse en el trabajo de personal que actúe bajo su dirección y dependencia o en los servicios de técnicos o profesionistas independientes, cuya contratación y designación dependa de los propios comisarios y cuyas compensaciones serán por cuenta de la sociedad.

SECCIÓN QUINTA

De la Información Financiera

Artículo 172. Las sociedades anónimas, bajo la responsabilidad de sus administradores, presentarán a la Asamblea de Accionistas anualmente un informe que incluya, por lo menos:

a) Un informe de los administradores sobre la marcha de la sociedad en el ejercicio, así como sobre las políticas seguidas por los administradores y, en su caso, sobre los principales proyectos existentes.

b) Un estado que muestre, debidamente apliquen las principales políticas y criterios contables y de información seguidos en la preparación de la información financiera.

c) Un estado que muestre la situación financiera de la sociedad a la fecha de cierre del ejercicio.

d) Un estado que muestre, debidamente explicados y clasificados, los resultados de la sociedad durante el ejercicio.

e) Un estado que muestre los cambios de situación financiera durante el ejercicio.

f) Un estado que muestre los cambios en las partidas que integran el patrimonio social, acaecidos durante el ejercicio.

g) Las notas que sean necesarias para completar o aclarar la información que suministren los estados anteriores.

A la información anterior se agregará el informe de los comisarios a que se refiere la fracción IV del artículo 166.

Artículo 173. El informe de que habla el artículo anterior, incluido el informe de los comisarios, deberá quedar terminado y ponerse a disposición de los accionistas por lo menor quince días antes de la fecha de la asamblea general de accionistas que haya de discutirlo. Los accionistas tendrán derecho a que se les entregue una copia del informe correspondiente.

Artículo 174. Derogado.

Artículo 175. Derogado.

Artículo 176. La falta de presentación oportuna del informe a que se refiere el artículo 172, será motivo

Artículo 177. Quince días después de la fecha en que la asamblea general de accionistas haya aprobado el informe de los administradores deberán mandarse publicar los estados financieros incluidos en el mismo, juntamente con sus notas y el dictamen de los comisarios, en el periodo oficial de la entidad en donde tenga su domicilio la sociedad, o, si se trata de sociedades que tengan oficinas o dependencias en varias entidades, en el Diario Oficial de la Federación. Se depositará copia de los mismos

.................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Artículo 181. La asamblea ordinaria se reunirá, de los siguientes:

I. Discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores a que se refiere el artículo 172, tomando en cuenta el informe de los comisarios, y tomar las medidas que juzgue oportunas;

II y III. Iguales.

Artículo 186. La convocatoria señalada para la reunión. Durante todo este tiempo estará a disposición de los accionistas, en las oficinas de la sociedad, el informe a que se refiere el artículo 172.

Artículo 197. Los administradores y los comisarios no podrán votar en las deliberaciones relativas a la aprobación del informe a que se refiere el artículo 172 o a su responsabilidad.

Segundo párrafo. Igual.

Artículo tercero. A partir de la vigencia de este decreto, todas las expresiones de las leyes mercantiles en que se hable de el "Balance General", o cualquier otra expresión equivalente, como documento de información financiera, se entenderán en el sentido de que dichas expresiones deben interpretarse como referencia a los estados y notas establecidas en los incisos c) al g) del artículo 172 de la Ley General de las Sociedades Mercantiles.

Artículo transitorio. El presente decreto entrara en vigor el día 1o. de enero de 1981.

Diputada Graciela Aceves de Romero.- Diputado Esteban Aguilar Jáquez.- Diputado David Alarcón Zaragoza.- Diputado Rafael Alonso y Prieto.- Diputado Carlos Amaya Rivera.- Diputado Francisco Xavier Aponte Robles Arenas.- Diputado Armando Avila Sotomayor.- Diputado David Bravo y Cid de León.- Diputado Luis Calderón Vega.- Diputado Fernando de Jesús Canales Clariond.- Diputado Luis Castañeda Guzmán.- Diputado Carlos Castillo Peraza.- Diputado Juan de Dios Castro Lozano.- Diputado Alvaro Elías Loredo.- Diputado Hiram Escudero Alvarez.- Diputado Juan Antonio García Villa.- Diputado Jesús González Schmal.- Diputado Edmundo Gurza Villarreal.- Diputada María del Carmen Jiménez de Avila.- Diputado José Isaac Jiménez Velasco.- Diputado Juan Landerreche Obregón.- Diputado Federico Ling Altamirano.- Diputado Juan Manuel López

Sanabria.- Diputado Pablo Emilio Madero Belden.- Diputado Miguel Martínez Martínez.- Diputado José Gregorio Minondo Garfias.- Diputado Salvador Morales Muñoz.- Diputado Rafael Morelos Valdés.- Diputado Rafael Morgan Alvarez.- Diputado Adalberto Núñez Galaviz.- Diputado Antonio Obregón Padilla.- Diputado Eugenio Ortíz Walls.- Diputado Delfino Parra Bandera.- Diputado Alberto Petersen Biester.- Diputado Carlos Pineda Flores.- Diputado Manuel Rivera del Campo.- Diputado Augusto Sánchez Lozada.- Diputado Carlos Stephano Sierra.- Diputado Francisco Ugalde Alvarez.- Diputado Raúl Velazco Zimbrón.- Diputado Abel Vicencio Tovar.- Diputado Esteban Zamora Camacho."

El C. Rafael Alonso y Prieto: Señor Presidente, me permito proponer a la Asamblea se dispense la lectura del articulado. Son 38 artículos.

El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Se consulta a la Asamblea si se dispensa la lectura de las 38 modificaciones. Dispensada.

El C. Presidente: En consecuencia, túrnese a las Comisiones Unidas de Comercio y de Hacienda y Crédito Público e imprímase.

REFORMAS A LA LEY FEDERAL

DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

Y PROCESOS ELECTORALES

El C. Pablo Emilio Madero: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Pablo Emilio Madero: Para presentar una Iniciativa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Pablo Emilio Madero.

- El C. Pablo Emilio Madero:

H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.

En la exposición de motivos del dictamen presentado a la Cámara de Diputados por las Comisiones Unidas de Estudios Legislativos y Primera de Puntos Constitucionales, en relación a la Iniciativa de Ley presentada por el licenciado José López Portillo, mediante la cual se promovían reformas y adiciones a diversos artículos de la Constitución General de la República en 1977, se incluía en su capítulo III los considerandos referentes a la propuesta presidencial en cuanto a la adición de cinco párrafos al artículo 41 Constitucional.

"De capital importancia es el carácter de interés público que la iniciativa otorga a los Partidos Políticos", dice el Dictamen, "Porque implica la obligación para el Estado de asegurar las condiciones indispensables para que se desarrollen, entre las que se cuentan la disponibilidad de medios para difundir sus declaraciones de principios, sus programas de acción, su tesis, sus opiniones, sus razonamientos en torno a los problemas de la Nación, mediante el acceso permanente a la radio y la televisión, sin limitarlo, como hasta ahora sucede, a los periodos electorales".

La adición propuesta por el Ejecutivo quedó aprobada, y forma parte del artículo 41, que en su quinto párrafo dice a la letra:

"Los partidos políticos tendrán derecho al uso en forma permanente de los medios de comunicación social, de acuerdo con las formas y procedimientos que establezca la ley."

Una vez incorporada al párrafo anterior a la Constitución General de la República, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 1977, con la Sección A del Artículo 49 dedicado en sus incisos del (a) al (i), a tratar lo relativo a Radio y Televisión.

De estos 9 incisos, el (b) y el (c) sufren de la omisión de un término, toda vez que en ambos casos se habla de "canales de radiodifusión" o de la "radiodifusión comercial, oficial y cultural", sin incluir a los canales de televisión. La adición de estos últimos en necesaria, a efecto de que haya congruencia con el texto del Artículo 41 de la Constitución, ya reformado, y con los considerandos del dictamen de las Comisiones Unidas de Estudios Legislativos y Primera de Puntos Constitucionales a que se ha hecho referencia.

En el inciso e), la LFOPPE cercena ya el alcance que constitucionalmente ha querido darse al derecho a utilizar 'en forma permanente' los medios de comunicación social, y va en contra del espíritu del Dictamen respectivo, dado que en éste se establecen la 'disponibilidad de medios para difundir mediante el acceso permanente a la radio y a la televisión, sin limitarlo, como hasta ahora sucede, a los periodos electorales.'

Efectivamente, en el inciso e) a que se ha hecho referencia, del artículo 49 de la LFOPPE, se establece que: 'Las transmisiones serán siempre de cobertura nacional", lo cual excluye la posibilidad de acceso a los medios de comunicación social en los Estados de la República, lo que contradice al espíritu de la Reforma Constitucional, toda vez que la vida y los programas de los partidos políticos, y su actuación en los procesos electorales federales en los cuales participan, no deben concebirse exclusivamente como realidades de carácter nacional, dado que en los Estados de la Federación y en todos los 300 Distritos en que se han dividido el territorio de la República, se realizan actividades y se despliegan campañas permanentes y eventuales, ciertamente intensificadas en periodos electorales, en que se ventilan situaciones concretas y se profundiza en asuntos relativos a la problemática de provincia, que de ninguna manera es conveniente cubrir en transmisiones de cobertura nacional.

Por lo anterior, y con fundamento en los establecido en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la diputación del Partido Acción

Nacional presenta su consideración, para su correspondiente aprobación, las adiciones y modificaciones al artículo 49 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales que a continuación se indican:

Artículo único. Se adiciona al artículo 49 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en sus incisos b) y c) y se modifica en su inciso e), para quedar como sigue:

b) Del tiempo que por ley le corresponde al Estado en los canales de radiodifusión y de televisión, cada uno de los partidos políticos dispondrá de una parte de dicho tiempo en forma equitativa y mensual en los términos de las normas que al efecto se dicten;

c) Los tiempos destinados a los partidos políticos tendrán preferencia en la programación que del tiempo estatal formula la Secretaría de Gobernación en la radio y en los canales de televisión comercial, oficial y cultural;

e) Las transmisiones serán tanto de cobertura nacional cuanto en las estaciones de radio y televisión localizados en los distintos Estados de la República. En periodos electorales, el tiempo asignado a cada partido político será del doble del asignado en periodos no electorales, y en ningún caso será inferior a 30 minutos mensuales en cada Entidad Federativa, tanto para radio como para televisión.

TRANSITORIO

Artículo 1o. Las presentes adiciones y reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 25 de septiembre de 1980.

Reformas y adiciones a la LOPPE, en su artículo 49), incisos b), c) y e) en relación al uso de Radio y T.V. en provincia.

Diputados Graciela Aceves de Romero.- Esteban Aguilar Jáquez.- David Alarcón Zaragoza.- Rafael Alonso y Prieto.- Carlos Amaya Rivera.- Francisco Xavier Aponte Robles Arenas.- Armando Avila Sotomayor.- David Bravo y Cid de León.- Luis Calderón Vega.- Fernando de Jesús Canales Clariond.- Luis Castañeda Guzmán.- Carlos Castillo Peraza.- Juan de Dios Castro Lozano.- Alvaro Elías Loredo.- Hiram Escudero Alvarez.- Juan Antonio García Villa.- Jesús González Schmal.- Edmundo Gurza Villarreal.- Ma. del Carmen Jiménez de Avila.- José Isaac Jiménez Velazco.- Juan Landerreche Obregón.- Federico Ling Altamirano.- Juan Manuel López Sanabria.- Pablo Emilio Madero Belden.- Miguel Martínez Martínez.- José Gregorio Minondo Garfias.- Salvador Morales Muñoz.- Rafael Morelos Valdés.- Rafael Morgan Alvarez.- Adalberto Núñez Galaviz.- Antonio Obregón Padilla.- Eugenio Ortiz Walls.- Delfino Parra Banderas.- Alberto Petersen Biester.- Carlos Pineda Flores.- Cecilia Martha Piñon Reyna.- Manuel Rivera del Campo.- Augusto Sánchez Losada.- Carlos Stephano Sierra.- Francisco Ugalde Alvarez.- Raúl Velasco Zimbrón.- Abel Vicencio Tovar.- Esteban Zamora Camacho."

-Trámite: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

El C. Presidente: Continúe la Secretaría desahogando los asuntos en cartera.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CONDECORACIÓN

- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con la solicitud de permiso constitucional necesario para que el ciudadano Raúl Arreola González, puede aceptar y usar la condecoración Orden de Morazán en el grado de Oficial, que le confiere el Gobierno de Honduras.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Raúl Arreola González, para aceptar y usar la condecoración Orden de Morazán en el grado de Oficial, que le confiere el Gobierno de Honduras.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 24 de septiembre de 1980.

Presidente, Luis M. Farías.- Secretario, Antonio Huitrón Huitrón.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Guillermo Medina de los Santos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Ignacio Vázquez Torres.- Enrique Sánchez Silva.- Raúl Pineda.- Humberto Lira Mora.- Pedro Joaquín Coldwell.- Eduardo Aviña Bátiz.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Juan Manuel Elizondo. - Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Abel Vicencio Tovar R.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Aguilera Azpeitia.- Antonio Gómez Velazco.- Rafael Ibarra Chacón."

-Trámite: Primera Lectura.

CARGO CONSULAR

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

El ciudadano licenciado León Arnulfo Flores González, en escrito fechado el 15 de septiembre, solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Honduras, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 23 de los corrientes, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que el propio solicitante prestará al Gobierno de Honduras, serán de carácter estrictamente consular.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II, del Apartado B), del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano licenciado León Arnulfo Flores González, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Honduras en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.-

México, D. F., a 24 de septiembre de 1980.

Presidente, Luis M. Farías.- Secretario, Antonio Huitrón Huitrón.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Guillermo Medina de los Santos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Ignacio Vázquez Torres.- Enrique Sánchez Silva.- Raúl Pineda Pineda.- Humberto Lira Mora.- Pedro Joaquín Coldwell.- Eduardo Aviña Bátiz.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Juan Manuel Elizondo C.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Abel Vicencio Tovar R.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Aguilera Azpeitia.- Antonio Gómez Velazco.- Rafael Ibarra Chacón."

-Trámite: Primera lectura.

TELEGRAMA

- El mismo C. Secretario: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

El C. Luis M. Farías: Solicito se pregunte a la Comisión de Estilo si han terminado la redacción del texto que se le encargó para darle lectura en la Asamblea.

El C. Presidente: Se pregunta a la Comisión de Estilo si ha terminado la redacción del texto que se le encargó, para darle lectura en la Asamblea.

El C. Presidente: Se nos informa que se está concluyendo la redacción del documento. En breves segundos será leído a ustedes.

Tiene la palabra el diputado Rincón Gallardo.

El C. Gilberto Rincón Gallardo: Señor Presidente;

Señores diputados:

La Comisión de Estilo, el diputado Olguín y yo, nos reunimos y llegamos al acuerdo de hacer a ustedes la proposición del siguiente texto, que dice así:

"La Cámara de Diputados de la República Mexicana se dirige a los Parlamentos de Irak e Irán para expresarles su profunda preocupación por el conflicto bélico que existe entre esos dos países. Es evidente que un conflicto de esa naturaleza pone en grave peligro la paz mundial, por ello, y con apego a los principios de la política internacional que tradicionalmente ha venido sustentando México, la Cámara exhorta respetuosamente, a esos Honorables Parlamentos, a buscar la solución de sus diferencias a través de sus negociaciones pacíficas". (Aplausos.)

El C. Edmundo Gurza Villarreal: Pido la palabra, señor Presidente para hacer una pequeña observación: En el documento se dice República Mexicana; se llama Estados Unidos Mexicanos y creo que debe ponerse así.

El C. Presidente: Se recoge la observación señor diputado. Proceda la Secretaría a someter a votación económica la propuesta hecha por el diputado Rincón Gallardo.

El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Por instrucciones de la Presidencia, después de la lectura del texto del telegrama que recoge la Iniciativa y las modificaciones que se propusieron y con la última indicación de que se ha hecho alusión, se pregunta a la Asamblea, en votación económica si aprueba el texto con las mociones hechas y en los términos en que su espíritu fue leído. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Aceptado, señor Presidente.

Se han agotado los asuntos en cartera, señor Presidente. Se va a dar lectura a la Orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El mismo C. Secretario:

"Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.

'LI' Legislatura.

Orden del día

30 de septiembre de 1980.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de los Congresos de los Estados de Aguascalientes y Querétaro.

Invitaciones de los Congresos de los Estados de Baja California y Chihuahua.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales relativo a la solicitud del C.

licenciado José López Portillo, para que se le conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo.

Dos de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales relativos a las solicitudes de los CC. Enrique Olivares Santana y Gerardo M. Bueno, para que se les conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo.

Cinco de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales relativos a las solicitudes de los CC. Francisco Carbajal de la Cruz, Gerardo M. Bueno, Rafael Gálvez Ibarra, Salvador López Matamoros y Jaime Jiménez Muñoz, para que se les conceda el permiso constitucional necesario para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Dictámenes a discusión

Tres de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyectos de Decreto por los que se concede permiso a los CC. Raúl Arreola González, Gerónimo Bringas Murrieta y César Sepúlveda para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere gobiernos extranjeros.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede permiso al C. León Arnulfo Flores González, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Honduras en Monterrey, Nuevo León.

- El C. Presidente (a las 13:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes treinta de septiembre, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFIA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"