Legislatura LI - Año III - Período Ordinario - Fecha 19811220 - Número de Diario 44

(L51A3P1oN044F19811220.xml)Núm. Diario:44

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LI" LEGISLATURA

Registrada como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., domingo 20 de diciembre de 1981 TOMO III. NÚM. 44

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

SE APRUEBA

INICIATIVA DE DIPUTADO

LEY REGLAMENTARIA DEL

ARTÍCULO 62 CONSTITUCIONAL

En materia de Incompatibilidades para desempeñar Diputados y Senadores alguna Comisión o Empleo de la Federación, suscrita por el C. Miguel Angel Camposeco.- Se le dispensa la lectura. Se turna a Comisión. Imprímase.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

ARTÍCULO 4o. CONSTITUCIONAL

Proyecto de Decreto que adiciona con un último párrafo el artículo de referencia. Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura.

CONDECORACIONES

Proyecto de Decreto que concede permiso a los CC. Juan Calderoni Arroyo, Raúl Velasco Ramírez, Liborio Pérez Elorriaga, Agustín Villegas Sánchez y Eulalio Ferrer Rodríguez para que acepten condecoraciones de gobiernos extranjeros. Primera lectura.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Dos proyectos de Decreto que autorizan a los CC. María E. Herminia Carmona Granillo, José C. Carmona y Mercedes Barrientos Castrejón, para que presten servicios en la Embajada de Checoslovaquia en México y Gabriela Sosa de León y Linda P. Abrego Ojeda en el Consulado General de los Estados Unidos, en Nuevo Laredo, Tamaulipas. Primera Lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

LEY DEL INDECO

Proyecto de Decreto que abroga la Ley del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad de la Vivienda Popular, de fecha 4 de febrero de 1971. Se le dispensa la lectura.

A discusión en lo general. Intervienen, en contra el C. Gerardo Unzueta Lorenzana; en pro el C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo; en contra el C. Jesús Ortega Martínez; en pro Adelaida Márquez Ortiz; para modificaciones el C. Joaquín Alvarez Ordóñez, miembro de la Comisión. Se aprueba en lo general con las modificaciones, y los artículos no impugnados.

A discusión en lo particular. A debate el Artículo Segundo Transitorio. Usan de la palabra, para proponer una adición Fernando de Jesús Canales Clariond; por la Comisión, Joaquín Alvarez Ordóñez. Se aprueba la adición. Se aprueba el proyecto de Decreto. Pasa al Senado.

ARTÍCULOS 107 Y 123

CONSTITUCIONALES

Dictamen con proyecto de Decreto que reforma el inciso d) de la fracción V del Artículo 107, y la fracción XXXI del Apartado "A" Artículo 123 Constitucionales. Se le dispensa la lectura.

A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra José Minondo Garfias; en pro Martín Tavira Urióstegui; en contra Juan Landerreche Obregón en pro Juan Manuel Elizondo y Valentín Campa Salazar; por la Comisión, Angel Olivo Solís; para hechos Carlos Sánchez Cárdenas, Jesús González.

Schmal y Manuel Terrazas Guerrero; para contestar alusiones Minondo Garfias y Olivo Solís; por la Comisión Enrique Sánchez Silva. Se aprueba por mayoría.

A debate en lo particular. El C. Loreto Hugo Amao González declina su impugnación y en su lugar hace una excitativa para que oportunamente se reforme la Ley Reglamentaria de la Ley Federal del Trabajo en beneficio de la clase obrera. Pasa el proyecto de Decreto al Senado.

ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL

Dictamen con proyecto de Decreto que reforma el inciso e), fracción IX del Apartado "A" del artículo mencionado. Se le dispensa la lectura. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por unanimidad. Pasa al Senado.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

LEY QUE CREA EL BANCO NACIONAL DE TURISMO

Proyecto de Ley que crea a la Institución Nacional de Crédito, denominada Banco Nacional de Turismo, S.A.; Institución de Banca Múltiple. Primera lectura.

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. MARCO ANTONIO AGUILAR CORTES

(Asistencia de 233 ciudadanos diputados.)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 11:40 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Armando Thomae Cerna:

"Tercer Período Ordinario de Sesiones.

"LI" Legislatura.

Orden del Día

20 de diciembre de 1981.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Iniciativa del C. diputado Miguel Angel Camposeco

De Ley Reglamentaria del artículo 62 de la Constitución General de la República.

Dictámenes de primera lectura:

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyectos de Decreto por los que se concede permiso a los CC. José Calderoni Arroyo, Raúl Velasco Ramírez, Liborio Pérez Elorriaga, Agustín Villegas Sánchez y Eulalio Ferrer Rodríguez, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede permiso a los CC. Ma. Evelia Herminia Carmona Granillo, José Carmen Carmona y Mercedes Barrientos Castrejón, para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de la República Socialista de Checoslovaquia en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede permiso a las CC. Gabriela Sosa Díaz de León y Linda Piedad Abrego Ojeda, para prestar servicios de carácter administrativo al Gobierno de los Estados Unidos de América.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas con proyecto de Decreto que abroga la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular.

De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales de Trabajo y Previsión Social con proyecto de Decreto que reforma el inciso d) de la Fracción V del Artículo 107, y la Fracción XXXI del Apartado "A" del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social con proyecto de Decreto que reforma el inciso e), fracción IX, apartado "A" del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El C. secretario Silvio Lagos Martínez:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Primera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día diecinueve de diciembre de mil novecientos ochenta y uno.

Presidencia del C. Marco Antonio Aguilar Cortés.

En la ciudad de México, a las once horas y cincuenta minutos del sábado diecinueve de diciembre de mil novecientos ochenta y uno, la Presidencia declara abierta la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de doscientos veinticinco ciudadanos diputados.

Lectura del Orden del Día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior llevada a cabo el día de ayer.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

El C. José I. Valencia González expresa a la Asamblea que es del dominio público que el Partido Demócrata Mexicano ha emprendido su campaña política para 1982, lanzando como candidato a la Presidencia de la República al C. Ignacio González Gollaz. Dice que en el trayecto de estos meses, a partir del inicio de la campaña en Dolores Hidalgo, han encontrado una serie de obstáculos que desea dar a conocer.

A continuación hace relación de varios de estos hechos, principalmente lo acaecido en el Estado de Querétaro, donde el señor Gobernador Rafael Camacho Guzmán, ha hecho saber que en su entidad únicamente él hará política y estará exclusivamente la propaganda del Partido del Gobierno. Señala que el señor Gobernador no lo diría en serio, pero que desgraciadamente se han dado cuenta de que no es así y relata todos los problemas que han soportado en dicho Estado.

Se refiere a la reforma política del Presidente López Portillo y pide que haya congruencia del Gobierno con lo que manifiesta y con lo que hace, pues se invita al ciudadano a que participe en política y se le cierra la forma de conocer los planteamientos políticos de otros partidos.

Por todo lo anterior propone lo siguiente:

"Tomando en cuenta el proceso de reforma política en que se encuentra el país, los reiterados pronunciamientos que ha hecho el Presidente de la República sobre el respeto del proceso electoral que culminará con las elecciones de 1982, la recomendación formulada por la Secretaría de Gobernación a los gobiernos de los estados para que no se obstaculice la actividad de los partidos políticos y que ha habido denuncias concretas sobre el particular, la LI Legislatura del Congreso de la Unión manifiesta su determinación de que el actual proceso electoral garantice el avance de la reforma política, y por tanto hace suyos los pronunciamientos del Ejecutivo para que todos los funcionarios estatales y municipales, respeten el libre juego de los partidos y candidatos, a efecto de que el pueblo esté en condiciones de conocer las diversas opciones de la voluntad popular, pueda expresarse libremente y el resultado electoral responda fielmente a las aspiraciones y decisiones de los electores". Túrnese la proposición a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público presenta un dictamen con proyecto de Decreto que reforma la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

En atención a que este dictamen ha sido ya distribuido entre los ciudadanos diputados, la Asamblea en votación económica le dispensa la lectura. Queda de primera lectura.

Dictamen con proyecto de Decreto suscrito por la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, que adiciona el Capítulo "De la Tierra para la Vivienda Urbana", a la Ley General de Asentamientos Humanos.

Por las mismas razones del caso anterior, la Asamblea dispensa la segunda lectura a este documento, a efecto de que se someta desde luego a discusión en lo general.

A debate en lo general el proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba en este sentido con los artículos no impugnados por doscientos quince votos en pro, tres en contra y dieciséis abstenciones.

A discusión en lo particular. A debate el Artículo 59.

Hacen uso de la palabra, para proponer una supresión el C. Jesús Ortega Martínez; para proponer una adición el C. Alejandro Gascón Mercado; por la Comisión el C. Joaquín Alvarez Ordóñez no acepta la supresión propuesta por el C. Ortega Martínez, y la adición propuesta por el C. Gascón Mercado sí la acepta pero con nuevo texto. El propio C. Alvarez Ordóñez contesta interpelaciones de los CC. Jorge Amador Amador y Antonio Rocha Cordero; a nombre de la Comisión el C. Miguel Angel Camposeco da lectura al nuevo texto propuesto por la misma Comisión; continúan en el uso de la palabra para hechos, el C. Jorge Amador Amador; por la Comisión el C. Luis Octavio Porte Petit; para proponer otra modificación el C. Jesús Ortega Martínez; por la Comisión el C. Joaquín Alvarez Ordoñez; después de escuchar los argumentos de la Comisión, el C. Ortega Martínez retira su proposición y se adhiere a la propuesta del C. Gascón Mercado; el C. Antonio Obregón Padilla solicita de la Comisión le aclare una pregunta que el C. Miguel Angel Camposeco le contesta y asimismo contesta una interpelación del C. Hiram Escudero Alvarez; para hechos habla nuevamente el C. Antonio Obregón Padilla y el C. Miguel Angel Camposeco quien contesta una interpelación formulada por el C. Rafael Alonso y Prieto.

En virtud de que varios ciudadanos diputados solicitan intervenir en este debate, la Presidencia sugiere, dada la importancia del asunto, que todos los interesados se reúnan con los miembros de la Comisión para llegar a un acuerdo. Se acepta la sugerencia y se declara un corto receso.

Entretanto la Secretaría da lectura a una Iniciativa suscrita por varios ciudadanos diputados, integrantes del Partido Revolucionario Institucional, que reforma la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Túrnese a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Marina e imprímase.

Se prosigue con el debate del Artículo 59.

La Asamblea en votación económica no acepta la modificación presentada por el C. Jesús Ortega Martínez, y en consecuencia se da por desechada.

A continuación el C. Miguel Angel Camposeco aborda la Tribuna y da lectura a la nueva redacción del artículo a debate, que después de las aportaciones presentadas por los CC. Alejandro Gascón Mercado y Antonio Rocha Cordero, que la Comisión acepta y después de dar lectura definitiva al nuevo texto, la Asamblea en votación económica aprueba.

Suficientemente discutido el Artículo 59, en votación económica se aprueba con las modificaciones propuestas y aceptadas, por doscientos treinta y cinco votos afirmativos y diecisiete negativos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Con base en el Artículo 124 del Reglamento, el C. David Bravo y Cid de León, propone una adición al Artículo 54 del proyecto de Decreto que acaba de aprobarse.

En votación económica, la Asamblea no admite la adición y se da por desechada.

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales signa un dictamen con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Congreso General.

A este dictamen también le dispensa la Asamblea, el trámite de segunda lectura.

A discusión en lo general el proyecto de Decreto.

Intervienen, en contra el C. José Minondo Garfias; por la Comisión el C. Carlos Hidalgo Cortés; para hechos el C. Arturo Salcido Beltrán; para aclaraciones los CC. Luis M. Farías y Salcido Beltrán; en contra el C. Eugenio Ortiz Walls; para aclaraciones nuevamente los CC. Luis M. Farías, Eugenio Ortiz Walls, Luis M. Farías y Arturo Salcido Beltrán; por último, en pro el C. Juan Aguilera Azpeitia.

Suficientemente discutido en lo general, en votación nominal se aprueba en este sentido con los artículos no impugnados, por doscientos doce votos en pro y treinta y ocho en contra.

A discusión en lo particular. A debate el artículo 15.

El C. Juan Antonio García Villa propone una modificación que la Comisión, por voz del C. Juan Aguilera Azpeitia acepta proponiendo a su vez un nuevo texto con el que está de acuerdo el C. García Villa; para hacer consideraciones sobre este artículo y sobre el Artículo 60 constitucional interviene el C. Juan de Dios Castro; para hacerle aclaraciones al orador sobre el particular, habla el C. Luis M. Farías quien contesta una pregunta del C. Juan de Dios Castro.

Después de una aclaración del C. Juan de Dios Castro, la Asamblea en votaciones sucesivas acepta las proposiciones del C. Juan Antonio García Villa, que fueron aceptadas por la Comisión con nuevo texto.

Suficientemente discutido el Artículo 15, se reserva para su votación nominal. A debate el Artículo 24.

Hacen uso de la palabra, para proponer una supresión el C. Miguel José Valadez Montoya; por la Comisión el C. Antonio Carrillo Flores; para insistir en sus argumentos otra vez el C. Valadez Montoya y por la Comisión el C. Rafael Corrales Ayala quien da contestación a una pregunta del C. Valadez Montoya.

Suficientemente discutido el Artículo 15, se procede a recoger la votación nominal de éste y del Artículo 24, los que resultan aprobados por doscientos quince votos en pro, dieciocho en contra y dieciocho abstenciones.

Aprobado el proyecto de Decreto en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Dictamen con proyecto de Decreto de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, que reforma y adiciona la Ley General de Instituciones de Fianzas.

También a este dictamen se le dispensa el trámite de segunda lectura.

A discusión en lo general el proyecto de Decreto.

Usan de la palabra, en contra el C. Arturo Salcido Beltrán; por la Comisión la C. Lidia Camarena Adame; para insistir en sus puntos de vista el C. Salcido Beltrán y en pro el C. Humberto Pliego Arenas.

Suficientemente discutido en lo general, se aprueba en votación nominal con los artículos no impugnados por doscientos cincuenta y tres votos en favor y ocho en contra.

A discusión los artículos 15, 41 y 60.

El C. Arturo Salcido Beltrán propone modificaciones a estos tres artículos que la Comisión, a través de la C. Lidia Camarena Adame no acepta. La propia C. Camarena Adame da contestación a una pregunta del C. Salcido Beltrán; para hechos interviene el C. Rafael Alonso y Prieto.

La Asamblea en votaciones económicas no aprueba las modificaciones presentadas y en consecuencia se dan por desechadas. Se reservan los artículos para su votación nominal.

A discusión el Artículo 32.

Usan de la Tribuna para proponer una modificación el C. Juan Landerreche Obregón, que la C. Lidia Camarena Adame a nombre de la Comisión rechaza; nuevamente los dos oradores.

La Asamblea no acepta la modificación y se da por desechada.

Suficientemente discutidos los artículos reservados, se procede a recoger su votación nominal, resultando aprobados en la forma siguiente:

Doscientos dieciocho votos en pro, siete votos en contra, veintisiete votos en contra, del Artículo 32 y en favor de todos los demás, y un voto en contra de los artículos 15, 41 y 60 y abstención en el Artículo 32.

Aprobado el proyecto de Decreto en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a una Iniciativa de

Decreto tendiente a reformar el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por ciudadanos diputados miembros de los siguientes Grupos Parlamentarios: Partido Socialista Unificado de México; Partido Acción Nacional; Partido Socialista de los Trabajadores y Partido Demócrata Mexicano. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

A las dieciocho horas y diez minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana veinte de diciembre, a las once horas en punto."

Está a discusión el Acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor Presidente.

INICIATIVA DE DIPUTADOS

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO

62 CONSTITUCIONAL

INICIATIVA DE LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 62 CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE INCOMPATIBILIDADES PARA DESEMPEÑAR, DIPUTADOS Y SENADORES, ALGUNA COMISIÓN O EMPLEO DE LA FEDERACIÓN

En el artículo 62 de la Constitución General de la República, se establece la prohibición expresa para los Diputados y Senadores propietarios, durante el período de su encargo, para desempeñar alguna otra comisión o empleo de la Federación o de los Estados, por los cuales se disfrute sueldo. Igual norma rige para los suplentes en ejercicio, de ambos funcionarios legislativos.

La excepción a esta regla consiste en pedir licencia ante la Cámara respectiva para separarse del cargo de elección popular y entonces tener la oportunidad de aceptar y cumplir con aquel que hubiera conferido el Ejecutivo o el Judicial.

Para el caso de la infracción a lo preceptuado en el artículo, que es materia de esta Iniciativa, la sanción consiste en la pérdida del carácter de Diputado o Senador.

La determinación del Constituyente de 1917 para incluir este mandato de acatamiento obligado para los representantes populares, tiene su origen en los procesos de corrupción política y administrativa del porfiriato, así como en la necesidad de afirmar la dignidad, respeto e independencia del Poder Legislativo frente a los otros dos Poderes de la Unión y los de los Estados.

La falta de una oportuna regulación de los principios consagrados en el Artículo 62 constitucional, ha provocado una serie de irregularidades que se han cometido en distintas épocas, por diversos representantes populares. Por un lado, tal situación convierte al Poder Legislativo en centro de críticas indeseables para la alta y delicada misión que debe cumplir al servicio de la República; y, por otro, podría permitir la posible existencia de infracciones que deberán sancionarse con la pérdida del carácter de Diputado o Senador de quienes pudieran incurrir en esta situación.

Esta dura sanción, si bien está dirigida a la persona investida de representación popular para conminar el cumplimiento de su deber, también lo es que se traduce en una merma de valiosos elementos que pueden ser atraídos por los otros Poderes, privando al Legislativo de una adecuada composición e integración política.

La norma de incompatibilidad para desempeñar otro cargo conferido por la Federación o los Estados, nació como una medida de defensa a la evolución del Ejecutivo en los aspectos legislativos y para preservar la integridad de las Cámaras, así como frente a la posibilidad de su limitación para funcionar o mediatizarla para tomar libres determinaciones.

Por el respeto a los Poderes de la República y de los Estados, los representantes populares están obligados a una fiel observancia de la Constitución y a la ocupación plena de su tiempo, inteligencia y esfuerzos para cumplir cabalmente el encargo que les ha confiado la voluntad política y electoral del país.

Como legisladores su misión es contribuir con total independencia de criterio y actuando con libertad de pensamiento al perfeccionamiento del orden jurídico vigente; como funcionarios del Poder Legislativo conocen los alcances de las funciones de cada Poder y las limitaciones que conlleva la responsabilidad de todo funcionario público; y, como gestores sociales, tienen el ineludible compromiso de realizar, ante las diferentes autoridades, todas aquellas gestiones que requieran sus representados para la solución de los problemas comunes y del bienestar colectivo.

Todos estos principios se desprenden del texto constitucional para que Diputados y Senadores cumplan con la esencia de la representación que ostentan y la función de legislar.

Por otro lado, preservan la integridad de cada Cámara y la dignidad del Poder Legislativo frente a otros Poderes.

Por las razones expuestas y en ejercicio de las facultades que confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, ante la H. Asamblea, por conducto de ustedes, CC. Secretarios, respetuosamente vengo a presentar la siguiente

INICIATIVA DE LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 62 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA

Artículo 1o. Se concede acción a los miembros del Poder Legislativo y representaciones de los Partidos Políticos integrantes de éste, para que con propuesta documentada y fundada eleven a la Cámara la incompatibilidad del desempeño de otra comisión o empleo de la Federación o Estados por el cual se disfrute sueldo y el cargo de Diputado o Senador.

Quedan exceptuados de incompatibilidad, el desempeño de cargos o comisiones de orden

académico conferidos por Universidades y Centros de Enseñanza Superior que pertenezcan al Estado; ser miembro directivo de Instituciones de Beneficencia Pública; los de ejercicio profesional en instituciones de asistencia social; los jubilados y pensionados por el Estado; los representantes de sindicatos de dependencias de la Administración Pública; y aquellos que a nombre del Gobierno Federal ejecuten una encomienda en el extranjero, cuyo desahogo y cumplimiento no exceda tres sesiones ordinarias del período correspondiente.

Artículo 2o. Para conocer de las incompatibilidades, las Cámaras en los términos de su Ley Orgánica y Reglamentos, integrarán una Comisión especial que funcionará permanentemente, oyendo y recibiendo todos los elementos de juicio, para con ellos dictaminar aquellos casos sometidos a su consideración. Todo dictamen sobre incompatibilidad será sometido a la aprobación de la Asamblea de la Cámara respectiva.

Artículo 3o. Conocerá igualmente de las solicitudes de licencia que sean presentadas ante las Cámaras por sus miembros, en los términos del artículo 62 de la Constitución General de la República.

Artículo 4o. La determinación de la Cámara, se comunicará al interesado para que manifieste si cesará en sus funciones representativas mientras dure la otra comisión o empleo; si dentro de las diez sesiones siguientes no ha formulado declaración alguna se entiende que opta por la otra comisión o empleo por lo que la Cámara extenderá la licencia, llamándose desde luego al suplente.

Artículo 5o. Si no obstante el dictamen de la Comisión respectiva, así como el acuerdo de la Asamblea, el diputado o senador persistiera en continuar en el desempeño de ambas responsabilidades, se declarará por el pleno de su Cámara que ha perdido su carácter de representante popular.

Artículo 6o. El funcionario de la Dependencia o Institución respectiva, que autorice y permita el desempeño por parte de un diputado o senador de comisión o empleo por la que perciba sueldo, sin que exista previo permiso de la Cámara respectiva, se hará acreedor a un extrañamiento. Si se insistiere en la infracción, se comunicará oficialmente el acuerdo de incompatibilidad aprobada por la Cámara al C. Presidente de la República.

Artículo 7o. El nombramiento para el empleo o comisión expedido en contravención a las disposiciones anteriores, no surtirá efecto en cuanto a las afectaciones presupuestarias, quedando obligado el infractor a restituir a la Nación el importe de las percepciones recibidas indebidamente.

Artículo 8o. Una vez concluido el desempeño de la comisión o empleo incompatible con el cargo de diputado o senador, el titular de la representación sin mayor trámite podrá reintegrarse al ejercicio de sus funciones bastando que presente una simple comunicación a la Asamblea.

TRANSITORIOS

Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, Distrito Federal, a 19 de diciembre de mil novecientos ochenta y uno.- Diputado y licenciado Miguel Angel Camposeco C."

El C. Presidente: En atención a que este documento ha sido ya impreso y distribuido entre todos ustedes, le ruego al secretario los consulte si le dispensan la lectura y lo turnamos a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

El C. secretario Silvio Lagos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura a la Iniciativa y se turna desde luego a Comisión.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

- Trámite: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

ARTÍCULO 4o. CONSTITUCIONAL

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo que disponen los artículos 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 65, 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Propio Congreso, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, después de analizar y estudiar la Iniciativa de Reforma al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista, emite el siguiente

DICTAMEN

Las consideraciones que sirven de motivación jurídica a la Iniciativa que pretende reformar el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consisten fundamentalmente en sostener que las luchas revolucionarias del pueblo mexicano, desde la Revolución de Independencia hasta hoy, han estado impregnadas de un profundo sentido de justicia social. De acuerdo con esta afirmación, se asienta en la propuesta, que las ideas directrices que han impulsado el progreso de la nación, no han sido postulados abstractos, sino claros pronunciamientos en favor de la elevación constante de las condiciones materiales y culturales del pueblo. De aquí, porque la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos que nos rige no se limitó a proclamar los derechos individuales, sino que estipuló garantías sociales, fundamentalmente en favor de los campesinos y de los obreros.

Esta Comisión Dictaminadora coincide con la Iniciativa que el Estado Mexicano, producto de la Revolución de 1910, no ha dejado al pueblo el libre juego de las fuerzas sociales, sino que ha intervenido como rector de la vida económica, con el fin de orientar el desarrollo independiente de la nación y distribuir con equidad la riqueza pública, para que los grupos económicamente débiles sean los principales beneficiarios del crecimiento económico. El Estado asume la obligación de impulsar el desarrollo económico para que éste sea un medio para alcanzar la justicia social y, consecuentemente, mantener el sistema de libertades vigente en el país.

La Comisión está de acuerdo también con la afirmación que se produce en el texto de la Iniciativa, en el sentido de que la Constitución Política de 1917 ha sufrido diversas reformas en sus 64 años de vigencia, y que si bien es verdad que las normas supremas son las más permanentes, sin embargo, ellas deben adecuarse siempre a las exigencias de una sociedad dinámica que se renueva, cuantitativa y cualitativamente.

Es cierto que las normas jurídicas por sí mismas nos cambian la realidad, pero constituyen instrumentos trascendentales que, en manos de un gobierno democrático, impulsan el progreso social. Las exigencias de la sociedad mexicana se han expresado en normas constitucionales. El derecho al trabajo y otros, ya son un mandato en la Carta Fundamental. Es preocupación de amplios sectores del pueblo mexicano que se introduzcan en la Carta de Querétaro otros dos derechos: el derecho a la salud y el derecho a la vivienda.

Los miembros de la Comisión que firman este dictamen, hacen suya esta Iniciativa por considerar que coincide con programas y aspiraciones de los partidos y el pueblo que estima tener derecho a la alimentación, al vestido, a la vivienda, a la salud, a la cultura y al trabajo.

En tal virtud, siendo la vivienda condición y presupuesto para el desarrollo material y moral de la familia; es y debe constituir, en última instancia, una verdadera garantía social de la familia mexicana.

Por las razones expuestas esta Comisión somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

QUE ADICIONA CON UN PÁRRAFO CUARTO EL ARTÍCULO 4o. CONSTITUCIONAL

Artículo único. Se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 4o.

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.

TRANSITORIO

Único. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de diciembre de 1981.- Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Luis M. Farías, Presidente.- Antonio Huitrón Huitrón, Secretario.- Rafael Corrales Ayala.- Juan Aguilera Azpeitia.- Eduardo Aviña Bátiz.- Juan Manuel Elizondo Cadena.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Carlos Enrique Cantú Rosas.- Rafael Ibarra Chacón.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Maldonado Pereda.- Guillermo Medina de los Santos.- Raúl Pineda Pineda.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Enrique Sánchez Silva.- Ignacio Vázquez Torres.- Abel Vicencio Tovar R."

El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido también ya impreso y distribuido entre todos los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura del dictamen.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen, es de Primera lectura.

CONDECORACIONES

- El C. secretario Silvio Lagos Martínez:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fueron turnados para su estudio y dictamen, los expedientes con las solicitudes de permiso constitucional necesario para que los ciudadanos José Calderoni Arroyo, Raúl Velasco Ramírez, coronel de Fuerza Aérea piloto aviador diplomado de Estado Mayor Aéreo Liborio Pérez Elorriaga y teniente coronel de Fuerza Aérea piloto aviador diplomado de Estado Mayor Aéreo Agustín Villegas Sánchez puedan aceptar y usar las Condecoraciones que les confieren los Gobiernos de los Países Bajos, de la República de Colombia y de los Estados Unidos de América. respectivamente.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder los

permisos solicitados y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la consideración de la H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso para aceptar y usar Condecoraciones a los siguientes ciudadanos: José Calderoni Arroyo la de la Orden de Orange Nassau en grado de Comendador, que le confiere el Gobierno de los Países Bajos; Raúl Velasco Ramírez la Especial de la Orden de San Carlos, que le confiere el Gobierno de la República de Colombia; al coronel de Fuerza Aérea piloto aviador diplomado de Estado Mayor Aéreo Liborio Pérez Elorriaga y teniente coronel de Fuerza Aérea piloto aviador diplomado de Estado Mayor Aéreo Agustín Villegas Sánchez, la Medalla de Elogio que les confiere el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de diciembre de 1981.- Luis M. Farías.- Antonio Huitrón Huitrón.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Juan Maldonado Pereda.- Guillermo Medina de los Santos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Ignacio Vázquez Torres.- Enrique Sánchez Silva.- Raúl Pineda Pineda.- Eduardo Aviña Bátiz.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Juan Manuel Elizondo.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Abel Vicencio Tovar R.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Aguilera Azpeitia.- Carlos Enrique Cantú Rosas.- Rafael Ibarra Chacón."

- Trámite: Primera Lectura.

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 19 de noviembre próximo pasado, la Cámara de Senadores remite expediente con Minuta Proyecto de Decreto, que concede permiso al ciudadano Eulalio Ferrer Rodríguez, mexicano por naturalización, para aceptar y usar la Encomienda de la Orden del Mérito Civil que le confiere el Gobierno de España.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Eulalio Ferrer Rodríguez para aceptar y usar la Encomienda de la Orden del Mérito Civil que le confiere el Gobierno de España.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de diciembre de 1981.- Presidente, Luis M. Farías.- Secretario, Antonio Huitrón Huitrón.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Juan Maldonado Pereda.- Guillermo Medina de los Santos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Ignacio Vázquez Torres.- Enrique Sánchez Silva.- Raúl Pineda Pineda.- Eduardo Aviña Bátiz.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Juan Manuel Elizondo.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Abel Vicencio Tovar R.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Aguilera Azpeitia.- Carlos Enrique Cantú Rosas.- Rafael Ibarra Chacón."

- Trámite: Primera lectura.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficios fechados el 7 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Ma. Evelia Herminia Carmona Granillo, José Carmen Carmona y Mercedes Barrientos Castrejón, puedan prestar servicios al Gobierno de la República Socialista de Checoslovaquia en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el 11 de diciembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán serán como trabajadora doméstica, mozo y secretaria, respectivamente; y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso para prestar servicios a los siguientes ciudadanos: Ma. Evelia Herminia Carmona Granillo, como empleada doméstica; José Carmen Carmona como mozo, y Mercedes Barrientos Castrejón como secretaria, en la Embajada de la

República Socialista de Checoslovaquia en México. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 18 de diciembre de 1981.- Presidente, Luis M. Farías.- Secretario, Antonio Huitrón Huitrón.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Juan Maldonado Pereda.- Guillermo Medina de los Santos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Ignacio Vázquez Torres.- Enrique Sánchez Silva.- Raúl Pineda Pineda.- Eduardo Aviña Bátiz.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Juan Manuel Elizondo C.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Abel Vicencio Tovar R."

- Trámite: Primera lectura.

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficios fechados el 2 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que las ciudadanas Gabriela Sosa Díaz de León y Linda Piedad Abrego Ojeda, puedan prestar servicios al Gobierno de los Estados Unidos de América en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 11 de diciembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que las peticionarias acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas del acta de nacimiento:

b) Que los servicios que las propias interesadas prestarán serán como mecanógrafa y empleada consular, respectivamente; y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso para prestar servicios a las siguientes ciudadanas: Gabriela Sosa Díaz de León, como mecanógrafa en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y Linda Piedad Abrego Ojeda como empleada consular en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 19 de diciembre de 1981.- Presidente, Luis M. Farías.- Secretario, Antonio Huitrón Huitrón.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Juan Maldonado Pereda.- Guillermo Medina de los Santos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Ignacio Vázquez Torres.- Enrique Sánchez Silva.- Raúl Pineda Pineda.- Eduardo Aviña Bátiz.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Juan Manuel Elizondo.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Abel Vicencio Tovar R.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Aguilera Azpeitia.- Carlos Enrique Cantú Rosas.- Rafael Ibarra Chacón."

- Trámite: Primera Lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

LEY DEL INDECO

DECRETO QUE ABROGA LA LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y DE LA VIVIENDA POPULAR

"Comisión de Asentamientos Humanos y Obra Públicas.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas se le turnó para su estudio y dictamen la Iniciativa de Decreto que abroga la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular presentada por el C. Presidente de la República, José López Portillo, con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la lectura y análisis de las razones que se expresan para fundamentar la Iniciativa de Decreto que nos ocupa, se considera que se justifica plenamente la liquidación del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, por lo que con apoyo en los artículos 50, inciso 1, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General y 65, 66, 87 y 88 del Reglamento respectivo, la Comisión formula el siguiente

DICTAMEN

Dentro del contexto de la problemática de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano, el déficit y la demanda de vivienda es una de las cuestiones más álgidas, cuya resolución se ha considerado prioritaria dentro de las acciones a las que está orientada la planeación de los asentamientos humanos y el reordenamiento del territorio nacional.

En efecto, desde el Constituyente de Querétaro se externo la conveniencia y necesidad de crear condiciones propias para que cada mexicano cuente con una vivienda higiénica, decorosa y digna, por lo que el Gobierno Federal,

dentro del esquema de facultades concurrentes que ha caracterizado al federalismo actuante y funcional de nuestro sistema constitucional ha venido apoyando a las Entidades Federativas y a los municipios a fin de aumentar su capacidad de respuesta a las demandas de la población de acceder a una vivienda digna y se le incorpore a los beneficios derivados de nuestro actual desarrollo. Este apoyo, como lo expresa la Iniciativa , no sólo se ha referido a lo financiero, sino también ha impulsado la creación de estructuras jurídicas y administrativas adecuadas y eficientes para la ejecución de programas de vivienda.

Acorde a estos principios, el Gobierno Federal, además de fideicomisos públicos o fondos de financiamiento, promovió la creación en particular, desde 1954, del Instituto Nacional de la Vivienda, cuyos objetivos fueron la construcción y administración de unidades habitacionales; en 1971, como lo señala la Iniciativa se cambió la denominación de dicho organismo y se le encomendaron nuevas funciones tales como la regeneración de zonas decadentes, el desarrollo de las comunidades rurales y urbanas, sustituyendo así la política de construcción material por actividades promocionales con la participación de la propia comunidad.

Por otro lado, conforme a la Reforma Administrativa del actual Gobierno, orientada a revisar la situación de las Entidades Paraestatales que auxilian al Ejecutivo de la Unión, en el ejercicio de sus atribuciones y en la ejecución de sus programas, se reformó y adicionó la Ley que creó el Instituto, habiéndose enfatizado su competencia para atender la demanda de sueldo urbano para vivienda, así como promover y ejecutar programas de esta naturaleza para trabajadores no asalariados, o sea, aquellos que no gozan de los beneficios sociales derivados del artículo 123 Constitucional.

De esta manera, el Gobierno Federal ha coadyuvado con los niveles de Gobierno locales, a satisfacer las necesidades de vida de los grupos de bajos ingresos, mediante la dotación de lotes, mejoramiento de las viviendas construidas, de casas terminadas, así como diversos apoyos a la autoconstrucción, tales como parques de materiales y asesoría técnica, entre otras importantes acciones.

Sin embargo, no obstante que se han logrado importantes avances en beneficio de numerosas familias, la magnitud y complejidad del problema no ha permitido atenuar el crecimiento de los rezagos en esta materia, generados por el incremento de la población y su distribución desordenada en el territorio nacional. Esto, aunado a otros graves problemas, motivó las reformas a los artículos 27, 73 y 115 de la Constitución General de la República; a la expedición de la Ley General de Asentamientos Humanos y a las Leyes de Desarrollo Urbano en cada una de las Entidades Federativas.

El legislador de dichos ordenamientos, tomando en cuenta que el federalismo en nuestro país, constituye una decisión fundamental del pueblo mexicano para el desarrollo integral, jurídico, político, económico y social de la República que hace posible la solución de los problemas nacionales con la intervención, coordinación y colaboración de los tres niveles de Gobierno, consideró que la planeación de los asentamientos humanos, del desarrollo urbano, y el reordenamiento del territorio nacional, debería hacerse con la concurrencia y la corresponsabilidad de los mismos.

Lo anterior, como lo señala la exposición de motivos de esta Iniciativa del Titular del Ejecutivo Federal, significa entender la administración pública de nuestro país, dentro del marco del federalismo, como sistema que tiene como propósito fundamental fortalecer la unidad y no dispersar los esfuerzos, con base en una labor constante e integrada, cuyo objetivo debe tender a que los Gobiernos Estatales y municipales se fortalezcan y dispongan de recursos para atender en forma directa los reclamos de la población en materia de vivienda.

A la consecución de estas metas, como se consigna en la Iniciativa, han estado dirigidas las actividades derivadas del Convenio Único de Coordinación, que año con año se celebra con los Ejecutivos Estatales, los Convenios de Coordinación Fiscal, los Convenios para la ejecución de los Programas COPLAMAR, los Convenios para la entrega de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado que operaba la Federación de una manera directa o indirecta, y los efectos jurídicos, administrativos y financieros que en favor de las entidades federativas se derivaron de la liquidación de las Juntas Federales de Mejoras Materiales.

Las razones antes señaladas, aunadas al imperativo de continuar en esta línea de conducta pública de fortalecimiento del sistema federal y considerando que la solución del problema de la vivienda debe enfocarse y atender dentro del marco de la planeación del desarrollo urbano que los Gobiernos Estatales y municipales realicen de acuerdo con la Legislación y los planes correspondientes, por ello se justifica la abrogación de la Ley que creó el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, como lo plantea la Iniciativa que la Comisión ha tenido a bien analizar y someter a la consideración de esta H. Asamblea.

La liquidación del Instituto se estima conveniente, en virtud de que algunas Entidades Federativas, cuentan ya con estructuras administrativas responsables de la atención de la problemática apuntada, por lo que corresponderá a ellos en forma preponderante la realización de las acciones y programas necesarios, contando para ello con la colaboración asesoría y apoyo del Gobierno Federal en diversos órdenes, dentro del espíritu que enmarca la coordinación y concurrencia, que determina la Carta Magna y la Ley General de Asentamientos Humanos.

Al desaparecer el Instituto, La Iniciativa del Titular del Poder Ejecutivo Federal, plantea que el Gobierno Federal mediante los convenios correspondientes que celebre con los

Gobiernos Estatales o Municipales, cederá a éstos, a título gratuito, los bienes y recursos que dicho Organismo destinaba para la ejecución de sus programas en la Entidad, con los derechos y obligaciones consubstanciales a los mismos, lo que significa que los programas habitacionales, los de fraccionamientos, los de insumos básicos para la vivienda y en general las funciones que actualmente son responsabilidad del Instituto, quedarían a cargo de las instituciones públicas de nivel estatal o municipal según el caso, a fin de garantizar la continuidad de los mismos y la posibilidad de que los habitantes del país en forma gradual, vayan accediendo al disfrute de una vivienda higiénica y decorosa. En relación con el Distrito Federal esta Comisión ha estimado conveniente precisar que los bienes del Instituto pasarán al patrimonio del Departamento del Distrito Federal, con la obligación al igual que en los otros casos, de destinarlos a los mismos fines a que se han venido aplicando.

Para asegurar la continuidad y eficacia de los programas en proceso o de los proyectados, se prevé que el instituto el liquidación otorgará la asesoría y apoyos que soliciten los Gobiernos Locales durante 1982. Asimismo, para que en forma complementaria tengan la posibilidad de adquirir predios para la vivienda urbana, se estará a los dispuesto en los proyectos estudiados y aprobados por esta H. Asamblea, de la Ley General de Bienes Nacionales y de adición con un Capítulo Quinto a la Ley General de Asentamientos Humanos, en los cuales se plasma el compromiso y la responsabilidad de la Federación, de coadyuvar conjuntamente con las Entidades Federativas, a la previsión y adquisición de tierra necesaria para acelerar la satisfacción del requerimiento de vivienda que tienen las mayorías nacionales.

Por cuanto a la liquidación, la Iniciativa determina que la coordinación y responsabilidad de ésta estará a cargo de una Comisión Intersecretarial Liquidadora, y del Director General del Instituto; la primera tendrá a su cargo, formular el programa de liquidación y fijar las normas y lineamientos que la regulen y, el segundo tendrá el carácter de liquidador del Organismo de conformidad con las bases que le defina la multicitada Comisión. La Comisión que suscribe el presente dictamen, efectuó modificaciones para precisar la responsabilidad de quienes tendrán a su cargo la disolución del Organismo.

En el aspecto laboral bajo el principio de respeto pleno a los derechos de los trabajadores que presten sus servicios al Instituto, plantea la opción que tendrán los trabajadores de base, de acuerdo con la Ley de la materia de ser reubicados en cualesquiera de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, o bien de establecer relaciones de trabajo con las Instituciones Estatales o Municipales a las que se transfieran los bienes y programas del Organismo, siempre y cuando tengan a bien aceptarlos y se trate de personal que estuviere laborando en la misma localidad.

Sin embargo, la Comisión ha juzgado pertinente modificar y adicionar este artículo Tercero Transitorio, a fin de darle una mayor precisión, claridad y evitar interpretaciones erróneas, respecto a la convicción y norma de conducta del Gobierno de la República, de observar y aplicar en forma irrestricta las normas tuteladoras de los derechos de la clase trabajadora. En este sentido, se agregó que en caso de reubicación los trabajadores pasarán con todas sus obligaciones y derechos laborales; que deberán ser liquidados en los términos de la Ley de la materia, en caso de que decidan prestar sus servicios a los Gobiernos Estatales o Municipales siempre y cuando éstos los acepten: y que la Comisión Liquidadora y el Director General del Instituto quedan obligados a observar y vigilar que se respeten los derechos y prerrogativas del personal sujeto a reubicación, así como del fiel cumplimiento de esta disposición.

Por las razones expuestas, y por estimar que la Iniciativa contribuirá al fortalecimiento político y administrativo de los Gobiernos Estatales y Municipales, como receptores de importantes recursos que les permitirán efectuar en forma ágil y oportuna las acciones de vivienda a su cargo, los CC. diputados que suscriben, miembros de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, someten a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

QUE ABROGA LA LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD Y DE LA VIVIENDA POPULAR

Artículo primero. Se abroga la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, de fecha 4 de febrero de 1971, reformada por Decreto fechado el 28 de diciembre de 1978.

Artículo segundo. El Director General del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, en su carácter de Liquidador se sujetará a las normas y lineamientos establecidos por la Comisión a que se refiere el artículo siguiente.

Artículo tercero. El Ejecutivo Federal constituirá una Comisión Liquidadora presidida por un representante de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas e integrada por sendos representantes de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de Comercio, encargada de formular el Programa de Liquidación, así como fijar las normas y lineamientos que la regulen; también deberá estudiar y sugerir al Ejecutivo Federal el aprovechamiento o destino de los bienes que resulten de la Liquidación del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular.

TRANSITORIOS

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En su oportunidad el Ejecutivo Federal podrá convenir con los Gobiernos Municipales, Estatales o Departamento del Distrito Federal que corresponda la cesión de los bienes, obras o servicios resultantes de la liquidación del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, la que comprenderá los derechos y obligaciones vinculados a los mismos, siempre que los gobiernos cuenten con estructuras administrativas responsables de la promoción y ejecución de los planes o programas de vivienda popular y se obliguen a destinarlos a esos fines.

Tercero. El personal de base del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, podrá optar entre su reubicación con todas sus obligaciones y derechos laborales en alguna de la dependencias o entidades de la Administración Pública Federal incorporarse a las instituciones respectivas de los gobiernos estatales o municipales que tengan a bien aceptarlos, cuando se trate de personal que estuviere laborando en la misma localidad, en cuyo caso deberán ser liquidados previamente en los términos de la Ley de la Materia, debiendo contarse con la aceptación correlativa de las Instituciones receptoras; o decidir por su liquidación final de acuerdo a la Ley.

El Director General, en su carácter de Liquidador y la Comisión Liquidadora quedan obligados a observar que se respeten los derechos y prerrogativas del personal sujeto a reubicación o liquidación, y vigilar el fiel cumplimiento de esta disposición por parte de la Autoridades receptoras.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de diciembre de 1981.- Comisión de Asentamientos Humanos y obras Públicas. Presidente, Joaquín Alvarez Ordóñez.- Yolanda Sentíes de Ballesteros.- Rebeca Anchondo viuda de Rodríguez.- Miguel Treviño Emparan.- Joel Ayala Almeida.- Jaime Coutiño Esquinca.- Gonzalo García García.- Felipe López Prado.- Guillermo Melgarejo Palafox.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Guadalupe Rivera Marín de Iturbide.- Alberto Tapia Carrillo.- Ignacio Villanueva Vázquez.- América Abaroa Zamora.- Adelaida Márquez Ortiz.- Manuel Sthepens García.- Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.- Ramiro Lupercio Medina.- David Bravo y Cid de León.- Alvaro Elías Loredo.- Gabriel González Acero.- Miguel Angel Camposeco.- Jesús Ortega Martínez.- María de la luz Tirado.- Federico Granja Ricalde.- Francisco J. Madero González."

El C. presidente: En atención a que este dictamen ha sido distribuido entre ustedes, ruego a la Secretaría consulte a ustedes para ver si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura al dictamen.

El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores...

Esta presidencia informa a la Asamblea que se han registrado como oradores en contra el diputado Gerardo Unzueta y Jesús Ortega y, en pro, el diputado Cuauhtémoc Amezcua y la diputada Adelaida Márquez. También están inscritos en pro todos los miembros de la Comisión que suscribieron el dictamen. Por tanto se concede el uso de la palabra al diputado Gerardo Unzueta.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana: Compañeros diputados:

Hace un momento recibimos un Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en el cual apoya un planteamiento e inserta, propone insertar en la Constitución, en el artículo cuarto la siguiente frase:

"Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa".

Pero lo que tenemos que ver es si las palabras, en este caso las palabras de la Secretaría de Gobernación, se apegan a los hechos y aquí lo que tenemos ahora a discusión es el proyecto de Decreto de la desaparición de el INDECO.

Pero, ¿qué es el INDECO?

¿O qué, prácticamente, era el INDECO?

El INDECO es, o era, la única institución federal que atendía sectores de la población de menores recursos, esto es aquellos que incluso ganan menos del salario mínimo, de 1.5 del salario mínimo a 2.5 y que ahora va a desaparecer. Esta Institución que debería atender las tareas para dar vivienda a esos sectores de menores recursos, funcionó de la manera más desastrosa posible y esto aparentemente justifica su desaparición. En cualquier ciudad de la República, lo podría mencionar como ejemplos, Guadalajara y Alcozahuaca, la importancia del INDECO era evidente, pero su fracaso no se debe solamente a que internamente fuera un organismo insuficientemente dotado de posibilidades internas para atender los problemas de la vivienda, sino sobre todo se deriva de los raquíticos presupuestos que la Federación le otorgó. De hecho en este sexenio se firmó el acta de defunción de INDECO desde hace ya varios años. Su desaparición en la práctica estaba siendo decretada con cada uno de los presupuestos que se le asignaban, es decir, presupuestos de miseria que impedían a INDECO resolver los problemas para los cuales fue creado.

Ahora esto no es extraño, esta falta de atención por parte del Gobierno no hace más que expresar una política de vivienda del Estado Mexicano que consiste en hacer prevalecer los intereses privados y especulativos en la producción de la vivienda. La vivienda de ninguna manera está planteada para resolver otra cosa, eso son las palabras.

Para resolverla en función de un programa estatal real, auténtico, desarrollado, suficiente; para poder construir sus viviendas en el país el ciudadano mexicano tiene no obstante las instituciones que existen, que enfrentarse a la voracidad de comerciantes y acaparadores de los insumos básicos: la tierra por un lado y los materiales de construcción por el otro. INDECO no escapó a esta política pues sus programas tuvieron siempre una mínima incidencia, prácticamente una razón, para hacer frente a la creciente demanda de vivienda popular.

Con el Decreto de desaparición que ahora nos proponen que adoptemos el Gobierno Federal traspasa una responsabilidad de carácter social como la vivienda, al ámbito de estados y municipios.

En cierto sentido podríamos decir "muy bien. Los municipios son quienes tienen que tomar en sus manos la solución del problema de la vivienda", pero con relación a la realidad mexicana tenemos que decir "muy mal, a los municipios se les acogota de tal manera que no es posible que atiendan ningún programa real de vivienda" y esta es la realidad actual de nuestro país. Esta medida de descentralizar importantes funciones de gobierno, implicará un riesgo ante el que ya estamos, ante el que ya estamos por la política que se ha seguido con INDECO. Los estados y municipios, al no poder contar con capacidad económica para hacerse cargo de los programas de vivienda, dejarán de atender a los pocos sectores que tenían acceso a los programas federales por la vía de INDECO.

Desaparecer una institución de vivienda de carácter social, la más social desde el punto de vista de la población, es un hecho verdaderamente grave. No se trata de hacer caso omiso de las causas de su ineficacia, sino que simplemente se le desaparece y las causas de su ineficacia no son combatidas. simplemente se le desaparece y no se le sustituye aun con ningún instrumento de operación real que pueda plantearse la realización de un trabajo que satisfaga las necesidades que dejó de satisfacer INDECO.

De ninguna manera se asegura que la responsabilización que se arroja sobre los gobiernos estatales y municipales vaya a ser complicada; no se asegura que las funciones o programas que INDECO desarrollaba o tendía a desarrollar con las posibilidades que le daban los pellizcos de presupuesto que recibía, no hay la posibilidad de que esos programas se mantengan y menos aun de que pasen a ser mejorados, que es de lo que se trata y lo que se necesita.

El Gobierno Federal, de esta manera, renuncia a apoyar la construcción de vivienda popular, o sea la vivienda entre el sector mayoritario de autoconstructores, que ahora tendrán la posibilidad de obtener suelos baratos, según las adiciones que ayer se hicieron a la Ley de Asentamientos Humanos, pero ningún apoyo para la construcción de la vivienda.

Este es el problema que ahora tenemos. Tendrán posibilidad de comprar terrenos pero no tendrán posibilidad de construir su vivienda y ¿cuál es la alternativa?

La alternativa es muy clara y muy precisa, el que recibe terreno y no tiene con qué construir lo vende y entonces esto será abrir un nuevo negocio para los grandes consorcios BANAMEX, en primer lugar, que trafican con los terrenos urbanos; esto es, aquí se está abriendo, además de no satisfacer la necesidad de vivienda, se está abriendo una ancha puerta a los monopolios de la tierra, al latifundismo urbano.

La cuestión central y más crítica que se plantea es entonces cómo resolver el problema de situar una corriente financiera de apoyo a la construcción de la vivienda para los sectores de menores recursos. Esto es a lo que renuncia el Gobierno Mexicano al plantear la supresión de INDECO, en lugar de plantearse su mejoramiento, su desarrollo o la creación de un instrumento verdaderamente eficaz es lo que ahora tenemos planteado y a lo que ahora tenemos que responder aquí lo que ahora necesitamos atender es a la necesidad de propugnar por la formación de un organismo rector de la construcción de la vivienda, de la política de la vivienda, con criterios unificados y generales que impulse, que tome en cuenta las necesidades municipales, los derechos municipales, que establezca convenios con los municipios, que establezca convenios con el Estado para realizar su política, pero que exista un organismo rector capaz de impulsar esa política de la vivienda, porque lo que ahora tenemos es una política de no vivienda, una política de topos, podemos tener terreno y si queremos vivir ahí lo que tenemos que hacer es cavar un agujero en el piso y meternos a vivir ahí.

De no modificarse substancialmente la política de vivienda del Estado para los sectores mayoritarios del país y para que éste pase a intervenir directamente en el proceso productivo de la vivienda, ahora en manos privadas, convirtiéndose en productor directo de los insumos básicos y controlar con mecanismos más eficaces la especulación con la tierra, de nada servirá crear o desaparecer instituciones burocratizadas; estaremos abordando la superficie sin tocar las verdaderas causas y problemas de fondo.

Una cuestión más, el Proyecto que aborda el problema de los trabajadores de INDECO, pero resulta que cuando se habla de los trabajadores de INDECO se está partiendo de la solución aun limitada, del personal de base, esto es, de ese personal que tiene todos sus derechos ya consagrados, sus derechos sindicales, etc. y que puede en este caso optar por

una de dos soluciones; ahora nos referimos a ello, pero el problema no es ese precisamente, el que existe en INDECO, el problema es que en INDECO existen 659 trabajadores de base y existen 2 mil trabajadores a lista de raya, honorarios y de confianza; la mayor parte de los cuales tienen de 5 a 8 años de antigüedad en el trabajo y resulta que esos trabajadores no tendrán ninguna opción, más que la opción de irse a aplanar las calles de las ciudades en donde residen.

Nosotros creemos que aparte de que es necesario redactar de una manera distinta, porque está redactado de tal forma que aquí las opciones que se dan a los trabajadores, quienes las disfrutan son las instituciones estatales, aparte de resolver ese problema, no sólo debemos que poner, es el personal en general, que - formulan las páginas 8 y 11 del proyecto de dictamen.

En primer término, nosotros no podemos plantearnos la solución de los trabajadores de INDECO, sobre la base de hablar de los trabajadores de base. No se trata de eso, se trata de resolver los problemas de los trabajadores de INDECO y entonces, lo que nosotros tenemos que poner, es el personal en general quitándole esa limitación del personal de base, porque si el otro personal no es de base, es debido a las condiciones en que se trabaja en el Gobierno, a las condiciones que los trabajadores de gobierno son contratados y a las formas que utiliza el Gobierno para eludir todos los derechos sindicales, escalafonarios, etcétera, de los trabajadores al servicio del Estado y son trabajadores que están a contrato, son trabajadores que están a lista de raya, son trabajadores como cualquier otro, lo que pasa es que durante 5 años u 8 años o más, se les han eludido, se ha eludido el cumplimiento de sus derechos.

Nosotros proponemos que en este sentido también, se introduzca una modificación al artículo que presentaremos en su momento.

Es claro, después de esta exposición, que la conducta de los diputados del PSUM será rechazar este dictamen por las razones que aquí hemos presentado.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

- El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo:

Señor Presidente;

Compañeros diputados:

Sobre el grave problema de la vivienda popular en nuestro país ya hemos ocupado esta tribuna en anteriores ocasiones, en concreto hace apenas dos meses cuando pusimos a consideración de esta soberanía una Iniciativa de Reformas a la Constitución General de la República, para incorporar en su artículo 4o. el derecho de todos los mexicanos a disfrutar de vivienda digna y decorosa.

En la exposición de motivos de esta iniciativa examinábamos en un amplio cuadro de datos estadísticos este problema. Por cierto, hoy ha sido distribuido el proyecto de dictamen de esta iniciativa del Partido Popular Socialista, a que ha hecho mención el compañero diputado Unzueta hace unos minutos, proyecto de dictamen afirmativo, donde se aprueba esta iniciativa de reformas a la Constitución del Partido Popular Socialista.

En esta exposición de motivos de esta iniciativa, señalábamos entre otros datos, que aun sin haber datos estadísticos precisos, confiables, la estimación es que el déficit de vivienda a nivel nacional es de alrededor de seis o siete millones de viviendas. En el caso sólo del Distrito Federal el Programa Nacional de Vivienda habla de un déficit de alrededor de 600 mil viviendas en cuanto a déficit cuantitativo, pero estima otro tanto de vivienda en estado precario, con lo cual se duplicarían, pasarían más allá de un millón. Este problema nosotros lo hemos examinado, también como una expresión más de las dificultades con las que ha caminado la Revolución Mexicana en la solución de los grandes problemas que se planteó.

Se camina, se avanza, se toman medidas positivas, después hay períodos de estancamiento, períodos incluso de retroceso, de marcha atrás en algunos campos, para nuevamente retomar el camino y también, en esta tribuna, hacíamos mención la otra ocasión, precisamente al presentar nuestra Iniciativa de Reformas a la Constitución, sobre la historia del proceso de intervención de poder público en el problema de vivienda: etapas de avance audaz, etapas de freno y señalábamos que lo hecho hasta ahora es poco.

Los datos estadísticos dan quinientas noventa y tantas mil viviendas construidas por el Estado frente a un déficit tan importante.

En el caso de la desaparición del INDECO, que fue una de las instituciones que creó el poder público para atender el problema de la vivienda popular, al examinar esta iniciativa de Decreto enviada por el Ejecutivo, en la Comisión de Asentamientos Humanos que es la Comisión encargada de examinarla, se vio de manera conjunta con el estudio de la iniciativa para adicionar con un capítulo quinto la Ley de Asentamientos Humanos, la que fue discutida y aprobada ayer en esta Cámara. Son en efecto dos iniciativas que se complementan la una con la otra. ¿Por qué desaparece el INDECO?

Pues desaparece porque las razones que le dieron origen ya ahora se cubren con otro nivel legislativo que es exactamente el comprendido en la Ley de Asentamientos Humanos a partir del añadido del capítulo quinto.

Esta iniciativa de ley que ayer se discutió y que lamentablemente no se discutió en lo general, y eso hizo que solamente se abordaran algunos de sus aspectos, es una iniciativa avanzada, es una nueva iniciativa, ahora ya no iniciativa, ahora ya en proceso de su camino legislativo para convertirse en ley, habiendo sido aprobada por esta Cámara y habiendo sido enviada al Senado, pero hay

planteamientos como el de su artículo 48 donde se establece la concurrencia de los municipios, gobiernos estatales y Gobierno Federal para emprender y realizar de manera concurrente, programas y acciones que faciliten la adquisición de predios en áreas urbanas para la construcción de viviendas en condiciones de precio.

Esto es lo importante, en condiciones de precio que correspondan al ingreso de los requerientes de tales inmuebles.

Se señala que es de utilidad pública la adquisición de terrenos para satisfacer las necesidades de suelo urbano para la vivienda y su equipamiento en los términos de esta ley; se señala, por ejemplo, en su artículo 50 que el Gobierno Federal realizará estudios que determinen a nivel nacional los requerimientos de tierra urbana para la vivienda y su equipamiento; se señala, por ejemplo, en su artículo 52, que las previsiones para satisfacer el requerimiento de tierra para vivienda urbana en cada centro de población, deberán considerar el crecimiento poblacional y físico, las carencias de vivienda, las necesidades de equipamiento y las condiciones urbanas para el bienestar colectivo así como la factibilidad de introducción, con el menor costo posible, de los servicios de agua potable de drenaje y alcantarillado sobre la base de que cada familia pueda disponer de un predio, sobre la base de que cada familia, repito, pueda disponer de un predio para su vivienda o en edificios habitacionales de un departamento con espacio suficiente para las necesidades de su familia, esto es, esta ley recoge, ligando a la Iniciativa del PPS sobre reformar la Constitución para establecer el derecho de todos los mexicanos a la vivienda digna y decorosa, recoge ya ese mandato.

Claro, pensamos que se pueda aun estando incorporado en esta ley, que puedan existir las condiciones objetivas reales para que esto opere a corto plazo, pero nos parece un avance muy importante. Dice:

"Sobre la base de que cada familia pueda disponer de un predio para su vivienda o en edificios habitacionales de un departamento con espacio suficiente para las necesidades de su familia."

Eso dice el artículo 52.

El artículo 56, por ejemplo, señala:

"Cualquier enajenación de predios, que realicen las dependencias y organismos de acuerdo con esta ley, estará sujeta a las siguientes normas:

"Y la primera dice que el solicitante no sea propietario de casa habitación en ninguna otra localidad; la segunda, las condiciones de pago se determinarán en atención al ingreso de los solicitantes. Se reitera lo que se planteaba antes en el 50. Las condiciones de pago se determinarán en atención al ingreso de los solicitantes. No es de ninguna manera un criterio especulativo. Ni siquiera de recuperación del costo por parte del Estado. Es una concepción de subsidios. Es una concepción de resolver el problema de la habitación popular en favor del pueblo, de los sectores desposeídos del pueblo. Es una concepción avanzada, una concepción que corresponde al criterio de la Revolución Mexicana y de ninguna manera a concepciones de carácter reaccionario que en muchos momentos han imperado en este aspecto y en otros aspectos y las que hemos combatido con mucha energía. La tercera base, la superficie corresponderá al lote tipo de tamaño promedio de la localidad y la cuarta que es muy importante también, cuando el solicitante contrate a plazos del crédito se otorgará con intereses del 4% anual."

El artículo 57, dice:

"El precio de los lotes y predios se determinará de manera independiente de los costos y precios de las urbanizaciones y de los servicios específicos."

Reitera lo que habíamos ya planteado, lo que se había planteado en la propia ley, en dos artículos anteriores con relación a su criterio social y no comercial, no lucrativo, no especulativo.

Esta modificación, este agregado de un nuevo capítulo a la Ley de Asentamientos Humanos, que aprobamos ayer que nos parece que es un agregado, una modificación muy avanzada, revolucionaria, muy positiva, es lo que determina la desaparición de INDECO.

No tiene ya razón de existir INDECO, puesto que ha sido sustituida por una concepción legislativa más avanzada para atacar el problema de la vivienda.

Claro, las fuerzas avanzadas de nuestro país no podremos quedarnos satisfechos hasta este avance que ahora se ha logrado. Habrá que luchar por avances mayores; habrá que luchar ciertamente por una reforma urbana integral que elimine totalmente la posibilidad de lucro con bienes inmuebles, la especulación con los predios no construidos en las urbes; habrá que avanzar hacia el momento en que el Estado sea el único fraccionador y tenga en sus manos la posibilidad y la obligación de ser único constructor de vivienda de carácter popular y que el Estado no solamente se encargue de la construcción, sino tenga los instrumentos respectivos, sin recurrir al contratismo.

Todo eso son demandas por las que hay que seguir luchando, pero nos parece que por hoy se han dado pasos muy importantes hacia adelante y de ninguna manera el PPS podría votar en contra de estos avances. A nuestro juicio sería una actitud incongruente.

Con relación a la situación de los trabajadores de INDECO, este fue problema que también se vio en el seno de la Comisión de Asentamientos Humanos, donde se discutió con mucha amplitud, se discutió largamente, se recogieron las inquietudes de los diputados de distintos partidos ahí presentes y se avanzó mucho ya en el dictamen que hoy se presenta a la consideración de esta Asamblea.

Sin embargo, los derechos de los trabajadores que no lo son de base, de los trabajadores en lista de raya o de los supernumerarios, aun cuando parecen estar cubiertos por otras leyes, sí es posible que queden mejor

garantizados dentro del propio transitorio 3o. de esta Iniciativa. Ya el PPS ha planteado también su punto de vista en ese sentido a la Comisión y encontramos que en la Comisión hay un ambiente de aceptación a buscar una redacción más avanzada a este tercero transitorio que garantice los derechos de los trabajadores, repito, que no tienen base, pero que deben ser protegidos de manera plena en este proyecto de Decreto.

En su momento presentaremos también una proposición concreta de reforma al artículo 3o. transitorio, que estamos seguros la Comisión en pleno recogerá para ese propósito.

Agradecemos su atención.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Jesús Ortega Martínez.

El C. Jesús Ortega Martínez: Señor Presidente;

Compañeras y compañeros diputados:

En mi partido creemos que no es de ninguna manera ocioso el que cada vez que haya oportunidad podamos tratar en esta Cámara de Diputados los graves y enormes problemas por los que pasan los trabajadores y el pueblo de nuestro país. En consecuencia, pensamos que de ninguna manera sería repetitivo u ocioso volver a plantear y escuchar opiniones de los señores diputados sobre uno de los principales problemas por los que pasa nuestro país y los trabajadores de México, que es el grave problema de la vivienda. De alguna manera a eso responde nuestra participación y nuestra subida a la Tribuna, opinando en contra del proyecto que se propone a esta Cámara de Diputados.

El día de ayer, con un proyecto de Decreto que adicionaba el capítulo V de la Ley General de Asentamientos Humanos, esta Cámara de Diputados discutió ampliamente algo que nosotros considerábamos y así lo seguimos haciendo, importante para solucionar el problema de la vivienda, es decir, que el Estado en sus diversos niveles a nivel federal, estatal o municipal, vaya asumiendo la responsabilidad de manera particular del problema de la vivienda para los trabajadores.

Yo decía al principio que no era ocioso porque aunque ayer lo discutimos, creo que lo que hoy se nos presenta como proyecto es importante discutirlo; nosotros pensamos que el problema de la vivienda es un problema que se fue agudizando porque el Estado lo fue dejando en manos de particulares que especulaban y lo siguen haciendo con el problema de la vivienda, y el Estado pretendía dar soluciones a este grave problema con medidas parciales que tan sólo solucionaban en parte mínima este grave problema, pero que no respondían integralmente al mismo, es decir, la satisfacción de la necesidad de miles de trabajadores para contar con una vivienda digna, el Estado no asumió esa responsabilidad y la fue, y con ello agudizándose el problema, dejando en manos de particulares que especulaban y, repito, lo siguen haciendo con esta necesidad.

Las estadísticas creo que todos las conocemos, hablan de que los programas de Gobierno para cubrir esta necesidad de los trabajadores, solamente la satisfacen en parte mínima instituciones como el INFONAVIT o como instituciones de seguridad social como el ISSSTE, no alcanzan de ninguna manera a cubrir de manera substancial con esta necesidad.

La creación de INDECO inicialmente respondía a este problema, pero ya lo decía el compañero Amezcua y el compañero Unzueta, los problemas de burocratización, de falta de apoyo de otras, del Estado en lo general, a una institución como INDECO, fueron haciendo de éste inoperante e incapaz de resolver este grave y este enorme problema.

De tal forma, que nosotros como socialistas pensamos que a los problemas sociales como el de la vivienda debe de dárseles soluciones integrales. Las soluciones parciales en los momentos actuales no sirven de ninguna manera para enfrentar de manera sustancial e importante, problemas como el que estamos mencionando, como el problema de la vivienda. De tal forma que si se presenta la oportunidad y el Estado manifiesta interés en resolver o participar en la solución de este problema, debe de hacerse, nosotros pensamos, de manera integral y nos apuntamos en contra porque pensamos que la desaparición de INDECO, de ninguna manera responde a esta necesidad, es sólo una solución mínima, parcial, que tan sólo yo diría, responde a problemas administrativos del Gobierno, pero que no ataca de fondo el problema de la vivienda.

De tal forma que nuestra oposición, nuestra subida a la Tribuna y oponernos a este proyecto, no está en oponernos a la desaparición de INDECO, creo que es justo, es inoperante INDECO, para solucionar este problema, pero creemos que la simple desaparición de INDECO, es sólo una medida parcial muy pequeña que no aporta nada a la solución integral del grave y enorme problema de la vivienda popular.

Desde nuestro punto de vista, este grave problema social tiene una solución que a nosotros nos parece integral, es decir, que el Estado, con pasos como el de ayer, vaya tomando en sus manos la satisfacción de esta necesidad de la gran mayoría del pueblo, que poco a poco, de manera definitiva, vaya desplazando a los fraccionadores privados que, como ayer se repetía, hasta la saciedad han especulado con esta necesidad de los trabajadores.

El Estado participa con una muy pequeña proporción, los fraccionadores, los especuladores de la tierra, mantienen la hegemonía en el mercado de la vivienda y sólo satisface a ciudadanos mexicanos de altos ingresos que pueden pagar los fraccionamientos de lujo a los que está dedicada la iniciativa privada o los grandes fraccionadores, de tal forma que la desaparición de INDECO no contribuiría en nada a la solución de este problema.

Ya se decía ayer y hoy se vuelve a repetir, que se necesita una medida integral, en ello coincidimos, como una Ley de Reforma Urbana, mediante la cual el Estado asuma la solución integral de este problema. Ya habrá oportunidad de que los diputados de ésta o la otra Legislatura, junto con el pueblo organizado en sus partidos o en organizaciones preocupadas por el problema de la vivienda, presionen lo suficiente para que el Estado se obligue a actuar conforme a una Ley de Reforma Urbana que resuelva el problema de manera integral. Tan sólo sería esta la medida definitiva que daría pasos sustanciales e importantes para la solución de este grave problema.

Pensamos nosotros que también sería conveniente el de que el Estado dé otro de los pasos que diera para solucionar este problema, sería el que se creara la Secretaría de la Vivienda, que en coordinación con los Gobiernos de los Estados o los municipios, estableciera y llevara a la práctica planes de construcción de vivienda, que resolvieran este problema. Creemos que la Secretaría de la Vivienda, aunque no sería tampoco una solución definitiva, sí contribuiría de manera importante y determinante a la solución del problema que ahora nos atiende.

Por ello, pues, pensamos y tomamos la palabra en contra, porque esta Cámara de Diputados cumple su responsabilidad en la medida que aprueba leyes que resuelven de manera sustancial los problemas y pensamos que la desaparición de INDECO, aunque es una medida que resuelve problemas administrativos del Gobierno, no contribuye a la solución del problema y se necesitan medidas más importantes, más integrales, determinantes, que de una vez por todas atiendan esta exigencia que de tiempo atrás, de mucho tiempo atrás, mantiene el pueblo y que como representantes del pueblo, nosotros tenemos la obligación de decir cuál es la verdad de esta situación.

Por ello, pues, nos oponemos a que ahora discutamos simplemente la desaparición de INDECO aunque así lo plantee el proyecto que ahora se nos propone.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra a la diputada Adelaida Márquez Ortiz.

- La C. Adelaida Márquez Ortiz: Señores diputados:

Creemos que la desaparición de INDECO no significa de ninguna manera que se retiren también las oportunidades de la adquisición de vivienda para las personas de escasos recursos.

Sin duda las demás instituciones ya existentes se abocarán a abatir este problema. Vemos con simpatía que en esta Cámara hemos coincidido los demás partidos al pensar que es un problema muy agudo para México la escasez de vivienda, incluso en la plataforma política del Partido Demócrata Mexicano, hemos estado pugnando y hemos estado diciendo, que sería bien la creación de un organismo gubernamental elevado a la Secretaría de Estado, que resolvería todos estos problemas, pero mientras eso llega, sí vemos que es conveniente ir quitando tantos organismos que se dispersan.

Entre menos organismos dedicados a la vivienda existan, unificarán los esfuerzos económicos y esfuerzos de trabajo para solucionar este problema.

Estamos de acuerdo con la desaparición del INDECO porque solamente así llegaremos a lo que ahorita el compañero Jesús Ortega proponía al igual que nosotros, la creación de la Secretaría de Estado.

No podemos estar en contra porque seguiríamos igual, los esfuerzos diseminados a ninguna solución nos lleva. Por eso el Partido Demócrata Mexicano está de acuerdo con la desaparición de este organismo. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se inscribieron en contra, ya se desahogaron sus intervenciones el diputado Gerardo Unzueta Lorenzana y el diputado Jesús Ortega Martínez; en pro, el diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y la diputada Adelaida Márquez Ortiz. Consulte la Secretaría si el Dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: Con mucho gusto, señor Presidente. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el Dictamen en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Suficientemente discutido.

El C. Presidente: Para los efectos del 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo general...

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: El 3o. transitorio, diputado Amezcua..

El C. Presidente: ¿Sí, señor diputado Alvarez Ordóñez?, ¿segundo transitorio? Si quiere usted subir...

El C. Presidente: Quizá podamos ahorrarnos una doble votación. Me estaba ahorita comunicando uno de los miembros de la Comisión, pero no fue posible concluir la plática con él, que la Comisión se había reunido con los diversos grupos parlamentarios y que habían acordado dar una nueva redacción a algún artículo, quizá sea el artículo 3o. del que hablaba el diputado Ordóñez.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: ¿El tercero?, pero son tres, señor Presidente.

El C. Presidente: Entonces si le concedemos el uso de la palabra a la Comisión y después de que la Comisión dé a conocer estas nuevas redacciones a lo mejor ya no hay

reserva de los artículos y podemos pasar a votación, tanto en lo general como en lo particular.

Se concede el uso de la palabra al diputado Alvarez Ordóñez por la Comisión.

El C. Joaquín Alvarez Ordóñez: Honorable asamblea: hemos tenido la oportunidad muy reciente de cambiar impresiones sobre algunos puntos controvertidos del dictamen que hoy se presenta ante su atenta consideración y al parecer existe un consenso general de la mayoría de los miembros de esta Comisión, de presentar ante esta asamblea tres modificaciones que posiblemente podían obviar si en esta oportunidad las presentamos, un debate largo y tedioso.

Al artículo 3o. le incorporamos una modificación donde dice:

"El Ejecutivo Federal constituirá una Comisión liquidadora... (esta palabra la incorporó la Comisión en el dictamen), presidida por un representante de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas e integrada por sendos representantes de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de Comercio, encargada de (y aquí viene la modificación) garantizar que los programas en proceso que actualmente está llevando a cabo INDECO, se concluyan".

Al final, de este mismo artículo, incorporamos un nuevo párrafo que dice:

"El proceso de liquidación deberá concluirse antes del 30 de noviembre de 1982".

Luego en los transitorios, en el artículo 2o., dice que:

"...En su oportunidad el Ejecutivo Federal".

Vamos a ponerle también a esto una obligación para que no quede tan vago y la comisión se permite presentar este nuevo texto:

"Durante el proceso de liquidación, el Ejecutivo Federal podrá convenir...". (Posiblemente se cambie en su oportunidad para que quede):

"...Durante el proceso de liquidación."

Y por último el 3o. transitorio proponemos una nueva redacción; en la cual no se habla del personal de base, sino en general de los trabajadores y quedaría así:

"Tercero, los trabajadores del Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la Vivienda Popular, podrán optar por su reubicación, con todas sus obligaciones y derechos laborales en alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal o decidir por su liquidación final, de acuerdo a la ley.

"Cuando se trate de personal que estuviere laborando en un Estado o Municipio, previa aceptación de la entidad pública de que se trate, establecer una nueva relación de trabajo, en cuyo caso deberá ser liquidado previamente en los términos de la ley de la materia".

El siguiente párrafo continúa exactamente igual; estas son las modificaciones que propone la comisión a juicio de la H. Asamblea.

- El. C. Presidente: Señor diputado, ¿lo consultaron con los diversos grupos parlamentarios interesados en el caso?...

El C. secretario Silvio Lagos: ¿El Partido Socialista Unificado, acepta?

El C. Gerardo Unzueta: Esas proposiciones sí.

El C. secretario Silvio Lagos: El PST acepta, señor Presidente.

¿El PAN?

El C. Canales Clariond: Reservo el segundo transitorio para hacer una adición

El C. secretario Silvio Lagos: No hay coincidencia en este nuevo texto.

El C. Presidente: Entonces hacemos lo siguiente, señor Secretario. De acuerdo con los grupos parlamentarios interesados, la Comisión ha dado un cambio, una modificación ligera, tanto al artículo 3o. del Decreto como al artículo 3o. transitorio, que ya estas modificaciones han sido escuchadas por la Asamblea. Consulte a la Asamblea en votación económica si acepta estas modificaciones al dictamen.

El C. secretario Silvio Lagos: En votación económica se consulta a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por la Comisión, enriquecida por las distintas fracciones parlamentarias.

Los que estén porque se acepte, favor de manifestarlo...

Aceptada, Señor Presidente.

El C. Presidente: Ahora sí, después de esto se les pregunta a los señores diputados, para los efectos del artículo 134, si van a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular...

El C. secretario Silvio Lagos: El diputado Canales Clariond reserva el segundo transitorio.

El C. secretario Silvio Lagos: Se va a proceder a tomar la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto.

(VOTACIÓN).

Señor Presidente; honorable Asamblea. Se emitieron 292 votos en pro y 11 en contra.

El C. Presidente: Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 292 votos.

Esta Presidencia comunica a la Asamblea que reservó el artículo segundo transitorio el diputado Canales Clariond, a quien se le concede el uso de la palabra y se le ruega abordar la tribuna.

El C. Fernando Canales Clariond: Gracias, compañeros diputados.

Es una cosa muy breve, porque en su intervención el diputado Alvarez Ordóñez en nombre de la Comisión, subsanó la mayor parte de las objeciones que teníamos a otros artículos. Simplemente un señalamiento de lo importante que resulta el trabajo de Comisiones que en los últimos días del año, por la fiebre legislativa realmente no se ha hecho un trabajo integral de comisiones por falta de tiempo.

Ojalá que el Ejecutivo nos mandara sus iniciativas más a tiempo. Sirva esto de exhortación al legislador ejecutivo.

Por lo que respecta al artículo 2o. transitorio que reservé, me permito sugerir un pequeño añadido.

Todos sabemos que el INDECO, en los distintos lugares del territorio nacional donde está realizando su función, tiene diversos tratos y diversas labores que realiza con organizaciones de colonos, organizaciones sindicales, organizaciones populares, en general y que con motivo del ordenamiento que estamos ahora discutiendo se establece entre otras la posibilidad de que el INDECO ceda al Estado, a organismos estatales o a organismos municipales, derechos y obligaciones inherentes al desempeño de su función. Una vez que se celebren estos convenios, adquirirán los organismos estatales o municipales, esos derechos y obligaciones que tiene repercusiones obviamente en los intereses de las organizaciones sociales y los particulares beneficiarias de los programas del INDECO.

Es preocupación nuestra que esas organizaciones de particulares beneficiarias de la labor del INDECO, se enteren de que se han celebrado estos convenios y en qué términos, para que todas sus negociaciones posteriores al 1o. de diciembre de 1982 las realicen con el organismo que resulte cesionario de estos derechos y obligaciones del INDECO, para lo cual nos permitimos proponer una adición al artículo 2o. transitorio para que se dé un régimen de publicidad a estos convenios que habrá de celebrar el INDECO con los gobiernos municipales, estatales o los organismos estatales responsables de los programas de vivienda.

En concreto, la proposición consiste en hacer un añadido al artículo 2o. transitorio, después de la redacción, con la modificación propuesta por la Comisión, que ya fue aceptada por nosotros, que diga lo siguiente:

Estos convenios se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de que se trate y en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de México, Distrito Federal y de la capital del Estado o del Municipio de que se trate.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Por la Comisión se concede el uso de la palabra al diputado Alvarez Ordóñez.

El C. Joaquín Alvarez Ordóñez: (Desde su curul). La Comisión se allana.

El C. secretario Silvio Lagos: Se allana la Comisión, señor Presidente y está de acuerdo con la propuesta de la fracción parlamentaria de Acción Nacional.

El C. Presidente: Precisando por tanto la modificación que propone el diputado Fernando Canales Clariond al artículo 2. transitorio y al que la Comisión se allana, consulte la Secretaría a la Asamblea si la acepta o la desecha esta adición.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el señor diputado Fernando Canales Clariond y aceptada por la Comisión.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo segundo transitorio se encuentra suficientemente discutido.

El C. secretario Silvio Lagos: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo segundo transitorio.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El C. Presidente: Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal por lo que respecta al artículo segundo transitorio.

El C. secretario Silvio Lagos: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo segundo transitorio. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Por unanimidad se emitieron 304 votos, señor Presidente.

El C. Presidente: Aprobado el artículo segundo transitorio, por 304 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto que abroga la Ley que crea el Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y de la vivienda popular.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

ARTÍCULOS 107 Y 123 CONSTITUCIONALES

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

Para el estudio y dictamen fue turnada a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Gobernación y Puntos Constitucionales, la Iniciativa de Ley de Reformas a la fracción XXXI del artículo 123 y a la fracción V, inciso d) del artículo 107, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que fue presentada por los diputados

pertenecientes al Sector Obrero del Partido Revolucionario Institucional.

Estudiada detenidamente la Iniciativa que se trata, las Comisiones han llegado a las conclusiones siguientes:

I. El artículo 123 de la Constitución General de la República, derecho social por excelencia, creó un sistema original, nuevo, autónomo, de impartición de la justicia a los trabajadores: las Juntas de Conciliación y Arbitraje, cuya importancia reside -como el derecho del cual procede, como la norma instrumental en la cual se basa- en que son verdaderos instrumentos para proteger y reivindicar los derechos de la clase obrera.

Su significación como vehículos para alcanzar justicia social está fuera de duda.

Sin embargo, dado que el Congreso de la Unión tiene la facultad de expedir las leyes reglamentarias, pero su aplicación corresponde a las autoridades locales salvo las materias expresamente reservadas a la Federación, el principio de tutela del interés obrero enfrenta serias dificultades.

La dualidad de jurisdicción en la aplicación de las normas del trabajo, federal y local, propicia la falta de uniformidad en los criterios de interpretación y aplicación de las normas laborales; dificultades para la definición de jurisprudencia y desventajas para la defensa de los intereses del trabajador.

De ahí el por qué la federalización de los tribunales sociales del trabajo, ha sido y es una de las demandas más insistentemente planteadas por la clase obrera. De ahí la creciente incorporación de ramas industriales a la jurisdicción laboral, convertida ya en una tendencia irreversible que habrá de concluir en la jurisdicción federal única.

Los argumentos que exponen los autores de la Iniciativa para fundamentar la Reforma a la fracción XXXI del artículo 123 constitucional, indudablemente son válidos en todos sus aspectos y esta Comisión abunda en ellos, pero estima conveniente, además, referirse a la evolución histórica de la competencia de las autoridades federales y locales en materia de trabajo; y así tenemos que en el texto original del artículo 123, se establece que el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados expedirán Leyes sobre el Trabajo; los Estados de la República dictaron sus respectivas Leyes sobre Trabajo que dio origen a que leyes sobre la misma materia tuvieran distinta orientación, creando confusión sobre los derechos y deberes entre trabajadores y patrones, por lo que se consideró conveniente modificar esa disposición y así, por Decreto de 6 de Septiembre de 1929 y con el objeto de sustentar un solo criterio en la Ley Laboral, se reformaron el artículo 123 y la fracción X del artículo 73, estableciéndose, en el primero, que el Congreso de la Unión expedirá las leyes de Trabajo en observancia en toda la República y en la fracción X del artículo 73, facultando al Congreso de la Unión para expedir las Leyes de Trabajo Reglamentarias del artículo 123 y que la aplicación de estas Leyes corresponde a las autoridades de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, excepto cuando se trata de asuntos relativos a Ferrocarriles y demás empresas de transporte amparadas por Concesión Federal, minería, hidrocarburos y trabajos en el mar y zonas marítimas.

Por sucesivas Reformas a la fracción X del artículo 73, de fecha 27 de abril de 1933, 18 de enero de 1935, 18 de enero de 1940, se fue adicionando el número de actividades de cuyos conflictos deban conocer las autoridades federales en materia de trabajo; por Decreto publicado en el Diario Oficial de 18 de enero de 1942, se reformó la fracción X del artículo 73, suprimiendo la enumeración de las actividades sujetas a competencia federal en materia de trabajo y adicionando el artículo 123 con la fracción XXXI, que enumera las actividades sujetas a la competencia de las autoridades federales en materia de trabajo ampliando grandemente las que estaban comprendidas en la fracción X del artículo 73.

La citada fracción XXXI, ha sufrido Reformas en 21 de noviembre de 1962, 6 de febrero de 1975 y 9 de enero de 1978, todas con el objeto de comprender mayor número de actividades en la competencia federal.

Todo lo anterior nos indica que cada día, por el desarrollo del país y por lo complejo de las relaciones laborales, es mayor el número de ramas de producción, de servicios y de comercios que han pasado a la competencia de las autoridades federales en Materia de Trabajo, por lo que se encuentra justificada, además de por las razones hechas valer por los autores de la Iniciativa, la Reforma a la fracción XXXI del artículo 123 para que todas las autoridades de Trabajo sean federales.

A mayor abundamiento, es pertinente hacer notar que tratándose de una Ley Federal corresponda a autoridades federales la aplicación de la misma.

La Federación de los Tribunales del Trabajo se justifica plenamente por las razones siguientes:

1) Desarrollo industrial acelerado del país; crecimiento de la clase obrera.

2) Tendencia obrera y empresarial a organizarse nacionalmente para defender con más eficacia sus respectivos intereses.

3) Localización cada vez menos regional y cada vez más nacional de los conflictos obrero patronales e incapacidad natural de las Juntas Locales para resolverlos.

4) Aplicación de criterios jurídicos contradictorios entre Juntas Locales para el tratamiento de conflictos iguales.

5) Laudos emitidos por las Juntas Locales, salvo excepciones, con base en judicaturas deficientes, carencia de medios económicos, técnicos y administrativos adecuados para mejorar la formación profesional de sus integrantes.

6) La Legislación del Trabajo es de rango Federal; su aplicación no puede quedar al arbitrio de autoridades locales.

7) Influencia en la administración de justicia a la clase obrera, de intereses económicos y políticos generalmente nocivos a ella.

Se ha observado que el impulso reiterado de los Gobiernos de la Revolución para satisfacer legítimas reivindicaciones de la clase obrera en el orden substancial, pierde impulso por los laudos de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje desfavorables a ésta.

Se deduce con razón que un derecho substancial incumplido mengua las prestaciones obreras, propicia una mala distribución de la riqueza: propicia además que la lucha de los trabajadores, tradicionales aliados del Estado revolucionario, pierda sus ventajas y disminuya sus posibilidades de consolidar sus conquistas; todo lo cual genera un ambiente de intranquilidad entre los afectados, inconveniente para la buena marcha de la economía nacional y del centro de trabajo.

No es ocioso señalar que el fomento de la industria local, además de los estímulos fiscales, obra de infraestructura, exención de impuestos y demás prerrogativas que favorecen la inversión privada, ha descansado en una política laboral de restricción a las reclamaciones obreras, mediante fallos que con cierta frecuencia lesionan los intereses individuales o colectivos del trabajador, con el deliberado propósito de ajustar costos y utilidades en base a prestaciones mínimas. En ciertas regiones del país, se ha fomentado un sindicalismo blanco que cuenta con respaldos administrativos y jurisdiccionales para combatir a las organizaciones obreras revolucionarias.

Es función del juzgador de derechos sociales, como son los del trabajo, llenar imprevisiones o lagunas, de la parte débil en el juicio. Esta función ha sido imposible en el ámbito local; no así en el federal porque las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, por los medios de que disponen y sus niveles de organización, en su mayoría cumplen la función con efectividad. En cambio, los laudos emitidos por los tribunales obreros locales quedan constreñidos a su área jurisdiccional, sin publicidad y sin observancia en lugar fuera de aquélla y a pesar de que en algunos casos expresan precedentes dignos de tomarse en consideración, se desvanecen por sus propias limitaciones De todo lo anterior, debe aceptarse el imperativo de una justicia obrera unificada, con medios suficientes para su ejercicio, con una judicatura preparada y con sensibilidad laborista, tanto más que está encargada de aplicar una legislación unificada que demanda por sí la unidad jurisdiccional.

II. La reforma al inciso d) de la fracción V del artículo 107 constitucional, se hace necesaria, pues al ser federales todas las autoridades en materia de trabajo, desaparecen las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje de las entidades federativas y en consecuencia no es admisible que en una disposición constitucional se mencione una autoridad que no existe, por lo que debe suprimirse "Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje" en conflicto de carácter colectivo o individual.

La Comisión que dictamina considera que hay razones técnicas, históricas y humanas, que justifican la reforma de la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República, para que corresponda a las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje la aplicación de las leyes del trabajo; procede igualmente, la modificación al inciso d) de la fracción V, del artículo 107 del propio ordenamiento constitucional.

Por todas las consideraciones anteriores, nos permitimos someter a vuestra soberanía el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL INCISO D) DE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 107, Y LA FRACCIÓN DEL APARTADO "A" DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se reforman, el inciso d) de la fracción V del artículo 107 y la fracción XXXI del apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 107. Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo con las bases siguientes:

I.

II.

III.

IV.

V. El amparo contra sentencias definitivas o laudos, sea que la violación se cometa durante el procedimiento o en la sentencia misma, se promoverá directamente ante la Suprema Corte de Justicia o ante el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, conforme a la distribución de competencias que establezcan la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación o la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución en los casos siguientes:

a)

b)

c)

d) En materia laboral, cuando se reclamen laudos dictados por autoridades federales de Conciliación y Arbitraje en cualquier conflicto o por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo conforme a la Ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir Leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

"A". Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo.

Fracción XXXI. La aplicación de las Leyes del trabajo corresponde a las autoridades federales del trabajo en todo el territorio nacional.

TRANSITORIO

Artículo único. Estas reformas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de diciembre de 1981.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados Arturo Romo Gutiérrez, presidente.- Miguel Castro Elías, secretario.- Enrique Betanzos Hernández.- Salvador de la Torre Grajales.- Hermenegildo Fernández Arroyo.- Salvador Esquer Apodada.- Roberto Castellanos Tovar.- José Herrera Arango.- Carlos Martínez Rodríguez.- Pedro Pérez Ibarra.- Filiberto Vigueras Lázaro.- Martín Montaño Arteaga.- Gonzalo Navarro Báez.- Armando Neyra Chávez.- Guillermo Olguín Ruiz.- Angel Olivo Solís.- Alberto Rábago Camacho.- David Reynoso Flores.- Juan Rojas Moreno.- Javier Michel Vega.- Carlos A. Romero Deschamps.- Herón Varela Alvarado.- Carlos Roberto Smith Veliz.- Juan Aguilera Azpeitia.- Pedro René Etienne Llano.- Ignacio Zúñiga González.- Elba Esther Gordillo.- Evaristo Pérez Arreola.- Francisco Javier Aponte Robles.- Armando Ávila Sotomayor.- Luis Alberto Gómez Grajales.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Alberto Cuesi Balboa.- Valentín Campa Salazar.- José Ma. Téllez Rincón .- Luis Velázquez Jaacks.- Salvador Ramos Bustamante.- Antonio Sandoval González .- Mario Legarreta Hernández.- Gilberto Muñoz Mosqueda.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Diputados Luis M. Farías, Presidente.- Antonio Huitrón Huitrón, Secretario.- Rafael Corrales Ayala.- Juan Aguilera Azpeitia.- Eduardo Aviña Bátiz.- Juan Manuel Elizondo Cadena.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Carlos Enrique Cantú Rosas.- Rafael Ibarra Chacón.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Maldonado Pereda .- Guillermo Medina de los Santos.- Raúl Pineda Pineda.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.- Gilberto Rincón Gallardo.- Ezequiel Rodríguez Arcos.- Eduardo Anselmo Rosas González.- Enrique Sánchez Silva.- Ignacio Vázquez Torres.- Abel Vicencio Tovar R.

El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido ya distribuido entre todos ustedes, le ruego al Secretario los consulte para ver si le dispensan las segunda lectura y se pone a discusión en lo general.

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura al Dictamen.

El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general, se abre el registro de oradores...

Esta Presidencia, para los efectos jurídicos del reglamento, informa a la Asamblea que en contra, al cerrar la lista correspondiente se inscribieron los diputados: José G. Minondo Garfias y Juan Landerreche Obregón.

Y en pro, están inscritos los diputados: Martín Tavira Urióstegui, Juan Manuel Elizondo, Valentín Campa, Gonzalo Castellot, Ignacio Zúñiga y Gonzalo Navarro, y todos los miembros de la Comisión que suscribieron el dictamen.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Minondo Garfias.

El C. José Minondo Garfias: Señor Presidente;

Honorable Asamblea:

Tal vez con relación al Dictamen que hoy se somete a nuestra consideración, resulte pertinente recordar brevemente algo con relación a los orígenes de nuestra vida constitucional.

Cuando el país, después de la caída del Imperio, se constituyó en Federación, el principio que hasta la fecha subsiste es tener como regla general que las competencias de tipo general se dan para los estados y sólo excepcionalmente se conceden a la Federación, es decir que las competencias otorgadas a ésta, son expresas dentro de la Constitución.

Esto que se adoptó por los Constituyentes de 1924 limitando indudablemente lo que en la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica se dio, implicó dentro de nuestro contexto histórico una imitación extralógica, porque evidentemente la estructura del poder durante toda la época virreinal y en los años en que se inició nuestra vida constitucional, tenía características eminentemente centralistas.

Esto motivó entre las facciones en pugna, durante todo el siglo pasado, tremendas guerras nacionales en las que los mexicanos se mataron por convicción durante varias décadas. A la postre, todo mundo conocemos que prevaleció el Partido Libertal teniendo como bandera la Constitución de 1957, con ello la consolidación del federalismo en el país.

Posteriormente en 1917 nuestra Carta Magna confirma una vez más esa organización jurídico-política y para nosotros en Acción Nacional, dentro de nuestros principios ha sido siempre bandera el fortalecimiento del

federalismo en México, por eso vemos con suma alarma todas las modificaciones que se han realizado en los últimos años a la Constitución y que constituyen un alud inacabable de un proceso de centralización para el país.

La reforma actual es la que aparentemente se pone a consideración del pueblo de México la bondad que implica la reestructuración de la justicia del trabajo mediante la federación de las juntas a nuestro modo de ver, no es suficiente, porque de los valores a nuestro juicio es, y debe ser, prevaleciente o prioritario la preeminencia del federalismo.

Cuando se da, como en el caso del Dictamen, que se somete a consideración, como una de las razones fundamentales para la federalización de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que esto implica la mejoría en la justicia del trabajo, nosotros afirmamos que tal punto de vista es absolutamente falso porque de ninguna manera el solo hecho de la federalización podrá cambiar por arte de magia lo que en el fondo es el grave problema nacional y es el de la corrupción que se da en todos los tribunales.

Ahora bien, este proceso de centralización que como muestras en las últimas épocas tienen toda la reestructuración fiscal y la derrama jerárquica del beneficio de la Federación hacia los estados y hacia los municipios, que los condiciona a pesar de lo que se afirma, a ser limosneros de la Federación, en materia del trabajo se viene a reiterar mediante esta reforma que se propone ahora.

Y claro, a los señores empresarios que tienen una visión normalmente bastante rabona, sólo le ven un aspecto de esta reforma, y es que no toca de forma inmediata los resultados económicos que sí plantean otro tipo de reformas que propone el Sector Obrero, pero ¿cuáles son las consecuencias políticas más graves todavía, que esta reforma implica?

¿Qué no acaso fortalece la centralización del movimiento obrero en manos de las grandes centrales que mediatizan el movimiento obrero en beneficio del régimen?.

Nosotros estimamos que esta reforma entraña en sí, una moneda de cambio. En ese forcejeo interno que en el sistema ha existido a últimas fechas y a cuyo hacer asistimos en días pasados a través de la prensa. Cuestionamiento que se dio entre el jefe de la CTM y seguramente tenía como interlocutor y destinatario final al titular del Ejecutivo, pero que se hizo vía Presidente de la Gran Comisión de esta Institución.

Por esas razones, porque estimamos que a través del camino de la reforma que se apega a las vías constitucionales, en el fondo lo que se trata es de volver realidad lo que el México independiente trató de convertir en otra organización jurídico-política, y que esto se traduce en un proceso inacabable de la centralización en beneficio de los poderes reales que actualmente actúan en el país. Y por esa razón nosotros estamos en contra del dictamen. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Tavira Urióstegui.

El C. Martín Tavira Urióstegui: Señor Presidente;

Señoras y señores diputados:

En nombre de la Fracción Parlamentaria del PPS deseo saludar en este debate la unidad, la coincidencia de las fuerzas democráticas y revolucionarias que están en el seno de nuestra Cámara de Diputados.

Me referiré esencialmente a los argumentos emitidos por el diputado que ocupó antes la tribuna en relación con el federalismo y la soberanía de los estados.

El afirmó que la Federación en México, o el federalismo mexicano es una imitación extralógica del federalismo de los Estados Unidos. Eso no es verdad.

Si bien es cierto que Lorenzo de Zavala, por ejemplo, dice que los diputados del Congreso Constituyente, 23, 24, del siglo anterior, traían bajo el brazo la Constitución de los Estados Unidos, lo cierto es que había factores económicos y sociales y hasta diríamos geográficos, para que el país fuera una República de carácter federal.

El federalismo mexicano, es verdad, tiene raíces en la época de la colonia, cuando existían los aislamientos regionales. No había comunicaciones, no había caminos, había regiones que permanecían aisladas, con una economía de autoconsumo. Podíamos hablar no de una economía nacional, no de un mercado nacional, sino de economías regionales, de economías cerradas de autoconsumo. Alrededor de los centros mineros, se fueron formando regiones económicas y, de ese modo, claro, las provincias tuvieron que ir reclamando su autonomía política, tuvieron que ir reclamando fuerza frente a un poder centralizador y también, claro, hubo otros factores, de carácter político.

El país en realidad había estado dividiendo en provincias, algunas de ellas gozaban de cierta autonomía, como no influencias jurídicas también.

La Constitución de 1802 estableció las diputaciones provinciales, que son un viejo antecedente de los congresos locales. Todo eso influyó para que las fuerzas revolucionarias de aquel tiempo, reclamaran el sistema federal, pero claro, dentro de esta lucha entre federalismo y centralismo, está la lucha entre los que querían destruir el régimen colonial, es decir, la estructura económica de la colonia y los que querían conservar las relaciones feudales- clavistas que nos heredó el dominio extranjero y también las estructuras políticas, pero en realidad no hubo, como se dice, una imitación extralógica había factores económicos diversos, factores políticos, es decir, causas internas para que surgiera el federalismo, pero ¿qué ha ocurrido?

¿Las condiciones del país son las mismas de aquellos tiempos?

Ocurrió una revolución, la Revolución Mexicana de 1910 de la que tanto hemos hablado, esa revolución destruyó las viejas relaciones

semifeudales de producción; esta revolución rescató los recursos naturales del país; esta revolución le dio al Estado la tarea de intervenir en el proceso económico; esta revolución propició el desarrollo de las fuerzas productivas se fue formando el mercado nacional, fueron desapareciendo las regiones aisladas de autoconsumo, se multiplicaron las comunicaciones.

Claro, el país se fue integrando y ya no podemos hablar en estos tiempos de la soberanía de los Estados como lo entendieron los constituyentes de 1824 o los constituyentes de 1857; las estructuras políticas, señores y señores diputados, tienen que responder a las estructuras económicas, si el derecho no se ajusta a las relaciones económicas, a la situación económica, es un derecho que se va haciendo obsoleto y es un derecho que tiene que cambiar, cuando cambia la estructura tiene que cambiar la superestructura tarde o temprano; esta es una ley científica, señoras y señores diputados.

Se habla mucho de la soberanía de los Estados como algo absoluto e intocable que debe permanecer por los siglos de los siglos. ¿Por qué razón, es decir, el poder federal ha ido adquiriendo más fuerza cada vez?

¿Por capricho, porque unos malvados personajes o porque un malvado partido esté contra la soberanía de los Estados? Sería en realidad ver las cosas con cierta miopía, diríamos ver las cosas sin el enfoque científico.

Los estados han ido perdiendo soberanía por razón natural, por el desarrollo económico del país, a condiciones distintas, política distinta, normas jurídicas distintas y así es la historia. Nadie inventó esto, señoras y señores diputados.

Cada vez que se trata de hacer una reforma importante para beneficio del pueblo siempre se pone el mismo argumento:

"Se está invadiendo la soberanía de los estados".

¿Realmente qué deber ser la soberanía de los estados?

La soberanía del pueblo, en última instancia; la soberanía del pueblo de los estados. Es decir, que el pueblo tenga el derecho de elegir libremente a sus gobernadores y a sus diputados locales, para que estos gobernadores sean realmente políticos, que tengan el apoyo popular y puedan desempeñar su papel con compromisos ante el pueblo.

Claro, desde el punto de vista de la libertad de los estados se puede hacer mucho todavía, ya hay reformas administrativas interesantes. Los estados pueden coordinarse con la federación para el desarrollo económico los estados pueden contribuir a la planeación de su entidad y de sus regiones, los estados tienen, digamos, soberanía si así se exige que se denomine, para hacer muchas cosas en materia económica y en materia política, pero hay aspectos en que los estados tiene que ir perdiendo poder inevitablemente, porque son cuestiones del desarrollo económico y social de la nación. No podemos casarnos con realidades viejas porque, claro, ¡qué hubiera sido si el país se hubiera quedado en las relaciones liberales del siglo anterior!

¡Qué hubiera sido de este país si hubiéramos dejado a la iniciativa privada el libre juego de las fuerzas económicas del desarrollo de la nación!

¡Qué hubiera sido de este país si el poder federal no hubiera tomado en sus manos el timón de la economía nacional!

¡Qué hubiera sido de este país si cada estado, en pequeño, hubiera tenido libertad de legislar en absoluto y desarrollar su economía con independencia de los demás estados del país!

¡Este país no hubiera marchado!

¡Viviríamos en un atraso absoluto!

Las cosas no hay que verlas con una lente jurídica de hace un siglo y medio o un siglo de distancia, el México, repito, de hoy, es un México muy distante del México cuando surgió el federalismo. No estoy proponiendo que hagamos tabla rasa desde luego del federalismo, no estoy proponiendo que ahora establezcamos la República centralista, no, pero, señoras y señores diputados, tenemos que ser consecuentes.

Permítanme ustedes que me refiera al líder obrero, maestro universitario, Vicente Lombardo Toledano, que decía en 1928:

"En realidad lo que está pasando en México es algo que nadie hubiera podido prever".

Se va formando una especie de derecho consuetudinario porque las autoridades administrativas, el Poder Ejecutivo Federal, viene resolviendo los conflictos. los estados han legislado en materia laboral a su modo, pero no han tomado en cuenta su propia realidad; se han dedicado a hacer imitaciones, a imitar por ejemplo la legislación de Veracruz; y ha venido una verdadera anarquía en la legislación laboral.

Lombardo dijo:

"Tiene que llegar el día en que sea el Congreso de la Unión el único que tenga facultades para legislar y terminen para siempre las facultades concurrentes que estableció originalmente el artículo 123 constitucional, es decir, concurrencia de las legislaturas locales y la Legislatura Federal en materia de trabajo".

Es verdad, no se nos olvida, que dentro del Constituyente hubo voces muy autorizadas, muy respetables que exigieron que fueran las legislaturas locales las que legislaran en materia laboral.

Estoy recordando en estos momentos por ejemplo al joven obrero yucateco Héctor Victoria. ¿Qué decía Héctor Victoria?

Que los estados tenían problemas sui géneris, problemas económicos, problemas sociales, y en consecuencia las leyes laborales debían ajustarse a las características particulares de las entidades federativas, y que además no era conveniente que el Congreso de la Unión legislara en materia laboral porque se iba a invadir la soberanía de los estados, pero no estamos en 1917. De esa fecha hasta hoy ha llovido mucho, señoras y señores diputados, ha llovido mucho en materia económica en este país y el

propio Lombardo reconocía en 1928, "no tan sólo va a llegar el día en que la Constitución tenga que reformarse para que la facultad de legislar en materia obrera corresponda exclusivamente al Congreso de la Unión, sino que además se tendrá que crear una nueva Secretaría de Estado".

Claro, existe la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Lombardo Toledano no era un adivino, claro, la prensa reaccionaria le dijo el "Profeta Rojo" muchas veces. Es que cuando un hombre talentoso, estudioso de la realidad social, tiene que pronosticar, también en las Ciencias Sociales se puede pronosticar, no de una manera matemática como en las Ciencias Naturales, como se pronostica un eclipse, pero sí se puede pronosticar, se puede prever, por lo menos de una manera general, qué es lo que va a ocurrir en el futuro. Yo lo repetiré, naturalmente, los argumentos que vienen en el Dictamen, pero todos son correctos, a pesar de la brevedad del Dictamen está bien hecho, ya lo hemos oído, lo hemos conocido, pero permítanme ustedes que haga un poco de historia. El presidente Calles por ejemplo, estableció en 1927 la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y las Juntas Regionales de Conciliación, en ese Decreto se deslindaron en cierta forma las facultades de los Tribunales del Trabajo Locales y las facultades de los Tribunales Federales.

Posteriormente, como todos sabemos, en 1929 se reformó el artículo 73 de la Constitución estableciendo la facultad para legislar en materia de trabajo, al Congreso de la Unión, pero la aplicación de las leyes laborales correspondería a autoridades locales y a autoridades federales y se mencionaban los campos de competencia de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Ya sabemos, se dictó la Ley de 1931, que precisó más este asunto ¿Y a dónde hemos llegado?

Pues que se ha reformado con frecuencia la fracción 31 del artículo 123 constitucional.

Cada vez se van agregando nuevas ramas de la economía y cada vez se le van otorgando más amplias facultades a los tribunales federales del trabajo. Por casualidad, por capricho de líderes o de presidentes de la República, no porque el propio desarrollo social y económico del país así lo va reclamando.

¿Cómo, por ejemplo, en materia de celulosa o papel, que es una industria nacional, cuyo sindicato rebasa las fronteras de un Estado, va a conocer el problema laboral un tribunal del trabajo local?

Va a llegar el día, si vamos por este camino, en que tribunales locales sólo conozcan problemas de servidumbre o problemas de panaderos. Casi casi los tribunales locales van a ser inútiles, porque les va a tocar un campo muy pequeño. Entonces demos el salto. La federalización de los tribunales del trabajo, es un camino progresista, es un camino revolucionario.

Se dice que la corrupción.

Bueno la corrupción está en la boca de mucha gente todos los días, pero esto no puede ser pretexto para mantener un "status" superado por el desarrollo económico social y político del país, sino seremos conservadores.

¿Qué estas reformas tienen el objeto de que las centrales obreras manipulen a la clase obrera?

No es ese el punto señoras y señores diputados.

Nosotros no estamos casados con esta idea de afirmar que entre más se centraliza por decir eso así, el movimiento sindical más antidemocracia hay. Al contrario, entre más desperdigado o disperso está el movimiento obrero menos conquistas democráticas puede tener la clase trabajadora porque menos fuerzas tendrá. Nosotros qué quisiéramos, las fuerzas democráticas, las fuerzas avanzadas de México, que hubiera una gran central y ese camino tiene que llegar tarde o temprano, le guste o no le guste a la burguesía reaccionaria o al imperialismo, ese momento va a llegar, la clase obrera mexicana se va a unificar en una sola gran central, y aún más. A pesar de las dificultades que hay en la izquierda, tarde o temprano tiene que sugerir el partido único de la clase trabajadora, condiciones, las dos, para que haya una democracia mucho más avanzada que la de hoy.

De manera que la federalización de los tribunales del trabajo no es un problema de la inversión de la soberanía de los estados. Si concebimos la soberanía de los Estados como en 1824 o en 1857, estamos perdidos. ¿Cuántas veces ya se ha invadido esa famosa soberanía de los estados? Y se seguirá invadiendo si así lo requiere el país, si así lo requiere el desarrollo económico y social. Por eso nosotros consideramos, pienso, la fracción parlamentaria del PPS, las fuerzas democráticas, las fuerzas avanzadas de esta Cámara, que este paso es histórico de hoy en adelante tienen que irse aprobando las iniciativas del movimiento obrero porque el movimiento obrero tiene que ser espina dorsal en el desarrollo económico y democrático de este país. Este es el único camino que va a llevar a la consecución de los objetivos populares de la Revolución Mexicana.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Landerreche Obregón.

El C. Juan Landerreche Obregón: Señor Presidente;

Señoras y señores diputados:

El problema de la Federación en México es un problema de importancia, de antecedentes históricos y de trascendencia. Hubo muchas luchas en el país hubo mucha sangre derramada entre centralistas y federalistas, para que se llegara a la solución que adoptaron en definitiva, primero, la Constitución de 1857 y después la de 1917.

Estas cosas no se pueden olvidar porque tienen mucho sentido y muchos antecedentes. Yo estoy de acuerdo en que la Federación no es exclusivamente en México una imitación extralógica. Reconozco que había en la colonia muchos elementos que, aunque en sí no eran

federalistas, conducían, indicaban un camino hacia la federación, No pudo y no podía haber entonces un centralismo absoluto, en un país de la extensión de la Nueva España, con la dificultad de comunicaciones que entonces había, y con problemas regionales ciertamente con características especiales en muchos lugares.

De todas maneras, también es cierto que la adopción de la Federación fue una imitación de la Constitución norteamericana. Pero no es una situación artificial. Es una situación real. Y precisamente porque es una situación real, no podemos decir sencillamente, atenernos a que el cambio de las cosas termine con ellas fácilmente.

Por supuesto que la soberanía de los estados es un término inadecuado que no representa lo que debe ser la federación; los estados ciertamente no son soberanos, pero sí son autónomos y tienen una esfera de competencia que se les debe respetar para que logren su desarrollo propio. La Federación tiene como base precisamente que componentes distintos entre sí se reúnan y se coordinen para una unidad superior pero esa unidad superior debe llevarse a cabo respetando la fisonomía, la autonomía, las situaciones regionales. Si no se tratara de eso, bastaría un simple centralismo y acabar definitivamente con los Estados no se trata de quitarle soberanía a los Estados, nunca la han tenido, pero sí se trata de respetarles sus ámbitos de competencia y sus ámbitos de desarrollo.

¿Por qué se quiere que los impuestos sean iguales en toda la República a través de las leyes de coordinación fiscal? No tienen por qué ser iguales en los países auténticamente federales hay diversidad de muchas materias locales, hay diversidades locales de muchísimas materias, y se respetan. Y precisamente el enriquecimiento del conjunto viene de la colaboración, de la combinación, de la coordinación de todos estos elementos distintos.

No hay apoyo al federalismo en esas leyes, en esos sistemas fiscales que le conceden a los Estados y a los municipios una participación en los impuestos federales a base de que los Estados y los municipios renuncien a sus facultades impositivas, que son las condiciones que ponen en esas leyes. No se le puede pedir a una persona, a una entidad, que desarrolle, que alcance su plenitud si se le obliga a renunciar a sus capacidades; el hombre, y las instituciones sociales humanas tienen esta misma ley, tienen que tener cada una su propia personalidad, su propio desarrollo y el desarrollo del conjunto está en el desarrollo de la propia personalidad, no del aplastamiento de la personalidad individual.

Por eso la federación tiene, además, un sentido de no acumulación del poder y ese sentido de no acumulación del poder es un principio de defensa de la libertad.

Si se pide federación, si se exige federación, si ese es el sistema de la Constitución Revolucionaria de 1917, que la Revolución debe respetar, entonces nosotros también debemos respetar, porque es legítimo y justo en ese sentido, que no se concentren los poderes del Estado, sino que se dividan para que no haya esa acumulación que fácilmente se convierte en deterioro, en ataque o en supresión de la libertad.

Hemos tenido efectivamente una historia en que en cada momento se arrebata una facultad a los estados y se atribuye a la federación. Y los motivos son siempre los mismos: No funcionan las cosas locales, porque hay menos preparación, hay menos capacidad, hay más corrupción. La federación va a lograr que se unifiquen, que se mejoren, que sean más aptas, más útiles para el bien común. No, no es ese el problema, porque por ese camino se han ido federalizando y se seguirán federalizando todas las cosas. El problema es que en cada estado, en cada municipio, vayan a gobernar las gentes capaces, las gentes representativas, las gentes que aman sus terruños, sus lugares, y que están dispuestos hacer algo por mejorarlos, por beneficiarlos. Y los hay en todas partes. Pero, ¿qué sucede? Este régimen revolucionario manda virreyes incondicionales; si no hay incondicionalidad, no se puede alcanzar ningún puesto público de responsabilidad. Primero, la sumisión, absolutamente la sumisión, para el interés de conservar el poder.

En los municipios lo mismo, ¿qué no hay en cada población de México, en cada ciudad de México, personas distinguidas, gentes que aman su ciudad, que conocen sus tradiciones, que saben y que desean desarrollarla y que, si se les permitiera hacerlo, lo lograrían? ¿Y qué se hace? Se manda al cacique, y nadie que pueda estar contra el cacique puede llegar ahí. Pueden ser las elecciones más claras, tantas veces que hemos tenido las actas de todas las casillas electorales en un municipio, y nos niegan, nos quitan, nos arrebatan el triunfo, como ha sucedido ahora en Monclova, y como antes sucedió en Baja California, como ha sucedido en muchos lugares más.

El tema es éste, señores, la federación y la necesidad que la federación viva porque tenga autoridades auténticas. México, adolece de un problema fundamental, le falta autenticidad a sus instituciones: El municipio no existe, el municipio, base de la organización del país. La federación tampoco existe, todo se manda desde el centro, falta autenticidad. Las elecciones no existen, porque no hay autenticidad, ni en la expresión del voto, ni en el cómputo ni en su reconocimiento. Ese es el único problema en México, que haya autenticidad.

Es muy fácil argumentar que las cosas han cambiado, y cuando las cosas cambian pues se tienen que reconocer las nuevas realidades. Ciertamente, señores, las cosas cambian, pero hay principios que prevalecen y que deben permanecer y la capacidad del estadista y la capacidad del político, estriba en armonizar el cambio de las cosas con la permanencia de los principios. Eso es lo fundamental. Olvidarse de los principios y dejarlos llevar porque las cosas cambian, es muy cómodo pero no lleva a ningún resultado de auténtico mejoramiento, de

auténtica mejoría para la situación del bien común.

Necesitamos que haya autenticidad, que se acabe la corrupción que existe en todos los órdenes y que no se va a resolver pasando los tribunales de trabajo del orden común al orden federal. Existe en todas partes desgraciadamente esa corrupción. Y el desarrollo de México se puede y se debe lograr, armonizando las diferencias, no acabando con ellas. Esas diferencias se deben respetar.

Y en materia de trabajo también debe tenerse en cuenta, y qué poca memoria tienen los que ahora sienten tan alborozadamente la federalización, primero de la Ley del Trabajo y después de los Tribunales de Trabajo, debían de recordar que en la época revolucionaria, antes de la Constitución del 17, primero y después de la Constitución, antes de que hubiera alguna Ley Federal de Trabajo, hubo leyes locales en muchos estados: Ley de Accidentes de Trabajo en Chihuahua Ley del Trabajo en Coahuila, del licenciado Gustavo Espinosa Mireles; la de Chihuahua fue de 1913, la de Coahuila de 1916. En el estado de Hidalgo y en el de Zacatecas hubo leyes locales del trabajo en 1915 y en 1916, sobre accidentes de trabajo, antes de que hubiera ninguna legislación federal. Primero se desarrolló la legislación laboral en lo local, y hasta después vino en lo federal.

Y cuando en 1917 se estableció, se aprobó el artículo 123 con la competencia legislativa concurrente entre los Estados y la Federación, se necesitaron más de 14 años para que hubiera una Ley Federal del Trabajo en 1931; y en ese espacio de tiempo hubo las leyes de trabajo de Veracruz y Yucatán, que establecieron principios trascendentales en esta materia, y que tuvieron además influencia en muchos otros estados.

Pasó mucho tiempo antes de que hubiera una Ley Federal del Trabajo, y en cambio en los estados hubo intentos, propósitos legislativos para reglamentar el trabajo, con aciertos y con errores, pero hubo ese esfuerzo, simplemente porque se les dejó la posibilidad.

¿Por qué se les quita ahora esa posibilidad ya en lo que les queda, que es exclusivamente en la aplicación de la leyes por los Tribunales del Trabajo?

Yo pensaba que en esta discusión también se plantearía el problema de que la federalización de la justicia del trabajo pudiera significar más justicia, más pronta y más expedita para los trabajadores. Parece que eso no les importa a quienes han promovido esta iniciativa.

Desde luego nosotros queremos aclarar que en Acción Nacional sí nos interesa que la justicia del trabajo sea pronta, sea equitativa, sea eficaz y que mejore. No se va a lograr esto simplemente por la federalización; esto se podrá lograr sólo por la Federalización, esto se podrá lograr por los tribunales locales o por los federales si se les da oportunidad de cumplir con sus responsabilidades, de llevar a esos tribunales a las gentes de conciencia, a las gentes capaces que quedan cumplir e impartir esa justicia.

Señores, nosotros sabemos que el mundo evoluciona y progresa, pero, repito, esta evolución y este progreso deben hacerse y llevarse a cabo respetando los principios fundamentales de la organización social y, por supuesto, los de la filosofía moral. En el caso de la Federación, se trata de un problema histórico, un problema histórico que no se puede olvidar y que nosotros debemos considerar y consideramos que debe mantenerse el principio de la federación. Por el camino que vamos, de que en cada momento se le quite una atribución a los estados, no atribución de soberanía, repito, atribución de competencia, acabaremos por terminar con la Federación. Y nosotros consideramos que la Federación sigue siendo un principio válido, un principio importante para el desarrollo de México, que está en la Constitución y que la Constitución si bien se puede reformar, se deben respetar sus principios fundamentales.

Debemos respetar la diversidad que significa el federalismo. No son iguales los estados de Sonora, o de Chihuahua, que el de Yucatán, Oaxaca o Guerrero, cada uno tiene su personalidad, tiene sus problemas propios y dentro de la coordinación que debe significar el bien común, se les debe respetar y darles las oportunidades de que se desarrollen dentro de sus propias personalidades, repito, no mutilándola, no quitándole facultades. Por estos motivos, señores, nosotros consideramos que la Federación es todavía un valor importante y deberá serlo por mucho tiempo en la vida de México y que debemos rechazar y no aceptamos por ello el sistema de que todos los días se le quite una nueva facultad a los estados para dársela a la Federación y en esa forma caigamos cada vez más en el centralismo que también nos ha causado muchos daños, un centralismo que por ser además, muchas veces querer cubrir apariencias y querer, y estar fuera de la realidad, causa serios problemas que debemos rechazar. Si la Federación se adoptó por México, debemos aceptarla lealmente; tenemos que mantenerla y debemos defenderla.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Juan Manuel Elizondo Cadena.

El C. Juan Manuel Elizondo: Señor Presidente;

Señores diputados:

Los argumentos que se han presentado en contra de esta iniciativa por parte de los dos diputados del Partido Acción Nacional, han sido, como consta a todos ustedes, argumentos de tipo formal. Se lesiona al federalismo y se le quitan atribuciones a los estados.

Yo pienso que lo fundamental de la iniciativa que está a discusión, es cambiar la índole de los tribunales de trabajo y ¿en qué consiste ese cambio? ¿Dejan de ser tribunales?

Obviamente no.

¿Deja de haber un representante del grupo empresarial o patronal en esos tribunales?

No.

¿Deja de haber un representante obrero?

Tampoco.

¿Y deja de haber un representante también del Gobierno o del Estado si ustedes quieren, en ese tribunal?

Tampoco.

Simplemente lo que cambia es el origen de la designación del representante del Estado. Ya no lo nombrarán los gobernadores. Ahora será designado por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Esto es todo el cambio, pero es cierto que es un cambio que tiende y que produce consecuencias extraordinarias importantes porque, en efecto, las juntas centrales de conciliación y luego de arbitraje nacieron en el período constitucional de Carranza y antes de Carranza, todavía, hasta 1931, en que se dictó la Ley Federal del Trabajo, pero nacieron porque no existiendo legislación del trabajo en aquel tiempo y siendo, en cada Estado, el Gobernador un jefe militar, encargado del Poder Ejecutivo del Estado, tenía que tener un basamento en materia de trabajo, como lo tuvo también, otorgado por el propio Carranza en materia agraria, para resolver problemas urgentes durante ese período y esto es lo que explica la diversidad de leyes agrarias y de leyes del trabajo en el país, hasta 1931.

Las juntas locales de conciliación y arbitraje muy pronto fueron desbordadas en su jurisdicción por la índole de los problemas que se le presentaban. En el caso de conflictos en la industria ferroviaria los conflictos eran obviamente distintos a los que se presentaban en Monterrey a los que se presentaban en Oaxaca, o en Veracruz, o en otra parte; conflictos individuales de trabajo. No había sindicatos todavía. Entonces empezó a legislarse para el efecto de que hubiese industrias y sindicatos de jurisdicción federal. Lo mismo pasaba con la industria minera, con la industria eléctrica etc., pero todo esto vino ocurriendo por una necesidad impuesta por las mismas realidades del desarrollo económico del país.

En 1929 Portes Gil convocó a la primera convención obrero patronal, para estudiar la posibilidad de emitir una Ley Federal del Trabajo. Concurrieron empresarios, pero naturalmente los empresarios principales en aquel tiempo y siguen siendo los empresarios principales o sea los de Monterrey, en nombre de ellos asistió Joel Rocha, iniciador de la industria de Salinas y Rocha y vino a oponerse a la formulación de una Ley Federal del Trabajo. Sin embargo, quedó propalado el Proyecto y en 1931, Ortiz Rubio decretó la vigencia de esta ley que es la que nos rige en estos momentos.

Estas son los antecedentes.

En el curso de la vigencia de esta ley, ocurrieron muchas cosas.

De 1931 a 1935 esta ley permaneció cerrada, inaplicable en el país. No existió prácticamente ley de ninguna naturaleza, porque aquellos regímenes antes de Cárdenas, regímenes a quienes tocó hacer frente a las gran crisis de 29, iniciada en Estados Unidos y que en México se prologó hasta finales de 1934, en medio de aquella catástrofe de la economía nacional en México, no se atrevieron a poner en vigor esta ley. Cuando Cárdenas la puso en vigor, la Ley Federal del Trabajo, ustedes lo saben mejor que yo, entonces hubo una movilización publicitaria y práctica de tal magnitud en contra de la aplicación de esta ley, promovida por los sectores empresariales del país. Acusaron al gobierno, y fue el gobierno de Cárdenas, naturalmente, de estar introduciendo el comunismo en México, porque en el año de 1935 se empezaron a formar los grandes sindicatos de industria; en el año de 1936 miles y miles de pequeños sindicatos que reclamaban derechos contenidos en la Ley Federal del Trabajo de 31 y que no habían sido cumplidos. Muchos, algunos por lo menos, probablemente el Sector Obrero pero yo mismo durante mis vacaciones buscaba de prestar servicios precisamente en la fábrica Salinas y Rocha donde tenía amigos, probablemente para no andar por ahí paseando; entonces no se pagaba séptimo día, no había límite de jornada de trabajo, no había a dónde recurrir para el efecto de resolver un pequeño conflicto de un trabajador o de un departamento entero frente al patrón y créanmelo porque fui testigo de ello, Cervecería Cuauhtémoc todavía en 1938 tenía una cárcel dentro del perímetro de la Cervecería, exactamente igual como las había en la propia cervecería y en la mayoría de las fábricas mexicanas durante el tiempo del porfiriato.

Una lucha intensa llevamos nosotros por tratar de sindicalizar a los trabajadores cerveceros, para salvarlos de la situación en que se encontraban en ese momento; fracasamos, ¿por qué? Porque existían juntas locales de conciliación y arbitraje y el gobernador en aquel tiempo, de 31 hasta este momento, eran gobernadores militares, no eran encargados del Poder Ejecutivo, pero eran seleccionados por su partido y eran militares, especies de jefes políticos y en ese tiempo, para salir de la gran crisis se levantó la teoría, que después recogió Miguel Alemán y que ahora parece haber recogido también el gobierno actual, de que antes de ninguna otra preocupación en este país, lo que nos interesa es aumentar la producción.

Los gobernadores decían:

"Hay que hacer obras, hay que hacer obras" y, claro, se llevaban el 20% de los contratos como Aarón Sáenz y todos los que lo siguieron, pero, hay que hacer obras y apoyar indistintamente al sector empresarial para que pudiera desenvolverse, teoría que ustedes han escuchado ahora mismo del Secretario de Hacienda y del de Programación y Presupuesto. Todo lo demás, subordinación a esto.

Pero ¿qué es lo que ocurrió?

Ocurrió que los gobernadores, actuando como jefes políticos, entraron en colusión con los líderes del P.N.R. de aquel tiempo que

naturalmente no es el partido actual, era aquel partido que había nacido con un contenido obrero proveniente de la vieja CROM y de Morones y tuvieron que hacer colusión con ellos y con los empresarios.

Yo todavía recuerdo cómo los gobernadores de Nuevo León año por año, por estas fechas, naturalmente, un automóvil "Buick", último modelo, el 001, regalado por Cervecería Cuauhtémoc y lo que ha ocurrido con motivo de esa integración de las juntas centrales, es algo a lo que ustedes mismos se han opuesto y han denunciado con la máxima energía en esta tribuna y dondequiera:

Es la corrupción en el movimiento obrero en cada uno de los Estados.

Los líderes recibiendo toda clase de ventajas políticas, a cambio de su apoyo al gobernador y el gobernador coludido con los empresarios, para el efecto de poder mantener a los líderes mismos dentro de los tribunales, con el control total de todos los conflictos obreropatronales que ocurran en los Estados.

No puede haber un sindicato nuevamente organizado, si no pasa por esos tribunales del trabajo de tipo local. A un sindicato se le puede cancelar su registro en ese tribunal; los conflictos individuales, ustedes saben cómo se manejan en los tribunales locales, pero todo por qué, ¿por el capricho del gobernador, por capricho de los líderes?

No. Por una necesidad política, la necesidad política del gobierno local y del gobierno federal de mantener esta red de poder sobre toda la población trabajadora del país, y esta red de poder se sostiene únicamente en tanto que existan esos tribunales locales de trabajo, pero si se federalizan, es obvio que toda esa suma de poder va, según pudiera apreciarse, a canalizarse hacia el gobierno federal, pero yo pienso que esto no va a hacer así, porque los organismos obreros en los estados seguirán teniendo el mismo poder en los tribunales del trabajo, pero ya no dependerán del gobernador y los industriales tendrán que legitimar su conducta en los Tribunales porque ya no va a haber gobernador que junto con el líder obrero y que junto con el representante empresarial hagan la mayoría necesaria, para decidir sobre estas cuestiones.

Quiero decir a ustedes que con esta medida, y por eso la estamos defendiendo, se trata de liberar a los estados del caciquismo ejercido por los gobernadores. Esta es la primera consecuencia política de esta iniciativa o de esta ley en caso de que sea aprobada.

¡Fuera los gobernadores de los tribunales de trabajo y entonces verán cómo se limpia la vida política en los estados que es algo por lo que ustedes han luchado!

¿Cuál es la causa de que en materia agraria subsista esta enorme suma de problemas en el país?

La facultad que tienen los gobernadores precisamente de en primera instancia resolver esos conflictos y que durante años, y años y años, se guardan muy bien de resolverlos, ahí están pendientes todavía en muchas partes.

Señores:

Este no es un problema de orden formal de si es centralismo o es federación, en todos los países del mundo, los estados y por lo menos las fuerzas obreras están buscando un aglutinamiento necesario en las circunstancias actuales para poner a salvo su país de las brutales marejadas que están ocurriendo ahora en el mundo internacional, en el mundo, digamos. Este es un país que parece vivir, como decimos nosotros, en la Isla de la Felicidad, todo el que llega aquí deja sus problemas afuera y entonces en México todo prospera, todo mundo come, se crean empleos y lo demás, pero no nos damos cuenta que tenemos una dependencia estructural con la economía de afuera y que en cualquier momento este país se puede hundir. La federalización de los Tribunales de Trabajo nos conduce y eso es cierto, nos conduce a crear organizaciones poderosísimas, de tipo obrero, pero no se puede negar que concede, del mismo modo, a fortalecer los organismos de carácter patronal y de carácter empresarial.

De lo que se trata entonces es de ir limpiando esta estructura de tribunales de trabajo y de legislación laboral en que ha vivido el país, para modernizarlo y ponerlo sobre las vías de un país que está buscando su modernización. Vamos buscando eso y no lo negamos; el fortalecimiento de los organismos obreros y vamos haciendo a un lado el origen, el caciquismo del señor gobernador que a su vez lo transmite al caciquismo municipal, que a su vez lo transmite a los distintos organismos de su partido y entonces nos encontramos con una red de poder con la cual todos estamos en contra, porque nosotros quisiéramos tener obviamente una clase obrera que fuera capaz de hacer valer su presencia como clase obrera y que no estuviera minimizada en cada uno de los estados, cada una con sus propios problemas y resueltos o no, pero en sordina sin que nadie se dé cuenta de ellos.

Tampoco somos partidarios de que un grupo empresarial, por la vía de la corrupción y de la coalición con el gobernador del Estado, maneje la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, y cree estas cargas terribles de oposición, no solamente al régimen, sino como ha ocurrido en Monterrey, a los mismos empresarios.

Yo creo, señores, que esta es una ley liberadora, es una ley que va a crear un cambio en una red de estructura de poder en el país, que es satisfactoria para todos, menos, naturalmente, para los gobernadores. Los gobernadores a partir de ahora tendrán que conquistar con su conducta el poder político que disfrutan, ya no vale coludirse con el líder de los organismos obreros para hacerlos valer o con los grupos empresariales o para darles canonjías, para darles prebendas de tipo político local, y entonces fortalecerse en el poder. Eso ya no será posible porque el gozne donde se transmite este poder es la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, donde hasta que el

Presidente de la Junta y sus representantes en los distintos grupos reciban la orden del gobernador, para poder fallar, ya sea del acuerdo con el empresario o de acuerdo con el obrero, por eso es un tribunal.

En este sentido, señores diputados, yo les pido a ustedes que tengamos la mente fresca en este momento y que veamos el problema en sus verdaderos términos. No es una revolución política naturalmente, pero sí es un cambio en los significados políticos de la vida mexicana que van a ser -y de eso no hay la menor duda- beneficiosos para los trabajadores, seguirán sometidos a un tribunal; para los empresarios que tendrán que legitimarse y para la vida política del país en tanto que los gobernadores y sus descendientes políticamente, tendrán que legitimar a su vez el poder de que disfrutan.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Valentín Campa Salazar.

El C. Valentín Campa Salazar: Señores y compañeros diputados:

El aspecto concreto a debate es la modificación de la fracción XXXI del artículo 123 constitucional, para federalizar todo lo referente al trabajo y en consecuencia de Conciliación y Arbitraje en los estados.

Nosotros los del Grupo Parlamentario del Partido Socialista Unificado, estamos a favor de esta orientación de federalizar los tribunales del trabajo por dos razones. No porque los tribunales federales sean buenos, como algunos dicen, no, sino porque son menos malos que los antros llamados Juntas Centrales de los Estados al servicio de los gobernadores y de gobernadores arbitrarios confabulados con sindicatos blancos, como Martínez Domínguez, de Nuevo León. Por eso, no hacemos la apología del centralismo, sino que estamos colocados en una situación concreta, pero también por otro motivo de clase. Que la centralización que ya existe en la legislación del trabajo como ya se dijo, la centralización en los tribunales facilita lamentablemente muy poco, pero facilita, el proceso irreversible, aunque muy lento, de la unidad de la clase obrera y de los asalariados.

En cuanto a que facilita su conexión y su entendimiento para abordar los problemas de la legislación y de los tribunales, ya hemos explicado en esta tribuna que nosotros tenemos como ideal la desaparición del Estado. Ese es nuestro ideal. Sin embargo desde ahora luchamos en la práctica, por la democratización del Estado. Conscientes que en estos problemas como el de los tribunales del trabajo, opera de manera irreversible en la actualidad el proceso del desarrollo capitalista, que en México es un proceso de capitalismo de Estado.

Por lo tanto, al mismo tiempo que consideramos menos malo el que los tribunales sean federales, lo que nos interesa es el proceso de la coordinación inmediata de los obreros para que influyan sobre la sociedad en contra de ese archicentralismo del poder que está expuesto en el presidencialismo que padecemos en nuestro país.

Pero me voy a permitir, en relación con este problema, hacer constar que nuestros grupo parlamentario critica los métodos que se están desenvolviendo en esta Cámara de Diputados.

Yo soy miembro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, pero esta comisión, como comisión, no ha sesionado para aprobar estos proyectos. Se reúne la fracción del PRI, que es mayoritaria, pero la Comisión de Trabajo y Previsión Social no se ha reunido. Los citamos con acuerdos precisos para el 27 de agosto con objeto de discutir tres dictámenes que no están por aquí, que no se presentan. ¿Por qué? Porque, como ya lo hemos examinado en la Comisión de Trabajo y Previsión Social con toda franqueza, los problemas se manejan a base de arreglos extracomisión, de acuerdo con intereses políticos y con influencias políticas. Hemos aclarado en la Comisión de trabajo que el orden de los problemas que se traen a la Asamblea General de la Cámara de Diputados y la orientación está decidida principalmente por el jerarca del PRI en la Cámara, por el Secretario de Trabajo y por la Presidencia de la República y nosotros reclamamos que las comisiones de la Cámara sean autónomas, independientemente de la influencia de los Partidos que ahí estamos y que no haya estas influencias externas que maniatan, centralizan y distorsionan la labor parlamentaria.

Ojalá que se tenga en cuenta esto en un proceso que reconocemos es muy difícil, pero que vaya permitiendo la creación de una autentica vida parlamentaria.

¿Qué tenemos?

Hay un proyecto de ley desde hace 6 o 7 años sobre el salario remunerador, presentado por la CTM. De eso no se habla nada; cuando menos donde yo sé, yo soy de la Comisión pero no sé nada, a pesar de que hemos acordado de que se le diera prioridad al dictamen sobre este proyecto, que, por cierto, se juntó con las proposiciones que hay en cuanto a la escala móvil de salarios, aclarando que son dos cosas diferentes.

Sobre la escala móvil de salarios, ya sabemos que hay la orientación de fallar en contra y sobre esa escala móvil de salarios yo nomás aclaro aquí una cosa que ya aclaramos en la Comisión de Trabajo: que hay una resolución de la Asamblea Nacional del PRI, compañeros del PRI, de la Asamblea Nacional del PRI, apoyando como una demanda una escala móvil de salarios y ahí se dice, en esta resolución de la Asamblea Nacional del PRI, que es para mejorar las condiciones de la clase obrera, lo que no es exacto, porque ya hemos aclarado que la escala móvil de salarios no mejora, que lo hace es impedir el empeoramiento manejado al través de la carestía de la vida y la inflación para aumentar las utilidades del gran capital, pero ahí está congelada, y no va a venir.

Entonces, se traen aquí proyectos de carácter de procedimientos como éste, como otro para que las utilidades ya no se manejen por la Secretaría de Hacienda, sino por la Secretaría del trabajo y los Tribunales y algunos de carácter completamente secundario, como por ejemplo, se planteaba por la CTM el aumento del impuesto que beberían cubrir los patrones para las casas del INFONAVIT del 5 al 10%, ya hemos explicado nuestra opinión sobre esta farsa del INFONAVIT, pero ahora ni eso, ahora no va a ser el 10, ahora va a proponerse como transacción que sea el 5% más las repercusiones en las prestaciones, lo que nosotros llamamos capital variable.

¿De qué se trata?

Los problemas llamados sustantivos son eludidos por influencias externas de la Comisión de Trabajo y se traen cuestiones de procedimiento, nosotros hacemos constar nuestra inconformidad y nuestra protesta por este manipuleo en los problemas de la Comisión de Trabajo y en general de esta Cámara de Diputados y reclamamos y creemos que estarán de acuerdo los compañeros de la diputación obrera en que se traigan los problemas sustantivos, los problemas fundamentales.

Sí, compañeros, ya sé que lo que me han expuesto es que si la diputación obrera acuerda presentar el dictamen y lo puede hacer porque la diputación obrera del PRI es la mayoría de la Comisión de Trabajo, tan es mayoría que resuelve todo, a los que no somos del PRI cuando creen que podemos estar de acuerdo nos traen nuestra curul para que firmemos, pero no nos citan a las juntas.

Se manejan así problemas y ya nos han dicho que no resuelven a pesar de que lo pueden hacer, dictámenes porque la mayoría del PRI, de los sectores campesino y popular se opondrían y serían rechazados. Está en consecuencia manipulado el proceso de la Cámara de Diputados y al hacer constar nuestra inconformidad y nuestra protesta por estos procedimientos declaramos que la lucha en cuanto al sistema parlamentario se va a tener que forzar por esos procedimientos, hacia la presión de masas, hacia que no seamos los diputados que somos minoría, y que planteamos con toda lealtad y con toda claridad, de acuerdo con las normas de la Cámara, nuestras opiniones y nuestras proposiciones, a que vengan decenas de miles, y yo confío que muy pronto cientos de miles de asalariados, para que se les escuche en cuanto a sus intereses y sus derechos, ahora tergiversados por una política antiobrera en beneficio del gran capital.

Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al diputado Olivo Solís.

El C. Angel Olivo Solís: Con su venia, señor Presidente;

Compañeros diputados:

Yo voy a contestar fundamentalmente a los que han estado en contra del dictamen que presentó la Comisión, los demás tendremos oportunidad de discutirlo oportunamente y claro que tenemos ideas, tenemos una política a seguir, y tenemos conceptos también filosóficos a la hora en que se presente el caso.

Quiero decirle a los oponentes de Acción Nacional que la Iniciativa que se ha presentado no vulnera en sentido alguno la llamada soberanía de los estados, se trata de una reforma constitucional y, según la propia Constitución, las legislaturas de los estados intervienen en su aprobación en uso de su llamada soberanía, los estados determinarán la conveniencia o no de esta reforma. Se entiende, y lo conocen los señores, que éste es el proceso, pero quiero referirme al aspecto político.

Cuando yo he escuchado al diputado Garfias y al diputado Landerreche y he encontrado nuevamente el viejo rostro de la reacción, el conservadurismo, de gentes que integran Acción Nacional y que forman parte de los despachos de los señores empresarios del Grupo Monterrey, del Grupo ALFA y alguno que otro chipingo escondido por ahí. Porque cuando ellos hablan demagógicamente aquí, de que querían que en paquetes se aprobaran las reformas obreras, las iniciativas que se han presentado a la hora de los hechos, nos dan argumentos que realmente carecen de validez, frente a un deseo de justicia social, frente a la necesidad de un país que está en creciendo en su fenómeno económico y político.

Yo quiero por otro lado recordar a los señores de Acción Nacional las tremendas presiones de los caciques de fuerza económica, que a su vez tienen fuerza política, que presionan contra las conquistas obreras, situación que padecen nuestros compañeros en la provincia.

Aquí alguien de Acción Nacional dijo, que lo que se trataba era de que el compañero Fidel Velázquez se enfrentaba a la opinión del poder ejecutivo. Yo quiero definir también algunos aspectos de las tesis del Congreso del Trabajo, porque lo que ha asumido Fidel Velázquez en este caso, ha sido la independencia del movimiento obrero, independencia de clase y debo de aclarar que en ese sentido, el Congreso del Trabajo no es solamente una fuerza cuantitativa, es una fuerza cualitativa, con filosofía propia y con política propia. En la misma intervenimos no sólo en las luchas económicas sino también en las luchas políticas, dada la situación de la ausencia de partidos que apenas están conformando el diseño económico de nuestro país. Y la militancia que tenemos nosotros dentro de las filas del partido Revolucionario Institucional.

Yo debo decir que Fidel Velázquez cuenta en este y en muchos aspectos, con el decidido apoyo y simpatía de todas las centrales obreras. Yo no soy miembro de la CTM; yo saludo a Fidel Velázquez, al viejo compañero con quien constituimos la CTM bajo la dirección del Maestro Lombardo y nuevamente a este compañero que hizo posible la unidad del Movimiento Obrero en el Congreso del Trabajo en el año de 1966, y no por la

izquierda, que quede claro, sino a pesar de la izquierda se hizo esta unidad.

(Aplausos.)

Por eso quiero comentar y solamente en una forma muy breve, todo lo que se ha especulado en días anteriores sobre el sector obrero, miembro del Congreso del Trabajo y otros integrantes del PRI, aquí en la Cámara de Diputados.

Este caso es digno de comentarse, por el mundo de especulaciones falsas que rompen muchos mitos ahora a discutirse con el proyecto de reformas obreras.

Primero: Que el Partido Revolucionario Institucional es necesario que se reconozca que las fuerzas que hicieron posibles nuestra Revolución de 1910, siguen vivas en otras generaciones, integrando la gran coalición de fuerzas revolucionarias y progresistas de carácter anti-imperialistas, que forman parte de las filas del PRI.

Segundo: El Partido es un partido de trabajadores y no están cerradas las puertas; la mejor demostración de eso es que las reformas obreras que según los agoreros de la mala suerte anunciaban que no se iban a discutir, se está abriendo paso, se está abriendo brecha, y en ese sentido seguiremos luchando nosotros que sí creemos en la transformación constante de nuestra Revolución.

Tercero: Los diputados miembros del Congreso del Trabajo hemos planteado exigiendo varias reformas a las leyes que regulan la relación de producción, pero la exigencia nuestra está determinada dentro de los marcos del Partido.

Yo soy gente del Partido y si yo fuera, como lo fui, miembro del Partido Comunista, lucharía por mis diferencias dentro del Partido Comunista, como lo hice antes de romper con él. Por otro lado, yo debo de explicar en este aspecto el PRI al ser una coalición indudablemente que hay gente que tiene distinto pensamiento, pero esto revela también la independencia de clases que tiene el movimiento obrero como miembro del Congreso del Trabajo. Por eso declaro que mantenemos nuestra militancia consciente en las filas del Partido Revolucionario Institucional; que sostenemos gran alianza histórica del estado de origen revolucionario, porque sino fuera revolucionario, nada tendríamos que apoyar, pero seguiremos considerándolo revolucionario, y mientras tengamos este concepto, válido para el desarrollo de nuestro país, mantendremos esa alianza. Otra cosa es el enfoque histórico que le den otras gentes y otros partidos respecto a la integración del Estado y particularmente su Gobierno, es cuestión del enfoque y de la militancia del movimiento obrero mayoritario lo ve en ese sentido y por eso hemos apoyado a los gobiernos que han surgido de esta revolución.

Creemos en la Revolución Mexicana y en su proceso dialéctico y sostenemos como camino estratégico el de presionar apoyando, apoyar presionando para que la revolución siga adelante su camino justiciero. Triste país sería el nuestro frente a la falta de una alternativa que no existe, que el PRI se desintegrara ¿qué perspectiva de libertades y de democracia le daríamos para el desarrollo de nuestro país?

Yo he visto aquí el pleito entre la extrema derecha y otra parte de la izquierda, entre quien se rompe los huesos y no le deja nada y los otros que dicen, llegando en el poder le dejan todos los huesos vaya y nosotros escuchando que por virtud dentro del PRI sostenemos esto con ideas y no a título de rompedero de huesos. Lo ha visto la Cámara, lo ha escuchado, en ese sentido sostenemos nosotros la defensa de las tres grandes vertientes históricas: la defensa de la nación con un criterio antiimperialista, la defensa de la revolución y la defensa de la Constitución.

Estas son las razones históricas por las que el PRI y las organizaciones del Congreso del Trabajo pertenecen en su enorme mayoría, y hablo de enorme mayoría porque distinguimos entre lo que es el frente sindical y lo que es el frente político.

Quizá algún día vamos a tener que discutir esto ya muy directamente porque aquí la tribuna ha sido usada para todos los partidos; para no exponer sus tesis políticas y parece que los miembros del PRI, tenemos vergüenza de dar a conocer nuestra declaración de principios, que habla precisamente de estas reformas y también de la caracterización de que es un partido de trabajadores. Entendido el universo del trabajo, no a mi ver, solamente del obrero, mientras que todo obrero es un trabajador, no forzosamente todo trabajador es un obrero. Hay el trabajo manual y el trabajo intelectual y el PRI está formado por trabajadores con distintas corrientes de opinión política de carácter antiimperialista, que transita dentro del camino y aclaro, del camino, del nacionalismo revolucionario. En este aspecto también nosotros mantenemos la alianza histórica de los trabajadores con el gobierno de origen revolucionario. Y esta alianza no está en crisis como se pensó, por el contrario, vamos a encontrar en el curso de estos debates, importantes coincidencias entre los trabajadores miembros del Congreso del Trabajo y las opiniones del Ejecutivo de la nación. Revela también, que cuando hemos exigido con firmeza nuestras iniciativas para que se discutan, el movimiento obrero está demostrando independencia de clase.

No está demostrando incondicionalidad.

En otro aspecto, nosotros revelamos nuestra disciplina de partido cuyos principios, y no rompemos nuestro marco táctico y estratégico, que transita, como cantes mencioné, por el camino del nacionalismo revolucionario.

Somos partidarios de la Revolución Mexicana, por la vía pacífica. Por eso pugnamos sin romper la política de alianzas que nosotros sí entendemos. Por eso pugnamos porque se cambien las leyes con la ley y tomemos la lucha parlamentaria como parte de la lucha de clases. Estamos luchando por cambiar ahora una estructura política más moderna, para encontrar formas legales que garanticen el trabajo en

un plan de constante superación. Hay peticiones del movimiento obrero de varias legislaturas y otras recientes que se encuentran en esta Cámara. Yo no soy brujo ni voy a decir que ahorita no se va a aprobar una o dos legislaturas o cuántas. Algún periodista me preguntó, en alguna ocasión que con cuántas me conformaba. Yo le dije "pues con todas". pero esto no es más que una parte de la lucha, precisamente por eso al movimiento obrero se le califica como movimiento, porque está constantemente, dialécticamente en movimiento y está luchando por las causas supremas de su mejoramiento.

Nuestros compañeros trabajadores -y debemos de entenderlo nos presionan a los diputados obreros y nos exigen que utilicemos nuestro carácter de legisladores obreros en favor de los cambios legales que los protejan. Esta es la razón porque el grupo obrero del Congreso del Trabajo ha exigido con firmeza, y seguirá adelante, porque sigan estas luchas. No necesitamos que alguien nos lo indique no necesitamos presiones de fuera, defendemos y proclamamos la independencia del movimiento obrero fuera de cualquier iglesia, de cualquier sector patronal, del Estado o de cualquier partido político.

Yo debo decir definitivamente que a nivel del movimiento obrero nunca el PRI interviene en ninguna lucha interior que corresponda a la autonomía sindical determinarla.

Nunca ha sido ni Reyes Heroles, ni Sansores ni ahora Ojeda Paullada el que venga a dirigir las huelgas y darles un contenido político. Esto corresponde al universo, al gobierno y a la autodeterminación y autonomía de los propios sindicatos, por eso es que militamos dentro del PRI, por eso hacemos un llamado ahora a todos los compañeros de la Legislatura del sector campesino y del sector popular así como de los sectores revolucionarios, para que nos presten su solidaridad, porque lo que estamos solicitando forma parte de la declaración de principios de nuestro Partido, me refiero a los compañeros de Partido, del PRI. Queremos que se respete el fruto del trabajo y que exista una riqueza bien distribuida, para que las nuevas generaciones carezcan cada vez menos de lo necesario y exigimos una mejor distribución del ingreso nacional.

Consideramos el trabajo como un derecho y un deber social, y como el valor supremo de la sociedad. Por eso exigimos mejorar las condiciones en que éste se desarrolla. La mayoría de los mexicanos queremos construir un país de trabajadores, tal y como lo ha expresado el líder y guía de la revolución mexicana, el Presidente José López Portillo, como se concibe también el PRI como un partido de trabajadores.

El artículo 123 define las características de la retribución al factor trabajo, y esto lo queremos enriquecer, frente a la injusta sociedad que padecemos, solamente en beneficio de unos cuantos concentradores del ingreso nacional.

El derecho que nos asiste es la lucha de los trabajadores y la fortaleza de sus organismos sindicales agrupados en el Congreso del Trabajo, que junto con su filosofía y sus principios, lo han situado en la vanguardia del proceso revolucionario de México, junto con los campesinos y el sector popular. Nuestra lucha de clases, a nivel de los sindicatos, se ve enriquecida con nuestra participación política en defensa del pueblo, y esta acción múltiple permite a los trabajadores con mayor eficiencia, luchar en todos los frentes.

Nuestros objetivos inmediatos, son mejorar constantemente sus niveles de vida, para acortar las distancias de su aspiración suprema, que es la construcción de una nueva sociedad más justa del trabajo y para los trabajadores.

Por eso es que estamos pidiendo la federalización de los tribunales del trabajo, como un proceso de cambio, y eso lo hacemos apoyados en que el derecho del trabajo es constitucional, la ley es de carácter federal, su observancia también debe de ser de carácter federal. El desarrollo industrial de México lo exige. La incorporación de distintas ramas de la industria, se ha ido ya a federalizarse.

La aplicación, y esto es lo que se ha dicho ahora y es correcto, de distintos criterios jurídicos en perjuicio de los trabajadores a nivel de las juntas locales, hace que el movimiento obrero solicite la desaparición de estas juntas, porque los laudos emitidos de las juntas locales, salvo excepciones, en base a judicaturas deficientes, carencia de medios económicos, técnicos y administrativos adecuados, para mejorar la formación profesional y sus integrantes, las hace obsoletas.

La legislación del trabajo es de rango federal, su aplicación no puede quedar al arbitrio de las autoridades. Yo solicitaría, señor Presidente, que, y a mis compañeros particularmente de legislatura, que se apruebe este dictamen en beneficio de la clase obrera y de sus mejores causas que indudablemente tendrán que ir adelante para bien de México y de los trabajadores.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra, para hechos y hasta por cinco minutos, en relación a este tema, al diputado Sánchez Cárdenas.

El C. Carlos Sánchez Cárdenas: Señor Presidente;

Honorable Asamblea:

Trataré de puntualizar algunas cuestiones relacionadas con el largo, demagógico y lleno de embustes discurso que hizo el diputado Angel Olivo Solís. Ante todo criticar el hecho de que de manera tan impune, impune me refiero, pero uso el término en relación con los métodos de la Cámara, el diputado se salió del tema tan agresivamente hacia nuestro tiempo, lo que obliga, claro, a hablar también de esos asuntos.

Pero lo primero que hay que precisar es lo siguiente:

Que la Cámara acude, vote favorablemente, el dictamen que acepta la federalización de los tribunales del trabajo, a pesar de las objeciones en las que hay hasta un cierto, una cierta nostalgia feudal de quienes conciben el federalismo en la forma como han venido a expresarlo los compañeros del Partido Acción Nacional, criterio absolutamente inaceptable desde el punto de vista de un funcionamiento federal moderno y de los intereses de la clase obrera. Esa es la primera cuestión.

Votemos favorablemente el dictamen que establece la federalización de los tribunales del trabajo.

Segundo. No es cierto lo que dice Olivo acerca de que ellos han defendido siempre los intereses obreros; habría que discutir incluso su categoría de representante obrero, la categoría de algunos de los representantes obreros que participan en nuestra legislatura, o de los que han participado en legislaturas anteriores, porque han sacrificado, lejos de defenderlos, los intereses obreros ante las exigencias de la burguesía gobernante, y convierten en simple demagogia, en simple engaño a los trabajadores, la postulación de ciertos objetivos.

Hace 12 años, en la Legislatura XLVII, y el diputado Luis Farías no me dejará mentir, cuando se discutieron las reformas a la Ley Federal del Trabajo de hecho una nueva Ley Federal del Trabajo, la diputación obrera me dejó solo en defensa de las demandas que las centrales obreras y Fidel Velázquez decían sostener, entre ellas la demanda de las 40 horas, que también parece que ahora van a dejar en suspenso, como otros dictámenes relacionados con adjetivos importantes del movimiento obrero, que ustedes no se atreven a exigir de veras y se conforman con la discusión de dictámenes que no carecen de importancia, pero que no son los medulares.

¿Por qué no insisten en la defensa del derecho de sindicalización de los trabajadores bancarios?

¿Por qué no insisten en la escala móvil de salarios o en el salario remunerador siquiera?

¿Por qué no insisten en otras iniciativas que han sido marginadas para dar entrada sólo a algunos para calmar las exigencias recientemente planteadas por Fidel Velázquez el jefe de la diputación mayoritaria?

Porque la actitud de ustedes es una actitud capituladora frente a los intereses de la burguesía y no es cierto que sea una actitud en defensa de los intereses obreros, con motivo de que participan en un partido de trabajadores. Esta es otra mentira. No es cierto que el PRI sea un partido de trabajadores, ni por su integración, ni por su programa, el Partido Revolucionario Institucional, es un partido de trabajadores. Ni siquiera entendiendo el trabajo en la forma antiobrera en que lo define el diputado Olivo Solís o como fue definido cuando en el seno de la Cámara de Diputados se habló también acerca de ese tema, estableciéndose una clara ruptura en el seno de la diputación mayoritaria, con motivo de que algunos diputados definían con criterio más realista la verdadera naturaleza del Partido Revolucionario Institucional y no aceptaban esa definición puramente formal acerca de que el PRI es un partido de trabajadores. Aquí mismo, en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores, donde hay distinguidos miembros de los partidos representados en su seno, nadie podría asegurar que los miembros de la diputación del PRI, son todos trabajadores y si quiere el diputado Olivo Solís que hablemos de nombres, podemos pasar a hablar de nombres, para demostrarle que ha venido aquí a decir mentiras.

Dice el diputado Olivo Solís, faltando también a la verdad, que el Congreso del Trabajo representa la unidad orgánica del Movimiento Obrero, pero el Congreso del trabajo es un simple organismo burocrático creado por el poder público para mantener subordinadas y disciplinadas a las principales centrales obreras de la República y no la verdadera unidad orgánica del Movimiento Obrero como en otro tiempo lo fue la CTM. Un organismo burocrático al servicio del Estado capitalista, eso es básicamente el Congreso del Trabajo.

Y miente también cuando asegura que es un organismo independiente. Ni el Congreso del Trabajo ni las organizaciones obreras adheridas al PRI, son organizaciones independientes. Y cuando viene aquí a hablar de que el movimiento obrero integrado en el Congreso del Trabajo postula la independencia de este movimiento respecto del Estado, respecto de los partidos políticos, causa asombro que hasta este extremo se lleve la deformación de la realidad. Y esa deformación es particularmente grave por esto: porque el movimiento obrero está prestándose a un tipo de estructura corporativa, porque el partido oficial está integrado en el aparato del Estado como una oficina electoral dependiente de la Secretaría de Gobernación, y el movimiento obrero del Congreso del Trabajo está integrado en el partido oficial y a la vez integrado dentro del aparato del Estado.

Esto no sólo suprime la independencia del movimiento obrero, sino el derecho de los trabajadores a ejercer con libertad su facultad para actuar en política, como lo crean conveniente, un derecho que tiene que ir acompañado de la libertad de cada quien, de la posibilidad de cada quien de afiliarse al partido político que corresponda a sus convicciones. Y esto no sucede en la actualidad.

Sólo estas aclaraciones quería yo hacer a la larga y embustera perorata que nos ha soplado aquí el diputado Angel Olivo Solís, que en el curso de su exposición mostró un gran interés por la ruptura o la conservación de los huesos. (Aplausos.)

El C. Presidente: Señor secretario, le voy a rogar dé lectura, porque hay varios oradores que se han inscrito para hechos o para alusiones personales, le voy a rogar dé lectura al

artículo 102 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

El C. secretario Silvio Lagos: "Artículo 102. Los individuos de la Cámara, aun cuando no estén inscritos en la lista de los oradores, podrán pedir la palabra para rectificar hechos o contestar alusiones personales cuando haya concluido el orador y sin que puedan hacer uso de la palabra por más de cinco minutos."

El C. Presidente: Pidiéndoles a los oradores entonces se sujeten a lo dispuesto por el Reglamento, se concede el uso de la palabra al diputado González Schmal.

El C. Olivo Solís: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Señor diputado Olivo Solís, había pedido anteriormente la palabra el diputado González Schmal, si nos permite usted.

(Varios diputados protestan.)

El C. Jesús González Schmal: Precisamente porque hubo alusiones, señor Presidente, a las intervenciones de mi partido, solicité la palabra para hechos.

El C. Presidente: Adelante, adelante.

El C. Jesús González Schmal: Justamente esta nueva participación de Acción Nacional deriva de las imputaciones del diputado Olivo Solís, a las intenciones de las participaciones de Acción Nacional, cuando nosotros hubiéramos querido llevar este trabajo de revisión legislativa a un nivel de análisis serio, jurídico y político y no a nivel de imputaciones personales.

Cuando el diputado Gurza solicitó que se discutieran estas iniciativas, no necesariamente había dicho que estuviéramos en favor de ellas, aun cuando sí participamos o compartimos la bondad de algunas; pero en el fondo, en el centro de esta Iniciativa, en la médula de la cuestión está, insistimos, el respeto al federalismo o el crecimiento del poder central sobre los estados, porque en el trasfondo de esta forma están las posiciones de poder en sus distintas expresiones y en este caso la que se refiere al control de la fuerza de trabajo a través del sindicalismo oficial; los organismos cúpula del sindicalismo oficial, están en el centro. En el centro de la República, junto al Ejecutivo. Qué curioso es que estén edificando su monumental edificio justamente entre Los Pinos y el Palacio Nacional.

¿Qué el sindicalismo oficial no acepta y aporta su realización a los planes de descentralización del Gobierno Federal?

¿No es significativo que mientras algunas dependencias oficiales salen del Distrito Federal, el sindicalismo oficial se asienta cada vez más en el corazón de la ciudad, incluso en reto franco a los programas de vialidad del Departamento del Distrito Federal?

Esto, señores, es precisamente en la forma y en el fondo, el camino al totalitarismo vía control de los trabajadores.

La federalización de los tribunales de trabajo, no es la solución real a un problema de justicia legal. Esto se logra sólo a través de la democratización real del Poder Público. La federalización es sólo un avance consistente para concentrar en México el control y la administración de la justicia laboral manipulada por el sindicalismo oficial, para ahogar cualquier resurgimiento del sindicalismo independiente en el interior del país, de donde han venido las corrientes revolucionarias más genuinas y vevenciales.

Porque, señores, la Iniciativa del sector obrero, parte para justificarse, de una premisa falsa que consiste en autonombrarse defensor de los trabajadores en los litigios laborales y esto es absolutamente falso porque los trabajadores en gran mayoría, también demandan a los sindicatos oficiales cetemistas, porque son éstos los que injustificadamente les aplican la cláusula de exclusión a les venden sus derechos en las negociaciones contractuales.

Quienes alguna vez hemos litigado en materia laboral, podemos constatar esta verdad y quienes en la práctica política estamos en contacto con los trabajadores, sabemos cuántas demandas se harían en contra de la CTM y sus sindicatos, si hubiera libertad sindical y el gangsterismo oficial y la cláusula de exclusión no frustrara esas posibilidades del trabajo mexicano, pero qué bueno que frente a esta tendencia totalitaria en México, en lo laboral y electoral, se rige para ejemplo del mundo el sindicalismo independiente Solidaridad, en Polonia. Frente a la amenaza e intimidación, ahora con sacrificios humanos, surge la fuerza incontenible de Solidaridad para terminar con el monopolio de control laboral en ese pueblo heroico y sufrido de Polonia. Rechazamos este retroceso en México que es parte de la involución política en que se despeña el sistema, incapaz de abrirse ni al federalismo ni a la mínima expresión democrática.

Si hubiera de veras autenticidad y sinceridad en la posición de los diputados del sector obrero, ya se hubieran sumado a la Iniciativa del PAN tantas veces reiterada a favor de la cogestión y copropiedad de los trabajadores en las empresas del Estado para abrir una nueva, verdadera etapa de justicia laboral. Esos sí serían avances trascendentes y no demagogia del sindicalismo oficial. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra, para hechos y hasta por cinco minutos, al diputado Terrazas Guerrero.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: Compañero Presidente:

Compañeras y compañeros diputados:

Que no se enturbien las aguas, que no se confundan las cosas, que no se introduzca una muy peligrosa, pero muy peligrosa confusión y un elemento que no aclare lo que está en el

fondo de esta discusión y su significado verdaderamente profundo, su significado histórico, que no ha de depender, naturalmente, de la legislación que se apruebe por la Cámara de Diputados y por la Cámara de Senadores sino que va a depender, en última instancia, de que la hagan carne y sangre, acción, operación y vigencia plena los trabajadores y la lucha de masas, la unidad de la propia clase obrera de México; va a depender de que la tome la clase obrera, para que la haga realidad y que el significado que lleva la lucha por la federalización de los tribunales del trabajo sea efectivamente a partir de esa medida legislativa, una medida que funcione y que actué, y que mediante la lucha de los trabajadores por sus intereses de clase, por la democratización del movimiento obrero, su independencia y su unidad de acción orgánica, ejerza las funciones y la trascendencia que va a tener la federalización de los tribunales de trabajo.

Pese a un lamentable discurso, pese a una táctica muy equivocada y muy errónea, que indudablemente va a repercutir de manera negativa en la lucha por objetivos históricos del movimiento obrero, si esta táctica llegara a prevalecer, y me refiero a la lamentable táctica escogida por Angel Olivo Solís, en esta sesión de la Cámara de Diputados, y lamento mucho que haya escogido esa táctica Angel Olivo. Dos cosas deben quedar, aparte de otra que quiero aclarar por lo cual pedí la palabra, debidamente claras: cuando se debaten problemas fundamentales en los que va de por medio la lucha por los derechos del pueblo mexicano, en los que van de por medio intereses fundamentales de la clase obrera de México, en los que van de por medio los derechos democráticos, como es este problema de la federalización de los tribunales del trabajo, se polarizan las fuerzas y siempre que en la Cámara de Diputados se han discutido cuestiones fundamentales para el movimiento revolucionario, obrero, campesino y popular, para la lucha por la soberanía de la independencia nacional y la democratización de México, por la liberación nacional y social del pueblo mexicano, se han polarizado las fuerzas y que no contribuyamos a que esa polarización de fuerzas que está habiendo aquí, se oscurezca, porque efectivamente aquí el problema fundamental es la lucha por el desarrollo democrático y es la lucha por los intereses del movimiento obrero contra aquellas fuerzas que se oponen precisamente a la vigencia plena de esos derechos, y la federalización de los tribunales del trabajo es una demanda por lo que hace muchos años, pero muchos años, desde que yo recuerdo, en las primeras actuaciones en el Partido Comunista Mexicano y en el Movimiento Juvenil Democrático y Revolucionario de nuestro país, esta demanda se levantaba, porque esta demanda tiene que ver con derechos fundamentales de la clase obrera y del desarrollo democrático del país, porque su trascendencia es muy grande.

No es cierto, no es cierto que únicamente la CTM o únicamente el Congreso del Trabajo, como no es cierto también, aquellos que quieren únicamente localizar en el PRI las fuerzas del antiimperialismo, de la democracia, de la lucha por el progreso de nuestro país, haciéndole un grave daño a aquellos que tratan de evitar la alianza histórica, profunda entre las fuerzas patriotas y democráticas del pueblo mexicano, que es precisamente la alianza de todas las fuerzas democráticas progresistas revolucionarias antiimperialistas de nuestro país.

Esa es la gravedad, porque no es verdad que en el PRI haya estas fuerzas, pero también en el PRI están las fuerzas contrarias y fuera del PRI también hay fuerzas democráticas progresistas revolucionarias, antiimperialistas, por las cuales hay que luchar por la unidad y aquí se daba una coincidencia muy clara, en esta demanda, precisamente la coincidencia entre compañeros de la izquierda revolucionaria, de la izquierda socialista y comunista con las fuerzas del movimiento obrero y por el significado profundo que tiene la lucha por la federalización de los tribunales del trabajo, se ha dado precisamente esta gran coincidencia, que no debe de ninguna manera minarse, que no debe de ninguna manera oscurecerse, ¿contra quiénes?

Contra las fuerzas contrarias de sí mismo por las posiciones que expresan, no son democráticas, son reaccionarias, se oponen a un avance de la legislación obrera democrática de nuestro país, por eso es lamentable el discurso que quiere oscurecer este hecho, que quiere dividir el sentido, quiere oscurecer el sentido profundo de la discusión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Eso es, compañeras y compañeros, lo que hay que considerar, y lo que no hay que olvidar, es un grave error de carácter sectario oportunista, el tratar, como a la inversa también debe de considerarse el tratar precisamente de no considerar lo que en el fondo existe respecto a esta coincidencia, y más grave aún es cuando se reforma la historia.

El Partido Comunista Mexicano fue un forjador de la CTM y luchó por la CTM, y el Partido Comunista Mexicano y la Izquierda Revolucionaria y Socialista de nuestro país, ha luchado, lo sabe muy bien Angel Olivo, diferencias de otro tipo habrá manera de esclarecerlas. Pero el Partido Comunista Mexicano, la Izquierda Revolucionaria y Socialista de nuestro país, hace mucho tiempo que viene luchando por la federalización de los tribunales del trabajo, precisamente por su significado en cuanto a la unidad del movimiento obrero, en cuanto a lo que significa precisamente como desarrollo democrático de nuestro país.

Aún es más, desde sus propias posiciones de clase, desde su propia concepción, el Movimiento Socialista y Comunista de nuestro país, luchó por el Congreso del Trabajo, y defendió la fórmula de unidad parcial que significaba el Congreso del Trabajo, desde su propio punto de vista, desde su propio contenido, desde sus propias concepciones, y es precisamente en cuanto a estas tres cuestiones fundamentales o cuatro desde el punto de vista de la táctica democrática y revolucionaria de nuestro país,

como hay que aclarar las cosas, y cómo el discurso de Ángel Olivo Solís, debe ser, en su concepción, debe ser corregido, y no se puede considerar como una aportación a la lucha por la unidad de las fuerzas democráticas y de las fuerzas antiimperialistas revolucionarias y progresistas de nuestro país, lamentablemente y como se dispuso no puede oscurecerse el hecho de que aquí dos grandes fuerzas, dos grandes corrientes de nuestro país se enfrentan una vez más, las fuerzas del progreso, de la democracia, las fuerzas de los derechos y libertades del pueblo mexicano y las fuerzas del retroceso, y las fuerzas de la reacción y las fuerzas de la derecha, que no quiere comprender las necesidades de nuestro tiempo.

El C. Presidente: Para alusiones personales y hasta por cinco minutos, se concede el uso de la palabra al diputado Minondo Garfias.

El C. José Minondo Garfias: Brevemente, el diputado Olivo Solís cuando hizo uso de la tribuna al referirse a un servidor, dijo que yo tenía entre otros a clientes regiomontanos, me gustaría que me presentara por ahí alguno para darle una prestación de servicios.

En la intervención correspondiente yo afirmé que por razones de contradicción del sistema, que resultaron evidentes, independientemente de que hayan aflorado en días pasados a través de la prensa, el dictamen a la iniciativa que hoy se discute, era la moneda de cambio que la daba el sistema a cambio de no entrarle a los problemas verdaderamente importantes planteados por él.

Y en última instancia, en la intervención del señor diputado Tavira, y esto no es motivo de polémica, simplemente un modo de ver una perspectiva histórica, yo afirmé que la imitación extralógica al adoptar el federalismo en México y lo afirmé desde este punto de vista.

Yo creo que en México cuando accedimos al federalismo, como consecuencia de nuestra independencia, no existían los elementos que estructuraran la base democrática del poder de abajo hacia arriba.

El "self government" que se daba en las trece colonias americanas, ciertamente no tuvo vigencia alguna durante la vida colonial nuestra.

Admito que al iniciarse el Federalismo haya habido intereses regionales de otra índole que pudieran hacer factible o concurrir a él, pero no en el sentido auténticamente democrático de la estructuración del poder de abajo hacia arriba. Eso es todo.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Para alusiones personales, se concede el uso de la palabra hasta por cinco minutos al diputado Olivo Solís.

El C. Francisco Simeano: Señor Presidente, Simeano Chávez, pide la palabra para hechos.

El C. Presidente: Muy bien, señor diputado. Ahora el señor Olivo Solís.

El C. Ángel Olivo Solís: Con su permiso, señor Presidente.

Compañeros diputados:

Lamento que se inflamen cosas, problemas que aquí han sido tocados en la Cámara y que parece que son intocables, porque yo puedo tomar poses de león enjaulado y enojarme cuando me atacan, o pensar que soy el dueño de la verdad Esta es una Cámara pluripartidista.

A mí...

- El C. Pablo Gómez (desde su curul):¡Pero no eres!

El C. Ángel Olivo Solís: Es tu opinión, Pablo, muy respetable pero es la tuya.

Yo debo aclárale a Carlos Sánchez Cárdenas, que él miente; que el Congreso del Trabajo no fue formado por el poder público.

El, claro -en su ignorancia- él no es de origen obrero, no ha estado ligado con los obreros, ignora que precisamente fue con Galván, con Palomino, del Mexicano de Electricistas, con la CROC, que dirigía Rangel, con la Central que yo he tenido el honor de representar y otros compañeros, formamos la CNT, frente a un bloque obrero que se llamaba EL BUO, y en pláticas que se llevaron bastantes años, fue posible cristalizar la formación del Congreso del Trabajo.

Claro, el punto de convergencia que era el PRI, pues ayudaba a un mayor entendimiento pero no fue el poder público, fue determinado por nosotros, por los líderes que participamos en esa formación donde quizá faltó invitar a Carlos, y por eso ignora algunas cosas. Lo segundo, debo decir que el Sindicato de Maestros tiene el respeto a la afiliación política; el Sindicato de Telefonistas respeta la libertad de afiliación política, y no es miembro del PRI; mi Central respeta el derecho de afiliación política; el Sindicato Mexicano de Electricistas está dirigido por un distinguido miembro del Partido Popular; y yo, mi carácter de Presidente del Congreso del Trabajo admití al SUTIN, que lo dije igual, formaba parte del MAP que actualmente forma parte del grupo a donde está Sánchez Cárdenas, eso revela que él miente, o que no conoce, o quiere confundir a la Cámara, hay ese proceso de frente sindical muy distinto al frente político a donde tenemos perfecto derecho a pertenecer al partido que queramos.

Por otro lado, cuando dice que no hay líderes auténticos, yo le pregunté al diputado Carlos Sánchez Cárdenas: Bueno ¿quién califica? Si la calificación es tuya, es otra vez la tuya; vaya muy respetable, pero pues vamos a ver entonces quién califica y quien debe calificar aquí son los trabajadores.

Yo debo decir que precisamente una tercera mentira de Carlos Sánchez Cárdenas es cuando se elabora, y tú lo recuerdas, el proyecto de Reforma Económico surgido de la CTM y aprobado por el Congreso del Trabajo, tú participas activamente en eso, así es que si

hubieras ido, vaya eso de que no iba, como lo dices como un desplante aquí, pues es otra cosa, pero yo recojo con mi carácter de revolucionario, recojo completamente en un sentido autocrítico, retomo las palabras de Manuel, de ti Terrazas, no sé por dónde estás por ahí, sí, perdón, recojo efectivamente mi papel de líder obrero y revolucionario, no era correcto en cuanto yo pugnara por la división de las fuerzas anti-imperialistas, democráticas y de carácter progresista. Es cierto, yo he apelado a varios aspectos de la aprobación de esta iniciativa. Creo que lo correcto para nosotros, es pensar que el peligro mayor y en eso diferimos, es una forma de pensar, no es el gobierno. Es las fuerzas del imperialismo norteamericano, que nos tienen en jaque y, que lindo favor le haríamos a la nación mexicana, si esto siguiera adelante.

Yo les pediría a mis compañeros de partido que votemos el dictamen favorablemente. No temer, ni molestar ni ofenderse, a un debate cuyo tono pues con el derecho con que gritan otros, también puedo gritar yo. Es el mismo derecho. Y se azotan a veces, también yo. ¿Por qué no? Tengo mi carácter de diputado ¿no? Y yo creo que aquí lo que vale son los argumentos y las ideas. Y no la actitud intocable que no quiero que se roce con nada. O que no hay un sentido crítico. Yo acepto la crítica. Pero tan deplorable es mi intervención primera, Manuel Terrazas, como deplorable es la intervención de Carlos Sánchez Cárdenas.

Gracias.

- El C. Presidente Se concede el uso de la palabra...

El C. Hugo Amao: Pido la palabra para hechos.

El C. Carlos Sánchez Cárdenas: Pido la palabra para contestar alusiones personales.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al señor diputados Sánchez Silva, quien viene por la Comisión.

El C. Enrique Sánchez Silva: Señor Presidente;

Compañeros diputados:

Nosotros advertimos con gran satisfacción que los partidos políticos se hayan expresado con las diferencias de criterio que corresponden a su esencia y a sus principios y a su programa de acción, a su estrategia. Encontramos muy satisfactorio advertir que se han discutido argumentos para la federalización de los tribunales del trabajo y que se han establecido en el fondo las coincidencias fundamentales de los sectores progresistas y democráticos que están escribiendo las páginas más importantes de la historia de México.

El PPS, el PSUM, el PAN, el Congreso del Trabajo, el PST, todos han expresado lo que esperábamos respecto de un tema que debate cuestiones fundamentales del movimiento obrero y de su estrategia reivindicatoria y política.

Nos es perfectamente lógico analizar las argumentaciones de los partidos políticos en lo que se refiere a este tema fundamental y festejamos que como una actitud progresista, definitiva, importante para el movimiento obrero, estas coincidencias se expresan para darle fuerza al nacionalismo revolucionario, a la misma Revolución Mexicana y a los propósitos de emancipación integral del movimiento obrero organizado.

Sabemos quiénes discrepan, en principio, de esta posición; sabemos que los partidos encuentran la necesidad de establecer en su marco teórico la estrategia de su propio partido y de sus propios intereses representativos. Nosotros estimamos altamente la valiosa participación de ellos y festejamos la coincidencia con todos aquellos que han expresado su simpatía a esta proposición de los diputados obreros y a esta estrategia que creemos fundamental en el presente y en el futuro de México. Todo, creemos, ha sido suficientemente aclarado. El propósito doble de que el movimiento obrero agote todos los recursos y presiones necesarias para realizar los afanes reivindicatorios de su clase, concurren con el propósito también de fortalecer la unidad estructural y orgánica del sector, para que tenga mayor participación en la sociedad que se propone transformar.

Repito que felicitamos y festejamos esta coincidencias fundamentales, y considero que es oportuno solicitar al señor Presidente que considere suficientemente discutido este tema, y exhorto a todos aquellos que han expresado estas coincidencias, que estimulan grandemente al sector obrero organizado, para que aprobemos el dictamen que ha puesto a consideración la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Muchas gracias.

- El C. Presidente:... Sí, señor diputado.

La ley Orgánica, dentro de las atribuciones que concede al Presidente de la mesa directiva, es la de conducir los debates y las deliberaciones del pleno. Desea esta Presidencia señalar a todos los miembros de la asamblea que la discusión, el punto a discusión, es la reforma y modificación a los artículo 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Como ustedes habrán observado, nos hemos derivado a cierto tipo de hechos y circunstancias muy personalizadas. Yo les sugiero a los cuatro compañeros que faltan todavía por hacer uso de la palabra, porque han pedido para alusiones personales o para hechos, les sugiere la Presidencia que desistan de ello. De no ser así, les concederemos el uso de la palabra pero, antes que nada, vamos a proseguir con el trámite, y le ruego al Secretario consulte a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general este punto.

El C. secretario Silvio Lagos: En votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo..

Suficientemente discutido.

El C. Presidente: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

El C. Hugo Amao: Para una adición a los transitorios.

El C. Presidente: ¿A qué transitorio?

El C. Hugo Amao: Uno nuevo.

El C. secretario Silvio Lagos: Uno nuevo, señor Presidente, agregar uno más.

El C. Presidente: ¿Alguna otra reserva?

El C. secretario Silvio Lagos: No hay más, señor Presidente.

El C. Presidente: Como exclusivamente es una reserva, señor diputado Loreto Hugo Amao, quizá si usted se acercara a la Comisión y le hiciera la propuesta a la mejor la Comisión la acepta y eso obviaría trabajo, porque si no, tenemos que pasar dos veces la votación nominal, y se trata nada más de un artículo transitorio. No habría esa posibilidad.

El C. Loreto Hugo Amao: Sí, señor.

El C. Presidente: Así se hace. ¿Es aceptable por la Comisión la adición que se propone?...

El C. secretario Silvio Lagos: No, señor.

El C. Presidente: ¿El señor diputado Loreto Hugo Amao insiste en reservar los transitorios en relación con esta adición?

El C. Loreto Hugo Amao: Lo reservo.

El C. Presidente: Entonces, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados en un solo acto.

El C. secretario Silvio Lagos: Por instrucciones de la Presidencia, se procederá a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 270 votos en pro, 24 en contra y 2 abstenciones.

El C. Presidente: Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 270 votos.

Se concede el uso de la palabra al diputado Hugo Amao González.

El C. Loreto Hugo González: Señor Presidente;

Compañeros diputados:

En el Partido Socialista de los Trabajadores, un partido muy joven, tenemos como elemento central, el poner por delante los intereses de la clase obrera, el que en este momento se haya logrado una demanda muy vieja de la clase obrera de este país nos llena de satisfacción, es una reforma que consideramos impecable porque sin duda alguna se abre la posibilidad de la cohesión y de la unidad de la clase obrera, del movimiento obrero organizado de nuestro país. Esta demanda que contó con tantos obstáculos para que pudiera entrar a su reforma en la Constitución, está demostrando que la clase obrera ha venido avanzando y que dado su peso ha logrado establecer en la Constitución este derecho. Pero así como tardó tantos años para que el artículo 123 pudiera aplicarse, debido a que no existía una ley reglamentaria, a nosotros nos preocupa que después de aprobado este artículo constitucional, pase algo similar, que pasen los años y en la Ley Federal del Trabajo no se reglamente lo establecido en la reforma en este artículo constitucional.

Sabemos que la ley reglamentaria es la que abre cauce a esta reforma que acabamos de hacer y que es urgente y necesario que en esta ley reglamentaria se hagan las reforma pertinentes, a efecto de poder lograr lo que aquí hemos culminado felizmente este día.

Pensaba proponer un nuevo artículo transitorio, quisiera en lugar de ello, dejarlo en una excitativa, a efecto de que en el próximo período legislativo de la próxima Legislatura, después de los efectos constitucionales del Senado y del 51% de las Legislaturas Locales, se hagan las reformas urgentes y necesarias a la Ley Reglamentaria, a la Ley Federal del Trabajo, a efecto de abrir los cauces que nos permitan que esto que acabamos de aprobar este día, se corone con la posibilidad de que efectivamente la clase obrera de nuestro país, los obreros organizados en sus sindicatos, sobre todo los nacionales, puedan hacer vales lo que aquí, en este momento hemos establecido.

Muchas gracias.

El C. Presidente: De lo expresado por el señor diputado Loreto Hugo Amao González, se desprende, como todos ustedes podrán observar, que no reservó ningún artículo, inclusive no reservó el artículo único transitorio, sino que pensaba, dice él, hacer una proposición para un nuevo artículo, pero ha quedado exclusivamente en una excitativa que todos hemos escuchado.

Por esta razón, cuando se votó nominalmente, como no lo había reservado él, debe de considerarse que el artículo único transitorio también fue votado por ustedes y aceptado ya, por lo que no hemos ahorrado una votación nominal. Que sea una explicación a la Asamblea.

Aprobado, por tanto, en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto que reforma el inciso d) de la fracción quinta del Artículo 107 y la fracción XXXI del apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. secretario Silvio Lagos: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL

"Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.

Honorable Asamblea:

Para su estudio y dictamen fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo que disponen los artículos 50, fracción I, 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Iniciativa de Ley de Reformas al inciso e) de la Fracción IX del Apartado "A", presentada por los CC. diputados del Sector Obrero, miembros de la LI Legislatura del Congreso de la Unión.

Señalan los promoventes la importancia que tiene la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas que es uno de los medios para que en la sociedad impere el equilibrio y la equidad y precisan que siendo aquélla un derecho de clase, es indispensable unificar su tratamiento procesal en el caso de inconformidades, asignando intervención en la materia a las Juntas de Conciliación y Arbitraje y no como ocurre en la actualidad, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Esta comisión, considera que la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa, es uno de los instrumentos jurídicos más importantes para la defensa colectiva de sus intereses; para la elevación de sus niveles de vida y la restitución de su poder de compra.

No puede negarse que éste y otros derechos de que ya disfrutan los trabajadores, son el resultado de una larga lucha de significación histórica que es preciso preservar y estimular.

Por ende y en razón de la necesidad de que la justicia laboral invariablemente obedezca a criterios uniformes y sea impartida por las autoridades a quienes históricamente concierne esta función, la Comisión estima conveniente establecer que serán los Tribunales del Trabajo, los únicos competentes para conocer y resolver las objeciones, observaciones o impugnaciones que formulen los trabajadores en materia de participación de utilidades.

Por otra parte, resulta inadmisible, desde el punto de vista del Derecho del Trabajo, la permanencia de tribunales que operan como verdaderos tribunales de excepción. Al contrario, la tendencia del derecho procesal del trabajo es integradora tutelar proclive a uniformar criterios y federalizar jurisdicción.

En este mismo sentido se encamina la propuesta de los diputados del Partido Revolucionario Institucional del Sector Obrero, miembros del Congreso del Trabajo, por la cual la Comisión Dictaminadora considera atendible la iniciativa de Ley en sus términos, sugiriéndose una nueva redacción para su mayor claridad.

Con base en las consideraciones que anteceden, la Comisión de Trabajo y Previsión Social encuentra fundada la iniciativa que se dictamina y somete a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente Proyecto de Decreto.

Unico. Se reforma el inciso e), fracción IX, Apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 123.

"A".

De la I a la VIII.

IX.

a).

b).

c).

d).

e) Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa, se tomará como base la renta gravable, de conformidad con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los trabajadores podrán formular objeciones ante las Autoridades Jurisdiccionales del Trabajo, únicas competentes para resolverlas, ajustándose al procedimiento que determine la Ley.

TRANSITORIO

Unico. Este Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.-México, D. F., a 17 de diciembre de 1981.- Atentamente, la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Diputado Arturo Romo Gutiérrez, Presidente.- Diputado Miguel Castro Elías, Secretario.- Diputados Enrique Betanzos Hernández.- Salvador de la Torre G.- Salvador Esquer Apodaca.- José Herrera Arango.- Hermenegildo Fernández Arroyo.- Carlos Martínez Rodríguez.- Filiberto Vigueras Lázaro.- Pedro Pérez Ibarra.- Gonzalo Navarro Báez.- Martín Montaño Arteaga.- Armando Neyra Chávez.- Guillermo Olguín Ruiz.-Alberto Rábago Camacho.- Ángel Olivo Solís.- David Reynoso Flores.- Juan Rojas Moreno.- Ignacio Zúñiga González.- Elba Esther Gordillo.- Javier Miguel Vega.- Carlos Antonio Romero D.- Carlos Roberto Smith Véliz.- Herón Varela Alvarado.- Juan Aguilera Azpeitia.- Pedro René Etienne Llano.- Evaristo Pérez Arreola.- Francisco Javier Aponte R.- Armando Ávila Sotomayor.- Luis A. Gómez Grajales.- Joel Rodríguez Arcos.- Alberto Cuesi Balboa.- Valentín Campa Salazar.- José Ma. Téllez Rincón.- Luis Vélazquez.-Salvador Ramos.- Gilberto Muñoz.- Mario Legarreta.- Antonio Sandoval.- Roberto Castellanos Tovar.- Javier González Alonso.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Luis M. Farías, Presidente.-Antonio Huitrón, Secretario.- Rafael Corrales Ayala.- Juan Aguilera Azpeitia.- Eduardo Aviña Bátiz.- Juan Manuel Elizondo Cadena.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Carlos Enrique Cantú Rosas.- Rafael Ibarra Chacón.- Juan Landerreche Obregón.- Juan Maldonado Pereda.- Guillermo Medina de los Santos.- Luis Octavio Porte Petit Moreno.-M. Gilberto Rincón Gallardo. Ezequiel Rodríguez Arcos.- Anselmo Rosas González.-Enrique Sánchez Silva.- Ignacio Vázquez Torres.- Abel Vicencio Tovar R."

El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido ya distribuido entre todos ustedes, le ruego al señor secretario los consulte para ver si le dispensan la segunda lectura y lo ponemos a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de Decreto.

El C. secretario Silvio Lagos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de Decreto.

Los señores diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Se dispensa la Segunda lectura al dictamen.

El C. Presidente: En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de Decreto. Se abre el registro de oradores. En contra.

El C. secretario Silvio Lagos: No hay, señor Presidente.

El C. Presidente: No habiendo oradores en contra ni oradores en pro, proceda tanto la Secretaría a recoger la votación nominal del artículo único y en lo general del proyecto de Decreto.

El C. secretario Silvio Lagos: Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo único del proyecto de Decreto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 294 votos en pro.

El C. Presidente: Por 294 votos queda aprobado el proyecto de Decreto que reforma el inciso e) fracción IX del apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. secretario Silvio Lagos: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales. (Aplausos.)

El C. Presidente: Señor secretario, le va a rogar la Presidencia dé lectura a un dictamen que nos ha llegado de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Turismo.

El C. Eugenio Ortiz Walls: Señor Presidente:

Yo le suplicaría a usted dar instrucciones a la Secretaría que ya que se tomó la determinación de leerla, pues que siquiera que la lea lo suficientemente despacio para que podamos entenderla.

Porque mañana hay dispensa de trámite y entonces nadie sabe nada.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

LEY QUE CREA EL BANCO

NACIONAL DE TURISMO

- El C. secretario Silvio Lagos Martínez:

"Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Turismo.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Turismo, fue turnada, por vuestra soberanía, para su estudio y dictamen, la Iniciativa que crea el Banco Nacional de Turismo, S. A. Institución Nacional de Crédito de Banca Múltiple, que como expresa el Ejecutivo en la exposición de motivos resulta conveniente para que el sector turismo cuente con una Institución Bancaria Nacional, que atienda de manera particular las necesidades que demanda su desarrollo.

Coinciden las Comisiones con el Ejecutivo, en el papel que de sector estratégico para el desarrollo nacional tiene la actividad turística, tanto por el crecimiento acelerado que experimenta el turismo, como por el potencial de recursos turísticos que tiene nuestro país, y como consecuencia, la necesidad de que el Estado impulse y regule el desenvolvimiento turístico dentro del sistema de economía mixta imperante en México.

En efecto, considera la Comisión de importancia vital al captación de mayores recursos financieros para el turismo que le permitan continuar como una actividad prioritaria dentro de la política del Gobierno Federal, principalmente en materia de generación de empleos, captación de divisas y desarrollo regional equilibrado. Estiman las Comisiones que la necesidad de contar con fuentes adecuadas de financiamiento que permitan apoyar de manera eficiente el crecimiento sostenido del turismo, reclama la creación de una Institución Bancaria que podrá ampliar la demanda turística mediante el establecimiento de los mecanismos financieros que señala la propia iniciativa y que son los más adecuados en el momento coyuntural que vive el país.

El establecimiento del Banco Nacional de Turismo, S. A., ampliará la participación del Estado en esta materia, a través del apoyo a las empresas paraestatales del sector turístico que orientarán recursos hacia las zonas

prioritarias, establecidas en el Plan Nacional de Turismo de manera más efectiva. La Institución permitirá, en forma más eficiente, contribuir al cumplimiento de los objetivos y estrategias del Sistema Nacional de Planeación Turística y al fomento de la oferta y la demanda del sector.

En afinidad a lo expresado por el Ejecutivo, en su exposición de motivos, las Comisiones estiman que el establecimiento de la Institución constituirá un magnífico elemento de apoyo que hará vigente el derecho a la recreación productiva de los mexicanos, congruente con el derecho al trabajo establecido por nuestra Constitución y con la filosofía política y social del Gobierno de la República.

Por lo expuesto y habiendo realizado un profundo análisis del texto de los artículos propuestos en la Iniciativa de Ley que se dictamina, las Comisiones han estimado conveniente proponer, a vuestra soberanía, algunas modificaciones a la Iniciativa que permitan enriquecerla sin variar en forma sustantiva sus propósitos.

Siguiendo el orden numérico de los artículos correspondientes las Comisiones creen que sería conveniente fusionar, en un solo artículo, el texto de los artículos primero y segundo ya que se trata, en el caso, de ideas afines.

Por otro lado, consideran las Comisiones que la redacción del artículo 3o. resulta incompleta, dada la serie de requisitos que deberá llenar la Institución para poder cumplir con su función, por lo que estimamos necesario agregar la expresión: "Previas las autorizaciones respectivas" en la parte final del mencionado artículo.

Por lo que toca al artículo 6o. en su fracción I, piensan las Comisiones que es conveniente sustituir la expresión "planta turística" por la de "actividad turística" ya que se amplía de manera significativa el alcance de la expresión, toda vez que la primera parece limitarse a una infraestructura ya existente y la expresión propuesta por la Comisión resulta más clara y, en todo caso, más jurídica.

En cuanto a la fracción segunda de este artículo, las Comisiones creen necesario agregar la expresión "en el ámbito nacional", inmediatamente después de la expresión "demanda turística", ya que los términos de redacción actuales no reflejan con claridad la intención y alcance de la fracción que se comenta.

En la fracción IX del mismo artículo, se señala que la Institución en materia de contratación de financiamientos externos, deberá apegarse a lo establecido en la propia Ley que se dictamina y en la Ley General de Deuda Pública. Al respecto, estimamos que la referencia conjunta a las dos leyes puede dar lugar a conflictos de interpretación que establezcan predominio, entre la Ley del Banco y la de Deuda Pública, en virtud de lo cual, nos permitimos eliminar la referencia que se hace a la Ley Orgánica.

En cuanto al artículo 11 de la Iniciativa, las Comisiones consideran que las facultades que se le asignan al Consejo de Administración, en el texto del mismo, resulta muy limitadas, por lo que proponemos que al igual que en otras Leyes Orgánicas de Instituciones Nacionales de Crédito, se debe establecer un catálogo de facultades del Consejo de Administración, lo que impediría la existencia de lagunas en las funciones del Consejo.

En igual forma, consideran las Comisiones, que el texto del artículo 13 que establece las facultades del Director General resulta, en su texto, limitativo e incierto, por lo que proponemos el establecimiento de un catálogo de facultades que tendrá el Director General y que deben quedar insertos en forma específica dentro del cuerpo de la Ley.

En cuanto al artículo 15 de la Iniciativa que se dictamina, las Comisiones consideran necesario suprimirlo en virtud de que las prerrogativas que concede dicho artículo a los funcionarios, que en él se mencionan corresponden en exclusividad a los altos funcionarios de la Federación y, en el caso que nos ocupa, no pueden ser considerados como tales los descritos en el mismo.

Por último, y por lo que hace al artículo 17 consideran las Comisiones la necesidad de que el mismo sea adicionado, en su parte final, con una referencia a la Legislación de Sociedades Mercantiles, lo que permitirá la aplicación supletoria de una Ley íntimamente relacionada con la estructura y las funciones del Banco que se propone. Las Comisiones estiman prudente hacer notar que en virtud de haberse funcionado los artículos 1o. y 2o. y de haberse suprimido el 15, se corre la numeración del articulado. Por lo antes expuesto a ustedes CC. diputados nos permitimos presentar a su consideración el siguiente.

PROYECTO DE LEY QUE CREA EL

BANCO NACIONAL DE TURISMO

Artículo 1o. Esta Ley crea a la Institución Nacional de Crédito, denominado Banco Nacional de Turismo, S. A., Institución de Banca Múltiple.

Artículo 2o. La duración de la sociedad será indefinida, tendrá su domicilio legal en el Distrito Federal y podrá establecer sucursales y agencias en la República Mexicana y en el extranjero, previas las autorizaciones respectivas.

Artículo 3o. El capital social del Banco será el que fije su escritura constitutiva y estará representado por el correspondiente número de acciones, de igual valor, divididas en cuatro series, con las siguientes características:

I. Serie "A", compuesta por acciones nominativas de las que sólo podrá ser titular el Gobierno Federal y cuyo monto en ningún caso será al 51% del capital social.

II. Serie "B", compuesta por acciones al portador que podrán ser suscritas por el público y cuyo monto no podrá exceder al 19% del capital social.

III. Serie "C", compuesta por acciones nominativas que sólo padrón ser suscritas por las entidades de la Administración Pública Federal Paraestatal y cuyo monto no deberá exceder al 20% del capital social.

IV. Serie "D", compuesta por acciones nominativas que podrán ser suscritas por los gobiernos de los Estados, de los municipios y del Distrito Federal, o por sus entidades paraestatales y cuyo monto no deberá exceder al 10% del capital social.

Las acciones de las series "C" y "D" no serán transmisibles, ni podrán ser usadas como garantía sin previa autorización del Consejo de Administración.

Ninguna persona extranjera, física o moral, podrá tener participación social alguna o ser propietaria de acciones del Banco. Si alguna persona de esa condición llegara, por cualquier medio, a adquirir una participación social o a ser propietaria de una o más acciones, tal adquisición será nula y carecerá de valor tanto la participación de que se trate como los títulos que la representen, en cuyo caso, el capital social será reducido en una cantidad igual al valor de la participación cancelada.

El párrafo anterior deberá constar en las acciones.

Artículo 4o. El Ejecutivo Federal designará tanto a la persona que comparecerá al otorgamiento de la escritura constitutiva, como a la persona o personas que ejercitarán las facultades correspondientes al Gobierno Federal, en su carácter de accionistas del capital social del Banco.

Artículo 5o. El Banco tendrá por objeto:

I. Promover y financiar el desarrollo de la actividad turística, así como el crecimiento sistemático de la infraestructura y de los servicios y actividades relacionadas con el sector.

II. Apoyar la expansión de la demanda turística en el ámbito nacional mediante la aportación de recursos crediticios y de aquellas acciones que para la consecución de sus objetivos se juzguen convenientes.

III. Efectuar las operaciones de banca múltiple, con sujeción a lo dispuesto por la presente Ley, la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares y las demás disposiciones aplicables.

IV. Contribuir al proceso de planeación y programación de la actividad turística, fomentando la oferta y demanda del sector, para conservar los recursos de uso turístico y aprovechar mejor los servicios.

V. Vincular sus acciones financieras a la política turística del país.

VI. Consolidar el apoyo a las entidades paraestatales del sector, procurando orientar los recursos hacia las zonas turísticas consideradas como prioritarias en los planes y programas de desarrollo integral del país.

VII. Financiar instalaciones y servicios turísticos de interés sociocultural.

VIII. Promover el turismo sociocultural favoreciendo la participación conjunta de los empresarios y los trabajadores.

IX. Contratar en forma directa, créditos del exterior con instituciones gubernamentales, intergubernamentales o privadas, previa aprobación y de conformidad con las disposiciones que dicte en su caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, apegándose a lo establecido por la Ley General de Deuda Pública.

X. Efectuar operaciones y prestar servicios, acordes con la función crediticia del Banco, con las modalidades que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

XI. Emitir, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, toda clase de títulos de crédito en serie, dentro del país, en moneda nacional y fuera del país en moneda nacional o extranjera; títulos que se regirán conforme a las disposiciones de esta Ley y de la Ley General de Deuda Pública.

Asimismo emitir, en su calidad de fiduciario, toda clase de certificados de participación mobiliarios o inmobiliarios, según que los bienes fideicomitidos, materia de la emisión, sean muebles o inmuebles, y expedir bonos turísticos, previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.

XII. Tomar a su cargo o garantizar emisiones de valores y de títulos de crédito en serie, emitidos o garantizados por las entidades de la Administración Pública Federal, del Distrito Federal, de los Estados y de los municipios, y los que emita el propio Banco en el ejercicio de sus atribuciones fiduciarias, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

XIII. Adquirir toda clase de bienes inmuebles que le sean permitidos de conformidad con la fracción V del artículo 27 constitucional.

XIV. Suscribir y conservar acciones y partes de intereses en empresas, sociedades y asociaciones mercantiles, tanto dentro del propio sector turismo como en empresas dedicadas a actividades conexas al mismo.

XV. Promover la organización, transformación o fusión de toda clase de empresas o sociedades mercantiles que se encuentren en relación o que coadyuven al desenvolvimiento de la actividad turística.

Artículo 6o. El Banco será administrado por un Consejo de Administración.

Artículo 7o. El Consejo de Administración estará integrado por el número de consejeros propietarios y suplentes que determine la Asamblea General de Accionistas, el que en ningún caso podrá exceder de 21, ni menor a 13.

Artículo 8o. El Secretario de Turismo será el Presidente del Consejo. El Gobierno Federal designará a la mayoría de los miembros propietarios y suplentes del Consejo de Administración.

Los accionistas de las series "B", "C" y "D", designarán por mayoría de votos a los restantes 6 a 10 consejeros, según sea el caso.

Artículo 9o. El Consejo de Administración se reunirá por lo menos una vez al mes y funcionará válidamente con la asistencia de

más de la mitad de los consejeros. Serán los miembros presentes quienes tomen las resoluciones por mayoría simple de votos, teniendo el Presidente voto de calidad en caso de empate.

Artículo 10. El Consejo de Administración tendrá amplias facultades para administrar los negocios de la institución, podrá llevar a cabo todos los actos que fueren necesarios conforme a su naturaleza y objeto y en consecuencia podrá:

I. Aprobar el programa de actividades, el programa financiero y el presupuesto de la institución;

II. Representar legalmente a la institución en todos los actos judiciales y administrativos, con facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas y para suscribir títulos de crédito, incluyendo las facultades que conforme a la Ley vigente requieren cláusulas especial, las que delegará en los términos de la presente Ley, en favor del Director General o comisiones y comités que se establezcan. También estará facultado para otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades, aun conforme a las que la Ley requieran cláusula especial, revocarlos y substituirlos;

III. Autorizar los programas de adquisición y enajenación de bienes muebles y autorizar las operaciones con inmuebles, en los términos previstos por la Ley;

IV. Establecer y suprimir, previas las autorizaciones respectivas, sucursales y agencias del Banco en cualquier lugar de la República y del extranjero;

V. Delegar algunas de las facultades en comités o comisiones de su seno o en el Director General, señalando las normas para que las ejerzan en las ramas de la actividad económica correspondiente;

VI. Aprobar los reglamentos interiores y el tabular de sueldos de la Institución;

VII. Aprobar las solicitudes y condiciones de suscripción de acciones representativas del capital autorizado, para proponerlo a la Asamblea de Accionistas;

VIII. Cuidar de la ejecución de los acuerdos que dicte la Asamblea General de Accionistas;

IX. Aprobar la emisión de títulos de crédito, en masa y en serie;

X. Nombrar y remover al Secretario del Consejo y a los Delegados Fiduciarios;

IX. Aprobar la emisión de títulos de crédito, prendidas en el objeto de la sociedad y que no figuren expresamente por esta Ley o por los estatutos, a la Asamblea General de Accionistas;

XII. Realizar las demás que requiera para el cumplimiento de las anteriores y en general, del objeto de la Institución.

Artículo 11. Dentro de un plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la comunicación respectiva, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá vetar las resoluciones de la Asamblea General de Accionistas o del Consejo de Administración, cuando considere que pongan en peligro la estabilidad financiera o el prestigio de la Institución, o bien, que sean contrarias a la política monetaria o crediticia del Gobierno Federal.

Transcurrido dicho plazo sin que se haga manifestación alguna, las resoluciones podrán llevarse a la práctica.

Artículo 12. El Director General, será designado por el Presidente de la República y tendrá las siguientes facultades:

I. Llevar la firma social;

II. Representar legalmente a la institución y en el desempeño de su cargo gozará de las más amplias facultades de un mandatario general para actos de administración, de dominio y para pleitos y cobranzas, inclusive aquellas que requieran cláusula especial conforme a la Ley, en los términos del Artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal, incluyendo la facultad para suscribir títulos de crédito en cualquier concepto. Podrá presentar denuncias y querellas penales, otorgar perdón y desistirse del amparo.

Podrá asimismo sustituir total o parcialmente estos poderes y revocarlos, excepción hecha de las facultades de dominio, para lo que requiere autorización expresa del Consejo de Administración;

III. Administrar los bienes y negocios del Banco, celebrar los convenios y ejecutar los actos que requieren la marcha ordinaria de la Institución;

IV. Ejecutar las resoluciones del Consejo y en su caso, de los Comités del Consejo de Administración que así lo requieran y tendrá además el carácter de Delegado Fiduciario General;

V. Establecer y organizar las oficinas del Banco y nombrar y remover en su caso a los funcionarios y empleados en los términos autorizados por el Consejo de Administración;

VI. Participar en las sesiones del Consejo, con voz pero sin voto;

VII. Ejercer las demás que la Asamblea de Accionistas o el Consejo de Administración le asignen.

Artículo 13. La vigilancia del Banco estará a cargo de un Comisario propietario y un suplente que designarán en votación conjunta los accionistas de las series "A" y "D", así como de un Comisario propietario y un suplente que designarán en votación conjunta los accionistas de las series "B" y "C".

Artículo 14. La escritura constitutiva determinará las reglas a que deberán sujetarse: las emisiones de valores y de títulos de crédito en serie, la convocatoria y funcionamiento de las Asambleas, la disolución y liquidación de la sociedad, así como las normas que rijan otros aspectos del funcionamiento del Banco.

Artículo 15. En todo lo no previsto por esta Ley, regirán las disposiciones contenidas en la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares y, en su caso, las de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Durante el inicio de las actividades del Banco Nacional de Turismo, S. A., en tanto sea necesario para el desarrollo integral de sus operaciones, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. A., y, Nacional Financiera, S. A., apoyarán mediante su propia infraestructura y con el otorgamiento de recursos crediticios el funcionamiento de esta nueva institución bancaria.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.-México, D. F., a 20 de diciembre de 1981.- Comisión de Hacienda y Crédito Público. Juan Delgado Navarro, Presidente.- Ángel Aceves Saucedo, Secretario.- Cuauhtémoc Anda Gutiérrez.- Lidia Camarena Adame.- Hesiquio Aguilar de la Parra.- Porfirio Camarena Castro.- Rafael Corrales Ayala.- Francisco Javier Gaxiola Ochoa.- Antonio Cueto Citalán.- Guillermo González Aguado.- Ignacio González Rubio.- Rafael Hernández Ortiz.- Humberto Hernández Haddad.- Jorge Flores Vizcarra.- Rafael Alonso y Prieto.- Ángel López Padilla.- Salomón Faz Sánchez.- José Merino Mañón.- Luis Medina Peña.- Alfonso Zegbe Sanen.- Francisco Rodríguez Gómez.- Fidel Herrera Beltrán.- Arturo Salcido Beltrán.- Gonzalo Morgado Huesca.- Juan Martínez Fuentes.- Ricardo Flores Magón.- José Murat.- Manuel Germán Parra y Prado.- Amando Tame Shear.- Jorge Amador Amador.- Roberto Picón Robledo.- Antonio Obregón Padilla.- Norberto Aguirre Palancares.- Juan Ugarte Cortez.- Lázaro Rubio Félix.- Amador Hernández González.- Eleazar Santiago Cruz.- Rodolfo Fierro Márquez.- Alicio Ordoño González.- Javier Michel Vega.- Juan Diego Castañeda.- Leyver Martínez González.

Comisión de Turismo. Héctor Enrique González Guevara. Presidente- Hesiquio Aguilar de la Parra, Secretario.- Tristán Canales Najjar.- Roberto Castellanos Tovar.- Rosa Ma. Campos Gutiérrez.- Fidel Herrera Beltrán.- Jorge Masso Masso.- Daniel Mejía

Colín.- Humberto Olguín y Hermida.- Jorge Montúfar Araujo.- Rodolfo Siller Rodríguez.- Ángel Tejeda Espino.- Armando Trasviña Taylor.- Armando Thomae Cerna .- Ignacio Zúñiga González.- Martín Tavira Urióstegui.- Delfino Parra Banderas.- Fernando Peraza Medina.- Carlos Stephano Sierra.- Jesús Guzmán Rubio.- Adolfo Mejía González.- Gabriel González Acero.- Ulpiano Gómez Rodríguez.- Artemio Yáñez Correa.- Julieta Mendivil Blanco.- Guadalupe Gómez Maganda.- Auden Jesús Acosta Polanco.- Federico Granja Ricalde.- Elizabeth Rodríguez de Casas.- Amelia Olguín de Butrón.- Augusto Sánchez Lozada.- Rodolfo Delgado Severino.- Gonzalo Vázquez Bravo.- Graciela Santana Benhumea.- Ma. Elena Prado Mercado.- Gustavo Gámez Pérez."

El C. secretario Silvio Lagos Martínez: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al Orden del Día de la Próxima sesión.

ORDEN DEL DIA

- El mismo C. Secretario:

"Tercer Período Ordinario de Sesiones.- "LI" Legislatura.

Orden del Día

21 de diciembre de 1981

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de primera lectura.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley Aduanera.

De la Comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos con proyecto de Ley Forestal.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Decreto que reforma la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Turismo con Proyecto de Ley que crea el Banco Nacional de Turismo.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede permiso a los CC. José Calderoni Arroyo, Raúl Velasco Ramírez, Liborio Pérez Elorriaga y Agustín Villegas Sánchez, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren Gobiernos extranjeros.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede permiso a los CC. Ma. Evelia Herminia Carmona Granillo, José Carmen Carmona y Mercedes Barrientos Castrejón, para prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de la República Socialista de Checoslovaquia en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyectos de Decreto por el que se concede permiso a las CC. Gabriela Sosa Díaz de León y Linda Piedad Abrego Ojeda, para prestar servicios de carácter administrativo al Gobierno de los Estados Unidos de América."

- El C. Presidente (a las 16:25 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana lunes, 21 de diciembre, a las 11:00 horas en punto.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"