Legislatura LII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19831108 - Número de Diario 22
(L52A2P1oN022F19831108.xml)Núm. Diario:22ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"LII" LEGISLATURA
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO II México, D. F., martes 8 de noviembre de 1983 TOMO II. NÚM. 22
SUMARIO
APERTURA ..
ORDEN DEL DÍA .
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
SE APRUEBA .
INICIATIVAS DEL EJECUTIVO
BONOS DEL AHORRO NACIONAL
Proyecto de decreto que autoriza al Ejecutivo Federal para aprobar nuevas emisiones de los bonos mencionados, hasta por la cantidad de 5 mil millones de pesos. Se turna a comisión. Imprimase.
LEY ORGÁNICA DEL BANCO DE MÉXICO
Proyecto de decreto que reforma el artículo 23 bis de la ley citada. Se turna a comisión. Imprímase .
OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN
CONDECORACIONES
Dos solicitudes de permiso para que los CC. Héctor V. Ahúja Fuster y Enrique Cánovas Buenrostro, acepten y usen las que les confieren gobiernos extranjeros Se turna a Comisión .
DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Proyecto de decreto que permite a los CC. Mario Guerrero Chavarría, Jorge Contreras Jurado y Felipe de Jesús Acosta Vega prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos, en México. Primera lectura .
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
LEY ORGÁNICA DEL
DEPARTAMENTO DEL D. F.
Proyecto de decreto que reforma y adiciona la ley nombrada. Se le dispensa la lectura .
A discusión en lo general. Intervienen en contra los CC. Alberto Ling Altamirano; en pro, María de Jesús Orta Mata; en contra, Iván García Solís; para hechos, David Orozco Romo; en pro, Antonio Ortega Martínez; en contra, Sergio Ruiz Pérez; por la Comisión, José Carreño Carlón; nuevamente, García Solís y Carreño Carlón; para contestar alusiones, García Solís. Se aprueba con los artículos no impugnados .
A discusión en lo particular. A debate los artículos 3o. y 4o. Intervienen los CC. Gerardo Medina Valdéz, para proponer modificaciones; para hechos, Alberto Salgado Salgado; en pro, Arturo Contreras Cuevas; nuevamente, Medina Valdéz. Se desechan las modificaciones. Para proponer las reformas a la fracción X del artículo 3o. Salvador castañeda O'connor; en pro, José de Jesús Fernández Alatorre. Se desechan. Se aprueban los artículos en sus términos .
A discusión el artículo 11. intervienen para proponer nuevo texto los CC. Gerardo Medina Valdéz; en pro, Joaquín del Olmo Reyes; para una moción sobre la votación. Medina Valdéz, a la que responde la Presidencia. Se aprueba en sus términos .
A debate el artículo 19, fracción XIX. Hablan para proponer nueva redacción
los CC. Gerardo Medina Valdéz; en pro, Armida Martínez Valdéz. Se desecha. Se aprueba en sus términos .
A discusión el artículo tercero transitorio. Intervienen para una adición los CC. Gerardo Medina Valdéz; en pro, Netzahualcóyotl de la Vega. Se desecha. Se aprueba en sus términos el artículo. Aclaración de la Presidencia al diputado Medina Valdéz. Pasa al Senado .
CONDECORACIÓN
Proyecto de decreto que permite al C. licenciado Bernardo Sepúlveda Amor aceptar la que le confiere el Gobierno de Colombia. Segunda lectura. Se aprueba. Pasa al Ejecutivo .
REVOLUCIÓN SOCIALISTA
DE OCTUBRE DE 1917
El diputado Cresencio Morales Orozco se refiere a ella en ocasión a su LXVI aniversario .
ASENTAMIENTO HUMANO
EN AGUASCALIENTES
El diputado Antonio Ortega Martínez denuncia acontecimientos que tienen lugar en dicho estado, en una zona que ocupan seis mil familias. hace una serie de reflexiones sobre el particular. Solicita que esta Cámara tome cartas en el asunto. Se turna a comisión .
ORDEN DEL DÍA
De la sesión próxima. Se levanta la sesión .
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO EVERARDO GAMÍZ FERNANDEZ
(Asistencia de 376 ciudadanos diputados.)
APERTURA
El C. Presidente (a las 11:10 horas): -Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
El C. secretario Jorge Canedo Vargas:
"Segundo periodo ordinario de sesiones.
LII Legislatura.
Orden del Día.
8 de noviembre de 1983.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Iniciativas del Ejecutivo.
De decreto que autoriza al Ejecutivo Federal para aprobar nuevas emisiones de Bonos del Ahorro Nacional.
De reformas al artículo 23 bis, de la Ley Orgánica del Banco de México.
Oficios de la Secretaría de Gobernación.
Dos por los que se solicita el permiso constitucional para que los CC. Héctor Vicente Ahúja Fuster y Enrique Cánovas Buenrostro, puedan aceptar y usar condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.
Dictamen de primera lectura
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto, por el que se concede permiso a los CC. Mario Guerrero Chavarría, Jorge Contreras Jurado y Felipe de Jesús Acosta Vega para prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.
Dictámenes a discusión.
De la Comisión del Distrito Federal con proyecto de decreto, que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto, por el que se concede permiso al C. licenciado Bernardo Sepúlveda Amor para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Colombia."
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
El mismo C. Secretario:
"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día cuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y tres.
Presidencia del C. Everardo Gámiz Fernández
En la ciudad de México, a las once horas y cinco minutos del viernes cuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y tres, con asistencia de trescientos cuarenta y seis ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día y del acta de la sesión anterior, llevada a cabo el día tres de los corrientes, misma que sin discusión se aprueba.
Se da cuenta con los documentos en cartera:
La H. Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, Recibo y a la Comisión de Educación Pública.
Oficio de la Secretaría de Gobernación relativo a la solicitud de permiso para que los CC. Mario Guerrero Chavarría, Jorge Contreras Jurado y Felipe de Jesús Acosta Vega puedan prestar servicios como empleados en la embajada de los Estados Unidos de América, acreditada en nuestro país. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
El C. Juan López Martínez, en nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, presenta y da lectura a una iniciativa de decreto que adiciona el artículo 2o.- A, y deroga la fracción II del artículo 2o.- B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Túrnese a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Salubridad y Asistencia. Imprímase.
Por su parte, el C. Alberto Salgado Salgado, miembro del Partido Socialista de los Trabajadores, presenta y da lectura a una iniciativa de decreto que reforma el apartado quinto del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Túrnese a la Comisión de Comercio e imprímase.
Se continúa con los asuntos en cartera:
Dictamen con proyecto de decreto, suscrito por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que concede permiso al C. Bernardo Sepúlveda Amor para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Colombia. Es primera lectura.
La Comisión del Distrito Federal emite un dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal. Es primera lectura.
Dictamen con proyecto de decreto presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que autoriza a los CC. Araceli Bouchot Marina, Josefina Bolaños Sánchez, Francisco Velázquez Aguilera, Martha Estrada Rosales, Ofelia Jaimes Cerceres, Margarita Castellanos Eternod, Ofelia Salinas González, Arturo Alberto León Hernández, José Maya Burgette y Manuel Valencia Vargas para que puedan prestar servicios como empleados en la embajada de los Estados Unidos de América, en México, y a las CC. Raquel Fernández Munguía y Patricia Fortes de Flores para que puedan prestar servicios de carácter consular, respectivamente, en los consulados generales de los Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco, y en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Es de segunda lectura.
A discusión en lo general y después en lo particular el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba en ambos sentidos por trescientos treinta y ocho votos en pro, siete en contra y una abstención. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
El C. Gabriel Salgado Aguilar hace uso de la palabra para referirse al acuerdo administrativo de la Contraloría General de la República, que determina la prohibición para que miembros del Congreso de la Unión desempeñen una actividad adicional a la función de legislador por la que perciba sueldo o remuneración.
Menciona lo establecido por el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al respecto y da a conocer los antecedentes de esta disposición, contenidas en varias constituciones anteriores.
Hace una serie de consideraciones sobre el particular y propone, a nombre de la diputación del Partido Acción Nacional lo siguiente:
'Ordenar a la Contaduría Mayor de Hacienda proceda a investigar las funciones públicas con remuneración, comisión o compensación económica de todos y cada uno de los miembros de este Congreso de la Unión, informando a esta soberanía, por conducto de su Comisión de Vigilancia, para que en consecuencia proceda conforme a lo establecido en el artículo 62 de la Constitución y la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos.
Para referirse a la intervención del orador hace uso de la palabra el C. Manuel Osante López, quien precisa conceptos en relación a este asunto y concluye diciendo que desea se reafirme claramente cuál es la posición de la mayoría, y cree que tampoco habrá nadie en la oposición que no entienda plenamente que todos los CC. diputados, como representantes populares, son cabales, aceptando el respeto que les merece la Constitución General de la República y tienen un claro sentido de sus deberes ante la Nación.
Para reafirmar sus conceptos, e insistir en su proposición, nuevamente interviene el C. Gabriel Salgado Aguilar.
Consultada la Asamblea al respecto, en votación económica no admite la proposición y en consecuencia se da por desechada.
Para solicitar al C. Manuel Osante López explique las razones por las que se niegan a que la Contaduría Mayor de Hacienda interfiera directamente en este aspecto, que es de grave importancia, aborda la tribuna la C. María Teresa Ortuño Gurza.
El C. Manuel Osante López expresa que ninguno de los miembros de esta Cámara está ni siquiera en la hipótesis de poder estar sujeto a investigación, que se trata de una acción que en cumplimiento de sus objetivos está llevando a cabo el Estado, a través de la Secretaría de la Contraloría.
Agrega que el acuerdo de la Contraloría es dirigido a los titulares de las dependencias administrativas, para que ellos provean a efecto de llevarlo a cabo, y se evaluén así sus resultados. Termina diciendo que nosotros no vamos a ser, en este sentido, ni colaboradores de ninguna naturaleza y en ningún sentido del Poder Ejecutivo, que actúa y que cumple con su deber.
En seguida usa de la tribuna el C. José Dolores López Domínguez para expresar que el 31 de octubre pasado los secretarios de Agricultura y de Comercio dieron a conocer el aumento de precios de garantía de 13 productos agrícolas, así como los aumentos al arroz, huevo y leche.
Señala que si se toma en cuenta que acaban de aumentar los precios de las gasolinas y el disel, que hacen que los precios de las mercancías que consume el campesino lleguen más elevados al campo, entonces la situación se vuelve más difícil y compleja.
Hace reflexionar sobre este problema y manifiesta que se requiere considerar a la producción alimentaría como de interés público y servicio social, pues hasta hoy las propuestas del Programa Nacional Agropecuario y Forestal, lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo sobre el campo y el Programa Nacional Alimentario, no modifican sustancialmente el drama que viven los hombres del agro.
Dice que la Fracción Parlamentaria del Partido Socialista Unificado de México ha planeado sus puntos de vista sobre este tema, que propusieron un sistema de precios de garantía que debe contener por lo menos los siguientes elementos básicos: modificar la conformación del gabinete agropecuario. Fijar una estrategia de precios de garantía para cada ciclo, a su inicio y al término de éste. Fijar, junto con el precio de garantía, una canasta básica para el campesino. Controlar el precio de la canasta básica. Otorgar subsidios diferentes en especie para los campesinos que cultiven básicos, y que la banca nacionalizada desarrolle programas de crédito nuevo para incrementar en serio la transformación agroindustrial.
Termina diciendo que será provechoso que esta Cámara, por medio de la Comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos, no contemple las deficiencias actuales en los precios de garantía, sino que se aboque al examen de los mismos, en relación a los altos costos de producción y su correspondiente normalización y equilibrio. Túrnese a la Comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos.
Finalmente, interviene el C. Arnaldo Córdova para recordar que los Constituyentes de 1917, dispusieron sabiamente que para vigilar el orden público y la seguridad de la ciudadanía, bastaban dos tipos de corporaciones policiacas, las policías municipales y la Policía Judicial, encargada directamente de la persecución de la delincuencia. Que esto lo determinaron por varias y buenas razones, entre las que hay que contar la de que corporaciones especiales de carácter policiaco, corporaciones encubiertas, corporaciones que no están directamente autorizadas por la ley con finalidades especificas y predeterminadas por la propia ley, son siempre corporaciones policiacas que tienden a reprimir al ciudadano, que tienden a una reforma encubierta de subversión, del orden.
Agrega que esto ha ocurrido con algunas policías no autorizadas por la Constitución y también con destacamentos especiales que se organizan aparentemente para reprimir una determinada actividad delictuosa. Que todo esto lo conocieron los habitantes del noroeste del país, en lo que se llamó Operación Cóndor, que miles de familias lamentan todavía o que lloran algún muerto inocente en el desarrollo de ese dispositivo policiaco y militar.
Dice que ese tipo de dispositivos todavía se conocen, y uno de ellos esta operando en la zona petrolera del noroeste, y se denomina Operación Convoy, aparentemente montado para perseguir la delincuencia en la zona del puerto de Tampico y sus alrededores.
A continuación da lectura a una comunicación que es al mismo tiempo una denuncia y una petición de algunos candidatos a puestos de elección popular de su Partido, en el estado de Tamaulipas, que fue dirigida al gobernador del estado y al Congreso de la entidad, en la que demandan el cese inmediato de la Operación Convoy. En dicha comunicación se relatan los atropellos cometidos por la mencionada Operación Convoy.
Por último, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Socialista Unificado de México, solicita que esta denuncia se turne a determinadas comisiones de esta Cámara. Túrnese a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Información, Gestoría y Quejas.
Agotados los asuntos en cartera se da lectura del orden del día de la sesión próxima.
A las trece horas y treinta minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día ocho del actual, a las diez horas."
- Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor Presidente.
INICIATIVAS DEL EJECUTIVO
BONOS DEL AHORRO NACIONAL
"Escudo Nacional. -Estados Unidos Mexicanos. -Poder Ejecutivo Federal. -México, D. F. -Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -Presentes.
Con el presente envío a ustedes, por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales Iniciativa de Decreto que autoriza el Ejecutivo Federal para aprobar nuevas Emisiones de Bonos del Ahorro Nacional hasta por la cantidad de cinco mil millones de pesos.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 3 de noviembre de 1983.
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados, H. Congreso de la Unión. -Presentes.
La política económica plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988 establece el
propósito para el Estado de hacer frente a los requerimientos de financiamiento del desarrollo a través de una mayor captación del ahorro interno, a fin de disminuir el endeudamiento externo y al mismo tiempo obtener recursos monetarios no inflacionarios.
Las necesidades sociales y de infraestructura para atender exigen esfuerzos crecientes de inversión, ya que el crecimiento del ahorro interno no ha sido suficiente a pesar de su participación significativa en el producto interno bruto.
Uno de los objetivos principales que fijan la estrategia económica y social para la política de financiamiento del desarrollo es el de recobrar y fortalecer la capacidad de ahorro interno de las empresas y de las familias con objeto de abatir la inflación, estabilizar la economía y sostener el crecimiento del ingreso y el empleo, realizándose acciones de una manera conjunta por los sectores público, social y privado.
El Patronato del Ahorro Nacional es una institución que permite aumentar la captación de ahorro interno mediante la emisión de valores de renta fija denominados Bonos del Ahorro Nacional cuya aceptación ha sido tradicional por parte del gran público ahorrador.
La autorización de la nueva emisión que se solicita, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley del Ahorro Nacional, es necesaria para que el Patronato esté en posibilidad de responder a la demanda que tienen los Bonos del Ahorro Nacional, en virtud de ser insuficiente el monto de las emisiones autorizadas hasta el momento.
Por lo antes expuesto, y en ejercicio de la facultad que me confiere el Artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión la siguiente.
INICIATIVA DE DECRETO
QUE AUTORIZA AL EJECUTIVO FEDERAL
PARA APROBAR NUEVAS EMISIONES
DE BONOS DEL AHORRO NACIONAL
HASTA POR LA CANTIDAD DE CINCO
MIL MILLONES DE PESOS
Artículo primero. Se autoriza al Ejecutivo Federal para que, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, apruebe nuevas emisiones de Bonos del Ahorro Nacional hasta por la cantidad de cinco mil millones de pesos moneda nacional, valor de venta, con las características previas en la Ley del Ahorro Nacional.
Artículo segundo. El Patronato del Ahorro Nacional, previa aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fijará dentro de la cantidad global autorizada por el presente decreto, la proporción que se emitirá de cada uno de los tipos de bonos previstos por la Ley del Ahorro Nacional.
Artículo tercero. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para conceder los estímulos fiscales que estime procedentes como complementarios a los previstos por las leyes, respecto del pago del capital e intereses, tasa y planes de venta de los títulos - valor cuya emisión se autoriza, a fin de mantener la competitividad y rendimiento adecuado a dichos valores.
Artículo cuarto. El producto obtenido de la colocación de los bonos cuyo monto de emisión se autoriza en este Decreto deberá ser destinado a los fines que señala la Ley del Ahorro Nacional.
TRANSITORIO
Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, D. F., a 3 de noviembre de 1983.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H."
El C. Presidente: -En virtud de que este documento se está distribuyendo entre los CC. diputados, ruego a la Secretaría darle el trámite correspondiente.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: -Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público e imprímase.
LEY ORGÁNICA DEL BANCO
DE MÉXICO
"Escudo Nacional. -Estados Unidos Mexicanos. -Poder Ejecutivo Federal. -México, D. F. -Secretaría de Gobernación.
-CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -Presentes.
Anexa al presente envío a ustedes, por instrucciones de C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, Iniciativa de Decreto que Reforma el artículo 23 bis de la Ley Orgánica del Banco de México, documento que el propio Primer Magistrado de la Nación somete a la consideración del H. Congreso de la Unión por le digno conducto de ustedes.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 3 de noviembre de 1983.
El secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -Presentes.
El Ejecutivo a mi cargo, considerando la conveniencia de procurar una mayor eficacia del régimen de control de cambio, propone a ese H. Congreso de la Unión, por el digno conducto de ustedes, la reforma al artículo 23 bis de la Ley Orgánica del Banco de México, con objeto de precisar el alcance del citado régimen y fortalecer su observancia.
La presente Iniciativa es resultado de la experiencia en la aplicación administrativa del
régimen de control de cambios, que apunta la conveniencia de modificar el citado precepto para alcanzar los propósitos antes mencionados.
Con relación al primer objetivo, se propone hacer explícitas, en el citado artículo 23 bis, las facultades del Ejecutivo Federal para fijar, con propósitos de regulación cambiaría, las obligaciones y los requisitos respecto del uso y aplicación de las divisas correspondientes al valor de las importaciones o exportaciones de mercancías.
Conviene recordar que ante la circunstancia de escasez de divisas que suele presentarse en épocas como la que nos toca vivir, resulta conveniente mantener y fortalecer las medidas de control de las divisas que genera la exportación de mercancías, así como las concernientes a la provisión de aquéllas para fines prioritarios, particularmente para la importación de bienes necesarios en nuestros procesos productivos.
Se mantiene la disposición que, en acatamiento de los preceptos constitucionales, señala que el Ejecutivo Federal debe someter a aprobación del Congreso de la Unión el uso que hubiese hecho de sus facultades en materia de control de cambios, si bien complementándola al prever que su cumplimiento se lleve a cabo al presentar la Iniciativa de Ley de Ingresos de Federación.
Se propone asimismo, incluir una disposición relativa a las facultades del Banco de México para señalar los términos y condiciones en que las instituciones de crédito del país y las casas de bolsa autorizadas intervengan en la aplicación del régimen de control de cambios.
Se aclara que el propio Banco está facultado, por este precepto y en relación con otros de su propia Ley Orgánica, para fijar tipos de cambio en las Operaciones con divisas.
Para fortalecer la observancia del mencionado régimen, se propone identificar con mayor claridad las conductas que implican infracciones al control de cambios, así como respecto a algunas de ellas, modificar la base que determina el monto de las correspondientes sanciones, referida actualmente, en todos los casos, al importe del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
Para ese efecto se establece que la comisión de infracciones o delitos por violación a prohibiciones o restricciones a la importación o exportación de divisas o de moneda nacional, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por la Ley Aduanera y el Código Fiscal de la Federación, respectivamente.
Se configura, además, la infracción consistente en no cumplir con las obligaciones respecto al uso y aplicación de las divisas correspondientes conforme a lo dispuesto por el régimen de control de cambios y se determina el monto de la multa aplicable con el propósito de relacionar el monto de la sanción con el beneficio que la violación de la norma reporte a su infractor.
La modificación que se propone tiene como objetivo inhibir las conductas ilícitas y procurar, de manera efectiva, la estricta observancia del régimen de control de cambios, de manera que para la citada infracción se imponga una multa por una suma en moneda nacional equivalente a tres tantos del valor de las divisas respectivas.
Se busca evitar así la inconveniente situación actual, que se agrava en la medida en que es mayor el importe de la operación que infringe el régimen de control de cambios.
Se establece también la infracción referente al incumplimiento de los requisitos formales del régimen de control de cambios, siempre que no traiga como consecuencia el incumplimiento de la obligación principal de usar y aplicar las divisas conforme a lo dispuesto por el mismo.
De otra parte, se conserva la estructura de sanciones vigente para ser aplicada por la comisión de violaciones al régimen de control de cambios, distintas a las antes mencionadas.
Para mejor preveer a una eficiente y justa aplicación del régimen de sanciones que se propone en la presente Iniciativa, se establece que contra las resoluciones administrativas que impongan multas procederá el recurso de revocación previsto en el Código Fiscal de la Federación, en relación con el cual serán aplicables todas sus disposiciones, con la salvedad que deberá agotarse previamente a la interposición de cualquier otro medio de defensa legal.
Finalmente, se aclara que contra las resoluciones definitivas dictadas en el citado recurso procederá el juicio ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la Soberanía de ese H. Congreso de la Unión, por conducto de ustedes, la siguiente.
INICIATIVA DEL DECRETO
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 23 BIS
DE LA LEY ORGÁNICA DEL BANCO DE
MÉXICO
Artículo único. Se reforma el artículo 23 bis de la Ley Orgánica del Banco de México, para quedar en los siguientes términos:
"Artículo 23 bis. El Ejecutivo Federal queda facultado, cuando sea necesario o conveniente a la debida protección de la economía nacional, para expedir decretos que establezcan un régimen de control de cambios, conforme a lo siguiente:
I. Mediante dichos decretos podrá prohibir o restringir las importaciones, las exportaciones o el comercio dentro de la República de divisas; la importación o la exportación de moneda nacional, así como establecer las obligaciones y los requisitos respecto del uso y aplicación de las divisas correspondientes al valor de la importación o exportación de mercancías.
En materia de control de cambios el término divisas comprende los billetes y monedas metálica extranjeros; depósitos bancarios, títulos de
crédito y toda clase de documentos de crédito sobre el exterior y denominados en moneda extranjera; así como los demás medios internacionales de pago.
II. El propio Ejecutivo Federal someterá la aprobación del Congreso de la Unión, al enviar la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, el uso que hubiere hecho de estas facultades.
III. El Banco de México, con sujeción a dichos decretos y a las disposiciones complementarias que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estará facultado para aplicar el régimen de control de cambios y para establecer los términos y condiciones en que las instituciones de crédito del país y las casas de bolsa autorizadas deban intervenir en la aplicación del mencionado régimen. El propio Banco de México estará facultado para fijar tipos de cambio para las operaciones con divisas.
Quienes reciban préstamos o créditos de entidades financieras del exterior deberán inscribirse en el registro que al efecto lleve la citada Secretaría, los actos jurídicos que den origen a dichos financiamientos, en los términos y condiciones que la misma dependencia señale.
IV. A quien importe o exporte divisas o moneda nacional, violando las prohibiciones y omitiendo las restricciones correspondientes, le serán aplicadas las disposiciones de la Ley Aduaneras y del Código Fiscal de la Federación.
V. A quien no cumpla las obligaciones respecto del uso y aplicación de divisas conforme al régimen de control de cambios, dicha Secretaría le impondrá multa en moneda nacional por el equivalente a tres tantos del valor de las divisas correspondientes.
VI. A quien no cumpla los requisitos de presentar avisos o declaraciones, o de contar con los registros o autorizaciones exigidos por el régimen de control de cambios, siempre que dicho incumplimiento no tenga como consecuencia la infracción señalada en la fracción anterior, la citada Secretaría le impondrá multa por el equivalente desde cincuenta veces y hasta por el de mil veces el salario mínimo general diario en el Distrito Federal, en la fecha de la infracción.
VII. A quien cometa violaciones al régimen de control de cambios distintas a las señaladas en las fracciones IV a VI, la propia Secretaría le impondrá multa desde por el equivalente de cincuenta veces y hasta por el de tres mil seiscientas cincuenta veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal en la fecha de la infracción.
VIII. La Secretaría, para imponer la multa a que se refiere la fracción V de este artículo, determinará el valor de las divisas correspondientes en base al tipo de cambio que haya fijado para efectos fiscales a la moneda extranjera de que se trate. El tipo de cambio será el vigente en la fecha en que la infracción se haya cometido.
IX. La citada Secretaría fijará la multa señalada en las fracciones VI y VII, dentro de los límites correspondientes, fundando y motivando a su resolución, para lo cual tomará en cuenta:
1. El beneficio económico que hubiese obtenido el infractor.
2. El uso de engaños o artificios para llevar a cabo la infracción.
3. Si el infractor es reincidente.
4. El importe de la operación.
X. En contra de las resoluciones administrativas que impongan multas, procederá el recurso de revocación previsto en el Código Fiscal de la Federación, en cuya interposición, substanciación, y resolución serán aplicables todas sus disposiciones. Este recurso deberá agotarse previamente a la interposición de cualquier otro medio de defensa legal. Contra las resoluciones definitivas dictadas en el citado recurso, procederá el juicio ante el Tribunal Fiscal de la Federación".
TRANSITORIO
Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor el día 1o. de enero de 1984.
Ruego a ustedes CC. Secretarios se sirvan dar cuenta de esta Iniciativa al H. Congreso de la Unión, para los efectos constitucionales correspondientes.
México, D. F., a 3 de noviembre de 1983.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H."
El C. Presidente: -En virtud de que este documento se está distribuyendo entre los CC. diputados, ruego a la Secretaría darle el trámite correspondiente.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: -Trámite: Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público e imprímase.
OFICIOS DE LA SECRETARIA
DE GOBERNACIÓN
CONDECORACIONES
El C. prosecretario Artemio Meixueiro:
"Escudo Nacional. -Estados Unidos Mexicanos. -Poder Ejecutivo Federal. -México, D. F. -Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -Presentes.
Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió al suscrito, con fecha 17 de los corrientes:
'Ruego a usted atentamente tenga bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la Fracción III, Apartado B, del Artículo 37 de nuestra Constitución Política,
para que el C. General del grupo P. A. DEMA. Héctor Vicente Ahúja Fuster, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de la Medalla al Mérito Aeronáutico, que le otorga el Gobierno de la República Federativa del Brasil'.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 24 de octubre de 1983.
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
Trámite: -Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
El mismo C. secretario:
"Escudo Nacional. -Estados - Unidos Mexicanos. -Poder Ejecutivo Federal. -México, D. F. -Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -Presentes.
En oficio fechado el 17 de los corrientes, la Secretaria de Relaciones Exteriores manifiesta a ésta de Gobernación, lo siguiente:
'Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Teniente Coronel de Caballería DEN, Enrique Cánovas Buenrostro, pueda aceptar y usar la Condecoración Recomendación del Ejército, que le otorga el Departamento del Ejército de los Estados Unidos de América'.
Lo que hago del conocimiento de ustedes para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 24 de octubre de 1983.
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
Trámite: -Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
El C. secretario Jorge Canedo Vargas:
"Comisión de Gobernación y Puntos constitucionales.
Honorable Asamblea:
En oficio fechado el 18 de octubre del presente año, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Mario Guerrero Chavarría, Jorge Contreras Jurado y Felipe de Jesús Acosta Vega puedan prestar servicios de carácter administrativo en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el día 4 de noviembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento;
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la embajada de los Estados Unidos de América, en México, serán de carácter administrativo, y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo primero. Se concede permiso al C. Mario Guerrero Chavarría para prestar servicios de almacenista en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.
Artículo segundo. Se concede permiso al C. Jorge Contreras Jurado para prestar servicios de especialista en Economía Agrícola en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.
Artículo tercero. Se concede permiso al C. Felipe de Jesús Acosta Vega para prestar servicios de almacenista en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 4 de noviembre de 1983.
Presidente, Humberto Lugo Gil; Secretario Mario Vargas Saldaña, José Luis Lamadrid Sauza, Salvador Rocha Díaz, Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Manlio Fabio Beltrones R., Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, Víctor Cervera Pacheco, José Carreño Carlón, Arnaldo Córdova, Rubén Castro Ojeda, Irma Cué de Duarte, Salvador Castañeda O'Connor, Jorge Cruickshank García, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, José Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona, Alejandro Lambretón Narro."
Trámite: -Primera lectura.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
LEY ORGÁNICA DEL
DEPARTAMENTO DEL D. F.
"Dictamen.
Honorable Asamblea:
A la Comisión del Distrito Federal le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa para reformar y adicionar la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, formulada por el C. Presidente de la República, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La iniciativa propone la reforma de cinco artículos de la ley Orgánica vigente, así como diversas adecuaciones a otros siete preceptos.
La Comisión que suscribe advierte que la iniciativa presidencial para reformar la Ley Orgánica, se circunscribe a actualizar y hacer más flexible la estructura administrativa del Departamento del Distrito Federal.
A nadie escapa el hecho de que tal reestructuración es un paso más dirigido a responder con eficacia a los complejos problemas que afrontan el Distrito Federal.
Para rendir el dictamen que ahora se expone a la honorable Asamblea, esta Comisión no ha escatimado esfuerzos de análisis y estudio.
El consenso se ha establecido a partir de la deliberación y ponderación del texto de la iniciativa presidencial, que se acepta en su esencia, con las modificaciones surgidas del trabajo de este órgano colegiado de la Cámara de Diputados.
El punto de partida del presente dictamen es la disposición constitucional contenida en el artículo 73, fracción VI; base primera, conforme a la cual el gobierno del Distrito Federal lo ejerce el Presidente de la República, a través del jefe del Departamento del Distrito Federal.
Esta Comisión destaca que desde 1941 ha sido tradicional que la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal contenga, en sus artículos iniciales, un catálogo en el que se enumeran todas las unidades administrativas centrales y las demás dependencias y organismos vinculados al Departamento. El carácter limitativo de tales enunciados normativos, por su casuismo, ha originado, sobre todo en épocas recientes, una rigidez que dificulta la respuesta pronta a las necesidades cambiantes del Distrito Federal.
La solución casuista se ha visto demeritada, con el paso del tiempo, ante la tendencia de la moderna administración pública, marcada por las exigencias de una mayor flexibilidad organizativa, respetando siempre los postulados del Estado de Derecho. La flexibilidad se expresa a través del principio de autoorganización del Poder Ejecutivo y se cumple mediante el ejercicio de su facultad reglamentaria, tal y como lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
A partir de la ponderación de estos dos criterios -el casuista y el de flexibilidad- la Comisión que suscribe llegó a la conclusión de que, sin menoscabo de la tradición normativa, pero también a la especificidad propia de el gobierno del Distrito Federal, en tanto dependencia del Poder Ejecutivo, se hace aconsejable una solución intermedia en la que, enunciándose en la ley las principales unidades administrativas integrantes del Departamento, se propicie también la indispensable flexibilidad, remitiendo a la facultad reglamentaria las restantes cuestiones de organización administrativa; en esta forma el Departamento podrá responder mejor a los complejos problemas que enfrenta el Distrito Federal.
A las consideraciones anteriores responde el texto que ahora se propone para el artículo 3o. de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.
Esta Comisión estima que el artículo 3o. debe contener, básicamente, la enumeración de los órganos superiores del Departamento del Distrito Federal y sus funciones genéricas.
Además, se prevé la posibilidad de crear hasta dos nuevas secretarías generales adjuntas. De esta forma, a juicio de la Comisión, sus modificaciones satisfacen la necesidad de flexibilidad administrativa planteada en la iniciativa presidencial.
Tanto la parte final del artículo 3o., como el artículo 4o. de la iniciativa establecen las bases generales en materia de organización administrativa del Departamento, cuyo desarrollo y concreción será objeto de Reglamento.
También será objeto de las normas reglamentarias fijar los términos para el ejercicio de la facultad de delegación, contemplada en el artículo 10.
En correspondencia con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la iniciativa propone la reforma al artículo 11 de la Ley Orgánica vigente, suprimiendo de su texto la referencia a la forma en que habrán de suplirse las ausencias temporales del jefe del Departamento, por ser ésta materia propia del Reglamento. La facultad del Presidente de la República para designar a los secretarios generales, secretarios generales adjuntos y al oficial mayor del Departamento del Distrito Federal, facultad claramente derivada del artículo 73, fracción VI, base primera de la Constitución General, se incorpora así al artículo 11.
La adición de la nueva fracción XXI al artículo 17 de la Ley Orgánica, tiene por objeto asegurar una mejor difusión de las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes en el Distrito Federal.
Esta Comisión encuentra plenamente justificada la reforma que la iniciativa propone a la fracción IV del artículo 18, por lo que hace suya la propuesta de que se reincorpore a dicho texto legal el servicio público de inhumaciones, para así asegurar su control jurídico y administrativo por parte del Departamento del Distrito Federal.
La creación, por el Congreso de la Unión, de las secretarías de la Contraloría General de la Federación y de la de Desarrollo Urbano y Ecología, determina la necesidad de armonizar el texto de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, mediante las modificaciones pertinentes a los artículos 17, fracciones I y IV; 19, fracciones II, III y V y 20, fracciones I y II, por lo que la Comisión estima oportunas dichas adecuaciones.
De particular trascendencia resultan, a juicio de esta Comisión, las adiciones que se proponen a los artículos 19, fracciones II, III, V y XIX; 20, fracciones I, II, XIV y XV y 21, fracciones III, IX, X y XI de la ley. La primera de ellas se encamina a implantar un sistema integral de planeación indispensable para la mejor administración del Distrito Federal. Por su parte, en respuesta a demandas de los sectores mayoritarios y a los postulados del estado social de derecho, la iniciativa prevé que el Departamento del Distrito Federal fomente la producción y comercialización de productos básicos, mediante programas de abasto para lo que se adiciona el artículo 21.
En el mismo sentido se adiciona con dos nuevas fracciones el artículo 20 de la Ley, que faculta al Departamento del Distrito Federal para crear la infraestructura necesaria en las áreas de vivienda y transporte.
En materia de regularización de la tenencia de la tierra y escrituración masiva, se modifica el artículo 39 para implementar un protocolo notarial especial, que facilite la formalización de los actos en los que interviene el Departamento del Distrito Federal, sistema que tiende a lograr una mayor celeridad en beneficio de las clases populares.
Conviene insistir en que la iniciativa fortalece los instrumentos de acción del Departamento del Distrito Federal, otorgándole la posibilidad de agilizar su funcionamiento para responder a las necesidades de estructura que la administración requiere para su mejor desempeño.
Por todo lo anterior, la Comisión del Distrito Federal, que suscribe, somete a la consideración de esta honorable Asamblea la aprobación del siguiente
PROYECTO DE DECRETO
QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY
ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DEL
DISTRITO FEDERAL
Artículo único. Se modifican los artículos 3o., 4o., 10, 11, 12; 16, párrafo primero; 17 fracciones I, IV y XXI; 18, fracción IV; 19, fracciones II, III, V y XIX; 20, fracciones I, II, XIV y XV; 21, fracciones III, IX, X y XI y 39, párrafo segundo de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, para quedar como sigue:
"Artículo 3o. El Jefe del Departamento del Distrito Federal se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, que comprenden el estudio, planeación y despacho de los asuntos que competen al Departamento del Distrito Federal en los términos de esta ley, de las siguientes unidades administrativas:
I. La secretaría general de Gobierno para atender, primordialmente, las materias relativas al seguimiento de las funciones desconcentradas en las delegaciones del Departamento, así como los asuntos de trabajo y previsión social y todo lo relacionado con la administración de los recursos territoriales y bienes del Distrito Federal.
II. La Secretaría de Planeación y Evaluación para atender, primordialmente, las materias relativas a la planeación, programación evaluación y fiscalización de la administración financiera.
III. La Secretaría General de Obras para atender, primordialmente, las materias relativas a obras públicas, operaciones hidráulicas y vivienda.
IV. La Secretaría General de Desarrollo Urbano y Ecología para atender, primordialmente; las materias relativas a proyección del área urbana y los problemas del medio ambiente así como el fomento a las actividades agropecuarias.
V. La Secretaría de Desarrollo Social para atender, primordialmente, las materias relativas a los servicios médicos, las actividades cívicas, la recreación, los reclusorios y centros de readaptación social, la promoción deportiva y las actividades turísticas y culturales.
VI. La Secretaría de Protección y Vialidad para atender, primordialmente las materias relativas a la seguridad pública y la vialidad.
VII. La Oficialía Mayor para atender, primordialmente, la administración y desarrollo del personal, el ejercicio presupuestal, los recursos materiales, los servicios generales y, en general, la administración interna del Departamento del Distrito Federal.
VIII. La Tesorería para atender, primordialmente, las materias relativas a la operación de la administración fiscal y la recepción de ingresos del Departamento del Distrito Federal.
IX. La Contraloría General para atender, primordialmente, la auditoría y el seguimiento y control de obras y servicios, y
X. Las delegaciones a que se refiere el artículo 14 de esta ley.
Asimismo, podrá contar con dos secretarías generales adjuntas para atender nuevas actividades administrativas, o para realizar con carácter de temporal, las tareas específicas que al efecto delegue la jefatura de Departamento; además, contará con las coordinaciones generales, direcciones generales y demás unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados que establezca su Reglamento Interior.
Artículo 4o. La asignación y distribución de las atribuciones de las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados, a que se refiere el artículo anterior, para el despacho y atención de los asuntos de la competencia del Departamento del Distrito Federal, se señalarán específicamente en su Reglamento Interior.
Artículo 10. Corresponde al jefe del departamento del Distrito Federal la representación legal de éste, la que podrá delegar, en los términos que establezca el Reglamento Interior, en los funcionarios del propio Departamento, que por sus atribuciones se encuentren vinculados con la materia motivo de la representación.
Artículo 11. Los secretarios generales, los secretarios generales adjuntos y el oficial mayor del Departamento del Distrito Federal serán designados y removidos por el Presidente de la República.
Artículo 12. Los secretarios generales, secretarios generales adjunto, oficial mayor, tesorero, contralor general, delegados, coordinadores generales, procurador fiscal, directores generales, directores y demás titulares de las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados podrán delegar atribuciones en otros funcionarios, previo acuerdo con el jefe del Departamento del Distrito Federal .
Artículo 16. La jefatura del Departamento, las secretarías generales, las secretarías generales adjuntas, la oficialía mayor, la tesorería, la contraloría general, las delegaciones, las coordinaciones generales, la procuraduría fiscal, las direcciones generales, las direcciones y demás unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados integran la administración pública, centralizada.
Artículo 17. ..
I. Administrar los bienes de dominio público y los de dominio privado del Departamento del Distrito Federal, en los términos de las disposiciones legales aplicables, con la intervención que corresponda a las secretarías de Desarrollo Urbano y Ecología y a la Programación y Presupuesto;
II Y III. .. ;
IV. Llevar registro y control de los bienes muebles e inmuebles del Departamento del Distrito Federal y vigilar su adecuado uso y conservación, así como ordenar su recuperación administrativa cuando proceda, con la intervención que las leyes otorguen a las secretarías de Desarrollo Urbano y Ecología y a la de Programación y Presupuesto;
V y XX. .. ;
XXI. Publicar la Gaceta Oficial del Departamento, dando en este órgano de difusión la publicidad a los documentos que conforme a las leyes precisen de este requisito.
Artículo 18. ..
I a III. .. ;
IV. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de jurados, panteones, registro civil, tribunales calificadores, dispensas y licencias referentes al estado civil de las personas, notariado, consejo de tutelas, registro público de la propiedad y del comercio, legalizaciones, exhortos y bienes mostrencos, así como intervenir en materia de cultos y desamortizaciones conformes a las leyes de la materia;
V a XIV. ..
Artículo 19. ..
I. .. ;
II. Dictar las medidas administrativas que procedan respecto a quienes incurran en responsabilidades que afecten a la Hacienda Pública del Distrito Federal, con la intervención que en su caso concedan las leyes a las secretarías de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación;
III. Autorizar las erogaciones por servicios y las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles; aprobar, previo acuerdo del Presidente de la República, la participación del Departamento del Distrito Federal en empresas, sociedades o asociaciones civiles y mercantiles, ya sea en su creación, aumento de capital o en la adquisición de todo o parte de éste; así como realizar los demás actos y contratos de los que resulten derechos y obligaciones para el propio Departamento; todo ello con la intervención que las leyes señalen a a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de Desarrollo Urbano y Ecología;
IV. .. ;
V. Controlar y vigilar el ejercicio de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y evaluar el gasto público del propio Departamento para fines internos, en los términos que fijen las secretarías de Programación y Presupuesto de la Contraloría General de la Federación;
VI a XVIII. .. ;
XIX. Diseñar el sistema integral de la planeación para el Distrito Federal, así como la elaboración de programas financieros anuales, de acuerdo a los lineamientos que conforme a su respectiva competencia expidan las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 20. ..
I. Fijar la política, la estrategia, líneas de acción y sistemas técnicos a que deban sujetarse la planeación urbana y el mejoramiento y protección del eterno ecológico de la ciudad de México, con la intervención que le concedan las leyes a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología;
II. Vigilar y evaluar la contratación, ejecución y liquidación de las obras y servicios a cargo del Departamento del Distrito Federal, conforme a lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas y su Reglamento y demás leyes aplicables, dando la intervención que corresponda a las secretarías de Programación y Presupuesto y a la de la Comisión General de la Federación;
III a XIII. ..
XIV. Fomentar la construcción y particularmente, la autoconstrucción de vivienda para ampliar la cobertura habitacional, planificando las acciones necesarias al efecto, formulando programas conexos en materia de trabajo y recreación; y
XV. Promover la operación eficiente del transporte público en el área metropolitana y crear la infraestructura necesaria para ello.
Artículo 21. ..
I. II. ..
III. Estudiar, en coordinación con las dependencias del Ejecutivo Federal competentes, las políticas tendientes a regular el crecimiento industrial y de fenómeno, a la pequeña y mediana industria, así como de aquellos incrementen la generación de empleos en el Distrito Federal.
IV a VIII. ..
IX. Coordinar los programas de abasto y comercialización de productos básicos en el Distrito Federal;
X. Fomentar la producción industrial y la comercialización de productos básicos, y
XI. Proporcionar servicios de localización de personas y vehículos desaparecidos, accidentados o detenidos en la vía pública.
Artículo 39. ..
Los volúmenes de este protocolo se integrarán por folios, llevarán las siglas P. E. y serán autorizados en la forma que establezca la Ley del Notariado del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Tercero. En tanto se expida el nuevo Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal, continuarán en su ejercicio los órganos administrativos centrales y desconcentrados que mencionan en la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
México, D. F. a 4 de noviembre de 1983.
Comisión del Distrito Federal: Luz Lajous, Presidenta; José Carreño Carlón, Secretario; Aguilar Alcerreca José, Alvarez González Manuel, Alpizco Jiménez Domingo, Anderson Nerváez Hilda, Bartilotti Perea Pedro Luis, Balanzario Díaz Daniel, Blanco Sánchez Javier, Calzada de Campos Ma. Luisa, Contreras Cuevas Arturo, Del Olmo y Reyes Joaquín, De la Vega Nezahualcóyotl, Fernández Martínez Enrique, García Lizama José Augusto, García Pérez Rodolfo, García Solís Iván, Gámiz Fernández Everardo, Jardón Arzate Edmundo, León Martínez Enrique, Ling Altamirano Alberto, López Cano Norma, Llarena de Guillén Xóchitl, Martínez Valdéz Armida, Medina Valdéz Gerardo, Morado Garrido Miguel Ángel, Núñez Perea Esteban, Osante López Manuel, Osorio Palacios Juan José, Goveala Autrey Ricardo, Orozco Romo David, Parcero López José, Riva Palacio Galicia Enrique, Ruiz Pérez Sergio, Saldaña Rossel Juan, Salazar Toledano Jesús, Sánchez Lazcano Alicia Perla, Valdivia Ruvalcaba Alfonso, Villapando Núñez Sara."
El C. Presidente: -En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los CC. diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: -Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen.
-Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Se dispensa la segunda lectura al dictamen.
El C. Presidente: -Está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores..
- Esta Presidencia informa que es han inscrito para hablar en contra los siguientes CC. diputados; por el Partido Acción Nacional, Alberto Ling Altamirano; por el Partido Socialista Unificado de México, Iván García Solís, por el Partido Popular Socialista, Sergio Ruiz Pérez.
- Y para hablar en pro, María de Jesús Orta por el Partido Demócrata Mexicano por el Partido Socialista de los Trabajadores, Antonio Ortega Martínez, y por el partido Revolucionario Institucional, José Carreño Carlón.
- Tiene la palabra el C. diputado Alberto Ling Altamirano.
El C. Alberto Ling Altamirano: -Señor Presidente; señores diputados: La diputación del Partido Acción Nacional considera esencial e imprescindible que todo en México redunde en una genuina promoción de la dignidad de la persona humana, en una orden cada vez mejor de la vida económica, social y política del país, en función de la justicia y libertad, así como en una participación eficaz, responsable, respetada y libre del ciudadano en la vida nacional y local, comprueba que el Distrito Federal tales objetivos de la vida comunitaria se cumplen de manera nula o exigua.
Los ciudadanos de esta ciudad capital son la paradoja viviente del sistema político, pues si bien los habitantes son la sangre y vida de los poderes políticos que se asientan en la ciudad, ellos mismos carecen de derechos políticos locales.
El problema urbano, incluyendo el de la administración pública, tiene diferentes formas de ser enfocado, sobre todo en el terreno de lo sociopolítico existen varias posibilidades de análisis, incluyendo el ecológico espacial, el continuo teórico rural - urbano, y si a estos dos enfoques agregamos el tecnocrático de la actualidad, tomando como algo estructural funcionalista que ve a la sociedad como algo cibernético, con sus conceptos de cajas negras y señales de entrada y salida se puede regular el ámbito de la libertad, fracasan estruendosamente estos enfoques, dejando intacto lo medular del problema y alejando el abordaje de las soluciones posibles.
Sin despreciar los enfoques anteriores, pero sin absolutizarlos, optamos por el enfoque histórico - político, que entre otras premisas fundamentales
tiene la convicción de la prioridad de la cuestión urbana, de la cuestión política, ya que ésta condiciona siempre en última instancia. Las urbes son un amplificador de decisiones donde efecto que implique una modificación a la convolución del entorno es tan grande, que no es posible dejar más y más libre curso a decisión autoritaria y prepotente de la autoridad.
Ya en el año de 1978, la sociedad mexicana en general y la sociedad del Distrito Federal y su zona controlada, con todas las características que le son propias como comunidad urbana, bajo un régimen jurídico, político peculiar -muy peculiar -, desarrollaron expectativas ante el anuncio que se hizo de una reforma política a fondo. La verdad es que no se democratizó al Distrito Federal y si se le dio "atole con el dedo" al pueblo, en los espejismos del referéndum y la iniciativa popular, que en la actual ley todavía se contemplan, pero no se usan.
Nuestro partido. Acción Nacional, no quiere que la democratización del Distrito Federal se consiga gota a gota, sino que propugna por una democracia total. Por eso siempre y con mayor énfasis en nuestra plataforma política federal última, explicitamos nuestro deseo de que la ciudadanía del Distrito Federal elija al regente o gobernador, que exista un Congreso local y que existan varios municipios en la entidad. Necesitamos autodeterminarnos y dejar a la soberanía popular del Distrito Federal las elecciones de sus autoridades, y no que se le trate de gobernar con la mejor supuesta Ley Orgánica de un Departamento, tan sólo del Distrito Federal.
Nosotros no caemos en el juego de que se nos de la oportunidad de discutir, aunque relativamente, una ley orgánica tratando de mejorarla, modificarla, reformarla, pero siempre en los carriles del presidencialismo; de tal manera que si pudiésemos hacer una analogía, al mejor sería aquella en la que se permite al esclavo escoger la marca, el color, peso, forma, tipo de cerradura, etcétera, de sus cadenas, pero nunca se le permite discutir sobre porque tiene que llevar cadenas.
Queremos la elección del regente, es por eso que votaremos en contra. A pesar que se insinúa en la exposición de motivos que es evidente que esta Ley Orgánica avanza hacia la democratización del Distrito Federal, sinceramente, por más lecturas que le hemos dado a sus 59 artículos, incluyendo las reformas propuestas y sus adiciones, no es con leyes orgánicas, sino con voluntad política como se consigue la democracia.
Se nos dice que no necesariamente la elección del regente ayuda a la democratización. Yo propongo aquí, ahora, que lo intentemos; probaremos si se logrará la participación ciudadana o no con esta elección, y no suplirla con la técnica de la consulta popular -que bien sabemos ustedes y yo -, cómo se maneja dicha consulta.
La consulta popular no es una forma jurídica que convalida al régimen del regente, lo único que lo legitima es el sufragio popular.
A manera de ejemplo de lo que es la consulta popular, recordaremos la última que se hizo sobre el artículo 115 en cuatro sedes de la República Mexicana, a una de las cuales -la de Saltillo-, se presentaron cerca de 500 ponencias sobre el municipio, y antes de comenzar el evento, ya estaba escogidas las cinco o seis que iban a tomarse en cuenta, y lo que es más grave, ya estaban redactadas las conclusiones del evento. Esto no es una consulta popular sino una consulta a la esfera de cristal, o bien, una burla.
La democracia no posee la propiedad purificadora de la transitividad; el hijo del tirano no hereda algo legítimo o ilícito; el regente nadie lo eligió sino que es designado por el titular del Poder Ejecutivo Federal; pero es todo el país quien eligió a este último, y es entonces que los capitalinos no escogen directamente sus autoridades, este es el precio político de los habitantes del Distrito Federal, que tienen que pagar no tener derechos políticos. Claro que son lo que reciben de toda la Nación más pesos por capital en obras y servicios, pero, aunque la jaula sea de oro..
Esta ley y sus modificaciones confunden el criterio de Flexibilidad con el de laxitud, de tal manera que se puede ser la ley orgánica de algo amorfon o de algo permanente coyuntural sin definición, porque todo, o prácticamente todo, se deja al reglamento, pero esto es lo de menos, como también lo es cómo este Estado -entiéndase Gobierno - puede hacer una buena planeación que a pesar de sus computadores, su millón 700 mil empleados, todavía estamos en las cifras preliminares del censo de casi cuatro años.
No -aunque se quiera separar - la democratización del Distrito Federal sí va unida a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, y aunque se puede cerrar los ojos a esto, equivale entonces a querer curar a un enfermo, atendiendo como si fuesen separables corazón, torrente sanguíneo o sistema linfático; es querer operar al diabético de alguna víscera, sin tomar en cuenta su hiperglicemia. Esto es planear mal la democracia, o bien, planear muy bien para el presidencialismo. Por cierto que se habla en esta ley del sistema integral de planeación, sin definirlo, por lo que se da de alta un término técnico como término jurídico; así nada más. Resulta absurdo integrar a una ley términos técnicos ambiguos y sin consenso jurídico, que puede prestarse, aunque no se diga, a hacer lo que se nos dé la gana. Imagínense propusiéramos ahora que:
Para valuar su sistema integral de planeación, tomásemos en cuenta la reactancia social que va desafada por su transitividad de la alternancia comutativa por el régimen bienestable planeado.. No se entendió nada, pero es un término legal.
Para resolver la cuestión urbana, así como otras cuestiones, existen básicamente dos tipos
de planificadores: Los tradicionales y los contemporáneos. Dentro de los tradicionales existe, en primer término, la época romántica de la planeación, donde bastaría, con sólo definir la imagen de lo deseable, para que con esto los reformadores sociales motivaran a la ciudadanía y la cuestión estaría resuelta. Rainer, en 1963, señala que "la visión ecológica de estos primeros intentos de aproximación teórica no es, en modo alguno, un resultado incidental, ya que se da durante el romanticismo de lo social, es la visión liberal estática de la cuestión". La segunda visión tradicional, es la de darse cuenta de que las imágenes estáticas hacían referencia a situaciones sociales deseadas, no resultaban especialmente factibles de alcanzar, debido, entre otras razones, a las combenientes condiciones del medio social y al medio de que el surgimiento de coyunturas no resultaba cabalmente aprovechado. En todo caso, resultaba claro que la necesidad de planificar era urgente y que como las consecuencias de dicha actividad era por necesidad de naturaleza social. Un tercer modelo tradicional que busca soluciones apropiadas al problema de selección de alternativas de desarrollo social y el cambio de comportamiento implícito en las mismas, pero es difícil para el que planea, si no imposible, demostrar en una sociedad plural que los valores son unánimemente compartidos, por está razón el racionalismo como base lógica de la planeación, deja muchisímo que desear.
Una modificación a este modelo racional puro, es el modelo de carácter satisfaciente, donde lo importante es agradar a todos aunque el problema no se resuelva. El pensamiento llamado contemporáneo de la planeación es ejemplo del avance teórico, a pesar de sus principales encrucijadas conceptuales, operativas e ideológicas no ha podido ser eficaz.
Bolland empieza a preocuparse con cuestiones relativas a cómo podría la planeación enfrentar en forma más efectiva el problema planteado por la incorporación de valores en la fijación de objetivos socialmente deseables, en lugar de únicamente enfrentarse al de encontrar medios para alcanzar objetivos. Esto va en contra de los tecnócratas.
Un segundo enfoque de conceptualizar la planeación como un sistema de proceso - aprendizaje social, donde no solamente cuentan los valores sociales. Además que éstos pueden cambiar por la incidencia del proyecto sobre el plano social, sino también los valores propios y ética del planificador. Esta visión heurística de la planificación, obedece a las teorías relativas a modelos de planeación burocrática e institucionalizada, por lo que debe abrirse un diálogo social que no suple a las elecciones, debe ser implemento entre pueblos, partidos políticos y gobierno. Es decir, entre los expertos y los usuarios de la planeación.
Finalmente, reiteramos que el compromiso del Partido Acción Nacional es por la democratización del Distrito Federal, para hacer de este lugar el ámbito general del desarrollo total de la persona humana con su carácter esencial de ser libre.
Necesitamos hacer de nuestra ciudad un lugar de convivencia, donde la solidaridad sea un hábito y la escala humana un patrón de medida.
Diputado Alberto Ling, miembro de la diputación del Partido Acción Nacional."
El C. Presidente: Tiene la palabra la señorita diputada María de Jesús Orta.
La C. Ma. de Jesús Orta Mata: - Señor Presidente; honorable Asamblea: Las reformas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, objeto del presente dictamen, fueron consideradas por los diputados de la Fracción Parlamentaria Demócrata, en el marco institucional del artículo 73, fracción VI, base primera, y del artículo 89, fracción II de nuestra Ley Fundamental.
Aunque no es el objeto directo de este debate, sí queremos dejar testimonio de nuestro rechazo a este marco constitucional, el cual debe ser objeto de reforma y cambio. Es una grave falla de nuestras instituciones el que más de diez millones de personas no puedan elegir a sus autoridades ejecutivas; que las leyes que los van a afectar sean aprobadas por legisladores de otros estados; que sus jueces sean nombrados en última instancia, por la Federación; en fin, que los ciudadanos institucionalmente, sean ciudadanos de segunda.
Nuestra República, formalmente democrática, deja de serlo formal y fácticamente en el asiento de sus poderes. Es verdad que el Presidente de la República teórica o fácticamente, es electo democráticamente por la mayoría de sufragios; pero en el pensamiento y en la votación de los electores son consideradas sus cualidades en cuanto a Presidente de la República, y no en cuanto a gobernador nato del Distrito Federal.
A los ciudadanos de la capital de la Nación mexicana, no se les da oportunidad específica de elegir a quienes los van a gobernar directamente en sus asuntos locales. Los del Partido Demócrata Mexicano exigimos que el gobernador del Distrito Federal sea nombrado mediante sufragio universal y directo, que esta entidad cuente con un Congreso y un Poder Judicial propio de una administración, en que las atribuciones se dividan entre una administración central de carácter local y los municipios en que se divida la ciudad, gobernados por ayuntamientos también electos democráticamente.
En fin, el Departamento del Distrito cuenta con un régimen interno, análogo de los demás estados libres y soberanos de la Federación, con las características propias que le imponen el aplicarse a un lugar sede de los poderes federales y su confirmación en la gran metrópoli, pero sin que tales peculiaridades le restan vigor a sus estructuras democráticas.
Vimos con gusto el anuncio presidencial de que se instrumentaría una consulta popular, para definir cuál sería el régimen fundamental,
sin duda distinto al actual futuro del Distrito Federal.
Protestamos porque al respecto ni siquiera se hayan dado los primeros pasos, por lo menos conocidos para ese fin. De todas formas si esta consulta llegara a realizarse, llegara un día a efectuarse, hacemos votos porque sea no consulta, verdaderamente consulta al pueblo, que lo que dio origen al Plan Nacional de Desarrollo sino real que las fantasmales elecciones que dieron origen a la integración de último Consejo Consultivo de la Ciudad de México.
Ante la ausencia y la inexplicable tardanza, el Partido Demócrata Mexicano, desde sus escasos recursos, efectuará esta consulta entre los ciudadanos del Distrito Federal y tratará de hacer conciencia sobre el problema de la democratización de esta entidad. Y conforme a los resultados de esa oscultación prestará las propuestas legislativas correspondientes.
Invitamos a los otros partidos y a las agrupaciones cívicas a que coordinadas o separadamente inicien la misma tarea. Esperamos que para referirnos al Distrito Federal en un futuro próximo ya no le llamemos entidad, con ese sabor de evanescencia, vaguedad y hasta metafísica, no que lo nombren como el estado libre y soberano del Distrito Federal.
Pero mientras eso sucede, mientras se reforma la Constitución General, después de la anterior designación necesaria para puntualizar tesis y posturas, hay que abocarse al comentario de la reforma a una secundaria: la ley del Distrito Federal.
Nos hubiera gustado que esta ley reflejara una estructura democrática en el Distrito Federal; pero para ello ya debía de haber sido reformada la Constitución, derogado la fracción VI del artículo 73, cuatro palabras del 89, añadió el 115, o un 115 bis. le estructura democrática, peculiar de este futuro Estado.
Como esto no ha sucedido, juzgar esta ley secundaria no es merco constitucional, sino de la óptica de los deseos de las hipótesis no realizadas, que es un ejercicio análogo al que se suscribe en el dicho popular e irónico de que "si mi abuelita tuviera ruedas..."
Como de alguna manera ya ha sucedido en esta tribuna, bajo el supuesto de la Constitución a la que tenemos que respetar, de que es el Presidente de la República el que gobierna el Distrito Federal, en última instancia se trata de examinar si el esquema organizativo y operacional, propuesto de las reformas del proyecto de decreto a esta ley Orgánica, es mejor o peor en el esquema del artículo vigente por derogar.
Eso es lo que vamos a discutir, a aprobar o a rechazar; en eso se mide la propia importancia y trascendencia y no en las cuestiones ciertamente de mayor importancia y trascendencia que evoque, como la descentralización integral del Distrito Federal invocada en el exhorto de mi intervención.
Si las reformas propuestas de la Ley Orgánica del Distrito Federal mejoran la administración de su gobierno, hay que aprobarlas. Si por el contrario estas reformas empeoran su administración, hay que rechazarlas.
En la alternativa para los que razonan, si no con los rigores de la lógica aristotélica, sí con las exigencias de la lógica natural. Sé que es mucho pedir el seguimiento de tal dilema de los que responden con un sí, no a cualquier pregunta, que afirman que el día es también noche y lo blanco negro, a los que se dicen seguidores de esa logomaquia llamada, dialéctica, que empezó hegeliana se volvió marxista y termino cantinflesca, pero por esfuerzo de convencimiento no debe quedar.
En la especie, el esquema de organización mejora, como se narra en la exposición de motivos, la antigua organización del primer nivel del gobierno del Distrito Federal era casuística, sedimentada por los proyectos y caprichos de cada regente, en que se reflejaba, una vez más, la agudizada irracionalidad que ha caracterizado el arte de gobernar de los usufructos del poder.
En el esquema propuesto hay un intento de racionalización con la necesaria generalización en este tipo de diseños.
El mismo, sobre todo el propuesto por los artículos 3o. y 4o. no es, ni con mucho, perfecto, puede ser objeto de varias críticas serias y fundadas; pero mi partido, en el seno de la comisión no propuso una solución alternativa, un esquema mejor. Lo podría presentar con más tiempo y estudio de la problemática del gobierno de esta entidad, pero no hizo y tampoco lo presentaron los otros partidos. Si otro partido hubiera presentado una alternativa realmente positiva, la hubiéramos secundado, pues queremos no ser celosos, ni sentirnos en posesión de todas las soluciones.
La reformas que se presentan en el proyecto decreto, introducen un esquema organizativo y operacional menos malo que el articulado vigente de derogar, y ante la ausencia de una alternativa actualizada y mejor, los representantes del PDM, en la Comisión del Distrito Federal, suscribieron el dictamen y la Fracción Parlamentaria Demócrata votará a favor del mismo.
No habría asumido la misma actitud, si se hubiera conservado intacta la iniciativa presidencial. En ésta, en su artículo 3o. se establecían -palabras más, palabras menos - que la estructura fundamental del gobierno del Distrito Federal, sería establecida por un reglamento interior dictado por el jefe del Departamento.
Ello hubiera sido violatorio de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Federal de la República, ya que la facultad de legislar para el Distrito Federal, en que está incluida la de determinar el diseño fundamental de su gobierno, propia del Congreso, se delegaba en forma permanente en el jefe del Departamento del Distrito Federal. También hubiera violado la base primera de dicha fracción, pues en la misma se establece que el gobierno del Distrito Federal estará a cargo del Presidente de la República, quien lo ejercerá por conducto del órgano
u órganos que determine la ley respectiva. En el caso de haberse conservado la iniciativa presidencial, el gobierno del Jefe de la Nación hubiera sido ejercido, no a través de los órganos previstos por una ley, la cual por definición sólo puede emanar del Congreso, sino de un reglamento dictado por un subordinado suyo, el jefe del Departamento del Distrito Federal.
Tamaño dislate, afortunadamente, no se conservó, las observaciones que al respecto formuló el representante del PDM en la Comisión del Distrito Federal paralelas a las expuestas por los representantes de otros partidos, fueron asumidas como propias, en una actitud de honra, por los integrantes de las mayorías priístas encabezadas por la presidenta de la Comisión.
Ello dio como resultado el actual texto del artículo 3o. que se propone. Se cambió sustancialmente lo propuesto por la iniciativa presidencial y en la redacción se reasumió el papel propio del Congreso, de ser legislador del Distrito Federal, al establecerse el diseño básico de las dependencias atravesé de las cuales se auxiliará al Jefe del Departamento y los órganos através de los cuales el Presidente de la República ejercerá directamente el gobierno de esa entidad, en consecuencia con los preceptos constitucionales citados.
En el Partido Demócrata Mexicano sí consideramos que el desbordado presidencialismo y el exceso de centralización son uno de los problemas que afectan negativamente y con gravedad la marcha de nuestras instituciones. Este fenómeno no se agrava por la redacción del artículo 11, en que se establece que los secretarios generales, los adjuntos y el oficial mayor, serán designados y removidos por el Presidente de la República. El presidencialismo y la centralización son los mismos, si los nombra directamente o por conducto de interpósita persona, Si el texto actual propuesto se reforma con una redacción que se estipule que serán nombrados por el gerente, previo acuerdo del Presidente o modificaciones parecidas que no fueran contra los artículos constitucionales ya citados.
La verdadera descentralización, la efectiva, no la ilusoria, se dará cuando estos funcionarios sean nombrados por el gobernador del Distrito Federal, electo directamente por los distritofederalenses, mediante la consiguiente reforma constitucional. Esto se puede lograr, pero no aquí, en este debate, en la discusión de la ley secundaria.
Por lo demás, se quiere dejar constancia y reconocer la conformidad con el informe de los representantes demócratas en la Comisión del Distrito Federal, que ésta estuvo abierta y receptiva para recibir las observaciones de sus integrantes y que las mismas fueran serias, razonables y presentadas en tiempo, fueron recogidas de alguna forma en el dictamen.
Las observaciones presentadas por el Partido Demócrata Mexicano, sobre todo respecto al artículo 3o. fueron atendidas, de esta manera lo congruente era que nuestros representantes suscribieran el dictamen que, aunque no redactado por ellos, ara en el fondo su dictamen y votar a su favor. Obrar en sentido contrario hubiera sido semejante al del chiste o anécdota de quien se niega a vender todos los huevos que pregona, porque luego qué vende. Y reservamos algunos ovoides para que en tribuna reafirmar que somos de oposición, hacer una tempestad en un vaso de agua o juzgar negativamente a Uganda porque hace frío en Alaska, o lo que es lo mismo, culpar a la Ley Orgánica del Distrito Federal el que no se haya reformado la Constitución en el renglón respectivo.
Esto da lugar a recordar a las minorías y a las mayorías, representadas en esta Cámara y recordaremos a nosotros mismos que cuando no están en juego los principios básicos, le entraña de la democracia es la negociación digna y limpia, la conciliación que implica el ajuste de las presentaciones en busca del consenso, pues después de todo, toda la sociedad es un convenio, en actitud plural de voluntades. Es bueno recordar que la democracia, al darse en lo temporal, se da en lo relativo, y que lo absoluto, lo dogmático es lo contrario, su veneno, su enemigo. No entenderlo es no entender la democracia o la esencia de un parlamento, o bien, que en el fondo hay un lobo totalitario revestido con esta palabra mágica.
Por las anteriores consideraciones, los diputados demócratas votaremos a favor del dictamen y hacemos votos para que el día de mañana, pero en esta LII Legislatura, discutamos la futura constitución local del Distrito Federal. Muchas gracias.
El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Iván García Solís.
El C. Iván García Solís: -Señor Presidente; señoras y señores diputados: El partido Socialista Unificado de México expresa su rechazo al proyecto de dictamen, relativo a las reformas y adiciones que el Presidente de la República ha enviado a esta Cámara para modificar la vigente Ley Orgánica del Distrito Federal.
El Distrito Federal requiere con urgencia un gobierno propio y democrático, y no parches y retoques a un estatuto jurídico obsoleto, restrictivo, antidemocrático desde su origen y, por tanto, digno no de reformas sino de su completa eliminación. En vez de eso, la iniciativa presidencial propone cambios que derivarían, de aprobarse, en un reforzamiento del autoritarismo. Aquí discreparía del compañero Ling Altamirano, puesto que la supuesta flexibilidad no es sustituida con una laxitud, sino la apariencia de lexitud, que en realidad deriva en nuevas y mayores facultades al Poder Ejecutivo. Este autoritarismo y suma de facultades ya muy concentradas en el Poder Ejecutivo y de manera concreta en su titular, el Presidente de la República, autoritarismo y monopolio del poder que se ejerce contra los intereses y la voluntad de los 12 millones de habitantes que pueblan esta entidad.
Recordemos palabras y hechos, el hoy Presidente de la República, desde su campaña electoral, se vio obligado a emitir frases que, pese a su imprecisión y en algunos casos hasta ambigüedad, tuvieron que dar cuenta de la insatisfacción y protesta de capas muy grandes de nuestra ciudadanía por la antidemocracia dominante en el Distrito Federal. Dijo entonces el hoy Presidente: "La organización eficaz de la ciudadanía supone el rechazo de fórmulas tecnocráticas, supone también la adopción decidida de una democracia participativa que articule las necesidades de planeación urbana con las aspiraciones de los ciudadanos". Pese a lo genérico de estos postulados, puede percibirse que nada hay en el proyecto legislativo que hoy discutamos que se corresponda con el texto citado. Por el contrario, se confirma lo opuesto. Los cambios a la Ley Orgánica auspician el tecnocratismo y niegan nuevamente cualquier participación democrática, no digamos participación democrática, no digamos ya en relación con la planeación urbana, sino con los más simples usos y procedimientos de la conveniencia ciudadana.
Menos tiene que ver el proyecto que citamos, con otra frase del entonces candidato presidencial más expresa, surgida sin duda al calo de reclamos populares que se filtran pese a todo, hasta el propio partido oficial. Decía el entonces candidato: "Hemos escuchado de los habitantes metropolitanos, su deseo por una mayor participación en el gobierno del Distrito Federal. Hay un acuerdo generalizado de que es hora de reivindicar para el pueblo capitalino, su legítimo derecho de convertirse en sujeto activo y decisorio en los actos de gobierno. Queremos -agregaba- que el pueblo capitalino cuente con amplios cauces de participación política, auténtica representación en la estructura gubernativa de la ciudad de México". Aquí termina la cita.
Y preguntamos nosotros: ¿Qué relación hay entre estas ofertas de campaña con los cambios administrativos hoy propuestos? La única relación es el engaño electoral constante de que se vale el partido del Gobierno para restaurar, así sea transitoriamente, un apoyo que aún así es decreciente y desgastado.
No otra cosa puede decirse cuando el discurso del hoy Presidente, entonces candidato, llegaba hasta puntos tradicionalmente controvertidos acerca de la vialidad de reformas importantes en el gobierno capitalino. Decía así:
"La representación popular no tiene por qué darse necesariamente dentro de los esquemas tradicionales. El sistema representativo se expresa de acuerdo con las características propias de cada formación social. Los esquemas de representación política no son rígidos o inmutables, son esencialmente relativos a la circunstancia del lugar y a la circunstancia del tiempo. Es obvio -agregaba- que el arreglo institucional pensado por nuestros constituyentes federados, no es adecuado para el asiento de los poderes federados, tenemos que conservar y avenir la unidad de mando, que evite desgastantes conflictos políticos, con una mayor participación y representación popular. Ambas finalidades no son incompatibles, pero sí se requiere para encontrar fórmulas viables, un esfuerzo de imaginación y creatividad. Y -agregaba- no hay todavía consenso suficiente para formular en este momento una propuesta específica, pero sí es tiempo ya -desde entonces era tiempo, y desde mucho antes era tiempo, decimos nosotros- de reflexionar sobre los cambios que debemos efectuar para perfeccionar instituciones y sistemas en el próximo sexenio".
Estas afirmaciones señoras y señores diputados, se producían en medio de la generalizada presión de los partidos políticos por cambios a fondo en el gobierno del Distrito Federal; estos hechos generan estas palabras.
Terminada la campaña, en el discurso de toma de posesión, el Presidente expreso: "Convocaré a un debate público para analizar el estado que guarda el proceso de la reforma política, la función e integración del Senado de la República, la participación ciudadana en el gobierno del Distrito Federal y la reforma judicial". Eso, el debate público inmediato sobre esos temas y en especial el que hoy nos ocupa, el gobierno del Distrito Federal es lo que hoy urgen. Pero en vez de hechos que confirman palabras reiteradas públicamente, nos encontramos con el hecho opuesto e irrechazable de una iniciativa de reformas, no para modificar la estructura del gobierno de esta entidad sino para convalidarla, para consolidarla, para perpetuarla.
Y a este respecto queremos decir que no compartimos el punto de vista del PDM, según el cual este tipo de cambios secundarios acercarían un gobierno democrático para el Distrito Federal.
Estas expresiones del Partido Demócrata Mexicano hecha en medio de alteraciones casi cantinflescas, propias no de la dialéctica marxista sino de lo que aquí el PDM ha bautizado cómo lógica natural y que en realidad no es sino un atropello al idioma y a la lógica a secas, estas argumentaciones, de hecho tienden a reforzar este autoritarismo predominante en el Distrito Federal.
Terminada la campaña -decíamos- el Presidente habló de convocar a un debate público, el cual no se realizó. Y en vez de ello estamos ante este proyecto, al cual nosotros reiteramos nuestro apoyo.
Esta es la objeción fundamental y básica que hacemos al proyecto de reformas de la Ley Orgánica. En vez de democratización se ofrece autoritarismo multiplicado. Examinemos para ilustrarlo, algunas de las características de las reformas propuestas.
La vigente Ley Orgánica del Distrito Federal, promulgada en 1970 y reformada en 1978 -perdón-, promulgada años atrás y reformada sucesivamente, la última de sus veces en 1978, a través de sus 94 artículos, plasma una concepción virreinal y anacrónica del ejercicio de la administración y el poder. Divide en forma arbitraria a la ciudad, para legalizar las 16 delegaciones políticas, sin que ello se
apoye en elementos consistentes, ni desde el punto de vista histórico, ni económico, ni urbanístico. Instaura una organización del Departamento del Distrito Federal enteramente burocrática y por completo alejada de la participación ciudadana en las decisiones del gobierno capitalino.
La prestación de servicios así como el patrimonio del Distrito Federal, quedan sujetos al sólo criterio del jefe del Departamento y sus subordinados. Y para disimular tal estructura piramidal y cerrada, se establece el mal ornato que son los llamados órgano de colaboración vecinal y ciudadana que, como a todo mundo consta, sólo sirve como clubes de entrenamiento para los aspirantes a ingresar a la burocracia oficial, por el seguro camino de la caravana y el asentimiento.
La Ley Orgánica remata con los figuras, que por impracticables y no reglamentadas no han tenido aplicación alguna: la llamada iniciativa popular y el referéndum. La primera sólo puede ser tomada en cuenta a partir de cien mil firmas de ciudadanos provenientes en número no menor de cinco mil por cada una de las 16 delegaciones. Y en el segundo, el referéndum, se trata de un mecanismo sólo autorizable por el Poder Ejecutivo o Legislativo, con lo cual se hace, en las condiciones en que se encuentran ambos poderes, prácticamente nugatorio para la ciudadanía.
Estas supuestas formas de participación ciudadana, acerca de cinco años de encuestas no han tenido uso alguno. Son una excrecencia más de la abundante legislación secundaria que pesa sobre el Distrito Federal. Este trasto viejo es el que se pretende restaurar.
Del reconocimiento inicial, al que ya accedía el grupo del gobierno, de la necesidad de un cambio a fondo en el Distrito Federal, hoy se repliega a la modificaciones secundarias y regresivas, así se pretenda invocar el lema de la modernización, expresadas en el proyecto de ley que hoy se debate. En efecto, de aprobarse las modificaciones propuestas, se reformarían las facultades presidenciales sobre el Distrito Federal. La propuesta inicial -precisamos-, iba más lejos, dejaba en entera libertad al Presidente para determinar la estructura administrativa del Distrito Federal, más allá de cualquier ley, dejando de hecho de ser Ley Orgánica.
En el proyecto de dictamen asumiéndose, de hecho, la crítica que hicimos públicamente desde el 28 de septiembre, se enuncian, a través del artículo 3o. propuesto, nueve unidades administrativas, seis de las cuales tienen el rango de secretaría, y se prevén dos nuevas secretarías adjuntas para atender nuevas actividades administrativas o para realizar con carácter temporal las tareas específicas que al efecto delegue la jefatura del Departamento. Deja también campo abierto para más entidades administrativas que podrían ser establecidas a través del Reglamento Interno.
Las atribuciones de las unidades mencionadas en el artículo 3o. según el siguiente, el 4o., deberán ser especificadas en el mencionado Reglamento Interno, cuya confección queda en manos del jefe del Departamento, es decir, del Presidente de la República, que es quien realmente mueve las manos del jefe del Departamento.
Es de advertirse cómo el enorme conglomerado humano que el Distrito Federal, bajo la concepción administrativa y antidemocrática, lleva a la hipertrofia administrativa; secretarías como en un estado - nación, como en un país entero, pero secretarías y constitución respectiva, incluso sin el equivalente a la Ley Orgánica de la Administración Pública, en el caso de la federal, en la que se estipulan atribuciones específicas de los órganos burocráticos.
El Presidente de la República, mediante los cambios propuestos, tendrá la facultad expresa de designar y remover a los secretarios generales adjuntos y al oficial mayor del Distrito Federal, estipulado esto en el artículo 11.
Los otros cambios a la Ley son menores, uno de ellos consiste en actualizar la ley incorporando las secretarías de la Contraloría y Desarrollo Urbano y Ecología a las actividades del Distrito Federal.
En cuanto a la planeación, se agrega una fracción que faculta al Departamento del Distrito Federal para diseñar el sistema integral de la planeación para el Distrito Federal, así como sus programas financieros anuales. Observemos que este mecanismo de planeación, hoy se informa en la prensa, ha sido establecido ya sin esperar a que este Congreso resuelva las nuevas modalidades administrativas del Departamento del Distrito Federal; igual cosa a ocurrido con la Dirección de policía y Tránsito que, ha sido ya reestructurada sin que previamente se tenga que esperar alguna decisión del Congreso. Esto ilustra nuevamente, reiteradamente, repetidamente, la dependencia del Poder Legislativo y la autosuficiencia y prepotencia del Poder Ejecutivo, ello obviamente, estos cambios relativos a la planeación, de conformidad con lo lineamientos de las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público. En resumen, en el caso de la planeación, se trata de una planeación es simple contribución estadística y burocrática al sistema central de decisión, de cuyo antidemocrático y alejado de la voluntad Popular.
Otros cambios menores que han requerido ser manificados, son los que facultan al Departamento del Distrito Federal para fomentar la construcción y particularmente la autoconstrucción de vivienda, aclaramos que las viviendas y por efecto de la buena voluntad o la mafia, se autoconstruyan. Esto para ampliar - se dice - la cobertura habitacional y promover la operación eficiente del transporte público en el área metropolitana y crear la infraestructura necesaria para ello. Esta nueva facultad, la de impulsar la construcción de viviendas, contrasta con la pobre acción del Departamento del Distrito Federal en materia habitacional. Recordemos que el cálculo oficial del déficit de viviendas es de 700 mil habitaciones, y en contraste, el presupuesto actual sólo contempla la construcción de 4 mil 268 casas, o sea 1.6%
de lo que se requiere, según los cálculos oficiales.
A ese paso, con todo y reforma a la Ley Orgánica, se necesitarían 150 años para dotar de vivienda a los habitantes del Distrito Federal que no cuentan con ellas.
Aquí pues, lo que hace falta es una política financiera radicalmente distinta, que canalice los fondos que hoy se usan para el dispendio y el ornato a necesidades elementales, entre ellas esa, la de la vivienda, así como un nuevo esquema fiscal para retener en el Distrito Federal una parte importante del ingreso generado en esta entidad.
Por todo lo anterior, ante el proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Distrito Federal, el PSUM se pronuncia, no por su retoque, sino por su derogación para dar paso a un sistema de autogobierno en esta entidad.
Para el PSUM no puede haber otra respuesta a la antidemocracia, que hoy priva en el Distrito Federal, que la transformación profunda de las estructuras del gobierno capitalino. La solución es restituir a los trabajadores, a las amas de casa, a los estudiantes, a los ciudadanos en general, el derecho a elegir a sus gobernantes, a intervenir en los asuntos públicos, a darse formas de gobierno representativas democráticas. Hay que luchar por la participación permanente de los habitantes aquí y en todas las esferas del quehacer público, de la vida política de la ciudad. Eso quiere decir, levantar, en primer término, un programa contra el presidencialismo constituido en peso asfixiante para el Distrito Federal. Es momento, pues, para luchar por convertir esta demanda en fuerza popular por reformas a la Constitución, para establecer un gobierno republicano, parlamentario, representativo, y democrático en el Distrito Federal.
La existencia del Distrito Federal como entidad regida por el Presidente de la República, es ya insostenible, y la residencia de los poderes federales no es incompatible con el derecho de sus habitantes de elegir su gobierno.
La parte fundamental de nuestro proyecto alternativo, consiste en convertir al Distrito Federal en una entidad federativa con gobierno propio una estructura establecida en su propia Constitución. El proyecto alternativo requiere, además de las condiciones mencionadas, de modificaciones al marco jurídico que actualmente define las relaciones entre los ciudadanos, los poderes federales y el gobierno del Distrito Federal. La formación del estado del Valle de México contemplada por la Constitución Federal para el caso en que los Poderes de la Unión se radicaran a otro lugar, no responde a las necesidades reales de los que es la ciudad de México. La división municipal no tiene ningún sentido para la mayor parte de esta entidad y tal vez solamente podría funcionar en algunos pueblos que aún se encuentran alejados y menos integrados a la gran ciudad; pero la mayor parte del actual territorio del Distrito Federal constituye una enorme ciudad, las delegaciones actuales han sido, en la inmensa mayoría de los casos, establecida de manera arbitraria y no corresponden en forma alguna a lo que sería una división municipal. Asimismo, resultaría absurdo que cada municipio dentro de la gran ciudad tuviera a su cargo la gran variedad de servicios meramente municipales sostenidos a un alto costo. Alguno de ellos serían sumamente pobres y atrasados; sin embargo, hay que percibir ,la presencia de peculiaridades zonales y los gérmenes del poder real en distintas circunscripciones territoriales que deben ser tomados en cuenta en un nuevo esquema de gobierno.
Por esas razones consideremos que no convendría convertir a la ciudad de México en un estado de la Federación en un sentido ortodoxo, sino en un entidad federativa con los derechos y obligaciones de cualquier estado, pero con el derecho de que su propia Constitución Política establezca formas democráticas de participación popular por colonia, barrio, pueblo u otras circunscripciones territoriales.
Sin embargo, la Constitución Federal debe, necesariamente, establecer los principios básicos de la entidad federativa, ciudad de México, especialmente en cuanto a su régimen interior visto en sus rasgos más generales; como se sabe, los estados tiene un régimen presidencialista de acuerdo con el artículo 115 constitucional, que determina que los gobernantes eligen por voto directo y por un máximo de seis años.
Esto ha conducido a que los estados reproduzcan más o menos fielmente, la estructura de los Poderes Federales. En nuestra propuesta se parte de la idea de que es más democrático el principio de la revocabilidad de los gobernantes, cuestión que solamente puede ser practicable si se deposita la función de elegir al gobierno en un asamblea del pueblo y se establece un sistema parlamentario y de partido.
Por ello, la concreción del proyecto requeriría de un nuevo artículo 116 constitucional de acuerdo con el cual la Cámara de Diputados de la ciudad de México, se eligiría mediante el sistema proporcional para asegurar que si un partido cuenta con el 10% de los votos, por ejemplo, pueda tener aproximadamente el 10% de los diputados.
En esta Cámara de Diputados se eligiría al gobierno de la ciudad integrado por un consejo, cuyo presidente sería el gobernador. De esta forma la Cámara regiría las cuestiones fundamentales de la ciudad y se aseguraría que el gobierno no solamente dependiera de la Cámara representativa, sino también que el propio gobierno fuera colectivo como lo aconseja un criterio verdaderamente democrático. Adicionalmente a lo anterior, se evitaría que los titulares del Poder Ejecutivo pudieran reelegirse conforme a una vieja tradición política mexicana.
La capital del país, a nuestro entender, debería seguir siendo la ciudad de México, sin que ello implicara supeditación de ésta al gobierno federal. Asimismo, la ciudad de México tendría como entidad federativa las mismas limitaciones y derechos que la Constitución Federal establece para los estados. Para ello se tendría que reformar el artículo 44 de la Constitución General.
Para llevar a cabo esta modificación a fondo de la situación jurídica y el régimen interno de la ciudad de México, es necesario reformar una gran cantidad de artículos constitucionales, en donde se menciona al Distrito Federal o en los que hay referencia a los estados para que desaparezcan dichas menciones, o bien, para incorporar a la ciudad de México al régimen constitucional de los estados.
En resumen, ése, el de cambios de afondo, es el debate que hace falta y el debate que debe dirimir la Cámara de Diputados. El dictamen propuesto, reiteremos, no es aprobable. Los diputados que lo signan reconocen que la iniciativa se circunscribe a actualizar y hacer más flexible la estructura administrativa del Departamento del Distrito Federal, pero no es eso lo que se necesita. Dicen los diputados que calzan con sus firmas aprobatorias el dictamen, que a nadie escapa el hecho de que tal reestructuración es un paso más dirigido a responder con eficacia a los complejos problemas que afectan al Distrito Federal. Lo que nadie puede dejar de percibir, es lo opuesto, la mencionada reestructuración, ejemplo del más puro centralismo, así se quiera engalanar con adjetivos descentralizados y desconcentradores, complica más aún la problemática del Distrito Federal, proyecta hacia niveles más elevados el ya asfixiante burocratismo, disociando más aún el manejo de los asuntos públicos de una ciudadanía, a la que se pretende convertir, más aún, en objeto y no sujeto de los cambios sociales.
No está ausente del proyecto de dictamen una frase, que no deja reflejar la postración del Poder Legislativo podría ser humorístico. Se dice ahí: "Para rendir el dictamen que ahora se expone a esta H. Asamblea, está Comisión no ha escatimado esfuerzos, ni análisis, ni estudio". No, los esfuerzos reales de esta Comisión, de está Cámara, sólo lo serán aquellos que lleguen a romper por la lastimosa dependencia a un Poder Ejecutivo autoritario y tornadizo, que hoy impone, con la mayor naturalidad, lo que ayer criticó; que hoy olvida y hace olvidar lo que meses atrás ofreció públicamente.
El punto de partida en el presente dictamen -se dice en el texto - es la disposición constitucional contenida en el artículo 73, fracción VI, base primera, conforme a la cual el gobierno del Distrito Federal lo ejerce el Presidente de la República a través del jefe del Departamento del Distrito Federal.
El punto de partida -decidimos nosotros -, si de veras existiera responsabilidad legislativa en quienes suman aquí la mayoría de los votos, sería la modificación y de otros preceptos constitucionales para restaurar los derechos de esta entidad, a tener un gobierno propio y elegido por sus propios habitantes. El Distrito Federal tarde o temprano conquistará ese gobierno, los cambios políticos se gestan aquí, en razón directa del autoritarismo y falta de derechos que ha sufrido la población de la gran ciudad.
Reformas como las que están en vías de imponerse son los últimos esfuerzos de una burocracia política, temerosa de los cambios reales y de la verdadera democratización del país.
Al votar en contra de esta iniciativa de reformas, el Partido Socialista Unificado de México se une a una corriente importante y creciente, que acabará por derribar las trabas de la falsa modernización, para abrir el cauce a la renovación legítima, que es la instauración de la democracia, aquí en el epicentro histórico y político de México.
El C. Presidente: -Tiene la palabra el señor diputado David Orozco Romo, y se le recuerda que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 102 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, dispone de cinco minutos para su intervención.
El C. David Orozco Romo: -Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea: Se hizo referencia por el anterior orador, a la postura adoptada por el PDM. El compañero García Solís oyó mal, por una parte -nuestra compañera María de Jesús Orta estaba nerviosa -, pero no dijo que con la actual organización se democratiza el Distrito Federal, sino que mejoraba su administración; simplemente, eso fue lo que dijo.
Y también se enojó mucho porque le tocaron a la dialéctica. Esto sí, un defecto de autodicción, pasa, no es pecado, se puede corregir; pero el enojo sí es una cuestión de fondo. Porque la dialéctica es la que establece la coexistencia, al mismo tiempo y bajo el mismo aspecto, de los contrarios, o sea del sí y del no, de lo oscuro y de lo claro, del día y de la noche. Y de alguna manera puede también identificarse con ese cuento "de quien por perder la llave enfrente de su casa -que ya ha sido repetido en esta tribuna-, la busca donde sí hay luz, en la esquina". Y nos lo acaba de demostrar con su intervención.
Aquí estamos discutiendo una ley secundaria enmarcada en un texto constitucional, que cada partido da testimonio de su conformidad, pero como lo hace nuestro partido, ya una vez dado testimonio a esta inconformidad nos ponemos a estudiar esta ley secundaría. Y la postura del PSUM es, precisamente, disléctica, de contradecir una ley secundaria porque no se ha reformado la Constitución.
Y aquí nos dijo, en su intervención, que su proyecto alternativo era el de un gobierno electo democráticamente con intervención del Gobierno, etcétera. Implica, y ello sabe aunque no es abogado, pero lo pueden asesorar Daniel Ángel Sánchez Pérez, Arnaldo Córdova, que no se puede reformar una ley secundaria e ir contra el texto de la Constitución, mientras no se reforme la Constitución. Y ese es el proyecto alternativo de que dió mención en esta tribuna.
Ahora bien, el asunto es muy sencillo, si en la nueva estructura del artículo 3o. resulta peor el anterior, entonces sin dialéctica, con lógica natural, se debió haber dicho: no hay
que reformar este cambio por que el antiguo proyecto del artículo 3o., con sus secretarías y sus dependencias, acumuladas casuísticamente, es mejor. O bien, aquí tenemos un organigrama aplicado a una ley secundaria sin reformar la Constitución, es mejor.
Son las tres posibilidades: o quedarnos con la ley antigua, si rechazamos la actual, y aprobar la reforma que se propone en el dictamen, o proponer una reforma mejor.
Estamos discutiendo una ley secundaria, nuestro deber como legisladores es mejor la legislación, así no nos hagan caso a los de la minoría, Y para eso se necesita madurez, y se debe manifestar en el trabajo de las comisiones que fue abierto.
Entonces, presentar esa alternativa de organigrama aquí, en comisión o en tribuna, o decir que la antigua ley está mejor y que no se debe aprobar, o aprobar la ley que mejora de alguna manera nuestra legislación.
Esta es la alternativa tomada con la lógica natural y espero que en la votación lo tomen con lógica natural. Muchas Gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: - tiene la palabra el C. diputado Antonio Ortega Martínez.
El C. Antonio Ortega Martínez: - Con su permiso, señor Presidente. Compañeros diputados: Parecería, sobre todo a raíz de las intervenciones en contra, que las modificaciones a la Ley Orgánica son un argumento formal para justificar ante la opinión pública algunas de las promesas electorales; parecería que es una modificación aislada del marco en que se desenvuelve la vida política del país y en especial la del Distrito Federal.
Para nosotros, para la Fracción del Partido Socialista de los Trabajadores, esta modificación está íntimamente ligada a la discusión que en los próximos días daremos, respecto a la Cuenta Pública, a la Ley de Ingresos y Presupuesto del Departamento del Distrito Federal. Hay, por lo tanto, una razón política importante en la presentación, en estos momentos, de las modificaciones a la Ley Orgánica.
Por lo tanto, es conveniente hacer el llamado a evitar el juicio superficial que sencillamente encuadra, repetimos, las modificaciones en una reforma burocrática, que busca exclusivamente eficiencia administrativa con la creación de secretarías y la modificación del organigrama.
Para nosotros, compañeros diputados, es indispensable valorar con sensibilidad política cuál es el sentido de estas modificaciones y cuál es su contenido.
Hace un año, cuando recibimos el informe político de la situación del Departamento del Distrito Federal, todos asombrados logramos percatarnos de la grave situación en que se encontraba la administración. Un desequilibrio tremendo en las finanzas, dimensiones escandalosas entre lo que significaba el ingreso de recursos al Departamento, lo que se gastaba y el uso que se le daba a ese gasto.
En 1976 la deuda interna y externa del Departamento, que estuvo bajo el cargo de Hank González, tenía una deuda de alrededor de 16 mil millones de pesos, para 1982, en 6 años, la deuda creció 42 veces, dejándola en casi 700 mil millones de pesos. Este, todo mundo lo reconoció, significó un tremendo lastre para la presente administración; fue un problema que rebasó la capacidad propia y autónoma del Departamento y dejó, repetimos, no sólo endeudado al Departamento, sino debilitado ante las fuerzas políticas y económicas que en el Distrito Federal existen. Se dejó hipotecada a la población, al futuro de la población en el Distrito Federal, frente a las exigencias de los bancos extranjeros, de las compañías privadas que construyeron ejes y otras obras, había la incapacidad reglamentada del Departamento para evitar de nueva cuenta este problema.
Por esa razón, a nosotros se nos ha hecho entender que estas modificaciones tienen un contenido político importante que, repetimos, debemos de valorar y no situarlas exclusivamente en el ámbito de la eficiencia o en el recurso para justificar promesas electorales. Creo, señores diputados, que hay en principio una modificación en la actitud política de la administración del Departamento del Distrito Federal. Es localizable esta modificación a partir de la última intervención que tuvo el Regente en comisiones, cuando todos notábamos una actitud de parálisis, una actitud de ser simplemente administración observadora, y no manifestar alguna posición respecto a la problemática general.
Creo que las modificaciones, aparte de resolver en algún grado el problema de la administración, conllevan, repetimos, un sentido político. Habría que mencionar cuando menos tres modificaciones: Lo que significa la reglamentación respecto al uso del gasto en el Distrito Federal; lo que significa la mayor vigilancia respecto al ingreso y el destino del gasto público; la intervención de la institución presidencial y de la contraloría. Creo, compañeros, que mejor especificada va a evitar en lo sucesivo problemas como el que evidentemente se presentó en la administración de Hank González, cuando la concepción de la ciudad negocio, de los grandes centros comerciales, de las compañías constructoras y de todas estas fuerzas económicas, repito, compañeros, sin control directo al jefe del Departamento, provocó un serio problema político, una seria dificultad. Creo que en las modificaciones se establece con mayor precisión el control, la vigilancia y, desde luego, el no tener la administración manos libres en el destino y uso de los recursos.
Por el otro lado, lo que posiblemente para nosotros tiene más significado, son las modificaciones al artículo 20 y 21. El Departamento del Distrito Federal deja de ser parte observadora y controladora de las fuerzas que intervienen en el abasto público para ser parte definitoria, para ser parte importante en las decisiones.
Creo que está claro, compañeros, que los habitantes del Distrito Federal durante mucho tiempo hemos estado en manos de los grandes acaparadores de los productos básicos, de los grandes comerciantes, de los centros comerciales transnacionales, y esto, compañeros, indudablemente ha influido en el mercado, en los precios y desde luego en lo que significa el valor de los salarios. Por esta razón, la justeza de la modificación al artículo 21, porque el Departamento estará obligado por reglamento, a participar directamente en lo que significa el abasto de productos básicos. No será raro, con la organización popular, encontrarnos a la vuelta de algunos meses la presencia de establos donde combinadamente el Departamento y los productores pequeños ejidatarios puedan establecer unidades de producción y se pueda resolver en parte lo que significa el chantaje de las compañías distribuidoras de leche. No será raro, con esta reglamentación a la que se sujeta el Departamento, encontrar a la vuelta de algunos meses que, los productores de materias básicas, de alimentos básicos, como aquí se han mencionado, compañeros, en coordinación con financiamiento del Departamento y asesoría, haya unidades que puedan surtir de estos productos a la población. La propiedad social en este sentido tiene una importante vinculación con las modificaciones y por eso nuestro respaldo. La propiedad social, la organización de los productores en combinación con el Estado, en este caso el Departamento del Distrito Federal, podrá dar una fuerte pelea al acaparamiento y al chantaje y podrá de alguna manera resarcirse de este modo, lo que significa el valor de los salarios. En este mismo sentido las modificaciones al artículo 20, la presencia activa, determinante del Departamento en lo que significa transporte y vivienda, nos prevé, repetimos, con la organización popular, la participación directa del Departamento en lo que significa la constitución de cooperativas de construcción de viviendas, de materiales, cooperativas que de alguna manera, sentimos nosotros, son la mejor alternativa para enfrentar problemas graves como éste.
En ese sentido es la argumentación que hago a nombre del Partido Socialista de los Trabajadores, la argumentación para votar a favor. Nosotros, repetimos, hay en el fondo, no efectivamente, el sentido de las exigencias populares respecto a la democratización del Distrito Federal. Creo que es una cosa que tarde que temprano se va a dar. Ni el presidente, ni el grupo gobernante, ni el Estado van a impedir que el Distrito Federal se democratice. Sin embargo, sentimos nosotros que estas modificaciones tienen el sentido de impulsar la presencia del Estado en ramas importantes de la economía y de la vida política y social en el Distrito Federal. Por esa razón, nuestro voto a favor. Gracias.
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Sergio Ruiz Pérez.
El C. Sergio Ruiz Pérez: - Señor Presidente; señoras y señores diputados: La Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista considera que la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal constituye un ordenamiento jurídico de vida precaria, que ya no corresponde a las necesidades presentes, y mucho menos a los futuros requerimientos del pueblo y requerimientos de desarrollo democrático, y pretender remozarla con algunas modificaciones, no revela otra cosa que la intención de continuar la supervivencia de un evidente anacronismo que sigue privando a los ciudadanos de esa entidad de derechos democráticos de carácter local.
¿Qué avance real, verdadero, va a registrar la vida política de los capitalinos al reformarse cinco artículos y sufrir diversas modificaciones, adecuaciones otros siete de la Ley Orgánica vigente?
La misma Comisión admite en el dictamen, que la iniciativa presidencial para reformar la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, se circunscribe a actualizar y hacer más flexible la estructura administrativa del Departamento del Distrito Federal.
A nuestro juicio, las reformas son todas ellas intranscendentes. Esa Asamblea debería estar legislando acerca de las características democráticas, que ya son impostergables para el pueblo del Distrito Federal, y así sigue en espera del dictamen desde el 4 de diciembre de 1980, fecha en que la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista dio a conocer a los diputados de la Quincuagésima Primera Legislatura la iniciativa de decreto para reformar los artículos 74, fracción VI; 89, fracciones II y XVII, y para derogar la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de establecer la base constitucional que permitiera la existencia de un congreso local del Distrito Federal.
En esta iniciativa se relata de manera sucinta la historia política y jurídica de la ciudad de México, desde la consumación de la Independencia nacional, y se pone de relieve la añeja disputa que ha enfrentado a las fuerzas políticas con relación a la forma de organización que debe adoptar la capital del país.
Frente a las tesis de los seguidores de Agustín de Iturbide, que afirma que el asiento de los poderes nacionales debe consistir en un departamento más centralizado, igual que los otros que dividían el territorio de la Nación, los liberales, la corriente más avanzada de la época, plantearon la necesidad de la configuración de un Distrito Federal en el que coexistirían dos tipos de autoridad: el régimen del municipio libre, por cuanto a las cuestiones de carácter local y el predominio del Gobierno de la República.
Esta lucha se reflejó en diversas modificaciones que se dieron al status jurídico de la capital, desde 1824 hasta 1899. La dictadura de Porfirio Díaz impulsó la desaparición de la vida democrática y, con ese propósito, procuró centralizar en manos del Ejecutivo Federal el ejercicio
del gobierno político y administrativo de la ciudad.
Con la Revolución Mexicana se reanudó este debate histórico, con un nuevo enfoque desprendido de las circunstancias concretas del momento. Una corriente en el seno del Constituyente 1916 - 1917 planteó la necesidad de que el poder público se vigorizara de manera extraordinaria para que pudiera consolidar políticamente a la revolución triunfante y llevar adelante las aspiraciones populares convirtiéndolas en realidades, para lo cual debía enfrentarse con enemigos poderosos: la reacción y el imperialismo.
Esta corriente propugnaba, por razones coyunturales, la desaparición del sistema municipal en el Distrito Federal, pues estimaba que tal vez las fuerzas contrarias a la Revolución pudieran capturar el control del ayuntamiento de la capital y, desde esa posición, se enfrentaran a las autoridades federales. La otra corriente defendía los derechos democráticos de los habitantes de la ciudad.
El Constituyente adoptó una solución que procuró preservar el municipio libre como célula política y, al mismo tiempo, otorgar a los poderes federales la facultad de asegurar su predominio en la zona de su asiento.
En 1928, a promoción del general Alvaro Obregón, se suprimió el municipio y se decidió que sería el Presidente de la República, quien ejercería el gobierno del Distrito Federal, situación que subsiste hasta la fecha.
En la iniciativa del Partido Popular Socialista se examina también el proceso de ampliación de la vida democrática, que ha venido desarrollándose en el país desde hace décadas, como resultado de la lucha popular encauzada por las fuerzas del campo democrático y progresista.
Hace notar que, lamentablemente hasta ahora, las múltiples medidas dirigidas a consolidar el sistema político nacional y a intentar ponerlo a tono con el desarrollo económico del país, no han tocado el problema de la vida política del Distrito Federal, no obstante la necesidad que existe de establecer una directa relación entre los ciudadanos de la capital y sus autoridades inmediatas.
La iniciativa del Partido Popular Socialista, de diciembre de 1980, responde a una tesis programática sostenida por nuestro partido desde su fundación, hace 35 años, pero no constituye en modo alguno una cuestión sectaria, menos en la actual etapa de la vida del país. Muchas otras organizaciones políticas y sociales y distinguidas personalidades del campo, de la política, de la ciencia y de la cultura han hecho suya esta demanda. Actualmente todas las agrupaciones de la izquierda enarbolan la lucha por la democratización del Distrito Federal y, desde hace años, diversos dirigentes de organismos del seno del poder público y su partido, se han pronunciado en el mismo sentido. Creemos que es necesario elevar a un grado mayor la participación del pueblo trabajador en nuestra ciudad, en la designación y vigilancia de sus mandatarios, al igual que las demás entidades federativas. No debemos retrasar por más tiempo la satisfacción de esta demanda ni pensar en hacerlo con sucedáneos, la experiencia histórica nos ha dado formas y métodos que, aun con defectos, hemos usado para seguir ampliando nuestro régimen democrático.
Elecciones federales para renovar el Congreso y nombrar al Presidente de la República; elecciones estatales en las entidades federativas para nombrar gobernadores y renovar los congresos locales; y elecciones municipales para designar ayuntamientos.
No necesitamos inventar novísimos procedimientos para conseguir la participación de la ciudadanía capitalina, sinceramente afirmamos que emplear el referéndum o la consulta popular puede ser útil para afinar, corregir o perfeccionar algunas decisiones políticas, pero es absurdo pensar en sustituir con ello el ejercicio pleno de los derechos cívicos en el Distrito Federal.
¿Qué debemos hacer con la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal? Lo que procede es dar paso con todo nuestro entusiasmo, esfuerzo y capacidad a una nueva legislación que garantice al pueblo del Distrito Federal la vigencia cabal de sus derechos ciudadanos. Rechazando las modificaciones propuestas, nuestro voto será en contra. (Aplausos.)
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado José Carreño Carlón.
El C. José Carreño Carlón: - Al escuchar, señor Presidente, con su permiso, señoras y señores - decía - al ir escuchando las intervenciones de algunos de los compañeros diputados que me antecedieron en la palabra, por asociación de ideas o quizá de fantasía, iba también recordando pasajes de un texto de un gran escritor de nuestro tiempo, italiano, marxista por cierto, Italo Calvino, autor de Las ciudades invisibles. En este libro extraordinario, un Marco Polo lleno de inventiva e imaginación, describe una fascinante diversidad de ciudades que, según él, ha visitado; a un emperador de los tártaros, más ávido de la riqueza de la fantasía del explorador, que de la riqueza de los territorios bajo su dominio.
Y es que en forma similar a las diversas visiones que aquí se han expuesto sobre nuestra capital federal, hay en los relatos del Marco Polo de Calvino las visiones más increíbles sobre una suma de ciudades, que como lo hace ver un crítico de la obra: al final de cuentas quizá no sea sino una sola ciudad, la Venecia natal del viajero, ese aglomerado decadente de incomparable esplendor que permanece como una evidencia de la vocación del hombre por procurar la perfección en medio del caos, de la fuerza de los elementos, de la codicia, de la corrupción, e incluso de las conquistas y las guerras.
Si algo aproximado a esta búsqueda esencial ha presidido las visiones y las proposiciones hechas en la jornada, vale la pena el tiempo que se ha llevado este debate en lo general del dictamen sobre la iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, e incluso vale la pena el pronunciado sesgo que se ha dado al tema sustantivo de esta deliberación.
Es por eso que, junto con la necesidad de centrar la discusión en el tema específico que nos ocupa, resulta también obligado hacer algunos comentarios sobre las inquietudes, juicios y alternativas que aquí se han planteado, sin pretender eludirlos con la excusa formalista de que no se ajustan estrictamente a la iniciativa en debate. La verdad es que hay motivos fundados para traer a la tribuna, cuando se habla del gobierno de la ciudad, el problema capital que enfrentan las megalópolis, cuando además ese problema se complica con la singularidad de ser sede de los poderes nacionales; problema que no es otro que una inadecuación histórica de los sistemas tradicionales, que hasta ahora se ha probado para el gobierno y la administración de este tipo de conglomerados. Conste que hablo de sistemas tradicionales, incluyendo, por supuesto, los que algunas de las propuestas escuchadas pretende restaurar del pasado de nuestra capital o extender del resto de nuestras realidades políticas o incluso aclimatar de otro tipo de regímenes constitucionales. Pero aparte de esta genuina preocupación en el orden general, existe una justificación particular para el desbordamiento del tema y del contenido del dictamen, y esa justificación es, hay que reconocerlo, el propio desbordamiento, la falta muchas veces de definición y de precisión de contenidos, que han distorsionado el sentido de las sucesivas leyes orgánicas del gobierno de la capital federal.
En efecto, estos ordenamientos han aludido o incluso desarrollado en sus artículos, materias que rebasan notoriamente los contenidos que atañen a la estructura orgánica de que se debe auxiliar al Poder Ejecutivo para el gobierno del Distrito Federal. Incluyen referencias al Congreso, al Poder Judicial, al contencioso administrativo; se establecen los límites geográficos de la entidad y, más recientemente incluso, la participación política de los ciudadanos.
Aquí puede estar pues, una explicación adicional en el orden de las formas y del método de este rebasamiento del tema de discusión. Si las leyes orgánicas del Departamento del Distrito Federal, que deberían constreñirse a la organización precisamente del Departamento, es decir de la entidad administrativa, invaden los demás campos de regulación del Distrito Federal en su dimensión de entidad federativa, así puede explicarse que también la discusión sobre la composición del órgano administrativo del Gobierno del Distrito Federal contenida en el dictamen, siga la misma inercia y alcance no sólo a la naturaleza y la composición de los demás órganos del gobierno local, sino también el componente territorial y la situación de la población de la entidad, e incluso más allá de la entidad, cuando se integra la visión a toda la zona metropolitana. En estas condiciones, podrá surgir entonces la pregunta: ¿Por qué no proceder a perfeccionar de raíz y de inmediato la Ley Orgánica en lugar de dar cauce a la iniciativa de una reforma como la que trata el dictamen? La respuesta en el orden formal, y ya se ha adelantado por algunos oradores, es que ni por parte de los grupos parlamentarios ni por parte del Ejecutivo, se han presentado iniciativas o proyectos acabados en el primer sentido. Hay anuncios por parte de algunos partidos, mientras que por el Ejecutivo se ha previsto en el Plan Nacional de Desarrollo abrir la consulta popular, no sólo sobre la organización administrativa del gobierno del Distrito Federal, sino para oír opiniones sobre la forma de gobierno del Distrito Federal, una vez culminados los foros de consulta popular íntimamente ligados a este tema sobre desarrollo municipal.
Pero paralelamente a este complejo campo de inquietud, de legítima inquietud política para todos, el Ejecutivo envió la iniciativa que se discute de Reformas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, en ejercicio de sus facultades constitucionales y con el también legítimo propósito de actualizar sus instrumentos de administración y de gobierno de la entidad en el marco del derecho.
Hubo en la Comisión del Distrito Federal, explicaciones exhaustivas de representantes del Ejecutivo en este sentido, que hasta donde recuerdo, en ningún momento fueron objeto de impugnación, una vez acotado lógica y racionalmente el campo de deliberación en que nos encontrábamos; pero al mismo tiempo en el ejercicio legítimo de las facultades de esta Cámara, la Comisión Legislativa del Distrito Federal, a través de análisis cuidadosos y deliberaciones a fondo, ha hecho algunas modificaciones a la iniciativa, sugeridas por sus miembros.
Con estas modificaciones, la Comisión del Distrito Federal, con el acuerdo básico de tres grupos parlamentarios, incluyendo el de la mayoría, estimó que las reformas propuestas se ajustan a nuestra tradición normativa al mismo tiempo que incorporan el criterio de la flexibilidad que reclama la administración moderna, con la enumeración de los órganos superiores del Departamento del Distrito Federal y sus funciones genéricas, y con la posibilidad de crear hasta dos nuevas secretarías generales adjuntas. De esta forma, a juicio de la Comisión, sus modificaciones satisfacen la necesidad de flexibilidad administrativa planteada en la iniciativa presidencial.
Igualmente, con la remisión al Reglamento Interior, del desarrollo y la concreción de las bases generales en materia de organización administrativa del Departamento, así como de los términos para el ejercicio de la facultad de
delegación, contemplada en el artículo 10, y de la forma en que habrán de suplirse las ausencias temporales del jefe del Departamento.
Importa destacar otros aspectos importantes de la reforma, como el que tiende a asegurar una mejor difusión de las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes en el Distrito Federal, así como la reincorporación a la Ley del Servicio Público de Inhumaciones, mismo que inexplicablemente se había omitido en el ordenamiento vigente, propiciando una tendencia privatizadora en este campo por la inadecuada regulación de este servicio.
Otras modificaciones contenidas en la iniciativa y el dictamen se justifican en términos de actualización normativa, como el caso de las funciones de contraloría y de desarrollo urbano y ecología, que se precisaron y reordenaron en las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que aprobamos el año pasado, y otras más por su indiscutible interés social, como las que tienden a implantar un sistema integral de planeación, indispensable para la mejor administración del Departamento del Distrito Federal; a fomentar de manera sistemática la producción y comercialización de productos básicos mediante programas de abasto; a crear la infraestructura necesaria en las áreas de vivienda y transporte, y a implementar un protocolo notarial especial que facilite la formalización de los actos en los que interviene el Departamento del Distrito Federal, en materia de regularización de la tenencia de la tierra y escrituración masiva, sistema que tiende a lograr una mayor celeridad en beneficio de las clases populares.
Este es el alcance real del dictamen y de la iniciativa, nada más, pero nada menor. No es por este decreto, nadie se lo ha propuesto, por el que se busca un nuevo orden político o una nueva sociedad en el Distrito Federal, pero además de que no cancela ni remotamente esas búsquedas, estas reformas sí abren paso para que el gobierno del Distrito Federal con sus rasgos constitucionales y legales vigentes, pueda ofrecer mejores respuestas con una administración más ágil y eficiente a los graves, complejos y cambiantes problemas de la ciudad.
No es, pues, la integración del poder público o la forma de gobierno de la entidad, la materia de una ley orgánica; pero en la medida en que por diversas razones aquello sí ha sido materia de debate, habrá que recorrer brevemente, así sea de la mano de Marco Polo de Italo Calvino, las diversas visiones que han expuesto sobre nuestra misma ciudad.
Este recorrido no puede ser simplista, sino que debe atender las profundas complejidades estructurales expresadas en las raíces históricas y en las características políticas, económicas y sociales, que ha dado como resultado la actual forma del gobierno del Distrito Federal.
Sólo a partir de ahí, sólo a partir de este punto y de asumir esta realidad histórica, podremos quizá explorar alternativas que eleven la participación de los ciudadanos en las decisiones que les atañen.
No podemos, y quizá habría que lamentarnos, exigir por decreto la ciudad que corresponda a cada uno de nuestros sueños, como en Isidora, una de las ciudades descritas por Marco Polo al emperador, donde siempre que un hombre dudaba entre dos mujeres encontraba una tercera, ese es un ejemplo.
Los grandes problemas para el gobierno de esta megalópolis, a más de 2,000 metros de altura, uno de los conglomerados más grandes del mundo, regido bajo las normas singulares de un Distrito Federal, provienen, según se quiera ver, de una cadena de insensateces o de un eslabonamiento de intrepideces históricas, que parten de la fundación de Tenochtitlan sobre un lago, en una cuenca cerrada, que continúan con la construcción de la ciudad colonial en el mismo sitio, por el temor del conquistador a que las piedras de los templos prehispánicos permitieran que resurgiera la fuerza de emancipación del pueblo sometido y por la seguridad de su ubicación en el valle estratégico más defendible, según lo estimaron Hernán Cortés y los virreyes, como lo recordaba, por cierto, Fray Servando, ya en la Independencia, sólo que al pronunciarse también por mantener aquí, la capital de la República.
No es tiempo de distribuir ahora culpas o reconocimientos históricos. Cada segmento de nuestra ciudad está marcado con las cicatrices, mellas y grietas de esa historia; es la misma, pero también hay que reconocer que en fisonomía y en instituciones nunca volverá a ser la misma.
En lo físico, en lo social, en lo institucional, las visiones, descripciones, grabados o fotografías de época que nos ofrecen la ciudad como era, nos llevan a la conclusión obvia de que la actual es una ciudad diferente, es otra ciudad que no puede regirse con los moldes del pasado.
Pero sí es extraordinario el acondicionamiento que ha impuesto la historia a las alternativas de la ciudad, hay que anotar enseguida los aspectos políticos y jurídicos derivados de esa historia.
Constituyentes desde 1824 a 1857 y a 1917; tratadistas del derecho y analistas políticos, de aquí y de otras latitudes con regímenes semejantes, han coincidido en que el desempeño de las funciones públicas en un Distrito Federal no puedan encomendarse a órganos distintos a los federales, puesto que se provocaría la interferencia o yuxtaposición entre los poderes locales del Distrito Federal y los de la Federación.
Sin tomar necesariamente partido en forma definitiva, por ejemplo en la existencia de dos Congresos, uno local y otro federal en este territorio, vamos a formularnos algunas preguntas.
Me pregunto ¿cuál sería el criterio unívoco para la distribución de materias entre uno y otro? ¿Cuál sería el criterio y quién lo definiría para resolver los conflictos y las tensiones
entre dos cuerpos, que los dos se sabrían expresiones de la soberanía popular? Dos soberanías para regular la vida de una misma entidad.
Y las mismas preguntas podemos llevarlas al campo del Ejecutivo local, además del principio de no yuxtaposición de dos poderes en un solo territorio, veamos un aspecto de viabilidad práctica que también se tocó por alguno de los colegas diputados.
Estamos viendo cómo en la cuenta pública, en los dos presupuestos, los costos de esta ciudad rebasan las posibilidades de sus propios recursos. Y me pregunto: ¿A guisa de qué? Si no fuera porque es la capital federal, habrían los demás estados de sufragar los gastos de esta entidad, en el supuesto que llegara a ser autónoma.
Aquí está también, entre otros, entre otras, la explicación de que sean los diputados de todo el país los que aprueben sus leyes, en particular, en este caso, las de ingresos y egresos.
El mismo género de preguntas nos podemos hacer con las propuestas de reconstitución de los municipios de restauración histórica, con sus características esenciales de cercanía de los ciudadanos con el poder de vecindad, de comunicación y también de cierta individualidad, de personalidad propia y diferenciación con otros municipios separados por un semáforo.
Esta idea de reconstitución de la vida municipal en los términos del pasado, me parece tan remota, tan utópica, como volver a hacer concluir las calles de tierra y agua del pasado en el centro histórico de la ciudad, o como pretender en este punto de la ciudad, aquí, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, volver a uno de los paisajes del pasado, donde quizá hubo un embarcadero a las orillas del gran lago de México.
¿Y qué decir de los rebasamientos de la mancha urbana - como ahora se dice - , y que involucran ya no sólo antiguas circunscripciones municipales, sino actuales límites de varios estados?
De las visiones y propuestas que aquí se han hecho y de una conclusión, a mi juicio, preliminar, que tendríamos que seguir discutiendo en la Cámara y en las comisiones, respecto de que al carecer de estos órganos locales diferenciados de los federales para el gobierno de la ciudad, se carece de los derechos políticos en la capital de la República, no me parece necesario porque creo que lo dominan todos los diputados, repetir el principio de los derechos de la participación electora, tanto en la elección del Presidente de la República, en quien se deposita el gobierno de la ciudad y en el Congreso de la Unión, derechos que por cierto no siempre existen en todos los distritos federales del mundo.
Se ha hablado también de una especie de acumulación cuantitativa de la democracia, pensamos en el partido de la mayoría, que la democracia no es sólo problema de cantidad o menos aún de acumulación de órganos de representación, el problema - y en este punto geográfico esta verdad resulta más contundente - , el problema de la democracia es de calidad y no pasa necesariamente por la restauración de sistemas representativos tradicionales, el problema es de nuevas formas de participación correspondientes a la realidad y a las características actuales, y en esta megalópolis esa característica fundamental es la de la sociedad de masas.
Difícilmente en una sociedad de estas características podrían, como lo hemos tratado de analizar, ofrecer respuestas eficaces, sistemas probados en otras condiciones. Existen, en cambio, vías abiertas establecidas en la Constitución y que responden con mayor propiedad y con mayor actualidad a esta realidad de la sociedad de masas: Ya se han mencionado el referéndum y la iniciativa popular.
Yo creo que son vías - repito - abiertas, que están establecidas en la Constitución y que deben transitarse y ensancharse por todos, por los partidos, por la sociedad, y no esperar siempre nuevas iniciativas del Ejecutivo para seguir avanzando. Este parece un contrasentido fundamental entre un reclamo y la existencia de una vía, ni siquiera probada por los grupos políticos que la reclaman. Existen también formas paralelas de participación y de organización, organizaciones de barrio, por cierto, los especialistas, los que estudian el fenómeno urbano de esta ciudad, coinciden en establecer la ausencia hasta hace poco más de 10 o 12 años de los partidos políticos en los asentamientos espontáneos, con la salvedad, hay que decirlo, del PRI.
Y existen también formas apuntadas también en la Constitución que deben experimentarse y ensancharse, si lo que queremos es ir al fondo de la ampliación del esquema democrático de esta gran ciudad.
Por ahora, señores, quiero repetir que el partido de la mayoría, el Revolucionario Institucional, con las propuestas que desde la campaña hizo el actual Presidente de la República, Miguel de la Madrid, nos pronunciamos también por seguir luchando, por seguir avanzando en la democratización nacional y del Distrito Federal, con respuestas adecuadas a la realidad, respuestas, deveras respuestas, a las aspiraciones mayoritarias. Muchas gracias.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. Iván García Solís: - Señor Presidente, pido la palabra para mi segunda intervención.
El C. Presidente: - Tiene la palabra la C. diputado Iván García Solís.
El C. Iván García Solís: - Señor Presidente; señoras y señores diputados: Regresamos a la tribuna porque consideramos que el debate
importante es justamente el debate en lo general, tomando en cuenta que las propuestas de reforma de la Ley Orgánica están, a nuestro juicio, insistimos, obstaculizando y difiriendo, no cancelando, efectivamente, porque la lucha popular seguirá y romperá las barreras que ahora niegan la discusión de la verdadera democratización del Distrito Federal. Si esto es así entonces conviene comentar algunos de los argumentos que aquí se han dado para tratar de justificar la injustificable omisión y diferenciación del gobierno de un tema tan importante como es la democratización del Distrito Federal.
La argumentación principal del diputado Carreño, no es el encomio de las modificaciones a la Ley Orgánica, de hecho su argumentación principal es la crítica a posibles soluciones alternativas. Esto, de suyo inhibe la real pobreza de los cambios contenidos en el proyecto de reformas a la Ley del Distrito Federal. Porque ¿qué se reivindica como positivo de esta ley? Se reivindica que habrá una modernización con búsqueda a una mayor eficiencia administrativa. Eso es discutible. Nosotros dijimos que se prefigura una hipertrofia administrativa que es visible ya en muchos otros campos de la administración pública, y que no deriva ni en eficacia ni en democracia.
Por otra parte, se dice que hay otros cambios, a juicio del diputado que hace defensa del proyecto, son importantes; no los juzgamos así; se habla, por ejemplo de la instauración legal de una gaceta para informar, este es un cambio realmente secundario, la vía informativa del Departamento del Distrito Federal y del Gobierno es el sistema de aceitar los medios de difusión masiva para que se pronuncien de manera favorable a la política del Gobierno federal y distrital en turno. De manera que una gaceta, pues, pueda resultar un toque pintoresco, un rasgo evocativo, hasta el nombre sentimos que es un tanto anacrónico, pero no tiene mayor importancia. Cambios institucionales que ayuden a la democratización, que caminen en este sentido, no los percibimos. Hay una cristalización burocrática; el cambio que existió de dejar manos libres al Poder Ejecutivo para que decidiera los órganos administrativos y, dijéramos, el hecho de descubrir ya la estructura administrativa a través de las secretarías propuestas, solamente hace más claro el contrato entre lo que aquí se denominó megalópolis, pero que nosotros debemos entender como un gran conglomerado humano con derechos, y no simplemente como un fenómeno de concentración urbana, rigurosamente deja - decía - a este conglomerado sin derecho alguno para participar. No vemos entonces que haya defensa posible, no la hay, no hay defensa entusiasta ni fundada de un proyecto que no tiene en realidad nada qué ofrecer de importancia a la ciudadanía del Distrito Federal, y que en cambio, contradice, sí, - esto no se ha objetado aquí - , contradice claramente los pronunciamientos oficiales que se hicieron por el partido gobernante en su campaña electoral. Por cierto, en esta campaña no figuró expresamente la reforma de esta ley, en el sentido en que aquí se está proponiendo. Hubo otro tipo de propuesta no recuperadas, por cierto, en este cambio aquí propuesto. Otro tipo de intenciones relativas a una mayor participación, por ejemplo, de juntas de vecinos. No hay absolutamente ninguna concreción de esas que fueron también reclamaciones dentro del propio procedimiento en un partido político.
Nosotros queremos decir que la alternativa propuesta por el Partido Socialista Unificado de México, no puede ser desechada en tanto que no se haya concretizado aún en una propuesta detallada de ley. Son conceptos, y es muy útil y positivo que se entre al debate sobre esos conceptos.
Como se advertirá - y por eso lo expusimos aquí - , nuestra propuesta no es una propuesta arcaizante que simplemente trate de restaurar formas de gobierno del Distrito Federal. Es una propuesta que toma en cuenta la condición sui generis de esta entidad, reconocida como lo hicimos notar en la cita inicial del propio Presidente De la Madrid, reconocida como tal entidad sui generis, por el Presidente de la República. Si es así, entonces requiere una solución sui generis, que es más útil discutir aquí y que es el punto al que la Comisión debió haberse avocado, es el punto y principal.
He sabido que las iniciativas importantes, vamos a decir en la inmensa mayoría de iniciativas que llegan aquí, proceden del Poder Ejecutivo. Las comisiones, si realmente quieren hacerlo, si quieren mostrar iniciativa tienen que practicar un trabajo de elaboración que efectivamente demuestre que de ahí surgen los cambios legislativos, que quien legisla es el Poder Legislativo, por ello nuestra crítica consiste, y en una crítica que entendemos completamente válida, consiste en que estas comisiones son comisiones pasivas, reciben proyectos del Ejecutivo para retocar, para incorporar modificaciones secundarias, pero no generan, a partir de necesidades reconocidas por instancias comunes, no generan propuestas alternativas.
Entonces, reiteramos que la propuesta alternativa que hemos hecho no mira hacia el pasado; sí, elementos del pasado, y las objeciones que se han hecho no creemos que sean válidas. Por ejemplo, se dice que no sería viable restaurar o instituir una asamblea representativa en esta entidad porque habría un choque entre el Congreso local y el Congreso federal.
Este debate en realidad no es nuevo; este debate se dio desde el Congreso Constituyente, y Heriberto Jara, por ejemplo, defendiendo la idea de que el Distrito Federal fuera un ayuntamiento, demostró claramente la falsedad de este posible impedimento al señalar que con la misma razón que se objeta la existencia de un Congreso local y del Congreso federal, también en los estados se podría objetar la existencia de un congreso estatal y de un poder municipal radicados en el mismo sitio.
La distribución de competencias es algo que puede realizarse; de hecho está realizado en varios países. Todos sabemos que ciudades importantes como Roma o París, por ejemplo, tienen gobierno propio y son además asiento de poderes federales, y esto no es obstáculo para que existan órganos representativos locales y a la vez órganos representativos federales. Desde luego que las modalidades pueden ser muchas y tratándose de entidades donde residen los poderes, el derecho muestra una gama enorme de ejemplos, en donde cada país puede ensayar su modelo propio, sin tener que remitirse o encajonarse en un cauce preestablecido, como ocurre genéricamente para las formas de gobierno en el aspecto más tradicional.
El ensayo de una forma propia sui generis de gobierno para esta entidad, sui generis también, es algo no solamente compatible desde el punto de vista del derecho y practicable, viable, sino que es también algo que tiene antecedentes no exactos, pero sí que se pueden percibir con analogía en la solución de otros países.
Por lo tanto, no es consistente la objeción, a nuestro juicio, que se hace de la incompatibilidad de dos congresos en esta entidad. A la vez rebatimos el argumento en el sentido de que se crearía un presupuesto de financiamiento. ¿Por qué ha de crearse un problema de financiamiento? El financiamiento federal, estatal o municipal tiene que ser en todo momento objeto de un criterio de redistribución. En este momento todos estamos de acuerdo, creo yo que estaremos de acuerdo, en que la distribución de las competencias fiscales es insostenible y debe modificarse de tal manera que estados y municipios reciban más, bajo los mecanismos más adecuados.
Esto quiere decir que esta redistribución de competencias y de ingresos, puede operarse sin ninguna clase de conflicto, estimando, valorando, ponderando, no solamente el nivel productivo y de aportación de cada entidad, sino sus necesidades. Esos son los dos polos en que se puede mover el juicio de competencias fiscales y distribución de ingresos.
Hay que recordar que la situación del Distrito Federal hoy, es diferente a la que existía cuando se discutió su estatuto legal en 1917. Este argumento - que expresó aquí el diputado Carreño Carlón - es un argumento de 1917 para la ciudad de México de 1917, en que se consideraba - esto, Jara mismo también lo dijo en el debate - que era improductiva, que era menos improductiva en relación con lo que recibía. ¿Podríamos sostener hoy lo mismo, en 1983?
Eso sería materia de un estudio económico que de ninguna manera podría ser exacto y concluyente, pero el criterio en todo caso no sería estimar la productividad exacta de cada entidad - porque esto no se hace en la redistribución fiscal, como todos sabemos - , pues el gasto federal es un mecanismo de redistribución, de apoyo a entidades de más atraso y de captación de aquellas que tienen una mayor participación económica.
Luego entonces, en primer lugar, señalamos que la situación de 1917 y la actual es completamente distinta. La entidad denominada Distrito Federal tiene un potencial productivo muchísimo muy grande incomparablemente mayor a la ciudad de México de 1917, y tomemos en cuenta que aquí es donde se valoriza el trabajo, en una proporción tal, que sube el valor de la producción también en un grado muy grande.
Luego entonces los argumentos que en realidad se han expuesto, son argumentos para el pasado y no para el presente y menos aún para el futuro. Nosotros nos ubicamos, pues, en una propuesta alternativa vista hacia el futuro.
Lo mismo en relación con los municipios. El diputado Carreño ha objetado la posible división municipal, nosotros no la proponemos, en otra intervención sí existió esa propuesta. Pero la objeción que él hace a los municipios, a los posibles municipios, es decir a los que no existen, es la objeción que debería hacer a lo que existe, que son las delegaciones.
Por ejemplo - dice - de un semáforo a otro sería un municipio distinto. Pues hoy, de un semáforo a otro es una delegación distinta, y nos encontramos con letreros hasta cursis en los que cada delegado quiere proyectar su estilo caligráfico que nos dicen: "Bienvenidos a Coyoacán", con letras arcaizantes; o "Está usted ya en la Delegación de Iztapalapa". Cuando que ésta es una misma ciudad. Entonces, esta crítica del diputado Carreño es a la estructura de las delegaciones, en realidad ese sería el destino de esa crítica.
Otra crítica posible, la relativa a que un cambio en la estructura de esta entidad, pudiera dar lugar a conflictos legales con zonas conurbadas. Esos conflictos existen por razón natural y también ese problema existe ya, independientemente de que aquí sea un distrito o que fuera, como es lo deseable, una entidad con gobierno propio.
Pero hay que recordar que la legislación se adapta al propio desarrollo social y, en algunos casos cuando es previsora, lo precede. Y en este caso perfectamente se puede hacer una legislación para áreas conurbadas que es importante y necesaria, de tal manera que ahí, donde va creciendo la ciudad y va rebasando y va enlazándose con otras entidades, puedan existir elementos legales que disuelvan y que resuelvan los problemas derivados de una posible competencia de atribuciones. Luego entonces, insistimos: La crítica del diputado Carreño es a lo que existe, es la crítica a este Distrito Federal, atrasado en su estructura y no a la propuesta alternativa de una democratización a fondo del Distrito Federal.
Claro, el diputado Carreño utiliza una imagen muy respetable, muy bella, además de un autor también muy respetable como Italo Calvino. Pero creo que la imagen no está bien escogida, o por lo menos no está bien aplicada,
porque si bien es cierto que en el Marco Polo de Calvino las ciudades eran visiones distintas de una misma, aquí en realidad de lo que se trata con la política oficial, es de hacer propuestas en un tiempo para una ciudad que debe cambiar y, muy poco después, retractarse y cambiar de posición aludiendo a que tenemos visiones distintas de una misma ciudad.
En realidad es una misma persona, no son dos ciudades, una misma persona o una misma entidad política que cambia de visión según sus conveniencias políticas; y si de eso se trata, entonces busquemos otra imagen y también busquémosla en el mismo autor, por cierto es prolífico y también del mismo Italo Calvino, entonces yo sugeriría la imagen del Vizconde de Mediano, en donde el porcentaje central se debate entre la contradicción de sus buenas intenciones e incluso declaraciones, y sus actos conservadores; ese sería el personaje que le convendría al diputado Carreño, que hace frecuentes declaraciones progresistas y que ha asumido la necesidad de cambios democráticos en la ciudad, pero que en la práctica, como la otra personalidad del Vizconde de Italo Calvino, se ve obligado a votar amarrado a la disciplina de un partido conservador como es el PRI.
Quiero terminar esta intervención comentando que en diferentes consultas, reuniones y encuentros promovidos por el propio partido oficial, se ha filtrado la preocupación porque no se pueda detener el creciente empeño de la ciudadanía por dotarse de gobierno propio en esta entidad y, a raíz de esto, en esas reuniones, se buscan como en una alquimia política desfasada y poco eficaz, se buscan artilugios, soluciones, combinaciones, emplastos, para que, sin conceder en el punto de la democracia principal, se hagan pequeñas concesiones solamente para la participación limitada en las juntas de vecinos, cosa que insistimos, ni siquiera hoy se refleja.
Queremos expresar entonces, claramente, que la opción es muy clara y es una sola, no se trata de parches, cambios menores, alquimias o pequeñas fórmulas para ver cómo se sigue manipulando a la ciudadanía; lo que este conglomerado necesita es gobierno propio, y gobierno propio solamente se arribará a él si el Congreso en vez de tratar de buscar bondades en reformas autoritarias y centralizadoras, como son las que hoy se proponen, se aplica a ejercer con propiedad y de acuerdo a sus atribuciones constitucionales el papel que le corresponde y legista efectivamente, respetando los derechos democráticos de este gran conglomerado humano. Muchas gracias.
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado José Carreño Carlón.
El C. José Carreño Carlón: - Con su permiso, señor Presidente: Después de haber acotado con el mayor rigor el campo de debate de una Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal y de cualquier otra disposición sobre la entidad federativa - Distrito Federal - ; después de haber criticado los términos de la legislación tradicional sobre el Distrito Federal; después de haber relatado con la mayor objetividad el trabajo en la comisión respectiva, acotado ciertamente a la materia de que se ocupaba; después de haber encomiado la búsqueda de nuevas alternativas democráticas y de formas propias de organización y de participación en el Distrito Federal; después de haber hecho simplemente preguntas basadas en dudas metódicas, que se respondieron con dogmas; después, en fin, de no estar dispuesto a ocupar esta tribuna para ventilar las contradicciones individuales de cada quien, creo que todas las tienen, todas son muy respetables, a ver si esta nueva cita de Italo Calvino se aplica a quien me antecedió en la palabra. Escéptico, lleno de escepticismo, el Marco Polo de Calvino se queja de que él habla, pretende la interlocución, pero quien me escucha - dice - retiene sólo las palabras que está esperando, y está preparado con las frases, independientemente de lo que se diga.
Lamentable que en un cuerpo deliberante no sea la voz y la interlocución la que rija el debate, sino el oído y la sordera. Muchas gracias (Aplausos.)
El C. Iván García Solís: - Señor Presidente, pido la palabra para alusiones.
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Iván García Solís. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 102 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se recuerda al orador que dispone de cinco minutos para su intervención.
El C. Iván García Solís: - También con fundamento en el Reglamento del Congreso pido a la Presidencia que se dirija a diputados de su partido, que insisten en convertirse - entiendo que de manera espontánea - en porra y no en legisladores. (Aplausos.)
De manera muy breve quiero responder a la retirada del diputado del PRI en este debate. Creo que efectivamente, por más búsqueda que haga de una misma metáfora y de un mismo personaje, éste se revierte contra las acciones incongruentes del partido oficial en el que este diputado milita. Queremos decir que en nuestras propuestas no hay escepticismo sino hay proposiciones fundadas y llenas de confianza, y queremos también decir que esta breve interlocución, sólo lamentamos que sea eso, breve, y que este tema que es el principal, no sea a su vez el tema principal en comisiones y en plenaria y sí se convierte en objeto principal de nuestro tiempo, insisto, el adecuar y remozar iniciativas que son ajenas a este cuerpo legislativo.
Finalmente, quiero recordarle al diputado Carreño que, en este país y en este momento, a quien no se le puede discutir la sordera y la
negativa del diálogo es justamente al Gobierno, que es el que está cerrado de manera más visible y notoria la posibilidad de resolución a través de diálogo y de interlocución, de conflictos muy importantes, sociales, políticos y sindicales que todos conocemos y que no cabe aquí repetir; de tal manera que metáfora, calificativos e intenciones creo que se revierten contra la intervención del propio diputado que me antecedió en el uso de la palabra. Muchas gracias.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.
El C. Presidente: - Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular...
Se ha reservado para discutir en lo particular los artículos 3o. y 4o. por el diputado Gerardo Medina Valdés y el señor diputado Salvador O' Connor, el 3o., por el Partido Socialista Unificado de México; a favor, el diputado Joaquín del Olmo, el artículo 11.
El artículo 3o., a favor, el diputado Arturo Contreras Cuevas; el diputado José de Jesús Fernández Alatorre en pro del artículo 3o.; la diputada Armida Martínez, en pro; el diputado Netzahualcóyotl de la Vega, en pro.
- Proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados en un solo acto.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
- Señor Presidente, se emitieron 313 votos en pro y 63 en contra. El C. Presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 313 votos.
Esta presidencia informa que han sido reservados para su discusión los artículos 3o., 4o., 11, 19 y tercero transitorio del proyecto. Se abre el registro de orador para la discusión del artículo 3o. Tiene la palabra el diputado Gerardo Medina Valdez.
El C. Gerardo Medina Valdez: - Señor Presidente, solicito autorización para tratar en una sola intervención los artículos 3o. y 4o. del proyecto de decreto, por estar estrechamente relacionados
El C. Presidente: - Proceda, señor diputado.
El C. Gerardo Medina: - Sírvase consultar a la asamblea si me lo permite.
El C. Presidente: - Sírvase la Secretaría consultar a la Asamblea si es de aceptarse la propuesta del C. diputado, en votación económica.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - En votación económica y por instrucciones de la Presidencia se pregunta si se admite que el señor diputado pueda hacer el tratamiento de dos artículos en una intervención. Los que estén por que se acepte, sírvanse manifestarlo... Aprobado, señor Presidente.
El C. Gerardo Medina Valdez: - Señor Presidente; señoras y señores diputados: Sin necesidad de acudir a una asociación de ideas que se trae por escrito y también lejos de acudir a la desbordada imaginación de Marco polo, manifiesta a través de Italo Calvino, del diputado Pepe Carreño, al interpretar las objeciones de la oposición, me esforzaré en mantener este debate en lo objetivo.
Es por lo demás explicable la actitud del diputado Carreño al haber traído su asociación de ideas redactada, porque los diputados de la oposición que participamos en comisiones, jugamos siempre con cartas abiertas, porque nos interesa el país, nos interesa la ciudad, más allá de la imagen circunstancial de nuestros respectivos partidos.
En la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal vigente, el artículo 3o. enumera las actividades administrativas y de gobierno con las cuales el jefe del Departamento se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones, que comprenden el estudio, planeación y despacho de los asuntos que competen a la dependencia.
Dichas unidades administrativas y de gobierno están divididas en dos apartados; el A, que comprende los órganos administrativos centrales, y el B, con los órganos administrativos desconcentrados. Los órganos administrativos centrales son: tres secretarías generales, la del Gobierno A, la de Gobierno B y la de Obra y Servicios: la oficialía mayor, la contraloría general, la tesorería y 17 direcciones generales. Los órganos administrativos desconcentrados son: Las delegaciones, el Servicio Público de boletaje electrónico y tres comisiones: la de Desarrollo Urbano, la de Vialidad y Transporte Urbano y la Coordinadora para el Desarrollo Agropecuario del Distrito Federal.
La enumeración de ambos tipos de órganos es simple, y al final del artículo 3o. en vigor se dice que los secretarios generales y el oficial mayor serán nombrados por el Presidente de la República. De esto nos ocuparemos al tratar el artículo 11 del proyecto.
En el artículo 4o. de la ley en vigor, se remite al Reglamento Interior del propio Departamento para especificar la asignación y
distribución de las atribuciones de los órganos administrativos y desconcertados. Esta presentación pareció técnicamente correcta. En la ley Orgánica la relación de órganos de gobierno y la administración, y las atribuciones de cada uno, especificarlas en el Reglamento y en el orden descendente, los detalles dejarlos a los instructivos, al socorridísimo recurso de las circulares, o bien, a la descripción de las funciones de cada unidad administrativa como se ve, por ejemplo, en el proyecto formulado por la Coordinación General de Control de Gestión del Departamento del Distrito Federal, suscrito por el secretario técnico de la Comisión Interna de Administración y Programación - por nombres no quedamos - , que al precisar las funciones de la Comisión Coordinadora para el Desarrollo Agropecuario del Distrito federal, páginas 74 y 75 del proyecto, lleva su preocupada meticulosidad hasta asignarle la función de promover la producción porcícola por medio de la venta de pies de cría a bajos precios a los campesinos del Distrito Federal.
Al titular de esa coordinadora deberán, a juzgar por esta disposición, guardarle primordialmente los chicharrones y las carnitas, por que una preguntaría ¿Por qué solamente pies de cría de cerdos y no de cabritos? Diminutivo como sustantivo para evitar cualquier interpretación imaginativa. ¿ Por qué no pollitos o patitos?
Pero volvamos a la ley Orgánica del Distrito Federal que no puede ir más allá de las disposiciones generales. Ya vemos, si examinamos desde la Constitución hasta este tipo de disposiciones, cómo es posible ir de la generalidad a la particularidad hasta excesos imaginativos que también envidiaría Marco Polo.
¿Y que es lo que se pretende con las reformas a estos dos artículos de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal? Según el dictamen, el carácter limitativo de tales enunciados normativos, por su casuismo, ha originado, sobre todo en épocas recientes, una rigidez que dificulta la respuesta pronta a las necesidades combiantes del Distrito Federal. La solución casuista - agrega el dictamen - , se ha visto demeritada con el paso del tiempo ante la moderna administración pública, marcada por una mayor flexibilidad organizativa, respetando siempre los postulados del estado de derecho.
La flexibilidad - dice - se expresa a través del principio de autorganización del Poder Ejecutivo, y se cumple mediante el ejercicio de su facultad reglamentaria tal y como lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
¿Y qué hicieron los dictaminadores que firmaron en pro?, alcanzar sudorosamente la conclusión casuista de que sin menoscabo de la tradición normativa, pero en atención también a la especificidad propia del gobierno del Distrito Federal, en tanto dependencia de Ejecutivo, se hace aconsejable una solución intermedia, que combinando la enunciación de las unidades principales se propicie también la indispensable flexibilidad, remitiendo a la facultad reglamentaria las restantes cuestiones de organización administrativa.
Y concluye el dictamen: En esta forma, el Departamento podrá responder mejor a los complejos problemas que enfrenta el Distrito Federal.
Veamos cómo supuestamente conciliaron causismo y flexibilidad los diputados dictaminadores en pro. En primer lugar, debemos aclarar que no hay nada causuístico en la enumeración de los órganos de gobierno y que su enunciado escueto en nada afecta a la flexibilidad, porque, en última instancia, las atribuciones de cada uno se fija en la reglamentación correspondiente o a través de otros recursos como los antes enunciados. Y en segundo lugar, la escueta enumeración de los órganos administrativos centrales y los desconcentrados en la Ley Orgánica, tampoco daña eso que tecnocráticamente se llama en el dictamen "la especificidad del gobierno del Distrito Federal".
Pero vamos a suponer, sin conceder, que efectivamente exista un cierto conflicto entre el casuismo del enunciado de órganos de gobierno y la flexibilidad de este mismo, del Gobierno. Se referirá - adivinaría - la flexibilidad, agilidad asombrosa administrativa - diríamos - de la Secretaría de la Contraloría General de la República, que tarda un año para acusar recibo de nuestras declaraciones de bienes - como lo estamos todos comprobando en esta sesión.
¿Cómo se pretende resolver en las reformas que los dictaminadores de la iniciativa presidencial han puesto a nuestra consideración? En nuestra opinión, bastante mal, porque lo único que se hace es cambiar la denominación de algunas direcciones generales, elevándolas a rango de secretarías generales, trasladar del Reglamento a la Ley Orgánica las atribuciones principales de estos órganos y prever la creación de otras dos secretarías generales adjuntas, y recoger y refundir en la ley disposiciones ya contenidas en el reglamento, como son las que se refieren a la publicación de la gaceta y a la situación y administración de los panteones.
Además, al remitir al Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal el desarrollo y concreciones de esas atribuciones en el artículo 4o. , lo que en realidad resultará en el fondo será un catálogo de repeticiones que de hecho deja sin bases la reforma al artículo 3o.
Con la misma franqueza, con la que en comisiones hemos presentado y defendido nuestros puntos de vista, sea para coincidir o para disentir, aquí sostenemos que no vemos cómo se concilien el objetado supuesto casuismo del actual artículo 3o. , con la no menos supuesta pretendida flexibilidad para responder mejor a la especificidad del gobierno del Distrito Federal. En todo caso, habría bastado incorporar al actual artículo 3o. las dos secretarías
generales adjuntas y dejar tal cual el artículo 4o. para remitir al Reglamento la cuestión de las atribuciones.
¿De dónde sacan los diputados dictaminadores en pro, que con sólo cambiar a secretarías generales a algunas direcciones generales y enunciar las funciones genéricas de esos órganos, el gobierno del Distrito Federal va a dejar de ser casuista, para convertirse en flexible?, si el problema del Distrito Federal y de México no es de denominaciones y rangos de dependencias, sino de voluntad real de servir al pueblo con eficiencia y con honestidad. Pero vamos a dar por hecho que subsiste, a pesar de razones en contrario, el proyecto de decreto que discutimos. En tal supuesto propondríamos, hasta por decoro sintáctico, pero fundamentalmente para prever que la pretendida flexibilidad llegue hasta la confusión, el abuso y la anarquía, que se suprima en nueve de las diez fracciones del proyecto del artículo 3o. el adverbio primordialmente porque deja abierta la puerta a lo que sea, con o sin reglamento; lo otro, para dar naturalidad y fluidez a la propia redacción del proyecto.
Con base en estas consideraciones, los diputados del PAN sometemos al juicio de la honorable Asamblea, las siguientes opciones en relación con el artículo 3o. del proyecto a discusión:
Primera alternativa. Que se conserve el texto de la ley vigente, agregando sólo "las dos secretarías generales adjuntas", y suprimiendo el último párrafo que el proyecto pasa a ser artículo 11.
Segunda alternativa. Que el texto del actual artículo 3o. recoja, además de las dos secretarías generales adjuntas que se proponen en la iniciativa presidencial, la elevación a rango de secretarías generales, las direcciones generales en el proyecto de dictamen se contemplan.
Tercera alternativa. Que adopté - ésta es una petición muy especial a la comisión - el siguiente texto para el mencionado artículo 3o. : Artículo 3o. El jefe del Departamento del Distrito Federal se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones de las siguientes unidades administrativas en las funciones que se especifican: 1) La secretaría General de Gobierno, para atender al seguimiento de las funciones desconcentradas en las delegaciones del Departamento, así como los asuntos de trabajo y prevención, etcétera. 2) La Secretaría General de Obras para atender obras públicas, operaciones hidráulicas y vivienda. 3) La Secretaría General de Desarrollo Urbano y Ecología para atender la proyección del área urbana y los problemas del medio ambiente, así como el fomento a las actividades agropecuarias. 4) La Secretaría de Desarrollo Social para atender los servicios médicos, las actividades cívicas, etcétera. 5) La Secretaría de protección y Vialidad para atender la seguridad pública y la vialidad. Y el siguiente, la Oficialía Mayor para atender la administración y desarrollo del personal, el ejercicio presupuestal, etcétera. El otro, la Tesorería para atender la operación de la administración fiscal y la recepción de ingresos, etcétera. Y el octavo, la contraloría general para atender la auditoría y el seguimiento y control de obras y servicios, etcétera. Por la diputación de Acción Nacional, diputado Gerardo Medina. (Aplausos. )
El C. Alberto Salgado Salgado: - Señor Presidente, para rectificar hechos, pido la palabra.
El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Salgado.
El C. Alberto Salgado Salgado: - Estimamos, desde luego, señor Presidente, que cuento con cinco minutos; en materia reglamentaria eso es perfectamente sabido.
El C. Presidente: - Señor diputado, le ruego un momento. En virtud de haber transcurrido el término de cuatro horas señaladas por el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Presidencia dispone que se prorrogue esta sesión hasta cumplir los asuntos en cartera. Continúe, señor diputado.
El C. Alberto Salgado Salgado: - Gracias. La impugnación que se hace de los artículos 3o. y 4o. de la ley que estamos debatiendo, con el respeto que me merece el compañero diputado, adoleció de algunas insuficiencias técnicas que sí sería necesario, dentro de la cortedad del tiempo, hacer referencia.
En el artículo 3o. se establecen las nuevas instituciones orgánicas de que se va a valer el Departamento del Distrito Federal para el despacho de los asuntos de su competencia en materia de gobierno, en materia administrativa, jurídica, en materia social, económica, etcétera; y en ese propio artículo se define que será la Ley Orgánica, la que debe establecer tales atribuciones. Sin embargo, encontramos una antinomia, una contraposición con el artículo 4o. , en donde al constituirse esas nuevas instituciones o secretarías, se remite esta reforma al Reglamento, que desde luego proveerá el poder Ejecutivo.
Nosotros estimamos, y esto es una cuestión perfectamente entendible, que la segunda parte del artículo 4o. es inconstitucional, porque le está concediendo al Presidente de la República facultades para determinar las atribuciones de estas nuevas secretarías del Departamento del Distrito Federal, puesto que ¡qué se va a reglamentar si no hay materia sobre la cual deba emitirse esa reglamentación. Si bien es cierto que tiene esas facultades para proveer en el ámbito administrativo para la aplicación de las leyes que son generales, el Reglamento tiene la virtud de precisar cómo, de qué manera debe desenvolverse a través de fases procesales esa aplicación.
Y si bien es cierto que en materia reglamentaria el Ejecutivo está facultado para determinar
la forma en que deben despacharse los asuntos, sin embargo, se está atribuyendo el Ejecutivo de reglamentar las atribuciones de estas secretarías lo cual es perfectamente injustificado. Y desde un punto de vista constitucional, contaría específicamente el artículo 49 de la Constitución, que prohibe de manera expresa reunir en un solo individuo las dos calidades de legislador y de ejecutivo. Y también prohibe, desde luego, ese mismo artículo, que en una sola persona además de que se reúnan dos poderes, se deposite el legislativo.
En esas condiciones, me sumo al parecer del compañero diputado, y quería rectificar que el artículo 4o. es impugnable desde ese punto de vista, que se abroga el Ejecutivo facultades para determinar las atribuciones de estas secretarías, lo cual no tendrá una justificación más que la simple razón del Estado. Y en esas condiciones debemos preguntar nosotros si efectivamente como diputados pertenecemos a ese Estado mexicano.
El C. Presidente - Tiene la palabra el C. diputado Arturo Contreras.
El C. Arturo Contreras Cuevas: - Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: Extraña sobremanera a la comisión, el que ahora, aquí, el Partido Acción Nacional impugne el artículo 3o. del proyecto de decreto, como lo hace el C. diputado Gerardo Medina, ya que en la discusión en el seno de la Comisión se hicieron las observaciones que cada partido y cada fracción consideraron pertinentes.
La iniciativa fue ampliamente enriquecida para quedar en la forma en que aparece en el proyecto y, compañeros diputados, dado que este dictamen fue ampliamente discutido, creo yo - y así lo puedo asegurar en mi poca experiencia legislativa - , que ningún proyecto de iniciativa de decreto enviado por el Ejecutivo, en pocas comisiones - creo - podrá decirse que un dictamen se ha discutido y presentado a este Pleno con los cambios que presenta la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.
El artículo 3o. de la iniciativa de decreto, que reforma la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, simple y llanamente decía: "El jefe del Departamento del Distrito Federal se auxiliará, en el ejercicio de sus atribuciones que comprenden el estudio, planeación y despacho de los asuntos que competen al Departamento del Distrito Federal en los términos de esta ley, de los secretarios generales, oficial mayor, contralor general, coordinadores generales, tesoreros, Procurador fiscal, directores generales, directores y demás titulares de las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados que se establezcan en un Reglamento Interior".
La comisión, después de discutir a fondo la iniciativa, llegó al consenso casi general de establecer en el artículo 3o. la relación de los órganos superiores de la administración del Departamento del Distrito Federal, así como de sus funciones genéricas. Cabe mencionar aquí que con este argumento se destruye, incluso, alguno esgrimido en esta tribuna por algún partido de oposición, en el sentido de que la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, deja de ser ley al no quedar precisada la estructura y funciones del gobierno del Distrito Federal. La comisión fue más allá en su dictamen al contemplar el propio artículo 3o. en debate, del proyecto de decreto, toda una estructura administrativa ampliamente precisada que contiene, además de las funciones genéricas de dichos órdenes superiores, las situaciones que la propia Ley Orgánica anterior que ahora se reforma, no contemplaba. Pues este artículo enunciaba únicamente los órganos administrativos desconcentrados, remitiendo al Reglamento Interior la distribución de atribuciones v asignación de funciones.
La creación de secretarías y la modificación del organigrama del Departamento del Distrito Federal, tienden a lograr una estructura no sólo de sector - como actualmente es el Departamento del Distrito Federal - , sino de dinamizar la administración de esta entidad como un gobierno autónomo. Esto, si no se entiende como un gran paso hacia lo que todos los partidos representados en esta Cámara deseamos, es porque no se quiere así entender o porque - parafraseando a una compañera que intervino en este debate - tendrían que reconocer los partidos de oposición su postura propagandista en esta tribuna, debiendo declinarla y luego qué iban a vender.
Por otro lado, la flexibilidad en la estructura administrativa del gobierno del Distrito Federal que contempla el dictamen de la comisión, tiende a responder ampliamente a los graves complejos problemas que diariamente enfrenta nuestra gran urbe, y remite a la facultad reglamentaria la organización administrativa para enfrentarlas adecuadamente.
La creación de dos nuevas secretarías generales adjuntas satisface, como lo expresa el dictamen, la flexibilidad que requiere el Poder Ejecutivo para resolver en un momento dado problemas casuistas y específicos, que se pudieran presentar y no encontraran solución dentro de la estructura orgánica contemplada en la Ley o en el Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal.
Como aclaración a lo que aquí mencionaba el señor diputado Gerardo Medina, por casuismo entenderemos que es la enumeración de los órganos que para fines específicos y temporales crea el Departamento del Distrito Federal, mediante la modificación a su Ley Orgánica, que ahora se discute.
Principalmente en este artículo 3o. , que es el que da la pauta enumerando todos esos órganos administrativos para lograr ese casuismo. Y, asimismo, la flexibilidad, entenderla como la facultad para reglamentar las funciones
de todos aquellos órganos que van a intervenir de una manera u otra en el gobierno del Departamento del Distrito Federal.
Se ha mencionado en contra del dictamen de la comisión la necesidad de la democratización del Distrito Federal. Este, desde luego, es un problema de carácter político que la comisión consideró no sería ajeno a este debate, no obstante creo, es necesario separar definitivamente el concepto político de la materia legislativa que contiene el dictamen con proyecto de reformas a la Ley Orgánica, que en este momento se discute y que presenta la comisión.
No se justifica el razonamiento de los compañeros diputados de la oposición por cuanto al fondo del dictamen. A mayor abundamiento, durante la discusión en el seno de la misma comisión de este artículo y otros que se contemplan en la iniciativa, no se escucharon proposiciones concretas que no hubieran sido tomadas en cuenta y no se encuentran contenidas en el texto del proyecto de decreto. Por eso extraña también que el señor diputado Gerardo Medina, aun cuando dice que en la comisión juega con cartas y venga aquí hacer una proposición cuando ya estamos por aprobar una ley que va a ser benéfica para los habitantes del Distrito Federal.
Por cuanto al aspecto político que continuamos debatiendo, merece todo nuestro respeto la proposición expresada por los partidos de oposición, y esa será discutida en el momento en que promuevan las reformas constitucionales y reformas legales que se requieren para llevar a cabo la democratización del Distrito Federal.
Además no es privativo de ustedes, compañeros de la oposición, el buscar una solución integral a los problemas del Distrito Federal. De esta gran ciudad que requiere de servicios de vigilancia, de empleo, de seguridad jurídica, de problemas de abasto, de agua y alimentos, alumbrado, recolección de basura y, en fin, de toda una gama y caudal de elementos puestos a su disposición que resuelvan, o alivien al menos, tan graves y complejos retos.
Nuestro partido ha propiciado y ha sido promotor de una democratización integral, una democratización bien fundamentada y acorde con la realidad jurídica que priva para Distrito Federal; debemos contemplar reformas constitucionales para adecuar el artículo 44, la democratización que se pretende debemos llevarla a cabo adecuando también lo preceptuado por el artículo 115 constitucional, por el artículo 89; se deben modificar las leyes orgánicas de la administración pública federal y del Distrito Federal; se deben buscar nuevos límites territoriales para el asiento de los Poderes de la Unión, esto, siempre y cuando se materialice el supuesto de que los poderes cambien de sede territorial a una distinta de la que ahora ocupan.
El Distrito Federal no puede cambiar su nomenclatura, pues ésta está dada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por ello es necesario aclarar aquí, y para todo el pueblo que también debe estar atento a este debate, principalmente del Distrito Federal, que al darse la democratización, necesariamente es condición que se erija el Estado del Valle de México, como lo menciona el artículo 44 constitucional, sin perjuicio de que el Distrito Federal deba subsistir pues esta entidad es el asiento de los Poderes de la Unión.
En fin, señores, que sin posturas demagógicas o proselitistas - como hemos visto que lo hacen aquí algunos partidos de oposición - , la mayoría de esta Cámara busca la integración ciudadana de esta gran urbe de una manera razonada, una democratización posible y acorde a las necesidades de este Distrito Federal. La misma Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, con las reformas que ahora propone este dictamen, tiende a democratizar al Departamento del Distrito Federal y le Brinda la flexibilidad de manejarse como gobierno autónomo y representativo. Por otro lado, el artículo 73, fracción VI, base primera, menciona que el gobierno del Distrito Federal estará a cargo del Presidente de la República. ¿Cómo entonces se dice que el gobierno del Distrito Federal no es democrático, cuando más de 17 millones de votos legitimaron la elección en esta entidad federativa?
El Presidente de la República ejerce el gobierno del Distrito Federal, ¿qué de extraño tiene entonces la promoción de estas reformas a su Ley Orgánica? El artículo 3o. y el artículo 4o. que ahora se debaten, del proyecto de decreto, deben ser aprobados por este Pleno, porque además se ha dado en el estudio de las mismas dentro del seno de la comisión, la completa independencia del Poder Ejecutivo con el Legislativo, que tantas veces se ha criticado, dando éste último muestras de responsabilidad y autonomía al presentar el dictamen con los cambios contenidos en el mismo, basado en las opiniones plurales de esta Cámara, básicamente contenidos en los artículos 3o. y 4o. , que se debaten.
No es momento quizá para hacer referencia a lo aquí expresado por un compañero de la oposición. Mencionaba que el debate en lo general era lo importante, no obstante, quiero recoger estas palabras y mencionar que también el debate en lo particular, es muy importante.
El artículo 3o. impugnado y como miembro orgulloso del partido de la mayoría y de mi sector, el Obrero, me obliga a no permanecer impasible, como creo que no lo están mis compañeros, ante la sugerencia aquí velada y mencionada, de que el señor Presidente de la República no ha cumplido lo que en la campaña política, que lo llevó a la primera magistratura, ofreció. Falsa y malintencionada sugerencia, pues, como ya se dijo, ha sido y es el principal, promotor de la democratización, sólo que, como no es del agrado de los diputados de la oposición, debemos hacerlo con responsabilidad, igual que la responsabilidad propia del cargo que el señor Presidente de la República está
ejerciendo para no legislar en las rodillas, Se ha criticado siempre que si legislamos al vapor, está mal; sin embargo, cuando se hace rápido y las iniciativas presidenciales se acuerdan en esta Cámara por mayoría aprobatoria, también son criticadas.
Todo nuestro esfuerzo por lograr que el desarrollo sea acompañado de un valor primordial, lo ponemos siempre los trabajadores. Estoy aquí como trabajador, como trabajador que entiende los problemas de mi sector, de mi partido y de mi país, y deseo que el valor primordial de todo hombre en este país vaya aparejado a la legislación y la labor legislativa que todos nosotros estamos llevando a cabo; este valor; la paz en la libertad. Por lo tanto, compañeros, solicito a ustedes se apruebe el dictamen de la comisión porque, como ya se ha expresado, posee riqueza en sus conceptos, flexibilidad para hacer del gobierno del Distrito Federal un gobierno que vaya acorde con las necesidades propias de los habitantes de esta ciudad. Muchas gracias. (Aplausos. )
El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Gerardo Medina para una segunda intervención.
El C. Salvador Castañeda O'Connor: - Pido la palabra, señor Presidente.
El C. Presidente: - Se están debatiendo dos artículos y usted solamente impugnó uno, señor diputado Salvador O'Connor.
El C. Gerardo Medina Valdez: - Señor Presidente; señores diputados: - Yo creo que salvo los diputados del Sector Obrero oficial, pueden hacerle alardes de que son trabajadores. Yo lo discutiría especialmente de los líderes, pero en fin. Los que ganan con sudor, ganan el sustento con el sudor ajeno, no de la propia frente, pero en fin. Seguramente exceptuados ellos, todos los que venimos a defender una tesis, una posición o a hacer una proposición, pues debemos haber pasado la vida de flojos y de parásitos. Afortunadamente, todos nosotros trabajamos, no vivimos ni del erario público permanentemente ni tampoco de las cuotas de los trabajadores.
Es lamentable que hayan venido aquí a responder con un discurso que debió haber sido pronunciado para defender el dictamen en lo general, o bien, reservarse para impugnar las objeciones al artículo 11 del proyecto que discutimos. Pero guardar discursos en botella, corren riesgo de que se enmohezca. No sé de dónde saca el señor diputado Contreras que haya una gran riqueza de conceptos en el artículo 3o. del proyecto. Pero en fin, será porque es obrero y encuentra una gran riqueza conceptual en este artículo. Mis respetos a su sincera interpretación.
No ha habido uno solo de los impugnadores del proyecto, incluyendo a mí, que haya sostenido que la iniciativa presidencial no fue objeto de múltiples reformas y ajustes en el seno de la comisión. Suponer eso una calumnia. Pero como se ha dejado la impresión de que no jugamos abierto, sino que nos reservamos cartas, me permito recordar al pleno, es decir, informar al pleno que en la última sesión de la Comisión del Distrito federal, después de la lectura del proyecto de dictamen, el representante del PSUM y nosotros los del PAN hicimos algunas observaciones y quedamos en que lo estudiaríamos para definir nuestra firma en pro o en contra. Y la presidenta de la misión estuvo de acuerdo.
En esa ocasión, la señora diputada Lajous, pidió a sus compañeros del PRI, que se quedaran para organizar el debate, este debate.
Nosotros señor, diputado, señores diputados, no nos guardamos ovoides - como dijo la compañera del PDM - para venderlos en la tribuna. Consta a los presidentes y a los miembros de la comisiones de esta Cámara, que mostramos siempre nuestras cartas, nuestras observaciones y avisamos que en aquello en que sea irreductible el consenso general, se quedará para la tribuna, y en esta ocasión traemos estos artículos a debate, y fue porque solamente hubo esa sesión final de la comisión en la que era imposible, de una sola lectura, desprender conclusiones para establecer criterios particulares sobre algunos de sus artículos.
A mí me parece que defender la redacción del artículo 3o. en sus términos, con ese primordialmente cacofónico y reiterativo, lo aceptaríamos como una especie de homenaje al primor que preside la Comisión del Distrito Federal, pero aun así, con primores y todo, votaremos en contra, hasta por respeto a la gramática y a la sintaxis. Nos parece un exceso de cerrazón el no aceptar nulificaciones que no alteran el contenido, ni el fondo y, mucho menos, la trascendencia de los artículos por nosotros impugnados. Muchas gracias. (Aplausos).
El C. Presidente: - Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite las modificaciones propuestas por el C. diputado Gerardo Medina Valdés a los artículos 3o. y 4o. del proyecto.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta. Los que estén porque se acepte sírvanse ponerse de pie. . . Los que estén porque se deseche sírvanse ponerse de pie. . . Desechada, señor presidente.
El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al señor diputado Salvador Castañeda O'Connor del PSUM, para hablar en contra del artículo 3o.
El C. Salvador Castañeda O'Connor: - Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: Las objeciones al dictamen en lo general las hizo mi compañero Iván García Solís. Me voy a referir entonces a una cuestión muy concreta, no sin antes advertir que aquí se esta empezando a hablar un lenguaje en la
tribuna para responder a quienes hacemos observaciones u objetamos algo del dictamen, pues las injurias son una cosa inadecuada, que no ayuda al examen sereno de las cuestiones que importan a la Nación y a la población del Distrito Federal.
¿Con qué derecho se acusa a quienes presentamos alguna objeción, de demagogia, de demagogos? Bueno, los partidos de oposición que estamos aquí nunca hemos tenido en nuestras manos el Gobierno, entonces no puede acusarnos de que hayamos incumplido alguna promesa, algún programa de gobierno, porque desde ese punto de vista a quien se puede acusar de demagogos es al propio Gobierno actual y a la mayoría, que hace tiempo que le ha ofrecido al pueblo prosperidad, y el pueblo sufre ignorancia, y el pueblo sufre hambre y desnutrición.
Ha ofrecido el derecho a la salud, y el pueblo está enfermo; y ha ofrecido el derecho al trabajo y el desempleo es lo que está en el orden del día. ¿Con qué derechos se nos limita a usar la tribuna? No estamos obligados a cubrir todas las instancias de la discusión en las comisiones para poder usar la tribuna. Podemos usar la tribuna en todo momento - según recuerdo dice la Ley Orgánica del Congreso y el Reglamento de los Debates - . Y que venimos a hacer aquí propaganda, bueno, nadie puede ser reconvenido de las cosas que dice, pues aquí se puede hacer propaganda, pero aunque esto es inadecuado. Por esta razón, como está muy limitada la información de lo que sucede aquí en la Cámara, pues, como dijo algún diputado: no podemos hacer propaganda porque la mejor manera de guardar un secreto, es venir a hablar a esta tribuna.
Compañeros, llama la atención - ya yendo a lo concreto - la parte final de la fracción X del artículo 3o. del proyecto que dice: "Asimismo podrá contar con dos secretarías - se entiende que el jefe del Departamento - generales adjuntas para atender nuevas actividades administrativas o para realizar con carácter temporal las tareas específicas que al efecto delegue la jefatura del Departamento. Además contará. . . " etcétera, etcétera. - Eso dice el párrafo.
Nosotros pensamos, compañeros, que está bien que estas dos secretarías generales adjuntas - que se puede crear - atiendan las tareas específicas que le delegue, de manera temporal, el jefe del Departamento del Distrito Federal; lo que nos parece inapropiado es que estas dos secretarías adjuntas atiendan lo que se llaman "las nuevas actividades administrativas", porque para que estas "nuevas actividades administrativas" pudieran crearse tendrían que estar previstas precisamente en esta Ley Orgánica que estamos discutiendo.
Y tal como está redactada esa parte, pudiera ser interpretada como que es el Presidente de la República o, lo que sería peor, el propio jefe del Departamento del Distrito Federal, el que legislara para dar lugar a estas "nuevas actividades administrativas", usurpando con ello las facultades que de manera exclusiva corresponde a esta Cámara.
El Congreso, el los términos del artículo 49 constitucional, puede, en determinados casos previstos en la propia Constitución, delegar funciones legislativas al Presidente de la República, pero en ningún otro caso puede delegar estas funciones en favor del Presidente, del jefe del Departamento del Distrito Federal, ni de ninguna autoridad o persona. Esta disposición, que leí hace un momento, me parece a mí, es violatoria del artículo 49 constitucional.
Parece extraño, pero por otra parte, que después de tan larga experiencia respecto al gobierno del Distrito Federal, no pueda precisarse en este proyecto para qué se quieren estas dos secretarías generales adjuntas, y cuáles son esas nuevas actividades administrativas que van a atender. Ojalá y no se trate de actividades represivas que pudieran golpear aun más los derechos políticos y las garantías individuales de los ciudadanos de Distrito Federal. Ojalá también que aquí no vayamos a violar la Constitución por exceso de mayoría. Propongo que eliminemos de este párrafo esto de las nuevas actividades administrativas, y que quede así: "asimismo, podrá contar con dos secretarías generales adjuntas para atender, con carácter temporal, las tareas específicas que al efecto delegue la jefatura del Departamento".
Esa es mi propuesta y la dejo en la Secretaría para que si es posible sea tomada en cuenta. Muchas gracias.
El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el C. diputado José de Jesús Fernandez Alatorre, para hablar en pro.
El C. José de Jesús Fernández Alatorre: - Señor Presidente, con su venia; compañeras y compañeros diputados: Me hubiera concentrado a referirme exclusivamente a la objeción que se hace a la fracción X del artículo 3o. del dictamen, pero cuando se abre también en esa apertura, de la que todos somos testigos, un debate con puntos diferentes, pues también se vale un poquito referirse a los puntos que no son tan concretos.
Yo siento, y en la primera ocasión que tengo el honor, la oportunidad de representante popular, que esta Cámara plural ha cumplido y esta cumpliendo con creces su misión, de tal manera que hemos y tenemos una participación completa y no hay ninguna limitación.
De alguna manera sí coincidimos en que el debate tenga que elevarse, que el debate no sea a través de la utilización de adjetivos que pueden subjetivarse una discusión que, inclusive, reglamentariamente está prohibida.
Pero traje aquí una copia de la iniciativa presidencial para decir a ustedes que el artículo 3o. traía como esencia una flexibilidad absoluta en el gobierno del Distrito Federal, esto es, la iniciativa del Ejecutivo Federal decía que el Jefe del Departamento del Distrito Federal se auxiliará en el ejercicio de sus atribuciones que comprende: estudio planeación, despacho de asuntos que comprende al Departamento del Distrito Federal, en los términos de esta ley, de los secretarios generales, oficial
mayor, contador general, coordinadores generales, tesorero, procurador fiscal, directores generales, directores y demás titulares de las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados que se establezcan en su Reglamento Interior.
Si ustedes analizan el texto del artículo 3o. , contenido en la iniciativa presidencial, estarán de acuerdo conmigo en que el Ejecutivo pretendía una flexibilidad en el gobierno del Distrito Federal, y la comisión, en sesiones que tuvo, recogió alguna de las observaciones de los diputados sin ninguna distinción partidista, de tal manera que se utilizó en el dictamen una situación diferente, que no se iba a permitir una flexibilidad absoluta y tampoco se iba a poner casuísticamente porque, en términos legales, es imposible que una ley prevea la totalidad de los casos que pueden presentar. En consecuencia, el artículo 3o. , propuesto a esta Asamblea, es una artículo que ya no trae la flexibilidad propuesta inicialmente, y no trae lo encasuístico completo, porque esto es imposible. Y el artículo 3o. en su primera parte, que se respeta su redacción, se cambia y se establece en cada una de las fracciones la secretaría con su nombre y sus funciones, pero ya entrando en materia, en relación con la objeción que hacía el diputado Salvador Castañeda O'Connor, compañero y amigo, en el sentido de que estaba conforme su partido que pudiera contarse con dos secretarías generales adjuntas para atender, con carácter temporal, tareas específicas que al efecto de delegara la jefatura del Departamento. Pero están en desacuerdo en el sentido de que no pueda atender nuevas actividades administrativas, y esto, con todo respeto, compañero diputado y amigo, no es ninguna incongruencia ni se hace ninguna delegación incorrecta, inconstitucional, donde el Congreso de la Unión, este Congreso de la Unión que me honro en pertenecer, delegue al Presidente de la República o al jefe del Departamento administrativo ninguna función legislativa, porque es muy pertinente aclarar la diferencia que existe entre que se puedan atender nuevas actividades administrativas, pero dentro de una misma función; las funciones son las que están aquí marcadas en cada una de las fracciones del artículo 3o. , pero no se hace delegación de funciones, se está haciendo con gran claridad que para atender nuevas actividades administrativas. De tal suerte, no se hace esa delegación que asustaba un poco, como una tendencia nuestra a tratar de delegar nuestras facultades en el Ejecutivo.
Yo creo, sinceramente que este dictamen es resumen y resultado de una serie de sesiones muy interesantes, en una situación muy participativa, donde la Presidencia de la Comisión, la diputada Luz Lajous de Madrazo, abrió de par en par las puertas en las sesiones y se escucharon todas y cada una de las polémicas que inclusive en esta sesión se han dado. De tal suerte que yo voy a pedir, de manera muy respetuosa al señor Presidente de esta Asamblea, que pregunte a la Comisión si considera suficientemente discutido este asunto y que se pasa a votación en su oportunidad. Muchas gracias. (Aplausos. )
El C. Presidente: - Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite las modificaciones propuestas por el C. diputado Salvador Castañeda O`Connor al artículo 3o. , fracción X.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta. Los CC. diputados que estén porque se acepte, sírvanse ponerse de pie. . . Los CC. diputados que estén por su deseche, ponerse de pie. . . Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría a la Asamblea si los artículos 3o. y 4o. se encuentran suficientemente discutidos.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - En votación económica se pregunta si están suficientemente discutidos los artículos 3o. y 4o. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. . . Suficientemente discutidos, señor Presidente.
Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos 3o. y 4o. en sus términos
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamente Interior.
(VOTACIÓN. )
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Señor Presidente, se emitieron 300 votos en pro y 46 en contra.
El C. Presidente: Aprobados Los artículos 3o. y 4o. en sus términos por 300 votos.
Esta presidencia informa que se han inscrito por hablar en contra del artículo 11 del proyecto, el diputado Gerardo Medina Valdez y a favor, el diputado Joaquín del Olmo Reyes
Tiene la palabra el C. diputado Gerardo Medina Valdez.
El C. Gerardo Medina Valdez: - Señor Presidente: parece que algunos señores diputados tratan de desquitar el aumento de sueldo a silbidos - cada quien puede hacer como lo dicte su inteligencia - . Señores diputados, con la esperanza de que no se vuelvan a calificar de demagogos, voy a presentar este alegato en contra del artículo 11 del proyecto de Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, que no parece fundamental.
Dice el diccionario para juristas, de Juan Palomar de Miguel, señor Presidente, señores diputados, que ley orgánica es la derivada e inmediatamente de la Constitución de un estado y que contribuye a su más perfecta ejecución y observancia.
Alguna vez, desde esta tribuna instalada aún en la anterior de la Cámara de Diputados, el entonces secretario de Gobernación, casi candidato oficial a la Presidencia de no haber jugado sucio - según dijo el Presidente Echeverría - y ahora director de la transnacional Camaronera Ocean Garden, Mario Moya Palencia, al señalársele el riesgo de que una ley reglamentaria y aun un reglamento pudiese desbordar el ámbito que le daba razón de ser, acudió a la definición clásica de lo reglamentario: ni super lex, ni sub lex, ni preter lex.
Los numerosos juristas aquí presentes me podrían precisar si está correctamente expresado, pues hablo de memoria. Ni sobre, ni abajo, ni más allá de la ley puede ir una ley reglamentaria, ni menos un reglamento. Creemos que con mayor propiedad podría aplicarse este principio a una ley orgánica - y creo, entre paréntesis, que ahí podrían haber enfocado los defensores del dictamen sus alegatos - ley orgánica que como inmediatamente desprendida de un proyecto constitucional, debe servir para su más perfecta ejecución y observancia.
En ese sentido estamos de acuerdo de que la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal debe ceñirse, no puede ni debe quedar por encima, ni por debajo, no ir más allá de la Ley Fundamental, sin antes modificar ésta, por lo cual se han presentado diversas iniciativas que hasta hoy siguen congeladas. Ha habido ideas, ha habido proyectos, ha habido iniciativas y lo que ha faltado es voluntad para democratizar realmente al distrito, la vida del Distrito Federal, y han sobrado discursos y promesas.
Pero también es obvio, y ya hemos escuchado argumentos durante el debate en lo general y aun en lo particular, que si el objeto, la razón de ser de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal es lograr la más perfecta ejecución y observancia de la base primera de la fracción VI del artículo 73 de nuestra Constitución General, no acrecentaría, ni disminuiría, ni rebasaría esa disposición, si interpretando su espíritu, ahora enriquecido con reiterados propósitos de descentralizar y democratizar la vida nacional, recogiera los desiderata compartidos, nos atreveríamos a afirmar por una gran mayoría de la ciudadanía del Distrito Federal, el avance que, aparentemente pequeño, iría enjalonando los procesos de cambio estructuras que el país requiere, como lo ha reconocido el propio titular del Poder Ejecutivo.
En efecto, la base primera de la fracción VI del artículo 73 constitucional establece que el Congreso de la Unión tiene facultad para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal, sometiéndose a las bases siguientes:
Primera. El Gobierno del Distrito Federal estará a cargo del Presidente de la República, quien lo ejercerá por conducto del órgano y por órganos que determinen la ley respectiva, que es precisamente la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal cuyas reformas ahora discutimos.
Ahora bien, el artículo 11 del proyecto de decreto en debate dispone que los secretarios generales, los secretarios generales adjuntos y el oficialía mayor del Departamento del Distrito Federal serán designados y removidos por el Presidente de la República, y dice el dictamen que tal facultad está claramente derivada del artículo 73 en su fracción VI, base primera.
Los diputados de la Acción Nacional disentimos totalmente de ese criterio. La única facultad claramente derivada del 73 constitucional en la materia, es la contenida en el artículo 1o. de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal que, con estricto apego a la disposición constitucional, establece que el Presidente de la República, tiene a su cargo el gobierno del Distrito Federal y lo ejercerá de conformidad con las normas establecidas por la presente ley, por conducto del jefe del Departamento del Distrito Federal, a quien nombrará y removerá libremente.
Hasta ahí, en tanto no sea modificado, como tendrá que ser alguna vez el status jurídico y político de lo que ahora se llama Distrito Federal, está correcto. El Ejecutivo Federal gobierna al Distrito Federal por conducto de un jefe de Departamento, al cual nombrará y removerá con toda libertad.
Debemos suponer que el Ejecutivo para ejercer este asiento de los poderes federales, escoge a quien juzga más capaz para gobernar en su nombre y con autoridad, no sólo por virtudes personales sino por su capacidad para organizar ese gobierno delegado y, por tanto, para seleccionar a los funcionarios que más inmediatamente colaborarán con él en ese cometido.
No aceptar esto, que es de sentido común, es reconocer tácticamente que el nombramiento que hace el Presidente del jefe del Departamento del Distrito Federal, obedece a razones ajenas a la aptitud de la persona escogida, puesto que, capacidad se le reconoce para seleccionar el equipo más inmediato y más importante de sus colaboradores.
Que el nombramiento del jefe del Departamento del Distrito Federal obedece a motivos políticos o de amistad, como sucede con los nombramientos de los responsables de otras dependencias, Seguro Social, ISSSTE, Comisión Federal de Electricidad, etcétera, que son auténticas canonjías políticas, porque la verdadera responsabilidad descansa en los segundos de a bordo, generalmente preparados técnicamente para ser funcionarios de dichas dependencias.
Ha sido éste el caso de los nombramientos de jefes para el Departamento del Distrito Federal, si no lo es y el Presidente de la República meditada, reflexivamente ha escogido aquel a quien delegará su responsabilidad de gobernar el Distrito Federal, el artículo 11 del proyecto que discutimos debe ser modificado.
Hay otro argumento, se habla mucho y durante el sexenio se seguirá hablando de la
descentralización de la vida nacional. Y nosotros los diputados de Acción
Nacional sostenemos que una de las formas primarias de descentralización es la delegación de autoridad y de funciones. Cuando se delega autoridad, en el caso por el Presidente de la República, para ejercer el gobierno de una entidad tan importante como el Distrito Federal, pero esa autoridad se la restringe al extremo de que ni siquiera puede nombrar a los secretarios generales, los secretarios generales adjuntos y al oficial mayor, o no hay confianza en la capacidad del escogido, o se insiste en llevar el culto casi totémico al presidente en turno, al extremo de que deba ser él quien nombre a los colaboradores inmediatos del jefe del Departamento del Distrito Federal, por él mismo designado.
¿En qué merma la facultad de gobernar al Distrito Federal que la Constitución otorga al Presidente de la República, el autorizar al jefe del Departamento del Distrito Federal - que aquél nombra y puede remover libremente - a que seleccione a esos funcionarios entre los más aptos? ¿Tan incapaz es el nombrado que ni para eso sirve?
Dar esa autoridad al jefe del departamento del Distrito Federal no solamente reforzaría la confianza en él, depositada por el Presidente de la República, sino que probaría los hechos que la selección había sido la mejor.
Otro argumento más, se dice, se dijo en el seno de la Comisión del Distrito Federal "que quien puede lo más, puede lo menos". Y es cierto, pero la objeción se puede volver en contra de quienes así defienden, que se sostenga la facultad del Presidente a nombrar o remover a los secretarios generales, secretarios generales adjuntos y oficial mayor del Departamento del Distrito Federal, porque si eso de que "quien puede lo más, puede lo menos" si se toma a la letra y se lleva a todas sus consecuencias, ¿porqué no facultar expresamente la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal a que designe y en su caso remueva al tesorero del Distrito Federal - tan importante - , a los directores generales, al contralor general, a los coordinadores de áreas y hasta a los directores de industrias de Abastos, al de Transportes Eléctricos y hasta de la Ruta 100, para no bajar hasta los cabos de cuadrillas en el servicios de limpia.
Finalmente, se nos va a decir que en la Ley Orgánica, cuyas reformas hoy discutimos, esa facultad presidencial a la que se agregan ahora en el artículo 11 a los secretarios generales adjuntos, ya que estaba en el último párrafo del artículo 3o. de la ley vigente, y que no había sido cotejada.
A esto simplemente respondemos que si se revisa la Constitución surgida del Constituyente de 1917 y se la compara con la actual, se verá en las más de 200 reformas que se le han hecho que antes de esas reformas había muchas cosas, que con éstas después dejaron de ser.
Somos un país en evolución y, para algunos, no estamos lejos de volver a ser un país en revolución por las urgencias sociales agravadas.
Creemos que la modificación que proponemos puede parecer insignificante pero no lo es; de aceptarse estaría esta Legislatura dando un paso pequeño pero significativo en la descentralización de la vida nacional.
En base a las anteriores consideraciones proponemos, los diputados de Acción Nacional, a esta LII Legislatura y en particular a la mayoría de la Comisión del Distrito Federal, que el artículo 11 del proyecto de decreto quede en los términos siguientes:
Artículo 11. Los secretarios generales, los secretarios generales adjuntos y el oficial mayor del Departamento del Distrito Federal, serán designados y, en su caso, removidos por el jefe del Departamento, previo acuerdo con el Presidente de la República. Gracias. (Aplausos. )
El C. Presidente: - Tiene la Palabra el C. diputado Joaquín del Olmo Reyes.
El C. Joaquín del Olmo Reyes: - Con la venia del señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: En verdad la estimación, la alta valía, la gran capacidad del señor diputado Gerardo Medina Valdez vuelve a revertirse, vuelve a entregarse nuevamente en este recinto para el enriquecimiento del debate legislativo.
Efectivamente, y para todos aquellos que siempre hemos encontrado en él lucidez, raciocinio y fuerza en los argumentos, no se extraña su explosión emotiva y sudorosa en la tribuna. Los dirigentes obreros, los diputados electos por mayoría valoremos el sudor en su frente. Muchas ocasiones proviene del calor, muchas ocasiones proviene del calor que produce la emotividad o la impotencia para convencer, esto, de todas maneras, no nos hace perder de ninguna manera nuestra estimación por el señor diputado, por su gran valía y por su sudoroso trabajo en este recinto legislativo. El debate merece elevarse a lo que debe ser la función legislativa. Esta en una actividad creadora del derecho objetivo, está subordinada a un orden jurídico y consiste precisamente en expedir las normas que regulan la conducta de los individuos y la organización social y política.
Frente a los órganos del Estado, el régimen de derecho en que vivimos nos obliga a perfeccionar sistemas y a asegurar el imperio de la ley en un medio de leyes y reglamentos ágiles y flexibles.
La norma constitucional no puede convertirse en un ordenamiento casuista y rígido; el acto legislativo debe producir - produce - normas jurídicas que son abstractas y que son impersonales, que son generales y que son permanentes, que son obligatorias para todos aquellos que se encuentran dentro de un ámbito de validez, y son imperativas porque el Estado, a través del derecho, impone la obligación de someterse a la ley.
En ese orden de ideas, la jerarquía legal normativa se conforma simple y sencillamente mediante una ley suprema que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante las leyes ordinarias, federales,
locales, comunes, orgánicas o reglamentarias, mediante los tratados que estén de acuerdo a la Constitución y mediante los decretos que comprenden situaciones particulares.
Es así que la Constitución Política, en su artículo 73, fracción VI, base primera, de la legislación del país, establece para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal, sometiéndose a las bases siguientes: Habla de las facultades que tiene el Congreso, y qué bueno que existan estas coincidencias en cuanto a la concepción jurídica de este asunto, determina, su fracción I, lo siguiente: "El gobierno del Distrito Federal estará a cargo del Presidente de la República, quien lo ejercerá por conducto del órgano u órganos que determine la ley respectiva".
De ahí se desprende que el titular del gobierno del Distrito Federal es el propio Presidente de la República, quien lo ejerce por conducto del órgano u órganos que determine la ley respectiva. Aquí entraríamos a una pequeña aclaración, en qué consiste delegación, o en qué consiste representación.
Es indudable que delegación quiere decir transmitir facultades de mando, representación quiere decir realizar funciones de otro. Es claro que el jefe de la Nación, el Presidente de la República, por mando constitucional es quien gobierna el Distrito Federal y precisamente por eso es que la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, las modificaciones que se presentan ahora ante esta Asamblea, no solamente pretenden adecuar sino cumplir totalmente con la Ley de Planeación, con la ley global de la Administración Pública Federal y entregarle al ciudadano, al habitante de la ciudad de México, la claridad jurídica, la especialidad absoluta en cuanto a la aplicación de la ley suprema del país, que es la Constitución Política. No podemos, de ninguna manera, venir a esta tribuna para amañadamente decir si es competente o incompetente el señor regente de la ciudad de México, o quienes le hayan antecedido. No podemos de ninguna manera en esta tribuna, aparentemente, negar o entregar a la Ley Orgánica prevista precisamente por la Constitución, la capacidad jurídica para convertirse en una ley superior a la ley suprema que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si es capaz o no, eso es cuestión de juicios personal; si puede o no puede nombrar a sus colaboradores, es cuestión definitiva de la actuación privada o personal de cada uno de los funcionarios de la Administración Pública Federal; pero debemos entender que sobre cualquier juicio personal, sobre cualquier ley orgánica, sobre cualquier ley reglamentaria, existe la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por esta razón, por estos motivos, el artículo 11 que se modifica, establece la necesidad de actualizar, de ratificar, de devolver quizá, de entregar y de reafirmar la facultad presidencial para nombrar a los colaboradores importantes del señor regente de la ciudad de México.
Los secretarios generales, el oficial mayor, son funcionarios ejecutivos del Departamento del Distrito Federal, con responsabilidad elemental en el buen desempeño de la obra de gobierno. Deben ser nombrados por el Presidente de la República. Una ley orgánica o reglamentaria, no puede ir en contra de lo señalado por la Constitución; pero aun suponiendo, , sin conceder, que pudiese ser nombrado por el propio jefe del Departamento del Distrito Federal, no faltarían argumentos para venir a esta tribuna a señalar que en cumplimiento del mandato constitucional, se estaría violando la propia Constitución, si el señor jefe del Departamento nombra a sus colaboradores o nombra a sus propios directores o secretarios, con motivo de esta reforma.
Por todas estas razones, queremos únicamente señalar que la prestación de esta reforma se reduce a lo siguiente: reafirmar el régimen de derecho en que vivimos, confirmar la vigencia de la norma suprema fundamental la Constitución Política, cumplir con lo dispuesto en su artículo 73, fracción VI, que confía al Presidente de la República el gobierno del Distrito Federal, y como consecuencia, en su artículo 11 de la Ley Orgánica, adecuar el proceso de actualización del derecho objetivo brindando real fuerza al Presidente de la República para nombrar secretarios o para nombrar a los colaboradores ejecutivos de mayor jerarquía del Departamento del Distrito Federal.
No podemos, de ninguna manera, dejar de hacer patente lo que aquí se trata, en esta tribuna, fue tratado en comisiones; que se escucharon los puntos de vista de cada uno de los partidos, que gracias a la responsabilidad de la Presidencia de la Comisión del Distrito Federal, todos incluimos aquello que quisimos, todo aquello que pensamos que vendría a perfeccionar este instrumento legal, lo hicimos en tiempo y en forma; el traer ahora en esta tribuna discusiones planteadas en la comisión, simplemente nos lleva a mostrar a ustedes que el trabajo de la comisión es un trabajo serio y responsable, y que al venir a la tribuna a aducir argumento o a estar siempre en contra de lo que pretende una iniciativa sea del Ejecutivo o del propio Legislativo, es una tarea que únicamente conlleva a negar lo que es la luz y la verdad. El único instrumento legal que garantiza la vida ciudadana y que a través de él establece el imperio de la ley, a nuestra Constitución Política.
Démosle la valía, démosle el imperio que necesita la Constitución Política dentro de sus leyes orgánicas y reglamentarias para que sea, quien sea el titular, el que nombre conforme a lo dispuesto por la norma jurídica.
Y nuevamente lo que se pretenda entregar aquí, que sea en beneficio conjunto de la ciudadanía. Que no vengamos a negar por negar y que siendo obreros o no, siendo dirigentes sindicales o no, somos de todas maneras compañeros legisladores, somos compañeros de legislatura, con doctrinas diferentes; pero evitamos las situaciones emotivas, las explosiones
y las expresiones ofensivas y hagamos de este recinto, el que merece esta LII Legislatura. Muchas gracias.
El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo II se encuentra suficientemente discutido.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas:
- En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo II. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie... Suficientemente discutido señor Presidente. Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo II en sus términos.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
El C. Gerardo Medina Valdez: - Señor Presidente, para una moción. En otras ocasiones, cuando el debate en lo particular se extiende demasiado, se reserva para votar en un solo acto esos artículos impugnados, consulte a la Asamblea, por favor, si admite que todos los reservados e impugnados en sus respectivos debates sean votados.
El C. Presidente: - En su oportunidad, señor diputado, van a ser sometidos a la consideración en su conjunto, pero el registro que se llevó a cabo fue en cada uno de los artículos.
Continúe la Secretaría.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Se va a proceder a recoger la votación del artículo 11, en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refieren el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Se emitieron 301 votos en pro y 53 en contra.
El C. Presidente: - Aprobado el artículo 11 por 301 votos, en sus términos.
Se han inscrito en relación al artículo 19, en contra, el C. diputado Gerardo Medina Valdez, y en pro, la C. diputada Armida Martínez Valdez.
Tiene la palabra el C. diputado Gerardo Medina Valdez.
El C. Gerardo Medina Valdez: - En vista, señor Presidente, señoras y señores diputados, de que nuestras intervenciones son calificadas como de demagógicas o de amadas y que, incluso, como acaba de suceder, ni siquiera se consulta a la Asamblea si se acepta o se rechaza una proposición, no tiene caso extenderse en argumentación. Tal parece que - parodiando al poeta - : al Presidente de la República, ni con el pétalo de una rosa.
La fracción XIX del artículo 19 a discusión, habla de planeación integral.
¿Qué es lo que se quiere decir? ¿Que el gobierno del Distrito Federal abarcará en sus programas de planeación a todo hombre en lo material y en lo espiritual para promover integralmente su desarrollo? Más que una objeción, debida en parte también a la comisión de argumentos, por las razones al principio expuestas, es una solicitud de información a la comisión cuya mayoría votó en pro el dictamen.
Nosotros, los diputados de Acción Nacional, creemos que efectivamente una planeación integral debe comprender al hombre en sus dos vertientes; la de lo material y la de lo oral y espiritual. Nosotros queremos proponer una modificación que, en nuestra opinión, sortearía lo ambiguo de la expresión planeación integral y quedaría en estos términos:
"Artículo 19: Al Departamento del Distrito Federal corresponde el despacho de los siguientes asuntos en materia de Hacienda: Fracción XIX. Diseñar y proponer el Ejecutivo un sistema de desarrollo general para el Distrito Federal."
Con esa redacción creemos que sería suficiente por estas razones complementarias: Uno, que la planeación por ley, corresponde al Ejecutivo, los demás, incluyendo al Congreso de la Unión, solamente proponen u opinan. Segundo, que esa fracción en el proyecto es innecesariamente repetitiva.
Dice, en efecto, "diseñar el sistema integral de la planeación para el Distrito Federal, así como la elaboración de programas financieros anuales de acuerdo a los lineamientos que conforme a su respectiva competencia expidan las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda", y todo esto, salvo lo del diseño del sistema y el agregado de la Secretaría de Hacienda, está contenido ya en el artículo 1o. de la Ley Orgánica vigente, que a la letra dice: "Fracción I. Formular y proponer el anteproyecto de su presupuesto anual de egresos y, dirigir, planear, programar y controlar la inversión pública del Departamento del Distrito Federal, con la participación que legalmente corresponda a la Secretaría de Programación y Presupuesto."
Si el jefe del Departamento del Distrito Federal tiene la facultad y la obligación de formular y proponer un anteproyecto del gasto público para la entidad, debemos suponer que esa formulación tendrá que obedecer a un proyecto de planeación general. Lo dejo a juicio de la comisión dictaminadora.
El C. Presidente: - Tiene la palabra la diputada Armida Martínez Valdez.
La C. Armida Martínez Valdez: - Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: el hacer uso de la palabra ante esta honorable Asamblea, con el objeto de puntualizar en breve comentario y consideración relacionado a la intervención del diputado Gerardo Medina - a quien considero caballero de pensar diferente - , sin duda bien intencionada en su labor legislativa, pero que aquí, el día de hoy, ha extrovertido su crítica elocuente; seguramente ha sido tal vez por el manejo parcial de los elementos constitutivos
que se reflejan en todo el cuerpo de las reformas y adiciones propuestas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.
Hay que tener presente en todo momento que la esencia de estas reformas y adiciones radican en los principios generales del derecho, sin omitir del análisis que las últimas responden a problemáticas específicas que afectan directa o indirectamente a todos los habitantes de esta ciudad.
El reconocimiento y análisis exhaustivo de dichas problemáticas han existido como imperativo de actualización y modernización, que tanto las actuaciones del gobierno como de administración del Departamento del Distrito Federal tengan que ser forzosa y necesariamente más flexibles y dinámicas, con el objeto de responder con eficiencia en todos y cada uno de los campos del quehacer social; eficiencia que debe ser probada y susceptible de evaluación, buscando que cada acción y cada tarea tenga como correlato un sentido de eficacia en cuanto a las obras y servicios que se brindan a la comunidad y, sobre todo, en la seguridad y calidad de los mismos.
La iniciativa que nos ocupa está sustentando la necesidad de simplificar los ordenamientos jurídicos, ya que el objetivo central es la de modernizar la administración de la cuestión pública, más que como una ventaja, como un deber a cumplir permanentemente. Con ello se busca evitar la dispersión de esfuerzos y, sobre todo, la subutilización de recursos que, como todos, sabemos, son limitados y en no pocos casos insuficientes para dar respuestas a las demandas de la población.
En lo referente a la visión de la fracción XIX del artículo 19 de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, considero que se está haciendo explícito el deber y compromiso que tienen todas las instituciones y órganos de Gobierno de las entidades federativas y obviamente del Distrito Federal.
El Departamento del Distrito Federal tiene que guiarse forzosamente por las premisas del Sistema Nacional de Planeación Democrática, en cuanto a normatividad y operatividad, sobre las vertientes de obligatoriedad para el sector público, de coordinación, de inducción y concertación con los sectores sociales y privados.
De esta manera, la metodología a seguir en la elaboración de los programas financieros anuales estarán en concordancia con los lineamientos generales y específicos con las Secretarías de Programación y Presupuesto y Hacienda y Crédito Público, buscando que no se den criterios unilaterales, sino inscribiéndose dentro de los propósitos fundamentales del Plan Nacional de Desarrollo, que busca el ejercicio permanente de la planeación, la evaluación y el control, el desarrollar al máximo la capacidad institucional de previsión, el uso racional de nuestros recursos y el estricto apego a objetivos y metas como fórmulas válidas para dar cumplimiento a nuestras estrategias, para enfrentar la crisis sin desatender los servicios básicos y socialmente necesarios e indispensables. Ello implica también, la capacidad de evaluar los resultados de cada acción emprendida por la calidad y el grado de consistencia de las mismas, que de esta manera son susceptibles de ser medidas y cuantificadas sobre el criterio de la relación costos - beneficio social. Muchas gracias. (Aplausos.)
El C. Presidente: - Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite, ésta, sí, propuesta concreta del C. diputado Gerardo Medina, en cuanto a modificaciones al artículo 19, fracción XIX.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Por instrucciones de la Presidencia, y en votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta. Los CC. diputados que estén por que se acepte, sírvanse ponerse de pie... Los ciudadanos diputados que estén por que se deseche, sírvanse ponerse de pie... Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo 19 del proyecto se encuentra suficientemente discutido.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el artículo 19. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie...
Suficientemente discutido, señor Presidente.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 19 en sus términos.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: Señor Presidente, se emitieron 303 votos en pro y 50 en contra.
El C. Presidente: - Aprobado el artículo 19, fracción XIX, por 303 votos en sus términos.
- Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra del artículo tercero transitorio, el C. diputado Gerardo Medina Valdez y, en pro, el C. diputado Netzahualcóyotl de la Vega.
El C. Gerardo Medina Valdez: - Señor Presidente; señoras y señores diputados: yo agradezco, en lo que valen, los reconocimientos hechos por la señora diputada que me siguió en la tribuna. Del diputado Joaquín del Olmo y otros señores diputados, los reconocimientos, por demás creo que inmerecidos, a mi desempeño como miembro de esta Legislatura, reconocimientos que extiendo a los 50 compañeros que integran conmigo la diputación de Acción Nacional, porque todos ellos son responsables y lo merecen. Pero desearíamos
canjear los elogios por una mínima apertura para reconocer que en algo tenemos razón.
Voy a ser brevisímo. Dice el artículo tercero transitorio que en tanto se expida el nuevo Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal, continuarán en su ejercicio los órganos administrativos centrales y desconcentrados que se mencionan en la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 29 de diciembre de 1978.
Como la experiencia nos lo enseña, desgraciadamente es usual posponer indefinidamente los reglamentos de las leyes. Por eso proponemos adicionar este artículo tercero transitorio con el siguiente párrafo:
"El nuevo Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal, deberá entrar en vigor dentro de los 30 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación."
El argumento que creo es el más válido, es de que precisamente el artículo 3o. de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal en vigor, establece textualmente que el Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal deberá expedirse dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la que entra en vigor la presente ley, etcétera. Esto es todo, señores diputados
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C diputado Netzahualcóyotl de la Vega.
El C. Netzahualcóyotl de la Vega: - Con su venia, señor Presidente:
Prácticamente, señores diputados, se ha aprobado la totalidad del dictamen que fuera emitido por la comisión dictaminadora de la Ley Orgánica, prácticamente está aprobado en todo su articulado.
Cuando se habla del artículo transitorio, al que se refiere el diputado Gerardo Medina, y que expresamente dice que, en tanto se expida el nuevo Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal continuarán en su ejercicio los órganos administrativos centrales y desconcentrados que se mencionan en la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978. A nadie escapa que lo único que se está buscando con ese artículo es realmente la consecuencia lógica y la seguridad jurídica que exista de que hasta en tanto no haya esa reglamentación, pudieran quedarse de alguna manera los asuntos pendientes en trámite por falta de una autoridad que estuviera debidamente capacitada para resolverlos.
En los artículos que ustedes, señores diputados, han aprobado, se han dado cuenta que tanto el artículo 3o. como el artículo 4o., como el propio artículo 10, dejan, tienen frases como éstas de "que se aplicarán en los términos que establezca el Reglamento Interior". El propio Reglamento Interior fijará y hará realmente lo que decía el diputado Gerardo Medina en una de sus intervenciones de esta tarde, hará que sea más perfecta la ejecución y observancia de la ley, que estamos en este momento aprobando.
Yo creo, señores diputados, que no hace falta que se haga esa reforma que el diputado Gerardo Medina propone, en virtud de que es correlativa. Tenemos nosotros informes extraoficiales que se conocieron dentro de la comisión, de que ya se está procediendo a elaborar dicho reglamento. Claro, por razones lógicas, dicho reglamento no podía ser, de ninguna manera, una realidad, mientras tanto esta diputación no hubiese aprobado debidamente la Ley Orgánica que estamos discutiendo esta tarde.
Yo quisiera solicitarle, señor Presidente, que en virtud de las discusiones que se han llevado de la Ley Orgánica y en virtud de las razones que hemos expuesto, se pase ya a votación solamente el último artículo que hace falta para terminar con este dictamen.
Pero antes de retirarme de esta tribuna, señor Presidente, con su venia, quisiera solamente hacer referencia a una frase que el diputado Gerardo Medina expresó en esta tarde - perdón por referirme expresamente a usted, señor diputado, con todo el respeto - , pero indudablemente que usted ha sido el vocero para defender, pues, la oposición a esta Ley Orgánica.
Tengo aquí la versión taquigráfica, señor, para evitar omisiones, como en alguna ocasión lo hubiera hecho en otra intervención. Usted dijo, de acuerdo con la versión taquigráfica: "Somos un país en evolución y para algunos no estamos lejos de volver a ser un país en revolución por las urgencias sociales agravadas". Creo que la frase es demasiado contundente, señor diputado Medina. Yo creo que cuando usted afirma "que no estamos lejos de volver a ser un país en revolución", usted está desestimando que somos un país en revolución permanente, constante, institucional. No es el concepto de revolución como sinónimo de asonada, señor diputado Medina; no es el concepto de trastocar el orden, es una revolución institucional y en eso todos estamos colaborando para que esta situación suceda.
El hecho mismo de esta discusión pluripartidista de un proyecto de ley, así como se ha dado en esta tarde, en este recinto, es el sinónimo de la revolución institucional que afortunadamente existe en este país.
Señor Presidente: Ruego a usted, señor, se someta a votación debidamente este artículo. Muchas gracias.
El C. Presidente: - Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el C. diputado Gerardo Medina Valdés al artículo tercero transitorio.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la Asamblea
si se admite o se desecha la modificación propuesta.
Los CC. diputados que estén porque se acepte, sírvanse ponerse de pie...
Los ciudadanos diputados que estén por que se deseche, sírvanse ponerse de pie... Desechada, señor Presidente.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo tercero transitorio se encuentra suficientemente discutido.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el artículo tercero transitorio.
Los ciudadanos diputados que estén por que se deseche, sírvanse ponerse de pie... Desechada, señor Presidente.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo tercero transitorio en sus términos.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Señor Presidente, se emitieron 300 votos en pro, 60 en contra, y siete abstenciones.
El C. Presidente: - Aprobado el artículo tercero transitorio por 300 votos en sus términos. Ruego a la Secretaría, para mayor claridad y en respuesta al planteamiento hecho por el C. diputado Gerardo Medina Valdez, en el sentido de que se modificara el procedimiento del debate de este dictamen, tenga a bien darle lectura al artículo 148 del Reglamento, que justifica que se observó correctamente el procedimiento establecido en él.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - "Artículo 148: Las votaciones serán precisamente nominales: primero, cuando se pregunte si ha o no lugar a aprobar algún proyecto de ley en lo general; segundo, cuando se pregunte si se aprueba o no cada artículo de los que compongan el indicado proyecto o cada proposición de las que formen el artículo; y tercero, cuando lo pida un individuo de la propia Cámara y sea apoyado por otros cinco. También serán nominales en el caso del artículo 152".
El C. Presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.
El C. secretario Jorge Canedo Vargas: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
CONDECORACIÓN
El C. prosecretario Artemio Meixueiro:
"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea:
En oficio fechado el 28 de octubre próximo pasado, la Cámara de Senadores, remite el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso al C. licenciado Bernardo Sepúlveda Amor para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de la República de Colombia.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el 3 de noviembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios, para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al C. licenciado Bernardo Sepúlveda Amor para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá, en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Colombia. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 4 de noviembre de 1983.
Humberto Lugo Gil, Presidente; Mario Vargas Saldaña, Secretario; José Luis Lamadrid Sauza, Salvador Rocha Díaz, Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Rubén Castro Ojeda, Irma Cué de Duarte, Salvador Castañeda O'Connor, Jorge Cruickshank García, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, José Esteban Núéz Pérez, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco X. Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona."
Segunda lectura. Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento.
(VOTACIÓN.)
El C. prosecretario Artemio Meixueiro: - Se emitieron 364 votos en pro y uno en contra.
El C. Presidente: - Aprobado el proyecto de decreto por 364 votos.
El C. prosecretario Artemio Meixueiro: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
REVOLUCIÓN SOCIALISTA DE OCTUBRE DE 1917
El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Crescencio Morales Orozco.
"Señor Presidente; señoras y señores diputados: La humanidad progresista conmemora el LXVI aniversario de la gran revolución socialista de octubre, que transformara a la Rusia atrasada y feudal en una nación con extraordinario desarrollo industrial, político y social.
La creación de la Unión Soviética es, sin duda, el acontecimiento más trascendental de la era moderna, porque a la vez que puso fin a la hegemonía del capitalismo a escala mundial, inició una nueva etapa en el desarrollo de los pueblos: la edificación de una nueva sociedad, la sociedad socialista.
A 66 años de distancia del triunfo de los bolcheviques, dirigidos por Lenin, el mundo ha cambiado en su esencia y en la actualidad casi la mitad de la población vive en sociedades socialistas, se ha derrumbado el régimen colonial, han emergido nuevos estados independientes en Asia, África, y América Latina y se ha ampliado y fortalecido el movimiento revolucionario y pacifista en todos los continentes.
Podemos afirmar que los Estados Unidos de Norteamérica ya no son la potencia dominante, sino que su presencia se encuentra en permanente retroceso en todo el mundo; ante esa situación, no ha podido desencadenar una nueva guerra mundial porque en virtud de las nuevas armas disponibles, ellos sufrirían directamente los estragos devastadores de los misiles nucleares.
En América Latina, la consolidación del socialismo en Cuba y el reciente triunfo de la revolución sandinista en Nicaragua han constituido otros dos hitos de trascendencia histórica, que permiten afirmar que es posible construir una sociedad diferente, ajena y contraria al régimen de la propiedad privada, precisamente en la región de dominación más incontrastable del imperialismo.
Los progresos materiales y sociales alcanzados por la URSS son espectaculares y no tienen precedentes en el régimen capitalista. En nuestros días, su influjo en la economía mundial es determinante en varios aspectos. La URSS fabrica el 20% de la producción industrial del mundo, más de lo que todo el orbe producía hace 30 años.
El país ocupa el primer lugar en el mundo en la producción de arrabio, acero, mineral de hierro, manganeso, petróleo, hulla coque cemento locomotoras diesel y eléctricas, máquinas - herramientas, algodón, lino, abonos minerales, telas de lana, calzado de cuero, azúcar, grasas animales y otros muchos productos.
Mientras el índice de la producción industrial de los grandes países capitalistas ascendió a 4.8%, en la URSS creció en 8.9%. En los años 80s le ha correspondido el primer lugar en la extracción de materias primas.
En campos como el de las computadoras se ha mantenido en rezago respecto de los Estados Unidos y Japón, pero ha ganado el liderazgo en la metalurgia, la fabricación de tubos y no obstante se ha visto obligada a la importación.
La URSS es la única potencia que tiene asegurada la base minera y de materias primas para su desarrollo económico, ocupando el cuarto lugar en la producción minera mundial. Con 500 yacimientos de petróleo tiene el primer lugar en la extracción de ese energético. Extrae la cuarta parte del carbón del mundo. Genera más de mil millones de metros cúbicos de gas, con lo que abastece no sólo a su gigantesca planta industrial, sino además surte a otros países del campo socialista y capitalista. Destacamos, por su magnitud, el gasoducto de Siberia hasta Europa Occidental que pese a ser boicoteado por los Estados Unidos y otras firmas monopolistas, se ha concluido y pronto empezará su operación.
La Unión Soviética produce todo tipo de máquinas - herramientas comprendidas las de alta precisión automáticas y las líneas automáticas completas. El parque nacional cuenta con cinco millones de unidades. Se fabrican al año cinco mil máquinas - herramientas con mando programado.
El país tiene asegurado el suministro de energéticos, Se está impulsando la energía atómica, con un potencial de diez millones de kilowatts. Ha empezado a funcionar la central de Riazon, que permitirá un mayor rendimiento y un ahorro en el consumo de combustible.
En la industria ligera está satisfecho el consumo de los artículos electrodomésticos - esenciales para el bienestar de la familia obrera - , pero en la industria textil no se registra ese ritmo satisfactorio. Escasean distintas telas, pero en la industria textil no se registra ese el primer lugar per cápita en el mundo.
Aunque la URSS tiene una importancia frontera agrícola, lo cierto es que su producción depende, en gran medida de las variaciones climatológicas. Más del 50% de las tierras tienen cultivos arriesgados, ya sea porque el verano es corto las sequías son frecuentes o la congelación permanece más tiempo del normal. A pesar de estas dificultades, que obligan a la URSS a la importación de grandes cantidades de cereales, el consumo anual per cápita de carne aumentó de 41 a 58 kilogramos; el de leche de 251 a 319 litros, mientras que ha disminuido la de patata y pan. Para mantener y elevar la producción agropecuaria se están mecanizando intensamente todos los procesos.
El campo está completamente electrificado y el suministro de gas llega al 60% de las zonas rurales.
Los ingresos del campesino soviético ascienden al 87% respecto de lo que gana un obrero industrial. El 70% de los productores del campo tienen instrucción secundaria y superior. A pesar de las dificultades en la agricultura en la URSS se recolecta el 13% de la producción mundial de cereales, lo que supone un ingreso per cápita de 900 kilogramos, dos veces más que el término medio mundial. Debido a la falta de forrajes, se ha tenido que importar cereales. Tan sólo el ganado y las aves de corral necesitan 100 millones de toneladas anuales de alimentos.
Los salarios de los obreros han aumentado en promedio un 20% y los de los campesinos un 22%, en una economía que no conoce los estados inflacionarios capitalistas; los impuestos que paga la población, a diferencia de lo que ocurre en nuestras sociedades, apenas representan el 9% de los ingresos presupuestales del Estado y sólo el 8.5% de los ingresos de las familias obreras. El propietario de una casa, paga una contribución anual que no excede del 1% de su precio.
El Estado vende a la población muchos artículos a precios inferiores a su costo, como lácteos, patatas y hortalizas, el precio de la carne de res se vende un 50% menos de lo que le cuesta al Estado; los precios del pan, azúcar, leche, calzado, tejidos de lana, el transporte se ha mantenido estable en los últimos 25 años.
En la conmemoración del LXVI aniversario de la gran revolución socialista de octubre, esta representación nacional, a juicio de la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista, debe valorar objetivamente no sólo las transformaciones que se han dado en el seno de la vida económica, política y social de la Unión Soviética, sino también los grandes cambios que después de la revolución de octubre se han manifestado en el mundo, fundamentalmente el problema de la guerra y la paz.
Una de las aportaciones teóricas más importantes de Vladimir Ilich Ulianot, Lenin, creador del nuevo Estado soviético fue la de afirmar que en virtud de la existencia de un nuevo régimen económico en el mundo: el régimen socialista, la guerra mundial es objetivamente evitable.
Apoyado en esta tesis, el campo socialista a cuya vanguardia se coloca la Unión Soviética ha dado palpables demostraciones de luchar por el aseguramiento de una paz justa y duradera.
Es conveniente recordar que precisamente el primer decreto emitido por el nuevoEstado socialista, el 26 de octubre de 1917, fue el Decreto de la Paz en el que categóricamente exigía la paz inmediata, sin anexiones, ni contribuciones, como una paz justa y democrática.
Ahora, cuando el problema de la preservación de la paz mundial ocupa el primer orden para la humanidad entera, justo es recordar que jamás ha sido la Unión Soviética la primera en introducir armamento estratégico a la carrera armamentista. Los pueblos del mundo acogieron con beneplácito la propuesta de la Unión Soviética en la Organización de las Naciones Unidas, en el sentido de comprometer ante la opinión mundial allí representada, en no ser la primera en usar el arma nuclear contra ningún pueblo.
Las condiciones objetivas para luchar por garantizar una paz justa y duradera se dan plenamente en el sistema socialista, pues en ninguno de ellos existe algún grupo o clase social que se beneficie con el impulso a la carrera armamentista o la guerra.
La derrota de la Alemania fascista y el Japón creó las condiciones para el desarrollo de paz en la posguerra; pero por culpa de las fuerzas imperialistas mundiales, que desencadenaron la guerra fría y asumieron la política desde una posición de fuerza, esta evolución fue seriamente perturbada.
Sin embargo, ni bajo esta situación los países socialistas abandonaron su línea de paz.
Apoyado por los partidos comunistas y obreros de todos los países, mantuvieron una lucha incansable contra el peligro de guerra y por la reducción y liquidación de la tensión intencional.
Señoras y señores diputados: En la conmemoración del LXVI aniversario de la gran revolución socialista de octubre, la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista considera que, no obstante los grandes éxitos económicos y sociales logrados por el nuevo régimen, y la permanente e incansable lucha por la paz mundial presentada por la URSS, su mayor mérito ha sido la creación de un nuevo tipo de hombre; las condiciones materiales le han permitido a la sociedad entera el libre acceso a las más elevadas manifestaciones culturales y científicas, a las bellas artes.
Este nuevo tipo de hombre, amante de la paz, solidario con sus hermanos en desgracia, es evidentemente el resultado del nuevo humanismo creado por el régimen social, que a partir de la revolución de octubre termina para siempre con la explotación del hombre por el hombre: el sistema socialista.
ASENTAMIENTO HUMANO EN AGUASCALIENTES
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. Antonio Ortega.
El C. Antonio Ortega Martínez: - Señores diputados, es una cosa bastante grave. Por mi conducto, la dirección estatal del Partido Socialista de los Trabajadores en Aguascalientes hace a todos ustedes la denuncia de hechos que consideramos deben ser conocidos por ustedes y, desde luego, solicitamos su intervención.
Hace dos años se terminó en Aguascalientes el procedimiento para expropiar un área donde
habitaba un asentamiento de más de seis mil familias que, gracias a la organización de hechos y por derecho, estaban posesionados de un importante número de hectáreas y que gracias a la intervención del expresidente López Portillo, se logró la decisión política de la regularización, habiéndose cubierto el procedimiento de la expropiación.
Sin embargo, a pesar de que se inició la regularización del asentamiento de estas seis mil familias, un área más fue dedicada como una zona de reserva para uso habitacional. En esos términos, nuestro partido, junto a 600 familias más, solicitaron, en forma individual, ser incluidos en el programa de dotación de esta zona habitacional. Fuimos efectivamente, los primeros que hicimos la petición y desde luego esperamos el procedimiento legal para la respuesta.
Sin embargo, a pesar de que fuimos los primeros en hacer la petición, y por lo tanto, los primeros en derecho de ser beneficiados, el gobierno del estado pretendió escamotear el derecho de estas 600 familias y de manera tramposa, hace unos cuantos días, a las cinco de la mañana, se presentaron trabajadores de la CNOP y con la anuencia de la Delegación de CORET, pretendieron entregar esta zona de reserva.
Desde luego hubo una oposición organizada y razonable de nuestros compañeros impidiéndose de esta forma la distribución y el escamoteo que se hacía a un derecho de nosotros. Se decidió, como una medida de protección cercar con una valla humana el área de reserva, mientras se llegaba por el conducto de la negociación y el razonamiento a un acuerdo con las autoridades del gobierno del estado y de CORET.
El sábado pasado se presentó el Procurador de Justicia del estado, Rodríguez Santillán, al frente de más de 600 policías preventivos y judiciales y, de manera extremadamente violenta, situación desconocida en Aguascalientes hace mucho tiempo, pretendió romper el cerco de protección que habíamos tendido sobre el área de reserva. Afortunadamente, nuestra capacidad de organización, nuestro espíritu de lucha y decisión evitó que, a pesar de los 600 policías, se lograra su objetivo. Nuestros compañeros pudieron repeler con piedras, palos y lo que tenían a su alcance, la decisión represiva del gobierno del estado, de escamotear - repito - nuestro derecho. Volvimos de nueva cuenta a poner el cerco, y nuestros compañeros detuvieron a ocho policías que se dieron el lujo de destacarse en su actitud represiva; detuvieron a ocho compañeros con el objeto de entregarlos en presencia de un agente del Ministerio Público a la Judicial del estado, por las violaciones a la Constitución y a las leyes del estado.
Antes de hacer esa entrega, el Procurador, imbuido del ánimo guerrerista del Presidente de Estados Unidos, con un planteamiento, repetimos, de tácticas militares guerreras, de esta forma estaba dando las instrucciones y pretendiendo el desalojo, propuso, y está grabado, un intercambio de prisioneros, porque anteriormente el Procurador había detenido a siete miembros de la dirección estatal y a un grupo de dirigentes del movimiento; él - repetimos, está grabado - propuso un cambio de prisioneros con el objeto - repetimos - de recuperar él a sus ocho policías que habían sido detenidos con nuestros compañeros para ser entregados a las autoridades correspondiente.
Desde luego nosotros nos negamos y entregamos a las autoridades a los policías, aunque efectivamente después, se dejó en libertad a nuestros compañeros. Iniciamos las pláticas de nueva cuenta con las autoridades para evitar, de nueva cuenta, un problema y resolver en base - repetimos - a razones y hechos nuestro planteamiento.
Sin embargo, compañeros, a pesar de que se aprobó por el gobernador del estado una audiencia el miércoles próximo, el día de ayer, de nueva cuenta, en la actitud revanchista y humillados ante la opinión pública por su incapacidad, a pesar del lujo de violencia que hicieron para desalojar a nuestros compañeros, volvieron reforzados y, de nueva cuenta, fueron derrotados por nuestros compañeros; volvimos a repeler la agresión y, desde luego, esto nos ha puesto en la necesidad de plantear a esta Asamblea estos hechos, con el objeto de que se pueda tomar una determinación que vamos a proponer. A raíz de este segundo atentado, la dirección de nuestro partido solicito al general, encargado de la zona militar en el estado, la presencia de observadores, con el objeto de que ellos pudieran tener una visión fidedigna de los acontecimientos y hechos que estaban sucediendo en esta colonia llamada Colonia Insurgente.
En este segundo intento de desalojo estuvieron presentes observadores del Ejército, desde luego, a prudente distancia, y ratificando, verdad, la denuncia que previamente nosotros habíamos hecho ante ellos.
Esto, compañeros, nos obliga a solicitar a ustedes dos cosas brevemente: La primera, el de que en Aguascalientes evidentemente hay un descontrol de las fuerzas policíacas, efectivamente, ni siquiera el gobernador del estado, a pesar de la imagen de paz y de orden que se ha querido dar a conocer a la Nación, al país, respecto a lo que pasa en Aguascalientes, ha sido incapaz él, de gobernar y de controlar a las fuerzas policíacas. Hay una especie de orden por el terror en Aguascalientes, una especie de paz social por el miedo en Aguascalientes, es común, en el último periodo, enterarse de las represiones, de los desalojos, de las disoluciones violentas deparadas y demás. Y eso, repetimos, sentimos aún por encima de la misma opinión del gobernador. Por tal motivo, nosotros queremos informarles a ustedes que hemos solicitado formalmente la intervención del Ejército en estos momentos en el ánimo de poder restablecer el orden, confiamos en la institucionalidad del Ejército mexicano, en el respeto
a los derechos de los ciudadanos y, desde luego, en que ellos - estamos seguros - serán capaces de poner en orden y en su lugar a estas fuerzas represivas que se han desatado y que nadie las puede controlar.
Y en segundo término, solicitar a esta Asamblea tenga a bien aceptar que la Comisión de Gestoría y Quejas tome cartas en el asunto y se digne nombrar una representación para que personalmente esté en verdad en Aguascalientes y pueda observar, personalmente, los acontecimientos y, desde luego, con su intervención, pueda evitarse algún hecho del que tengamos lamentablemente después que arrepentirnos todos nosotros. Eso es todo, gracias.
El C. Presidente: - En obsequio a lo solicitado por el C. diputado Antonio 0rtega, túrnese a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.
Continúe la Secretaría.
El C. prosecretario Artemio Meixuero: - Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA
El C. secretario Jorge Canedo Vargas:
"Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.
'LII' Legislatura.
Orden del día
10 de noviembre de 1983.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Departamento del Distrito Federal invita al acto cívico que con motivo del CCCXXXV aniversario del natalicio de Sor Juana Inés de la Cruz, tendrá lugar el próximo 12 de noviembre.
El Congreso del estado de Coahuila invita a la sesión solemne en la que el C. licenciado José de las Fuentes Rodríguez, Gobernador del estado, rendirá su segundo informe de Gobierno, la que tendrá lugar el próximo 15 de noviembre.
El Congreso del estado de Sinaloa, invita a la sesión solemne en la que el C. Antonio Toledo Corro, Gobernador Constitucional del estado, rendirá el tercer informe de su gestión administrativa, la que tendrá lugar el próximo 15 de noviembre.
Comunicaciones de los congresos de los estados de Hidalgo, Quintana Roo y Yucatán.
Solicitud de particular
Del C. Flavio Mansi Tazzer para que se le conceda el permiso constitucional necesario, para aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de Italia, en el puerto de Acapulco, Guerrero.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Justicia con Proyecto de Ley Orgánica, de la Procuraduría General de la República.
De las comisiones unidas de Justicia y del Distrito Federal con proyecto de Ley Orgánica, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
Dos de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyectos de decreto, por los que se concede permiso a los CC. Héctor Vicente Ahúja Fuster y Enrique Cánovas Buenrostro, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto, por el que se concede permiso a los CC. Mario Guerrero Chavarría, Jorge Contreras Jurado y Felipe de Jesús Acosta Vega, para prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. licenciado Luis Echeverría para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Bolivia."
El C. Presidente (a las 17:25 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 10, a las 10:00 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y
DIARIO DE LOS DEBATES