Legislatura LI - Año II - Período Ordinario - Fecha 19801125 - Número de Diario 27
(L51A2P1oN027F19801125.xml)Núm. Diario:27ENCABEZADO
DIARIO DE LO DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"LI" LEGISLATURA
Registrado como Artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO II México, D. F., martes 25 de noviembre de 1980 TOMO II.- NUM. 27
SUMARIO
APERTURA
ORDEN DEL DIA
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE APRUEBA
INVITACIONES
Al informe de la gestión administrativa del C. Gobernador del Estado de Chiapas, el día 2 de diciembre. Se designa Comisión .
Al 69 aniversario de la Proclamación del Plan de Ayala, el día 28 del actual, en los Municipios de Cuautla y Ayala del Estado de Morelos. Se designa Comisión .
Al 69 aniversario de la Promulgación del Plan de Ayala, el día 28 del mes en curso en esta ciudad de México. Se designa Comisión .
INICIATIVAS
REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN
El C. Presidente de la República remite Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 29, 90 y 92 constitucionales. Se turna a Comisión e imprímase ..
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
El C. Manuel Stephens García da lectura a una Iniciativa que reforman los artículos 356, 366, 367, 368, 370 y 385 de esta Ley. Se turna a Comisión e imprímase .
PROPOSICIÓN DE LA GRAN COMISIÓN
Para la creación de una Comisión de Trabajo denominado Comisión de Ciencia y Tecnología. Se aprueba la proposición .
INICIATIVAS
INDUSTRIA QUÍMICO- FARMACÉUTICA
El C. Santiago Fierro da lectura a una Iniciativa que establece las bases para la actualización de los Sistemas de Control de Calidad de los Productos de la Industria Químico- Farmacéutica. Se turna a Comisión e imprímase .
LEY FEDERAL DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS Y PROCESOS ELECTORALES
El C. Adalberto Núñez Galaviz da lectura a una Iniciativa que reforma el artículo 18 de la Ley expresada. Se turna a Comisión e imprímase .
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
CONDECORACIONES
Dos proyectos de Decreto que conceden permiso a los CC. Luis Cotero Bayardini y Osvaldo Fourzán Márquez, para aceptar una condecoración del Gobierno de la República Democrática de Alemania. Primera lectura .
LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA NACIONALES
Proyecto de Decreto que reforma los artículos 15, fracción I, y 16, primer párrafo, y derogan la fracción VII y el último párrafos del propio artículo 16 de la Ley mencionada. Primera lectura .
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
CÓDIGO PENAL
Proyecto de Decreto que reforma el artículo 254 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Segunda Lectura .
A discusión en lo general y en lo particular el Artículo Unico. Usan de la palabra para proponer adiciones al primer y segundo párrafo el C. Carlos Amaya Rivera; por la Comisión el C. David Jiménez González acepta la adición al primer párrafo, excluyendo la palabra "siempre" y rechaza la segunda modificación. el C. Juan Manuel Elizondo se pronuncia en contra de las anteriores adiciones propuestas. La Asamblea aprueba la primera adición y rechaza la segunda .
En pro del dictamen habla el C. David Alarcón Zaragoza y para hacer consideraciones sobre lo expresado por el orador, interviene el C. Antonio Rocha Cordero .
Para proponer una modificación aborda la tribuna el C. Edmundo Gurza Villarreal; por la Comisión el C. Carlos Hidalgo Cortés la acepta y la Asamblea la aprueba .
Para apoyar el dictamen intervienen los CC. Ernesto Rivera Herrera y Miguel José Valadez Montoya; para una aclaración el C. José Isaac Jiménez Velazco y finalmente para hacer una modificación al C. Antonio Rocha Cordero, Presidente de la Comisión Dictaminadora. Suficientemente discutido se aprueba el Artículo Unico con las modificaciones aceptadas por la Comisión y aprobadas por la Asamblea por Unanimidad. Pasa al Senado .
PROPOSICIÓN PARA QUE COMPAREZCA EL SECRETARIO DE COMERCIO
El C. Juan Aguilera Azpeitia solicita que el C. licenciado Jorge de la Vega Dominguez, Secretario de Comercio, comparezca ante esta Cámara a efecto de que informe sobre aspectos importantes relacionados con la dependencia a su cargo. Apoya la proposición el C. José Guadarrama Márquez. La Asamblea la aprueba .
ASUNTOS PROPUESTOS
El C. Arnoldo Martínez Verdugo propone que los asuntos relativos a la Revolución Mexicana que iban a tratarse en la sesión de hoy, se pospongan para la primera sesión del mes de diciembre. Se aprueba la proposición.
HOMENAJE AL EJERCITO
El C. Luis R. Casillas se refiere a las calumnias hechas al Ejercito Mexicano, las que fueron enérgicamente rechazadas públicamente por el C. Presidente de la República. Reitera el patriotismo y la lealtad de nuestro Ejército .
ORDEN DEL DIA
Se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima, en la que comparecerá el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público. Se levanta la Sesión .
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. RAFAEL CERVANTES ACUÑA
(Asistencia de 335 ciudadanos diputados.)
APERTURA
- El C. Presidente (a las 11:25 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DIA
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
"Segundo Período Ordinario de Sesiones.
"LI" Legislatura.
Orden del Día
25 de noviembre de 1980.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El C. licenciado Juan Sabines Gutiérrez, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, invita al acto en que rendirá ante la 54 Legislatura su Primer Informe de Gobierno y el 4o. del Mandato Constitucional, el que tendrá lugar el 2 de diciembre.
El Gobierno del Estado de Morelos, invita a los actos que para conmemorar el 69 aniversario de la Proclamación del Plan de Ayala, tendrán lugar en la ciudad de Cuautla y en el Municipio de Ayala, en dicho Estado, el 28 de noviembre.
El Departamento del Distrito Federal invita al acto cívico que con motivo de conmemorarse el 69 aniversario de la Promulgación del Plan de Ayala, tendrá lugar próximo día 28 del actual.
Iniciativa del Ejecutivo
De Reformas a los artículos 29, 90 y 92 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyectos de Decreto, por lo que se concede permiso a los CC. Luis Cotero Bayardini y Osvaldo Fourzán Márquez para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno de la República Democrática de Alemania.
De la Comisión de la Defensa Nacional con proyecto de Decreto que Reforma los Artículos 15, fracción I, y 16, primer párrafo, y se derogan
la fracción VII y el último párrafo del artículo 16 de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Justicia con proyecto de Decreto que adiciona con una fracción V del artículo 254 del Código Penal para el Distrito Federal."
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
- El mismo C. Secretario:
"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima primera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta.
Presidencia del C. Rafael Cervantes Ayala.
En la ciudad de México, a las once horas y treinta y cinco minutos del miércoles diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta, con asistencia de trescientos treinta y cinco ciudadanos diputados, la presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del Orden del Día y del Acta de la sesión anterior llevada a cabo el día de ayer, misma que sin discusión se aprueba.
Se da cuenta con los documentos en cartera:
La Legislatura del Estado de Aguascalientes suscribe atenta invitación a la sesión solemne que tendrá lugar el día 22 de los corrientes, en la que el C. profesor J. Refugio Esparza Reyes, Gobernador Constitucional de la Entidad, dará lectura al Sexto y último informe de su gestión administrativa.
Para asistir a dicha sesión solemne con la representación de esta Cámara de Diputados, la Presidencia designa en Comisión a los CC. Epigmenio García Avila, Gilberto Romo Nájera, Guillermo Medina de los Santos, Adelaida Márquez Ortiz, Ramiro Lupercio Medina y Jorge Amador Amador.
Comunicaciones de las Legislaturas de los Estados de Aguascalientes, Nuevo León y Tabasco por la que participan la elección de sus respectivas Mesas Directivas, que fungirán durante el presente mes de noviembre. De enterado.
La H. Cámara de Senadores remite dos Minutas con proyectos de Decreto que conceden permiso a los CC. Luis Cotero Bayardini y Osvaldo Fourzán Márquez, para aceptar y usar una condecoración que les confiere el Gobierno de la República Democrática de Alemania. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
El C. Israel Martínez Galeana da lectura a un dictamen con proyecto de Decreto emitido por la Comisión de Justicia, en virtud del cual se adiciona con una fracción V el Artículo 254 del Código Penal para el Distrito Federal. Primera lectura.
Las Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Hacienda y Crédito Público presentan un dictamen con proyecto del Ley del Seguro Agropecuario y de Vida Campesino.
En virtud a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, la Asamblea en votación económica dispensa la segunda lectura del mismo, a efecto de que se someta a discusión en lo general de inmediato.
A discusión en lo general el proyecto de Ley.
Una vez registrados los Oradores, en votación económica la asamblea aprueba que hablen en pro del dictamen todos los oradores inscritos.
A continuación, para poner de manifiesto la importancia de esta Ley y en apoyo del dictamen, hacen uso de la palabra los CC. Gumercindo Magaña Negrete, Ramón Danzós Palomino, Rafael Carranza Hernández, Lázaro Rubio Félix, José G. Minondo Garfias y Beatriz Paredes Rangel.
En votación económica se considera suficientemente discutido el proyecto de Ley.
A discusión en lo particular. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto, resultando aprobado por unanimidad de trescientos treinta y cinco votos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.
La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a dos Minutas con proyecto de Decreto enviado por la H. Colegisladora, para conceder permiso al C. licenciado José López Portillo, para aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito Duarte, Sánchez y Mella en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de la República dominicana, y al C. Jorge Castañeda, la condecoración de la Orden de la Legión de Honor en grado de Gran Oficial, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.
La Presidencia considera estos asuntos de urgente resolución, y la Asamblea, con fundamento en el Artículo 59 del Reglamento, les dispensa todos los trámites a efecto de que se sometan a discusión y votación de inmediato.
A discusión los dos proyectos de Decreto. Sin que motiven debate, en votación nominal, se aprueban por trescientos cuatro votos en pro, uno en contra y treinta abstenciones. Pasan al ejecutivo para sus efectos constitucionales.
En seguida, el C. Rafael García Vázquez aborda la Tribuna para manifestar que el viernes 21 del presente se cumplen 58 años del fallecimiento de una de las figuras más calumniadas pero más limpias de la Revolución Mexicana, Ricardo Flores Magón.
Hace una semblanza de su vida y concluye expresando lo siguiente:
"Por eso hoy es justo recordar la memoria de ese extraordinario mexicano, por la grandeza de su obra, por la claridad de su pensamiento y por sus hazañas. Ricardo Flores Magón se ha hecho acreedor al respeto y al cariño de todos los buenos mexicanos.
Por eso su nombre de periodista y de caudillo ocupa un sitio de honor en el altar de la Patria y las nuevas generaciones rendimos justo y patriótico homenaje al valorizar la grandeza de su obra y hago votos por que muy pronto, al lado de los forjadores de la Patria, se encuentre con letras de oro el nombre del campeón de los derechos humanos, el hombre cumbre de idea libertaria, de Ricardo Flores Magón."
Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la Sesión próxima.
A las trece horas y diez minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes veinticinco del actual, a las diez horas."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba... Aprobada, señor Presidente.
El C. Antonio R. Casillas: Pido la palabra, de acuerdo con el Artículo 102.
El C. Presidente: Con mucho gusto, señor diputado, pero le ruego que esperemos a desahogar los asuntos del Orden del Día.
INVITACIONES
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
"Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 1o. de noviembre de 1980.
Juan Sabines Gutiérrez, Gobernador Constitucional del Estado.
C. diputado Rafael Cervantes Acuña, Presidente de la LI Legislatura de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F.
Tengo el agrado de comunicar a esa H. Cámara de Diputados que a las 11:00 horas del día 27 del actual, rendiré ante la LIV Legislatura del H. Congreso del Estado, mi Primer Informe de Gobierno y Cuarto del Mandato Constitucional, sobre las tareas que hemos realizado con la participación solidaria de mis conciudadanos y con el apoyo permanente del señor Presidente de la República.
Con tal motivo, tengo el honor de invitar a este acto a los distinguidos miembros de esa Representación Nacional, cuya presencia será una distinción para el pueblo chiapaneco y para mi Gobierno.
Con mi saludo afectuoso, aprovecho la oportunidad para expresarles el testimonio de mi atenta y distinguida consideración.
"Tuxtla Gutiérrez, Chis. 19 noviembre de 1980.
Diputado Rafael Cervantes Acuña, Presidente de la LI Legislatura de la H. Cámara de Diputados.- Donceles y Allende.
México, D. F.
Permítome comunicar esa H. Cámara de Diputados que con honrosa presencia C. licenciado José López Portillo Presidente República como gran distinción a Chiapas Congreso Estado aprobó mi compadecencia primer informe gobierno cambió fecha dos diciembre próximo doce horas esperando tener honor compañía esa representación nacional dicho acto Cine Chiapas esta ciudad salúdolo afectuosamente Juan Sabines Gutiérrez, Gobernador Constitucional Estado."
El C. Presidente: para asistir a este acto en representación de esta Cámara se designa a los siguientes CC. diputados: Lauro Ortega Martínez, Ismael Orozco Loreto y José G. Minondo Garfias.
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F.
Me es grato hacer de su conocimiento que este Gobierno a fin de conmemorar dignamente el LXIX Aniversario de la Proclamación del Plan de Ayala, ha organizado para el próximo día 28 de noviembre del presente año, una Guardia de Honor en el Monumento erigido a la memoria del señor general don Emiliano Zapata Salazar, en Cuautla, Mor., y Ceremonia Cívica, en la Plaza del Municipio de Ayala, Mor., a las 10:30 y 11:00 horas, respectivamente.
La presencia de su distinguida personalidad, con motivo de esta celebración, constituirán un honor para esta Entidad Federativa, por lo que a nombre propio, del pueblo y Gobierno de Morelos, me permito hacer a usted la más atenta y cordial invitación para que se digne presidir los actos mencionados.
Agradezco a usted la atención que tenga a bien dar a la presente y aprovecho la oportunidad para reiterarle una vez más las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El C. Gobernador Constitucional del Estado, doctor Armando León Bejarano Valadez.
El Secretario de Gobierno, licenciado Fausto González Hernández."
El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de esta Cámara, se designa a los siguientes CC. diputados: Salvador de la Torre Granjales, Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Leyver Martínez González, Rafael Pascacio González Cano, Jaime Coutiño Esquinca, Alberto Ramón Cerdio Bado, Amelia Olguín Vargas, Antonio Cueto Citalán, Alberto Cuesy Balboa, Cesar Augusto Santiago Ramírez, Graco Ramírez G. Abreu, Luis R. Casillas Rodríguez, Rodolfo Alvarado Hernández, Rodolfo Delgado Severino, Francisco Javier Aponte Robles, Carlos Rivera Aceves, Rosa María Campos y Amparo Aguirre Hernández.
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Departamento del Distrito Federal.
México, D. F., a 12 de noviembre de 1980.
C. diputado licenciado Rafael Cervantes Acuña, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Donceles y Allende.- Presente.
El Departamento del Distrito Federal por conducto de esta Dirección General, hace a usted una atenta y cordial invitación al acto cívico que con motivo de conmemorarse el LXIX Aniversario de la Promulgación del Plan de Ayala, tendrá lugar el próximo día
28 del actual, a las 10:30 horas, ante la estatua que evoca la memoria del general Emiliano Zapata, en la Glorieta de Huipulco, ubicada en la calzada de Tlalpan de esta ciudad.
Al propio tiempo, me permito rogarle tenga a bien dictar sus respetables instrucciones, con objeto de que una comisión asista al acto de referencia y efectúe el depósito de una ofrenda floral, con la representación de esa H. Cámara de Diputados que usted preside.
Reitero a usted, con mi reconocimiento, la seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Directora General, profesora Marta Andrade de Del Rosal."
El C. Presidente: Para asistir a ese acto, en representación de esta honorable Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: José María Téllez Rincón, Ignacio Zúñiga González y José Valencia González.
INICIATIVAS
REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México D. F.- Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República con el presente les envío Iniciativa de Reformas a los artículos 29, 90 y 92 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 19 de noviembre de 1980.
El secretario, profesor Enrique Olivares Santana."
"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.
La administración pública es un instrumento que debe responder con oportunidad y capacidad a las demandas que se van presentando en la evolución de la sociedad mexicana y requiere, en consecuencia, de periódicas y actualizaciones conformes a las necesidades del desarrollo económico y social del país.
Ya los constituyentes de 1917 planteaban la conveniencia de combinar las acciones de instituciones gubernamentales de diferentes tipos, con el fin de acrecentar la eficiencia, la eficacia y la congruencia del sector público. Fueron ellos quienes promovieron la creación de los departamentos administrativos como instituciones distintas de las Secretarías del Estado para auxiliar técnica y administrativamente al titular del ejecutivo en el desempeño de sus funciones.
Las diversas leyes de Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos promulgadas desde esa época han permitido la creación de dichas dependencias así como la regulación de sus esferas de competencia y las relaciones entre ellas, formando así el ámbito de las administración pública centralizada.
No obstante, y sobre todo a partir de los años veinte, para hacer frente a los requerimientos del desarrollo empezaron a aparecer otro tipo de instituciones públicas como los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y otras modalidades administrativas, que han conformado el ámbito de la administración pública paraestatal.
Diversas leyes como las que se han referido por ejemplo al Control por parte del Gobierno Federal de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal, establecen algunas modalidades relativas a la operación y control de las entidades paraestatales. La realidad ha demostrado sin embargo, la necesidad de que una ley orgánica regule la Administración Pública Federal como un todo, lo cual exige que, además del número y las atribuciones de los secretarios de Estado y jefes de departamentos administrativos, se prevean las modalidades de creación, operación y control de las entidades paraestatales.
Las instituciones paraestatales suman ya en la actualidad más de 800 entidades, entre organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritarias, empresas de participación estatal minoritarias y fideicomiso públicos, y sus fundamentos constitucionales todavía se encuentran difusamente plasmados en ese supremo ordenamiento legal.
Diferentes artículos constitucionales contienen referencias sobre las entidades paraestatales. Algunos determinarán materias específicas que son de la competencia exclusiva del Estado, otros consignan la facultad del Congreso para ser informado de la gestión administrativa de tales instituciones o para autorizar comisiones, a fin de investigar su funcionamiento. Se hace necesario, no obstante, que la máxima norma establezca el fundamento para definir las características básicas de las entidades paraestatales, así como para señalar la intervención del ejecutivo federal respecto a su operación, a fin de conseguir una mayor coherencia en su ejercicio y evitar desperdicios y contradicciones.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que en su oportunidad tuve el alto honor de proponer a vuestra soberanía, actualiza dichos conceptos y recoge también los resultados de más de cincuenta años de experiencia de nuestra administración, en su esfuerzo por conducir el desarrollo planeado del país, mediante el cabal aprovechamiento de las tradicionales dependencias de la administración centralizada y de la nuevas modalidades que han surgido de la administración paraestatal. Asimismo en distintas leyes aprobadas por ese H. Congreso como son entre otras la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, la Ley General de Deuda Pública y la Ley Sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Almacenes de la Administración Pública Federal
se establecen también disposiciones que norman y regulan la operación de las dependencias centralizadas y entidades paraestatales así como sus relaciones de coordinación administrativa.
Por otra parte, la mención que hace el artículo 29 Constitucional de un Consejo de Ministros, no corresponde a la noción unitaria de la responsabilidad de la función pública en un régimen presidencial. Como lo contempla el artículo 90 del propio ordenamiento. Nuestro sistema democrático y político no comprende un régimen parlamentario o ministerial sino que, requiere en todo caso de reuniones de gabinete presididas por el Titular del Ejecutivo Federal, las cuales pueden incluir o no a la totalidad de los secretarios de estado y jefes de departamentos administrativos, así como al procurador general de la República, en su caso.
El uso y la práctica han confirmado también la conveniencia de que no sólo los secretarios del despacho, sino también los jefes de departamentos administrativos deban conocer las obligaciones que asumen al dictarse una disposición y puedan así ejercer el control y la responsabilidad de los actos administrativos que ordenen y ejecuten dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.
Los secretarios de Estado están facultados a refrendar los reglamentos, decretos y órdenes expedidos por el Presidente de la República, atribución de la que aun carecen constitucionalmente los jefes de los departamentos administrativos, y si bien es cierto que en su momento se justificó tal diferencia, la experiencia histórica ha demostrado la necesidad de omitir distingos entre titulares de dichas dependencias del Poder Ejecutivo, en materia de refrendos.
Atendiendo a las razones expuestas y en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo Federal a mi cargo confiere el artículo 71, fracción I de la Constitución General de la República, y a fin de actualizar las disposiciones y acciones relacionadas con la Administración Pública Federal, presento ante vuestra soberanía la siguiente iniciativa de
DECRETO
Artículo único. Se reforman los artículos 29, 90 y 92 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como sigue:
"Artículo 29. En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de la República Mexicana, de acuerdo con los titulares de las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Procuraduría General de la República y con aprobación del Congreso de la Unión y, en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculos para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación: pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las aurizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación, pero si se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde."
"Artículo 90. La Administración pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, la que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y departamentos administrativos y definirá las bases generales de creación del Ejecutivo Federal en su operación.
Las leyes determinarán las relaciones entre las entidades paraestatales y el Ejecutivo Federal o entre éstas y las Secretarías de Estado y departamentos administrativos."
"Artículo 92. Todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente deberán estar firmados por el secretario de Estado o jefe de departamento administrativo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos".
TRANSITORIO
Unico. Las presentes reformas entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Palacio Nacional a 19 de noviembre de 1980.
El Presidente de la República, José López Portillo."
- Trámite: Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
El C. Manuel Stephens García: Señor Presidente, pido la palabra para leer una Iniciativa.
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Manuel Stephens García.
El C. Manuel Stephens García: Señor Presidente:
Señores diputados:
Siendo el Grupo Parlamentario Comunista Coalición de Izquierda, defensor intransigente y clasista de los intereses del proletariado nacional y de todo el pueblo trabajador de nuestro país es por eso que presentamos la siguiente Iniciativa:
(Lectura. Insértese).
Grupo Parlamentario Comunista. (Coalición de Izquierda).
H. Cámara de Diputados.- Presente. 25 de noviembre de 1980.
Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, el Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda) presenta a la consideración de esta Cámara el siguiente Proyecto de Decreto, mediante el cual se introducen reformas a la Ley Federal del Trabajo a fin de derogar la anticonstitucional figura del registro sindical.
Dicho proyecto se sustenta en la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
EL registro sindical obligatoria que establece la Ley Federal del Trabajo ha sido nocivo para el sindicalismo democrático de México, a la vez que significa una violación de la Letra y el espíritu de la Constitución General de la República que reconoce a los trabajadores su derecho a la organización libre y sin interferencia del Estado.
El sindicato es una organización de trabajadores formado por la voluntad exclusiva de sus integrantes, siendo éste el único requisito que demanda su existencia. Lo anterior que es aceptado por todas las legislaturas del mundo y por todos los regímenes y terorías políticas democráticas lo dispone el artículo 123 de la Constitución al señalar que "tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc." lo cual confirma que son los trabajadores y sólo ellos, los que determinan la formación de sus sindicatos. De donde el registro sindical viene a construir una violación de este principio, pues representa una intervención del Estado en los sindicatos y por lo mismo un atentado a la libertad sindical.
Por la libertad y la autonomía sindical, el proletariado del mundo entero, incluyendo al de México, ha presentado largas y heroicas batallas y mucha es la sangre que ha derramado. Hoy en todos los países donde se practica alguna forma de vida democrática, el registro sindical ha sido cancelado. Y no sólo nos referimos a países socialistas, sino inclusive a países capitalistas como Francia, Italia o Inglaterra, en donde no existe el registro sindical.
En sus orígenes el registro sindical se estableció, que serviría al interés de los trabajadores al evitar que los patrones formaran sindicatos fantasmas, que desplazaran a los sindicatos auténticos: que fuera a ellos a quienes se reconocieran la titularidad de los contratos colectivos y que éstos se atribuyeran falsamente la representatividad de lo trabajadores.
Pero el registro ha contradicho este supuesto propósito. En la realidad fundamentalemente ha servido como mecanismo utilizado por el Estado, para evitar el reconocimiento pleno a sindicatos democráticos y auténticamente combativos.
De ahí, que hoy sea comúnmente aceptado, que el registro sindical es una figura antidemocrática, cuya existencia sólo se aplica por la conducta autoritaria de los gobiernos que la aplican, pero que es nociva al interés de los trabajadores y contraria a los regímenes de derecho y a la democracia.
II
El Registro sindical lo determina el Artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo al señalar:
"Los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Prevención Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local, a cuyo efecto remitirán por duplicado:
I. Copia autorizada del Acta de la Asamblea Constitutiva:
II. Una lista con el número, nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios:
III. Copia autorizada de los Estatutos; y
IV. Copia autorizada del Acta de la Asamblea en que se hubiere elegido la
Directiva.
Los documentos a que se refieren las fracciones anteriores serán autorizados por el secretario general, de la Organización y el de Acta, salvo lo dispuesto en los Estatutos".
Para después establecer en el Artículo siguiente, 366 de la propia Ley, que el registro sólo podrá negarse cuando el sindicato tenga finalidades diferentes a las dispuestas en la Ley, que no se haya constituido con el número de miembros que ella establece, y que no se exhiban los documentos que señala el artículo anterior.
Sin embargo, con todo lo sencillo que se supone, son los requisitos para registrar sindicatos en la práctica cuando éstos son revolucionarios, democráticos e independientes las autoridades ponen innumerables obstáculos para otorgar el registro y en la mayoría de los casos lo niegan.
Casos concretos y recientes de lo anterior, los tenemos con la negativa al registro de que han sido objeto el sindicato de los bancarios, el de jornaleros agrícolas y el SUNTU. Asimismo, son múltiples los casos de sindicatos que se forman en una empresa o rama industrial como resultado del descontento de los trabajadores con el sindicato reconocido, a los que no se les otorga el registro.
Todo lo anterior pone de manifiesto que la política de las autoridades del Trabajo, que se orienta a sólo reconocer sindicatos acríticos y seguidistas del Estado, comprometidos con la empresa y antidemocráticos, tiene un sustento importante en el registro de sindicatos obligatorios.
III
Además desde el punto de vista jurídico, el registro sindical es anticonstitucional, pues viola y contradice varios artículos de nuestra Carta Magna.
En primer término, viola su artículo 9o., que dispone:
"No se podrá coartar el derecho de asociación a reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito...".
Igualmente viola el artículo 14 del mismo ordenamiento, que prohibe que alguien sea privado de sus derechos, si no es através de juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos.
En este caso, el registro sindical implica la posibilidad de privar a los trabajadores del derecho de asociación, sin efectuarse los procedimientos que dispone la Ley, ni por parte de los tribunales por ella establecidos.
También viola, la fracción XVI del artículo 123 Constitucional a que antes nos referimos.
Asimismo, el registro se enfrenta al artículo 357 de la propia Ley Federal del Trabajo, que estipula que:
"Los trabajadores y los patrones tienen derecho a construir sindicatos sin necesidad de autorización previa."
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo, cuyos convenios México ha suscrito, dispone en su artículo 2o. que la "constitución de las organizaciones sindicales no puede estar sujeta a una autorización previa y en su artículo 7o., señala que la adquisición de la penalidad jurídica no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite los principios de libertad sindical" (citado por Mario de la Cueva, "El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo". Porrúa la edición página 339).
De donde, el gobierno mexicano también está violando estos convenios al aplicar el registro sindical y mantener su carácter normativo. Lo anterior, es una razón más que nos obliga a derogarlo. Como alternativa a ello, nuestro Grupo Parlamentario propone que únicamente se establezcan mecanismos para que las autoridades lleven una estadística sindical. Las disposiciones de estos mecanismos no deberá ser obligatorias para los sindicatos ni podrán ser aquellas que le abran paso a la intervención del Estado en los sindicatos. Estos, voluntariamente y como acto de público conocimiento, podrán depositar ante las autoridades sus Estatutos y otros documentos, pero sobre ellas, las autoridades no tendrán facultades para emitir dictamen; la personalidad jurídica de los sindicatos se adquiere con su formación y ello el Estado está obligado a respetarlo.
IV
Visto todo lo anterior que sintetiza el carácter antidemocrático del registro sindical, su anticonstitucionalidad y su contraposición con los convenios de la OIT y con los principios de libertad sindical universalmente aceptados, el Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda) presenta a su consideración el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo primero: Se modifican los artículos 356, 366, 367, 368, 370 y 385 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 365. Los sindicatos tendrán existencia y personalidad jurídicas, desde el momento de su constitución, sin que para ello se requiera de ninguna otra formalidad posterior.
Artículo 366. Para efectos estadísticos exclusivamente, los sindicatos remitirán por duplicado, a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social en los casos de competencia Federal, y a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en las de competencia Local, copia del Acta Constitutiva: copia de los Estatutos y copia del Acta de la Asamblea en que se eligió a la Directiva.
Los documentos anteriores serán autorizados por la persona a que se refiere el Artículo 368 de esta Ley.
Artículo 367. La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que señalen los Estatutos y tendrá facultades que le confieran los mismos. Su personalidad jurídica se acreditará, ante toda clase de autoridades, con la copia autorizada del Acta de la Asamblea en que fue electo.
Artículo 368. Los estatutos indicarán al Directivo que tendrá facultades para autorizar la documentación oficial del sindicato, con lo cual ésta tendrá validez jurídica plena.
Artículo 370. Los sindicatos no están sujetos a disolución o suspensión por vía administrativa.
Artículo 376. Los miembros de la Directiva de un sindicato, que sean separados por el patrón o que se separa por causa imputable a éste, continuarán ejerciendo sus funciones, salvo lo que dispongan al respecto los Estatutos.
Artículo 385. Para los efectos del artículo 366, las federaciones y confederaciones remitirán por duplicado a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social:
I. Copia del Acta de la Asamblea Constitutiva.
II. Lista de la denominación y domicilio de la organización que integran las federaciones o confederaciones.
III. Copia del Acta de la Asamblea en que se ha elegido a la Directiva.
Los documentos anteriores serán autorizados por la persona o personas a quienes faculten los Estatutos correspondientes.
Artículo segundo. Se derogan los artículos 369 y 377 de la propia Ley Federal del Trabajo.
ARTÍCULO TRANSITORIO
Unico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Diputado Manuel Stephens G.
México, D. F., noviembre de 1980.
Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda).- Diputado Arnoldo Martínez Verdugo, Coordinador."
PROPOSICIÓN DE LA GRAN COMISIÓN
El C. Presidente: Se ha recibido un oficio de la Gran Comisión de la Cámara de Diputados.
Se ruega a la Secretaría dar cuenta de su contenido a la Asamblea.
- El C. secretario David Jiménez González:
"México. D. F., noviembre 25 de 1980.
Honorable Asamblea:
De acuerdo con el artículo 50 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y considerando que existe una necesidad evidente de mejorar las condiciones de la tecnología, así como de estimular el desarrollo autónomo de los centros de investigación científica y tecnológica nacionales, se propone la creación de una Comisión que nos permite la evaluación del contenido de la tecnología que compramos, elemento vital para la selección y determinación del perfil tecnológico global que más convenga a nuestro país.
La denominación de dicha Comisión será:
Comisión de Ciencia y Tecnología.
Presidente: diputado Humberto Hernández Haddad.
Secretario: diputado Luis Medina Peña.
Diputado Guillermo Medina de los Santos.
Diputado Juan Maldonado Pereda.
Diputado Jaime Genovevo Figueroa Zamudio.
Diputado Cuauhtémoc Anda Gutiérrez.
Diputado René Franco Barreno.
Diputado Gonzalo Sedas Rodríguez.
Diputada Yolanda Sentíes de Ballesteros.
Diputado Francisco Sánchez Díaz de Rivera.
Diputado Ismael Orozco Loreto.
Diputado Roger Milton Rubio Madera.
Diputado Angel López Padilla.
Diputado Pablo Emilio Madero.
Diputado Antonio Vázquez del Mercado.
Diputado Jorge Amador Amador.
Diputado Gumercindo Magaña Negrete.
Diputado Arturo Salcido Beltrán.
Diputado Belisario Aguilar Olvera.
Atentamente.
Diputado Luis M. Farías, Presidente.- Diputado Rafael Corrales Ayala, Secretario.- Diputado Carlos M. Piñeira R., Secretario."
En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aprobada, señor Presidente.
INICIATIVAS
INDUSTRIA QUÍMICO- FARMACÉUTICA
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Santiago Fierro Fierro.
El C. Santiago Fierro Fierro: Ciudadanos diputados:
Para el criterio del Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda), es fundamental la nacionalización de la industria de transformación químico - farmacéutica. derivada de los minerales, plantas, productos biológicos, de la petroquímica secundaria y la molecular, cada día más avanzada en su investigación; y la expropiación de algunas empresas, sobre todo extranjeras, para garantizar por el Estado, el derecho a la salud de los mexicanos.
Al nacionalizar la industria químico - farmacéutica se logrará un considerable ahorro a la economía nacional, porque se evita el pago de tecnologías extranjeras, patentes, sobrefacturación de las filiales a su casa matriz, etc., y la medicina podrá venderse 80% más barata, lo que beneficiará directamente a la gente más humilde.
Pero estas ventajas económicas no se lograrán con la política de "mexicanización" que ya empezaron a proponer como solución algunos funcionarios y dirigentes políticos comprometidos con el imperialismo extranjero. Porque esta política es antinacional antipatriótica y antieconómica. Se le ha manejado como un nuevo sistema de desarrollo económico "conciliador"; que favorece tanto a los patrones, como a los trabajadores; pero eso es una mentira. Esta política de "mexicanización" es un híbrido, una entelequia que favorece mucho más a los empresarios al formarse esa triple alianza entre el Estado y los empresarios nacionales y extranjeros; porque al convertirse en socios del Estado, son más protegidos que nunca en sus inversiones, se les proporciona materia prima barata, mercado seguro a sus productos; no hay límite para sus precios; mano de obra casi regalada; control fascistoide sindical y político de sus obreros; mayoría de "empleados de confianza"; y los empresarios nacionales se conviertan, sin recato, en prestanombres de los extranjeros. La política de "mexicanización" es una grosera deformación de las leyes del desarrollo económico mundial, donde solamente existen dos modos de la producción de bienes materiales: el capitalista y el socialista; con la presencia inherente de la propiedad privada en la primera, que favorece a los patrones y al gobierno burgués; y la propiedad social y desaparición de la propiedad privada en la segunda, y que favorece a los trabajadores. No existen mamotretos intermedios, como no pueden existir hijos de las perras y los gatos.
Sin embargo, como paso previo mientras se maduran más las condiciones para la nacionalización, para poner la medicina al alcance de las clases populares, sobre todo las que no tienen derecho a la seguridad social, el Estado debe intestificar considerablemente, en cantidad y calidad, la elaboración de sus propios medicamentos en sus dos laboratorios de propiedad estatal ya establecidos: Proquivemex Industrial y Proquivemex Farmacéutica, modificados para abastecer las necesidades de las instituciones oficiales de prevención y asistencia médica, como el IMSS, ISSSTE, SSA, DDF, PEMEX, FFCC, hospital de Hacienda, Fuerzas Armadas, etc.; y para distribuirlas y venderlas al público a través de las tiendas CONASUPO, IMSS- Coplamar, sociedades cooperativas, ejidos, DIF, CRA, CREE, IMAN, etc., entre otros.
El gobierno no debe pretextar que es incosteable la elaboración de la medicina por el Estado porque sale más caro elaborarla que comprarla a los laboratorios que le dan precios muy baratos, a cambio de no molestarlos en
los precios que dan en el mercado de las dos terceras partes de la población, que les queda libre; lo que sería falso, porque son más baratos los precios del propio laboratorio, que utilizaría materia prima ya elaborada en el país; porque se puede prescindir de la caja de cartón de empaque y los consiguientes gastos de imprenta, porque se pueden cambiar los envases de vidrio por sintéticos, y usar la medicina a granel, lo que en las cantidades que consume el Estado y la población, representa varios miles de millones de pesos de ahorro por año. Además, se eliminarán los laboratorios de "sexenio", que todavía existen en las instituciones oficiales, a los que les compran caro productos de muy dudosa calidad e higiene, y que deben ser investigados y denunciados.
El Poder Público, a través de su gobierno debe intervenir en el mercado libre de los medicamentos mientras se procede a la nacionalización de los mismos.
Los enemigos de la elaboración de la medicina por el Estado dicen que ningún país es capaz de elaborar toda la variedad de medicamentos para sus necesidades; es cierto, pero el mercado internacional es cada vez más amplio, y numerosos países nos proporcionan materias primas y tecnologías sin onerosos pagos de derechos.
Que no existe el personal suficiente para el control de calidad y producción. Eso es falso. Hay el personal suficiente y de gran calidad, sólo hay que darle el trabajo.
Que se carece de laboratorios de control de calidad y para la investigación. Existe el laboratorio de control que ni siquiera funciona a su capacidad, con un personal de primera categoría. Los laboratorios de investigación necesarios, serán creados con el ahorro en los gastos de compra.
Que los médicos no recetarán los productos del Estado por desconfianza y por baratos. Nosotros decimos que no todos los médicos piensan lo mismo; y que cuando se haga un llamado patriótico en campaña nacional, a los médicos, y ellos vean que cubrir esa necesidad no es para enriquecer a funcionarios o particulares, ni para campañas demagógicas, el médico responderá con sus recetas, para proteger económicamente a sus pacientes, y para colaborar al logro de la independencia económica de su patria.
Con estas consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 73 Constitucional, los diputados miembros del Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda) presentamos a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente Proyecto de Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado que se denominará Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos.
Fundamentamos nuestra propuesta en la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda), contenido con el apoyo y asesoría de diversos especialistas en la Industria Químico Farmacéutica (IQF), realizó un profundo análisis de la situación que prevalece hoy en esa estratégica rama de la producción, los resultados de tal estudio se presentan como anexos a la presente exposición de motivos.
Todos los estudios realizados, no dejan lugar a dudas sobre los efectos antisociales que la estructura y patrón de desarrollo de la Industria Químico Farmacéutica tiene sobre las condiciones de salud y seguridad social de millones de mexicanos.
Como se demuestra en los anexos, la estructura de la IQF en México está determinada por las empresas transnacionales, aun cuando ciertas funciones de dicha industria son diferentes al estar operando en un país como el nuestro. El resultado de esa determinación foránea ha sido de la concentración de poder económico en filiales de empresas transnacionales que se traduce en la preeminencia de intereses y estrategias comerciales sobre los intereses de atención a la salud. La maximización de la ganancia por sobre cualquier interés es el punto fundamental de la estrategia que las transnacionales han seguido no sólo en México, sino en todos los países en que operan.
El poderío económico de los laboratorios transnacionales se ve reflejado en el dominio que ejercen en el mercado de productos. Ello se complementa con la situación imperante en la distribución de productos farmacéuticos, que está altamente concentrada a nivel mayorista y que junto con la distribución minorista, altamente ineficiente, originan un aumento del 48% al 64% en los precios al consumidor.
No tan sólo el tamaño de las empresas le dan a las transnacionales un gran poder económico, sino que el alto grado de control de la propiedad, unido a la posesión de la mayor parte de los recursos físicos de la industria, así como el control de los mercado terapéuticos y formas de medicación les confiere un alto grado de dominio. El control de la producción y del mercado se asocia directamente al control que los laboratorios extranjeros tienen sobre la tecnología, patentes y marcas, así como a su enorme poder de promoción comercial y publicidad.
El control tecnológico basado en la investigación y desarrollo confiere a los laboratorios transnacionales el dominio de los mercados de materias primas. El comercio interempresas, (tanto de materias primas como de consumo final) les da la oportunidad de sobrefacturación, que constituye uno de los principales mecanismos de remisión de utilidades hacia sus casas matrices. En nuestro país se puede afirmar que la diferencia entre los valores de importación a que adquieran las materias primas importadas los laboratorios extranjeros y el valor en el "mercado libre" es en promedio del 55% al 57%.
Existen elementos, como lo hemos expuesto en los anexos, que señalan la influencia directa de los laboratorios transnacionales sobre la formación y capacitación de los médicos mexicanos. Desde la influencia indirecta en los programas
de estudio hasta la profusa difusión de revistas, folletos y "directorios de especialidades de farmacéuticas" de un dudoso contenido científico. Las "recompensas" de diverso tipo a los médicos, las gratuitas, las comisiones en venta de medicamentos, el patrocinio de viajes de estudio y de placer, etc., conforman una telaraña en la que los laboratorios transnacionales han envuelto a la enorme mayoría del personal médico y paramédico, público y privado, que se ve reducido al papel de "recetar" el producto que al laboratorio le interesa promover. Tal situación ha sido ampliamente favorecida por el sistema actual de registro de medicamentos (por marca comercial y no por nombre genérico) y la deformante labor de publicidad y propaganda de los laboratorios.
De igual manera, como también lo hacemos notar en nuestro estudio, el poder de los laboratorios transnacionales se sobrepone, y hace la mayoría de las veces nula la acción del Estado en lo que al control y orientación de la IQF mexicana se refiere. La carencia de una política definida y coherente en materia de control de calidad, registro de medicamentos, importaciones de materias primas, instalación o ampliación de los laboratorios, jerarquías en la producción, etc., y la profusión y dispersión de los ordenamientos legales, hacen que hoy día la acción del Estado en este asunto vital sea de mero agente pasivo, cuando no de cómplice en las prácticas antisociales de los grandes laboratorios.
Todos los elementos hasta aquí expuestos muestran la necesidad de poner en vigor medidas de orden jurídico y económico que permitan iniciar un profundo proceso de transformación de la IQF en función de los intereses de toda la población.
Sabemos que ello requeriría de la IQF la propiedad privada, y fundamentalmente la propiedad extranjera, procediendo a usar el recurso constitucional de expropiación por causa de utilidad pública y en beneficio de la Nación. Las causas de expropiación están plenamente demostradas. Pero sabemos también que las condiciones económicas y políticas actuales de nuestro país ello conduciría a inmensos problemas de abastecimiento interno de medicamentos y a posibles "boicots" y acciones del mismo corte por parte de los grandes consorcios transnacionales. Sin embargo, el impacto sobre la salud del pueblo de México sería notorio, y no podemos, en las condiciones actuales, asumir ese riesgo. La capacidad desestabilizadora y de especulación contra las condiciones de vida de nuestros pueblos ha sido puesta en práctica por las transnacionales cada vez que sus interese ha sido afectados. El ejemplo chileno no puede ser olvidado.
El gobierno ha pretendido instrumentar como vía alternativa al dominio transnacional sobre la IQF, las llamadas "mexicanizaciones" por las cuales el 51% del capital social de las empresas pasa a poder de capitales mexicanos. Esta política no ha tenido, ni tendrá, ninguna influencia real sobre la estructura y comportamiento de los laboratorios, ya que la experiencia ha demostrado palmariamente que los intereses y conducta de los grandes capitalistas mexicanos y extranjeros no difieren en lo absoluto.
En 1977 la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista presentó una Iniciativa de Decreto para crear un organismo público descentralizado para la fabricación de medicamentos.
Dicha iniciativa, aún pendiente de dictamen, dio lugar a una serie de audiencias públicas en donde quedó clara la oposición de los grandes capitalistas nacionales y extranjeros a la medida propuesta por el PPS, incluso el vocero de Proquivemex se opuso, argumentando que ya existía ese organismo y era precisamente Proquivemex.
Hoy los diputados miembros del Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda) venimos a proponer ante esta Asamblea un conjunto de proyectos de decreto, que basados en los elementos vertidos a lo largo de los anexos y de esta exposición buscan conformar una vía de solución al problema de la IQF mexicana.
El primero de estos proyectos recupera y desarrolla la iniciativa del PPS, proponiendo la transformación de la empresa participación estatal mayoritaria "Productos Químicos Vegetales Mexicanos, S. A.", en una empresa estatal descentralizada dedicada a la fabricación de medicamentos y de sus materias primas; a la regulación del comercio exterior de productos intermedios o terminados de la IQF, a la investigación y desarrollo y a la comercialización y distribución de medicamentos tanto entre los organismos del sector salud como en el mercado privado. En suma, una empresa que ejerza un verdadero carácter rector en la IQF mexicana.
La existencia de un sistema de salud pública como el que se ha desarrollado en México, le confiere al Estado Mexicano una capacidad de decisión considerable que hasta ahora no ha sido utilizada. El sector público adquiere alrededor del 37% de la producción farmacéutica, este solo hecho justificaría la construcción y desarrollo de una verdadera infraestructura químico - farmacéutica bajo control estatal.
Mientras la fabricación de materias primas siga a cargo de filiales de empresas transnacionales, aun cuando estas se "mexicanicen", el control de la tecnología de las materias primas, así como de la investigación y desarrollo de productos seguirá siendo realizado por las empresas transnacionales.
La regulación del mercado, además de la fabricación de materias primas y elaboración de todo tipo de productos farmacéuticos, prioritariamente los del cuadro básico constituyen tareas y funciones que pueden cumplir una empresa químico - farmacéutica estatal. Es de todos conocida la situación de escasez de ciertos medicamentos que se ha presentado en fechas recientes y que afecta no sólo al mercado privado, sino también a los organismos del sector
salud, tal fenómeno, provocado por los grandes laboratorios, no tiene otra finalidad que presionar a las autoridades para aumentar los precios. En una empresa estatal como la que proponemos, sería posible la regularización efectiva y la demanda que garantice el abasto suficiente y oportuno al sector y al mercado privado, pudiéndose, al mismo tiempo influir directamente sobre los precios por vía del abaratamiento de los medicamentos producidos por el laboratorio estatal, política en la que ya se cuenta con experiencias concretas de Proquivemex.
Por otro lado, no hay ninguna razón que justifique el confinamiento de un laboratorio estatal al mercado del sector público, por el contrario, la participación de un organismo, como el que aquí proponemos crear, en el mercado privado sería altamente provechosa en términos de su peso en tal mercado. En resumen, la empresa estatal a su cargo la regulación de la oferta y la demanda del mercado farmacéutico y proveer un abastecimiento eficiente del sector salud.
Para ello, el organismo deberá utilizar todos los canales de comercialización pública y privada, con especial énfasis en el sistema CONASUPER y DICONSA - Coplamar, las tiendas sindicales y las cooperativas de consumo. En el mediano plazo el organismo deberá contar con una cadena de farmacias populares para distribuir productos del cuadro básico.
Su participación en el mercado privado vía las farmacias de particulares, deberá hacerse de manera extensa. garantizando a los pequeños propietarios de esos establecimientos, márgenes de ganancia similares a los que ofrecen los grandes laboratorios. El organismo deberá contar con un sistema propio de distribución al mayoreo que compita decididamente con los monopolios privados que controlan actualmente este vital aspecto.
La empresa estatal químico farmacéutica apoyará a los laboratorios nacionales, pequeños y medianos, y les prestará servicios técnicos de producción, y de comercialización para su operación eficiente. El organismo también deberá buscar tecnología adecuada para coadyuvar al mejoramiento y puesta al día de las plantas químico - farmacéuticas nacionales. Para lograr lo anterior, se promoverá la investigación y desarrollo de productos por medio de las más amplia colaboración entre el organismo y las universidades e instituciones de enseñanza superior.
La puesta en práctica del conjunto de funciones y atribuciones que el presente Decreto propone conferir a la empresa estatal químico - farmacéutica, sería secuenciadamente en vista de que varias de ellas son tareas de mediano y largo plazo. Así, por ejemplo, antes de proceder a la fabricación mayoritaria de materias primas, sería necesario controlar la importación de las mismas, así como su distribución. Este primer paso traerá en un corto plazo, ahorros considerables en el costo de las materias primas, que en México llega al 70% del costo de producción total, mientras que en los E.U.A., es de sólo un 25%.
Tratándose de la sustitución de importaciones de materias primas no básicas, o bien de sustancias que envuelven tecnologías sofisticadas, o simplemente cuando se trate de materias primas con mercado monopolísticos, el Estado podrá negociar las condiciones para su fabricación interna, así como las posibilidades de exportación.
Una serie de proyectos de fabricación de productos múltiples, podrán materializarse mediante la asociación con países y/o con empresas extranjeras no vinculadas a los grupos transnacionales dominantes.
La propiedad estatal sobre los recursos petroleros de la nación debe traducirse en lo inmediato en el vigoroso impulso a la creación de una industria de productos petroquímicos secundarios, base indispensable para la fabricación interna de materias primas farmacéuticas y de otro tipo. Existen por ejemplo, muchas materias primas derivadas del etileno y del nitrobenceno que podrían ser fabricadas internamente en su totalidad.
Otro paso intermedio debe ser el establecimiento de nombres genéricos a los medicamentos para evitar que los laboratorios privados realicen registros improcedentes de "nuevos" medicamentos y combatir la proliferación existente en el mercado. Estamos conscientes que dicha medida debe ser gradual, empezando por los medicamentos del cuadro básico nacional y por todos aquellos ya fabricados por el organismo estatal. Al mismo tiempo, debe erradicarse la manipulación de los laboratorios transnacionales para ligar el nombre genérico a la imagen de la compañía. A este respecto estamos presentando un proyecto de Decreto.
Toca a las universidades e instituciones de Enseñanza Superior en especial a las facultades y escuelas de medicina existentes en el país, modificar sus planes de estudio y programar la preparación de los futuros médicos, para crear en ellos una nueva mentalidad al servicio de la comunidad y de pleno conocimiento de la existencia de los medicamentos fabricados por el Estado.
Para ello, deberán promoverse todo tipo de campañas y eventos que permitan difundir, tanto entre los médicos en ejercicio como entre los estudiantes, los avances que se vayan obteniendo en esta materia. Para erradicar la práctica vaciada del soborno velado que tiene como expresión más acabada el otorgamiento de dinero en efectivo, regalos, pago de viajes, y otras prebendas, por parte de los grandes laboratorios a los médicos para que éstos receten y difundan el uso de medicamentos que son el interés de los laboratorios, proponemos que se adicione el código sanitario con la tipificación de un delito que penalice esas prácticas.
Queremos aclarar que conocemos de la existencia de un proyecto para transformar a Productos Químicos Vegetales Mexicanos, S. A. de C. V., en una empresa corporativa integrada por varias empresas de las que "Proquivemex"
Corporativa" sería el accionista mayoritario. Coincidimos en la intención de fortalecer a la empresa, pero tenemos un profundo desacuerdo con el esquema que se piensa seguir. "No será imitando las formas de organización del capital monopolista como las empresas estatales logren cumplir con las funciones para las que fueron creadas. Estamos seguros que con una transformación como la que aquí proponemos, esto es, transformando a Proquivemex en un organismo público descentralizado sujeto a control presupuestal por parte de esta Cámara, se logrará de una manera más conveniente y expedita la impostergable ampliación de la influencia estatal en la IQF mexicana.
Señores diputados:
El conjunto de Decretos que hoy proponemos ante esta Asamblea, constituyen el principio de una reorientación global de la Industria Químico Farmacéutica sobre la base de la decidida intervención estatal, pero también sobre la base de la participación de los trabajadores en la dirección de las empresas estatales es por ello que estamos proponiendo una serie de modificaciones en la conformación y funciones del Consejo de Administración del Laboratorio Estatal, a fin de garantizar que serán los trabajadores los principales impulsores y gestores del nuevo organismo.
Por todo lo anterior, proponemos el siguiente proyecto de
DECRETO QUE CREA EL ORGANISMO PUBLICO FEDERAL DESCENTRALIZADO DENOMINADO PRODUCTORA NACIONAL DE FÁRMACOS Y MEDICAMENTOS
Artículo 1o. Se crea el organismo público descentralizado que se denominará Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos y que sustituirá en sus funciones a la sociedad mercantil de participación estatal mayoritaria llamada Productos Químicos Vegetales Mexicanos, S. A. de C. V.
Artículo 2o. Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos, para todos los efectos legales tendrá personalidad jurídica y patrimonio propios y domicilio legal en la ciudad de México, Distrito Federal. Su patrimonio se integrará con:
1) Los bienes que le aporte el Gobierno Federal especialmente aquellos que en la actualidad forman parte de los activos de Productos Químicos Vegetales Mexicanos, S. A. de C. V., y que provengan de su liquidación en la parte que sea de propiedad del Gobierno Federal.
2) Las aportaciones que con carácter de subsidios para gastos corrientes e inversión pública le proporcione el mismo Gobierno con cargo al presupuesto anual de Egresos de la Federación en los términos y condiciones que establezca la Ley de Ingresos.
3) Las transferencias y otras ministraciones presupuestales previstas en el presupuesto de egresos de la Federación.
4) En general los productos, aprovechamientos, aportaciones o donativos que por cualquier otro título adquiera:
Artículo 3o. Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
I. Ser el organismo regulador, en coordinación con la Secretaría de Comercio, en la importación - exportación de materias primas, insumos intermedios y productos finales de la industria químico - farmacéutica.
II. Hacer los estudios socioeconómicos y técnicos conducentes a la fijación por el Ejecutivo Federal de los precios de venta al público de los productos farmacéuticos.
III. Planificar, organizar y ejecutar, directamente o por conducto de otras organizaciones oficiales, las intervenciones reguladoras del Estado para el mantenimiento de los precios de venta al público de los productos farmacéuticos, así como de su existencia en cantidades suficientes que permitan el abasto normal.
IV. Comprar, inclusive futuros o al tiempo, pignorar o retener por sí o a través de terceros, las materias primas, insumos intermedios, y productos finales de la Industria Químico Farmacéutica, que le permitan cumplir con las funciones establecidas en los incisos VI, VII, VIII, IX y X de este mismo artículo, así como actuar como regulador en los mercados internos realizando su distribución y venta en los canales comerciales adecuados.
V. Planificar, organizar y ejecutar, en coordinación con el sistema nacional de investigación científica y tecnológica, la investigación y desarrollo en el campo de la industria químico - farmacéutica y de todas aquellas áreas a ella vinculadas.
VI. Producir materias primas e insumos para la elaboración de fármacos, para lo cual promoverá el desarrollo estatal de la industria petroquímica y química básica y secundaria necesaria al cumplimiento de sus funciones.
VII. Industrializar todas aquellas materias primas e insumos necesarios a la fabricación de fármacos medicamentos y material sanitario tanto para consumo humano como animal. Preferentemente los incluidos en el cuadro básico nacional. Cuando el organismo requiera contratar servicios de maquila, éstas se harán con laboratorios de propiedad de mexicanos.
VIII. El organismo será el proveedor preferente de medicamentos y material sanitario utilizado en las instituciones del sistema estatal y paraestatal de salud pública.
IX. Promover, organizar y operar sistemas comerciales adecuados, y coordinarse con los sistemas privados para comprar, envasar, distribuir y vender fármacos, medicamentos y material sanitario.
X. Crear, organizar y dirigir las instituciones filiales que sean social y técnicamente necesarias para el eficaz cumplimiento de sus funciones. Artículo 4o. Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos, será administrada por: A) el Consejo de Administración B) el Director General.
Artículo 5o. El Consejo de Administración será la autoridad superior del organismo y estará integrado por las personas que desempeñen los cargos de: Secretario de Salubridad y Asistencia, que fungirá como presidente; de Patrimonio y Fomento Industrial; de Programación y Presupuesto y de Comercio, quienes podrán ser suplidos por los subsecretarios respectivos; y por cuatro representantes de los trabajadores y empleados del organismo, elegidos en votación universal, secreta y directa, cada uno con su respectivo suplente; los consejeros así designados durarán en su cargo 3 años. El consejo podrá tener los asesores técnicos que se designen en los términos del artículo 7o., inciso V.
Artículo 6o. El Consejo celebrará sesiones ordinarias una vez al mes y extraordinarias cada vez que su presidente, o al menos tres consejeros propietarios, lo estime necesario, funcionando válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos y resoluciones se tomarán por mayoría de los consejeros que asistan.
Artículo 7o. Son facultades del Consejo de Administración:
I. Planear y dirigir las atribuciones encargadas al Organismo, para cuyo efecto conocerá y en su caso aprobará los programas anuales y especiales de operación de inversiones que se cumplirán en cada ejercicio.
II. Conocer, y en su caso aprobar, los presupuestos también anuales de gastos de operación, de administración y de inversiones.
III. Conocer y en su caso aprobar, los estados financieros mensuales, los balances ordinarios y extraordinarios y los informes generales y especiales que presente el Director General.
IV. Conocer y en su caso aprobar, los proyectos sobre creación de instituciones filiales, y el establecimiento de instalaciones industriales y comerciales y de investigación, para el cumplimiento de los fines y funciones del organismo.
V. Designar al secretario y asesores técnicos del consejo y al auditor o auditores externos a propuesta de cualesquiera de los miembros del Consejo. Las personas que ocupen el puesto de asesor técnico no podrán ocupar simultáneamente otro cargo en el organismo. Su función será la de asesorar al consejo y a las comisiones que éste designe.
VI. Nombrar al Director General a propuesta del C. Presidente de la República.
VII. Establecer su propio Reglamento.
VIII. Decidir sobre los demás asuntos que le plantee el Director General.
Artículo 8o. Son facultades, obligaciones y responsabilidades del Director General:
I. Dirigir la marcha ordinaria del organismo; representándolo legalmente en su relación interna y externa, con todas las facultades que conforme a la legislación, corresponden a un mandatario general, sin más limitaciones que las que resulten del régimen especial al que están sujetos los organismos descentralizados del Gobierno Federal y los acuerdos y resoluciones que el Consejo de Administración tome sobre la Dirección General de las actividades y negocios institucionales.
II. Formular y presentar al Consejo de Administración, en sesión que el Consejo fije, los programas de operación y de inversiones, y los presupuestos de gastos para el siguiente ejercicio anual.
III. Formular y presentar al Consejo de Administración los estados financieros mensuales, balances ordinarios y extraordinarios, y los informes generales y especiales que permitan conocer de modo permanente la situación financiera, operativa y administrativa del organismo.
IV. Elaborar y establecer previa autorización del Consejo de Administración, los reglamentos de funciones y atribuciones de sus diversas dependencias, los instructivos de labores, los controles internos y externos y en general, todas las disposiciones relacionadas con la organización de la compañía.
V. Proveer todo lo necesario para el cumplimiento de los programas y el correcto ejercicio de los presupuestos aprobados por el Consejo de Administración, incurriendo en responsabilidad si contrae compromisos fuera de las limitaciones de dichos presupuestos o acuerda erogaciones en forma que no permita dentro del monto autorizado de las partidas respectivas, la atención de las funciones y atribuciones encomendadas al organismo durante todo el ejercicio fiscal.
VI. Proveer lo necesario para la estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el funcionamiento y controles de los organismos descentralizados del Gobierno Federal.
VII. Nombrar al personal de funcionarios, oficiales y empleados del organismo, señalándole sus atribuciones, obligaciones y retribuciones, con arreglo a los reglamentos, instructivos y presupuestos en vigor. Tratándose de los funcionarios y oficiales lo anterior se hará previa autorización del Consejo de Administración.
VIII. Elaborar los estudios necesarios y proponer al Consejo de Administración la creación de instituciones y filiales y establecimientos industriales, comerciales y de investigación necesarios para el eficaz cumplimiento de las funciones y servicios que le son delegados.
IX. Consultar al Consejo de Administración cuando la naturaleza o cuantía de los asuntos así lo requiera según su criterio, o a solicitud de cualesquiera de los miembros del Consejo.
X. Concurrir con voz informativa a las sesiones del Consejo de Administración, y cumplir y hacer cumplir sus acuerdos y resoluciones.
XI. Presidir los consejos de administración de las instituciones filiales del organismo.
XII. Las demás que le fijen la legislación y Reglamento sobre organismos públicos descentralizados, este decreto y los acuerdos y resoluciones del Consejo de Administración.
Artículo 9o. Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos, estará sujeta a los tribunales federales, tanto judiciales como laborales y administrativos.
Artículo 10. El Organismo gozará de los privilegios y exenciones fiscales previstos en el Código Fiscal de la Federación.
Artículo 11. Las relaciones de trabajo entre el organismo y sus trabajadores se regirán por el apartado "A" del artículo 123 constitucional y su Ley Reglamentaria.
TRANSITORIOS
Artículo 1o. Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos queda autorizada:
a) A asumir la dirección y los derechos y obligaciones de la Sociedad Mercantil de participación mayoritaria del Estado que actualmente se llama Productos Químicos Vegetales Mexicanos, S.A. de C.V., en aquellos negocios, actos y contratos que estén vigentes o que se lleven en trámite, y que por su naturaleza sea conveniente que la primera absorba para el mejor desempeño de las funciones y atribuciones que le son conferidas por este Decreto.
b) A desempeñar el cargo de liquidador de la empresa llamada Productos Químicos Vegetales Mexicanos, S. A. de C. V.
Artículo 2o. En un plazo que no exceda de 6 meses, el Congreso de la Unión deberá elaborar la Ley Orgánica de Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos, la cual se someterá a aprobación del propio Congreso en el siguiente período ordinario de sesiones.
Artículo 3o. Quedan abrogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
Artículo 4o. Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Los diputados miembros del Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda), con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional, y:
CONSIDERANDO
1. Que actualmente existen registradas más de 20,000 marcas comerciales de fármacos y medicamentos, muchas de ellas fuera de uso por no existir ya el medicamento que amparaban y otras amparando a fármacos y medicamentos con patente vencida o sin disfrute de patente alguna.
2. Que es del dominio público que el uso de marcas comerciales constituye parte fundamental de la estrategia de diferenciación que aplican las empresas monopólicas con el fin de vincular el nombre comercial a la imagen corporativa de la compañía productora; en el caso específico de los laboratorios esta estrategia tiene como objetivo el influir en la decisión del médico cuando se receta el medicamento, o incluso influir en el paciente mismo induciendo la automedicación.
3. Que el uso de marcas comerciales es altamente discutible en la mayoría de los productos, tratándose de los medicamentos no existe razón alguna para seguir permitiendo su uso. Puede demostrarse que ello sólo origina cuantiosos gastos en publicidad, propaganda y pago de derechos, la mayoría de los casos remitidos al extranjero, que encarecen el medicamento en perjuicio de la mayoría de la población que requiere de ellos.
4. Que no existe tampoco razón para que tratándose del mercado del sector público, el uso del nombre genérico sea una práctica cada vez más difundida, pero tratándose del mercado privado siga imperando de manera absoluta el nombre comercial.
5. Que el uso de nombres genéricos para los fármacos y medicamentos es una práctica instituida desde hace varios años en un buen número de países, y forma parte de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
6. Que la situación prevaleciente en el mercado de especialidades farmacéuticas en México obliga a tomar medidas que permitan racionalizar el registro de nuevos medicamentos por parte de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, con el fin de combatir la absurda proliferación de marcas y presentaciones que, como señalamos antes, exceden ya el número de 20,000.
7. Que en el campo de la medicina pública y privada los laboratorios fabricantes de fármacos y medicamentos han impuesto una serie de prácticas que mercantilizan el ejercicio de la profesión médica, convirtiendo al personal médico y paramédico en "agentes de ventas" de los grandes laboratorios, a través del otorgamiento de dádivas y prebendas, en efectivo y/o en especie, a los médicos para que éstos receten o difundan los medicamentos que a los laboratorios les interesa promover.
8. Que tal práctica entraña un perjuicio para la población que acude al servicio médico, tanto porque la prescripción que se realiza está determinada por el interés de los laboratorios, como porque, sobre todo en la medicina privada, se ve obligada a adquirir medicamentos de alto precio, o bien con propiedades curativas no determinadas plenamente.
9. Que la práctica antes mencionada, ha adquirido características verdaderamente escandalosas en el terreno de los análisis clínicos, en donde es costumbre generalizada que los laboratorios de análisis clínicos privados otorguen hasta el 50% de sus ingresos al médico que les envía pacientes, originándose con ello que en muchos casos el paciente sea remitido al laboratorio sin que exista justificación plena de la necesidad de análisis; además de que éstos se ven encarecidos por esta práctica en perjuicios de los pacientes, y
10. Que en iniciativa por separado, el Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda) ha propuesto la creación de un organismo público descentralizado que se denominaría Productora Nacional de Fármacos y Medicamentos; habiendo señalado en tal propuesta que tal paso debe ser acompañado de
una serie de modificaciones en el modo de funcionamiento de la Industria Químico Farmacéutica existente de nuestro país. Las propuestas contenidas en el presente Decreto son medidas centrales a tomar si queremos alterar las prácticas que los laboratorios transnacionales usan para su exclusivo beneficio y en detrimento de los intereses más elementales del pueblo mexicano.
En base a las consideraciones anteriores y a la información contenida en los anexos, presentamos a la consideración de esta Cámara el siguiente
PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA Y REFORMA VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO SANITARIO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo único. Se adiciona el artículo 269, se reforma el artículo 270 del título undécimo, capítulo V, y se adiciona el título decimoquinto, capítulo VII, con un artículo 509, del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
TITULO UNDÉCIMO
CAPITULO V
Artículo 269.
La Secretaría de Salubridad y Asistencia, para el registro de medicamentos, se apegará a las siguientes bases:
a) Los medicamentos de nuevo registro deberán corresponder directamente a las necesidades de atención a la salud, de acuerdo a los estudios que sobre la patología nacional efectúen, o hayan efectuado, los organismos públicos y secretarías de Estado integrantes del Sector Salud.
b) Tratándose de medicamentos pilofármacos, sólo se concederá registro cuando, a juicio de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, esté plenamente comprobada la sinergia medicamentosa del producto.
c) No se concederá registro al medicamento que se limite a presentar modificaciones en medicamentos ya existentes en el mercado, cuando a juicio de la Secretaría de Salubridad y Asistencia tal modificación consista en la manipulación del principio activo o del excipiente sin alterar o modificar sensiblemente sus efectos terapéuticos.
d) No se concederá registro, y los que existan se cancelarán, a aquellos medicamentos que hayan sido prohibidos en otros países debido a sus efectos nocivos. Tratándose de medicamentos cuyo uso se encuentra sujeto a restricciones en otros países, la Secretaría de Salubridad y Asistencia determinará si procede hacer lo mismo en nuestro país.
Artículo 270. En las especialidades farmacéuticas sólo se usará el nombre genérico, entendiéndose por tal el que describa de manera fidedigna las características químicas del producto.
Queda prohibido el uso de marcas comerciales en especialidades farmacéuticas.
TITULO DECIMOQUINTO
CAPITULO VII
Artículo 509. Al que dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a otra persona física o moral, para que ésta prescriba los medicamentos a que se refiere el Capítulo V del Título Undécimo, se le castigará con tres meses a cinco años de prisión, independientemente de las sanciones administrativas correspondientes. Al médico que reciba dinero o cualquier otra dádiva por el concepto antes mencionado, se les sancionará con la suspensión de seis meses a dos años en la licencia para el ejercicio de su profesión, en caso de reincidencia la suspensión podrá ser definitiva.
También se impondrá las penas a que se refiere este artículo a quienes otorguen o reciban dinero o cualquier otra dádiva por enviar pacientes para ser objeto de análisis clínicos.
TRANSITORIOS
Artículo 1o. Se faculta a la Secretaría de Salubridad y Asistencia para realizar los trámites y actos necesarios al cumplimiento del presente Decreto.
Artículo 2o. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente del de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo en lo que hace al artículo 270, que entrará en vigor noventa días hábiles después de la fecha de su publicación.
Con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 y en la fracción XVI del artículo 73 constitucionales, y
CONSIDERANDO
1o. Que el desarrollo experimentado en los últimos años por la Industria Químico Farmacéutica en México ha originado que las disposiciones legales sobre control de calidad hayan quedado rebasadas por la complejidad de la industria y el aumento significativo en el volumen y número de medicamentos producidos y/o envasados en México.
2o. Que la situación anterior ha devenido en la pérdida de capacidad del Estado para llevar a cabo un adecuado control de calidad que garantice la efectividad terapéutica de los medicamentos, salvaguardando así el interés público.
3o. Que el equipo y personal con que cuenta la Secretaría de Salubridad y Asistencia para llevar acabo el control de calidad de los medicamentos es ya a todas luces insuficiente, y
4o. Que los laboratorios privados han aprovechado estas circunstancias para evadir o
manipular los controles de calidad que marca la legislación sanitaria mexicana.
Los diputados integrantes del Grupo Parlamentario Comunista (Coalición de Izquierda) proponemos a la consideración de esta Cámara el siguiente
PROYECTO DE DECRETO QUE ESTABLECE LAS BASES PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS PRODUCTOS DE LA INDUSTRIA QUÍMICO - FARMACÉUTICA
Artículo 1o. Se considera de interés público la reorganización de la Dirección General de Laboratorios en Salud Pública, dependiente de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, a fin de que su equipo y personal técnico y científico sean adecuados al desarrollo actual de la Industria Químico - Farmacéutica. Para tal fin la Secretaría de Programación y Presupuesto suministrará los recursos adicionales necesarios al cumplimiento de este objetivo.
Artículo 2o. Sólo se aceptará como válido, a los fines de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones relativas, el certificado de control de calidad expedido por la Secretaría de Salubridad y Asistencia previo análisis y dictamen formulado por personal y en las instalaciones de la Dirección General de Laboratorios en Salud Pública.
Artículo 3o. La inspección en planta deberá realizarse por personal calificado y en ningún caso se autorizarán como válidos los procedimientos de control de calidad sugeridos o aplicados por el propio laboratorio sin autorización previa de la Secretaría de Salubridad y Asistencia.
Artículo 4o. Las normas técnicas y métodos de control de calidad deberán estar permanentemente actualizados, de acuerdo con los avances que, tanto en México como en otros países, se obtengan en tal materia.
Artículo 5o. Se considera de interés público la actualización de la farmacopea nacional y del reglamento para el control de medicamentos. Artículo 6o. La Secretaría de Salubridad y Asistencia contará con una publicación periódica en donde se informe sobre la evolución y desarrollo de todas las temáticas vinculadas a la Industria Químico Farmacéutica.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Se faculta a la Secretaría de Salubridad y Asistencia para realizar los actos necesarios al cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo segundo. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente del de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Diputados Santiago Fierro F. - Manuel Stephens G. - Carlos Sánchez Cárdenas. - Valentín Campa. - Arnold Martínez Verdugo. - Roberto Jaramillo Flores. - Alejandro Gascón Mercado. - Gilberto Rincón Gallardo. - Pablo Gómez. - Ramón Danzós Palomino. - Sabino Hernández Téllez. - Fernando Peraza Medina."
LEY FEDERAL DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS Y PROCESOS ELECTORALES
El C. Adalberto Núñez Galaviz: Señor Presidente, pido la palabra para presentar una iniciativa.
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Adalberto Núñez Galaviz.
El C. Adalberto Núñez Galaviz: Señor Presidente;
Compañeras y compañeros diputados:
"H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presente.
La Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales fue aprobada en 1977, y en la Exposición de Motivos de la Iniciativa de Ley correspondiente, el Presidente de la República hizo referencia a su primer informe de Gobierno, en el cual expresara que "una reforma política no es un acto ni un momento, sino un proceso que exige, por igual, reformas jurídicas y el esfuerzo de todos los mexicanos para promover el desarrollo y perfeccionar las instituciones democráticas que estamos empeñados en mantener y mejorar".
En la misma exposición de Motivos, el licenciado López Portillo asegura tener la certeza de que en la iniciativa en cuestión "se hacen concretos los derechos de las minorías y se garantizan los de la oposición".
Convertida la iniciativa en Ley, y aplicada ésta en ocasión a las elecciones federales de 1979, fue posible conocer el alcance de sus preceptos, medir los avances que ciertamente tuvo en materia electoral, y confirmar los defectos y los excesos que en su oportunidad apuntaron los diputados del Partido Acción Nacional de la "L" Legislatura, y que, a su juicio, estorban más que ayudan, al desarrollo y perfeccionamiento de las instituciones democráticas.
En el articulado de la Ley a que se hace referencia, se encuentran disposiciones que vulneran la necesaria independencia que los partidos políticos deben tener en relación al poder público y a los demás partidos políticos, al facultar a la Comisión Federal Electoral para tomar decisiones que, por su misma naturaleza, son de la exclusiva competencia de cada uno de los partidos políticos contendientes.
En efecto, en el artículo 18 de la Ley Federal de Organizaciones políticas y Procesos Electorales, se establece la facultad de la Comisión Federal Electoral para determinar, para cada elección, el número de candidatos a diputados federales por mayoría relativa, que los partidos políticos podrán incluir en sus listas regionales.
Independientemente de la indefinición que representa para el proceso electoral la posibilidad de un acuerdo que puede ser distinto para cada elección, se violenta con lo establecido
en el artículo 18 de la libertad de los partidos políticos, para establecer en su régimen interno, procedimientos definidos para la elección de quienes habrán de ser sus candidatos en las coyunturas electorales.
Por lo anterior, con fundamento en la facultad que nos otorga el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción II, los diputados del Partido Acción Nacional presentan a su consideración para su correspondiente aprobación, las adiciones y modificaciones que a continuación se indican, en relación al artículo 18 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.
Artículo único. Se reforma el artículo 18 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 18. Los partidos políticos podrán incluir en sus listas regionales el número de candidatos a diputados federales por mayoría relativa que consideren conveniente.
H. Cámara de diputados del Congreso de la Unión.
TRANSITORIO
Único. Las presentes adiciones y reformas entrarán en vigor al día siguiente de sus publicaciones en el Diario Oficial de la Federación.
México, D. F., salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 25 del mes de noviembre de 1980.
Diputados Graciela Aceves de Romero. - Esteban Aguilar Jáquez. - Rafael Alonso y Prieto. - Carlos Amaya Rivera. - Francisco Xavier Aponte Robles. - Armando Avila Sotomayor. - David Bravo y Cid de León. - Fernando Canales Clariond. - Luis Castañeda Guzmán. - Carlos Castillo Peraza. - Juan de Dios Castro Lozano. - Alvaro Elías Loredo. - Hiram Escudero Alvarez. - Juan Antonio García Villa. - Jesús González Schmal. - Edmundo Gurza Villarreal. - Ma. del Carmen Jiménez de Avila. - José Isaac Jiménez Velazco. - Juan Landerreche Obregón. - Federico Ling Altamirano. - Juan Manuel López Sanabria. - Pablo Emilio Madero Belden. - Miguel Martínez Martínez. - José G. Minondo Garfias. - Salvador Morales Muñoz. - Rafael Morelos Valdez. - Rafael Morgan Alvarez. - Adalberto Núñez Galaviz. - Antonio Obregón Padilla. - Cecilia Martha Piñon Reyna. - Eugenio Ortiz Walls. - Delfino Parra Banderas. - Alberto Petersen Biester. - Carlos Pineda Flores. - Manuel Rivera del Campo. - Augusto Sánchez Losada. - Carlos Stephano Sierra. - Francisco Ugalde Alvarez. - Raúl Velazco Zimbrón. - Abel Vicencio Tovar. - Esteban Zamora Camacho. - Luis Calderón Vega."
Proyectos de reformas al artículo 18 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.
México, D. F., a 25 de noviembre de 1980.
Túrnese a la Comisión de Gobernación y puntos Constitucionales, e imprímase.
DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA
CONDECORACIONES
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, por el que se concede permiso al ciudadano capitán de fragata cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Luis Cotero Bayardini, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Combate por Servicios al Pueblo y a la Patria, que le confiere el Gobierno de la República Democrática de Alemania.
La Comisión considera cumplidos los requisitos necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la consideración de la H. Asamblea, el siguiente.
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al ciudadano capitán de fragata cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Luis Cotero Bayardini, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Combate por Servicios al Pueblo y a la Patria, que le confirió el gobierno de la República Democrática de Alemania.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 21 de noviembre de 1980.
Presidente, Luis M. Farías. - Secretario, Antonio Huitrón Huitrón. - Rafael Corrales Ayala. - Francisco Javier Gaxiola Ochoa. - Guillermo Medina de los Santos. - Eduardo Anselmo Rosas González. - Ignacio Vázquez Torres. - Enrique Sánchez Silva. - Raúl Pineda Pineda. - Humberto Lira Mora. - Pedro Joaquín Coldwell. - Eduardo Aviña Bátiz. - Luis Octavio Porte Petit Moreno. - Juan Manuel Elizondo. - Gilberto Rincón Gallardo. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Abel Vicencio Tovar R. - Juan Landerreche Obregón. - Juan Aguilera Azpeitia. - Antonio Gómez Velazco. - Rafael Ibarra Chacón".
- Trámite: Primera lectura.
- El mismo C. Secretario:
"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea:
A la Comisión de gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con la Minuta de Proyecto de Decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, por el que se concede permiso al ciudadano contraalmirante
cuerpo general diplomado Estado Mayor Naval Osvaldo Fourzán Márquez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Combate por Servicios al Pueblo y a la Patria, que le confiere el Gobierno de la República Democrática de Alemania.
La Comisión considera cumplidos los requisitos necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso, al ciudadano contraalmirante cuerpo general diplomado Estado Mayor Naval Osvaldo Fourzán Márquez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Combate por Servicios al Pueblo y a la Patria, que le confirió el Gobierno de la República Democrática de Alemania.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 24 de noviembre de 1980.
Presidente, Luis M. Farías. - Secretario, Antonio Huitrón Huitrón. - Rafael Corrales Ayala. - Francisco Javier Gaxiola Ochoa. - Guillermo Medina de los Santos. - Eduardo Anselmo Rosas González. - Ignacio Vázquez Torres. - Enrique Sánchez Silva. - Raúl Pineda Pineda. - Humberto Lira Mora. - Pedro Joaquín Coldwell. - Eduardo Aviña Bátiz. - Luis Octavio Porte Petit Moreno. - Juan Manuel Elizondo. - Gilberto Rincón Gallardo. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Abel Vicencio Tovar R. - Juan Landerreche Obregón. - Juan Aguilera Azpeitia. - Antonio Gómez Velazco. - Rafael Ibarra Chacón."
- Trámite: Primera lectura
LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA NACIONALES
- El mismo C. Secretario
"Comisión de Defensa Nacional.
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Defensa Nacional de esta H. Cámara de Diputados, fue enviada para su estudio y dictamen, la Minuta Proyecto de Decreto que reforma los artículos 15 fracción I y 16 primer párrafo; y que deroga la fracción VII y el último párrafo del mismo artículo 16, de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.
Después de estudiar la Minuta aludida, se formulan las siguientes
CONSIDERACIONES
Uno de los aspectos de mayor relevancia en las Instituciones Armadas de un país, es el mantenimiento de sus cuadros de mando bajo la responsabilidad de sus mejores hombres, a fin de poder satisfacer las misiones que sobre ellas recaen.
La vigente Ley de Ascensos y Recompensas del ejército y Fuerza Aérea Nacionales, señala los requisitos a cumplir por los militares que participan en los concursos de selección establecidos para que los más aptos física, moral e intelectualmente, alcancen las más altas jerarquías.
El alto mando, pone especial atención en los jóvenes militares que con el grado de subtenientes egresan de los planteles de educación militar para servir en las unidades, porque ahí llevarán a la práctica los conocimientos castrenses adquiridos, mismos que amalgamados con la experiencia, les facilitarán el futuro cumplimiento de sus obligaciones.
El incremento de un año en el ejercicio del mando para el personal recién egresado de los planteles militares, es premisa para fortalecer la preparación de nuestra Fuerzas Armadas.
En atención a estas consideraciones, con fundamento en el artículo 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 87 y 88 de su Reglamento, la Comisión de Defensa Nacional somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se reforman los artículos 15 fracción I y 16 primer párrafo; y se derogan la fracción VII y el último párrafo del mismo artículo 16, de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales en vigor, para quedar como sigue:
Artículo 15.
I. Tener como mínimo el tiempo de servicios que a continuación se expresa:
Subtenientes: 6 años
Tenientes: 9 años
Capitanes 2/os: 12 años
Capitanes 1/os: 15 años
II a VII.
Artículo 16. Los Subtenientes egresados de las escuelas o cursos de formación de oficiales, podrán ser ascendidos al grado de tenientes fuera de concurso al cumplir tres o dos años de antigüedad en el grado, según hayan realizado estudios conforme a programas de tres o cuatro años, respectivamente, siempre que reúnan además los siguientes requisitos:
I a VI.
VII. (Derogada.)
TRANSITORIOS
Artículo primero. El personal que egrese de las Escuelas de Formación de Oficiales en el año de 1980, quedará sujeto a las prescripciones anteriores a estas reformas.
Artículo segundo. Este Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, quedando
derogadas todas las disposiciones que se opongan al mismo.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 24 de noviembre de 1980. - Presidente, Luis R. Casillas. - Secretario, Manuel Rangel Escamilla. - Rodolfo Alvarado Hernández. - Octavio Rafael Bueno Trujillo. - Juan Diego Castañeda Ceballos. - Rafael Armando Herrera Morales. - Ángel López Padilla. - Raúl Moreno Mújica. - Rubén Darío Somuano López. - Gonzalo Sedas Rodríguez. - Ismael Orozco Loreto. - Carlos Pineda Flores. - Rodolfo Delgado Severino. - Antonio Gómez Velazco. - Humberto Pliego Arenas. - Manuel Terrazas Guerrero. - Felipe Pérez Gutiérrez. - Gilberto Rincón Gallardo."
- Trámite: Primera lectura.
DICTAMEN A DISCUSIÓN
CÓDIGO PENAL
- El mismo C. Secretario:
"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Presente.
Con fundamento en el artículo 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 87, 88 y 94 de su Reglamento, la Comisión de justicia, después de estudiar y analizar la Iniciativa de reformas al Código Penal para el Distrito Federal en Materia de fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, que remitió a esta Cámara el C. Presidente de la República, de acuerdo con las facultades que legalmente le corresponden, se permite presentar a la consideración de la H. Cámara de Diputados el siguiente dictamen:
De la iniciativa presidencial de reformas al artículo 254 del Código Penal y que lo adiciona con una nueva fracción, se destaca la atención que el Ejecutivo Federal está dando a diversos programas para el desarrollo del sector agropecuario y lograr la autosuficiencia alimentaria del país.
Como apoyo al programa de mejoramiento a la producción en las áreas temporaleras, el Gobierno ha establecido que se entreguen a los campesinos insumos a precios menores a los del mercado, acción que los beneficiará, tanto por el ahorro en el costo de producción. como en el mejoramiento de su productividad por la utilización de semillas mejoradas, fertilizantes, plaguicidas, implementos u otros materiales.
Ahora bien, dado que estos insumos se adquieren por los campesinos a precios más bajos que los de mercado, puede darse el caso de que personas sin escrúpulos trataran de adquirir de los propios campesinos estos bienes, ya sea aprovechando en algunos casos su ignorancia o en los más, sus necesidades, con el objeto de utilizarlos en su propio beneficio o traficar con ellos obteniendo un lucro; situación que va en detrimento de los campesinos y de los programas del gobierno en apoyo del campo y que vendría a ocasionar un daño a la economía nacional.
Esta preocupación del Ejecutivo Federal la comparten los miembros que integran esta Comisión de Justicia, y solo consideran conveniente hacer algunas modificaciones de forma y no de fondo a la iniciativa para precisar algunos conceptos del texto original que señala: "Al que por cualquier medio adquiera, posea o trafique con semillas, fertilizantes, plaguicidas, implementos u otros materiales destinados a la producción agropecuaria, que se hayan entregado a los productores por alguna entidad o dependencia pública a precio subsidiado, siempre que puedan identificarse por cualquier dato o mención".
En virtud de las complicaciones que pueden presentarse en la aplicación de esta norma en relación a la identificación de los bienes a que hacen referencia dicha fracción, se opta por suprimir esa parte, de tal forma, que cualquier medio de identificación es válido de acuerdo a las reglas que establece el Código de Procedimientos Penales y que además, se resuelve con mayor facilidad al adicionar el texto con el término "dolosamente" y suprimir "al que por cualquier medio", para quedar como sigue: "Al que dolosamente adquiera..."; de esta manera, habiendo conocimiento por parte del agente activo del delito, de la procedencia, destino de la mercancía y de la ilicitud de la conducta, el problema de la prueba se resuelve y se evitan también problemas de interpretación respecto a los medios de comisión, ya que pueden adquirirse lícitamente insumos y la conducta se encuadraría en esta figura, sin embargo el incluir el dolo en el tipo se cancela cualquier contradicción.
La inclusión del dolo específico en la redacción típica, aclara el problema anteriormente señalado y es de explorado derecho su descripción dentro del tipo.
Por otra parte, entendiendo que el interés del gobierno es dar apoyo a los campesinos para proteger su gasto, mejorar su ingreso y aumentar la producción de alimentos, el Ejecutivo Federal al plantear esta hipótesis delictiva precisa en la exposición de motivos que la sanción está dirigida en contra de intermediarios que desvirtúan programas prioritarios de gobierno y que se aprovechan de los trabajadores del campo. Sin embargo, dadas las reglas de la participación, el campesino podría resultar copartícipe, haciéndose acreedor a una elevada sanción. Por tal razón y tomando en cuenta las condiciones sociales y culturales que prevalecen en el campo, esta Comisión adiciona la Iniciativa con un segundo párrafo, para establecer en el caso de los campesinos una penalidad más baja, de tal forma, que sólo se les podrá aplicar una sanción de 3 días a 3 años de prisión cuando incurran en la comisión de este ilícito.
De igual manera, siguiendo el criterio de evitar la corrupción en la administración pública
y en su caso, de sancionar a quienes no cumplen con su responsabilidad, también se sanciona al igual que a los intermediarios a los funcionarios o empleados que desvirtúan este tipo de programas.
Como puede observarse, el dictamen en cuestión es coincidente con los propósitos esbozados por el Presidente de la República en su iniciativa de reformas.
Por lo anteriormente expuesto y con apoyo en los preceptos invocados, se somete a su honorable consideración el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo primero. Se reforma el artículo 254 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 254. Se aplicarán igualmente las sanciones del Artículo 253:
I. ,
II. ,
III. ,
IV. ,
V. Al que dolosamente adquiera, posea o trafique con semillas, fertilizantes, plaguicidas, implementos u otros materiales destinados a la producción agropecuaria que se hayan entregado a los productores por alguna entidad o dependencia pública a precio subsidiado.
Si el que entregue los insumos referidos en el párrafo anterior, fuere el productor que los recibió de las Instituciones oficiales, se le aplicará una pena de 3 días a 3 años de prisión. Los funcionarios o empleados de alguna entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos, se harán acreedores a las sanciones del artículo 253.
TRANSITORIO
Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el 'Diario Oficial de la Federación'.
México, D. F., a 12 de noviembre de 1980.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la unión. - Presidente, diputado Antonio Rocha Cordero. - Secretario. diputado Luis O. Porte Petit Moreno. - Adolfo Costelán Flores. - Fortino Gómez Mac Hatton. - Guadalupe Gómez Maganda de Anaya. - Carlos Hidalgo Cortés. - Antonio Huitrón Huitrón. - David Jiménez González. - Hermenegildo Israel Martínez Galeana. - Héctor Moreno Toscano. - Jesús Murillo Karam. - Raúl Pineda Pineda. - Gonzalo Salas Rodríguez. - Carolina Hernández Pinzón. - Hiram Escudero Alvarez. - Fernando Peraza Medina. - David Alarcón Zaragoza. - Juan de Dios Castro Lozano. - Ernesto Rivera Herrera. - Jorge Amador. - Miguel José Valadez Montoya. - Rafael Ibarra Chacón."
- Trámite: Segunda lectura.
El C. Presidente: Está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de Decreto.
Se abre el registro de oradores.
Se han inscrito para hablar en pro del dictamen los señores diputados: David Alarcón Zaragoza, Ernesto Rivera, David Jiménez, Miguel José Valadez Montoya, Carlos Amaya y Edmundo Gurza.
Tiene la palabra el señor diputado David Alarcón, para una adición.
El C. David Alarcón: ¿Qué no deberán ir por delante los que van a proponer algo y que en cierto sentido están en contra?
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Carlos Amaya, quien propondrá una adición.
El C. Carlos Amaya: Señor Presidente;
Señores diputados:
Como se dice en la Exposición de motivos de la Iniciativa que estamos discutiendo, esta iniciativa forma parte de un paquete que el Ejecutivo de la Nación considera necesario para resolver uno de los problemas fundamentales del país.
Desde su toma de posesión, el Presidente de la república hizo saber la preocupación que sentía por la situación del campo mexicano, tanto en el aspecto individual, personal, de pobreza, de existencia de cacicazgos, de injusticias no resueltas en varias décadas, como también por la incapacidad de este sector para continuar alimentando con suficiencia al país y para continuar exportando y con ello consiguiendo recursos, divisas para permitir el desarrollo en otras áreas del país.
A cuatro años de gobierno de el Presidente actual, la situación en el campo para desgracia del país, sigue siendo irresuelta.
Hace unos días el Presidente, dirigiéndose de nuevo a un grupo de campesinos, les prometió nuevas ayudas que pudieran en alguna forma ayudarles a alcanzar una vida digna.
Si observamos las cifras de producción y las de importaciones de bienes agropecuarios en el período actual; si comparamos la cifra de importaciones con las exportaciones en este renglón, nos encontramos que cada año hemos ido más mal.
Hace un año un día esta Cámara aprobó enmiendas al artículo anterior al que estamos analizando el día de hoy, con el mismo propósito que se tiene el día de hoy; sin embargo, durante este año nos hemos encontrado con que no se ha resuelto y tampoco hemos dado pasos hacia delante en la solución del problema.
Tiene razón el Presidente de la República en sentirse angustiado y tenemos razón todos los mexicanos, los del sector Agropecuario y los del resto de los sectores en sentirnos angustiados, porque no hemos demostrado capacidad para solucionar el problema.
En las adiciones que se proponen al artículo 254 del día de hoy y que las Comisiones respectivas, que desde mi punto de vista mejoraron
de la Iniciativa Presidencial, nos encontramos con que el elemento más importante en la corrupción en el campo, el elemento cómplice, pero también el hacedor del fraude, no es el campesino en su necesidad y en poca medida es el coyote o el cacique. Por lo general ese elemento es el funcionario, el empleado de la institución del Gobierno que, corrompiéndose, corrompe a otros para obtener un lucro ilegítimo.
Siento que la iniciativa podría mejorarse con una adición posterior al primer párrafo, para que no quedara duda que, entre los elementos que deben vigilarse, esté el agua de riego en los distritos de riego. En esta forma, el primer párrafo dice:
"Se impondrá tal y cual pena, etc., al que dolosamente adquiera, posea o trafique con semillas, fertilizantes, plaguicidas, implementos u otros materiales destinados a la producción agropecuaria que se haya entregado a los productos por alguna entidad o dependencia pública a precio subsidiado." Mi proposición posterior a este párrafo sería:
"En los distritos de riego el agua de riego será siempre considerada como material a precio subsidiado."
El segundo párrafo de la iniciativa dice:
"Si el que entregue los insumos referidos en el párrafo anterior fuere el productor que los recibió de las instituciones oficiales, se le aplicará una pena de 3 días a 3 años de prisión. Los funcionarios o empleados de alguna entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos, se harán acreedores a las sanciones del Artículo 253."
Mi proposición es:
"Igual sanción recibirán cuando nieguen o retarden la entrega por antagonismo político o religioso, por establecer preferencias discriminatorias."
Hago entrega de la proposición por escrito.
(Aplausos.)
El C. Presidente: En términos del Artículo 125, se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el señor diputado.
El C. Presidente: Por la Comisión, antes de la votación, hablará el señor diputado David Jiménez.
El C. David Jiménez González: Señor Presidente; Honorable Asamblea:
A nombre de la Comisión de Justicia, en lo que respecta a la primera proposición del compañero diputado Carlos Amaya, respecto del agua, no hay ninguna objeción, la aceptamos.
El C. Antonio Rocha Cordero: (Desde su curul): señor Presidente, no podemos aceptar el término "siempre", porque podrían ocurrir factores de cambio que no encontrarían satisfacción en estos términos.
El C. David Jiménez González: Eso es en cuanto a la primera proposición como lo acaba de manifestar el maestro Rocha Cordero, Presidente de la Comisión, respecto a la palabra "siempre".
En cuanto a la segunda, definitivamente nosotros nos oponemos puesto que no consideramos en la Ley conceptos subjetivos, por lo tanto, la Comisión no acepta la proposición en segundo término elaborada por el compañero Carlos Anaya.
El C. Presidente: Señor diputado Elizondo, tiene usted la palabra.
El C. Eugenio Ortiz Walls: (Desde su curul), Señor Presidente:
De acuerdo con el Reglamento, tiene usted antes que poner a discusión si se acepta o no; si se acepta entonces lo pondrá a discusión.
El C. Presidente: Señor diputado:
La intervención de la Comisión nos hizo no someter a votación la adición. El Artículo 125 se pondrá a votación inmediatamente después de la intervención del señor diputado Elizondo; para ver si la adición se acepta o se rechaza.
El C. Juan Manuel Elizondo: Bueno, estoy en contra de esa adición por la misma razón que expuso la Comisión. La Cámara no puede votar un precepto de carácter obligatorio, fundado únicamente en que, para su cumplimiento, se respeten creencias religiosas, no porque sean creencias religiosas, sino por el hecho de que no habrá absolutamente nadie que pueda calificar cuándo se suspende el agua en un distrito de riego por motivos religiosos o políticos.
Estas son, desgraciadamente para el ponente, argumentos de carácter subjetivo, que no podrán ponerse en práctica ni tomarse en cuenta por ninguna autoridad; no podrán tomarse en cuenta, no digo por motivos legales, sino por motivos de orden lógico. La autoridad tendría que demostrar para aceptar que alguien obró con dolo al suspender el agua a un usuario, que esa suspensión se produjo en nombre de la Santísima Trinidad, por ejemplo, o en nombre de cierta actitud política que hubiese tenido en relación con el PRI, con el PAN, con el Partido Popular, no sé cuál otro partido.
Esas razones que se han manejado aquí con alguna frecuencia, vale la pena de determinarlas de una vez:
Los motivos políticos y los motivos religiosos, en conflicto de orden jurídico, no tienen validez de ninguna clase. En consecuencia, estoy en contra de esa adición y me adhiero a la declaración de la Comisión Dictaminadora, en el sentido de que no sea aceptada esta adición. (Aplausos.)
El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si es de aceptarse la adición propuesta por el diputado Carlos Amaya Rivera.
El C. Carlos Amaya Rivera: (Desde su curul.) La intervención del diputado hizo que a estas alturas no se entiendan cuáles fueron las proposiciones, las adiciones y qué es lo que aceptó la Comisión. La Comisión aceptó la adición al primer párrafo, excluyendo la
palabra "siempre". El diputado se refirió a las dos adiciones y no se sabría como votarla.
El C. Presidente: A petición del señor diputado, implícita, se ruega a la Secretaría especificar los términos de la adición.
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
Por instrucciones de la Presidencia y para mejor ilustrar el criterio de la Asamblea, me voy a permitir dar lectura a la proposición que inicialmente presentó el diputado Carlos Amaya, de la fracción parlamentaria de Acción Nacional. Dice:
"Adiciones a la fracción V del Artículo 254 del Código Penal. - Después del primer párrafo - . En los distritos de riego, el agua de riego será siempre considerada como material a precio subsidiado. - Después del segundo párrafo dice - :Igual sanción recibirán cuando nieguen o retarden la entrega por antagonismo político o religioso o por establecer preferencias discriminatorias."
En lo que hace el primer párrafo de su proposición:
"En los distritos de riego, el agua de riego será siempre considerada como material a precio subsidiado."
La Comisión la acepta en sus términos, menos la palabra "siempre", es así. En lo que toca al segundo párrafo, la Comisión no la acepta.
Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el señor diputado Carlos Amaya, del Partido Acción Nacional, en lo que hace al primer párrafo y en donde como ha quedado establecido, la Comisión la acepta excluyendo la palabra "siempre". Se pregunta a la Asamblea si la acepta, los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie.
Aceptada señor Presidente.
Por lo que toca al segundo párrafo desechado por la Comisión, en votación económica y por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si se acepta o se desecha. Los que estén por que se acepte sírvanse ponerse de pie.
Los que estén por que se deseche sírvanse ponerse de pie.
Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado David Alarcón Zaragoza.
El C. David Alarcón Zaragoza: Señor Presidente;
Señores diputados:
En el seno de la Comisión de Justicia voté por la aprobación de esta fracción que ahora está puesta a discusión. Tanto en ese mismo seno de la Comisión como fuera del mismo, se ha oído que esta fracción que se pretende añadir al Artículo 254 del Código Penal es una innecesaria repetición parcial de lo que ya está determinado en la Fracción XVIII del Artículo 389 del mismo Código Penal.
Para reforzar el Dictamen que ha sido presentado y leído ante esta Cámara, quiero repasar brevemente algunas diferencias innegables que hay entre lo uno y lo otro.
En primer lugar, el Artículo 254 se encuentra en el Capítulo o Título destinado al delito llamado Fraude, o sea delitos que inciden en el patrimonio de las personas en general. En cambio, el otro punto que quiere ahora añadirse al artículo 254, está referido a la economía pública. He ahí una primera diferenciación entre los dos casos, por un lado, el fraude, por el otro lado la economía pública.
En segundo lugar la fracción que pretendemos añadir se refiere a artículos limitados, concretamente a los materiales destinados a la producción agropecuaria. En cambio, el otro artículo con el que se pretende establecer una parcial identificación, se refiere a cualquier mercadería, absolutamente a cualquier mercadería.
En tercer lugar - y quizá esto es lo más importante - , el sujeto del delito, el autor o autor del delito cambia en ambos casos y cambia importantemente en el caso que pretendemos nosotros añadir al Artículo 254. El castigo principal, la penalidad principal, no es para quien desvía la mercancía, es decir el destino de la mercancía subsidiada, sino para aquel que adquiera de alguna manera la misma mercancía subsidiada. En cambio, en el otro caso, la Ley castiga a quien hace el desvío, no a quien eventualmente adquiera de alguna forma la mercancía que tuvo subsidio.
Es cierto que también en la Comisión agregamos un párrafo sobre el castigo de quién ha recibido la mercancía subsidiada y que de alguna manera ha tenido participación en la adquisición delictuosa de un tercero. Eso es cierto, pero en realidad agregamos en la Comisión de Justicia ese párrafo precisamente para disminuir la posibilidad de castigo a ese sujeto que generalmente es un campesino con cierta ignorancia y con necesidades muy apremiantes que lo pueden llevar a cometer el error de entregar, vender, qué sé yo, a un tercer sujeto, la mercancía, o mejor dicho, los materiales subsidiados.
Con estas diferencias claras entre los dos casos de los que se dijo que el nuevo no tiene razón de ser porque está incluido en el anterior, la Comisión pide, por conducto de los miembros de la Comisión que vamos a hablar o estamos hablando en esta ocasión, la aprobación del proyecto presentado.
En realidad el fondo de esta proposición del Ejecutivo que en algunos puntos cambiamos, se debe por un lado al problema de la producción agropecuaria que todos conocemos pero también a lo que llamamos el "coyotaje".
Quizás en este punto esté lo principal de este problema.
Recordaba yo que en alguna ocasión, aquí mismo, en la capital de la República, hace ya años comentando alguien unas opiniones del escritor prusiano Kesserling, se hablaba en el grupo informal que en aquel momento
platicaba sobre alguna definición rápida, si posible en una sola palabra, de distintas nacionalidades.
Recordaba, por ejemplo, que Kesserling había dicho que todo alemán era un metafísico y que todo francés era un jardinero. En el buen sentido, etcétera.
Lo que me interesa es que en aquel grupo alguien dijo, alguien preguntó que cómo habría de definirse, así, brevemente, según alguna actividad o tarea, al mexicano y, desgraciadamente, hubo quien dijo que al mexicano debería ser definido, en ese contexto, como "chambista" y "coyote".
Por supuesto que la generalización de esto sería completamente injusta, pero tenemos que reconocer que sí hay mucho de chambismo y de coyotaje en nuestro país.
Esto lo traigo a colación porque sabemos todos, los que somos juristas y los que no lo son, que las leyes, por si mismas, no pueden obrar milagros, sino que siempre exigen calladamente el concurso serio y patriótico de todos los habitantes sujetos a la legislación de que se trate.
En el caso, y para que en verdad se comiencen a cambiar muchos signos negativos de nuestro país, habría que extender muchas de las acciones penales, pero sobre todo las sociales y las culturales, a combatir este vicio del coyotaje.
La proposición presidencial va precisamente contra ese tipo de coyotaje, pero el coyotaje se da en muchísimos otros campos que tienen también que ser atendidos, so pena de que el país naufrague en el chambismo y en el coyotaje.
Ahora, es muy prudente tratar esto ante la mayoría priísta, simple y sencillamente porque - debemos decirlo- el PRI no sólo es el usufructuario de chambistas y de coyotes, sino que también fue y ha sido el que ha promovido la exageración a que han llegado estos vicios que están corroyendo a nuestra patria; si no procuramos cambiar estos signos que son positivamente vergonzosos, va a ser inútil esta reforma que estamos proponiendo. Por eso, aparte de, en resumen, apoyar la proposición presidencial y los añadidos que determinamos en la Comisión, hago una excitativa a los diputados y particularmente a los de la mayoría, para que en México se comience una batalla seria y patriótica contra esos dos vicios del chambismo y del coyotaje.
Gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Antonio Rocha.
El C. Antonio Rocha Cordero: Señores diputados:
He creído conveniente precisar algunos conceptos que sobre las adiciones al proyecto presidencial se divulgaron a través de algunos órganos periodísticos y en los que substancialmente se sustentaba la tesis de que la reforma privaba al Proyecto Presidencial de su eficacia y diríamos de su energía.
El Artículo al que me estoy refiriendo mereció de parte de la Comisión de Justicia, la atención de haber sido cuidadosamente analizado y tomado en cuenta lo hubiese sido si la razón legal le hubiese asistido.
En la Comisión de Justicia pensamos que no sólo deben de ser escuchados los que la integran, sino también todas las opiniones que a través de los órganos de publicidad se vierten en el país.
El segundo párrafo introduce una modalidad, por la cual se precisa que aquel que habiendo recibido el bien subsidiado, lo entregue a quien viene a traficar con él, será sancionado con una pena de 3 días a 3 años de prisión.
Nuestro tenor, que nos llevó precisamente a introducir ese párrafo, fue que el precepto bondadoso y todo el programa agrícola que se va a poner en práctica, se pudiera traducir, en algunos casos, en una persecución injusta al hombre del campo necesitado e ignorante.
Como es la Ley penal - tal como lo acaba de decir el señor diputado de Acción Nacional - existen dos preceptos que sancionan con penas, en ocasiones más elevadas que la de nueve años de prisión, a aquel que dispone, aquel que distrae del fin para el que recibió lo subsidiado, nos vimos a la necesidad de procurar un artículo especial, en protección a esos elementos, pero sin substraer una sola circunstancia ni un solo hombre, de aquellos a quien la ley se le puede aplicar de acuerdo con la iniciativa del Ejecutivo.
Procuramos, en una palabra, que la ley se humanizara y que se sustrajera, a ciertos riesgos, a los hombres del campo, concediendo a la autoridad judicial un arbitrio muy amplio de 3 días a 3 años de prisión. No se consideró oportuno declarar que se suprimía a toda penalidad, porque esto hubiera sido alentar el hecho y favorecer a los traficantes, pero, repito, la ley, la iniciativa, se ha mantenido incólume en su propósito y en su energía y la Comisión ha procurado la forma de atemperar lo que podría ver en ciertas condiciones, resultando lesivo a los campesinos.
El agregado, referente a los funcionarios, cuenta con todo nuestro entusiasmo, porque si alguien debe exigirle el cumplimiento de la Ley, es a quien el Estado le encomienda una función y deposita su confianza en él. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Edmundo Gurza Villarreal, para presentar una proposición.
El C. Edmundo Gurza Villarreal: Ciudadano Presidente:
Ciudadanos diputados:
Pedí la palabra para una proposición que podemos dividir en dos partes, la primera de forma y la segunda de contenido. En cuanto
a la forma, el Artículo 254 dice: " Se aplicará igualmente las sanciones del Artículo 253..." y vienen cuatro fracciones y el proyecto propone una quinta.
A continuación viene un párrafo que consta de dos partes, la primera reduce la pena para los campesinos que disponen de esos productos y la segunda, vuelve otra vez a dar la misma pena que las primeras cinco fracciones a los funcionarios públicos que entregan estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlo.
Yo propongo, en cuanto a la forma, que esta última parte del último párrafo, pase como una fracción VI ya que tiene la misma sanción o pena que las cinco anteriores, esto en cuanto a la forma. En cuanto al contenido, ya que no les gusta que se mencione que por cuestiones políticas, ideológicas o religiosas, yo propongo que la redacción quede en esta forma:
"Fracción VI. A los funcionarios o empleados de cualquier entidad o dependencia pública, que entreguen estos insumos, a quienes no tengan derecho a recibirlos o que indebidamente nieguen o retarden la entrega a quienes tienen derecho a recibirlos."
Y el último párrafo ya quedaría:
"Si el que entregue los insumos referidos fuera el productor que los recibió de las instituciones oficiales, se le aplicará una pena de 3 días a 3 años de prisión."
Creo que esto mejora el orden, la limpieza de la redacción y el contenido del artículo.
Pero quisiera hacer algunas consideraciones al respecto, en México he dicho en algunas ocasiones, que somos muy dados a tratar de resolver los problemas en la punta de la hebra, en lugar de ir a la raíz de los problemas.
El año pasado, ante la grave inflación que había y la grave crisis económica por la que atravesaba el país, el Ejecutivo nos mandó un paquete de iniciativas relacionadas sobre problemas económicos.
La realidad era una especie de cortina de humo para ocultar el fondo real del origen del problema, con esas iniciativas que todas ellas fueron aprobadas, no se disminuyó la inflación, sino por el contrario, aumentó ese año; no se disminuyó el circulante, sino que aumentó más que lo que había aumentado en años anteriores; no se disminuyó el índice del crecimiento de la Deuda Pública ni se disminuyó la carestía, ni la falta de producción agrícola, ni el desempleo. Ahora se nos da otro manojo de iniciativas sobre el problema del campo y todas ellas pueden ser muy buenas, de hecho algunas de ellas lo son, como la que se aprobó la semana pasada del Seguro Agrícola Integral por el cual Acción Nacional había venido peleando desde hace muchos años; como esta que está discutiendo en la que se van a dar sanciones a los traficantes; como otras que vienen para las agroindustrias, el Sistema Alimentario Mexicano que ya todos ustedes conocen, el Plan Global de Desarrollo, pero esto no va a resolver el problema de la producción del campo; hay que ir a la raíz, al fondo, a la causa, al origen del problema.
Veamos por ejemplo este proyecto que estamos discutiendo.
Se va a sancionar a los "coyotes", a los traficantes y hasta a los propios campesinos, pero ¿a qué se debe que un campesino que con un kilo de semilla que siembre puede levantar cien, o con una tonelada de fertilizante puede aumentar en 10 o en 20 toneladas su producción, o que con una tonelada de insecticida pueda combatir la plaga y conservar o aumentar su producción?
¿A qué se debe que él, siendo el primer interesado, en lugar de depositar la semilla en la tierra, de poner el fertilizante o de aplicar el insecticida lo venda a un "coyote" o a un traficante?
Se debe, señores, al sistema, a los ejidatarios refaccionados por el antiguo Banco Ejidal que ahora se llama Banco Rural. Se les lleva una cuenta colectiva y los que trabajan y aumentan sus cosechas tienen que pagar con sus utilidades la pérdida de aquellos holgazanes que no trabajan, o simplemente de aquellos que por alguna otra causa no levantaron cosecha y perdieron de su mismo ejido. Esa cuenta al final del año si pierde el ejido se lo cargan a la cuenta y si gana se lo abonan a la cuenta y gane o pierda, de todos modos, salvo con alguna excepciones, por condiciones especiales de trabajo o por que utiliza algunos grupos ejidales por ejemplo, para a dar a entender que hubo alcances de utilidades, salvo a esos que les reparten algunas utilidades, los demás, ¿qué beneficio obtuvieron con todo ese año agrícola?
En La Laguna por ejemplo, si el ejidatario sembró algodón, el único beneficio que obtuvo fue durante los meses del cultivo, recibir un semanario que casi siempre es menor al equivalente a dos días de salario mínimo y eso solamente durante unos meses o semanas al año. El ejidatario se ve obligado a vender la semilla para comer, el fertilizante, el insecticida y no le interesa que al fin del año la cosecha no reditúe, porque no es de él, porque si gana, simplemente se lo van a abonar y nunca va a ver más que ese pequeño ingreso semanal que tuvo durante el año.
Otro de los graves problemas es que el campesino, especialmente el ejidatario, no se siente propietario ni de la tierra, ni de los cultivos o árboles frutales sembrados o plantados en ellas, ni de las industrias ejidales.
Voy a platicarles un caso que pone muy en claro esta situación. Se trataba de construir un establo en el Ejido "Boquilla de las Perlas", del municipio de Matamoros, Coahuila. Había que ubicarlo cerca de la noria para que tuviera poca la línea de alimentación del agua, pero hacia un lado estaba una plantación de nogalitos que ya había empezado a ensayar hacía y hacia el otro estaba una huerta en donde había algunas higueras, duraznos, vides y hasta plantación de sandías, melones, calabazas y algunas otras plantas. Y me pregunta el campesino:
- ¿Y qué ha resuelto siempre el Banco, van a mover el establo hacia el lado de los nogales de ellos, o hacia el lado de nuestra huerta?
Le contesté:
- ¿Pero qué los nogales no están dentro de la tierra del ejido?
El me dijo:
- Sí.
Yo le interrogué:
- ¿Entonces esos árboles no son de ustedes?
A lo que el campesino respondió:
- No, porque viene el Banco, levanta la cosecha de la nuez, se la lleva y la vende. La huerta sí es de nosotros porque nos comemos los tomates, las sandías y las uvas y los melones y los higos. Esa sí que es de nosotros y si nos sobra lo podemos vender, pero los nogales no son nuestros.
- Bueno, con este criterio - le dije - ; ¿tampoco va a considerar suyo o de ustedes el establo que se está construyendo?
- Pues no, tampoco; el establo va a ser del Banco porque nosotros no vamos a ver más dinero que el sueldo de aquellos que trabajen, de hay en más, las utilidades las veremos el día que se acabe de pagar ese establo, que sólo Dios sepa cuándo.
Y en efecto, se terminó el establo; se hizo la ceremonia de entrega de las construcciones, del ganado, etc., que ya tenía varios días de haber llegado; ya algunas vacas habían parido; ya tenían el almacén de alfalfa lleno con alfalfa que habían llevado de Jiménez, Chihuahua, porque la de ahí todavía no se había empezado a cosechar cuando se llevó esa partida de alfalfa. Y llegamos para la entrega del establo y le estaban dando a las vacas unas pacas de alfalfa que más parecía yerba que alfalfa y le dijo el veterinario: - Oiga usted, ¿por qué están dándole a las vacas esa alfalfa cuando ahí tienen ustedes 80 hectáreas sembradas de alfalfa, si esa alfalfa esta "re" mala? Se trajo sólo para un caso de emergencia.
- Bueno, pues, esa fue la que trajeron.
- Pero ¿por qué no les dan las de la plantación?
- Porque no hubo corte.
- Y ¿por qué no hubo corte?
- Porque no se regó.
- ¿Y por qué no se regó?
- Porque no hubo regadores.
- Y ¿por qué no hubo regadores?
- Pues porque el Banco solamente ofreció pagar $25.00, que era el salario mínimo del campo en aquel tiempo, y la gente no quiere trabajar.
Entonces yo le dije:
- Bueno, si ustedes son los socios, los dueños del establo; lo que ustedes ahorita no reciban en sueldo lo van a recibir de utilidades o de abono al valor del establo.
- No, pero eso sólo Dios sepa cuándo; en "La Pequeña" están pagando a $35.00 y ni así consiguen trabajadores.
Vean ustedes si ésta hubiera sido la mentalidad de un particular. Los ejidatarios ni son ni se sienten dueños, ni de la tierra ni de las cosechas, ni de las plantaciones ni de las industrias que están en esa tierra. El pequeño propietario está un escaloncito arriba; si tiene la escritura de su tierra, si se siente propietario de ella hasta cierto punto y con muchas limitaciones, porque yo quisiera saber en que banco, incluyendo a los bancos oficiales, le prestan a un pequeño propietario que tenga solicitudes de reparto de tierras, de dotación de tierras; yo quisiera saber que agricultor, o qué ganadero invierte en perforar norias, en crear o hacer, o mejorar aguajes, en mejorar o nivelar las tierras si sabe que a la mejor el día de mañana llega el Decreto de Expropiación.
Señores, mientras no se dé absoluta seguridad en la tenencia de la tierra a todos los campesinos, ejidatarios, colonos y pequeños propietarios, así podremos aprobar parvadas de leyes, manojos de leyes de este tipo y no se va a resolver el problema porque estamos en la punta de la hebra y no en el origen y en la raíz de los problemas.
Por otra parte, es bueno hacer estas leyes, pero cuántas leyes hay en México tan buenas como ésta, que seguramente se va aprobar, que no se aplican.
Esa es la otra parte del por qué los problemas de México subsisten años y años, y hasta siglos.
Para no cansarlos a ustedes dejaremos para otra intervención otros aspectos del problemas que es interesante analizar porque es un complemento de la realidad, del origen de los problemas.
Dejo a la Secretaría mi proposición que pongo a consideración de ustedes y pido su aprobación.
El C. Presidente: Por la Comisión tiene la palabra el señor diputado Carlos Hidalgo.
El C. Carlos Hidalgo: Señor Presidente: Ruego a usted ordene a la Secretaría que se nos precise la proposición del señor diputado, dado que en lo farragoso de este largo argumento cinematográfico realmente perdimos los términos de algo que creemos es una buena proposición.
El C. Presidente: Proceda la Secretaría en los términos que pide el señor diputado.
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
Artículo 254:
"Se aplicarán igualmente las sanciones del Artículo 253." Primera, segunda, tercera, cuarta, quinta.
La fracción 6a. dice:
"A los funcionarios o empleados de cualquier entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos, o que indebidamente nieguen o retarden la entrega a quienes tienen derecho a recibirlos. Si el que entregue los insumos referidos fuere el productor que los recibió de las instituciones oficiales, se le aplicará una pena de 3 días a 3 años de prisión".
El C. Carlos Hidalgo: Muchas gracias, señor Presidente.
Compañeros diputado:
Cuando los conceptos y las proposiciones que se hacen en esta tribuna tienen sentido y tienen carácter eminentemente jurídico, despejados de concepciones subjetivas personales de carácter político - religioso, quiero hacer resaltar que, como en este caso, las comisiones siempre están abiertas no solamente al diálogo interno de las proposiciones de todos los partidos políticos en el seno de las comisiones, sino que aun en el pleno de la Cámara, como en este caso sucedió hace algunos momentos, insisto, cuando los conceptos son de aplicación universal y cuando van en beneficio de las clases mayoritarias del pueblo, las comisiones, en este caso la de Justicia, no tiene el menor empacho en aceptarlos.
A lo que esta Comisión, como considero que todas nos oponemos, es a escuchar argumentos manidos, repetitivos, indemostrables, que lo único que hacen es llevar confusión a las clases mayoritarias del país.
Qué bueno que en esta ocasión el señor diputado de Acción Nacional ha hecho una proposición que la Comisión de Justicia ve con buenos ojos y acepta públicamente en virtud de estar orientada, el Partido Acción Nacional, como todos los partidos, con una meta común. Cada quien por sus caminos, cada quien influenciado por su propia ideología, cada quien con sus propios argumentos, pero siempre teniendo como mira el futuro mejor del país, un futuro al que todos los mexicanos, independientemente de nuestras diferencias ideológicas, aspiramos y deseamos que sea una realidad.
Lo que no podemos aceptar es que sigan haciéndose acusaciones valiéndonos de argumentos cinematográficos.
Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea sobre la adición propuesta por el señor diputado Edmundo Gurza.
El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta si se acepta la adición propuesta por el diputado Gurza, de la Fracción Parlamentaria de Acción Nacional y aceptada por la Comisión. Los ciudadanos que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.
Aceptada, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Ernesto Rivera.
- El C. Ernesto Rivera:
C. Presidente.
Señoras y señores diputados:
Es incuestionable que el gran reto para la sociedad mexicana de los tiempos actuales y futuros es la satisfacción de las necesidades alimentarias. Que si bien esto constituye un magno programa, que se complementa con la distribución y el consumo, es, evidentemente, una instancia histórica de trascendentales, profundas y considerables repercusiones nacionales.
Para el cumplimiento de los objetivos señalados, es menester contar con mayor participar los beneficios que otorga la fuerza México. Este propósito es el que da contenido esencial a los objetivos del Sistema Alimentario Mexicano. Sin embargo esta histórica finalidad de propiciar los beneficios que otorga la fuerza productiva de un pueblo, la alimentación como la energía para el trabajo, y el acceso a la riqueza y al crecimiento con progreso social, premisa sin la cual, no tiene sentido el desarrollo, máxime si no va, particularmente, en favor de los ejidatarios, comuneros, colonos y minifundistas, no se alcanzará satisfactoriamente si no se instrumentan las medidas de orden jurídico necesarias, para que los campesinos ejidatarios y comuneros, y minifundistas, auténticos beneficiarios por mandato constitucional, de los anhelos de la Revolución Mexicana de establecer la plena convergencia de productividad, justicia y soberanía.
De aquí que tenga una especial importancia, el agregado de la fracción V del artículo 254 del Código Penal para el Distrito Federal, cuyo proyecto de Dictamen estamos discutiendo en esta sesión.
El móvil principal de esta adición, es garantizar la equidad de los insumos necesarios en la producción de alimentos agropecuarios. Se trata excepcionalmente, de asegurar el incremento de las utilidades de los productores ejidatarios, comuneros y minifundistas, mediante insumos subsidiados; pero también se pretende garantizar el uso con efectos sociales, al penalizar con rigor y energía a quienes trafiquen, especulen, comercien y lucren con los insumos recibidos, con lo cual se daría otro rumbo a las sanas intenciones del régimen, de aplicar dispositivos eficaces para elevar y transformar las condiciones de vida del campesino mexicano.
Aun cuando se sustentan criterios en el sentido de dar trato igual a desiguales y de poner en entredicho la condición responsable y honesta de los ejidatarios, comuneros y minifundistas como sujetos confiables de crédito, esta modificación al Código Penal es un paso importante y positivo para proteger a los campesinos que son siempre víctimas de la necesidad y el engaño.
La Fracción Parlamentaria de mi partido, el Partido Popular Socialista, fundamenta y razona su voto en las anteriores reflexiones y declara que dará su voto afirmativo, consciente de que son adiciones al 254 del Código Penal, se busca consolidar los fines sociales y económicos que con todo el paquete de leyes relativas al área agropecuaria, se pretende llevar a los sectores campesinos de la producción alimentaria, más injustamente marginados por la incomprensión y el olvido de otros tiempos.
Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Miguel José Valadez Montoya.
El C. Miguel Valadez Montoya: Señor Presidente:
Compañeros diputados:
Hoy nos ocupa un dictamen que en lo general ha obtenido la simpatía, el apoyo, la aprobación de todos nosotros y es que el espíritu de la iniciativa indiscutiblemente es positivo. Se trata sintéticamente de apoyar, de impulsar a los campesinos y a los campesinos de abajo, a los débiles y si alguien en México amerita la justicia de la Revolución, es precisamente el hacedor de esta Revolución.
El espíritu positivo también se refleja indiscutiblemente para los mexicanos de hoy, para los niños y los adultos, es decir, para el presente y para el futuro del país, por cuanto indirecta y directamente podrá significar un apoyo al estómago de los mexicanos. Hasta aquí lo positivo indiscutible del espíritu de la iniciativa y para asegurarlo se buscó la intención punitiva, porque existen cuervos, buitres que descienden a donde está la semilla con la intención de dar cosecha y la tragan e impiden la cosecha; existen los intermediarios, los capaces de traficar con el hambre del pueblo y tal vez hasta con su progenitora y es respecto de ello que se motiva la intención punitiva de verdad, porque existen otro elemento, el del campesino pobre, ignorante, a veces más que pobre, paupérrimo que pudiera intervenir como sujeto de éste que es delito, deteniendo la pata a la vaca; sí, cometerá también el delito, pero en la redacción de la Iniciativa, con un sentido altamente humanista se buscó que respecto del paupérrimo y del ignorante se tenga benevolencia. Que en realidad se aplasten las cabezas de las víboras, los verdaderos malvados y delincuentes y no aquel que por circunstancias especiales pudieran entrar en la figura delictiva.
En la Comisión nos preocupó la mejor expresión de este contenido de la Iniciativa Presidencial y no quedó como venía, ustedes pueden comparar los textos de uno y de otro documento, fuimos si se quiere hasta escrupulosos, hasta exageradamente exigentes porque se vio una y otra vez el Dictamen, el proyecto de modificación para pulirlo. Hubo un espíritu abierto en el que pudimos intervenir todos los partidos políticos, dijimos nuestro criterio y de algún modo fue tomado en cuenta para quedar el texto como está y porque consideramos que es la mejor expresión que podíamos dar al espíritu de apoyo a los débiles y de castigo a los malvados, por ello el Partido Demócrata Mexicano da su voto aprobatorio a la Iniciativa y Dictamen que nos ocupa. Muchas gracias. (Aplausos).
El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Dictamen se encuentra suficientemente discutido.
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si considera el Dictamen suficientemente discutido.
Los ciudadanos que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
Suficientemente discutido, señor Presidente.
El C. José Isaac Jiménez Velazco (desde su curul): Señor Presidente, nada más para pedirle que en virtud de los cambios que ha habido, se lea el texto que vamos a aprobar.
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
Con el objeto de ilustrar a la asamblea para los efectos de la votación, me permito dar lectura a la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el artículo 254 del Código Penal, en el que ya están incorporadas las modificaciones que se propusieron, aceptadas por la Comisión.
Artículo 1o. Se reforma el artículo 254 del Código Penal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, para quedar en los siguientes términos:
"Artículo 254. Se aplicarán igualmente las sanciones del artículo 253 primera, segunda, tercera, cuarta.
"Fracción V. Al que dolosamente adquiera, posea o trafique con semillas, fertilizantes, plaguicidas, implementos u otros materiales destinados a la producción agropecuaria que se hayan entregado a los productores por alguna entidad o dependencia pública a precio subsidiado.
"Fracción VI. A los funcionarios o empleados de cualquier entidad o dependencia pública que entreguen insumo a quienes no tengan derecho a recibirlos o que indebidamente rieguen o retarden la entrega a quienes tienen derecho a recibirlos, si el que entregue los insumos referidos fuese el productor que los recibió de las instituciones oficiales, se le aplicará una pena de tres días a tres años de prisión".
Se va a recoger la votación nominal del artículo único del proyecto de decreto.
El C. licenciado Antonio Rocha Cordero (Desde la curul): Tengo la impresión de que la parte final no está en los términos en que fue propuesta. Yo quisiera oírla nuevamente despacito.
El C. Presidente: Proceda a leerlo, señor secretario.
El C. secretario Juan Maldonado Pereda: "A los funcionarios o empleados de cualquier entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos o indebidamente nieguen o retarden la entrega a quienes tiene derecho a recibirlos. Si el que entregue los insumos referidos fuese el productor que los recibió de las instituciones oficiales, se le aplicará una pena de tres días a tres años de prisión".
El C. Antonio Rocha Cordero: Pido la palabra señor Presidente, porque aun creo que queda una laguna.
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Rocha Cordero.
El C. Antonio Rocha Cordero: La única duda es que no se llegue a interpretar equivocadamente la sanción que corresponde a los funcionarios, porque aun cuando la parte superior o el inicio del artículo 254 dice: "Se aplicará
igualmente las sanciones del artículo 253...", y siguen las fracciones hasta la VI que dice: "A los funcionarios empleados, de cualquier entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos o que indebidamente nieguen o retrasen la entrega, a quienes tienen derecho a recibirlos...", dice enseguida, (punto y aparte).
"Si el que entregue los insumos referidos fuere el producto que los recibió de las instituciones oficiales, se le aplicará una pena de tres días a tres años de prisión".
Obviamente el espíritu de la proposición y de la enmienda, es que a los funcionarios se les imponga la pena de los dos a los nueve años, pero podría prestarse a alguna interpretación dudosa, por lo que quizá fuera conveniente buscar una expresión más clara. Yo propondría que se regresase un poco al texto propuesto, en que se decía: "Los funcionarios o empleados de alguna entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos o quienes no tengan derecho a recibirlos..." y ahí habría que agregarse lo del retraso: "Se harán acreedores a las sanciones del artículo 253".
No es ningún capricho, pero creo que queda más precisa la intención de todos nosotros. (Aplausos).
El C. secretario Jesús E. Hernández Chávez: Sobre el particular está aceptado.
Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo único del proyecto de decreto de las modificaciones propuestas por los grupos parlamentarios y aceptadas por la Comisión en sus términos con la última intervención del señor diputado Rocha.
Se ruega a la Oficialía Mayor que haga los avisos a que se refiere al artículo 161 del Reglamento Interior del Congreso.
(Votación).
El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Se informa que han emitido su voto aprobatorio por unanimidad 337 diputados.
El C. Presidente: Aprobado el proyecto de Decreto por unanimidad.
- El mismo C. Secretario: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
PROPOSICIÓN PARA QUE COMPAREZCA EL SECRETARIO DE COMERCIO
El C. Juan Aguilera Azpeitia: Pido la palabra para hacer una proposición.
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Aguilera Azpeitia.
El C. Juan Aguilera Azpeitia: Señor Presidente;
Honorable Asamblea:
Constituimos una representación nacional vinculada estrechamente al pueblo lo representa, de manera especial en la búsqueda de formas que hagan más expedito su desarrollo. Todo cuanto ocurre, pues, nos atañe y preocupa, máxime si son fenómenos económicos y sociales que gravan las condiciones de vida de las mayorías.
Es por eso que la Fracción Parlamentaria Demócrata ve con preocupación la escalada de precios en los artículos de primera necesidad, que rebasan en mucho los aumentos salariales, haciendo nugatorio el poder adquisitivo de los ingresos de las clases especialmente obrera y campesina.
En los últimos días la Secretaría de Comercio autorizó un alza para la venta de la leche al público, en atención a peticiones del sector interesado y luego de una serie de presiones, maniobras que acompasaron seguramente los estudios presentados ante esa dependencia. El incentivo aprobado coloca este producto cada día más lejos del bolsillo y la mesa de nuestro pueblo, de donde disminuye su capacidad alimentaria y se menguan todos sus recursos, cuestión que ha de interesarnos supuesto que la ausencia de elementos vitales en el organismo es un signo ominoso para el futuro de nuestro país.
Los estudios técnicos económicos respectivos de esta materia seguramente que marcan una orientación; empero, hace tiempo ya que debieron haberse creado condiciones para mejores rendimientos, mejores rendimientos no tan solo monetarios para el grupo productor, sino mejorar la estructura integral del sistema y los procedimientos, pues en tanto no se superen los índices de producción y la productividad, las utilidades continuarán gravándose sobre los mismos volúmenes.
Lo anterior no viene a ser un alegato y menos un planteamiento simplista, sino la justificación de que los diputados requerimos conocer de todo, en su forma y en su fondo de la política de precios que afecta tan seriamente a nuestros representados. Si permaneciéramos indiferentes ante las quejas y angustias de nuestros representados, si no nos preocupásemos por conocer cuáles son los lineamientos sobre los que la Secretaría de Comercio desarrolla y desarrollará su política en razón de los artículos de primera necesidad, estaríamos dando la espalda a quienes con su voto confían en su representación popular.
El pueblo tiene muchas interrogantes al respecto que a su tiempo habremos de plantear, respecto a todos los artículos más indispensables; al pan, las tortillas, al gas la gasolina, así como los productos que forman un cuadro no de necesidades sino de angustias para las clases mayoritarias.
Creemos que lo anterior, expresado en términos claros, nos confirma en la idea de que la Secretaría de Comercio hasta ahora no ha tomado en cuenta para muchas de sus determinaciones, a los sectores mayoritarios y podríamos decir, como una crítica justificada, que dicha Secretaría ni siquiera ha tomado en cuenta a los representantes populares, pues los diputados y las Comisiones respectivas de la Cámara, nos enteramos de aumento de precios,
de decisiones, de políticas, no por la comunicación directa de la Secretaría que podría hacerlo siquiera por cortesía, sino por los medios de comunicación social, lo que es ciertamente ampliamente criticable.
En consecuencia y en razón de todo esto, proponemos a esta Honorable Asamblea:
Único: Que con fundamento en el artículo 93 de la Constitución General de la República, sea citado a comparecer ante esta Cámara de Diputados el secretario de Comercio, licenciado Jorge de la Vega Domínguez, con la finalidad de que explique ampliamente las motivaciones y contenidos completos de las razones para las cuales o por las cuales se procedió a autorizar los aumentos en los artículos de primera necesidad, últimamente señalados para esto; así como para que describa la política inmediata que tiene en mente aplicar el gobierno federal en razón de los artículos de primera necesidad y especialmente para que responda a la serie de planteamientos y de cuestionamientos que habrán de presentar seguramente los señores diputados.
México, D. F., a 25 de noviembre de 1980.
Fracción Parlamentaria Demócrata.
El C. Presidente: Para los efectos del artículo 58 se pregunta a la Asamblea si hay algún orador en contra.
Tiene la palabra el diputado Guadarrama Márquez.
El C. José Guadarrama Márquez: Señor Presidente:
Señoras y señores diputados:
Los diputados del Partido Revolucionario Institucional no estamos sordos a la necesidad, pero tampoco cerrados a la razón, por ello con la finalidad de establecer una mejor comunicación con los miembros de la representación nacional y con el objeto de recibir informaciones adecuadas y necesarias y evitar formular juicios superficiales, debido a informaciones insuficientes y a desinformaciones equivocadas, en mi calidad de diputado del Partido Revolucionario Institucional y miembro de la Comisión de Comercio de esta Cámara, estimo que es necesario conocer en forma detallada y vehemente las motivaciones y causas que impulsaron a la Secretaría de Comercio a conceder alzas en el renglón de energéticos y autorizar la elevación del precio de la leche.
Todos sabemos que detrás de estas decisiones, existen causas estructurales y causas coyunturales de origen económico.
Como diputado de la nación, me corresponde tomar la posición de defensa de los consumidores, sin desconocer argumentos y razones que tengan los productores de la leche. La comparecencia de un funcionario público en esta Cámara de Diputados debe representar información, cambio de impresiones y explicaciones que satisfagan al interés social, por ningún motivo debe significar una feria de vanidades, sin que el sensacionalismo supere la mesura propia del tratamiento que deben tener tan significativos problemas; que no debe interpretarse como un banquillo de acusados, sino como una información y comunicación entre miembros destacados de la Administración Pública y los representantes del pueblo, de cuyo mandato nos imponemos e ineludiblemente tenemos la obligación de representarlo y defenderlo. Subrayo: que no se pretenda convertir y utilizar la tribuna de esta Cámara en un intercambio de diatribas y de ofensas, que por ningún motivo se pierda el nivel de dignidad que debemos observar los diputados de la nación y sobre todo, sin que establezca precedente obligatorio y lleguemos al abuso de las facultades que nos otorga la Constitución. Como diputado federal del Partido Revolucionario Institucional, miembro de la Comisión de Comercio de esta Cámara, estimo necesario que con fundamento en el Artículo 93 de la Constitución Política de la República y de los propios del Reglamento Interior de esta Cámara, comparezca ante esta Representación el ciudadano Secretario de Comercio. Me adhiero a la proposición que hizo el señor diputado Juan Aguilera Azpeitia del Partido Demócrata Mexicano. (Aplausos.)
El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consultar a la Asamblea si se acepta o se rechaza la proposición.
El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta la proposición. Los que estén porque se acepte sírvanse manisfestarlo poniéndose de pie.
Aceptada, señor Presidente.
El C. Presidente: Túrnese a la Comisión de Comercio.
ASUNTOS PROPUESTOS
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Arnoldo Martínez Verdugo.
El C. Arnoldo Martínez Verdugo: Está previsto para esta sesión un debate, una serie de intervenciones acerca de la Revolución Mexicana, pero debido a que la hora ha avanzado mucho, se corre el riesgo de que esta parte de la sesión adquiera un carácter muy formalista. Por eso quiero proponer que acordemos pasar este punto para la primera sesión de la Cámara, del mes de diciembre y propongo también que sea colocado en el primer punto de la Orden del Día de esa sesión.
El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consultar a la Asamblea si se acepta o se rechaza la proposición.
El C. secretario Juan Maldonado Pereda: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta la proposición. Los que estén por que se acepte sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Aceptada, señor Presidente.
HOMENAJE AL EJERCITO
El C. Luis R. Casillas: Señoras y señores diputados:
Este ambiente tan grato que estamos viviendo, me da el necesario valor para quitarles un poco más de su tiempo.
El 20 de noviembre el señor Presidente de la República expresó en forma viril, gallarda y enérgica, su repudio o ataques que se lanzaron contra las Fuerzas Armadas de México.
Nosotros los militares, aun los que estamos ya en situación de retiro, nos sentimos profundamente orgullosos de esas frases que elevan grandemente la moral de los militares en activo y que nos compromete más a todos a seguir sirviendo con el mismo cariño a la Patria, con la misma honestidad y con la misma reciedumbre de siempre.
Aquí hemos dicho en otras ocasiones que los militares retirados seguimos siendo soldados; seguimos amando profundamente al Ejército del cual procedemos. Yo modestamente represento, como Presidente de la Asociación Revolucionaria Leandro Valle, a un grupo muy numeroso de militares retirados y, en nombre de ellos, modestamente, a través de esta alta tribuna, rendimos homenaje al señor Presidente de la República por esas frases que ponen muy en alto a las Fuerzas Armadas de México en comparación con todas, porque nosotros sentimos que sus palabras son un aliciente más para el mejor cumplimiento de nuestros deberes.
En mi carácter de Presidente de la Comisión de Defensa Nacional aquí en la H. Cámara, tenemos también un grupo muy distinguido de militares retirados y otros que tienen licencia para dedicarse a las labores políticas. Todos, estoy seguro que nos sentimos orgullosos de este acto solemne y hermoso que también fue rubricado por otros que también nos llenan de orgullo.
El señor Secretario de la Defensa Nacional presentó una tabla deportiva militar muy hermosa de diez mil soldados que demuestran la capacidad de nuestro Ejército, su disciplina, su organización y esa maravillosa presentación que dieron al pueblo de México ese día, pero, además, hubo otro acto hermoso. Preseas deportivo militares a un grupo de jinetes que fueron a Moscú a poner muy en alto el nombre de México, con otro grupo de civiles que también practican la equitación con el equipo militar. Los militares que fueron a competir en ecuestres con Girón y con Bautista pusieron muy en alto el nombre de México.
Pero se trata de una rectificación.
Con motivo del homenaje que se rendía a Marcelo Quiroga de la Cruz, héroe boliviano, el señor Juan Rulfo dijo lo que les voy a leer, que ahora están tratando de desvirtuar y de convertir en una cita histórica, que fue dicha para la fecha que estamos viviendo:
Por cierto, contestó a una pregunta que se le hizo:
Sólo como anécdota en cierta ocasión quiso inquirir cuál sería la solución para evitar tantos golpes de Estado en su patria y qué medidas había tomado México para que desde hace más de medio siglo hubiera logrado ya una estabilidad política.
A esta pregunta le dio una respuesta lógica:
"La única medida - le dijo - es matar a todos los generales y a quienes sobrevivan enriqueciéndolos o corrompiéndolos. Desde la época del general Obregón, cuando se inició el descabezadero, él formuló una frase famosa: "no hay general que resista un cañonazo de $50 000.00'."
Completamente falso.
El general Obregón nunca pronunció esta frase. Esta frase la acuñó nada menos que el general Arnulfo R. Gómez y después se la echó a él porque eran enemigos. Categóricamente rechazamos esta frase de uno de los más grandes héroes de nuestra historia militar.
Claro que ahora - fíjense que no tiene nada de histórico esto - ahora se los dan por millones, pero los tienen quietos mediante la corrupción; de otro modo en este país proliferarían los generales, ya que después de la Revolución llegó a haber más generales que soldados. así se les dio a escoger el poder o la riqueza. Quien quería ambas cosas lo asesinaba, hasta convencerlo de que era mejor vivir tranquilo y rico a enfrentar los difíciles problemas de un gobernante. A eso hemos llegado ahora - dice él - .
Nosotros no podemos pasar inadvertida ninguna alusión y por eso nos sentimos orgullosos de que el señor Presidente, con su voz autorizada haya dicho que no hay militares corruptos; frase que tomamos como devoción para que todos nuestros actos sigan rigiéndose por la más estricta honestidad, lealtad a la patria, al pueblo, a la Revolución y a los principios liberales con los que hemos luchado desde hace mucho tiempo.
Muchas gracias. (Aplausos.)
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.
El C. Presidente: Señores diputados: la cita para la sesión del miércoles 26 del presente mes, es decir, mañana, en la que comparecerá el ciudadano Secretario de Hacienda y Crédito Público, es a las nueve y media horas, y con tal motivo se les quiere formular dos peticiones: la primera rogarles la puntualidad, y la segunda la ayuda de todos los señores diputados y diputadas para que sus ayudantes y auxiliares y personal que con ellos colabora, no utilicen ni ocupen ni los pasillos ni los palcos ni menos la Sala de Sesiones. El ruego atento es que se coloquen sobre los balcones destinados a la galería.
Adelante, señor Secretario.
ORDEN DEL DÍA
- El C. secretario Juan Maldonado Pereda:
Orden del Día de la próxima sesión.
"Segundo Período Ordinario de Sesiones.
"LI" Legislatura.
Orden del Día
26 de noviembre de 1980.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Presentación por el C. licenciado David Ibarra Muñoz, Secretario de Hacienda y Crédito Público."
- El C. Presidente (a las 15:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 25 de noviembre a las 9.30 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"