Legislatura LII - Año I - Período Comisión Permanente - Fecha 19830810 - Número de Diario 33

(L52A1PcpN033F19830810.xml)Núm. Diario:33

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA COMISIÓN PERMANENTE

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LII" LEGISLATURA

Registrada como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I México, D. F., miércoles 10 de agosto de 1983 TOMO I. NUM. 33

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE APRUEBA

MINUTO DE SILENCIO

En memoria del C. Antonio Ocampo Ramírez, quien fuera senador de la República por el Estado de Tabasco, durante el periodo 1976 - 1982

INVITACIONES

Al acto cívico conmemorativo del 462 aniversario de la Defensa de Tenochtitlan, el día 13 del actual en esta ciudad. Se designa comisión

A la ceremonia cívica conmemorativa del 104 aniversario del natalicio del ingeniero Vito Alessio Robles, el día 14 de los corrientes, en esta capital. Se designa comisión

INICIATIVA DE SENADORES

ARTÍCULOS 289,293 BIS Y 294 DEL CÓDIGO PENAL

El C. senador Salvador Neme Castillo, a nombre de las Comisiones de Salubridad y de Asistencia Pública del Senado, presenta y da lectura a una iniciativa que reforma y adiciona el Código citado en los artículos mencionados. Se turna al senado

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIONES

Cuatro solicitudes de permiso para que los CC. José Sánchez Sandoval, Arturo Salinas Díaz, Francisco Soto Solís y José Sánchez Sandoval, puedan aceptar y usar las que les confieren gobiernos extranjeros. Se turnan a comisión

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Uno por el que se solicita permiso para que los ciudadanos Juan Cruz Huerta, Guillermina Fregoso Chávez, María Elena Elías Bornacini, Miguel Garcés Gutiérrez, María del Carmen Landa y de Aguiar y Salvador de la Isla Nájera, puedan prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos en México y en el Consulado de dicho país en Ciudad Juárez, Chihuahua. Se turna a comisión

HOJAS DE SERVICIOS MILITARES

Para los efectos constitucionales se remiten las hojas de servicios de los siguientes miembros del Ejército: generales Ricardo Maldonado Baca y Juan Pablo Silva y coronel Javier Martínez Elizalde. Se turnan a comisión

CONVENIO SOBRE TURISMO

Entre México y Estados Unidos, que trata del Desarrollo y Facilitación del Turismo, firmado en la ciudad de México el 18 de abril de 1983. Se turna a la Cámara de Senadores

CONVENIO SOBRE ENFERMEDAD DE GENTE DE MAR

Adoptado de Ginebra, Suiza, el 24 de octubre de 1936, relativo al seguro de Enfermedad de la Gente de Mar. Se turna a la Cámara de Senadores

CONVENIO SOBRE AGENCIAS DE COLOCACIÓN

Adoptado en Ginebra, Suiza, el 1o de julio de 1949, a las Agencias

Retribuidas de Colocación. Se turna a la Cámara de Senadores

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

RECTIFICACIÓN DE GRADOS MILITARES

Dieciséis puntos de Acuerdo que ratifican los grados expedidos en favor de los siguientes miembros de la Armada: almirantes, Alfonso Argudín Alcaraz, Héctor Ramírez de Arellano, Rafael A. Delgado Hernández y Armando Martínez Flores; vicealmirante Luis Hernández Baeza, Jorge Mora Pérez, Gildardo G. Alarcón López, Osvaldo Fourzán Márquez Santillán Basurto y Rodolfo Varga García contralmirantes Daniel Ayala Lagos, José Ramón Lorenzo Franco, Elías Padilla Salazar, Ignacio Campos González, Gerardo Cruz Aquiles y Manuel Rodríguez Gordillo. Se aprueban. Comuníquese al Ejecutivo

DENUNCIA CONTRA EL GOBERNADOR DE OAXACA

A la cual da lectura el C. diputado Edmundo Jardón Arzate, que es copia del escrito que presentó a nombre del PSUM, en la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Interviene para hacer consideraciones y expresar sus puntos de vista sobre este asunto, los CC. senador Renato Sales Gasque, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Antonio Riva Palacio López y diputado Baltazar I. Valadez Montoya. En su oportunidad, aclaraciones a los CC. diputado Jardón Arzate, la Presidencia y senador Sales Gasque

ELECCIONES EFECTUADAS EN AGUASCALIENTES

El C. diputado Baltazar I. Valadez Montoya señala una serie de hechos y violaciones

Interviene el C. senador Manuel Ramos Gurrión para hacer consideraciones sobre el particular y contestar los conceptos del orador

OPINIÓN DE LA PRESIDENCIA

Relativa a las intervenciones de esta sesión y anteriores en la que ha quedado debidamente aprobado el carácter pluripartidista de la Comisión Permanente

DECLARACIÓN CONJUNTA DE SOLIDARIDAD AL PUEBLO CHILENO

EL C. Senador Raúl Salinas Lozano le da lectura, misma que suscriben representantes de los diversos partidos políticos que integran la Comisión Permanente

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. SENADOR MIGUEL GONZÁLEZ AVELAR

(Asistencia de 23 ciudadanos legisladores.)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 11:20 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario diputado Eulalio Ramos Valladolid:

"Comisión Permanente. Primer Receso de la 'LII' Legislatura.

Orden del día

10 de agosto de 1983.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Invitación del Departamento del Distrito Federal al acto cívico que, con motivo del 462 Aniversario de la Defensa de Tenochtitlan, tendrá lugar el próximo 13 de agosto.

El Departamento del Distrito Federal Invita a la ceremonia conmemorativa del 104 aniversario del Natalicio del ingeniero Vito Alessio Robles, que tendrá lugar el próximo 14 de agosto.

Iniciativa de CC. senadores

Para reformar y adicionar los artículos 289, 293 bis y 294 del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Cuatro por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. José Sánchez Sandoval, Arturo Salinas Díaz, Francisco Soto Solís y José Sánchez Sandoval, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Juan Cruz Huerta, Guillermina Fregoso Chavéz, María Elena Elías Bornacini, Miguel Garcés Gutiérrez, María del Carmen Landan y de Aguilar y Salvador de la Isla Nájera, puedan prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y en el Consulado en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Con los que se remiten las hojas de servicios de los CC. Ricardo Maldonado Baca, Juan Poblano Silva y Javier Martínez Elizalde para los efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con el que se remite copia certificada del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre el Desarrollo y la Facilitación del Turismo, firmado en la ciudad de México, el 18 de abril de 1983.

Con el que se remite copia certificada del Convenio relativo al Seguro de Enfermedad de la Gente de Mar, adoptado en Ginebra, Suiza, por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 24 de octubre de 1936 y dictamen de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Con el que se remite copia certificada del Convenio relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación, adoptado en Ginebra, Suiza, el 1o. de julio de 1949 y dictamen de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Dictámenes a discusión

Dieciséis de la Segunda Comisión con Puntos de Acuerdo por los que se ratifican grados a los CC. Alfonso Argudín Alcaraz, Héctor Ramírez de Arellano, Rafael A. Delgado Hernández, Armando Martínez Flores, Luis Hernández Baeza, Jorge Mora Pérez, Gildardo G. Alarcón López, Osvaldo Fourzán Márquez, José Santillán Basurto, Rodolfo Vargas García, Daniel Ayala Lagos, José Ramón Lorenzo Franco, Elías Padilla Salazar, Ignacio Campos González, Gerardo Cruz Aquiles y Manuel Rodríguez Gordillo."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El mismo C. Secretario:

"Acta de la Sesión de la Comisión Permanente de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión efectuada el día tres de agosto de mil novecientos ochenta y tres.

Presidencia del C. senador Miguel González Avelar.

En la ciudad de México, a las once horas y diez minutos del miércoles tres de agosto de mil novecientos ochenta y tres, la Presidencia declara abierta la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de veintitrés ciudadanos legisladores.

Lectura del orden del día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior, llevada a cabo el día veintisiete de julio próximo pasado.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

La Cámara de Diputados comunica a la Mesa Directiva que fungió durante el segundo periodo extraordinario de sesiones del primer receso de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, al que fue convocada la Cámara de Diputados por la Comisión Permanente. De enterado.

La propia Cámara de Diputados comunica los nombres de los integrantes de las comisiones de cortesía designadas para participar al C. Presidente Constitucional de la República, a esta Comisión Permanente y a la H. Suprema Corte de Justicia, de los trabajos realizados durante el segundo periodo extraordinario de sesiones, al que fue convocada por la Comisión Permanente. De enterado.

El C. diputado Enrique Soto Izquierdo informa de la Asamblea acerca de la apertura y clausura del segundo periodo extraordinario de sesiones citado.

La Presidencia agradece el informe.

Se continúa con los asuntos en cartera:

Invitación de la Legislatura del estado de Nayarit a la sesión solemne en la que el C. Emilio M. González, gobernador de la entidad, rendirá el segundo informe de su gestión administrativa el día 18 del mes en curso.

La Presidencia designa en comisión para llevar la representación de la Comisión Permanente a dicha ceremonia a los siguientes ciudadanos legisladores: senador Heliodoro Hernández Loza, diputado Joaquín del Olmo Reyes y senador secretario Rafael Cervantes Acuña.

Los congresos de los estados de Aguascalientes, Baja California y Campeche, comunican actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado.

La Secretaría de Gobernación transcribe oficio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, relativo a una invitación que la misión diplomática de la República Popular Democrática de Corea hace una delegación parlamentaria mexicana, a fin de que asista al acto conmemorativo del 35 aniversario de la fundación de la República mencionada, el próximo 9 de septiembre, en ese país. Recibo y túrnese a la Gran Comisión de la Cámara de Diputados y a la Gran Comisión de la Cámara de Senadores.

La Tercera Comisión emite ocho dictámenes con sendos proyectos de Decreto, que conceden permiso para aceptar y usar condecoraciones de gobiernos extranjeros a los siguientes ciudadanos mexicanos:

Alejandro Olea García, Roberto Butrón Feregrino y Manuel Pérez Sánchez, la Orden de Río

Branco en grado de Oficial; Salvador Monroy Gutiérrez, la misma condecoración en grado de Comendador, y Rubén Medina Muro la Orden Marina del Brasil, que les confiere el Gobierno de la República Federativa del Brasil. Silvio Zavala, la Orden Civil Alfonso X El Sabio, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno de España. Toni Schlegel de Von Thaden, la de al mérito Civil en grado de Primera Clase, que le concede el gobierno de la República Federal de Alemania; Manuel Rodríguez Vidaña, la Orden Cruz Peruana al Mérito Militar en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de Perú. Segunda lectura.

A discusión los proyectos de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra en ninguno de los casos, se aprueban en votación nominal por unanimidad de veinticuatro votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

En seguida el C. diputado Oscar Cantón Zetina ocupa la tribuna para denunciar hechos acaecidos en el pueblo de Juchitán, Oaxaca, el domingo 31 de julio último.

Relata que en ese día la policía municipal, encabezada por su comandante, Jesús Vicente Vázquez, masacró a la población cuando participaba en el cierre de campaña del candidato del PRI a diputado local por el Quinto Distrito Electoral, ingeniero Teodoro Altamirano Robles. Califica de artera y cobarde la agresión en contra de aproximadamente 15 mil priístas que participaban en el acto. Agresión en la que tomaron parte los policías mencionados, del ayuntamiento que dirige Leopoldo de Gives de la Cruz, miembro destacado de la Coalición de Obreros, Campesinos y Estudiantes del Istmo (COCEI). Menciona otros acontecimientos que tuvieron lugar.

Habla de la postura que su partido, el Revolucionario Institucional, ha sustentado y, a nombre del mismo, demanda de las autoridades correspondientes actúen con estricto apego a la ley y se castigue con severidad a los responsables de la infame embestida armada contra el pueblo juchiteco. Condena y rechaza la violencia arbitraria de las autoridades municipales de Juchitán.

Por su parte el C. diputado Edmundo Jardón Arzate describe los acontecimientos de Juchitán, discrepando a la versión del diputado Cantón Zetina.

En torno al tema, el C. diputado Héctor Ramírez Cuéllar usa de la tribuna para hacer comentarios, en los que expresa que su partido, el Popular Socialista, ha dado órdenes a los comités municipales del partido y ayuntamientos que gobiernan, para establecer un cinturón sanitario en torno del municipio de Juchitán.

El C. diputado Antonio Vélez Torres se refiere a lo dicho por el diputado Jardón Arzate, manifestando su desacuerdo con lo expresado por él en la tribuna. Da a conocer puntos de vista que el Partido Revolucionario Institucional, su partido, sustenta y reconoce y otros en los que se pronuncia en contra.

Para hechos, nuevamente interviene el C. diputado Edmundo Jardón Arzate.

El C. diputado Gerardo Medina Valdez hace comentarios generales sobre el asunto en cuestión y manifiesta su desacuerdo en ciertos conceptos expresados por el diputado Cantón Zetina.

Nuevamente ocupa la tribuna el C. diputado Oscar Cantón Zetina para aclaraciones al diputado Medina Valdez.

A su vez el C. diputado Alberto Salgado Salgado hace alusiones al problema que se debate, dando a conocer pronunciamientos de su partido, el Socialista de los Trabajadores.

En seguida, el C. senador Manuel Ramos Gurrión se refiere a la foto que el diputado Jardón Arzate exhibió en su segundo turno, la que considera extemporánea. Después se refiere a los acontecimientos de Juchitán.

Finalmente para contestar alusiones personales, ocupan la tribuna los CC. diputado Edmundo Jardón Arzate y senador Manuel Ramos Gurrión.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las catorce horas y veinticinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el miércoles diez de agosto, a las once horas. Se pasa a sesión secreta."

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor Presidente.

MINUTO DE SILENCIO

El C. Presidente: Esta Presidencia tiene la pena de participar a la Asamblea que el día 7 de los corrientes falleció el C. Antonio Ocampo Ramírez, quien fuera senador de la República por el estado de Tabasco, durante el periodo 1976 - 1982.

Se ruega a los representantes ponerse de pie para guardar un minuto de silencio en su memoria.

(Minuto de silencio.)

INVITACIONES

- La C. secretaria senadora Silvia Hernández de Galindo:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D.F. - Departamento del Distrito Federal.

México, D.F., a 1o. de agosto de 1983.

C. senador licenciado Miguel González Avelar, Presidente de la Comisión

Permanente del H. Congreso de la Unión. - Palacio Legislativo. - Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta Dirección General, ha puesto en marcha un Programa de Acción Cívica con el propósito de fomentar y preservar la concientización cívica ciudadana, por ello atentamente invita a usted el acto conmemorativo

del CDLXII aniversario de la Defensa de Tenochtitlan, que tendrá lugar el próximo sábado 13 del actual, a las 10:30 horas, ante el Monumento levantado a la memoria del Ultimo Emperador Azteca, Cuauhtémoc, sito en avenida Paseo de la Reforma y avenida Insurgentes, de esta capital.

Al propio tiempo, me permito solicitarle tenga a bien dictar sus respetables indicaciones, con objeto de que una comisión asista al acto de referencia y efectúe el depósito de una ofrenda floral, con la representación de esa Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión a su digno cargo.

Reitero a usted las seguridades de mi distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Director de Programación y Acción Cívica, arquitecto Karl Godoy F."

El C. Presidente: Para asistir en representación de esta honorable Comisión Permanente, se designa a los siguientes ciudadanos legisladores: diputado Miguel Angel Morado Garrido, diputado Alberto Salgado Salgado y diputado Eulalio Ramos Valladolid.

- La C. secretaria senadora Silvia Hernández de Galindo:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D.F. - Departamento del Distrito Federal.

México, D.F., a 2 de agosto de 1983.

C. senador licenciado Miguel González Avelar, Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Palacio Legislativo. - Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta Dirección General, ha puesto en marcha un Programa de Acción Cívica con el propósito de fomentar y preservar la concientización cívica ciudadana, por ello atentamente invita a usted a la ceremonia conmemorativa del CIV aniversario del natalicio del ingeniero Vito Alessio Robles, que tendrá lugar el próximo domingo 14 del actual a las 11:00 horas, ante el busto erigido a su memoria en la avenida que lleva su nombre y Tecoyotitla, colonia Florida de la Delegación Alvaro Obregón.

Al propio tiempo, me permito solicitarle tenga a bien dictar sus respetables indicaciones, con objeto de que una comisión asista al acto de referencia y efectúe el depósito de una ofrenda floral, con la representación de esa Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión que usted preside.

Reitero a usted las seguridades de mi distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Director General, C.P. Miguel Ángel Morales."

El C. Presidente: Para asistir en representación de esta honorable Comisión Permanente, se designa al senador Luis José Dorantes Segovia.

INICIATIVA DE SENADORES

ARTÍCULOS 289, 293 BIS Y 294 DEL CÓDIGO PENAL

El C. Presidente: El C. senador Salvador Neme Castillo ha solicitado la palabra para dar lectura a la iniciativa para reformar y adicionar los artículos 289, 293 bis y 294 del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal.

Tiene el uso de la palabra el ciudadano senador Salvador Neme Castillo.

- El C. senador Salvador Neme Castillo:

"CC. secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Los ciudadanos senadores integrantes de las comisiones de Salubridad y Asistencia Pública de la H. Cámara de Senadores, en respuesta a una demanda social sobre mayor protección jurídica a los menores, a los incapaces, a los inválidos y a los mayores de sesenta años, que fue recogida en diversas reuniones de consulta popular por el Partido Revolucionario Institucional, a través de la Agrupación Nacional Femenil Revolucionaria y por otras entidades como el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, se avocaron a la elaboración de la presente Iniciativa de Decreto sobre reformas a diversos artículos del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal, coordinando los esfuerzos de las instituciones mencionadas.

A través de la historia de la humanidad, el abuso sobre el niño es un hecho conocido que se ha presentado en todos los pueblos, en todas las esferas sociales; es decir, el problema es universal.

El maltrato a los niños alcanza proporciones alarmantes en el mundo, pero sólo algunos países dejan constancia de estos actos en forma de estadística, como son: Estados Unidos, Inglaterra, Japón y Alemania, entre otros. En 1977, Inglaterra registró 12,800 muertos por esta causa; Alemania registró en 1976, 13,000 casos de niños lisiados permanentemente a causa de la agresión; y en Estados Unidos de Norteamérica se reportaron 118,000 casos en 1977, de los cuales el 8% falleció a causa de la agresión incontrolada del adulto sobre el pequeño, y el 14% de estos casos quedaron lisiados de por vida.

En México no se cuenta con información estadística referente al problema del niño maltratado, hasta hace apenas unos meses no existía una organización específicamente dedicada a la investigación, prevención y atención del mencionado problema; es decir, no había una institución oficial o privada que abordara tan grave fenómeno de manera integral. Recientemente en nuestro país, se creó el Consejo Consultivo para las Acciones en beneficio del menor maltratado, dependiente del D.I.F., y que está integrado por instituciones que están dentro del

sector salud, así como de representantes del Congreso de la Unión, cuyo objetivo es revisar periódicamente las acciones que están realizando en relación al maltrato del menor.

No obstante que el maltrato a los hijos y sus consecuencias pueden ser medidas cuantitativa y cualitativamente, este problema no ha recibido en ninguna parte del mundo una solución satisfactoria, en virtud de que las causas generadoras del problema son múltiples y en ocasiones imprevisibles; en los países como en los mencionados se están tomando medidas preventivas del problema, registrando los casos de niños maltratados a través de la aplicación de la historia clínica en unidades médicas para su detección al momento de aplicar el diagnóstico.

El síndrome del niño maltratado se ha definido como el uso de la fuerza física en forma intencional, no accidental, o actos de omisión intencionales, no accidentales, dirigido a herir, lesionar o destruir a un niño, ejercidos por parte de un padre o de otra persona responsable del cuidado del menor.

De acuerdo con estudios llevados a cabo por el D.I.F., tenemos que dentro de las familias agresoras, generalmente hay un agredido, pero en la causística sobre este problema encontramos que el 86% de los casos es de uno a tres agredidos y el 13%, de cuatro a seis miembros eran afectados, esto planea una investigación más a fondo en nuestro medio.

El 33% de los casos no tenían escolaridad, lo que indica el descuido y falta de responsabilidad de los padres.

De acuerdo con las estadísticas manejadas por el Instituto Nacional de Salud Mental, observamos que el 81% de los niños agredidos ocupan del primero al tercer lugar en la familia.

Es importante hacer notar que el 37% de las denuncias hechas correspondió a llamados anónimos y dentro de éstos tres médicos solamente reportaron el maltrato a menores. En el 86% de los casos sí hay denuncias ante el Ministerio Público.

Podríamos asegurar que el síndrome del niño maltratado, no es una enfermedad de la pobreza, sino una enfermedad de la humanidad, es decir, no es característica de ninguna clase socioeconómica. Algunos de estos niños viven con padres psicóticos en un mundo agresivo y violento; algunos otros viven con padres alcohólicos o farmacodependientes, otros más con padres que no controlan sus impulsos, padres muchos de ellos, sin ninguna esperanza de cambiar su vida.

Sabemos que las solas medidas de carácter legal no son suficientes para lograr una solución radical a este problema ya que la ley por sí sola no cambia conductas humanas; sin embargo, no podemos aceptar con fatalismo resignado esta situación y dejar al tiempo y a las generaciones futuras la búsqueda de una solución, confiados en que llegarán condiciones más propicias permaneciendo insensibles al llanto y al dolor de seres humanos, quienes por sus condiciones de edad se colocan en un estado de indefensión.

Los artículos del Código Penal, están en aparente discrepancia con el artículo 423 reformado del Código Civil, puesto que si en las normas del Derecho Civil se ha eliminado la facultad que anteriormente se concedía a los padres de castigar mesuradamente a sus hijos, no es coherente que el Derecho Penal continúe previendo golpes dados y lesiones causadas en ejercicio del derecho de corrección.

Se desprende que aquí, por tanto, que el Código Penal debe ser reformado para que sea congruente con lo dispuesto por el Código Civil, ya que ambos ordenamientos, por la estrecha interdependencia que guardan, no deben contener disposiciones contradictorias que les resten eficacia jurídica. Sin embargo, a pesar de la reforma que se hizo al Código Civil y de los nuevos métodos y sistemas de corrección aportados por la pedagogía moderna, creemos que el derecho en ningún momento debe dejar de ajustarse a la realidad que vive la sociedad a la que va dirigido, por ello, consideramos que el Código Penal debe continuar previendo dentro de sus supuestos normativos, el hecho de que se propicien lesiones a los hijos en ejercicio del derecho de corrección. Dejar de contemplar estos supuestos sería propiciar un vacío legal que dejaría impunes a aquellos que en ejercicio del derecho de corregir, causan lesiones a sus hijos o a quienes estén bajo su custodia; pues resulta utópico pensar que este tipo de lesiones ya no se seguirán infiriendo, tan sólo porque la facultad de castigar a los menores haya desaparecido de la Ley Civil.

Lo anterior no significa que el artículo 294, del Código Penal no necesita reforma alguna, por el contrario, pensemos que es urgente intentar una modificación; para que así, el Derecho Penal contribuya a que se haga cada vez menos frecuente el uso de este antipedagógico método de corrección.

Este propósito, consideramos que puede lograrse si se reforma el artículo 294, de tal manera que en sus líneas se prevean todos los supuestos que pueden darse en relación con las lesiones inferidas en el derecho ejercicio del derecho de corrección, considerándose los diversos grados de gravedad de las lesiones que pudieran inferirse, así como los casos de reincidencia.

Consideramos necesario que se reforme el artículo 289, a efecto de que se reduzca el término de quince días relativo al tiempo que tardan en sanar las lesiones inferidas, para ser consideradas leves, a sólo tres días, debido a que los avances en el campo de la medicina en los últimos treinta años, han hecho que resulte excesivo este término, puesto que actualmente por estos adelantos científicos, una lesión que tarde en sanar más de tres días, pero menos de diez, puede calificarse como grave.

En el artículo 294 hemos estimado necesario fijar sanciones más severas de las que actualmente se prevén en nuestro Código Penal, porque creemos que el parentesco existente entre quienes propicien las lesiones y el menor, y la utilitatis causa, no deben ser considerados,

como en épocas pasadas, excluyentes de responsabilidad, sino por el contrario, son agravantes, ya que el criterio sostenido de que las lesiones inferidas son benéficas para el menor, porque buscan su corrección educativa, es inoperante en nuestros días en que está plenamente comprobado por la pedagogía moderna que las lesiones son contrarias a la naturaleza del menor, por su capacidad de entendimiento, y porque pueden llegar a causarle no solamente daños corporales, sino graves problemas psíquicos.

La reforma al artículo 294 que se propone, tiene como consecuencia la necesidad de derogar el artículo 347 del Código Penal vigente, que al señalar "los golpes dados y las violencias simples hechas en ejercicio del derecho de corrección, no son punibles", está propiciando que los padres continúen empleando la violencia como un medio para corregir a sus hijos, y por lo tanto, está impidiendo que la finalidad fundamental que persigue la reforma, de hacer cada vez menos frecuente el uso de la violencia como método de corrección, se cumpla.

De aprobarse las reformas antes propuestas, lograremos adecuar el Derecho, a los imperativos de la realidad social mexicana; habremos logrado dar protección jurídica a sectores de la población que por razones de edad, o de estado de salud física exigen atención inmediata; habremos alcanzado la coherencia que se hacía necesaria entre los ordenamientos Civil y Penal respecto del derecho de corrección, y lo más importante, se logrará reducir considerablemente el porcentaje de menores lesionados por sus padres o tutores en ejercicio del mencionado derecho de corrección.

De esta suerte, y mediante la reforma propuesta, el Estado puede contribuir a cambiar los hábitos de la familia de uno de los problemas más agudos que en la sociedad se presente como lo es el mal trato a los hijos, verdadera escuela de violencia, problema que nos hemos acostumbrado, sin duda, por la fuerza de la tradición, a verlo con indiferencia, cuando en realidad debe ser terminado cuanto antes por la intensa patología social que representa. La iniciativa es respetuosa del derecho de corregir, pero protege al menor de actos de agresión y desahogos de violencia que le causarán lesión moral permanente y lesión física.

Por todo lo anterior, y con fundamento en lo que establece la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes, nos permitimos presentar a la consideración del H. Congreso de la Unión, la presente Iniciativa de Decreto de Reformas y Adiciones a los artículos 289, 293 bis y 294, del Código Penal invocado para quedar como sigue:

INICIATIVA DE REFORMAS Y ADICIONES AL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE FUERO COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL

Artículo primero. Se reforma y adicionan los artículos 289, 293 bis y 294 del Código Penal para quedar como sigue:

Artículo 289. Al que infiera una lesión que no ponga en peligro la vida del ofendido y que tarde en sanar menos de tres días, se le impondrán de 3 días a 4 meses de prisión o multa equivalente al importe de uno a cinco días de salario mínimo vigente, o ambas sanciones, a juicio del juez. Si tardare en sanar más de 3 pero menos de 10 días se le impondrán de 6 meses a dos años de prisión y multa equivalente al importe del salario mínimo de uno a siete días.

Artículo 293 (bis). Al que infiera en alguna lesión de las contempladas en los artículos anteriores a un menor de 16 años de edad; a un incapaz; un inválido o, a una persona mayor de 60 años, se aumentarán de uno a dos años de prisión a la sanción que corresponda.

Artículo 294. Las lesiones inferidas por quienes ejerzan la patria potestad o la tutela, en ejercicio del derecho de corregir no serán punibles si tardan en sanar menos de 3 días y no ponen en peligro la vida del menor y, además, el autor no abusare de su derecho, corrigiendo con crueldad o con frecuencia.

Si las lesiones inferidas tardan en sanar más de tres días y no son de las que contemplan los artículos que preceden, se observarán las reglas siguientes:

I. Se impondrán de seis a veinticuatro meses de prisión y multa equivalente al importe del salario mínimo de uno a siete días, si las lesiones tardan en sanar más de tres pero menos de diez días.

II. Se impondrán de uno a tres años de prisión y multa equivalente al importe del salario mínimo de uno a siete días, si las lesiones tardan en sanar más de diez días.

III. Será condenado a la pérdida de la patria potestad y se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa equivalente al importe del salario mínimo de tres a siete días, a quien ejerciéndola reincida respecto de las lesiones a que se refiere la fracción I.

IV. Será condenado a la pérdida de la patria potestad y se le impondrán de uno a cinco años de prisión y multa equivalente al importe del salario mínimo de cuatro a siete días, a quien en su ejercicio reincida respecto de las lesiones a que se refiere la fracción II.

V. Si una vez condenado a la pérdida de la patria potestad, quien la hubiere ejercido, reincide infiriendo lesiones al menor, se le impondrán de dos a cinco años de prisión y multa equivalente al importe del salario mínimo de siete días.

Cuando el que hubiere ejercido la patria protestando tutela haya sido condenado a su pérdida, ésta la ejercerá provisionalmente el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, hasta en tanto se haga la designación conforme al procedimiento establecido en el Código Civil.

VI. Cuando en el ejercicio de la tutela se infieran lesiones a los menores, se observará lo dispuesto en las fracciones anteriores.

VII. Las lesiones que tardan en sanar menos de tres días y sean producidas con crueldad o con frecuencia, serán sancionadas con pérdida de la patria potestad o de la tutela en su caso.

Artículo segundo. Se deroga el artículo 347.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 8 de agosto de 1983.

Comisión de Salubridad: senadora Yolanda Sentíes de Ballesteros, senador Juan S. Millán Lizárraga, senador Andrés Valdivia Aguilera, senador Salvador Neme Castillo, senadora Myrna Hoyos de Navarrete.

Comisión de Asistencia Pública: senadora Guadalupe Gómez Maganda de Anaya, senadora Yolanda Sentíes de Ballesteros, senador Guillermo Mercado Romero, senador Ramón Martínez Martín, senadora Socorro Salcido Gómez."

- Trámite: Túrnese a la Comisión de Justicia de la Cámara de Senadores.

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIONES

- La C. secretaria senadora Silvia Hernández de Galindo:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D.F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores, se ha dirigido a esta Gobernación con fecha 8 del actual, manifestando lo siguiente:

'Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. teniente coronel F.A.P.A.D.E.M.A. José Sánchez Sandoval, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Mayo al Mérito Aeronáutico, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de Argentina.'

Lo que hago de su conocimiento para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 14 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Tercera Comisión.

- La misma C. Secretaria:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

En oficio fechado el 8 de los corrientes, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a esta de Gobernación lo siguiente:

'Ruego a usted actualmente tenga a bién solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. mayor intendente D.E.M. Arturo Salinas Díaz, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Mayo al Mérito Militar, en grado de Oficial y la Medalla al Mérito, que le confiere el gobierno de Argentina.'

Lo que hago del conocimiento de ustedes, para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 14 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Tercera Comisión.

- La misma C. Secretaria:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos . - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

A continuación transcibo a ustedes, para su conocimiento y fines legales procedentes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió al suscrito con fecha 8 del actual:

'Ruego a ustedes atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. general brigadier D.E.M. Francisco Soto Solís, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Mayo al Mérito Militar, en grado de Gran Oficial y la Medalla al Mérito, que le confiere el gobierno de Argentina y la Fuerza Aérea.'

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 14 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Tercera Comisión.

- La misma C. Secretaria:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal . - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo el oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió al suscrito, con fecha de 8 del actual:

'Ruego a ustedes atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política para que el C. teniente coronel F.A.P.A.D.E.M.A. José Sánchez Sandoval, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de la Medalla de Elogio de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América, que le confiere el gobierno de los Estados Unidos de América.'

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 14 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Tercera Comisión.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

- La misma C. Secretaria:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

En oficio fechado el 16 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a esta de Gobernación lo siguiente:

'Mucho agradeceré a usted tenga a bien solicitar al H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado B, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas cuya lista se proporciona a continuación, puedan prestar sus servicios en la Embajada y Consulado de los Estados Unidos de América en México. La nacionalidad mexicana de dichas personas se ve acreditada por las fotocopias de sus respectivas actas de nacimiento que se remiten anexas al presente oficio.

C. Juan Cruz Huerta, auxiliar de contabilidad, Emb, de E.U.A., en México.

C. Guillermina Fregoso Chávez, operadora de teléfonos internacional, Emb. de E.U.A., en México.

C. María Elena Elías Bornacini, empleada del departamento de personal, Emb. de E.U.A., en México.

C. Miguel Garcés Gutiérrez, carpintero, Emb. de E.U.A., en México.

C. Ma. del Carmen Landa y de Aguilar, correctora de pruebas, Emb. de E.U.A., en México.

C. Salvador de la Isla Nájera, empleado consular, Consulado General de los E.U.A., en Ciudad Juárez, Chih.

Al transcribir a ustedes lo anterior, les envió con el presente los anexos que en el mismo se menciona, para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 22 de junio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Primera Comisión.

HOJAS DE SERVICIOS MILITARES

- El C. secretario diputado Eulalio Ramos Valladolid:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Presentes.

A continuación transcribo a ustedes, para su conocimiento y fines legales procedentes, oficio que la Secretaría de la Defensa Nacional dirigió al suscrito con fecha 11 del actual:

"Por acuerdo del C. general de división D.E.M. Secretario de la Defensa Nacional, agradeceré a usted tenga a bien disponer que por su conducto se haga llegar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la hoja de servicios del C. general brigadier Diplomado de Estado Mayor Ricardo Maldonado Baca (1927966), que en su veintiuna fojas útiles se adjunta con carácter devolutivo, para efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.'

Al comunicar a ustedes lo anterior, se envía con el presente anexo que en el mismo se menciona, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Segunda Comisión.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de la Defensa Nacional dirigió a esta de Gobernación, con fecha 11 del presente mes.

'Por Acuerdo del C. general de división D.E.M. Secretario de la Defensa Nacional, agradeceré a usted tenga a bien disponer que por su conducto se haga llegar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la hoja de servicios del C. general brigadier Diplomado de Estado Mayor Juan Poblano Silva (460346), que en diecinueve fojas útiles se adjunta con carácter devolutivo, para efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.'

Al comunicar a ustedes lo anterior, les envío con el presente el anexo que se menciona, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

México, D. F., a 20 de julio de 1983.

- Trámite: Recibo y a la Segunda Comisión.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

En oficio fechado el 11 del presente mes, la Secretaría de la Defensa Nacional manifiesta a esta de Gobernación, lo siguiente:

Por acuerdo del C. general de división D.E.M Secretario de la Defensa Nacional, agradeceré a usted tenga a bien disponer que por su conducto se haga llegar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la hoja de servicios del C. coronel de infantería Javier Martínez Elizalde (2220975), que en diecinueve fojas útiles se adjunta con carácter devolutivo, para efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.'

Lo que hago del conocimiento de ustedes, para los fines legales procedentes, enviándoles además con el presente la hoja de servicios a que se hace referencia.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y a la Segunda Comisión.

CONVENIO SOBRE EL TURISMO

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

Para los fines legales procedentes, a continuación transcribo a ustedes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió al suscrito con fecha 14 del actual, enviándoles además con el presente, copia certificada del convenio que se menciona:

'Con el presente, me permito enviar a usted dos copias certificadas del convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre el desarrollo y la facilitación del turismo, firmado, en la ciudad de México, el 18 de abril de 1983. Asimismo, envío a usted un Memorándum de Antecedentes. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 76, fracción primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mucho agradeceré a usted enviar una copia de dichos documentos a la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión con objeto de que el H. Senado de la República tenga a bien considerar el mencionado convenio durante su próximo periodo de sesiones.'

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección

México, D. F., a 19 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y túrnese a la H. Cámara de Senadores.

CONVENIO SOBRE ENFERMEDAD DE GENTE DE MAR

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presentes.

Con fecha 14 de los corrientes la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta al suscrito, lo siguiente:

'Me permito enviar a usted, con el presente, dos copias certificadas del convenio relativo al Seguro de Enfermedades de la Gente de Mar, adoptado, en Ginebra, Suiza, por la Conferencia General de la Organización Internacional del trabajo, el 24 de octubre de 1936. Asimismo, le remito dos copias del dictamen elaborado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, favorable a la ratificación, por parte de nuestro Gobierno, del mencionado instrumento. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 76, fracción primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mucho agradeceré a usted enviar

una copia de dichos documentos a la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con objeto de que el H. Senado de la República tenga a bien considerar el mencionado convenio durante su próximo periodo ordinario de sesiones.'

Lo que hago del conocimiento de ustedes para los fines legales procedentes, enviándoles con el presente los documentos que se mencionan.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y túrnese a la H. Cámara de Senadores.

CONVENIO SOBRE AGENCIAS DE COLOCACIÓN

- El mismo C. secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

A continuación transcribo a ustedes, para los fines legales procedentes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió al suscrito, con fecha 14 del actual, enviándoles además con el presente copia certificada del convenio que se menciona:

'Me permito enviar a usted, con el presente, dos copias certificadas del convenio relativo a las Agencias Retribuidas de Colocación, adoptado, en Ginebra, Suiza, por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 1o. de julio de 1949. Asimismo, le remito dos copias del dictamen elaborado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, favorable a la ratificación, por parte de nuestro gobierno, del mencionado instrumento. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 76, fracción primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mucho agradeceré a usted enviar una copia de dichos documentos a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con objeto de que el H. Senado de la República tenga a bien considerar el mencionado convenio durante su próximo periodo ordinario de sesiones.'

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 20 de julio de 1983.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."

- Trámite: Recibo y túrnese a la H. Cámara de Senadores.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

RATIFICACIÓN DE GRADOS MILITARES

- La C. secretaria senadora Silvia Hernández de Galindo: "Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano almirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Alfonso Argudín Alcaraz, que el Poder Ejecutivo envió para los efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el 1o. de noviembre de 1939, como cadete de la heroica Escuela Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardiamarina cuerpo general, el 1o. de septiembre de 1944; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante cuarenta y tres años, nueve meses, y es de hacer notar que durante el lapso como vicealmirante no ha recibido condecoración alguna, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión, se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de almirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Alfonso Argudín Alcaraz.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdéz, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- La misma C. Secretaria:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano almirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Héctor Ramírez de Arellano, que el Ejecutivo de la Unión, envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicio del expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio el primero de febrero de mil novecientos treinta y siete, como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardiamarina cuerpo general el primero de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante cuarenta y seis años, seis meses, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia Especial de Tercera y Segunda Clase, así como la Medalla de Legión al Mérito otorgado por la Armada de los Estados Unidos de América por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de almirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Héctor Ramírez de Arellano.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- La misma C. Secretaria:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano almirante cuerpo de ingenieros mecánicos navales Rafael Ángel Delgado Hernández, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicio del expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio naval el 1o. de enero de 1937, como cadete de la H. Escuela Militar. Habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardiamarina cuerpo de ingenieros mecánicos navales el 1o. de septiembre de 1942; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor, hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante cuarenta y seis años, siete meses, y es de hacer notar que durante este lapso, no ha recibido condecoración alguna como vicealmirante; por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesional satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de almirante cuerpo de ingenieros mecánicos navales, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Rafael Angel Delgado Hernández.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión en el punto de Acuerdo. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- La misma C. Secretaria:

"Segunda Comisión:

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano almirante del cuerpo de aeronáutica naval piloto aviador diplomado de Estado Mayor Naval Armando Martínez Flores, que el Poder Ejecutivo envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicio del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el primero de julio de mil novecientos cuarenta y uno como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardiamarina del cuerpo de ingenieros mecánicos navales el primero de septiembre de mil novecientos cuarenta y tres; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante cuarenta y dos años, un mes, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia Excepcional de Tercera Clase, de acuerdo al Artículo diez de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor,

por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de almirante del cuerpo de aeronáutica naval diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano piloto aviador Armando Martínez Flores.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 8 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo... Aprobado. Comuníquese con el Ejecutivo.

- La misma C Secretaria:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Luis Hernández Baeza, que el poder Ejecutivo envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio el 1o. de septiembre de 1943 como cadete de la Heroica Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo general el 1o. de enero de 1950; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante 39 años, diez meses, 24 días y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Primera Clase de acuerdo al artículo 10 de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Luis Hernández Baeza.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- La misma C. Secretaria:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnada para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Jorge Mora Pérez, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del Estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio el primero de septiembre de mil novecientos cuarenta y cuatro como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendido a guardia marina cuerpo general el primero de enero de mil novecientos cincuenta; ascendido a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante treinta y ocho años, once meses, y es de hacer notar que durante el lapso de contralmirante no ha recibido condecoración alguna, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias. La Comisión se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expendió en favor del ciudadano Jorge Mora Pérez.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- La misma C. Secretaria:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Gildardo Gumersindo Alarcón López, que el Poder Ejecutivo envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el 1o. de septiembre de 1944 como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardiamarina cuerpo general el 1o. enero de 1950; ascendió a los demás grados por escalafón de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante treinta y ocho años, once meses, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración y diploma de Mérito Docente Naval de acuerdo al Artículo 10 de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor; por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión que suscribe, se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Gildardo Gumersindo Alarcón López.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- La misma C. Secretaria:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Osvaldo Fourzán Márquez, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Arículo 79 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el primero de septiembre de mil novecientos cuarenta y cuatro como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendido a guardia marina cuerpo general el primero de junio de mil novecientos cincuenta y uno; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha ha estado en servicio ininterrumpidamente durante treinta y ocho años, once meses, siete días, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Orden de Combate por servicios al Pueblo y a la Patria, conferida por la República Democrática Alemana, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de vicealmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Osvaldo Fourzán Márquez.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El C. secretario diputado Eulalio Ramos Valladolid:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano

vicealmirante cuerpo de aeronáutica naval piloto aviador diplomado de Estado Mayor Naval José Santillán Basurto, que el Poder Ejecutivo envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el 1o. de septiembre de 1942 como debate de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia mariana cuerpo general, el 1o. de enero de 1948; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicios ininterrumpidamente durante cuarenta años, once meses, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Primera Clase de acuerdo al Artículo 10 de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión, se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado vicealmirante cuerpo de aeronáutica naval piloto aviador diplomado de Estado Mayor, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano José Santillán Basurto.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue tuernada para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano vicealmirante cuerpo de intendencia naval Rodolfo Vargas García, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio el catorce de octubre de mil novecientos cuarenta dos, como marinero ascendiendo a primer maestre del cuerpo de administración naval el primero de junio de mil novecientos cuarenta y cuatro, por haber sustentado por aprobación el examen respectivo, ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante cuarenta años, nueve meses, diecisiete días, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Tercera Clase de acuerdo al Artículo diez de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de vicealmirante cuerpo de intendencia naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Rodolfo Vargas García.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo. No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. secretario:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano contralmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval Daniel Ayala Lagos, que el Poder Ejecutivo envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios de expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio el 1o. de enero de 1952 como cadete de la Heroica Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo general el 1o. de enero de 1957; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante

treinta y un años, siete meses, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Segunda Clase, de acuerdo al

Artículo 10 de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor, por lo que ha dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión que suscribe, se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de contralmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Daniel Ayala Lagos.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por a afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano contralmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval José Ramón Lorenzo Franco, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado miembro de la Armada Nacional, se desprende que ingresó al servicio el primero de enero de mil novecientos cincuenta y dos como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo general el primero de enero de mil novecientos cincuenta y siete: ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor, hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante treinta y un años, seis meses, veintiún días, y es de hacer notar que durante este lapso, ha recibido la condecoración de Perseverancia Tercera y Segunda Clase de acuerdo al Artículo diez, de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor; por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de contralmirante cuerpo general diplomado de Estado Mayor Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano José Ramón Lorenzo Franco.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por a afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario:

"Segunda comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano contralmirante del cuerpo de ingenieros mecánicos navales Elías Padilla Salazar, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el 10 de enero de 1952 como cadete de la Heróica Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo de ingenieros mecánicos navales el 1o. de enero de 1957; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor, Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente treinta y un años, seis meses, quince días, y es de hacerse notar que durante el lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Segunda Clase de acuerdo con el artículo 10 de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor, por lo que dado todo lo anterior, y de haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión que suscribe, se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de contraalmirante cuerpo de ingenieros mecánicos navales,

que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Elías Padilla Salazar.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano contralmirante del cuerpo de ingenieros mecánicos navales Ignacio Campos González, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado miembro de la Armada Nacional, se desprende que ingresó al servicio el diez de enero de mil novecientos cincuenta y uno como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo de ingenieros mecánicos navales el primero de enero de mil novecientos cincuenta y seis; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante treinta y dos años, seis meses, veintidós días, y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia Segunda Clase de acuerdo al Artículo diez de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor; por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado de contralmirante del cuerpo de ingenieros mecánicos navales, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Ignacio Campos González.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicios del ciudadano contralmirante del cuerpo de ingenieros mecánicos navales, Gerardo Cruz Aquiles, que el poder Ejecutivo envió para los afectos de la fracción VII del Artículo 79, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado militar, se desprende que ingresó al servicio el 10 de enero de 1952, como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo de ingenieros mecánicos navales, el 1o. de enero de 1957; ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente treinta y un años, seis meses, quince días, y es de hacer notar que durante el lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Tercera y Segunda Clase de acuerdo al Artículo 10 de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada de México en vigor, por lo que dado todo lo anterior, y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión suscribe, se permite someter a la aprobación de esta honorable asamblea, el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se ratifica el grado contraalmirante del cuerpo de ingenieros mecánicos navales, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano Gerardo Cruz Aquiles.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Castillo Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario:

"Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la hoja de servicio del ciudadano contralmirante del cuerpo de aeronáutica naval, piloto aviador Manuel Rodríguez Gordillo, que el Ejecutivo de la Unión envió para los efectos de la fracción VII del Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Del estudio de los documentos que forman la hoja de servicios del expresado miembro de la Armada, se desprende que ingresó al servicio naval el 1o. de enero de mil novecientos cincuenta y dos, como cadete de la H. Escuela Naval Militar, habiendo terminado sus estudios y ascendiendo a guardia marina cuerpo general, el 1o. de enero de mil novecientos cincuenta y siete. Ascendió a los demás grados por escalafón y de acuerdo con los Reglamentos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Armada Nacionales en vigor. Hasta el día de la fecha, ha estado en servicio ininterrumpidamente durante treinta y un años, siete meses, siete días y es de hacer notar que durante este lapso ha recibido la condecoración de Perseverancia de Tercera y Segunda Clases, de acuerdo al Artículo 10 de la Ley de Recompensas de la Armada de México en vigor; por lo que dado lo anterior y haber observado conducta y capacidad profesionales satisfactorias, la Comisión se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. se ratifica el grado de contraalmirante del Cuerpo de Aeronáutica Naval, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano piloto aviador Manuel Rodríguez Gordillo.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la unión. - México, D. F., a 1o. de agosto de 1983.

Diputado Enrique Soto Izquierdo, senador Manuel Ramos Gurrión, diputado Netzahualcóyotl de la Vega, senador Salvador Neme Castillo, diputado Héctor Ramírez Cuéllar, diputado Gerardo Medina Valdez, senador Fernando Mendoza Contreras."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

- El mismo C. Secretario: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

El C. Presidente: Gracias.

DENUNCIA CONTRA EL GOBERNADOR DE OAXACA

El C. diputado Edmundo Jardón Arzate: Para dar lectura a una petición que entregó oportunamente la Oficialía Mayor.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Edmundo Jardón Arzate.

- El C. diputado Edmundo Jardón Arzate:

"Señor licenciado José Gonzalo Badillo, Oficial Mayor de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presente.

Los diputados del grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México ante la representación nacional, denunciamos las violaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ataques a las instituciones democráticas cometidas por el C. gobernador del Estado libre y soberano de Oaxaca, Pedro Vázquez Colmenares, cuya consecuencia jurídica inmediata, es la incorporación de un juicio político en su contra.

Mediante un inconstitucional decreto, la LI Legislatura del Estado de Oaxaca declaró desaparecido el ayuntamiento de Juchitán, y el gobernador del Estado a pesar de su ilegalidad, nombró un Consejo Municipal. Ni el decreto, ni el Consejo han resuelto la situación política del municipio de Juchitán, por el contrario, han agudizado la problemática social y el pueblo en su inmensa mayoría custodia el palacio municipal y respalda fervorosamente al ayuntamiento que eligió.

Si por los cauces legales no se intenta resolver esa tensa situación política habrán de esperarse conflictos y tensiones de pronósticos no previstos.

FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LA DENUNCIA

I. Ataques a las instituciones democráticas.

El Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, instituye al municipio como la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los estados y determina que cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa.

El Artículo 92 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, señala que para su régimen interior se divide en municipios libres; el Artículo 94 dispone que los municipios libres constituyen entidades con personalidad jurídica y el Artículo 97 establece que los municipios serán administrados por ayuntamientos.

De las disposiciones jurídicas mencionadas, se desprende, sin lugar a dudas, que los ayuntamientos son instituciones democráticas.

La LI Legislatura del Estado de Oaxaca, el día 3 de agosto de 1983, expidió el decreto que, en sus dos únicos artículos establece:

"Artículo primero. Se declara desaparecido el ayuntamiento de la ciudad de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, por los considerandos que antecede.

Artículo segundo. Se faculta al Ejecutivo del Estado para que nombre en breves términos un Consejo Municipal, que concluya el ejercicio constitucional del ayuntamiento que se declara desaparecido".

Cabe advertir, que ni en la constitución Política del Estado de Oaxaca ni en ningún otro ordenamiento jurídico que de ella emana, se confieren facultades a la Legislatura del Estado, para declarar desaparecidos los ayuntamientos, en consecuencia, tal decreto es ilegal. La legislatura excedió las facultades que la ley otorga, y por lo mismo, la expedición del decreto es una acto arbitrario, es decir, no está sujeto ni fundado en norma alguna.

En la legislación de Oaxaca, en ningún ordenamiento jurídico se establecen las causas graves Legislatura del Estado pueda declarar desaparecido el ayuntamiento; y los miembros del ayuntamiento de Juchitán, la legislatura no dio oportunidad suficiente para rendir pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convienen. Por estas causas el decreto de referencia es violatorio de las garantías de legalidad y de audiencia contenidas en el Artículo 14 y violatorio de las disposiciones del párrafo tercero de la fracción I del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y configura un ataque a las instituciones democráticas, ilícito que da origen a juicio político, por así disponerlo la fracción I, del Artículo 7 del la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Sin embargo, el C. gobernador Pedro Vázquez Colmenares también incurrió en el inicio de ataques a las instituciones democráticas que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en virtud de las siguientes razones:

a) El C. Gobernador de Oaxaca, por disposición del Artículo 80 de la Constitución Política de Oaxaca, está obligado a cuidar el exacto cumplimiento de la Constitución general de la República y cuidar el puntual cumplimiento de la Constitución de las leyes y decretos, de la jurisdicción del Estado de Oaxaca.

b) El Artículo 79 de la Constitución del Estado de Oaxaca, establece como facultades del gobernador "II objetar por una sola vez las leyes y decretos aprobados por la legislatura en los términos señalados en el artículo 53 de esta Constitución".

c) El Artículo 53 del mismo ordenamiento señala que aprobado un proyecto se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviera observaciones que hacer lo publicará inmediatamente.

d) El decreto expedido por la LI Legislatura el día 3 de agosto de 1983, en su artículo segundo faculta al Ejecutivo del Estado para que nombre en breve término un Consejo Municipal, que concluya el ejercicio constitucional del ayuntamiento que se declara desaparecido.

Esto es, la legislatura delega en el Ejecutivo la facultad de designar un Consejo Municipal siendo que el Artículo 62 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca en el último párrafo, textualmente dispone: "En ningún caso y por ningún motivo, la legislatura delegará las facultades que se refieren a organización municipal, funciones electorales y de jurado".

e) La parte final del primer párrafo del Artículo 41 de la Constitución Federal, refiriéndose a la Constitución de los estados ordena, que "en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal".

f) De las disposiciones jurídicas anteriores, se deriva indudablemente, que la publicación por parte del C. gobernador de Oaxaca, del Decreto expedido por la Legislatura del Estado de Oaxaca y el nombramiento que hizo el C. gobernador, del Consejo Municipal, en contravención de todos los preceptos jurídicos, invocados con antelación, constituyen un ataque, claro directo y flagrante a las instituciones democráticas, que redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho.

Lo anterior resulta cierto, porque se atacó al ayuntamiento legalmente constituido de Juchitán, a la institución municipal y al pueblo que lo eligió. Es un ataque a las instituciones democráticas, porque el propio gobernador desborda e incumple las funciones para los que el pueblo le otorgó mandato y rompe el orden Jurídico Federal y Estatal, que la ley le impone.

II. Infracciones a la Constitución, que causan perjuicios graves a la sociedad y que motivan trastornos en el funcionamiento de las instituciones.

En el apartado precedente, señalamos detalladamente, las violaciones a los artículos 14, 16, 41 y 115 de la Constitución Federal, en que incurrió el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. El C. gobernador violó garantías de legalidad, consagrada en el Artículo 14 constitucional federal al publicar un decreto expedido por la LI Legislatura del Estado, en el que declara desaparecido el ayuntamiento de Juchitán, sin tener facultades para tomar una determinación además de que este decreto careció de fundamentación jurídica, como lo ordena el Artículo 16 de la Constitución Federal y de que es ilegal, porque delegó al C. gobernador del Estado de Oaxaca en su Artículo 62, expresamente ordena que la legislatura no puede delegar atribuciones relativas a la organización municipal.

El C. gobernador violó el Artículo 41 de la Constitución Federal, en lo relativo a que los estados de la Federación, "en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal", al nombrar ilegalmente un Consejo Municipal, cuando la Constitución Federal, en el párrafo cuarto, de la fracción I, del Artículo 115, ordena que en los casos o desaparición de ayuntamientos, es la legislatura del Estado, quien debe designar entre los vecinos, al Consejo Municipal. Esto es, los conductos del C. gobernador no se ajustó a lo ordenado en la Constitución Federal, tratándose de una cuestión de carácter eminentemente político, que redunda en los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho.

El C. gobernador violó también, el Artículo 115 de la Constitución Federal, al publicar un decreto expedido por la Legislatura del Estado

de Oaxaca y nombrar un Consejo Municipal cuando ese decreto fue expedido sin facultad para ello y en contravención a precepto aquí invocado que manda, que sólo podrá ser declarado desaparecido un ayuntamiento, siempre que la ley local prevenga los casos graves para esa consecuencia, y dando oportunidad al ayuntamiento de aportar pruebas y formular alegatos. Y es el caso, en el Estado de Oaxaca que no existe ordenamiento jurídico alguno que estipule causas graves para declarar desaparecido un ayuntamiento, ni se dio oportunidad de defensa al ayuntamiento.

Con lo anterior se demuestran las violaciones a la Constitución Federal, con lo que se satisface plenamente el primer supuesto de la fracción sexta del Artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

- Las infracciones a la Constitución Federal, cometidos por el gobernador de Oaxaca, repercuten directamente en la sociedad y causan perjuicios graves a la misma y producen trastornos en el funcionamiento normal de las instituciones.

Se causan graves perjuicios a la sociedad, cuando su gobernante con actos arbitrarios como los cometidos por el gobernador de Oaxaca, atentan contra la seguridad social, cuando por actos ilegales, como los conocidos por el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se pretende burlar la voluntad popular expresada en las urnas electorales, cuando en contravención a los mandatos constitucionales, se declara desaparecido un ayuntamiento que representa la voluntad popular como es el caso del ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca. ¿Qué garantías puede tener un pueblo que elige a sus gobernantes en forma libre si por decisión de un gobernador se encausan perjuicios graves a la sociedad, como es el caso?

El C. gobernador del Estado de Oaxaca con su conducta en el caso del ayuntamiento de Juchitán, incurrió en el ilícito, previsto en la fracción sexta del Artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en razón de que provocó trastornos en el funcionamiento normal de las instituciones. Esto se configura porque, por mandato constitucional del Artículo 115, a quien corresponderá designar al Consejo Municipal, en el caso de que sea declarado desaparecido el ayuntamiento, es la Legislatura del Estado. En consecuencia, el C. gobernador, inconstitucionalmente, se toma atribuciones que escapan a la esfera de su competencia, invadiendo facultades que ubican en un órgano político distinto. Ello significa un trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones.

Por otra parte, ni en la constitución de Oaxaca, ni en ningún otro ordenamiento jurídico del Estado, se contempla la posibilidad de declarar desaparecido un ayuntamiento y no obstante eso, la Legislatura del Estado toma un determinación de esa naturaleza y el C. gobernador ilegalmente la aprueba y nombra un Consejo Municipal, con esa conducta también trastorna el funcionamiento normal de las instituciones.

Igualmente, si contra la voluntad popular, se desconoce un ayuntamiento, éste que fue electo por voluntad libre de los ciudadanos, sin darle oportunidad alguna de defensa, también constituye un trastorno en el funcionamiento de las instituciones.

Por todas las consideraciones y fundamentos jurídicos anteriores, a esta H. Cámara de Diputados pedimos:

Primero. De conformidad con el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores públicos pedimos se turne a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, el presente escrito.

Segundo. Previo dictamen de las referidas comisiones tramitar el juicio político al C. Pedro Vázquez Colmenares, gobernador constitucional del Estado de Oaxaca.

México, D. F., 10 de agosto de 1983.

¡Por la Democracia y el Socialismo!

Por la Fracción Parlamentaria del PSUM.

Diputado Edmundo Jardón Arzate."

El C. senador Renato Sales Gasque: Solicito la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: tiene la palabra el ciudadano senador Renato Sales Gasque.

El C. senador Renato Sales Gasque: Señor Presidente; honorable Asamblea:

Hemos escuchado la presentación, en esta tribuna, de una denuncia sin razón alguna de que se diera lectura, porque se advierte claramente que fue presentada ya ante la Cámara de Diputados, en acatamiento a lo dispuesto por la Constitución General de la República, en el último párrafo del artículo 109 y en el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidades.

Cuando hemos hablado de las funciones del servidor público, cuando hemos utilizado esta tribuna para señalar el propósito indeclinable del gobierno de la República de ordenar nuestra vida democrática en un estado de derecho, que supone el ajuste de los actos de las autoridades a los principios de la ley, hemos saludado efusivamente la conducta del gobierno para tratar de enderezar plenamente los actos de las autoridades al principio de legalidad.

Nosotros estamos plenamente de acuerdo, los de la mayoría, en que debe privar el principio de legalidad, que supone el estado de derecho, el ajuste de los actos de la autoridad a la ley y a la norma fundamental.

Estamos decididos a preservar el régimen de legalidad, pero también estamos decididos a que se preserven los valores fundamentales del hombre y la coexistencia social.

El Estado existe para el hombre, no el hombre para el Estado. Y el valor fundamental del hombre es su vida misma. Aquí se está formulando una denuncia, basándose en presuntas violaciones a la ley y a la Constitución, sin tomar en cuenta lo que ya se ha dicho aquí en esta propia tribuna, la semana pasada, de que el ayuntamiento de Juchitán actuó al margen

de la ley, violando flagrantemente todo el principio de legalidad, y al margen de la ley misma produjo dos muertos, e infinidad de heridos; se agitó tan violentamente la paz, la seguridad, que hay imposibilidad absoluta de que se tutele a la comunidad por la propia autoridad.

El C. diputado Edmundo Jardón Arzate: Moción de orden, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Moción de orden, con qué objeto, señor diputado?

El C. diputado Edmundo Jardón Arzate: En virtud de que no corresponde a esta Comisión Permanente, señor Presidente, prejuzgar acerca de una petición que fue entregada a la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados. El propósito de mi intervención tuvo por objeto que se leyera y pasara al Diario de los Debates.

El C. Presidente: La lectura, señor diputado, de la copia de la comunicación que dirigió la Fracción Parlamentaria por usted representada aquí en esta Comisión ante la Cámara de Diputados no es en rigor tampoco un asunto que competa a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, como ya ha quedado acreditado; sin embargo, en el ánimo de mantener la apertura libre de esta tribuna, como ha sido una constante de nuestro cuerpo, nos llevó a considerar con la mayor atención su exposición. Me parece que el señor senador está haciendo reflexiones sobre un hecho perfectamente pertinente en relación con lo que usted mismo ha presentado aquí y que en cierta manera esa presentación ha dado lugar a la exposición que hace el señor senador. Le ruego continuar con el uso de la palabra, señor senador.

El C. senador Renato Sales Gasque: Efectivamente, aquí se está planteando este hecho, hemos visto esta situación y se habla categóricamente para no alargar mi exposición, de que hubo violaciones graves a la Constitución y a la ley. Quisiéramos destacar en primer lugar lo que señala el artículo 115, el párrafo aludido dice: "Las legislaturas locales por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamiento, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato alguno de sus miembros por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos a su juicio convenga".

La norma fundamental está por encima de toda norma ordinaria, de toda norma secundaria. La Legislatura local, en acatamiento a lo previsto por el artículo 115, fracción III, oyó al Procurador General de Justicia del Estado, tomó conocimiento de los múltiples hechos penales que efectivamente sin prejuzgar, van a ser materia de las instituciones jurisdiccionales que decidirán respecto a ellas.

Pero quedó patente que hubo un clima de violencia en el que estaban inodadas tanto las autoridades municipales como gran parte del pueblo juchiteco. No podía existir paz, se había atentado contra la libertad, se vivía en una zozobra. ¿Quiere usted mayor causa grave que se afecte contra la vida y la libertad?

Ante esta afectación grave obviamente la Legislatura del Estado, sin prejuzgar, está ante el valor de la libertad, ante el valor de la vida y ante caso de emergencia quiero citar aquí porque es pertinente, no mi opinión, la opinión de un maestro emérito, constitucionalista, Alfonso Noriega, quien al respecto dice: "La situación de emergencia que enfrenta un estado ante conflictos en uno de sus municipios, amerita que su Legislatura intervenga pronta y oportunamente, para no agravar así una situación crítica o anormal. Si es la misma Legislatura la que tiene que expedir una ley que determine las causas graves a que se refiere el artículo 115 constitucional, al ejercicio de esta facultad previa la aprobación de dicha ley, es en atención a las condiciones de emergencia imperante así como el uso de las atribuciones emanadas directamente por la Constitución General".

Por otra parte, se habla de que hubo violaciones al derecho de audiencia fundamental que rige los principios formales de todo procedimiento tutelado por el artículo 14.

Le consta a la fracción parlamentaria del PSUM, le consta a los miembros del COCEI que fue debidamente citado el presidente municipal, para que compareciera a la sesión del 3 de agosto. Hubo dos citaciones, uno en la noche anterior y otra a las ocho y media de la mañana del propio día tres. Si Juchitán está a cuatro horas, el señor presidente municipal estaba perfectamente en aptitud de comparecer y presentar sus pruebas. ¡Pero si no se presentan pruebas!

Si no se cumple con la responsabilidad de servir a la comunidad, obviamente que no hay posibilidad de desahogo de pruebas. ¿En dónde está la violación - sin prejuzgar desde luego - a la garantía de audiencia? Si está emplazada la otra parte, si no comparece cualquier abogadillo que corre a su cargo la falta de comparecencia. ¿Pero dónde estaba el señor presidente municipal? No estaba al frente de su pueblo para defender los intereses de la comunidad que estaba "sufriendo el ataque", estaba aquí en México, estaba "negociando ante el PSUM"; no estaba al frente de su comunidad.

Yo he respetado profundamente las posiciones del PSUM, he admirado su lucha por caminar en el pluralismo político para que por la vía democrática se dé el juego de partidos, que es un elemento fundamental del modelo democrático al que aspiramos vivir plenamente. ¿Pero por qué el PSUM en este momento en que existe un clima de violencia, de intranquilidad, no exhorta a la paz?

Se dice que el señor gobernador no podía tener facultades delegadas en organización de

los municipios, y aquí acojo su argumento. Basta rápidamente darse cuenta que no puede el señor gobernador asumirse facultades legislativas de organización, pero ante un caso de emergencia obviamente la Legislatura puede darle facultades de organización en términos del artículo 62. ¿Dónde está la violación tan grave?

Podrá haber pequeñísimas afectaciones a la ley, pero por encima de todo está el cumplimiento irrestricto a lo preceptuado en el artículo 115. Está por encima de todo la paz, la seguridad, el orden y la libertad. Y en tanto se afecte una vida humana el Estado tiene que salir en tutela de esa vida. Por esto, por las manifestaciones aquí hechas en la lectura, es por lo que afirmó categóricamente, y reitero, seguiremos caminando para que por la vía de la libertad y por la vía de la paz podamos construir la democracia social que anhelamos. Muchas gracias.

El C. diputado Edmundo Jardón Arzate: Pido la palabra para hacer algunas aclaraciones personales.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Jardón Arzate.

El C. diputado Edmundo Jardón Arzate: Señor Presidente; honorables legisladores: Desde luego que el propósito de mi partido es justamente atenernos a la legalidad, y esa es la intención del escrito que acabo de leer aquí. En cuanto a las opiniones que el señor senador tiene con respecto al mismo, creo que de todas maneras, aunque él dice que sin prejuzgar, en realidad no ha prejuzgado, sino que ha juzgado ya, de acuerdo con su criterio, la interpretación que nosotros damos a las leyes. Está bien que así lo haga, está en su derecho, pero si hablamos de legalidad creo yo que debemos también atenernos a los hechos. No se cumplió con el derecho de audiencia para las autoridades municipales de Juchitán, señor senador.

El telegrama que llegó al presidente municipal de Juchitán, citándolo a la sesión extraordinaria de la Legislatura local, llegó a Juchitán 12:45 del día en que se celebraba la sesión, que principió a la una de la tarde. Y como usted comprenderá ni aun con los más modernos medios de comunicación, de transporte de que se dispone en la actualidad, a menos que en Juchitán se tuviera ya a la mano alguna nave espacial, el presidente municipal podía haberse transportado, trasladado de Juchitán a la capital del estado en 15 minutos.

En segundo lugar, quiero hacer notar que, justamente lo que nosotros estamos reivindicando es la facultad de las legislaturas, para actuar en casos como éstos, pero no las que de ningún modo se conceden en la Constitución del Estado y en el artículo 115, a un gobernador, porque no existe; y en todo caso la Legislatura local, del señor senador que no es abogadillo sino abogado, debe saberlo, debió haberse designado a los suplentes integrantes del ayuntamiento para reemplazar a aquellos que se desconocía y no se procedió así. En consecuencia, creo yo, para no extenderme en estas aclaraciones, que deseamos que sean las comisiones respectivas las que analicen detenidamente nuestra denuncia, nuestra petición; pero que no ocupemos la tribuna nuevamente para tratar, como ya lo dije en la ocasión pasada, "de acarrear cada quien agua para su molino".

Los hechos, como decía mi paisano y amigo Vélez Torres, son los hechos, y son tercos, y lo cierto es que todo lo estamos constatando, el pueblo de Juchitán no concede ningún valor a la decisión tomada por el gobernador y está con sus autoridades; lo está probando, lo sigue probando y lo va a seguir probando. Y no se dejará arrastrar por provocaciones ni invocará la violencia, ni será el pueblo, en última instancia, el que acuda al empleo de la violencia.

Esto lo hacen los pueblos cuando en definitiva no se les deja otra alternativa, cuando se les orilla a responder a la violencia con la violencia; y espero yo que éste no sea el caso, señor senador Sales.

El C. senador Renato Sales Gasque: Señor Presidente, pido la palabra para una pequeña aclaración.

El C. Presidente: Sí, señor senador, tiene usted el uso de la palabra.

El C. senador Renato Sales Gasque: Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea: La aclaración únicamente es para señalar que no hablé de un solo telegrama, hablé de dos; uno en la noche y otro que fue recibido por el médico del H. ayuntamiento a las 8:30 de la mañana del propio día 3.

Pero otra parte, sí es cierto, cuando se desconoce a un miembro del ayuntamiento se llama a su suplente; cuando se declara desaparecido a todo el ayuntamiento hay que nombrar un consejo municipal.

Por otra parte, se dice aquí que los miembros del ayuntamiento y el pueblo de Juchitán, acude a la violencia. Y yo pregunto si ya fue desaparecido, con la categoría de una determinación de la máxima autoridad estatal y un respeto profundo al federalismo; ¿qué hacen en el palacio municipal? ¿Por qué están posesionados ilícitamente del palacio municipal?

Es la propia autoridad designada la que está pidiendo concordia y paz. Y yo quiero en este momento invitar al PSUM que reflexione. Para devolver la paz a ese pueblo juchiteco, a ese pueblo con características tan tremendas de dolor y miseria. Vamos a construir la democracia, señor diputado, en la concordia, en la paz y por el camino de la legalidad; no exaltando la violencia como Pablo Gómez hizo, que categóricamente dijo, que por ningún concepto, por los medios que fuere, permanecería en el gobierno del municipio de Juchitán. ¿No es eso exaltar a la violencia?

El C. diputado Gerardo Medina Valdez: Señor Presidente, pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. diputado Gerardo Medina Valdez: Para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Gerardo Medina Valdez, para hechos.

El C. diputado Gerardo Medina Valdez: Señor Presidente: En realidad hablar de hechos es excesivo, debí de haber dicho en singular, hecho.

Yo quiero dejar, por segunda vez de lo que ya esta Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, constancia de mi enérgica protesta por la violación a los procedimientos a que deben sujetarse los asuntos que aquí se plantean.

Tengo necesidad de recordar que no es la primera vez que ocurre lo que estamos presenciando. El texto leído por el diputado Edmundo Jardón Arzate, debió simplemente recibir el trámite, de turnarlo al Diario de los Debates, y no sujetarlo, sin siquiera correr el trámite formal, a discusión.

Hace meses presenté una iniciativa de reformas a la Ley de Responsabilidades, que simplemente debió turnarse a las comisiones correspondientes, eso era lo que procedía, eso es lo que establecen los reglamentos; pero en esa ocasión se intentó rebatir esta iniciativa de ley sin siquiera haberlo turnado antes a las comisiones, y no creo que casualmente haya sido en aquella ocasión y ahora nuevamente el señor senador y licenciado Renato Sales Gasque el que se haya prestado a repetir esa maniobra. Por lo visto el señor senador y licenciado, de amplia carrera en la judicatura Renato Sales Gasque, va a ser, no ya fue, estamos por terminar el periodo, ajonjolí de todos los moles jurídicos siempre y cuando estos moles estén en la mesa del PRI. No volveré a incurrir en el mismo error de entrar al fondo aquí discutido por el senador y licenciado Renato Sales Gasque, si hay o no fundamentación suficiente para establecer si se cometieron o no las violaciones de que habla el documento presentado aquí por el compañero diputado Jardón Arzate, no es materia de esta Comisión Permanente, y yo creo que se confunde la libertad con el partidarismo, este procedimiento seguido ahora es repetidamente irregular, cualquier abogadillo sabe y con mucha razón un jurista como el senador Sales Gasque, que como Poder Legislativo todos sus miembros deben dar ejemplo de sujeción a las leyes y a los reglamentos y me extraña que no un abogadillo sino en jurista como el senador Renato Sales Gasque se preste a violar de esa manera los reglamentos que rigen el funcionamiento del Congreso y específicamente de esta Comisión Permanente.

El C. senador Antonio Riva Palacio López: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano senador Riva Palacio.

El C. senador Antonio Riva Palacio López: Estoy seriamente preocupado esta mañana, seriamente preocupado porque se ha venido a decir aquí que se ha violado flagrantemente el Reglamento, pero se imputa la violación a un miembro de la mayoría porque contesta argumentos vertidos en un documento que se lee y que no existe en nuestro Reglamento ninguna situación que prevea ni en la Ley Orgánica que se vengan a leer documentos para que consten en el Diario de los Debates.

Con todo respeto a mis experimentado y estimados colegas, en esta tribuna se puede decir todo o se pueden presentar iniciativas. Pero si yo me acojo a un procedimiento establecido en la Constitución y en la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos, mi trámite se agota dentro del procedimiento que establecen esos cuerpos legales y no existe posibilidad de que venga a esta tribuna a leer lo que ya presenté ajustándome a esos procedimientos en el órgano competente.

Porque en ese caso se debió de haber llamado la atención al diputado Jardón, porque está repitiendo o refritando aquí lo que ya había dicho ante el órgano competente. Si lo dice aquí se está refiriendo a un tema que puede ser controvertido y contestando porque está expresando fundamentaciones. Si el señor diputado Jardón se hubiese concretado a leernos un oficio donde remitía para efectos de inserción lo presentado, la protesta que emitió primero que él en lo personal en una moción y la que ha hecho aquí enérgicamente el compañero Medina sería procedente.

Pero no fue así, vino y expuso, desarrolló, argumentó, entonces dio lugar a que se le contestara dentro de la más estricta práctica parlamentaria.

Es otra cosa la iniciativa a la que hizo mención el diputado Medina y en la que en alguna ocasión comentamos él y yo, no se vale a título de iniciativa violar algo que es muy importante en la práctica parlamentaria, el exponer, escudado en que no se me puede contestar lo que argumento, porque lo envuelvo formalmente en una iniciativa - aunque me salga yo en la motivación - , pero que corresponde a esa iniciativa. Las prácticas parlamentarias sanas exigen la posibilidad de contradicción y los reglamentos prevén en los casos en los cuales no puede haber contradicción y en ellos no se encuentra el que ha hecho esta mañana el compañero diputado Jardón, porque él vino a hacer una exposición distinta, aunque sea en las mismas palabras de lo que satisfizo con un procedimiento que agotó con su presentación en la Oficialía de Partes de la Cámara de Diputados.

Esa es estrictamente la práctica parlamentaria, esa es la aplicación correcta del Reglamento; lo demás no se; porque lo demás implica llevar agua a nuestro molino. Muchas gracias.

El C. diputado Baltazar I. Valadez Montoya: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Para referirse a los hechos?

El C. diputado Baltazar I. Valadez Montoya: No, para comentar esto.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Baltazar Ignacio Valadez Montoya.

El C. diputado Baltazar I. Valadez Montoya: Ignacio González Gollaz, que fuera candidato a la Presidencia de la República del Partido Demócrata Mexicano, hablaba de que en México hay cuatro hambres: el hambre de alimento, el hambre de justicia, el hambre de educación y el hambre de participación política. Yo agregaría una quinta: en México hay hambre de verdad.

A los mexicanos se nos ha mentido tantas veces que no confiamos en nada ni en nadie. Todo lo que se ha dicho, lo que se ha escrito, sobre el penoso y doloroso caso de Juchitán se ve, se oye y se lee con duda. ¿Quién miente?

Y frente a esta realidad de desconfianza del pueblo mexicano y frente al hecho incuestionable de que este asunto no sólo afecta al municipio de Juchitán sino a todo el país, me parece, independientemente de las formas que deben seguirse, que debiera, esta Comisión Permanente, integrar una comisión pluripartidista para que investigue los hechos desde su origen y pueda el pueblo mexicano escuchar una voz con más autoridad y con más posibilidades de credibilidad. Si las formas que establecen reglamentos no las hemos seguido, quede por lo menos esta inquietud y esta sugerencia en bien de que se satisfaga esa quinta hambre. El hambre de verdad que tiene el pueblo mexicano.

El C. Presidente: de acuerdo con nuestro Reglamento, señor diputado, la proposición que se ha servido usted hacer en la tribuna está sujeta a ciertas formalidades que en su caso le apreciaríamos satisfacer debidamente para poderla tomar en consideración.

En virtud de que la Secretaría dio cuenta de haberse agotado los asuntos en cartera... perdón.

ELECCIONES EFECTUADAS EN AGUASCALIENTES

El C. diputado Baltazar Ignacio Valadez Montoya: Perdonando de nuevo, para comentar las elecciones de Aguascalientes.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Baltazar Ignacio Valadez Montoya.

El C. diputado Baltazar Ignacio Valadez Montoya: Gracias, señor Presidente. Como siempre ha sucedido, les prometo a ustedes que seré muy breve.

A través de los diferentes medios de comunicación e información, se ha estado afirmando que las elecciones del pasado 7 de agosto en Aguascalientes, fueron un ejemplo de transparencia, de ajuste al derecho.

Cuando mi partido me pidió que fuera a auxiliar a nuestros compañeros en este proceso electoral, debo decirles con toda sinceridad que pensé que me iba a ir casi, casi de vacaciones, porque conozco el desarrollo político que existe en ese Estado que considero mi tierra natal, y porque conozco de la capacidad y la inteligencia de quienes lo han gobernado. Desgraciadamente me equivoqué y desde las primeras horas del día de la elección comenzamos a tener serios problemas. Llegaron a nuestras oficinas numerosos representantes del partido de casillas electorales, informándonos de que fueron rechazados, que no fueron admitidos en la casilla electoral.

Nos dirigimos de inmediato al Comité Municipal Electoral, no tuvimos la oportunidad de clasificar este asunto, porque se nos dijo en el Comité Municipal Electoral, que ello se debía a una disposición del Comité Estatal Electoral. Y se nos facilitó una circular de este organismo electoral que dice lo siguiente:

"A los presidentes de casillas electorales. Para que queden complementadas las disposiciones de la Ley Electoral del Estado, particularmente las contenidas en el artículo 115, rogamos a ustedes que en forma esmerada requieran a los representantes de Partido o de Candidato, para urgirlos en su casilla antes de que estos empiecen a practicar cualquier función, que se identifiquen en forma, que se vea sin lugar a duda, que la persona que exhiba el nombramiento de representante, sea real y verdaderamente la que se presente con este carácter.

Igualmente, encarecemos a ustedes que pidan a los representantes de que se viene hablando, que acrediten que están inscritos en el Padrón Electoral.

Si no satisfacen cumplidamente esos dos extremos, no deberán ser admitidos en su casilla quienes ostenten representantes del partido o de candidatos.

Queriendo comentar el contenido de esta circular, que de ninguna manera justificaba la no admisión o la expulsión de representantes de los partidos de las casillas, con los responsables de este organismo electoral, nos encontramos, qué lástima que no se encontraba ninguno de ellos en la sede del organismo.

Estuvimos allí desde las 8:30 de la mañana hasta cerca de las 12:00, cuando el personal nos decía; "ya mero viene el presidente o el secretario".

Cuando se hablaba entre los representantes de los partidos, porque este problema lo tuvimos todos nosotros, de la posibilidad de retirar a los pocos representantes que quedaron de las casillas e irnos a la plaza para denunciar este hecho. Entonces, hasta que por fin, cuando se hablaba de esta posibilidad, fuimos atendidos.

Se nos explicó que en realidad estaba fundada la actitud de los presidentes de casilla, porque en el artículo 31 de la Ley Electoral

del Estado, se establece: Los partidos políticos tienen derecho a nombrar un representante ante las mesas directivas de casilla de los distritos o municipios en los que postulen candidatos. Su función será vigilar el cumplimiento de la Ley y la efectividad del sufragio el día de la elección, pudiendo presentar protestas por escrito y ejercitar las atribuciones que esta Ley les confiere en la casilla correspondiente. Dichos representantes deben ser vecinos de la sección electoral para la cual fueron designados representantes.

Sin embargo, a estos señores, los presidentes de casilla, se les leía también el artículo 113 de la misma ley, que dice: Los partidos políticos con candidaturas registradas y sus candidatos propietarios, podrán nombrar representantes ante los distintos organismos electorales en los términos de los artículos 61 y 68 de esta ley, sus funciones serán vigilar el cumplimiento de la ley en el proceso electoral e interponer los recursos que proceden. Los representantes deben ser vecinos de la entidad, cualquiera que sea su carácter.

Evidentemente, hay contradicción entre una y otra disposición. De esta circular no se hizo de su conocimiento a ninguno de los integrantes del Comité Estatal Electoral, y el hecho que produjo es que durante más de 4 horas, en las casillas, abierto ya el proceso electoral, no pudieron estar representadas, por lo menos en el 60 o 70% de las mismas, los partidos políticos. Y si junto a este hecho se da el testimonio de numerosos ciudadanos que fueron a expresar a las oficinas de los diferentes partidos políticos, que votando a las 9 o 9:30 de la mañana, ya tenían dificultad para depositar su boleta electoral en un ánfora que la sentían llena, hay motivo para dudar de la limpieza de esta elección.

El PDM ha señalado y reitera en esta ocasión esta conducta; que allí en donde perdamos una elección, sabremos reconocerlo abiertamente; pero allí donde tengamos la convicción de que ganamos, sabremos defenderla también con toda nuestra capacidad y con toda nuestra fuerza. Y de acuerdo con esta conducta política, reconoce el Partido Demócrata Mexicano que perdió las elecciones en 7 de los 9 municipios del estado de Aguascalientes, que tienen dudas de haber perdido en el Municipio de Rincón de Romos y que tiene la honesta convicción de haber ganado en el Municipio de Calvillo, Aguascalientes. Pero, y esto es lo más grave en este proceso, tenemos pruebas de que en Calvillo entre algunas de las graves irregularidades, se registró el hecho de que se llevaron camiones urbanos, 20 cuyas placas tenemos anotadas, de la ciudad de Aguascalientes con ferrocarrileros, con vendedores ambulantes a votar en el Municipio de Calvillo. También tenemos la queja de numerosos militantes simpatizadores del Demócrata Mexicano de que al llegar a la casilla se les quitaba su credencial y no se les permitió votar. Como es de comprendierese en una comunidad pequeña los rostros se conocen y se sabe a qué partido militan, de tal manera que los demócratas son fácilmente localizados e identificados. Ante estos hechos, no quiero señalar otros, hay la petición de militantes simpatizadores del PDM que hagamos, que promovamos acciones enérgicas, no quieren incluso algunas que pudieran considerarse al margen de la ley, para defender su voto. Lo que nosotros les respondemos es que este proceso no ha terminado, que en la misma ley se prevén los recursos que pueden interponerse para que la situación se clarifique y se obre de acuerdo con el derecho.

Se les ha informado que el Demócrata Mexicano pedirá la nulidad de las elecciones en los municipios de Rincón de Romos y de Calvillo y que pedirá se convoque a elecciones extraordinarias. Confiamos en que las autoridades electorales, los organismos electorales obrarán de acuerdo con derecho y oirán y atenderán evidencias para actuar con justicia, más ahora cuando definitivamente todos estamos obligados a demostrar que la vía política, la vía del civismo es la que debemos transitar para lograr el cambio que este país necesita y reclama. Muchas gracias.

El C. senador Manuel Ramos Gurrión: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. senador Manuel Ramos Gurrión: Para responder al señor diputado.

El C. Presidente: Tiene la palabra el senador Manuel Ramos Gurrión.

El C. senador Manuel Ramos Gurrión: Señor Presidente, compañeros senadores y diputados, miembros de esta Honorable Comisión Permanente. Yo recuerdo que en las primeras sesiones que tuvimos en esta Comisión el diputado Valdez Montoya se refirió a los procesos electorales de los Estados de Jalisco y de San Luis Potosí, argumentando irregularidades en los procesos electorales a que he hecho mención.

En esa ocasión coincidimos en afirmar que las elecciones se deciden en las urnas electorales, que son los ciudadanos en el libre ejercicio de sus derechos, los que determinan qué candidatos y qué partidos políticos son los que merecen su simpatía y su confianza para elegirlos sus representantes.

Hemos dicho reiteradamente y lo volvemos a decir nuevamente en esta tribuna que los políticos presentan sus plataformas y sus candidatos, pero es la voluntad ciudadana la que determina quienes deben ser sus gobernantes.

Efectivamente, en las elecciones de Aguascalientes hubo una extraordinaria difusión de ese proceso electoral. Todos los órganos informativos extremaron opiniones en el sentido de que había sido un proceso electoral con una gran limpieza, sin ningún incidente, fuera de aquellos naturales que despierta la pasión política de simpatizantes y de partidos frente a la renovación

de Ayuntamientos y del Congreso Local como sucedió en ese estado.

No ha habido por fortuna ningún comentario en donde tengamos que lamentar algún hecho desagradable. Y las opiniones del diputado Valadez Montoya, muy respetables, nosotros las tomamos con una posición muy atinada para dejar que sean los órganos electorales competentes los que se encarguen de revisar todos y cada uno de los pasos de este proceso electoral.

Debemos recordar que una vez que se realiza una elección, los órganos electorales que están actuando conforme a una ley electoral estatal, son los que se encargan de ir realizando los siguientes pasos en esa actitud.

Por ejemplo, el día de las elecciones si hay protestas de los partidos políticos por supuestas irregularidades, compete a la Comisión Local Electoral - El día en que se realicen los cómputos- resolver sobre los recursos de protesta por incidentes que, como los que señala el diputado Valadez Montoya, tienen que resolverse en el seno del órgano electoral correspondiente. Y aún más, si una vez realizados los cómputos municipales o distritales el día que señala la ley, hay protestas de los partidos que han participado, existen los recursos de queja, de revisión, de revocación, cuya resolución está sujeta al Colegio Electoral que así se convierte la legislatura del Estado.

Habla el diputado Valadez de que acepta la pérdida de votos o de la elección, en 7 de los Municipios que integran el estado de Aguascalientes. Afirma que tiene dudas respecto a la elección en el municipio de Rincón de Romos, y manifiesta que su partido con sus candidatos ganaron en el municipio de Calvillo.

Nuestros representantes de partido nos enviaron una información extra - oficial sujeta, lógicamente, a lo que determinen los órganos electorales, pero queremos informárselo al señor Valadez Montoya, de que la elección en el municipio de Rincón de Romos se realizó con la mayor tranquilidad, no hubo ninguna protesta presentada por el Partido Demócrata Mexicano y el resultado extra - oficial es que la votación favorece a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, en un número de 4600 votos aproximadamente, por 1684 votos que ha obtenido el Partido Demócrata Mexicano.

En el caso particular de Calvillo, habla el diputado, de irregularidades manifiestas en este municipio, y debo decirle, que por la información extra - oficial que tenemos, en ese municipio, diputado, se instalaron 25 casillas. De esas 25 casillas, el Partido Demócrata Mexicano ganó, hablo de información extra - oficial, 11 casillas; el Partido Acción Nacional ganó 2 casillas, y el Partido Revolucionario Institucional ganó 12 casillas. La votación extra - oficial que nos reportan nuestros representantes, es en el sentido que el PRI obtuvo una votación de 4436 votos, y que el Partido Demócrata Mexicano 3365 votos. Si hubo casillas obtenidas por el Demócrata Mexicano reconocidas por nosotros; si hubo casillas ganadas por el Auténtico Nacional reconocidas por nosotros, por qué no reconocer las casillas que ganó el Revolucionario Institucional, y atenernos al resultado que extraoficialmente damos a conocer.

Volvemos a decir, compañeros y compañeras, que las elecciones se ganan con votos; y el diputado que habla con toda atingencia de la verdad, que es un apasionado defensor de la verdad, cosa que se lo elogiamos, acepte la verdad en el caso de las elecciones de Aguascalientes. Muchas gracias.

OPINIÓN DE LA PRESIDENCIA

El C. Presidente: Compañeros legisladores, en esta sesión y en general en esta Comisión Permanente, donde han quedado debidamente probados, creo yo, el carácter pluripartidista, verdadero, de su ejercicio regular, hay también ocasiones, además de las discrepancias naturales que entre representantes de diferentes partidos ocurren, las ha habido varias, en que todos los señores representantes de partido hemos coincidido en algunos tópicos y tesis.

DECLARACIÓN CONJUNTA DE SOLIDARIDAD AL PUEBLO CHILENO

El C. Presidente: El señor senador Raúl Salinas Lozano, pidió oportunamente la palabra para dar lectura precisamente a una declaración en la cual, según informó en esta mesa, hay concurrencia de todos los partidos políticos aquí representados.

Tiene la palabra el C. senador Raúl Salinas Lozano.

El C. senador Raúl Salinas Lozano: Ciudadano Presidente. Compañeros legisladores. Voy a dar lectura a una Declaración Conjunta de los partidos políticos representados en esta Comisión Permanente.

"DECLARACIÓN CONJUNTA"

Oportunamente el pueblo y el Gobierno de México, condenaron el golpe de Estado que derrocó el Gobierno Constitucional de Salvador Allende, en la hermana República de Chile y se rompieron las relaciones diplomáticas con quienes usurparon el poder. Solidariamente se otorgó asilo a centenares de ciudadanos chilenos que como perseguidos políticos salieron de su país, muchos de los cuales continúan viviendo entre nosotros o en otros países y están demandando el retorno de su patria a la legalidad y el restablecimiento de la democracia.

Los diversos partidos políticos representados en el seno de la Comisión permanente del Congreso del la Unión, han seguido con atención los acontecimientos que últimamente se han suscitado, cuya característica fundamental es una mayor amplitud en la expresión del descontento

en contra de la dictadura que encabeza el general Augusto Pinochet; y que comprende incluso algunos actores chilenos que anteriormente habían respaldado ese régimen y que ahora se expresan en su contra, cubriendo todos los espacios de la sociedad chilena.

El pueblo chileno ha expresado su firme rechazo al citado régimen, mediante la realización de concentraciones de ciudadanos de todas las clases sociales y ha llevado a cabo el estallamiento de huelgas que han paralizado la producción y los servicios fundamentales en ese país.

Los partidos políticos representados en la Comisión Permanente, consideran que el pueblo chileno tiene el derecho inalineable de construir el sistema económico y social que mejor convenga a sus intereses nacionales; y patentizan su apoyo y solidaridad con el pueblo chileno, para que sin la presencia de ninguna intervención contraria a sus propios intereses, pueda restaurar las normas e instituciones democráticas que requieren para el progreso económico con justicia social y para un desarrollo nacional con independencia.

México, D. F., agosto 10 de 1983.

Senador Miguel González Avelar, senador Antonio Riva Palacio López, diputado Enrique Soto Izquierdo, diputado Gerardo Medina Valdez, diputado Edmundo Jardón Arzate, diputado Baltazar I. Valadez Montoya, diputado Alberto Salgado Salgado, diputado Héctor Ramírez Cuéllar".

ORDEN DEL DÍA

- El mismo C. Secretario:

"Comisión Permanente.

Primer receso de la 'LII' Legislatura.

Orden del Día

17 de agosto de 1983.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Iniciativas de CC. senadores

De Ley Federal de Organismos Cooperativos.

Comunicación del C. Oficial Mayor de la H. Cámara de Diputados.

Dictámenes de primera lectura

Cuatro de la Tercera Comisión, con proyectos de Decreto por los que se concede permiso a los CC. José Sánchez Sandoval, Arturo Salinas Díaz, Francisco Soto Solís, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

De la Primera Comisión, con proyecto de Decreto por el que se concede permiso a los CC. Juan Cruz Huerta, Guillermina Fragoso Chávez María Elena Elías Bornacini, Miguel Garcés Gutiérrez, Ma. del Carmen Landa y Aguilar y Salvador de la Isla Nájera, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América, en México y en el Consulado en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Dictámenes a discusión

De la Segunda Comisión con Puntos de Acuerdo por los que se ratifican grados a los CC. Tomás Ortega Bertrand, Marcial L'Eglise Muttio, Juan Quintana Leonés, Gregorio Núñez Ehuan, Fernando Magaña Gayou, José Rivera Arreola, Gustavo Adolfo Orozco Peralta, José Eduardo Luna Roma, Antonio Berdón Nevárez, Pedro Pineda Navarro, Gerardo Olavarrieta León y Juan José Pinto Zepeda.

De la Tercera Comisión con Punto de Acuerdo, relativo a la proposición del C. diputado Edmundo Jardón Arzate, para que se convoque a un periodo extraordinario de sesiones, para legislar sobre la Escala Móvil de Salarios."

- El C. Presidente (a las 14:00 horas): Habiendo la Secretaría avisado oportunamente el agotamiento de los asuntos en cartera, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo miércoles 17 de agosto a las 11:00 horas.

El Oficial Mayor,

Lic. José Gonzalo Badillo Ortiz