Legislatura LII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19841127 - Número de Diario 29
(L52A3P1oN029F19841127.xml)Núm. Diario:29ENCABEZADO
Diario de los Debates
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"LII" LEGISLATURA
Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, al 21 de septiembre de 1921
AÑO III México, D. F., martes 27 de noviembre de 1984 TOMO III NÚM. 29
SUMARIO
APERTURA
ORDEN DEL DÍA
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE APRUEBA
ASESINATO DEL DIPUTADO ROQUE SPINOSO FOGLIA
Conceptos de la Presidencia en torno a este crimen. Se guarda un minuto de silencio en su memoria
INVITACIÓN
Al LXXIII aniversario de la promulgación del Plan de Ayala, que tendrá lugar el día 28 del actual en el municipio de Ayala, Morelos. Se designa comisión
COMUNICACIONES
De los congresos de Campeche, Oaxaca y Tabasco, relativas a sus funciones legislativas. De enterado
INFORME DE LA DEUDA PÚBLICA
Correspondiente al tercer trimestre de 1984, enviado por las Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se reserva para consulta
MINUTA DEL SENADO
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del código citado. Se turna a comisión
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
BANCO DE DESARROLLO DEL CARIBE
Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco mencionado , y su ejecución. Primera lectura
READAPTACIÓN SOCIAL DE SENTENCIADOS
Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o. 16 y 18 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre la Readaptación nombrada. Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura
LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la ley citada, del fuero común del
Distrito Federal, así como el código de referencia para el Distrito Federal. Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
LEY ORGÁNICA DE LOS FERROCARRILES
Proyecto de la ley citada. Se le dispensa la lectura
A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra, Rodolfo Peña Farber; por la comisión, Alvaro Uribe Salas; en contra, José Encarnación Pérez Gaytán; en pro, Luis Vaquera Gracia; en contra, Florentino Jaimes Hernández; nuevamente, Uribe Salas y Peña Farber; para hechos, Raymundo León Ozuna; nuevamente, Vaquero García; para hechos, Edmundo Jardón Arzate y Andrés Cázares Camacho. Se aprueba con los artículos no impugnados
A discusión en lo particular. A debate los artículos 6o. y 9o. Intervienen, en contra, Francisco Ortiz Mendoza; por la comisión, Alvaro Uribe Salas; nuevamente, Francisco Ortiz Mendoza. Se aprueban en sus términos por mayoría. Pasa al Ejecutivo
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Proyecto de decreto que permite a las CC., Ana Ma. Román Juárez, Yolanda Becerra Hernández y Rebeca Núñez Nava, prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México. Segunda lectura. Se aprueba. Pasa al Senado
Proyecto de decreto que autoriza al C. Federico Fonseca de la Rosa para que pueda prestar servicios en le Embajada de Venezuela en México. Segunda lectura. Se aprueba. Pasa al Ejecutivo
ELECCIONES ULTIMAS EN EL ESTADO DE MÉXICO
El C. Astolfo Vicencio Tovar hace consideraciones en torno a dichas elecciones que se llevaron a cabo el día 11 del mes en curso. A su vez, el C. Antonio Vélez Torres da su punto de vista sobre este asunto
CONSIDERACIONES SOBRE MATERIA INQUILINARIA
Por parte del C. Iván García Solís, quien a nombre de los diputaciones socialistas insiste en que se legisle al respecto. Se turna a comisión
ELECCIONES ULTIMAS EN LOS ESTADOS DE MÉXICO Y YUCATÁN
Nuevamente toca el tema del estado de México el C. Astolfo Tovar; además lo hacen los CC. Antonio Vélez Torres, Francisco Javier González Garza y Enrique Riva Palacio Galicia
Por su parte el C. Octavio Aguilar Camargo comenta las elecciones efectuadas en Yucatán, principalmente se refiere a las efectuadas en la población de Chemax. Sobre el tema el C. Rubén Calderón da a conocer su punto de vista
A su vez, el C. Raymundo León Ozuna se refiere a las elecciones efectuadas en dichos estados y a la protesta de la ley del diputado suplente del C. Víctor Cervera Pacheco que aún no se efectúa
Nuevamente usa de la palabra el C. Aguilar Camargo para referirse a lo expresado por el C. Carlos Rubén Calderón en su anterior intervención
TRAGEDIA DE SAN JUAN IXHUATEPEC
Reflexiones en torno al tema por parte del C. Luis Torres Serranía. Propone se vigile las investigaciones de la Procuraduría sobre los origenes del desastre, se deslinden responsabilidades, se vigile la ayuda material a los damnificados y se tomen medidas para que no vuelvan a ocurrir esta clase de desgracias. Se turna a comisiones
HOMENAJE A AQUILES SERDÁN
Por parte de la C. Rosa Martha Muñuzuri de Garibo, en ocasión del CVII aniversario de su natalicio
ORDEN DEL DÍA
De la sesión próxima. Se levanta la sesión
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. GENARO BORREGO ESTRADA
(Asistencia de 312 ciudadanos legisladores)
APERTURA
El C. Presidente (a las 11:20 horas): -Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada:
"Tercer Periodo Ordinario de Sesiones. 'LII' Legislatura.
Orden del día
27 de noviembre de 1984.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Gobierno del estado de Morelos invita al acto cívico que con motivo del LXXIII aniversario de la proclamación del Plan de Ayala, tendrá lugar el próximo 28 de noviembre.
Comunicaciones de los congresos de los estados de Campeche, Oaxaca y Tabasco.
Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Con el que se remite el informe de la deuda pública correspondiente al tercer trimestre de 1984.
Minuta
Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Procedimientos Penales.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto, que adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, que reforma la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de la Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por el que se concede permiso a las CC. Ana María Román Juárez. Yolanda Becerra Hernández y Rebeca Núñez Nava para que puedan prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, por el que se concede permiso al C. Federico Fonseca de la Rosa para que pueda prestar servicios en la Embajada de Venezuela en México."
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
La misma C. Prosecretaria:
"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día veintitrés de mil novecientos ochenta y cuatro.
Presidencia del C. Genaro Borrego Estrada.
En la ciudad de México, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del viernes veintitrés de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, con asistencia de trescientos sesenta y un ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.
Lectura del orden del día y del acta de la sesión anterior llevada a cabo el día veintiuno del actual, misma que sin discusión se aprueba.
Se da cuenta de los documentos en cartera:
Para los efectos constitucionales, el C. Presidente de la República remite el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al ejercicio fiscal de 1985.
En atención a que este documento ha sido ya distribuido entre los ciudadanos diputados, la Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, le da el siguiente trámite: recibo y la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
El propio señor Presidente de la República envía el proyecto del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1985.
Por las mismas razones del caso anterior, la Secretaría da a este documento trámite siguiente: recibo y a las comisiones unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, y del Distrito Federal.
Encontrándose en el salón de la recepción de esta Cámara de Diputados el C. licenciado Carlos Salinas de Gortari, secretario de Programación y Presupuesto, la Presidencia designa en comisión para introducirlo al salón de sesiones, a los CC. Humberto Lugo Gil, Manuel Cavazos Lerma, Irma Cué de Duarte, Jesús Luján Gutiérrez, Gerardo Medina Valdez, Daniel Angel Sánchez Pérez y Jorge A. Treviño Martínez.
Una vez que la comisión cumple con su cometido, la misma Presidencia expresa que, de conformidad con la fracción IV, párrafo segundo del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
comparece ante la representación nacional, el C. licenciado Carlos Salinas de Gortari.
A continuación, el C. secretario de Programación y Presupuesto aborda la tribuna para exponer los fundamentos y alcances de los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1985.
Después que el C. licenciado Carlos Salinas de Gortari termiba su exposición, la Presidencia le comunica que varios ciudadanos diputados han manifestado el deseo de hacerle preguntas en relación a los presupuestos de egresos en cuestión.
En seguida, los ciudadanos Hugo Díaz Velázquez, Alberto González Domene, José Encarnación Pérez Gaytán, Haidée Eréndira Villalobos Rivera, Ofelia Ramírez Sánchez, Mariano López Ramos, Alfredo Reyes Contreras, Víctor Manuel Torres Ramírez, Héctor Ramírez Cuéllar, Ricardo Antonio Govela Autrey, David Lomelí Contreras, Guillermo Pacheco Pulido, Salvador Castañeda O'Connor, María Teresa Ortuño Gurza y Manuel Cavazos Lerma, formulan al C. secretario de Programación y Presupuesto varias preguntas, a las cuales el señor secretario da respuesta.
Terminadas las interpelaciones de los ciudadanos diputados, la Presidencia agradece al señor secretario de Programación y Presupuesto su presencia en el recinto, donde en un amplio marco de libertad y pluralismo ideológico, se intercambiaron puntos de vista sobre los instrumentos fundamentales para la orientación del desarrollo nacional.
Agrega que el poder público que se ejerce por mandato popular, se funda invariablemente en el derecho y se instituye para beneficio del pueblo. La división de poderes tiene la elevada responsabilidad política y jurídica de garantizarlo, nuestro régimen democrático asegura, de esta manera, que el poder esté sujeto a la Constitución.
Señala que la amplitud, objetividad y calidad de la comunicación entre los poderes, como la que se ha continuado y confirmado el día de hoy, vigoriza nuestra vida democrática.
La misma comisión que introdujo al alto funcionario le acompaña al retirarse del salón.
Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.
A las diecinueve horas y cuarenta y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes veintisiete de los corrientes, a las diez horas.
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba...Aprobada, señor Presidente.
ASESINATO DEL DIPUTADO ROQUE SPINOSO FOGLIA
El C. Presidente: -Honorable Asamblea: La Cámara de Diputados expresa su condena y rechazo a toda forma de violencia y manifiesta su indignación por el crimen de que fue víctima el compañero diputado Roque Spinoso Foglia, el pasado 25 de los corrientes, en el estado de Veracruz. Exige a las autoridades competentes la más exhaustiva investigación respecto al homicidio cometido en la persona de nuestro compañero, y demanda la aplicación rigurosa de la ley para los autores de tan irracional y lamentable hecho delictuoso. Actos aislados como este ignominioso crimen, de manera alguna, alteran el clima de concordia, paz y trabajo que en el marco de la legalidad impera en el campo mexicano.
Roque Spinoso Foglia fue un auténtico luchador social y genuino representante de los trabajadores del campo cañero. Su infatigable acción fue factor determinante para el logro de importantes reivindicaciones sociales en favor de este vigurozo grupo de campesinos mexicanos.
En su memoria, ruego a todos los presentes guardemos un minuto de silencio.
(Minuto de silencio.)
INVITACIÓN
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:
"Cuernavaca, Mor., 19 de noviembre de 1984.
C. diputado Genaro Borrego Estrada, Presidente de la H. Cámara de Diputados. Presente.
Invitamos a usted a la ceremonia que para conmemorar el 73 aniversario de la Promulgación del Plan de Ayala, se verificará en Ciudad Ayala, Municipio del mismo nombre, el próximo 28 de noviembre a las 10:30 horas, en la Plaza de Armas de la población, sita frente el Palacio Municipal.
Atentamente.
El Gobernador Constitucional del estado, doctor Lauro Ortega Martínez.
El Secretario General de Gobierno, licenciado David Jiménez González."
El C. Presidente: -para asistir a este acto, en representación de esta H. Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: Juan Salgado Brito, Emma Victoria Campos Figueroa, Lorenzo García Solís y Heladio Gutiérrez Ortega.
COMUNICACIONES
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada:
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados, Palacio Legislativo, México, D. F.
La Quincuagésima Primera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, previas las formalidades de ley, en sesión celebrada el día de hoy, llevó a cabo la elección de la Mesa Directiva que fungirá durante el mes de noviembre del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:
Presidente: diputado profesor Francisco Ortiz Betancourt.
Vicepresidente: diputado profesor Nicolás Canto Carrillo.
Secretario: diputado profesor Romualdo E. Méndez Huchín. (periodo)
Secretario: diputado José Antonio Puc Puc, (periodo)
Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos legales correspondientes.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Campeche, Cam., octubre 26 de 1984.
Licenciado Lenin S. Rodríguez Cuevas, Oficial Mayor."
Trámite: -De enterado.
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados, Palacio Legislativo, México, D.F.
En cumplimiento de preceptos legales, comunicamos a usted(es) que la LII Legislatura Constitucional del estado en sesión ordinaria efectuada hoy, procedió a la elección de Presidente y Vicepresidente para funcionar en el mes de noviembre próximo, habiendo resultado electos por mayoría de votos los CC. diputados:
Licenciado Rafael Girón Cruz, Presidente.
Guadalupe Santiago Martínez, Vicepresidente.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.
Oaxaca de Juárez, a 26 de octubre de 1984.
Licenciado Delfino Cruz Aquino, diputado secretario; licenciado Rey Luis Matías López, diputado secretario."
Trámite: -De enterado.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada:
"Villahermosa, Tab., a 30 de octubre de 1984.
C. Presidente de la H. Cámara de Diputados, Palacio Legislativo, México, D. F.
Para dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 27 del Reglamento Interno de este H. Congreso, la 'LI' Legislatura del Estado Libre y Soberano de Tabasco, tiene el honor de informar a usted(es) que en sesión pública efectuada el día de hoy. se eligió Presidente y Vicepresidente de la Mesa Directiva que fungirá del 1o. de al 30 de noviembre del presente año, la que quedó integrada en la forma siguiente:
Presidente: diputado profesor Juan Antonio Solís Avalos.
Vicepresidente: diputado Fausto Martínez Riveroll.
Secretario: diputado licenciado Darvin González Ballina.
Prosecretario: diputado Jesús Flores Hernández.
Al comunicarles lo anterior, nos es grata la ocasión para reiterarle(s) las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Licenciada Gladys Ethel Cano Conde, diputada presidente; licenciado Darvin González Ballina, diputado secretario."
Trámite: -De enterado.
INFORME DE LA DEUDA PUBLICA
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:
"México, D. F. 15 de noviembre de 1984.
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados, Palacio Legislativo, México, D. F.
Por instrucciones del C. Presidente de la República y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9o., capítulo III, de la Ley General de Deuda Pública, me permito remitir a ustedes el Informe de la Deuda Pública correspondiente al tercer trimestre de 1984.
El citado documento contiene un análisis comparativo de la evolución observada en los niveles de endeudamiento público y muestra algunos logros económicos alcanzados en la presente administración.
Sin otro particular, ruego a ustedes se sirvan dar cuenta del documento anexo a la H. Cámara de Diputados y en su oportunidad remitirlo a la H. Cámara de Senadores, para los efectos legales respectivos.
Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Secretario de Hacienda y Crédito Público, licenciado Jesús Silva Herzog F."
Trámite: -Recibo y resérvese en el archivo para consulta de los CC. diputados, y córrase traslado a la H. Cámara de Senadores.
MINUTA DEL SENADO
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada:
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados, Presentes.
Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a ustedes, el expediente que continua la Minuta Proyecto de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, D. F., a 23 de noviembre de 1984.
Rafael Armando Herrera Morales, S. S.; Mariano Palacios Alcocer, S. S."
"DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
Artículo 1o. Se reforman los artículos 58, 119, 134, 142, 149; 150, 152, 154, 155, 156, 160, 161, 163, 164, 206, 207, 208, 222, 233, 242, 291, 362, 363, 365, 367, 494, 558, 560, 561 y 567, para quedar como sigue:
Artículo 58. Los exhortos dirigidos a los tribunales extranjeros se remitirán, con aprobación de la Suprema Corte de Justicia, por la vía diplomática al lugar de su destino. Las firmas de las autoridades que los expidan serán legalizadas por el Presidente o Secretario General de Acuerdos de aquélla y las de estos servidores públicos por el Secretario de Relaciones Exteriores o el servidor público que él designe.
Artículo 119. Cuando la denuncia o la querella que presenten por escrito, el servidor público que conozca de la averiguación, deberá asegurarse de la identidad del denunciante o querellante, de la legitimación de este último, así como de la autenticidad de los documentos en los que aparezca formulada la querellas y en los que se apoyen ésta o la denuncia.
En todo caso, el servidor público que reciba una denuncia o una querella formuladas verbalmente o por escrito, requerirá al denunciante o querellante para que se produzcan bajo propuesta de decir verdad, con el apercibimiento a que se refiere el artículo 118 y les formulará las preguntas que estime conducentes.
Artículo 134. ..
Se entenderá que el inculpado queda a disposición del juzgador, para los efectos constitucionales y legales correspondientes, desde el momento en que el Ministerio Público lo ponga a disposición de aquél en la prisión preventiva o en el centro de salud en el que se encuentre. El Ministerio Público dejará constancia de que el detenido quedó a disposición de la autoridad judicial y entregará copia de aquélla al encargado del reclusorio o del centro de salud, quien asentará da y hora del recibo.
Artículo 142. El Tribunal ante el cual se ejercite la acción penal, radicará de inmediato el asunto. Sin más trámite le abrirá expediente en el que resolverá lo que legalmente corresponda y practicará sin demora alguna, todas las diligencias procedentes que promuevan las partes.
Si durante el plazo de 10 días, contados a partir del día en que se haya hecho la consignación, el juez no dicta auto de radicación en el asunto, el Ministerio Público podrá recurrir en queja ante el Tribunal Unitario de Circuito que corresponda.
El juez ordenará o negará la aprehensión o la comparecencia solicitada por el Ministerio Público dentro de 15 días contados a partir del día en que se haya acordado la radicación. Si no se resuelve oportunamente sobre este punto, el Ministerio Público procederá en los términos previstos en la parte final del párrafo anterior.
Artículo 149. ..
Para los efectos de este artículo, se resolverá y diligenciará el embargo, notificando de inmediato al inculpado sobre la medida precautoria dictada, para desahogar la audiencia prevista en el párrafo anterior.
Se entiende que el inculpado se encuentra sustraído a la acción de la justicia a partir del momento en que se dicta en su contra orden de aprehensión, reaprehensión o camparecencia, y hasta en tanto de ejecuta ésta.
Artículo 150. Cuando el tribunal considere agotada la averiguación, lo determinará así mediante resolución que se notificará personalmente a las partes, y mandará poner el proceso a la vista del Ministerio Público por cinco días, y por otros cinco a la del acusado y su defensor, para que promuevan las pruebas que estimen pertinentes y que puedan practicarse dentro de los quince días siguientes al en que se notifique el auto que recaiga a la solicitud de la prueba. Según las circunstancias que aprecie el juez en la instancia, podrá ampliar el plazo de desahogo de pruebas hasta por diez días más.
Se declarará cerrada la instrucción cuando, habiéndose resuelto que la averiguación quedó agotada, conforme a lo previsto en el párrafo anterior, hubiesen transcurrido los plazos que se citan en este artículo o las partes hubieran renunciado a ellos.
Artículo 152. En los casos de delitos cuya pena exceda de seis meses de prisión o la aplicable no sea corporal, después de dictado el auto de formal prisión o el de sujeción a proceso, se procurará agotar la averiguación dentro de quince días. Una vez que el tribunal la estime agotada, dictará resolución citando a la audiencia a que se refiere al artículo 307 y se estará a lo dispuesto en la fracción I del artículo 367.
En el auto de formal prisión o de sujeción a proceso, según corresponda, el juez de oficio, resolverá la apertura del procedimiento sumario en el que se procurará agotar la instrucción dentro del plazo de treinta días, cuando se esté en cualquiera de los siguientes casos:
I. ..
II. ..
III. ..
..
Artículo 154. La declaración preparatoria comenzará por los generales del inculpado, en los que se incluirán también los apodos que tuviere. Acto seguido se le hará saber el derecho que tiene para defenderse por sí o por persona de su confianza, advirtiéndole que si no lo hiciere, el juez le nombrará un defensor de oficio. A continuación se impondrá de la naturaleza y causas de la acusación; se le hará conocer la querella, si la hubiere, así como los nombres de sus acusadores y testigos que depongan en su contra; se le examinará sobre los hechos que motiven la averiguación, para lo cual se adoptará la forma que se estime conveniente y
adecuada al caso, a fin de esclarecer los hechos consignados así como la participación y las circunstancias personales del inculpado; y se le dará a conocer la garantía que le otorga la fracción I del artículo 20 constitucional y, en su caso, el derecho y forma de solicitar su libertad bajo protesta. Si el inculpado decidiera no rendir su declaración preparatoria o rehusare a declarar, el juez deberá explicarle la naturaleza y el alcance legales de esta diligencia, dejando constancia de ello en el expediente. Acto seguido, el juez careará al inculpado con los testigos que depongan en su contra, si estuviesen en el lugar del juicio y fuese posible tomarles declaración y practicar el careo, para que el inculpado pueda hacerles todas las preguntas conducentes a su defensa.
Artículo 155. La declaración preparatoria se rendirá oralmente por el inculpado, sin que se aconsejado o asesorado por persona alguna en el momento de rendirla, salvo en la que respecta a las informaciones u orientaciones que legalmente deba darle el juzgador. El inculpado podrá dictar sus declaraciones pero si no lo hiciere, las redactará con la mayor exactitud posible el juzgador que practique la diligencia. Si fueran varios los inculpados por los mismos hechos se les tomará declaración por separado, en una sola audiencia. Cuando haya diversos inculpados que deban rendir declaración, el juez adoptará las medidas precautorias previstas en el artículo 257.
Artículo 156. Tanto la defensa como el Agente del Ministerio Público, quien deberá estar presente en la diligencia, podrán interrogar al inculpado. Las preguntas que se hagan a éste deberán referirse a hechos propios, se formularán en términos precisos y cada una abarcará un solo hecho, salvo cuando se trate de hechos complejos en que por la íntima relación que exista entre ellos pueda afirmarse o negarse uno sin afirmar o negar el otro. El juez podrá disponer que los interrogatorios se hagan por su conducto cuando lo estime necesario, y desechará las preguntas que a su juicio sean capciosas o inconducentes, pero la pregunta y la resolución judicial que la deseche se asentarán en el expediente, cuando así lo solicite quien la hubiese formulado. Esta resolución sólo será revocable.
Artículo 160. ..
Si el inculpado designare a varios defensores, éstos deberán nombrar en el mismo acto a un representante común, y si no lo hicieren, en su lugar lo determinará el juez.
Artículo 161. Dentro de las setenta y dos horas siguientes al momento en que el inculpado quede a disposición del juez, se dictará el auto de formal prisión cuando de lo actuado aparezcan acreditados los siguientes requisitos:
I. Que se haya tomado declaración preparatoria del inculpado, en la forma y con los requisitos que establece el capítulo anterior, o bien que conste que el expediente que aquél se rehusó a declarar;
II. Que esté comprobado el cuerpo del delito que tenga señalado sanción privativa de libertad;
III. Que en relación a la fracción anterior, esté demostrada la presunta responsabilidad del acusado, y
IV. ..
Artículo 163. Los autos a que se refieren los dos artículos anteriores se dictarán por el delito que realmente aparezca comprobado, tomando en cuenta sólo los hechos materia de la consignación, y considerando la descripción típica legal y la presunta responsabilidad correspondientes, aun cuando con ello se modifiquen la clasificación hecha en promociones o resoluciones anteriores. Dichos autos serán inmediatamente notificados, en forma personal, a las partes.
Artículo 164. El auto de formal prisión se notificará al jefe o responsable del establecimiento donde se encuentre detenido el inculpado. Si este funcionario no recibe copia autorizada de la mencionada resolución dentro de las setenta y dos horas siguientes al acto en que se puso al acusado a disposición de su juez, dará a conocer por escrito esta situación al citado juez, y al Ministerio Público en el momento mismo de concluir el plazo, y si no obstante no recibe la copia autorizada del auto de formal prisión dentro de las tres horas siguientes, pondrá en libertad al inculpado. De todo ello se dejará constancia en el expediente del proceso.
Artículo 206. Son admisibles todos los medios de prueba que no sean contrarios a Derecho. No se admitirán probanzas que no tengan relación con la materia del proceso o no sean idóneas para esclarecer hechos controvertidos en éste. La admisión y la práctica de las pruebas se ajustarán a los requisitos o procedimientos legalmente establecidos. Quien ofrece la prueba debe proporcionar los elementos de que se disponga para este efecto, precisar las circunstancias necesarias para el desahogo de aquélla e indicar la finalidad que con la misma se persigue, relacionando la prueba con los hechos que se pretenden acreditar.
Artículo 207. ..
Para el desahogo de este medio son aplicables las reglas que señalan los artículos 155 y 156.
Artículo 208. Es materia de la inspección todo aquello que pueda ser directamente apreciado por la autoridad que conozca del asunto. La inspección debe ser practicada invariablemente, bajo pena de nulidad, con la asistencia del Ministerio Público o, en su caso, del juez, según se trate de la averiguación previa o del proceso. Para su desahogo se fijará el día, hora y lugar, y se citará oportunamente a quienes hayan de concurrir, los que podrán hacer al funcionario que la practique las observaciones que estimen convenientes, que asentarán en el expediente si así lo solicitan quien las hubiese formulado o alguna de las partes. Si el Ministerio Público o el juez lo consideraran necesario, se harán
acompañar de testigos y asistir de peritos que dictaminarán según su competencia técnica.
Cuando por la complejidad de la inspección haya necesidad de preparar el desahogo de ésta, el Ministerio Público o el juez podrán ordenar que alguno de sus auxiliares realice los trámites conducentes a precisar la materia de la diligencia y a desarrollar ésta en forma pronta y expedita, conforme a las normas aplicables.
Artículo 222. Con independencia de las diligencias de pericia desahogadas en la averiguación previa, la defensa y el Ministerio Público tendrán derecho a nombrar hasta dos peritos en el proceso, para dictaminar sobre cada punto que amerite intervención pericial. El tribunal hará saber a los peritos su nombramiento y les ministrará todos los datos que fueren necesarios para que emitan su opinión.
Artículo 233. Corresponde sólo al funcionario que practique las diligencias hacer a los peritos las preguntas que resulten pertinentes sobre la materia objeto de la pericia; les dará por escrito o palabra, pero sin sugestión alguna, los datos que tuviere y hará constar estos hechos en el acta respectiva.
Artículo 242. Toda persona que sea testigo está obligada a declarar con respecto a los hechos investigados. Las preguntas que formulen las partes deverán guardar relación con los hechos. El tribunal desechará las preguntas impertinentes o inconducentes para los fines del proceso. El auto de desechamiento sólo será revocable. En todo caso el testigo dará razón de su dicho.
Si el testigo no comparece a la primera cita, sin causa justificada, el juez ordenará que sea presentado a declarar por medio de la Policía Judicial.
Artículo 291. ..
Transcurrido el paso al que se refiere el párrafo anterior sin que el Ministerio Público haya presentado conclusiones, el juez deberá informar al Procurador acerca de esta omisión , para que dicha autoridad formule u ordene la formulación de las conclusiones pertinentes, sin perjuicio de disponer las medidas diciplinarias que correspondan.
Artículo 362. El plazo para interponer el recurso de renovación y ofrece pruebas será de cinco días, contados a partir de que surta efectos la notificación de la resolución que se impugna.
El tribunal resolvera el recurso oyendo a las partes en una audiencia que se efectuará dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación que se haga a la parte que no interpuso el recurso, acerca de la administración de éste. En la audiencia se desahogarán las pruebas ofrecidas se escucharán a las partes y se dictará resolución, con la que no procede recurso alguno. Si no es posible que en esa audiencia concluya el dasahogo de pruebas, el juez podrá convocar, por una sola vez, a otra audiencia.
Artículo 363. El recurso de apelación tiene por objeto examinar si en la resolución requerida no se aplico la ley correspondiente o se aplicó ésta inexactamente, si se violarón los principios reguladores de la valoración de la prueba o si se alterarón los hechos.
Artículo 365. El inculpado y su defensor, así como el ofendido y sus legítimos defensores, cuando aquél coadyuve con el Ministerio Público para efectos de la reparación de daños y perjuicios. En este caso, la apelación se contraerá a lo relativo en la reparación de daños y perjuicios y a las medidas precautorias conducentes a asegurarla.
Artículo 367. Son apelables en el efecto devolutivo:
I. Las sentencias definitivas que absuelven al acusado, excepto las que se pronuncien relación con delitos punibles con no más de seis meses de prisión o con pena no privativa de libertad, en los términos del primer párrafo del artículo 152;
II. ..
III. Los autos en que se niegue o conceda la suspensión del procedimiento judicial; los que concedan o nieguen la acumulación de autos; los que decreten o nieguen la separación de autos; los que concedan o nieguen la recusación;
IV. Los autos de formal prisión; los de sujeción proceso; los que faltan de elementos para procesar o desechen el ofrecimiento de una prueba, y aquéllos en que el juez disponga sin que medie solicitud de parte, el desahogo de alguna prueba;
V. ..
VI. El auto en que se niegue la orden de aprehensión y el que se niegue la citación para preparatoria;
VII. Los autos que nieguen el cateo, las medidas precautorias de carácter patrimonial o al arraigo del indicado;
Los autos en que un tribunal se niega a declarar su incompetencia por declinatoria, o librar el oficio inhibitorio a que se refiere el artículo 436, y.
IX. Las demás resoluciones que señala la ley.
Artículo 494. Los incidentes cuya tramitación no se detalle en este Código y que, a juicio del tribunal, no puedan resolverse de plano y sean de aquéllos que deban suspender el curso del procedimiento, se substanciarán por separado y del modo siguiente: se dará vista de la promoción del incidente a las partes, para que contesten en el acto de la notificación o a más tardar dentro de los tres días siguientes. Si el tribunal lo creyere necesario, o alguna de las partes lo pidiere, se abrirá término de prueba que no exceda de cinco días, después de los cuales se citará para una audiencia que se verificará dentro de los tres siguientes. Concurran o no las partes, el tribunal fallará desde luego el incidente.
Artículo 558. El indulto se podrá proceder cuando el solicitante hubiere prestado importantes servicios a la Nación. En este caso, el condenado ocurrirá al Ejecutivo por conducto del órgano que conduce la ley, con su
instancia y con los justificantes de los servicios prestados.
Artículo 560. El reconocimiento de la inocencia del sentenciado se basa en algunos de los motivos siguientes:
I. ..
II. ..
III. ..
IV. ..
V. Cuando el reo no hubiere sido condenado por los mismos hechos en dos juicios diversos,. En este caso será nula la segunda sentencia, y
VI. ..
Artículo 561. El sentenciado que se crea con derecho a obtener el reconocimiento de su inocencia, ocurrirá a la suprema Corte de Justicia, por escrito donde se expondrá la causa en que funda su petición, acompañando las pruebas que correspondan o protestando exhibirlas oportunamente. Sólo será admitida la prueba fundamental, salvo de que se trate del caso a que se refiere la fracción III del mismo artículo anterior.
Artículo 567. Se declara fundada, se remitirá original el expediente al Ejecutivo de la Unión por conducto de la Secretaría de Gobernación, para que sin más trámite, reconozca la inocencia del sentenciado. Artículo 2o. Se adicionan los artículos 27-bis y 398-bis, en los siguientes términos.
Artículo 27-bis. Las actuaciones serán nulas cuando carezcan de alguna de las formalidades esenciales que prevenga la ley, de manera que se cause perjuicio a cualquiera de las partes, así como cuando la ley expresamente determine la nulidad. Esta no podrá ser invocada por quien dio lugar a ella. La nulidad de una actuación se reclamará por la parte que la promueva, en la actuación subsecuente en que ésta deba intervenir, y se substanciará conforme al procedimiento previsto para los incidentes no especificados. Cuando se resuelva la nulidad del acto, serán igualmente nulas las actuaciones posteriores al acto anulado que se derivan precisamente de éste. Las resoluciones que se resuelvan sobre la nulidad invocada, serán apeladas con efecto devolutivo.
Artículo 398-bis. El recurso de queja procede contra las conductas omisas de los jueces de distrito que no radiquen una averiguación o no resuelvan respecto al libramiento o negativa de la orden de aprehensión o de comparecencia, en los términos que alude el artículo 142.
La queja podrá interponerse en cualquier tiempo a partir de que hubieran transcurrido los términos establecidos en el artículo 142 y la interpondrá por escrito ante el tribunal unitario de circuito que corresponda.
El tribunal unitario de circuito en el término de 48 horas le dará entrada al recurso y requerirá al juez de distrito, cuya conducta omisa haya dado lugar al recurso, para que rinda informe dentro del término de tres días.
Transcurrido este término, con informe o sin el, se dictará la resolución que procede y se estima fundado el recurso, el tribunal unitario requerirá al juez de distrito, para que cumpla las obligaciones determinadas en el artículo 142. La falta del informe a que se refiere el párrafo anterior, establece la presunción de ser cierta la omisión atribuida y hará incurrir al juez en multa de diez a cien veces el salario mínimo vigente en el momento y lugar en que hubiera ocurrido la omisión.
Artículo 3. Se deroga el artículo 557.
Artículo 4. Se adiciona el capitulo IV del Título décimo, para quedar como sigue:
CAPITULO IV
Queja
Artículo 5. Se modifica la denominación del capítulo VI del Título décimotercero, para quedar como sigue:
CAPITULO VI
Indulto y reconocimiento de la inocencia del sentenciado
TRANSITORIO
Artículo único. El presente decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.-México, D. F., a 23 de noviembre de 1984.
Salvador J. Neame Castillo, S. P.; Rafael Armando Herrera Morales, S. S.; Mariano Palacios Alcocer, S. S,"
Trámite:-Recibo y a la Comisión de Justicia.
DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
BANCO DE DESARROLLO DEL CARIBE
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:
"Honorable Asamblea: el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades que le otorga la fracción I del artículo 71 de la Constitución General de la República, remitió a esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, como Cámara de origen, la iniciativa de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su ejecución.
A la Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, y habiendo revisado las disposiciones consideradas en el proyecto de decreto y después de haber sido discutidas por sus integrantes, con fundamento en los artículos 54, 56, y 64 de la Ley Orgánica
del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía el presente
DICTAMEN
Nuestro país ha sido miembro del Banco de Desarrollo del Caribe, apartir del 5 de enero de 1982, fecha de publicación del decreto correspondiente, publicado en el Diario Oficial de la Federación.
La adición de un segundo párrafo al artículo 4o. de la ley antes mencionada, tiene el propósito de permitir una reposición de capital al Fondo Especial de Desarrollo de dicho Banco, destinado a apoyar los recursos concesionales del mismo, mediante una aportación de moneda libremente convertible, por 5 millones de dólares de los Estados Unidos de América. Dicha reposición se justifica en virtud de las siguientes consideraciones:
El Banco de Desarrollo del Caribe es un organismo que mantiene como propósito fundamental el de contribuir al crecimiento económico y al desarrollo de los países miembros del Caribe, así como promover la cooperación económica e integración de los mismos, dando especial atención a las necesidades de los países menos desarrollos en la región.
En el periodo 1970-1983, del financiamiento total otorgado por el Banco de Desarrollo del Caribe, un 67.5% fue concebido en términos concesionales y un 32.5% fueron créditos no concesionales.
Los recursos concesionales fueron canalizados prioritariamente a los países de menor desarrollo relativo de la región.
El Banco de Desarrollo del Caribe ha considerado necesario contar con recursos adicionales de carácter concesional para satisfacer su programa de préstamos correspondiente al periodo de 1984-1988.
En atención a que el Gobierno de México ha mantenido una posición favorable en le fortalecimiento de las instituciones financieras regionales e internacionales y ha apoyado sistemáticamente el cumplimiento oportuno de las reposiciones de fondos, a efecto de proteger la oportuna tranferencia de recursos para el desarrollo.
La XIV Asamblea de Gobernadores del Banco de Desarrollo del Caribe aprobó una resolución en la que se recomienda la aplicación de recursos consecionales de la institución, mediante aportaciones adicionales por parte de los países miembros.
En tal efecto y de acuerdo a las proyecciones financieras del Banco se considera conveniente que México mantenga la misma participación que Colombia y Venezuela, por lo que se ha sugerido a cada uno de estos países una reposición como la ya antes mencionada.
Por otra parte, es de observarse que nuestro país ha propuesto que dicha reposición sea efectuada con los mismos términos establecidos en el convenio de Aportación al Fondo Especial para el Desarrollo que México tiene celebrado con el Banco, por lo que dicha reposición debe efectuarse 50% en dólares de los Estados Unidos de América y 50% en moneda nacional, a fin garantizar que parte de los recursos se destinen a la compra de bienes y servicios mexicanos.
Tomando en cuenta los propósitos de la iniciativa y los objetivos del Banco de Desarrollo del Caribe, la Comisión considera:
a) Que es indispensable aumentar los recursos concesionales del Banco, fortaleciendo su capacidad de préstamos a través de las disposiciones de recursos, para satisfacer las necesidades apremiantes de los países de menor grado de desarrollo relativo en la región.
b) Que la participación de México mediante una reposición de capital al Fondo Especial de Desarrollo del Banco, es una muestra de solidaridad con los países más pobres, un deseo de lograr una mayor interrelación y cooperación entre los países, y el fortalecimiento de las instituciones financieras internacionales.
Por las razones anteriores, esta Comisión estima debidamente fundada la iniciativa del Ejecutivo Federal en materia de este dictamen y se permite someter a la consideración de esa honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de
DECRETO QUE ADICIONA UN SEGUNDO PARRAFO AL ARTÍCULO 4o. DE LA LEY QUE APRUEBA LA ADHESIÓN DE MÉXICO AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO DE DESARROLLO DEL CARIBE Y SU EJECUCIÓN.
Artículo primero. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución, para quedar en los siguientes términos:
"Artículo 4o. ..
Asimismo, el Banco de México cubrirá, con la garantía del Gobierno Federal, el equivalente a U. S Dls. 5'000,000.00 (cinco millones de dólares moneda de los Estado Unidos de América) correspondientes a la primera reposición de capital citado Fondo Especial para el desarrollo, mediante cinco pagos anuales a partir de 1985.
TRANSITORIOS
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La primera reposición de capital de México al Fondo Especial de Desarrollo del Banco de Desarrollo del Caribe, se realizará en cinco pagos anuales, iguales y sucesivos a partir de 1985 y serán pagaderos 50% en dólares de los Estados Unidos de América y 50% en su equivalente en pesos mexicanos.
Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados.-México, D. F., a 27 de noviembre de 1984.
Diputado: Jorge A. Treviño, Ricardo H. Cavazos Galván, Miguel Angel Acosta Ramos, Juan Mariano Acoltzin Vidal, Hermenegildo Anguiano Martínez,Manlio Fabio Beltrones, Javier Bolaños Vázquez, Ma. Luisa Calzada de Campos, Manuel Cavazos Lerma, Abraham Cepeda Izaguirre, Rolando Cordera Campos, Jorge Luis Chávez Zárate, Antonio Fabila Meléndez, Alberto, González Domene, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Sergio Lara Espinoza, Enrique León Martínez, Raúl López García, Edmundo Martínez Zaleta, Miguel Angel Olea Enriquez, Leopoldino Ortiz Santos, David Orosco Romo, José Luis Peña Loza, Héctor Perfecto Rodríguez, Héctor Ramírez Cuéllar, Eulalio Ramos Valladolid, Francisco Rodríguez Pérez, Pedro Salinas Guzmán, Alberto Santos de Hoyos, Dulce Ma. Sauri Riancho, Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, Carlota Vargaz Garza, Salvador Valencia Carmona, Raúl Vélez García, Haydée Eréndira Villalobos Rivera".
Trámite: -Es de primera lectura.
READAPTACIÓN SOCIAL DE SENTENCIADOS
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnada para estudio y dictamen la minuta proyecto de decreto del Senado que reforma le Ley que establece las Normas Mínimas sobre readaptación Social de Sentenciados.
El dictamen de las comisiones unidas, Segunda de Gobernación, Segunda de Justicia y Tercera Sección de Estudios Legislativos de la Cámara de origen, acoge en lo esencial las consideraciones expresadas al respecto en la iniciativa presentada por el Titular del Poder Ejecutivo Federal, pues las reformas y adiciones propuestas, basadas en la preocupación constante del presente régimen de revisar tan profundamente como sea posible el orden normativo vigente para auspiciar la recta procuración e importación de justicia en beneficio de los gobernadores, tienden a armonizar la legislación aplicable, complementar y clarificar ciertos preceptos de la ley de que se trata, y a definir las necesidades que deben corresponder a la autoridad competente para que esté en aptitud de ejecutar las nuevas sanciones substitutivas de la prisión o multa, medidas de aplicación autónoma y medios pare el tratamiento de inimputables que, entre otras diversas e importantes reformas de relevante interés jurídico y social al Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común, y para toda la República en Materia Federal, aprobó el honorable Congreso de la Unión, durante el periodo ordinario de sanciones 1983.
Las reglas básicas en materia de ejecución de sanciones, por lo que toca a los reos del Fuero Federal y del Fuero Común del Distrito Federal, se hallan contenidas en la citada Ley sobre Readaptación Social de Sentenciados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 1971.
La iniciativa plantea, en primer lugar, la adición de un párrafo al artículo 3o. del invocado ordenamiento mediante el cual se reconoce a la Dirección General de Servicios Generales Coordinados de Prevención y Readaptación Social órgano ejecutor dependiente de la Secretaría de Gobernación, la potestad de poner en práctica las nuevas sanciones contempladas en la reforma sustantiva de referencia, destacandose con toda precisión que esta facultad habrá de desarrollarse con apego en los dispositivos de la sentencia judicial inherente, de tal modo que la autoridad administrativa no puede, por sí misma, hacer sustituciones a la pena de prisión o la multa, no previstas por el juez. Asimismo se le encomienda la ejecución de las de tratamiento que el resolutor aplique en su fallo, así como la de las medidas impuestas e inimputables, sin perjuicio de la intervención que en su caso y opurtunidad deba tener la autoridad sanitaria. Los cuatro párrafos restantes, de que actualmente goza dicho artículo 3o., se mantienen sin cambio.
En segundo lugar, la iniciativa propone la reforma del artículo 16, con el fin de resolver los problemas que desde hace tiempo han surgido acerca del cómputo de plazas para la libertad preparatoria y la remisión parcial de la pena privativa de libertad, respectivamente, determinandose, ante todo, que el cómputo en cuestión se hará en el orden que beneficie al reo, sin que el sistema correspondiente pueda quedar en caso alguno sujeto a normas reglamentarias o a disposiciones de las autoridades encargadas de la custodia y de la readaptación social. Por otra parte, se adiciona tres párrafos más y mediante ellos se introducen trascendentales mejoras al procedimiento para regular la remisión parcial de la pena en lo concerniente a su otorgamiento o negativa. Tales novedades consisten, substancialmente, en excluir la personalidad de que los reglamentos carcelarios instituyan sistemas propios o autónomos para conceder al sentenciado la remisión; en condicionar el disfrute de esa ventaja a la reparación de los daños y perjuicios que el reo hubiera causado a la víctima, o a la garantía de cubrirlos; en incorporar lineamientos de conducta que el interno deberá observar con apego a las reglas del artículo 84, en lo conducente, del Código Penal a que se ha hecho mérito señalando que la remisión parcial de pena es revocable en los casos y al tenor del procedimiento previsto para la revocación de la libertad preparatoria, cuando el beneficiario deja de cumplir los requisitos impuestos o incurre en nuevo delito.
Por último, en la iniciativa presidencial se solicita agregar un párrafo al artículo 18, para estatuir con la nitidez aconsejable, que la libertad provisional de los procesados se sujeta exclusivamente a la autoridad judicial, en los términos de las disposiciones legales pertinentes, superando así erróneas interpretaciones, constitucionalmente inadmisibles, a través de las cuales se había intentado facultad a la autoridad administrativa para establecer y manejar por sí misma, sin intervención judicial, un régimen independiente de libertad provisional, confundiendo conceptos propios de la prisión preventiva, con otros que lo son de la pena primitiva de libertad impuesta en la sentencia. La Colegisladora estimó necesario que indicara de manera específica a que autoridad administrativa se refería esta adición, y con ese propósito modifico el párrafo relativo aclarando que se trata únicamente de la autoridad administrativa encargada de los reclusorios.
El examen de la iniciativa enviada a la cámara Alta por el Ejecutivo Federal y el análisis cuidadoso del dictamen y de la minuta proyecto de decreto que nos ocupa, permitiendo a esta Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, aseverar que las modificaciones legales sugeridas obedecen al compromiso contraído por el Estado de renovar y fortalecer el ámbito de la justicia penal que la dinámica social reclama. En tales documentos campean alentadores signos de modernidad y equidad que habrá de propiciar, sin duda, una administración de justicia cada vez más limpia, eficaz y verdadera.
En tal virtud con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal; 54, 56, 64 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales propone a esta honorable Asamblea la aprobación del siguiente
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MÍNIMAS SOBRE READAPTACIÓN SOCIAL DE SENTENCIADOS.
Artículo único. Se reforman y adiciona los artículos 3, 16 y 18 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, para quedar como sigue:
Artículo 3o. ..
La dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social tendrá a su cargo, asimismo, la ejecución de las sanciones que, por sentencia judicial, sustituya la pena de prisión o la multa, y las de tratamiento que le juzgador aplique, así coma la ejecución de las medidas impuestas a inimputables, sin perjuicio de la intervención a que este respecto deba tener, en su caso y oportunidad, la autoridad sanitaria.
Artículo 16. ..
La remisión funcionará independientemente de la libertad preparatoria. Para este efecto, el cómputo de plazos hará en el orden que beneficie al reo. El Ejecutivo regulará el sistema de cómputo para la aplicación de este precepto que en ningún caso quedará sujeto a normas reglamentarias de los establecimientos de reclusión o disposiciones de las autoridades encargadas de la custodia y la readaptación social.
El otorgamiento de la remisión se condicionará, además de lo previsto en el primer párrafo de este artículo, que el reo repare los daños y perjuicios causados o garantice su reparación, sujetándose a la forma, medidas y términos que se fijen para dicho objeto, si no puede cubrirlas desde luego.
Al disponer la remisión, la autoridad que la conceda establecerá las condiciones que deba observar el reo, conforme a lo estipulado en los incisos a) a d) de la segunda parte del artículo 84 del Código penal.
La remisión es revocable por la autoridad que la otorga, en los casos y conforme a al procedimiento dispuesto para la revocación de la libertad preparatoria.
Artículo 18. ..
La autoridad administrativa encargada de los reclusorios no podrá disponer, en ningún caso, medidas de liberación provisional de procesados. En este punto se estará exclusivamente a lo que resuelva la autoridad judicial a la que se encuentra sujeto el procesado, en los términos de los preceptos legales aplicables a al prisión preventiva y a la libertad provisional.
TRANSITORIO.
Artículo único. El presente decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión .- México, D. F. a 27 de noviembre de 1984.
Humberto Lugo Gil, presidente; Mario Vargas Saldaña, secretario; José Luis Caballero Cárdenas, Rafael Aguilar Tlamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Javier Bolaños Vázquez, Jorge Canedo Vargas, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Rubén Castro Ojeda, Arnoldo Córdova, Jorge Cruckshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Alfonso Gaytán Esquivel, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, José Luis Lamadrid Sauza Raúl Lemus García, Alejandro
Lambretón Narro, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Víctor Manuel Torres Ramírez, Salvador Valencia Carmona."
El C. Presidente. - En atención a que este dictamen se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura del dictamen.
Es de primera lectura.
LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
"Comisión de Justicia. Ç
Honorable Asamblea: a la Comisión de Justicia fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de decreto del Titular del Poder Ejecutivo Federal que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal y del correspondiente Código de Procedimientos Civiles.
Dicha iniciativa, resultado de la comunicación permanente del Ejecutivo con amplios y variados sectores de la sociedad, como aconteció durante la Consulta Nacional sobre Administración de Justicia, y de su estrecha relación con quienes tienen directamente a su cargo la prestación de tan importante servicio público, propone, en lo esencial, nuevos avances para mejorar la Ley Orgánica de los Tribunales del Distrito Federal, cuyas reformas y adiciones aprobó en fecha reciente el honorable Congreso de la Unión, sin perjuicio de que, con apoyo en un análisis más profundo y detallado, se procure en su oportunidad, la sustitución total de la mencionada Ley Orgánica, Plantea, asimismo, algunas reformas al Código de Procedimientos Civiles para la capital del País, con el propósito de adecuarlo a las modificaciones de la ley a que se ha hecho mérito, y de asegurar la seriedad y pertinencia de diversos actos procesales.
La vigente Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de 29 de enero de 1969, ha sufrido reformas por decretos aparecidos en los Diarios Oficiales de 18 de marzo de 1971, 5 de marzo de 1974, 23 de diciembre de 1974, 30 de diciembre de 1975 y 27 de diciembre de 1983, que importan los decisivos cambios para agilizar el procedimiento, evitar abusos y desterrar en lo posible conductas antijurídicas de aquéllos a quienes interesa más su beneficio personal que el bienestar social.
Las reformas a la ley de referencia que ahora se proponen, obedecen al clamoroso anhelo popular de que la administración de justicia sea cada vez más recta, ordenada y expedita, así como la necesidad de que los encargados de realizarla, satisfagan los requisitos ineludibles de elevada actitud de conciencia, ilustrado criterio, limpieza de juicio y honradez ejemplar, inherentes a tan grave y trascendental función del Estado. En efecto, las autoridades encargadas de hacer justicia, deben corresponder a la dignidad de su misión suprema con acendrada responsabilidad y firme independencia, sin olvidar jamás que la moralidad constituye la base esencial en que descansa la vida de la República.
La iniciativa en cuestión introduce modificaciones que atañen, sustancialmente, a la integración del Tribunal Superior, formación profesional de los servidores públicos de la administración de justicia, turno judicial y actuación procesal de las partes, servicio médico forense, unidad de trabajo social, y otros concernientes de modo general a la actualización de conceptos conforme a la práctica de los tribunales, a la correcta terminología legal, a la nueva denominación de ciertas dependencias gubernamentales y a la concordancia con distintos mandamientos recientes de la Constitución Federal, del Código Penal y del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, tanto como la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, culminando con la supresión, en la Ley Orgánica que nos ocupa, del capítulo relativo a delitos oficiales, por estar previstos ya en otros ordenamientos.
Por lo que toca a la integración del Tribunal Superior de Justicia se aumenta el número de magistrados, autorizando, además el funcionamiento de una Sala Auxiliar, construida con magistrados supernumerarios en forma semejante a la que ya existe en la honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación. La Comisión que suscribe estima plenamente justificado este aspecto de la iniciativa, habida cuenta del crecimiento de la población, la moderna complejidad de las relaciones sociales y la debida atención de las causas civiles, familiares y penales que todo ello trae consigo. Se reglamentan en mejor forma y más sistemáticamente algunas de las facultades del Pleno del Tribunal, a fin de alcanzar mayor eficiencia en el
cabal cumplimiento de sus atribuciones. Se amplia la obligación del Presidente del Tribunal para organizar y vigilar el funcionamiento no sólo de las oficialías de partes, sino respecto de todas las dependencias judiciales y administrativas que requiere la nueva estructura del Tribunal.
Por otro lado, tomando en cuenta siempre las cargas reales de trabajo y las posibilidades del erario, se plantean modificaciones que hagan factible el ajuste en el número de auxiliares judiciales, sin tener que reformar la Ley Orgánica en cada caso. Para el desempeño eficaz de las pesadas labores en juzgados civiles y penales no debe establecerse un mínimo de secretarios o de servidores públicos, sino dejar abierta la posibilidad de aumentarlos, en función de los criterios apuntados.
Por cuanto hace a la formación profesional de los servidores públicos de la administración de justicia, se pretende crear un Centro de Estudios Judiciales que asuma la responsabilidad de preparar y especializar al personal que aspire al señalado honor de trabajar en la administración de justicia del fuero común. Esta parte de la iniciativa encuentra su antecedente inmediato en el Instituto de Especialización Judicial a que se refiere el artículo 84 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que tan eminentes servicios ha prestado ya al más Alto Tribunal de la República en la capacitación de sus miembros. Los alumnos, en su mayoría, son secretarios y actuarios. Las enseñanzas comprenden conocimientos teóricos y, especialmente prácticos, buscando proporcionar al interesado las orientaciones necesarias para que esté en aptitud de desempeñar sus tareas con mayor propiedad, y aún para llegar a ocupar cargos de importancia superior en la judicatura federal. Existe también un Centro de Estudios Judiciales de reciente creación en el estado de Jalisco, que ha operado con singular éxito. Es de desearse que las demás entidades federativas sigan su ejemplo, dado el particular énfasis que el Gobierno de la República ha puesto en la profesionalización de los servicios vinculados con la procuración y la impartición de la justicia.
La Comisión de Justicia considera inaplazable el funcionamiento de un Centro de Estudios Judiciales en el seno del Tribunal con los objetivos que se han indicado, así como para la difusión del material jurídico relacionado, pues no bastan buenas leyes, sino que se precisa contar también con servidores públicos aptos, capaces y honestos que, sin duda, ese Centro de Estudios ayudará a preparar debidamente. Sin embargo, la Comisión no comparte la sugerencia que la iniciativa contiene en el sentido de que el hecho de cursar y aprobar los programas y exámenes que se implanten en el Centro de Estudios Judiciales releve a quien intente ingresar a la judicatura del exámen de oposición a que indefectiblemente habrá de someterse. En otras palabras, el aspirante podrá cursar y aprobar los estudios en dicho centro y sustentar, además examen de oposición, para ser juez de primera instancia, única forma de asegurar una más estricta selección de tales servidores, descartando procedimientos que no siempre propician la rigurosa, imparcial y objetiva designación de los miembros del Poder Judicial del fuero. Únicamente para ser juez de paz bastarla que el candidato acredite haber cursado y aprobado los respectivos programas de capacitación, sin necesidad de que se someta a examen de oposición. Obvio es decir que el examen de oposición constituirá en todo caso, un requisito indispensable que habrá de satisfacer el aspirante a juez de primera instancia y que, por ende, quedará a su criterio cursar o no los estudios del Centro de Capacitación Judicial, pudiendo presentar dicho examen de oposición con los conocimientos que haya adquirido en la Universidad o en la división de estudios de postergado de donde hubiere egresado.
En lo que concierne al turno judicial y actuación procesal de las partes, en la iniciativa se propone otorgar al Presidente del Tribunal Superior las atribuciones necesarias para la debida organización y vigilancia de las oficialías de partes comunes. Al mismo tiempo se considera adecuado fijar las medidas pertinentes para sancionar prácticas que tiendan a burlar el turno judicial. La Comisión de Justicia acoge tales proposiciones del Ejecutivo Federal por ser congruentes con las reformas que el honorable Congreso de la Unión aprobó en 1983 en las que se descartó en materia civil y familiar la elección del juez por el actor y se suprimió la recusación sin causa, y porque la observancia del turno judicial representa una evidente garantía adicional para la recta impartición de justicia. En la propia iniciativa se define el concepto que actualmente debe tomarse en cuenta para la aplicación de multas, y se plantea la conveniencia de introducir sanciones de ese género para prevenir abusos en la realización de actos procesales que las partes pudieran llevar a cabo con el sólo afán de entorpecer el procedimiento. También en este aspecto, la Comisión que suscribe está de acuerdo con el criterio sustentado, pues las multas de que se trata, reducidas en su cuantía para ajustarlas al espíritu de equidad que sobre el particular consagran los artículos 21 y 22 de la Constitución General de la República, no impiden el legítimo acceso a la justicia común, ni privada de recursos o defensas a los particulares, al amparo de las normas jurídicas aplicables.
Por lo que toca al Servicio Médico Forense, al que se encomiendan actos periciales de suma importancia para el juzgador, la iniciativa propone modificar el procedimiento para la designación de sus más importantes miembros, designación que el Pleno del Tribunal Superior debe hacer libremente y sin la menor
injerencia de otras instancias o personas. La Comisión de Justicia reconoce la oportunidad de tales planteamientos que evitarán la práctica viciosa de que se hagan nombramientos por intereses personales de los peritos médicos forenses.
La Unidad de Trabajo Social, que también se reglamenta en el título relativo a las dependencias del Tribunal Superior, auxilia en forma importante a magistrados, jueces y Servicio Médico Forense para que puedan llevar a cabo, con toda puntualidad, sus atribuciones legales. La mencionada unidad de servicio funciona ya en el Tribunal Superior, por lo que en este punto sólo se regularizarían y consolidarían sus actividades que han resultado particularmente útiles en las materias relacionadas con la justicia penal y con la familiar.
En lo que atañe a las modificaciones de otros preceptos conviene hacer notar que se proponen, según quedó apuntando ya, con el fin de actualizar su redacción, tanto gramatical como jurídica, de conformidad con la nueva denominación de diversas dependencias gubernamentales, utilizando la terminología correcta, incluyendo o adicionando disposiciones congruentes con las últimas reformas a la Constitución General de la República y a la nueva Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Código Penal, y Código de Procedimientos Penales y Civiles del Distrito Federal. Siguiendo ese criterio de iniciativa, la Comisión Dictaminadora, en sus diversas reuniones de trabajo, sugirió una serie de ajustes a varios numerales de la Ley Orgánica de los Tribunales, limitándose en rigor a una tarea de mera actualización. Con tal propósito se somete a la consideración de esta soberanía la reforma de los artículos 4o., 20, 43, 65, 72, 96, 100, 166, 192, 197, 198, 202, 204, 278, 279 y 284, no contemplados en el documento enviado por el Ejecutivo Federal.
Del mismo modo, la Comisión de Justicia sugiere actualizar la denominación del Título Octavo de la tantas veces mencionada Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común de la capital de la República, así como la del Capítulo II de dicho Título Octavo. Por otra parte, la Comisión que suscribe, modificó gran número de los artículos considerados por el Ejecutivo de la Unión en su iniciativa, como podrá comprobarse con la simple comparación del texto que tales normas presentan en el documento presidencial y el que ahora tienen el dictamen ofrecido a la decisión de esta soberanía. Los artículos que se intentó enriquecer con el concurso de las valiosas orientaciones de los ciudadanos diputados partidos, miembros de la Comisión dictaminadora son los siguientes: 21, párrafo segundo; 22, parte final; 23; 25; 26, inciso e) y f); 28, fracción III, y VIII y X; 29; 31; 37, fracciones XI y XIII; 39, fracciones VIII; 44, fracciones VII; 45, fracciones I y IV; 46, fracción IV; 47, parte final; 52, incisos d), e) y f); 61, fracción III; 73, parte final; 288, fracción XVI; 291, fracción IV; 295, 296; 297; 299; 305, fracción III, todos ellos de la Ley Orgánica, así como los artículos 61 y 167 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal y el 17 del Título Especial de la Justicia de Paz del mismo Código Procesal.
Finalmente, en la iniciativa de decreto del Ejecutivo Federal se suprime el capítulo relativo a delitos oficiales, habida cuenta de que tales conductas están ya previstas en otros ordenamientos, y se precisa el catálogo de faltas en que pueden incurrir los servidores públicos de la administración de justicia en el desempeño de su cargo o con motivo de éste.
Tales son, en síntesis, las características sustanciales de la iniciativa y del dictamen que ahora se propone a la honorable Asamblea de la Cámara de Diputados.
Se da un paso apreciable en el esfuerzo constante de mejorar y modernizar las normas y las instituciones relacionadas con la procuración y la impartición de justicia, pareciendo razonable enfatizar que, como se manifestó con antelación, con base a la experiencia de los últimos años y en un estudio más amplio y detallado, se plantee, en su oportunidad, la sustitución total de dicha Ley Orgánica.
En conclusión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 y 72 de la Constitución General de la República; 54, 56, 64 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 82, 88 y relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Justicia somete a consideración de esta H. Asamblea, el siguiente;
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DEL FUERO COMÚN DEL DISTRITO FEDERAL, Y DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
"Artículo primero. Se reforman los artículos 2o., 4o., 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 35, 36, 37, 39, 40, 43, 44, 45, 46, 46 - bis, 47, 48, 49, 52, 54, 61, 65, 72, 73, 95, 96, 100, 161, 166, 172, 173, 174, 176, 178, 179, 180, 186, 187, 189, 192, 197, 198, 202, 204, 210, 211, 212, 213, 214, 215, 277, 278, 279, 280, 284, 285, 286, 287, 288, 289, 291, 292, 293, 294, 295, 296, 297, 298, 299, 301, 302, 303, 304 y 305 de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, en los términos que a continuación se precisan:
Artículo 2o.- La facultad a que se refiere el artículo anterior se ejerce: I a IX. .. y
X. Por los demás servidores públicos y auxiliares de la administración de justicia, en los términos que establezcan esta Ley, los Códigos de Procedimientos y leyes relativas.
Artículo 4o. - Son auxiliares de la administración de justicia:
I a IX. .. y
X.- Todos los demás a quienes las leyes les confieren este carácter.
Los auxiliares comprendidos en las fracciones III a X están obligados a cumplir las órdenes que, en ejercicio de sus atribuciones legales, emitan los servidores públicos de la administración de justicia.
El Ejecutivo de la Unión facilitará el ejercicio de las funciones a que se refiere este artículo.
Artículo 19. - Los Jueces protestarán ante el Tribunal Superior de Justicia Los demás servidores públicos de la administración de justicia rendirán la protesta ante la autoridad de quien dependan.
Artículo 20. - ..Tratándose de servidores públicos de la administración de justicia que deben trasladarse para tomar posesión de su puesto a lugares distintos, al plazo señalado deberá agregarse al término que fije la autoridad que hizo la designación.
Artículo 21. - Ningún servidor público de la administración de justicia podrá tener ocupación que lo constituya en estado de dependencia moral o económica de alguna corporación o persona particular.
Los Magistrados, Jueces, Secretarios de Acuerdos, Actuarios, Proyectistas de Sentencias, Secretarios de Acuerdos del Pleno y de la Presidencia del Tribunal Superior, están impedidos para desempeñar otro empleo o encomienda de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal, de los Municipios o de particulares, salvo los cargos honoríficos en asociaciones científicas, literarias o de beneficencia. El incumplimiento de esta disposición es causa de responsabilidad, en términos de la ley respectiva.
Quedan exceptuados de esta disposición los cargos docentes cuyo desempeño no perjudique las funciones o labores propias que les competen como miembros de la administración de justicia.
Artículo 22. Ningún nombramiento para servidor público de la administración de justicia o auxiliar de ésta como síndico o interventor podrá recaer en ascendientes, descendientes, cónyuges o colaterales dentro del cuarto grado por consaguinidad o segundo por afinidad, del servidor público que haga la designación. La inobservancia de esta disposición es motivo de responsabilidad de quien tenga a su cargo la expedición del nombramiento, la que se exigirá por el Tribunal Superior de Justicia, imponiendo al infractor como sanción la destitución del cargo. El nombramiento respectivo, así expedido, quedará sin efecto.
Artículo 23. No podrá recaer ningún nombramiento de la administración de justicia en individuos con enfermedades transmisibles que constituyan un peligro para la salubridad, o cualquiera otra que dificulte gravemente el desempeño de las funciones respectivas.
Artículo 24. Ningún servidor público de la administración de Justicia podrá desempeñar otro puesto.
Dichos servidores públicos no podrán ser corredores, comisionistas, apoderados judiciales, tutores, curadores, albaceas, depositarios, síndicos, administradores, interventores en concurso, árbitros o arbitradores, ni ejercer la abogacía sino en causa propia.
Artículo 25. El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal estará integrado por cuarenta y tres Magistrados Numerarios y seis Supernumerarios, y funcionará en Pleno, en Sala Numeraria o Auxiliar, según lo determinen esta ley y las demás relativas. Uno de los Magistrados Numerarios será Presidente del mencionado Tribunal, y no integrará la Sala.
Los magistradores supernumerarios percibirán sueldo igual al que señale el presupuesto a los numerarios.
Artículo 26. Para poder ejercer las funciones de Magistrado se requiere:
a) a d). .. ;
e) Gozar de buena reputación;
f) No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena, y
g) Haber residido en el país durante los últimos 3 años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de 6 meses.
Artículo 27. El Tribunal Pleno estará formado por los Magistrados que integren las Salas Numerarias y por Presidente de dicho cuerpo colegiado.
Artículo 28. Son facultades del Tribunal Pleno:
I. Nombrar a los Jueces del Distrito Federal, resolver todas las cuestiones que con dichos nombramientos se relacionen y cambiar a los Jueces de una misma categoría a otro Juzgado, así como variar cuando sea necesario, la jurisdicción mixta de un Juzgado, si es de Primera instancia, creando en su lugar uno Civil, uno de lo Familiar o uno Penal; o, a la inversa, reuniendo en un Juzgado la competencia de lo Civil, de lo Familiar o de lo Penal, o sólo dos de estas materias. En el caso de los de Paz podrán dejarse Mixtos o únicamente Civiles o Penales. En estos casos se podrá autorizar que haya cuando menos un Secretario por ramo.
II. ..;
III. Conceder licencias que no excedan de tres meses al presidente del Tribunal, a los magistrados, a los jueces y demás servidores públicos de la administración de justicia del Distrito Federal; en la inteligencia de que dichas licencias sólo podrán concederse con goce de sueldo integro en un año siempre que exista causa justificada para ello;
IV a VI. .. ..;
VII Instruir al Presidente del Tribunal para que elabore y ejerza el presupuesto de egresos que deberá regir en cada ejercicio anual, el que por los conductos debidos deberá ser sometido a la aprobación de la Cámara de Diputados;
VIII. Acordar el aumento de juzgados y de la planta de servidores públicos de la administración de justicia, cuando las necesidades del servicio lo requieran y lo permitan las condiciones del erario.
IX. Designar a los Magistrados que deberán encargarse de las visitas a casas de cuna, casas hogares, internados, asilos, hogares sustitutos y, en general, a las instituciones dedicadas a los menores abandonados, reclusorios preventivos de ejecución de sanciones y demás lugares de detención o de seguridad social. Estas visitas tendrán por objeto cerciorarse sobre el cumplimiento de los reglamentos interiores de aquellos establecimientos y el trato que reciban las personas objeto de su atención y los internos. Cada uno de estos establecimientos será visitado por lo menos una vez cada mes, procurando el visitador hacerse acompañar por un comisionado de la Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social.
Dichas visitas motivarán un informe por escrito al Tribunal, con copia a la citada Dirección y, en su caso, a la Dependencia a la que corresponda la institución de que se trate para que se dicten las medidas pertinentes;
X. Ordenar, por conducto del Presidente del Tribunal, cuando se impute la comisión de un delito a un magistrado o a un juez, en el desempeño de su cargo o con motivo de éste, que lo ponga a disposición de la autoridad que conozca del asunto, sin perjuicio de que se adopten las medidas cautelares que correspondan para evitar que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. La detención que se practique en contravención a este precepto, será sancionada en los términos que prevenga el Código Penal;
XI. ..;
XII. Aprobar, cuando proceda, la suspensión de los servidores públicos de la administración de justicia, en los términos del Título relativo a las responsabilidades de los mismos;
XIII. ..;
XIV. Informar al Ejecutivo o al Congreso de la Unión acerca de los casos de reconocimiento de inocencia, de rehabilitación y demás que las leyes determinen, previos los trámites y con los requisitos que ella establezcan;
XV. Conocer de las acusaciones o quejas que se presenten en contra del Presidente del Tribunal, Magistrados de las Salas y demás servidores públicos de la Presidencia y del propio Tribunal, haciendo la substanciación correspondiente, de acuerdo con el procedimiento señalado en el Título relativo a responsabilidades de los servidores públicos de la administración de justicia;
XVI. y XVII. ..;
XVIII. Determinar las Salas a las que deben quedar adscritos los juzgados del Distrito Federal, para todos los efectos legales procedentes;
XIX y XX. .. ..;
XXI. Aprobar el Reglamento Interior de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal;
XXII. Determinar el número de Salas que conocerá de cada materia, y
XXIII. Las demás que le confieran las leyes.
Artículo 29. Para que funcione el Tribunal en Pleno se necesita la concurrencia de cuando menos las dos terceras partes de los Magistrados que lo integran y las resoluciones se tomarán por unanimidad o mayoría de votos de los Magistrados presentes. En caso de empate, se confiere voto de calidad al Presidente del Tribunal.
Artículo 30. Las sesiones del Tribunal Pleno podrán ser ordinarias o extraordinarias y, en ambos casos, públicas o secretas. Las sesiones ordinarias se celebrarán el primer día hábil de cada dos semanas y las extraordinarias, cuando sea necesario para tratar y resolver asuntos urgentes, previa convocatoria del Presidente del mismo, en la que se determinará si son públicas o secretas, a iniciativa propia o a solicitud de tres Magistrados cuando menos.
Artículo 31. Para la Presidencia y Tribunal Pleno se designarán un Primer Secretario de Acuerdos, un Segundo Secretario de Acuerdos y un número de Secretarios Auxiliares de la Presidencia, de servidores Públicos de la administración de justicia que fije el presupuesto de egresos respectivo.
Para ser nombrado Secretario de Acuerdos se necesita que los interesados satisfagan los requisitos que para los de las Salas se fijan en el artículo 47 de esta ley.
Para ser nombrado Secretario Auxiliar de la Presidencia, se requieren los mismos requisitos que para los de las Salas se fijan en el artículo 47 de esta ley, a excepción del relativo a la práctica profesional, siendo el Presidente del Tribunal Superior quien asigne sus funciones.
Artículo 35. Corresponde al Presidente del Tribunal Superior de Justicia:
I a III. ..;
IV. Dar cuenta al Pleno de todos los actos que lleve a cabo en el ejercicio de sus funciones y muy particularmente de las sanciones administrativas que imponga:
V. ..;
VI. Dictar todas las medidas necesarias para la organización y funcionamiento de las Oficialías de Partes a que se refiere el artículo 54 de esta ley, así como respecto de todas las dependencias judiciales y administrativas del Tribunal, y
VII. Designar a los Secretarios Auxiliares de la Presidencia, que funcionarán en la Oficialía
de Partes a que se refiere el artículo 54 de esta ley, así como en Juzgados y Salas cuando no formen parte de la planta de los mismos, y cuyas funciones serán las que determina esta ley, y las que les atribuya el Pleno.
En caso de que la Presidencia estime dudoso o trascendental un trámite, lo someterá a la consideración del Pleno para que éste resuelva lo que proceda.
Artículo 36. Cuando se trate de conocer de las sanciones administrativas que haya impuesto el Presidente del Tribunal, o de exigir, en su caso, las responsabilidades que procedan, presidirá la sesión respectiva del Pleno el Magistrado a quien corresponda substituir al propio Presidente en sus faltas temporales. Para los efectos de este artículo, el Presidente del Tribunal llevará una lista de todas las sanciones administrativas que se impusieren, con designación de las personas y motivos que las originaren.
Artículo 37. Corresponde además al Presidente del Tribunal:
I. a IV. ..;
V. Conceder licencia económica hasta por quince días, con goce de sueldo o sin él, a los Magistrados, Jueces y demás servidores públicos de la administración de justicia del Distrito Federal;
VI. Poner en conocimiento del Pleno las solicitudes de licencia por más de quince días, de los Magistrados, Jueces y demás servidores públicos de la administración de justicia, para que proceda con arreglo a las atribuciones que tenga conferidas;
VII. Nombrar a los Directores Generales y demás servidores públicos que se requieran para la prestación del servicio de administración de justicia, atendiendo a las disposiciones contenidas en el Reglamento Interior del Tribunal, y promover oportunamente ante el Pleno, los nombramientos de los servidores públicos de la administración de justicia, que deba hacer el Tribunal Superior en caso de vacante.
VIII y IX. ..;
X. Conforme al Presupuesto de Egresos respectivo, distribuir proporcional y equitativamente los gastos de oficina y demás que, para la administración de justicia del Distrito Federal, señala el mismo, y acordar las erogaciones que deban hacerse con cargo a sus diversas partidas, expidiendo las disposiciones que correspondan, sin quedar comprendidas en esta facultad las relativas a sueldos fijos, que sólo podrán ser alterados por concepto de sanciones administrativas y pensiones alimenticias, en los términos que prescribe la ley;
XI. Llevar un estado de todas las multas o suspensiones que se impongan por las salas del Tribunal y por los jueces como sanciones administrativas o medidas de apremio;
XII. ..;
XIII. Llevar una lista de las excusas, recusaciones, incompetencias y substituciones, que estará a disposición de los interesados en la correspondiente secretaría de acuerdos.
Artículo 39. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia es Presidente del Tribunal Pleno y, como tal, tendrá las obligaciones siguientes;
I a VII. ..;
VIII. Formar anualmente el presupuesto de egresos de los Tribunales del Fuero Común, tomando como base las instrucciones que el Tribunal Pleno le haya dado al respecto, y los elementos que se le proporcionen de conformidad con la Ley Orgánica del Presupuesto;
IX. ..;
X. ..;
XI. Llevar, con toda escrupulosidad, las hojas de servicio de todos los servidores públicos de la administración de justicia, haciendo en ellas las anotaciones que procedan, especialmente las que se refieren a quejas que se hayan declarado fundadas y sanciones administrativas que se hayan impuesto, con expresión del motivo de ellas e insertando copia certificada del título de abogado de la persona de que se trate, cuando por ley sea necesario para el desempeño del algún cargo;
XII. y XIII. ..;
XIV. Imponer las sanciones a que se refiere el artículo 65 bis del Código de Procedimientos Civiles, y
XV. Las demás que determinen las leyes.
Artículo 40. Habrá catorce salas del Tribunal Superior de Justicia en el Distrito Federal, integrada cada una por tres Magistrados y designadas por número ordinal iniciándose por las Salas Civiles y continuándose por las Penales y Familiares.
El Pleno del Tribunal Superior de Justicia determinará el número de Salas que conocerá de cada materia.
Artículo 43. Las resoluciones de las salas se tomarán por unanimidad o mayoría de votos.
Artículo 44. Corresponde a los Presidentes de Sala:
I a V. ..;
VI. Aprobar las cuentas de los gastos de oficina de la Sala y,
VII. Vigilar que los Secretarios y demás servidores públicos de la Sala cumplan con sus deberes respectivos, imponiéndoles las sanciones administrativas procedentes.
Artículo 45. Las Salas Civiles, en los asuntos de los Juzgados de su adscripción conocerán:
I. De los casos de responsabilidad civil y de los recursos de apelación y queja que se interpongan en asuntos civiles, contra las resoluciones dictadas por los jueces de lo civil de Primera y Única Instancia del Distrito Federal;
II. ..;
III. ..;
IV. (Derogada); y
V. ..;
Artículo 46. Las Salas de lo Familiar en los asuntos de los Juzgados de su adscripción conocerán;
I a III. ..;
IV. (Derogada); y
V. ..;
Artículo 46 bis. Las Salas Penales, en los asuntos de los Juzgados de su adscripción conocerán;
I. De las apelaciones y denegadas apelaciones que les correspondan y que se interpongan en contra de las resoluciones dictadas por los Jueces del Orden Penal del Distrito Federal, incluyéndose las resoluciones relativas a incidentes civiles que surjan en los procesos;
II. ..;
III. De las excusas y recusaciones de los Jueces Penales del Distrito Federal;
IV a VI. ..;
Artículo 47. Para el desempeño de los asuntos que tiene encomendados cada Sala, tendrá cuando menos un Secretario de Acuerdos, tres Secretarios Auxiliares y un Secretario Auxiliar Actuario, que serán designados y removidos libremente por la respectiva Sala, y la planta de servidores públicos de la administración de justicia que fije el presupuesto de egresos.
Artículo 48. Para los efectos que prescribe le Constitución y demás leyes secundarias, son Jueces de única instancia, los de Paz en materia Civil y Penal, en las resoluciones en contra de las cuales no procede más recurso que el de responsabilidad y los Jueces Penales en las resoluciones de los delitos de vagancia y malvivencia por ser inapelables.
Artículo 49. Son Jueces de Primera Instancia, para los efectos que prescriben la Constitución y demás leyes secundarias:
I. Los Jueces de lo Civil;
II. Los Jueces de lo Familiar;
III. Los Jueces Penales, y
IV. Los Jueces Presidentes de Debates.
Artículo 52. Para ser Juez de lo Civil se requiere:
a) a c). ..;
d) Acreditar, cuando menos, cinco años de práctica profesional, que se contarán desde la fecha de la expedición del título y someterse a examen de oposición formulado por los Magistrados de la Sala, a la que quedaría adscrito. Se preferirá para el examen de oposición a quien hubiere aprobado los programas que al efecto desarrolle el Centro de Estudios Judiciales.
e) Gozar de buena reputación, y
No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
Artículo 54. Los Juzgados de lo Civil y de lo Familiar tendrán una Oficialía de Partes Común para cada una de las ramas, la cual tendrá las siguientes atribuciones:
I. Turnar el escritor por el cual se inicie un procedimiento, al juzgado que corresponda, para su conocimiento, y
II. Recibir los escritos de término, si se presentaren después de las horas de labores del Juzgado correspondiente, pero dentro de horas hábiles, mismos que deberán turnar al Juzgado al que se dirijan.
Cada una de las Oficialías de Partes Comunes, permanecerán abiertas durante las horas hábiles a que se refiere el artículo 64 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Dichas Oficialías de Partes Comunes podrán recibir también, escritos de términos que se dirijan a las Salas del Tribunal Superior, si las condiciones de aquellas lo permiten.
Artículo 61. Cada uno de los Juzgados de lo Civil del Distrito Federal tendrá
I. Cuando menos dos Secretarios de Acuerdos, numerados progresivamente;
II. Cuando menos dos Secretarios Actuarios;
III. Los servidores públicos de la administración de justicia que autoriza el presupuesto; y
IV. ..;
Artículo 65. El primer secretario de acuerdos, además de las atribuciones que determina el artículo anterior, tendrá las siguientes;
I a V. ..;
VI. Ejercer, bajo su responsabilidad por sí mismo o por conducto de los servidores públicos de la administración de justicia subalternos, la vigilancia que sea necesaria en la oficina, para evitar la pérdida de los expedientes, y
VII. ..
Artículo 72. La planta de cada Juzgado Penal será de:
I. Un juez;
II. Cuando menos dos secretarios, y
III. Los servidores públicos de la administración de justicia que determine el Presupuesto de Egresos.
Artículo 73. Cada Juez de lo Penal tendrá adscritos cuando menos dos Secretarios, numerados progresivamente, y los servidores públicos de la administración de justicia que señale el Presupuesto de Egresos.
Artículo 95. Para ser Juez de Paz se requiere:
a) a c). .., y
d) Acreditar haber cursado y aprobado los programas que al efecto desarrolle el Centro de Estudios Judiciales.
Artículo 96. Los Juzgados de Paz, para el despacho de los negocios, tendrán la planta de servidores públicos de la administración de justicia que fije el presupuesto; en caso de ser mixtos, los secretarios quedarán adscritos uno al ramo penal y otro al ramo civil.
Artículo 100. .. Los delitos de que conocerá el Jurado serán los mencionados en el artículo 20, fracción VI de la Constitución General de la República.
Artículo 161. En los casos en que conforme al artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles los litigantes designen un Notario que desempeñe las funciones del Secretario, quedará éste obligado a cumplir con todas las
disposiciones que esta ley prescribe para dichos servidores públicos, únicamente en relación con el negocio en que intervenga y sujeto a las sanciones establecidas en la propia ley, con motivo de las faltas en que incurra en el desempeño del cargo, en la inteligencia de que no es preciso que permanezca en el Juzgado respectivo más que el tiempo necesario para que se desahogen y dicten las diligencias, acuerdos y resoluciones en dicho negocio.
Artículo 166. En los asuntos del orden penal, cuando no estuvieren designados especialmente por la ley los individuos que deban ejercer las funciones de que se trata, se ocurrirá de preferencia a los servidores públicos de la administración de justicia de carácter técnico en los establecimientos o corporaciones dependientes del gobierno, cuando deban nombrarlos los jueces o tribunales.
Artículo 172. El Servicio Médico Forense y los médicos asignados a las Agencias investigadoras del Ministerio Público, a los hospitales públicos, a los reclusorios preventivos, de ejecución de sentencias y demás lugares de reclusión, desempeñarán, en auxilio de la administración de justicia las funciones establecidas por esta ley y su Reglamento.
Artículo 173. El Servicio Médico Forense estará integrado por un Director y los demás servidores públicos que determine el Reglamento Interior a que se refiere el artículo 28, fracción XXI, de esta misma ley.
Artículo 174. Para desempeñar el cargo de Director del Servicio Médico Forense se requiere:
a) a c). ..;
d) Acreditar antecedentes científicos, labores docentes o dedicación profesional que demuestren idoneidad en la materia y haber cursado estudios de especialización en la disciplina, exhibiendo en su caso el documento que los justifique;
e) Tener cuando menos cinco años de practica como medico legista, y
f). ..
Artículo 176. Para desempeñar el cargo de Subdirector Técnico del Servicio Médico Forense, se requieren los mismos requisitos señalados en el artículo anterior. El ejercicio como médico legista deberá ser de tres años.
Artículo 178. La designación del Director, Subdirectores, Jefes de Departamento y de Oficina, peritos médicos forenses, ayudantes de éstos y demás personal administrativo, se hará de la forma siguiente:
I. La de Director, por el Pleno de Magistrados a propuesta del Presidente del Tribunal, al efectuarse la renovación sexenal de los Jueces. Durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto. Cualquier designación posterior se hará para terminar el ejercicio del sexenio;
II. La de los Subdirectores, por el Presidente del Tribunal a propuesta del Director, y
III. La de los peritos médicos forenses, por el Presidente del Tribunal, mediante oposición ante un jurado especial, que integrarán el Presidente del Tribunal o el Magistrado que él designe, el Director del Servicio Médico Forense y el decano de los peritos médicos forenses. Si este último fuera el Director del Servicio, el que le siguiere en antigüedad. El examen téorico consistirá en la resolución de un cuestionario que contenga la temática fundamental de la medicina forense, así como el desarrollo práctico de un tema, ambos señalados por el Director. El resultado de la oposición se hará constar en acta que deberán firmar los miembros del jurado y que será enviada a la comisión de escalafón para que haga la propuesta correspondiente.
Artículo 179. Son facultades y obligaciones de Director del Servicio Médico Forense:
I y II. ..;
III. Convocar y presidir la junta de peritos, con el objeto:
a) a e). .., y
F) Llevar a cabo las actividades académicas y de investigación con la finalidad de la superación técnica de los peritos médico forenses;
IV. ..;
V. Atender personalmente o por conducto de su Subdirector Técnico, cuando lo considere necesario o conveniente, los casos urgentes del servicio, y suplir a cualquiera de los peritos en sus faltas por enfermedad, licencia o vacaciones, o en su caso, señalar al perito a quien corresponda desempeñar el trabajo;
VI a XIV. ..
Artículo 180. Con excepción de los casos en que deban intervenir los médicos asignados a las Agencias Investigadoras del Ministerio Público, a los hospitales públicos, a los reclusorios preventivos, de ejecución de sentencias y lugares de reclusión, los reconocimientos, análisis y demás trabajos médico forenses relacionados con los procedimientos judiciales serán desempeñados por los peritos médico forenses, quienes están obligados a concurrir a las juntas, audiencias y diligencias a las que fueren legalmente citados y a extender los dictámenes respectivos.
Artículo 186. Los médicos dependientes de la Dirección de Servicios Médicos del Departamento del Distrito Federal, asignados a las Agencias Investigadoras del Ministerio Público, serán auxiliares de las autoridades judiciales y de los Agentes del Ministerio Público, en sus funciones médico forenses y tendrán la obligación de rendir los informes que les soliciten los Tribunales, con referencia a los casos que oficialmente hubieren intervenido. En iguales términos quedarán obligados los médicos adscritos a los hospitales públicos y a los reclusorios preventivos, de ejecución de sentencias y demás lugares de reclusión.
Artículo 187. Son obligaciones de los médicos asignados a las Agencias Investigadoras del Ministerio Público:
I a VII. ..
Artículo 189. Los médicos adscritos a los reclusorios preventivos, de ejecución de
sentencias y demás lugares de reclusión, deberán asistir a los internos enfermos y expedir los certificados que correspondan. Igualmente, prestarán los primeros auxilios en los casos de lesiones y de otros delitos que ocurrieren dentro de la prisión y que requieran la intervención médico forense, e intervendrán en cualquiera diligencia judicial que allí se practique, cuando para ello fueren requeridos por el Ministerio Público o la autoridad competente.
Artículo 192. ..
El primero se dividirá en las secciones siguientes: Tribunal Superior, Juzgados de lo Civil, Juzgados Mixtos de Primera Instancia y Juzgados de Paz.
El segundo se compondrá de las siguientes secciones: Tribunal Superior, Juzgado de lo Familiar, Juzgados Mixtos de Primera Instancia y libros del Registro Civil.
El tercero se integrará con las siguientes secciones: Tribunal Superior, Presidencia de Debates, Juzgados Penales, Juzgados Mixtos de Primera Instancia y Juzgados de Paz.
El cuarto contendrá las siguientes secciones: acuerdos generales, acuerdos de interés individual y asuntos secretos.
Los incidentes se archivarán con el juicio principal a que pertenezcan, cualquiera que sea su naturaleza.
Artículo 197. La vista o examen de libros, documentos o expedientes del archivo podrá permitirse en presencia del jefe o de los servidores públicos de la administración de justicia de la oficina y dentro de ella a los interesados o a sus procuradores, o a cualquier abogado con título. Será motivo de responsabilidad para el jefe del archivo, impedir el examen a que se refiere este artículo y la sanción respectiva será impuesta por el Presidente del Tribunal Superior.
Artículo 198. No se permitirá por ningún motivo a los servidores públicos de la administración de justicia del archivo que extraigan del mismo documentos o expedientes.
Artículo 202. El reglamento respectivo fijará las atribuciones de los servidores públicos de la administración de justicia del archivo y determinará la forma de los asientos, índices y libros que en la misma oficina deban llevarse, y el presidente del Tribunal podrá acordar en todo caso las disposiciones que crea convenientes.
Artículo 204. Los Anales de Jurisprudencia tendrán, además, una sección especial que se denominará Boletín Judicial, en la que se publicarán diariamente, con exepción de los sábados, domingos y días de fiesta nacionales, las listas de acuerdos, edictos y avisos judiciales a que se refiere el capitulo V del Título Segundo del Código de Procedimientos Civiles.
Artículo 210. El Tribunal Superior de Justicia contará con un Centro de Estudios Judiciales, el cual tendrá como principal objetivo la preparación y actualización del personal judicial, así como la difusión de material jurídico.
Artículo 211. El Centro de Estudios Judiciales contará con un Director General, con Directores en las diversas áreas jurídicas y con el personal técnico y administrativo necesario, de acuerdo con el Reglamento Interior del Tribunal.
Artículo 212. El Director General del Centro de Estudios Judiciales y los Directores de las áreas jurídicas, cubrirán los requisitos que establezca el Reglamento Interior del Tribunal.
Artículo 213. El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, contará con una Unidad de Trabajo Social, cuyo principal objetivo será auxiliar a Magistrados, Jueces y Servicio Médico Forense, en los casos en que la ley lo prevé. Contará con un Jefe, y con el número de trabajadores sociales y el personal de apoyo administrativo necesario, cuyos requisitos y obligaciones sean los que señale el Reglamento Interior del Tribunal.
Artículo 214. El Tribunal Superior de Justicia, contará con servicio de biblioteca en los términos que disponga su Reglamento Interior.
Artículo 215. El servicio de biblioteca estará a cargo de un bibliotecario y contará con el personal técnico y administrativo que señale el Reglamento Interior del Tribunal.
Artículo 277. Los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, lo Jueces del Orden Común del Distrito Federal y todos los miembros de la judicatura del mismo ramo, son responsables de las faltas que cometan en el ejercicio de sus cargos y quedan por ello sujetos a las sanciones que determinen la presente ley, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás leyes aplicables.
Artículo 278. Siempre que se presente una denuncia o queja en contra de algún servidor público de la administración de justicia, el servidor público o encargado de la declaración de culpabilidad e imposición de la pena, o la presidencia del Tribunal en el caso de que lo fuera el Pleno, formará inmediatamente el expediente respectivo con expresión del día y hora en que se reciba la queja, a efecto de que concluya inexcusablemente por sentencia dentro de un término no mayor de treinta días.
Artículo 279. Las quejas por las que se denuncie la comisión de faltas en contra de los actuarios, secretarios, jueces y magistrados del fuero común deberán constar por escrito, para su debida tramitación, las cuales en todo caso deberán esta autorizadas con la firma del denunciante con expresión de su domicilio.
Artículo 280. Tienen acción para denunciar la comisión de falta de los servidores públicos de la administración de justición del Distrito Federal: I a VI. ..
Artículo 284. El hecho de que un servidor público de la administración de justicia común cometa cinco faltas en el desempeño de un mismo cargo, ameritará su inmediata suspensión, que deberá dictarse por su
superior y visarse por el Tribunal Pleno, por un término no menor de dos meses ni mayor de cinco, según el caso y siempre sin perjuicio de la pena que le corresponda por la última falta cometida.
Artículo 285. Si el órgano encargado de resolver sobre una queja no lo hiciera dentro del plazo a que se refiere el artículo 278, será multado con el importe de un día de salario precisamente por el órgano encargado de la imposición de las sanciones, por faltas del responsable. Si el Tribunal en Pleno lo fuere, se impondrá a los componentes del mismo una multa de tres días de salario, hayan concurrido o no al Pleno respectivo.
Artículo 286. La declaración de no responsabilidad por falta deberá ser publicada en extracto en el Boletín Judicial o en periódico de circulación del Distrito Federal, según lo disponga quien hiciere aquélla. La primera de esas publicaciones será gratuita y la segunda a costa del quejoso; a quien si no cumpliere, se podrá imponer una multa como medio de apremio por el mismo órgano que resuelva en los términos que se prescriben para dicho medio en el Código de Procedimientos Civiles.
Artículo 287. La declaración de responsabilidad por faltas producirá el efecto de inhibir al servidor público de que se trate en el conocimiento del negocio en el que se hubieren cometido. Además, se ordenará anotación en el expediente personal del servidor público y se le aplicará una sanción de 5 a 10 veces el salario diario que perciba.
Artículo 288. Son faltas de los Jueces:
I a XV. .., y
XVI. Dedicar a los servidores públicos de la administración de justicia de su dependencia al desempeño de labores extrañas a las funciones oficiales, las que deberán estar demarcadas con toda precisión en el reglamento de esta ley.
Artículo 289. Se considerarán como faltas de los Presidentes de las Salas, Semaneros y Magistrados componentes de aquéllas, en sus respectivos casos, las que tienen ese carácter, conforme a las fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XIV, XV y XVI del artículo anterior y, además, las siguientes:
a a c). ..
Artículo 291. Son faltas de los Secretarios del Ramo Penal.
I a III. ..;
IV. No dar cuenta, al juez o al presidente de la sala, de las faltas u omisiones que personalmente hubieren notado en los servidores públicos de la administración de justicia subalternos de la oficina, o que se le denuncien por el público verbalmente o por escrito;
V. .., y
VI. ..
Artículo 292. Son faltas de los Secretarios de Acuerdos del Ramo Civil, las fijadas en el artículo anterior y, además, las siguientes:
I a V. ..
Artículo 293. Son faltas de los Secretarios Actuarios:
I a V. ..
Artículo 294. Son faltas de los servidores públicos de los Juzgados, Salas, Direcciones, Presidencia y demás dependencias del Tribunal Superior de Justicia:
I a V. ..
Artículo 295. Las faltas en que incurran los servidores públicos, previstas en los artículos 288, fracciones I, II, III, IV, XII, XIV y XVI; 289, incisos a) y b); 291, fracciones I, II, IV, y V; 292, fracciones I, II, III, IV y V; 293, fracción I; y 294, fracciones, II, III, IV y V, serán sancionadas por la primera vez con apercibimiento hecho por escrito por el órgano encargado de aplicar la sanción, y por la segunda y siguiente, con multa de 3 a 6 días de salario del servidor público que cometa la falta, debiéndose tomar nota en el expediente de dicho servidor público.
Artículo 296. Las faltas en que incurran los mismos servidores públicos, previstas en los artículos 288, fracciones V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XIII Y XV; 289, inciso c); 291, fracción III; y 293, fracciones II, III, IV Y V, serán sancionadas por la primera vez, con 3 a 6 días de salario del servidor público que cometa la falta, y por la segunda y siguientes, con suspensión de cinco a treinta días sin goce de sueldo.
Artículo 297. Las faltas en que incurran los pasantes serán corregidas por lo Jefes de oficinas en las que presten sus servicios, tomándose nota de ellas en los expedientes que al efecto se abran, a fin de que cuando las faltas lleguen a cinco, los infractores pierdan el derecho de seguir asistiendo a las oficinas sin perjuicio de que sean consignados al Ministerio Público, cuando cometieren algún delito.
Artículo 298. Todas las disposiciones contenidas en este capítulo serán aplicables, sin perjuicio de lo que previene la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Artículo 299. Los Magistrados y Jueces deberán concurrir a sus oficinas todos los días hábiles y permanecer en ellas durante todas las horas de su despacho.
El incumplimiento de esta disposición es motivo de responsabilidad, la que exigirá en los términos que previene el artículo 302 de esta ley.
Los demás servidores públicos deberán concurrir media hora antes de las señaladas para los Jueces, a efecto de preparar el trabajo respectivo, y permanecer en ellas durante todas horas de su despacho, exepción de los Secretarios Actuarios, que sólo deberán concurrir el tiempo que señala el artículo 67 de esta ley.
Artículo 301. También se sancionarán como faltas leves o graves, según el caso, a juicio del órgano encargado de imponer las sanciones administrativas, y en los términos que prescriben los artículos 295 y 296 de esta ley, las infracciones y omisiones en que incurran los servidores públicos de la administración
de justicia del Distrito Federal, con relación a los deberes que les imponen las disposiciones de esta ley y las demás sustantivas y adjetivas del Distrito Federal y los Reglamentos respectivos.
Artículo 302. Las faltas a que se refieren los artículos 291, 292, 293 y 294 de esta ley, serán sancionadas respectivamente, por los Jueces o Presidentes de las Salas respectivas.
Artículo 303. Las faltas en que incurran los Jueces del Orden Común del Distrito Federal serán sancionadas por el Magistrado Visitador respectivo.
Artículo 304. Las faltas en que incurran los Magistrados serán sancionadas por el Tribunal Pleno.
Artículo 305. Para los efectos de la imposición de las sanciones que prescriben los artículos anteriores, se estará al siguiente procedimiento:
I. Cuando se trate de la imposición de sanciones a los Secretarios de Acuerdos Auxiliares, Actuarios y servidores públicos del Ramo Judicial, el órgano encargado de imponer las sanciones hará la declaración previa de que el servidor público incurrió en la falta de que se trate, sin más requisitos que oír a éste y al denunciante, si quisiera concurrir, recibiendo en el mismo acto las explicaciones o justificaciones del caso, de una y otra en la misma diligencia, que deberá ser citada dentro del término que previene el artículo 278 de la presente ley;
II. Cuando se trate de la imposición de sanciones a los Jueces del Distrito Federal, la declaración se hará en los mismos términos y con iguales requisitos a los que se previenen en la fracción anterior, precisamente en la Sala a que pertenezca el Magistrado Visitador, y
III. Cuando se trate de faltas de los Magistrados del Tribunal Superior, la declaración se hará en el primer Pleno siguiente a la fecha en que se reciba por escrito la queja respectiva, mediante votación, por unanimidad o por mayoría de los que lo compongan.
Artículo segundo. Se adiciona el artículo 280 - bis a la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, en los términos que a continuación se precisan:
Artículo 280 - bis. El Pleno del Tribunal Superior de Justicia, tomando en cuenta la gravedad de la irregularidad observada en las visitas practicadas a los Juzgados, así como lo que se desprenda del ejercicio de la función de los servidores públicos de la administración de justicia, puede ordenar que el órgano encargado de imponer al responsable la sanción por faltas, lleve a cabo de oficio, el procedimiento señalado en esta ley.
Artículo tercero. Se modifican las denominaciones del Título Octavo y del Capítulo II del propio Título, de los Capítulos VI, del Titulo Noveno, y III, del Título Décimo, así como la del Título Décimo segundo, y la de los Capítulos II y III, del propio Título, de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal, para quedar como sigue:
TITULO OCTAVO
Del procedimiento para suplir las faltas de los servidores públicos de la administración de justicia
CAPITULO II
De los jueces y servidores públicos de la administración de justicia
TITULO DÉCIMO
CAPITULO III
Del Centro de Estudios Judiciales de la Uni
dad de Trabajo Social y de las Bibliotecas TITULO DECIMOSEGUNDO
De las responsabilidades de los servidores públicos de la administración de justicia
CAPITULO II
De las faltas
CAPITULO III
De los órganos y sistemas para la imposición de las sanciones administrativas
Artículo cuarto. Se derogan los artículos 183 y 300, así como el Capítulo IV del Título Decimosegundo, que comprende los artículos 307 y 308 de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal.
Artículo quinto. Se reforman los artículos 61, 62, 140, 167 y 726 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en los términos que a continuación se precisan:
Artículo 61. Los Jueces y Magistrados tienen el deber de mantener el buen orden y de exigir que se les guarde el respeto y la consideración debidos, corrigiendo en el acto las faltas que se cometieron con multas de 5 a 30 días de salario en los Juzgados de Paz; en los de lo Civil y Familiar de 10 a 50 días de salario y de 15 a 100 días en el Tribunal Superior. Pueden también emplear el auxilio de la fuerza pública. Si las faltas llegaren a constituir delitos, se procederá contra quienes las cometieron, con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal, consignando al culpable a la autoridad competente, con testimonio de lo conducente.
Para los efectos de este artículo se entiende como salario el mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, el día en que se haga efectiva la multa.
Artículo 62. Se entenderá corrección disciplinaria:
I. ..;
II. La multa que no exceda de un día de salario, como se define en el artículo anterior, y que se duplicará en caso de reincidencia, y
III. ..
Artículo 140. La condenación en costas, se hará cuando así lo prevenga la ley, o cuando, a juicio del Juez, se haya procedido con temeridad o mala fe.
Siempre serán condenados:
I a IV. ..;
V. El que intente acciones o haga valer excepciones notoriamente improcedentes y que así lo declare la sentencia definitiva que se dicte en el negocio, y
VI. El que oponga excepciones dilatorias notoriamente improcedentes o haga valer recursos e incidentes de este tipo, con el fin de entorpecer la buena marcha del juicio.
Artículo 167. El litigante que hubiere optado por uno de los dos medios de promover una competencia, no podrá abandonarlo y recurrir al otro; tampoco podrá emplearlo sucesivamente.
En el caso de que se declare infundada o improcedente una incompetencia, se aplicará al que la opuso, una multa equivalente hasta 60 días de salario mínimo general diario en el Distrito Federal, en beneficio de colitigante, siempre que se compruebe que el incidente respectivo fue promovido de mala fe.
Artículo 726. Si la queja no está apoyada por hecho cierto o no estuviere fundada en derecho o hubiere recurso ordinario de la resolución reclamada, será desechada por el Tribunal, imponiendo a la parte quejosa y a su abogado, solidariamente, una multa hasta de 15 días de salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
Artículo sexto. Se adiciona el artículo 65 - bis al Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
Artículo 65 - bis. En el caso de comprobarse la realización de cualquier acción tendiente a burlar el turno establecido en las Oficialías de Partes Comunes, una vez presentado un escrito por el cual se inicie un procedimiento, ya sea exhibiendo varios de estos para elegir el Juzgado que convenga, o desistiéndose de la instancia más de una vez, sin acreditar la necesidad de hacerlo, o cualquiera acción similar, la parte promovente y sus abogados patrones se harán acreedores, solidariamente, a una multa que no será menor de quince, ni mayor de noventa días de salario, tomandose como base el mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, y que será impuesta por el Presidente del Tribunal.
Artículo segundo. Las plazas de nueva creación estarán sujetas a las disponibilidades en materia presupuestaria".
Sala de Comisiones de la honorable Cámara de Diputados. - México, D. F., noviembre 27 de 1984.
Comisión de Justicia: Mariano Piña Olaya, Leopoldino Ortiz Santos, Servio Tulio Acuña, Francisco J. Alvarez de la Fuente, Heriberto Batres García, Carlos Brito Gómez, Alvaro Brito Alonso, José Luis Caballero Cárdenas, Pablo Catillón Alvarez, Armando Corona Boza, Irma Cué de Duarte, Guillermo Fragoso Martínez, José Luis García García, Eleazar García Rodríguez, Juventino González Ramos,, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Jesús Salvador Larios Ibarra, Raúl Lemus García, Juan Rodolfo López Monroy, Miguel Angel Martínez Cruz, Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Manuel Osante López, Guillermo Pacheco Pulido, Eulalio Ramos Valladolid, Rodolfo Rea Avila, Alberto Salgado Salgado, Pedro Salinas Guzmán, Daniel Angel Sánchez Pérez, Juan Manuel Terrazas Sánchez, Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, Alvaro Uribe Salas, Ma. Antonia Vázquez Segura, Cesár H. Vieyra Salgado."
El C. Presidente: - En atención a que este dictamen se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa la lectura.
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: - Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.
Trámite: - Es de primera lectura.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
LEY ORGÁNICA DE LOS FERROCARRILES
"Comisión de Comunicaciones y Transportes.
Honorable Asamblea: A Comisión de Comunicaciones y Transportes de esta H. Cámara de Diputados fue turnada para su estudio y dictamen la minuta proyecto de ley, que remite la H. Cámara de Senadores, relativa a la iniciativa que el Titular del Poder Ejecutivo Federal, en ejercicio de sus facultades que le otorga la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que somete a la soberanía del honorable Congreso de la Unión.
Después del análisis realizado en la Comisión de Comunicaciones y Transportes de esta honorable Cámara de Diputados, y tomando en consideración todos los puntos de vista de los miembros que la integran en su sentido plural, se acordó incluir en este dictamen los puntos de vista de los partidos políticos que así estimaran pertinente hacerlo, respecto del
funcionamiento de los Ferrocarriles Nacionales de México, opiniones que se insertan en este dictamen.
En otro aspecto, la iniciativa de la Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México toma en consideración el Plan Nacional de Desarrollo en el que se precisa el establecimiento de un sistema integral de transporte que responda a los requerimientos prioritarios del país, en el que cada medio participe de acuerdo a las características y necesidades de eficiencia con las que se propone dotar al sistema ferroviario nacional, empezando por la estructura y organización que requiere a través de una nueva Ley Orgánica.
Esta nueva ley da el marco legal básico que permitirá llevar a sus consecuencias el Programa de Modernización Ferroviaria que urgentemente requiere el país.
Se reconoce que la Empresa Ferrocarriles Nacionales de México debe ser un órgano competitivo con otros medios de carga y pasaje, independientemente de la eficacia que por razón lógica corresponde desempeñar al sistema ferroviario por los grandes volúmenes de carga y movimiento de pasajeros que se realizan.
La iniciativa tiende a modernizar a la empresa descentralizada Ferrocarriles Nacionales, procurando la actualización de los aspectos administrativos, operativos y financieros. Situación que, unida a la definición y cumplimiento de los compromisos de productividad y eficiencia, hace que la iniciativa que dictamina, dé a los Ferrocarriles Nacionales una estructura adecuada en el campo administrativo y al cumplimiento de sus compromisos naturales de productividad y eficiencia, sin menoscabar el objetivo social a favor de los trabajadores ferrocarrileros que, con base en su esfuerzo productivo, verán incrementadas sus posibilidades de desarrollo profesional y sus condiciones de vida.
Del contenido de la iniciativa su discusión y dictamen se llega a la conclusión que la misma se ajusta a los preceptos y principios constitucionales y es congruente con el Plan Nacional de Desarrollo y los postulados de la Ley de Planeación.
Al cumplirse igualmente el programa de modernización, Ferrocarriles Nacionales de México obtendrá mayores niveles de suficiencia con lo que se descargará al Gobierno Federal del otorgamiento de subsidios que tradicionalmente se han incrementado.
La iniciativa de ley se divide en cinco capítulos que en ella se señalan, y en la que se precisa la desconcentración administrativa, las autoridades y sus facultades y lineamientos generales para la operación de Ferrocarriles, sujetándolos a la Ley de Vías Generales de Comunicación.
Por acuerdo de la Comisión forman parte de este dictamen, como antes se señaló, los comentarios emitidos por los representantes de las fracciones parlamentarias que así estimaron hacerlo.
En consecuencia de lo anterior, esta Comisión somete a la consideración de esta honorable Asamblea, el siguiente
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE LOS FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO
CAPITULO I
De la organización y el patrimonio
Artículo 1o. Ferrocarriles Nacionales de México, es un organismo público descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, cuyo objeto es la administración y operación de los ferrocarriles mexicanos.
Artículo 2o. El domicilio de Ferrocarriles Nacionales de México será la Ciudad de México, pero podrá establecer agencias o sucursales en otros lugares de la República Mexicana y del extranjero.
Artículo 3o. La administración de Ferrocarriles Nacionales de México estará a cargo de:
a) El Consejo de Administración.
b) El Director General.
Artículo 4o. El patrimonio de Ferrocarriles Nacionales de México se integra con los bienes y derechos que, al entrar en vigor esta ley, le pertenezcan, así como las líneas férreas y bienes muebles e inmuebles que le aportare el Gobierno Federal y los que por cualquier título adquiera en el futuro.
CAPITULO II
Del Consejo de Administración
Artículo 5o. El Consejo de Administración de Ferrocarriles Nacionales de México, estará integrado por once miembros y tendrá los asesores técnicos que se designen en los términos del artículo 13.
Artículo 6o. Los miembros consejeros serán:
Los Secretarios de Hacienda y Crédito Público, Programación y Presupuesto, Energía, Minas e Industria Paraestatal, Comercio y Fomento Industrial, Agricultura y Recursos Hidráulicos, Comunicaciones y Transportes, así como el Subsecretario de Operación de esta última Dependencia.
Dos por el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, designados por sus Comités Ejecutivo y de Vigilancia, y dos por las organizaciones de usuarios de los servicios acreditados ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
El Presidente del Consejo será el Secretario de Comunicaciones y Transportes.
Artículo 7o. Cada Consejero propietario del Gobierno Federal nombrará su suplente, quien tendrá vinculación en razón de las actividades de la materia.
Los demás Consejeros propietarios, designarán libremente a sus suplentes.
Artículo 8o. Son facultades del Consejo de Administración:
1. Supervisar que la marcha de la entidad cumpla las metas que se señalen en los programas ferroviarios y en su calendario anual de trabajo, aprobado por el propio Consejo, teniendo en cuenta los programas sectoriales y establecer las políticas estratégicas relacionadas con el sector.
II. Supervisar que la estructura financiera, contable y presupuestal del organismo sea congruente con los propósitos de suficiencia y productividad que se han establecido.
III. Comprobar que la información que el Director General y los Comités y Subcomités técnicos, presenten en sus sesiones corresponda a la orden del día aprobada, sea confiable, oportuna y suficiente, para apoyar las decisiones y controlar el cumplimiento de éstas.
IV. Aprobar, si a su juicio procede, el programa general de administración.
V. Aprobar, si a su juicio procede, los reglamentos necesarios.
VI. Establecer las normas, los lineamientos y las estratégias para la formulación y aplicación de los proyectos y programas de la descentralización del organismo.
VII. Dictaminar y aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos, que le someta el Director General, si a su juicio procede.
VIII. Discutir y aprobar, si a su juicio procede, el plan de adiciones y mejoras que formule el Director General y vigilar su ejecución.
IX. Discutir y aprobar, si a su juicio procede, el balance anual y los informes financieros que le presente el Director General.
X. Fijar el porcentaje de los ingresos brutos, que se destinen a la operación durante cada ejercicio anual.
XI. Discutir y aprobar, si a su juicio procede, los empréstitos que proponga el Director General, con sujeción a los requisitos establecidos por las leyes respectivas.
XII. Fijar la política laboral del organismo.
XIII. Resolver sobre los problemas laborales que se presenten a la administración del organismo y que por su importancia le sean sometidos por el Director General.
XIV. Resolver sobre la creación o suspensión de divisiones, distritos, corridas, talleres, oficinas y fijación de horarios de labores, medidas que deberá someter a su consideración el Director General, tomando en cuenta las disposiciones relativas.
XV. Aprobar el manual de organización del organismo.
XVI. Constituir comités y subcomités técnicos especializados para cumplir los fines que determine el propio consejo. Cuando menos se creará uno, que tendrá como objetivo apoyar al Consejo en el seguimiento de los programas.
XVII. Decidir sobre los demás asuntos que le planteen el Director General y los comités o subcomités respectivos, de acuerdo con sus facultades.
Artículo 9o. El Consejo de Administración funcionará válidamente con la presencia de seis de sus miembros, si entre ellos está el Presidente del Consejo o su suplente. En caso de empate en las decisiones, quien presida, tendrá voto de calidad.
El Consejo sesionará, por lo menos una vez cada dos meses.
Artículo 10. A los comités o subcomités técnicos especializados, compete auxiliar al Consejo de Administración en:
I. La programación estratégica y en la supervisión del organismo.
II. La atención de los problemas de administración y organización de los procesos productivos, de selección y aplicación de los adelantos tecnológicos y del uso de los demás instrumentos que permitan elevar la eficiencia del organismo.
El Presidente del Consejo establecerá los lineamientos para la integración y funcionamientos de los comités y subcomités respectivos.
Artículo 11. El Consejo de Administración tendrá un Secretario Técnico y un Secretario de Actas.
Al Secretario técnico corresponderá el seguimiento de los acuerdos, formular la orden del día que debe proponer el Presidente del Consejo y lo demás que específicamente le encargue el propio consejo.
Al Secretario de Actas corresponderá levantar las actas de las sesiones y asentarlas, una vez aprobadas en el libro respectivo y lo que el propio consejo específicamente le encargue.
El Secretario Técnico y el Secretario de Actas serán nombrados por el Consejo.
Artículo 12. Los asesores técnicos, serán designados por el Presidente del Consejo, y no podrán ocupar simultáneamente otro cargo en la administración del organismo. Su función será la de asesorar al Consejo de Administración y a los comités y subcomités del mismo.
CAPITULO III
Del Director General
Artículo 13. El Director General será designado por el Presidente de la República.
Artículo 14. Son atribuciones del Director General
1. Representar a Ferrocarriles Nacionales de México, con las siguientes facultades:
a) De apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, con todas las facultades generales y aun las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial en los términos del artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal, en materia común y para toda la República en materia federal.
b) Para presentar denuncias y querellas, en asuntos del orden penal y para otorgar el perdón como ofendido.
c) Para promover y desistirse del juicio de amparo.
d) Para suscribir y otorgar títulos de crédito en los términos del artículo 9o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
e) Para delegar la representación con la persona o personas que estime necesario.
f) Para otorgar Poderes generales o especiales y autorizar a los apoderados para que absuelvan posiciones y ejerciten su mandato ante toda clase de autoridades o personas.
II. Designar al personal de confianza y a los demás empleados que el organismo requiera en los términos de esta ley, de la Ley Federal del Trabajo y del Contrato Colectivo de Trabajo.
III. Formular el presupuesto anual de ingresos y egresos, presentarlo oportunamente al Consejo de Administración y proponerle las metas de producción, productividad y eficiencia para el ejercicio.
IV. Formular el plan de adiciones y mejoras y someterlo a la consideración del Consejo.
V. Promover al Consejo los programas de descentralización que el organismo requiera.
VI. Presentar al Consejo el balance anual y los informes financieros bimestrales.
VII. Disponer las adquisiciones los pagos y los gastos, de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Consejo de Administración.
VIII. Plantear al Consejo las cuestiones de trabajo, Organización interna y financiera, que corresponda a conocer a dicho órgano.
IX. Informar al Consejo sobre los avances y resultados obtenidos en los diversos capítulos de su gestión.
X. Ejecutar los acuerdos del Consejo.
XI. Proponer al Consejo los empréstitos que considere necesarios para la administración.
XII. Asistir con voz a las sesiones del Consejo.
XIII. Las demás que le fije el Consejo, esta ley y sus reglamentos.
Artículo 15. El Director General será auxiliado por los Directores, Subdirectores y demás personal que se determine en la estructura orgánica que autorice el Consejo de Administración.
CAPITULO IV
Del Comisario
Artículo 16. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación designará un comisario que actuará como órgano de vigilancia. Asimismo, dicha Secretaría designaría a los Auditores Externos del organismo.
CAPITULO V
Disposiciones Generales
Artículo 17. En ningún caso el Consejo de Administración ni el Director General, podrán autorizar pagos no previstos en el presupuesto de egresos aprobado.
Artículo 18. Serán inembargables los bienes de Ferrocarriles Nacionales de México.
Artículo 19. Ferrocarriles Nacionales de México, estará sujeto a las obligaciones que, conforme a la legislación sobre vías generales de comunicación correspondan a las empresas de Ferrocarriles, pero el Gobierno Federal le cubrirá el costo íntegro de la transportación del correo.
Artículo 20. Las controversias en que sea parte Ferrocarriles Nacionales de México, serán de la competencia exclusiva de los tribunales federales.
Artículo 21. Ferrocarriles Nacionales de México responderá del pago de las indemnizaciones correspondientes al seguro del viajero contra accidentes, en los términos que le fije la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Artículo 22. Ferrocarriles Nacionales de México quedará exceptuado de otorgar garantías que la ley exija de las partes, tratándose de controversias e igualmente será eximido de otorgar garantías para obtener la suspensión en el juicio de amparo y para asegurar, en su caso, el interés fiscal.
Asimismo, Ferrocarriles Nacionales de México llevará un registro especial de las responsabilidades contingentes sobre las cuales se le exime de otorgar garantías conforme al párrafo anterior. Las obligaciones que se deriven del contrato de trabajo, en esta materia, quedan vigentes.
Artículo 23. Ferrocarriles Nacionales de México estará sujeto al pago de los impuestos federales, excepción hecha del Impuesto sobre la Renta.
En el caso del Impuesto al Valor Agregado deberá trasladarlo a los usuarios del servicio.
Artículo 24. Se otorga a Ferrocarriles Nacionales de México la facultad de establecer agencias aduanales en los lugares en que ello resulte conveniente para el servicio, con sujeción a todos los requisitos establecidos por las leyes respectivas.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. Se abroga la Ley Orgánica de Ferrocarriles Nacionales de México públicada en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de diciembre de 1948 y sus reformas, así como las demás disposiciones que se opongan a esta ley.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 19 de noviembre de 1984.
Comisión de Comunicaciones y Transportes.
Presidente: Guillermo Pacheco Pulido; Secretario, Luis Martínez Fernández del Campo, Aguilar Franco Serafín, Barba Hernández Alfredo, Bazaldúa Eleazar, Bazaldúa Vázquez Fabián, Beas Pérez Sergio M., Bustamante Vela Diógenes, Calderón Cecilio Rubén, Castillo Aguilar Roberto, Dávila Martínez Guillermo,
Del Olmo Reyes Joaquín, Díaz Olguín Samuel, García Lizama José Augusto, Garza Luna Guillermo, González Ramos Juventino, Ibarra Rayas Jesús, Jaimes Florentino, Meixueiro Artemio, Melo Barrios Mauro, Morales Espinoza Eloy, Ortiz Mendoza Francisco, Plascencia Loza Ramiro, Ramírez Ornelas José Lucio, Riva Palacio Galicia Enrique, Ruiz de León Zina, Sánchez Puga Pablo, Uribe Salas Alvaro, Valdéz Fontes Ramiro, Vaquera García Luis, Vázquez Becerra Heriberto Viramontes Paredes José."
El C. Presidente: - En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Se dispensa la lectura al dictamen.
Trámite: - Es de segunda lectura.
El C. Presidente: - En consecuencia, está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.
Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra, los siguientes ciudadanos diputados: Rodolfo Peña Farber, Encarnación Pérez Gaytán y Florentino Jaimes Fernández.
Y para hablar en pro, los siguientes ciudadanos diputados: Alvaro Uribe Salas y Luis Vaquera García.
Tiene la palabra el diputado Rodolfo Peña Farber.
El C. Rodolfo Peña Farber: - Muy buenos días, señores diputados: Aquí venimos un poco irregular y sistemáticamente a oponernos a proyectos que el Ejecutivo envía al Congreso, y quisiéramos que no fuera siempre necesario hacerlo. Desde luego que ha habido excepciones, recuerdo el caso de la Ley de que se logró por reformas en comisiones del Desarrollo de la Marina Mercante Nacional, proyecto, o sea la iniciativa, por unanimidad; pero esto es poco común; pareciera haber una especie de sicosis de aprobación de iniciativas del Ejecutivo, cosa que por supuesto aquí se ha dicho muchas veces.
Voy a hacer mención primero a los comentarios en que se funda el Presidente de la República, o los redactores que hicieron el proyecto en la Secretaría, para tratar de demostrar la poca solidez de dichos argumentos. También voy a mencionar algunas de las cosas que en su exposición de motivos dice la Comisión de Comunicaciones y Transportes de esta Cámara de su dictamen.
Dice el Presidente, abriendo su análisis: "El régimen constitucional de la República garantiza el libre tránsito de personas por el territorio nacional y la posibilidad de intercambios de bienes y servicios. Para hacer efectivo el propósito anterior es indispensable que exista un sistema de transporte de pasajeros y de carga adecuados a las demandas que presenta la comunidad".
Abrir la exposición de motivos para una nueva Ley de Ferrocarriles Nacionales de México, con esa exposición de apoyar un derecho constitucional que es el libre tránsito, está completamente desproporcionado; no necesita el Presidente acudir a la cita del derecho de tránsito para decir que va a modificar la ley, porque con la ley va a modificar los ferrocarriles y entonces vamos a poder ejercer el sagrado derecho constitucional del libre tránsito. Que cosa tan poco lógica hay en esta comparación y en este fundamento. Y luego dice el Plan Nacional de Desarrollo:
"El Ejecutivo a mi cargo se ha propuesto el establecimiento de un sistema integral de transporte", pues, efectivamente, es eso que probablemente ya he criticado aquí en esta tribuna, ese afán, esa sicosis de hablar de sistemas integrales; nos requieren integrar a todos en ese modelo de desarrollo ubicuo, universal, que se mete en todos los rincones y en todas las oficinas, precisamente para modelarnos a todos en alguna forma que un pequeño grupo de redactores integral de transportes tiende efectivamente, a desplazar a la ciudadanía del derecho a prestar los servicios de transporte en un momento dado, porque por eso se llama integral de transporte.
Desde luego es inadecuado este tipo de consideraciones, donde se refiere a la desventaja en que el ferrocarril ha quedado con relación a otros medios de transporte, lo cual hace indispensable tomar medidas para impulsar en forma decidida su desarrollo. Pero que bueno que tomen medidas para desarrollar el ferrocarril; para tomar medidas es una cosa y cambiar la ley es otra; desde luego que ellos están pensando que ésta es una de las medidas, pero yo lo que puedo afirmar es que ésta va a ser a única de las medidas, porque con hacer una nueva ley ya creen que se modificó lo malo, que ya se quitó lo vicioso, que ya se compuso lo errado, se "desfacen los entuertos", simplemente cambiando palabras en leyes.
Luego dice el Presidente que, "por la necesidad de incrementar los niveles de eficiencia, el Ejecutivo a mi cargo, la propia administración del organismo y sus trabajadores, han estructurado un ambicioso programa de modernización". Yo no creo que los trabajadores hayan tenido nada qué ver en esto, absolutamente nada. Por lo más, la modernización aquí ya nos llega y no la van a soltar de la mano en todo el texto de la exposición de motivos. Dicen que un ambicioso programa de modernización de los ferrocarriles va a propiciarse con el cambio de la ley. Si ustedes han tenido tiempo de analizar la ley vigente y la iniciativa que va a sustituir a la
ley vigente, se darán cuenta que la modernización no aparece por ninguna parte, y por otro lado las modernizaciones no se estipulan en las leyes, y por otro lado la ley sustancialmente ni tiene nada que tienda a una cosa que pueda tipificarse como modernización. Entonces, con esto piensan que van a mejorar los niveles de eficiencia y productividad. En el ferrocarril los males son endémicos, los males están arraigados y están en la manera en que actúan las gentes que lo manejan, no en la letra de la ley, quizá en el no aplicarla, nada más.
Dice que se dará un trato más justo y equitativo a los trabajadores ferrocarrileros. Ahorita vamos a ver que esto pudiera conducir a lo contrario, y lo vamos a ver precisamente con el texto de la iniciativa que se está proponiendo, que probablemente va a conducir a lo contrario de elevar el nivel de vida de los trabajadores.
El programa de modernización, otra vez modernización ferroviaria, procura la actualización de los aspectos administrativos, operativos y financieros para mejorar los servicios. No es cierto, casi no tiene nada que ver con esas cosas. En lo administrativo, ahorita también lo vamos a analizar.
Al cumplirse el programa - dice el Presidente - de modernización, Ferrocarriles Nacionales de México tendrá mayores niveles de suficiencia, con lo que se descargara el Gobierno Federal del otorgamiento de subsidios que tradicionalmente se ha ido incrementando. En realidad los subsidios a Ferrocarriles no se conceden porque la ley vigente no sirva, pueden estar seguros, señores diputados, que la ley vigente no es la culpable de que haya subsidios en los Ferrocarriles. Por lo tanto, si no se combaten los males, como creo que no se van a combatir donde deben combatirse, entonces va a seguir habiendo subsidios a los Ferrocarriles.
Y termina el Presidente este párrafo, diciendo: "El programa de modernización ferroviaria, al ubicarse dentro del Plan Nacional de Desarrollo, recoge los postulados de la Ley de Planeación. "
Postulados de una Ley de Planeación para un programa de modernización ferroviaria; vamos a ver los resultados, ustedes van a ser testigos; por lo pronto a pasarnos a los comentarios de la exposición de motivos de la Comisión de Comunicaciones de esta Cámara.
En realidad son repetitivos, lo cual es también bastante usual, puesto que se podría decir que en esta Cámara se carece de criterios propios y en muchas ocaciones se calcan literalmente los argumentos que el Ejecutivo expone en sus exposiciones de motivos.
Vuelven con la modernización, con la actualización de los aspectos administrativos, operativos y financieros; que se verán incrementadas las posibilidades de desarrollo profesional y las condiciones de vida de los trabajadores. Fíjense nada más.
Del contenido de la iniciativa se llega a la conclusión que la misma se ajusta a los preceptos y principios constitucionales y es congruente con el Plan Nacional de Desarrollo, los postulados de la ley de planeación. La misma demagogia. Sí, es demagogia, porque una buena ley no necesita fundarse en este tipo de argumentos que en realidad no tienen solidez.
Ahora vamos a pasar a una comparación en donde el Presidente analiza los capítulos, que es una de las cosas que han modificado, porque antes la ley, o sea la ley vigente, estaba dividida en capítulos. Entonces ellos la han dividido en cinco capítulos. Y el primero se llama De la Organización y el Patrimonio. Y entonces el Presidente explica así: el Capitulo I, referente a la organización y el patrimonio, determina el órgano de gobierno y de dirección para establecer con esta base su desconcentración administrativa, ya que de esta manera se determinarían con claridad y precisión los actos y la toma de decisiones que pudiesen llevarse a cabo en sitios diferentes a la capital de la República. Esto es para reírse.
En realidad, en los artículos de la ley vigente que se refieren a esos aspectos de administración, de organización y de patrimonio, pueden en todo caso, dar lugar a las mismas aseveraciones que ellos están usando para fundar la reforma .Por lo tanto puede considerarse innecesaria y trascendente en ese sentido. Sin embargo, esto de la desconcentración administrativa es una especie de juego de palabras nada más, porque los ferrocarriles nunca se van a desconcentrar administrativamente. Esta es una ley orgánica federal. El Presidente del consejo que están poniendo, es el Secretario de Comunicaciones los demás miembros del consejo son representantes de la Secretaría, en realidad, secretarios de los diversos despachos; los otros son representantes de los sindicatos y de las organizaciones de usuarios. Entonces, siempre van a ser gentes de nivel nacional los componentes del Consejo de Administración, por lo tanto no hay tal desconcentración.
En todo lo que aquí repite e insiste en hablar de desconcentración y descentralización, no da la pauta para ningún acto particular claro y específico que determine que, efectivamente, va a existir una Descentralización. Además no es lógica. Yo no veo cómo le va a hacer para poner una oficina en Nayarit con sede en Tepic, y cuya función se acabe, cuya jurisdicción termine en la frontera con Sinaloa y en la frontera con Jalisco, artículo 3o., donde habla del consejo e administración, lo único que están cambiando es que el consejo de administración sigue ,pero el gerente general ya no existirá ,ahora será un director general ;eso en si mismo no tiene objeción ,está correcto.
En el capítulo II se integra el consejo de administración con las secretarías de estado que tienen interés en el desarrollo del organismo,
tanto por lo que hace al uso de sus recursos presupuestales cuanto a su operación. Ya lo vimos en la Ley de Semillas, la Ley de Certificación, Producción y Comercio de Semillas; la Productora Nacional de Semillas no va a mejorar porque hayan puesto un consejo de administración, con un grupo de secretarías o representantes de secretarías componiendo ese consejo de administración, porque Petróleos Mexicanos que tiene hace mucho su consejo de administración no ha mejorado absolutamente nada. Si hay algún prototipo de anomalía administrativa es el que constituye precisamente Petróleos Mexicanos, con todo y su consejo de administración y su pléyade de secretarios, consejeros, miembros del Consejo de Administración.
Entonces, aquí este argumento es inválido de que aumentando el número de secretarios de Estado, como dice ahí que para mí son los secretarios de despacho a secas - , va a mejorar la relación de la entidad en cuestión. A las facultades del consejo de administración se adicionan las de construir comités o subcomités técnicos especializados como apoyo para atender los asuntos a éste encomendados. Aquí hay un cambio que sí tiene trascendencia, porque la ley vigente establecía comisiones del consejo compuestas por consejeros; la iniciativa está proponiendo que no se llamen comisiones del consejo, sino que sean comités o subcomités técnicos, y entonces a esos comités o subcomités se les designa, pero no son miembros del consejo porque no lo indica así la iniciativa. Esto nos puede conducir a nosotros a la formación de un cuerpo de número indefinido de gentes que en un momento dado vayan a tener ingresos en forma incorrecta, en forma inconveniente, tan solo porque son designados miembros del consejo técnico.
Me voy a referir al artículo 5o. Es un error, no sé si de último momento lo hayan corregido o es un error nada más de olvido, porque el artículo 5o. dice donde habla del consejo de administración, que estará integrado por once miembros que antes eran nueve, y que tendrá los asesores técnicos que se designen en los términos del artículo 13.
El artículo 13 está equivocado. Se tiene que tomar nota de eso si no se ha corregido, porque debe ser el artículo 12, porque el artículo 13 que en la minuta del Senado estaba correctamente asignado, porque se relacionaba a los asesores técnicos que ahí menciona, en el dictamen de la Comisión no es así, porque el texto del, artículo 12 que venia del senado, lo quitaron; que era donde se le daba la facultad de veto al presidente del consejo se lo quitaron; entonces se recorrieron los números del articulado y ahí debe decir 12, no artículo 13.
En el artículo 6o., donde define la composición del consejo de administración, dice el penúltimo párrafo, son dos, o sea dos miembros. "dos consejeros, por el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. designados por sus comités Ejecutivo y de Vigilancia". Eso no varía, pero luego dice "y dos por las organizaciones de usuarios de los servicios acreditados ante la Secretaria de Comunicaciones y Transportes".
Miren, aquí ha habido dos cambios, el que le hizo el Senado y el que le hizo la Comisión, porque la ley original decía: "Y dos consejeros, uno por la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, y otro por la Confederación de las Cámaras de la Industria", o sea, de Concanaco y de Concamin, que siendo entidades públicas nacionales podían nombrar esos representantes en el Consejo de los Ferrocarriles. Esa es la ley vigente.
El Presidente en su iniciativa le quitó eso y puso: "Y dos por los usuarios", a secas. ¿Quién los iba a nombrar?, ¿de dónde iban a salir? Los usuarios somos todos a fin de cuentas; era complemente ambiguo, entonces los senadores enmendaron un poco la plana y le pusieron: "Dos por las asociaciones de los usuarios", pero nada más un poco la enmendaron, porque sigue siendo vaga, ¿cuáles son las asociaciones de los usuarios? Entonces está mejor como estaba en el original, en la ley vigente. Por lo tanto, ese artículo es incorrecto, porque nunca habrá esos representantes, no habrá quien los nombre.
En el artículo 8o. vienen unas frases ahí que es una especie de legislar con una jerga, una jerga que se ha estado poniendo de moda y que es dudosa en su intención; para mí en realidad no es dudosa, pero tiene una composición con una carga ideológica fuerte, y que se ha venido metiendo en la legislación. Puedo decir con toda certeza que la ley vigente tiene un lenguaje mucho más preciso, mucho más técnico, mucho más entendible que la iniciativa; en la iniciativa se está introduciendo ese lenguaje, dice: "Son facultades del Consejo de Administración", y luego viene una serie de fracciones, y en la I dice" "Supervisar que la marcha de la entidad cumpla las metas que se señalen en los programas ferroviarios y en su calendario anual de trabajo, aprobado por el propio Consejo"; hasta ahí está bien y ahí debía de quedarse el párrafo. Ah, no, pero le agregaron: "teniendo en cuenta los programas sectoriales y establecer las políticas estratégicas relacionadas con aquella de el sector". Esa palabra de estrategia la tienen como una sicosis, en la misma forma que la palabra modernizar, como la palabra aquella de integral. Señores, esa no es legislación.
Estos dos últimos renglones deben quitarse.
Luego lo mismo la fracción II: "Supervisar que la estructura financiera, contable y presupuestal del organismo sea congruente con los propósitos de suficiencia y productividad que se hayan establecido". Parece lógico, pero sin embargo, no tiene necesidad de ponerse ese tipo de cosas. "Son las facultades del consejo de administración"... todo mundo sabe cuáles son las facultades de un consejo de administración, y el individuo que no sea eficiente tiene que responder por su falta de eficiencia; y el individuo que no sea honesto tiene que responder por ello también.
La fracción III va por el mismo corte: Comprobar que la información que el Director General, los Comités y subcomités Técnicos, presenten en sus sesiones corresponda a la orden del día aprobada, sea confiable, oportuna y suficiente, para apoyar las decisiones y controlar el cumplimiento de éstas"... Esto es pura paja. Estas cosas no se pueden poner en una ley.
La fracción VI - estamos hablando de las atribuciones, de las facultades del consejo de administración - : "Establecer las normas, los lineamientos y las estrategias para la formulación y aplicación de los proyectos y programas de la descentralización del organismo"... Paja, pura paja también. La descentralización no es posible, es una organización centralizada, aunque se llame descentralizada, pero ésa no es más que una forma, diríamos, administrativa, de designarla, pero aquí no tiene ese sentido de lo que prometio el Presidente en su toma de posesión, de la descentralización porque el Presidente reconoció, por una necesidad política, que la centralización había dañado mucho al país. El lo dijo aquí, ahora se siente obligado a embutir esa palabra, perdónenme la expresión, en todo lo que propone al Congreso, aunque no sea factible. La fracción VII dice vuelvo a recordar que son facultades del Consejo de Administración del artículo 8 - : "Dictaminar y aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos, que le someta el director general, si a su juicio procede" Esto no es correcto de ninguna manera, esas son funciones de nosotros, del Congreso, de los diputados. O sea, el consejo de administración de los Ferrocarriles no debe ser facultado para dictaminar y aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos, por eso, esta mal esta fracción también, que debe ser quitada.
En la fracción VIII "Discutir y aprobar, si a su juicio procede, el plan de adiciones y mejoras que formule el Director General y vigilar su ejecución". El plan de adiciones y mejoras, es cierto que estas dos palabras ya estaban en la ley vigente, sí están, pero ya que se ponen a corregir la ley háganlo bien, porque, ¿que son adiciones? Hablamos de adiciones en la iniciativa a una ley, pero, ¿qué son adiciones a los ferrocarriles nacionales?, ahí podría decirse expansión, crecimiento, construcción de nuevas instalaciones, algo técnico, algo preciso, no este tipo de palabras.
"Fijar - dice la fracción X - El porcentaje de los ingresos brutos, que se destinen a la operación durante cada ejercicio anual", y el porcentaje para reserva - eso era lo que yo le iba a agregar - . Aquí nada más dice que el Consejo de Administración nada más tiene la facultad de fijar el porcentaje los ingresos brutos que se destinen a la operación en cada ejercicio anual. Propongo que se agregue: y el porcentaje para reserva de inversión y de contingencia", que es parte complementaria de lo primero.
En los Ferrocarriles no pueden contentarse con administrar brillantemente, operativamente, tienen que tener su reserva de reinversión, el equipo ferroviario, es de rápido desgaste y costosísima reparación, las locomotoras, los vagones cuestan muchísimo dinero. Es parte vital, es parte importante, el que los Ferrocarriles tengan su reserva de reinversión y de contingencias.
En la fracción XII, de las facultades del ejercicio de administración, dice: "fijar la política laboral del organismo" sujeta, digo yo, a las leyes de la materia. Ahí ponen nada más fijar la política laboral y del organismo; entonces, hay que completar esa frase y decir: sujeta a las leyes de la materia. Les voy a decir por qué esto: hace un rato les decía, van a ver cómo, no es muy viable, sino más bien lo contrario, afirmar que con esta reforma, que con esta ley nueva, se va a mejorar el nivel de vida de los trabajadores. Aquí se ve, todas las partes que competen al asunto laboral en esta ley, las cambian, porque en la ley vigente venían cosas especificas, por ejemplo: entre las facultades del Consejo de Administración venía, entre otras cosas, en la fracción XI, "resolver sobre movilización de personal"; eso lo eliminan, lo borran; venía, "establecer el régimen de jubilaciones que permanentemente deba regir en los Ferrocarriles Nacionales de México", lo eliminan lo borran también; venía también, "fijación de las normas sobre vacaciones de los trabajadores del sistema". Estaban puntualizadas esas facultades del Consejo en esos temas concretos, vacaciones, jubilaciones, movilizaciones, todo lo quitan y nada más le ponen en el proyecto, "fijar la política laboral del camino".
¿Puede parecer que conduce ahí a mejorar el nivel de vida de los trabajadores? Más bien me parece que se está dando una potestad ilimitada en la ley ésta, al consejo de administración en materia laboral.
Entonces, yo pido esto, muy sencillo, Si se quieren quitar todas esas minucias de movilizaciones, jubilaciones, vacaciones, etcétera y ponerlo en una sola fracción, como está aquí en un renglón, de acuerdo, pero entonces complétese con esto: "sujeto a las leyes de la materia".
Más adelante, donde habla de los comités y subcomités técnicos especializados, ¿se acuerdan que les mencionaba que han sido para sustituir a las antiguas y en la ley vigente, llamadas comisiones del consejo?, dice: "para cumplir los fines que determine el propio Consejo". Aquí hay un cambio, por que a las comisiones del consejo, anteriormente y en la ley vigente, se le dan facultades precisas, se nombran tres tipos de comisiones que son: financiera, de relaciones de trabajo y de organización, así se llaman. Y se dice en respectivas fracciones exactamente cuáles son sus funciones, todo esto se quita, y entonces nada más quedan estos comités técnicos, vagos, sujetos a lo el consejo diga; es un cambio que estoy manifestando aquí.
Entonces, luego sigue: "Cuando menos se creará uno - un comité técnico - que tendrá como objetivo apoyar al Consejo de Seguimiento de los programas". Yo propongo que se le agregue al final de este párrafo: "los componentes de dichos comités y subcomités serán parte del mismo personal del organismo, sin devengar sueldos especiales", esto tiene mucha importancia, porque es muy riesgoso dejar en esta ley esa constitución de comités a criterio del consejo sin siquiera fijar sus funciones y sin saberse de dónde van a salir. ¿Que tipo de características van a tener? No se dice nada, pero como en los ferrocarriles ha habido típicamente, tradicionalmente, malversación de fondos, nosotros tenemos que pensar que la modernización de los ferrocarriles va a depender de que ya no se malversen los fondos principalmente, y si esta ley no coarta el riesgo o no evita la posibilidad de que se fuguen equis prestaciones, equis igualas, a través de esos nombramientos de los miembros de los comités técnicos, entonces no se van a modernizar los ferrocarriles con ninguna ley.
El artículo 10 se refiere, ahora sí, a los comités y subcomités técnicos especializados, a los que compete auxiliar al consejo de administración. Y luego dice tras dos fracciones, ¿qué es lo que compete a los Comités Técnicos y Subcomités? Está en dos fracciones, una de ellas es, "La programación estratégica y en la supervisión del organismo", fijense, a los comités técnicos están dando esta facultad; voy a repetir, "La programación estratégica y en la supervisión del organismo" una; dos, "La atención de los problemas de administración y organización de los procesos productivos, de selección y aplicación de los adelantos tecnológicos y del uso de los demás instrumentos que permitan elevar la eficiencia del organismo.
"El Presidente del Consejo establecerá los lineamientos para la integración y funcionamiento de los comités y subcomités respectivos". Aquí hay un mal De anomalías en este artículo.
La programación estratégicano dice nada de nada; ya parece que tenemos militares en todas las dependencias y en todos los organismos, que en todo se habla de estrategia.
La programación estratégicano debería de ser más simple y sencillamente, señores, en beneficio de cualquier texto legal, la programación y punto.
Entonces, nosotros podríamos proponer esto, que la única función de los comités técnicos sea la programación y la supervisión, pero no del organismo, por eso abarca todo el universo de los Ferrocarriles; como los comités técnicos les vamos a dar la función de la supervisión del organismo, contesten, por favor, ¿cuál es entonces la función del director?, ¿qué esperan que haga el director si les están dando las funciones de él a los comités técnicos? Supervisión del organismo, por favor, eso es absurdo, entonces, debe de quedar nada más la programación y la supervisión, le aseguraría que yo, lo que me parece lógico aquí, "la supervisión de las actividades específicas que competen a cada uno, a cada comité", porque como venía en el espíritu de la ley vigente, cada comisión tenía un área de trabajo, señores, entonces, precisamente en lo que compete a su área de trabajo, en el reglamento se determinan estas áreas, el reglamento que se debe hacer y entonces en esa área le toca supervisar a un técnico específico, eso si es lógico.
Por supuesto, la fracción II la tachamos toda donde dice que le toca también a su comité técnico "La atención de los problemas de administración y organización de los procesos productivos", le da las funciones del gerente, del administrador, otra vez. No podemos nosotros tener un administrador con tales cargos para luego darle las funciones de él a un grupo de gentes equis que son miembros de un subcomité o de un comité. Pero el último párrafo es totalmente inaceptable, porque dice que, "El presidente del consejo establecerá los lineamientos para la interrogación y funcionamiento de los comités y subcomités", Señores, ahí se eliminaría al consejo de administración, entonces ésta, la definición de las funciones de los subcomités, corresponda al consejo de administración, no al director general. Bueno, ya vamos rápido.
Señores, en el 11 ponen a un secretario técnico. Un secretario técnico no tiene nada qué hacer aquí, ¿por qué ponen un secretario técnico y ponen un secretario de actas? El secretario de actas es el que tendrá las funciones lógicas que ahí vienen descritas que corresponden a un secretario. Un secretario técnico, cuando ya tenemos comités técnicos, también es darle muchas vueltas al asunto, meter burocracia, meter gastos y dificultades de manejo de operación.
Las funciones que le están dando en este caso al secretario técnico, también corresponden al director, o sea, que vamos a tener un director de papel que no va a tener funciones porque se les ha quitado para dárseles a los comités técnicos y al secretario técnico. Es de lo más chistoso.
También viene ahí que el secretario de actas será nombrado por el consejo, y yo le agregaría: "de entre el personal de planta de la entidad", para que no sea una persona de ésas que van a recibir igualas o que van a recibir equis cantidades de dinero y que no corresponden a la organización.
Señores, me voy a referir ya brevemente al artículo 12. Este debe ser eliminado. "Los asesores técnicos serán designados por el presidente del consejo y no podrán ocupar simultáneamente otro cargo en la administración". ¿Por qué debe ser eliminado?, porque los secretarios técnicos, no, perdón, aquí cometí un error, son los asesores técnicos, serán designados por el presidente del consejo y no podrán ocupar simultáneamente otro cargo en la administración del organismo; su función será la de asesorar al Consejo de Administración y a los comités y subcomités del mismo.
Esto es puro burocratismo, porque la asesoría puede ser contratada por fuera, con servicios profesionales adecuados, no hay qué no se haga.
El artículo 16, señores diputados, le da la facultad de poner comisario de consejo a la Contraloría General de la República. Esto demerita nuestra propia función de fiscales del gasto público.
Propongo que se dé la función o la facultad de poner comisario del consejo de administración de los Ferrocarriles Nacionales a la Cámara de Diputados, a través de la Contaduría Mayor de Hacienda, que es lo que corresponde.
Y ya para terminar, quiero decirles que en todo el capítulo V que se refiere a las Disposiciones Generales, hay graves anomalías jurídicas que pueden determinar la violación del derecho de particulares o de terceros en beneficio de los Ferrocarriles, porque se deja en indefensión a través de ese articulado a cualquier persona que tenga un problema con los Ferrocarriles, por las características de este artículo. No lo voy a describir, pero les voy a pedir que todo momento consideren que de todo ese articulado, hay tres artículos de ahí que están jurídicamente infundados, porque si usted es proveedor, si usted tiene un accidente con el ferrocarril, usted la pierde irremediablemente aunque el derecho esté con usted si se aplica esta ley.
El C. Presidente: - Se informa al orador que ha concluido su tiempo reglamentario de 30 minutos.
El C. Rodolfo Peña Farber: - Nada más para terminar. Miren, "Fraude en los Ferrocarriles. 615 millones de pesos, del día 31 de octubre, un montón de durmientes que no servían". Eso es lo que debe modernizarse, señores diputados, por favor.
Muchas gracias por su atención.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado Alvaro Uribe Salas.
El C. Alvaro Uriba Salas: - Con su venia, señor Presidente: antes de contestar los planteamientos y objeciones que hace mi querido compañero, diputado vicepresidente de esta Cámara, don Rodolfo Peña Ferber, que, claro, son objeciones animadas con su estilo de un buen mexicano, pero no son objeciones jurídicas y, señores diputados, aquí es la fuente formal del derecho, aquí se discuten las leyes conforme a un procedimiento legal. Por ello, antes de entrar a esas objeciones que son puramente emocionales, quiero aclararle al señor diputado que el derecho no funciona por emociones, funciona pro realidades sociales, y a través de todo un procedimiento legal, que empieza desde la iniciación, discusión, como todos ustedes saben, etcétera.
Antes, repito, de señalar esto, es importante hacer algunas reflexiones sobre el ferrocarril, su iniciación en México el siglo anterior, la evolución que va ocurriendo a través de este presente siglo, su fracaso, sus resultados. Y así tenemos que el ferrocarril, necesario medio de transporte en el que se ha fincado el proceso de desarrollo en México, ha tenido, como se dice vulgarmente, sus altas y sus bajas.
Y así por ejemplo, durante el lapso comprendido por los años de 1910 a 1918, tiempo en que se desarrolló la contienda armada de la Revolución, lejos de vitalizarse los ferrocarriles quedaron destruidos. No fue sino hasta que el gobierno de Lázaro Cárdenas cuando se puso en manos de los trabajadores de la administración de los Ferrocarriles Nacionales de México.
En el régimen del general Manuel Avila Camacho no hubo progresos fundamentalmente a la situación derivada de la Segunda Guerra Mundial; más adelante, el gobierno de la República autoriza la rehabilitación del sistema mediante el aumento de algunos tramos del derecho de vía, como por ejemplo el cambio de vía corta a vía ancha, se favoreció la obtención del material rodante de locomotoras, coches para el servicio de pasajeros, pero la precaria situación económica en que vivía el país interrumpió el crecimiento de la infraestructura férrea.
A mediados de la década de los '50 se inicio el endeudamiento con el Banco Mundial mediante créditos que significaron más material rodante y refacciones; de entonces a la fecha los intentos por rehabilitar el sistema, que ha sido paliativo ante la difícil situación padecida por el ferrocarril, circunstancias que no han permitido su gradual avance, en la actualidad existe la intención y el entusiasmo, tanto del régimen como de la empresa y trabajadores, por hacer realidad la modernización del sistema ferroviario, que desde luego se encuentra previsto el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa de Reordenación Económica. El Gobierno Federal ha fincado como compromiso impostergable la renovación del sistema ferroviario para así lograr un transporte moderno, eficiente, seguro y acorde al progreso del país.
En noviembre de 1983, el Jefe del Ejecutivo, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, aprobó el inicio del programa de modernización del sistema ferroviario nacional, empeño que significa ala transformación paulatina de los recursos humanos y materiales de la empresa, así como la óptima participación de los ferrocarriles en el sistema integral del transporte, conforme dictan los lineamientos del sector de comunicaciones y transportes.
Ahora bien, la actual administración del sistema ha puesto en marcha tales políticas y ello se consigue en la labor sostenida los primeros 20 meses del sexenio. Y así los mecanismos idóneos para la renovación del sistema ferroviario nacional son: primero, aumentar la productividad a través de la capacitación del personal; segundo, reducir los tiempos en tránsito de carga y pasajeros; tercero,
incrementar la seguridad de las operaciones; cuarto, actualizar el sistema de comercialización; quinto, optimizar el uso de la infraestructura, y por último, renovar la estructura financiera.
Ahora bien, no se puede hablar en forma aislada de los ferrocarriles sino se toma en cuenta el papel de la capacitación de los ferrocarrileros. El gremio de los ferrocarrileros ha sido uno de los más importantes dentro de la lucha del movimiento obrero, pues como todos sabemos, es pionero dentro del gremio organizado. Este gremio, constituido en sindicato desde sus inicios, adquirió gran fuerza en su lucha, como todos los sindicatos lo han hecho. La lucha que ha sido de este sindicato, velar por los intereses de los trabajadores.
Yo creo, compañeros diputados y diputadas, que los ferrocarriles no son únicamente vías, talleres, trenes, oficinas, son miles de obreros que rinden un servicio social. El trabajador ferrocarrileros el nervio, es la fuerza que anima todo el ferrocarril.
Ahora, mis queridos compañeros diputados, trataré de contestar las objeciones que, repito, son meramente un punto de vista personal de mi querido compañero Rodolfo Peña Farber, pero no son discutidas ni objetadas, objetadas, perdón, desde el punto de vista jurídico de una técnica legislativa. Yo felicito a mi querido compañero Peña Farber por esa pasión que tiene, y como buen mexicano, de ver una estructura jurídica, un instrumento jurídico que a su modo de ver, personalmente, no jurídicamente, le parece que es erróneo, es vago y es contradictorio.
El señala que la modernización no se estipula en leyes. Señores diputados, por favor, para tener un instrumento jurídico, para hacer una sociedad más justa, más igualitaria se requiere de un instrumento legal que esté acorde con la vida, la realidad nacional.
También habla de los subsidios, que es una institución que día a día vive o tiende a tener más subsidios. Recuerden ustedes que los Ferrocarriles Nacionales de México, en las anteriores administraciones, no en su inicio, los Ferrocarriles en su inicio, se hicieron para saquear al país; los regímenes revolucionarios los Ferrocarriles se hicieron con un servicio social, y el costo del servicio social es transportar las mercancías de primera necesidad a bajo costo.
También habla el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, al señalar que todas estas reformas al instrumento jurídico llamado Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México, es pura demagogia. Yo creo que las leyes, el Constituyente y esta Cámara, que es fuente, repito, fuente formal del derecho, no es demagogia, es legislar para una realidad social.
En cuanto al dictamen en lo general, vuelvo a señalar; las objeciones son erróneas, pues se propone al sistema de los Ferrocarriles Nacionales de México de un instrumento legal que permite llevar adelante el programa de modernización ferroviaria, que ha estructurado el organismo público descentralizado, que tiene a su cargo la administración y operación del sistema ferroviario y sus trabajadores. El dictamen corresponde y cumple el objetivo más amplio de modernización de la Administración Pública Federal, del cual el programa de modernización ferroviaria procura la actualización de los aspectos administrativos, operativos y financieros para mejorar los servicios y desde luego permite el sistema ferroviario nacional cumpla con el papel que le ha sido asignado dentro del sistema integral del transporte, donde se satisfagan los requerimientos de la población.
El presente dictamen de esta ley que se somete a consideración de esta soberanía, da una estructura adecuada, no sólo desde el punto administrativo, sino que también le permite definir y cumplir los compromisos de prodcual el programa de modernización ferroviaria procura la actualización de productividad, producción y eficiencia.
Resumiendo, señores diputados: los aspectos tratados por el dictamen en cuestión, que se somete a la consideración de esta H. Asamblea, son los siguientes:
Primero, se trata de la organización y el patrimonio, y en este capítulo se determina el órgano de gobierno y de dirección, para partir de un punto hacia su desconcentración administrativa, y así poder determinar los actos y la toma de decisiones que pudiera llevarse a cabo en sitios diferentes en el sistema ferroviario nacional.
Por lo que respecta al Consejo de Administración se actualizan las disposiciones relativas para integrar al mismo con los secretarios de Estado, no es porque se trate de aumentar el número de miembros del Consejo de Administración, simple y sencillamente si la anterior ley se integraba por nueve personas que tenía el Consejo de Administración, el dictamen en cuestión aumenta a once, es decir, dos más, pero no por aumentar, porque deben de estar acordes con las nuevas leyes de la Administración Pública. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal tiene interés en el desarrollo de organizar a todas estas entidades paraestatales.
Dentro de las innovaciones que presenta esta Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México, está la de incluir en el capítulo relativo, al comisario, y esta introducción es jurídicamente legal, para adecuar a la nueva Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en el se prevé se designe al comisario que tendrá las funciones como órgano de vigilancia.
Por todas estas consideraciones, estimo, y por estar adecuada una técnica legislativa depurada y acorde a la constitucionalidad, pido a esta soberanía, en su caso, aprobar el dictamen en lo general. Muchas gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado J. Encarnación Pérez Gaytán.
EL C. Encarnación Pérez Gaytán: - Señoras diputadas; señores diputados: la Comisión de Comunicaciones y Transportes afirma en el dictamen acerca de la iniciativa presidencial de nueva Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México, que "esta nueva ley da el marco legal básico que permitirá llevar a sus consecuencias el Programa de Modernización Ferroviaria urgentemente requiere el país" y que, "la iniciativa tiende a modernizar a la empresa descentralizada Ferrocarriles Nacionales, procurando la actualización de los aspectos administrativos, operativos y financieros".
Estos juicios, a mi entender, no se justifican, en primer lugar, porque la organización que norma esta ley es la misma que ya tiene la empresa ferrocarrilera; las diferencias son mínimas, y lo nuevo que añade acusa la tendencia autoritaria y antidemocrática en el manejo de las empresas paraestatales. Cambiar el nombre de gerencia general, por el de dirección general, agregar secretarios de Estado en el consejo de administración para que en lugar de nueve sean once los miembros de este cuerpo, y establecer la presencia de un comisario, representante de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, ¿en qué contribuyen a la modernización de los Ferrocarriles Nacionales de México?
Ciertamente los Ferrocarriles de México se encuentran anticuados y en muy mal estado. El diagnóstico del Plan Nacional de Desarrollo en vigor es realista. La red ferroviaria casi no ha crecido en lo que va del siglo, las vías están en malas condiciones, las mil 800 locomotoras disponibles son insuficientes y los 53 mil carros también lo son. Por eso apenas transportan el 20% de la carga y el 1% de los pasajeros, en tanto que el autotransporte carretero atiende el 80% del movimiento de carga y el 97% de los pasajeros. Si a esto agregamos, que corrupción administrativa arraigada en ésta como en otras empresas, que inclusive ha salido la luz pública con motivo de los adelantos hechos respecto de la Cuenta Pública de 1982, lo que de ninguna manera significa que en los años anteriores la honestidad haya sido lo predominante, el cuadro desastroso de los ferrocarriles queda completo, por lo que se impone efectivamente reorganizarlos seriamente y modernizarlos en verdad. Pero la modernización no se alcanzará con una ley que por sí misma no puede hacerlo, ni mucho menos si esa ley, como es el caso que nos ocupa, mantiene sin cambios esenciales la organización que han tenido hasta el momento los ferrocarriles.
Una ley regula normativamente los procesos reales, no los crea ni los inventa. De ahí que primero es preciso adoptar medidas reales, idóneas para cambiar positivamente la situación ferroviaria, con autorización legal, sí, pero no por la vía de una ley orgánica. Se requiere más presupuesto para mejorar las vías, convertirlas en vías dobles, adquirir locomotoras, fabricar más carros y de mejor calidad, electrificar los ferrocarriles, etcétera. Mientras no se use la técnica ferroviaria más avanzada del mundo, ¿cómo se puede hablar con propiedad de incrementar la productividad del trabajo?
Cuando en la misma unidad de tipo es posible aumentar la cantidad y calidad de los productos, y con menor gasto de energía humana, se puede hablar de aumento de la productividad del trabajo. Pero cuando los empresarios obligan a los trabajadores a gastar más energía con jornadas más largas, con menos descanso y acumulándose tareas, lo único que hacen es intensificarles el trabajo, fatigarlos más y disminuir su rendimiento, cultivándoles de paso el odio al trabajo. Este último, es lo que hace el Gobierno con la reestructuración en Ferrocarriles. Se dice que con una mayor capacitación o adiestramiento los ferroviarios van a aumentar la productividad de su trabajo pero los transitas, por ejemplo, por más capacitados que estén, no podrán imprimirles mayor velocidad a las locomotoras si las vías se encuentran en tan mal estado, a riesgo de sufrir descarrilamientos con las pérdidas de vidas y de materiales que éstos ocasionan.
La famosa capacitación, que en sí misma no es negativa, impuesta ya en el sistema ferrocarrilero, se utiliza para disminuir personal, para aumentar el desempleo y elevar la carga de trabajo que cada ferrocarrilero en servicio tiene que desempeñar. La empresa quiere aprovechar los programas de capacitación, no para aumentar la productividad del trabajo, sino para jubilar o indemnizar a quienes no pasen los exámenes a la terminación de los cursos. No hay que olvidar que Ferrocarriles Nacionales de México señala en su programa de modernización que un 30% de su personal se encuentra en edad de jubilación.
Obligar a los trabajadores rieleros a gastar más energías, a quedar libremente a disposición de la empresa para realizar tareas diversas, y con menos gente hacer más trabajo, es lo que se pretender con la supresión de categorías y puestos de trabajo, con el señuelo de que disminuyéndolos es posible percibir mayor salario.
En el convenio firmado desde julio pasado, por Ferrocarriles Nacionales de México y el Sindicato Ferrocarrilero, se sentaron las bases de la reestructuración con las que se requiere hacer creer que ha empezado la modernización del sistema ferroviario nacional.
Se ha convenido empezar la reestructuración por la rama de fuerza motriz y equipo de arrastre. Las categorías y puestos están ya reclasificados, de tal manera que 19 puestos o categorías que incluyen, por ejemplo, mecánico de primera, carpintero A, truquero A, forjador, laminador, calderero A, pintor A, ayudante, etcétera, hasta completar 19 puestos de trabajo, quedan en uno sólo que se llama ayudante de operario. Lo "moderno" consiste en que la empresa puede obligar,
pongamos por caso, a un mecánico de primera a realizar tareas que le corresponden a un guardaherramientas, o a un carpintero, a cumplir trabajos de un engrasador.
Con esto y otras cosas por el estilo, el Gobierno se presenta ante el pueblo como modernizador de los Ferrocarriles. Un punto del convenio que menciono, consiste en la simplificación del procedimiento para aplicar sanciones al personal con el objeto, dice el convenio, de hacerlo más ágil y congruente con la realidad y la modernización del sistema y acorde con los objetivos de la renovación moral de la sociedad.
O sea, castigar con mayor facilidad a los trabajadores, se le requiere endilgar al pueblo mexicano como una medida de modernización de los ferrocarriles, quitándoles recursos de defensa, como han sido para los ferrocarrileros el hecho de nombrar defensores o asesores en las investigaciones. Los procedimientos que tienden a eliminar personal, aumentar la carga de trabajo para cada ferrocarrilero, disponer la empresa de facultades para mover a su antojo a los trabajadores de un trabajo a otro, y castigarlos con toda facilidad dicen que eso constituye uno de los pesos de la modernización de los ferrocarriles cuyo marco legal básico, según se afirma, es la nueva Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México.
Pero esta ley carece de originalidad alguna. En vez de nueva, es anticuada, antidemocrática y autoritaria. Es una ley que permite al poder del Estado, juntando en el consejo de administración de los ferrocarriles a seis secretarías del Ejecutivo Federal, hacer y deshacer sin que haya participación de los trabajadores y de los usuarios en las decisiones en materia ferrocarrilera realmente, porque dos representantes del sindicato y dos dizque, por las "organizaciones de usuarios de los servicios acreditados ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes", no significa ningún cambio en la composición del consejo de administración.
La democratización de esta empresa paraestatal, como en los casos de todas las demás, entre otras cosas, se podría empezar a lograr con la participación más amplia y significativa de los trabajadores en su administración, con facultades para intervenir con las decisiones sobre el funcionamiento y la política de la empresa se ponga en práctica.
El proyecto que se pone a discusión no es la Ley de Ferrocarriles que la modernización de este transporte requiere. Es una ley vieja y antidemocrática en correspondencia con unos ferrocarriles anticuados y en pésimo estado. Por eso estamos totalmente en contra de dicho proyecto. Muchas gracias".
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Luis Leoncio Vaquera.
El C. Luis Leoncio Vaquera: - Señor presidente, con su venia; compañeras y compañeros diputados; respeto la opinión del Partido Acción Nacional, pero obviamente no la comparto por la sencilla razón de que, a mi juicio, en algunas de sus consideraciones carece de veracidad. Es lógico, así ha sido siempre, que Acción Nacional se oponga sistemáticamente a las iniciativas que aquí se han presentado, lo extraordinario, lo raro en esto es que estén de acuerdo.
Se ha dicho aquí que en la modernización que se ha iniciado ya del sistema ferroviario nacional, no se ha dado participación a los trabajadores, cuando que para firmar el primer convenio que ya se hizo en el área de talleres, se consultó a la base en cada uno de los centros de trabajo y por abrumadora mayoría estuvieron de acuerdo en que se aplicaran las medidas que ahí se proponían y si los trabajadores ferrocarrileros, que son quienes van ha recibir en última instancia el beneficio, están de acuerdo, no veo yo el motivo por el que nos opongamos a que esos trabajadores tengan ese beneficio.
Desde luego que sí implica un mejor trato a los trabajadores la modernización del sistema, está establecido en el convenio al que hice mención hace un momento, una serie de medidas mediante las cuales se van a aplicar estímulos a los trabajadores, no para explotarlos más como se decía aquí hace un momento, sino para darles acceso a un mejor nivel de vida y aumentar consecuentemente la productividad y eficiencia del sistema ferrocarrilero.
Cuando una empresa aumenta sus índice de productividad, esto tiene finalmente que traer también beneficios, no solamente a la empresa y a los usuarios en este caso, sino a los propios trabajadores.
El compañero diputado Uribe Salas hizo una exposición bastante amplia acerca del Sindicato Ferrocarrilero en sí. No vamos a pretender aquí y ahora magnificar las bondades del sindicalismo mexicano. Pero sí es honesto, es de justicia reconocer que el Sindicato de Ferrocarrileros ha sido, es el que ha tenido más hondas raíces revolucionarias. Están como muestran los actos de algunos ferrocarrileros a partir de Jesús García y a través de la historia del sindicato, se ha venido dando origen a gentes muy valiosas. No quiero mencionar alguna por pecar al olvidar algunos otros que pudieran ser dignos de mención.
A partir del convenio que ya firmó en el área de talleres, aparte de los estímulos a que hacia referencia hace un momento, va a traer como consecuencia una serie de beneficios para los trabajadores, tales como el que les voy a explicar enseguida. Hasta ahora, en el área de talleres hay una diferencia salarial máxima de 200 pesos entre puestos. Esto no resulta de ninguna manera atractivo para los propios trabajadores, para superarse, con el convenio y con la supresión de categorías, pero no de plazas, compañero diputado, no de plazas, porque si bien se eliminan algunas categorías, el número de plazas
Sigue siendo el mismo, de 85 categorías que existían, quedan 12. Este proceso lo conozco perfectamente bien porque se ha dado en el sindicato y es obvio el resultado positivo que ha tenido.
Por otro lado se decía que se le están quitando prestaciones a los trabajadores con la modernización del sistema ferroviario, y se hablaba concretamente de las jubilaciones y algunas otras prestaciones sociales. En realidad lo que ha estado sucediendo es que la obligación que tenía Ferrocarriles de jubilar a las personas que ya estaban en edad de hacerlo ha pasado a ser materia de la Ley del Seguro Social, ya no es Ferrocarriles quien va a jubilar a su personal; ese 30% de que se habla del personal que está por jubilarse tiene ahora con esto, con la modernización, con el convenio que ya se firmó que es consecuencia, que es parte de la modernización, van a tener opción de jubilarse, de tal manera que no existe como en el pasado inmediato un tope en cuanto a la partida presupuestal. Anteriormente existía determinada cantidad para cubrir jubilaciones, si había un número mayor de trabajadores para jubilarse, tendrían que esperarse hasta el siguiente presupuesto para poder llevar a cabo la jubilación; ahora no, ahora todos aquellos que estén por jubilarse podrán hacerlo porque ya no hay límite presupuestal.
Por otro lado, la jubilación no implica reducción de plazas, no se le está quitando personal a ferrocarriles, porque la jubilación implica un movimiento escalafonario que va a ser cubierto en su último escaño por trabajadores extras y éste es otro de los aspectos benévolos del convenio, por los trabajadores extras que van a recibir cursos permanentes de capacitación, y de ahí van a salir las personas que van a cubrir las vacantes definitivas; pero no solamente eso, todavía más, a estos trabajadores que van a recibir cursos de capacitación para superarse personalmente, se les va a dar, además, se le va a pagar además el salario mínimo y las prestaciones que establece el propio Seguro. Si esto no es un beneficio para los trabajadores, no sé que es lo que pretende el compañero del PSUM.
Por otro lado, desde luego que la ley por sí sola, la ley orgánica que se discute ahora, no va a modernizar los Ferrocarriles, obviamente. La ley es el marco legal através del cual se van a llevar los procesos que darán finalmente como resultado la modernización de los ferrocarriles.
La modernización no representa exclusivamente ni capacitar solamente al personal ni comprar nuevas locomotoras o construir nuevas vías. La modernización, aunque a alguien no le guste la palabra, es integral. Esto significa que se va a hacer en el aspecto humano, en el aspecto de equipo, incluso se está haciendo ya, en el aspecto legal.
Señores, yo creo que el punto de vista, lo repito aquí, del compañero de Acción Nacional, muy respetable, no lo comparto, y esto lo dejo a reflexión de ustedes para que en un momento más lo hagamos saber a través del voto. Gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado Florencio Jaimes Hernández.
El C. Florentino Jaimes Hernández: - Compañeras diputadas, compañeros diputados: esta iniciativa de ley me recuerda mucho a la iniciativa de las reformas a la Ley de Reforma Agraria, de cómo se trató. En la Comisión, en aquella ocasión, yo pregunté que si había posibilidades, había disposición de introducir o de recoger algunos puntos de vista que se consideraban pertinentes, y con toda honestidad, lo cual yo agradezco, se nos contestó que ya venía del Senado y que no se podía modificar, pero que se podían recoger las opiniones.
En aquella ocasión, pues, desde luego dimos nuestras opiniones, y en protesta por esa falta de discusión nos retiramos del recinto. Ahora fue algo semejante, siendo justo en decir que hubo muy buena disposición de los dirigentes de la Comisión para recoger las opiniones, incluso con ánimo de introducirlas en la modificación de la ley. Pero parece que ha habido fuerzas superiores que se opusieron a estas modificaciones que nosotros sugerimos y que por cierto no se nos rebatieron, no sabemos por qué fueron desechadas, por qué no se introdujeron en el cuerpo de la ley.
Se han repartido nuestras opiniones a ustedes y por eso no me voy a referir más, ahí está nuestro punto de vista de la situación que consideramos existe en Ferrocarriles. También nuestro compañero Encarnación Pérez se ha referido a ello, creo que no hace falta.
Solamente quiero apuntar algunas cuestiones particulares y posteriormente me referiré a las causas, apuntaré algunas causas de nuestro voto en contra.
El principal objetivo en la iniciativa de Ley Orgánica de los Ferrocarriles de México es, se dice, dotar a la administración de instrumentos legislativos y reglamentarios que propicien la adopción de medidas, tendientes a hacer más productivo el organismo. Se ha dicho también que el Programa de Modernización, debía arrancar con reformas a la Ley Orgánica. Es necesario insistir en que la nueva ley no es esencialmente diferente a la anterior, de 1948, y que las innovaciones que se le introducen, de hecho, ya se llevan a cabo.
Los cambios se refieren principalmente a tres nuevas facultades del Consejo de Administración y tres nuevas facultades el director general. En ambos casos las nuevas atribuciones estaban contenidas de otra forma en el texto de la antigua ley. Exceptuando las relacionadas con la descentralización.
Otro aspecto que se introduce, es el relacionado con la existencia de un comisario que será nombrado por la Secretaría de la
Contraloría, reforma que tiende a fortalecer la vigilancia de dicha entidad y que en los hechos aporta un elemento más en detrimento del seguimiento que la Contaduría Mayor de Hacienda podría tener en las principales empresas públicas.
Es muy importante insistir en que la nueva ley tendrá retrocesos, principalmente en lo relacionado con la integración con el consejo de administración. Antes se integraba con nueve miembros, cinco del Ejecutivo que representaba o significaba el 56%, dos por el sindicato que era el 22%, y dos por los usuarios, otro 22%; con la nueva ley, los miembros serían 11, pero siete por el Ejecutivo, o sea, el 64%, dos por el sindicato, y dos por los usuarios, cada uno el 18%.
En otras palabras, se eleva la producción de miembros representantes del Poder Ejecutivo en el consejo de administración de la empresa, pero además de lo anterior con la nueva estructura del consejo éste podrá sesionar con sólo seis de sus 11 miembros, o sea el 54%, pudiendo ser todos ellos miembros o representantes del Ejecutivo.
Según la ley anterior, el consejo tenía que sesionar al menos con seis de sus nueve miembros, 77%, y como sólo cinco eran representantes del Poder Ejecutivo en cada sesión, debía estar por lo menos un representante del sindicato o de los usuarios.
Por esto puede sostenerse que la nueva ley propiciará aún más la concentración de las decisiones de los ferrocarriles.
Otro aspecto importante en relación a lo anterior es que desaparecería la obligación de que haya un representante del sindicato en la Comisión de Trabajo, relaciones y reglamentación interna. La ley todavía vigente establece que en dicha comisión deberá ser representado el sindicato y que en ella se discutirán y dictaminarán los problemas de trabajo que le sean sometidos.
Según la nueva ley quedaría abierta la posibilidad de que esa u otras comisiones se formen, pero ya no se establecería que en ella participe el sindicato.
Es también importante que como en muchos otros casos, como ya lo hemos mencionado, la minuta recibida del Senado no sufrió modificación alguna, pese a que en la Comisión existía la opinión de que habría que introducírsele algunos cambios. Entre éstos destaca el de integración del consejo, modificación a sus facultades y cambios a las atribuciones del director general. Se hizo ver que incluso eran convenientes algunos cambios para hacer coherente esta Ley Orgánica con la legislación sobre planeación.
Según la primera facultad del consejo, los problemas sectoriales no resultarían necesariamente obligatorios para la entidad, pese a que el artículo 32 de la Ley de Planeación establece que dichos programas serán obligatorios para las empresas paraestatales.
Conforme a las disposiciones legales que resulten aplicables, la Ley Orgánica podría ser una de estas disposiciones legales, de tal manera que en ella pueda quedar establecido el programa de Comunicaciones y Transportes es obligatoria para los Ferrocarriles Nacionales de México. El texto del dictamen sólo establece que el consejo sólo deberá tener en cuenta los programas sectoriales al supervisar que la marcha de la empresa cumpla las metas que se señalen y al establecer las políticas estratégicas del sector.
También es importante destacar que el dictamen de la Comisión, al menos el de primera lectura, es muy deficiente y prácticamente se limita a señalar que en la Comisión se tomaron en cuenta los puntos de vista del Senado, los de la exposición de motivos de la iniciativa enviada por el Ejecutivo, los del Plan Nacional de Desarrollo y los de Programa de Modernización, sin señalar siquiera cuáles son tales puntos de vista, algunas opiniones generales sobre los Ferrocarriles que se expresaron en la única reunión que la Comisión realizó para discutir la minuta, se integraron como anexos del dictamen, pero la mayoría de las propuestas que se realizaron sobre el articulado, no se tomaron en cuenta, ni siquiera para la integración del dictamen que presentó la Comisión.
A la iniciativa original se le eliminó en el Senado un artículo que le daba al Presidente del Consejo de Administración, la facultad de vetar las decisiones del consejo cuando le pareciera conveniente, considerando que dicha atribución, aunque se encuentre la ley negligente, nunca fue utilizada, y que en todo caso vetar una decisión del Consejo le corresponde al Jefe del Ejecutivo y no al jefe de Comunicaciones y Transportes. Aparte de esta modificación no hubo otra. Otro punto en el que es necesario insistir, es el relacionado con la actual situación laboral de los Ferrocarriles Nacionales. Se ha sostenido por parte de la Secretaría, que uno de los puntos más importantes de la modernización es la reestructuración laboral, crece la facultad que permitiría al consejo fijar la política laboral, resolver sobre los problemas de trabajo y sobre la creación o suspensión de divisiones, distritos, corridas, talleres, oficinas y fijación de horarios de labores.
Todo esto de hecho ya está haciendo por los directivos ferroviarios, pero en la mayoría de los casos se han estado afectando los intereses de los trabajadores. Las modificaciones en los contratos colectivos de trabajo tienen sobre todo a reducir el número de plazas y de especialidades, pero los cambios de departamento se han realizado sin la suficiente capacitación lo cual ha facilitado los despidos mismos que se han incrementado en los últimos meses.
En relación a esto hay que recordar que ya desde 1980 se ha venido reduciendo el número de trabajadores en los ferrocarriles. Para el presente año se estima que serán 81 mil, aproximadamente, cuando en 1980 eran 97 mil, y en 1976, 103 mil 307. De hecho se aduce que la ineficiencia en los Ferrocarriles
deriva de la situación laboral, de las características de su personal.
Tanto en el Programa de Comunicaciones y Transportes, como en las intervenciones de los funcionarios del ramo, se enfatiza que el promedio de edad de los trabajadores es muy alto, casi 50 años, y que por lo menos casi la tercera parte ya sobrepasó la edad de jubilación. Se enfatiza también que los actuales trabajadores no podrán cumplir satisfactoriamente con las tareas de los ferrocarriles electrificados y en otros que se requerirán para renovar los equipos.
En todos estos casos, no se ha tomado en cuenta que el alto promedio de edad se debe al hecho de que las pensiones de jubilación para los trabajadores ferrocarrileros, son de las más bajas del Sector Público y paraestatal; no alcanzan actualmente ni los 15 mil pesos mensuales.
Tampoco se ha tomado en cuenta, o parece no tomarse en cuenta, que la ineficiencia deriva del estado de las instalaciones, del bajo presupuesto para la conservación y de la obsolescencia de la mayor parte del equipo y las instalaciones.
Por todo esto, cualquier programa de modernización o reestructuración debe partir del mejoramiento de las prestaciones a los trabajadores y del incremento de los recurso presupuestales para el sector y no primero de la reestructuración del personal.
Otra de las propuestas hechas en la Comisión, se refiere a la exención del IVA para los usuarios del servicio de pasajeros, al menos de segunda clase; en la nueva ley quedaría establecido que en el caso del Impuesto al Valor Agregado deberá trasladarlo a los usuarios del servicio; el IVA de hecho se viene cobrando ya y la exención en todo caso debía establecerse en la ley correspondiente, pero al menos se podría hacer la recomendación en el dictamen para que ésta fuera modificada eliminando tal cobro en el servicio de pasajeros de segunda clase.
En resúmen, conciudadanos diputadas y diputados, por principio no ha habido discusión, o sea un intercambio de argumentos en pro y en contra, defendiendo o rebatiendo las posiciones o los puntos de vista sobre esta ley. Se puede aducir o se dice por ahí, que pudiera ser por la falta de tiempo, que ya no podría regresarse al Senado, pero yo pienso, nosotros pensamos que ninguna ley debe sacrificarse en base a esta argumentación; sí creo que estamos faltando al artículo 72 en su inciso d) de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; en todo caso deberían de instrumentarse mecanismos para que fueran con más prontitud los dictámenes, pero no aducir que por falta de tiempo no se podría regresar al Senado.
Nosotros consideramos que el Consejo de Administración es la parte más importante, el factor más importante después del conjunto de trabajadores de Ferrocarriles. Esta, como ustedes habrán leído, tiene las funciones primordiales que van a tomar las decisiones para los destinos de Ferrocarriles. Está en su artículo 8o. Es una serie de funciones que ahí nos indica que es importantísimo este factor de la empresa. Sin embargo, analizándolo, como lo ha hecho nuestro compañero y como lo hemos hecho en los anexos, trata de centralizarse más esta dirección. Se aleja del pretendido espíritu de la política de De la Madrid de democratizar las instituciones.
Nosotros entendemos como democratizar una institución, el hecho de hacer partícipes, orgánicos a los trabajadores, al conjunto de elementos que participan en ella, y ahora, pues ya hemos mencionado que este consejo puede funcionar sin siquiera la representación del sindicato. Para nosotros eso no es democratización, eso es centralización del poder. Y podrá decirse, de acuerdo con la propuesta que nosotros hicimos, que se elevan a los 13 los elementos del consejo en donde pedimos que intervenga incluso como miembro del Poder Ejecutivo, la Procuraduría Federal del Consumidor, considerando que es una empresa de servicios y que tiene que haber un receptáculo de las inconformidades del usuario como lo hay en otros tantos, y que deberían tener representación los usuarios en este consejo, como los obreros que lo utilizan para su transporte, principalmente a los ferrocarriles, a los obreros através de sus organizaciones sociales o a los campesinos también através de estas organizaciones, porque ellos lo utilizan primordialmente para el transporte de los insumos, de los productos agrícolas; consideramos que los comerciantes también, através de sus organizaciones, y los empresarios también, ¿por qué no?, deberían tener representación en este consejo. Y se nos puede decir que aumenta mucho el número de este consejo; nosotros decimos, ¿qué significan 13 elementos para más de 80 mil trabajadores que existen ahí?, y pueden decirse otras argumentaciones cuando no se desea realmente, cuando no se tiene una voluntad política para que efectivamente se democratice esa institución, pero nosotros señores diputados, creemos firmemente que la inteligencia del colectivo de una dirección es superior a la inteligencia más brillante, del hombre más superdotado que exista en esa empresa.
Por eso es que, a pesar de todo, pensamos que debía de tomarse en cuenta nuestra propuesta y que no es excesivo el número de 13 elementos que es el argumento que más se ha manejado en contra de nuestro punto de vista.
Esto sería una incongruencia con lo que mucho se dice, una incongruencia más de lo que se dice y de lo que se hace. Se dice democratizar y se hace lo contrario; se dice respetar la Constitución y no se respeta; se dice vamos a modernizar los ferrocarriles y los primeros pasos que se dan no son congruentes con ellos; por ejemplo, nosotros sabemos que uno de los factores que inciden en contra de los ingresos de ferrocarriles, es una política incluso antipatriótica de las tarifas, sí, porque se ha subsidiado
tradicionalmente en el transporte de ferrocarril a empresas transnacionales incluso. Entonces la misma ley, esta que va entrar en vigencia y que se va a aprobar, no contempla una política tarifaria, de tarifas. Tiene serias deficiencias, compañeros diputados, no ha habido discusión, de hecho. Estas son entre otras, las razones que apuntamos y por las cuales vamos a votar en contra. Muchas gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Alvaro Uribe Salas, por la Comisión.
El C. Alvaro Uribe Salas: - Con su venia, señor Presidente: Qué bueno que mi querido compañero, don Florentino Jaimes, se preocupa por un medio vital de transporte como son los Ferrocarriles Nacionales de México; qué bueno que en torno a esas discusiones se vean las objeciones del dictamen puesto a discusión por esta soberanía; pero qué grave está el hablar a la ligera de un dictamen que se ha elaborado con una depurada técnica legislativa.
El compañero Florentino Jaimes manifiesta que el Consejo de Administración debería funcionar a su debido punto de vista, por más funcionarios de las secretarías de Estado. Yo le quiero comentar a mi querido compañero que no se trata de aumentar por aumentar los funcionarios del Consejo de Administración. El Consejo de Administración de Ferrocarriles es un órgano de gobierno, por ello debe integrarse con los elementos que estén vinculados con Ferrocarriles Nacionales de México. No se trata de una entidad para discutir puntos de vista de intereses particulares sino de intereses generales. Estos intereses están debidamente representados: dos por los trabajadores que designe el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, dos por los usuarios, quienes ahora podrán ser de los industriales y comerciantes o del Sector Social.
Lo propuesto por mi querido compañero Florentino Jaimes, adolece de la falta de convertir al consejo en un órgano para disminuir discusiones particulares y no para administrar el organismo que es la exigencia fundamental.
Ahora bien, no está a discusión sobre el problema del contrato colectivo de trabajo o del convenio recientemente celebrado; sin embargo, es mi deber aclarar algunos puntos de vista que me parece que el compañero Florentino Jaimes los señaló en forma muy ligera, y son los siguientes: el programa de modernización de los Ferrocarriles, y además de reorganización no va a ser motivo para que por ese hecho sea desplazado o reajustado el personal, que hasta estos momentos presta sus servicios en el organismo público descentralizado.
En la actualidad la mayoría de los trabajadores están capacitados para desempeñar las labores que les son encomendadas; lo que contempla el programa de capacitación para el personal de nuevo ingreso, más aún quiero aclarar que el convenio a que se hizo mención por mi querido compañero, dentro de las conquistas de este convenio se establece una nueva modalidad jurídica que en muchos contratos colectivos de trabajo no aparecen. Es decir, se establecen los becarios para el personal de nuevo ingreso, que gozarán de todos los beneficios que establece el contrato colectivo de trabajo. Van a tener un salario mínimo, van a aprender, les van a pagar por capacitarse, a diferencia como anteriormente estaba el contrato colectivo de trabajo, que se establecían primero emergentes y luego extras, regulares, sin retribución alguna. Esto, señores diputados, en una conquista más del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros.
Por lo que respecta al personal que se encuentra en periodo de jubilación, esto no implica que se violen sus derechos. Sus derechos quedan intactos en el programa de modernización de los ferrocarriles.
Resumiendo, compañeros diputados y compañeras: el programa de modernización de los Ferrocarriles tiende a las siguientes circunstancias: salario atractivo, incrementar el universo de conocimientos por área; locomotoras, carros y coches, todo ello en el programa de modernización de los Ferrocarriles. Además, hay el atractivo diferencial salarial entre categorías, capacidad para preparar al trabajador, incentivos a la productividad como son: premio anual por antigüedad, asistencia y puntualidad, por capacidad al ascenso, por productividad, lo que anteriormente no acontecía, el trabajador no quería ascender primero por salarios bajos, especialización casi por cada tarea, baja diferencia salarial entre categorías y capacidad del Instituto de Capacitación para preparar al trabajador y no había ningún incentivo.
Quise hacer estas reflexiones, señores diputados, porque no es motivo de discusión. En mi anterior uso de la palabra, señalé las circunstancias, que me parece ahorita repetitivo, los fundamentos legales de la nueva Ley Orgánica de los Ferrocarriles que se somete a consideración
Señores, reflexionemos, es un instrumento legal que va a beneficiar a los Ferrocarriles y en especial a los ferrocarrileros que han sostenido el soporte de la economía vital en nuestro país. Muchas gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Rodolfo Peña Farber en su segunda intervención.
El C. Rodolfo Peña Farber: - Me da vergüenza hacer subir al diputado Uribe otra vez, no hay piedad. El diputado Uribe dijo, "mis objeciones no son jurídicas, son emocionales", refiriéndose a las mías. Yo quisiera haberle rogado el honor de que si iba a impugnar lo que yo había dicho, se hubiese ido a la médula de los argumentos que yo mencioné y no que las califique, porque yo también podría calificar las del diputado Uribe
con un no muy favorable término, pero le restaría la importancia que quizá él no le da a la discusión y yo sí le doy.
La historia que Alvaro Uribe hizo de los ferrocarriles, pues la complementó con la intención contraria a él, el diputado Pérez. Por otro lado, hizo alusión a algunas de las cosas que yo había pedido a ustedes, señores de la Asamblea, que reflexionaran en ellas, pero nada más algunas, creo haber anotado unas dos o tres, y casi apenas así mencionadas, como para decir "las contesté", pero no las contestó. Por eso con toda razón, el diputado Jaimes después dijo: ¡por qué venimos aquí nada más a decir cosas que no refutan argumentos? ¡Qué entonces no tiene seriedad lo que hacemos nosotros aquí? Y si en ello hay pasión al decirlo creo que está perfectamente ligada a la razón, y la pasión no es mala cuando está hermanada con la razón; y mis argumentos están razonados, y si pongo vehemencia es precisamente porque no se escucha mi presencia, o por lo menos no se refutan en su esencia.
No contestó el diputado Uribe la cuestión de la vaguedad, en aquél artículo que se refiere a los representantes de los usuarios, que los otros diputados de la contra también consignaron en su análisis. O sea, que estaba la CONCANACO y que estaba la CONCAMIN, pero si se iba a reformar y se quería hacer una representación más completa, pues podía haber estado la CNC o la CTM como usuaria, no como trabajadores. ¿Por qué no nos damos cuenta en esta Asamblea, por qué no se da cuenta el diputado Uribe, o no quiere reconocer que hay vaguedad? El ahorita mencionó, en su última intervención, que estaban ahí presentes los representantes de los usuarios, dijo, se le fue decir, de las organizaciones de los usuarios, y decir los comerciantes o algo así, pero no está mencionando. Dijo "las organizaciones de los usuarios", ¿cuáles? ¿Quién los nombra? ¿De dónde se va a tomar el material humano para representar a los usuarios? Existe esa indefinición en el articulado. La imprecisión en el articulado, con aquella falta de juridicidad que él criticaba en lo que yo decía, que es lo que yo crítico en el articulado. Si a él le parece que la formación de las leyes debe estar profundamente saturada de juridicidad, porque aquí no lo enfatizó, ¿por qué entonces nuestra obra, que es el parto de nuestras mentes, va a estar ausente de juridicidad, con esa palabrería vaga, vana, pajosa de que están llenos los artículos que mencioné en su oportunidad?
También mencioné lo que se refiere a las funciones o facultades del director. Dije que al director se le estaban quitando facultades para dárselas a unos señores miembros de unos comités y a un señor que le llaman 'Secretario Técnico, que no tiene por qué aparecer, que no tiene por qué existir.
El mejoramiento de los trabajadores al que hizo mención el diputado Vaquera, por lo del ejemplo que él mismo puso, pues ya están en funciones, ya está en ejecución, ya está en vigor desde antes. El sindicato es muy fuerte, defiende muy bien a su gente; no necesita decirse que la ley los va a mejorar, porque no los va a mejorar, si se van a mejorar es por otras razones. Ya se ve, por el ejemplo que puso el diputado Vaquera, que ya están mejorando, todavía no se aprueba esta iniciativa y ya están mejorando, entonces no hay relación.
Por otro lado, la descentralización de que se habla, agradezco, aunque no sea una cosa personal, sino por el sentido, las expresiones de los diputados Pérez y Jaimes, que se refirieron a lo contrario de la descentralización, que es una característica cuando menos leve, a mi juicio, pero existe esta ley. No hay descentralización en ningún aspecto. Lo del comisario es algo concreto que aquí puse a consideración de ustedes, que nosotros no adjudiquemos esa facultad de nombrar al comisario a través de nuestra oficina fiscalizadora, que es la Contaduría Mayor de Hacienda, ella es la que debe asignar el comisario a los Ferrocarriles Nacionales, no la Secretaría de la Contraloría. Es otro punto concreto que el diputado Uribe no refutó, nada más lo mencionó. Y ése otro muy importante, en donde me refería a que la facultad de aprobar el presupuesto de ingresos y el presupuesto de egresos de los Ferrocarriles Nacionales no se le debe de dar al consejo de los Ferrocarriles, debe ser del Congreso, por lo tanto, señores, todos estos puntos que yo he mencionado, no fueron, prácticamente, ni siquiera analizados por los que defienden la iniciativa.
Me parece demasiado importante lo que dijo el diputado Jaimes, de que cumplamos con los artículos de la Constitución, perdón, con los incisos del artículo 72 de la Constitución, que nos lleva a la materialización en nuestra acción aquí, de lo que ahí se dice con respecto al proceso legislativo. ¿Por qué teme esta Asamblea hacer un análisis que modifique en algo una iniciativa o una minuta del Senado?, ¿qué pasa?, vamos, pues, a decir como él aludió, que eso lleva demasiado tiempo y que no tenemos tiempo, y en los Ferrocarriles no le hace o que suceda, pero nosotros vamos a cumplir con una especie de consigna de tiempo, no hay dignidad en esa actitud, nosotros no podemos seguir siendo diputados en esa forma, yo creo que en algo estimamos la investidura. Por favor, ahora sí apoyo al diputado Uribe. Reflexionemos. Gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra para hechos el diputado Raymundo León Ozuna.
El C. Raymundo León Ozuna: - Ciudadano Presidente; ciudadanos diputados: Pedí la palabra para hechos a nombre de la fracción parlamentaria de mi partido, el Demócrata Mexicano, y no haremos referencia a muchos de los puntos de vista y a las exposiciones que han hecho varios oradores que se anotaron en el contra del debate, porque estamos
de acuerdo con esos puntos de vista, pero sí haremos referencia a dos artículos que nos parece muy importante que los saquemos a la discusión esta mañana.
Leyendo nosotros el dictamen de la Comisión en el proyecto, nos encontramos con el artículo 18, que dice a la letra: "Serán inembargables los bienes de Ferrocarriles de México". Si bien, aquí se pudiera alegar que los Ferrocarriles prestan un servicio público y que son bienes de la Nación, y también se puede alegar el interés general de la población, por eso mismo se puede alegar que es peligroso embargar sus bienes. Lo peligroso para nosotros en este caso, es que con este anticonstitucional artículo 18 se está dejando en total indefensión a los acreedores de este organismo, de Ferrocarriles Nacionales de México, y que son muchos; pero también se está dejando al margen a los trabajadores, si bien hay que recordar que en la Ley Federal del Trabajo se establece como derecho laboral el embargo precautorio, para garantizar los salarios del obrero en un momento de conflicto.
Y también queremos recordar que en régimen de los bienes del sector central se establece que los créditos establecidos en sentencia firme se cobrarán a la siguiente partida presupuestal. Aquí en este proyecto de ley, no se nos señala ningún sistema para efectuar dicho cobro y se pudiesen establecer, ¿Por qué no?, modalidades al embargo que permitan, como en el caso de los particulares, que ejerzan sus derechos y el servicio continúe de hecho. En la legislación procesal civil se establece un régimen en el que a las empresas no se les pueden embargar bienes que sean necesarios para el funcionamiento de la empresa, además de establecer la figura de la intervención con cargo a la caja y algo similar se debió haber hecho al respecto en este proyecto, para no dejar desprotegidos a los trabajadores y a los acreedores de Ferrocarriles Nacionales de México.
El artículo 18, pues, hace negatoria la garantía constitucional establecida su artículo 17, que establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia, y esta ley, afirmamos, es anticonstitucional, porque obstaculiza la labor de los jueces para impartir justicia en forma imparcial y expedita, ya que los bienes de Ferrocarriles son inembargables, y nosotros queremos afirmar que de seguro, con esta nueva Ley Orgánica, como la que se aprobó el año pasado, la Ley Federal de Turismo y de la Ley General de la Salud, estaremos haciendo que los jueces trabajen más otorgando más amparos, y con ellos se saturarán de trabajo los tribunales federales y será ¿por qué no? un buen filón a explotar por los litigantes.
Y qué decir del artículo 22 del mismo proyecto, que dice a la letra: "Ferrocarriles Nacionales de México quedará exceptuado de otorgar garantías que la ley exija de las partes, tratándose de controversias, e igualmente será eximido de otorgar garantías para obtener la suspensión en el juicio de amparo y para asegurar, en su caso, el interés fiscal".
Esto, señores, es una ley inicua, porque hay que recordar que si bien Ferrocarriles Nacionales de México es un organismo paraestatal, no es una empresa particular, pero al igual que las empresas particulares tiene deberes, derechos y responsabilidades que cumplir; si bien hay que recordar que cuando un particular se querella contra el fisco federal, éste, antes de iniciar el juicio contra el fisco, tiene que dejar la garantía del cargo o del crédito fiscal, y en este caso inclusive se está eximiendo a Ferrocarriles Nacionales de México de dejar garantía en los juicios de amparo.
Señores, hay que recordar que la ley es general y la ley debe ser justa para todos; no entendemos nosotros ni creemos que eximiendo de responsabilidad a Ferrocarriles Nacionales de México, lograremos la tal modernización que se señala en el dictamen del proyecto.
Lo anterior, deja muy mal parado al Congreso, ya que tal parece que más que hacer leyes justas, legisla para que el pueblo se ampare contra todo lo que salga de este Congreso.
De todos es reconocida la necesidad de mejorar la técnica material y administrativa de los ferrocarriles. Aquí recordamos a Víctor Manuel Villaseñor que, siendo director de Ferrocarriles Nacionales de México, nos decía, en su libro, que él había contratado a un grupo de técnicos canadienses para estudiar los problemas administrativos y de operación de la empresa; y en algunos de los renglones en que se da el diagnóstico de la situación de la empresa, mencionaban estos técnicos canadienses que Ferrocarriles Nacionales operaba en lo administrativo y en lo de su equipo con un sistema del siglo pasado. Por eso decimos que todos nosotros sabemos que debe de modernizarse Ferrocarriles Nacionales de México.
Y tal parece que Ferrocarriles Nacionales de México sigue trabajando con sistemas del siglo pasado, y tal parece que la Comisión quiere seguir legislando con sistemas del siglo pasado, ya que no se aplica ninguna técnica legislativa en este proyecto, únicamente se aprueban y se toman tal como llegan los proyectos del Ejecutivo, através del Senado.
Para finalizar, sí quisiéramos nosotros, a nombre de la fracción de mi partido, analizar un poco sobre el aspecto político de Ferrocarriles. El proyecto habla de una supuesta modernización através del papel. Eso ni ellos mismos se la creen. La modernización a los Ferrocarriles Nacionales no puede llegar por medio de decretos, por medio de proyectos de ley. Aquí se necesita la voluntad política del que todo lo puede, el Poder Ejecutivo, de realmente tocar la raíz de los problemas de esta empresa. Y uno de ellos es el atraso ancestral que ha sufrido Ferrocarriles Nacionales de México.
Hay que recordar que en vías férreas, el kilometraje es exactamente el mismo o quizá un poco menos que el que dejara la administración de don Porfirio Díaz. Seguimos manteniendo el mismo sistema de vías férreas, de norte a sur, y aún no hemos sido capaces de construir las vías férreas que vayan del Oeste al Este, en este caso del Pacífico, del Oceáno Pacífico al Oceáno Atlántico. Y qué decir de esas vías férreas que son las mismas o un poco menos que dejara don Porfirio Díaz, qué decir de la situación en la que se encuentran: son causa de constantes accidentes, son causa de pérdidas humanas en los alcances, en los descarrilamientos, que están a la órden del día y en la memoria de todos nosotros. Su equipo es obsoleto, tiene más de treinta o cuarenta años de antigüedad. Me gustaría que los señores diputados, sobre todo los de la Comisión de Comunicaciones y Transportes hicieran un viaje en uno de los carros de segunda o de tercera que corren de la ciudad de México a Oaxaca y ustedes verían la lamentable situación en que se encuentran estos carros de ferrocarril y la manera inhumana en que se trata a los pasajeros, no hay ni siquiera los servicios sanitarios indispensables, en muchas ocasiones tienen que hacerlo en los corredores de los mismos carros.
¿Y qué podríamos decir este gigante dormido que son los Ferrocarriles Nacionales de México que ya ni siquiera los presidentes de la República se acuerdan de ellos en sus informes presidenciales? Únicamente es uno o dos párrafos que le dedican a la situación lamentable de ese gigante que debería ser la columna vertebral de la transportación masiva en nuestro país, como lo son los ferrocarriles en Europa, que ustedes estoy seguro lo conocen, son la columna que transporta tanto a los pasajeros como a la carga y es de la que dependen fundamentalmente las comunicaciones y transportes en el Viejo Continente.
Y si realmente se quisiera modernizar de hecho, no de palabra, Ferrocarriles Nacionales de México, hay que recordar que tendrían grandes ventajas, una de ellas sería la economía de carburantes. Sería también el abatimiento de costos de transportes en beneficio de la colectividad. Otro punto sería la descontaminación del ambiente, que está muy de moda en este sexenio, y también dejar de ser una carga, un lastre para el contribuyente. Creemos nosotros que los subsidios, las transferencias y además la revisión de tarifas constantes que se hacen en esa empresa en contra del usuario, deben ya dejar de ser una sangría para el usuario, que a su vez es el contribuyente.
Por lo anteriormente expuesto, la fracción parlamentaria del Demócrata Mexicano votará en contra del dictamen en lo general y en lo particular.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Luis Leoncio Vaquera.
El C. Luis Leoncio Vaquera: - Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: Cuando el diputado de Acción Nacional afirma que la ley y el convenio no tienen razón de ser en función e que las mejoras a los niveles de vida de los trabajadores ya se están dando, yo tendría que responderle que las luchas reivindicatorias de los trabajadores no son cosa de ayer. Desde hace mucho tiempo y sobre todo en el gremio ferrocarrilero se iniciaron las luchas por elevar el nivel de vida de sus gentes. Es obvio, pues, es natural que ahora ya se estén dando. Lo que nosotros decimos, lo que se pretende con esto, lo que se va a hacer con esto, es acelerar el proceso y permitir más fácil el acceso de los trabajadores a un mejor nivel de vida.
El Partido Demócrata Mexicano impugna dos artículos que son interesantes, desde luego, como lo es todo el proyecto de la Ley Orgánica. Los bienes propiedad de la Nación o del Gobierno Federal son inembargables precisamente porque, de acuerdo con la Ley de Bienes Nacionales, se considera que cuenta con recursos suficientes para garantizar cualquier crédito en su contra. Ferrocarriles Nacionales de México es parte de la administración pública es, una empresa paraestatal y cuenta obviamente con todos los recursos que en un momento dado podrán garantizar cualquier crédito en su contra.
Podríamos seguir discutiendo, porque creo que existen elementos, pero considero que en cuanto a la Ley Orgánica que en esta ocasión se discute, está suficientemente discutida, y por lo tanto yo rogaría al señor Presidente que se pusiera a votación. Muchas Gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra para hechos el C. diputado Edmundo Jardón Arzate.
El C. Edmundo Jardón Arzate: - Señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados: La historia de los ferrocarriles de México es de alguna manera la historia de la dependencia. A los primeros intentos que se hicieron en el siglo pasado por hombres de empresa mexicanos para construir lo que se llamaba "caminos de hierro", vinieron las realizaciones puestas en práctica por el capital extranjero. No es extraño que poco después de la mitad del siglo pasado, siendo el capital británico el más importante y el que tenía mayores intereses en nuestro país, el primer ferrocarril que se terminó fue el de México - Veracruz. Y tampoco es extraño que cuando el capital norteamericano adquirió preeminencia en nuestro territorio, las dos principales troncales hayan sido la de México - Nuevo Laredo y México - Ciudad Juárez. Tampoco es de extrañar que incluso proyectos que tenían que ver con la expansión del Este al Oeste en los Estados Unidos llegasen hasta nuestro país y que todavía en este siglo, al inacabado proyecto que finalmente habría de concluir durante el gobierno de López Mateos, se le llamase Kansas City - México Oriente o que al Ferrocarril Sudpacífico
le llamase así durante mucho tiempo porque era una prolongación de las líneas férreas que corren por lo que fue en otro tiempo parte del territorio nacional en la Alta California y que se prolongaba hasta lo que quedó para nosotros los mexicanos.
Y digo que es la historia de la dependencia porque lo que se ha dicho aquí es verdad. En 1910, las redes ferrocarrileras en nuestro país tenían, en cifra cerrada, una extensión de 24 mil kilómetros. En la actualidad, incluso con la terminación del ferrocarril Chihuahua - Pacífico y la línea que se construyó a Puerto Lázaro Cárdenas, no rebasábamos los 22 mil kilómetros, pese a que, como todos sabemos, los ferrocarriles siguen siendo en los países desarrollados e industrializados, el medio de transporte de carga y de pasajeros más importante. No hay más que ver la importancia que tienen los ferrocarriles en países como Japón, como los Estados Unidos, como la Gran Bretaña, como Francia, etcétera. No hablo por supuesto, de los países socialistas, para que no se diga que los pongo como ejemplo, pero también así es.
Lo que ha sucedido es que la dependencia ha pesado en el rezago de los ferrocarriles mexicanos, porque en la medida en que la industria automotriz, particularmente la norteamericana, se expandió, en esa medida en nuestro país se le fue dando más importancia al transporte por carretera, por la simple y sencilla razón de que a la industria automotriz norteamericana ya no le interesaban ferrocarriles que fueron nacionalizados durante el gobierno de Lázaro Cárdenas, y en cambio, sí le interesaba la venta de sus productos, o sea, de vehículos, de camiones, de coches, y, en consecuencia, le interesaba también el estímulo a la construcción de carreteras.
Cualquiera que revise, aunque sea superficialmente cómo es que los ferrocarriles mexicanos se quedan en rezago, y en cambio adquiere una gran preeminencia el transporte por carretera, podrá excavar un poco y comprobar que esto tiene una relación directa con la expansión de la industria automotriz.
En efecto, yo creo que todo lo que se hace en el país requiere de un marco legal, pero esto que se nos está presentando aquí definitivamente, a mi juicio, tiene todas las características de una disposición tecnocrática.
Preguntaría a los señores miembros de la Comisión: ¿cómo es que se van a nombrar los representantes de los usuarios en el consejo? ¿Se va a instituir una asociación civil de usuarios de Ferrocarriles y después se va a hacer un sorteo, una insaculación y de ahí saldrán los representantes de los usuarios? O más bien, ¿ocurrirá que estos dichosos representantes de los usuarios serán acogidos caprichosamente por quienes puedan escogerlos para que tengan un cargo, en este cuerpo?
Y no es verdad que los trabajadores ferrocarrileros estén en buenas condiciones en cuanto a sus prestaciones de trabajo. Es cierto, sí, que ha habido grandes luchas de los trabajadores ferrocarrileros. Yo he participado, yo participé en las luchas de los trabajadores ferrocarrileros en 1958 y 1959, conozco el gremio y sé cómo realmente se encuentran los trabajadores ferrocarrileros, y sé también que esas luchas, las grandes luchas de los trabajadores ferrocarrileros están relacionadas directamente con algo que, nosotros los socialistas, exhibimos con orgullo: la gran huelga de 1927. Fue una huelga dirigida por Hernán Laborde, y la organización misma del Sindicato Ferrocarrilero con su primer secretario general, Elías Terán, se debió a los socialistas, a los comunistas, y las luchas de 1958 y 1959 fueron luchas que nosotros tuvimos el privilegio, la honra, de dirigir, de alguna manera. Pero en la lucha ejemplar de los trabajadores ferrocarrileros, nada tiene que ver con quienes actualmente ahora dirigen el Sindicato Ferrocarrilero, y que seguramente estarán de acuerdo con la expedición de una ley como la que ahora se pretende aprobar, porque si se dieran bien las cosas, si se pensara realmente en la importancia que tiene la economía del país la modernización del sistema ferroviario, se tendría que caer de manera necesaria en la conclusión de que la modernización de los ferrocarriles implica a la vez su expansión en cuanto a la planta de trabajadores, no en su disminución.
En la época de Manuel Camacho los talleres de Aguascalientes estaban preparados incluso para la fabricación de locomotoras, nunca se pudo hacer una locomotora en los talleres de Aguascalientes, no porque no hubiera personal capacitado para ello, lo hay, sino porque los intereses de las empresas automotrices norteamericanas y los intereses de las empresas ferroviarias norteamericanas impidieron que estos talleres cumplieran cabalmente con el propósito para el que fueron levantados. Esa historia de la dependencia y en la medida en que no se tenga una idea cabal de lo que implica modernización de los Ferrocarriles Nacionales, en esa medida estaremos reflejando nuestra limitación en cuanto a cómo debemos expandir nuestra economía en todos los ámbitos.
No es verdad que las tarifas en los Ferrocarriles Nacionales sean equitativas, se cobra por el arrastre de carga de productos de artículos alimenticios como el maíz o el frijol, que los se cobra a las empresas mineras por el arrastre en mineral. Y esto lo podemos comprobar. Cómo es posible que sea más importante para los intereses de la Nación el arrastre de minerales, que por supuesto van a dar a las empresas y a las compañías norteamericanas, que el arrastre de artículos necesarios para la alimentación popular, y que a éstos se les cobre, se les recargue con tarifas superiores a las de los primeros.
Sabemos sí, porque así está decidida la cosa, que esta ley se va a aprobar, pero yo le decía ayer al contador Ramón Aguirre, jefe del Departamento del Distrito Federal, que hay algo en lo que debería pensarse por
lo menos, en que no necesariamente quien tiene la mayoría, tiene la razón, y que quienes son mayoría de vez en cuando deberían reflexionar acerca del hecho de que cuando nosotros venimos a plantear algo aquí y tenemos razón deberián admitirlo, no en interés de partidos, sino en interés de la Nación estó es lo que está faltando aquí frecuentemente, en esta Cámara.
¡Quieren aprobarlo? ¡Apruebenlo!, pero con esto no se van a arreglar ni a resolver lo que es el problema fundamental de los Ferrocarriles Nacionales de México y, porsupuesto, van a perjudicar a sus trabajadores... como ya me mandaron un recado, aquí la dejo.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado Andrés Cázares Camacho para hechos.
El C. Andrés Cázares Camacho: - Con su permiso, señor Presidente compañeros diputados : Muy breve, sólo vengo hacer notar que las proposiciones y argumentos del diputado Peña, mi compañero de partido, tan concretas que fueron, sin embargo no han sido contestadas por el compañero diputado de la Comisión, y por lo tanto, si no han sido contestadas esas proposiciones y esas críticas a la ley, creo que lo correcto es que votemos en contra todos los diputados de esta Cámara de Diputados. Muchas gracias.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo ..... Suficientemente discutido.
El C. Presidente: - Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en particular.
El C. Presidente: - Proceda la Secretaria a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y lo particular, de los artículos no impugnados, por lo que se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACION)
Se emitierón 254 votos en pro y 48 en contra.
El C. Presidente: - Aprobado en lo general y lo particular los artículos no impugnados por 254 votos.
Esta Presidencia informa que han sido reservados para su discusión, los artículos 6o. y 9o. del decreto de la Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México.
Se abre el registro de oradores para la discusión el artículo 6o.
Esta Presidencia informa que han inscrito para hablar en contra, los siguientes ciudadanos diputados, Francisco Ortiz Mendoza, y para hablar en pro, Alvaro Uribe Salas.
Tiene la palabra el diputado Francisco Ortiz Mendoza.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: - Señor Presidente; honorable asamblea: ruego a la Presidencia me permita tratar los artículos 6o. y 9o., la impugnación a ambos, en una sola intervención.
El C. Presidente: - Proceda, señor diputado.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: - Señores diputados: Con toda intención, el Partido Popular Socialista se abstuvo de participar en el debate, entrecomillado, que se iva a dar en torno a esta iniciativa de la Ley General de los Ferrocarriles, porque conocíamos perfectamente la forma en que se iba a dar y el resultado que esto iba a tener.
Excepto el diputado Jardón, que desgraciadamente le cortaron su intervención cuando estaba haciendo un justo análisis de lo que son los ferrocarriles en México, no sé a donde iba a concluir, pero de todas maneras hasta donde se le permitió hablar, planteó justamente el problema. Acción Nacional y el PDM sabemos bien que no desaprovechan oportunidad alguna para golpear con rudeza a todo lo que signifique empresa estatal; y los que iban a defender se iba a defender lo indefendible, porque la iniciativa está muy mal.
Es decir, la iniciativa o la minuta que nos envió el Senado está muy mal. Muy mal elaborada, muy mal concebida, pero desgraciadamente el Ejecutivo insiste en un camino que el Partido Popular Socialista trata de cerrar: mandar iniciativas de ley de esta magnitud, de estas características, a la Cámara de Senadores, a sabiendas de que ahí no va a haber debate. No están más que senadores de un solo partido, pero no sólo eso, sino que - ya lo dijo el maestro Vicente Lombardo Toledano alguna vez: "¿qué haremos con el Senado, lo rifamos, lo regalamos, lo vendemos o lo cerramos?" - No discuten nada. Inmediatamente aprueban las leyes, dos o tres modificaciones y la endilgan a la Cámara de Diputados, y como hay un problema tanto de tiempo como de procedimientos, entonces no se modifican las minutas que vienen del Senado, porque se presenta un choque entre las dos cámaras y eso es malo. Pero es malo
porque se quiere ocultar la realidad; es malo porque la mayoría de la Cámara de Diputados y la totalidad de la de Senadores, proceden de un solo partido y, en consecuencia, si se da un choque entre la de Diputados y Senadores, en la práctica lo que se está dando es un choque en el seno de un partido, y lo que se quiere ocultar es que hay lucha de clases en el seno de ese partido, eso es lo que se quiere ocultar, y diferencia de intereses.
Aquí en la Cámara de Diputados, gente del Partido Acción Nacional, el PDM, etcétera tienen gente con la que coinciden en la Cámara de Senadores, y consecuentemente con ello en la Cámara de Senadores entonces, pues al darse ese choque hay problemas a la hora de discutir las leyes, pero no quieren que afloren. Después de que se aprueba una ley algunos senadores nos comentan: "No, si yo no estaba en contra, nada más que, pues, tuve que votar a favor", y así no se puede legislar y este es el caso típico. Y viene otro que también está por desgracia en la Cámara de Senadores, la Ley de Ciencia y Tecnología. Desde hoy estamos pidiendo que no vaya a aprobar la Cámara de Senadores esa iniciativa de ley sin siquiera escuchar a la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados para que, por lo menos, cuando nos llegue aprobada ya hayamos tenido algún juicio. En esto no nos pidieron ninguna opinión, nos llegó de pronto la minuta aprobada; conversamos en la Comisión de Ferrocarriles y todos llegamos a la resolución, y parece que por eso nadie reservó ningún artículo. Creo que se aprobaron todos, discutirse en lo general y no reservarse en lo particular, pero desgraciadamente así está la cosa.
Sin embargo, hay una cuestión que nos interesa sobremanera, porque es de principio; aquí, como se estuvo discutiendo toda la mañana que si se modernizan, que si no se modernizan, pues cómo una ley va a modernizar nada, compañeros, con toda razón el diputado Jardón planteaba que es un problema de dependencia y con la dependencia viene el problema de clases y el problema de quienes están vinculados con las empresas trasnacionales de automóviles, y quienes frenaron el desarrollo de los ferrocarriles con ese objetivo, y quienes entregaron las empresas que teníamos ya de automóviles en México y se las entregaron otra vez al capital extranjero, a pretexto de que gastaban tanto como lo que recogemos de impuesto predial en el Distrito Federal, eso es lo que está en el fondo, por eso están trabados los Ferrocarriles
Alguien, así como queriendo exaltar a Porfirio Díaz, dijo: "No avanza más que con lo que entregó Porfirio Díaz", como diciendo: ¡ah, pues entonces que regrese Porfirio Díaz, para que nos haga otra cantidad de vías de ferrocarril! No es cierto. Es porque los ferrocarriles terminaron destruidos con la Revolución y cuando a partir de 1925 empezaron a hacerse carreteras, las empresas trasnacionales desarrollaron la industria automotriz en México, frenaron la calidad, la capacidad de los mexicanos para producir automóviles, las grandes empresas constructoras vinculadas con los funcionarios públicos, cada funcionario que llega al poder hacia, no sé si lo sigan haciendo, pero hacia su empresita constructora y a través de ahí iban los negocios, la vinculación.
Siempre, que hay un acto de corrupción en el Gobierno, atrás está el sector privado. Siempre, siempre. Son los que dicen: "Mira, vamos a hacer este negocito y va pa'arriva". Y eso fue lo que nos pasó. En la realidad eso pasó. ¿Se va a modificar eso con una ley? ¿De hoy en adelante se van a modernizar los ferrocarriles? No, compañeros, eso se hará en función de la correlación de fuerzas, de la lucha que se dé en el gabinete presidencial, en la Cámara de Diputados, en la Cámara de Senadores, la lucha que dé la clase obrera para que se transformen las cosas. Y realmente se construya un sistema ferroviario útil para el desarrollo de México, para impulsar sus fuerzas productivas, para lograr nuestra independencia, todo lo que hemos planteado todos.
Pero hay un problema de fondo que no lo lograremos mientras la clase obrera no participe en la dirección de la Administración Pública, la dirección política, mientras no esté en el gabinete un representante o varios, de la clase trabajadora. Es decir, mientras el nacionalismo revolucionario que pregona el Presidente de la República, no se traslada hasta el Poder Ejecutivo en su dirección. Si en el gabinete están puras gentes de la burguesía, nacionalista, no nacionalista, lucha de fuerzas; el imperialismo presiona, la gran burguesía presiona, nos ensartan ahí dirigentes del Ejecutivo, miembros del gabinete aliados a la gran burguesía, simpatizantes del imperialismo y no hay ninguno de la clase obrera. Mientras el desequilibrio exista, no se podrá avanzar ya en esta etapa. Aquí se ha discutido también mucho de que si la Revolución está vigente, que si no está vigente, el problema es que estamos avanzando y la realidad es que llegó el momento ya, el momento para mostrar lo revolucionario en realidad, de que esta fuerza de la que tanto hablamos, de que la clase obrera participe en el gabinete. Ayer lo dijo el Presidente de la República, ayer. Parece estar luchando solo porque no le hacen segunda. Ya basta de que se nos penetre y se nos meta y que en el propio partido de la mayoría haya simulaciones, y eso lo tenemos que terminar hasta el momento en que la clase obrera participe en el gabinete, pero no sólo en el gabinete, en las empresas del Estado.
Ahora nos manda una iniciativa ya convertida en minuta, en donde modifican el Consejo de Administración; todo lo demás, tienen razón muchos que le hicieron crítica, está mal escrita, mal concebida, pero les pasó de noche a los senadores; los poncharon en el beisbol, pero el problema está en que hay una opción de principios, el problema del Consejo de Administración, en el sexto lo
integran agregándolo a once, y luego en el noveno nos ponen que funcionará con seis, y que estén puros del Poder Ejecutivo, es decir puros del gabinete y como en el gabinete hay pura gente de la pequeña o gran burguesía, o mediana burgesía o burgesía nacionalista, o del color que sea, pero burgesía, entonces quiere decir que en la administración de los Ferrocarriles quedan los trabajadores fuera del Consejo de Administración. Sí puede funcionar con seis.
Entonces, nuestra petición sabemos que va a fracasar, simplemente no quisimos que pasara también de noche aquí en la Cámara de Diputados este problema; ya lo plantearon los compañeros, pero nosotros queremos dejarlo claramente pedido, y no sé qué argumento nos vaya a dar el que me responda, pero yo le pido por favor que se constriña a esta tesis, si los trabajadores deben o no participar en la administración de los Ferrocarriles que es una empresa extraordinariamente importante para el país.
Ya nuestra voz se ha perdido, no sabemos a quién recurrir para que se modifique la Ley de Vías Generales de Comunicación. Claro, nos podrán decir, "ustedes tienen derecho a una iniciativa"; pero, compañeros, esa es una cosa así de gorda, y ponernos a trabajar a sabiendas qué van a decir aquí, "a Comisiones", y que pasen 20 años y no la aprueben, para qué nos ponemos a trabajar. Pero sí los que tienen capacidad, modifiquen la Ley de Vías Generales de Comunicación, antes de hacer este tipo de leyes. Ahí en el libro 5o. de los Ferrocarriles se habla de que las líneas telegráficas irán sobre postes. Efectivamente, sostienen a los postes, pero después de tantos años ahora ya las líneas sostienen a los postes, porque ya están mochos de abajo. Y hablan todavía de postes cuando ya estamos con los satélites.
Aquí la Ley de Vías Generales de Comunicación, en Ferrocarriles, en su Título Segundo, Capítulo I, habla de las concesiones que se deben dar a los Ferrocarriles, de las empresas particulares, de los concesionarios... nada tiene que ver la vida actual ya con esa ley. Es una de las grandes vergüenzas que debemos tener todos, legisladores y ejecutivos. Una ley aprobada, compañeros, nada más es cosa que le da a uno escalofríos, hace 44 años, y sigue vigente. Y nos hacen esta iniciativa de ley sin modificar la Ley General de Vías de Comunicación, es una vergüenza, de todas maneras así fue.
Ahora, nos introducen aquí, de contrabando, que para afuera los trabajadores. Un número de los del Ejecutivo, otro del Sindicato, y dos de esos famosos grupos fantasmas que nadie conoce.
Nosotros proponemos una cosa simple, y le pido al que me conteste, por favor, y a la Presidencia que diga, ¿se acepta la proposición? No. Rechazada, ya sin respuesta. Siquiera que nos hagan el favor de que quien nos conteste, dé argumentos de por qué no se acepta esta proposición: que se reduzca uno del Ejecutivo y se aumente a tres del sindicato, y que se quiten dos de estos fantasmas y se le dé uno al Congreso del Trabajo, para que sean más trabajadores, cuatro, tres de los Ferrocarriles y uno de los trabajadores generales. Y uno, de plano, es decir, de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, siquiera por su origen, esta cámara fue revolucionaria. Entonces, ahora que ya está en puras manos de empresas trasnacionales, pues siquiera que se diga uno de ellos. Y después en el capítulo IX, en el artículo 9o., donde dice que operará con seis, siempre y cuando esté el Presidente del Consejo, nosotros agregemos: y un representante de la clase obrera, es decir, uno del sindicato. Cuando menos, siquiera, señores diputados que la clase oabrera se dé cuenta de lo que van a hacer en el Consejo de Administración de los Ferrocarriles. Esto es todo.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado Alvaro Uribe Salas.
El C. Alvaro Uribe Salas: - Con se venia, señor Presidente: Deseo hacer algunas consideraciones en torno a las objeciones de los artículos 6o. y 9o. del dictamen en cuestión, es decir, de la Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México. Estamos de acuerdo con el retraso que tienen los ferrocarriles y la participación de los ferrocarrileros, tan es así que la ley vigente como el dictamen en cuestión, le dan participación a los obreros en el Consejo de Administración.
Por orden, empezaré señalando que en el artículo 6o., punto a discusión, el consejo es un órgano de administración de debe integrarse con las personas más idóneas para tomar las decisiones de este tipo. Que la iniciativa propuesta la deben integrar absolutamente los representativos de las secretarías de Estado que tienen vinculación con los ferrocarriles, con el objeto de mejorar el buen funcionamiento del organismo y con los grupos de obreros y de usuarios que desde luego pueden aportar sus experiencias y conocimientos de la materia. Además, incrementar el consejo con más personas dificultará la agilidad en la toma de decisiones, e incorporará, posiblemente, a personas que no estén involucradas en la operación misma del sistema ferroviario nacional. Yo creo que no es problema de cantidad sino de calidad. El consejo estará integrado de la mejor manera para los fines de una eficiente operación administrativa.
En cuanto al artículo 9o., la misma argumentación que hago valer se da, puesto que este precepto está íntimamente vinculado con el artículo 6o., y que es, en pocas palabras, la forma de votar en el consejo.
Por último, tengo aquí la propuesta en el sentido de que se aumente más con la presencia de seis miembros, entre ellos está el presidente del consejo, su suplente y uno del sindicato, en caso de empate y de las divisiones, quien presida tendrá voto de calidad.
Esto, señores, vuelvo a repetir, el que lo integren dos representativos por el sindicato, o lo integren tres, en nada afecta la votación en el consejo de administración de los Ferrocarriles.
Por lo tanto, considero, señor Presidente, que se consulte a la Asamblea si estos dos artículos, motivo de debate, se encuentran suficientemente discutidos.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Francisco Ortiz Mendoza.
El C. Francisco Ortiz Mendoza: - Señor Presidente, señores diputados: Yo sé bien que desgraciadamente metí en una dificultad a mi colega, pero lamentablemente es un problema de principios. Sé bien que está muy lejos de su pensamiento el que la clase obrera no sea idónea o no sea de calidad. Si hay alguien de calidad en cualquier parte donde se realice cualquier tipo de actividad humana, son precisamente los que lo hacen con sus manos o con su mente, o sea el trabajador manual o intelectual. ¿Quién más que un ferrocarrilero, que los hay de muy alta calidad, con muchos años de experiencia en contacto con su trabajo?, ¿quién más que él puede saber sobre ferrocarriles? Porque también ahí hay ingenieros, y a ellos me refiero, o fogoneros o trabajadores de vía, que saben opinar. ¿Cómo va a saber más el señor Héctor Hernández, de Comercio? Ese señor no sabe nada de eso, que me perdone, ¿cómo va a saber más que un ferrocarrilero? ¡Ah, pero él sí tendrá un lugar en el consejo!, y los trabajadores sí lo tendrán; comparado con las organizaciones fantasmas, al mismo nivel, compañeros, no es posible.
Formamos parte, y perdóneme que insista, de una Cámara de Diputados surgida de la Revolución Mexicana y tenemos que insistir en el término e insisto, porque el Presidente de la República se los está diciendo a sus compañeros de partido. Esta Revolución Mexicana está vigente, y la Revolución Mexicana se hizo para ayudar a los de abajo, no a los de arriba; los de arriba se fueron a Europa o a Estados Unidos mientras pasaba la bola, cuando pasó la bola ya vienen otra vez para cambiar las cosas y seguir recogiendo; pero los de abajo siguen trabajando y siguen en malas condiciones, y los Ferrocarriles, mientras no exista una voz de los que entregan su vida entera al servicio de esta importante empresa del Estado, no van a cambiar, porque si el consejo opera con seis y los seis son secretarios de Estado designados por el Presidente de la República, y todos ustedes tienen experiencia, los secretarios de Estado, todos, sin excepción de ninguno, se están tronando los dedos antes de que los designen y una vez designados, señores diputados, ustedes lo saben, adquieren tal poder que se le engaña hasta al Presidente de la República, al mismo que los designó. Tienen poder político y poder económico como secretarios de Estado y como son llevados por fuerzas políticas también ya económicas, entonces presionan para que las cosas no operen en la clase obrera.
No, compañeros, cómo es posible entonces que no se admita que el Consejo de Administración no opere si no hay un representante de la clase trabajadora, es lo menos que se puede pedir para que una voz de la clase obrera opine en el Consejo de Administración, una voz, no puros del gabinete, señores diputados, nosotros no estamos pidiendo que se aumente el consejo, nada más que se quite uno del Ejecutivo y que se agregue uno de la clase obrera, nada más del propio sindicato, que se quite uno o dos de los organismos fantasmas y se ponga uno del Congreso del Trabajo, que son los que padecen, compañeros.
Aquí el compañero habló de camiones de segunda, de tercera, a Oaxaca, mejor lo invito a que se vaya al desierto de Sonora, hasta en los de primera, y que se les descomponga el sistema de aire acondicionado, haber qué pasa a eso de las 12 del día. Entonces, deben ser compañeros del Congreso del Trabajo, de organizaciones obreras y uno de la Cámara de industria, no estamos aumentando, señor diputado, estamos pidiendo que cambie un poquito, un poquito nada más la correlación de fuerzas, un poquito y que no se autorice que funcione el consejo si no hay un representante de la clase obrera, ¿qué de malo tiene eso, compañero?, nada.
Yo pedí mi intervención junta para no pedir dos veces la palabra, pero, caray, si nos derrotan en el artículo 6o. de que se pongan representantes de la clase obrera, entonces queda el otro argumento: siquiera que no opere si no hay representantes de la clase obrera, ¿qué de malo tiene que apruebe eso una cámara surgida de la Revolución Mexicana?, y si se enojan los señores senadores porque les regresamos la iniciativa para que ellos le hagan esa modificación, pues se ubican los señores diputados como representantes de la clase social que no quiere que los trabajadores estén en los estrados del Estado, dirigiéndolos.
Muchas gracias.
El C. presidente: - Consulte la Secretaría a la Asamblea si los artículos 6o. y 9o. se encuentran suficientemente discutidos.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - En votación económica se pregunta si están suficientemente discutidos los artículos 6o. y 9o. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.
(VOTACION.)
Suficientemente discutidos.
El C. Presidente: - Consulte la Secretaría a la Asamblea si se acepta o se recoge la votación de los artículos 6o. y 9o., en un solo acto.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Se consulta a la Asamblea si se acepta que se recoja la votación de los artículos 6o. y 9o., en un solo acto. Los diputados que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo...Aprobado.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Se va a proceder a recojer la votación nominal de los artículos 6o. y 9o., en sus términos, se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento interior.
(VOTACIÓN.)
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Se emitierón 247 votos en pro y 43 en contra.
El C. Presidente: - Aprobados los artículos 6o. y 9o. por 247 votos, en sus términos.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:
"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 31 de octubre próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso Constitucional necesario para que las ciudadanas Ana María Román Juárez, Yolanda Becerra Hernández y Rebeca Núñez Nava puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el día 8 de noviembre del presente año, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que las peticionarias acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de sus actas de nacimiento;
b) Que los servicios que las propias interesadas prestarán en la embajada de los Estados Unidos de América en México, serán de carácter administrativo;
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del Apartado B del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Ana María Román Juárez para prestar servicios como secretaria en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana Yolanda Becerra Hernández para prestar servicios como secretaría en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Artículo tercero. Se concede permiso a la ciudadana Rebeca Núñez Nava para prestar servicios como secretaría en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 13 de noviembre de 1984.
Humberto Lugo Gil, presidente; Mario Vargas Saldaña, secretario; Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvárez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Javier Bolaños Vázquez, Jorge Canedo Vargas, José Luis Caballero Cárdenas, José Carreño, Carlón Oscar Cantón Zetina, Salvador Castañeda O' Connor, Rubén Castro Ojeda, Jorge Cruickshank García, Arnaldo Córdova, Sami David David, Irma Cué de Duarte, Francisco Galindo Musa, Enrique Fernández Martínez, Víctor González Avelar, Alfonso Gaytán Esquivel, Onofre Hernández Rivera, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Raúl Lemus García, José Luis Lamadrid Sauza, Ernesto Luque Feregrino, Alejandro Lambretón Narro, Luis René Martínez Souverville, Luis Martínez Fernández del Campo, José Esteban Núñez Perea, Alfonso Molina Ruibal, David Orozco Romo, Héctor Hugo Olivares Ventura, Juan José Osorio Palacios, Manuel Osantes López, Guillermo Pacheco Pulido, Francisco Javier Ovando Hernández, Luis Dantón Rodríguez, Mariano Piña Olaya, Juan Salgado Brito, Jesús Salazar Toledano, Manuel Solares Mendiola, Maximiliano Silerio Esparza, Víctor Manuel Torres Ramírez, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona."
Segunda Lectura.
El C. Presidente: - Está a discusión el dictamen en lo general.
No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.
En virtud de que no se ha reservado ningún artículo para discutirlo en lo particular, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.
Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Señor Presidente, se emitieron 285 votos en pro y 5 en contra.
El C. Presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada:
"Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Honorable Asamblea: en oficio fechado el 7 de noviembre del año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede el permiso al ciudadano Federico Fonseca de la Rosa para prestar servicios en la Embajada de Venezuela en nuestro país.
En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el día 13 del mes actual, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
CONSIDERANDO
a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;
b) Que los servicios que el interesado prestará serán de carácter administrativo;
c) Que la solicitud de ajusta a lo establecido en la fracción II del Apartado B del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Federico Fonseca de la Rosa para que pueda prestar servicio como chofer en la Embajada de Venezuela en nuestro país.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 15 de noviembre de 1984.
Humberto Lugo Gil, Presidente; Mario Vargas Saldaña, Secretario; Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Javier Bolaños Vázquez, José Luis Caballero Cárdenas, Jorge Canedo Vargas, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Rubén Castro Ojeda, Arnaldo Cordoba, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Alfonso Gaytan Esquivel, Victor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Onofre Hernández Rivera, José Luis Lamadrid Sauza, Raúl Lemus García, Alejandro Lambretón Narro, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Soubleville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Nuñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Víctor Manuel Torres Ramírez, Salvador Valencia Carmona."
Segunda Lectura.
Está a discusión el proyecto de decreto,
No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal. Se ruega a la Oficialia Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(VOTACIÓN.)
Se emitierón 291 votos en pro y ninguno en contra.
El C. Presidente: - Aprobado el proyecto de decreto por 291 votos.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
ELECCIONES ULTIMAS EN EL ESTADO DE MÉXICO
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado Astolfo Vicencio Tovar.
El C. Astolfo Vicencio Tovar: - Señoras y Señores diputados: en los ultimos tres meses, el gobernador del estado de México declaró y prometió que las elecciones que se celebraron el pasado 11 de noviembre iban a ser nítidas y transparentes, así lo dijo, tres veces, nítidas y trasparentes; pero todo el mundo sabe que esto no fue verdad y nos preguntamos qué es lo que está pasando en el estado de México , si el gobernador promete una cosa y sus subordinados hacen totalmente lo contrario, qué es lo que pasa, o que el gobernador está mintiendo o que existe un vacío de poder en el estado de México.
En la sesión pasada ya ustedes se entraron un poco, recibieron un esbozo de todo lo que pasó en el estado de México con la intervención del diputado García Lizama, que hizo algunas denuncias de lo que sucedió en todo el proceso electoral; pero eso es sólo un ejemplo, es que realmente no hubo un proceso electoral real, leal y legal en el estado de México, se violaron prácticamente todos los artículos de la Ley en lo que se
refiere a preparación, desarrollo y calificación de las elecciones. Veamos rápidamente cómo fue el proceso electoral.
Desde el registro de candidaturas- Todos estamos enterados porque salió en los medios de difusión - , cómo una gran cantidad de presidencias municipales fueron tomadas por los elementos del partido oficial que estaban inconformes con la designación de sus candidatos, esto dio origen a un caos en los municipios en donde sucedió esta situación y que en muchos lugares no fueron registrados los candidatos del partido oficial en las comisiones municipales como lo señala la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales del estado de México. Eso quiere decir que los partidos de oposición tenemos que estar trabajando arduamente para encontrar nuestros candidatos y registrarlos en tiempo y lugar, de acuerdo como lo marca la Ley. Pero el partido oficial en cualquier momento puede participar elecciones, aun cuando ni siquiera se haya registrado como lo marca la ley Electoral.
Y no sólo eso, en muchos de los casos en que realmente se registraron, que fueron registrados en las comisiones municipales, las planillas que fueron registradas en tiempo, no fueron las mismas que llegaron el día de las elecciones, puesto que les estuvieron cambiando todos los puestos de la planilla, para tratar de tener contentos a todos los disgustados. Y en muchas ocaciones en muchos municipios, ni siquiera funcionaron durante todo el proceso electoral las comisiones municipales electorales. Y tenemos prueba de ello, tenemos actas, tenemos todo lo que lo que ustedes gusten. Pero para el partido - gobierno, para el gobierno - partido, no existe ninguna documentación probatoria.
Posteriormente en el registro de los representantes de los partidos, y esto les consta a todos muchos de los partidos de oposición, el día 4 de noviembre vencía el plazo. Los partidos de oposición, entre ellos Acción Nacional, empezarón a llevar sus nombramientos de representantes para su registro con anticipación. Nos estuvieron poniendo trabas. Se empezaron a dilatar; no querían entregar los nombramientos. Fuimos a Toluca a denunciar de este hecho ante las autoridades electorales; dieron una orden a las comisiones municipales para que se registraran todos los nombramientos de representantes y ¿qué fue lo que pasó?, se pitorrearon de esa orden los señores de las comisiones municipales y dijeron que ellos no recibían órdenes de Toluca. Entonces, ante esta situación, en Toluca nos dicen: pues tráiganos por favor todos los nombramientos de sus representantes, aquí se los registramos. Y ahí va el peregrinar de muchos de nuestros candidatos, haciendo sacrificios, perdiendo días de trabajo, yendo a Toluca a registrar a sus representantes. Se registrán también de hacer una labor dilatoria, y en muchos casos nos entregaron los nombramientos el sábado anterior de las elecciones en la tarde o en la noche, y llegan a sus municipios; es casi imposible repartirlos, pero por fin se tienen los nombramientos; muchos no fueron entregados por imposibilidad física a todos los representantes, pero llega el día de las elecciones; se presentan nuestros representantes con sus nombramientos registrados en la Comisión Estatal Electoral, que se supone es la máxima autoridad electoral en el Estado, y entonces los señores de las casillas, más bien los famosos auxiliares de la Comisión, no permitan la entrada a los representantes del Partido Acción Nacional porque no están registrados en los municipios y traen el sello de Toluca.
¿Estamos jugando, o qué? Por más que se les dice: ustedes no quisieron registrarlos y los registramos en Toluca, ah, no, pues traen el sello de Toluca y no se los registramos nosotros, y así en todos los municipios, en todas las casillas, en todos lados. Después, ya durante la elección, ustedes también son testigos de la gran mayoría de los representantes de los partidos de oposición y fundamentalmente los de Acción Nacional, fueron expulsados de las casillas; ahora al revés, porque en algunos casos donde sí fueron registrados no traían el sello de Toluca. Bueno, es una situación risible pero indignante.
Y así estuvo todo el día de las elecciones, así fue todo. Los famosos auxiliares, tristemente famosos auxiliares de la Comisión, que ya los conocen en toda la República y que pululan como aves de rapiña en todas las casillas, presionando la ciudadanía y expulsando a los representantes y robándose las ánforas, ahora se hicieron, se multiplicaron. En 4 mil 90 casillas que hubo en el estado de México habían por lo menos cuatro o cinco representantes auxiliares de la Comisión, haciendo esta magnífica labor en contra de la democracia. Y ahora no nada más fueron los representantes de la Comisión ya así en general, ahora fueron representantes de la Comisión Municipal, auxiliares de la Comisión Distrital, auxiliares de la Comisión Estatal y ahora sacaron otros: auxiliares de Gobernación, todos exactamente con la misma misión: estorbar el proceso electoral y llevar a los puestos electorales con fraudes, con presiones y con todo, a los candidatos del partido oficial.
Esta situación fue general en todo el estado de México. Ya lo apuntaba el licenciado García Lizama en la ocasión anterior, como se estuvieron violando una serie de artículos. Pero no únicamente fue la violación de la ley sino en la practica, los hechos que se dieron en estas elecciones, entre comillas, del estado de México. Sería prácticamente imposible, nos estariamos aquí toda la tarde si dijéramos todo lo que pasó en el Estado. Podríamos dar unos cuantos ejemplos: en San Martín de las Pirámides, en la casilla 5, en el barrio Ixtlahuaca, el presidente municipal, armado, se llevó a los señores que estaban haciendo cola en la casilla para depositar su voto, los encerró en la escuela y los obligó a que votaran por el partido oficial.
En Cuautitlan llegaron camiones de votantes fantasmas; cuando hicimos esta denuncia ante Toluca, el señor director de Gobernación me dijo: señor diputado, ¿no cree usted que esos señores se han de haber citado a desayunar para después de desayunar ir a votar todos juntos?
En Naucalpan. a pesar de todos los mismos vicios, el viernes anterior a las elecciones, y esto salió en algunos medios de difusión, se sorprendió a los miembros de la Comisión Municipal Electoral dentro de la Comisión, ya habían roto los sellos del local en donde estaban depositadas las urnas electorales y se les sorprendió con los sellos rotos, maniobrando y metiendo votos falsos, anulando votos de Acción Nacional, dos días antes del cómputo, después de que ya habían estado los sellos pegados, que todo mundo había firmado, los sellos rotos, y estos señores muy contentos haciendo una labor extraordinaria de cambio de votos de un partido a otro. De esto también tenemos pruebas fehacientes puesto que dio fe el Agente del Ministerio Público de Naucalpan, a quien no dejaron entrar, pero no contaban que había unos agujeritos por la puerta y él dio fe de lo que vio por los agujeritos, en donde no se dio cuenta que estos señores estaban cometiendo eso delito. Y así todo.
Viene la sesión de cómputo, no permitieron a nuestros comisionados actuar, no se registro nada en las actas como lo menciona la Ley. Lo que se denuncia se tiene que registrar en las actas, se tiene que tomar nota de las actas, no se hizo nada, no se recibieron recursos de protesta como lo marca la Ley y ahora viene la calificación. La calificación empezo el domingo pasado, en 15 minutos del domingo, de las 10:00 a las 10:15 calificarón 88 casos. El día de ayer, anoche, en 20 minutos, a pesar de la protesta de nuestro comisionado pedía que se revisaran los paquetes electorales, no se le hizo caso y en 20 minutos se calificarón 16 de los casos en donde se habían presentado recursos de protesta y recursos de quejas. ¿Por qué? Porque se tomó el acuerdo de la Comisión Estatal que se iban a calificar todos los casos en bloque, y así se hizo, entonces vino la declaración del secretario técnico del análisis de los recursos presentados por los partidos políticos en los 16 municipios, es de resolverse que no se encuentran encuadrados en las causas de nulidad que marca la ley. Por lo tanto, todos estos 16 municipios los ganó el partido oficial. Pues así es como se hacen las cosas electoralmente en el estado de México, no nada más eso, en la calificación de diputados locales, ustedes saben perfectamente bien cómo en lo federal, primero viene la calificación de los diputados de mayoría y cuando se termina de hacer la calificación de diputados de mayoría, viene la calificación de representación proporcional. En este caso fue al revés: primero nombraron a los diputados de presentación proporcional sin haber escuchado los argumentos que se tenían para la anulación, o hacer algo en contra de la votación a favor de los diputados de la mayoría, y se calificaron antes los diputados de representación proporcional y después también en una sola sesión, los 34 diputados de mayoría.
Señores, éste es pues, únicamente a grandes rasgos, lo que ha pasado en el estado de México, hay indignación ciudadana, y los señores diputados del partido oficial, y de todos los otros partidos, sobre todo los que vivimos en el estado de México, sabemos que esto es cierto y yo lo que digo es que el Gobierno y el partido oficial están incitando a la violencia; porque ya la ciudadanía en muchos municipios, no está dispuesta a seguir soportando a las autoridades que les imponen, sobre todo cuando saben que esas autoridades van a actuar en contra del ciudadano, en lugar de trabajar en favor del municipio. Y en ese caso, y ustedes lo saben, están Apaxco, Tequisquiac, Cocotitlán, Temezcatepec, San Bartolo Morelos, San Martín de las Pirámides, Chimalhuacán y Melchor Ocampo, que están pendientes de lo que pase en la sesión de calificación, hoy es la última, para decidir qué cosa es lo que se hace. Que no se culpe a Acción Nacional de la posible violencia que hay en esos municipios; nosotros estuvimos denunciando esas situaciones desde mucho antes de las elecciones, las estuvimos denunciando ante los órganos electores competentes, allá ante los señores de casimir inglés y aroma de lavanda que están ahí en la Comisión Estatal muy contentos calificando, también ahí lo denunciamos y sin embargo no se tomó ninguna medida para solucionar este problema a tiempo.
Ya se nos vino encima el tiempo, se nos vienen encima los problemas, no sabemos como vayan a reaccionar los ciudadanos de esos y otros municipios, y Acción Nacional no tendría la culpa de lo que pase en esos municipios. queremos dejar bien asentado esto, el único culpable será el Gobierno y su partido.
El C. Presidente: - En virtud de haber transcurrido el término de cuatro horas señalado por el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Presidencia dispone que se prorrogue la duración de esta sesión hasta desahogar los asuntos en cartera.
Tiene la palabra el diputado Antonio Vélez Torres.
El C. Antonio Vélez Torres: - Señor Presidente; Honorable Asamblea: Hemos venido escuchando y leyendo en algunos medios masivos de comunicación, y hemos escuchado hace unos cuatro minutos aquí en esta Cámara de Diputados también de parte de la representación de Acción Nacional, supuestas denuncias en contra del proceso electoral celebrado el pasado 11 del presente mes en el estado de México. Al escuchar las palabras del señor diputado de Acción Nacional, Vicencio Tovar, recordé
un poema surrealista, cuyos dos primeros versos son los siguientes: "No tengo nada qué decir, pero tengo que decirlo"; porque ahora como nunca, señores diputados, Acción Nacional no tiene nada, absolutamente nada que decir, pero por lo visto tiene que decirlo. Quienes formamos en las filas del Partido Revolucionario Institucional, creemos que en el cambio puntual e inevitable de quienes ocupan los puestos públicos, radica la condición fundamental de nuestro sistema democrático, en esta virtud, este año, el estado de México entero ha vivido intensas jornadas políticas en un clima de amplitud democrática y perfeccionamiento político para renovar sus ayuntamientos y al congreso local.
Nuestros candidatos a diputados y a presidentes municipales, recorrieron el estado de Norte a Sur y de Oriente a Poniente, cumpliendo una campaña política electoral intensa y extensa. En todas partes nuestro partido, gran movilizador, como corresponde a un partido de masas, convocó a sus militantes al encuentro de sus candidatos en el mitin, en la reunión de trabajo, en la consulta popular, en la visita domiciliaria y en el saludo sencillo y franco. Los candidatos de nuestro partido, convocaron a la ciudadanía mexiquense a expresar su voluntad soberana en la urnas electorales, conscientes de que todo cuando se haga para ampliar los cauces, a través de los cuales pueden expresarse la participación ciudadana en la generación de sus representantes, será en beneficio del correcto funcionamiento de nuestro sistema representativo y democrático. Por ello, los Candidatos del Partido Revolucionario Institucional. sí hacen campañas políticas en el terreno de los hechos, no sólo declaraciones: por ello, los candidatos del Partido Revolucionario Institucional tratan, y lo logran, de obtener el consenso y no sólo de capitalizar el descontento popular; por ello, los candidatos del Partido Revolucionario Institucional ganan las elecciones donde se deben de ganar, en las urnas electorales, y no hacen campañas políticas y pretenden ganar las elecciones desde la tribuna de la Cámara de Diputados.
La jornada electoral realizada el domingo 11 del presente mes en el estado de México, para renovar 121 ayuntamientos y el congreso local, el que ya cuenta con 45 miembros, se caracterizó por su clima de paz pública y por una amplia participación ciudadana en los comicios, lo que pone de manifiesto como prueba palpable el desarrollo político y la madurez cívica alcanzada en el estado. Fue, señoras y señores diputados, una jornada histórica y ejemplar. El PRI, el Partido Revolucionario Institucional, nuestra gran organización política mantiene como norma invariable el respecto irrestricto a las decisiones de las mayorías ciudadanas y es especialmente celoso, especialmente escrupuloso al conducirse en los procesos electorales en los que participa, con estricto apego a las normas legales que rigen este aspecto fundamental de la vida nacional, que es el ejercicio del sufragio.
Congruente con esta conducta que hemos subrayado, nuestro partido en el estado de México, se mantuvo con seguridad y con serenidad en la espera de los cómputos finales que efectuaron los organismos electorales, de acuerdo a la ley vigente en el estado, el pasado domingo 18 del presente mes.
El triunfo de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional en los 34 distritos electorales locales, así como en la mayor parte de los municipios, es claro y contundente, lo que demuestra que los triunfos de la derecha en el pasado reciente fueron total y absolutamente circunstanciales. Este inobjetable triunfo se manifiesta con mayor contundencia en municipios como Tepozotlán, en donde la relación fue de 7 votos para el Partido Revolucionario Institucional y de 1 para Acción Nacional; en municipios como Ixtapaluca, en donde la relación fue de 3 votos para el Partido Revolucionario Institucional y 1 para el Partido Acción Nacional; en Naucalpan, en donde el Partido Revolucionario Institucional obtuvo 133 mil votos contra 24 mil 625 que obtuvo el Partido Acción Nacional; en municipios como Netzahualcóyotl, donde el Partido Revolucionario Institucional obtuvo 195 mil 255 votos, en cuanto a que Acción Nacional solamente obtuvo 44 mil 764.. Menciono estos municipios entre otros que pudieran nombrarse en este momento, sólo para destacar que son los municipios donde hay más población, donde están los municipios más poblados donde el triunfo de nuestro partido fue absolutamente arrollador.
Cabe señalarse, por lo demás, que el Partido Acción Nacional solamente participó en 44 municipios del estado de México, y el estado de México tiene 121 municipios, señores diputados.
Lo que ha señalado aquí el señor diputado Vicencio Tovar, es total y absolutamente falso: es total y absolutamente falso por las siguientes razones: efectivamente, los elecciones en el estado de México fueron lúcidas y transparentes como fue la garantía como fue la condición y garantizó el gobierno del estado de México. La Comisión Estatal realizó un trabajo de una intensidad abrumadora; se contó con un padrón electoral de 3 millones 346 mil 773 ciudadanos; se establecieron y funcionaron efectivamente durante todo el domingo 11 de noviembre 4 mil 90 casillas electorales; trabajaron un total de 34 mil 400 funcionarios de casillas, en cada una de las cuales hubo cuatro funcionarios propietarios y cuatro suplentes; los partidos políticos contendientes tuvieron una absoluta libertad para seleccionar a sus candidatos y realizar sus campañas políticas.
Dice el señor diputado de Acción Nacional que no hubo un auténtico proceso electoral en el estado de México y que se violaron todos los artículos de la ley. Yo quisiera que el señor diputado Vicencio Tovar aportara las pruebas contundentes que dice tener para demostrar este acierto, aunque quiero declarar en esta tribuna que éste no es el lugar ni
es la tribuna para discutir el tipo de asuntos que el diputado Vicencio Tovar ha tocado aquí, porque nuevamente el Partido Acción Nacional vuelve a las declaraciones, vuelve a hacer sus campañas políticas en la Cámara de Diputados desde 15 días antes de las elecciones. Viene después, que pasan las elecciones, a decir, a confirmar lo que ya había anunciado de que hubo fraude electoral.
Por eso digo que si el diputado Vicencio Tovar tiene las pruebas contundentes que dice tener, que las exhiba, aunque ésta no sea la Asamblea donde pueda exponer, o donde deba, más bien, exponer las pruebas que dice tener. Porque cabe señalar, compañeros diputados, que la Comisión Estatal Electoral en el estado de México está, aún hoy, sesionando. No ha terminado su trabajo la Comisión Estatal Electoral, lo que demuestra plenamente que los causes legales, lo causes jurídicos en el estado de México están abiertos, en la Comisión Estatal Electoral están representados también los partidos que están representados en esta Cámara, y algunos más.
Y también es importante señalar que Acción Nacional tiene ahí su comisionado para que haga valer las protestas o los recursos en general que considere conveniente hacer valer. Sin embargo, en lo que se refiere al registro de representantes en las casillas, hay que señalarlo con claridad meridiana, Acción Nacional en el estado de México pasó terribles apuros para completar a sus representantes en las casillas. En muchas ocasiones esos representantes no cumplían con los requisitos que marca la legislación electoral y con el acuerdo de la Comisión Estatal Electoral, en el sentido de que un representante, un comisionado debe ser vecino del distrito donde va a representar a su partido.
Encontramos también en las acreditaciones de Acción Nacional que las firmas estaban falsificadas, que no solamente no era gente del estado de México, sino que era gente de otros estados. Aún así, aún así, señores diputados, estos representantes del Partido Acción Nacional firmaron la documentación electoral, lo que prueba que los militantes de ese partido son más honestos que sus propios dirigentes en el sentido de que aceptaron, aceptaron la derrota sufrida y fue después, fue después cuando pasó el proceso electoral, cuando los dirigentes del Partido Acción Nacional vieron que habían retrocedido en el número de votos obtenidos con respecto a la elección anterior y con respecto a la de 1976, que fue cuando entonces decidieron hacer declaraciones en los medios masivos de comunicación, y fue entonces cuando decidieron venir a esta tribuna de la Cámara de Diputados a continuar con la campaña política que iniciaron 15 días antes aquí mismo, no en los distritos electorales ni en los municipios del estado de México.
Por otra parte, por otra parte creemos que la amenaza expresada aquí por el diputado Vicencio Tovar - y vamos a tener oportunidad de comprobarlo en los próximos días - , en el sentido de que la ciudadanía de algunos municipios del estado puede desbordarse, porque no está de acuerdo con las autoridades que eligió el día 11 de noviembre, pues tendremos oportunidad de ver si esta profecía del diputado Vicencio Tovar se hace realidad o si, como decimos los militantes del Partido Revolucionario Institucional en el estado de México, creemos que el proceso electoral celebrado el domingo 11 de noviembre ha sido un proceso histórico por su ejemplaridad.
El Partido Revolucionario Institucional es el único partido que se preocupa por la politización del pueblo a través de la capacitación política que en centros regionales y municipales imparte a su importante militancia. El PRI, nuestro partido, en el estado de México cuenta con una militancia de más de 2 millones de miembros, razonados y comprendidos con los principios y programas de la Revolución Mexicana y decididos a apoyar electoralmente a su partido.
Nuestro partido llegó fortalecido a esta contienda electoral, en la que puso en práctica los acuerdos emanados de la decimosegunda Asamblea Nacional, en torno a la democratización interna del partido. Conviene destacar el intenso proceso de consulta a la base militante, para la selección interna de sus candidatos, en el que acuerdo a cada circunstancia particular, la voz de los miembros del partido fue lo determinante para seleccionar a los mismos como candidatos.
Como ya es costumbre, señores diputados, y a falta de verdadero trabajo político, repito el Partido Acción Nacional ha venido denunciando un fraude electoral desde 15 días antes de la celebración de las elecciones, con lo que demuestra, compañeros, su incapacidad organizativa, su desvinculación de las masas populares y su irresponsabilidad política.
Durante las campañas electorales, así como el propio día de la elección, la Comisión Estatal Electoral mantuvo un estricto respeto a las normas establecidas en la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales del Estado de México. Esto es muy importante señalarlo: la Comisión Estatal Electoral ha sido absoluta, escrupulosamente, representuosa de la ley.
En fin, señores diputados, el domingo, el pasado domingo, 11 de noviembre, el pueblo, en las urnas electorales, ratificó su solidario apoyo político a la acción gubernamental dirigida por el Presidente de la República, quien hablando con la verdad y gobernando en favor de las amplias mayorías populares, ha mostrado una puntual congruencia entre su ideología revolucionaria y su diaria actividad como Presidente de todos los mexicanos.
CONSIDERACIONES SOBRE MATERIA INQUILINARIA
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Iván García Solís.
El C. Astolfo Vicencio Tovar: - Pido la palabra para hechos, señor Presidente.
El C. Presidente: - En su oportunidad, señor diputado.
El C. Astolfo Vicencio Tovar: - Es para el mismo tema, es para no romper el orden.
El C. Bernardo Bátiz: - Señor Presidente, está rompiendo el debate.
El C. Presidente: - Es el orden en que solicitaron la palabra, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Iván García Solís.
El C. Iván García Solís: - Ciudadanos diputados: Los partidos, Populares Socialista, Socialista de los Trabajadores y Socialista Unificado de México hemos resuelto dirigirnos al Plenario de esta Cámara para insistir en la urgencia de que se legisle de inmediato en materia inquilinaria.
Como todos debemos recordar, en el mes de diciembre del año pasado, ante la presión constante de grupos de inquilinos, así como de nuestros partidos y de diputados del partido oficial, se determinó constituir una comisión interpartidaria, cuyo fin específico sería la recopilación y estudio de las diversas iniciativas de reformas tendientes a proteger los derechos de los arrendatarios y la elaboración de una propuesta de solución a dicho problema.
En rigor, dicha Comisión debió haber concluido su trabajo en un lapso breve de modo tal que sus conclusiones y propuestas pudieran ser aprobadas en un periodo extraordinario convocado por la Comisión Permanente del Congreso que funcionó a partir de enero.
Sin embargo, el proceso de trabajo se prolongó y no fue presentado ningún proyecto en la Permanente; se pensó entonces que la Comisión terminaría su tarea en los primeros días, del presente periodo ordinario de sesiones de modo tal que las iniciativas, producto de este esfuerzo, fueran aprobadas en el primer mes de trabajo, pero ello no ha ocurrido así; por el contrario, a casi un año de instalada la Comisión no ha proporcionado información oficial alguna a la Cámara, y mientras tanto se ha agravado la situación de decenas de miles de inquilinos que han quedado sujetos a las normas vigentes que permiten la elevación desmedida de rentas, los desalojos sumarios y la presión para que los arrendatarios renuncien a los pocos derechos que tienen establecidos en la ley.
Como todos sabemos, en el año de 1984 el precio de las rentas continuó subiendo. Estas alzas se agregaron a las elevaciones desmedidas de los años de 1982 y 1983. Por otra parte, la escasez de vivienda ha influido en la carestía de las casas habitación por lo que los inquilinos han quedado encerrados en el círculo vicioso de los aumentos y la inexistencia de otras opciones habitacionales.
Un hecho que complica más aún el problema, es el próximo vencimiento de una gran parte de los contratos de arrendamiento firmados en diciembre. Si se retrasa más aún la emisión de la legislación inquilinaria, ello dará una oportunidad adicional al gran capital inmobiliario para practicar libremente nuevos aumentos en los alquileres.
Por todo lo anterior, los partidos firmantes llamamos la atención de este Plenario sobre la grave responsabilidad que contraerá quien preside la Comisión, la mayoría gubernamental que aquí decide, así como los partidos que se oponen a esta legislación, si nuevamente este asunto queda inconcluso o se difiere más aún.
La legislación inquilinaria debe discutirse y emitirse sin más demoras. La Comisión designada debe presentar ya su proyecto o entregar su responsabilidad a la Cámara para que ésta tome las medidas conducentes.
Los partidos firmantes, en atención a lo expuesto, demandamos que ahora mismo la Presidencia de la Cámara haga una excitativa a la Comisión citada para que cumpla cuanto antes su cometido.
Grupos Parlamentarios del Partido Popular Socialista, del Partido Socialista de los Trabajadores y del Partido Socialista Unificado de México.
Queda en manos del C. Presidente actuar en consecuencia.
El C. Presidente:- Túrnese a la Comisión Especial sobre Inmuebles en Arrendamiento.
ELECCIONES ULTIMAS EN LOS ESTADOS DE MÉXICO Y YUCATAN
El C. Presidente:- Tiene la palabra el ciudadano diputado Astolfo Vicencio Tovar.
El C. Astolfo Vicencio Tovar: - Señor Presidente: Le recuerdo lo que dice el artículo 102 de Reglamento: "Los individuos de la Cámara aún cuando no estén inscritos en la lista de oradores, podrán pedir la palabra para rectificar hechos o contestar alusiones personales, cuando haya concluido el orador..." Concluyó el orador y yo pedí la palabra por esto.
El C. Presidente: - Cuando concluyó el orador, señor diputado, pidió la palabra el diputado Iván García Solís, Concluyó el diputado y se le concedió a usted. Prosiga.
El C. Astolfo Vicencio Tovar: - Respecto al poema surrealista que citó aquí el diputado Vélez Torres, que no tiene nada qué decir, pues exactamente no dijo nada, no me contestó nada de lo que yo denuncié. Ya traía su discurso hecho, sabían que íbamos a intervenir y lógicamente pues ya traían toda una serie de lugares comunes de lo que es el partido oficial y sus innegables "fuerza".
Nos dice también que nuestro partido no tiene fuerza de movilización, que el partido oficial tiene una gran fuerza de movilización. Si, es cierto, una gran fuerza de movilización de delincuentes electorales que se dedican a estorbar el proceso democrático en
las elecciones. Que nosotros participamos en 44 municipios; participamos en 44, podríamos haber participado en más, todos los caciques del estado de México, empeñados en ofender la dignidad de los ciudadanos, empeñados en amenazar a aquellos que osaran ser candidatos del Partido Acción Nacional. Si realmente hubiera un mínimo de decencia en las elecciones, si hubiera un mínimo de garantía, le aseguro, señor diputado, que no sólo Acción Nacional, sino otros partidos políticos podríamos participar en muchos más municipios.
Y no hay tantísimas cosas, la campaña multimillonaria del partido oficial, pagada con el dinero del pueblo, más de mil millones de pesos derrochados en una campaña en que no se sabía dónde empezaba, dónde terminaba la campaña del gobierno del estado invitando, y dónde empezaba la campaña del partido oficial; los mismos motivos publicarios, los mismos locutores, las mismas frases, los mismos colores, todo era uno solo y miles de millones de pesos echados a la borda en esta lujosísima campaña.
Dice el señor diputado Vélez Torres que fue una jornada histórica, y que un ejemplo de ello es Tepozotlán. Yo pienso que ni siquiera ha visto los números de Tepozotlán. En Tepozotlán los "guaruras" oficiales se robaron las 14 ánforas del municipio y aparecieron el día del cómputo con una votación de 7 mil y tantos para el partido oficial, 900 para Acción Nacional y, cáiganse de la silla, mil 202 para el PARM. O sea, que tratan también de llevara agua al molino de sus títeres; y no sólo eso, en el cómputo del distrito de Jilotepec, que se a donde pertenece el municipio de Tepozotlán, ahí no se dieron cuenta de la maniobra, y entonces cuando vino el cómputo de los municipios, el PARM tuvo 300 votos, y aquí le están concediendo mil 200; o sea, que ni siquiera escogen bien los ejemplos que van a dar aquí como pretexto.
Luego nos dicen que el estado de México tiene 2 millones de afiliados el partido oficial, no sé de dónde, si tuviera dos millones de votos ¿por qué sacaron, a pesar de todos los fraudes y a pesar de haber inflado las votaciones, por qué sólo sacaron 133 mil?
En Naucalpan, dicen, sólo sacaron 26 mil votos; en las 140 actas de casillas que tenemos, porque las otras nos fueron negadas, taníamos ya 34 mil votos de las 300 casillas, o sea, que se disminuyeron los votos, en 140 casillas, y aquí están las actas, tenemos 34 mil votos y en las 300, tenemos 26 mil, según el partido oficial.
Ni siquiera ustedes saben, ni siquiera el Gobierno ni el partido oficial, ni ningún partido político, sabe cuántos ciudadanos votaron, todo fue un caos, los números los pusieron a su antojo. Y si hacemos esta denuncia en este momento, dicen que todavía no se termina el proceso, que todavía está en la clasificación, hoy es el último día, pero ayer en la noche Naucalpan ya pasó así desapercibido, ya se le otorgó la victoria al partido oficial. Nosotros pedimos la nulidad; cómo es posible de que en Naucalpan, habiéndose levantado el acta, y se supone que el Agente del Ministerio Público es una autoridad lo suficientemente importante como para darse de los hechos, y se levantó el acta .. NJ - 11 - 3786 - 84 en donde se relatan, no por nosotros sino por el agente del Ministerio Público, los hechos a que hice referencia. Y sin embargo se califican en bloque, ya ganó el partido oficial en todos los municipios, ganó en Naucalpan, ganó en Amecameca, en donde el Partido Socialista de los Trabajadores junto con mucha gente del pueblo entró a la Comisión Municipal Electoral, destruyó las ánforas, quemó todos los votos y se declara la nulidad, también ganó ahí el partido oficial, ni siquiera se sabe con cuántos.
Esta situación que priva en el estado de México, y si éstas son las elecciones nítidas y transparentes, pues, caray, estamos nosotros ciegos.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Antonio Vélez Torres.
El C. Antonio Vélez Torres: - Señor Presidente honorable Asamblea: Nuevamente hemos escuchado la intervención en esta Cámara del Partido Acción Nacional, para nuevamente decir lo que escuchamos hace un momento y que en realidad no tiene ninguna significación, puesto que se ha concretado a repetir lo que hace un momento dijo, exactamente los mismos slogans que se han venido repitiendo desde hace ya más de un mes en esta tribuna y en los medios masivos de comunicación. Por eso, señoras y señores diputados, solamente quiero reafirmar lo que señalabas hace un momento, que las elecciones en el estado de México fueron nítidas y transparentes, que hubo una gran concurrencia ciudadana a las urnas electorales, que Acción Nacional retrocedió en cuanto al número de votos que había obtenido en las elecciones de 1982 y de ahí como no tiene nada que argumentar tengan necesariamente que argumentarlo a costa de lo que sea.
Es muy importante señalar también, que en este cúmulo de declaraciones que voceros de alto rango del partido Acción Nacional realizaron con motivo de las elecciones constitucionales del 12 de noviembre en el estado de México, fueron total y absolutamente contradictorias, como lo podemos comprobar. En primer lugar, el vocero oficial del Partido Acción Nacional, en el estado de México, declara que a su partido lo perjudicó no haber participado en las elecciones de 1976, que por eso había retrocedido en la votación obtenida, es decir, era un tácito reconocimiento a su derrota, que, además, decía el vocero de Acción Nacional, hasta ese momento, dos o tres días después de las elecciones, no tenía conocimiento de haber obtenido ningún triunfo en las elecciones del estado de México, cuando es de todos conocido que cuando Acción Nacional obtiene un triunfo, lo primero que hace es comunicárselo
a los medios masivos de comunicación, y los medios jurídicos, los medios legales estaban a su alcance, como lo estuvieron. ¿Cuáles fueron estos elementos que estaban a su alcance?, los mismos que tuvieron todos los partidos en el estado de México, incluyendo al Partido Revolucionario Institucional: las actas finales de escrutinio, que daban una idea del cómputo del resultado de las elecciones y que por ley se le podía y se le debía entregar a todos y cada uno de ellos representantes de todos los partidos.
Posteriormente a estos hechos, señalan que siempre si obtuvieron triunfos sin señalar cuáles fueron y, repito, en este momento la Comisión Estatal Electoral está sesionado para dirimir precisamente los problemas que se presentaron en las elecciones del domingo 11 de noviembre.
Yo quiero rectificar lo expresado hace un momento, las elecciones en el estado de México del pasado 11 de noviembre, fueron históricamente ejemplares, y demostraron una cosa que, a mi juicio, es fundamental y muy importante y que se hace necesario decir aquí, demostraron que los triunfos que Acción Nacional obtuvo en el pasado reciente, fueron total y absolutamente circunstanciales.
(Aplausos.)
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Francisco Javier González Garza.
El C. Francisco Javier González Garza: - Señor Presidente: Para algunos hechos con referencia a los dichos del señor diputado del PRI. Nos ha cuestionado él que utilicemos esta tribuna para aquí dirimir asuntos electorales que corresponden a los estados.
Creo, y esa es mi impresión, al menos durante estos tres años, que casi, yo diría, uno de los objetivos fundamentales de esta Cámara es precisamente que se ventilen aquí los asuntos políticos de los partidos de oposición. Todos sabemos que realmente el apartado legislativo, con la aplanadora que tiene el sistema, nos deja en condiciones muy precarias para los debates; se oyen los razonamientos, pero creemos que lo fundamental, y una de las cosas fundamentales de esta Cámara, son los debates de tipo político.
Pero, yo creo que él debería de revisar también las acciones de su partido, ya el mismo domingo a las seis de la tarde, los medios de comunicación anunciaban que el PRI en el estado de México había ganado en todos los municipios; a las ocho de la noche esta era ya la versión oficial, ya se tenían resultados, incluso, decían los medios de comunicación, de los triunfos aplastantes del PRI cuando ni siquiera se habían recogido la totalidad de las actas de las casillas. El lunes, su compañera de partido, supongo que es de su partido, la senadora Sentíes, en el Senado, en una tribuna paralela a ésta, ya anunciaba cómo el PRI había rebasado y cómo había aplastado las elecciones.
Yo creo que dio datos, yo los oí por radio, después tenemos la transcripción, ya daba datos que el Partido Revolucionario Institucional había ganado, y era lunes. Nos dice aquí el señor diputado que apenas están dando los últimos datos, hasta el día de hoy, de la contabilidad. Yo creo que ahí le falta ponerse de acuerdo con los de su propio partido.
Nosotros consideramos que se está presentado un esquema muy peligroso para México; todo eso es la secuela de 1985, desde 1982 el PRI se ha quedado solo, desde 1982 que perdió en realidad el voto masivo, desde ahí para acá sus descalabros y el peligro, y por eso sus actividades, es el pánico que tienen para 1985; pánico que los ha orillado precisamente a tomar actitudes de éstas y de violencia, y lo que nos preocupa es que en 1985, así como el día de hoy y las elecciones que van a ser domingo, van a acabar en violencia; y esta violencia, volvemos a repetir, de ella van a ser responsables.
Pero, ¿cuál es la posibilidad para el pueblo de México? Si se está cerrando la vía electoral por un lado y si hay amenazas a los candidatos, si hay persecución fiscal, si hay asesinatos, ¿cuál es la vía para México entonces? Yo creo que los señores del PRI tendrían que decirnos cuál es la vía para los que no somos del sistema.
¿Mandarnos a la clandestinidad? ¿Robustecer la violencia? ¿O cuál es el esquema para el mexicano? Porque esto no puede seguir así. Estamos de acuerdo. Nosotros no hemos dicho que ganamos todo el estado de México. Estamos diciendo que ganamos en algunos municipios del estado de México, y estamos diciendo que hubo serias irregularidades, y que con estos esquemas no se pueden participar, que hacen una ley amañada para ganar, ganes o pierdas, de todos modos ganas. Yo estoy de acuerdo con la poesía del señor diputado, no tiene nada que decir.
Yo pensaba, cuando oí todo el discurso, la primera parte del señor diputado del estado de México, creí que la había hecho el diputado Saldaña, porque las frases son idénticas, exactamente son idénticas. Yo creo que son los machotes nosotros tenemos esta preocupación y la exponemos claramente. Si el esquema realmente es de violencia y están cerrados, mejor díganos y cada partido tendrá que tomar sus resoluciones. Por lo pronto nosotros en ésta, tenemos que hacer la aclaración de todas las violencias y todas las irregularidades que hubo.
Si estas respuestas nos la pueden dar, para nosotros la más importante es ver si ya se decidieron a cerrar el cause democrático o no. Muchas gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Enrique Riva Palacio Galicia.
El C. Enrique Riva Palacio Galicia: - Señor Presidente; honorable Asamblea: He seguido con interés los comentarios hechos aquí por los compañeros de Acción Nacional; cuando escuchamos en esta tribuna todas las denuncias que vienen a hacer vienen a mi memoria
las palabras de un distinguido priísta, don Carlos Madrazo, que decía: "Creo en la política porque considero que es patrimonio de hombres cabales, llenos de responsabilidad; no es político quien considere que el silencio es la regla, calla y no dice lo que piensa aunque con ello traicione a su partido o se traicione a si mismo": hago referencia a estas palabras porque lo que aquí se vino a mencionar por los compañeros de Acción Nacional es una irresponsabilidad política.
La jornada electoral en el estado de México, el pasado 11 de noviembre, efectivamente se caracterizó por calma y tranquilidad y por una amplia participación ciudadana en los comicios correspondientes; efectivamente, venimos a esta tribuna preparados con nuestras tarjetas correspondientes, porque sabemos de los diferentes ataques sin fundamento que parten de Acción Nacional, porque ellos, sin fundamento, teniendo nada más candidatos a 44 presidencias municipales saben lo que sucedió en el estado de México en los 121 municipios, sin tener todos sus representantes en las diferentes casillas que se instalaron. No ha sido casual el triunfo de nuestro partido, queremos destacar en esta tribuna que los resultados favorables que obtuvo nuestro partido, el domingo pasado, 11 de noviembre, son también resultado del firme esfuerzo de una dirección nacional de nuestro instituto político. Bajo su coordinación tuvo lugar una impresionante movilización de nuestra base militante, que culminó la Décimosegunda Asamblea Nacional, evento que marca un hito en la historia de nuestro instituto político, y cuyo primer resultado concreto lo tenemos en la contundente victoria en el Estado de México por parte del Partido Revolucionario Institucional.
En efecto en el proceso de selección de nuestros candidatos, se cumplieron los acuerdos de la pasada Asamblea Nacional, lo que nos permitió presentar candidatos de arraigo y arrastre popular.
La capacidad política de nuestro dirigente nacional nos dio la oportunidad de la celebración de esta magna asamblea, coadyuvaron a un triunfo que es, en última instancia, victoria del pueblo mexiquense. Que fácil es venir a criticar desde fuera de la comodidad de su caja de cristal a un gobierno que ha demostrado con hechos que está trabajando por los intereses populares.
Los votos del PRI son también votos de confianza y de aceptación para un presidente que ha sabido ganarse la confianza del pueblo, hablado con la verdad. Ya decía mi compañero de partido, el diputado Vélez Torres, resulta ya muy conocida esa canteleta de Acción Nacional, siempre acusa de fraude electoral, con una actitud derrotista y oportunista, queriendo oscurecer con ello un hecho evidente para todo el pueblo mexicano. Su incapacidad organizativa, su desvinculación de las masas populares y su irresponsabilidad política. La inconformidad por problemas ciertos e inciertos como lo hacen, sólo refleja la falta de eficiencia política y de imaginación para aspirar seriamente a la conquista del poder. El voto, señores, se gana con acciones, no con omisiones; lo que requiere una actitud dinámica y una postura muy convenenciera.
Ya también lo decía el diputado Vélez Torres que este recinto lo han convertido en diferentes ocasiones como una caja de resonancias y expresan su amargura y su impotencia electoral.
La opinión pública nacional sabe que Acción Nacional realizó campañas endebles y fragmentadas, y que no participó en el auténtico debate político electoral el que se da en última instancia frente a los ciudadanos para convencerlos de que voten por sus candidatos; vienen a denunciar después de haber desaprovechado una importante jornada cívica efectuada entusiastamente por la población mexiquense; su actitud es un hecho reprobable y que nada ayuda a la vigencia del sistema pluralista que hoy gozamos; vienen a denunciar para ocultar su incapacidad y falta de cuadros; el trabajo político permanente no puede ser sustituido por denuncias irresponsables. Flaco favor le hacen al sistema pluralista democrático que dicen defender cuando pretenden sustituir la acción por la reclamación constante. Muchas gracias. (Aplausos.)
El . Presidente :- Tiene la palabra el C. diputado Octavio Aguilar Camargo.
El C. Octavio Aguilar Camargo: - Honorable Asamblea: hoy hago uso de esta máxima tribuna del pueblo, no para pedir a esta representación nacional que intervenga en las elecciones efectuadas en el estado de Yucatán, pues como ya vimos ahorita, es demasiado trillada la respuesta de los diputados de la mayoría, de que esperemos el fallo de las autoridades correspondientes, que respetemos la soberanía de los estados, etcétera.
Hago mención de esto porque sinceramente no creo que haya necesidad de que intervenga concretamente en el caso de Chemax, porque allá lo ha decidido ya el propio pueblo. Y no fue precisamente por alguno de los caciques que el gobernador reelectivo, Víctor Cervera Pacheco, trató de imponer, sino precisamente por el candidato del Partido Acción Nacional, un ejidatario, el señor Rubén Chichá. Y esto de imponer, o de tratar de imponer su candidato, es muy significativo para este gobernador, ya que le es urgente pagar la diferencia que el Ejecutivo le otorgó al encumbrarlo graciosa e intencionalmente en el gobierno de ese estado en forma interina, y después de terminar su periodo normal de interinato, el mismo sistema lo volvió a reelegir al margen de cualquier marco jurídico establecido en nuestro sistema de derecho, como aquí ya en su oportunidad lo denunció el diputado Roger Cícero Mackinney.
Así pues ante esta urgente necesidad de recuperar una de las pocas administraciones de oposición existentes en ese estado, para pagar su deuda existente, la consigna era rotunda,
era recuperar la plaza para el PRI y realizar el fraude en todo el estado de México, ya que el anterior gobernador era inepto para realizar estas tareas. Y para ello empleó todos los recursos a su alcance: primeramente, precisamente en Chemax mandó un delegado de la Comisión Estatal Electoral y 30 auxiliares, para dizque auxiliar a 12 casillas, que son con las que cuenta el poblado. Imagínense ustedes la cantidad de auxiliares, que ya eran más que los propios funcionarios.
Estos hampones electorales que inclusive no se identifican ante ningún funcionario de casillas, ni a la prensa misma, el pueblo ya los definió como lo que ellos son, unos auténticos delincuentes electorales. Y para prueba de esto que estoy diciendo, uno de ellos trató de robarse en una casilla las ánforas, pero afortunadamente fue atrapado por los ciudadanos de esta comisaría, que precisamente, éste es un hecho muy notable, en esa misma comisaría hace tres años, sí le robaron su voluntad expresada en las urnas.
Esta banda de hampones electorales es la misma que ha venido actuando en toda la República Mexicana: Baja California, Sinaloa, Tamaulipas, Puebla, etcétera, pues es fácil reconocer a esas personas ya que son completamente ajenas. Y para reconocerlas simple y sencillamente por el timbre de voz, que fueron reconocidas como gentes que no eran del estado de Yucatán y a los que los Chemax llamaron "gauchos" o "chilangos". Pero esto no es esencialmente lo que quiero tratar, es simplemente una demostración clara y contundente de que este tipo de acciones que vienen efectuando algunos sectores importantes del régimen, no quieren saber nada de la renovación moral, al seguir implementando estos grupúsculos de hampones electorales para todas acciones. Ahora nos encontramos con el llamado que se nos hace a todos los mexicanos a que "asumamos nuestras responsabilidades y corrijamos lo que está torcido", esto nos suena a escarnio.
El atraco electoral, llevado a cabo en esta ocasión, no respetó los mínimos cánones de sutileza, sino se fue a lo burdo, a lo gangsteril, como fue desde el robo de ánforas hasta la coacción y soborno en la propia casilla electoral, y para esto no parezca una afirmación partidista, pido, señor Presidente, que la Secretaría tenga a bien dar lectura a una nota periodística, que es un testimonio público.
El C. Presidente: - Proceda la Secretaría a dar lectura a la solicitud hecha por el ciudadano diputado.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - "Representantes del diario comprobaron algunas quejas panista en el sentido que en Canek, el PRI donaba pantalones y camisetas con logotipo, y vasos de cristal, a cambio de sufragios a su favor. Invitaba a la gente por medio de un aparato de sonido a votar por el aspirante a alcalde. Se averiguó que los objetos - gancho fueron transportados por dos vehículos, un volskwagen verde placas UST - 127 y un caribe amarrillo, y que el secretario de casilla del partido oficial exhorta a la gente por los micrófonos a sufragar por el PRI".
El C. Octavio Aguilar Camargo: - Muchas gracias, señorita secretaria.
Como se verá esto fue una nota por los representantes del diario, no son alusiones de nosotros, sino precisamente, lo que constataron los representantes de la prensa; como lo dice aquí claramente, que en Canek, el PRI donaba pantalones y camisetas con sus logotipos, y no conforme con eso incitaba a la gente a través micrófonos a sufragar por el PRI.
A pesar de todo esto el pueblo de Chemax, con alto sentido cívico y de dignidad, logró esquivar estoicamente todas las embestidas hamponescas implementadas por el gobernador Victor Cevera Pacheco. Tal vez todo sucedió porque hace remembranzas a sus tiempos de porro, y que por cierto allá, en el pueblo allá, en Yucatán, se dice que ya se convirtió en un dictador, porque ya no sólo es gobernador, ahora maneja la presidencia municipal a su antojo; es presidente del Fideicomiso Henequenero, presidente del Consejo Administrativo de Banrural, presidente del Consejo Administrativo de Cordomex, presidente del Consejo de Reordenación Económica del Estado, y el colmo de todo es que también ya se nombró jefe de bomberos, parques, jardines y panteones, etcétera.
Tal vez por esa prepotencia que da el cúmulo de cargos ahora trata de socabar a las instituciones electorales y sus funciones como sucedió en Chemax el domingo, dónde a toda costa ordenó al delgado de esa Comisión Electoral de llevarse los paquetes electorales de concejetales, de municipales, y no dejarlos en la Comisión Municipal Electoral que tiene las atribuciones de conservarlas para que el próximo domingo realicé el cómputo en esta cabecera municipal, como lo establece la propia Ley Electoral del estado. Todo este intento ante la inminente derrota del partido oficial, pues hacer el fraude en la computadora municipal completamente es imposible, por la presencia decidida del pueblo para lograr su propósito, de darse autoridades a su medida.
Pero ahí no terminó la cuestión. El delegado de la Comisión Estatal pidió auxilio a las fuerzas armadas y a la Policía Antimotines de Victor Cervera Pacheco, y acudieron en número de seis vehículos con miembros del Ejército y cuatro con patrullas de la Policía. No aun así logró el objetivo el hampón electoral, ahora con membrete de delegado de la Comisión Estatal Electoral, y por acuerdo de la propia Comisión Municipal Electoral y los representantes de los partidos políticos, el edificio quedo bajo resguardo de la Policía Preventiva de este municipio, ya que las dos anteriores, tanto militar como la Policía Antimotines no quisieron responsabilizarse del custodio de la voluntad popular.
Sin embargo, esto no quedó así, pues ayer lunes a las 3 de la tarde, cuando el pueblo, en su esencia campesinos, se encontraba en las milpas, miembros del Ejército y Policía Antimotines ordenaron al presidente de la Comisión Municipal Electoral abrir las puertas del edificio que ocupa esta Comisión, robando los paquetes electorales de munícipes y concejales. Y todo esto es muy grave para la reputación del Ejército, pues si bien se dice que es defensor de las instituciones, se debe saber que las instituciones están sustentadas en las leyes y deben ejercer sus funciones de acuerdo con éstas, y este acto de ninguna manera es una defensa a la institución que más bien es tratar de complacer el capricho prepotente del gobernador reelecto, que en estos momentos se encontraba en este municipio supuestamente de gira, según lo consigna la prensa local.
Ante este atraco al pueblo de Chemax, que está enardecido y decidido que se le haga justicia, y estos acontecimientos, son evidencia de que estamos viviendo épocas negras y no son resultado de causas incontrolables, son efectos de una política hipócrita y ruin de un grupo que desde el poder absoluto está realizando con toda eficacia la desgracia del país. Y se le ha robado a este noble pueblo de Chemax el bienestar que tiene derecho a su voto, todavía no logran arrebatarles precisamente su voto, ya que éste no es solamente una simple papeleta, sino es la decisión férrea de darse las autoridades a su gusto, a pesar de la decisión del gobernador reelecto a atropellarlo.
Hago una llamada y una advertencia desde esta tribuna a todos los que tienen el poder, que no lo usen en contra de un pueblo que puede llenarse de ira y realizar actos de violencia, que cubrirían de luto muchas familias. Yo creo que ya es suficiente con la tragedia que pasó en San Juanico. Muchas gracias.
El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. diputado Carlos Rubén Calderón.
El C. Carlos Rubén Calderón: - Señor Presidente; señoras y señores diputados: con todo respeto a mi compañero, el diputado Aguilar, quiero iniciar señalando que a pesar de que apenas hace dos días vivimos el proceso electoral de Yucatán y que no estamos ni en el tiempo, ni en el lugar adecuado, no quiero dejar pasar sin respuesta su intervención para que no nos atribuyan que "el que calla otorga". Poco informado está usted, señor diputado, en Chemax las elecciones se desarrollaron, y en todo el estado de Yucatán, en un clima de tranquilidad a pesar de la insistente labor irresponsable de agitación del Partido Acción Nacional desde la llegada de Víctor Cervera Pacheco al gobierno de Yucatán, extraordinario luchador social de Yucatán y de México; cuántos hubiesen querido que los yucatecos hubiésemos caído en su juego. Hoy, el diputado Aguilar, señores diputados, abre un preámbulo a lo que posiblemente venga con rabia y furia del compañero y paisano Cicero Mackinney a señalar más adelante. Para todos y cada uno tendremos respuesta oportuna y respetuosa.
Los que vivimos en Yucatán, los que hemos tenido oportunidad de participar en su historia, en su vida y en su desarrollo diario, creo que tenemos más autoridad moral para hablar de las cosas de Yucatán, que aquellos que de vez en cuando se asoman a visitarnos. Bienvenidas las veces que quieran llegar a Yucatán. (Aplausos.)
En Chemax, señores diputados, caso especifico que toca el diputado Aguilar, sí son 12 casillas las que ahí se instalaron. Efectivamente, en algunas de ellas obtuvo mayoría de votos Acción Nacional y se los reconoce el partido, pero no en todas, y el cómputo final que nuestros representantes dan a conocer con las copias de actas, como también los representantes de Acción Nacional tienen, nos dan posibilidad y autoridad para que en ese momento podamos señalar que el triunfo en esta ocasión correspondió al partido. Pero no nos adelantemos a los acontecimientos y esperemos el trabajo responsable de la Comisión Electoral que será el próximo domingo, día 2.
Lo que más le duele a los compañeros de Acción Nacional, es que Yucatán retoma su rumbo con un gran gobernante que coordina las acciones de los yucatecos, que es y pertenece a las filas del Partido Revolucionario Institucional.
Desde la llegada de Víctor Cervera Pacheco al gobierno de Yucatán, tembló Acción Nacional, porque se le acabó su juego, señores. Ha hecho labor de partido, ha trabajado con los candidatos que el Partido Revolucionario Institucional definió en su proceso interno, en una lucha muy del Partido Revolucionario Institucional, en la que participaron cientos de priístas, los necesarios en cada uno de los municipios. Víctor Cervera Pacheco, leal a su partido, trabajando hace política, pero política honesta, mal haría si trabajase a espaldas de su partido y a espaldas de su aliado, nuestro gran sistema político mexicano, que nos da la oportunidad de venir a este diálogo respetuoso a esta alta tribuna de la Nación.
Hoy, no corresponde en este momento discutir los votos de cada una de las casillas, depositados en cada una de las casillas; corresponde hoy, sí, intervenir para que no se cree la confusión.
Yucatán, basado en las copias de actas que valientemente reclamaron, como debe ser el papel responsable de todos los representantes de los partidos, y la información oportuna de los diversos reporteros, de los diversos medios de información que recorrieron los diversos puntos cardinales del estado y que dan posibles cifras de lo que no podemos considerar como real, nos dan la suficiente autoridad moral y política para decir que en los 106 municipios del estado de Yucatán y en todos los distritos electorales, el Partido Revolucionario Institucional
triunfó, triunfó consiente de una gran labor nacionalista que un extraordinario presidente en épocas difíciles está gobernando para bien de todos los mexicanos.
Yucatán no cayó en el fuego, repito, porque Acción Nacional, en forma irresponsable, quiso manejar errores, quiso manejar el tema de la crisis económica, quiso manejar enfrentamientos entre los propios pobladores, pero hizo un gran trabajo de equipo, un gran trabajo de todos los priístas del estado.
Señores diputados: estaremos en su oportunidad dispuestos a responder lo que aquí se quiera señalar que pueda empeñar o manchar un proceso limpio, un proceso limpio que se desarrolló con la participación mayoritaria de los yucatecos. Sí, no van a aceptar nunca los del Partido Acción Nacional, el ritmo impuesto de trabajo para bien de los yucatecos y de México de Víctor Cervera, como nunca aceptaron y nunca aceptarán ese gran gobierno revolucionario de Felipe Carrillo Puerto.
El C. Presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Raymundo León Ozuna.
El C. Raymundo León Ozuna: -Señor Presidente: ciudadanos diputados: la semana pasada nuestro diputado federal José Agusto García presentó una relación de los fraudes electorales de los que fue objeto nuestro partido en el estado de México. Ahí vimos concretos sobre hechos concretos sobre el fraude que cometió en contra de las planillas que presentó nuestro partido, el Demócrata Mexicano. Con ello dejamos en claro ante esta Asamblea de que no fueron tan transparentes y tan nítidas las elecciones en el estado de México, como estamos seguros, también no lo fueron en el estado de Yucatán.
Se manejaba aquí el argumento de que los señores de Acción Nacional muy respetablemente, manejan siempre los mismos argumentos. Hay que recordar que el fraude electoral maneja igualmente los mismos argumentos, las mismas mañas, los mismos trucos para seguir conculando la voluntad popular de elegir libremente a sus candidatos, a sus autoridades. Y en el caso de Yucatán no creemos nosotros, como lo dicen los periódicos esta mañana y el día de ayer, que nuevamente se alza el partido del sistema político mexicano, el PRI, de todas: no es posible que ante la crisis económica y financiera y de confianza más grave que ha padecido nuestro país, y en este caso como responsable principal los que detentan el poder, no es posible que se siga manejando el argumento de todas, todas; creíamos nosotros que desde el momento en que se inició la reforma política habíamos abandonado ese sistema cavernícola de todas todas, no es posible sostener un sistema democrático con tal principio y con tales bases.
Y hablando de Yucatán, cuando estuvimos en Mérida, y platicamos con nuestros compañeros demócratas, nos decían que hiciéramos la pregunta a la Gran Comisión de la Cámara de Diputados de que se resolviera el problema del Primer Distrito Electoral de Yucatán con cabecera en la capital, en Mérida; Víctor Cervera Pacheco, si no mal recuerdo, se inicia como gobernador interino en febrero a marzo de este año, presenta a los seis meses la renuncia ante esta Cámara de Diputados; se pide en esa misma renuncia inmediatamente se conmine a que se llame al suplente, que es Hervé Rodríguez Abraham, que coincidentemente es el candidato del Partido Revolucionario, el oficial, a la presidencia municipal de Mérida; y en estos momentos no se nos ha informado, después de haber pasado dos meses en que se pidió que cumpliera con el mandato constitucional y se presentara a esta Cámara de Diputados para tomarle la protesta constitucional. Hasta este momento no se nos ha informado nada al respecto. Y nosotros creemos que no se puede seguir manejando la voluntad popular de una manera tan insulsa de una forma en que no se respeta la dignidad y la voluntad de los ciudadanos que viven en el Primer Distrito Electoral de Mérida.
Nosotros creemos que la Gran Comisión debe resolver de inmediato, y yo quisiera hacer una proposición en estos momentos, de que de manera urgente debe de dársenos una respuesta. Si el diputado suplente federal en este caso ya debe ser diputado propietario, no va a cumplir con sus representados en el Primer Distrito de Mérida, Yucatán, que renuncie para que inmediatamente se convoque a las elecciones extraordinarias en ese distrito de Mérida y no se quede esa ciudadanía sin representante popular. Nosotros creemos que este tipo de situaciones no deben de presentarse como botín o aventurismo político, como sucedió en el caso de Víctor Cervera Pacheco y su suplente.
Nosotros creemos que el pueblo de Mérida necesita el respeto de nosotros, por lo que pedimos a nombre de la fracción parlamentaria del Demócrata Mexicano, que la Gran Comisión trabaje inmediatamente sobre el caso del Primer Distrito Electoral en Mérida. Gracias.
El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Octavio Aguilar Camargo.
El C. Octavio Aguilar Camargo: - Agradezco la caballerosidad del diputado Calderón Cecilio, con que me respondió, y definitivamente no comparto los argumentos que el trató aquí. Dice que hubo unas elecciones limpias, que fue una jornada muy hermosa y todo eso, pero se me hace a mí que no se han puesto de acuerdo con sus dirigentes estatales, pues inclusive ellos están reconociendo que no fue limpia, porque dice que el Padrón Electoral no estaba como debiera estar, inclusive reconoce a la vez también que afectó a todos, y yo no creo que al partido oficial lo haya afectado, pues es el que tiene la posibilidad de emitir boletas y de hacer
acuerdos, como los acuerdos que tomó, inclusive acuerdos arbitrarios, que los mismos delegados de la Comisión Estatal Electoral en cada municipio tomaba como el hecho de que votaran con cualquier simple identificación, sin estar en el padrón, porque en la Comisión sí se tomó un acuerdo, que votaran sin tener credencial, pero que estuvieran en el padrón, y todos esos actos están aquí bien constatados.
También hay fotografías muy claras donde se dice que no es la elección como nos la planteó el diputado Calderón. Aquí vemos votando a una persona enfrente a los de la mesa directiva sin ejercer lo que precisamente el precepto constitucional dice que el voto debe ser libre y secreto, y aquí está el voto coaccionado.
Tampoco me contestó y refutó lo que consignaron los periodistas cuando fueron a Canek, donde estaba el propio secretario de la casilla incitando a votar, por micrófono, por el PRI, y regalando pantalones y camisetas. También dice "nosotros tenemos las actas", a pesar de la renuncia a ser aceptados nuestros representantes, obtuvimos las actas. ¿Por qué las obtuvimos? Porque el pueblo estaba parado ahí, frente a la casilla y se exigió, sin dejar salir inclusive a los propios funcionarios de casilla, que si no entregaban actas, aun sin estar el representante, no salían, porque él, como líder campesino, debe de conocer muy bien a sus gentes, las cuales yo admiro por ese estoicismo y esa firmeza con que defienden su dignidad.
También en el mismo plan caballeroso que él hace mención, pues también me gustaría saber si él tiene las actas, vamos comparándolas y haber si realmente es lo que está consiguiendo en las actas, no lo que va ha pasar, porque realmente sí se cometió un atraco y se violó la ley al trasladar a la Comisión Estatal Electoral las ánforas o los paquetes electorales de concejales o munícipes, porque es precisamente, y la ley lo está consignando, que en las cabeceras municipales ahí se hará el cómputo; y con ayuda, como lo dije anteriormente, con ayuda de fuerza armada y de grupos antimotines se los llevaron. Y también es muy coincidente, muy relevante que precisamente en el momento en que sucede este atraco, sabiendo que no está el pueblo ahí, porque si está el pueblo ahí yo tengo la plena seguridad de que no se llevan las actas, o se salpica de sangre ese municipio. Pero escogieron el momento, inclusive lograron, qué casualidad, que en ese momento mismo también estaba el gobernador precisamente en ese municipio, porque fue a hacer, precisamente él, a ordenar, a dirigir la operación, porque los achichincles que le mandaron de aquí del centro, los "gauchos", como les dicen allá, no le sirvieron para esto.
También dice que el gobernador hizo muy buena política y todo eso, probablemente sí la hizo, porque sigue con la añoranza de haber sido electo por el pueblo, porque ahí nos encontramos con propaganda que decía: "Un voto por el PRI es un voto por Cervera, un voto por De la Madrid y otro por el candidato a la presidencia municipal Rodríguez Abraham". Esa es la política de altura, de confundir al pueblo entre lo que es una autoridad y lo que es un partido político; entre lo que es el ejercicio del poder para satisfacer a los demás y la coacción para hacer que voten, si no, no les satisfacen sus necesidades.
Así pues, yo sigo insistiendo: realmente él no ha venido aquí ha refutarme lo más grave que yo he señalado. También tengo los nombres de los auxiliares, desgraciadamente profesores, un profesor de nombre Jesús Díaz Cabrera, que fue el que se robó en Chemax las ánforas y que las mismas gentes de ahí, los oriundos lo detuvieron y le fue como en feria y lo encerraron y fue entregado también a un comandante de nombre Ismael Sáenz Novel, en la patrulla 324. Tenemos los datos contundentes y la prensa también los manejó. Es lo que queremos, que nos refuten los hechos concretos. No venga a hacer un discurso de alabanza, y como lo dije, vamos, si realmente existe ese propósito, pues a ver las actas, yo tengo las actas de allá y vamos a ver si es cierto que corresponden, no con las actas que el próximo domingo van a sacar en la Comisión Estatal Electoral. Muchas gracias.
TRAGEDIA DE SAN JUAN IXHUATEPEC
El C, Presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Luis Torres Serranía
El C. Luis Torres Serranía: - Señor Presidente; y compañeros diputados: Es otro el tema que me trae a esta tribuna. Con la terriblemente trágica y dolorosa, creo que es necesario hablar de la desgracia de San Juan Ixhuatepec ocurrida el 19 de los corrientes, tragedia que enlutó a miles de hogares mexicanos y en la que hasta ahora y según los medios de información se han perdido un medio millar de vidas, de vidas humanas, la mayor parte y casi en su totalidad correspondiente a la clase más humilde. a los más desfavorecidos y marginados de la sociedad. Es por eso que habré de hacer algunas consideraciones sobre este trágico acontecimiento.
Antes de entrar en materia, quiero hacer un reconocimiento a la gran solidaridad del pueblo mexicano, a esa generosidad del alma que se manifiesta en toda ocasión en que desgracias como ésta o similares enlutan los hogares mexicanos. Generalmente a los más humildes, como señalé al principio, a los más desfavorecidos, a los más marginados. Es indiscutible la unión que estas tragedias suscitan en la mayoría de la ciudadanía, que por lo grave e impresionante de la misma tragedia conmueve hacia la caridad cristiana, hacia los más altos niveles de solidaridad y condolencia humanitarios.
Un reconocimiento a la solidaridad internacional y en particular a los países que han ofrecido su ayuda y a aquellos que ya la están haciendo llegar a México. Al Gobierno
español que en un acto de condolencia hacia el pueblo mexicano ordenó izar a media asta la bandera española en la península ibérica. En este caso concreto, y repito, en este caso concreto de la tragedia de San Juan Ixhuatepec, un reconocimiento al Ejército Mexicano y a las autoridades federales, estatales, municipales, educativas y eclesiásticas, que de inmediato acudieron en auxilio de los damnificados, movilizando todos los recursos disponibles, abriendo edificios públicos, hospitales, escuelas e iglesias para albergar a los heridos, a los niños desamparados y, en general a todos los damnificados.
Reconocimiento también a los comités que se organizaron para la búsqueda de los desaparecidos y que espero hayan logrado resultados positivos. Espero que hayan aparecido muchas gentes de las que, los primeros días, aun no se sabía donde estaban.
Un reconocimiento a los heroicos cuerpos de Bomberos y de la Cruz Roja de Tlalnepantla, Ecatepec, el Distrito Federal y a los propios Bomberos de Petróleos Mexicanos, quienes con su valor y decisión intrépida de salvar vidas humanas, aun a costa de sus vidas , con un alto riesgo de sus vidas, lograron controlar, en lo posible, el siniestro, y evitaron, al enfriar con sus mangueras, que estallaran las dos ultimas esferas de gas. De no haberse logrado ese objetivo, se hubieran registrado dos explosiones más, que yo estoy seguro, no hubieran dejado con vida un solo bombero o un solo miembro de la Cruz Roja, de los que ya se encontraban asistiendo a los heridos, buscando a los muertos en el área.
Después de estos reconocimientos y muchísimos más que quedan por hacer, hagamos unas reflexiones sobre esta tragedia, para que al final de los peritajes se definan responsabilidades, se pueda prevenir, hasta donde sea posible, la repetición de estas desgracias y se canalicen debidamente los recursos de auxilio que aporta el pueblo de México, y los que nos llegan del extranjero.
Y no se repita el caso de que unos cuantos vívales se enriquezcan, aprovechando el dolor humano, como ya ha ocurrido en otras; recordemos las inundaciones de Tampico, de Reynosa, Valle Hermoso, Matamoros, y en general del noroeste de México, con motivo de los huracanes, el Hilda y el Viula, de 1955 y 1967, recordaremos los trenazos de Cazadero y de Sarabia, y los sismos de 1957 y de 1981 Respecto a este último sismo, en el estado de Guerrero aún siguen sufriendo las víctimas de Tlapa, de Huamustitlán, de Xochihuehuetlán y de otros muchos poblados pequeños de ese estado que sufrió lo más fuerte del sismo en 1981.
Los daños sufridos en los hogares aún no han sido reparados para muchos de ellos y algunos mal reconstruidos, pero que ahora están bajo las amenazas de embargo por la imposibilidad material, debido a su pobreza, de pagar las altas cuotas que pretende cobrar el Infonavit o el Instituto que le sustituye.
La planta de San Juan Ixhuatepec, refiriéndome ya concretamente, fue puesta en servicio el 2 de noviembre de 1964, contaba en el momento del siniestro con seis esferas, 48 salchichas, o sea tanques horizontales, dos quemadores de gas, necesarios para la seguridad de la planta, una trampa de diablos a donde llegan los ductos de gas que la alimentan, uno de Minatitlán, otro de Poza Rica y un tercero de Atzcapotzalco. De esta misma trampa sale el gasoducto que va a la refinería de Tula, que alimenta del energético necesario al estado de Hidalgo. Una segunda trampa de diablos a donde llegan y salen los poliductos, de diversos productos, ocho en total, que manejan producto entre las refinerías de Azcapotzalco, Tula y Salamanca y abastecen otras terminales como la de Puebla. Todos estos ductos, todos estos poliductos , quedaron intactos y me parece que en estos momentos ya están en servicio cuando menos el gasoducto que está alimentando la refinería de Tula.
Cuenta con llenaderas de gas para carros tanque y autotanques, que salieron semidestruidas, oficinas, taller de mantenimiento y dos tanques de agua que quedaron intactos. En los 20 años de operación de la Planta de Gas de San Juan Ixhuatepec se habían registrado dos accidentes, el primero hace unos siete u ocho años, cuando se apagó el quemador, lo que causó la muerte de una persona que prendió un cerrillo - ignoro si por accidente o tratando de reencenderlo - . Esto obligó a construir un segundo quemador, contando en la actualidad con el quemador número 1 original y el quemador número 2. Ambos quemadores quedaron intactos después del siniestro del día 19.
El segundo accidente, sin consecuencias y ajenos al manejo de gas, fue el incendio de madera de desperdicio en el patio de chatarra, a causa de una chispa de soldadura, en febrero o marzo de este año.
Al ponerse en operación la planta, las casas más cercanas, se encontraban a una distancia de 300 o 500 metros de los linderos Sur de la planta. Hacia el Norte, Oriente y Poniente no existía nada, actualmente hacia el Norte pasando la carretera y detrás de un cerro, se encuentra una colonia que afortunadamente tampoco sufrió daños.
Actualmente las casas por el lado sur llegan prácticamente a los linderos de la planta, una sola calle de 8 a 10 metros de ancho y vía por medio del ferrocarril está la cerca limítrofe de la planta de proceso de gas y de las demás compañías gaseras que se encuentren en el área.
Al Oriente de la planta de gas, colindando con Petróleos Mexicanos, se encuentra Unigas, y colindando con esta última Gasomático hacia el Poniente; pero un poco más alejada de Petróleos Mexicanos se encuentran las plantas de Bella Gas y Gas y Servicio. Al noroeste y como a dos kilómetros de distancia y al otro lado de la carretera Norte que pasa frente a la planta, se encuentra la nueva terminal Satélite norte de Petróleos Mexicanos, al parecer de combustibles y lubricantes, ignorando
yo a la fecha si ya está en servicio, está nueva, pero no sé si esté en servicio.
El de la voz, regresando de San Martín de las Pirámides, pasó muy cerca del lugar de los hechos a las dos horas del día 19 de noviembre, el día del accidente y por los resplandores de los quemadores, pudo constatar que la operación de la planta y de las gaseras ahí instaladas, era normal, que no había a las dos de la mañana ninguna anormalidad en la planta.
El domingo pasado 26 hice una visita al lugar del desastre y recorrí toda el área de Petróleos Mexicanos, de las instalaciones de Unigas y Gasomático, y de algunas de las casas destruidas hacia el Sur de las instalaciones. No quiero exponer mi juicio al respecto, mi juicio derivado de esta visita y de las observaciones que pude hacer, porque soy enemigo de que se juzgue con anticipación y se emitan juicios a la ligera, que más que positivos, resultan altamente negativos y pueden llevarnos a la destrucción de mexicanos con mexicanos.
Es por esto, que me voy a permitir presentar una proposición a esta honorable Asamblea, que nos permita llegar a conclusiones verdaderas y decisiones realistas en favor de la sociedad y en favor de México.
Antes de leer mi proposición, quisiera hacer un llamado muy especial a favor de los damnificados de la colonia El Arenal y posiblemente algunas otras, no las recorrí todas, pero creo que si debemos recorrérlas todas. Damnificados que se niegan a salir de su casa destruida o de su casa incendiada por el temor de perder su pedazo de tierra al salir fuera y cuando vengan ya haya paracaidistas o ya haya otra gente posesionada de ese pequeño pedazo de tierra en el que viven.
Señores diputados, para terminar voy a leer la proposición que presento a esta honorable Asamblea:
"Ciudadano Presidente de la honorable Cámara de Diputados de la LII Legislatura del honorable Congreso de la Unión: considerando la gravedad de los acontecimientos del 19 de los corrientes en la terminal de gas de San Juan Ixhuatepec, estado de México, en la que salieron dañadas las instalaciones de Petróleos Mexicanos y de las compañías gaseras Unigas y Gasomático, y fundamentalmente ante el crecido número de damnificados y vidas humanas que se perdieron por los efectos de las explosiones registradas en las instalaciones que se mencionan, hacemos la siguiente proposición:
"Primero. Que de inmediato se integre una comisión de diputados de las Comisiones de Energéticos, Asentamientos Humanos y Ecología, que se vigile y siga de cerca el desarrollo de las investigaciones que efectúan los peritos de la Procuraduría General de la República, sobre los orígenes del desastre.
"Debo señalar que mi visita significó que estaba prohibido tomar fotografías y no puede tomarlas, pero creo que una comisión de diputados podríamos obtener de la subdirección de Relaciones de Petróleos, permiso para sacar las fotos, incluso me lo señalaron.
"Segundo. Que una vez terminado este peritaje - el que realice la Procuraduría General - sea analizado por la comisión, que al efecto se solicita quede integrada, para exponerlo después al Pleno de esta Cámara de Diputados.
"Tercero. Que una vez analizado este dictamen por esta soberanía, que se deslinden responsabilidades para los efectos conducentes a que haya lugar.
"Cuarto. Que esta comisión vigile se canalicen debidamente los auxilios que mediante la solidaridad del pueblo mexicano y aún de otros países, están llegando en favor de los damnificados, a efecto de evitar los abusos y actos de pillaje que por desgracia aparecen en estos casos.
Los medios de comunicación ya nos han informado de la aparición de actos de pillaje en San Juan Ixhuatepec.
"Quinto. Y una vez analizado el peritaje que rinda la Procuraduría General de la República y de acuerdo con los resultados del mismo, se tomen las decisiones necesarias para que no vuelva ha ocurrir una desgracia similar con alto costo de vidas, de acuerdo a dos alternativas:
a) Retirar del área las instalaciones de distribución de gas, o b) reubicar debidamente y con la construcción previa de casas - habitación de interés social a los sobrevivientes de la tragedia, cuyas casas en la actualidad materialmente están en los linderos de estas instalaciones de distribución de gas.
Cuando se instaló esa planta, yo tuve oportunidad de conocerla en sus principios, realmente había poca población, pero actualmente los resultados nos lo hacen ver, es una densidad de población extremadamente alta la que se registra en las presas de Caracoles, de La Presa, de La Laguna, de La Carbonera de San Juan de Ixhuatepec, de la Arenal. De todo lo que rodea a esas instalaciones que, por otro lado, reconozco sería costosísimo cambiar.
Es de señalar que los oleoductos y los gasoductos, y por eso supongo esto, no se dañaron. Entonces sí puede haber alguna investigación al respecto.
Por la diputación del Partido Acción Nacional, Luis Torres Serranía, diputado
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a 27 de noviembre de 1984".
Hago entrega de mi proposición a la Secretaría y pido a la Presidencia se consulte si es aceptada esta proposición.
El C. Presidente: - Túrnese la proposición a las comisiones de Energéticos, Asentamientos Humanos y Obras Públicas, Ecología, Salubridad y Asistencia y Seguridad Social, a efecto de integrar la Comisión que propone el ciudadano diputado Torres Serranía.
El C. Luis Torres Serranía: - Muchas gracias, señor Presidente. Muchas gracias, compañeros diputados. (Aplausos.)
HOMENAJE A AQUILES SERDÁN
El C. Presidente: - Tiene la palabra la ciudadana diputada Rosa Martha Muñuzuri y Arana de Garibo.
La C. Rosa Martha Muñuzuri y Arana de Garibo: - Con su venia señor presidente; honorable Asamblea: conmemorando el CVII aniversario del natalicio de Aquiles Serdán, voy a dirigir a ustedes unas palabras.
Se han dado cuenta, compañeros, de que en determinados casos las palabras pierden todo su valor, resultando para el corazón y el espíritu pobres y sobre todo insuficientes para interpretar lo que ambos quisieran expresar acorde con la intensidad de los sentimientos. Tal acontece a los que retrotraen épocas, personajes y héroes quedando anonadados por un pasado de titanes. Dándonos cuenta del presente de piqueos en que vivimos. No compañeros, no es derrotismo, es sencillamente una honrada evasión a la demagogia, al discurso producto del cerebro y de un habilísmo juego de palabras que no son más que eso, palabras.
Podría un Altamirano o un Castelar subir a esta tribuna y ni toda su elocuencia ni toda la galanura de su verbo, alcanzarían para rendir homenaje a un hombre como Aquiles Serdán. El más inmediato y heroico precursor de nuestra Revolución y en cuyo honor voy a abandonar los adjetivos para hacer una somera glosa de su vida y trayectoria.
Aquiles Serdán nació en Puebla, el 2 de noviembre de 1877, con un cerebro privilegiado y una sensibilidad que supo captar la sorda tragedia que estaba viviendo el pueblo bajo la dictadura, Todos ustedes conocen perfectamente no de ahora, sino de hace mucho tiempo, el desenvolvimiento revolucionario de Aquiles Serdán, quien a sabiendas de que él , su hermana Carmen y el grupo de amigos que lo secundaban podrían morir, no titubeó, en enfrentarse a los gendarmes de Díaz y dar una larga y dura batalla a más de trescientos soldados de don Porfirio.
Podría, si la intención fuera, devorar tiempo acicalar con tintes románticos alardes de epopeya, la trayectoria de Serdán. Pero repito, las palabras son eso: nada más palabras. Y no me satisfacen porque considero, compañeros que con nosotros está desarrollándose el fenómeno que implica la frecuente aserción: está amaneciendo. Modificada invariablemente por el paréntesis que abre en un: es ya muy tarde, o en un: ya es muy temprano. Está amaneciendo, y ninguno como el poeta se da cuenta del milagro del alba. Y lo mismo acontece o al menos ha acontecidó conmigo, cuando me dije en una de estas raras objetivaciones a las que nos encaramos nosotros mismos.
"¡Oh!, sin discutirlo somos mexicanos; pero, ¿no hemos dado cuenta de lo que nuestra nacionalidad implica? ¿Estamos seguros de haber cumplido estrictamente con el deber que nuestra nacionalidad encara?" Y comencemos no a juzgarnos por no evaluar nuestras acciones, no a enorgullecernos de nuestros logros, y con ello rendir tributo a nuestra mexicanidad, sino a evocar a todos los héroes próceres, no sólo los forjadores de nuestra Independencia o de nuestra Revolución.
Y en este examen, dijéramos de conciencia, démonos cuenta que aún falta muchísimo para merecer el honor de decirnos mexicanos, que habiendo perseguido lo inmediato, lo tangible, hemos olvidado la fuerza motriz de todas las epopeyas: el ideal. Ese ideal que sabe sonreír a la muerte, desafiándola en defensa de la patria, ese ideal inherente, ineludible a la patria, porque representa la perfección suprema.
Y he ahí precisamente el centro de esta alocución: ¿qué tanto de ideal hay en nuestro concepto de la patria? ¿Que tanto de ideal hay en nuestros propósitos, o qué tanto de la sangre de los hombres que todos elogiamos hay en nuestra sangre y en nuestro espíritu? Es necesario reconocerlo honradamente, amigos míos, año tras año hemos hartado de ditirambos o de elogios sinceros a esos mártires, pero, ¿cuántos de nosotros hemos tratado de rendirles homenaje emulando su ejemplo, de anteponer a nuestros propios intereses y a los intereses de otros los intereses efectivos de la patria?
Así como en el Senado repercutirá por los siglos venideros la voz de Belisario Domínguez, conminando: "Vuestro deber es ineludible señores, la patria espera que sabréis cumplirlo", así mismo en los ámbitos de este recinto, segundo a segundo, repercuten las palabras de Venustiano Carranza: "Debemos construir el gobierno de la República, respetando escrupulosamente esa honda tendencia a la libertad, a la igualdad y a la seguridad de los derechos que siente el pueblo mexicano. La dictadura jamás producirá el orden, como las tinieblas no pueden producir la luz.
No voy, compañeros, a analizar cuáles han sido los logros obtenidos hasta la fecha por una lucha que reclamó la muerte de muchos patriotas. No voy ni a alabar lo que se ha hecho, ni a criticar lo que no se ha hecho o lo mucho que falta por hacer. Todos nosotros lo sabemos a la perfección. Pero sí quiero, en nombre de esta certeza, pedirles que volvamos por los fueros de una legítima mexicanidad, anteponiendo a todos los intereses propios o ajenos, la sentencia que nos heredara don Vicente Guerrero: "La patria es primero". Gracias.
La C. prosecretaria Angélica Paulín Posada: - Señor Presidente , se han agotado los asuntos en cartera. Se van a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA
El C. secretario Arturo Contreras Cuevas:
"Tercer Periodo Ordinario de Sesiones"
'LII' Legislatura'.
Orden del día.
29 de noviembre de 1984.
Lectura del acta de la sesión anterior.
El Congreso del estado de Veracruz invita a la sesión solemne en la que el C. licenciado Agustín Acosta Lagunes, gobernador constitucional del estado, rendirá su cuarto informe de gobierno y tendrá lugar el próximo 30 de noviembre.
El Congreso del estado de Chiapas invita a la sesión solemne en la que el general Absalón Castellanos Domínguez, gobernador constitucional del estado, rendirá su segundo informe de gobierno, y tendrá lugar el próximo 1o. de diciembre.
El Departamento del Distrito Federal invita al acto cívico que con motivo del XI aniversario de la muerte del ex presidente Adolfo Ruiz Cortinez, tendrá lugar el 3 de diciembre.
Comunicación al Congreso del estado de Aguascalientes.
Elección de Mesa Directiva
Designaciones de comisiones de cortesía, para la sesión solemne en la que se impondrá la Medalla Eduardo Neri.
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, que reforma la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito Federal y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto, que adiciona un segundo párrafo al artículo 4o. de la Ley que Aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución."
El C. Presidente (a las 17:35): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves, 29 de noviembre, a las 10:00 horas.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES