Legislatura LII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19820921 - Número de Diario 24
(L52A1P1oN024F19820921.xml)Núm. Diario:24ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"LII" LEGISLATURA
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos el 21 de septiembre de 1921
AÑO I México, D. F., martes 21 de septiembre de 1982 TOMO I. NUM. 24
SUMARIO
APERTURA
ORDEN DEL DÍA
ACTA DE SESIÓN ANTERIOR .
SE APRUEBA
INVITACIÓN
A la ceremonia en la que el C. profesor Carlos Jonguitud Barrios gobernador de San Luis Potosí, rendirá su Tercer Informe de gobierno. Se designa comisión.
OFICIOS DE LA SECRETARIA
DE GOBERNACIÓN
DOCUMENTACIÓN RELATIVA
A LA NACIONALIZACIÓN
DE LA BANCA
El C. licenciado José López Portillo remite la documentación mencionada en su VI Informe Presidencial, Bases metodológicas para la investigación de bienes raíces, Investigación previa de operación de inmobiliarias extranjeras operando en México, Muestra de adquisición de bienes raíces por inversionistas nacionales en el extranjero, y Muestra de folletos y forma de operación. Al efecto, se nombra una comisión que estudie los documentos y concluya soluciones. Se aprueba la comisión citada. Se turna la documentación a esta comisión y se acuerda comunicar la comisión al Senado con el objeto de que nombre una similar.
INICIATIVAS DE LEY
ARTÍCULOS 28, 73 Y
123 CONSTITUCIONALES
Iniciativa Presidencial de adiciones y reformas a los artículos mencionados, en relación a la nacionalización del servicio público de la banca y el crédito. Se turna a comisión. Imprímase.
LEY ORGANICA DEL
BANCO DE MÉXICO
Iniciativa Presidencial de la ley mencionada. Se turna a comisión .Imprímase.
CÓDIGO PENAL
Iniciativa Presidencial de reformas al Título X del Código nombrado, denominado Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Se turna a comisión Imprímase.
DICTAMEN A DISCUSIÓN
ARTÍCULO 74 CONSTITUCIONAL
Proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción IV del artículo citado, que trata de la fecha en que el Ejecutivo Federal hará llegar a la cámara las iniciativas de leyes de ingresos y los proyectos de presupuesto
A discusión el Artículo Unico. Intervienen los CC., en pro Iván García Solís, Dulce María Sauri Riancho y Manuel Cavazos Lerma y para hechos, Rolando Cordera Campos y García Solís. Se aprueba por mayoría. Pasa al Senado
INICIATIVA DE DIPUTADOS
ARTÍCULOS 65, 66 Y
69 CONSTITUCIONALES
Presentada por la diputación del PPS, por voz del diputado Sergio Ruiz Pérez, tendiente a reformar los artículos nombrados, coincidentes a períodos de sesiones legislativas. Se turna a comisión. Imprímase.
OFICIO DE LA SECRETARIA
DE GOBERNACIÓN
PERMISO AL EJECUTIVO PARA
AUSENTARSE DEL PAIS
Solicitud de permiso del C. licenciado José López Portillo para abandonar el país. Objeto, comparecer ante la Asamblea General de la ONU el día 1o. de octubre y realizar una visita de Estado a la República Dominicana los días 11 y 12 del propio mes. Se turna a comisión.
PROPUESTAS SOBRE
LA SITUACION ECONÓMICA
Y COMPARECENCIAS
La diputada Emma Medina Valtierra del PAN, propone que próximamente se
examine la situación económica del país en tres sesiones y se cite sucesivamente a tres Secretarios de Estado, con el objeto de que ilustren la opinión de la Asamblea sobre el particular. Interviene en pro de la proposición el diputado Astolfo Vicencio Tovar. Se admite la propuesta. Se turna a comisiones.
HECHOS ACAECIDOS EN
PACHUCA, HIDALGO
Denunciados por el diputado René Rojas Ayala, sobre detenciones de ciudadanos por policías y otros actos que cometieron de abuso de autoridad.
MASACRE ISRAELI AL
PUEBLO PALESTINO
El diputado Salvador Valencia Carmona se refiere a estos acontecimientos últimos; a la política exterior de México; solicita suscribir una Declaración que condene los hechos de Sabra y Chatila y exigir una investigación de los mismos y otras apreciaciones del ámbito internacional relativos al caso. Se aprueba la Declaración en sus términos.
Para abundar sobre el tema y hacer reflexiones personales, usan de la palabra los CC. Edmundo Jardón Arzate del PSUM. Héctor Ramírez Cuéllar del PPS, Marco A. Fragoso Fragoso del PAN, Juan López Martínez del PDM y Cándido Díaz Cerecedo del PST.
ORDEN DEL DÍA
De la sesión próxima. Se levanta la sesión.
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. GUILLERMO PACHECO PULIDO
(Asistencia de 360 ciudadanos diputados.)
APERTURA
- El C. Presidente (a las 10:35 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
- El C. secretario Everardo Gámiz Fernández:
"Primer Período Ordinario de Sesiones, LII Legislatura.
Orden del Día 21 de septiembre de 1982.
Lectura del Acta de la sesión anterior.
El Congreso del estado de San Luis Potosí, invita a la Sesión Solemne en la que el C. profesor y licenciado Carlos Jonguitud Barrios gobernador Constitucional del Estado, rendirá su Tercer Informe de Gobierno, la que tendrá lugar el próximo 24 de septiembre.
Proposición de la Gran Comisión.
Iniciativas del Ejecutivo
Para adicionar o reformar los artículos 28, 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Ley Orgánica del Banco de México.
De reformas al Título X del Código Penal, denominado Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Dictámenes a discusión
De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción IV del Artículo 74 constitucional."
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
- El mismo C. Secretario:
"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día catorce de septiembre de mil novecientos ochenta y dos.
Presidencia del C. Guillermo Pacheco Pulido
En la ciudad de México, a las diez horas y cuarenta minutos del martes catorce de septiembre de mil novecientos ochenta y dos, con asistencia de trescientos ochenta y cuatro ciudadanos diputados, la presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del Orden del Día y del acta de la sesión anterior verificada el día de ayer, misma que sin discusión se aprueba.
Se da cuenta con los documentos en cartera:
El Congreso del estado de Colima suscribe atenta invitación a la sesión pública y solemne que tendrá lugar el día 19 de los corrientes, en la cual la C. Griselda Alvarez gobernadora Constitucional de dicha entidad, rendirá el Tercer Informe de su gestión administrativa.
Para asistir a la sesión mencionada en representación de este Cuerpo Legislativo, la presidencia designa en comisión a los ciudadanos diputados Armida Martínez Valdéz, Norma López Cano, Xóchitl Elena Llarena de Guillén, Humberto Silva Ochoa, Ramón Serrano García, Serafín Domínguez Fermán y Gabriel Salgado Aguilar.
La Secretaría da lectura al Reglamento del grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México. Insértese en el Diario de los Debates.
Las comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública suscriben un dictamen con proyecto de Decreto, que reforma la fracción IV del Artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.
El C. diputado Enoch Cancino Casahonda hace uso de la palabra para hacer una relación de la vida histórica de Chiapas y de su permanente mexicanidad, en ocasión de cumplirse 158 años de que Chiapas pasó a formar parte de la Federación de México.
Por su parte, el C. diputado Pablo Castillón Alvarez usa de la Tribuna para denunciar hechos acaecidos en la madrugada de hoy en el poblado de Bacum del estado de Sonora, donde resultaron siete personas heridas, dos de ellas de gravedad, y señala como dirigente de la masacre al actual presidente municipal, señor Manuel Corral Arreola.
Menciona una serie de atropellos cometidos en contra de todos los ciudadanos miembros del Partido Acción Nacional en el estado de Sonora, señalando como responsable de dichos atropellos al señor gobernador del estado, Samuel Ocaña García.
Agrega que ha recorrido todos los caminos legales hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia, donde han presentado por escrito todas las pruebas conducentes, dado al conflicto de poderes, para que sea la Suprema Corte quien resuelva en definitiva conforme a la Ley Electoral del Estado, este conflicto.
Hace una relación de todos los hechos en que se han visto afectados en todo el Estado y concluye solicitando que esta Cámara de Diputados pida a la de Senadores, que con base en esta denuncia, ordene la investigación de los hechos, y de comprobarse que son ciertos, declare desaparecidos los poderes constitucionales del estado de Sonora.
Después de mociones del C. diputado Astolfo Vicencio Tovar y de aclaraciones de la presidencia, la secretaría por instrucciones del C. Presidente de la Asamblea, da lectura al Artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.
Con base en el precepto mencionado, hacen uso de la palabra, en pro el C. diputado Jesús Larios Ibarra y en contra el C. diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera. Antes de la intervención del C. Beltrones Rivera, la C. diputada Ma. Teresa Ortuño Gurza solicita al orador se concrete a contestar las denuncias hechas por el C. Castillón Alvarez.
En votación económica la Asamblea no admite la proposición y en consecuencia se da por desechada.
Para referirse a las intervenciones de los oradores, hace uso de la palabra para hechos el C. diputado Gerardo Medina Valdez.
Agotados los asuntos en cartera se da la lectura del Orden del Día de la sesión próxima.
A las trece horas y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes veintiuno de los corrientes, a las diez horas. Se pasa a sesión secreta."
Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada.
INVITACIÓN
- El mismo C. Secretario:
"La L Legislatura del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, invita a usted a la sesión Solemne en la que el C. profesor y licenciado Carlos Jonguitud Barrios, Gobernador Constitucional del Estado, rendirá ante el H. Congreso del Estado su Tercer Informe de Gobierno. La ceremonia se efectuará el día 24 del presente a las 11:00 horas en el Teatro de la Paz declarado Recinto Oficial.
Atentamente, la Comisión Permanente.
San Luis Potosí, S. L. P., septiembre de 1982."
- El C. Presidente: Para asistir a este acto en representación de esta honorable Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados:
Leopoldino Ortiz Santos, Carlos Jiménez Macías, Onofre Hernández Rivera, Jorge Canedo Vargas, Helios Barragán López, Domingo Alapizco Jiménez, Víctor Alfonso Maldonado Moreleón, José Guadalupe Vega Macías, Odilón Martínez Rodríguez, Gerardo Ramos Romo, Eusebio Ordaz Ortiz, Mateo de Regil Rodríguez y Javier Sánchez Lozano.
OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN
DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA NACIONALIZACIÓN DE LA BANCA
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:
"Gran Comisión.
Honorable Asamblea:
La Secretaría de Gobernación remitió a los CC. Secretarios de la Gran Comisión el siguiente oficio:
Por instrucciones del C. Presidente de la República, licenciado José López Portillo, hago llegar a esa H. Cámara, por su amable conducto, la documentación anexa que se mencionó en el último informe que el propio Primer Magistrado rindió ante el H. Congreso de la Unión.
La documentación de referencia, se compone de lo siguiente :
A) bases metodológicas para la investigación de bienes raíces.
B) Investigación previa de operación de inmobiliarias extranjeras operando en México.
C) Muestra de adquisición de bienes raíces por inversionistas nacionales en el extranjero.
D) Muestra de folletos y forma de operación.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente,
México D. F., 17 de septiembre de 1982.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."
La Gran Comisión, de conformidad con el Artículo 47, fracción IV, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 71 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite proponer la integración de una comisión especial que estudie estos documentos y concluya soluciones, con los siguientes ciudadanos diputados:
Diputados Leopoldino Ortiz Santos, Mariano Piña Olaya, Francisco Alvarez de la Fuente, Heriberto Batres García, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Ricardo Cavazos Galván, Martha Chávez Padrón, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Jesús Luján Gutiérrez, José Ignacio Monge Rangel, Antonio Ortega Martínez, Salvador Rocha Díaz, Francisco Rodríguez Pérez y Jorge Treviño Martínez.
México, D. F., a 20 de septiembre de 1982.
`Año del General Vicente Guerrero.'
Presidente diputado Humberto Lugo Gil, secretario, diputado Enrique Soto Izquierdo, secretario, diputado Enrique Fernández Martínez Arce."
- La misma C. Secretaria: En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba la proposición de la Gran Comisión.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.
- El C. Presidente: Trámite: túrnese la documentación a la Comisión especial y comuníquese a la Colegisladora la integración de esta Comisión para la formación de su comisión respectiva.
INICIATIVAS DE LEY
ARTÍCULOS 28, 73 Y 123 CONSTITUCIONALES
- El C. Secretario Everardo Gámiz Fernández:
"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.
- Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presentes.
Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente les envío Iniciativa de Decreto que propone algunas modificaciones a la Constitución, con motivo de la nacionalización del servicio público de la banca y el crédito.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 17 de septiembre de 1982.
`Año del General Vicente Guerrero.'
El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."
"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.Presentes.
En el último informe de Gobierno que me permití rendir ante el H. Congreso de la Unión, hice mención de que el país tuvo que optar por una política de rápido crecimiento, para poder brindar mayores oportunidades de empleo para los mexicanos. Una política diferente hubiera arrastrado a la nación a sacrificios innecesarios, representados por desempleo, recesión económica, debilidad política, mayor marginación social, dependencia creciente, injusticia y represión.
El objetivo de la política que se adoptó fue lograr una expansión económica acelerada, que por una parte eliminara el desempleo y la marginación y por otra parte permitiera elevar el nivel de vida de la población en lo económico, lo social y lo cultural.
En los últimos meses se presentaron problemas financieros y monetarios, originados por factores externos e internos. Los externos, provenientes esencialmente del desorden económico internacional, que de manera directa tiene impacto negativo sobre la economía de países en proceso de desarrollo, con factores monetarios, financieros, comerciales, alimentarios, tecnológicos y otros.
Los factores internos tuvieron su origen, fundamentalmente, en la carencia de un sentimiento de solidaridad nacional, que se manifestó en el abuso de un régimen de libertad de cambios, en la concepción de una economía mexicanizada y protegida, que no correspondió con las obligaciones correlativas que tenía ante la Nación, y en la actitud altamente especulativa de la Banca Privada concesionada por el Estado.
Todo lo anterior provocó que importantes recursos, que se habían ido generando con el esfuerzo de los mexicanos durante un largo proceso, a través del ahorro fueran exportados para enriquecer economías extrañas y empobrecer la nuestra, o sea el país en el que se había logrado acumular esas riquezas.
El grupo de mexicanos que expatriaron esos ahorros destinados a impulsar nuestro proceso de desarrollo económico y social, encontraron la simpatía, el consejo y el apoyo decidido de los bancos privados, que se presentaron a servir de conducto para las remisiones de fondos, faltando así al cumplimiento de las responsabilidades sociales que asumieron al recibir del Estado sus concesiones para dedicarse al ejercicio de la banca y crédito y por ende para manejar los ahorros del pueblo.
Había necesidad de tomar medidas drásticas que permitieran a futuro defender los intereses de la sociedad, frente a una minoría carente de
solidaridad que causó tan grave daño; por lo cual, como me permití informarlo al H. Congreso de la Unión en el informe del 1o. de septiembre último, se estableció el control generalizado de cambios y se decretó la expropiación de los bancos privados en favor del Estado . Los decretos respectivos fueron publicados el mismo día 1o. de septiembre.
La nacionalización de la banca tiene trascendental importancia para que el país pueda proyectar y apoyar el proceso de desarrollo económico, social y cultural de la Nación con más celeridad, con mayor sentido patriótico y democrático, con más equilibrio, de manera más equitativa nacional y congruente y con mayor Justicia social, por lo que el Ejecutivo a mi cargo considera que dicho principio debe ser elevado a rango constitucional, como una conquista irreversible del pueblo mexicano.
Si el Estado tiene responsabilidad constitucional de regular y fomentar la actividad económica de acuerdo con el sistema de economía mixta que contiene la Carta Fundamental, por razones de congruencia debe dotársele de todos los instrumentos necesarios para orientar y corregir la marcha de los fenómenos económicos, pues sin tales facultades, como lo muestra la historia, la vida económica del país resulta sumamente vulnerable.
A través de un largo proceso evolutivo, las actividades de la banca de crédito se han convertido en un servicio esencial para la comunidad; es un satisfactor de imprescindibles necesidades sociales, porque han penetrado en el modo de vida de la sociedad, por lo que ya no pueden quedar al arbitrio de los particulares y deben salir de la órbita de éstos, para entrar en la del Estado con objeto de que el mismo pueda asegurar su funcionamiento de un modo continuo, regular y congruente con las necesidades de la colectividad, y no las de un grupo minoritario elitista e injusto.
Incorporado por disposición constitucional a las actividades de la Administración Pública, el servicio de banca y crédito permitirá adicionalmente que el Estado cuente con los instrumentos necesarios para defender la economía nacional, sin volver a verse sujeto a interferencias o desvíos de empresarios que han mostrado no prestar al país la solidaridad que la Nación les demanda, particularmente cuando las circunstancias financieras hacen de ello un imperativo.
Siguiendo las mismas ideas en lo que se refiere al servicio público de la banca y del crédito, que resultan necesarias a la vida nacional por ser un elemento indispensable en la producción, distribución y comercio de bienes y satisfactores dentro de la economía del país, el Ejecutivo a mi cargo estima conveniente que también se incorpore a nuestra Carta Magna la previsión de que no se considera monopolio, por excepción, la operación de los Bancos, ya que su actividad constituye un servicio público regulado actualmente por la Federación, lo cual implica adicionar el Artículo 28 de la Constitución.
A fin de correlacionar la previsión a que se refiere el párrafo anterior con las disposiciones afines contenidas en las fracción X y XVIII del Artículo 73 de la Constitución Política de la República, se proponen asimismo las adecuaciones correspondientes, con objeto de que el H. Congreso de la Unión quede facultado para legislar sobre servicios de banca y crédito y para dictar reglas a fin de determinar el valor relativo de la moneda extranjera.
Para defender los intereses de la Nación en el proceso de desarrollo económico, social y cultural, es menester que el Estado cuente con instrumentos idóneos que le permitan dar seguridad y estabilidad a la política financiera. Por eso, en la medida en que el Gobierno Federal preste el servicio de banca y crédito, se hace necesario que las relaciones laborales en esta materia se rijan por el Apartado B) del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cuyo efecto en la presente Iniciativa se propone agregar una fracción a dicho Apartado.
En virtud de lo anterior y con apoyo en lo dispuesto por la fracción I del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración del H. Congreso de la Unión, la presente Iniciativa de
DECRETO
Artículo primero. Se adiciona un párrafo quinto al Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como sigue:
Artículo 28.
Se exceptúa también de lo previsto en la primera parte del primer párrafo de este artículo la prestación del servicio público de la banca y crédito.Este servicio será prestado exclusivamente por el Estado a través de instituciones en los términos que establezca la correspondiente ley reglamentaria, la que también determinará las garantías que protejan los intereses del público y el funcionamiento de aquéllas en apoyo de las políticas de desarrollo nacional.
Artículo segundo. Se modifica la fracción X del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como sigue:
X. Para legislar en toda la República sobre Hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, servicios de banca y crédito, energía eléctrica y nuclear, para establecer el Banco de Emisión Unico en los términos del Artículo 23 y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del Artículo 123:
Artículo tercero. Se modifica la fracción XVIII del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como sigue:
XVIII. Para establecer casas de moneda, fijar las condiciones que ésta deba tener, dictar
reglas para determinar el valor relativo de la moneda extranjera y adoptar un sistema general de pesas y medidas.
Artículo cuarto. Se adiciona el apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la fracción XIII bis, como sigue:
B.
I a XIII.
XIII bis. Las instituciones a que se refiere el párrafo quinto del Artículo 28, regirán sus relaciones laborales con sus trabajadores por lo dispuesto en el presente apartado.
XIV.
TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo quinto de Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S. A., el Banco Obrero, S. A., y las sucursales en México de bancos extranjeros, que cuenten con concesión del Gobierno Federal, así como las organizaciones auxiliares de crédito.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Palacio Nacional, a 17 de septiembre de 1982.
El Presidente de la República, José López Portillo."
- Trámite Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.
LEY ORGÁNICA DEL BANCO DE MÉXICO
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:
"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. -
México, D. F. - Secretaría de Gobernación.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.Presentes.
Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa de Ley Orgánica del Banco de México, suscrita por el propio Primer Magistrado.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., septiembre 9 de 1982.
'Año del general Vicente Guerrero.'
El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."
CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presentes.
Dentro del nuevo marco del sistema financiero y crediticio mexicano, que debe descansar en la planeación económica y social y proyectarse en unas nueva estrategia de desarrollo, que se sustente en los recursos reales y financieros con que contamos y en donde la banca evolucione hacia un papel activo en la promoción del desarrollo y ya no neutral de simple prestamista, cobra particular importancia definir el papel que le corresponde el Banco de México, como banco central del nuevo sistema.
La actual sociedad anónima Banco de México, cuyos orígenes se encuentran en el Artículo 28 constitucional y que ha sido reglamentada a través de cuatro ordenamientos legales en 1925, 1932, 1936 y 1941, este último actualmente en vigor, ha tenido una regulación jurídica que ha sido producto de situaciones coyunturales y de la necesidad de lograr la aceptación y desarrollo de la banca central en México. Así, se ha avanzado en lo posible, más que en lo deseable, a pesar de lo cual dicho banco ha cumplido con su cometido. Sin embargo, es el momento de sustituirlo, por un nuevo ente que con la configuración de organismo público descentralizado del Gobierno Federal, le permita a la banca central cumplir con las funciones que le deben ser propias, que se desprenden del texto del Artículo 28 constitucional y de las nuevas que se requieren en estos momentos para avanzar dentro del proyecto de nación al cual aspiramos.
Cuando fue expedida la ley que creó el Banco de México, a fines de agosto de 1925, habría resultado por lo menos inoportuno anticipar la solución de los problemas que dicho Instituto tiene hoy ante él. Las condiciones que entonces prevalecían, estaban lejos de favorecer la implantación y el desarrollo de un banco destinado a servir de eje y núcleo de enlace a un sistema bancario realmente nacional. En rigor, el país carecía propiamente de bancos, por lo menos en el sentido moderno del término y, por otro lado los capitales disponibles escaseaban en extremo, tanto más cuanto que era sumamente restringido el uso que se hacía de los títulos de crédito, lo cual, combinado con las características del régimen monetario y con el fuerte residuo de desconfianza que quedaba en los hábitos de la población, por fuerza se tendía a alentar el atesoramiento en gran escala.
El texto original de la Ley que creó el Banco de México, no fue ni pudo ser ajeno a las circunstancias señaladas, antes bien resultaban hasta cierto punto incomprensibles las disposiciones en él contenidas, si se prescinde de tales circunstancias. Con la fundación del banco según el Artículo 1o. de esa Ley, se daba cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 28 constitucional, cuyos antecedentes y propósitos exigían que aquél asumiera desde luego las funciones propias de los bancos centrales. Por su parte, las circunstancias referidas aconsejaban cierta modestia en la ley destinada a organizar tal instituto, y que se diera preferencia a lo que más urgía conseguir, o sea que éste lograra el arraigo y la vitalidad de un verdadero banco, antes de especializar su actuación, limitándola a
trabajos de mayor responsabilidad y trascendencia. Resultaba, además, inútil esperar que circularan los billetes del banco y que éste ejerciera alguna influencia en el rudimentario mercado de dinero, mientras durara la tensión que se advertía en el mismo, ya que es apenas concebible el uso del crédito circulatorio en un medio donde ni siquiera tenía cabida el crédito comercial ordinaria y tan difícil, por lo menos, como eso, era que un banco central regulara el empleo de capitales que no permanecían inactivos en las cajas de los bancos o sólo conocían el atesoramiento o el préstamo usurario como forma de inversión.
En esas condiciones, la nueva institución inició su vida operando, directamente con el público. Por último, la prudencia más elemental descartó cualquier intento de apremio dirigido a conseguir el ascenso rápido de la emisión y que los bancos privados se asociaran al de México, aceptando su control y dirección.
De ahí el carácter un tanto equívoco de la ley citada, su aparente indecisión y timidez y su extrema sobriedad. Es ya significativo que la ley carezca de toda motivación oficial, pero en mayor grado lo es, que cuidadosamente se omita en ella toda referencia explícita al papel que más adelante habría de desempeñar el banco, o sea el de un banco central. En los términos de esa ley, la asociación de los demás bancos era tan libre y debía ser tan espontánea, como la admisión del billete por el público.
El banco participaba de dos naturalezas al nacer, y esto por las razones que ya se expresaron, estaba destinado a ser el único instituto emisor, con los deberes y responsabilidades que esa calidad lleva aparejados, y el propósito, un tanto vago, de asumir un día todos los demás que corresponden a los bancos centrales; pero al propio tiempo podía convertirse, a voluntad de sus administradores, en un simple banco de depósito y descuento, con un cliente asegurado - el Gobierno Federal - y otros más o menos problemáticos - los bancos que con él quisieran asociarse - , aunque sujeto a un régimen de operaciones algo más severo que el de los bancos ordinarios de la misma clase.
La ley de 1932, que era reformatoria de la de 1925. contenía disposiciones todavía más enérgicas, cuya mira era lograr "la afectiva coordinación de las actividades bancarias comerciales del país alrededor del Banco de México, como banco central", aun usando de medidas compulsorias - lo que habría sido ir demasiado lejos en 1925 - y además, representaba un nuevo esfuerzo dirigido a "definir el carácter especial del Banco de México en el Sistema Bancario de la República, dando prioridad absoluta a sus operaciones de creación y regulación de la moneda y evitando rigurosamente las que pudieren estorbar al propósito esencial de su fundación". Conviene, sin embargo, no exagerar la importancia de los cambios que sufrió el estatuto legal del banco, conforme a esas manifestaciones, pues todos tenían un carácter bastante restringido o correspondía a verdaderas medidas de emergencia.
De acuerdo con dicha ley, las instituciones de crédito autorizadas para recibir depósitos del público a plazo no mayor de treinta días, debían asociarse al Banco de México, suscribiendo acciones de éste por una cantidad no menor del seis por ciento del capital y reservas de las mismas, y además tenían la obligación de conservar, también en el banco de México, y en efectivo, un depósito sin interés, igual al cinco por ciento de los depósitos antes dichos.
Por otra parte, a los objetos que ya tenía el banco se agregó uno más: el de centralizar las reservas bancarias y fungir como Cámara de Compensaciones. El régimen de operaciones con los bancos asociados sólo difirió del establecido en la ley de 1925 en que se suprimieron los límites a que debía sujetarse el importe de las mismas, conforme a esa ley. Esto quiere decir que implícitamente se autoriza al banco para conceder crédito por redescuento o en cualquier otra forma, a las instituciones asociadas, sin tomar ya en consideración el monto del activo líquido comprobado de ellas, o la proporción que el crédito concedido guardaba con el capital del propio banco.
Posteriormente, en 1936, se ofrecían dos caminos a la elección del gobierno ambos con inconvenientes graves, y exigiendo los dos la reforma de la Ley Constitutiva del Banco de México. Consistía el primero de esos medios en modificar el estatuto del billete, autorizando al Banco de México para celebrar con él las operaciones directas de préstamo y descuento que estaba facultado a efectuar con su capital, reservas y depósitos, en los términos de la ley citada. En cuanto al segundo método, había que inducir a los bancos privados a que aumentaran sus redescuentos.
El gobierno optó por esta última solución, persuadido como se hallaba, de lo difícil que era evitar los errores a que podían prestarse las operaciones del banco con el público, y de que las dificultades mismas de la situación ofrecían una buena oportunidad para fortalecer los nexos ya existentes entre dicho instituto y los demás bancos, y para que aquél rectificara el carácter de sus operaciones consagrándose de manera exclusiva a las que son propias de los bancos centrales. No fue otra la razón de que se impusiera por la primera vez a los bancos de depósito y descuento y a las sucursales de bancos extranjeros, el deber de asociarse al Banco de México y el de conservar en él parte de sus depósitos, así como de la actitud más que liberal que este último adoptó en su negocios con las instituciones asociadas.
La obligación que el banco tenía, antes de expedirse la Ley Monetaria de 1931 de pagar en oro sus billetes, al serle presentados por el tenedor, era consecuencia necesaria del régimen monetario entonces vigente, y representaba la garantía de una conversión
automática de aquéllos al instrumento de pago internacional por excelencia, que es el metal amarillo. Por su parte, la facultad reconocida al público de no considerar los billetes como numerario, Efectivamente tendía a favorecer la circulación de ellos, gracias al apoyo de la garantía de convertibilidad y combinada con esta última y con el régimen de emisión, aseguraba la elasticidad del sistema, o lo que es igual, que en ningún caso la oferta de billetes excediera de la demanda.
Con la Ley Monetaria de 1931 y su reformatoria, de 9 de marzo de 1932, la situación se modificó por completo, reclamando un cambio paralelo en el régimen de circulación del billete. No siendo éste ya pagadero en oro, su convertibilidad en moneda nacional sólo tenía una justificación posible: mantener la unidad del sistema monetario, mediante la intercambiabilidad de las especies que lo formaban, y se habría conseguido el mismo resultado, sin recurrir a la ficción de que el billete seguía siendo un título de crédito, por el procedimiento más sencillo de imponer al Banco de México la obligación de canjear, unas por otras, todas las monedas circulantes, cuantas veces lo solicitara el público. Esto necesariamente implicaba que se autorizara al banco para emitir billetes a cambio de moneda nacional, lo que en vez de perjudicar a aquéllos, habría dado mayor impulso a su circulación, imponiendo, de paso, un límite a las acuñaciones. Además, con la multiplicación de estas últimas por encima de las sumas necesarias para los pagos en que se imponía el uso de las piezas acuñadas, el único medio de lograr que el sistema monetario conservara alguna elasticidad, era favorecer el retiro de los signos metálicos sobrantes, facilitando su canje por billetes.
Las condiciones en las que trabajó el banco no pudieron ser más contradictorias e inconvenientes. El banco desempeñaba un doble papel en el sistema monetario: a la vez el único instituto emisor y el órgano encargado de regular la circulación de la moneda y los cambios extranjeros; pero lejos de encontrarse unidas esas funciones, como era de preverse, la ley parecía establecer entre ellas una cierta separación, tanto más insostenible, cuanto que podía llegar a traducirse, a través de las operaciones del propio banco, en algo muy próximo al divorcio entre la actuación de éste como negocio o empresa comercial y su gestión como mero agente del Estado. Así, no pasando de ser un título de crédito de circulación enteramente voluntaria y convertible en moneda nacional o voluntad del tenedor, el billete carecía de todo sostén cambiario directo, y el establecimiento que lo ponía en circulación no estaba obligado a responder de su valor internacional. Por otra parte, ese mismo instituto tenía la facultad de invertir en oro, plata y divisas extranjeras sus recursos propios, sin limitación alguna, aunque fuera con fines especulativos, ya que los valores que la ley destinaba a obtener la estabilidad de la moneda nacional, eran los que componían la reserva monetaria.
Los defectos que se señalan no fueron imputables a error, sino a consideraciones de oportunidad y de prudencia, que fueron perdiendo su razón de ser. La delicada situación existente en la época en que esos ordenamientos fueron redactados, imponía la mayor cautela a sus autores, tanto en lo que afectaba al estatuto del billete, como en lo concerniente a los compromisos que por aquel entonces podía asumir el banco. Temiéndose una reacción de desconfianza por parte del público que no por ser inmotivada, dejaría de dificultar y aun tal vez de impedir la salida del billete, se optó por mantener el régimen de emisión y de circulación previsto en la ley de 1925. Eran tales, por otra parte, las condiciones que prevalecían en el mercado de divisas, que habría sido, por lo menos aventurado, poner a cargo del banco la responsabilidad directa y exclusiva de sostener el cambio, pues carecía por completo de los medios indispensables para conseguirlo.
Lo anterior motivó la expedición de la ley Orgánica de 1936, que descansaba en dos supuestos fundamentales, a saber: que el Banco de México estaba capacitado para actuar como banco central, con completa autonomía; y que el desempeño de las funciones a dicho papel inherentes exige, como condición "sine qua non", esa autonomía. Consolidarla y organizarla en forma tal, que respondiera efectivamente a sus fines y estuviera rodeada de las garantías necesarias, sin mengua del control que, conforme al precepto constitucional, debía ejercer el Gobierno sobre la orientación del trabajo del banco, era la última de las cuestiones que suscitó la revisión del estatuto legal de éste Tal problema abarcaba por igual todos los aspectos del trabajo del banco y alcanzaba mayor delicadeza y significación en los asuntos en que tenía un interés directo el Estado. El gobierno pensó que dicho problema debía recibir solución, para lo cual se requería completar el sistema con preceptos tendientes a hacer más clara y amplia la autonomía del banco, acentuando el carácter orgánico de la misma y no poniéndole más limitaciones, aparte la obligación de ajustar sus operaciones a la pauta legal, que el deber, para el propio instituto, de recabar la aprobación del gobierno, cuando haya de ejecutar actos que afecten a prerrogativas naturales del Poder público, y la facultad para el Ejecutivo Federal, de vetar los acuerdos del Consejo de Administración que versen sobre ciertos asuntos de especial trascendencia.
Persuadido de la conveniencia de someter a una completa revisión el estatuto legal del banco, por las razones arriba señaladas, el Ejecutivo expidió en 1936 una Ley Orgánica del Banco de México, usando de las facultades extraordinarias que el Congreso de la Unión tuvo a bien referirle para legislar en las materias de moneda y crédito.
Al definir los objetos del banco, el Artículo 5o. de la ley citada, colocaba en primer término el que consiste en regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios sobre el exterior y el mercado de dinero, reiterando así la preferencia o prioridad de esta función sobre las demás que se enumeran en el mismo texto legal. Es útil también advertir que la ley asocia la función regulatoria relativa a la emisión y circulación de la moneda, con las que se refieren a los cambios sobre el exterior, y al mercado de dinero. La idea de que se partía, era la de que la intervención del banco en cada una de estas tres esferas económicas, implicaba el ejercicio de la misma función, cuya finalidad era conseguir que las diversas categorías de medios de pago circulantes bastaran, en todo tiempo y lugar, para las transacciones que su uso requiere. Trátase, por consiguiente, en los tres casos, de una función de carácter monetario para la cual el banco disponía de libertad, por lo que hace a la manera de alcanzar el ajuste cuantitativo que se buscaba, pero debía ceñirse a ciertos límites y respetar determinadas condiciones al poner en circulación nuevos instrumentos de cambio.
Por otra parte, la ley confería al banco atribuciones bastante extensas para regular la emisión y circulación de los títulos bancarios aun apelando a actos de autoridad, con la mira de dotarlo de los medios que necesitaba para mantener firme el pulso del mercado, sin correr el riesgo de sobreinversión resultante de un exceso de papel.
Conforme a la fracción II del artículo 5o. de la ley citada, el banco de México tenía además, por objeto, operar como banco de reserva con las instituciones a él asociadas y fungir, respecto de estas, como Cámara de Compensaciones. Con este precepto, la ley estableció una distinción entre las funciones y responsabilidades del banco como órgano regulador del mercado de dinero y su papel como banco de las instituciones que formaban el sistema bancario del país. La distinción era delicada y más bien de orden lógico o económico que de carácter jurídico, lo que de ninguna manera significaba que careciera de importancia práctica.
El enlace o aplicación concurrente de dos criterios, sirvió de base a dicha distinción. El banco central actuaba como instituto regulador, cuando operaba sea a solicitud de uno de los bancos de sistema, o por propia iniciativa, con el propósito de mantener la oferta de dinero al nivel de la demanda. En cambio, desempeña sólo el papel de banco de bancos, cuando iba en auxilio de una o más de las instituciones a él asociadas, en los casos y conforme a los requisitos previstos por su Ley Orgánica y sus Estatutos. tal era el primer criterio. El segundo criterio, se refería a las características de los créditos que el Banco Central movilizaba a través de sus operaciones, y se podía formular diciendo que éste ejercía o no su función regulatoria según que los créditos descontados, adquiridos o tomados como colateral por él, tuvieran o no un origen monetario, o sean o no realizables inmediatamente en el mercado de dinero.
La distinción expuesta tenía por antecedentes la forma en que estaba organizando el mercado de dinero y ciertos detalles técnicos de su funcionamiento.
De acuerdo con la fracción III del artículo 5o., el banco tenía además por objeto, constituir y manejar las reservas que se requerían para los fines expresados en las fracciones anteriores, o sea para el desempeño de su papel como instituto regulador y como banco de reserva. Las reservas a la que la Ley aludía eran cuanto, a saber: la reserva metálica, las reservas bancarias, el fondo complementario de estabilización y el fondo especial de previsión.
La reserva metálica consistía y consiste, en la parte del activo del banco representada por los valores que éste necesita tener disponibles para el ejercicio de sus funciones monetarias. La misión o finalidad principal de esa reserva es servir de apoyo para mantener la unidad del sistema monetario y asegurar el enlace o conexión de la comunidad de pagos doméstica con la internacional.
En los términos de la fracción IV del Artículo 5o. de la Ley, otro de los objetos del banco consistía en dirigir las labores de la Comisión Nacional Bancaria, en cuanto afectaban a las demás finalidades de este instituto o pudieran contribuir a su realización. Si la función de sostén que el banco desempeñaba, en su carácter de banco de reserva, en favor de las instituciones asociadas, implicaba por fuerza que éstas siguieran prácticas de crédito inspiradas en la política de aquél, invirtiendo sus recursos de modo que en todo momento pudieran recibir ayuda, la entidad encargada de vigilar por el exacto cumplimiento de la leyes que definían el régimen de operaciones de los bancos, o sea, la Comisión Nacional Bancaria, debía trabajar de concierto con el banco, ya que de otro modo, como ha sucedido alguna vez, podrían existir contradicciones entre la actuación del uno y la labor de la otra, con daño para ambos.
Desde entonces, la delicada y transcendente tarea encomendada al Banco de México, S. A., de regular de emisión y circulación de la moneda y los cambios sobre el exterior, se ha llevado a cabo, a través de la graduación del descuento y del crédito general que hace a las instituciones asociadas. También mediante las operaciones cuya iniciativa correspondió al banco, adquiriendo aceptaciones que lleven la firma de aquellas instituciones o comprobando y vendiendo valores en el mercado, y finalmente, usando del auxilio eficaz que significa la facultad de variar la proporción del depósito que los bancos asociados están obligados a mantener en el banco. El juego de estos medios determina y está determinando, a su vez, por los movimientos del cambio exterior en que el banco interviene con sus operaciones marginales de compra y venta en el mercado de divisas, que como es natural, se traducen en fluctuaciones de la reserva.
La Ley Orgánica actualmente vigente, que data de 1941, tuvo el mérito de acometer la obra de dotar a la Ley y al mecanismo de operación del Banco de México de la coordinación indispensable entre los medios de acción descritos. Y lo llevó a cabo, gracias a unos cuantos retoques de apariencia poco sensible, pero que sirvieron para que esta Institución y su Ley Orgánica adquirieran unidad en su estructura y en sus medios de acción.
Así, se estableció que sería el mismo banco quien fijara el orden en que los diversos documentos se admitieran para las operaciones, con lo que se buscaba en armonía con la regulación de los supuestos internos de los bancos comerciales que se hacían en la Ley de Instituciones de crédito, que el Banco de México pudiera servirse mejor de las indicaciones que le proporcionaba el mercado comercial propiamente dicho, para apreciar el volumen de disponibilidades y las tendencias que se observaban en relación a las necesidades globales de crédito y al propio tiempo para poder distinguir el crédito que otorgaba para necesidades de liquidación, de aquel otro que estimara conveniente conceder para fines de expansión del volúmen general de los medios de pago.
Se conservaron en la Ley vigente, sin alteración fundamental, los preceptos que consideran a los certificados de la Tesorería General y a los bonos de gobierno que tengan garantía en fideicomiso de determinados impuestos, como títulos de gobierno que puedan servir en prenda en las operaciones, o ser objeto de suscripción o compra por parte del banco. Se agregó sin embargo, la condición de que en todo caso, estuvieran al corriente en el pago de sus amortizaciones e intereses. Se precisaron también las condiciones que se requieren para que los valores de otra procedencia puedan ser objeto de operación con el instituto emisor, exigiendo para ellos, además del requisito de estar al corriente en el pago de sus intereses y amortización que tuvieran la característica de constante mercado, que se definió con precisión.
Con ello, se ha buscado un alto índice de liquidez para los valores con cargo a los cuales en un forma u otra, el Banco de México ha de poner dinero en circulación por estimar que sólo esta condición es la que los hace admisibles como parte del activo de un banco central y la única que puede justificar el que con cargo a ellos el banco central emita su crédito, recogiéndolos cuando las necesidades de mercado de dinero lo demanden, tanto su aplicación propia, como también para que de oportunidad a los movimientos en el tipo de interés que estimulen las operaciones de inversión y en otro caso, conserven la posibilidad de realizarlos o de devolverlos contra la cancelación de los préstamos que cubran.
Se autorizó también el Banco de México para realizar operaciones de intervención por compras o ventas de valores en el mercado, excepto acciones.
El uso franco de este resorte, que hoy es el más aceptado en la técnica de los bancos centrales, para servir el fin de procurar amortiguar las fluctuaciones de la actividad económica, no sólo ha servido para buscar un efecto más eficaz sobre los tipos de interés que el que se consigue en nuestra estructura bancaria y el crédito, con la variación del tipo del descuento, que en los más de los casos no suele operar, sino también para ofrecer, por iniciativa del Banco de México, una cierta estabilidad a la base de crédito que permita a la banca comercial aprovechar más atinadamente sus reservas de caja y con menos costos; además de su acción inmediata sobre el mercado de capitales y sobre la inversión y que está llamada a tomar gran importancia para dar mayor impulso y regularidad de la Bolsa de Valores, estimulando con ello el empleo del ahorro en inversiones para producción.
No es compatible con un sistema de patrón libre como era el nuestro, el que los movimientos de la reserva, que inevitablemente produce la intervención del banco central para mantener la estabilidad de los tipos del cambio, puedan ser conocidos punto por punto por la especulación. Por ello, de modo casi universal, los bancos centrales han adoptado con diversas técnicas los llamados fondos de compensación o de igualación de cambios. Este método es el que, en diminutiva, se adoptó en 1941 al encomendar a una " Comisión Ejecutiva de Cambios y Valores" la regulación del cambio y las operaciones de intervención en el mercado por compras o ventas en el mismo. Sin embargo, no se creyó conveniente ni separar esta función del Banco de México, ni establecer una correlación precisa entre las operaciones que signifiquen variación de la reserva , y las de aumento y de restricción de las disponibilidades del mercado de dinero. Pero al encomendar esta función conjunta al órgano referido, se consagra deliberadamente la relación que estas operaciones deben guardar entre sí, para hacer que se contrarresten, en la medida que el banco repute convenientemente en cada oportunidad, los movimientos de flujo y reflujo de fondos desde el extranjero, o para el extranjero, con los del volumen de medios de pago en circulación.
Se ha considerado necesario describir las reformas que ha sufrido el régimen jurídico del actual Banco de México, S. A., con el objeto de precisar los logros obtenidos, para así aprovecharlos mejor en el nuevo organismo que con esta ley se crea.
No se busca dar pasos atrás, respecto de lo alcanzado, sino avanzar con una nueva orientación y con un nuevo instrumento que coadyuve mejor en arribar a las metas del país al cual aspiramos.
Para evitar, en la actualidad y hacia futuro, la inestabilidad cambiaria dentro de una política realista de tipo de cambio, es fundamental que el Estado, en su carácter de rector de la economía, tenga la posibilidad de asumir el papel de rector en materia de cambios.
Lo anterior es necesario para la ordenación del sistema, tomando en cuenta el interés
público de la sociedad, que se debe tener presente en las operaciones económicas que se realizan.
Se busca dejar las bases de un sistema que, respetando la libertad de los hombres y agentes económicos que circulan la riqueza que generan, tomando en cuenta que requieren dinero y divisas, cuyo manejo, como vasos comunicantes, se vinculan y relacionan con todo el proceso económico y social, no puede aceptarse que su utilización constituya un abuso de derecho, al utilizar divisas en forma especulativa en detrimento de terceros o de la sociedad en general.
Al igual que el dinero de curso legal en el país es emitido por el Banco de México, que fija su valor constante, en igual forma, es él quien debe fijar el valor de las divisas, en las operaciones que interviene el Estado o queden sujetas a su regulación monetaria, lo cual se venía realizando en parte desde hace tiempo conforme a la ley en vigor.
Sin embargo, se ha considerado importante facultar al Banco de México para que no sólo fije la paridad cambiaria, sino que las operaciones que se realicen en el país en materia de divisas, se efectúen directamente por el propio banco o a través de las instituciones de crédito con el objeto de que éstas no manejen divisas por cuenta propia, y por lo tanto tengan interés en que como mercancía, obtengan un beneficio en su intermediación. El que todas las operaciones de divisas se realicen por cuenta y orden del citado banco central implicará que no habrá riesgo para las instituciones.
Con la presente Iniciativa se busca además lograr una mejor sistematización y congruencia legislativa entre actividad del banco y lo dispuesto en el Artículo 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone con la moneda extranjera no tendrá curso legal en la República y que las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro y fuera de la República para ser cumplidas en ésta, se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga.
Son muchas las ventajas que con el nuevo sistema se obtendrán, la más importante es convertir al Banco de México, como organismo público descentralizado del gobierno federal, en rector del mercado de divisas, además de desempeñar la función de banco central de la banca, así como fijar las políticas y modalidades dentro de nuestro nuevo sistema crediticio.
Motivan igualmente al Ejecutivo Federal a mi cargo, para enviar la presente Iniciativa, la necesidad actual de que la entrada y salida de divisas, como la de cualquier otra mercancía, pueda ser, en su caso, regulada de tal forma que sea acorde con las necesidades de la nación, con los objetivos que se desprenden del Sistema Nacional de Planeación y las prioridades que exige nuestro desarrollo económico y social, creando y perfeccionando los instrumentos que se requieren para hacer frente a los nuevos retos del mundo actual.
Al estar la política monetaria en dicho organismo público, como eje central de nuestro sistema crediticio y financiero, se le otorgan facultades para poder facilitar el acceso de los usuarios al servicio público concesionado de la banca de crédito, a coadyuvar a que se canalice preferentemente el uso de recursos a actividades nacionales y socialmente necesarias o prioritarias conforme a los planes nacionales de desarrollo económico y social; y evitar márgenes excesivos de utilidades a través de grandes diferenciales en tasas pasivas y activas.
Punto fundamental de la reforma consiste en la participación de la banca central no sólo en la fijación de tasas pasivas del sistema crediticio, lo cual ha venido desempeñando adecuadamente, sino también la fijación de tasas activas, y ya no sólo intervenir para fijar topes máximos y mínimos, como ocurre actualmente.
Como banco central del nuevo sistema de banca nacionalizada , y en general de toda la banca, realizará funciones de banco emisor, banquero de los bancos y de banco del Estado.
Por las razones expuestas, se ha considerado necesario para alcanzar dichas finalidades, definir al Banco de México como organismo público descentralizado y ya no como sociedad mercantil.
El considerarlo organismo público descentralizado tiene, entre otras, las siguientes ventajas:
a) Se reafirma el principio de que es un servicio público que el Estado por conveniencia maneja en forma descentralizada.
b) Como servicio público, las normas de política crediticia quedan en manos y responsabilidad sólo del gobierno, el cual a través de dicho organismo, decidirá y ejecutará las acciones necesarias.
c) Dadas las funciones que corresponden al banco, se suprime la organización y régimen de sociedad anónima mercantil y se le sujeta, como lo es, al régimen administrativo de entidad de derecho público.
d) Permitirá que se distribuyan las competencias entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México, sin el obstáculo de considerar al segundo como sociedad mercantil, sino como organismo de derecho público, que realiza las funciones propias de banca central.
En la Iniciativa que someto a vuestra consideración, se suprime una parte de disposiciones propias de un banco central organizado como sociedad anónima y no como organismo descentralizado, como son las siguientes:
a) Se suprime el veto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las resoluciones que tome la Junta de Gobierno del nuevo organismo, que toma decisiones y realiza el servicio público correspondiente en forma descentralizada del gobierno federal.
b) Se suprimen los bonos de caja y el alquiler al público de cajas de seguridad, por los mismos motivos.
Por otro lado, la elaboración y compilación de estadística deberá sujetarse a lo dispuesto
en la Ley de Información Estadística y geográfica y a las normas de la Secretaría de Programación y Presupuesto, por lo que ya no se regula en esta Ley.
El que el organismo público tenga cierta autonomía, no implica una completa independencia, pues como entidad paraestatal deberá ajustarse a los objetivos metas y prioridades que se señalen en los planes nacionales de desarrollo económico y social y su actividad se planeará, coordinará y evaluará por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como coordinador del sector correspondiente.
Todas las anteriores medidas, harán que la nueva entidad paraestatal pueda prestar un mejor servicio a la Nación.
Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión, por el digno conducto de Ustedes, la siguiente
INICIATIVA DE LEY ORGÁNICA DEL BANCO DE MÉXICO
CAPÍTULO I
Creación, Objeto y Patrimonio
Artículo 1o. Se crea un banco central y de emisión único, como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que se denominará Banco de México:
Artículo 2o. Corresponde al Banco de México:
I. regular la emisión y circulación de la moneda y los cambios sobre el exterior, así como emitir billetes en los términos del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Ser el agente rector en materia cambiaria, fijando el tipo de cambio en las divisas en el territorio nacional y regulando su compra, venta y circulación en el mismo;
III. Actuar como agente financiero del gobierno federal en las operaciones de crédito externo o interno y en la materia de empréstitos públicos;
IV. operar como banco central de las instituciones de crédito y fungir respecto a éstas como cámara de compensaciones, así como constituir y manejar las reservas que requiera para tales efectos;
V. Expedir normas de carácter general a las que deberá sujetarse el depósito obligatorio de las instituciones de crédito en el Banco de México, el pasivo exigible en instituciones y sus instituciones y su inversión, en los renglones de activo que determine el propio banco;
VI. Fijar las tasas de interés de las operaciones activas y pasivas de las instituciones de crédito y de las organizaciones auxiliares, y las reglas generales necesarias para su debido cumplimiento;
VII. Expedir las reglas relativas a primas, premios, comisiones, descuentos u otros cargos que podrán aplicar las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito en las operaciones que celebren; y
VIII. Participar en representación del gobierno federal, y con la garantía del mismo, en el Fondo Monetario Internacional, en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, y demás entidades crediticias gubernamentales del exterior, así como operar con dichos organismos.
Artículo 3o. Par la consecución de los objetivos a que se refiere el artículo anterior, el Banco de México podrá efectuar las operaciones siguientes:
I. Exportar e importar divisas, y efectuar reporto sobre ellas, así como adquirir y enajenar divisas o cambio extranjero por así o por el conducto que considere conveniente, y expedir reglas generales para fijar los tipos de cambio de las divisas;
II. Recibir, cuando así lo decida, depósitos a la vista o a plazo, en moneda extranjera;
III. Recibir depósitos a la vista o a plazo en moneda nacional del Gobierno Federal, del Departamento del Distrito Federal y de los gobiernos de los Estados, de los Municipios y de las entidades de la Administración Pública Federal, así como los demás depósitos expresamente previstos en la ley.
Dichos depósitos podrán ser con o sin intereses:
IV. Adquirir o descontar aceptaciones bancarias sobre el exterior y negociar los efectos así adquiridos:
V. Mantener depósitos a la vista o a plazo en bancos nacionales o extranjeros en los casos siguientes:
a) Los que se mencionan en la fracción III del Artículo 46;
b) Los necesarios para el servicio de corresponsalía;
c) Los que deban conservarse por cuenta y orden del Gobierno Federal o de determinado cliente del Banco;
d) Los de oro y plata que se autorizan en el Artículo 28; y
e) Los que en casos urgentes se constituyan en instituciones de reconocida solvencia, para ayudarlas a hacer frente a un retiro extraordinario de depósitos, mientras se dispone del tiempo necesario para examinar su cartera, a efecto de documentar la concesión del crédito correspondiente.
VI. Comprar y vender certificados de Tesorería, obligaciones o bonos del Gobierno Federal, o títulos o valores necesarios a su objeto, efectuar reportos con los mismos, así como adquirir o descontar los cupones de intereses de los títulos y negociar los cupones así adquiridos;
VII. Obtener préstamos o créditos con garantía de los efectos, valores oro o divisas que posea:
VIII. Conceder créditos y operar en general con otras instituciones o bancos centrales o los establecimientos con propósito de cooperación
internacional, y adquirir acciones de las mismas, así como actuar como corresponsal o agente. Cuando se trate de créditos recíprocos concertados con otros bancos centrales o con instituciones bancarias establecidas con propósito de cooperación internacional, podrá certificar, aceptar, garantizar o pagar efectos en descubierto, admitir sobregiros y celebrar contratos de cuenta corriente;
IX. Operar como cámara de compensación para las instituciones de crédito en la República y celebrar arreglos tendientes a reducir a mínimo los pagos en numerario;
X. Otorgar fianzas o cauciones en los casos siguientes:
a) Cuando ninguna otra persona o institución pueda darlas, en virtud de su cuantía;
b) Siempre que de la constitución de la contragarantía se derive algún beneficio importante para los fines del banco; y
c) Si la fianza o caución es solicitada por las entidades públicas o empresas de participación estatal.
La garantía será cantidad determinada y se otorgará precisamente mediante el deposito especial de una suma igual o mayor, constituida en efectivo en las cajas del Banco de México;
XI. Garantizar la recuperación de financiamientos que se otorguen para el fomento de actividades económicas prioritarias;
XII. Adquirir o descontar giros o letras de cambio sobre el interior del país, siempre que esos efectos no tengan un vencimiento que exceda de siete días vista, negociar los efectos así adquiridos y vender giros o letras de cambio sobre el interior del país;
XIII. Descontar títulos de crédito a las instituciones de crédito, ya sea que actúen por cuenta propia o en ejecución de fideicomisos en los que el Gobierno Federal sea fideicomitente, cuando ello sea necesario o conveniente para el ejercicio de las facultades y funciones que esta ley le encomienda y siempre que tales descuentos se hagan con la responsabilidad de la institución descontaria y satisfagan los requisitos de seguridad propios de una sena técnica bancaria. El Banco podrá negociar los títulos de crédito así adquiridos;
XIV. Adquirir efectos comerciales a la orden, que provengan de cualquiera de las operaciones mencionadas en la fracción que precede, que llevan la firma de una institución de crédito y tengan los demás requisitos que la misma fracción señala y negociar los efectos así adquiridos;
XV. Abrir créditos y conceder préstamos a las instituciones de crédito, ya sea que actúen por cuenta propia o con el carácter de fiduciarios en fideicomisos en los que el Gobierno Federal sea fideicomitente, mediante las garantías que considere necesarias;
XVI. Actuar como fiduciaria en los casos de notorio interés, previa aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El banco podrá canalizar recursos a los fideicomisos en los que tenga el carácter de fiduciario, a través de las operaciones financieras que esta ley le autoriza a realizar;
XVIII. Adquirir inmuebles necesarios a su objeto y aceptar la constitución de hipotecas a su favor o adquirirlas, así como adquirir mercancías de establecimientos mercantiles o industriales y valores, cuando fuere necesario recibirlos como dación en pago, como garantía para asegurar el reembolso de crédito ya legalmente otorgados o como adjudicación en remate; y
XVIII. Ordenar en los términos de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, la acuñación de monedas metálicas con acabado o empaque especial llevando a cabo su comercialización;
XIX. Las demás que le señalen otras leyes o disposiciones jurídicas.
Artículo 4o. El patrimonio del Banco de México se integrará con:
I. Los bienes, subsidios, subvenciones y demás ingresos que le aporte el Gobierno Federal;
II. Los ingresos que perciba por los servicios que proporcione y los que deriven de la inversión de sus bienes y recursos.
III. Las aportaciones, donaciones, legados y demás bienes que reciba de instituciones públicas o personales físicas o morales; y
IV. Los demás bienes y derechos que adquiera por cualquier otro título legal.
CAPITULO II
Administración del Banco
Artículo 5o. El Banco de México será administrado por una Junta de Gobierno y un Director General.
Artículo 6o.. La Junta de Gobierno se integrará con nueve miembros propietarios con sus respectivos suplentes, y serán designados por el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, señalando entre ellos a un Presidente, que tendrá voto de calidad y a un Vicepresidente que sustituirá en sus faltas al Presidente. Los miembros durarán en su encargo dos años y podrán ser nuevamente designados.
Artículo 7o. Sólo podrán ser miembros de la Junta de Gobierno los funcionarios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, relacionadas con el movimiento bancario, industrial o comercial de la República. En ningún caso podrán ser miembros:
I. Las personas designadas para un puesto de elección popular, por todo el tiempo que deba durar su encargo, según la ley, aunque por licencia u otra razón no lo desempeñen:
II. El Director General, los funcionarios o empleados del Banco, las personas que tengan entre sí o con el Director o Subdirectores de la institución parentesco de afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado;
III. Los que hayan sido declarados en estado de quiebra o concurso y los deudores morosos de cualquier institución de crédito, así como las
personas que tengan litigio pendiente con el Banco; y
IV. Las personas que hubiesen sido condenadas por delitos comunes o inhabilitadas para el ejercicio del comercio.
Artículo 8o. La Junta se reunirá en sesión ordinaria una vez por mes, y en extraordinaria siempre que sea citada por acuerdo del Director, del Presidente o a solicitud de dos de sus miembros. Funcionará válidamente con la concurrencia de cinco miembros por lo menos y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
Artículo 9o. La Junta de Gobierno tendrá las más amplias facultades para administrar los negocios de la institución y podrá llevar a cabo todos los actos que fueren necesarios, dada su naturaleza y objeto; a tal fin tendrá las siguientes facultades:
I. Fijar las reglas generales relativas al orden en que han de practicarse las operaciones con las instituciones de crédito y referentes al depósito obligatorio que éstas deban mantener en el Banco de México; así como señalar plazos y límites al volumen general de crédito que otorgue a las diferentes clases de operaciones, según sus plazos o garantías y de acuerdo a las líneas de crédito que para cada institución de crédito determine.
Sólo en casos excepcionales y por una sola vez, podrá autorizar la prórroga, renovación o sustitución de crédito o efectos no pagados a su vencimiento y siempre que el interés del Banco quede asegurado;
II. Aprobar las reglas generales para fijar tipos de interés y para fijar los tipos de cambio de las divisas, así como las ventas prioritarias, especiales y ordinarias que deban realizarse de divisas en el país, por el propio banco, o por las instituciones de crédito del país, que en este caso actuarán por cuenta y orden del Banco;
III. Autorizar la formación de las comisiones y comités que crea conveniente para el buen desempeño de sus funciones;
IV. Conocer y aprobar al programa de operación, el financiamiento y el presupuesto programático anual de la institución;
V. Ejecutar actos de dominio, de administración y de pleito y cobranzas, con facultades amplísimas y todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusulas especiales conforme a la ley; podrá además desistirse del juicio de amparo y conferir o revocar poderes generales o especiales;
VI. Establecer y suprimir sucursales, delegaciones o agencias y nombrar corresponsales, en cualquier lugar de la República o del extranjero;
VII. Aprobar los reglamentos interiores de la institución;
VIII. Delegar en el Director General las facultades a que se refiere este artículo; y
IX. Las demás que requiera para el cumplimiento de las anteriores y, en general, del objeto de la institución.
Artículo 10. Las sesiones de la junta y las de las Comisiones o Comités que se establezcan, deberán celebrarse con la asistencia del Director o del Subdirector que éste designe.
El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros podrá asistir con voz a las sesiones de la Junta de Gobierno.
Artículo 11. El Banco de México, promoverá por medio de los mecanismos que la Junta de Gobierno considere necesarios, la consulta y, en su caso, participación de la banca, en la formulación de normas, bases generales y criterios que se relacionen con sus actividades, así como para la debida ejecución de acciones específicas para la consecución de los objetivos señalados en esta ley.
Artículo 12. El Director General, quien será designado por el Presidente de la República, tendrá a su cargo la dirección y administración del Banco y la representación legal de éste, con las siguientes facultades;
I. Ejecutar las resoluciones de la Junta, y ejercer las facultades que le hubiere delegado;
II. Encargarse de la dirección y organización de las oficinas del banco y del eficaz funcionamiento de ellas:
III. Formular y someter a la consideración de la Junta de Gobierno los reglamentos interiores del Banco y fijar la forma en que haya de llevarse la contabilidad del mismo;
IV. Designar, remover libremente y señalar las atribuciones de los subdirectores y funcionarios del Banco, así como de los corresponsales y agentes en el interior del país o en el extranjero. Todos ellos estarán subordinados directamente al Director General;
V. Desempeñar el cargo de delegado fiduciario y designar a los demás delegados fiduciarios.
VI. En los términos en que lo determine la Junta de Gobierno, desempeñará funciones de mandatario general para actos de dominio, de administración y para pleitos y cobranzas, además de todas las facultades generales, tendrá las que requieran cláusula especial conforme a la ley; podrá suscribir, en cualquier concepto, títulos de crédito, presentar denuncias y querellas penales y otorgar perdón y desistirse del amparo. Podrá, asimismo, con la autorización de la propia Junta encomendar total o parcialmente esos poderes o revocarlos; y
VII. Las demás que la junta de Gobierno le asigne.
CAPITULO III
Reglas de Operación
Artículo 13. Las reglas establecidas por el Banco de México, respecto a las divisas, los intereses, primas, premios o descuentos que podrán aplicar las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito, serán de aplicación uniforme, sin perjuicio de que el Banco pueda fijar normas generales diferentes para las diversas zonas o localidades que determine.
La infracción de tales disposiciones por parte de las instituciones de crédito u organizaciones
auxiliares, dará lugar a la aplicación administrativa de una multa que no podrá exceder de la cantidad que resulte por el equivalente a tres mil seiscientas cincuenta veces el salario mínimo general diario en el Distrito Federal o bien, dará lugar a la suspensión temporal de las operaciones de la sociedad infractora, o la revocación de su concesión, según la gravedad de la falta, pronunciadas administrativamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo previamente las justificaciones que alegara el interesado a su favor;
Artículo 14. La Comisión de Cambios y Valores será una comisión asesora y ejecutiva a la que le competerán las operaciones de cambio exterior y las de intervención en el mercado de valores. Estará integrada por tres miembros que designará la Junta de Gobierno, y la cual aprobará sus resoluciones por mayoría de votos. La Comisión propondrá los tipos de cambio para operaciones internacionales y sus márgenes de operación; decidirá las normas que han de regir las operaciones de compra y venta de oro y plata, y propondrá la proporción de divisas que con relación al oro deberá haber en la reserva. Asimismo, determinará las intervenciones que haya de hacer el Banco en el mercado de valores, por compra y venta, ligando la clase de valores, la cuantía de las operaciones, los precios y los márgenes de las operaciones.
Sin perjuicio de la información posterior a la Junta de Gobierno, las resoluciones de esta Comisión, en su caso, se ejecutarán desde luego.
Artículo 15. Las instituciones de crédito deberán proporcionar al Banco de México los datos que éste les pida y declarar bajo su responsabilidad que han tomado las precauciones necesarias para cerciorarse de la solvencia y seriedad de las firmas ofrecidas, y que el crédito reúne los requisitos fijados por la ley. Asimismo, le proporcionarán los datos necesarios para la estimación de su estado financiero. La ministración de datos falsos será causa de responsabilidad y estará sujeta a la sanción que establezca la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.
Artículo 16. Las instituciones de crédito y las organizaciones auxiliares que emitan o garanticen títulos emitidos en serie o en masa, o den su aceptación o aval sobre efectos a la orden deberán sujetarse a los límites que el Banco de México podrá fijar para la emisión y circulación de esa clase de valores en ejercicio de las funciones que a dicho Banco corresponden.
Los límites antes mencionados tendrán siempre un carácter general, aunque se establezcan separadamente para cada una de las categorías de títulos que convenga destacar, y en todo caso, serán fijados por el Banco con aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La aplicación de esos límites a las emisiones pendientes y el retiro de la circulación o la absorción temporal de títulos ya emitidos, si llega a ser necesario, se harán conforme a las reglas que el Banco dictará en cada caso, tomando en cuenta la situación financiera, el crédito, los recursos y demás circunstancias de las instituciones afectadas, y después de oír a éstas.
La infracción de los acuerdos del Banco por las instituciones a quienes conciernan, dará lugar a la aplicación, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de una multa que no excederá del equivalente a tres mil seiscientas cincuenta veces el salario mínimo general diario en el Distrito Federal, o a la suspensión de las operaciones de la sociedad, por el término que señale dicha Secretaría.
Artículo 17. Se constituirá un fondo especial de previsión, por la cantidad que determine la Junta de Gobierno, al cual se cargarán los gastos que origine la acuñación de moneda y su emisión. Dicho fondo reportará, además cuando la Junta de Gobierno lo decida, los saldos deudores de las cuentas de resultados relativos a las operaciones con metales y divisas, sin incluir los gastos generales correspondientes.
La diferencia que resulte entre el costo del metal destinado a la acuñación y el valor de inventario que se le asigne, deberá abonarse directamente al fondo especial de previsión. Esta diferencia no se considerará como utilidad del Banco para efectos fiscales.
El fondo mencionado se incrementará, en caso necesario, con los recursos que el Gobierno Federal afecte a este objeto, y el importe de ellos se entregará al propio Gobierno sólo en caso de liquidación del Banco.
Artículo 18. Las resoluciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros que se relacionen o afecten a las funciones del Banco de México, tendrán que ser revisadas y, en su caso, aprobadas por la Juntas de Gobierno del mismo Banco, antes de proceder a su ejecución.
Artículo 19. La Nación responderá directamente en todo tiempo:
I. Del valor de los billetes y monedas que el Banco ponga en circulación;
II. De los depósitos que se constituyan en el Banco de México;
III. De las inversiones que el banco haga en los valores siguientes, por compra o suscripción, en su caso, o por adjudicación o aceptación en pago:
a) Acciones de instituciones de crédito y de organizaciones auxiliares, que tengan el carácter de nacionales; y
b) Cédulas y bonos u obligaciones emitidos o garantizados por las instituciones u organizaciones a que se refiere el inciso anterior; y
IV. De la aportación del banco de Fondo Monetario Internacional y de la suscripción del mismo en el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
CAPITULO IV
Emisión de billetes, acuñación de moneda y reserva monetaria
Artículo 20. Corresponde al Banco de México, con exclusión de cualquier otra persona o entidad, la facultad de emitir billetes en los
términos del Artículo 28 de la Constitución General de la República, de conformidad con las disposiciones de esta ley.
Artículo 21. El Banco fijará los datos que deban contener los billetes, así como sus denominaciones. Los billetes llevarán las firmas en facsímil o autógrafas, de un miembro de la junta, del cajero del banco y de un inspector de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros. La junta de Gobierno determinará las demás características de los billetes con aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 22. Los billetes del Banco de México tendrán curso legal en toda la República por el importe expresado en ellos y sin limitación alguna respecto a la cuantía del pago.
Artículo 23. El Banco, por sí mismo, o a través de las instituciones de crédito con quienes tenga celebrado contratos de corresponsalía, deberá cambiar a la vista los billetes y las monedas metálicas que pongan en circulación, indistintamente por monedas o billetes de la misma o de otras denominaciones, sin limitación alguna y a voluntad del tenedor.
Si dicho banco o sus corresponsales no dispusieran de billetes o monedas metálicas de las denominaciones requeridas, la obligación de canje señalada podrá cumplirse entregando billetes o monedas metálicas de las denominaciones de que dispongan, que más se aproximen a las solicitadas.
Se exceptúan de esta disposición las monedas a que se refiere la fracción I, del Artículo 3o. de esta ley y el primer párrafo del Artículo 2o. bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 24. Corresponderá privativamente al Banco de México, ordenar las acuñaciones de monedas, así como regular su circulación conforme a las necesidades del público.
La emisión de monedas, cualquiera que sea su denominación, deberá hacerse exclusivamente por conducto del Banco de México o de las oficinas o instituciones que su junta de Gobierno designe al efecto.
Las monedas que se acuñen por orden del banco tendrán las denominaciones, el poder liberatorio y las demás características que las leyes respectivas les señalen.
Artículo 25. Ni el Gobierno Federal, ni las autoridades de los Estados o municipios, podrán en caso alguno emitir documentos susceptibles de circular como moneda, cualesquiera que sean su carácter, origen y denominación, y estarán además obligados, dentro de sus atribuciones respectivas, a impedir que los emitan otras instituciones o personas.
Artículo 26. El banco mantendrá en todo momento una reserva suficiente para sostener el valor del peso.
Artículo 27. La reserva a que se refiere el artículo anterior se compondrá de oro y plata acuñados o en barras, o de divisas extranjeras:
I. Oro y divisas o cambio extranjero por una suma nunca menor del 80% de la reserva; y
II. Plata por la cantidad restante.
Las divisas o cambio extranjero comprendido en la reserva, sólo podrán quedar incluidos en ésta si su disposición no está sujeta a restricción alguna en el país correspondiente.
Los metales y las divisas o cambio extranjero que formen la reserva deberán hallarse libres de todo gravamen y pertenecer en propiedad al banco, sin restricción alguna directa o indirecta. Del oro, la plata y las divisas o cambio extranjero poseídos por el banco sólo podrá computarse en esa reserva el saldo neto, o sea, el remanente libre después de deducido todo el pasivo real en oro, en divisas o cambio extranjero a cargo del mismo banco, aun cuando no esté garantizado expresamente.
Artículo 28. El oro y la plata afectos a la reserva, así como los que el banco adquiera con motivo de sus operaciones, podrán ser depositados en custodia en los bancos o establecimientos de primer orden del extranjero que designe la Junta del Gobierno.
Artículo 29. El Banco de México, a igualdad de precio, tendrá preferencia sobre cualquier otro comprador en las operaciones de venta de oro y plata que practiquen las instituciones de crédito. Estas estarán obligadas a darle a conocer sus posiciones de oro y plata, siempre que el mismo se las pida, y, además, a transferirle cuando lo solicite, a los precios que se coticen para el público en general en el mercado, cualesquier cantidades de oro y plata. Si dichos valores no se hubieren cotizado en la fecha de transferencia, ésta se hará al precio que sirvió de base para la última operación de venta celebrada con ellos por la institución de que se trate. La falta de cumplimiento de esta disposición será sancionada administrativamente con multa que no podrá ser menor de doscientas veces el salario mínimo general diario en el Distrito Federal, ni mayor de tres mil seiscientas cincuenta veces dicho salario, según la gravedad de la falta, o con la suspensión temporal de las operaciones de la sociedad infractora o la revocación de su concesión, según lo decida la Secretaria de Hacienda y Crédito Público de acuerdo a la gravedad del caso.
CAPITULO V
Cambio de Divisas
Artículo 30. El Banco de México está facultado para establecer un control de cambios y al efecto podrá intervenir, por sí o a través del Sistema Nacional Crediticio, que actuará por cuenta y orden del banco, en la exportación e importación de divisas.
Artículo 31. El Banco de México, a través de normas de carácter general, podrá determinar, dentro de las prioridades que requiera el desarrollo económico y social del país, en qué casos se aplicará un tipo de cambio preferencial y en qué otros un tipo de cambio ordinario, así como los especiales que, en su caso, en forma transitoria o permanente, se requieran.
Artículo 32. El Banco de México, directamente o a través del Sistema Nacional
Crediticio, o por medio de las personas que determine, las cuales actuarán por cuenta y orden del banco, comprará o venderá divisas a los tipos de cambio que fije.
Artículo 33. Cuando el Banco de México establezca el control a que se refiere el Artículo 30, cualquier exportación o importación de divisas que pretenda llevarse a cabo en forma distinta a lo dispuesto por el banco, serán consideradas contrabando, sin perjuicio de las sanciones que conforme al Código Fiscal de la Federación le correspondan a los infractores.
Artículo 34. El Banco de México podrá establecer, en su caso, la forma en que las divisas que se capten del exterior por las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjera, residentes en México, se cambien por moneda de curso legal en el país.
Artículo 35. Para los actos, negocios, transacciones y operaciones de cualquier índole, efectuadas entre residentes del país y no residentes, de los que se deriven o puedan derivarse cobros o pagos hacia el exterior, el Bancode México podrá expedir, en su caso, las reglas generales aplicables que considere necesarias para efectos de regulación monetaria, de cambios o de control de divisas.
Artículo 36. El Banco de México está facultado para fijar las condiciones para el cambio de divisas o monedas extranjeras que se requieran tanto para los nacionales que salgan al exterior, como para los extranjeros que quieran ingresar al país.
Artículo 37. El Banco de México, en caso de establecer el control a que se refiere el Artículo 30, a través de normas de carácter general, podrá fijar el tratamiento específico que requieran las empresas maquiladoras del país, los representantes diplomáticos, consulares y de organismos internacionales y aquellas personas que lo ameriten.
Artículo 38. Las personas físicas o morales que contravengan las disposiciones contenidas en este capítulo y las reglas generales que conforme al mismo dicte el Banco de México, serán sancionadas administrativamente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo al Banco de México, con multa no superior al equivalente a tres mil seiscientas cincuenta veces el salario mínimo general diario en el Distrito Federal, ni inferior al equivalente a doscientas veces dicho salario, atendiendo a la gravedad de la falta.
La aplicación de la sanciones administrativas que procedan se hará sin perjuicio de las demás sanciones o penas que sean aplicables.
CAPITULO VI
Operaciones con dependencias y demás entidades de la Administración Pública Federal
Artículo 39. El Banco de México será depositario de todos los fondos que haga uso inmediato el Gobierno Federal.
Se encargará igualmente, de la situación y concentración de fondos de todas las oficinas del propio Gobierno, y del servicio de la Deuda Pública en el interior y en el exterior, y será su agente de todos los cobros o pagos que hayan de hacerse en el extranjero, así como para las operaciones bancarias que requiera el servicio público, a menos que por ley se encomienden a otra institución de crédito.
En las localidades donde no tenga sucursales o agencias el Banco de México, podrá designar a otra institución de crédito en calidad de agente para el cobro, situación o pago de fondos del Gobierno.
Artículo 40. El banco llevará una cuenta general a la Tesorería de la Federación y, en ella abonará o cargará todas las cantidades que reciba o que pague por cuenta del Gobierno Federal, debiendo sujetarse esa cuenta a las siguientes reglas:
1. El banco sólo hará pagos o transferencias de esta cuenta a cuentas subsidiarias con autorización u orden firmada por el Tesorero de la Federación, en quien tendrá por delegada expresamente esta facultad.
II. Los cargos que se hagan a la cuenta del Gobierno Federal llenando los requisitos que señala la fracción anterior, no se podrán objetar, por motivo alguno, al Banco de México.
Artículo 41. El Banco de México podrá conceder crédito y hacer préstamos al Gobierno Federal, ya sea en forma de crédito en descubierto o con colateral o sobre valores. También podrá celebrar con el propio Gobierno Federal las operaciones de descuento, compra, suscripción de título o documentos suscritos o emitidos por él y en general, las operaciones que considere necesarias.
Los documentos que lleven firmas de empresas bancarias, comerciales, industriales y de servicios públicos que sean propiedad de la nación, o en las que el Gobierno Federal tenga una participación mayoritaria, siempre que éstas tengan un patrimonio autónomo, serán aceptables en las operaciones a que se refiere el Artículo 3o.
Artículo 42. El banco podrá encargarse de la emisión, compra y venta de valores a cargo del Gobierno Federal, por cuenta del mismos.
Artículo 43. El Banco de México no está obligado a prestar el Gobierno Federal más servicios que los previstos de modo expreso en la presente ley, ni podrá prestarle su garantía. Tampoco estará obligado a prestar servicio alguno a las autoridades del Departamento del Distrito Federal, de los Estados y municipios, ni podrá concederles créditos o garantías.
Artículo 44. Las dependencias o entidades que integran la Administración Pública Federal. deberán:
I. Mantener los fondos que por cualquier concepto posean o manejen, invertidos en depósitos en el Banco de México o previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en valores de Estado.
Dicha Secretaría podrá determinar los fondos que, para el adecuado manejo de las operaciones financieras de las correspondientes entidades y dependencias, no deban sujetarse a
esta disposición, señalando, en su caso, la aplicación que deba dárseles.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejercerá las facultades que le confieren los dos párrafos anteriores en coordinación con el Banco de México
II. Abstenerse de realizar directamente operaciones con divisas, sujetándose en las operaciones con el exterior a las reglas que dé a conocer el Banco de México. Al efecto, las dependencias y entidades proporcionarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México la información que les sea solicitada respecto a las operaciones que tengan necesidad de efectuar.
Artículo 45. Las remuneraciones que el banco perciba por los servicios que de acuerdo con esta ley preste al Gobierno Federal, serán objeto de contrato con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO VII
Disposiciones complementarias
Artículo 46. Son divisas o cambio extranjero para los efectos de esta ley:
I. Los billetes de banco y las piezas de moneda extranjeros;
II. Los cheques, órdenes de pago, aceptaciones, giros, letras de cambio y demás efectos literales a no más de siete días vista así como los de inmediata realización con sólo ajuste de intereses, o con descuento de escasa significación, suscritos por firmas de primer orden y pagaderos sobre el exterior, en moneda y por entidades del extranjero;
III. Los depósitos retirables a la vista, a plazo o con previo aviso de no más de catorce días y los de inmediata devolución con sólo ajuste de intereses, o con descuento de escasa significación, constituidos en bancos de primer orden del extranjero y pagaderos también en moneda extranjera;
IV. La diferencia entre la participación del Gobierno de México en el Fondo Monetario Internacional y el saldo de éste a cargo del banco, cuando este saldo sea inferior a dicha participación; y
V. Los derechos especiales de giro del Fondo Monetario Internacional y los valores con alta liquidez de mercado, emitidos por entidades financieras del exterior.
Artículo 47. El oro, la plata y las divisas o cambio extranjero y las monedas fraccionarias que el banco adquiera conforme a esta ley, figurarán en la contabilidad en la forma y con los valores que señale el propio banco.
Artículo 48. El banco tendrá su domicilio legal en la ciudad de México, Distrito Federal, y podrá establecer sucursales o agencias o nombrar corresponsables en cualquier lugar del territorio nacional o del extranjero.
Artículo 49. Las relaciones de trabajo entre el organismo público descentralizado Banco de México y sus trabajadores, se regirá por lo dispuesto en el apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su ley reglamentaria.
Artículo 50. El Banco de México se regulará por lo dispuesto en esta ley y en lo que no se les opongan, por las demás leyes que le sean aplicables.
En lo no previsto por esta ley respecto de la organización y operación del banco, se observará lo que disponga su reglamento interior.
TRANSITORIOS
Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se abroga la Ley Orgánica del Banco de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1941, y se derogan las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
Tercero. El Banco de México asumirá los derechos y obligaciones de la sociedad mercantil denominada Banco de México, S. A., cuya ley orgánica la abroga el artículo anterior.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, promoverá las acciones necesarias para que los bienes que en la actualidad forman parte de los activos del Banco de México, S. A., se aporten al organismo público descentralizado que se crea en esta ley.
Cuarto. Cuando cualquier ley, reglamento, decreto, acuerdo u otro ordenamiento jurídico, otorguen atribuciones o hagan alguna indicación sobre el Banco de México, S A., se entenderá referido al organismo público descentralizado, Banco de México, que se crea en esta ley.
Quinto. Los billetes que haya expedido el Banco de México, S. A., continuarán en circulación y seguirán produciendo los efectos que señala la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, sin que tengan que canjearse o cambiarse por nuevos billetes que expida el organismo público descentralizado creado en esta ley.
Sexto. Los funcionarios y empleados que al entrar en vigor esta ley presten sus servicios en el Banco de México, S. A., continuarán su relación de trabajo con el organismos público descentralizado Banco de México, sin que el cambio afecte las prestaciones, derechos y obligaciones que actualmente tienen, conservando su sistema de seguridad social.
Séptimo. El organismo público descentralizado Banco de México, desempeñará el cargo de liquidador del Banco de México, S. A.
Ruego a usted CC. secretario se sirvan dar cuenta de esta Iniciativa a la H. Cámara de Diputados para los efectos constitucionales correspondientes.
México, D. F., a 1o. de septiembre de 1982.
El Presidente de la República, José López Portillo.
- Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público e imprímase.
CÓDIGO PENAL
- El C. secretario Everardo Gámiz Fernández:
"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. -
Secretaría de Gobernación.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados el . Congreso de la Unión. Presentes. Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa suscrita por el propio Primer Magistrado en la que propone reformas al Título Décimo del Código Penal, denominado "Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos".
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 9 de septiembre de 1982.
"Año del General Vicente Guerrero."
El secretario, profesor Enrique Olivares Santana."
CC. secretario de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presentes.
La tipificación y sanciones que establece el Código Penal para el Distrito Federal en materia del Fuero Común y para toda la República en Materia del Fuero Federal, en tratándose de delitos cometidos por funcionarios públicos, requiere una revisión a fin de que las penas resulten proporcionadas a la, importancia de los ilícitos y conforme al propósito de la Administración de prever el castigo de los infractores y conjurar conductas indeseables en la prestación de los servicios públicos.
De acuerdo con el objetivo que señala el párrafo precedente, en esta iniciativa se proponen reformas a los Capítulos I, II, III, IV, y V del Título Décimo del Ordenamiento mencionado, en los que, respectivamente, quedan comprendidos los delitos de ejercicio indebido o abandono de funciones públicas, abuso de autoridad, coalición de funcionarios, cohechos, y peculado y concusión, para los cuales se sugieren diversos ajustes que pretenden adecuar su contenido en concordancia con el conjunto de medidas inspiradas en la reforma administrativa que pugna por lograr una mejor y más sana organización administrativa para beneficio de la sociedad en general.
Por otra parte, la comprobación de comportamientos inconvenientes de algunos funcionarios públicos en perjuicio de los intereses económicos de la nación, o para provecho personal o de sus parientes, y aún en favor de terceros, con motivo del ejercicio del cargo, sugiere la necesidad de incorporar nuevas figuras delictivas en la legislación para contar con el apoyo que demanda la necesidad de su represión.
Esas nuevas figuras delictivas se agregan en este proyecto en un capítulo especial dentro del mismo Título Décimo que trata de los delitos cometidos por funcionarios públicos, como ya se expresó, y quedan comprendidos en la denominación genérica de "Beneficio Indebido", estableciendo las sanciones que corresponderá aplicar en los casos en que quienes ejerzan una función pública obtengan beneficios económicos injustificados, o a quien otorgue contratos, concesiones o efectúe compras o ventas sin sujetarse a los requisitos y procedimientos que dispongan las leyes o reglamentos relativos. También se sancionará a quien en ejercicio de una función pública realice inversiones, compras o ventas que se apoyen en resoluciones que hubiere dictado el mismo funcionario; asimismo, se hará acreedor a la sanción correspondiente quien valiéndose de información que posea por razón de su empleo haga inversiones o adquisiciones que le produzcan beneficio económico.
Adicionalmente se define otro delito consistente en distraer o usar indebidamente recursos humanos o materiales que sean de las dependencias o entidades, en actividades ajenas al despacho de los asuntos oficiales y, por último, se prevé sancionar al funcionario o empleado de la Administración Pública Federal que otorgue nombramiento a una persona a sabiendas de que no asistirá a presentar el servicio para el cual se le nombró.
Después de las anteriores consideraciones y en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo Federal confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento en seguida a la atención del H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de
DECRETO
Artículo único. Se reforman los artículos 212 a 224 y se adiciona un Capítulo VI al Título Décimo del Código Penal par el Distrito Federal en materia del Fuero Común y para toda la República en materia del Fuero Federal, como sigue:
TITULO DÉCIMO
DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS
CAPITULO I
Ejercicio indebido o abandono de funciones públicas
Artículo 212. Se impondrán de un mes a dos años de prisión y multa de quinientos a diez mil pesos, a los funcionarios o empleados públicos que incurran en las infracciones siguientes:
I. Al que ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima o sin llenar todos los requisitos legales.
II. A todo el que continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión después de saber que se ha revocado su
nombramiento o que se le ha suspendido o destituido legalmente.
III. Al nombrado por tiempo limitado que continúe ejerciendo sus funciones
después de cumplido el término por el cual se le nombró.
IV. Al funcionario público o agente del gobierno que suponga tener alguna otra comisión, empleo o cargo que el que realmente tuviere, y
V. Al que sin habérsele admitido la renuncia de una comisión, empleo o cargo, o antes de que se presente la persona que haya de reemplazarlo, lo abandone sin causa justificada.
CAPITULO II
Abuso de autoridad
Artículo 213. Al que cometa el delito de abuso de autoridad se le impondrán de uno a seis años de prisión, multa de diez mil a cincuenta mil pesos y destitución de empleo.
Artículo 214. Comete el delito de abuso de autoridad todo funcionario público, agente del Gobierno o sus comisionados, sea cual fuere su categoría, en los casos siguientes:
I. Cuando para impedir la ejecución de una ley, decreto o reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial, pida auxilio a la fuerza pública o la emplee con ese objeto;
II. Cuando ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas, hiciere violencia a una persona sin causa legítima o la vejare injustamente o la insultare;
III. Cuando indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud;
IV. Cuando ejecute cualquiera otro acto arbitrario y atentatorio a los derechos garantizados en la Constitución;
V. Cuando estando encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto, aunque sea el de oscuridad o silencio de la ley, se niegue a despachar un negocio pendiente ante él;
VI. Cuando el encargado de una fuerza pública, requerido legalmente por una autoridad civil para que le preste auxilio, se niegue indebidamente a dárselo;
VII. Cuando teniendo a su cargo caudales del Erario les dé una aplicación pública distinta a aquélla a que estuvieren destinados, o hiciera un pago ilegal;
VIII. Cuando, abusando de su poder, haga que se le entreguen algunos fondos, valores u otra cosa que no se le haya confiado a él y se los apropie o disponga de ellos indebidamente por un interés privado;
IX. Cuando, con cualquier pretexto, obtenga de un subalterno parte de los sueldos de éste, dádivas u otro servicio;
X. El alcaide o encargado de cualquier establecimiento destinado a la ejecución de las sanciones privativas de libertad, que, sin los requisitos legales, reciba como presa o detenida a una persona o la mantenga privada de libertad y sin dar parte del hecho a la autoridad correspondiente, y
XI. El funcionario que teniendo conocimiento de una privación ilegal de libertad no la denuncie a la autoridad competente o no la haga cesar, si esto estuviere en sus atribuciones.
Los delitos a que se refiere este capítulo producen acción popular.
CAPITULO III
Coalición de funcionarios
Artículo 215. A los que cometan el delito de coalición de funcionarios se les impondrán de uno a tres años de prisión y multa de diez mil a cien mil pesos.
Artículo 216. Cometen el delito de coalición: los funcionarios públicos, empleados, agentes o comisionados del gobierno que se coaligen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas.
CAPITULO IV
Cohecho Artículo 217. Comete el delito de cohecho:
I. La persona encargada de un servicio público, centralizado o descentralizado, o el funcionario de una empresa en que como accionista o asociado participe el Estado, que por sí o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones; y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquiera otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que éste haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Artículo 218. El delito de cohecho se castigará con tres meses a cinco años de prisión y multa hasta de cincuenta mil pesos.
CAPITULO V
Peculado y concusión
Artículo 219. Al que cometa el delito de peculado se le aplicarán de uno a doce años de prisión, multa de mil a cien mil pesos, destitución del empleo o cargo e inhabilitación de dos a seis años para obtener otro.
Cuando el peculado no exceda en su monto al equivalente a seis meses del salario mínimo general vigente en la región y en la fecha en que se consume el delito, se impondrán al responsable de tres meses a seis años de
prisión, multa de quinientos a cinco mil pesos, destitución del empleo o cargo e inhabilitación de uno a tres años para obtener otro.
Artículo 220. Comete el delito de peculado todo funcionario, empleado o encargado de un servicio público del Estado o Descentralizado, aunque sea en comisión por tiempo limitado y que, para uso propios o ajenos, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquiera otra cosa perteneciente al Estado; organismo descentralizado o a una particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa.
Artículo 221. (Continúa derogado.)
Artículo 222. Comete el delito de concusión: el encargado de un servicio público que con el carácter de tal y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa que sepa no ser debida, o en mayor cantidad que la señalada por la ley.
Artículo 223. A los funcionarios y empleados públicos que cometen el delito de concusión se les aplicará destitución de empleo o cargo e inhabilitación para obtener otro por un término de dos a seis años, y pagarán una multa al duplo de la cantidad que hubieren recibido indebidamente. Si ésta pasare de tres mil pesos, se les impondrán además de tres meses a dos años de prisión.
Artículo 224. Las sanciones del artículo anterior se aplicarán también a los encargados o comisionados por un funcionario público que, con aquella investidura, cometan el delito de concusión.
CAPITULO VI
Beneficio indebido
Artículo 224 - A. Al funcionario o empleado de la Administración Pública Federal central o descentralizada, que en el ejercicio de sus funciones efectúe compras o ventas, otorgue contratos o concesiones o resuelva asuntos en los que tengan interés sociedades o personas con las que se hubiere asociado, o sin sujetarse a los requisitos y procedimientos establecidos, que produzcan o puedan producir beneficios económicos a él, a su cónyuge, descendientes, ascendientes o parientes por consanguinidad o afinidad hasta del cuarto grado, se le impondrá una pena de 1 a 10 años de prisión e inhabilitación para ocupar empleos o cargos públicos por un término de 1 a 6 años.
Artículo 224 - B. Al funcionario o empleado de la Administración Pública Federal central o descentralizada, que por sí o por interpósita persona, o a través de sociedades de las que sea parte, haga inversiones, compras, ventas o cualquiera operación que produzca beneficio económico a él, a su cónyuge, descendientes, ascendientes, o parientes por consanguinidad o afinidad hasta del cuarto grado, con apoyo en resoluciones que el mismo funcionario o empleado dicte o valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, se le impondrá una pena de 1 a 10 años de prisión e inhabilitación para ocupar empleos o cargos públicos por un término de 1 a 6 años.
Artículo 224 - C. Se impondrá una sanción de 3 meses a 2 años de prisión e inhabilitación para ocupar empleos o cargos públicos, por un término de 1 a 3 años, al funcionario o empleado de la Administración Pública Federal central o descentralizada, que por sí o por interpósita persona, haga uso de recursos humanos o materiales, en actividades ajenas a las atenciones y necesidades oficiales.
Artículo 224 - D. Se impondrá una sanción de 3 meses a 2 años de prisión e inhabilitación para ocupar empleos o cargos públicos, por un término de 1 a 3 años, al funcionario o empleado de la Administración Pública Federal central o descentralizada, que otorgue nombramiento a una persona, a sabiendas de que no asistirá a prestar el servicio para el que se le nombró.
TRANSITORIO
Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Palacio Nacional, a 9 de septiembre de 1982.
El Presidente de la República, José López Portillo." - Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Justicia e imprímase.
DICTAMEN A DISCUSIÓN
ARTÍCULO 74 CONSTITUCIONAL
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:
"Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública fue turnada la Iniciativa que reforma el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que envió el titular del Poder Ejecutivo.
Con fundamento en los artículos 54, 56 y 57 de la Ley Orgánicadel Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estas Comisiones someten a la consideración de esta soberanía el siguiente.
DICTAMEN
Considerando que conforme a nuestro sistema político, el Titular del Poder Ejecutivo
Federal en la esfera de su competencia establece un programa de gobierno en el que están contenidos los objetivos políticos, económicos, sociales y culturales que define la Constitución General de la República y a cuya consecución estarán dirigidos los esfuerzos de la Administración Pública.
Considerando que para alcanzar estos objetivos y para evaluar su grado de cumplimiento, el Estado mexicano se sirve de diversos instrumentos, entre los que destacan las disposiciones tributarias y financieras que integran la Ley de Ingresos y la formulación del presupuesto de egresos, para conformar con estas dos herramientas jurídicas la política del gasto público.
Considerando además que el incremento registrado en los últimos años en las leyes de ingresos y los presupuestos de egresos, así como los cambios en su presentación, ameritan un lapso mayor de examen y de estudio, las comisiones que suscriben encuentran válido proponer que en los años diferentes al de la transmisión del Poder Ejecutivo, las iniciativas de referencia se presenten a más tardar el día 15 de noviembre y no el día último de este mes como señala el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74.
Considerando que el Presidente de la República inicia el ejercicio de su cargo el primero de diciembre y el artículo 74 establece que el Titular del Ejecutivo tiene la obligación de hacer llegar a la Cámara de Diputados las iniciativas de leyes de ingresos y los proyectos de presupuestos a más tardar el día último del mes de noviembre, se observa que en el año de transmisión de poderes, su predecesor ha proyectado la orientación general y la aplicación del ingreso, gasto y financiamiento públicos para el ejercicio de la nueva gestión. No es pues, razonable, que el cumplimiento de un requerimiento de simple término, para la presentación de las iniciativas, condicione la realización adecuada del supuesto de carácter sustantivo, como lo es la planeación del desarrollo.
Las comisiones consideran por tanto, que es conveniente que tratándose del ejercicio en el que ocurra la transmisión del Poder Ejecutivo, el plazo a que se refiere el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74 constitucional se amplíe al 15 de diciembre, de manera que participen en su formulación, quienes deberán aplicar y explicar la política económica y social que sustenta tales iniciativas y proyectos.
Por las razones expuestas, los CC. diputados que suscriben, someten a consideración de esta H. Asamblea el siguiente.
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo único. Se reforma el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:
"I a III.
"IV.
"El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara las correspondientes iniciativas de leyes de ingresos y los proyectos de presupuesto a más tarde el día 15 del mes de noviembre o hasta el día 15 de diciembre cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el Artículo 83, debiendo comparecer el Secretario del despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos.
TRANSITORIO
Unico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, D. F., a 13 de septiembre de 1982.
Los diputados miembros de la H. Comisión de Programación, Presupuesto yCuenta Pública.
Manuel Cavazos Lerma, Irma Cué de Duarte, Acoltzin Vidal, Juan Mariano; Borrego Estrada, Genaro; Brito Alonso, Alvaro; Castillo Peralta, Ricardo; Córcega Campos, Rolando; Domínguez Fermán, Serafín; Fabila Meléndez, Antonio; García Solís, Iván; Guevara Bautista, Julieta; Hinojosa, Juan José; Lajous, Luz; León Martínez, Enrique; López García, Raúl; López Lainos, Moisés Raúl; Lomelí Contreras, David; Mayoral Bracamontes, Eugenio Adrián; Monge Rangel, José Ignacio; Núñez Perea, Esteban; Ojeda Mestre, Ramón; Ortuño Gurza, Teresa; Posadas Espinosa, Alejandro; Ramos Romo, Gerardo; Ramírez Cuéllar, Héctor; Sauri Riancho, Dulce María; Soto Izquierdo, Enrique; Tobilla Cristiani, Homero; Treviño Martínez, Jorge; Vélez Torres, Antonio; Vicencio Tovar, Astolfo; Villalobos Rivera, Aidé Heréndira; Villa Issa, Manuel; Cantón Zetina, Oscar.
Los diputados miembros de la H. Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Humberto Lugo Gil, Mario Vargas Saldaña, Aguilar Talamantes, Rafael; Bátiz Vázquez, Bernardo; Batres García, Heriberto; Beltrones Rivera, Manlio Fabio; Bolaños Vázquez, Javier; Borrego Estrada, Genaro; Carreño Carlón, José; Castañeda O'Connor, Salvador; Cervera Pacheco, Víctor; Córdova, Arnaldo; Cruickshank García, Jorge; Cué de Duarte, Irma; David David, Sami; Fernández Martínez, Enrique; Galindo Muza, Francisco; González Avelar, Víctor; Gutiérrez Zorrilla, Felipe; Lamadrid Sauza, José Luis; Luque Feregrino, Ernesto; Martínez Souverville, Luis René; Martínez Fernández del Campo, Luis; Núñez Perea, Esteban; Olivares Ventura, Héctor Hugo; Orozco
Romo, David; Osante López, Manuel; Osorio Palacios, Juan; Pacheco Pulido, Guillermo; Salazar Toledano, Jesús; Salgado Brito, Juan; Silerio Esparza, Maximiliano; Solares Mendiola, Manuel; Soto Izquierdo, Enrique; Rodríguez, Luis Dantón; Valencia Carmona, Salvador; Cantón Zetina, Oscar".
- El C. presidente: Está a discusión en lo general y en lo particular el Artículo Unico del proyecto de Decreto.
Se abre el registro de oradores...
Esta Presidencia informa que no se ha inscrito para hablar en contra ningún C diputado y, para hablar en pro, los siguientes CC. diputados: Iván García Solís, Dulce Ma. Sauri Riancho y Manuel Cavazos Lerma.
Tiene la palabra el C. diputado Iván García Solís.
- El C. Iván García Solís: Señor Presidente, señores diputados: el Presidente de la República turnó a la Cámara de Diputados la Iniciativa de Reforma al párrafo 2o. de la fracción IV del Artículo 74 de la Constitución que tiene por objeto establecer que en el año de transmisión del Poder Ejecutivo el plazo de presentación de las leyes de Ingresos y Egresos de la Federación será hasta el 15 de diciembre.
El Presidente propuso también que los demás años el plazo quedara como está fijado actualmente en la Constitución o sea a más tardar el 30 de noviembre.
La razón que sustenta la propuesta presidencial parece justa, ya que se trata de garantizar que el nuevo titular del Ejecutivo Federal, que toma posesión el 1o. de diciembre, tenga oportunidad de realizar los ajustes que considere necesarios al proyecto fiscal, de acuerdo con su programa de gobierno.
De hecho, se trata de que la versión definitiva de las leyes de ingresos y egresos en ese año la elabore el Presidente entrante y sean los nuevos secretarios de Hacienda y Programación quienes concurran a la Cámara a explicar sus propuestas. Sin embargo, queda claro que el Poder Ejecutivo atiende en su propuesta a razones exclusivas de su función sin tomar en cuenta las condiciones en que la Cámara de Diputados debe realizar su tarea legislativa, lo que para el año en cuestión y considerando los procedimientos que se siguen en la Cámara, deja a esta instancia con apenas 15 días para estudiar, discutir, dictaminar y aprobar un documento que, por ejemplo, en 1981 constó de dos tomos distribuidos en 11 volúmenes y miles de páginas, por lo que hace el Presupuesto de Egresos, además un Iniciativa de Ley de Ingresos de más de 60 cuartillas, documentos estos a los que deben adicionarse otros complementarios como la llamada Miscelánea Fiscal.
Estamos conscientes de que el problema principal no es la fecha de presentación de estos documentos ante la Cámara y a ello queremos referirnos. Aún con cambios fundamentales en estas fechas no cambiaría la forma esencialmente antidemocrática en que se elabora el presupuesto; en efecto, para su determinación no se atiende a un Plan Nacional de Desarrollo procesado en forma amplia y efectivamente participativa, lo que hay actualmente es un llamado Plan Global de Desarrollo desconectado del curso presupuestario real, un Plan que, por cierto, incluso en sus previsiones genéricas más amplias como el índice de crecimiento del producto interno no se cumplió. Ese plan es indudablemente de factura presidencial exclusivamente y el presupuesto también es hechura del Poder Ejecutivo, no es modificado en forma alguna por el Congreso.
Nosotros planteamos una nueva y distinta forma de discusión y elaboración del Plan de Desarrollo y del Presupuesto, consideramos que en estas tareas debieran participar las organizaciones de masas, los sindicatos, las organizaciones campesinas, los partidos políticos, pero también deberían participar, a nuestro entender, de manera orgánica y concertada, los trabajadores del Estado que tienen como tarea la aplicación del propio Presupuesto y desde luego también los sectores destinatarios de la acción presupuestaria.
En México nos encontramos con la situación de que cada día es más evidente la contradicción entre el trabajador que va cobrando conciencia de los problemas del país y las capas burocráticas dirigentes, que imponen de modo autoritario, vertical e inconsulto, decisiones que a su vez son fabricadas en la cúpula del poder.
Esta alta burocracia que se distribuye parcelas de influencia según su alineamiento en la campaña electoral, y ahora estamos en vísperas de un espectáculo de reacomodo sexenal de la familia gobernante, comete toda clase de improvisaciones, duplicaciones y en no pocos casos dispendios. Por supuesto existe un presupuesto no transparente que vela sistemáticamente los ingresos reales, tanto legítimos como ilegítimos de los funcionarios.
Ese presupuesto así planeado, así aprobado y así ejercido, no corresponde a las necesidades de la democratización del país. Por ello, nuestro grupo propondrá en breve, reformas a la Ley del Presupuesto y otras más, destinadas a permitir una programación del gasto público federal, vinculada al conjunto de la actividad estatal y que sea una expresión cuantitativa de los objetivos y metas de los planes y programas nacionales de desarrollo económico, y de los correspondientes planes sectoriales y regionales que formula el Poder Ejecutivo y apruebe la Cámara de Diputados.
No queremos dejar de comentar el hecho de que la discusión apresurada del presupuesto abarca también al Distrito Federal. Este es otro rasgo de enorme antidemocracia.
A una entidad de más de 12 millones de habitantes, se le priva en la práctica de participar en una discusión directa y responsable de los recursos que maneja el gobierno. Claro que en este caso el problema de fondo estriba en la inexistencia de un gobierno elegido democráticamente en esta zona vital del país.
Por ello, no está de más reiterar aquí la demanda que nuestro partido sostiene, y que está madurando a pasos acelerados en el sentido de que se establezca un gobierno propio, elegido democráticamente para el Distrito Federal, con su gobernador, Congreso Local y delegados electos; Gobernador que deje de ser el príncipe arrogante que construye mansiones en el extranjero y lleva allá mismo a su familia a vivir para preservarla de la contaminación, que en la ciudad que dirige no sólo no combate, sino permite y auspicia. Este es ciertamente otro tema, pero cabe la referencia cuando estamos ante un proceso: el de la aprobación del presupuesto del D. F., que ejemplifica y confirma la antidemocracia con que se decide el uso de recursos de la quinta parte de la población del país. Esta es la discusión de fondo; la que debe ser emprendida cuanto antes por esta Cámara de Diputados. Pero ahora, ante la iniciativa del Ejecutivo que estamos discutiendo, pasamos a exponer los puntos de vista de nuestro partido.
Nuestro Grupo Parlamentario propuso a la Comisión Dictaminadora que la iniciativa presidencial de reformas al párrafo segundo de la fracción cuarta del artículo 74 de la Constitución, fuese complementada para que en los años normales la presentación de las leyes de ingresos y egresos, se diera a más tardar el 30 de octubre. Ello sostenemos si bien no resuelve la cuestión fundamental, sí sería clara la definición por este poder, de que en esta materia y en otras, el Poder Legislativo está dispuesto a cumplir cabalmente con sus atribuciones constitucionales, dándose en consecuencia el tiempo mínimo indispensable para tal objeto. Sin embargo, pese a que los grupos parlamentarios de oposición coincidieron con el PSUM en su propuesta, la mayoría priísta en la Comisión la rechazó argumentando que la Secretaría de Programación y Presupuesto no estaría en condiciones de ajustarse a los nuevos plazos. Pero siguiendo una lógica por demás especial, una suerte de trueque de tiempos, decidió proponer a la Asamblea que la fecha límite para la presentación de los citados proyectos se corra al 15 de noviembre.
No obstante lo que aquí se aprueba, nos parece que el problema más importante relativo a la participación de la Cámara, radica en otros aspectos a los cuales queremos referirnos a continuación:
Primero, atribuciones del Poder Legislativo. El primer párrafo de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución, otorga a la Cámara de Diputados, la facultada exclusiva de examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación y el del Departamento del Distrito Federal, discutiendo primero las contribuciones que a su juicio deben decretarse para cubrirlos, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior. Esto es textual.
La atribución relativa a la Ley de Ingresos, la comparte la Cámara de Diputados con la Cámara de Senadores. Estas atribuciones dan origen a la legislación secundaria de la cual las dos leyes más importantes son la de Presupuesto, Contabilidad y Gasto y la de Deuda Pública.
La primera de esas leyes y sus reglamento, norman el proceso de elaboración y formulación del presupuesto de Egresos y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal. Contienen las atribuciones y responsabilidades que las diversas dependencias del Poder Ejecutivo y en particular a la Secretaría de Programación y Presupuesto tienen en el proceso presupuestal, pero no establecen, por razones obvias, el procedimiento que habrá de seguir el poder legislativo para hacer efectiva la atribución constitucional. En este sentido esa Ley debe ser vista como reglamentaria. no de la atribución del poder legislativo sino de la obligación del poder ejecutivo de elaborar y turnar a la Cámara de Diputados su propuesta de Egresos de la Federación.
Por ello mismo es inadmisible, sostenemos nosotros, que en dicha ley se restrinja la facultad del pleno de la Cámara, para hacer modificaciones al articulado del proyecto de Egresos.
Artículo 21. O que se deje en manos de la Secretaría de Programación y Presupuesto la interpretación de la propia ley.
Artículo 12. En propuesta por separado el grupo parlamentario del PSUM presentará ante esta Asamblea iniciativa para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones contenidas en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Ahora bien, es nuestra opinión, que existe un vacío jurídico en lo relativo a las atribuciones de esta Cámara en relación al presupuesto de Egresos y en lo que hace a la Cuenta Pública, puesto que estas normas son ya obsoletas.
La Ley Orgánica del Congreso señala en su Artículo 57 que la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública actuará de acuerdo con lo dispuesto por las leyes de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda en lo conducente.
Y en su Artículo 59 dispone que la Comisión Ordinaria de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda ejercerá sus funciones conforme a la Ley Orgánica de la propia Contaduría en lo que corresponda.
La primera de las disposiciones antes citadas es improcedente a nuestro entender, puesto que la ley a que se remite la actuación de la Comisión de Programación, no existe ninguna disposición que a ella afecte, puesto que como lo señala el Artículo 1o. de la propia ley, su aplicación corresponde al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Y en lo que hace a la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, ésta reglamenta las facultades que ese órgano técnico en lo que a revisión de la Cuenta Pública se refiere pero la Contaduría Mayor no tiene ingerencia alguna en el proceso legislativo vinculado al examen, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Se trata entonces de que la Cámara de Diputados asuma su propio papel de aprobar el presupuesto después de haberlo examinado y discutido. Las disposiciones contenidas en los artículos 80 y 81 del Reglamento Interno sobre la Comisión de Presupuestos y Cuenta son a nuestro juicio, por completo obsoletos, por lo que incluso en el nivel de reglamento, esta Cámara carece de normas legales en las cuales basar la actuación de la comisión que redactará del Dictamen aprobatorio del Presupuesto de Egresos. Esa inoperancia es aún más grave en lo que a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor y a la propia Contaduría se refiere, resulta absurdo, pensamos, que siendo la Comisión de Programación la responsable de la elaboración de los dictámenes sobre el Presupuesto de Egresos y la Cuenta Pública, esta Comisión no tenga ingerencia directa en el funcionamiento del órgano técnico encargado de auxiliar a la Cámara en esta tarea. La relación entre esa Comisión y la Contaduría Mayor está bloqueada por la también obsoleta reglamentación que da sustento legal a la existencia de una comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor que cumple un papel protocolario o de nuevo canal de comunicación entre la Cámara y un órgano técnico obstruyendo en la práctica una adecuada y eficiente relación entre la comisión encargada del dictamen y la Contaduría Mayor de Hacienda. Todas las acciones de esta Contaduría Mayor y los documentos de análisis elaborados, tienen como destinatario y principal recipendiario a la Comisión de Programación, pero esto no puede incidir de manera directa en las funciones, métodos y resultados del trabajo de aquella.
El Grupo Parlamentario del PSUM considera en consecuencia que debería reformarse la Ley Orgánica del Congreso, para que toda la relación entre la Cámara de Diputados y la Contaduría Mayor de Hacienda, se dé a través de la Comisión de Programación y Cuenta Pública de la propia Cámara, reformándose, en todo lo conducente, la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor.
En lo particular, nos ,parece de urgente necesidad, por las razones expresadas y las que en seguida expondremos, que la Contaduría Mayor de Hacienda cumpla también la función de órgano técnico de la Cámara de Diputados en lo que a revisión del Presupuesto de Egresos se refiere.
Finalmente, en lo que hace al aspecto reglamentario, consideramos que es imprescindible iniciar desde ahora, los trabajos conducentes a la elaboración de un reglamento interior de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, que podría constituir un nuevo capítulo del Reglamento General en el que se contengan los procedimientos técnicos legislativos, que la Comisión habrá de seguir para la elaboración de su dictamen, mismo que, en su discusión y votación por el pleno de la Cámara, quedaría sujeto a las normas generales ya establecidas.
Queremos referir aquí, de modo breve, porque lo consideramos necesario, la experiencia de nuestro Grupo Parlamentario en la LII Legislatura.
Los tres procesos de análisis presupuestal y de cuenta pública de la anterior Legislatura, dejaron claro que la Cámara de Diputados ha quedado por completo rezagada en sus posibilidades efectivas para hacer uso de las atribuciones que la Constitución le otorga en esta importante materia.
Mientras que el proceso presupuestal que realiza el Poder Ejecutivo, se ha hecho cada vez más complejo y se apoya en múltiples apoyos humanos y técnicos abarcando sólo en la preparación del proyecto de presupuesto un período de 9 meses -9 meses, subrayamos- la Cámara de Diputados, en cambio, carece de los recursos mínimos que le permitan enfrentar su tarea con seriedad y responsabilidad.
En primer lugar, el tiempo de que se dispone para que la Comisión Dictaminadora estudie, discuta y elabore el proyecto de dictamen es, en los hechos, apenas de 15 a 20 días máximo. Ahora se ganarían 15 días más, salvo en el año de transición de poderes. Esto es así porque el proyecto del Ejecutivo se recibía los últimos días del mes de noviembre; de ahí pasaba a la Comisión de Programación y Presupuesto y Cuenta Pública, en la que las revisiones de análisis y discusión se iniciaban entre 5 y 10 días después de la presentación, ya que tanto los diputados del PRI como de los demás miembros de la Comisión de otros grupos parlamentarios requerían de una revisión preliminar del Proyecto.
En los trabajos de Comisión era patente, por un largo, la imposibilidad de hacer una verdadera discusión del proyecto, ya que al carecer de los recursos humanos y técnicos que apoyan el análisis de los diputados, las sesiones se convertían en los hechos en rondas de preguntas y respuestas, las primeras a cargo de los diputados y las segundas de los funcionarios de la Secretaría de Programación y Presupuesto que eran, en realidad, quienes conducían los trabajos de la Comisión.
Si bien cabe reconocer que en la Comisión de Programación imperó un clima de libertad y discusión, también es cierto que esa libertad para discutir siempre se ha topado con la intransigencia tanto de los diputados del PRI como de los funcionarios de Programación y Presupuesto, quienes en realidad son quienes tienen la última palabra en las discusiones y han cumplido el papel de consultores permanentes de la Presidencia de la Comisión. Cabe señalar que no estamos en contra de que funcionarios del Ejecutivo concurran a las discusiones de la Comisión Dictaminadora, pero nos parece del todo incorrecto que lo hagan en calidad de diputados sin curul, siempre alineados con las posiciones del PRI, lo cual obviamente representa un vicio en el funcionamiento de esta Cámara.
La carencia de recursos técnicos y humanos es aún más negativa si recordamos que la Cámara de Diputados dispone de la
Contaduría Mayor de Hacienda, la que pese a limitaciones aún existentes, cuenta con personal calificado y medios electrónicos que podrían ser usados en apoyo del trabajo de la Comisión Dictaminadora del Proyecto de Presupuesto.Sin embargo, esto está impedido por la Legislación, atrasada y por el espíritu de la diputación priísta que ve en ese órgano técnico un medio a su servicio y no al servicio de toda la Cámara, en su conjunto.
La carencia de recursos afecta con mayor fuerza a los grupos parlamentarios minoritarios, ya que éstos no cuentan con ninguna de las posibilidades de que la diputación priísta dispone debiendo, por tanto, basarse, si es que quieren tener presencia activa en las discusiones, en los escasos recursos de que disponen, lo que se agrava más aún por la premura del tiempo.
El dictamen final es siempre elaborado por la diputación mayoritaria, asesorados por funcionarios del Ejecutivo. En esos dictámenes no se recupera por norma general mayor cosa del resultado de las discusiones, se trabaja así con una norma impuesta por la lógica de la mayoría, se puede discutir pero al final de cuentas el Proyecto del Ejecutivo es intocable.
Valga mencionar que en los tres años de la LI Legislatura, el grupo de diputados de la Coalición de Izquierda, ya entonces el PSUM, presentó a la Comisión extensos comentarios críticos y propuestas concretas sobre la orientación del Presupuesto que, sin embargo, fueron sistemáticamente excluidos del dictamen.
En la discusión y dictamen de la Cuenta Pública, las condiciones son similares a las antes descritas, con el agravante de que la Contaduría Mayor de Hacienda rinde un informe previo el 10 de noviembre, sin que antes de esta fecha la Comisión de Programación tenga contacto con la Contaduría; se da así el absurdo de que las discusiones en Comisión se realizan sin coordinación con los trabajos de la Contaduría y cuando por fin se tienen a la mano el Informe previo de ésta, ya no hay tiempo para discutirlo.
Sobra decir que los informes definitivos que rinde la Contaduría un año después, sólo tienen como destino el archivo, ya que jamás se discuten o se toman en cuenta en las discusiones de las Comisiones o del Pleno.
En síntesis, la Cámara de Diputados no cuenta en el nivel de comisión ni en el de elaboración del dictamen ni mucho menos en el Pleno, con los instrumentos de análisis que permitieran cumplir la función que le compete en el proceso de discusión presupuestaria.
Por tanto, la aprobación del Presupuesto de Egresos y la Cuenta Pública es un ejercicio formal que deriva en actos en que se rinde pleitesía al Poder Ejecutivo y todo esto se realiza con base en una mayoría mecánica que todo aprueba y todo desconoce, aprobación aún más irreflexiva si consideramos que el debate en la asamblea, adquiere características de maratón y la aprobación es, como el dicho popular lo señala, al vapor.
Son estos los métodos y procedimientos que se requiere cambiar de raíz, si es que en realidad deseamos rescatar para el Poder Legislativo, la seriedad y la responsabilidad que deberían caracterizarlo. Eso desde luego no puede ser una obra de una sola fracción parlamentaria; por el contrario, debe ser resultado de la participación pluripartidista en un ambiente democrático, y en el que se anteponga al espíritu de grupo el interés por dignificar al Poder Legislativo.
PROPUESTAS PRELIMINARES
Por las consideraciones anteriores, afirmamos que, si a la vez que se aprueba la reforma constitucional propuesta por el Presidente de la República, esta Cámara no toma la decisión de abrir cauce a un auténtico proceso de modificaciones a fondo de los métodos y procedimientos que se siguen ahora en la función legislativa vinculada al proceso presupuestal, lo único que se producirá es un mayor descrédito del método vigente de aprobación del presupuesto de egresos y de la Ley de Ingresos.
Por ello, y para evitar esa situación es necesario que esta Cámara adopte desde ahora medidas concretas en relación al presupuesto de egresos y la Ley de Ingresos que el Presidente de la República enviará a esta Cámara el 15 de diciembre próximo.
Proponemos por ello que se solicite al Poder Ejecutivo, que la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, tenga acceso, a partir del mes -a partir del presente mes- a los documentos preparatorios de esas iniciativas, a fin de que pueda empezar a estudiarlas, y norme su criterio para que el examen y discusión de los proyectos definitivos, no se convierta en una carrera contra el tiempo.
A la vez, en la próxima sesión de esta Cámara propondremos que las Comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, de Hacienda y Crédito Público y de , Reglamento y Prácticas Parlamentarias, todas estas comisiones inicien trabajos conjuntos para presentar ante la asamblea una propuesta de modificación a la legislación vigente, en materia presupuestal y para crear las normas legales que den sustento a una nueva práctica legislativa en este terreno.
Asimismo, proponemos desde ahora, que la discusión del presupuesto en las sesiones plenarias, sea lo más amplia posible; que se reserve tiempo suficiente para que este proceso no siga siendo mecanismo atropellado e inútil que hasta hoy ha sido y deje de aparecer como irresponsable espaldarazo de la Cámara de Diputados, al proyecto del Ejecutivo. Con lo que se exhibiría un pobre papel del poder Legislativo, debido por cierto no a los partidos de la oposición, sino a una mayoría insensible y complacida.
Con las propuestas que estamos haciendo, esto lo aclaramos muy bien, no tratamos de fomentar la invasión de un poder en la esfera
de otro. Se trata de estimular una complementariedad coherente y justificable. La separación de poderes no implica su incomunicación. Lo que sí debe desterrarse es la simulación, la adhesión indiscriminada y el servilismo usual y calculado.
Insistimos finalmente: no es democrático ni se corresponde con la composición pluripartidista de esta Cámara, que el proyecto de Presupuesto de Egresos siga recibiendo el trato de secreto de Estado, dándose a conocer sólo hasta que el presidente lo envía a la Cámara. Esto no beneficia a nadie.
El Poder Legislativo en México está urgido de una reforma interna, que le permita cumplir al menos con las limitadas atribuciones que el régimen presidencialista le ha dejado.
Seguir postergando estas transformaciones, es condenar a esta Cámara a otros tres años de desprestigio ante el pueblo y de subordinación ante el Poder Ejecutivo. Muchas gracias.
- El C. Presidente: Tiene la palabra la ciudadana diputada Dulce María Sauri Riancho. Se le ruega pasar a la tribuna.
- La C. diputada Dulce María Sauri Riancho: Señor Presidente; señores diputados:
La iniciativa de reforma al párrafo segundo de la fracción IV del Artículo 74 Constitucional, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada por el titular del Poder Ejecutivo, tiene por objeto prolongar, hasta el día 15 de diciembre, como ya señaló acá, la presentación de las iniciativas de Ley de Ingresos y proyecto de Presupuestos de Egresos, en los años que de acuerdo al plazo constitucional se lleve a cabo la renovación del titular de dicho poder.
Esta iniciativa fuertemente ligada a imponer avance en la consolidación del sistema nacional de planeación, busca que desde el primer año de gobierno, el Ejecutivo proyecte las prioridades señaladas en la Consulta Popular, que como consecuencia de la intensa participación ciudadana durante la gesta electoral recoge y plasma en su Plan de Gobierno.
La responsabilidad política fundamental de recoger e interpretar el sentir del pueblo, que a través de la elección, legitima el ejercicio del poder, hace que el Ejecutivo desde el primer momento de su gestión busque responder, interpretar y traducir en programas y presupuestos los propósitos básicos y el proyecto propuesto a la nación que son por los que el pueblo mexicano se pronuncia en las urnas y sanciona con su voto. Aprovechar desde el primer momento y plasmar desde el primer año de gestión en los primeros actos que transforman las promesas y los compromisos electorales en acciones concretas, es el objetivo central de esta Iniciativa; por ello se propone modificar el límite constitucional que impide la participación del nuevo Titular del Poder Ejecutivo en la determinación de la orientación del gasto público, traducido en la formulación de los presupuestos de egresos y las políticas tributarias y financieras que conforman las leyes de ingresos mediante la prórroga por 15 días en la presentación de ambas iniciativas.
El proceso de formulación del proyecto de Presupuesto y la correspondiente Iniciativa de Ley de Ingresos comienzan desde el mes de marzo cuando en base en la experiencia obtenida el año anterior en la Secretaría de Programación y Presupuesto, dependencia del Poder Ejecutivo Federal facultada de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública para integrar planes y programas, se proceden a revisar y a ajustar normas y procedimientos para iniciar los mecanismos de integración de la programación a mediano plazo, de donde se desprenderá el proyecto de presupuesto. Se analiza el comportamiento de la economía del país, se elaboran diversos pronósticos, se procede a organizar el trabajo de programación que culmina con la formulación del programa de acción del sector público, eslabón entre el plan y el presupuesto anual. En los estados de la Federación, y esto es importante subrayarlo, se inicia en los comités de planeación para el desarrollo de los estados, el proceso de revisión de la programación bajo la estrategia señalada en los planes estatales de desarrollo. Desde julio hasta octubre, en la fase propiamente dicha de formulación del presupuesto, los grupos interinstitucionales de programación, presupuestación sectorial en los que participan las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal y que en los estados también participan todos los representantes de los organismos federales, bajo la presidencia y coordinación del gobernador del estado, conjuntamente con las dependencias estatales, los presidentes municipales y también los representantes del Poder Legislativo Estatal y Legislativo Federal que así lo deseen, se realizan los anteproyectos de presupuesto, mismos que son presentados en octubre en la propia SPP, quien es la encargada de analizar, y conjuntamente con las entidades, ajustar para después presentar a esta soberanía, por parte del Ejecutivo, el proyecto de presupuesto para el año en curso.
El proyecto de presupuesto es consecuencia y producto de un proceso participativo, no es más que la expresión contable, anual, del proyecto político de las grandes mayorías de México, traducido en planes y programas. No se elabora, como señalaba hace un momento el compañero Iván García, del PSUM, en un obscuro conciliábulo de técnicos, ni es un mecanismo reducido y aislado en la esfera de la burocracia, ni distribuye parcelas de poder. El proceso de integración del proyecto de presupuesto, al igual que las prácticas y los procedimientos que le han contenido al sistema nacional de planeación, tiende a integrar y ser expresión de las fuerzas sociales del país, con predominio, sobre cualquier otro, de los intereses populares.
Esta es la ética que legitima el presupuesto, su preparación y su ejercicio democrático. No se trata de suplir en 15 días este proceso cada vez más complejo, pero también cada vez
más participativo, sino que en el marco de la continuidad institucional el Ejecutivo entrante pueda proyectar la orientación general del ingreso, gasto y financiamiento público, lo objetivos y estrategias de su nueva gestión. En el perfeccionamiento del sistema nacional de planeación se busca adecuar la norma a la evolución y transformación de las instituciones. Por ello, aunque el Ejecutivo podría haber eventualmente acudido a la salvedad que marca el párrafo final del citado artículo 74 y solicitar sistemáticamente, en los años de transmisión de poderes, una prórroga en la presentación de ambas iniciativas, es el espíritu de la reforma evitar acudir a la excepción como práctica rutinaria.
Esta propuesta del Ejecutivo no es simplemente una modificación aislada y formal, encerrada en el marco estricto del objeto de la reforma propuesta; es, fundamentalmente, expresión de la voluntad política del Ejecutivo para que la Cámara de Diputados, como cuerpo soberano de la sociedad más característicamente popular conozca, analice y apruebe la orientación del desarrollo del país plasmada en el presupuesto y en la cuenta pública. No es casual -y es conveniente recordar- que la prevención constitucional que establece la exclusividad de las facultades de la Cámara de Diputados en esta materia estuviese contenida precisamente en el paquete de reformas constitucionales que el Presidente López Portillo promovió en el marco de la Reforma Política.
Prueba patente de la inquietud correspondiente de esta H. Cámara en profundizar en el análisis de presupuesto y ensanchar con un espíritu de respeto y colaboración de poderes la participación del legislativo en la participación, es que en el pleno de la Cámara y en el pleno de la Comisión y por consenso unánime de ambas comisiones de Programación y Presupuesto y de Gobernación y Puntos Constitucionales, se acordó que en años distintos al de la transmisión de poderes, la presentación de las iniciativas se realice como máximo, y aquí recalco, el día 15 de noviembre en forma simultánea, mientras se avanza y consolidan los procedimientos administrativos para la elaboración del Presupuesto que permitirán adelantar de la fecha límite de la presentación de estas iniciativas, se obtiene un lapso mayor para que en la Cámara de Diputados se analice no sólo desde una perspectiva técnica sino eminentemente política, el Presupuesto.
Al prolongar el período entre la presentación del Proyecto de Presupuesto y su discusión, se aumenta el lapso para proponer las modificaciones que a juicio de la Comisión deban realizarse y se asegura su correspondencia con las modificaciones de la Iniciativa de Ley de Ingresos, obteniendo así plenos resultados de la participación del legislativo en el proceso presupuestal.
Es indiscutible que la Cámara de Diputados puede y debe tener mayor participación en la formulación del Presupuesto de Egresos de la Federación y la correspondiente Ley de Ingresos, pero esta intervención no debe lograrse a costa de disminuir la gran capacidad de acción directa del Poder Ejecutivo Federal, los avances logrados en el desarrollo económico y social de nuestro país, a partir de la consolidación de la Revolución Mexicana, se explican en buena medida por la existencia de un Poder Ejecutivo capaz de dirigir enérgicamente el rumbo del desarrollo, organizar las actividades económicas, formular programas y llevarlos a cabo; una intervención del Poder Legislativo en materia presupuestal que se extienda hasta la formulación directa del presupuesto, la fiscalización en su ejercicio, no a posteriori, sino concomitante, puede resultar quizás en parálisis administrativo.
El camino está en el real equilibrio de los poderes del Estado, como lo consagra la Constitución Mexicana, que en lo que mira al presupuesto podría sintetizarse así: Iniciativa y formulación corresponden al Poder Ejecutivo, autorización de las partes, y aprobación o modificación de las prioridades nacionales al Poder Legislativo.
Por el momento, ese equilibrio está en vías de ser alcanzado en el juego constitucional mexicano.
Estas reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometida hoy a consideración de este soberanía, el interés en su consideración y análisis, garantizan que el proceso del ciclo presupuestal estará cada vez más imbuido del espíritu democrático y participativo, y que existe la voluntad política y la intención por parte de ambos poderes de profundizar en sus respectivas responsabilidades políticas que atañen al desarrollo de México.
Por lo anterior, ruego a usted, señor Presidente, someta a votación el dictamen correspondiente. (Aplausos.)
- El C. Presidente: Por la Comisión tiene el uso de la palabra el C. diputado Manuel Cavazos Lerma.
- El C. Manuel Cavazos Lerma: Señor Presidente; honorable Asamblea: Quise hacer uso de la palabra solamente para hacer algunas aclaraciones, aun a riesgo de ser reiterativo. Pero conviene destacar que si se pide congruencia, cuando menos tenemos que ser congruentes; que si se pide honestidad intelectual, cuando menos tenemos que ser honestos intelectualmente.
No. es cierto que fue la fracción parlamentaria del PSUM, la que pidió la ampliación del plazo de entrega, o más bien, la reducción de fecha límite de entrega de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, del 30 de noviembre al 30 de octubre. La comisión en pleno consideró pertinente que además de la ampliación del plazo que pedía el Ejecutivo, para que el Poder Legislativo tuviera mayor plazo de examen, discusión y aprobación de los dictámenes de estas leyes, se considerará que la fecha límite de entrega de la Ley de Ingresos y del
Presupuesto de Egresos, fuera hasta el día 15 de noviembre. Hecha esta propuesta en el pleno de la Comisión, fue que la fracción parlamentaria del PSUM, representada en esta Comisión, pidió que mejor fuera para el 30 de octubre. Pero no surgió, como se ha propalado por ahí, la idea, la iniciativa de esta modificación que no corresponde al Ejecutivo, no partió, repito, de la fracción parlamentaria del PSUM.
Por otra parte, es irrelevante de quien haya partido. No queremos que estos avances innegables se constituyan en triunfos personalistas o partidistas. Es un avance que propuso la Comisión y aprobó la Comisión en pleno en forma unánime. Por eso este dictamen fue firmado por todos los componentes de ambas comisiones, Programación, Presupuesto y Cuenta Pública por un lado; Gobernación y Puntos Constitucionales por el otro.
Pero como aquí se dice, lo más importante no es la fecha. Lo más importante es tocar el fondo del proceso presupuestación. Y por eso se quiso proponer una fecha que fuera viable, que fuera realista, que fuera factible; no lo que se nos ocurriera, porque si ese es el principio, porqué no el 15 de octubre. ¿Dónde trazar la línea divisoria entre lo deseable y lo factible, lo posible? ¿ Y para esto se tuvo que investigar primero todo el proceso de programación y presupuestación, para proponer algo que sea viable por congruencia? ¿Por qué por congruencia? Porque si por un lado se propone que sea el día 15 de diciembre cuando se presenten las iniciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos en el año que haya transferencia de poder ejecutivo, para que no se recurra al párrafo de excepción que aparece en la fracción IV del Artículo 74, por la misma razón se propuso el 15 de noviembre, para que no se recurra a la excepción. Para que la excepción no se convierta en regla, no se convierta en práctica.
Muy fácil hubiera sido decir, 15 de octubre, o bien, 30 de octubre, y si no lo tienen listo basta con que el Ejecutivo presente una petición suficientemente justificada, como dice la ley, para que se proponga este plazo.
Pero si las condiciones de infraestructura física, institucional y humana no hace posible esta fecha que es deseable, estamos de acuerdo con ella, si no es posible, fue por eso que no quisimos incurrir en esta incongruencia de plantearlo ahí, para que después recurran a la excepción, siendo que la iniciativa del Ejecutivo hace esta modificación precisamente para que no se recurra a la excepción.
Por eso creemos que es injusto que se diga aquí que el proceso de aprobación es una práctica de una mayoría sumisa que todo lo aprueba, pero que todo lo desconoce. Aquí hay desde luego una arrogancia, que no podemos permitir. ¿Cómo aceptar que sólo el PSUM, cómo aceptar que sólo la minoría tiene el monopolio del conocimiento del proceso de programación y presupuestación?
Se requiere elevados grados de soberbia para llegar a tales conclusiones. No. existe tal monopolio, tan no existe que se acaba de dar una explicación breve, somera, no sólo de los diferentes pasos en ese proceso de programación y presupuestación, sino también incluyendo calendarios y fechas, que nos han servido de guía, la fecha del 15 de noviembre no surgió como arte de magia, es una fecha que se basa precisamente en el conocimiento de ese proceso, en el conocimiento de lo que se llama "las tripas de la presupuestación". Por otra parte, es irresponsabilidad decir que todo este proceso está plagado de antidemocracia, se dice que no se atiende a un plan, esto es falso, señores, no solamente existe un Plan Global de Desarrollo como así se ha manifestado, se ha afirmado, sino que además se revela que no se conoce dicho Plan de Desarrollo, de otra manera no se diría, que este plan está desvinculado del proceso de programación y presupuestación. El presupuesto es uno de los instrumentos básicos en que se funda el cumplimiento de este plan, pero entendámonos, es un plan realista, es un plan flexible, es un plan que parte de ciertos pronósticos, de un modelo macroeconómico que se da a conocer desde marzo, pronósticos sobre lo que se espera de la actividad económica nacional e internacional en el año que se presupuesta e incluso en los años siguientes porque tampoco se elabora en forma aislada un presupuesto anual, esto es parte de un programa de acción del sector público que es trianual, que a su vez es parte de un plan global o plan nacional de desarrollo que es sexenal, que a su vez es parte de planes de un plazo mayor, que a su vez son parte de un Sistema Nacional de Planeación que sólo incluye planes globales o nacionales, sean de corto, mediano o largo plazo, también incluye planes regionales y planes sectoriales, es en este contexto global en el que debemos entender el proceso de elaboración del presupuesto y de la Ley de Ingresos correspondientes; pero además, conviene aclarar, reiterar y destacar en esta tribuna, que para llegar a esta elaboración del presupuesto anual se hacen consultas populares, que el Plan Global de Desarrollo y los planes sectoriales y regionales que le precedieron, a su vez se alimentaron de una consulta popular que se llevó a cabo durante la campaña del Presidente López Portillo y que ese proceso de consulta popular se sistematizó hasta llegar a un plan global preliminar, pero como se dijo en su tiempo, las condiciones dadas, los parámetros como dicen los colegas que se supusieron para este plan, cambiaron, cambiaron entre otras cosas la cantidad, el volumen de reservas probadas, que a su vez cambió la posibilidad de extracción anual de petróleo, que a su vez cambió la posibilidad de ingresos externos e internos, que a su vez cambió las posibilidades de gasto, y este proceso, por un factor no meditado, por un imponderable, por algo que no podía ser previsto, fue que se aprobaron primero los planes regionales y sectoriales, que después pasaron a amalgamarse en un plan global de desarrollo. Hay, pues, detrás de esto un proceso democrático, un proceso de consulta popular con el cual no estamos
conformes, es cierto, pero era lo mejor que teníamos hasta entonces.
Es cierto que la consulta popular tiene que mejorarse, tiene que definirse con mayor precisión, tiene que ser más representativa, tenemos que involucrar a más organismos, a más instituciones, a más grupos, tiene que ser más global, tiene que ser más participativa, eso lo reconocemos, pero no por reconocer esto vamos a concluir: Estamos recurriendo a un proceso antidemocrático. Esto es injusto y es deshonesto, si es cierto que se conoce el proceso de programación, y presupuestación y planeación, y si es cierto que se conoce también el sistema nacional de planeación que, repito, no sólo incluye todos estos planes, programas y presupuestos de que he estado hablando, sino además otros mecanismos, como son la metodología de la planeación, los mecanismos de concertación, los mecanismos de inducción, los mecanismos de coordinación y los mecanismos de obligatoriedad, lo que se conoce como las cuatro vertientes fundamentales del sistema nacional de planeación. Y si es cierto, como dice la Fracción Parlamentaria del PSUM, que conoce este proceso, es falso entonces que el resultado sea un presupuesto antidemocrático. O se conoce o no se conoce. Si no se conoce, entonces, por favor, que no proclamen monopolio del conocimiento del proceso de presupuestación. (Aplausos.)
A la luz de esto, decir que el Plan global de Desarrollo no se cumplió, pues es sencillamente una artimaña parlamentaria que habla, pobremente, de la honestidad intelectual del PSUM.
Por otra parte, decir que sólo se atienden a los intereses de la alta burocracia pues es también desconocer este proceso de programación, presupuestación y planeación. Decir que existe relación de dependencia o de sumisión del Legislativo hacia el Ejecutivo es llevar demasiado lejos este tipo de premisas. Lo que hay - y esto tiene que reconocerse- es unidad partidista, unidad ideológica, hay unidad política, hay conocimiento de un proyecto nacional que es producto de una filosofía política que emana de nuestra Constitución. Y porque conocemos ese proyecto nacional y porque hacemos diagnósticos reales, factibles, relacionados con México, con la realidad mexicana de este proyecto nacional y de este diagnóstico surgen los objetivos hacia los cuales debemos orientar nuestra labor ejecutiva o legislativa. Pero esta unidad no puede tomarse como pretexto para hablar en forma irresponsable de sumisión o de dependencia. La simple aceptación es ya de por sí ofensiva. Y si es cierto, como ellos dicen, que hablan con base a su experiencia parlamentaria en la legislatura anterior, que cuando menos tengan memoria histórica; que reconozcan que desde abril de 1981 circuló un documento público, no privado, no de conciliábulo, no de secreto de Estado, un documento donde habla la fracción priísta de la necesidad de incrementar la participación del Poder Legislativo en este proceso de programación y presupuestación. Es una propuesta viable, es una propuesta realista de la cual ya han tomado varios puntos y aquí los han propuesto y sobre ellos no quiero profundizar. Pero, repito, aunque haya sido un documento de la fracción priísta, no por eso vamos a decir fue una conquista de nuestro partido; queremos que sean conquistas, que sean avances que se ganan por el Poder Legislativo. No. queremos personalizar ni sectorializar ni tampoco hacer de esto conquistas partidistas. Son avances necesarios, avances que reconocemos con base a la experiencia histórica, porque hay que tener para esto memoria histórica. Y si bien es cierto que a estas alturas el centralismo es detestable, también es cierto que hay que reconocer que hubo tiempos en que el centralismo cumplió una función fundamental en México. Esos tiempos se han rebasado y es tiempo ahora de hacer propuestas que vigoricen la participación del sector legislativo, no sólo en este proceso de programación y presupuestación, sino que vigoricen, fortalezcan, tonifiquen la participación del Poder Legislativo en todo el proceso de desarrollo, no sólo en el proceso de programación y presupuestación; también en el proceso social, en el proceso político, pero este rescate de la dignidad del Poder Legislativo, como así se le ha llamado, este vigorizar, fortalecer nuestra participación, es algo que se gana y se gana con responsabilidad, no con afirmaciones gratuitas e irresponsables como las que acabamos de escuchar. Muchas gracias. (Aplausos.)
- El C. Presidente: Para hechos, se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Rolando Cordera Campos.
- El C. Rolando Cordera: Señor Presidente compañeras y compañeros diputados: Yo querría simplemente hacer algunas precisiones en cuanto a la intervención de la compañera diputada del PRI que habló antes del Presidente de la Comisión. Si todo este proceso gigantesco de que ella nos habló brevemente ya es una realidad institucional en México, qué bueno, creo que ello da muestra de la magnitud y de la complejidad del proceso de asignación de recursos del Estado que hoy enfrentamos en México. Nosotros tenemos nuestras dudas de que esto sea una realidad plena, pero no es el momento de discutirlo, no vamos a utilizar aquí ninguna petición de principio ni ninguna petición de autoridad que no nos corresponde, pero si en efecto, repito, esto es así como ella lo describió, razón de más para que esta Cámara tome cartas en el asunto de inmediato, que eso es todo lo que estamos pidiendo, es decir que nos pongamos a estudiar juntos sobre la manera mejor de garantizar una participación efectiva y no de última hora, sean 15 días, un mes o mes y medio, sigue siendo de última hora frente a la magnitud de recursos, la cantidad de energías y la cantidad de gente que ya está siendo afectada hoy por el presupuesto federal. Eso es todo lo que estamos planteando.
Lo participativo, decimos nosotros, no garantiza lo democrático. Si en efecto están participando los estados, fuerzas sociales, gracias a los Comités de Planeación y Desarrollo, a nosotros nos preocupa que no esté contemplada, efectiva y normalmente, una participación de organismos colegiados selectivos, y hasta el momento los únicos que tenemos desde el punto de vista del gobierno de México, son los Congresos, el Federal y los Estatales.
Una participación muy fuerte de fuerzas sociales así en genérico, puede dar lugar no a más democracia, sino a más corporativismo. Y tenemos un caso que voy a adelantar, y me preocupa; no quisiera hacerlo por ninguna causa célebre, pero es un ejemplo: hubo un proyecto del Ejecutivo para modificar algunas cuestiones relativas al patrimonio indígena del Valle del Mezquital, y ahí se contempla desde su origen, y se vuelve a contemplar ahora, la participación de una organización social muy respetable, pero es una organización social partidista que se llama CNC.
La CNC puede ser en su interior democrática, no vamos ahorita a discutir eso, pero es evidente que no se representa a todos los campesinos de México; hay otras organizaciones de campesinos. Ahí tenemos, pues, como suponiendo que sea real, es decir que la CNC participe en las determinaciones, decisiones y comportamientos del Valle del Mezquital, tenemos más participación, pero no necesariamente más democracia, y esa es una de nuestras preocupaciones a la que creo tenemos derecho porque se supone que es una preocupación nacional, incluso, que va más allá obviamente de nuestro partido.
De ahí pues, que nosotros, de entrada, nos preocupe prever en los sistemas de planeación, suponiendo que existen, pero desde luego lo que sí existe, porque a todos nos consta y todos sufrimos o nos beneficiamos de él, según es el caso, en el presupuesto una participación efectiva de los órganos colegiados electivos con que contamos hoy en México, que son los Congresos, y en nuestro caso el Congreso Federal, esa es la razón de nuestra preocupación; no la magnifiquemos.
Segundo lugar: nosotros no tratamos, lo decimos como pudimos decirlo, a lo mejor está mal dicho, pero esa es cuestión de revisarlo, de paralizar la acción del Ejecutivo.
Tenemos cada uno diversas interpretaciones de lo que ha significado la libertad de acción del Ejecutivo en materia del desarrollo del país; no es el caso en este momento meternos a esa discusión, porque nos desvía de la discusión que queremos que se dé en esta Cámara.
Pero lo que nosotros buscamos es imponerle nuevos cauces a esta acción tan estratégica del Ejecutivo, para nosotros, cauces que sean cada vez más coherentes con la complejidad política y social de México y con el tamaño que ha adquirido el Estado y con el tamaño que han adquirido los recursos que maneja el Estado. Esa es toda nuestra preocupación.
Si logramos sensibilizar a esta Cámara y desde luego a la mayoría, porque lo que tratamos en efecto es de llevar a cabo modificaciones en el sentido apuntado por el compañero Iván García Solís, en este sentido, repito.Porque entendemos que ésta no puede ser en efecto ninguna iniciativa unipartidista, ninguna realización unipartidista, es una necesidad nacional.Si logramos todo esto, si logramos sensibilizar a la Cámara y nos ponemos a trabajar en esta dirección de darle una mayor participación efectiva, no en tiempo nada más sino de participación orgánica, bueno, señoras y señores, toda la arrogancia, toda la soberbia y todas las tripas, las concedemos a la mayoría. Todas ellas. También toda la gloria a la mayoría y a sus eventuales y efímeros representantes. Todo eso, si logramos lo sustancial, porque eso es lo que nos importa hoy y para eso estamos participando en esta Cámara.
Por último, creo que palabras y adjetivos relativos a la honestidad de las personas, si se conoce lo que significan ellas, y sobre todo cuando se habla de honestidad intelectual, hay que usarlas en su momento; no creo que sea éste, y hay que estar a la altura de ellas. Gracias.
- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. diputado Iván García Solís.
- El C. Iván García Solís: como ha dicho aquí, Rolando Cordera, hubiéramos preferido que este debate hubiera entrado a lo sustancial y no hubiera derivado como lo hizo derivar el diputado Cavazos, son imputaciones y calificativos que lejos de afectar a nuestro partido, al Partido Socialista Unificado, se revierten contra aquellos que pretendiendo hablar en el Poder Legislativo, de hecho está exhibiendo su matriz de funcionarios medios, su servilismo y su acoplamiento total, dijéramos que poco razonado y hasta automático a las órdenes del Poder Público.
Venir a decir que hay falta de honestidad intelectual del Partido Socialista Unificado, cuando nosotros estamos votando a favor de un proyecto que, sin embargo, reducimos a sus proporciones, porque no tiene otras, con 15 días. Y a la vez insistimos en la necesidad de entrar a un debate a fondo, eso no es solamente deshonestidad intelectual, es deshonestidad a secas.
Pensamos también que hacer una defensa tardía verdaderamente injustificable y verdaderamente risible, incluso de un Plan Global de Desarrollo que ya ni sus autores defienden, nos parece que en esta Cámara es solamente exponerse a ser visto como ese tipo de personas que van más allá de lo que el patrón les requiere.
¿Cómo poder hablar favorablemente del Plan Global de Desarrollo y querer aquí investirlo de magias que nunca tuvo, cuando su predicción fundamental dio un crecimiento del producto interno bruto del 8% hasta el año
90 se desplomó, para recaer en el famoso crecimiento cero? Se requiere también, allí sí,, soberbia, allí sí se requiere deshonestidad intelectual concentrada, para venirnos aquí a declamar las regletas de la planeación versificadas todas, planeación, concentración, inducción y obligatoriedad, ahí cambia, la consonancia. Cuando que nosotros estamos juzgando por resultados y por resultados sociales.
Creemos entonces y hacemos un llamado a la Cámara, para no desviarnos de discusiones circunstanciales, no tratar de interferir con intentos de insultos, que por cierto no nos afectan, porque donde está deshonestidad probada por los tribunales y no intelectual, sino deshonestidad, dije a secas, en el partido mayoritario y no en el nuestro.
Finalmente, insistimos, insistimos en la necesidad de que se vuelva al cauce de la discusión y se reconozca que esta iniciativa que modifica brevemente el plan de discusiones del presupuesto, es tan pequeña y es tan leve, que tampoco cabe aquí quererse anotar un triunfo.
Nosotros no venimos aquí a hablar o a recuperar un triunfo, porque si así lo considera ese vocero de la fracción mayoritaria, ¡pobre triunfo! Son 15 días para una discusión que no hay condiciones para que se dé en los términos que debiera darse.
Por eso nosotros hemos tratado de entrar al fondo del mecanismo de la discusión, y al fondo de los mecanismos de la verdadera planeación democrática y participación en la elaboración del presupuesto. Muchas gracias.
- El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se encuentra suficientemente discutido el artículo único del proyecto de decreto.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el proyecto de decreto. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
Se va a proceder a recoger la votación nominal del proyecto de decreto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACION.)
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Señor Presidente, se emitieron 358 votos en pro y 2 en contra.
- El C. Presidente: Aprobado en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de Decreto por 358 votos. Aprobado el proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 74 constitucional.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Pasa al senado para sus efectos constitucionales.
INICIATIVAS DE DIPUTADOS
ARTÍCULOS 65, 66 Y 69 CONSTITUCIONALES
- El C. Presidente: antes de conceder el uso de la palabra, tomando en consideración que han transcurrido las cuatro horas reglamentarias de esta sesión, la presidencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica de esta Cámara, y a fin de concluir los asuntos pendientes en cartera, acuerda prorrogar el lapso correspondiente hasta la conclusión de los asuntos.
Se concede el uso de la palabra al C. diputado Sergio Ruiz Pérez.
- El C. Sergio Ruiz Pérez: Señor Presidente, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, presento la
"Iniciativa de reformas a la Constitución General de la República para que el Congreso de la Unión tenga dos períodos ordinarios de sesiones.
H. Cámara de Diputados:
En uso de la facultad que nos otorga la fracción II del Artículo 71 de nuestra Ley Fundamental, los suscritos, diputados ante la LII Legislatura, miembros del Partido Popular Socialista, presentamos a su consideración la siguiente iniciativa de reformas a los artículos 65, 66 y 69 de la Carta Magna.
Exposición de motivos
Las razones y causas que motivan las citadas reformas son la que se citan a continuación:
1. Una de las finalidades esenciales de la reforma política ha sido la de ampliar y fortalecer la representación del pueblo específicamente en la Cámara de Diputados. Esta Cámara, a partir de 1977, ha incrementado de una manera notable sus actividades legislativas y de carácter político.
2. A partir de 1976 se ampliaron las facultades económicas de la Cámara de Diputados, sobre todo en lo que se refiere a la revisión y aprobación de la Cuenta Pública, de las leyes de Ingresos y de los Presupuestos, así como el conocimiento del ritmo de la deuda pública externa, tareas en las que se consume más o menos la mitad del actual período ordinario.
3. Cada año, el Ejecutivo envía otros muchos proyectos de ley también concernientes al desarrollo económico nacional y los ciudadanos diputados también muestran una preocupación e interés creciente por estos aspectos, a diferencia del pasado en que sólo se abordaban de manera ritual o protocolaria.
4. Durante los meses de septiembre y de octubre la Cámara de Diputados sobre todo se dedica a analizar el Informe Presidencial y a conmemorar distintos acontecimientos de carácter histórico. A partir de noviembre esta representación empieza a recibir, provenientes del Ejecutivo, múltiples iniciativas y proyectos de naturaleza económica, en cantidad tal, que
no es posible efectuar un estudio detallado y profundo de ellas, improvisándose, en muchas casos los dictámenes correspondientes.
5. Las comisiones actúan, sobre todo, presionadas por los plazos fiscales y no por un examen detenido y acucioso de los múltiples asuntos que están a su consideración.
6. En cada período ordinario de sesiones aumenta el número de iniciativas y proposiciones que presentan los distintos grupos parlamentarios, sobre todo los minoritarios, sin que exista la posibilidad de que se dictaminen, aduciendo en muchas ocasiones que falta tiempo.
7. El rezago legislativo se incrementa en cada Legislatura sin que exista tampoco una solución constructiva a dicho problema.
8. El Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos no corresponde a la actual dinámica legislativa al continuar determinando la aprobación de las iniciativas más que un auténtico debate legislativo una simple decisión política.
9. Después del 31 de diciembre la absoluta mayoría de los integrantes del Congreso de la Unión se desligan totalmente de sus atribuciones constitucionales, casi no trabajan las comisiones que fija el Reglamento, dedicándose los diputados y los senadores a asuntos particulares.
10. En la Constitución de 1857 se establecieron dos períodos ordinarios de sesiones al año, el segundo destinado al examen de la Cuenta Pública, a la aprobación del Presupuesto y de los impuestos necesarios para cubrirlo. Más tarde, durante el Constituyente de 1917 se estructuró el sistema actual aduciendo que el Congreso estaba reunido demasiado tiempo, en forma innecesaria, lo que lo obligaba a legislar sin ningún objeto.
11. Este último juicio ya no corresponde a la realidad política nacional, ni al funcionamiento reciente del Congreso tanto por el número de iniciativas y proposiciones que recibe y aprueba como por el nuevo rango impuesto por la reforma política. Con anterioridad, casi exclusivamente el encargado del Poder Ejecutivo enviaba proyectos de ley; pero en la actualidad esta tarea ya la desempeñan, en forma creciente, los grupos parlamentarios.
12. Una manifestación de este incremento en las actividades legislativas se expresa en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la cual recibe múltiples iniciativas y proposiciones que por ley no puede dictaminar.
13. En la mayoría de las entidades federativas, también como producto de la representación política en los Congresos locales ya se ha optado por el establecimiento de dos períodos ordinarios de sesiones. También esos órganos legislativos han aumentado su participación en los asuntos hacendarios, fiscales y acerca del control y evaluación del gasto público de los Ejecutivos.
Por lo anterior, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista se permite presentar a la consideración de esta honorable Asamblea las siguientes reformas a los artículos 65, 66 y 69 de la Constitución General de la República, en los siguientes términos:
`Artículo 65. Habrá dos períodos ordinarios de sesiones cada año. El primero durará del 1o. de abril al 30 de junio. El segundo a partir del 1o. de septiembre. Estos períodos de sesiones se ocuparán para el estudio, discusión y votación de las iniciativas de ley que se presenten y de la resolución de los demás asuntos que les correspondan conforme a la constitución.'
Se modifica el artículo 66 para quedar como sigue:
`Artículo 66. El segundo período ordinario de sesiones durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior, pero no podrá prolongarse más que hasta el 31 de diciembre del mismo año.Si las Cámaras ni estuvieran de acuerdo para poner término a las sesiones antes de la fecha indicada, resolverá el Presidente de la República.´
Se reforma el artículo 69 para quedar en los siguientes términos:
Artículo 69. A la apertura del segundo período ordinario de sesiones, que principiará el 1o. de septiembre de cada año, asistirá el Presidente de la República para presentar un Informe por escrito en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país. En la apertura de sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión o de una sola de las Cámaras, el Presidente de la Comisión Permanente informará acerca de las causas o razones que originaron la convocatoria.'
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 21 de septiembre de 1982.
La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.
Diputados Jorge Cruikshank García, Francisco Ortiz Mendoza, Héctor Ramírez Cuéllar, Jesús Luján Gutiérrez, Viterbo Cortés Lobato, Crescencio Morales Orozco, Juan Campos Vega, Sergio Quiroz Miranda, Sergio Ruiz Pérez, Alfredo Reyes Contreras."
- El C. Presidente: Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales e imprímase.
Se acaba de recibir un oficio de la Secretaría de Gobernación. Se ruega a la secretaría dar cuenta con él a la Asamblea.
OFICIO DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN
PERMISO AL EJECUTIVO PARA AUSENTARSE DEL PAIS
- EL C. Secretario Everardo Gámiz Fernández:
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.-Poder Ejecutivo Federal.-México, D. F.-
Secretaría de Gobernación.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
Para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa de Decreto por la cual se solicita permiso para que el C. licenciado José López Portillo, Presidente de la República, pueda ausentarse del Territorio Nacional y comparecer ante la Asamblea General de las Naciones Unidas y en su oportunidad realizar una visita de Estado a la República Dominicana.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No. Reelección.
México, D. F., a 21 de septiembre de 1982.
'Año del general Vicente Guerrero.'
El Secretario, profesor Enrique Olivares Santana."
- El mismo C. Secretario:
"CC. secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. -Presente.
Me es grato informar a ustedes que, en mi calidad de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tengo el propósito de comparecer ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el próximo 1o. de octubre. Considero necesario, además de refrendar el invariable apoyo de México a la organización mundial, referirme, como lo hice ante el H. Congreso de la Unión el pasado 1o. de septiembre, a la adversa evolución de la situación mundial; a las graves consecuencias que este deterioro ha significado, en especial para los países en desarrollo, México entre ellos, y a la imperiosa necesidad de que la comunidad internacional ofrezca respuestas positivas, eficaces y urgentes a una crisis que, por sus alcances y consecuencias, pone en peligro la paz y la estabilidad internacionales.
Hace un año, en Cancún, los jefes de Estado y de Gobierno de veintidós países manifestaron su decidida voluntad política para enfrentar los problemas de una economía mundial crecientemente integrada y para hacer más efectiva la cooperación internacional para el desarrollo. Diversas circunstancias han impedido que esa voluntad, que ese espíritu de Cancún se traduzca en decisiones y acciones concretas. En particular, no ha sido posible iniciar las negociaciones globales, cuya necesidad y urgencia fue unánimamente reconocida en Cancún. Me propongo reiterar, a un año de la Reunión, la urgente necesidad de dar inicio a las negociaciones globales y, a través de ellas, transformar el orden económico internacional prevaleciente.
En 1979 presenté ante las Naciones Unidas la propuesta para elaborar un Plan Mundial de Energía. La evolución del mercado petrolero internacional, desde entonces, hace aún más imperativo el entendimiento internacional que conduzca a una transición energética ordenada, progresiva, justa y racional. Las negociaciones globales habrán de constituir el foro para negociar la propuesta mexicana sobre energía. Es éste uno de los elementos por los que es imperioso iniciar negociaciones.
Asimismo, me es grato informar a ustedes que desde la visita a México del entonces Presidente de la República Dominicana, señor Antonio Guzmán, y a reiteración del actual Presidente de ese país hermano, doctor Salvador Jorge Blanco, he sido invitado para realizar, los días 11 y 12 de octubre, una visita de Estado, a fin de participar en la ceremonia de inauguración del monumento que se ha erigido en Santo Domingo en honor del gran pensador y precursor de la defensa de los derechos humanos en este continente, Fray Antón de Montesinos.
Convencido de la importancia que tiene para la política de México dirigirme a la comunidad internacional a través de su más alto foro, y aceptar la invitación que se me extiende para hacer una visita de Estado a un país con el que nos unen tan entrañables lazos como es la República Dominicana, y con fundamento en los artículos 71, fracción I y 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del honorable Congreso de la Unión, por el digno conducto de ustedes, la siguiente iniciativa de
DECRETO
Unico. Se concede permiso al ciudadano José López Portillo, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del Territorio Nacional el tiempo necesario para comparecer el día 1o. de octubre ante la Asamblea General de las Naciones Unidas y realizar una visita de Estado a la República Dominicana los días 11 y 12 del mismo mes.
TRANSITORIO
Unico. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reitero a ustedes mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No. Reelección.
México, D. F., a 20 de septiembre de 1982.
El Presidente de la República, José López Portillo."
-Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
PROPUESTAS SOBRE LA SITUACION ECONÓMICA Y COMPARECENCIAS
- El C. Presidente: Ha solicitado el uso de la palabra la ciudadana diputada Emma Medina Valtierra.
Tiene la palabra la ciudadana diputada Medina Valtierra.
- La C. Emma Medina Valtierra: Señor Presidente:
"Honorable Asamblea:
Hace 2,300 años, el filósofo Aristóteles expresó: 'La realidad es'.
Aparentemente esa afirmación es fácil de comprender. Sin embargo no es así, porque la
realidad es múltiple y multiforme, sólo perceptible en algunos de sus aspectos, y eso de acuerdo a la capacidad de cada uno. No. creemos que haya ningún ser humano que pueda abarcar toda la realidad. Son parcelas de realidad las que podemos captar para opinar o para tomar decisiones.
La importancia de esta limitación humana se puede observar con frecuencia en la toma de decisiones equivocadas, que sí pueden ser graves en el orden personal, pueden llegar a tener consecuencias funestas cuando las decisiones equivocadas involucran el destino de una comunidad.
Así sucede con la situación económica y sus impactos sociales que está sufriendo en estos momentos nuestro país, con un proyecto de desarrollo alterado por factores internos y externos precisamente en el tiempo en que, conforme a los supuestos originales, deberían haber alcanzado su culminación.
¿Quién puede entre nosotros afirmar honestamente que entiende a cabalidad la realidad de esta situación? Nosotros los diputados de Acción Nacional creemos que nadie. Sostenemos, por el contrario, que todos los que en esta Cámara representamos a todo el pueblo de México, necesitamos ser ilustrados de la manera más amplia en todos los aspectos más importantes de esta realidad, para que podamos en su momento adoptar, sugerir o en su caso imponer las decisiones correctas en función del interés del pueblo por nosotros representado.
Como sujetos y objetos de la información, nosotros los diputados, igual que toda la población del país, estamos siendo aturdidos por noción del país, estamos siendo aturdidos por notas y comentarios a veces contradictorios en medios de difusión, especialmente a partir de que el ciudadano Presidente de la República informó a la nación de la expropiación de la banca privada mexicana y de la implantación del control de cambios total.
Más que en cualquier otro momento del país durante las últimas cuatro décadas, muchos mexicanos tenemos la amarga e impotente sensación de que estamos siendo manipulados por la propaganda, y que es muy difícil distinguir la información de la publicidad interesada. Esa sensación se agudiza más, porque todo esta ha venido ocurriendo precisamente en el largo lapso que hay entre la declaratoria de nuevo Presidente Electo y su toma de posesión.
De acuerdo a la Constitución, la Cámara de Diputados tiene como una de sus facultades exclusivas (Artículo 74, fracción IV) examinar, discutir y aprobar el presupuesto de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, previa discusión y análisis de las leyes de ingresos correspondientes. Y si bien la misma disposición constitucional establece la obligada comparecencia en la Cámara del Secretario del ramo respectivo -Hacienda y Programación y Presupuesto- y que este año ello ocurrirá hasta la segunda quincena de diciembre, cuando ya esté por concluir el período ordinario de sesiones, a ninguno de los integrantes de esta Cámara de Diputados se le puede ocultar que es ahora cuando mayor acopio de información confiable necesitamos por dos razones cuando menos:
La primera, que por la responsabilidad que pesa sobre todos nosotros en lo individual y como cuerpo colegiado, tenemos la obligación de estar bien informados sobre todo lo relacionado con los acontecimientos de los últimos seis meses y de las razones y alcances de las medidas adoptadas en materia económica;
La segunda, que en la medida en que ahora seamos debidamente informados podremos cumplir mejor la responsabilidad de examinar, discutir y en su caso aprobar las leyes de ingresos y los presupuestos de egresos para un año que puede ser crucial, 1983.
En mayo, el día 14, el Parido Acción Nacional, por conducto del entonces diputado Eugenio Ortiz Walls, propuso a la Comisión Permanente de la LI Legislatura, que se convocara a un período extraordinario de sesiones, con objeto de que comparecieran a informar los titulares del llamado gabinete económico, respecto de la situación financiera del país, entonces aún en una etapa menos crítica que la actual. La Comisión Permanente, se negó a dar trámite afirmativo a esa solicitud, quizá desperdiciando una oportunidad para llamar a tiempo la atención sobre lo que más adelante se nos echaba encima.
Ahora, nos interesan los informes de los actuales secretarios del despacho, quienes son los que han tenido bajo su responsabilidad la dirección económica del país en este sexenio y especialmente en estos últimos meses tan plenos de graves acontecimientos. Nos interesan las razones y las explicaciones del equipo actual de gobierno y no del que se hará cargo a partir del 1o. de diciembre de la Administración Pública, para poder comprender y valorar ahora la información que nos servirá de base para estudiar y discutir los presupuestos futuros.
Con base en las anteriores consideraciones la Diputación Federal de Acción Nacional propone, con fundamento en el Artículo 93, segundo párrafo, de la Constitución General de la República, y el Artículo 53 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, lo siguiente:
Primero. Destínese dentro de los treinta días próximos, un mínimo de tres sesiones de esta Cámara de Diputados al detenido examen de la actual situación económica del país y sus posibles implicaciones sociales.
Segundo. Cítese a dichas sesiones, sucesivamente, a los señores secretarios del Patrimonio y Fomento Industrial, Hacienda y Crédito Público y Programación y Presupuesto, para que informen y contesten las cuestiones que a cada uno de ellos deseen plantearles los integrantes de esta honorable Cámara de Diputados.
México, Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, martes 21 de septiembre de 1982.
Por la diputación Federal del Partido Acción Nacional a la LII Legislatura.
Diputada Emma Medina Valtierra."
- EL C. Presidente: "En términos de la fracción II del artículo 58 del Reglamento, podrán hacer uso de la palabra una sola vez dos miembros de la Cámara, uno en pro y otro en contra". Para tal efecto se abre el registro de oradores en relación a la proposición del Partido Acción Nacional.
Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Astolfo Vicencio Tovar.
- El C. Astolfo Vicencio Tovar: Señor Presidente, señores diputados.
Cuando en la Comisión conjunta de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación y Presupuesto y Cuenta Pública se estudió el Proyecto de Decreto para la reforma del artículo 74 constitucional, estuvimos de acuerdo ya que creímos lógico que el Titular del Ejecutivo pudiera influir aunque fuera en forma simbólica, ya que sería imposible que lo hiciera en detalle en el presupuesto por lo voluminoso y técnico del mismo, pero de todos modos puede darle un sello propio que quizá sirva como norma al futuro para los presupuestos del próximo sexenio. Pero un presupuesto, muchas veces no es lo más importante, sino que lo más importante es el ejercicio del mismo. Y precisamente el ejercicio de los presupuestos se ha viciado sobre todo en los últimos años, ya que el gasto ejercido cada vez es mayor a lo aprobado por el Congreso. Este vicio, que se ha vuelto institucional, ha creado confusión, inflación y crisis, la más grave económica de los últimos años, y con el brevísimo plazo que tendrá el próximo Presidente de la República para la presentación del Presupuesto, el nuevo mandatario tendrá problemas realmente graves al inicio de su cuestión, si antes no se clarifican las causas que han dado motivo a la crisis, y como se mencionaba aquí, a una proposición del diputado Ortiz Walls, de la LI Legislatura, en la Comisión Permanente del Congreso, él decía: es un hecho ya reconocido que en los meses que han transcurrido de este ejercicio fiscal, las finanzas públicas, en sus conceptos de ingresos y egresos, han sufrido importantes impactos lesivos en su monto y en su estructura.
Por razones de inflación a tasas nunca antes registradas en México, por las recientes devaluaciones de nuestra moneda, por los incrementos salariales otorgados a los empleados públicos, por la reducción del gasto acordada y por la baja de nuestras exportaciones de petróleo y de su precio de venta en el mercado internacional.
En un país como el nuestro que acusa una injusta distribución del ingreso y una acumulación de capitales en manos de pocos, la inflación del 21% al 30% de abril pasado, según datos del Banco de México y con expectativas de llegar al 75% a fin del presente año, representa gravísima circunstancia que no sólo ahonda las diferencias al hacer más ricos a los ricos y más pobres a los pobres sino que puede convertirse en un detonante de incalculables repercusiones sociales y políticas.
Ante la confusión que han creado las muchas veces contradictorias informaciones de los medios de difusión tenemos la obligación, como uno de los Poderes de la Unión, de enterarnos en detalle para, a nuestra vez, poder informar a la ciudadanía de las últimas causas que prácticamente han quebrado al país y de las medidas que ha tomado o va a tomar el Ejecutivo para atacar y solucionar la gravísima crisis económica. Así como el pueblo, a todo nos preocupa que a pesar de los planes y promesas del régimen la situación se siga agravando. La promesa de la austeridad en el gasto no sólo no se cumplió, sino que el gasto sigue siendo muy superior al presupuesto, cosa que ha sido tónica de este sexenio. Si ponemos al gasto frente al presupuesto, si ponemos al gasto frente a lo gastado en el ejercicio anterior, si ponemos al gasto frente al PIB, vemos con preocupación que ha seguido creciendo el gasto más allá de la prudencia y de la ortodoxia, sobre todo en los últimos 4 años. Esta ruptura de las normas económicas ha determinado un déficit que ha venido creciendo espectacularmente, la crisis encuentra su fuente de virulencia en el gasto público y queremos dejar asentado que enjuiciar y tratar de ordenar el gasto público ni es satanizar, pero precisamente porque a nosotros y a todo el pueblo de México nos preocupa esta crisis galopante, necesitamos contar con una necesaria y verdadera información.
Por eso, hoy como nunca, es urgente que los Secretarios de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de Patrimonio y Fomento Industrial, comparezcan ante esta Cámara y nos expliquen cuáles han sido los veneros, las vertientes que han alimentado el huracán.
El pueblo se hace muchas preguntas, porque se le escamotea la información, quiere saber por qué cada vez compra más caro y por qué sus ingresos cada día se le empequeñecen; es necesario explicar las causas de por qué en agosto, solamente en agosto, la inflación subió 12 puntos; de por qué en septiembre está comprando 54% más caro que en diciembre.
Como complemento de nuestra fundamentación y para hacer notar la importancia de nuestra solicitud, queremos dejar en el ánimo de esta Cámara las siguientes preguntas:
¿Por qué, aun habiéndose creado la Secretaría de Programación y Presupuesto, cuya misión es la de equilibrar el presupuesto y el gasto público, se sigue ejerciendo un gasto mucho mayor que el Presupuesto aprobado en la Cámara?
El Director del Banco de México anunció que la tasa de interés de los ahorradores bajaría el 40%. ¿Qué repercusiones puede tener esta medida? Se baja la tasa al 40% frente a una inflación del 70%. ¿No. se estará desestimulando el ahorro y por lo tanto la captación del capital?
El Presidente de la República anunció que se han iniciado negociaciones con el Fondo
Monetario Internacional, y el Secretario de Hacienda ha dicho que estas negociaciones van por buen camino. Esto ha desatado una polémica muy inconsistente y poco técnica. ¿Que esta tribuna no es la ideal para que se nos informe qué repercusión pueden tener para México estas negociaciones?
Se dice que PEMEX generará divisas por 14,500 millones de dólares, pero sólo los intereses de la deuda externa serán de 12,500 millones de dólares.¿Estos 2,500 millones restantes nos alcanzarán para la importación de materias primas para la producción y para la importación de alimentos?
Estamos de acuerdo en que se pondrán incrementar la captación de divisas con otros renglones como el turismo y operaciones en las zonas fronterizas, pero es indispensable que se informe de esta situación a esta Cámara.
¿La expropiación de la banca va a influir verdaderamente para la solución, o por lo menos como un atenuante en la grave crisis económica de México?
Estas son unas cuantas preguntas, y todas estas preguntas y muchas otras que se hace la ciudadanía, es indispensable que por esta razón comparezcan a esta soberanía los secretarios de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de Patrimonio y Fomento Industrial.
Al gobierno le molestan mucho los rumores; y a nosotros también. Pero los rumores se generan por la falta de información. El Ejecutivo tiene una magnifica oportunidad de desvanecerlos con estas comparecencias. Y además, como decía al principio, es necesario, es indispensable, despejar el camino al próximo régimen, para que sin confusiones y sin rumores, su gestión pueda ser más eficaz.
Por todo esto, exhortamos a esta Cámara, que apruebe y apoye nuestra proposición.
- El C. Presidente: Esta Presidencia ruega a la Secretaría ponga a consideración de los señores diputados, si es de admitirse o no a discusión la proposición indicada.
- El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Con base en la fracción III del artículo 58, en votación económica se pregunta si se admite o no a discusión la proposición.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.
- El C. Presidente: Pasa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
HECHOS ACAECIDOS EN PACHUCA, HIDALGO
- EL C. Presidente: Tiene la palabra el C. René Rojas Ayala.
- El C. René Rojas : Ciudadano Presidente. Ciudadanas diputadas y diputados. Vengo a hablar sobre un problema que está íntimamente relacionado con algo que hace rato se discutió, o sea, la Ley de Responsabilidad de Funcionarios. También está íntimamente relacionado con lo que está sucediendo allá afuera. Hemos tenido conocimiento aquí mismo de la represión de que fueron efecto militantes del PAN, hoy conocemos también por medio de la prensa, que hay represión hacia militantes en el Estado de Oaxaca del propio PSUM.
Pero en concreto y en específico yo vengo a plantear una situación que ocurrió en la ciudad de Pachuca, en el Estado de Hidalgo.
Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados Ciudadanas diputadas y diputados. Vengo a esta tribuna para denunciar con profunda indignación los hechos ocurridos en la madrugada del 17 de septiembre a las 1:30 horas aproximadamente, cuando fueron detenidos con lujo de violencia por policías judiciales del estado de Hidalgo los compañeros profesor Alberto Guerrero y los estudiantes Javier Godoy, Rosalba Hernández, Miguel Cruz y Leticia Castañeda, miembros de la Alianza de Trabajadores de la Educación y de la Liga Obrera Marxista, que se encontraban en la ciudad de Pachuca para participar en la marcha convocada por el Consejo Central de Lucha del Magisterio y el Frente de Trabajadores Hidalguenses.
Sin mayor cargo ni acusación y, en consecuencia sin orden de aprehensión, los agentes judiciales los condujeron a los separos de la policía. Ya ahí a los hombres se les encerró en una celda y a las mujeres se les separó. Una de ellas bajo amenazas y toda una serie de formas de chantaje fue obligada a salir de los separos en una patrulla en donde posteriormente se le violó. La otra compañera por oponerse a intentos de ultraje fue duramente golpeada. Nosotros decimos, si así se pretende acallar nuestra oposición al gobierno, las luchas que libramos por mejores salarios en contra de la voracidad de los comerciantes, de latifundistas y casatenientes, les decimos a esas gentes que no, que la represión no hace más que acrecentar nuestro odio hacia la clase enemiga de los trabajadores. Por eso mismo queremos que quede sentada ante esta Cámara de Diputados esta denuncia y planteamos también que nosotros estaremos vigilantes de que el proceso que se les haga a estas gentes que violan y ultrajan mujeres, llegue hasta sus últimas consecuencias.
Hace rato se habló aquí en cuanto a la Ley de Responsabilidades que había penas hasta de seis años por abuso de poder, estas gentes no solamente cometieron ese delito, cometieron más. Eso es todo. Gracias. (Aplausos.)
MASACRE ISRAELI AL PUEBLO PALESTINO
- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Salvador Valencia Carmona.
-- El C. Salvador Valencia Carmona: Señor Presidente; señores diputados. Con fundamento en el Artículo 59 del Reglamento Interior, solicité el uso de la palabra por estimar que era necesario que en esta Cámara se discutiese un asunto que, a mi juicio, es de obvia y urgente resolución, me refiero específicamente al caso del pueblo de Palestina que está siendo en otros momentos pisoteado en sus más elementales derechos.
El valor que tiene esta Cámara en la que estamos ahora reunidos, no es lo brillante de sus muros, sino que refleja el cosmos político del país, todas las tendencias ideológicas se dan cita en esta ágora pública para discurrir y debatir sobre las más importantes cuestiones nacionales.
He admirado, en muchas ocasiones, la intervención de compañeros de todos los partidos, y creo que esta proposición que me voy a permitir someter a su consideración, encontrará en ellos respuesta solidaria, porque he visto que esta Cámara alienta con vigor nuevo, que esta Cámara se caracteriza por su sentido progresista y profundamente humano. Y sé que nada que a la humanidad atañe le puede ser ajeno parafraseando a Tenencio.
Ha forjado México una política exterior de gran consistencia, surgimos a la vida independiente y con el movimiento de 1810 logramos afirmar nuestro ser nacional. Juárez y la Reforma rescataron después esta patria que amenazaba con desaparecer. Por eso está inscrito claramente en este recinto la voz de Juárez que parece vibrar cuando hablamos de cuestiones internacionales. Ahí comienza claramente a decirse un principio que ha regido de manera fundamental nuestra vida en el orden internacional. Me refiero al principio de no intervención. Ese mismo principio que dio lugar a la llamada Doctrina Carranza y que permitió más tarde las elaboraciones de Isidro Fabela y de Genaro Estrada.
Pero se decía, por algunos tratadistas de derecho de gentes, y con razón, que México por muchos años se había aferrado -y cómo no aferrarse si era el sentido mismo de la supervivencia- a este principio de la no intervención que era simplemente una barrera, que era sólo un principio negativo. Sin embargo, una vez que el país adquirió solidez, que su voz creció en respetabilidad en el orden internacional, encontramos por fin que ahora esta política internacional es sistemática, que clamar por la solución pacífica de controversias, por la autodeterminación de los pueblos, por la paz universal, por la asistencia financiera a países subdesarrollados y, sobre todo, por el respeto a los derechos humanos.
México ha sido por tradición respetuoso de este principio. Sabido es que el derecho internacional superó al fin esa vieja concepción del que servía sólo para regir relaciones de estados y organismos internacionales. Poco a poco vemos cómo el ciudadano, el hombre, destinatario último de la norma jurídica, se convierte en actor en el orden internacional.
Por eso juzgué conveniente acudir a la Tribuna y expresar el punto de vista que comparten mis compañeros de mayoría, expresar a ustedes que este cosmos nacional en que estamos no puede permanecer indiferente a los graves sucesos de Palestina recientemente desarrollados; creemos que aquí hay un asunto que requiere de una pronta y obvia resolución, estamos seguros que compañeros de todos los signos ideológicos suscribirán íntegramente la condena a los hechos violentos; que propondrán que los derechos humanos reciban en el orden internacional mejores procedimientos y garantías más adecuadas.
No es posible que este hombre que se esta ensanchando hacia el Universo siga viviendo en la época de las cavernas; que adelante tecnológicamente; que tenga un gran desarrollo material y que desde el punto de vista ético, desde el punto de vista moral, se repitan las Guerlicas, los May Lai y tantos atentados graves que la humanidad ha sufrido.
Por eso, ahora que he tenido la oportunidad en estos días de seguir de cerca el asunto palestino, me preocupó y me acordé de una vieja charla de un profesor europeo, de un viejo profesor, que en el año de 1970, véase la fecha, me decía que el problema palestino era un problema aún no resuelto y que este problema podía entrañar la desaparición misma de ese pueblo; él había trabajado por algunos años como observador de las Naciones Unidas, se había percatado de la manera en que las cárceles, tanto israelíes como egipcias, eran maltratados aquellos palestinos que no habían logrado configurar todavía un territorio propio para desarrollarse.
Por eso ahora que veo el atropello al derecho de gentes, que me alarma la indiferencia de algunos poderosos, que me consterna de qué manera, de qué modo pueden en un cierto momento los intereses internacionales mismos, jugar con el destino de un pueblo, creí conveniente abordar esta tribuna para proponer concretamente algunos puntos que creo serán del interés general.
Yo solicito, con el mayor comedimiento, a mis compañeros diputados, que suscribamos una declaración que contenga, entre otras, las siguientes recomendaciones:
1. Condenar de manera enérgica los deplorables hechos ocurridos en Sabra y Chatila, en grave perjuicio del pueblo palestino - libanés.
Exigir una investigación a fondo de los mismos, y demandar responsabilidad internacional a su causantes, así como hacer suyas las condenas de la Comunidad Internacional a la ocupación de Beirut occidental por las fuerzas israelíes.
2. Expresar la coincidencia de este Cuerpo Colegiado, con las declaraciones emitidas en representación del Ejecutivo Federal por la Secretaría de Relaciones Exteriores, que prestó firme adhesión a la resolución del Consejo de Seguridad de 19 de septiembre, solicitando que a través de los medios fijados por la propia Carta de las Naciones Unidas, se proteja la vida
de los civiles y la independencia de Líbano, sin dejar de reconocer el derecho del pueblo palestino a establecerse en un territorio propio.
3. Dirigir un mensaje al Secretario General de las Naciones Unidas comunicándole los puntos de acuerdo y expresándole la necesidad de que los derechos humanos reciban en el orden internacional un tratamiento más cuidadoso y efectivo, que haga posible establecer mecanismos concretos que impidan que cualquier gobierno, entidad o grupo de presión atente contra tales derechos.
4. Establecer en el seno de la Comisión de relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, un grupo de trabajo que se ocupe de manera específica del estudio de los derechos humanos y de su proyección internacional.
Someto a esta Honorable Soberanía estos puntos de vista en términos del Artículo 60 del Reglamento Interior. Creo sinceramente, que se trata de un asunto de obvia y de urgente resolución. Sé que los mexicanos han superado ya la etapa de la aldea. Son ahora ciudadanos del mundo -como decía Machiavelo- por eso, me permito someterles a consideración estos puntos de vista que yo sí estimo urgentes. Muchas gracias.
- El C. Presidente: Esta Presidencia solicita a la Secretaría proceda a consultar a la Cámara sobre la dispensa de trámites a la proposición del señor diputado Salvador Valencia Carmona, por considerarse urgente y de obvia resolución.
- El C. secretario Everardo Gámiz: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta si se otorga la dispensa de trámite solicitada... Se otorga, señor Presidente.
- El C. Presidente: En votación económica, sométase a votación la propuesta del C. diputado Salvador Valencia Carmona.
- El C. secretario Everardo Gámiz: En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba la petición hecha por el señor diputado Salvador Valencia Carmona... Aprobada, señor Presidente.
- El C. Presidente: Han solicitado el uso de la palabra los ciudadanos diputados Edmundo Jardón Arzate, Héctor Ramírez Cuéllar, Marco Antonio Fragoso, Juan López Martínez y Cándido Díaz Cerecedo.
Tiene el uso de la palabra el C. diputado Edmundo Jardón Arzate.
- El C. Edmundo Jardón Arzate: Señor Presidente. Señoras y señores diputados Una noticia ha recorrido el mundo, en el sector oeste de Beirut al amparo de los ejércitos intervencionistas de Israel, integrantes de las llamadas falanges libanesas, han asesinado a cientos de pobladores palestinos, niños, adultos, ancianos, hombres y mujeres inermes, indefensos. Víctimas propicias de un acto para el que no hay calificativo y si acaso sólo la comparación remota con la matanza de San Bartolomé o con las contemporáneas de Guernica, Lídice, Oradour - sur - Glane o My Lai.
Esta noticia que lo mismo ha hecho exclamar al Papa, Juan Pablo, "que su ánimo se ha llenado de amargura y profundo dolor", que suscitado la enérgica condena unánime del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas y las enérgicas condenas de distintos Jefes de Estados y Gobiernos e incluso las demostraciones de repudio de gran parte del pueblo de Israel, no puede pasar desapercibida para los integrantes de la LII Legislatura del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, de la que forma parte la fracción del Partido Socialista Unificado de México.
En 1947, cuando quedó constituido el estado de Israel, todos los hombres vimos en ello una justa reparación a las vejaciones y crímenes de que fue víctima el pueblo judío por parte del nazismo. Nos regocijamos de ello, porque al fin y al cabo, ni color de la piel, ni religión, ni ubicación política, están por encima de algo que nos hermana y nos identifica: somos biológicamente una especie, el hombre; y sociológicamente nos identificamos como la humanidad.Justicia a un pueblo, es justicia y regocijo para todos los pueblos.
Pero si justicia fue la erección del estado de Israel, no menos justo era y es que justicia era y es la restitución territorial al pueblo palestino para poder edificar una patria, un hogar, un estado, un destino y si por solidaridad humana este pueblo mexicano no sólo condenó la barbarie nazi contra el pueblo judío, sino que dio cobijo aquí a muchos que lograron escapar de aquélla, por la misma razón o tal vez más ha de brindarse solidaridad y se brinda al pueblo palestino porque sangre árabe circula por las venas de muchos mexicanos y el castellano que hablamos todos los días y en todos los lugares enriquecido está con palabras árabes. Convivencia entre los pueblos árabes y el pueblo de Israel es lo que desea el pueblo mexicano, pero cuando los valores se trastocan, cuando como consecuencia de intereses, no de pueblos sino de ambiciones expancionistas y de dominio en el Medio Oriente el estado de Israel se convierte en punta de lanza agresiva y prepotente en perjuicio en primer lugar, de los legítimos derechos del pueblo palestino y en general de la tranquilidad de todos los pueblos árabes, no se puede permanecer indiferente, más aún cuando en ello está latente el foco amenazador de una tercera y definitiva conflagración universal.
Para la fracción Parlamentaria del Partido Socialista Unificado de México podría decirse que es llegada la hora de romper relaciones con el gobierno de Israel, en virtud de que ha violado sistemáticamente los principios fundamentales del derecho internacional y los acuerdos de la ONU para el restablecimiento de la paz en el Medio Oriente; por su política
genocida y belicista en contra del heroico pueblo palestino y ahora contra la población del Líbano que es llegada la hora de expulsar al gobierno de Israel de la ONU y que ésta tome las medidas pertinentes y adecuadas para la protección de los palestinos y del pueblo del Líbano, y que es llegado el momento de que el Gobierno Mexicano suspenda sus ventas de petróleo al gobierno de Israel, en estricta justicia esto es lo menos que podría hacerse ante el hecho reiterado de que el gobierno de Israel ha procedido y procede con métodos que, por desgracia, se equiparan a los que los nazis utilizaron ante el pueblo judío. Uno de esos métodos se ha hecho presente hoy en el sector Oeste de la ciudad de Beirut. Ahí están las noticias, las fotografías, los relatos del crimen cometido, y nadie que se sienta miembro de este género humano, de esta humanidad, puede permanecer indiferente, que lo que injustamente que lo que se hace en perjuicio de un hombre, de uno solo, acaba por perjudicar a todos los hombres, más tarde o más temprano. Este es el caso La matanza de cientos de palestinos es una ofensa que retrotrae a todos los hombres a la barbarie y debe condenársela y detenérsela, si es que no se quiere verla repetida hoy o mañana, en el mismo lugar o en cualquier otra parte de esta tierra.
Por todo ello, la Fracción Parlamentaria del PSUM hace suyas las proposiciones presentadas aquí por el señor diputado, miembro de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, y se solidariza plenamente con ellas.(Aplausos.)
- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. diputado Héctor Ramírez Cuéllar.
- El C. Héctor Ramírez Cuéllar: Señor Presidente; señores diputados:
La fracción parlamentaria del PPS ha solicitado el uso de la palabra para unir su voz a la condena universal por la masacre perpetrada en las colonias de Sabra y Chatila, de Beirut Occidental, por parte de las tropas israelíes y los falangistas ultraderechistas de Líbano. Este crimen conmueve a la humanidad entera y especialmente al pueblo de México, nuestro pueblo, que en el pasado brindara la más amplia solidaridad a los grupos judíos en Europa Occidental y en la Unión Soviética ante la campaña de exterminio masivo desatada por Adolfo Hitler, ahora nuestro pueblo tiene que señalar la política del Estado de Israel como una política que contraviene los intereses fundamentales de la humanidad entera. El crimen de Beirut fue realizado en una operación militar combinada entre los falangistas y las tropas judías que permitieron el ingreso a las zonas palestinas y que en 36 horas liquidaron a más de 1,400 personas, hombres, mujeres y niños, muchos de los cuales fueron asesinados a boca de jarro en una cama de los hospitales de esa parte de Beirut.
El Gobierno de los Estados Unidos, a través de su negociador, se había comprometido a proteger, a salvaguardar las vidas y las propiedades de los civiles palestinos, una vez que los combatientes de la OLP salieron de Beirut. Sin embargo, el gobierno norteamericano no cumplió con su palabra y dejó la protección y la seguridad de las colonias palestinas en manos de sus enemigos. Esta es la paz de Galilea, de Menajen Beguin: esta es la política de fronteras seguras del gobierno fascista y racista de Beguin, terrorista de abolengo; ¿en qué consiste, en qué ha consistido la llamada Paz de Galilea? Ahora ya podemos hacer un balance de esta política, se han asesinado en Beirut a 25 000 civiles, la mitad de la ciudad está completamente destruida, también se han aniquilado tres ciudades importantes del Líbano, así como 35 centros urbanos y se han convertido en ruinas 14 campamentos de refugiados, dejando sin hogar a un millón de palestinos y de libaneses.
Esta es la paz de Galilea que el gobierno de Beguin trata de inspirar incluso en las Escrituras, trata de fundamentar en designios de la divinidad y trata de explicar en función de la seguridad nacional.
Efectivamente, el Estado de Israel se fundó en el año de 1948 por un mandato de Naciones Unidas que otorgaba a los judíos una porción del territorio del Medio Oriente, pero si comparamos lo que es hoy el actual territorio dominado por Israel, veremos que desde 1947 existe una política de expansión y de dominio, así como de control de otros territorios.
Han desatado cinco guerras en contra de los países árabes, y en cada guerra han despojado a estos pueblos de una parte de su territorio, y el Estado de Israel actual no es ni siquiera el 5% de lo que fue cuando se creó por Naciones Unidas.
Los ideólogos del sionismo plantean el llamado Israel Histórico, es decir, la creación de un Estado judío que abarque desde el Río Nilo hasta el Río Eufrates, tomando parte de los actuales territorios de Líbano, de Siria y de Jordania. Solamente en esos límites geográficos, los sionistas consideran que las fronteras nacionales están seguras, es decir, acabando con tres estados independientes y soberanos.
Y en esta política de la creación del llamado Israel Histórico, han intervenido en Líbano un Estado democrático, multinacional, en el que convivían distintos sectores religiosos, que convivían democráticamente, y el asentamiento de los palestinos en Líbano, fue un acto de autoridad del gobierno de Líbano.
Ahora el Estado de Líbano ha sido invadido, y está ocupado por tropas de Israel. En Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en el mes de septiembre, votó una resolución apoyada por nuestro representante Porfirio Muñoz Ledo para que las tropas de Israel abandonaran el territorio de Líbano y permitieran a este país el ejercicio de su libre autodeterminación como Estado soberano.
Pero Israel ha hecho caso omiso de todas las resoluciones de Naciones Unidas, desde 1947 hasta hoy. Ha violado 248 resoluciones y acuerdos del organismo mundial. Por lo que no
vacilamos en calificar al Estado judío como un bandolero internacional que transgrede las normas básicas del Derecho en el que se rigen todos los pueblos del mundo.
Israel ha hecho caso omiso de las reiteradas resoluciones de Naciones Unidas para asegurar a Palestina un derecho inalineable de todos los pueblos: el derecho a poseer un territorio, a construir un hogar nacional, una patria, y a edificar sobre ese territorio el régimen económico y social que mejor convenga a los intereses del pueblo palestino. Régimen económico y social que será seguramente no capitalista.
Este derecho del pueblo palestino es conculcado, es pisoteado por el gobierno judío que ha contado con el apoyo económico y militar del gobierno de los Estados Unidos.
Desde los primeros años de la expansión territorial de Israel, el gobierno imperialista norteamericano le ha ayudado en Naciones Unidas, con el objeto de que no acate los acuerdos que emite el organismo internacional. En todos los casos en que este asunto ha llegado al Consejo de Seguridad, el gobierno norteamericano ha interpuesto del derecho de veto. Y lo que es más delicado, ha otorgado a Israel 8 mil millones de dólares en asistencia militar, lo que trata de convertir al Estado judío en el gendarme del Medio Oriente, poniendo en peligro permanentemente la paz en esa región.
Por eso el Partido Popular Socialista se explica la matanza de Beirut, como producto de una filosofía profundamente irracional, que desprecia la existencia del ser humano, que aborrece la vida de todo un pueblo y que trata de fincar sobre las ruinas un Estado moderno, poderoso en lo económico y en lo militar.
Sin embargo, nosotros consideramos que se puede asesinar a un hombre, a un grupo de hombres, pero no se puede liquidar a un pueblo entero. Los propios judíos que fueron victimados en más de seis millones durante la segunda Guerra Mundial, no desaparecieron como pueblo, no desaparecieron como comunidad humana. Ese es el mismo destino del pueblo palestino, como pueblo el palestino desaparecerá, por eso el intento de destruir a su agrupación político - militar, la OLP, está condenado al fracaso.
Porque la OLP es un instrumento político ratificado por todos los grupos palestinos que viven dispersos en los países árabes y musulmanes. Es un organismo sancionado y ratificado en un parlamento de los grupos palestinos y tiene el apoyo del pueblo, además el derecho al uso de la fuerza armada ante Israel. Jamás había estado tan justificado el uso de la fuerza y de la violencia, como en el caso del pueblo palestino con respecto a Israel. Jamás el uso de la violencia revolucionaria fue más justificado y fue más útil, con un pueblo que ha sido despojado de su territorio, que ha sido obligado a dispersarse por todo el mundo, que ha sido destruido durante 25 años.
En esas condiciones la lucha revolucionaria está, a nuestro juicio, perfectamente justificada. Nosotros afirmamos que estas matanzas pueden tener la finalidad de asegurar la ocupación definitiva de Beirut por las tropas judías, pueden provocar que los falangistas de ultraderecha, los hermanos de los falangistas españoles que en México tuvieron también sus expresiones en partidos políticos, que los falangistas instauren un gobierno totalmente dócil a Israel y al imperialismo. Por eso nos explicamos la muerte del Presidente electo Gemayel ocurrida en un acto terrorista. El mismo fue un terrorista, él descendía de una familia que había masacrado a grupos opositores por medio del terrorismo y ahora él es victimado en un acto terrorista, "el que a hierro mata a hierro muere". Nosotros demandamos la solidaridad del pueblo mexicano hacia el pueblo palestino, esta solidaridad tiene antecedentes, tiene raíces, no solamente históricas, lejanas, sino más cercanas, México admitió la apertura de una oficina de la OLP en nuestro país, dentro de la lucha de la OLP por el reconocimiento universal a su existencia como Estado soberano y el Presidente Luis Echeverría se entrevistó con Yaser Arafat en Viena reconoció en una actitud oficial del gobierno mexicano el derecho del pueblo palestino a su autodeterminación y a un territorio propio. El propio Presidente Echeverría visitó parte de los campamentos de los palestinos que hoy tienen conculcados sus derechos por estar dominados por los judíos. Pero hay un vínculo muy importante: La entrega de petróleo de México hacia Israel. Nosotros estamos conscientes de los poderosos intereses judíos que existen en el mundo, y recordamos cómo ante la viril actitud del Presidente Echeverría de condena al sionismo, los grupos judíos norteamericanos orquestaron una campaña feroz contra nuestro país, y decretaron el boicot turístico que sufrimos en el año de 1976, boicot que vino a agravarse con los problemas internos que tenía el país.
Estamos conscientes de la fuerza de los judíos en el mundo capitalista, de su fuerza en los aparatos financieros, y en México de su presencia de ciertos órganos de comunicación masiva, pero consideramos que si México ha de ser consecuente con esta actitud política del pasado inmediato, debe suspender los suministros de petróleo a Israel, en virtud de que estos energéticos están siendo empleados para alimentar las máquinas de guerra de los judíos. Pero, además, es nuestra convicción de que México debe romper sus relaciones diplomáticas con el gobierno de Tel - Aviv, en virtud de que ese gobierno transgrede y viola sistemáticamente los acuerdos de la ONU y que las leyes de carácter internacional que rigen a los pueblos. Muchas gracias.(Aplausos.)
- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. diputado Marco Antonio Fragoso, se le ruega pasar a la tribuna.
- El C. Marco Antonio Fragoso: Señor Presidente; compañeros diputados. Habiendo escuchado una muy detallada descripción del panorama y los acontecimientos en ese neurálgico punto del globo, conocido como el Medio Oriente, y en forma más concreta de
lo que ha sucedido en Líbano, en obviedad de tiempo nos limitaremos solamente a mencionarles la postura de nuestro partido, basada, principalmente, en nuestros principios de doctrina.
Es del dominio público el hecho de que las condiciones socioeconómicas, la explosión demográfica, la carrera armamentista y otros factores políticos han convertido al globo terráqueo en un peligroso polvorín con múltiples posibles detonantes. Sabemos que los palestinos luchan por el legítimo derecho de tener un territorio propio donde puedan habitar en forma definitiva al lado de sus hijos y de los hijos de sus hijos. Basados en el derecho de autodeterminación de los pueblos abogamos también por un Líbano indivisible; nos preocupa, además, que los problemas intrínsecos en tal condición puedan sumarse a intereses de otras entidades o potencias, llámese Israel, Estados Unidos, Siria o la Unión Soviética, que en forma velada o abierta aticen un fuego que pudiese extenderse a otras áreas del mundo y, como ya vimos, afectar y derramar la sangre inocente de ancianos, mujeres y niños que la gran mayoría de las veces ni siquiera conocen las causas de los mencionados conflictos.
Es la manifiesta y expresa intención de la diputación del Partido Acción Nacional, protestar por el genocidio de refugiados palestinos en los campos de Sabra y Chatila, en el Líbano; también queremos hacer patente el hecho de nuestro partido se opone y se opondrá abiertamente, a cualquier atentado contra el ser humano donde se viole la dignidad humana y se atente contra la vida con actos como el de terrorismo, así se pretende disfrazarlos de luchas patrióticas.
Respaldamos la justificada protesta de nuestro Gobierno por este crimen; demandamos de esta honorable Asamblea un voto de condena contra las recientes matanzas de refugiados palestinos en el Líbano, así como a cualquier acto semejante en cualquier parte del mundo. Muchas gracias. (Aplausos.)
- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Juan López Martínez.
- El C. Juan López Martínez: Señor Presidente; compañeros miembros del honorable Congreso de la Unión. La fracción parlamentaria demócrata, coincidiendo en lo fundamental con lo expresado por el compañero diputado miembro de la fracción parlamentaria priísta, y a nombre de nuestro partido, hemos pedido el uso de la palabra para exponer brevemente nuestras propias consideraciones sobre el indignante y doloroso caso que nos ocupa.
Honorable Asamblea:
Debemos ser solidarios con la suerte de el Líbano por ser integrante de la Comunidad de Naciones y especialmente por las ligas que nos han unido a ese país a través de sus inmigrantes, que al establecerse en nuestro territorio con su trabajo, empeño y honradez, han contribuido al desarrollo económico y social de nuestro país y sus descendientes. Ya como mexicanos, además de lo anterior, han contribuido a enriquecer nuestra vida cultural y política.
La realidad pluriconfesional de Líbano, conocida por todos, dio lugar en el pasado a los respectivos conflictos, pero fueron los propios libaneses, y sólo ellos, los que encontraron fórmulas de convivencia, de colaboración y de paz, ejemplares y dignas de admiración.
Tales fórmulas de convivencia fueron alteradas por el conflicto entre Israel y los países Árabes, y la intromisión de las grandes potencias en dicho conflicto. Líbano acogió generosamente, con sentimientos universales de hermandad, y específicamente árabes de solidaridad, a una importante porción de la población palestina. Desplazada por la constitución del Estado de Israel, la parte más negativa de dicha población sin abarcarla ni representarla, la reclutaba bajo las siglas de la OLP, la Organización de Liberación Palestina. Fue armada por el imperialismo soviético y sus epígonos radicales del islamismo y pagaron la hospitalidad recibida incitando a la guerra civil y propiciando la invasión de los sirios.
Los perseguidos, junto con las tropas sirias, se convirtieron en persecutores de hicieron de Líbano un país rehen.
La OLP y tropas sirias hicieron víctima la población libanesa, de multitud de vejaciones, robos y asesinatos. A todos, a cristianos, musulmanes y rusos.Tales crímenes también deben ser objeto de condena moral.
Lo anterior no disminuye la culpabilidad de los que ejecutaron la matanza de civiles palestinos hace pocos días en Beirut, ya que se agrava por el hecho de que la OLP, como ya se dijo, ni abarca ni representa al pueblo palestino y si aumenta la indignación es porque precisamente las víctimas no eran beligerantes. Hoy las tropas de Israel, armadas por el otro imperialismo, el yanqui, son también invasoras de Líbano; deben de salir de inmediato, junto con las tropas sirias y los restos armados de la OLP, que no han desalojado ese país.
El Partido Demócrata Mexicano tenía preparada la proposición para que se solicitara a los miembros de esta LII Legislatura, sobre algunos puntos de dar salida y vertir así la opinión de este cuerpo colegiado. Pero creo y creemos en la Fracción Parlamentaría Demócrata, que falta un punto muy importante también en el cual debe de manifestarse no como una unidad material, como lo especifican los socialistas a voz de don Edmundo Jardón, sino más bien espiritual. Una unidad espiritual en la cual señor presidente, esperemos que los compañeros diputados acepten la proposición de la fracción parlamentaria demócrata del Partido Demócrata Mexicano, se guarde
un minuto de silencio por las víctimas libanesas y palestinos de este conflicto.
También hacemos votos para que en un futuro próximo se pueda establecer un estado palestino, respetando los derechos de otros pueblos.
Este es el pensamiento del Partido Demócrata Mexicano. Muchas gracias.
- El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En atención a la propuesta hecha por el Partido Demócrata Mexicano, en votación económica se pregunta si se acepta se guarde un minuto de silencio... Se aprueba.
Para tal efecto, se ruega tengan la amabilidad de ponerse de pie.
(Se guarda un minuto de silencio.)
- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Cándido Díaz Cerecedo.
- El C. Cándido Díaz Cerecedo: Señor Presidente; Señoras y señores diputados. Al árbol se le conoce por sus frutos, a los hombres por la conducta diaria que realizamos en lo individual y en lo social y a esto, no escapan los pueblos mismos.
La vida internacional ha puesto de relieve, ha llenado las páginas de la historia y ha dejado bien claros los nombres de los pueblos, que por medio de la violencia, que por medio del atentado a todos los derechos individuales y de los pueblos, se han engrandecido y han acallado con la violencia, los derechos humanos, los derechos a la sobrevivencia, a la existencia, como personas y como pueblos.
Y en esa conducta internacional de los pueblos indiscutiblemente que hay otros que han sufrido en carne propia infinidad de conductas vejatorias de sus derechos. En el primer grupo de naciones están entre los más destacados e importantes los Estados Unidos de Norteamérica. Sería largo enumerar y obvio hacerlo, puesto que la historia está, puesto que la conciencia de cada uno de nosotros está el recuerdo de las múltiples intervenciones realizadas por los Estados Unidos en los pueblos latinoamericanos y los pueblos subdesarrollados de la tierra. Y México, uno de los que más han sufrido estos atropellos.
No es raro que la política internacional de nuestro país tenga las características que le conocemos. No es raro que la lucha de nuestro gobierno por el derecho de autodeterminación y no intervención, le haya dado a nuestro país ese prestigio internacional del que actualmente goza.
Aquí se ha dicho, y efectivamente así es, luchar por la autodeterminación de los pueblos y la no intervención es defender nuestro propio derecho a existir como naciones.
Luchar contra quienes rapazmente y con base en la fuerza bruta destruyen en forma inmisericorde y contra todo derecho a los pueblos, es precisamente preservarnos como nación.
Si la fortaleza y la seguridad de cada uno; individualmente hablando está en el colectivo y en el grupo, en las naciones no es diferente.
La seguridad de cada pueblo; la seguridad de cada nación tiene que estar en el grupo, en la alianza firme de todos los pueblos que luchan por la paz, que luchan por su existencia, por su soberanía, ésa es la política internacional de México, un resumen y una síntesis de su propia penuria internacional y es la síntesis de interés, del deseo enorme de existir libre y soberano en el ámbito internacional.
La violencia indiscutiblemente que queda descartada como medio idóneo en la solución de los problemas individuales e internacionales, la violencia genera violencia, pero la violencia de hecho se ha dado, se sigue dando y posiblemente y esto depende de la conducta de los pueblos y de los hombres, que la violencia sigue entronizándose en el ámbito internacional y dé ejemplos de bestialidad y de regreso a la barbarie y equipare al hombre con característica racional y como alguien que ha conquistado el espacio exterior, lo lleve precisamente a equipararse entre las bestias.
La violencia solamente se justifica, solamente se acepta como respuesta a la violencia, a la violencia reaccionaria, a la violencia brutal del fuerte y del poderoso que conculca, que destruye, está la violencia del que defiende su derecho, del que lucha por un derecho de existencia, es el derecho a defender nuestra propia integridad física en lo individual y la defensa de la soberanía, de la integridad territorial en lo internacional.
De hecho, lamentablemente la violencia se da, y qué tienen que hacer quienes sienten en carne propia el señorío de la violencia del fuerte, del poderoso, del arbitrario, cuando no hay organismos jurídicos en lo interno y en lo internacional con fuerza suficiente para poder hacer respetar esos derechos; cabe, le asiste, al agredir, el derecho a su autodefensa, a la agresión reaccionaria del fuerte, poderoso, arbitrario, está el derecho a repeler con la violencia la violencia revolucionaria, la violencia de Cuauhtémoc contra Hernán Cortés, la violencia de Hidalgo contra los realistas, la violencia de los Niños Héroes de Chapultepec contra los americanos, la violencia de todos los pueblos y todos los hombres que luchan por restaurar su soberanía.
Indiscutiblemente que vista así la violencia desde dos puntos de vista, nos vemos precisados a analizar todos los actos internacionales, para no juzgar por igual y no hablar de imperialismo, y no juzgar a Hidalgo en la misma forma que a Calleja, para no juzgar a Cortés en la misma forma que a Cuauhtémoc, para no juzgar a los Niños Héroes en la misma forma que a los norteamericanos.
Tenemos que decir, tenemos que esclarecer en estos hechos de violencia quién ha sido el principal y el primer agresor; no basarnos en noticias salidas de fuentes de información masivas tendenciosas al servicio y pagadas por quienes usurpan esos derechos, por quienes
violentan para conculcar, por quienes destruyen para engrandecerse sin apego a ningún derecho de ningún tipo. Así tenemos que juzgar todas, todas las situaciones de conflicto violento que se han dado en el mundo.
Es necesario que veamos a la luz de este pensamiento que la violencia reaccionaria y revolucionaria, los actos de Hungría, de Checoslovaquia, de Afganistán, determinar con precisión quién ha sido el agresor, quién ha sido el violento y echar por tierra todas las calumnias y las apariencias que los órganos de información masiva tratan de hacer buenas, de hacer positivas y de meter en la conciencia de los pueblos.
Se habla aquí de imperialismo soviético. Dónde está el imperialismo soviético. Dónde están las empresas, las fábricas, la explotación del hombre por el hombre del bando socialista. En qué país de la tierra los encontramos, como encontramos la explotación del hombre por el hombre en la economía de los pueblos, el saqueo de sus riquezas, de su materia prima; la conculcación de sus derechos. No lo encontramos en ninguna parte de la tierra.Que es un imperialismo ideológico. Las ideas son universales, las ideas son atributo de los hombres y éstas tienen que darse en cualquier parte de la tierra en que el hombre exista y tienen similitud y tienen paridad, y estas ideas son buenas para todos. En la misma forma que son homogéneas y son idénticas las manifestaciones de todos los seres vivientes, se den en el ámbito de la tierra que se den.
No aceptamos que haya un imperialismo. El socialismo, como una idea, indiscutiblemente que es universal, como lo fue el liberalismo y para quienes todavía se apoyan en argumentos pasados de moda, de ideas exóticas, de costumbres exóticas, saben indiscutiblemente que el liberalismo que defendieron en el 33 de 1800, Valentín Gómez Farías, que posteriormente una pléyade de liberales, con Juárez a la cabeza, defendieron, no nacieron en México, fueron ideas exóticas precisamente para aquellos que acostumbran llamarlas así; que la religión cristiana nos la dio también un pueblo y no fue el maya y no fue el azteca y no es ningún grupo étnico que integre actualmente al pueblo de México; y esta lengua en que nos expresamos tampoco es mexicana, tampoco fue en su origen aunque actualmente podamos hablar de un lenguaje, de un idioma mexicano; indiscutiblemente que en su origen nos lo dieron los españoles.
Las ideas, los valores de todo tipo son universales, reprobamos la idea de dos imperialismos, así lo es también el socialismo, como una idea universal que los pueblos acogen, que los pueblos defienden, que los pueblos practican, porque se aviene absoluta o en forma mayoritaria a los intereses de su desenvolvimiento político, económico y social.
No discutimos aquí, por el contrario, apoyamos, defendemos y respaldamos el derecho a existir del pueblo judío, no es eso lo que está a discusión, pero indiscutiblemente que nos oponemos en forma terminante a que la efectividad de ese derecho se haga conculcando los derechos legítimos también, de la misma calidad del pueblo palestino. No es posible la instauración de un derecho sobre la destrucción y las ruinas de otro también legítimo.
Por eso, la LOP surge como una reacción a la actitud violenta del expansionismo judío. La vida internacional del estado judío es toda una secuela de agresión, de anexiones, de actos atentatorios de los derechos de los pueblos árabes, y analizada la LOP como una violencia que se opone a la violencia que los priva de su territorio, que les impide realizarse como nación, indiscutiblemente que justificamos a la LOP, que justificamos la actitud a que lo condenan y a que lo obligan los judíos y el imperialismo norteamericano.
En tal virtud, nosotros respaldamos las propuestas en pro de condenar al estado judío que aquí se han expuesto por los representantes de todos los partidos; en forma irrestricta, las apoyamos, las avalamos, pero no nos quedamos en eso porque creemos que condenar esta actitud genocida del ejército israeli, es condenar exclusivamente el instrumento, el medio, y no condenar el cerebro, y no condenar la intención de un país que existe tras esa conducta belicista de punta de lanza, de gendarme internacional que tiene Israel.
Por eso, señor Presidente, señoras y señores diputados, en representación del Partido Socialista de los Trabajadores, estamos pidiendo, estamos solicitando ampliar esas demandas para que se condene por igual al imperialismo norteamericano, al movimiento sionista, porque tras el ejército de Israel, tras de Beguin, está la voz, la palabra, la intención, los intereses, estos sí imperialistas, de los Estados Unidos de Norteamérica. Por igual la condena para el imperialismo norteamericano, para el sionismo, para el pueblo judío por estos atentados genocidas en Chatila, en Sabra, la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, entiende que solamente así, condenando la inteligencia que suministra en lo militar, en lo económico y en lo tecnológico los medios para que el pueblo de Israel realice estos actos genocidas, solamente así estaremos condenando a las fuerzas, las causas de estos actos que de no pararlos a tiempo, que de no detenerlos, pueden propiciar precisamente la conflagración que acabe con el género humano.
Es necesario recordar que si a tiempo los países de la tierra hubiesen detenido la violencia nazi fascista, hubiesen detenido las invasiones de Hitler sobre Austria, sobre Polonia. Es posible que no hubiese sufrido la humanidad esa ecatombe que destruyó, que demolió instituciones que lamentamos y que no pudieron restaurarse en su totalidad, que estamos todavía padeciendo y que estamos todavía lamentando.
La voz de este Congreso debe ser en ese sentido de detener la violencia que puede generar la violencia; que puede ser, constituir la chispa que incendie universalmente a los pueblos y de
cuyas ruinas, y de cuyas ruinas no escapará ninguno de nosotros. Muchas gracias.
- El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Señor Presidente, habiéndose agotado el registro de orador, se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA
-- El mismo C. Secretario:
"Orden del Día de la próxima Sesión.
Primer Período Ordinario de Sesiones. LII Legislatura.
Orden del Día
23 de septiembre de 1982.
Lectura del Acta de la Sesión Anterior.
El Departamento del Distrito Federal invita a la Ceremonia que para conmemorar el CLXI Aniversario de la Consumación de la Independencia, tendrá lugar el próximo día 27 de septiembre en el Jardín de San Fernando.
Proposición de la Gran Comisión.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con Proyecto de Decreto por el que se concede permiso a los CC. María Esther Gómez Cárdenas, Librado Contreras Rodríguez, Juan Francisco José Serna Penichet, María de los Angeles Aguirre Rubio y Rosalinda Manzur Badra, puedan prestar servicios al Gobierno de los Estados Unidos de América en México.
De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública con proyecto de Decreto que reforma el que creó el Organismo Público denominado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a la solicitud del C. licenciado José López Portillo, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para ausentarse del territorio nacional."
- El C. Presidente (a las 16:05 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo día 23 de septiembre, a las diez horas.
TAQUIGRAFIA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES