Legislatura LII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19841023 - Número de Diario 19

(L52A3P1oN019F19841023.xml)Núm. Diario:19

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LII" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2o. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D.F., martes 23 de octubre de 1984 TOMO III. NUM. 19

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR SE APRUEBA

COMUNICACIONES

De los congresos de Baja California y Campeche, relativas a sus funciones legislativas. De enterado

VISITA DE FUNCIONARIOS DE LA ONU

La Presidencia recuerda que el 24 de octubre se conmemora la fundación de la Organización de las Naciones Unidas y anuncia la presencia de representantes de agencias especializadas y de funcionarios de la ONU, así como de servidores públicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Con este motivo usan de la palabra los CC. Alfonso Molina Ruibal, José Augusto García Lizama, Samuel Meléndrez Luévano y José González Torres

INICIATIVAS DE DIPUTADOS

LEY DE RADIO Y TELEVISIÓN

Proyecto de decreto de reformas y adiciones al artículo 59 de la ley citada, que presenta y da lectura el C. Pablo Castillón Alvarez. Se turna a comisión. Imprímase

ARTÍCULO 91 CONSTITUCIONAL

El C. Juan Gualberto Campos Vega presenta y da lectura a reformas al artículo mencionado. Se turna a comisión. Imprímase

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Proyecto de decreto que permite a la C. María C. García Orozco prestar servicios en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León. Primera lectura

CONDECORACIÓN

Proyecto de decreto que autoriza al C. Rafael Segovia para que pueda aceptar y usar la que le confiere el Gobierno de Francia. Primera lectura

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN

Proyecto de decreto que reforma los artículos 37, 41, 68, 69 y adiciona el 70 de la ley citada. Se le dispensa la lectura

A discusión en los general. Intervienen los CC., en contra, Gustavo Arturo Vicencio Acevedo; en pro, Jesús Lazcano Ochoa; en contra, María de Jesús Orta Mata; por la Comisión, Julieta Guevara Bautista; en contra, Sergio Quiroz Miranda; para hechos, Francisco Javier Alvarez de la Fuente; por la comisión. Jorge Canelo Vargas; para hechos, David Orozco Romo, Alvarez de la Fuente, Alberto Salgado Salgado, Orozco Romo, José González Torres, Canedo Vargas, Mariano López Ramos, Orozco Romo y González Torres; por la comisión, la C. Guevara Bautista. Se aprueba con los artículos no impugnados

A discusión en lo particular. A debate los artículos 37 y 41. Intervienen los CC., en contra, Rodolfo Peña Farber; para hechos, Arnaldo Córdova; por la comisión, Julieta Guevara Bautista. Se aprueban en sus términos. Pasa al Senado

INICIATIVA DE DIPUTADO

ARTÍCULO 25 CONSTITUCIONAL

Que presenta y da lectura el C. Daniel Angel Sánchez Pérez, que adiciona el artículo nombrado. Se turna a comisión. Imprímase

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

CONDECORACIONES

Dos proyectos de decreto que permiten a los CC. Pedro A. Palou Pérez y Octavio Rivero Serrano aceptar y usar la que respectivamente les otorgan los gobiernos de Francia y Argentina. Segunda lectura. Se aprueban. Pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE LA SARH

La Secretaría le da lectura, misma que suscribe la comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos, en que se propone comparezca el C. licenciado Eduardo Pesqueira Olea ante el Pleno de esta Cámara. Se aprueba

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE ENERGÍA MINAS E INDUSTRIA PARAESTATAL

De las comisiones de Patrimonio y Fomento Industrial y la de Energéticos, de la que da cuenta la Secretaría, en la que se propone comparezca ante el Pleno de esta Cámara el C. licenciado Francisco Labastida Ochoa. Se aprueba

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, leída por la Secretaría, que propone comparezca el C. Arsenio Farell Cubillas ante el Pleno de esta Cámara. Se aprueba

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PUBLICA

De la Comisión de Educación Pública, a la que da lectura la Secretaría, que propone comparezca el C. licenciado Jesús Reyes Heroles ante el Pleno de esta Cámara. Se aprueba

HOMENAJE A DON JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN

Por parte del C. Rubén Vargas Martínez, en ocasión de conmemorarse el CLXX aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán

CONDICIONES DE VIDA DE LOS CHIAPANECOS

A las que hace referencia el C. José Dolores López Domínguez, haciendo consideraciones en torno a ellas. También menciona los hechos sangrientos que aludió recientemente el diputado Gordillo Mandujano, acaecidos en el municipio de Venustiano Carranza. El C. José Armando Gordillo Mandujano interviene para aclaraciones

PRECIOS DE GARANTÍA DE LOS INSUMOS AGRÍCOLAS

El C. Ignacio vital Jáuregui hace consideraciones sobre este asunto

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. RICARDO CASTILLO PERALTA

(Asistencia de 367 ciudadanos legisladores)

APERTURA

El C. Presidente (a las 11:15 horas): -Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"Tercer Periodo Ordinario de Sesiones LII Legislatura.

Orden del Día

23 de Octubre de 1984.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Baja California y Campeche.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto,

por el que se concede permiso a la C. María Cristina García Orozco para que pueda prestar servicios como secretaría en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, N.L.

Dela Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por el que se concede permiso al C. Rafael Segovia para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional Civil en Grado de Oficial, que le conferirá el Gobierno de la República Francesa.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Educación Pública, con proyecto de decreto para reformar y adicionar la Ley Federal de Educación.

Dos, de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por los que se concede permiso a los CC. Pedro Angel Palou Pérez y Octavio Rivero Serrano para que puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros"

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El mismo C. Secretario:

"Acta de la sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día dieciocho de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

Presidencia del C. Ricardo Castillo Peralta

En la ciudad de México, a las once horas y quince minutos del jueves dieciocho de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, con asistencia de trescientos veintiséis ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del orden del día y del acta de la sesión anterior llevada a cabo el día dieciséis del actual, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

La Presidencia designa las siguientes comisiones para que, en representación de la Cámara de Diputados asistan a los que en seguida se mencionan:

Al acto luctuoso que tendrá lugar el día 19 de los corrientes, en la ciudad de Apatzingán, en memoria del general Lázaro Cárdenas del Río, a los CC. Francisco Xavier Ovando Hernández, Hermenegildo Anguiano Martínez, Armando Ballinas Mayes, Javier Blanco Sánchez, Francisco Calderón Ortiz, Jorge Canedo Vargas, José Cervantes Acosta, Raúl Lemus García, Alfonso Méndez Ramírez, Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Eulalio Ramos Valladolid, Daniel Angel Sánchez Pérez, Rubén Vargas Martínez, María Antonia Vázquez Segura, Guillermo Villa Avila y Juan Villegas Torres.

Al CLXX aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán, que se llevará a cabo el día 22 del actual, en la Plaza de la Ciudadela de esta ciudad de México, a los CC. Alejandro Posadas Espinosa, Daniel Balanzario Díaz, Guillermo Dávila Martínez y Cándido Díaz Cerecedo.

A los eventos y actividades programados para celebrar el CLXX aniversario de la Constitución de 1814, en la ciudad de Apatzingán, Michoacán, los días 21 y 22 del mes en curso a los CC. Francisco Xavier Ovando Hernández, Hermenegildo Anguiano Martínez, Armando Ballinas Mayes, Javier Blanco Sánchez, Francisco Calderón Ortiz, Jorge Canedo Vargas, José Cervantes Acosta, Mariano López Ramos, Raúl Lemus García, Alfonso Méndez Ramírez, Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Eulalio Ramos Valladolid, Daniel Angel Sánchez Pérez, Rubén Vargas Martínez, María Antonia Vázquez Segura, Guillermo Villa Avila y Juan Villegas Torres.

Al cuarto informe de la gestión administrativa del C. Rodolfo Gallegos Landeros, gobernador constitucional del Estado de Aguascalientes, el día 22 de octubre, a los CC. Héctor Hugo Olivares Ventura, María Albertina Barbosa Vda. de Meraz, César Humberto González Magallón, Ernesto Juárez Frías, Alejandro Lambretón Narro, Josefina Luévano Romo, Sara Esther Muza de Marrufo, Angélica Paulín Posada, Baltazar Ignacio Valadez Montoya, Alfonso Valdivia Ruvalcaba y Heriberto Vázquez Becerra.

El C. diputado federal por el estado de Michoacán, Cristobal Arias Solís, solicita licencia por tiempo indefinido para separarse de sus funciones, a fin de poder desempeñar el cargo de secretario general de gobierno de dicha entidad, Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

En virtud de que las siguientes iniciativas de decreto, enviadas por el C. Presidente de la República, han sido ya distribuidas entre los ciudadanos diputados, la Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, les da el trámite correspondiente:

De decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Recibo y a la Comisión de Justicia e imprímase.

De decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. Recibo y a las comisiones unidas de Justicia y del Distrito Federal. Imprímase.

La H. Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto, que reforma y adiciona la ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Recibo y a las Comisiones unidas de Justicia y de Defensa Nacional.

Oficio de la Secretaría de Gobernación relativo a la solicitud de permiso para que la

C. María Cristina García Orozco, pueda presentar servicios como secretaria, en el consulado de los Estados Unidos de América en la ciudad de Monterrey, Nuevo León. Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

El C. Rafael Segovia solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar una condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Francia. Recibo y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Dos dictámenes con sendos proyectos de decreto emitidos por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que conceden permiso al C. Octavio Rivero Serrano para aceptar y usar la condecoración Mayo al Mérito en Grado de Gran Oficial, que le confiere el Gobierno de la República de Argentina, y al C. Pedro Angel Palou Pérez, la Orden de las Letras y de las Artes en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa. Son de primera lectura.

Las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia suscriben un dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En atención a que este dictamen ha sido ya distribuido entre los ciudadanos diputados, la Asamblea en votación económica le dispensa el trámite de segunda lectura, a efecto de que se someta a discusión y votación de inmediato.

A discusión en lo general y en lo particular el artículo único de que consta el proyecto de decreto.

Hacen uso de la palabra, en contra, el C. Pablo Castillón Alvarez; en pro, el C. Alvaro Uribe Salas; en contra el C. Daniel Angel Sánchez Pérez; por las comisiones dictaminadoras, el C. José Luis Caballero Cárdenas; en contra, el C. Crescencio Morales Orozco; por las comisiones, el C. Juventino González Ramos; en contra el C. Alberto Salgado Salgado; para hechos, los CC. David Orozco Romo y Daniel Angel Sánchez Pérez; finalmente, para ofrecer disculpas al C. Sánchez Pérez y solicitar que se borre del Diario de los Debates la expresión "deleznable" que utilizó en su intervención pasada, interviene el C. José Luis Caballero Cárdenas.

Suficientemente discutido el proyecto de decreto, en votación nominal se aprueba por doscientos cincuenta y un votos en pro y sesenta y uno en contra. Pasa a la legislatura de los estados para sus efectos constitucionales.

A continuación, usa de la tribuna el C. Luis J. Prieto para poner a consideración de la Asamblea el documento que contiene el acta de compromiso democrático entre el Gobierno constitucional y los partidos políticos para garantizar la paz y el bienestar del país.

Señala que de realizarse lo expuesto en este documento se daría un fuerte avance hacia una democracia más plena y más satisfactoria una expectativa del pueblo mexicano.

Por lo anterior, solicita que esta Cámara apruebe en su escénica y términos este compromiso que es imparcial, que no favorece a ningún partido en particular y además sigue la linea que en relación con la situación de otros países, ha sostenido el Gobierno de México.

Que en lo particular, cada uno de los partidos políticos aquí representados, hagan suyo este compromiso para acelerar el progreso democrático de México, y que esta proposición se considere de obvia y urgente resolución.

Para normar el criterio de la Asamblea, la Secretaría por instrucciones de la Presidencia, da lectura al artículo 58 del Reglamento Interior para el Congreso General.

Con base en el precepto anterior, hacen uso de la palabra, en pro, el C. Luis J. Prieto y en contra, el C. José Carreño Carlón.

La Asamblea, en votación económica, no admite la proposición y en consecuencia se da por desechada.

Para hacer consideraciones y expresar sus particluares puntos de vista sobre este asunto, intervienen los CC. Rolando Cordera Campos, Luis J. Prieto, José Carreño Carlón, Francisco Ortiz Mendoza, Manuel Osante López, Juan José Hinojosa, Edmundo Jardón Arzate, David Orozco Romo, Mariano López Ramos y Genaro Borrego Estrada. Nuevamente los CC. Juan José Hinojosa y José Carreño Carlón.

A su vez, el C. Margarito Benítez Durán, hace uso de la palabra para denunciar al C. presidente municipal del municipio de Amaxac de Guerrero, del estado de Tlaxcala, que al frente de trescientas personas agredieron a un grupo de gentes que iban a conversar con él, en relación con la integración de comisiones consultivas, para fijar los impuestos prediales en Tlaxcala.

Después de hacer una relación de los hechos, solicita que se investiguen. Túrnese la denuncia a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las dieciocho horas y diez minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día veintitrés de los corriente, a las diez horas."

Está a discusión el acta ... No habiendo quién haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba ... Aprobada, señor Presidente.

COMUNICACIONES

El C. Secretario Arturo Contreras Cuevas:

"C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Palacio Legislativo, México, D. F.

Tenemos el honor de comunicar a usted, que en sesión previa celebrada el día de hoy, la H. XI Legislatura del Estado, eligió la Mesa Directiva que funcionará durante el primer periodo ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio legal, habiendo quedado integrada en la forma siguiente:

Presidente, diputado ingeniero Luis González Ruiz; vicepresidente, diputado profesor Perfecto Lara Rodríguez; secretario, diputado profesor Roque Campuzano Ponce; prosecretario, diputado Gilberto Portugal Martínez.

Al hacer de su conocimiento lo anterior, aprovechamos la oportunidad para reiterar a usted, las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Mexicali, B. C., a 30 de septiembre de 1984.

Ingeniero Luis González Ruiz, diputado Presidente; profesor Roque Campuzano Ponce, diputado Secretario."

Trámite: -De enterado.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. Palacio Legislativo, México, D. F.

La Quincuagésima Primera Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, previas las formalidades de ley, en sesión celebrada el día de hoy, llevó a cabo la elección de la Mesa Directiva que fungirá durante el mes de octubre del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:

Presidente, diputado, Joaquín Balán Cano; vicepresidente, diputado profesor Francisco Ortiz Betancourt; secretario, diputado profesor, Romualdo E. Méndez Huchin; secretario, diputado José Antonio Puc Puc.

Lo que hacemos de su conocimiento par los efectos legales correspondientes. Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Campeche, Camp. septiembre 28 de 1984.

Licenciado Lenin S. Rodríguez Cuevas, Oficial Mayor."

Trámite: -De enterado.

VISITA DE FUNCIONARIOS DE LA ONU

El C. Presidente: - El 24 de octubre es el día que la humanidad consagra a conmemorar el aniversario de la fundación de la Organización de las Naciones Unidas. Por tal motivo se encuentra en este recinto los representantes permanentes de las agencias especializadas de las Naciones Unidas, encabezadas por el embajador Gustavo Silva Aranda, funcionarios internacionales, miembros de la organización, así como servidores públicos de la Secretaria de Relaciones Exteriores.

Esta Cámara se une a la celebración mundial del Día de las Naciones Unidas.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Alfonso Molina.

El C. Alfonso Molina Ruibal: -"Señor Presidente; Honorable Asamblea: El 9 de julio de 1945, con la capitulación incondicional de Alemania y la victoria aliada, toda una concepción del mundo ingresaba al pasado. Los valores de una civilización que la habían sostenido, durante siglos, iniciaban su decadencia y en el horizonte histórico se perfila desde entonces, pletórica de esperanza y en reemplazo a la caduca sociedad de las naciones, la Organización de las Naciones Unidas, cuyo aniversario hoy conmemoramos en esta Cámara.

El saldo inaudito de cuarenta millones de muertos que dejó la contienda; el enfrentamiento inútil y estéril, hicieron pensar que había llegado el momento de crear una organización internacional que pudiese constituir, a la vez garantía de paz, foro de debate e instancia permanente de cooperación entre los pueblos.

Una etapa de vertiginosa descolonización le tocó contemplar y protagonizar a las naciones unidas; numerosas colonias y protectorados rompieron las ataduras de sus metrópolis y se irguieron para construir su propia historia. Algunos países desmontaron las estructuras arcaicas que los hacían dependientes y otros sólo desde las fórmulas decretaron su independencia.

La ONU se ha enriquecido no nada más por los nuevos interlocutores que ocupan un sitio en sus deliberaciones y decisiones, sino sobre todo por la aportación vital, intransferible, que cada comunidad internacional lleva a ese foro.

El mundo de la posguerra, postrado por las destrucción y la ruina más intentas de la historia, podía apenas aspirar a entrar en un periodo de convalecencia que se significó inmediato por el renacimiento de las rivalidades, comerciales y militares, con matices ideológicos.

La paz mundial, desde la suscripción del Acta de San Francisco, ha sido una realidad precaria, un débil equilibrio expuesto a todos los vientos de intereses encontrados, que se ha roto una y otra vez porque el hombre, desde hace más de cuatro mil años, no ha podido aprender -y menos practicar- un principio tan universal como el respeto al derecho de los demás.

En ocaciones las Naciones Unidas son objeto de crítica, pero con demasiada frecuencia se fundamentan en el olvido de que esta organización no es un supergobierno, sino una asociación de estados soberanos; que su fuerza reside esencialmente en la voluntad de los estados que la integran; y que salvo remotas excepciones no puede intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de sus miembros.

Resulta obvio suponer que las naciones que la constituyen, aspiran a vivir en paz y a dirimir siempre sus conflictos en la mesa de negociaciones, en la que los derechos de los débiles no mengüen frente a las prerrogativas de los poderosos.

Pero el mundo ha visto y sigue viendo que los conflictos entre los países más fuertes engloban y arrastran los intereses de las naciones de escasa voz o nula potencia.

Por ello, la fuerza moral de las Naciones Unidas, sus organismos estructurados para preservar la paz, la salud, el medio ambiente, la cultura, la educación, la alimentación y el desarme, es lo que evita -aún en las peores crisis- el desmoronamiento sistemático de la compleja estructura mundial, cuyos principios no han cedido al peso de intereses hegemónicos.

La bipolaridad, que marca el signo del nacimiento de las Naciones Unida, ha sido reemplazada ahora por la multipolaridad. Ya no es tan soló la confrontación Este - Oeste, también la Norte - Sur y otras que sin rasgos muy precisos enfatizan las graves disensiones entre gobierno y entre sistemas políticos.

Han surgido en este tiempo nuevas corrientes, tendencias, grupos y movimientos de países que están contra la subordinación y la alineación. Se restañaron algunas de las medidas económicas de países que se resintieron durante la segunda Guerra Mundial; el colapso social, el desquiciamiento de sus economías, la ruina de su axioma y el naufragio de sus pretensiones.

Esos países se levantaron no nada más por la inyección externa de recursos materiales, sino fundamentalmente por su sentido de patria, su voluntad organizada, su tenaz disciplina colectiva; en suma, por su instinto de la historia.

Y mientras ellos echaban a caminar trabajosamente, otras potencias fueron perdiendo viabilidad. Esta es una lección que todos los pueblos pueden y deben aprender; no hay nada definitivo, nada es irreversible, lo único que procura la grandeza es el trabajo de todos, en torno al objetivo de todos, todos los días.

Cuando hoy celebramos un aniversario más de las ONU, no olvidamos que existen graves tensiones en el ámbito internacional. La profunda crisis económica que afecta y desgasta a al gran mayoría de los países en desarrollo, se agudiza por la intolerancia e incomprensión de los centros de poder hegemónicos; se abaten los precios de las materias primas, las tasas de interés son manejadas al antojo y se aumenta el costo de los productos industrializados, con el subsecuente empantamiento de las economías.

Las contradicciones se han acentuado. La estructura irracional de poder limita o cancela las opciones de progreso material. Los serios desajustes que la inflación, el desempleo y la recesión provocan entre nuestros pueblos, profundiza un proceso de deterioro acumulado que nos castiga severamente.

México participó durante este año en forma por demás intensa y decisiva, en la conducción de esa corriente histórica que busca completar y reforzar el proceso de descolonización política, que inició hace 39 años, por medio de la descolonización económica.

Nunca, como ahora, en que la intransigencia de los pocos hacia las carencias de los muchos; en que el diálogo económico entre los países industrializados y los de Tercer Mundo parece posponer indefinida y desesperadamente, debe destacarse, como lo hace México en el Grupo de los 77, que detrás de los síntomas de la aguda crisis que golpea a la gran mayoría de la población -como la enorme deuda y la parálisis del crecimiento; los procesos inflacionarios que no se han detenido; el deterioro del ingreso real de nuestros pueblos- , subyace un orden económico injusto y poco eficiente que no favorece el desarrollo.

Los mecanismos creados al término de la Segunda Guerra Mundial para propiciar el desarrollo. la estabilidad monetaria y el flujo comercial, se han vuelto obsoletos, entre otras razones, por el surgimiento de la polarización y enfrentamiento entre los bloques de poder; por la competencia entre las grandes naciones; por la concentración en ellas de medios tecnológicos, las finanzas y los armamentos, y por la aparición en el escenario internacional de un grupo de países que, ellos también, reclaman su participación económica.

El mismo rechazo de algunos países poderosos para utilizar los sistemas establecidos por las Naciones Unidas para debatir a profundidad los problemas económicos y sociales, repercuten gravemente en el prestigio y la fortaleza de la organización. Las tensiones políticas y el endurecimiento de posiciones, han tenido a menguar su eficacia y a acrecentar la crisis.

Por ello, con la gallardía y decisión que han caracterizado la postura internacional de México a lo largo de su vigorosa historia, el Presidente de la República Miguel de la Madrid expresó recientemente: "La historia de las últimas décadas no ha colmado las expectativas de desarrollo que suscitaron las naciones victoriosas. La realidad parecería corroborar una hipótesis que carece de fundamento moral: la expansión del poder, por ley histórica inexorable anula los anhelos de liberación. Los requerimientos de la seguridad pretenden justificar esferas de influencia y limitaciones inadmisibles a la soberanía nacional".

Y el mismo secretario general de la ONU, Javier Pérez de Cuéllar, durante su visita a nuestro país este mismo año, reconoció que, "a pesar de la inmensidad de sus recursos, de la preocupación por sus propios intereses, de su influencia en el consejo de seguridad, las grandes potencias no existen ni funcionan en forma aislada; que los demás estados no pueden resignarse a un papel pasivo; y que todos pueden aportar ideas y ayudar a reavivar

el enfoque multilateral que encierra la clave para la solución de los problemas mundiales". Estos conceptos fueron expresados en el seno de la Comisión Permanente de este Congreso en este mismo recinto.

La humanidad se niega rotundamente, por otra parte, a aceptar el precario equilibrio que se basa en el terror nuclear, el miedo y el armamentismo son matrices fecundas que se engendran mutuamente.

El miedo patológico a la superioridad del otro se ha convertido en miedo tecnológico que ha puesto frenéticos a los científicos del holocausto, que en todo piensan menos en la suerte de la humanidad, porque no es la paz ahora la que está en peligro, sino la vida misma en el planeta.

Inútil insistir en la reiterada procesión de cifras, datos y estadísticas que demuestran la insensatez de la carrera armamentista, sumas que rebasan la capacidad de imaginación, pero irritan al mismo tiempo nuestra conciencia colectiva, estéril demostrar cuántos jóvenes podrán salir de su ignorancia; cuántos campos podrían producir; cuántos países saldrían de su atraso y miseria secular; en suma, cómo el mundo sería otro si estos cuantiosos recursos estuviesen orientados por la razón y no por el afán de dominio a la insensatez.

De ahí la convicción de que a menos de que los pueblos de la Tierra presionen eficazmente para que se llegue a un acuerdo de desarme y se escuche la voz de la inteligencia, esta llama indigente, este noble ideal llamado paz mundial, que lleva viviendo angustiado una generación y parte de la otra, desaparecerá en una pavorosa nube de polvo ardiente, bajo la cual crujirá el andamiaje entero de la civilización humana.

Por eso México, a pesar de los grandes baches históricos de dictaduras e imperios artificiales, no ha extraviado pasado ni porvenir.

México es un país que jamas ha agredido a nadie; su enorme fortaleza moral le impide participar en el atraco a los demás o guardar silencio ante los atropellos.

México nunca ha querido extender sus fronteras, hemos crecido, sí, pero hacia dentro, hacia la fortaleza de nuestra conciencia por la memoria de la fortaleza de nuestra conciencia por la memoria de lo que fuimos, la certidumbre de lo que somos, la resolución de lo que queremos ser. Cuando ha sido preciso luchar por un área territorial que con el derecho correspondía lo hemos hecho con el derecho y ante los tribunales de derecho en estos textos, y no en los arsenales, radica la convicción de nuestra victoria.

Este es también el basamento de la sólida gestión que nuestro país lleva a cabo en el marco de Contadora, junto con Panamá, Colombia y Venezuela: la razón política nos asiste, la razón jurídica está con nosotros, porque nosotros estamos en favor de la paz justa y de la negociación para resolver todo tipo de diferencias entre las naciones.

Contadora no es de ningún modo un intento de simple oposición a intromisiones perniciosas; no se define el "anti"; es primordialmente un esfuerzo político a fondo para que los protagonistas del conflicto bélico resuelvan por la vía pacífica y con medidas de hondo contenido social sus discrepancias y querellas. Estamos seguros de que Contadora ganará para Centro América, por Latinoamérica y para el mundo entero esta batalla por la dignidad y la soberanía de los pueblos.

Señor Presidente; compañeros diputados; distinguidos invitados: han sido 39 años de que tensa paz, de negociada guerra los que han transcurrido desde la suscripción del Acta de San Francisco. No ha habido una conflagración mundial y se ha evitado la explosión de numerosos conflictos; acaso sea tal uno de los frutos más tangibles del accionar de la ONU.

No es bastante si se toma en cuenta los enfrentamientos regionales que han desangrado a muchísimos países en todos estos años. No es poco, ciertamente, si se considera la irracionalidad de tantos gobiernos.

Suma de experiencias; pluralidad de rutas; convergencia de ideas a debate; instancia de negociación suprema; instrumento de presión para la paz; tribunal de no resquebrajada moral; palestra de denuncia; arma para la solución de viejos y nuevos problemas sociales; y organismo multilateral gerente de soberanías; eso es la Organización de las Naciones Unidas, y eso y más tiene que seguir siendo.

Saludamos desde esta tribuna la fecunda, refrenda victoria de las Naciones Unidas a lo largo de todos estos años. Que se haya sobrepuesto a las incompresiones y las hostilidades ya un echo que concita nuestro reconocimiento; pero que exista y sea útil a las mejores empresas de la humanidad, es un avance alentador.

Algún día y por el esfuerzo de la razón, las Naciones Unidas alcanzaran su objetivo más preciado: que junto al hambre saciada, florezca para paz la conciencia libre de todos los pueblos."

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado José Augusto García Lizama.

El C. José Augusto García Lizama: -"Con su venia señor presidente; honorable Asamblea: Mañana, 24 de octubre, en 159 países, incluido el nuestro, conmemoramos el Día de las Naciones Unidas, cuyos propósitos, como es bien sabido, son de los más nobles: mantener la paz y la seguridad internacionales; fomentar entre las naciones relaciones de amistad; realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a las derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos; servir de centro

que armonice los esfuerzos de las naciones para alcanzar estos propósitos comunes.

Este año, celebramos el XXXIX aniversario de la Organización de las Naciones Unidas - ONU -, desafortunadamente con luchas fratricidas en Centro América, Líbano, Irak - Irán y la invasión soviética a Afganistán; además de otros muchos conflictos y problemas internacionales y regionales, que representan un grave y latente riesgo de un estallido mundial. La carrera armamentista es otra gran preocupación de la humanidad, pues a riesgo de desatar nuevas y más contundentes guerras o guerrillas, con sus consecuencias de muerte y destrucción, viene aparejado el gran gasto en armamentos, que disminuye en forma cuantiosa e inversamente proporcional, la posibilidad de ayuda y desarrollo de los países más necesitados, especialmente de alimentos; por lo que la paz mundial podría estar mucho más amenazada en pocos años, por la enérgica y desesperada protesta de los pueblos miserables y hambrientos, que por la confrontación entre Oriente y Occidente.

Ello no implica que se desconozca el peligro de que un conflicto de proporciones gigantescas y de que esté presente en los pugnas de muchos pueblos, a pesar de que se trate de negar su presencia, como en el caso de Centro América, sino que tratamos de llamar la atención sobre un foco de peligro, como lo es el antes anotado, de los desequilibrios entre los países pobres y los países ricos.

Estos requerimientos que surgen de la razón, del sentido común y de la naturaleza, articulados por una teoría política humanista, son continuación de los conceptos elaborados en filosofía que nos inspira a los del Partido Demócrata Mexicano; así, San Juan Crisótomo dice: "Dios ha dispuesto que no crezca ni se produzca todo en todas partes, para unir de este modo por el intercambio de mercancías, más íntimamente a los pueblos". De la misma manera, Agustín de Hipona concibió el desarrollo de la humanidad como algo unitario, y en su ciudad de Dios crítico el imperialismo y la imposición de los más fuertes sobre los más débiles. Dante Alighieri propuso una monarquía universal, que si bien puede precindirse de la idea del monarca, nuestra cultura se quedó con el anhelo de los diversos pueblos unidos por la paz y un bien común mundial, interdependiente entre nación. La especulación de un Francisco de Vitora, acompañado por las aportaciones de otros teólogos españoles del siglo de oro -XVII-, fundamenta el derecho internacional y le da vuelo al desarrollo de los conceptos sobre los derechos del hombre.

En fin, situados en la modernidad y sensibilizados por las necesidades de nuestro pueblo mexicano, que se ve afectado, quiera o no, por la conducta de otros países, asumimos como propios los ideales de las Naciones Unidas.

A pesar de todos los fracasos del pasado y de las actividades actualmente irreconciliables de las hegemonías de Oriente y Occidente; la necesidad de organizar firme y eficazmente la comunidad internacional, es hoy más urgente que nunca; más aún, cuando pesa sobre la humanidad la amenaza de las armas atómicas y otras más desconocidas y, por qué no repetirlo, por las actuales luchas entre hermanos y vecinos de varias regiones del mundo. Las grandes dificultades y obstáculos que se han experimentado, al tratar de fortalecer y hacer eficaz la organización mundial, son un reto y un acicate para todos los hombres de buena voluntad.

El lograr mantener la paz y la seguridad internacionales, requiere de un compromiso serio en favor de la paz mundial y de una aportación desinteresada al desarrollo de las naciones menos favorecidas, que hoy suele llamarse "ayuda para el desarrollo".

Hay que desterrar par siempre el oportunismo de otorgar ayudas como de otorgar como parte de las medidas de la "guerra fría", y en algunas partes "guerras calientes".

Hay dos formas principales de ayuda al desarrollo, la económica, que no debe constituir en grandes empresas de valor propagandístico sino fomentando medidas en el sector de las infraestructuras, así como apoyando la construcción de pequeñas y medianas empresas para producir bienes de consumo, especialmente alimentos, ropa y otros básicos. La otra ayuda, que complementa la primera, es la ayuda para la educación -adecuando para la paz, para el trabajo fecundo y creador- pues pensamos, como dice la máxima oriental "que no basta dar el pescado, sino que es mejor enseñar a pescar". Se requiere crear un mundo de relaciones pacíficas y de justicia internacional; no cerrar los ojos ante la persistencia de numerosos problemas no resueltos y ante numerosas situaciones de conflicto y de injusticia.

La verdadera paz, la paz duradera, soló se conseguirá cuando los hombres estén dispuestos a cumplir con la justicia, para no dar como limosna lo que por justicia. En la verdadera paz no hay lugar para el egocentrismo, el colonialismo de formas anacrónicas o de nuevas formas, como desafortunadamente experimentan aún países que se encuentran en las órbitas de Oriente y Occidente; ni tampoco hay lugar para el antagonismo que degrada a sus protagonistas.

Nuestro pueblo coincide con el pensamiento del Papa Paulo VI, quien dirigió este grito, "!no más guerras!" y que solía repetir: "El desarrollo, es el nuevo nombre de la paz". Nuestro país coincide con lo anterior, al mantener la firme convicción de que la paz internacional de los pueblos son indivisibles.

Es inaplazable que las relaciones de poder sean sustituidas por relaciones de amistad y fraternidad, así como de respeto mutuo; nos complace recordar que el Jefe del Ejecutivo de México, en la sesión conjunta del Congreso

de Estados Unidos dejó constancia del deseo del pueblo de México de llevar una relación de amistad entre ambas naciones. De la dependencia insultante se debe pasar a la colaboración y la promoción común, bajo la responsabilidad de cada una de las naciones. Es necesario que las naciones regulen sus relaciones por las normas de la verdad, la justicia, la activa solidaridad y la libertad; y que donde ya existan relaciones de amistad, se ensanchen aún más, como pone de manifiesto el Presidente de la Madrid.

Para la cooperación internacional en el orden económico y para el establecimiento de un auténtico orden universal, hay que acabar de una vez por todas con las pretensiones de lucro excesivo; las aberrantes ambiciones nacionalistas; el afán de dominación política; los cálculos de carácter militarista y las maquinaciones para difundir e imponer ideologías, del tinte que sean.

El respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, es requisito sin el cual la cooperación no será posible.

Hagámosle caso a la declaración universal de los derechos del hombre y a los instrumentos jurídicos, tanto a nivel internacional como nacional, que siguiendo un movimiento que no puede sino desearse progresivo y continuo, pretendan crear una conciencia general de la dignidad del hombre, y definir por lo menos algunos de los derechos inalienables del mismo.

El conjunto de los derechos del hombre corresponde a la sustancia de la dignidad del ser humano, entendido íntegramente y no reducido a una sola dimensión; se refiere a la satisfacción de las necesidades esenciales del hombre, al ejercicio de sus libertades a a sus relaciones con otras personas. Pero éstos se refieren siempre y en todas partes al hombre y a su plena dimensión humana, según lo expresó Juan Pablo II en su discurso en la ONU, el día 2 de octubre de 1979.

Sabemos que la ONU, por la prepotencia de las grandes y poderosas naciones; por el burocratismo, que no soló invade a nuestro país también se asienta en ese organismo internacional, por la falta de interés de muchos de sus miembros, ha caído en la ineficacia que se encumbre con la retórica y que realmente soló es un foro para dirimir controversias, un lugar para discutir, pero no un lugar para resolver. Sin embargo, consideramos que es mejor que exista ese foro, aunque sea imperfecto, a que no exista ningún lugar de encuentro y de interlocución. Las acciones que llevan a cabo los gobiernos y los sentimientos de los pueblos, no deben tender a desarticular y disgregar esta organización, sino a fortalecer sus mecanismos de conciliación, de diálogo, y también de decisión y arbitraje. Por ello nos pronunciamos los demócratas y vengo a dejar testimonio de ello en esta tribuna. Muchas gracias.

Por las fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, diputado José Augusto García Lizama."

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Samuel Meléndrez Luévano.

El C. Samuel Meléndrez Luévano: -Señor Presidente; respetable Asamblea: La humanidad conmemora un aniversario más del surgimiento de la Organización de las Naciones Unidas, máximo foro de la comunidad mundial de los estados, surgido después de la Segunda Guerra Mundial, con el elevado propósito de crear un orden jurídico internacional garante de la paz y propiciador de la cooperación y la amistad entre los pueblos de la Tierra.

Procelosa ha sido la trayectoria de las Naciones Unidas pero nadie puede negar su aportación positiva a la preservación de la paz mundial. Cierto que ha sido impotente para evitar el surgimiento de conflictos armados regionales que han estado en peligro de transformarse en confrontación abierta de las grandes potencias que se disputan la hegemonía mundial.

Y precisamente en estos casos, es que la ONU se ha revelado como una instancia viable para el diálogo y la conciliación, cuyo peso político y moral se colocó siempre a favor de la sensatez para arribar a acuerdos restauradores de la paz y de la soberanía de los pueblos, desgarrados por duros conflictos armados.

A la existencia y trabajo de la ONU está unido el vasto movimiento colonizador que hizo surgir decenas de nuevos estados nacionales. Hoy, que de nuevo la paz mundial se encuentra en peligro por la desmesurada carrera armamentista que resta ingentes recursos a la solución de grandes problemas sociales que se abaten sobre cientos de millones de seres humanos que pueblan el tercer mundo, la ONU está destinada a desempeñar un relevante papel en la preservación de la paz, de una paz estable y firme, para desterrar para siempre la terrible amenaza que se cierne sobre la existencia de la humanidad ante la posibilidad del desencadenamiento de una guerra termonuclear.

Mucho tiene que hacer la ONU para preservar el derecho inalienable de todos los pueblos a vivir en la paz y la libertad, a constituir y defender sus estados soberanos y a darse el régimen social que corresponda a su voluntad e intereses.

Rendimos reconocimiento al apoyo que la ONU en pleno ha brindado a la iniciativa pacifista del Grupo Contadora, única iniciativa, única alternativa variable frente al ominoso peligro de un conflicto generalizado en la región centroamericana, que amenaza la existencia soberana de los estados del área.

Desarme y paz; soberanía y no intervención, y no cooperación para el desarrollo, son tareas que los pueblos del mundo encaran para construir un destino que haga posible la vigencia de la libertad y la igualdad entre hombres.

Fortalezcamos a la ONU para hacerla un instrumento eficaz en la consecución de los

propósitos que le dieron origen. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado José González Torres.

El C. José González Torres: -Señor Presidente; señores visitantes de la Organización de la Naciones Unidas; señores diputados: Todos celebramos la institución de la Organización de las Naciones Unidas, todos celebramos también la mejor suerte que esta institución a tenido, en relación con su predecesora la liga de las Naciones, que tuvo una vida tan efímera y tan inestable durante el poco tiempo que vivió.

Todos celebramos el éxito de la ONU, al haber evitado hasta hoy la guerra mundial y el habernos permitido disfrutar de una paz, aunque inestable y precaria, pero al fin y al cabo paz.

Todo esto es motivo de alegría de parte de toda la humanidad, no creo que haya persona sensata y reflexiva que desestimara los logros tenidos hasta ahora por la ONU

Es el mejor esfuerzo que ha realizado la humanidad a lo largo de los siglos para evitar la guerra y establecer la paz. Pero ya también es bien sabido que la paz es fundamentalmente fruto de la justicia, si no hay justicia no puede haber paz, la paz no puede cimentarce si no sobre la justicia, cualquier otro intento será aparte de infructuoso, ilusorio. Entonces el problema, señores diputados, está en que logremos la implantación en el orden interno de cada nación y en el orden internacional de la justicia, esa virtud que consiste en dar cada quien lo suyo, pero al gran problema a lo largo de la historia del derecho ha estado en determinar qué cosa es lo de cada quien, qué cosa es lo que pertenece a cada persona humana, y en el transcurso de la historia se han cometido injusticias tremendas que han perdurado por milenios, como la esclavitud.

Se ha necesitado de un esfuerzo intelectual y de un esfuerzo político práctico extraordinario para ir viendo con mayor claridad estas cuestiones y para intentar acabar con esas injusticias. Y en este esfuerzo intelectual de los pueblos por determinar qué es lo que cada persona, qué es lo que a cada quien pertenece, cuya entrega constituye la justicia, se llegó mediante la ONU al establecimiento de un catálogo, por así decirlo, de los derechos fundamentales de la persona humana, y ese catálogo es lo que conocemos como el nombre de Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Ese catálogo ha sido reconocido por todos los gobiernos del mundo. No hay ninguno que discrepe. O sea, teóricamente, ya los hombres nos hemos puesto de acuerdo al menos en la cuestión fundamental: cuáles son los derechos de cada persona humana, cuyo respeto cabal habrá de concluir la paz interna de las acciones y la paz en el concierto internacional.

Ahora bien, el problema enla práctica está en lo siguiente: de que estos principios proclamados por la ONU han de ser reconocidos en cada una de las legislaciones internas de los estados, primero; y segundo, han de ser vividas escrupulosamente en la práctica.

Yo creo que el mejor homenaje que podemos rendir a los hombres a cualquier institución, es el de reconocer y vivir sus principios, los postulados que ella declara.

Celebrar el aniversario de la ONU significa que todos los pueblos y todos los ciudadanos dentro de ellos tenemos que hacer un esfuerzos para que vivan esos principios que todos suponemos que son el cimiento de la paz.

Ahora bien, en México, por tanto, el mejor homenaje que podemos rendir nosotros, señores diputados, a la ONU y a su Declaración Universal de los Derechos Humanos, que es ciertamente el fundamento de la paz, está, primero, en que lo reconozcamos y segundo, en que lo vivamos.

Yo alguna vez planteé ya desde esta misma tribuna, el problema que yo veo de que en la legislación mexicana varios de estos principios no están reconocidos; me refiero a la libertad de enseñanza y a la libertad religiosa.

Y yo pido una vez más el que se estudie esta a fondo y se debata para que haya una educación entre legislación mexicana a este respecto y los principios de libertad que postulan fundamentalmente los artículos 18, 19 y 26, en su tercera parte, para que haya el reconocimiento expreso.

Alguna vez me contestaba diciéndome que había tolerancia en México, sí, la hay, y por eso existe algo a este respecto, pero un régimen democrático no puede tolerar la tolerancia, valga la repetición, un régimen democrático tiene que brillar por reconocimiento de los derechos y luego por el respeto de los mismos. La tolerancia es un vicio, la tolerancia es algo humillante para la persona humana y mayormente para el ciudadano; no se puede ni se debe vivir de tolerancia; los derechos tienen que estar reconocidos y luego tienen que ser practicados.

En otros órdenes, como el orden de trato a la persona humana y como en el orden político electoral, están reconocidos los derechos de México; aquí es un problema de vivencia, pero también es otro punto que tenemos nosotros que analizar.

Son frecuentes las denuncias que se hacen desde esta misma tribuna y están preparándose otras muchas por parte de varios partidos políticos, encaminados a poner de manifiesto los atropellos que en estos órdenes se comenten.

Y éste es un punto excepcionalmente delicado, la congruencia entre lo que se dice y lo que se practica; la congruencia entre las leyes y la política; la congruencia entre las leyes y la política de la autoridad en esas áreas; ése es el otro homenaje que nosotros

debemos, rendir a la ONU en está ocasión; el que haya esa vivencia práctica, de tal manera que si México adecua su legislación a los derechos humanos y luego los vive en la práctica, habrá rendido el mejor homenaje que pueda hacerse a las Naciones Unidas, que están esforzándose por establecer la paz sobre la Tierra.

Ahora queda un punto, que yo lo he pensado y debo decirlo también en este momento, que si no está de acuerdo con estos principios, si se considera que son mejores los puntos establecidos en la legislación interna mexicana, yo sólo pediría entonces que se desconociera este documento y que fuéramos congruentes y consecuentes; si los principios de nuestra legislación que limitan la libertad en materia de enseñanza religiosa y las prácticas que prevalecen en materia de respeto y en materia política son las convenientes, son las que sirven para establecer la paz y el orden dentro de México, manténgase, si así lo aprueba la mayoría, pero entonces denúnciense estos documentos que el Gobierno de México ha asignado; lo que yo concibo, señores diputados, en lo que yo definitivamente no puedo estar de acuerdo, es en que haya esa discrepancia, uno, 1o que se aprueba de instrumentos internacionales y otro, lo que se establece en la legislación interna de México.

Tengo conciencia de que formo parte de una minoría de la Cámara, tengo conciencia de que cualquier debate a este respecto lo perdería, pero yo quiero apelar al sentido común de todos ustedes; yo quiero apelar a sus sindéresis para que esta dualidad que existe en México, estas contradicciones a dos patrones, esta contradicción entre dos principios jurídicos y que determinemos cuál es el que prevalece.

Yo estoy seguro que todos ustedes están conformes en que han de prevalecer los principios aceptados universalmente; yo dudo que se pudiera afirmar que todos los gobiernos del mundo que lo han firmado, carecieran de razón frente a una tesis sostenida exclusivamente por México, en la práctica; ante esta imposibilidad de aceptar la dualidad y la contradicción mencionadas, yo hago una vez más este llamado a esta Cámara para que, en primer lugar, se reconozca la necesidad de revisar esta legislación mexicana en aquello que contradice los principios de derecho internacional, reconocido por todos los gobiernos, con objeto de que ese estudio, hecho ese análisis con objetividad, con imparcialidad, convencidos de que es la única manera de que se pueda establecer la paz interna en México y contribuir al establecimiento de la paz internacional, hagamos lo que ya más de una vez se ha propuesto adecuar la legislación mexicana a la legislación internacional, para que logremos reconocer y respetar los derechos humanos en México. Practicar de esa manera la justicia, y así lograr la paz interna y contribuir al establecimiento de la paz internacional. Muchas Gracias.

INICIATIVAS DE DIPUTADOS

LEY DE RADIO Y TELEVISIÓN

El C. Pablo Castillón Alvarez: -Pido la palabra.

El C. Presidente: -¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Pablo Castillón Alvarez: -Para presentar una iniciativa.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Pablo Castillón Alvarez para presentar una iniciativa.

El C. Pablo Castillón Alvarez: -Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

"En ejercicio de las facultades que nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados a la LII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, proponemos reformas y adiciones al artículo 59 de la Ley de Radio y Televisión, referentemente a la obligación que tienen las estaciones de radio y televisión de efectuar transmisiones temporales gratuitas, con la temporalidad necesaria para la difusión de temas educativos, culturales, de orientación social y política no partidista.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el segundo periodo ordinario de sesiones de la LII Legislatura de la Cámara de Diputados, nuestros compañero Francisco González Garza, con motivo del análisis del Plan Nacional de Desarrollo, se refería al mismo, recordando que mientras que dicho plan se había dado a conocer con toda la fastuosidad de la que se hace gala en ese tipo de programas, el examen de éste se hacía casi en la clandestinidad.

Debemos reconocer con seriedad y tristeza, que la referida clandestinidad sigue imperando en esta Cámara, en donde representamos legítimamente los derechos del pueblo mexicano y en donde la riqueza de los debates entre los grupos parlamentarios, cada uno desde su ángulo de visualización en torno a un mismo asunto, vivifica la vida legislativa del país pero siempre transmitiéndose al exterior a través de un área informativa, la de la televisión, básicamente, lo que el sistema político mexicano y los consorcios televisivos en una estrecha colaboración quieren que se transmita.

Lo anterior implica una manipulación vergonzosa de la opinión pública, a quien se le desinforma en lugar de lo contrario.

Es muy común observar en los programas televisivos tanto del canal oficial como en el de la televisión particular, cómo se le da amplitud a las exposiciones de los diputados de la mayoría parlamentaria y cómo se minimizan las actividades de los grupos de

oposición, de quienes en la mayoría de las veces se usa en la llamada "pantalla chica" sólo su imagen y a veces cómo se adapta ésta a fines políticos inducidos por el régimen, de acuerdo a su conveniencia; tal es el caso de la comparencia de los secretarios de Estado, en días pasados, quienes como de todos es sabido, tuvieron que enfrentarse a una situación de disgusto político de los grupos parlamentarios de oposición de esta Cámara. En esa ocasión, como se conoce, no hubo asistencia de parte nuestra a dichas comparecencias, en las que no teníamos derecho a preguntar, según acuerdo de la Gran Comisión.

Hubo gran influencia de público a la comparecencia de los secretarios con mayores posibilidades políticas a futuro, pero escasa concurrencia en la comparecencia de otros no tan ubicados. En este último caso, resultaba molesto ver en los programas televisivos noticiosos, cómo a pesar de que los actos informativos, de referencia se efectuaban en el Salón Verde de esta Cámara ante la comisión correspondiente, en cada caso, la imagen se paseaba por el Pleno de esta Cámara, resultando la de los asistentes a las sesiones ordinarias y cómo, mediante ciertos montajes técnicos, hacían crecer al telespectador que éramos otros los que nos encontrábamos presenciando las malhadadas comparencias, todo con la intención de simular la afluencia de diputados a dichos trabajos.

Lo anterior constituye un solo ejemplo de la deformación pública que se hace a través del medio televisivo de la actividad parlamentaria del diputado, contribuyendo así a denigrar y a minimizar aún más la función de dicho funcionario federal, a quien el pueblo tiene encasillado -no sin falta de razón- como obsequioso en extremo de todos los deseos del Titular del Ejecutivo.

Pero, ¿qué pasa con las actividades de la otra Cámara, que junto con la nuestra compone el Poder Legislativo, la Cámara de Senadores? Dichas actividades son ponderadas profusamente y transmitidas al exterior con prontitud, a pesar de que este último cuerpo colegiado, como de todos es sabido, está integrado por legisladores un solo partido político, el Partido Revolucionario Institucional; y nos preguntamos, ¿qué es más importante pues, que el pueblo se entere de lo que aquí se hace, de lo que aquí se dice, que es más positivo por el pluripartidismo imperante, o lo que hace un grupo obsequioso unipartidista?

En efecto, en la Cámara de Senadores -salvo una que otra rarísima excepción- todos los trabajos obedecen a patrones políticos rígidos, sin variante de ninguno de sus intereses. Ya lo afirmaba el senador Víctor Manzanilla Schaffer, distinguido legislador por varias ocasiones; distinguido delegado del partido oficial en distintas entidades federativas; reconocido ideólogo del Partido Revolucionario Institucional, en una de sus últimas intervenciones parlamentarias, al pedir la presencia de senadores de oposición, que esta enriquece revitaliza los trabajos parlamentarios correspondientes.

Valga de ejemplo también, recordar por cuanto hace a la Cuentas Pública de 1982, cómo mi partido político exigió y exige aún el esclarecimiento de los desvíos en el ejercicio presupuestario de ese año y cómo la noticia transmitida, deformada a millones de televidentes, presupone que la exigencia de los esclarecimientos correspondientes, resultaba del pedimento del partido político mayoritario, representado aquí en esta Cámara, cuando la verdad es que el dictamen de las comisiones correspondientes exculpaba a los funcionarios públicos encargados de dichos fondos presupuestarios, entre otras razones, "por no haber existido en ese entonces los mecanismos legales adecuados para el enjuiciamiento de referencia".

En otras ocasiones, resulta denigrante observar cómo en la llamada "pantalla chica", nuestras imágenes, que como en el cine mudo se trasmiten al exterior editadas por las técnicas correspondientes, son aplicados en otras cuestiones muy distintas a las que en un momento dado en tribuna se está manejando, y nos preguntamos: de qué sirven estas grabaciones que en cada caso se vienen a hacer aquí si jamas nuestras voces y lo que las mismas manejan se transmiten al exterior.

Todo lo anterior, es muy delicado, señores; nuestros trabajos expuestos aquí, en está la más alta tribuna de la Nación, requiere de estudio, reflexión, exposición serena y valiente y creemos que deben ser merecedores de una mejor suerte y no de maquinación y reformaciones, que sin ningún respeto, la televisión lleva a cabo de las mismas.

¿Qué acaso así son manejados los trabajos del Presidente de la República, quien en fecha de sus informes a la nación son profusa, machacona y abusivamente manejados televisivamente, logrando incluso un efecto contrario al que se desea?

¿Qué acaso en el orden constitucional mexicano, un diputado federal no tiene la misma importancia que el Titular del Ejecutivo?

¿Qué acaso nuestra intervención parlamentaria concordante con el artículo 6o. constitucional, que se constituye una manifestación libre de nuestras ideas, no debe estar exento de inquisición judicial o administrativa como el caso nos ocupa?

Permítaseme recordar aquí, la jurisprudencia relativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contenida en el amparo directo 4,709/1931, tomo XXXVIII, página 224, que a la letra dice:

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

"La manifestación de las ideas y la libertad de exponerlas, haciendo propaganda para que lleguen a ser estimados por la comunidad, no tiene otra restricción constitucional, que los ataques a la moral o la provocación a la Comisión de un delito, así como la perturbación del orden público, por lo que aquellas manifestaciones que tiendan a hacer

prosélitos para determinada bandería política o ideológica, no pueden constituir, entre tanto no alteren el orden público, delito alguno y reprimirlas, constituye una violación a las garantías individuales."

Recordando al legislador Luis I. Mata en el debate del artículo 7o. constitucional decía -y lo recordamos para darle vigencia a nuestros propósitos de información real y veraz al pueblo mexicano- que, un célebre escritor inglés ha dicho: "Quitadme toda clase de libertad, pero dejadme la de hablar y de escribir conforme a mi conciencia". Estas palabras demuestran lo que de la prensa escrita, trasmitida o televisada, tiene que esperar un pueblo libre, pues ello, señores, no sólo es el arma más poderosa contra la tiranía y el despotismo, sino el instrumento más eficiente y más activo del progreso y de la civilización. Exigimos, pues, que dicho instrumento televisivo ejercido en los tiempos modernos, con el fuerte impacto sociológico que su cobertura le permite, se verifique con la eficacia y respeto del pueblo deba merecernos a todos, en aras de una comunidad, la mexicana, más civilizada y libre.

En días pasados, el diputado Juan de Dios O. Salazar, que aun cuando pertenece al grupo parlamentario mayoritario de esta Cámara, tampoco fue objeto del respeto y atención que merecía su intervención, eclipsándosele la misma, al parecer por cuestiones internas partidistas, presentó una interesantísima iniciativa que denominó "libertad de expresión democrática", derecho de comunicación social por medio de lenguaje, y en lo que advierte de entrada que, "La libertad de manifestar ideas, la libertad de escribir y publicar escritos; el derecho a la información. La libertad de la palabra e imprenta. La libertad de palabra y prensa. El derecho de comunicación social, el respeto del receptor para que también sea difusor de mensajes. Todos estos conceptos, son enfoques parciales del fenómeno de la comunicación social por medio del lenguaje actividad que por ser un fenómeno tan concreto y trascendente, que requiere ser definido jurídicamente."

También afirma más adelante que "Es posible concretar como derecho al ejercicio libre de esta actividad, si se toma en cuenta entre otros, el siguiente punto de vista:

"1. Que la comunicación social es participación libre y recíproca de pensamientos, y de sentimientos a tal grado que en la comunicación social por medio del lenguaje, los mensajes ofrecidos por un emisor, deben ser lo que demanda conocer el destinatario de los mismos.

"Como que no es comunicación la relación de un pirata y su presa, más bien es una agresión y agresión viene a ser el asedio de los medios de comunicación al pueblo, con la tenaz difusión de mensajes ideológicos que sólo interesan al emisor de los mismos.

"La comunicación social, no sólo es compresión, sino además, y más que otra cosa, coencuentro, libre y deseable."

En el caso que nos ocupa, los medios televisivos no respetan el derecho a la información del mexicano, ya que no difunde las ideas al destinatario que su recepción merece, ideas -en este caso- que son en torno a trabajos parlamentarios que en representación popular, aquí y ahora, -en tiempos de cada legislador-, llevamos a cabo en el estricto cumplimiento de nuestras obligaciones de representantes populares.

Igualmente, la televisión mexicana agrede al pueblo al inducirlo mentalmente, deformándole la realidad a través de mensajes ideológicos tergiversados. ¿Dondé están, por ejemplo, las glosas que aquí se hicieron del último informe presidencial en las áreas de política exterior, política interior y política económica? ¿Qué no interesa más al pueblomexicano enterarse de lo que opinaron al respecto sus representantes, al hecho de que todos los partidos políticos aquí representantes habíamos coincidido en lo afirmado por el Presidente de la República en su informe a la Nación?

Concluimos recordando que el Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos está formado por los representantes de la ciudadanía, que son electos por el pueblo mexicano y que el mismo requiere del respeto y fidelidad de las noticias por parte de los medios televisivos.

Recordamos también que fue nuestro grupo parlamentario, el de Acción Nacional, que dio un grito a tiempo desde esta tribuna, cuando en detrimento de la libertad de expresión se pretendía coartar la misma en el decreto de "objetos obscenos" por un lado y en la llamada "ley mordaza" por otro, logrado la abrogación del primero y la modificación de la segunda en favor de la informativa de México.

Que en la misma forma comparecemos ahora en defensa del derecho del receptor de los trabajos de los representantes del pueblo a través de una comunicación libre y recíproca de pensamientos y sentimientos a los que tiene derecho el telespectador y el radioescucha, en su caso, y que constituyen el que hacer legislativo de esta Cámara.

En virtud de los planteamientos de carácter histórico, político y jurídico referidos, proponemos a ustedes el siguiente proyecto de

DECRETO

Unico. Se reforma el artículo 59 para quedar como sigue:

Artículo 59. Las estaciones de radio y televisión, deberán efectuar transmisiones gratuitas diarias con duración hasta de 30 minutos continuas o discontinuas, dedicadas a difundir temas educativos, culturales, de orientación social y de información política no partidista.

El Ejecutivo Federal y en su caso las cámaras que componen el Poder Legislativo, señalarán la dependencia que deba proporcionar el material para el uso de dicho tiempo

y las emisiones, serán coordinadas por el Consejo Nacional de Radio y Televisión.

En caso de información de interés nacional, el tiempo a que se refiere el párrafo anterior, se ampliará hasta donde sea necesario.

Las estaciones de radio y televisión estarán obligados a trasmitir los debates que se verifiquen en la Cámaras de Diputados y Senadores, cuando lo soliciten cuando menos dos fracciones parlamentarias, representando en ellas. En este caso, se considerará la transmisión como de interés nacional y por estricto orden numérico, las estaciones se harán cargo de la transmisión.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor cinco días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.

Por el grupo parlamentario de Acción Nacional: diputado Arnoldo Gárate Chapa, diputado Pablo Castillón Alvarez."

El C. Presidente: -Túrnese la iniciativa presentada por el C. diputado Pablo Castillón, a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía. Imprímase.

ARTÍCULO 91 CONSTITUCIONAL

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Juan Gualberto Campos Vega.

El C. Juan Gualberto Campos Vega: -"Señor Presidente: honorable Asamblea: -En Ejercicio de la facultad que nos concede la fracción II del artículo 71 de la Constitución General del país, los diputados miembros de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, presentamos la siguiente iniciativa de ley, para reformar el artículo 91 de la propia Constitución Nacional. Nuestra iniciativa tiene como fundamento la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Estado mexicano es, desde el punto de vista jurídico constitucional, el representante de la Nación. Es, por su origen revolucionario, una organización política al servicio de los interese populares.

Además, el Estado mexicano, su composición y sus funciones, no son las que tenía en 1917 cuando legitima su existencia a través de la Carta Magna; las modificaciones y sus cambios obedecen a las propias transformaciones experimentadas por el país en el curso de 67 años, desde que el Constituyente de Querétaro culminó su labor constitucional.

La composición del Estado mexicano, una vez concluido el movimiento armado de 1910-1917, tuvo que responder a los intereses de las fuerzas sociales que participaron en la derrota del régimen feudal porfirista, pero fundamentalmente a los de la clase social de la burguesía triunfante.

La fase constructiva de la Revolución Mexicana, que impulsó con celeridad el desarrollo de las fuerzas de las fuerzas productivas, provocó cambios en la estructura y composición de las clases sociales y, en consecuencia, en el tipo de funcionarios públicos que fueron escalando altos puestos dentro de la Administración Pública Federal.

Un examen de la composición social que tienen los poderes públicos de la Federación, nos conduce a afirmar que el que hasta hoy ha estado y se encuentra más alejado de los intereses del pueblo, es el Poder Judicial, elitista por tradición y conservador, tanto por el origen de los que lo integran, como por el tipo de funciones que realiza.

En cambio, el Poder Legislativo, por su composición, ha sido y es en México el poder popular por excelencia. La mayoría de los diputados tienen origen popular, provienen de capas del pueblo.

Por lo que se refiere al Poder Ejecutivo, es decir al gabinete presidencial, ha ido perdiendo poco a poco el carácter que tenía, de ser un poder integrado por funcionarios de extracción netamente popular, lo que explica la debilidad y concesiones que se hacen frente a las fuerzas económicas del exterior y del interior y la falta, cada vez más visible, de emoción patriótica para servir al pueblo.

La verdad es que muchos miembros del gabinete presidencial llegan a ocupar una secretaría de Estado, no por decisión del Presidente en turno sino por las presiones que ejercen grupos de poder económico, que los colocan en la Administración Pública Federal, para defender los intereses de la minoría.

Pero, además, los que se incorporan al gabinete presidencial lo hacen subrepticiamente frente al pueblo, después de obtener maestrías y doctorados en universidades particulares, tanto del país, como del extranjero.

Empiezan a escalar puestos administrativos como asesores y de ahí hasta convertirse en titulares de secretarías de Estado, posición que utilizan para sabotear cualquier medida popular que adopte la Administración Pública Federal.

La representación nacional tiene el deber de advertir el peligro que significa que un funcionario, sin experiencia y sin contacto con el pueblo, asuma grandes responsabilidades en el gabinete presidencial, como secretario de Estado, y lo que es más grave aún, que se ubique en la antesala de la Presidencia de la República.

Por eso, a juicio del Partido Popular Socialista , es necesario agregar, a los requisitos que exige el artículo 91 constitucional, para ser secretario de despacho, otro que nos parece fundamental para que los integrantes del gabinete del Presidente de la República tengan una composición más popular.

De ahí que propongamos como requisito para ser secretario de despacho, haber sido previamente diputado o haber desempeñado un cargo de elección popular. De no aceptarse esta iniciativa se corre el peligro real de que fuerzas alejadas al pueblo asuman, a través del Poder Ejecutivo, la dirección del país.

Por estas consideraciones, proponemos que el artículo 91 de la Constitución General del país tenga la siguiente redacción:

Para ser secretario de despacho se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos, tener 30 años cumplidos y haber desempeñado o estar desempeñando un cargo de elección popular.

Sala de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a 18 de octubre de 1984.

La Fracción Parlamentaria del P.P.S.

Diputados Jorge Cruickshank García, Jesús Luján Gutiérrez, Francisco Ortíz Mendoza, Héctor Ramírez Cuéllar, Alfredo Reyes Contreras, Sergio Quiroz Miranda, Crescencio Morales Orozco, Juan Campos Vega, Sergio Ruiz Pérez, Viterbo Cortés Lobato".

El C. Presidente: -Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales la iniciativa presentada por el diputado Campos Vega

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: En oficio fechado el 1o. de octubre del presente año, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana María Cristina García Orozco pueda prestar servicios de carácter administrativo en el consulado de Los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el día 18 del corriente mes, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento:

b) Que los servicios que la propia interesada prestará en el consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León, serán de carácter administrativo, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción I del apartado B del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana María Cristina García Orozco para prestar servicios como secretaria en el consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 22 de octubre de 1984.

Humberto Lugo Gil, Presidente; Mario Vargas Saldaña, Secretario: José Luis Lamadrid Sauza, Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Armando Córdova, Rubén Castro Ojeda, Irma Cué de Duarte, Salvador Castañeda O'Connor, Jorge Cruisckshck García, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Martínez, Francisco Galindo Musa, Alfonso Gaytán Esquivel, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, José Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Alejandro Lambretón Narro, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona, Jorge Canedo Vargas, Manuel Osante López, Heriberto Batres García".

Trámite: -Primera lectura.

CONDECORACIÓN

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la solicitud de permiso constitucional necesario para que el ciudadano Rafael Segovia pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito Civil en el grado de Oficial, que le confiere el Gobierno de la República de Francia.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo

con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite cometer a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente.

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Rafael Segovia para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito Civil en el grado de Oficial, que le confiere el Gobierno de la República de Francia.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 22 de octubre de 1984.

Humberto Lugo Gil, Presidente; Mario Vargas Saldaña, Secretario; Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, José Luis Caballero Cárdenas, Jorge Canedo Vargas, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Rubén Castro Ojeda, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Alfonso Gaytán Esquivel, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera,, José Luis Lamadrid Sauza, Raúl Lemus García, Alejandro Lambretón, Ernesto Luque Feregrino, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Nuñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silverio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Víctor Manuel Torres Ramírez Salvador Valencia Carmona".

Trámite: -Primera lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN

"Comisión de Educación Pública, Reformas y Adiciones a la Ley Federal de Educación.

Honorable Asamblea: Con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal envió a esta Cámara de Diputados la iniciativa para reformar los artículos 37, fracción IV; 41, segundo párrafo; 68 Y 69 de la Ley Federal de Educación, así como adicionar el artículo 70 a la misma.

Para su estudio y dictamen la iniciativa fue turnada a esta Comisión de Educación, de acuerdo a lo que estipulan los artículos 54 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la que después de analizar la documentación respectiva y la información adicional que obtuvo, tanto como los comentarios y opiniones vertidos en sus sesiones internas de trabajo, en las que participaron los miembros de las fracciones parlamentarias que la forman, procedió a elaborar el dictamen que se pone a consideración de esta H. Asamblea con el siguiente contenido.

CONSIDERACIONES

En lo que corresponde a las reformas propuestas a la fracción IV del artículo 37 de la Ley Federal de Educación, la Comisión aprecia que la iniciativa tiende a ampliar, mediante el establecimiento de multas, las opciones de la autoridad para sancionar el incumplimiento de disposiciones legales por parte de los planteles particulares que imparten estudios con autorización o con reconocimiento de validez oficial. En éste sentido, la Comisión está de acuerdo en que la resolución pueda consistir también en una multa, en el caso de que se compruebe que se haya cometido la infracción, sin perjuicio del otorgamiento de un plazo para que se cumpla con la obligación contraída.

Por otra parte, la iniciativa está orientada, en lo que se refiere a la reforma propuesta del segundo párrafo del artículo 41 de la ley mencionada, a proteger a quienes tienen la intención de asistir a planteles sin reconocimiento de validez oficial por medio del control del contenido de su publicidad, la cual deberá de autorizarse, previamente a su difusión, por la Secretaría de Educación Pública o por los gobiernos de los estados dentro de sus respectivas jurisdicciones. La Comisión considera conveniente, tal como lo presenta la iniciativa, que se sustituya el término `registro` por el de inscripción en los listados de planteles no incorporados`, ya que a menudo el receptor de ese servicio educativo cree que el registro equivale a que los estudios tienen reconocimiento de validez oficial. Asimismo, la Comisión coincide en que es necesaria la autorización de la publicidad de este tipo de estudios en forma previa a su difusión para evitar posibles confusiones en los usuarios. También la Comisión se pronuncia en favor de que sean la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de los estados las instituciones facultades para inscribir a los particulares que imparten este tipo de enseñanza y para autorizar la publicidad que hagan de sus establecimientos.

En lo que respecta a las reformas propuestas a los artículos 68 y 69, la iniciativa tiene por objeto que las sanciones pecuniarias mantengan su eficacia. Por eso, la Comisión juzga pertinente que las cuantías de las multas se determinen con base en el salario mínimo general diario vigente en la zona económica que se trate.

Por último, la iniciativa propone que se adicione la ley con el nuevo artículo 70, en

el que se establecen criterios de valoración que la autoridad deberá tomar en cuenta para imponer sanciones. Al efecto, la Comisión aprecia la intención de procurar la mayor objetividad en la fijación de las mismas.

Por las consideraciones anteriores y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54,56 Y 64 de la Ley Orgánica del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Educación Pública somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN

Artículo primero. Se reforma y se adiciona el artículo 37, fracción IV, de la Ley Federal de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 37.

I. ..

II. ..

III. ..

IV. A continuación, la autoridad dictará la resolución que a su juicio proceda, misma que podrá ser la declaración de inexistencia de la infracción, el otorgamiento de un plazo prudente para que se cumpla la obligación relativa, la imposición de una multa cuya cuantía se determinará conforme a lo dispuesto por el artículo 69 de esta ley, o la revocación de la autorización.

El otorgamiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior no excluye la posibilidad de que sea impuesta la multa a que se alude.

Artículo segundo. Se reforma el artículo 41, segundo párrafo, de la Ley Federal de Educación para quedar como sigue:

Artículo 41.

Los particulares que imparten estudios sin reconocimiento de validez oficial deberán mencionar esta circunstancias en su correspondiente documentación y publicidad e inscribirse en el listado de planteles no incorporados de la Secretaría de Educación Pública. Los gobiernos de los estados podrán, dentro de su respectiva jurisdicción, inscribir a los particulares que estén en el supuesto anterior. El contenido de la publicidad deberá ser autorizado previamente a su difusión por la Secretaría de Educación Pública o por los gobiernos de los estados, dentro de su respectiva jurisdicción.

Artículo tercero. Se reforman los artículos 68 y 69 de la Ley Federal de Educación para quedar como sigue:

Artículo 68. Se sancionará con multa por el equivalente de cincuenta a quinientas veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate al momento de cometerse la infracción, a quien infrinja lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 41 de esta ley y, en caso de reincidencia, se clausurará el plantel respectivo.

Artículo 69. Las demás contravenciones a la presente ley o a sus reglamentos, cometidas por un particular y que no tenga sanción expresa en este propio ordenamiento, se sancionará con multa hasta por el importe de quinientos días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate al momento de cometerse la infracción, atendiendo a las reglas de calificación que se establecen en el artículo siguiente. La multa impuesta podrá duplicarse en caso de reincidencia.

Artículo cuarto. Se adiciona la Ley Federal de Educación con el artículo 70, para quedar como sigue:

Artículo 70. Al imponer una sanción, previo el procedimiento establecido en el artículo 37 de esta ley, la autoridad educativa fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta:

I. Las circunstancias en que fue cometida la infracción:

II. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en los educandos;

III. La gravedad de la infracción;

IV. Las condiciones socioeconómicas del infractor, y

V. La calidad de reincidente del infractor, si es el caso.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados. México, D. F., a 16 de octubre de 1984.

Comisión de Educación Pública: Julieta Guevara Bautista, Presidenta; Onofre Hernández Rivera, Secretario, Miguel Angel Acosta Ramos, Domingo Alapizco Jiménez, José Antonio Alvarez Lima, Armando Ballinas Mayes, Pedro Luis Bartiloti Perea, Helios Barragán López, María Albertina Barbosa Espinoza, Alvaro Brito Alonso, Jorge Canedo Vargas, Cecilio Rubén Calderón, Rubén Castro Ojeda, Cándido Díaz Cerecedo, Samuel Díaz Holguín, Serafín Domínguez Ferman, Raúl Enríquez Palomec, Iván García Solís, Alberto González Domene, Francisco González Garza, José González Torres, Leonardo González Varela Bertha Lenia Hernández de Ruvalcaba, Maurilio Hernández González, Jesús Lazcano Ochoa, Josefina Luévano Romo, Ana María Maldonado Pinedo, José Luis Martínez Rodríguez, Alberto Miranda Castro, Enrique Neaves Muñiz, Rafael Oceguera Ramos, María de Jesús Orta, Angélica Paulín Posada, Antonio Pérez Peña, Sergio Quiroz Miranda, Luis Enrique Sánchez Espinoza, Alicia Perla Sánchez Lazcano, Humberto Silva Ochoa, Luis E. Todd, Olegario Valencia Portillo, Irma Zárate de Lino."

El C. Presidente: -En atención a que este dictamen haya sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría

consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido: -Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo ... Se dispensa la lectura al dictamen. Es de segunda lectura.

El C. Presidente: -En consecuencia, está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.

Esta Presidencia informa que se han escrito para hablar en contra, en lo general, los ciudadanos diputados, Gustavo Vicencio Acevedo, Ma. de Jesús Orta Mata y Sergio Quiroz Miranda. Para hablar en pro, en lo general, por la Comisión, Julieta Guevara y el diputado Antonio Alvarez Lima, y para hablar en pro, el diputado Abelardo Carrillo y el diputado Jesús Lazcano Ochoa.

Tiene la palabra el C. diputado Gustavo Vicencio Acevedo.

El C. Gustavo Arturo Vicencio Acevedo: -Señor Presidente; honorable Asamblea: La diputación de Acción Nacional presentó sus objeciones a estas modificaciones que hoy discutimos ante la Comisión de Educación, por boca de sus comisionados, licenciado González Torres y González Garza.

Los argumentos presentados en contra de estas modificaciones, a nuestro juicio, no fueron debidamente refutados por los miembros de esta Comisión, por lo que ahora venimos a dejar constancia de ellos ante el Pleno de esta Cámara.

Nuestras objeciones, en lo general, y por supuesto también en lo particular, se traducen en tres, respecto a la fracción IV del artículo 37 de la ley actual, contempla lo siguiente: Cuando sea presumible que proceda la revocación a que se refiere el artículo anterior, deberá observarse el siguiente procedimiento:

Primero, se citará al particular a una audiencia; segundo, en la citación se le hará saber la infracción que se le impute y el lugar, día y hora en que se celebrará la audiencia. Esta se llevará a cabo en un plazo no menor de 15 ni mayor de 30 días hábiles, siguientes a la citación; tercero, el practicar podrá ofrecer pruebas y elegir en dicha audiencia lo que a su derecho convenga. Y fracción IV, a continuación la autoridad dictará la resolución que a su juicio proceda, que puede ser, aquí hay que tomar en cuenta la declaración de inexistencia de la infracción, el otorgamiento de un plazo prudente para que se cumpla la obligación relativa o la revocación.

El otorgamiento de un plazo prudente para que se cumpla la obligación relativa podría otorgarse sin la multa respectiva. Ahora, esa multa puede ser impuesta desde el primer momento en la misma audiencia a la que se ha citado al director del plantel. ¿Por qué? ¿No acaso la ley actual, en el párrafo que se leyó, contempla el término plazo prudente para cumplir esa obligación?

Por otro lado, hay que tomar en cuenta que muchas veces la falta de cumplimiento en las obligaciones de las instituciones educativas privadas es producto, no siempre, claro, pero sí es producto de errores o del burocratismo de las autoridades gubernamentales, para los cuales no hay sanción alguna, o lo que puede correrse el riesgo de trasladar esos errores a los planteles educativos y luego hacerlos sujetos a éstos, de las sanciones correspondientes.

Por ello, para definir dónde está el error, se contempla ese plazo prudente, sin sanción, que ahora con estas modificaciones se pretende implantar.

Respecto al artículo 69 la multa establecida hasta quinientas veces el salario mínimo, nos parece excesiva para aquellas instituciones que por error y no por mala fe no hayan cumplido con sus obligaciones.

Tomando en cuenta que con las modificaciones al artículo 37 que acabamos de leer, se pude multar a una institución educativa hasta con 300 mil pesos, en la misma audiencia a la que sus directivos sean citados, esto puede provocar el cierre inmediato de esas instituciones, en perjuicio también de los mismos alumnos que asisten a ellas.

En lo tocante al artículo 41, referente al contenido de la publicidad, debería explicarse cuáles son los datos mínimos que debe llevar ese tipo de publicidad, tales como el Registro Federal de Causantes, su no incorporación y otros datos relativos, y no pasarles todo el proyecto publicitario previo a su difusión a la Secretaría de Educación Pública o al gobierno estatal para que lo sancione.

En Acción Nacional pensamos que la educación del pueblo mexicano, es tarea de todos los miembros de la Nación. Es deber del Estado, pero nunca puede ser monopolio suyo democratizar la educación. Esto es, procurar a todos los miembros de la colectividad una igual oportunidad de educación, asegurarles por lo menos una educación básica, promover su elevación cultural y facilitarles su capacitación técnica de acuerdo con las necesidades del desarrollo.

La libertad de enseñanza ha de ser garantizada sin otros límites por parte del Estado, que la determinación de los requisitos técnicos relativos al método, a la extensión y comprobación del cumplimiento del programa educativo mínimo o concernientes al otorgamiento de grados o títulos que autoricen para ejercer una profesión o una función social determinada.

Por lo anterior, creemos que estas modificaciones son otras fuentes de hostigamiento, a las instituciones privadas de educación. Si las mismas autoridades gubernamentales han reconocido la falta de educación en México, cuyo promedio apenas pasa del tercer año

de primaria, las soluciones no se encuentran en aplicación de multas, atacando sólo superficialmente el grave problema educativo mexicano.

En lugar de crear leyes persecutorias, vigiladoras y hostigadoras, las autoridades educativas deberían de dar todas las facilidades a los diferentes sectores de la sociedad para juntos contribuir a elevar el nivel educativo de México.

Por estas razones, la diputación del Partido Acción Nacional, votaremos en contra. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Jesús Lazcano Ochoa para hablar en pro.

El C. Jesús Lazcano Ochoa: -Señor Presidente; honorable Asamblea: El grupo parlamentario socialista unificado de México, votará en favor de estas modificaciones a la Ley Federal de Educación, considerando que tiene dos aspectos positivos fundamentales. El primero, es que inicia de una manera seria el control que debe tenerse sobre la enseñanza en las escuelas particulares, aunque la forma de hacer lo, de hacer este control, de efectuarlo, de orientarlo para hacerlo más efectivo y hacer que estas instituciones se integren verdaderamente como parte del sistema educativo nacional, no se precisa en la ley, ni estas reformas, y se espera que sea el contenido de un nuevo reglamento de ésta.

Nosotros pensamos que no es necesario hacer estas leves reformas, que no es suficiente hacerlas, que lo que necesita es una nueva ley de Educación. Porque estas reformas, que hoy vamos a aprobar nosotros, no contemplan los cuatro aspectos fundamentales que les imparten en la educación de las escuelas particulares:

Primero, la enseñanza no acata la orientación filosófica del artículo 3o. constitucional; segundo, no se aplican los programas escolares; tercero, no usan el libro de texto gratuito, y cuarto, hacen muy onerosa a los que usan de esta educación elevando sin medida las colegiaturas. Es decir, la educación está fuera del contexto de la educación nacional y es costosa para quienes la perciben.

Nosotros pensamos que con estas reformas tan leves que vamos aprobar, las escuelas profesionales seguirán practicando y enseñando la educación profesional. Entonces, un afán de impedirlo, ocultarán como la vienen haciendo los libros de texto gratuitos y aplicarán los libros de textos que ellos editan o que tienen sus editoriales.

Pensamos que las escuelas extranjeras seguirán en nuestro país enseñando la educación en si idioma nativo, enseñarán la historia de sus propios países, su literatura y sus costumbres, y serán, como son muchas de ellas, parte de los sistemas educativos extranjeros.

Las escuelas particulares comerciales seguirán haciendo el gran negocio con sus cuotas y desvirtuando un poco la educación nacional, haciendo obligatorio el inglés.

Estas modificaciones son el inicio de un control, pero que no modifican las partes que he mencionado, y por lo cual nosotros creemos que debe haber una nueva Ley de Educación, no una Ley Federal de Educación, que sea propia para todas las escuelas federales, estatales, municipales y particulares.

Nosotros vamos a aprobar este y dejamos iniciada de esta manera nuestro punto de vista sobre los aspectos fundamentales de una nueva Ley Nacional de Educación. Gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra la ciudadana diputada María de Jesús Orta Mata.

La C. María de Jesús Orta Mata: -Señor Presidente; honorable Asamblea: Los integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano nos pronunciamos en contra de las reformas de adiciones de la Ley Federal de Educación, que envió a esta Cámara Baja el Ejecutivo Federal, por las siguientes razones:

No nos referimos en nuestra impugnación a la adecuación de las multas de un determinante, constituido por el salario mínimo, sino que se pone a nuestra consideración el que refrendemos una intervención indebida de la Secretaría de Educación Pública, en un campo que no le corresponde, como es el de los estudios que imparten los particulares sin reconocimiento de validez oficial, contenido en el artículo 41, segundo párrafo, del proyecto de reforma y adición de la Ley Federal de Educación.

Si es indebido que una autoridad administrativa se inmiscuya en ese tipo de estudios, también lo es que los particulares que infringían algunas disposiciones por lo anterior, se les sanciones según los otros artículos del proyecto, por lo que nuestra oposición es en lo general.

En el mencionado artículo 41, se les impone a los particulares que impartan estudios sin reconocimiento de validez oficial, el que deban mencionar esa circunstancia en su documentación, el inscribirse en el estado de planteles no incorporados de la Secretaría, y se hace extensiva a la facultad de inscribir a los gobiernos de los estados y se previene que el contenido de su publicidad deberá ser autorizada previamente por la Secretaría y por los gobiernos de los estados.

Este precepto resulta inconstitucional, por lo que adelante detallaremos.

Al respecto, se nos puede alegar que el contenido de la nueva disposición ya estaba en lo fundamental, en lo correspondiente de la ley, hoy vigente, pero al ponernos nuevamente a nuestra consideración, si lo aprobamos, supondrá que esta legislatura refrenda una disposición anticonstitucional en su párrafo

segundo y manifestará su voluntad política y que se siga violando la Constitución.

El artículo 41, en su segundo párrafo, es anticonstitucional, pues otorga a una autoridad una facultad que implícitamente no está en nuestra Constitución, ni se puede derivar de ella, siendo nuestro régimen constitucional el de las facultades expresas para las autoridades. Según este principio, en contraste de lo que ocurre en los gobernados, quienes pueden hacer todo aquello que la ley no les prohibía, las autoridades sólo pueden hacer lo que la ley expresamente les faculte.

También es anticonstitucional porque limita la esfera de la libertad de los particulares, sin que ello se base en una excepción o en una limitación expresa establecida en la propia Constitución.

El precepto en cuestión, va más allá de lo que dispone el artículo 3o. constitucional, según es de ustedes sabido, esa disposición constitucional regula la educación que imparte el Estado en su fracción I, VI y VII; establece prohibiciones en su fracción V; regula la educación en las universidades y las demás instituciones de educación superior en su fracción VIII, y establece facultades del Congreso de la Unión, en materia, en su fracción IX.

En cuanto a la educación que imparten los particulares está prevista esta fracción II, III y V. En su fracción II establece, en primer lugar, la facultad de los particulares para educar, cuando nos dice expresamente en su primera oración: "Los particulares podrán impartir la educación en todos sus tipos y grados". A continuación en el mismos párrafo se establece la excepción o excepciones que concierne la educación primaria, secundaria y normal y a la de cualquier tipo o grado destinada a obreros y campesinos.

Por cierto esta última, la de obreros y campesinos, imposible de reglamentar. En este tipo de educación primaria, secundaria, etcétera, los particulares deberán obtener previamente en cada caso la autorización expresa del poder público, ajustarse al tipo de educación propia del Estado y cumplir los planes y programas oficiales y estar sujeto a que el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares, puedan ser retirados, discrecionalmente por el Estado.

Estas limitaciones y por ende la eventual intervención de la Secretaría de Educación Pública sólo está legitimada constitucionalmente en lo que concierne a la educación primaria, secundaria y normal, y muy eventualmente en la destinada a la de obreros y campesinos; en todos los demás, los particulares podrán impartir en cualquiera de sus tipos y grados sin ninguna limitación, queda en su esfera de libertad.

El anterior criterio queda corroborado si se reflexiona en la naturaleza de la educación, que no se agota en la formal y en la curricular, sino que es un proceso que se registra en toda la sociedad y en todos los momentos; los padres educan a sus hijos; el maestro artesano al aprendiz, el prudente a quien le pide consejo; el más instruido a quien le plantea una duda; las iglesias, los partidos políticos, los sindicatos, las asociaciones profesionales, educan de variadas maneras a sus miembros.

Pretender regular la educación no expresada estipulada en el artículo 3o., es tratar de reglamentar y por tanto limitar la libertad de pensamiento, la libertad de expresión y hasta la libertad de trabajo y la libertad de tipo político.

Por otra parte, debemos considerar que la educación reglamentable es la que expresamente enumera el artículo 3o. y que la excepción en toda lógica, únicamente abarca lo expresamente exceptuado.

De acuerdo a las anteriores consideraciones, cualquier reglamentación de la educación que impartan los particulares, no comprendida en los casos que claramente marca el artículo 3o. constitucional, resulta anticonstitucional, y ello se agrava por la forma en que está redactada en este segundo párrafo del artículo 41; rige, según su redacción, a todos los particulares que impartan estudios, o sea, a una gama infinita de posibilidades que es absurdo reglamentar; aun en el supuesto no concedido de que ello fuera reglamentario sin violar la Constitución.

Imparten estudios en los que se enseña un idioma, se enseña un idioma u otro; las instituciones formativas de los partidos políticos, incluyendo al PRI, cuyos diputados han elaborado este dictamen; las asociaciones apostólicas y hasta los clubes de ajedrez y de todos ellos puede decirse que son planteles.

Además, en el precepto examinado se establecen atribuciones para los estados a pesar de su carácter de ley secundaria, cuando el establecer facultades para el Estado y la Federación corresponde a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; ya es en forma expresa, según lo dispuesto en el Título Quinto de la misma o por eliminación de su artículo 124. Si esa facultad de inscribir y censurar a los particulares no está reservada en nuestra Carta Magna a los estados de la Federación, este precepto resulta inconstitucional y si ya lo está, resultaría repetitivo e inútil.

Por otra parte, el establecer que el contenido de la publicidad deberá ser autorizado previamente a su discusión, es establecer una censura previa en directa contradicción en lo dispuesto los artículos 6o. y 7o. de nuestro cuerpo máximo de leyes y restringirse la libertad de expresar ideas y de prensa protegidas por dichos preceptos.

Los posibles abusos de los particulares que impartan estudios en agravios a los respectivos educandos, pueden ser frenados, corregidos o castigados por las instituciones previas en el Código Civil o en el Código de Comercio. Por ejemplo, exigir el cumplimiento de la rescisión del contrato de la prestación de servicios o instaurar acciones derivadas del enriquecimiento ilegítimo, los casos más notorios de engaño pueden penados a través de

delitos y fraudes, previsto de todos los códigos penales, también pueden caer en el ámbito de la Ley Federal de Protección al Consumidor en cuanto ésta también reglamente la prestación de servicios. No hay pues necesidad de reglamentar más la educación que en lo expresamente previsto en el artículo 3o. constitucional, lo cual implica limitar la emisión y libertad de pensamiento.

Estos es lo que queremos los demócratas y esperamos que no lo quieran los de la mayoría. De todas formas los demócratas votaremos en contra del proyecto anticonstitucional. Gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra la C. diputada Julieta Guevara Bautista.

La C. Julieta Guevara Bautista: -Ciudadano Presidente; honorable Asamblea: Las reformas y adiciones enviadas por el Poder Ejecutivo Federal a esta honorable Cámara de Diputados, tienen fundamento en el artículo 3o. constitucional, cuya fracción II dice lo siguiente: "Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y grados..." Y después, establece una clasificación. Pero lo que concierne a la clasificación primaria, secundaria y normal y la de cualquier tipo o grado destinada a obreros y a campesinos, deberá obtener previamente en cada caso la autorización expresa del poder público.

La fracción V establece, se refiere a otro tipo de educación impartida por los particulares, y dice: "El Estado podrá retirar discrecionalmente, en cualquier tiempo, el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares".

Esta iniciativa de ley tiene como finalidad cubrir una laguna que existía en el artículo 37 de la Ley Federal de Educación, que fija un procedimiento para analizar las infracciones que levante el poder público a las escuelas particulares que tienen autorización para impartir enseñanza. La última fracción, la IV, que es la que pretende reformar, decía antes: "A continuación la autoridad dictará la resolución que a su juicio proceda que puede ser la declaración de la inexistencia de la infracción, el otorgamiento de un plazo prudente para que se le cumpla la obligación relativa o la revocación". Como se podrá ver, el dar un plazo para que se cumpliera la obligación implicaba que ya había habido una infracción a la norma, y ésta no contenía la sanción, por eso se pretende con esta iniciativa que cuando no es el caso de que la resolución dicte la inexistencia de la infracción, sino que se analice que sí ha habido una infracción, pueda otorgarse como un paso anterior a la revocación la aplicación de una sanción que en este caso será una multa.

Esta multa ya estaba contenida para otras infracciones en los artículos 68 y 69 de la Ley. Lo que se pretende actualmente es aplicarla para estos casos de las escuelas que están sujetas, por medio de la autorización o por medio de un reconocimiento de validez oficial. Por lo tanto, sí existe fundamento en el artículo 3o. constitucional para que la autoridad, en este caso federal, pueda aplicar estas sanciones.

El otro aspecto de la ley se refiere aquellas escuelas que imparten cierto tipo de enseñanza, que no es antecedente para otros estudios, y que tampoco se requiere para ser estudiados, antecedentes académicos. se refiere a muchas de esas escuelas que imparten por ejemplo, idiomas, o algún oficio, o algún tipo de técnica. Estas escuelas anteriormente se registraban ante la Secretaría de Educación Pública y muchas veces utilizaban este registro, a veces de mala fe, a veces no con esa mala fe, pero al fin y acabo el ciudadano resulta engañado, porque en su publicidad decían "Escuela registrada en la Secretaría de Educación Pública". Los usuarios muchas veces pensaban que ese registro equivalía a un reconocimiento de validez oficial de los estudios.

Las modificaciones al artículo 41, precisamente, tienen como finalidad la protección a este número de ciudadanos que hace uso de esos planteles, y con las reformas que se nos han propuesto en la iniciativa se pretende en principio quitar el nombre de "registro" como lo decía antes la ley, y cambiarlo por una obligación de estos particulares, para que queden en la lista de la secretaría de Educación Pública, en la lista de planteles no incorporados a esta institución.

Al mismo tiempo, la reforma trata de que esto se halle explícito en su publicidad, para que no se preste a confusión por parte de los usuarios, y al mismo tiempo damos esta facultad a los gobiernos estatales para que en sus respectivas jurisdicciones puedan hacerse cargo de esta facultad de en listar a los planteles no incorporados.

Creo que es muy clara la finalidad, el objetivo; creo también que es muy clara la base constitucional en la que se enfunda esta iniciativa y su base también en la Ley Federal de Educación. Creo que los compañeros que nos antecedieron en el uso de la palabra por distintas razones, no estuvieron presentes en las discusiones de la Comisión, donde creo que sus representados sí quedaron convencidos de la constitucionalidad de esta iniciativa, de sus fundamentos en la Ley Federal de Educación.

Creo que las observaciones que ha hecho la diputada Orta en esta tribuna respecto a que viola otras garantías y otros derechos constitucionales, es por falta de análisis de esos mismos derecho. Ella, por ejemplo, confundía que el artículo 41, en una primera parte de su intervención se refería a todos los particulares que imparten este tipo de enseñanza. No se refiere a todos, se refiere a este tipo de educación que no tiene ni autorización para impartir ese tipo de enseñanza, ni tienen tampoco un reconocimiento de validez oficial de los estudios.

Creo, por el contrario, como todos los que suscriben este proyecto, que la finalidad del

Ejecutivo es simplemente la protección al usuario. Que hagan constar en su publicidad que no viola la libertad, que no es una censura sino simplemente eso, asegurar a la población que tenga claro qué tipo de conocimientos va a adquirir y que por éstos no recibirán ningún certificado, ningún documento que reconozca la validez de los estudios.

Nos hubiera gustado mucho que los compañeros que han hecho uso de esta tribuna, hubieran asistido a estas discusiones, sí fueron refutadas por el Partido Acción Nacional, pero en términos ideológicos, estas propuestas que se hicieron.

Por lo tanto, creo que queda salvaguardado el fundamento constitucional y el fundamento de la Ley Federal de Educación, que reglamenta el funcionamiento de estos planteles. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra la palabra el ciudadano diputado Sergio Quiroz Miranda.

El C. Sergio Quiroz Miranda: -Señor Presidente; honorable Asamblea: Precisamente porque no se trata de cambiar principios y preceptos constitucionales, por tantos más cuantos pesos o centavos, el Partido Popular Socialista argumentará en contra de esa modificaciones y reformas a la Ley Federal de Educación en una posición totalmente contraria a la expresada por los diputados de la derecha.

La fracción II del artículo 3o. constitucional establece en forma textual lo siguiente: "Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y grados. Pero por lo que concierne a la educación de primaria, secundaria y normal (y la de cualquier tipo o grado, destinada a obreros y a campesinos), deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público. Dicha autorización podrá ser negada o revocada, sin que contra tales resoluciones proceda juicio o recurso alguno".

Y la fracción III, también en forma textual, "los planteles particulares dedicados a la educación en los tipos y grados que especifica la fracción anterior, deberán ajustarse, sin excepción, a lo dispuesto en los párrafos iniciales, primero y segundo del presente artículo y, además, deberán cumplir los planes y programas oficiales".

Finalmente, viene al caso recordar lo que establece la fracción IV: "Las corporaciones religiosas, los ministros de los ocultos, las sociedades por acciones que, exclusiva o predominantemente, realicen actividades educativas, y las asociaciones o sociedades ligadas con la propaganda de cualquier credo religioso, no intervendrán en forma alguna en planteles en que se imparta educación primaria, secundaria y normal y la destinada a obreros y a campesinos".

Todos sabemos que los párrafos iniciales primero y segundo del artículo 3o. establecen las características fundamentales a que deberá sujetarse la educación, la que se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa, que se basará en el progreso científico, que luchará contra la ignorancia y sus defectos, la servidumbre, los fanatismos, los perjuicios; pero además, que será democrática, explicando ampliamente lo que es el concepto democracia para el artículo 3o. y para el pueblo de México, y atenderá la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica, etcétera.

En los párrafos cuyo contenido textual he leído, sobre todo el que establece las facultades del Estado para negar o revocar la autorización a los particulares para impartir educación sin que contra dicha resolución proceda juicio o recurso alguno, está categóricamente expresado el principio de que la educación es una función que corresponde ejercer al Estado mexicano.

Este párrafo es el resultado de más de siglo y medio de experiencia política y en el que se traducen las aspiraciones y ante toda la concepción objetiva, histórica y científica de que no hay ni se puede concebir un Estado sin teoría educativa.

La experiencia histórica de la humanidad, así como la propia, la del pueblo mexicano, nos enseñan que la educación desde el régimen esclavista, pasando por los diferentes regímenes, el feudal, el capitalista y el socialista, ha tenido valor la educación, más por la enseñanza de los conocimientos de que dispone, que por la formación de un determinado tipo de hombre.

Y este principio de profundas raíces históricas, que ha sido reconocido por el Presidente de la República, el licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, cuando al presentar el Programa Nacional de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, expresó "A toda revolución social sucede su propia revolución educativa". El objetivo de esta ultima es formar al hombre nuevo, modular las generaciones venideras en concordancia con el tipo de sociedad que se propone construir.

Por ello, no cabe ninguna duda de que la tarea de educar corresponde al Estado y no a los particulares. No se trata pues de apreciaciones subjetivas, sino de recoger la experiencia histórica que el pueblo con sus luchas ha construido.

¿Acaso hemos de olvidar que en los 300 años de régimen colonial en México la educación estuvo dirigida y orientada por la Iglesia Católica, seleccionando alumnos y maestros, futuros cuadros que pudieran contribuir al mantenimiento perpetuo del régimen de vasallaje y esclavitud, el régimen virreinal?

Y no olvidarnos tampoco que la orientación que fijó el Estado - Iglesia no permitió pluralismo alguno ni la práctica de ningún otro tipo de educación que la establecida. Cuando el clero y la reacción tuvieron en sus manos el poder, no hicieron concesión en esta materia, ¡y pobres de aquellos que se atrevieron a desafiar la indigencia educativa y religiosa!

Es por ello que el precepto constitucional, contenido en el párrafo segundo del artículo 3o., debe cumplirse, no sólo por que es un mandato jurídico sino porque resume la esencia de la experiencia histórica del pueblo mexicano, y constituye el pilar fundamental en la formación de la nuevas generaciones, conforme a las justas aspiraciones del pueblo y particularmente del movimiento revolucionario de 1910.

Quienes ahora convertidos en verdaderos delincuentes, violan los preceptos del artículo 3o constitucional y lo combaten pretendiendo cambiar su contenido filosófico, haciendo memoria de pasado, de este pasado de dominación clerical se olvidan precisamente que si hubo alguna época en México en la que la libertad desapareció de un modo completo, en el terreno económico, social, político y cultural, fue exactamente el virreinato.

Estamos ahora discutiendo las reformas promovidas por el Ejecutivo a la Ley Federal de Educación, las que aparentemente y según lo establecido en la exposición de motivos aumentan las sanciones a los delincuentes dedicados a la educación en forma particular o privada, al aplicarles una multa.

La verdad es que en materia educativa se han hecho muchas concesiones de parte del poder público a la derecha, a la reacción y al clero político, no sólo han violado y siguen violando impunemente la Ley Federal de Educación, sino que violando fragantemente lo establecido en la fracción IV del artículo 3o, miles de ministros de los cultos, monjas, sacerdotes y corporaciones religiosas imparten educación en todos sus tipos y grados a lo largo y ancho del país.

Y, ¿que tipo de enseñanza imparten?, pues la que inspira precisamente en lo que el artículo 3o. condena. Impulsan y promueven los fanatismos, los prejuicios, la ignorancia y se combaten obviamente las concepciones y las explicaciones científicas sobre el universo y la vida y por añadidura se presenta a las nuevas generaciones una versión tergiversada y mañosa de la historia nacional, llenando de calumnias y de improperios a los héroes nacionales, principalmente a Benito Juárez.

Estas graves violaciones a los preceptos constitucionales, no han dejado ni dejarán satisfechas a las fuerzas contrarrevolucionarias. Es verdad que la Carta Magna no ha sido respetada por las fuerzas regresivas, debido a la complicidad de algunos funcionarios públicos. Pero lo que los enemigos del progreso quieren, es no seguir actuando como delincuentes, porque saben que mientras no se reforme la Constitución, en cualquier momento se les pueden aplicar las sanciones que merecen por haber actuado al margen de las normas supremas del derecho público.

El Partido Popular Socialista está convencido de que la política del modus vivendi, es decir de la tolerancia hacia las violaciones diarias a la Constitución, no dan ningún resultado porque las fuerzas reaccionarias no se conforman con poco.

¿Que justificación entonces se dará para que el Estado mexicano con todos los argumentos históricos y jurídicos que posee, de orientar y dirigir la educación nacional, haga concesiones a la iniciativa privada?

El conjunto de medidas, conceptos y principios que debe observar una ley reglamentaria, y en este caso particular la Ley Federal de Educación, debe tener el único propósito de hacer que se cumpla y no que se viole el contenido filosófico del artículo 3o. constitucional.

Ninguna ley reglamentaria puede alterar los principios y mandatos expresados en la ley principal, porque eso equivaldría a anularla. La reglamentación consiste, pues, en una serie de disposiciones concretas y prácticas para aplicar con mayor exactitud el espíritu, la doctrina y la intención de la ley.

¿Y cuál es el espíritu categóricamente expreso en la fracción II del artículo 3o. constitucional? Precisamente que debiendo los particulares obtener autorización previa del poder público para impartir educación, deberán cumplir con las características y principios del artículo 3o., reuniendo las condiciones necesarias de todo tipo para garantizar que la educación se realice conforme a los preceptos establecidos; si no es así, entonces sin subterfugios ni concesiones de ningún tipo se revoca a dicha autorización.

Este es el espíritu derivado del derecho que el pueblo le ha otorgado al Estado Mexicano para impartir la educación y para orientarla, pero contrariamente a lo que debiera ser una ley reglamentaria, la Ley Federal de Educación tiene en el artículo 37 un vicio de origen y es el de otorgar un plazo para que el delincuente enmiende su conducta. Esto ya de por sí es contrario a lo estipulado por el artículo 3o. y resulta que ahora, en lugar de corregir la falla, se introduce lo que en la práctica será una nueva concesión, pues además del plazo habrá otro recurso para retardar la aplicación del artículo 3o, es decir, la revocación al aumentar las opciones que tendrá la autoridad educativa para tal efecto con la aplicación de una multa.

Mientras la derecha en la práctica ha hecho nugatorio el ordenamiento constitucional, el poder público otorga una nueva concesión; las actuales condiciones por las que atraviesa la educación nacional, de permanentes violaciones al artículo, a los artículos fundamentales de la Carta Magna por parte de la derecha y el clero, pero además caracterizada por profundos cambios en la educación nacional, reclaman también de cambios estructurales y jurídicos que constituyan la base fundamental de la llamada revolución educativa; y no es con reformas de este tipo como habrá de lograrse.

En uno de los planteamientos acerca de la revolución educativa, expresados por el Presidente de la República en el documento mencionado, se afirma textualmente: "Se

requiere una revolución educativa para fortalecer y acendrar nuestro nacionalismo y reafirmar nuestra autonomía"; y en otra de sus partes expresa: "La adecuada formación de los maestros constituye, sin duda alguna, la espina dorsal de todo el sistema educativo nacional". Y nosotros estamos de acuerdo con estas afirmaciones, pero no es posible ya dejar en el nivel declarativo las modificaciones estructurales en que debe sustentarse la revolución mexicana.

Es cierto, efectivamente, que la educación normal es de trascendental importancia para la formación de la conciencia nacionalista, patriótica, democrática de las nuevas generaciones; y por lo mismo nos preocupa que más del 40% de la inscripción total de país en lo referente a la educación normal, esté en manos de particulares, muchas de ellas escuelas confesionales. ¿Será acaso con maestro formados en el más ancestral anticuarismo como se pretende lograr la revolución educativa y realizar sus elevados objetivos, expresados por el Presidente de la República? Evidentemente que se requieren reformas y adiciones a la Ley Federal de Educación, pero para cumplir y hacer cumplir los postulados del artículo 3o., no para atenuarlos, no para retardarlos ni para violarlos, es urgente rescatar de manos de la iniciativa privada la educación normal, promoviendo las reformas consecuentes.

Por estas consideraciones el PPS votará en contra. Muchas gracias. (Aplausos).

El C. Presidente: -Tiene la palabra para hechos el C. diputado Francisco Javier Alvarez de la Fuente.

El C. Francisco Javier Alvarez de la Fuente: -Señor Presidente; compañeros diputados: El voto que va a dar la fracción parlamentaria del Demócrata Mexicano, es en contra, por lo siguiente: sostenemos la inconstitucionalidad del artículo 41. Nos decía aquí la diputada Julieta, que en el artículo 3o. en su fracción V -y nos lo leyó-, decía que el Estado podrá retirar discrecionalmente en cualquier tiempo el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares. Tiene razón. Pero en el artículo 41 de la ley que estamos discutiendo, nos dice los siguiente: "Los particulares que imparten estudios sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionar esta circunstancia en su correspondiente documentación". No habla de escuelas particulares. Habla de particulares. A lo contrario, en la fracción V, que ahí sí el Estado va a tener en todo tiempo el derecho de retirar el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares, no por particulares.

Ya nos decía la compañera Orta, que sí estuvo en las sesiones, como también su servidor estuvo, que estamos en contra de eso, porque hay la inconstitucionalidad.

Por otro lado, ninguna ley secundaria, como lo menciona en su párrafo segundo, puede tener facultad para hacer obligatorio a los estados de la Federación que se cumplan, sino está expresamente establecido en la Constitución, no tienen obligación los estados para cumplirlos. Entonces, reiteramos, es inconstitucional este agregado. Ahora, también nos decía lo siguiente: como si ya está establecido en la ley el presentarla aquí y aprobarla por la mayoría, es refrendar una ley inconstitucional, por eso la fracción demócrata va a votar en contra. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Jorge Canedo Vargas.

El C. Jorge Canedo Vargas: -Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: Desde luego que el análisis de las cuestiones educativas que son preocupación de todos representa una circunstancia muy especial. En este caso cuando una iniciativa que hoy se presenta al a consideración de ustedes y que encierra en sí misma la circunstancia de orden para regularizar muchas de las circunstancias que ahora se presentan, en función de quienes ejercen con autorización del Estado funciones educativas.

No podría decirse ni admitirse tampoco que visto desde un ángulo hasta cierto punto superficial, que no amerita tampoco, uno de los artículo fundamentales de la Constitución nuestra, como es el artículo 3o., pudiera manejarse al punto de conceptuario como limitante de ejercicio de libertades, como posibilidad de poder establecer una barrera en función de los derechos y las libertades del hombre.

Aquí hemos escuchado, con alguna tendencia especial que este nuestro artículo 3o. constitucional, por el que los Constituyentes del 17 escribieron páginas extraordinarias, con un debate fundamental para la nación, ahora pudiera considerarse como entonces, limitantes de ejercicio de libertades. Por el contrario, nuestro país ha suscrito, ha admitido diferentes declaraciones que suman en el contexto universal la admisión de derechos y obligaciones que gracias al intelecto humano y la congruencia del mismo, ha podido establecerse en los organismo que para nosotros significan un respeto y significan una guía.

Pero frente a estas declaraciones -y me refiero específicamente a la Declaración de Derechos Humanos-, que no solamente respetamos, que no solamente avalamos, sino que además, en el ejercicio, no podemos condicionar en esta circunstancia el fundamento de nuestras propias leyes, sobre todo aquella que para nosotros es la más importante, como en este caso, la Constitución General de la República.

En artículo 133 constitucional, bastaría establecer, como lo dije, que esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella, y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, será la

Ley Suprema de toda la Unión, los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.

Si el ejercicio de suscribir por la admisión conceptual de la validez de los derechos humanos, pudiera restringir lo que para nosotros es la Ley Suprema, estaríamos tergiversando nuestros principios y estaríamos negando, a su vez, los que a través del intelecto universal se han determinado.

No bastaría, y es importante decirlo ahora, como se ha especificado en otras ocasiones, que el análisis del artículo 3o. constitucional no implica apreciaciones superficiales, que ahora esta iniciativa invita a la reflexión para que establezcamos un orden frente al derecho que el Estado le da a los particulares para el ejercicio de la educación.

Ni siquiera puedo admitir, dicho con todo respeto, la aseveración del señor diputado Alvarez de la Fuente, que establece de alguna manera con carácter de inconstitucional los señalamientos de esta iniciativa, porque refiere de forma especial si se trata del ejercicio o de la concesión a particulares, o de escuelas particulares.

Lo que aquí se trata es simplemente de ratificar la educación como garantía social, conceptuada como una posibilidad que tiene el Estado mexicano de regular y de mantener el ejercicio educativo, porque obviamente no podemos negar que obedecen estas circunstancias a una serie de lineamientos que en el proceso histórico de este país se han dado, ahora podemos establecer con claridad que esta limitante es de orden, que esta limitante es ajustada al precepto constitucional, que este esclarecer la posibilidad del ejercicio a través los particulares, no venga a significar además la imposibilidad de que aquí se diga que este concepto es un concepto de carácter inconstitucional. Habría que analizar a fondo que si existe un pilar fundamental en los principios de este país, y que está establecido en la Constitución General de la República, lo significa el artículo 3o. Constitucional. No solamente porque define, porque estructura y establece el manejo que el Estado pretende hacer de la educación; no solamente porque establece también el derecho de los particulares, sino porque es capaz, a su vez, de invitar a la perfección de este concepto para que la combinación del Estado y los particulares, se puedan hacer el ejercicio pleno de este derecho del pueblo mexicano.

No hay ningún condicionante para los padres de familia, no existe ninguna limitante en ese renglón. Lo que sí establece con toda claridad el artículo 3o. constitucional, y que ahora con la aportación de esta iniciativa sometida a la consideración de ustedes, se quiere precisar, y yo no creo que los particulares tengan algún interés de ejercer una concesión del Estado en forma negativa, sobre todo tratándose del ejercicio de la educación. Yo creo que los particulares en este ejercicio que les otorga el Estado, son los primeros interesados en esclarecerlo, en formalizarlo y llevarlo de tal manera en sentido positivo, el ejercicio de esta concesión se haga nítido y benéfico para los educados.

Yo creo que existe plena congruencia constitucional, dicho con todo respeto para nuestro compañero diputado Alvarez de la Fuente. Creo que la discusión finalmente no vendría hacia el efecto de establecimientos educativos particulares o de ejercicio de una condición por los propios particulares. Yo creo que el propósito esencial de esta iniciativa va al esclarecimiento total de lo que puede ser un ejercicio pleno ejecutado como concesión del Estado, ejercido por particulares en planteles y en centros donde resulte finalmente un beneficiado: el educando.

Creo que este es el sentido y este es el propósito; no podremos venir con esta idea, con este objetivo central de esta iniciativa, no podremos venir a cuestionar limitación de libertades sin constitucionalidad, porque no la existe, porque de suyo el efecto constitucional y pleno, ligado al artículo 3o. constitucional, es el establecimiento de un orden, de un ejercicio no limitativo para los particulares, sino al contrario, ejercicio pleno, pero ajustado a los preceptos, a la filosofía y al espíritu del artículo 3o. constitucional.

Por esa razón, yo creo que en este ánimo, que en esta circunstancia, considerar así la iniciativa bajo este propósito, escuchando con respeto las opiniones de quienes aquí han hecho uso de la palabra, creo, y le solicito, señor Presidente, someta a la consideración de la Asamblea si está ampliamente discutida esta iniciativa en lo general. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado David Orozco Romo.

El C. David Orozco Romo: -Señor Presidente; honorable Asamblea: Venimos a insistir y recalcar en qué está la inconstitucionalidad de la fracción II del artículo 41 del proyecto.

El artículo 3o., que no estamos discutiendo habrá tiempo de hacerlo y no ocultamos que queremos su reforma a través del proceso constitucional ; el artículo 3o. reglamenta la educación que debe establecer el Estado. Y en cuanto a los particulares, los sujeta a autorización cuando es educación primaria, secundaria, normal y añaden un paréntesis, la destinada a obreros y a campesinos.

Por lo tanto, el resto de la educación, que es algo muy amplio, no está sujeta a este artículo. Deja en libertad a los mexicanos, a los gobernados, para que lo realice, porque el proceso educativo es muy amplio y se realiza diariamente en el intercambio que tenemos de conocimiento.

Aquí en el proyecto se establece a los particulares que impartan estudios. Todos los particulares pueden impartir estudios. Entonces se está metiendo en esto que no está

reglamentado por el artículo 3o., que es un principio, pero que se puede abarcar a toda la expresión del pensamiento y a todo el intercambio de ideas.

Pongamos un caso no muy remoto, que el Partido Demócrata Mexicano gane la gubernatura de Guanajuato. En ese caso, ahí el PRI tendrá un instituto de capacitación para resarcirse de la derrota.

El gobernante demócrata, de acuerdo con esta disposición, obligaría al Instituto de Capacitación del PRI a inscribirse y para que sacara su publicidad, tendrá que tener autorización previa del gobernador; es una censura previa.

Entonces está acreditando fehacientemente la inconstitucionalidad en cuanto abarca cosas que no están previstas expresamente por la Constitución, cosa a la que no se han referido, argumentos a los que no se han referido los oradores de la mayoría, que sólo han dicho, no es anticonstitucional, pero no han refutado esta aseveración fundamental.

Y otra forma que dijimos que no era anticonstitucional, era porque establecía facultades para los estados, para los gobiernos de los estados, y dónde están, dónde debe establecerse, en la Constitución, hay un Título Quinto y hay un artículo 124, que dice que todo lo no reservado para la Federación, se entenderá reservado para los estados, y aquí en una ley secundaria, les damos facultades a los estados, que si ya las tienen, deben ser objeto de su propia reglamentación, a través del congreso local.

Y a esta argumentación fundamental a la que nos hemos referido, los que han defendido el proyecto, no se han referido más que marginalmente. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Francisco Javier Alvarez de la Fuente.

El C. Francisco Javier Alvarez de la Fuente: -Gracias, señor Presidente.

Para remarcar una vez más lo ya dicho por mis compañeros demócratas y por su servidor, queremos apuntar lo siguiente, retomando alguno de los párrafos que expusiera la compañera diputada, es para lo siguiente: en este tipo de educación primaria, secundaria, etcétera, los particulares deberán obtener previamente, en todo caso la autorización del poder público, ajustarse al tipo de educación propia del Estado y cumplir los planes y programas oficiales y están sujetos a que el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares, pueda ser retirado discrecionalmente por el Estado, como ya dijimos en la fracción V del artículo 3o.

Pero estas limitaciones que hemos hecho mencionar, y el anterior criterio, queda corroborado si se reflexiona en la naturaleza de la educación, que no se agota en la formal ni en la curricular sino que es un proceso que se registra en toda sociedad y en todos los momentos, y nos decía la compañera: los padres eduquen a sus hijos, los maestros al artesano aprendiz, etcétera, los partidos políticos, como decía el diputado Orozco.

Al pretender reglamentar la educación, no expresamente estipulada en el artículo 3o., es tratar de reglamentar y por tanto limitar la libertad de pensamiento, la libertad de expresión y hasta la libertad de trabajo y las libertades de tipo político.

Por otra parte, debemos considerar que la educación reglamentable es la que expresa y enumera el artículo 3o. y la excepción en toda lógica únicamente abarca lo exceptuado.

De acuerdo con las anteriores consideraciones, cualquier reglamentación que impartan la educación a los particulares, no comprendida en los casos que claramente marca el artículo 3o. constitucional, resulta, vuelvo a recalcar, compañero Canedo, es inconstitucional y ello agrava, por la forma en que está redactado el segundo párrafo del artículo 41, rige según su redacción, a todos los particulares que imparten estudios, o sea, a una gama infinita de posibilidades que es absurdo reglamentar.

En un supuesto no concedido de que ello fuera reglamentario, sin violar la Constitución, imparte también los estudios el que enseña un idioma a otros, como también lo dijo la diputada Julieta, además, en el precepto examinado se establecen atribuciones para los estados a pesar de su carácter de ley secundaria, cuando al establecer facultades para los estados de la Federación corresponde la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, no a una ley secundaria, ya sean en forma expresa, según lo dispuesto en el Título Quinto de la misma, o por eliminación del artículo 124.

Si esta facultad de inscribir y censurar a los particulares no está reservada en nuestra Carta Magna a los estados de la Federación, este precepto resulta inconstitucional doblemente, y si ya lo está, decíamos, resulta repetitivo e inútil. Por otra parte, al establecer que el contenido de la publicidad deba ser autorizado previamente a su difusión, establece una censura previa en directa contradicción en lo dispuesto en los artículo 6o. y 7o. de nuestra Carta Magna, y también como decíamos, restringe la libertad de expresar ideas y de prensa protegidas en dichos preceptos.

También se argüía aquí por la misma compañera, que esos abusos de los particulares que imparten estudios no reconocidos o que no tiene el valor curricular, pues esos pueden ser frenados, corregidos y castigados por las instituciones previstas tanto en el Código Civil, en el Código de Comercio y aun más, en el Código Penal, si es que efectivamente se está cometiendo un fraude; pero esto, pues no debe esta previsto en esta ley que estamos discutiendo, por lo cual continuamos sosteniendo que es inconstitucional.

este artículo 41 de la Ley Federal de Educación. Gracias. (Aplausos.)

El C. Alberto Salgado Salgado: -Pido la palabra para hechos, señor Presidente.

El C. Presidente: -tiene la palabra el ciudadano diputado Alberto Salgado para hechos.

El C. Alberto Salgado Salgado: -Honorable directiva: He escuchado con cierta atención los argumentos que respecto a la inconstitucionalidad de este artículo de manera vehemente han venido a propalar los compañeros del Partido Demócrata Mexicano.

Es pertinente hacer referencia a que el segundo párrafo del artículo 41 de la Ley de Educación únicamente se le hace el agregado si la parte es idéntica a a la que actualmente, antes de aprobarse esa modificación, prevalece en el artículo 41, "Los particulares que impartan estudios sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionar esta circunstancia en su correspondiente documentación y publicidad". Hasta ahí es el mismo texto del artículo anterior, la aparente inconstitucionalidad no se ha dejado sentir en el medio jurídico y tenemos antecedentes de que alguna corporación o particular haya impugnado este artículo, porque en el parecer del señor diputado Orozco Romo el concepto de estudios tenga una connotación especial. Esto es más que nada un aspecto interpretativo y de la pura lectura del artículo 3o. constitucional, que no es un precepto, donde establezca casos de excepción que deban aplicarse de manera específica y que lo que no esté previsto en esos casos de excepción, efectivamente esté fuera del ámbito jurídico.

Si nosotros examinamos el texto del artículo 3o. constitucional, en donde el legislador hace referencia a esta función pública que es la educación, y que la considera como aquella actividad que el Estado proporciona a efecto de que el individuo desarrolle armónicamente sus facultades, y si esta actividad es tan amplia como se reconoce y comprende no sólo la transferencia de conocimientos que es una parte del concepto de educación, está implícito, contenido, el concepto de estudios.

Pensamos que esta aparente sutileza no tiene fuerza jurídica para impugnar de inconstitucional el artículo 41, porque dentro del concepto de educación queda comprendido no sólo la cultura en sí, la adquisición de la técnica, si para adquirir la técnica, la cultura y ramas del saber se requiere el estudio en sí mismo. De esta manera podemos nosotros colegir por simple sentido lógico, que dentro del concepto de educación está imbíbito el de estudios. Pero además, la función educativa que va encaminada al desarrollo de las facultades del ser humano, y que aun cuando no se precisen en qué consisten esas facultades, nosotros entendemos que la educación va enfocada al desarrollo de la inteligencia del ser humano, que dentro de las facultades que también debe desarrollar el ser humano, está la de la solidaridad o correlación social, en donde se advierta el interés por los demás que es otra de las funciones educativas que están contemplada en el artículo 3o. constitucional. Entonces vemos que al individuo no solamente la educación lo va a integrar desde el punto de vista intelectivo, sino también en función de la convivencia social, y aquí nosotros advertimos un concepto de mucha importancia dentro del concepto de educación que es la solidaridad, y es precisamente esta apreciación constitucional lo que tal vez requiera trasladarlos a los planes educativos de manera práctica, la solidaridad, que no es más que el interesarse por los demás, que es la actitud altruista, y que desgraciadamente dentro de la cultura y educación en las escuelas de cualquier rango o cualquier nivel, desde primaria, elemental media superior, no ha habido planes educativos que de manera clara se enfoquen hacia el desarrollo práctico de esta cualidad.

Lo que señala el compañero Alvarez de la Fuente en cuanto a que la segunda parte del referido artículo, establece una censura previa y por consecuencia también infracciona el artículo 6o. y 7o. constitucional, que contiene las garantías de la libre escritura, de la libre expresión. Nosotros podemos referir que esas libertadores están condicionadas y no puede prejuzgarse en el sentido de que haya una censura previa, puesto que el hecho de que los particulares que prestan ese servicio educativo sin concesión de las autoridades educativas, necesariamente deben dar a conocer la publicidad para el efecto de ver si esa publicidad encuadra dentro de los artículo 6o. y 7o. constitucionales, en cuanto a que no ataque a la moral no ataque los derechos de terceros ni tampoco ataque el orden público; no podemos nosotros establecer o reconocer como una censura previa el hecho de que se establezca esta limitante en la publicidad que hagan los particulares que impartan ese servicio, que no está reconocido ni tiene validez oficial.

Pienso que es ir demasiado lejos en cuanto a otorgar facultades, que si bien es cierto, se requieren para que el individuo se proyecto de acuerdo con sus propias tendencias, la Constitución establece esas restricciones que necesariamente deben observarse, porque de otra manera se está colocando al individuo frente al Estado, en una actitud de libertad total, que desafortunadamente en ningún medio social es posible disfrutar. De esta manera, nosotros pensamos que la argumentación, en cuanto a la inconstitucionalidad de ese segundo párrafo del artículo 41, es inoperante. Gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra para hechos, el C. diputado David Orozco Romo.

El C. David Orozco Romo: -Señor Presidente; honorable Asamblea: Para referirme

con respeto a la intervención del diputado Salgado, que es una persona preocupada de las cuestiones jurídicas y que hoy entró al quite de la Comisión.

Primero. Sí, en gran parte estaba, de este artículo 41, en el texto anterior, y la diputada Orta así lo expresó. Pero hoy se pone nuevamente a nuestra consideración este texto. Y vamos a votar y a ratificarlo, y entonces, cuando se paren las manos y digan que sí o en pro, estarán votando por un precepto anticonstitucional.

Segundo. En el artículo 3o., en el párrafo segundo, sí se establece excepción, dice: "Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y grados", y luego viene el adverbio "pero", que establece, gramaticalmente, una excepción a lo anterior. "Pero en lo concerniente a educación primaria, etcétera", se va a regir por lo que establezca el Estado, pero no la educación que no sea primaria, secundaria y normal, cualquiera que sea la filosofía que tengamos sobre la educación, no es reglamentable por el Estado, invade la esfera de libertad de los particulares.

En cuanto a la publicidad, el diputado Salgado dice: no es censura previa, simplemente se ve antes si se cumple o no con los requisitos de los artículos 6o. y 7o. El es muy optimista y cree que nada más van a ser la limitantes de estos artículos las quese van a hacer. Se va a ver todo lo que no le gusta a la Secretaría de Educación Pública, pero sí se va a ver antes, para ver si me gusta o no, aun cuando sean los artículos 6o. y 7o. Eso es censura previa, y le pueden poner otro calificativo según la sensibilidad política, peor eso es censura previa. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado José González Torres para hechos.

El C. José González Torres: -Señor Presidente; señores diputados: Tengo que recoger aquí varias alusiones, afirmaciones, que se han hecho en el curso de este debate, porque creo que la no puntualización de las mismas, está llevando a confusiones que yo califico de graves.

En primer lugar, yo quiero recordar que el artículo 3o. original de la Constitución de 1917, sólo generalizó el laicismo en el primaria, no llegó más adelante. Fue la reforma de 1934 al artículo 3o. por supuesto la que estableció ya el cambio radical del mismo, al consagrar dos cosas; primero, en cuanto al fondo que la educación sería socialista; segundo; que habría un monopolio educativo en favor del Estado. Y ese monopolio se expresó en los términos más rudos que podría expresarse, cuando decía: "Solo el Estado puede enseñar". De tal manera que hay que partir de la reforma, del año 34, para poder entender el alcance del artículo 3o. constitucional, porque la reforma de 1946, gestionada en tiempos del general Ávila Camacho, pero promulgada ya en el siguiente sexenio del licenciado Miguel Alemán, sólo fue de forma, nada más suprimió la palabra "socialista", pero dejó intacto todo su contenido, y en lo que ve al monopolio nada más modificó los términos de la expresión, diciendo: "Todo el mundo puede enseñar, en contraste con lo que había dicho la versión 34, "Sólo el Estado puede enseñar", Con el cambio de expresión, suavizó y distendió en la opinión pública nacional, el concepto que había al respecto. Pero dejó en pie todos los requisitos que había para los particulares pudieran enseñar en las cinco áreas conocidas, primaria, secundaria, normal y cualquier tipo de educación para obreros y campesinos. Es lo que el pueblo llama vulgarmente "dar atole con el dedo", pero quedó sustancialmente la misma disposición en el artículo 3o., ahora vigente.

Así las cosas... entonces yo quiero referirme ahora a lo afirmado por el diputado Canedo, diciendo que no es limitante este artículo 3o. de garantías individuales. Yo pregunto, pues ¿cómo no va hacer limitante este artículo 3o. en que dice fundamentalmente, para lo que concierne a estos tipos, primaria, secundaria, normal, para obreros y campesinos, hay que obtener previamente, en cada caso la autorización expresa del poder público? Hasta ahí pues, podría entenderse. Pero ahora, dicha autorización podrá ser negada o revocada a criterio de la autoridad y contra tales resoluciones no procede juicio ni recurso alguno.

Pues yo quiero que se me diga qué mayor limitación puede haber, si los particulares estamos absolutamente a la discrecionalidad del Estado y no procede ni siquiera el juicio de amparo, que el recurso jurídico orgullo del derecho mexicano para evitar los abusos de autoridad. Y no solo eso sino que además dice : "Los planteles particulares dedicados a la educación, etcétera, deberán ajustarse a los preceptos del artículo 3o. y además deberán cumplir todos los planes y programas oficiales".

¿Parece poco limitante ésa?

Pero todavía no es todo, prosigue. "El Estado podrá retirar discrecionalmente, en cualquier tiempo el reconocimiento de validez oficial a estudios hechos en planteles particulares", ya antes había dicho que contra esa resolución, no procede juicio ni recurso alguno. Imagínese la arbitrariedad, yo estudié en escuela particular secundaria y preparatoria. Entonces, en cualquier momento el Gobierno puede dar un decreto diciendo que los estudios hechos en las escuelas en que yo estudié son nulos y por tanto se retira la base que sustenta el título profesional obtenido por estudios hechos en la Universidad Nacional Autónoma de México, pero se descansaban sobres estudios hechos en escuelas particulares.

Bueno, yo digo, si esto no es limitación a las garantías individuales, entonces yo no entiendo ni qué cosa es una limitantes, ni qué cosa en una garantía constitucional.

Ahora, por otra parte, se ha hablado por aquí también de que es mucha la intervención de escuela particular; se dijo, si no entendí mal, que el 40%, pero yo quiero recordar que es el 5%, y que es sólo el 5% de la educación nacional, precisamente por tanta restricción y por tanta medida que se viene tomando para acabar con la educación particular. Y una de esas medidas es la que se está discutiendo, en donde se pretende reformar la vigente Ley de Educación para extremar las sanciones que se establecen a escuelas particulares por infracción a alguna ley.

Nosotros no estamos en desacuerdo, lo dijimos en la Comisión, con que se sancionen las omisiones o infracciones que cometan establecimientos particulares. Lo que creemos es que no deben multiplicarse y que no deben ser tan severas; eso de que se ponga hasta 500 tantos el salario mínimo. Según las cuentas que se sacaron en la misma Comisión, son de 350 mil pesos. Si para un establecimiento particular, que si hay algunos grandes, hay muchísimos modestos, prácticamente equivale al cierre. De manera que entonces se está abriendo otra fuente para acabar con establecimientos particulares al imponer sanciones tan severas con motivo de cualquier infracción que al respecto se haga.

Ahora, por lo que se hablaba de la congruencia constitucional, bueno, según el punto de referencia, si estamos tomando el artículo 3o. constitucional con todo lo que tiene de restrictivo, con todo lo que tiene de prohibitivo, con todo lo que tiene de limitante, estoy de acuerdo en que esto tiene congruencia constitucional; pero nosotros objetamos y la maestra Guevara lo dijo muy bien, y debo reconocer el ambiente de libertad que la maestra hizo prevalecer en la Comisión de Educación, decía que son razones ideológicas, pues sí los son, pero son razones ideológicas que deben ser consideradas de modo muy especial en una Cámara de Diputados al aprobar una ley. Porque no estamos de acuerdo con este entendido limitantes, totalizante del artículo 3o. no podemos estar de acuerdo con esta serie de pequeñas medidas, lo reconozco, pero pequeñas medidas que van coincidiendo en orden a extremar más esa restricción ya establecida por el artículo 3o.

De manera que reconozco que son razones ideológicas, pero válidas en el momento en que se está discutiendo una ley, porque de lo contrario, entonces no habría razones que oponer a un artículo constitucional ya establecido. Las razones por las cuales se va a modificar un artículo constitucional cualquiera, es por razones ideológicas. De lo contrario, nunca cabría modificar cualquier artículo de una constitución. Se supone que ya estaría absolutamente consagrado, y no debe ser así.

De tal manera que por esa razón, yo insisto, de parte de la diputación de Acción Nacional, en que no deben aprobarse las proposiciones del Ejecutivo y debe dejarse, en consecuencia, la Ley Federal de Educación en los términos en que se encuentra actualmente.

Que si ya son duros, ya se vería el modo de irlos considerando y estudiando, pero de ninguna manera deben extremarse y agravarse como lo pretende la iniciativa que se presenta.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Jorge Canedo Vargas.

En virtud de haber transcurrido el término de cuatro horas señalado por el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Presidencia dispone que se prorrogue la duración de esta sesión hasta desahogar los asuntos en cartera.

El C. Jorge Canedo Vargas: -Con su permiso, señor Presidente; honorable Asamblea: Quisiera en primer término referirme a lo que dijeron el señor diputado David Orozco Roo y el señor diputado Salgado. Y creo que en la Comisión coincidimos plenamente en las apreciaciones en cuanto a que el ejercicio educativo representa esa enorme posibilidad constitucional de que participe el Estado y los particulares.

Creo que ahí no habrá ninguna dificultad en principio para considerar alguna reserva constitucional de la iniciativa que se propone. Es más, podríamos hacernos una pregunta muy importante. ¿hasta qué punto el Estado mexicano podría dejar, al conceder la posibilidad del ejercicio educativo a los particulares, hasta qué punto podría dejar la posibilidad de que estos particulares la ejercieran de tal manera que incluso, defraudaran a los propios educandos?

Creo que la visión estatal, creo que el orden al que nos referíamos en la primera intervención, es precisamente lo que estamos analizando; yo no quisiera pensar en que los diferentes ejercicios de una concesión educativa otorgada por el Estado a los particulares se hicieran de manera anárquica, quien pudiera garantizar a los educandos un aprendizaje, es más con que lo íbamos a reconocer, entonces pues, que los particulares expidan los propios documentos que garantizan una educación y una preparación, pero además, el diputado David Orozco Romo, que merece nuestro respeto, sabe que en el artículo 73 constitucional, en su fracción XXV, dice que el Congreso tiene facultad, "para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica; escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la Nación...", y en su parte última dice: "Los título que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República".

Yo creo que es muy importante que precisemos que la facultad para legislar para

regular y para establecer todas la disposiciones que en esta materia puedan beneficiar o no a los habitantes de este país, es una facultad nuestra constitucional.

Coincidimos, como decía el diputado Orozco Romo, no estamos en la discusión artículo 3o. constitucional, estamos tratando de regular, de esclarecer, lo vuelvo a repetir, las concepciones en cuanto a la concesión para el ejercicio educativo de los particulares. Creo en eso, y qué bueno en cuanto a la participación del diputado Salgado, porque estamos en coincidencia plena respecto a este punto. Pero además, como conclusión de este análisis, pudiéramos llegar a la determinación de que esta iniciativa va al fondo, a establecer una seguridad, una garantía para quien recibe la educación, porque no puede ser que el Estado actuara irresponsablemente para conceder a diestra y siniestra, como ahora tenemos múltiples registros de escuelas particulares, de academias y de muchas instituciones ejercidas por particulares, que en mucho van a resentir y qué bueno, en buena hora, que puedan escarecerle a los hijos de muchas familias que han invertido tiempo y recursos para después darse cuenta que no existía ninguna garantía para ese reconocimiento.

A este orden es al que nos estamos sometiendo, a este orden es al que queremos llegar y de aquí parto para decir con todo respeto al señor diputado González Torres, decirle que dentro de esta circunstancia, si él dice que no existe un respeto y una posibilidad para el ejercicio pleno de las garantías, si por el contrario, nos quiere hacer ver veladamente una posibilidad de ejercicio monopolico por parte del Estado, yo le quiero decir simplemente, precisamente estamos tratando de establecer una circunstancia que nos permita revisar con mucho cuidado, puesto que el tema es muy interesante, cómo se ejerce una concesión en materia educativa, otorgada a los particulares, cómo puede hablarse de un ejercicio monopolico; pudiéramos referirnos hasta a estadísticas; usted, señor diputado, se merece nuestro respeto, dijo aquí que hay una restricción en cuanto a las circunstancias en las escuelas particulares, nosotros sabemos que no es así; si revisamos estadísticamente existen multiplicidad de escuelas particulares, quizá no tantas como nosotros quisiéramos.

Ahora bien, la circunstancia histórica a que usted hizo referencia aquí , del artículo 3o. constitucional, quizá como lo concibieron los Constituyentes de 17, que establece muy concretamente las disposiciones que históricamente este Estado mexicano tiene que aceptar y que admitir, porque no existe ningún estado del mundo bajo la circunstancia de que pueda otorgar gratuitamente el manejo educativo, si no es previsor para mantener un orden y una seguridad para quienes reciben educación, en la experiencia histórica nuestra, en la reforma señalada por ustedes de 46, hay una precisión muy congruente con la disposición del Constituyente de 17, muy congruente, no existe arbitrariedad; la concesión que otorga el Estado -y que aquí podemos concluir en eso-, no es una concesión gratuita, es una concesión que obliga a responsabilidad del particular, manejar la educación, manejar los niños y a jóvenes, manejar el efecto de conciencia significa responsabilidad.

Aquí hemos concluido con ustedes y con las demás opiniones, que este problemas educativo no es un problema exclusivo del Estado, no podría ser un problema exclusivo del Estado. El artículo 3o. no lo señala por ningún lado que sea un problema exclusivo del Estado; lo único que sí dice y se negaría como Estado, que no aceptara la circunstancia de obligar a educar cuando menos elementalmente a la población, porque esto además para nosotros representa, para nosotros la mayoría, para una unificación de pensamiento revolucionario, significa un esfuerzo del pueblo que ganó la Revolución de 1910 y obedece a un proceso histórico. Por eso nos obliga, por eso el Estado tiene interés en educar a los pueblos, porque sabe bien que en la ignorancia prevalece la circunstancia reaccionaria de los más poderosos, esto es cierto. (Aplausos.)

Ahora bien, en esa facultad discrecional del Estado para suspender una concesión, bueno, volvemos a insistir en lo mismo, cómo podríamos otorgar una concesión, cómo podríamos invitar con respecto, con conocimiento de causa los cargos para el ejercicio educativo, si no fuera capaz el Estado de tomar medidas correspondientes cuando aquellos particulares no ejerzan una concesión en los términos de ley, en los términos además, a los cuales se está obligando el Estado mismo . Esto tiene que ser una consecuencia muy lógica, primero, porque admitimos, porque nuestro sistema es así, porque nuestras concepciones, en nuestras concepciones ideológicas, políticas y sociales, participa el Estado y participan los particulares. Tenemos un sistema de economía mixta, nada más que lo mixto no puede ser admisible en una concurrencia de irresponsabilidad de los particulares, como tampoco puede ser admisible en una concurrencia de irresponsabilidad de parte del Estado Se supone que los particulares y el Estado contribuimos ambos para construir lo que puede ser una mejor sociedad o una mala sociedad para el pueblo mexicano. De ahí partimos, creo que no existe la oposición. Lo que debe existir es la concurrencia, la concurrencia de responsabilidad, establecerla con mucha claridad.

Nosotros hemos admitido y no nos da pena decirlo, admitimos fallas, admitimos circunstancia de problemas. Pero admitir fallas y reconocerlas es principio para enmendarlas. Pero no podemos tener el dedo que nos fustigue, de los particulares, eternamente, para decirnos que todas las cosas que hace el Estado mexicano las hace mal, no es cierto. A lo que queremos llamar es a los particulares

para que concurran también en las acciones del Estado y se responsabilicen como tales. Esta es la desproporción en la que no podemos estar de acuerdo e insisto, como dice el diputado David Orozco Romo, no estamos en la discusión del artículo 3o. constitucional, está reservado para su oportunidad, estamos preparados para esa oportunidad; pero en este momento querer esclarecer, querer poner con nitidez cómo se ejerce una concesión educativa de parte de los particulares, y con esto asegurar la educación que se les imparte de diferente tipo, garantizar que ellos piden la posibilidad de que esa educación es benéfica, esto es lo que dice la iniciativa, y creo que en esto somos coincidentes.

Ideológicamente, es obvio, ideológicamente en cuanto al artículo 3o; no coincidimos; no es de ahora, ha sido de mucho tiempo y va a ser de mucho tiempo. Lo que sí decimos es que para su oportunidad., ideológicamente, políticamente, entendidos en lo que representa históricamente el artículo 3o. constitucional, estamos preparados para el debate que ustedes quieran.

Yo le pediría, señor Presidente, que pregunte usted a la Asamblea si se considera suficientemente discutida en lo general esta iniciativa. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra para hechos el C. diputado Mariano López Ramos.

El C. Mariano López Ramos: -Señor Presidente ; honorable Asamblea: Nos parece importante, aunque de manera muy breve, expresar nuestra opinión del Partido Socialista de los Trabajadores en torno a la ley que se está discutiendo, a la iniciativa que se está discutiendo.

Quienes han venido aprovechándose de la ignorancia e incultura de nuestro pueblo; quienes se han venido aprovechando de fanatismo religioso; quienes han venido haciendo negocios en el campo de la enseñanza y mezclan la educación con la religión para lograr sus fines políticos; quienes históricamente han venido atacando el contenido y la orientación de artículo 3o. constitucional, quieren en realidad que la niñez, la juventud y todo el pueblo sigan en la ignorancia y alejados del conocimiento y de la explicación científica. Y cada vez que levantan sus voces de protesta es, sin lugar a dudas, para defender sus mezquinos intereses.

Todos los que se oponen a una educación verdaderamente popular, democrática, nacionalista, de contenido científico y por lo tanto, ajena a cualquier creencia religiosa, son cómplices, junto con la clase que representan, del monstruoso crimen que se ha cometido con millones de mexicanos que aún no traspasan las tinieblas de la ignorancia, y siguen sumidos en el analfabetismo.

Quienes gritan y claman por una supuesta libertad de educación, o sea los mercaderes de la enseñanza, debieran, si les preocupara realmente el pueblo y su educación, orientar sus cuantiosos recursos económicos mal habidos, para alfabetizar a tantos compatriotas que aún no saben leer y escribir. Por lo menos debieran de bajar, en sus colegios, las elevadísimas cuotas que impiden que gente humilde, gente trabajadora, vaya a estudiar a esos centros de enseñanza.

La educación tiene su sitio histórico , y jurídicamente bien definido, a través de las luchas de nuestro pueblo, es decir, en la escuela. La religión también tiene su histórico y constitucionalmente definido, es decir, en las iglesias y templos, y si no fuera suficiente, en los propios hogares de las familias.

Quienes de lengua dicen defender los derechos de la educación de nuestro pueblo, en realidad buscan por todos los medios perpetuar la enajenación política y la confusión ideológica de los trabajadores y de nuestro pueblo. En nuestra opinión , el Estado mexicano debe hacer respetar, de manera irrestricta, el artículo 3o. constitucional, y asumir la responsabilidad al 100% de la educación primaria, secundaria y normal, como lo establece la Constitución, y sancionar a tantos sacerdotes, monjas y ministros de otros cultos que violan constantemente nuestra Constitución.

En el fondo de esta discusión, no está en realidad la discusión a los artículos de la Ley Federal de Educación, sino el artículo 3o. constitucional, al que tanto atacan las fuerzas y los representantes de la derecha. Es natural, por lo tanto, la posición de los señores panistas, porque saben que en la medida en que tengan influencia y control de la educación, van a ir logrando sus objetivos. Por eso, estando viviendo en gran medida en el libertinaje en la enseñanza, insisten en tener más y más y no van a descansar en sus ataques al artículo 3o. constitucional.

Pero no hay ninguna duda que nuestro pueblo que tiene memoria histórica, tendrá la conciencia suficiente para frenar esas ofensivas. Muchas Gracias.

El C. David Orozco Romo: -Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado David Orozco Romo para hechos.

El C. David Orozco Romo: -Señor Presidente; honorable Asamblea: Distraigo su atención porque el diputado Canedo trajo a colación un nuevo texto constitucional que es la fracción XXV del artículo 73. No discutí yo que este Congreso tuviera facultad para legislar en materia de educación, pero el diputado Canedo mencionó "la cuerda en casa del ahorcado", porque la fracción XXV nos dice que, tiene facultades para establecer, organizar y sostener en toda la República, escuelas rurales, elementales, etcétera, y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la Nación, legislar sobre todo lo que se refiere a dichas instituciones;

legislar a las instituciones que establezcan, organicen y sostengan.

¿Por qué "la cuerda en la casa del ahorcado"? Porque esa es una facultad que tenemos de la cual no hemos usado, de la cual hemos suspendido su ejercicio, y que daría lugar a otra intervención; y me decía el diputado León Ozuna, aquí se puede hacer una bonita proposición para que el Congreso reasuma sus funciones.

Pero no se trata de eso, se trata en la discusión de la fracción II del artículo 41, de los particulares que hacen estudios sin validez oficial y que, por lo tanto, no están sujetos a concesión. Están sujetos a concesión los que sí hacen estudios de validez oficial, y que yo sepa el Congreso no tiene academias de corte, ni escuelas técnicas, ni institutos de idiomas a los cuales se pudiera referir la fracción II del artículo 41, que ya vimos que resulta inconstitucional, y resulta inconstitucional, aun citando la fracción XXV del artículo 73, y resaltar que los que digan sí, van a votar por una disposición anticonstitucional. Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente -Tiene la palabra para hechos el ciudadano diputado José González Torres.

El C. José González Torres: -Señor Presidente; señores diputados: Para la misma persona que interviene resulta molesto insistir, después de mucho tiempo de debate y cuando ya la situación se va tornando tediosa, y llegamos a esta hora que resulta especialmente tediosa. Pero hay puntos que no se pueden pasar por alto y que se tienen que puntualizar.

Yo voy a referirme muy especialmente a la intervención del señor diputado Canedo para puntualizar cuatro cosas, lo más brevemente que me sea posible.

El introdujo en el debate puntos que yo entiendo que no hay que discutir, y naturalmente eso lo ofusca, lo dificulta. Nadie discute, creo yo, que la generalidad, la obligatoriedad y la gratuidad de la enseñanza primaria deban establecerse en México, eso nadie lo discute. Está bien que así debe ser.

En todo caso lo que se discute es que el Estado establezca el monopolio, nada más yo, y que si hago la concesión a los particulares, concesión en el ejercicio de un derecho, ponga tantas condiciones que prácticamente lo hace nugatorio.

En eso, pues, estamos todos de acuerdo.

Lo segundo, que no se discute el artículo 3o. sino una reforma a la Ley Educativa, que naturalmente está relacionada con el artículo 3o. Es cierto, pero el Partido Acción Nacional se opone a esta reforma por la razón que ya se ha dado aquí con toda claridad, es que la reforma que establece es para dificultar más el funcionamiento de escuelas particulares. Y por esa razón nosotros nos oponemos porque entonces el artículo 3o. va a tener un alcance mayor todavía. El artículo 3o. tiene el alcance de primaria, secundaria, normal y cualquier tipo de escuelas para obreros, campesinos, nada más.

Entonces, esta reforma tiende a dificultar el funcionamiento de enseñanzas que no corresponden a esa área, sino a áreas distintas. Entonces, en cuanto que es más restrictivo, nos oponemos, pues, a esa reforma.

Decía también el diputado Canedo que no soporta él y su grupo el que constantemente se le esté señalando por los particulares al Estado, que todo está mal. Vamos a dejarlo. Yo quiero tomar solamente el área educativa . No soy yo, son las más altas autoridades de la República, el propio Presidente de ella, y el secretario de Educación Pública los que hallan reconocido datos como éstos. Y ustedes juzguen si la cosa está bien o mal: el Presidente de la República desde el Plan Nacional de Desarrollo ha reconocido las eficiencias de la educación. Y en otros documentos se reconoce que el nivel educativo de México, fíjense, tercero de primaria, el secretario de Educación Pública, más hábil, no se lo niego, dijo que no llegaba a quinto de primaria, con eso logró darle un jaloncito; pero no llegar a quinto, ¿qué significa? Pues, que está en cuarto, bueno, muy bien, el pleito ya está en el cuarto; porque el Presidente de la República reconoce que es tercero, el secretario de Educación quiere insinuar, pues, que está en cuarto, bueno, lo dejamos en tres y medio, y si quieren se los dejo en cuarto.

¿Les parece muy alto el nivel educativo del pueblo mexicano, cuarto año de primaria?

Ahora, yo creo que si esto no es indicio de que la cosa está mal en México, yo no sé cuál sería el termómetro adecuado para que podamos nosotros hacer una apreciación de la educación.

Entonces, en materia educativa esto está mal. El dice, sí, se reconoce, y eso es indicio de que se quiere corregir, bueno, pero vamos a tomar medidas adecuadas para tratar de corregir eso.

Ahora, mi última observación: dijo el señor diputado Canedo que ellos están preparados para discutir lo del artículo 3o. Bueno, pues, ¿qué esperamos, señores diputados del PRI, qué esperamos? Lo estamos pidiendo, No dan la impresión de estar muy preparados ni de tener muchas ganas de hacerlo. Entonces yo hago la petición formal desde esta tribuna.

Hay una iniciativa, presentada por el Partido Acción Nacional desde la diputación anterior, la LI, y yo pido formalmente a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que lo dictamine para que estudiemos a fondo este grave problema del pueblo mexicano, el del nivel educativo, para cuya elevación es un obstáculo muy serio el monopolio en materia educativa.

Y, diputado Canedo, yo insinué lo del monopolio. Lo dije categóricamente, pero si alguien no lo oyó, lo repito: ¡en México existe monopolio educativo! no lo insinué, lo afirmé categóricamente.

Entonces yo pido que veamos esto con ánimo patriota. Vamos a estudiarlo a fondo. No es cuestión de repetir en lugares comunes

de la historia que ya pasó. Vamos a ver, encontrar el procedimiento expedido para que haya mucha educación, muchas escuelas, que enseñen inglés, francés, taquigrafía, mecanografía, gramática, lo que sea es bueno. Cualquier cosa que se enseñe en México, cualquier conocimiento que adquiera el mexicano es bueno. Y vamos a facilitar esto y no a dificultarlo. Y vamos, pues, a entrar a fondo, a discutir el artículo 3o., con todas sus implicaciones, para que logremos, por lo menos empezar a abrir el camino.

Yo no crean que me hago la ilusión de que se va a reformar esto y a mi satisfacción. De ninguna manera. Pero por lo menos que se vea en evidencia, como la que estoy mencionando, que son el obstáculo para que la educación en México sea tan bajita, y no dicha por el Comité del Partido Acción Nacional sino por el Presidente de la República y por el secretario de Educación Pública.

El C. Presidente: -Tiene la palabra la C. diputada Julieta Guevara, por la Comisión.

La C. Julieta Guevara Bautista: -Ciudadano Presidente; compañeros diputados: En mi intervención pasada, creí que había quedado claro el fundamento de esta iniciativa en la Constitución, lo reitero.

El fundamento constitucional se encuentra en la fracción II del artículo 3o. constitucional, donde dice: "Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y grados". Queda a este Congreso la función reglamentaria de este artículo 3o., y lo único que deseamos, quienes estamos a favor de esta iniciativa, es que estos particulares se ostenten en su publicidad como lo que son, planteles no incorporados.

También los diputados del Partido Demócrata Mexicano argüían que no era constitucional que se le diera esta atribución para inscribir a este tipo de planteles en la Ley Federal de Educación.

La fracción XXV del artículo 73 constitucional, diputado Orozco, se refiere claramente a la facultad que tiene este Congreso de legislar para distribuir la función educativa, entre la Federación, los estados y los municipios, por lo tanto, si existe fundamento constitucional para esta reforma.

Respecto a lo que decía el diputado González Torres, de que estas normas restringen a los particulares, sí, señor diputado, y los diputados de la mayoría pensamos que las leyes deben ser tan restrictivas, como sea necesario, restringir el abuso de algunos y digo algunos, para proteger a los muchos, así entendemos en mi partido, esta forma de proteger a la ciudadanía.

Cuando me refería, diputado González Torres, a esas diferencias ideológicas entre su partido y el nuestro, también quise diferenciar nuestras discrepancias entre aquellas que son resultado de nuestras diferencias ideológicas, de aquellas discrepancias que se dan por falta de conocimiento o de estudio.

Todos sabemos que las ideologías son una forma de concebir al mundo como funciona y también que tiene una parte valorativa en donde expresamos cómo es que quisiéramos que fuera esa sociedad.

Indudablemente hay diferencias de este tipo entre ustedes y nosotros, que una democracia plural como la nuestra hace que prevalezca el respeto a las ideologías expedidas por la minoría. La ideología del artículo 3o. constitucional, mi partido y otros la hacemos nuestra. Es la forma de concebir, es la forma como queremos que sea la educación y le damos al Estado ese papel titular, esa facultad para que reglamente, para que la educación que imparten los particulares sea asumida en la forma en que nuestra Carta Magna lo dice y la Ley Federal de Educación.

Esa ideología que sostiene la mayoría del pueblo mexicano y que se refleja aquí en las votaciones, ésa a la que yo me refería, como esas discrepancias ideológicas. Sabemos que la discusión del artículo 3o. constitucional será muy difícil que nos pongamos de acuerdo, porque es otra forma de concebir cómo deseamos esa formación del hombre, del ciudadano y como deseamos que sea esa sociedad del futuro. Solamente a eso quiero referir mi intervención y que tiene bases constitucionales en lo referente a la ideología, esto se expresará en la votación.

Pido al señor Presidente que si se considera suficientemente discutido este punto, se someta a votación la iniciativa. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido: -Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Suficientemente discutido, señor Presidente.

El C. Presidente: -Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular..

Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

EL C. secretario Miguel Angel Morado Garrido: -Se emitieron 317 votos en pro y 50 en contra.

El C. Presidente: -Aprobados en lo general, y en lo particular los artículos no impugnados, por 317 votos.

Esta Presidencia informa que han sido reservados para su discusión los artículos 37 y 41.

Se abre el registro de oradores...

Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra de los artículos 37 y 41, el diputado Rodolfo Peña, y para hablar en pro, la diputada Julieta Guevara.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Rodolfo Peña.

El C. Rodolfo Peña Farber: -Muy buenas tardes, señores diputados. Voy primero a pedir la venia del señor Presidente, para tratar los dos artículos que he apartado, en una sola intervención.

El C. Presidente: -Adelante, señor diputado.

El C. Rodolfo Peña Farber: - Gracias. Vamos a comenzar con el artículo 37, fracción IV. Voy a hacer primero una muy ligera semblanza de en qué consiste. Este artículo establece "el procedimiento a seguir por la autoridad educativa cuando sea presumible que procede la revocación a que se refiere el artículo 36, en relación con las autorizaciones otorgadas a particulares para impartir primaria, secundaria y normal y la de cualquier tipo o grado destinada a obreros y campesinos, cuando contravengan lo dispuesto en el artículo 3o. constitucional o incumplan algunas de las obligaciones que establece el artículo 35 de esta Ley Federal de Educación", esa es la síntesis de ese artículo.

La fracción IV es el último paso de ese procedimiento, que culmina con una resolución de la autoridad con cualquiera de las tres opciones siguientes: primera, declarar la inexistencia de la infracción; segunda, otorgar un plazo para cumplir la obligación, y tercera, revocar la autorización. Este es el texto vigente. La reforma consiste en aumentar una opción más, que dice en los considerandos, "permite no tener que llegar a la medida extrema de la revocación o retiro del reconocimiento de validez oficial". Esa nueva opción que proponen en las reformas, es la multa, de monto variable según la gravedad del caso, con las bases que establece el artículo 69, que también es reformado en el proyecto. Además, se propone adicionar un párrafo final a esta fracción IV que declara no excluyente de la multa el otorgamiento del plazo para la regularización.

Tal parece que el prurito del control de la educación lleva al Ejecutivo a la búsqueda compulsiva lleva al Ejecutivo a la búsqueda compulsiva de la mejora de los métodos de castigo. Suavizando en los considerandos su apariencia, con aquello de no llegar a la medida extrema de revocar la autorización o retirar el reconocimiento de validez oficial, lo que se logra con una simple multa. Así, parecen brindar a los particulares una ventaja, casi más bien parecen querer hacerles un favor. Ya que suponen que los particulares hayan cometido infracciones que revistan cierto grado de gravedad. Es con esa mentalidad de superioridad, con la que el Ejecutivo se conecta a sí mismo en un plano de ventaja, como se les hace fácil encontrar motivos de falta de los ciudadanos, lo que agrada mucho al Ejecutivo, porque eso les da la fuerza y el control que buscan. Son dispensadores de mercedes o prodigadores de castigo. Hasta lo más baladí llega a parecer una gran falta, como es evidente en este caso, en que el simple hecho de no cumplir requisitos de funcionamiento o de no sujetarse a los inconcebibles ajustes que señala el artículo 5o. de esta misma ley, plenos todos ellos de intangibles y de subjetividad, y ahí van.

Pregunto a la Asamblea, ¿con qué se miden o se prueban el desarrollo armónico de la personalidad; la reacción de la conciencia, de la nacionalidad; el sentido de la convivencia internacional; el respeto a las instituciones nacionales; el enriquecimiento de la cultura con impulso creador; la conciencia de la necesidad del aprovechamiento de los recursos naturales; la conciencia sobre la planeación familiar; la vigorización de los hábitos intelectuales que permiten el análisis objetivo de la realidad, el logro que las experiencias y conocimientos obtenidos se integren de tal modo que se armonicen tradición e innovación, etcétera?, todavía había más, aunque no lo crean, en el artículo 3o.

¡Qué fácil, señores diputados, para cualquier inspector de educación, declarar o presumir, porque presumir es la palabra que está en el articulado, la escuela no cumple con todo eso que acabo de leer, para que inicie entonces procedimiento en que el infractor de gravedad quedará a merced de la autoridad sin recurso alguno de defensa ante la resolución que a su juicio dicte!

Si sabemos que las escuelas oficiales, carecen generalmente de capacidad para cumplir con los requisitos de esta ley y de la Constitución misma, estando bajo el mando directo de la autoridad que castiga a los particulares, sabiendo también que dichas escuelas oficiales funcionan sin ser revocadas sus autorizaciones y sin multas, cargadas de deficiencias reales y evidentes, no solamente presumibles, se produce con esta reglamentación la grave violación al principio de derecho de generalidad.

Por otra parte, si el mal llamado Estado, o en su verdadera acepción, el Ejecutivo, maneja de manera distinta las escuelas oficiales, y para evitar que se les demuestre que rompen el principio de generalidad nos argumentaren que están bajo un régimen jurídico diferente, que impide la aplicación de ese principio, entonces queda el tal Estado mucho más mal parado, porque entonces les aplicaremos la acusación de que el Ejecutivo es juez y parte en el asunto educativo, lo que se prueba con el afán de obstaculizar a los

particulares que para este fin son vistos por el Ejecutivo como enemigos, como contraparte, en ese sentido digo enemigos, como contrapartes.

La no aplicación de la ley a las escuelas oficiales demuestra, una de dos cosas: una, que se rompa el principio de generalidad, o dos, que el Gobierno es juez y parte. La explicación anterior es para demostrar que siendo el Ejecutivo violador de las leyes que debe cumplir y faltando a un deber de hacer versos partidos, lo han corroborado aquí, carece de autoridad moral para hacerlas cumplir sólo en parte, y a ciertas personas, lo que por otro lado, también le hace caer en parcialidad, o sea, que viola el principio de derecho de generalidad.

La fracción II del artículo 3o. constitucional dice que a los particulares "les puede ser negada o renovada la autorización para impartir educación, sin derecho o recurso alguno". La fracción V dice que "el Estado podrá discrecionalmente retirar en cualquier tiempo el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares". Lo que no dice la Constitución es que se pueda multar a los particulares. Así que la reforma al artículo 37 de la Ley Federal de Educación va más allá de la Constitución. Dado que el artículo 3o. constitucional no autoriza la multa, la reforma al artículo 37, fracción IV, de la Ley Federal de Educación es inconstitucional. Es congruente la omisión de la multa en el artículo 3o. de la Constitución, con la inconveniencia de imponer multas que serían una carga más sobre los particulares que se echan sobre los hombros la tarea de educar.

El artículo 3o., con todas las limitaciones que impone a los particulares, establece el derecho a educar como una garantía constitucional, con la reforma que se propone de introducir la multa como una opción, se sale del supuesto del artículo 36 y que confirma el artículo 37 en su primer párrafo, que se refieren, ambos, exclusiva y específicamente a la revocación.

Así pues, con la reforma se introduce la incongruencia, dentro de un mismo articulado. La desproporción que salta a la vista entre el trato a los particulares y la que la autoridad se brinda a sí misma, nos lleva a la tipificación del abuso de autoridad, además de la responsabilidad que emana del incumplimiento de sus funciones.

La reforma al artículo 37, fracción IV, no debe ser aprobada, porque la misma Ley de Educación, el artículo 3o. constitucional y la actitud práctica del Ejecutivo, plagado todo ese contexto de anomalías jurídicas y de ilegitimidad, conducen al ciudadano a la indefensión. Quiero poner mucho énfasis en eso, ¡se conduce al ciudadano a la indefensión!

El párrafo final que se pretende adicionar y que permite la autoridad imponer la multa, aunque se otorgue plazo al infractor para su regularización, nulifica parte de la supuesta ventaja que se estaba pretendiendo, conceder porque con esto se afianza el espíritu punitivo, no positivo de estas reformas.

Por todo lo anterior, señores diputados, terminan con ello mis argumentos sobre el artículo 37, fracción IV, que pido las rechacen.

Me refiero ahora al artículo 41, párrafo segundo, que se está queriendo reformar. El segundo párrafo vigente se refiere a que los particulares que imparten estudios, sin reconocimiento de validez oficial, deben expresar esta circunstancia en su documentación y publicidad y registrarse en la Secretaría.

Ahora, la reforma intenta que la publicidad de los planteles que estén en el caso, deberá ser autorizada, previamente a su difusión por la Secretaría o por los gobiernos de los estados. Eso se basa en el supuesto de que se intenta proteger a la ciudadanía contra un engaño, asumiendo que el reconocimiento de la validez es garantía de eficacia y de calidad de estudios y que por lo contrario, el no reconocimiento, implica insuficiencia o mala calidad de estudios. Yo creo que la intención es clara. Pero en realidad, el obtenerse el reconocimiento de validez no se funda, necesariamente, en tales cualidades.

No es tal garantía ni, por otro lado, la carencia que ese reconocimiento implica mala calidad tampoco.

Es por tanto, y a la vista de la realidad que conocemos, más inconveniente tener el reconocimiento, las escuelas que no sirven, que son muchas y más aún las oficiales de la propia Secretaría.

La calidad se ve, se entiende y se pondera certificada y reconocida, o no certificada ni reconocida por la Secretaría. El reconocimiento de validez, es especialmente superfluo y hasta contraproducente cuando el que lo otorga carece de autoridad moral, como carece la Secretaría. Estas tácticas son intimidatorias y cierran el cerco al esfuerzo individual. Son ilegítimas y perjudican a la Nación: entre más trabas, menos escuelas y más rezago educativo. Menos libertad, y esto es muy importante, más recargos al erario, ya de suyo quebrado; más impuestos y más inflación. El requisito del registro, que ahora quieren cambiar por inscripción, no alivia la confusión que seguirá existiendo, porque es un acto oficial de reconocimiento implícito. Implícito, aunque no se le llame así. La "reglamentatis" fatal que pretende inducir y regular todos nuestros actos, convierte el aparato legislativo en una torre de Babel. Por eso ya los ciudadanos no entienden sus propias leyes; los técnicos especialistas están también perdiendo la pista, y los más confusos de todos son los burócratas que las aplican, lo cual redunda en más abuso, muchas veces.

Cambiar una palabra por otra es inútil, porque existen otros registros en la misma área educativa, como lo reconocen en la iniciativa. Y como decíamos, inscribir o registrar

implícitamente es reconocer. Es inevitable la sensación sicológica de que se está registrado y por lo tanto que se ha cumplido el requisito oficial, lo cual es verdad, puesto que la Secretaría está inscribiendo o registrando a la entidad a la que dicen no reconocer, pero que automáticamente está reconocida al registrarse.

La aclaración o diferenciación de que se refiere al reconocimiento de validez de estudios, no al reconocimiento de la existencia física del plantel, es una sutileza que en la práctica y especialmente por la desinformación colectiva, o sea, por la realidad de la vida de las gentes, y por lo complejidad de los requisitos oficiales, aunado a la actitud intimidante de los funcionarios de todos niveles, conduce al deseo de evitar el cumplimiento de los reglamentos o a una auténtica confusión en los particulares, que esconde malevolencia, que tiene una connotación peyorativa, esos particulares son ciudadanos mexicanos.

Qué desatinado es querer reglamentar a escuelas a las que se impone obligaciones y no se conceden derechos. Sométeme tu documentación, sométeme tu publicidad, inscríbete, pero no te reconozco la validez de los estudios que impartes. La injerencia que el artículo 3o. da al Gobierno, es sólo respecto de las escuelas incorporadas. La Ley Federal de Educación, reglamentaria de ese artículo 3o. constitucional, no puede ir más allá imponiendo obligaciones a las escuelas no incorporadas.

No quieren dar validez a lo que se reconoce, y eso es malevolencia. En el fondo, el Ejecutivo no tiene derecho a coartar la operación de una escuela, puesto que es un trabajo lícito. Si lo hace, viola el artículo 5o. de la Constitución, aunque se contradiga esto con el párrafo posterior del propio artículo 5o. de la Constitución, que se refiere a una resolución gubernativa, porque rompe con el espíritu constitucional y ridiculiza a la propia Ley Suprema.

Desde ahí se generan los elementos de la confusión de la Torre de Babel a la que me refería. Están en la propia Constitución. El juego del sí, pero no; sí esto, pero siempre no.

Dice la iniciativa que el contenido de la publicidad de planteles, a los que no se les haya reconocido la validez oficial, deberá ser autorizado por la Secretaría. ¡Caramba, es más burocracia, más gastos, más inflación!

Absurda intención es dar más poder a una secretaría, enconada como pocas, violadora de todas las normas que debe cumplir y hacer cumplir; ineficiente y monopolista, para que acabe de triturar a los pocos mexicanos que ligan su porvenir a la promoción de la educación.

Aquí se han vertido sobre ese algunos conceptos muy negativos, sobre el hecho de vivir el negocio de la educación. En realidad, es muy mal negocio la educación. Yo no trabajo en ella, pero sé que es muy costosa y que tienen muchas dificultades para sobrevivir las escuelas particulares.

Para colmo, la potestad a los estados para inscribir, escuelas y revisar publicidad, tras de la indefinición que conlleva la palabra "podrán" que ahí se usa en el texto de la iniciativa, técnicamente desaconsejable es también por la confusión de listas, y aparte estaría la lista federal, aparte de esa confusión de lista está el mal uso que pudieran hacer los gobernadores de esas facultades y como disfraz la apariencia de la descentralización.

La soberanía estatal, por otro lado, se ve burlada, puesto que al admitir que se da esa facultad a los estados, se admite automáticamente que no la tenía, esa facultad ni ninguna otra, al especificarse que es esa facultad la que están concediendo, en materia educativa, me refiero: una ley federal no tiene jurisdicción ni siquiera permisiva sobre los estados.

Señores, por todas esas razones que yo suplico mediten, les pido a ustedes que desechen también el artículo 41, en la reforma que se está aquí pidiendo. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el diputado Arnaldo Córdova para hechos.

El C. Arnaldo Córdova: -Señor Presidente: señoras y señores diputados: Hace unos días, en esta misma tribuna, el señor diputado Juan José Hinojosa decía lo detestable que es ver al mundo dividido entre buenos y malos y yo estuve de acuerdo con las apreciaciones del señor diputado Hinojosa, es una actitud que nosotros, pese a que esto lo ha dicho un diputado del PAN, muy a menudo encontramos precisamente en las argumentaciones de los diputados del PAN.

Aquí se parte de una posición precisamente dogmática, lo bueno es la escuela privada, lo malo es la escuela pública. Hay retraso en nuestros niveles educativos y en la impartición de la enseñanza, porque predomina en nuestro ambiente social la escuela pública. Bueno, yo quiero aquí hacer referencia a las muchas investigaciones que se han estado haciendo en los últimos decenios, en torno a los niveles educativos, de nuestra escuela pública y privada. Casi siempre los estudios han demostrado que hay más escuelas privadas malas que escuelas públicas malas.

Hay, efectivamente, un retraso en nuestros niveles educativos, pero esto es algo que comparten, sea la escuela pública que la escuela privada. La escuela privada, particularmente en los niveles medios y superiores, es una mala escuela. Está probado. Se estudia mal y no es sólo porque se sigan programas que se les imponen, sino por un hecho que es particular de las escuelas privadas: la carencia de personal académico capacitado.

Hay, desde luego, un punto que es parte de la discusión y a él me quería referir, y que tiene que ver con esta posición dogmática que se está teniendo en esta discusión.

Esto tiene que ver con la necesidad de control que el Estado, las instituciones públicas, tienen sobre la educación en todos sus aspectos.

Desde luego los inspectores educativos tienen que cubrir la vigilancia, no sólo del buen funcionamiento de la escuela pública, sino también de la privada y hay una necesidad de control también, que implica llevar la estadística, llevar el conteo de aquellos que son los institutos de enseñanza que existen en el país.

Estas investigaciones, a las que me refería hace unos minutos, también están sacando a la luz un hecho que desmiente por lo menos las últimas palabras del señor diputado Peña: la educación sí es un negocio y es tan buen negocio que hay miles de escuelas privadas que no se han registrado, que no cuentan absolutamente con ningún control por parte del Estado y que florecen como hongos por todas partes. Hay miles de ellas únicamente en el Distrito Federal en todos los niveles.

Son, desde luego, los problemas institucionales de la educación los que aquí cuentan, aparte de la falta de control total de la impartición de la enseñanza; por ejemplo, muchas de estas escuelas no están en capacidad legal para otorgar los títulos o los diplomas que acrediten la enseñanza que se ha llevado a cabo en estos institutos, en estos planteles privados, que no tienen absolutamente ningún control encima.

Yo creo que esto es suficiente para demostrar lo exagerado y muchas veces lo falso de las argumentaciones que aquí se traen a colación para justificar éstos que son controles legales perfectamente constitucionales; la Constitución, señor diputado Peña, no tiene por qué señalar la imposición de multas como una forma legal de castigo; es algo que se deja siempre a la legislación reglamentaria; dicho esto todo entre paréntesis, la educación necesita de un control mínimo legal, así sea sólo para saber cómo andamos en este campo y los controles que cada vez se establecen a través de la legislación reglamentaria, son siempre tal laxos, son siempre tan insuficientes, de hecho, que la escuela privada no puede lamentarse, no puede quejarse de que carezca de libertad para llevar a cabo su trabajo: es todo lo contrario. Desde mi partido se ha hecho hincapié, muchas veces, en que una cosa es la letra de la Constitución y de la legislación reglamentaria, y otra cosa es la forma en que estos ordenamientos se aplican. Para nosotros siempre se han aplicado mal y siempre se han aplicado favoreciendo a la escuela privada. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra la ciudadana diputada Julieta Guevara Bautista.

La C. Julieta Guevara Bautista: -Ciudadano Presidente y compañeros diputados: Cuando escuchaba yo al diputado Peña, sus argumentaciones, me preguntaba en realidad a quién estaba defendiendo, porque él quiere hacerla aparecer como una defensa a las escuelas particulares y no es así. ¿A quién defiende, señor diputado? ¿a las escuelas particulares que cumplen con las normas? ellas no tienen de qué preocuparse; ¿a las escuelas que no cumplen con las normas? ¿A los propietarios de las escuelas que no cumplen esas normas, en lugar de defender a los usuarios de estos servicios? Yo creo que esta iniciativa de ley protege a las escuelas particulares que funcionan en forma adecuada, porque muchas veces hemos escuchado el reclamo de esas escuelas diciendo que ellas que funcionan bien, que ellas que cumplen con las normas tienen que cargar con el desprestigio de aquellas escuelas que no lo hacen. Yo le pido, señor diputado, que piense usted en la diferencia de defender a la escuela particular que haciendo uso de un derecho otorgado por la Constitución se ajusta a las normas que fija el poder público y a aquellas que tienen otros intereses muy diferentes a impartir este servicio educativo.

Cuando dije que reitero mi posición de que había discrepancias ideológicas y otras que eran producto de la falta de análisis y de estudio, creo que ante algunos de los argumentos señalados por el diputado Peña, nos encontramos en este segundo caso. Es falta de análisis de la ley. A él le parece que esta modificación al término de "registro", no tiene ningún significado positivo. Quizá sea necesario reiterar este argumento, ante ustedes; anteriormente la ley decía que los colegios, que los planteles a los particulares, que impartían este tipo de enseñanza sin reconocimiento de validez oficial, tenían la obligación de registrarse en la Secretaría de Educación Pública, ¿a qué se prestaba esto?, a que los particulares pusieran en su propaganda escuela tal o academia tal, registrada en la Secretaría de Educación Pública. Los usuarios o posibles usuarios, confundían este registro con la incorporación; pensaban que eran estudios por los cuales la Secretaría de Educación Pública iba a autorizar se otorgara un certificado, un título o un diploma, pero con reconocimiento de validez oficial.

Es trascendente la medida, porque actualmente la ley en esta iniciativa que estamos planteando, dice que este tipo de planteles deberán inscribirse en el listado de planteles no incorporados a la Secretaría de Educación Pública, lo cual hará que de mala fe o de buena fe, ya no pueda utilizarse el nombre de "registrado en la Secretaría de Educación Pública", sino que en su publicidad tendrán que hacer explícito que son planteles "no incorporados a la Secretaría de Educación Pública".

Creo que esto, si nosotros analizamos la cantidad de mexicanos que se verán beneficiados con esto al no ser engañados por estos particulares, creo que la medida sí reviste importancia y, repito no perjudica a planteles en este caso sin reconocimiento oficial,

no perjudica a los que den ese tipo de enseñanza de buena fe, por eso reitero mi pregunta, ¿no es una defensa, señor diputado, a la escuela particular?, la escuela particular tiene sus derechos consagrados en la Constitución; es para evitar el mal funcionamiento de estas escuelas, para evitar una publicidad que engañe al posible usuario.

Creo, como lo ha dicho el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, que no debemos enmascarar nuestras posiciones con ataques a la escuela pública; sabemos que tiene fallas, sabemos que la calidad debe de elevarse, eso está en los programas educativos actuales y lucharemos por eso, pero los improperios que se han lanzado aquí, no solamente a la escuela privada, sino a las instituciones como a la Secretaría de Educación Pública, yo creo que solamente un entusiasmo exacerbado y hasta diría yo un fanatismo, es lo que puede conducir a esta posición.

No quisiera, señores diputados, ser reiterativa en los argumentos que ya expuse en mi intervención pasada, por lo tanto yo rogaría al C. Presidente que si lo considera oportuno someta a votación el proyecto de reformas; y adiciones a la Ley Federal de Educación. Muchas Gracias.

El C. Presidente: -Consulte la Secretaría a la Asamblea si los artículos 37 y 41 se encuentran suficientemente discutidos.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: -Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta si se encuentran suficientemente discutidos los artículos 1o. y 2o. del proyecto de decreto que contienen los artículos 37 y 41... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El C. Presidente: -Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 1o. y 2o. del proyecto de decreto, en sus términos.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: -Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

El C. Presidente: -Suplico a la Secretaría que la votación de los artículos los haga por separado.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: - Se va a proceder a recoger entonces, la votación nominal del artículo 37, en sus términos.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 314 votos en pro y 43 en contra.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 37 por 314 votos, en sus términos. Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal del artículo 41.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: -Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 41, en sus términos.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 310 votos en pro y 47 en contra.

El C. Presidente: -Aprobado el artículo 41 por 310 votos, en sus términos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto para reformar los artículos 37, 41, 68 y 69 y adicionar el artículo 70 de la Ley Federal de Educación.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: -Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

INICIATIVA DEL DIPUTADO

ARTÍCULO 25 CONSTITUCIONAL

El C. Daniel Angel Sánchez Pérez: -Señor Presidente, pido la palabra.

El C. Presidente: -Vamos a desahogar los asuntos y posteriormente se le dará. Está muy claro el artículo que lo señala, el artículo 30. Pido a la Secretaría dar lectura al artículo 30.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido: -El artículo 30 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos dice:

"En las sesiones se dará cuenta con los negocios en el orden siguiente:

I. Acta de la sesión anterior para su aprobación. Si ocurriese discusión sobre algunos de los puntos del acta deberá informar la Secretaría y podrán hacer uso de la palabra dos individuos en pro y dos en contra, después de lo cual se consultará la aprobación de la Cámara;

II. Comunicaciones de la otra Cámara, del Ejecutivo de la Unión, de la Suprema Corte de Justicia, de las Legislaturas, y de los Gobernadores;

III. Iniciativas del Ejecutivo, de las Legislaturas y de los individuos de la Cámara;

IV. Dictámenes que consulten proyectos de ley o decreto y que deben sufrir una lectura antes del día señalado para su discusión;

V. Memoriales de los particulares;

VI; Dictámenes señalados para discutirse, y

VII. Minutas de ley."

El C. Presidente: -En virtud de que el señor diputado Sánchez Pérez no pidió oportunamente la palabra, se le concede en este momento, para que presente la iniciativa.

El C. Daniel Angel Sánchez Pérez:

"CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presentes.

La necesidad de modernización del Estado mexicano, enunciada reiteradamente por el Ejecutivo Federal, conlleva la modificación de las bases constitucionales del pacto existente entre la sociedad civil y el Estado mismo.

Así, la ya institucionalizada rectoría del Estado ha obligado al Ejecutivo a proponer ante el Congreso de la República diversas iniciativas de ley que tienden a proporcionar instrumentos eficaces para la transformación positiva de la Administración Pública.

Sin embargo, querer cimentar la modernización de la Administración Pública en base a criterios de eficientismo desligados de contenido social, sólo han llevado al Estado mexicano a incurrir en graves errores que de ninguna manera producen los efectos presuntamente perseguidos por la actuación oficial.

Es cierto que con las reformas constitucionales del año de 1983 el Estado fincó las bases para la reestructuración de sus órganos primarios, a través del ejercicio de la planeación, pero también resulta cierto que el aparato burocrático no puede responder al espíritu general de las reformas, tanto por carecer de vocación social en el servicio, como por el hecho mismo de no existir la voluntad política para implementar en la práctica dicho cambio, quedando, como la han afirmado ya en el foro que constituye esta misma Cámara, como modificaciones programáticas.

Ahora bien, en este intento de modernización corresponde al Congreso de la Unión la tarea de proporcionar los instrumentos jurídicos que legitimen los cambios institucionales y por tanto, la respetabilidad de este órgano democrático deberá ser preservada e incrementada a fin de lograr el objetivo final, como lo es la aceptación popular de la ley así emitida.

A últimas fechas, el Congreso de la Unión ha venido tomando presencia entre las clases populares, recobrando parte de la imagen política que el mismo debe tener en la sociedad mexicana, así deben interpretarse las reiteradas manifestaciones que frente a esta Cámara realizan diversos sectores sociales, en demanda de apoyo a sus gestiones, referidas todas ellas a problemas más sociales que políticos; asimismo, los hechos ocurridos durante el periodo ordinario de sesiones del año de 1983, mediante los cuales se modificaron sustancialmente algunas iniciativas del Ejecutivo, permiten aspirar a que el Congreso pueda recuperar frente al Ejecutivo la autonomía que nuestro sistema democrático le otorga.

No obstante lo anterior, también desde el año próximo pasado la Administración Pública Federal ha tomado una actitud que margina la actividad del Congreso y conculca las funciones que a éste se le tienen encomendadas constitucionalmente, diciendo sin la consulta previa ni la modificación de los decretos expedidos por la Cámara de Diputados, sobre el destino de diferentes instituciones que fueron creadas para el fomento de actividades que demanda el interés general en diferentes áreas del desarrollo nacional.

De esta forma se acordó unilateralmente por las instituciones que dependen del Ejecutivo el cierre o la desaparición de diversos organismos, que fueron creados en base a un decreto legislativo y sólo para ejemplificar citaremos los casos de URAMEX, Centro Materno Infantil "Maximino Ávila Camacho" y el Instituto de Enfermedades Tropicales, acudiendo en todos los casos, como pretexto fundamental, la supuesta ineficiencia de los mismo y la pretendida modernización de los órganos de la Administración Pública, lo que resulta incongruente si se toma en consideración que estos organismos constituyen sólo una parte del todo y que, por tanto, los cambios deberían efectuarse en la estructura misma del aparato estatal.

Pero lo más grave de esta actitud, lo constituye el hecho de que el Ejecutivo siempre obra sin observar el procedimiento que se impone en virtud del sistema jurídico que nos rige, ya que primero cierra o desaparece estos organismos, y posteriormente envía al Congreso la iniciativa donde se propone la modificación o derogación de los decretos que crearon a tales organismos, violando así el principio de la división de poderes que debe estar en la base de nuestro sistema democrático.

Tomando en cuenta lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México propone, con base y fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, la presente iniciativa para adicionar el artículo 25 de la misma Carta Fundamental, con un séptimo párrafo para quedar de la siguiente forma:

ARTÍCULO UNICO

Artículo 25. ..

Párrafo séptimo. 'Teniendo el Estado la facultad de ejercer la planeación democrática para conducir, coordinar y orientar la actividad económica nacional, así como para llevar a cabo la regulación y fomento de actividades que demanda el interés general, debe considerarse obligatorio para el Ejecutivo Federal seguir el trámite legislativo que la Constitución señala, en los casos en que deban cerrarse o decretarse la desaparición de instituciones u organismos creados mediante ley o decreto, dando de esta forma, el Congreso la intervención que le corresponde previamente al acto administrativo'.

TRANSITORIO

Artículo único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.

México, D. F., a 23 de octubre de 1984.

Diputado Daniel Angel Sánchez Pérez."

El C. Presidente: -Túrnese la iniciativa presentada por el ciudadano diputado Daniel Angel Sánchez Pérez, a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Imprímase.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

CONDECORACIONES

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la solicitud de permiso constitucional necesario para que el ciudadano Pedro Angel Palou Pérez, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Letras y de las Artes en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal vitud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Pedro Angel Palou Pérez para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Letras y de las Artes en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

Sala del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de octubre de 1984.

Humberto Lugo Gil, Presidente: Mario Vargas Saldaña, Secretario; Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, José Luis Caballero Cárdenas, Jorge Canedo Vargas, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Rubén Castro Ojeda, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Alfonso Gaytán Esquivel, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, José Luis Lamadrid Sauza, Raúl Lemus García, Alejandro Lambretón Narro, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Víctor Manuel Torres Ramírez, Salvador Valencia Carmona."

Segunda lectura.

Está discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

El mismo C. Secretario:

"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: En oficio fechado el 11 de octubre del año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso al C. doctor Octavio Rivero Serrano, rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, para aceptar y usar la condecoración Mayo al Mérito en el grado de Gran Oficial, que le confiere el Gobierno de la República de Argentina.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el día 16 del mes actual, se turnó a la suscrita Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea , el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano doctor Octavio Rivero Serrano, rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, para aceptar y usar la condecoración Mayo al Mérito en el Grado de Gran Oficial que le confiere el Gobierno de la República de Argentina.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 18 de octubre de 1984.

Humberto Lugo Gil, Presidente; Mario Vargas Saldaña, Secretario; Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, José Luis Caballero Cárdenas, Jorge Canedo Vargas, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Rubén Castro Ojeda, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué

de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Alfonso Gaytán Esquivel, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, José Luis Lamadrid Sauza, Raúl Lemus García, Alejandro Lambretón Narro, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Nuñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Víctor Manuel Torres Ramírez, Salvador Valencia Carmona."

Segunda Lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto...

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y el anteriormente reservado.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 342 votos en pro ninguno en contra.

El C. Presidente: - Aprobados los proyectos de decreto por 342 votos.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: - Pasan al Senado y al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, respectivamente.

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE LA SARH

El C. Presidente: - La Comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos acaba de entregar un documento; sírvase la secretaría dar cuenta con el mismo.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"Octubre 23 de 1984.

Honorable Asamblea: La Comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos analizó el informe de labores correspondiente al periodo 1983 - 1984 de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, que el licenciado Eduardo Pesqueira Olea, secretario de esa dependencia, entregó ante los ciudadanos senadores y diputados integrantes de las comisiones correspondientes del honorable Congreso de la Unión, el día 13 de septiembre del año en curso.

Esta Comisión, integrada por legisladores de todos los partidos políticos representados en esta Cámara, llegó a la conclusión de que, por ser las cuestiones que son competencia de esta Secretaría de importancia fundamental para nuestro país, y tomando en consideración algunas propuestas presentadas por diversos partidos, es necesario proponer a esta honorable Asamblea, llame al secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos, licenciado Eduardo Pesqueira Olea, para que en términos de lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezca ante el pleno de esta Cámara y amplíe la información sobre las labores de la Secretaría a su cargo.

Atentamente.

Por la Comisión de Agricultura y Recursos Hidráulicos.

Diputado Antonio Murrieta Necoechea, Presidente; diputado Héctor Hugo Olivares V., Secretario.

En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: - Atendiendo lo acordado por esta honorable Asamblea y cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 53 de nuestro Reglamento Interior, se llama al secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos a comparecer ante el pleno de esta Cámara, con el propósito de ampliar el informe que, en términos del propio artículo 93, rindió, y dar respuesta a las preguntas de los ciudadanos diputados.

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE ENERGÍA MINAS E INDUSTRIA PARAESTATAL

El C. Presidente: - La Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial y Energéticos, nos envió un documento; sírvase la Secretaría dar cuenta con él.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"México, D. F., a 23 de octubre de 1984.

Honorable Asamblea: Las comisiones de Patrimonio y Fomento Industrial y de Energéticos recibieron oportunamente el informe anual de las labores realizadas por la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal en el periodo 1983 - 1984; posteriormente, en reunión celebrada en el Salón Verde de este recinto parlamentario, se contó con la honrosa presencia del C. Secretario del ramo, quien abundó en los temas objeto del informe. Asimismo, se llevaron a cabo varias reuniones internas con objeto de analizar dicho documento en cada unos de sus aspectos, llegándose a la conclusión de que algunos de éstos conviene sean ampliados por el propio titular del ramo, tal y como lo propusieron, en el seno de las comisiones, los compañeros

diputados del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Acción Nacional, del Partido Demócrata Mexicano y del Partido Socialista Unificado de México.

En atención a lo anterior, se solicita autorización a la Presidencia para que se someta a votación económica el planteamiento que hacen las comisiones de Patrimonio y Fomento Industrial y de Energéticos para proceder a llamar al C. licenciado Francisco Labastida Ochoa, secretario de Energía, Minas e Industria Paraestatal, a comparecer ante el Pleno de esta H. Cámara, para que sirva ampliar el informe de referencia.

Atentamente.

Por la comisión de Patrimonio y Fomento Industrial: diputado Genaro Borrego Estrada, Presidente; diputado Miguel Olea Enríquez, Secretario.

Por la Comisión de Energéticos: diputado Hermenegildo Anguiano Martínez, Presidente; diputado Héctor Sánchez Ponce, Secretario."

En votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El C. Presidente: - Atendiendo lo acordado por esta honorable Asamblea y cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 53 de nuestro Reglamento Interior, se llama al secretario de Energía, Minas e Industria Paraestatal a comparecer ante el Pleno de esta Cámara, con el propósito de ampliar el informe que, en términos del propio artículo 93, rindió y dar respuesta a las preguntas de los ciudadanos diputados.

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

El C. Presidente: - La Comisión de Trabajo y Previsión Social acaba de entregarnos un documento; sírvase la Secretaría dar cuenta con el mismo.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"Honorable Asamblea: El Secretario del Trabajo y Previsión Social, licenciado Arsenio Farell Cubillas entregó a esta comisión y a la correspondiente del Senado, el informe de labores de la dependencia a su cargo del periodo 1983 - 1984.

Atendiendo a lo acordado por esta Cámara, la comisión se reunió para analizarlo; en estas sesiones de trabajo participaron diputados de los seis partidos políticos representados en este órgano del Poder Legislativo, coincidiendo todos en la necesidad de que este informe, claro y suficiente, lo sería aún más si el titular de esta dependencia del Ejecutivo diera respuesta a algunos cuestionamientos surgidos durante el análisis.

Por lo anterior, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se permite proponer a esta honorable Asamblea se llame a comparecer al Secretario del Trabajo y Previsión Social, ante el Pleno de los diputados, para precisar algunos aspectos del informe que rendirá.

México, D.F., a 23 de octubre de 1984.

Por la comisión, diputado Juan José Osorio Palacios, Presidente.

En votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: - Atendiendo lo acordado por esta honorable Asamblea y cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 53 de nuestro Reglamento Interior, se llama al ciudadano secretario del Trabajo y Previsión Social a comparecer ante el Pleno de esta Cámara, con el propósito de ampliar el informe que, en términos del propio artículo 93, rindió y de dar respuesta a las preguntas que los ciudadanos diputados tengan a bien formular.

SOLICITUD DE COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PUBLICA

El C. Presidente: - La Comisión de Educación Pública acaba de entregarnos un documento. Sírvase la Secretaría dar cuenta con el mismo.

El C. secretario Miguel Angel Morado Garrido:

"México, D.F., a 23 de octubre de 1984.

Ciudadano Presidente; honorable Asamblea: Los diputados integrantes de la Comisión de Educación, de la LII Legislatura, militantes de los serie partidos políticos representados en esta Cámara, realizaron el análisis y estudio del informe de labores 1983 - 1984 de la Secretaría de Educación Pública, presentada en su oportunidad por el C. Jesús Reyes Heroles, titular de esa dependencia.

El documento cumple con la función informativa de un año de gestión, sin embargo, el análisis dio lugar a que los representantes populares plantearan una serie de interrogantes que se inscriben en la complejidad y repercusión que son propios del que hacer educativo.

Esta comisión concluyó que es necesario que el Ejecutivo amplíe y profundice en ciertos aspectos de la política educativa.

Por lo anteriormente expuesto y en vista de que el interés por estos asuntos no se limita exclusivamente a los miembros que integran la Comisión, pedimos a usted ciudadano Presidente, someta a votación nuestra solicitud para que se llame al C. secretario de Educación

Pública a comparecer ante el Pleno de esta Cámara.

Atentamente.

Por la comisión de Educación Pública: diputada Julieta Guevara Bautista, Presidenta; diputado Onofre Hernández Rivera, Secretario."

En votación económica se pregunta si se aprueba, los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: - Atendiendo lo acordado por esta H. Asamblea y cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 53 del Reglamento Interior, se llama al Secretario de Educación Pública a comparecer ante el Pleno de esta Cámara, con el propósito de ampliar el informe que, en términos del propio artículo 93, rindió y dar respuesta a las preguntas de los ciudadanos diputados.

HOMENAJE A DON JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN

El C. Presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Rubén Vargas Martínez.

El C. Rubén Vargas Martínez: - Compañeras y compañeros diputados: Ayer, 22 de octubre, se conmemoró el CLXX aniversario de la promulgación de la Constitución de 1814. Esta nace con Morelos y con los hombres de Apatzingán. El concepto de independencia y soberanía popular de este gran hombre, las fuentes mediatas de nuestra política internacional actualmente desarrolladas en el campo del derecho Público.

Los dos pilares principales que sostiene la doctrina mexicana, la autodeterminación, la no intervención, estos principios se encuentran plasmados por primera vez en los Sentimientos de la Nación.

El Gobierno de la República, apoyado en las ideas de Morelos, trata de lograr el establecimiento de un nuevo orden internacional, en lo económico, social y político, produciendo una equitativa distribución de bienes materiales y culturales que conduzcan a una auténtica igualdad que sea el sustento de la paz duradera y perdurable, filosofía que alienta al Grupo Contadora en su lucha incesante por la paz en Centro América.

Para hablar de la época del ilustre mexicano José María Morelos y Pavón es necesario ubicarlo en las ideas políticas que regían en ese tiempo, y así mencionar entre los prolegómenos más importantes de la Independencia de México y de las teorías sobre el estado moderno, la soberanía y las nuevas concepciones humanísticas que ya habían estado presentes en el movimiento independentista de los Estados Unidos de Norteamérica y en la revolución francesa.

En el siglo XVII, el filósofo Tomás Hobbes sentó las bases del estado moderno, identificándolo como máximo organismo social que ocuparía el aglutinar los esfuerzos de los hombres por lograr la felicidad y el bienestar común. En ese mismo siglo John Look y Montesquieu delinearon la teoría de la separación de poderes y aportar los perfiles definitivos a la idea de que la soberanía radica esencial y originalmente en el pueblo.

Toda esta ideología de carácter liberal y humanística había llegado a la mente de Morelos y a la de nuestro demás insurgentes, cuando decidieron dar los primeros pasos que a la postre conducirían a la Independencia Nacional.

Morelos estaba informado y compenetrado de las nuevas ideas libertarias de su época, que provenientes principalmente de Europa, ya habían superado los antiguos conceptos feudales que todavía España imponía a nuestro ámbito territorial para preservar la independencia que Morelos y demás héroes nos dieron.

Deberemos fortalecer el nacionalismo revolucionario, postulado fundamental de nuestra doctrina política, que conlleva a la democracia y a la justicia social.

La obra de Morelos la enfocaremos desde algún punto de vista, Morelos cifraba efectivamente su fe en cuanto era para él un motivo superior; la razón misma de su existencia, su concepto de la patria, por ello tuvo el acierto de considerar que lo más importante en cuanto era lo permanente no resultaba sólo de sus victorias militares por extraordinariamente importantes que fueran, sino que debería crearse la Nación mexicana y esto únicamente era factible dándole forma constitucional.

Esa era, mucho más allá de su tiempo y superando la estrechez de su época, la medida de su genio, su visión del futuro, la lógica histórica de su pensamiento creador; analicemos sus conceptos políticos de estadista, visionario de la patria de México que habría de quedar plasmada en el famoso decreto constitucional para la libertad de la América mexicana.

Sancionado en Apatzingán el 2 de octubre de 1814, primera estructura jurídica y política de carácter constitucional que tuvo nuestro país: si no hubiese sido por Morelos el Congreso no se habría realizado ni la Constitución escrito y alcanzado la lucha en aquel fastuoso momento su mayor esplendor.

Es a él a quien se debe la organización del Congreso; a su firme convicción, la redacción de nuestra primera Constitución, aun cuando no haya sido aplicada era evidente que las circunstancias de la lucha armada la hacían inoperante, pero quedaría como expediente jurídico del nacimiento de la Nación.

Para la promulgación de la Constitución de Apatzingán, Morelos había convocado al Congreso de Anáhuac, que consta de dos etapas, la que empieza en la ciudad de Chilpancingo y termina en Tlacotepec, y la segunda que se inicia en Uruapan y continúa con la promulgación del decreto constitucional y

termina con la disolución del Congreso de Tehuacán. Debe hacerse mención que este Congreso estuvo integrado por Ignacio López Rayón, José María Liceaga, José Sixto Verduzco, Carlos María y Bustamante, José Correa, José Manuel Herrera y Andrés Quintana Roo y que en su sesión inaugura dio lectura a los 23 puntos denominados Sentimientos de la Nación, redactados por el propio Morelos.

En ese mismo Congreso, antes de sancionar la Constitución de Apatzingán, hizo constar en el acta de 6 de noviembre de 1813, la declaración de nuestra Independencia Nacional en la que se declaró rota por siempre y disuelta la dependencia del trono español. Se afirma que Morelos fue un gran visionario de nuestra historia, ya que en el punto primero de su obra Sentimientos de la Nación se señala como pauta los constituyentes que habrían de redactar el decreto de Apatzingán, que la América es libre e independiente de España y de toda otra nación, gobierno o monarquía, y que así se sancione dando al mundo las razones. Estas ideas avanzadas del generalísimo Morelos representa nada menos que la soberanía por la que siempre ha luchado nuestra patria y que en la actualidad adquiere relevante significado.

Morelos se anticipó cien años al pedir que en el principal ordenamiento de la Nación se estableciera con toda claridad que nuestro país constituyera un estado libre e independiente en el concierto mundial de las naciones.

En el punto quinto de los Sentimientos de la Nación, Morelos fijó como pauta para su Constitución que, "La soberanía dimana inmediatamente del pueblo, el que sólo quiere depositarla en sus representantes, dividiendo los poderes de ella en Legislativo, Ejecutivo y Judiciario, eligiendo las provincias sus vocales y éstos a los demás; que deben ser sujetos sabios y de probidad". Estos conceptos indican claramente la preparación política que actualizada a la época, tenía relación con los grande acontecimientos históricos que sacudían al mundo entonces, pues el poder, que durante tantos siglos habían detentado en forma personal los reyes, pasaba ahora al pueblo de México como el único depositario original de la soberanía de la Nación.

También aludió Morelos a otro de los conceptos modernos que ya se aplicaban en los estados recién independizados, como era la representatividad del pueblo a través de asambleas populares integradas por representantes elegidos directamente.

Respecto a la implantación del sistema de la división de poderes que desde su concepción filosófica original partía de la idea de un equilibrio o contrapeso de poderes, en su ejercicio contrarrestara cada uno de los restantes. Fue este sistema elegido por Morelos, el que como todos sabemos rige actualmente en nuestra patria impidiendo históricamente que el poder vuelva a reconcentrarse en un solo individuo.

Nosotros, compañeros de Cámara, tenemos el gran honor de constituir el Poder Legislativo representante directo del pueblo y que junto con los poderes Ejecutivo y Judicial, compartimos la grave responsabilidad de gobernar a nuestro país. Esto contempló Morelos, es espíritu visionario de este gran prócer.

En el punto decimotercero de los Sentimientos de la Nación, se fijó como pauta que, "Las leyes generales comprendan a todos sin excepción de cuerpos privilegiados y que éstos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio...", agregando en los dos puntos siguientes que, "...para dictar una ley se discuta en el Congreso y decida a pluralidad de votos, y que la esclavitud se proscriba para siempre, lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales y sólo distinguirá una América de otra, el vicio y la virtud".

Los anteriores conceptos de Morelos son de un gran valor visionario e implican una fuerte crítica a arraigados sistemas que imperaban en esa época.

En efecto, las ideas expresadas por Morelos en los párrafos transcritos, implican precisamente el concepto de la igualdad que debe regir entre todos los hombres y que en la actualidad se consagran en varios de los preceptos de nuestra Constitución Política de 1917, y en la sociedad igualitaria que sustenta el Gobierno de la República como forma de alcanzar igualdad en lo económico, en lo social y en lo cultural.

Morelos combatió los privilegios, la injusticia, las desigualdades que privaban en todos los sectores sociales de la Nueva España, hizo que los constituyentes de Apatzingán redactaran leyes buenas, discutidas ampliamente en el Congreso y que estuviesen impregnadas ante todo por la igualdad.

Pero el punto de los Sentimientos de la Nación que a nosotros, compañeros diputados, debe motivar nuestro trabajo de legisladores y legítimos representantes de los intereses del pueblo mexicano, es precisamente el que establece que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, modele la opulencia y la indigencia, y de tal suerte que aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto.

La carta que se gestó en Chilpancingo era sin duda superior a las circunstancias hostiles que supo vencer el generalísimo, y constituye el marco negativo de aquel esfuerzo preclaro de la insurgencia. Cuanto se hiciera en el futuro al cimentarse la vida de la Nación mexicana, tornaría a ser la lección generosa y esclarecida de Apatzingán.

Compañeros diputados, las ideas de nuestro prócer José María Morelos y Pavón, son respecto de la delicada función legislativa sumamente claras; en primer lugar, realzar el valor de las leyes benignas que inspiradas fundamentalmente en el patriotismo de los representantes populares tiendan a lograr el mejoramiento general de las condiciones del

país particularmente de los desposeídos de riqueza; que se mejore la moral pública, que se destierre la ignorancia.

Morelos pensaba que la educación es la base del engrandecimiento de los pueblos, mediante la cual puede forjarse una conciencia social que contribuya a superar desigualdades y profundizar la democracia. La evolución educativa permitirá una existencia justa, libre y digna. Las ideas morales del caudillo serían reconocidas a la distancia, como la inspiración general de los principios democráticos que rigen las sociedades del mundo occidental, y se planearía en la concepción ideológica de la renovación moral de la sociedad, exigencia colectiva que requiere la acción de todos los mexicanos. Muchas gracias. (Aplausos.)

CONDICIONES DE VIDA DE LOS CHIAPANECOS

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado José Dolores López Domínguez.

El C. José Dolores López Domínguez: - Señor Presidente, compañeras y compañeros diputados: En aquel país de pájaros y de frutas, los hombres eran bellos y amables, pero no eran fuertes. Tenían el pensamiento azul como el cielo y claro como el arroyo, pero no sabían matar forrados de hierro y con el arcabuz cargado de pólvora; con huesos de fruta y con gajos de mamey no se puede atravesar una coraza. Caían como las plumas y las hojas; morían de pena, de furia, de fatiga, de hambre".

Así describía el padre Fray Bartolomé de las Casas la maldad con que se trataba a los indígenas de nuestro país, y que desgraciadamente no han cambiado mucho si se tiene en cuenta el desarrollo de la civilización alcanzada de entonces a la fecha, y por ello, De las Casas, con una gran fuerza de voluntad sostenía que la maldad no se cura, sino con decirla, y hay mucha maldad que decir, y lo estoy poniendo, decía, donde no me lo pueda negar nadie: en latín y en castellano.

En Chiapas, el desproporcionado contraste entre sus vastos recursos productivos y las condiciones de miseria y marginación en que se encuentra la mayoría de la población, no tiene paralelo. Chiapas ocupa el tercer lugar en entidad de bosques maderables en el país, además de contribuir con cerca del 50% de la producción nacional de café y más del 20% de cacao. No obstante lo anterior, las condiciones de vida y de bienestar de su población son excesivamente bajas y en casi todos los casos menores al promedio nacional.

En el caso de la vivienda, poco menos del 50% de las casas no cuentan con agua potable; el 80% no tiene drenaje; a pesar de su importancia en la generación nacional de energía eléctrica, el 73% no cuenta con este servicio.

Sólo el 80% de la población se encuentra atendida por investigación por instituciones médicas oficiales. Chiapas está entre los primeros lugares a nivel nacional en tuberculosis, paludismo, dengue, tétanos y enfermedades infecciosas o parasitarias.

En la alimentación no alcanza ni los mínimos indispensables. Lo constata una elevada tasa de desnutrición sobre sus habitantes. El índice de analfabetismo es de 34%, uno de los más altos del país. La población indígena es monolingüe y alrededor del 30% de los que hablan español son analfabetos.

Los desequilibrios y contradicciones de desarrollo de capitalismo en Chiapas, no se evidencian nada más que en las ínfimas condiciones de vida referidas. El sector agropecuario y forestal ocupa a casi tres cuartas partes de la población económicamente activa, debe considerase que las tierras de mayor calidad están acaparadas en latifundios simulados por unas cuantas familias. Chiapas concentra la tercera parte de las haciendas y fincas del país, es decir, el 29.8%, mientras que las tierras ejidales de pésima calidad, se hallan atomizadas entre miles y miles de campesinos, lo mismo que los terrenos comunales que hasta la fecha no están deslindados, razón por la cual incluso existen agudos conflictos de tenencia.

La marcha emprendida por 566 indígenas tocolavales y totziles durante el mes de octubre del 83, evidenció ante la nación el clima represivo, la marginación, miseria y caciquismo que se vive en Chiapas, así como la incapacidad del gobierno local y federal de resolver los agudos problemas de esta entidad.

Quiero recordar algunos fragmentos de los testimonios de aquella valiente movilización. Las mujeres desgranaban el maíz, decía Oliverio Gutiérrez, lo molían, acarreaban el agua para la casa grande de patrón, empezaban a trabajar desde las 4:00 de la mañana y regresaban a las 8: de la noche. Mayor explotación no puede haber.

"Se me murió el marido y tenía a mis hijos - recuerda a Doria González y agrega - , entonces me daban de trabajo un montón de maíz para pelar. Me hacían pelarlo en el patio hasta que acababa. Si no terminaba, llevaba a mis hijos para que me ayudaran, ahí estábamos muriendo de sed, ni siquiera nos daba tiempo para que fuéramos a tomar agua, aunque estuviéramos enfermos teníamos que ir si no nos corrían".

La compañera Carmen Pérez Espinoza sostiene textualmente, "hace siete años que murió mi marido, quedé viuda y luchando. Estoy metida en la lucha por mis hijos y también por ellos participé en la marcha, voy a seguir hasta donde pueda".

Esto, compañeros diputados, son sólo unas de las expresiones de algunas participantes en aquella histórica marcha. Estarán de acuerdo conmigo que ello no tiene nada que ver con la justicia agraria de que tanto se habla. Ello no tiene tampoco ninguna

dosis de agitación como la concibió, en esta tribuna, el diputado Mandujano Beltrán la semana pasada. Sí en cambio es producto de un arduo, lento y complicado trabajo de convencimiento de la que tiene que ver la labor de la ciudad y de otras fuerzas campesinas para desarrollar el sentido de participación de estos hombres y mujeres, en lucha en aquel estado.

Siguiendo los testimonios de referencia, recuerdo lo dicho por Oliverio Gutiérrez, dijo:

"Mi papá se murió, y cuando se moría alguien, el patrón cobraba la deuda. Lo que él decía, la mujer y los hijos tenían que pagar trabajando". "Yo trabajé 17 años, nos pagaban 5 pesos, dijo Andrés Díaz López, los pobres viejos todo lo hacían. Ahí murieron y no se daba nada, porque decían los patrones que ya tenían mucha cuenta. Empezábamos a trabajar desde las 6 de la mañana y regresábamos a la casa ya casi cuando el candil estaba encendido".

Felipe García, de 70 años, cuenta que comenzó a trabajar a los 9 años. Si no quería obedecer me cacheteaban, y asegura que como machetero, si se cortaba la mano, como toda curación recibía un puño de sal donde estaba la herida.

El pago lo recibían con un papelito que se llenaba de cuentas y cuentas en las tiendas de los patrones para pagarlos por generación.

Esto, compañeros diputados, en nada se parece a un estado de derecho, de respeto a los derechos ciudadanos y mucho menos se resuelve con tirarles flores blancas o azules para ganar votos.

Fue a principios de los 70 que empezaron a organizarse y actuar esta generación de luchadores, de este pueblo mártir. Se dio cuenta que padres, abuelos y bisabuelos por siglos vivieron ahí, discriminados, abandonados a su suerte y explotados con brutalidad por los finqueros, sin que nadie los ayudara a organizarse; y cuenta que al pedir más sueldo y negárselo los patrones, en 1981, metieron 48 demandas laborales en otras tantas fincas a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Tuxtla, y al ver que hasta octubre del 83 no se les resolvía, decidieron marchar. También porque las solicitudes de tierra que los viejos empezaron, no tuvieron respuesta del Gobierno y porque la represión que sufrieron, que sufrimos por parte del Ejército, dijeron, en 1976, así como las razzias de la seguridad pública, nos impidió que continuáramos.

Recuerdan que en 1972 iniciaron una unión y hubo un momento que llegaron a reunir a 62 comunidades y más de 5 mil peones acasillados.

En 11 años de grandes luchas, feroces represiones y permanentes dificultades, no lograron solución a sus ancestrales problemas, y llevaron a cabo la marcha de la dignidad que el 17 de octubre de 1983 llegó al Zócalo. Gabino Pérez recuerda que la marcha no se hizo por un pueblo. Fue una decisión de todos los pueblos que se organizaron para ir a ella. Cuando salió la marcha estaban diciendo que los compañeros Enrique, Jacobo y Aquiles, líderes de la CIOAC, estaban mandando y obligando a los campesinos a marchar. Pero no - subraya Gabino - . "participar en la marcha fue opinión de todos los pueblos porque no había solución".

"Porque fuimos despertando - recuerda Herón Hernández - hacíamos las juntas en el monte, escondidos, pues nos iban a buscar con armas en la mano en los trabajadores, o sea centros de trabajo, Siempre nos han perseguido y han matado, encarcelado, torturado, y herido a muchos de nuestros compañeros y nos han quemado las casas".

Estos dignos hijos de la patria explican así su enconada lucha por la democracia y la libertad. "Va a llegar un tiempo, dicen, en que van a entrar a una organización y van a estar haciendo juntas en diferentes partes, en los ranchos y las colonias, y el Gobierno lo va a ver mal y les va a regalar de todo". "Y es cierto, recuerda Oliverio Gutiérrez, el Gobierno por conducto de la CNC regaló aparatos eléctricos, machetes e incluso mulas, pero nada más para engañar a la gente, para que tape el ojo".

"Los pueblos no podemos seguir callados, no podemos quedar ahí sin movilizarnos, dice Margarito Pérez. Sabemos que una de las fuerzas es movilizarnos". Y Luis López recuerda que la marcha de octubre del 83 también sirvió a las organizaciones oficiales, pues en el paquete de demandas que está en la Secretaría de la Reforma Agraria y otras secretarías, están incluidos sus asuntos; el Gobierno no quiere reconocer que le falta voluntad política para resolver, ya que hasta hoy existen presos que la marcha reclamaba, otros salieron y otros entraron, por ello , Luis recuerda, "Nos sacan a unos y nos encierran a otros".

Aseguró hace unos días que fueron con el actual Procurador de Justicia del Estado y le solicitaron dejara sin efecto las 119 órdenes de aprehensión para militantes de la ciudad y el Procurador les dijo, "no, se equivocan, no son 119, son 280".

Compañeros diputados, los anteriores testimonios muestran bien claramente que la propiedad privada de la tierra y su explotación capitalista allá en Chiapas, y eso es igual en todo el país, nada tienen de humano y justiciero. De qué libertad se puede hablar en ese drama indígena de Chiapas, de las huastecas y de muchos lugares del país, los hechos son más contundentes que las palabras, los finqueros, dueños de grandes proporciones de tierra para la ganadería, la agricultura y la explotación cafetalera, es decir, los verdaderos dueños de la propiedad privada, no han demostrado, ningún sentimiento humano en la convivencia social con sus peones y trabajadores, su criterio es la explotación, el saqueo de la fuerza de trabajo que raya en lo inhumano, su fin principal es la ganancia a

costa de lo que sea, es la máxima capitalista de la propiedad privada, "mis tomates y legumbres deben cortarse para venderse, así sea con sangre", razonaba un granjero norteamericano, cuando en 1974 nuestros compatriotas fueron masacrados en un campo agrícola de Texas, viven testigos de ello.

Para los propietarios de Chiapas, su ganado y su café deben exportarse, así sea de la sangre indígena. Por ello, no resiste un razonamiento serio de la acusación del diputado Mandujano, del PAN, que utiliza la vieja trampa aprendida en la política de guerra fría de buscar chivos expiatorios de las agitación para justificar la represión.

El organismo al que se refirió la semana pasada, diputado Mandujano, no es Incafaecsa, sino Uncafaesa, auxiliar de crédito, constituida legalmente por nuestras leyes y de servicio social para ayudar a sus miembros para luchar por una vida mejor; conseguir créditos, insumos, comercializar sus productos e industrializar los que se puedan. El presidente de esta Unión de Crédito es Ramón Danzós Palomino, honesto dirigente campesino, preso político en varias ocasiones y en diferentes cárceles del país, precisamente por falaces acusaciones de agitador profesional, invasor de tierras, como las que usted aquí les dio, con lo cual usted, diputado, ayuda a los explotadores de la gran propiedad capitalista de la tierra y a los jueces del régimen que si saben de su dicho en esta Cámara ya han de estar inventando los delitos correspondientes; eso, en otros términos, es de tener dos caras, el de falso redentor de los campesinos y el de activo policía contra líderes limpios que no son de su bando ideológico.

Las demandas del pasado año, planteadas por la marcha de la dignidad, no se han resuelto, varias entrevistas con lo funcionarios del Estado y de la Federación y lo que ha campeado ha sido la inflexibilidad de las autoridades, la cerrazón política, esa actividad despótica que estrecha el diálogo y aumenta la distancia de solución.

Todo el año ha sido de incursiones de la llamada seguridad pública a los poblados, policía del Estado al frente de la cual en muchos casos van los propios propietarios, señores de horca y cuchillo que asuelan, intimidar y provocan la violencia, estos señores son los de la propiedad privada; ellos y la policía son los que provocan la violencia; ellos son los que dejan una estela de terror, zozobra y asesinatos.

En marzo y abril de este año, el municipio de Simojovel fue su objetivo; en mayo y junio, Comitán y sus alrededores; julio y agosto, Villa de las Rosas; en septiembre y octubre, Venustiano Carranza, Chalchihuitán, Pijijiapan, El Bosque, Bochil, Las Margaritas, Trinitaria, Altamirano, Tzinol e Independencia.

José Rodríguez fue emboscado en Pujiltic, muriendo su acompañante, la casa del presidente de Bienes Comunales, Maclovio Sentíes, fue agredido resultando él gravemente herido, los nueve muertos de hace 15 días, en Venustiano Carranza, y el pasado viernes 17 del presente, en Tzaclum, Chalchihuitán, gentes del presidente municipal, encabezados por los profesores Julián López Girón y Manuel Girón Pérez y los miembros de la CNC, Juan Pérez Díaz, Gustavo Pérez Díaz, Tito López Sánchez, y otros, atacaron con armas de fuego a una asamblea de la CIOAC en la escuela del poblado, resultando muerto Mariano Pérez Pérez, y gravemente heridos Antonio Gómez Sánchez y Carmen Aguilar García.

En todo ello, no está exenta de responsabilidad la Secretaría de la Reforma Agraria, por su incapacidad para dar solución a viejos problemas agrarios, así como la Junta Local de Conciliación y Arbitraje por detener la solución de un número amplio de demandas laborales.

Todos esos hechos de los últimos días, un conjunto de persecuciones y torturas; el mantenimiento de 38 presos políticos; más de trescientas órdenes de aprehensión contra militantes de varias organizaciones; la prepotencia y la cerrazón política estatal; la violencia de caciques y finqueros, obligaron a los luchadores indígenas a realizar otra gran marcha estatal, misma que partió de diferentes puntos el sábado 20 del presente por la mañana, caminaron hasta Ixtapa y San Cristóbal ayer, y hoy están haciendo un acto - mitin en Aztlán para regresarse a sus lugares de origen, después de haber logrado un convenio en el que se establece, entre otros puntos, la salida de siete presos políticos y el compromiso de continuar discutiendo con las autoridades de diversos poblados, problemas laborales, agrarios y de reprensión que se plantearon.

Ojalá que el gobierno estatal y las autoridades federales entiendan que se pueden resolver asuntos sin que para ello tengan que obligar a marchar a los ciudadanos chiapanecos para exigir sus derechos. Ello prueba, como dijera el ilustre zacatecano Elías Amador en su Bosquejo Histórico, que cuando un pueblo quiere hacerse independiente o derrocar a los tiranos que los subyugan, de nada valen las cadenas con que se le tiene atado si hay obstáculos capaces de contenerlo en sus patrióticos y nobles fines.

Los hombres oprimidos sufren, callan y se resignan. Pero cuando se les da a beber hasta la saciedad el cáliz de la injusticia, saben trocar su miserable condición de parias o de esclavos, por el honroso título de hombres libres, sin más elementos que la fe y el patriotismo y sin más armas que el valor y la constancia.

300 años de continuas y negras vejaciones, de inhumana esclavitud, de irritantes tiranías, no fueron suficientes para extinguir en el pecho de los mexicanos el amor a la libertad, transmitido de generación en generación desde Cuauhtémoc y Cuitláhuac, que burilaron

con sus agudas flechas en el libro de nuestras pasadas edades, los ejemplos más admirables de abnegación y patriotismo.

El enrojecido hierro del dominador hispano supo imprimir sobre la tostada frente de nuestros progenitores indígenas el degradante estima del ilota, pero no logró borrar el sagrado derecho que tenían a conquistar su libertad. Pudieron la ignorancia y el fanatismo sumir en fatídico y prolongado letargo el espíritu indomable y altivo de los descendientes de Xólotl, Moctezuma y Caltzontzin; pero el león dormía por algún tiempo, para después lanzarse iracundo e indomable contra los que lo tenían encadenado. Muchas Gracias compañeros. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Gordillo Mandujano.

El C. José Armando Gordillo Mandujo:

- Señor Presidente; honorable Asamblea; Yo en lo personal y mi partido, no pretendemos jamás convertirnos en monopolistas de la defensa del campesino como el PSUM pretende hacerlo. Que existe en Chiapas agitación es un hecho irrefutable, y de ahí la urgente necesidad de que se formara una comisión de diputados que fuera a investigar y conocer la verdad para que esta H. Asamblea actuara en consecuencia, así que yo no acusé a nadie sino que pedí una comisión para conocer todo lo relacionado con los acontecimientos en Chiapas. Muchas Gracias (Aplausos.)

PRECIOS DE GARANTÍA DE LOS INSUMOS AGRÍCOLAS

El C. Presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Ignacio Vital Jáuregui.

El C. Ignacio Vital Jáuregui: - Señor Presidente, con su venia; compañeras y compañeros diputados: El Partido Demócrata Mexicano tiene su raigambre en la gloriosa Unión Nacional Sinarquista, que fue una organización, y lo decimos a mucha honra, señores, que fue una organización que nació de la inconformidad por los incumplimientos a las promesas que le hicieron al campesino durante la Revolución.

Nuestro campesino llenó los campos de batalla, llenó los campos de México, que quedaron cubiertos con cadáveres de calzón blanco, porque nuestro campesino quería la tierra, pero no quería la tierra en manos de los políticos; no quería la tierra en manos del Gobierno; no quería la tierra en manos del capitalismo y del Estado. Quería la tierra en propiedad, y en ese contexto, en el cual nosotros los pedemistas somos voz del campesino, porque a mucha honra, muchos de nosotros tenemos raigambre campesina y la mayor parte de los que votan por los ideales del PDM son votantes campesinos, y por eso queremos, en esta alta tribuna de la patria, defender los intereses del campesino de México, y lo hacemos en esta ocasión con motivo de los conceptos que se vertiran en esta misma tribuna, con relación al aumento reciente de los precios de garantía a los insumos del campo.

Aquí se dijo en esta tribuna que estos aumentos van a producir inflación; que estos aumentos van a beneficiar solamente a la grande industria y no van a beneficiar al campesinado en general. Nosotros sostenemos que estos aumentos, al contrario, son insuficientes, las estadísticas demuestran a las claras que los productos agrícolas siempre han estado comprándose a un valor muy inferior a su precio real. Estudiando cada uno de los productos, cuando menos los principales básicos de la alimentación del pueblo, vemos con tristeza que el campesino en su miseria ha subsidiado el crecimiento de la industria y de las ciudades, de la población urbana. Así, por ejemplo, el arroz, entre 1960 y 1984, su precio creció en 3,912%, valor nominal, pero en el valor real considerando el decaimiento del valor adquisitivo de la moneda, bajó en un 16%. Y así podemos ver cada uno, la cebada, por ejemplo, bajó en 67% de su valor real del que tenía en 1971; el frijol, entre el 53 y el 84 subió 4,128% pero en valor real bajó en un 38.7%.

Y si estudiamos toda la lista de los insumos agrícolas básicos, veremos que solamente los productos oleaginosos, la soya, la copra, el cártamo, tuvieron un ligero aumento y no muy significativo. La soya sí tuvo un aumento positivo del 12.6% y la copra de un 69%; el cártamo al contrario bajo en un 9.3%.

Ahora bien, la injusticia a los trabajadores del campo, como hemos visto por esas estadísticas, no es reciente, es una injusticia que tiene ya muchos años, es el capitalismo de estado, el cual fija a su arbitrio, detrás de un escritorio, el precio que deben tener los insumos agrícolas, sin tomar en consideración los múltiples conceptos que se deben de analizar para hacer un diagnóstico efectivo o para dejar a la libre concurrencia del mercado el que los conceptos económicos en el campo, sean pagados; es decir, que los insumos económicos sean pagados al precio real del mercado.

Si nosotros comparamos los precios reales actuales que se le pagan al campesino, veremos que comparados con las demás naciones están muy por abajo del precio real que se tiene de los insumos agrícolas, incluyéndose los países más industrializados en los que, por el acopio de agricultura, por acopio de insumos agrícolas, por el acopio de la industria aplicada a la agricultura, deberían de salir a un precio menor del precio de producción que se obtiene en México, con una industria atrasada en donde la mayoría de los insumos industriales se tienen que comprar a las naciones industrializadas.

Si ustedes, compañeros, se toman la molestia, vean el Boletín Informativo de la

Dirección General de Economía Agrícola de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos y comparen los precios actuales de los productos agrícolas, con los precios que privan en las principales naciones y verán que la injusticia al campesino se sigue cometiendo, se le sigue pagando los precios por decreto muy debajo de los precios reales de la producción agrícola en México. Por eso, nosotros creemos que mientan se sigan ejerciendo estas políticas de injusticia, tendremos una lista, una gama de inconformidades como las que hace rato se estaban describiendo en esta tribuna, inconformidades en el pueblo mexicano campesino, porque no es posible que la subsistencia del campesino se base en la injusticia de los decretos que se dan detrás de un escritorio. Muchas Gracias por su atención.

El C. Presidente: - Continúe la Secretaría.

El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:

- Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

El mismo C. Secretario:

Tercer Periodo Ordinario de Sesiones.

LII Legislatura.

Orden del día

25 de octubre de 1984.

Lectura del acta anterior.

El Congreso del estado de Oaxaca invita a la sesión solemne en la que el C. licenciado Pedro Vázquez Colmenares, Gobernador Constitucional del Estado, rendirá su cuarto informe de gobierno, y que tendrá lugar el próximo 30 de octubre.

Invitación de Departamentos del Distrito Federal, al acto cívico que con motivo del CXI aniversario del natalicio de don Francisco I. Madero, tendrá lugar el 30 del actual.

Comunicación de Congreso del estado de Aguascalientes.

Iniciativa

Para derogar el artículo 16 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Minuta

Con proyecto de decreto que reforma la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Por el que solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Alberto Nicolás Vázquez, pueda prestar Servicios en la Embajada Real de Noruega en México.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o., de la Ley que Establece Bases para la Ejecución México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento.

De las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Salubridad y Asistencia, con proyecto de Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto, por el que se concede permiso a la C. María Cristina Orozco para prestar servicios como secretaria en el consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, N.L.

De la comisión de Gobernación y puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por el que se concede permiso al C. Rafael Segovia para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito Civil en grado de Oficialía, que le confiera el Gobierno de la República Francesa."

El C. Presidente (a las 17:25 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves, 25 de octubre, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

DIARIO DE LOS DEBATES