Legislatura LII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19821229 - Número de Diario 59
(L52A1P1oN059F19821229.xml)Núm. Diario:59ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"LII" LEGISLATURA
Registrada artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO I, México, D.F., miércoles 29 de diciembre de 1982 TOMO I.- NUM. 59
SUMARIO
APERTURA.
ORDEN DEL DÍA.
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE APRUEBA CON UNA ACLARACIÓN.
PROTESTA DEL DIPUTADO RODOLFO REA AVILA
Como diputado suplente en funciones por el XI Distrito de Guanajuato.
MINUTA DEL SENADO
ARTÍCULO 54 - D, 54 - E, 54 - M, Y 54 - U DE LA LEY DEL ISSSTE
Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos mencionados. Se turna a Comisión.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO PUBLICO DE BANCA Y CRÉDITO
Proyecto de la Ley mencionada. Lectura a moción suspensiva de la Diputación del PSUM, e intervención del C. Antonio Gershenson para expresar que en caso de no aprobarse la moción, su Partido no intervendrá en el debate. Consideraciones del C. Armando Gordillo Mandujano quien también presenta moción suspensiva a nombre de la Diputación del PAN; aclaración de la Presidencia sobre las mociones que se votan por separado a solicitud del diputado Luján, mismas que se desechan. Se le dispensa la segunda lectura al dictamen.
A discusión en lo general el proyecto de ley. Intervienen los CC., en contra Jorge Cruiskshank García; en pro Felipe Gutiérrez Zorrilla; en contra Héctor Ramírez Cuéllar; en pro Juan López Martínez; en contra y para expresar que su partido, el PPS, no participará en la discusión en lo particular, Francisco Ortiz Mendoza; en pro Francisco Rodríguez Pérez; en contra Raúl López García; por la Comisión Jorge A. Treviño Martínez; para hechos René Rojas Ayala, Ortiz Mendoza, David Orozco Romo, Rafael Aguilar Talamantes y Ortiz Mendoza. Se aprueba en lo general, conjuntamente con los artículos no impugnados.
A discusión en lo particular. A debate el Artículo 1o. habla en pro el C. Antonio Ortega Martínez. Se aprueba en sus términos. Pasa el Senado.
ARTÍCULOS 570,571, y 573 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Proyecto de Decreto que reforma los artículos mencionados. Se le dispensa la segunda lectura.
A discusión en lo general. Intervienen los CC., en pro Crescencio Morales Orozco; para una excitativa Gustavo A. Vicencio Acevedo; para hechos René Rojas Ayala; para una modificación que se desecha, Antonio Gershenson; para hechos Lorenzo García Solís; en pro Víctor Manuel Carreto. Se aprueba en lo general con los artículos no impugnados.
A discusión en lo particular. A debate el Artículo 570. Habla en contra el C. Antonio Ortega Martínez, Se aprueba en sus términos. Pasa el Ejecutivo.
EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 1983
Proyecto del Presupuesto citado. Se le dispensa la segunda lectura.
A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra Astolfo Vicencio Tovar, Iván García Solís y Raymundo
Pág.
León Ozuna; en pro Ricardo A. Govela Autrey; en contra Juan Campos Vega; en pro Netzahualcóyotl de la Vega García. Se aprueba en lo general con los artículos no impugnados.
A discusión en lo particular. A debate los artículos 2o., 5o. y 11. Intervienen los CC., en contra Ignacio Vital Jáuregui, José E. Pérez Gaytán y Rubén D. Méndez Aquino; en pro Manuel Cavazos Lerma; para contestar alusiones Méndez Aquino; para hechos Vital Jáuregui y Francisco J. González Garza. Se aprueban en sus términos. Pasa al Ejecutivo.
MINUTA DEL SENADO
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Proyecto de la ley mencionada. Se turna a Comisión.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
ARTÍCULOS 115 CONSTITUCIONAL
Proyecto de Decreto que reforma el artículo citado. Se le dispensa la segunda lectura.
A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra Raúl Rea Carbajal; en pro Javier Blanco Sánchez; para reformas y adiciones que se desechan Alfredo Reyes Contreras; en pro Humberto González Magallón, Baltazar I. Valadez Montoya y Sami David David; para modificaciones que se desechan Roger Cicero Mackinney. Se aprueba. Sin discusión en lo particular. Se aprueba en ambos sentidos. Pasa a las Legislaturas Estatales.
ARTÍCULOS 1916, 2116, 1916 BIS DEL CÓDIGO CIVIL
Proyecto de Decreto que reforma los dos primeros artículos y adiciona el último del Código citado, para el D.F. en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Se le dispensa la segunda lectura
A discusión en lo general y en lo particular el Artículo 1916 Bis. Habla para proponer una modificación que se desecha, Gabriel Salgado Aguilar. Se aprueba en sus términos. Pasa al Ejecutivo.
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
ARTÍCULOS 54 - D, 54 - E, 54 - M, Y 54 - U DE LA LEY DEL ISSSTE
Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos de referencia. Primera lectura. Se le dispensa la segunda
A discusión en lo general. Intervienen en contra los CC. Antonio Gershenson, Luis J. Prieto, Crescencio Morales Orozco, Francisco J. Alvarez de la Fuente; en pro J. de Jesús Fernández Alatorre; para hechos David Orozco Romo, Iván García Solís, Sergio Quiroz Miranda y Luis J. Prieto. Se da lectura a los nombres de los senadores promoventes de esta iniciativa. Siguen, para hechos Juan López Martínez y Armando Corona Boza; para contestar alusiones Sergio Quiroz Miranda; para hechos Jorge Canedo Vargas. Sin discusión en lo particular se aprueba en ambos sentidos. Pasa al Ejecutivo.
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Dictamen con proyecto de la ley mencionada. Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura. ....................................................................................................................................203
DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE
Elección de los titulares y sustitutos. Votación. Escrutinio. Resultado Declaratoria. ..........................................................................................................................................216
REUNIÓN INTERPARLAMENTARIA MÉXICO - ESTADOS UNIDOS
Propuesta de la Gran Comisión de esta Cámara, con puntos de Acuerdo que designa a los CC. diputados que asistirán a la próxima Reunión y faculta a la Gran Comisión para nombrar las Delegaciones necesarias. Sin discusión se aprueban los puntos de Acuerdo.
ORDEN DEL DÍA
De la sesión próxima. Se levanta la sesión.
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. MARIANO PIÑA OLAYA (Asistencia de 386 ciudadanos diputados)
APERTURA
El C. Presidente (a las 10:45 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: "Primer Periodo Ordinario de sesiones.
LII Legislatura.
Orden del Día.
29 de diciembre de 1982.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Protestas del C. Rodolfo Rea Avila, como diputado a la LII Legislatura.
Minuta
Con Proyecto de Decreto y Reformas y Adiciones a los Artículos 54- D, 54- E, 54- M y 54- U de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios sociales de los Trabajadores del Estado.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.
De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983.
De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Programación, Presupuesto y Cuenta Pública con proyecto de Decreto que reforma el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social con proyecto de Decreto que reforma y adiciona los Artículos 570,571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo.
De la Comisión de Justicia con proyecto de Decreto que reforma los Artículos 1916 y 2116 y adiciona un Artículo 1916 Bis al Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
Elección de miembros de la Comisión Permanente.
Proposiciones de la Gran Comisión".
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
- El C. secretario Everardo Gámiz Fernández:
"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día veintiocho de diciembre de mil novecientos ochenta y dos.
Presidencia del C. Mariano Piña Olaya.
En la ciudad de México, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del martes veintiocho de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, la Presidencia declara abierta la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de trescientos treinta y nueve ciudadanos legisladores.
Lectura del Orden del Día
Sin discusión se aprueba el Acta de la sesión anterior, verificada el día de ayer.
Se da cuenta con los documentos en cartera:
Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, suscriben un dictamen que contiene el proyecto de Ley de Planeación.
En atención a que dicho dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, la Asamblea, en votación económica, le dispensa el trámite de segunda lectura al articulado a efecto de que se someta a discusión y votación de inmediato.
A discusión en lo general el proyecto de Ley.
Hacen uso de la palabra, en contra el C. Raúl López García; en pro el C. Sergio Quiroz Miranda; en contra el C. Rolando Cordera Campos y el C. Luis J. Prieto, quien solicita regrese el dictamen a Comisiones para nuevo estudio.
La Asamblea, en votación económica, no admite la petición y en consecuencia se da por desechada; en pro el C. Hermenegildo Anguiano Martínez y, para una aclaración, nuevamente el C. Luis J. Prieto.
Suficientemente discutido en lo general, en votación nominal se aprueba en este sentido, con los artículos no reservados para su impugnación, por doscientos setenta y ocho votos en pro y sesenta y uno en contra
A discusión en lo particular. A debate el Artículo 20.
El C. Andrés Cázares Camacho propone una supresión que la Asamblea no admite y por lo tanto se desecha.
No habiendo más oradores, se aprueba el artículo en sus términos por doscientos sesenta y ocho votos a favor y sesenta y cinco en contra, en votación nominal.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley de Planeación. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Dictamen con proyecto de Decreto, emitido por la Comisión de Justicia, que reforma el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal.
Por las mismas razones del caso anterior, en votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura a este documento.
A discusión en lo general el proyecto de Decreto.
Intervienen, previa inscripción de los oradores, en contra el C. Daniel Angel Sánchez
Pérez; en pro el C. Alberto Salgado Salgado; para hechos el C. Iván García Solís; en pro el C. Heriberto Batres García; para pedir que el dictamen regrese a Comisión, nuevamente el C. Daniel Angel Sánchez Pérez y, por último, para hechos, el C. Everardo Gámiz Fernández.
Se considera suficientemente discutido en lo general y en votación nominal se aprueba con los artículos no reservados para su discusión, por doscientos cincuenta y nueve votos afirmativos y veintiséis negativos.
A discusión en lo particular. A debate el Artículo 214.
Usan de la tribuna, en contra el C. Miguel Angel Martínez Cruz; en pro el C. Armando Corona Boza.
Suficientemente discutido el Artículo 214, se prueba en sus términos en votación nominal, por doscientos veinte votos en favor y treinta y dos en contra.
A discusión el Artículo 216.Ç
Hablan, en contra el C. Viterbo Cortez Lobato; en pro el C. Alvaro Uribe Salas; para hechos el C. Francisco Javier Alvarez de la Fuente.
Se considera suficientemente discutido y en votación nominal se aprueba en sus términos el artículo, por doscientos diecinueve votos en pro y setenta en contra.
Presidencia del C. Héctor Hugo Olivares Ventura.
A debate el Artículo 223.
Usan de la tribuna, para proponer una supresión el C. Gerardo Medina Valdez, que la Comisión Dictaminadora, a través del C. Salvador Rocha Díaz, no acepta.
Se considera suficientemente discutido el Artículo 223 y se aprueba en sus términos por doscientos dieciocho votos en pro, cuarenta y siete en contra y una abstención.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales presenta un dictamen que concluye con dos puntos de Acuerdo que determinan se tome nota de que el C. Rodolfo Padilla Padilla, diputado Federal por el estado de Guanajuato, se retira de sus funciones y opta por el cargo de Presidente Municipal de la ciudad de León, de la propia entidad federativa, así como que se llame a su suplente, el señor Rodolfo Rea Avila.
A discusión los puntos de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se aprueban. Llámese al suplente, señor Rodolfo Rea Avila, para que mañana miércoles, rinda la protesta de ley.
Dictamen con proyecto de Decreto que contiene el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1983, presentado por las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y del Distrito Federal.
También a este dictamen, como en los casos anteriores, aprobados ya por la Asamblea, se le dispensa el trámite de segunda lectura.
A discusión en lo general el proyecto de Presupuesto.
Intervienen, en contra el C. Sergio Ruiz Pérez; también en contra el C. Antonio Ortega Martínez; en pro el C. José Augusto García Lizama.
Presidencia del C. Mariano Piña Olaya.
Continúa el debate.
Habla, en contra el C. Jorge Alberto Ling Altamirano; para formular dos proposiciones, el C. Edmundo Jardón Arzate. La Asamblea en votaciones económicas sucesivas no las admite y en tal virtud se dan por desechadas; por último interviene por la Comisión del Distrito Federal la C. Luz Lajous de Madrazo.
Se considera suficientemente discutido en lo general.
A discusión en lo particular. Sin que motive debate en votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular, por doscientos cincuenta y cinco votos a favor y setenta y uno en contra.
Aprobado el proyecto de Presupuesto tanto en lo general como en lo particular. pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salubridad y Asistencia, signan un dictamen con proyecto de Decreto que adiciona el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.
A proposición de la Presidencia y con fundamento en el Artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, la Asamblea, en votación económica, le dispensa la segunda lectura al dictamen.
A discusión en lo general y en lo particular el Artículo único de que consta el proyecto de Decreto.
Usan de la palabra, para proponer una adición que la Asamblea no admite y por tanto se da por desechada, el C. Mariano López Ramos; en pro el C. Viterbo Cortez Lobato; también para proponer una adición que no se admite y se desecha, la C. Florentina Villalobos de Pineda; por la Comisión el C. Amador Izundegui Rullán; para hechos los CC. María Teresa Ortuño Gurza y Pedro Bonilla Díaz de la Vega.
Suficientemente discutido el Artículo único, en votación nominal se aprueba en sus términos por trescientos veinticinco votos en pro, uno en contra y una abstención.
Aprobado en lo general y en lo particular el Artículo único del proyecto de Decreto que adiciona el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.
A continuación el C. José Martínez Morales usa de la palabra para hacer una semblanza del general Vicente Guerrero Saldaña, destacado caudillo del pueblo, fundador de nuestra soberanía, cuyo legado ideológico inspirará siempre el esfuerzo que la nación realiza para afianzar su autodeterminación e independencia.
Menciona al Premio Nobel de la Paz 1982. señor don Alfonso García Robles, quien la
frase del inmortal Guerrero "La Patria es Primero", le sirvió de inspiración cuando se le rindió homenaje en esta Cámara de Diputados.
Finaliza su intervención el C. Martínez Morales, solicitando un fuerte aplauso en memoria del Benemérito de la Patria, don Vicente Guerrero, con motivo del bicentenario de su natalicio que este año conmemoramos.
Puestos todos los presentes de pie, se tributa el aplauso solicitado por el orador.
En seguida, el C. José Dolores López se refiere a las relaciones con los Estados Unidos de Norteamérica que durante la Historia ha llevado nuestro país.
Menciona que el Gobierno Norteamericano no tiene amigos, sino intereses como ellos lo han expresado y demostrado con las agresiones que hemos sufrido y que han arrebatado parte de nuestro territorio.
Señala que en momentos de recesión de los Estados Unidos de América y de crisis en México, el fenómeno migratorio se agudiza, el desempleo en aquel país provoca deportaciones masivas y por otra parte el desempleo mexicano aumenta las migraciones hacia el norte. Estos movimientos traen aparejadas serias tensiones sociales y tironeos en las relaciones bilaterales de nuestros países.
Hace referencia a la política represiva que ha utilizado el gobierno norteamericano contra inmigrantes, a partir de 1830. También menciona el llamado "Acuerdo de Caballeros" de 1907, de ley de 5 de febrero de 1917, la Ley de Exclusión de 1921, la Ley de Cuotas de 1924, la Ley de 28 de mayo de 1929, la Ley Rodino, y otras.
Por último, se refiere a la Ley Simpson- Mazzoli del 17 de agosto, que de aprobarse afectará gravemente a miles de trabajadores mexicanos indocumentados.
Termina proponiendo que se mande una carta a nuestros homólogos en los Estados Unidos de Norteamérica, planteando nuestra preocupación, por el proyecto reaccionario Simpson - Mazzoli, y nuestra petición para que no se legislen leyes que afecten a la dignidad de los trabajadores indocumentados en aquel país.
Como lo solicita el orador, la Presidencia turna esta proposición a la Comisión de Relaciones Exteriores.
En seguida el C. Juan Manuel Molina Rodríguez usa de la tribuna para expresar que la Ley de Ingresos de la Federación, que ya fue aprobada, aparte de impopular será dañina para la economía ya muy golpeada de todos y cada uno de los mexicanos, resultando más afectados los de más bajo nivel.
Agrega que el pueblo mexicano seguirá pagando las consecuencias sin deberla, mientras que los saqueadores del país disfrutan del producto obtenido de sus actos ilícitos.
Habla de su Estado, Baja California, que ha sido explotado y saqueado por gobernantes y por delegados del PRI. Hace una relación de ellos a partir de 1953. Menciona el libro de Manuel Gutiérrez Aguilar "La Derrota del Régimen", donde se señala que los delegados del PRI no sólo defraudan votos, sino que también aceptaron regalos a cargo del Gobierno del Estado.
Hace consideraciones al respecto y menciona al actual gobernador que tiene propiedades en Estados unidos y que acaba de adquirir el centro comercial La Joya, en la zona más rica del Condado de San Diego, así como propiedades en el Estado, madererías, ranchos y constructoras.
Que el Partido Acción Nacional lo acusó de amasar una fortuna de 500 millones de pesos, a lo cual respondió que su capital es únicamente de 250 millones.
Termina diciendo que no propone una Comisión Especial que investigue el enriquecimiento del gobernador de Baja California, porque sabe que la mayoría de esta Cámara la rechazaría.
Que sólo desea dejar constancia de estos hechos, ya que será el pueblo quien juzgue al gobernador Delamadrid, como a los que rehusan se investigue su fortuna.
Se continúa con los asuntos en cartera:
La Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública presenta un dictamen con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal de 1983.
En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, la Asamblea le dispensa la lectura. Es de primera lectura.
La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura al dictamen con proyecto de Decreto emitido por la Comisión de Justicia, que reforma los Artículos 1916 y 2116, y adiciona un Artículo 1916 Bis al Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Es de primera lectura.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público presenta un dictamen relativo al proyecto de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.
En virtud de que este dictamen también ha sido distribuido entre los ciudadanos legisladores, se le dispensa la lectura. También queda de primera lectura.
Dictamen con proyecto de Decreto que reforma el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, signado por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
También a este documento se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social presenta un dictamen con proyecto de Decreto, que reforma y adiciona los Artículos 570, 571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo. También a este documento se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura.
El Congreso del estado de Tabasco suscribe atenta invitación a la sesión solemne que tendrá lugar el día 31 de los corrientes, en la que el C. licenciado Enrique González Pedrero, rendirá la protesta de Ley como gobernador Constitucional de la entidad.
Para asistir a dicha sesión solemne en representación de este Cuerpo Legislativo, la Presidencia designa en Comisión a los CC. Amador Izundegui Rullán, Oscar Cantón Zetina, Pedro Luis Bartilotti Perea, María Luisa Calzada de Campos, Jorge Cruickshank García, María Graciela García Serra, Raymundo León Ozuna, Jesús Luján Gutiérrez, Manuel Llergo Heredia, Andrés Sánchez Solís y Gustavo Pérez y Pérez.
Las Legislaturas de los Estados de Quintana Roo y Oaxaca comunican actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado.
Agotados los asuntos en cartera se la lectura al Orden del Día de la sesión próxima.
A las veintiuna horas se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, miércoles veintinueve, a las diez horas".
El C. secretario Everardo Gamíz: Está a discusión el acta.
No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor Presidente.
El C. Andrés Cázares Camacho: Señor Presidente, quiero aclarar que en mi intervención propuse una supresión, una modificación y una adición, y sólo aparece que propuse una supresión.
El C. Presidente: Quiere usted precisarlas para que la Secretaría tome nota, por favor.
El C. Andrés Cázares Camacho: En relación a la Ley de Planeación, quisiera que consten las tres cosas.
El C. Presidente: Se toma en consideración la aclaración del diputado Cázares.
PROTESTA DEL DIPUTADO RODOLFO REA AVILA
Se presenta a las puertas de este Recinto el C. diputado suplente Rodolfo Rea Avila. Se designa en Comisión para que los acompañen en el acto de rendir la protesta de Ley para entrar en funciones, a los CC. diputados Carlos Machiavelo Martín del Campo, Rubén García Farías y Dora Villegas Nájera.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Se suplica a la Comisión cumplir con este encargo de la Presidencia.
El C. Presidente: La Presidencia agradecerá a los presentes ponerse de pie.
Ciudadano Rodolfo Rea Avila: "¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"
El C. Rodolfo Rea Avila: "Si, protesto".
- El C. Presidente "Si así no lo hiciéreis, la Nación os lo demande. (Aplausos.)
Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.
MINUTA DEL SENADO ARTÍCULOS 54 - D,54 - E, 54 - M Y 54 - U DE LA LEY DEL ISSSTE
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. Presente.
Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto de reformas y adiciones a los Artículos 54- D, 54- E, 54- M y 54- U de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.
México, D.F., diciembre 28 de 1982.
Silvia Hernández de Galindo, S. S., Fernando Mendoza Contreras, S. S."
"MINUTA PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LOS ARTÍCULOS 54- D, 54- E, 54- M Y 54- U DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Artículo primero. Se adiciona la fracción VII al Artículo 54- D de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54 - D.
I a VI.
VII. El precio de venta a que se refiere el Artículo 54- J se tendrá como valor de avalúo de las habitaciones para efectos fiscales. Las donaciones y equipamiento urbano se causarán y cumplirán en los términos de las disposiciones legales aplicables.
Artículo segundo. Se reforman las fracciones IV, V, VI del Artículo 54 - E de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54 - E.
I.
II.
III.
IV. En caso de jubilación, incapacidad total, permanente, o de muerte, el trabajador o sus beneficiarios tendrán derecho a la entrega de un tanto más del saldo de los depósitos que se hubieran constituido a su favor, de acuerdo a los establecidos en esta Ley.
V. Cuando el trabajador tenga 50 o más años de edad y deje de prestar sus servicios a las Entidades y Organismos Públicos efectos a los beneficios que otorga esta Ley, se le entregarán los depósitos constituidos en favor, en los términos de la misma; y
VI. En el caso de que los trabajadores hubieran recibido crédito hipotecario en recursos del Fondo, la devolución de depósitos establecida en las Fracciones IV y V anteriores, se hará con deducción de la cantidad aplicada al pago de crédito hipotecario en los términos de las Fracciones I Y II, por lo que la cantidad adicional a que se refiere la Fracción IV de este artículo será igual al monto del saldo resultante.
Artículo tercero. Se forma el artículo 54- M de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54 - M. En los casos de pensión o jubilación, de incapacidad total, permanente o muerte, el trabajador o sus beneficiarios tendrá derecho a la entrega de un tanto más del saldo de los depósitos que se hubieren constituido a su favor, de acuerdo a lo establecido en esta Ley. En caso de muerte del trabajador, dicha entrega se hará a sus beneficiarios, en el orden de prelación siguiente:
I a VI.
Artículo cuarto. Se reforma el artículo 54- U de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54 - U. Los depósitos constituidos en favor de los trabajadores para la integración del Fondo, así como la cantidad adicional a que se refiere la Fracción IV del Artículo 54- E de esta Ley, estarán exentos de toda clase de impuestos y no podrán ser objeto de cesión o embargo, excepto cuando se trate de los créditos otorgados con cargo al Fondo.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Las solicitudes de devolución de fondo de ahorro que se hubieren presentado con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, se tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de la presentación de la solicitud correspondiente.
Artículo segundo. Este Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores México, D.F., 28 de diciembre de 1982.
Antonio Riva Palacio López, S. P., Silvia Hernández de Galindo, S. S., Fernando Mendoza Contreras, S. S."
- Trámite: Recibo y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO PUBLICO DE BANCA Y CRÉDITO
"Honorable Asamblea :
Fue enviada por el titular del Ejecutivo Federal a esta H. Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, misma que fue turnada para ser dictaminada a esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, razón por lo cual, después de revisar las consideraciones que la motivan, contenidas tanto en la exposición que la precede, como en las normas contenidas en el texto propuesto de dicha Iniciativa, es que se somete a la consideración de esta Asamblea el siguiente
DICTAMEN
La reforma que el Constituyente Permanente, integrado por el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados de la República introdujo en el Artículo 28 de nuestra Constitución Política, en vigor a partir de noviembre pasado, busca garantizar, al establecer que el servicio público de banca y crédito será prestado por el Estado, que esta actividad, determinante para la economía y el desarrollo nacionales, sea prestada en beneficio de la colectividad y que su ejercicio no desvirtúe el carácter social que como servicio público debe tener; y toda vez que dicha actividad se fundamenta en el manejo de los ahorros del pueblo mexicano, debe impedirse la realización de prácticas oligopólicas que puedan vulnerar los intereses de las mayorías.
Esta Comisión considera conveniente, y en ello concuerda con los motivos expuestos por el Ejecutivo en su Iniciativa, reestructurar a las instituciones de crédito partiendo de la infraestructura humana, técnica y financiera con que, como consecuencia de las medidas adoptadas por los gobiernos emanados de la Revolución Mexicana, cuenta la banca.
Acorde a la anterior, es necesario que el crédito se oriente a las prioridades del desarrollo nacional, haciendo a un lado prácticas especulativas que provoquen desviaciones, y que se otorgue un apoyo eficiente a la producción procesamiento distribución y consumo de los bienes y servicios demandados por las mayorías de la población.
Para lograr tales objetivos, en la Iniciativa de referencia, el Ejecutivo propone una serie de medidas que pueden resumirse en los siguientes rubros: Modificaciones a la estructura y objetivos del Sistema Bancario Nacional, en el contexto de un Programa Nacional de Financiamiento al Desarrollo; y la creación de una nueva persona jurídica, bajo la cual deberán constituirse las instituciones de crédito; y garantías que protegen los intereses del público.
Dentro del primero de los enunciados citados, se establece que el servicio público de banca y crédito será prestado por instituciones de crédito constituidas como sociedades nacionales de crédito con arreglo a la propia ley que se propone y por instituciones nacionales de crédito.
El segundo grupo de medidas, que a juicio de la Comisión constituyen el aspecto más trascendente de la Iniciativa, se plantea la creación de una nueva persona de derecho público, denominada sociedad nacional de crédito, bajo la cual deberán constituirse las instrucciones de crédito correspondiente.
Es opinión de esta Comisión que el tratamiento propuesto para la nueva persona jurídica permitirá ajustar la organización y funcionamiento de los bancos nacionalizados al sentido social dichos intermediarios deben tener de acuerdo al Mandato Constitucional.
Acorde con lo anterior, la iniciativa propone que las sociedades nacionales de crédito puedan ser creadas por disposición del Ejecutivo Federal, gozando de personalidad jurídica y patrimonio propios en tanto que se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, con sujeción a la ley propuesta y al ordenamiento que crea la sociedad, establezca el Reglamento Orgánico que regirá la organización y funcionamiento de la misma. Tal reglamento deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Como una innovación accesoria a la referida persona de derecho público, se establece que su capital estará representado por un nuevo título de crédito, denominado certificado de aportación patrimonial que será nominativo y se le aplicará, en lo que sea compatible por su naturaleza y no esté modificado por su régimen legal, el correspondiente de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Para esos efectos, la iniciativa propone que los certificados de aportación patrimonial sean emitidos en dos series, una de las cuales, que se denomina "A" representará en todo momento 66% del capital de la sociedad y sólo podrá ser suscrita por el Gobierno Federal, en tanto que la otra, denominada "B" amparará el 34% restante del capital y podrá ser suscrita por el propio Gobierno Federal, entidades de la Administración Pública, Gobiernos de las entidades federativas y municipios; por los usuarios del servicio y por los trabajadores de las propias sociedades nacionales de crédito.
Se hace notar que la iniciativa establece, de manera determinante, que los certificados de la serie "A" serán intransmisibles y que en ningún supuesto podrá ser cambiada su naturaleza o los derechos que como titular de los mismos confieren al Gobierno Federal. Asimismo, se ordena que los representantes de dicha serie deberán constituir mayoría en el Consejo Directivo, órgano de administración de las sociedades.
Dentro del régimen de certificados de la serie "B", se remarca que con excepción del Gobierno Federal, ninguna persona física o moral podrá adquirir la propiedad o el control de más del 1% del capital social, mediante una o varias operaciones simultáneas o sucesivas, de cualquier naturaleza. Ese límite se aplicará no sólo a personas individuales, sino también a grupos o situaciones de hecho que puedan dar lugar a considerar, para tales efectos, que existe el control de una sola persona.
Asimismo, se dispone que los bancos constituidos como sociedades nacionales de crédito deberán mantener, en la forma y términos que mediante disposiciones generales señale la repetida Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los mecanismos que garanticen la solvencia y liquidez de las mismas y la seguridad de las operaciones que realicen, en salvaguarda de interés del público usuario.
Para finalizar y tomando así lo que esta Comisión considera como uno de los principales reclamos del público usuario, la iniciativa propone un procedimiento de tutela y protección de los intereses de éste, abriéndole la posibilidad de recurrir a la conciliación y arbitraje de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros en caso de reclamación a las instituciones de crédito por las operaciones que realicen y los servicios que presten. Los usuarios podrán optar entre dicho procedimiento o el establecido para hacer valer sus derechos ante los tribunales competentes, pero las instituciones de crédito estarán obligadas a someterse a la citada conciliación.
Visto lo anterior la Comisión se permite someter a la consideración de esa H. Asamblea las modificaciones siguientes, fruto de la revisión de la iniciativa en cuestión:
En el Artículo 16, último párrafo, deberá hacerse la aclaración siguiente:
Artículo 16.
"Las personas que contravengan lo dispuesto en este artículo perderán en favor de la nación la participación excedente".
Se propone la supresión de la fracción I del Artículo 26 de la iniciativa, por innecesaria, toda vez que cualquiera que ocupe un cargo de elección popular está inhabilitado constitucionalmente para desempeñar cualquier otro puesto. Como consecuencia deberá correrse la numeración de las fracciones subsecuentes.
También se propone modificar la fracción V, ahora fracción IV, de este precepto a efecto de que quede en los mismos términos que quedó aprobado por esta soberanía, en la fracción V, del Artículo 48 del Decreto que reforma, Adiciona y Deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Banco de México, por tanto la fracción propuesta quedaría en la forma que se indica a continuación:
Artículo 26.
"V. Las personas que hayan sido condenadas por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión".
Se considera conveniente modificar el Artículo 28 de la iniciativa para señalar que el Consejo Directivo de las sociedades nacionales de crédito será presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por quien legalmente lo substituya, y por tanto el texto quedaría en la forma siguiente:
"Artículo 28. El Consejo Directivo será presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por la persona que éste designe".
Asimismo, la Comisión estima que el texto del Artículo 35 debe incluirse en el primer párrafo una mención a los intereses de los trabajadores, el texto sería el siguiente:
"Artículo 35. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, señalará la forma y términos en que deberá llevarse a cabo la fusión de sociedades nacionales de crédito, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público, de los titulares de los certificados de la serie "B", y así como de los trabajadores".
Este mismo concepto deberá incluirse en el Artículo 37 por lo que el precepto debería quedar en su párrafo segundo en esta forma:
"Artículo 37.
En cualquier caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público señalará la forma y términos en que deba llevarse a cabo la liquidación de la sociedad de que se trate, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público y de los titulares de certificados de la serie "B", así como de los trabajadores, en lo que corresponde a sus derechos".
La Comisión se permite proponer una aclaración del Artículo 38 a fin de que su texto no sea en singular sino en plural, por lo que deberá redactarse en la forma en que aparece a continuación.
"Artículo 38. Las modificaciones a los Reglamentos Orgánicos deberán someterse a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y una vez otorgada dicha autorización se procederá a su publicación en el Diario Oficial de la Federación".
Finalmente la Comisión sugiere la modificación a la fracción IX, del Artículo 42, de la iniciativa a efecto de aclarar que las notificaciones que se hagan en el juicio arbitral, no sólo se realicen en estrados de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, sino también en las delegaciones Regionales, el texto sería el siguiente:
"Artículo 42.
IX. Las notificaciones en el juicio arbitral de estricto derecho se harán a las partes por cédula fijada en los estrados de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros o de la Delegación Regional correspondiente, excepción hecha del traslado de la reclamación, de la demanda, de la citación a la junta conciliatoria y del laudo, que tendrá que hacerse por correo certificado con acuse de recibo".
Asimismo se propone por parte de esta Comisión, agregar en forma adicional un Artículo 43 donde se establezca la obligación anual del Poder Ejecutivo, Para informar al Poder Legislativo del establecimiento, disolución y operación de las sociedades nacionales de crédito.
La Comisión estima que la iniciativa reafirma y consolida la nacionalización de la Banca, al modificar sustancialmente la naturaleza jurídica de las sociedades mercantiles afectadas con la expropiación, convirtiéndolas en personas morales de derecho público.
Por las anteriores razones, y con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración de esa H. Asamblea el siguiente
PROYECTO DE LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO PUBLICO DE BANCA Y CRÉDITO
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo lo. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar el servicio público de banca y crédito que en los términos del Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debe prestar el Estado, así como las características de las instituciones a través de las cuales deberá hacerlo, su funcionamiento en apoyo de las políticas de desarrollo nacional y las garantías que protejan los intereses del público.
Artículo 2o. El servicio público de banca y crédito será prestado por instituciones de crédito constituidas como sociedades nacionales de crédito, en los términos de la presente ley, y por las constituidas por el Estado como instituciones nacionales de crédito conforme a las leyes.
Artículo 3o. A las sociedades nacionales de crédito les serán aplicables, en lo conducente y en cuanto no se opongan a la presente ley, las disposiciones de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares contenidas en los Títulos Primero, Segundo Capítulos VI y VII, Cuarto y Quinto, así como aquellas aplicables a las entidades de la Administración Pública Federal que tengan carácter de instituciones nacionales de crédito.
Artículo 4o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, cada uno en la esfera de su competencia, dictarán las medidas necesarias a fin de que la prestación del servicio público de banca y crédito, así como la operación y
funcionamiento de las instituciones de crédito, se realicen dentro de los lineamientos de los programas de financiamiento formulados en el contexto integral de los planes nacionales de desarrollo, cuidando que en todo momento dichas instituciones orienten sus actividades hacia la consecución de los siguientes objetivos:
I. Fomentar el ahorro nacional;
II. Facilitar al público el acceso a los beneficios del servicio público de banca y crédito;
III. Canalizar eficientemente los recursos financieros a las actividades nacionales y socialmente necesarias o prioritarias, conforme a los diversos programas sectoriales y regionales y a los planes nacionales de desarrollo económico y social, y a la satisfacción de las necesidades financieras de todos los sectores productivos del país y del público en general;
IV. Establecer la adecuada coordinación entre los programas de orientación y asignación de los recursos presupuestales del erario público y los correspondientes a los recursos crediticios de las instituciones;
V. Procurar una oferta suficiente de crédito y evitar la concentración de recursos en personas o grupos, a fin de atender eficientemente el funcionamiento del mayor y más diversificado número de proyectos rentables, fundamentalmente de interés general, sectorial, regional o nacional.
VI. Descentralizar geográficamente la canalización de recursos a fin de atender de manera eficiente las necesidades de las diversas entidades y regiones del país;
VII. Proveer mejores y más eficientes instrumentos de captación que ofrezcan al público amplias opciones de ahorro e inversión; y
VIII. Promover la adecuada participación de la banca mexicana en los mercados financieros internacionales.
Artículo 5o. Las sociedades nacionales de crédito formularán anualmente sus programas financieros y presupuestos generales de gastos e inversiones, y las estimaciones de ingresos, mismos que deberán someter a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la forma y tiempo que ésta les indique.
Los programas de las sociedades nacionales de crédito deberán formularse conforme a los lineamientos y objetivos del Sistema Nacional de Planeación.
Artículo 6o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será el órgano competente para interpretar, a efectos administrativos, los preceptos de esta ley y para, mediante disposiciones de carácter general, proveer a todo cuanto se refiera a la aplicación de la misma.
CAPITULO SEGUNDO
De las sociedades nacionales de crédito
Artículo 7o. Las sociedades nacionales de crédito son instituciones de derecho público creadas por decreto del Ejecutivo Federal conforme a las bases de la presente ley y tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con sujeción a lo dispuesto en esta ley y en el ordenamiento que cree a la sociedad nacional de crédito, establecerá en los Reglamentos Orgánicos las bases conforme a los cuales se regirá su organización y funcionamiento, los que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 8o. Estas sociedades tendrán duración indefinida y domicilio en territorio de la República, pudiendo establecer sucursales, agencias o cualesquiera otra clase de oficinas, y nombrar corresponsales. Para el establecimiento, cambio de ubicación y clausura de cualquier clase de oficinas en el país o en el extranjero, las sociedades nacionales de crédito requerirán autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien la otorgará o negará discrecionalmente, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.
Artículo 9o. Las sociedades nacionales de crédito contarán con un capital representado por certificados, que serán títulos de crédito y se regirán por las disposiciones aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en lo que sea compatible con su naturaleza y no esté modificado por la presente ley.
Dichos títulos se denominarán certificados de aportación patrimonial, y deberán ser nominativos.
Artículo 10. Los certificados de aportación patrimonial se dividirán en dos series: La serie "A", que representará en todo tiempo el 66% del capital de la sociedad y sólo podrá ser suscrita por el Gobierno Federal; y la serie "B", por el 34% restante, que podrá ser suscrita por el propio Gobierno Federal; por entidades de la Administración Pública Federal Paraestatal; por los gobiernos de entidades federativas y de los municipios; por los usuarios del Servicio Público de Banca y Crédito y por los trabajadores de las propias sociedades nacionales de crédito.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá, mediante disposiciones de carácter general, la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B". Dichas disposiciones deberán expedirse con vista a una adecuada participación regional y de los distintos sectores, público, social y económico.
Artículo 11. En ningún momento podrá participar en forma alguna en el capital de estas sociedades personas físicas o morales extranjeras, ni sociedades mexicanas sin cláusula de exclusión absoluta de extranjeros.
La violación a lo dispuesto por este artículo, dará lugar a la pérdida del certificado o certificados de aportación patrimonial de que se trate en favor de la nación.
Artículo 12. Los certificados de la serie "A" serán intransmisibles y en ningún caso
podrá cambiarse su naturaleza o los derechos que confieren al Gobierno Federal como titular de los mismos.
Artículo 13. Los certificados de la serie "A" se emitirán en uno o más títulos que no llevarán cupones.
Los títulos representativos de los certificados de la serie "B" podrán amparar uno o varios certificados, tendrán numeración progresiva, y llevarán adheridos cupones nominativos y numerados para el cobro de unidades.
Los títulos de ambas series llevarán transcritos, en la forma que determine el Consejo Directivo, las disposiciones contenidas en los artículos 10, segundo párrafo 11, 12 y 15, último párrafo, de la presente ley, serán firmados por los consejeros que determine el Consejo y contendrán todos los demás datos necesarios para que su tenedor pueda conocer y ejercitar los derechos que el título le confiere.
Artículo 14. Los certificados de aportación patrimonial darán a sus titulares el derecho de participar en las utilidades de la sociedad emisora y, en su caso, en la cuota de liquidación.
Los certificados de la serie "B" darán a sus titulares, además, los derechos siguientes:
I. Participar, en la forma y términos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la designación de los miembros del Consejo Directivo correspondientes a esta serie de certificados, de conformidad con lo previsto en el Artículo 24, tercer párrafo;
II. Integrar la Comisión Consultiva a que se refiere el Artículo 33 de la presente ley;
III. Adquirir en igualdad de condiciones y en proporción al número de sus certificados, los que se emitan en caso de aumento de capital. Este derecho deberá ejercitarse en el plazo que el Consejo Directivo señale, el que se computará a partir del día en que se publique en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo correspondiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que no podrá ser inferior a treinta días;
IV. Los demás que esta ley confiere.
Artículo 15. Las sociedades llevarán un registro de los certificados de aportación patrimonial que contendrá:
1. El nombre, nacionalidad y el domicilio del titular, y la indicación de los certificados que le pertenezcan, expresándose los números, series y demás particularidades; y
II. Los datos relativos a las transmisiones que se realicen.
Las sociedades considerarán como propietarios de los certificados a quienes aparezcan inscritos como tales en el registro a que se refiere este artículo. Al efecto, las sociedades deberán inscribir en dicho registro, a petición de cualquier tenedor, las transmisiones que se efectúen, siempre que se ajusten a lo establecido en la presente ley.
Las disposiciones de la Ley de Mercado de Valores relativas a los títulos nominativos depositados en el Instituto Nacional para el Depósito de Valores, serán aplicables a los certificados de la serie "B", que se encuentren en ese supuesto.
Artículo 16. Salvo el Gobierno Federal, ninguna persona física o moral podrá adquirir el control de certificados de aportación patrimonial de la serie "B" por más del 1% del capital de la sociedad, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas. El mencionado límite se aplicará, asimismo, a la adquisición del control por parte de personas que, de acuerdo a las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deban considerarse para estos efectos como una sola persona.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante reglas de carácter general podrá autorizar que entidades de la Administración Pública Federal Paraestatal y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios puedan adquirí certificados de la citada serie "B" en una proporción mayor a la establecida en este artículo, debiendo en todo tiempo observarse lo dispuesto por el Artículo 10 de esta ley.
Las personas que contravengan lo dispuesto en este artículo, perderán en favor de la nación la participación excedente.
Artículo 17. El capital mínimo de las sociedades nacionales de crédito será el que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general, atendiendo a la situación económica del país y, en su caso, a la de las regiones a que dichas sociedades orienten de manera significativa la prestación de su servicios, así como al total de los capitales pagados y reservas de capital que alcancen estas instituciones.
Artículo 18. El capital mínimo de las sociedades nacionales de crédito deberá estar íntegramente pagado.
Cuando el capital social exceda del mínimo deberá estar pagado por lo menos en un 50% siempre que éste no sea menor del mínimo establecido.
Para los efectos del párrafo anterior, las sociedades nacionales de crédito podrán emitir certificados de aportación patrimonial no suscritos que conservarán en tesorería y que serán entregados a los suscriptores contra el pago total de su valor nominal y de las primas que, en su caso, fijen las mismas.
Artículo 19. El capital de las sociedades nacionales de crédito sólo podrá ser aumentado o reducido por acuerdo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Consejo Directivo de la sociedad de que se trate, del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.
Artículo 20. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá los casos en que las sociedades nacionales de crédito podrán adquirir transitoriamente los certificados de la serie "B" de su propio capital.
Artículo 21. La repartición de utilidades sólo podrá hacerse después de aprobados los estados financieros que las arrojen, en el
entendido de que las que se repartan nunca podrán exceder del monto de las que realmente se hubieran obtenido.
La distribución de las utilidades o pérdidas se hará proporcionalmente a las aportaciones. Si hubiere pérdidas del capital social, este deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse repartición de utilidades.
Artículo 22. La administración de las sociedades nacionales de crédito estará encomendada a un Consejo Directivo y a un director general.
Artículo 23. El Consejo dirigirá la sociedad con base en las políticas, lineamientos y prioridades que establezca el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el logro de los objetivos y metas de sus programas e instruirá al respecto al director general para la ejecución y realización de los mismos.
Al efecto, estará investido de facultades amplísimas para ejecutar actos de dominio, de administración y de pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley; podrá otorgar o suscribir títulos de crédito, desistirse del juicio de amparo y delegar discrecionalmente sus facultades en el director general.
Serán facultades indelegables del Consejo:
I. Nombrar, a propuesta del director general a los funcionarios del banco que ocupen cargos con jerarquía administrativa inmediata inferior a la de aquél y los demás que señale el Reglamento Orgánico; concederles licencias y resolver sobre las renuncias que presenten;
II. Nombrar y remover al secretario del Consejo;
III. Resolver sobre el establecimiento y cláusula de sucursales, agencias y oficinas;
IV. Acordar la creación de comités regionales consultivos y de crédito, así como los de carácter administrativo que se requieran;
V. Conocer y aprobar, en su caso, previo informe del comisario, los estados financieros y de resultados de la sociedad;
VI. Aprobar, en su caso, el pago de utilidades y la forma y términos en que deberá realizarse;
VII. Determinara las bases para la publicación de los estados financieros mensuales;
VIII. Aprobar el presupuesto anual de gastos e inversiones, y en su caso, modificarlo;
IX. Aprobar la adquisición de los inmuebles que la sociedad requiera para la prestación de sus servicios y la enajenación de los mismos cuando corresponda:
X. Proponer las modificaciones al Reglamento Orgánico y, en su caso, aprobar el convenio de fusión de la sociedad; y
, XI. Las demás que, con ese carácter, se provean en el Reglamento Orgánico.
Artículo 24. El Consejo Directivo estará integrado por un número impar de miembros, no menor de nueve ni mayor de veintiuno.
Los consejeros que representen a la serie "A" de certificados de aportación patrimonial serán designados por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y deberán constituir en todo tiempo, las dos terceras partes del Consejo.
La propia Secretaría fijará las bases de carácter general para establecer la participación de los titulares de los certificados de la serie "B" en las designaciones de los demás miembros del Consejo, procurando, a través de estas últimas, una adecuada participación regional y de los distintos sectores, público, sociales y económico.
Artículo 25. Sólo podrán ser miembros del Consejo Directivo:
I. Por los certificados de la serie "A":
a) Funcionarios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; y
b) Profesionales independientes de reconocida calidad moral, experiencia y prestigio en materias económicas y financieras, o que hayan destacado en actividades académicas o de investigación, en esas mismas materias. Dichas personas no deberán ocupar cargos o empleos en la Federación, en la entidades de la Administración Pública Federal, en los estados o en los municipios, salvo que se trate de cargos docentes; ni desarrollar actividades que los hagan dependientes de cualquier otro sector.
II. Por los certificados de la serie "B":
a) Personas que por sus conocimientos y experiencia sean idóneas para representar los intereses del sector al que pertenezcan;
b) Trabajadores de la institución de que se trate, que cuenten por lo menos con cinco años de servicios efectivos prestados en dicha institución; y,
c) Personas de reconocida calidad moral y notoria experiencia en materias económicas y financieras.
Artículo 26. En ningún caso podrán ser consejeros:
I. El director general; y los demás funcionarios o empleados del Banco y las personas que tengan con el director general o subdirectores de la institución, parentesco por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado;
II. Los que hayan sido declarados en estado de quiebra, concurso o suspensión de pagos, y los deudores morosos de cualquiera de las sociedades nacionales de crédito;
III. Las personas que tengan litigio pendiente con el Banco de que se trate;
IV. Las personas inhabilitadas para ejercer el comercio, por cualquier causa; y
V. Las personas que hayan sido condenadas por el delito que amerite pena corporal, de más de un año de prisión.
Artículo 27. Los consejeros a que se refiere el inciso a), fracción I, del Artículo 25 de esta ley, durarán en su cargo hasta que sean removidos por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Los demás consejeros durarán en su cargo cinco años, pudiendo ser designados
nuevamente, y sólo podrán ser removidos anticipadamente por causa justificada. El Reglamento Orgánico de cada sociedad preverá sustitución escalonada de dichos consejeros. A tal efecto señalará cuántos de los designados para formar parte del primer Consejo, durarán en su cargo un periodo inferior a cinco años.
Los miembros que se designen para cubrir vacantes, durarán en su cargo el tiempo que faltare por transcurrir al consejero sustituido.
Artículo 28. El Consejo Directivo será presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito público o por la persona que éste designe.
Artículo 29. El Consejo sesionará validamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que la mayoría de los asistentes sean consejeros designados por la serie "A".
Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los consejeros presentes, teniendo el Presidente voto de calidad para el caso de empate.
Las sesiones del Consejo deberán realizarse cuando menos una vez al mes.
Artículo 30. El Director General será designado por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
II. Tener notorios conocimientos y reconocida experiencia en materia bancaria y crediticia;
III. Haber prestado por lo menos cinco años sus servicios en un cargo o puesto de alto nivel divisorio, cuyo desempeño requiera conocimientos y experiencia en materia financiera y administrativa; y,
IV. No tener alguno de los impedimentos que, para ser consejero, señala la presente ley.
Artículo 31, El Director General tendrá a su cargo el gobierno del banco y la representación legal de éste, con las facultades que señale el Reglamento Orgánico y las demás que el Consejo delegue en dicho funcionario.
Artículo 32. La vigilancia de la sociedad estará encomendada a dos comisarios, nombrados, uno por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y otro por los consejeros de la serie "B". Por cada comisario se nombrará el respectivo suplente. Los comisarios tendrán las más amplias facultades para examinar los libros de contabilidad, y además documentación de la sociedad, incluída la del Consejo, así como para llevar a cabo todos los demás actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones, teniendo el derecho de asistir a juntas del Consejo Directivo, con voz.
No podrán ser comisarios las personas incapacitadas para ser consejeros en los términos de esta ley.
Artículo 33. Las sociedades nacionales de crédito tendrán una Comisión Consultiva integrada por los titulares de los certificados de la serie "B", distintos del Gobierno Federal, que funcionará en la forma y términos que señale el Reglamento Orgánico de la sociedad.
Dicha Comisión se reunirá en las fechas que el Consejo Directivo indique, debiendo ser convocada por lo menos una vez al año, y se ocupará de los asuntos siguientes:
I. Conocer y opinar sobre las políticas y criterios conforme a los cuales la sociedad lleve a cabo sus operaciones;
II. Analizar el informe de actividades que le presente el Consejo Directivo por conducto del director general;
III. Opinar sobre los proyectos de aplicación de utilidades;
IV. Formular al Consejo Directivo las recomendaciones que estime convenientes sobre las materias de que tratan las fracciones anteriores; y
V. Los demás de carácter consultivo que se señalen legalmente.
La Comisión podrá ser convocada, en cualquier tiempo, cuando menos por una tercera parte de sus miembros, por dos consejeros de la serie "B" o el comisario de la misma serie.
Artículo 34. La fusión de dos o más sociedades nacionales de crédito podrá efectuarse por Decreto del Ejecutivo Federal, con vistas a propiciar un desarrollo armónico del sistema bancario nacional, la solidez de las instituciones integrantes del mismo, y una adecuada prestación del servicio público de banca y crédito.
Artículo 35. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público señalará la forma y términos en que deberá llevarse a cabo la fusión de sociedades nacionales de crédito, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público y de los titulares de los certificados de la serie "B", así como de los trabajadores. Los Consejos Directivos, tomando en cuenta la opinión de las Comisiones Consultivas y los dictámenes de los comisarios, sujetarán a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los convenios de fusión, mismos que deberán contener los estados financieros de las sociedades, las bases para realizar el canje de los certificados de aportación patrimonial emitidos por éstas y, en general, lo acordado para llevar a cabo la fusión de que se trate.
Una vez obtenida dicha autorización, los acuerdos de fusión respectivos se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación en la plaza en que tengan su domicilio las sociedades que se fusionen.
Las fusiones surtirán efectos en la fecha que se indique en las publicaciones a que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 36. Durante los noventa días naturales siguientes a aquel en que surta efectos la fusión, los acreedores de las sociedades que hayan de fusionarse podrán oponerse judicialmente para el solo objeto de obtener el pago de sus créditos.
Los titulares de certificados de la serie "B" tendrán derecho a separarse de la sociedad y obtener el reembolso de sus títulos a su valor
en libros según el último estado financiero aprobado, siempre que lo soliciten dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.
Artículo 37. Las sociedades nacionales de crédito podrán disolverse por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, indicando las bases para proceder a la liquidación de las respectivas sociedades.
En cualquier caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, señalará la forma y términos en que deba llevarse a cabo la liquidación de la sociedad de que se trate, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público y de los titulares de certificados de la serie "B", así como de los trabajadores, en lo que corresponde a sus derechos.
Artículo 38. Las modificaciones al Reglamento Orgánico deberán someterse a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y una vez otorgada dicha autorización se procederá a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
CAPITULO TERCERO
De la protección de los intereses del público
Artículo 39. Las sociedades nacionales de crédito en ningún caso podrán dar noticias o información de los depósitos, servicios o cualquier tipo de operaciones, sino al depositante, deudor, titular o beneficiario que corresponda, a sus representantes legales o a quien tenga otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación o servicio, salvo cuando las pidieren, la autoridad judicial en virtud de providencia dictada en juicio en que el titular sea parte o acusado y las autoridades hacendarias federales, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, para fines fiscales. Los funcionarios de las instituciones de crédito serán responsables, en los términos de las disposiciones aplicables, por violación del secreto que se establece y las instituciones estarán obligadas en caso de revelación del secreto, a reparar los daños y perjuicios que se causen.
Lo anterior, en forma alguna afecta la obligación que tienen las instituciones de crédito de proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, toda clase de información y documentos que, en ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia, les solicite en relación con las operaciones que celebren y los servicios que presten.
Artículo 40. Las sociedades nacionales de crédito deberán establecer y mantener, en la forma y términos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con base en las disposiciones aplicables, los mecanismos que garanticen la solvencia y liquidez de las mismas y la seguridad de las operaciones que realicen para salvaguardar el interés del público usuario.
Artículo 41. Los usuarios del servicio público de banca y crédito podrán, a su elección, presentar sus reclamaciones ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, o hacerlos valer ante los tribunales competentes.
Las instituciones de crédito estarán obligadas, en su caso, a someterse al procedimiento de conciliación a que se refiere el artículo siguiente.
En el caso en que las reclamaciones se presenten ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, ésta conciliará y, en su caso, resolverá las diferencias que se susciten entre las sociedades nacionales de crédito y los usuarios del servicio público de banca y crédito, derivadas de la realización de operaciones y de la prestación de servicios bancarios. Tratándose de diferencias que surjan respecto al cumplimiento de fideicomisos, sólo conocerá de las reclamaciones que presenten los fideicomitentes o fideicomisarios en contra de los fiduciarios.
Artículo 42. Las reclamaciones a que se refiere el artículo anterior, se ajustarán a las bases siguientes:
I. Se presentarán por escrito ante la Comisión Nacional Bancaria y Seguros, pudiendo hacerse en la delegación regional correspondiente y de las mismas se correrá traslado a la sociedad de que se trate, requiriéndole un informe detallado, mismo que deberá presentar por conducto de un representante en la fecha que dicha Comisión señale, de manera perentoria, para la realización de una junta de avenencia para la cual se citará a las partes;
II. En la junta a que se refiere la fracción anterior, se exhortará a las partes a conciliar sus intereses, y si ello no fuere posible la Comisión las invitará a que de común acuerdo la designen árbitro, sea en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho, a elección de las mismas. El compromiso correspondiente se hará constar en acta que al efecto se levante;
III. Las delegaciones regionales podrán tramitar la etapa conciliatoria y, en su caso, el procedimiento arbitral escogido, debiendo al efecto presentar el proyecto de laudo que formulen a la consideración del Comité Permanente de la Comisión, cuya aprobación será necesaria para que pueda emitirse el laudo correspondiente;
IV. En la amigable composición se fijarán las cuestiones que deberán ser objeto del arbitraje y la Comisión tendrá libertad de resolver en conciencia y a buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, pero observando las formalidades esenciales del procedimiento.
La Comisión tendrá la facultad de allegarse todos los elementos que juzgue necesarios para resolver las cuestiones que se le hayan sometido en arbitraje. No habrá términos ni incidentes y la resolución correspondiente sólo admitirá aclaración de la misma;
V. En el juicio arbitral de estricto derecho las partes formularán compromiso, en el que fijarán igualmente las reglas del procedimiento que convencionalmente establezcan; aplicándose supletoriamente el Código de Comercio, con excepción de los artículos 1247 y 1296 y, a falta de disposición de dicho Código, el
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, salvo lo dispuesto por el Artículo 617.
Las resoluciones en juicio arbitral de estricto derecho, dictadas en el curso del procedimiento, admitirán como único recurso el de revocación;
VI. El incumplimiento o desacato por parte de las sociedades nacionales de crédito a los acuerdos o resoluciones dictadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros en los procedimientos establecidos en el presente artículo, serán castigados con multa administrativa que imponga y haga efectiva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de 50 a 100 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal;
VII. El laudo que en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho condene a una institución, le otorgará para su cumplimiento un plazo de 15 días hábiles a partir de su notificación; si no lo efectuare, sin perjuicio de lo señalado en la fracción siguiente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público impondrá a la sociedad una multa hasta de tres veces el importe de lo condenado, si éste fuere cuantificable, o hasta de cinco mil veces el salario mínimo diario aplicable en el Distrito Federal, si no lo fuere. En caso de que la sociedad nacional de crédito no cumpliere dentro de los 15 días hábiles siguientes a la imposición de la multa, la propia Secretaría podrá seguir imponiendo multas sucesivas, dentro de los mismos plazos por un máximo del doble de la multa anterior, hasta el debido cumplimiento del laudo;
VIII. Cuando se faltare al cumplimiento voluntario de lo convenido en la conciliación, o al laudo en la amigable composición o en el juicio arbitral de estricto derecho, la parte efectuada deberá acudir a los tribunales competentes, para efectos de ejecución de una u otra resolución; y
IX. Las notificaciones en el juicio arbitral de estricto derecho se harán a las partes por cédula fijada en los estrados de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros o de la Delegación Regional correspondiente, excepción hecha de traslado de la reclamación, de la demanda, de la citación a la junta conciliatoria y del laudo, que tendrán que hacerse por correo certificado con acuse de recibo.
Artículo 43. El Ejecutivo Federal deberá informar al Congreso de la Unión, durante el mes de diciembre de cada año, del establecimiento, disolución y operación de las sociedades nacionales de Crédito, en el año de que se trate.
TRANSITORIOS.
Artículo primero. La presente Ley entrará en vigor el día 1o. de enero de 1983.
Artículo segundo. El Gobierno Federal, en su carácter de titular de las acciones representativas del capital social de las instituciones de crédito motivo de los decretos expedidos por el Ejecutivo Federal publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1o. y 6 de septiembre de 1982, que establecieron la nacionalización de la banca privada y la operación de esas instituciones como nacionales de crédito, tomará las medidas conducentes a efecto de que esas sociedades se transformen en sociedades nacionales de crédito de las previstas en esta Ley, en un plazo no mayor de 180 días a partir de su entrada en vigor.
Asimismo, el propio Gobierno Federal realizará, en ejercicio de sus derechos corporativos, los actos requeridos para que Banco Mexicano Somex, S. A., Banco Internacional S.A., Banca Promex, S.A., y Banco Provincial de Sinaloa, S. A., se transformen en sociedades nacionales de crédito; dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior.
La transformación de las sociedades antes mencionadas se realizará con arreglo a las bases siguientes:
I. Al transformarse las sociedades mantendrán, en su caso, las mismas denominaciones, domicilio y capital social, conservando en su patrimonio la titularidad de sus demás bienes, derechos y obligaciones;
II. Los derechos y obligaciones de los trabajadores de las sociedades que se transformen no sufrirán, por ese hecho, modificación alguna;
III. Los decretos que conforme al presente artículo expida el Ejecutivo Federal, deberán publicarse el Diario Oficial de la Federación, señalándose específicamente la fecha en que surtirá efectos la transformación de la sociedad de que se trate. Dentro de los 10 días naturales de dicha publicación, los acreedores podrán oponerse judicialmente para el solo efecto de obtener el pago de sus créditos, sin que esta oposición suspenda la transformación; y
IV. Las transformaciones previstas en el presente artículo, podrán integrar en una sola sociedad nacional de crédito, varias de las instituciones a que el mismo se refiere.
En tanto se llevan a cabo las transformaciones previstas en este precepto, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, proveerá lo necesario a efecto de que las instituciones a que se refiere el presente artículo continúen prestando de manera adecuada y eficiente el servicio público de banca y crédito.
Artículo tercero. Las instituciones que al 31 de agosto de 1982 tenían el carácter de instituciones nacionales de crédito conforme al artículo 1o. de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, incluído el Banco Nacional de Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.A. el Banco Obrero, S.A., y las sucursales en México de bancos extranjeros que cuenten con concesión del Gobierno Federal, continuarán rigiéndose por las disposiciones conforme a las cuales vienen operando.
Artículo cuarto. Se continuará aplicando a las organizaciones auxiliares de crédito el régimen previsto para ellas en la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares. Las instituciones de fianzas seguirán
rigiéndose por la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
Artículo quinto. Las sociedades nacionales de crédito deberán calcular y pagar el Impuesto sobre la Renta conforme al Título II de la Ley del impuesto sobre la Renta.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 28 de diciembre de 1982.
Jorge A. Treviño, presidente; Ricardo H. Cavazos Galván, secretario; Miguel Angel Acosta Ramos, Juan M. Acoltzin Vidal, Hermenegildo Anguiano M., Javier Bolaños Vázquez, Manlio Fabio Beltrones R., Ma. Luisa Calzada de Campos, Abraham Cepeda Izaguirre, Manuel Cavazos Lerma, Rolando Cordera Campos, Jorge Luis Chávez Zárate, Antonio Fabila Meléndez, Alberto González Domene, Felipe Gutiérrez Zorilla, Sergio Lara Espinosa, Enrique León Martínez, Raúl López García, Edmundo Martínez Zaleta, Miguel Angel Olea Enríquez, Leopoldo Ortiz Santos, David Orozco Romo, José Luis Peña Loza, Héctor Perfecto Rodríguez, Héctor Ramírez Cuéllar, Eulalio Ramos Valladolid, Francisco Rodríguez Pérez, Pedro Salinas Guzmán, Alberto Santos de Hoyos, Dulce María Sauri Riancho, Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, Carlota Vargas Garza, Salvador Valencia Carmona, Raúl Velez García, Aidé Heréndira Villalobos Rivera".
El C. Presidente: Esta Presidencia Informa a la Asamblea que el Partido Socialista Unificado de México, por escrito ha presentado una moción suspensiva y que en tal sentido también, ha solicitado hacer uso de la palabra el Partido Acción Nacional.
En consecuencia la Secretaría procederá de inmediato a dar lectura a la proposición del Partido Socialista Unificado de México y a continuación se escuchará la proposición del Partido Acción Nacional.
El C. secretario Everardo Gamíz Fernández: C. Presidente de la H. Cámara de Diputados, H. Asamblea.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 109 y 110 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, los diputados miembros del Grupo Parlamentario del PSUM proponemos a esta Asamblea la aprobación de una moción suspensiva del debate y votación que sobre el dictamen emitido por la Comisión de Hacienda y Crédito Público acerca de la Iniciativa de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito. Fundamos nuestra propuesta en los siguientes
HECHOS
1o. Todos los diputados que integramos esta LII Legislatura de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión, protestamos guardar la Constitución General de la República. La iniciativa de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, al proponer la privatización parcial de las instituciones encargadas de la prestación de tal servicio, viola flagrantemente lo dispuesto por el párrafo cuarto del Artículo 28 Constitucional en vigor, el cual dispone que tal servicio será prestado EXCLUSIVAMENTE por el Estado.
Es evidente que la participación de representantes del capital privado, o de particulares, en los consejos directivos de las sociedades encargadas de la prestación del servicio público de banca y crédito, transgrede lo dispuesto en el artículo Constitucional citado. Por tanto, de aprobarse la Iniciativa del Ejecutivo, esta Cámara estará convalidando la violación de la Constitución que protestamos guardar.
2o. La Iniciativa en cuestión fue recibida por esta Cámara el pasado lunes 27 de diciembre, habiendo sido presentada primero a la consideración de los exbanqueros expropiados por el decreto presidencial del 1o. de septiembre del año en curso.
Estamos en presencia de una clara muestra de falta de respeto del Titular del Poder Ejecutivo a esta Cámara de Diputados y al Congreso de la Unión en general.
Al presentar el Ejecutivo su propuesta a esta Cámara faltando sólo tres días para el cierre de los trabajos correspondientes al periodo ordinario de sesiones, el Ejecutivo niega a la Cámara de Diputados la posibilidad de discutir con seriedad y responsabilidad un tema de la trascendencia que la Iniciativa plantea.
Esta Cámara no está en condiciones de discutir la Iniciativa del Ejecutivo. El Dictamen que ha elaborado la mayoría priísta en la Comisión de Hacienda es sólo una muestra más de la irresponsabilidad a que las presiones del Ejecutivo obligan en el seno de las comisiones dictaminadoras.
3o. A propuesta por escrito de nuestro grupo Parlamentario, la Comisión de Hacienda y Crédito Público se comprometió públicamente a convocar a audiencias internas con el objeto de analizar y discutir sobre un posible esquema de organización operativa e institucional del sistema bancario nacionalizado.
Incluso, dentro de la Comisión se formó un grupo de trabajo encabezado por la diputada María Luisa Calzada, encargado de presentar una propuesta de organización de las audiencias internas convenidas.
Hoy, tal acuerdo es dejado de lado en aras a obsequiar al Ejecutivo un dictamen irresponsable, carente de cualquier análisis serio y que responde sólo a la subordinación que la mayoría priísta guarda respecto del Ejecutivo y que impone a esta Cámara el triste papel de caja de resonancia de los caprichos y ocurrencias del Presidente de la República, así estos caprichos violen flagrantemente la Constitución General de la República que él también protestó guardar y hacer guardar.
Por lo anterior, pedimos a la presidencia se sirva someter nuestra propuesta a votación inmediata, la que con fundamento en lo
dispuesto por el Artículo 148 del Reglamento pedimos sea nominal."
El C. Antonio Gershenson: Pido la palabra
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Antonio Gershenson.
El C. Antonio Gershenson: Únicamente solicito se aclare que aunque se menciona en el escrito del párrafo cuarto, se trata del párrafo quinto de la Constitución, el que se refiere a que el Estado es el único que tiene la facultad exclusiva de prestar servicio de banca y crédito. Dado que nosotros, como hemos anunciado públicamente en caso de no darse esa moción suspensiva, no participaríamos en el debate. Creo conveniente hacer esta aclaración desde ahora.
- El Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Armando Gordillo Mandujano.
El C. Armando Gordillo Mandujano: Señor Presidente;
"Honorable Asamblea:
Los diputados de Acción Nacional presentamos ante ustedes las siguientes consideraciones:
Primera: Es absurdo e irresponsable pretender la aprobación sin estudio a fondo, de leyes que se reciben un día y se dictaminen y discuten otro. Aceptar esta situación va en demérito nuestro, como representantes populares responsables y conscientes del alto cargo que se nos ha honrado, y también del pueblo que habrá de cargar con nuestros errores.
Segunda. Existe pendiente de resolver un Amparo interpuesto por los interesados que ponen en situación jurídica dudosa a la expropiación de septiembre, y no es congruente legislar mientras no se resuelva la situación legal que se encuentra sub - judice y que al resolverse podrá dejar mal parada la resolución que aquí se tomará.
Tercera. Acción Nacional alzó su voz para protestar contra el oportunismo y la inconstitucionalidad de la expropiación de la banca, así como contra la ineficiencia que ocasionaría. El Dictamen que hoy apresuradamente se nos presenta, no es sino el reconocimiento, en parte, de la razón que antes esgrimió Acción Nacional, señalando que esa medida, como otras anteriores, contraviene el principio de subsidiariedad que obliga a participar a la sociedad en la resolución de los problemas, y al gobierno sólo a intervenir temporalmente y cuando los particulares no estén en posibilidad de hacerlo. ¿A qué podemos atenernos con un Gobierno que se guía por el método de ensayo y error? ¿Hasta cuándo seremos conejillos de indias de medidas compulsivas? ¿Es justo que el pueblo pague los errores de sus gobernantes?
Cuarta. Pensamos que para dar la solución de fondo al problema de la Banca en México, que supla todas las medidas tentativas y contradictorias que se han venido tomando desde el primero de septiembre, requiere de esta Cámara un tiempo mayor que permita un análisis cuidadoso de las normas que deberán regir en el campo del crédito.
Por lo anterior, solicitamos que se suspenda la discusión del dictamen sobre la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, y se regrese a comisiones para su estudio más profundo."
El C. Presidente: La Presidencia ha considerado que las dos proposiciones aunque fundadas en elementos diferentes coinciden en el objeto y por lo tanto someterá a votación las dos proposiciones en un solo acto.
Para obsequiar la petición formulada por el Partido Socialista Unificado de México, la Presidencia pregunta a éste los nombres de los cinco ciudadanos diputados que apoyen la petición en el sentido de que la votación sea nominal. Esto para constancia en el Diario de los Debates.
Pedro Bonilla, Samuel Meléndrez, Daniel Angel Sánchez Pérez, Florentino jaimes, Rolando Cordera y Salvador Castañeda O'Connor.
En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 110.
El C. Jesús Luján Gutiérrez: Señor Presidente, una petición.
El C. Presidente: ¿Quiere hacer uso de la palabra? Le rogamos que use la Tribuna, señor diputado.
El C. Jesús Luján: Señor Presidente: La petición es la siguiente. Aquí se ha pedido una moción suspensiva por dos fracciones parlamentarias. Nosotros estamos de acuerdo en la moción suspensiva, nada más que no estamos de acuerdo con los razonamientos de uno y otro. Coincidimos con los razonamientos del Partido Socialista Unificado de México.
La petición es que se sometan por separado y que se sumen los votos para ver si procede o no la moción que se ha solicitado por estas dos fracciones.
El C. Presidente: La Presidencia, de acuerdo con lo expresado, dispone que la Secretaría con fundamento en lo dispuesto por el artículo 110 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte a la Asamblea en votación nominal si se admite la moción suspensiva propuesta por ambos partidos.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Por instrucciones de la Presidencia se va a recoger la votación nominal de la propuesta hecha por ambos partidos.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
El C. Maximiliano Silerio Esparza: Una moción de orden, señor Presidente. La
Presidencia ordenó que se consulte a la Asamblea si se acepta la moción suspensiva en votación nominal. Y debe ser que la Secretaría consulte a la Asamblea en votación económica.
El C. Presidente: Proceda la Secretaría a dar lectura al artículo 148 del Reglamento.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Artículo 148: "Las votaciones serán precisamente nominales cuando se pregunte si da lugar o no a aprobar algún proyecto de Ley en lo general. Segundo. Cuando se pregunte si se aprueba o no cada artículo de los que compongan el indicado proyecto o cada proposición de las que formen el artículo. Tercero. Cuando lo pida un individuo de la propia Cámara y sea apoyado por otros cinco, también serán nominales en el caso del artículo 152".
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 148, la Presidencia consideró pertinente obsequiar la petición del Partido Socialista Unificado de México.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Se va a continuar en el proceso de recoger la votación nominal.
El C. Jesús Luján Gutiérrez: Señor Presidente una pregunta ¿Que es lo que se va a someter a votación en este momento?
El C. Presidente: Con todo gusto ciudadano diputado. Escuchó usted y escucharon el resto de los ciudadanos diputados, la proposición de una moción suspensiva formulada por el PSUM. En el mismo sentido pero con distintos argumentos una proposición del Partido Acción Nacional y finalmente, la petición que usted formuló.
La Presidencia con el mejor propósito de que quede definitivamente claro qué es lo que se va a votar, procederá a repetir su acuerdo.
La Secretaría en votación nominal someterá a consideración de la Asamblea en los términos del artículo 110 la proposición formulada por el Partido Socialista Unificado de México.
El C. Jesús Luján Gutiérrez: Muchas gracias.
(VOTACIÓN)
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Señor Presidente, el resultado de la votación fue el siguiente: 85 votos por la afirmativa y 301 por la negativa.
- El C. Presidente. En consecuencia se desecha la moción suspensiva propuesta por el Partido Socialista Unificado de México.
Proceda la Secretaría a dar lectura al artículo 111 del Reglamento.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: "Artículo 111 del Reglamento... No podrá presentarse más de una proposición suspensiva en la discusión de un negocio. ".
El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el precepto que ha sido leído, proceda la Secretaría consultar a la Asamblea en votación económica si se admite la moción suspensiva propuesta por el Partido Acción Nacional.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica se consulta a la Asamblea si es de admitirse o rechazarse la propuesta hecha por el Partido Acción Nacional.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Los que estén por la negativa, sírvanse ponerse de pie... Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido por la Oficialía Mayor entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su segunda lectura y se pone a discusión.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo Dispensada, Señor Presidente.
El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general.
Se abre el registro de oradores.
La Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra, los ciudadanos diputados:
Jorge Cruickshank García. Héctor Ramírez Cuéllar, Francisco Ortiz Mendoza y Raúl López García.
En pro: Felipe Gutiérrez Zorrilla, Juan López Martínez, y la Comisión. Tiene la palabra el C. diputado Jorge Cruickshank.
El C. Jorge Cruickshank García: Señor Presidente, compañeras y compañeros diputados: creo que por las circunstancias en que se debate este problema, tan trascendental para la vida del país, es necesario que los diputados que corresponden a la corriente democrática revolucionaria, patriótica, nacionalista, reflexionen profundamente respecto a las repercusiones que puede tener esta decisión que se ha de tomar hoy por la Cámara de Diputados.
No es problema fácil, no es una cuestión sencilla por las condiciones de orden internacional y nacional que se dan alrededor de esta discusión.
Yo recuerdo, compañeros, que en la década de los 40, estando bajo la presidencia de Harry S. Truman el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, se produjeron problemas profundos en la vida del mundo y particularmente de América Latina; graves presiones, amenazas de todo tipo a las naciones que querían seguir el camino independiente. Fue Harry S. Truman el que usó por primera vez la criminal bomba atómica para agredir a un pueblo de la Tierra y fue Harry S. Truman el que impuso la guerra fría en las relaciones internacionales e hizo pensar a una
serie de dirigentes políticos del mundo, de América Latina, que la tercera guerra mundial estaba próxima, que los Estados Unidos se iban a enfrentar a la Unión Soviética que encabezaba a los nuevos países socialistas y que por tal motivo era menester que los países del mundo capitalista o los países semicoloniales de América Latina, África y Asia se sumaran a la política imperial de los Estados Unidos.
Se implementaron una serie de medidas, se agredió activamente a las masas populares y se presionó a los gobiernos que con actitud débil estaban al frente de algunos de los países de nuestro subcontinente.
Fue en aquel entonces cuando se produjo la vil traición de González Videla en Chile, el Presidente que fue elevado al poder por la unidad popular, por el Frente Popular en Chile, con un programa patriótico - progresista y ante las presiones del imperio norteamericano, Videla abandonó el camino democrático y se sumó a la lucha del imperio contra los pueblos de América Latina. Y fue en aquel entonces cuando Chile, el pueblo chileno sufrió la represión violenta que hoy recibe de la dictadura de Pinochet.
Lo mismo aconteció en Brasil. En Brasil gobernaba Getulio Vargas, un hombre que tuvo actitudes progresistas, nacionalista, pero como hombre de la burguesía nacional, era un hombre débil, vacilante y por ende, a las presiones de Harry S. Truman cedió también con facilidad, y fue también en ese entonces cuando el pueblo brasileño recibió golpes duros y arteros en su desarrollo democrático.
Nosotros aquí en México, recordamos esa etapa amarga de la vida nacional, esa etapa dura para la clase obrera, para las masas campesinas, para la lucha democrática del pueblo mexicano. Aquí gobernaba Miguel Alemán. Si recuerda la clase obrera, si recuerdan las masas campesinas, si hacen memoria los compañeros trabajadores del Estado, Miguel Alemán fue postulado por las fuerzas populares, progresistas revolucionarias de aquel entonces, y esas fuerzas hicieron posible la llegada de Miguel Alemán al gobierno.
El propio Partido Comunista lanzó la candidatura de Miguel Alemán, pero Miguel Alemán al inicio de su gobierno, abandonó los compromisos que tenía con la clase obrera, con las masas campesinas y con las fuerzas populares de nuestro país, y se sometió a las presiones de Harry S. Truman, y en México padecimos persecuciones, agresiones, crímenes sin cuento; se dividió a la clase obrera, se intervino en los sindicatos y se impusieron líderes ajenos a la clase trabajadora, fue cuando surgió el que hoy es denominado el "charrismo" sindical.
Y también fue cuando se inicio el apoyo irrestricto a la burguesía mexicana, se le dio toda la fuerza para su desarrollo, para su impulso y para su penetración profunda de la vida nacional en todos los aspectos. Fue cuando Miguel Alemán hizo suya la tesis del Partido Acción Nacional contra la reforma agraria y se impuso el amaparo agrario a los terratenientes.
Esta etapa de aquel entonces aparece nuevamente en el panorama del mundo. Un gobierno derechista, un gobierno de corte fascista está al frente de los Estados Unidos de Norteamérica. No es Harry S. Truman el que está en el gobierno, que era un hombre negativo, reaccionario, ligado a la mafia Tamany Hall; pero es un gobierno de las fuerzas guerreristas de los Estados Unidos. Es el gobierno en donde de los 17 puestos ministeriales, 14 son ocupados por multimillonarios y representantes de los fabricantes de armamentos.
El gobierno de Rehagan es el más derechista que han padecido los Estados Unidos en los últimos 60 años. Un gobierno prepotente, agresivo, insolente, intervencionista, que enarbola nuevamente la política del Big Steak. Ahora se dicen dueños de los mares de la Tierra, gendarmes del mundo, representantes o dirigentes del mundo de occidente y tratan de imponer su hegemonía en todos los continentes. Y usan de todos los medios y subterfugios, de todo tipo de presiones, de todas las formas de agresión, intervienen en África, intervienen en Asia, están regados los mares por sus flotas, sus marines y sus acorazados de guerra. Tienen más de medio millón de soldados en todos los continentes. Dos mil quinientas bases de los Estados Unidos, están en todas las partes de la tierra. Intervienen agresivamente en América Latina. Este subcontinente que han considerado como su patio trasero, es en donde más aumentan sus presiones, su intervención y sus agresiones. Y tratan de que nuestros gobiernos, que los dirigentes políticos de los países democráticos como el nuestro, cambien su conducta y adopten las decisiones que el imperio quiere que se adopten en los problemas nacionales e internacionales.
Nadie desconoce compañeros diputados, que las presiones son diarias, permanentes, profundas, de uno o de otro modo. Unas veces nos amenazan con el problema de los braceros. Nada menos ayer se hablaba de la Ley Simpson - Mazzoli, que es una ley de agresión contra los nacionales mexicanos.
Pero también nos agreden con su política comercial y financiera. Nos agreden con sus decisiones en el aspecto de la política petrolera. En los precios de nuestras horticultoras y también en el precio de nuestro algodón y de las materias primas fundamentales con las que México mantiene el desarrollo de su economía.
En las últimas circunstancias de la crisis profunda y grave que padece el país, se han multiplicado las presiones. Las presiones no son como anteriormente se daban; ya no son las presiones directas militares, no son las intervenciones armadas; pero son las intervenciones sutiles a través de la economía, de las finanzas públicas, de las finanzas internacionales.
El gobierno norteamericano es el socio mayor del Fondo Monetario Internacional. Y este organismo es el que utiliza para presionar a los países pobres del mundo a efecto de que sometan sus políticas a la política norteamericana, para que queden en principios fundamentales en su desarrollo democrático y para que se sumen a la política imperial internacional de los Estados Unidos.
México está siendo víctima indudablemente de las presiones económicas del gobierno norteamericano. El Fondo Monetario Internacional está aprovechando las circunstancias graves de nuestra economía para imponernos caminos inadecuados, incorrectos, contrarios al que el pueblo de México ha escogido desde su desarrollo revolucionario.
Por eso vemos una serie de decisiones que nos sorprenden, que no corresponden al pensamiento que expresara a lo largo de su campaña el actual Presidente de la República, sino corresponden a los juicios, a las tesis, de los expertos económicos que lo rodean y que siguen el mismo el propio camino que hundió al país en el pasado inmediato en la situación grave de la crisis económica que padecemos.
Todavía se insiste en seguir el camino ya desechado mundialmente, no por los economistas marxistas; sino por los economistas liberales, por los economistas que desean un desarrollo democrático en los pueblos del mundo.
El monetarismo ha sido derrotado como tesis, como camino para el desarrollo económico de los países semicoloniales. Fracasos rotundos ha tenido la tesis Fridmaniana en Israel, en Chile, en Argentina, en Uruguay, en Brasil y en Inglaterra.
En Chile, los mismos partidarios de la dictadura han pedido que se fusile a los chicagoboys por los errores graves que han cometido en la conducción de la política económica de este país dictatorial. Y aquí nuestros economistas insisten en imponer el camino de México por el camino que plantea, que organiza, que dirige el Fondo Monetario Internacional. Son evidentemente compañeros diputados, decisiones que nos pueden conducir a situaciones mucho más graves, hoy estamos discutiendo ya el proyecto de ley que el Ejecutivo ha mandado para cambiar la dirección de la nacionalización de la banca y establecer las sociedades nacionales de crédito. Parecería en cierta forma, por las expresiones que han vertido algunos dirigentes políticos que nada grave ha pasado, que la situación sigue igual, que el estado mexicano sigue al frente de la banca, de la banca y que la banca es una banca nacionalizada; pero yo quiero decir compañeros que este hecho es una grave concesión que se ha hecho a la burguesía, es una grave concesión que se ha hecho a la derecha, hay que ver los rostros, hay que ver las expresiones de las fuerzas de la derecha, no sólo del PAN y del PDM sino de los propios elementos de derecha del gobierno nacional, de los diputados de derecha y de los senadores de derecha, porque muchos diputados o algunos diputados y senadores estuvieron en contra de la nacionalización de la banca privada y ahora vemos opiniones del senador Casillas y del senador Salinas Lozano diciendo que es muy positiva esta decisión, que se democratiza la banca, que hará posible que lleguen gentes con experiencia, capacidad y honradez a dirigir la banca, entonces ellos están de acuerdo con lo que expresa la derecha y burguesía, que el Estado es incapaz, que el Estado es ineficiente, que en el Estado sólo hay corruptos, y que todas las funciones públicas están manejadas con deshonestidad. Esta es la posición de elementos de la derecha abierta y de la emboscada. Esto quiere decir, compañeros, que la medida, la decisión tomada por el Ejecutivo, no es una decisión correcta, es una decisión contraria al espíritu de la nacionalización de la banca privada, a pesar de que se mantenga el 66% de las acciones en manos del Estado, pero se entrega el 34% en manos privadas, y además se le da la posibilidad a los sectores que intervienen en las acciones B, de tener consejeros, de orientar a la banca nacional, de participar en los consejos de administración, y como la propia ley se establece, se llamará a particulares de reconocida capacidad y solvencia. Yo pienso, compañeros, que esta decisión, que esta medida responde a la misma actitud, a la, al mismo criterio con que se decidió el problema de la terminación del control de cambios generalizado. El que se haya terminado con el control generalizado de cambios, es también una concesión a la derecha, a la burguesía. ¿Qué fija la paridad del peso mexicano y del dólar? ¿Qué fija el mercado libre? No lo fija el Estado, a pesar de que controla las divisas procedentes de las ventas petroleras y de los empréstitos, las fija el mercado libre de las divisas, y claro se volverá a prestar esta condición para que los dólares que van a entrar por las ventas de petróleo y por los empréstitos del propio FMI, vuelvan a salir del país y nos vuelvan a saquear los intereses regresivos económicos que nos saquearon en años anteriores, y México volverá a tener problemas.
No es posible pensar, compañeros, que con estas medidas se va a poder retomar la confianza de la burguesía, se va a poder conseguir el apoyo de la burguesía, para medidas democráticas, progresistas y patrióticas. La burguesía no adoptará una decisión positiva; la burguesía lo único que persigue son ganancias y eso es lo que le interesa, ni le interesa la soberanía ni la independencia de la patria mexicana, ni el progreso social de nuestro pueblo ni el desarrollo democrático de la nación mexicana.
Tengamos cuidado, compañeros; se han infiltrado ya en el Estado mexicano intereses y fuerzas que tratan de desviar el camino que nuestro pueblo señaló desde la Revolución de 1910- 17 y quieren hacer que retrocedamos y que entreguemos el poder a las fuerzas de la regresión, a las fuerzas enemigas del proceso revolucionario de México. Por eso hay
elementos como Miguel Mancera dirigiendo el Banco de México, Miguel Mancera que ha sido exaltado y ponderado por el Consejo Coordinador Empresarial, sus tesis sobre, en contra del control de cambios han sido difundidas por el Consejo Coordinador Empresarial. Claro Miguel Mancera está en contra del control de cambios, pero él dirige la banca del Estado. Que va a hacer Miguel Mancera frente a la banca del Estado. Va a coludirse con los banqueros privados que hoy van a tener posibilidad de participar en el 34% de las acciones que va a poner en venta el Estado a los particulares.
Yo quiero, compañeros, terminar planteándoles a los diputados del sector democrático, a los diputados de la mayoría que tienen posiciones avanzadas, progresistas, patrióticas, a los diputados revolucionarios de esta Cámara, que reflexionemos, que tengamos cuidado, que examinemos todos los pasos que se están dando, que observemos cotidianamente la dirección de estos pasos, que hagamos lo necesario para poner una barrera infranqueable al avance de la derecha, de la contrarrevolución y de los intereses contrarios a la independencia de México.
No está en peligro compañeros, la izquierda no está en peligro los que queremos el cambio de la sociedad por una sociedad nueva, está en peligro todo, todo el pasado histórico que ha construido con sangre y dolor nuestro pueblo, y nosotros, en común, debemos defender con pasión, con decisión y coraje esta historia y este camino, porque hay ejemplos aleccionantes. En otras latitudes, en otros países donde fuerzas políticas aparentemente discrepantes pero que tenían el común denominador de defender la soberanía de su país, hicieron posible el ascenso de la derecha y la instauración del fascismo para que terminara con todas las libertades democráticas.
Nosotros llamamos la atención a los dirigentes del gobierno, que sabemos que varios de ellos están en el campo democrático; hacemos un llamado al propio Presidente de la República con el que hemos conversado y conocemos su pensamiento y con el que hemos coincidido en muchas cuestiones y sabemos que tiene interés en defender la independencia nacional por sobre todas las cosas; que no tome el camino equivocado de los consejeros que no tienen otro deseo más que conducir a México a la bancarrota; que hagamos un frente común, un frente patriótico, democrático, antiimperialista y con ese escudo avancemos para construir el país que el pueblo de México ha querido en toda su historia (Aplausos.)
El C. Presidente: Con apoyo en lo dispuesto por el Artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, y como una demostración del respeto y consideración debida a esta Asamblea, la Presidencia recuerda a los señores oradores el tiempo reglamentario para cada una de sus intervenciones.
Tiene la palabra el C. diputado a Felipe Gutiérrez Zorrilla.
El C. Felipe Gutiérrez Zorrillo: Señor presidente; señores diputados:
Esta Asamblea no hizo razonable, lo correcto, al no aceptar las mociones suspensivas. Esta ley es muy importante y trascendente, la recibimos ayer y difícilmente se puede laborar, estudiar, estructurar una ley que va a normar a la banca mexicana, en unas horas.
La moción suspensiva era lo sensato, era lo adecuado; hemos estado legislando al vapor y en cascada. Eso no es positivo para el pueblo de México que piensa que somos conscientes y responsables de una tarea tan importante como es dictar normas para manejar y regular el país.
En mi opinión no es posible o válido políticamente, el abstenerse en cuanto al sentido de una votación. Se debe en conciencia pensar si se debe votar por la afirmativa o por la negativa, y además el propio Reglamento así lo establece.
La ley tiene multitud de deficiencias, tiene artículos en donde se entregan facultades legislativas a la Secretaría de Hacienda. Tiene preceptos que incluso contienen errores graves, tan graves como decir que las acciones de los bancos, en el Segundo Transitorio, son propiedad del Gobierno Federal, siendo que no fueron expropiadas en el Decreto que esto hizo.
Tiene también una serie de contradicciones cuando no habla en forman técnica y clara quien designa los consejeros. A los consejeros les da un plazo de cinco años para mantenerse en ese puesto, ordinariamente las administraciones duran un año, ni los diputados duramos cinco años.
Tiene muchos defectos que ameritan votos contrarios en lo particular. Pero en lo general, en lo que es la filosofía de esta ley, el contenido y el porqué de esta ley, encontramos rasgos positivos y que deben merecer el voto aprobatorio.
En este mismo recinto escuchamos una cantidad impresionante de denuestos y de críticas a los banqueros. En la Iniciativa Presidencial se reconoce ahora expresamente que la banca mexicana tiene una sólida infraestructura humana, técnica y financiera. Se habla también en forma expresa, literal - diría yo casi - que la banca mexicana está bien cimentada, tiene prestigio internacional y ha merecido la confianza y el respeto del pueblo mexicano.
Es ese equipo humano, valioso, los funcionarios y empleados bancarios, con excepción de las cabezas, unas cuantas, los mismos que manejaron la banca antes y después de la expropiación. Cuando esta propia Iniciativa del Poder Ejecutivo señala qué se desea hacer con el sistema bancario mexicano, no podemos estar en contra de hablar del desarrollo nacional, de la planeación, de la descentralización, de fomentar el ahorro, de canalizar el crédito, de desarrollar el mercado de capitales, de manejar la Banca con honradez escrupulosa y hasta la fecha los
bancos siguen operando y hemos depositado y muchos depositan su confianza en el actual sistema bancario.
Se dejan márgenes de libertad y se descentraliza; cosas que también las estimamos valederas. Cada ahorrador tendrá absoluta libertad para seleccionar el Banco; cada institución mantendrá su autonomía de gestión. Aquí en una ocasión se dijo que la única competencia que se hacían los bancos entre sí era poner oficinas más elegantes. No es exacto. Hay distintos tipos de interés, distintas operaciones bancarias. Hay exigencias mayores de reciprocidad. Hay mejores o no tan adecuados sistemas para prestar, para dar Crédito, para cobrar, para manejar las cuentas. Los bancos al funcionar con autonomía de gestión, tienen una actividad competitiva y esto beneficia y redunda en favor de los que usamos el sistema bancario.
Al crearse los certificados de aportación patrimonial, abandonando el sistema de las acciones, en realidad se invita al sector social y al sector privado a que pasen a integrar parte del capital y de la administración del sistema bancario mexicano. Pero no hay aquí por qué pensar que va a ver otra vez el acaparamiento de capitales en pocas manos, porque la propia ley - y esto lo consideramos también positivo - limita al 1% la aportación que puede hacer cada particular y da facilidades para que se haga por los empleados bancarios y por los sectores sociales. Creo que si hay un intento de democratizar la Banca y de quitarle el absolutismo estadista.
La serie "B" que es la que estará en manos de gubernamentales, o gubernamentales también porque así también lo prevé la ley, participará en las utilidades, designará miembros del Consejo Directivo y en formación de un órgano consultivo. Este órgano consultivo desafortunadamente no está bien estructurado en la ley. Es una ley que necesita perfeccionarse, que necesita análisis y estudio. Repetimos, la moción suspensiva hubiera sido lo adecuado; pero se votó en contra. Además se conserva una tradición, que yo diría positiva del sistema bancario mexicano, al dejar en vigor la Ley General de Instituciones de crédito. Ley que conocemos, que manejamos, que sabemos cuáles son sus alcances y limitaciones y que ha tenido en la práctica frutos muy valiosos.
También nos parece positivo que al hablar de financiamientos, se diga que deben atenderse desde luego los proyectos que sean de utilidad general. Pero también se señala que el financiamiento debe otorgarse sin descuidar la solidez financiera ni apartarse de las sanas prácticas y usos bancarios. No creo que el pueblo de México quiera bancos en quiebra o bancos que pierdan. Quiere bancos que operen con éxito, con buen sentido y que sirvan además al bien común, a la utilidad general.
Así mismo, se dice en los preámbulos generales, que es en los que estamos de acuerdo y no en el articulado en especial; que no todos los consejeros de la serie "A" serán funcionarios, sino que podrán también ser designador por el propio Gobierno Federal, titular de la serie "A", también podrán ser otras personas, independientes, personas que por su capacidad o por su experiencia pueden ser útiles en manejar bien, en administrar en forma ágil; positiva y benéfica el Sistema Bancario Mexicano. Nosotros estimamos que hay un marcado desequilibrio entre la serie "A" y la serie "B", pero de todas maneras en algunas de las reglas concretas sí se establecen preceptos equitativos. La ley prevé los comisarios, el comisario es un funcionario indispensable dentro de una institución de Crédito, yo diría que un funcionario que ocupe la comisaría de una institución de crédito debe sentirse con la importancia que tendría este Poder Legislativo si vigilara las cuentas, los dineros, los presupuestos y los gastos del Gobierno Federal. Ese comisario sí designa uno la serie "A" y uno la serie "B". La vigilancia de las instituciones de crédito por los comisarios da tranquilidad y confianza en el sistema bancario. La Comisión Consultiva que está designada por la serie "B", tiene facultades que aún cuando no se determina cómo se van a ejercitar, son de tal naturaleza importantes que pueden hacer más confiable el sistema bancario. La Comisión Consultiva designada por los tenedores de la serie "B" debe conocer, analizar y opinar sobre las políticas, los criterios, las operaciones y las actividades de las instituciones de crédito.
Si este Consejo Consultivo, en ejercicio de sus facultades funciona, la banca mexicana recibirá mayor confianza y credibilidad del público.
Por último, se respeta el secreto bancario y se afirma que debe cuidarse y preservarse la liquidez y la solvencia de las instituciones de crédito.
Tiene un capítulo especial la ley estableciendo el Sistema de Conciliación y Arbitraje ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, para agilizar y resolver las controversias o problemas que se puedan suscitar entre el usuario del sistema bancario y el Banco.
La tónica general, la filosofía de esta ley, el que el Estado se retire en parte del control y capital, de la administración y dirección de las instituciones de Crédito es un avance, en la democratización de estas instituciones, es un avance porque limita el estatismo y porque genera libertades; es una ley deficiente, pero con principios que merecen aprobación Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: tiene la palabra el diputado Héctor Ramírez Cuellar.
- EL C. Héctor Ramírez Cuéllar: Señor Presidente; compañeros diputados. Hay días en que abordamos esta Tribuna enarbolando un triunfo del pueblo, insistiéndolo, defendiéndolo, argumentándolo, pero también hay días en que debemos subir a esta Tribuna a hablar en contra porque el pueblo no obtiene precisamente un triunfo, sino una derrota de carácter transitorio. El señor diputado del PAN ha dado las razones por las cuales ellos consideran positiva esta ley reglamentaria; precisamente la
forma como se ha dividido ésta, indica la orientación y el contenido de la ley reglamentaria.
Nosotros recibimos este proyecto en la madrugada del lunes, cuando la Cámara se encontraba enfrascada en la larga y fecunda discusión que culminó con las reformas económicas a la Carta Magna, aproximadamente a las 2.30 de la madrugada. De inmediato, por tratarse de una Iniciativa relativa a la banca nos dimos a la tarea de estudiarla, de examinarla y llegamos de inmediato a una primera conclusión; el Ejecutivo atropelló los procedimientos parlamentarios al enviar a esta Cámara una Iniciativa de tanta trascendencia precisamente a 72 horas de que termina el periodo ordinario de sesiones. Nosotros habíamos expresado - y hoy lo ratificamos - que nos oponemos a los métodos absurdos e irracionales de carácter parlamentario que desafortunadamente aún operan durante el mes de diciembre, y aún en esas condiciones de atraso increíble de l a historia parlamentaria del país estudíamos la ley reglamentaria de las sociedades nacionales de crédito. Nosotros estamos en contra, en primer lugar, del procedimiento apresurado con que se dictaminó la presente Iniciativa ya que al siguiente día a las 8 y media de la mañana estábamos siendo convocados para emitir el dictamen correspondiente.
No es aceptable que tratándose de la mayor conquista del pueblo mexicano, de la última época, se proceda de una manera atropellada en el seno de la Cámara de Diputados; tampoco es aceptable porque hay una serie de ordenamientos legales relativos a la banca que deberán ser revisados, actualizados y adoptados a las nuevas circunstancias de la banca nacionalizada, pero estas reformas a estos ordenamientos no podrán, no deberán hacerse en forma aislada porque cometeríamos muchos errores los diputados e incurriríamos en múltiples contradicciones, sino somos partidarios de la revisión de la legislación bancaria en su conjunto en periodo extraordinario de sesiones que se convoque próximamente.
Pero esa no es la razón fundamental de nuestra oposición a esta Ley Reglamentaria, sino existen razones de mayor profundidad a las cuales deseo hacer referencia. Nosotros, esta misma Cámara, tuvo la ventaja histórica de elevar a rango constitucional que la banca fuera nacionalizada, con esa decisión esta Legislatura ya pasa a la historia de México y nosotros hicimos nuestra aportación porque esta modificación constitucional se lograra en esta Cámara y en este periodo ordinario de sesiones.
Discutimos mucho y llegamos a la conclusión, de que la actividad bancaria, la prestación del servicio de banca y crédito, era una actividad exclusiva del Estado, pero desgraciadamente no fue posible que precisara como lo quería el Partido Popular Socialista que no podía ser concesionada en el futuro a los particulares.
Parecía una redundancia, parecía una tautología, constitucional, pero no teníamos razón porque era la forma de cerrar en la Constitución el paso que hoy se da en la Ley Reglamentaria.
En la ley se transforma la banca nacionalizada mediante un Decreto del Presidente de la República, pero no hubo consulta ni a la Cámara de Diputados, a los partidos políticos, al movimiento obrero, sobre la forma de estructuración de la banca nacionalizada.
¿A quién consultó el Jefe del Poder Ejecutivo para llegar a la conclusión de que la estructura de sociedades nacionales de crédito era la más adecuada? Nosotros pensamos que tratándose de la banca, el gobierno debió haber abierto una consulta al pueblo puesto que era una victoria del pueblo recientemente adquirida.
Pero no fue así, sino se fraguó el esquema organizativo en el estrecho cubículo de los especialistas, de los técnicos y de los asesores, y ellos, un grupo muy breve, está decidiendo nada menos como se va a organizar la banca nacionalizada. Le hemos dejado a un breve grupo de técnicos la operación y el funcionamiento de la máxima conquista de nuestro pueblo.
Lo más grave desde nuestro punto de vista es que por el esquema organizativo de los certificados de aportación patrimonial, se vulnera el contenido mismo de la nacionalización de la banca. No porque consideramos que los depósitos de la banca, que sus activos, que su capital, era del Estado. Ciertamente que no es así, de los particulares, es de los ahorradores.
Pero la orientación y la relación entre la banca y el Plan Nacional de Desarrollo esa sino era una función de los particulares, si no era y es una función del Estado. La orientación del crédito no es una función de los particulares, sino es una tarea del Estado con la banca nacionalizada.
Y en las series de aportaciones patrimoniales se ve muy clara una concepción con la que discrepamos de una manera absoluta y radical. Abrir la fisura, dejar una puerta abierta, a la penetración del sector privado en las áreas estratégicas de la economía. Dejar abierta la posibilidad para que el sector privado intervenga en áreas que por su trascendencia son propiedad de la nación y las administra el Estado mexicano.
Ese criterio fue expuesto aquí por el Secretario de Hacienda en su comparecencia y nosotros, lo refutamos con energía, porque señalamos en las áreas estratégicas el sector privado no puede, no debe tener ninguna injerencia, ni accionaria ni administrativa.
Era evidente la contradicción entre la concepción del Secretario de Hacienda y no la concepción del Partido Popular Socialista solamente, sino la concepción, el fondo, el contenido que está en la política de nacionalizaciones que está en la política de expropiaciones y su enfrentamiento frontal con la concepción que tiene el movimiento obrero de México de lo que son las áreas estratégicas de la economía. Chocó el Secretario de Hacienda no con el Partido Popular Socialista, sino con la Historia de México. Se establecen dos tipos de series en los certificados de aportación. Ciertamente
La serie "A" le asegura al Gobierno Federal el manejo de la banca nacionalizada. Por eso nosotros no afirmamos que la Banca hoy ha sido entregada a sus anteriores dueños. Y decimos para no caer en el tremendisimo de la prensa sensacionalista, que existe el peligro de que ello ocurra en el futuro.
No decimos que se reconstruyan los privilegios de la burguesía financiera de una manera súbita, merced a esta ley, sino decimos que queda la puerta abierta para un futuro avance en la reconstitución de las posiciones que perdió la burguesía financiera de nuestro país hace poco tiempo. Porque si bien es cierto que el gobierno controlará en todo tiempo el 66% de las aportaciones patrimoniales, de los títulos de crédito que se van a implantar, en el 33% restante está abierta la posibilidad real de que intervenga la iniciativa privada tanto en la adquisición de estos certificados como en la orientación, en la conducción de la banca nacionalizada.
Efectivamente, aunque la ley prohibe que una persona física o moral no pueda tener más allá del 1% de estos certificados tratando de pulverizar la propiedad de los particulares, es cierto también que existe otro artículo de la citada ley que permite la unión de particulares, que permite la asociación de los que tienen uno por ciento; pero, si nosotros vemos el Artículo 10, veremos que se va más allá, ya que el comportamiento de la Serie "B" queda a discreción de la Secretaría de Hacienda. Esta podrá hacer las modificaciones a los porcentajes que considere convenientes, la Cámara de Diputados no tendría ninguna injerencia para regular el funcionamiento de la Serie "B" de la Banca, ya que será Ejecutivo el que decidirá cuándo, cómo y en que porcentajes se distribuirá la Serie "B" de certificados de aportación patrimonial.
Ahí está a nuestro juicio el punto más negativo de esta iniciativa: Dejar en manos del Secretario de Hacienda, nada menos que una parte del patrimonio de la Banca nacionalizada ante la impotencia del Congreso de poder intervenir, desde el punto de vista legislativo, para impedir una reestructuración de la Serie que finalmente pudiera llevarnos a una degeneración de la Banca nacionalizada y, por lo tanto a una reprivatización de ésta en un futuro no muy lejano, según lo aconsejen las condiciones económicas de cada momento.
Se va más allá porque los propietarios de la Serie "B" podrán participar en la integración del Consejo Directivo . Dice muy claramente que podrán participar funcionarios de reconocida solvencia moral y de sólida capacidad financiera. Y en el colmo del cinismo, dice la ley: deberán estar vinculados a los sectores social y privado. Es decir, muy claramente aquí se esta refiriendo a los banqueros expropiados. Y también intervendrán en el Consejo de Vigilancia que si bien es cierto no tiene facultades decisorias, sí va a poder intervenir en la planeación y en la orientación del sistema bancario nacional.
Pensamos nosotros que estos aspectos vulnerables de la ley reglamentaria aconsejan al Partido Popular Socialista a votar en contra de lo general y a votar en contra de lo particular, porque es evidente que se está dando una concesión al sector de la burguesía que fue derrocado hace poco tiempo. Es evidente que es un paso hacia atrás respecto a la medida tomada el 1o. de septiembre en que el Estado tenía el 100% de la banca nacionalizada, y hoy, quiérase o no tiene sólo el 66% y eso señores diputados es un retroceso que en el PPS no puede aceptar y que rechaza de una manera categórica en la Cámara de Diputados. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Juan López Martínez.
El C. Juan López Martínez: Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados. Los integrantes de la Fracción Parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano votaremos en lo general a favor del dictamen en razón de las siguientes consideraciones: en razón del carácter independiente de nuestro partido, podemos apoyar el bien o criticar el mal, venga de donde venga, lo cual se refleja en las decisiones que hemos tomado en esta Legislatura, en que hemos apoyado dictámenes provenientes del partido oficial o proposiciones sensatas del PSUM a pesar de ser adversarios ideológicos serios, y otras veces hemos votado en contra de los proyectos y de las proposiciones que nos han parecido buenas, consecuentes o lógicas.
En esta misma sesión, en el Presupuesto de Egresos, estamos en contra, y en la presente ley en pro, por las razones que se exponen.
Consecuentes con lo anterior y en busca de la madurez política en el momento de votar, nos fijamos sustancialmente en la bondad o inconveniencia de las posibles normas jurídicas puestas a nuestra consideración.
Según nuestro leal saber y entender, con independencia del proceso que se haya seguido en comisiones para formular el Decreto, muchas veces hemos sentido insatisfactorio el proceso seguido en las comisiones, pero al discutir un dictamen damos las razones objetivas por las cuales lo apoyamos o lo rechazamos, sin involucrar en dichas razones los chismes sobre las comisiones, son chismes de comisiones los procedimientos que han sido denunciados por otros partidos de oposición, a veces con justicia sobre los procesos seguidos, y son también chismes de comisión en la discusión, en la tribuna, en el reglamento reiterado por la mayoría, de que algún representante de la minoría no estuvo presente en ésta o aquella reunión. Nuestro interés legislativo está en los proyectos de leyes y no en la conducta, sabiduría o ignorancia de los integrantes mayoritarios de las comisiones.
En esta ocasión hacemos una excepción a lo anterior para protestar por la forma y los plazos en que se está discutiendo este proyecto de ley. Como es de ustedes sabido, la Iniciativa del Ejecutivo se presentó antier, en
noche, en medio de una discusión tan importante como lo fue, por cierto con resultados maléficos para el país, la del capítulo económico de la Constitución. Ayer se dictaminé y hoy la estamos discutiendo en una reglamentación tan importante como es la que rige la estructura de los bancos.
Se está legislando al vapor, sin oportunidad de reflexionar y estudiar su articulado. Es una protesta para el Ejecutivo que, sabiendo o debiendo saber la carga de trabajo que el Congreso tiene en este periodo de sesiones, ha enviado tal cúmulo de iniciativas que no se pueden desahogar con un mínimo de razonamiento y estudio, para el resultado que la nación espera de su Congreso General, o sea, que se promulguen leyes bien hechas, bien pesadas y bien discutidas.
Con el margen de tiempo que humanamente se necesita para ello, aun con una diligencia apasionada y una protesta ante la mayoría de esta Cámara que admite y se somete a tal abuso, no admitimos, no podemos admitir el argumento de la mayoría por sus representantes en tribuna de que la gira electoral y la consulta que acompañó a ésta los baño de sabiduría y con facultades traumatúrgicas o milagrosas para poder legislar supersónicamente, aun cuando - y suponiendo sin conceder que la mencionada gira y la mencionada consulta los haya familiarizado con la problemática que se trata en cada proyecto.
Tal problemática se debe traducir en normas jurídicas cuya elaboración no es fácil ni objeto de velocidades similares a las que en las tiras cómicas o en las caricaturas cinematográficas desarrollan superman y el hombre halcón.
A pesar de lo anterior, la madurez política a la que aspiramos nos impide vengarnos, desquitarnos de las afrentas procesales, hacer nuestra rabieta y votar en contra de una disposición plausible, que sea buena, o represente un mal menor en nuestro contexto legislativo y social o rehuir el debate como fórmula de protesta. Nuestra forma de protestar es manifestar la inconformidad y esa es nuestra forma, y ese es nuestro estilo y así lo hacemos en esta ley, y así continuamos en el debate, desde luego, siendo respetuosos de las decisiones que tomen otros compañeros.
En el presente caso nuestro voto es en el marco del mal menor o del bien insuficiente logrado. No somos maximalistas, o sea de los que quieren el todo o nada, porque somos realistas y la realidad no puede siempre acoplarse a nuestros deseos y anhelos. En lo real, alentamos las instituciones que acercan a nuestro programa y diseño de sociedad y combatimos las instituciones que alejan el diseño del México mejor por el que luchamos. De acuerdo con el contexto político y social en que vivimos. La realidad que se nos presenta en cuanto a las instituciones de crédito es que éstas fueron expropiadas el 1o. de septiembre por un acto que seguimos considerando unipersonal y dañino para el país. Al comentar ese acto afirmamos que aunque se deploraba y un cuando estábamos en contra de una banca estatizada y burocratizada, era mejor tener una banca mediocre que no tener una banca y que debía ser manejada con cordura por los gobernantes para salvar lo que se pudiera salvar.
En la banca estetizada o nacionalizada, si se quiere, se tuvo la sensatez de conservar las estructuras de funcionamiento, propias de un funcionamiento privado, eso salvó a nuestro sistema nacional de intermediación en el crédito de una bancarrota irreversible. Desgraciadamente se impuso un populismo financiero que entre meses produjo para la banca una pérdida de más de 100 mil millones de pesos, según lo afirmó ante esta Cámara el actual Secretario de Hacienda.
El proyecto que hoy examinamos, desgraciadamente no se sale del marco político y jurídico que motivó la nefasta expropiación y estatización, pero tratar de remediar algunos de sus efectos más nocivos y en lo positivo responde al propósito anunciado por el Presidente De la Madrid en su discurso inicial, de socializar o hacer social la propiedad estatal que nosotros vemos como un rasgo positivo de su programa.
Estuvimos contra la reforma del Artículo 28 que concede exclusividad al Estado en el manejo de la banca y el crédito, el proyecto se encuentra dentro de ese supuesto constitucional que, reiteramos, no nos gusta pero lo está. No se concesiona el servicio de banca y crédito particulares porque éste es prestado por las personas de derecho político que en la iniciativa se contemplan y que son partes del Estado, aunque en ellas se permita la participación de los particulares en su patrimonio y muy limitadamente en su gestión.
Las decisiones las sigue conservando el Estado y en la práctica los particulares que acceden a los órganos directivos, sólo tendrán un papel de consejeros y a lo sumo de vigilantes.
La participación de los representantes de los patrones en el IMSS, no le quita a éste su carácter de organismo descentralizado perteneciente al Estado, y esto se puede repetir en el caso de los bancos en su nueva estructura, en que los particulares tendrán desgraciadamente, según nuestro punto de vista muy particular, un papel minoritario.
Si hay sociedades en que hay inversionistas minoritarios, es por un acto de confianza hacia los mayoritarios en quien depositan y arriesgan sus ahorros. Lo mismo sucederá con la banca estatal, si los posibles suscriptores de los certificados de aportación tienen confianza en el Estado le entregarán sus ahorros a través de ese sistema y se obtendrán créditos por el mismo sistema personificado en cada institución, y si no la tienen la apertura que se contempla en la iniciativa, será una mera posibilidad teórica.
Pero de todas maneras, es el Estado a quien se le entrega la confianza, a quien sigue manejando estas instituciones. Lo anterior no es del todo satisfactorio para los integrantes del Partido Demócrata Mexicano, pero juzgamos
que es preferible que exista un pichicato 34% de participaciones de los particulares, al cero que puede imperar.
Los particulares, aunque sin poder decisivo, rondando en los bancos para cuidar sus centavos y eventualmente aportar su experiencia en los Consejos de Administración, evitarán que la banca se burocratice en extremo y aún mejore su funcionamiento en relación con los tres fatales meses en que estuvo manejada por un populismo financiero, mitad resentido, mitad soberbio.
Los demócratas lamentamos que en la nueva estructura a los trabajadores de los bancos no se les dé la oportunidad institucional de ser copropietarios de los mismos, sino tan sólo la posibilidad como cualquier hijo de vecino, adquirir certificados según sus ahorros que son muy pocos, y fue precisamente el día de ayer por la tarde, el líder vitalicio de la CTM, don Fidel Velázquez, manifestaba que los obreros y campesinos podrían adquirir acciones y participar en los bancos si es que tenían dinero.
Los demócratas seguiremos en la lucha política para que se reforme el Artículo 28 Constitucional, y el 66% del Estado en lo que antes era la banca comercial, repito, comercial, y no en lo que respecta a la que realizaba una función pública como el Banco de México, se reduzca a un enfático y definitivo cero por ciento. (Aplausos).
Finalmente deseamos expresar parte de nuestros principios. Somos partidarios de un régimen de derecho en donde la justicia se imparta equitativamente. Una comunidad con privilegios y desigualdades en este orden, tiende a la tiranía, a la constitución de castas, que oprimen a los más débiles.
Nos declaramos partidarios, entendiendo que el trabajo es el medio mejor para llegar a ella, pero deberá entenderse que la propiedad no tiene no sólo una función individualista, sino que a la vez con una función social. Porque la empresa no nos satisface en manos de unos cuantos, como lo quiere el capitalismo liberal, ni creemos que la forma ideal para hacerla de utilidad social sea la de ponerla en manos del Estado.
Nos declaramos por un sistema compartido, pero en el que la iniciativa de los particulares tenga siempre metas de beneficio colectivo. La ley sabiamente dictada y prudentemente ejercida, regulará esta labores para que no se caiga en las manos del más fuerte ni la economía del país sirva de instrumento a unos cuantos.
Mientras que lo anterior sucede, que sucederá tarde o temprano, los demócratas optamos por las instituciones que sean menos malas y que de alguna manera sirvan para mejorar la suerte de México.
Por lo anterior, votaremos en pro del dictamen. Muchas gracias.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Francisco Ortiz Mendoza.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: Señor Presidente; honorable Asamblea. Con respecto a la vida de una nación o de un conglomerado humano, son pocos quizás 160 años de combates. Pero la nación mexicana a lo largo de esos pocos y al mismo tiempo muchos, 160 años, desde que inició su lucha de Independencia, se fijó varios objetivos como fueron el de conquistarla de una manera plena, el de elevar la vida de su pueblo, y el de ampliar su régimen democrático.
Hombres de elevada estatura en ese corto tiempo histórico han dado pruebas y dieron ejemplo de la forma en que se defienden esos intereses de la nación. Grandes sacrificios y aun la vida misma, entregaron en aras de esas luchas. Se enfrentaron a complejos problemas, a luchas armadas en contra de los enemigos de la patria y por complejas y difíciles que fueron esas situaciones, prefirieron entregar la vida a cambiar el rumbo de la nación mexicana.
Un hombre de gran estatura en México, puso ejemplo no sólo a la nación, sino al mundo entero, de cómo se defendió frente a la agresión del extranjero. Y llegó el momento que la soberanía radicaba en una trashumante carroza negra. Sin embargo, a partir de ahí y de arcas vacías y de destrucción total de las fuerzas productivas, arrancó la nación mexicana hasta llegar a ser lo que es hoy. Difícil es la situación de México, muy difícil, pero no para transar con los enemigos, pero no para transigir en una mesa de deliberaciones.
Es difícil la situación, pero no estamos vencidos. No somos un país derrotado. Somos una fuerza democrática, vigorosa, dispuesta a reconstruirlo. Varios de los diputados aquí presentes, se han acercado a los diputados del PPS, a expresar su inconformidad con esta iniciativa. Notamos en su voz la amargura de su impotencia, plantean su indecisión respecto a lo que han de resolver hoy. Les recordamos nada más dos ejemplos de hechos que hemos vivido aquí de diputados de la mayoría. Y menciono a uno porque no está en el recinto: a Martínez Corbalá. Que sólo, se puso de pie a la hora de votación respecto al 145 bis del Código Penal y dio su voto en contra de la resolución que planteaba que este negro capítulo seguía vigente. Y una más que sí está presente y me atreveré a dar su nombre: Luis Dantón Rodríguez, que en un momento difícil de una de las legislaturas, resolvió revolucionariamente su conducta.
Es complicada la vida parlamentaria y la disciplina de un diputado a su partido Sólo les pedimos a los de la mayoría, si no pueden resolver otra cosa, que no defiendan con pasión esta iniciativa. Véase que triste espectáculo el que producida por la Presidencia de la República, por el Ejecutivo, esta iniciativa sea defendida por los sinarquistas y por los que saquearon a nuestro país.
Es vergonzosa esta mañana. De quienes se atreven aquí a decir, como acaba de decir este señor diputado de que la Banca nacionalizada perdió 100 mil millones de pesos en los tres escasos meses. Pero no dice por qué los perdió. Porque los sinvergüenzas que dolarizaron
a nuestro país, depositaron los dólares a 26 pesos y los cobraron a 70. Y todavía son descarados en venirle a reprochar a la Banca nacionalizada. Y dicen que sale cara la burocratización por los sinvergüenzas del sector público. Y los 50 mil millones de dólares que no regresan, que están en sus bolsillos; que están sus bolsillos con un vale porque los tienen en Estados Unidos. A pesar de lo que sufre el pueblo de México.
Me recuerda cuando en 1847 nuestro gobierno, invadido por los Estados Unidos nuestro territorio, recurría a los egoístas para tener recursos y hacerle frente al extranjero y al clero político y todos ocultaron su dinero para no proporcionar recursos a la nación y hacerle frente a la invasión norteamericana, así están estos traidores a México, traidores a México porque mientras están recibiendo réditos fuertes en Estados Unidos, ven los padeceres de la nación mexicana y a ellos les hacemos las concesiones y con ellos se van a sentar a la mesa de deliberaciones para hablar de esta iniciativa que ahora ponderan; mentirosos, cuando vienen a decir aquí que apoyan este magnífico paso, porque es una buena estructura de la economía, que aprueben una empresa igual a ésta para la industria químico farmacéutica, que los hagan, veríamos la escandalera que armarían, ésta que van a defender ahora, esta misma estructura, la misma la aceptamos para la industria del hule, que lo hagan; escandalera al margen para la industria alimenticia, ¡ah!, pero se trata de una empresa del Estado y aplaudirían a gritos esta misma empresa para Pemex, la misma para la electricidad, la misma para los ferrocarriles. No, señores del PRI, no, señores de la mayoría, no, señor Presidente de la República, no se pueden hacer esas concesiones a la derecha, no se pueden sentar con ellos a discutir el porvenir de México cuando son los ladrones que saquearon a nuestro país y que dignamente se calificó desde esta misma tribuna el 1o de septiembre. El PPS está en contra de esta iniciativa porque avanza hacia un cambio al que queremos desde ahora condenar, están inventando modelos del desarrollo, son esos nuevos técnicos que escuchan por ahí hablar de la administración científica de la cibernética, de la sistematización como instrumentos salvadores de una organización social, no son estos instrumentos los que salvan a una nación como la nuestra o cualquier otro país del mundo en desarrollo, sino sus líneas políticas, sus objetivos históricos, la pasión con que se defienden y lo más, son simples formas, simples instrumentos para actuar. Ya el compañero Cruickhank planteó los riesgos vivos, reales, objetivos, que son los que tenemos que alertar, México ha construido su camino histórico, lo decíamos la reunión pasada, la vía de las nacionalizaciones son para descolonizar el país, para enfrentarnos al imperialismo norteamericano. Sólo la fuerza económica del Estado, sólo ésa, por la vía de las nacionalizaciones, podrá garantizar nuestra independencia. Es falso el modelo, compatriotas, falso el modelo que se requiere montar de la propiedad social para poder dirigir estas empresas. Esta es la primera que cae, la banca. en manos de ese falso modelo. Cuando terminé mi carrera profesional, hace ya varios años, y fui designado Presidente del Consejo de Administración de la cooperativa donde trabajaba, yo fui Secretario General de las cooperativas en México, y fui dirigente de esa cooperativa, de la Cuarta Cooperativa de Producción, junto con la Cruz Azul y la de Fierro de Chapultepec, decía esto: mismo El camino de cooperativismo en un sistema capitalista, no es la solución para la clase obrera, es una falacia, es un engaño; de esta manera las cooperativas son parte del sector privado, y los hechos lo demuestran, eso lo señalé, en 1940, ya hace 42 años, y ¿dónde está el movimiento cooperativo, dónde están las organizaciones cooperativas poderosas revolucionarias? Es falso el camino en un sistema capitalista. Sólo el Estado puede luchar por la independencia en México, porque por la ley de la acumulación de capital, compatriotas, sólo se acumula en los dos polos o en el Estado, en este momento o por diferentes vías en manos del imperialismo y de la gran burguesía. El sector social manejado así es falacia. Y que no nos vayan a engañar, compañeros, impunemente, diciéndonos que esta forma de organización económica es la positiva, porque si hoy cae la banca y el sector democrático de la Cámara de diputados, que existe, que sabemos que está padeciendo en este momento, defiende con pasión esta iniciativa, sabemos que no lo podrán hacer; sabemos que por mucha que sea la disciplina lo más que alcanzarán será votar a favor, lo más, pero dudo que un revolucionario suba a defender aquí, con pasión esta iniciativa. Cuidado, porque tras de ella puede seguir todo el sector estatal de la economía y caerán PEMEX y caerá la industria eléctrica alabada y aplaudida por la derecha y por los sinarquistas del PDM.
Compañeros diputados, este día es un día de decisiones. El PPS votará en contra en lo general y abandonará la sala en lo particular porque no comparte en lo más mínimo ni uno de los artículos de esta iniciativa para la banca privada. Muchas gracias. (Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Francisco Rodríguez Pérez.
El C. Francisco Rodríguez Pérez: Con su venia, señor Presidente; compañeros diputados. Vengo a defender con mi pasión de miembro del PRI esta iniciativa de ley que envía el Presidente de la República.
No pensamos nunca que la participación social bajo el control del Estado sea un acto de transición y mucho menos de sumisión. Tampoco señalamos ni maldecimos a nuestros compatriotas por su ideología; para nosotros, los miembros apasionados del PRI, activos militantes de toda nuestra vida, no hay socialistas ilusos, no hay sinarquistas perseguidos, no hay panistas equivocados, no hay pesimistas
obcecados, para nosotros todos somos mexicanos. (Aplausos).
No tiene el texto de la iniciativa de lo que se ha acusado, no contiene esa reprivatización de la nacionalización, no le pongamos nombre a los procesos de adecuación a una realidad social. El Artículo 28 Constitucional ha sido aprobado por todos los Congresos de los Estados y desde luego por el Congreso de la Unión constituyente permanente; no obstante, en la sesión del pasado día 27 se ratificó el principio en la nacionalización de la banca, del petróleo y de la energía eléctrica, el gobierno de México no ha dado ni un paso atrás.
Tampoco se intenta buscar congraciarse con los ex - banqueros, esa apreciación, la opinamos nosotros como falsa, creemos que esa apreciación de los hechos es hasta cierto punto con morbo, pues se le supone anima a la iniciativa, la de congraciarse con los banqueros. Rechazamos este perjuicio por falso y gratuito, corresponde al Estado, lo hemos dicho en reiteradas ocasiones velar por el interés público, garantizar los derechos de todos, apoyar las causas populares y mantener el equilibrio entre los factores de producción.
No confundamos intenciones, no hagamos fantasías, no inventemos motivos; un Estado que expropia, nacionaliza, conduce y se constituye en rector de la soberanía no necesita congraciarse con nadie.
La iniciativa de ley habla en la página dos de la banca prestigiosa y quiero tener en este momento el párrafo a que se refiere este concepto.
Al efecto dice: se propone reestructurar a las instituciones de crédito con base en la sólida infraestructura humana, técnica y financiera con que cuenta la banca mexicana. Como consecuencia de las medidas adoptadas por los gobiernos emanados de la Revolución Mexicana.
En la actualidad contamos con una banca bien cimentada, en la actualidad, repito, contamos con una banca bien cimentada, con prestigio internacional, y que tiene como sustento fundamental la confianza del pueblo mexicano.
Se habla aquí de una banca bien cimentada, y al referirse al factor humano se refiere lo mismo al barrendero que a la cajera, que al contador, que a los trabajadores todos, trabajadores mexicanos que laboran al servicio de esa institución.
No volverán los saqueadores, no permitirá el sector revolucionario ni el gobierno de México que regresen los que en alguna ocasión aprovecharon sus privilegios, pero dentro del contexto que analizamos de la ley, lo que indicamos hace algún momento, es que México, los mexicanos, los militantes políticos, los diputados, no debemos de perder el rumbo ni la orientación del sentido en el que nos encontramos inmersos.
México es una economía mixta y nunca el pueblo mexicano ha votado en contra del sistema en el cual ahora nos desarrollamos; una economía mixta que es, dentro del contexto internacional, una economía de mercado en la que los medios de producción son propiedad en parte privada, y en parte estatal; en la que la asignación de los recursos y los objetivos fijados vienen determinados por decisiones privadas y públicas; en la que la distribución de la producción depende de los recursos privados y de las orientaciones estatales; y en la que el nivel de actividad viene condicionado tanto por la intervención privada como por la inversión pública, aunque en pureza de términos todas las economías actuales son mixtas, se puede reservar esta denominación para las economías que nos desenvolvemos dentro del mercado. Con este término, pues, se designa sobre todo en la literatura anglosajona a los sistemas económicos capitalistas actuales, los cuales serían mezcla de los dos sistemas extremos de organización económica el Laissez Faire o el sistema de mercado de iniciativa privada complemente libre, y el sistema de planificación totalmente controlado por instituciones públicas.
Según esta interpretación, si bien en sus orígenes el sistema capitalista surgió reivindicando la libre iniciativa empresarial, el Laissez Faire, el fin del intervencionismo público característico del anterior sistema feudal, posteriormente la tendencia a la regulación de la vida económica por parte de los entes públicos, resurgiría sobre nuevas bases como superadora de las imperfecciones del sistema puro de mercado y adquiriría una participación creciente en la vida económica.
Esta intervención se había revelado necesaria a partir de la gran depresión, iniciándose unas políticas, fiscal y monetaria, muy activas, con vistas a moderar los ciclos y a superar los estancamientos crónicos, hechos ambos ante los cuales la política de Laissez Faire se mostró impotente.
Popularizadas básicamente sus intervenciones sobre todo del padre de esta teoría, Keynes, y según palabras del Premio Novel de la Economía, Samuelson, la economía mixta vino después de la gran depresión, a sustituir el individualismo despiadado y el famoso Laissez Faire. Este intervencionismo estatal se reforzará aún más posteriormente, al asignarse al Estado la función de favorecer el desarrollo económico y adquirir, por tanto nuevas atribuciones económicas, que extienden y amplían su intervencionismo.
Este intervencionismo se manifiesta en unas economías, en el establecimiento de una planificación global por parte del Estado, generalmente no compulsiva, sino meramente indicativa. A pesar de su carácter indicativo, para la iniciativa privada al ser generalmente obligatoria para el sector público, influye grandemente en las decisiones privadas al menos en dos aspectos: como elemento de referencia para su propia planificación al permitir disponer de las estimaciones de las magnitudes definidoras del conjunto de la economía; y, como inductor de las decisiones de la empresa privada; ya que al cubrir el sector público una porción tan importante de la economía, sus
decisiones afectan ineludiblemente a la propia actividad de todas las empresas.
He querido releer este concepto, para que quede plasmado en el debate apasionado que en esta ocasión realizamos.
También tendríamos que hablar del contexto de la crisis global en la que se envuelve el mundo, del concepto del subdesarrollo como dependencia en el cual estamos inmersos. Ya los anteriores oradores, algunos en pro y otros en contra han abundado en estos conceptos. A raíz de las discrepancias teóricas está en la naturaleza de las variables admitidas en el campo de estudio de cada cual, relacionadas a su vez, con el nivel de la realidad al que se profundice. Ocioso es añadir, después de lo ya dicho, que el temor de llegar a los últimos niveles y la decisión de detenerse en su umbral, responde a los intereses perjudicados por las visiones más completas de la realidad.
Si sólo se estudia el proceso social de cambio, a nivel técnico y económico, el desarrollo se reduce a los fenómenos parciales micro y macroeconómicos analizados por la teoría convencional.
Si se comienza a penetrar en el nivel social hay que añadir componentes de este tipo como los incluidos en el grupo de necesidades básicas y se avanza hacia teorías reformistas. Si se ahonda incluso en el nivel político y se da entrada al variable poder y a las consiguientes relaciones de dominación, se está ya en el campo de la teoría de la dependencia. Si se adquiere conciencia de los límites, se propugna el desarrollo ecológico o ecodesarrollo. Y finalmente, si se pone en tela de juicio respondiendo así plenamente a la crisis global de nuestro tiempo, todo el sistema positivista de valores a que responde el desarrollo cuantitativo vigente, entonces se llega al enfoque de quienes ya tratando de sustituir este modelo por otro nuevo, el desarrollo del hombre integral o vital o como quiera, acabe siendo dominado en el futuro.
Por eso, y considerando que lo primordial, el principio vital de nuestro que hacer político es el hombre, por eso vengo a dar mi voto favorable a esta iniciativa. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Raúl López García.
El C. Raúl López García: Señor Presidente; honorable Asamblea. El Partido Socialista de los Trabajadores considera que este debate sobre la Ley Reglamentaria del Artículo 28 Constitucional, tiene que ser abordado en el marco de las importantes modificaciones que este Congreso examinó el lunes pasado, para integrar a nuestra Constitución Política con una Capítulo de reforma económica.
Nosotros pensamos que el examen de esta iniciativa tiene que ser abordado con una postura de absoluta madurez para analizar las implicaciones y las diferentes posiciones que aquí en este mismo recinto se han expresado abiertamente en torno a esta ley.
En primer lugar es indudable que la nacionalización de la banca decretada el 1o. de septiembre, desplazó del centro del poder económico y financiero del país a esos grupos, a esos reducidos grupos de oligarcas, que habían venido lesionando durante todo el tiempo que tuvieron la concesión, los intereses de nuestro pueblo.
Por esa razón cuando aquí debatimos la constitucionalización de esta medida, dijimos con toda claridad que ésta tenía una trascendencia histórica porque restituyó para la nación este servicio público de la banca y del crédito . Es por eso que en este momento, frente a la difícil situación económica por a que atraviesa el país, nosotros consideramos que es fundamental, que es básico, avanzar y consolidar la nacionalización de la banca.
Y en ese sentido pensamos que no hay razón para no comprender y entender que un conjunto de importantes fuerzas sociales y económicas que en este país representan los sectores de medianos, pequeños productores y empresarios, son parte también objetivamente de las fuerzas de esta nación mexicana. Y que en términos generales la manera en que se lleva adelante la nacionalización de la banca, propició, posibilitó más bien, que esos sectores de la gran burguesía financiera que han querido conservar ideológicamente y políticamente dentro de su área de influencia a esos sectores de pequeños y medianos productores, comerciantes y empresarios, estaban y están siendo ganados a las posiciones belicosas, a las posiciones de contraofensiva que esa burguesía financiera instauró en el país a partir de la nacionalización de la banca. ¿Quiénes fueron los que promovieron las reuniones famosas de México en la libertad? Los principales oligarcas de la banca, con la finalidad política de que si bien es cierto de que habían sido desplazados del ejercicio de ese poder económico, estaban orientando sus políticas sus actividades para resarcirse del terreno político de esa importante fuerza de la nación que representa la pequeña y la mediana empresa. En ese sentido nosotros entendemos que la nacionalización no debe implicar necesariamente la verticalización de ésta, porque el hacerlo de esta manera implica consecuencias políticas en este caso de la banca, implica que esos sectores que pueden jugar un papel básico en el desarrollo de la nación como nación independiente, están siendo capturadas en el terreno político y en el terreno ideológico, por esas fuerzas oligárquicas de la gran burguesía. Por eso concluimos nosotros en nuestro examen y en esto hay que ser consecuentes en política no podemos hacer concesiones de ninguna naturaleza, la nación habiendo ganado en el terreno económico, estaba debilitándose en el terreno político, dejando esa fuerza que representa la mediana y pequeña empresa en manos prácticamente del sector gran burgués, del gran capital.
En ese sentido nosotros consideramos y vamos a afirmarlo, que en lo fundamental lo que
establece esta ley reglamentaria aún y discrepando de diferentes opiniones y de fuerza que aquí de manera plástica han expresado sus opiniones, que no hay elementos para pensar que se está dando un paso atrás en términos fundamentalmente en el significado de la nacionalización de la banca. Creemos que es una medida importante que tiende a horizontalizar la expresión de la nacionalización de la banca, porque orientada fundamentalmente a lograr que todo ese conjunto de fuerzas que hemos expresado son parte de la nación, tengan posibilidad, tengan participación, y la nacionalización de la banca que peligrosamente verticalizaba esas fuerzas, ahora con la Ley Reglamentaria abre oportunidad política para resarcir al seno de la nación ese conjunto de fuerza.
El sentido principal, a nuestro juicio, de la Ley Reglamentaria, es que ésta tiende fundamentalmente a lograr la democratización, tiende a consolidar la nacionalización de la banca, fundamentalmente manteniendo el control estatal, como lo establece la Constitución en su Artículo 28.
En ese sentido nosotros consideramos qué es lo que en este momento más interesa a la clase obrera de nuestro país, qué es lo que más interesa a las fuerzas de la nación. Nosotros consideramos que lo que más interesa es salir de la crisis fortalecidos, es mantener y desarrollar las condiciones de la legalidad constitucional para mantener nuestra soberanía y estar en posibilidad de luchar para elevar las condiciones de vida del pueblo.
Al examinar con toda madurez política la enorme responsabilidad que tiene el Presidente De la Madrid, para que en respuesta al interés general de la clase obrera y de las fuerzas nacionales y populares, de sacar adelante a nuestra nación, entendemos perfectamente que ante el estrangulamiento, la falta de solidez que se observaba, habían de tomarse decisiones si bien es cierto difíciles y dolorosas que en un sentido otorgan concesiones a los grupos que en algún momento fueron los que definitivamente lesionaron el interés general de nuestro pueblo. Lo fundamental de esta Ley Reglamentaria, como ya lo dijimos, es la horizontalización de la banca y se abre, en términos generales, con el propiciamiento de esa democratización el que la consolidación de la nacionalización de la banca se oriente plenamente en favor de los intereses de la nación.
Indudablemente que existen reservas, indudablemente que existen preocupaciones de nuestra parte en virtud de que de alguna manera se deja abierta la concesión, al no hacer prohibitivo el posible retorno del gran capital transnacional y del capital monopólico, que deja abierta la Ley Reglamentaria. Pero frente a ese camino también, como se estableció en las reformas constitucionales que aquí aprobamos, está abierta la otra posibilidad central y fundamental de que el movimiento obrero organizado, consecuente con su postura de defender, de consolidar y de vigorizar la nacionalización de la banca, puede orientar toda su actividad, con sus sindicatos, con sus organizaciones, precisamente a cerrar la puerta, el acceso a esa posibilidad que deja abierta esta Ley Reglamentaria.
Es por esa razón que el debate de esta ley en lo fundamental, a juicio de la fracción parlamentaria del PST, mantiene el Estado el ejercicio de esta concesión; lo mantiene en lo fundamental y, al propiciarse la horizontalización, la participación y la democratización de ésta, logra que ese conjunto de fuerzas nacionales y populares que estaban siendo ganadas por el gran capital se ubiquen nuevamente en los terrenos de nuestra nación.
Eso es lo que tiene de importante y de trascendente esta Ley Reglamentaria. E indudablemente que nosotros localizamos esa situación, porque en ese Artículo 10, al hablar de los usuarios de la banca, se deja abierta, no se hace prohibitivo el acceso a los grupos del gran capital, pero sentimos que el espacio en los certificados de aportación patrimonial, con una actitud consecuente del movimiento obrero organizado de las organizaciones populares e inclusive de los partidos políticos que tengan fuerza económica organizada con campesinos elegidos, podrán lograr que la banca se consolide con esos mecanismos
. En este marco de ideas, el partido Socialista de los Trabajadores entiende que estas decisiones, en un momento determinado son difíciles, son incluso hasta dolorosas; pesa tomárseles, pero sentimos que esto no es sino consecuencia de la difícil situación económica en la que se encuentra la nación, de sus graves dificultades por las que está atravesando en este momento.
Y es por esas razones y con fundamento en lo que a nuestro juicio se deriva en forma esencial de esta Ley Reglamentaria y además, partiendo de la base de un análisis de las implicaciones, de los argumentos que aquí mismo se han dado en a tribuna en el sentido de lo que implica esta Ley Reglamentaria, de lo que aquí se ha visto objetivamente, es indudable que esta medida está sumando fuerzas, está sumando fuerzas que en un momento determinado se hacen necesarias para sacar adelante los intereses de la nación.
Ya escuchamos aquí las posturas del PAN y del PDM, que avalan esta medida, frente a su tradicional oposición a los planteamientos gubernamentales, ahora en forma abierta han venido a avalar con su postura esta Ley Reglamentaria del Artículo 28 Constitucional.
En ese sentido y para concluir nuestra intervención, nosotros consideramos de manera seria y responsable, que la Ley Reglamentaria mantiene en lo fundamental los principios que dieron base a la nacionalización de la banca, que ayuda a la nación porque horizontaliza un proceso de peligrosa verticalización que estaba conduciendo a la captura con el gran capital de un conjunto de fuerzas nacionales y populares, y que además deja sentada la enorme posibilidad política de hacer a la nación más dueña de esta banca, más participación en esta banca por la vía de que las
organizaciones populares y en principio el movimiento obrero organizado, con sus organizaciones sindicales, den fuerza, den vigor a la banca e impidan la participación del gran capital privado y transnacional que de alguna manera se deja abierto también con la Ley.
En virtud de todo esto, y además siendo consecuentes con nuestra posición no inventada, sino producto de un análisis claro y objetivo de la realidad del país y del planteamiento de programa anti - crisis propuesto por el gobierno de De la Madrid, y que fuera examinado por el Comité Central del Partido Socialista de los Trabajadores es por ese conjunto de consideraciones y por mandato de nuestro Comité Central, que ha orientado a su política fundamental a mantener su alianza con el movimiento obrero organizado, con las fuerzas más progresistas del Partido Revolucionario Institucional, y con el propio Presidente de la República Miguel de la Madrid, es que por todos estos argumentos el Partido Socialista de los Trabajadores votará a favor de esta Ley Reglamentaria. Muchas gracias. (Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Jorge Treviño.
El C. Jorge A Treviño Martínez: Honorable Asamblea. Antes de abordar el tema que nos ocupa, la llamada Iniciativa de Ley Bancaria, que constituye la Iniciativa de una Ley Reglamentaria de servicio público de la banca y crédito, dividiendo la exposición en tres partes, la primera de ellas va a referirse a algo que yo creo nos preocupa a todos: la premura con la que fue enviada a esta Cámara y la premura con que la dictaminamos y la estamos ahora discutiendo. La segunda parte, la destinaré a subrayar los aspectos básicos, las razones de ser fundamentales, los elementos más importantes de la iniciativa, para luego referirme a las principales interrogantes que he captado y a las críticas que eventualmente se han hecho.
Pero antes de referirme al aspecto de la primera quisiera dejar completamente clara la posición personal y la de muchos compañeros que están en este recinto. En los debates así lo concebimos, hay discrepancias, hay divergencias; se puede o no se puede estar en cuanto a las tesis que se discuten, de acuerdo. Pero como lo expresara algún distinguido diputado en alguna ocasión anterior, aún dentro de la discrepancia hay y debe haber concordancia, convergencia. Debemos buscarla y la mínima concordancia que podemos encontrar, la mínima, repito, encontrar en el debate, es el respeto que nos merecen y debemos merecer para quienes no pensamos igual.
De ninguna manera consideramos acto de vergüenza venir a apoyar la iniciativa presentada por el Presidente Miguel de la Madrid.
Como mexicanos y como priístas consideramos una responsabilidad privilegiada el comparecer aquí a hacer ese apoyo y esa defensa.
El día primero de diciembre, - esto sirve para explicar en algo la premura - al señor Presidente nos anunció que ponía en marcha un programa inmediato de reordenación económica cuyos objetivos básicos eran controlar la inflación, abatir el desempleo y reencontrar nuestras bases válidas del desarrollo.
Y precisó y nos anunció que los detalles y procedimientos serían anunciados en el transcurso del primer mes de gobierno. O sea, en el mes de diciembre. Y nos advirtió que nos pondríamos todos los mexicanos interesados en las cosas que atañen a la República, a trabajar de inmediato juntos. Y nos advirtió que el tamaño del esfuerzo que nosotros pusiéramos, correspondería a la severidad de la crisis.
Esto debemos, señores, compañeras y compañeros, inscribirlo en este contexto. A nadie nos gusta legislar con premura; a nadie nos complace no dormir para cumplir con la responsabilidad. Pero tenemos precisamente eso, una responsabilidad ante una crisis muy grave existente y lo que ha pasado desde el día 2 de diciembre hasta la fecha, es una muestra demostrativa de la responsabilidad de todos nosotros. Yo me incluyo porque yo también me he desvelado, trabajando, no en posadas.
Se han discutido cuántos proyectos de ley, se han discutido cuántos proyectos que conciernen a decisiones políticas fundamentales, en muy breve término. Y es, que, señores, no hay opción, ante la crisis hay que dar respuestas responsables, serias, pero además rápidas. La premura no está reñida con la responsabilidad.
¿Por qué no envió el Ejecutivo esta iniciativa el día 2? Hubiéramos tenido veintitantos días para digerirla, la estamos empezando todos a digerir en su trascendencia; pues porque existe una secuela ordenada de paquete que da plataforma al nuevo esquema de gobierno que impone el nuevo régimen y la crisis.
Primero tuvieron que discutirse los ordenamientos constitucionales, antecedente y marco de esto, para posteriormente entrar a la discusión de la presente iniciativa.
Por otro lado, por qué no discutimos esta iniciativa después del 31 de diciembre. Por qué no la discutimos en febrero o en marzo que es la fecha o mes en que se dice tentativamente habría un periodo extraordinario de sesiones. Por una doble razón práctica: la crisis no puede esperar respuestas retrasadas; y segundo, la banca con la estructura actual de sociedad anónima está en un riesgo muy grave de perder todo el contencioso al que haya que hacer frente.
Cuando el gobierno - y esta es nuestra tesis - expropió las acciones, quedaron subsistentes los cuadros formales de la estructura jurídica de la Banca nacionalizada. Permanecen hoy en día todavía las sociedades anónimas, pero no tienen los órganos y no hay un Consejo de Administración y no hay una asamblea adecuada y las decisiones que están tomando están enjuiciándose desde el punto de vista jurídico. De tal manera que la cobranza, que es mucha; la cartera vencida, está en riesgos de no poder cobrarse. Basta que un acreditado deudor de un banco ponga en juicio la falta
de personalidad del mandatario del banco o del apoderado, el gerente o director, para que prospere una dilación muy compleja y muy tardada que pone en riesgo la recuperación de la cartera que retroalimenta el préstamo y el ahorro. Esas son las razones de la premura, comparto, compartimos, no podríamos no hacerlo, la inquietud yo creo universal de la asamblea. Necesitaríamos más tiempo, pero en este caso no disponemos de más tiempo.
¿Cuáles son los propósitos básicos de esta Iniciativa que nos parece a veces es magnifica en su importancia, que sí la tiene? Se magnifican en sus efectos, posibles negativos y también positivos, esta iniciativa no es la panacea bancaria, esta iniciativa persigue la estructura de la banca, la reestructura de la banca nacionalizada, reestructura que por otra parte ya nos habían anunciado el Presidente de la Madrid desde el día 1o. de septiembre y nos había confirmado hace alrededor de un par de semanas el Secretario de Hacienda y Crédito Público cuando compareció en este recinto.
El 1o. de diciembre el Presidente dijo aquí en esta misma tribuna, "que la nacionalización de la banca es irreversible, que se reestructurará - citó - reestructuraremos las instituciones de crédito, la banca nacionalizada de tal manera que se asegure el control efectivo de la nación a través del Estado, propiciaremos nuevas e imaginativas fórmulas para evitar su burocratización de tal manera que los ahorradores, los acreditados y la sociedad toda, obreros, campesinos y empresarios tengan una participación adecuada en el manejo e inclusive en el patrimonio de esas instituciones, y dijo "nacionalizar no es estatizar", la banca nacionalizada debe ser del pueblo y no de una minoría de dirigentes". Esto nos lo dijo el Presidente hace más de veintitantos días, y esto lo reiteró el Secretario de Hacienda, y nos anunció, a pregunta expresa que le hiciera un compañero de mi partido, de cuál iba a hacer la participación en patrimonio y en el manejo de las instituciones bancarias nacionalizadas del pueblo, de los empresarios, de los campesinos, de los obreros, nos anunció ya el Secretario de Hacienda la creación mediante el envió de una iniciativa, de una figura nueva, moderna, que se llama "Sociedad Nacional de Crédito".
Esa figura moderna, de nueva creación en nuestro sistema jurídico, constituye la fórmula nueva e imaginativa que nos sugirió el Presidente De la Madrid; sus rasgos principales son, que constituyen esa sociedad, una persona moral de derecho público que garantiza en todo momento el alto control del Estado en su actividad; la rectoría económica del Estado se reafirma a través de la creación de este nuevo ente jurídico que se llama Sociedad Nacional de Crédito.
Las sociedades anónimas no son capaces, bajo su estructura, de dar respuesta al esquema de la banca nacionalizada, esta nueva figura persona moral - derecho público, si es capaz de dar respuesta adecuada al nuevo esquema de la banca nacionalizada, esquema de la banca nacionalizada que debe ubicarse dentro de un esquema más general, global, integral, del sistema financiero y crediticio mexicano.
La nacionalización, comenzó el 1o. de septiembre, entre el 1o. de septiembre y el día actual, se han sucedido muchos estudios y muchas decisiones ejecutivas y legislativas que constituyen poco a poco avances en la materia para llenar el nuevo esquema financiero y crediticio que el país está requiriendo.
Estas sociedades nacionales de crédito no son sociedades anónimas, y no son instituciones públicas descentralizadas. No son sociedades anónimas por las razones obvias que ustedes saben, y no son instituciones públicas descentralizadas porque en su manejo, en cierta medida, y en su patrimonio, en su capital, participa no exclusivamente el gobierno - que no es el Estado, es un elemento del Estado - y participa el pueblo, que también es un elemento importante en la constitución el Estado.
El capital mayoritariamente se conserva en manos del Gobierno Federal, en un 66%, y el resto, el 34%, se conserva o puede acceder a él el mismo Gobierno Federal, si no hay quien quiera acceder, los sectores de la sociedad, y por eso es válida la aseveración del compañero Raúl López, para nosotros muy válida, en el sentido de que esto permite la democratización de la banca nacional a través de la participación de todos los sectores sociales en una parte de su capital. No son, no pueden ni deben ser los antiguos grandes generadores del capital bancario quienes vayan a acceder a eso; van a ser los grupos económicos y sociales que constituyen el pueblo mexicano y que deben tener interés en participar en esa porción de capital. Van a ser los gremios, otros entes públicos como los municipios, algunas empresas paraestatales, algún ahorrador individual; van a ser los mismos campesinos que gusten. Esto es dar participación social en el manejo y operación de la banca, en patrimonio de la banca y en su manejo y operación porque van a tener, en el esquema que se contempla, derecho, estas minorías, a representación en los órganos directivos que no van a ser asambleas, va a ser un consejo directivo nombrado mayoritariamente por el gobierno federal; van a tener representación en la vigilancia y en el consejo directivo, y a través de esa vigilancia y a través de esa permanencia en el Consejo Directivo, van a tener oportunidad, oportunidad de fomentar eso que algunos mercantilistas expertos en derecho comercial, llaman transparencia en la gestión bancaria y financiera.
A través de la presencia de las distintas partes del todo social, operará la transparencia, operará la vigilancia de la buena gestión y operará una cosa muy importante, yo diría la más importante en contraste con el esquema anterior, el uso del crédito en congruencia con el sistema nacional de planificación de planeación, el uso del crédito de una manera no concentrada para un grupo, un interés en particular, sino para los sectores que lo necesiten.
Esas son las grandes novedades de esta Iniciativa, una persona moral en derecho público que se llama sociedad nacional de crédito y una participación de la sociedad en el patrimonio del capital de esa sociedad general de crédito.
Se han presentado muchas observaciones en pro y observaciones en contra en torno a esta Iniciativa, algunas son de detalle y en lo particular reservaríamos la discusión para el momento en que entremos a la discusión en lo particular. Entre todas ellas, las que yo podría destacar son dos las que se inscriben en contra. Primero, una marcha atrás a través de este sistema, marcha atrás que se manifiesta pues tal vez con la participación de los antiguos grandes banqueros en el capital, o marcha atrás porque se privatiza y segundo la inconstitucionalidad posible de esta iniciativa a la luz del Artículo 28 constitucional.
En relación con las primeras interrogantes o inquietudes, nosotros creemos que no estamos en presencia alguna de un retroceso. Decía, y citó, el Presidente De la Madrid, que "no superaremos la crisis aspirando a regresar al estado anterior de ella. No se justificaría el esfuerzo ni el sacrificio, ni lo aceptaría el pueblo. Vamos - y agrego yo h - , estamos construyendo una etapa diferente y mejor de nuestra historia".
Tal vez la concepción diferente que tenemos en México las mayorías respecto a algunas minorías en torno al papel o a lo que es el Estado, explique la otra crisis, que está renunciando el Estado a una conquista.
Nosotros comprendemos el Estado de una manera diferente. El Presidente, que aparte de serlo de todos los mexicanos, es además el Presidente de los priístas, acotó muy bien el tema cuando expresó el primero de diciembre, con una claridad realmente asombrosa en qué consistía esta diferencia. El dijo, citó: "Haremos cambios cualitativos a nuestra vida democrática. Transitemos con decisión y sin temor hacia niveles superiores de participación popular. El Estado es la sociedad organizada, no forma separada de su contenido; no estatizaremos a la sociedad; ello sería totalitarismo. Buscaremos cambios que lleven toda la vitalidad y creatividad de la sociedad civil a las estructuras estatales, y desde el Estado, con respecto a la libertad y con el compromiso indeclinable de la justicia, impulsaremos el desarrollo integral de la sociedad y de los individuos. Hemos avanzado en la democracia política, propongámonos ahora hacerlo más en la democracia social, para abatir las barreras de participación limitada y de las formas sin sociedad. No más Estados solamente sino más sociedad integrada al Estado, la prioridad es el hombre, el ser humano."
La otra crítica que nos interesa por lo importante que pudiera ser en caso de ser valedera es la crítica constitucional. Decía un compañero diputado que abrigaba serias dudas, mejor dicho, no abrigaba dudas, sino que estaba convencido que esta ley iba en contra de la reforma constitucional al Artículo 28 que acabábamos nosotros de pasar cuando se elevó a rango constitucional la nacionalización bancaria. Nosotros discrepamos completamente de esa tesis y creemos que la nacionalización de la banca es, repito, irreversible, creemos que lo que dice el precepto constitucional que nosotros pasamos y reformamos, es que el servicio público de la banca y el crédito, será ejercido exclusivamente por el Estado, pero a través de instituciones creadas conforme a una ley reglamentaria que es precisamente ésta.
Y que la concesión a los particulares, cuando se dice "la concesión a los particulares", el servicio de banca y crédito no es concesionable a particulares, no se está dando en esta hipótesis, porque precisamente las sociedades nacionales de crédito son personas morales de derecho público. Está prestando, no concurrentemente, sino exclusivamente a través de estas instituciones públicas, el servicio público de banca y crédito.
Les agradezco mucho su paciencia, concluyo con una exhortación a mis compañeros diputados: esta es una hora de responsabilidad, demos nosotros muestras de ello, expresemos con convencimiento nuestra solidaridad y nuestra colaboración preocupada al Ejecutivo del Estado en esta iniciativa. Muchas gracias.
El C. René Rojas Ayala: Pido la palabra.
El C. Presidente: Dígame, señor diputado.
El C. René Rojas Ayala: Para hechos, sobre el mismo tema.
El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos sobre el tema el ciudadano diputado René Rojas Ayala.
El C. René Rojas: Señor Presidente; señoras y señores diputados:
Hace muy poco tiempo escuchaba de parte de diputados del PAN y del PDM, palabras que a mí me parecían como poéticas. Poéticas en este sentido: unos de ellos señalaban que el comunismo no estaba representado nada más en los 17 o 20 diputados del PSUM, sino que el comunismo era más grande y era más fuerte y había que embestirlo y había que pegarle duro. Esto es lo que decía un compañero del PAN.
Y otro compañero del PDM también señalaba que había necesidad de que votaran algunas cosas con el PRI, precisamente para hacer contrapeso al desarrollo de las fuerzas socialistas y comunistas de este país.
Hoy, esas palabras poéticas se concretan y se plasman en la realidad, al precisamente votar conjuntamente las fuerzas de derecha PRI, PDM, PAN, junto con las fuerzas tibias de derecha como el PST, esta reglamentación.
Miren, se discute hoy la Iniciativa de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, mediante la cual se pretende echar abajo la estatización, como bien lo decían los compañeros del PAN - nosotros ahí
concordamos - era la estitización de la banca privada mexicana, a la que se vio obligada el Gobierno de José López Portillo.
Con esto se comprueba una vez más que la actual administración está dispuesta a cualquier cosa para implantar las políticas de austeridad dictadas por el imperialismo en contra de los trabajadores, aun a costa de su desprestigio.
Al plantearse la formación de sociedades nacionales de crédito, entre comillas, que puedan ser creadas por decreto del Ejecutivo Federal y en las que los particulares están en posibilidad de obtener hasta el 34% del capital. De hecho se vuelve a concesionar esta importante actividad a la burguesía. Aunque no lo hace totalmente por el riesgo político que ello implica.
Pese a que se indica que cada particular no podrá poseer más del 1% de los certificados de este 34%, esto quedará asentado únicamente en el papel, pues en la práctica nunca se llevará a cabo. Los ejemplos al respecto, se extienden al infinito.
Por lo cual el Partido Obrero Socialista - y aquí lo remarco porque hace poco un periodista público mi nombre como miembro del Partido Socialista Unificado de México; cosa que no es cierta y en la prensa ha quedado testimonio de esto, en las intervenciones que he hecho también ha quedado testimonio de esto. O sea, soy del Partido Obrero Socialista, una pequeña fuerza en este país que está manteniendo una posición dentro de la Cámara de Diputados - , se opone terminantemente a este proyecto pues incluso con las limitaciones que tuvo la estatización de la Banca, la iniciativa de De la Madrid es un retroceso producto de las presiones de la burguesía sobre su propio gobierno que hoy menos que nunca podrá aparentar su supuesto origen popular y revolucionario.
La Banca debe permanecer en poder del Estado y se deben nacionalizar la extranjera. Los recursos financieros del país así deben estar bajo control obrero y orientados a satisfacer las necesidades de las masas y no restaurar y a salvar el aparato productivo capitalista del colapso. Partido Obrero Socialista. Gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Francisco Ortiz Mendoza.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: Señor Presidente, honorable Asamblea: Demandamos de la mayoría que cuando vinieran a esta tribuna a defender esta Iniciativa lo hicieran con sumo cuidado, porque implica una seria responsabilidad política y revolucionaria. Y ahora queremos precisar con toda claridad nuestra posición al respecto para que no queden dudas, utilizando su propia terminología nosotros no estamos combatiendo este modelo de empresa; si en lugar de decir banca nacionalizada o la banca de México tendrá esta estructura, dijeran Televisa tendrá esta estructura, formaríamos cola para defender esa proposición y votar a favor, pero dice la banca nacionalizada; si la ponderan como la acaban de venir a ponderar como solución para los problemas de México y manejan las frases del Presidente de la República cuando dicen que desarrollará esa democracia popular o esa participación popular y la defienden, vayan hasta la última consecuencia.
Y yo pido al diputado Treviño ¿propondría esta misma estructura, que es positiva como se ha dicho, para Pemex? ¿Lo haría? Si es buena aplíquensela a Pemex y estaremos en el marco de lo expresado por el Presidente el día 1o. de diciembre porque se hacen elásticas las cosas; es buena, aplíquensela a la energía eléctrica en México, pero, pero si se propone para la industria químico - farmacéutica, la aprobamos; si se propone para la industria alimenticia, la aprobamos; pero si se atreven siquiera a insinuar que será aplicada para Pemex, a la industria eléctrica y para la banca, entonces la combatiremos aquí y en toda la República aunque duremos otros 17 años para echarla abajo (aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado David Orozco Romo.
El C. David Orozco Romo: Con su venia, señor Presidente. Honorable Asamblea. Subo a la Tribuna para precisar la postura de nuestro Partido, el Demócrata Mexicano, en que protestamos por la premura, ya lo dijo mi compañero Juan López Martínez, y lo dijo bien, pero añadido más, no está de más, protestamos por la premura en que se redactó, en que se nos entregó esta Ley y la dictaminamos. Sin embargo, y en paralelismo con lo que afirmó mi compañero, no queremos comportarnos como esos niños que dicen "me trataron mal... Hoy no ceno", y entonces abstenernos de dar nuestro juicio político, nuestra intervención en esta tribuna. Respetamos las posturas de otros partidos, y sentimos que el PSUM no haya abordado la tribuna para dejar bien establecido los conceptos, porque no se puede discutir con una afirmación de que si perdió la banca cien mil millones de pesos, es como el mal empresario que le echa la culpa a sus clientes o el lobo que reclama la oveja porque está bebiendo y ensuciando su agua, eso no se puede discutir. Y en cuanto a lo que se refiere mi intervención para hechos, es en relación con la intervención del diputado Treviño, que es una persona seria, estudiosa, con cuyos puntos algunas veces coincidimos y otras veces discrepamos. Cuando afirmó las razones de orden práctico por las cuales debía aprobarse esta Ley, son razonables, sí existió el problema, no fue una superficialidad en ese sentido dar una razón por la cual se creó esta Ley con esta premura, que es la falta de personalidad de los bancos para realizar el contencioso en las distintas fases, pero simplemente se pudo haber reformado, inclusive un transitorio de la Ley General de Instituciones de Crédito que dijera: "mientras se expide la respectiva ley tendrán personalidad en los términos de tales artículos
que les dan a los consejos de administración, a los administradores, la ley general de Sociedades Mercantiles, etc., las facultades que tienen esos poderes a las personas que haya designado la Secretaría de Hacienda con una exposición de motivos que diga: la transformación, en virtud de la reforma del Artículo 28, etc. Una cosa así de sencilla hubiera solucionado el problema y haber estudiado a fondo esta Ley, tanto por la mayoría como por la minoría.
Ahora bien, se va a discutir en lo particular; no vamos a intervenir. En toda ley hay dos juicios, un juicio político y un juicio técnico jurídico. Simplemente, por parte del PD, porque con esta premura no podemos proponer observaciones sensatas. Si dice uno, ya dentro del marco que se acepta para mejorar la legislación, este artículo está mal, tiene poca redacción técnica y no sólo criticarlo, sino proponer una solución, una alternativa, como de alguna manera hemos hecho en esta tribuna. Y eso no se podía hacer en una noche, desvelo, ocupándonos de otras cuestiones. Por eso no intervendremos en lo particular, aunque hemos visto algunas fallas de técnica en la lectura rápida que le dimos a la ley - tampoco la estamos aprobando sobre las rodillas - pero no podemos presentar las soluciones alternativas, por lo cual no nos inscribimos en lo particular, con lo cual les damos una buena noticia. Muchas gracias.
El C. Presidente: Para hechos, tiene la palabra el C. diputado Aguilar Talamantes.
El C. Rafael Talamantes: Señor Presidente, compañeras y compañeros diputados: Siendo de tal trascendencia la Ley Reglamentaria que se discute, a nosotros nos parece indispensable poder precisar lo siguiente: La posición del Partido Socialista de los Trabajadores, no tiene nada que ver con los granizos de la derecha, pero tampoco nada tiene que ver con los cautines de la izquierda. Nosotros entendemos que las razones por las cuales vamos a votar a favor de la Iniciativa han sido explicadas por el compañero diputado Raúl López, que habló en nuestra representación y también fueron certeramente fundamentadas por los oradores del PRI que hablaron también a favor de la Iniciativa.
Sin embargo nos preocupa que en esta Tribuna, al debatir esta Iniciativa, se deje viva la impresión de que la Ley Reglamentaria que se propone tiene como propósito dar concesiones desmesuradas a la iniciativa privada y algunos llegan incluso a señalar ya públicamente que esta Ley se identifica con un retroceso, con un paso atrás y con la desnacionalización.
Tal vez quienes confunden el Estado con la Nación tengan razones para considerar que éste es un paso atrás, pero quienes nos podemos apoyar en la doctrina constitucional, yo diría en la lógica y hasta en el sentido común, para entender que la Nación es una cosa y el Estado es simplemente el representante de la Nación. sabemos, estamos seguros que esta Ley efectivamente al horizontalizar la nacionalización de la banca la hace más nacional, la democratiza y por lo tanto abre el cauce para su consolidación.
Yo no sé con cuántos ahorradores podrá apoyar ahora el PAN que está en franco regocijo por la Ley, posiblemente sean muchos ahorradores millonarios que en un momento dado contribuyan a reactivar la economía de la banca; no sé probablemente los compañeros del PDM tengan ahorradores más pobres, pero indudablemente qué bueno que toda la satanización que hicieron a la nacionalización de la banca vengan hoy y la corrijan. Eso en política se llama sumar fuerzas y nosotros consideramos que en estos momentos de crisis y la virtud inmediata que plásticamente aquí se ha manifestado, ha sido que quienes se mostraron acérrimos enemigos de la nacionalización, hoy vengan a respaldar por la vía de la Ley Reglamentaria a la nacionalización misma, el país se va abriendo cauce, la nación se va abriendo cauce y de esta manera estamos en mejores condiciones de enfrentar la crisis.
Esa es la sabiduría política de esta ley, y se puede entender perfectamente desde posiciones socialistas, por eso digo que es muy diferente la posición del PST de la posición de los granizos de la derecha o de los cautines de la izquierda. Esa aclaración quería hacer yo. (Aplausos.)
El C. Francisco Ortiz Mendoza: Pido la palabra para hechos, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el diputado Ortiz Mendoza.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: Señor Presidente: Honorable Asamblea:
Perdón por esta nueva intervención, pero es momento de identificar a todos los elementos en lucha, porque la política es un problema de fuerzas, y sí hay que clarificar las fuerzas.
Yo quisiera hacer también una pregunta al diputado Aguilar Talamantes. No entiendo el término de "horizontalizar", pero no pido que me lo explique, sino simplemente ¿vamos a horizontalizar a PEMEX. Por favor contésteme la pregunta.
El C. Rafael Aguilar Talamantes: Claro que no.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: Entonces voto en contra. (Aplausos.)
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. secretario Everardo Gamíz: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa. sírvanse manifestarse.. Suficientemente discutido, señor Presidente.
El C. Presidente: Para los efectos del Artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado esa reservar artículo alguno para discutirlo en lo particular. Diputado Antonio Ortega, el Artículo 1o.
Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados, todo en un solo acto.
El C. secretario Everardo Gamíz: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Señor Presidente, el resultado de la votación es el siguiente: 26 votos en contra y 320 a favor.
El C. Presidente: Aprobado en lo general y en lo particular con los artículos no impugnados por 320 votos.
La Presidencia informa que ha sido reservado para su discusión solamente el Artículo 1o.
Se abre el registro de oradores para su discusión.
Tiene la palabra el ciudadano diputado Antonio Ortega Martínez.
El C. Antonio Ortega Martínez: Señor Presidente; compañeros diputados:
Antes e precisar el sentido de nuestra intervención, quisiéramos hacer una aclaración al compañero Ortiz Mendoza, de que peca de falsa modestia pues en especial no nos referimos como cautín, a él.
Hemos solicitado nuestra intervención en este artículo, porque consideramos que engloba el debate fundamental que en la sociedad en estos momentos, se está dando, el de que si la Ley Reglamentaria que en lo general ha sido aprobada, echa atrás la nacionalización de la Banca.
Ha venido a manifestarse desde el día de ayer en diversos medios de opinión y sectores políticos, una visión catastrófica acerca de la proposición. Y desde luego a surgido la opinión de fuerzas representativas, serenas y optimistas, que han fijado la misma en función del análisis científico que se hace de esta proposición.
En primer lugar nosotros manifestamos la necesidad y la responsabilidad de que con inteligencia y sensibilidad cumplir el mandato popular por el que estamos aquí.
La realidad en la historia se ha dedicado a romper y a destruir dogmas. La crisis que vive el país, realidad objetiva que nadie puede negar, nos ha obligado a romper tabúes. Es necesario y creo que la crisis en este momento nos ayuda a echar abajo tabúes que durante años han venido utilizándose.
Nosotros insistimos en la necesidad de analizar hechos, políticas concretas. No desgastarnos en imaginarias intenciones basadas en tabúes, luchar este Congreso internamente por desechar interpretaciones burocráticas y formales y por el contrario, debemos aspirar en este Congreso a interpretar políticamente los asuntos que discutimos.
Lo grave de este debate que hace unos momentos escuchamos tiene la falla de que centraliza el análisis y la discusión fundamentalmente en la formalidad de la ley. No se ha profundizado por algunos oradores el dictamen y en sus intervenciones vigilan exclusivamente la forma en que está redactada y no hacen ningún esfuerzo sensible por encontrar el contenido y la substancia que la Ley Reglamentaria trae.
Por lo tanto no podemos, compañeros diputados, valorar moral o subjetivamente la proposición. Repetimos, hay que valuar hechos y consecuencias políticas.
En principio, nosotros consideramos que se mantiene la exigencia de elevar la calidad y el contenido de la lucha de clases que en estos momentos se está dando en el país. Y por lo tanto es necesario evitar una posición común y corriente. Ya López Portillo y De la Madrid han ratificado en muchas ocasiones que la nacionalización es un hecho irreversible. Sólo los ex banqueros están pidiendo marcha atrás. Nadie más se ha atrevido a plantear esto.
Los formalistas miopes deben estar tranquilos, porque la forma de la nacionalización de la Banca efectivamente es irreversible. Lo que aun está a discusión y lo que en estos momentos está debatiéndose es el contenido de la nacionalización de la Banca; es el futuro ideológico y el desarrollo de la nacionalización de la Banca. Eso es lo que aun está en juego: el contenido.
Los ex banqueros y la oligarquía capitalista de este país nunca pidieron de vista este profundo hecho. Se prepararon tácticamente desde el principio, bajaron sus lanzas después y han estado pretendiendo restarle contenido, precisamente en estos momentos de inicio del régimen de Miguel de la Madrid.
Nosotros queremos hacer el llamado para que se localice con precisión lo que realmente está en debate. Estamos en medio de un hecho cierto: la nacionalización expulsó a los ex banqueros del núcleo de fuerzas gobernante principal. Pero esto no quiere decir que hayan perdido ellos la totalidad de su poder, conservan aún capacidad de negociación, su acción se ha orientado a financiar a grupos desestabilizadores y a impulsar la labor electoral de los partidos de la derecha; es una participación política más abierta porque han sentido que en la lucha económica política han sido desplazados. Nadie puede, señores diputados, desconocer la profunda y terrible lucha ideológica que se está dando en estos momentos en el país entre los exbanqueros y las fuerzas progresistas y repetimos, lucha fundamentalmente ideológica y no formal; por esa razón la tremenda y permanente embestida en todos los medios de difusión por calificar este hecho de totalitario, calificar al gobierno de dictador y de pedida
de libertad. Ahí está mostrada plásticamente en qué sentido están ellos luchando y en qué sentido quieren ganar terreno. Han puesto su mira en debilitar al Estado, y a la institución presidencial; pretendiendo confundir a la población y a las fuerzas nacionales y populares. Esto en el terreno interno, por fuera mediante el Fondo Monetario Internacional se presiona, se chantagea, se pone una camisa de fuerza de carácter económico al régimen de Miguel De la Madrid, nadie puede negar la declaración del mismo gobierno donde se denuncia el retraso de los préstamos del Fondo y desde luego la presión que esto conlleva.
La desconfianza producida por los rumores de desorden y corrupción, si el gobierno toma en sus manos la banca, ha reducido drásticamente el ahorro. No hay financiamiento interno si lo queremos de fuera, se otorga a costa de concesiones políticas e ideológicas de este régimen. Por esta razón nosotros planteamos que cuantos pequeños, medianos y aun grandes ahorradores están a la expectativa, tienen desconfianza, se han sumado involuntariamente a la táctica de los exbanqueros, la burguesía ha descapitalizado a este país.
Si este objetivo político del régimen de aislar a la institución, al Estado y a la nacionalización de la banca, surtiera efectos, irremediablemente entonces sí abría las condiciones objetivas para dar marcha en lo que significa la nacionalización.
No podemos, compañeros diputados, dejar de olvidar cuando la nacionalización de la industria petrolera, como las grandes compañías extranjeras boicotearon la nacionalización, a veces con hechos simples que en el fondo tenían un gran carácter, cómo surtían piezas claves de la maquinaria, y de esta manera retrasaron el funcionamiento eficaz de la planta extractora de petróleo, y al mismo tiempo daban muestras y comprobaban por mil medios que el gobierno era incapaz para tener en sus manos lo que significaba la nacionalización, que estaban parados pozos, que estaban paradas mil cosas, y que de esta manera estaba el gobierno comprobando en principio que no era capaz de mantener en sus manos la efectividad de la producción petrolera.
El problema fundamental, lo que debería preocuparnos a todos nosotros, es el dar la lucha por mantener y consolidar el contenido y el significado político e ideológico de la nación. El pueblo, compañeros del PSUM, no quiere una victoria empírica, no quiere un triunfo de propaganda y de papel, quiere una victoria objetiva, quiere tener en sus manos y utilizar a su favor los provechos de la banca nacionalizada. Por esta razón el pueblo quiere consolidar la nacionalización de la banca, porque sabe que de esta manera podrá dar pasos adelante.
Insistimos nosotros en el sitio económico, político, ideológico que la gran burguesía y sus partidos le han tendido al contenido de la nacionalización de la banca. Estamos, en estos momentos, superando, con la legitimación de la ley de reclamación, estamos superando el peligro de sobrevivencia política, ideológica y económica de la banca nacionalizada. Esta es la realidad, este es el meollo. La Ley Reglamentaria ha desbaratado el cerco gran burgués. El dictamen gana a favor de la nación un tiempo político que se necesita para salir de la crisis; aborta y arrebata la dinámica de desestabilización que el imperialismo y sus aliados internos habían articulado para sus objetivos. Es un duro golpe a las aspiraciones de sumar y aglutinar a su proyecto a sectores medianos que pueden y quieren que el país salga de la crisis.
El dictamen hace operativa la medida de consolidar realmente y no formalmente la nacionalización de la banca. El Congreso del Trabajo, por conducto de Fidel Velázquez, lo ha entendido. Nosotros también hemos sido sensibles a este hecho y estamos seguros que las fuerzas progresistas y democráticas con el tiempo lo entenderán.
Ya ha sido planteado por nuestro compañero Raúl López, el que se establece en esta Ley Reglamentaria la posibilidad de que las organizaciones de los trabajadores participen como accionarios.
Se abre la posibilidad de que los sindicatos, cooperativas y pequeñas empresas sean real y no formalmente beneficiarios de lo que significa la nacionalización de la banca.
Este dictamen, nosotros reafirmamos, fortalece, consolida y hace más justa la nacionalización. Recupera para la nación el poder soberano de sus recursos, producto del esfuerzo de todo el pueblo trabajador. La posibilidad de consolidar en estos momentos de dura lucha política, económica, ideológica, la banca nacionalizada abre ni más ni menos, compañeros diputados, la posibilidad de que en el próximo tiempo futuro haya más nacionalizaciones, pero se requiere en estos momentos consolidar ésta para que el Estado junto al pueblo y al dar movimiento obrero, pueda firmemente seguir avanzando con esa política de nacionalización.
Por lo tanto, nosotros nos inscribimos en este artículo, con el objeto de evitar la confusión, aclarar fundamentalmente cuál es el meollo del asunto, evitar el desconcierto y ayudar a sumar y hacer consenso político y popular acerca de esta Ley Reglamentaria.
Nosotros reafirmamos firme y seguramente, que el Estado, como lo establece el Artículo 28 Constitucional, tiene poderosamente en sus manos el control político y efectivo de la nacionalización de la banca. Es todo, gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: En virtud de que ningún orador se inscribió en contra, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal sobre el Artículo 1o. del proyecto de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y de Crédito.
El C. secretario Everardo Gamíz: Por instrucciones de la Presidencia, se va a proceder
a recoger la votación nominal del Artículo 1o., en sus términos.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Señor Presidente, el resultado de la votación es el siguiente: 5 abstenciones 245 votos a favor.
El C. Presidente: Aprobado el Artículo 1o. por 245 votos en sus términos. En consecuencia, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.
El C. secretario Everardo Gamíz: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
ARTÍCULOS 570, 571 Y 573 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
"Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Honorable Asamblea:
A la suscrita Comisión fue turnada por Acuerdo de Vuestra Soberanía, el expediente que contiene: La Minuta del Proyecto de Decreto, en relación con la iniciativa presentada a la H. Cámara de Senadores por los CC. Senadores Obreros del Congreso del Trabajo, que reforma el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo y reforma y adiciona los Artículos 571 y 573 del propio ordenamiento legal.
El proyecto de Decreto propuesto por la H. Cámara de Senadores señala los procedimientos necesarios para la revisión de los Salarios Mínimos anualmente como hasta ahora se encuentra previsto en la Ley Federal del Trabajo, así como la facultad del Secretario de Trabajo y Previsión Social y de la CN de SM para solicitar la revisión de los Salarios Mínimos durante su vigencia , cuando existan circunstancias económicas que lo justifiquen.
El salario mínimo por definición es la cantidad indispensable para la subsistencia del trabajador y su familia, comprendiendo la educación y recreación; y la pérdida de su poder adquisitivo niega al trabajador y su familia la adecuada alimentación, y reduce además los medios para su educación, vestido, habitación, así como las relaciones sociales y culturales. Dejan de esta manera a los trabajadores y sus familias en una situación indigna y degradante dentro de la comunidad y aún más en una sociedad surgida de una Revolución, cuyos pronunciamientos son en favor de la justicia social.
Ha sido y es preocupación constante del Movimiento Obrero organizado del Congreso del Trabajo promover y acrecentar las percepciones a que tienen derecho los trabajadores y de manera especial que las mínimas jamás dejen de cumplir con sus propósitos, particularmente cuando por causas propias o ajenas al ámbito de las relaciones de trabajo, sufren alteraciones desfavorables.
La preocupación explica los cambios y adelantos de la Institución, no sólo en su cuantía, aplicación, uniformidad, sino también en el sistema de fijarlos y términos de vigencia.
Se ha superado la función inicial a cargo de comisiones especiales de carácter municipal, que por diversas razones fueron ineficaces, mediante el sistema vigente que a través de comisiones regionales y de una nacional, integradas tripartitamente y auxiliadas por un organismo técnico, determinan los salarios mínimos generales y profesionales. Igualmente de su fijación bianual se avanzó a la anual para conservar el poder adquisitivo de los salarios continuamente disminuidos por la elevación incontrolada de los precios.
En los últimos años las relaciones de trabajo han estado expuestas a cambios bruscos y desfavorables para los trabajadores por presiones económicas internas y externas, que anulan inesperadamente las previsiones salariales, conduciendo a los trabajadores hacia soluciones diversas a las normales. La devaluación de la moneda nacional, el desorden en los mercados internacionales, problemas de balanza de pago, etcétera, han encarecido repetitivamente el valor de los satisfactores reduciendo de manera alarmante el poder adquisitivo de los salarios, siendo aconsejable para su fortalecimiento, medidas ágiles a fin de apuntalar la economía de los trabajadores.
De esta experiencia repetitiva, se ha observado que la norma de la Ley Laboral respecto a que los salarios mínimos sólo deben fijarse anualmente, cumplió con sus propósitos en circunstancias diferentes a las actuales, no así ahora, en que las relaciones de trabajo y las condiciones de la economía nacional, imprevistamente son alteradas por diversas causas, de donde la regla para la revisión de los salarios mínimos, tiene que ser más flexible, a fin de que a Institución Salarios Mínimos y los trabajadores sujetos a este régimen salarial, cuenten con un mecanismo apropiado que les permita la recuperación permanente del poder adquisitivo de sus salarios y atender en consecuencia a las necesidades propias y de su familia.
Considerando las anteriores reflexiones, hechas en base a la realidad que vive el país, así como el dictamen aprobado por la H. Cámara de Senadores, el cual se ajusta al espíritu y texto del Artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo en su parte relativa, la Comisión que suscribe, se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de
DECRETO
QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 570, 571 Y 573 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Artículo primero. Se reforma el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
"Artículo 570. Los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente.
La Comisión de los Salarios Mínimos y el secretario del Trabajo y Previsión Social, podrán solicitar la revisión de los salarios mínimos, durante su vigencia, siempre que las circunstancias económicas lo justifiquen".
Artículo segundo. Se reforma y adiciona el artículo 571 para quedar como sigue:
"Artículo 571. En la fijación de los salarios mínimos por las Comisiones Regionales, se observarán las normas siguientes:
I. Los trabajadores y los patrones a más tardar el último día de octubre, podrán presentar los estudios que juzguen conveniente acompañados de las pruebas que los justifiquen;
II. La Dirección Técnica de la Comisión Nacional hará llegar a las Comisiones Regionales en el curso de los primeros quince días del mes de octubre los informes a que se refiere la fracción IV del Artículo 562 de esta ley;
III. Las Comisiones dispondrán de un término que vencerá el quince de noviembre para estudiar los informes de la Dirección Técnica de la Comisión Nacional y los estudios presentados por los trabajadores y los patrones, efectuar directamente las investigaciones y estudios que juzgue conveniente y dictar resolución, fijando los salarios mínimos.
Dentro del mismo término podrán solicitar de la Dirección Técnica de la Comisión Nacional, investigaciones y estudios complementarios; y
IV. Los Presidentes de las Comisiones, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la resolución, ordenarán su publicación y remitirán el expediente a la Comisión Nacional".
Artículo tercero. Se reforma y adiciona el Artículo 573, para quedar como sigue:
"Artículo 573. En la fijación de los salarios mínimos por la Comisión Nacional, se observarán las normas siguientes:
I. En el caso del primer párrafo del Artículo 570:
a) Los trabajadores y los patrones, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se publique la resolución de cada Comisión Regional, podrán hacer las observaciones y presentar los estudios que juzguen conveniente, acompañándolos de las pruebas que los justifiquen;
b) El Consejo de Representantes, en el curso del mes de diciembre, dictará resolución confirmando o modificando las que hubiesen dictado las Comisiones Regionales después de estudiar las resoluciones correspondientes y las observaciones y estudios presentados por los trabajadores y los patrones. Para tal efecto podrá realizar directamente las investigaciones y estudios que juzgue conveniente y solicitar de la Dirección Técnica estudios complementarios.
c) Si alguna de las Comisiones Regionales no dictare resolución dentro del término señalado en el Artículo 571, fracción III, o el expediente no se hubiere recibido a más tardar el treinta de noviembre, el Consejo de Representantes dictará la resolución correspondiente después de estudiar el informe de la Dirección Técnica y en su caso, los estudios presentados por los trabajadores y por los patrones ante la Comisión Regional y de efectuar directamente las investigaciones y estudios que juzgue convenientes.
d) La Comisión Nacional expresará en la resolución los fundamentos que la justifiquen. A este fin, deberá tomar en consideración los expedientes tramitados ante las Comisiones Regionales, las investigaciones y estudios que hubiese efectuado y las observaciones y estudios presentados por los trabajadores y patrones;
e) Dictada la resolución, el Presidente de la Comisión ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la que deberá hacerse a más tardar el treinta y uno de diciembre.
II. Para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 570:
a) El Secretario del Trabajo y Previsión Social formulará al Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, solicitud que contenga exposición de los hechos que la motiven, para que se convoque a las Comisiones Regionales y al Consejo de Representantes de la propia Comisión Nacional, a fin de que procedan a la revisión de los salarios mínimos vigentes.
b) El Presidente de la Comisión Nacional someterá la solicitud a que alude el inciso anterior a las Comisiones Regionales y al Consejo de Representantes de la Comisión Nacional, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que la haya recibido y ordenará dentro del mismo término a la Dirección Técnica la preparación de un informe que considere la evolución del poder adquisitivo, las tendencias generales de los precios, las condiciones económicas prevalecientes y, en general, todos aquellos elementos que estime convenientes para que las Comisiones Regionales y el Consejo de Representantes puedan disponer de información relevante para revisar los salarios mínimos vigentes y fijar, en su caso, los que deban establecerse;
c) La Dirección Técnica dispondrá de un término de diez días, a partir de la fecha en que hubiere sido instruida por el Presidente de la Comisión Nacional, para elaborar el informe a que se refiere el inciso anterior y distribuirlo a las Comisiones Regionales. Las mencionadas Comisiones dispondrán de un término de cinco días, a partir de la fecha en que hubieren recibido el informe de la Dirección Técnica para emitir y hacer llegar a la Comisión Nacional, su resolución y los fundamentos que la justifiquen. Dicha resolución determinará el salario mínimo general, el salario mínimo del campo y los salarios mínimos profesionales;
d) El Consejo de Representantes, dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que reciba cada uno de los expedientes, estudiará las resoluciones de las Comisiones Regionales y dictará resolución confirmando o modificando las que hubiesen dictado dichas Comisiones. Si alguna de éstas no dictare resolución dentro
del término establecido en el inciso c), o ésta no se hubiere recibido en la Comisión Nacional en el término señalado, el Consejo de Representantes dictará la resolución correspondiente;
e) La resolución de la Comisión Nacional establecerá la fecha en que se deba iniciarse la vigencia de los nuevos salarios mínimos que se fijen, la cual no podrá ser posterior a diez días contados a partir de la fecha en que se emita la resolución. Los nuevos salarios mínimos estarán en vigor hasta el treinta y uno de diciembre, y
f) El Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos ordenará la publicación de los nuevos salarios mínimos, o en su caso la permanencia de los vigentes, en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se haya emitido la resolución correspondiente".
TRANSITORIO
Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente del de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, D.F., 28 de diciembre de 1982. Diputado Juan José Osorio Palacios, presidente; diputado José Fernández Alatorre, secretario; diputado Miguel Angel Acosta Ramos; diputado licenciado Servio Tulio Acuña Zumalacarregui."
El C. Presidente: La Presidencia informa a la Asamblea que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha considerado conveniente someter a discusión el dictamen relativo al proyecto que reforma y adiciona los Artículos 570, 571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo, modificándose para tal efecto, el Orden del Día de esta sesión.
En atención, a que este dictamen ha sido impreso y distribuido entre los CC. diputados por la Oficialía Mayor, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su segunda lectura y se pone a discusión.
- La C. secretaria Hilda Anderson: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen, y se pone a discusión en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.
Se dispensa la segunda lectura al dictamen.
El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.
La Presidencia informa que se han inscrito para hablar en pro, Crescencio Morales Orozco, Víctor Manuel Carreto, y Antonio Gershenson, y para hacer una proposición Gustavo Vicencio.
Tiene la palabra el C. diputado Crescencio Morales Orozco.
El C. Crescencio Morales Orozco: Señor Presidente. Honorable Asamblea. La Iniciativa de Ley que se debate se da en un momento difícil para la clase trabajadora y para la nación. De ahí la necesidad de señalar algunos aspectos que si bien no son los que demanda plenamente la clase trabajadora y el pueblo, en concepto nuestro constituyen avances positivos que es importante señalar. La experiencia histórica de la clase trabajadora del mundo y por consecuencia, la de México, nos permite entender que ésta se organiza para el cumplimiento de dos objetivos fundamentales: para la defensa de sus intereses de clase y mejorar sus condiciones de vida y para cambiar el régimen social injusto en que vive y establecer uno, que le permita vivir con plenitud, satisfaciendo sus necesidades materiales y espirituales.
Pero es evidente que los objetivos enunciados sólo los puede conquistar la clase trabajadora si cuenta con unidad orgánica, fundada en la convicción de quienes la integran, que sin unidad su fuerza particularmente combativa y revolucionaria, deja de existir. En México la clase obrera a través de sus más importantes centrales la CROM y la CTM, obtuvo significativas victorias, las que le permitieron satisfacer demandas inmediatas y ocupar el papel, de vanguardia del movimiento obrero revolucionario, motor fundamental para los grandes cambios sociales realizados en nuestro pueblo. Pero existe la experiencia también, que cuando el movimiento obrero se ha dividido, cuando su actividad no corresponda a sus intereses de clase, ésta no logra sus conquistas materiales y sociales, y pasa a ocupar un sitio que no le corresponde: la retaguardia de la burguesía interesada en dividirla.
El Maestro Vicente Lombardo Toledano, al referirse a la militancia de la clase obrera decía: dos son los principios que hacen posible la militancia de la clase trabajadora, la lucha de clases y el internacionalismo proletario.
Cuando se pretende reemplazar la lucha de clases sociales, el proletariado renuncia, aunque no sea espontáneamente ni de un modo definitivo, a sus objetivos inmediatos. Y cuando en lugar de participar en las preocupaciones y en el combate que libra la clase obrera internacional contra los efectos de la explotación capitalista, se afilia a los organismos sindicales de ideología reformista, se encadena a sí misma y entonces queda a merced, sin resistencia alguna, de quienes aprovechan el producto de su esfuerzo o temen a su acción revolucionaria.
En esta ocasión, cuando se somete a consideración de esta soberanía las reformas adicionales a los artículos 570, 571, y 573 de la Ley Federal del Trabajo reglamentaria del Artículo 123 constitucional, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista desea emitir su opinión en relación con estas reformas.
Es evidente que la situación económica de la clase obrera de nuestro país, es sumamente difícil. Que la pérdida de su poder adquisitivo es preocupante y que se empeora cada día; que
los factores internos y externos inciden sobre nuestra economía nacional y que los peores golpes de una economía deteriorada los recibe la clase trabajadora y el pueblo.
Por ello consideramos que si bien es cierto que las reformas propuestas no son las que permitirán la solución completa de las necesidades más apremiantes de la clase trabajadora, sí constituyen pasos positivos que atenuarán por lo menos las condiciones difíciles de existencia de millones de mexicanos que tienen derecho a disfrutar de los beneficios de la civilización y de la cultura.
La minuta del proyecto de decreto en una parte de sus considerandos establece que "en los últimos años las relaciones de trabajo han estado expuestas a cambios bruscos y desfavorables para los trabajadores, por presiones económicas internas y externas, que anulan inesperadamente las previsiones salariales conduciendo a los trabajadores a soluciones diversas a las normales. La devaluación de la moneda nacional, el desorden de los mercados internacionales, problemas en la balanza de pagos, etc., han encarecido repetitivamente el valor de los satisfactores, reduciendo de manera alarmante el poder adquisitivo de los salarios, siendo aconsejable para su fortalecimiento medidas ágiles a fin de apuntalar la economía de los trabajadores".
Se afirma también que la Ley Laboral por lo que se refiere al establecimiento de los salarios mínimos anuales, ya cumplió con sus propósitos circunstanciales, diferentes a los del actual momento en que las relaciones laborales y las condiciones económicas nacionales están seriamente alteradas por causas diversas, que motivan que la revisión del salario mínimo debe ser particularmente flexible con el propósito de que la sustitución del salario mínimo y que los trabajadores dispongan de un organismo que les facilite la recuperación permanente del poder adquisitivo de su salario, para resolver las necesidades más apremiantes.
Los anteriores razonamientos derivados del propio espíritu del Artículo 123 de la Constitución General de la República, garantía social fundamental, lograda por nuestro pueblo después de enormes sacrificios, motivan la iniciativa de Ley para proponer las reformas propuestas, las que nosotros consideramos de una gran importancia en este momento difícil para la vida nacional.
Si nosotros recordamos, hace algún tiempo los salarios mínimos se fijaban cada dos años y fue precisamente en el gobierno del licenciado Luis Echeverría cuando se efectuó una reforma substancial en la legislación laboral para establecer los salarios mínimos cada año. Por eso ahora cuando se propone adicionar al Artículo 570 con el agregado de que la Comisión de los Salarios Mínimos y el Secretario del Trabajo y Previsión Social podrán solicitar la revisión de los salarios mínimos durante su vigencia, siempre que las circunstancias económicas lo justifiquen, las fuerzas democráticas y progresistas consideramos que estas reformas son positivas y que corresponde al movimiento obrero el exigir su cumplimiento y aplicación de la ley para defender sus intereses de clase.
Por otra parte, las reformas que se proponen también a los artículos 571, y 573 de la Ley Federal del Trabajo son también proposiciones positivas que van en el sentido de defender los intereses de la clase obrera, por lo que la posición más correcta de los diputados del campo democrático es la aprobación de tales medidas para que en lo futuro podamos luchar por otras metas, a los que la clase obrera arribará de manera indudable, porque estamos ciertos que a ella le corresponde el futuro.
Señoras y señores diputados, para ninguno de los integrantes de esta Legislatura es un secreto que en el seno de la clase trabajadora y el pueblo, existe un profundo descontento, derivado de sus difíciles condiciones de subsistencia; hay insalubridad, incultura, hambre e injusticia que padecen millones de mexicanos, por esta razón nosotros consideramos que deben realizarse profundas decisiones políticas en dirección de los intereses de la clase mayoritaria. Urge el establecimiento de la escala móvil de los salarios para proteger los intereses de los trabajadores; urge nacionalizar la industria de los alimentos para ser independientes y combatir el hambre del pueblo mexicano; urge que el Estado tenga en sus manos la producción de las medicinas para que el derecho a la salud sea una realidad. En suma, para evitar graves convulsiones sociales en una población con bastantes privaciones, confundida, desorientada por la negativa labor de los medios de difusión, tomar las medidas que un solo camino nos puede permitir arribar a ellas, el camino de la Revolución Mexicana. Esa es la obligación de los revolucionarios de México en este momento histórico. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Gustavo A. Vicencio Acevedo.
El C. Gustavo A. Vicencio Acevedo: Señor Presidente. Honorable Asamblea. Ante el alud de iniciativas que nos han llegado a esta Cámara, ha habido tanta premura para dictaminarlas que a esta Comisión de Trabajo, de tanta prisa que llevaba, se le olvidó citarnos a reunión para dictaminar esta iniciativa, sin embargo, pues ya estamos aquí y tenemos que tratar el asunto.
Al analizar las iniciativas de reformas y adiciones a los artículos 570, 571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo, debemos, antes que nada, conocer en qué contexto se están dando. En primer lugar, debemos de tomar en cuenta que la muy debatida cuestión de la fijación de salarios mínimos no es un fenómeno aislado de la problemática nacional, sino al contrario, causa de ella. Por lo tanto, cualquier modificación que quiera hacerse a la modalidad de fijar los salarios mínimos debe enmarcarse en un contexto mucho más amplio, donde se contemplen: la carrera de precios y salarios, la inflación la productividad, la utilidad de la
empresa, las necesidades del trabajador, la situación política y económica del país, etcétera.
Lo anterior nos lleva a considerar que el problema de los salarios no es un problema aislado, sino multifacético y, por lo tanto, la solución radica en tratarlo multifacéticamente. Sin embargo, y tomando en cuenta que esta medida que hoy se propone es un mal menor y que, al igual que otras iniciativas, no tocan el problema a fondo, votaremos a favor del dictamen, no sin antes reiterar que ésta no es la solución, sino sólo un paliativo que posteriormente se tendrá que analizar con mayor profundidad hasta encontrar nuevos mecanismos más adecuados para evitar caer en una pendiente indefinida de aumento de salarios, que no se pueda detener y que a la postre ocasione mayores perjuicios a quienes se trata de favorecer y a la sociedad en general.
La presente iniciativa de ley no es ningún adelanto y menos ninguna innovación al ya tan debatido problema. No es más que poner en la ley, explícitamente, algo que de por sí sucede en la realidad. Me refiero a la constante revisión del nivel de los salarios. Si antes la revisión de los salarios se hacía cada dos años, ahora cada año y, con esta iniciativa, cada vez que sea necesario, es porque la realidad, es decir, la situación en general de la nación en tiempos pasados transcurría más lentamente que ahora. Entonces, por este aceleramiento de los problemas, producto de la crisis en que estamos metidos debido a la pésima administración de los dos sexenios anteriores, traducido en elevadísima inflación galopante, petrolización de la economía y demás equívocos, es muy natural que constantemente se eleven los salarios. Sin embargo, al ser aprobada esta Iniciativa no habremos de resolver el problema, sino sólo irlo posponiendo para que luego llegue otra iniciativa del Ejecutivo para implantar que la revisión sea mensual o semanal, hasta llegar a la mecánica real y nada recomendable escala móvil de salarios que proponía aquí el compañero del PPS.
Sabemos que hoy se trata de no conminar una larga lucha, pero sí de adoptar un reclamo muy viejo de la clase trabajadora, de que los salarios mínimos se implanten con un criterio flexible para no ser rebasados por los precios. Entendemos esto, pero precisamente por buscar siempre este propósito de flexibilidad en la revisión de salarios, no se ha caído en la cuenta que ésta no es la única solución en el México actual en el que vivimos y por lo tanto el problema existirá por siempre.
La solución, en todo caso, sería que el gobierno montado en el poder, respetara la voluntad de pueblo soberana, y así con representantes legítimos en todos los órdenes, cambiar el sistema económico y político de México, pero pongámonos en el momento actual.
Por otro lado, al seguir fielmente la lucha por la revisión de salarios en cada vez menor tiempo, no se han contemplado caminos alternativos más creativos, más profundos, que si no resuelven la crisis por los considerandos que hicimos al principio, cuando menos son soluciones más de fondo y por lo tanto más duraderas.
Para que se diga que los diputados de Acción Nacional o que el Partido Acción Nacional sólo criticamos y que no proponemos soluciones y que somos oportunistas, argumentemos que nuestro Partido, tanto en sus principios de doctrina como en sus plataformas políticas, ha sostenido la tesis del salario suficiente, justo y remunerador, que no sea sólo suficiente para satisfacer las necesidades normales del jefe de la familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos, sino que también contemplen las necesidades y características de la familia del trabajador.
Concretamente la diputación del Partido Acción Nacional en la XLVI Legislatura, propuso una Iniciativa de Ley sobre el complemento familiar del salario, donde el problema que trata a fondo, no dándole a la carrera salarios precios la atención fundamental, sino que contempla otras alternativas, en bajas prestaciones al trabajador, y otros mecanismos como complemento en su salario, que operen en forma interna en los centros de trabajo, poniendo en práctica desde luego en alguna medida las ventajas de protección familiar que se buscan.
Por lo anteriormente expuesto, presentamos la siguiente proposición que dice así:
La Diputación del Partido Acción Nacional, por mi conducto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 21, fracción décima sexta del Reglamento Interior del Congreso, solicita al Presidente de esta Cámara de Diputados, haga una excitativa a la Comisión de Trabajo para que dictamine la iniciativa de ley sobre el complemento familiar de salario presentada por nuestra diputación a la XLVI Legislatura el 30 de diciembre de 1966. Por la Diputación de Acción Nacional, Gustavo Arturo Vicencio." Gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
La propia Presidencia hace la excitativa solicitada por el C. diputado Gustavo Vicencio.
En virtud de haber transcurrido el término de cuatro horas señalado por el Artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Presidencia dispone que se prorrogue la presente sesión hasta concluir los asuntos en cartera.
Tiene la palabra el C. diputado Antonio Gershenson.
El C. René Rojas: Pido la palabra para hechos sobre el tema.
El C. Presidente: ¿Se refiere usted a la intervención del diputado Vicencio?
El C. René Rojas: Sí, señor.
El C. Presidente: Tiene usted la palabra para hechos.
El C. René Rojas: Señor Presidente; honorable Asamblea: Me levanto a hablar porque precisamente la propuesta que ha protagonizado el señor Fidel Velázquez, no es como ciertamente lo señaló el compañero del PAN, la escala móvil de salarios. Definitivamente esa propuesta a que se le ha denominado así, no lo es, y yo voy a hacer la intervención en este sentido. Antes que nada, mi Partido, el Obrero Socialista, quiere hacer un reconocimiento, que no necesita, pero merece don Fidel Velázquez, veterano líder cetemista y no quiero que se enojen los diputados del sector obrero.
El señor Fidel Velázquez es un gran engañador para nosotros. Su virulencia para plantear en la prensa, huelgas, huelga general, luchas en contra de la requisa, nacionalizaciones, etc., siempre han quedado en el papel o en el foro controlado. Ahora este ilustre personaje nuevamente trata de engañarnos, planteando que se realizará la escala móvil de salarios.
Es para nosotros estas reformas, que dejan en claro, en manos de los patronos y del gobierno, que son mayoría en la Comisión de Salarios Mínimos, la dirección de revisar los salarios mínimos. La iniciativa de ley dice: " La Comisión de los Salarios Mínimos y el Secretario de Trabajo y Previsión Social, podrán solicitar la revisión de los salarios mínimos durante su vigencia, siempre que las circunstancias económicas lo justifiquen".
Otro Artículo: "El Secretario de Trabajo y Previsión Social formulará al presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos solicitud que contenga exposición de los hechos que motiven, para que se convoque a las Comisiones Regionales y al Consejo de Representantes de la propia Comisión Nacional, a fin de que procedan a la revisión de los salarios mínimos vigentes".
Como se puede ver, aunque primero se faculta primero a la Comisión se anule enseguida, sujetando la reunión de ésta a la solicitud del Secretario del Trabajo. Aquí se ve que ni siquiera quienes redactaron este proyecto tuvieron el cuidado de no caer en contradicciones. Pero eso no es lo importante.
Lo importante es, como decía, que los patrones y el gobierno con la colaboración de los "charros", seguirán determinando la cantidad que los trabajadores deben ganar para perpetuarlos en las condiciones de superexplotación a que la burguesía y su gobierno los tienen sometidos.
En segundo lugar, y viene aquí otra mentira de don Fidel Velázquez, quien dice que la Comisión se podrá reunir cuantas veces juzgue conveniente y que eso se llame escala móvil de salarios.
El inciso e) de la fracción II propuesta para el citado Artículo 573, establece que luego de la serie de trámites engorrosos para estudiar las circunstancias que determinarán los patrones y el Estado, los nuevos salarios mínimos estarán en vigor hasta el 31 de diciembre. Lo cual demuestra que en todo caso sólo habrá una reunión extraordinaria de la Comisión de Salarios Mínimos y eso si el titular del Trabajo lo considera conveniente.
En tercer lugar es ridículo e irrisorio que mientras en las consideraciones de la iniciativa se plantea que el salario mínimo es la cantidad indispensable para la subsistencia del trabajador y su familia, comprendiendo la educación y recreación, aquí se esté discutiendo esto cuando apenas ayer se pactó ya un aumento del 25% al mínimo, que lo fija en $455.00 pesos diarios, cuando la inflación de este año superó el cien por ciento. Ni este incremento ni el 30% del pasado 1o. de noviembre, compensan el deterioro del poder adquisitivo del salario.
Por otro lado, lo que para don Fidel y sus acólitos es la escala móvil de salarios, para nosotros no es más que una vacilada de este señor al servicio de la burguesía.
No, señores, la escala móvil de salarios es cuando se establece que éstos se incrementarán automáticamente a la misma proporción que en la vida cotidiana se dan los aumentos en los precios de los salarios básicos de las necesidades de las masas, como son alimentos, vivienda, salud, educación, vestido y recreación. En todo caso lo que habría que aprobar es un artículo que implantará el aumento trimestral de los salarios, de acuerdo al ritmo de la inflación. Propuesta que ni siquiera hago, porque ya sé su paradero. Gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Antonio Gershenson.
El C. Antonio Gershenson: Compañeros diputados:
Es importante que se estén dando pasos encaminados a lograr mecanismos que permitan una mejor posibilidad de recuperación de poder de compra del salario.
Nosotros como ha habido otros casos también, trajimos aquí hace unos meses una propuesta, que me tocó a mí presentar también, de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado, estableciendo que los salarios serían aumentados en la misma proporción en que aumentara el costo de la vida, de manera automática, proponiendo además un mecanismo para llevar esto adelante.
Uno de los puntos dentro de esa propuesta era el aumento automático del salario mínimo cada vez que el costo de la vida aumentara en un 5% y en ese mismo porcentaje.
Es cierto que la propuesta que estamos discutiendo no establece un mecanismo preciso como el que nosotros propusimos, pero evidentemente es un avance en relación con la actual situación en la cual la revisión del salario mínimo es solamente una vez al año.
Hace poco más de dos meses tuvimos que tomar un acuerdo que podríamos calificar de emergencia aquí en la Cámara, para elevar en un 30% los salarios mínimos. Con esto evidentemente ya no sería necesario ni que hubiera en ese momento periodo de sesiones de la
Cámara ni que esta Cámara se dedicara a aprobar este tipo de medidas, puesto que podría hacerse de manera más expedita y eso es mejor que lo que tenemos ahora.
Dentro de las modalidades de nuestra propuesta, hay una que yo sí quisiera traer aquí como una propuesta y que me parece congruente con los mecanismos que existen en la Ley Federal de Trabajo de revisión de los salarios. Los salarios en general se solicitan por cualquiera de las partes de la relación laboral, según la Ley Federal del Trabajo, en su revisión. De aquí que nos parece - es un punto que estaba en nuestra propuesta y que la traemos aquí también como una propuesta para ser incorporada a esta iniciativa - que no hay ningún problema en que el Secretario del Trabajo y Previsión Social tenga la facultad de solicitar la revisión de los salarios mínimos cada vez que las circunstancias económicas lo justifiquen aunque esta definición es mucho más general que la que nosotros habíamos propuesto de 5% de aumento en el costo de la vida que precisa. Esto está bien que el Secretario del Trabajo lo pueda hacer pero no sólo él debía ser el que tuviera esta facultad, dado que en las revisiones normales de salario, estas pueden ser solicitadas por el patrón o por el sindicato. Por supuesto que nunca, por lo menos que yo sepa, el patrón ha solicitado la revisión de los salarios porque como está prohibida su reducción y como nunca van a solicitar un aumento, pues no se dan casos de revisión de salarios a solicitud del patrón, pero la facultad legal ahí la tienen. En este mismo sentido nos parece razonable que la revisión pueda ser solicitada también por cualquiera de las partes que en este caso sería cualquiera de los integrantes que son 3 de la Comisión de Salarios Mínimos, de hecho una de estas 3 partes es el Gobierno Federal que ya está representado en este caso a través del Secretario de Trabajo y se trataría de incorporar la posibilidad de que los dos elementos de la relación laboral tuvieran la posibilidad de esta misma solicitud.
Se entiende que de todos modos la Comisión Nacional de Salarios Mínimos resuelve igual que en este caso, los términos del asunto pero nos parece que hay más posibilidad de participación y de planteamiento de los problemas si cualquiera de los integrantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos puede solicitar esta revisión. De ahí que sometamos la siguiente modificación a esta Asamblea que en vez del segundo párrafo del Artículo 570 que dice: "El Secretario del Trabajo y Previsión Social podrá solicitar la revisión de los salarios mínimos durante su vigencia siempre que las circunstancias económicas lo justifiquen" que este párrafo se modifique para quedar como sigue: " Cualquiera de los integrantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos podrá solicitar la revisión de estos salarios durante su vigencia siempre que las circunstancias económicas lo justifiquen". Para apoyar esto quisiera simplemente dar 2 datos que no sólo apoyan esta propuesta sino en general apoyan la necesidad de avanzar hacia mecanismos más completos de revisión de los salarios en función del aumento del costo de la vida hasta llegar a una escala móvil de salarios que son los datos conocidos de este año que termina y los previstos para el que va a empezar; en el caso de 1982 el salario mínimo tuvo dos aumentos, el primero de enero y el primero de noviembre, que acumulados, acumulando, no sumados, darían un resultado de un salario mínimo, 72% superior a fin de año que a fines del año pasado. El aumento del costo de la vida, según los índices oficiales, será de alrededor del 100%, probablemente rebasando el 100% ligeramente, lo cual nos muestra un deterioro del poder de compra del salario de por lo menos un 20%, en realidad más porque el segundo aumento de un 30% que entró en vigor el 1o. de noviembre, solamente estuvo en vigor durante 2 de los 12 meses del año, y sólo un aumento de alrededor del 33% estuvo en vigor durante los otros 10 meses del año, pero por lo menos tenemos un deterioro de poder de compra del salario mínimo del orden del 20%. Con este mecanismo se habla, por supuesto que las declaraciones que han salido en los periódicos tienen un carácter exclusivamente estimativo y no tienen la misma fuerza de los hechos ya consumados del año que termina, pero que de todos modos son los datos que tenemos a la mano, se habla, después de este aumento del 25% que habría ahora el 1o. de enero, de un nuevo aumento de 12 y medio porciento a mediados de año, suponiendo que esto se llevara adelante en esta forma, el efecto también, no sumado, sino acumulado de los dos aumentos, daría, después de los dos aumentos, un 40% más de salario mínimo, cuando que las previsiones de la inflación que a mí me parecen optimistas, andan alrededor de un 60% de aumento del costo de la vida para el año próximo, y con el problema adicional de que el segundo aumento del salario mínimo, sería exclusivamente aplicable aproximadamente durante la mitad del año, y durante la primera mitad del año tendríamos nada más el 25%. Entonces nosotros veríamos que este ritmo de deterioro de cuando menos un 20% anual del poder adquisitivo del salario mínimo, tendría, aún con esto, a sostenerse durante 1983. La pregunta es ¿cuánto tiempo puede este país aguantar con un ritmo anual del orden del 20% de deterioro en el poder de compra del salario mínimo? Entonces, nosotros, aun votando a favor, porque ese es un paso adelante, llamamos la atención sobre el hecho de que esto deberá ser completado a la brevedad posible hasta establecer la escala móvil de salarios que garantice la elevación de todos los salarios en la misma proporción en que se deteriore el nivel de vida por causa de la carestía. Muchas gracias.
El C. Presidente: Consulto a la Secretaría si el C. diputado dejó alguna petición por escrito para someterla a consideración de la Asamblea.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Sí, señor Presidente.
El C. Presidente: Entonces, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la Asamblea si se admite a discusión la modificación propuesta por el C. diputado Antonio Gershenson. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra, para hechos, el C. diputado Lorenzo García Solís.
El C. Lorenzo García Solís: Señor Presidente, compañeras y compañeros diputados: Vengo a hacer uso de esta tribuna porque a veces dan ganas. Por aquí pasan algunos compañeros diputados diciendo bromas, pues queriendo confundirnos puesto que no es un circo; otros se suben a esta tribuna a pegar de gritos como si estuvieran en el campo; han surgido muchos redentores, muchos defensores de trabajadores y de campesinos desconociendo u olvidándose que en esta Cámara existen verdaderos trabajadores que hemos salido de las fuentes de trabajo y que hay campesinos que han dejado el arado para venir a este lugar.
Esto, pues, me da oportunidad también para venir a decir majaderías como algunos y yo quería decirle al compañero que me antecedió en el uso de la palabra que debería lavarse los dientes antes de hablar de don Fidel Velázquez, que un mozalbete de estos debe de ser respetuoso para un hombre que por muchos años ha permitido, ha llevado a este país adelante, no porque pertenezca yo a la Confederación de Trabajadores de México, sino como mexicano, somos testigos de las conquistas que a través de las peticiones hechas por la Central a la que pertenezco, ha venido no nada más a darle oportunidad de recibir esto a los trabajadores organizados, sino también a las clases, inclusive a los que se dicen que defienden a los trabajadores.
Gracias a esas conquistas tenemos jubilaciones, tenemos el fondo nacional de la vivienda, tenemos una serie de conquistas que ha venido a darnos oportunidad a los trabajadores para poder sostener a nuestras familias, y yo les pido, compañeros con ideologías como quieran traerlas, que debemos de respetarnos unos y otros; se han olvidado de lo que dice allí arriba: El respeto al derecho ajeno es la paz. Y aquí como diputado y como ciudadano les digo que aquí y afuera y a donde quiera, tendré los suficientes pantalones para parar a cualquier mozalbete estúpido que llegue a faltarle nuevamente a don Fidel.
Les ruego que me perdonen. Deben los señores que nos han venido a dar ejemplos, que ya han sido diputados por mucho tiempo, los hombres que nos llaman a los trabajadores "charros", los que nos descontrolan a veces puesto que con mucha sabiduría, con mucha preparación dejan sus lugares, según para decir que están en contra, y otros también qué clase de diputados somos si les estamos fallando a las gentes que pudieron traernos a esta representación popular.
Debemos de unificar criterios, que es lo que debemos hacer; debemos de asistir a las reuniones en donde se debe de debatir y a donde debemos ponernos de acuerdo para poder arreglar y llevar adelante las leyes que aquí se vienen a debatir; ahí es a donde debemos ponernos de acuerdo, no utilizar la tribuna para venir a decir que no estamos de acuerdo si no acudimos a resolver estos problemas a donde se debe.
Gracias a la CTM, los que se dicen defensores de unos cuantos trabajadores reciben todo lo que hemos logrado los trabajadores organizados. Muchas gracias, compañeros. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Víctor Manuel Carreto.
El C. Víctor Manuel Carreto: Señor Presidente; honorable Asamblea.
La iniciativa de ley que en este momento nos ocupa, pensábamos en principio que resultaría controvertida por quienes en su momento responden a otros intereses que no son los de la clase trabajadora.
Pero ha sido desagradable para el sector obrero, sentir que este importante pilar de la sociedad mexicana, parece ser que se quiere convertir, o lo han convertido en botín de representaciones que no son a nivel político, pero no a nivel de los trabajadores.
Antier un ciudadano diputado del PSUM nos llamaba que la clase trabajadora estaba permanentemente a la defensiva, sometida al Estado, que existe un monólogo permanente y que éste es a cargo del Ejecutivo. Que entre otras cosas, las posiciones avanzadas de lucha y revolucionarias, sólo son bandera de algunos partidos políticos y no así de la clase trabajadora.
Ahora para no quedarse atrás otro ciudadano diputado, que no sé a qué partido pertenece, si al PSUM o al PST, al POS, me lo aclara el compañero, habla de que el veterano líder y que no se molesten los trabajadores del sector obrero organizado, es el gran engañador. Que se engaña también, porque esto no es la escala móvil de salarios, que se disfraza la posibilidad de adecuar a una realidad el hecho de que se reúna cada vez que las condiciones económicas del país así lo exijan, la Comisión Nacional, y que a ésta se le pone una barrera que se llama Secretaría del Trabajo.
Que estas soluciones aparentemente también son engaño, porque dichos salarios cuando se llegaran a resolver en favor de los trabajadores solamente tendrían aplicabilidad hasta el 31 de diciembre. Más bien, esta posición me parece no de un partido que se llama POS, que no sé que quiere decir, que desconozco y no me interesa, parece el representante de la gran burguesía, porque si una cosa a unido a los sectores avanzados de este país y en todas las naciones, ha sido precisamente la clase obrera la que genera la riqueza, la que propicia el cambio y la que sostiene todos los regímenes y en este país revolucionario, esa es para nosotros la clase obrera que no debe quedar en entredicho de nadie.
Esta ley ha dado la oportunidad de converger, me parecía a todos los partidos políticos aquí representados. Algunos toman las banderas del sector obrero, como propias y qué bueno qué así lo hagan porque en eso hacen coincidir a esos partidos con el sector mayoritario de esta Cámara.
Quiero numerar tan solo alguno de los avances que la Confederación de Trabajadores de México y el Congreso del Trabajo, han obtenido para la inmensa mayoría de los mexicanos; la seguridad social, aspecto fundamental en la vida de este país.
En algunas organizaciones y ahora por ley, se aplica la prima legal de antigüedad al jubilarse o retirarse los trabajadores. El incremento en vacaciones, el fondo de ahorro, la renta de casa, el adiestramiento y capacitación, la despensa, el transporte, el Banco Obrero, el INFONAVIT, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y muchas otras cosas más. Los representantes ante las Juntas de Conciliación Locales y Federales, y es cierto que tenemos algunas iniciativas pendientes todavía. La semana de 40 horas con pago de 56. La federalización de las juntas de conciliación, la congestión administrativa que en muchas empresas y en algunas nacionalizadas, es ya una realidad. El seguro de desempleo y fundamentalmente también, la nueva Ley Federal del Trabajo.
Estas consideraciones presentan un rotundo mentís al señor diputado que, seguramente en una actitud de provocación pretende que los diputados obreros, lo señalemos, lo satanicemos y lo persigamos con la palabra. Cuán equivocado está porque el sector obrero no se presta a provocaciones ni menos a atraer la atención para que se haga publicidad en favor de una corriente indefinida, desconocida, a costa de una ley que favorece rotunda y totalmente a los trabajadores mexicanos.
Entre otras cosas, fue muy alentador que hace unos días, cuando había confusión - lo confieso - sobre el contenido de algunas iniciativas de ley, pensábamos - pensaba en lo personal - que se trataba de golpear a la clase trabajadora y Fidel Velázquez con su sabiduría convocó en el Congreso del Trabajo una reunión de senadores y diputados para plantear el análisis y resolver en consecuencia las dudas que teníamos. Y fue ahí donde se marcó una vez más la posición combativa del sector obrero y ahí se definieron claramente las líneas y las actitudes de la conducta y de política que deberíamos de asumir en torno a esas iniciativas.
Y fue loable que en las Comisiones, al escuchar la voz representativa de los diputados obreros representantes de más de 8 millones de trabajadores en este país, las Comisiones sensibilizados por razonamientos vieron la posibilidad, y así se llevó a cabo, de modificar algunos preceptos que traían confusión y que ahora en vez de golpear la clase trabajadora la fortalecen. Esta fue una más de las participaciones de los trabajadores organizados.
Existen coincidencias con corrientes de otros partidos, las reconocemos y las saludamos. Pero también, cuando las discrepancias afloran en esta tribuna y en esta Cámara deben ser tratadas con todo comedimiento. Yo lo he escuchado, ofensas que deriven hacia personas físicas o hacia personas morales por parte de la diputación obrera, y sí las hemos sentido por parte de aquellos que no representan nada y que, sin embargo, asumen posiciones de representantes de la clase trabajadora. A esta altura es nuestro criterio que lejos de allanar las dificultades que enfrentan, lejos de manejar tesis que no sean contradictorias, llevan a la provocación y al enfrentamiento verbal cuando en este momento el país requiere de posiciones de justeza, de claridad y de avance en todos sentidos.
Nosotros, en la diputación obrera y creo que en la mayoría de los partidos políticos, hemos asumido una posición cuando tenemos divergencias en el seno de nuestra Central, de nuestro partido, en la Cámara de Diputados, en las Comisiones, con absoluta libertad y sin que se tase en ninguna medida nuestra opinión la emitimos y si somos escuchados o si no se presentan posiciones más avanzadas que las nuestras, las nuestras se aceptan, pero también cuando alguna de ellas es contradictoria con esta posición, la aceptamos con disciplina de partido; entre otras cosas, en otra ocasión se nos llamó que éramos aplaudidores oficiales de este régimen. Cuánta mentira existe en ello y es bueno que en este momento se precise para todos los que no comulgan con nuestras posiciones: apoyamos a este régimen y a este Presidente porque él, emanado del proceso revolucionario y llevado al poder por la inmensa mayoría de los mexicanos por conducto de nuestro partido, es el primer abanderado de la política nacional de nuestra plataforma de principios y de las posiciones más avanzadas del pueblo mexicano. Pero eso que apoyemos a nuestro líder natural es otra cuestión; pero cuando estamos en posiciones encontradas, tenemos la libertad de discutir y hasta de disentir en su momento, como así ha pasado, porque como ustedes, sabemos que todas la iniciativas son perfectibles porque están hechas por humanos; los mejores asesores pueden estar alejados de la realidad y eso nos da a nosotros la estatura moral de poder calificar en su momento lo que nos parece justo o lo que no lo es. Nuestro
líder máximo, Fidel Velázquez, oportunamente y en el momento político conveniente determinó la posición del sector obrero por cuanto a la Confederación de Trabajadores de México se refiere y seguramente por cuanto al resto de nuestras centrales obreras.
El juicio de la historia lo emitiremos cuando hayamos analizado y resuelto cuáles han sido las acciones positivas en bien de esta nación, y cuáles no lo han sido así. Ahí se demuestra que ni somos aplaudidores del régimen, ni incondicionales, somos conscientes y responsables porque representamos, todos los diputados obreros, a una inmensa mayoría de trabajadores mexicanos. Nosotros, los diputados obreros del partido mayoritario, ni somos líderes por Decreto, ni diputados por Decreto, hemos sido electos por los trabajadores, y por los ciudadanos de este país. (Aplausos.) Por eso sí es irritante que un diputado que me parece totalmente solitario y desconocido, incluso por la Fracción Parlamentaria del PSUM, viene asumir actitudes de provocación y de falta de decoro y de sensibilidad política, a ofender a la figura del hombre sabio que ha sido factor determinante para el desarrollo político y social de esta nación.
Ahora, compañeros diputados, que se presenta esta posibilidad de mejorar los procedimientos para que los trabajadores de menores ingresos en este país, tengan el mecanismo adecuado para ir estableciendo el nivel y el equilibrio entre los factores de la producción y no se vean desprotegidos, como ocurrió en el curso de este año, que tuvo que darse una iniciativa del Presidente de la República para que, en el mes de octubre, después de pasados algunos meses, y que hubo empresarios nacionalistas que sí cumplieron con su responsabilidad, y que por fortuna en nuestra Central la inmensa mayoría de los sindicatos logró los incrementos salariales convenientes, pero en este caso, hubo muchos otros que no pudieron cumplir de esa manera. En estas circunstancias se le entrega a los trabajadores, por conducto de su representación en la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, el instrumento jurídico para que éstos, cuando se rompa ese equilibrio, puedan solicitar ante la autoridad correspondiente se revisen sus salarios, y una vez revisados entrarán de inmediato en vigor, y tendrán una duración de exactamente al día 31 de diciembre, fecha en que estará en vigor un nuevo salario. No hay mentira, no hay confusión, hay claridad. Sabemos que no es la escala móvil de salarios, como dice, se engaña al pueblo de México con esta iniciativa. Porque no es el momento político, ni económico para buscar la escala móvil de salarios, pero sí representa un instrumento de avance de una posición conveniente, enérgica en su caso, para que se abra y se inicie un nuevo proceso que sí nos puede llevar a esa vieja lucha de los trabajadores que constituirá una nueva institución que se llamará eso, escala móvil de salarios, salario remunerador, etcétera, como se llame, pero que lleve a establecer equilibrio conveniente entre los factores de la producción y no se deje desprotegidos a los trabajadores durante todo el tiempo que llevan las revisiones salariales.
En estas circunstancias, compañeros diputados de todos los partidos, hemos visto con simpatía cómo las corrientes avanzadas de todos los partidos políticos aquí reunidos han planteado alternativas que por las circunstancias la mayoría consideró no convenientes de apoyar en este momento. Pero también refleja que es una preocupación de todos los diputados responsables aquí presentes de dotar a la clase trabajadora de esos instrumentos válidos, convenientes, indispensables para establecer un régimen más justo salarialmente. En estas condiciones, lo mismo que señalamos y hasta pudiéramos decir repudiamos los calificativos emitidos hacia ese gran dirigente que es Fidel Velázquez, preocupación permanente de todos los trabajadores que su lucidez dure todavía por muchos años, la señalamos como la ventaja política, conveniente para este país y rechazamos, desde luego, las posibilidades de provocación que, véase bien, señor diputado, no caímos en ellas si no nos parece que con argumentos sólidos hemos tratado de sacar adelante lo que nos interesa, lo que pudiera estar en entredicho, que es esta reforma a los artículos 570, 71 y 33 de la Ley Federal del Trabajo porque la trayectoria del sector obrero y principalmente la trayectoria de Fidel Velázquez no tiene la menor duda para el sector obrero mexicano ni para la nación entera. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: En virtud de que no se ha inscrito orador alguno para hablar en contra del dictamen en lo general y para los efectos del Artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado desea reservar artículos para discutirlos en lo particular.
El C. Antonio Ortega: Reservo el 570.
El C. Presidente: En consecuencia proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados, todo en un solo acto.
- La C. secretaria Hilda Anderson: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior
(Votación.)
Señor Presidente, se emitieron 289 votos en pro, y uno en contra.
El C. Presidente: Aprobado en lo general, y en lo particular los artículos no impugnados por 289 votos.
Esta Presidencia informa que solamente ha sido reservado para su discusión el Artículo 570. Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 570.
Tiene la palabra el C. diputado Antonio Ortega, en contra.
El C. Antonio Ortega: Es una breve intervención. Persigue fundamentalmente dos objetivos: el primero el de ratificar la intervención del compañero Carreto de que efectivamente el compañero Fidel Velázquez ha sido la cabeza lúcida dentro del movimiento obrero, el dirigente sensible que ha sabido localizar en consecuencia las situaciones concretas a las que se enfrenta el país, y en concreto todos los intereses del movimiento obrero, y en consecuencia ha sabido plantear con madurez, con seguridad y con una firme inteligencia, el comportamiento político de la CTM y del Congreso del Trabajo; ha sabido delinear con absoluta precisión la táctica general que debería de seguir el movimiento obrero organizado en los últimos años, y de manera material y plásticamente visible en estos días de difícil y complicada lucha de posiciones, lucha política, lucha ideológica. (Aplausos.)
Efectivamente qué difícil sería el papel del movimiento obrero en nuestra sociedad si no existiera el compañero Fidel Velázquez. Consideramos también que el diputado Carreto es aún un joven líder que refleja aún en sus posiciones insensibilidad; refleja inmadurez, pero tenemos la firme confianza que la lucha lo va a ir adiestrando y armando de esas cualidades.
Decimos esto porque en forma incomprensible para nosotros, el compañero Carreto confunde y agrupa en una misma posición política, las posiciones del POS, del PSUM y la de nosotros del PST. Consideramos que en el transcurso de esta Legislatura y en la pasada, ha habido por parte de nuestro partido una posición consecuente, seria, inteligente y de comprometida alianza con el movimiento obrero, y a veces sentimos en dirigentes jóvenes como Carreto insensibilidad para no lograr ubicar con precisión la diferencia de una y otra posición de los partidos de izquierda.
Estamos firmemente de acuerdo con él de que la posición del Congreso del Trabajo y del movimiento obrero con el POS y con el PSUM, es hasta lo que hemos visto irreconciliable. Pero en el caso de nosotros, exigimos a esta joven diligencia: consecuencia, madurez y sensibilidad, para entender que tienen en nosotros un aliado. Repetimos, estamos seguros de que nuestro papel no debe ser el de la crítica, el del ataque mordaz a los dirigentes obreros, a pesar de esto que he mencionado, sino tenemos profunda confianza en que con la diligencia de Fidel Velázquez y con la sabiduría que la lucha a veces va dotando, estamos confiados en que poco tiempo habrá por parte de estos dirigentes obreros, una posición más consecuente, más acercada respecto a los que nosotros planteamos en este momento en la tribuna.
Esa es una aclaración hecha desde luego con el debido respeto al compañero Carreto.
Por otro lado, solicitar a la Asamblea una modificación muy sencilla respecto al párrafo que faculta al Secretario del Trabajo para poder convocar a la revisión de los salarios mínimos. Nosotros consideramos que es un intento aún débil para poder otorgar facultad directa al movimiento obrero y a los trabajadores, para que tengan libertad y seguridad de poder en cualquier momento resarcir el poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores. Creemos que esas dos palabras de "podrán solicitar", plantean en el fondo obstáculos políticos que desde luego en el transcurso de la lucha deben ser negociados, deben ser puestos en tela de discusión entre los trabajadores y las autoridades, para que se pueda, entonces sí, revisar los salarios mínimos.
Pero consideramos que tenemos la obligación de carácter moral y político, de luchar porque sean modificadas estas dos palabras que repetimos, plantean una serie de obstáculos como la decisión del Secretario del Trabajo, la decisión política y personal del Secretario del Trabajo, después plantea la necesidad de que en las juntas regionales se elaboren estudios y se tomen decisiones; después en la Junta Nacional los estudios, la discusión y la proposición y en fin, repetimos, pone una serie de obstáculos para que al final sean aprobados. Y estamos seguros que la aprobación depende de la negociación entre el movimiento obrero y patrones.
Por tal motivo solicitamos solamente a la Asamblea que se sirva si así lo considera, modificar dos palabras: en vez de decir "podrán solicitar", como viene originalmente en el dictamen, proponemos diga "deberán solicitar". Eso es todo. Gracias.
El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Artículo 570 se encuentra suficientemente discutido.
- La C. secretaria Hilda Anderson: En votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el Artículo 570.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.
En consecuencia, se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 570 en sus términos. Pero antes vamos a suplicarle a la Oficialía Mayor, haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(Votación.)
- La C. secretaria Hilda Anderson: Señor Presidente, se emitieron 310 votos en pro y uno en contra.
El C. Presidente: Aprobado en sus términos el Artículo 570, por 310 votos. En consecuencia la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 570, 571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo.
- La C. secretaria Hilda Anderson: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, 1983
"DICTAMEN DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, PARA 1983
ÍNDICE
Presentación
I. Gobierno Federal
II. Organismos y empresas
III. Deuda
IV. Presupuesto de divisas
V. Análisis sectorial
1. Bienestar social
2. Energéticos
a) Educación
b) Salud
c) Vivienda
3. Desarrollo Rural
4. Comunicaciones y Transportes
5. Comercio y Abasto
6. Industria
VI. Programas de mención especial
1. Inversión Pública
2. Apoyo al Federalismo
3. Servicios Personales
4. Empleo
VII. Observaciones, conclusiones y sugerencias. Proyecto de Decreto.
Anexo Estadístico
Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
Presupuesto de Egresos de la Federación.
Honorable Asamblea:
En la forma y términos previstos en la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal envió a esta Cámara de Diputados del H. Congresos de la Unión, la Iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983, que comprende las previsiones de gasto público que realizarán durante ese ejercicio fiscal las entidades a que se refieren las fracciones I a IV y VI a VII del artículo 2o. de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
Por acuerdo de vuestra soberanía y con base en lo establecido en los artículos 56 y 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, misma que procedió a efectuar un análisis de la documentación presupuestal presentada y de aquella que adicionalmente obtuvo, para la debida preparación del correspondiente dictamen.
En la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se siguen los lineamientos señalados en los artículos 13 y 14 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público; sus programas, metas y asignaciones así lo confirman y lo convierten en un importante instrumento del desarrollo económico y social.
Es pertinente aclarar que en la elaboración del dictamen la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, tomó en consideración las orientaciones y decisiones de la política económica y la estrategia de desarrollo que el Ejecutivo Federal precisa en el documento "Criterios Generales de la Política Económica para la Iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para 1983" y que también se sirvió enviar a esta soberanía, como otro medio de análisis que coadyuva a la mejor comprensión de la política de gastos que propone para 1983.
Como resultado de los estudios y demás trabajos realizados en el proceso constitucional de examen, discusión y aprobación anual del Presupuesto de Egresos de la Federación, la Comisión Dictaminadora somete a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente
DICTAMEN
El proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 se deriva del Programa Inmediato de Reordenación Económica dado a conocer en el mensaje que el Presidente Miguel de la Madrid dirigió a la nación en su toma de posesión el 1o. de diciembre de 1982. Dicho programa presenta como objetivos centrales: "Combatir a fondo la inflación, proteger el empleo y recuperar las bases de un desarrollo dinámico sostenido, justo y eficiente". Para ello, presenta "10 puntos programáticos", de los cuales los primeros cuatro están directamente vinculados con este proyecto que se dictamina:
Primero: Disminución del crecimiento del gasto público. "Propondré un presupuesto austero con ajuste estricto a los recursos financieros disponibles, que preserve los servicios públicos al nivel indispensable, conserve la prioridad necesaria a programas de operación e inversión prioritaria, atienda al cumplimiento de los pagos de la deuda contraida y contenga el crecimiento del gasto corriente para aumentar el ahorro público".
Segundo: Protección al empleo: "Promoveré programas especiales de trabajo productivo y socialmente útil en las zonas rurales más deprimidas y en las áreas urbanas marginadas. Dentro de la austeridad, reorientaremos los recursos de inversión a obras generadoras de ocupación de mano de obra; ajustaremos los programas intensivos de capital. Para proteger el empleo existente promoveremos un programa selectivo de apoyo en la planta industrial con énfasis en la empresa mediana y pequeña que sea intrínsecamente sana, a través de crédito oportuno, prioridad en el acceso a divisas, asesoría técnica, demanda organizada y estimulada por las compras del sector público.
El empleo es el valor fundamental a proteger. Pediremos a los factores de la producción moderación y responsabilidad en sus negociaciones para atemperar
salarios y utilidades. Definiremos con precisión la canasta básica de consumo popular y reforzaremos el control riguroso, efectivo y honesto, de los precios de los productos que la integren, para proteger el poder adquisitivo de las familias trabajadoras del campo y la ciudad; los subsidios serán reorientados y racionalizados con este propósito para conciliar, en la justicia, el interés del consumidor y el aliento a la producción".
Tercero. Continuación de las obras en proceso con un criterio de selectividad. "Daremos un ritmo mayor a las inversiones de producción prioritaria e inmediata; disminuiremos las que no sean indispensables y cancelaremos proyectos cuando sea evidente su carácter suntuario, baja prioridad o errónea programación".
Cuarto. Reforzamiento de las normas que aseguren disciplina, adecuada programación, eficiencia y escrupulosa honradez en la ejecución del gasto público autorizado. "La responsabilidad financiera será criterio primordial para vigilar y evaluar el desempeño de los funcionarios públicos. Reglamentaremos estrictamente el ejercicio de las erogaciones presupuestales para evitar dispendio, desperdicio o corrupción".
La Comisión está consciente de que vivimos horas difíciles y de que frente a las crecientes y urgentes necesidades sociales del momento, el presupuesto de egresos para 1983 se encuentra severamente limitado por la disponibilidad de recursos externos y por la reducida base de ingresos y ahorro del sector público; así como por la inercia, la rigidez y la baja productividad del gasto público en años anteriores. Por ello, se considera necesario el cambio en la estrategia presupuestal que se anuncia en la exposición de motivos del documento que se dictamina y que actuará en tres frentes principales:
1. Reorientar sectorial y regionalmente el gasto, favoreciendo a las erogaciones en educación, asentamientos humanos, salud y seguridad social, comunicaciones y transportes, desarrollo rural y abasto de alimentos básicos. Al interior de los sectores se dará mayor énfasis al ahorro de divisas, a la generación de empleos, al fortalecimiento de la actividad productiva y al combate a la inflación. Por ello se instrumentará un programa para generar más de 500,000 empleos en 1983 y se canalizarán recursos hacia los sectores o regiones con un atraso relativamente mayor y que han constituido cuellos de botella de la actividad económica y social.
2. Fortalecer el ahorro público para incrementar la inversión, promoviendo el potencial económico y el cambio estructural. Por lo tanto, se fijan lineamientos para el gasto, especialmente el de servicios personales, transferencias y subsidios, adquisiciones y construcciones, para racionalizarlo y asegurar su sobriedad, disciplina, eficiencia y honestidad.
3. Modernizar el aparato burocrático y aumentar su eficacia para desterrar el dispendio, el desperdicio, la deshonestidad y la desviación de recursos hacia fines distintos a los establecidos.
Para avanzar en estos tres frentes, se tendrá que luchar contra la pesada y creciente carga del servicio de la deuda (que superó el 30% del gasto en 1982); y se tendrán que solucionar problemas presupuestales del pasado tales como la poca flexibilidad y eficiencia de ciertos renglones del gasto; la falta de operatividad en los criterios para la concesión de subsidios y transferencias; la rápida ejecución de la obra pública y su dispersión; y el control inadecuado del gasto.
Debido a la penuria financiera que enfrenta el sector público, se reconoce que aunque se minimice el gasto corriente, no será posible aumentar significativamente el programa de inversión; de ahí la importancia de su reorientación hacia las prioridades señaladas. En consecuencia, en el total de inversión se disminuirá la participación del sector energético - lo que se facilita por la situación del mercado internacional y la racionalización del consumo interno - y del sector industrial - por su desfavorable presupuesto de divisas y por que éstas se canalizarán preferentemente al pago de su deuda externa y a la compra de insumos importados para su operación.
Además, se fomentará la descentralización de la actividad del sector público y se estimulará el federalismo mediante programas de alcance estatal y municipal, que beneficiarán en mayor grado a los estados y municipios con menor desarrollo relativo.
Se espera que esta orientación del gasto público sea el principio de su cambio estructural para fortalecerlo como instrumento eficaz de rectoría económica.
Este presupuesto separa el gasto del gobierno federal y del sector paraestatal debido a sus diferentes efectos económicos y sociales. Separa, asimismo, el gasto del servicio de la deuda; incorpora el presupuesto de divisas como un instrumento del gasto público y hace mención especial de los programas de inversión pública, de servicios personales, de apoyo al federalismo y de promoción del empleo.
I. Gobierno Federal
El gasto previsto para el Gobierno Federal en 1983 es de 2.8 billones de pesos, de los cuales 1.3 corresponden a gasto corriente y 1.5 a gasto de capital. En el cuadro 1 aparecen los ramos en que se distribuirá este gasto, sobresaliendo el correspondiente a la Secretaría de Hacienda, a Erogaciones Adicionales y a la Secretaría de Educación Pública, que participan con 24.1%, 19.8% y 16.0% del total, respectivamente.
La Comisión considera conveniente incluir los cuadros 2 al 24 para conocer los programas que realizará cada dependencia y la asignación que le corresponde a cada uno de ellos. Esto facilita la interpretación de las cifras del cuadro 1 y ayuda a despejar dudas sobre el presupuesto tan elevado de varias dependencias. Por ejemplo, en el cuadro 6 se observa que de
los 670 mil millones de pesos asignados a la Secretaría de Hacienda, la entidad como tal, apenas gasta un 5% de este monto (33,000 distribuidos en nueve programas). El resto se explica principalmente por las transferencias que realiza (123,965 millones, 18.5% del total) y por las participaciones a las entidades federativas, que suman 503 mil millones de pesos (75% del total), y que forman parte de su programa EX - Administración de la Política de Ingresos y Reforma Fiscal.
El ramo de Erogaciones Adicionales también llama la atención por su monto (551 mil millones de pesos). Se trata de una partida que permite darle flexibilidad al presupuesto y que está constituida por dos programas fundamentales: Organismos (14,630 millones de pesos) y Apoyos y Financiamientos (536,737 millones de pesos). El primero contiene asignaciones para FONAPAS, INAP, Patrimonio Nacional de Promotores Voluntarios, DIF, Sistema de Transportes Eléctricos del D. F. y Metro (estos tres últimos absorben 97% del total). En el programa de Apoyos y Financiamientos, sobresalen las asignaciones al Programa Especial de Protección al Empleo (100 mil millones de pesos), Previsión de Aumentos de Sueldos a la Burocracia (87,000 millones), Reserva para el Programa Especial de Desarrollo Rural... (144,000 millones), Programa Especial del Sector Comunicaciones (69,000 millones), Programa Especial del Sector Comercio (30,000 millones), Programa Especial del Sector Educación (46,000 millones) y el Programa Especial del Sector Salud y Seguridad Social (21,000 millones).
Otro Ramo sobresaliente es el de la Secretaría de Educación Pública (444 mil millones de pesos), donde destacan, como se aprecia en el cuadro 11, los programas 4X - Asegurar la Educación Básica a toda la Población y 4Y - Vincular la Educación Propedéutica y Terminal con el Sistema Productivo de Bienes y Servicios Social y Nacionalmente Necesarios. Estos dos programas participan con un 48.4% y un 27.5%, respectivamente, del total asignado a esta dependencia.
Para conocer con mayor amplitud el gasto del Gobierno Federal, se juzga pertinente examinar - además de su clasificación administrativa presentada en el cuadro 1- su clasificación económica, es decir, su división según el objeto del gasto: De los 2.8 billones, 1,373 billones (48.5%) se destinarán a gasto corriente, .947 (33.4%) a gasto de capital y .513 (18.1%) a participaciones y estímulos. Si restamos estos últimos al total se obtiene el "gasto programable" (2,320 billones, como se aprecia en el cuadro 25) que es el gasto que tiene efecto directo en la producción de bienes y servicios.
El gasto corriente a su vez se divide en gasto de administración y transferencias corrientes, siendo el primero de 743 miles de millones de pesos y el segundo de 631. Del gasto de administración, la mayor parte (473 miles de millones de pesos) se destina a servicios personales. El gasto de capital se orienta fundamentalmente a la inversión física (474 miles de millones de pesos) y a las transferencias para inversión (296 miles de millones de pesos). Las transferencias del gobierno federal, tanto corrientes como de capital, suman un total de 1,042 miles de millones de pesos, de los cuales 435 corresponden a los organismos y empresas sujetas a control presupuestal y el resto (657.6) a otras entidades. Estas cifras, así como el monto de transferencias que realiza cada una de las dependencias del gobierno federal, aparecen en el cuadro 26. Las transferencias al sector paraestatal, a su vez, se desglosan en el cuadro 27, distinguiendo las transferencias estatutarias (aportaciones al IMSS y al ISSSTE) de los subsidios a los precios (o de operación) y de las transferencias de capital. En estas últimas sobresalen las asignadas a CFE (72 miles de millones de pesos) y a FERTIMEX (22 miles de millones de pesos). En los subsidios a los precios destaca CONASUPO (110 miles de millones de pesos), CFE (79 miles de millones) el sector ferroviario (26 miles de millones) y FERTIMEX (20 miles de millones).
II. Organismos y empresas
El Presupuesto de Egresos de 1983 asigna a la Administración Pública Paraestatal 1,969 billones de pesos, de los cuales 455 mil millones serán transferencias del Gobierno Federal (cuadro 27) por lo que el monto financiado con recursos propios y créditos será de 1,514 billones de pesos. Del total señalado en primer término, PEMEX absorberá un 33.5% y el IMSS 14%, siendo las dos entidades de mayor participación en el gasto del sector paraestatal.
Los mismos renglones pero clasificados según su función (Regulación y Abasto, Asistencia y Seguridad Social y otros) aparecen en el cuadro 29.
Para enriquecer la clasificación administrativa de los organismos y empresas se estimó pertinente incluir los cuadros 30 - 54 donde aparecen los programas que realiza cada una de las entidades sujetas a control presupuestal.
En el caso de PEMEX - que por primera vez se ajusta a los nueve programas señalados por la Secretaría de Programación y Presupuesto - sobresalen el JL - Exploración y de Hidrocarburos y el JI - Exploración y Desarrollo de Hidrocarburos, que absorben 28.6% y 17.5% del gasto total, respectivamente (cuadro 52). Entre los programas que lleva a cabo el IMSS destacan el 1B- Atención Curativa y el 1E - Prestaciones Económicas, que participan con el 51.1% y el 19.6% del total, respectivamente (cuadro 31). CONASUPO - tercera entidad en importancia en cuanto al gasto del sector paraestatal - sólo maneja un programa que es el de abasto, regulación y comercialización de productos básicos para la defensa de la economía popular.
La clasificación económica del gasto de los organismos y empresas se observa en el cuadro 55, donde consta que el 69.3% del total - que es de 1,969 miles de millones de pesos - lo ocupa el gasto corriente (1,363 miles de
millones de pesos). Dentro de éste sobresalen los renglones de materiales y suministros (506 miles de millones de pesos) y servicios personales (456 miles de millones de pesos). El gasto de capital, por su parte, apenas participa en un 30.7% del total (y no llega ni a la mitad del gasto corriente) alcanzando la cifra de 605 miles de millones de pesos, de los cuales la mayor parte es inversión física (580 miles de millones).
III. Deuda
El gasto del servicio de la Deuda Pública para el año de 1983 será de 2.8 billones de pesos de los cuales 1.7 corresponderá al Gobierno Federal y 1.1 a organismos y empresas. El servicio de la deuda del Gobierno Federal se divide a su vez en 175 mil millones de adefas y 1,532 de intereses y amortización de capital. Estos datos aparecen en el cuadro 56 donde también se observa la estructura de la deuda por tipo de crédito (interno y externo). Así, del total del Gobierno Federal, el 52.5% corresponde a deuda interna y el 47.5% a crédito del exterior, mientras que en organismos y empresas el 13% corresponde a crédito interno y el 87% a deuda externa. En el cuadro 56 también se aprecia el total de intereses y de amortización que tendrá que pagar cada uno de los organismos y empresas sujetos a control presupuestal, tanto en crédito interno como externo. Para facilitar la comparación de tales cifras con el año de 1982, se consideró conveniente incluir los cuadros 57 y 58. Se observa en tales cuadros que en empresas como PEMEX, CONASUPO y FERTIMEX, el 100% del crédito será externo. Se aprecia, asimismo, que el gasto por servicio de la deuda de 1983 casi duplica las cifras de 1982, sobre todo en el renglón de intereses.
IV. Presupuesto de Divisas
La severa escasez de divisas hace impostergable su racionalización y uso eficiente, sujetándolas estrictamente a las prioridades nacionales.
El principal generador de recursos en moneda extranjera (casi 60% del total) es el sector público, quien a su vez es un importante usuario de divisas - pero en menor proporción (35% del total)- debido a la necesidad de importar alimentos y productos para la inversión y operación de las empresas del Estado.
No obstante la tradicional escasez de moneda extranjera en el país - que ha limitado el desarrollo nacional en el pasado - poco se ha avanzado en la conceptualización de un "presupuesto de divisas del sector público" y es escasa o nula la experiencia en su instrumentación. Pero la crisis que se padece ha determinado que para 1983 se consolide como un mecanismo que formará parte del presupuesto de egresos de la Federación para fomentar la consecución de los objetivos de la estrategia de desarrollo nacional.
En el corto plazo los objetivos del presupuesto de divisas serán:
- Programar las compras del exterior de tal forma que permita disponer en todo momento de recursos indispensables para el desarrollo de programas, y seleccionar proveedores que ofrezcan las mejores condiciones de venta.
- Orientar e incrementar los programas de sustitución de importaciones por bienes nacionales y racionalizarlos según las exigencias del crecimiento económico.
- Fomentar exportaciones mediante el apoyo a los programas de las empresas públicas con oportunidades de concurrir a los mercados internacionales.
- Conocer con precisión la disponibilidad de divisas del sector para tomar las previsiones procedentes sobre los requerimientos de moneda extranjera o, en su caso, lo disponible para destinarse a otros usos fuera del sector público.
- Conformar una síntesis contable que refleje el comportamiento de la Balanza de Pagos del sector, para analizar los efectos y la influencia de la economía externa en sus actividades.
A fin de mejorar el funcionamiento del presupuesto de divisas, se incorporan mecanismos de seguimiento y control para regular los requerimientos de importaciones y distribuirlos eficientemente entre las prioridades y a través del tiempo.
El orden de prioridades a que se ajustará el uso de las divisas del sector público en 1983 será el siguiente:
- El pago de intereses y gastos de la deuda externa.
- Abastecimiento de alimentos y productos básicos de consumo popular.
- Adquisición de insumos, maquinaria y equipo que requieren las dependencias, organismos y empresas, que prestan servicios públicos fundamentales y producen bienes estratégicos.
En todas las prioridades, el requerimiento de divisas ajustará a lo mínimo indispensable para el funcionamiento del aparato productivo del sector público.
Con fundamento en los pronósticos disponibles sobre el panorama económico internacional, se espera, para 1983, que los ingresos de divisas del sector público por venta de mercancías y servicios, sean del orden de 16,400 millones de dólares, derivados fundamentalmente de una exportación de 1.5 MMBD de crudo y 450 MMPCB de gas natural. Dado que se fijará una plataforma de producción de hidrocarburos, cabe la posibilidad de que aumente el excedente exportable a medida que surtan efecto las medidas de racionalización del consumo interno de energéticos.
Los gastos en divisas de la Federación serán, aproximadamente, de 15 mil millones de
dólares, correspondiendo el 40% a la importación de mercancías y servicios y el 60% al pago de intereses y gastos de la deuda. Del total mencionado el 72% corresponderá a los organismos y empresas y el resto al Gobierno Federal.
En consecuencia habrá un superávit de divisas del sector público cercano a los 1,400 millones de dólares, como se aprecia en el cuadro 68.
V. Análisis sectorial
La Iniciativa de Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 registra un gasto de 7.1 billones de pesos, de los cuales 2,833 corresponden al Gobierno Federal, 1,513 a organismos y empresas y 2,822 al pago de la deuda.
Si del total deducimos esta última cifra y los estímulos fiscales - por no tener un efecto directo en la actividad económica, social y de generación de empleos - y si se excluyen también las participaciones a estados y municipios, por no ser gasto de la Federación, se obtiene un "gasto programable" de 3,760 billones de pesos, 37% superior al esperado para 1982. Este gasto a su vez se subdivide en los diferentes sectores de actividad económica de la manera en que aparece en el cuadro 61. Allí se observa la resignación que se hará del gasto público para reorientar el sistema productivo, superar los problemas de corto plazo e iniciar el cambio estructural de la economía. Se busca dirigir un mayor gasto hacia las actividades con menor contenido importado, con mayor generación de empleos, que producen y distribuyen bienes básicos, que atienden necesidades de desarrollo social, que mantienen la infraestructura, y que atenúan el costo social de la crisis para las grandes mayorías. El ajuste principal se realizará en el sector industrial y de energéticos, y tomará en cuenta las obras en proceso, por lo que la reasignación o el ajuste no se realizará con la misma velocidad en todos los sectores.
En el cuadro 61 se observa que los renglones que registran mayor tasa de crecimiento son los de Comercio y Abasto (71.1%), Comunicaciones y Transportes (56.9%), Desarrollo Rural (44%) y Educación y Salud (43% cada uno). Se observa asimismo que el sector Administración apenas crece en 12% y que el sector Poderes registra un crecimiento negativo de 10.8%.
En cuanto a la composición del gasto programable, el cuadro 61 indica que el sector Energéticos sigue manteniendo un elevado porcentaje del total (25%), pero reduce su participación con respecto a 1982 (27.4%). Situación similar se observa en el sector industrial (7.2% en 1983 y 8.1% en 1982), mientras que Educación, Salud, Comercio, Desarrollo Rural y Comunicaciones y Transportes aumentan su participación con respecto a 1982.
Para profundizar en el examen de la clasificación sectorial del gasto público, esta Comisión Dictaminadora decidió concentrarse en los seis sectores más importantes, que representan un 92% del total; a saber: Bienestar Social (Educación, Salud y Asentamientos Humanos), Energéticos, Desarrollo Rural, Comunicaciones y Transportes, Comercio y Abasto e Industria, que representan el 28.4%, 25.0%, 14.5%, 9.0%, 8.5% y 7.2% del total, respectivamente.
1. Bienestar social
Este sector tiene la más alta prioridad y comprende los subsectores Educación, Salud y Vivienda, que en conjunto tendrán un presupuesto de 1,068 billones de pesos, que representan el 28.4% del gasto programable.
La estrategia de reordenamiento de la actividad pública que inspira este presupuesto buscará descentralizar la operación de los servicios mediante la revisión de competencias entre la Federación y los estados para que los servicios de Educación, Salud y Vivienda se proporcionen en forma oportuna, eficaz y eficiente.
a) Educación
El presupuesto de este subsector para 1983, será de 544.4 miles de millones de pesos (14.5% del gasto programable) y se orientará hacia los objetivos siguientes:
- Avanzar en la superación del analfabetismo mediante la participación activa y comprometida de quienes han tenido la ventaja de tener acceso a la educación.
- Consolidar la educación básica, dando especial atención a las zonas y los sectores de la población en condiciones de pobreza crítica.
- Incidir en las causas de deserción y bajo aprendizaje en la educación básica, a través de cursos compensatorios y de regularización, y mejorando la capacitación del personal docente y el contenido de los programas.
- Ampliar tanto en número como en calidad la educación preescolar.
- Facilitar el acceso a la educación media superior y superior a capas más amplias de la población, instrumentando sistemas donde la asignación de los recursos beneficie estrictamente a quienes lo necesitan.
- Fortalecer la participación popular en la cultura nacional.
- Fortalecer y promover el desarrollo de la ciencia y la tecnología.
En 1983 las acciones del subsector buscarán: hacer posible la primaria para todos los niños entre 6 y 14 años; avanzar en la cobertura de la educación preescolar y la educación para adultos; ampliar la atención a la demanda de nivel medio superior y superior; dar especial atención a la formación y capacitación del personal docente; y realizar obras de construcción y equipamiento para los diferentes niveles de educación.
Asimismo, como parte del reordenamiento del quehacer público se consolidará la
desconcentración administrativa; se intensificará la adecuación entre las necesidades de personal docente y su formación; se tenderá a reducir costos en la educación media superior y superior; y se propiciará la coordinación entre los diferentes servicios y responsables de la atención a niños con problemas de aprendizaje.
Sobresale en este conjunto de acciones la decisión del Gobierno Federal de promover la transferencia a los Gobiernos Locales de la educación que imparte a nivel preescolar, primaria, secundaria y normal, así como los recursos financieros correspondientes. Para ello, se instrumentará un programa de desconcentración convenido por los diferentes niveles de gobierno y los trabajadores de la educación.
Las metas para 1983 serán: Impartir educación de nivel preescolar a 2 millones de niños de 4 y 5 años de edad (76% del total); atender 15.3 millones de alumnos en educación primaria (71% por el gobierno), 4.1 millones en educación secundaria (69% por el gobierno), 1,852 millones de nivel medio superior (42% por el gobierno federal), 1.3 millones en educación superior (88.5% por el gobierno federal y las universidades autónomas), y 1,869 en educación para adulto (819 mil personas en alfabetización, 650 mil en primaria y 400 mil en secundaria); se formarán 409 mil maestros (49 mil de nivel preescolar, 123 mil de nivel primario, 4,000 de educación básica, 114 mil de nivel superior y 116 mil de formación universitaria) y se construirán 9,463 aulas y 14,282 laboratorios, talleres y anexos.
b) Salud y Seguridad Social
Un propósito fundamental en esta materia es elevar a rango constitucional el derecho a la salud.
El gasto proyectado para 1983 en este subsector es de 477 mil millones (12.7% del gasto programable) y buscará:
- Aprovechar la capacidad instalada de todas las instituciones de salud, para atender los requerimientos de la población.
- Ampliar las acciones de alimentación complementaria a escolares de primaria.
- Extender los servicios de protección al niño en estado de abandono total.
- Aliviar las presiones económicas de pensionados y jubilados.
- Proteger el salario de los trabajadores.
- Optimizar la utilización de los recursos disponibles para atender la demanda de servicios.
- Proporcionar los servicios de atención preventiva y curativa, utilizando la capacidad existente.
Las metas a obtener son las siguientes:
En materia de salud: aplicar 67.5 millones de dosis de vacunas; otorgar 7.1 millones de consultas de planificación familiar voluntaria y 124.9 millones de consultas en los diferentes niveles de atención; terminar 78 unidades médicas de salud pública; realizar 1.4 millones de inspecciones sanitarias; y establecer una red de monitoreo para saneamiento atmosférico, del agua y del suelo.
En asistencia social: repartir 212.9 millones de raciones alimenticias para abatir la desnutrición en zonas marginadas, y proteger a la niñez y a la vejez sobre todo a quienes están en estado de abandono total o parcial.
c) Asentamientos humanos
Este subsector ejercerá un presupuesto de 46.7 miles de millones de pesos (1.2% del gasto programable) y buscará mejorar el equipamiento urbano de los estados de tamaño medio e inducirá la concentración de la población rural dispersa.
En materia de vivienda se combatirá la especulación de la tierra urbana creando reservas territoriales para regular el crecimiento y uso del suelo.
Además se apoyará la autoconstrucción de vivienda y se desarrollarán los sistemas y la tecnología constructiva adecuada para las clases populares.
Este sector tendrá un papel importante en la estrategia de defensa del empleo por lo que se dará prioridad a los programas que beneficien principalmente a la población desempleada y de bajos ingresos.
Las metas más sobresalientes durante 1983 son: incorporar a 2.8 millones de usuarios de agua potable y beneficiar a 1.1 millones de habitantes y obras de alcantarillado; en vivienda se busca realizar 51,185 acciones de lotes con servicios y 3,546 pies de casa que beneficiarán a 54,731 familias, básicamente mediante el Fideicomiso para las Viviendas Populares.
2. Energéticos
Este sector tendrá un presupuesto de 939.4 miles de millones de pesos (25% del gasto programable), de los cuales 660.5 mil millones corresponderá a PEMEX y el resto al subsector eléctrico.
La política de gasto durante 1983 propone consolidar los avances del sector y propiciar el desarrollo integral de su fase productiva. Las empresas del sector seguirán esquemas de racionalidad estrictos y se buscará evitar alteraciones al medio ecológico, cuidando al mismo tiempo el equilibrio regional.
En cuanto a petróleo, el gasto de PEMEX tenderá a buscar el equilibrio con los demás sectores y entre todas las regiones del país. Deberá asimismo ser más eficiente en sus inversiones, jerarquizarlas y medir su impacto en la Balanza de Pagos y en la Deuda Externa. Por ello se han ajustado sus programas y metas a las nuevas circunstancias internas e internacionales.
En 1983 PEMEX tendrá como meta de producción atender la demanda interna y exportar 1.5 MMBDP. La exploración y la explotación se reducirá en ritmo y se mantendrá a un nivel que permita sostener la
relación actual entre producción y reservas; para ello se perforarán 309 pozos (61 exploradores, 209 de desarrollo y 39 de inyección de agua). La producción diaria de petróleo crudo y líquidos de gas será de 2,855 MBDP y 4,092 MMPCDP, respectivamente. En la producción industrial se obtendrán 1,355 MBDP de refinados y 34 MTDP de productos petroquímicos. El aprovechamiento de gas asociado se restringirá a las instalaciones que concluyen en 1983 y se continuarán a ritmo mínimo las que inciden en el mediano plazo.
Se dará prioridad a las inversiones en procesamiento, en distribución y en la infraestructura de almacenamiento, transporte y comercialización.
Se dará prioridad también a la conclusión de las ampliaciones en las refinerías de Tula, Salina Cruz y Minatitlán y se iniciarán las obras en la refinería de Lázaro Cárdenas. Se continuarán las obras en los complejos petroquímicos de Morelos, Ciudad Pémex, Lombardía y Huimanguillo. La integración del proyecto de la Cangrejera se realizará a un ritmo menor.
Del gasto total de PEMEX, se destinarán 343.8 mil millones de pesos a programas operativos y 316.7 mil millones al programa de inversiones.
El subsector eléctrico se propone atender, oportuna y eficientemente, la demanda, diversificando las fuentes de energía, y racionalizando el consumo.
Las metas para 1983 serán generar 75,730 GWH, lo que permitirá atender a 1,368 poblaciones, beneficiando a 11.5 millones de usuarios. Para ello se invertirán 164.6 miles de millones de pesos que permitirán incrementar la capacidad de generación en 1,239 MW.
3. Desarrollo Rural
Este sector tendrá un presupuesto de 546.3 miles de millones de pesos (14.5% del gasto programable) que se orientarán a dar apoyo sustantivo a los campesinos de temporal, estimular la productividad de los recursos disponibles, reordenar el uso del suelo, fomentar la organización de los productores primarios, definir una política clara de precios que aliente la producción, dar seguridad a la tenencia de la tierra, organizar a los trabajadores para lograr salarios y condiciones justas, dotar al campo de infraestructura agrícola, de almacenamiento y de comunicaciones; y desconcentrar las actividades del sector público mejorando la coordinación de las entidades que inciden en el agro.
En el subsector agrícola el gasto público de 1983 buscará producir alimentos suficientes, aumentar el empleo en el medio rural, distribuir el ingreso en favor de los campesinos y estimular el ingreso de divisas al país. Para ello el subsector realizará las siguientes acciones:
- Coordinar el otorgamiento de financiamiento, seguro, suministro de insumos e infraestructura productiva de manera selectiva y convergente.
- Ampliar la capacidad de producción de fertilizantes y plaguicidas y de semillas mejoradas.
- Ampliar la frontera agrícola fundamentalmente en áreas temporales mediante la determinación de los mejores usos y destinos de la tierra, y la reincorporación de tierras ociosas.
- En materia de riego se dará preferencia a las obras de pequeña irrigación en proceso, buscando su rápida terminación.
- Canalizar recursos presupuestales para terminar las presas de Tlataya y Cutzamala, Gro., Concordia, Chis., Xicoténcatl, Tamps., y Tlamaco, Hgo.
- Apoyar la producción temporalera de maíz, frijol, trigo, arroz y ajonjolí, mediante cuotas de préstamos preferenciales y cobertura de aseguramiento completa.
- Reducir substancialmente los daños por plagas y enfermedades, incrementando la asistencia fitosanitaria a los productores temporaleros con potencial productivo.
- Continuar con los programas de semillas mejoradas y de localización mediante la investigación apropiada de las variedades que son más productivas por tipo de suelo y de región.
- Asistir técnicamente a los productores temporaleros con potencial productivo para inducir el cambio tecnológico en los cultivos básicos de mejor adaptación local.
Las metas de este subsector para 1983 son: abrir 126 mil hectáreas al riego y 94 mil al temporal; rehabilitar 82 mil hectáreas en los distritos de riego; prestar asistencia técnica en 9.8 millones de hectáreas; comercializar en el exterior 2.8 millones de quintales de los 6 que se producen a nivel nacional, lo que generaría 437 millones de dólares.
En el subsector pecuario se buscará fomentar la ganadería intensiva, mejorar los agostaderos, incrementar y conservar los pastos y forrajes cultivados, aumentar la infraestructura predial para el mejor manejo de los hatos e impulsar una eficiente organización de productores.
En el subsector forestal se instrumentará un programa de aprovechamiento integral de estos recursos y se impulsará la planeación forestal integral avanzando en el inventario de recursos forestales, capacitación e investigación, asistencia técnica en producción industrial, acciones de control y vigilancia y reforestación.
El subsector reforma agraria se propone armonizar en el campo la seguridad y la paz con la justicia social. Para ello buscará dar seguridad a los distintos tipos de tenencia de la tierra; resolver los conflictos agrarios con mayor rapidez; y fomentar la organización colectiva y cooperativa del trabajo en el campo.
4. Comunicación y Transporte
El presupuesto de este sector será de 340.4 miles de millones de pesos (9.0% del gasto programado) y dará prioridad a los ferrocarriles y al tráfico de cabotaje para revaluar su participación. Además se fomentará el uso intensivo del transporte combinado, se modernizará la red troncal de carreteras y las vías férreas, se consolidará el mejoramiento de los puertos comerciales y se atenderá la primera etapa de los puertos industriales.
Se buscará también que la inversión pública del sector genere empleos en el corto plazo, mediante la asignación de mayores recursos a la conservación y la construcción de la infraestructura.
Del gasto total del sector, el 85% se asigna a transportes y el 15% a comunicaciones. Del total del primer subsector, 59 mil millones se destinarán al transporte carretero, 99.1 miles de millones al sector ferroviario y el resto a la transportación marítima y aérea.
En el transporte carretero se fijaron las siguientes metas: construir 348 km. en 27 carreteras, conservar 41,500 km. de red federal y 74 km. de caminos rurales y la reconstrucción de 735 km. de la red troncal.
En transporte ferroviario se dará especial atención a los programas de conservación de la red férrea y de mantenimiento y rápida reincorporación de la fuerza tractiva y del equipo de arrastre. Se adquirirán 21 locomotoras y 1,710 carros. Asimismo, se terminará la instalación del sistema de control centralizado de tráfico en las rutas México - Monterrey y México - Guadalajara y las obras en proceso de rectificación de curvas y pendientes.
En transporte marítimo el gasto se concentrará en las obras en proceso de los puertos comerciales para concluir 5 nuevas posiciones de atraque; se mejorarán los accesos carreteros y ferroviarios en 3 puertos para aliviar los problemas de congestionamiento y se concluirá el Centro de Capacitación y Maestranza en el puerto de Lázaro Cárdenas. En cuanto a puertos industriales, el gasto se concentra en concluir varias obras de Lázaro Cárdenas y de Altamira.
En transporte aéreo, la inversión se limitará al mínimo necesario para terminar las obras aeroportuarias en proceso y se dará prioridad a la conservación y la racionalización de la operación de las líneas aéreas nacionales. Las metas serán: continuar la construcción de 8 aeropuertos; proseguir la reconstrucción y/o modernización de 11 aeropuertos, y realizar la conservación de 36 aeropuertos en operación.
El gasto del subsector comunicaciones se orienta hacia la adaptación y modernización de la red federal de microondas, la ampliación del sistema de satélites, la extensión del servicio de telefonía rural y la consolidación de la instalación de la red pública de transmisión de datos. Ello permitirá obtener las siguientes metas: 230 mil líneas en telefonía urbana, adicionar 3,000 teleimpresores en el servicio de telex, 60 millones de mensajes en telégrafos, y operar 129,054 toneladas de piezas postales.
5. Comercio y Abasto
Este sector tendrá un presupuesto de 318.4 miles de millones de pesos (8.5% del gasto programable) y será prioritario ya que le corresponde la distribución y regularización de productos básicos, la conformación del sistema nacional de abastos, apoyar la planta estatal productora de bienes básicos, diseñar programas de distribución para el abasto de áreas rurales y urbanas marginadas, y actualizar y revisar la legislación comercial.
Los recursos del sector se destinarán a las siguientes acciones concretas para 1983: Desarrollar la infraestructura comercial y racionalizar su aprovechamiento, fomentar el abasto adecuado y oportuno de los bienes socialmente necesarios a precios accesibles con atención especial a la frontera norte, y proteger los intereses de los consumidores. En materia de comercio exterior, el sector se propone regularlo buscando el crecimiento armónico de la actividad económica.
Las principales metas a lograr son: normar la operación de abasto de 61 productos básicos, promover 11 centros comerciales, estudiar 252 mil asuntos de política de precios para proteger el ingreso real de los consumidores, adecuar 7,000 fracciones arancelarias y dictaminar 372 mil solicitudes de permisos de importación y exportación. CONASUPO se propone comercializar 13.2 millones de toneladas de grano (6.2 nacionales y 7 de importación); beneficiar a 58.8 millones de habitantes mediante la distribución de productos básicos en el medio urbano y rural; y llegar a una capacidad de almacenamiento de 4.8 millones de toneladas en el medio urbano y 2.6 en el área rural.
El IMCE atenderá 17,680 consultas de la comunidad exportadora, efectuará 337 estudios sobre oferta de productos nacionales, difundirá 1,230 licitaciones entre productores nacionales y beneficiará a 780 empresas mediante el programa de incentivos promocionales.
En protección al consumidor se resolverán 960 mil controversias, se difundirán las características de los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado y se ejecutarán 1,560 programas de orientación al consumidor.
MINSA aumentará su volumen de producción de harina de maíz a 330 toneladas, TRICONSA producirá 1.1 millones de piezas de pan, LICONSA producirá y comercializará 484.5 millones de litros de leche reconstituida y ANDSA aumentará su capacidad de almacenamiento a 4.8 millones de toneladas.
6. Industria
El sector industrial ejercerá un presupuesto de 270 mil millones de pesos (7.2% del gasto
programable) orientado hacia los siguientes objetivos: Generar empleos permanentes y bien remunerados; alcanzar una producción suficiente de bienes de consumo popular; consolidar en el mediano plazo las acciones de la desconcentración ordenada de la actividad hacia costas, fronteras y regiones preferentes; desarrollar ramas de alta productividad, y articular la gran empresa con la pequeña y mediana. Así mismo, se fomentará la exportación de productos industriales.
El gasto industrial, que reducirá su dinamismo en 1983, buscará mantener en un nivel indispensable la actividad de los organismos y empresas del sector público, reordenando y revisando selectivamente la conclusión de las obras en proceso.
En minería el gasto de 1983 se propone apoyar y fomentar a los pequeños y medianos productores para estimular la generación de empleos, la obtención de divisas y la sustitución de importaciones. Entre sus metas sobresale la producción de 2.8 millones de onzas troy de plata, 14 mil onzas troy de oro, 900 toneladas de cobre y 650 mil toneladas de roca fosfórica. Todo ello en empresas paraestatales.
En siderurgia se pretende mejorar la productividad y la situación financiera y de liquidez de las empresas mediante la reducción de sus costos por mayor eficiencia, y una estructura de precios adecuada y flexible. Entre sus metas destaca la entrada de divisas por 260 mil toneladas de exportación de productos terminados así como la producción de 4.1 millones de toneladas de acero líquido y de 3 millones de toneladas de productos terminados.
En cuanto a manufacturas, hay el propósito de rehabilitar, reorganizar y conservar las instalaciones de la industria azucarera paraestatal; hacer más eficiente la comercialización de sus productos; conseguir la autonomía financiera mediante política de precios de productos y materias primas; elevar el nivel de vida de los trabajadores y reestructurar la administración de la industria. Entre las metas de la industria azucarera se subraya la producción de 1.9 millones de toneladas de azúcar para la zafra 82- 83, la conclusión del ingenio Plan de San Luis, la rehabilitación de 46 ingenios y la ampliación de la capacidad productiva en 4.
FERTIMEX tratará en 1983 de reducir la dependencia del exterior en materia de fertilizantes, para lo que concluirá plantas de productos finales y de intermedios. Esto permitirá ofrecer 5.2 millones de toneladas de fertilizantes y productos químicos, de los cuales 3.7 serán de producción propia.
La industria textil paraestatal tendrá un presupuesto de egresos de 3 mil millones de pesos para modernizar y lograr la total autosuficiencia operacional y financiera en el corto plazo. Con ello se intenta lograr un suministro de 25.8 millones de metros de tela y casimires y 250 mil toneladas de hilo para uso doméstico e industrial.
CORDEMEX dispondrá de 2,049 millones de pesos para 1983 con los que procesará 65 mil toneladas de henequén.
En la producción paraestatal de papel se espera una producción de 400 mil toneladas para 1983 que cubrirá solamente el 50% de la demanda total.
CONCARRIL espera una producción de 1,710 unidades ferroviarias para 1983; y DINA, en la industria automotriz, estima una producción y comercialización de 9,270 camiones, 750 autobuses, 5,033 camionetas y 1,812 motores. SIDENA por su parte planea producir y ensamblar 10,142 tractores y 33,290 toneladas de productos de fundición.
En la industria naval se terminarán las obras de Astilleros de Veracruz, Mazatlán, Guaymas y Ensenada; se continuará la construcción de 4 buques tanque, 2 graneleros y 5 petroleros.
El fomento industrial se orientará a otorgar apoyos a la mediana y pequeña industria y a mitigar la limitación de divisas, el escaso desarrollo tecnológico, el alto costo de los insumos y el excesivo burocratismo. Para ello se darán financiamientos por 4,342 millones de pesos y se participará con capital de riesgo con 1,185 millones de pesos.
VI. Programas de mención especial
Las difíciles circunstancias en que se diseñó y se instrumentará el presupuesto de egresos de 1983 hizo que se le diera especial importancia a 4 programas que a continuación se examinan:
1. Inversión Pública
Sobre la estructura de las inversiones públicas descansa una parte importante del reordenamiento económico partiendo de la premisa de que lo importante no es cuánto se debe gastar, sino cuánto puede financiarse, a qué ritmo y con qué orientación. Por eso, el presupuesto se preocupa por precisar los medios, fines, estructura, oportunidad y aplicación de los recursos disponibles para inversión.
La gravedad de la crisis obliga a que la inversión pública logre el mayor impacto posible en la creación de empleos y el aumento del bienestar social.
De ahí la necesidad de eliminar proyectos de inversión no prioritarios y de revisar cuidadosamente el costo, la congruencia y el ritmo de los proyectos prioritarios.
El presupuesto de 1983 busca reordenar la inversión pública cuidadosa y selectivamente para privilegiar a los proyectos intensivos en mano de obra, de bajo contenido importado, con periodos cortos de maduración, y que apoyen el desarrollo rural integral, el desarrollo social y la infraestructura básica.
Por todo ello, la exposición de motivos del presupuesto subraya que "se reordenará enérgicamente" la obra pública; se evitará la precipitación, la falta de planeación, el derroche
y la deshonestidad; y se revisará, sobre todo, la inversión del sector industrial.
El programa de inversiones de 1983 será de 1,226 mil millones de pesos (superior en 42% a la de 1982). Su distribución sectorial aparece en el cuadro 63, donde se aprecia que el mayor crecimiento corresponde a los sectores de educación (77%), comunicaciones y transportes (68.5%), salud (66.6%), asentamientos humanos (46.2%) y desarrollo rural (42.4%). Así mismo, se observan crecimientos menores en la inversión de los sectores industrial (23.8%) y energéticos (17%) y se registran tasas negativas en los sectores de pesca (- 21.7%), administración (- 31.5%) y seguridad nacional (- 23.4%).
En el cuadro 64 se muestra la inversión pública del gobierno federal para 1983 (771 mil millones de pesos) distribuida entre sus diferentes componentes, entre los que sobresalen erogaciones adicionales (30% del total), agricultura y recursos hidráulicos (11%), promoción regional (7.8%) y asentamientos humanos y obras públicas (6.6%).
La inversión de los organismos y empresas sujetas a control presupuestal (580 mil millones de pesos), como se muestra en el cuadro 65, se concentra en PEMEX y CFE, que representan el 54.6% y el 26.3% del total, respectivamente. PEMEX sigue manteniendo una elevada participación en el total de la inversión del sector paraestatal, pero una pequeña tasa de crecimiento (7.7%).
La Exposición de Motivos del Presupuesto de Egresos para 1983 subraya que estos montos de inversión representan "el máximo compatible" con el marco de ajuste de la actividad pública frente a la escasez de recursos presupuestarios y la situación de balanza de pagos, y obedece, principalmente, a la necesidad de racionalización y reestructuración que exige el programa inmediato de reordenación económica.
2. Apoyo al Federalismo
La población ha demandado la descentralización de la vida nacional, y en respuesta a esta exigencia popular el presupuesto incluye una serie de acciones que además de incrementar los recursos a los estados y municipios, busca revisar el esquema de competencia entre estos y la federación para descentralizar las responsabilidades gubernamentales. Esto se hará de manera gradual y realista buscando superar el estado raquítico de los recursos municipales y los prepare para absorber eficazmente la planeación, ejecución y operación de las obras y servicios públicos.
Como primer paso, los municipios tendrán nuevas atribuciones en materia presupuestal. En 1983 se articulará de manera integral el manejo de las previsiones presupuestales, con los beneficios provenientes de la Ley de Coordinación Fiscal y de otros programas de gasto federal que asignen recursos a estados y municipios.
Para cumplir con este propósito, el programa de apoyo al federalismo tendrá una asignación de 613.1 mil millones de pesos que se distribuirán como aparece en el cuadro 67. Allí se observa que la mayor cantidad corresponde a las participaciones a estados y municipios (503.1 mil millones de pesos) que registran un crecimiento de 125% con respecto a 1982. El resto se distribuye entre PIDER, CUC, COPLAMAR, subsidios a entidades y municipios y programas especiales de desarrollo rural. Las actividades financieras con estos recursos serán productivas, de beneficio social y de protección al empleo.
Los Programas Estatales de Inversión (PEI) se llevan a cabo con recursos aportados por la federación (por medio del CUC), los estados y los municipios y son los que en mayor medida fortalecen la capacidad de administración y gestión de los gobiernos estatales. Estos programas tendrán como metas: La construcción de 8,932 aulas, la conservación de 48,600 km. de la red de carreteras estatales, la construcción de 4,329 km. de caminos rurales, la rehabilitación y equipamiento de 383 centros de salud y la dotación de agua potable a 520 mil habitantes.
Además del PEI, el CUC ha permitido el establecimiento de procedimientos para la acción coordinada entre la Federación y los Estados, mediante los Programas Sectoriales Concertados (PROSEC) y los Programas de Desarrollo Estatal (PRODES).
La política de gasto del PIDER se ajustó para elevar la importancia de los programas productivos (del 52% en 1982 al 55% en 1983) y reducir la participación de los programas de apoyo (del 39 al 36%), manteniendo el nivel de las acciones de bienestar social (9%). Las metas para 1983 serán: La incorporación de 21,200 hectáreas al riego, el acondicionamiento de 71,350 hectáreas de tierras agrícolas de temporal, el establecimiento y rehabilitación de 39,100 hectáreas de huertos frutícolas, el aumento de la capacidad pesquera a 6,300 toneladas, la ampliación de la infraestructura para la producción acuícola de 1,400 hectáreas, la construcción de 2,000 km. de caminos rurales, el establecimiento y rehabilitación de sistemas de agua potable para 95 mil habitantes y la construcción de 30 aulas.
COPLAMAR se orientará a satisfacer los mínimos de bienestar y promover la creación y diversificación de empleos en las zonas marginadas del país. Sus metas serán: Realizar más de 1,300 obras de agua potable, constituir y operar 2,032 cooperativas de empleo, comercializar 2.5 millones de toneladas de productos básicos, electrificar 366 poblados, y otorgar crédito y asistencia técnica a campesinos en 598 mil hectáreas.
3. Servicios Personales
La modernización de la administración pública requiere, entre otras medidas, reducir o eliminar la rigidez en las asignaciones para el pago de servicios personales y la falta de homogeneidad y transparencia en las remuneraciones.
Por ello, el presupuesto de 1983 incorpora un sistema de administración del personal federal que "garantice la eficiencia y modernice la estructura de los recursos humanos del sector público". Se logrará de esta manera establecer un servicio de carrera en la función pública que cumpla con los siguientes objetivos fundamentales: Proporcionar al servidor público seguridad y estabilidad en el trabajo, propiciando así su desarrollo sano e integral y estimulando el deseo de superación permanente. Adicionalmente habrá un mejor aprovechamiento de la experiencia y conocimientos del funcionario y empleado públicos y se creará un medio propicio para aumentar su conciencia social. Además, se eliminará la excesiva burocratización, corrupción e ineficiencia.
La estrategia para racionalizar la administración del personal federal será gradual y en 1983 se buscará instrumentar el inicio del Catálogo de Puestos, de los Tabuladores y del Sistema Escalafonario, así como las normas que los regirán. El Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal establecerá las funciones de cada puesto y los requisitos de ocupación. También permitirá que los programas de capacitación y desarrollo de personal se ajusten a las demandas reales de la administración pública y su funcionamiento.
El Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal contiene 1,200 puestos agrupados en 10 grupos y 99 ramas de ocupación. Esta estructura en grupos, ramas y puestos, sienta las bases para la implantación del modelo escalafonario que normará los cambios verticales - dentro de un mismo ramo de actividad - y horizontales - de un ramo de actividad a otro que le es afín, pero dentro de un mismo grupo - .
La instalación del Tabulador General exige homogeneizar los sueldos base para evitar que haya diferentes sueldos para una misma función. Este proceso se inició el 1o. de septiembre de este año y permitirá la instalación gradual del tabulador general de sueldos en los próximos 6 años.
Para dar transparencia y uniformidad a las remuneraciones de los funcionarios superiores del gobierno federal se elaboró un tabulador (cuadro 66) con los sueldos y descuentos del Presidente de la República hasta los directores generales. Se buscará que estos niveles de sueldos se hagan extensivos a los de las empresas y organismos descentralizados, así como a los directivos de la banca nacionalizada. En el documento que se dictamina, se subraya que no se trata de un aumento de sueldos a los funcionarios de nivel superior (muchos de ellos incluso los vieron disminuidos, a pesar de su promoción administrativa), sino de introducir orden y racionalidad en una situación caótica.
La intención es homogeneizar las remuneraciones en los diferentes niveles de la Federación, por lo que más adelante se sugerirá al poder judicial que homologue los sueldos del presidente de la Suprema Corte de Justicia con el de Secretario de Estado y los niveles subsiguientes con los correspondientes a funcionarios del poder ejecutivo.
4. Empleo
De no tomar medidas específicas para combatir la tasa de desempleo, ésta sería de 12% en 1983, tres veces superior a la registrada el año pasado. Por ello, los 3 objetivos fundamentales de la política laboral contenida en el presupuesto serán:
- Contener la tendencia de deterioro del empleo para que la tasa actual de desempleo (8%) no se incremente, lo que exige crear 500 mil empleos por encima de la tendencia estimada.
- Conservar el nivel ocupacional actual de la planta productiva.
- Mediatizar las consecuencias sociales del desempleo en áreas particularmente críticas.
En consecuencia, las asignaciones de gasto sectorial apoyarán de manera prioritaria los proyectos intensivos en mano de obra, con poco contenido importado (para que no se desplace la generación de empleos al exterior) y los programas específicamente orientados a la creación de empleos. Entre ellos sobresalen los de inversión en infraestructura carretera y ferroviaria, los programas de bienestar social, y los apoyos al desarrollo rural.
Asimismo, se instrumenta otro conjunto de acciones en las que destacan: 1) El subprograma temporal de empleo en obras municipales, que realizará obra pública en municipios que tengan problemas ocupacionales graves. A quienes se incorporen a este programa se les dará una capacitación mínima. 2) Obras de rehabilitación urbana intensivas en mano de obra, tales como la pavimentación de calles, la construcción de banquetas, áreas verdes, campos deportivos, rehabilitación de viviendas, alumbrado público y agua potable. 3) Se seguirá fortaleciendo el servicio nacional de empleo como mecanismo de acceso a actividades productivas y se fomentarán las acciones orientadas a aumentar la productividad, la capacitación y el adiestramiento. Adicionalmente, se instrumentará el programa de protección al empleo industrial y a la planta productiva, que se propone ayudar a las empresas en dificultades, sobre todo a las pequeñas y medianas, mediante apoyos crediticios, financiamiento preferencial de las importaciones prioritarias y reorientación de las compras del sector público.
El programa de obras municipales es el que tiene mayor incidencia presupuestal y se
ocupará de realizar obras de interés comunitario (altamente intensivas en el uso de la mano de obra) en aquellos municipios que son más afectados por el desempleo. Los Gobiernos Locales manejarán administrativamente este programa que beneficiará el medio urbano a través de obras tales como asfalto de calles, banquetas, vivienda de interés social, agua potable, alcantarillado y alumbrado público. En el medio rural se realizarán obras comunitarias como la construcción de tanques de almacenamiento y tratamiento de agua potable, reforestación y recuperación de suelos, auto - construcción de vivienda y bodegas rurales. Para todo ello se hará una instrumentación gradual seleccionando los municipios que se incorporarán al programa. Los participantes en él tendrán el derecho y la obligación de tomar los cursos que se diseñarán para este efecto y con el propósito de facilitar su colocación cuando se inicie la recuperación de la actividad económica.
VII. Observaciones, conclusiones y sugerencias.
Esta Comisión considera necesario situar al Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 en el contexto de una estrategia que se orienta a superar en el próximo bienio, la crisis más severa que el país ha padecido en los últimos 50 años, y que simultáneamente instrumenta la plataforma sexenal integrada por las siete tesis fundamentales resultantes de la campaña electoral del Presidente de la República actual. Lo anterior implica ubicar al presupuesto en relación con otros instrumentos de política económica que actuarán en forma coordinada para superar las horas difíciles que se viven, pero sin perder de vista los objetivos y metas de mediano y largo plazos. En otras palabras el presupuesto que se dictamina es parte del "Programa Inmediato de Reordenación Económica" dado a conocer en el mensaje presidencial del 1o. de diciembre próximo pasado. Este programa se dirige a la solución de la crisis que sufre el país, al tiempo que se encauza a sentar las bases para lograr un desarrollo económico justo, sostenido y eficiente.
Por ello el presupuesto que nos ocupa tiene objetivos de corto plazo, pero también se orienta hacia el mediano y largo plazos; busca superar los problemas de coyuntura, pero no descuida las deficiencias estructurales existentes. Lo anterior permite una mejor apreciación de las características fundamentales de este presupuesto de egresos que busca reducir la inflación, proteger el empleo, fortalecer el ahorro y la generación de divisas y, sobre todo, convertirse en un apoyo fundamental en la conducción del desarrollo nacional:
Es un presupuesto austero en cuanto a su nivel pero flexible - dentro de los límites establecidos - y con una estructura diferente que favorece los sectores sociales, hace posible un programa de emergencia del empleo, mantiene los gastos de operación indispensables, limita las prestaciones a funcionarios públicos dándole transparencia y racionalidad a sus sueldos, apoya programas para el desarrollo regional y el fomento al federalismo, está inserto en el nuevo sistema nacional de planeación democrática e introduce reformas en su seguimiento y control. Además, se financia con recursos no inflacionarios y reduce el crédito interno y externo para disminuir, en consecuencia, la excesiva carga financiera que absorbe recursos que de otra manera se destinarían a los programas prioritarios.
Las características anteriores fundamentan nuestro voto de confianza al presupuesto que se dictamina. Esto a su vez nos compromete a vigilar el cumplimiento de los objetivos y metas que plantea, cumplimiento que podrá evaluarse con mayor precisión si se avanza en la propuesta - ya expresada en el Dictamen de la Cuenta Pública de 1981- de reorientar la información para que sirva cada vez más a propósitos distributivos.
Las características mencionadas constituyen avances importantes que contribuyen al mejor cumplimiento de los fines del Estado Mexicano, que a su vez sirven de guía a este presupuesto de egresos y a los demás instrumentos que conforman la estrategia sexenal.
A estos avances habría que agregar el compromiso ya manifestado por el Secretario de Programación y Presupuesto durante su reciente comparecencia ante esta soberanía cuando dijo: "Por instrucciones del Presidente de la República, y en respuesta al dictamen sobre la Cuenta Pública de la Comisión de Presupuestos de esta Cámara, se establecerán mecanismos para que el Congreso obtenga información oportuna y permanente a lo largo del año sobre el ejercicio del presupuesto, para evitar que las desviaciones en su asignación se detecten tardíamente y sin justificación. Asimismo, se introducirán medidas para que el Congreso conozca con oportunidad los elementos generales de la integración del presupuesto para 1984".
Con el propósito de hacer efectivo este pronunciamiento, así como para fortalecer las facultades y el ejercicio de las atribuciones del Poder Legislativo, la Comisión Dictaminadora decidió modificar la Iniciativa del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 a fin de incluir en el Artículo 16 un párrafo que dispone el envío de información trimestral a la Cámara de Diputados sobre el ejercicio del gasto aprobado para este ejercicio.
Por el mismo motivo, la Comisión adicionó un segundo párrafo al Artículo 38 para que se informe a esta Soberanía sobre las razones y criterios específicos que fundamenten las medidas para promover la disolución, liquidación o extinción de las entidades de la administración pública paraestatal que no cumplan sus fines u objeto social, o cuyo funcionamiento no sea conveniente desde el punto de vista de la economía nacional y/o del interés público, así como las propuestas de la fusión de aquéllas otras cuya actividad combinada redunde en un incremento en su eficiencia y productividad.
Para seguir vigorizando al Poder Legislativo, esta Comisión dictaminadora estudiará y propondrá mecanismos de coordinación con el Ejecutivo para promover la participación de aquél a lo largo de todo el proceso presupuestal.
Adicionalmente, la Comisión hará una revisión integral de la legislación presupuestaria y propondrá diversas modificaciones para asegurar su congruencia y adecuarla a la realidad actual de la economía nacional, la administración pública y, sobre todo, a los propósitos de fiscalización más estricta de la actividad del Estado que persiguen el Legislativo y el Ejecutivo de la Unión.
En la misma dirección, esta Comisión ve con beneplácito la decisión del Secretario de Programación y Presupuesto de reunirse por lo menos 4 veces al año, una vez cada 3 meses, con esta Comisión, para dialogar sobre el avance del presupuesto del año y las perspectivas de desenvolvimiento del mismo.
En congruencia con el propósito de fortalecer al Poder Legislativo, la Comisión optó por añadir, en la iniciativa del decreto que se dictamina, un artículo que separa el presupuesto del Poder Legislativo del de los demás poderes, modificando así el proyecto original donde aparecía junto con los ramos del Poder Ejecutivo. De manera que en el Artículo 2o. de la iniciativa del proyecto de decreto, se separó el ramo 00001 (Poder Legislativo) y se creó el Artículo 3o. donde figura por separado. Ahora en el decreto modificado por esta Comisión, los presupuestos del Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial aparecen en artículos diferentes.
En la misma línea, en los artículos transitorios se decidió agregar un Artículo 3o. para fortalecer el quehacer de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados en el sentido de que la Secretaría de Programación y Presupuesto dicte las medidas necesarias en la esfera administrativa para que la citada Contaduría ejercite debidamente las facultades que en materia del gasto público se le atribuyen en este decreto y en las leyes que resulten aplicables. El fortalecimiento de la Contaduría incluye también la decisión de proponer un incremento en su presupuesto realizado, posteriormente, las transferencias del caso.
A fin de hacer compatible el presupuesto de egresos de 1983 con las modificaciones recién aprobadas en la Ley de Ingresos de la Federación, la Comisión cambió el Artículo 2o. para restar del monto correspondiente al ramo 23 (Erogaciones Adicionales) los 50,000 millones de pesos en que se estimaron tales modificaciones. Esta cantidad será distribuida entre los diferentes programas y subprogramas incluidos en el ramo de erogaciones adicionales cuidando que no se afecten los programas prioritarios. De tales variaciones deberá darse cuenta a esta Soberanía en el primer informe trimestral de avance del presupuesto de 1983.
Otros cambios incluidos en la Iniciativa del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación son los siguientes:
- El Artículo 7o. de la Iniciativa, 8o., de la Propuesta, se modifica con relación a la numeración del Artículo 10, que en él se señalaba y se agrega dentro de la salvedad que previene el Artículo 27 de la Iniciativa, 28 de la Propuesta.
- En el Artículo 9o. de la Iniciativa, 10 de la Propuesta, se hace un cambio de forma en el enunciado del mismo.
- En el párrafo final del Artículo 10 de la Iniciativa, 11 de la Propuesta, se agrega la palabra "también", para mayor precisión del mismo.
- En el Artículo 14 de la Iniciativa 15 de la Propuesta, se añade la intervención de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se precisa la obligación del Ejecutivo y la participación de la Secretaría de Programación y Presupuesto en materia de fideicomisos.
- En los artículos 16, 18 y 24 de la Iniciativa, 17, 19 y 25 de la Propuesta, se cambia el número de los artículos que en ellos se citan debido a que se recorre la numeración. En el Artículo 17, además, se corrige la puntuación para mejor comprensión de los supuestos jurídicos considerados.
- En el Artículo 20 de la Iniciativa, 21 de la Propuesta, se adiciona a la Fracción I un segundo párrafo relativo a las remuneraciones por horas extraordinarias, se reforma el segundo párrafo de esa fracción en el mismo sentido, y se suprimen las fracciones IV y V.
- Se adiciona el Artículo 38 de la Iniciativa, 39 de la Propuesta, con la frase "que podrán realizar las dependencias y entidades" para mayor claridad.
No obstante estas modificaciones, la Comisión desea subrayar que la Iniciativa del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 contiene avances sobresalientes con respecto a decretos anteriores. Entre ellos sobresalen la reorganización de su contenido normativo creando 2 capítulos, el tradicional de "disposiciones generales", y otro sobre "disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales". Además se sistematizaron las resoluciones en materia de subsidios, se incluyeron nuevos ordenamientos para regular la obligación de informar a la Secretaría de Programación y Presupuesto y se hace una presentación por separado de los presupuestos del gobierno federal, de la administración pública paraestatal y de la deuda, creando en este último caso la reserva para apoyo y reestructuración financiera de organismos y empresas sujetas a control presupuestal.
Una de las innovaciones más sobresalientes del proyecto de presupuesto de egresos de la federación para 1983 es la presentación de un "Presupuesto de Divisas del Sector Público". Sin embargo, la Iniciativa de Proyecto de Decreto no contiene ningún artículo sobre el destino de estas ni sobre la obligatoriedad de su asignación; de aquí que esta Comisión proponga que el manejo de las divisas disponibles obedezca estrictamente a las prioridades señaladas en tal presupuesto, cuidando que no se utilicen
en un orden distinto al preestablecido y que no haya desviaciones hacia otros usos.
Para vigilar el cumplimiento de esta propuesta, la Comisión Dictaminadora solicita que en los informes trimestrales ya mencionados y en la Cuenta Pública se detalle el destino de las divisas del sector público.
Por otra parte, la Comisión está consciente de que el presupuesto será modificado en su clasificación administrativa una vez que se aprueben las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública, cambios que deberán ser notificados a esta Soberanía en el primer informe trimestral de 1983.
Asimismo, la Comisión desearía conocer, no sólo los traslados de los diferentes programas a la nueva clasificación administrativa del gasto, sino también la distribución de tales programas por sectores económicos, De esta manera de llenaría una omisión inexplicable, tanto en el presupuesto como en la Cuenta Pública, ya que no obstante que la clasificación sectorial es la más importante en el análisis de ambos documentos, no se incluye un desglose de sus programas y estos aparecen sólo en la clasificación administrativa.
Adicionalmente, esta Comisión sugiere que se hagan cambios en la presentación del presupuesto para que se incluya la manera de pasar del gasto administrativo, que es el que aparece en el proyecto de decreto, al gasto programable o sectorizable, que es el fundamento del análisis sectorial - tema que se lleva la mayor parte de la exposición de motivos del presupuesto de egresos.
La Comisión reconoce que el presupuesto tendrá que incorporarse al Plan Nacional de Desarrollo que será presentado el próximo mes de mayo y espera ser informada de esta incorporación. En este contexto, expresamos el deseo de que se esclarezcan los vínculos existentes entre los grandes objetivos del Proyecto Nacional que sustentan al Plan, con sus objetivos y metas y con los objetivos, metas y acciones del presupuesto de egresos.
En tal sentido, esta Comisión sugiere una revisión en el planteamiento de objetivos y metas de cada programa para hacerlos congruentes con las funciones que la ley consigna al organismo responsable, ya que en las discusiones de la Comisión llamó la atención que en algunos casos no se le diera la importancia debida a los programas o proyectos que estaban más directamente vinculados con la función principal de la dependencia o entidad responsable.
En el mismo orden de ideas, la Comisión reitera la sugerencia de que se redefinan las metas para efectos presupuestales y se fortalezca la evaluación de proyectos en las dependencias, ya que, como se puso de manifiesto en las discusiones celebradas en el seno de la Comisión, hay proyectos que no pasarían, de entrada, una evaluación desde el punto de vista social.
La Comisión manifiesta que a pesar de la experiencia adquirida en el examen y revisión de la Cuenta Pública, aún es difícil analizar la justificación o congruencia de los montos presupuestados, no sólo por los escasos días disponibles para hacer el dictamen, sino también por falta de un grupo de estudio permanente que proporcione elementos que permitan mayor precisión en el examen de la vinculación entre el presupuesto y su estructura con los objetivos y metas fundamentales que pretenden alcanzarse.
El problema relacionado con la disponibilidad de tiempo se corregirá con el fortalecimiento de la participación del Legislativo en el proceso presupuestal ya mencionado, pero esto a su vez incrementa la urgencia de contar con el grupo indicado y con los sistemas modernos de computación y procesamiento de datos propuestos en el dictamen de la Cuenta Pública.
Los progresos registrados en el proceso de programación - presupuestación y en el Sistema Nacional de Planeación, así como los adelantos que se esperan al instrumentarse las medidas que esta Comisión propone, fomentarán la actividad dinámica y vigilante de la Cámara de Diputados y fortalecerán la democratización integral que define nuestra Constitución.
Por lo expuesto con anterioridad y de conformidad con lo que se dispone en los artículos 65,74 fracción IV, 75 y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, 16, 17 y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 10 de la Ley General de Deuda Pública; 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones relativas aplicables, la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública propone a esta H. Representación Nacional la aprobación del siguiente
PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1983
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1o. El Ejercicio presupuestal y control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1983, se sujetará a las disposiciones de este Decreto y a las que resulten aplicables a la materia.
Artículo 2o. Las erogaciones previstas en el Presupuesto de Egresos para la Presidencia de la República, las dependencias del Ejecutivo Federal y los Ramos de Aportaciones a Seguridad Social, Erogaciones Adicionales y Promoción Regional para el año de 1983, importan la cantidad de $2'778,799'116,000.00 (DOS BILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES, CIENTO DIEZ Y SEIS MIL PESOS 00/100 M. N.) y se distribuyen de la siguiente manera:
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Artículo 3o. El Presupuesto de Egresos del Poder Legislativo para el año de 1983, importa la cantidad $1,512'700,000. (Un mil quinientos doce millones setecientos mil pesos 00/100 Moneda Nacional).
Artículo 4o. El Presupuesto de Egresos del Poder Judicial para el año de 1983, importa la cantidad de $2,783'752,000.00 (Dos mil setecientos ochenta y tres millones, setecientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 Moneda Nacional).
Artículo 5o. Las erogaciones previstas para el año de 1983, correspondientes a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, cuyos programas están incluidos en este presupuesto, se distribuyen en las siguientes entidades:
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Artículo 6o. El gasto asignado a la Deuda Pública para el año de 1983 importa la cantidad de $2'821,894'010,000.00 (dos billones ochocientos veintiún mil ochocientos noventa y cuatro millones diez mil pesos 00/100 Moneda Nacional), y se distribuyen de la siguiente manera
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Artículo 7o. Se faculta al Ejecutivo Federal para que, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación otros organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, además de los señalados en el Artículo 5o. de este Decreto, así como fijar la fecha a partir de la cual se sujetarán a dicho control presupuestal.
Artículo 8o. En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se sujetarán estrictamente a los calendarios de pagos que les apruebe la Secretaría de Programación y Presupuesto y salvo lo previsto en los artículos 11 y 28, no se autorizarán ampliaciones líquidas a los presupuestos ni adecuaciones a los calendarios de pagos que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recursos; en consecuencia, se observará un cuidadoso control del ejercicio presupuestal.
Artículo 9o. Las ministraciones de fondos de las dependencias y entidades serán autorizadas por la Secretaría de Programación y Presupuesto, de acuerdo con los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación; en consecuencia, las mismas ejercerán sus presupuestos con base en estas autorizaciones, limitándose a los montos consignados en los programas respectivos.
Artículo 10. La Secretaría de Programación y Presupuesto, dando vista a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, constituirá las responsabilidades a que haya lugar a los titulares o directivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, en su caso, podrá reservar la autorización de ministraciones de fondos a éstas:
I. Cuando no envíen los informes o documentos que les sean requeridos en relación al ejercicio de sus presupuestos y al avance bimestral de las metas señaladas en los programas que tengan a su cargo;
II. Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no se cumplen con las metas de los programas aprobados;
III. Cuando en el desarrollo de los programas se capten desviaciones que entorpezcan la ejecución de éstos y constituyan distracciones en las erogaciones asignadas a los mismos; y
IV. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto dicte la Secretaría de Programación y Presupuesto.
La Secretaría de Programación y Presupuesto tomará además medidas presupuestarias conducentes para corregir las situaciones indicadas.
Artículo 11. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, autorizará erogaciones adicionales hasta por el importe de ingresos excedentes en la siguiente forma:
I. Los que resulten de los ingresos ordinarios a que se refiere el Artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación, con excepción de los incisos 1 y 2 de su fracción II, "Aportaciones y abonos retenidos a los trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", y "Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores", serán aplicados a los programas prioritarios, preferentemente de interés social, que apruebe el Ejecutivo Federal por conducto de dicha Secretaría, dentro de los sectores de atención especial. De dichos ingresos se asignarán, igualmente, los recursos necesarios para el sostenimiento del Instituto de Estudios Legislativos, en monto que no exceda al 5% del gasto corriente presupuestado para el Poder Legislativo, los que serán ejercidos por conducto de la Cámara de Diputados;
II. Los relativos a ingresos ordinarios presupuestarios de organismos descentralizados y empresas de participación estatal, se aplicarán por las propias entidades para el desarrollo de sus programas prioritarios o estratégicos previa autorización del Presidente de la República, dictada por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto; y
III. Los ingresos extraordinarios que obtenga el Gobierno Federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubiesen sido contratados.
El Ejecutivo Federal al presentar a la Cámara de Diputados la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 1983, también dará cuenta de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición y hará el análisis de la aplicación de los excedentes a los conceptos a que se refieren las fracciones que anteceden.
Artículo 12. Todas las cantidades que se recauden por cualquiera de las dependencias federales, no podrán destinarse a fines específicos, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que, previo dictamen de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se requieran para atender las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.
Artículo 13. Los importes no devengados en sueldos, sueldos al personal obrero, haberes, sobresueldos, sobresueldos al personal obrero, sobrehaberes, sueldos diferenciales por zonas, diferencias por salario mínimo, prima quinquenal por años de servicios efectivos prestados, acreditación por años de servicios en la docencia y al personal administrativo de las instituciones de educación superior, acreditación por titulación en la docencia, así como las diferencias en cambios, quedarán definitivamente como economías del presupuesto y en ningún caso se podrá hacer uso de ellos.
Artículo 14. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Programación y Presupuesto, y de conformidad con las reglas que expida el propio Ejecutivo, podrá aplicar al financiamiento de gastos prioritarios o estratégicos del Gobierno Federal, los remanentes que tengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritarias entre sus ingresos y gastos netos, que se consignen. como
erogaciones recuperables dentro de sus presupuestos.
Artículo 15. El Ejecutivo Federal oyendo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizará, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, el incremento de los fideicomisos constituidos en el Banco de México para el fomento de las exportaciones de productos manufacturados y para el equipamiento industrial, así como para la realización de las operaciones análogas que proponga la Secretaría de Hacienda en los contratos de fideicomisos. Para este efecto, los incrementos se harán con cargo al impuesto sobre la importación de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación.
Artículo 16. La Secretaría de Programación y Presupuesto deberá vigilar que la ejecución del Presupuesto de Egresos de la Federación se haga en forma estricta, para lo cual tendrá amplias facultades a fin de que toda erogación con cargo a dicho presupuesto esté debidamente justificada y comprobada con apego a la ley y proveerá lo necesario para que se finquen las responsabilidades y apliquen las sanciones correspondientes cuando, efectuadas las investigaciones del caso, resulte que se realizaron erogaciones que se consideren lesivas para los intereses del Erario Federal. La dependencia del Ejecutivo Federal antes indicada, tomará todas las medidas que estime necesarias, tendientes a lograr la mayor eficiencia y economía en el gasto público y a la realización honesta del mismo.
La Secretaría de Programación y Presupuesto enviará informes preliminares trimestrales a la Cámara de Diputados de la ejecución del gasto público aprobado para este ejercicio.
Artículo 17. La Secretaría de Programación y Presupuesto, en el ejercicio del Presupuesto, vigilará que no se adquieran compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en contravención a lo dispuesto en este mismo párrafo.
Será causa de responsabilidad de los titulares o directivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, contraer compromisos fuera de las limitaciones de los presupuestos aprobados para las mismas; acordar erogaciones en forma que no permita, dentro del monto autorizado en sus programas respectivos, la atención de los servicios públicos durante todo el ejercicio presupuestal; así como el titular de la Secretaría de Programación y Presupuesto autorizar dichos compromisos, salvo lo previsto en el Artículo 11 del presente Decreto.
Artículo 18. En cada una de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los encargados de los programas, subprogramas y proyectos serán los responsables tanto del avance físico de los mismos, como del manejo de los recursos financieros.
Artículo 19. La administración, control y ejercicio de los ramos de Erogaciones Adicionales, Aportaciones a Seguridad Social, Promoción Regional, así como la reserva para apoyo y reestructuración financiera de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, a que se refiere la última parte del Artículo 6o. del presente Decreto, se encomiendan a la Secretaría de Programación y Presupuesto.
La Administración, control y ejercicio del Ramo de la Deuda Pública, será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO SEGUNDO
Disposiciones de racionalidad, austeridad
y disciplina presupuestales
Artículo 20. Sin perjuicio de lo que establece el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, serán responsables en los términos de este capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.
Artículo 21. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus erogaciones por concepto de Servicios Personales, deberán:
I. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores de la Administración Pública Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas por la Secretaría de Programación, así como las señaladas en Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal.
Las remuneraciones adicionales por horas extraordinarias, así como los estímulos por eficiencia en la actuación se regularán por las disposiciones que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto. Tratándose de las remuneraciones por jornadas ordinarias o por horas extraordinarias y otras prestaciones del personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;
II. Abstenerse de cubrir gastos por contratos de honorarios que en cualquier forma supongan el incremento, con respecto al ejercicio de 1982, del número de los contratos relativos y de los montos de las asignaciones respectivas; y
III. Eliminar las compensaciones de cualquier naturaleza a título de representación en juntas, consejos, comités técnicos y otros, así como gastos de representación.
Artículo 22. En el ejercicio del presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1983, no se podrán efectuar:
I. Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:
a) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos, con excepción de las erogaciones que expresamente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto.
b) Vehículos terrestres aéreos y marítimos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad y soberanía nacional.
II. Gastos con cargo a la partida de erogaciones imprevistas.
Artículo 23. Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican se efectuarán siempre y cuando se justifique su contribución a la consecución de los objetivos y metas de los programas aprobados, y se cuenten con la autorización expresa del Titular de la dependencia o entidad correspondiente:
I. Mantenimiento y conservación de bienes inmuebles, mobiliario y equipo de oficinas públicas;
II. Gastos Menores, del ceremonial y de orden social;
III. Comisiones del personal al extranjero;
IV. Contratación de Asesorías, Estudios e investigaciones;
V. Publicidad, propaganda y publicaciones oficiales. En estos casos las dependencias y entidades deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del sector público y el tiempo que por Ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal y las erogaciones por estos conceptos deberán ser autorizadas previamente por las Secretarías de Gobernación y de Programación y Presupuesto; y
VI. Congresos, Convenciones, Ferias, Festivales y Exposiciones.
Artículo 24. En el ejercicio del gasto de inversiones públicas comprendido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983, se observarán las siguientes medidas:
I. Se deberá aprovechar la mano de obra e insumos locales y emplear al máximo la capacidad instalada productiva para abatir costos;
II. Se continuarán aquellas obras que no impliquen importaciones, limitando o difiriendo, en su caso, las que requieran insumos de procedencia extranjera para su terminación.
III. Se otorgará preferencia a aquellos proyectos en proceso de mayor avance relativo y de más alta prioridad;
IV. Se diferirán las obras de construcción y remodelación de edificios e instalaciones para oficinas administrativas;
V. Sólo se autorizará la inversión en nuevos proyectos de conformidad con las disposiciones establecidas, otorgando prioridad a las obras complementarias de proyectos en proceso que sean consecuentes y congruentes con los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo;
VI. Las inversiones financieras se orientarán:
a) A fomentar y desarrollar selectivamente las actividades y ramas de producción consideradas como fundamentales para el desarrollo del país; y
b) Al financiamiento de empresas públicas que promuevan la producción y comercialización de productos básicos, así como de bienes de capital;
VII. Las dependencias y entidades deberán cubrir sus necesidades de operación mediante la utilización máxima de sus inventarios procediendo a la tabulación y reclasificación de los mismos, y a la enajenación en los términos de la Ley de la materia de los que se consideran obsoletos a fin de evitar la existencia de recursos ociosos.
Artículo 25. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal estarán obligadas a proporcionar a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información en los términos y plazos que ésta los requiera, para vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21, 22, 23 y 24 del presente Decreto.
Artículo 26. A fin de identificar los niveles de liquidez, así como para operar la compensación de créditos o adeudos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal informarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Programación y Presupuesto por conducto de las instituciones de banca y crédito que operen en la República o en el extranjero, de sus depósitos en dinero y valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias. Para tal efecto el Ejecutivo Federal dictará las normas correspondientes.
Artículo 27. El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos de la Federación y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición de las dependencias y entidades las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.
Artículo 28. La Secretaría de Programación y Presupuesto, atendiendo a las políticas y orientaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México, y de acuerdo a los flujos reales de divisas y de Moneda Nacional, efectuará las adecuaciones necesarias a los calendarios de pagos en función de los requerimientos y disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.
Artículo 29. Las dependencias y entidades quedan obligadas a informar a las Secretarías de Programación y Presupuesto, de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México, en la forma y periodicidad que estos determinen, los movimientos presupuestas que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos.
Artículo 30. Las erogaciones por concepto de subsidios y aportaciones con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación, se sujetarán a los siguientes criterios:
I. El otorgamiento deberá ser selectivo, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estratégicos o prioritarios;
II. Se considerarán preferenciales las aportaciones destinadas a la capitalización de las empresas públicas; a la formación de capital en ramas y sectores básicos de la economía y al financiamiento de actividades definidas como estratégicas, que en el mediano plazo propicien la generación de recursos propios;
III. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán reducir conforme a la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;
IV. Los subsidios a los precios de los bienes se mantendrán a niveles que estimulen a los productores y que al mismos tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores; y
V. No se deberán otorgar subsidios o aportaciones cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.
Artículo 31. Las instituciones encargadas de prestar el servicio público de banca y crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, sólo podrán conceder subsidios, ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios o dar ayuda de cualquier clase, con la autorización previa y por escrito de la Secretaría de Programación y Presupuesto, a la que presentarán para este efecto las solicitudes relativas que reciban, una vez aprobadas por los órganos competentes de la institución, organismo o empresas de que se trate y por el coordinador de sector correspondiente.
Los administradores, directores, gerentes o los representantes responsables de las entidades mencionadas en el párrafo anterior, deberán disponer el registro contable anual de todos los subsidios, donativos, gratificaciones, obsequios y ayudas proporcionadas durante el ejercicio, anotando su objeto, monto y el nombre del beneficiario, así como remitir a la Secretaría de Programación y Presupuesto, con la periodicidad que ésta lo requiera, un informe de los mismos.
Artículo 32. Los beneficiarios de subsidios de cualquier índole, otorgados por el Gobierno Federal, deberán rendir cuentas detallada de la aplicación de los fondos a la Secretaría de Programación y Presupuesto, acompañando los respectivos comprobantes, así como la información y justificación correspondiente en la forma que ésta los requiera; asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda igualmente facultada para vigilar y evaluar los resultados de los estímulos fiscales.
El incumplimiento en la rendición de la cuenta comprobada motivará en su caso, la inmediata suspensión de las subsecuentes ministraciones de fondos que por el mismo concepto se hubieren autorizado, así como el reintegro de lo se haya suministrado.
Artículo 33. La Secretará de Programación y Presupuesto se abstendrá de autorizar subsidios, donativos, o ayudas que, no contribuyan la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideran de beneficio social, así como aquellos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos de la Federación o cuyo principales ingresos provengan de éste.
Artículo 34. Para la autorización de transferencias a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria con cargo al Presupuesto de Egresos, la dependencia encargada de la coordinación sectorial verificará previamente:
I. Que se justifique la necesidad de recursos en función del estado de liquidez de la entidad beneficiaria
II. Que las entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase; y
III. El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.
Se suspenderá la ministración de fondos por parte de las dependencias, cuando las entidades beneficiarias no remitan la información físico financiera en los términos y plazos establecidos en las disposiciones vigentes.
Artículo 35. Los subsidios con cargo a impuestos federales, las devoluciones de impuestos, los estímulos fiscales, así como las participaciones que sobre impuestos y productos federales correspondan a las entidades federativas, al Distrito Federal o a los municipios, se sujetarán a las reglas que fije la Ley de Ingresos de la Federación y se deberán comunicar a la Secretaría de Programación y Presupuesto, a fin de que realice la afectación presupuestal correspondiente.
Artículo 36. El Ejecutivo Federal podrá abstenerse de ministrar subsidios a las entidades federativas y a los municipios que en sus ordenamientos locales tengan establecido gravámenes tributarios, sea cual fuere el aspecto que se les dé, con violación de los artículos 73 fracción XXIX, 117 fracción V, y 131 de la Constitución General de la República, sobre las fuentes de imposición privativas de la Federación.
El Ejecutivo Federal podrá abstenerse igualmente de ministrar subsidios y concertar programas de coordinación servicios e inversiones con las entidades federativas que graven con impuestos locales los sueldos y salarios de los empleados de la Federación, de los organismos descentralizados, de las empresas de participación estatal mayoritaria, de las que operen mediante concesión federal y de las instituciones de banca y crédito.
En la entrega de las participaciones federales a los gobiernos estatales y municipios se estará a los dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal.
Artículo 37. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, dictará las medidas necesarias a efecto de que las dependencias de la Administración Pública Centralizada procedan de inmediato a reorganizar sus estructuras administrativas. con el objeto de racionalizar
efectivamente la utilización y aplicación de sus recursos humanos y financieros y de reducir éstos a los mínimos indispensables que se requieran para el adecuado ejercicio de la funciones de las propias dependencias.
Artículo 38. La Secretaría de Programación y Presupuesto tomará las medidas conducentes a promover la disolución, liquidación o extinción, en el menor tiempo posible, de las entidades de la Administración Pública Paraestatal que no cumplan sus fines u objeto social, o cuyo funcionamiento no sea ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional y/o del interés público. Asimismo, propondrá la fusión de aquellas otras cuya actividad combinada redunde en un incremento en su eficiencia y productividad.
La Secretaría de Programación y Presupuesto informará a la Cámara de Diputados de las razones y criterios específicos que fundamenten el ejercicio de estas atribuciones.
Artículo 39. Para los efectos del Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas, las bases para determinar los límites de los montos de las obras que podrán realizar las dependencias y entidades durante el año de 1983, serán las siguientes.
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La secretaría de Programación y Presupuesto, vigilará el cumplimiento de esta disposición.
Artículo 40. La Secretaría de Programación y Presupuesto está facultada para interpretar las disposiciones del presente Decreto para efectos administrativos así como para establecer las medias conducentes a su correcta aplicación.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día primero de enero de 1983.
Segundo. El Ejecutivo Federal queda facultado para que, conforme a los programas y dentro de los montos del Presupuesto de Egresos aprobados por el presente Decreto, efectúe los traspasos y transferencias que resulten procedentes, respecto a las dependencias y ramos correspondientes, como consecuencia de las adecuaciones a la organización y funcionamiento de la Administración Pública Federal Centralizada que apruebe el Congreso de la Unión. Del ejercicio de esta facultad, el Ejecutivo Federal informará al rendir la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal.
Tercero. La Secretaría de Programación y Presupuesto dictará las medidas necesarias para en la esfera administrativa a fin de que la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados ejercite debidamente las facultades que en materia de gasto público se le atribuyen en este Decreto y en las leyes que resulten aplicables.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, D. F. a 28 de diciembre de 1982.
Los diputados miembros de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública. Manuel Cavazos Lerma, presidente; Irma Cué de Duarte, secretaria; Juan Mariano Acoltzin Vidal, Genaro Borrego Estrada, Alvaro Brito Alonso, Ma. Luisa Calzada de Campos, Oscar Cantón Zetina, Rolando Cordera Campos, Iván García Solís, Antonio Fabila Meléndez, Juan José Hinojosa, Julieta Guevara Bautista, Enrique León Martínez, Luz Lajous, Moisés Raúl López Laines, Raúl López García, Eugenio A. Mayoral Bracamontes, David Lomelí Contreras, José Ignacio Monge Rangel, Esteban Nuñez Perea, Teresa Orduño Gurza, Alejandro Posadas Espinosa, Gerardo Ramos Romo, Héctor Ramírez Cuéllar, Dulce María Sauri Riancho, Enrique Soto Izquierdo, Homero Tovilla Cristiani, Jorge Treviño Martínez, Antonio Vélez Torres, Astolfo Vicencio Tovar, Aidé E. Villalobos Rivera, Manuel Villa Issa, Ricardo Castillo Peralta."
ANEXO ESTADÍSTICO.
CUADRO 1
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL PODER LEGISLATIVO, LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LAS DEPENDENCIAS DEL EJECUTIVO FEDERAL Y LOS RAMOS DE APORTACIONES A SEGURIDAD SOCIAL, EROGACIONES ADICIONALES Y PROMOCIÓN REGIONAL GASTO CORRIENTE Y DE CAPITAL, 1983
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CUADRO 1
PROYECTO DE GASTO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA CENTRAL
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CUADRO 2
PROGRAMAS DEL PODER LEGISLATIVO
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CUADRO 3
PROGRAMAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
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CUADRO 4
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
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CUADRO 5
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
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CUADRO 6
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO
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CUADRO 7
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL
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CUADRO 8
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRÁULICOS
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CUADRO 9
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
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CUADRO 10
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE COMERCIO
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CUADRO 11
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
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CUADRO 12
PROGRAMA DE LA SECRETARÍA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA
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CUADRO 13
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE MARINA
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CUADRO 14
PROGRAMA DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
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CUADRO 15
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA
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CUADRO 16
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE PESCA
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CUADRO 17
PROGRAMAS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
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CUADRO 18
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
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CUADRO 19
PROGRAMAS DE LAS APORTACIONES A SEGURIDAD SOCIAL
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CUADRO 20
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y OBRAS PÚBLICAS
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CUADRO 21
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE TURISMO
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CUADRO 22
PROGRAMA DE EROGACIONES ADICIONALES
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CUADRO 23
PROGRAMAS DE LA SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
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CUADRO 24
PROGRAMAS DE PROMOCIÓN REGIONAL
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CUADRO 25
EGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL
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CUADRO 26
CLASIFICACIÓN SECTORIAL DE LAS TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL 1983
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CUADRO 27
TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL
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CUADRO 28
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE 1983, DE ORGANISMOS Y EMPRESAS CONTROLADOS PRESUPUESTALMENTE
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CUADRO 29
PROYECTO DE GASTO DE LA ADMINISTRACIÓN PARAESTATAL 1
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CUADRO 30
PROGRAMAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO
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CUADRO 31
PROGRAMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
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CUADRO 32
PROGRAMAS DE PRODUCTORA E IMPORTADORA DE PAPEL, S. A. DE C. V.
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CUADRO 34
PROGRAMAS DE LA FORESTAL VICENTE GUERRERO
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CUADRO 35
PROGRAMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL CAFÉ
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CUADRO 36
PROGRAMAS DE PRODUCTOS FORESTALES MEXICANOS
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CUADRO 37
PROGRAMAS DE AERONAVES DE MÉXICO, S. A.
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CUADRO 38
PROGRAMA DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
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CUADRO 39
PROGRAMAS DE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
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CUADRO 40
PROGRAMAS DEL FERROCARRIL CHIHUAHUA AL PACIFICO, S. A. DE C. V.
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CUADRO 41
PROGRAMAS DEL FERROCARRIL DEL PACIFICO, S. A. DE C. V.
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CUADRO 42
PROGRAMAS DEL FERROCARRIL SONORA BAJA CALIFORNIA, S. A. DE C. V.
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CUADRO 43
PROGRAMAS DE FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO
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CUADRO 44
PROGRAMAS DE LA COMPAÑÍA NACIONAL
DE SUBSISTENCIAS POPULARES
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CUADRO 45
PROGRAMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DE
COMERCIO EXTERIOR
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CUADRO 46
PROGRAMAS DE PRODUCTOS PESQUEROS MEXICANOS
E INDUSTRIAS PESQUERAS DEL NOROESTE
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CUADRO 47
PROGRAMAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD
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CUADRO 48
PROGRAMAS DE LA COMPAÑÍA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO
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CUADRO 49
PROGRAMAS DE LA CONSTRUCTORA NACIONAL DE
CARROS DE FERROCARRIL
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CUADRO 50
PROGRAMAS DE DIESEL NACIONAL, S. A.
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CUADRO 51
PROGRAMAS DE FERTILIZANTES MEXICANOS, S. A.
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CUADRO 52
PROGRAMAS DE PETRÓLEOS MEXICANOS
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CUADRO 53
PROGRAMAS DE LA SIDERÚRGICA
LÁZARO CÁRDENAS LAS TRUCHAS, S. A.
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CUADRO 54
PROGRAMAS DE SIDERÚRGICA NACIONAL, S. A.
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CUADRO 55
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LOS ORGANISMOS Y EMPRESAS PARA 1983
RESUMEN POR OBJETO DEL GASTO
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CUADRO 56
PROGRAMA DE SERVICIO DE LA DEUDA
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CUADRO 57
DEUDA DEL SECTOR PUBLICO PRESUPUESTAL 1982-1983
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CUADRO 58
DEUDA DE LOS ORGANISMOS CONTROLADOS PRESUPUESTALMENTE
1982-1983
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CUADRO 59
AHORRO CORRIENTE DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
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CUADRO 60
AHORRO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA PARAESTATAL
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CUADRO 61
GASTO PRESUPUESTAL SECTORIZABLE PARA 1983
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CUADRO 62
GASTO PRESUPUESTAL SECTORIZABLE PARA 1983
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CUADRO 63
PROGRAMA DE INVERSIÓN PUBLICA PRESUPUESTAL
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CUADRO 64
INVERSIÓN PUBLICA DEL GOBIERNO FEDERAL, 1983
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CUADRO 65
INVERSIÓN PUBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PARAESTATAL
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CUADRO 66
TABULADOR GENERAL DE SUELDOS MENSUALES DE FUNCIONARIOS DE
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA CENTRAL
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CUADRO 67
PROGRAMAS DE APOYO AL FEDERALISMO
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CUADRO 68
PRESUPUESTO DE DIVISAS DEL SECTOR PUBLICO PRESUPUESTAL 1983
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El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido por la Oficialía Mayor entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa su segunda lectura y se pone a discusión.
El C. secretario Everardo Gamíz Fernández: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general... Se dispensa la segunda lectura al dictamen, señor Presidente.
El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general.
Se abre el registro de oradores.
Govela Autrey, Ricardo Antonio; a favor, Netzahualcóyotl de la Vega, a favor.
La Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra los siguientes ciudadanos diputados: Astolfo Vicencio Tovar, Iván García Solís, Juan Campos Vega y Raymundo León Osuna.
Tiene la palabra el ciudadano diputado Astolfo Vicencio Tovar.
El C. Astolfo Vicencio Tovar: Señor Presidente, señores diputados. Un Presupuesto de Egresos es sin lugar a dudas un programa de gobierno y en este caso el proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 nos indica cómo actuará el Gobierno Federal el próximo año. Como todos los años, este Presupuesto es un catálogo de buenas intenciones que esperamos se lleven a cabo, sobre todo lo asentado en el capítulo II del proyecto del Decreto que se ha denominado Disposiciones de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestales. Un capitulo derivado de la necesidad ineludible de solucionar la crisis, una crisis aplastante provocada en forma irresponsable por el gobierno del sexenio pasado. Y esta crisis se reflejó en la inflacionaria Ley de Ingresos de la Federación que Acción Nacional votó en contra fundamentalmente porque empobrecerá aún más a los sectores más pobres de la población.
El proyecto de Presupuesto que nos ocupa se deriva lógicamente de esa Ley de Ingresos y sus efectos, como lo dijimos en la discusión de la Miscelánea Fiscal, serán altamente inflacionarios, por lo que el voto de la diputación de Acción Nacional será en contra. Pero antes de exponer las razones para ello, quisiera hacer unas reflexiones.
El proyecto de Presupuesto tiene cosas positivas como reducir el déficit en proporción al producto interno bruto del 16.5% en 1982 al 8.5% en 1983. Este es un elemento importante en la lucha contra la inflación, por primera vez en muchos años el porcentaje de egresos brutos respecto al BID PIB bajará. En esta ocasión del 48% al 46.9%. Otra actitud positiva del régimen para el ordenamiento del gasto es la creación del tabulador de salarios para los funcionarios públicos que esperamos se cumpla de acuerdo con lo señalado en el proyecto de Egresos. Pensamos que la austeridad en el gasto es más bien un esfuerzo sin precedente, vía ingresos, pues por un lado el gasto bruto se reduce en un 2.6% en pesos constantes, y el gasto neto en 1.2%. Y por otro lado los ingresos aumentan en 13.5% real, pero este margen de reducción en el gasto es tan frágil que con cualquier desviación, por mínima que ésta sea, se puede disparar el gasto a índices muy superiores al ingreso, como sucedió en 1981 que, según la Cuenta Pública, se excedió en 96% de lo presupuestado. Y como se cita en los criterios económicos de la Presidencia de la República, anexo al proyecto de Presupuesto, la cuestión ya no es cuánto debemos gastar, sino cuánto podemos, a qué ritmo y cómo asignarlo mejor. Y lo máximo que podremos es lo que se captará presionando por todos lados a la economía del pueblo, de acuerdo con la Ley de Ingresos Aprobada.
Precisamente en la discusión de la Cuenta de 1981, el diputado Manuel Cavazos, en su sobria intervención, nos dijo que el Presupuesto de Egresos no era una camisa de fuerza, tratando de dar a entender que debe ser elástico. Aquí discrepamos un poco, Manuel, no un poco, sino un mucho. En esta época de crisis y austeridad la disciplina en el ejercicio del Presupuesto es vital; el Presupuesto es una ley que como todas las leyes debe cumplirse una vez aprobada si no tendría caso esta discusión. Si hasta las normas más simples se cumplen como, por ejemplo, cuando han pasado las 4 horas reglamentarias de sesión, el Presidente de esta Cámara nos dice: "....han transcurrido las cuatro horas de sesión que marca el Reglamento. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo tal... etcétera". Si hasta este ordenamiento que aparentemente no es de gran trascendencia se cumple, cómo no hacerlo con un Presupuesto que significa más de 7 billones de pesos para la nación, y que compromete el bienestar del pueblo (aplausos).
Exigimos su estricto cumplimiento y el seguimiento del gasto para corregir a tiempo cualquier desviación, y que cualquiera que ésta sea, se informe a esta Cámara para su conocimiento y su aprobación.
Votaremos en contra del proyecto de Presupuesto por muchas razones de las que expondré unas cuantas: No podemos estar de acuerdo con un Presupuesto del Gobierno Federal en que sus dos principales renglones, el de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con 670 mil millones y el de erogaciones adicionales con 551 mil millones representan el 45% de su monto.
Esto abre la puerta para romper el orden que debe seguirse en el ejercicio del presupuesto, porque esta situación fomenta las transferencias en forma subjetiva y caprichosa que ha dado origen a desviaciones significativas en otros presupuestos.
Por las mismas razones, tampoco podemos aprobar el programa de transferencias, cuyo
monto es de más de un billón de pesos, un billón de pesos. El sentido programático del presupuesto pierde seriedad al admitir que el 25% del mismo pueda ser transferible, en lugar de que las partidas asignadas queden dentro de los renglones presupuestales. Esas transferencias son motivadas principalmente por la ineficiencia de las paraestatales, que constituyen un lastre para la nación y, por lo tanto, seguiremos insistiendo en que se liquiden todas aquellas que no sean productivas y que se incluyan en el presupuesto todas las que lo sean o desarrollen una función social.
Para ilustrar a esta Asamblea, en la actualidad existen 895 como sigue: 88 organismos descentralizados, 531 empresas de participación estatal mayoritaria 200 fideicomisos y 62 empresas de participación estatal minoritarias.
Todas ellas no sujetas a control presupuestal más las 27 que sí se incluyen en el presupuesto, reciben subsidios del gobierno federal, vía transferencias.
Por otro lado, y de acuerdo con la organización sectorial, Agricultura y Recursos Hidráulicos tiene a su cargo 80, Gobernación 26, Asentamientos Humanos 64, Comunicaciones y Transportes 59, Hacienda y Crédito Público 127 y Patrimonio y Fomento Industrial la friolera de 323, de las cuales sólo 8 se incluyen en el presupuesto.
No todas las 27 sujetas a control son las más importantes. Por ejemplo, Hacienda y Crédito Público hará transferencias al Banco Nacional de Crédito Rural, sólo en 1983, por 67 mil millones de pesos que aunado a su gasto corriente, que no conocemos, debe representar una importantísima suma.
Todos estos miles y miles de millones de pesos son irrecuperables, pues en gran parte se destinan a cancelar créditos no pagados por la mala planeación e ineficiencia de las actividades agropecuarias. Este es, señores diputados, el precio de la sumisión política del campesino.
Y para terminar con las paraestatales, el 100% del incremento de la deuda de PEMEX, CONASUPO y FERTIMEX, será externa, lo que aumentará la deuda pública externa por sólo estas tres empresas en más de 543 mil millones de pesos.
Nos llama poderosamente la atención el por qué la banca, ahora propiedad del Estado no esté incluida en el presupuesto. ¿Qué acaso la estatización de la banca no fue el acto político y económico más significativo del régimen pasado? Sospechamos que después de las declaraciones del Secretario de Hacienda, en el sentido de que la banca había perdido 170 mil millones de pesos desde que el gobierno se hizo cargo de ella, se trata de ocultar su nueva situación financiera.
¿Si sólo a Nacional Financiera se le otorgarán en el próximo ejercicio 5,562 millones de pesos, con cuánto se subsidiará con cargo al Presupuesto a Banamex, Bancomer o Serfín? (Aplausos.)
Otra partida que no está incluida y ni siquiera mencionada en el proyecto, es la correspondiente a la nueva Secretaría de Estado, la Contraloría General de la Federación. En el programa de erogaciones adicionales se destinan 100 mil millones de pesos a un programa especial de protección al empleo; desearíamos se nos informara con más detalle en qué va a consistir.
Lo que es inadmisible y queremos recalcar con toda energía, es que el Presupuesto sea salvajemente sacudido por el servicio de la deuda. De 2.8 billones presupuestados, corresponderán al gobierno federal 1.7 billones y a los organismos y empresas 1.1 billones de pesos. De las cantidades anteriores 1 billón 714 mil millones se emplearan en el pago de intereses, sólo 933 mil millones en la amortización de capital y 175 mil millones pagaderos.
Por primera vez en la historia presupuestal existe déficit financiero en este servicio. En 1982 los financiamientos fueron de un billón 182 mil millones y el servicio de la deuda de sólo 722 mil millones, por lo que hubo un superávit financiero de 460 mil millones.
Pero en 1983 la situación se torna grave.
Sólo se prevé un financiamiento de 2 billones 217 mil millones contra un servicio de la deuda de 2 billones 822 mil millones, lo que arroja un déficit financiero de 551 mil millones de pesos.
Todas estas cifras que son superiores a las relatadas en las mil y una noches, son confusas si se contemplan fríamente, pero para que ustedes, señores diputados, se den cuenta de su trascendencia, únicamente les diré que en 1983 tenemos que pagar, sólo por intereses 200 millones de pesos cada hora, las 24 horas del día durante todos los días del año, 200 millones de pesos cada hora.
Además, por amortización de capital, 127 millones cada hora, o sea que en total debemos pagar 327 millones de pesos, 327 millones de pesos cada hora, las 24 horas del día durante todo el año.
Así no hay economía que aguante, y esa es la resultante de la crisis que estamos viviendo, crisis interna, no del exterior, crisis provocada, no natural distinta a la del 76.
En 1976, la deuda era de 19 mil millones de dólares y nos parecía exagerada, y en sólo seis años se elevó hasta 85 mil millones de dólares, hasta este fin de año del 82.
Y este año ha sido peor. Por un lado aumentó considerablemente la deuda, y por otro, tuvo un impacto devaluatorio impresionante. De 25 pesos a que se cotizaba el dólar en enero, subió hasta 150 pesos en diciembre, o sea un desplome del valor de nuestro peso del 600%. sólo en el año de 1982.
No es muy difícil encontrar la causa y los causantes de este desastre. La política económica equivocada de un crecimiento constante y ficticio del 8%, la petrolización de la economía con las fatales consecuencias al desplomarse el precio del petróleo. Acción Nacional alzó la voz de alerta en 1980 y 1981, pero no se le oyó. La emisión indiscriminada de circulante, el dispendio, la ineficiencia y la corrupción son las causas. Los causantes,
funcionarios públicos del régimen lopezportillista desde el más alto nivel.
Exigimos una vez más que se efectúe una exhaustiva investigación de los manejos del erario en el régimen pasado y se aplique la ley con todo rigor a los responsables.
No podemos quedarnos con los brazos cruzados ante este atentado, que ha resquebrajado los cimientos económicos de la nación.
También y para salir en parte del atolladero en que estamos inmersos por la deuda pública, es imperativo renegociar esta deuda a mediano y largo plazo.
Los plazos cortos en el pago nos están ahogando.
Por último, el Segundo Transitorio del Proyecto de Decreto, otorga al Ejecutivo facultades similares a las de la Ley de Ingresos de la Federación.
Se le faculta para que a su arbitrio efectúe traspasos y transferencias dentro de los renglones del presupuesto.
Nos oponemos a ello, puesto que si esta Cámara aprueba el presupuesto, debe cumplirse en sus términos. Aun cuando hemos objetado lo que nos parece mal planteado en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 1983, Acción Nacional comparte la preocupación del gobierno para salvar a México de la crisis y tiene fe en que el esfuerzo conjunto, la disciplina en el presupuesto, aun tal como está, la racional y respaldada emisión de circulante y una administración honrada y eficiente, serán factores importantes para iniciar el arranque en la reestructuración de nuestra economía y pronto podamos vislumbrar un México mejor. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Iván García Solís
El C. Iván García Solís: Señor Presidente; ciudadanos diputados:
Iniciamos este debate en circunstancias poco propicias para que la discusión corresponda a la importancia del tema.
No sólo se trata de la premura, no por conocida menos censurable, que hace de los últimos días de sesiones un torneo inútil o casi, en el que el partido oficial impone punto más, comas menos, los proyectos de reforma legal o nuevas normas que envía a la Cámara el Presidente de la República.
Hoy, es algo más. Estamos ante el panorama casi completo del conjunto de cambios legislativos que el actual gobierno realiza para abrir un amplio cauce, más todavía, a su política antipopular y favorable a la gran empresa y a la oligarquía de este país.
La apresurada e intempestiva aprobación de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, que rehabilita a los banqueros para que entren por la ventana nuevamente a las finanzas, después de haber sido sacados por la puerta. Y entrarán así sea horizontalmente como lo dice cierta clase de socialismo, es uno de los puntos de definición más importantes de la política del gobierno.
Pero también lo son la restricción de derechos a los trabajadores del Estado, la reorganización eficientista y paramidal de la Administración Pública, la imposición de una ley que sólo presagia una pseudoplaneación económica verticalista totalmente depositada en el área de decisión del Poder Ejecutivo, y tan dudosos depositada en el área de decisión del Poder Ejecutivo, y de tan dudosos resultados como la del pasado gobierno que hizo aparecer y desaparecer sin pena ni gloria el incumplido y ya sepultado Plan Global de Desarrollo. Y desde luego punto importante en esta secuela de adecuaciones legales es la aplicación de reformas a la Constitución para dar paso a una política económica que evite a la gran empresa privada los sobresaltos de medidas radicales como la pasada nacionalización de la Banca, medida por cierto hoy en franco proceso de disolución. Es en este marco que se realiza la discusión sobre el presupuesto y es en este tema donde se hace sentir también de manera muy acusada la necesidad de modificar a fondo los procedimientos y prácticas parlamentarias, a fin de que el proceso legislativo simple y llanamente sea también un poder.
Señalado lo anterior, entramos al tema. La Comisión ha rendido un dictamen favorable a la propuesta del Ejecutivo, recogiendo a la vez algunas propuestas que hizo nuestro partido en relación a diversos artículos del proyecto del Decreto.
Sin restar mérito a la actitud positiva asumida por la Presidencia de la Comisión en el curso de los trabajos, queremos hacer el juicio objetivo del resultado final de los mismos:
Que es un proyecto de aprobación de un presupuesto inaceptable, tanto por la política de que es resultado como por el papel que jugará en la economía nacional.
En efecto, el presupuesto proviene de una política fiscal inequitativa que recaudará más de los trabajadores y las capas medias que de los grandes ricos de México, quienes podrán seguir dándose el lujo de pagar cualquier impuesto al lujo por multiplicado que este sea.
Es decir, podrá seguir manteniendo su insultante nivel de vida.
Por otra parte, el presupuesto estará al servicio de una política restrictiva, de estancamiento y de severas dificultades para la mayoría de la población.
La pregunta fundamental que debemos hacernos entonces es, si este es el presupuesto que demanda la coyuntura política por la que atraviesa el país.
Si es el adecuado tanto en sus montos como en su estructura para hacer frente al mejoramiento material y cultural de nuestro pueblo. Para ello tenemos que referirnos, así sea brevemente, al contexto económico que por cierto fue omitido en el dictamen. En 1983 este es un primer y elocuente dato, la economía registrará, eso que irónicamente los economistas llaman "crecimiento cero" y que dicho en un idioma aceptable es simplemente estancamiento absoluto.
Consecuentemente, el empleo disminuirá a niveles sin precedente. Para mediados del año próximo se prevé que el desempleo abierto signifique
entre un 12 y un 13% de la población económicamente activa. Finalmente y este es un tercer dato tampoco optimista como los otros dos, la inflación en el menos malo de los casos se situará arriba del 60% Muchos efectos negativos recaerán sobre las capas populares el próximo nada próspero año, pero concretamente qué respuesta ofrecerá el Presupuesto a los 3 problemas mencionados: estancamiento, desempleo e inflación, ninguna que pueda definirse como útil y eficaz. Por el contrario, el Presupuesto y su política implícita contribuirá a profundizar la crisis social, mantendrá la recesión, agudizará el desempleo, su efecto para combatir la inflación por otra parte, es enteramente dudoso si atendemos a la política dominante que consiste en la elevación constante de precios de artículos de primera necesidad, así como de tarifas de servicios diversos.
En el presupuesto que discutimos, pese a declaraciones en contrario, está presente un abierto conservadurismo económico, se reniega verbalmente del desprestigiado neoliberalismo, pero se le practica, se le asume incluso asoma en la argumentación oficial, citamos, textualmente, lo más importante, se dice en el dictamen, no es cuanto se debe gastar, sino cuánto pueda financiarse, a qué ritmo y con qué orientación afirmación por cierto comentada favorablemente aquí por el PAN. Bajo tal concepción, como es evidente, el gasto publico se supedita a criterios estrictamente financieros, en vez de dársele el rango de un instrumento del Estado para dar respuestas a las demandas y necesidades sociales, así como para impulsar un real desarrollo económico. Esta concepción estrecha, doméstica en el mejor sentido de la palabra, converge con la tesis sostenida insistentemente por el PAN y por eso decíamos ha sido aquí aplaudida, que localiza el origen de la inflación, no en la discrepancia entre una producción suficiente y mal orientada y su expresión monetaria, sino en el "excesivo gasto Público", y de modo particular en el déficit financiero del gobierno federal.
Esa política por cierto, comentamos, no es la que aquí hace unas noches mencionó como política previsible y ya casi inmediata, el diputado don José González Torres, quien hablaba de un presocialismo, por el contrario, se trata de un neoliberalismo taimado el que se está ofreciendo para la política económica de este país. No otra cosa es la aceptación de esa tesis, no otra cosa es que la aceptación de esa tesis es la insistencia del gobierno en convertir en objetivos centrales de su política la reducción del déficit financiero del gobierno federal, hasta situarlo en un equivalente de un 8.5% del producto interno. Igual idea alienta la afirmación, que se convierte de hecho en amenaza, de que si el gasto rebasara lo presupuestado habría que recurrir a la emisión primaria de moneda multiplicando así la inflación. Igual sentido cobra la absurda decisión de disminuir el presupuesto en 50 mil millones sólo porque, como lo difundieron reiteradamente los tecnócratas instalados en la Secretaría de Hacienda, y así como la Comisión Homóloga de esta Cámara, las desgravaciones fiscales aprobadas por los diputados corresponden a esa cantidad.
De este modo, pasivamente, servilmente, se acepta un reajuste, cuya necesidad no está demostrada y al que no se hace frente con la enérgica y necesaria decisión de proyectar una efectiva reforma fiscal, así como un sistema efectivo para combatir la elevación de impuestos, siempre a cargo del gran capital. La moraleja que la Secretaría de Hacienda pretende imponer es clara: si el Congreso desgrava, así sea parcial y tímidamente, la carga que pesa sobre los trabajadores y el pueblo, el resultado es el mayor castigo del propio presupuesto; en vez de invertir las proporciones injustas de la recaudación, simplemente se reduce aún más el presupuesto. Esto es inaceptable y nosotros lo rechazamos.
Por otra parte, y este criterio atraviesa toda la fundamentación del presupuesto, se repite sin cesar hay que cuidarse de un gasto excesivo, pero cuál es el criterio para calificarlo como tal. Porque si lo vemos desde el ángulo de los enormes apoyos y estímulos que se destinan a la gran empresa privada, el gasto, por lo menos en este aspecto, sí es excesivo, pero si lo confrontamos con las carencias que afectan a la mayoría de la población, el gasto, lejos de ser excesivo, es insuficiente. Frente a los millones de analfabetas, frente a los cuales, en vez de proyectos serios, se ofrece el espejismo de sistemas abiertos, cuya evaluación nunca es seria ni confiable; frente a los millones de niños y jóvenes que quedan fuera de la educación básica, media y superior; frente al hecho real. cierto y comprobable de que en gran parte debido al insuficiente apoyo material la calidad de la educación decrece sin cesar, ante al hecho visible y cotidiano de que la gratuidad de la enseñanza, en contravención con lo estipulado en el Artículo 3 Constitucional, es puesta en entredicho a través de los sistemas descentralizados que implican cotización, cooperación y otras formas de cobro; frente a los millones de marginados sin acceso alguno a los servicios de salud; frente a los millones de mexicanos desnutridos, sin vivienda, sin servicios, frente a este panorama preguntamos, ¿se puede hablar de gasto excesivo?
Pasando al campo productivo, si tomamos en cuenta los grandes rezagos en que se mantiene el país prácticamente en todos los sectores, no podemos hablar de gasto excesivo; no si consideramos a los campesinos que no reciben crédito ni asistencia técnica; a los industriales pequeños y medianos impedidos para incorporar nuevas tecnologías asfixiados por usuarias tasas de interés; no si atendemos a los pequeños comerciantes sometidos a los acaparadores y especuladores que monopolizan la distribución de los bienes que demanda la población .
Frente a ello, insistimos ¿qué es gasto excesivo? Todo el panorama descrito es hecho a
un lado por los presupuestadores de la insuficiencia y de la desigualdad; hoy, todo el interés del grupo gobernante se centra en buscar ficticios equilibrios financieros, políticas que coinciden con la orientación del fondo monetario internacional, entidad que, de modo muy revelador, recién en estos días ha confirmado los créditos autorizados a México, justamente cuando se confirma que el gobierno de nuestro país está por concluir la aprobación de la política restrictiva, contradiccionista y de estancamiento que estamos comentando y combatiendo.
Las razones anteriores son más que suficientes para fundar nuestro voto negativo en relación al dictamen que aquí discutimos, es el voto negativo de la mayoría de la población, es el rechazo de toda una política económica que se hace a nombre del pueblo pero que en realidad se dirige en contra de sus intereses. Pasemos ahora a otro aspecto del problema.
Hablemos de la distribución y aplicación del presupuesto. Ya notamos que en una proporción muy grande se destinará al pago de la deuda.
En 1982 este rubro rebasó el 78% de la estimación original; hoy registrará nada menos que un crecimiento del 100%, es decir, ascenderá a 2.8 billones.
Dicho de modo más gráfico, si en 82 se estima que de cada peso 32.3 centavos se destinarán al pago de la deuda, para el año de 83 dicho concepto requerirá 39.4 centavos de cada peso, es decir sube de 32.3 a 39.4 centavos por cada peso.
Por otra parte el llamado gasto sectorial, que es el que tiene una incidencia directa sobre el conjunto de la economía y de los servicios públicos y sociales, baja su participación frente a la parte del gasto considerada como no sectorizable y que en su mayor parte está constituida por el servicio a la deuda.
En cifras podemos apreciar mejor este cambio: Si para 81 el gasto sectorial representó el 71% del total para 83 la participación caerá en 52, a la inversa de lo que ocurre con el gasto no sectorizable que subirá del 28.5 al 47.5.
Por lo que hace a la necesaria reorientación del gasto hacia la inversión, este propósito no se confirma, pues los recursos que se destinarán a ésta, tienen un crecimiento menor que los que se canalizarán al gasto corriente.
Un cambio que conviene registrar es el que derivará un mayor gasto de capital para el Gobierno Federal y para los organismos y empresas. Aquí deseamos destacar que el mayor incremento del gasto corriente corresponde al rubro denominado Erogaciones Adicionales, las cuales cubren un 8.3% del gasto total, y en buena parte su programación es imprecisa. Insistimos en que de aprobarse este presupuesto, el Congreso estará firmando un cheque en blanco para la asignación y el ejercicio de cantidades no expresamente autorizadas.
En la comparecencia del Secretario de Programación nuestro partido demandó que se especifique claramente el destino de esta cantidad de reserva para programas especiales y no se deje al arbitrio del gobierno su aplicación.
Sin embargo, el Proyecto de Decreto en su Artículo 18 deja dicho ejercicio de esas sumas en manos de la Secretaría de Programación.
Esa es una muestra clara y elocuente de que estamos lejos de alcanzar la llamada transparencia del gasto y de como la Cámara no interviene en la asignación precisa de recursos presupuestarios. Esto debe ser corregido sin más demora.
Esta imprecisión de la cual surge la duda de lo que puede ser la eficacia real del programa de empleo, cuyo soporte presupuestario no está claramente explicitado en el decreto.
Por otra parte, se observan menores asignaciones en relación a años anteriores para empresas y organismos controlados, a los cuales se les condiciona eventuales aumentos, según su mejoramiento productivo. Petróleo y electricidad, por otra parte, absorberán para 83 más del 80% de la inversión de las empresas paraestatales, lo cual ilustra la política de desatención del desarrollo industrial del sector paraestatal.
El sector siderúrgico y ferrocarriles mantienen la misma proporción, dos terceras partes del incremento de la inversión paraestatal lo absorbe la Comisión Federal de Electricidad.
Finalmente, podemos observar un ligero avance porcentual en educación, que abarcará 14.5 del gasto sectorial en desarrollo rural, 14.5 en salud, 12.7 en comunicaciones, 8.5 en comercio y abasto, presididos todos ellos por energéticos 25%
Sin embargo y como ya se mencionó el gasto sectorial bajará a un 52.5% lo que repercute en la política del área y produce efectos negativos sobre el empleo Para terminar comentaremos brevemente el proyecto de decreto aprobatorio preparado por la comisión.
En primer lugar reiteramos nuestra demanda en el sentido de que se dé mayor participación a la Cámara de Diputados y a la Contaduría Mayor de Hacienda en la fiscalización y el control del ejercicio del gasto. Demandamos también, que se desglose el rubro "Erogaciones Adicionales" y el de reserva para programas especiales, de modo tal que su autorización sea para proyectos explícitos y no se convierta en campo de maniobra administrativa sin control alguno.
También hemos propuesto informes trimestrales, lo que ha sido recogido en el dictamen. Eso es positivo. Un aspecto que nos interesa mencionar de modo especial, es la concepción de austeridad, vigilancia y control que pretende aplicar la Secretaría de Programación, así como sus posibles consecuencias.
Bien que se vigile el buen uso de los fondos, pero que ello se haga en forma democrática y no de manera policial. Reivindicamos el derecho y capacidad de los partidos políticos, de los trabajadores del Estado, así como de los usuarios de los servicios públicos, para vigilar la aplicación del presupuesto.
Proponemos, por tanto, la formación de comités de vigilancia presupuestaria democráticos, que incluyan a trabajadores de las áreas donde se ejerce el Presupuesto. Ellos pueden y sabrán detectar incongruencias, irracionalidades y desperdicios, que generalmente son cometidos por los funcionarios mayores y menores y no por los trabajadores de base.
También deben participar en un nivel más alto representantes de partidos políticos y usuarios de servicios. En las instituciones de seguridad social podrían formarse comités tanto de trabajadores de la salud como de derecho - habientes encargados de aplicar en la forma más racional los recursos existentes así como fundamentar la aplicación de los mismos.
Este mecanismo permitiría no sólo la aplicación justa de recursos, sino también impedir que las llamadas economías presupuestarias se realicen a costa de elevar irracionalmente cargas de trabajo, de no pagar horas extras o de hacer contrataciones por debajo de las condiciones generales de trabajo como ha sido práctica corriente.
Contra el manejo descentralizado, perdón, centralizado del presupuesto por la Secretaría respectiva y la de próxima creación la de Contraloría, oponemos la alternativa de un control democrático.
Frente al tecnocratismo eficientista, demandamos el establecimiento de elementos de gestión democrática y de nueva administración del Estado.
En México han existido en el pasado experiencia importantes en este sentido.
En los años 20 las comunidades educativas administraban las escuelas racionalistas y lo hacían con éxito. En 1938 el secretario particular del Presidente Cárdenas, Luis I. Rodríguez, reconoció la capacidad de autogestión de los trabajadores de la educación que demandaban en ese tiempo la federalización de la enseñanza.
Y en los años que corren, en las áreas donde la descentralización de la administración de los servicios públicos va acompañada de una participación de los trabajadores en el uso de los recursos, los resultados son positivos.
Nos oponemos, por tanto a la concepción de control exclusivamente de tipo administrativo, autoritario y piramidal que domina el ejercicio del presupuesto y como alternativa proponemos formas de vigilancia y ejercicio presupuestario democrático. En este nivel asociamos eficacia y manejo honesto de fondos con democracia y no con burocratización y amenazas.
Ciudadanos diputados el Presupuesto que aquí discutimos, así como las propuestas de su ejercicio y control, corresponden a una visión de un México tecnocratizado y antidemocrático, corresponden a una política de restricciones y dificultades para la mayoría de la población y de garantía al alto nivel de ganancias para la gran patronal nacional y extranjera. Merece por tanto que se vote en contra del mismo, los miembros del grupo parlamentario del PSUM votaremos en contra y proseguiremos la lucha por verdaderos cambios democráticos en este país. Muchas gracias. (Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Raymundo León Ozuna.
El C. Raymundo León Ozuna: Señor Presidente; señoras y señores. La Fracción Parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, sostiene que el espíritu de la Constitución en materia del Presupuesto, estriba no sólo en que los dineros del pueblo se gasten en su beneficio, sino que va más allá, principalmente en lo referente a cómo se va a gastar, en qué se va a gastar y cuánto se va a gastar, y que todo ello sea democráticamente consultado con el pueblo, luego esto, a través de su Asamblea nacional, es quien debe establecer cuáles son los objetivos y prioridades a las cuales se deberán de dar particular importancia; es así que el pueblo a través de la consulta que se debe de hacer a la Cámara de Diputados en materia de Presupuesto de Egresos de la Federación, Deuda Pública, el que debe de resolver cuáles deben ser los canales concretos que deban utilizar para alcanzar esos objetivos. En nuestra opinión, el Presupuesto de Egresos es el Programa Económico del gobierno, importante sobre todo en los momentos actuales de crisis para combatir la inflación y fomentar dentro de sus áreas de competencia, el sano desarrollo a la economía nacional, y la justa distribución del ingreso. Pero entendemos que para abatir la inflación, hacer un sano desarrollo de la economía nacional y realizar la justa distribución del Ingreso, el Estado debe ejercer disciplina presupuestal con apego a las normas constitucionales. No debe, pues, haber gastos públicos sin previa autorización; principalmente en los últimos 12 años, que han sido de indisciplina presupuestal total por parte de los jefes del Ejecutivo y con grave deterioro a las facultades soberanas de esta Cámara de Diputados.
Se ha llegado a presupuestos de egresos deficitarios, con cifras astronómicas, que van de un presupuesto de egresos ejercido en 1971 de 30 mil millones de pesos a un presupuesto ejercido en 1982 de 4.5 billones de pesos y un gasto presupuestado para el año de 1983 de 7.2 billones de pesos, resultado del ejercicio de estas cifras que pretendieron evitar los espíritus de la Caja de Pandora, como fueron las 4 macrodevaluaciones, inflación de más del 100%, desempleo generalizado, estatismo de la economía y modificación de la iniciativa económica de los particulares, y a los marginados, pobres y olvidados, a quienes estos presupuestos pretendieron llevarles la justicia social, se encuentran más marginados y olvidados.
El proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación y el dictamen de la Comisión de Programación y Cuenta Pública de esta Cámara de Diputados hablan en sus considerandos de una real austeridad del gasto público y que no habrá crecimiento del mismo para 1983, pero no compartimos su opinión en la materia porque el incremento del gasto
público es de un 60% en relación con el gasto ejercido en 1982, que si lo comparamos con el gasto presupuestado en 1982 nos dará un incremento del 117%. Ahora bien, podrían argumentar los que se anotaron en el pro del dictamen, que este incremento es nulo ya que la inflación prevista para 1983 será del 50%, pero recordemos que quien ha provocado la inflación ha sido el gobierno, responsable principalmente de las causas internas de la crisis, recordando además, de que este presupuesto en que se fincó, se incrementó sobre la base del gasto ejercido en 1982, que pasará a la historia como el más deficitario y que fue el del orden del 36% del original presupuestado, por lo que dudamos de la austeridad del gasto para 1983, ya que estamos seguros que la mayoría de los mexicanos no estarán en condiciones de aumentar su gasto familiar en ese porcentaje, más bien se reducirá.
Lo grave de este presupuesto no está en las cantidades, en su 60% de incremento en relación a 1982, si esta Cámara ejerciera realmente sus facultades ejecutivas de control del mismo y no se redujera a simple rastreador del mismo, como lo propone la Comisión en su dictamen, ya que mientras persistan en los proyectos de presupuesto artículos como el séptimo y el once que le dan facultades discrecionales al Ejecutivo para romper con la disciplina presupuestal, lo que menos tiene este presupuesto es ser un presupuesto, ya que se le dan libertades amplias para gastar en exceso lo que quiera, sin límite; se le da una tarjeta de crédito, todo con el poder de su firma, la llave del mundo va con su personalidad.
Ya el mismo Secretario de Programación y Presupuesto en su comparecencia del día 13 de diciembre, manifestó que es saludable de que el tope presupuestal establecido se mantenga, además de que hay la intención del Ejecutivo de mantener el nivel de presupuesto al monto que autorice esta H. Cámara. Es plausible entonces la intención del Ejecutivo de respetar el monto autorizado, por lo que no entendemos cómo la Comisión en su dictamen mantiene vigentes artículos como el séptimo y el once de una ley secundaria que viola la Constitución basándose en las bondades de una supuesta flexibilidad del gasto que contraviene la disciplina del presupuesto.
El Partido Demócrata Mexicano, siendo consecuente con los planteamientos y juicios en que su fracción parlamentaria razonó su voto en contra del debate de la Ley de Ingresos de la Federación, sostenemos por lo tanto que el Presupuesto de Egresos que estamos analizando, en vez de estar fincando en bases sólidas, lo han dejado flotando en el espacio, ya que la reforma fiscal, no es reforma, sino un simple programa de más impuestos que recae principalmente en las clases marginadas, al grado de constituir el riesgo de agotar a la fuente misma de los impuestos, pues a mayor diversificación de los mismos, menor vigilancia y observancia se podrán ejercer.
Se basa también el Presupuesto de Egresos en las exportaciones de mercancía, petróleo y en la captación de divisas generadas por el turismo respectivo. Y no hay seguridad en la estabilidad de los precios internacionales del petróleo, ya que como se reconoció aquí, en la comparecencia del Secretario de Programación y Presupuesto, el 50% de los expertos financieros predicen el alza, el resto la baja. El turismo internacional requiere de un marco de estabilidad financiera y económica para poder viajar a nuestro país, que difícilmente lograremos para el año de 1983, por lo que se corre el riesgo de acudir al endeudamiento externo y crecimiento acelerado de la base monetaria. Si el Estado no hace un esfuerzo real combatiendo la corrupción y ejerciendo menos gastos, estamos ante el peligro de una nueva crisis.
Sector Central. Se han asignado 2.8 billones de pesos, de los cuales el 50% de este presupuesto se ejercerá en los renglones de erogaciones extraordinarias, transferencias y subsidios, quiere decir que la mitad del presupuesto del sector central, no está presupuestada ya que con esto el Ejecutivo tratará de resignar partidas a programas de Secretarías, organismos descentralizados y paraestatales que su juicio lo requieran. Con esta práctica, no es difícil en el Demócrata Mexicano, hacer un examen serio del Presupuesto de Egresos, para buscar ya sea la justificación o congruencia de los montos presupuestados.
En concreto se ejercerán 601 miles de millones de pesos, en erogaciones extraordinarias, mediante las que según el dictamen, se le dará flexibilidad al Presupuesto.
En el dictamen se refieren en forma genérica y no segura, acerca de cómo se va a gastar y en qué se va a gastar. Pero en sí, afirmamos, deben fijarse los lineamientos de aplicación.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejercerá 670 miles de millones de pesos, de los cuales 33 miles de millones de pesos, para la Secretaría y de 503 miles de millones de pesos a las entidades federativas y municipios. Quedando en forma injustificada 123.9 miles de millones de pesos para los programas intersectoriales COPLAMAR, CUC, PIDER, siendo estos tres programas, de los principales organismos responsables del proceso inflacionario que vive el país. Son intermediarios improductivos.
Cabe señalar el dato que entre 1970 y 1980, el incremento medio anual de los subsidios ha sido del 39% y han pasado de más de 16.1 miles de millones de pesos en el primer año a 428 miles de millones en el último. En general, los subsidios han sido los responsables de que el Estado dedique cada año menos porcentaje para la construcción de carreteras, educación y salubridad.
Es, pues, demanda del Partido Demócrata Mexicano que estos programas intersectoriales sean desmantelados de inmediato y se apliquen sus montos al fortalecimiento de los Estados y municipios, siendo estos los instrumentos
constitucionales y naturales de la distribución del egreso en apoyo al federalismo.
Sector Paraestatal. Insistimos en que la grave crisis económica que padecemos es resultado de un problema de estructura pues las tendencias históricas del gasto público en México no corresponden al estado actual de su desarrollo económico ya que más que ajustes en cada partida se requieren ajustes de gran magnitud en las políticas de subsidios y transferencias en este sector.
En este proyecto de Presupuesto de Egresos encontramos que en el rubro de las paraestatales éstas ejercerán un pago por concepto de deuda pública de un billón 115 mil millones de pesos. Transferencias 455 mil millones de pesos y por recursos propios en la venta de sus bienes y servicios esos alcanzarán 728,000 millones de pesos, al gasto total es de un billón 969,000 millones de pesos, de este gasto sólo habrá recursos propios y sanos por un poco más de la tercera parte del gasto total; ello revela su operación perdidosa y deficitaria injustificable, esto ahora en que se han aumentado los precios y tarifas de los bienes y servicios que prestan al pueblo estas empresas hasta en un 100% del valor anterior; con estos aumentos creemos que deben desaparecer totalmente los subsidios o transferencias a esas empresas, así como el proceso constante de su endeudamiento. Planteamos la necesidad en estos momentos difíciles de que el total de los organismos descentralizados y empresas públicas sean sujetas del control presupuestal en el Presupuesto de Egresos de 1984, este es un reclamo del Partido Demócrata Mexicano, ya que estas empresas que pertenecen al pueblo, no vemos razón válida para que la mayoría de ellas escapen a dicho control, no hay razón ni jurídica ni política ni económica y sí en cambio será un paso en el saneamiento de las mismas, como muestra basta un botón en las empresas públicas; en el sector de las empresa públicas hacemos notar que las finanzas de la Comisión Federal de Electricidad son de las más críticas entre todas las paraestatales; en 1980 por cada peso que gastó, generó 17 centavos y 83 centavos provinieron vía endeudamiento, es tal su desastre financiero que su deuda externa e interna es superior al total de sus activos, a cambio de ello el pueblo consumidor recibe un servicio eléctrico deficiente y claro, pero a quien se subsidia realmente es a la ineficacia y al excesivo personal de esta empresa.
Desajustes presupuestales. En uno de los párrafos del dictamen, la Comisión manifiesta que a pesar de la experiencia adquirida en el examen y revisión de la Cuenta Pública, aún es difícil analizar la justificación o congruencia de los montos presupuestados. Esta afirmación la consideramos grave, ya que es deber nuestro controlar el gasto público y tener conciencia plena de cómo se va a ejercer para lo cual damos aquí ejemplos de desajustes en las partidas presupuestales.
Petróleos Mexicanos representan entre el 6 y 7% del producto interno bruto, y representó en los años 79, 80 y 81, el 40% de la inversión pública, y en este Presupuesto de Egresos ejercerá una partida de 660.4 miles de millones de pesos, y se prevé una captación aproximada de 16.4 miles de millones de dólares por exportación de petróleo, ya que en las condiciones actuales es la única mercancía con capacidad de exportación. La industria del turismo, en cambio, con un presupuesto para 1983 de 7.4 miles de millones de pesos generará, de acuerdo al proyecto de Ejecutivo, 7.3 miles de millones de dólares, por lo que aquí queda demostrado que el gigantismo económico, el progreso improductivo no es la salida viable como proyecto económico de nuestro país, ya que el turismo, con una infraestructura más barata y que requiere de menos inflación e importaciones, ha generado miles de empleos permanentes, siendo además el captador por excelencia de divisas, dinero fresco que no tiene que arrastrar la carga penosa de pasivos.
Pido, señor Presidente, que por la importancia del tema del Presupuesto de Egresos, y que se nos ha dicho que sólo estaremos participando un orador en lo particular y en lo general, se me permita concluir.
Sector Comunicaciones y Transportes: Es inútil el aumento de la partida presupuestal de 340.4 miles de millones de pesos a este sector, si el Estado no resuelve con medidas prácticas e inmediatas de reestructuración a fondo para resolver la ineficiencia del sistema de transporte ferroviario, terrestre y marítimo. Aunado a éstos está la anarquía que en los últimos años se empezó a observar en el transporte aéreo: habrá que acabar con el monopolio en el manejo de contenedores y las restricciones a la circulación de vehículos de carga en las carreteras nacionales; urge una revisión a fondo de la política ferrocarrilera; lamentable es que sexenio que llega y el desastre ferroviario sigue allí, como muestra del poco interés que se le ha dado por todos los gobiernos de la Revolución a este medio de transporte, ejemplo, es que ya ninguno de los ciudadanos Presidentes de la República lo menciona en sus informes de gobierno y esto es gravísimo ya que esto debiera ser un eficaz medio de transporte para resolver en gran parte el problema de comunicaciones y carga.
Todo esto ha causado el llamado cuello de botella del transporte, que ha ocasionado la pérdida de miles de toneladas de grano que no llegan a tiempo al consumidor, millones de pesos que se pagan por demoras de barcos a causa de la misma deficiencia.
Por todo lo anterior, nos parece que de no efectuarse la reestructuración de los ferrocarriles de México, los 125.0 miles de millones de pesos que ingresará a la empresa por recursos propios, transferencia y subsidios, alentarán nuevamente la ineficacia y corrupción, que de Ferrocarriles de México han hecho Luis Gómez Z. y compañía. Debemos pues acabar cuanto antes con la pesadilla ferrocarrilera.
Por otra parte, urge que los carros de ferrocarril que esta empresa vaya necesitando, sean adquiridos en la Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril y de esa forma evitar la
sangría de divisas que constituye la renta por la demora en la devolución, debida al desorden administrativo del sistema ferroviario y compra de esos carros en el extranjero.
Apoyo al Federalismo. No habrá mejor apoyo al federalismo que el de crearle hacienda propia y segura de municipios del país y de los Estados, que debería haberse iniciando mediante la distribución justa del impuesto que recoge la Federación de las entidades federativas y que les devuelve migajas.
El mejor apoyo será cuando se eliminen también los viciosos canales distributivos de las participaciones federales a los Estados mediante programas intersectoriales, tales como COPLAMAR, CUC, PIDER, es plausible que se hayan incrementado las participaciones federales a las entidades federativas, pero urge a corto plazo la descentralización real de la Administración pública Federal, y no como mera pose retórica.
Por último, y por lo antes expuesto, la Fracción Parlamentaria del partido Demócrata Mexicano expone:
Primero. Es imperativo que los presupuestos de Egresos de la Federación se finquen en los lineamientos constitucionales para evitar el trastocamiento de la disciplina presupuestal.
Segundo. Reestructurar a fondo los canales de los egresos institucionales, y eliminar aquellos que actúan como intermediarios improductivos, ejercitando practicas viciosas como son los apoyos, traspasos, y subsidios, tales como comisiones, institutos, fondos, fideicomisos y programas intersectoriales.
Tercero. Incorporación total de las empresas públicas y organismos descentralizados al control presupuestal, pluralismo económico en los Consejos de Administración y vigilancia de las paraestatales, mediante la inclusión del gobierno, trabajadores, partidos políticos y consumidores; combate excesivo de prácticas de corrupción, liquidación y venta de empresas que no cumplan con una función social.
Cuarto. Disminución real del gasto público en cuanto no sea capaz el gobierno de financiarlo con recursos sanos y productivos, sin incurrir en el fácil expediente de gravar principalmente a la población de escasos ingresos y deuda interna y externa.
Quinto. Fortalecer los municipios y comunidades rurales para lograr desde abajo la capacidad económica de la mayoría de los mexicanos, renunciando a planes centrales tan gigantescos como improductivos, que no generan riqueza para nuestras comunidades.
Necesitamos, no más grandes planes, sino cosas pequeñas que realmente distribuyan el ingreso en forma real y equitativa.
Sexto. Salud efectiva para todos los mexicanos, mediante la universalización del seguro social para todos los mexicanos.
Por lo antes dicho y después de examinar el presupuesto de Egresos de 1983 y ver que no serán cumplidas las metas que señalamos anteriormente como prioritarias de un presupuesto justo, nuestro voto será en contra de dictamen.
Gracias señores diputados, ciudadano Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Ricardo Govela Autrey.
El C. Ricardo Govela Autrey: Señor Presidente. Compañeros diputados. Nuevamente en esta discusión sobre el presupuesto de egresos de la Federación volvemos una vez más a debatir temas que han estado en la discusión durante todos estos meses. Una vez más en este punto volvemos a discutir sobre cual debe ser o no ser la participación del Estado en la economía, sobre cual debe de ser la participación en la economía de los capitales privados y estamos en el fondo nuevamente discutiendo sobre cual debe de ser el modelo de desarrollo económico que debemos adoptar o rechazar. Y estamos en último término discutiendo siempre en torno a cual debe ser el régimen de propiedad de los medios de producción.
Si la propiedad de los medios de producción debe de ser privada, si debe de haber una propiedad estatal. Si la propiedad social es una patraña como dicen los compañeros del PPS, y estamos constantemente discutiendo en estos asuntos sobre la propiedad de los medios de producción, porque es esta propiedad la que en última instancia determina cualquier estructura económica.
Nuevamente hemos escuchado aquí la postura del Partido Acción Nacional y del Partido Demócrata Mexicano, en el que vuelven a insistir a propósito de este tema, en que el Gasto Público es la causa de los problemas del País, la causa de la crisis económica por la que atraviesa el país y que por lo tanto, debería de ser aún más restringido.
Y la postura es clara. El Estado no debería de participar en la economía y la economía debería de quedar en manos libremente, de los capitales privados.
Y estamos también contemplando un fenómeno especial: por un lado el Partido Acción Nacional y el Partido Demócrata Mexicano, acusan este presupuesto de Egresos y en general las políticas que aquí se han discutido, de ser políticas estatizantes. Y hablan incluso de estar en una situación de presocialismo.
Y por otro lado, la diputación del Partido Socialista Unificado de México, acusa este proyecto de Egreso y las políticas que aquí hemos discutido, de ser políticas oligárquicas que defienden los intereses del gran capital y hablan incluso de que nos encontramos en una etapa de neoliberalismo taimado.
Y mientras la derecha dice que estamos en el presocialismo, algunos sectores de la izquierda dice que estamos en el neoliberalismo.
Una misma medida, una misma política propuesta por el presidente Miguel de la Madrid, es vista aquí desde dos perspectivas totalmente diferentes. Y este presupuesto de Egresos es un presupuesto inflacionario, estatizantes, o es un presupuesto destinado a favorecer los intereses de la oligarquía, pues es un presupuesto
restrictivo que golpeará los intereses de los trabajadores.
Indiscutiblemente la discusión de presupuesto de Egresos se da en un marco de todas las medidas de tipo económico y político que aquí se han estado discutiendo y que aquí se han estado aprobando.
Nosotros consideramos, y lo hemos ya manifestado, que la crisis económica que enfrenta el país es un resultado de la política económica que se ha seguido en los últimos años, tendiente principalmente a favorecer la alta y acelerada acumulación del capital. Y que es precisamente el resultado de esta política lo que ha llevado al país a la crisis en que nos encontramos actualmente. Que la participación libre del capital privado ha llevado al país a una alta monopolización de la economía y ha llevado al país a una peligrosa dependencia de la economía norteamericana, es algo que a estas alturas nadie puede negar. Que un sistema de libre mercado lejos de llevar al país a solucionar sus problemas económicos lo ha llevado a los problemas que estamos enfrentando, nadie lo puede negar. Que estamos contemplando el fracaso de este sistema económico y que es una verdad que se ha venido abriendo paso en los últimos meses con una gran claridad.
Y en los últimos meses los argumentos del PAN y del PDM se vienen desgastando cada vez más frente a una realidad que nadie puede negar. Y por más que aquí vuelvan hablar reiteradamente sobre la necesidad de volver a una economía de libre mercado, por más que sigan hablando en este recinto de que la culpa de la situación económica la tiene la creciente participación del Estado en la economía, la realidad se impone no sólo dentro de este recinto sino para el Pueblo en general que ha comprendido que es precisamente esta libertad de los grandes capitales la que ha saqueado la economía nacional la que ha llevado al pueblo a una situación de miseria y es el pueblo mismo el que ahora reclama una transformación de esta realidad que estamos viviendo.
Y estamos contemplando el fracaso rotundo, también, de las medidas económicas asumidas por el gobierno en los últimos años y el propio Presidente Miguel de la Madrid ha entrado a su gobierno con una profunda actitud autocrítica al respecto reconociendo que la política económica que el gobierno ha adoptado en las últimas décadas, era una política que obtuvo resultados que actualmente estamos enfrentando y él mismo ha establecido señalando que la crisis económica es una crisis en las estructuras económicas del país, no simplemente una crisis financiera y ha señalado: hemos creado un aparato productivo más grande y complejo pero no se ha avanzado lo suficiente en la superación de su ineficacia. Esta tiene múltiples manifestaciones; incapacidad para enfrentar la competencia externa, gran dependencia de insumos y bienes de capital importados, desequilibrios entre sectores, disparidades en la productividad dentro de cada rama económica y entre ellas, tecnologías que no se usan adecuadamente en nuestros abundantes recursos humanos y naturales, escalas inapropiadas al tamaño de su mercado interno, deficiente capacitación de la mano de obra, escasa difusión tecnológica y concentración de la actividad económica. Todos estos factores han determinado en conjunto crecientes dificultades para aumentar la eficiencia.
El proteccionismo que ha caracterizado el desarrollo industrial desde hace más de 30 años y la sobredevaluación casi permanente del peso en la última década redujeron la posibilidad de competir en los mercados internacionales, el aparato productivo ha requerido de diversos y crecientes subsidios, sólo en los últimos años, se estima que los subsidios a la industria crecieron en 63% anual; no obstante no se lograron mayores exportaciones. La dependencia del crecimiento económico de bienes de capital importados ha llegado recientemente a 20% de la inversión nacional, la producción corriente está también íntimamente ligada a la importación de insumos como se hizo evidente en 1982, pues ante la alza de estos materiales, se debilitó la producción de muchas empresas; y el Presidente Miguel de la Madrid sigue señalando de una manera autocrítica, los problemas que en la propia estructura económica del país se localizan. Incluso llegando a señalar que la situación es seria, está en entredicho la continuidad del proceso de desarrollo y se cuestionan las bases mismas que lo han sustentado, lo que es más grave, de continuar el sendero apuntado la viabilidad del país como nación independiente podría verse comprometida.
Precisamente frente a esta crisis económica, esta crisis de nuestras estructuras, estructuras cuyo principal problema es la gran dependencia económica de nuestro país de la economía norteamericana, dependencia que ha llegado al momento que pone en peligro la existencia misma, como nación que pone en peligro la soberanía nacional. Y si el problema fundamental del momento es dar la batalla para transformar las estructuras económicas del país y lograr una emancipación de nuestra economía frente a la economía norteamericana, si el problema es un problema de defender los intereses de la nación frente a los intereses del imperialismo norteamericano, desde esta perspectiva deberíamos de analizar las diferentes proposiciones que se están realizando.
Se ha reforzado el papel del Estado como rector de la economía para poder dirigir, aglutinar, conforme un bloque de fuerza que permita precisamente avanzar en las transformaciones de la estructura que requiere nuestra economía nacional. Y en este aspecto, en el papel del Estado como rector de la economía debemos valorar el Presupuesto de Egresos, ya que el gasto público se convierte en un instrumento indispensable para que el Estado deba cumplir con su papel como rector de la economía.
Y no podemos perder de vista que estamos frente a una crisis económica y que estamos frente a un problema de carencia de recursos
que impide, que obliga a contar con un presupuesto de Egresos limitado. No consideramos nosotros que el Presupuesto de Egresos sea un presupuesto restrictivo, consideramos que la situación económica del país es restrictiva y si en este momento enfrentamos una carencia de recursos, el Presupuesto de Egresos tendrá que restringirse ante las posibilidades reales de financiamiento y en ese sentido no estaríamos de acuerdo en que el Presupuesto expresa una política de restricción que irá en contra de las clases populares que habrá desempleo, claro que lo habrá; problemas, sí los habrá, pero estos problemas son derivados de la crisis que actualmente estamos enfrentando y estamos enfrentando un presupuesto de egresos en el marco de esta crisis económica, y el presupuesto debe ser contemplado como un medio para enfrentar la crisis del momento, salir adelante y poder sentar las bases para un desarrollo económico a mediano y a largo plazo. Aquí, en esta perspectiva pensamos nosotros que debe ser contemplado el presupuesto de egresos.
Es acaso el Presupuesto de Egresos el causante del desempleo que enfrentaremos. Es el Presupuesto de Egresos el causante de las restricciones que en muchas áreas de la economía se darán, o es la crisis económica en sí misma la que explica estos fenómenos que enfrentaremos. y el Presupuesto de Egresos es un Presupuesto que , a nuestra manera de ver, se enfrenta a esta realidad y trata de enfrentarla de la mejor manera.
Los criterios que el presupuesto de Egresos señala: el reorientar sectorial y regionalmente el gasto favoreciendo la educación, los asentamientos humanos, la salud y seguridad social, la comunicación y el transporte, el desarrollo rural y el abasto de alimentos básicos. El fortalecer el ahorro público para incrementar la inversión y el modernizar el aparato burocrático. Y al interior de estos tres frentes el proyecto de presupuesto se propone: el ahorro de divisas, la generación de empleos, el impulsar la actividad productiva y combatir la inflación.
Consideramos que los criterios generales de orientación de gasto público son, en sí mismos, correctos y pensamos también que el establecimiento de mecanismos que permitan vigilar, regular, enfrentar en la práctica la aplicación de este gasto público, permitira un uso más racional de estos recursos.
Proteger el empleo, obtener mayores divisas, combatir la inflación canalizar los pocos recursos con que contamos hacia áreas estratégicas, pensamos que son razones como para votar en favor del Presupuesto de Egresos Federales de 1983.
Pero este presupuesto por sí mismo y el gasto Público por sí mismo, no transformarán toda nuestra realidad económica, y nosotros debemos analizarlo en el marco de todas las medidas de gobierno del Presidente Miguel de la Madrid que aquí se están proponiendo. Y nosotros consideramos que el gobierno de Miguel de la Madrid entra con una postura autocrítica, entra con una visión de frente de la crisis que el país atraviesa y ha propuesto en todos estos días iniciativas de leyes, cambios a la Constitución que van en un sentido nacionalista, que crean condiciones políticas, que crean condiciones jurídicas para que las clases populares, para que la clase obrera, para que las fuerzas democráticas, nacionalistas y revolucionarias del país, enfrenten en la práctica, en la lucha, las transformaciones que la estructura económica del país requiere.
Y en ese sentido nosotros debemos aquí de ver el Presupuesto de Gasto Público. Ahora, al terminar la discusión en este recinto, una vez aprobada una serie de medidas de reformas de leyes, la batalla, compañeros, se desplaza a afuera del recinto; no es lo que aquí aprobamos por sí solo una varita mágica que irá a transformar la realidad, sienta las condiciones pero ahora debemos de ir a la organización de los trabajadores, a la organización del pueblo si queremos enfrentar cambios democráticos, si queremos que las medidas adoptadas se conviertan realmente en la fuerza de los cambios que el país requiere.
Las reformas a la Constitución, la nueva reglamentación sobre el servicio de la banca y el crédito, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, consideramos nosotros que se convierten en instrumentos para una gran lucha de tipo nacionalista y democrática que el país requiere en este momento para poder transformar nuestra estructura y salir adelante de la crisis que estamos enfrentando, frente a nuestra gran dependencia del imperialismo norteamericano, frente a la necesidad de luchar por la emancipación nacional, estas medidas podrán crear estos ámbitos jurídicos y políticos, pero la lucha estará allá en la calle donde los trabajadores enfrentarán el problema del desempleo donde se hará sentir la carestía de la vida, donde será muy fácil ir a levantar un descontento contra el gobierno, donde será muy cómodo tener una postura de oposición por la oposición, donde será más difícil ir a explicar las causas de fondo de nuestra situación e ir a realizar el trabajo de organización de los trabajadores que permitan una salida a la situación actual del país.
Y en este contexto global, nosotros hemos analizado el Presupuesto de Egresos, consideramos que sus orientaciones generales son correctas para enfrentar la crisis, y por eso el Partido Socialista de los Trabajadores votará a favor.
(Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Juan Campos Vega.
El C. Juan Campos Vega: Compañeros diputados: Es Cierto que hace falta tiempo suficiente para poder analizar con la profundidad que se requiere el Presupuesto de Egresos de la Federación. Tan es así que la propia Comisión Dictaminadora reconoce este hecho.
Nosotros hemos dicho que para poder valorar justamente el Presupuesto de Egresos de la Federación es conveniente conocer con la anticipación debida los lineamientos generales que en materia económica tenga el Ejecutivo Federal. También hemos expresado que el presupuesto como parte de esta política económica es un instrumento que debe contribuir a conquistar los objetivos fundamentales de nuestro país, como la independencia económica, elevación sistemática del nivel de vida del pueblo.
Hemos dicho que no podemos aislar este aspecto de la política económica de los otros dos que también son fundamentales: la Ley de Ingresos y la Cuenta Pública.
Porque para que el Estado cuente con recursos para desarrollar un presupuesto que cumpla con los objetivos antes señalados, es necesario que en su política recaudatoria, o sea, en la política de ingresos haya concordancia con la del presupuesto. Y después, en la Cuenta Pública revisemos si esos recursos se han gastado adecuadamente, en función de estos dos objetivos esenciales.
A nosotros nos preocupa y lo hemos expresado ya, que la Ley de Ingresos no haya ido al fondo del asunto, porque sólo hay tres maneras de financiar el presupuesto: endeudándonos más con el extranjero, lo cual desde hace mucho no es conveniente, pone en peligro la independencia económica del país; imprimir más billetes, lo que lógicamente contribuiría a elevar la inflación que todos sabemos golpea más duramente al pueblo; y la otra, es tener una política fiscal que recaude lo suficiente para atender las necesidades del pueblo. Pero además hemos dicho que la política fiscal debe gravar fundamentalmente a los que se han enriquecido desmesuradamente por lo propio del sistema capitalista, pero aprovechándose también de la crisis y los subsidios que durante largo tiempo les ha proporcionado el gobierno federal.
A nosotros nos preocupa que en este presupuesto, que como dije antes es un instrumento que puede contribuir a hacer menos injusta la vida para las masas populares, no presente cambios sustanciales como el que conocimos en 1982. No hay nada en este presupuesto que nos indique que debido a su ejecución se pueden desarrollar acelerada y firmemente las fuerzas productivas.
No hay en este presupuesto los elementos suficientes para fortalecer adecuadamente el mercado interno de nuestro país, por lo que nuestra producción agrícola y nuestra producción petrolera seguirán necesariamente mirando hacia el mercado externo, fundamentalmente al de los Estados Unidos y no para satisfacer las necesidades ingentes de nuestro pueblo.
Nos parece entonces que este Presupuesto no tiene cambios radicales que contribuyan a hacer menos injusta la distribución de la riqueza nacional.
Por otro lado, no hay todavía la decisión de tomar una serie de medidas urgentes ya, para proteger el poder adquisitivo de los trabajadores. A nosotros nos preocupa fundamentalmente el problema de la vivienda. Lo hemos dicho también en otras ocasiones. Claro, es bueno que la canasta popular esté exenta de IVA. Pero es grave que no haya un freno ya a la voracidad de los casatenientes, que absorben una parte importante del ingreso de los trabajadores. Y mientras esto no se remedie, el salario seguirá siendo insuficiente para atender las necesidades elementales de la clase trabajadora, de la que crea la riqueza en nuestro país. Es necesario ya nacionalizar ramas fundamentales de la economía en manos del capital extranjero como la química farmacéutica y la alimenticia, para contribuir también en mayor medida a resolver los problemas esenciales de nuestro pueblo, que es el problema de la salud y es el problema de la alimentación. Salud que ayer hemos elevado su protección a rango constitucional.
Creemos que es tiempo también de que la CONASUPO, además del importante papel que tiene en la distribución de alimentos para el pueblo, se preocupe en mayor medida y tenga recursos para ello, para procesar e industrializar una serie de elementos esenciales para la alimentación y el vestido del pueblo mexicano. Y nos preocupa en este presupuesto que a pretexto de la modernización del Estado se vaya a incrementar desmedidamente el desempleo, como ya sucede en algunas áreas de la administración pública.
En este presupuesto, debido a una política económica equivocada del anterior régimen de endeudar desmedidamente a nuestro país, vamos a tener que destinar más del 30% al pago de la deuda extranjera.
Hemos dado marcha atrás, han dado marcha atrás en el control generalizado de cambios. Y en este documento del Presupuesto Federal se dice que el 60% de las divisas que se captan en México son a través del Estado, son fundamentalmente a través de la venta de petróleo al extranjero. Y también se dice que el Gobierno Federal solamente gasta el 35% de esas divisas, 40 en adquirir mercancías y servicios y 60 en pago de intereses, pago de capital, pago de la deuda.
Cómo es posible que estos recursos provenientes del petróleo, provenientes de una riqueza en manos del Estado que debe servir fundamentalmente para el desarrollo de nuestro país, estén utilizados no para mejorar sus condiciones de vida, sino en muchas ocasiones para subsidiar los compromisos que con antelación ha adquirido la empresa privada en nuestro país.
Nosotros dijimos, cuando vino el Secretario de Programación y Presupuesto a informarnos de esta política, que estábamos seguros de que no habría ningún cambio en este presupuesto, que lamentablemente por las condiciones que señalaba al principio en estos aspectos tenemos que hacer una política a hechos consumados.
No hay una sola modificación en este sentido, ramas tan importantes como la
investigación científica, como el desarrollo de una tecnología propia que nos permita independizarnos cada vez más en estas ramas para contribuir a la independencia científica y tecnológica del país, no reciben la atención necesaria y partes de este presupuesto están destinadas a organismos que no están contribuyendo al desarrollo de nuestro país. Sin embargo a pesar de estas cuestiones que consideramos negativa y por la cual vamos a votar en contra de este presupuesto, queremos hacer un reconocimiento a la Comisión encargada de dictaminar por las modificaciones que en el Decreto y recogiendo los compromisos planteados aquí por el licenciado Salinas de Gortari, de conocer con anticipación los lineamientos generales del Presupuesto de 1984, de seguir detenidamente, trimestralmente, la ejecución del gasto público y también de que plantee la propia Comisión la necesidad de darle mayores recursos de apoyo técnico para que el análisis del presupuesto pueda hacerse de una mejor manera.
También estamos de acuerdo con la proposición que hace la Comisión de la necesidad de que podamos reformar la legislación correspondiente a este asunto presupuestal.
Ahí fundamentamos nosotros, compañeras y compañeros diputados, nuestro reconocimiento al trabajo de la Comisión en este sentido y nuestra decisión de votar en contra de la política del presupuesto. Muchas gracias.
- La C. Presidenta: Pasa a la Tribuna el señor diputado Netzahualcóyotl de la Vega.
El C. Netzahualcóyotl de la Vega García: Señor presidente; honorable Cámara de Diputados. El día 1o. de diciembre en su mensaje a la nación el señor Presidente Miguel de la Madrid, decía: Estoy consciente de que asumo el Gobierno de la República en horas difíciles. México se encuentra en una grave crisis; sufrimos una inflación que casi alcanza este año el 100%; un déficit sin precedente del sector público la alimenta agudamente, y se carece de ahorro para financiar su propia inversión.
Tenemos una deuda externa pública y privada que alcanza una proporción desmesurada, cuyo servicio impone una carga excesiva al Presupuesto y a la Balanza de Pagos y desplaza recursos de la inversión productiva y los gastos sociales. Están seriamente amenazados - seguía diciendo - la planta productiva y el empleo, confrontamos así el más alto desempleo abierto de los últimos años; los mexicanos de menores ingresos tienen crecientes dificultades para satisfacer necesidades mínimas de subsistencia. La crisis se manifiesta en expresiones de desconfianza y de pesimismo en las capacidades del país para solventar sus requerimientos inmediatos; en el surgimiento de la discordia entre clases y grupos; en la enconada búsqueda de culpables; en recíprocas y crecientes discriminaciones, en sentimientos de abandono, desánimo y exacerbación de egoísmos individuales o sectarios, tendencias que corroen la solidaridad indispensable para la vida en común y el esfuerzo colectivo.
Vivimos una situación de emergencia; no es tiempo de titubeos ni de querellas, es hora de definiciones y responsabilidades.
Y después de hacer un análisis de la crisis, del reconocimiento expreso desde la más alta tribuna de la nación, el señor Presidente decía: Pongo en marcha un programa inmediato de reordenación económica, cuyos objetivos centrales son combatir a fondo la inflación, proteger el empleo y recuperar las bases de un desarrollo dinámico, sostenido, justo y eficientes.
El señor Presidente anunció 10 puntos programáticos y de ellos sólo recordaré los 4 iniciales:
1. Disminución del crecimiento del gasto público.
2. Protección al empleo.
3. Continuación de las obras en proceso, y
4. Reforzamiento de las normas que aseguren disciplina, adecuada programación, eficiencia y escrupulosa honradez en la ejecución del gasto público autorizado".
Eso decía el señor Presidente el 1o. de diciembre. No puede analizarse el Presupuesto de Egresos - apuntamos - fuera del contexto de esa política general de reordenación económica anunciada y puesta en acción por el Presidente de la República, política de reordenación económica sustentada, como lo reafirmara el Secretario de Programación y Presupuesto en esta Cámara, en los siguientes presupuestos: austeridad en el gasto público y reorientación del programa de inversiones; aceleración del proceso de reforma tributaria y fortalecimiento de los ingresos de las empresas públicas; moderación en las utilidades y los salarios; protección al empleo y al abasto popular; apoyo a la planta productiva para conservar la ocupación; reestructuración del sistema financiero y de política comercial; reorganización de la administración pública; reformas constitucionales para reforzar el principio de rectoría del Estado y proteger y precisar los ámbitos de los sectores social y privado, sujetando, de acuerdo a la ley, la acción de todos ellos al interés público.
En ese contexto, solamente en ese contexto, tenemos que reconocer que el Presupuesto de Egresos tiende, fundamentalmente, a abatir el proceso inflacionario, a proteger el empleo y a promover los cambios estructurales que permitan retomar el camino a la economía y a la sociedad.
El día 13 de diciembre, en esta misma tribuna, el Secretario de Programación y Presupuesto afirmaba: "Se ha estructurado el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 dándose contenido a los 4 primeros puntos del programa de reordenación expresados por el Presidente. Este es un presupuesto austero - decía - , permite el programa de emergencia del empleo, sujeta al sector público a los lineamientos que establece, mantiene los gastos de operación indispensables, limita las prestaciones a funcionarios públicos apoya programas para el desarrollo regional, reduce substancialmente el crédito interno y externo e introduce reformas en la conducción
del presupuesto, así como en el seguimiento y control del mismo, busca sobre todo fortalecer la rectoría del Estado.
Para nosotros, especial importancia reviste, sobre todo para los trabajadores, el que el presupuesto de Egresos establezca un programa de emergencia del empleo, ya que en diversas ocasiones el movimiento obrero ha externado su preocupación por el notable incremento de todo tipo de desempleo. Por eso, el que uno de los objetivos primordiales del Presupuesto para 1983 considere el establecimiento de programas para crear al menos 500,00 empleos que impidan un deterioro adicional del volumen ocupacional existente en el país hace que merezca aprobación.
A todas luces lo fundamental en este momento es recobrar la recuperación del aparato productivo, entre más pronto se logre volver a ritmos de crecimiento sostenido, en menor tiempo se abatirán los niveles de desempleo; nadie cuestiona que vendrán tiempos de sacrificio para todos, un menor gasto público lleva al aparato productivo a una merma considerable; sin embargo, lo importante del presente proyecto es que está encaminado a superar cuanto antes esta situación, a corregir los desequilibrios y a buscar en el futuro inmediato un desarrollo normal de la planta industrial y del mercado laboral. Por eso, por eso merece su aprobación.
Un aspecto de especial importancia en el Presupuesto de Egresos para 1983 es el reconocimiento de la necesidad de revisar la política de subsidios y transferencias del gobierno federal hacia el sector paraestatal. Así, si en el pasado el mantener precios y tarifas de manera indiscriminada implicó un fuerte subsidio al sector privado, lo que permitió a las empresas aumentar substancialmente sus márgenes de utilidades, hoy, el proyecto que analizamos busca reorientar la política de subsidios asignando esos recursos solamente hacia actividades y programas cuyos beneficios hacia las mayorías son claramente apreciados.
Así se busca continuar con los apoyos hacia el consumo popular y a los satisfactores que demandan las grandes capas de la población, por eso apoyamos y solicitamos el apoyo para el dictamen de la comisión.
El Presupuesto de Egresos referido, a pesar de su austeridad y de sus limitaciones financieras, y de la reducción del gasto público en términos reales, evita por sobre cualquier cosa el inmovilismo social, y aquí es muy oportuno considerar que en el programa de reordenación económica el presupuesto para 1983 es un proyecto realista, pero no paralizante.
Obviamente el Estado tendrá que gastar menos el año próximo, no a costa de suprimir aquellos rubros del gasto público dirigidos en apoyo de las actividades productivas y sociales; racionalizar el gasto no significa eliminarlo arbitrariamente ni cancelarlo de manera absoluta. Ajustarlo a las disponibilidades es la premisa fundamental que lo sustenta, por eso, insistimos, merecer su aprobación.
En 1978, la Confederación de Trabajadores de México llevó a cabo su reunión nacional para la Reforma Económica. En aquel entonces, en uno de los acuerdos definitivos se asentaba: El presupuesto debe contener prioridades en beneficio de la gran mayoría del pueblo mexicano; su manejo debe fundarse en el empleo del gasto público con fines de desarrollo y promoción de las zonas marginadas del país, donde hace falta crear ocupación, y el manejo de la deuda pública con el propósito de limitar el crecimiento del endeudamiento público interno y externo. Eso ocurría en 1978.
Ahora retomamos un texto expresado por el Secretario de Programación y Presupuesto en esta misma tribuna, cuando afirmaba: "El presupuesto es un instrumento del desarrollo que por su impacto económico y social exige amplitud de miras. El Ejecutivo - decía - propone utilizar la inaplazable reordenación para introducir en el presupuesto cambios estructurales que permitan al Estado recuperarlo como medio - así, como medio - para transformar la realidad con un propósito bien establecido y de claro contenido social".
En esta tribuna cuando los señores diputados que me antecedieron en el uso de la palabra comentaban el proyecto presentado por la Comisión, existe algo en común cuando hay una preocupación expresa sobre todo por el control del seguimiento del presupuesto dicho por el señor diputado Astolfo Vicencio Tovar, por el señor diputado Iván García Solís, fundamentalmente preocupados por el control y el seguimiento del presupuesto.
Haciendo un recorrido de los artículos que contiene el proyecto presentado por la Comisión encontramos que en el Artículo 10 habla de que la Secretaría de Programación y Presupuesto, dando vista a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados constituirá las responsabilidades a que haya lugar a los titulares o directivos de las dependencias y entidades de la administración pública federal y, en su caso, podrá reservar la autorización de administraciones de fondos a éstas. Ese es el Artículo 10, ya se está dando la participación fundamentalmente a la Cámara de Diputados.
El Artículo 11 en su último párrafo habla de que el Ejecutivo Federal al presentar a la Cámara de Diputados a Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 1983, también dará cuenta de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición y hará del análisis de la aplicación de los excedentes a los conceptos a los que se refieren las fracciones que anteceden.
El Artículo 16 en un párrafo que incluye la Comisión, el último párrafo dice:
"Las Secretaría de Programación y Presupuesto enviará informes preliminares trimestrales a la Cámara de Diputados de la ejecución del gasto público aprobado para este ejercicio".
Y el Artículo 38 habla de que la Secretaría de Programación y Presupuesto informará a la Cámara de Diputados, de las razones y criterios específicos que fundamenten el ejercicio
de estas atribuciones, refiriéndose a las que marca para el propio Artículo 38. Es decir, la Comisión también compartió la preocupación de cómo se va a controlar el presupuesto, el gasto y el seguimiento del mismo. Y la Comisión prefirió el camino lógico, el camino del reconocimiento de los tres poderes, el camino de darle una mayor jurisdicción al Poder Legislativo, para que cumpla con sus funciones al seguir el control del gasto y seguimiento del presupuesto.
Si el presupuesto de Egresos y el programa de reordenación económica no se sustentara en un claro propósito de equidad social, los trabajadores aquí representados, hubiéramos sido los primeros en rechazarlo y en proponer las modificaciones pertinentes.
El claro objetivo establecido al implantar un programa de austeridad, pero sustentado en la pretensión de equidad y de camino estructural, nos lleva a apoyar abiertamente el proyecto de Presupuesto de Egresos.
El movimiento obrero organizado en el Congreso del Trabajo, dispuesto a refrendar y fortalecer la alianza con el Estado y con el Jefe de las Instituciones Nacionales a ser solidario con las necesidades e intereses del pueblo y de la nación mexicana, el día 15 de diciembre de este año, dio a conocer a la nación un manifiesto en el que exhorta y convoca a sus hermanos de clase, a los campesinos y a las clases medias populares, a su aliado histórico el Estado Mexicano, a las instituciones públicas de educación superior e investigación, a los grandes, medianos y pequeños empresarios, nacionalistas y patriotas, y en general a todas las fuerzas progresistas del país, de la concertación y puesta en marcha de un pacto de solidaridad nacional, que sin abatir la lucha por las legítimas demandas e intereses de cada sector, y bajo la coordinación general del Gobierno de la República participen en una lucha común por el cambio social, por cambios profundos en el sistema que permitan establecer condiciones firmes para instaurar una sociedad más justa.
La mayoría parlamentaria de la Cámara ha hecho suyos los planteamientos y suscribe ese pacto, pacto de solidaridad nacional, consciente de que el objetivo central debe ser la consolidación de un proyecto de sociedad que fortalezca la soberanía nacional, las prácticas democráticas, la justicia y la libertad. Que la movilización de los contingentes populares y democráticos, a través de la consulta popular, determine el sustento social del Estado mexicano en su transformación durante la crisis y en la recuperación de ella. Este pacto ha sido suscrito por la mayoría parlamentaria.
La lucha por preservar y vigorizar nuestro sistema democrático, recuperar el ritmo de desarrollo, combatir la inflación, proteger el empleo, redistribuir la riqueza, mejorar la calidad de la vida del mexicano, consolidar la independencia económica y preservar la soberanía nacional se ubican en el primer plano de los intereses de la nación y su régimen revolucionario.
Por todo ello, a esta honorable Cámara de Diputados y a esta tribuna, que han sido testigos de llamados a la solidaridad con todos los pueblos del mundo, en esta tribuna se han hecho llamados de solidaridad con el pueblo de Polonia, con el pueblo del Salvador, con el pueblo de Nicaragua. Hoy, aquí, en esta misma tribuna y en ocasión de la discusión en lo general de uno de los instrumentos jurídicos que originarán acciones para salir de la crisis y para el despegue hacia una revitalización de la economía nacional, en este momento estamos solicitando su aprobación y además haciendo un llamado a nombre del movimiento obrero organizado, a nombre de la mayoría parlamentaria, a nombre del Partido Revolucionario Institucional, estamos haciendo un llamado repito, a suscribir ese pacto de solidaridad nacional con el pueblo, pero ahora lo pido solidaridad nacional con el pueblo de México. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Consulte la secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente:
El C. Presidente: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado desea reservar algún artículo para su discusión en lo particular.
El C. Presidente: Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: La votación recogió el siguiente resultado: 75 votos en contra y 256 a favor.
El C. Presidente: La Presidencia declara aprobado en lo general, y en lo particular los artículos no impugnados por 256 votos.
La presidencia informa que han sido reservados para su discusión los Artículos 2o., 5o. y 11. Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 2o.
La presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra del Artículo 2o., los siguientes ciudadanos:
J. Encarnación Pérez Gaytán y Vital Jáuregui.
Tiene la palabra Vital Jáuregui.
El C. Vital Jáuregui: Señor presidente, con su venia; compañeras y compañeros diputados. La Fracción Parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano había considerado los preámbulos del Presupuesto, y en las consideraciones tanto de la Secretaría de Hacienda como de la Secretaría de Programación y Presupuesto, los preámbulos, las consideraciones iniciales para el ejercicio del Presupuesto de Egresos y habíamos considerado Plausibles estas consideraciones. Pero cuando hemos conocido este presupuesto, pues francamente el gozo se ha ido al pozo. Se nos había dicho que era un presupuesto antiinflacionario. Resumiendo el presupuesto, vemos que se va a recaudar aproximadamente 4.9 billones de pesos y se va a gastar un total de 7.2 billones de pesos. Esto quiere decir que se va a gastar un 40% adicional de lo que se va a recaudar, pues si ustedes consideran el porcentaje del total se va a endeudar a la nación por 2.27 billones de pesos, o sea, 2 billones 271 mil millones de pesos y se va a recaudar, se van a recabar, por impuestos, aprovechamientos, etcétera, únicamente 4.9 billones de pesos. Es decir, el porcentaje de lo recaudado será el 40% o de lo recaudado más el endeudamiento será el 31.5%. Esto quiere decir que este presupuesto sí es inflacionario porque se va a gastar, además de castigar al pueblo con exceso de impuestos y con exceso de precios en los bienes y servicios prestados por el Estado, y no se va a aumentar, sino que ya se aumentó, además de este castigo al pueblo se va a ejercer un gasto superior a los 7 billones de pesos y se va a ejercer un endeudamiento de 2.27 billones de pesos. Por eso sostenemos que esto es altamente inflacionario.
Cuando se le preguntó al señor Secretario Salinas de Gortari cuánto consideraba iba a ser el índice de inflación durante 1983, pues nos dijo este señor que realmente no era grave, que únicamente iba a ser del 50%. Yo he considerado, he calculado una tabla de un coeficiente de endeudamiento del 50% sostenido y le voy a demostrar al señor Secretario que es grave y gravísimo para la economía nacional, puesto que con este coeficiente del 50% una cosa que vale ahorita 100 pesos, a fines del sexenio costará once veces, costará 1,139; los diputados de aquí a seis años estarán pagando aquí en la cafetería o en el restorán 1,139 pesos por un desayuno; de aquí a 10 años ese desayuno costará $5,766.00 el año 2000 costará... $98,526.00 y el año 2004 costará $332,000.00. Y dice el señor que no tenía caso eso, que qué era el 50% de índice inflacionario.
Nosotros tenemos que hacer números porque aquí no se trata de impugnar simplemente un presupuesto, nosotros tenemos que defender al pueblo, tenemos que defender a la ama de casa que como luego dicen, antes llevaba el dinero en el bolsillo y regresaba del mandado con lo que había comprado en una canasta y dentro de poco va a llevar el dinero en una canasta y lo que compre lo va a traer en el bolsillo.
Además estamos en contra del presupuesto porque consideramos que hay cosas prioritarias que no se les da la debida importancia, y vamos al grano.
Dicen que para este año de 1983, únicamente se van a abrir al cultivo 126 mil hectáreas. Un país como el nuestro, con grandes carencias alimentarias que este año tiene que importar otros siete y medio millones de toneladas de grano de cereales, necesita que ese ramo del campo sea prioritario, y nos parecen completamente insuficientes las 126 mil hectáreas nuevas que se van a abrir al riego.
La experiencia de este país nos dice que cuando hemos sido autosuficientes en la producción y en el consumo de granos y cereales, fue cuando se dieron a la nación, cuando se hicieron los grandes sistemas de riego del noreste y del noroeste, cuando se hicieron las grandes presas en Tamaulipas, en Sonora, en Sinaloa, y que dejamos de ser importadores en capítulos importantes como el trigo, el maíz, las oleaginosas y que desgraciadamente este programa que se emprendió en los años 50, desde los años 40, primero la Comisión Nacional de Irrigación, después la Secretaría de Recursos Hidráulicos, se ha ido abandonando paulatinamente y en los últimos dos sexenios se le ha dado prioridad a obras de muy poca importancia, a pequeños bordos y obras de pequeña irrigación, con el resultado desastrozo que cada año tenemos que importar millones y millones de toneladas de cereales, a pesar de que nos dicen demagógicamente de que este año sí logramos la autosuficiencia y a los 15 o 22 días nos dicen que tenemos que importar ocho millones de toneladas.
¿Dónde está la seriedad?
Y tan no se le ha considerado importante este asunto es que en el concepto agropecuario se dice que se va a gastar en captación y conducción de agua es decir, en la construcción de presas y canales, la cantidad de 20.8 mil millones de pesos. Eso para nosotros es completamente insuficiente, y comparado con otros capítulos que honradamente no sabemos inclusive ni en qué van a consistir, pero los cuales se avientan ciento de miles de millones de pesos, por ejemplo:
En el capítulo concerniente a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial se nos dice que se va a gastar para la planeación, entiéndase bien, de la industria manufacturera, 106,315 millones de pesos, únicamente para planear la industria manufacturera. Y luego dice también que para planeación de energéticos se van a gastar 155,769 millones de pesos. Si para obras de riego, para presas y canales de conducción de agua, lo que nos va a dar el alimento, en la construcción se gasta 20.8 miles de millones y para planear otras cosas aquí se están gastando trece veces más esa cantidad, 261 mil millones de pesos para planear.
Pues, yo digo, ¿cuánta gente se va a meter a planear eso? Porque nosotros entendemos una planificación, por ejemplo, para hacer una presa el estudio topográfico, el estudio económico de
esa región, el estudio de las hectáreas que va a regar, el estudio económico de cuánto va a costar la obra y en cuánto tiempo se va a recuperar la inversión, cuántas hectáreas va a beneficiar. Pero esas grandes obras no valen ni el 5% del costo total de la obra, quiere decir, que si van a planear con un costo de 261 mil millones de pesos, vámoslo multiplicando por cien y verán los billones y billones de pesos que va a dar eso. ¿De dónde van a sacar dinero para ejecutar esas obras en la pura planeación va a costar 261 mil millones? Señores, o el presupuesto se hizo muy a la carrera o no entendemos, o específicamente preguntarles a ustedes, ¿por qué van a gastar tanto en planear una cosa?
También nos dicen que para protección del empleo se van a gastar 100 mil millones de pesos, queremos que se nos diga qué se entiende por protección del empleo, porque cien mil millones de pesos nos dan 300 millones de pesos diarios que equivalen a 300 mil empleados de mil pesos cada uno al día de sueldo. Entonces cómo van a proteger el empleo, gastando 100 mil millones de pesos.
También nos dicen que en un programa especial de desarrollo rural, se van a gastar 143 mil 790 millones de pesos. Claro, es muy plausible que se gaste esta cantidad en ese programa especial de desarrollo rural. Pero necesitamos que se especifique en qué se va a aplicar ese dinero, puesto que estamos impuestos a ver que se han invertido miles de millones de pesos en obras y en programas que no han funcionado. Simplemente nada más en el estado de Sinaloa y Baja California, se desmontaron más de 50 mil hectáreas con costos creo que de más de 20 mil millones de pesos, digo, de 20 mil pesos por hectárea y ese programa no funcionó.
Dicen los agrónomos de ese programa que de las 50 mil nada más en estos dos estados, no se plantaron de zacate bufa, el que se iban a plantar, creo que ni 10 mil. Y ese programa fracasó en Tamaulipas, fracasó en Sinaloa y fracasó en Sonora y fracasó en Baja California y fueron miles y miles de millones de pesos. Pero sí fueron muchos y muchos los millonarios que dejaron los contratos de desmonte del Banco Rural.
El pueblo de México francamente ya está cansado de tanta promesa y de tanto programa fracasado. Yo creo que necesitamos emprender una acción de ver en qué se gastan los dineros del pueblo.
Los organismos y empresas de control estatal. Aunque esto ya corresponde al capítulo número 5, pues de una vez los voy a tratar para no tener otra intervención al respecto.
El presupuesto total de estos organismos es de un billón 969 mil 72 millones de pesos. Pero de financiamiento van a tener 785 mil millones de pesos. Es decir, que 60% se va a pagar con recursos propios y el 40%, con endeudamiento, interno o externo como ustedes quieran, pero es endeudamiento de la nación.
Hay otros aspectos también muy interesantes que creemos que esto o se hizo a la carrera o francamente están completamente disparatados.
Por ejemplo, el Instituto Mexicano del Café. Dicen que para la comercialización y distribución del café se van a gastar 29,239 millones de pesos. Pero también nos dicen que en la comercialización y distribución del petróleo se van a gastar 32,000 millones de pesos. Quiere decir que se va a gastar lo mismo para comerciar el café que para comerciar el petróleo que representa actualmente sobre el 80% de nuestra economía. Señores, este es un disparate también.
Y ahí le seguimos. Que en la CONASUPO nos va a costar este año 221,256 millones de pesos. Que a Productos Pesqueros Mexicanos también se le van a meter 56,655 millones de pesos. Que a la Comisión Federal de Electricidad 387,512 millones de pesos y sigue la danza y la danza de millones y de miles de millones.
Pero eso sí creemos que este presupuesto estuvo muy fuera de tiempo; necesitaríamos más días, más tiempo de estudio y si que va a ejercer de todas maneras, si contra estas cosas fuera de la realidad ustedes lo van, los de la mayoría del PRI, a aprobar - porque así tienen la orden de aprobarlo - , pues que conste que nosotros no estamos de acuerdo y que estamos defendiendo al pueblo puesto que seguir ejerciendo presupuestos deficitarios va en contra del pueblo, va en contra de la nación. Esto quiere decir que se le está endeudando sin ton ni son a la nación y por programas de cientos de miles o de millones de pesos que a la larga han fracasado y que no tienen ni siquiera el consenso de la mayoría, que no tiene el consenso de la gente que realmente va a poner su esfuerzo en producir para pagar sus impuestos y para cubrir estos billonarios presupuestos en los cuales se está endeudando a la nación día con día, año con año, sexenio tras sexenio. Y esto para la economía nacional es completamente negativo y nosotros los de la Fracción Parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano en aras al buen desenvolvimiento económico del pueblo de México, estamos en contra.
Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado José Encarnación Pérez Gaytán.
El C. José Encarnación Pérez Gaytán: Señores diputados, señoras y señores: En atención a las horas en que estamos discutiendo este problema tan importante y pues al cansancio natural que creo que todos tenemos, yo quiero referirme en una sola intervención a dos artículos del Decreto, el segundo y el sexto y procurando hacerlo de manera concisa, espero que lo logre, pero creo que de esta manera podríamos abreviar, por lo que a mí se refiere o contribuir para abreviar un tanto esta parte del debate. El Presupuesto de Egresos de la Federación proyectado para el año entrante, es notoriamente insuficiente como medio para satisfacer necesidades y demandas sociales, no solamente por su monto global sino también por su estructura, representa la aplicación del primero de los puntos programáticos anunciados por el Presidente el 1o. de diciembre en su
proyecto de Reordenación Económica. El propósito de disminuir el crecimiento del gasto público como medida para bajar el déficit, ciertamente es un camino para lograrlo, pero no el único, pues existe también el de aumentar el ingreso por medio de recordar la parte de la riqueza social que se apropian los capitalistas, gravando progresivamente las ganancias y los ingresos verdaderamente globales de los dueños de la mayor parte de la riqueza social para lo cual es indispensable una reforma fiscal realmente democrática que vaya más allá de las medidas fiscales de la Ley de Ingresos recientemente aprobada por esta Cámara de Diputados, la disminución del crecimiento del Presupuesto de Egresos que puede convertirse en disminución absoluta dada la inflación en curso, no es por tanto el instrumento fatal para combatir el déficit del Presupuesto. Pero tal es la orientación que el gobierno imprime a esta parte de la política económica nacional, cuyos resultados acrecientan la desigualdad social por cuanto aminoran los ingresos reales de quienes viven de su trabajo y acrecientan los de quienes viven del trabajo ajeno. En efecto, el contenido de las fracciones IV y V del Artículo Vigésimo de la Iniciativa de Decreto del Ejecutivo, en el sentido de reducir al mínimo indispensable el personal eventual de carácter administrativo y abstenerse de crear nuevas plazas, sometiendo la ocupación de las plazas vacantes a la más fuerte restricción, indica con toda claridad la decisión de lanzar al desempleo a cientos de miles de trabajadores al servicio del Estado, lo cual de ninguna manera corresponde a la intención declarada por el Presidente en el punto 2o. de su programa de Reordenación Económica que postula la protección del empleo. En realidad, a mi juicio, aquí hay una contradicción muy visible.
Ciertamente, el Decreto propuesto por la Comisión Dictaminadora elimina de su Artículo Vigésimo Primero, que es el correspondiente al Vigésimo del Proyecto Presidencial, estas fracciones, pero aún sin la aprobación del Congreso, el despido de trabajadores del Estado en forma masiva es un hecho.
Todos sabemos que están quedando fuera del empleo unas grandes cantidades de trabajadores eventuales, algunos otros que tenían o tienen contratación por un año, y se dice que los que tengan planta, que en muchas Secretarías de Estado son los menos, van a conservar su empleo. Esta es una política real, no me estoy refiriendo, como aquí lo acabo de indicar, a la eliminación justa y correcta que se hizo en el Decreto que se debate de estos mencionados artículos del Proyecto Presidencial.
Por una parte, el gobierno lanza numerosos trabajadores al campo de los desocupados y encauza en la actividad industrial bajo su control el aumento de la producción exclusivamente por la vía del incremento de la productividad, lo que significa no abrir más plazas de trabajo y, por la otra, encarece el costo de la vida a través del IVA, gravamen al consumo que ha sido aumentado, en lo general, al 15% y del cual obtendrá su mayor ingreso.
Es así como esta política afecta el nivel de vida del pueblo trabajador con el señuelo de atacar la inflación disminuyendo la demanda, como si fuera verdad que en este país opere plenamente la ley de la oferta y la demanda y no la especulación y los precios de monopolio, que son reales y grandes causales de la inflación de precios.
Bajo esta orientación fundamental del Presupuesto de Egresos, aparecen los aspectos particulares encarnados en los artículos del Decreto en debate. Hay en el Artículo 2o., relativo a las erogaciones previstas para la Presidencia de la República, las dependencias del Ejecutivo Federal y los ramos de aportaciones a seguridad social, erogaciones adicionales y promoción regional, algunas cantidades cuyo destino no está claro y preciso. Me refiero al presupuesto de gastos correspondientes a erogaciones adicionales que aparece con 551,367 millones de pesos. Las llamadas erogaciones adicionales representan el 7, 8 décimos porciento del gasto total, sin que aparezca la programación precisa de varias de esas erogaciones que, si se concretaran, podrían destinarse a programas de inversión.
Se dice que estas erogaciones serán administradas y controladas por la Secretaría de Programación y Presupuesto, pero no se especifican concretamente en cierta parte o en gran parte lo cual da pie para pensar que se trata de una de esas medidas tendientes a facilitar el manejo del Presupuesto de Egresos, sin estricto apego a las cantidades y programas especificados. Es necesario desglosar en el Decreto esta partida de erogaciones adicionales, para saber a qué se refiere, para poder comprobar el gasto respectivo e impedir que se utilice para otros fines.
Aquí quiero decir que cuando nosotros hablamos de que debe haber un control real y efectivo del gasto, nos estamos refiriendo a la comprobación que es preciso realizar en todos los renglones del presupuesto de egresos y su aplicación.
Erogaciones como las llamadas adicionales, me parece que deberían destinarse en lo fundamental a proteger directamente el empleo y a elevar sueldos porque los empleados públicos van a la depauperación a pasos agigantados.
Acerca de servicios como educación y salud, por ejemplo, cabe hacer comentario de que si es cierto que registran aumentos respecto del presupuesto anterior, estos son nominales pero no reales. Para Educación Pública se observa un incremento del 18.5% pero tomando en cuenta la inflación de este año, apreciada en un 100%, lo que hay en una disminución en términos reales.
Es notorio que el egreso previsto para atender la deuda pública ocupa el 40% del presupuesto.
El incremento de la producción del pago de la mencionada Deuda Pública, principalmente exterior dentro del gasto total, ha sido acelerado en los últimos años. Para 1983 en cambio es muy brusco pues es del nivel ya apuntado.
En la comparecencia ante esta Cámara de Diputados, el Secretario de Programación y Presupuesto dijo que el gasto del Gobierno Federal ascenderá a 2 billones, 319,900 millones con crecimiento del 43.5 por ciento; el de Organismos y Empresas a un billón 969,100 millones y con un crecimiento del 29.7%; el servicio de la Deuda a 2 billones, 821,900 millones, y con un crecimiento del 96.4%. Así el mayor incremento del presupuesto es el destinado al servicio de la deuda.
No queda dilucidada la influencia que en este egreso previsto para el servicio de la deuda fundamentalmente exterior, pueda tener la reestructuración de dicha deuda, según informó el Secretario de Hacienda durante su comparecencia en esta Cámara, por lo que se refiere al monto de amortizaciones, dado que podrían diferirse pagos que estaban a corto plazo.
Como quiera que sea, el hecho es que el país sigue endeudándose, no solamente con el Fondo Monetario Internacional, sino con la banca internacional.
Simultáneamente se abren puertas a la especulación con dólares, al acabar con el control generalizado de cambios. Los exbanqueros que serán en buena parte reinstalados en la banca, al decidir el Presidente la conversión de la banca nacionalizada en banca mixta, tendrán la posibilidad de sacar dólares sin que regresen los que tienen depositados en el exterior, y que deberán ser utilizados cuando menos para pagar su propia deuda externa.
El favoritismo oficial a los monopolistas en este orden de cosas, forman parte del rumbo retrógrada por donde conduce al país el grupo gobernante. La política económica en curso, bajo el pilotaje del Presidente Miguel de la Madrid Hurtado es antidemocrática, porque se configura sin discusión pública y se impone autoritariamente. Pero ante todo porque afecta negativamente la vida y los hechos del pueblo, porque empobrece más a los trabajadores y les limita derechos.
La discusión y aprobación del presupuesto de egresos de la federación por el poder legislativo, carece de algo fundamental, le falta el conocimiento profundo que únicamente puede surgir de la participación adecuada y a tiempo en la preparación del proyecto. Si son facultades del Congreso conocer y aprobar el presupuesto de egresos de la Federación, para ejercer esas facultades seriamente y a fondo, es necesaria esa participación, se requiere del conocimiento de causa.
Ahora, sin negar los esfuerzos de la Comisión de Programación y Presupuesto, hemos de convenir que falta más conciencia, en el justo sentido de esta palabra, en el sentido de conocimiento, de comprensión. La participación del Congreso en la elaboración del presupuesto de egresos será de alcanzarse, parte fundamental de un procedimiento democrático.
Pero el contenido democrático, el presupuesto de egresos, habrá de consistir sobre todo en su función social, como medio para satisfacer necesidades y responder positivamente a demandas de la clase obrera, los campesinos y los demás trabajadores, Sin embargo, jamás habrá un presupuesto de egresos democrático en forma aislada, al margen de una política popular en todos los ámbitos de las relaciones entre el Estado y el resto de la sociedad.
Por ahora, no hay más remedio que pronunciarnos en contra también en lo particular, del proyecto de presupuesto de Egresos de la Federación que está en discusión. Y lo haremos con mucho gusto. Con ese dejo inefable que surge a veces de la satisfacción de haber cumplido con un deber ineludible. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Rubén Darío Méndez Aquino
El C. Rubén Darío Méndez Aquino: Hay sobre la tierra, un espectáculo bello y conmovedor: ver un pueblo en lucha contra la adversidad. Pero hay otro más bello y conmovedor, el de los hombres que luchan con él diciéndoles quiénes son los culpables de que la patria sufra.
Señor Presidente; señores diputados del PRI: sólo lograremos que no se aprueben las malas saber que ustedes no entienden todavía lo que pasó hace poco con una minuta que enviaron al Senador previamente, antes de que fuera aprobada. Casi mi intervención aquí no tiene caso y realmente me duele haber perdido el tiempo en haber hecho esto.
Aquí tienen ustedes en el periódico de Ovaciones, dada ya la noticia de que fue aprobado el Presupuesto, tanto en lo general como en lo particular. ¿Es esto moral?
No puede parecer extraño a ustedes que me dirija sólo a los diputados del poder en un partido, porque todos los que discrepamos con la legislación del sistema y de su actuación no nos queda más camino que apelar a su conciencia, después de exponer nuestras razones. Conciencia que siempre parece ausente, ya que solo logramos que no se aprueben las malas iniciativas del Ejecutivo cuando no tengan fuerzas para levantar el dedo.
Siempre me lo dijeron, pero nunca creí que la realidad fuera tan lacerante porque nunca la había vivido. Cuando acepté la postulación de mi partido, del cual soy fundador y que me enorgullezco de ello, y que es defensor de la libertad y la democracia, el de Acción Nacional, que el Poder Legislativo de mi patria estuviera su manejo total inconmovible, impasible, fraccioso, en manos de grupos que se pasan el poder sexenalmente revolviendo los nombres y sólo cambiándolos de puesto.
Olvidan los errores y depredaciones del pasado y continúan el camino de su vida envueltos en frases nuevas y en programas que sólo cambian de palabras y que el pueblo afortunadamente ya no cree.
Hoy, más que nunca, estoy convencido de la doctrina de mi partido cuando exige un poder legislativo libre, demócrata, sincero defensor del bien común, en el que estén representadas todas las corrientes ideológicas para bien de México
Pero entremos en materia. Siendo congruentes con mi apartado, debería de empezar por referirme a las paraestatales que no figuran en el presupuesto y que seguramente para no conocer las siderales cifras de su déficit, las omiten.
Ya el señor diputado Vicencio Tovar que me antecedió, se refirió a ello y no quiero insistir en lo que por sí solo se destaca.
A pesar de que ha dicho en todos los tonos de que habrá una política restrictiva del gasto federal, continúan para el año próximo a niveles significativamente altos, los subsidios y transferencias que el Gobierno Federal otorga en muy diversos renglones de su presupuesto. Las transferencias a organismos y empresas en presupuesto para el ya cercano 83, como acabamos de decir, ascienden a 455 mil 300 millones de pesos que en comparación con el año que estamos terminando 1982, representa un crecimiento de 28% respecto a 1982 ya que en este año ascienden a 355,070 millones esas transferencias y subsidios. Los subsidios a precios o al gasto de operación, absorberán 246,300 millones de pesos, 12% arriba del año pasado y las transferencias se incrementarán en 110.5%.
Resaltan a simple vista por su importe, la Comisión Federal de Electricidad con 151,300 millones de pesos que significa un incremento nominal de 33%.
También CONASUPO con 89,699 millones este año se sube a 109,718 para el próximo y así también Ferrocarriles con 61,800 millones.
Se dice en el proyecto de Gasto Federal, que conceder u otorgar los subsidios se regirá por criterios de selectividad que garanticen la congruencia de las acciones a realizar por los beneficios, textualmente, esta racionalización de los subsidios será acompañada de una política flexible de precios y tarifas de los bienes y servicios que produce el sector público, es decir, que queda abierta la puerta para el incremento de esos precios y tarifas. Es curioso, el viejo proverbio de que el que la hace la paga, en el actual proyecto de Ley de Ingresos y Egresos y Presupuesto, queda fuera de aplicación y en su lugar puede el sistema enorgullecerse de poner en circulación uno nuevo, aquí en México, el que la hace no la paga, pues se trata de cargar el pago de los platos rotos al pueblo mismo, al más pobre y olvidado. Cabe mencionar que en el proyecto prevé la creación de una reserva presupuestal de 436 mil millones para programas, proyectos y actividades, es decir, subsidios disfrazados que serán definidos en el transcurso del ejercicio como de alta prioridad.
En concreto, entre las transferencias de los precios o de gastos de operación y reservas, casi se hace un billón de pesos, lo cual equivale a un aumento superior al 86% respecto del año anterior. Ahora bien, si el gobierno prevé una inflación del 50% para 83, resulta entonces que el renglón de subsidios en lugar de bajar sube en una proporción aterradora, como diría el licenciado Silva Herzog.
También resulta difícil de entender que el Presupuesto incremente en un 118% los gastos del sector paraestatal, asignándole al gasto de la administración pública central 2,315 millones y área paraestatal 1969 millones.
Ante la imposibilidad de analizar cada una de las partidas que componen las erogaciones previstas para el año de 1983, correspondientes a los organismos paraestatales, pues la cascada de iniciativas, leyes, decretos, primeras y segundas lecturas, mociones, propuestas, etcétera, la cortina de hojas blancas y palabras, acaban por soslayar la discusión de las cosas importantes como es el Presupuesto y la Ley de Ingresos, que debería de hacerséle una disección pero, repito, ante la imposibilidad de hacerla, hemos apartado algunas partidas del Presupuesto para hacer un ligero análisis de las mismas y demostrar así el dispendio de su proyecto.
INMECAFE, Instituto Mexicano del Café. Se le asignan al Instituto 33 mil millones de pesos, su fin debe de ser esencialmente la asistencia técnica, la asesoría comercial y operación marginal en el mercado y destina casi 29,250 millones de su presupuesto a comercialización y distribución de productos agropecuarios, es decir, no es más una paraestatal que se dedica a comprar y comercializar el café. Hagamos algunos números para informar mejor a la Asamblea. Les prometo que es la única paraestatal que se analizará en este sentido para que no piensen que los voy a cansar.
El área cultivada de café es de 360 mil has. y la producción total del país es de 4 millones de quintales. El mismo instituto le ha fijado un precio de adquisición de 4,560; en el supuesto de que todo el café que se produjera fuera de la calidad óptima tendría un valor, toda la producción, de 18,240 millones y para manejarla está pidiendo, para gastos de impuestos, comercialización, distribución, beneficio, 11 mil millones de pesos más, es decir, comprando toda la producción de México, al precio oficial fijado por el Instituto, todavía pide 11 mil millones de pesos más... y no compra toda.
Esto, en el supuesto de que manejara toda la producción, pero no es así.
Adquiere el 50% de la producción, es decir, 2 millones de quintales y suponiendo que fuera óptima su calidad emplearía 9 mil millones de pesos, quedando 20,250 millones de pesos para otros gastos. Destina sólo para los fines principales de su área, a duras penas, el 13% de su presupuesto total.
El productor de café tiene que invertir aproximadamente en abonos, cultivos, resiembras, etc., etc., todos los gastos de cultivo, 22 mil pesos por ha. Si el Instituto le fuera a administrar a todos los cafetaleros el importe de esos gastos en las 360 mil has., tendríamos 7,920 millones de pesos de gasto total, pero con la inflación - vamos a suponerla - en lugar de gastar 22 mil vayan a gastar 35 mil por ha. El gasto se elevaría a 12 mil millones de pesos dándoles a todos para que hicieran el cultivo de sus hectáreas.
¿No les parece señores diputados del PRI, que todo esto debemos estudiar con mayor detenimiento y buscar cómo reducir el presupuesto en todos estos programas de paraestatales? Aparte cobra al exportador de café, productor o comerciante, el Instituto, $1,560.00 por cada quintal de café que exporta, aparte del impuesto de exportación naturalmente, explicando que dicho importe se utiliza para recuperación del subsidio que otorga, según él, a los tostadores para que puedan vender café tostado a los precios oficiales. Es increíble.
Es difícil entender esta situación, pues si el café es un producto que alcanza para cubrir la cuota internacional de exportación, que alcanza para el consumo nacional y que todavía sobra café en bodega, se tenga que subsidiar a los tostadores para venderles barato y reembolsarle al Instituto.
Por qué necesita subsidiarse si habiendo mayor oferta que demanda, es obvio que su precio se conservaría bajo.
¿No creen ustedes, señores diputados, que ahora que está de moda la cuestión moral, que no es moral aprobar un presupuesto en este caso especial del Inmecafé? (Aplausos.)
Ya no voy a cansarlos más. Tenemos aquí ferrocarriles, éste es muy chiquito, tiene un presupuesto de gastos de 88 mil millones de pesos y nuestra red ferroviaria es de 20,000 kilómetros, en el renglón de mantenimiento de esa red férrea que se conoce como el programa O y tiene asignadas partidas por 22 mil millones de pesos, resulta que para conservar nuestra red ferroviaria nos cuesta un millón de pesos anuales por kilómetro; no podemos comprender por qué no se hace una depuración de los ferrocarriles, que son útiles, y organizar y administrar bien el sistema, pues para pasajeros en la mayoría del sistema es malo y lento. De Oaxaca, mi tierra, para México se hacen 15 horas en el directo especial expreso, como un ejemplo.
Vamos a ver ahora Aereo - México, chiquito también. No se contempla ningún subsidio a los gastos de operación, pero en cambio se hace una transferencia de capital de 1,606 millones de pesos contra 500 del año pasado. Entre intereses y amortización deberá pagar 6,500 millones de pesos; sus tarifas son las más caras del mundo. Cabe acá mencionar por qué en México el año pasado, no sé ahora, se obtuvieron utilidades por 800 millones de pesos, y en Aereo - México ha operado con pérdida.
IMCE, Instituto Mexicano de Comercio Exterior, otro gasto que consideramos excesivo, dado los pocos servicios que presta, en el correspondiente presupuesto de este año se le asignan 3,600 millones de pesos.
Sería muy interesante poder analizar otros renglones, pero nos llevaríamos toda la noche. Claro, para no tener tiempo había urgencia de que se aprobara esto. Un orador nada más en lo general, y un orador en lo particular, y si es posible evítenlo.
Sería muy interesante poder analizar otros renglones del presupuesto, por ejemplo Constructora de Carros de Ferrocarril y todas las demás paraestatales, y algunos renglones más del presupuesto, y estamos seguros también de que arrojarán costos elevadísimos que deben bajarse para defensa del país y de encontrar pronto la salida para nuestro problema económico.
Creo yo que arrojarían muchísimas sorpresas analizar el presupuesto del Seguro Social, el costo de una cama en el Seguro Social, contra el costo en otros países, o aquí mismo en sanatorios particulares el costo de una cama, y algunos otros renglones del presupuesto.
Este Poder Legislativo, apelo a su conciencia, debe comprender que el presupuesto en las circunstancias económicas actuales del país, juega un importantísimo papel para poder sacar a la nación de su grave problema económico, es básico. No agravemos más la situación no ayudando al poder ejecutivo, para evitarle que se aprueben gastos fuera de nuestra capacidad y dentro de un año estemos lamentando la falta de decisión y patriotismo.
Si a tiempo la legislatura anterior hubiera detenido al régimen en su loca carrera de gasto público, otra fuera nuestra situación, otra muy distinta fuera nuestra situación. Eso es lo que nosotros les pedimos a ustedes, ahora que hay tiempo, ayudemos al señor Presidente de la República, analizando bien estas cuantas, presentándole algo que deveras valga la pena porque este poder legislativo conozca de estas cosas graves de la nación. ¿No significará para el señor Presidente una gran ayuda llevarle esto? Y decirle: señor Presidente, lo hemos estudiado en la Cámara y consideramos que estas partidas no están correctas o ¿necesitan revisarse o necesitan rebajarse?
Repito, yo no censuro el presupuesto, únicamente nos causa preocupación. En Acción Nacional vemos que el presupuesto es básico, para que México pueda salir de su problema económico mucho más pronto de lo que pensamos.
¿Por qué no servirlo? ¿Por qué no ayudar al señor Presidente en su tarea de encontrar el camino para la salvación de México? Estamos en tiempo de hacerlo por propia conveniencia.
Señores diputados del PRI, si nosotros, si esta legislatura, si el actual gobierno no nos presenta pronto un panorama de control de la situación de México la violencia está a la vuelta de la esquina, ahí está esperando agazapada. No debemos hacer eso y tenemos esa gravísima responsabilidad de detenerla. Reflexionen y regresen el presupuesto a la Comisión de Estudio, para ir más a fondo en el estudio del mismo y encontrar en lo posible su justo importe, aunque sea sólo una manera de dejar a salvo la responsabilidad del Congreso puesto que aquí discutimos horas y horas sobre su distribución, monto, programa, etc., para decirle al último al ejecutivo, como fundamento en el Artículo 11: esto es lo que aprobamos, pero tú has lo que quieras. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Manuel Cavazos.
El C. Manuel Cavazos: Señor Presidente; honorable Asamblea.
Estamos aquí para discutir el Presupuesto de Egresos en lo general y en lo particular; para discutir uno de los instrumentos fundamentales de política económica. En esta ocasión nos corresponde ver impugnaciones específicas, básicamente sobre los artículos 2o., 5o. y 11, aunque sea un poco latoso, permítaseme ir punto por punto aclarando que en ocasiones resulta innecesario ser exhaustivo. Empecemos por el señor Vital Jáuregui y su Artículo 2o. Cómicas, graciosas en cierto son sus extrapolaciones del 50%. Seña de que no entendió los objetivos fundamentales de este Presupuesto de Egresos. Y esto me lleva a la siguiente reflexión. No valdría la pena primero situar el Presupuesto de Egresos dentro de este contexto total que ocupa para no caer en estas simplificaciones.
En primer lugar este Presupuesto de Egresos es para 1983. Y es parte de una de las siete tesis sintetizadoras fundamentales que constituyen la plataforma sexenal.
Las tesis de la estrategia de desarrollo, empleo y combate a la inflación. De esta tesis se derivan los 10 puntos del programa de reordenación económica, programa inmediato, programa de emergencia, programa de coyuntura, programa para el corto plazo. De esos 10 puntos, cuatro corresponden a este presupuesto.
No hagamos entonces extrapolaciones de esta naturaleza que confunden y aturden el entendimiento, porque como aquí se ha dicho el presupuesto es materia seria es instrumento fundamental de rectoría económica.
Y parece que todas sus demás observaciones son congruentes con esta primera equivocación. El habla de 126 mil hectáreas en los programas de recursos hidráulicos o de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos; sí, pero son sólo de riego. El habla de un presupuesto para agua de riego y no es para agua de riego; es para agua potable. El habla de 11 mil millones para planeación y no se tomó la molestia de leer qué subprogramas están incluidos en este programa de la Secretaría que se llama planeación. Como ocurrencia es buena, pensar en muchos planeadores; pero no es seria en esta tribuna. Si usted hubiera urgado un poquito, si usted hubiera espulgado lo que está detrás de este programa, se hubiera encontrado que ahí hay subprogramas de asistencia técnica, que hay programas de operación de distritos de riego, que hay programas de sanidad vegetal en áreas de temporal. No se trata de muchos planeadores rondando oficinas o campos.
Y por el estilo. Habla de 100 mil millones para proteger el empleo y no se da cuenta que esto es sólo lo que está incluido en el ramo 23, en el ramo de erogaciones adicionales. No termina ahí el programa de empleo. Y esto revela con certidumbre incuestionable que ni siquiera se leyó el dictamen, porque ahí hay un capítulo para todos aquellos programas que merecen mención especial.
Cuatro concretamente; uno de ellos el Programa de Emergencia de Empleo. No programa de creación de empleo permanente, pero sí sienta las bases a través de la capacitación a la que están comprometidos todos aquellos que recurran a este programa, para que una vez que se inicie la recuperación que está programada y dentro de la cual se inserta este presupuesto anual, una vez que ocurra esta recuperación puede ser fácil esta integración y el empleo de emergencia el empleo temporal se convierte en empleo permanente. Y si usted lee con cuidado ese capítulo, entenderá que estos 100,000 millones son apenas una parte del programa completo donde se detallan programas de beneficio social en municipios donde hay problemas serios de desempleo, o bien en áreas rurales, programas como conducción de agua potable, de alcantarillado, de drenaje, es decir, programas útiles, no se trata como alguien insinuó por ahí de un programa keynesiano de tapar hoyos y hacer más hoyos para luego taparlos; no, se busca la utilidad social del programa no sólo directa beneficiando al trabajador sino también beneficiando a la comunidad.
También habla de un programa de desarrollo rural de 143,790 millones de pesos y de vuelta, es la parte que está sólo en uno de los ramos que se llama erogaciones adicionales, pero si se tomara la molestia de ver la clasificación sectorial del gasto donde aparece el sector de desarrollo rural integral, no llegaría a estas conclusiones.
Esperamos que esto aclare sus dudas y me gustaría seguir el resto de las impugnaciones, pero de ahí y brincarse a la conducción de que estamos cansados de programas que fracasan, bueno de premisas falsas sólo pueden surgir o malas ocurrencias o conclusiones falsas, por eso pasemos a otro punto.
Nos dice el señor Encarnación Pérez que reducir el gasto no es la única forma de reducir un déficit; efectivamente, no es la única forma y aquí quedó bien claro en las dos comparecencias anteriores y para no ser reiterativo no se puso esa parte económica que también surgió por ahí como impugnación, o como faltante, o como omisión del dictamen, tal vez no se entendió el papel que jugó en este proceso ese documento de criterios generales de política económica que sirven de fundamento a dos de los documentos básicos que nos han ocupado: Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos. Ahí se habla de estas dos vertientes, es cierto reducir el gasto, pero también aumentar los ingresos; reducir el gasto, y esto que se entienda en términos de la tendencia, es decir, ¿cuál sería el déficit al que nos enfrentaríamos si siguiera la tendencia? Sobre esa tendencia se corrige, y si la tendencia nos dice 18.5 y la economía no lo tolera, y quienes piensan con responsabilidad porque tienen el supremo compromiso de cumplir con los fines supremos elevados del Estado, tienen que diseñar medidas, pero no nos paremos en Ley de Ingresos, ni nos detengamos tampoco en este Presupuesto de Egresos.
Aquí ya se ha dicho, hay que verlo en un contexto global, hay que verlo en relación con los otros instrumentos de política económica, y ni siquiera termina ahí el proceso, hay otros instrumentos de naturaleza administrativa, jurídica o de
política social o de política interior o de política exterior, todos ellos están en este programa conjunto, todos ellos agrupados dentro de estas siete tesis sintetizadoras que apenas completan el programa sexenal y tampoco termina ahí el proceso, hay que ir más alla con este programa afinado, agrupado en estos siete puntos fundamentales, tiene orientación, tiene cauce, tiene rumbo hay un proyecto nacional que lo sustenta e inspira. Creo que poner la discusión también en su debido contexto ideológico, facilita la discusión.
Por eso estamos de acuerdo en muchos de los planteamientos que aquí se hacen. ¿Quién en sus cinco sentidos podría estar en contra de una política que redujera el empleo, si hubiera otras opciones? ahí entra otro problema adicional, poner este programa anual en su debido contexto temporal, considerar el corto plazo, el mediano y el largo plazo. ¿Qué bueno que pudiera aumentarse el gasto, y qué bueno que pudiera reducirse al mínimo el empleo, que sólo quedara aquello que llaman desempleo friccional? ¿Pero a qué costo? ¿Con qué riesgo? Quienes tienen, repito, la elevada responsabilidad de responder a compromisos suscritos con el pueblo, suscritos con la mayoría tienen que hacerse esa pregunta.
Erogaciones adicionales, tema recurrente, no sólo en lo general, también en lo particular. Y se ha explicado ahí que es uno de los instrumentos para darle flexibilidad al gasto, pero hay quienes encuentran difícil concatenar o hacer compatible la disciplina con la flexibilidad y entienden disciplina con rigidez No entienden que la disciplina son márgenes, son rangos y que si hay ingresos adicionales no sólo por un prurito conservador vamos a sacrificar metas prioritarias que están delimitadas y especificadas en la exposición de motivos del presupuesto que nos ocupa. Si hay ingresos adicionales irán a parar a esos programas prioritarios, programas sociales, programas regionales y programas sectoriales en esta nueva orientación del gasto para atacar sólo problemas de coyuntura y de corto plazo, sino también problemas de estructura, problemas de transformación para hacerlo congruente con el compromiso máximo de nuestro partido: la transformación orientada hacia la nueva sociedad.
En este sentido, cuando estamos hablando de erogaciones adicionales, cuando estamos hablando de la flexibilidad que debe tener el gasto, y en este sentido tal vez quepa hacer la distinción entre flexibilidad respecto al monto y flexibilidad dentro de la estructura del gasto. Aquí se hablaba de rectificar programas. Claro que está contemplado rectificar programas, a eso es lo que se le llama flexibilidad dentro del monto establecido, pero hay también flexibilidad con respecto al nivel fijado, flexibilidad que se admite en caso de que existan ingresos adicionales. Y aquí cabe la pena, como entre paréntesis, retomar una impugnación acerca de los 50 mil millones de pesos que aparecen ahí reduciendo erogaciones adicionales precisamente porque es el ramo que le da flexibilidad al presupuesto, pero además porque es obligación constitucional que se discutan primero - dice la ley suprema - los ingresos que van a financiar los gastos. Y a esto para qué ponerle etiqueta, etiquetas además inventadas en el exterior. Para qué fomentar este consumismo intelectual. Además se pasó con tiempo el dictamen, hubo margen, hubo tiempo para que hicieran observaciones, no recibimos observaciones ni siquiera del grupo al que con mayor tiempo se le pasó el Capítulo final, de ahí brincarse a aceptación servil es llevar demasiado lejos las cosas.
Erogaciones adicionales, repito está allí también porque hay que considerar el presupuesto en su contexto histórico, es un presupuesto que tiene que sufrir modificaciones en lo que se llama clasificación administrativa, porque hace unos días aprobamos reformas y modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública.
A alguien le extrañaba un capítulo transitorio que hacía estas previsiones tan lógicas, tan naturales, que habla también no sé si por clinché, porque es un argumento recurrente o porque existe por ahí algún baúl algún arcon de frases necesarias, obligadas, de un presupuesto antidemocrático, y se habla de que no hay consulta y uno se queda preguntando sobre todo cuando uno vivió y promovió la consulta popular, a nivel de municipios, a nivel de rancherías, de ejidos o de comunidades, ¿por qué ese intento recurrente en olvidarse de la consulta popular precisamente atendiendo a reclamos de los grupos sociales, atendiendo a la fuerza misma con que se hacían estas impugnaciones en discusiones anteriores?
Y así pasamos a la intervención de don Rubén Darío, él inició su presentación mostrándonos un periódico y otra vez haciendo mención de aquel caso de la minuta de la Ley de Ingresos del Senado, y parece o al menos parecía que había quedado muy claro que ni los secretarios ni el Oficial Mayor enviaron jamás ninguna minuta de la Ley de Ingresos, y se habla de una noticia de la Ley de Egresos y don Rubén Darío puede consultar en la oficina de Información que no se ha mandado ningún boletín de prensa. Pero parece haber también amnesia histórica.
El año pasado también, mientras se estaba discutiendo el Presupuesto de Egresos aparecía ya la noticia de aprobado dicho Presupuesto. Y después otra vez el argumento recurrente sobre las paraestatales, sin haber leído con cuidado el documento ni tampoco el Decreto, porque ahí hay medidas claras, precisas de mayor control; se habla de selectividad, pero claro, no existe cuando contraviene la impugnación que se traía por anticipado.
Y después al caso concreto, para no hablar otra vez de la recurrente mención de erogaciones especiales, que entre paréntesis está bien claro y aquí se explicó que dichas erogaciones serán aprobadas sólo si son debidamente justificadas y atienden a las prioridades que se señalan con anticipación.
Y el caso del INMECAFE, cifras y más cifras, pero no se menciona que el INMECAFE
ha llegado en avioneta ahí donde no hay caminos o donde no han querido llegar los exportadores. Se entiende, porque don Rubén Darío es representante de los exportadores.
Y no menciona que se tiene que gastar en bodegas de compra, porque se violan los acuerdos de consejo de INMECAFE ahí donde existen los exportadores; y tampoco se mencionan los programas de renovación cafetalera, y no se menciona las 27 diferentes tipos de roya que se están combatiendo, con esos programas de renovación de cafetales.
Y después la conclusión: Señor Presidente, le vamos a hacer gran favor rectificando este presupuesto. Pero ni siquiera notamos la asistencia a las reuniones de Comisión, y ni siquiera se notaron los avances que aparecen ahí como perdidos tal vez en el capítulo de sugerencias del dictamen.
Y se habla también de la posibilidad de revisión cuando ahí esta consignado expresamente. Todo esto me lleva a considerar no sólo la necesidad de ubicar al presupuesto, tal vez nos hemos perdido en el detalle y mencionar el contexto es bueno pero nos falta un punto sustancial, las características mismas del presupuesto, de las cuales parecen olvidarse cuando se concentran en rubros específicos.
Y se dice que el presupuesto es austero y efectivamente es austero, pero también es flexible y también presenta una estructura diferente que hace posible programas de emergencia de empleo y que hace posible el reducir al mínimo los gastos de operación que limita prestaciones a funcionarios públicos y da transparencia y racionalidad a sus sueldos, que apoya programas de desarrollo regional y fomenta el federalismo, que quiere favorecer a aquellos sectores que producen bienes social y nacionalmente necesarios, bienes que refuercen nuestra estructura productiva y por lo tanto nuestra independencia, bienes que consuman y sirvan de insumo básicamente a la canasta básica del consumidor mayoritario.
Y no se nos dice, tal vez se olvidan que está inserto en un Plan Nacional de Desarrollo, que parte de una filosofía política, de un diagnóstico de objetivos concretos del cual se derivan las metas y propósitos de cada uno de los instrumentos que tienen su expresión cuantitativa ahí en el presupuesto.
Y nos hablan aquí de la necesidad de aumentar la vigilancia, el seguimiento y el control y parecen no haber notado la introducción de estas reformas.
Y después de escuchar las intervenciones anteriores de los grupos minutarios, parece ser este dictamen, este presupuesto, es una acumulación de error tras error y de servil sumisión a un poder superior. Pero pocos o casi nadie mencionaron que se modificó al Artículo 16 para disponer el envío de información trimestral a esta Cámara sobre el ejercicio del gasto y que se adicionó un segundo párrafo al Artículo 38 para que se informe a esta Soberanía de los criterios y razones que fundamenten las soluciones para disolución, liquidación, extinción o función de empresas paraestatales.
Y se olvidan de los diferentes avances para vigorizar y fortalecer el papel del poder legislativo en el proceso presupuestario. Y con iguales propósitos no se mencionó que se proponen mecanismos de coordinación con el ejecutivo para promover la participación de esta Cámara a lo largo de todo el proceso presupuestal. Ni se dijo tampoco que será una revisión integral de la legislación presupuestaria para asegurar su congruencia y adecuarla a la realidad actual de la economía y de la administración pública y sobre todo para mejorar la más estricta vigilancia del Presupuesto. Tampoco se dijo que se introducirán medidas para que el Congreso con oportunidad conozca los elementos generales de integración del Presupuesto y otros avances como la separación en artículos diferentes del Presupuesto de los tres poderes. No se habló del Artículo 3o. transitorio para vigorizar el quehacer de la Contaduría Mayor, para fortalecer su independencia financiera ni las modificaciones al segundo párrafo del Artículo 20, salvo honorosas excepciones. Y así por el estilo.
Avances los hay. Un examen cuidadoso, detenido del último capítulo no dejará ninguna duda.
Por todo esto, señor Presidente ruegue usted a la asamblea que pregunte si considera suficientemente discutido el Presupuesto de Egresos en lo particular.
El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos, el C. diputado Rubén Darío Méndez Aquino e inmediatamente después, también para hechos, el diputado Vital Jáuregui.
El C. Rubén Darío Méndez Aquino: Con su venia, señor Presidente; señores diputados: Yo le pido al señor Cavazos, al diputado Cavazos, que cuando se refiera a lo que yo he dicho, diga exactamente lo que yo dije.
Yo jamás, en ningún momento dije que el Instituto Mexicano del Café fuera inútil o que no servía. Yo simplemente sostuve que el programa de gastos del Instituto era excesivo. Y lo sostengo además.
Si ponemos para sanidad vegetal que es lo realmente necesitamos para combatir la roya, le designen 279 millones de pesos y para comercialización y distribución de productos agropecuarios le asignan 30 mil millones de pesos, ¿hay alguna congruencia en esto?
Luego después se sostiene también que el Instituto Mexicano del Café necesita bodegas. Claro que las necesita, pero por qué las necesita, porque se ha convertido en una paraestatal, en una comercial, pero que en su presupuesto tiene más del doble de lo que se necesita para pagar toda la habilitación que se necesita para cultivar las 360 mil hectáreas de café que tiene el país.
Esas son las cosas a las que me referí. Además, jamás le dije yo ó jamás dije yo aquí que le íbamos a hacer un favor al señor
Presidente No. Que deberíamos de cumplir con una obligación, no es un favor; es una obligación que nosotros tenemos de analizar todas estas cuentas, ver qué cosa puede estar mal, encontrarlas, discutirlas y tratar de que salga mejor el presupuesto que nos presenta el Ejecutivo. Eso es a lo que yo me referí, sobre todo, aludí también y él no lo dijo a que en la situación de crisis económica que tiene el país y que ninguno de ustedes soslaya, el presupuesto juega un importantísimo papel en la recuperación económica de México. Entonces, cómo no colaborar, cómo no llegar al Ejecutivo y platicar, tener un diálogo con él, si lo que nosotros buscamos en Acción Nacional y lo sostenemos aquí es un trabajo de conjunto; nunca hemos dicho que nosotros tengamos en monopolio la inteligencia ni tampoco pensamos que la izquierda siempre estará equivocada. La mejor prueba de ello es que muchas veces hemos votado a favor de sus propuestas y ellos a favor de las nuestras. Los únicos, los que apelo yo a su conciencia en estos momentos de crisis de la Patria, es a ustedes señores diputados del PRI. Les pido que voten en conciencia nada más.
Yo no estoy aquí objetando - repito otra vez - la existencia del Instituto Mexicano del Café; es bueno. Entonces con esto queda hecha la aclaración que pedí yo de alusiones personales, se me está agotando el tiempo. Muchas gracias, señores.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Vital Jáuregui.
El C. Ignacio Vital Jáuregui: Señor Diputado Cavazos, esto no es un simple concurso de calificación, a ver si una pieza oratoria o una intervención, es cómica o es trágica, estamos manejando datos, estamos manejando cifras y esas cifras son correctas, no es cómico eso, lo que le está pasando al país, lo que le está pasando al país debido a una mala administración, debido a una larga noche de más de 60 años de mala administración de este pobre país, eso no es cómico, eso es trágico, es trágico que estemos debiendo 85,000 millones de dólares al extranjero, eso no es cómico señor diputado Cavazos, ES TRÁGICO, es trágico que el pobre pueblo de México no alcance, al pueblo humilde no le alcance lo que gana y por más se le está aumentando y aumentando el importe de su trabajo, la inflación sigue aumentando de una manera que no la puede alcanzar el salario mínimo, y eso es trágico para el pueblo, no es cómico señor diputado Cavazos. Usted dice que yo magnifiqué aquello de los programas fracasados, y yo creo que nos hemos ido cortos. La historia de todos los regímenes anteriores es una historia de fracaso tras fracaso, de planes y más planes; acuérdese usted del famoso Plan de Once Años de López Mateos, para acabar con el analfabetismo, fracasó; acuérdese usted del Plan Global de Desarrollo tan recientemente elaborado, también fracasó y recuerde usted el SAM también fracasado; y para qué seguimos con planes y más planes (aplausos) nosotros no vamos a aprobar esto nomás porque es un instrumento y que forma parte de otros instrumentos y que porque es un programa atinado y agrupado y que porque consta de 7 tesis sintetizadas, eso no es razón suficiente para aprobar esto, hay que aclarar, hay que manejar cifras y las cifras son terribles, es deficitario esto, si el gobierno va a recaudar 5 billones de pesos y va a gastar 7, pues nos va a endeudar con más de 2 billones de pesos, o sea, con 2 millones de millones de pesos, y eso, señor diputado, compañero Cavazos, eso no es cómico, eso es trágico.
Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Francisco Javier González Garza.
- El C. Francisco Javier González Garza:
Señor Presidente. Pedimos para hechos por una costumbre que se hizo o se ha venido elaborando en estos momentos que nos parece sumamente de injusticia. El señor licenciado Cavazos, que acaba de pasar a regañar a los partidos de oposición porque no han urgado, porque no han profundizado, porque no han encontrado en la papelería que se nos está elaborando ahorita, hace unas horas, no ha encontrado todos los argumentos que él sí tiene, él y su comisión sí tienen, porque son los únicos, yo apuesto que todos los del PRI no saben lo que el licenciado Cavazos tiene de datos. (Aplausos.)
Yo creo que es una gran injusticia que interviene un partido que tiene error, obviamente tuvo errores el señor del PDM, pero se regaña a los partidos porque cómo no estudiaron este mamotreto de papeles que se nos ha venido dando.
Esa es la primera injusticia.
Hay una segunda injusticia que vale la pena recalcar: las comisiones. Ha habido trabajos de los partidos políticos, ha habido iniciativas, proyectos completos que han entregado los partidos políticos, y éstos no se han tomado en cuenta, se han desechado por completo, y se nos dice, dice el licenciado Cavazos, que hubo tiempo y oportunidad para que todo mundo diera sus puntos de vista y no es el momento.
Hay otra alusión que dice "arcon de frases", y luego nos dice "abren el arcon de frases y sacan", y no será la consulta popular precisamente sacada del arcon de frases... Hay, dice, que las cosas deben de ser con disciplina que no implica rigidez. NO estamos de acuerdo porque aquí la única disciplina con rigidez es la del PRI, es la única disciplina con auténtica rigidez, no hay flexibilidad para ustedes nada más.
Yo quisiera sólo decir que esta intervención podía haber sido explicativa a los partidos, que ignoramos toda la serie de documentos que ustedes sí tienen, y que no debe ser, y no podemos aceptar y no se debe aceptar, que se venga a regañar a los partidos de oposición por oponerse por sus argumentos. Yo nada más le diría un dato que a lo mejor esto no ilustra el asunto: Cada mexicano - según esto - los nacidos, desde los más chiquitos
hasta los más ancianos, cada uno va a tener que pagar en este año, cien mil pesos por persona para cubrir este gasto. ¿Cien mil pesos por persona, los niños y los ancianos? Ese es el futuro. Yo no sé si todos tengan sus cien mil pesos, pero como no va haber 70 millones que paguen, se va a reducir, se va a reducir esto y la carga va a ser entre la población activa económicamente.
Muchas gracias, licenciado Cavazos. (Aplausos.)
El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si los artículos reservados para la discusión en lo particular se encuentran suficientemente discutidos.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica se pregunta si están suficientemente discutidos los artículos reservados.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutidos, señor Presidente.
Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos 2o., 5o. y 11 en sus términos.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Señor Presidente, se emitieron 243 votos en pro y 73 en contra.
El C. Presidente: Aprobados, en sus términos, los artículos 2o., 5o. y 11 por 243 votos.
En consecuencia, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Pasa al ejecutivo para sus efectos constitucionales.
MINUTA DEL SENADO LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
El C. Presidente: La Presidencia informa a la Asamblea que ha recibido una Minuta y ha dispuesto la conveniencia de dar cuenta, por lo que procederá en consecuencia la Secretaría.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Por instrucciones de la Presidencia se dará lectura al oficio con el que se remite la Minuta proyecto de Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.
Presentes.
Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con Minuta Proyecto de Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, enviada por el ciudadano Presidente de la República, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.
México, D.F., a 29 de diciembre de 1982.
"Año del general Vicente Guerrero."
Senador Alfonso Zegbe Sanen, secretario; senador Armando Trasviña Taylor, secretario."
"MINUTA PROYECTO DE LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
TITULO PRIMERO
Capítulo Único
Disposiciones Generales
Artículo 1o. Esta Ley tiene por objeto reglamentar el Título Cuarto Constitucional en materia de:
I. Los sujetos de responsabilidad en el servicio público;
II. Las obligaciones en el servicio público;
III. Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público, así como las que se deban resolver mediante juicio político;
IV. Las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar dichas sanciones;
V. las autoridades competentes y los procedimientos para declarar la procedencia del procesamiento penal de los servidores públicos que gozan de fuero y,
VI. El registro patrimonial de los servidores públicos.
Artículo 2o. Son sujetos de esta Ley, los servidores públicos mencionados en el párrafo primero y tercero del Artículo 108 Constitucional y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos federales.
Artículo 3o. Las autoridades competentes para la presente Ley serán:
I. Las Cámaras de Senadores y Diputados al Congreso de la Unión:
II. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación;
III. Las dependencias del Ejecutivo Federal;
IV. El Departamento del Distrito Federal;
V. La Suprema Corte de Justicia de la Nación
VI. El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal;
VII. El Tribunal Fiscal de la Federación;
VIII. Los Tribunales de Trabajo, en los términos de la legislación respectiva;
IX. Los demás órganos jurisdiccionales que determinen las leyes;
Artículo 4o. Los procedimientos para la aplicación de las sanciones a que se refiere el Artículo 109 Constitucional se desarrollarán autónomamente, según su naturaleza y por la vía procesal que corresponda, debiendo las
autoridades a que alude el artículo anterior turnar las denuncias a quien deba conocer de ellas. No podrán imponerse dos veces por una sola conducta sanciones de la misma naturaleza.
TITULO SEGUNDO
Procedimientos ante el Congreso de la Unión en materia de juicio político y declaración de procedencia
CAPITULO I
Sujetos. causas de juicio político y sanciones
Artículo 5o. En los términos del primer párrafo del Artículo 110 de la Constitución General de la República, son sujetos de juicio político los servidores públicos que en él se mencionan.
Los gobernadores de los Estados, los diputados a las Legislaturas Locales y los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales podrán ser sujetos de juicio político por violaciones graves a la Constitución General de la República, a las Leyes Federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.
Artículo 6o. Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos a que se refiere el artículo anterior, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
Artículo 7o. Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho:
I. El ataque a las instituciones democráticas;
II. El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal;
III. Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales;
IV. El ataque a la libertad de sufragio;
V. La usurpación de atribuciones;
VI. Cualquier infracción a la constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la Federación, a uno o varios Estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones;
VII. Las omisiones de carácter grave, en los términos de la fracción anterior; y
VIII. Las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal y a las leyes que determinen el manejo de los recursos económicos federales y del Distrito Federal.
No procede el juicio político por la mera expresión de ideas.
El Congreso de la Unión valorará la existencia y gravedad de los actos u omisiones a que se refiere este artículo. Cuando aquellos tengan carácter delictuoso se formulará la declaración de procedencia a la que alude la presente ley se estará a lo dispuesto por la legislación penal.
Artículo 8o. Si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución. Podrá también imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta veinte años.
CAPITULO II
Procedimiento en el Juicio Político
Artículo 9o. El juicio político solo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.
Las sanciones respectivas se aplicarán en un plazo no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.
Artículo 10. Corresponde a la Cámara de Diputados instruir el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como Jurado de Sentencia.
Artículo 11. Al proponer la Gran Comisión de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión, la constitución de Comisiones para el despacho de los asuntos, propondrá la integración de una Comisión para sustanciar los procedimientos consignados en la presente Ley y en los términos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Aprobada la propuesta a que hace referencia el párrafo anterior, por cada Cámara se designarán de cada una de las Comisiones, cuatro integrantes para que formen la Sección Instructora en la Cámara de Diputados, y la de enjuiciamiento en la de Senadores.
Las vacantes que ocurran en la sección correspondiente de cada Cámara, serán cubiertas por designación que haga la Gran Comisión, de entre los miembros de las Comisiones respectivas.
Artículo 12. Cualquier ciudadano bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular por escrito denuncia ante la Cámara de Diputados por las conductas a que se refiere el Artículo 7o., y por lo que toca a los Gobernadores de los Estados, Diputados a las Legislaturas Locales y Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales por las que determina el párrafo segundo del Artículo 5o. Presentada la denuncia y ratificada dentro de tres días naturales, se turnará de inmediato con la documentación que la acompañe a las Comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia, para que dictaminen si la conducta atribuida corresponde a las enumeradas por aquellos preceptos y si el inculpado está comprendido entre los servidores públicos a que se refiere el Artículo 2o., así como si
la denuncia es procedente y por lo tanto amerita la incoación del procedimiento.
Una vez acreditados estos elementos, la denuncia se turnará a la Sección Instructora de la Cámara.
Las denuncias anónimas no producirán ningún efecto.
Artículo 13. La Sección instructora practicará todas las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta o hecho materia de aquella; estableciendo las características y circunstancias del caso y precisando la intervención que haya tenido el servidor público denunciado.
Dentro de los tres días naturales siguientes a la ratificación de la denuncia, la Sección informará al denunciado sobre la materia de la denuncia, haciéndole saber su garantía de defensa y que deberá, a su elección, comparecer o informar por escrito, dentro de los siete días naturales siguientes a la notificación.
Artículo 14. La Sección Instructora abrirá un periodo de prueba dentro de 30 días naturales dentro del cual recibirá las pruebas que ofrezcan el denunciante y el servidor público, así como las que la propia Sección estime necesarias.
Si al concluir el plazo señalado no hubiese sido posible recibir las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse otras, la Sección Instructora podrá ampliarlo en la medida que resulte estrictamente necesaria.
En todo caso, la Sección calificará la pertinencia de las pruebas, desechándose las que a su juicio sean improcedentes.
Artículo 15. Terminada la instrucción del procedimiento, se pondrá el expediente a la vista del denunciante, por un plazo de tres días naturales, y por otros tantos a la del servidor público y sus defensores, a fin de que tomen los datos que requieran para formular alegatos, que deberán presentar por escrito dentro de los seis días naturales siguientes a la conclusión del segundo plazo mencionado.
Artículo 16. Transcurrido el plazo para la presentación de alegatos, se hayan o no entregado éstos, la Sección Instructora formulará sus conclusiones en vista de las constancias del procedimiento. Para este efecto analizará clara y metódicamente la conducta o los hechos imputados y hará las consideraciones jurídicas que procedan para justificar, en su caso, la conclusión o la continuación del procedimiento.
Artículo 17. Si de las constancias del procedimiento se desprende la inocencia del encausado, las conclusiones de la Sección Instructora terminarán proponiendo que se declare que no ha lugar a proceder en su contra por la conducta o el hecho materia de la denuncia, que dio origen al procedimiento.
Si de las constancias aparece la probable responsabilidad del servidor público, las conclusiones terminarán proponiendo la aprobación de lo siguiente:
I. Que está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia;
II. Que existe probable responsabilidad del encausado;
III. La sanción que deba imponerse de acuerdo con el Artículo 8o. de esta Ley, y
IV. Que en caso ser aprobadas las conclusiones, se envíe la declaración correspondiente a la Cámara de Senadores, en concepto de acusación, para los efectos legales respectivos.
De igual manera deberán asentarse en las conclusiones las circunstancias que hubieren concurrido en los hechos.
Artículo 18. Una vez emitidas las conclusiones a que se refieren los artículos precedentes, la Sección Instructora las entregará a los secretarios de la Cámara de Diputados para que den cuenta al Presidente de la misma, quien anunciará que dicha Cámara debe reunirse y resolver sobre la imputación, dentro de los tres días naturales siguientes, lo que harán saber los secretarios al denunciante y al servidor público denunciado, para que aquél se presente por sí y éste lo haga personalmente, asistido de su defensor, a fin de que aleguen lo que convenga a sus derechos.
Artículo 19. La Sección Instructora deberá practicar todas las diligencias y formular sus conclusiones hasta entregarlas a los secretarios de la Cámara, conforme a los artículos anteriores, dentro del plazo de sesenta días naturales, contado desde el día siguiente a la fecha en que se le haya turnado la denuncia, a no ser que por causa razonable y fundada se encuentre impedida para hacerlo. En este caso podrá solicitar de la Cámara que se amplíe el plazo por el tiempo indispensable para perfeccionar la instrucción. El nuevo plazo que se conceda no excederá de quince días.
Los plazos a que se refiere este artículo se entienden comprendidos dentro del periodo ordinario de sesiones de la Cámara o bien dentro del siguiente ordinario o extraordinario que se convoque.
Artículo 20. El día señalado, conforme al artículo 18, la Cámara de Diputados se erigirá en órgano de acusación, previa declaración de su Presidente. Enseguida la Secretaría dará lectura a las constancias procedimentales o a una síntesis que contenga los puntos sustanciales de éstas, así como a las conclusiones de la Sección Instructora. Acto continuo se concederá la palabra al denunciante y enseguida al servidor público o a su defensor, o a ambos si alguno de éstos lo solicitare, para que aleguen lo que convenga a sus derechos.
El denunciante podrá replicar y, si lo hiciere, el imputado y su defensor podrán hacer uso de la palabra en último término.
Reiterados el denunciante y el servidor público y su defensor, se procederá a discutir y a votar las conclusiones propuestas por la Sección Instructora.
Artículo 21. Si la Cámara resolviese que no procede acusar al servidor público, éste continuará en el ejercicio de su cargo. En caso contrario, se le pondrá a disposición de la Cámara de Senadores, a la se remitirá la
acusación, designándose una comisión de tres diputados para que sostenga aquella ante el Senado.
Artículo 22. Recibida la acusación en la Cámara de Senadores, ésta la turnará a la Sección de Enjuiciamiento, la que emplazará a la Comisión de Diputados encargada de la acusación, al acusado y a su defensor, para que presenten por escrito sus alegatos dentro los cinco días naturales siguientes al emplazamiento.
Artículo 23. Transcurrido el plazo que se señala en el artículo anterior, con alegatos o sin ellos, la Sección de Enjuiciamiento de la Cámara de Senadores formulará sus conclusiones en vista de las consideraciones hechas en la acusación y en los alegatos formulados, en su caso, proponiendo la sanción que en su concepto deba imponerse al servidor público y expresando los preceptos legales en que se funde.
La Sección podrá escuchar directamente a la comisión de diputados que sostienen la acusación y al acusado y su defensor, si así lo estima conveniente la misma Sección o si lo solicitan los interesados. Asimismo, la Sección podrá disponer la práctica de otras diligencias que considere necesarias para integrar sus propias conclusiones.
Emitidas las conclusiones, la Secretaría las entregará a la Secretaría de la Cámara de Senadores.
Artículo 24. Recibidas las conclusiones por la Secretaría de la Cámara, su presidente anunciará que debe erigirse ésta en Jurado de Sentencia dentro de las 24 horas siguientes a la entrega de dichas conclusiones, procediendo la Secretaría a citar a la Comisión a que se refiere el Artículo 21 de esta Ley, al acusado y a su defensor.
A la hora señalada para la audiencia, el Presidente de la Cámara de Senadores la declarará erigida en Jurado de Sentencia y procederá de conformidad con las siguientes normas:
1. La Secretaría dará lectura a las conclusiones formuladas por la Sección de Enjuiciamiento;
2. Acto continuo, se concederá la palabra a la Comisión de Diputados, al servidor público o a su defensor, o a ambos;
3. Reiterados el servidor público y su defensor, y permaneciendo los diputados en la sesión, se procederá a discutir y a votar las conclusiones y aprobados que sean los puntos de Acuerdo, que en ellas se contengan, el Presidente hará la declaratoria que corresponda.
Por lo que toca a gobernadores, diputados a las Legislaturas Locales y Magistrados de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados, la Cámara de Senadores se erigirá en Jurado de Sentencia dentro de los tres días naturales siguientes a la recepción de las conclusiones. En este caso, la sentencia que se dicte tendrá efectos declarativos y la misma se comunicará a la Legislatura Local respectiva para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda.
CAPITULO III
Procedimiento para la declaración de procedencia.
Artículo 25. Cuando se presente denuncia o querella por particulares o requerimiento del Ministerio Público cumplidos los requisitos procedimentales respectivos para el ejercicio de la acción penal, a fin de que pueda procederse penalmente en contra de algunos servidores públicos a que se refiere el primer párrafo del Artículo 111 de la Constitución General de la República, se actuará, en lo pertinente, de acuerdo con el procedimiento previsto en el capítulo anterior en materia de juicio político ante la Cámara de Diputados. En éste caso, la Sección Instructora practicará todas las diligencias conducentes a establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad del imputado, así como la subsistencia del fuero constitucional cuya remoción se solicita. Concluida ésta averiguación, la Sección dictaminará si ha lugar a proceder penalmente en contra del inculpado.
Si a juicio de la Sección, la imputación fuese notoriamente improcedente, lo hará saber de inmediato a la Cámara, para que ésta resuelva si se continúa o desecha, sin perjuicio de reanudar el procedimiento si posteriormente aparecen motivos que lo justifiquen.
Para los efectos del primer párrafo de éste artículo, la Sección deberá rendir su dictamen en un plazo de sesenta días hábiles, salvo que fuese necesario disponer de más tiempo, a criterio de la Sección. En este caso se observarán las normas acerca de ampliación de plazos para la recepción de pruebas en el procedimiento referente al juicio político.
Artículo 26. Dada cuenta del dictamen correspondiente, el Presidente de la Cámara anunciará a ésta que debe erigirse en Jurado de procedencia al día siguiente a la fecha en que se hubiese depositado el dictamen, haciéndolo saber al inculpado y a su defensor, así como al denunciante, al querrellante o al Ministerio Público, en su caso.
Artículo 27. El día designado, previa declaración del Presidente de la Cámara, ésta conocerá en Asamblea del dictamen que la Sección le presente y actuará en los mismos términos previstos por el Artículo 20 en materia de juicio político.
Artículo 28. Si la Cámara de Diputados declara que ha lugar a proceder contra el inculpado, éste quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes. En caso negativo, no habrá lugar a procedimiento ulterior mientras subsista el fuero, pero tal declaración no será obstáculo para que el procedimiento continúe su curso cuando el servidor público haya concluido el desempeño de su empleo, cargo o comisión.
Por lo que toca a gobernadores, diputados a las Legislaturas Locales y Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados a quienes se les hubiere atribuido la
comisión de delitos federales, la declaración de procedencia que al efecto dicte la Cámara de Diputados, se remitirá a la Legislatura Local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda y, en su caso, ponga al inculpado a disposición del Ministerio Público Federal o del Órgano Jurisdiccional respectivo.
Artículo 29. Cuando se siga proceso penal a un servidor público de los mencionados en el Artículo 111 Constitucional, sin haberse satisfecho el procedimiento al que se refieren los artículos anteriores, la Secretaría de la misma Cámara o de la Comisión Permanente librará oficio al Juez o tribunal que conozca de la causa, a fin de que suspenda el procedimiento en tanto se plantea y resuelve si ha lugar a proceder.
CAPITULO IV
Disposiciones comunes para los capítulos II y III del Título Segundo
Artículo 30. Las declaraciones y resoluciones definitivas de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables.
Artículo 31. Las Cámaras enviarán por riguroso turno a las Secciones Instructoras las denuncias, querellas, requerimientos del Ministerio Público o acusaciones que se les presenten.
Artículo 32. En ningún caso podrá dispensarse un trámite de los establecidos en los Capítulos Segundo y Tercero de este Título.
Artículo 33. Cuando alguna de las Secciones o de las Cámaras deba realizar una diligencia en la que se requiera la presencia del inculpado, se emplazará a éste para que comparezca o conteste por escrito a los requerimientos que se le hagan; si el inculpado se abstiene de comparecer o de informar por escrito se entenderá que contesta en sentido negativo.
La Sección respectiva practicará las diligencias que no requieran la presencia del denunciado, encomendando al Juez de Distrito que corresponda las que deban practicarse dentro de su respectiva jurisdicción y fuera del lugar de residencia de las Cámaras, por medio de despacho firmado por el Presidente y el Secretario de la Sección al que se acompañará testimonio de las constancias conducentes.
El Juez de Distrito practicará las diligencias que le encomiende la Sección respectiva, con estricta sujeción a las determinaciones que aquélla le comunique.
Todas las comunicaciones oficiales que deban girarse para la práctica de las diligencias a que se refiere este artículo, se entregarán personalmente o se enviarán por correo, en pieza certificada y con acuse de recibo, libres de cualquier gasto.
Artículo 34. Los miembros de las Secciones y, en general, los Diputados y Senadores que hayan de intervenir en algún acto del procedimiento, podrán excusarse o ser recusados por alguna de las causas de impedimento que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Únicamente con expresión de causa podrá el inculpado recusar a miembros de las Secciones Instructoras que conozcan de la imputación presentada en su contra, o a Diputados y Senadores que deban participar, en actos del procedimiento.
El propio servidor público sólo podrá hacer valer la recusación desde que se le requiera para el nombramiento de defensor hasta la fecha en que se cite a las Cámaras para que actúen colegiadamente, en sus casos respectivos.
Artículo 35. Presentada la excusa o la recusación, se calificará dentro de los tres días naturales siguientes en un incidente que se sustanciará ante la Sección a cuyos miembros no se hubiese señalado impedimento para actuar.
Si hay excusa o recusación de integrantes de ambas Secciones, se llamará a los suplentes. En el incidente se escuchará al promovente y al recusado y se recibirán las pruebas correspondientes. Las Cámaras calificarán en los demás casos de excusa o recusación.
Artículo 36. Tanto el inculpado como el denunciante o querellante podrán solicitar de las oficinas o de los establecimientos públicos las copias certificadas de documentos que pretendan ofrecer como pruebas ante la Sección respectiva o ante las Cámaras.
Las autoridades estarán obligadas a expedir dichas copias certificadas, sin demora, y si no lo hicieren la Sección, o las Cámaras a instancia del interesado, señalará a la autoridad omisa un plazo razonable para que las expida, bajo apercibimiento de imponerle una multa de diez a cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal sanción que se hará efectiva si la autoridad no las expidiere. Si resultase falso que el interesado hubiera solicitado las constancias, la multa se hará efectiva en su contra.
Por su parte, la Sección o las Cámaras solicitarán las copias certificadas de constancias que estimen necesarias para el procedimiento, y si la autoridad de quien las solicitase no las remite dentro del plazo discrecional que se le señale, se impondrá la multa a que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 37. Las Secciones o las Cámaras podrán solicitar, por sí o a instancia de los interesados, los documentos o expedientes originales ya concluidos, y la autoridad de quien se soliciten tendrá la obligación de remitirlos. En caso de incumplimiento, se aplicará la corrección dispuesta en artículo anterior. Dictada la resolución definitiva en el procedimiento, los documentos y expedientes mencionados deberán ser devueltos a la oficina de su procedencia, pudiendo dejarse copia certificada de las constancias que las Secciones o Cámaras estimen pertinentes.
Artículo 38. Las Cámaras no podrán erigirse en órgano de acusación o Jurado de Sentencia, sin que antes se compruebe fehacientemente que el servidor público, su defensor, el
denunciante o querellante y, en su caso el Ministerio Público han sido debidamente citados.
Artículo 39. No podrán votar en ningún caso los Diputados o Senadores que hubiesen presentado la imputación contra el servidor público. Tampoco podrán hacerlo los Diputados o Senadores que hayan aceptado el cargo de defensor, aún cuando lo renuncien después de haber comenzado a ejercer el cargo.
Artículo 40. En todo lo no previsto por esta Ley, en las discusiones y votaciones se observarán, en lo aplicable, las reglas que establecen la Constitución, la Ley Orgánica y el Reglamento Interior del Congreso General para discusión y votación de las leyes. En todo caso, las votaciones deberán ser nominales, para formular, aprobar o reprobar las conclusiones o dictámenes de las Secciones y para resolver incidental o definitivamente en el procedimiento.
Artículo 41. En el juicio político al que se refiere esta Ley, los acuerdos y determinaciones de las Cámaras se tomarán en sesión pública, excepto en la que se presente la acusación o cuando las buenas costumbres o el interés general exijan que la audiencia sea secreta.
Artículo 42. Cuando en el curso del procedimiento a un servidor público de los mencionados en los artículos 110 y 111 de la Constitución, se presentare nueva denuncia en su contra, se procederá respecto de ella con arreglo a esta Ley, hasta agotar la instrucción de los diversos procedimientos, procurando, de ser posible, la acumulación procesal.
Si la acumulación fuese procedente, la Sección formulará en un solo documento sus conclusiones, que comprenderán el resultado de diversos procedimientos.
Artículo 43. Las Secciones y las Cámaras podrán disponer las medidas de apercibimiento que fueren procedentes, mediante acuerdo de la mayoría de sus miembros presentes en la sesión respectiva.
Artículo 44. Las declaraciones o resoluciones aprobadas por las Cámaras con arreglo a esta Ley, se comunicarán a la Cámara a la que pertenezca el acusado, salvo que fuere la misma que hubiese dictado la declaración o resolución; a la Suprema Corte de Justicia de la Nación si se tratase de alguno de los integrantes del Poder Judicial Federal a que alude esta Ley; y en todo caso al Ejecutivo para su conocimiento y efectos legales, y para su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
En el caso de que la declaratoria de las Cámaras se refiera a gobernadores, diputados locales y Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, se hará la notificación a la Legislatura Local respectiva.
Artículo 45. En todas las cuestiones relativas al procedimiento no previstas en esta Ley, así como en la apreciación de las pruebas, se observarán las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Asimismo, se atenderán, en lo conducente, las del Código Penal.
TITULO TERCERO
Responsabilidades Administrativas
CAPITULO I
Sujetos y obligaciones del servidor público
Artículo 46. Incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley.
Artículo 47. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, según la naturaleza de la infracción en que se incurra, y sin perjuicio de sus derechos laborales previstos en las normas específicas que al respecto rijan en el servicio de las Fuerzas Armadas:
I. Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;
II. Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos;
III. Utilizar los recursos que tengan asignado para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que les sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos;
IV. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidas de aquéllas;
V. Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación con motivo de éste;
VI. Observar en la dirección de sus inferiores jerárquicos las debidas reglas del trato y abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad;
VII. Observar respeto y subordinación legítimas con respecto a sus superiores jerárquicos inmediatos o mediatos, cumpliendo las disposiciones que éstos dicten en el ejercicio de sus atribuciones;
VIII. Comunicar por escrito al titular de la dependencia o entidad en las que presten sus servicios el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo o las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las órdenes que reciba;
IX. Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión después de concluido el periodo para el cual se le designó o
de haber cesado, por cualquier otra causa, en el ejercicio de sus funciones;
X. Abstenerse de disponer o autorizar a un subordinado a no asistir sin causa justificada a sus labores por más de quince días continuos o treinta discontinuos en un año, así como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones, cuando las necesidades del servicio público no lo exijan;
XI. Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley prohiba.
XII. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de la autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;
XIII. Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.
XIV. Informar por escrito al jefe inmediato, y en su caso, al superior jerárquico, sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción anterior y que sean de su conocimiento; y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos;
XV. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notarialmente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII, y que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión.
XVI. Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;
XVII. Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a que se refiere la fracción XIII;
XVIII. Presentar con oportunidad y veracidad la declaración de situación patrimonial ante la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en los términos que señala la Ley;
XIX. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de la Secretaría de la Contraloría, conforme a la competencia de ésta;
XX. Informar al superior jerárquico de todo acto, u omisión de los servidores públicos sujetos a su dirección, que pueda implicar inobservancia de las obligaciones a que se refieren las fracciones de este artículo, y en los términos de las normas que al efecto se expidan;
XXI. Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición jurídica relacionada con el servicio público; y
XXII. Las demás que le impongan las Leyes y reglamentos.
Cuando el planteamiento que formule el servidor público a su superior jerárquico deba ser comunicado a la Secretaría de la Contraloría General, el superior procederá a hacerlo sin demora, bajo su estricta responsabilidad, poniendo el trámite en conocimiento del subalterno interesado. Si el superior jerárquico omite la comunicación a la Secretaría de la Contraloría General, el subalterno podrá practicarla directamente informando a su superior acerca de este acto.
Artículo 48. Para los efectos de esta Ley se entenderá por Secretaría a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.
Para los mismos efectos, se entenderá por superior jerárquico al titular de la dependencia y, en el caso de las entidades, al coordinador del sector correspondiente, el cual aplicará las sanciones cuya imposición se le atribuya a través de la contraloría interna de su dependencia.
CAPITULO II
Sanciones administrativas y procedimientos para aplicarlas
Artículo 49. En las dependencias y entidades de la Administración Pública se establecerán unidades específicas, a las que el público tenga fácil acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, con las que se iniciará, en su caso, el procedimiento disciplinario correspondiente.
La Secretaría establecerá las normas y procedimientos para que las instancias del público sean atendidas y resueltas con eficiencia.
Artículo 50. La Secretaría, el superior jerárquico y todos los servidores públicos tienen la obligación de respetar y hacer respetar el
derecho a la formulación de las quejas y denuncias a las que se refiere el artículo anterior y de evitar que con motivo de éstas se causen molestias indebidas al quejoso.
Incurre en responsabilidad el servidor público que por sí o por interpósita persona, utilizando cualquier medio, inhiba al quejoso para evitar la formulación o presentación de quejas y denuncias, o que con motivo de ello realice cualquier conducta injusta u omita una justa y debida que lesione los intereses de quienes las formulen o presenten.
Artículo 51. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal establecerán los órganos y sistemas para identificar, investigar y determinar las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, así como para aplicar las sanciones establecidas en el presente Capítulo, en los términos de las correspondientes leyes orgánicas del Poder Judicial.
Lo propio harán, conforme a la legislación respectiva y por lo que hace a su competencia, las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión.
Artículo 52. Los servidores públicos de la Secretaría que incurran en responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, serán sancionados conforme al presente Capítulo por la contraloría interna de dicha Secretaría. El titular de esta contraloría será designado por el Presidente de la República y sólo será responsable administrativamente ante él.
Artículo 53. Las sanciones por falta administrativa consistirán en:
I. Apercibimiento privado o público;
II. Amonestación privada o pública;
III. Suspensión;
IV. Destitución del puesto;
V. Sanción económica; y
VI. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión que implique lucro o cause daños y perjuicios, será de seis meses a tres años si el monto de aquellos no excede de cien veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal y de tres a diez años si excede de dicho límite.
Artículo 54. Las sanciones administrativas se impondrán tomando en cuenta los siguientes elementos:
I. La gravedad de la responsabilidad en que se incurra y la conveniencia de suprimir prácticas que infrinjan, en cualquier forma, las disposiciones de esta Ley o las que se dicten con base en ella;
II. Las circunstancias socioeconómicas del servidor público;
III. El nivel jerárquico, los antecedentes y las condiciones del infractor;
IV. Las condiciones exteriores y los medios de ejecución;
V. La antigüedad del servicio;
VI. La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones; y
VII. El monto del beneficio, daño o perjuicio económicos derivado del incumplimiento de obligaciones.
Artículo 55. En caso de aplicación de sanciones económicas por beneficios obtenidos y daños y perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, se aplicarán dos tantos del lucro obtenido y de los daños y perjuicios causados.
Las sanciones económicas establecidas en este artículo se pagarán una vez determinadas en cantidad líquida, en su equivalencia en salarios mínimos vigentes al día de su pago, conforme al siguiente procedimiento:
I. La sanción económica impuesta se dividirá entre la cantidad líquida que corresponda y el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal al día de su imposición, y
II. El cociente se multiplicará por el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal al día de pago de la sanción.
Para los efectos de esta Ley se entenderá por salario mínimo mensual, el equivalente a treinta veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.
Artículo 56. Para la aplicación de las sanciones a que hace referencia el artículo 53 se observarán las siguientes reglas:
I. El apercibimiento, la amonestación y la suspensión del empleo, cargo o comisión por un periodo no menor de tres días ni mayor de tres meses, serán aplicables por el superior jerárquico;
II. La destitución del empleo, cargo o comisión de los servidores públicos, se demandará por el superior jerárquico de acuerdo con los procedimientos consecuentes con la naturaleza de la relación y en los términos de las leyes respectivas;
III. La suspensión del empleo, cargo o comisión durante el periodo al que se refiere la fracción I, y la destitución de los servidores públicos de confianza, se aplicarán por el superior jerárquico;
IV. La Secretaría promoverá los procedimientos a que hacen referencia las fracciones II y III, demandando la destitución del servidor público responsable o procediendo a la suspensión de éste cuando el superior jerárquico no lo haga. En este caso, la Secretaría desahogará el procedimiento y exhibirá las constancias respectivas al superior jerárquico;
V. La inhabilitación para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público será aplicable por resolución jurisdiccional, que dictará el órgano que corresponda según las leyes aplicables; y
VI. Las sanciones económicas serán aplicadas por el superior jerárquico cuando no excedan de un monto equivalente a cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, y por la Secretaría cuando sean superiores a esta cantidad.
Artículo 57. Todo servidor público deberá denunciar por escrito a la contraloría interna de su dependencia los hechos que, a su juicio,
sean causa de responsabilidad administrativa imputables a servidores públicos sujetos a su dirección.
La contraloría interna de la dependencia determinará si existe o no responsabilidad administrativa por el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, y aplicará, por acuerdo del superior jerárquico, las sanciones disciplinarias correspondientes.
En lo que respecta a las entidades, la denuncia a que se refiere el primer párrafo de este artículo será recibida por el coordinador sectorial correspondiente.
El superior jerárquico enviará a la Secretaría copia de las denuncias cuando se trate de infracciones graves o cuando, en su concepto y habida cuenta de la naturaleza de los hechos denunciados, la Secretaría deba conocer el caso o participar en las investigaciones.
Artículo 58. La Secretaría aplicará las sanciones correspondientes a los contralores internos de las dependencias cuando éstos incurran en actos u omisiones que impliquen responsabilidad administrativa.
Artículo 59. Incurrirán en responsabilidad administrativa los servidores públicos de las contralorías internas que se abstengan injustificadamente de sancionar a los infractores o que, al hacerlo, no se ajusten a lo previsto por esta Ley. La Secretaría informará de ello al Titular de la dependencia y aplicará las sanciones correspondientes.
Artículo 60. La contraloría interna de cada dependencia será competente para imponer sanciones disciplinarias, excepto las económicas cuyo monto sea superior a cien veces el salario mínimo diario del Distrito Federal, las que están reservadas exclusivamente a la Secretaría, que comunicará los resultados del procedimiento al Titular de la dependencia o entidad. En este último caso, la contraloría interna, previo informe al superior jerárquico, turnará el asunto a la Secretaría.
Artículo 61. Si la contraloría interna de la dependencia o el coordinador de sector en las entidades tuvieran conocimiento de hechos que impliquen responsabilidad penal, darán vista de ellos a la Secretaría y a la autoridad competente para conocer del ilícito.
Artículo 62. Si de las investigaciones y auditorías que realice la Secretaría apareciera la responsabilidad de los servidores públicos, informará a la contraloría interna de la dependencia correspondiente o al coordinador sectorial de las entidades, para que proceda a la investigación y sanción disciplinaria por dicha responsabilidad, si fuera de su competencia. Si se trata de responsabilidades mayores cuyo conocimiento sólo compete a la Secretaría, ésta se avocará directamente al asunto, informando de ello al Titular de la dependencia y a la contraloría interna de la misma para que participe y coadyuve en el procedimiento de determinación de responsabilidades.
Artículo 63. La dependencia y la Secretaría, en los ámbitos de sus respectivas competencias, podrán abstenerse de sancionar al infractor, por una sola vez, cuando lo estimen pertinente, justificando la causa de la abstención, siempre que se trate de hechos que no revistan gravedad ni constituyan delito, cuando lo ameriten los antecedentes y circunstancias del infractor y el daño causado por éste no exceda de cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.
Artículo 64. La Secretaría impondrá las sanciones administrativas a que se refiere este Capítulo mediante el siguiente procedimiento:
I. Citará al presunto responsable a una audiencia, haciéndole saber la responsabilidad o responsabilidades que se le imputen, el lugar, día y hora en que tendrá verificativo dicha audiencia y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga, por sí o por medio de un defensor.
También asistirá a la audiencia el representante de la dependencia que para tal efecto se designe.
Entre la fecha de la citación y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de cinco ni mayor de quince días hábiles;
II. Al concluir la audiencia o dentro de los tres días hábiles siguientes, la Secretaría resolverá sobre la inexistencia de responsabilidad o imponiendo al infractor las sanciones administrativas correspondientes, y notificará la resolución dentro de las veinticuatro horas siguientes al interesado, a su jefe inmediato, al representante designado por la dependencia y al superior jerárquico:
III. Si en la audiencia la Secretaría encontrara que no cuenta con elementos suficientes para resolver, o advierta elementos que impliquen nueva responsabilidad administrativa a cargo del presunto responsable o de otras personas, podrá disponer la práctica de investigaciones y citar para otra u otras audiencias; y
IV. En cualquier momento, previa o posteriormente al citatorio al que se refiere la fracción I, del presente artículo, la Secretaría podrá determinar la suspensión temporal de los presuntos responsables de sus cargos, empleos o comisiones, si a su juicio así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones. La suspensión temporal no prejuzga sobre la responsabilidad que impute. La determinación de la Secretaría hará constar expresamente esta salvedad.
La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior suspenderá los efectos del acto que haya dado origen a la ocupación del empleo, cargo o comisión, y regirá desde el momento en que sea notificada al interesado o éste quede enterado de la resolución por cualquier medio. La suspensión cesará cuando así lo resuelva la Secretaría, independientemente de la iniciación, continuación o conclusión del procedimiento a que se refiere el presente artículo en relación con la presunta responsabilidad de los servidores públicos.
Si los servidores suspendidos temporalmente no resultaren responsables de la falta que se les imputa, serán restituidos en el goce de sus derechos y se les cubrirán las percepciones que debieron percibir durante el tiempo en que se hallaron suspendidos.
Se requerirá autorización del Presidente de la República para dicha suspensión si el nombramiento del servidor público de que se trate incumbe al titular del Poder Ejecutivo. Igualmente se requerirá autorización de la Cámara de Senadores, o en su caso de la Comisión Permanente, si dicho nombramiento requirió ratificación de éste en los términos de la Constitución General de la República.
Artículo 65. En los procedimientos que se sigan para investigación y aplicación de sanciones ante las contralorías internas de las dependencias, se observarán, en todo cuanto sea aplicable, las reglas contenidas en el artículo anterior.
Artículo 66. Se levantará acta circunstanciada de todas las diligencias que se practiquen, que suscribirán quienes intervengan en ellas apercibidos de las sanciones en que incurran quienes falten a la verdad.
Artículo 67. El Titular de la dependencia o entidad podrá designar un representante que participe en las diligencias. Se dará vista de todas las actuaciones a la dependencia o entidad en la que el presunto responsable presta sus servicios.
Artículo 68. Las resoluciones y acuerdos de la Secretaría y de las dependencias durante el procedimiento al que se refiere este Capítulo constarán por escrito, y se asentarán en el registro respectivo, que comprenderá las sanciones correspondientes a los procedimientos disciplinarios y a las sanciones impuestas, entre ellas, en todo caso, las de inhabilitación.
Artículo 69. La Secretaría expedirá constancias que acrediten la no existencia de registro de inhabilitación, que serán exhibidas, para los efectos pertinentes, por las personas que sean requeridas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Artículo 70. Los sujetos sancionados podrán impugnar ante el Tribunal Fiscal de la Federación las resoluciones administrativas por las que se les impongan las sanciones a que se refiere este Capítulo. Las resoluciones anulatorias dictadas por ese tribunal, que causen ejecutoria, tendrán el efecto de restituir al servidor público en el goce de los derechos de que hubiese sido privado por la ejecución de las sanciones anuladas, sin perjuicio de lo que establecen otras leyes.
Artículo 71. Las resoluciones que dicte el superior jerárquico, en las que imponga sanciones administrativas, podrán ser impugnadas por el servidor público ante la propia autoridad, mediante recurso de revocación, que se interpondrá dentro de los quince días siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución recurrida.
La tramitación del recurso se sujetará a las normas siguientes:
I. Se iniciará mediante escrito en el que deberán expresarse los agravios que a juicio del servidor público le cause la resolución, acompañando copia de ésta y constancia de la notificación de la misma, así como la proposición de las pruebas que considere necesario rendir;
II. La autoridad acordará sobre la admisibilidad del recurso y de las pruebas ofrecidas, desechando de plano las que no fuesen idóneas para desvirtuar los hechos en que se base la resolución.
Las pruebas admitidas se desahogarán en un plazo de cinco días, que a solicitud del servidor público o de la autoridad, podrá ampliarse una sola vez por cinco días más; y
III. Concluido el periodo probatorio, el superior jerárquico emitirá resolución en el acto, o dentro de los tres días siguientes, notificándolo al interesado.
Artículo 72. La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución recurrida, si lo solicita el promovente, conforme a estas reglas:
I. Tratándose de sanciones económicas, si el pago de éstas se garantiza en los términos que prevenga el Código Fiscal de la Federación; y
II. Tratándose de otras sanciones, se concederá la suspensión si concurren los siguientes requisitos:
a) Que se admita el recurso;
b) Que la ejecución de la resolución recurrida produzca daños o perjuicios de imposible reparación en contra del recurrente; y
c) Que la suspensión no traiga como consecuencia la consumación o continuación de actos u omisiones que impliquen perjuicios al interés social o al servicio público.
Artículo 73. El servidor público afectado por las resoluciones administrativas de la Secretaría podrá obtar entre interponer el recurso de revocación o impugnarlas directamente ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
La resolución que se dicte en el recurso de revocación será también impugnable ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
Artículo 74. Las resoluciones absolutorias que dicte el Tribunal Fiscal de la Federación podrán ser impugnadas por la Secretaría o por el superior jerárquico.
Artículo 75. La ejecución de las sanciones administrativas impuestas en resolución firme se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. La suspensión, destitución o inhabilitación que se impongan a los servidores públicos de confianza, surtirán efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público.
Tratándose de los servidores públicos de base, la suspensión y la destitución se sujetarán a lo previsto en la ley correspondiente.
Las sanciones económicas que se impongan constituirán créditos fiscales a favor del Erario Federal, se harán efectivas mediante el procedimiento económico - coactivo de ejecución, tendrán la prelación prevista para dichos créditos y se sujetarán en todo a las disposiciones fiscales aplicables a esta materia.
Artículo 76. Si el servidor público presunto responsable confesare su responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones a que hace referencia la presente Ley, se procederá de inmediato a dictar resolución, a no ser que quien conoce del procedimiento disponga la recepción de pruebas para acreditar la veracidad de la confesión. En caso de que se acepte la plena validez probatoria de la confesión, se
impondrá al interesado dos tercios de la sanción aplicable, si es de naturaleza económica, pero en lo que respecta a indemnización, ésta en todo caso deberá ser suficiente para cubrir los daños y perjuicios causados, y siempre deberá restituírse cualquier bien o producto que se hubiese percibido con motivo de la infracción. Quedará a juicio de quien resuelve disponer o no la suspensión, separación o inhabilitación.
Artículo 77. Para el cumplimiento de las atribuciones que le confiere esta Ley, la Secretaría podrá emplear los siguientes medios de apremio:
I. Sanción económica de hasta veinte veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal; y
II. Auxilio de la fuerza pública.
Si existe resistencia al mandamiento legítimo de autoridad, se estará a lo que prevenga la legislación penal.
Artículo 78. Las facultades del superior jerárquico y de la Secretaría para imponer las sanciones que esta Ley prevé se sujetarán a lo siguiente:
I. Prescribirán en tres meses si el beneficio obtenido o el daño causado por el infractor no excede de diez veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, o si la responsabilidad no fuese estimable en dinero. El plazo de prescripción se contará a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera incurrido en la responsabilidad o a partir del momento en que se hubiere cesado, si fue de carácter continuo; y
II. En los demás casos prescribirán en tres años.
TITULO CUARTO
CAPITULO ÚNICO
Registro patrimonial de los servidores públicos
Artículo 79. La Secretaría llevará el registro de la situación patrimonial de los servidores públicos de conformidad con esta Ley y demás disposiciones aplicables.
Artículo 80. Tienen la obligación de presentar declaración anual de situación patrimonial ante la Secretaría, bajo protesta de decir verdad:
I. En el Congreso de la Unión: Diputados y Senadores, Oficiales Mayores, Tesoreros y Directores de las Cámaras, y Contador Mayor de Hacienda;
II. En el Poder Ejecutivo Federal: Todos los funcionarios, desde el nivel de jefes de departamentos hasta el de Presidente de la República, además de los previstos en las fracciones IV, V y IX de este artículo;
III. En la Administración Pública Paraestatal: Directores Generales, gerentes generales, subdirectores generales, subgerentes generales, directores, gerentes, subdirectores y servidores públicos equivalentes de los órganos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y sociedades y asociaciones asimiladas, y fideicomisos públicos;
IV. En el Departamento del Distrito Federal: Todos los funcionarios, desde el nivel al que se refiere la fracción II hasta el de Jefe de Departamento del Distrito Federal, incluyendo Delegados Políticos, Subdelegados y jefes de departamento de las Delegaciones.
V. En la Procuraduría General de la República y en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal: Todos los funcionarios, desde el nivel mencionado en la fracción II hasta los de Procurador General de la República y Procurador General de Justicia del Distrito Federal, incluyendo a Agentes del Ministerio Público y policías judiciales;
VI. En el Poder Judicial Federal: Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrados de Circuito, Jueces de Distrito, secretarios judiciales y actuarios de cualquier categoría o designación;
VII. En el Poder Judicial del Distrito Federal: Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, Jueces, secretarios judiciales y actuarios de cualquier categoría o designación;
VIII. En los Tribunales administrativos y del trabajo: Magistrados, miembros de Junta y secretarios; y
IX. En la Secretaría de la Contraloría General: Todos los servidores públicos de confianza.
Asimismo, deberán presentar la declaración de la que se trata en este precepto los demás servidores públicos que determinen el Secretario de la Contraloría General y el Procurador General de la República mediante disposiciones generales debidamente motivadas y fundadas.
Artículo 81. La declaración de situación patrimonial deberá presentarse en los siguientes plazos:
I. Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión;
II. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la conclusión del encargo; y
III. durante el mes de mayo de cada año deberá presentarse la declaración de situación patrimonial, acompañada de una copia de la declaración anual presentada por personas físicas para los efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, salvo que en ese mismo año se hubiese presentado la declaración a que se refiere la fracción I.
Si transcurrido el plazo a que hace referencia la fracción I, no se hubiese presentado la declaración correspondiente, sin causa justificada, quedará sin efectos el nombramiento respectivo previa declaración de la Secretaría. Lo mismo ocurrirá cuando se omita la declaración contemplada en la fracción III.
Artículo 82. La Secretaría expedirá las normas y los formatos bajo los cuales el servidor público deberá presentar la declaración de situación patrimonial, así como los manuales e instructivos que indicarán los que es obligatorio declarar.
Artículo 83. En la declaración inicial y final de situación patrimonial se manifestarán los bienes inmuebles, con la fecha y valor de adquisición.
En las declaraciones anuales se manifestarán sólo las modificaciones al patrimonio, con fecha y valor de adquisición. En todo caso se indicará el medio por el que se hizo la adquisición.
Tratándose de bienes inmuebles, la Secretaría decidirá, mediante acuerdo general, las características que deba tener la declaración.
Artículo 84. Cuando los signos exteriores de riqueza sean ostensbile y notoriamente superiores a los ingresos lícitos que pudiera tener un servidor público, la Secretaría podrá ordenar, fundando y motivando su acuerdo, la práctica de visitas de inspección y auditorías. Cuando estos actos requieran orden de autoridad judicial, la Secretaría hará ante ésta la solicitud correspondiente.
Previamente a la inspección o al inicio de la auditoría, se dará cuenta al servidor público de los hechos que motivan estas actuaciones y se le presentarán las actas en que aquellos consten, para que exponga lo que en derecho le convenga.
Artículo 85. El servidor público a quien se practique visita de investigación o auditoría podrá interponer inconformidad ante la Secretaría contra los hechos contenidos en las actas, mediante escrito que deberá presentar dentro de los cinco días siguientes a la conclusión de aquéllas, en el que se expresará los motivos de inconformidad y ofrecerá las pruebas que considere necesario acompañar o rendir dentro de los treinta días siguientes a la presentación del recurso.
Todas las actas que se levanten con motivo de la visita deberán ir firmadas por el servidor público y los testigos que para tal efecto designe. Si el servidor público o los testigos se negaren a firmar, el visitador lo hará constar, sin que estas circunstancias afecten el valor probatorio que, en su caso, posea el documento.
Artículo 86. Serán sancionados en los términos que disponga el Código Penal los servidores públicos que incurran en el enriquecimiento ilícito.
Artículo 87. Para los efectos de esta Ley y del Código Penal, se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge y sus dependientes económicos directos, salvo que se acredite que éstos los obtuvieron por sí mismos y por motivos ajenos al servidor público.
Artículo 88. Durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y un año después, los servidores públicos no podrán solicitar, aceptar o recibir por sí, o por interpósita persona, dinero o cualquier otra donación, servicio, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII del Artículo 47 y que procedan de cualquier persona cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, que determinen conflicto de intereses.
Para los efectos del párrafo anterior, no se considerarán los que reciba el servidor público en una o más ocasiones, de una misma persona física o moral de las mencionadas en el párrafo precedente, durante un año cuando el valor acumulado durante ese año no sea superior a diez veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de su recepción.
En ningún caso se podrán recibir de dichas personas títulos valor, bienes inmuebles o cesiones de derechos sobre juicios o controversias en las que se dirima la titularidad de los derechos de posesión o de propiedad sobre bienes de cualquier clase.
Se castigará como coecho las conductas de los servidores públicos que violen lo dispuesto en este artículo y serán sancionados en términos de la legislación penal.
Artículo 89. Cuando los servidores públicos reciban obsequios, donativos o beneficios en general de los que se mencionan en el artículo anterior y cuyo monto sea superior al que en él se establece o sean de los estrictamente prohibidos, deberán informar de ello a la autoridad que la Secretaría determine a fin de ponerlos a su disposición. La autoridad correspondiente llevará un registro de dichos bienes.
Artículo 90. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación hará al Ministerio Público, en su caso, declaratoria de que el funcionario sujeto a la investigación respectiva, en los términos de la presente Ley, no justificó la procedencia lícita del incremento sustancial de su patrimonio de los bienes adquiridos o de aquellos sobre los que conduzca como dueño, durante el tiempo de su encargo o por motivos del mismo.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Esta Ley abroga la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados, de fecha 27 de diciembre de 1979 y publicada en el "Diario Oficial" de la Federación el 4 de Enero de 1980, y se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ley.
"Independientemente de las disposiciones que establece la presente Ley, quedan preservados los derechos sindicales de los trabajadores".
Artículo Segundo. Todas las dependencias de la Administración Pública Federal, establecerán dentro de su estructura orgánica, en un plazo no mayor de seis meses el órgano competente a que se refiere el Artículo 49 de esta Ley.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión, establecerán los órganos y sistemas a que hace referencia el Artículo 51 en un plazo no mayor de seis meses.
Artículo Tercero. Por lo que respecta a las declaraciones sobre situación patrimonial efectuadas con anterioridad a la vigencia de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se estará a lo dispuesto en las normas vigentes en el momento de formularse dicha declaración.
Artículo Cuarto. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial " de la Federación.
Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, D. F., 29 de diciembre de 1982.
Senador Antonio Riva Palacio López, presidente; senador Alfonso Zegbe Sanen, secretario; senador Armando Trasviña Taylor, secretario."
- Trámite: Recibo y a la Comisión de justicia.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL
"Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto que remite la H. Cámara de Senadores, relativa a la Iniciativa que el C. Presidente de la República licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Constituyente Permanente para reformar y adicionar el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Las Comisiones revisaron las razones y fundamentos expuestos en la Iniciativa del Ejecutivo Federal, así como el texto de la minuta del Senado, y después de haber sido discutidas a satisfacción de sus integrantes, formula el presente dictamen con apoyo en las siguientes
CONSIDERACIONES
El Municipio Libre es, sin duda alguna, la célula social, política y económica que a través de nuestra historia ha sido baluarte de costumbres y adalid del cambio; en todos y cada uno de los municipios que integran la República Mexicana, hay una parte de la historia nacional.
Los Ayuntamientos sostienen un contacto directo con la ciudadanía, normalmente mayor que el que ejercen otras autoridades a nivel estatal y federal y por ello, son quienes aportan experiencias recientes que sirven de fundamento de la actividad política informada y consciente.
La realidad ha desfasado la acción municipal por lo que ahora habrá de recorrer un largo camino para convertir en verdad operativa el postulado constitucional que define al Municipio como la unidad básica de nuestra organización política y social; incorporándose en las mejores condiciones posibles a la lucha por el desarrollo integral de la nación.
Expresada la voluntad política de abandonar los modelos centralistas que pudieran haberse configurado en diversos órdenes y de fincar las bases reales del desarrollo integral, mal podría soslayarse la necesidad de fortalecer la instancia municipal y la estatal, a cuyo efecto necesariamente la Federación debe, en todo momento, con pleno respeto a sus autonomías, revisar la propia y, previo consenso ya expresado en la consulta popular, proponer las nuevas reglas de convivencia que hará posible servir mejor a la comunidad, principio y fin de la actividad gubernamental.
El dictamen elaborado por el H. Senado de la República, modificó la Iniciativa presidencial en los términos expresados en dicho documento, atendiendo a razonamientos que esta Comisión estima válidos y por ende los hace propios, y habida cuenta de que a esta Cámara de Diputados se presentaron con antelación Iniciativas de los Congresos de los Estados de Tlaxcala, México, Baja California Sur y Michoacán, solicitando que las Legislaturas de los Estados expidieran las leyes laborales para regular tal relación con sus trabajadores, así como una Iniciativa de los miembros del Partido Revolucionario Institucional ante la "LI" Legislatura para determinar los conceptos de ingreso que conforman la hacienda municipal, estas comisiones estiman que dichas Iniciativas encuentran su desahogo en el dictamen que hoy se emite.
Establecer en nuestra Carta Magna el procedimiento a seguir en el caso de destitución de ayuntamientos, otorgándoles el derecho de defensa a título colectivo o individual, a juicio de las Comisiones es proveer de estabilidad a las comunas y respetar a ultranza el voto popular. Por cuanto a revocar el mandato de uno de sus miembros, debe entenderse esta facultad referida a aquellas personas que desempeñan un cargo por nombramiento o designación.
La fijación de un mínimo de servicios públicos a prestarse por los municipios, así como la posibilidad de coordinarse con otros municipios y contar con el auxilio gubernamental, clarifica el área de acción de estas autoridades que, unificadas, estarán en posibilidad no sólo de atender servicios básicos, sino de planificar desarrollos regionales que presenten soluciones a su problemática urbana, tenencia de la tierra, vigilancia del suelo y fijación de reservas territoriales y ecológicas, entre otras.
La determinación de los impuestos cuya recaudación beneficiará al Municipio así como de ciertos derechos, no hace limitativos los renglones de ingresos y sí permite, inicialmente, conocer con certeza las fuentes primarias propias e intocables del haber municipal, estableciendo la posibilidad de convenir con el Estado que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la recaudación de esas contribuciones. Rasgo importante de su autonomía es que sus Presupuestos de Egresos serán aprobados internamente por los Ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles.
En concepto de estas Comisiones debe destacarse que la Iniciativa Presidencial amplía el principio de representación proporcional en la elección de los Ayuntamientos Municipales a todos los Municipios, sin importar el volumen de su población, lo que mereció la congratulación de la H. Cámara de Senadores y a cuyo reconocimiento se suma esta representación popular.
Es su convicción, la de los Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, haciendo suyos los conceptos del Primer Mandatario del país de respeto escrupuloso a los derechos laborales y a la autodeterminación e independencia de las organizaciones de los trabajadores, mantener su condición laboral y la vigencia de sus derechos sindicales, como lo preserva en forma irrestricta el apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 135 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, someten a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo único. Se reforma y adiciona el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:
I. Cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.
Los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Las personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, no podrán ser electas para el periodo inmediato. Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios a menos que hayan estado en ejercicio.
Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.
En caso de declararse desaparecido un ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no precediere que entraren en funciones los suplentes ni que se celebraren nuevas elecciones, las legislaturas designarán entre los vecinos a los Consejos Municipales que concluirán los periodos respectivos.
Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será substituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley.
II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Los ayuntamientos poseerán facultades para expedir de acuerdo con las bases normativas que deberán establecer las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno y los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones
III. Los municipios, con el concurso de los Estados cuando así fuere necesario y lo determinen las leyes, tendrán a su cargo los siguientes servicios públicos:
a) Agua potable y alcantarillado
b) Alumbrado público
c) Limpia
d) Mercados y centrales de abasto
e) Panteones
f) Rastro
g) Calles, parques y jardines
h) Seguridad pública y tránsito, e
i) Los demás que las legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.
Los municipios de un mismo Estado, previo acuerdo entre sus ayuntamientos y con sujeción a la ley, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos que les corresponda.
IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes locales no establecerán exenciones o subsidios respecto de las mencionadas contribuciones, en favor de personas físicas o morales, ni de instituciones oficiales o privadas. Sólo los bienes del dominio público de la Federación, de los estados o de los municipios estarán exentos de dichas contribuciones.
Las legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los ayuntamientos y revisarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles.
V. Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para formulará, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones, y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas. Para tal efecto y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del Artículo 27 de esta constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios.
VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia.
VII. El Ejecutivo Federal y los gobernadores de los estados tendrán el mando de la fuerza pública en los municipios donde residieren habitual o transitoriamente.
VIII. Los gobernadores de los estados no podrán durar en su encargo más de seis años.
La elección de los gobernadores de los estados y de las legislaturas locales será directa y en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas.
Los gobernadores de los estados, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo, ni aún con el carácter de internos, provisionales, substitutos o encargados del despacho.
Nunca podrán ser electos para el periodo inmediato.
a) El gobernador substituto constitucional, o el designado para concluir el periodo en caso de falta absoluta del constitucional , aun cuando tengan distinta denominación.
b) El gobernador interino, el provisional o el ciudadano que, bajo cualquiera denominación, supla las faltas temporales del gobernador siempre que desempeñe el cargo los dos últimos años del periodo.
Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.
El número de representantes en las legislaturas de los estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los estados cuya población no llegue a cuatrocientos mil habitantes; de nueve, en aquéllos cuya población exceda de este número y no llegue a ochocientos mil habitantes, y de once en los estados cuya población sea superior a esta última cifra.
Los diputados a las legislaturas de los estados no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Los diputados suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietario, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero los diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.
De acuerdo con la legislación que se expida en cada una de las entidades federativas se introducirá el sistema de diputados de minoría en la elección de las legislaturas locales y el principio de representación proporcional en la elección de todos los ayuntamientos de los municipios.
IX. Las relaciones de trabajo entre los estados y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias. Los municipios observarán estas mismas reglas por lo que a sus trabajadores se refiere.
X. La Federación y los estados, en los términos de ley, podrán convenir la asunción por parte de éstos del ejercicio de sus funciones, la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga necesario.
Los Estados estarán facultados para celebrar esos convenios con sus municipios a efecto de que estos asuman la prestación de los servicios o la atención de las funciones a las que se refiere el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. El Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, en el plazo de un año computado a partir de la vigencia de este Decreto, procederán a reformar y adicionar las leyes federales así como las constituciones y leyes locales, respectivamente, para proveer al debido cumplimiento de las bases que se contienen en el mismo. Las contribuciones locales y las participaciones a que se refieren los incisos a) al c) de la fracción IV, se percibirán por los municipios a partir del 1o. de enero de 1984.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 28 de diciembre de 1982.
Comisión de Gobernación y puntos Constitucionales.
Presidente, Humberto Lugo Gil; secretario, Mario Vargas Saldaña, Rafael Aguilar
Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Víctor Cervera Pacheco, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshan García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, José Luis Lamadrid Sauza, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Salvador Rocha Díaz, Luis Dantón Rodríguez.
Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
Presidente, Manuel Cavazos Lerma; secretaria, Irma Cué de Duarte; Juan Mariano Acoltzin Vidal, Genaro Borrego Estrada, Alvaro Brito Alonso, María Luisa Calzada de Campos, Oscar Cantón Zetina, Ricardo Castillo Peralta, Rolando Cordera Campos, Antonio Fabila Meléndez Iván García Solís, Julieta Guevara Bautista, Juan José Hinojosa H., Luz Lajous, Enrique León Martínez Raúl López García, Moisés Raúl López Laines, David Lomelí Contreras, Adrián Mayoral Bracamontes, José Ignacio Monge Rangel, Esteban Nuñez Perea, Ramón Ojeda Mestre, Teresa Ortuño Gurza, Alejandro Posadas Espinosa, Héctor Ramírez Cuellar, Gerardo Ramos Romo, Dulce María Sauri Riancho, Enrique Soto Izquierdo, Homero Tovilla Cristiani, Jorge Treviño Martínez, Antonio Vélez Torres, Astolfo Vicencio Tovar, Manuel R. Villa Issa, Aidé Heréndira Villalobos Rivera, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Salvador Valencia Carmona."
El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido por la Oficialía Mayor entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se le dispensa su segunda lectura y se pone a discusión.
El C. secretario Everardo Gamíz: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura al dictamen, señor Presidente.
El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general.
Se abre el registro de oradores.
Raúl Rea Carvajal en contra; Alfredo Reyes Contreras, en contra; Javier Blanco Sánchez en pro y Sami David David en pro.
Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra los ciudadanos diputados Raúl Rea y Alfredo Reyes Contreras.
Tiene la palabra el ciudadano diputado Raúl Rea.
El C. Raúl Rea: Señor Presidente, Señores diputados: hemos leído con toda atención el proyecto de Iniciativa y el proyecto de Dictamen sobre las reformas al Artículo 115. Entendemos que el municipio obtiene su autonomía porque el origen de su ejercicio en cuanto a su organización y su gobierno son anteriores al de los Estados y de la Federación, y que como forma de poder público de la sociedad vecinal debe cumplir debidamente las funciones administrativa, legislativa, ejecutiva, judicial, social y hacendaría, y que su autonomía debe expresarse en el ejercicio de sus derechos de autoadministración, autodesarrollo, autogobierno, autoimposición, y autoseguridad; todos por decisión y a nombre de los vecinos.
Por eso recogemos con simpatía la iniciativa que incorpora una vieja demanda de las fuerzas revolucionarias en el sentido de que los ayuntamientos, como todo cuerpo colegiado, se integre con una representación proporcional en donde se incluyan todos los sectores y clases sociales representados a través de los partidos políticos, porque dados los derechos que ha de ejercer y las funciones que ha de realizar, debe ser siempre para otorgar a los vecinos los servicios que éstos requieren, sin distinción y sin discriminación de ninguna naturaleza.
Sin embargo, es lamentable que el espíritu de esta reforma no haya llegado también a las legislaturas de los estados, para que quede consignada la integración de los diputados de minoría, que aunque debieran ser todos de representación proporcional también en el Congreso de la Unión, si la iniciativa hubiera
recogido lo anterior, ya sería un avance que podría evitar los absurdos antidemocráticos que pueden darse todavía en algunos estados cuando un partido político, con un voto de más puede llevarse carro completo en cuanto a las posiciones sujetas a elección.
Reconocemos también como un avance que se determine otorgar al municipio mayores recursos procedentes de la propiedad inmueble, así como también el que se haya aceptado que los ayuntamientos sin intervención de las legislaturas de los estados puedan determinar sus presupuestos de egresos. Sin embargo, consideramos que choca contra el principio de que el municipio administrará libremente su hacienda, el hecho de que las legislaturas -queden facultadas para aprobar los ingresos municipales sin la intervención necesaria de los ayuntamientos. Y más todavía cuando se obliga al ayuntamiento a rendir cuentas a la legislatura, cuando nosotros entendemos que debieran ser los funcionarios que manejan fondos como el tesorero y el presidente municipal los que rindieran cuentas al Cabildo en sesión abierta frente al pueblo y que fuera ante la legislatura solamente cuando se hubiesen manejado subsidios o cantidades aportadas por los Estados o la Federación, o bien, cuando quedara en entredicho o se cuestionara fundamente la honestidad de los ayuntamientos.
Por otro lado, sabemos que no puede haber democracia cuando no existe libertad y si entendemos por libertad la posibilidad real para satisfacer las más ingentes necesidades, entonces un municipio no es libre cuando carece de los recursos necesarios para atender los servicios que son indispensables en su municipalidad.
Y por tanto esto deteriora y destruye las formas democráticas en el ámbito municipal.
Consideramos que la Constitución Federal debiera señalar con precisión los enunciados de los servicios que deba prestar el ayuntamiento, para que las legislaturas locales no atribuyan a otras instituciones estas funciones, señalando además que los organismos de vecinos o de otras instituciones que se constituyan para participar en el quehacer municipal, queden siempre, sujetas subordinadas al ayuntamiento y que éste en todo momento tenga el derecho de desaparecerles, o bien de rescindir los convenios que hayan sido contratados previamente cuando así proceda a los intereses del ayuntamiento. Con esto se evitaría que la concurrencia de los estados absorbieran las funciones que corresponden a los municipios y de lo cual hay muchos ejemplos en este país.
Y por otro lado se evitaría también constituir organismos paralelos a las funciones del gobierno municipal. Sin embargo, lo que no podemos aceptar porque eso atenta, vulnera y liquida el principio del municipio libre, es el hecho de que sean las legislaturas de los estados las que tengan el derecho de desintegra, desaparecer, a los ayuntamientos. Porque la autonomía municipal si la llevamos a hasta sus últimas consecuencias, con una interpretación ortodoxa de la misma, tendríamos que entender y aceptar que debieran ser los ayuntamientos los que calificaran en última instancia sus propias elecciones. Y que solamente la mayoría de los electores tendrían el derecho de modificar estas disposiciones o de revocar el mandato otorgado por ellos mismos.
Tampoco podemos aceptar de ninguna manera y por eso votaremos en contra del dictamen, el que como queda asentado en la iniciativa, que sea facultad de las legislaturas locales, legislar en materia laboral, aunque sólo sea para normar las relaciones entre los municipios o los ayuntamientos que lo representan, los estados y sus servidores. Esto debe seguir siendo competencia del Congreso de la Unión. Hasta antes de 1929, los congresos locales tenían la facultad de legislar en esta materia y sin embargo no lo hicieron. Y cuando lo hicieron fue con muchas lagunas y con muchas figuras lesivas a los intereses de los trabajadores. Lagunas y figuras lesivas que sirvieron para la exposición de motivos y para los discursos del partido de la mayoría, que logró precisamente con ello, dejar como potestad exclusiva del Congreso de la Unión, legislar en materia laboral, respondiendo así a las demandas de la lucha de la clase trabajadora.
Aun cuando se dice que las legislaturas atenderán a los principios del Artículo 123, a lo cual la iniciativa hace referencia de paso, la verdad es que de hecho quedarán fuera de la protección de ese artículo tutelar, pilar de las conquistas revolucionarias y de la legislación social, todos los trabajadores servidores de los municipios y de los estados.
Cómo se puede facultar a los estados a este tipo de legislación si teniendo la facultad de hacerlo para limitar, para señalar los límites máximos de la pequeña propiedad y los índices de agostadero, ni siquiera en su tercera parte los han realizado; aun cuando esta disposición data desde 1917.
Tampoco las diputaciones locales han cumplido su compromiso de legislar, como es el mandato de la Ley Federal de Asentamientos Humanos. Y por esta razón muchos aspectos de esta ley, que son nobles por cierto, no han sido aplicables, no se han llevado a la práctica todavía.
Cómo se puede conceder esta facultad en materia laboral cuando hoy, este día, está pendiente de aprobación solo por las legislaturas de los Estados el proyecto de ley para que desaparezcan los tribunales en materia laboral de carácter estatal, las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para que esto quede como una facultad exclusiva de los tribunales federales.
Como por una parte avanzamos, como es el deseo de los trabajadores en el país; y por otra al mismo tiempo tenemos que dar marcha atrás. Esto es una incongruencia, pero no solamente es una incongruencia, es una actitud que lesiona gravemente los intereses de la clase trabajadora.
Nosotros, somos un partido democrático; pero más que eso somos un partido de los
trabajadores y por tanto no podemos aceptar ninguna reforma, ninguna ley, ningún decreto, que lesione ni siquiera en mínima parte los intereses de la clase trabajadora. Por esa razón, compañeros diputados, nosotros votaremos en contra del dictamen y en contra de esta iniciativa de ley. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Javier Blanco Sánchez.
El C. Javier Blanco Sánchez: Y sin embargo avanzamos, afirmé cuando estaba conformándose esta legislatura, una noche como estas ante una asamblea tan fatigada como ésta y sin embargo avanzamos, tendré que sostener en esta noche, señor presidente, compañeros vicepresidentes, señores diputados y diputadas, para retomar la terca posición que con el tiempo ha venido realizando toda fracción parlamentaria de miembros de Acción Nacional que desde 1946 integraron el Poder Legislativo Federal; terca posición, congruente con una firme vocación municipalista y libertaria, que desde su origen en 1939 Acción Nacional presentó a la opinión pública de México como compromiso y bandera de lucha, el municipio libre. Esta vocación municipalista nos hizo decir en el pasado, en coincidencia con nuestros antecesores ilustres y sabios del Constituyente del 17 que era necesario fortalecer la autenticidad del municipio libre, datándolo de hacienda suficiente y devolviéndole sus facultades de libertad para administrarla.
Esta noche venimos al reencuentro de algo que siempre nos ha tenido preocupados y enamorados. Este maravilloso microuniverso que es la persona humana, que abre sus ojos y su inteligencia a una realidad humana concreta en el seno de una familia, que en su doble vertiente inseparable de individualidad y de sociabilidad, entiende a ser solidario en el seno del hogar, y amplía en círculos crecientes esta necesidad de su naturaleza, creciendo en la solidaridad del resto de sus propios miembros consanguíneos de las familias de su calle, de su barrio, de su colonia, de su pueblo, que va cobrando conciencia de comunidad en un horizonte familiar que por conocido no teme. Ese amado horizonte, compañeros diputados, que en feliz frase de Efraín González Luna: Es la patria chica que todos amamos en el gran contexto de la patria grande amada de México, en la que tuvimos la dicha y el privilegio de nacer, pero con la que tenemos la grave responsabilidad de preocuparnos por su ventura o por su desgracia. Esta patria chica es el municipio. Cuando a un ciudadano cualquiera se le pregunta ¿de dónde es? Lo primero que contesta:... de tal pueblo. Pero de ese tal pueblo crece su orgullo de presentación y se va al ámbito del estado, de tal estado, y después, con el máximo de los orgullos, de México. Esa patria amada que es el municipio.
Fue afán, promesa y empeño del Constituyente del 17. En esta noche, señores diputados, quisiera recordar aquí ante ustedes a nuestros ilustres antepasados en servicio y compromiso con la patria, que en Querétaro discutieron y, se preocuparon por el mismo artículo Constitucional que es razón de este debate, el 117 de la Constitución Mexicana. En esa memorable jornada constituyente original, el licenciado Hilario Medina decía: "Esta Comisión está necesitada de darle vida a la promesa revolucionaria que se ha hecho a la nación mexicana consistente en el establecimiento del municipio Libre". De qué manera se establecería el municipio libre, ya no como promesa, sino como un hecho eficaz, con toda su fuerza. Pues nada más, señores diputados, que dándole su hacienda con toda libertad. El municipio libre debe tener su hacienda propia porque, desde el momento en que el municipio en la hacienda tenga un tutor, sea el Estado o sea la Federación, desde ese momento el municipio deja de subsistir. El licenciado Medina precisamente se oponía a toda intervención del gobierno de la entidad en el ámbito de la autonomía municipal. Y Fernández de Lizarde decía, a su vez: El municipio es la primera expresión política de la libertad individual y la libertad municipal es la base de nuestras instituciones sociales; si los ayuntamientos no tienen libertad económica, si no pueden administrar libremente sus interese, jamás serán libres; los municipios van a ser libres pero van a ejercer su libertad dentro de la ley y los municipios no dan las leyes, las leyes las dan las legislaturas locales y dentro de esa ley será cómo los municipios ejerzan su soberanía.
Quisiera recordar la preocupación tan añeja como la que a través del tiempo ha tenido la diputación de Acción Nacional, con José Reynoso que decía: Es necesario que funcione el control de glosa es la única manera de prevenir los abusos de tesoreros, de contadores, recaudadores que manejan los fondos del pueblo; es necesario que el pueblo lo sepa, cómo y en qué se maneja y se invierte su dinero. Nuestro ilustre paisano de Michoacán, el diputado Cayetano Andrade, hacía valer sus inquietudes en estos términos: Es indudable que todos nuestros esfuerzos en pro de la libertad, que todas nuestras aspiraciones y todos nuestros sacrificios para construir la autonomía del pueblo serán sueños vanos, fracasarían de una manera completa si no tuvieran la base esencial de todas las libertades, que es la base económica. Es por demás que soñemos con la autonomía municipal si no concedemos la base fundamental del régimen republicano a los municipios, que es la libertad económica y la libertad en el manejo de su hacienda.
Y se me antoja, señores diputados, no dejar olvidado a Rafael Martínez de Escobar por la preciosa lección que desde aquellos tiempos nos ha legado. Martínez de Escobar decía esto: "Escuché en todos los tonos que vendríamos los diputados a este Congreso única y exclusivamente, sin espíritu de iniciativa, a sancionar el proyecto de la Primera Jefatura. Protesté contra tal aserto y me dije a mí mismo: si vamos al Congreso Constituyente única y exclusivamente a aprobar lo que hiciera el Primer Jefe, seré quizá diputado un día
cuanto más, y al otro día me saldré para no volver nunca jamás". Y agregaba: señores diputados, recuerdo las últimas palabras del gran poeta francés que os voy a referir: "Aunque los tiranos ofrezcan a nuestro paladar manjares deliciosos y exquisitos; a nuestro oídos deliciosa música de cielo, y a nuestro olfato suaves aromas y delicados perfumes, yo siempre gritaré, prefiero tu pan negro, amada libertad".
Don Heriberto Jara, otro de los varones ilustres de nuestra historia decía esto: "No se concibe libertad política cuando la libertad económica no está asegurada, tanto individualmente como colectivamente: tanto refiriéndose a personas como refiriéndose a los pueblos, como refiriéndose a las entidades en lo general. Hasta ahora los municipios han sido tributarios de los estados. Las contribuciones han sido impuestas por los estados; la sanción de los presupuestos ha sido hecha por los estados, por los gobiernos de los respectivos estados. En una palabra, al municipio se le ha dejado una libertad muy reducida, casi insuficiente; una libertad que no puede tenerse como tal, porque sólo se ha concretado al cuidado de la población, al cuidado de la policía, y podemos decir que no ha habido hasta ahora por el porfiriato, un libre funcionamiento de ninguna entidad municipal.
Manuel Cepeda Mendrano, Esteban Calderón y otros más, que sería valioso recordar, nos dejaron lección e historia que por fortuna una magnífica publicación oficial recogió en dos tomos del Diario de los Debates del Constituyente, y que debería ser un magnífico motivo de lectura para todos nosotros en los meses próximos de receso.
Descubriremos con modestia y humildad que no hay técnica nueva en el Parlamento de que podamos enorgullecernos, que no estamos inventando las grandes urgencias y necesidades de la nación, porque ellos las vieron, las previeron, las discutieron y las normaron; que es culpa de los tiempos posteriores, que es culpa de desviaciones contrarevolucionarias el abandono en que devino la verdad libertaria de los municipios, de los municipios que fueron constreñidos paulatinamente por las acciones económicas contrarias a su hacienda, por las acciones que agotaron sus facultades hacendarias por acciones que interpusieron autoridades intermedias entre el ayuntamiento y el gobierno del Estado, por acciones que los cacicazgos sanguinarios en los que se ha fincado la corrupción política fueron creando interesadamente para destruir al municipio libre, escuela de ciudadanía, al municipio libre escuela de democracia, al municipio libre escuela de solidaridad humana, localista, estatal y nacional. Por eso ahora debemos saludar con beneplácito esta iniciativa del ejecutivo que viene a retomar este deber y esta deuda de la Revolución en el gobierno para con el municipio mexicano. Esta iniciativa que de acuerdo con el señor diputado Rea y de los señores diputados del PSUM no llena del todo las necesidades y requerimientos de la realidad municipal mexicana. Que deja muchas cosas que desear, pero que en esencia, devuelve al municipio caudal y hacienda, facultad de administración hacendaría y su derecho original de tipo legislativo para los efectos de su propia vida interior en su propia jurisdicción.
Difícil fue y no lo niego, estudiar el documento enviado por el Presidente Miguel de la Madrid a este Congreso. Tuvimos que analizarlo, robando horas al descanso y tiempo a las sesiones, para encontrar conveniencia nacional para aprobarlo o inconveniencia de ventura nacional para desaprobarla. Y en su mayoría pesó en el ánimo de los diputados miembros del Partido Acción Nacional, la decisión de que por las grandes coincidencias y respuestas que a las exigencias del pasado, a lo largo de todos estos años ha presentado Acción Nacional en el Congreso y fuera del Congreso, convenía aceptar este principio rectificatorio y reivindicatorio y aprobarlo con las modificaciones o sugerencias de modificación que en lo particular pudieran hacerse.
El diputado Rea señaló uno de los avances importantes de la iniciativa que es la integración de los ayuntamientos por el sistema proporcional.
En las comisiones se aceptó enriquecer la iniciativa con la exigencia de Acción Nacional y de otros señores diputados de otros partidos, de que el tope numérico que desaparece, permitiera concretar en el articulado preciso, que todos, todos, todos los ayuntamientos de todos municipios de México, se integrarán por el sistema proporcional. Y es justa la exigencia, si valía para municipios de 300 mil habitantes o de 100 mil, era más urgente, era más necesaria la presencia plural en oxígeno revitalizador del pluralismo político mexicano en los más humildes y en los más pobres de los municipios. En los menos numéricos que son en donde con más ferocidad sanguinaria, económica y política se ceban los caciques que aún perduran en México y en los que se apoya el Partido Revolucionario Institucional para dominar las elecciones. Pero a ese principio de rectificación y de integración municipal, debe agregarse por salud de la República y para ventura de eficacia en cumplimiento de esta nueva ordenación constitucional, el firme propósito comprobado del sistema, de aceptar la verdad electoral del pueblo sin la cual es inútil toda proyección modificatoria a la Constitución, para la recta integración de los ayuntamientos.
De nada valdrá que la Constitución consagre el principio de integración plural proporcional de los miembros de los ayuntamientos si el origen de la autoridad, el origen de la soberanía del pueblo que se va a representar, se amaña, se falsifica y se destruye con elecciones fraudulentas. Antes que nada la Revolución en el poder debe ser congruente, dándole a la vida municipal justicia electoral para que demás justicia le venga por añadidura.
La pasión, señores diputados, con la que nos invita este tema a señalar nuestras razones de voto aprobatorio, posiblemente me ha hecho excederme en el término de los 20 minutos; pero si es mucho lo que he dicho, es mucho
más lo que hubiera podido decir a nombre de la experiencia y de los reclamos que en más de 30 años de acción política hemos recibido de las comunidades municipales.
Quede por hoy constancia de que dentro de lo perfectible que prevemos para esta rectificación constitucional aceptamos estas modificaciones que hacen honor, por lo menos en la letra de la ley, a las nobles aspiraciones, a las nobles intenciones y decisiones de nuestros mayores ilustres miembros del Constituyente de Querétaro. A ellos loor y a nosotros grave responsabilidad de que esto sirva para algo, sobre todo para el bienestar de la República.
(Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Alfredo Reyes Contreras.
El C. Alfredo Reyes Contreras: Señor Presidente, H. Asamblea. Sin duda un tema apasionante en la vida de México ha sido el del municipio. Cuando se inició el movimiento armado de 1910, este tema candente estaba al lado de los otros como el de la clase obrera, como el de los campesinos, como el de la interferencia de la inversión extranjera en la vida económica de México. Estaba este tema también al lado de la restricción de las libertades políticas, que había impuesto el porfiriato.
Por eso el interés del Partido Popular Socialista es abordar con la mayor amplitud posible la iniciativa enviada por el Ejecutivo y el dictamen que recayó sobre esa iniciativa.
Tenemos la impresión de que la iniciativa que hoy examinamos está inscrita al lado de aquellas que no contribuyen a la ampliación del régimen democrático en nuestro país, que no contribuyen al mejoramiento de la vida del pueblo.
Quisiera ser muy preciso y hacer lo posible por presentar ante esta honorable Asamblea un cuadro comparativo entre lo que es el actual Artículo 115 Constitucional y lo que propone el Ejecutivo a través de su iniciativa para que tuviéramos un panorama de conjunto y pudiéramos extraer de ese panorama las respectivas conclusiones.
El Artículo 115 Constitucional vigente, contiene los siguientes aspectos:
1. El municipio es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa.
2. Cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directo.
3. Los miembros de los ayuntamientos no podrán ser reelectos para el periodo inmediato.
4. Los municipios administrarán libremente su hacienda, que se formará con las contribuciones que señalen las legislaturas.
5. Los municipios serán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales.
6. Los ayuntamientos de los municipios cuya población sea de 300 mil o más habitantes, serán electos mediante el principio de representación proporcional.
7. Los municipios en el ámbito de sus competencias, expedirán las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas que sean necesarias para cumplir con los fines señalados en el párrafo II del Artículo 27 Constitucional.
8. Se establece la coordinación entre los municipios y las entidades federativas para desarrollar los centros conurbados que experimenten ese fenómeno.
¿Cuáles son, a juicio del PPS, las limitaciones más importantes en la vida municipal, partiendo de la vigencia del Artículo 115 Constitucional? Es evidente que en primer lugar está la falta de libertad económica, y en segundo lugar la escasa vida democrática, y en consecuencia la incapacidad de los municipios para resolver los problemas fundamentales de la población. Hay una cuestión de hecho en la mayoría de los municipios del país, a pesar de la facultad constitucional de manejar libremente sus haciendas, hay una intervención indebida de las legislaturas que vigilan, controlan, interfieren en el manejo de esa hacienda, y cuando la reforma política alcanzó a los mejores municipios surgieron dos categorías, los municipios de representación proporcional y los municipios que no tenían esa representación. Pero hubo un hecho que se tomó como ejemplo para las legislaciones estatales y que prácticamente se generalizó en toda la República: se inició, en el estado de México, una práctica anticonstitucional de establecer o de elegir aquellos ayuntamientos de aquellos municipios de 300 mil a más habitantes, no bajo el principio de representación proporcional, sino agregando al ayuntamiento victorioso, a la planilla que hubiera ganado, agregaban a 1, 2 o 3 regidores de partido. Al margen de la Constitución General de la República y en contra de sus disposiciones, surgieron las figuras de los regidores de partido que la Constitución Federal no prevé.
Nosotros consideramos que el ayuntamiento, para su eficaz funcionamiento, al margen de la reflexión anterior, debe tener la función ejecutiva, la función legislativa y la función judicial. La función ejecutiva al cargo del Presidente Municipal, que debe llevar a la práctica los acuerdos del Cabildo; la función legislativa precisamente debe recaer sobre el Cabildo como órgano colegiado soberano en el interior del Ayuntamiento, y la función Judicial también debe estar dentro de las funciones que le correspondan al Ayuntamiento.
Pero, en la práctica, no existe la función judicial, a pesar de que se hacen elecciones de los jueces menores municipales. En la práctica también ha desaparecido la función legislativa no se reúne el Cabildo, no sesiona, no resuelve y le ha quedado exclusivamente la función administrativa, la función ejecutiva.
Ahora bien, ¿cuál es el contenido de las reformas y adiciones que se proponen al artículo 115 Constitucional? En esencia mantiene el contenido del Artículo 115, pero tiene las siguientes adiciones:
Primero. Las legislaturas por el acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes podrán suspender ayuntamientos, declarar que estos han desaparecido, suspender o revocar el mandato de alguno de sus miembros.
Segundo. Para que se dé la suspensión o desaparición de un municipio, para que se presente la suspensión o revocación de un miembro del ayuntamiento, se requiere que hayan concurrido causas graves que la ley local prevenga. Se otorga derecho a los miembros de ayuntamiento de presentar pruebas y hacer los alegatos que les convengan.
Tercero. Se faculta a las legislaturas locales para que designen consejos municipales en caso de: desaparición de un ayuntamiento; por renuncia o falta absoluta de sus miembros si no procede la incorporación de los suplentes y que se celebren nuevas elecciones.
Cuarto. Los municipios manejarán su patrimonio conforme a la ley, obviamente se entiende que es la ley que expida la legislatura local.
Quinto. Los ayuntamientos, de acuerdo con las bases normativas que señalen las legislaturas, podrán expedir los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas.
Sexto. Los municipios, con el concurso de los estados, cuando así fuere necesario y lo determinen las leyes, tendrá a su cargo los siguientes servicios: agua potable y alcantarillado, alumbrado público, limpia, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques y jardines, seguridad pública y tránsito y los demás que las legislaturas locales determinen.
Séptimo. Establece la posibilidad de que varios ayuntamientos se coordinen y asocien para una mejor prestación de los servicios públicos que les correspondan.
Octavo. En la hacienda municipal se establecen los siguientes principios: 1o. La hacienda municipal se formará de los rendimientos de sus bienes, de las contribuciones que establezcan las legislaturas, ingresos al impuesto predial, ingresos derivados de fraccionamientos, ingresos derivados de la división, consolidación traslación y mejora de los inmuebles, participaciones federales, ingresos por la prestación de los servicios públicos. Agrega: Las leyes federales no limitarán las facultades de los estados para establecer contribuciones sobre la propiedad y su división sobre los servicios públicos y las leyes locales no establecerán exenciones o subsidios a esos dos renglones.
Un agregado más: "Las legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios y revisarán sus cuentas públicas".
Una parte final desde el punto de vista hacendario: "Los presupuesto de egresos serán aprobados por los ayuntamientos". Y agrega la misma iniciativa otros aspectos: "Las facultades en materia de asentamientos humanos, regularización de la tenencia de la tierra serán señalados por las leyes federales y locales".
Otro aspecto: "Se establecen el principio de representación proporcional en la elección de todos los ayuntamientos", y un último aspecto:
"Las legislaturas expedirán las leyes, con base en el Artículo 123 que rige las relaciones entre los municipios y sus trabajadores."
¿Qué ocurre realmente con estas formas? El juicio del Partido Popular Socialista es que las limitaciones que ya tenía con el vigente Artículo 115, se agravan con esta iniciativa. Veamos nada más qué facultades adquieren las legislaturas sobre el municipio. Las voy a enumerar:
1. Suspender ayuntamientos. 2. Declarar que han desaparecido ayuntamientos. 3. Suspender o revocar el mandato de algún miembro de los ayuntamientos. 4. Designar Consejos municipales en su caso. 5. Expedir las leyes de acuerdo con las cuales los municipios manejarán su patrimonio. 6. Los ayuntamientos, de acuerdo con las bases normativas que expidan la legislaturas, expedirán sus bandos municipales, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas. 7o. Las leyes expedidas por las legislaturas locales determinan qué servicios deben prestar y cuáles podrán prestar en el futuro. 8. La Hacienda municipal sólo podrá obtener las contribuciones que establezcan las legislaturas. 9. Las legislaturas aprobarán las leyes de ingresos municipales y revisarán las cuentas públicas de los ayuntamientos. 10. Las legislaturas expedirán las leyes que rijan las relaciones entre los municipios y sus trabajadores. Es decir, en el cuerpo de la iniciativa y en el dictamen se mantiene, se identifican 10 facultades entre las que ya tenía, de acuerdo con el 115 y las que se agregan, para las legislaturas, lo que limita evidentemente de una manera -que podríamos decir-, extraordinaria, la vida municipal.
En el manejo de la Hacienda ocurre una cosa contradictoria, o por lo menos el dictamen mantiene un aspecto contradictorio que no se examinó seguramente con cuidado: se faculta a los ayuntamientos para manejar libremente su Hacienda, pero las legislaturas revisarán sus cuentas públicas, es decir intervención indebida de las legislaturas en las cuestiones hacendarias municipales.
El derecho a legislar que hasta ahora tenía el ayuntamiento a través del cabildo también se limita. Chueco o derecho, en distintos municipios se hacía el esfuerzo de que cada cinco de febrero se publicaran los bandos que aquí se denominan de policía y buen gobierno, y que un término que a mí me parece más adecuado es decir los bandos municipales, legislaban se reunía el cabildo y aun con todas las limitaciones establecían ahí algunas bases para normar la vida de los ciudadanos, para normar la vida de la comunidad dentro del territorio de los municipios.
¿Y qué pasa ahora? Que la legislatura va a establecer las normas, va a establecer las bases para que el Ayuntamiento pueda expedir sus bandos de policía y buen gobierno o bandos municipales que antes expedía sin esas normas y sin esas bases generales.
Quiere decir que se restringe más la facultad legislativa del Ayuntamiento.
Pero una cuestión que indudablemente debe preocupar a la Asamblea es la que se refiere, y que vuelvo a insistir en ella, a la facultad que
adquiere la legislatura para desaparecer un Ayuntamiento, para suspenderlo todo o suspender a alguno de sus miembros, y aquí obviamente tal parece que se coloca a las legislaturas como un poder inmediato superior a los ayuntamientos.
Yo creo que no se puede invocar en contra de este último argumento, el hecho de que se den actos arbitrarios dentro de los gobiernos estatales que de hecho y no de derecho, han incurrido en la práctica viciosa a través de las direcciones de Gobernación a nivel estatal, de desaparecer los ayuntamientos, inclusive ayuntamientos electos que simplemente por alguna cuestión de tipo personal entre el director de Gobernación en turno y aquel que haya resultado electo Presidente municipal, lo desaparecen.
Nos da la impresión de que esta iniciativa manifiesta menosprecio a la vida municipal, se piensa que son menores de edad, que no se pueden regir por ellos mismos y que en consecuencia hay que estarlos vigilando, hay que estarlos orientando, hay que estarlos conduciendo por que no son capaces de conducirse por ellos mimos. Yo no comparto el juicio que expresó aquí el orador que me antecedió en el uso de la palabra, esta iniciativa, a juicio del Partido Popular Socialista, no retoma el mandato del constituyente, se aparta totalmente de ese mandato.
Yo quisiera recordar brevemente el apasionado debate que se dio en el seno del Congreso Constituyente y creo que para legislar en materia municipal, debiéramos ir ahí, a ese debate porque es la mejor fuente para inspirarnos, es la fuente ineludible en el examen de las cuestiones municipales. Ahí se debatió con emoción y con pasión la independencia del municipio, la suficiencia económica del municipio. Se debatieron todos los aspectos que contemplan la vida municipal.
Yo quiero recordar textualmente una intervención del constituyente Heriberto Jara y lo hago con el ánimo de que sus juicios orienten nuestra actividad legislativa. No podemos invocar a los constituyentes para negarlos, como lo hizo el orador anterior, los debemos invocar para seguir su ejemplo y para conducir la vida municipal hacia las consecuencias que ellos querían.
Heriberto Jara en ese debate dice textualmente, respecto a las trabas que tenía la vida municipal: "Pero queremos quitarles esas trabas a los municipios. Queremos que el gobierno del Estado no sea ya el papá, que temeroso de que el niño compre una cantidad exorbitante de dulces que le hagan daño le recoge el dinero que el padrino le ha dado y después le da centavo por centavo para que no le hagan daño las charamuscas. Los municipios no deben estar en esas condiciones, si damos por un lado la libertad política, si alardeamos de que los ha amparado una revolución social y que bajo este amparo se ha conseguido una libertad de tanta importancia y se ha devuelto al municipio lo que por tantos años se le había arrebatado, seamos consecuentes con nuestras ideas. No demos libertad por una parte y la restrinjamos por otra. No demos libertad política y restrinjamos hasta lo último la libertad económica porque entonces la libertad no podrá ser efectiva, quedará simplemente consignada en nuestra Carta Magna como un bello capítulo y no se llevará a la práctica, porque los municipios no podrán disponer de un solo centavo para su desarrollo, sin tener antes el pleno consentimiento del gobierno del Estado.
En muchos aspectos tienen plena aplicación las palabras del constituyente Jara.
Suplico a la Presidencia que me permita un tiempo más para concluir mi intervención.
Cierto que se avanza en el señalamiento de los servicios que estarán a cargo del Ayuntamiento. Pero en la práctica ya se otorgan. Hay que ver la Ley de Ingresos de los municipios en los estados y que se aprueban anualmente. Normalmente esos servicios están a cargo del municipio.
Lo que ocurre ahora es simplemente su elevación a rango constitucional. Nosotros saludamos como positiva la decisión de elegir todos los ayuntamientos de los municipios a través del principio de representación proporcional. Pero evidentemente que esta decisión debe llevarse hasta sus últimas consecuencias no sólo en la vida municipal. Es necesario aplicarlo en el Congreso de la Unión, es conveniente también aplicarla en los estados, en todos los órganos colegiados, aplicar este criterio.
Yo quisiera formular algunas interrogantes para ver si es posible que la Comisión las aclare. ¿Por qué va a revisar como dice la iniciativa y lo mantiene el dictamen, las cuentas Públicas del municipio, la legislatura?, ¿qué sentido tiene entonces la libertad de manejar su Hacienda?, ¿cuál fue el sentido que tuvo esta discusión en el seno del Constituyente? cuando se dijo que intervinieran vigilantes en las haciendas municipales, es porque propiamente los estados eran tributarios de los municipios. Es decir los municipios recogían todos los impuestos y se los entregarían a los estados, cosa que no ocurre ahora, porque hay impuestos estatales y los impuestos estatales los recauda el gobierno estatal. Entonces por qué razón se mantiene algo que no corresponde a la realidad.
Yo creo, compañeros diputados, que estamos -como lo decía inicialmente- ante una iniciativa que restringe aún más la vida municipal, que no va a resolver los problemas a los que tiene que hacer frente el municipio. Yo quisiera insistir en una idea que se ha planteado aquí pero que se ha tergiversado en los estados cuando se crearon los regidores de partido, quisiera que hubiera claridad sobre el sentido de la proporcionalidad. Nosotros entendemos que los ayuntamientos deben integrarse con el número de regidores electos, sin especificación de cargos que determine un decreto del cabildo, según las necesidades de cada municipio. El partido que haya logrado mayoría de votos para sus candidatos tendrá derecho a la mayoría de los regidores; el resto
se escogerá por los otros partidos, según el número de votos que hayan recibido sus respectivos candidatos. Aplicar el principio de representación proporcional de manera simple.
Por las razones expuestas, honorable Asamblea, porque consideramos que esta iniciativa restringe aún más la vida municipal el Partido Popular Socialista votará en contra en lo general y, además, suplico a la Presidencia que ordene a la Secretaría que lea una serie de adiciones y reformas que nosotros hacemos al dictamen y que dejo a la Secretaría para su lectura.
El C. Presidente: Proceda la Secretaría a dar lectura.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: "Adiciones y reformas que con base en los artículos 124 y 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos propone la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista en torno al Artículo 115 de la Constitución.
"El párrafo segundo de la fracción I debe quedar como sigue:
"1o. Los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Todos los funcionarios antes mencionados cuando tengan el carácter de propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios a menos que hayan estado en ejercicio.
2o. Los párrafos 3o., 4o. y 5o. de la misma fracción I se sustituyen para quedar en los siguiente términos:
Se reconoce a los ciudadanos de los municipios el derecho de prestar iniciativas al ayuntamiento para mejorar la administración y los servicios públicos, debiendo recaer un acuerdo sobre cada petición que se hará público. Se le reconoce también el derecho de revocar el mandato del presidente municipal y de uno o varios de los regidores o de todo el ayuntamiento por el incumplimiento evidente de sus obligaciones, su incapacidad notoria o su falta de probidad. Este derecho corresponderá a la mayoría de los ciudadanos inscritos en el padrón, comprobada que sea la Comisión Electoral Municipal, declarará revocado el mandato de los funcionarios señalados en la demanda y convocará a elecciones para los puestos vacantes.
3o. En la fracción II el Partido Popular Socialista plantea la siguiente redacción.
2. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejará su patrimonio. Los ayuntamientos poseerán facultades para expedir sus propios bandos municipales, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.
4o. La fracción III deberá contener la siguiente redacción en su primera parte:
3. Los municipios tendrán a su cargo los siguientes servicios públicos:
a) Agua potable y alcantarillado; b) Alumbrado público; c) Limpia; d) Mercados y centrales de abasto; e) Panteones; f) Rastro; g) Calles, parques y jardines; h) Seguridad pública y tránsito y/o los demás servicios que no estén reservados a la Federación y a los estados.
5o. Para la fracción IV planteamos la siguiente redacción:
4. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará con:
a) El total del impuesto predial que se obtengan en su territorio, los que se obtengan por fraccionamiento, división, consolidación y traslación de la propiedad de inmuebles en su jurisdicción. Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la recaudación de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales que serán cubiertas por la Federación a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
d) Los rendimientos por la explotación de sus propios bienes.
Los ayuntamientos crearán e impulsarán sus propias empresas municipales que requiera el desarrollo de la comunidad.
6. El párrafo primero de la fracción IV, debe quedar en los siguientes términos:
Los ayuntamientos elaborarán y aprobarán sus presupuestos de ingresos y egresos con base en el contenido de esta fracción IV.
7. La fracción IX debe quedar con la siguiente redacción:
IX. Las relaciones de trabajo entre los estados y sus trabajadores, se regirán con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y sus disposiciones reglamentarias. Los municipios observarán estas mismas reglas por lo que a sus trabajadores se refiere.
VIVA MÉXICO. Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados.- 29 de diciembre de 1982.- Por la Fracción Parlamentaria del PPS.- Diputado Alfredo Reyes Contreras.
El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría en votación económica si se admite a discusión la modificación propuesta.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si es de admitirse la proposición propuesta por el PPS.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.
Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado César Humberto González Magallón.
El C. César Humberto González Magallón: Compañeras y compañeros diputados. Nuestra intención, nuestro propósito es ser breves y no pretender saturarlos de tantos conocimientos.
El PST, por conducto de su fracción obrera parlamentaria, se declara en pro de las adiciones y reforma al Artículo 115 constitucional que el Ejecutivo Federal ha enviado y que la Comisión Dictaminadora de Gobernación y Puntos Constitucionales pone a la consideración de esta Asamblea.
Queremos referirnos especialmente al municipio. La fracción parlamentaria de nuestro partido ha tenido a bien considerar que carece de objeto remontar nuestra intervención a los orígenes históricos, filosóficos y jurídicos, por los que se conforma y sustenta el municipio en nuestro país y cuál ha sido su desarrollo evolutivo hasta nuestros días.
El momento actual que vive nuestro país exige de nosotros sobre todo un juicio político en torno al contenido y alcances de las reformas que se proponen que ahondar en disquisiciones y detalles que pretendan arrástranos al pasado cuando lo que nos importa ante esta realidad difícil que se nos impone, es dar pasos seguros hacia el porvenir.
Nos basta puntualizar que la institución municipal, a través de nuestra propia experiencia como pueblo, se revela como el ámbito territorial donde nacen y se expresan los anhelos democráticos de la vida cívica a la que aspiramos todos los mexicanos.
El municipio ha sido y es el lugar donde se realizan y generan las actividades todas de la vida propia y de la convivencia social, en el que se manifiestan todos los días los esfuerzos, el trabajo creativo, las aspiraciones de superación los problemas y angustias del cotidiano acontecer, los triunfos individuales y colectivos con las alegrías y satisfacciones que conllevan; pero también allí en el municipio ha sido y es el lugar donde se han soportado y se soportan todo género de arbitrariedades, desmanes y atropellos de quienes al margen del espíritu comunitario y distorsionando las propias bases de legalidad que los convierte en autoridades, en muchas ocasiones en forma fraudulenta ahogan la expresión libre, productiva y progresista de las mejores fuerzas sociales, políticas y culturales del pueblo de México, para beneficio exclusivo de nefastos intereses caciquiles y de camarilla regionales.
En la inmensa mayoría de los municipios de nuestro país, se advierte una confrontación brutal de desigualdades económicas y sociales, muchos municipios sobrellevan una vida precaria, de abandono, de injusticia y miseria, prácticamente sometidos a un régimen de sojuzgamiento y marginación por la mayoría de los gobiernos estatales.
Nosotros consideramos que estas prácticas que desvirtúan el contenido esencial de la institución municipal, se producen por la forma esquemática en que se ha venido concibiendo el municipio y su ayuntamiento. El municipio, no es sólo la aglomeración de personas asentadas en un territorio determinado, y sujetas a una autoridad común. Esto podrá ser una cárcel o un cuartel, pero no un municipio. Por ello, cuando la iniciativa de reforma al Artículo 115 constitucional tiene como medidas de fondo hacer concurrir en la realidad de todos los municipios las necesarias relaciones de vecindad que hagan surgir un sistema de preocupaciones generadoras de servicios comunes, y cuando a esto se suma el fortalecimiento a la libertad jurídica y política de elección popular, con el objeto de satisfacer las necesidades de orden económico y político de la población que conforma el municipio, nosotros consideramos que ello representa un avance importante que revitaliza este núcleo fundamental, esa célula territorial, política y administrativa en que se sustenta nuestro sistema estatal y federal.
Es evidente que la iniciativa no atenta contra los intereses democráticos del pueblo. Antes bien, se ubica en sus reclamos elevando y ampliando el rango constitucional que hasta ahora había tenido. El reconocimiento de mayores facultades y atribuciones que permitirán a los municipios desarrollar el grado de su autonomía indispensable para su desenvolvimiento a través de la autosuficiencia financiera, integrarán factores de independencia respecto a la administración de sus propios intereses y recursos. Es un hecho que quienes requieren beneficiarse de los alcances de la reforma política, son los grandes conglomerados de trabajadores de grandes poblaciones, pequeñas y grandes de nuestro país, que han sufrido persistentemente los embates de los caciques, de las autoridades con mentalidad feudal, que no comprenden el proceso democrático que demanda vivir el país de las prácticas viciadas del partido oficial, que ha coadyuvado a conformar aparatos electorales anacrónicos.
El ampliar el principio de representación proporcional en la elección de los ayuntamientos municipales a todos los municipios, constituye un avance importante que propiciará necesariamente una mayor participación popular en las decisiones políticas del país.
Hacer realidad el municipio libre en nuestro país, ha sido y es, una demanda programática del Partido Socialista de los Trabajadores y de otras organizaciones progresistas, en tal virtud saludamos la integración de principios jurídicos que dotan de mayores posibilidades de desarrollo al municipio, y para que este significativo paso no quede sólo plasmado como un precepto constitucional, a su consolidación y enronquecimiento deberán concurrir las masas trabajadoras haciendo su propia política para que en la realidad tengan plena vigencia.
Compañeros y compañeras: Nuestro partido, en poco menos de nueve años de haber iniciado su proceso de construcción, ha tenido experiencias electorales.
hemos ganado en varios ayuntamientos, pero en la gran mayoría se ha impuesto el fraude electoral y la autoridad del cacique, pero tenemos cuatro ayuntamientos socialistas. Tenemos el ayuntamiento de San Andrés Huaxcaltepec en Oaxaca, tenemos el ayuntamiento en Bocobá en Yucatán, tenemos un ayuntamiento en Tancoco, Veracruz y acabamos de conquistar un ayuntamiento en Tizapán el Alto, Jalisco.
Para que a nadie le extrañe el por qué de nuestra posición política ante esta iniciativa. Tal vez el diputado Héctor Ixtláhuac pueda ser testigo de como el Partido Socialista de los Trabajadores se ha batido en los municipios y ha dado duras peleas contra los caciques. En 1979, en Jalisco, ganamos nueve ayuntamientos. En esos municipios, como dije hace un rato, se impuso el fraude electoral, nosotros tomamos las presidencias municipales, nos sacaron los antimotines, pero los trabajadores de allí dieron al Partido Socialista de los Trabajadores como un instrumento superior de lucha, que estaba defendiendo sus demandas.
Y, compañeros, yo tengo una experiencia que vale mucho, yo participé en el triunfo en Bocobá y también en el triunfo en Tizapán el Alto. Basta decir que en ambos casos no sólo se necesitó la insurgencia de los trabajadores, no sólo se necesitó la organización de los trabajadores, se necesitó, compañeros, que nosotros custodiáramos las urnas hasta el Consejo Electoral para que no se cometiera fraude. Y aquí está nuestra posición ante los que pretenden un municipio utópico, ante los que pretenden que el municipio se mejore por la vía de las reformas que aquí se pueden dar, nosotros mantenemos la posición de apoyar lo más avanzado de la iniciativa, pero tomando en consideración que sólo los trabajadores pueden hacer valer sus derechos.
Y estamos ciertos que el Artículo 115 Constitucional no representa todo el espíritu del municipio libre, pero vivimos una realidad política y con los trabajadores en su propio municipio los que tienen que impulsar más a fondo estas medidas para lograr un gobierno de los trabajadores en todo el país, compañeros. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Baltazar Ignacio Valadez.
El C. Baltazar Ignacio Valadez: Señor Presidente; compañeros diputados: Ayer la voz plural de los legisladores que integran esta Cámara, describieron el drama viviente del Distrito Federal, la ciudad de los contrastes insultantes e intolerables.
El diputado Jardón con su tranquilidad y elocuencia características, nos mostró, con sólo unas pinceladas, el cuadro patético y patológico de la Ciudad de México. Pero el drama no se da sólo en la capital de la República, por desgracia existe y se repite en la inmensa mayoría de nuestros municipios.
Allá, en la lejanía o en la cercanía de nuestra provincia, millones de mexicanos transitan por calles polvorientas o lodozas. Son víctimas de la sed o de la mugre, porque carecen de agua, defecan en el suelo, subsisten al lado de aguas estancadas y putrefactas, auténticos focos de infección que los enferman porque carecen de drenaje.
Tuvimos la oportunidad de acompañar a Gollaz, nuestro candidato presidencial en su peregrinar por toda la República durante su campaña, y junto con él pudimos ver y sentir la desesperación y la angustia de estos mexicanos, pudimos escuchar su doliente queja o su airada protesta para la deficiencia o la ausencia absoluta de los más elementales servicios públicos a los que tienen derecho no sólo por su condición de seres humanos, sino porque son mexicanos que pagan impuestos no siempre justos, a pesar del sacrificio que ello implica, al mermar sus recursos en muchos casos insuficientes para dar vestido, pan, y letras, a sus hijos, y menos ahora, cuando los precios y las cargas fiscales pulverizan el raquítico salario de los pobres.
Esta es la cruda, la amarga realidad del municipio una realidad que duele, que lastima, una realidad ante la que debemos inconformarnos. Por nuestra parte, tenemos el orgullo, el legítimo orgullo de militar en el Partido Demócrata Mexicano y particularmente el de militar en las filas de la Unión Nacional Sinarmunicipio y que ha luchado desde siempre por municipio y que ha luchado desde siempre por su libertad y por su autonomía.
Ahí está el heroico e irrebatible testimonio que da la sangre sinarquista derramada el 2 de enero de 1946, en la Plaza de León, Guanajuato, hoy llamada de los mártires. Para ellos, sea hoy nuestro sentido, nuestro emocionado homenaje.
Estamos convencidos, profunda y absolutamente convencidos, de que la reconstrucción nacional debe comenzar por la reconstrucción del municipio. No puede haber ni justicia, ni democracia, ni libertad en nuestra patria, si antes no existe la justicia, la democracia y la libertad en el municipio.
Por esta inconmovible convicción, la Fracción Parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano ha decidido dar su voto a favor del proyecto de Decreto que reforma y adiciona el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Damos nuestro voto en este sentido, por dos razones fundamentales.
La primera, porque a riesgo de ser calificados de reiterativos, insistimos en que el Demócrata es un partido independiente y que esa independencia nos permite descubrir y apoyar el bien concreto venga de donde venga, con la misma energía y el mismo entusiasmo con que rechazamos y combatimos el mal venga también de donde venga.
La segunda, porque aunque la iniciativa no recoge todas nuestras demandas y todos nuestros reclamos de lucha en favor del municipio libre, sí representa un avance rumbo a ese destino, frente al cual no podemos ni debemos oponernos.
Habrá un cambio, no lo dudamos, quienes sí se opongan a este paso, a este avance concreto. Entre ello, es muy posible que figuren algunos gobernadores, aquellos de mentalidad caciqueril que aunque digan lo contrario conciben al municipio como una más de sus haciendas, los que a sí mismos se dan atribuciones para designar candidatos y presidentes municipales entre sus parientes, amigos y compadres, desoyendo no sólo a los vecinos de la municipalidad sino hasta sus propios compañeros de partido.
Mucho de esto sucede y sucedió en Jalisco, donde el contrarreformista Romero de Velasco, primero designó candidatos y luego de que muchos de ellos fueron derrotados, pretende imponerlos mediante el más burdo y el más descarado de los fraudes.
Habrá, decimos, quienes se opongan a la reforma, entre ellos, insistimos, algunos gobernadores.
Pero eso y porque somos conscientes de que el principio de la norma jurídica no lo es todo para regular y determinar conductas, como ciudadanos, como legisladores y como demócratas habremos de estar vigilantes a fin de que los justos preceptos de la materia que nos ocupa no sean letra muerta, sino norma que se cumpla, particular y especialmente vigilantes deberemos estar ante gobernadores como Romero de Velasco, como Tulio Hernández o como Jonguitud Barrios; no haremos referencia respecto a algunas de las bondades de la iniciativa porque ante el supuesto de que todos las leímos y además de que ya se hizo referencia a algunas de ellas, ello resultaría ocioso. Terminamos, pues, reiterando nuestra decisión de lucha por alcanzar el municipio plena y cabalmente libre, piedra angular donde descansará la cabal y plena democracia que habrá de tener muy pronta vigencia en México. Llegarán, no lo dudamos, los días de la justicia, los días de la abundancia equitativamente distribuida, los días en que vivir sea una verdadera alegría, serán los días de la democracia por la que luchamos, no los días del socialismo que igualan a todos en la pobreza y cancela las libertades, esas libertades que dice defender sólo fuera del poder pero que aplasta cuando llega a él. Muchas gracias. (Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Sami David David.
El C. Sami David David: Señor Presidente; honorable Asamblea. Vengo a hacer uso de la palabra con humildad y con respeto a todos los mexicanos de ayer y de hoy que han hecho de esta tribuna una de las más respetables del país, sobre todo en un tema de trascendencia nacional como es el municipio libre.
El conjunto de las iniciativas enviadas por el Ejecutivo a esta honorable Cámara de Diputados, están sustentadas en una fe inquebrantable en la capacidad de las vías institucionales para modificar en forma revolucionaria a la realidad. El país ha crecido, se ha modernizado, pero ha conservado rezagos incongruencias, y en ocasiones se han desarrollado tendencias poco saludables para su buena marcha.
La complejidad alcanzada por nuestra economía y por nuestra sociedad civil, exigen una respuesta intensamente participativa de todos los grupos sociales del país.
El municipio es una de las instituciones más antiguas de nuestro país, se trasladó al Nuevo Mundo en el Siglo XVI, al legalizar la Corona Española una forma de gobierno que rigiera a la Nueva España A lo largo de su existencia ha sido el eje sobre el cual conservaron las formas de cultura local y regional. El municipio ha sido en nuestra historia y en el origen de nuestras instituciones políticas y jurídicas, el fundamento de la democracia y de las libertades individuales. De ahí que el Presidente De la Madrid, mediante el fortalecimiento del federalismo, haya buscado restituirle todo su vigor y capacidad de decisión en los aspectos políticos, económicos y administrativos.
Dentro de nuestro esquema de organización política el municipio es la célula básica de nuestra estructura de gobierno y de la división territorial; es el órgano gubernamental que más cerca se halla de los problemas que cotidianamente vive la comunidad nacional. El municipio representa el nivel de gobierno que menos se ha beneficiado del progreso del desarrollo económico y social que vive el país, al lado de municipios fuertes que han logrado desarrollar su economía y su administración, subsisten lamentablemente otros con necesidades fundamentales, con problemas ancestrales y con aparatos administrativos ineficientes que no responden a las exigencias que les plantean sus respectivas comunidades.
Sabemos que los conceptos que dieron origen a los municipios han sido desvirtuados. La carencia de recursos económicos no es siempre la causa principal de los problemas. El municipio ya no es impulsor del desarrollo ni generador de riqueza y bienestar, es, en el mejor de los casos, un simple receptor del desarrollo.
El municipio ya no produce para satisfacer sus propias necesidades; se le han impuesto patrones de consumo ajenos, depende de insumos externos. Aunque al municipio se le otorgaran abundantes recursos, no sabría ni podría convertirlos en riqueza, mucho menos multiplicarlos, consecuencia esto del centralismo acendrado de la Federación.
La armonía, económica y social del país tiene que ver, entonces, con la perfecta adecuación que se pueda lograr entre los fines nacionales y los particulares del municipio del país. Indudablemente que una estructura centralista dificulta lo anterior y favorece privilegios e irracionalidades y, sobre todo, favorece el desperdicio de toda la riqueza de la experiencia local en una lógica de colonialismo interno que favorece al centro en detrimento de la periferia.
Esto fue algo que percibió el Presidente De la Madrid durante su campaña: el reclamo
de las fuerzas locales de mejores días para participar en la construcción de nuestro desarrollo.
La iniciativa de reformas y adiciones al Artículo 155 Constitucional propone medidas descentralizadoras en lo administrativo y en lo político. Por su naturaleza, estas medidas permitirán, en el mediano plazo, desarticular una estructura de centralismos yuxtapuestos, como la llamó el Secretario de Gobernación hace unos días en su comparecencia en la Cámara de Senadores. Permea, así, los distintos campos de la vida nacional.
La Comisión ha recogido con toda antingencia las consideraciones formuladas por todos los partidos políticos y que aquí sus reestructura de centralismos yuxtapuestos, como tribuna y conviene con aquellos que han aseverado la trascendencia de esta medida, de cuya perfectibilidad será posible como en toda obra social, y lamenta no concordar con expresiones que desvirtúan el alcance y contenido de esta reforma constitucional, por considerar que adolecen de razón.
En lo político estas reformas aseguran el respeto al voto ciudadano al uniformar criterios en torno a los procedimientos para suspensión y desaparición de ayuntamientos y para la suspensión o revocación de sus miembros, al establecer un marco general que requiere del consenso de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura y de la existencia de una causa grave, señala asimismo la garantía de audiencia y permite desahogar alegatos y ofrecer pruebas, se desecha cualquier posibilidad de interpretación unilateral de las leyes estatales en provecho de un grupo de interés o de un partido político en especial.
Se da un paso político de enormes dimensiones porque viene a fortalecer la legitimación de las autoridades municipales tan respetablemente electas como cualquiera otra instancia de elección popular.
Consideramos que el municipio debe ser la escuela política y administrativa por excelencia. Por ello la integración plural de los ayuntamientos, por sí misma garantiza que se fortalezca su funcionamiento real, evita desviaciones y garantiza que cada núcleo de la comuna esté representado en la medida de su importancia.
Una cuestión verdaderamente importante, es la posibilidad de que existan ayuntamientos plurales en todos los municipios del país. Esta medida, compañeros diputados, es uno de los más grandes estímulos y retos que enfrentarán todos los partidos políticos.
El principio rector de la presente iniciativa es el de devolver a la comunidad las posibilidades para su gobierno democrático, así como para que sea ella quien ejerza un efectivo control sobre su patrimonio.
Por tanto, el ayuntamiento determinará de conformidad a sus ingresos, su Presupuesto de Egresos y está prohibido a leyes federales y estatales conceder subsidios sobre las contribuciones propias del municipio.
La facultad que tendrán los municipios para expedir, bandos de policía y buen gobierno, y los reglamentos y circulares administrativos, harán que los problemas en la materia sean resueltos con oportunidad necesaria.
Al fortalecerse las bases del financiamiento de los municipios, se hace más necesario que nunca que la legislatura local apruebe el Presupuesto de Ingresos, a fin de que las fuentes sean las legalmente establecidas. Ello permitirá la normalización y uniformidad de todos los municipios de una misma entidad. Asimismo, evitará arbitrariedades y corruptelas.
El hecho de que los ayuntamientos puedan formular y aprobar sus planes de desarrollo urbano, es algo que genera las condiciones de un sano crecimiento de los asentamientos humanos y les permite también allegarse de recursos provenientes de la utilización de tierras que generan plusvalía.
El permitir a los Estados que se legisle en materia laboral, en lo referente a los trabajadores de los Estados y municipios, será otro acierto sin duda en materia de justicia social. Todos los trabajadores son ciudadanos y todos tienen derecho a la seguridad de su empleo. Considero que es incuestionable la iniciativa de reforma, que responde a peticiones expresas de Congresos de varios Estados, presentadas en iniciativas correspondientes y que dará una definición a la necesidad de determinar con certeza la situación laboral de los trabajadores de municipios y entidades federativas.
En síntesis, compañeros diputados, el municipio, como unidad organizadora de la vida en la comunidad, sigue vigente. Su reforzamiento es el de la comunidad a la cual se le posibilita su arraigo y su bienestar. México es una nación que con más intensidad siente la necesidad de centralizar y puede tener las condiciones para lograrlo, si aprovechamos este aliento histórico, para encontrar la senda de este desarrollo descentralizador que devuelve la vida a las regiones abandonadas; el municipio posee atributos para convertirse en el motor de la descentralización. Las soluciones municipales emanarán de los propios municipios, que sus habitantes decidan la medida y la forma sosteniéndole y ensanchándoles el apoyo nacional y estatal, pero no interfiriendo o malinterpretando sus funciones políticas de servicio y de organización social.
Debemos volver a los orígenes, humanizar la vida de la comunidad, evitar que nuevos espejismos de desarrollo nos deslumbren. Nunca como ahora tan importante y lógicamente, debemos partir del principio de escasez, esa es una verdad ineludible que nos impone la crisis.
Enfrentar el movimiento centralizador, reparar la injusticia que sufren las pequeñas comunidades, sólo será posible si tenemos confianza en los hombres que todavía se niegan a emprender el éxito hacia los engañosos espejismos del país y más allá de nuestras fronteras. Confiemos en esos hombres que, en contacto con su tierra original, quieren dar la batalla por México.
Este nuevo federalismo tiene un denominador común; el rumbo histórico del país con base en la soberanía nacional, en un desarrollo equilibrado, en una mejor distribución de recursos y de riquezas, y en una mayor competencia y participación política de entidades, municipios, partidos y ciudadanos en la vida constitucional.
No podemos ni debemos dar marcha atrás; avanzamos en la consolidación del municipio libre. Tan insensato sería volver a un poder centralista, absorbente e impositivo, como encerrarse en un aislamiento provinciano, irracional, miope. El impulso tiene que ser armónico, uniforme y coordinado para lograr un desarrollo más equitativo, sin privilegios ni rezagos.
Compañeros diputados: Este proyecto significa un extraordinario estímulo a la sensibilidad y capacidad técnica y política, pues deberá ser capaz de permitir la integración del talento y la voluntad de 70 millones de mexicanos.
Mediante esta iniciativa el Presidente De la Madrid nos convoca a una nueva forma de hacer política, un nuevo estilo de comportamiento, en el que la emoción y la razón se deben conjugar para obtener mejores resultados del trabajo organizado de la sociedad. Para acceder con la democratización integral la descentralización de la vida nacional y el nacionalismo revolucionario a la sociedad igualitaria que aspiramos todos los mexicanos.
La decisión será tomada y tocará al pueblo de México, del que somos parte, vigilar su estricto cumplimiento.
Señor Presidente, pido a usted preguntar a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general este dictamen, recordando a sus integrantes que en esta fecha se cumple un aniversario más del natalicio de don Venustiano Carranza, Primer Jefe Constitucionalista e impulsor del municipio libre. Gracias, señor Presidente.
El C. Roger Cicero: Señor Presidente, para una proposición en relación con este tema.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Roger Cicero para una proposición.
El C. Roger Cicero: Señor Presidente. Señoras y señores diputados. El tema sobre el municipio merece absolutamente toda nuestra atención. Debe de ser principalísima preocupación de todos los mexicanos y más de quienes acá los representamos. El que el municipio se desarrolle, viva y se proyecte hacia el futuro que sin duda desearon para él los Constituyentes del 17.
Se han expuesto acá reformas a la iniciativa, ampliando conceptos sobre la iniciativa, se ha opinado en pro y se ha opinado en contra. Pero hemos visto que algunos puntos que consideramos de suma importancia, que pudieran venir a solidificar esta iniciativa en pro y bien del municipio, se han pasado por alto. Es el propósito de los diputados del Partido Acción Nacional, rescatar en esta proporción esos puntos para nosotros, y creo que para todos ustedes, cuando los conozcan, rescatarlos, presentarlos acá. Muy acordes con los consagramientos de la Constitución, son los principios de doctrina de mi Partido Acción Nacional, al que vengo a representar.
En el punto 12 de los referidos principios, podemos leer que histórica y técnicamente, la comunidad municipal es fuente y apoyo de libertad política, de eficacia en el gobierno y de limpieza en la vida pública.
Podemos también leer en los principios de doctrina panista que el gobierno municipal ha de ser autónomo, responsable, permanentemente sujeto a la voluntad de los gobernados y a su vigilancia y celosamente apartado de toda función o actividad que no sea la del municipio mismo.
Advierte el principio panista que sólo en estas condiciones puede cumplir la administración del municipio sus fines propios y realizar con plenitud su sentido histórico; sólo así pueden evitarse el vergonzoso desamparo y la ruina de nuestras poblaciones, el abandono de nuestra vida local en manos de caciques, la falta completa o la prestación inadecuada y miserable de los servicios públicos más urgentes y sobre todo, la degradación de la vida política nacional.
Ya desde 1964 públicamente José González Torres insistía en que la institución municipal es la más importante en una ciudad y debe ejercitarse para beneficio y progreso de ésta. Y en la plataforma presidencial del 70, Acción Nacional exigía el cumplimiento fundamental de la Constitución que establece el municipio libre como base de la administración política y administrativa de México y la supresión absoluta de cualquier organismo que suplante al gobierno municipal y el establecimiento de normas legales para crear organismos técnicos auxiliares dependientes de los ayuntamientos en vista de la complejidad de los problemas de las ciudades modernas. Por lo expuesto desde su fundación en 1939 el PAN hizo ver los alcances que sin duda los Constituyentes del 17 quisieron darle al Artículo 115 de la máxima ley que nos heredaron; aquellos legisladores ilustres enarbolaron la bandera de la autonomía municipal y de su autosuficiencia económica, pero en los tiempos que les siguieron no soplaron los aires requeridos para que esa bandera flameara. Presidentes de la República, Congresos, Gobernadores y Alcaldes dejaron que esa bandera constitucional meramente colgara de la letra escrita, nada hicieron para que ondeara el viento y lo purificase para ser respirado por los municipios mexicanos, ansiosos de autonomía y urgidos de libertad.
Nuestros municipios permanecieron marginados de la Constitución el vigor, brotada, declarada en Querétaro y al capricho desleal y los intereses exclusivistas y personales de autoridades espúreas, en complicidad con los caciques pueblerinos o citadinos que así veían engrosar sus propias haciendas frente al hambre
de las comunidades a las que a más, burlaban en sus derechos. Y hablamos en pasado, hablamos en pasado porque nos alienta la esperanza de que la pesadilla pase, de que la injusticia termine, de que el municipio mexicano cobre la deuda de dignidad que con él contrajo la ley de 1917. En efecto, nos inspiran las reformas y adiciones contenidas en la iniciativa presidencial a discutirse hoy en esta Cámara o a votarse. Estamos en lo general con el Ejecutivo, su iniciativa viene a robustecer, a vigorizar al Artículo 115 para que sea realidad en su enunciado y sus alcances, hace responsables a los gobiernos municipales de la prestación de los servicios que deben dar a sus pueblos, servicios enumerados en los incisos de la "A" a la "H", de la fracción III. Amplía ésta el concepto de la hacienda municipal al sentenciar que se formará de los rendimientos de los bienes que le pertenecen al municipio, según versa su fracción IV, inciso A. Proscribe exenciones o subsidios en las contribuciones en vigor en favor de personas físicas o morales e instituciones oficiales o privadas, a la letra del inciso C de la propia fracción. En la siguiente otorga a los ayuntamientos la aprobación de sus presupuestos de egresos, cosa que aquí ya se ha resaltado, reconociéndoles así su calidad e igualmente les da intervención en la regularización de la tenencia de la tierra urbana, y hace la iniciativa anulatoria la exigencia del mínimo de 300 mil habitantes para que los ayuntamientos puedan gozar de una autoridad en la que todas las corrientes de opiniones están debidamente representadas a través de regidurías por el municipio de proporcionalidad.
Esto último viene a hacer menos demagógica, algo más auténtica a la reforma política, era inconcebible en ella el freno a la voluntad popular, freno que habrá de dispensarse en contra de los politiqueros, de los políticos de oficio, que ya no las tendrán todas consigo al escalar el poder para, desde él, saciar sus apetitos de riqueza a costa del pueblo y para dar rienda suelta al abuso de autoridad.
Qué bueno, qué bueno, señoras y señores, que esta Asamblea se aúne en torno de la iniciativa que tiende a rescatar el ideal del Constituyente del 17; qué bueno que al fin los representantes populares de la nación legislemos en pro de la dignidad y del progreso económico, político y social de las extensiones patrias en que se halla quizá todavía el techo que protegió nuestra nacencia y, desde luego, las veredas donde regamos los primeros pasos. Qué satisfacción de conciencia y responsabilidad ésta de abrir a nuestros municipios mejores horizontes, de hacer honor a los solares primogenios y de ampliarles el rumbo hacia el futuro a quienes nos hayan de relevar.
El municipio tiene sus raíces en la raíz misma del ser humano social. Su origen en los conceptos de la polis griega, jui del Japón, la cite alemana y en el calpulli azteca y el cajal de los mayas. De acuerdo todos en que el municipio en la raíz social del hombre, el origen de la sociedad y de tal suerte la célula elemental de la República, habremos de propiciar la potencialidad de esa raíz, la elevación de ese origen y de velar sin reposo por la salud de esa célula. El municipio ha de ser libre y autosuficiente; estamos de acuerdo con las reformas y adiciones en lo general que el Ejecutivo ha presentado a esta Cámara. Empero, pensamos los legisladores del grupo parlamentario del PAN que es esta hora de todos la oportuna para hacer que la Constitución del país garantice el municipio, en forma aún más expedita y altamente jurídica, su seguridad y para que brinde al pueblo esa ley máxima el derecho necesario que tiene ese pueblo para confiar en su autoridad más cercana y así, otorgarle a satisfacción plena, su apoyo y su lealtad, lo que redundaría en vitalidad, generosidad compartida y mayor representatividad municipal.
La figura jurídica del amparo, figura que desde 1840 en su proyecto dio a conocer a la nación el jurista de Yucatán Manuel Crescencio Rejón, diputado federal dos veces, senador otra y ministro de relaciones que fue, como que a esta hora esta figura jurídica del amparo, señoras y señores diputados, como que esta hora nos exhorta a recontemplarla y nos exige le demos una mayor vigilancia, le ampliemos su campo de salvaguardar de derechos y de preeminencia de justicia.
Por ello, en conjunto proponemos los diputados miembros de Acción Nacional, sumar a la Iniciativa reformas y adiciones al Artículo 155, las dos fracciones siguientes que debieran ordenarse como séptima y octava, corriéndose las demás originales de la iniciativa presidencial correlativamente.
Las fracciones que proponemos son; señores, si quieren regatearle al tiempo o al tiempo a esta dedicación de mi humilde palabra a la calle que nos vio nacer al solar por donde anduvimos, entonces señores, yo no sé que afectos y cariños puedan tener.
(Aplausos).
Las fracciones que proponemos son: Los ayuntamientos tienen el derecho de recurrir al juicio constitucional de amparo para proteger su patrimonio y personalidad, y asimismo el ejercicio de sus atribuciones y la ejecución de sus tareas frente a cualquier acto de autoridad que afecte o tratase de afectar a su buen gobierno, y de disminuir o suprimir su calidad de primera autoridad del municipio, y -acá la otra-, las tesorerías de los ayuntamientos se mantendrán abiertas a auditorías permanentes e independientes que permitan, cualquiera ciudadanos u organismos y en todo momento, conocer de la situación financiera municipal, de quiénes y cuántos son sus proveedores, a qué costos paga sus adquisiciones y retribuye en sus trabajos a sus integrante; a sus demás servidores públicos y al personal que contrata; con qué instituciones bancarias y de crédito opera y a qué montos y en qué forma lo hace, así como conocer de todos y cada uno de sus renglones hacendarios.
Proponemos a la vez, para que la iniciativa del Ejecutivo no caiga en contradicciones, se modifique el párrafo cuarto de su fracción primera; este párrafo de su fracción primera dice: que en caso de declararse desaparecido un ayuntamiento, por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procediera que entraran en funciones los suplentes, ni que se celebren nuevas elecciones, los legisladores designarán entre los vecinos, a los consejos municipales que concluirán los periodos respectivos. Aquí contradice el principio de la elección popular y por eso proponemos diga: En caso de declararse desaparecido un ayuntamiento por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procediera que entraran en funciones los suplentes, las legislaturas designarán entre los vecinos a los consejos municipales que actuarán con carácter provisional, y dejarán de hacerlo al tomar posesión las nuevas autoridades emanadas de elección popular extraordinaria, a la que habrá convocado en el menor tiempo posible a partir de la desaparición del ayuntamiento.
Estas nuevas autoridades concluirán el periodo interrumpido. Así sí, estamos de acuerdo con que el poder emane del pueblo, no de un Congreso por más honorable que éste sea.
Nuestra última proposición es el sentido de que se adicione a la fracción séptima de la iniciativa presidencial que dice: El Ejecutivo Federal y los gobernadores de los estados tendrán el mando de la fuerza pública en los municipios donde residieran habitual o transitoriamente, proponemos se adicione "sin menoscabo de que la fuerza pública esté a disposición de los ayuntamientos de los mencionados municipios permanentemente, siempre que los ayuntamientos, en función de su autoridad la requieran.
Expuesto todo lo anterior, señor Presidente, pedimos a usted proceda en consecuencia. Muchas gracias. Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a 29 de diciembre de 1982. Por la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional, su servicio, Cicero Mackinney.
El C. Presidente: El obsequio al C. diputado Cicero Mackinney, y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.
El C. secretario Everardo Gamíz: En votación económica se consulta a la Asamblea por instrucciones de la Presidencia, si se admite a discusión o no, la propuesta hecho por el señor diputado de Acción Nacional Cicero Mackinney.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... No es admitida, señor Presidente.
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo Suficientemente discutido, señor Presidente.
El C. Presidente: Para los efectos del Artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado desea hacer reserva expresa de alguna fracción de este precepto para su discusión en lo particular. En consecuencia proceda la Secretaría a tomar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Por instrucciones de la Presidencia se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere al Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Señor Presidente, se emitieron 293 votos en pro y 19 en contra.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara aprobado en lo general y en particular el proyecto de Decreto que reforma el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El C. secretario Evarardo Gamíz Fernández: Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.
ARTÍCULOS 1916,2116 Y 1916 BIS
DEL CÓDIGO CIVIL
"Comisión de Justicia.
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Justicia de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con proyecto de decreto que permite la H. Cámara de Senadores, relativa a la Iniciativa que el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Congreso de la Unión para reformar los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal.
La Comisión revisó las razones y fundamentos expuestos en la Iniciativa del Ejecutivo Federal. como ya lo había hecho anteriormente, puesto que somos Cámara de origen y después de haber sido discutido a satisfacción de sus integrantes, formula el presente dictamen con apoyo en las siguientes
CONSIDERACIONES
Las iniciativas concernientes a la renovación moral, es la conciencia popular hecha gobierno. Es nuestra creencia en la justicia, en la igualdad, en la dignidad, en el derecho, y en el respeto a los demás.
La Iniciativa, como ya se ha dicho, se fundamenta en la doctrina civilista contemporánea de los derechos de la personalidad, la cual tiende a garantizar a la persona el goce de sus facultades y el respeto al desenvolvimiento de su personalidad física y moral.
La H. Cámara de Senadores, si bien estimó pertinente acoger en sus términos la Minuta enviada por esta Cámara, por lo que toca a las reformas de los artículos 1916 y 2116, también consideró necesario aceptar la sugerencia nacida en el seno de las Comisiones Unidas Segunda de Justicia y Segunda de Gobernación, y proponer la adición de un nuevo artículo, y proponer la adición de un nuevo artículo, el 1916 bis, para dejar plenamente aclaradas dudas, de orden teórico, que pueden dar lugar a que se piense impropiamente que la reforma del Artículo 1916 podría demeritar las libertades de opinión, crítica, expresión e información que tan celosamente ha tutelado el Estado Mexicano.
Esta Comisión considera que es de aceptarse la adición del Artículo 1916 bis que la H. Asamblea de la Cámara de Senadores aprobó el día 27 de diciembre de 1982, en virtud de ser congruente con el propósito de la Iniciativa Presidencial y con el espíritu que animó a la Cámara de Diputados al aprobar el dictamen inicial, de respetar sin restricción alguna las libertades de expresión y prensa y el derecho de crítica que son fundamentales para la vida social mexicana.
La adición propuesta por el Senado de la República enfatiza las garantías constitucionales contenidas en los artículos 6o. y 7o., y esta Comisión de Justicia hace notar, además, que el Artículo 61 de nuestra Constitución establece la inviolabilidad de los diputados y senadores por las opiniones que manifiesten en el desempleo de sus cargos.
Por lo anterior y con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Justicia somete a la consideración de esta H Asamblea el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 1916 Y 2116 Y ADICIONA UN ARTÍCULO 1916 BIS AL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL
Artículo primero. Se reforman los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, para quedar como sigue:
Artículo 1916. Por daño moral se entiende de la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.
Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual, como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme al Artículo 1913, así como el Estado y sus funcionarios conforme al Artículo 1928, ambas disposiciones del presente Código.
La acción de reparación no es transmisible a terceros por acto entre vivos y sólo pasa a los herederos de la víctima cuando ésta haya intentado la acción en vida.
El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso.
Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honoro reputación o consideración, el juez ordenará, a petición de ésta y con cargo al responsable, la publicación de un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, a través de los medios informativos que considere convenientes. En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original.
Artículo 2116. Al fijar el valor y deterioro de una cosa, no se atenderá al precio estimativo o de afecto, a no ser que se pruebe que el responsable destruyó o deterioró la cosa con objeto de lastimar los sentimientos o afectos del dueño; el aumento que por estas causas se haga, se determinará conforme a lo dispuesto el Artículo 1916.
Artículo segundo. Se adiciona con el artículo 1916 bis, el Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, en los siguientes términos.
Artículo 1916-Bis. No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6o. y 7o. de la Constitución General de la República.
En todo caso, quien demande la reparación del daño moral por responsabilidad contractual o extracontractual deberá acreditar plenamente la ilicitud de la conducta del demandado y el daño que directamente le hubiere causado tal conducta.
TRANSITORIO
Artículo único. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de diciembre de 1982.
Mariano Piña Olaya, Presidente; Leopoldino Ortiz Santos, Secretario; Tulio Acuña Servio, Francisco J. Alvarez de la Fuente, Heriberto Batres García, Carlos Brito Gómez, Pablo Castillón Alvarez, José Luis Caballero Cárdenas, Armando Corona Boza, Irma Cué de Duarte, Guillermo Fragoso Martínez, José Luis García García, Eleazar García Rodríguez, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Jesús Salvador Larios Ibarra, Raúl Lemus García, Miguel Angel Martínez Cruz Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Manuel Osante López, Guillermo Pacheco Pulido, Eulalio Ramos Valladolid, Salvador Rocha Díaz, Alberto Salgado Salgado, Pedro Salinas Guzmán, Daniel Angel Sánchez Pérez, Juan Manuel Terrazas Sánchez, Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, María Antonia Vázquez Segura, César Humberto Vieyra Salgado."
El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido por la Oficialía Mayor entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su segunda lectura y se pone a discusión y votación.
- La C. secretaria Hilda Anderson: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura, señor Presidente.
El C. Presidente: En consecuencia está a discusión en lo general y en lo particular, el Artículo 1916-bis del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, que fue adicionado por la honorable Cámara de Senadores.
Los ciudadanos diputados que deseen impugnarlo, sírvanse manifestarlo.
La Presidencia informa que han solicitado el uso de la palabra en contra, los ciudadanos diputados Gabriel Salgado Aguilar y Gerardo Medina Valdez, tiene la palabra el primero de los mencionados.
El C. Gabriel Salgado: Señor Presidente; honorable Asamblea. La moral es la treta más efectiva para arrastrar a los hombres de la nariz. Esto lo sostuvo Federico Nick. Felicito al Senador por su esfuerzo habilidoso realizado al revisar la minuta proyecto de Decreto que al decir de la opinión pública y de muchos particulares, entre ellos el suscrito, había sido aprobada sobre las rodillas por esta Cámara de Diputados. Vivo esfuerzo, habilidoso y hasta equilibrista, porque es evidente que lo que el Senado pretende en su revisión realizada a la minuta de referencia y que hoy se nos presenta, reformada y adicionada, es la de no quedar mal con el Poder Ejecutivo, al parecer el Primer Poder de la Nación, y la de no quedar mal con la Prensa, al parecer Cuarto Poder de la Nación.
Señores diputados, es un hecho que las reformas y adiciones hechas por el Senado al proyecto de Decreto que anteriormente habían recibido de esta Cámara, constituyen unos cambios hechos en todo, menos en aquello que realmente interesaba al pueblo, puesto que por una parte se está aceptando la idea inicial del Ejecutivo, aprobada aquí por esta Cámara; y por otra parte, fundamentalmente se ha adicionado un Artículo 1916-bis que es el que concretamente se refiere a los encargados de la difusión, a los informadores; en otras palabras: a la prensa.
Considero, pues, que todo tomaron en cuenta menos al pueblo. Pues, como ya manifesté, ante la ola de inconformidades de todo tipo de personas y personalidades, el Senado haciendo uso de un admirable malabarismo y capacidad legislativa trata de resolver el controvertido atentado a la libertad de expresión de todos los ciudadanos. Nótese que en el Proyecto que hoy nos mandan de las multicitadas reformas al Código Civil, primero no es rechazada la idea inicial de legislar, de tipificar lo que es el ilícito en el ámbito moral; y segundo, hacen un proyecto al respecto en términos más suaves para los medios de difusión de la medida atentatoria a la libre expresión; tercero se aprovecha la coyuntura inesperada, forzada y probablemente hasta involuntariamente aceptada para hacer notar que ellos sí son una Cámara Legislativa, autónoma y que desde luego no son apéndice del Ejecutivo; sin embargo, podemos hacer notar que la minuta con proyecto de Decreto reformada y adicionada por el Senado que hoy se discute:
1o. Vuelve a ratificar lo subjetivo de la medida, pues en ningún momento se establece ningún elemento de objetividad para que el juzgador en su oportunidad y en su caso correspondiente pueda verdaderamente hacer un valor adecuado al honor, al afecto, a la creencia, al decoro de cada ciudadano.
2o. Es adicionado con el Artículo 1916-bis que hace de toda la reforma al Código Civil una ley clasista, pues nótese cómo este artículo que se adiciona está dirigido exclusivamente a los medios de información y lo que es más, limita la acción establecida por algunos artículos de la nueva Ley de Responsabilidades para los altos funcionarios de la Federación y de los estados, así como también para ciertos artículos de la Constitución General de la República, pues si bien es cierto que está refiriendo a los medios de difusión, también es cierto que al manifestar, al especificar que no estará obligado a la reparación del daño moral, quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión
e información, nótese como no incluye quien ejerza sus derechos de denuncia, que el concepto "denuncia" es el fundamental establecido, garantizado, eminentemente por la ley fundamental que nos rige, la Constitución en su Artículo 16.
Por otra parte, los artículos 12, 85 y 91 de la Ley de Responsabilidades, también expresamente no sólo nos garantizan en ese derecho, sino que nos están señalando la obligación que tenemos de la denuncia.
Decíamos, pues, que en todo caso este Artículo 1916-bis, ha convertido a toda la reforma en general en una medida eminentemente clasista porque va dirigida exclusivamente para satisfacer las dudas, las limitaciones que los señores informadores que hicieron notar su presión, su presencia, su influencia, pues lógicamente no estaban de acuerdo con la anterior medida tomada ya por esta Cámara.
Por otra parte, consideramos que se rompe, con esta medida se rompe o se viola con algunos de los principios o elementos fundamentales de toda ley, que es de la generalidad y el de la equidad, pues si bien es cierto que este artículo bis está dirigido a los medios de difusión, de información, también es cierto de que no toda la ciudadanía nos vamos a dedicar a esos menesteres.
Por otra parte, consideramos que convierte a todo el proyecto de reforma al Código Civil, así en la forma en que se nos está presentando, como una medida antijurídica, se considera, pues, que está limitando, por una parte, al Artículo 16 constitucional, que entre otras cosas dice:... nos garantiza el derecho a la denuncia, y además nos señala que es obligación no sólo hacer una denuncia de cualquier acto que a nuestro juicio creamos que es ilícito, que rompe, que viola la normatividad que nos rige a todos, sino que además nos da la facultad de tener, para el caso de flagrante violación a la norma, tanto al infractor como a sus cómplices. En todo caso consideramos, pues, que al agregar el Artículo 1916-bis en estos términos, y al no incluir la palabra, el concepto denuncia, que en ejercicio de denuncia que todo ciudadano tiene, no solamente aquellos que se dediquen a la información o a la formación de opinión o crítica, sino todo ciudadano, en esos casos, pues, está quitando el concepto fundamental y, por lo tanto, está limitando la acción no solamente garantizada, sino obligatoria que tiene todo ciudadano mexicano de hacer que se respete la ley, de contribuir con las autoridades para hacer respetar la ley, y esto solamente se podría hacer con una denuncia.
El Artículo 16 constitucional también establece que tiene, como requisito previo, que haber la denuncia previa para que en su oportunidad y previo el trámite, ya la autoridad judicial dicte la orden de aprehensión correspondiente, la orden judicial jurídicamente procedente.
Es, pues, muy importante y es fundamental la omisión -no sabemos si por error o a lo mejor maquinadamente- de este concepto del derecho de denuncia que en artículo bis que, aparentemente, ha dejado satisfechas las pretensiones de los informadores, pero que de ninguna manera estos medios de difusión han quedado liberados del pago. Por un lado, han quedado liberados del pago del daño que presumiblemente se iba a hacer al afectar a algún ciudadano en sus sentimientos, en sus creencias, afección, decoro, etcétera, pero vemos también que los mismos medios de difusión no quedan liberados de la demanda, puesto que el artículo adicionado dice que no estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos, luego dice, de opinión, crítica, expresión e información, no estará obligado, al pago de la reparación del daño, pero en ningún momento está excluyéndolos de la posibilidad de verse sujetos a su juicio y, por lo tanto, sí podrán ser demandados. Desde luego, a este grupo, a esta clase de ciudadanos, que son los informadores, se les está eximiendo del pago de la reparación del daño, pero no del juicio y entonces el juicio podría tener como consecuencia no solamente al pago de la reparación del daño, sino que podría tener como consecuencia una resolución en la cual se obligará, se ordenara que tal o cual medio de difusión, trátase de un periódico, de una radiodifusora o televisora, en el sentido de que la política de su crítica, de su información, de su opinión que está dando a los radioescuchas o lectores, pues, está afectando al régimen en un momento dado o está afectando a tal o cual funcionario o está afectando a la política que está establecida por el sector público y que, por lo tanto, debe cambiar por resolución judicial, debe cambiar su postura, debe cambiar su política de crítica, debe cambiar su política de opinión o de información, puesto que de otra manera si desobedece el mandato judicial o no concurre al juicio, a la demanda, pues en todo caso vendrían las consecuencias de la desobediencia al mandato judicial, con los respectivos y consecuentes efectos.
Entonces, pues, compañeros, diputados, es muy clara la deficiencia de la que adolece esta medida que podríamos decir que de forma, aparentemente están a salvo los derechos no solamente de los informadores, sino de cualquier ciudadano, pero vemos, pues, que analizándolo a la luz de la ley, a la luz de los artículos tanto constitucionales como de la Ley de Responsabilidades para los funcionarios de la Federación, como de los altos funcionarios de los estados, vemos, pues, que es eminentemente limitativa y podría pensarse, incluso yo sostengo que viola al limitar una norma, sobre todo la constitucional, viola el orden jurídico.
Es conocida la postura de nuestro Partido Acción Nacional inicialmente tomada en el sentido de que no era necesario la legislación en este aspecto de tipificar como ilícito o como lesiva la conducta de los ciudadanos civilmente y que, como consecuencia de ello tuviese la sentencia negativa ordenándose un pago que se va a tasar en dinero y que lógicamente seguimos sosteniendo que era necesaria la legislación al respecto puesto que en materia de daño civil estaba ya contemplado, solamente que
asociado al daño material. Pero ahora se disasocia el concepto de daño moral al daño material, poco de una manera que se considera, a nuestro criterio, totalmente lesivo, atentatorio a la eminente libertad de expresión, no solamente de los medios de difusión -que quede claro-, que no es solamente los medios de comunicación lo que interesa, al menos a la diputación panista y que nos debe interesar a todos los diputados, sino a la libertad de expresión de todo ciudadano mexicano, Y desde luego es notorio, pues, que entre otras modificaciones, la adición al Artículo 1916 hecha, sugerida y hecha por el Senado, pues está refiriéndose, podríamos decir, que a calmar los ánimos, la inconformidad de los medios de difusión, motivo por el cual consideramos, pues, que se convierte en una medida clasista, y por lo tanto, de ninguna manera puede ser constitucional, porque el espíritu de la ley general no es el de dirigirse en favor o en contra de una clase de ciudadanos.
Hay otros aspectos que queremos hacer notar y que no se ha considerado: la acción judicial, jurídicamente, puede ser optativa, alternativa o concurrente. En este caso, consideramos, pues, que debe interpretarse que la acción es concurrente, porque que si de un hecho, de un acto ilícito deriva la afección, deriva un daño a la susceptibilidad de un ciudadano, alguna persona física o moral, vemos, pues, que viene como consecuencia la sujeción a proceso, a juicio civil, y como consecuencia vendrá en su oportunidad, en caso de procedencia, vendrá la condena al pago, a la reparación del daño moral. Pero como estamos viendo que esto va a derivar de un acto que se considera ilícito desde el momento en que el juez civil está considerando ilícito ese acto, automáticamente también está cayendo en el ámbito del derecho penal y vemos como en el título de Código Penal referente al honor de las personas, vemos cómo encuadra perfectamente bien ese acto, ese hecho que civilmente ya procedió y trajo como consecuencia el ordenamiento de un pago, de una reparación de un daño, y por otra parte, la misma sentencia podría servir como base para una denuncia de carácter penal, para una averiguación o un proceso, y ahora, con ese mismo hecho estaríamos juzgando dos veces a un presunto responsable, uno por la vía civil, por el afecto, por la agresión moral, y el otro por la vía penal porque concuerda con lo establecido, con lo determinado con lo tipificado en el Código Penal en su título referente al honor de las personas, concretamente a los delitos de difamación, de calumnia, de injuria, y en todo caso, señores diputados, vemos esta dualidad de acción, esta concurrencia de ejercicio de acción judicial, y que por lo tanto, no solamente está expuesto al ciudadano mexicano a verse procesado civilmente y condenado a la reparación de un daño moral, sino que además, puede ser procesado penalmente y condenado desde luego a la pérdida de su libertad y la multa correspondiente.
Son estos los elementos fundamentales que no hacen volver a insistir en que se considera a nuestro juicio atentatoria, lesiva la medida e innecesaria como en un principio ya lo habíamos dicho, y como desde luego no queremos pecar de optimistas para pedir que todo el dictamen fuese retirado, sino que, apelando a la congruencia, equidad y madurez de todos los diputados de esta Asamblea, queremos proponer que se haga una modificación nada más al Artículo 1916-bis, para que en vez de que diga que no estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, nótese el cambio que nosotros estamos proponiendo, en vez de que diga que no estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, opinión e información, que diga: "No podrá ser demandada por daño moral toda persona que ejerza sus derechos de denuncia", que es lo más importante y concepto fundamental que están excluyendo en la proposición que hoy se nos presenta en esta Cámara de Diputados.
Entonces: No podrá ser demandada por daño moral toda persona, no nada más quien ejerza sus derechos de información, opinión y crítica, no nada más un sector, no nada más un gremio de informadores, sino toda persona que ejerza sus derechos de denuncia. Y digo que ejerza sus derechos de denuncia, porque ya hacíamos notar que el hecho de hacer una denuncia de una irregularidad, de un ilícito, no solamente es un derecho sino una obligación de todo ciudadano mexicano.
En todo caso, pues, quien ejerza sus derechos de denuncia, opinión, crítica expresión o información, en los términos y con las limitaciones de los Artículos 6o. y 7o. de la Constitución General de la República.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo a los veintinueve días del mes de diciembre de 1982. Por el partido Acción Nacional, Gabriel Salgado Aguilar.
Esa es la proposición.
El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se admite a discusión la modificación propuesta.
El C. secretario Everardo Gamíz Fernández: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a esta Asamblea si se admite o no a discusión la propuesta hecho por el ciudadano diputado Gabriel Salgado Aguilar.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarse.
Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarse... No se admite, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Gerardo Medina.
El C. Gerardo Medina: Declino el turno señor Presidente.
El C. Presidente: En consecuencia proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular en relación al
Artículo 1916 Bis del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
El C. secretario Everardo Gamíz Fernández: Por instrucciones de la Presidencia se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 1916 bis en sus términos.
Se ruega a la Oficialína Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
El C. Bernardo Bátiz: Creo que se debe votar no nada más el artículo, sino el dictamen con todas sus secuencias y sus tres artículos.
- El. C. Presidente: Señor diputado, los artículos 1916 y 2116, fueron aprobados por esta Cámara. Y en la Minuta, la adición consiste sólo en el artículo 2116.
Continúe la Secretaría recogiendo la votación nominal.
El C. secretario Everardo Gámiz: Señor Presidente, se emitieron 265 votos en pro, 49 en contra y una abstención.
El C. Presidente: Aprobado en sus términos en lo general y en lo particular el Artículo 1916 bis del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
Estando satisfechos los extremos preceptuados por el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto que reforma los artículos 1916 y 2116 y adiciona un artículo 1916 bis, al Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común, y para toda la República en Materia Federal.
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
ARTÍCULOS 54-D, 54-E, 54-M Y 54-U DE LA LEY DEL ISSSTE
El C. Presidente: La Comisión de Trabajo y Previsión Social, entregó a esta presidencia, el dictamen relativo al proyecto de decreto de reformas y adiciones a los artículos 54-D, 54-E, 54-M Y 54-U, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Proceda la secretaría a dar cuenta de él.
- La C. secretaria Hilda Anderson:
"Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Honorable Asamblea:
A la suscrita Comisión de Trabajo y Previsión Social, fue turnada por acuerdo de Vuestra Soberanía, el expediente que contiene:
La Minuta del Proyecto de Derecho en relación con la Iniciativa presentada a la H. Cámara de Senadores, por un grupo de senadores, que Reforma y Adiciona los artículos 54-D, 54-E, 54-M y 54-U de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
El Proyecto de Derecho propuesto por la H. Cámara de Senadores contiene razonamientos que se consideran válidos y procedentes, que en gran parte trasladan la motivación de la Iniciativa y al mismo tiempo la enriquecen con argumentaciones realistas, sólidas y fundadas en el mayor beneficio y solidaridad de los Trabajadores al Servicio del Estado. En consecuencia y para evitar innecesarias repeticiones a continuación se transcribe en su integridad la motivación a que se hace referencia.
"Del estudio de la Iniciativa se desprende que tiene por objeto fortalecer al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que esté en posibilidad de conseguir los objetivos para los cuales fue creado, haciendo prevalecer el interés social de los trabajadores al servicio del Estado, sobre el interés particular.
El Congreso Constituyente de Querétaro, al establecer en 1917 la fracción XII del Artículo 123 Constitucional, hizo ley el ideal justiciero de que los empresarios proporcionaran a sus trabajadores casas higiénicas y baratas; para hacer realidad este ideal fue necesario que el movimiento de los trabajadores desplegara una lucha denodada que afortunadamente ha rendido frutos óptimos, hasta llegar a nuestros días en que con mayores avances subsiste la propia fracción XII del Apartado A, en la fracción XI y del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y cuentan con la legislación reglamentaria correspondiente.
Ha sido preocupación fundamental de los gobiernos de la Revolución Mexicana, crear los instrumentos adecuados para hacer realidad a todos los mexicanos su derecho a una vivienda digna, en especial a los sectores de menores ingresos, entre los que se encuentran los trabajadores.
El Constituyente Permanente ha dado prueba de esta preocupación, con la reforma del inciso f), de la fracción XI del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; el legislador federal ha seguido estos lineamientos al reformar el inciso h) de la fracción VI del Artículo 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, así como al adicionar los artículos 54-A al 54-Z y del 116-A al 116-E de la Ley del Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, creando en especial el Fondo de la Vivienda (FOVISSSTE).
Desde su creación, el FOVISSSTE ha dirigido sus esfuerzos a satisfacer la demanda de vivienda de los trabajadores al servicio del Estado de más bajos ingresos y a diez años de su creación, es importante observar la experiencia alcanzada y los logros obtenidos, para perfeccionar su funcionamiento.
La capacidad financiera del FOVISSSTE, no obstante, se ha visto afectada, en los últimos tiempos, por el proceso inflacionario, el encarecimiento de los costos de la tierra y de los materiales de construcción, factores cuyo impacto sobre la economía de los trabajadores del Estado debe reducirse con medidas legislativas y las administrativas derivadas de éstas.
La Comisión que suscribe ha estimado que, en la medida en que este Organismo de servicio social disponga de mayores recursos financieros, resultarán beneficiados directamente tanto el Distrito Federal como los estados y municipios. En efecto, los recursos que se canalizan a través del FOVISSSTE en las distintas entidades y localidades del país, siguiendo los lineamientos de los programas de desarrollo Urbano y los relativos a la Vivienda, estimulan las economías locales a través de la creación de empleos, de la utilización de materiales de la localidad y de la instrucción de infraestructuras y equipamiento urbanos; a la vez que mejoran los niveles de salud y la calidad de vida de los trabajadores al servicio del Estado y sus familias y permiten, básicamente, una mejor integración familiar y comunitaria y hacer efectivo el derecho de los de los trabajadores a una vivienda digna.
Por otra parte, es sabido que los gastos de diversa índole que se derivan de la titulación de las viviendas de los trabajadores, representan una carga que encarece su costo final. Por ello esta Comisión hace suyo el criterio de la iniciativa de los ciudadanos senadores, conforme al cual los gastos para la obtención de avalúos bancarios sobre la vivienda, podrán eliminarse si se sustituye el valor de avalúo por el precio de venta que fija el FOVISSSTE a las viviendas que financia. Esta propuesta puede apoyarse, en el caso particular del FOVISSSTE, en el hecho de que existen antecedentes en el sentido de que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha revelado ya a dicho Instituto, desde el año 1977, de la obligación de practicar avalúos de las viviendas que venda a los trabajadores al servicio del Estado, para efectos del ya derogado Impuesto del Timbre y que fue sustituido, a partir del 1o. de enero de 1980, por el Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles.
Los sistemas de seguridad social en general, y en particular los sistemas para proporcionar vivienda a los trabajadores, generan un derecho individual a la prestación social que pretende asegurar, y no un derecho individual a los fondos que los trabajadores y patrones aportan al sistema; el derecho individual de los trabajadores a los fondos aportados, sólo puede establecerse para el momento en que el trabajador limita su participación o deja de pertenecer al propio sistema.
La Ley vigente señala en su Artículo 54-E fracción IV el derecho que tiene el trabajador al servicio del Estado, a que se le haga la entrega periódica del saldo de los depósitos que se hubiesen constituido en su favor con 10 años de anterioridad. El beneficio que se desprende de este derecho, resulta económicamente reducido y además afecta preponderantemente el contenido de solidaridad social de la propia Ley; esto, debido a diversos factores que han hecho variar las condiciones que en su momento el legislador evalúo para establecer la devolución decenal de depósitos. Actualmente su aplicación tendría un costo socioeconómico que no sería proporcional a los beneficios que podría obtener el trabajador al servicio del Estado.
Cabe mencionar que el Poder Ejecutivo Federal promovió ante el Honorable Congreso de la Unión, iniciativa de reformas a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), en particular sobre este aspecto. Reforma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1982. Con ésta se da una coordinación necesaria a las leyes que rigen entre organismos que por sus finalidades y servicios son semejantes.
Se puede considerar que existe entre los trabajadores al servicio del Estado una arraigada filosofía de solidaridad social. En este orden de ideas, los recursos programados para la devolución periódica encontrarían una aplicación más objetiva y constructiva, objeto de ser canalizados al financiamiento de vivienda, objeto fundamental en el cometido del FOVISSSTE. Por otra parte y a cambio de no realizar la devolución decenal, se propone incrementar la porción que corresponda por devolución de depósitos a los trabajadores que se jubilen, se incapaciten parcial y permanentemente o, en su caso, a los beneficiarios de los que fallezcan.
La necesidad de la reforma propuesta se justifica con el hecho del costo que significaría para FOVISSSTE la devolución periódica a partir de este momento, tomando en cuenta además, las difíciles condiciones económicas del país. En efecto, tal como lo señalan los autores de la Iniciativa, la cantidad total que por este concepto tendría que devolverse a los derechohabientes del Fondo, más los gastos de administración que ello implicara, ascendería a un monto que podría servir para financiar a costos actuales, durante 1983, aproximadamente 1525 viviendas de trabajadores y sus familias.
Resulta, por ende, más revolucionario y más ligado a los intereses de clases, distribuir beneficios de orden social y familiar que un supuesto beneficio individual que, dado el poder adquisitivo de la moneda, en estos momentos sería insubstancial y limitado.
Es procedente, así, establecer una nueva fórmula financiera, que a la vez que concilie el derecho de los trabajadores para la obtención de la devolución de su fondo de ahorro, cubra el imperativo de no deteriorar la capacidad del FOVISSSTE, para financiar viviendas en beneficio de trabajadores de menores recursos. De esta manera los trabajadores no dejarán de percibir su fondo de ahorro, el cual les será
cubierto cuando más lo necesiten ellos o sus familiares, incrementado en un cien por ciento.
Este dictamen propone que a los trabajadores que se jubilen o incapaciten total o permanentemente, o a sus beneficiarios en caso fallecimiento, se les haga entrega del saldo de sus depósitos, más una cantidad adicional igual a dicho saldo. Agrega el texto legal proyectado que dicha cantidad adicional, al igual que el saldo del fondo de ahorro, queden exentos de toda clase de impuestos y no puedan ser objeto de cesión o embargo, excepto cuando se trate de cobro de créditos otorgados a titulares de depósitos por el FOVISSSTE.
La entrega de esta suma adicional equivalente al cien por ciento del saldo de los depósitos, representará para el FOVISSSTE un ahorro en los gastos de administración, toda vez que se evitarán entregas masivas periódicas, lo que permitirá conservar un equilibrio financiero sano, sin que por ello se vea afectado el derecho de los trabajadores de recibir su fondo de ahorro.
En igual forma se propone que los trabajadores que dejen de estar sujetos a una relación laboral, reciban su fondo de ahorro cuando cuenten con una edad de 50 años cumplidos o más, toda vez que la experiencia revela que solamente las personas menores a dicha edad tienen mayor posibilidad de emplearse nuevamente".
Considerando las anteriores reflexiones, así como el dictamen aprobado por la H. Cámara de Senadores, la Comisión que suscribe, se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea, la aprobación del siguiente
PROYECTO DE DECRETO
DE REFORMAS Y ADICIONES A LOS ARTÍCULOS 54-D, 54-E, 54-M, 54-U DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Artículo primero. Se adiciona la fracción VII al Artículo 54-D de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54-D.
I a VI.
VII. El precio de venta a que se refiere el Artículo 54-J se tendrá como valor de avalúo de las habitaciones para efectos fiscales. Las donaciones y equipamiento urbano se causarán y cumplirán en los términos de las disposiciones legales aplicables.
Artículo segundo. Se reforman las fracciones IV, V, VI del Artículo 54-E de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54-E.
I.
II.
III.
IV. En caso de jubilación, incapacidad total, permanente o de muerte, el trabajador o sus beneficiarios tendrán derecho a la entrega de un tanto más del saldo de los depósitos que se hubieran constituido a su favor, de acuerdo a lo establecido en esta Ley.
V. Cuando el trabajador tenga 50 o más años de edad y deje de prestar sus servicios a las Entidades y Organismos Públicos afectos a los beneficios que otorga esta Ley, se le entregarán los depósitos constituidos en favor, en los términos de la misma; y
VI. En el caso de que los trabajadores hubieran recibido crédito hipotecario en recursos del Fondo, la devolución de depósitos establecida en las fracciones IV y V anteriores, se hará con deducción de la cantidad aplicada al pago de crédito hipotecario en los términos de las fracciones I y II, por lo que la cantidad adicional a que se refiere la fracción IV de este artículo será igual al monto de saldo resultante.
Artículo tercero. Se reforma el artículo 54-M de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54-M. En los casos de pensión o jubilación, de incapacidad total permanente o muerte, el trabajador o sus beneficiarios tendrán derecho a la entrega de un tanto más del saldo de los depósitos que se hubieren constituido a su favor, de acuerdo a lo establecido en esta Ley. En caso de muerte del trabajador, dicha entrega se hará a sus beneficiarios, en el orden de prelación siguiente:
I a VI.
Artículo cuarto. Se reforma el artículo 54-U de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:
Artículo 54-U. Los depósitos constituidos en favor de los trabajadores para la integración del Fondo, así como la cantidad adicional a que se refiere la fracción IV del artículo 54-E de esta Ley, estarán exentos de toda clase de impuestos y no podrán ser objeto de cesión o embargo, excepto cuando se trate de los créditos otorgados con cargo al Fondo.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Las solicitudes de devolución de fondo de ahorro que se hubieren presentado con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, se tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de la presentación de la solicitud correspondiente.
Artículo segundo. Este Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 29 de diciembre de 1982.
Presidente, Juan José Osorio Palacios; secretario; José Fernández Alatorre, Miguel Angel Acosta Ramos, Servicio Tulio Acuña
Zumalacarregui, Luis Aguilar Cerón, Silverio R. Alvarado, Manuel Alvarez González, Francisco Alvarez de la Fuente, Homero Ayala Torres, Manuel Carreto Víctor, Abelardo Carrillo Zavala, Gerardo Cavazos Cortez, Armando Corona Boza, Oralia Coutiño Ruiz, Ignacio Cuauhtémoc Paleta, Netzahualcóyotl de la Vega, Leopoldo Durán Rentería, Everardo Gámiz Fernández, Juan Antonio García Guerrero, Lino García Gutiérrez, Rodolfo García Pérez, Lorenzo García Solís, Antonio Gershenson, Jesús Ibarra Rayas, Luis Mayen Ruiz, María del Carmen Mercado Chávez, Miguel Angel Morado Garrido, Ignacio Olvera Quintero, Ramón Ordaz Almaraz, Jesús Ortiz Herrera, José Eduardo Pacheco Durán, Ramiro Plascencia Loza, Luis J. Prieto, Alfredo Reyes Contreras, Venustiano Reyes López, Faustino Ross Mazo, José Ruiz González, Daniel Angel Sánchez Pérez, Pablo Sánchez Puga, Mario Santos Gómez, Ramón Serrano García, Daniel Sierra Rivera, Hilda Luisa Valdemar Lima, Martiniano Valdez Escobedo, J. Guadalupe Vega Macías, Gustavo Vicencio Acevedo, Florentina Villalobos de Pineda, Dora Villegas Nájera, Juan Villegas Torres, Alfonso Cereceres Peña, Joaquín del Olmo, Heriberto Vázquez Becerra."
- Trámite: Es de primera lectura.
El C. Presidente: La Presidencia considera el asunto que ha sido leído como de urgente resolución, por tanto consulte la Secretaría a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura y se somete a discusión y votación.
- La C. secretaria Hilda Anderson: Por instrucciones de la Presidencia con fundamento en el Artículo 59 para el Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General se consulta a la Asamblea en votación económica si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato...Dispensada la segunda lectura, señor Presidente.
El C. Presidente: está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.
El C. Presidente: La Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra los siguientes ciudadanos diputados: Antonio Gershenson, Luis J. Prieto, Crescencio Morales y Francisco Javier Alvarez de la Fuente.
Tiene la palabra el ciudadano diputado Antonio Gershenson.
El C. Antonio Gershenson: Compañeros, el sentido principal de esta Iniciativa consiste en modificar en forma similar a como se hizo en la Legislatura anterior con la Ley del INFONAVIT, la Ley del FOVISSSTE, bueno en este caso la Ley del ISSSTE en lo que se refiere al FOVISSSTE, para suprimir la obligación o mejor dicho el derecho de recoger parte de las cuotas constituidas en nombre del trabajador a partir del momento de cumplirse los 10 años de constituido este Fondo o sea en muchos casos a partir de 10 años de constituido el FOVISSSTE. El aniversario que está cerca de su cumplimiento y por lo tanto una medida que nunca había sido aplicada por la reciente creación del FOVISSSTE en este sentido sería empezada a aplicar en unos meses.
Se señala que en lugar del derecho a retirar estas cantidades, se podría disponer sea por el trabajador o por sus beneficiarios del doble del monto correspondiente pero en el momento en que se separaran definitivamente del trabajo, fuera por jubilación, por incapacidad permanente o por muerte. El problema es que con el ritmo de aumento del costo de la vida, si nosotros tomamos como un promedio que tal vez esté por debajo del real de 10 años, lo que pasa, el tiempo que pasa entre el momento actual y el momento promedio en que un trabajador pudiera cobrar este dinero o bien sus deudos, en su caso, nos encontraríamos con que el doble representaría mucho menos dentro de 10 años que la cantidad que corresponde entregada hoy, nos encontramos con que si suponemos que el ritmo promedio de aumento del costo de la vida al año en los próximos 10 años es la mitad de lo que este año que esta terminando, o sea, 50%, esto aplicado durante 10 años nos da que el costo de la vida sube 57 veces. Entonces el entregar el doble es entregar mucho menos. Si somos más optimistas y suponemos un 30% anual de promedio, que fue el ritmo que hubo en los últimos años anteriores a la situación de inflación especialmente aguda que estamos viviendo, entonces serían nada más 14 veces lo que aumentaría el costo de la vida en 10 años, de todos modos bastante más que el doble.
En todo caso, si lo que se aplicara fuera una indexacción con el costo de la vida o que se pagara un interés bancario o un monto de este estilo, sería un poco más conservar el valor real de estos fondos. En la práctica entonces lo que implica esto es la retención de la mayor parte de los fondos constituidos por el trabajador, y que el trabajador hubiera tenido derecho a retirar, -hay que hacer la aclaración que esto es en los casos que no se ha visto beneficiado de vivienda, que son la mayoría-.
En la exposición de motivos se señala la necesidad de capitalizar el FOVISSSTE, necesidad real, se señala que con lo que se ahorraría en este año de dejar de entregar estas cantidades, podrían construirse 1525 viviendas a los precios actuales. El problema aquí, bueno, es cierto, es mejor que un fondo constituido como tal fondo si se utiliza efectivamente para lo que debía ser, se conserve y no se disperse, no se reparta ahí entre todos los que lo integraron algún día o todos los que contribuyeron a integrarlo, lo cual no es lo mejor. Si efectivamente se dijera, no en la exposición de motivos, sino en la ley, que esta cantidad debe destinarse a la construcción de estas viviendas, entonces habría una justificación. La realidad, sin embargo, es otra. La exposición de motivos habla de estas viviendas, pero la legislación
no modifica para nada la situación vigente en cuanto a vivienda, y esta situación es bastante problemática.
Nosotros hemos visto que los fondos del ISSSTE y del FOVISSSTE en particular no sólo son utilizados en el ISSSTE y el FOVISSSTE. Por ejemplo, cuando más o menos a mediados de este año hubo un rector presupuestal en las dependencias del sector público, el recorte presupuestal se aplicó también al ISSSTE y al FOVISSSTE, como resultado de esto, redujo las prestaciones, préstamos y demás informando que se trataba de una reducción de presupuesto que había afectado en el ISSSTE en el mismo porcentaje que en cualquier otra dependencia.
El problema es el siguiente: el ISSSTE recibe cuotas o debería recibirlas; estas cuotas no se rebajaron en un 8%, como el presupuesto; estas cuotas, al contrario, aumentaron a partir de marzo a raíz del aumento de emergencia de 10, 20 y 30% y dado que se siguieron aplicando los mismos porcentajes de cotización al ISSSTE y al FOVISSSTE y se aplicaron sobre salarios mayores, lógicamente el ingreso también fue mayor. Sin embargo, insisto, el hecho fue que los servicios se redujeron alegando el corte presupuestal. Y es que, efectivamente, se hace un presupuesto para todo y a la hora de recortar o agregar se manejan indistintamente. Todas las cuotas del ISSSTE y del FOVISSSTE ingresan a una misma bolsa junto con impuestos y junto con todo lo demás y de esa bolsa se saca para acá para allá, se hace un presupuesto y le toca tanto a éste y tanto al otro; situación indebida pero existente.
Otro ejemplo lo vemos con un desplegado que apareció hace pocos meses, publicado por el Sindicato de la Universidad Nacional Autónoma de México, cuyos miembros están afiliados al ISSSTE y al FOVISSSTE, que hacían un cálculo numérico detallado de lo que sus miembros habían entregado por descuentos al FOVISSSTE, de lo que habían recibido en el valor de las viviendas que se les habían entregado y del resultado que era una cantidad enorme de dinero desfavorable a los trabajadores, demandando en este desplegado que se les entregara la cuota de vivienda que correspondía por lo menos a lo que ellos habían aportado directamente.
Un planteamiento que fuera encaminado a fortalecer un fondo que verdaderamente estuviera destinado de manera exclusiva a la vivienda de los trabajadores afiliados al ISSSTE, ésta sería una cuestión para votar a favor, pero nosotros sólo votaríamos a favor de este tipo de planteamiento cuando hubiéramos logrado entre todos los trabajadores y en especial los usuarios del ISSSTE. Un cambio en esta situación y que las cuotas del ISSSTE y del FOVISSSTE se queden ahí para fines legales. En realidad son cuotas altas las que debía recibir el ISSSTE y las que debía recibir el FOVISSSTE, son 8% del salario del trabajador entregado directamente por el trabajador o descontado al trabajador, otro 12% que la dependencia u organismo en que labora debe entregar al ISSSTE, lo cual suma un 20% y un 5% adicional al de aportación FOVISSSTE suma un 25%.
El 25% de la nómina de todas las dependencias y organismos cuyos trabajadores están afiliados al ISSSTE, es una cantidad enorme, que debía de alcanzar sobradamente para los servicios que esta institución proporciona y está legalmente obligada a proporcionar. Pero mientras estos recursos queden en la bolsa grande, mientras esto quede como parte del presupuesto general del la Federación, del que se saca para acá o para allá, lo mismo para pagar una deuda que para un subsidio a una transnacional, no vemos una diferencia sustancial en que se sustraigan fondos del bolsillo de los trabajadores, fondos pocos o muchos, en la forma del predial de la vivienda popular, del IVA, de grabar las prestaciones del impuesto sobre la renta o cualquiera otra de las formas que hemos discutido en los días o semanas anteriores, no vemos una diferencia sustancial a que se haga a través del ISSSTE o del FOVISSSTE, puesto que, insistimos, van a dar a la misma bolsa y se manejan de acuerdo con un presupuesto que ya está elaborado, en este caso ya está incluso aprobado, y no hay un manejo autónomo de los fondos de las cuotas del ISSSTE y del FOVISSSTE para los fines que legalmente corresponden a estas instituciones.
Si no fuera por la precipitación con que esto nos llega, porque nos llega ya aprobada por el Senado, porque en este penúltimo día de sesiones, de hecho estamos en una situación de que lo tomamos o lo dejamos, hubiéramos podido tal vez desde las comisiones haber estudiado alternativas que cubrieran el aspecto del fortalecimiento del fondo, sin estos inconvenientes que estamos señalando. Por ejemplo, el garantizar en un artículo de esta misma legislación, que se pudiera garantizar el buen uso de este fondo, o por lo menos el plantear mecanismos que permitieran una cierta garantía en ese sentido.
El problema es que es obvio que esto nos viene ya del Senado, penúltimo día de sesiones, y estamos en una situación de que lo tomamos o lo dejamos, no estamos en una situación de cambiarlo para mejorarlo. En esas condiciones, no tenemos otro recurso que estar en contra, porque de lo contrario, como no está aquí a discusión o decisión es si el ISSSTE y el FOVISSSTE se van a poder manejar de una manera diferente a como se ha hecho, de lo contrario seríamos inconsecuentes al habernos opuesto a que, a través del predial, del IVA y demás se tomara dinero del bolsillo del trabajador y no de quien tiene más para fortalecer el fisco, y ahora lo aceptaremos en esta forma un poco más indirecta, pero en lo fundamental equivalente, desde el punto de vista desde donde viene el dinero a dónde va a parar.
Esa es la razón de nuestro voto en contra, y confiamos en que en el próximo periodo de
sesiones estemos en condiciones de dar una salida más satisfactoria a este problema. Muchas gracias, compañeros. (Aplausos).
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Luis J. Prieto.
El C. Luis J. Prieto: Señor Presidente: Compañeros diputados: El día de hoy recibimos la minuta que envió el Congreso, y una de las críticas fuertes que en repetidas ocasiones se les ha hecho a los partidos de oposición, es que no participamos en las comisiones.
Hemos estado aquí representantes del Partido de Acción Nacional desde las diez de la mañana, y no recibimos invitación alguna para participar en el estudio de este dictamen, por lo tanto creo que no tenemos los elementos de juicio que ahí se discutieron para llegar a esta conclusión.
Sentimos que se les ha hecho una afectación a los trabajadores del Estado, como se hizo una afectación a los trabajadores que estaban en el INFONAVIT cuando en diciembre 27 del 81 se modificó la Ley del INFONAVIT.
No pretendemos entrar en detalles, podríamos apoyar los números que manifiestan esta afectación que presentó el diputado del PSUM. Nuestro voto está en contra simplemente porque no conocemos qué argumentos se dieron, qué privilegios vieron en esta modificación: segundo, porque es una decisión unilateral, sin preguntarle a los trabajadores, lo señores deciden por si, de que el momento más oportuno y más conveniente para los trabajadores de recibir este Fondo es cuando se mueran, siempre y cuando tengan más de cincuenta años cuando se jubilen.
Por eso precisamente, más que una discusión a fondo es nuestro voto en contra. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Crescencio Morales Orozco.
El C. Crescencio Morales Orozco: Señor Presidente: Honorable Asamblea. Una de las principales críticas que se han hecho a este Congreso precisamente por los enemigos de las instituciones democráticas de este país, es la de que esta Asamblea no es más que una oficina de carácter burocrático, que se concreta en aprobar las iniciativas del Ejecutivo tal y como vienen. Esta crítica a mi juicio es justa y debemos cuidar la imagen de esta representación popular.
En esta ocasión se pone a debate una iniciativa que lesiona seriamente los intereses de los trabajadores al servicio del Estado. Precisamente por estas razones la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, votará en contar. Votará en contra porque sabemos que si bien es cierto que nuestro país vive condiciones económicas difíciles, también es cierto que no es bajo las espaldas de los trabajadores como se pueden resolver los grandes problemas que confrontamos.
Por estas razones la fracción del Partido Popular Socialista votará en contra. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Francisco Javier Alvarez de la Fuente.
El C. Francisco Javier Alvarez: Con su permiso señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
Nuevamente protestamos por el exceso de iniciativas y también por los dictámenes que se hacen sobre las rodillas. Sobre todo por no tomar en cuenta a los diputados de los partidos independientes y de oposición, a los cuales ni siquiera se les invita a las comisiones y únicamente cuando ya se decidió aprobar la Minuta del Senado que para los diputados de la mayoría son intocables y cuando ya se hicieron los considerandos se les pasa a firma el supuesto dictamen ya elaborado previamente, como es el caso de éste que estamos discutiendo.
La fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano se opone al mismo, porque se está privando a los trabajadores al servicio del Estado del Fondo de la Vivienda con las modificaciones que se pretenden aprobar, particularmente la supuesta modificación de la fracción IV de Artículo 54-E que dice en el texto vigente: "El trabajador tendrá derecho a que se le haga entrega periódica del saldo de los depósitos que se hubieren hecho a su favor con 10 años de anterioridad". Y en la supuesta modificación que se le trata de hacer, sobre todo por los diputados del sector obrero que se dicen defensores de los trabajadores y que más parecen sus verdugos, dice a la letra: "En caso de jubilación, incapacidad total permanente o de muerte del trabajador o sus beneficiarios, tendrá derecho a la entrega de un tanto más de saldo de los depósitos que se hubieran constituido a su favor, de acuerdo a lo establecido en esta ley".
Con este acto de entregar "un tanto más de lo pagado" quieren evitar "el entregar los depósitos que ya hicieron los trabajadores". Tal parece que esto ya es una epidemia, puesto que a los trabajadores afiliados al INFONAVIT también ya fueron privados del 5% de sus aportaciones. Y esto es grave y es causado principalmente por la terquedad de los diputados de la mayoría parlamentaria que no quieren que haya un nuevo período de sesiones. Y como los Diputados del Partido Demócrata Mexicano, que sí somos defensores del pueblo en este caso de los derechos de la clase trabajadora, -gracias por los silbidos para ustedes- y que no nos gusta de probarlos aprobando leyes hechas ya de antemano sobre las rodillas como lo estamos haciendo, proponemos que aun cuando sabemos cuál va a ser la respuesta borreguil no habrá respuesta, proponemos que haya un nuevo periodo de sesiones y que este dictamen sea rechazado y regresado a la Cámara de Senadores y seamos conscientes de
que la Constitución de la República nos da las facultades de ser Cámara revisora en lo que respecta a lo aprobado por la Cámara de Senadores y que tengamos en cuenta también que ellos, los senadores, cuando la opinión pública se manifestó en contra de la ley llamada Moral o Mordaza, ellos sí regresaron esas reformas ya revisadas y aumentadas para que aquí en esta Cámara, como acaba de suceder hace unos momentos, la ratificaran o sea ya hechas por el Senado, las modificaciones al Código Civil. ¿Acaso en esta Cámara de Diputados se necesita que haya presión por parte de los trabajadores o que el pueblo en general, los empleados se manifiesten públicamente, hagan manifestaciones populares para que los miembros de esta Cámara asuman su papel como marca la Constitución. A la mejor también quieren que los miembros de la prensa, la prensa nacional se manifieste en contra de ellos para que actuemos. Esperemos que esto no suceda porque el pueblo mismo, ese pueblo que decimos representar, él se encargará de señalar con índice de fuego, que nada tenemos que hacer aquí, que somos comparsas del Ejecutivo, que somos aprobadores de leyes, que no tenemos dignidad, eso nos va a señalar con índice de fuego el pueblo que decimos representar, ya que no servimos para nada bueno aquí más que para aprobar, como había dicho. Ese pueblo, algún día, espero que sea pronto, va a solicitar la desaparición de esta Cámara que no tiene nada que hacer, más que ser comparsa del Ejecutivo.
Por todo lo anterior, la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, votará contra de este Dictamen que atenta en contra los intereses de los trabajadores al servicio del Estado. Gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado José de Jesús Fernández Alatorre.
El C. José de Jesús Fernández Alatorrre: Es curioso, señor Presidente, realmente curioso, compañeros diputados, que se ataque de manera constante y permanente acerca de que la Cámara sólo viene, y los diputados de la mayoría, sólo venimos a aprobar lo que el Ejecutivo quiere que se apruebe, y digo que es curioso porque esta Iniciativa se origina como Iniciativa de los senadores del sector obrero, particularmente los sectores burocráticos, es examinada, discutida por el Senado, el Senado la aprueba pasan la Minuta a nosotros y se pone a consideración de esta H. Asamblea.
Yo creo, con toda franqueza, que hemos equivocado un tanto el enfoque del problema. Si se ve exclusivamente desde el punto de vista de que a los trabajadores se les va a quitar un 5% que tienen del dinero que entregan al ISSSTE para los efectos del FOVISSSTE, esto ya empezó bastante mal porque si leemos la Ley del ISSSTE nos encontramos que el Artículo 54 a) establece: "El Fondo de la Vivienda a que se refiere el inciso h) de la fracción 6 del Artículo 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado tiene por objeto establecer y operar un sistema de financiamiento, etc." Y luego, cuando habla de los recursos, establece que los recursos, específicamente los que se requieren para integrar el fondo de la habitación de los trabajadores al servicio del Estado, se integran con las aportaciones de las entidades y organismos públicos que aporten al Instituto por el equivalente a un 5% sobre los sueldos básicos o salarios de sus trabajadores.
Esto quiere decir que son las propias entidades de la burocracia, las entidades oficiales, las que, de acuerdo con la ley, tienen la obligación de hacer esta aportación, como esta aportación tenían obligación de hacerla los empresarios en general para el INFONAVIT. Pero el enfoque digo que está un poco equivocado en virtud de que el problema central es, más que otro, el problema de la vivienda, y el problema de la vivienda, que fue manejado de manera muy importante por los legisladores del Congreso Constituyente de 17, ese problema de la vivienda duró como una fracción del Artículo 123 Constitucional casi 53 años sin poder operar y sin aplicación práctica.
Yo confieso haber sido de aquellas personas que exigía el cumplimiento a los patrones para el efecto de que dieran vivienda a los trabajadores; sin embargo, la pura expresión constitucional de que los patrones estaban obligados a proporcionar viviendas cómodas y baratas a los trabajadores no se realizaba, no se veía como algo tangible. Fue hasta 53 años después, si mal no recuerdo en el año de 71, que se creó como una forma de operar este derecho el INFONAVIT y el FOVISSSTE. Con todo y sus defectos, el INFONAVIT ha cumplido una misión importante tratándose de resolver el problema habitacional obrero, y como los trabajadores al servicio del Estado en gran parte han venido rigiendo sus propias actividades por las actividades generales de los trabajadores, primero con un Estatuto Jurídico, posteriormente incorporándose en un Apartado del 123 Constitucional, también su Ley del ISSSTE es modificada y se crea el FOVISSSTE con las mismas características que la creación del INFONAVIT.
Yo creo, señores que el problema que estamos examinando en este dictamen que se pone a su consideración, es un problema de coordinación entre instituciones. Es cierto, como decía el diputado Gershenson, que se trata de modificar en la misma forma que el INFONAVIT el aspecto del FOVISSSTE. Esta medida que es atacada, en verdad representa en su ataque un retroceso, porque la solidaridad a que estamos obligados todos los que realizamos un servicio, cuando logra crearse como una necesidad urgente, un establecimiento, un organismo como el INFONAVIT o el FOVISSSTE, se hace para tratar de buscar la resolución a una necesidad ingente que es la necesidad de la habitación, y se hace una
serie de desquisiciones curiosas en cuanto a 50 y tantas veces si el aumento es 50%, 30% 14 veces cuando un trabajador que labora un periodo de 10 a 20 años tiene derecho a jubilarse, está incapacitado para trabajar, o sus beneficiarios reciben la prestación correspondiente. Yo creo que está, insisto, mal enfocada la cuestión, porque el problema central no es el problema de una aportación que hacen las propias instituciones oficiales al FOVISSSTE, sino el problema es la subsistencia, cada vez más fuerte, del propio FOVISSSTE, para el efecto de que en coordinación con las demás entidades cumpla el propósito para el que fue creado: hacer habitaciones para el sector trabajador, el sector trabajador al servicio del Estado. Me parece, por otra parte, que la observación del diputado Luis J. Prieto sobre las críticas que hace de la no participación en comisiones y que se hace una afectación a los trabajadores porque se les va a quitar un dinero que es propio, a mí me parece que no sólo es exagerada puesto que nosotros hemos recibido la minuta, hemos hecho la invitación con el trabajo que lógicamente hemos tenido, y que tiene una justificación absoluta y plena y no se hace ninguna afectación a los trabajadores. Los trabajadores resultan, en concepto nuestro, beneficiados. Tan es así que los propios dirigentes de los sindicatos burocráticos son los encabezadores de esta iniciativa, porque ellos tienen la seguridad de que es importante conservar este tipo de organismo, que más tarde o más temprano tienden a resolver los problemas de los trabajadores.
La réplica del diputado Crescencio Morales, me pareció interesante pero se equivocó definitivamente, porque no se trata de aprobar las iniciativas del Ejecutivo como vienen. Insisto en que es una iniciativa proveniente de los senadores del sector obrero y que nosotros recibimos la minuta del Senado, y eso es lo que hemos examinado y con lo que se elaboró el dictamen que está puesto a vuestra consideración.
Por último, creo que el diputado Francisco Javier Alvarez de la Fuente, que protesta por el exceso de iniciativas -protesta a la que nos sumamos, pero que consideramos que son necesarísimas para la ordenación de la vida económica, para la reestructura y la renovación-, pensamos que estos dictámenes no están hechos en las rodillas, obedecen desde luego a una petición de un sector muy importante de los trabajadores al servicio del Estado, y que el fortalecimiento con la solidaridad de los propios trabajadores, es lo que más nos interesa, y el que estamos, los diputados de la mayoría, los diputados del Partido Revolucionario Institucional, estamos decididos a hacer eco de esa solidaridad, porque son los propios dirigentes de los trabajadores de la burocracia los que han hecho esta propuesta muy bien estudiada, y que han palpado el sentir de sus propios trabajadores, y nosotros nos adherimos de manera definitiva a esta acción que consideramos dentro del marco revolucionario, y con todo respecto pedimos al ciudadano Presidente de esta H. Cámara, que someta a consideración de la Asamblea si estima que está suficientemente discutido y ponerlo a votación en su turno. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Han solicitado la palabra para hechos los ciudadanos diputados David Orozco Romo, Iván García Solís, Sergio Quiroz y Luis J. Prieto. La Presidencia determina que éste sea el orden en que hagan uso de la palabra. Tiene el uso de la palabra el C. diputado David Orozco Romo.
El C. David Orozco Romo: Con su venia, señor Presidente.
El C. Presidente: Usted la tiene colega.
El C. David Orozco Romo: Honorable Asamblea. Para que se precisen datos y responsabilidades o juicios, a las ocho de la noche el diputado Alatorre amablemente me entregó la minuta del Senado. Y a las doce ya se estaba discutiendo, no sé el trámite que se dio, lugar misterioso, se reunieron las Comisiones, la investigación consciente que hicieron sobre las cifras que da la iniciativa para no descapitalizar al ISSSTE, simplemente dejo esa constancia personal de lo que viví en un momento.
Por otro lado, las prestaciones que son objeto de discusión, son entregadas como una contraprestación laboral, no como un regalo a los trabajadores. Y antes se les daba la opción de poder retirar su aportación a los 10 años o esperar a que tuvieran derecho a la vivienda como mayores de edad, como se quiere hacer mayores de edad a los municipios.
Ahora ya no se les entrega, por situaciones financieras que desconocemos, pero que era suyo, era su derecho y en lugar de eso, generosamente se les da el doble cuando se mueran, cuando se incapaciten. ¿Y qué sucede? Existe el fenómeno inflacionario, este año va a ser del cien por ciento, o sea, que les van a dar la mitad y si viven muchos recibirán una aportación simbólica.
Ese es el sentido de nuestra oposición y no sé si haya provenido del mismo sector, le rogaría al señor Presidente, que tuviera a bien que la Secretaría leyera los nombres de los que firmaron, de los que su nombre aparece en firmas, para que se deslinden responsabilidades políticas, etc. Y luego nos den más datos de cómo fue que la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado propuso estas reformas. Es todo, muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Iván García Solís.
El C. Iván García Solís: Señor Presidente; ciudadanos diputados:
Aquí no hay nada curioso como dice el diputado Alatorre. Aquí se trata simple y sencillamente de un despojo a los trabajadores del Estado. Eso es lo más claro posible.
El gobierno al no poder cumplir la Fracción 12 del 123, hace más de 10 años que reformó esta fracción, de tal manera que se constituyera un Fondo Nacional de la Vivienda. Esto implicaba el derecho de los trabajadores a retirar los fondos que hubieran acumulado. Cómo ya se cumplió eso hace unos meses, ya que hay colas para que los trabajadores tuvieran ese dinero en su bolsa. Pero, este gobierno, el dinero que le correspondía al ISSSTE, como ya lo mencionó aquí el compañero Gershenson, mandárselo al ISSSTE lo utiliza para otros fines, ilegalmente, ilegítimamente, entonces ahora sale con que no hay fondos. De por sí el ISSSTE es una institución que no está retribuyendo a los derechohabientes con los servicios a que está obligada. Está siendo succionada, está siendo defraudada porque no se le entregan las ministraciones que le corresponden.
Y sobre eso, cuando los trabajadores tienen ya el derecho acreditado para retirar su fondos de 10 años, trabajadores que por cierto no obtuvieron ningún beneficio, de casa alguna, entonces viene una reforma similar a la que hace un poco más de un año se hizo, para despojar también a los trabajadores industriales del Apartado A. De tal manera que es completamente vergonzoso que esta Cámara, sí esta Cámara aprueba una reforma que es un verdadero albazo contra derechos adquiridos durante 10 años.
Por otra parte hay que decir que esto está revelando también una quiebra de esta alternativa a la vivienda de los trabajadores. Si el gobierno no pudo cumplir durante muchos años con la fracción XII tal como estaba, de otorgar vivienda los patrones y por extensión el empleador -gobierno- que no excediera en sus rentas del .5% mensual del valor catastral de las fincas, como decía el antiguo texto de la fracción XII. Tampoco hay ninguna esperanza de que cumpla con el sistema de FOVISSSTE y del INFONAVIT. Y en 10 años se ha visto claramente. Por eso la gente trata de retirar los pocos fondos, que le han sido jineteados y de los cuales no ha obtenido ningún provecho. De tal manera que es una responsabilidad muy grande, no de todos sino de aquellos que van a votar en contra de los trabajadores y que van a permitir este despojo que se va a cometer después de las 12 de la noche en una reunión apresurada en que efectivamente no hubo ninguna clase de trabajo de Comisiones ni tampoco ninguna consulta a los trabajadores del Estado.
Aquí lo que dijo el diputado Alatorre, en el sentido de que los dirigentes de la FSTSE habían promovido esto, pues muy mal parados los dejaría porque en absoluto ha habido una consulta a los trabajadores del Estado. Sí podemos anticipar que va a haber un repudio generalizado de los trabajadores en contra de este nuevo despojo, tal como se les hizo a los trabajadores industriales. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Sergio Quiroz.
El C. Sergio Quiroz: Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados. Nuestro compañero Crescencio Morales al protestar, como lo han hecho otros representantes de diferentes partidos políticos, por la premura con que se presentan las iniciativas para discutirse, dispensar el trámite y aprobarse, explicó que las instituciones democráticas fundamentalmente la Cámara de Diputados, tienen enemigos jurados fuera de este Congreso y que actúan aprovechando todas las fallas y errores que se dan en él para minarlos, para minimizar su actividad, su calidad, su prestigio, orientados precisamente a destruirlas, pero por lo que escuchamos de la intervención del diputado del Partido Demócrata Mexicano cuando expresó sus deseos fervientes de que ojalá lo más pronto posible desaparezca esta representación nacional, se demuestra que todos los enemigos de las instituciones democráticas no sólo están fuera del Congreso, sino dentro de él: las tesis del Partido Demócrata Mexicano coinciden en lo fundamental y en lo esencial con las tesis del fachismo y del nazismo, ese es su origen, el sinarquismo que nació en 1937 bajo la dirección del ingeniero nazi Helmut Oscar Streiter en la ciudad de León, Guanajuato, tenemos los datos con fechas y nombres correctos, inspirado precisamente en esa tesis nació para eso, para romper el orden constitucional y las actividades de la Cámara de Diputados, los errores que cometen en el seno de este alto organismo de la anarquización nacional sirven de base para esos ataques, por eso nuestro partido se opone a que le demos alas a los alacranes, a que propiciemos precisamente con estos debates apresurados, que la prensa mercantilista y que los enemigos de dentro y de fuera provoquen los ataques para minimizar y reducir la categoría y la elevada representación del H. Congreso de la Unión. No debemos contribuir con ello, por eso reiteramos la necesidad de que se dictaminen las iniciativas presentadas por nuestro partido en el sentido de implementar dos periodos ordinarios de sesiones para que tengamos toda la calma y los elementos necesarios y el tiempo suficiente para debatir las iniciativas que se presenten. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Luis J. Prieto.
El C. Luis J. Prieto: Señor Presidente. Señores diputados. Yo sí creo que hay algo curioso. Primeramente, la Iniciativa es de un grupo de senadores, ¿por qué la prisa de enviar esta Iniciativa, la víspera de que termine nuestra función en este momento? Sí, hay algo curioso.
Señor diputado Fernández Alatorre, sí conocemos, aunque no también, algunos aspectos de la ley; sí sabemos que el fondo se forma con las aportaciones de los empresarios en el INFONAVIT, y de las instituciones, por lo que respecta al FOVISSSTE, de aquellos trabajadores que pertenecen a ella, pero tan pronto como ese dinero entra al fondo, señor diputado, no es ni de las empresas, ni es tampoco de las
instituciones, ya son propiedad y patrimonio de los trabajadores. (Aplausos.)
Nuestra oposición es muy sencilla, dijimos que no se nos había invitado, no se nos invitó, y mucho nos hubiera gustado ver esa petición escrita de los líderes sindicales pidiendo este gran beneficio; a lo mejor nos hubiera convencido que esa petición es buena, y no hubiera dicho el paternalismo de que decida el gobierno cuándo es el momento oportuno para que ellos reciban ese fondo.
Por lo que respecta al tiempo, a la premura que tuvieron, pues hemos tenido la oportunidad de participar en distintas comisiones durante estas sesiones tan largas, como le consta a la diputada Irma Cué de Duarte, a Jorge Treviño , de que nos damos tiempo para atender la sesión y atender las urgencias que las comisiones requieren.
Tenemos también un informe que nos extraña, y también es algo curioso, que desde el día 20, desde mayo, para ser más exactos, se suspendieron los créditos hipotecarios porque no había dinero en el FOVISSSTE. ¿Qué triste que esto sería o que fuera, para decirlo mejor, una imagen de lo que se pretende con una sociedad igualitaria?
El C. Presidente: Hasta aquí habían solicitado la palabra de los señores diputados para hechos. Tomo nota de estas tres solicitudes más.
Permítanse escuchar de la Secretaría la lectura de los nombres de los señores senadores que iniciaron esta Iniciativa, en obsequio a la petición que en tal sentido formuló el C. diputado David Orozco Romo.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Al terminar el Artículo 2o. dice: "Este Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D. F., a 27 de diciembre de 1982. Firman: Senador Luis José Dorantes Segovia, senador Ramón Martínez Martín y senador Andrés Valdivia Aguilera".
El C. Presidente: Han solicitado la palabra, para hechos, los CC. diputados Juan López Martínez, Armando Corona Boza y Jorge Canedo.
Se servirán hacer uso de la palabra de acuerdo con ese orden de precedencia.
El C. José Agusto García Lizama: Quisiera que se le diera lectura al Artículo 88 del Reglamento.
El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado.
El C. José Augusto García Lizama: De que se funde el dictamen.
El C. Presidente: En su oportunidad y con mucho gusto consideraré su petición.
El C. Juan López Martínez: Con permiso señor Presidente. Primeramente más de alguno ha de pensar que su servidor como sinarquista, afortunadamente sinarquista y como integrante del Partido Demócrata Mexicano, venía a responder al eminentísimo y documentadísimo diputado Quiroz sobre las acertadísimas incongruencias que dijo sobre el sinarquismo. Pero no, desgraciadamente los gallos del demócrata mexicano no se meten con cualquier gallina, y vayamos al punto que estamos tratando.
Mi intervención, mi participación es en el sentido de hacer una apreciación más que nada técnica, primeramente, pues vemos nosotros que se nos ha tratado de comparar en esta tribuna al INFONAVIT y al FOVISSSTE , cosas totalmente diferentes, si bien es cierto que en el INFONAVIT los patrones, porque he tenido también la oportunidad de trabajar con la iniciativa privada, consideran al INFONAVIT como una prestación y muchos de ellos lo consideran como parte del sueldo del trabajador y esto se refleja en el aspecto contable en los gastos de administración o gastos de producción, gastos de venta, en fin, en toda esa gama que también otros eminentísimos contadores aquí de la mayoría saben mejor que su servidor.
Y vemos nosotros el resultado fiscal que en algunas ocasiones lo hemos planteado ya aquí en la tribuna, vemos nosotros que de este resultado de la utilidad fiscal, el 63% más o menos, se paga a Hacienda o al gobierno a través del impuesto sobre la renta. El capital económico de ese resultado fiscal obtiene más o menos, el 29% y el capital humano, los trabajadores, obtienen de ese resultado fiscal el 8% que son las utilidades.
En este aspecto, vemos nosotros que la prestación de esos gastos de previsión social, como se consideran al INFONAVIT en el aspecto contable, disminuyen, mejor dicho, son gastos deducibles para la empresa, y que esto a su vez disminuye la utilidad, después de la diferencia, entre costos y gastos, y vemos nosotros que no puede compararse con los trabajadores al servicio del Estado. Es de todos conocido que los trabajadores del Estado no tienen participación de utilidades. Ahí estriba la diferencia, aunque sí gozan de otras prestaciones económicas. Se nos dice también que del Senado se manda esto precisamente promovido por el sector obrero, o por el sector de los trabajadores del Estado, pero vemos así como se ha expropiado a la burguesía, también se le trata de expropiar esas prestaciones que están especificadas en el reglamento o en sus leyes, a los trabajadores del Estado.
Consecuentemente por esto, este análisis no puede ser considerado o de analizarse o de confrontarse con el INFONAVIT, puesto que el INFONAVIT es industrial, y el FOVISSSTE o el ISSSTE, aunque las entidades colaboran o hacen esa aportación, de todos modos no deja de ser una prestación y que ahora, precisamente los respetables representantes del sector obrero han promovido para que se haga y se lleve a cabo esta expropiación en contra de los trabajadores del Estado.
Por lo anterior, y para que no se me olvide, si no mal recuerdo, mi compañero David Orozco Romo, pidió que se leyera quiénes eran las personas que integraban la Comisión y que estaban firmadas por parte de la Cámara de Diputados, no de Senadores. Muchas gracias.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Armando Corona Boza.
El C. Armando Corona Boza: Señor Presidente; compañeros diputados:
Considero que la toma de posición en este punto está determinada por la consideración de la clase de derecho que estamos examinando.
Para quienes el derecho laboral constituye una garantía social, es distinta la perspectiva que para aquellos que lo consideran como un derecho personal. Es cierto que el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores al Servicio del Estado es una institución creada con el específico propósito de cumplir con la prestación de otorgar a los trabajadores al servicio del Estado una vivienda cómoda e higiénica, en cumplimiento de lo establecido por la Constitución.
Es cierto que el artículo reformado en la fracción que se sustituye, establecía que podría devolverse a los trabajadores el fondo constituido durante los últimos diez años, pero esto no significa que si el Estado, el patrón que tiene la obligación de cumplir con la garantía social, a nuestro juicio garantía social, considera que la devolución de esas aportaciones significan una prestación menor a la que ahora está estableciendo, no significa que esté despojando a los trabajadores de una prestación que les corresponde.
Significa un cambio de política laboral. En efecto, por las circunstancias actuales el Estado puede considerar que estemos nosotros de acuerdo o no, consideremos buenos o malos sus motivos, pero es la consideración del Estado que haciendo un cambio en la legislación, la prestación, mejor es decir la institución rinde mejores frutos, cumple mejor con la obligación en favor de todos los trabajadores.
Posiblemente un trabajador se vea afectado por este cambio, en primer lugar, aclaremos, no se trata de un despojo, porque no significa la reforma que los trabajadores que ya tienen 10 años no puedan recoger su fondo. La reforma que estamos examinando como todas las disposiciones legales rige para el futuro y no puede afectar derechos adquiridos.
Es decir, debemos entonces partir solamente de que se trata de un cambio de orientación en la política laboral para proporcionar el servicio de que se trata.
Dice la exposición de motivos en la parte conducente que: la ley vigente señala en su Artículo 54-E fracción IV el derecho que tiene el trabajador al servicio del Estado a que se le haga la entrega periódica del saldo de los depósitos que se hubiesen constituido en su favor con 10 años de anterioridad. El beneficio que se desprende de este derecho resulta económicamente reducido y además afecta preponderantemente el contenido de solidaridad social de la propia ley, esto debido a diversos factores que han hecho variar las condiciones que en su momento el legislador evaluó para establecer la devolución decenal de depósitos.
Actualmente su aplicación tendría un costo socioeconómico que no sería proporcional a los beneficios que podría obtener el trabajador al servicio del Estado.
El motivo fundamental de esta reforma está perfectamente expresado, estemos o no de acuerdo con esos motivos, no podemos dejar de reconocer que la finalidad es prestar un mejor servicio a los trabajadores. Se sustituye una prestación en la forma que se venía proporcionando. Los trabajadores que no aspiraban a casa porque ya habían conseguido alguna, porque tenían renta congelada, etcétera, podían retirar su fondo a los 10 años.
Pero se considera que es más importante que esa prestación individual, la prestación social de cumplir cabalmente, en una forma más eficiente, con la obligación constitucional, en busca de cuyo cumplimiento se crearon los institutos para proporcionar la vivienda a los trabajadores.
Pienso que aquí la diferencia está en el enfoque que le demos. Si es una garantía social, es posible convenir con el Ejecutivo que es más importante cumplir con la garantía social aún suprimiendo esta especie de derecho subjetivo que venía operando hasta hoy. Sobre todo quiero recalcar que los trabajadores al servicio del Estado que tienen derecho a la devolución de fondos hasta antes de que entre en vigor esta ley tienen a salvo sus derechos. Muchas gracias.
El C. Presidente: Según se ha servido solicitarlo el ciudadano diputado García Lizama, proceda la Secretaría a dar lectura al Artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y a continuación, para ser consecuente con su petición, la Secretaría se servirá dar lectura a los nombres de los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social que suscriben el dictamen.
- La C. secretaria Hilda Anderson: Va a proceder la Secretaría a dar cumplimiento a las instrucciones de la Presidencia.
"Artículo 88. Para que haya dictamen de Comisión, deberá éste presentarse firmado por la mayoría de los individuos que la componen. Si alguno o algunos de ellos disintiesen del parecer de dicha mayoría, podrán presentar voto particular por escrito."
La Secretaría va a proceder a leer los nombres de los ciudadanos diputados que integran la Comisión de Trabajo y Previsión Social que firmaron y que no firmaron:
Presidente, Juan José Osorio Palacios; secretario, José Fernández Alatorre.
Firmado: Servio Tulio Acuña Zumalacarregui, Silverio R. Alvarado, Luis Aguilar Cerón, Manuel Alvarez González; aparece el nombre de Francisco Alvarez de la Fuente, sin firma; Homero Ayala Torres, sin firma. Con firma:
Manuel Carreto Víctor, Gerardo Cavazos Cortez, Abelardo Carrillo Zavala, Armando Corona Boza. Sin firma: Oralia Coutiño Ruiz, Ignacio Cuauhtémoc Paleta, Leopoldo Durán Rentería. Con firma: Juan Antonio García Guerrero, Netzahualcóyotl de la Vega, Everardo Gámiz Fernández, Rodolfo García Pérez, Luis Mayén Ruiz, Miguel Angel Morado Garrido, José Eduardo Pacheco Durán, Venustiano Reyes López, José Ruiz González, Ramón Serrano García, Hilda Luisa Valdemar Lima, J. Guadalupe Vega Macías, Lorenzo García Solís, Jesús Ibarra Rayas, María del Carmen Mercado Chávez, Jesús Ortiz Herrera, Ramiro Plascencia Loza, Faustino Ross Mazo, Mario Santos Gómez, Daniel Sierra Rivera, Martiniano Valdés Escobedo. Aparecen los nombres de dicha Comisión sin firma: Antonio Gershenson, Ramón Ordaz Almaraz, Luis J. Prieto, Pablo Sánchez Puga, Ignacio Olvera Quintero, Alfredo Reyes Contreras, Daniel Angel Sánchez Pérez, Martiniano Valdés Escobedo, Gustavo Vicencio Acevedo y Florentina Villalobos de Pineda. Firmado también por los integrantes de dicha Comisión, compañeros Juan Villegas Torres, Joaquín del Olmo, Héctor M. Perfecto Rodríguez, Dora Villegas Nájera, Alfonso Cereceres Peña, Heriberto Vázquez Becerra y Angélica Paulín Posada, total de firmas, 38; sin firma, 15.
El C. Presidente: La Presidencia consulta a los señores diputados David Orozco Romo y José García Lizama si están obsequiadas sus peticiones.
- Le contestan desde su curul que sí están satisfechas.
El C. Presidente: En consecuencia consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. Sergio Quiroz Miranda: Pido la palabra para hechos, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Sergio Quiroz, para hechos.
El C. Sergio Quiroz: No vamos a contestar a los adjetivos con adjetivos; nuestro partido siempre se ha caracterizado por tratar de elevar los debates de esta Cámara al nivel de las ideas. Pero sí hemos de señalar que esa es una prueba más de cómo desde dentro del Congreso la derecha se ha caracterizado siempre por utilizar un lenguaje vulgar para minar y reducir el alto nivel y la categoría de esta representación nacional. Necesitaríamos estar en la misma escala zoológica para caer en la provocación. Muchas gracias.
(Aplausos.)
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. Jorge Canedo Vargas (desde su curul): Pido la palabra para hechos, señor Presidente.
El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el ciudadano diputado Jorge Canedo Vargas.
El C. Jorge Canedo Vargas: Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea. Quiero rogarles la atención de ustedes para expresarles algunas reflexiones de lo que hemos escuchado. Debo agradecerles a mis compañeros del Partido Revolucionario Institucional que hicieron uso de la palabra, para defender esta Minuta que nos envía el Senado. Quiero decirles a todos ustedes que efectivamente los dirigentes de las principales organizaciones de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, valoraron a profundidad las circunstancias en que se encuentra nuestro país y sobre todo ante la posibilidad, posibilidad cierta, porque el Fondo de la Vivienda lo constituyen las aportaciones de las entidades federales, ante la imposibilidad de mantener la permanencia de esta aportación del 5%, la dirigencia de la burocracia federal consideró oportuno establecer la salvaguarda de este derecho a la vivienda de los trabajadores, y aquí quiero expresar a ustedes que a pesar de que el fondo de la vivienda ha realizado más 280 mil acciones en créditos y en vivienda construida que, desde luego, no son suficientes para atender la demanda de los trabajadores, se estableció esta iniciativa para preservar este derecho de vivienda.
Pero aquí quiero decirles a ustedes que establecemos una coincidencia con el diputado Gershenson de que al transformarse las condiciones económicas de nuestro país peligra, señores diputados, la solvencia financiera del ISSSTE y, frente a esta circunstancia, en esta iniciativa estamos preservando un derecho para los trabajadores. Pero de aquí mismo y del día de mañana habremos de solicitar a esta Cámara de Diputados y habremos de solicitar la solidaridad de la Cámara de Senadores para que realice un periodo extraordinario de sesiones y en ese periodo extraordinario podamos presentar, la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, una iniciativa de reforma a fondo para que verdaderamente, como lo decía el diputado Gershenson -y en esto no cometemos ningún pecado- en establecer consideraciones similares, porque si las condiciones del país son otras, debemos de buscar que los fondos que percibe el ISSSTE los maneje el Instituto íntegramente y los beneficios que de estos fondos resulten, vengan a beneficiar directamente a los trabajadores. En esto sentimos que habremos de encontrar la solidaridad y la comprensión de esta Cámara de Diputados y también de la Cámara de Senadores. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.
Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.
El C. Presidente: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado desea reservar artículos para la discusión en lo particular.
Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Señor Presidente, se emitieron 230 votos en pro y 74 en contra.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto de reformas y adiciones a los artículos 54-B, 54-E, 54-M y 54-U, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
DICTAMEN DE
PRIMERA LECTURA
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
"Comisión de Justicia.
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Justicia de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto que remite la H. Cámara de Senadores, relativa a la Iniciativa que le envió el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, respecto a una Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
La Comisión revisó las razones y fundamentos expuestos en la Iniciativa del Ejecutivo Federal, así como el texto de la Minuta del Senado y habiéndolos discutido por sus integrantes, formula el presente Dictamen, con apoyo en las siguientes
CONSIDERACIONES
I. Esta Comisión de Justicia ha reconocido plenamente, al estudiar y dictaminar sobre la iniciativa para reformar el Título Cuarto y artículos relativos de la Constitución y sobre la iniciativa para reformar y adicionar el Título Décimo y artículos relativos al Código Penal, que la renovación moral de la sociedad mexicana es una exigencia de las grandes mayorías nacionales, que esta renovación se logrará con el concurso de todos los mexicanos, que la cabal responsabilidad de los servidores públicos constituye un imperativo para lograrla, y que se inicia con el escrupuloso cumplimiento de los mandatos del orden jurídico.
II. La clara sistemática de las posibles responsabilidades que pesan sobre los servidores públicos, que presenta el Título Cuarto reformado de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, requería tanto la reforma y adición del Título Décimo del Código Penal, para perfeccionar la descripción de las figuras delictivas en que pueden incurrir los servidores públicos y que motivan su posible responsabilidad penal, como una nueva Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que precisará todos los elementos de las responsabilidades política y administrativa de los servidores públicos.
III. La Comisión de Justicia no solamente reconoce el beneficio que tendrá para la sociedad mexicana este nuevo y claro esquema de responsabilidad para los servidores públicos, sino que también reconoce la exigencia jurídica de que, al proponer la reforma del Título Cuarto constitucional, simultáneamente se iniciaran los procedimientos legislativos para reformar y adicionar el Título Décimo del Código Penal y para poner en vigor una nueva Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por lo que no debe considerarse apresurado, el esfuerzo para satisfacer oportunamente a las apremiantes demandas de la sociedad y de la armonía e integración del orden jurídico nacional.
IV. Las Comisiones de la H. Cámara de Senadores que dictaminaron la iniciativa del Ejecutivo Federal, hicieron un estudio minucioso de su texto y elaboraron modificaciones que tuvieron por objeto la adecuación de las disposiciones de esta Ley de Responsabilidades con el articulado del Título Cuarto de la Constitución; precisaron las disposiciones relativas al juicio político y a la declaratoria de procedencia, incluyendo disposiciones pertinentes a los funcionarios públicos locales, para los casos de violaciones graves a la Constitución y a las Leyes Federales o por el manejo indebido de fondos y recursos federales; tuvieron especial cuidado en el respeto a los derechos de legalidad, debido procedimiento, audiencia y defensa que gozan del reconocimiento constitucional; reconocieron que las disposiciones de esta Ley constituyen un código de la nueva conducta que debe observar el servidor público, atentos en todo momento para que no se convierta en fuente de arbitrariedades, sino en un ordenamiento de claro sentido orientador de la acción constructiva; y cubrieron algunas hipótesis no previstas por la Iniciativa, con disposiciones de buena factura, como en las relativas a la intervención de la Secretaría de la Contraloría Federal de la Federación y las relativas a la obligación de poner a disposición de dicha
autoridad, los obsequios, donativos o beneficios que el servidor público no tiene derecho a conservar, de acuerdo con la Ley.
V. Esta Comisión de Justicia destaca que la Iniciativa y la Minuta en estudio, son escrupulosamente respetuosas de los ordenamientos legales, de variada naturaleza, que están en conexión con las disposiciones que conciernen a las responsabilidades de los servidores públicos, como lo son la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y otras.
VI. Finalmente, la Comisión de Justicia destaca que la nueva Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos respeta el ámbito de competencia de la legislación laboral aplicable a los servidores públicos, por lo que sus disposiciones no afectan ni conculcan los legítimos derechos de los trabajadores que son servidores públicos, entre ellos las conquistas que se concretan en sus respectivas Condiciones Generales de Trabajo, sino que establecen un claro marco de los valores que los propios servidores públicos deben contribuir a realizar, para la superación y mejoramiento de la sociedad mexicana.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 y 72 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56, 64 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Justicia somete a la consideración de esta Asamblea el siguiente
PROYECTO DE LA LEY FEDERAL
DE RESPONSABILIDADES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
TITULO PRIMERO
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones Generales
Artículo 1o. Esta ley tiene por objeto reglamentar el Título Cuarto Constitucional en materia de:
I. Los sujetos de responsabilidad en el servicio público;
II. Las obligaciones en el servicio público;
III. Las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público, así como las que se deban resolver mediante juicio político;
IV. Las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar dichas sanciones;
V. Las autoridades competentes y los procedimientos para declarar la procedencia del procesamiento penal de los servidores públicos que gozan de fuero, y
VI. El registro patrimonial de los servidores públicos.
Artículo 2o. Son sujetos de esta Ley, los servidores públicos mencionados en el párrafo primero y tercero del artículo 108 Constitucional y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos económicos federales.
Artículo 3o. Las autoridades competentes para aplicar la presente Ley serán:
I. Las Cámaras de Senadores y Diputados al Congreso de la Unión;
II. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación;
III. Las dependencias del Ejecutivo Federal;
IV. El Departamento del Distrito Federal;
V. La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
VI. El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal;
VII. El Tribunal Fiscal de la Federación;
VIII. Los Tribunales de Trabajo, en los términos de la Legislación respectiva;
IX. Los demás órganos jurisdiccionales que determinen las leyes;
Artículo 4o. Los procedimientos para la aplicación de las sanciones a que se refiere el Artículo 109 Constitucional se desarrollarán autónomamente, según su naturaleza y por la vía procesal que corresponda, debiendo las autoridades a que alude el artículo anterior turnar las denuncias a quien deba conocer de ellas. No podrán imponerse dos veces por una sola conducta sanciones de la misma naturaleza.
TITULO SEGUNDO
PROCEDIMIENTOS ANTE EL
CONGRESO DE LA UNIÓN EN MATERIA
DE JUICIO POLÍTICO Y DECLARACIÓN
DE PROCEDENCIA
CAPÍTULO I
Sujetos, causas de juicio político y sanciones
Artículo 5o. En los términos del primer párrafo del Artículo 110 de la Constitución General de la República, son sujetos de juicio político los servidores públicos que en él se mencionan.
Los gobernadores de los estados, los diputados a las Legislaturas Locales y los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales podrán ser sujetos de juicio político por violaciones graves a la Constitución General de la República, a las Leyes Federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.
Artículo 6o. Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos a que se refiere el artículo anterior, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
Artículo 7o. Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho:
I. El ataque a las instituciones democráticas;
II. El ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, federal; III. Las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales o sociales;
IV. EL ataque a la libertad de sufragio;
V. La usurpación de atribuciones;
VI. Cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cauce perjuicios graves a la Federación, a uno o varios Estados de la misma o de la sociedad, o motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones;
VII. Las omisiones de carácter grave; en los términos de la fracción anterior; y
VIII. Las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la Administración Pública Federal o del Distrito Federal y a las leyes que determinen el manejo de los recursos económicos federales y del Distrito Federal.
No procede el juicio político por la mera expresión de ideas.
El Congreso de la Unión valorará la existencia y gravedad de los actos u omisiones a que se refiere este artículo. Cuando aquellos tengan carácter delictuoso se formulará la declaración de procedencia a la que alude la presente ley y se estará a lo dispuesto por la legislación penal.
Artículo 8o. Si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución. Podrá también imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta veinte años.
CAPÍTULO II
Procedimiento en el Juicio Político
Artículo 9o. El juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe un empleo, cargo o comisión y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.
Las sanciones respectivas se aplicarán en un plazo no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.
Artículo 10. Corresponde a la Cámara de Diputados instruir el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como Jurado de Sentencia.
Artículo 11. Al proponer la Gran Comisión de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión, la constitución de Comisiones para el despacho de los asuntos, propondrá la integración de una Comisión para sustanciar los procedimientos consignados en la presente Ley y en los términos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Aprobada la propuesta a que hace referencia el párrafo anterior, por cada Cámara se designarán de cada una de las Comisiones, cuatro integrantes para que formen la Sección Instructora en la Cámara de Diputados, y la de Enjuiciamiento en la de Senadores.
Las vacantes que ocurran en la sección correspondiente de cada Cámara, serán cubiertas por designación que haga la Gran Comisión, de entre los miembros de las Comisiones respectivas.
Artículo 12. Cualquier ciudadano bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular por escrito denuncia ante la Cámara de diputados por las conductas a que se refiere el artículo 7o., y por lo que toca a los Gobernadores de los Estados, Diputados a las Legislaturas Locales y Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales por las que determina el párrafo segundo del artículo 5o. Presentada la denuncia y ratificada dentro de tres días naturales, se turnará de inmediato con la documentación que la acompañe a las Comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales, y de Justicia, para que dictaminen si la conducta atribuida corresponde a las enumeradas por aquellos preceptos y si el inculpado está comprendido entre los servidores públicos a que se refiere el artículo 2o., así como si la denuncia es procedente y por lo tanto amerita la incoación del procedimiento.
Una vez acreditados estos elementos, la denuncia se turnará a la Sección Instructora de la Cámara.
Las denuncias anónimas no producirán ningún efecto.
Artículo 13. La Sección Instructora practicará todas las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta o hecho materia de aquella; estableciendo las características y circunstancias del caso y precisando la intervención que haya tenido el servidor público denunciado.
Dentro de los tres días naturales siguientes a la ratificación de la denuncia, la sección informará al denunciado sobre la materia de la denuncia, haciéndole saber su garantía de defensa y que deberá, a su elección, comparecer o informar por escrito, dentro de los siete días naturales siguientes a la notificación.
Artículo 14. La Sección Instructora abrirá un periodo de prueba de 30 días naturales dentro del cual recibirá las pruebas que ofrezcan el denunciante y el servidor público, así como las que la propia sección estime necesarias.
Si al concluir el plazo señalado no hubiese sido posible recibir las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse otras, la Sección Instructora podrá ampliarlo en la medida que resulte estrictamente necesaria.
En todo caso, la Sección Instructora calificará a pertinencia de las pruebas, desechándose las que a su juicio sean improcedentes.
Artículo 15. Terminada la instrucción del procedimiento, se pondrá el expediente a la vista del denunciante, por un plazo de tres días naturales, y por otros tantos a la del servidor público y sus defensores, a fin de que tomen los datos que requieran, para formular alegatos, que deberán presentar por escrito dentro de los seis días naturales siguientes a la conclusión del segundo plazo mencionado.
Artículo 16. Transcurrido el plazo para la presentación de alegatos, se hayan o no entregado éstos, la Sección Instructora formulará sus conclusiones en vista de las constancias del procedimiento. Para este efecto analizará clara y metódicamente la conducta o los hechos imputados y hará las consideraciones jurídicas que procedan para justificar, en su caso, la conclusión o la continuación del procedimiento.
Artículo 17. Si de las constancias del procedimiento se desprende la inocencia del encausado, las conclusiones de la Sección Instructora terminarán proponiendo que se declare que no ha lugar a proceder en su contra por la conducta o el hecho materia de la denuncia, que dio origen al procedimiento.
Si de las constancias aparece la probable responsabilidad del servidor público, las conclusiones terminarán proponiendo la aprobación de lo siguiente:
I. Que está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia;
II. Que existe probable responsabilidad del encausado;
III. La sanción que deba imponerse de acuerdo con el artículo 8o. de esta Ley y
IV. Que en caso de ser aprobadas las conclusiones, se envíe la declaración correspondiente a la Cámara de Senadores, en concepto de acusación, para los efectos legales respectivos.
De igual manera deberán asentarse en las conclusiones las circunstancias que hubieren concurrido en los hechos.
Artículo 18. Una vez emitidas las conclusiones a que se refieren los artículos precedentes, la Sección Instructora las entregará a los secretarios de la Cámara de Diputados para que den cuenta al Presidente de la misma, quien anunciará que dicha Cámara debe reunirse y resolver sobre la imputación, dentro de los tres días naturales siguientes, lo que harán saber los secretarios al denunciante y al servicio público denunciado, para que aquél se presente por sí y éste lo haga personalmente, asistido de su defensor, a fin de que aleguen lo que convenga a sus derechos.
Artículo 19. La Sección Instructora deberá practicar todas las diligencias y formular sus conclusiones hasta entregarlas a los secretarios de la Cámara, conforme a los artículos anteriores, dentro del plazo de sesenta días naturales, contado desde el día siguiente a la fecha en que se le haya turnado la denuncia, a no ser que por causa razonable y fundada se encuentre impedida para hacerlo. En este caso podrá solicitar de la Cámara que se amplíe el plazo por el tiempo indispensable para perfeccionar la instrucción. El nuevo plazo que se conceda no excederá de quince días.
Los plazos a que se refiere este artículo se entienden comprendidos dentro del periodo ordinario de sesiones de la Cámara o bien dentro del siguiente ordinario o extraordinario que se convoque.
Artículo 20. El día señalado, conforme al artículo 18, la Cámara de Diputados se erigirá en órgano de acusación, previa declaración de su Presidente. Enseguida la Secretaría dará lectura a las constancias procedimentales o a una síntesis que contenga los puntos sustanciales de éstas, así como a las conclusiones de la Sección Instructora. Acto continuo se concederá la palabra al denunciante y enseguida al servidor público o a su defensor, o a ambos si alguno de éstos lo solicitare, para que aleguen lo que convenga a sus derechos.
El denunciante podrá replicar y, si lo hiciere, el imputado y su defensor podrán hacer uso de la palabra en último término.
Retirados el denunciante y el servidor público y su defensor, se procederá a discutir y a votar las conclusiones propuestas por la Sección Instructora.
Artículo 21. Si la Cámara resolviese que no procede acusar al servidor público, éste continuará en el ejercicio de su cargo. En caso contrario, se le pondrá a disposición de la Cámara de Senadores, a la que se remitirá la acusación, designándose una comisión de tres diputados para que sostenga aquélla ante el Senado.
Artículo 22. Recibida la acusación en la Cámara de Senadores, ésta la turnará a la Sección de Enjuiciamiento, la que emplazará a la comisión de Diputados encargada de la acusación, al acusado y a su defensor, para que presenten por escrito sus alegatos dentro de los cinco días naturales siguientes al emplazamiento.
Artículo 23. Transcurrido el plazo que se señala en el artículo anterior, con alegatos o sin ellos, la Sección de Enjuiciamiento de la Cámara de Senadores formulará sus conclusiones en vista de las consideraciones hechas en la acusación y en los alegatos formulados, en su caso, proponiendo la sanción que en su concepto deba imponerse al servidor público y expresando los preceptos legales en que se funde.
La sección podrá escuchar directamente a la comisión de diputados que sostienen la acusación y al acusado y su defensor, si así lo estima conveniente la misma sección o si lo solicitan los interesados. Asimismo, la sección podrá disponer la práctica de otras diligencias que considere necesarias para integrar sus propias conclusiones.
Emitidas las conclusiones, la Sección las entregará a la Secretaría de la Cámara de Senadores.
Artículo 24. Recibidas las conclusiones por la Secretaría de la Cámara, su presidente anunciará que debe erigirse ésta en Jurado de Sentencia dentro de las 24 horas siguientes a la entrega de dichas conclusiones, procediendo la Secretaría a citar a la Comisión a que se refiere el Artículo 21 de esta Ley al acusado y a su defensor.
A la hora señalada para la audiencia, el Presidente de la Cámara de Senadores la declarará erigida en Jurado de Sentencia y procederá de conformidad con las siguientes normas:
1. La Secretaría dará lectura a las conclusiones formuladas por la Sección de Enjuiciamiento;
2. Acto continuo, se concederá la palabra a la Comisión de Diputados, al servidor público o a su defensor, o a ambos;
3. Retirados el servidor público y su defensor, y permaneciendo los diputados en la sesión, se procederá a discutir y a votar las conclusiones y aprobados que sean los puntos de Acuerdo, que en ellas se contengan, el Presidente hará la declaratoria que corresponda.
Por lo que toca a gobernadores, diputados a las Legislaturas Locales y Magistrados de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados, la Cámara de Senadores se erigirá en Jurado de Sentencia dentro de los tres días naturales siguientes a la recepción de las conclusiones. En este caso, la sentencia que se dicte tendrá efectos declarativos y la misma se comunicará a la Legislatura Local respectiva para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda.
CAPÍTULO III
Procedimiento para la declaración
de procedencia
Artículo 25. Cuando se presente denuncia o querella por particulares o requerimiento del Ministerio Público cumplidos los requisitos procedimentales respectivos para el ejercicio de la acción penal, a fin de que pueda procederse penalmente en contra de alguno de los servidores públicos a que se refiere el primer párrafo del Artículo 111 de la Constitución General de la República, se actuará, en lo pertinente, de acuerdo con el procedimiento previsto en el capítulo anterior en materia de juicio político ante la Cámara de Diputados. En este caso, la Sección Instructora practicará todas las diligencias conducentes a establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad del imputado, así la subsistencia del fuero constitucional cuya remoción se solicita. Concluida esta averiguación, la Sección dictaminará si ha lugar a proceder penalmente en contra del inculpado.
Si a juicio de la Sección, la imputación fuese notoriamente improcedente, lo hará saber de inmediato a la Cámara, para que ésta resuelva si se continúa o desecha, sin perjuicio de reanudar el procedimiento si posteriormente aparecen motivos que lo justifiquen.
Para los efectos del primer párrafo de este artículo, la Sección deberá rendir su dictamen en un plazo de sesenta días hábiles, salvo que fuese necesario disponer de más tiempo, a criterio de la Sección. En este caso se observarán las normas acerca de ampliación de plazos para la recepción de pruebas en el procedimiento referente al juicio político.
Artículo 26. Dada cuenta del dictamen correspondiente, el Presidente de la Cámara anunciará a ésta que debe erigirse en Jurado de Procedencia al día siguiente a la fecha en que se hubiese depositado el dictamen, haciéndolo saber al inculpado y a su defensor, así como al denunciante, al querellante o al Ministerio Público, en su caso.
Artículo 27. El día designado, previa declaración del Presidente de la Cámara, ésta conocerá en Asamblea del dictamen que la Sección le presente y actuará en los mismos términos previstos por el Artículo 20 en materia de juicio político.
Artículo 28. Si la Cámara de Diputados declara que ha lugar a proceder contra el inculpado, éste quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes. En caso negativo, no habrá lugar a procedimiento ulterior mientras subsista el fuero, pero tal declaración no será obstáculo para que el procedimiento continúe su curso cuando el servidor público haya concluido el desempeño de su empleo, cargo o comisión.
Por lo que toca a gobernadores, diputados a las Legislaturas Locales y Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los estados a quienes se les hubiere atribuido la comisión de delitos federales, la declaración de procedencia que al efecto dicte la Cámara de Diputados, se remitirá a la Legislatura Local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda y, en su caso, ponga al inculpado a disposición del Ministerio Público Federal o del Órgano Jurisdiccional respectivo.
Artículo 29. Cuando se siga proceso penal a un servidor público de los mencionados en el Artículo 111 Constitucional, sin haberse satisfecho el procedimiento al que se refieren los artículos anteriores, la Secretaría de la misma Cámara o de la Comisión Permanente librará oficio al Juez o Tribunal que conozca de la causa, a fin de que suspenda el procedimiento en tanto se plantea y resuelve si ha lugar a proceder.
CAPÍTULO IV
Disposiciones comunes para los capítulos II y III del Título Segundo
Artículo 30. Las declaraciones y resoluciones definitivas de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables.
Artículo 31. Las Cámaras enviarán por riguroso turno a las Secciones Instructoras las denuncias, querellas, requerimientos del Ministerio Público o acusaciones que se les presenten.
Artículo 32. En ningún caso podrá dispensarse un trámite de los establecidos en los Capítulos Segundo y Tercero de este Título.
Artículo 33. Cuando alguna de las Secciones o de las Cámaras deba realizar una diligencia en la que se requiera la presencia del inculpado, se emplazará a éste para que comparezca o conteste por escrito a los requerimientos que se le hagan; si el inculpado se abstiene de comparecer o de informar por
escrito se entenderá que contesta en sentido negativo.
La Sección respectiva practicará las diligencias que no requieran la presencia del denunciado, encomendando al Juez de Distrito que corresponda las que deban practicarse dentro de su respectiva jurisdicción y fuera del lugar de residencia de las Cámaras, por medio de despacho firmado por el Presidente y el Secretario de la Sección al que se acompañará testimonio de las constancias conducentes.
El Juez de Distrito practicará las diligencias que le encomiende la Sección respectiva, con estricta sujeción a las determinaciones que aquélla le comunique.
Todas las comunicaciones oficiales que deban girarse para la práctica de las diligencias a que se refiere este artículo, se entregarán personalmente o se enviarán por correo, en pieza certificada y con acuse de recibo, libres de cualquier gasto.
Artículo 34. Los miembros de las Secciones y, en general, los diputados y senadores que hayan de intervenir en algún acto del procedimiento, podrán excusarse o ser recusados por alguna de las causas de impedimento que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Únicamente con expresión de causa podrá el inculpado recusar a miembros de las Secciones Instructoras que conozcan de la imputación presentada en su contra, o a diputados y senadores que deban participar, en actos del procedimiento.
El propio servidor público sólo podrá hacer valer la recusación desde que se le requiera para el nombramiento de defensor hasta la fecha en que se cite a las Cámaras para que actúen colegiadamente, en sus casos respectivos.
Artículo 35. Presentada la excusa o la recusación, se calificará dentro de los tres días naturales siguientes en un incidente que se sustanciará ante la Sección a cuyos miembros no se hubiese señalado impedimento para actuar. Si hay excusa o recusación de integrantes de ambas Secciones, se llamará a los suplentes. En el incidente se escuchará la promovente y al recusado y se recibirán las pruebas correspondientes. Las Cámaras calificarán en los demás casos de excusa o recusación.
Artículo 36. Tanto el inculpado como el denunciante o querellante podrán solicitar de las oficinas o establecimientos públicos las copias certificadas de documentos que pretendan ofrecer como pruebas ante la Sección respectiva o ante las Cámaras.
Las autoridades estarán obligadas a expedir dichas copias certificadas, sin demora, y si no lo hicieren la Sección, o las Cámaras a instancias del interesado, señalará a la autoridad omisa un plazo razonable para que las expida, bajo apercibimiento de imponerle una multa de diez a cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal sanción que se hará efectiva si la autoridad no las expidiere. Si resultase falso que el interesado hubiera solicitado las constancias, la multa se hará efectiva en su contra.
Por su parte, la Sección o las Cámaras solicitarán las copias certificadas de constancias que estimen necesarias para el procedimiento, y si la autoridad de quien las solicitase no las remite dentro del plazo discrecional que se le señale, se impondrá la multa a que se refiere el párrafo anterior.
Artículo 37. Las Secciones o las Cámaras podrán solicitar, por sí o a instancia de los interesados, los documentos o expedientes originales ya concluidos, y la autoridad de quien se soliciten tendrá la obligación de remitirlos. En caso de incumplimiento, se aplicará la corrección dispuesta en el artículo anterior.
Dictada la resolución definitiva en el procedimiento, los documentos y expedientes mencionados deberán ser devueltos a la oficina de su procedencia, pudiendo dejarse copia certificada de las constancias que las Secciones o Cámaras estimen pertinentes.
Artículo 38. Las Cámaras no podrán erigirse en órgano de acusación o Jurado de Sentencia, sin que antes se compruebe fehacientemente que el servidor público, su defensor, el denunciante o el querellante y, en su caso el Ministerio Público han sido debidamente citados.
Artículo 39. No podrán en ningún caso los diputados o senadores que hubiesen presentado la importación contra el servidor público. Tampoco podrán hacerlo los diputados o senadores que hayan aceptado el cargo de defensor, aun cuando lo renuncien después de haber comenzado a ejercer el cargo.
Artículo 40. En todo lo no previsto por esta Ley, en las discusiones y votaciones se observarán, en lo aplicable, las reglas que establecen la Constitución, la Ley Orgánica y el Reglamento Interior del Congreso General para discusión y votación de las leyes. En todo caso, las votaciones deberán ser nominales, para formular, aprobar o reprobar las conclusiones o dictámenes de las Secciones y para resolver incidental o definitivamente en el procedimiento.
Artículo 41. En el juicio político al que se refiere esta Ley, los acuerdos y determinaciones de las Cámaras se tomarán en sesión pública, excepto en la que se presente la acusación o cuando las buenas costumbres o el interés general exijan que la audiencia sea secreta.
Artículo 42. Cuando en el curso del procedimiento a un servidor público de los mencionados en los artículos 110 y 111 de la Constitución, se presentare nueva denuncia en su contra, se procederá respecto de ella con arreglo a esta Ley, hasta agotar la instrucción de los diversos procedimientos, procurando, de ser posible, la acumulación procesal.
Si la acumulación fuese procedente, la Sección formulará en un solo documento sus conclusiones, que comprenderán el resultado de los diversos procedimientos.
Artículo 43. Las Secciones y las Cámaras podrán disponer las medidas de apercibimiento que fueron procedentes, mediante acuerdo de la mayoría de sus miembros presentes en la sesión respectiva.
Artículo 44. Las declaraciones o resoluciones aprobadas por las Cámaras con arreglo a esta Ley. se comunicarán a la Cámara a la que pertenezca el acusado salvo que fuere la misma que hubiese dictado la declaración o resolución; a la Suprema Corte de Justicia de la Nación si se tratase de alguno de los integrantes del Poder Judicial Federal a que alude esta Ley; y en todo caso al Ejecutivo para su conocimiento y efectos legales, y para su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
En el caso de que la declaratoria de las Cámaras se refiera a gobernadores, diputados locales y Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, se hará la notificación a la Legislatura Local respectiva.
Artículo 45. En todas las cuestiones relativas al procedimiento no previstas en esta Ley, así como en la apreciación de las pruebas, se observarán las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Asimismo, se atenderán, en lo conducente, las del Código Penal.
TITULO TERCERO
Responsabilidades Administrativas
CAPÍTULO I
Sujetos y obligaciones del servidor público
Artículo 46. Incurren en responsabilidad administrativa los servidores públicos a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley.
Artículo 47. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, según la naturaleza de la infracción en que se incurra, y sin perjuicio de sus derechos laborales las normas específicas que al respecto rijan en el servicio de las Fuerzas Armadas:
I. Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto y omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;
II. Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos;
III. Utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo cargo o comisión, las facultades que les sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos;
IV. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidas de aquéllas;
V. Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisión, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relación con motivo de éste.
VI. Observar en la dirección de sus inferiores jerárquicos las debidas reglas del trato y abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad;
VII. Observar respeto y subordinación legítimas con respecto a sus superiores jerárquicos inmediatos o mediatos, cumpliendo las disposiciones que éstos dicten en el ejercicio de sus atribuciones;
VIII. Comunicar por escrito al titular de la dependencia o entidad en la que presten sus servicios el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo o las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las órdenes que reciba;
IX. Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión después de concluido el periodo para el cual se le designó o de haber cesado, por cualquier otra causa, en el ejercicio de sus funciones;
X. Abstenerse de disponer o autorizar a un subordinado a no asistir sin causa justificada a sus labores por más de quince días continuos o treinta discontinuos en un año, así como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones, cuando las necesidades del servicio público no lo exijan;
XI. Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la Ley le prohiba;
XII. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de la autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;
XIII. Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.
XIV. Informar por escrito al jefe inmediato, y en su caso, al superior jerárquico, sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción anterior y que sean de su conocimiento; y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos:
XV. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir, por sí
o por interpósita persona, dinero, objetos mediante enajenación a su favor en precio notoriamente inferior al que el bien de que se trate y que tenga en el mercado ordinario, o cualquier donación, empleo, cargo o comisión para sí o para las personas a que se refiere la fracción XIII, y que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión;
XVI. Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;
XVII. Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;
XVIII. Presentar con oportunidad y veracidad la declaración de situación patrimonial ante la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en los términos que señala la Ley;
XIX. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de la Secretaría de la Contraloría, conforme a la competencia de ésta;
XX. Informar al superior jerárquico de todo acto, u omisión de los servidores públicos sujetos a su dirección, que pueda implicar inobservancia de las obligaciones a que se refieren las fracciones de este artículo, y en lo términos de las normas que al efecto se expidan;
XXI. Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición jurídica relacionada con el servicio público; y
XXII. Las demandas que le impongan las leyes y reglamentos.
Cuando el planteamiento que formule el servidor público a su superior jerárquico deba ser comunicado a la Secretaría de la Contraloría General, el superior procederá a hacerlo sin demora, bajo su estricta responsabilidad, poniendo el trámite en conocimiento del subalterno interesado. Si el superior jerárquico omite la comunicación a la Secretaría de la Contraloría General, el subalterno podrá practicarla directamente informando a su superior acerca de este acto.
Artículo 48. Para los efectos de esta Ley se entenderá por Secretaría a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.
Para los mismos efectos, se entenderá por superior jerárquico al titular de la dependencia y, en el caso de las entidades, al coordinador del sector correspondiente, al cual aplicará las sanciones cuya imposición se le atribuya a través de la contraloría interna de su dependencia.
CAPÍTULO II
Sanciones administrativas y procedimientos para aplicarlas
Artículo 49. En las dependencias y entidades de la Administración Pública se establecerán unidades específicas, a las que el público tenga fácil acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, con las que se iniciará, en su caso, el procedimiento disciplinario correspondiente.
La Secretaría establecerá las normas y procedimientos para que las instancias del público sean atendidas y resueltas con eficiencia.
Artículo 50. La Secretaría, el superior jerárquico y todos los servidores públicos tienen la obligación de respetar y hacer respetar el derecho a la formulación de las quejas y denuncias a las que se refiere el artículo anterior y de evitar que con motivo de éstas se causen molestias indebidas al quejoso.
Incurre en responsabilidad el servidor público por sí o por interpósita persona, utilizando cualquier medio, inhiba al quejoso para evitar la formulación o presentación de quejas y denuncias, o que con motivo de ello realice cualquier conducta injusta u omita una justa y debida que lesione los intereses de quienes las formulen o presenten.
Artículo 51. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal establecerán los órganos y sistemas para identificar, investigar y determinar las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47, así como para aplicar las sanciones establecidas en el presente Capítulo, en los términos de las correspondientes leyes orgánicas del Poder Judicial.
Lo propio harán, conforme a la legislación respectiva y por lo que hace a su competencia, las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión.
Artículo 52. Los servidores públicos de la Secretaría que incurran en responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47 serán sancionadas conforme al presente Capítulo por la contraloría interna de dicha Secretaría. El titular de esta contraloría será designado por el Presidente de la República y sólo será responsable administrativamente ante él.
Artículo 53. Las sanciones por faltas administrativas consistirán en:
I. Apercibimiento privado o público;
II. Amonestación privada o pública;
III. Suspensión;
IV. Destitución del puesto;
V. Sanción económica; y
VI. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión que implique lucro o cause daños y perjuicios, será de seis meses a tres años si el monto de aquellos no excede de cien veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal y de tres años a diez si excede de dicho límite.
Artículo 54. Las sanciones administrativas se impondrán tomando en cuenta los siguientes elementos:
I. La gravedad de la responsabilidad en que se incurra y la conveniencia de suprimir prácticas que infrinjan, en cualquier forma, las disposiciones de esta ley o las que se dicten con base en ella;
II. Las circunstancias socioeconómicas del servidor público;
III. El nivel jerárquico, los antecedentes y las condiciones del infractor;
IV. Las condiciones exteriores y los medios de ejecución;
V. La antigüedad del servicio;
VI. La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones; y
VII. El monto del beneficio, daño o perjuicio económico derivado del incumplimiento de obligaciones.
Artículo 55. En caso de aplicación de sanciones económicas por beneficios obtenidos y daños y perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo 47, se aplicarán dos tantos del lucro obtenido y de los daños y perjuicios causados.
Las sanciones económicas establecidas en este artículo se pagarán una vez determinadas en cantidad líquida, en su equivalencia en salarios mínimos vigentes al día de su pago, conforme al siguiente procedimiento:
I. La sanción económica impuesta se dividirá entre la cantidad líquida que corresponda y el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal al día de su imposición, y
II. El cociente se multiplicará por el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal al día del pago de la sanción.
Para los efectos de esta ley se entenderá por salario mínimo mensual, el equivalente a treinta veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.
Artículo 56. Para la aplicación de las sanciones a que hace referencia el Artículo 53 se observarán las siguientes reglas:
I. El apercibimiento, la amonestación y la suspensión del empleo, cargo o comisión por un periodo no menor de tres días ni mayor de tres meses, serán aplicables por su superior jerárquico;
II. La destitución del empleo, cargo o comisión de los servidores públicos, se demandará por el superior jerárquico de acuerdo con los procedimientos consecuentes con la naturaleza de la relación y en los términos de las leyes respectivas;
III. La suspensión del empleo, cargo o comisión durante el periodo al que se refiere la fracción I, y la destitución de los servidores públicos de confianza, se aplicarán por el superior jerárquico;
IV. La Secretaría promoverá los procedimientos a que hacen referencia las fracciones II y III, demandando la destitución del servidor público responsable o procediendo a la suspensión de éste cuando el superior jerárquico no lo haga. En este caso, la Secretaría desahogará el procedimiento y exhibirá las constancias respectivas al superior jarárquico;
V. La inhabilitación para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público será aplicable por resolución jurisdiccional, que dictará el órgano que corresponda según las leyes aplicables; y
VI. Las sanciones económicas serán aplicadas por el superior jerárquico cuando no excedan de un monto equivalente a cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, y por la Secretaría cuando sean superiores a esta cantidad.
Artículo 57. Todo servidor público deberá denunciar por escrito a la contraloría interna de su dependencia los hechos que, a su juicio, sean causa de responsabilidad administrativa imputables a servidores públicos sujetos a su dirección.
La contraloría interna de la dependencia determinará si existe o no responsabilidad administrativa por el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, y aplicará, por acuerdo del superior jerárquico, las sanciones disciplinarias correspondientes.
En lo que respecta a las entidades, la denuncia a que se refiere el primer párrafo de este artículo será recibida por el coordinador sectorial correspondiente.
El superior jarárquico enviará a la Secretaría copia de las denuncias cuando se trate de infracciones graves o cuando, en su concepto y habida cuenta de la naturaleza de los hechos denunciados, la Secretaría deba conocer el caso o participar en las investigaciones.
Artículo 58. La Secretaría aplicará las sanciones correspondientes a los contralores internos de las dependencias cuando éstos incurran en actos u omisiones que impliquen responsabilidad administrativa.
Artículo 59. Incurrirán en responsabilidad administrativa los servidores públicos de las contralorías internas que se abstengan injustificadamente de sancionar a los infractores o que, al hacerlo, no se ajusten a lo previsto por esta ley. La Secretaría informará de ello al Titular de la dependencia y aplicará las sanciones correspondientes.
Artículo 60. La contraloría interna de cada dependencia será competente para imponer sanciones disciplinarias, excepto las económicas cuyo monto sea superior a cien veces el salario mínimo diario del Distrito Federal, las que están reservadas exclusivamente a la Secretaría, que comunicará los resultados del procedimiento al Titular de la dependencia o entidad. En este último caso, la contraloría interna,
previo informe al superior jerárquico, turnará el asunto a la Secretaría.
Artículo 61. Si la contraloría interna de la dependencia o el coordinador de Sector en las entidades tuvieran conocimientos de hechos que impliquen responsabilidad penal, darán vista de ellos a la Secretaría y a la autoridad competente para conocer el ilícito.
Artículo 62. Si de las investigaciones y auditorías que realice la Secretaría apareciera la responsabilidad de los servidores públicos, informará a la contraloría interna de la dependencia correspondiente o al coordinador sectorial de las entidades, para que proceda a la investigación y sanción disciplinaria por dicha responsabilidad, si fuera de su competencia. Si se trata de responsabilidades mayores cuyo conocimiento sólo compete a la Secretaría, ésta se avocará directamente al asunto, informando de ello al Titular de la dependencia y a la contraloría interna de la misma para que participe o coadyuve en el procedimiento de determinación de responsabilidades.
Artículo 63. La dependencia y la Secretaría, en los ámbitos de sus respectivas competencias, podrán abstenerse de sancionar al infractor, por una sola vez, cuando lo estimen pertinente, justificando la causa de la abstención siempre que se trate de hechos que no revistan gravedad ni constituyan delito, cuando lo ameriten los antecedentes y circunstancias de infractor y el daño causado por éste no exceda de cien veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.
Artículo 64. La Secretaría impondrá las sanciones administrativas a que se refiere este Capítulo mediante el siguiente procedimiento:
I. Citará al presunto responsable a una audiencia, haciéndole saber la responsabilidad o responsabilidades que se le imputen, el lugar, día y hora en que tendrá verificativo dicha audiencia y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga, por sí o por medio de un defensor.
También asistirá a la audiencia el representante de la dependencia que para tal efecto se designe.
Entre la fecha de la citación y la de la audiencia deberá mediar un plazo no menor de cinco ni mayor de quince días hábiles;
II. Al concluir la audiencia o dentro de los tres días hábiles siguientes, la Secretaría resolverá sobre la inexistencia de responsabilidad o imponiendo al infractor las sanciones administrativas correspondientes, y notificará la resolución dentro de las veinticuatro horas siguientes al interesado, a su jefe inmediato, al representante designado por la dependencia y al superior jerárquico;
III. Si en la audiencia la Secretaría encontrara que no cuenta con elementos suficientes para resolver, o advierta elementos que impliquen nueva responsabilidad administrativa a cargo del presunto responsable o de otras personas, podrá disponer la práctica de investigaciones y citar para otra u otras audiencias; y
IV. En cualquier momento, previa o posteriormente al citatorio al que se refiere la fracción I del presente artículo, la Secretaría podrá determinar la suspensión temporal de los presupuestos responsables de sus cargos, empleos o comisiones, si a su juicio así conviene para la conducción o continuación de las investigaciones. La suspensión temporal no prejuzga sobre la responsabilidad que se impute. La determinación de la Secretaría hará constar expresamente esa salvedad.
La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior suspenderá los efectos del acto que haya dado origen a la ocupación del empleo, cargo o comisión, y regirá desde el momento en que sea notificada al interesado o éste quede enterado de la resolución por cualquier medio. La suspensión cesará cuando así lo resuelva la Secretaría, independientemente de la iniciación, continuación o conclusión del procedimiento a que se refiere el presente artículo en relación con la presunta responsabilidad de los servidores públicos.
Si los servidores suspendidos temporalmente no resultaren responsables de la falta que se les imputa, serán restituidos en el goce de sus derechos y se les cubrirán las percepciones que debieron percibir durante el tiempo en que se hallaron suspendidos.
Se requerirá autorización del Presidente de la República para dicha suspensión si el nombramiento del servidor público de que se trate incumbe al titular del Poder Ejecutivo. Igualmente se requerirá autorización de la Cámara de Senadores, o en su caso de la Comisión Permanente, si dicho nombramiento requirió ratificación de éste en los términos de la Constitución General de la República.
Artículo 65. En los procedimientos que se sigan para investigación y aplicación de sanciones ante las contralorías internas de las dependencias, se observarán en todo cuanto sea necesario.
Artículo 66. Se levantará acta circunstanciada de todas las diligencias que se practiquen, que suscribirán quienes intervengan en ellas, apercibidos de las sanciones en que incurran quienes falten a la verdad.
Artículo 67. El titular de la dependencia o entidad podrá designar un representante que participe en las diligencias. Se dará vista de todas las actuaciones a la dependencia o entidad en la que el presunto responsable presta sus servicios.
Artículo 68. Las resoluciones y acuerdos de la Secretaría y de las dependencias durante el procedimiento al que se refiere este Capítulo constarán por escrito, y se asentarán en el registro respectivo, que comprenderá las Secciones correspondientes a los procedimientos disciplinarios y a las sanciones impuestas, entre ellas, en todo caso, las de inhabilitación.
Artículo 69. La Secretaría expedirá constancias que acrediten la no existencia de registro de inhabilitación, que serán exhibidas, para los efectos pertinentes, por las personas que
sean requeridas para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Artículo 70. Los sujetos sancionados podrán impugnar ante el Tribunal Fiscal de la Federación las resoluciones administrativas por las que se les impongan las sanciones a que se refiere este Capítulo. Las resoluciones anulatorias dictadas por ese tribunal, que causen ejecutoria, tendrán el efecto de restituir al servidor público en el goce de los derechos de que hubiese sido privado por la ejecución de las sanciones anuladas, sin perjuicio de lo que establecen otras leyes.
Artículo 71. Las resoluciones que dicte el superior jerárquico, en las que imponga sanciones administrativas, podrán ser impugnadas por el servidor público ante la propia autoridad, mediante recurso de revocación, que se interpondrá dentro de los quince días siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución recurrida.
La tramitación del recurso se sujetará a las normas siguientes:
I. Se iniciará mediante escrito en el que deberán expresar los agravios que a juicio del servidor público le cause la resolución, acompañando copia de ésta y constancia de la notificación de la misma, así como la proposición de las pruebas que considere necesario rendir;
II. La autoridad acordará sobre la admisibilidad del recurso y de las pruebas ofrecidas, desechando de plano las que no fuesen idóneas para desvirtuar los hechos en que se base la resolución.
Las pruebas admitidas se desahogarán en un plazo de cinco días, que a solicitud del servidor público o de la autoridad, podrá ampliarse una sola vez por cinco días más; y
III. Concluido el periodo probatorio, el superior jerárquico emitirá resolución en el acto, o dentro de los tres días siguientes, notificándolo al interesado.
Artículo 72. La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución recurrida, si lo solicita el promovente, conforme a estas reglas:
I. Tratándose de sanciones económicas, si el pago de éstas se garantiza en los términos que prevenga el Código Fiscal de la Federación; y
II. Tratándose de otras sanciones, se concederá la suspensión si concurren los siguientes requisitos:
a) Que se admita el recurso;
b) Que la ejecución de la resolución recurrida produzca daños o perjuicios de imposible reparación en contra del recurrente; y
c) Que la suspensión no traiga como consecuencia la consumación o continuación de actos u omisiones que impliquen perjuicios al interés social o al servicio público.
Artículo 73. El servidor público afectado por las resoluciones administrativas de la Secretaría podrá optar entre interponer el recurso de revocación o impugnarlas directamente ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
La resolución que se dicte en el recurso de revocación será también impugnable ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
Artículo 74. Las resoluciones absolutorias que dicte el Tribunal Fiscal de la Federación podrán ser impugnadas por la Secretaría o por el superior jerárquico.
Artículo 75. La ejecución de las sanciones administrativas impuestas en resolución firme se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. La suspensión, destitución o inhabilitación que se impongan a los servidores públicos de confianza, surtirán efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público.
Tratándose de los servidores públicos de base, la suspensión y la destitución se sujetarán a lo previsto en la ley correspondiente.
Las sanciones económicas que se impongan constituirán créditos fiscales a favor del Erario Federal, se harán efectivas mediante el procedimiento económico-coactivo de ejecución, tendrán la prelación prevista para dichos créditos y se sujetarán en todo a las disposiciones fiscales aplicables a esta materia.
Artículo 76. Si el servidor público, presunto responsable, confesara su responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones a que hace referencia la presente Ley, se procederá de inmediato a dictar resolución, a no ser que quien conoce del procedimiento disponga la recepción de pruebas para acreditar la veracidad de la confesión. En caso de que se acepte la plena validez probatoria de la confesión, se impondrá al interesado dos tercios de la sanción aplicable, si es de naturaleza económica, pero en lo que respecta a indemnización, ésta en todo caso deberá ser suficiente para cubrir los daños y perjuicios causados, y siempre deberá restituirse cualquier bien o producto que se hubiese percibido con motivo de la infracción. Quedará a juicio de quien resuelve disponer o no la suspensión, separación o inhabilitación.
Artículo 77. Para el cumplimiento de las atribuciones que le confiere esta Ley la Secretaría podrá emplear los siguientes medios de apremio:
I. Sanción económica de hasta veinte veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal;
II. Auxilio de la fuerza pública.
Si existe resistencia al mandamiento legítimo de autoridad, se estará a lo que prevenga la legislación penal.
Artículo 78. Las facultades del superior jerárquico y de la Secretaría para imponer las sanciones de esta Ley prevé se sujetarán a lo siguiente:
I. Prescribirán en tres meses si el beneficio obtenido o el daño causado por el infractor no excede de diez veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, o si la responsabilidad no fuese estimable en dinero. El plazo de prescripción se contará a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera incurrido en la responsabilidad o a partir del
momento en que hubiese cesado, si fue de carácter continuo; y
II. En los demás casos prescribirán en tres años.
TITULO CUARTO
CAPÍTULO ÚNICO
Registro patrimonial de los servidores públicos
Artículo 79. La Secretaría llevará el registro de la situación patrimonial de los servidores públicos de conformidad con esta Ley y de más disposiciones aplicables.
Artículo 80. Tienen la obligación de presentar declaración anual de situación patrimonial ante la Secretaría, bajo protesta de decir verdad:
I. En el Congreso de la Unión: Diputados y Senadores, Oficiales Mayores, Tesoreros y Directores de las Cámaras, y Contador Mayor de Hacienda;
II. En el Poder Ejecutivo Federal: Todos los funcionarios, desde el nivel de jefes de departamentos hasta el de Presidente de la República, además de los previstos en las fracciones IV, V y IX de este artículo;
III. En la Administración Pública Paraestatal: Directores Generales, gerentes generales, subdirectores generales, subgerentes generales, directores, gerentes subdirectores y servidores públicos equivalentes de los órganos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y sociedades y asociaciones asimiladas, y fideicomisos públicos;
IV. En el Departamento del Distrito Federal: Todos los funcionarios, desde el nivel a que se refiere la fracción II hasta el de Jefe de Departamento del Distrito Federal, incluyendo Delegados Políticos, Subdelegados y jefes de departamento de las Delegaciones.
V. En la Procuraduría General de la República y en la Procuraduría General de Justicia de Distrito Federal: Todos los funcionarios, desde el nivel mencionado en la fracción II hasta los de Procurador General de la República y Procurador General de Justicia del Distrito Federal, incluyendo a Agentes del Ministerio Público y policías judiciales;
IV. En el Poder Judicial del Distrito Federal: Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, Jueces, secretarios judiciales y actuarios de cualquier categoría o designación;
VIII. En los Tribunales administrativos y del trabajo: Magistrados, miembros de Junta y secretarios; y
IX. En la Secretaría de la Contraloría General: Todos los servidores públicos de confianza.
Asimismo, deberán presentar la declaración de la que se trata en este precepto los demás servidores públicos que determinen el Secretario de la Contraloría General y el Procurador General de la República mediante disposiciones generales debidamente motivadas y fundadas.
Artículo 81. La declaración de situación patrimonial deberá presentarse en los siguientes plazos:
I. Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión;
II. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la conclusión del encargo; y
III. Durante el mes de mayo de cada año deberá presentarse la declaración de situación patrimonial, acompañada de una copia de la declaración anual presentada por personas físicas para los efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, salvo que en ese mismo año se hubiese presentado la declaración a que se refiere la fracción I.
Si transcurrido el plazo a que hace referencia la fracción I, no se hubiese presentado la declaración correspondiente, sin causa justificada, quedará sin efectos el nombramiento respectivo previa declaración de la Secretaría. Lo mismo ocurrirá cuando se omita la declaración contemplada en la fracción III.
Artículo 82. La Secretaría expedirá las normas y los formatos bajo los cuales el servidor público deberá presentar la declaración de situación patrimonial, así como los manuales e instructivos que indicarán lo que es obligatorio declarar.
Artículo 83. En la declaración inicial y final de situación patrimonial se manifestarán los bienes inmuebles, con la fecha y valor de adquisición.
En las declaraciones anuales se manifestarán sólo las modificaciones al patrimonio, con fecha y valor de adquisición. En todo caso se indicará el medio por el que se hizo la adquisición.
Tratándose de bienes muebles, la Secretaría decidirá, mediante acuerdo general, las características que deba tener la declaración.
Artículo 84. Cuando los signos exteriores de riqueza sean ostensible y notoriamente superiores a los ingresos lícitos que pudiera tener un servidor público, la Secretaría podrá ordenar, fundando y motivando su acuerdo, la práctica de visitas de inspección y auditorías. Cuando estos actos requieran orden de autoridad judicial, la Secretaría hará ante ésta la solicitud correspondiente.
Previamente a la inspección o al inicio de la auditoría, se dará cuenta al servidor público de los hechos que motivan estas actuaciones y se le presentarán las actas en que aquellos consten, para que exponga lo que en derecho le convenga.
Artículo 85. El servidor público a quien se practique vista de investigación o auditoría podrá interponer inconformidad ante la Secretaría contra los hechos contenidos en las actas, mediante escrito que deberá presentar dentro de los cinco días siguientes a la conclusión de aquellas, en el que se expresará los motivos de inconformidad y ofrecerá las pruebas que considere necesario acompañar o rendir dentro de los treinta días siguientes a la presentación del recurso.
Todas las actas que se levanten con motivo de la vista deberán ir firmadas por el
servidor público y los testigos que para tal efecto designe. Si el servidor público o los testigos se negaran a firmar, el visitador lo hará constar, sin que estas circunstancias afecten el valor probatorio que, en su caso, posea el documento.
Artículo 86. Serán sancionados en los términos que disponga el Código Penal los servidores públicos que incurran en enriquecimiento ilícito.
Artículo 87. Para los efectos de esta Ley y del Código Penal, se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge y sus dependientes económicos directos, salvo que se acredite que éstos los obtuvieron por sí mismos y por motivos ajenos al servidor público.
Artículo 88. Durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y un año después, los servidores públicos no podrán solicitar, aceptar o recibir por sí, o por interpósita persona, dinero o cualquier otra donación, servicio, empleo, cargo o comisión para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XIII del Artículo 47 y que procedan de cualquier persona cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, que determinen conflictos de intereses.
Para los efectos del párrafo anterior, no se considerarán los que reciba el servidor público en una o más ocasiones, de una misma persona física o moral de las mencionadas en el párrafo precedente, durante un año, cuando el valor acumulado durante ese año no sea superior a diez veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de su recepción.
En ningún caso se podrán recibir de dichas personas títulos valor, bienes inmuebles o cesiones de derechos sobre juicios o controversias en las que dirima la titularidad de los derechos de posesión o de propiedad sobre bienes de cualquier clase.
Se castigará como cohecho las conductas de los servidores públicos que violen lo dispuesto en este artículo y serán sancionados en términos de la legislación penal.
Artículo 89. Cuando los servidores públicos reciban obsequios, donativos o beneficios en general de los que se mencionan en el artículo anterior y cuyo monto sea superior al que en él se establece o sean de los estrictamente prohibidos, deberán informar de ello a la autoridad que la Secretaría determine a fin de ponerlos a su disposición. La autoridad correspondiente llevará un registro de dichos bienes.
Artículo 90. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación hará al Ministerio Público, en su caso, declaratoria de que el funcionario sujeto a la investigación respectiva, en los términos de la presente ley, no justificó la procedencia lícita del incremento sustancial de su patrimonio de los bienes adquiridos o de aquellos sobre los que conduzca como dueño, durante el tiempo de su cargo o por motivos del mismo.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Esta Ley abroga la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación del Distrito Federal y de los Altos Funcionarios de los Estados, de fecha 27 de diciembre de 1979 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1980, y se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente ley.
Artículo segundo. Todas las dependencias de la Administración Pública Federal, establecerán dentro de su estructura orgánica, en un plazo no mayor de seis meses el órgano competente a que se refiere el Artículo 49 de esta Ley.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión, establecerán los órganos y sistemas a que hace referencia el Artículo 51 en un plazo no mayor de seis meses.
Artículo tercero. Por lo que respecta a las declaraciones sobre situación patrimonial efectuadas con anterioridad a la vigencia de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se estará a lo dispuesto en las normas vigentes en el momento de formularse dicha declaración.
Artículo cuarto. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 29 de diciembre de 1982.
Comisión de Justicia:
Presidente Mariano Piña Olaya, Secretario Leopoldino Ortiz Santos, Servio Tulio Acuña, Francisco J. Alvarez de la Fuente, Heriberto Batres García, Carlos Brito Gómez, José Luis Caballero Cárdenas, Pablo Castillón Alvarez, Armando Corona Boza, Irma Cué de Duarte, Guillermo Fragoso Martínez, José Luis García García, Eleazar García Rodríguez, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Jesús Salvador Larios Ibarra, Raúl Lemus García, Miguel Angel Martínez Cruz, Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Manuel Osante López, Guillermo Pacheco Pulido, Eulalio Ramos Valladolid, Salvador Rocha Díaz, Alberto Salgado Salgado, Pedro Salinas Guzmán, Daniel Angel Sánchez Pérez, Juan Manuel Terrazas Sánchez, Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, María Antonia Vázquez Segura, César Humberto Vieyra Salgado".
El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido por la Oficialía Mayor entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.
El C. secretario Everardo Gámiz: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen, señor Presidente. Es de primera lectura.
ELECCIÓN DE INTEGRANTES DE
LA COMISIÓN PERMANENTE
El C. Presidente: De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 78 de la Constitución General de la República, a continuación se procederá a la elección de los ciudadanos diputados que formarán parte de la Comisión Permanente, en su calidad de titulares o sustitutos, en la inteligencia de que los sustitutos sólo entrarán en funciones en los casos de falta absoluta del titular, o bien cuando éste solicite licencia para estar separado del cargo de diputado.
Se solicita a los ciudadanos diputados pasen a depositar su cédula al escuchar su nombre.
(VOTACIÓN.)
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Señor Presidente, la Secretaría informa que se recibieron 7 cédulas en blanco; 2 cédulas integradas en la forma siguiente... no, tres fórmulas, tres cédulas: Enrique Soto Izquierdo, Maximiliano Silerio Esparza, Netzahualcóyotl de la Vega, Dulce María Sauri Riancho, Silverio R. Alvarado, Joaquín del Olmo Reyes, Gerardo Medina Valdez, Edmundo Jardón Arzate, Baltazar Valadez Montoya, Alberto Salgado Salgado, cambiando Héctor Ramírez Cuéllar por otra con la misma fórmula solamente tachado Gerardo Medina totalmente, pero es la misma fórmula.
Otra fórmula donde se dice que todos los nombres no, y sólo dice Maximiliano Silerio Esparza sí.
Otra con la misma fórmula que leí en segundo término, pero quitando a Héctor Ramírez Cuéllar y dando el nombre de Viterbo Cortez Lobato.
Y aquí borrando también al compañero Juan Campos Vega.
Varias que voy a dar lectura: La misma fórmula pero en una poniendo al compañero Machiavelo Martín del Campo, Alberto Miranda Castro y a Luz Lajous de Madrazo.
De los sustitutos quitando a varios que es ilegible pero dice Alvaro Brito Alonso, Víctor Manuel Torres, y muy gentil el que me puso a mí, Hilda Anderson Nevárez.
Otra con la misma fórmula cambiando también Machiavelo Martín del Campo, Alberto Miranda Castro, Luz Lajous de Madrazo. Sustitutos Alvaro Brito Alonso, Hilda Anderson Nevárez.
La que sigue es exactamente igual.
Dos con la misma fórmula, sólo quitando al compañero Héctor Ramírez Cuéllar y al compañero Juan Campos Vega.
Aquí nada más quitan a uno entre los titulares, al compañero Héctor Ramírez Cuéllar.
Otra quedando todos los de la fórmula pero quitando a Maximiliano Silerio Esparza y al compañero Oscar Cantón Zetina.
Otra sustituyendo al compañero Ramírez Cuéllar por Leopoldino Ortiz Santos.
Y entre los substitutos al compañero Gerardo Ramos R.
Otra sumamente diferente, entre los titulares de la Comisión Permanente Enrique Soto Izquierdo, Maximiliano Silerio Esparza, Gerardo Medina Valdez, Viterbo Cortés Lobato, Eulalio Ramos Valladolid, Miguel Angel Morado Garrido, Oscar Cantón Zetina, Antonio Vélez Torres.
Sustitutos: Rafael Oceguera Ramos, Heriberto Batres García, Arturo Contreras Cuevas, Norma López Cano, Víctor Manuel Carreto, José Martínez Morales, Jorge Alberto Lin Altamirano, Ignacio Moreno Garduño, Juan Campos Vega, Encarnación Pérez Gaytán, José Augusto García Lizama, Carlota Vargas Garza, Abraham Zepeda Izaguirre, Bertha Lilia Gámez de Rubalcava, y Humberto Pulido García.
Otra con la misma fórmula: Enrique Soto Izquierdo, Maximiliano Silerio Esparza, Gerardo Medina Valdez, Luis J. Prieto, Florentina Villalobos, Javier Blanco Sánchez, Manuel Zamora y Duque de Estrada, Esperanza Espinoza, Gustavo Vicencio Acevedo, Jesús S. Larios, Carlos Chavira Becerra, Ignacio Vital Jáuregui, José Augusto García Lizama, Luz Lajous de Madrazo y Francisco Rodríguez Pérez.
Los sustitutos: Samuel Meléndrez Luévano, Daniel Angel Sánchez Pérez, Rafael Oceguera Ramos, Heriberto Batres García, Arturo Contreras Cuevas, Norma López Cano, Víctor Manuel Carreto, José Martínez Morales, Ignacio Moreno Garduño, Juan Campos Vega, Encarnación Pérez Gaytán, Carlota Vargas Garza, Abraham Cepeda Izaguirre y Humberto Pulido García.
35 encabezadas por: Gerardo Medina Valdez, Luis J. Prieto, Francisco Javier González Garza, Javier Blanco Sánchez, Manuel Zamora y Duque de Estrada, Esperanza Espinoza, Gustavo Vicencio Acevedo, Jesús S. Larios, Carlota Chavira Becerra, Alfonso Méndez Ramírez, Ignacio Vital Jáuregui, José A. García Lizama, Luz Lajous de Madrazo, Samuel Meléndrez y Daniel Angel Sánchez Pérez Los sustitutos son: Alberto Ling Altamirano, Andrés Cázares Camacho, Armando Gordillo, Teresa Ortuño Gurza, Angel Mora, Florentina Villalobos, Astolfo Vicencio Tovar, Pablo Castillón, José Isabel Villegas, Enrique Sánchez, Francisco Alvarez de la Fuente, David Orozco, Irma Cué de Duarte, Arnaldo Córdova e Iván García Solís.
Aquí hay otra distinta, en los sustitutos solamente al final de la misma de los 35 que es Alberto González, Gustavo Vicencio, J. Guadalupe Esparza y Francisco Soto Alva.
254 cédulas que es la siguiente fórmula: Titulares: Enrique Soto Izquierdo, Maximiliano Silerio Esparza, Netzahualcóyotl de la Vega García, Dulce Ma. Sauri Riancho, Silverio R. Alvarado, Joaquín del Olmo Reyes, Gerardo Medina Valdez, Edmundo Jardón Arzate, Baltazar Valdez Montoya, Alberto Salgado Salgado, Héctor Ramírez Cuéllar, Eulalio Ramos Valladolid, Miguel Angel Morado Garrido, Oscar Cantón Zetina, Antonio Vélez Torres.
Sustitutos: Rafael Oceguera Ramos, Heriberto Batres García, Arturo Contreras Cuevas, Norma López Cano, Víctor Manuel Carreto, José Martínez Morales, Jorge Alberto Ling Altamirano, Ignacio Moreno Garduño, Juan Campos Vega, Encarnación Pérez Gaytán, José Augusto García Lizama, Carlota Vargas Garza, Abraham Cepeda Izaguirre, Bertha Lenia Hernández de Ruvalcaba y Humberto Pulido García.
El C. Presidente: En consecuencia, la Presidencia declara que formarán parte de la Comisión permanente del Congreso de la Unión que funcionará durante el primer receso de la LII Legislatura los ciudadanos diputados cuyos nombres han sido leídos por la Secretaría y obtuvieron 254 votos a favor. (Aplausos).
REUNIÓN INTERPARLAMENTARIA
MÉXICO-ESTADOS UNIDOS
El C. Presidente: Se va a dar lectura a la proposición de la Gran Comisión para designar a los integrantes de la Reunión Interparlamentaria México-Estados Unidos de América.
El C. secretario: Everardo Gámiz Fernández:
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados, Presentes.
La Gran Comisión, somete a la consideración de la H. Asamblea para su aprobación, los siguientes Puntos de Acuerdo:
Primero. Se autorice, para que asistan a la próxima Reunión Interparlamentaria México-Estados Unidos de Norteamérica, a celebrarse en nuestro país, representando a esta H. Cámara a los siguientes CC. diputados:
Humberto Lugo Gil, Luis Dantón Rodríguez, Enrique Fernandez Martínez, Luz Lajous de Madrazo, Bernardo Bátiz Vázquez, Rolando Cordera Campos, Jorge Cruickshank García, José Luis Lamadrid Sauza, Juan José Osorio Palacios, Irma Cué de Duarte, Héctor Hugo Olivares Ventura, Mariano Piña Olaya, José Carreño Carlón, César Vieyra Salgado, Jorge A. Treviño Martínez y Víctor Alfonso Maldonado, secretario.
Segundo. Se faculta a la Gran Comisión de esta H. Cámara de Diputados para nombrar las Delegaciones necesarias de acuerdo con los compromisos internacionales que se presenten.
México, D. F., a 29 de diciembre de 1982.
El presidente de la Gran Comisión, diputado licenciado Humberto Lugo Gil; secretario, diputado licenciado Enrique Soto Izquierdo; secretario, diputado licenciado Enrique Fernández Martínez."
El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Está a discusión la proposición. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
Los ciudadanos que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Señor Presidente, la Secretaría informa que se han agotado los asuntos en cartera.
Se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA
- La misma C. Secretaria:
"Primer Periodo Ordinario de Sesiones `LII' Legislatura.
Orden del Día
30 de diciembre de 1982.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Justicia con proyecto de Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Designación de Comisiones de Cortesía.
Oficio de la H. Cámara de Senadores
Por el que se comunica los nombres de los senadores que fueron electos para integrar la Comisión Permanente del Primer Receso de la `LII' Legislatura.
Declaratoria de Clausura de Labores de la H. Cámara de Diputados del Primer Periodo Ordinario de Sesiones."
- El C. Presidente (a las 2:00 horas del día 30): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar hoy jueves 30 de diciembre, a las diez horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
"DIARIO DE LOS DEBATES"