Legislatura LIII - Año I - Período Comisión Permanente - Fecha 19860408 - Número de Diario 17

(L53A1PcpN017F19860408.xml)Núm. Diario:17

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I. México, D. F., martes 8 de abril de 1986 NÚM. 17

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Sin discusión se aprueba.

INVITACIONES

Al LXVII aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata, el 10 del actual en esta ciudad. Se designa comisión.

Al quinto informe de gobierno del C. arquitecto Guillermo Rosell de la Lama, gobernador de Hidalgo, el día 12 del presente. Se designa comisión.

COMUNICACIÓN

Del Congreso de Aguascalientes, relativa a sus funciones legislativas. De enterado.

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIONES

Dos solicitudes de permiso para los CC. Jean de Marcé e Ivonne Loyola Escobedo, puedan aceptar y usar las que les otorgan gobiernos extranjeros. Se turnan a comisión.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

MAGISTRADO AL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

Punto de acuerdo que ratifica el nombramiento expedido en favor del C. licenciado José Luis Caballero Cárdenas. Se aprueba. Comuníquese. El nuevo magistrado rinde la protesta de ley.

MINISTRO A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

Punto de acuerdo que aprueba en nombramiento expedido en favor del C. licenciado Juan Díaz Romero. Se aprueba. Comuníquese. El nuevo ministro rinde la protesta de rigor.

EMBAJADOR DE MÉXICO EN ITALIA

Punto de acuerdo que ratifica el nombramiento expedido en favor del C. doctor Octavio Rivero Serrano. Se aprueba. Comuníquese. El nuevo embajador rinde la protesta de ley.

CASO DE MÉXICO, SEGÚN SENADOR NORTEAMERICANO

La C. senadora Silvia Hernández de Galindo se refiere a las actitudes tomadas por el senador Jesse Helms, que considera atentatorias para la dignidad de México. A su vez, el C. diputado Martín Tavira Urióstegui apoya lo expresado por la senadora Silvia Hernández.

HOMENAJE AL GENERAL EMILIANO ZAPATA

Rendido por los CC. diputados Heberto Castillo Martínez y Marco Antonio Espinoza Pablos, en ocasión al LXVII aniversario de su muerte. Hacen comentarios sobre el particular los CC. diputados Heberto Castillo Martínez, Jesús González Schmal, Jorge Alcocer Villanueva, Martín Tavira Urióstegui, Jesús González Schmal, Graco Ramírez Garrido Abreu, Heberto Castillo Martínez, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, diputado Heberto Castillo Martínez, diputado Jesús González Schmal y senador Celso Humberto Delgado Ramírez.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES

Proyecto de decreto que acuerda efectuar dichas sesiones a partir del 14 del actual, para tratar las siguientes iniciativas del Ejecutivo de la Unión: Reformas a las leyes: Entidades Paraestatales; Administración Pública Federal Seguro Social; Miscelánea; Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal; Vías Generales de Comunicación, y las que se encuentran en trámite en ambas Cámaras, relativas a la tortura; sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de inmuebles para el Distrito Federal; Monetaria; Forestal; Amparo; los acuerdos sobre protesta de ley de CC. diputados y el relativo a la creación de la Comisión de Derechos Humanos. Se da lectura a voto particular del C. diputado Jesús González Schmal. Se dispensa la segunda lectura al dictamen.... A discusión en lo general. Intervienen en contra el C. diputado Jesús González Schmal, por la Comisión el C. diputado Santiago Oñate Laborde; en pro el C. diputado Martín Tavira Urióstegui. Se aprueba con los artículos no impugnados.

A discusión en lo particular. A debate el artículo 2o. Intervienen los CC. diputados, para una adición, Jorge Alcocer Villanueva; por la Comisión, Santiago Oñate Laborde; en contra, Jesús González Schmal; en pro, Fernando Ortiz Arana y para hechos, el C. Jesús González Schmal. Se desecha la propuesta. Se aprueba el artículo. Pasa al Ejecutivo. Se turnan las iniciativas presidenciales.

DENUNCIA DEL SINDICATO DE COSTURERAS "19 DE SEPTIEMBRE"

A la que da lectura el C. diputado Heberto Castillo Martínez en contra de su líder sindical. Propone se investiguen los hechos. Se turna a la Cámara de Diputados.

ASESINATO DE UN MIEMBRO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO DE LOS TRABAJADORES, EN DURANGO

Que denuncia el C. diputado Jorge Alcocer Villanueva, quien fuera candidato a diputado local. El C. senador Gonzalo Salas Rodríguez hace aclaraciones en torno al asunto. Se admite. Se turna a la Cámara de Diputados.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CONDECORACIONES

Dos proyectos de decreto que permiten a las CC. Ana Nicole Vaisse y Raquel Arroyo de Ramos, aceptar y usar las que les otorga el Gobierno de Francia.

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO ELISEO MENDOZA BERRUETO

(Asistencia de 25 ciudadanos legisladores.)

APERTURA

El C. presidente (a las 11:20 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña:

«Comisión Permanente

Primer Receso de la LIII Legislatura

Orden del Día

8 de abril de 1986.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del LXVII aniversario de la muerte del general Emiliano Zapata, se llevará a cabo el próximo 10 de abril.

El Congreso del estado de Hidalgo, invita a la sesión solemne en la que el C. arquitecto Guillermo Rossell de la Lama, gobernador constitucional del estado, rendirá su quinto informe de gobierno, la que tendrá lugar el 12 de abril.

Comunicación del Congreso del estado de Aguascalientes.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Dos por lo que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Jean de Marcé e

Ivonne Loyola Escobedo, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Dictámenes a discusión

De la Primera Comisión con punto de acuerdo relativo al nombramiento del C. licenciado José Luis Caballero Cárdenas como magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

De la Segunda Comisión con punto de acuerdo relativo del nombramiento del C. licenciado Juan Díaz Romero como Ministro de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De la segunda Comisión con punto de acuerdo relativo al nombramiento del C. doctor Octavio Rivero Serrano como embajador extraordinario y plenipotenciario de México, ante el Gobierno de la República de Italia.

Dictámenes de primera lectura

De la Primera Comisión con proyecto de decreto para que se convoque a un período extraordinario de sesiones.

Dos de la Tercera Comisión con proyectos de decreto permiso a las CC. Ana Nicole Vaissen y Raquel Arroyo de Ramos, para aceptar y usar las condecoraciones, que les confiere el Gobierno de Francia.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El mismo C. secretario:

«Acta de la sesión de la Comisión Permanente de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día siete de abril de mil novecientos ochenta y seis

Presidencia del C. Eliseo Mendoza Berrueto

En la ciudad de México, a las nueve horas y veinte minutos del lunes siete de abril de mil novecientos ochenta y seis, la presidencia declara abierta la sesión una vez que la secretaría manifiesta una asistencia de veinte ciudadanos legisladores.

Lectura del acta de la sesión anterior verificada el día primero de los corrientes, la que sin discusión se aprueba.

La secretaría, por instrucciones de la presidencia, da lectura a los siguientes puntos de acuerdo aprobados en la sesión del 24 de marzo próximo pasado:

"Primero. Se autoriza que en el recinto oficial del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, se lleve a cabo el próximo siete de abril, la ceremonia de inauguración correspondiente a la LXXV Conferencia de la Unión Interparlamentaria que habrá de presidir el titular del Poder Ejecutivo Federal, conjuntamente con representantes de los poderes Legislativo y Judicial de la Federación.

Segundo. Se proceda a extender invitaciones a los miembros del cuerpo diplomático, grupos parlamentarios, visitantes, organismos internacionales acreditados en nuestro país, así como a secretarios y demás servidores públicos, todo por conducto del Grupo Nacional Mexicano.

Tercero. Se cite a sesión a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión para el día siete de abril próximo, a partir de las nueve horas, con el único objeto de instalar debidamente el recinto del H. Congreso de la Unión, designar comisiones de cortesía, que el C. presidente de esta H. Comisión Permanente dirija un mensaje de salutación a las delegaciones asistentes, previo al inicio del programa inaugural oficial de la LXXV Conferencia de la Unión Interparlamentaria y asistir a dicha ceremonia inaugural."

La presidencia designa las siguientes comisiones de cortesía para recibir a los distinguidos invitados, introducirlos al recinto y acompañarlos cuando deseen retirarse:

Al C. licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; al C. senador Antonio Riva Palacio López, presidente de la Gran Comisión de la H. Cámara de Senadores; al señor Hans Stercken, presidente del Consejo de la Unión Interparlamentaria y al señor Pío Carlo Terenzio, secretario general de la Unión Interparlamentaria, a los ciudadanos legisladores, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, diputado Juan Moisés Calleja García, diputado Martín Tavira Urióstegui, senadora Silvia Hernández de Galindo, diputado Fernando Ortíz Arana y diputado Jesús González Schmal, al C. licenciado Jorge Iñárritu, presidente de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los ciudadanos diputado Santiago Oñate Laborde y senador Américo Villareal Guerra. Al señor Hugo Navajas Mogro, representante del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas, a los ciudadanos senador Armando Trasviña Taylor y diputado José Angel Pescador Osuna.

Se declara un receso en espera del señor Presidente de la República.

A las nueve horas y cincuenta minutos se reanuda la sesión.

Momentos después hace su entrada el C. licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, Presidente

Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a quien se le rinden los honores a su alta investidura.

La presidencia expresa que, el Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a través de su Comisión Permanente, saluda y ofrece la más cordial bienvenida a los compañeros que asisten a esta Septuagésima Quinta Reunión de la Unión Interparlamentaria Mundial.

Manifiesta que México es sede de esta reunión, en reconocimiento a la sólida estructura democrática de su sistema y al pluralismo ideológico que representa el Congreso de la Unión. Señala la importancia de esta reunión y termina con lo siguiente:

"Sean bienvenidos a este México de proverbial hospitalidad que lucha como ustedes, por la paz entre las naciones y la búsqueda de un proceso activo de cooperación internacional en beneficio de todos."

A las diez horas y diez minutos se levanta la sesión de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, para dar lugar a la ceremonia de inauguración de la Septuagésima Quinta Conferencia de la Unión Interparlamentaria Mundial. Se cita a sesión de comisión Permanente, para mañana martes ocho de los corrientes, a las once horas.»

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor presidente.

INVITACIONES

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo. - México, D. F. - Departamento del Distrito Federal.

México, D. F., a 1o. de abril de 1986.

C. diputado licenciado Eliseo Mendoza Berrueto, presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Palacio Legislativo. Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta Dirección General, atentamente invita a usted a la ceremonia cívica conmemorativa del LXVII Aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata, que tendrá lugar el próximo jueves 10 del actual, a las 10:30 horas, en el monumento erigido a su memoria, ubicado en la glorieta del Huipulco, Calzada de Tlalpan, de esta capital.

Al propio tiempo, me permito solicitarle tenga a bien dictar sus respetables indicaciones, con objeto de que una comisión, asista al acto de referencia, con la representación de esta Comisión Permanente que usted preside.

Reitero a usted, con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Director General, contador público, Jorge Eduardo Contreras A.»

El C. presidente: - Para asistir en representación de esta honorable Comisión Permanente, se designa a los siguientes legisladores: diputado Santiago Oñate Laborde, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga y diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

«C. Presidente de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, D. F.

Próximo doce de abril a las 11:00 horas en la honorable Cámara de Diputados, ante la Quincuagésima Segunda Legislatura Estado coma habré de rendir V informe de labores punto Tal virtud coma formulo cordial invitación para que me acompañe a tan relevante acto punto salúdolo afectuosamente punto El gobernador constitucional del estado arquitecto Guillermo Rosell.»

El C. presidente: - Para asistir en representación de esta honorable Comisión Permanente, se designa a los siguientes ciudadanos legisladores: senador Américo Villareal Guerra y diputado Martín Tavira Urióstegui.

COMUNICACIÓN

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

«C. Presidente de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, D. F.

La Quincuagésima Segunda Legislatura del Congreso del estado de Aguascalientes informa a usted la clausura de su tercer período ordinario de sesiones al tercer año de su ejercicio constitucional el próximo día 15 del presente mes solicitamos la presencia de la representación federal en el Senado a este acto.

Atentamente.

Quincuagésima Segunda Legislatura Aguascalientes.

Ingeniero Ignacio Ruelas Olvera.»

Trámite: De enterado.

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIONES

El mismo C. secretario:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Presente.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a esta Dependencia del Ejecutivo, con fecha 20 del actual:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Jean de Marcé, puede aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de Francia".

Al comunicar a ustedes lo anterior, les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 31 de marzo de 1986.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D.»

Trámite: Recibo y túrnese a la Tercera Comisión.

El mismo C. secretario:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Presente.

Con fecha 18 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores, manifiesta a esta de Gobernación lo siguiente:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que la C. Ministro Ivonne Loyola Escobedo, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito Civil, en el grado de Encomienda de Número, que le confiere el Gobierno de España".

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección

México, D. F., a 31 de marzo de 1986.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D.»

Trámite: Recibo y túrnese a la Tercera Comisión.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

MAGISTRADO AL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña:

«Primera Comisión

Honorable asamblea:

A la comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente formado con motivo del nombramiento que el C. Presidente de la República hizo en favor del C. licenciado José Luis Caballero Cárdenas como magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, en sustitución del C. licenciado Gabriel Oscar Valdéz Flores, quien solicitó licencia para separarse de su cargo.

De sus datos biográficos se desprende que nació en San Miguel de Allende, Guanajuato, el 22 de enero de 1931, y que obtuvo el título de licenciado en derecho en la facultad de Jurisprudencia de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Profesionalmente ha desempeñado los siguientes cargos: De 1962 a junio de 1982, secretario de estudio y cuenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito de Amparo, en el Poder Judicial Federal; jefe del Departamento Jurídico de la Asociación Nacional de Actores; presidente de la Asociación Nacional de Actores; presidente de la Asociación Nacional de Intérpretes; jefe del Departamento de Servicio Internacional de la Sociedad de Autores y Compositores de Música y asesor jurídico del Director General en Materia de Derechos de Autor.

Formó parte de la LII Legislatura del H. Congreso de la Unión y miembro de las Comisiones de Justicia, Turismo, Radio, Televisión y Cinematografía y como secretario técnico de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Puede ser considerado especialista en Derecho Constitucional, Teoría General del Estado, Derecho de Amparo, Derecho Laboral, Derecho Penal y

Derecho Civil, principalmente. Se le tiene por experto en Derecho Autoral, carácter con el cual viajó varias veces por América, Europa, Medio Oriente y parte de África.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 3o. y en virtud de que se reúnen los requisitos que establece el artículo 4o. de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, para los efectos del artículo 8o. de la propia ley, la comisión que suscribe se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se ratifica el nombramiento expedido por el C. Presidente de la República, en favor del ciudadano licenciado José Luis Caballero Cárdenas, como magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, en sustitución del ciudadano licenciado Gabriel Oscar Valdéz Flores.

Sala de comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 8 de abril de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde; diputado Marco Antonio Espinoza Pablos; senador Gonzalo Salas Rodríguez; diputado Graco Ramírez Garrido Abreu; senador Celso Humberto Delgado Ramírez; senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga; diputado Jesús González Schmal; senador Armando Trasviña Taylor.»

Está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

El C. presidente: - Se encuentra a las puertas de este recinto el ciudadano licenciado José Luis Caballero Cárdenas, cuyo nombramiento como magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, acaba de ser aprobado por esta asamblea.

Se designa en comisión para que lo introduzcan a este salón, a fin de que rinda la protesta de ley, al ciudadano diputado Nicolás Reynés Berezaluce.

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Se ruega a los presentes ponerse de pie.

El C. presidente: - Ciudadano licenciado José Luis Caballero Cárdenas: "¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, que se os ha conferido y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"

El C. magistrado: - "Si, protesto."

El C. presidente: - "Si no lo hiciereis así, la Nación os los demande." (Aplausos.)

El C. presidente: - Se ruega al ciudadano magistrado, si desea permanecer en la sesión ocupe una curul, de lo contrario, la comisión antes designada lo acompañaría en el momento que desease abandonar este recinto.

Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

MINISTRO A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

EL C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña:

«Segunda Comisión

Honorable Asamblea:

En sesión celebrada el día 1o. de abril del año en curso, fue turnado a la comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente relativo al nombramiento expedido por el C. Presidente de la República, en favor del ciudadano licenciado Juan Díaz Romero, como ministro numerario de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sustitución de la C. licenciada María Cristina Salmorán de Tamayo.

De los documentos que integran el expediente se desprende:

El ciudadano licenciado Juan Díaz Romero nació el cinco de noviembre de 1931 en Putla, Oaxaca, en donde hizo sus estudios primarios. La instrucción secundaria la realizó en la ciudad de Oaxaca.

Cursó estudios en la escuela Nacional de Maestros, en el Distrito Federal. Ingresó a la Escuela Nacional Preparatoria y posteriormente a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. El 14 de noviembre de 1961 se recibió de licenciado en derecho, habiendo obtenido mención honorífica.

En el renglón de cargos desempeñados encontramos lo siguiente: Maestro de escuela primaria. Secretario proyectista del Juzgado Décimotercero de la Sexta Corte Penal de la ciudad de México; secretario de la segunda sala del Tribunal Fiscal de la Federación; secretario de estudio y cuenta de adscrito al pleno y a la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal;

juez cuarto del distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal en Materia Civil del Primer Circuito.

El ciudadano Presidente de la República se apoya, para otorgar el citado nombramiento, en las facultades que le concede el artículo 89, fracción XVIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por la anteriormente expuesto, la suscrita comisión, tomando en cuenta los antecedentes personales, profesionales y culturales del licenciado Juan Díaz Romero, considera justificada la designación que hizo el C. Presidente de la República en su favor y se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente.

PUNTO DE ACUERDO

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción V, del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprueba el nombramiento que el C. Presidente de la República expidió en favor del ciudadano licenciado Juan Díaz Romero, como ministro numerario de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 2 de abril de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte; senador Angel Aceves Saucedo; senador Fernando Mendoza Contreras; diputado Alfonso Reyes Medrano; diputado Roberto Calderón Tinoco; diputado Heberto Castillo Martínez; senador Filiberto Vigueras Lázaro.»

Está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

El C. presidente: - Se encuentra a las puertas de este recinto el C. licenciado Juan Díaz Romero, cuyo nombramiento como ministro de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que lo introduzcan a este salón, a fin de que rinda la protesta de ley, al C. diputado Juan Moisés Calleja.

El C. presidente: - Se ruega a los presentes ponerse de pie. "¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de ministro de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, que os ha conferido y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien prosperidad de la unión?."

El C. ministro: - "Si, protesto."

El C. presidente: - "Si no lo hiciereis así, la Nación os lo demande".

Se ruega al señor ministro, si desea permanecer en la sesión, ocupe una curul, de lo contrario, la comisión antes designada sírvase acompañarlo al abandonar este recinto.

EMBAJADOR DE MÉXICO EN ITALIA

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña:

«Segunda Comisión.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente relativo al nombramiento del ciudadano doctor Octavio Rivero Serrano, como embajador extraordinario y plenipotenciario de México, ante el gobierno de la República Italiana, que el Ejecutivo de la Unión envió a esta Comisión Permanente, para los efectos de la fracción VII del artículo 79 constitucional.

Los integrantes de la comisión que suscribe después de estudiar con atención y detenimiento el expediente personal del doctor Rivero Serrano, subrayan lo siguiente:

Que nació el 15 de junio de 1929, y realizó sus estudios primarios, secundarios y de bachillerato en la ciudad e Puebla, Puebla. Que sus estudios profesionales los cursó en la Escuela Nacional de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México, donde presentó examen profesional de Médico Cirujano con la tesis titulada" Reconstrucción Experimental de la Tráquea", con la que obtuvo mención honorífica.

En su carrera profesional a desempeñado los siguientes cargos: cirujano adjunto al servicio de tórax del Hospital General de la Cruz Roja; neumólogo del Hospital de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; subdirector del Hospital "San Fernando", de los Ferrocarriles Nacionales de México, para enfermos pulmonares; y médico externo y adjunto de la unidad de neumología, director del departamento de cirugía experimental, jefe de servicio de la unidad de neumología, subdirector médico y jefe del departamento de educación médica, en el Hospital General de la Secretaría de Salud.

Ha realizado labores docentes: en la Escuela Superior de Medicina Rural, del Instituto Politécnico Nacional, como profesor de Clínica del Aparato Respiratorio; en el Hospital General de la Secretaría de Salud, como profesor de los cursos de: posgraduados para enfermera instrumentista; de

radiología del tórax; de adiestramiento en neumología; sobre cirugía pulmonar y de enseñanza básica de la residencia; en la Universidad Nacional Autónoma de México, como profesor titular de la cátedra de nosología del aparato respiratorio; de Clínica del Aparato Respiratorio; titular del curso de graduados en neumología; titular "C" de tiempo completo en la asignatura de técnicas quirúrgicas y director de la Facultad de Medicina.

Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, de enero de 1981 a enero de 1985. En el desempeño de tan honrosa responsabilidad, contribuyó activamente al desarrollo de las relaciones culturales de México con todos los países del mundo, asimismo, participó en numerosas reuniones internacionales relacionadas con temas universitarios, políticos y culturales.

El renglón de sociedades a las que pertenece, es tan extenso que solamente relacionamos las que presidio:

Sociedad Mexicana y XII Congreso Nacional de Neumología y Cirugía de Tórax; Sociedad Médica de la Clínica Londres; Academia Nacional de Medicina y Centro Internacional para la Medicina General Familiar.

Los numerosos trabajos que se le han publicado, están relacionados con casi todas las enfermedades que padece el ser humano.

Las conferencias que ha presentado han sido innumerables, y en diferentes escuelas, hospitales, facultades y academias en el Distrito Federal y en varios estados de la República Mexicana; ha pronunciado discursos en reuniones, inauguraciones, homenajes, etcétera, en España, Estados Unidos de Norteamérica y Venezuela. Ha recibido la condecoración "Orden de Mayo al Mérito" que le otorgó la República de Argentina, por sus aportaciones a la cultura.

En la plática que esta comisión tuvo con el doctor Rivero Serrano, nos percatamos de la capacidad que prueba su "curriculum" y de su fervoroso respeto hacia todo lo que es de nuestro México. Ahí los miembros de la Comisión expresaron, en forma unánime el criterio de que toda misión diplomática debe convertirse, en los momentos actuales en misión de paz, de cooperación y de solidaridad.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión considera justificada la designación que hizo el C. Presidente de la República y se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le concede la fracción VII del artículo 79 constitucional, ratifica el nombramiento de embajador extraordinario y plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, ante el gobierno de la República Italiana, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del ciudadano doctor Octavio Rivero Serrano.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 3 de abril de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte; diputado Alfonso Reyes Medrano; diputado Roberto Calderón Tinoco; diputado Heberto Castillo Martínez; senador Angel Aceves Saucedo; senador Fernando Mendoza Contreras; senador Filiberto Vigueras Lázaro.»

Está a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

El C. presidente: - Se encuentra a las puertas de este recinto el C. doctor Octavio Rivero Serrano, cuyo nombramiento como embajador extraordinario y plenipotenciario de los Estado Unidos Mexicanos, ante el gobierno de la República de Italia, acaba de ser aprobada por esta asamblea.

Para que lo introduzcan a este salón y lo acompañen a rendir la protesta de ley, se designa en comisión al ciudadano senador Norberto Mora Plancarte.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Se ruega a los presentes ponerse de pie.

El C. presidente: - Ciudadano doctor Octavio Rivero Serrano. "¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos ante el Gobierno de la República de Italia, que os ha conferido, y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?".

El C. doctor Octavio Rivero Serrano: - "Sí, protesto".

El C. presidente: - "Si no lo hicierais así, la Nación os lo demande". Se ruega a la comisión designada, acompañar al señor embajador, cuando desee retirarse.

CASO DE MÉXICO, SEGÚN SENADOR NORTEAMERICANO

El C. presidente: - Tiene la palabra la senadora Silvia Hernández.

La C. senadora Silvia Hernández de Galindo: - Compañeros: esta tribuna exige cuando se trata del derecho y del nombre de México, la máxima firmeza, el mayor equilibrio y ponderación y a la vez la claridad más contundente. El senador norteamericano Jesse Helms, republicano, representante de Carolina del Norte, ha olvidado que México es respetuoso con todos sus interlocutores internacionales. Pero que no admite elección alguna, menos aún de un hombre que representa la tradición ultraderechista de Estados Unidos y con ella la posición más arcaica y fuera de la historia, del congreso estadounidense.

El senador Jesse Helms, por intermedio del subcomité para el hemisferio occidental pretende convocar una serie de audiencias públicas para analizar el caso de México que según la proposición del senador, constituye una amenaza para la seguridad de los Estados Unidos. Es preciso que el senador Helms, portavoz de los trust del tabaco, sepa bien y con toda precisión, que consideramos su posición atentatoria contra la dignidad de México y como una prueba más de que la verdadera significación de los acontecimientos contemporáneos, no tienen en él ni un lector asiduo ni un observador objetivo.

La actitud responsable de la mayoría de los representantes ante el congreso estadounidense, de la prensa y de la ciudadanía de ese país, prueban que contrariamente a las creencias del senador de California del Norte, la guerra civil fue enterrada por Lincoln, que representó la libertad y un nuevo derecho de gentes. El senador seguramente no debe saberlo porque ha sido contrario, y ahí están sus intervenciones en el Congreso, a la revolución en pro de los derechos civiles de ese país. Difícilmente podríamos aceptar que con ese perfil ideológico, viniera a darnos consejos sobre los derechos civiles en México.

El senador Helms, acusó en su día a un presidente de su propio país, como apaciguador ante el comunismo internacional, porque inició en razón de intereses legítimos del mundo, la negociación con China y su integración en la diplomacia internacional. Con ese antecedente, nada de extraño tiene que Helms crea que México al defender la paz, la neutralidad y la seguridad para Centroamérica, nos eleve a categorías parecidas.

El senador Helms olvida que, si la posición de México puede diferir en algún momento de las posiciones de la Casa Blanca; no pretende ni quiere ser una confrontación con el pueblo ni con el Congreso de los Estados Unidos, país donde amplios segmentos de la vida política social y cultural coinciden con los presupuestos de paz, seguridad, integridad y neutralidad que defiende México. Al menos la división de opiniones en Estados Unidos nos conforta.

Parece indispensable decir, por si ello fuera poco, que la proposición para las audiencias públicas sobre México, que inevitablemente generarían tensiones y conflictos entre los dos países, y que ambos países deben evitar, es un pretexto de la extrema derecha del Congreso para exaltar de un lado actitudes y gestos encaminados a crear grupos de poder de cara a las futuras elecciones presidenciales en Estados Unidos, y del otro un proyecto de escándalo para disminuir el ascenso de los senadores republicanos moderadores que aspiran y quieren fortalecer para después de Reagan una política de negociación o de serenidad por todos los espacios en crisis.

Jamás aceptaremos sin protesta que se use el nombre de México como pretexto para saldar en el interior de las cúpulas derechistas de Estados Unidos, problemas que tienen que resolverse con el diálogo. El senador Helms, realiza por ese camino una intervención irrespetuosa que deteriora el ascenso hacia una relación madura e inteligente, entre México y Estados Unidos. El debe saber que existe un instrumento de análisis de la relación bilateral y para la relación bilateral de los dos países, y que ese instrumento está institucionalizado en la Reunión Anual Interparlamentaria México - Estados Unidos.

La reunión de este mismo año debe realizarse a fines de mayo; va a ser la reunión número veintiséis y en ella cabe de manera sincera, ordenada, el debate, la contradicción y la explicación; eligiendo el camino menos fecundo, menos amistoso, el senador Helms opta finalmente por la vía menos fructífera y menos positiva, porque ni en los Estados Unidos ni en México, una campaña de la extrema derecha tiene posibilidad de trascender y de configurar las ideas de las mayorías.

Confiamos en que la prensa estadounidense, en este caso, entienda la imperiosa necesidad de una negociación a escala y de las negociaciones regionales paralelas y no desestime la urgencia de denunciar posiciones y pasiones ideológicas como las del senador Jesse Helms que no sólo no ayudan a la madurez y al diálogo, sino que acentúan la tendencia hacia el terrorismo ideológico cuando más urgente, más indispensable y más trascendente debería ser la apelación para la concordia y el diálogo. De todas formas, y queremos que con ello no haya duda alguna, el intervencionismo que fomenta y auspicia, por vía de audiencias públicas manipuladas y tendenciosas, el deterioro en las relaciones de dos pueblos vecinos. Explicablemente tienen sobre qué disentir y en qué coincidir para vivir en términos razonables, en un acto no sólo contra México, sino contra los Estados Unidos.

Esa responsabilidad doble y cierta, compañeros, es de Jesse Helms. A él corresponderán por tanto las consecuencias. Muchas gracias.

El C. presidente: - Había pedido la palabra el diputado Heberto Castillo Martínez, le ruego me informe si es sobre el mismo tema, diputado.

Entonces permítame ofrecerla, sobre el mismo tema, al diputado Martín Tavira Urióstegui.

El C. diputado Martín Tavira Urióstegui: - Señor presidente; compañeros senadores, compañeros diputados: todos tenemos que apoyar las expresiones de nuestra compañera, la distinguida senadora Silvia Hernández.

Esta denuncia es muy oportuna; esta denuncia es oportuna porque la intervención de las diferentes fuerzas reaccionarias de los Estados Unidos se acentúa cada día.

No hay día que la prensa no traiga una noticia sobre qué están haciendo los políticos conservadores; qué están haciendo los tiburones de las finanzas; qué está haciendo el propio Presidente de los Estados Unidos en contra de nuestro pueblo, en contra de la nación.

Esas audiencias públicas, a que se ha referido la senadora, constituyen una grosera violación al principio de no intervención. Ningún organismo oficial de los Estados Unidos de ningún tipo, tiene derecho a examinar lo que pasa en México para recomendar medidas. México es un país respetable y respetado, que no sea doblegado frente a las diversas presiones de ese gobierno. Fundamentalmente, lo que ofende a la política norteamericana, es la limpia trayectoria internacionalista de México.

México no puede dejar sólo a un hermano de América Latina. México tiene que trabajar incansablemente para que los problemas del subcontinente se resuelvan por la vía de la negociación y obedeciendo el principio de autodeterminación.

Los Estados Unidos están viviendo un período nuevamente de macartismo, de grosero anticomunismo, del más primitivo, en donde se persigue a los hombres que simplemente luchan por la libertad y la independencia de los pueblos.

La extrema derecha de los Estados Unidos está maquinando fórmulas para intervenir en México. No cesa la campaña de prensa, acabamos de examinar lo que ha dicho el News Week; acusan a México de estar apoyando aquellas áreas que están en peligro de caer bajo el comunismo; de una manera descarada se habla de que la Unión Soviética y Cuba quieren establecer una plaza de armas en México, y que los Estados Unidos no van a permitir que nuestro país resbale y constituya un peligro. México no constituye un peligro para nadie, ha sido víctima.

Ahora mismo se conmemora la tragedia de la pérdida de Texas, una guerra injusta, pero allá se celebra como la victoria de los patriotas. ¿Cuáles patriotas? Si eran colonos aventureros, negreros que pidieron permiso para colonizar tierras y que no hubo el suficiente patriotismo de quienes concedieron tierra; y ellos tomando como pretexto lo que ocurría en nuestra vida interior, se levantaron en armas con la ayuda de los Estados Unidos. Quién desconoce que allá se armaban dizque luchadores, para venir a Texas con las armas en la mano, a combatir el gobierno de México.

México defendió su integridad territorial; ya recordamos en una sesión anterior el papel de Lincoln; Lincoln sí fue lúcido porque entendió el meollo del grave problema que estaba ocurriendo. Ahora conmemoran el robo que hicieron en nuestro país, primero de Texas y después de más de dos millones de kilómetros cuadrados.

México no es peligro para nadie ni lo ha sido nunca, ha sido víctima de la política imperialista de los Estados Unidos, ellos sí constituyen el peligro fundamental para todo el mundo, porque se han autonombrado como los caballeros que van a rescatar el santo sepulcro de la libertad, como ellos entienden la libertad, libertad para que los monopolios norteamericanos vayan a explotar a otros pueblos, porque así entienden la libertad; ya se ha dicho que la libertad no es una categoría externa, la entiende cada sector de la humanidad de acuerdo con sus propio intereses. Pero nosotros sí sabemos lo que es la auténtica libertad, la de un país que nació derramando su sangre y vivió derramando su sangre para defenderse de enemigos extranjeros y traidores internos.

Nosotros no podemos aceptar y rechazamos con energía estas maquinaciones y esas actitudes intervencionistas. Afortunadamente el país del norte ha tenido prohombres que nos han entendido, y han entendido el derecho de los pueblos. ¡Tanto espanta la revolución al gobierno yanqui! y ahora pienso lo que dijo Tomás Paine, aquel ilustre radical que si bien no había nacido en los Estados Unidos, fue un hijo de ese pueblo, del pueblo revolucionario. Tomás Paine dijo alguna vez; que los términos "revolución" y "guerra" eran antitéticos, porque en la medida en que los pueblos hicieran la revolución, iba a ir disminuyendo el área de influencia de las fuerzas conservadoras; así es en efecto, aquí lo ratificó Lázaro Cárdenas hace años, revolución y guerra son términos antitéticos y a medida que nuestros pueblos y los demás pueblos del mundo hagan su revolución o cumplan su revolución, en esa medida se va poniendo un valladar a los propósitos guerreristas del imperialismo.

Con motivo, compañeros diputados, compañeros senadores, de la tragedia del último día del mes pasado, en que una aeronave de Mexicana de Aviación se vino a tierra, pereciendo 166 personas, han aparecido una serie de provocaciones, que es necesario

denunciar; cinco días después del accidente, tiempo suficiente para inventar nombres y organizaciones, las agencias noticiosas difundieron supuestos comunicados de grupos fantasmas y agrupaciones de larga trayectoria que se atribuían la destrucción de la nave, hasta una fotografía del supuesto suicida que había cumplido la misión apareció en la prensa diaria. Como lo declaró la Representación de la Organización para liberación de Palestina en México, sólo quienes tienen interés en dañar la imagen de los luchadores árabes, pueden imaginar tamañas historietas y mentiras ¿Quién tiene interés en dañar las buenas relaciones que existen entre México y los países árabes?, sólo quien impulsa la agresión en el Medio Oriente contra los pueblos árabes, esto es, fundamentalmente contra el pueblo palestino.

El imperialismo yanqui no cesa su campaña de desprestigio contra México, ahora se mete en la vida interna de nuestro país y mañana nos acusa de que estamos en peligro de caer bajo el comunismo.

Recordemos las recientes campañas del señor John Gavin, que afortunadamente ya se va a largar de nuestro país, parece para ahuyentar el turismo, salpicando esas campañas con notas rojas, acerca de la inseguridad que se vive en México, en sus carreteras y sus ciudades. Ahora quieren que México sea sede también de los actos terroristas de gran espectacularidad, como es la caída del Boing 727. Esas campañas deben ser paradas con respuestas contundentes, compañeros senadores, compañeros diputados; lo más rápidamente posible se deben establecer las causas del accidente; unidos todos tenemos que decirle a nuestros vecinos enfermos de anticomunismo y de odio, contra todo lo que significa soberanía, independencia y progreso social de nuestros pueblos, que rechazamos sus maniobras, sus maquinaciones y que México no es Honduras; que se guarden sus presiones para los que se dejan, pero que México de pie les dará la respuesta necesaria. Muchas gracias.

HOMENAJE AL GENERAL EMILIANO ZAPATA

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Heberto Castillo Martínez.

El C. diputado Heberto Castillo Martínez: - Señor presidente; compañeras y compañeros legisladores: hace muchos años ya, el 10 de abril conmemoramos otro aniversario que murió asesinado Emiliano Zapata.

La lucha que dio Zapata, encabezando a los campesinos mexicanos por la conquista de la tierra y la libertad, es una lucha que sigue vigente en el campo. Y la fecha, el 10 de abril, se conmemoran 67 años de su muerte, pasado mañana. Es una fecha que no se puede pasar desapercibida para los diputados de organizaciones revolucionarias.

México está viviendo una crisis, que no solamente es producto de una política errónea en cuanto al uso del petróleo, sino también en cuanto a una política, más que errónea, en cuanto al uso de la tierra. La tierra es de quien la trabaja, se decía en la lucha revolucionaria. Y la tierra se concedió a los campesinos, como una consecuencia natural de una Revolución que privó de la vida - se dice - a más de un millón de compatriotas. Pero esa Reforma Agraria por la que luchó Zapata, tuvo su mejor expresión en los años de gobierno de Lázaro Cárdenas, en 1934-1940. Y se dio gracias a que ese gobierno pudo repartir la tierra, la buena tierra entre los campesinos, y pudo también propiciar la organización colectiva de los campesinos para producir. Fue en aquél entonces, que la Constitución no contenía una protección a los latifundistas mediante el amparo agrario.

Aquel gobierno tenía una constitución, en donde tampoco se precisaba constitucionalmente, la dimensión de la pequeña propiedad; pequeña propiedad, que en un momento dado, llegó a constituirse como un verdadero latifundio. Se había reestablecido ese amparo, a raíz de que la ley del seis de enero de 1915, estableció los métodos para la entrega de la tierra, porque aquel gobierno y con la lucidez de Luis Cabrera, había entendido que al campesino si le resulta más fácil ganarse el sustento con el rifle; prefiere el rifle al azadón, y esa ley garantiza la entrega de la tierra. Pero una vez pasadas las primeras luchas, se establece el amparo y, es la Liga Ursulo Galván en 1931, que plantea la desaparición de este precepto. Ya en 1933 se establece constitucionalmente, y Lázaro Cárdenas puede repartir la tierra, y puede sembrar el futuro de ese México próspero, que disfrutamos muchos hasta los años de 1972, gracias a que se aplican los criterios revolucionarios para la entrega de la tierra.

Pero estamos viviendo este año de 1986, que es el XL año de la tradición de la Reforma Agraria, porque en 1946 el Presidente Miguel Alemán, en una de esas clásicas jornadas legislativas del mes de diciembre, restablece el amparo agrario y precisa las dimensiones de la pequeña propiedad hasta 300 hectáreas de riego, cuando la tierra se ocupe para producir frutas, y también se garantiza el privilegio del latifundista, cuando se hacen mejoras en el territorio que posee, lo puede ampliar, a veces, miles de hectáreas.

En México, en estos momentos vivimos en una situación, en donde confluyen como pinzas que oprimen a la población, la política petrolera equivocada que nos puso al borde del precipicio, y seguimos al borde del precipicio y el abandono de la Reforma Agraria.

Ciertamente, el gobierno de Alemán estableció este criterio, y protegió a los latifundistas, que no a los pequeños propietarios, pero no ha sido sólo el

gobierno de Alemán, han sido todos los gobiernos que lo han sucedido, que han mantenido el mismo criterio.

Periódicamente oímos voces, incluso de los dirigentes campesinos afiliados al Partido Revolucionario Institucional, que hay que acabar con este precepto del amparo agrario, para hacer justicia en el campo, y para calmar la situación en la república y, periódicamente, hemos visto cómo las grandes centrales campesinas, adheridas al Partido Revolucionario Institucional, plantean estas cuestiones en la calle, las plantean en el campo, en los ejidos, en las comunidades agrarias, pero no lo plantean en esta tribuna. Y hemos visto, cómo los diputados y los senadores del Partido Revolucionario Institucional guardan silencio, cuando fuera sus organizaciones están planteando la necesidad de ir al fondo del problema en el campo, en México.

Pero ahí, es donde vemos la diferencia que hay entre los diputados y los senadores, que actúan fuera del Congreso, con los diputados y senadores que actúan dentro del Congreso, cuando tienen que hacer compatible su militancia política, con su obediencia al Poder Ejecutivo. Porque ha sido el Poder Ejecutivo, una y otra vez, el que se ha pronunciado en contra de que se haga cualquier reforma al artículo 27 constitucional, para restablecer el texto anterior a 1946. Y, hemos vivido muchos conflictos campesinos. Pero no solamente ocurre esto entre diputados y senadores campesinos, que debieran defender lo que proclaman en las calles, y en las plazas, y en las comunidades, sino que esto lo vivimos diariamente, primero en el departamento agrario, y ahora en la Secretaría de Reforma Agraria, porque ahí, los funcionarios de la Reforma Agraria, en vez de proteger el derecho de los campesinos, en vez de garantizar la tierra, el crédito, y el agua a los campesinos, garantizan los privilegios de los latifundistas.

Hay millones de hectáreas en litigio. Se habla de catorce millones de hectáreas, que están en pleito y gracias, todo esto al amparo agrario, porque ningún terrateniente se ampara para defender eriales. Lo que defienden los terratenientes son tierras buenas; y esos procesos duran años y años, a pesar de la propaganda, esa que nos dice que ya se ha agilizado todo trámite y que ya a los campesinos les entregan la tierra, pues no sé, si se anunciará en 15 días.

Pero ahora en el país, en estos años, sobre todo en estos últimos 3 años, las condiciones se agravan, los campesinos están desesperados, y están acumulando pruebas para señalar cómo, en la Reforma Agraria no se atienden los problemas, e incluso se llegan a ocultar los documentos que garantizan la posesión de las tierras a los campesinos.

Es necesario, entonces, este 10 de abril de 1986, honrar la memoria de Emiliano Zapata, luchando porque en el campo haya tierra, trabajo y libertad para los campesinos. No podemos olvidar, en esta Comisión Permanente, que las revoluciones en México han sido agrarias y que hay vientos de tormenta, de tempestad en el campo mexicano; que los campesinos no van a tolerar todo el tiempo, que los sometan a la miseria todo el tiempo; que los campesinos reclaman sus derechos, que saben, recuerdan todavía, que sus antepasados murieron luchando por la tierra y contemplan, cómo ahora muchos funcionarios del gobierno, muchos gobernadores en la república son poseedores de latifundios; de empresas agrícolas y también sienten con dolor, cómo se van abriendo los campos a la inversión extranjera, para que se haga lo que se dijo hace unos días, hacer llegar la inversión extranjera, para mejorar la comercialización de los productos agrícolas. Parece que la aspiración, del actual gobierno, fuera hacer de todo el territorio mexicano una gran maquiladora, pero ahora pareciera que queremos que los campesinos mexicanos, trabajen como maquiladores de las grandes empresas transnacionales, que controlan los productos alimentarios en nuestra república.

Por ello, en esta ocasión, nosotros queremos dejar sentada aquí nuestra denuncia; primero a que no se ha definido debidamente, congruentemente, consecuentemente, desde la tribuna del Congreso de la Unión, Cámara de Senadores y Cámara de Diputados; no se ha defendido congruentemente el derecho de los campesinos; no se ha planteado con verdad la posición de los diputados campesinos, de los senadores campesinos, si están a favor o en contra del amparo agrario; si una es su posición en la tribuna, y otra su posición en la calle, en la plaza, en el acto político; no se ha precisado si en verdad los campesinos se les quiere sólo emplear para obtener los triunfos electorales, y para producir el alimento para los mexicanos, pero manteniéndolos en la miseria más absoluta, y que sea posible conservarla.

Por ello, en esta ocasión, el Partido Mexicano de los Trabajadores, quiere recordar a este héroe mexicano, quizá el más limpio de nuestros héroes en este siglo, Emiliano Zapata; a ese gran luchador, y señalar que desde el Partido Mexicano de los Trabajadores nosotros entendemos que las banderas de Emiliano Zapata, están alzadas y que desde nuestras trincheras las alzaremos; que trabajaremos codo con codo con los campesinos mexicanos, para que la tierra en poder de los latifundistas, pase a poder de los campesinos; para que la Constitución de la República defienda los intereses de los trabajadores y no de los empresarios, y para que haya coherencia en un gobierno, que se dice revolucionario, con los revolucionarios mexicanos. Muchas gracias.

El C. presidente: - Diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, tiene usted la palabra.

El C. diputado Marco Antonio Espinoza Pablos: - Señor presidente; compañeras y compañeros

Senadores y diputados: pedí hacer uso de la palabra para coincidir en un homenaje a la memoria del general Emiliano Zapata Salazar, y para hacer algunas aclaraciones, en relación a afirmaciones hechas aquí, por el señor diputado que me antecedió en el uso de la palabra. Si hemos de ser sinceros, tendremos que recordar que la lucha de Zapata, se ha fructificado en más de 30 mil ejidos, 30 mil comunidades que los diversos regímenes revolucionarios les han entregado tierras de acuerdo con las leyes de la materia, más de 105 millones de hectáreas han sido entregadas por los diversos regímenes revolucionarios, más de 3 millones de jefes de familia son ahora mexicanos que trabajan cotidianamente, que producen el alimento, o gran parte del alimento, que consume el pueblo de México y que, como ciudadanos, también votan en las elecciones correspondientes, ya sea para Presidente de la República, para elegir gobernadores de los estados o para elegir a los senadores, a los diputados, a los presidentes municipales o a los diputados locales.

Hablar de que en México no se ha llevado adelante la Reforma Agraria, podíamos decir que las cifras, pues, nos demuestran lo contrario. Nosotros como miembros de una organización revolucionaria, del sector agrario del Partido Revolucionario Institucional de la Confederación Nacional Campesina, queremos marcar hoy que estamos recordando la figura de Zapata, que en el Presidente Miguel de la Madrid, tenemos el más sólido aliado en el campo mexicano, nosotros como organización tenemos las puertas de Palacio y de los Pinos abiertas y hemos, nos hemos reunido con él en varias ocasiones y hemos analizado, hemos tenido reuniones de trabajo en donde hemos analizado la problemática del campo mexicano, hemos tenido la satisfacción, inclusive, de que el señor Presidente ha ido a nuestra organización, para sostener las reuniones de trabajo con la dirigencia de los campesinos del país, y además, se ha hecho acompañar de los miembros de su gabinete, que tienen ingerencia con los problemas del campo.

Posiblemente los campesinos no voten por su partido, compañero diputado Heberto Castillo; votan por el partido que les ha entregado la tierra.

Nosotros estamos aliados con el régimen del Presidente Miguel de la Madrid, porque repito, hemos tenido en él al más firme defensor, quien nos ha entendido y cotidianamente tenemos reuniones, en donde analizamos, tanto los precios de garantía, como analizamos los problemas de comercialización y en estos momentos tenemos a todos los campesinos trabajando. Y los campesinos han respondido a su Presidente; y los campesinos están librando una batalla junto con su Presidente, para que todo el pueblo de México tenga los alimentos, cuente con las materias primas necesarias par su alimentación.

Hay ataques a la Secretaría de la Reforma Agraria. Yo quiero decirles que nos consta, que la Secretaría de la Reforma Agraria, está trabajando, y está trabajando no solamente, en la regularización de los derechos agrarios de los campesinos, sino que está trabajando para entregar tierras, y precisamente, en estas fechas se van a entregar algunas superficies, algunas extensiones de tierras en algunas partes de los estados del país, precisamente para conmemorar este aniversario, en donde todos los agraristas de México, donde todos los campesinos recordamos al general Emiliano Zapata. Muchas gracias.

El C. presidente: - Diputado Heberto Castillo Martínez, tiene usted la palabra.

El C. Heberto Castillo Martínez: - Sí, como en un tango. Esta verdadera letanía de adhesión al Presidente de la República, de los campesinos de México, se da cada vez que se plantean esos problemas en cualquier ámbito; la hemos escuchado antes; la hemos escuchado en tribunas campesinas. Pero una cosa es recitar algo bien aprendido y otra cosa son los hechos.

No pretendo afirmar aquí que los campesinos voten por mi partido. No, no he hablado de semejante barbaridad porque, definitivamente, no es un problema electoral el que he venido a plantear aquí, es un problema de conciencia. Pero, probablemente es, o no está muy a flor ni superficialmente en algunos compañeros, habrá que ir más al fondo.

Se dice que tenemos a los campesinos trabajando. No sé a cuáles, porque las estadísticas más elementales podrían refutar al compañero, que me atendió en el uso de la tribuna, demostrarle que hay millones de campesinos sin tierra y sin trabajo; que son los problemas que tiene el país. Es uno de los grandes problemas que tiene el país. Y a dicho que en la Reforma Agraria se está trabajando.

Sí, yo no lo dudo, nada más que me preguntaría a favor de quién, porque precisamente hay en mi poder un memorándum de la Reforma Agraria, y que se identifican con un autor, un funcionario, que tiene este criterio, les leeré algunos trozos para que se vea el criterio agrarista. Es un memorándum que se reparte y que se ha distribuido en las delegaciones agrarias, para que normen su criterio quienes determinan a quién corresponden las tierras.

"Se han venido suscitando - dice - graves problemas de interpretación respecto de los predios dedicados a la ganadería, es decir, su uso y destino de éstos conforme a las leyes, reglamentos y disposiciones que para tales efectos existen, pero que con base en trabajos de investigación incipiente, se determina que son agostaderos susceptibles de cultivo, y ello indebidamente ha venido constituyendo el fundamento y motivación, para fincar afectaciones de

predios ganaderos en plena explotación, situación que ha generado comentarios y observaciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Presidencia de la República, lo cual hace necesario formular los siguientes comentarios...", es decir, se oponen a que se clasifiquen así las tierras. Pero señala que se olvida lo fundamental, lo que se busca en la Reforma Agraria, es que las tierras produzcan, esto es la productividad, un criterio muy parecido al que priva en otros medios laborales.

Dice aquí: "...el siguiente cuestionamiento es que dicha norma fundamental prevé y establece en forma categórica - una norma constitucional - que la propiedad cumpla con su función primordial que es la de encontrarse en plena explotación, y en los casos planteados en efecto se cumple con dicho fin". O sea, que si un latifundio está en plena explotación, está funcionando muy bien, cuidado con tocarlo Reforma Agraria; cuidado, porque se contradice lo que plantea la Constitución.

Entonces aquí está el problema de fondo y de conciencia de fondo; debemos producir ¿para quién?, ¿para los empresarios, para las empresas transnacionales, para el mercado internacional, o debemos producir para satisfacer las necesidades de los mexicanos? Decir que en México, por ejemplo, se ha resuelto el problema agrario porque se han distribuido 105 millones de hectáreas, es como decir que se va a la peluquería, porque se recuerda cuando en la niñez le cortaron los rizos a un compañero. No se trata de ver si se han repartido tierras, sino las tierras que deben estar en poder de los campesinos, están realmente en poder de ellos. No se trata de ver cuánto se ha distribuido, sino cuánto falta por distribuir, no se trata de ver si en el pasado fueron satisfechas las necesidades de los campesinos, sino si se están satisfaciendo esas necesidades. Hay que ver no nada más, si nosotros estamos contentos con lo que hizo el gobierno, por ejemplo, de Lázaro Cárdenas, sino también con lo que está haciendo el gobierno del Presidente Miguel de la Madrid. Y una manera de contribuir a que este gobierno funcione bien y a que las cosas le salgan bien, es que los campesinos mexicanos tengan tierra, trabajo y libertad.

Y la tierra no la van a tener si se sigue defendiendo el interés de los latifundistas. Obran en nuestro poder documentos fehacientes que vamos a dar a conocer próximamente, de que no se está procediendo así, de que se ha informado a las autoridades correspondientes, no defienden los intereses de los campesinos. Y la pregunta muy concreta que yo hacía: ¿Quién de los funcionarios, de los legisladores del Partido Revolucionario Institucional, que ha expresado en público su punto de vista respecto al amparo agrario contrario a esto, quién lo ha venido a plantear aquí como una propuesta para modificar la Constitución?

He preguntado por qué hay dos maneras de actuar; una fuera del Congreso y otra dentro del Congreso. ¿Por qué fuera se defienden los intereses de los campesinos en abstracto; por qué dentro, en el Congreso, se defienden los intereses de los latifundistas? En concreto, esta es la pregunta. ¿Por qué ésta incoherencia?; ¿porqué esta doble militancia política? ¿Habrá alguna respuesta o también tendremos que escuchar otra letanía, diciendo que todos los legisladores, que han defendido la causa de la revolución, han sido consecuentes? Y entonces lo mismo ocurría en el Congreso, en 1946, en septiembre, octubre y noviembre, cuando se discutía el amparo agrario y cuando los diputados y legisladores del partido en el poder, del Partido Revolucionario Institucional, condenaban la propuesta que yo recuerdo hacia el Partido Acción Nacional para defender el amparo agrario, y para restablecer el amparo agrario y por qué en el mes de diciembre de 1946, con un nuevo ejecutivo defendían la tesis que había propuesto precisamente el Partido Acción Nacional. ¿Por qué? ¿Por qué estos cambios? ¿Será que quien determina qué se piensa en los diputados y senadores del Partido Revolucionario Institucional no es su compromiso partidario con las normas del partido, sino su compromiso político con el candidato o con el presidente electo? Será esto. Esto es lo que nosotros planteamos que debe dilucidarse. ¿Por qué la incoherencia, por qué la incongruencia? ¿Será revolucionaria?

El C. diputado Jesús González Schmal: - Pido la palabra para hechos.

El C. presidente: - Tiene usted la palabra, diputado González Schmal, para hechos.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Señores legisladores: en efecto, no podríamos permanecer en esta conmemoración ausentes del tratamiento de este principalísimo problema nacional. No sólo el abandono, sino el despojo al campo mexicano. No revisten la mínima fundamentación, las palabras del diputado priísta que ha venido hacer uso de la tribuna, al decir que el gobierno, que su sistema, que su partido, está al lado de los campesinos, cuando nuestra patria desde hace ya más de una década, tiene que utilizar su petróleo, sus recursos básicos, estratégicos, para comprar alimentos para la mayoría del pueblo.

Los 8 ó 10 millones de toneladas de granos que importamos anualmente, son la evidencia del fracaso de una política agraria hecha para controlar al campesino, como bien lo citó él, para lograr que el campesino sea esclavo del voto oficial, para hacerlo limosnero y mendigante de la burocracia que asola en el campo; no puede hablarse de libertad de una nación, cuando depende de la importación de sus alimentos básicos. Ya lo dijo una vez un exsecretario de la propia Secretaría de Agricultura:

"El campesino está organizado par votar, no para producir".

También es signo evidente de este fracaso rotundo en política agraria del régimen, el caudal de mexicanos campesinos que tienen que ir, tienen que cruzar la frontera, víctimas de toda clase de excesos y malos tratos y vejaciones, porque son indocumentados; porque son limosneros fuera de su patria; porque su propio terruño, esa Patria que defendieron Madero, Zapata, no tiene capacidad para darles el alimento para la sobrevivencia. Quién desconoce pues, el burocratismo reinante en el campo que tiene sometido al campesino, quién desconoce en estos días cómo la Secretaría de Agricultura y el gabinete económico, resuelven y, continuamente, hacen viajes al extranjero, y Silva Herzog platica con los deudores y ofrece conferencias y hace toda clase de gestiones para arreglar la deuda pública, y cuando tenemos una resolución efectiva y oportuna sobre los precios de garantía de los productos, que almacenan nuestros campesinos en las bodegas y que no tienen siquiera todavía la garantía, a qué precios se le van a pagar. Sabemos el problema del arroz en Sinaloa, echándose a perder, sabemos el problema en Chiapas también, los campesinos produciendo con costos por encima de los costos de garantía y sin embargo, la atención es un asunto que no tiene importancia, es secundaria, es terciaria, diría yo, y los representantes en este Congreso, de los campesinos, bien se solazan diciendo que defienden a los campesinos, sin perjuicio de traicionarlos en la práctica.

La falta de infraestructura en el campo, es evidente que está incidiendo en la pobreza de los campesinos, los aumentos en los precios y en las tarifas de los servicios públicos. Quién no conoce, ahorita, que el diesel está aumentándose mensualmente y a quién y en contra de quién, incide el precio y la elevación del precio del diesel, del movimiento de la maquinita o del tractor viejo o del transporte, que mueve las cosechas de un lugar a otro tan mal comunicado en México; todo esto y todas estas decisiones que ha aprobado este Congreso, están pues, afectando al campesino.

Por lo que se refiere a la alusión que se hizo aquí al amparo, en efecto, en materia agraria tuvo por propósito - y tiene si se usa adecuadamente - defender no sólo al campesino ejidatario, sino al pequeño propietario auténtico - que los hay muchos, de millones de pequeñas parcelas - tiene que tener garantía también, los ejidatarios que continuamente son despojados de sus predios, supuestas reivindicaciones o supuestos crecimientos urbanos o alguna influencia política de alguno de los caciques de los estados. Necesitamos el amparo agrario de instituciones, impecable; lo que necesitamos es un uso equitativo, un uso auténtico, que preserve los derechos de los pequeños propietarios y de los ejidatarios; este es el buen sentido del ejercicio de la institución del amparo y no en efecto, que muchas veces cobija, solapa latifundios de políticos bien encumbrados. Muchas gracias.

El C. presidente: - El diputado Jorge Alcocer tiene la palabra.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores legisladores: el compañero Heberto Castillo, vino a esta tribuna a plantear una rememoración de un aniversario más de la muerte del general Emiliano Zapata, planteando cuestiones que, si existiera la menor sensibilidad política, habría que estar de acuerdo con ella, por que no cerramos los ojos a un hecho que ofende la memoria de Zapata y que resulta una auténtica negación de los principios por los que luchó Zapata y por los que lucharon millones de campesinos mexicanos, que es la enorme miseria del campo mexicano, si hay una región un lugar en este país, un sector en dónde la miseria se concentra con todas sus características y todo su caudal de degradación de la vida humana; ese es el campo y es no verlo, venir aquí a decir que los campesinos votan por el Partido Revolucionario Institucional, pues es francamente ofender la memoria de Zapata, es lo peor que puede hacérsele a Zapata, porque la miseria está ahí, sin trabajo, sin tierras y siguen luchando por la tierra, por los recursos. Bueno, cerrar los ojos a eso, para decir que los campesinos están con el Presidente de la República, pues resulta francamente ofensivo, como también resulta oír aquí cuestiones como las que ha planteado el diputado González Schmal, por que hasta ahora del Partido Acción Nacional no hemos oído cuál es su propuesta para el campo mexicano, ellos defienden el amparo agrario, en eso hay una coincidencia entre Partido Acción Nacional y Partido Revolucionario Institucional, hay una concepción, el amparo agrario sirve también al pequeño propietario. ¿A cuál pequeño propietario ha servido? al auténtico pequeño propietario no ha servido en este país el amparo agrario; el amparo agrario ha sido el instrumento para que los grandes latifundistas Clouthier por ejemplo, evadan la acción de la Reforma Agraria. No se puede defender al campesino cuando lo que se postula es la privatización del ejido, condenándolo como improductivo porque los campesinos no tienen tierra en propiedad. No se puede defender congruentemente a ejido; el ejido ha sido productivo cuando ha tenido tierra y recursos y ahí están los ejemplos, y el ejido sigue siendo la forma de organización que puede permitir resolver el problema de la producción de alimentos y del campo en México; no es cierto, nos negamos a aceptar la tesis de que, para que el ejido sea productivo, hay que dar en propiedad la tierra al campesino, porque ahí estaríamos abriendo de nuevo todo el terreno para la reconstitución, entonces sí sin límite, de los nuevos latifundistas.

Detrás de la intención de privatizar y de entregar al campesino la tierra en propiedad, a ese

campesino que, por el otro lado, se le ha sacrificado, está la intención también de permitir el avance de los grandes latifundistas; entonces no se puede honrar la memoria de Zapata, porque Zapata luchó porque la tierra fuera de quien la trabaja, porque se restituyera a las comunidades su tierra. No pensando en esos nuevos latifundistas, en estos nuevos barones de la tierra, sino pensando en que el campesino tuviera la tierra para su sostenimiento y para una vida digna. Eso es lo que hoy en México no hemos terminado de conseguir, y al contrario, hemos retrocedido aceleradamente. No cerremos los ojos ante esa miseria; digamos como lo reclama aquí el ingeniero Castillo claramente. ¿Cuáles son las tesis de cada partido, sobre asuntos vitales como el amparo agrario, como la continuidad del reparto de tierras, como la negación de la Conasupo, como lo hemos estado viendo en las últimas fechas, a comprar las cosechas de los campesinos? ¿Como puede defenderse la memoria de Zapata desde el gobierno, cuando, por ejemplo, ahora Conasupo anuncia que ya no le va a comprar el trigo a los campesinos, que sólo va a comprar 800 mil toneladas porque hay pocos recursos y exceso de producción? Y entonces, como única respuesta a los campesinos productores de trigo, les dice que vayan a ver a los molineros para que les compren el trigo, y que si no lo pueden vender, que ahí están los permisos de exportación para que lo exporten. ¿Esa es una manera de ser consecuentes con los ideales de Zapata? Ahí están también, por sólo mencionar un caso entre miles en el país, los campesinos de Durango del ejido de Montes de Oca. En 1938, Cárdenas les dio la tierra, se firmó el decreto que se perdió en esa Secretaría de Reforma Agraria, antes Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización; se perdió durante 40 años. Finalmente apareció y se publicó firmado por Cárdenas, se publicó en el Diario Oficial. Y cuando los campesinos fueron a tomar la tierra acompañados por funcionarios de la Reforma Agraria, los recibieron a balazos. Y esos terrenos, para que tengan ustedes información, son propiedad entre otros - actualmente, serían los afectados - de un señor de apellido Pérez Gavilán y de un señor de apellido Ramírez Gamero, que parece que es candidato de su partido, del Partido Revolucionario Institucional a la gubernatura de Durango, y tiene ahí tierras y se opone a que se les entregue a los campesinos, cumpliendo lo que Cárdenas firmó hace ya más de 40 años. Esa es la reforma Agraria que tenemos en México; eso es haber traicionado los ideales de Zapata.

El C. presidente: - Ha pedido para hechos la palabra el diputado Martín Tavira, el diputado García Ramírez y lo hace ahora, el diputado González Schmal. Tiene la palabra el diputado Martín Tavira.

El C. diputado Martín Tavira Urióstegui: - Señor presidente, señores legisladores: no pedí la palabra para hechos, señor presidente, pero prometo ser breve, porque hay ideas muy claras a este respecto, que a veces se tratan de obscurecer, con intervenciones que ofenden la memoria de nuestros grandes hombres y nuestras grandes batallas históricas.

Rendir homenaje a Emiliano Zapata es continuar la batalla por el cumplimiento cabal de la Reforma Agraria, pero una reforma agraria auténtica, la que propiamente comenzó con el Presidente Lázaro Cárdenas.

Es verdad que Obregón comenzó a aplicar las leyes agrarias, pero es Cárdenas el que marcó los lineamientos justos de lo que debería ser la reforma agraria en México. Durante su mandato se dieron las grandes batallas por la tierra, se repartieron las grandes haciendas, como aquellas de Michoacán, Lombardía y Nueva Italia, que se convirtieron en ejidos colectivos; por la huelga de los trabajadores agrícolas de La Laguna, se repartieron esas enormes extensiones de tierra. Pero Cárdenas impulsó una forma de trabajo que, de haber continuado, hubiera llevado a buenos términos la agricultura mexicana: el ejido colectivo. Pero comenzó la campaña en contra del ejido colectivo y, Acción Nacional dio esa batalla en contra del ejido colectivo; los panistas estaban adelante de esta campaña, de que el ejido colectivo era copia de Koljós ruso o soviético. Claro, se atendieron estas provocaciones y se dio al traste con el ejido colectivo. La reforma agraria ha ido en zigzag. El Presidente Cárdenas repartió alrededor de 18 millones de hectáreas. Pero no tan sólo es la superficie repartida, sino la política, la concepción de cómo debería ser el trabajo de los ejidatarios, de los campesinos. Después vino en picada la Reforma Agraria, hasta llegar a su mínima expresión en la época de Miguel Alemán; fue - diríamos - tal vez el Presidente más antiagrarista que ha tenido el país, porque no tan sólo paró el reparto agrario, no tan sólo destruyó el ejido colectivo, sino que reformó la constitución, propició la reforma de la constitución, para establecer el campo agrario a los terratenientes y darle extensión a la pequeña propiedad.

Recuerden ustedes cómo el Constituyente de Querétaro no estableció un límite a la pequeña propiedad. Simplemente se decía, como en la época de Morelos, que sería la extensión suficiente para que una familia pudiera cultivar su tierra; pero que la extensión de la pequeña propiedad, debería ser de acuerdo con las condiciones de cada región del país. La extensión de la pequeña propiedad estaría sujeta a un estudio técnico de la tierra. Pero no, Miguel Alemán dijo que deberían ser 100 hectáreas de riego o sus equivalentes en otras calidades. Y ahí tenemos; 100 hectáreas de riego es mucha tierra y no la puede cultivar una sola persona. Esa fue la gran traición a la Reforma Agraria, la privatización de la tierra, muy cara al Partido Acción Nacional.

A mí me causa verdaderamente admiración que el representante de Acción Nacional venga a rendir un

homenaje a Zapata; es el colmo, es una ofensa. Si Zapata y sus soldados estuvieran presentes aquí, se los deberían de llevar a fusilar aquí al lado, aquí. ¿Por qué? Porque el Partido Acción Nacional nació odiando al gobierno de Cárdenas, criticando la reforma agraria, abogando por la privatización de la tierra, contra el ejido colectivo, diciendo que era una copia vil del sistema soviético. El Partido Acción Nacional atribuye, por ejemplo, el fracaso - dice - de la agricultura, a la Reforma Agraria o al sistema que padecemos. No, no se debe a eso; no se debe a la existencia del ejido. Toda la reacción ha dicho siempre que los ejidatarios son unos ignorantes; primero debieron enseñarles a cultivar la tierra y después darles la tierra, porque por ello ha sido el fracaso; han sido unos ignorantes. No es verdad, México ha tenido una tradición en el aspecto agrícola, e íbamos por buen camino. Ya había muy buenas investigaciones y ya fructificaba este quehacer en el campo, pero viene esta política de querer entregar la investigación agrícola a consorcios extranjeros, y el chisme este de la revolución verde - y quién sabe cuántas zarandajas que vinieron por ahí - que premio novel en agricultura, en quién sabe cuántos doctorados y el fracaso total.

Así no se puede, así no vamos a cumplir el mandato de la revolución y de Zapata, compañeros senadores y compañeros diputados. En la época de López Mateos la reforma agraria revivió; no es la verdad que todos los gobiernos después de Lázaro Cárdenas han sido antiagraristas; el de López Mateos dio impulso a la reforma agraria. Lombardo dijo, me parece que desde la tribuna de la Cámara, "otra vez la revolución está en Palacio". Contra todos los errores que puedan atribuírsele al Presidente López Mateos, López Mateos impulsó la reforma agraria; otra vez se volvió a cantar el corrido agrarista, pero no es problema de canciones, en la práctica López Mateos repartió la tierra, impulsó la cooperativa, etcétera, etcétera.

Yo creo que el mejor homenaje, compañeros senadores y diputados, que podemos rendir a Emiliano Zapata y a su obra es cumpliendo la reforma agraria. Dije alguna vez, limpiando nuestra constitución de las manchas que se han agregado durante algunos regímenes, como eso del amparo agrario a los terratenientes. Yo he oído declaraciones de políticos de la Confederación Nacional Campesina que están en contra del amparo agrario a los terratenientes. Pero vamos presentando las iniciativas concretas; ya las hemos presentado nosotros, pero pedimos el apoyo, no para el Partido Popular Socialista, no para los campesinos de México, sino para que la reforma agraria no se detenga, porque contra lo que ha dicho Schmal, contra lo que ha dicho el diputado Schmal, el amparo agrario a los terratenientes paraliza la reforma agraria, pues claro, los terratenientes afectados piden amparo y ya no se repartió la tierra. Cuándo vamos hacer uso del amparo, mientras esté allí se va a usar el amparo agrario. Por muy santos que sean los ministros de la corte, pues está algo escrito en la constitución, ellos siempre van a decir que se cumpla la constitución, es un mandato. Hay que quitar el amparo agrario a los terratenientes. Contra lo que digan los enemigos del ejido colectivo, hay que impulsar el ejido colectivo; no es más que una cooperativa de campesinos que unen sus esfuerzos para adquirir maquinaria, abonos y toda la técnica y hacer que la tierra produzca más, no es copia extralógica de ninguna parte, compañeros.

Y la extensión de la tierra; algún día llegará en que vamos a lograr que la propiedad, la pequeña propiedad, no sea de esas cien hectáreas. Eso no es cierto, se necesita un estudio técnico, y, contra la defensa que a ultranza hace de la pequeña propiedad el partido de la derecha, "pequeña", nosotros defendemos el ejido, porque no es verdad que se defienda a esa pequeña propiedad. ¿Pequeño propietario, como recordó Jorge Alcocer, el señor Clouthier? Terrateniente, engreído, enemigo de los campesinos, panista destacado; eso no es posible, compañeros, no es posible; y yo realmente pediría, si tenemos un poco de decencia, no vengamos a ofender la memoria de Emiliano Zapata tratando desde la derecha, de venir a querer decir lo que no se debe decir. Muchas gracias.

El C. presidente: - Para hechos el diputado González Schmal.

El C. Jesús González Schmal: - En efecto, vengo a precisar algunas menciones, unas por falta de conocimiento, otras por franco perjuicio y otras por flagrante infundio, acerca de la posición del Partido Acción Nacional en materia de campo. Sólo para mencionar los dos últimos documentos, la plataforma política 1982-1988 y la 1985-1988 en donde se contienen, precisamente, los postulados de Acción Nacional en el campo, para preservar los dos valores por los que luchó Emiliano Zapata, la tierra y la libertad. No hay pues, en este aspecto, ninguna disociación respecto a estos postulados, que no sólo son en el Plan de Ayala, sino después reiterados; Venustiano Carranza mismo, en la Constitución del 17, no preserva, no establece el ejido como institución o como mecanismo de control político. En el inciso 7, relativo a campo de esta plataforma dice: "para liberar el ejidatario del sometimiento político, instituiremos la parcela ejidal como posesión permanente, con característica de patrimonio familiar y limitaciones en sus posibilidades de enajenación, para no hacerlo presa de agiotistas y nuevos latifundistas, y liberarlo del control político en que lo mantiene la precaria posesión de su parcela, sujeta al arbitrio del cacique en turno".

Para la superación económica del campesino, se promoverán posibilidades alternativas de asociación a las ya establecidas como organización ejidal o comunal; la vinculación con pequeños propietarios que establece la Ley de Fomento Agropecuario y,

desde luego, las de tipo cooperativa con otros campesinos y/o pequeños industriales, para el fomento de las agroindustrias. En orden de la seguridad jurídica en todas las formas de tenencia de la tierra, terminaremos el patrón nacional campesino y pugnaremos por la determinación definitiva de los elementos, que constituirán el patrimonio de ejidos y comuneros, mediante el deslinde de la superficie territorial que les corresponda, de acuerdo con las resoluciones respectivas para la determinación clara y precisa, de los derechos individuales agrarios y comunales de cada persona beneficiada.

Para el soporte económico del campo, se destinarán parte de los recursos de la explotación del petróleo - que también corresponden a los campesinos en su calidad de mexicanos - de tal manera que el 15% de la totalidad bruta de la explotación petrolera, se destine a la atención de proyectos prioritarios en todas y cada una de las comunidades agropecuarias, en proporción al número de sus habitantes. Esta disponibilidad, no excluye a las partidas asignadas al campo en el presupuesto federal para el estatal y podrían ser destinadas inclusive para la compra de propiedades agrícolas, que mediante financiamiento internacional y a largo plazo, deben venderse a campesinos auténticos que no sean propietarios, y estén interesados en adquirir un patrimonio familiar, a condición de que trabajen personalmente.

La meta a corto plazo es lograr que el campesino tenga - luego que cubrir los costos de sus cosecha en una primera etapa - al menos un ingreso anual equivalente al salario mínimo urbano, además de posesión permanente de su parcela, la mejoría y equipamiento de la misma, para ir aumentando sus índices de productividad y capitalización de su trabajo.

Y siguen una serie de enunciados que precisan con toda claridad de la posición del Partido Acción Nacional en esta materia. Y por lo tanto, somos y seremos consecuentes con los postulados de la Revolución, con la Constitución del 17; y seguiremos exigiendo y reclamando la justicia de la que el régimen ha despojado al campesino; lo ha hecho víctima, cuando hoy el 40% de nuestra población o 45% de nuestra población rural, apenas participa del 9% del Producto Interno Bruto. Muchas gracias.

El C. presidente: - Señor diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, tiene uso de la palabra.

El C. Graco Ramírez Garrido Abreu. - Señor presidente; compañeros legisladores: efectivamente todo diputado, todo legislador, tiene el derecho de opinar acerca de los grandes problemas nacionales. Y efectivamente, el exponer los puntos de vista de la organización política a la que pertenece cada legislador, se expone efectivamente a que sus juicios reflejen, o una posición simplemente ideológica sin ningún respaldo real, o una posición ideológica que es contraria a lo que se dice defender. En este caso nosotros, los miembros del Partido Socialista de los Trabajadores, es público y conocido nuestro trabajo en el campo, nuestra fuerza y organización por conducto de la Unión Nacional de Trabajadores Agrícolas y no en balde en los famosos acuerdos y convenios no cumplidos ahora por Reforma Agraria, la Universidad de Trabajadores Agrícolas presentó más de cinco mil demandas de entrega de tierras, de expedientes, por encima incluso, de la Confederación Nacional Campesina. Ello nos da autoridad y nuestra próxima celebración el día 10 al Congreso Nacional de esa organización donde haremos un balance definitivo junto a los compañeros campesinos, de lo que ha ocurrido ya a la mitad de este período de sexenio de Miguel de la Madrid, con la política que se planteó en el Plan Nacional de Desarrollo y con la famosa política de la Sociedad Rural Integral.

Es importante destacar de las intervenciones hechas aquí, algo que a mí me llama la atención y que me invita a la reflexión. La historia no son simplemente hechos que hay que recordar, sino también la historia es un juicio que hay que hacer para poder ubicarse en el presente. Cuando hemos discrepado de algunos compañeros y de algunas fuerzas antagónicas o nuestros principios acerca de la defensa de la democracia; hemos insistido que la defensa de la democracia no es simplemente la defensa del sufragio; ésta es una expresión esencial de la democracia tiene un contenido social, económico y político para que pueda ser realmente una concepción integral de lo que es la democracia, y en torno a ésto y en torno a las alianzas de defensa a la democracia se establecen un conjunto de diferencias. Hay quienes se preocupan por defender el voto a las fuerzas empresariales pensando que así defienden la democracia, y hay quienes pensamos que hay que organizar mejor a las fuerzas de los trabajadores, para defender una democracia diferente a la que puedan defender las fuerzas empresariales de nuestro país.

Por ello cuando se habla de Madero y Zapata y se habla de la tierra, vale la pena considerar históricamente que Madero efectivamente, habla de la lucha por el sufragio, y contra la no reelección y contra la dictadura porfirista, y Madero expresaba en ese momento esencialmente las libertades políticas que no existían para la gran mayoría de los mexicanos. Pero Madero es víctima efectivamente de sus propias limitaciones, y ya Madero en el poder se enfrenta objetivamente a las demandas de los campesinos y entre ellos Zapata, Emiliano Zapata, que no deja la lucha armada ni la defensa del Plan de Ayala porque Madero no adoptaba el compromiso de la entrega de la tierra a los campesinos, porque Madero provenía efectivamente de familias que habían tenido su auge en el

porfiriato, y que finalmente se había deslindado políticamente de los métodos políticos que seguía el régimen porfiriano, pero que no tenían compromiso real con las fuerzas populares y con los ejércitos campesinos que hablaban del programa social de la revolución y no solamente de la demanda del sufragio efectivo; hablaban de otro tipo de democracia los ejércitos campesinos.

Lo mismo ocurrió con Vanustiano Carranza que frente al golpe avalado por la Embajada Norteamericana, de Victoriano Huerta contra Madero, contra el Presidente Constitucional Francisco I. Madero, Venustiano Carranza que provenía de esa misma corriente ideológica y política, tuvo que enfrentarse con un conjunto de jefes militares y jefes populares; y hay que ver la diferencia que hay con respecto a los decretos del seis de abril en Veracruz y con lo que hay ya en el 27 constitucional, en el Constituyente mismo de Querétaro. Hay un gran avance de parte de la influencia y de las fuerzas que impusieron el programa campesino al propio Venustiano Carranza, que en el proyecto original, incluso el Constituyente tiene serias diferencias con lo que se logra ya en el propio Constituyente del 17.

Toco ésto para que no metamos en un mismo costal a todos y podamos ver en el presente las diferencias que hay entre unos y otros que hablan de democracia en este país.

Efectivamente, nos hemos enfrentado y nos estamos enfrentando a una desviación muy profunda de la Reforma Agraria a nuestro país, antes siquiera era tema de discursos, ahora simplemente no existe en la liturgia política y simplemente se deja a ciertos dirigentes, a ciertos representantes de la administración pública que hablen de los campesinos más que un problema, que hablen más de ellos como un problema que con una fuerza social a la cual no se le ha cumplido plenamente. Pruebas evidentes de ésto, pues son el hecho de que estamos importando cerca de 10 millones de toneladas de granos y que hayamos deformado el proceso productivo en el campo siguiendo efectivamente, las políticas de una gran burguesía agraria, que emparentada una de ellas y ahora últimamente, ya casi toda ella, con el Partido Acción Nacional, han definido un modelo de producción en el campo que está afectando seriamente a los campesinos.

Prueba evidente, también de eso, es la existencia de 5 millones de jornaleros agrícolas, donde dos y medio millones de ellos están subsistiendo en nuestro país. Está a niveles de bienestar, de educación, de alimentación y vivienda, francamente en condiciones muy deplorables y muy graves.

Efectivamente, es muy grave que la crisis económica esté propiciando la especulación política de esta crisis económica y que antes, como ocurría en Sonora estando yo en un acto con campesinos hablando con ellos, les preguntaba si no era paradójico que contra aquellas familias y contra aquellas gentes que enfrentaron sus abuelos, hoy fueran candidatos del Partido Acción Nacional y también del Partido Revolucionario Institucional en muchos de esos lugares. Y qué grave que ellos tuvieran que enfrentarse siempre a una defensa formal de lo que significaba el Partido Revolucionario Institucional cuando ellos fundaron y formaron, sobre todo, con el Partido de la Revolución Mexicana, con Cárdenas, una amplia y determinante participación de los campesinos en la conducción de ese partido. Y que efectivamente, en México hemos llegado en muchos lugares a que esta expresión del panismo tenga como consecuencia también la versión empanizada que muchas decisiones políticas ha tenido que ir tomando el Partido Revolucionario Institucional frente a esa especulación política de la derecha.

Por ello, cuando se busca la diferencia entre Clouthier y Toledo Corro, pues podemos encontrar que son muy pocas; muy pocas porque esencialmente ambos se dedican a lo mismo ó, ambos se enriquecen de la misma manera, ambos especulan contra los campesinos, simplemente el ataque del Partido Acción Nacional a Toledo Corro es un problema de especulación política, porque para ellos es mejor Clouthier que Toledo Corro, pero finalmente Toledo Corro y Clouthier son la misma cosa para los campesinos en Sinaloa.

Es muy grave que esta crisis económica compañeros legisladores, efectivamente esté colocando a la Conasupo un instrumento muy importante para combatir la intermediación y la especulación, realmente en condiciones donde no puedan ni regular, ni determinar la política de abasto y de comprarse en el campo. Pero Conasupo técnicamente se ha convertido en la entidad para importar al Estado alimentos básicos al exterior. Pero Conasupo crecientemente, es algo que nos debe preocupar mucho, está perdiendo capacidad de regulación y determinación del mercado agropecuario.

Hay pruebas contundentes, incluso todavía Conasupo en Tamaulipas y muchas partes, está debiendo las cosechas anteriores a los ejidatarios del país porque no hay solvencia económica en Conasupo. Basta ver el financiamiento a la propiedad social, a los ejidos y observar que solamente existen fondos en el Banco de Crédito Rural para financiar aproximadamente al 25% de los ejidos en nuestro país y los demás, pues que se las arreglen como puedan, no hay capacidad de financiamiento para la totalidad de ejidos que acaba de presentar aquí un diputado de la Confederación Nacional Campesina y del Partido Revolucionario Institucional, porque objetiva y técnicamente, Banrural no tiene los recursos suficientes para financiar la producción ejidal en nuestro país.

Hay que observar y aquí sí tiene que ver también el deslinde, lo que por la

agroindustria en nuestro país, ¿Pues quiénes dominan la agroindustria en México? ¿El Estado? Nadie puede decir que el Estado determina la orientación de la agroindustria cuando observamos que son las transnacionales las que han determinado el tipo de cultivos, cultivos para exportación, no para alimentación y cambiar incluso hábitos de consumo de la población, y quién no reconoce que la industria, la agroindustria y la industria alimentaria está dominada por cuatro, cinco grandes transnacionales en nuestros país; son hechos y las transnacionales han convertido las intermediarias financieras ahora para poder determinar lo que tengan que hacer los ejidos más productivos en muchas partes del país.

Recorriendo los ejidos en nuestro país, hermosas tierras ejidales con esfuerzo en infraestructura hidráulica están sembrando espárragos y flor de cempasúchil, flor de cempasúchil porque se puede comercializar, porque es un tinte que requieren ciertas industrias textiles del extranjero, tiene un mejor precio la flor de cempasúchil, espárragos porque tiene un buen mercado para el consumo en Estados Unidos, rábanos y cierto tipo de lechugas que no son para el consumo nacional. Se ha deformado la producción ejidal en nuestro país y el Secretario Pesqueira y muchos técnicos del sector agropecuario insisten en que es mejor que sigamos exportando baratijas agrícolas y recibiendo divisas, que gastemos nosotros en divisas para importar grano, es más rentable, es mejor económicamente, importar esos granos pero recibimos divisas porque estamos exportando rabanitos, espárragos, flor de cempasúchil y otras cosas que requieren los grandes mercados para países desarrollados para el consumo de sus poblaciones y se olvidan que estamos exportando salarios y trabajo al estar importando 10 millones aproximadamente de granos básicos, y usted véalo, es público lo que ha planteado Pesqueira, ha insistido reiteradamente en ese esquema de la producción agropecuaria, de repente, por las críticas que han hecho, rectifica, reorienta, pero finalmente se sigue manteniendo el modelo y en el noroeste de nuestro país, en Sonora y Sinaloa las principales tierras con infraestructura del estado, infraestructura hidráulica, están en manos de los llamados pequeños propietarios, esos que son últimamente claros clientes políticos de Acción Nacional que están exportando ese tipo de productos, y que lo están haciendo incluso con crédito del Banco de Crédito Rural y denunciamos nosotros que muchos de esos propietarios de la tierra, favorecidos con infraestructura y la inversión del Estado y con créditos todavía de la banca oficial, están haciendo inversiones a plazo fijo con el crédito del Banco de Crédito Rural, en Banamex o en Banco de Comercio o compran dólares para seguir invirtiendo en Bancos de Arizona, de donde son gran parte de ellos importantes contribuyentes y socios, incluso algunos de ellos.

Son hechos, contra eso hay que estar, y por eso lo compartimos evidentemente, que algunos salen aquí simplemente porque tienen que expresar una posición ideológica y vengan aquí a hablarnos de la Reforma Agraria, cuando es que su política es esencialmente una política contra la Reforma Agraria, contra los intereses campesinos.

Por otra parte, leyó su programa González Schmal y se adelantó un poco en lo que yo iba a decir, por que ésto coincide desafortunadamente con lo que se dedicó a hacer Martínez Villicaña en la Reforma Agraria, ¿A qué se dedicó Martínez Villicaña?, a aplicar la política del Partido Acción Nacional, a entregar certificados de derechos agrarios que han roto la capacidad de concebir al ejido como unidad productiva y a engañar falsamente a los campesinos con su certificado de derechos, para que se sientan propietarios de una parcela, rompiendo la unidad de producción que es esencialmente lo que es y debe ser el ejido, tal como se concibió y se planteó en el período Cardenista. Hoy ejidos colectivos destruidos ya de la vida nacional casi todos.

La tendencia a entregar certificados de derechos agrarios, la tendencia a hacer del ejido una suma de parcelas, es destruir el ejido como unidad de producción. Y es lo que se ha venido haciendo, al grado de que un tiempo la política del Banco de Crédito Rural y del Banco de Crédito Agropecuario antes Banrural, era prestarle por separado a los grupos solidarios que se formaban de campesinos y ahí se atomizó también la unidad de producción, financiando por separado a grupos solidarios de campesinos, que tanto combatimos y combatieron muchos campesinos durante muchos años. En fin, se han realizado políticas que no han contribuido a fortalecer a la propiedad social; que no han contribuido a fortalecer el ejido como unidad productiva; que han metido la tendencia de la propiedad privada, expresada en parcelas. Esto no quiere decir que no haya dirigentes campesinos en la Confederación Nacional Campesina que nosotros respetamos y reconocemos, que hacen un trabajo serio por la producción en este país, y que combaten y critican a los propios gerentes del Banco de Crédito Rural; que combaten y critican el incumplimiento de Conasupo; y coincidimos con ellos en la lucha, y hemos coincidido porque nuestro sectarismo no es enfermedad. No tenemos ningún temor a luchar junto con compañeros campesinos de la Confederación Nacional Campesina, como lo hemos hecho en San Fernando, en Pujal Coy y en muchos programas importantes que por burócratas de Agricultura y Recursos Hidráulicos y de Reforma Agraria, programas tan importantes se encuentran trabajando a menos de su capacidad productiva.

Son hechos que deben preocuparnos muy seriamente. Y la crisis económica coloca al Estado como rector de la economía, en condiciones francamente deplorables. Basta observar el monto de Banrural; basta observar la capacidad de pago o de financiamiento que tiene Conasupo para comprar

las cosechas y garantizar el precio de los básicos y el precio de los productos campesinos. Estamos reabriendo las puertas para que los especuladores vuelvan a hacer de las suyas en este país, para que se beneficien las grandes cadenas comerciales privadas. Si ustedes revisan qué es lo que más a crecido en la economía de la crisis, son las grandes cadenas comerciales, el comercio, la intermediación, porque estamos expuestos a una gran especulación; y los grandes almacenes que se abren por todas partes, se abren no porque haya crisis, se abren porque están convirtiéndose en el sujeto de mayor acaparamiento de los productos básicos en nuestro país.

Si revisan, grandes cadenas tienen hasta políticas ya, hasta unidades, transportes para directamente en el campo dominar esta producción, la comercialización de los campesinos. Eso es muy grave, eso viene ocurriendo y está ocurriendo. Por todo ello yo creo que nosotros debemos deslindar entonces. Efectivamente, las cosas en el campo andan mal, pero no todos aquellos que hablen del campo y digan las cosas que andan mal en el campo tengan la razón; hay diferencias ideológicas y políticas, y hay también responsabilidades de quién está trabajando, organizando y luchando efectivamente, y quienes solamente especulan y hablan de todo; o quienes simplemente hablan para seguir combatiendo la verdadera lucha de los campesinos.

Frente a ésto, nosotros entendemos muy bien que celebrar a Emiliano Zapata, para el Partido Socialista de los Trabajadores y para la Unión Nacional de Trabajadores Agrícolas que es la organización del Partido Socialista de los Trabajadores, es simplemente redoblar los esfuerzos de la organización, combatir las debilidades que están planteándose por esta administración y por pasadas administraciones, y acumular la suficiente fuerza para que en este país los campesinos logren poner en orden las cosas. Nadie va hacer por los campesinos lo que no hagan ellos por sí mismos. Ellos están organizándose, luchando, tomando conciencia a pesar de mucho dirigente predicador, de muchos dirigentes que son ya profesionales de la burocracia campesina; a pesar de muchos dirigente, hasta policiacos que andan infiltrados en el movimiento campesino, llevando a los compañeros a enfrentamientos entre propios campesinos en nombre de banderas revolucionarias, andan varios grupos también de ese tipo actuando en el campo. Frente a toda esta aparente confusión, nosotros sentimos que la organización y que la consigna de Zapata, original de la tierra es para quien la trabaja, nosotros entendemos ahora que la tierra y su producto es para quienes la trabajan. Esta consigna por la cual luchamos y pensamos que los campesinos están trabajando para superar y rectificar esas políticas, y en su momento ellos tendrán la palabra. Muchas gracias.

El C. presidente: - Para hechos el señor diputado Heberto Castillo Martínez.

El C. Heberto Castillo Martínez: - Señor presidente; compañeras y compañeros: la discusión parece que ha arrojado algunas luces que debiéramos de aprovechar para avanzar en el proceso libertario del campo y de los campesinos en México.

Yo quiero precisar solamente ésto: ¿es cierto que en los gobiernos que precedieron al de Cárdenas ha habido tonalidades, pero en general se ha mantenido la reforma a la Constitución e incluso se han establecido nuevas leyes que limitan aún más la capacidad de producción de los campesinos?

Ya parece evidente, y creo que todos los oradores han coincidido en ello, que en el tiempo actual no es posible concebir la producción individual a no ser en el arte, a no ser en las artesanías; que la producción en el campo tiene que ser cada vez más colectiva, y que para que la producción en el campo satisfaga las necesidades del país, tienen que mejorar las técnicas, pero tiene que garantizarse al trabajador el beneficio de su trabajo. Y también es necesario precisar ésto: Hay que insistir en la definición clara, honrada, honesta a los militantes de las diversas tendencias para que conozca la opinión pública, qué proponemos en cada una de estas actividades.

Esto es, ¿qué plantean los partidos en verdad? Y en ese sentido también, cuando se habla de la deficiencia de un secretario de estado, comprender que esta deficiencia de un secretario de estado no es sólo una falta personal, sino que es una responsabilidad de sus jefe inmediato, del Presidente de la República. Ahora que se hablaba de la forma en que había actuado Martínez Villicaña en la Reforma Agraria, nosotros recordábamos las gestiones que había, pues un hombre que fue gestor de los campesinos y que una vez que había cumplido su función como gobernante siguió en la gestión de defensa de los intereses de los campesinos: Lázaro Cárdenas.

Y vale la pena precisar aquí un hecho que puede dar luz sobre lo que hay que hacer respecto al problema en el campo ahora, abril ocho de 1986. Lázaro Cárdenas recorría la Cuenca del Balsas con aquel proyecto visionario para dar a México acero con una planta siderúrgica, como la que estableció en lo que ahora se llama Lázaro Cárdenas; y quienes caminamos con él por aquellos años del 56, no podemos ahora sino que reconocer su capacidad visionaria; pero él caminaba por ahí porque decía: Hacen falta caminos, hace falta un ferrocarril, hace falta que los campesinos tengan tierras, hace falta una presa, dos, tres, hace falta puerto, hace falta una planta siderúrgica. Y la gente decía; bueno, pero no es demasiado lo que hace falta, cuando veíamos aquellos páramos, aquellos desiertos y a veces aquellas junglas. Pero alguna vez, llegando a Altamirano, topamos con los campesinos irredentos que seguían buscando la tierra que

les habían concedido. Y tuvimos que charlar con ellos; y el documento que presentaban los campesinos para certificar que tenían derecho a la tierra, era un documento que me tocó a mí leer a la luz de un quinqué, porque había oscurecido, era un documento que estaba firmado por Lázaro Cárdenas, Presidente de la República, y habían pasado muchos años, era el año del 62 y la tierra no se le entregaba. Y preguntó que cómo se iba a resolver el problema si esas tierras que él había entregado estaban en poder del latifundista, que además nos había dado de almorzar unos horas antes. Cómo se iba a resolver ese problema, y entonces el general Cárdenas dijo algo muy importante; el señor secretario, no era secretario, entonces el jefe del agrario, es un hombre progresista, quiere hacer las cosas, pero en México por mucho que un secretario de estado quiera hacer una cosa, si el Presidente de la República no lo desea, no se hace.

Entonces una de las cuestiones que debemos tener muy claro es, que no se trata simplemente de estar fustigando al Presidente de la República desde esta tribuna, sino de no olvidar que la mala acción que se señala por ejemplo de Martínez Villicaña y las malas acciones que se señalen de los funcionarios del Ejecutivo, sí son malas y hay que condenarlas y hay que cuestionarlas, pero no hay que olvidar que hay una autoridad que puede poner el alto, y esa autoridad es el Presidente de la República. Y seremos consecuentes con nuestra responsabilidad política si no omitimos ese hecho y si no señalamos que el problema en el campo se puede resolver si a los campesinos se les da la tierra, si les recordamos desde todas las tribunas posibles a quienes señalan que el país está mal en el campo por la Reforma Agraria, por el ejido, si les recordamos que la estructura agraria de nuestra Patria no nace con la independencia, no nace con la conquista, es una estructura agraria que nace en la entraña de nuestra Patria desde siempre, que la producción comunal era una forma de vida, una costumbre que hemos destruido mucho de este hecho sustancial para desarrollarnos agrícolamente, que debemos volver a estos principios, que esos hombres del campo, esas mujeres del campo saben trabajar colectivamente, que no obstruyamos su nación natural para hacerlo, que la alternativa de México es la colectivilización de la producción en todos los órdenes, pero más que nada en el campo, porque la pequeña parcela, la división, el reparto agrario concebido como la unidad aislada es así condenarnos a muerte por hambre, porque la solución para México es producir colectivamente en el campo en las fábricas, yo diría en el arte, en la ciencia, en la política. Gracias

El C. presidente: - Tiene la palabra el senador Celso Humberto Delgado Ramírez.

El C. senador Celso Humberto Delgado Ramírez: - Compañeros de la directiva, respetables compañeros legisladores, respetables representantes de los medios de comunicación, respetables ciudadanos: Ciertamente si la Patria es la tierra, ella merece la consideración del estudio, la responsabilidad y el cuidado sobre las cuestiones de la tierra que de conformidad con este apotegma de Morelos, las cuestiones de la tierra serían las cuestiones de la Patria. Los Mexicanos hemos desarrollado un sistema político, combatido unas veces, sostenido por los mexicanos y combativo por otros mexicanos también en menor número acerca del sistema presidencial.

Nosotros sostenemos el sistema presidencial, porque hemos llegado a él con un esfuerzo de justicia desde todos los rincones del país, hay otras corrientes que no sostienen lo mismo y combaten la presidencia del Presidente en todos los actos y combaten las acciones del Presidente, que puedan ser del Presidente, para descentralizarlas y llevarlas a otras regiones a otros renglones, a otras esferas administrativas; nosotros sostenemos el sistema presidencial y estimamos dentro de este contexto teórico que el Ejecutivo sí es la primera autoridad agraria, también por razones históricas y por razones políticas, porque fueron grandes masas de campesinos los que le dieron el motor a nuestro proceso, primero de afirmación nacional, luego de independencia nacional, de estado de derecho, de revolución y después de una creación de un estado de derecho.

Hoy, con todos los errores que pueden calificarse o verse con lente de aumento para magnificarse, tenemos un país fuerte con problemas, sí, pero tenemos un país en ascenso, que se está realizando día a día con grandes esfuerzos y con grandes sacrificios.

El país de la revolución agraria de 15 millones de habitantes es hoy en 1986, un país de casi 80 millones de habitantes y este país de 80 millones de habitantes ha podido ser, gracias fundamentalmente a las grandes mayorías campesinas y a la política que se ha sostenido y sostienen esas grandes mayorías. Esta fecha, en torno del general Emiliano Zapata ha traído aquí una vez más incongruencias oportunistas, pero desechas éstas porque no merecen atención mayor, se conviene precisar algunas cosas:

Primero, se ha pedido de otros partidos a quienes militan en otros partidos su congruencia, porqué no se sostiene en esta tribuna lo que se sostiene en otras partes, a reserva de dar respuesta a este capítulo yo sí me reservo mi opinión sobre la forma de conducirse internamente militantes de otro partido dentro de su propio partido

No le voy a pedir que mantenga su criterio de unidad entre su partido, a pesar de sus divisiones o sus microdivisiones, no. Yo pienso que eso corresponde exclusivamente a la responsabilidad de los militantes de tales partidos que se unen y luego

se dividen y se multidividen. Las cuestiones de los militantes de partido, vamos a tratarlas en el marco de cada uno de nuestros partidos, en el marco de cada una de nuestras asambleas, en el marco de cada uno de nuestros modos de hacer política.

Mi partido, el Partido Revolucionario Institucional, estructurado orgánicamente por tres sectores y uno de ellos mayoritario, por número y por calidad del sector agrario, tiene postulados específicos y claros. No es tarea de hoy, ha sido tarea de siempre. No nos viene de las últimas elecciones, ni postulamos posiciones políticas de vanguardia, de emancipación, de combate a la desigualdad, porque aspiramos a la próxima alcaldía o al próximo gobierno del Estado que se discute, en el norte, en el centro o en el sur. No, los postulados de mi partido, del Partido Revolucionario Institucional, que tiene también como autoridad de calidad máxima, al Presidente de la República. Y en nuestro tiempo el revolucionario Miguel de la Madrid, ha podido conjuntar su declaración de principios, su programa de acción, en la experiencia, en la realidad, en la trinchera, en el campo y en la administración pública como en la administración de justicia. No ha sido tarea exclusiva de tribuna, ni tarea exclusiva de iniciativa. No basta, no puede uno irresponsabilizarse con la presentación de una iniciativa desde la tribuna, o en la tribuna o en la oficialía de partes, sino en las acciones cotidianas. Qué más quisiéramos todos, que todos actuáramos de conformidad con las aspiraciones y los ideales políticos. Por eso son ideales políticos los que nos jalan y a los que tratamos de hacer congruentes nuestros actos cotidianos.

La organización agraria que existe en nuestro tiempo, sí efectivamente viene de lejos, viene de la organización comunal; pero no vamos a negar tampoco en esta hora, lo que significó el choque de sangres y de razas y de culturas. No es tarea de hoy ni vamos a negar en obsequio de esa gran institución que es el ejido, que son las comunidades indígenas, o la pequeña propiedad. Las tres son instituciones que están en la Constitución y que están en nuestra propia historia, en nuestro ser, en nuestra realidad constitucional y nuestra realidad social y económica. Pero tampoco vamos a traer aquí formas para deteriorar, de turbar o desnaturalizar tales instituciones. Si al ejido se le conoce como pueblo, y al ejido se le conoce como organización económica, si el ejido también es organización social, el ejido también es organización política, y ha sido escuela de democracia en el campo mexicano. Sí, efectivamente, los campesinos de México, los ejidatarios de México, los trabajadores del campo de México que están organizados, sí están organizados para votar, porque también es una organización política, pero ésto no niega su organización natural, su organización social, su organización política y su organización para la producción.

Pero hay que analizar, por eso conviene hablar con toda responsabilidad de esta tribuna, de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión; a las grandes extensiones de tierra del norte del país, hay que enfrentar estas pequeñas extensiones de tierra del centro aquí en Tlaxcala, en Hidalgo. Cuando la disputa era por cientos de miles de hectáreas en Chihuahua o en Sonora, la disputa aquí a unos cuantos kilómetros es por zurcos. Cuando la disputa es por las tierras de temporal y el número de hectáreas que establece la Constitución para la pequeña propiedad en tierras de temporal o cerriles, no hay que perder de vista que también la Ley de la Tierra se apareja con otra ley, la Ley de Agua que establece también un límite para la pequeña propiedad cuando estas tierras reciben agua, y no son las famosas cien hectáreas, son menos de cien hectáreas.

La cuestión agraria es la cuestión de la Patria. Si; no vamos a cantar en nuestro tiempo que hemos logrado la justicia agraria plena, no; nos hace falta mucho por hacer. Sí hay desigualdad, es cierto; falta que alcancemos plenamente lo que nos hemos propuesto y nuestros ideales, pero estamos avanzando, pero hemos avanzado.

El latifundio como organización política, como organización económica, como organización social, fue vencido por la Revolución Mexicana, fue vencido por los mexicanos. Hay en nuestro tiempo y persisten otras formas, de latifundio financiero, el de prestanombres y otros más que se pierden en los vericuetos, sí, del burocratismo, de todas partes, y en el precio de la moneda que viene de todas partes. Pero el latifundio como institución, como organización social, como organización económica que existía en el porfirismo, que fue cuando se inició la Revolución Mexicana, desapareció por la acción decidida y justiciera de los gobiernos emanados de la Revolución Mexicana, de antes de Cárdenas, con Cárdenas y después del general Lázaro Cárdenas. Esto es muy conveniente revisarlo. ¿Cuántos campesinos sin tierra o con derecho a salvo existían en 1915 con la ley del seis de enero? ¿Cuántos existían después de que fue aprobada la Constitución y a la luz del artículo 27 que contempló la Ley del seis de enero y todos los planes agrarios, entre otros el Plan de Ayala, y los planes de liberales magonistas.

Bien sabían los revolucionarios de entonces, como lo sabemos los de ahora, que la causa agraria está íntimamente ligada con todo lo que sea lo mexicano. De otra manera no tendría sentido una interpretación histórica en el reparto de tierra en Ixcamilpa, estado de Puebla o también de los borregos en Tamaulipas. Por eso, conviene que revisemos perfectamente y con toda responsabilidad desde el ángulo de nuestras estructuras ideológicas de nuestra organización y de la realidad, que si los campesinos militan mayoritariamente en un partido, que este partido es el Revolucionario

Institucional y que no es vergonzante que los campesinos militen en un partido político, es un derecho que tienen ellos, como lo tienen los obreros, o lo tienen las nuevas clases medias que en su origen fueron clases campesinas, fueron clase trabajadora.

Las clases medias mexicanas, las clases populares en México, no nacieron de la generación espontánea, nacieron de una organización de una sociedad rural y, sobre todo, de las clases trabajadoras. Basta verse cada uno de los que estamos aquí que sacuda su árbol genealógico; dónde están los condes, dónde están los duques, dónde los banqueros, los financieros, hay que sacudirse el árbol genealógico y todos encontramos que cae de ese árbol genealógico como base germinal, una sociedad agraria.

La familia revolucionaria mexicana nació en el campo. Los nuevos profesionistas que egresaron de las escuelas profesionales, universidades o politécnicos o tecnológicos, o las escuelas normales rurales, o las escuelas normales superiores, la gran mayoría son hijos de campesinos, nietos de campesinos, bisnietos de campesinos. Esta es la base de México; esta es la base de nuestro país. Esta medida del campo mexicano, con todos sus avances y también con los retrocesos, es la medida nuestra y es la medida de todo el país.

Correlativamente a lo que a veces llama la atención de los propios nacionales y de los extranjeros, de los avances y los grandes desarrollos tecnológicos en materia de construcción, en materia de comunicaciones, en materia de educación, corresponde casi correlativamente a algunos retrocesos también en materia agraria.

Nosotros estamos en contra de los actuales precios de garantía, los consideramos injustos. Pero ésto hay que decirse también en las ciudades, a quienes participan del sector industrial o del sector del servicio, que cuando empieza a subir el precio del frijol, del maíz, de la cebada, del arroz y de otros productos del campo, piden que se bajen los precios. ¿Quién va a pagar la diferencia? ¿El campo va a seguir pagando la diferencia? Esto es lo que sostiene el Partido Revolucionario Institucional; que debe haber una reconversión más equitativa en los términos de intercambio del sector agrario, el sector industrial y el sector de servicios, y en lo que podríamos llamar todavía en buena medida desde quienes viven en el pavimento y quienes viven fuera del pavimento.

Pero a este avance, a este esfuerzo hay un valor importante que no hay que desconocer, lo que permite al país avanzar en la libertad, en el ejercicio de esa libertad desde cualquiera de los puntos de vista de los partidos políticos representados en la sociedad nacional, organizaciones o asociaciones políticas. Eso sólo es posible cuando hay paz social, cuando hay una mayoría nacional que está convencida de la convivencia pacífica en la ley y ésta mayoría es la mayoría trabajadora y es la mayoría campesina.

Hay que traer aquí, y ya se han hecho de alguna manera los avances en el campo. Hoy, a propósito de Emiliano Zapata, vamos a negar la reforma agraria, yo bien se que es una postura política de algunos compañeros legisladores negar la reforma agraria, pero háganlo con cuidado, digan mejor que están mejor en contra de determinadas personas; negar la reforma agraria es negar al país, es negar el esfuerzo de los campesinos, de los trabajadores, de los intelectuales al servicio del campo, como las enormes masas de maestros rurales que fueron a alfabetizar al país. La reforma agraria desde hace tiempo lo hemos considerado así, no es el reparto exclusivo de la tierra, que por algún vericueto, burocracia o corruptela haya quedado todavía como hablábamos alguna nueva forma de latifundismo.

La reforma agraria ha sido también el crédito, ojalá y tuviéramos dinero suficiente para repartir más créditos, pero el crédito también fue creado por los gobiernos de la Revolución, entendiendo las demandas de los campesinos. El agua, y aquí hay ingenieros, ¿cuántas presas hay en el país? La educación, ¿cuántas escuelas hay en el campo? Las comunicaciones, los caminos de mano de obra a las supercarreteras, ¿cuántos caminos de mano de obra hay aquí? ¿Vale la pena cuidar esas palabras al negar la reforma agraria? Negar la reforma agraria es negarse a sí mismo, es en pocas palabras, no conocer el país en el que se está viviendo, y negarse a sí mismo históricamente.

Yo quisiera insistir, además, en tópicos que en esta fecha conviene recordarlo. Hay una desigualdad en el campo, que es la desigualdad del país, vamos a combatirla; no demagógicamente, vamos a combatirla responsablemente, por eso la Reforma Constitucional, introducida en el 27 Constitucional sobre el desarrollo agrario integral, ésta es la concepción filosófica y la concepción política y la concepción normativa para cambiar esa desigualdad, el desarrollo agrario integral, y ésto no significa que pese a nuestras carencias, de que pese a que aspiramos a mejores condiciones económicas, a eficiencia económica en el campo, tampoco deseamos que la eficiencia económica sea un pretexto para detener el proceso de Reforma Agraria, sino además sea un propósito, no un pretexto, pero con el cual se puede seguir avanzando.

Hoy los campesinos, y hay distintas clases de campesinos de conformidad como ha ido avanzando el proceso de trabajo en el campo los de Morelos, los de Nayarit, los de Chiapas, los de Veracruz y no son anécdotas las luchas agrarias de los campesinos mexicanos, son luchas presentes, basta todavía traer aquí las palabras del dirigente de la

Confederación Nacional Campesina, aquella fundada por Lázaro Cárdenas y que sigue vigente todavía con los postulados de la Revolución Mexicana, que el compañero Hernández Posadas reclamaba mejores condiciones y mejor justicia agraria; pero ésto hay que contemplarlo en la realidad no sólo desde esta tribuna; yo entiendo que a veces hay que cumplir funciones o misiones de partido, pero hay que cumplirlas responsablemente, se reclama sin razón la posición clara del Partido Revolucionario Institucional en materia agraria; la más reciente asamblea nacional de mi partido, del partido mayoritario de México, celebrada el año pasado, trajo aquí las consideraciones ideológicas y las acciones programáticas que aspiramos a realizar los priístas, se dieron a conocer durante más de un año en un proceso de organización de una asamblea nacional que tiene las tres características fundamentales, ideas, organización y militante, porque hay partidos que solamente tienen ideas y no hay organización y no hay militantes, y hay otros que tienen unos cuantos militantes pero no tienen ideas ni tienen organizaciones; y hay unos que sólo se quedaron con la pura organización.

A esta asamblea nacional, llegamos como producto de más de 37 mil asambleas políticas, asambleas en los seccionales, en los comités de barrio, en los ejidos, en las comunidades, en las ciudades. Y de las bases de esas asambleas, éstas son las demandas y hay que grabárselas muy bien no sólo quienes estamos aquí, sino quienes no están representados aquí y que representan al capital y que representan intereses extranjeros.

Estas son las causas campesinas por las que lucha el Partido Revolucionario Institucional; la liberación plena de la sociedad rural mexicana mediante la participación democrática de sus miembros en todos los órdenes de la vida política, económica y social de la nación.

El rechazo a toda forma de servidumbre o de dominio, el manejo autónomo y el éxito de las organizaciones agrarias, la intervención campesina en todas las etapas del proceso de planeación democrática en el campo, el replanteamiento de las relaciones de los campesinos en la administración pública agropecuaria a fin de eliminar prácticas, arbitrariedades, burocratismo y corruptelas, la descentralización hacia los gobiernos de las entidades federativas y programas agropecuarios básicos que realiza el Gobierno Federal, y la vigilancia estricta sobre los programas del sector público orientados al medio rural, para que los campesinos contribuyan y se beneficien con la renovación moral de la sociedad.

Llevar hasta sus últimas consecuencias el reparto de toda la tierra legalmente afectable, centrando la política agraria en la distribución de los latifundios abiertos o simulados, el combate al neolatifundismo familiar; estableciendo como requisito para ser pequeño propietario, tener 16 años de edad en igualdad de condiciones de lo dispuesto para ser ejidatario, penalizar a quienes practiquen la simulación agraria y el acaparamiento para disponer de superficies por encima de los límites legales, la revisión del amparo agrario a fin de impedir sirva de instrumento que encubra concentraciones de tierra, evitar el manejo indebido de las inafectabilidades ganaderas, la eliminación del rezago de expedientes acelerando la ejecución de las resoluciones dotatorias o destitutorias, la regulación de derechos individuales sobre la base de investigaciones de usufructo parcelario, el combate al rentismo ejidal, la ampliación en número y en atribuciones de tribunales y juzgados que permitan agilizar la impartición de la justicia agraria, para garantizar la seguridad jurídica a todas las formas de tenencia consagradas por la Constitución General de la República.

Exigir la regulación del mercado de trabajo rural mediante la creación de empleos en zonas críticas, el pago de salario mínimo, el cumplimiento de las prestaciones laborales previstas por la ley, el aseguramiento de condiciones dignas para la realización de las labores, el desarrollo de programas de capacitación, la organización de sindicatos de obreros y jornaleros agrícolas, así como la vigencia plena de los derechos sociales para los trabajadores y sus familiares.

La participación de los grupos étnicos en la determinación de la política indigenista, dándole prioridad a la recuperación de los territorios de que han sido despojados, a la regularización de la tenencia de sus tierras, a la realización de programas de capacitación para organizar y planear su desarrollo integral, el fomento y diversificación de sus actividades productivas, a la coordinación de las instituciones federales y estatales que intervienen en la atención de los problemas ancestrales de maquinación que los aquejan, así como la eliminación de todos los vicios de colonialismo interno y su integración al desarrollo nacional.

El impulso a la organización de los productores agropecuarios a través de la creación de unidades de producción conformadas como empresas ejidales colectivas, uniones de ejidos, cooperativas de minifundistas, asociaciones locales, regionales, estatales y nacionales por actividad o por rama de producción y cualquier otra forma justa de integración productiva prevista por la legislación vigente para lograr que los campesinos se asocien en entidades mixtas con el estado y con el sector social de la economía en la realización de proyectos agrícolas, pecuarios, forestales, pesqueros y de servicios que contribuyan al desarrollo del país.

El aumento y uso óptimo - sigue diciendo el documento del Partido Revolucionario Institucional - de los recursos canalizados al campo, reclamando

que su aplicación corresponda a los fines de la estrategia de desarrollo rural integral sustentado en la construcción eficiente de la infraestructura necesaria para la producción, tales como caminos vecinales, instalaciones pecuarias, obras hidroagrícolas para irrigación y drenaje en distritos de temporal, en distritos de riego que permitan la distribución equitativa del agua, la integración y funcionamiento de centrales de maquinaria y equipos agrícolas requeridos en trabajos de preparación de tierras para siembra, cultivo y cosecha y la utilización de insumos en la forma de fertilizantes, semillas mejoradas y pesticidas, con el apoyo de la investigación agropecuaria la asistencia técnica y el extensionismo sin menoscabo de la utilización de tecnologías adicionales.

Un financiamiento creciente para el fomento agropecuario, forestal y pesquero por medio de créditos suficientes, oportunos y baratos otorgados por la Banca de Desarrollo Rural y la Banca Nacionalizada, promoviendo una política crediticia preferencial para campesinos de escasos recursos y para el desarrollo de la ganadería ejidal, así como una cobertura del seguro agrícola que responda por la totalidad de la inversión y no sólo por los gastos de siembra.

El logro de la autosuficiencia alimentaria de la nación, orientando la oferta agropecuaria a satisfacer necesidades sociales básicas a través de la unidad de acción pública de las políticas agrarias y agropecuarias, la elevación del nivel y la calidad nutricional de los mexicanos, la intensificación del consumo de proteínas de origen animal, el desarrollo de una tecnología de alimentos que propicien la industrialización de materias primas provenientes del campo, garantice su conservación, mejore su distribución y enriquezca su contenido nutritivo.

El mejoramiento de la producción y la productividad en el agro, mediante la capacitación de los campesinos en la aplicación de los avances tecnológicos, permitiendo la retención de excedentes en el beneficio de las comunidades rurales, la regionalización del país, conforme a la vocación productiva de recursos disponibles en cada zona, en forma tal que todos estos elementos contribuyan a impedir importaciones comerciales onerosas que hagan vulnerable el ejercicio pleno de la soberanía nacional.

El mejoramiento del nivel de ingresos de la población rural logrado con la revisión periódica de los precios de garantía, de los productos agropecuarios tomando en cuenta la participación de los campesinos en la determinación de sus montos conforme a sus costos registrados, la reorientación de subsidios, privilegiando el fomento a la producción sobre el consumo y evitando que sean motivo para fijar precios de garantía injustos. La nacionalización del sistema comercial de los productos del campo, haciendo participar a los agricultores con los organismos públicos descentralizados en el acopio, transporte y distribución, que permitan eliminar la intermediación excesiva, el impulso a la agroindustria para agregarle valor a la fuerza del sector primario, procurando una mejor relación en los precios de intercambio con los bienes y servicios que le aportan los otros sectores productivos de la economía, así como el estímulo a las exportaciones sin detrimento de la atención, de la demanda interna y beneficiando en todos los casos a los hombres del campo y al desarrollo del país.

Un desarrollo rural integral que distribuya equitativamente los beneficios del crecimiento agropecuario y forestal, garantizando a los habitantes del agro: empleos, alimentación, salud, vivienda, educación, impartición de justicia y dotación de infraestructura para el bienestar social que permita avanzar en la construcción de una sociedad mexicana cada vez más igualitaria.

Estos son nuestros postulados. Los hechos están a la vista de toda la nación, nos hace falta mucho por hacer. Es ese, el compromiso de los revolucionarios que militamos en el Partido Revolucionario Institucional. Vale la pena insistir en la soberanía alimentaria y lo que fue Ceimsa hoy es Conasupo, con todas las limitaciones vamos a apoyar las empresas del estado y al sector social, vamos a apoyar a nuestro país.

Hemos trabajado, nuestros padres y nuestros abuelos por construir nuestro país. Y hay que recordar, aquí está la anécdota del reparto de tierras de Baja California cuando ésta se colonizaba. Los colonos que estuvieron en Baja California, los que llegaron de todos los rumbos del país, eran ejidatarios, convencido el gobierno de la República que en la conciencia de los ejidatarios está la conciencia de la nacionalidad y que en ningún momento y por ningún motivo habría desmembraciones nacionales; porque estarían garantizadas por el propio sistema de organización ejidal de la República.

Respetables compañeros: Zapata es compromiso, no sólo es un hombre, compromiso para el que lo pronuncia, cualquiera que sea su motivo. Los que hemos hablado esta mañana pronunciando el nombre de Zapata, estamos comprometidos; vamos a actuar desde cualquier parte donde nos encontremos, en cualquiera que sea nuestra trinchera, en algunas de ellas nos vamos a combatir, pero el país seguirá teniendo el rumbo que le marcaron las grandes masas campesinas y trabajadoras que hicieron la revolución y los hijos de esas masas que siguen sosteniendo la revolución con Miguel de la Madrid, en la Presidencia de la República. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene al palabra el diputado Heberto Castillo Martínez.

El C. diputado Heberto Castillo Martínez: - Sí, compañeras y compañeros legisladores: no es posible dejar sin réplica la farragosa intervención del compañero Celso Delgado.

Alguien comentaba por ahí, compañero Alcocer, que tal vez valga la pena precisar que uno de los recursos no renovables es el tiempo y también que no es posible a los que no somos miembros del Partido Revolucionario Institucional, a quienes militamos en otras organizaciones y a quienes no militan en organización alguna, periodistas y observadores, no es posible convencernos con palabras. Si Zapata estuviera por aquí, seguramente diría que son mejores tierras que palabras. Y como dicen en mi tierra "yo de lengua me como un plato". Y también diría que es bueno y sería bueno que un partido accediendo al poder, ésto es un partido que hubiera llegado al poder ayer, expresar planteamientos como los que expresó el compañero Delgado, es un buen programa de gobierno para empezar.

Pero compañeros, ciertamente llevamos algunos añitos viendo estos esfuerzos que hacen los luchadores sociales en México, 40 años tenemos de contrareforma agraria.

Quiero precisar una cosa muy concretamente, se nos ha dicho aquí, que las cuestiones internas de cada partido deben dirimirse en los partidos y como quien no quiere la cosa, se señala que algunos partidos se dividen, se unen, se fusionan y luego siguen apareciendo como pobres criaturas que a veces sólo tienen ideas, ya es una concesión; pero a veces no tienen organización ni militantes. Que el partido, el Partido Revolucionario Institucional tiene ideas tiene organización y tiene militantes; pero qué poca capacidad de realización, compañeros, porque la capacidad de realización se mide en lo que falta; ciertamente ya alguien nos dijo lo que han hecho, cuántas hectáreas repartidas, pero vamos a decir lo que falta y si lo que falta es ésto después de casi 70 años de triunfo de la Revolución, entonces como que las ideas, la organización y los militantes como que no han funcionado del todo bien.

Pero yo creo que hay una enajenación de parte de algunos compañeros priístas, el Partido Revolucionario Institucional no es la nación compañeros; aquí nos han dicho que no tenemos derecho casi a planear las incoherencias, las incongruencias de los priístas que afuera señalan la necesidad de acabar con el amparo agrario y dentro no lo hacen. Estos son problemas internos del Partido Revolucionario Institucional; qué buena concepción se tiene de la Patria. Si, Morelos decía que la patria era la tierra, y ya desde Morelos hablaba él de la Patria, de la tierra y de la libertad, no es una consigna que haya surgido allá en los principios de la Revolución Mexicana. Ya lo planteaba don José María Morelos y Pavón, ¿pero que acaso México es el Partido Revolucionario Institucional? qué acaso un planteamiento de un priísta, de un senador o de un diputado, diputado y senador he dicho, dicen que la Confederación Nacional de Campesinos, dirigentes de la Confederación de Trabajadores de México, y del Congreso del Trabajo, dirigentes de organizaciones obreras y campesinas; que es coherente o es congruente que por diferencias internas de partido fuera digan una cosa y dentro otra, que por fuera se producen por escala móvil de salarios y dentro pero ni por asomo le mencionen, son diferencias internas o es un engaño externo a la opinión pública nacional, o es demagogia, o es engaño, engaño abierto; lo podemos aceptar podemos aceptar, ya no digo desde un partido de la oposición, que un ciudadano común y corriente que por un lado le digan que quieren hacer ésto y en el Congreso que digan que no lo quieren hacer, ¿qué es eso?, yo preguntaría concretamente, no entiendo como están tan entusiastas con Cárdenas y tan entusiastas con Alemán, no entiendo, porque con Cárdenas practicaba el reparto agrario, gracias a que no había amparo agrario, pero entonces eso era muy bueno, eso era muy buen camino y cuando se suprime, cuando se reestablece el amparo agrario también es muy bueno y si yo diría y lo vuelven a quitar por una disposición del Ejecutivo, también dirían que es muy bueno, porque yo recuerdo esas discusiones en 1946, véanse las discusiones en la Cámara de Diputados y vean las discusiones en diciembre cuando cambia el criterio. Entonces no se puede aceptar que nosotros, al señalar la incoherencia de los planteamientos de los priístas, estamos metiéndonos en la vida interna del Partido Revolucionario Institucional, y diríamos que los planteamientos del Partido Revolucionario Institucional en esta plataforma política son muy buenos, pero como ciudadanos siempre diríamos, lo que nos extraña un poco es que digan una cosa y hacen otra, nada más si lo quieren tomar como en extrañamiento, como una duda, una cosa que no entendemos bien.

Luego, miren ésto de señalar que no ha sido tarea de tribuna o de iniciativa lo que ha hecho el Partido Revolucionario Institucional en el país, sino en las acciones cotidianas, miren, en eso ningún legislador tiene derecho a pensar que es el único que trabaja todos los días, algunos lo hacemos, aunque claro, nuestra incapacidad mental hace que todo lo que hagamos se vea muy mal, muy pobre, pero el esfuerzo lo hacemos; entonces señalar que solamente ustedes han trabajado, que solamente ustedes tienen acciones concretas en el campo, en las fábricas, que sólo ustedes han luchado, permítanme al menos dudarlo, algunos en la oposición también hemos luchado tan torpemente, que a veces hemos parado en la cárcel, pero hemos luchado; claro se pensará que hemos vivido en el error y permanecemos en eso y no podemos aceptar que aquí en la tribuna, sin réplica algún compañero legislador diga que los únicos que trabajan,

que los únicos que han forjado este país, son los legisladores del Partido Revolucionario Institucional, que los militantes del Partido Revolucionario Institucional - no - hay millones de mexicanos muy humildes, que no conocen siquiera lo que es un partido político, y que han forjado nuestra Patria. Hay millones de mexicanos que luchan todos los días para forjar este México y no pertenecen a ningún partido. Votan a veces, pero muchos ni siquiera lo hacen; negar que los seres humanos que habitamos este territorio estamos contribuyendo con nuestro esfuerzo a construir este país y atribuirle todos los méritos al Partido Revolucionario Institucional, es tan malo como pensar que todo lo que pasa en México, todo lo malo que hay, es producto del Partido Revolucionario Institucional o del gobierno.

No es cierto, hemos señalado que lo grave del problema que vive nuestro país, es que se han tomado las ideas, se han tomado hasta a veces las formas de organización de los enemigos del progreso en nuestra Patria. Entonces, para el compañero Delgado diría yo, nos puede hablar tres horas y con una buena técnica oratoria - sí - pero nos va a convencer con argumentos, no con que nos lea el programa del Partido Revolucionario Institucional o de la declaración de los derechos humanos o alguna obra de Tolstoi, no sé, no nos va a convencer con eso. Tienen que ser hechos concretos sobre el problema que estamos viviendo.

Y actualmente en México, en Chiapas, en Campeche, en Guerrero, en Oaxaca, en Veracruz, en Hidalgo, hay hambre, hay miseria. Y si a los campesinos se les fuera a decir que la Revolución es la que ha hecho ésto, quizá se volvieran contrarrevolucionarios. Nosotros no les señalamos esto, nosotros les decimos a esos campesinos en Nayarit, en Jalisco, en Veracruz, les decimos que el problema es el abandono de las tesis agraristas. El abandono de las tesis obreras, el abandono de las tesis patrióticas de nuestros grandes héroes, no les decimos que la Reforma Agraria no sirve. Nosotros habíamos señalado, no nos hemos pronunciado en contra de la Reforma Agraria, al señalar la traición a la Reforma Agraria, hemos dicho que no se es consecuente con los planteamientos iniciales de la Reforma Agraria, hemos señalado ésto, porque nos sentimos corresponsables por supuesto, son 40 años de oponernos más o menos conscientemente y yo diría más o menos organizadamente, a la reforma alemanista en 1946. El licenciado Narciso Bassols, el mismo mes de diciembre planteaba las cosas con mucha claridad y siendo estudiantes nosotros acudíamos a algunas conferencias y veíamos cuánta razón tenía. Y como anunciaba lo que iba a pasar, lo que pasó, porque también esquematizó las cosas, al grado de decir que nosotros negamos toda otra forma de propiedad que no sea la ejidal, eso es falta a la verdad. Nosotros defendemos la pequeña propiedad como una necesidad, pero ahí también, desde Morelos ya como esa pequeña propiedad que una familia puede desarrollar.

Cuando se ha defendido aquí a López Mateos como agrarista, yo recuerdo el asesinato de Rubén Jaramillo y su declaración expresa del latifundio familiar de consagrar el latifundio familiar. Entonces, compañeros, yo no puedo dejar sin réplica la afirmación de que pedir congruencia a cualquier funcionario público, a cualquier representante popular, sea solamente función interna de un partido.

Creo que en estos momentos de crisis económica, en estos momentos tan duros, para nuestra Patria, la cosa que más debiéramos plantear el exigirle coherencia, congruencia a todo luchador político, sea de la tendencia que sea, que sea congruente, que sea coherente, porque ésto es lo que da credibilidad a la lucha de las gentes.

Nuestro pueblo no va a creer a un luchador agrarista como Toledo Corro, no va a creerle; perdónenme ustedes, pero no lo cree, y no le va a creer a un luchador proletario como Carlos Hank González; tampoco, no le va a creer. Ellos dicen: - bueno yo soy un terrateniente - yo soy un empresario y estoy defendiendo estos principios; probablemente les crean.

Exigiremos coherencia y señalamos: no dejaremos sin réplica una afirmación que pretende invalidar nuestro derecho a denunciar las inconsecuencias, las irregularidades que observemos en la vida pública de México.

El C. Presidente: - El C. diputado Jesús González Schmal tiene la palabra.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Señor Presidente, me dejó sin derecho a la interpelación el diputado Delgado, no voy a utilizar el tiempo que él ocupó, para en efecto hacer mención de un catálogo de buenas intenciones; sólo quiero hacer varias precisiones históricas.

El Plan de San Luis de Francisco I. Madero postula la reivindicación de las tierras comunales a favor de sus legítimos y originarios propietarios, de las que se les había despojado por el régimen porfirista, y naturalmente no tuvo Madero ninguna proposición en materia ejidal, porque el ejido fue una institución posterior que sí ya asume Carranza en la Constitución del 17.

Por otro lado, ese mensaje maniqueista del senador Delgado, se le olvida señalar, si es que quiere hacer realmente un repaso histórico, que nada menos que el fundador del Partido Acción Nacional, Manuel Gómez Morín fue el creador de la primera Ley de Crédito Agrario, que fundó el banco de la materia y que renunció a ese como asesor, como asesor de ese banco precisamente porque de los primeros créditos que otorgó el sistema a los supuestos

beneficiarios de los créditos, fue a un influyente político de la época para adquirir una sociedad rural.

Lo que también rechazo categóricamente, es esa analogía entre Clouthier y Toledo Corro. Clouthier es uno como tantos miembros del partido que se dedica a su actividad personal, que defiende dentro de los marcos legales lo que él considera, en su posición y sus derechos, y, Toledo Corro es un gobernador que ha traicionado al pueblo y ahora en la picota de la situación por su colusión con el tráfico de drogas y con la violencia en el estado de Sinaloa.

Finalmente, pues, acabo con la interpelación que le iba a hacer al senador Delgado. Todo este catálogo de buenas intenciones ¿quién debe realizarlo? primera pregunta, ¿quién está obligado a su cumplimiento? segundo, ¿cuántos años tiene su partido en el poder?

El C. presidente: - Señor senador Celso Humberto Delgado Ramírez, tiene usted la palabra.

El C. senador Celso Humberto Delgado Ramírez: - Respetables compañeros de la directiva, respetables compañeros legisladores, respetables representantes de los medios, respetables ciudadanos: antes de continuar con este debate, que insisto son de las cuestiones importantes que a todos nos ocupan, tomo nota del tiempo, pero del tiempo que tenemos desde que se inició la permanente, que habría que ver cuántos han hablado, cuántas veces han hablado. Y no voy a pedir a la secretaría quién es el que más ha hablado, porque está en su derecho y qué bueno que hable. El derecho de hablar, el derecho de exponer las ideas, el que esta tribuna sea plural también es producto de la Revolución. Primero como una necesidad histórica y después una iniciativa de ley enviada por el Ejecutivo, por López Mateos hizo posible la presencia de los partidos políticos. Después otra iniciativa de Ley, enviada por el Presidente Echeverría, le dio otra forma a la presencia de los partidos políticos. Y siguiendo este proceso de reforma política, la última y más reciente de reforma política del presidente López Portillo, hizo más amplia la presencia de los partidos políticos para que hablaran, para que expresaran su punto de vista los legisladores.

Qué bueno que así sea y que se hable con todo el tiempo y en su tiempo. Y sin parodear algún poeta estridentista que se puso de moda más recientemente. Pero vale la pena sí hacer unas aclaraciones y rectificaciones. Efectivamente, el país lo hemos construido todos, claro que sí. La mayoría de nosotros asumimos las responsabilidades que nos corresponden como mayoría, en los aciertos y en los desaciertos, y las asumimos plenamente y procuraremos y hemos procurado en un proceso de transformación constante transformando y transformándonos a nosotros mismos, perfeccionar nuestro sistema político y nuestras condiciones de vida. Debo además, en obsequio del rigor que nos reclama una comisión plural, de un Congreso plural donde participamos nueve partidos políticos, que siendo partidos políticos, e insisto, en las características de organización, estructura, de militantes e ideas, en el seno de los partidos políticos hay frenos y contrapesos, la férrea disciplina de que hablaba algún teórico europeo allá por el año de 1920 o 25, o la flexible que permiten los sistemas de bipartidismo cambiarse de demócrata conservador o viceversa, o de liberal o de conservador, o de laborista a conservador, etcétera, de acuerdo al sistema político. Pero sí conviene traer aquí, la forma de los partidos mexicanos y en particular a mi partido que es al que me corresponde analizar y hablar de él, de mi partido. Mi partido es un partido de trabajadores, mi partido es un partido de clases, mi partido es un partido de militantes del campo y de la ciudad, de nivel primario como de nivel profesional, con faldas o con pantalones, tales son los militantes de nuestro partido; jóvenes y viejos, esa es la característica de un partido de clases o multiclasista.

Y dentro del partido, dentro de la democracia de mi partido hay también en el marco de los estatutos la declaración de principios, hay distintas posiciones. Y cuando llegamos dentro del seno de nuestro partido a un consenso general sobre cómo actuar en un determinado tiempo y en determinado lugar sobre determinado problema, actuamos y es entonces cuando la acción, el postulado, el programa, la idea se hace realidad; cuando no logramos ese consenso definitivo seguimos trabajando intensamente por alcanzarlo en nuestros trabajos.

En mi partido, hay quienes están en contra totalmente del amparo agrario y en otras materias, y hay también quienes están y son la mayoría, en que se revise el amparo en materia agraria ¿cómo le he dado lectura aquí a los documentos de nuestro partido? ¿porqué hay libre juego democrático en mi partido acerca de las posiciones? ¿cómo sé también que en algunos partidos políticos, nuevos militantes están en contra del origen de su partido o de cómo surgió y de cómo ha ido cambiando?. Y para ésto justamente hay que traer aquí esos tiempos en materia agraria, no sólo del Plan de San Luis, de muchos planes. Acordémonos cómo, en el siglo pasado una posición liberalista a ultranza que trajo primero el combate al gran latifundista que había en el siglo pasado, el gran latifundio del siglo pasado que tenía como titular a la iglesia, al clero, trajo también en una aplicación de esa ley por algunas autoridades y en las comisiones de apego y deslinde un atentado contra las comunidades indígenas. Por eso, como postulado revolucionario son tres tiempos, podría

acudirse a otras fuentes si se tiene hábito de estudio, pero son tres tiempos: primero, restitución a quienes fueron despojados, dotación a quienes no tenían y la creación de nuevos centros de población, cuando se acaben alrededor las tierras y se buscan otras localidades, no perderlo de vista; son tres tiempos, hay muchos documentos, hay muchas fuentes donde aprender práctica agraria, derecho agrario, reforma agraria o la vida del campo, pero la bandera de la revolución era primero restituir la tierra quienes sufrieron el despojo de la misma; dotar de tierra a quienes no tenían en los límites del ejido, y después de ésto, cuando no se encuentran, crear nuevos centros de población allá donde no había pobladores y estaban las grandes extensiones de tierra.

No, no olvido a quienes participaron para formar y crear los estudios correspondientes para que fuera posible la Ley del Crédito Agrícola, como no olvido tampoco que fundó el Partido Acción Nacional y combatió, todo mundo tiene derecho a cambiar de opinión o a evolucionar o a negarse así mismo; yo recuerdo a un gran maestro de la política y de la militancia, que en la misma tribuna de la Cámara decía, y con razón y aquí hay que decirlo: que sólo las piedras no cambian, hay quien cambia en sentido positivo y hay quien cambia en sentido negativo; de él es el patrimonio del cambio.

Nosotros pensamos y hay que insistir en que los ideales, los programas, las acciones, son compromisos a cumplir y mi partido tiene. Se han asumido las responsabilidades históricas, tiene en el poder, el tiempo que tiene en el poder la Revolución Mexicana.

Hemos logrado muchos avances, están a la vista y algunos de esos avances hablan por sí mismos, algunos individualmente considerados podríamos decir, que los diputados y senadores que estamos aquí, somos producto también de esos largos años de acción política diaria. Los que estamos en la mayoría, como los que están en la oposición, todos los legisladores somos producto del sistema creado por la Revolución Mexicana, eso ya es un fruto político.

Tenemos muchos años sí, por la decisión electoral del pueblo y también hay que decirlo, llegamos la poder por la decisión revolucionaria, por la violencia revolucionaria ¿Cuántos años faltan? el pueblo no tiene tiempo ni tiene edades. El tiempo es el único protagonista de la historia. Y la mayoría del pueblo milita y vota por el Partido Revolucionario Institucional. Muchas gracias señores. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

«Primera Comisión

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen la proposición formulada por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos solicitando se convoque al Congreso de la Unión a un período extraordinario de sesiones con el objeto de conocer, discutir y aprobar, en su caso, las iniciativas de nuevas leyes y reformas y adiciones a leyes vigentes a que alude la propia solicitud.

Asimismo, esta Comisión ha conocido de las propuestas formuladas por diputados y senadores, solicitando se agreguen a las iniciativas presentadas por el Ejecutivo otras más que se encuentran en el trámite en ambas cámaras, con el propósito de integrar la agenda de trabajos a desarrollar por el Congreso dentro del período extraordinario de sesiones.

En la sesión celebrada el primero de abril, la secretaría dio cuenta a la Comisión Permanente con la solicitud formulada por el C. Presidente de la República con fundamento en el artículo 79, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En dicha solicitud se precisa que las iniciativas que el Ejecutivo presenta para ser conocidas, discutidas y en su caso aprobadas por el Congreso son: La Ley Federal de las Entidades Paraestatales; el Decreto de Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el Decreto de Reformas a la Ley del Seguro Social; la Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales; el Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal y el Decreto de Reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Como motivación de su solicitud el C. Presidente de la República postula la necesidad de vigorizar el trabajo parlamentario, a fin de contribuir de modo eficaz a la reforma y adopción de los ordenamientos necesarios, para crear el marco jurídico que permita afrontar y contribuya a solucionar los problemas económicos, políticos y sociales que hoy confronta la sociedad mexicana.

La decisión de que las medidas propuestas por el Ejecutivo, se adopten dentro de los cauces democráticos fijados por la norma constitucional y en el seno de espacios amplios y plurales como lo son los constituidos por el Congreso, reafirma en opinión de la comisión que suscribe, la voluntad del titular del Ejecutivo Federal para fortalecer la decisión inalterable del pueblo de México por hacer frente a los problemas del momento, de conformidad con los postulados que hacen del Estado Mexicano un Estado de Derecho.

La solicitud del C. Presidente de la República se ajusta al espíritu que precedió la decisión del Constituyente Permanente al reformar los artículos 65, 66 y 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo dos períodos ordinarios de sesiones con el fin de fortalecer la acción del Poder Legislativo Federal en la ruta del perfeccionamiento de la democracia política, en congruencia con las aspiraciones de los Poderes de la Unión, los partidos políticos y la ciudadanía.

La implantación de un segundo período ordinario de sesiones, amplía el tiempo en que el Congreso examina los problemas nacionales y debate las propuestas normativas, encaminadas a actualizar de modo permanente el marco jurídico a que se sujeta y dentro del que se promueve el desarrollo de los sectores públicos, social y privado. Esta necesidad, propia del desarrollo democrático de nuestras instituciones, determina la oportunidad de celebrar un período extraordinario en que el Congreso pueda avanzar en el cumplimiento de sus objetivos constitucionales, adecuando el derecho vigente a las condiciones y requerimientos de una sociedad dinámica y cambiante. Vigorizar la acción del Poder Legislativo Federal a través de la realización de un período extraordinario, contribuyente a reforzar los mecanismos de división y colaboración de poderes constitucionalmente establecidos, al tiempo que permite ampliar los cauces de participación que en la toma de decisiones corresponde a los partidos políticos.

La Comisión que suscribe, ha considerado la solicitud del C. Presidente de la República. Del mismo modo, ha atendido las propuestas de senadores y diputados, en el sentido de incluir, también dentro del objeto de las sesiones del período extraordinario, el conocimiento, discusión y aprobación, en su caso, de dictámenes que sobre algunas iniciativas han estudiado y preparado las comisiones legislativas de una y otra cámaras durante el receso del Congreso. Estas iniciativas son: La Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura; el Decreto que Adiciona la Ley Sobre el Régimen de Propiedad Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal; el Decreto que Adiciona la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley Forestal y, el Decreto que Modifica Diversas Disposiciones de la Ley de Amparo.

Las intensas jornadas que caracterizaron el primer período de sesiones de esta legislatura y las decisiones que se adoptaron durante el mismo, hacen prueba del compromiso de los legisladores por no escatimar esfuerzos en el cumplimiento de las labores que la Constitución nos fija y el pueblo nos confió. Los trabajos de las comisiones legislativas durante los primeros tres meses de este año, permitieron avanzar en la preparación de dictámenes sobre varias iniciativas que, presentadas durante el pasado período ordinario, requirieron de un mayor tiempo para su estudio y ponderación. Habiendo ya alcanzado madurez en el seno de dichas comisiones, resulta oportuno proceder sin demora a su discusión y eventual aprobación por el Congreso. En esto se funda la comisión que suscribe para proponer la inclusión, dentro de la agenda del período extraordinario de las iniciativas a que antes se aludió.

Asimismo se considera conveniente examinar, dentro del período extraordinario, la propuesta de crear dentro de la Cámara de Diputados la Comisión de Derechos Humanos y el que esta misma Cámara proceda a tomar la protesta de cuatro diputados. Lo anterior permitirá a la Cámara de Diputados cumplir con mayor eficacia sus tareas constitucionales.

Los legisladores integrantes de la LIII Legislatura, tenemos la ineludible misión de seguir sumando esfuerzos y voluntades, en la discusión de los problemas del país y en la toma de decisiones, destinadas a beneficiar al pueblo que nos eligió como sus representantes.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por la fracción IV del artículo 79 de la Constitución General de la República, 107 y 115 de la Ley Orgánica del Congreso, y 176 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

De la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, por el que se acuerda celebrar un período extraordinario de sesiones de la LIII Legislatura.

La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a solicitud del Ejecutivo y en ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artículos 67, 69 y 79 fracción IV para los efectos previstos en el artículo 89 fracción XI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

Artículo 1o. Se convoca al Congreso de la Unión a un período extraordinario de sesiones cuya apertura será el próximo día 14 de abril a las 13 horas.

Artículo 2o. El Congreso de la Unión sólo se ocupará en este período extraordinario de sesiones de los siguientes asuntos:

I. Iniciativas enviadas por el Ejecutivo:

a) La Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

b) Decreto de Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

c) Decreto de Reformas a la Ley del Seguro Social.

d) Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales.

e) Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

f) Decreto de Reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación.

II. Iniciativas en trámite en las Cámaras.

a) Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

b) Decreto que Adiciona la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

c) Decreto que Adiciona la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

d) Ley Forestal.

e) Decreto que Modifica diversas disposiciones de la Ley de Amparo.

III. Acuerdos de la Cámara de Diputados:

a) Toma de Protesta a Diputados.

b) Creación e Integración de la Comisión de Derechos Humanos.

Artículo 3o. Las juntas preparatorias de ambas Cámaras integrantes del Congreso de la Unión, se celebrarán el próximo 14 de abril.

TRANSITORIO

Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sala de comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 4 de abril de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga, senador Gonzalo Salas Rodríguez, diputado Jesús González Schmal, diputado Graco Ramírez Garrido Abreau, senador Armando Trasviña Taylor.» Trámite: Primera lectura.

Señor presidente, la secretaría le informa que tenemos a nuestra disposición un voto particular presentado por el diputado Jesús González Schmal.

El C. presidente: - Le ruego dar lectura a ese voto particular, señor secretario.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

"LIII Legislatura Cámara de Diputados.

C. presidente de la Primera Comisión de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

Jesús González Schmal, diputado del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, miembro de esta Primera Comisión de la Comisión Permanente, ante usted compadezco a formular voto particular en relación con el dictamen aprobatorio a la solicitud del Ejecutivo Federal, para celebrar un período extraordinario del Congreso Federal que fue resuelto en la sesión del día de hoy en esta Primera Comisión.

Fundo mi desacuerdo, en las siguientes razones: la solicitud de período extraordinario del Ejecutivo Federal Excediéndose en la petición, fijó para el día 14 de abril de 1986 el inicio del período extraordinario, pero a su vez indica que de las seis iniciativas que presentará, una de ellas, la que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales, no se presenta anexo al documento que

conoció la Comisión Permanente en su sesión del martes primero de abril de 1986, sino que se presentará en el transcurso de la semana, siendo que hasta hoy viernes cuatro de abril de 1986, a las 13:30 horas en que se aprueba la solicitud del Ejecutivo, no se nos ha entregado a los diputados del grupo parlamentario de Acción Nacional, el texto de reformas fiscales propuestas por el Presidente de la República, lo que impedirá un estudio serio de las proposiciones y por consiguiente resulta un absurdo que esta comisión apruebe la solicitud sin que exista el documento que sustenta la petición.

Como ha sido una práctica parlamentaria reprobada por Acción Nacional, el que en los períodos ordinarios de sesiones se presenten iniciativas del Ejecutivo, con sólo unos días y a veces horas, de anticipación a su discusión, que impiden un conocimiento responsable de los diputados para participar en pro o en contra de la misma, nos rehusamos a aceptar que también en un período extraordinario - cuando queda al arbitrio de la Comisión Permanente - señalar la fecha, se incurre en el mismo vicio legislativo y sobre todo en una materia de tal trascendencia como lo es la fiscal.

También sustenta este voto particular, el hecho de que la Primera Comisión rechazara la petición que hizo el grupo parlamentario de Acción Nacional para que se incluyera en la agenda de la sesión extraordinaria, las iniciativas que en el período ordinario, anterior presentó sobre el incremento a las pensiones a jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para Trabajadores del Estado y la de primerísima actualidad como fue la referente a la limitación del Ejecutivo en materia de deuda pública. De igual carácter resulta el rechazo que la Primera Comisión hizo de la petición para que se presentara ante esta sesión extraordinaria los dictámenes de juicio político en contra del gobernador de San Luis Potosí; Florencio Salazar Martínez y del presidente de la Corte, Jorge Iñárritu. Con esta actitud, los integrantes oficiales de la Primera Comisión consagran la exclusividad a favor del Ejecutivo Federal y de su partido, tratándose de decisiones para la agenda de un período extraordinario.

No vemos la necesidad inaplazable de iniciar un período extraordinario tal como lo ordena el Ejecutivo y sin los elementos entregados oportunamente. Nos inclinamos a preservar la división de poderes, para que el período - siendo como lo es necesario - se celebre de acuerdo con la mejor posibilidad y fecha y que sea prerrogativa del Congreso la decisión, tal como lo señala la Constitución de la República. Protesto lo necesario.

C. diputado Jesús González Schmal.

México, D. F., a cuatro de abril de 1986.»

El C. presidente: - Siendo de primera lectura el dictamen que ha presentado la secretaría, esta presidencia considera que este asunto debe ser considerado de urgente resolución, por lo tanto se ruega a la secretaría consulte a la asamblea si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión y votación de inmediato.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 50 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulte a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura, señor presidente.

El C. presidente: - En consecuencia está a discusión el dictamen en lo general. Se abre el registro de oradores.

En pro el diputado Martín Tavira Urióstegui, en contra el diputado Jesús González Schmal, en pro el diputado Fernando Ortiz Arana, y por la Comisión el diputado Santiago Oñate Laborde.

Tiene la palabra el diputado Jesús González Schmal inscrito en contra del dictamen.

EL C. diputado Jesús González Schmal: - Me inscribí en contra del dictamen de referencia como lo hago saber en mi voto particular, precisamente por el procedimiento y la forma de la solicitud del Ejecutivo Federal a la que accede sin mayor análisis la Primera Comisión de esta Comisión Permanente, atendiéndose rigurosamente a lo que el Ejecutivo disfraza como una petición, pero que en rigor, tal como lo vimos en la mecánica que se siguió en la Primera Comisión, constituye una instrucción precisa que subordina a esta Comisión Permanente.

En efecto, hay una serie de elementos que analizar de la petición del Presidente que obligarían razonablemente a la Gran Comisión, a detener la celebración del período extraordinario, para que éste realmente fuese con provecho para el orden jurídico, para la normalización de nuestras instituciones y para la preservación de la seguridad jurídica del pueblo mexicano.

Hay una serie de inconsecuencias, por ejemplo, en la petición, el Presidente simplemente menciona una serie de leyes que va a someter a la consideración del Congreso, sin precisar realmente las motivaciones de fondo que éste tiene. Sin embargo, después de una ardua labor de búsqueda y

rastreo de estos documentos, los logramos conseguir y vemos que en el fondo pues, las leyes tienen motivaciones a las que se expresan en el texto de la solicitud, en el que hubiera cabido precisamente la situación o las razones que dan lugar a la solicitud.

Así en la Ley de Reforma Fiscal, se habla de que el Ejecutivo tiene necesidad de un incremento en sus ingresos.

De esta forma, si nosotros apreciamos esta motivación que da lugar a la iniciativa que presenta el Ejecutivo, tendremos que por consiguiente, siendo consecuencia visualizar la trascendencia constitucional que esta reforma a destiempo tiene para el Congreso y para la seguridad jurídica de la Nación. No es posible, de acuerdo con los términos constitucionales presentar en el mes de abril una iniciativa de reforma a la Ley de Ingresos, porque ello viola flagrantemente la disposición contenida en el artículo 74 de la Constitución que señala precisamente que será anual el documento tanto de ingresos como de egresos que presente el Ejecutivo y, además deberá ser fundado por los secretarios del ramo del gabinete que tengan a su cargo la materia.

En este caso, como señala la exposición de motivos y el Presidente quiere aumentar los ingresos del fisco por dos conductos, el primero incrementando los cargos que por mora existen a quienes incumplen oportunamente las obligaciones fiscales, estamos frente a una violación constitucional porque, porque el Presidente está por cierto visualizado y seguramente tiene constancia de que existen ya en mora una gran cantidad de causantes y su mecanismo de ingresos está en el procedimiento de incrementarles los recargos por tal morosidad.

Y ésto pues, es también una lesión al principio de equidad, en tanto que si hay en nuestro país una responsabilidad por el proceso inflacionario que vulnera realmente la tranquilidad social y la posibilidad de progreso económico, es una responsabilidad que está a cargo del Gobierno. Primero el Gobierno crea el proceso inflacionario y ahora se revela víctima del mismo y pide un incremento en los recargos a los incumplidos fiscalmente.

De tal manera que aquí hay también una incongruencia y hay un procedimiento obscuro para conseguir ingresos para el fisco que seguramente también, como lo señalaba inicialmente, transgreden la norma constitucional que sólo le permite al Ejecutivo presentar una Ley de Ingresos anual. De igual naturaleza son las reformas que propone a la Ley del Seguro Social para transferir las participaciones que corresponden al Estado a cargo de los patrones. Aquí todavía se revela más clara la incongruencia, si por un lado es obvio que hay morosidad en los causantes, algunos será por indolencia, por ventajas, otros serán la gran mayoría porque la situación crítica, la recesión está causando estragos en la economía y a su vez les incrementa la carga de la participación en las contribuciones en el Seguro Social.

Quiero recordar a este Congreso, que precisamente hace algunas legislaturas el Congreso aprobó para mi punto de vista, una facultad inconstitucional del Seguro Social, para que por la vía coactiva fiscal, se hiciera el cobro de las cuotas que no fueren causadas a tiempo.

Esto hizo que se duplicara precisamente la función en la Secretaría de Hacienda, a través de las Oficinas Fiscales Regionales, con un organismo que a propósito creó el Seguro Social y que le está provocando que no sólo se duplique la carga para el pueblo en el presupuesto del mantenimiento de dos organismos con la misma función, porque antes de crearse estas facultades, la Oficina Federal de Hacienda era la que llevaba a cabo las ejecuciones sino que ahora también carga sobre el presupuesto del Seguro Social y ésto sin duda le está dando al Seguro Social una situación asfixiante, porque ha multiplicado sus oficinas de cobranzas y su aparato recaudatorio al grado que en parte es responsable de este déficit y de esta crisis que revela el Seguro Social. Desde 1965 como la misma iniciativa lo revela, las participaciones del Estado en mantenimiento del Seguro Social, han venido disminuyendo al grado que ahora se propone que sean sólo del 7% y, se dice que para tal efecto que la razón de esta modificación es que hay necesidad de trasladar estos cargos a otro sector de la actividad nacional - y yo me pregunto - si no es ésto un cambio, una reforma al presupuesto de egresos que aprobó esta legislatura y que ahora cuando el Presidente dice que va a transferir o va a sacar del presupuesto la carga que corresponde al Seguro Social en su participación a la entidad, no es pues con toda claridad una reforma a la ley de presupuesto y por ello significa una transgresión constitucional.

Esto es por lo que se refiere a las reformas fiscales y a lo que se establece como una transgresión al 74 constitucional. Por lo que se refiere a otras iniciativas, que siendo como son de actualidad, requerirían de un proceso de estudio, de asimilación, de consulta más amplio que el que propone el Ejecutivo que nos impone sesionar a partir del 14 de abril. Creo que lo razonable hubiera sido que esta Comisión Permanente turnara a comisiones, las iniciativas; que las comisiones dictaminaran con calma y con estudio serio sus respectivos

dictámenes y que después se llevara a cabo la convocatoria a propósito, ya que invertir el orden y convocar cuando todavía no están los dictámenes, cuando todavía no está el estudio finalizado, cuando hay dudas serias de la constitucionalidad en estas iniciativas, es francamente una transgresión al principio de la división de poderes, al respeto que este mismo Congreso se merece y es sin duda un sometimiento que puede causar daños serios al pueblo en el orden jurídico, en la seguridad y en la constitucionalidad de nuestra convivencia. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Santiago Oñate Laborde, por la Comisión.

El C. diputado Santiago Oñate Laborde: - Señor presidente; señores legisladores: lo primero que haré desde esta tribuna en este momento, interviniendo por la comisión en defensa del dictamen que está sujeto a nuestra consideración, es dar lectura al artículo 67 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos para precisar algunos conceptos que a mi juicio han engendrado confusiones, en la intervención anterior por cierto.

El artículo 67 establece que el Congreso o una sola de las Cámaras, cuando se trate asunto exclusivo de ellas se reunirán en sesiones extraordinarias cada vez que los convoque para ese objeto la Comisión Permanente. Pero en ambos casos, sólo se ocuparán del asunto o asuntos que la propia comisión sometiese a su conocimiento, los cuáles se expresarán en la convocatoria respectiva. Este es el texto que nos faculta como Comisión Permanente, para considerar la solicitud que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales ha presentado el titular del Ejecutivo Federal. Se ignora la historia, se ignora la historia constitucional ciertamente, cuando se afirma que se obsequia simplemente una petición del Ejecutivo por una forma mecánica. Se ignora en concreto, cuál es la evolución de los períodos extraordinarios tanto en el texto de las Constituciones de 24 como de 57, textos ambos que coinciden con el sistema hoy día en vigor, a partir de las reformas que en 1923, momento en que se dictamina la iniciativa presentada por Obregón en 20, se da como estructura para la tramitación de los períodos extraordinarios, la doble posibilidad de que sea la Permanente por sí, quien convoque a que lo haga a solicitud del Ejecutivo de la Unión. Habría que remitirnos, diputados, senadores, como lo hemos hecho ya en la comisión, a estos antecedentes para poder apreciar cabalmente la importancia que tiene en el momento actual, dentro del sistema constitucionalmente consagrado de colaboración y de participación de los poderes en la toma de decisiones, la manera en que se llega a esta convocatoria que hoy estamos debatiendo.

Al Poder Ejecutivo en ejercicio de su atribución de solicitar el período extraordinario, se ha atendido, se ha escuchado su parecer, se ha examinado la solicitud al efecto presentada. Pero igualmente los miembros de esta Comisión Permanente que así lo han deseado, me han hecho un conjunto de observaciones a esta primera comisión, trayendo algunos temas, algunos puntos sobre los cuáles una y otra Cámara habían venido trabajando para integrarlos a este período extraordinario. Período que ciertamente se inscribe dentro del espíritu de las reformas constitucionales que aprobamos con el beneplácito de los distintos partidos en la Cámara de Diputados, que fue aprobado por el Senado y que ahora se reciente ha sido ya aprobado por el Constituyente Permanente, así declarado por esta comisión y finalmente que aparece publicado en esta misma semana en el Diario Oficial de la Federación. Estamos, en consecuencia, dentro de una línea de congruencia de congruencia con postulados que aquí han sido debatidos, que en esta Cámara de Diputados se han debatido para celebrar el período extraordinario. Ah, pero se nos dice en la intervención anterior, se escucha en la lectura del voto particular presentado, que hay una suerte de imperio por parte del Ejecutivo, de una suerte de presión al establecer alguna forma de precipitación para el desarrollo de este período extraordinario.

En tal virtud se olvida también que los períodos extraordinarios, tal y como se encuentran reglados en este artículo 67 que venimos invocando, tienen tan sólo una fecha de inicio, pero no una fecha fija y predeterminada en el cuál habrán de concluir. El límite para la duración, el período extraordinario está dado por los asuntos y su desahogo; estamos limitados a conocer aquellos asuntos que hemos concluido en la convocatoria que tenemos ahora a discusión. Una vez que se concluya con la discusión de los mismos, es que el período extraordinario habrá concluido su finalidad; no está determinada su duración ni a tres sesiones, ni a cinco, ni a ocho, ni a una, ni a dos o tres semanas, sino que queda en manos del Congreso, queda en manos de las Cámaras el señalar la marcha que habrán de seguir, el señalar el tiempo en el cuál habrán de desplegar sus trabajos, por tanto resulta infundado argumentar, como aquí se ha hecho, que habrá que proceder con premura.

Resulta infundado decir, como aquí se ha dicho, que se requiere de un mayor tiempo para estudiar las iniciativas. El tiempo para el estudio de las iniciativas se ha abierto ya y no concluirá, sino hasta que las comisiones encargadas de dictaminar, consideren que el asunto está en condiciones de ser sometido al pleno.

Otras observaciones se hacían hablando aquí y contradiciendo lo dicho en el voto particular, acerca del contenido de las iniciativas. ¿Por qué digo que contradiciendo lo dicho en el voto particular? Porque ahí se aducía no tener conocimiento de algunas, mismas

que ahora son ya cuestionadas y son debatidas en cuanto a su fondo.

No entraré por supuesto, a defender el contenido aquí, porque eso sería rebasar claramente, violentar los trabajos y el espíritu de esta Comisión Permanente y atentaría contra el propio Reglamento que rige nuestros debates. Esas iniciativas habrán de ser dictaminadas y entonces podrán ser discutidas y eventualmente aprobadas o rechazadas, por las Cámaras que conocen de las mismas. Entrar aquí a alegar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una iniciativa, sin que ésta sea dictaminada, no me parece, señor presidente, señores legisladores, el método más oportuno para hacer frente a estos problemas nacionales de los que habremos de ocuparnos dentro del período extraordinario.

En consecuencia, compañeros legisladores, no me queda sino reafirmar lo dicho por el dictamen de la Primera Comisión Dictaminadora, habiendo considerado la solicitud del Ejecutivo y habiendo considerado las peticiones de distintos legisladores, se ha considerado oportuno y conveniente y en ese sentido instamos a esta Comisión Permanente a pronunciarse, el celebrar un Período Extraordinario en este mes de abril, a partir del día 14 con el objeto de poder conocer tanto las iniciativas al efecto enviadas por el Ejecutivo y señaladas en su solicitud, como aquellas otras que se encuentran en trámite en las Cámaras y que las comisiones han considerado oportuno y conveniente pasar a desahogar. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Martín Tavira Urióstegui.

El C. diputado Martín Tavira Urióstegui: - Señor presidente; compañeros senadores; compañeros diputados: desde luego nosotros no podemos estar en contra de la convocatoria a un Período Extraordinario de Sesiones.

Durante muchos años hemos peleado por que se reformara la constitución para establecer precisamente los dos períodos. Mal haríamos en pronunciarnos en contra del dictamen. No alegaré las cuestiones legales, que ya fueron dilucidadas plenamente por el diputado Oñate con la lógica que él siempre emplea. Más bien entraré al fondo de algunas cuestiones; queremos que quede en el Diario de los Debates, nuestra posición respecto a las prioridades que debería nuestro Congreso tomar en cuenta en este período extraordinario, porque no olvidemos que, como lo aclaró el Presidente de la República, es una especie de ensayo general de lo que va a ser después el trabajo de las Cámaras, o del Congreso, una vez que las reformas constitucionales entren en vigor. Las fuerzas democráticas han ganado una batalla más. Las reformas constitucionales permitirán los dos períodos de sesiones del Congreso. Era urgente el cambio, una Cámara más plural requiere de más tiempo para avanzar en su trabajo. Pero es necesario entender que el tiempo debe ser aprovechado de la mejor manera posible. La Cámara debe tener prioridades, examinar las iniciativas donde esté en juego el interés de la Nación y del pueblo.

¿Cuál es el interés primordial de la Nación? Su independencia económica y política. Todo lo que se encamine a afianzar ese camino, debe de ser tratado como vital. Todo lo que se dirija a evitar que la soberanía nacional sea lesionada, debe estar por delante, en primer punto del orden del día. ¿Cuáles son los intereses primordiales del pueblo? La elevación constante de su nivel de vida y su derecho a decidir sobre su destino. Su derecho a que el horizonte democrático sea más amplio. Por eso creemos que no basta el programa que se ha elaborado, once iniciativas, si no conté mal, para el período extraordinario de sesiones. Hay cuestiones que deberíamos poner en la primera línea.

¿Por qué no se discuten iniciativas congeladas? El movimiento obrero, los sectores avanzados del Partido Revolucionario Institucional y los partidos de izquierda, han estado insistiendo en que deben salir iniciativas que vayan a beneficiar a la clase obrera; por ejemplo, en los últimos días se ha hablado mucho de establecer la semana laboral de 40 horas con pago de 56, tanto para que el pueblo trabajador conquiste un derecho mayor para el descanso y la cultura, como para que el desempleo sea abatido, por lo menos en parte.

Hace mucho tiempo están en el congelador las iniciativas sobre escala móvil de salarios y salario remunerador. Hemos dicho que ambas no se oponen y que pueden coexistir perfectamente; es necesario abrir un debate a fondo sobre escala móvil de salario y salario remunerador. En voz baja se dicen que van a provocar tales y cuáles desajustes, pero no se ha entrado a una discusión profunda y seria. ¿Hay algún impedimiento serio, preguntamos, para entrar al debate? ¿La austeridad es la causa de que no se de luz verde a esas iniciativas? ¿Cuáles son las razones de que no salgan a flote, de que no se diluciden los contenidos de ambas iniciativas?

La federalización de los tribunales fue aprobada por la LI Legislatura del Congreso de la Unión, pero pasó a otro congelador; multitud de iniciativas duermen el sueño de los justos y no hay poder humano ni divino que las venga a despertar. La batalla contra la derecha, la burguesía reaccionaria, el clero político, tenemos que darla a fondo con hechos y no con simples declaraciones y discursos. Sólo defendiendo los intereses del pueblo y de la nación en la realidad, podemos vencer a los enemigos del progreso y de la independencia.

Se critica a la clase patronal, pero se le venden empresas del Estado sanas con buenas ganancias; se habla de la necesidad de que el Estado mexicano sea fuerte, pero se le debilita con el pretexto de que no

es conveniente un "Estado obeso" y hay que hacerlo más esbelto. Como decía el verso de Sor Juana Inés de la Cruz: "Primero se pone el coco y luego se le tiene miedo".

Hemos leído con frecuencia las "disquisiciones" de Espinosa Yglesias; este señor empresario no se anda por las ramas, se lanza de lleno contra el Estado mexicano y reclama para la gran burguesía todo el poder económico y político, descaradamente reclama la puesta en práctica de la escuela de Chicago y de Fulton Friedman a quien, dice, que invitó. Lo grave es que a esos voceros de la gran burguesía reaccionaria se les toma en cuenta, se les hace caso, se aceptan sus desacreditadas recetas.

Qué bueno que en ocasiones la gente del gobierno dé buenas respuestas a esos personeros de la iniciativa privada, insaciables y traidores al pueblo y a la Nación.

Consideramos que las respuestas que dio Francisco Labastida Ochoa secretario de Energía, Minas e Industria Paraestatal, han dado en el clavo.

Para todas las fuerzas democráticas hay una respuesta, seguir los lineamientos de nuestro proceso revolucionario, qué importa que la gran burguesía chille, lo que nos importa es el cumplimiento de las metas de nuestra gran Revolución con tres tiempos, de la que hemos hablado muchas veces.

La ampliación del régimen democrático, es otra demanda primordial; hoy debemos avanzar más por este camino, es necesario sacar de la hielera multitud de iniciativas a este respecto, dar pasos en el sistema de la representación proporcional de todos los partidos, en los órganos colegiados representativos del pueblo; por lo pronto deberíamos entrar de lleno al estudio de las vías para democratizar el Distrito Federal, no es posible que una ciudad que tiene la quinta parte de la población del país, carezca de derechos democráticos, ya hay consenso entre varios dirigentes y diputados del Partido Revolucionario Institucional y de otros sectores democráticos, para que de inmediato se inicien los trabajos para tales propósitos; y si ha de haber antes una consulta popular al respecto, que la convoque la Cámara de Diputados, el poder popular y no simples autoridades administrativas.

Nosotros hemos ya explicado nuestra posición respecto de algunas iniciativas. Nosotros nos vamos a oponer a las reformas a la Ley Monetaria, por todos los argumentos que ya hemos expuesto en esta tribuna. Nosotros pensamos que hay muchos asuntos que tienen prioridades frente a esta lista, no niego que algunas de las iniciativas que vienen en el programa de trabajo sean importantes, pero creo que otras no tienen la importancia que se les atribuye o de plano no deberían de entrar en el período de sesiones.

¿Cuándo vamos a discutir estas iniciativas que el pueblo trabajador está reclamando, no desde hace días, desde hace años, compañeros diputados? y si queremos fortalecer a las fuerzas revolucionarias y queremos golpear y vencer a la derecha, hagamos lo necesario para que la derecha quede derrotada. La derecha, la gran burguesía, las fuerzas exteriores enemigas de México no serán derrotas si no tomamos, como dice nuestro pueblo, "el toro por los cuernos", si no atacamos el fondo de los problemas del pueblo y de la Nación; nos vamos a ganar el consenso de nuestro pueblo si cumplimos con sus aspiraciones, con sus ideales. Podemos pronunciar discursos todos los días en todos lados. Pero si no realizamos lo que el pueblo ha reclamado desde hace muchos años, no vamos a poder tener su apoyo definitivo. Estas son las consideraciones que a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista queríamos hacer. Vamos a votar en favor del proyecto, pero nos reservamos nuestro derecho para debatir en la plenaria nuestros desacuerdos. Muchas gracias.

El C. presidente: - Consulte la secretaría si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea, si está suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido señor presidente.

El C. presidente: - Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo otro artículo reservado, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los artículos no impugnados en un solo acto.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - En cumplimiento a las instrucciones de la presidencia, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los artículos no impugnados.

Señor presidente, se emitieron 23 votos en pro y uno en contra.

El C. presidente: - Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 23 votos. Está a discusión en lo particular. Esta presidencia informa que ha sido reservado el artículo 2o. del dictamen.

Tiene la palabra el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores legisladores: Convocar un período extraordinario de sesiones debería ser visto nos parece a nosotros, como parte normal del proceso legislativo. Para los diputados del Partido Socialista Unificado de México es un punto que está fuera de discusión.

Por solicitud del presidente o por iniciativa propia, la Comisión Permanente debería tener en todo momento, la sensibilidad de atender reclamos de legislación que no habiendo podido ser cumplidos en el Período Extraordinario o por tratarse de asuntos que reclaman la atención urgente del Congreso, pueden y deben ser desahogados en un período extraordinario de sesiones.

No es pues el punto que motiva a nuestra reflexión y consecuente propuesta la convocatoria en sí misma, sino aquél que se refiere al contenido, a la orden del día, a la agenda de trabajo del período extraordinario de sesiones cuya convocatoria estamos discutiendo. Nos parece a nosotros, que por definición, un período extraordinario de sesiones de un parlamento, aquí y en cualquier lado del mundo, se convoca para discutir asuntos extraordinarios; el período extraordinario de sesiones es para discutir asuntos extraordinarios, entendidos por tales aquellos cuya discusión y eventual aprobación resultan urgentes y trascendentes para la vida nacional, pero al ver la agenda de trabajo de este próximo período extraordinario de sesiones, urgen interrogantes serias sobre este aspecto.

Vista la circunstancia nacional, visto el desenvolvimiento económico y político de la Nación, es válido preguntarnos sobre la urgencia e incluso pertinencia de varias de las propuestas de ley contenidas en la orden del día. Para empezar, es de nueva cuenta el Poder Ejecutivo y sus propuestas, las que monopolizan las mayor parte de la orden del día.

Se ha dicho con un poco de ingenuidad y otro poco de espíritu de engaño, que de once temas a debate, seis provienen del Ejecutivo y cinco de la Cámara, de las Cámaras, olvidándose que de las cinco iniciativas atribuidas al Congreso, dos provienen de origen del Ejecutivo, como son las reformas a la Ley Monetaria a menos que alguien crea esta cosa, de que el señor Pelayo y sus ateles presentaron la iniciativa, y la Ley Forestal, lo que da un total de ocho de once iniciativas.

Se podría argumentar que ellos es irrelevante a los fines de la importancia de los proyectos de ley, pero el problema es justo que no es así.

Por cierto, esta orden del día no está tampoco apegada al espíritu de la reforma constitucional que recién se publicó decretar en el Diario Oficial, porque si de eso de tratara, entonces justamente deberían haberse atendido los reclamos de discusión de muchos proyectos de ley que están en lo que popularmente se conoce como "la congeladora".

Invocar ahora el espíritu de la reforma constitucional para decir que vamos a hacer aquí un ensayo, no tiene hacidero, cuando menos no en los hechos. Estamos convocando un período extraordinario exactamente en los términos y circunstancias dispuestos hoy por la Constitución. Lo del espíritu, pues que alguien lo busque; el problema es que no lo va a encontrar.

Hay al menos tres temas que son auténticamente urgentes en la coyuntura económica y política hoy en México, además de que ya tienen detrás de sí una larga historia de debates; ya alguno de ellos se refirió el diputado Tavira; yo voy a insistir sobre ellos.

Mencionaré, en primer lugar el problema del endeudamiento externo, y de toda la cauda de repercusiones que ha tenido y tiene sobre la vida económica del país. Por todos lados y en todos los tonos se ha venido insistiendo en que el problema actual de la crisis económica, tiene como uno de sus orígenes fundamentales un excesivo, a veces se califica de irresponsable, podrían suscribirse los dos calificativos perfectamente, un uso excesivo e irresponsable del crédito externo.

Pero hay que preguntarse qué ha hecho el Congreso de la Unión para evitar que esta situación se repita. Nada hasta el momento. Por el contrario, año con año vuelve el Congreso, su mayoría, a extender un cheque en blanco al Ejecutivo para que éste contrate créditos por arriba de la autorización expresa contenida en la Ley de Ingresos, cuando a su juicio así le parece.

Pero resulta que la crisis de pagos, con lo cuál el centro del debate nacional también internacional, otro aspecto de esta cuestión ¿cuál es la capacidad de pago de México? Hace ya mes y medio el Presidente De la Madrid señaló que México ajustaría el servicio de su deuda externa a su capacidad de pago, pero hasta hoy seguimos sin saber cuál es a juicio del gobierno, esa capacidad de pago.

Y ese es un asunto que concierne de manera directa al Congreso de la Unión, y es que le damos mínima credibilidad y, sobre todo, operatividad al postulado constitucional de que corresponde al Congreso de la Unión reconocer y mandar pagar la deuda pública, así como autorizar los empréstitos que el Ejecutivo celebre sobre el crédito de la Nación.

Nosotros, el Partido Socialista Unificado de México, presentamos una iniciativa de ley en el período ordinario de sesiones pasado; versa sobre estos asuntos de la vida pública. Es una propuesta a discusión, perfectible. Es una propuesta; no ha merecido, no digamos ya un dictamen, una discusión en el pleno de la Cámara, no ha merecido ser siquiera abordada en la tan atareada Comisión de Hacienda.

Pero ahí está una propuesta sobre un asunto urgente, ese sí extraordinario por su trascendencia y por la necesidad de adoptar cuanto antes decisiones soberanas en esta materia. ¿Por qué nos incluyen? Por que la Comisión decide que estas seis del Presidente y estas otras cinco ¿Cuál es el criterio de urgencia, de extraordinario que tiene lo que nos proponen, frente a otros temas sobre los cuáles insisto hay iniciativas de ley presentadas y perfectamente podrían ser dictaminadas?. Si quieren dictaminarlas en contra, dictamínenlas en contra, pero sométanlas al pleno de la Cámara, es el mínimo y elemental derecho que tiene un legislador o un grupo parlamentario que somete una propuesta.

Otro asunto del máximo interés que ya lo planteaba el diputado Tavira. El interés de este asunto pues, lo podemos cuantificar en un sólo dato. Afectaría, en la manera como se resuelva, a 10 millones de mexicanos de manera directa o indirecta. Es, desde luego, la democratización ya impostergable del Gobierno del Distrito Federal.

La reivindicación de los derechos electorales, políticos de los ciudadanos del Distrito Federal es algo planteado por todas las fuerzas políticas del país, con excepción, claro está, del Partido Revolucionario Institucional. Aunque hay que acotar aquí que no de algunos priístas que aceptan a título individual la necesidad impostergable de democratizar el Gobierno de esta ciudad.

Esta demanda ha sido parte de la lucha política nacional, no sólo de la ciudad de México, y no de ahora, sino de varias décadas. No queremos insistir sobre argumentos de todos conocidos, sobre la urgencia y pertinencia de restituir a los ciudadanos del Distrito Federal el derecho a elegir a sus gobernantes y a contar con poderes locales democráticamente electos. Pero sí queremos recordar, porqué la memoria de este Gobierno es flaca y con tendencia cronical, amnesia por lo que parece, que después de la tragedia de septiembre se generó un amplio consenso sobre la inaplazable necesidad, de democratizar el Gobierno del Distrito Federal, a la vista de ese caudal de participación y solidaridad ciudadana que encontraron en las antidemocráticas y caudas estructuras de gobierno, de nuestra ciudad capital, el principal obstáculo para su expresión plena y desinteresada.

También en este aspecto hay propuestas de reformas constitucionales y legales ya presentadas, ahí están por ejemplo las propuestas del Partido Socialista Unificado de México en la LII Legislatura y las de otros partidos esperando dictamen, esperando debate. Y ésto, es urgente también, por que hace apenas unos días apareció en la prensa nacional la convocatoria para elegir jefes de manzana e iniciar con ellos la renovación de lo irrenovable, de una estructura de falsificación y distorsión de la auténtica voluntad de los ciudadanos.

Yo pregunto, ¿dónde estaban los jefes de manzana? ¿Dónde estaban los presidentes de las colonias? ¿Dónde estaba este cuerpo verdaderamente vergonzoso para una ciudad como la nuestra llamada consejo consultivo en los temblores de septiembre? ¿De qué sirvieron? ¿Qué organicidad? ¿Qué impulso dieron a la participación ciudadana? Es que alguien cree que esta ciudad puede seguirse gobernando con jefes de manzana, con presidentes de uniones de colonos, con diputados suplentes que, ocupan los cargos de presidentes de las juntas de vecinos de las delegaciones, y desde luego son del Partido Revolucionario Institucional. Y con ese consejo consultivo que nadie se acuerda de él, más que en los actos protocolarios, y eso cuando el regente se acuerda de que hay que mandarles invitación.

¿Alguien cree que esta ciudad puede seguir siendo gobernada así? Yo creo que ni el propio Ramón Aguirre, al que ya le da un poco de rubor seguir diciendo las tonterías que decía sobre el Gobierno de la ciudad, ya empezó un poco a cambiar pues anda viendo para donde se acomoda. Pero ésto es un asunto del Congreso, y nosotros decimos ahí hay propuestas, ahí hay una demanda ciudadana, ahí hay realidades y eso sí es urgente y eso sí es extraordinario y eso debería el Congreso abocarse a discutirlo.

¿Cuál es la propuesta que nosotros hemos hecho? Que el Congreso de la Unión convoque a un congreso constituyente del Distrito Federal y que ahí representantes electos por el pueblo, por los ciudadanos del Distrito Federal discutan, analicen, convoquen las consultas que haya que convocar, escuchen a quien haya que escuchar y resuelvan una propuesta para dirigirla al Congreso de la Unión sobre la manera de democratizar al Distrito Federal. Esa es la propuesta, pero eso no está incluido, no le parece a la mayoría de este Congreso un asunto relevante. Pero a 10 millones de mexicanos sí les parece. Y este es el problema.

Vamos a seguir con este juego de engaño de los comités de manzana de la democracia, sí, pero no ahorita; democracia ahora esa es la consigna de los ciudadanos del Distrito Federal, se necesita, ya tuvimos suficientes experiencias.

Y hay otro asunto finalmente que es también muy importante, que es la situación de los trabajadores en esta crisis que agobia ya efectivamente y que parece ya no tiene salida para mucha gente pero sigue el deterioro salarial, la inflación supera con creces, una y otra vez las metas oficiales y la desesperación parece cada vez más el sentimiento que domina la vida de millones de trabajadores, y si ésta no es una situación extraordinaria, si ésto no es un asunto que reclame la atención del Congreso de la Unión, pues nosotros preguntamos entonces ¿cuál es? comparando estas cosas que estamos

mencionando aquí con una Ley de Entidades Paraestatales que no le regateamos su importancia, pero en serio, ¿cuál es la urgencia de que en este período extraordinario se apruebe una ley de entidades paraestatales?, francamente lo preguntamos, a lo mejor hay razones que el Presidente no nos ha dicho, ojalá se las haya dicho a ustedes, porque en el dictamen no está cuál es la urgencia, o ¿cuál es la urgencia de modificar vías generales de comunicación para convertir a correos y telégrafos en organismos descentralizados, que eso no puede esperar al período ordinario de sesiones, ¿que no sería mejor, e incluso que el Congreso de la Unión, hiciera una ley como la de entidades paraestatales? Tuviera el tiempo y la oportunidad de discutir sin presiones, sin prisas, unas leyes de ese tipo, las entidades paraestatales, es muy importante, pero que tenemos que sacarla a fuerziori en el próximo período extraordinario, y otras del mismo tipo, ¿cuál es la urgencia? Si de urgencia se trata, porque hay temas más urgentes en la agenda nacional que bien merecería la atención y el verdadero esfuerzo de los miembros del Congreso, pero no están, no está, porque el Presidente nos mandó seis, dos nos las había mandado, estaba una congelada en la Cámara de Senadores y otra congelada en la de Diputados y las otras tres habían quedado pendientes de dictamen.

¿Quién decide la agenda? ¿En base a qué criterios? ¿En base a qué necesidades? ¿En base a qué urgencias? Eso es lo que marca el artículo 2o. y por eso lo hemos reservado y no logro solucionar.

Por eso, entonces para terminar, yo hago una propuesta de adición a esta convocatoria, que es adicionar en el artículo 2o. del decreto, los siguientes asuntos:

Primero. Iniciativa de Ley que adiciona, reforma y deroga diversas disposiciones en materia de deuda pública, presentada ya y en espera de dictamen.

Segundo. Iniciativa de decreto para convocar al congreso constituyente que definiría las formas de Gobierno democrático y representativo para el Distrito Federal, también ya presentada.

Tercero. Iniciativa de ley que reforma el artículo 123 de la Constitución para establecer la escala móvil de salarios.

Una demanda que si quieren le agregamos salario remunerador y vemos cuál de los dos es mejor, pero entremos a discutir lo relevante y no lo que el Ejecutivo cree que es relevante, porque estos temas son de la mayor urgencia. Dejo la propuesta por escrito y pediría a la presidencia que la sometiera a votación nominal.

El C. presidente: - Por la Comisión diputado Santiago Oñate Laborde.

El C. diputado Santiago Oñate Laborde. - Señor presidente; con su venia; señores legisladores: en la disertación que sobre el artículo 2o. hizo el compañero Jorge Alcocer, siento que existe un abuso en el empleo de algunos términos. Se habla de período extraordinario en nuestra Constitución, para distinguirlo del período ordinario de sesiones. Es evidente, que se trata de una caracterización constitucional en la cuál, se prevé un determinado número de meses, cuatro hasta el momento en los cuales sesiona en forma ordinaria el Congreso.

La lucha por el establecimiento de períodos extraordinarios, a nivel constitucional está íntimamente ligada, lo sabemos, lo sabemos muchos, a esa batalla que se da por los parlamentos del mundo, a fin de sesionar por largos espacios de tiempo y realizar una actividad permanente de legislación.

Los países de tradición parlamentaria se inscriben claramente en ese modelo y en cambio otros como el nuestro, abreviando en una larga tradición que podemos encontrar desde las Cortes de Castilla y Aragón o para venir de allá a nuestra tierra en la Constitución de Gaditana de 12 y su interpretación en México y a las del México Independiente. Tener un período ordinario deja a una Comisión Permanente, deja a las Cortes Permanentes que antaño se llamaron para aquí en un pequeño grupo de ciudad nos decida cuándo es necesario llamar al resto del Poder Legislativo, para ocuparse de otros asuntos que se vengan presentando. Esta es la caracterización de ordinario y extraordinario. Pero cuando hablaba yo de algún abuso de palabras, me refería a este salto que es muy normal, al atender tan sólo al contenido semántico de una palabra como el extraordinario y volverlo sinónimo de urgente.

En el leguaje común, es claro que condiciones extraordinarias puedan utilizarse como sinónimo o como una analogía de algo que es urgente. Pero no es ésta la única razón, el único sentido que tiene la palabra extraordinaria. No estamos aquí en busca ni de cacería de espíritus. Estamos recordando lo que históricamente se ha presentado. Vivimos en este momento un período de transición y de cambio que habrá de llevarnos del texto vigente de la Constitución hasta escasos días, al que habremos de contar en la próxima Legislatura. Período de transición que va de contar con un sólo período ordinario, a contar con dos. Y la manera en que se da esta aproximación, esta adecuación a contar con dos períodos, ha sido, así lo entiende la comisión dictaminadora, a través de esta convocatoria a un período extraordinario, en donde ciertamente los asuntos que habrán de tratarse, muchos de ellos como afirma el compañero Alcocer, no tendrían necesaria e indefectiblemente que verse antes de septiembre; desde luego que no; no tendrían que verse antes de septiembre si siguiésemos nosotros aspirando a tener un Congreso, a tener Cámaras realmente cargadas de asuntos y viéndose en

premuras para poder concluir sus calendarios y sus programas de trabajo dentro de los cuatro meses que señala el período ordinario de sesiones.

Es condición del desarrollo nacional, es condición de nuestro momento histórico el que el país requiera de nuevos instrumentos jurídicos; es característica del Estado de derecho el apoyarse en los mismos, el generarlos, y esta condición del desarrollo me parece que es una necesidad más que suficiente para convocar al Congreso de la Unión, a ocuparse de determinadas materias.

Al cuestionarse el artículo, se señala que en el mismo prevalecen iniciativas enviadas por el Ejecutivo. He dicho prevalecen y no como lo hiciera Jorge Alcocer "monopoliza", en razón de que hay alguna aportación de iniciativas elaboradas por las Cámaras. Esta no es ciertamente una contienda en la que resulte necesario verificar quién hace más iniciativas, quién presenta más iniciativas, si el Presidente o los miembros del Poder Legislativo; es simplemente reconocer que han sido turnadas en conjunto de iniciativas, unas por el Presidente de la República y otras elaboradas por las comisiones y que se encuentren ya prontas a ser tratadas.

En ningún momento se postula ni en el dictamen, ni en el artículo 2o. que estos sean los asuntos más urgentes, ni tampoco que sean los únicos asuntos que en este momento resultan relevantes; son en cambio asuntos respecto a los cuales se encuentran con iniciativas que el Ejecutivo ha decidido poner a consideración del Congreso desde ahora, a fin de no recargar trabajos ulteriores en el mes de septiembre, y de otras iniciativas en que las Comisiones de las Cámaras han llegado a un punto de acuerdo.

No dudamos ni por un momento en que asiste la razón a Jorge Alcocer cuando afirma que el problema de la deuda es hoy un problema importante un problema toral, un problema que requiere de acciones urgentes. Nadie de los legisladores que aquí estamos suscribiría tal postura. Tan no lo estamos, que iniciativas como la de los legisladores miembros del Partido Socialista Unificado de México en materia de endeudamiento, como aquellas suscritas por diputados de Acción Nacional sobre el mismo tema, como la formulada por integrantes del Partido Socialista de los Trabajadores, condujeron a que la Cámara de Diputados convocase a una consulta, consulta que se encuentra aún en curso, consulta que no ha concluido y que, según informa la Comisión de Hacienda servirá de marco, precisamente, para el dictamen de dichas iniciativas que se encuentran aun en estudio por parte de las Comisiones de la Cámara.

El tema de la democracia en el Distrito Federal, es también un tema importante. Es un tema en el cuál muchos legisladores nos hemos ya pronunciado. Se trata ciertamente de ampliar los cauces de participación democrática en forma, y aquí suscribo lo dicho por el ciudadano Alcocer, que sean de una participación real y no de membrete; que sean de una participación efectiva en la toma de decisiones y no simplemente de firma de acuerdo o de invitaciones como con frecuencia ocurre con algunas de las instituciones hoy vigentes. Suscribimos ciertamente esa tesis, pero también tenemos que atender a la necesidad de las comisiones, en este caso, la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados, profundice y avance en esas iniciativas que tiene a su consideración, que definan el punto los legisladores integrantes de las mismas, de mayorías y de minorías acerca de la oportunidad, de entrar a considerar ya, un dictamen sobre las mismas a elaborar.

En este sentido, no habiendo una resolución por parte de comisiones, en cuanto a estos dos temas mencionados de la ampliación de la participación en el Distrito Federal, sea a través de un Congreso Constituyente o de otras formas que están también pendientes de estudios de varias legislaturas a la fecha. Y en el mismo tema de la deuda, sería conveniente su inclusión y su tratamiento una vez que las comisiones tengan un dictamen, que permita al pleno entrar al conocimiento de liberación y decisión sobre lo mismo.

Otro tanto, podemos afirmar de las demás por él mencionado. Lo que la Comisión ha recogido en este artículo 2o., son aquellas planteadas en la solicitud del Ejecutivo Federal, iniciativas que sentimos es conveniente pasar a examinar, pasar a examinar en comisiones, dictaminarlas y, en su momento, discutirlas y votarlas.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - ¿Me permite una interpelación?

El C. diputado Santiago Oñate Laborde: - Si el señor presidente le concede a usted el derecho.

El C. presidente: - Con mucho gusto, señor diputado.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Qué requisito para incluir un asunto en el orden del día, en el que haya dictamen.

El C. diputado Santiago Oñate Laborde: - No, no hay requisito, señor, porque si no, no podrían incluirse las iniciativas que nos está aportando el Ejecutivo.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - No me lo está mencionando...

El C. diputado Santiago Oñate Laborde: - Si señor, le estoy mencionando que no hay dictamen sobre dichas iniciativas y que no ha habido una

petición por parte de las comisiones correspondientes para su inclusión.

En cuanto a las iniciativas que se encuentran en trámite en la Cámara, la comisión dictaminadora decidió incorporar aquellas sobre las cuales las distintas comisiones manifestaron que estaban en disposición de ponerlas a la discusión del pleno. Esa fue la razón que obedeció para esta inclusión.

Ciertamente no es un prerequisito el contar con el dictamen. En otros casos entrará usted que el período extraordinario, se limita exclusivamente a una iniciativa que se presenta una vez que éste se abre ya que tan sólo aparecía como anunciada, temáticamente ni siquiera había sido entregada.

En consecuencia, creo que la agenda que aquí se incorpora es una agenda, adecuada, necesaria, conveniente para el desarrollo del período extraordinario, sin que ésto implique que no existan otros asuntos u otros problemas que merecen la atención del Congreso, y estos temas que también merecen la atención del Congreso, enfatizo, la deuda pública, la democratización en el Distrito Federal, el salario remunerador y en general todos aquellos derechos que afecten a los trabajadores en el momento en que vivimos, son asuntos que deben interesar al Congreso y son asuntos sobre los cuales nuestras comisiones deben de proseguir su trabajo, deben de establecer un compromiso como el establecido en el pleno de la Cámara de Diputados en relación con nuestro reglamento de debates, un compromiso que permita avanzar en esas soluciones legislativas.

En ese sentido, reitero mi propuesta en pro del artículo 2o. de la convocatoria que discutimos. Gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra en contra el señor diputado Jesús González Schmal.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Qué bueno que surge aquí la discusión sobre la interpretación semántica del término extraordinario y urgente y que en ninguna de las dos acepciones que aquí se han mencionado, dice el diputado Oñate, tienen las sustentación de la convocatoria a un período extraordinario. Sin embargo, de las iniciativas que marca y que envía el Ejecutivo y que en forma mecánica repito, aprobó la Primera Comisión, precisamente en la exposición de motivos de algunas de ellas que a la mano tuve, en la de las paraestatales se habla, constituye la respuesta requerida por eficiencia ya impostergable del orden jurídico, económico, nacional. Luego en la fiscal dice: "particularmente importante que se entere al Fisco a la brevedad posible" y en lo relativo a la cuestión del Seguro Social dice. "Y ante la difícil situación socioeconómica imperante". Bueno yo creo que son asuntos de urgencia para el Ejecutivo y aquí la verdad es que privó la opinión del Ejecutivo que pudo calificar sus asuntos de urgencia, pero se hizo caso nulo de lo que el legislativo, excepto desde luego del grupo oficial considerábamos también como urgente y necesario.

Entonces fue el caso de las proposiciones que hicieron a la Primera Comisión para que se incluyera, la raíz también es la misma, se hiciera la Primera Comisión para que se incluyeran diversas iniciativas como ésta, de limitación de deuda pública como el relativo a las pensiones de jubilación de trabajadores y de pensionados del Seguro Social y del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado.

Pero hay otras que también en nuestro particular punto de vista son de urgencia y fueron rechazadas por la Comisión. Es el caso de dar cuenta al plenario de la cámara de los dictámenes, de los juicios políticos, de las instancias de juicio político a que fueron sometidos el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, el C. Jorge Iñárritu y el Gobernador del Estado de San Luis.

Podrían decirnos, este asunto se puede conocer en el período ordinario, pero ocurre que justamente por estarse arrogando las comisiones facultades autónomas en esta materia, por estar siendo un coto cerrado en donde se está preservando la impunidad de los delincuentes políticos, están propiciando y se está derivando en la multiplicación de actos delictivos por parte de las autoridades políticas; es el caso de Sinaloa donde ya Toledo Corro hoy se siente preservado porque eventualmente lo pensábamos hacer, presentamos la denuncia por juicio político, ya sabe que hay una Comisión, comisiones unidas de puntos constitucionales que van a protegerlo de la trascendencia de ese juicio político y también porque sabe que queda a criterio de sus propios copartidarios, el dar o no dar cuenta a la sesión plenaria, de los dictámenes en materia jurisdiccional.

De tal manera que por estas razones, porque sí hay urgencia, porque hay derecho a quienes no pensamos exactamente como el Ejecutivo, también propongamos y que estas proposiciones sean consideradas objetivamente, por quiénes, por las comisiones que tienen facultades para decidir; por estas razones, porque es etérea la agenda, porque sólo se acopla a lo que manda el Ejecutivo, y a lo que se dice en la Cámara, pero que es de la satisfacción del Ejecutivo y omite y discrimina las proposiciones de los partidos de oposición, por eso es que estamos en contra del artículo 2o. de este dictamen.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Ortiz Arana en pro.

El C. Diputado Fernando Ortiz Arana: - Con su autorización señor presidente, compañeros diputados, señores senadores de la república: trataré de

no abusar de su tiempo, la sesión se ha prestado a debates largos e interesantes, por lo que no habré de abundar en las razones que suscribo cabalmente expuestas en esta tribuna, por mi compañero diputado Santiago Oñate.

Respecto a las expresiones formuladas en esta tribuna por el señor diputado Jesús González Schmal, voy a referirme en lo particular a la que se contiene en voto que se adjuntó al dictamen y que ahora ha referido el señor diputado respecto a su petición para que el pleno de la Cámara, conozca respecto a la decisión de las comisiones unidas, en torno a la denuncia de juicios políticos, que fueron promovidos por su partido.

Bien sabe el diputado González Schmal, que en los términos previstos en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, no existe disposición alguna que permita que el pleno de la Cámara conozca, y entiendo que él plantea, decida respecto al dictamen emitido por las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia, respecto a la denuncia de juicio político.

Si por otro lado en el capítulo correspondiente de la Ley que hemos mencionado, establecen detalladamente los momentos procesales y la participación que a la Cámara de Diputados y al Congreso, posteriormente compete en los casos de juicio político y de juicio de procedencia.

En el caso particular de juicio político, el artículo 12 establece la competencia para que sean dos Comisiones Unidas de la Cámara de Diputados, quienes analicen la solicitud que le llama denuncia, la ley presentada por el partido político y de acuerdo a los términos del propio artículo, decidan la procedencia o no, de la denuncia.

Posteriormente a la denuncia en el caso que ésta fuera aceptada por las comisiones como procedente, se inicia lo que se llama incoación del procedimiento, se inicia el procedimiento en forma con desahogo de pruebas, período para las mismas, alegatos. Se cierra la instrucción y finalmente se formulan conclusiones de parte de la sección instructora del Gran Jurado.

Las conclusiones derivadas del trabajo de la sección instructora, sí son motivo expresamente de ser conocidas por el Pleno de la Cámara de Diputados. Aquí había de hacer casi una analogía que pudiera de alguna manera establecer la similitud que habría en ésto.

En el caso de denuncia presentada en el ministerio público, todos sabemos que si se configuran los elementos que establece la Constitución, el ministerio público determina consignado. Si la denuncia presentada a juicio de quien ejercita la acción penal no contiene los elementos suficientes, no es posible que informe al juez que en este caso particular, por considerar que no existen los elementos que establece la Constitución, no se ejercita la acción penal que el juez conozca de esta comunicación del ministerio público. No existe disposición alguna, y es lógico que así sea, que permita que el pleno de la Cámara decida respecto a una denuncia de juicio político presentada, cuando ésta se ha considerado no procedente en términos de ley, de Reglamento y de Ley Orgánica. Por estas razones, creo que podríamos llegar al absurdo, incluso, de pensar que en un momento determinado las conclusiones de la sección instructora, establecieran la inocencia del servidor público, hubiera que informar a la colegisladora, que el jurado de sentencia, en ese caso no habrá posibilidad de que establezca ningún tipo de sanción, toda vez que de las conclusiones presentadas por la sección instructora se desprende que no existen elementos de culpabilidad en contra de un servidor público.

A mi me parece que ésto es algo suficientemente explorado en materia jurídica que no existe fundamentación ni siquiera la más elemental, ni jurídica, ni lógica, para solicitar que el pleno de la Cámara conozca y se pronuncie respecto a la denuncia, respecto a la denuncia que ya las comisiones consideraron que no era procedente, en términos de la ley y de reglamento.

Por estas razones considero que el artículo 2o., en sus términos debe de ser aprobado, y que no da lugar a las consideraciones que ha formulado el señor diputado González Schmal.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Para hechos, señor presidente.

El C. presidente: - Tiene usted la palabra diputado Jesús González Schmal, para hechos.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Ocurre que justamente acogiéndome al precepto de la Ley de Responsabilidades que invoca el diputado Ortiz Arana, voy a sustentar la obligatoriedad de someter al pleno el dictamen del desecho de un juicio político. Primero por la naturaleza de las comisiones, porque ninguna de las comisiones ordinarias de esta Cámara puede arrogarse una facultad autónoma para llegar a una conclusión que tiene efectos jurídicos de dejar sin defensa a los denunciantes, porque equivoca y pone en riesgo el mismo régimen jurídico, porque ninguna comisión que se conozca en esta Cámara puede hacer valer sus dictámenes por encima de la voluntad mayoritaria, por la voluntad del pleno de la Cámara.

El artículo 12 de la Ley de Responsabilidades es preciso. Dice que la Comisión, las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia, para que dictaminen si la conducta atribuida corresponde a las enumeradas, etcétera, quiere decir que emiten un dictamen, y que este dictamen tiene que ser sometido, en virtud del artículo 87 de nuestro Reglamento Interior si es

que no ha sido derogado señor diputado; tiene la obligación, de acuerdo con los artículos 87 y el 94 de someter al pleno de la Cámara de los dictámenes que sus Comisiones, de la Cámara emitan. Darle otra interpretación a este hecho es precisamente la grave responsabilidad que había cuando se promulgó esta ley, y que quienes lo interpretaron como el diputado Ortiz Arana señalaban que una facultad omnímoda de las Comisiones Unidas para dictaminar sin ser sometido al pleno de la Cámara, significaba no ya un ministerio público arbitrario, significaba un poder absoluto, totalitario, contrario, antijurídico, contrario al principio y al derecho de defensa de quienes presentan una denuncia y quienes la sustentan con elementos probatorios y más como en este caso, que el dictamen incluso abordó aspectos de fondo, no sólo de procedibilidad de la instancia que se presentó ante esta Comisión Permanente. Muchas gracias.

El C. presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se admite la modificación propuesta por el ciudadano diputado Jorge Alcocer Villanueva. Señor, usted pidió votación nominal.

Le ruego a la secretaría sírvase leer el artículo 148 del Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

"Artículo 148. Las votaciones serán precisamente nominales, primero: Cuando se pregunta si hay o no lugar a aprobar algún proyecto de ley en lo general. Segundo: Cuando se pregunta si se aprueba o no cada artículo de los que compongan el indicado proyecto o cada proposición de las que formule el artículo. Y tercero: Cuando lo pida un individuo de la propia Cámara y sea apoyada por otros cinco, también serán nominales en los casos del artículo 152."

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; es muy difícil tener aquí en la Permanente los cinco votos que marca el Reglamento, porque no están los grupos parlamentarios. En todo caso, era un criterio de la presidencia aplicarlo con flexibilidad.

El C. presidente: - En este momento el diputado Alcocer agrega una firma más a su propuesta. Y pregunte a la secretaría si ya tiene las cinco firmas que señala el artículo recién leído.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - La Secretaría informa a la presidencia que solamente tiene cuatro firmas.

En consecuencia, por instrumentos de la presidencia, se pregunta a la asamblea en votación económica. Señor presidente; el señor diputado Tinoco, el señor diputado Castillo, el señor diputado González Schmal, el señor diputado Tavira y yo. Si la matemática no falla somos cinco.

El C. presidente: - Por eso la pregunta que hacía la Secretaría si eran cinco las firmas que apoyan su propuesta.

Están aquí presentes los diputados que están anuentes en que han firmado este documento, proceda la Secretaría a levantar la votación nominal, respecto a la propuesta del diputado Alcocer.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la Presidencia se va a proceder a tomar la votación nominal para determinar si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Señor presidente, se emitieron seis votos en pro y 16 en contra...En consecuencia, es desechada.

El C. presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si el artículo 2o. se encuentra suficientemente discutido.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo 2o., suficientemente discutido señor presidente.

En consecuencia se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 2o.

(VOTACIÓN.)

Señor presidente, se emitieron 17 votos en pro y seis en contra.

El C. presidente: - Aprobado el artículo 2o. en sus términos por 17 votos. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto para que se convoque a un período extraordinario de sesiones.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. presidente: - En consecuencia se ruega a la Secretaría darle turno a las iniciativas enviadas por el Ejecutivo.

El mismo C. secretario:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

La participación del Estado moderno en el desarrollo constituye en todos los países, cualesquiera

que fueren su ideología y estructura, un factor fundamental. Para ser congruente con esta tendencia, El Estado Mexicano ha creado y generado entidades paraestatales, que han venido a constituir en las últimas décadas, uno de los instrumentos más importantes para la promoción del desarrollo económico y social.

El crecimiento y la evolución de las entidades paraestatales en México revela importantes etapas, fundamentalmente a partir de los años veinte en que se consolidaron las instituciones públicas nacionales. Su desarrollo corre paralelo al que experimenta el país y sus características responden a las necesidades de la sociedad a través de su permanente evolución.

A partir de 1947 con la expedición de la Ley para el Control de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal, se dio el primer paso para tratar de definir legalmente lo que debía entenderse por organismos descentralizados y empresas de participación estatal, confiriéndose las facultades para su vigilancia a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Posteriormente, por acuerdos y decretos, se encomendó a la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa algunos aspectos sobre el control de algunas entidades. Con la Ley de Secretarías de 1958 se crearon las Secretarías del Patrimonio Nacional y de la Presidencia, y se dividieron las acciones en la expresada Secretaría de la Presidencia, en la del Patrimonio Nacional y en la de Hacienda y Crédito Público, fundamentalmente en la vigilancia y tutelas traducidas en programación, presupuestación y control de las entidades públicas.

La Ley para el Control de 1947, tuvo otras dos versiones, en 1965 y en 1970. La primera confirmó las funciones de coordinación y control por medio de las tres Secretarías de Estado aludidas. La segunda, consideró como objeto de vigilancia y control gubernamental no sólo a las empresas de participación estatal mayoritaria sino también a las de participación estatal minoritaria e inclusive a los fideicomisos públicos. En esta última ley se adoptaron posiciones conceptuales, respecto a la supervisión y control y se confirió a la Secretaría de Patrimonio Nacional una intervención marcada en los programas anuales de operación para efectos de coordinación de actividades.

La última secretaría citada, intentó con base en dicha Ley, definir y sancionar previamente al propósito, funciones y objetivos concretos de las instituciones paraestatales; coordinar sus acciones para obtener el mejor aprovechamiento de los recursos; verificar el cumplimiento de los objetivos previstos y el ejercicio adecuado de los presupuestos, así como introducir mejoras en su eficiencia operativa, técnica y administrativa.

En 1976, mediante la expedición de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se introdujeron normas que definieron de manera más clara y categórica los campos de actividad de las entidades paraestatales y se incorporaron al derecho público, los dos grandes sectores de la administración pública como se la entiende actualmente; el sector central integrado por las Secretarías de Estado y los departamentos administrativos, y el paraestatal compuesto de organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos, entendiendo como tales aquellos en los que el Gobierno Federal, directamente o bien a algunas entidades paraestatales tengan el carácter de fideicomitente.

Este régimen jurídico se complementó por los acuerdos de sectorización de las entidades paraestatales del año de 1977, y se fue adminiculando y robusteciendo con la expedición y aplicación a las entidades paraestatales de otros ordenamientos como las Leyes de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; de Deuda Pública; de Bienes Nacionales; de Planeación; de Información, Geografía y Estadística; de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación; de Obras Públicas; de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles; así como sus reglamentos y otras reglas contenidas en acuerdos, decretos, manuales e instructivos, hasta llegar a los acuerdos de mayo de 1983.

Es indudable que todos estos dispositivos legales, sumados a los de la legislación del derecho privado aplicables a las empresas constituidas como sociedades mercantiles y civiles y a los fideicomisos públicos, constituyen un esfuerzo notable para fortalecer los medios de control del Estado sobre el sector paraestatal, más no así por lo que se refiere a su autonomía de gestión.

Estas circunstancias, destacadas en algunos de sus aspectos desde la consulta popular que precedió al ejercicio administrativo del presente régimen, han motivado serias preocupaciones y esfuerzos para tratar de encontrar la fórmula adecuada que pueda responder de manera certera al pretendido y necesario equilibrio entre los dos elementos fundamentales en la conveniente existencia y desarrollo de las entidades públicas (correcto ejercicio de la autonomía de gestión y conveniente y oportuna tutela del estado para mantener bajo control al sector paraestatal).

Por ende, dentro de una necesaria evolución del derecho, que como corolario o postulado social debe corresponder a los reclamos de la sociedad, y ante la problemática que presentan las entidades públicas mexicanas, se hace indispensable actualizar el sistema jurídico para regular las formas de gestión de la administración paraestatal tendientes a definir sus relaciones con el Gobierno Federal, a enmarcar adecuadamente sus aspectos corporativos internos y precisar su régimen financiero y administrativo.

Esta regulación debe buscar como finalidades principales, la necesaria normatividad que perfile el marco de objetivos que deben alcanzarse; la existencia y simplificación de las entidades públicas; los controles adecuados que respondan a la tutela del Estado sobre su intervención en la economía descentralizada para su agilidad y desarrollo; y lograr la significativa autonomía de gestión en pro del cumplimiento de las políticas que el Gobierno Federal fije a dichas entidades o empresas públicas.

Estos antecedentes y consideraciones motivan en lo fundamental la formulación de la presente iniciativa de "Ley Federal de las Entidades Paraestatales" que tratando de recoger las experiencias y problemática del caso, constituya la respuesta requerida por exigencias ya impostergables en el orden jurídico económico nacional.

El proyecto legislativo que se somete a la soberanía de este H. Congreso de la Unión, entraña modificaciones y cambios que resulta pertinente destacar tanto en sus objetivos generales como en la regulación específica que persigue en lo particular.

Por razón de método y para mejor inteligencia de la filosofía y contenido del cuerpo de la Ley, cabe referirse en primer término a los objetivos generales para, después con la propiedad que corresponda a consideraciones adecuadas de sus articulado, explicar los motivos, propósitos y aspectos principales de su regulación.

Así en lo general, la ley propende a la simplificación del manejo de las entidades públicas para su eficacia; pretende liberar el funcionamiento de las empresas del cumplimiento de requisitos previos que la agobian a través de múltiples ordenamientos; otorgar mayores índices de confiabilidad a los servidores públicos que participan en su operación directa, y enaltecer su responsabilidad administrativa y política.

Trata de devolver a los Órganos de Gobierno de las entidades públicas su plenitud de responsabilidades. Para este propósito, radican en el Órgano de Gobierno de cada entidad las facultades de autorizaciones previas que por ahora se ejercen por múltiples dependencias y cuyos trámites e intervenciones desorbitan y obstaculizan las facultades y eficacia de la dirección y manejo de las entidades. Consecuentemente ubica en el Órgano de Gobierno, como integrantes obligados, a los representantes gubernamentales, a fin de que se asuman además del papel de consejos, la obligación de pronunciarse sobre los asuntos de su competencia en este órgano, que así, viene a tener una injerencia fundamental en la adecuada operación y efectividad de la entidad. Consecuentemente se establecen con mayor claridad las relaciones de las entidades paraestatales con el sector público central.

Se refuerza la autonomía de gestión mediante mecanismos, que permitan establecer metas guiando el desempeño de las entidades paraestatales, en lo fundamental a través de control de sus resultados y a su evaluación permanente.

Se definen de manera amplia y categórica las responsabilidades del Director General de la entidad, comprometiendo su cometido con los grandes objetivos nacionales.

Se regula a las entidades paraestatales ubicando los controles previos a que se contraen los numerosos dispositivos vigentes en el Órgano de Gobierno. En este sentido, al regular de este modo al sector paraestatal, no renuncia el Estado a los controles que le corresponden en las entidades públicas, pues en el Órgano de Gobierno quedan representadas las dependencias del Ejecutivo Federal que de acuerdo con la legislación existente deben intervenir en el control de la administración paraestatal. No existe por tanto, al regularse del modo en que se plantea, fórmula alguna de descontrol. Los controles siguen existiendo, pero de otra manera para que concurran al punto de equilibrio que no afecte la autonomía de gestión que debe corresponder a las entidades públicas.

Desde este punto de vista se trata de lograr el proceso de congruencia que corresponde a la descentralización. Se pretenden regular, pero de otra manera más efectiva, las relaciones entre el Gobierno Federal y las entidades paraestatales con el objeto de hacer patente la armonía entre los dos elementos indispensables de aquellas, la autonomía de gestión y el necesario control.

En tal virtud, el peso específico del control de las entidades paraestatales se da en una nueva fórmula, acorde con el derecho público, de manera propia y especial, permitiendo a las entidades paraestatales una autonomía razonable, que se desempeñen de mejor manera, a fin de elevar su eficiencia y sus objetivos, robusteciendo sus responsabilidades frente al estado y a la sociedad.

Por otra parte, sin afectar ni entorpecer el funcionamiento ágil y propio de cada entidad, se dan permanentemente los controles del Estado a través del Órgano de Gobierno. Con ésto, además, se pretende romper con un viejo problema en la regulación de las entidades públicas; es decir, los riesgos que confronta una regulación única y de carácter general que puede resultar apropiada para algunas empresas públicas y para otras no, tanto por las áreas que constituyen su objeto, como por su importancia, desarrollo económico y objetivos específicos. Así, cada Órgano de Gobierno, dentro de los grandes rubros sustantivo de la legislación vigente, deberá emitir las reglas y normatividad propias para cada entidad. Lo anterior, vuelve a destacarse que es de gran relevancia, pues significa una gran agilidad en el funcionamiento propio de cada entidad según sus peculiares circunstancias.

Además de la autonomía de gestión, se pretende fortalecer el papel tutelar de cada coordinadora de sector al integrarla a la presidencia de cada Órgano de Gobierno; propósito fundamental pues será quien mejor podrá señalar dentro de los grandes objetivos nacionales el desarrollo de cada una de las entidades públicas, dentro del plan nacional de desarrollo y de los programas sectoriales que se definan por el gobierno Federal.

A estos propósitos de orden genérico podemos adicionar no de menor importancia, que independientemente de los controles de los cuáles se responsabiliza al Órgano de Gobierno y al director general, se establecen los grandes lineamientos para el funcionamiento de los controles de cada entidad y la intervención, en los casos en que corresponda, de las dependencias globalizadoras y coordinadoras de sector.

En resumen, la iniciativa de ley que se somete a la consideración, ponderación y en su caso aprobación de esta H. Legislatura, constituye por ahora una respuesta jurídica, moderna y congruente con la realidad a los principales problemas que enfrentan las entidades públicas de nuestro país, por una parte de las excesivas normas jurídicas que las regula, por otra a la dispersión y multiplicación de instancias burocráticas que ocurren en su operación y por último a su necesaria autonomía de gestión.

Además de la filosofía y objetivos generales mencionados que la ley persigue, cabe razonar de manera pormenorizada su contenido y articulado.

Es un proyecto legislativo de naturaleza compacta para facilitar su manejo y evitar rigideces en cuanto a su contenido regulador. Consta de 68 artículos distribuidos en seis capítulos y ocho artículos transitorios y en lo relativo a la explicación de algunos de sus enunciados y de sus artículos se remite a su reglamento que oportunamente se expida por el Ejecutivo. El capítulo primero, relativo a las disposiciones generales, contienen 13 preceptos, que como su denominación indica, constituyen los principios generales que ordenan e ilustran los campos de regulación que se contienen en el cuerpo de la Ley.

En estos preceptos se instituyen de manera congruente con Ley Orgánica de la Administración Pública vigente, las entidades paraestatales, reglamentando en su parte correspondiente al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de regular la constitución, organización, funcionamiento, control, fusión, extinción, transformación y disolución de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal así como sus relaciones con el Ejecutivo Federal con sus dependencias.

Debe ponerse de relieve que al regularse a las entidades paraestatales de manera propia y específica. no se aumenta el número de leyes, pues se abroga la Ley para el Control por parte del Gobierno Federal de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal de 1970.

Es un cuerpo legal que guarda congruencia con la rectoría económica que otorgan al Estado las reformas a los artículos 26 y 28 de la Constitución, al regular de manera específica la intervención económica del Estado dentro de la economía mixta, estableciendo de manera clara el manejo de las áreas estratégicas que la carta fundamental reserva al Gobierno Federal y de las áreas prioritarias en las que el Estado puede concurrir con el capital privado o social. Su regulación implica un marcado proceso de moderación y eficiencia en la toma de decisiones del Gobierno Federal respecto de las inversiones del Estado en el juego económico de la producción.

Establece mecanismos que tienden a introducir normas básicas y objetos tanto en los organismos descentralizados como en las empresas de participación estatal mayoritaria. Excluye del campo de su regulación a las universidades y a las instituciones de educación superior con autonomía; en otro sentido, a aquellas sociedades mercantiles materia de inversiones temporales por la banca, como ya se dispone de igual manera en la Ley Reglamentaria de Banca y Crédito, previniendo que cuando lo considere el Ejecutivo Federal, aquellas sociedades se puedan incorporar al régimen de la ley.

De manera específica, dada la naturaleza especial del organismo descentralizados que constituye la Procuraduría Federal del Consumidor, lo excluye del campo de sujeción de la ley y lo remite a su propia legislación.

En términos congruentes a la política seguida en las leyes expedidas respecto el funcionamiento de la banca, sujeta al Banco de México, a las instituciones nacionales de seguros y fianzas y a las sociedades nacionales de crédito, en primer término, a sus leyes específicas por cuanto a su constitución, organización, funcionamiento, control y vigilancia y, para liberarlos de los controles excesivos que existen en la numerosa legislación vigente, que obstaculizan de algún modo su agilidad, operación y autonomía, los considera entidades paraestatales y los sujetan, en lo que no se oponga a sus leyes específicas, a esta Ley Reglamentaria, logrando de esta manera un doble objetivo, la regulación propia de la banca por una legislación congruente a sus existencia y cometido y, por otra evitar la derogación de gran parte del contenido de su legislación reglamentaria.

Con el objeto de evitar en la administración paraestatal por razones coyunturales o de otra índole la existencia de las empresas ajenas a los fines del Estado, establece lineamientos para determinar las

áreas prioritarias en que deban establecerse y funcionar las entidades públicas; y se definen cuáles pueden ser los objetos de los organismos descentralizados y en un propósito de uniformidad de regulación para tan importantes entidades paraestatales, consigna las bases mínimas que puede contener el ordenamiento relativo a la creación de cada organismo descentralizado.

Así también, a fin no generar conflictos en aquellos organismos descentralizados que respondan a estructuras propias de inversiones bipartitas y tripartitas, en la constitución o creación de los mismos, tanto de trabajadores como patrones, cualquiera que sea su naturaleza, así como en aquellos organismos descentralizados que además de órganos de Gobierno cuentan con patronatos, dada la importancia social de algunos de éstos, se previene que deberán seguirse rigiendo, en cuanto a sus estructuras orgánicas por sus leyes específicas, pero en lo que respecta a su funcionamiento, operación, desarrollo y control se les sujeta a los dispositivos de la presente ley.

Se robustece la intervención de las Secretarías a quienes se ha asignado la coordinación de sectores, instituyéndose que serán obligadamente miembros de los Órganos de Gobierno y en caso de los comités técnicos de las entidades paraestatales. Se consigna de manera específica de que en las sesiones de los órganos de Gobierno, dichas Secretarías, las globalizadoras y las demás así como las entidades que deban formar parte del respectivo Órgano de Gobierno, deberán pronunciarse sobre los asuntos de la entidad o empresa relacionados con sus respectivas facultades legales, para lo cual deberán contar con la oportuna y adecuada información del caso. Con ésto se persigue fortalecer tanto la intervención y decisiones del Órgano de Gobierno en la operación de las entidades, como de las coordinadoras de sector y apoyar de manera clara la autonomía de gestión.

Por último, en este capítulo se consigna una obligación que había venido siendo necesaria para muchos aspectos vinculados con las entidades públicas, obligación que se asigna a la Secretaría de Programación y Presupuesto y consiste en publicar anualmente en el Diario Oficial de la Federación, una relación de las entidades paraestatales del sector respectivo de la Administración Pública Federal. Se pretende integrar así de manera oficial, una información incuestionable sobre la sectorización de los entes paraestatales para conocimiento del público y efectos legales.

En el capítulo segundo se contienen las normas para la constitución, organización, funcionamiento registro público de los organismos descentralizados. En la sección A de este capítulo se contemplan, en primer término, dispositivo que de una manera uniforme tienda a definir los objetivos y las formalidades de estos organismos para el manejo de áreas estratégicas del Estado, la prestación de servicios públicos o sociales, la obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social y manejo en exclusiva de determinadas áreas prioritarias.

Para tal efecto se contienen los elementos mínimos que debe contener toda ley o decreto por el cual se establezca la creación de un organismo descentralizado, así como las obligaciones de fijar sus órganos, patrimonio, régimen laboral e inscripción en un Registro Público.

Se sustentan las bases para su administración y los seguimientos para poder ser miembros de los Órganos de Gobierno o ser designados directores generales, principios que se orientan en razones de sana política y de idoneidad en el ejercicio de los cargos, tanto en lo que respecta a condiciones subjetivas o personales, como a capacidad y experiencia.

Como una norma necesaria se expresan las facultades legales de que deben estar investidos los directores generales para representar a los organismos, cubriendo en este sentido algunos aspectos no regulados hasta la fecha y que han motivado algunos cuestionamientos de orden jurídico. En cuanto al ejercicio de determinadas facultades legales, como de dominio, intervención en títulos de crédito, suscripción de compromisos y otorgamiento de poderes, se establece que los directores generales deban sujetarse a las bases generales que para cada organismo autorice su Órgano de Gobierno. A fin de evitar erogaciones innecesarias e intervención de fedatarios públicos, para acreditar la personalidad y facultades, según el caso, de los miembros del Órgano de Gobierno, del secretario o prosecretario de éste, o del director general y de los apoderados generales, se previene que bastará exhibir una certificación de la inscripción de su nombramiento o mandato en el Registro Público de organismos descentralizados.

En la sección "B" de este capítulo se previenen las bases para la creación del Registro Publico de Organismos Descentralizados, así como los documentos y actos que deban inscribirse en el mismo y facultades para dicho registro a fin de expedir certificaciones de su inscripción, a las cuales se otorga fe pública. En cuanto a este registro de índole necesaria, pues viene a robustecer la existencia legal de este orden de personas jurídicas del Estado, se remite en cuanto a su constitución, funcionamiento, formalidades de inscripciones y anotaciones al reglamento de la ley que se expida por el Ejecutivo Federal. En el capítulo tercero se regulan las empresas de participación estatal mayoritaria, de manera congruente al texto de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Se establece de manera categórica que en estas empresas deben cumplirse los supuestos y objetivos

de las áreas prioritarias que se definen en el propio texto de la ley. Se busca de este modo delimitar el campo de acción de esta intervención del Estado para procurar que las empresas públicas bajo esta forma de organización, correspondan de manera clara y congruente a la rectoría económica que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos confiere al Estado en su articulado.

Así, en términos coincidentes con la Ley Reglamentaria del Servicio Público de la Banca y Crédito, se excluyen de este tipo de empresas a las sociedades mercantiles en las que el Estado a través de la Banca de Desarrollo intervenga en operaciones de fomento, con la salvedad de aquellos casos en que resulte conveniente para el interés público y por cumplirse los supuestos de prioridad económica, deban ser incorporadas dichas empresas al sector paraestatal mediante acuerdo expreso y en cada caso del titular el Ejecutivo Federal. Por otra parte se establece que, cuando algunas empresas que formalmente se consideren de participación estatal mayoritaria, no cumplan con los propósitos de las áreas prioritarias a que se refiere la ley o no resulte conveniente conservarlas como entidades paraestatales desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, el Ejecutivo Federal procederá a la enajenación de la participación estatal en su caso, a la disolución o liquidación de la empresa de que se trate.

Se contienen asimismo normas relativas al ejercicio de la titularidad de las acciones o partes sociales del Estado, organización, administración y vigilancia de este tipo de empresas, consignándose de manera clara que además de las facultades que en los términos de sus estatutos correspondan a los miembros de sus consejos de administración o a sus directores generales, tendrán de manera compatible las facultades que la ley establece para los Órganos de Gobierno y para dichos directores, con la única salvedad de aquellas facultades propias de las asambleas ordinarias o extraordinarias que se regularán, según el caso, en la legislación civil o mercantil y en los propios estatutos.

En el capítulo cuarto se consignan normas específicas sobre los fideicomisos públicos, delimitando como tales a aquellos establecidos por la Administración Pública Federal, organizados de manera similar a los organismos descentralizados y a las empresas de participación estatal mayoritaria, que tengan como propósito auxiliar al Ejecutivo mediante la realización de actividades prioritarias y se excluyen los que no cumplan los supuestos señalados. En cuanto a la administración de este tipo de fideicomisos, se contienen normas de ajuste para que los comités técnicos y directores generales se compatibilicen con las normas de la ley relativas al desarrollo y operación de las entidades paraestatales.

En el capítulo quinto se contemplan normas específicas sobre el desarrollo y operación de todas aquellas empresas que cuadren dentro de los supuestos de la ley para ser consideradas entidades paraestatales y a tal efecto se les sujeta, en primera instancia a la Ley de Planeación, plan nacional de desarrollo y programas sectoriales e institucionales, y en cuanto a su autonomía de gestión a objetivos y circunstancias concretas para su desarrollo y operación, con normas básicas para el programa institucional, presupuestos de egresos, manejo de recursos para los propios órganos de las entidades y programas financieros. Como regla destacada para el efecto de una normatividad propia del sector paraestatal en cuanto al ejercicio de presupuestos, registro de operaciones, informes sobre estados financieros y cuenta pública, sujeta a las entidades paraestatales, en primer término a lo dispuesto por la Ley y su reglamento y de manera supletoria a las prevenciones establecidas en otras leyes y reglamentos.

Por lo que se refiere a la administración, dispone que estará a cargo de un órgano o junta de Gobierno o equivalente y un director general, previniendo las formas de integrar aquél, la integración de comités especializados y el ejercicio de sus facultades con sujeción a las políticas, lineamientos y prioridades que sobre el particular se establezcan por el Ejecutivo Federal.

En el artículo 58, se instituyen como facultades de los Órganos de Gobierno, aquellas que ahora se encuentran dispersas en numerosas dependencias del Gobierno Federal vinculadas a la programación, presupuestación, ejercicio del presupuesto, dirección, operación y otras que se identifican con la autonomía de gestión. Este precepto, concilia, por una parte, la autonomía de gestión que se radican en el órgano fundamental de la entidad que es el Órgano de Gobierno con aquellos controles que el Estado mexicano ha estado regulando en los diversos ordenamientos a que se ha hecho referencia.

Se prescribe, que el Órgano de Gobierno debe reunirse cuando menos cuatro veces al año, lo cual se determinará en el estatuto orgánico de cada entidad y la manera de tomar las resoluciones en sus sesiones, tutelando de modo relevante los derechos del Gobierno Federal.

En estos apartados se consignan los compromisos y obligaciones de los directores generales, como ejecutores de las decisiones del Órgano de Gobierno implicando de manera pormenorizada y detallada sus compromisos que deben corresponder a la autenticidad de servicios de la nación, consignando de manera particular que por encima de lo que señalen otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas, deberán aplicar lo que establece esta ley. En el capítulo sexto y último relativo a los controles y vigilancia de las entidades paraestatales, en apoyo de la autonomía de gestión de las mismas, se prevén diversas normas correspondientes a los órganos internos de

las propias empresas, a los comisarios públicos, a las facultades directas de control de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y se contienen normas que no dejan lugar a cuestionamientos sobre los controles que corresponden al Estado, a modo de intervención directa del Ejecutivo Federal, cuando el Órgano de Gobierno. o el Director General no dieren cumplimiento a sus respectivas obligaciones legales.

Esto último, estatuye de manera que no permite dudas, la existencia de las facultades que el Estado se reserva para intervenir en las entidades públicas, sin perjuicio de la autonomía de gestión de las mismas, cuando sus acciones, operación o funcionamiento no se ajusten a los imperativos que el Estado Mexicano requiere para el funcionamiento transparente de su intervención económica en los procesos de descentralización y en el ámbito de la economía que por ley o por prioridad le corresponden, en el proceso y desarrollo de la sociedad mexicana.

En suma, la presente iniciativa de ley en atención a los antecedentes, desarrollo, razones y motivaciones expresados, propende a lograr en el ámbito de las entidades públicas nacionales, los siguientes objetivos fundamentales:

A) Otorgar los controles previos gubernamentales a la única instancia del Órgano o junta de Gobierno de las entidades, en el cuál se encuentren debidamente representadas las dependencias correspondientes del Ejecutivo Federal:

B) Facultar a dicho Órgano para normar en cada caso a la entidad o empresa de que se trate dentro de la sustantividad del marco legislativo existente, tratando así de evitar la indiscriminada aplicación de normas muy generales que por razones prácticas no resultan apropiadas para los diferentes tipos de entidades:

C) Constituir una plataforma jurídica adecuada, congruente con la realidad jurídica política mexicana, para que a través de una correcta aplicación y de una respuesta adecuada de las dependencias del Ejecutivo Federal, se concilien en un marco de armonía, por una parte, la autonomía de gestión necesaria a toda empresa, y por otra, la indispensable tutela que corresponde al Gobierno en las entidades públicas que definen su intervención en la economía y en la sociedad.

D) Ser una instancia jurídica adecuada para otorgar plenitud de autonomía de gestión a los intereses de las entidades paraestatales, permitiendo por otra parte el ejercicio adecuado de los controles del Estado. Cuando hubieren omisiones o incumplimientos de las obligaciones que el ordenamiento señala a la Junta de Gobierno al Director General el Ejecutivo Federal a través de las dependencias globalizadoras, en los términos que correspondan a cada una de ellas, según sus atribuciones y competencias respectivas suplirá tales omisiones y fincará las responsabilidades procedentes; y

E) Establecer las bases para que se instrumenten los procedimientos y se tomen las disposiciones y medidas que fueren necesarias de manera paulatina y conveniente, para ajustar a las entidades públicas a los términos de esta iniciativa, con las excepciones que el Ejecutivo Federal determine de conformidad con lo establecido en esta propia ley y en su reglamento.

En atención a lo anterior y en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo Federal confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de esa H. Cámara, me permito someter a la consideración H. Congreso de la Unión la presente iniciativa de

LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

CAPÍTULO I

De las disposiciones generales

Artículo 1o. La presente Ley Reglamentaría en lo conducente del artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.

Las relaciones del Ejecutivo Federal o de sus dependencias, con las entidades paraestatales, en cuanto unidades auxiliares de la Administración Pública Federal, se sujetarán, en primer término a lo establecido en esta ley y sus disposiciones reglamentarias, y solo en lo no previsto a otras disposiciones según la materia que corresponda.

Artículo 2o. Son entidades paraestatales las que con tal carácter determina la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo 3o. Las universidades y demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, se regirán por sus leyes específicas.

La Procuraduría Federal del Consumidor, atendiendo a su objetivo y a la naturaleza de sus funciones queda excluida de la observancia del presente ordenamiento.

Artículo 4o. El Banco de México, las sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y fianzas, los fondos y fideicomisos públicos de fomento así como las entidades

paraestatales que formen parte del sistema financiero, quedan sujetas por cuanto a su constitución, organización, funcionamiento, control, evaluación y regulación a su legislación específica. Les será aplicable esta ley en las materias y asuntos que sus leyes específicas no regulen.

Artículo 5o. Los organismos descentralizados bipartitas o tripartitas seguirán rigiendo por sus leyes específicas en cuanto a las estructuras de sus Órganos de Gobierno y vigilancia, pero en cuanto a su funcionamiento, operación, desarrollo y control en lo que no se oponga a aquellas leyes específicas se sujetarán a las disposiciones de la presente ley.

Aquellas entidades que además de Órgano de Gobierno, dirección general y Órgano de vigilancia cuenten con patronatos, comisiones ejecutivas o sus equivalentes, se seguirán rigiendo en cuanto a estos órganos especiales de acuerdo a sus leyes u ordenamientos relativos.

Artículo 6o. Para los efectos de esta ley, se consideran áreas estratégicas las expresamente determinadas en el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.

Se consideran áreas prioritarias las que se establezcan con sujeción a los lineamientos y objetivos de la planeación democrática en los términos del artículo 26 de la propia Constitución, particularmente los tendientes a la satisfacción de los intereses nacionales y necesidades populares; tales como la producción y distribución de bienes así como la prestación de servicios socialmente necesarios, la protección de la planta productiva y del empleo, la promoción, fomento y fortalecimiento de la industria nacional y la investigación e incorporación de avances científicos y tecnológicos.

Artículo 7o. Las entidades paraestatales correspondientes al Departamento del Distrito Federal quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.

Artículo 8o. Corresponderá a los titulares de las Secretarías de Estado o departamentos administrativos encargados de la coordinación de los sectores, coordinar la programación y presupuestación de conformidad, en su caso, con las asignaciones sectoriales de gasto y financiamiento previamente establecidas y autorizadas, conocer la operación y evaluar los resultados de las entidades paraestatales que determine el Ejecutivo Federal y las demás atribuciones que les conceda la presente ley.

Artículo 9o. Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Programación y Presupuesto tendrán miembros en los Órganos de Gobierno y en su caso en los comités técnicos de las entidades paraestatales. También participarán las otras dependencias y entidades, en la medida en que tengan relación con el objeto de la entidad paraestatal de que se trate; todas ellas de conformidad a su esfera de competencia y disposiciones relativas en la materia.

Los representantes de las Secretarías y de las entidades paraestatales, en las sesiones de los Órgano de Gobierno o de los comités técnicos en que intervengan, deberán pronunciarse sobre los asuntos que deban resolver dichos órganos o comités de acuerdo con las facultades que les otorga esta ley, particularmente el artículo 58 y que se relacionen con la esfera de competencia de la dependencia o entidad representada.

Las entidades paraestatales deberán enviar con una antelación no menor de cinco días hábiles a dichos miembros, la orden del día acompañada de la información y documentación correspondiente que les permita el conocimiento de los asuntos que se vayan a tratar, para el adecuado ejercicio de su representación.

Artículo 10. Las entidades paraestatales deberán proporcionar a las demás entidades del sector donde se encuentren agrupadas, la información y datos que les soliciten así como los que les requieran las Secretarías de Estado y departamentos administrativos.

El coordinador de sector, conjuntamente con las Secretarías de Programación y Presupuesto, de Hacienda y Crédito Público, y de la Contraloría General de la Federación, compatibilizará los requerimientos de información que demanden las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades paraestatales adscritas a su coordinación con el fin de racionalizar los flujos de información.

Artículo 11. Las entidades paraestatales gozarán de autonomía de gestión en el ejercicio de sus funciones para que, mediante una administración ágil y eficiente puedan lograr el debido cumplimiento de sus fines y alcanzar cabalmente sus responsabilidades como auxiliares de la Administración Pública quedando sometidas a los sistemas de control establecidos en la presente ley y en lo que no se opongan a ésta, a los demás que se relacionen con la Administración Pública Federal.

Artículo 12. La Secretaría de Programación y Presupuesto publicará anualmente en el Diario Oficial de la Federación, una relación de las entidades paraestatales que formen parte de la Administración Pública Federal Artículo 13. Las infracciones a esta ley serán sancionadas en los términos que legalmente correspondan atendiendo al régimen de responsabilidades de los servicios públicos federales.

CAPÍTULO II

De los organismos descentralizados

Sección A

Constitución, Organización y Funcionamiento

Artículo 14. Son organismos descentralizados las personas jurídicas creadas conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y cuyo objeto sea:

I. El manejo de las áreas estratégicas;

II. La prestación de un servicio público o social;

III. La obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social; o

IV. El manejo de las áreas prioritarias en los términos del artículo 6o. de esta ley.

Artículo 15. En las leyes o decretos relativos que se expidan por el Congreso de la Unión o por el Ejecutivo Federal para la creación de un organismo descentralizado se establecerán, entre otros elementos:

I. La denominación del organismo:

II. El domicilio legal;

III. El objeto del organismo conforme a lo señalado en el artículo 14 de esta ley.

IV. Las aportaciones y fuentes de recursos para integrar su patrimonio, así como aquellos que se determinen para su incremento;

V. La manera de integrar el Órgano de Gobierno y de designar al director general así como a los servidores en las dos jerarquías inferiores a aquél;

VI. Las facultades y obligaciones de los Órganos de Gobierno señalando cuáles de dichas facultades son indelegables;

VII. Las facultades y obligaciones del director general, quien tendrá la representación legal del organismo;

VIII. Sus Órganos de Vigilancia, así como sus facultades; y

IX. El régimen laboral a que se sujetarán las relaciones de trabajo.

El Órgano de Gobierno deberá expedir el estatuto orgánico en el que se establezcan las bases de organización así como las facultades y funciones que correspondan a las distintas áreas que integren el organismo.

El estatuto orgánico deberá inscribirse en el Registro Público de Organismos Descentralizados.

En la extinción de los organismos deberán observarse las mismas formalidades que para su creación, debiendo la ley o decreto respectivo fijar la forma y términos de su extinción y liquidación.

Artículo 16. Cuando algunos organismos descentralizados dejen de cumplir sus fines u objeto o su funcionamiento no resulte ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Programación y Presupuesto, escuchando la opinión de la dependencia coordinadora del sector que corresponda, propondrá al Ejecutivo Federal la disolución, liquidación o extinción de aquéllos. Asimismo podrá proponer su fusión, cuando su actividad combinada redunde en un incremento de eficiencia y productividad.

Artículo 17. La administración de los organismos descentralizados estará a cargo de un Órgano de Gobierno que podrá ser una Junta de Gobierno o su equivalente y un director general.

Artículo 18. El Órgano de Gobierno estará integrado por no menos de cinco ni más de quince miembros propietarios y de sus respectivos suplentes. Será presidido por el titular de la coordinadora de sector o por la persona que éste designe.

El cargo de miembro del Órgano de Gobierno será estrictamente personal y no podrá desempeñarse por medio de representantes.

Artículo 19. En ningún caso podrán ser miembros del Órgano de Gobierno:

I. El director general del organismo de que se trate. Se exceptúan de esta prohibición aquellos casos de los organismos a que se refiere el artículo 5o. de esta ley;

II. Los cónyuges y las personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o civil con cualquiera de los miembros del Órgano de Gobierno o con el director general;

III. Las personas que tengan litigios pendientes con el organismo de que se trate;

IV. Las personas inhabilitadas para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, y

V. Los diputados y senadores al H. Congreso de la Unión que se encuentren en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 20. El Órgano de Gobierno se reunirá con la periodicidad que se señale en el estatuto orgánico sin que pueda ser menor de cuatro veces al año.

El propio Órgano de Gobierno sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que la mayoría de los asistentes sean representantes de la Administración Pública Federal, las resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes teniendo el presidente voto de calidad para el caso de empate.

Artículo 21. El director general será designado por el Presidente de la República o a indicación de éste a través del coordinador de sector por el Órgano de Gobierno, debiendo recaer tal nombramiento en la persona que reúna los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Haber prestado por lo menos cinco años de servicios en cargos de alto nivel decisorio, cuyo desempeño requiera conocimientos y experiencia en materia administrativa, y

III. No encontrarse en alguno de los impedimentos que para ser miembro del Órgano de Gobierno señalan las fracciones II, III, IV y V del artículo 19 de esta ley.

Artículo 22. Los directores generales de los organismos descentralizados, en lo tocante a su representación legal, sin perjuicio de las facultades que se les otorguen en otras leyes, ordenamientos o estatutos, estarán facultados expresamente para:

I. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto;

II. Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración y pleitos y cobranzas, aún de aquellas que requieran de autorización especial según otras disposiciones legales o reglamentarias con apego a esta ley, la ley o decreto de creación y el estatuto orgánico;

III. Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;

IV. Formular querellas y otorgar perdón judicial;

V. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive del juicio de amparo;

VI. Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones;

VII. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que les competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial. Para el otorgamiento y validez de estos poderes, bastará la comunicación oficial que se expida al mandatario por el director general. Los poderes generales para surtir efectos frente a terceros deberán inscribirse en el Registro Público de Organismos Descentralizados; y

VIII. Sustituir y revocar poderes generales o especiales.

En cuanto al ejercicio de las facultades a que se contraen las fracciones II, III, VI y VII, los directores generales bajo su responsabilidad, se sujetarán al estatuto orgánico y a las bases generales que autorice el Órgano o Junta de Gobierno.

Artículo 23. Para acreditar la personalidad y facultades según el caso de los miembros del Órgano de Gobierno, del secretario y prosecretario de éste, del director general y de los apoderados generales de los organismos descentralizados, bastará con exhibir una certificación de la inscripción de su nombramiento o mandato en el Registro Público de Organismos Descentralizados.

Sección B

Registro Público de Organismos Descentralizados

Artículo 24. Los organismos descentralizados deberán inscribirse en el Registro Público respectivo que llevará la Secretaría de Programación y Presupuesto. Los directores generales o quiénes realicen funciones similares en los organismos descentralizados, que no solicitaren la inscripción aludida dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su constitución o de sus modificaciones o reformas, serán responsables en los términos de la ley.

Artículo 25. En el Registro Público de Organismos Descentralizados deberán inscribirse:

I. El estatuto orgánico y sus reformas o modificaciones;

II. Los nombramientos de los integrantes del Órgano de Gobierno así como sus remociones;

III. Los nombramientos y sustituciones del director general y en su caso de los subdirectores y otros funcionarios que lleven la firma de la entidad;

IV. Los poderes generales y sus revocaciones;

V. El acuerdo de la Secretaría de Programación y Presupuesto o de la dependencia coordinadora de sector en su caso que señale las bases de la extinción y liquidación, de conformidad con las leyes o decretos que ordenen las mismas;

VI. Los demás documentos o actos que determine el reglamento de este ordenamiento.

En reglamento de esta ley determinará la constitución y funcionamiento del registro, así como las formalidades de las inscripciones y sus anotaciones.

Artículo 26. El Registro Público de Organismos Descentralizados podrá expedir certificaciones de las inscripciones y registro a que se refiere el artículo anterior, las que tendrán fe pública.

Artículo 27. Procederá la cancelación de las inscripciones en el Registro Público de los Organismos Descentralizados en el caso de su extinción una vez que se haya concluido su liquidación.

CAPÍTULO III

De las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria

Artículo 28. Son empresas de participación estatal mayoritaria las que determina como tales la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo 29. No tienen el carácter de entidades paraestatales de la Administración Pública Federal las sociedades mercantiles; en las que participen temporalmente y en forma mayoritaria en su capital en operaciones de fomento, las sociedades nacionales de crédito, salvo que conforme a la legislación específica de éstas y siempre que se este en los supuestos de la segunda parte del artículo 6o., el Ejecutivo Federal decida mediante acuerdo expreso en cada caso, atribuirles tal carácter e incorporarlas al régimen de este ordenamiento.

Artículo 30. Las empresas en que participe de manera mayoritaria el Gobierno Federal, deberán tener por objeto las áreas prioritarias definidas en el artículo 6o. de este ordenamiento.

Artículo 31. Cuando alguna empresa de participación estatal mayoritaria no cumpla con el objeto a que se contrae el artículo anterior o ya no resulte conveniente conservarla como entidad paraestatal desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público, la Secretaría de Programación y Presupuesto, escuchando la opinión de la dependencia coordinadora del sector que corresponda, propondrá al Ejecutivo Federal la enajenación de la participación estatal o en su caso su disolución o liquidación. Para la enajenación de los títulos representativos del capital de la Administración Pública Federal, se procederá en los términos que se disponen en el artículo 68 de esta ley.

Artículo 32. El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría Coordinadora del Sector, determinará los servidores públicos que deban ejercer las facultades que impliquen la titularidad de las acciones o partes sociales que integren el capital social de las empresas de participación estatal mayoritaria.

Artículo 33. La organización, administración y vigilancia de las empresas de participación estatal mayoritaria, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación aplicable, deberán sujetarse a los términos que se consignan en este ordenamiento.

Artículo 34. Los consejos de administración o sus equivalentes de estas entidades, se integrarán de acuerdo a sus estatutos y en lo que no se oponga con sujeción a esta ley.

Los integrantes de dicho Órgano de Gobierno que representen la participación de la Administración Pública Federal, además de aquellos a que se refiere el artículo 9o. de este ordenamiento, serán designados por el Ejecutivo Federal, directamente o a través de la coordinación de sector. Deberán constituir en todo tiempo más de la mitad de los miembros del consejo, y serán servidores públicos de la Administración Pública Federal o personas de reconocida calidad moral o prestigio con experiencia respecto a las actividades propias de la empresa de que se trate.

Artículo 35. El consejo de administración o su equivalente se reunirá con la periodicidad que se señale en los estatutos de la empresa, sin que pueda ser menor de cuatro veces al año.

El propio consejo, será presidido por el titular de la coordinadora de sector o por la persona a quién éste designe, deberá sesionar válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que la mayoría de los asistentes sean representantes de la participación del Gobierno Federal o de las entidades respectiva. Las resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes, teniendo el Presidente voto de calidad para el caso de empate.

Artículo 36. Los consejos de administración o sus equivalentes de las empresas de participación estatal mayoritaria, además de las facultades específicas que se les otorguen en los estatutos o legislación de la materia, tendrán en lo que resulten compatibles las facultades a que se refiere el artículo 58 de esta ley; con las salvedades de aquellas que sean propias de las asambleas ordinarias o extraordinarias.

Artículo 37. Los directores generales o sus equivalentes de las empresas de participación estatal mayoritaria, sin perjuicio de las facultades y obligaciones que se les atribuyan en los estatutos de la empresa y legislación del caso, tendrán las que se mencionan en el artículo 59 de este ordenamiento.

Artículo 38. Para la designación, facultades, operación y responsabilidades de los órganos de administración y dirección; autonomía de gestión y demás normas sobre el desarrollo y operación de las empresas de participación estatal mayoritaria, sin perjuicio de las disposiciones que sobre el

particular existan en los estatutos o legislación correspondiente a su forma societaria, serán aplicables en lo que sean compatibles los dispositivos de los capítulos II y V de esta ley.

Artículo 39. La fusión o disolución de las empresas de participación estatal mayoritaria se efectuará conforme a los lineamientos o disposiciones establecidos en los estatutos de la empresa y legislación correspondiente.

La dependencia coordinadora del sector al que corresponda la empresa, en lo que no se oponga a su regulación específica y de conformidad a las normas establecidas al respecto por la Secretaría de Programación y Presupuesto, intervendrá a fin de señalar la forma y términos en que deba efectuarse la fusión y la disolución, debiendo cuidar en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público, de los accionistas o titulares de las acciones o partes sociales y los derechos laborales de los servidores públicos de la empresa.

CAPÍTULO IV

De los Fideicomisos Públicos

Artículo 40. Los fideicomisos públicos que se establezcan por la Administración Pública Federal, que se organicen de manera análoga a los organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria, que tengan como propósito auxiliar al Ejecutivo mediante la realización de actividades prioritarias, serán los que se consideren entidades paraestatales conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quedarán sujetos a las disposiciones de esta ley.

Los comités técnicos y los directores generales de los fideicomisos públicos citados en primer término se ajustarán en cuanto a su integración, facultades y funcionamiento a las disposiciones que en el capítulo V de esta ley se establecen para los Órgano de Gobierno y para los directores generales, en cuanto sea compatible a su naturaleza.

Artículo 41. La Secretaría de Programación y Presupuesto, quien será el fideicomitente único de la Administración Pública Federal Centralizada, cuidará que en los contratos queden debidamente precisados los derechos y acciones que corresponda ejercitar al fiduciario sobre los bienes fideicomitidos, las limitaciones que establezca o que se deriven de derechos de terceros, así como los derechos que el fideicomitente se reserve y las facultades que fije en su caso al comité técnico, el cual deberá existir obligadamente en los fideicomisos a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 42. Las instituciones fiduciarias, a través del delegado fiduciario general, dentro de los seis meses siguientes a la constitución o modificación de los fideicomisos deberán someter a la consideración de la dependencia encargada de la coordinación del sector al que pertenezcan, los proyectos de estructura administrativa o las modificaciones que se requieran.

Artículo 43. Cuando, por virtud de la naturaleza, especialización u otras circunstancias de los fideicomisos, la institución fiduciaria requiera informes y controles especiales, de común acuerdo con la coordinadora de sector, instruirán al delegado fiduciario para:

I. Someter a la previa consideración de la institución que desempeñe el cargo de fiduciaria, los actos, contratos y convenios de los que resulten derechos y obligaciones para el fideicomiso o para la propia institución;

II. Consulta con la debida anticipación a la fiduciaria los asuntos que deban tratarse en las reuniones del comité técnico;

III. Informar a la fiduciaria acerca de la ejecución de los acuerdos del comité técnico, así como al propio comité técnico;

IV. Presentar a la fiduciaria la información contable requerida para precisar la situación financiera del fideicomiso;

V. Cumplir con los demás requerimientos que de común acuerdo con la coordinadora de sector, le fije la fiduciaria.

Artículo 44. En los contratos de los fideicomisos a que se refiere el artículo 40, se deberán precisar las facultades especiales, si las hubiere, que en adición a las que establece el capítulo V de esta ley para los Órganos de Gobierno determine el Ejecutivo Federal para el comité técnico, indicando, en todo caso, cuáles asuntos requieren de la aprobación del mismo, para el ejercicio de acciones y derechos que correspondan al fiduciario, entendiéndose que las facultades del citado cuerpo colegiado constituyen limitaciones para la institución fiduciaria.

La institución fiduciaria deberá abstenerse de cumplir las resoluciones que el comité técnico dicte en exceso de las facultades expresamente fijadas por el fideicomitente, o en violación a las cláusulas del contrato de fideicomiso, debiendo responder de los daños y perjuicios que se causen, en caso de ejecutar actos en acatamiento de acuerdos dictados en exceso de dichas facultades o en violación al citado contrato.

Cuando para el cumplimiento de la encomienda fiduciaria se requiera la realización de actos urgentes, cuya omisión pueda causar notoriamente perjuicios al fideicomiso, si no es posible reunir al comité técnico por cualquier circunstancia, la institución fiduciaria procederá a consultar al

Gobierno Federal a través del coordinador de sector quedando facultada para ejecutar aquellos actos que éste autorice.

Artículo 45. En los contratos constitutivos de fideicomisos de la Administración Pública Federal Centralizada, se deberá reservar al Gobierno Federal la facultad expresa de revocarlos, sin perjuicio de los derechos que correspondan a los fideicomisarios, o a terceros, salvo que se trate de fideicomisos constituidos por mandato de la ley o que la naturaleza de sus fines no lo permita.

CAPÍTULO V

Del desarrollo y operación

Artículo 46. Los objetivos de las entidades paraestatales se ajustarán a los programas sectoriales que formule la coordinadora de sector y en todo caso, contemplarán:

I. La referencia concreta a su objetivo esencial y a las actividades conexas para lograrlo;

II. Los productos que elabore o los servicios que preste y sus características sobresalientes;

III. Los efectos que causen sus actividades en el ámbito sectorial, así como el impacto regional que originen; y

IV. Los rasgos más destacados de su organización para la producción o distribución de los bienes y prestación de servicios que ofrece.

Artículo 47. Las entidades paraestatales, para su desarrollo y operación, deberán sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas. Dentro de tales directrices las entidades formularán sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazos. El reglamento de la presente ley establecerá los criterios para definir la duración de los plazos.

Artículo 48. El programa institucional constituye la asunción de compromisos en términos de metas y resultados que debe alcanzar la entidad paraestatal. La programación institucional de la entidad, en consecuencia deberá contener la fijación de objetivos y metas, los resultados económicos y financieros esperados así como las bases para evaluar las acciones que lleve a cabo; la definición de estrategias y prioridades; la previsión de recursos para alcanzarlas; la organización de recursos humanos, materiales y financieros que permitan su obtención; la expresión de programas para la coordinación de sus tareas, así como las previsiones respecto a las posibles modificaciones a sus estructuras.

Artículo 49. El programa institucional de la entidad paraestatal se elaborará para los términos y condiciones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Planeación y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.

Artículo 50. Los presupuestos de la entidad se formularán a partir de sus programas anuales. Deberán contener la descripción detallada de objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución y los elementos que permitan la evaluación sistemática de sus programas.

Artículo 51. En la formulación de sus presupuestos, la entidad paraestatal se sujetará a los lineamientos generales que en materia de gasto establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto así como a los lineamientos específicos que defina la coordinadora de sector. En el caso de compromisos derivados de compra o de suministros que excedan al período anual del presupuesto, éste deberá contener la referencia precisa de esos compromisos con objeto de contar con la perspectiva del desembolso a plazos mayores de un año.

Artículo 52. La entidad paraestatal manejará y erogará sus recursos por medio de sus órganos.

Por lo que toca a la percepción de subsidios y transferencias, los recibirá de la Tesorería de la Federación en los términos que se fijen en los presupuestos de egresos anuales de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, debiendo manejarlos y administrarlos por sus propios órganos y sujetarse a los controles e informes respectivos de conformidad con la legislación aplicable.

Artículo 53. Los programas financieros de la entidad paraestatal deberán formularse conforme a los lineamientos generales que establezcan la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; deberán expresar los fondo propios, aportaciones de capital, contratación de créditos con bancos nacionales o extranjeros, o con cualquier otro intermediario financiero así como el apoyo financiero que pueda obtenerse de los proveedores de insumos y servicios y de los suministradores de los bienes de producción. El programa contendrá los criterios conforme a los cuales deba ejecutarse el mismo en cuanto a montos, costos, plazos, garantías y avales que en su caso condicionen el apoyo.

Artículo 54. El director de la entidad paraestatal someterá el programa financiero para su autorización al Órgano de Gobierno respectivo con la salvedad a que se refiere la fracción II del artículo 58 de esta ley; una vez aprobado remitirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la parte correspondiente a la suscripción de créditos.

externos para su autorización y registro en los términos de la ley correspondiente.

Artículo 55. Las entidades paraestatales en lo tocante al ejercicio de sus presupuestos, concertación y cumplimiento de compromiso, registro de operaciones, rendimiento de informes sobre estados financieros e integración de datos para efecto de cuenta pública deberán estar, en primer término, a lo dispuesto por esta ley y su reglamento y sólo en lo no previsto a los lineamientos y obligaciones consignados en las leyes y reglamentos vigentes.

Artículo 56. El Órgano de Gobierno, a propuesta de su presidente o cuando menos de la tercera parte de sus miembros, podrá constituir comités o subcomités técnicos especializados para apoyar la programación estratégica y la supervisión de la marcha normal de la entidad paraestatal, atender problemas de administración y organización de los procesos productivos, así como para la selección y aplicación de los adelantos tecnológicos y uso de los demás instrumentos que permitan elevar la eficiencia.

Articulo 57. El Órgano de Gobierno para el logro de los objetivos y metas de sus programas, ejercerá sus facultades con base a las políticas, lineamientos y prioridades que conforme a lo dispuesto por esta ley establezca el Ejecutivo Federal.

El Órgano de Gobierno podrá acordar la realización de todas las operaciones inherentes al objeto de la entidad con sujeción a las disposiciones de esta ley y salvo aquellas facultades a que se contrae el artículo 58 de este ordenamiento, podrá delegar discrecionalmente sus facultades en el director general.

Artículo 58. Los Órgano de Gobierno de las entidades paraestatales, tendrán las siguientes facultades indelegables:

I. Establecer las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse la entidad paraestatal relativas a producción, productividad, comercialización, finanzas, investigación y desarrollo tecnológico, administración y manejo de recursos humanos;

II. Aprobar los programas y presupuestos de la entidad paraestatal, así como sus modificaciones en los términos de la legislación aplicable. En lo tocante a los presupuestos y a los programas financieros, con excepción de aquellos incluídos en el presupuesto de egresos anual de la Federación o del Departamento del Distrito Federal, bastará con la aprobación del Órgano de Gobierno respectivo;

III. Aprobar los ajustes a los precios de los bienes y servicios que produzca o preste la entidad paraestatal con excepción de aquéllos bienes y servicios que se determinen por acuerdo del Ejecutivo Federal.

IV. Aprobar la concertación de los préstamos para el financiamiento de la entidad paraestatal con créditos internos y externos, así como observar los lineamientos que dicten las autoridades competentes en materia de manejo de disponibilidades financieras. Respecto a los créditos externos se estará a lo que se dispone en el artículo 54 de esta ley;

V. Expedir las normas o bases generales con arreglo a las cuales, cuando fuere necesario, el director general pueda disponer de los activos fijos de la entidad que no correspondan a las operaciones propias del objeto de la misma;

VI. Aprobar, previo dictamen de los auditores externos e informes de los comisarios, los estados financieros de la entidad paraestatal y autorizar la publicación de los mismos;

VII. Aprobar de acuerdo con las leyes aplicables y el reglamento de esta ley, las normas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar la entidad paraestatal con terceros en obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles.

El director general de la entidad y en su caso los servidores públicos que deban intervenir de conformidad a las normas orgánicas de la misma, realizarán tales actos bajo su responsabilidad con sujeción a las expresadas normas fijadas por el Órgano de Gobierno;

VIII. Aprobar la estructura básica de la organización de la entidad paraestatal y las modificaciones que procedan a la misma. Aprobar asimismo y en su caso el estatuto orgánico tratándose de organismos descentralizados;

IX. Proponer al Ejecutivo Federal, por conducto de la coordinadora de sector, los convenios de fusión con otras entidades;

X. Autorizar la creación de comités de apoyo;

XI. Nombrar y remover a propuesta del director general, a los servidores públicos de la entidad paraestatal que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la de aquél; y a los demás que señalen los estatutos y concederles licencias;

XII. Nombrar y remover a propuesta de su presidente, entre personas ajenas a la entidad, al secretario quien podrá ser miembro o no del mismo; así como designar o remover a propuesta del director general de la entidad al prosecretario del citado Órgano de Gobierno quien podrá ser o no miembro de dicho órgano de la entidad;

XIII. Aprobar la constitución de reservas y aplicación de las utilidades de las empresas de participación estatal mayoritaria. En los casos de los excedentes económicos de los organismos descentralizados, proponer la constitución de reservas y su aplicación para su determinación por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Programación y Presupuesto;

XIV. Establecer, sin intervención de cualquiera otra dependencia, las normas y bases para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que la entidad paraestatal requiera para la prestación de sus servicios, con excepción de aquellos inmuebles de organismos descentralizados que la Ley General de Bienes Nacionales considere como del dominio público de la Federación. El reglamento de la presente ley establecerá los procedimientos respectivos;

XV. Analizar y aprobar en su caso, los informes periódicos que rinda el director general con la intervención que corresponda a los comisarios;

XVI. Acordar con sujeción a las disposiciones legales relativas los donativos o pagos extraordinarios que fueren ajenos al propósito y objetivo de la entidad paraestatal y verificar que los mismos se apliquen precisamente a los fines señalados en las instrucciones de la coordinadora de sector correspondiente; y

XVII. Aprobar las normas y bases para cancelar adeudos a cargos de terceros y a favor de la entidad paraestatal cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, informando a la Secretaría de Programación y Presupuesto, por conducto de la coordinadora de sector.

Artículo 59. Serán facultades y obligaciones de los directores generales de las entidades, las siguientes:

I. Administrar y representar legalmente a la entidad paraestatal;

II. Formular los programas institucionales de corto, mediano y largo plazo, así como los presupuesto de la entidad y presentarlos para su aprobación al Órgano de Gobierno. Si dentro de los plazos correspondientes el director general no diere cumplimiento a esta obligación, sin perjuicio de su correspondiente responsabilidad, el Órgano de Gobierno procederá al desarrollo e integración de tales requisitos;

III. Formular los programas de organización;

IV. Establecer los métodos que permitan el óptimo aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles de la entidad paraestatal;

V. Tomar las medidas pertinentes de que las funciones de la entidad se realicen de manera articulada, congruente y eficaz;

VI. Establecer los procedimientos para controlar la calidad de los suministros y programas de recepción que aseguren la continuidad en la fabricación, distribución o prestación del servicio;

VII. Planear el desarrollo, capacitación y adiestramiento de los recursos humanos de la entidad y administración las relaciones laborales;

VIII. Proponer al Órgano de Gobierno el nombramiento o la remoción de los dos primeros niveles de servidores de la entidad, la fijación de sueldos y demás prestaciones conforme a las asignaciones globales del presupuesto de gasto corriente aprobado por el propio órgano;

IX. Recabar información y elementos estadísticos que reflejen el estado de las funciones de la entidad paraestatal para así mejorar la gestión de la misma;

X. Establecer los sistemas de control necesarios para alcanzar las metas u objetivos propuestos;

XI. Presentar periódicamente al Órgano de Gobierno el informe del desempeño de las actividades de la entidad, incluido el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes. En el informe y en los documentos de apoyo se cotejarán las metas propuestas y los compromisos asumidos por la dirección con las realizaciones alcanzadas;

XII. Establecer los mecanismos de evaluación que destaquen la eficiencia y la eficacia con que se desempeñe la entidad y presentar al Órgano de Gobierno por lo menos dos veces al año, la evaluación de gestión con el detalle que previamente se acuerde con el órgano y escuchando al comisario público;

XIII. Ejecutar los acuerdos que dicte el Órgano de Gobierno; y

XIV. Las que señalen las otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables, con las únicas salvedades a que se contrae este ordenamiento.

CAPÍTULO VI

Del control y evaluación

Artículo 60. El órgano de vigilancia de los organismos descentralizados estará integrado por un comisario público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.

Los comisarios públicos tendrán las más amplias facultades para examinar la operación, los libros de contabilidad y demás documentación del organismo, incluida la del Órgano de Gobierno, independientemente de las atribuciones que competen a la Secretaría de la Contraloría General de la

Federación y sin perjuicio de las que esta dependencia les asigne específicamente conforme a la ley. Evaluarán asimismo el desempeño general y por funciones del organismo, realizarán estudios sobre la eficiencia con la que ejerzan los desembolsos en los rubros de gasto corriente y de inversión, así como en lo referente a los ingresos; analizarán las posibles desviaciones presupuestales y sus efectos en la estructura y ámbito de operación y en general efectuarán los actos que requieran el adecuado cumplimiento de sus funciones.

Artículo 61. Los órganos internos de control serán parte integrante de la estructura del organismo descentralizado. Sus acciones tendrán por objeto apoyar la función directiva y promover el mejoramiento de gestión del organismo. Para tal efecto, dichos órganos desarrollarán sus funciones conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y de acuerdo a las siguientes bases:

I. Dependerán del director general del organismo; y

II. Realizarán sus actividades de acuerdo a reglas y bases que les permitan cumplir su cometido con autosuficiencia y autonomía.

Artículo 62. La responsabilidad en el control al interior de los organismos descentralizados se ajustará a los siguientes lineamientos:

I. Los Órganos de Gobierno controlarán la forma en que los objetivos sean alcanzados y la manera en que las estrategias básicas sean conducidas; deberán atender los informes que en materia de control y auditoría les sean turnados y vigilarán la implantación de las medidas correctivas a que hubiere lugar.

II. Los directores generales definirán las políticas de instrumentación de los sistemas de control que fueren necesarios; tomarán las acciones correspondientes para corregir las deficiencias que se detectaren y presentarán al Órgano de Gobierno informes periódicos sobre el cumplimiento de los objetivos del sistema de control, su funcionamiento y programas de mejoramiento;

III. Los demás servidores públicos del organismo responderán dentro del ámbito de sus competencias correspondientes sobre el funcionamiento adecuado del sistema que controle las operaciones a su cargo; y

IV. Los órganos internos de control examinarán y evaluarán los sistemas, mecanismos y procedimientos de control; efectuarán revisiones y auditorías, vigilarán que el manejo y aplicación de los recursos públicos se efectúen conforme a las disposiciones aplicables; presentarán al director general, al Órgano de Gobierno y a las demás instancias internas de decisión, los informes resultantes de las auditorías, exámenes y evaluaciones realizados.

Artículo 63. Las empresas de participación estatal mayoritaria, sin perjuicio en sus estatutos y en los términos de la legislación civil o mercantil aplicable, para su vigilancia, control y evaluación, incorporarán los órganos de control interno y contarán con los comisarios públicos que designe la Secretaría de la Contraloría General de la Federación en los términos de los precedentes artículos de esta ley.

Los fideicomisos públicos a que se refiere el artículo 40 de esta ley, se ajustarán en lo que les sea compatible a las disposiciones anteriores.

Artículo 64. La coordinadora de sector, a través de su titular o representante, mediante su participación en los Órganos de Gobierno o consejos de administración de las paraestatales, podrá recomendar las medidas adicionales que estime pertinente sobre las acciones tomadas en materia de control.

Artículo 65. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación podrá realizar visitas y auditorías a las entidades paraestatales, cualquiera que sea su naturaleza, a fin de supervisar el adecuado funcionamiento del sistema de control; el cumplimiento de las responsabilidades a cargo de cada uno de los niveles de la administración mencionadas en el artículo 62 y, en su caso, promover lo necesario para corregir las deficiencias u omisiones en que se hubiera incurrido.

Artículo 66. En aquellos casos en los que el Órgano de Gobierno, consejo de administración o el director general no dieren cumplimiento a las obligaciones legales que se les atribuyen en este ordenamiento, el Ejecutivo Federal por conducto de las dependencias competentes así como de la coordinadora de sector que corresponda, actuará de acuerdo a lo preceptuado en las leyes respectivas, a fin de subsanar las deficiencias y omisiones para la estricta observancia de las disposiciones de esta ley u otras leyes. Lo anterior sin perjuicio de que se adopten otras medidas y se finquen las responsabilidades a que hubiere lugar.

Artículo 67. En aquellas empresas en las que participe la Administración Pública Federal con la suscripción del 25% al 50% del capital, diversas a las señaladas en el artículo 29 de esta ley, se vigilarán las inversiones de la Federación o en su caso del Departamento del Distrito Federal, a través del comisario que se designe por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y el ejercicio de los derechos corporativos se hará por conducto de la dependencia correspondiente.

Artículo 68. La enajenación de títulos representativos del capital social, propiedad del

Gobierno Federal o de las entidades paraestatales, podrá realizarse a través de los procedimientos bursátiles propios del mercado de valores o de las sociedades nacionales de crédito, de acuerdo con las normas que emitan las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público o la dependencia que determine el titular del Ejecutivo Federal.

La Secretaría de la Contraloría General de la Federación vigilará el debido cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior.

TRANSITORIOS

Artículo primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Se abroga la Ley para el Control por parte del Gobierno Federal de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1970.

Artículo tercero. Se derogan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se opongan a lo establecido en la presente ley.

Artículo cuarto. En tanto el Ejecutivo Federal dicte las disposiciones correspondientes para que los Órganos de Gobierno y de vigilancia de los organismos descentralizados se ajusten a esta ley, seguirán funcionando los órganos existentes de acuerdo con sus leyes o decretos de creación.

Artículo quinto. Los actos y operaciones de los organismos descentralizados que en los términos de esta ley deban inscribirse en el Registro Público de Organismos Descentralizados, hasta en tanto se expide el reglamento de este ordenamiento y se formalizan las funciones del expresado registro, deberán seguirse rigiendo para su validez y consecuencias en función de las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos vigentes hasta la fecha de la expedición de la presente ley.

Artículo sexto. En lo tocante a los fideicomisos en los que el Gobierno Federal sea fideicomitente a la fecha en que entre en vigor este ordenamiento y que se encuentre en los supuestos a que se refiere el artículo 40 de esta ley, se dictarán desde luego las disposiciones relativas para que en su caso, los comités técnicos se ajusten a la integración y funcionamiento que en esta ley se señalen respecto a los Órganos de Gobierno y se designarán en los casos en que proceda a sus comisarios públicos por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación.

Artículo séptimo. El Ejecutivo Federal, a partir de la entrada en vigor de esta ley, promoverá por conducto de las coordinadoras de sector la modificación o reforma de los estatutos o escrituras constitutivas de las empresas de participación estatal mayoritaria para ajustarlos en lo que proceda a los términos de este propio ordenamiento.

Artículo octavo. Los directores generales o quienes realicen funciones similares en los organismos descentralizados existentes a la vigencia de esta ley, deberán, bajo su responsabilidad, inscribir aquellos en el Registro Público de Organismos Descentralizados, en un plazo de treinta días computados a partir de la constitución formal de dicho registro.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, a 31 de marzo de 1986.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Miguel de la Madrid H.»

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la H. Cámara de Diputados.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

En relación con la iniciativa que por separado somete a la consideración de ese H. Congreso de la Unión para la expedición de una Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y con el objeto de guardar congruencia con los mandatos del artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de manera colateral me permito enviar la presente iniciativa sobre reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El artículo 90 de la carta fundamental, por una parte establece que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal de conformidad a la Ley Orgánica respectiva, la que entre otras cosas debe definir las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación, y en otro sentido consigna que las leyes determinarán las relaciones entre las entidades paraestatales y el Ejecutivo Federal, o entre éstas y las Secretarías de Estado y departamentos administrativos.

De esta suerte, al proponerse una iniciativa de ley que regule substancialmente las relaciones entre el Poder Ejecutivo Federal y las entidades

estatales, resulta indispensable, por un principio de congruencia legislativa, hacer las modificaciones necesarias a la Ley Orgánica de la Administración Pública para definir el sector paraestatal, lo que justifica y motiva la presente iniciativa.

Así, en este proyecto se propone la reforma a los artículos 45, 46, 47, 48, 49 y 50, para determinar la naturaleza jurídica y formas de creación de los organismos descentralizados, de las empresas de participación estatal mayoritaria y otras instituciones asimiladas así como los fideicomisos públicos.

Se define también de una manera más clara la agrupación de las entidades por sectores, y se precisan las facultades de las Secretarías coordinadoras de sector, disponiéndose de manera general las bases para las relaciones entre el Ejecutivo Federal y las entidades paraestatales, con la adecuada intervención de las Secretarías globalizadoras y de manera interrelacionada con lo que sobre el particular se pretende regular en la Ley Federal de las entidades paraestatales.

Por otra parte y en atención al articulado de la iniciativa del ordenamiento referido, ya que éste contiene las normas relativas sobre el particular, se propone la derogación de los vigentes artículos 49 bis, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Por tanto, con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión, por el digno conducto de esa H. Cámara la presente iniciativa de

DECRETO DE REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL

Artículo primero. Se reforman los artículos 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 45. Son organismos descentralizados las entidades creadas por ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten.

Artículo 46. Son empresas de participación estatal mayoritaria las siguientes:

I. Las sociedades nacionales de crédito constituidas en los términos de su legislación específica.

II. Las sociedades de otra naturaleza incluyendo las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, así como las instituciones nacionales de seguros y fianzas, en que se satisfagan alguno o varios de los siguientes requisitos.

A) Que el Gobierno Federal o una o más entidades paraestatales, consideradas conjunta o separadamente, aporten o sean propietarios de más del 50% del capital social.

B) Que en la constitución de su capital se hagan figurar acciones de serie especial que sólo puedan ser suscritas por el Gobierno Federal; o

C) Que al Gobierno Federal corresponda la facultad de nombrar a la mayoría de los miembros del Órgano de Gobierno o su equivalente, o bien designar al presidente o director general, o cuando tenga facultades para vetar los acuerdos del propio órgano de gobierno.

Se asimilan a las empresas de participación estatal mayoritaria, las sociedades civiles así como las asociaciones civiles en las que la mayoría de los asociados sean dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, o alguna o varias de ellas se obliguen a realizar o realicen las aportaciones económicas preponderantes.

Artículo 47. Los fideicomisos públicos a que se refiere el artículo 3o; fracción III, de esta ley, son aquellos que el Gobierno Federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos.

En los fideicomisos constituidos por el Gobierno Federal, la Secretaría de Programación y Presupuesto fungirá como fideicomitente único de la Administración Pública Centralizada.

Artículo 48. A fin de que se pueda llevar a efecto la intervención que, conforme a las leyes, corresponde al Ejecutivo Federal en la operación de las entidades de la Administración Pública Paraestatal, el Presidente de la República las agrupará por sectores definidos, considerando el objeto de cada una de dichas entidades en relación con la esfera de competencia que ésta y otras leyes atribuyen a las Secretarías de estado y departamentos administrativos.

Artículo 49. La intervención a que se refiere el artículo anterior se realizará a través de la dependencia que corresponda según el agrupamiento que por sectores haya realizado el propio Ejecutivo, la cual fungirá como coordinadora del sector respectivo.

Corresponde a los coordinadores de sector coordinar la programación y presupuestación, conocer la operación, evaluar los resultados y participar en los órganos de gobierno de las entidades agrupadas en

el sector a su cargo, conforme a lo dispuesto en las leyes.

Atendiendo a la naturaleza de las actividades de dichas entidades, el titular de la dependencia coordinadora podrá agruparlas en subsectores, cuando así convenga para facilitar su coordinación y dar congruencia al funcionamiento de las citadas entidades.

Artículo 50. Las relaciones entre el Ejecutivo Federal y las entidades paraestatales, para fines de congruencia global de la administración pública paraestatal, con el sistema nacional de planeación y con los lineamientos generales en materia de gasto, financiamiento, control y evaluación, se llevarán a cabo en la forma y términos que dispongan las leyes, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, sin perjuicio de las atribuciones que competan a las coordinadoras de sector.

Artículo segundo. Se derogan los artículos 49 bis, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, a 31 de marzo de 1986.

El presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Miguel de la Madrid H.»

El mismo C. secretario: - Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública.

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la H. Cámara de Diputados.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

Las necesidades de salud y bienestar del pueblo mexicano, obligan al Gobierno de la República a sostener e incrementar la asistencia médica a los núcleos sociales más necesitados que no tienen capacidad contributiva suficiente para incorporarse a los sistemas de aseguramiento existentes, lo que hace indispensable destinar mayores recursos a estos grupos de población a fin de brindarles un mínimo de protección.

Por otra parte, si bien es cierto que dado el incipiente desarrollo industrial, comercial y de servicios, en sus inicios fue necesario que la sociedad en su conjunto contribuyese significativamente al financiamiento de las prestaciones establecidas en la Ley del Seguro Social, ya que no se contaba con la infraestructura necesaria para garantizar la eficacia de las mismas, también lo es, que el avance que a la fecha han alcanzado tales actividades, incluyendo las agrícolas que se desarrollan a través de grupos de campesinos organizados, es de tal magnitud, que permite que la aportación estatal se adecúe a las condiciones generales del país y a las más altas prioridades del mismo, modificándose en lo conducente la estructura financiera del Seguro Social.

Consolidado el Seguro Social a favor de los trabajadores de México, de los cooperativistas y de diversos grupos de campesinos organizados, resulta aconsejable revisar su esquema financiero en un gran esfuerzo de reordenamiento de las prioridades nacionales, a fin de que sean los sectores directamente beneficiados por el sistema, quienes soporten en mayor medida la erogación de los recursos indispensables para que el Instituto Mexicano del Seguro Social pueda sufragar los servicios que proporciona. Así, ya en las reformas publicadas el 31 de diciembre de 1965 y dado el grado de avance de la actividad económica que a esa fecha se había alcanzado, se hizo factible llevar a cabo la primera adecuación al monto de las aportaciones del Estado, con la finalidad de atender otras urgentes prioridades nacionales.

En el presente y ante la difícil situación socioeconómica imperante, se actualiza la improrrogable necesidad de mantener el volumen de recursos necesarios, para garantizar y ampliar la asistencia médica y hospitalaria que se viene proporcionando a los núcleos de población que por el propio estado de desarrollo del país, carecen de los recursos necesarios para acceder a ellas por sí mismos, evitando agudizar la diferenciación de sus condiciones de vida.

De esta manera y frente a la situación económica prevaleciente, el Estado tiene el imprescindible deber de acudir en auxilio de aquellos cuya marginación parece inalterable, requiriendo para mantener este compromiso adquirido con la sociedad, el reordenar sus prioridades, habiéndose establecido como la alternativa más viable, la de llevar a cabo una redistribución en las erogaciones del Gobierno, reduciendo sus aportaciones al Seguro Social e incrementando su apoyo a las acciones que desarrolla, encaminadas a proporcionar una asistencia mínima a aquellos mexicanos carentes de toda protección en los riesgos de la vida.

Es de destacarse, que con estas medidas se mantiene incólume y se vigoriza la capacidad de respuesta del Instituto Mexicano del Seguro Social por cuanto a las prestaciones y servicios que otorga a sus derechohabientes.

Por todas las razones, expuestas, el Ejecutivo a mi cargo propone a esa honorable representación se reformen los artículo 114, 115, 177 y 178 de la Ley del Seguro Social, que establecen las cuotas relativas a los seguros de enfermedades no profesionales y maternidad y de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, así como el monto de las contribuciones del Estado para estas ramas del seguro, reasignando los recursos del Erario Federal de modo que las aportaciones estatales del 20% de las cuotas patronales se hagan en lo sucesivo por 7.143% y por ende, incrementando proporcionalmente las que deben cubrir los patrones.

De igual manera se reforma el artículo 79, con la finalidad de ajustar las primas a cubrir por riesgos de trabajo, a efecto de que los patrones sigan pagando la misma cantidad por este concepto, dado que las mismas se determinan en relación con la cuantía de la cuota obrero patronal correspondiente al ramo de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.

Por lo expuesto, con fundamento en la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión, por el digno conducto de ustedes la siguiente iniciativa de

DECRETO DE REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Artículo único. Se reforman los artículo 79, 114, 115, 177 y 178, de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 79. Para los efectos de la fijación de las primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas serán clasificadas y agrupadas de acuerdo con su actividad, en clases, cuyos grados de riesgo se señalan para cada una de las clases que a continuación también se relacionan:

Grado de Producto de los índices riesgo de frecuencia y gravedad por un millón

Clase I

1 454

2 770

3 1 086

4 1 368

5 1 757

Clase II

4 1 368

5 1 757

6 2 146

7 2 535

8 2 294

9 3 302

10 3 667

11 4 032

12 4 397

13 4 762

14 5 127

Clase III

11 4 032

12 4 397

13 4 762

14 5 127

15 5 676

16 6 073

17 6 470

18 6 867

19 7 264

20 7 661

21 8 058

22 8 455

23 8 852

24 9 226

25 9 583

26 9 940

27 10 297

28 10 654

29 11 011

30 11 368

31 11 725

32 12 082

33 12 439

34 12 796

35 13 153

36 13 510

37 13 867

Clase IV

30 11 368

31 11 725

32 12 082

33 12 439

34 12 796

35 13 153

36 13 510

37 13 867

38 14 204

39 14 540

40 14 876

41 15 212

42 15 548

43 15 884

44 16 220

45 16 552

Clase IV

46 16 940

47 17 328

48 17 716

49 18 104

50 18 207

51 18 565

52 18 923

53 19 281

54 19 639

55 19 997

56 20 355

57 20 713

58 21 071

59 21 429

60 21 787

Clase V

50 18 207

51 18 565

52 18 923

53 19 281

54 19 639

55 19 997

56 20 355

57 20 713

58 21 071

59 21 429

60 21 787

61 22 145

62 22 503

63 22 861

64 23 219

65 23 577

66 23 935

67 24 293

68 24 651

69 25 009

70 25 367

71 25 725

72 26 083

73 26 441

74 26 799

75 26 810

76 26 870

77 27 278

78 27 686

79 28 094

80 25 502

81 28 910

82 29 318

83 29 726

84 30 134

85 30 542

86 30 950

87 31 358

88 31 766

89 32 174

90 32 582

91 32 990

92 33 398

93 33 806

94 34 214

95 34 622

96 35 030

97 35 438

98 35 846

99 36 254

100 36 662

Primas en por cientos

Inferiores Grado Superiores

al medio medio al medio

Clase I

1 1.538

2 3.067

3 4.605

4 6.143

5 7.672

Clase II

4 6.143

5 7.672

6 9.210

7 10.748

8 12.277

9 13.815

10 15.353

11 16.882

12 18.420

13 19.958

14 21.487

Clase III

11 16.882

12 18.420

13 19.958

14 21.487

15 23.025

16 24.563

17 26.092

18 27.630

19 29.168

20 30.697

21 32.235

22 33.773

23 35.302

24 36.840

25 38.378

26 39.907

27 41.445

Clase III

28 42.983

29 44.512

30 46.050

31 47.588

32 49.117

33 50.655

34 52.193

35 53.722

36 55.260

37 56.798

Clase IV

30 46.050

31 47.588

32 49.117

33 50.655

34 52.193

35 53.722

36 55.260

37 56.978

38 58.327

39 59.865

40 61.403

41 62.932

42 64.470

43 66.008

44 67.537

45 69.075

46 70.613

47 72.142

48 73.680

49 75.218

50 76.747

51 78.285

52 79.823

53 81.352

54 82.890

55 84.428

56 85.957

57 87.495

58 89.033

59 90.562

60 92.100

Clase V

50 76.747

51 78.285

52 79.823

53 81.352

54 82.890

55 84.428

56 85.957

57 87.495

58 89.033

59 90.562

60 92.100

61 93.638

62 95.167

63 96.705

64 98.243

65 99.772

66 101.310

67 102.848

68 104.377

69 105.915

70 107.453

71 108.982

72 110.520

73 112.058

74 113.587

75 115.125

76 116.663

77 118.192

78 119.730

79 121.268

80 122.797

81 124.335

82 125.873

83 127.402

84 128.940

85 130.478

86 132.007

87 133.545

88 135.083

89 136.612

90 138.150

91 139.688

92 141.217

93 142.755

94 144.293

95 145.822

96 147.360

97 148.898

98 150.427

99 151.965

100 153.503

Al inscribirse por primera vez en el instituto o al cambiar de clase por modificación en sus actividades, las empresas invariablemente serán colocadas en el grado medio de la clase que les corresponda y con apego a dicho grado pagarán la prima del seguro de riesgos de trabajo.

Artículo 114. A los patrones y a los trabajadores les corresponde cubrir para el seguro de enfermedades y maternidad, las cuotas del 6.30% y 2.25% sobre el salario base de cotización, respectivamente.

Los ingresos por concepto de pensiones quedan exentos del pago de cuotas.

Artículo 115. En todos los casos en que no esté expresamente prevista por la ley o decreto la cuantía de la contribución del Estado para el seguro de enfermedades y maternidad, será igual al 7.143 por ciento del total de las cuotas patronales.

La aportación del Estado será cubierta en pagos bimestrales iguales, equivalentes a la sexta parte de la estimación que presente el Instituto para el año siguiente a la Secretaría de Programación y Presupuesto, en el mes de julio de cada ejercicio, formulándose el ajuste definitivo en el mes de enero del año siguiente.

Artículo 177. A los patrones y a los trabajadores les corresponde cubrir, para los seguros a que se refiere este capítulo, las cuotas del 4.20% y 1.50% sobre el salario base de cotización, respectivamente.

Artículo 178. En todos los casos en que no esté expresamente prevista por ley o decreto la cuantía de la contribución del Estado para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, será igual al 7.143 por ciento del total de las cuotas patronales y se cubrirá en los términos del artículo 115.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día veintinueve de junio de mil novecientos ochenta y seis.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, a 31 de marzo de 1986.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Miguel de la Madrid H.»

El mismo C. secretario: - Reformas a la Ley del Seguro Social.

Recibo y túrnese a la Comisión de Seguridad Social de la H. Cámara de Diputados.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presentes.

En ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por su digno conducto, someto a esa representación nacional, para su examen, discusión y, en su caso aprobación, la iniciativa de ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

El Ejecutivo Federal a mi cargo estima oportuno someter a consideración del H. Congreso de la Unión, en el período extraordinario de sesiones a que fue convocado, las diversas modificaciones legales contenidas en esta iniciativa, a fin de propiciar un incremento en los ingresos fiscales federales, una recaudación más oportuna de los mismos y el fortalecimiento de los instrumentos que aseguren el cumplimiento por los obligados de la presentación en tiempo de sus declaraciones.

Uno de los efectos de la inflación es erosionar la recaudación por el tiempo que transcurre entre el momento en que se causa la contribución y la fecha en que el Erario Público la obtiene. Esta situación, entre otras, ha venido debilitando las finanzas del Gobierno de la República.

Ante este panorama resulta imprescindible adoptar medidas que permitan al Estado obtener oportunamente los recursos que le corresponden.

Es particularmente importante que se enteren al fisco, a la brevedad posible, los recursos financieros provenientes de impuestos que se trasladan a los compradores de bienes o a los usuarios de servicios, así como de aquéllos que son objeto de retención o de recaudación por parte de terceros.

Se propone, por ello, acortar los plazos de presentación de declaraciones y entero de los impuestos y de las retenciones.

Adicionalmente se estima necesario actualizar varias disposiciones fiscales para reforzar el cumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones oportunamente.

La iniciativa propone modificar diversas disposiciones fiscales, para hacer coincidir los plazos para la presentación de declaraciones periódicas y para el pago de los impuestos a cargo de los contribuyentes, con los del entero de las retenciones respectivas.

Asimismo se considera necesario modificar el límite a la causación de recargos por mora de los contribuyentes para elevarlo al 500% puesto que se observa que el limite actual se alcanza en un plazo relativamente breve, a partir del cual la función de resarcimiento de los recargos deja de cumplirse, convirtiéndose en una ventaja financiera injustificada, nociva para la sanidad de las finanzas públicas y propiciatoria de litigios planteados como tácticas dilatorias.

La propuesta se armoniza con la modificación del limite al 500% de los intereses que el fisco federal debe cubrir por cantidades que los particulares pagaron indebidamente.

También se propone establecer que los contribuyentes del impuesto sobre la renta determinen los pagos provisionales a su cargo, considerando el importe de los estímulos fiscales que tengan

derecho a aplicar y que se otorguen en base a disposiciones administrativas, incluidos los certificados de promoción fiscal, a partir de la fecha de vigencia de la ley propuesta por esta iniciativa, con la cual tendrán entera aplicación las disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que rigen la acumulación de esta clase de ingresos.

En consideración a lo anteriormente expuesto y con apoyo en las disposiciones constitucionales a que me he referido, por su apreciable conducto, someto al examen por el H. Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de

LEY QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES

CAPITULO I

Código Fiscal de la Federación

Artículo primero. Se reforman los artículo 6o; fracciones I y II; 21, párrafo segundo; 22, párrafos tercero y quinto, y 82, fracción I, inciso a) del Código Fiscal de la Federación, y se derogan los artículo 6o; fracción III; y 82 último párrafo, del propio Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 6o. .........................................................................

............................................................................................"

I. Si la contribución se calcula por periodos establecidos en ley, en el caso de retención o en el de recaudación de contribuciones, los contribuyentes, retenedores o las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudarlas, las enterarán a más tardar el día 7 del mes de calendario inmediato posterior al de terminación del período de la retención o de la recaudación, respectivamente.

II. En cualquier otro caso, dentro de los 5 días siguientes al momento de la causación.

III. (Se deroga).

"Artículo 21. ........................................................................

..............................................................................................."

Los recargos se calcularán sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, la indemnización a que se refiere el cuarto párrafo de este artículo, los gastos de ejecución y las multas por infracción a disposiciones fiscales, no excederán del 500% del monto de dicho crédito. Cuando el pago hubiera sido menor al que corresponda, los recargos se computarán sobre la diferencia. Los recargos se causarán por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe.

................................................................................................"

"Artículo 22. .......................................................................

.............................................................................................."

Cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de dos meses siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, informes y documentos que señale la forma oficial respectiva. Si dentro de dicho plazo no se efectúa la devolución, el fisco federal deberá pagar intereses conforme a una tasa que será igual a la prevista para los recargos en los términos del artículo 21 de este Código. Los intereses se calcularán sobre las cantidades que proceda devolver, excluyendo los propios intereses y se computarán desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se efectúe la devolución o se pongan las cantidades a disposición del interesado.

................................................................................................"

En ningún caso los intereses a cargo del fisco federal excederán del 500% de la cantidad de que se trate.

..............................................................................................

............................................................................................."

"Artículo 82. .....................................................................

.........................................................................................."

I. ......................................................................................"

a). Tratándose de declaraciones, la mayor que resulte entre $ 10,000.00 ó el 10% de las contribuciones declaradas en su caso. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, sobre las mismas se le aplicará también la multa a que se refiere este inciso.

................................................................................................

Ultimo párrafo. (Se deroga).

Disposición Transitoria

Artículo segundo. Cuando con anterioridad al 1o. de mayo de 1986, se hubieran causado recargos sobre contribuciones o aprovechamientos federales no pagados o intereses a cargo del fisco federal sobre cantidades que deba devolver, que hubieran

alcanzado el 300% del importe de dichas contribuciones, aprovechamiento o cantidades a devolver, según sea el caso, a partir de la fecha mencionada se reanudará la causación de recargos o de intereses sobre las cantidades insolutas, conforme a lo dispuesto por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal de la Federación.

CAPITULO II

Impuesto Sobre la Renta

Artículo tercero. Se reforman los artículo 12; 69, primer párrafo; 30, párrafos quinto y sexto, siguientes a la tarifa; 86, primer párrafo; 92, primer párrafo; 111, primer párrafo; y 135, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se adiciona un artículo 12 - A de y a la propia Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

"Artículo 12. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día siete del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:

I. Se calculará el coeficiente de utilidad del último ejercicio de doce meses restando a la utilidad fiscal, la deducción adicional establecida en el artículo 51 de esta ley y los ingresos por dividendos o utilidades percibidos durante el mismo período y el resultado que se obtenga se dividirá entre la cantidad que resulte de restar a los ingresos totales obtenidos los dividendos o utilidades percibidos en el citado ejercicio.

Tratándose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio y se considerará la utilidad fiscal del primer ejercicio, aún cuando no hubiera sido de doce meses.

II. - Se obtendrá la utilidad fiscal para el pago provisional, restando al total de los ingresos obtenidos entre el inicio del ejercicio y el último día del mes al que corresponda el pago, los ingresos por dividendos o utilidades obtenidos durante el mismo período aplicando a la diferencia, el coeficiente de utilidad que resulte conforme a la fracción anterior.

Al resultado obtenido conforme al párrafo anterior se le sumará o restará, según sea el caso, la diferencia que se obtenga de restar a los ingresos por dividendos obtenidos entre la fecha del inciso del ejercicio y el último día del mes al que corresponda el pago, los dividendos o utilidades que hubiera pagado en el mismo período, salvo los conceptos comprendidos en las fracciones IV, V, VI y VII del artículo 120 de esta ley.

III. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar el 42% a la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo acreditarse contra el impuesto a pagar los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.

En el caso del ejercicio de iniciación de operaciones, excepto en los supuestos a que se refiere el artículo 161 de esta ley, así como tratándose del ejercicio inmediato siguiente, cuando aquel sea irregular, los pagos provisionales establecidos en este artículo serán el 42% de los ingresos por dividendos que se obtengan durante el período al cual corresponda el pago provisional de que se trate.

Para calcular los pagos provisionales no se considerarán los ingresos atribuibles a los establecimientos de los contribuyentes ubicados en el extranjero. Tratándose del ejercicio de liquidación de una sociedad, los pagos provisionales se harán conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de esta ley.

Los dividendos o utilidades distribuidos en acciones de la sociedad de que se trate o los que se reinviertan dentro de los treinta días siguientes a su distribución en la suscripción o pago de aumento de capital de dicha sociedad, no deberán incluirse como ingresos o restarse para fines de este artículo.

Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, el monto de los mismos se podrá disminuir cuando proceda en los casos y, cumpliendo los requisitos que señale el reglamento de esta ley. Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones a que se refiere este artículo, aún cuando no haya pago provisional a enterar".

"Artículo 12 - A. No se harán pagos provisionales cuando en el ejercicio inmediato anterior se hubiera obtenido pérdida fiscal ajustada, sin considerar la deducción por dividendos distribuidos correspondiente al ejercicio anterior o en el caso de que aún se tuviera pérdida fiscal ajustada pendiente de disminuir de ejercicios anteriores, salvo en los siguientes casos:

I. - Cuando la utilidad fiscal sobre la cual se debe calcular el pago provisional, exceda a la pérdida fiscal ajustada sin considerar la deducción por dividendos distribuidos, correspondiente al ejercicio anterior.

II. - Cuando la utilidad fiscal sobre la cual se debe calcular el pago provisional, exceda a la pérdida fiscal ajustada pendiente de disminuir de ejercicios anteriores.

En los casos anteriores se calculará el pago provisional del mes aplicando el 42% a la parte de la utilidad fiscal del período que exceda a dichas pérdidas"

"Artículo 69. Las personas morales con fines no lucrativos efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual de sus integrantes a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional será el 20% de la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del cuatrimestre anterior, el monto de las deducciones que corresponda conforme al título IV. Para este efecto considerarán, en su caso, tantos salarios mínimos generales de una o varias zonas económicas, como integrantes personas físicas tenga la persona moral. No se efectuará esta deducción por los integrantes que obtengan ingresos en el cuatrimestre de los señalados en el Capítulo I del Título IV de esta ley.

........................................................................................."

"Artículo 80. ...................................................................

Las personas morales a que se refiere el Título III de esta ley obligadas a efectuar pagos provisionales en los términos del artículo 69 de esta misma ley y las personas físicas, enterarán bimestralmente las retenciones a que se refiere este artículo a más tardar el día 15 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

Los contribuyentes que presten servicios subordinados a personas no obligadas a efectuar la retención, de conformidad con el párrafo final del artículo 83 de esta ley y los que obtengan ingresos provenientes del extranjero por estos conceptos, calcularán su pago provisional en los términos de este precepto y lo enterarán bimestralmente a más tardar el día 15 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

..............................................................................................."

"Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo efectuaran pagos provisionales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará deduciendo de la totalidad de ingresos obtenidos en el cuatrimestre, el monto de las deducciones a que se refiere el artículo 85 correspondientes al mismo período y el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente elevado al cuatrimestre y aplicándole al resultado la siguiente:

.................................................................................................."

"Artículo 92. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este capítulo efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará aplicando la tarifa del artículo 86 de esta ley a la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del cuatrimestre anterior el monto de las deducciones a que se refiere el artículo 90, correspondientes al mismo período y el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente elevado al cuatrimestre. No se efectuará esta última deducción cuando en el período de que se trate se obtengan ingresos de los señalados en los Capítulos I o II de este Título, por los que dicha deducción ya se hubiera hecho, o cuando se obtengan ingresos por conducto de las personas morales a que se refiere el Título III de esta ley.

.............................................................................................."

"Artículo 111. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. Para determinar el pago, a la utilidad cuatrimestral estimada, que se calculará multiplicando los ingresos del período de que se trate por el factor de utilidad ajustada de la última declaración anual presentada, se le aplicará la tarifa del artículo 86 de esta ley. Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, el monto de los mismos se podrá disminuir, cuando proceda, en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el reglamento de esta ley.

.............................................................................................."

"Artículo 135. ....................................................................

............................................................................................"

Los contribuyentes que obtengan periódicamente ingresos de los señalados en este capítulo, efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual, a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante

declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará aplicando la tarifa del artículo 86 de esta ley a los ingresos obtenidos en el cuatrimestre anterior, sin deducción alguna; contra dicho pago podrán acreditarse las cantidades retenidas en los términos del siguiente párrafo.

......................................................................................."

Disposición Transitoria

Artículo cuarto. Cuando el mes de mayo de 1986 sea 4o., 8o., u 11o. mes del ejercicio de los contribuyentes del Título II del Impuesto sobre la Renta, éstos deberán efectuar el primero, segundo o tercer pago provisional de su ejercicio, según sea el caso, en los términos del artículo 12 de la citada ley, vigente hasta el 30 de abril de 1986; y a partir del mes de junio deberán efectuar pagos provisionales mensuales en los términos del artículo 12 de la citada ley vigente desde el 1o. de mayo de 1986. En los casos distintos a los señalados en el párrafo anterior, los contribuyentes ya no deberán efectuar los pagos provisionales cuatrimestrales o trimestral, sino que efectuarán los pagos provisionales mensuales en los términos del artículo 12 o del 12 - A de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1o. de mayo de 1986, por todos los meses del ejercicio, a partir de junio inclusive.

Artículo quinto. Se reforma la fracción I del artículo noveno de la ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales de 28 de diciembre de 1985, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 31 del mismo mes y año, para quedar como sigue:

"Artículo noveno. ............................................................

I. Los contribuyentes, para determinar los pagos provisionales correspondientes a los períodos que se inicien a partir del 1o. de mayo de 1986, deberán considerar entre sus ingresos acumulables el importe de los estímulos fiscales que se otorguen con base a lo establecido en disposiciones administrativas, incluyendo los certificados de promoción fiscal, que tengan derecho a aplicar a partir de esa fecha, los cuales también deberán acumularse para determinar su utilidad fiscal ajustada del ejercicio y no podrá sumarse su importe a la pérdida fiscal del mismo.

II. ............................................................................................"

CAPITULO III

Impuesto al Valor Agregado

Artículo sexto. Se reforma el artículo 5o., segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

"Artículo 5o. .....................................................................

Los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito y las sociedades mercantiles efectuarán pagos provisionales a más tardar el día 7 de cada uno de los meses del ejercicio, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas.

Tratándose de los demás contribuyentes efectuarán dichos pagos a más tardar el día 15 de cada uno de los meses del ejercicio. El pago provisional será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes de calendario anterior a excepción de las importaciones de bienes tangibles, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento.

........................................................................................."

CAPITULO IV

Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios

Artículo séptimo. Se Reforman los artículos 5o., segundo párrafo, y 5o. - A, primer párrafo, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

"Artículo 5o. .....................................................................

Los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito y las sociedades mercantiles efectuarán pagos provisionales a más tardar el día 7 de cada uno de los meses del ejercicio, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas. Tratándose de los demás contribuyentes efectuarán dichos pagos a más tardar el día 15 de cada uno de los meses del ejercicio. El pago provisional será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes de calendario anterior, a excepción de las importaciones, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento.

............................................................................................"

"Artículo 5o. - A. Los productores, envasadores o importadores que a través de comisionistas, mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores, enajenen los bienes a que se refiere el artículo 2o. de esta ley, estarán

obligados a retener el impuesto sobre la contraprestación que a éstos corresponda y enterarlo mediante declaración en las oficinas autorizadas, en los plazos establecidos por el segundo párrafo del artículo 5o. de esta ley. Cuando las contraprestaciones se incluyan en el valor de la enajenación por las que se pague este impuesto, no se efectuará la retención y no se considerarán contribuyentes de este impuesto por dichas actividades.

..................................................................................."

CAPITULO V

Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal

Artículo octavo. Se reforma el artículo único, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre las Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Prestado Bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón, para quedar como sigue:

"Artículo único. .......................................................

El impuesto se enterará en efectivo, mediante declaración que presentarán los contribuyentes en las oficinas autorizadas a más tardar el día siete del mes siguiente a aquél en que efectúen los pagos gravados por esta ley. Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta y las personas físicas cubrirán el impuesto establecido por este artículo, mediante declaraciones que presentarán ante las oficinas autorizadas, en el mismo plazo previsto por dicha ley, para enterar las retenciones que efectúen en materia del impuesto sobre la renta por las remuneraciones que cubran por la prestación de servicios personales subordinados.

..............................................................................."

CAPITULO VI

Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

Artículo noveno. Se reforma el artículo 4o; segundo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para quedar como sigue:

"Artículo 4o. ...................................................................

Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales a más tardar el día 7 de cada uno de los meses del ejercicio, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas, respecto de las enajenaciones realizadas en el mes inmediato anterior.

........................................................................................."

CAPITULO VII

Aportaciones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Artículo décimo. A partir del 1o. de mayo de 1986, las aportaciones señaladas en la fracción II del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores deberán enterarse a más tardar el día siete del mes siguiente a aquél en que hagan los pagos por salarios de los trabajadores a su servicio. Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta y las personas físicas cubrirán dichas aportaciones, mediante declaraciones que presentarán ante las oficinas autorizadas, en el mismo plazo previsto por la citada ley, para enterar las retenciones que efectúen en materia del impuesto sobre la renta por las remuneraciones que cubran por la prestación de servicios personales subordinados.

TRANSITORIOS

Artículo primero. La presente ley entrará en vigor el día 1o. de mayo de 1986.

Artículo segundo. Los pagos provisionales de los impuestos sobre la renta, valor agregado, automóviles nuevos y especial sobre producción y servicios, así como el entero del impuesto sobre las erogaciones por remuneración al trabajo personal prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón y las aportaciones señaladas en la fracción II de artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que deban efectuarse en el mes de mayo de 1986, se podrán hacer en los plazos que establecen las disposiciones vigentes hasta el 30 de abril de 1986.

Ruego a ustedes CC. secretarios se sirvan dar cuenta de esta iniciativa al H. Congreso de la Unión, para los efectos correspondientes.

México, D.F., a 4 de abril de 1986.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Miguel de la Madrid H.»

El mismo C. secretario: - Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales:

Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la H. Cámara de Diputados.

Reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Recibo y túrnese a la honorable Cámara de Senadores.

Reformas a la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal:

Recibo y túrnese a la honorable Cámara de Senadores.

DENUNCIA DEL SINDICATO DE COSTURERAS "19 DE SEPTIEMBRE"

El C. presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Heberto Castillo Martínez para una propuesta.

El C. diputado Heberto Castillo Martínez: - Señor presidente; compañeras y compañeros legisladores: Hemos recibido una comunicación de las costureras del Sindicato 19 de septiembre para hacerla llegar a la Comisión Permanente, dice así:

«México, D.F., 8 de abril de 1986.

Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

"Las costureras del Sindicato "19 de septiembre" queremos denunciar ante la Cámara de Diputados, la conducta servil y corrupta que el señor Luis Pérez Díaz, líder sindical de la Confederación Revolucionaria de Obreros de México y diputado federal de la presente legislatura por el Partido Revolucionario Institucional, ha seguido durante años y en particular con nuestras compañeras trabajadoras de la fábrica Symor, S.A; a quienes representaba sindicalmente.

Como sucedió en numerosas fábricas de costura, el terremoto del 19 de septiembre provocó el derrumbe del edificio de la fábrica Symor, S.A. ubicado en Lorenzo Boturini 205, cuarto piso, siendo el propietario el señor Moisés Resnik Boldesca, teniendo un total de ochenta trabajadoras y algunas con más de 35 años a su servicio. Las relaciones obrero - patronales que se vivían en la fábrica son las mismas condiciones que las del resto de empresas de esta rama de producción en México: largas jornadas de trabajo, excesiva explotación, pago de bajos salarios, malos tratos, falta de prestaciones marcadas por la ley, numerosas violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo, pésimas condiciones higiénicas, etcétera.

Desde 1983 el dirigente de Confederación Revolucionaria de Obreros de México, hoy diputado federal por el Partido Revolucionario Institucional, señor Luis Pérez Díaz, tomó las riendas del sindicato de costureras de Symor, S.A; con el clásico discurso de defensa de los derechos e intereses de los trabajadores, siendo que para nada las ayudó y sí se mantuvo en alianza con el patrón, no respetando siquiera lo mínimo establecido por la Ley, haciendo todo tipo de violaciones al contrato y negándose a pagar utilidades de los años de 1984 y 1985.

Aprovechando sus relaciones con el patrón, el señor Luis Pérez obligó a las trabajadoras a asistir a los actos públicos en apoyo a su candidatura, cometiendo arbitrariedades como las de descontar días no laborales o aplicar suspensiones hasta de una semana contra quienes no colaboraran en su campaña.

El 19 de septiembre el señor Resnik Boldesca, al ver su fábrica derrumbada comunicó a sus trabajadoras la imposibilidad de pagar indemnizaciones y sólo accedió bajo presiones, a firmar un convenio en donde se comprometía a pagar tres meses de salario con la condición de que se rescataran sus máquinas (de 48 máquinas que se rescataron sólo aparecen 32, habiéndosele entregado completas). Dicho convenio fue violado, pues solamente se pagó un mes y eso a cuentagotas y a regañadientes, incluso obligando a las costureras a firmar papeles en blanco. Todo ello sin tomar en cuenta que, además, cinco trabajadoras fueron excluídas de dicho pago en castigo por su pertenencia al Sindicato "19 de Septiembre."

Esta situación fue comunicada al señor Luis Pérez Díaz, pero el diputado federal hasta el momento no ha hecho nada para resolver la situación de las costureras, a pesar de que se reclama representante del pueblo y de las trabajadoras.

Queremos que esta actitud corrupta sea conocida por los integrantes de la H. Cámara de Diputados y se le exija al señor Pérez Díaz que dé una rápida solución.

Agradeciendo de antemano la atención prestada a la presente demanda, quedan de ustedes sus atentas servidoras: A nombre del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de la Costura "19 de septiembre": Ana Bertha Rodríguez Reyes, secretaria de relaciones exteriores; Luz Vázquez Martínez, secretaría suplente de relaciones exteriores.

Por ello, las fracciones parlamentarias del Partido Revolucionario de los Trabajadores y del Partido Mexicano de los Trabajadores, por mi conducto planteamos esta petición concreta a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

El caso denunciado por el Sindicato Nacional de la Costura, Confecciones de Vestidos, Similares y Conexos, "19 de Septiembre", es muy importante para esta legislatura. Se trata del caso del líder del tipo de aquellos que se habló a raíz de los sismos que nos azotaron el año pasado. En aquel

entonces, se señaló que una de las causas de la superexplotación de las costureras, que tanto se evidenciara a la luz de los trágicos acontecimientos, era la conclusión de líderes sin escrúpulos con patrones con desmedidas ansias de ganancias. Se dijo que esos líderes a pesar de conocer la penosa situación de sus representadas, no sólo no hacían nada por remediar su situación, sino que basaban su enriquecimiento precisamente en esa circunstancia. Tanto se conmovió esta LIII Legislatura, con esta penosa realidad, que cuando se anunció que un líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos y diputado federal, eran este tipo de dirigentes, alzaron numerosas voces de condena en su contra y no faltó quien reclamara el desafuero de su persona. Más tarde se aclaró que la información que se había vertido no era del todo exacta y el caso cayó en el olvido. Hoy sin embargo, el problema es diferente. Se trata de un auténtico dirigente del Sindicato de la Costura, que ha sido evidenciado por las propias trabajadoras quienes lo buscaron una y otra vez, encontrando de su parte solamente respuestas despóticas. Es claro que el diputado Luis Pérez Díaz ha actuado así desde hace muchos años y que esta práctica debe acabar definitivamente.

Por todo lo anterior reclamamos de esta Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que el caso se turne a las Comisiones de Trabajo y la de Gestoría y Quejas, con objeto de que se realice una investigación a fondo del asunto y se resuelva el conflicto de acuerdos a los intereses de las trabajadoras. Firmamos el diputado Pedro José Peñaloza, del Partido Revolucionario de los Trabajadores y Heberto Castillo del Partido Mexicano de los Trabajadores.»

Dejo los documentos a la Secretaría.

El C. Presidente: - En vista de esta propuesta, del diputado Heberto Castillo Martínez, la presidencia pregunta si hay oradores en pro o en contra.

No habiéndolos, se pregunta a la Asamblea si se admite o no a discusión la propuesta.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por indicaciones de la presidencia se pregunta a la Asamblea si se admite o no a discusión la propuesta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se admite a discusión.

El C. presidente: - Túrnese a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Información, Gestoría y Quejas de la Cámara de Diputados.

ASESINATO DE UN MIEMBRO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO DE LOS TRABAJADORES, EN DURANGO

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Pido la palabra para presentar una solicitud señor presidente.

El C. presidente: - Tiene la palabra señor diputado Alcocer.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: Señores legisladores: el pasado 4 del presente fue arteramente asesinado el ciudadano Juan Lira Bracho quien fuera candidato a diputado local por el segundo distrito de la ciudad de Durango, postulado por la alianza electoral formada por el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) y el Comité de Defensa Popular (CDP). Los hechos se desarrollaron de la siguiente manera: Mediante engaños Juan Lira Bracho fue sacado de su domicilio el viernes cuatro de abril por cuatro individuos que se identificaron como policías, los cuales iban encabezados por un comandante de apellido Aranda. Unas horas después apareció, en la carretera a Parral, a 35 Kms. de la ciudad el cuerpo de Juan Lira con 45 balazos. Habría que mencionar que Juan Lira era el Secretario General del Sindicato Independiente de Música del Estado de Durango (SIMED) y cuya trayectoria política nada tenía que ver con líos policiales y menos con narcotraficantes como insidiosamente han propalado en algunos círculos oficiales y oficiosos locales buscando con ello, distorsionar los móviles de este vil asesinato.

Tomando en cuenta que en Durango se está llevando a cabo una campaña electoral por parte de nuestra alianza y debido a la gravedad de este crimen y al clima de tensión política que ha generado este acto, solicitamos que en apego al reglamento vigente esta denuncia se turne a la Comisión de Gestoría y Quejas de la Cámara de Diputados para su investigación y dictamen.

Atentamente. Diputado Heberto Castillo Martínez, Partido Mexicano de los Trabajadores; diputado Pedro José Peñaloza, Partido Revolucionario de los Trabajadores.

El C. presidente: - Esta presidencia pregunta si hay oradores en pro o en contra de esta posición. Señor senador, tiene usted la palabra.

El C. senador Gonzalo Salas Rodríguez: - Señor presidente: señores legisladores: lo expresado aquí por el diputado Alcocer es muy lamentable, pues actos de esta naturaleza a todos nos duelen, a todos nos preocupan y como senador por el Estado de Durango vengo a expresar aquí ante esta H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que sé, porque estuve la semana pasada en la capital de mi Estado, conocí de estos hechos lamentables y se que existe una gran preocupación por parte del gobernador de mi entidad, por los sectores políticos, en especial por parte de los miembros del partido al cual pertenezco, porque estos hechos se aclaren en el menor tiempo posible.

Es una vergüenza, es humillante, es censurable que desgraciadamente actos de esta naturaleza a los

cuales Durango era ajeno, nos estén en nuestros días invadiendo. Ciertamente el compañero Juan Lira, a quien conocía por mejor expresarlo desde hace tiempo, formaba parte del Sindicato de Filarmónicos de la Ciudad de Durango. Lo único que quiero expresar para terminar mi intervención aquí, que quede claro, que quede la firme constancia, señor diputado Alcocer, de que las autoridades competentes, de que las autoridades judiciales se han abocado, así nos lo expresaron la semana pasada, repito en que estuve en Durango, para que este hecho censurable que a todos nos duele, quede aclarado en el menor tiempo posible. Muchas gracias.

El C. presidente: - Consulte la Secretaría si se admite o no a discusión la propuesta del diputado Alcocer.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia, se pregunta a la Asamblea en votación económica si se admite o no a discusión la propuesta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se admite señor presidente.

El C. presidente: - Túrnese a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas de la Cámara de Diputados.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CONDECORACIONES

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García:

«Tercera Comisión

Honorable Asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita la ciudadana licenciada Ana Nicole Valsse, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de Francia. La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B), del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. - Se concede permiso a la ciudadana licenciada Ana Nicole Vaisse, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de Francia.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 2 de abril de 1986.

Diputado Fernando Ortíz Arana, senador Hugo B. Margáin, diputado José Angel Pescador Osuna, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Heladio Ramírez López, senador Américo Villareal Guerra, diputado Jorge Alcocer Villanueva, diputado Martín Tavira Urióstegui.»

Trámite: Primera lectura.

El mismo C. secretario

«Tercera Comisión.

Honorable Asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita la ciudadana química industrial Raquel Arroyo de Ramos, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de Francia.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B) del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana química industrial Raquel Arroyo de Ramos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de Francia.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 2 de abril de 1986.

Diputado Fernando Ortíz Arana, senador, Hugo B. Margáin, diputado José Angel Pescador Osuna, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Heladio Ramírez López, senador Américo Villareal Guerra, diputado Jorge Alcocer Villanueva, diputado Martín Tavira Urióstegui.»

Trámite: Primera lectura.

El C. secretario diputado Moisés Calleja: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura a la orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

El mismo C. secretario:

«Comisión Permanente Primer receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

16 de abril de 1986.

Lectura del acta de la sesión próxima.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del CXXXII aniversario de la muerte del general Nicolás Bravo, se llevará a cabo el próximo 22 de abril.

Comunicaciones de los Congresos de los Estados de Aguascalientes, Jalisco y Tabasco.

Comunicación del senador Hugo B. Margáin.

Oficios de la Secretaría de Gobernación.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que la C. Lesvia Amada González Hernández, pueda prestar servicios en la embajada de la República Socialista Federativa de Yugoslavia en México.

Por el que se comunica que el C. Presidente de la República nombró a los CC. licenciados Rafael Ramírez Ferrer, José de Jesús Fernández Alatorre, Jorge Sayeg Helu, Sergio Osnaya Ayala, Rafael Millán Martínez y Francisco Salas López, como magistrados del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Diez con los que se remiten hojas de servicios de los CC. Juan Manuel Martínez Morfín, Eliud Angel Casiano Bello, Alvaro Molina Velázquez, Gonzalo Godoy Gutiérrez, Genaro Ambia Martínez, Leobardo Carlos Ruíz Pérez, Jorge Arroyo Hurtado, Enrique Andrade Sánchez, Ricardo Solares Sánchez y Ramón Rubén Arrieta Hurtado, para los efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictámenes de primera lectura.

Dos de la Tercera Comisión con proyectos de decreto por los que se concede permiso a los CC. Jean de Marcé e Ivonne Loyola Escobedo, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

De la Primera Comisión, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la C. Verónica Avelino Lozano, para prestar servicios en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, N. L.

De la Primera Comisión, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la C. Eulalia Fernández Calvimonte de García, para prestar servicios en la embajada de Bolivia, en México.

Dictámenes a discusión.

Tres de la Segunda Comisión con puntos de acuerdo por los que se ratifican grados militares a los CC. Jesús Gómez Ruíz, Roberto Heine Rangel y Carlos Duarte Sacramento.

Dos de la Tercera Comisión con proyectos de decreto por los que se concede permiso a las CC. Ana Nicole Vaisse y Raquel Arroyo de Ramos, para aceptar y usar las condecoraciones, que les confiere el Gobierno de Francia.»

El C. presidente (a las 16.25 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo miércoles, 16 de abril, a las diez horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES