Legislatura LIII - Año I - Período Comisión Permanente - Fecha 19860617 - Número de Diario 27

(L53A1PcpN027F19860617.xml)Núm. Diario:27

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I México, D. F., martes 17 de junio de 1986 NÚM. 27

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Sin discusión se aprueba

INVITACIÓN

Al CXXIV aniversario luctuoso del General Leandro Valle, el 23 del presente en esta ciudad. Se nombra comisión

LICENCIA AL DIPUTADO MIGUEL ÁNGEL BARBERENA VEGA

Para separase de sus funciones en virtud de haber sido postulado por el Partido Revolucionario Institucional, candidato a gobernador de Aguascalientes. Se le dispensan los trámites. Se aprueba. Comuníquese

COMUNICACIONES

De los Congresos de Oaxaca y Zacatecas, relativas a sus funciones legislativas. De enterado

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIÓN

Solicitud de permiso para que el C. Mario Domínguez Genel pueda aceptar y usar la que le confiere el Gobierno de Guatemala. Se turna a Comisión

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Solicitud de permiso para que los CC. María de Lourdes Donjuán Zaldívar, José E. González Calderón, Renán A. Magaña Miranda, Salvador Magaña Vázquez, Juan Nava Silva, Manuel Rodríguez Santamaría, Ma. Elena Fumiko Sakurai Nakagawa, Bertha Ma. G. Santillana Z., Daniel Sosa Villarreal, Carlos Torres Rivera, Carmen Kinuko Tsutsumi Fujijoshi, José Falcón Valverde y Toshie Yokoyama Yokoyama, puedan prestar servicios como empleados de la Embajada del Japón, acreditada en nuestro país. Se turna a Comisión

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CONDECORACIONES

Tres proyectos de decreto que permiten a los CC. Bernardo Sepúlveda Amor, Roberto de Rosenzweig - Díaz y Jesús Puente Leyva, aceptar las que les conceden gobiernos extranjeros

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Cuatro proyectos de decreto que autorizan a los CC. Jorge Zendejas Cázares, Amelia Leyva Haim, Ana Subich de Nudelsticher y Moisés Gersón Smeke, Laura G. Márquez Elenes, Ma. de Lourdes Muñoz Elías, Aída Libia Sánchez y Fuentes, Alejandro Santana García y Martha Salazar Tello, Ma. Elena Mendoza Hernández, Artemio Hernández y Pedro Pacheco León, para prestar servicios en embajadas extranjeras acreditadas en nuestro país

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

RATIFICACIÓN DE GRADOS MILITARES

Cinco Puntos de Acuerdo que ratifican el grado de general a los CC. Salvador Martínez López, Juan Romero Torres, Hernán González Buenfil, José R. Rivas Peña y Rubén Arias Arciniega. Se aprueba. Comuníquese

CONDECORACIONES

Cuatro proyectos de decreto que permiten a los CC. Jaime Fernández MacGregor Maza, Luis Wybo Alfaro, Antonio de Icaza, José L. Bernal Rodríguez, aceptar las que les otorgan los gobiernos extranjeros. Se aprueban. Pasan al Ejecutivo

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Proyecto de decreto que autoriza a los CC. Jaime Jiménez Hernández y María P. Saldaña Rubio, hacerlo en la Embajada de Líbano en México. Se aprueba. Pasa el Ejecutivo

PRÓXIMAS ELECCIONES EN CHIHUAHUA

El C. diputado Fernando Ortiz Arana hace consideraciones en torno a dichas elecciones que tendrán lugar el próximo 6 de julio y a lo expresado al respecto por el C. diputado Jesús González Schmal, quien interviene para aclaraciones. Opinan también sobre el tema, los CC. senador Rafael Cervantes Acuña, diputado Jorge Alcocer Villanueva, González Schmal, Diputado Martín Tavira Urióstegui, Senador Celso H. Delgado Ramírez, González Schmal y Delgado Ramírez

MEMORÁNDUM DE AMNISTÍA INTERNACIONAL

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva hace consideraciones sobre este documento. Propone sea estudio y se soliciten aclaraciones e información sobre los casos presentados por Amnistía Internacional y la respuesta dada por el Gobierno Mexicano. Hablan sobre la propuesta, los CC. diputados Jesús González Schmal, senador Gonzalo Martínez Corbalá, diputado Alcocer Villanueva, Diputado Santiago Oñate Laborde, la presidencia, Alcocer Villanueva, Oñate Laborde y senador Norberto Mora Plancarte. Se turna a ambas Cámaras

DENUNCIA DE HECHOS EN AXOCHIAPAN, MORELOS

Por parte del C. diputado Roberto Calderón Tinoco, en que responsabiliza al gobernador del estado

CONSTANCIA DE GASTOS DEL C. DIPUTADO GONZÁLEZ SCHMAL

Que manifiesta como miembro de la Delegación Interparlamentaria México - Estados Unidos de América

MASACRE DE SOWETO, SUDÁFRICA

El senador Gonzalo Martínez Corbalá comenta este hecho cometido hace 10 años en contra de estudiantes que protestaban el "Appartheid"

CONDENA AL RÉGIMEN DE PINOCHET

Propuesta del Partido Socialista Unificado de México, Partido Democrático Mexicano y Partido Popular Socialista que presenta el C. diputado Martín Tavira Urióstegui sobre el particular. Se turna a comisión

ENTREVISTA AL JEFE DE LA NACIÓN POR TELEVISIÓN

Consideraciones del C. diputado Jorge Alcocer Villanueva respecto al tema, en que compareció ante las cámaras de Imevisión y Televisa. Sobre el asunto opinan los CC. senador Gonzalo Salas Rodríguez y senador Gonzalo Martínez Corbalá

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO ELÍSEO MENDOZA BERRUETO

(Asistencia 23 ciudadanos legisladores)

APERTURA

El C. presidente (a las 11:25 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña

«Comisión permanente.

Primer receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

17 de Junio de 1986.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del CXXIV aniversario luctuoso del general Leandro Valle, tendrá lugar el 23 de junio.

Comunicación del Congreso del estado de Jalisco.

Dictámenes de Primera lectura

Tres de la Tercera Comisión, con proyectos de decreto por los que se conceden permiso a los CC. Bernardo Sepúlveda Amor, Roberto de Rosenzweig - Díaz y Jesús Puente Leyva, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

Cuatro de la Primera Comisión, con proyectos de decreto por los que se concede permiso para que los CC. Jorge Zendejas Cázares, Amelia Leyva Haim, Ana Subich de Nudelsticher, Moisés Gersón Smeke, Laura Guadalupe Márquez Elenes, Lourdes Muñoz Elías, Aída Libia Sánchez y Fuentes, Alejandro Santana García, Martha Salazar Tello, María Elena Mendoza Hernández, Artemio Hernández y Pedro Pacheco León, puedan prestar servicios en embajadas de gobiernos extranjeros en México.

Dictámenes a discusión

Cinco de la Segunda Comisión, con puntos de acuerdo por los que se ratifican grados militares a los CC. Salvador Martínez López, Juan Romero Torres, Hernán González Buenfil, José Rubén Rivas Peña y Rubén Arias Arciniega.

Cuatro de la Tercera Comisión, con proyectos de decreto por los que se concede permiso a los CC. Jaime Fernández McGregor Maza, Luis Wybo Alfaro, Antonio de Icaza y José Bernal Rodríguez, pueden aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

De la Primera Comisión, con proyecto de decreto por los que se concede permiso para que los CC. Jaime Jiménez Hernández y María Patricia Saldaña Rubio, puedan prestar servicios en la Embajada de Líbano en México.

Y los demás asuntos con los que la secretaría dé cuenta»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El mismo C. secretario:

«Acta de la sesión de la Comisión Permanente de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día diez de junio de mil novecientos ochenta y seis.

Presidencia del C. diputado Elíseo Mendoza Berrueto

En la ciudad de México, a las once horas y veinticinco minutos del martes diez de junio de mil novecientos ochenta y seis, la presidencia declara abierta la sesión una vez que la secretaría manifiesta una asistencia de veintitrés ciudadanos legisladores.

Lectura del orden del día y de la acta de la sesión anterior verificada el día cuatro de los corrientes, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

El C. Manuel Fernández Flores, solicita licencia para separarse de sus funciones como diputado federal, en virtud de haber sido postulado por el Partido Popular Socialista, candidato a gobernador del estado de Veracruz. La presidencia considera este asunto de urgente resolución y la asamblea en votación económica le dispensa todos los trámites, a efectos de que se someta a discusión y votación de inmediato.

A discusión el punto de acuerdo respectivo. Sin que motive debate, en votación económica se aprueba. Comuníquese.

Los Congresos de los estados de Chiapas, Jalisco y Quintana Roo, comunican actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Al que se acompañan la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y la Cuenta Pública del Departamento del Distrito Federal, correspondientes al ejercicio fiscal de 1985. Recibo y túrnese.

La Cuenta de la Hacienda Pública Federal a las Comisiones Unidas de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda y de Programación y Presupuesto y Cuenta Publica de la H. Cámara de Diputados.

La Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal, a las Comisiones Unidas de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda; de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y del Distrito Federal de la H. Cámara de Diputados.

Tres relativos a las solicitudes de permiso para que los CC. Bernardo Sepúlveda Amor, Roberto de Rosenzweig - Díaz y Jesús Puente Leyva, puedan aceptar y usar condecoraciones de gobiernos extranjeros. Recibo y a la Tercera Comisión.

Cuatro por los que solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Jorge Zendejas Cázares, Amelia Levy Jaim, Ana Subich de Nudelsticher, Moisés Gersón Smeke, Laura Guadalupe Márquez Elenes, Lourdes Muñoz Elías, Aída Libia Sánchez y Fuentes, Alejandro Santana García, Martha Salazar Tello, María Elena Mendoza Hernández Artemio Hernández y Pedro Pacheco León, puedan prestar servicios en embajadas de gobiernos extranjeros, acreditadas en nuestro país. Recibo y a la Primera Comisión.

Ocho dictámenes con sendos proyectos de decreto emitidos por la Tercera Comisión, que conceden permiso para aceptar y usar condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros, a los ciudadanos que a continuación se mencionan: Jaime Fernández MacGregor Maza, la Orden de Manuel Amador Guerrero en grado de Gran Cruz, del Gobierno de Panamá.

Luis Wybo Alfaro, la Tudor Vladimirescu, primera clase, del Gobierno de Rumania.

Antonio de Icaza, la Orden del Río Branco en grado de Gran Cruz, del Gobierno del Brasil.

José Luis Bernal Rodríguez, la Orden Nacional del Mérito en grado de Caballero, del Gobierno de la República de Francia.

Antonio González de León, la Orden de la Corona en grado de Gran Cruz, del Gobierno de Bélgica.

Ismael Moreno Pino, la Orden del Sol en grado de Gran Cruz, del Gobierno del Perú.

Roberto Casellas Leal, la Orden de Orange - Nassau en grado de Gran Cruz, del Gobierno de los Países Bajos.

Pedro Vargas Mata, la Orden de Isabel la Católica en grado de Encomienda, del Gobierno de España.

Quedan todos de primera lectura.

La Primera Comisión suscribe un dictamen con proyecto de decreto que autoriza a los CC. Jaime Jiménez Hernández y María Patricia Saldaña Rubio, para prestar servicios como empleados en la Embajada de Líbano, acreditada en México. Es de primer lectura.

La Segunda Comisión presenta un dictamen que concluye con punto de acuerdo, por el que se aprueba el nombramiento que el C. Presidente de la República expidió en favor del C. licenciado José Manuel Villagordoa Lozano, como ministro numerario de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

A discusión el punto de acuerdo.

Hacen uso de la palabra, en contra el C. diputado Jesús González Schmal; por la Comisión Dictaminadora el C. senador Norberto Mora Plancarte y para hechos el C. diputado Jesús González Schmal.

Suficientemente discutido, en votación económica y por mayoría se aprueba el punto de acuerdo. Comuníquese al Ejecutivo.

Encontrándose en el salón adjunto el C. licenciado José Manuel Villagordoa Lozano, la presidencia designa en comisión para que lo introduzcan al salón y el acompañen en el acto de rendir la protesta de rigor, a los CC. senadores Norberto Mora Plancarte y diputado Nicolás Reynés Berezaluce.

Una vez que la comisión cumple con su cometido, el C. licenciado José Manuel Villagordoa Lozano rinde la protesta de ley como Ministro de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La misma comisión que lo introdujo le acompaña al retirarse del salón.

Se continúa con los asuntos en cartera:

Cuatro dictámenes con puntos de acuerdo emitidos por la Segunda Comisión, en virtud de los cuales se ratifica el grado de general que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor de los siguientes miembros del ejército: Miguel Escamilla Núñez, Nicolás Cano Hernández, Pedro Martínez Galván y José Roberto Chavarría Servín.

A discusión en su orden los puntos de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votaciones económicas sucesivas se aprueban . Comuníquese al Ejecutivo.

La Secretaría por instrucciones de la presidencia, da lectura a un escrito firmado por los CC. diputados Jorge Alcocer Villanueva, Roberto Calderón Tinoco, Martín Tavira Urióstegui y Graco

Ramírez Garrido Abreu, por el que solicitan que la Comisión de Comercio se avoque al estudio de la situación financiera de producción, comercialización y laboral, de la empresa Trigo Industrializado, Conasupo Triconsa, en la reunión del próximo viernes con los funcionarios responsables, y contribuya con toda su autoridad moral y jurídica, en la solución de los graves problemas que se han presentado en la empresa mencionada, la cual tiene objetivos sociales que no deben perderse de vista.

La presidencia solicita a la Comisión de Comercio de la Cámara de Diputados, tome en cuenta lo que se plantea en este oficio, para tratar los asuntos de referencia en la reunión que el viernes próximo tendrá con el señor director de Conasupo.

Para hacer consideraciones en torno a este asunto y dar lectura a una carta que los trabajadores de Triconsa han enviado al señor Presidente de la República en la que hacen proposiciones razonables y expresan su apoyo a la Confederación de Trabajadores de México, que demandó la nacionalización de la industria alimenticia, habla el C. diputado Martín Tavira Urióstegui.

Por su parte el C. diputado Jorge Alcocer Villanueva aborda la tribuna para externar una serie de reflexiones sobre la evolución que en los últimos días ha venido presentando la situación económica del país y sobre el precio del dólar.

A nombre del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Socialista Unificado de México, propone que la Comisión Permanente acuerde extender invitación al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, para que en la próxima reunión de esta Comisión Permanente, explique el estado que guardan las negociaciones de la deuda externa mexicana y para que responda a las preguntas que diputados y senadores de este Cuerpo Legislativo deseen formularle.

Usan de la palabra, en pro de la proposición el C. diputado Martín Tavira Urióstegui en contra la C. diputada Marcela González Salas para hechos intervienen los CC. diputados Alfonso Reyes Medrano, Jesús González Schmal y Jorge Alcocer Villanueva.

En votación económica la asamblea no admite a discusión la proposición y por mayoría, la da por desechada.

Para abundar sobre el tema de la situación económica en nuestro país, interviene el C. diputado Roberto Calderón Tinoco.

Presidencia del C. diputado Nicolás Reynés Berezaluce

Siguen en el uso de la palabra sobre el mismo asunto, el C. diputado Pedro José Peñaloza y el C. senador Celso Delgado Ramírez.

Presidencia del C. diputado Elíseo Mendoza Berrueto

Continúa para hechos el C. diputado Jorge Alcocer Villanueva.

A petición del C. senador Celso Humberto Delgado Ramírez, la secretaría da lectura a los artículos 93 y 79 de la Constitución General de la República.

Por último, aborda la tribuna el C. diputado Jesús González Schmal, para expresar que en Chiapas se vive un vacío político, ya que los actuales gobernantes, dice, carecen de capacidad política y administrativa, dándose por consecuencia un gobierno impopular y persecutorio.

Para demostrar lo anterior, da lectura a una serie de hechos que considera violan las garantías individuales y los derechos humanos.

Solicita se turne esta denuncia a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, a fin de que se investiguen los hechos y se exija el restablecimiento del estado de derecho.

La asamblea en votación económica admite a discusión la proposición. Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos de la H. Cámara de Diputados.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las catorce horas y veinticinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes diecisiete del actual, a las once horas.»

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba ... Aprobado señor presidente.

INVITACIÓN

La misma C. secretaria:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Departamento del Distrito Federal.

C. diputado licenciado Eliseo Mendoza Berrueto, presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presente.

El Departamento del Distrito Federal, por conducto de esta dirección general, atentamente invita a usted al acto cívico conmemorativo del CXXV

aniversario luctuoso del general Leandro Valle, que tendrá lugar el próximo lunes 23 del actual, a las 10:30 horas, ante el nicho que guarda sus restos, en el Panteón de San Fernando, de esta Ciudad.

Al propio tiempo, me permito solicitarle tenga a bien dictar sus respetables instrucciones, con objeto de que una comisión asista al acto de referencia, con la representación de esa Comisión Permanente que usted preside.

Reitero a usted, con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Director de Programación y Acción Cívica, licenciado Fernando Peña Garavito.»

El C. presidente: - Para asistir en representación de esta honorable Comisión Permanente, se designa a los siguientes ciudadanos legisladores: senador Rafael Cervantes Acuña y diputado Roberto Calderón Tinoco.

LICENCIA AL DIPUTADO MIGUEL ÁNGEL BARBERENA VEGA

La misma C. secretaria:

«México, D. F., a 12 de Junio, 1986.

C. diputado Eliseo Mendoza Berrueto, presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presente.

Con base en los artículos 47 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que mi Partido, el Revolucionario Institucional, me ha postulado como candidato a gobernador de mi estado natal, Aguascalientes y como la Constitución Política de esa entidad, establece en su artículo 39, que los funcionarios de la Federación se separarán de su cargo 90 días antes de la elección para el cambio de titular del Poder Ejecutivo del estado, solicito licencia como diputado federal a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión.

Atentamente

Diputado Miguel Ángel Barberena Vega.»

El C. presidente: - Esta Presidencia considera el asunto con el que se acaba de dar cuenta, como de urgente resolución, se ruega a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensan todos los trámites y se somete a discusión y votación de inmediato.

La misma C. secretaria: - Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensan todos los trámites y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Dispensados todos los trámites.

El C. presidente: - En consecuencia, se ruega a la secretaría poner a discusión el punto de acuerdo.

La C. secretaria Blanca Esponda de Torres: - Esta a discusión el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se concede licencia al diputado Miguel Ángel Barberena Vega, para separarse de sus funciones como diputado federal por el segundo distrito del estado de Aguascalientes, en virtud de haber sido postulado candidato a gobernador de dicho estado.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado Comuníquese.

COMUNICACIONES

La misma C. secretaria:

«CC. secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México D. F.

En cumplimiento de preceptos legales, comunicamos a usted (s), que la LII Legislatura Constitucional del estado, con esta fecha inauguró el segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al tercer año de su ejercicio legal, habiendo resultado electos por mayoría de votos para funcionar en el presente mes, los CC. diputados: diputado Porfirio Guzmán Gil, presidente; diputado Heberto Abrajam Díaz, vicepresidente.

Reiteramos a usted (s), las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.

Oaxaca de Juárez, a 1o. de abril de 1986.

Virginia Hernández Hernández, diputada secretaria, profesor Cuauhtémoc Calderón López, diputado secretario.»

Trámite: De enterado.

La misma C. secretaria:

«CC. secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión México, D. F.

En cumplimiento de preceptos legales, comunicamos a usted (s) que la LII Legislatura Constitucional del estado, en sesión ordinaria efectuada hoy, procedió a la elección de presidente y vicepresidente para funcionar en el mes de junio próximo, habiendo resultado electos por mayoría de votos los CC. diputados: licenciado Fidel Herrera Balbuena, presidente; Avelino León Santiago, vicepresidente.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.

Oaxaca de Juárez, a 30 de mayo de 1986.

Eulogio Bautista Sandoval, diputado secretario: profesor Cuauhtémoc Calderón López, diputado secretario.»

Trámite: De enterado.

La misma C. secretaria:

«C. presidente de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, D. F.

Conforme lo establece el artículo 169 del Reglamento Interior del Poder Legislativo, nos permitimos comunicarle que el día de hoy, con asistencia de los titulares del Poder Ejecutivo y Judicial, la LI Legislatura del estado, clausuró su primer período extraordinario de sesiones, correspondiente a su tercer año de ejercicio legal, a que fue convocado por la H. Comisión Permanente en fecha 10 de abril anterior.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Zacatecas, Zac., a 26 de mayo de 1986.

La Comisión Permanente.

Diputado secretario, licenciado Manuel Montes Ruíz, diputado secretario, Bertha Torres Valdés.»

Trámite: De enterado.

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIÓN

La misma C. secretaria:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión Presente.

Con fecha dos del actual, la secretaría de Relaciones Exteriores, manifiesta a esta de Gobernación lo siguiente:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. almirante CG. Demn. Mario Domínguez Genel, pueda aceptar y usar la condecoración Cruz de Mérito Militar de segunda clase, que le confiere el Gobierno de Guatemala."

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 5 de junio de 1986.

El secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

Trámite: Recibo y túrnese a la Tercera Comisión.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La misma C. secretaria:

«Escudo Nacional. - Estado Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión. Presente.

Con fecha 28 de mayo próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a esta de Gobernación lo siguiente:

"Por tratarse de un asunto de la competencia de esa dependencia del Ejecutivo a su digno cargo, solicito a usted tenga a bien gestionar ante la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado B del artículo 37 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas mencionadas a continuación, cuyas copias certificadas de sus actas de nacimiento se anexan al presente, puedan prestar sus servicios en la Embajada de Japón en esta ciudad.

Señora María Lourdes Donjuan Zaldívar señor José Enrique González Calderón licenciado Renán Abel Magaña Miranda señor Salvador Magaña Vázquez señor Juan Nava Silva señor Manuel Rodríguez Santamaría señorita Ma. Elena Fumiko Sakurai Nakagawa señora Bertha María Guadalupe Santillana Z. señor Daniel Sosa Villarreal señor Carlos Torres Rivera señorita Carmen Kinuko Tsutsumi Fujiyoshi señor José Manuel Falcón Valverde señora Toshie Yokoyama Yokoyama."

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes, enviándoles con el presente los anexos que se mencionan.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 6 de junio de 1986.

El secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

Trámite: Recibo y túrnese a la Primera Comisión.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CONDECORACIONES

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña:

«Tercera Comisión.

Honorable asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano licenciado Bernardo Sepúlveda Amor, Secretario de Relaciones Exteriores, para aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito, en segundo grado, que le confiere el Gobierno de la República Popular de Polonia.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único: Se concede permiso al ciudadano licenciado Bernardo Sepúlveda Amor, para aceptar y usar la condecoración de la Orden al Mérito, en segundo grado, que le confiere el Gobierno de la República Popular de Polonia.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 11 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, senador Gonzalo Martínez Corbalá, diputada Marcela González Salas, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Salvador Barragán Camacho, senador Américo Villarreal Guerra, diputado Jorge Alcocer Villanueva, diputado Martín Tavira Urióstegui.»

Trámite: Primera lectura.

El mismo C. secretario:

«Tercera Comisión.

Honorable asamblea:

La tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano embajador Roberto de Rosenzweig - Díaz, para aceptar y usar la condecoración de la Gran Cruz Dorada en Cinta, que le confiere el Gobierno de Austria.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B, del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano embajador Roberto de Rosenzweig - Díaz, para aceptar y usar la condecoración de la Gran Cruz Dorada en Cinta, que le confiere el Gobierno de Austria.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 12 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, senador Gonzalo Martínez Corbalá, diputada Marcela González Salas, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Salvador Barragán Camacho, senador Américo Villareal Guerra, diputado Jorge Alcocer Villanueva, diputado Martín Tavira Urióstegui.»

Trámite: Queda de primera lectura.

El mismo C. secretario:

«Tercera Comisión

Honorable asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano embajador Jesús Puente Leyva, para aceptar y usar la condecoración del Gran Cordón de Libertador, que le confiere el Gobierno de Venezuela.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano embajador Jesús Puente Leyva, para aceptar y usar la condecoración del Gran Cordón de libertador, que le confiere el Gobierno de Venezuela.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 11 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, senador Gonzalo Martínez Corbalá, diputada María Marcela González Salas, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Salvador Barragán Camacho, senador Américo Villarreal Guerra, diputado Jorge Alcocer Villanueva, diputado Martín Tavira Urióstegui.»

Trámite: Queda de primera lectura.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El mismo C. secretario:

«Primera Comisión

Honorable asamblea:

En oficio fechado el 21 de mayo del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Jorge Zendejas Cázares, pueda prestar servicios como chofer en la Embajada de Uruguay, en México.

En sesión efectuada por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión el 10 de junio, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará en la Embajada de Uruguay, en México, serán como chofer.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Jorge Zendejas Cázares, para prestar servicios como chofer en la Embajada de Uruguay, en México.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D. f., a 12 de junio de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga, senador Gonzalo Salas Rodríguez, diputado Jesús González Schmal, diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, senador Armando Trasviña Taylor.»

Trámite: Queda de primera lectura.

El mismo C. secretario:

«Primera Comisión.

Honorable asamblea:

En oficio fechado el 20 de mayo del año en curso, al secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Amelia Levy Haim, Ana Subich de Nudelsticher y Moisés Gerson Smeke, puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Israel en México.

En sesión efectuada por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el 10 de junio, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de su nacimiento.

b) Que los servicios que los interesados prestarán al Gobierno de Israel, serán de carácter administrativo.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Amelia Haim, para prestar servicios como recepcionista, en la Embajada de Israel en México.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana Ana Subich de Nudelsticher, para prestar servicios como secretaria, en la Embajada de Israel en México.

Artículo tercero. Se concede permiso al ciudadano Moisés Gersón Smeke, para prestar servicios como secretario del agregado militar, en la Embajada de Israel en México.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D. f., a 11 de junio de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde, diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, senador Gonzalo Salas Rodríguez, diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga, diputado Jesús González Schmal, senador Armando Trasviña Taylor.»

Trámite: Queda de primera lectura.

El mismo C. secretario:

«Primera Comisión.

Honorable asamblea:

En oficio fechado el 23 de mayo del próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Laura Guadalupe Márquez Elenes, pueda prestar servicios administrativos en la delegación general de Quebec en México.

en sesión celebrada por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el 10 de junio, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que la interesada prestará en la delegación general de Quebec, en México, serán como jefa de información.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Laura Guadalupe Márquez Elenes, para prestar servicios como jefa de información en la delegación general de Quebec, en México.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 12 de junio de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde, diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, senador Gonzalo Salas Rodríguez, diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga, diputado Jesús González Schmal, senador Armando Trasviña Taylor.»

Trámite: Queda de primera lectura.

El mismo C. secretario:

«Primera Comisión.

Honorable asamblea:

En oficio fechado el 26 de mayo del año en curso, la secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos María de Lourdes Muñoz Elías, Aída Libia Sánchez y Fuentes, Alejandro Santana García, Martha Salazar Tello, María Elena Mendoza Hernández, Artemio Hernández y Pedro Pacheco León, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada de la República Popular de Polonia, en México.

En sesión celebrada por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el día 10 de junio, se turnó a la Comisión que suscribe para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas del acta de su nacimiento.

b) Que lo servicios que los interesados prestarán en el Embajada de la República Popular de Polonia, en México, serán de carácter administrativo;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana María de Lourdes Muñoz Elías, para prestar servicios como secretaria, en la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana Aída Libia Sánchez y Fuentes , para prestar servicios como recepcionista, en la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Artículo tercero. Se concede permiso al ciudadano Alejandro Santana García, para prestar servicios como chofer en la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Artículo cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Martha Salazar Tello, para prestar servicios como secretaria en la oficina comercial, de la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Artículo quinto. Se concede permiso a la ciudadana María Elena Mendoza Hernández, para prestar servicios como empleada de limpieza en la oficina comercial de la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Artículo sexto. Se concede permiso al ciudadano Artemio Hernández, para prestar servicios como chofer de la oficina comercial, de la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Artículo séptimo. Se concede permiso a ciudadano Pedro Pacheco León, para prestar servicios como jardinero en la oficina comercial, de la Embajada de la República Popular de Polonia en México.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 11 de junio de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde, diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, senador Gonzalo Salas Rodríguez, diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga, diputado Jesús González Schmal, senador Armando Trasviña Taylor.

Trámite: Queda de primera lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

RATIFICACIÓN DE GRADOS MILITARES

El mismo C. secretario:

Segunda Comisión.

Honorable asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con hoja de servicios del C. piloto aviador Salvador Martínez López, que el Ejecutivo Federal envió a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de la fracción VII, del artículo 79, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que sea ratificado el grado de general de ala, Diplomado de Estado Mayor Aéreo, que el propio Ejecutivo le otorga.

Del análisis de los antecedentes del interesado, esta Comisión advierte:

a) Que ingresó al ejercicio como cadete, en la Escuela Militar de Aviación, el dos noviembre de mil novecientos cuarenta y seis, ascendiendo a subteniente de aeronáutica, como piloto aviador, al término satisfactorio de sus estudios en el plantel citado, el dieciséis de febrero de mil novecientos cuarenta y nueve, y al teniente de aeronáutica, el veinte de noviembre de mil novecientos cuarenta y tres, en virtud de haber llenado los requisitos para la promoción general de dicho año, adquirió el carácter de Diplomado de Estado Mayor Aéreo, por haber efectuado el curso de Mando y Estado Mayor Aéreo, en la Escuela Superior de Guerra, el primero de enero de mil novecientos cincuenta y seis;

b) A los demás grados ascendió por escalafón, de acuerdo con los reglamentos y leyes vigentes en la fecha de sus ascensos;

c) Ha prestado servicios al ejército durante treinta y nueve años, cuatro meses y dieciséis días, y

d) Se le han conferido las condecoraciones de Perseverancia, de cuarta, tercera, segunda y primera clases, así como la Especial, por haber cumplido el tiempo de servicios fijado para el efecto. Igualmente recibió la condecoración del Mérito Docente, por haber desempeñado con distinción y

eficiencia el cargo de profesor de aerodinámica, así como la condecoración de Servicios Distinguidos, y el reconocimiento de su calidad de legionario.

La proposición que el Ejecutivo Federal hace, a juicio de la comisión dictaminadora debe ser ratificada, por que el C. piloto aviador Salvador Martínez, con su curriculum prueba ser merecedor del grado que se le otorga.

Por lo anterior, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, la aprobación del siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se ratifica el grado de general de ala, Diplomado de Estado Mayor Aéreo, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del C. piloto aviador Salvador Martínez López.

Sala de Comisiones de la comisión Permanente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., 16 de junio de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte, diputado Alfonso Reyes Medrano, senador Ángel Aceves Saucedo, senador, Javier Ahumada Padilla, diputado Roberto Calderón Tinoco, diputado Pedro José Peñaloza, senador Filiberto Vigueras Lázaro.

Está a discusión el punto de acuerdo.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aprobado, Comuníquese al Ejecutivo.

El mismo C. secretario:

Segunda Comisión.

Honorable asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con hoja de servicios del C. piloto aviador Juan Romero Torres, que el Ejecutivo Federal envió a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de la fracción VII, del artículo 79, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que sea ratificado el grado de general de ala, Diplomado de Estado Mayor Aéreo, que el propio Ejecutivo le otorga.

Del análisis de los antecedentes del interesado, esta Comisión advierte:

a) Que ingresó al ejército como cadete, en la Escuela Militar de Aviación, el trece de febrero de mil novecientos cincuenta, ascendiendo a subteniente de aeronáutica, como piloto aviador, al término satisfactorio de sus estudios en el plantel citado, el dieciséis de septiembre de mil novecientos cincuenta y dos; a los subsecuentes grados ascendió por escalafón y ostentando el grado de mayor de aeronáutica, el primero de noviembre de mil novecientos sesenta y siete adquirió el carácter de Diplomado de Estado Mayor Aéreo, en virtud de haber terminado satisfactoriamente el curso correspondiente en al Escuela Superior de Guerra;

b) A los demás grados ascendió de acuerdo con los reglamentos y leyes vigentes a la fecha de sus ascensos;

c) Ha prestado servicios al ejército durante treinta y seis años, un mes y cinco días; y

d) Se le han conferido las condecoraciones de perseverancia, de cuarta, tercera, segunda y primera clases, y la Especial, por haber cumplido el tiempo de servicios fijados para el efecto.

La proposición que el Ejecutivo Federal hace, a juicio de la comisión dictaminadora debe ser ratificada, porque el C. piloto aviador Juan Romero Torres, con su curriculum prueba ser merecedor del grado que se le otorga.

Por lo anterior, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de la asamblea, la aprobación de la siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se ratifica al grado de general de ala, Diplomado de Estado Mayor Aéreo, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del C. piloto aviador Juan Romero Torres.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., 16 de junio de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte, senador Ángel Aceves Saucedo, diputado Alfonso Reyes Medrano, diputado Roberto Calderón Tinoco, senador Javier Ahumada Padilla, diputado Pedro José Peñaloza, senador Filiberto Vigueras Lázaro.

Está a discusión el punto de acuerdo No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

El mismo C. secretario:

Segunda Comisión.

Honorable asamblea:

A la Segunda comisión que suscribe, fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente con hoja de servicios del C. piloto aviador Hernán González Buenfil, que el Ejecutivo Federal envió a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de la fracción VII, del artículo 79, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que sea ratificado el grado de general de grupo Diplomado de Estado Mayor Aéreo, que el propio Ejecutivo le otorga.

Del análisis de los antecedentes del interesado, esta Comisión advierte:

a) Que ingresó al ejército como cadete, en la Escuela Militar de Aviación, el primero de septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho, ascendiendo a subteniente de aeronáutica, como piloto aviador, al término satisfactorio del curso de formación correspondiente, en el plantel citado, el primero de julio de mil novecientos sesenta: a los subsecuentes grados ascendió por escalafón y cuando ostentaba el de capitán segundo de fuerza aérea, hizo y terminó satisfactoriamente el curso de mando y estado mayor aéreo, en la Escuela Superior de Guerra, adquiriendo el carácter de Diplomado de Estado Mayor Aéreo.

b) A los demás grados ascendió de acuerdo con los reglamentos y leyes en la fecha de sus ascensos;

c) Ha prestado servicios al ejército durante veintisiete años, seis meses y veinticuatro días, y

d) Se le han conferido las condecoraciones de perseverancia, de cuarta, tercera, y segunda clases, por haber cumplido el tiempo de servicios fijados para el efecto, así como la del Mérito Docente.

La proposición que el Ejecutivo Federal hace, a juicio de la comisión dictaminadora debe ser ratificada, por el C. piloto aviador Hernán González Buenfil, con su curriculum prueba ser merecedor del grado que se le otorga.

Por lo anterior, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, la aprobación del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se ratifica el grado de general de grupo, Diplomado de Estado Mayor Aéreo, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del C. piloto aviador Hernán González Buenfil.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 10 de junio de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte, senador Ángel Aceves Saucedo, diputado Alfonso Reyes Medrano, diputado Roberto Calderón Tinoco, senador Javier Ahumada Padilla, diputado Pedro José Peñaloza, senador Filiberto Vigueras Lázaro.

Esta a discusión el punto de acuerdo.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña:

Segunda Comisión.

Honorable asamblea:

A la segunda Comisión que suscribe, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente con hoja de servicios del C. José Rubén Rivas Peña. que el Ejecutivo Federal envió a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, para los efectos de la fracción VII del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que sea ratificado el grado de general brigadier Diplomado de Estado Mayor, que el propio Ejecutivo le otorga.

Del análisis de los antecedentes del interesado, esta Comisión advierte:

a) Que ingresó al ejército como cadete numerario, en el Heroico Colegio Militar, el primero de enero de mil novecientos cincuenta y ocho, ascendiendo a subteniente de caballería, el primero de enero de mil novecientos sesenta y uno, por haber efectuado satisfactoriamente el curso de formación correspondiente, en el plantel citado; a los subsecuentes grados ascendió por escalafón, y cuando ostentaba el de capitán segundo de caballería, adquirió el carácter de Diplomado de Estado Mayor, al término satisfactorio del Curso de Mando y Estado Mayor General, en la Escuela Superior de Guerra; b) A los demás grados ascendió de acuerdo con los reglamentos y leyes vigentes en la fecha de sus ascensos; c) Ha prestado servicios al Ejército durante veintiocho años, dos meses y diecisiete días; y d) Se le han conferido las condecoraciones del "Mérito Facultativo", de Segunda Clase, en virtud de haber obtenido segundos premios durante el Curso de Mando y Estado Mayor General, así como las de

Perseverancia, de Cuarta, Tercera y Segunda clases, por haber cumplido el tiempo de servicios fijado parta el efecto.

La proposición que el Ejecutivo Federal hace, a juicio de la Comisión Dictaminadora debe ser ratificada, porque el C. José Rubén Rivas Peña, con su curriculum prueba ser merecedor del grado que se le otorga.

Por lo anterior, la suscrita comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, la aprobación del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se ratifica el grado de general brigadier, diplomado de Estado Mayor, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del C. José Rubén Rivas Peña.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión. México, D.F., a 16 de junio de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte, diputado Alfonso Reyes Medrano, senador Ángel Aceves Saucedo, diputado Roberto Calderón Tinoco, senador Javier Ahumada Padilla, diputado Pedro José Peñaloza, senador Filiberto Vigueras Lázaro.

Esta a discusión el punto de acuerdo.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

El mismo C. secretario:

Segunda Comisión.

Honorable asamblea:

A la Segunda Comisión que suscribe, fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente con hoja de servicios del C. Rubén Arias Arciniega, que le Ejecutivo Federal envió a la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, para los efectos de la fracción VII del artículo 79, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que sea ratificado el grado del general brigadier, Diplomado de Estado Mayor, que el propio Ejecutivo le otorga.

Del análisis de los antecedentes del interesado, esta Comisión advierte:

a) Que ingresó al ejército como cadete numerario, en el Heróico Colegio Militar, el dieciocho de febrero de mil novecientos cincuenta y dos, ascendiendo a subteniente de caballería, al término satisfactorio de sus estudios, en el plantel citado, el primero de enero de mil novecientos cincuenta y cinco; a los subsecuentes grados ascendió por escalafón, y cuando ostentaba el de mayor de la caballería, adquirió el carácter de Diplomado de Estado Mayor, por haber terminado satisfactoriamente sus estudios en la Escuela Superior de Guerra;

b) A los demás grados ascendió de acuerdo con los reglamentos y leyes vigentes en la fecha de sus ascensos;

c) Ha prestado servicios al ejército durante treinta y cuatro años, un mes y tres días; y

d) Se le han conferido las condecoraciones de Perseverancia, de cuarta, tercera, segunda y primera clases, por haber cumplido el tiempo de servicios fijado para el efecto. Igualmente obtuvo el reconocimiento de su calidad de legionario.

La proposición que el Ejecutivo Federal hace, a juicio de la comisión dictaminadora debe ser ratificada, porque el C. Rubén Arias Arciniega, con su curriculum prueba ser merecedor del grado que se le otorga.

Por lo anterior, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, la aprobación del siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se ratifica el grado de general brigadier, Diplomado de Estado Mayor, que el Ejecutivo de la Unión expidió en favor del C. Rubén Arias Arciniega.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., 16 de junio de 1986.

Senador Norberto Mora Plancarte, senador Ángel Aceves Saucedo, senador Javier Ahumada Padilla, diputado Alfonso Reyes Medrano, diputado Roberto Calderón Tinoco, diputado Pedro José Peñaloza, senador Filiberto Vigueras Lázaro.

Esta a discusión el punto de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos legisladores que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

CONDECORACIONES

El mismo C. secretario:

Tercera Comisión

Honorable asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano embajador Jaime Fernández MacGregor Maza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Manuel Amador Guerrero, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de Panamá.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano embajador Jaime Fernández MacGregor Maza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Manuel Amador Guerrero, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de Panamá.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 6 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, diputada María Marcela González Salas, senador Salvador Barragán Camacho, diputado Jorge Alcocer Villanueva, senador Gonzalo Martínez Corbalá, senador Silvia Fernández de Galindo, senador Américo Villareal Guerra, diputado Martín Tavira Urióstegui.

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal en conjunto.

El mismo C. secretario:

Tercera Comisión

Honorable asamblea;

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano Luis Wybo Alfaro, para aceptar y usar la condecoración Tudor Vladmirescu, primera clase, que le confiere el Gobierno de Rumanía.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Luis Wybo Alfaro, para aceptar y usar la condecoración Tudor Vladimirescu, primera clase, que le confiere el Gobierno de Rumanía.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. congreso de la Unión.

México, D.F., a 6 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, diputada María Marcela González Salas, senador Salvador Barragán Camacho, diputado Jorge Alcocer Villanueva, senador Gonzalo Martínez Corbalá, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Américo Villareal Guerra, diputado Martín Tavira Urióstegui.

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación en conjunto.

El mismo C. secretario:

Tercera Comisión

Honorable asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano embajador Antonio de Icaza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Río Branco, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de Brasil.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B, del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano embajador Antonio de Icaza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Río Branco, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de Brasil.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 5 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, diputada María Marcela González Salas, senador Salvador Barragán Camacho, diputado Jorge Alcocer Villanueva, senador Gonzalo Martínez Corbalá, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Américo Villareal Guerra, diputado Martín Tavira Urióstegui.

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

El mismo C. secretario:

Tercera Comisión

Honorable asamblea:

La Tercera Comisión que suscribe, efectuó el estudio sobre el permiso que solicita el ciudadano José Luis Bernal Rodríguez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Mérito, en grado de caballero, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B, del artículo 37 Constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano José Luis Bernal Rodríguez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de caballero, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 6 de junio de 1986.

Diputado Fernando Ortiz Arana, diputada María Marcela González Salas, senador Salvador Barragán Camacho, diputado Jorge Alcocer Villanueva, senador Gonzalo Martínez Corbalá, senadora Silvia Hernández de Galindo, senador Américo Villareal Guerra, diputado Martín Tavira Urióstegui.

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de este y los anteriormente reservados.

(VOTACIÓN.)

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Se emitieron 22 votos en pro.

El C presidente: - Aprobados los proyectos de decreto por 22 votos.

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El mismo C. secretario:

Primera Comisión

Honorable asamblea:

En oficio fechado el 22 de abril próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Jaime Jiménez Hernández y María Patricia Saldaña Rubio, puedan prestar servicios administrativos en la Embajada de Líbano, en México.

En sesión efectuada por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el 4 de junio, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de las actas de nacimiento:

b) Que los servicios que los interesados prestarán en la Embajada de Líbano, en México, serán como mensajero y secretaria del señor embajador, respectivamente.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B, del artículo 37 Constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Jaime Jiménez Hernández, para prestar servicios como mensajero en la Embajada de Líbano, en México.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana María Patricia Saldaña, para prestar servicios como secretaria del señor embajador, en la Embajada de Líbano, en México.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 5 de junio de 1986.

Diputado Santiago Oñate Laborde, diputado Marco Antonio Espinoza Pablos, senador Gonzalo Salas Rodríguez, diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, senador Celso Humberto Delgado Ramírez, senador Juan Sigfrido Millán Lizárraga, diputado, Jesús González Schmal; senador Armando Trasviña Taylor.

Es de segunda lectura.

El C. Presidente: - Está a discusión el dictamen en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado ningún artículo para discutirlo en lo particular, proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, en un solo acto.

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

(VOTACIÓN.)

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Se emitieron 21 votos en pro.

El C. presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. secretario senador Rafael Cervantes Acuña: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

El C. presidente: - Esta presidencia informa que se han registrado los siguientes oradores:

Diputado Fernando Ortiz Arana, diputado Jorge Alcocer Villanueva, diputado Roberto Calderón Tinoco, senador Gonzalo Martínez Corbalá, diputado Martín Tavira Urióstegui, diputado Jesús González Schmal.

PRÓXIMAS ELECCIONES EN CHIHUAHUA

Tiene la palabra el señor diputado Fernando Ortiz Arana.

El C. diputado Fernando Ortiz Arana: - Con su permiso señor presidente; compañeros legisladores: todas las teorías modernas, coinciden en que la democracia en nuestro tiempo tiene que verse a partir de la intensa participación de los partidos políticos. Esta concepción establece, sin duda, la importancia que tiene el desarrollo democrático de cualquier país, la organización partidaria que los ciudadanos integren de acuerdo a diversas ideologías. Los partidos en México han cobrado en los últimos un gran vigor, lo que ha venido sin duda a fortalecer a la democracia nacional, sin embargo, también los partidos políticos como forjadores de la democracia nacional tiene de acuerdo con la leyes un cúmulo de obligaciones que deben observar.

Hoy he solicitado el uso de la palabra al concluir el desahogo de la orden del día que considero que es importante para esta Comisión Permanente conocer lo que está ocurriendo particularmente en el estado de Chihuahua, en preludio a las elecciones del próximo 6 de julio.

Ya hemos conocido desde esta tribuna cual ha sido la posición del Partido Acción Nacional, primero se inició en el caso de Chihuahua, con objeciones a lo que se llama Código Administrativo o Ley Electoral del estado, afirmándose que ella era una vía para el supuesto fraude electoral.

Posteriormente, también en esta tribuna, el señor diputado Jesús González Schmal señalaba que el supuesto fraude, vía el padrón electoral, más adelante llamaron en Chihuahua a la desobediencia civil y muy recientemente en declaraciones vertidas a la prensa nacional el diputado Jesús González Schmal señala o amenaza con la posibilidad de violencia en las elecciones del 6 de julio en Chihuahua.

Todo esto no puede verse separadamente, no puede verse de manera aislada, trata sin duda de un plan perfectamente preconcebido que pretende, por diferentes caminos, parajes o veredas que estén a su alcance, procurar empeñar el proceso electoral en Chihuahua.

En Chihuahua, en el caso particular del padrón electoral, diferentes organizaciones afiliadas al Partido Acción Nacional, llevaron a cabo - decía él - una encuesta entre los ciudadanos, es cierto que llevaron acabo la encuesta, sin embargo, esto - lejos de significar un beneficio para depurar el padrón electoral - provocó severas confusiones que significaron mayor trabajo para el registro de electores; igual al ayuntamiento de Chihuahua, participa con sus elementos yendo a las casas de los habitantes del estado, con objeto de preguntar no sólo si estaban empadronados, sino además - según se sabe - induciendo a que se votara por Acción Nacional.

Son varias las acciones que demuestra la intención para el 6 de julio en Chihuahua, no se trata para Acción Nacional de fomentar la participación política de la ciudadanía, no se trata, para Acción Nacional, que se lleve a cabo un proceso lo más nítido en Chihuahua, se trata de crear de antemano y desde ahora, venir como se ha venido aquí varias veces, a anunciar un supuesto fraude para pretender deslegitimar el proceso electoral de Chihuahua. Se exige respeto al voto, como fórmula auténtica de la democracia, pero solamente se concibe que se respete el voto, cuando el triunfo, sin que se conceda en las urnas, lo tenga Acción Nacional. Es una concepción muy singular de entender a la democracia mexicana.

Si ganamos las elecciones, dice Acción Nacional, significará que sí hubo respeto al voto, pero si no las ganamos, sin duda - afirman ellos categóricamente, enfáticamente - no se respetó el voto y, en consecuencia, sufre un quebranto de democracia nacional en el estado de Chihuahua. Estos hechos son realmente preocupantes y son preocupantes porque, como decíamos al principio de nuestra breve intervención, los partidos políticos tienen sin duda hoy una obligación primaria en el desarrollo y perseverancia de la democracia en México, no sólo como vía legítima de acceso al poder, no sólo como articuladores entre el pueblo y el gobierno, sino muy fundamentalmente para perseverar en el ejercicio democrático cada vez más consistente en el país.

Yo he querido, compañeros legisladores, dejar constancia de estos hechos, están muy próximas las elecciones en Chihuahua; si ocurrieran actos de violencia, no habrá que preguntar quién los promueve, se han estado anunciando muy anticipadamente; violación a la ley, violentar el régimen jurídico, llamar a la desobediencia civil y, finalmente, anticipar que en Chihuahua habrá violencia el 6 de julio, esta es la forma como está actuando Acción Nacional en Chihuahua y aquí, en la tribuna de la Permanente hemos recibido varias ocasiones, llamados que el diputado González Schmal, señalando, desde hace bastantes sesiones, el supuesto fraude electoral.

Todo esto nos lleva a que llamemos a todas las fuerzas democráticas y progresistas a estar muy alertas para que en Chihuahua el proceso electoral se lleve a cabo con toda limpieza, con toda nitidez y para que, efectivamente, todos seamos responsables del respeto al voto y el fortalecimiento democrático del país. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el señor diputado Jesús González Schmal.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Tuvo algunas fallas de memoria el diputado Ortiz Arana, también, vino a denunciar aquí el presidente de la Comisión Estatal Electoral, y el hijo del procurador utilizan autos robados en los Estados Unidos bajo la complacencia del Gobierno del estado y de las autoridades judiciales.

En efecto, con señalamientos a objetivos hice referencia a la maniobra maquinada a través de la reforma legal que limita los derechos de vigilancia y de supervisión del proceso electoral por parte de los partidos de oposición que, además, otorga a la autoridad electoral recursos de cancelación de registro, incluso operados a través de una supuesta propaganda hecha después del plazo en que ésta debe terminarse y estábamos tan seguros de que ésta iba a ser la maniobra, que hace precisamente unos días se consumó el robo de propaganda electoral del Partido Acción Nacional en nuestro comité de Chihuahua para ser probablemente usado con ese propósito de hacer propaganda fuera del plazo legal y hacer que el partido incurra en una supuesta violación que le permitiría al gobierno cancelar el registro de sus candidatos.

En efecto, he hecho denuncias de que en Chihuahua se han cerrado dos radiodifusoras por el delito político de transmitir los mítines o los actos públicos de Acción Nacional al igual que los hace con los actos del partido del Gobierno. No hice propaganda, no hice mención, no hice denuncia, pero lo hago ahora de la propaganda de la campaña quien despliega Fernando Baeza en los Estados Unidos para hacerse de adictos en la Unión Americana y que consignó clarísimamente la revista "proceso" apenas hace dos números.

Hay un sinnúmero de situaciones que, en efecto, revelan la intención clarísima de fraude electoral. Dije que había otra maniobra más que es muy importante denunciar en este momento. La lista de electores registrados en el padrón electoral de le dio al partido como lista provisional, se hizo un censo casa por casa, que lo ha señalado el diputado Ortiz Arana y, encontramos una inflación de alrededor del 18% en los cuatro distritos de la Ciudad Juárez de ciudadanos que están registrados con un domicilio y que no han vivido en ese domicilio jamás y no los conocen los residentes o habitantes de ese domicilio.

En efecto, tenemos los nombres precisos y estamos precisamente intentando las instancias a este respecto. Pero hay algo más grave todavía: el 22 de este mes, se cierra el plazo para registrar representantes de partido ante las casillas electorales y resulta que con toda desfachatez, la Comisión Local Electoral nos dice: "les vamos a entregar las listas del registro de electores definitivas el 28 del mismo mes", y se ha dado el caso - perfectamente probado - se dio en Nuevo León, en Sonora, en Durango, que se suprimen de las listas últimas y definitivas a los que han

sido detectados por ellos como panistas militantes. ¿Y qué pasa si ya no aparecen en la lista definitiva los que van a ser representantes de casilla del Partido Acción Nacional? y es una condición de la ley perfectamente elaborada premeditadamente hecha para esta maniobra, es una condición de la ley el que aparezca en el registro de electores, los representantes simplemente con eso se descalifica, se hace imposible el acreditar representantes, porque van a ser inmediatamente desligitimados por el órgano electoral estatal. De tal manera que sí, el diputado Ortiz Arana coincide Plenamente con su candidato Fernando Baeza. Quisiera que fuéramos mudos, sordos dementes, para no entender que se está fraguando un fraude en Chihuahua. Pero también somos mexicanos y también somos demócratas para entender que se está también armando una defensa ciudadana para evitar que este fraude se consume.

Denunciaremos, así le moleste a los castos oídos del diputado Ortiz Arana y de Fernando Baeza, que en Chihuahua se ha hecho todo, se han destacado toda una serie de elementos, de maniobras, de maquinaciones para tratar de romper el orden jurídico y tratar de arrancar al pueblo de Chihuahua en su manifestación política. No cejaremos en este esfuerzo.

Y quiero decirles a él que es abogado, que en efecto, hay violencia posible pero ésta no puede ser más que violencia de legítima defensa, porque si alguien está ahorita ejerciendo violencia institucional, es un gobierno atemorizado y arrinconado que no quiere entrar a una contienda electoral con un clima de tranquilidad y con garantía para los ciudadanos del respeto de su sufragio. Esta sí es violencia institucional y no es espectativa y no es futura, es actual. Cuando se cierran las radiodifusoras, cuando se intimida a los trabajadores al servicio público, cuando se están gastando ríos de dinero en la campaña oficial de Baeza, y en esta forma se esta ejerciendo violencia institucional.

Espero, como lo ha ofrecido el pueblo chihuahuense, que su respuesta sea en realidad pacífica, que sea una respuesta de entereza, una respuesta de grandeza de un pueblo que quiere ver respetados sus derechos y que no se va a unir y que no va a responder con violencia a la violencia, pero si hay un atentado, que si hay un robo de casilla, que si hay una afrenta directa, entonces legalmente puede haber legítima defensa, y esto, señores legisladores, tienen y tenemos que tomarlo seriamente, por que en todo caso el autor de la violencia sería el gobierno y su partido.

Necesitamos recobrar la tranquilidad, necesitamos ver por qué el gobierno continuamente reduce, minimiza a Acción Nacional, dice que somos un partido de minorías, un partido insignificante que engañamos al pueblo, pero incapaz, ante ese partido insignificante, de enfrentarse en una contienda limpia electoral, legal, porque por ejemplo ¿cómo nos podemos explicar que hayan rechazado en el Congreso del estado la solicitud de un período extraordinario para revisar la ley electoral? ¿A qué se debe todo ese manejo hostil, antidemocrático de la posibilidad de una revisión de una ley que contiene, sí, limitaciones a la libertad política del ciudadano? Vamos a entrar a la contienda electoral, y despreocúpese el gobierno y despreocúpense sus voceros, seguiremos hablando de fraude, seguiremos hablando de responsabilidad de esta gobierno porque tenemos la responsabilidad frente al pueblo, de hablar con el realismo, pero también hablaremos de ese despertar y de ese vigor de un pueblo que no será derrotado y que se sobrepondrá al fraude para llevar a sus auténticos y legítimos representantes. Muchas gracias. (Aplausos).

El C. presidente: - Para hechos tiene la palabra el señor senador Rafael Cervantes Acuña.

El C. senador Rafael Cervantes Acuña: - Señor presidente; compañeros y compañeras: cuando se toca el dedo en la llaga se hieren susceptibilidades y el señor diputado González Schmal se ofende y se pone nervioso porque lo que le dicen aquí le descubren su juego, el juego de su partido.

Sólo Subí para hacer lagunas precisiones de lo que me parecen - dichos en boca de un distinguido representante del partido más antidemocrático de México - me parecen grotescos. Dice él que somos mexicanos y demócratas, refiriéndose a los miembros de su partido.

¿Quién duda que los que nacieron en México son mexicanos pero ¿qué comportamiento de mexicanos o de mexicano tiene el partido de Acción Nacional? El partido - como que no - el partido prointervencionista, el partido que favorece la intervención de la potencia que, sin duda alguna, a través de un gran partido lo ayuda a él. ¿Demócrata? si algún grupo - y eso me consta, tenemos mucho tiempo de conocerlos - tienen un gran poder de fascistización potencialmente hablando, es el partido de Acción Nacional.

Quisiera rápidamente aquí ilustrar la opinión de ustedes de por qué digo esto, con un pasaje histórico que no recuerda, lamentablemente, el diputado, porque él no participó. En las elecciones de Oaxaca, una elecciones especiales, cuidadas con esmero, por todos los partidos, jugaba por el distrito de la Alta Mixteca el Partido de Acción Nacional, con sede en Huajuapan de León. Asistimos a presenciar la limpieza de las elecciones, asistimos una comisión de la LI Legislatura y el jefe de ella, el jefe de la representación panista, el diputado Isaac Jiménez se comportaba de la siguiente manera, buscando con celo que no se cometiera el fraude electoral.

Hizo que la comisión se metiera sin previo aviso y casi forzando la puerta a una casa, porque de ahí estaban saliendo las urnas, que era el cuerpo del delito, la demostración del fraude electoral, hasta una recámara, en donde, la privacía de una señora se espantó al interrumpir allí tres compañeros diputados de Acción Nacional y todo lo único que encontraron, la señora en su intimidad, buscando debajo de su cama encontraron solamente lo que tenían que encontrar, los adminículos que ahí guardan.

Posteriormente, en esa misma ocasión, nos tocó la oportunidad de ver cómo el diputado ya verdaderamente convencido del fraude tan horrible que se estaba ahí maquinando, que se estaba realizando, si siguió a un joven que, espantado, corrió en un volkswagen y fue a refugiarse a las oficinas de agricultura a la entrada de aquella población. Resulta que el joven salía del hotel Laredo con unas cajas y al abrir las cajas, lo vimos todos, estaban llenas de los planos y el joven corría porque creía que eran unos asaltantes los que lo iban siguiendo.

Yo digo que realmente esa es la cara real del Partido Acción Nacional. Partido que, por instrucciones nuestras, lo dejamos que se percatara en los términos que ellos quisieran hacerlo de la limpieza de aquel procedimiento electoral.

Pero que forma tan capaz, tan decisiva, tan eficiente de convertir una sociedad fascista, alertaron a todas las fuerzas públicas que las pusieron prácticamente a sus ordenes y ya enseñoreados del poder, así fuera por unas horas, hicieron exactamente lo que aquí refirió.

A mi me da verdaderamente risa cuando ellos se llaman demócratas. Lo que ocurre es que el pueblo de México no puede, no cree en las consideraciones democráticas que aquí, con verdadera pasión, el señor diputado exalta. Ya les conocen su verdadera faz; la faz del panismo, es la faz del fascismo. Y luego dicen que el gobierno fascistoide es el que está pugnado por los fraudes electorales, porque tienen temor a las fuerzas de Acción Nacional.

Tenga la tranquilidad el señor diputado de que el pueblo de Chihuahua responderá, claro que va a responder. Y va a responder de la manera más positiva, va a responder porque ya vio cuáles son las diferencias entre un iluminado candidato a un hombre serio, prudente y responsable que, puerta por puerta, anda haciendo una larga campaña verdaderamente penetrante y profunda que le va a determinar el triunfo en su favor. El triunfo, porque el pueblo de Chihuahua, estoy absolutamente seguro, no es ningún aventurero, no va ni puede entregar sus intereses ni sus esperanzas a quien, como el candidato de Acción Nacional, ha demostrado la más poca seriedad que candidato alguno haya hecho.

No compañeros, no tenemos miedo a enfrentarnos en las urnas electorales contra su partido. Su partido, efectivamente, es de menoría y agrupa un grupo minoritario, porque ese es su destino y ese fue su nacimiento. Es el partido que nació como reacción, por eso así le dicen: reaccionario, como reacción a los tiempos más luminosos de la Revolución Mexicana. Se nos olvida ya que nació el Partido Acción Nacional en alfombrado edificio de la avenida Paseo de la Reforma como reacción al gobierno de Lázaro Cárdenas? como reacción a la creación del ejido, al fortalecimiento de la Reforma Agraria, a la expropiación petrolera.

Ese es el partido, porque claro, si no escarbamos la historia al rato estamos creyendo lo que aquí se ha dicho, que el Partido de Acción Nacional defiende al ejido, cuando que, efectivamente, fue el ejido el gran freno para el crecimiento y fortalecimiento de la reacción que nunca dejó de existir en la época de la Revolución Mexicana. Es precisamente una decisión de vivir en democracia, que nuestro gobierno, nuestro partido y nuestro sistema ha determinado seguir, es esa decisión de vivir en democracia la que hace posible que aquí en la tribuna, con todos los derechos, se expresen todas las ideologías, todas las corrientes, pero no olvidemos, ni nos vayamos por las palabras salameras, no olvidemos los orígenes, caractericemos las corrientes políticas, por lo que de verdad significan y no tratemos tampoco de dejarnos engañar porque nadie de un partido va a decir que lo que representa es malo cuando realmente lo es.

Nosotros no tenemos ningún miedo de contender, ni en Chihuahua ni en ninguna otra parte, admitimos las derrotas electorales que se han dado al Partido de Acción Nacional y a otros más, e internamente, en los círculos de nuestro partido las analizamos como acontecimientos derivados de errores, ¿por qué no? de errores de selección de candidato, de errores de gobierno, etcétera porque sólo admitiendo y sólo estudiando la génesis de cada derrota, el partido podrá seguir o estar capacitado para enmendarla. ¡Qué difícil va a ser para Acción Nacional ganar los municipios que logró ganar en una ocasión por circunstancias que ya se vivieron! ¡qué difícil! porque nosotros estamos muy conscientes de que fueron esos triunfos totalmente transitorios, estamos conscientes de que fueron triunfos transitorios y eso quedará demostrado muy pronto, compañero diputado Jesús González Schmal.

Por tal razón, el gobierno no está atemorizado, el gobierno favorece la lucha electoral, pero si por favorecer la lucha electoral ustedes desean

entender darles el triunfo a los que no lo ganan; de eso no se trata, no se trata mas que de que la gente se manifieste con libertad, con tranquilidad y con seguridad. Y no es el Partido Revolucionario Institucional, entendido como su Comité Ejecutivo Nacional, sino es el partido entendido como sus bases en el estado de Chihuahua y en muchos más, como ya quedó demostrado en Sonora, el que impedirá que Acción Nacional, porque sabemos lo que significa, obtenga el triunfo en la frontera que tanto anhela, para relacionarse mucho más con sus buenos amigos del Partido Republicano. Muchas gracias.

El C. presidente: - Para hechos tiene la palabra el C. diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores legisladores: conforme se acerca la fecha de las elecciones en Chihuahua, pero no sólo en Chihuahua, sino en otros estados del país, definitivamente el clima político tiende a elevarse. El problema que tenemos en Chihuahua, a nuestro juicio, es que no ha habido manera de poder arribar, digamos así, a un pacto político entre las fuerzas partidarias que garanticen lo que nosotros aquí hemos demandado una y otra vez, que es el pleno compromiso del respeto al voto popular, no ha habido eso, no hemos podido arribar las fuerzas políticas por diversas circunstancias a un pacto que diera tranquilidad, seguridad a la ciudadanía de Chihuahua, de que la expresión que tenga el seis de julio en las urnas será respetado, y eso es lo fundamental y es lo que o se ha podido arribar, y al contrario lo que se va generando subjetivamente y se ha generado desde un principio una situación en la cual el partido principal que lo sigue siendo el Revolucionario Institucional dice que va a ganar, dice que va a ganar y que está seguro y que no hay nada que impida su triunfo y, por otro lado, el segundo partido que es el Partido de Acción Nacional, dice y repite que habrá fraude y que habrá fraude...y en estas circunstancias las elecciones son extraordinariamente difíciles, por que el punto básico de las elecciones, es que las elecciones se producen, se culminan y se deciden con el voto, el día que se vota, pero cuando los dos partidos contendientes principales, repiten cada uno por su cuenta y riesgo este tipo de discursos.

Todo el ambiente electoral en Chihuahua, está enviciado, pero está enviciado también y aquí hay que decidirlo con claridad por que efectivamente al calor de lo que parece prepararse el senador Cervantes Acuña de alguna manera lo apuntaba en el final de su intervención como una especie de fraude patriótico o sea, hay que impedir que triunfe este partido por que ahí está la frontera y entonces la patria está primero y entonces el fraude se vale por que es patriótico.

Nosotros nos negamos a aceptar este tipo de argumentos, la voluntad popular debe respetarse y se expresará en las urnas el 6 de julio y deberá, debiera haber un compromiso de todos los partidos políticos de respetar esa voluntad y de comprometernos todos a actuar de manera apegada a las leyes, por que estos excesos de una y otra parte en lo único que han devenido es en un enviciamiento del clima político de Chihuahua, desde luego pues, no me voy a fijar aquí, es parte de nuestra debilidad en es estado, pero la debilidad de partidos como en el que yo milito, el Partido Socialista Unificado de México, pues se suma a este ambiente en el que no hay espacio para el diálogo y el debate político, sino lo que hay es este clima de intolerancia y de predicciones aparte - pues - comentadas desde la televisión privada y pública porque ahora Zabludovski es el principal propagandista de Baeza, presenta la encuesta Gallup de México como si fuera un hecho, ya Baeza gano porque la encuesta Gallup dice que va a ganar y luego Rocha es otro de los propagandista de Baeza y el Partido Acción Nacional procura hacerse propaganda a su forma y manera y aquí no ha habido forma de entrar a un debate político; y todas las cosas que ya conocemos, esto que el propio licenciado Costemalle hace unos días aquí en la Cámara se declaró en contra de que a través de una gestión de Baeza se les esté pagando a los campesinos de Chihuahua un bono adicional por sus cosechas, pagado por el Gobierno del estado.

El licenciado Costemalle dijo que esta Compañía Nacional de Subsistencias Populares en contra de eso porque lo único que genera son enormes problemas en todo el país con otros campesinos que exigen el mismo trato y parece que la única respuesta que se les puede dar, es espérense a que haya elecciones aquí. Ese es el problema, ese es el problema de los métodos.

Entonces tenemos efectivamente que ser cuidadosos, vigilantes, tenemos que - yo digo aquí - en este Congreso, guardar la mesura y la altura del debate para poder establecer los parámetros del conflicto y cómo le vamos a hacer todos para entrar a resolverlos y evitar que la violencia, porque miren, en esto de hablar de la violencia y unos amenazan de la violencia y otros dicen les vamos a contestar, pues ese es el principio efectivamente de la violencia y yo digo que ningún partido político en México puede sostener hoy, con seriedad, que la violencia sea una manera en que vayamos a resolver nuestros conflictos, esa no puede ser la manera, si queremos seguir transitando por vías de aperturas y de conquistas democráticas, entonces, yo llamo a que mesuremos las cosas y en todo caso, seguimos llamando, como Partido Socialista Unificado de México, a ese compromiso político, de respeto al voto y de no recurrir a fraudes así sean patrióticos, porque por ese lado no vamos a ir a ningún lado y aprovechando

que el senador Cervantes Acuña habló de Oaxaca y que el diputado González Schmal se refirió a problemas con el padrón Electoral.

Yo quiero aquí aprovechar, para no volver a subir, para plantearles un asunto que tiene que ver con esto de las elecciones y de la manera en cómo este Registro Nacional de Electores se nos ha constituido ya en el mecanismo privilegiado para el fraude, pues eso nos esta pasando, ya nos pasó en las elecciones pasadas, se equivocaron en la clave de la computadora y acuérdense toda la gente que salió de más en el padrón. Pero yo les quiero dar, por ejemplo, en el caso de Oaxaca, qué es lo que esta ocurriendo; ahí no hay el choque de fuerzas que hay en Chihuahua, pero sin embargo, hay una región, ustedes lo saben, que ha sido conflictiva para el Partido Revolucionario Institucional desde hace mucho tiempo, que es la zona del Itsmo de Tehuantepec, en particular la zona de Juchitán, en un esfuerzo de concertación política.

El Partido Revolucionario Institucional, y la Coalición Democrática, de izquierda, integrada por el Partido Socialista Unificado de México, la Cocei y el Partido Mexicano de los Trabajadores, el Partido Revolucionario de los Trabajadores y otras fuerzas, firmaron un acuerdo con respecto al Registro Nacional de Electores, yo aquí lo tengo. Lo firma, por el Partido Revolucionario Institucional, el licenciado Raúl Bolaños Guzmán, Presidente del Comité Directivo Estatal por el Registro Nacional de Electores, el licenciado Jorge González Inestra, delegado estatal y por la Coalición Democrática Eloí Vázquez del Partido Socialista Mexicano, Jorge Machorro Flores y Héctor Sánchez López de la Cosei. Había varios compromisos respecto al problema del padrón electoral, había uno muy sencillo, en esa zona de Juchitán la manera en como se ha hecho el fraude electoral en las últimas dos elecciones es no entregando las credenciales de elector a los miembros de la Cosei, así han hecho el fraude. Lo sacan del padrón y no hay manera de que voten, no les llegan las credenciales. Hubo un compromiso de no recurrir a esos métodos por parte del Partido Revolucionario Institucional y avalando esto garantizando que eso no ocurrirá, el Registro Nacional de Electores.

Había un compromiso de que en Juchitán se establecería una oficina del Registro Nacional de Electores que no tuviera en el Palacio Municipal, porque las elecciones pasadas las pusieron en el Palacio Municipal, ya tomado por el ejército y por la policía pues quien iba a empadronarse ahí, si de ahí, se los llevaban a la cárcel. Se acordó que no estaría en el Palacio Municipal; la Coalición Democrática propuso tres lugares en Juchitán para poner esa oficina del Registro Nacional de Electores y que la gente se pudiera empadronar, la pusieron a media cuadra del Palacio Municipal; bueno pues ¿de qué se trata? Se acuerda que no debe estar en el Palacio Municipal y la ponen a media cuadra del palacio; está el ejército, esta la policía para intimidar a la gente de Cosei, de eso se trata, y luego la gente que se va empadronar, vean ustedes como están empadronando en Oaxaca, tienen unas listas llamadas formas múltiples de empadronamiento en la cual al ciudadano que se va a empadronar no se le entrega ningún comprobante de que se empadronó, son formas, una sábanas en donde se anotan sus nombres, su domicilio y la fecha y se le dice: en su casa recibirá la credencial, pero no se le da ningún comprobante, este truco ya lo conocemos, nos lo hicieron en las elecciones anteriores, nunca llega la credencial, se presenta el ciudadano el día de las elecciones y le dicen; usted no se empadronó; si me empadroné; presente usted un comprobante de que se empadronó; no hay, porque no le dan comprobante.

Y así hay alrededor de 3000 a 4000 ciudadanos en el distrito de Juchitán; bueno ¿de qué se trata? Se trata de ganar las elecciones a como de lugar, sobre la base primero, de negarle el empadronamiento a los ciudadanos, porque luego miren el Registro Nacional de Electores que dirigen un señor Neumann se compromete a enviar ejemplares suficientes de las formas de empadronamiento individual que en esas sí el ciudadano conserva una copia y puede demostrar que él se empadronó a tiempo.

¿Saben cuántos ejemplares mandaron de estas hojas de registro individual para todo el distrito de Juchitán que incluye veintidós municipios? Quinientos, y dijeron que si se necesitan más, una vez que se determinen las mandan pedir, pero el plazo de empadronamiento termina el 3 de julio o sea, que cuando lleguen las nuevas formas habrá terminado el plazo de 3000 a 4000 ciudadanos de Juchitán que van tres veces que se empadronan y están esperando su credencial de elector, no la van a recibir, bueno, ¿que métodos son esos? Son los mismos que en Chihuahua, el problema es que el padrón se convierte entonces en el instrumento de desconfianza, en el instrumento que se usa para el fraude, nosotros queremos correlacionar estas dos situaciones porque efectivamente tenemos ese problema y en particular el Registro Nacional de Electores, como la Secretaría de Gobernación ahí no deja que nadie meta mano y todo lo tiene bajo control, el padrón electoral para empezar, lo tienen ellos, ellos deciden a quién meten y a quién sacan y a que ciudadano le entregan la credencial de elector.

Si queremos elecciones limpias, empecemos por respetar el derecho de los ciudadanos, no el derecho de votar, no el derecho, - perdón - de que se les respete su voto, sino el derecho de votar teniendo la credencial de elector, desterremos esos métodos del panorama político y entonces podremos regresar a climas de diálogo, debate, enfrentamiento,

sobre la base, como decía el diputado Ortiz Arana, de que sean los partidos políticos, su acción, los que cimienten la construcción de la democracia en México y no estos métodos absolutamente cavernarios que no nos llevan a ningún lado.

El C. presidente: - Para hechos había pedido la palabra el diputado Jesús González Schmal, después usted señor senador.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Bueno, pues ya que el senador Cervantes Acuña nos retrae a los orígenes de los partidos, pues vamos a volver a confirmar como estuvo la creación del Partido Revolucionario Institucional entre el acuerdo de Morrow y Calles. No se ha aportado de esa línea. Aquí está para que no quede en una denuncia sin respaldo documental, la relación que mencionaba respecto a la campaña que el candidato del Partido Revolucionario Institucional en Chihuahua hace en los Estados Unidos. Aquí está la entrevista con el señor Calvin Jones, que es el director de The Lewis Company, que tiene su sede en Marina del Rey, un suburbio de la ciudad de los Ángeles en el despacho 100 del edificio número 3 mil en las calles de South Post Oak. De tal manera que aquí está la campaña, aquí está lo que dice el publicista de Baeza, dice:

Y la razón es ésta; Chihuahua tiene muchos problemas relacionados con Estados Unidos. Problemas de narcotráfico, de indocumentados, de negocios, problemas de frontera. Las relaciones entre Estados Unidos y Chihuahua son amplias y los hombres de negocios en Estados Unidos y la prensa de acá no saben nada de Baeza y quieren saber. En todo caso dice nuestro trabajo no tiene nada que ver con su campaña y no se dirige a los mexicanos, sino a la gente de acá que tiene interés en Chihuahua.

Segundo, nos contrataron para servir de intermediarios y tratar de arreglar un programa de entrevistas de nuestra prensa con Baeza. Son muchas las peticiones que nos han llegado de diferentes periódicos, sobre todo texanos que piden un calendario de entrevistas. Añade, ese es el objetivo de este trabajo, aclarar en Estados Unidos quién es Baeza, darlo a conocer y arreglar entrevistas con él, para que respondan a tantas preguntas que aquí se hacen. Esto, señores antiintervencionistas, quienes vienen aquí a rasgarse las vestiduras, porque se opina en Estados Unidos de México, encuentren el origen, encuentren dónde están ustedes, que hacen para que esto genere las respuestas de otra fuentes en Estados Unidos. Si ustedes, como fue Manuel Alonso, van a los Estados Unidos a hacer propaganda a favor del Partido Revolucionario Institucional, pues naturalmente les van a contestar, yo les sugiero mantengan reserva y guarden sus campañas para el territorio nacional.

Como aquí se hizo también referencia a la encuesta Gallup vale la pena también aclarar este cuento: La empresa Gallup en efecto, es una empresa norteamericana que hace encuestas para candidatos norteamericanos; ahora utilizada por el partido del gobierno, por ese partido independiente, por ese partido nacionalista por ese patriotísimo partido, esta empresa no hizo las encuestas en México. Las hizo una filial de esta empresa, la empresa se llama Investigaciones de Mercadotecnia y Opinión Pública, y está transgrediendo el derecho mexicano, está violando el derecho al secreto al voto porque esta empresa llega y pregunta a los ciudadanos ¿por qué partido van a votar? y obtienen su nombre, su dirección y su identificación. ¿ Con qué propósito? Si manejar una mentira pública de que hay una mayoría priísta por una parte, y por otro lado darle una información a la Secretaría de Gobernación de aquellos pocos ciudadanos que pudieron tener la soltura y la superación de la intimidación para decir que van a votar por otro partido, porque estos sujetos van a ser eliminados de lista definitiva.

Como ustedes ven, se trata de gastar dinero en dólares, pagarle a Gallup para que a su vez le pague a su filial, se trata de darle información a Gobernación, y se trata pues, para que ya senador Cervantes Acuña se aclaren las cosas, de estar haciéndole el juego a la intervención norteamericana. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Martín Tavira Urióstegui.

El C. diputado Martín Tavira Urióstegui: - Señor presidente; compañeros diputados; compañeros senadores; quise intervenir en esta escaramuza, o batalla, no sé en términos militares en dónde estaremos, porque hay que centrar las cosas. Podríamos pasar horas, horas discutiendo sobre el padrón, sobre el respeto al voto, sobre representantes de casillas etcétera, etcétera, pero ese no es el meollo del problema de Chihuahua. El meollo del problema de Chihuahua es que se está utilizando como un eslabón más dentro de la política intervencionista de los Estados Unidos, y claro, en donde el Partido Acción Nacional está haciendo el juego, porque claro, cada quien hace su juego, y el Partido Acción Nacional está haciendo su juego, pero está jugando con los intervencionistas de Norteamérica. No juega solo, hace su juego, pero para propiciar el intervencionismo extranjero.

Nosotros hemos debatido sobre las audiencias convocadas por el reaccionario Helms. Para Acción Nacional esto no tiene ninguna importancia, es lo normal. Ha ocurrido la interparlamentaria en donde senadores y diputados yanquis por lo general tuvieron una actitud soberbia de estar de acuerdo con las audiencias de Helms y

con toda la ideología fascista de los políticos más conservadores y ultramontanos del país del norte, Y cuando el diputado González Schmal viene a la tribuna a acusar de que el Partido Revolucionario Institucional está propiciando la intervención, yo me pregunto: ¿no será su fina ignorancia, su fina, su fina ignorancia, lo que hace que se desbarre en todos los sentidos?

Porque yo en esta tribuna le he preguntado al diputado de Acción Nacional que venga a ilustrarnos sobre el principio de no intervención. Nada, simplemente ha dicho que no existe intervencionismo y que son prácticas corrientes en el parlamento norteamericano. El Partido Acción Nacional tiene juristas, bueno muchos juristas, litigantes, defensores de patrones, pero deben tener cierto sentido jurídico y por lo menos las nociones fundamentales del derecho internacional deben estudiarlas. A mi me da pena traer a colación estas cosas, porque algunos legisladores han de decir, bueno que no le tengo mucho respeto a la Comisión Permanente, porque quiero recordar algo que es obvio y conocido, bueno, lo voy a hacer.

Cuando el Partido de Acción Nacional niega que haya intervencionismo en las audiencias del senado norteamericano y como todos sabemos vuelven a las andadas y con mayor intensidad, le quiero refrescar la memoria y recordarle que el artículo segundo de la carta de las Naciones Unidas en su párrafo cuarto, exactamente dice lo que es la intervención: "los miembros de la organización en sus relaciones internacionales - dice el dispositivo - se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política y de cualquier estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas"; esa es una definición general. Pero ha habido resoluciones que tienen valor jurídico universal, de la asamblea general de las Naciones Unidas, como por ejemplo: la clásica resolución 21 - 31 que fue dictada el 21 de diciembre de 1965 en la vigésima asamblea general de las Naciones Unidas, y que reprueba el intervencionismo de unos estados contra otros, y claramente dice: "ningún estado puede aplicar o fomentar el uso de medidas económicas, políticas o de cualquier otra índole para coaccionar a otro Estado, a fin de lograr que subordine el ejercicio de sus derechos soberanos en obtener de él ventajas de cualquier orden".

Así pues, el principio de no intervención, señores, no está en el plano de la entelequia, sino en el plano de las definiciones concretas, claras y unívocas del derecho internacional.

Esto han tratado de ignorarlos los voceros de Acción Nacional, o consideran que nosotros somos tan ignorantes que no nos damos cuenta dónde está la doctrina y dónde está el derecho positivo de carácter internacional.

Todos sabemos cómo está la propaganda en los Estados Unidos en favor del Partido de Acción Nacional. Lo que quiere el imperialismo es - como ya lo hemos dicho aquí - en esta tribuna, es aprovechar la elección de un estado para llevar agua al molino de las presiones y del intervencionismo.

Pero yo quiero recalcar, señores legisladores, en este momento no es el problema de hacer pequeñas cuentas de tipo electoral, sino centrar el debate en lo que es trascendental. Las graves presiones que está sufriendo el país, el peligro en que está la patria mexicana frente a las agresiones verbales y la descarada intervención, y Chihuahua, claro, está en el tapete de la discusión en los Estados Unidos y es el gran pretexto para esta política intervencionista.

Yo no creo en el voto, compañeros, fuera de la realidad, en el mundo de las ideas puras. Eso no existe. El senador Cervantes Acuña justamente dijo: el Partido Acción Nacional, es el partido más antidemocrático, es decir llevando al término a su significación precisa.

¿Por qué es el partido más antidemocrático? Porque es el representante de la minoría más privilegiada que tiene el país. De la burguesía reaccionaria que quiere que nuestra economía y nuestra política se ajuste a los dictados de los bancos internacionales del Fondo Monetario Internacional y del propio imperialismo yanqui.

No creo en este voto puro, fuera de la realidad, cuando hay un poder extraordinariamente fuerte, económica y políticamente también, como es la iglesia católica, que descaradamente ha hecho propaganda en todos los ámbitos de la República en favor del Partido de Acción Nacional; aunque luego Corripio Ahumada dice que ellos no están con el Partido de Acción Nacional, lo niegan verbalmente, pero de hecho usan el mismo lenguaje y la propaganda en las iglesias, en la prensa y en los manifiestos es directamente en favor del Partido Acción Nacional. Ahora es en Chihuahua, - yo lo denuncié aquí - es en Chihuahua donde los dignatarios del norte hacen acusaciones contra el gobierno y contra el Partido Revolucionario Institucional, usando el mismo lenguaje que el Partido Acción Nacional. Luego son los obispos del estado de Michoacán que critican la Ley de Educación promulgada por el Gobierno del estado y aprovechan la oportunidad para decir que vivimos en un régimen antidemocrático en donde se trata de imponer ciertas ideas.

Eso es en lo que yo quiero llamar la atención, señores senadores, señores diputados, aquí está la gran importancia; yo vine a denunciar aquí en las

primeras sesiones de la Comisión Permanente, como el caso de Chihuahua iba a ser el ensayo general del Partido Acción Nacional para la grande de 1988; por eso es que ven a Chihuahua como el punto neurálgico, como permítaseme decirlo en términos hegelianos, como la "linea nodal de medida", para que haya un cambio cualitativo en su favor, en favor de la derecha, comenzando por el estado de Chihuahua, con el patrocinio del país del norte; de lo que se trata es de aprovechar - como acabo de decir - los problemas de Chihuahua, y claro, la violencia será el caldo de cultivo para justificar una intervención, porque el imperialismo eso es lo que está deseando; señores senadores, señores diputados, el imperialismo está deseando que en México haya actos de violencia, que en México hay desestabilización, que en México surja un gran conflicto para acusarnos de que aquí no se respeta la dignidad humana y no se respeta el voto, no se respeta nada y el imperialismo mete sus sucios pies y sus sucias manos en la vida interior de nuestro país.

Yo quiero, compañeros senadores y compañeros diputados, que fijemos nuestra atención en el peligro que afronta el país y que renovemos la alianza que hicimos hace unos días, en donde el partido de la derecha quedó solo, aislado, como único depositario de la indignidad nacional frente a las terribles presiones del exterior. Se volverá a quedar solo nuevamente si todos entendemos que en este combate por la soberanía nacional, con las fuerzas mejores del país, y que la oligarquía que el Partido de Acción Nacional representa. Quedará, aislada y podemos derrotarla con facilidad siempre y cuando hagamos una alianza fuerte entre todas las fuerzas democráticas y progresistas. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Celso Humberto Delgado Ramírez.

El C. diputado Celso Humberto Delgado Ramírez: - Compañeros de la directiva; respetables compañeros legisladores, respetables representantes de los medios; respetables ciudadanos; jóvenes: he solicitado el uso de la palabra en atención a la necesidad de congruencia que nos debemos todos en el tratamiento de los temas que desde esta tribuna solemos abordar cada uno de los miembros de la Comisión Permanente.

Hace ya algunas semanas comentamos estos temas, hace ya algunas semanas, meses y en algún caso el año pasado, con otros protagonistas, comentamos también la suerte, el perfil y la responsabilidad en fondo y forma del quehacer electoral, en México, desde entonces como señalaba el diputado Ortiz Arana, tal cual es la filosofía electoral en México, se establecieron como está establecido en la ley, a nivel federal como a nivel local en cada una de las entidades de la República; las corresponsabilidades que tenemos todos como ciudadanos y como organizaciones políticas en el juego electoral, el sistema electoral del sistema político mexicano, y todos somos parte del sistema, todos hacemos el sistema, mayorías y minorías, establece que las elecciones son una corresponsabilidad del ciudadano, las organizaciones políticas y las autoridades, como autoridades están desde Comisión Federal Electoral o en las comisiones locales, el Poder Ejecutivo, el Legislativo a través de sus respectivos comisionados y los partidos políticos con registro a través de su comisionado acreditado ante la Comisión Federal Electoral o la Comisión Local, y así en ese orden hasta llegar a las casillas electorales, a las mesas directivas en donde cada una de las casillas, establecido como un derecho alcanzando desde hace tiempo por las sucesivas reformas electorales, desde la primera de 1918, hasta la más reciente que está vigente, los partidos políticos tienen derecho de acreditar representantes de sus candidatos y de su partido en cada una de las casillas y los partidos políticos tienen el derecho y el deber de vigilar el proceso y los pasos previos de carácter electoral realizados antes del día de la elección y en el día de la elección.

Justamente, para las elecciones de este año, cuando los priístas festejábamos un aniversario más de la creación de nuestro partido, el Partido Revolucionario Institucional, desde Querétaro, el compañero Lugo mantenía y reclamaba, como una acción de mi partido, la necesidad de cuidar el orden, la vigencia y la limpieza de los padrones electorales para que después, a la vuelta de algunos meses, aquellos que habían contribuido a enviciar el padrón electoral, no reclamaran y anduvieran plañideramente reclamando un fraude electoral no cometido o si acaso había sido cometido, ellos habían colaborado para que se cometiera ese fraude electoral y mi partido reclamaba desde entonces, en marzo cinco, el cuatro de marzo desde Querétaro, la necesidad de que ese instrumento electoral por excelencia que es el padrón, estuviera en las mejores condiciones para que pudiera ser un instrumento útil y eficaz para las próximas elecciones a celebrarse o que se han celebrado algunas de ellas en el país o en las entidades de la República.

Este año habrá elecciones en 15 estados, en unas para gobernador, en otras para renovar el Poder Legislativo, en otras más para renovar los ayuntamientos. Hoy, hemos llegado al tema de Chihuahua y está el tema de Sinaloa, de Durango, de Michoacán, de Zacatecas, hemos llegado al tema de Chihuahua, merced a la irresponsabilidad declarativa de algún miembro del Partido Acción Nacional.

Yo coincido con el diputado Alcocer que no se puede propalar la violencia y que desde el

momento en que se cuestiona o se habla de ella, ya se está generando violencia; yo no abrigo temores ni preocupaciones de ninguna especie sobre la violencia, sí suscribo los términos en que habló el compañero diputado Ortiz Arana sobre la responsabilidad de los partidos y de los partidarios sobre este tema. El año pasado se planteó ante el exterior una imagen del país en virtud del cual, en las elecciones de Sonora por el fraude electoral de Sonora venía otra vez la revolución, a, no, ahora por primera vez la revolución conservadora y hubo necesidad, consecuente con la política de información de los mexicanos, de llamar, de invitar a periodistas de todas partes, recibir a los que ellos mismos querían venir, a cubrir las elecciones de Sonora y recuerdo yo - y ahí están los Diarios de los Debates de esta Comisión Permanente del año pasado, y ahí están los testimonios en la hemeroteca, en la filmoteca ahora, la biblioteca, de cómo los periodistas extranjeros, respetables claro que sí, pero venían con una falsa información, y cuando llegaron a Sonora, a cubrir las elecciones de Sonora, algunos de ellos llegaron pertrechados como si fueran a Vietnam, esperando que esa famosa violencia se desatara por todas partes y ¡oh! gran noticia, por primera vez la paz fue noticia, no hubo violencia, no hubo descalabrados y los incidentes que se registraron en San Luis Río Colorado fueron responsabilidad del hijo del presidente municipal panista de ese lugar.

Hoy ya no se recuerda lo que pasó en Sonora; hoy justamente por esa campaña perniciosa, desinformativa, distorsionadora y desviacionista que públicamente dijeron los miembros de ese partido de derecha, que harían en el extranjero y como una respuesta para informar verazmente qué está pasando en México, sí nos interesa que se sepa qué pasa en México, la verdad, México no es un país cerrado, ni vive en confidencia ni en secreto ni en el clandestinaje, es un país abierto a la comunicación social de todo el mundo; esta sesión se lleva a cabo mientras miles de periodistas están cubriendo los eventos deportivos del interés de la población deportiva y de la población de todas partes del mundo. ¿Eso qué es? ¿qué está pasando? ¿No vamos a dejar venir a los periodistas a cubrir los actos internos? ¿No vamos a informar a la prensa internacional qué está pasando o que se informe ella, que analice ella, con la verdad objetivamente? ¿Qué se está haciendo en el caso de nuestro respetable candidato Baeza? ¿qué está haciendo? Sí, como no en una campaña dentro del país. ¿quién es Baeza? ¿quién es el candidato? informando a quién quiere saber de esto, no se le conocía, pues que se le conozca, se le conocía en Chihuahua, lo conocían los priístas, lo conocían sus paisanos, por eso es candidato de los priístas y por eso va a ser gobernador por decisión de sus paisanos, de sus propios paisanos en Chihuahua, pero es importante que se conozca; por eso Comunicación Social de la Presidencia de la República que ya más de alguna vez se ha mencionado aquí, informa y si es necesario, yo estoy de acuerdo en que editemos información sobre qué es México, en todos los idiomas, en el chino, servocróata, francés, alemán, neerlandés, inglés y todos los que sean necesarios. Porque necesitamos que se sepa que México vive un sistema democrático abierto, que a pesar de las graves dificultades económicas que tenemos; de las diferencias políticas circunstanciales, vivimos en paz; que tenemos una convivencia y un concierto pacífico a través de un orden fundamental y coincidimos en el pacto social que es la Constitución General de la República.

Que hay fuerzas productivas que se mueven de acuerdo con nuestro sistema económico establecido en la Constitución, nuestro sistema mixto; que hay un sector social, un sector privado, un sector público; que estos sectores trabajan dentro de la economía; que hay libertad para militar en cualquier partido político, para votar por cualquier candidato o para no votar ni por ningún candidato o para no ir ni siquiera a las elecciones. Recordemos ese terrible partido político que tenemos todos enfrente que es el partido del abstencionismo.

Que hay libertad para poner una pequeña industria, como una gran industria, para vender cacahuates o para vender petróleo; que hay libertad para hacer una sociedad anónima, una sociedad en participación o una cooperativa; que hay libertad para venir desde el extranjero a buscar socios mexicanos en los términos que establece nuestra ley; que hay libertad para pensar y para creer en cualquier religión, cualquiera que está sea, siempre y cuando se respete la libertad del otro; que hay libertad de tránsito para ir de Tijuana a Matamoros, es decir por toda la frontera norte o para ir de Yucatán a Ciudad Juárez o para moverse en el Distrito Federal. Aquí estamos abiertos. Esta es una sociedad abierta.

Por eso se informa y se dicen estadísticas, de producción, de producto interno bruto, de capacidad de pago, de capacidad productiva, de cuánto tenemos de riquezas naturales, de cuántos ríos, de cuántos litorales, de cuántos puertos, de cuántas vías. Esa es información. Y nosotros estamos de acuerdo en que se informe, en que se sepa exactamente qué está pasando. y esta es la responsabilidad de esta Dirección de Comunicación Social específicamente. Esa es también además una función que deben llevar adelante otras instituciones y otras entidades, particularmente dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores, nuestras embajadas. Pero en una dimensión y cuando el volumen es mayor, es muy grande, hay que auxiliarlas para dar un gran apoyo.

Hoy, llegamos también a estos términos de la información, modernizándonos. Antes íbamos preguntándoles a los viejos - y de esto hace 50 ó 100 años según cuenta los "apuntes de un lugareño" - se les preguntaba a los más viejos del lugar: ¿quién cree usted, quiénes creen ustedes, que van a dirigir el municipio, el rancho, el ejido o la población?, porque la información se transmitía por tradición oral, es decir, de boca a boca.

Hoy ha avanzado la técnica de sondeos de opinión pública. Y se usa en Alemania, en las dos Alemanias, y se usa en Bélgica, y se usa en Francia, y se usa en Inglaterra, en España, en Italia y en Estados Unidos y en Canadá, como en Argentina, en Uruguay, en Brasil y en Perú y la usamos en México; son técnicas modernas para el análisis de la opinión; técnicas de muestreo sociológico que lo mismo nos sirven para saber el grado de vacunación que hay en una parte, para saber lo que lee una población, para saber hacia dónde se indican sus gustos que se hacen en el mercado vía - ahora sí - la mercadotecnia, que se usa también para ver las corrientes de opinión política hacia dónde apuntan.

Una muestra de tal es una encuesta, como la que se ha hecho en México y la que se está haciendo en Chihuahua y se ha hecho, y se han hecho muchas, hoy justamente el periódico Excélsior dice también de una encuesta que yo no creo que esa sea violatoria también del secreto al voto, y ahorita vamos a analizar eso, en donde el futuro candidato perdedor Barrios, dice que una encuesta le da el triunfo a él, ¿Esa cómo la hizo? ¿No preguntó, olió lo que iban a votar, aspiró, soñó?

El secreto al voto es un derecho tan grande, derivado del derecho al voto; ha costado muchas vidas a muchos pueblos lograr el derecho al voto, y la garantía de su secreto está el día de la emisión, está en que el ciudadano llegue en esa suprema magistratura que es de ciudadano, tome su boleta electoral y se erija en juez, y en esos momentos o minutos o segundos que tiene al llegar de la casilla y va camino a la urna y toma su crayón, su lápiz o su tinte y ve la lista de candidatos, los uninominales como los de representación proporcional o la lista, y esa suprema decisión de él exclusivamente de cruzar esa boleta en el lugar donde está su partido o su candidato, doblar y depositarla en la urna, y que no haya fisgones, espías, presionadores, intimidadores que estén alrededor de él ¿por quién votaste? Ese es el secreto del voto; ese es el secreto del voto.

¿Y por qué se cuida el secreto del voto derivado del derecho al voto? Para que no haya intimidación posterior, para que no haya violencia posterior que modifique esa conducta. Y el secreto como el respeto al derecho al voto es una responsabilidad de todos como lo señalaba el diputado Alcocer, y como más de alguna vez también hemos estado repitiendo en esa tribuna, para que tranquilamente, y ese ciudadano que votó, saliendo de la casilla puede decir él: yo voté por el partido rojo, habiendo votado por el partido verde, y tal vez a ese partido no le salgan las cuentas porque diga: me dijeron que votaron. No, el secreto al voto está en ese momento de la emisión; ese es el lugar preciso del secreto al voto; las muestras, las encuestas son eso, sondeos de opinión, pero tampoco es intervencionismo, según la filial haga una muestra, una filial de una empresa Gallup que yo bien sé que se sabe que la Gallup ha hecho muestreo en Alemania, en Italia, en España, en Canadá, en Inglaterra. Pero además que lo diga un partido que quiere que se abra todo a la inversión nacional, yo creo que en el fondo quiere que sea la Gallup de Estados Unidos la que está aquí no la filial. Yo creo que esa es la protesta, que sean los americanos los que la hagan no las filiales mexicanas.

Pero bien, vayamos todavía hoy, a prensa, ya que hablamos de muestras aquí está otra, dice Cuestión del Mediodía, martes 17, primera y segunda columna: "encuesta en Chihuahua poco Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional gana", por Eusebio Pinella. Con el perdón de ustedes, pero pues aquí se han leído algunas cosas, y qué bueno que no se hayan leído. "La victoria de julio será para el abstencionismo, según una enorme encuesta realizada por la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, el que el Partido Revolucionario Institucional obtendrá la gubernatura por un porcentaje mínimo en contra de su más fuerte opositor el Partido Acción Nacional.

Las cifras dadas a conocer por esta encuesta de muestreo - sigue el pase - aplicada a seis mil personas indica que la abstención se reducirá a 55%, pero que se irá haciendo mayor que la participación ciudadana, en tanto que el triunfo electoral será para el Partido Revolucionario Institucional con el 49% de los votos y el Partido Acción Nacional recibirá solamente el 41% de los sufragios, en tanto que los demás partidos alcanzarán el 9.6%.

Los resultados de la encuesta fueron dados a conocer por el rector de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, ingeniero Alfredo Cervantes, y por el director de la Facultad de Ciencias Políticas, Carlos Servín, en conferencia de prensa en la aula magna de la Rectoría. Los votos en favor del Partido Acción Nacional estarán apoyados por las clases medias y un pequeño grupo de asalariados todos relacionados con trabajos de la iniciativa privada, en tanto en el Partido Revolucionario Institucional la votación total que obtenga será principalmente de los agricultores que representan el 70% de su fuerza.

Los votos emitidos en favor del Partido Revolucionario de los Trabajadores, disminuyen en la medida que aumenta el nivel de ingresos, mientras que en el Partido Acción Nacional el nivel es más alto, cuando el nivel de percepciones económicas es más alto. El 80% de los encuestados opinó que la participación de la iglesia en política es indeseable, este grupo que opinó sobre la participación del clero como una acción desfavorable para el país el 58% dijo que votaría por el Partido Revolucionario Institucional, un 13% por el Partido Acción Nacional y un 29% por otros partidos políticos de izquierda, sólo en lo relacionado con esta pregunta".

Seguramente va a haber mas encuestas y mas muestras, es la obligación que tienen los partidos políticos y las organizaciones, ¿para qué? Para no llegar a ciegas al día de la elección, para ir midiendo y evaluando cómo va su trabajo político, porque bien se sabe que los que rodean a los precandidatos o a los candidatos en campaña son como las brujas de Mac Beth, todas les dicen si pregunta: tú serás rey, y a veces se enajenan y llevan mas allá de sus responsabilidades objetivas y de su realidad a esos candidatos, por eso duele el resultado electoral cuando es adverso. Y siempre se dice: yo creí que íbamos a ganar. Las muestras son para eso, entre otras muchas cosas. Y hay muestras que se hacen sobre propaganda sobre grado de penetración y sobre todo, lo más importante, sobre cómo ha recibido el electorado el mensaje político, el programa político, las acciones políticas; de qué se piensa con respecto a la propiedad privada, con respecto a la propiedad social; de cuál es el programa de gobierno, qué se va hacer con el problema de los "raramuri", de qué se va a hacer con la comunicación, con los costos de las cosechas, cuál es la idea que tienen los candidatos sobre la administración pública, sobre la administración de justicia, también sobre eso hay encuestas y también sobre eso hay muestras y nosotros las hacemos.

¿por qué contratamos los servicios particulares en ocasiones, o de entidades universitarias académicas? Justamente por ello, porque queremos una opinión objetiva y científica que nos permita ir corrigiendo. Esto nos da una luz que nos dice como vamos y ya depende de nosotros en nuestro trabajo, y creo que estoy cometiendo algunas incidencias electorales de campaña política que debería de reservarlas para mi cuartel de campaña, dónde apresurar más, dónde insistir más, ¿para qué? Para conformar lo que habíamos hablado, sí diputado Alcocer, nosotros estimamos que vamos a ganar, que el pueblo de Chihuahua nos va a dar el triunfo, que el seis de julio vamos a obtener el triunfo en Chihuahua, en Durango y en otras entidades porque hemos trabajado para ello.

La selección de candidatos la hicimos por consulta a la base haciendo elecciones internas de los 67 municipios, en 65. Y en la capital en Chihuahua hicimos una asamblea de dirigentes.

Porque nosotros hemos preparado a nuestros compañeros para la promoción del voto y nos hemos organizado, pensamos que vamos a ganar.

Porque tenemos gente preparada, sensible, con convicciones, lista para hacer respetar el voto, gane quien gane. En las pasadas elecciones perdimos en siete municipios y fueron válidas las elecciones, y ahora que pensamos que vamos a ganar, ¿hoy no van a ser válidas? ¿Ahora que van a perder Acción Nacional, ahora sí es fraude?

No, por eso pensamos nosotros que vamos a ganar. Yo he oído expresiones en esta mañana de quienes van a perder las elecciones, de quienes han dicho que van a ganar y van a perder: del fraude. Yo pienso que no se debe hablar así, porque es faltarse al respeto al pueblo de Chihuahua.

Dejemos siquiera que se efectúen las elecciones. Dejemos siquiera que vayan los hombres y mujeres a votar el 6 de julio, que saquen su credencial, que vayan a la casilla y que voten y espérense siquiera a sentir la derrota encima para decir: perdimos por fraude. Pero no desde ahora, porque se invalidan a sí mismos. Ese partido se invalida a sí mismo, se hace nugatorio a sí mismo; claro, yo bien se porque así lo decían los respetables compañeros panistas de Chihuahua que los panistas de Chihuahua no son los mismos de acá, que ellos son diferentes, pues con mayor razón, hay que respetar a los que dentro de su partido son diferentes.

No va haber fraude porque todos los partidos políticos, el pueblo de Chihuahua y las autoridades estamos comprometidos en unas elecciones limpias, pacíficas, copiosas, esperamos que no nos gane el partido del abstencionismo, por eso hay que redoblar nuestros esfuerzos todos los partidos políticos, mejorar nuestras acciones de campaña, nuestra capacidad de penetración, nuestra capacidad de convencimiento. Nosotros aspiramos a que voten los que están dentro de nuestro partido, aspiramos a que cambien de opinión los que están en otros partidos políticos y voten por nosotros y aspiramos a los que no están en ningún partido a que se definan por nuestro partido, por nuestros candidatos el día de la elección.

Tenemos tiempo todavía de corregir nuestras acciones, aspiramos a mejorar nuestros procedimientos democráticos, vamos a ganar porque nos hemos preparado para ganar; pero en las elecciones gana el que tiene más número de votos, preparémonos, llevemos las acciones a que el 6 de julio en Chihuahua sea un día de fiesta, sea un día de acciones sociales, sea otro escalón más de la ciudadanía del estado de Chihuahua, que en

esa medida junto con los demás estados donde va haber elecciones va a ser otro escalón más en el mejoramiento democrático de todo el país.

Y a los barruntos de violencia, a los barruntos de alarma, que seguramente habrá mucha prensa extranjera no sólo en la frontera sino kilómetros adentro, que vengan todos los que quieran cubrir las elecciones de Chihuahua, la de Durango, las de Michoacán, las de Zacatecas, las de Sinaloa, todas las que quieran, que vengan, que filmen, que tomen sus notas, sus fotografías, que las distribuyan por todo el mundo, no va a pasar nada, simplemente los mexicanos, y en el caso de Chihuahua, los respetables ciudadanos Chihuahuenses habrán de, con su voto, decir quién va a gobernar su estado, quien va a gobernar su ayuntamiento y quienes van a ser los diputados de su congreso. Ahí van a decir quién les va a gobernar. Nosotros estimamos que el Partido de la Revolución Mexicana, que la Revolución Mexicana obtendrá con el pueblo de Chihuahua una gran victoria política y nosotros estamos haciendo esfuerzos porque el pueblo de Chihuahua nos de un triunfo electoral. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el señor diputado Jesús González Schmal.

El C. diputado Jesús González Schmal: - No senador, no vamos a obedecer sus instrucciones, no nos vamos a esperar a que ustedes consuman el fraude para denunciarlos, nuestro método, nuestra obligación como partido político es informar fidedignamente al pueblo que está siendo testigo de lo que está ocurriendo, que ustedes están maquinando un fraude y vamos a contrarrestarlo, vamos a superarlo a través justamente de la vigilancia electoral que ustedes han impedido con una reforma legal anticipada y a través de la concurrencia masiva de los electores a las urnas. No, quizás usted tenga ascendiente en su partido, quizás usted pueda ordenar que nos callemos, que ocultemos los hechos, que nos avergoncemos de lo que está pasando y de lo que ustedes son responsables, pero nosotros no lo vamos hacer, nosotros vamos a cumplir con el deber de prevenir y de estar preparados a la amenaza que ustedes significan para la democracia y si en efecto, como usted señala es una empresa mexicana la que hizo la encuesta, ¿qué sentido entonces tiene que ustedes propalen que fue Gallup? Si no es precisamente para influir en la opinión pública norteamericana y si a esto le llama usted información, no sé qué concepto tenga de información, a esto se le llama deformación y si usted quiere aquí venir a defender la campaña electoral que hace su partido en el extranjero, está usted desviando el sentido de las instituciones.

Convenimos ahora sí, que usted mismo lo acepta que el derecho a la información es un derecho universal, es un derecho que no tiene fronteras, es un derecho que pertenece al género humano y es un derecho inalienable; pero intentar deformar, intentar desfigurar la realidad nacional a través de una campaña de propaganda desde el Partido Revolucionario Institucional, como lo señala perfectamente el publicista de Baeza en los Ángeles California, cuando dice que fue contratado por el Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, no por la Secretaría de Turismo, no por ningún otro organismo que pudiera entenderse que influye información para propósitos de beneficio nacional, este fue el Partido Oficial el que está haciendo una campaña ante la opinión pública norteamericana.

Y como esta deformación de conceptos respecto a información que usted llama información - que usted llama información - a lo que es deformación, porque Manuel Alonso no fue ni siquiera a acreditar al país ni a sus instituciones, fue a atacar a Acción Nacional y están impresos los folletos en inglés que repartió en toda la Unión Americana y como esta desviación también incurre usted en desviación al hablar de libertad, créame que no es lo mismo libertad a tolerancia, probablemente usted admita un reducidisímo ámbito de su capacidad de ejercicio de la libertad.

Nosotros tenemos otro concepto, la libertad es decidir sobre los destinos de México, la libertad es confrontarse en una contienda electoral con legitimidad, con limpieza, con claridad; libertad es para los ciudadanos damnificados o para los ciudadanos empobrecidos, posibilidades de pedir justicia y serles concedida; libertad es poderse expresar sin cortapisas, no sólo en este recinto que ya parece un último reducto, sino en la plaza pública, en los medios de información, en la televisión y en todos los mecanismos de información nacional; la libertad, para los eunucos, está simplemente conceptuada como su satisfacción, su manera de concebir el ejercicio de la libertad porque tienen las bolsas llenas, porque tienen satisfechos sus apetitos, porque pueden, sí, transitar sin problema porque lo hacen en vehículos propios sin contratiempos.

Pero para el pueblo, la libertad es algo mucho más grande, para el pueblo la libertad es ser respetado en su sagrado derecho al sufragio, es libertad para decidir sus destinos, para concurrir con la comunidad nacional a la conformación de la nación y no serle impuesto por una cúpula del poder que señala sus designios y los somete a condiciones de sobrevivencia en las más tristes carencias de oportunidades para los mexicanos. La libertad no es tolerancia; sé que estoy aquí, haciendo uso de esa tolerancia y soy un privilegiado porque no todos, la gran mayoría de los mexicanos no lo tiene, porque muchos son aprehendidos, son reprimidos porque ahí están las constancias de amnistía internacional, porque ahí

está el caso de Chiapas, porque ahí está el caso que usted señalaba en el norte, en Sonora, en San Luis Colorado, donde en el ejército de la libertad se arremete con la policía para acribillar a los ciudadanos; ahí están tantos y tantos testimonios que se pueden probar, que pueden probar que la libertad en México no existe en el concepto amplio y estricto del término.

Y si usted habla de sondeos como medio como técnica para medir la opinión, por qué no se reducen esos sondeos a interrogar a las personas sin arrebatarles sus actos personales de identificación para después utilizarlos en el Registro Nacional de Electores, para suprimirlos de las listas de Electores, cuando no son adictos al régimen, por qué los sondeos no se hacen sí en función de un propósito técnico y no de un propósito de control vil y pueril que el gobierno está usando ahorita para determinar quiénes tienen derecho al voto y quienes no tienen, de acuerdo con su filiación política y si esto es también lo que usted proclama como derecho al voto, el tener el derecho condicionado a ser adicto al régimen, este, tampoco nuestro concepto es el derecho al voto, el derecho al voto es universal, corresponde a las personas en función de su libertad política, del ejercicio de sus mandatos de conciencia libérrimos que no permiten condicionantes como los que ustedes están imponiendo en el estado de Chihuahua y antes impusieron en muchos otros lugares de la República.

¿Cómo va a ser libertad para tener vivienda cuando en Chihuahua se les exige la filiación al Partido Revolucionario Institucional para tener un préstamo de Fonhapo o para adquirir un terreno en una colonia de las que el gobierno del estado promueve se requiere una filiación al Partido Revolucionario Institucional previa, cómo va a ser libertad que si un campesino, un ejidatario tiene una camioneta, una charchina de importación y para regularizarla le exigen presentar su credencial del Partido Revolucionario Institucional para obtener una plaza en el magisterio, para obtener un empleo dentro del campo y del mundo burocrático, esto no es libertad, esto es vileza, esto es represión, esto es violencia institucional. Y no vamos a acabar y no vamos a satisfacernos con el concepto de libertad que ustedes tienen, está mucho más allá, está en las ansias de libertad que proclamara este pueblo cuando se lanzó a su independencia o cuando Madero ocupó la silla presidencial, está la libertad en la voz de Vasconcelos que fue el primero que denunció al monstruo de partido oficial que iba a conculcar para los siguientes años de nuestra patria, está libertad de ser protagonistas de nuestra historia, de ser quienes decidimos por mandato del pueblo, mediante un proceso electoral limpio al que aspiramos y aspira todo el pueblo chihuahuense a pesar de que ustedes lo obstaculizan con todos sus recursos, con todos sus medios, con todos sus gastos, con todo su derroche. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - El senador Celso Humberto Delgado Ramírez tiene la palabra.

El C. senador Celso Humberto Delgado Ramírez: - Respetables compañeros de la directiva, respetables compañeros legisladores, respetables representantes de los medios, respetables ciudadanos: sólo unas cuantas palabras, justamente en esto estriba la democracia que hay en México, hay el derecho a la diferencia, justamente por eso somos dos partidos distintos y seguramente si el compañero del Partido Popular Socialista hubiera hecho uso de la palabra, daría sus conceptos de la libertad, el compañero del Partido Socialista Unificado de México dará su concepto de la libertad y de la propiedad que tal vez no coincidiría con el de nosotros tres, o el compañero del Demócrata Mexicano, o el compañero del Mexicano de los Trabajadores o el Revolucionario de los Trabajadores, cada quien tenemos un concepto en partidos políticos y a eso apelaba yo, a que saquemos los programas, a que saquemos nuestra declaración de principios, para eso son las campañas políticas, para dirimir las diferencias, para que los electores sepan qué se piensa, cómo se actúa con lo que se piensa, cuál es la opinión respecto de una cosa; la libertad es un concepto abstracto que hay que hacerlo concreto y así lo tenemos concretamente y por eso hay campañas políticas y por eso se dicen muchas cosas en las campañas políticas, porque hay libertad, no es exclusiva de un solo compañero que ha subido a esta tribuna. Es privilegiado pero no tanto, no hay que exagerar. La libertad la disfrutamos los 80 millones de mexicanos. Sí hay casos lamentables en que a veces se ven violentados en algún municipio, en alguna parte, el ejercicio de esa libertad. ¡Qué lamentable! y hay que lucha porque no sea violentado ese ejercicio de esa libertad. Pero la tenemos todos y en el ejercicio de esa libertad implica responsabilidad, ¿para qué?, para que sea el motor de las grandes transformaciones.

Nosotros por el camino de la libertad, y recuerdo un diálogo epistolar de Ricardo Flores Magón con don Nicolás T. Bernal, Don Nicolás T. Bernal describía a Nicolás T. Bernal cuando estaba preso en Leavenworth, preso por los norteamericanos, de cómo se estaba dando el movimiento social en la Rusia de aquel entonces.

Y los pormenores que se estaban registrando. Y entonces le contesta Ricardo Flores Magón, el ideólogo de la Revolución Mexicana, el pionero de la Revolución Mexicana, que era loable el esfuerzo que estaban llevando a cabo los revolucionarios de aquellos lares. Pero que él sostenía, respetando el derecho que tenían sus compañeros de aquellos lares, que la libertad sólo se llega

por el camino de la libertad. Y de esa manera trazó el destino y el rumbo de la Revolución Mexicana.

La Revolución Mexicana ha llegado a la libertad por el camino de la libertad. Que en algunos casos haya quienes hayan distorsionado y llevado a extremos la libertad que le llaman libertinaje, es preferible correr ese riesgo y esa es la filosofía de la Revolución Mexicana y de los gobiernos revolucionarios, es preferible el exceso de la libertad a la limitación a la libertad. Pero la libertad en un país de carencias, explotado, sojuzgado, agraviado como es el nuestro, con apetitos imperiales y hegemónicos a su alrededor, a veces se vuelve un estrecho lindero, que la unidad nacional, que el carácter nacionalista y revolucionario es el que nos va hacer ir adelante. Y ese camino se ratificó la Revolución Mexicana. Y ese camino significa que las cosas de México las vamos hacer los mexicanos.

Hay quienes piensan diferente, atraen hasta sí, figuras señeras de nuestra historia nacional. Y otras más que se han equivocado en el camino. Yo respeto a Vasconcelos, como hombre eminente mexicano. Pero eso no quiere decir que en su Ulises Criollo, nuestras andanzas políticas, no se hubiera equivocado. Y respeto su equivocación. Si en su equivocación coincidió con otro partido de derecho. Yo respeto esa equivocación.

Pero esa gran corriente, que nació, se gestó con el Ateneo de la Juventud, la gran corriente de la filosofía y de los filósofos de la Revolución Mexicana, con Caso y todos los que le siguieron, yo coincido más con Caso que con Vasconcelos, en su servicio a la Nación. Y coincido más con Lombardo que con Gómez Morín. Y coincido más con Krausse y con todos los que forjaron en serio el alma nacional mexicana, que en un alma colectiva, que se está forjando y se está transformando el camino de la libertad y del nacionalismo revolucionario, que significa, sí, defender lo nuestro, pero con un carácter revolucionario, de cambio en beneficio de todos, de transformaciones revolucionarias al servicio de la nación, sin ordinidades con el exterior, pero tampoco sin servidumbres con el exterior.

Hoy, estas fechas, y qué bueno que el debate, en la réplica, en la dúplica hayan salido las ideas; compartir ideas de organización y de militancia; nosotros tenemos muchas ideas, tenemos muy buena organización, y tenemos millones de militantes, por eso estimamos que en Chihuahua, el pueblo de Chihuahua en julio nos va a dar el triunfo. Muchas gracias (Aplausos.)

MEMORÁNDUM DE AMNISTÍA INTERNACIONAL

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores legisladores: aquí se ha hablado de libertad; vamos nosotros a presentar algunas de esas excepciones que agravian a los mexicanos en el uso de sus libertades.

La defensa del respeto a los derechos humanos, es una preocupación que comparten todos los mexicanos interesados en que la vida política y social de México se desenvuelva por los cauces de la legibilidad. Como producto de esa preocupación expresada en no pocas luchas por el respeto a los derechos humanos, el Gobierno mexicano suscribió el 23 de enero de 1986, la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de las Naciones Unidas.

La actual legislatura al Congreso de la Unión, ha compartido esa preocupación y lo ha expresado en dos actos legislativos; la aprobación de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la tortura culminada en el pasado período extraordinario de sesiones, y la creación, en la Cámara de Diputados de la Comisión de Derechos Humanos. Esas acciones las valoramos como pasos positivos en la lucha por erradicar de nuestra patria la práctica de la tortura y de cualquier otra forma de agravio que viole las garantías constitucionales y los derechos humanos.

Sin embargo, es el del dominio público que persisten en el país acciones violatorias de esos derechos y garantías, tanto por parte de los cuerpos policiacos como por civiles que han contado con la convivencia de autoridades de diverso tipo.

La lucha contra la tortura es un asunto que preocupa no solamente a los mexicanos; diversos organismos internacionales tiene una intervención decidida en la prevención y combate de esas prácticas, en especial Amnistía Internacional, se distingue como pionero y tenaz defensor de los derechos humanos en todo el mundo.

Recientemente dicha organización publicó, impreso en España, un documento titulado: México, los Derechos Humanos en Zonas Rurales, que lleva como subtítulo: Intercambio de Documentos con el Gobierno Mexicano sobre Violaciones de los Derechos Humanos en Oaxaca y Chiapas. Dicho documento contiene el reporte que las distintas delegaciones de Amnistía Internacional realizaron a México, en marzo de 1984 y enero de 1985, así como el memorándum presentado por Amnistía Internacional al Gobierno mexicano el 22 de noviembre de 1985 y la respuesta que dio a ese documento el Gobierno mexicano de fecha 13 de enero de 1986, incluido en el informe de Amnistía Internacional a solicitud expresa de nuestro Gobierno.

En su comunicación al Gobierno mexicano de noviembre de 1985 Amnistía Internacional

plantea sus múltiples casos de violación de derechos humanos en Oaxaca y Chiapas, en especial, los casos de la comunidad triqui en San Juan Copala, de las violaciones a derechos humanos tomadas en contra de ciudadanos de Juchitlán, Oaxaca, miembros de la Coalición Obrero Campesino Estudiantil del istmo en la zona de Simojobel, Venustiano Carranza y Villa de las Rosas en Chiapas en contra de dirigentes y campesinos de la Cioac, Central Independencia de obreros Agrícolas y Campesinos, la Coordinadora Nacional Plan de Ayala y la Organización Campesina Emiliano Zapata.

Cabe destacar la seriedad y el cuidado con que Amnistía Internacional presenta cada uno de los casos que han sido de su conocimiento, lo que avala plenamente la calidad moral de las denuncias presentadas y la de la propia organización internacional. Contrasta la seriedad de Amnistía internacional con la respuesta del Gobierno mexicano, atribuible a la Secretaría de Gobernación, respuesta que intenta desacreditar y despreciar las opiniones de Amnistía Internacional, recurriendo para ello a la calumnia y a la difamación en contra de los ciudadanos mexicanos, que han sido víctimas de la represión y que incluso han perecido como resultado de la misma.

Dice, por ejemplo, la respuesta del Gobierno mexicano, que este cito textualmente desea reiterar que las afirmaciones contenidas en el informe y que se refieren a la aplicación de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, como lo pudieron comprobar los miembros de la misión, se refiere a la misión de Amnistía Internacional, constituye generalizaciones falsas.

Después, rasgándose las vestiduras quien elaboró el informe señala: las imputaciones relativas a la supuesta complicidad de encubrimiento de autoridades en la comisión de delitos, afectan las respetabilidades del sistema jurídico y democrático de México, como se podrá confirmar nuevamente en la información anexa, no existen elementos que puedan probar una aseveración de esta naturaleza. Invariablemente, conforme a la ley, se ha procedido en igualdad de circunstancias para investigar los hechos, perseguir, detener y procesar a los culpables, eso contesta el Gobierno mexicano. Sin embargo, cuando entra a ver caso por caso lo que deja muy mal parado al sistema "jurídico y democrático" de México, es lo que responde el Gobierno mexicano.

Porque lo único que se confirma de la lectura de la respuesta de nuestro gobierno, es que sus redactores y responsables, la Secretaría de Gobernación, sólo tenía como objetivo dejar a salvo esa supuesta respetabilidad del sistema jurídico y democrático de México, recurriendo para ello, primero, a menospreciar los casos presentados por Amnistía Internacional y esta es la regla general.

Pero luego lo que es más grave, a falsear y mentir descaradamente en varios casos, y lo que es intolerable, porque es abominable, es que se dedican a desprestigiar, calumniar y difamar a las víctimas cuyos casos presenta amnistía internacional.

Yo voy a dejar en la secretaría copia completa del informe de amnistía internacional con una propuesta concreta que haré al final, aquí sólo voy a citar los casos más escandalosos de la respuesta del Gobierno mexicano.

Primero. El caso de Jesús Vicente Vázquez de 30 años de edad, dirigente de la coalición obrero campesina estudiantil del Istmo y excomandante de la policía municipal de Juchitán, Oaxaca en el ayuntamiento presidido por el hoy diputado federal Leopoldo de Gives.

Jesús Vicente Vázquez se encuentra recluido en prisión en Tehuantepec, Oaxaca el 21 de diciembre de 1983 y ha sido considerado a 10 años 6 meses de prisión.

Amnistía Internacional denuncia que Jesús Vicente Vázquez, fue detenido el 15 de diciembre de 1983 en la ciudad de México, sólo hasta el día 21 de diciembre, lapso durante el cual se le sometió a tortura e interrogatorios fue llevado a Tehuantepec. Este hecho fue dominio público, pero en su respuesta Amnistía Internacional, el Gobierno mexicano afirma que " A Jesús Vicente Vázquez se le detuvo el 21 de diciembre, dictándosele acto de formal prisión el 25 del mismo mes, por lo que no hubo ninguna violación a la Constitución General de la República".

Como pueden ver, la respuesta omite cualquier mención al lugar de detención, porque Jesús Vicente Vázquez, no fue detenido en Tehuantepec; fue detenido en la ciudad de México, al salir de la casa del estudiante oaxaqueño, por agentes de la Dirección Federal de Seguridad, que los secuestraron y lo tuvieron torturándolo e interrogándolo hasta el día 21, fecha en la cual de manera clandestina lo subieron a una avioneta y lo llevaron a Tehuantepec.

Hay testigos presenciales de la detención de Jesús Vicente Vázquez el 15 de diciembre de 1983 en la ciudad de México, testigos que han comparecido ante jueces calificados.

Jesús Vicente Vázquez es uno de los presos políticos de México. El Gobierno mexicano lo detuvo de manera ilegal e inconstitucional, sin orden de aprehensión lo privó de su libertad durante 7 días, lo torturó y después lo presentó ante un juez, violando, desde luego las garantías individuales consagradas en la Constitución y los derechos humanos.

Pero el Gobierno mexicano no sólo no reconoce la calidad de preso político de Jesús Vicente Vázquez, excomandante de la policía de Juchitlán y por eso encarcelado, sino que se da el lujo de mentir flagrante y groseramente en su respuesta a Amnistía Internacional.

Segundo caso. El señor Paulino Martínez y su esposa María Francisca, en marzo de 1984, seis individuos que actuaban con el apoyo de las autoridades municipales de San Juan Copala, asaltaron la vivienda del señor Paulino Martínez, golpeando a éste, amarrándolo y violado en su presencia a su esposa María Francisca.

Paulino Martínez fue detenido después de ese acto, el agraviado, después fue detenido, encarcelo y logró su libertad después de entregar 15 mil pesos al juez de San Juan Copala. Sólo después de esto él presentó la denuncia de los hechos y su esposa también, sólo se detuvo a uno de los responsables, pero el primero de julio de 1984 fue asesinada su esposa María Francisca, todo indica que en represalia por la denuncia presentada.

¿Qué contesta el Gobierno mexicano a Amnistía Internacional sobre este caso? Primero califica a María Francisca como amasia de Paulino Martínez, esa es la calidad moral de quien hizo esta respuesta, como amasia de Paulino Martínez e informando que los responsables del asalto a la vivienda, de la violación de dicha mujer que se reconoce por parte del Gobierno mexicano, se encuentran sujetos a proceso para después agregar, cito textualmente: "por lo que se refiere al caso de María Francisca esta persona fue efectivamente asesinada pero no por los autores de los delitos señalados ni en represalia de las denuncias, sino por Paulino Martínez Ramírez, motivado por problemas pasionales". Paulino Martínez es el esposo de esta señora María Francisca.

Como consta, sigue la respuesta del Gobierno mexicano en la averiguación previa 102/984. Fíjense ustedes, como consta en la averiguación previa número 102/984 en que se relata la forma como se efectúo el homicidio, con golpes de machetes propinados por Martínez Ramírez después de fuerte discusión. Eso es lo que responde el Gobierno mexicano.

"Como puede verse, de nueva cuenta se inicia descalificado a las víctimas, la mujer asesinada era amasia y su muerte se debió a problemas pasionales siendo el asesino su propio esposo o amante en el lenguaje que usa el redactor de ese documento. Y desde luego jamás se citan los nombres de testigos, se da por fidedigna y libre de cualquier sospecha una averiguación previa, y esa es la base para el informe del Gobierno mexicano.

Tercer caso. Elpidio Vázquez Vázquez, asesinado el 9 de septiembre de 1975, miembro de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos en Villa de las Rosas, Chiapas. ¿Qué responde el Gobierno mexicano? Aquí empieza enlodando a otro compañero También de la Central independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos, dice: José Rodríguez Mendoza después veremos el caso de José Rodríguez Mendoza - y lo dice aquí también el Gobierno mexicano cuyo caso personal veremos más adelante - en esa época era líder de la Central independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos y por conducto de esa organización establecido en la región y especifícamente en ese municipio, o sea en Villa de las Rosas, a través de Maclovio sentid una forma de control que entorpecía la labor de las autoridades locales, estatales y federales, las cuales por tal motivo no podían ejercer las funciones que conforme a la ley les corresponde, por lo que cuando se daban hechos de violencia o de sangre ellos mismos levantaban a sus muertos y heridos, sin denunciar conforme a derecho los delitos ante el ministerio público.

Eso es lo que dice el Gobierno mexicano, o sea había según el Gobierno mexicano un poder por encima del estatal, del federal y el local y entonces nadie podía intervenir, esa es la versión que da para enlodar a José Rodríguez.

Qué agrega después sobre el homicidio del compañero Elpidio Vázquez Vázquez, dice el Gobierno mexicano, que de este homicidio no existe registro, ni se deslindaron responsabilidades, ni se instrumentó averiguación previa, negando incluso haber tenido detenidos por tal homicidio a Rodrigo Ordóñez Santiago, priísta que fue electo presidente municipal de Villa de las Rosas, Chiapas, pero después de decir que no sabe nada de ese crimen lo atribuye a diferencias derivadas de las contiendas político - electorales que en ese tiempo se desarrollaban; primero dice que no sabe nada del crimen pero luego le da una explicación a Amnistía Internacional, diciendo que eran diferencias político electorales y luego agregan que desde 1937 - 1938 se le dio entrega a los campesinos de Villa de las Rosas, por lo que el Gobierno mexicano concluye que en esta región no se presentan conflictos derivados de la posesión de la tierra, eso concluye y yo voy a dar lectura a dos casos finales que son la cumbre del cinismo y la calumnia a la que recurría el Gobierno mexicano para contestar a Amnistía Internacional.

El caso de José Rodríguez Mendoza, dirigente de cañeros y miembro destacado de la Unión de Ejidos 28 se Septiembre, emboscado por pistoleros cuando viajaba en compañía de Andrés Domínguez Rodríguez a bordo de su camioneta, cerca del rancho "El Coyol", en la emboscada resultó muerto Andrés Domínguez y José Rodríguez, recibió siete impactos en un brazo, resultando

gravemente herido sin que hasta el momento se haya encontrado a los culpables, qué responde el Gobierno mexicano, dice textualmente, cito: Rodríguez Mendoza se lesionó él mismo, se metió siete balazos en un brazo, según el Gobierno mexicano y después asesinó a su acompañante para buscar una salida airosa del estado, no bastó el Gobierno mexicano la calumnia contra José Rodríguez, sino que lo acusa de asesinato y de haberse hecho contra sí mismo siete disparos, esa es la respuesta del Gobierno mexicano, pero fijénse ustedes además, José Rodríguez se recuperó del atentado, actúa públicamente como dirigente agrario, tiene trato con autoridades locales, estatales y federales, entre ellos el Secretario de Agricultura, cómo explica entonces el Gobierno mexicano, si tiene pruebas que lo llevan a acusar ante Amnistía internacional de asesinato a José Rodríguez, que esté libre y pueda actuar públicamente, cómo lo explica, porqué este tipo de calumnias no se pueden tolerar, porqué el Gobierno mexicano rompe y después inventa una coartada ridícula y monstruosa para justificar su complicidad o su tolerancia en el atentado contra José Rodríguez.

Por último el caso más grave, nos parece a nosotros por el grado de bajeza al que se llegó, el caso de Andulio Gálvez Velázquez, asesinado el 4 de octubre de 1985 en Comitán Chiapas, abogado, dirigente de la central independiente de obreros y campesinos y de la Uncafaex, que es una Unión Nacional de Crédito, debidamente registrada ante las autoridades, candidato a diputado local del Partido Socialista Unificado de México, al momento de su asesinato.

Quiero recordarles que ese asesinato motivó una declaración de consenso, se unanimidad de la Cámara de Diputados, condenando el asesinato y exigiendo el castigo a los autores materiales e intelectuales del crimen, calificándolo como un asesinato político que entorpecía el desarrollo de la vida política en Chiapas, pues para el Gobierno mexicano, y así lo hace saber Amnistía Internacional, Andulio Gálvez era un delincuente y defraudador.

Fíjense ustedes, con motivo del caso de otro dirigente de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos, asesinado en agosto de 1985, el compañero Gregorio López Aguilar, el Gobierno mexicano sobre ese caso de Gregorio López Aguilar, informa que a este compañero nuestro, Gregorio López, lo mató, cito textualmente, lo mató Julio Pérez Pérez, por las mismas razones que ya han quedado expuestas, es decir, los beneficios de la madera cuyo control central se lo disputaba Andulio Gálvez, primer enlodamiento en contra del compañero asesinado. Andaba en pleitos con un cacique, Julio Pérez Pérez, de quien hay sospechas de que era el pistolero principal del hermano del gobernador Absalón Castellanos y que después intervino en el asesinato de Andulio Gálvez.

Ya lanzada la primera calumnia, el Gobierno mexicano ya no tuvo límite alguno para enlodar a nuestro compañero asesinado, dice el Gobierno mexicano en la respuesta a Amnistía internacional, cita textualmente: "De nuestra investigación se desprende que Andulio Gálvez Velázquez, al momento de ser muerto, era gerente de una unión de crédito de cafeticultores, denominada Unión Nacional de Crédito Forestal y Agroindustrial de Ejidatarios, institución que maneja muchos millones, primera sugerencia. Como dirigente de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (Cioac), operando en la región de la Trinitaria y Comitán, y para el mejor manejo de su liderazgo, se asocia a Margarito Ruíz Hernández, dirigente de nuestro partido en Chiapas, con quien posteriormente se distancia al dejar Gálvez Velázquez a su familia para sostener relaciones amorosas con la que había sido amante de Ruíz Hernández y que se llama Marisela Coello". Esta es bajeza más grande. Entonces fue un lío de faldas, según el Gobierno mexicano, y luego agregan, las grandes cantidades de dinero que manejaban estas tres personas, que algunos atribuyen a posibles fraudes que realizaban en Uncafaexa, despierta su ambición de extender su manejo e influencia a otros sectores y planean y ejecutan un atentado en contra de Julio Pérez Pérez para quitarle el control de la madera que éste tenía en el ejido Piedra de Huixtla, Santa Rita, Sonora y Justo Sierra, por lo que se instruye a Gálvez Velázquez, una averiguación en su contra por los delitos de homicidio en grado de tentativa, disparos de arma de fuego y daño en propiedad ajena, cometido en agravio de Julio Pérez Pérez y otros, expediente que se encuentra en período de averiguación, sin que esta fecha se hubieran realizado consignaciones.

Primero la calumnia, el descrédito, un lío de faldas y luego se le acusa a un compañero que ya no se puede defender, que fue asesinado, se le acusa de defraudador de la Unión de Crédito para la cual trabajaba, Unión que todavía hoy reivindica plenamente su memoria y exige castigo de los culpables.

Pero ya metido, el que redactó este material para Amnistía Internacional, en las calumnias pues también suelta la última y dice: después de la muerte de Gálvez Velázquez, de una casa ubicada en Comitán, se decomisaron 900 cartuchos de nueve mm M - I que estaban envueltos en mantas que ostentaban el impreso Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos, Partido Socialista Unificado de México y la hoz y el martillo; la Procuraduría General del Estado, tuvo esos elementos a la vista ¿de qué se trata? ¿de acusar a la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos y al Partido Socialista

Unificado de México de suministrar armas al compañero Antulio? pues eso es lo que está diciendo el Gobierno mexicano a Amnistía Internacional.

¿Puede aceptarse la calumnia, la bajeza y aparte entrar al terreno de decir que el Partido Socialista Unificado de México suministraba armas y parque a compañeros de allá? Seguramente si a la mejor las hubieran tenido no los matan, ojalá las hubieran tenido para defenderse, pero fue asesinado de la manera más vil, en una emboscada, pero el enlodamiento en contra de nuestro compañero y de los otros compañeros no tiene nombre, por eso nosotros decimos que esto no puede quedar sin respuesta nuestra, y de quien esté interesado en el respeto de los derechos humanos en México; no podemos aceptar que el Gobierno mexicano, porque lo firma el Gobierno mexicano, no sabemos qué funciones con exactitud; sabemos que es la Secretaría de Gobernación, la responsable de ese informe, de ese memorándum que pidieron fuese publicado, se lo pidieron a Amnistía Internacional, no podemos admitir que eso pase como si nada.

Si vamos a entrar a defender derechos humanos, el primer obligado es el Gobierno y flaco favor le hace el Gobierno mexicano, a los derechos humanos cuando calumnia, cuando miente y cuando enloda a la memoria de militantes políticos, de luchadores sociales asesinados; no es la manera de defender los derechos humanos. Nosotros protestamos contra la Secretaría de Gobernación, protestamos contra el Gobierno mexicano, por este tipo de calumnias que afectan a muchos luchadores sociales y miembros de nuestro partido que han caído asesinados, no es posible tolerar esto.

Por eso nosotros vamos a exigir por otras vías, aparte de la que hoy queremos hacer uso, la Secretaría de Gobernación, responsable de este documento o sustenta sus afirmaciones y las prueba, o se retracta públicamente de las calumnias y mentiras, porque no vamos a aceptar, no vamos a tolerar que así sea el funcionario más alto, se calumnie a quien no se puede defender.

Yo voy a dejar el documento de Amnistía Internacional en la secretaría, con una copia completa, con una propuesta de punto de acuerdo.

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión acuerda turnar a las Comisiones de Derechos Humanos y de Gobernación y Puntos Constitucionales de las Cámaras de Diputados y de Senadores, el reporte de Amnistía Internacional intitulado: "México, los Derechos Humanos en Zonas Rurales, intercambio de documentos con el Gobierno mexicano sobre violaciones de los Derechos Humanos en Oaxaca y Chiapas" para que, con base en su estudio y análisis, dichas comisiones procedan a solicitar de la Secretaría de Gobernación las aclaraciones e información que consideren pertinentes sobre los casos presentados por Amnistía Internacional, así como sobre las respuestas que dio el Gobierno mexicano.

Dejo la propuesta por escrito. Muchas gracias.

MÉXICO

LOS DERECHOS HUMANOS EN ZONAS RURALES

INTERCAMBIO DE DOCUMENTOS CON EL GOBIERNO MEXICANO SOBRE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN OAXACA Y CHIAPAS

Publicado originalmente en inglés por Amnesty Internacional Publications 1 Easton Street, Londres WCIX 8DJ, Gran Bretaña.

Copyright Amnesty International Publications 1986

ISBN 0 86210 098 4 Al Index: AMR 41/07/86/S

Gestión Editorial: EDICIONES DE LA TORRE ISBN: 84 - 85866 - 94 - 0. Depósito Legal: M - 12991 - 86 Impreso en España/Printed in Spain Talleres Gráficos Peñalara Fuenlabrada (Madrid)

Fotografías con derecho de autor: páginas 68, 69 Rafael Doniz; páginas 67 (abajo), 89 (arriba) Andrés Garay, La Jornada; páginas 88 (las dos), 89 (abajo), 93 Oswald Iten, Neue Zürcher Zeitung; página 91 Jesús Morales.

Reservados todos los derechos. La reproducción de cualquier apartado de esta publicación queda totalmente prohibida así como su almacenamiento en la memoria de computadoras, transmisión, fotocopia y grabación por medios electrónicos o mecánicos de reproducción sin previa autorización de la editorial.

Índice 36

Prefacio 41

Los derechos humanos en el sureste de México: conclusiones de una investigación de Amnistía Internacional en torno a violaciones de los derechos humanos en los estados de Oaxaca y Chiapas (texto completo del memorándum enviado pos Amnistía Internacional al Gobierno de México el 22 de noviembre de 1985) 46

Introducción 46

Capítulo 1: Violaciones de los derechos humanos en zonas rurales de México 47

Homicidios Políticos 48

Tortura y maltrato 54

Encarcelamiento político y los juicios 57

Capítulo 2; Pruebas de abusos en el estado de Oaxaca 59

San Juan Copala 59

Homicidios y tortura de indios triquis 60

Casos 61

Juicios injustos 64

Casos 64

Juchitán de Zaragoza 66

Tortura y maltratos 67

Casos 67

Homicidios políticos y desapariciones 68

Encarcelamiento de dirigentes de la Cocei 69

Casos 69

Capítulo 3: Pruebas de abusos en el estado de Chiapas 75

Homicidios políticos 75

Casos 76

Tortura y maltratos: presos de conciencia 79

Casos 79

Apéndice 1: Respuesta del Gobierno de México al memorando de Amnistía Internacional 88

Introducción 88

Estado de Oaxaca 89

Estado de Chiapas 96

Anexos 106

Apéndice 2: Amnistía Internacional, Programa de Doce Puntos para la Prevención de la Tortura 108

Amnistía Internacional: campaña a escala mundial 110

REPÚBLICA MEXICANA

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Prefacio

A lo largo de muchos años Amnistía Internacional ha recibido denuncias de violaciones de los derechos humanos en zonas rurales de México. Al parecer, campesinos e indígenas han sido víctimas de homicidios y desapariciones, de motivación política, torturas y encarcelamiento bajo acusaciones penales falsas. La mayoría de las denuncias recibidas últimamente provienen de zonas rurales del sur del país.

Este informe comprende el texto completo de un memorando presentado el 22 de noviembre de 1985 al Gobierno del Presidente Miguel de la Madrid Hurtado, y la respuesta del Gobierno mexicano. El memorando recoge las conclusiones de una extensa investigación realizada por Amnistía Internacional sobre violaciones de los derechos humanos en los estados de Oaxaca y Chiapas, en el sureste de México.

Una delegación investigadora de Amnistía Internacional visitó en marzo de 1984 zonas rurales en ambos estados, con el fin de obtener información de primera mano. En octubre de ese año la organización envió al Presidente un documento de 45 páginas que resumía sus preocupaciones en Oaxaca y Chiapas, y las conclusiones de la investigación. Además, solicitaba que se les diera la oportunidad de discutir directamente sus preocupaciones con representantes del Gobierno. El subsecretario de Relaciones Exteriores, Víctor Flores Olea, respondió por télex en nombre del Gobierno mexicano, accediendo de inmediato a la petición de Amnistía Internacional de que se permitiera a una segunda delegación discutir el documento con funcionarios de los gobiernos federal y estatales. Sin embargo, decía que su Gobierno consideraba las observaciones de Amnistía Internacional inexactas, distorsionadas y parciales; y rechazaba las denuncias de violaciones de los derechos humanos por no demostradas e inaceptables.

En enero de 1985 los delegados de Amnistía Internacional regresaron a México y sostuvieron entrevistas con altos funcionario de Gobierno en ciudad de México y las capitales de los estados de Oaxaca y Chiapas. Al término de la visita el subsecretario de Relaciones Exteriores, Alfonso de Rosenzweig - Díaz, entregó a los delegados una carta en que respondía a las preocupaciones de Amnistía Internacional. También se les proporcionaron expedientes legales detallados sobre los casos que plantearon en Oaxaca y Chiapas.

El memorando del 22 de noviembre de 1985, que por primera vez se publica aquí, trata los temas discutidos por la delegación de enero de 1985; incluye observaciones hechas entonces por los representantes del Gobierno e incorpora información legal detallada, que fuera facilitada por los procuradores generales de ambos estados, relativa a los casos sobre los que Amnistía Internacional llamara la atención. También se incluye información más reciente, en la que agregan nuevos casos que parecen corroborar la pauta de abusos anteriormente observada por la organización.

Amnistía Internacional recibió el 13 de enero de 1986 otra respuesta detallada del Gobierno mexicano, como contestación a su memorando de noviembre de 1985. Esta consiste en dos documentos que contienen antecedentes e información legal sobre los nuevos casos planteados, a la vez que aportan nuevas precisiones en relación con los que ya habían sido comentados por los gobiernos estatales durante la visita de la delegación de enero de 1985. En la carta que se acompañaba a los documentos, el Gobierno reiteraba las críticas formuladas anteriormente por Alfonso de Rosenzweig - Díaz, al término de la visita de los delegados, poniendo en duda la objetividad de Amnistía Internacional y afirmando que la organización había mostrado una actitud de escepticismo injustificado en cuando a la información entregada por el Gobierno. A petición expresa del Gobierno de México y de acuerdo con la norma de Amnistía Internacional, por la que reconoce el derecho de réplica de los gobiernos respecto de la preocupación, es de la organización; el informe del Gobierno acerca de Oaxaca y Chiapas y su texto de introducción son reproducidos en el apéndice I del presente escrito.

Amnistía Internacional desea hacer constar su reconocimiento por la cooperación de las autoridades mexicanas, tanto por las facilidades puestas a disposición de los integrantes de la delegación que visitara México en enero de 1985, como por la loable presteza y eficiencia con que han respondido a los escritos de Amnistía Internacional. El Secretariado General de Amnistía Internacional manifiesto personalmente su reconocimiento al subsecretario de Relaciones Exteriores, Alfonso de Rosenzweig - Díaz, después de la visita que efectuó la delegación de enero de 1985. Amnistía Internacional atribuye gran importancia al esfuerzo de parte de los gobiernos para responder a los organismos internacionales que promueven el respeto de los derechos humanos.

Motivos de preocupación de Amnistía Internacional y respuesta del Gobierno

En su memorando de noviembre de 1985, Amnistía Internacional expresaba su preocupación por las denuncias de homicidios y desapariciones de campesinos y miembros de comunidades indígenas en los estados de Oaxaca y Chiapas. Al parecer, estos abusos se produjeron como consecuencia de las actividades de las víctimas en organizaciones que están enfrentadas en conflictos por la propiedad de la tierra con terratenientes y autoridades locales y estatales. En casi todos los

casos, los homicidios fueron perpetrados por civiles y no por integrantes de las fuerzas de seguridad oficiales. Sin embargo, preocupaba a Amnistía Internacional que estos se hubieran cometido con la anuencia de las autoridades, dado que había habido una constante negligencia de su parte para detener y procesar a los responsables.

A Amnistía Internacional le preocupaban también las frecuentes denuncias de aplicación de torturas durante la investigación policial de delitos comunes. La organización tuvo conocimiento de que se habían impuesto condenas en base a confesiones extraídas mediante coacción, cuando la policía mantenía a los detenidos bajo incomunicación. Amnistía Internacional, después de estudiar los antecedentes de las detenciones y acusaciones, concluyó que en algunos de los casos las personas en cuestión habían sido detenidas a causa de sus actividades políticas y no por haber perpetrado los actos delictivos que se les impugnaba, por lo cual los adoptó como presos de conciencia.

Las respuestas del Gobierno sobre los casos de homicidios y desaparición es de motivación política, documentados en el memorando de Amnistía Internacional, proporcionan detalles de las investigaciones criminales abiertas por las agencias locales del Ministerio Público. 1 En algunos casos también se refieren los resultados de las diligencias legales instruidas contra los presuntos responsables. En el informe sobre Chiapas las autoridades ofrecen, además, una explicación detallada en los antecedentes de algunos de los homicidios.

Amnistía Internacional admite que en algunos casos que se documentan en su memorando, de la información oficial proporcionada se desprende, por lo que se deja notar, que se efectuó una investigación pronta y exhaustiva, y que los responsables directos (o algunos de ellos) fueron llevados ante la justicia de acuerdo con la ley. Ejemplo de esto es el caso de la matanza de 11 miembros de la comunidad indígena de Tzacacum, en el municipio de Chalchihuitán (Chiapas), el 24 de marzo de 1983, la cual el Gobierno documenta completamente en su respuesta (ver págs. 76, 96). Otros homicidios, en particular los que ocurrieran durante 1985 en la región de Comitán, en Chiapas (ver págs. 78, 102), resultaron también órdenes de aprehensión y en algunas detenciones. Sin embargo, en muchos casos semejantes, a pesar de haber sido dictadas órdenes

1 Es función del Ministerio Público investigar los delitos que atañen a su jurisdicción y formalizar la acusación correspondiente ante los tribunales, solicitar órdenes de aprehensión, procurar y presentar pruebas en contra de los presuntos culpables, vigilar que los juicios se desarrollen en debida forma y pedir imposición de condenas. de aprehensión, no parece que se haya hecho nada para darles cumplimiento ni para instruir diligencias. Por ejemplo, en los casos de Comitán hacía mucho tiempo que se habían dictado órdenes de detención en contra de los presuntos homicidas del dirigente campesino Andulio Gálvez Velásquez, por numerosos ataques anteriores en contra de otros dirigentes, pero tales órdenes nunca habían sido cumplidas.

No obstante, en general parece que las investigaciones de los casos de homicidios y desaparición es de motivación política documentados por Amnistía Internacional no han progresado demasiado, en especial en el Estado de Oaxaca. En algunos de estos casos, las autoridades no negaron que los homicidios hubieran ocurrido, pero reconocieron que nunca se llevó a cabo una investigación formal, señalado que esto se debió a que las víctimas o sus representantes no presentaron denuncia formal ante las correspondientes autoridades de la administración de justicia. En el caso de los homicidios perpetrados en el municipio de Villa de las Rosas (Chiapas), que Amnistía Internacional documentara, afirman que los integrantes de la organización campesina de oposición a que pertenecían las víctimas, se negaron a cooperar con las autoridades judiciales, no denunciaron los homicidios al Ministerio Público y no comparecieron a atestiguar. Sin embargo, en varios de tales casos, los hechos de que tiene conocimiento Amnistía Internacional no corroboran esta declaración.

Por ejemplo, las autoridades niegan que exista legal alguno en relación con el homicidio de Elpidio Vásquez, ocurrido el 9 de septiembre de 1979 en villa de las Rosas (páginas 76, 96). Señalan expresamente que no se practicó ninguna investigación porque no se presentó una denuncia formal ante las autoridades judiciales correspondientes. No obstante, documentos oficiales en poder de Amnistía Internacional indican que el Ministerio Público abrió una investigación preliminar (No. 18/979) inmediatamente después de ocurrir el homicidio; y en una carta fechada el 11 de septiembre de 1979, dos agentes del Ministerio Público solicitaron a un funcionario del Registro de Estado Civil que expidiese un certificado de defunción, describiendo la causa de la muerte (traumatismo cráneo - encefálico producido por proyectil de arma de fuego; lesiones cerebrales causadas por herida de bala) y las señas personales de la víctima. (La carta se reproduce en la página 82). Asimismo, Amnistía Internacional posee copia de una declaración firmada por un funcionario municipal y el comandante de la policía municipal, en la que se certifica el propósito de estos de supervisar el entierro del cadáver, del que se habían hecho cargo por la ausencia temporal del pueblo de autoridades superiores. Copia de la acta fue enviada por aquellas fechas a la Procuraduría General del Estado.

Otra anomalía manifiesta es el caso del homicidio de Alfredo Morales Molina, perpetrado el 29 de junio de 1980. Según las autoridades de Chiapas, la investigación de este homicidio se dio por concluida mediante acuerdo de reserva dictado el 4 de julio de 1980, sólo cinco días después del asesinato.

En otros casos, especialmente en la región de San Juan Copala (Oaxaca), Amnistía Internacional posee documentos a juzgar por los cuales en la fecha de los incidentes o poco después se remitieron denuncias y peticiones a autoridades gubernamentales superiores para que se abrieran investigaciones. (Copias de estos documentos fueron enviadas al Procurador General del Estado tras la visita de la delegación de Amnistía Internacional en enero de 1985). Cabe destacar de estos casos el presunto homicidio de Marcos Ramírez López y la desaparición de Juan Martínez López (páginas 61, 62, 90, 91). Las autoridades declaran que no existen registros legales respecto a estos incidentes. Aunque Amnistía Internacional aprecia las garantías dadas por las autoridades del Estado en el sentido de que han efectuado nuevas gestiones para esclarecer estos casos, no estima positivo que las autoridades declaren lacónicamente que no se han obtenido resultados, sin facilitar ninguna información acerca de las medidas adoptadas.

Al comentar estos casos, las autoridades estatales señalan que las denuncias escritas elevadas a las autoridades federales (tales como el Procurador General de la República o el Secretario de Gobernación) no son "mecanismos idóneos para la iniciación de averiguación previa alguna, ni éste autoridad competente para conocer el asunto en cuestión". Y señalan que por dicha razón no se llevó a cabo ninguna investigación sobre los presuntos delitos. Sin embargo, aunque Amnistía Internacional entiende que en México corresponde al Ministro Público conducir las investigaciones penales oficiales, el Código Federal de Procedimientos Penales estipula que los funcionarios públicos que reciban información de que se ha cometido un delito están obligados a denunciarlo de inmediato a la autoridad judicial facultada para conducir una investigación penal. 2

Al parecer, es común en México que los habitantes de las comunidades rurales formulen quejas enviando documentos firmados a funcionarios gubernamentales superiores, incluso funcionarios federales. En los casos citados pareciera ser que no se adoptó ninguna providencia en relación con tales denuncias. Aún más, nada indica que los funcionarios a los cuales fueran enviadas las hicieran llegar a las autoridades judiciales correspondientes.

2 Con arreglo al artículo 117 del Código Federal de Procedimientos Penales, "toda persona que en ejercicio de funciones públicas tengan conocimiento de la probable existencia de un delito que deba perseguirse de oficio, está obligada a participarlo inmediatamente al Ministerio Público, trasmitiéndole todos los datos que tuviere..."

Más notorias aún han sido las deficiencias de las investigaciones oficiales algunos casos en los que se interpusieron denuncias formales detalladas, y debidamente tramitadas ante las autoridades legalmente competente. En su carta al Procurador General del estado de Oaxaca de marzo de 1985, Amnistía Internacional planteó de nuevo el caso de la desaparición de Víctor Pineda Henestrosa (página 69). Entregó a las autoridades copias de las denuncias en cuestión, y agregó el nombre del Agente del Ministerio Público que las recibiera y la asignatura del documento relativo a la averiguación previa. A pesar del carácter puntual de las referencias facilitadas, en la respuesta oficial posterior sobre el caso no existe indicio alguno que permita creer que esta documentación se tomó en cuenta o que se realizó una investigación seria (página 95.)

Aunque la tortura está prohibida por la Constitución Mexicana y es condenada oficialmente, Amnistía Internacional cree que las fuerzas policiales la practican comúnmente, sobre todo como método para obtener confesiones que sirvan de base a acusaciones penales. En su memorando, la organización manifestaba su especial inquietud en cuanto a que las garantías en contra de la tortura - en particular la obligación de las autoridades de ordenar sin demora la investigación de las denuncias de tortura y de llevar ante la justicia a los responsables - son, en la práctica, ineficaces.

En muchos casos, las autoridades rechazan las denuncias de tortura que se documentan en el memorando, señalando que la presunta víctima no presentó una denuncia formal ante las autoridades correspondientes. La respuesta del Gobierno confirma que en ninguno de estos casos realizaron los funcionarios una investigación en base a denuncias presentadas a través de otros conductos (tales como entrevistas periodísticas, peticiones directas individuales o de delegaciones, y mediante escrito dirigido a las autoridades gubernamentales). Por ejemplo, la prensa informó sobre las presuntas torturas infligidas a Domingo González Domínguez, que fueron denunciadas por integrantes de su organización al Gobernador del estado (páginas 63, 92),pero no se llevó a cabo ninguna investigación. En el caso de Gustavo Zárate Vargas (págs. 79, 103), no se comenta en la respuesta del Gobierno de denuncia presentada por el preso, a pesar de que fuera hecha directamente ante el juez que entendía en su juicio.

Amnistía Internacional considera que, en conformidad con los compromisos contraídos en virtud del artículo 12 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de las Naciones Unidas, el Gobierno de México debiera revisar los procedimientos existentes respecto al examen e investigación de las denuncias de tortura o maltrato, de tal manera que se pueda garantizar la investigación exhaustiva de tales denuncias y el enjuiciamiento de los responsables. A este respecto, Amnistía Internacional reconoce que sí se adoptaron medidas para investigar las acusaciones de torturas en el caso de Paulino Martínez Delia, y que tales actos se tradujeron en el procesamiento de los funcionarios de la policía supuestamente responsables(páginas 64, 93.)

La prevención de la tortura: hechos recientes

Durante 1985 Amnistía Internacional continuó recibiendo denuncias de tortura, siendo la más graves y frecuentes las dirigidas contra la Policía Judicial del Distrito Federal en la ciudad de México. Según se informó, en septiembre fueron descubiertos varios cadáveres, que acusaban señales de tortura, entre las ruinas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, después del terremoto del 19 de septiembre de 1985, que causara cuantiosos daños y gran cantidad de muertos en la capital. El descubrimiento causó sensación pública y suscitó en los medios de comunicación en renovado interés por la cuestión de la tortura. En noviembre fue presentado al Senado un proyecto de ley para proscribir la tortura, siendo aprobado por dicho órgano al mes siguiente. A la fecha de la redacción del presente documento, el proyecto debía ser debatido por la Cámara de Diputados (Cámara baja del parlamento mexicano). Amnistía Internacional conoció con satisfacción, que el 23 de enero de 1986 México fue el segundo país del mundo en ratificar la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de las Naciones Unidas. Tal Convención entrará en vigor cuando 20 países la hayan ratificado o accedido a ella.

En julio de 1985 Amnistía Internacional escribió al entonces subprocurador general de la república, Fernando Baeza Meléndez, uno de los funcionarios de la administración de justicia con quien sus delegados discutieran el problema de la tortura durante su estadía en el país en enero de 1985. El motivo de la carta lo constituían las graves denuncias de torturas perpetradas por funcionarios de la Policía Judicial del Distrito Federal, de las que se ocuparan ampliamente la prensa mexicana. Cuauhtémoc Estañol Razo, Ignacio del Angel Castellanos y Eduardo Roque Rosario, quienes fueran detenidos el 15 de abril de 1985 bajo acusación de robo de automóviles, presentaron una queja formal por torturas en contra de tres altos funcionarios de la policía. Declararon que se les había sometido a palizas repetidas, aplicando descargas eléctricas en partes especialmente sensibles del cuerpo y que se les había quemado con cigarrillos, en un lugar no identificado en el se les retuvo por espacio de cinco días tras haber sido detenidos sin orden judicial. También se informó de que la policía y funcionarios de la Procuraduría General del Distrito Federal habían obstruído el ejercicio de sus garantías básicas, como el derecho a entrevistarse con un abogado y el recurso de amparo (similar al hábeas corpus) y que un certificado médico expedido por médicos adscritos a la Procuraduría ocultaba las pruebas de tortura que se describían en detalle en un informe de un médico nombrado por el juzgado. 3 Citando otros casos recientes del mismo tipo, Amnistía Internacional concluía su carta instando al Gobierno a que adoptase leyes especiales que prohibían la tortura, con garantías de que éstas se hagan cumplir estrictamente.

Como se refería más arriba, quedaron en evidencia nuevas pruebas de tortura cuando los equipos de rescate descubrieron varios cadáveres mientras excavaban las ruinas de la Procuraduría General del Distrito Federal, que se derrumbara a causa del terremoto que devastó la ciudad de México el 19 de septiembre. Una de las supuestas víctimas de las torturas era Johnny Hernández Valencia, de 19 años, quien formaba parte de un grupo de colombianos detenidos bajo la sospecha de que pertenecían a una banda criminal dedicada al robo de bancos y otros delitos. Su madre Miriam Giraldo Valencia, quien también fuera detenida. denunció ante el juez, durante su primera comparencia en la corte, que ambos habían sido torturados por la Policía Judicial del Distrito Federal mientras se les mantenía incomunicados en un gimnasio en la Procuraduría. Alegó que la tortura había consistido en la aplicación de corriente eléctrica y palizas, y que durante cinco días no se les dio nada de comer.

Otros cuerpos encontrados entre las ruinas con marcas de tortura, según los informes, eran el de Ismael Jiménez Pérez, estudiante de contabilidad

3. En una entrevista de prensa, uno de los oficiales de policía acusados, el teniente coronel David Romero López, negaba que se hubiera torturado a los presos, pero admitía abiertamente que en tales casos era habitual aplicar torturas para apurar la investigación policial. Se le atribuye esta frase textual: "cuando queremos torturar a alguien, le damos toques eléctricos en la lengua, en los testículos, o les quemamos las almorranas. Pero siempre nos preocupamos por que no existan huellas en el cuerpo del detenido".

de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el de Saúl Ocampo Abarca, abogado, cuyo cuerpo habría sido descubierto maniatado y amordazado en el portaequipajes de un vehículo en el estacionamiento del edificio.

Como respuesta a la preocupación expresada por el Gobierno de Colombia, el ministro de relaciones exteriores, Bernardo Sepúlveda Amor, prometió una investigación a fondo sobre las denuncias de tortura de los colombianos. Los partidos de oposición en la Cámara de Diputados solicitaron sin éxito que la procuradora general del Distrito Federal, Victoria Adato Ibarra, se presentara a contestar sus preguntas. En una declaración pública posterior, ésta admitió que los colombianos fueran detenidos sin orden judicial, pero la Procuraduría General del Distrito Federal continuaba negando que los detenidos hubieran sido torturados, y citaba nuevas pruebas forenses que contradecían las conclusiones de un informe médico anterior. Se cerró la investigación en noviembre de 1985, sin que el expediente fuera hecho público. Al parecer, ningún funcionario policial ha acusado en relación con el caso, pero seis jefes de la policía, entre ellos el oficial que se afirma fue quien ordenó la detención de los colombianos, fueron con posterioridad destituidos de sus cargos.

El 19 de noviembre la Comisión de Derechos Humanos del Senado presentó ante éste proyecto de ley sobre proscripción de la tortura. En una conferencia de prensa, miembros de esta Comisión afirmaron que en México se practica la tortura. En las semanas siguientes varios representantes gubernamentales, entre ellos el procurador general de la república, Sergio García Ramírez, admitieron públicamente que se producían casos de tortura. Que le conste a Amnistía Internacional 1era ésta la primera vez que un alto funcionario de Gobierno admitía el hecho. Hablando ante periodistas, el Procurador General declaró que tal práctica no está institucionalizada, en cuanto que los responsables no actúan en nombre del Gobierno Federal sino por su propia cuenta, y como tal deben sufrir las consecuencias. Hizo hincapié en que su Gobierno "ha repudiado, repudia, y siempre repudiará cualquier tipo de violación de los derechos humanos", y que se identifica plenamente con los propósitos y el espíritu de la legislación propuesta en contra de la tortura.

El proyecto de ley propuesto por la Comisión de Derechos Humanos del Senado, que se titula Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, fue aprobado por el Senado en diciembre de 1985. Sus siete artículos incluyen una definición legal de la tortura, y prescriben la imposición de una condena de hasta ocho años de prisión por este delito, además de una multa y la inhabilitación permanente para el servicio, y el derecho del detenido a un examen médico por un facultativo de su elección, con una disposición relativa a que ninguna declaración obtenida como resultado de la tortura podrá ser utilizada como prueba en las actuaciones procesales. El artículo 3 estípula de manera expresa que ninguna circunstancia especial o emergencia pública podrá ser invocada para justificar a práctica de la tortura. Para que este proyecto se convierta en ley es necesaria la aprobación de la Cámara de Diputados y la firma del presidente.

Amnistía Internacional se congratula por esta iniciativa que, a su juicio, constituye una valiosa reafirmación jurídica del carácter delictivo de la tortura. Aunque la Constitución proscribe la práctica de la tortura, de hecho por el momento no está regulada ni definida per se en los códigos penales vigentes.

Aunque Amnistía Internacional favorece decididamente que se legisle sobre la tortura, considera que el valor intrínseco de la norma legal dependerá de las medidas que se adopten para garantizar que se haga cumplir estrictamente. Con frecuencia las denuncias de tortura son difíciles de probar ya que ésta ocurre cuando los detenidos se hallan incomunicados bajo custodia policial. Además, existe constancia de que tales prácticas son, con frecuencia, tácitamente toleradas por funcionarios del Ministerio Publico, y la imparcialidad de la investigación de una denuncia de torturas puede resultar menoscabada por el hecho de que, con la ley propuesta, el Ministerio Público continuará siendo el responsable de tales indagaciones. Durante el debate sobre la tortura en el Senado, el senador Manuel Villafuerte Mijangos propuso una serie de enmiendas constitucionales con el declarado propósito de eliminar la posibilidad de la tortura. La enmienda propuesta a los artículos 16 y 19 de la Constitución establecería sanciones específicas en contra de la detención ilegal; las enmiendas a los artículos 16, 19, 20 y 102 estipularían que sólo el juez tendría potestad para tomar declaración a un detenido, la cual tendría que ser hecha en público y en presencia de un abogado defensor, y que las declaraciones hechas ante la policía durante el interrogatorio o ante el Ministro Público no serían admisibles como prueba en el juicio. Tanto la propuesta ley sobre la tortura como las enmiendas constitucionales sugeridas han recibido el apoyo de la Barra Mexicana de Abogados.

En octubre de 1983, Amnistía Internacional adoptó, como parte de su Campaña pro Abolición de la Tortura, un Programa de Doce Puntos para la Prevención de la Tortura, el cual se reproduce íntegramente en el Apéndice II. La organización ha solicitado a los gobiernos que implementen el programa como una muestra positiva de su compromiso para abolir la tortura y que se propongan como tarea su abolición en todo el mundo. Amnistía Internacional cree que las medidas que contempla su Programa de Doce Puntos vienen

muy a propósito en un momento en que el problema de la tortura y su erradicación son objeto de público debate en México. Amnistía Internacional acoge con satisfacción las iniciativas legislativas recientes del Gobierno mexicano y espera que su determinación para eliminar este abuso se haga evidente con la rápida adopción de las medidas recomendadas por Amnistía Internacional.

Los Derechos Humanos en el Sureste de México:

Conclusiones de una investigación de Amnistía Internacional en torno a violaciones de los derechos humanos en los estados de Oaxaca y Chiapas (texto completo del memorando enviado por Amnistía Internacional al Gobierno de México el 22 de noviembre de 1985)

Introducción

Según informes recibidos por Amnistía Internacional a lo largo de varios años, campesinos e indígenas han sido víctimas de homicidios políticos, torturas, detenciones no reconocidas y acusaciones fundamentadas en cargos falsos en zonas rurales de México. La mayoría de estos supuestos abusos ocurrieron en estados con una alta proporción de habitantes indígenas, en donde desde hace mucho tiempo existen disputas por la propiedad de la tierra.

En marzo de 1984, la organización envió una delegación a los estados sureños de Oaxaca y Chiapas para investigar estas denuncias. Los delegados de Amnistía Internacional visitaron la ciudad de México, las capitales de los estados de Oaxaca y Chiapas y diversos pueblos y comunidades rurales remotas. En Oaxaca, la delegación centró sus investigaciones en la comunidad indígena triqui, la cual vive en aislados pueblos rurales de San Juan Copala, en los distritos municipales de Juxtlahuaca y Putla, en la región occidental del estado. También visitó la ciudad de Juchitán de Zaragoza, en el Istmo de Tehuantepec. En Chiapas, los delegados visitaron la región de Simojobel, en la zona norte del estado, y las ciudades de Venustiano Carranza y Villa de las Rosas, en la región de Los Altos. En el curso de su misión se entrevistaron con universitarios especializados en asuntos rurales, abogados, miembros de la iglesia y representantes de sindicatos rurales, organizaciones campesinas y partidos políticos de oposición. Hablaron con lugareños, miembros de comunidades indígenas, y con campesinos presos y sus familiares. También mantuvieron reuniones con especialistas en asuntos agrarios, adscritos a organismos dependientes del Gobierno Federal y del Gobierno Federal y del gobierno estatal.

El 31 de octubre de 1984, Amnistía Internacional presentó un memorando de 45 páginas al Presidente Miguel de la Madrid Hurtado, en el cual se resumían los resultados de su investigación. En él expresaba su preocupación a propósito de informes, según los que miembros de organizaciones y grupos de campesinos de oposición implicados en disputas por la propiedad de la tierra habían perdido la vida en circunstancias que indicaban que habían sido ejecutados extrajudicialmente (es decir, se les dio muerte deliberada y arbitrariamente a causa de sus opiniones o actividades políticas, bajo órdenes o con el consentimiento de las autoridades de gobierno). Aunque, según se afirma, algunos de estos homicidios ocurrieron en incidentes en que intervino la policía, la mayoría de ellos, al parecer, fueron perpetrados por civiles que, presuntamente, contaban con la anuencia o el apoyo de las autoridades locales.

En el memorando, se hacía también referencia a casos denunciados de detención no reconocida y tortura en ambos estados. Se examinaban en detalle los casos de ocho presos, todo los cuales habían sido acusados o declarados culpables de delitos penales, pero que Amnistía Internacional consideraba presos de conciencia.

En una carta que se acompaña al memorando, dirigida al Presidente, Amnistía Internacional pedía que se les diera la oportunidad de volver a México para discutir las conclusiones del memorando con representantes de los gobiernos estatal y federal. En diciembre de 1984 se recibió respuesta de un alto funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la cual criticaba el contenido nacional, pero estaba de acuerdo en acceder a las entrevistas con los funcionarios de Gobierno para discutirlo en detalle.

El 25 de enero de 1985 viajó a México una delegación de Amnistía Internacional presidida por el Secretario General Adjunto, y de la que formaban parte el señor Antonio Carreto Pérez, juez español adscrito a la Audiencia Territorial de Madrid, y dos funcionarios del Secretario Internacional. El 28 de enero mantuvieron entrevistas en la ciudad de México con altos funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de la Secretaría Gobernación y de la Procuraduría General de la República. Al día siguiente, la delegación, acompañada por funcionarios del Gobierno Federal viajó a la ciudad de Oaxaca, donde se entrevistó con el gobernador del estado de Oaxaca, licenciado Pedro Vásquez Colmenares, y con el procurador general de justicia del estado, licenciado Justiniano Carballido. Obedeciendo a una invitación de éste, los delegados viajaron, el 30 de enero, al pueblo de Juxtlahuaca, en la zona triqui. Allí se

les dio la oportunidad de estudiar los expedientes en la oficinas del Agente del Ministerio Público. I El 31 de enero, la delegación arribó a Tuxtla Gutiérrez, capital del estado de Chiapas, donde se entrevistó con el gobernador de éste, general Absalón Castellanos Domínguez, y el procurador general del estado, licenciado Gustavo Cervantes Rosales.

Durante las entrevistas con los procuradores generales de Oaxaca y Chiapas se les dieron a conocer a los delegados de las diligencias legales relativas a casi todos los numerosos casos documentados en el memorando de octubre de 1984. Figuraban entre ellas los resultados de las investigaciones policiales de homicidios y las actuaciones procesales contra los presos rurales. Los funcionarios del gobierno del estado respondieron cumplidamente a las preguntas que formularon los delegados sobre actuaciones procesales, garantías y recursos legales, y procedimientos de investigación de las denuncias presentadas contra la policía.

El primero de febrero, el Secretario General Adjunto de Amnistía Internacional y el señor Carreto volvieron a la ciudad de México, en donde se entrevistaron de nuevo con funcionarios de las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Gobernación. A los delegados se les entregaron documentos en que se extractaba la información que les habían proporcionado los procuradores generales de los estados y una carta que se dirigía al Secretario General de Amnistía Internacional. Esta reiteraba las críticas al contenido y metodología del memorando entregado en octubre de 1984, y criticaba el modo en que se había realizado la visita de la delegación. Los otros dos delegados permanecieron en México una semana más para entrevistarse con fuentes no gubernamentales e investigar casos que preocupaban a la organización.

I. El Agente del Ministerio Público es un funcionario judicial local responsable ante la Procuraduría General del Estado. De acuerdo con el carácter federal de la Constitución Mexicana, aquélla tiene jurisdicción sobre los delitos previstos en el Código Penal del estado, mientras que el ejercicio de la acusación pública por delitos federales es potestad del Procurador General de la República. La función del Agente del Ministerio Público, como la define el artículo 102 de la Constitución, es investigar los delitos que atañen a su jurisdicción y formalizar la acusación correspondiente ante los tribunales, solicitar órdenes de detención, procurar y presentar pruebas en contra de los presuntos culpables, vigilar que los juicios se desarrollen en debida forma, y pedir la imposición de condenas.

El presente informe se basa en la información reunida por la delegación que viajó a aquel país en enero de 1985, y en la que sobre violaciones de derechos humanos en Oaxaca y Chiapas recibió Amnistía Internacional. El capítulo I resume las conclusiones de Amnistía Internacional en lo que se refiere a homicidios políticos, tortura, imparcialidad de los juicios y encarcelamiento por razones políticas en ambos estados. Recoge también diversas recomendaciones que Amnistía Internacional cree serían de ayuda para garantizar los derechos humanos en las zonas rurales de México de una manera más efectiva. Los capítulos 2 y 3 tratan de casos concretos registrados en ambos estados e incluyen información sobre diligencias legales entregada por los procuradores generales de Oaxaca y Chiapas. Estos casos no son sino ejemplos de las preocupaciones generales que se esbozan en el capítulo I.

Amnistía Internacional quisiera dejar constancia de la pronta respuesta que dieron las autoridades mexicanas a su memorando de octubre de 1984. Su delegación de enero de 1985 contó con la total cooperación y asistencia del Gobierno Federal de México y de los gobiernos de los estados de Oaxaca y Chiapas. Amnistía Internacional aprecia la reiteración expresada a sus delegados respecto al compromiso asumido por el Gobierno mexicano para velar por la protección de los derechos humanos. Teniendo en cuenta tal compromiso, Amnistía Internacional abriga la esperanza de que las preocupaciones expresadas en este informe recibirán la debida consideración, y de que se pondrán en práctica sus recomendaciones.

CAPITULO 1

Violaciones de los derechos humanos en zonas rurales de México

Según parece, en los estados del centro y sur de México, en los que existe una proporción relativamente alta de habitantes indígenas y un nivel de vida muy inferior al promedio nacional, cierto número de campesinos e indígenas han sido víctimas de asesinatos de motivación política. Los litigios por la propiedad de la tierra, muchos de los cuales persisten desde hace años, constituyen el antecedente de gran parte de estos homicidios denunciados. Las disputas políticas locales también han provocado actos de violencia dentro de las comunidades. Preocupa a Amnistía Internacional el que, al parecer, algunas de estas disputas han sido causa del homicidio deliberado de miembros de organizaciones campesinas en circunstancias que sugieren que las autoridades de gobierno local estuvieron comprometidas. Muchas de las víctimas eran miembros activos de grupos que perseguían objetivos a los que se

oponen firmemente los terratenientes locales y las autoridades municipales y del gobierno estatal. La mayoría de los homicidios documentados en este informe fueron obra de civiles armados, quienes según afirman representantes de las organizaciones a que pertenecían las víctimas actuaban en connivencia con los terratenientes locales y las autoridades municipales.

Amnistía Internacional no tiene pruebas de que las autoridades del gobierno regional y fuerzas de seguridad oficiales hayan participado en los homicidios. Sin embargo, le preocupan los informes que, de modo consistente, indican que las autoridades municipales han estado involucradas en algunos de aquellos, y deplora que los organismos encargados de hacer cumplir la ley no se hayan ocupado de realizar una pronta y efectiva investigación de los homicidios de miembros de organizaciones de oposición. Como consecuencia de ello, en la mayoría de estos casos los responsables nunca han sido llevados ante la justicia.

Amnistía Internacional además ha estado preocupada por denuncias de tortura y maltrato. La tortura está inequívocamente prohibida en la Constitución mexicana. A pesar de ello, Amnistía Internacional ha recibido informes sobre detenidos que han sido torturados y maltratados durante el interrogatorio policial antes de ser presentados ante un juez para que éste decidiese si procedía dictar auto de prisión. Los métodos denunciados incluyeron palizas y aplicación de corriente eléctrica, cuyo propósito era - según se dijo - lograr "confesiones". Amnistía Internacional recoge con satisfacción las reformas judiciales y penales introducidas durante 1984 para prevenir la práctica de la tortura. Sin embargo, le inquieta el hecho de que diversos alegatos de tortura verosímiles - en algunos casos formalizados como denuncia ante el juez encargado del caso - no se hayan investigado.

En algunos de los casos se infringieron las disposiciones constitucionales que limitan el tiempo de detención permisible antes de poner al preso a disposición del juez. Al parecer, algunas de las detenciones se practicaron sin orden de aprehensión y sin que los familiares fueran informados. Se dice que muchos de los detenidos fueron mantenidos bajo incomunicación por espacio de días durante el interrogatorio policial. Amnistía Internacional considera que estas prácticas facilitan las violaciones de los derechos humanos, como la tortura. El Gobierno mexicano ha negado repetidas veces la existencia de presos políticos en el país, afirmado que todos los presos están encarcelados por delitos comunes. Sin embargo, en años recientes Amnistía Internacional ha investigado cierto número de casos, respecto de los cuales llegó a la conclusión de que se habían formulado acusaciones criminales sin justificación, y que la razón verdadera por la que se condenó al preso la constituían sus actividades políticas. A consecuencia de esto, Amnistía Internacional ha adoptado cierto número de presos de conciencia de las zonas rurales de México y continúa solicitando su inmediata e incondicional puesta en libertad.

Homicidios Políticos

En muchas de las regiones en que se han denunciado homicidios políticos de campesinos e indígenas, existen graves conflictos por la propiedad de la tierra, no resueltos, entre las comunidades indígenas, los ejidos (tierras comunales establecidas a partir de medidas de la Reforma Agraria) y los terratenientes. Muchas de estas disputas persisten desde hace años y han provocado estallidos esporádicos de violencia. Con frecuencia, tales conflictos han surgido a consecuencia de las reclamaciones de campesinos sin tierras o prácticamente sin tierras y han llevado algunas veces a estos a ocupar las tierras en litigio que están en poder de intereses privados. También se han producido incidentes violentos por desavenencias sobre límites de tierras entre comunidades indígenas y pueblos vecinos, y por reclamaciones contenciosas de una misma tierra aún no resueltas.

En algunos distritos han tenido lugar conflictos por cuestiones de política local entre facciones rivales dentro del mismo pueblo o comunidad, a raíz de las elecciones de autoridad municipales o ejidales, que han originado actos de violencia.

Amnistía Internacional no toma partido en los litigios sobre la propiedad de la tierra ni en las controversias políticas que han provocado tales desavenencias a nivel local. Pero le preocupa el que en algunos casos tales conflictos han terminado, según parece, en homicidios deliberados de miembros de organizaciones campesinas, en circunstancias que sugieren que las autoridades municipales o miembros de las fuerzas de seguridad estuvieron involucrados. Aunque tales homicidios no han ocurrido en gran escala, han existido incidentes aislados en los que murieron numerosos campesinos. Pero, al parecer, estas muertes han sido consecuencia de choques entre campesinos las fuerzas de seguridad durante desalojos de tierras o encuentros similares. Tales incidentes han sido relativamente poco frecuentes en los últimos años, y no se pretende decir que tales homicidios hayan sido aprobados oficialmente, ni tampoco que exista un cuadro persistente de ejecuciones extrajudiciales de opositores al gobierno. No obstante, los casos documentados en este informe sugieren que, en ciertas zonas, y a lo largo de un período de varios años, se han perpetrado homicidios de campesinos pertenecientes a grupos políticos de oposición, y que en algunos de estos incidentes las autoridades municipales han estado implicadas directa o indirectamente.

En los estados del centro y del sur de México se ha producido en los últimos años un crecimiento importante de la influencia de las organizaciones Campesinas opositoras a la organización campesina oficial, la Confederación Nacional Campesina (CNC). La CNC es el ala campesina del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que gobierna en México a nivel federal y estatal desde 1929, y que rara vez ha perdido las elecciones municipales. La Confederación Nacional Campesina, además, ha proporcionado la gran mayoría de candidatos victoriosos para los cargos electivos locales, como los comisariados ejidales y los comisariados de bienes comunales, que administran los asuntos de los ejidos y de las comunidades indígenas rurales. Sin embargo, en años recientes, diversas organizaciones campesinas de oposición, afiliadas o no a partidos políticos de oposición han participado en las elecciones locales en contra de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional y de la Confederación Nacional Campesina. También han representado a pueblos y comunidades en negociaciones sobre tierras con funcionarios del Gobierno Federal y estatal a menudo compitiendo con el Partido Revolucionario y la Confederación Nacional Campesina, y han participado en otros actos políticos, tales como manifestaciones, marchas y peticiones públicas. La mayoría de las víctimas de los homicidios investigados por Amnistía Internacional eran miembros o simpatizantes de tales organizaciones campesinas, cuyos intentos de formar asociaciones campesinas independientes de las organizaciones oficiales suscitaron oposición a nivel local.

Muchas de las víctimas en los estados de Oaxaca y Chiapas eran dirigentes o miembros locales de organizaciones campesinas e indígenas agrupadas a nivel nacional en la Coordinación Nacional Plan de Ayala (CNPA). Esta se formó en octubre de 1979 como alternativa a la organización campesina oficial y a las organizaciones campesinas más pequeñas afiliadas a ésta.

Entre las organizaciones pertenecientes ala Coordinadora Nacional Plan de Ayala que han perdido miembros a causa de estos asesinatos, se encuentran: el Movimiento de Unificación y Lucha Triqui (MULT), que tiene su base en la región triqui de Oaxaca occidental; la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo (COCEI), que recibe apoyo de los habitantes predominantemente zapotecas de la región del Istmo de Tehuantepec, en Oaxaca; y la Organización Campesina Emiliano Zapata (OCEZ), activa en varias regiones de Chiapas. Estas organizaciones han trabajado a nivel local y nacional por la implementación de los decretos presidenciales que, según ellas, otorgan títulos de propiedad sobre tierras comunales de las que se han adueñado grupos comerciales y privados mediante transacciones presuntamente ilegales. También han hecho campaña por la expropiación y redistribución de tierras que se supone fueron adquiridas ilegalmente por particulares, y por la democratización de los asuntos comunitarios. Otra organización que ha perdido militantes a consecuencia de dichos asesinatos, especialmente en Chiapas, es la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC). Esta se formó en 1975 y está afiliada al mayor partido de oposición de la izquierda, el Partido Socialista Unificado de México (PSUM). La Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos intenta organizar a los obreros agrícolas sin tierras, y en Chiapas trabaja para obtener tierras y mejores salarios y condiciones de trabajo para los peones acasillados.

Amnistía Internacional ha recibido durante años informes sobre asesinatos de dirigentes y miembros de estas organizaciones. Representantes del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui (MULT) poseen una lista de 37 indios triqui, miembros de su organización, asesinados entre 1976 y 1981. Se afirma que en Juchitán de Zaragoza, en el Istmo de Tehuantepec, al sureste de Oaxaca, 22 miembros o simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo han sido asesinados en distintos incidentes ocurridos entre 1974 y 1984. En Los Altos de Chiapas, más de 20 líderes campesinos tzotziles han sido asesinados desde mediados de la década de los años 60 en los municipios de Venustiano Carranza Y Villa de las Rosas, según informaron dirigentes de Organización Campesina de Emiliano Zapata y de Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos, organizaciones que cuentan con una considerable cantidad de seguidores en aquella región.

Unos de los objetivos de la delegación que envió Amnistía Internacional en marzo de 1984 era investigar las denuncias de homicidios en estas regiones de Oaxaca y Chiapas, reunir información sobre las circunstancias en que ocurrieron y determinar el grado de responsabilidad oficial, si la hubiera. En cada región se observó una constante de la que se desprendía que muchas de las víctimas habían sido asesinadas por prestar su apoyo a grupos que tenían objetivos a los que se oponen la Confederación Nacional de Campesinos, los terratenientes y grupos comerciales locales, o las autoridades municipales o del estado. Se sabía que algunos de los asesinados habían sido detenidos con anterioridad o se les buscaba por presuntos delitos relacionados con sus actividades política. Es evidente que desde hacía años - en algunos casos décadas - existían conflictos entre los grupos de oposición y los gobiernos municipales o estatales. Estos conflictos no sólo habían dado lugar a la detención y encarcelamiento de miembros de grupos opositores, sino también a repetidas intervenciones del ejército. En algunos casos, especialmente en el estado de Oaxaca,

las tropas habían sido en años anteriores, según se denunció, responsables de homicidios de miembros de grupos de oposición y de desapariciones.

La mayoría de los casos que preocupan a Amnistía Internacional, los cuales son documentados en detalle en los capítulos 2 y 3 de este informe, ocurrieron entre 1975 y 1985. La organización ha recibido denuncias de muchos otros homicidios durante este período, pero no tiene información, al parecer fueron civiles y no miembros de las fuerzas de seguridad los responsables directos de estos homicidios. Por ejemplo, en la región triqui de San Juan Copala Oaxaca, civiles armados - muchos de los cuales aparecen identificados por sus hombres, como participantes en repetidos homicidios, en documentos que obran en poder de Amnistía Internacional - parecen haber sido los responsables de casi todos los homicidios denunciados en 1983 y 1984. Estos civiles armados, a quienes se conoce como "pistoleros" I, se cree que generalmente son contratados por terratenientes locales o "caciques" 2. Se dice que los pistoleros son frecuentemente estimulados y protegidos por las autoridades municipales, y que algunos de ellos ocupan cargos en la administración de los municipios o pertenecen al personal auxiliar de la policía municipal. Otros, al parecer, no desempeñan ningún cargo oficial, pero les atribuyen antecedentes de violencia o delictivos, o se cree que son individuos en conflicto con su propia comunidad. En algunos casos se dice que estos pistoleros actuaron de consuno con miembros de las fuerzas policiales estatales o municipales de prevención. Algunos de ellos portaban armas del tipo utilizado por la policía y el ejército, y, según se afirma, vestían uniformes policiales o militares. Informes similares de homicidios políticos perpetrados por civiles armados se recibieron de los Altos de Chiapas y de Juchitán, donde, según se dice, miembros locales del Partido Revolucionario Institucional llevaron a cabo ataques armados, sin provocación alguna, contra miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo.

1 En México, el término "pistolero" se utiliza comúnmente para referirse a las personas que habitual e ilegalmente portan armas para agredir o intimidar, y que actúan bajo las órdenes o bajo la influencia de intereses privados.

2 A menudo terratenientes, comerciantes locales o dirigentes campesinos que han llegado a serlo por sus propios esfuerzos. Muchos comentaristas apuntan que los "caciques" monopolizan, prácticamente, el poder económico y político a nivel local, sobre todo en regiones remotas e inaccesibles. Aunque no ocupen necesariamente cargos oficiales, muchos de ellos tienen puestos electivos en el gobierno municipal o bien, según se dice, controlan la elección de las autoridades municipales y del pueblo. Los expertos, sin embargo, discrepan en cuanto al alcance de ese fenómeno, que sigue siendo materia de controversia.

En todas las zonas visitadas por la delegación de Amnistía Internacional en marzo de 1984, los dirigentes de organizaciones campesinas afirmaron que las denuncias de asesinatos rara vez, o nunca, llevaron a la detención o enjuiciamiento de los responsables, y expresaron escepticismo sobre la posibilidad de que se hiciera justicia. Muchos insistieron en su creencia de que los pistoleros habían actuado con impunidad legal y con el apoyo directo o el consentimiento de las autoridades municipales, y que las autoridades estatales no habían intervenido con eficacia en su contra. Esto contribuyó a difundir entre los grupos campesinos de oposición la creencia de que existía una connivencia entre los funcionarios del gobierno municipal, funcionarios locales del Ministerio Público y autoridades estatales, para encubrir estos abusos. Los dirigentes campesinos sostuvieron que, con frecuencia, los homicidios eran descritos, falsamente, como exclusivo resultado de disputas y divisiones internas en las comunidades.

La delegación de Amnistía Internacional que visitó México en enero de 1985 planteó estas preocupaciones a representantes del Gobierno Federal y de los estados. Estos hicieron observaciones acerca del contexto en que se produjeron hechos violentos en varios de los distritos rurales en cuestión. Los procuradores generales de los estados les entregaron, además, información sobre determinados homicidios. Esta incluida los detalles de los resultados de las investigaciones oficiales sobre los homicidios documentados en el memorando de octubre de 1984 de Amnistía Internacional. En la mayoría de los casos, la información comprendía las fechas en que se había iniciado la investigación de el Ministerio Público, y especificaba si los tribunales habían dictado órdenes de aprehensión de los sospechosos, cuando se habían efectuado tales detenciones y cuando los tribunales habían acusado y condenado a los sospechosos.

En su cuarta al Secretario General de Amnistía Internacional, entregada al término de la visita de la delegación en enero de 1985, el subsecretario de relaciones exteriores, licenciado Alfonso de Rosenzweig - Díaz, rechazaba toda sugerencia de que existiera complicidad oficial en delitos de violencia o cualquier encubrimiento, y negaba que existieran pruebas que sirviesen de base a tal aseveración, haciendo hincapié en que "se ha procedido conforme a la ley en igualdad de circunstancias a investigar los hechos, a perseguir,

detener y procesar a los culpables". algunos funcionarios del gobierno estatal dijeron, entrevistas con los delegados de Amnistía Internacional, que los homicidios descritos por ésta como asesinatos políticos eran delitos comunes cometido en su mayor parte por campesinos o indígenas. Dichos funcionarios sostuvieron que, en muchos casos, tales hechos ocurren a causa de divisiones y disputas internas en los ejidos o en las comunidades. Otras veces por agravios con grupos vecinos, en ocasiones causados por conflictos no resueltos sobre linderos, y por reclamaciones contenciosas de tierras que son objeto de litigio. En ambos estados, los funcionarios se refirieron a los repetidos intentos por encontrar una solución a estos problemas, que con frecuencia, son jurídicamente complejos y de muy difícil solución. Se les aseguró a los delegados de Amnistía Internacional que las autoridades judiciales investigaron todos estos crímenes imparcial - mente y que cuando fue posible se llevó a los responsables ante la justicia.

La mayoría de los homicidios denunciados a Amnistía Internacional fueron obra de civiles armados. En un caso ocurrido en Chiapas en el que estaba implicada la policía, y en el que dos campesinos habían muerto en los ejidos de Yotolchén y La Pimienta, la investigación judicial probó según se dijo, que las muertes habían sido resultado de un violento enfrentamiento en el que la policía había hecho uso de sus armas en legítima defensa ante la agresión de los campesinos. Amnistía Internacional recibió con posterioridad informes de otros dos incidentes ocurridos en Chiapas, en la que unos campesinos o colonos fueron muertos por la policía durante un desalojo. Los hechos tuvieron lugar en el municipio de Pijijiapán entre el 14 y el 16 de junio de 1984, y en la colonia La Granja, en Tuxtla Gutiérrez, el 16 de enero de 1985. No parece que en ninguno de estos casos las muertes hayan tenido el carácter de homicidios políticos deliberados.

Amnistía Internacional ha analizado la información detallada que le fuera proporcionada por los procuradores generales acerca de los homicidios documentados en su memorando de octubre de 1984, y también la que recibió sobre homicidios ocurridos posteriormente. No ha encontrado pruebas que indiquen que las fuerzas de seguridad oficiales o las autoridades de los gobiernos estatales hayan perpetrado ejecuciones extrajudiciales. No obstante las pruebas disponibles sugieren que cuando civiles armados han asesinado a miembros de organizaciones campesinas de oposición , los responsables rara vez han sido llevados ante la justicia. Numerosas denuncias públicas y formales por dirigentes de organizaciones campesinas y de comunidades han acusado a funcionarios municipales de complicidad en tales homicidios. Sin embargo , no ha sido posible lograr pruebas fehacientes de la participación de funcionarios locales. 1. A Amnistía Internacional sigue preocupándole la sorprendente falta de eficacia de las investigaciones llevadas a cabo por los órganos locales del Ministerio Público respecto a estos homicidios. Amnistía Internacional Sólo ha podido analizar un reducido número de casos que, por sí mismos, no constituyen prueba de parcialidad en la administración de la justicia o de abuso de autoridad por parte de los órganos locales encargados de hacer cumplir la ley. Sin embargo, la falta de resultados de las investigaciones de estos casos sugiere inequívocamente, que los individuos responsables de los homicidios pueden haber gozado de una efectiva inmunidad legal. El hecho de que no se hayan impuesto penas legales tras las investigaciones de homicidios de campesinos a los que se consideraba vinculados a grupos de oposición es, además, coherente con la posible convivencia a nivel local entre los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y ciertos individuos influyentes, como se expresa en el memorando de octubre de 1984.

Muchos de los homicidios denunciados a Amnistía Internacional parecen, de hecho, haber tenido origen en las divisiones y disputas internas de las comunidades campesinas, ya que sus perpetradores y las víctimas pertenecían a facciones opuestas dentro de un mismo pueblo o comunidad. Sin embargo, se ha denunciado frecuentemente estas divisiones internas en las comunidades , son fomentadas y explotadas por los terratenientes, en asociación estrecha con las autoridades municipales. Amnistía Internacional no encontró pruebas directas de complicidad oficial en los homicidios, pero sí observó que existían claras diferencias en el resultado de las investigaciones policiales y que tales diferencias obedecían a la filiación política de las víctimas. Esto proporciona fuertes indicios de que existió parcialidad en la instrucción penal y posteriores actuaciones en relación con tales casos. En los casos estudiados por Amnistía Internacional, los homicidios de campesinos que eran simpatizantes de organizaciones oficiales como el partido Revolucionario Institucional y la Confederación Nacional Campesina, a menudo seguidos de la detención , acusación y condena de partidarios de grupos de oposición , tras una rápida y a veces perentoria investigación. Por el contrario, las investigaciones campesinas de oposición por lo general no produjeron ningún resultado o fueron aplazadas durante años y posteriormente

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1. Sólo en un caso tuvo conocimiento Amnistía Internacional que fue funcionario local fuera encarcelado y acusado formalmente de homicidio después de una investigación policial (en el caso de Chalchihuitán, que se describe en el capítulo 3 de este informe.)

archivadas por falta de nuevos elementos. Con frecuencia se imputaron tales homicidios a civiles vinculados a las organizaciones locales del Partido Revolucionario Institucional y de la Confederación Nacional Campesina, pero rara vez se les instruyó acusación o proceso.

La información proporcionada por el Procurador General del Estado de Oaxaca acerca de las investigaciones de los homicidios en la zona de San Juan Copala, confirmaba que se había formalizado denuncias ante el Ministerio Público respecto a 15 de los 20 homicidios mencionados en el memorando de octubre de 1984, y que en todos los casos se abrieron investigaciones oficiales. Otros dos casos que no costaban en la lista de homicidios compilada por Amnistía Internacional, fueron documentados en el informe del Procurador General, haciendo un total de 17 casos. Según la información que obra en poder de Amnistía Internacional, las víctimas de por lo menos 11 de estos casos eran simpatizantes del Mult, pero sólo dos de las investigaciones condujeron a detenciones. Se dictó orden de aprehensión en otro caso, pero no se le dio cumplimiento. En los ocho casos restantes, las indagaciones no llevaron ni a detención ni a acusación alguna. (Algunos de estos casos son descritos en el capítulo 2; los demás aparecen resumidos en el apéndice 1.)

Uno de los casos en que se efectuaron detenciones fue el asesinato del dirigente triqui Luis Flores García en agosto de 1976. Los tres acusados fueron condenados a 30 años de cárcel por asesinato, pero esta sentencia fue recabada más tarde por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, y fueron puestos en libertad.

Por consiguiente, la información oficial entregada indica que, actualmente, sólo una persona se encuentra detenida en relación con estos crímenes. Al parecer, nadie ha sido detenido y acusado en relación con los siete homicidios de miembros del Mult cometidos, según se informa, desde comienzos de 1983.

En tres de los casos restantes en los que, según se dijo, las víctimas eran miembros o simpatizantes del Partido revolucionario Institucional, las investigaciones fueron seguidas de aprehensiones y numerosas órdenes de detención. Los presos que fueron detenidos y procesados en relación con estos homicidios son todos miembros de Mult. La información oficial muestra, así mismo , que otros 40 campesinos que, según cree Amnistía Internacional, también son partidiarios del Mult, están reclamados bajo acusación de asesinato.

Amnistía Internacional observó también que las investigaciones parecen haber sido mucho más expeditas y eficaces cuando se trata de víctimas relacionadas con el Partido Revolucionario Institucional o con las autoridades locales. A menudo son seguidas de una detención y auto formal de prisión sólo meses después de la muerte de la víctima. Por el contrario, muchos de los homicidio de miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui permanecen sin resolver durante años desde que son denunciados. Por ejemplo, la investigación del asesinato - perpetrado el 9 de septiembre de 1983 - de un miembro, del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui , Camilo Martínez Cruz, no concluyó hasta el 25 de enero de 1985. 16 meses después de su muerte. Ni siquiera entonces, según parece, se dictó ninguna orden de detención, aunque la madre de la víctima y dos testigos independientes nombraran a la mismas siete personas como las responsables de su secuestro antes de su muerte. Los detalles de este caso se consignan en el capítulo 2.)

Fueron denunciados a Amnistía Internacional ocho homicidios perpetrados en Venustiano Carranza y Villas de las Rosas, en Chiapas. Según se afirma, todas las víctimas eran dirigentes de comunidades que trabajaban por el reconocimiento de reclamaciones de tierras comunales sujetas a litigio, o bien eran partidiarios de organizaciones campesinas de oposición. La información facilitada por el Procurador General del Estado respecto a estos ocho homicidios mostraba que en siete de los casos se había abierto una investigación. En cuatro de ellos, la investigación no era concluyente y no produjo ninguna orden de detención. En uno, la investigación parecía haber sido archivada después de sólo cuatro días. En dos de los casos, el juez dictó órdenes de detención , pero nunca fueron cumplidas . En el caso restante, único en el que los presuntos culpables fueron detenidos, las tres que fueran encarceladas para ser llevadas a juicio, fueron absueltas más tarde por el juez y quedaron en libertad. Se interpuso un recurso de apelación contra el veredicto del juez, y el tribunal Superior de Justicia del Estado revocó la sentencia de absolución y condenó a las tres personas a nueve años de cárcel. Sin embargo, a los condenados nunca se les volvió a detener, y 11 años después de la fecha del crimen, solicitaron y consiguieron - que se declarara extinguida la acción penal. Por lo tanto, como indica la información , en ninguno de los casos bajo la investigación resumidos en el Apéndice: 2 se impusieron penas legales tras las diligencias penales practicadas. Como se dice más arriba, Amnistía Internacional reconoce que este análisis está basado en un reducido número de casos y no aprueba por sí mismo la falta de imparcialidad en la administración de justicia ni la irregularidad de conducta de los órganos locales encargados de hacer cumplir la ley. pero, no obstante, refuerza el punto de vista - expresado con frecuencia a los delegados de Amnistía Internacional por miembros de organizaciones de

oposición - de que los responsables de estos homicidios han gozado de una afectiva inmunidad legal por convivencia a nivel local entre individuos poderosos y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, impidiendo de esta manera el debido curso de ley cuando los asesinados eran lo que ellos consideraban "elementos perturbadores" o" agitadores".

Aunque este análisis no aporta pruebas fehacientes de tal convivencia, Amnistía Internacional ha recibido otros informes que sugieren que ha existido anuencia oficial a las actividades ilegales de civiles armados con el contexto de los conflictos de la propiedad de la tierra. Existen varios ejemplos bien documentados de cooperación directa entre las fuerzas de seguridad y campesinos armados en operaciones de detención y en intentos de desalojo . En sus entrevistas con los funcionarios federales y del estado, a los delegados de Amnistía Internacional se les informó de que las licencias civiles de armas están estrictamente controladas. La misión de hacer cumplir la vigente ley Federal de Control de Armas y Explosivos está a cargo del ejército en todo México. Los representantes gubernamentales hicieron hincapié en que bajo ninguna circunstancia sería legal o admisible que la policía actuase asistida o acompañada de civiles armados, Sin embargo , en 1984 continuaron recibiéndose informes de tales incidentes, en especial de las regiones de Simojobel y Los Altos de Chiapas. Un caso en particular, del cual Amnistía Internacional recibió varios informes que incluían el testimonio de un testigo ocular, fue la violenta agresión armada de que fue objeto Maclovio Santis Solano, comisionado de bienes comunales de San Isidro la Cuchilla, en Villa de las Rosas, y miembro de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos, el 5 de julio de 1984, Un alto Funcionario del gobierno del estado había autorizado a civiles armados, según las informaciones, para que detuvieran a Maclovio Santis Solano. Estos disparos contra su casa, y se produjo un violento enfrentamiento en el que murieron algunos policías.

Después del incidente fueron detenidos 14 partidiarios de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos. Amnistía Internacional no tiene conocimiento de que ninguno de los civiles que se dijo iniciaron el ataque fuera detenido o acusado.

Durante la segunda mitad de 1984, Amnistía Internacional recibió informes de otros homicidios o intentos de homicidios de partidiarios de organizaciones campesinas de oposición en el estado de Chiapas. en la mayoría de estos casos, los presuntos responsables eran pistoleros asociados con la Confederación Nacional Campesina.

En la región de San Juan Copala, Amnistía Internacional registró otros seis homicidios de campesinos triquis durante 1984, que se les atribuyeron a civiles armados.

Los detalles de estos incidentes se recibieron demasiado tarde para poder incluirlos en el memorando de Amnistía Internacional de octubre de 1984, y por lo tanto la organización no tuvo acceso a los resultados de ninguna investigación oficial. Sin embargo, la información facilitada por fuentes no oficiales sugiere que en la mayoría de los casos no se ha efectuado ninguna detención . Una notable excepción fue la pronta actuación de las autoridades judiciales del estado de Chiapas respecto a los homicidios cometidos el 6 de octubre de 1984 en Venustiano Carranza. Las investigaciones condujeron a la detención de 13 campesinos afiliados a la Confederación Nacional campesina local. N o obstante, en agosto de 1985, se informó de que todos los acusados menos uno habían sido puestos en libertad. Este incidente se describe en el capítulo 3.

En la mayoría de los casos recientes, así como en los documentos en el memorando de Amnistía Internacional de octubre de 1984, civiles armados relacionados con la Confederación Nacional Campesina o el Partido Revolucionario Institucional fueron acusados de estos homicidios por representantes de las organizaciones a que pertenecían las víctimas. Amnistía Internacional no tiene razón para creer que estos homicidios fueran aprobados oficialmente por la Confederación Nacional Campesina o el Partido Revolucionario Institucional, ni tampoco que obedecieran a directrices gubernamentales . Sin embargo , a la organización le preocupa que tales denuncias no hayan conducido, por lo general, a alguna acción oficial afectiva para llevar a los responsables ante la justicia. Esto podría indicar cierto grado de tolerancia o consentimiento oficial a estos abusos.

Amnistía Internacional ha recibido informes de homicidios similares de otros estados de México, en donde las condiciones son semejantes a las de Oaxaca y Chiapas, con una elevada proporción de habitantes indígenas, reclamaciones de tierras no resueltas y presencia de organizaciones campesinas independientes de oposición . Durante 1984 recibió informes de homicidios y desapariciones de indígenas y miembros de organizaciones campesinas disidentes en los estados de Puebla, Veracruz, Hidalgo y San Luis Potosí. Desde hace años, la organización recibe e investiga denuncias de homicidios y desaparecidos de partidiarios de organizaciones campesinas afiliadas a la Coordinadora Nacional Plan de Ayala en la región de las Huastecas; desde octubre de 1983 ha documentado 12 de tales homicidas en el estado de Hidalgo, supuestamente cometidos por civiles armados que en algunos casos operaban de común acuerdo con miembros de las fuerzas de seguridad oficiales,

incluido el ejército . Amnistía Internacional también recibió informes del estado de Puebla acerca de los homicidios de por lo menos 12 campesinos del pueblo de Huizitlán de Serdán, en distintos incidentes, en abril y mayo de 1984, Según se dijo, las víctimas eran miembros de la Unión Campesina Independiente (UCI), afiliada a la Coordinadora Nacional Plan de Ayala. También se denunció en este contesto la participación de agentes de las fuerzas de seguridad oficiales (la policía judicial del estado) en algunos de los homicidios, la mayoría de los cuales , según se informó, fueron perpetrados por miembros armados de Antorcha Campesina, organización campesina afiliada a la Confederación Nacional Campesina. Cabe señalar que las autoridades gubernamentales no tuvieron oportunidad de comentar estos casos, los cuales estaban al margen del propósito que guiaba a las delegaciones de 1984 y 1985.

Amnistía Internacional considera que al Gobierno ha de atribuirse una parte de la responsabilidad en todos estos casos por no promover una investigación exhaustiva y sin demoras, y por el imparcial enjuiciamiento de los presuntos culpables. Además, aunque no le es posible aducir pruebas fehacientes de la convivencia de las autoridades municipales en la planificación y perpetración de estos homicidios, a Amnistía Internacional continúa preocupándole la existencia de indicios de una actitud permisiva por parte de las autoridades hacia las actividades ilegales de civiles armados la cual, al parecer, ha llevado en ocasiones a una abierta colaboración de estos miembros de las fuerzas de seguridad oficiales en acciones combinadas contra grupos de campesinos disidentes.

Amnistía Internacional considera que las autoridades judiciales del estado deben revisar las investigaciones efectuadas por los órganos del Ministerio Público sobre los casos no resueltos que se documentan en este informe. Aún más, debería promoverse la investigación exhaustiva de cualquier prueba de convivencia entre los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y grupos privados que fomentan tales abusos o bien obstruyen las investigaciones penales posteriores. Si se comprueba que ha habido tal convivencia, los responsables deben ser llevados ante la justicia, en conformidad con la ley. Amnistía Internacional considera que las autoridades del estado son las responsables de asegurar que todos los funcionarios, a cualquier nivel, obedezcan la ley y la Constitución , y que las autoridades del Gobierno Federal son las responsables, en última instancia, de garantizar que las normas de derechos humanos sean respetadas en todo el territorio de México.

Tortura y Maltrato

En su memorando de octubre de 1984 Amnistía Internacional expresaba su preocupación sobre los informes recibidos de tortura y maltrato de detenidos en Chiapas y Oaxaca. Se afirma que fueron torturados y maltratados mientras se encontraban bajo interrogatorio policial, inmediatamente después de la detención y antes de que se hubiese dictado auto de procesamiento. Además de los artículos de prensa y testimonios publicados, gran parte de la información se basó en entrevistas con los presos y sus familias realizadas por los delegados de Amnistía Internacional en marzo de 1984, cuando visitaron las cárceles en ambos estados. El memorando incluía cierto número de informes acerca de detenidos a los que se les habían vendado los ojos y aplicado variadas formas de maltrato y tortura que comprendían repetidas palizas, descargas de corriente eléctrica en partes especialmente sensibles de cuerpo, obligada posición de pie durante mucho tiempo e introducción de agua mineral por nariz. Según las informaciones, en todos los casos, se aplico tortura como medio de lograr una confesión criminal de los sospechosos bajo interrogatorio policial.

En varios casos se infringieron las garantías constitucionales que limitan el período de detención antes de que se le dicte un acto de formal prisión al preso. Al parecer, algunas de las detenciones se hicieron sin orden legal y sin que los familiares más cercanos del detenido fueran informados del hecho ni mucho menos de lugar de detención . Muchos de estos presos estuvieron incomunicados durante varios días mientras eran interrogados, lo cual significa, a todos los efectos, que estaban desaparecidos temporalmente Amnistía Internacional considera que estos casos , aunque poco numerosos no son excepcionales. Se habían documentado con anterioridad en otros estados de México, incluso el Distrito Federal, varios casos similares en los que al parecer los presos estuvieron incomunicados durante días e incluso meses sin que se hubiesen dado a conocer su detención. Tales prácticas conculcan las garantías constitucionales mexicanas y los instrumentos de derechos humanos , y Amnistía Internacional considera que facilitan en gran medida las violaciones graves de los derechos humanos, como la tortura, las desapariciones y las ejecuciones extrajudiciales. El artículo 19, párrafo 3, de la Constitución Mexicana de 1917 prohibe todo maltrato durante la detención o la reclusión . El artículo 22 proscribe" el tormento de cualquier especie." El artículo 16 exige que se dicte una orden judicial para practicar una detención, excepto cuando se trate de persona sorprendida en delito flagrante o bajo otras circunstancias bien definidas y excepcionales:

"Nadie puede ser molestado en su persona , familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. No podrá librarse ninguna orden

de aprensión y detención a no ser por la autoridad judicial, sin que proceda denuncia acusación o querella...de persona digna de fe o por otros datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado", El artículo 19 establece un plazo máximo para cualquier detención al prescribir que:

"Ninguna detención podrá exceder del término de 3 días , sin que se justifique con un acto de formal prisión, en el que se expresará, el delito que se impute al acusado; los elementos que constituyen aquél ; lugar tiempo y circunstancias de ejecución, y los datos que arroje la averiguación previa, los que deben ser bastantes para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidad del acusado."

Finalmente el artículo 20, párrafo 2, prohibe expresamente someter al detenido a incomunicación para lograr una confesión, al prescribir que "no podrá ser compelido a declarar en su contra, por lo cual queda rigurosamente prohibida toda incomunicación o cualquier otro medio que tienda a aquel objeto."

En su carta el Secretario General de Amnistía Internacional del 31 de enero de 1985, el subsecretario de relaciones exteriores, licenciado Alfonso de Rosenzweig - Díaz, decía que es falsa la "afirmación generalizada" de que la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes son comunes en México. Además, señalaba que cuando tales abusos llegan a conocimiento de las autoridades, los responsables son de inmediato castigados. El licenciado de Rosenzweig - Díaz también se refería a diversas formas recientes de los códigos de procedimiento penal, tendientes a reforzar las garantías ya existentes en contra de las eventuales de la policía.

Amnistía Internacional reconoce que se ha conseguido cierto progreso como resultado de algunas reformas jurídicas recientes, las que se resumen más adelante, sin embargo, siguen preocupándole los repetidos informes de tortura en varios estados, entre ellos Chiapas y Oaxaca, y en los casos específicos (que se documentan en este informe) en los cuales las autoridades no han investigado denuncias verosímiles de tortura.

Desde su instalación en diciembre de 1982, el Gobierno del Presidente Miguel de la Madrid Hurtado ha llevado una campaña nacional en contra de la corrupción y de los abusos en la administración pública de la policía y en el funcionamiento de la jurisdicción penal, bajo el lema de la "renovación moral." El alcance de los abusos por parte de la policía y la pérdida de confianza pública en la honradez y eficiencia de las fuerzas policiales, fue tema de extenso y general debate a principios de la década de los años 80.

La Dirección de Investigaciones para la Prevención de la Delincuencia (DIPD), cuerpo de policía federal no uniformado , dependiente de la Dirección General de la Policía y Tránsito, había sido acusada de abusos repetidos, entre ellos el secuestro y la tortura. Fue suprimida oficialmente en enero de 1983 y sus agentes trasladados a otros cuerpos policiales . Los representantes del Gobierno Federal señalaron a Amnistía Internacional que se estaban tomando medidas para reformar o suprimir otros organismos policiales irregulares (de los múltiples que existen) en un esfuerzo por modernizar los organismos encargados de hacer cumplir la ley y dar mayor transparencia pública al ejercicio de su misión. Amnistía Internacional ha expresado con anterioridad su preocupación por la presunta implicación de uno de tales organismos federales, la Dirección Federal de Seguridad (D.F.S.), en secuestros políticos y torturas. Aunque se les hizo saber a los delegados que la Dirección Federal de Seguridad, la cual se encuentra bajo el control de la Secretará de Gobernación es sólo un organismo de investigación y no tiene autoridad legal para llevar a cabo detenciones, Amnistía Internacional continuó recibiendo en 1985 denuncias sobre detenciones y torturas por parte de los agentes de la Dirección Federal de Seguridad.

Otra iniciativa tomada por el Presidente Miguel de la Madrid fue la "Consulta Nacional sobre Administración de Justicia y Seguridad Pública", en la cual participaron conocidos juristas, penalistas y ciudadanos particulares, y que dio como resultado la formulación de varias reformas importantes que posteriormente fueron incorporadas como enmiendas al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimiento Penal. Hasta donde Amnistía Internacional tiene conocimiento, aún no han sido incorporadas a los códigos penales y de Procedimiento penal de los estados. Entre esas reformas, las cuales fueron señaladas a los delegados de Amnistía Internacional por el Subprocurador de la República, existe una enmienda al artículo 2179 del Código Federal de Procedimiento Penal. Esta estípula que la confesión del detenido sea ahora examinada por el juez en forma crítica a la luz de otras pruebas, y que no se le considere como la reina de las pruebas." Amnistía Internacional había expresado su preocupación , en su memorando de octubre de 1984, en el sentido de que la aceptación incondicional por parte del juez de la primera confesión como prueba legal podría fomentar el uso habitual de métodos ilegítimos por la policía para así lograr condenas. La organización ha leído con interés en las glosas oficiales a esta enmienda que la Suprema Corte ha sentado varios procedentes que niegan la validez legal a confesiones logradas como resultado de detención incomunicada y presunto maltrato. Amnistía Internacional había señalado con preocupación , en su memorando de octubre

de 1984, la ausencia de este esencial garantía legal en la jurisprudencia mexicana.

Se había referido también a la reforma del artículo 9 del Código Penal Federal, la que establece el importante principio jurídico de que cualquier persona acusada de un delito sea considerada inocente hasta que se pruebe su culpabilidad. La glosa oficial a esta enmienda señala que, ahora la jurisprudencia mexicana es acorde, a este respecto, con el artículo 14, párrafo 2, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Finalmente, mediante una disposición adicional al artículo 128 del Código Federal de Procedimiento Penal se prescribe que, desde el momento de su detención, el preso debe ser informado de los cargos que se le imputan y de su derecho a escoger a un abogado defensor. El derecho de un detenido a tener asistencia letrada durante la investigación policial es una garantía importante en contra de los métodos ilegítimos de interrogatorio, y es un principio que Amnistía Internacional ha promovido sistemáticamente. En conjunto, estas reformas constituyen una estimable mejora de las garantías legales en contra de la tortura, y es de esperar que pronto sean puestas en vigencia en todos los estados de México.

Sin embargo, desde el punto de vista de Amnistía Internacional, la erradicación de la tortura no sólo depende de la existencia formal garantías legales, sino también de la voluntad que ponga el Gobierno para hacer que sean observadas en la práctica. A los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se les debe advertir cumplidamente que no se tolerarán torturas ni maltratos, y que en el supuesto de que se produzcan, los responsables serán castigados de acuerdo a la ley.

Muchos de los estados mexicanos, entre ellos Oaxaca y Chiapas, mantienen convenios con la Procuraduría General de la República, respecto a programas conjuntos para la formación de políticas judiciales y agentes del Ministerio Público encargados de las investigaciones criminales. Amnistía Internacional considera que tales programas de formación podrían resultar eficaces si en ellos se le diera un alto grado de prioridad al tema de la observancia de las normas legales, relativas al trato de los detenidos y se hiciera referencia a los acuerdos firmados por el México al respecto.

Se les informó a los delegados que el Procurador General realiza en el Distrito Federal en algunos otros estados inspecciones periódicas, sin previo anuncio, en las celdas o separos de la policía judicial, para escuchar las quejas de los detenidos. También la visitaduría de la Procuraduría efectúa controles regulares de las agencias del Ministerio Público para detectar posibles abusos. Aunque reconoce el valor de tales comprobaciones in situ, como medio de controlar el trato que da la policía el detenido, Amnistía Internacional considera que por sí solas no constituyen garantías suficientes contra la tortura. También son necesarias investigaciones independientes e imparciales de las quejas de tortura verosímiles. Al analizar la información proporcionada por los procuradores generales de ambos estados, les sorprendió a los delegados de Amnistía Internacional el hecho de que no se hubiera investigado ninguna de las denuncias de tortura o maltrato, documentadas en su memorando de octubre de 1984. Tales denuncias se fundamentaban en numerosas quejas hechas por los presos y sus familiares, en declaraciones a la prensa nacional; en peticiones a las autoridades de Gobierno; y, en dos casos, en declaraciones firmadas ante el juez encargado del trámite.

Gustavo Zárate Vargas, cuyo caso está resumido en el capítulo 3 de este informe, apeló en contra del auto formal de prisión. En su apelación hacía una detallada declaración al juez, al que afirmaba que se le había torturado mientras se encontraba detenido bajo incomunicación por la policía judicial del estado, en la sede de la Procuraduría General de Tuxtla Gutiérrez . La apelación fue rechazada y posteriormente al preso se le declaró culpable de varios delitos y fue condenado por el tribunal. Cuando un delegado de Amnistía Internacional entrevistó a Gustavo Zárate Vargas en la cárcel, esté insistió con más detalles en sus alegatos de tortura. Los delegados de Amnistía Internacional examinaron el texto íntegro reproducido de las actuaciones procesales que les entregara el Procurador General del estado de Chiapas, y le señalaron a éste que las declaraciones atribuidas al acusado Gustavo Zárate Vargas, que el preso afirmaba fueran extraídas bajo tortura, les parecían en verdad inverosímiles como declaraciones voluntarias Sin embargo, Amnistía Internacional supo por el Procurador General del estado que no se había realizado ninguna investigación sobre estos alegatos de tortura. Comentando este caso, el Procurador General aseguró que se habría realizado una investigación si el acusado hubiera formalizado demanda ante el agente del Ministerio Público, pero en este caso tal no había ocurrido. A pesar de que, según consta en los autos del tribunal, se había presentado una demanda ante el juez, es evidente que a ésta no se le atribuyó entidad legal suficiente como para abrir una investigación oficial. El Procurador General del Estado señalo que, recientemente no habiéndose formalizado ninguna demanda ante el Ministerio Público, no se había abierto ninguna investigación ni proceso en contra de agentes de la policía acusados de tortura o maltratos. De hecho , el Procurador General afirmó categóricamente que no hubo tal tortura.

El Gobierno de México ha cooperado en la labor emprendida a nivel internacional para reprimir la

práctica de la tortura. En junio de 1980, declaró unilateralmente su intención de acatar la Declaración de las naciones Unidas, sobre la Protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y en julio del mismo año respondió al cuestionario de las Naciones Unidas sobre la tortura, proporcionando información sobre las garantías y medidas legales adoptadas para prevenir el uso de la tortura, incorporadas en la Constitución, en los Códigos de procedimiento penal y en la legislación por la que se rigen los establecimientos carcelarios. Sin embargo, no facilitó ninguna información sobre sí, desde la adopción de la Declaración, se había realizado alguna investigación o incoado algún procedimiento en relación con denuncias de torturas.

El artículo 9 de la declaración de las Naciones Unidas contra la tortura, enuncia expresamente la responsabilidad que tienen los gobiernos de investigar las denuncias de torturas:

"Siempre que haya motivos razonables para creer que se ha cometido una acto de tortura, tal como se define en el artículo 1, las autoridades competentes del Estado interesado procederán de oficio y con presteza a una investigación imparcial."

El 18 de marzo de 1985, el Gobierno de México firmó la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que la Asamblea General adoptada el 10 de diciembre de 1984. De conformidad contra la Convención de Viena sobre la Ley de Tratados (1969), el hecho de firmar impone al Estado la obligación de abstenerse de actos contrarios al objeto e intención de un tratado, incluso antes de que éste entre en vigencia. Además, el artículo 12 de la Convención de las Naciones Unidas se refiere a la obligación que tienen las autoridades de abrir una investigación, rápidamente cuando haya fundamentado racional para creer que se ha cometido un acto de tortura.

Tanto la declaración de las Naciones Unidas, como la convección contra la tortura, establecen claramente que los gobiernos tienen el deber de intervenir en forma activa para asegurar que las denuncias de tortura sean pronta y cumplidamente investigadas. Los argumentos en que se funda este precepto en el informe de Amnistía Internacional Tortura (1984.) en el que se documentan pruebas de torturas en todo el mundo y analizan las medidas a adoptar para su erradicación:

"Si las denuncias de los detenidos son, en su mayor parte, propagandísticas, la dotación de recursos para verificar los hechos y sacarlos a la luz pública no serviría sino para realizar el buen nombre de las fuerzas de seguridad. Es evidente que entre un detenido y sus aprehensores existe un desequilibrio de fuerzas potencialmente grave; y es también evidente que el estado posee infinitamente, más recursos de investigación que un simple detenido. De ahí se extrae la consecuencia de que la determinación de un Gobierno en investigar formalmente las denuncias que se formulen contra las fuerzas de seguridad, y en informar públicamente al respecto, significaría un gran paso aunque se diese después de cometido el abuso denunciado - para corregir ese desequilibrio de fuerzas y de recursos."

"En segundo lugar, aún existiendo algún tipo de mecanismo oficial para la tramitación de las denuncias, cabe la posibilidad de que los detenidos y exdetenidos sean renuentes a utilizarlo. Puede suceder que las víctimas de la tortura teman las represalias de las fuerzas de seguridad, y el hecho es que, a veces, los malos tratos en prisión no se denuncian porque el agraviado no cree que ello sirva de nada: considera, tal vez, que la palabra de un funcionario de seguridad tendrá más peso ante el tribunal que su propio testimonio...."

"En consecuencia, el procedimiento de tramitación de las querellas debe estipular que se investigue todo tipo de denuncias, siempre que exista algún indicio racional que se han infligido torturas, aun en el caso de que no se haya formalizado una demanda."

En vista de las mejoras legislativas introducidas por el actual Gobierno de México, Amnistía Internacional espera que las autoridades aseguren que toda denuncia verosímil de tortura sea pronta, eficaz e imparcialmente investigada, aún cuando no se haya formalizado una demanda. Amnistía Internacional considera conveniente que los resultados de tales investigaciones y los métodos utilizados en ellas sean objeto de amplia y pública difusión.

Más aún debieran adoptarse medidas para garantizar que el preso sea informado de inmediato, después de su detención, de su derecho a presentar denuncia en caso de malos tratos, y que ésta pueda hacerse sin temor a la represalias en su contra o de su familia. A este respecto, la disposición adicional al artículo 128 del Código Federal de Procedimiento Penal, la cual ampara el derecho del detenido al entrevistarse con un abogado defensor durante la investigación policial, es un avance importante. En opinión de Amnistía Internacional , su puesta en práctica como procedimiento ordinario en todos los estados de México para delitos tanto comunes como de índole federal, proveerá una importante garantía adicional en contra de los maltratos y a la tortura.

Encarcelamiento político y los juicios

La Constitución Mexicana de 1917 provee un marco de garantías legales para proteger los derechos

políticos y civiles. El artículo 6 establece que "la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos del tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público." El artículo 7 preceptúa que "es inolvidable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura." Los artículos 8 y 9 protegen, respectivamente, el derecho de petición y el de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito,. En la Ley sobre Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (1977) se definen de nuevo los derechos políticos, ampliándose la participación de los partidos de oposición en los procesos electorales y políticos. esta ley regula la formación de partidos políticos y les exige registrarse.

Los artículos de la Constitución que garantizan los derechos individuales están en vigencia sin interrupción desde la Segunda Guerra Mundial, en que fueron suspendidos temporalmente entre 1942 y 1945.

En el artículo 144 del Código Penal Federal, los, delitos de carácter político se limitan a los de rebelión, sedición, motín y conspiración para cometerlos, todos los cuales son tipificados como delitos contra la seguridad de la nación, y también todos ellos implican el uso de la violencia. No existen disposiciones en los códigos penales ni en otros textos legislativos que limiten o restrinjan las formas no violentas de asociación y expresión política.

Las autoridades mexicanas han negado con frecuencia que haya presos políticos en México, insistiendo en que todos ellos han sido detenidos o condenados por delitos penales con arreglo al Código Penal Federal o al de cada estado. Afirman que, aunque los actos que llevaron a la condena de un preso, en algunos casos, hayan tenido motivación política, su encarcelamiento no fue a consecuencia de sus opiniones o actividades políticas sino de haber infringido las leyes penales 1. Sin embargo, esta interpretación es ampliamente rebatida en México. Grupos de defensa de los derechos humanos y partidos de oposición sostienen que miembros de

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1. Amnistía Internacional entiende el término "preso político" como cualquier persona en cuyo encarcelamiento parezca existir motivación política por parte de las autoridades, o que está privada de libertad por actos cuyos carácter o motivación parezcan políticas. Amnistía Internacional pide que se juzgue imparcialmente y sin demora a todos los presos políticos.

grupos políticos y de sindicatos han sido detenidos y procesados por delitos penales sobre la base de pruebas falsas de confesiones obtenidas mediante coacción, y que la verdadera razón de su encarcelamiento era política . Amnistía Internacional ha investigado por su cuenta, en los últimos años numerosos casos en los que había razones para creer que se habían hecho acusaciones penales injustificadamente por motivos políticos, En tales casos, Amnistía Internacional examina el contexto político de los hechos, la naturaleza de las acusaciones y las pruebas en que éstas se fundamentan, y la existencia o ausencia de irregularidades en los procedimiento del juicio.

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional hace referencia a los casos de siete presos, en los estados de Oaxaca y Chiapas, que la organización estaba investigando, y otros ocho casos de presos de conciencia 2, adoptados por ésta. En cada uno de estos casos, a Amnistía Internacional le preocupaban las deficiencias y las demoras de los procesos que se seguían. Durante la estadía de su delegación en México en enero de 1985, los procuradores generales de ambos estados proporcionaron información legal detallada sobre cada uno de estos casos.

La mayoría de estos presos son indígenas y miembros de organizaciones campesinas disidentes, que fueron detenidos bajo acusación de homicidio a raíz de la muerte de miembros de su mismo pueblo o grupo étnico. En todos los casos, la detención y proceso judicial tuvieron su origen en las denuncias presentadas formalmente por presuntos testigos de los homicidios, en cuyas declaraciones se fundamentaron los cargos imputados a los acusados. Los delegados de Amnistía Internacional observaron que en todas las comunidades estudiadas, a un gran número de dirigentes disidentes, de condición campesina o indígena así como miembros de sus organizaciones, se les nombraba repetidamente en tales declaraciones. Contra muchas de estas personas se habían pasado algún tiempo en prisión por varios cargos penales. Algunas de ellas, por separado.

2. El Término "Preso de conciencia" se aplica a las personas que, a juicio de Amnistía Internacional, han sido encarceladas en razón de sus creencias, color, sexo, origen, étnico, idioma o religión, y que no han hecho uso de la violencia ni abogado por ella. Amnistía Internacional cree que en México existen varios presos de tal condición, encarcelados a causa de sus actividades políticas no violentas, a los que se les imputan cargos penales que parecen ser infundados o basados en pruebas dudosas o insuficientes. Amnistía Internacional llama a la inmediata e incondicional puesta en libertad de todos los presos de conciencia.

aparecían citadas por su nombre y acusadas en relación con varias investigaciones criminales o procesos judiciales.

A Amnistía Internacional le preocupaban varios aspectos de las actuaciones procesales relacionadas con estas personas. Al estudiar los expedientes disponibles de los casos de cinco presos triqui que eran miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, observó que la prueba principal que había contra los acusados consistía en declaraciones de presuntos testigos oculares que parecían inverosímiles o dudosas. Como en otros casos similares, tales testimonios sirvieron de base, invariablemente, de las investigaciones policiales de los presuntos homicidios, y movieron a una juez a dictar órdenes de aprehensión después que el agente del Ministerio Público se hubo decidido por la "probable culpabilidad del acusado".

A los delegados de Amnistía Internacional les llamó poderosamente la atención el proceso de cuatro triquis acusados de un homicidio cometido el 24 de julio de 1983 en el pueblo de Cruz Chiquita. La causa contra los acusados parecía basarse en el testimonio de cuatro presuntos testigos oculares, cada uno de los cuales nombró a 25 personas a las que afirmaban haber visto cuando le tendían una emboscada a la víctima que en ese momento, según alegaban, iba acompañada de ellos. Cada uno de los testigos, por separado , nombró a las 25 personas en idéntico orden. Cuando a uno de los testigos, cuyo testimonio anterior diera origen a la detención del preso, se llamó a carearse con uno de los acusados, fue incapaz de identificarlo. Algunos de los supuestos testigos que había ratificado sus iniciales declaraciones, no comparecieron más tarde para someterse al contrainterrogatorio de la defensa ni para carearce con los acusados. (Este caso se describe en detalle en el capítulo 2).

Es evidente que la veracidad de este tipo de testimonios, depende en gran medida de las circunstancias en que se hayan obtenido y de las oportunidades de la defensa para efectuar un contrainterrogatorio a los testigos de cargo. Abogados consultados por Amnistía Internacional han llamado la atención sobre posible distorsión de los testimonios, tanto de acusación como de defensa, derivada del hecho de que, en muchos de estos procesos, puede suceder que los testigos de ambas partes sean analfabetas y sólo hablen la lengua indígena, mientras que las actuaciones procesales se desarrollan en castellano.

Como resultado de esto, la exactitud de los intérpretes empleados por los tribunales y por las oficinas locales del Ministerio Público que transcriban al castellano las declaraciones hechas en dialecto indígena es de vital importancia. Como se confirmara en la entrevista con el Procurador General del estado de Oaxaca, otro factor a tener en cuenta es que muchos de los presos indígenas deben confiar en su defensa a un funcionario no profesional de la abogacía, designado por el tribunal, ya que en muchas regiones no existen abogados disponibles para este trabajo.

CAPITULO 2

Pruebas de Abusos en el estado de Oaxaca

En este capítulo se presentan ejemplos de presuntas violaciones de derechos humanos en el estado de Oaxaca, sobre las que Amnistía Internacional ha reunido información detallada. La mayoría de los casos de documentos se incluyeron en el memorando que la organización remitió al documentados se incluyeron en el memorando que la organización remitió al Gobierno de México en octubre de 1984, después de la estadía de su delegación investigadora en Oaxaca en marzo de este año. Se hace referencia detallada a la información oficial sobre casos individuales que el Procurador General del Estado pusiera disposición de los delegados de Amnistía Internacional durante su visita de enero de 1985. Se consignan en el presente informe algunos casos adicionales sobre los que Amnistía Internacional recibió información demasiado tarde para su inclusión en el memorando de octubre de 1984, y a cuyo respecto, por lo tanto, los representantes del gobierno del estado no tuvieron oportunidad de formular comentarios.

La primera parte de este capítulo está dedicada a las cuestiones que preocupan a Amnistía Internacional en la región triqui de Oaxaca occidental; la segunda parte, a esas mismas cuestiones en la región del Istmo, en el sureste del estado, en especial la ciudad de Juchitán de Zaragoza. Amnistía Internacional ha recibido de ambas regiones informes presidentes de violaciones de los derechos humanos en los últimos años.

San Juan Copala

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional llamaba la atención sobre los informes que había recibido a lo largo de varios años acerca de violaciones de los derechos humanos sufridas por campesinos del grupo indígena triqui, que viven en aldeas y poblados de San Juan Copala, en los distritos municipales de Juxtlahuaca y Putla, en Oaxaca occidental. Estos supuestos abusos comprenden; asesinatos de campesinos en poblados triquis en el curso de incursiones armadas de soldados, policías y pistoleros; asesinatos premeditados de dirigentes campesinos

triquis en emboscadas; tortura, violaciones y maltratos.

Los representantes de la comunidad triqui denunciaron repetidamente tales abusos, y entre 1978 y 1982 apelaron a las autoridades de gobierno del estado de Oaxaca y las autoridades federales para que intervinieran. Durante aquellas fechas muchos de los abusos fueron perpetrados, supuestamente , por soldados pertenecientes a unidades del ejército adjuntas a la 28 va Zona Militar, que se encontraban destacados en San Juan Copala, y que actuaban de común acuerdo con las autoridades municipales. Los sitios que, al parecer, resultaron más afectados eran Cruz Chiquita, Rastrojo, Coyuchi, Agua Fría, La Cienaguilla, Río Tejón, Santa Cruz Tilapa, San Miguel Copala, Río Metate, Llano de Nopal, Yutusani y Yozoyuxi. Según las informaciones, estos excesos se hicieron aún más frecuentes en los mese inmediatamente anteriores a las elecciones municipales de San Juan Copala, que tuvieron lugar el 26 de diciembre de 1982 y en las que participara el Movimiento de Unificación y Lucha Triqui (MULT). De acuerdo con una lista publicada por el Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en 1982, indios triquis de diversos poblados de la región de San Juan Copala fueron asesinados en distintos incidentes ocurridos entre julio de 1976 y diciembre de 1981. La mayoría de las presuntas víctimas (28 de ellas) provenían de 3 poblados: Santa Cruz Tilapa, Yozoyuxi y Yutusani. En 1982, Amnistía Internacional recibió información de otros ocho asesinatos

Durante 1983 y 1984 disminuyeron los informes de abusos supuestamente cometidos por el ejército. Sin embargo, el cuadro de presuntos homicidios - consumados o frustrados - vejaciones y tortura de indios triquis persistía. Se denunciaba como responsables a pistoleros civiles que parecían contar con el apoyo de las autoridades municipales, y a miembros de las fuerzas de seguridad oficiales, entre ellas la policía preventiva municipal y del estado. Según se afirmó la mayoría de las víctimas eran campesinos triquis que vivían en poblados aislados, gran parte de los cuales no hablan castellano, o apenas. Muchos de ellos eran dirigentes de la comunidad triqui que habían adoptado una postura de firmeza en la controversia política y económica y que reclamaban lo que ellos afirmaban eran sus tierras comunales, usurpadas ilegalmente por propietarios de fincas privadas y autoridades locales. Más recientemente, entre las víctimas se cuenta a dirigentes y simpatizantes del Movimiento de Unificación y lucha Triqui . Esta organización fue fundada en 1981 y desde entonces viene haciendo campaña a nivel nacional y en las elecciones locales de San Juan Copala por el derecho de propiedad de los indios triquis sobre 13,705 hectáreas de bosques y tierras comunales litigiosas.

Homicidio y tortura de indios triquis

Según declaraciones publicadas por el Movimiento de Unificación y Lucha Triqui; la mayoría de los homicidios recientes fueron obra de civiles armados, que han sido frecuentemente identificados en denuncias presentadas ante las autoridades. Según se afirma, contaba con el apoyo o el consentimiento de las autoridades municipales de San Juan Copala. Al parecer, miembros de la policía del estado o municipal participaron en dos homicidios de consumo con civiles, quienes, según se afirma, vestían uniformes de la policía y fueron reconocidos por los lugareños. De hecho, algunos de ellos han sido identificados por los dirigentes de la comunidad en sus denuncias presentadas a las autoridades del estado.

Se dijo que algunos homicidios tuvieron lugar en el curso de asaltos armados a los pueblos, en los que se disparó a los campesinos, casa y cultivos fueron quemados y a los pobladores se les hostilizó e intimidó. Según las informaciones, se disparó y mató a campesinos indiscriminadamente con el fin de intimidarlos o castigarlos. Se dijo que otros homicidios tuvieron lugar en emboscadas en los caminos que unen los poblados de San Juan Copala. Al parecer, a las víctimas se les eligió en razón de sus ideas o actividades políticas, y según los informes, se les disparó y se les dejó por muertas en el caminó o en los campos. Otros homicidios ocurrieron, según se dijo, después que las víctimas fueron secuestradas por civiles armados que, presuntamente, actuaban con el consentimiento o el conocimiento previo de las autoridades del gobierno local. Las circunstancias de estos homicidios, en todas sus formas , fueron con frecuencia denunciadas a las autoridades del estado por familiares y representantes del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, quienes afirmaron que las autoridades no los habían investigado de modo satisfactorio. Al parecer, esta presunta negligencia contribuyó a la creencia generalizada de que existió una confabulación entre los intereses privados, los gobiernos municipales y del estado y las autoridades judiciales locales y que, de hecho, a los culpables se les había dado inmunidad legal. Los representantes del Movimiento de Unificación y Lucha triqui han negado categóricamente la idea - según ellos, reiteradamente expresada por diversos funcionarios de Gobierno - de que los homicidios fueron resultado de largos y violentos conflictos internos dentro de la comunidad triqui, y que las autoridades hacían cuanto les era posible para investigarlos imparcialmente y llevar ante la justicia a los responsables.

Amnistía Internacional ha recibido también informes de tortura y maltrato de campesinos triquis en el curso de su aprehensión por la policía y cuando se encontraban detenidos para ser interrogados bajo acusaciones criminales. También se

ha informado de tortura, violaciones y maltratos infligidos por civiles armados algunas veces supuestamente acompañados por la policía en razón de las actividades o simpatías políticas de las víctimas. En tales casos, parece que se maltrató a lo lugareños para intimidarlos e impedir que se unieran al Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, o bien como medio de extraer dinero de ellos. También se dijo que algunos de los civiles supuestamente responsables de estos abusos llevaron a cabo en la región y se les suponía relacionados con las autoridades municipales de San Juan Copala.

En marzo de 1984, la delegación de Amnistía Internacional visitó la región de San Juan Copala. En su memorando del 31 de octubre de 1984, Amnistía Internacional agregaba una lista de 16 homicidios denunciados entre abril de 1983 y marzo de 1984. Se reseñaban nueve de estos casos, dos de los cuales correspondían a años anteriores.

Durante la posterior visita de la delegación que viajó a México en enero de 1985, la Procuraduría General del Estado proporcionó a los delegados de Amnistía Internacional información detallada de todos estos casos. Por esta información la organización pudo confirmar las muertes, salvo en un pequeño número de casos, y averiguar los resultados, si tal eran, de las investigaciones oficiales practicadas por las agencias locales del Ministerio Público dependientes del Procurador General del Estado.

Amnistía Internacional deplora la evidente omisión de las autoridades de llevar ante la justicia a los responsables de estos homicidios en la mayoría de los casos, y lo que parece su renuencia a investigar eficazmente las denuncias de homicidios hechas por representantes de grupos campesinos de oposición. En los casos que se resumen a continuación parece que, en ocasiones, las autoridades no han investigado denuncias circunstanciadas de homicidios, y han existido largas demoras en la práctica de las investigaciones criminales. Estas han resultado inconcluyentes o no han originado ninguna detención. En relación con los casos de maltrato y tortura no se pudo llegar a ninguna conclusión firme: muchos casos, al parecer, no fueron denunciados a las autoridades judiciales o, cuando así fue, no se procedió a investigación alguna. Sin embargo, en uno de los casos de Amnistía Internacional informara, el de Paulino Martínez Ramírez y su esposa María Francisca, de detuvo a dos de las personas a las que se atribuían responsabilidad en los hechos.

Casos

Luis Flores García

El número de homicidios en San Juan Copala pareció aumentar notablemente después del asesinato, el 11 de agosto de 1976, de Luis Flores García, indígena triqui que había sido elegido dirigente de la comunidad antes de su muerte. El homicidio tuvo lugar en el poblado de Paraje Pérez y fue supuestamente cometido por un grupo de civiles que se dijo habían sido contratados por terratenientes locales. Luis Flores García había dirigido los esfuerzos de la comunidad para reclamar lo que ésta insistía eran tierras comunales, y había participado en los intentos de establecer una cooperativa de productores.

La información facilitada por el Procurador General del Estado indicaba que se había incoado procedimiento penal contra cuatro civiles acusados de su asesinato. Uno de ellos nunca fue detenido; los otros tres fueron detenidos y posteriormente condenados a 30 años de cárcel por la sentencia y, el 26 de enero de 1979, el Tribunal Superior del Estado anuló la sentencia y fueron puestos en libertad.

Marcos Ramírez López

Marcos Ramírez López fue supuestamente asesinado el 29 de febrero de 1980 en Concepción Carrizal (San Juan Copala). El campesino Roberto García López afirmó haber sido secuestrado junto con Marco Ramírez López, que fue testigo de su homicidio. Roberto García López firmó más tarde un declaración detallada ante la policía municipal de San Miguel Copala. En ésta decía que él y Marcos Ramírez López, del pueblo de Río Metate, se habían ido de San Juan Copala después que se dictara contra ellos órdenes de aprehensión y que cuando fueron secuestrados trabajaban como jornaleros en Culiacán (en el estado de Sinaloa).

Decía también que agentes de la policía del estado de Sinaloa, acompañados de un grupo de civiles armados de San Juan Copala perfectamente conocidos de él, les detuvieron a la fuerza a Marcos Ramírez López y a él, el 27 de febrero de 1980 en Culiacán. Afirmaba que ambos fueron golpeados por los civiles, quienes violaron a la esposa de Marcos Ramírez López en presencia de la policía y que robaron el salario de élla. Se dijo que entonces los dos presos fueron llevados en un vehículo policial a una cárcel, en donde fueron entregados a los civiles, quienes a su vez les trasladaron al poblado de Concepción Carrizal, cerca de San Juan Copala. Al parecer, el 29 de febrero, cerca de las tres de la madrugada Marcos Ramírez López fue sacado de la habitación en donde ambos se encontraban encerrados y muerto a tiros. Roberto García afirmó que logró escapar, todavía esposado, de sus aprehensores, quienes habían estado bebiendo en exceso.

De acuerdo con la información facilitada por el Procurador General del Estado sobre este caso, la

madre de la víctima informó al agente del Ministerio Público de que Marcos Ramírez había desaparecido el 5 de junio de 1983. Dijo que había desaparecido después de dirigirse a los campos y que a élla le pareció que huía para evitar que lo detuvieran, ya que se había dictado orden de aprehensión contra él. Comentado este caso a los delegados de Amnistía Internacional, el Procurador General del Estado señaló que él consideraba muy inverosímil la declaración relativa a la detención en Sinaloa y posterior asesinato de Marcos Ramírez en Oaxaca, dada la imposibilidad de colaboración entre civiles y agentes de policía de otro estado y la distancia que los civiles tendrían que haber viajado para regresar con sus cautivos a San Juan Copala. Amnistía Internacional planteó de nuevo esta caso en una carta al Procurador General del Estado en marzo de 1985, adjuntando copia de la declaración de Roberto García. También se incluía copia de la denuncia enviada por un dirigente del pueblo y un grupo de vecinos al licenciado Oscar Flores Sánchez, entonces Procurador General de la República. Esta contenía un testimonio similar de las circunstancias del presunto homicidio. Hay constancia que se remitieron copias de ambos documentos a las autoridades judiciales del estado en el momento de la denuncia. Amnistía Internacional no ha recibido respuesta a la carta que dirigió al Procurador General del Estado, y a la organización que le consta que los alegatos formulados por Roberto García hayan sido debidamente investigados.

Juan Martínez López

Según se informó, Juan Martínez López, dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui del pueblo de Yozoyuxi, desapareció el 8 de noviembre de 1981, cuando regresaba de la ciudad de México en donde había estado negociando en nombre de su organización con funcionarios de la Secretaría de Gobernación. De acuerdo con los informes de que se dispone volvía a San Juan Copala a recoger dinero para enviar a una delegación a Oaxaca a entrevistarse con funcionarios del gobierno del estado, y desapareció después de ser detenido por un grupo de civiles en le momento en que bajaba de un autobús, en las inmediaciones del poblado de Concepción Carrizal, cerca de Yozoyuxi. El 2 de diciembre de 1981, el abogado licenciado Carlos Fernández del Real formuló una denuncia formal al entonces Secretario de Gobernación, profesor Enrique Olivares Santana. en la que daba los nombres de cuatro individuos supuestamente responsables de su secuestro y desaparición. El licenciado Fernández del Real se refería en su carta a una denuncia escrita relacionada con la desaparición de Juan Martínez López, que representantes triquis hicieran en noviembre de 1981 al Gobernador del Estado de Oaxaca. También mencionada a un testigo ocular, que no deseaba ser identificado, que afirmaba haber visto a estos cuatro individuos cuando mataban a machetazos a Juan Martínez López. El Procurador General del Estado de Oaxaca dijo a los delegados Amnistía Internacional, en enero de 1985, que no existía expediente alguno sobre este caso. Después de la visita de su delegación en enero Amnistía Internacional envió al Procurador General del Estado una copia de la carta del licenciado Fernández del Real, solicitándole información sobre cualquier investigación que hubieses en curso sobre la suerte de Juan Martínez. No se ha recibido respuesta del Procurador General, y una vez más no hay indicios de que se haya abierto investigación alguna.

Camilo Martínez Cruz

Se informó de que Camilo Martínez Cruz, dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en el pueblo de Santa Cruz Tilapa, había sido detenido el 5 de septiembre de 1982, en San Juan Copala por tres individuos que declararon ser miembros de la policía municipal. Según denuncia presentada por su madre, María Florencia Cruz, al Procurador General del Estado el 15 de diciembre de 1983, ésta encontró a su hijo muerto en San Juan Copala el 6 de septiembre, al día siguiente de su captura, declarando que su cuerpo presentaba huellas de tortura. En su declaración, nombraba a varios individuos como presuntos aprehensores de su hijo. Tres de ellos habían sido mencionados en denuncias de otros abusos que se les atribuían en la región como estrechos colaboradores de la policía municipal y autoridades locales de San Juan Copala. La información que entregó el Procurador General del Estado indicaba que el 9 de septiembre de 1983 se había abierto una investigación sobre la muerte de Camilo Martínez Cruz. La madre de la víctima había hecho una declaración acusando del delito a ocho personas, contra las que también habían formulado declaración otros dos testigos. Las diligencias preparatorias concluyeron y se consignaron el 25 de enero de 1985. Los funcionarios judiciales de Juxtlahuaca consultados por los delegados de Amnistía Internacional fueron incapaces de proporcionar detalles del resultado de la investigación. Según la información de Amnistía Internacional, ésta no ha conducido a ninguna detención.

Paulino Martínez Ramírez y María Francisca

El 21 de febrero de 1984, dirigentes de la comunidad de Llano de Nopal presentaron una denuncia detallada la presidente municipal de Juxtlahuaca. Se referían en ella a los presuntos abusos cometidos por un grupo de 6 individuos, que al parecer actuaban con el apoyo de las autoridades municipales de San Juan Copala. El 8 y el 28 de marzo de 1984 se remitieron otras cartas al Gobernador del Estado de Oaxaca, en las que se

describían cuatro incidentes distintos ocurridos en febrero y marzo de ese año, durante los cuales estos mismo individuos - usando a veces, al parecer, uniformes de la policía y portando armas de ésta - habían golpeado y amenazado a varios campesinos con el propósito de extorsionarles dinero. Según se informó en dos ocasiones fueron violadas las esposas de unos campesinos, en presencia de estos. De acuerdo con la relación que se hizo de uno de tales incidentes:

"El día 6 de Marzo a las 13 horas de la mañana del año en curso repentinamente llegaron los asaltantes en el domicilio Llano Grande del Señor Paulino Martínez Ramírez y su esposa María Francisca. Lo amarraron al señor Paulino Martínez y lo golpearon brutalmente hasta dejarlo privado y a la señora la golpearon y la violaron salvajemente. Después de un hora María Francisca pensó que se había muerto su esposo. Lo llevaron arrastrando hasta llegar al centro del poblado y lo dejaron abandonado en la cárcel. Después de unas horas recuperó Paulino Martínez su vida, y estaba en la cárcel (sic). Robaron todas sus pertenencias y dinero en efectivo siendo una cantidad total de cien mil pesos. Después de todo tipo de castigos para dejarlo libre tuvo que pagar otros quince mil pesos."

La información oficial facilitada por el Procurador General del Estado revela que la investigación policial que se hizo de este incidente fue seguida de órdenes de detención de dos de los individuos identificados, bajo los cargos de allanamiento de morada, robo, lesiones y violación. Amnistía Internacional posteriormente, recibió información según la que dos de los otros individuos identificados se encontraban presos en Juxtlahuaca y Putla, al menos uno detenido, al parecer, en relación con este incidente. Más tarde se informó que María Francisca había sido asesinada el 1o. de julio de 1984, en su casa al parecer en represalia por la intervención de su esposo en la denuncia de los abusos que condujeron a las detenciones. Sin embargo Amnistía Internacional no ha podido confirmar los informes el asesinato, que no se mencionaba en la información al Procurador General sobre este caso.

Juan Albino

Juan Albino, que al parecer era simpatizante del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, se dijo que había sido detenido junto con otro campesino, Julio Hernández López, el 9 de diciembre de 1983 en el pueblo de La Ladera por policías que iban acompañados de civiles armados. Sus compañeros han descrito posteriormente lo que les sucedió:

"Los que fueron detenidos en la Ladera, venían dos pistoleros de San Juan Copala. A los dos compañeros los torturaron brutalmente y luego los llevaron a Copala y los metieron en la cárcel y en la noche llegaron nuevamente estos dos señores y les dijeron que eran miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui y que no querían que salieran nuevamente en la calle y que ahí mismo los iban a colgar para que se acabase la agitación del pueblo. Los compañeros en esos momentos comenzaron a llorar, estaban asustados. Además sacaron la pistola y cada ratito cortaban un cartucho y lo iban a disparar al frente del compañero. Después de eso, los mojaron a los compañeros con agua fría y luego les echaron cal y todo en esa noche. Estuvieron tres noches y cuatro días y salieron los compañeros bajo amenazas de que no le dijeran a nadie, que no se hiciera escándalo y que no volvieran a ir con el Movimiento de Unificación y Lucha Triqui."

En la información del Procurador General del Estado no constaba que se hubiera hecho ninguna denuncia formal en relación con estos alegatos. Pero señalaba que el 7 de mayo de 1984 se había abierto una investigación del presunto asesinato de Juan Albino y de otro campesino, Juan Merino Bautista. Sus cuerpos fueron descubiertos luego que fueran enterrados secretamente, y se decía que no existían testigos de su muerte. la investigación se había dado por concluida por falta de testigos que pudiera identificar a los responsables.

Domingo González Domínguez y Julio Sandoval Cruz

Después del viaje que su delegación hizo a México en enero de 1985, Amnistía Internacional recibió denuncia de que Domingo González Domínguez había sido torturado. Su caso aparecía descrito en un memorial enviado por los miembros de su organización al Gobernador del estado de Oaxaca y en reportajes publicados por la prensa nacional. Se afirmaba que Domingo González Domínguez, dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en el pueblo de Yozoyuxi, había sido detenido el 7 de diciembre de 1984 por la policía del estado, cerca del barrio de Rastrojo. Según el texto del memorial, después de habérsele retenido en un cuartel de la policía en San Juan Copala fue trasladado y entregado a la custodia de la Policía Judicial del Estado en Putla,, y desde allí a una celda de la policía judicial en la ciudad de Oaxaca. Se dijo que aquí se le mantuvo incomunicado durante 15 días, habiéndose denunciado que durante este tiempo fue torturado tanto por la policía como por un civil local, a quien se le atribuyen otros abusos anteriores, incluso homicidios, en la zona de San Juan Copala.

Amnistía Internacional se refería a este informe en una carta enviada al procurador general del estado de Oaxaca después de la visita de su delegación en enero de 1985, y preguntaba si se había

efectuado alguna investigación sobre estas denuncias. La carta no recibió respuesta.

Según se informó, Julio Cruz, también miembro del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui de Yozoyuxi, (en su pueblo) fue detenido por la policía del estado el 13 de diciembre de 1984. También él fue trasladado a una celda de la policía judicial del Estado en la ciudad de Oaxaca, en donde, según se denunció, también fue torturado.

Domingo González Domínguez y Julio Sandoval Cruz han sido acusados de asesinato, el primero con múltiples cargos.

Paulino Martínez Delia

Paulino Martínez Delia, profesor Bilingüe y dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, fue detenido el 24 de abril de 1985 por la policía municipal de Putla. Después de recibir informes de que había sido detenido y de que estaba incomunicado en la comisaría de Putla, Amnistía Internacional habló por teléfono con el procurador general del estado del 26 de abril. Este le comunicó que Paulino Martínez estaba detenido acusado de varios homicidios y que había sido visitado por su familia y abogado en la cárcel municipal (a la cual había sido trasladado). Paulino Martínez posteriormente dijo a periodistas que oficiales de la policía judicial lo habían sacado de su celda en la cárcel municipal, por la tarde temprano, el 25 de abril y que lo encapucharon y esposaron y lo llevaron a un lugar desconocido donde se le había torturado con electricidad y obligado a tomar agua mineral por la nariz. Del propio relato de Paulino Martínez, referido por los periodistas que más tarde lo visitaron en la cárcel, el propósito del interrogatorio fue obligarlo a confesar un número de homicidios todos los cuales, según se afirmó, habían sido cometidos en los pueblos cercanos del distrito de Putla. Paulino Martínez dijo que posteriormente había sido obligado a firmar documentos sin conocer su contenido y más tarde devuelto a la cárcel municipal. Un artículo sobre el caso publicado en el semanario Mexicano "Por Esto", incluida facsímil del certificado médico firmado por el médico que examinara al preso el 27 de abril confirmando la existencia de secuelas que consideraba habían sido causadas por la aplicación de descargas eléctricas. Paulino Martínez fue liberado en junio de 1985 después que los cargos en su contra fueran levantados. Según conocimiento de Amnistía Internacional, no se ha llevado acabo ninguna investigación oficial sobre los alegatos de tortura mencionados en este caso.

Amnistía Internacional ha averiguado que sólo en un pequeño número de casos de homicidio y tortura en la región de San Juan Copala se ha detenido y procesado a los presuntos responsables.

De 13 homicidios desde comienzos de 1983, sólo por tres se han practicado detenciones e incoado procedimiento penal. De acuerdo con la información de Amnistía Internacional, se dice que en estos tres casos, las víctimas eran miembros del Partido Revolucionario Institucional y los detenidos, dirigentes o militantes de base del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui. La mayoría de las víctimas de los otros diez homicidios registrados desde comienzos de 1983 se afirma que eran miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, pero en estos casos parece que las investigaciones no han conducido a ninguna detención. La información en que se basan cifras se encuentran en los casos reseñados en páginas anteriores y en otros casos resumidos en el apéndice 1.

Juicios Injustos

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional reseñaba cinco casos de miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui detenidos por cargos criminales, que la organización está investigando. En todos los casos había indicios de que la acusación podría obedecer a pruebas dudosas que en su mayor parte, consistían en testimonios no corroborados. A Amnistía Internacional le inquietaba la posibilidad que los presos hubieran sido detenidos más por motivo de sus actividades políticas que a causa de su mayor o menor implicación en los presuntos delitos. También le preocupaba que, debido a las largas demoras que se observaban en otros casos, cualquier irregularidad o incoherencia de las pruebas que motivaran las detenciones, no saliese a la luz por largo tiempo y que, si los encausados eran inocentes, se les omitiese en consecuencia, a un extenso período de encarcelamiento injustificado hasta su puesta en libertad definitiva.

Casos

Gregorio Martínez Cruz, Tomás Alejandro Flores y José Guadalupe de Jesús

Tres dirigentes locales del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui Gregorio Martínez Cruz, Tomás Alejandro Flores y José Guadalupe de Jesús fueron detenidos en octubre de 1983 y acusados del asesinato de un funcionario local del Partido Revolucionario Institucional, cometido durante una emboscada armada cerca del pueblo de Cruz Chiquita el 24 de julio de 1983. Los tres negaron los cargos y presentaron testigos que les proporcionaban una coartada. Las pruebas que se alegaban en su contra parecían estar basadas en las declaraciones de tres familiares de la víctima, cada uno de los cuales nombró a otros 22 indígenas triquis que, según ellos, habían participado en el asesinato. Durante su visita de enero de 1985 a los delegados de Amnistía Internacional se les dio la oportunidad de estudiar los registros

judiciales relativos a este caso. Estos confirmaron que los argumentos que se alegaban contra los tres estaban basados en pruebas proporcionadas por declaraciones casi idénticas de cuatro testigos supuestamente presenciales, tres de los cuales eran el hijo, la esposa y el cuñado de la víctima. Todos ellos afirmaron que habían visto a los acusados entre un grupo de 25 personas a las que todos y cada uno de los testigos identificaron por sus nombres. También afirmaron que los 25 estaban armados y que habían disparado contra la víctima mientras caminaban por un paraje aislado. Amnistía Internacional observó que no existían otras pruebas de las declaraciones de estos testigos. Es sumamente dudoso que cuatro testigos por separado puedan efectivamente identificar a las mismas 25 personas a una distancia de 30 metros, en un lugar boscoso, mientras se lleva a cabo, una emboscada. Más aún, según referencias, uno de los testigos durante el careo con Gregorio Martínez Cruz, declaró que no lo conocía y que tampoco lo había visto entre el grupo presuntamente responsables del homicidio. En su primera declaración había dicho que "ví y reconocí perfectamente al acusado." Tomás Alejandro Flores fue puesto en libertad en octubre de 1984, después de un año de cárcel. Un juez federal admitió el recurso de amparo interpuesto contra el auto formal de prisión emitido por el juez. El proceso de Gregorio Martínez Cruz y José Guadalupe de Jesús no se vio ante el tribunal hasta mayo de 1985, más de un año y medio de su detención. Ambos presos fueron declarados inocentes y se les dejó en libertad incondicional.

Marcelino Guzmán Pérez

Marcelino Guzmán Pérez, dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en el pueblo de Río Metate, fue detenido el 13 de octubre de 1983, según parece, por agentes de la policía municipal de San Juan Copala, acompañados de un grupo de civiles armados. Se dijo que fue duramente golpeado en el momento de su detención y que los pistoleros amenazaron con ejecutarlo cuando lo llevaban de su pueblo a San Juan Copala. Se le acusaba, junto con otras seis personas del homicidio de Francisco de Jesús Jiménez, campesino de Cerro Cabeza, quien fuera asesinado el 10 de octubre de 1983.

La información proporcionada por el procurador general del estado recogía los testimonios de tres testigos, quienes afirmaban que "el día 10 de octubre aproximadamente a las 14 horas, el acusado y otros más hicieron varios disparos contra la víctima, el tiroteo duró como media hora" y aseguraron conocer bien al hoy procesado y a los otros.

En su primera deposición formulada ante el juez, Marcelino Guzmán declaro que a la hora en que se cometió el homicidio, él trabajaba con sus jornaleros en el campo y que no conocía a quienes lo acusaban ni tampoco a los acusados. alegó al juez que había sido golpeado y amenazado de muerte por los policías municipales que lo detuvieron. Un testigo del acusado que prestó testimonio a su favor dijo que había sido contratado por Marcelino Guzmán para trabajar con él en la cosecha, labor en la que se ocupaban a la hora en que se cometió el homicidio y que él mismo había presenciado la detención y paliza del acusado cuando volvían del campo.

De acuerdo con la información que posteriormente recibiera Amnistía Internacional, Marcelino Guzmán fue absuelto por el tribunal y puesto en libertad el 27 de febrero de 1985, después de estar encarcelado casi un año y cuatro meses. El agente del Ministerio Público apeló del veredicto y el caso fue remitido al Tribunal Superior del Estado.

Pedro Tomás Flores

Desde la visita que efectuó su delegación en enero de 1985, Amnistía Internacional viene investigando los casos de tres indígenas triquis detenidos en 1984. Uno de ellos es Pedro Tomás Flores, un campesino anciano y simpatizante del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, quien fuera detenido en marzo de 1984 bajo los cargos de lesiones y homicidio. Amnistía Internacional tomó su caso tras examinar los autos en los que se indicaba que quizá había un error de identidad respecto al acusado. Varios testigos que fueron llamados a careo con él en relación con el delito de lesiones declararon que Pedro Tomás Flores, que es analfabeto y no habla castellano, no era la persona citada en el escrito de acusación. Se dijo que él era completamente ignorante de las razones de su detención, que según se informó se habían llevado a cabo sin orden judicial.

Amnistía Internacional observó que en la causa por homicidio, como en el caso de los 25 acusados anteriormente descrito, numerosos dirigentes del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui fueron identificados por supuestos testigos, todos los cuales hicieron declaraciones prácticamente idénticas. Durante los careos con el acusado los testigos ratificaron sus declaraciones anteriores, pero al parecer, no se les hizo pregunta.

Además de los casos descritos anteriormente, Amnistía Internacional ha recibido informes sobre detenciones de docenas de otros miembros o simpatizantes del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en los últimos años, la gran mayoría de los cuales también has sido encarcelados bajo acusación de asesinato. Los documentos judiciales revelan que se han dictado numerosas órdenes de aprehensión por análogos delitos. En la información facilitada a Amnistía Internacional

por el procurador general del estado de Oaxaca en enero de 1985, consta que entre abril de 1983 y abril de 1984 se dictaron órdenes de aprehensión contra más de 50 miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui por delitos de homicidio o lesiones. Fuentes informativas del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui han declarado que a comienzos de 1985 se encontraban detenidos en cárceles locales 18 de sus miembros o simpatizantes.

Juchitán de Zaragoza

La ciudad de Juchitán de Zaragoza está situada cerca de la costa sur del Istmo de Tehuantepec, en el sureste de Oaxaca. Los indios zapotecas, habitantes de la región conservan una fuerte identidad cultural y en la ciudad de Juchitán, su lengua y costumbres todavía están vivas. Desde mediados de los años 70s, los conflictos políticos de aquella región se han intensificados como resultado del crecimiento de una organización de gestión popular de tendencia de izquierda, la Coalición Obrera Campesina estudiantil del Istmo (COCEI). Fundada en 1974, participa activamente en la política local, ha promovido reclamaciones colectivas de tierras litigiosas que la organización considera han sido entregadas ilegalmente a particulares y denunciado lo que califica como falta de democracia en los asuntos municipales y comunitarios.

A partir de 1974 se ha producido repetidos episodios de violencia en contra de los miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, incluso presuntos asesinatos. En muchos de los casos se han responsabilizado de los hechos a civiles armados relacionados con terratenientes y grupos comerciales y miembros del Partido Revolucionario Institucional local. En 1977, un destacamento del ejército anteriormente, estacionado en el estado de Sinaloa, fue trasladado a la región y posteriormente se recibieron informes según los que diversos miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo habían sido secuestrados y uno de ellos había desaparecido.

En marzo de 1981, la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo ganó las elecciones municipales en Juchitán, en alianza electoral con el Partido Comunista Mexicano (PCM). A raíz de la entrada en funciones del ayuntamiento coceista, se informó de agresiones a sus dirigentes y funcionarios, citándose casos de asesinato, consumado o en grado de tentativa. También se informó de violentos choques entre partidarios del ayuntamiento coceista y miembro del Partido Revolucionario Institucional local. El más grave de estos incidentes tuvo lugar en Juchitán el 31 de julio de 1983, en el curso de manifestaciones electorales contrarias, en cuya ocasión perdieron la vida dos personas una de las cuales no tomaba parte como resultado de los enfrentamientos y disparos que se produjeron. Este suceso hizo que se convocara de inmediato un debate en el Congreso del estado de Oaxaca acerca de los desordenes y el 3 de agosto éste votó por retirar el reconocimiento al ayuntamiento. Se celebraron nuevas elecciones municipales el 20 de noviembre y éstas resultaron en la victoria del Partido Revolucionario Institucional, la cual sin embargo fue puesta en duda por la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo.

Después de constituido el nuevo ayuntamiento del Partido Revolucionario Institucional aumentaron considerablemente las denuncias según las que miembros y simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina estudiantil del Istmo, entre ellos dirigentes importantes, han sido víctimas de violaciones de los derechos humanos. Según las informaciones, algunos de tales desafueros se perpetraron en la Ciudad de México y fueron obra de funcionarios de policía dependientes de las autoridades federales. Sin embargo, la mayoría de los hechos de que se informa a continuación ocurrieron en Juchitán, en los tres meses siguientes al 13 de diciembre de 1983. En esta fecha, un gran contingente de policía del estado y soldados armados con granadas de gas lacrimógeno y otras armas contra disturbios, desalojaron a unos 90 miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo del Palacio Municipal de Juchitán, el cual habían ocupado como protesta por la desautorización de su ayuntamiento. Unas 86 personas fueron apresadas y trasladadas a la cárcel de Salina Cruz, donde según se informó, se les mantuvo incomunicadas en condiciones de hacinamiento, hasta que una semana más tarde, la mayoría de los detenidos quedaron en libertad. Muchos de éstos dijeron que habían sido golpeados en el momento de la detención y también hubo denuncias de que, una vez en la cárcel, la policía aplicó torturas durante los interrogatorios.

Después de esto, una gran cantidad de soldados fueron destacados en cuatro lugares distintos de la ciudad, la cual era intensamente patrullada por unidades de la policía preventiva municipal y del estado y también, al parecer, por agentes no uniformados de la Dirección Federal de Seguridad (D.F.S.). Se informó de otros enfrentamientos entre la policía y grupos de ciudadanos en las semanas subsiguientes y por aquellas fechas, se restringieron las manifestaciones y reuniones políticas. Se cometieron allanamientos de domicilio y numerosos ciudadanos sospechosos de ser miembros o simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo fueron detenidos y se les mantuvo presos para interrogarlos. Se produjeron frecuentes informes de palizas y tortura de presos en las celdas del Palacio Municipal, algunos de los cuales se detallan más adelante.

Torturas y Maltratos

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional describía con algunos detalles las denuncias de presuntas torturas y palizas de dirigentes y simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo. Algunas de ellas fueron publicadas por la prensa nacional, otras se documentaron con los testimonios reunidos por la organización a través de la delegación investigadora que estuvo en Oaxaca.

Casos

Jesús Vicente Vázquez

Según referencias, el 15 y 16 de diciembre de 1983, cinco dirigentes y simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo fueron aprehendidos por policías de civil en la Ciudad de México, que les vendaron los ojos y los llevaron a un lugar secreto de detención, en donde estuvieron incomunicados durante siete días y fueron duramente golpeados mientras se les interrogaba. Jesús Vicente Vázquez de 30 años, estudiante de economía y excomandante de la policía municipal de Juchitán durante la administración de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, se dirigía a una entrevista con un funcionario de la Secretaría de Gobernación en la Ciudad de México alrededor de las 9 de la mañana el 15 de diciembre de 1983. Según referencias, fue aprehendido por policías no uniformados, que viajaban en dos carros sin identificación oficial. También detuvieron a Sabino López Aquino, pintor y a José Alfredo Hernández, estudiante de arquitectura, quienes le acompañaban y que también eran miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo. Según se informó, no les enseñaron orden de detención. El siguiente relato está basado en un testimonio firmado por Jesús Vicente Vázquez, en el que refiere el trato sufrido durante su detención.

Manifestó que había sido puesto en el piso del automóvil y su cabeza había sido cubierta con un suéter. Después de un corto trayecto, fue llevado a un edificio donde fue interrogado por un agente, que lo acusó de varios homicidios. Luego se le llevó a otra habitación donde le quitaron el suéter que le cubría los ojos y lo sustituyeron por un venda elástica. Estando en esta habitación escuchó las voces de sus amigos, que eran interrogados y golpeados, más tarde lo llevaron ante otro agente y al negar las acusaciones, se le trasladó a una habitación del piso inferior, donde fue golpeado duramente y donde se le dejó para que reflexionara sobre su situación. Durante los días siguientes fue repetidamente golpeado mientras lo interrogaban. El 21 de diciembre mientras todavía se le mantenía con los ojos vendados, se le llevó ante alguien que él tomó por un juez. se redactó una declaración que le hicieron firmar.

Entonces, aún esposado, se le tiró dentro de una camioneta, se le condujo al aeropuerto, fue subido a un avión y llevado a una cárcel de Tehuantepec (Oaxaca). Allí, aún con la venda sobre los ojos, se le mantuvo incomunicado durante tres días en dos de los cuales no se le dio comida. El agente del Ministerio Público redactó en su presencia una segunda declaración, la cual se negó a firmar. No se le notificó la existencia de un auto formal de prisión hasta el 30 de diciembre, dos semanas después de su detención.

Según se informó el 16 de diciembre, un día después de su detención, su esposa, Bertha Ovalle Bustos y otro dirigente de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, Juan López López, fueron secuestrados de manera similar en la Ciudad de México y llevados a la misma prisión. Juan López López dijo a Amnistía Internacional que a él también le vendaron los ojos y que fue golpeado. La relación de su interrogatorio y de los golpes sufridos a manos de la policía es similar a la de Jesús Vicente Vázquez. El 22 de diciembre, Sabino López Aquino, José Alfredo Hernández, Bertha Ovalle Bustos y Juan López López fueron puestos en libertad. Juan López López dijo a Amnistía Internacional que sufría una deficiencia auditiva, de resultas de los golpes recibidos durante el interrogatorio. Jesús Vicente Vázquez declaró que las palizas le produjeron fracturas de costillas y una lesión en la columna vertebral.

Según constaba en la documentación legal facilitada en enero de 1985 por el procurador general del estado de Oaxaca sobre el caso de Jesús Vicente Vázquez, la fecha en que se dictó contra éste el auto de formal prisión era el 27 de diciembre de 1983, 12 días después de su supuesta detención en la Ciudad de México. Dado que, no mediando auto de formal prisión la Constitución mexicana sólo permite un período de detención de tres días, cabe pensar que la detención de Jesús Vicente Vázquez fue ilegal e inconstitucional, al menos por espacio de una semana, tiempo durante el que se le mantuvo incomunicado para interrogarlo. A pesar de esto, en la información oficial sobre el caso no aparece referencia ninguna en el sentido de que se haya practicado algún tipo de investigación sobre la supuesta irregularidad de su detención o sobre sus denuncias de maltratos.

Rosalino Vázquez López, Miguel Guerra Vázquez y José Cruz Jiménez.

Rosalino Vázquez, balconero; Miguel Guerra Vázquez, cohetero y José Cruz Jiménez, campesino, fueron detenidos por la policía municipal en Juchitán el 1o. de enero de 1984. Ese día, una concentración de protesta organizada por la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo en las calles de Juchitán terminó en un violento enfrentamiento con un grupo de partidarios

del Partido Revolucionario Institucional, en el que hubo disparos, se incendiaron edificios y resultaron gravemente heridas varias personas. Después de su detención, los mencionados fueron llevados al Palacio Municipal, en donde al parecer, se les mantuvo incomunicados durante ocho días. Aunque se conocía su detención, ya que tuvo lugar en público, se dice que las autoridades negaron el hecho, y deliberadamente engañaron a los familiares que buscaban información sobre su paradero. A pesar de las indagaciones, éstos fueron incapaces de determinar qué autoridad los había detenido o custodiaba. Según se dijo, durante su incomunicación fueron duramente golpeados por miembros de la policía preventiva del estado, se les negó atención médica y asistencia letrada, y se les obligó a firmar declaraciones preparadas de antemano, las cuales no se les permitió leer. Al parecer mientras se encontraban incomunicados en el Palacio Municipal de Juchitán Revolucionario Institucional de condición civil, participaron en su interrogatorio y les amenazaron. Más tarde fueron trasladados a la cárcel municipal, donde se permitió que sus familiares los vieran, por primera vez el 9 de enero (ocho días después de su detención). Según se informó, Rosalino Vázquez mostraba graves contusiones en el rostro y las costillas y Miguel Guerra Vázquez, heridas en la cabeza, al parecer causadas por golpes dados con un palo o una porra.

La información proporcionada por el procurador general del estado de Oaxaca sobre estos casos, revela que se dictó auto de sujeción a proceso el 7 de enero de 1984 y que se les acusaba de provocación de un delito y pandillerismo en agravio de la sociedad, ataque peligroso, robo y daño en propiedad ajena Los delitos, según se alegaba, se habían cometido durante los desordenes del 1o. de enero. Comparecieron ante el juez por primera vez el 10 de enero y se retractaron de sus confesiones. El juez no dictó auto de formal prisión hasta el 11 de enero, 10 días después de la determinación. Fueron puestos en libertad el 2 de junio de 1984 después que el juzgado hubo admitido un recurso de amparo, interpuesto contra el auto de prisión. Aunque las autoridades municipales puedan mantener a alguien en detención preventiva durante un plazo que no exceda de 24 horas, en este caso parece que los presos estuvieron incomunicados durante más de siete días antes que sus familiares o un abogado hubiesen podido verlos, y durante seis días antes que el proceso se hubiese consignado al jurado.

David Cruz Velázquez y Hermila Guerra López

David Cruz Velázquez, estudiante de ingeniería de 19 años, y Hermila Guerra López, simpatizantes ambos de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, fueron detenidos por un agente de la policía preventiva del estado, aproximadamente a las ocho de la tarde, el 1o de enero de 1984, cuando visitaban a un amigo enfermo en un hospital de Juchitán. Al parecer, la policía había entrado al hospital para identificar e interrogar a algunas personas heridas durante la manifestación de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo que había tenido lugar unas horas antes. Fueron llevados juntos en un vehículo policial al cuartel de la policía, donde de acuerdo con el testimonio de ambos presos, fueron torturados mediante golpes, obligándoles a permanecer de pie durante mucho tiempo con los brazos extendidos en cruz contra una pared y aplicándoles descargas de corriente eléctrica. Los apremiaron a admitir que eran miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y que el 1o. de enero había participado en actos de violencia. Negaron las acusaciones. el 4 de enero se les trasladó a la cárcel municipal de Juchitán. El 11 de enero, el juzgado primero mixto de primera instancia de la misma ciudad ordenó su excarcelación por falta de pruebas y el día 13 salieron en libertad. También en este caso los presos parecen haber sido detenidos sin previa orden judicial y haber permanecido incomunicados cerca de una semana antes de ponerlos a disposición del juez.

Durante enero y febrero de 1984 se registraron frecuentes detenciones de personas sospechosas de ser miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, en las que intervenía la policía municipal, apoyada por patrullas de la policía preventiva del estado. Muchas de esas determinaciones parecen haberse efectuado sin autoridad legal ni causa justificada. Miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo declararon que durante este período de dos meses se dio un promedio de cuatro detenciones a la semana. Normalmente, a los detenidos se les mantenía encerrados durante varios días en las celdas del Palacio Municipal, donde según se dijo, muchos de ellos fueron golpeados y maltratados antes de quedar en libertad a menudo sólo después de hacerles pagar una multa a las autoridades municipales, por vía sumaria. La prensa mexicana continuaba informando de tales casos, aunque con menor frecuencia, hacia fines de 1984.

Homicidios políticos y desapariciones

Según se ha informado, desde que se constituyó en 1974, más de 20 simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo han sido asesinados a causa, según parece, de una intensa oposición local a los principios políticos del movimiento. Desde su victoria electoral en 1981 se ha informado de agresiones, sin que mediase provocación, a funcionarios del ayuntamiento de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y a simpatizantes de ésta perpetradas por civiles armados que, según se dijo, eran miembros

del Partido Revolucionario Institucional o que actuaban bajo su instigación. Aunque no existe información detallada de supuestos homicidios anteriores de miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, los informes de incidentes recientes sugieren que, en la mayoría de los casos, los presuntos culpables no han sido perseguidos ni acusados con energía por las autoridades.

Víctor Pineda Henestrosa

A Amnistía Internacional sigue preocupándole que las autoridades no se hayan ocupado de llevar a cabo una investigación satisfactoria sobre la desaparición de Víctor Pineda Henestrosa, maestro de escuela primaria y funcionario agrario. Según se informó, fue aprehendido el 11 de julio de 1978 en el centro de Juchitán por un grupo de individuos armados, cuatro de los cuales vestían, según testigos, el uniforme del ejército. De acuerdo con las declaraciones firmadas ante el agente del Ministerio Público de Juchitán, en septiembre de 1979, por su esposa, Cándida Santiago Jiménez, y otros tres testigos, fue aprehendido cuando se encontraba dentro de su automóvil, cerca de la estación de autobuses de Juchitán, alrededor de las 10 de la mañana del 11 de julio de 1978. Según los testigos, un coche se detuvo al lado de su volkswagen rojo, y bajaron de él seis hombres armados con rifles, que lo aprehendieron, le obligaron a entrar en el coche en que habían llegado, y se alejaron. Según se dijo, dos de los hombres vestían ropas civiles y los otros cuatro, uniforme militar. De uno de los uniformados, de quien se dijo que vivían en Juchitán, dieron el nombre los tres testigos en sus declaraciones. Víctor Pineda Henestrosa era miembro del sindicato de maestros y también miembro activo de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, y anteriormente había trabajado como funcionario local de la Secretaría de Reforma Agraria en Juchitán. Por las fechas de su desaparición era asesor del comisario de bienes comunales. Era conocido por haber ayudado a campesinos y trabajadores a resolver problemas agrarios y laborales. este supuesto secuestro tuvo lugar poco antes de las elecciones para el cargo de comisariado.

Sobre este caso no se hacía referencia alguna en la información facilitada por el procurador general del estado a los delegados de Amnistía Internacional. Sin embargo, en una reunión en enero de 1985, dicho alto funcionario dijo que no existía registro del caso en la Procuraduría y que no se había presentado denuncia formal a las autoridades. El 11 de marzo, Amnistía Internacional planteó de nuevo el caso en una carta al procurador general, adjuntando copia de la declaración formulada por los testigos ante el agente del Ministerio Público y una certificación firmada por éste, en la que daba fe de que la copia era reproducción auténtica del original consignado que los archivos de la Procuraduría. No se recibió respuesta a esta carta. otra información recibida por Amnistía Internacional acerca de caso indica que éste caso se denunció en varias ocasiones al gobierno federal y a las autoridades militares. Sin embargo, parece que ni las autoridades del estado ni las federales han clarificado satisfactoriamente el paradero o la suerte de Víctor Pineda Henestrosa. Además, parece que nunca se ha llevado a cabo una verdadera investigación de las pruebas de su secuestro presentadas por los testigos. Es sorprendente que las autoridades no hayan proporcionado información alguna sobre el caso, dado que éste ha tenido gran difusión en la localidad y que, al parecer, la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo ha instado en forma constante a las autoridades del estado a que realicen una exhaustiva investigación. Se ha denunciado que elementos del 11o. batallón del ejército, estacionado por aquellas fechas en la vecina ciudad de Ixtepec, son los responsables de la detención ilegal y posterior desaparición de Víctor Pineda Henestrosa. Se ha dicho que la misma unidad es responsable del secuestro, perpetrado en enero de 1978, del dirigente de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, Leopoldo de Gyves Pineda, oficial del ejército, quien con posterioridad fuera encarcelado en la Ciudad de México, acusado de múltiples delitos relacionados con sus actividades políticas.

Encarcelamiento de dirigentes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo

Durante su misión en enero de 1985 Amnistía Internacional expresó su inquietud por el prolongado encarcelamiento de Jesús Vicente Vázquez, Leopoldo de Gyves Pineda, Carlos Sánchez López y Manuel Vázquez Nicolás, quienes fueran detenidos en diciembre de 1983 y que todavía en aquel entonces se encontraban en espera de juicio en una prisión de tehunatepec (Oaxaca). Todos ellos son dirigentes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo o fueron funcionarios del ayuntamiento de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo en Juchitán de 1981 a 1983. A Amnistía Internacional le preocupaba el que las acusaciones criminales que sobre ellos recaían parece fundamentarse en pruebas poco consistentes o dudosas, y que, de hecho, podían haber sido encarcelados en razón de sus actividades no violentas como miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y del Gobierno Municipal de Juchitán.

Casos

Carlos Sánchez López, Leopoldo de Gyves Pineda y Manuel Vázquez Nicolás

Carlos Sánchez López de Gyves Pineda y Manuel Vázquez fueron detenidos el 13 de diciembre de

1983, mientras tomaban parte en la ocupación del Palacio Municipal de Juchitán, Carlos Sánchez López, miembro fundador de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil de Istmo, es mecánico Industrial, de 36 años, y dirigentes de la Central de Trabajadores del Istmo (CTI), sindicato afiliado a la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo. Leopoldo de Gyves Pineda, mayor retirado del ejército, de 64 años es el padre del que fuera presidente municipal del Juchitán durante la administración 1981 - 1983. Fue uno de los miembros fundadores de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y a sido dos veces candidato independiente de las elecciones municipales. En 1978 fue secuestrado por elementos del ejército y más tarde condenado por un tribunal militar a tres años y medio de prisión, bajo múltiples cargos, con arreglo al código penal militar y al código penal de derecho común. cumplió la sentencia en el campo militar No. 1, en la Ciudad de México, Manuel Vázquez Nicolás, carpintero de 46 años, trabajó activamente como dirigente comunitario.

Tras su detención, se les impuso a los prisión preventiva en la cárcel de Salina Cruz (Oaxaca), en espera de juicio por varios delitos: daño a la propiedad ajena, tenencia ilícita de armas, resistencia a la autoridad, asociación de delictuosa, delitos contra funcionarios públicos, provocación al delito y al despojo. Negaron los cargos y apelaron de la orden de prisión preventiva. En septiembre de 1984 solicitaron la libertad bajo fianza, la cual fue fijada $100,000.00 pesos. En agosto de 1984 se les acusó además, de asesinato, lesiones y disparar un arma, los mismos delitos que se le imputaban a Jesús Vicente Vázquez (ver más adelante) en relación con una manifestación política que tuvo lugar el 31 de julio de 1983 en Juchitán. Fueron liberados el 16 de agosto de 1985 al ser absueltos por el tribunal.

Jesús Vicente Vázquez

Jesús Vicente Vázquez, de 30 años, estudiante de economía, y excomandante de la policía municipal de Juchitán, fue detenido en la Ciudad de México el 15 de diciembre de 1983. En octubre de 1985 se encontraba recluido en una prisión de Tehuantepec (Oaxaca), tras ser condenado de 1985 a diez años y seis meses de prisión, por los cargos de despojo, resistencia a la autoridad, provocación al delito, asociación delictuosa, delitos contra funcionarios públicos y amenazas. También se le había acusado de asesinato y lesiones, en relación con el tiroteo que se produjo durante la manifestación política en Juchitán el 31 de julio de 1983.

En mayo de 1984, Amnistía Internacional adoptó a estas cuatro personas como presos de conciencia. La organización estimaba que los cargos que se les imputaban tenían su origen en las reclamaciones que hiciera el ayuntamiento de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo respecto al derecho de tierras, problemas legales de demarcación y servidumbres de paso, lo que les llevó a enfrentarse con ciertos intereses creados locales, importantes miembros locales del Partido Revolucionario Institucional y las autoridades del estado.

Los cargos por acto de violencia que se les imputaron derivan de un incidente que tuviera lugar en el centro de Juchitán el 31 de julio de 1983, durante un enfrentamiento de manifestaciones electorales contrarias organizadas por la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y el Partido Revolucionario Institucional al cierre de las campañas para la elección de diputados locales a la asamblea del estado. Dos personas, Miguel López Posadas, vendedor de hielo y partidario de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, e Isidro Pineda Orozco, partidiario del Partido Revolucionario Institucional, resultaron muertas y se produjeron más de 20 heridos a raíz de los disparos que se hicieron durante el enfrentamiento entre los bandos.

Existían serias contradicciones entre la versión oficial del incidente y de la Coalición Obrera Estudiantil del Istmo. Esta última sostiene que dirigentes y simpatizantes del Partido Revolucionario Institucional local intentaron deliberadamente provocar un enfrentamiento violento. Testigos presenciales han declarado haber visto a varios conocidos dirigentes del Partido Revolucionario Institucional local disparar sobre la multitud desde lugares ocultos, algunos de ellos desde los tejados de los edificios cercanos. Según se informó, los resultados de las autopsias confirmaron que a ambas víctimas se les había disparado desde arriba. Además, a pesar de la presencia en la ciudad de un gran contingente de la policía preventiva del estado, ésta al parecer, no intervino para detener la violencia ni para detener a ninguno de los civiles armados que se dijo estaban involucrado. Tres días más tarde, el 3 de agosto , El Congreso del Estado de Oaxaca votó por retirar el reconocimiento del ayuntamiento de la Coalición Obrera Estudiantil del Istmo, acusándole de responsabilidad directa de los hechos y de no haber sabido mantener el orden en la ciudad.

A través de la delegación de 1985, Amnistía Internacional pudo discutir el incidente con más detalle con las autoridades del gobierno del estado, quienes reiteraron la versión oficial de que los miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo comenzaron el incidente y que abrieron fuego sobre una marcha pacífica de partidarios del Partido Revolucionario Institucional. El gobierno del estado dijo a los delegados de Amnistía Internacional que existía una película de televisión en la que Jesús Vicente

Vázquez y otros aparecen disparando contra otras personas. Amnistía Internacional no ha visto esta película.

La versión de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo parece tener más fundamento a juzgar por informes relativos a una serie de incidentes similares ocurridos en 1982 y 1983, cuando, según militantes de ese colectivo, algunos miembros del Partido Revolucionario Institucional habían provocado violentos y repetidos incidentes, que en más de una ocasión produjeron muertos. Sin embargo, también en estos casos la versión de las autoridades parece haber sido que la responsabilidad de los desordenes recaía sobre la dirección de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo.

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Fotocopia de una denuncia formal de la desaparición de Víctor Pineda Henestrosa ocurrida el 11

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CAPITULO 3

Pruebas de Abusos en el estado de Chiapas

La delegación de Amnistía Internacional de marzo de 1984 visitó dos regiones rurales de Chiapas, la región de Simojobel, en la parte norte del estado, y la región de los Altos. Este capítulo trata de incidentes específicos sobre los que los delegados recogieron información en el curso de su viaje, que más tarde se presentó como prueba al Gobierno de México en el memorando de Amnistía Internacional de octubre de 1984. Como en el capítulo anterior, relativo al estado de Oaxaca, también se hace referencia aquí a la información oficial sobre los casos facilitada por el Procurador general del Estado a la delegación de Amnistía Internacional que visitara la capital del estado, Tuxtla Gutiérrez, del 31 de enero al 2 de febrero de 1985. Se incluyen algunos casos adicionales, sobre los cuales Amnistía Internacional recibió información demasiado tarde para darles cabida en el memorando de octubre de 1984, y a cuyo propósito, por lo tanto, los representantes del gobierno del estado no han tenido oportunidad de formular comentarios.

Homicidios Políticos

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional documentaba en forma detallada cierto número de incidentes ocurridos en la región de Simojobel, en los cuales, según las referencias, se les infligieron golpes y heridas de bala a campesinos, en lo que parecen haber sido ataques deliberados por parte de terratenientes y destacamentos de la policía de seguridad del estado contra los campesinos implicados en conflictos laborales o sobre tierras. Muchos de los supuestamente afectados eran peones acasillados en fincas cafetaleras privadas y, sobre todo, miembros de un sindicato independiente, la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC). La preocupación de Amnistía Internacional en estos casos era que, al parecer, cierto número de campesinos, entre ellos mujeres y niños, habían sido heridos de bala y maltratados repetidamente en intentos por desalojarlos de las tierras. En uno de tales incidentes, que tuvo lugar en los ejidos de la Pimienta y Yotolchén el 11 de abril de 1984, dos campesinos pertenecientes a la Confederación Nacional Campesina (CNC) fueron muertos a tiros por la policía de seguridad del estado, presuntamente acompañada por terratenientes locales, durante un altercado entre los campesinos y la policía.

Amnistía Internacional ha estudiado la información proporcionada por el Procurador General del Estado sobre los resultados de la investigación oficial de estos incidentes. Se confirman en ellas los informes de heridas sufridas por los campesinos en diversos casos. Sin embargo, la forma en que se describían las circunstancias de los incidentes no sugería que hubieran existido tentativas deliberadas de asesinar a determinados campesinos, ni tampoco que se siguiera una norma de conducta deliberada para perpetrar o permitir tales homicidios.

No obstante, Amnistía Internacional observó una pauta de homicidios políticos que parecía deliberados en la región de Los Altos y, sobre todo, en los distritos municipales de Venustiano Carranza y Villa de las Rosas. La mayoría de las víctimas de que se informó eran partidarios de organizaciones campesinas independientes o de sindicatos rurales. En casi todos los casos, los homicidios parecen haber ocurrido en un contexto de pertinaces conflictos sobre la propiedad de la tierra. Sin embargo, no hubo indicación alguna - ni por fuentes independientes ni en la documentación entregada por las autoridades judiciales - en el sentido de que hubieran estado involucrados miembros de las fuerzas de seguridad. En todos los casos, los homicidios fueron, al parecer, obra de civiles. La preocupación de Amnistía Internacional la suscitaron las repetidas denuncias de que los homicidios se habían perpetrado bajo la instigación o con el consentimiento de las autoridades municipales locales, y de que las autoridades del estado no habían llevado a los responsables ante la justicia.

La comunidad rural de Venustiano Carranza está dividida desde hace muchos años a causa de un conflicto sobre 3,200 hectáreas de tierras fértiles que se encuentran bajo propiedad privada. Los miembros de la comunidad afirman que estas tierras estaban incluidas en una resolución presidencial de 1965 que otorgaba a los lugareños la propiedad de las tierras comunales. Otra fuente de conflicto la constituye el hecho de que, según se dice, las autoridades no han indemnizado adecuadamente a la comunidad por las tierras que se inundaron a causa de la construcción de una presa en La Angostura. Las disensiones sobre estos reclamos han creado pertinaces divisiones políticas dentro de la misma comunidad, entre una facción leal al partido político gobernante, el Partido Revolucionario Institucional, y un grupo de oposición, que apoya a la Organización Campesina Emiliano Zapata (OCEZ). Los dirigentes de este grupo dieron los nombres de 15 activistas comunitarios y simpatizantes que, según dijeron, había sido asesinados por civiles armados entre 1967 y 1981. Afirman que los terratenientes locales, en connivencia con las autoridades municipales, son responsables de haber instigado los homicidios, y que la mayoría de éstos fueron obra de civiles armados leales a la organización campesina oficial, la Confederación Nacional Campesina (CNC). Durante los años 70, estas divisiones dentro de la comunidad causaron repetidos

incidentes violentos, que dieron lugar a la intervención del ejército y a la detención y procesamiento de dirigentes comunitarios por graves delitos penales. Sin embargo los dirigentes de la Organización Campesina Emiliano Zapata, los asesinatos de dirigentes comunitarios o de campesinos pertenecientes a esa organización, rara vez o nunca fueron seguidos de detenciones ni procesamientos.

También se denunciaron homicidios en el cercano pueblo de Villa de las Rosas, ocurridos en incidentes que parecía relacionado con una ya antigua disputa motivar por la propiedad de las tierras ejidales de San Isidro La Cuchilla. Según se dijo, las víctimas eran miembros o partidarios de la Central Independiente de Obrero Agrícolas y Campesinos (CIOAC). Los otros lugareños pertenecían a un grupo opuesto dirigido por la Confederación Nacional Campesina.

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional documentaba ocho de estos homicidios, que según, las informaciones, habían ocurrido entre 1966 y 1982 en Venustiano Carranza y Villa de las Rosas. Las ocho víctimas se dijo que eran dirigentes comunitarios que trabajaban activamente para recobrar o regularizar los títulos de propiedad de tierras ejidales o comunales, o bien partidarios de organizaciones campesinas de oposición. Representantes de las organizaciones campesinas a las que pertenecían las víctimas afirmaron que, en todos los casos, los responsables fueron civiles armados que actuaban de consuno con terratenientes y con la complicidad o el beneplácito de la autoridades municipales. Aunque Amnistía Internacional no puede corroborar directamente tales denuncias, observó que de los cinco casos en que se abriera una investigación por asesinato, sólo en uno de ellos se instruyó proceso. Pero aún en este caso, los acusados fueron absueltos y excarcelados por un juez local y nunca se les volvió a detener, a pensar de que la Suprema Corte revocara el veredicto del juez y los condenara a prisión. En el apéndice dos figura un resumen de las circunstancias en que, según los informes, ocurrieron estos homicidios, y de los resultados de las investigaciones penales instruidas por las agencias locales del Ministerio Público.

Casos

Elpidio Vázquez Vázquez

Elpidio Vázquez Vázquez, miembro de la Central Independiente de Obrero Agrícolas y Campesinos, fue muerto a tiros por un desconocido agresor en el centro de Villa de las Rosas, aproximadamente a las 11 de la noche del día 9 de septiembre de 1979, según testimonio de un testigo presencial, quien fuera herido en el ataque. Según se dijo, los agresores llegaron frente a la casa de otro campesino, Eliezer Grajales, en un camión municipal y abrieron fuego sobre él y sus compañeros, matando a Elpidio Vázquez Vázquez en el acto. Dos personas, Rodrigo Ordóñez Santiago, Presidente Municipal de Villa de las Rosas, y Librado Argüello, se dice que fueron detenidas después del asesinato, pero quedaron en libertad a los pocos días. Este caso no se incluía en el memorando de octubre de 1984, pero Amnistía Internacional lo planteó posteriormente en una carta al Procurador General del Estado en marzo de 1985. Aunque no se recibiera respuesta a la carta, por las fechas en que se redactó este documento (octubre de 1985), Amnistía Internacional no cree que se haya procesado a nadie en relación con este homicidio.

Tzacacum, Chalchihuitán

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional describía un incidente en el pueblo de Tzacacum (Chalchihuitán), en la región de Los Altos de Chiapas. Según se informó, 11 campesinos, algunos de ellos niños pequeños, fueron muertos y otros resultaron heridos cuando un grupo de civiles armados atacó su pueblo en la madrugada del 24 de marzo de 1983, incendiando sus casas y abatiéndolos a tiros al tratar de escapar. De acuerdo con los reportajes de prensa publicados por aquellas fechas, el motivo del ataque fue el prolongado conflicto que enfrentaba a los lugareños con un grupo de terratenientes locales estrechamente relacionados con las autoridades municipales de Chalchihuitán. Según se afirmó, las autoridades municipales maltrataban sistemáticamente a los lugareños y los desalojaban de las tierras si se negaban a pagar un tributo semanal. Se dijo que algunos lugareños disconformes trataron de hallar algún procedimiento legal que les permitiera separarse del municipio. Según referencias, el ataque fue planeado como represalia contra este grupo por terratenientes locales relacionados con las autoridades municipales. Estas denuncias dieron lugar a una pronta investigación por parte de las autoridades del estado de Chiapas, que condujo a la detención de más de 15 personas, entre ellas Nicolás López Gómez, por entonces Presidente Municipal de Chalchihuitán, y de otros funcionarios locales. Sin embargo, los entrevistados acerca del incidente por los delegados de Amnistía Internacional en marzo de 1984, sostuvieron que otros importantes dirigentes locales que también eran presuntos responsables habían eludido su detención a pesar de que se dictaron órdenes para su arresto. Aunque no se facilitó información escrita sobre este caso por las autoridades durante la visita de la delegación de Amnistía Internacional en 1985, el Procurador General del Estado confirmó verbalmente las detenciones realizadas como resultado de la investigación penal. Los delegados de Amnistía Internacional no pudieron obtener confirmación oficial de que algún funcionario del gobierno

municipal se le hubiese imputado responsabilidad penal en los homicidios, los cuales fueron calificados por funcionarios del gobierno del estado como producto de un enfrentamiento violento entre indígenas.

Durante 1984, poco después de la visita de su delegación en marzo, Amnistía Internacional recibió nuevos informes de ataques violentos a partidarios de organizaciones campesinas independientes (especialmente Organización Campesina Emiliano Zapata y Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos) en la región de Los Altos, en Chiapas. Como en los casos ya descritos, las fuerzas de seguridad oficiales no parecían estar involucradas. Los presuntos responsables eran civiles armados, que con frecuencia se dijo eran miembros de la Confederación Nacional Campesina, o bien pistoleros que actuaban en combinación con terratenientes locales.

Andrés Domínguez Rodríguez y José Rodríguez Mendoza

El día 27 de julio de 1984, aproximadamente a las 11 de la mañana, se atentó contra José Rodríguez Mendoza, dirigente de los cañeros y miembro relevante de la Unión de Ejidos 28 de Septiembre. Según se informó la camioneta en la cual viajaba fue objeto de una emboscada por pistoleros cerca del rancho "El Coyol", en el camino que une Pujiltic y Villa de las Rosas, en Venustiano Carranza. Andrés Domínguez Rodríguez, campesino guatemalteco, quien iba de pasajero en el vehículo, fue muerto a tiros, y José Rodríguez Mendoza resultó gravemente herido por múltiples impactos de bala. Hasta donde sabe Amnistía Internacional, la investigación del incidente aún no ha resultado en la identificación de los responsables.

Domingo Calvo Espinosa y otros ocho.

Según referencias, el 6 de octubre de 1984, aproximadamente a las 7 de la tarde, a un grupo de 17 campesinos de Venustiano Carranza pertenecientes a la Organización Campesina Emiliano Zapata, se les tendió una emboscada mientras se dirigían en su camión a ayudar a otros campesinos cuyo vehículo se había quedado sin gasolina en el rancho "El Roblar", cerca de Venustiano Carranza. Según dijeron los campesinos, al llegar al vehículo inmovilizado fueron atacados por otro grupo de campesinos, aproximadamente 100, que viajaban armados con carabinas en tres camiones. Se refieren que, aunque iban desarmados, se les disparó indiscriminadamente, con el resultado de nueve muertos, entre ellos Bartolo Ramírez Pérez, de sólo 12 años de edad, y cuatro heridos graves. Tres miembros del grupo atacado, entre ellos el conductor del vehículo, fueron secuestrados por los individuos armados y entregados a la policía local, que más tarde los dejó en libertad. Según se informó, los agresores en este caso eran miembros de un grupo de la Confederación Nacional Campesina, opuesto a la Organización Campesina Emiliano Zapata, conocido en la localidad como "Los Paraiseños". El motivo del ataque parece haber sido la venganza por el asesinato de su jefe, Bartolo Gómez, funcionario de la Confederación Nacional Campesina. Al parecer, estos últimos creían que la Organización Campesina Emiliano Zapata era responsable del homicidio. Los dirigentes de la Organización Campesina Emiliano Zapata rechazaron esta acusación y, a su vez, culparon a terratenientes locales de planearlo y llevarlo a cabo para frustrar un acuerdo inminente entre las dos facciones rivales de la comunidad. Funcionarios del estado, comentando verbalmente los homicidios, expresaron a los delegados de Amnistía Internacional que se había realizado una pronta investigación y que 13 campesinos pertenecientes a la Confederación Nacional Campesina habían sido detenidos pocos días después del incidente. Sin embargo, en agosto de 1985 se informó en la prensa que 12 de los detenidos habían salido en libertad. De acuerdo con las informaciones, los 12 habían sido condenados a cuatro años de cárcel por homicidio tumultuario, pero posteriormente fueron dejados en libertad bajo fianza. El código penal vigente en el estado, en la fecha del proceso prescribía una condena de 10 a 20 años de cárcel por el delito de homicidio calificado. La reducción de la pena y la excarcelación anticipada de los procesos obedecían, según las autoridades, a la imposibilidad de atribuir responsabilidad individual a los acusados.

Juan Gómez Cruz y Leandro García López

Juan Gómez Cruz, agente municipal del pueblo de Ostuacán y miembro de la Organización Campesina Emiliano Zapata, fue muerto a tiros en la calle, según se informó, el 22 de diciembre de 1984 por la noche en la colonia Lindavista. La Organización Campesina Emiliano Zapata acusó a un grupo de ganaderos partidarios de la Confederación Nacional Campesina, a quienes se les había negado el derecho de pastoreo en tierras ejidales. Al día siguiente se informó que el mismo grupo había atacado con machetes y herido gravemente a otro campesino perteneciente a la Organización Campesina Emiliano Zapata, Leandro García López. Se formalizó una denuncia ante el agente del Ministerio Público, en la que se identificaba por su nombre a los presuntos responsables, pero según le consta a Amnistía Internacional, la investigación sobre el homicidio no ha conducido a ninguna detención.

Enrique Vázquez Hernández y Alejandro Aguilar Pérez.

También había miembros de la Confederación Nacional Campesina entre los presuntos

responsables de una emboscada armada que se les tendió a Enrique Vázquez Hernández y a Alejandro Aguilar Pérez, ambos miembros del comité regional de la Central Independiente de Obrero Agrícolas y Campesinos en el distrito de Las Margaritas. Se dijo que el ataque había tenido lugar el 27 de enero de 1985, alrededor de la 9.30 de la noche, cuando Enrique Vázquez y Alejandro Aguilar regresaban de una reunión en el ejido la Unión de las Uniones. Según se informó, a la camioneta en que viajaban se le disparó repetidamente y Enrique Vázquez recibió un impacto de bala en un hombro. Como en otros incidentes, el ataque parece haber sido a causa de la hostilidad que existe entre la Confederación Nacional Campesina y la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos en relación con el uso de la propiedad ejidal. Se hizo una denuncia formal ante el agente del Ministerio Público, en la que, supuestamente, se identificaba con precisión a seis individuos, entre ellos a tres dirigentes locales de la Confederación Nacional Campesina y a un terrateniente de la región. Aunque hay informes de que se dictaron órdenes de aprehensión, Amnistía Internacional no tiene conocimiento de ninguna detención en este caso.

En agosto y octubre de 1985 se recibieron informes acerca de nuevos homicidios o atentados perpetrados contra dirigentes de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos en Las Margaritas. Todas las víctimas colaboraban como funcionarios o asesores de ejido en dicho distrito. Según se informó, algunos habían sido agredidos o amenazados en repetidas ocasiones, y en tres de los incidentes la misma persona, calificada como pistolero a sueldo, se encontraba entre los presuntos responsables.

Gregorio López Aguilar

El 6 de agosto de 1985 fue asesinado Gregorio López Aguilar, funcionario de ejido Las Margaritas y dirigente local de la Central Independiente de Obreros Agrícola y Campesinos. Se denunció al comisariado de un ejido vecino y miembro de la Confederación Nacional Campesina como responsable del homicidio. Otros dos miembros de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesino, Hilario Jiménez López y Ajilio Trejo Jiménez, fueron llevados al hospital con heridas de bala. Según informes de prensa, un funcionario de la Procuraduría General del Estado declaró que la agresión había sido provocada por fricciones de orden personal entre los cuatro campesinos y que, de acuerdo con las primeras investigaciones, se pudo saber que el presunto agresor había actuado en defensa propia al ser agredido. Dijo, sin embargo que se había ordenado la detención de la persona supuestamente responsable.

De acuerdo con la información que obra en poder de Amnistía Internacional, la misma persona había sido denunciada como responsable del atentado en contra de Enrique Vázquez y Alejandro Aguilar en el mes de enero. Pese a que el tribunal dictó una orden de aprehensión en su contra, las autoridades policiales no habían adoptado, al parecer, medidas para lograr su captura. Según se informó, otros cuatro dirigentes de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos sufrieron agresiones similares en el curso de los meses subsiguientes, entre febrero y octubre de 1985.

Los informes de prensa señalaban que los campesinos del ejido Las Margaritas estaban reivindicando títulos de propiedad sobre 150 hectáreas de tierra, que se encuentran en la actualidad bajo régimen de tenencia privada. Se supo que a raíz de ello había entrado en conflicto con el terrateniente, quien es pariente cercano del Gobernador del Estado. Se dijo que una demanda para el replanteo de linderos promovida por la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos había provocado fuerte oposición por parte de un grupo de solicitantes de tierra liderado por la Confederación Nacional Campesina.

Andulio Gálvez Velázquez

Aproximadamente a las 7 de tarde del 4 de octubre de 1985, cuatro pistoleros que viajaban en un automóvil Volkswagen color verde ultimaron a balazos a Andulio Gálvez Velázquez, abogado y secretario de educación política del comité estatal de la Central Independiente de Obrero, Agrícolas y Campesinos en Chiapas. Andulio Gálvez, quien era candidato a diputado local por el Partido Socialista Unificado de México, era conocido en la región tanto por su trabajo en defensa de campesinos presos en relación con conflicto de tenencia de tierras, como por su asesoría letrada a grupo de campesinos, entre quienes se encontraban los ejidatarios de Las Margaritas. Fue uno de los abogados entrevistados por Amnistía Internacional durante su misión a Chiapas en marzo de 1984. Fue acribillado a balazos frente a su oficina (una unión crédito agropecuario), en el centro de Comitán. El asesinato, al parecer cuidadosamente planeado, ocurrió luego de una serie de atentados previos. Según informes, su casa y la de Enrique Vázquez Hernández fueron allanadas el mismo día por pistoleros, en agosto de 1985, no encontrándose ninguno de los dos en ese momento en su domicilio. Se dijo que en los meses siguientes, Andulio Gálvez, al igual que otros dirigentes de la Central Independiente de Obreros, Agrícolas y Campesinos, recibió frecuentes amenazas de muerte.

Al día siguiente de la muerte de Andulio Gálvez, miembros de la policía judicial del estado habrían, según informes, torturado a dos empleados

de la Unión Crédito donde trabajaba, aparentemente para tratar de incriminar a miembros de su organización en el asesinato. El día 5 de octubre, Felipe de Jesús Santis y Eleazar Velasco, ambos colegas cercanos de Andulio Gálvez, fueron detenidos en Comitán por la policía judicial del estado, al parecer sin orden de aprehensión. Estos informaron que se les había vendado los ojos y llevado a un lugar que no pudieron identificar. Allí fueron torturados, según informes, al tratar de obligarlos a firmar un documento que daba detalles de "divisiones internas" dentro del sindicato. Un artículo de prensa, el cual apareció posteriormente citado a un funcionario de la Procuraduría General del estado, decía que la muerte de Andulio Gálvez había sido a causa de disputas en su organización. Tal afirmación fue negada por los funcionarios de la central. Según se informó, los dos hombres estuvieron detenidos durante dos días y luego liberados.

Dos de las personas que supuestamente dispararon contra Andulio Gálvez fueron detenidas más tarde. Se dijo que ambos eran miembros de la Confederación Nacional Campesina. Se informó, además, que se habían dictado órdenes de aprehensión en contra de otras dos personas, entre ellas el funcionario de la Confederación Nacional Campesina acusado de matar a Gregorio López. Por las fechas en que se redactó este informe (octubre de 1985), Amnistía Internacional no había podido obtener confirmación oficial de las detenciones o de los cargos formulados en contra de los acusados.

Tortura y maltratos: presos de conciencia

Durante 1982 y 1983, a Amnistía Internacional le preocuparon diversas denuncias de torturas infligidas a detenidos por agentes de la policía judicial del estado. Reportaje de prensa y testimonios personales también dieron cuenta de maltratos habituales, sobre todo palizas, sufridos por campesinos en el momento de su detención. Se conocieron diversos informes detallados en los que se denunciaban torturas a presos que se encontraban bajo incomunicación para ser interrogados por la policía, en las dependencias de la sede de la Procuraduría General en Tuxtla Gutiérrez, capital del estado. Parecía que algunos de estos presos habían sido detenidos sin mandamiento legal y sin reconocimiento oficial de su detención ni del lugar de Esta. Las denuncias daban cuenta de torturas físicas - tales como la aplicación de corriente eléctrica, ingestión forzada de agua mineral por la nariz, y paliza - y presiones psicológicas, como las amenazas de matar al detenido o a sus familiares. Supuestamente, la tortura se utilizó para obtener de los sospechosos declaraciones incriminadoras. Durante el interrogatorio inicial de la policía, al detenido no se le proporciona asistencia letrada.

En su memorando de octubre de 1984, Amnistía Internacional se refirió a los casos de cuatro presos encarcelado en Chiapas. Fueron acusados o condenados por delitos penales, pero Amnistía Internacional consideraba que, en realidad, se les había reducido a prisión de sus actividades políticas no violentas. Según han afirmado los cuatro, durante el interrogatorio de la policía sufrieron maltratos. Según sabe Amnistía Internacional, estos alegatos nunca fueron investigados.

Casos

Gustavo Zárate Vargas

Gustavo Zárate Vargas, de 30 años profesor de economía en la Universidad Autónoma de Chiapas, en San Cristóbal de las Casas, fue aprehendido por miembros de la policía judicial del estado el 24 de julio de 1983, alrededor de las 12 del mediodía, en dicha ciudad. Antes de su detención, en 1982, siendo coordinador de la facultad de ciencias sociales de la universidad, había tomado parte activa en una campaña en pro de reformas internas en ésta. También había participado en otra campaña en favor de la readmisión de un grupo de trabajadores que habían sido despedidos del Instituto Nacional Indigenista. Era también conocido por su labor de apoyo a los refugiados guatemaltecos en Chiapas, y como activo partidario de las comunidades indígenas de la región. Era miembro del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), legalmente registrado en México, el cual ha participado en elecciones a nivel nacional y estatal.

Después que se dictara contra él auto de formal prisión en espera del proceso, dio a conocer los detalles de su detención, presuntamente ilegal, y de las torturas que dijo haber sufrido, los cuales fueron publicados en la prensa nacional. También interpuso recursos contra el auto de formal prisión el 4 de agosto de 1983, ante el Juzgado del Primer Distrito de Tuxtla Gutiérrez. En su declaración ante el juez dijo que sus aprehensores no le mostraron ningún orden de aprehensión y que su casa había sido registrada ese mismo día, más tarde, sin autorización. Declaró que desde las 9 de la noche del día de su detención hasta las 5 de la madrugada del 25 de julio, y en repetidas ocasiones en los días siguientes, fue torturado: se le golpeó en el cuerpo y la cabeza mientras se le mantenía con los ojos vendados, y se le forzó a tragar agua mineral por la nariz. Afirmó que se le había amenazado con ejecutarlo si se negaba a admitir las acusaciones que le hacían los interrogadores. Gustavo Zárate fue entrevistado por un representante de Amnistía Internacional en la cárcel de Cerro Hueco en marzo de 1984.

Durante la entrevista confirmó su declaración anterior y expresó al representante de Amnistía

Internacional que también se le había torturado mediante la aplicación de corriente eléctrica en la nariz. oídos y genitales, así como infligiéndole golpes en el estómago con una toalla mojada. Dijo que se le había forzado a firmar una declaración que no se le permitió leer, y que fue amenazado de muerte si no lo hacia.

Los documentos entregados a Amnistía Internacional revelan que fue interrogado largamente sobre sus actividades y contactos políticos, y que al mismo tiempo dos estudiantes universitarios estaban también detenidos sin mandamiento legal y sometidos a interrogatorios similares. El encausado dijo al juez que la policía lo acusaba de celebrar en su casa reuniones sospechosas con extranjeros, acusación basada en supuestas declaraciones que sus vecinos hicieron a la policía. Los vecinos que, supuestamente, afirmaran que en su casa se estaban almacenando armas y drogas nunca fueron llamados a declarar en el juicio. Después de la detención, su casa fue allanada. La policía confiscó libros de temas políticos y folletos, pero más tarde fue acusado de posesión de marihuana y armas, entre éstas una pistola y bombas de fabricación casera que la policía afirmó haber encontrado durante el registro de su domicilio.

Tras estudiar la documentación judicial disponible y otras informaciones relativas a las circunstancias de su detención y a los antecedentes políticos del caso, Amnistía Internacional concluyó que existían claros indicios de que había sido víctima de una maquinación. Amnistía Internacional consideró que se le había encargado en razón de sus actividades políticas no violentas, y lo adoptó como preso de conciencia. Al tomar esta decisión, la organización tomó en cuenta que había sido detenido ilegalmente y que se le mantuvo incomunicado durante varios días, sin que se le hubiese permitido ver a sus familiares ni a un abogado, mientras era interrogado principalmente sobre sus actividades políticas; que todo parecía indicar que había sido condenado en base a una confesión forzada, de la cual él se retractara más tarde y a cuyo respecto dijo que había sido obligado a firmarla mediante tortura; y que existían razones bien fundadas para dudar de la credibilidad del supuesto hallazgo de drogas y armas en su domicilio.

Ya que la posesión de armas ilegales y de drogas son delitos de jurisdicción federal, la causa se remitió al Ministerio Público Federal, el cual lo acusó con arreglo a la Ley Federal de Armas y Explosivos. El 5 de diciembre de 1983 se le declaró culpable y condenó a ocho años de cárcel, pena que se le redujo mediante apelación a siete años y tres meses el 27 de enero de 1984. En marzo de 1984 interpuso recursos de amparo contra la sentencia ante la Suprema Corte de la Nación. El 22 de noviembre de 1984 la Suprema Corte admitió su recurso de amparo, tras dictaminar que existían varias irregularidades en el proceso que se le siguiera, y su condena fue reducida a dos años y tres meces. Se le puso en libertad el 1o. de marzo de 1985 después de pagar una multa de 5 mil 200 pesos y una fianza de 100 mil pesos.

Durante su entrevista con el Procurador General del Estado de Chiapas en enero de 1985, a los delegados de Amnistía Internacional se les permitió total acceso a la documentación judicial relativa al proceso de Gustavo Zárate. Los registros del tribunal revelaban claramente la existencia de una denuncia en la que se alegaba que había sido torturado. Aunque el juez a quien le fuera presentada ésta parece que desestimó su apelación contra el auto de formal prisión, no se practicó investigación alguna respecto a los alegatos de que había sido torturado. Comentando el caso, el Procurador General señaló que investigación de tales alegatos se tramitaría como asunto de rutina una vez que se presentase una denuncia formal ante el agente del Ministerio Público, quien está facultado para practicar tales investigaciones en nombre del Procurador General. Al agente del Ministerio Público no se le había prestado denuncia formal en éste ni en ninguno de los otros casos de presuntas torturas planteados por Amnistía Internacional. Dijo que, en los últimos años, no habiéndose formalizado denuncias por esa vía, no había existido fundamento para abrir investigación o proceso contra funcionarios de la policía acusados de haber cometido abusos con los detenidos.

Amnistía Internacional considera que los alegatos expuestos más arriba, algunos de los cuales se conocieron a través de los registros de los mismos tribunales, eran suficientemente verosímiles como para que se hubiera ordenado sin demora una investigación oficial. Los alegatos de Gustavo Zárate acerca de los maltratos cobran verosimilitud por el hecho mismo de que la policía no presentó una orden de detención en su contra, y de que las autoridades no informaron de inmediato a los familiares sobre el lugar de la detención, como también por el hecho de haberlo sometido a incomunicación, al parecer para arrancarle una confesión, lo cual está prohibido por el artículo 20 (ii) de la Constitución. A los delegado de Amnistía Internacional les llamaron también la atención poderosamente algunas declaraciones atribuidas al preso en los informes de la policía, pues parecía poco verosímiles e inducían claramente a pensar que fueran logradas mediante coacción. A pesar de estos elementos inquietantes del caso, los funcionarios del gobierno del estado no reconocieron ninguna responsabilidad respecto a la investigación de las denuncias, y sugirieron que éstas en muchos casos habían sido hechas deliberadamente y engañosamente para eludir el procedimiento.

Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torre Hernández.

Amnistía Internacional ha adoptado como presos de conciencia a dos dirigentes campesinos, Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torre Hernández, actualmente encarcelados en Chiapas, Ambos son naturales de Venustiano Carranza y miembros de la Organización Campesina Emiliano Zapata, organización integrada en la coalición campesina independiente Coordinadora Nacional Plan de Ayala (CNPA).

Victórico Hernández Martínez, muy conocido en la localidad como uno de los dirigentes de la Casa del Pueblo, organización comunitaria de Venustiano Carranza, fue detenido el 6 de abril de 1982. Era acusado de haber participado en el asesinato de José Fonseca Hernández, campesino muerto el 26 de junio de 1980 por un supuesto grupo de miembros armados de la Casa del Pueblo. Victórico Hernández Martínez fue detenido junto con Arturo Albores Velásco, estudiante de arquitectura en la Ciudad de México, de 31 años, quien había estado trabajando en proyectos de extensión agraria en la región de Venustiano Carranza, patrocinados por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Agustín de la Torre Hernández fue detenido bajo los mismos cargos el 24 de febrero de 1982. Los tres presos negaron conscientemente las acusaciones en su contra, y afirmaron que se les detuvo en razón de la oposición oficial a su lícitas actividades políticas en la comunidad.

Agustín de la Torre y Arturo Albores, según se informó, fueron maltratados durante el interrogatorio de la policía. Agustín de la Torres estuvo incomunicado durante tres días en el recinto de la policía judicial del estado de Tuxtla Gutiérrez, antes de ser trasladado a la cárcel de Cerro Hueco. Sus familiares narraron a Amnistía Internacional que sangraba profusamente de la nariz y la boca cuando lo vieron en la cárcel por primera vez. Según se denunció, fue duramente golpeado, y se le dio tortura aplicándole corriente eléctrica y forzándolo a tragar agua mineral por la nariz, para obligarlo a afirmar una confesión. Denuncias de golpes y otros maltratos se formularon también en el caso de Arturo Albores Velásco, quien fuera detenido bajo la misma acusación el 6 de abril de 1981 y puesto en libertad el 2 de diciembre de 1982, después de que se reiterara el cargo que se le imputaba. Dijo a Amnistía Internacional que tenía lesionado un tímpano, a causa de los golpes recibidos durante su detención.

El recurso que interpusieron los tres presos en julio de 1982, pidieron su libertad sobre la base de la insuficiencia de pruebas para poder procesarlos (desvanecimiento de datos) fue rechazado por el juez. Apelaron de nuevo en contra de esta resolución, y el caso se remitió al Tribunal Superior de Justicia, el cual resolvió en su contra en agosto de 1982. El 22 de noviembre del mismo años, el Procurador General del estado sobreseyó las actuaciones respecto a Arturo Albores Velásco y éste fue puesto en libertad el 4 de diciembre de 1982. En su comentario escrito sobre este caso, la Procuraduría declaraba que una de las consideraciones que se tomaron en cuenta era "el acusado Arturo Albores Velásco era o es un joven profesional a quien se debe dar la oportunidad de rehacer su vida y ser útil a la sociedad". A Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torres Hernández el 4 de noviembre de 1983 se los declaró culpables de asesinato, condenándolos a 12 años de cárcel. En el caso de Victórico Hernández Martínez, el juicio tuvo lugar más de dos años y medio después de la fecha de su detención, aunque el período máximo que prescribe la Constitución sea sólo un año. En enero de 1984 se interpuso una apelación contra el veredicto pero fue denegada. Posteriormente, los dos presos elevaron a la Suprema Corte de la Nación un recurso de amparo contra la sentencia. Por las fechas en que se redactó este informe se esperaba una resolución de la Suprema Corte que pudiera reducir o anular sus respectivas condenas.

Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torre son conocidos por su destacada labor como miembros de su organización y comunidad, en los intentos por recobrar unas tierras comunales que, según afirman ellos, pertenecen legítimamente a su comunidad. Estos intentos se llevaron a cabo frente a la oposición de los terratenientes y hombres de negocios de la localidad, autoridades municipales y del estado y campesinos que hacen causa común con las autoridades municipales. Ninguno de los reos parece haber estado involucrado en actos de violencia en el pasado ni haber abogado por la violencia para lograr sus propósitos. Más aún, existían un número de sorprendentes inconsistencias en las declaraciones de los principales testigos de la acusación en lo que respecta ala identificación de los agresores de Jorge Fonseca Hernández. Todos ellos pertenecían a una facción campesina, de la misma localidad, hostil a la Casa del Pueblo. Ambos han mantenido consistentemente su inocencia en todas las etapas del proceso así como desde su condena.

Amnistía Internacional adoptó también como preso de conciencia a José Manuel Hernández Martínez, hermano de Victórico y también dirigente de la comunidad de Venustiano Carranza. Fue detenido el 3 de marzo de 1984 y por las fechas en que la delegación de enero de 1985 de Amnistía Internacional giraba visita se encontraba recluido en la cárcel de Venustiano Carranza, acusado del mismo asesinato y por varios otros cargos menores. Amnistía Internacional supo con satisfacción que había sido puesto en libertad el 23 de febrero de 1985, antes de que se le hubiera enjuiciado.

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Cuadro 1

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APÉNDICE

Apéndice 1

Respuesta del Gobierno de México al memorando de Amnistía Internacional

Introducción

Hacemos referencia a su atenta comunicación del 22 de noviembre de 1985, a la que se sirvió anexar una copia del informe de Amnistía Internacional titulado: "Los Derechos Humanos en el Sureste de México: Conclusiones de una investigación de Amnistía Internacional en torno a violaciones de derechos humanos en los estados de Oaxaca y Chiapas". Dicho informe presenta las conclusiones de una misión de esa agrupación que visitó México entre el 26 de enero y el 1o. de febrero de 1985.

Durante esa visita las autoridades mexicanas otorgaron su ayuda y apoyo para el desahogo de algunas interrogantes que se habían generado durante una misión previa de Amnistía Internacional al Sur de México en marzo de 1984.

En reparación de dicha visita, la Secretaría de gobernación solicitó a las autoridades competentes, tanto a nivel federal como estatal, su colaboración a fin de facilitar el esclarecimiento de hechos que preocupan al Gobierno de México y a esa agrupación. Los gobernadores de los estados de Chiapas y Oaxaca instruyeron a los procuradores generales de justicia en sus respectivos estados a fin de que reunieran la información necesaria, precisaron datos y señalaran puntualmente el avance de los procesos. En muchos casos, la información solicitada por Amnistía Internacional obligó a realizar pesquisas retrospectivas hasta de 18 años atrás, así como a esclarecer hechos sobre los cuales esa organización solo tenía indicios mínimos. Este esfuerzo se realizó con el ánimo de que la imagen y prestigio de esas entidades federativas y de México, no tanto, en clara distorsión de la realidad que prevalece en este país.

Las autoridades mexicanas otorgan una alta estima de las labores de esa organización, por lo que consideran indispensable que en beneficio de la imparcialidad, la objetividad y la justicia, principios que orientan sus actividades, Amnistía Internacional reconozca como necesario que todo juicio que se haga sobre una situación determinada, debe estar fundamentado en evidencias fehacientes y no en aseveraciones partidarias o unilaterales.

El Gobierno de México entiende que una Institución de buena fe, apolítica y defensora de los derechos básicos del ser humano, como es Amnistía Internacional, debe mantener una actitud abierta, que le permita integrar la información básica sobre posibles violaciones a las garantías individuales en donde quiera que ello ocurra. Suponemos que esa misma disposición debe prevalecer en la etapa en la que ese organismo estudia una denuncia o una información. Es este procedimiento el que puede contribuir al restablecimiento de la vigencia plena y el respeto a los derechos humanos. De otra manera, se podrá presumir una proclividad partidaria y unilateral que inhibe toda posibilidad de un esclarecimiento cabal de hechos que preocupan a la comunidad internacional.

En las entrevistas que sostuvieron los miembros de esa organización con las autoridades federales y estatales, a principios de 1985, éstas respondieron con detalle a todas las interrogantes que se plantearon. Se hizo un reconocimiento expreso de que existen rezagos dolorosos en la impartición de justicia, lo que constituye un estímulo constante para reformar y agilizar los procedimientos, así como la atención de los casos en litigio. Se puso a disposición en sus enviados los expedientes judiciales de los casos contenidos en el documento que nos ocupa, explicándoseles con toda amplitud las modalidades del sistema procesal mexicano. Cabe recordar que en su momento, las autoridades mexicanas señalaron su preocupación por el hecho de que los miembros de la misión, no obstante las prolijas y objetivas explicaciones que se les dieron sobre las interrogantes planteadas, mantuvieron una actitud escéptica. Parecería que esta posición, lejos de ayudar al esclarecimiento de los casos que nos preocupan, contribuiría a crear obstáculos insalvables a la investigación de los hechos, lo que puede interpretarse inclusive en el sentido de poner en duda la información proporcionada, por el solo motivo de haber sido entregada por autoridades gubernamentales.

Lamentablemente, estos temores expresados oportunamente, quedaron corroborados en el informe que publicara esa organización. En virtud de lo anterior y en beneficio de un tratamiento que corresponda a la realidad de los hechos, solicitamos formalmente se añada a dicha publicación esta nota y las precisiones que sobre cada caso están contenidas en las carpetas que se anexan a la presente. Como se podrá observar, al Gobierno de México mantiene su disposición por esclarecer distorsiones que empañen su tradicional respeto por los derechos y las libertades fundamentales del hombre.

El Gobierno de México desea reiterar que las afirmaciones contenidas en el informe y que se refieren a la aplicación de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, como lo pudieron comprobar los miembros de la misión, constituyen generalizaciones falsas. Por el contrario, cuando las autoridades mexicanas competentes han tenido noticia de que se ha cometido algún abuso o un

acto arbitrario, se ha procedido al castigo inmediato de los responsables. Con ese propósito, durante los periodos legislativos de 1983 y 1984 se llevaron a cabo varias reformas a los ordenamientos procesales y penal. Su contenido fue explicado ampliamente y entregado a los miembros de la misión de este organismo. Entre las modificaciones destaca la eliminación de la confesión como parte esencial de la prueba. Aquella sólo constituye un elemento suficiente de cargo cuando puede ser verificada con otras evidencias. Así se evita la posibilidad de que una declaración obtenida bajo circunstancias dudosas, represente un obstáculo insalvable para el presunto acusado.

A mayor abundamiento, durante el último período de sesiones, el Senado de la República aprobó un proyecto de ley sobre la tortura que será estudiado próximamente por la Cámara de Diputados. En el espíritu de este proyecto se incorporarán las preocupaciones plasmadas por la comunidad internacional en la convención que sobre la materia fue recientemente aprobada en la XXXIX Asamblea General de Naciones Unidas.

Las imputaciones relativas a supuesta complicidad o encubrimiento de autoridades en la comisión de delitos, afectan la respetabilidad del sistema jurídico y democrático de México. Como se podrá confirmar nuevamente en la información anexa, no existen elementos que puedan probar una aseveración de esta naturaleza. Invariablemente, conforme a la ley, se ha procedido en igualdad de circunstancias para investigar los hechos, perseguir, detener y procesar a los culpables.

Por lo que se refiere a los casos desaparecidos que se mencionan en el informe que se comenta, se consideró indispensable proporcionar datos que seguramente contribuirán a esclarecer algunas aseveraciones que aparecen en dicho documento. Es pertinente aclarar que el Gobierno de México ha mantenido, desde hace varios años, una relación de colaboración con el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Personas, órgano de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. Sobre esta actuación de México, dan plena constancia los informes anuales presentados por el presidente del grupo de ese órgano.

Sobre el particular, es pertinente señalar como ha sido expuesto en diferentes ocasiones ante el mencionado grupo de trabajo, que con frecuencia las solicitudes de información sobre supuestos desaparecidos carecen de rigor. En múltiples ocasiones se da curso a quejas, sin que estas hubiesen sido siquiera notificadas previamente a las autoridades competentes. Esto da lugar a que diversas agrupaciones presenten listas voluminosas indiscriminadas en que se alegan supuestas desapariciones sobre las cuales el Gobierno de México no ha recibido la denuncia correspondiente. Así mismo, se incluyen nombres que de buena fe son aceptados por las agrupaciones internacionales y acerca de los cuales se carece de datos precisos sobre la información básica del supuesto afectado, lugar y tiempo de la presunta desaparición, actividad, etcétera. En estas condiciones, las autoridades mexicanas han debido iniciar una difícil búsqueda que puede demorarse o resultar infructuosa.

El pueblo de México, así como sus autoridades en los niveles federal, estatal y municipal, han asumido con plena responsabilidad el proceso de desarrollo político, económico, social y cultural que requiere el país. La procuración y administración de justicia encuentran fundamento en el documento constitucional vigente. De este emanan leyes y reglamentos que rigen a nuestra sociedad. Los mexicanos tenemos en esta estructura legal básica los instrumentos idóneos para la preservación de nuestros derechos fundamentales. El recurso de amparo representa una institución esencial del sistema jurídico mexicano, en tanto asegura la preservación de nuestras garantías individuales.

De nuestra historia, se desprende una profunda raigambre jurídica y una honda tradición de respeto a los derechos humanos. Por ello, en el espíritu de nuestras leyes se contempla la realidad contrastante de un país en desarrollo. La defensoría de oficio encuentra así una explicación cabal en las dolorosas desigualdades que aún aquejan a México. Igualmente, no escapa al conocimiento de las autoridades competentes que la acción de justicia debe ser agilizada, corrigiéndose deficiencias que no se soslayan.

Deseamos que Amnistía Internacional otorgue una justa consideración a los elementos antes mencionados, que corroboran ampliamente una voluntad política gubernamental encaminada a lograr objetivos de alcance social incuestionable y constructivo. De ahí la solicitud de que se otorgue difusión adecuada a los conceptos expresados en esta nota y a los elementos incluidos en las carpetas que se anexan a la misma.

Estado de Oaxaca

Casos

Luis Flores García

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona era un indígena que había dirigido los esfuerzos de la comunidad para reclamar tierras comunales y había participado en los intentos de establecer una cooperativa de productores y que fue asesinado en el poblado de Paraje

Pérez, supuestamente, por un grupo de civiles que se dijo habían sido contratados por terratenientes locales. Citando la información facilitada por el Procurador General del estado, se señala qué, como resultado de las investigaciones, fueron acusados cuatro civiles. Uno nunca fue detenido, los otros tres fueron consignados y posteriormente condenados a 30 años de cárcel por agresión y asesinato. Sin embargo, estas tres personas apelaron en contra de sus sentencias en enero de 1979, ante el Tribunal Superior del Estado y como consecuencia se les puso en libertad.

De nuestra investigación se desprende que:

En relación al homicidio de Luis Flores García y a los informes que Amnistía Internacional recibió del Procurador General de Justicia del Estado de Oaxaca, debe mencionarse que los mismos son exactos. El 12 de agosto de 1977, se inició la averiguación previa correspondiente al caso, turnándose al juzgado competente al señor Ramón Celestino Ramírez, como presunto responsable y solicitando se giraran órdenes de aprehensión en contra de otros inculpados.

En diversas fechas fueron detenidos los señores Pablo Ramírez Flores y Martín Martínez.

Desahogado que fue el proceso correspondiente, el juez de la causa sentenció a los tres individuos mencionados a purgar la pena de 30 años de prisión a cada uno de ellos.

Los sentenciados se inconformaron con la resolución dictada interponiendo el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, mismo que tomando en cuenta la retractación de testigos y la no presentación de otros; provocó el desvanecimiento de los elementos que sirvieron al juez como fundamento para dictar su sentencia y consecuentemente la revocación de la misma.

Debe hacerse notar que en este caso, se actuó con estricto apego a la ley, ya que, precisamente, es derecho de todo individuo que ha sido sentenciado, pedir se revise por tribunal distinto al que lo juzgó, la legalidad del procedimiento seguido y las pruebas aportadas.

Marcos Ramírez López

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona fue supuestamente asesinada el 29 de febrero de 1980 en Concepción Carrizal (San Juan Copala) y que es necesario que se realicen investigaciones sobre las versiones proporcionadas por personas que dicen son testigos de los hechos.

Siguiendo el testimonio de Roberto García López, Marcos Ramírez López y él se habían ido a trabajar como jornaleros a Culiacán Sinaloa, en virtud de que en San Juan Copala se habían dictado órdenes de aprehensión en contra de ellos. En esta ciudad, algunos agentes de la policía del estado acompañados de un grupo de civiles armados de San Juan Copala, lo detuvieron por la fuerza junto con Marcos Ramírez López. García López y Ramírez López fueron golpeados, llevados por la policía a una cárcel y entregados a los civiles, quienes los trasladaron a Concepción Carrizal cerca de San Juan Copala.

El 29 de febrero de la madrugada, ya en Concepción Carrizal, Marcos Ramírez López fue sacado de la habitación donde se encontraba y muerto a tiros. Roberto García López afirmó que logró escapar, todavía esposado, de sus captores, los cuales habían estado bebiendo en exceso.

Amnistía Internacional citando la información proporcionada por el procurador general del estado, señala que la madre de Marcos Ramírez López expresó ante el agente del Ministerio Público que su hijo había desaparecido el 5 de junio de 1983 después de dirigirse al campo y que, en su opinión, había huido para evitar que se le detuviera, ya que existía una orden de aprehensión en su contra.

Por lo demás, esa organización internacional señala que este caso fue planteado nuevamente al procurador general del estado en marzo de 1985, adjuntando la declaración de Roberto García López y la denuncia de un de un dirigente del pueblo y de un grupo de vecinos (dirigida al licenciado Oscar Flores Sánchez, entonces Procurador General de la República), que avala un testimonio similar con respecto a las circunstancias del homicidio. Sin embargo, Amnistía Internacional refiere que no le consta que los alegatos formulados en los testimonios hayan sido debidamente investigados.

De nuestra investigación, se desprende que:

Las autoridades competentes no tuvieron conocimiento por las vías legales existentes en México (denuncia ante al agente del Ministerio Público correspondiente) de que el señor Marcos Ramírez López fue supuestamente asesinado en Concepción Carrizal (San Juan Copala, Oaxaca ) después de haber sido secuestrado en Culiacán, estado de Sinaloa.

En su informe Amnistía Internacional menciona que se presentaron diversos escritos "por un dirigente del pueblo y un grupo de vecinos al licenciado Oscar Flores Sánchez, entonces Procurador General de la República" no siendo estos mecanismos idóneos para la iniciación de averiguación previa alguna, ni éste autoridad competente para conocer del asunto en cuestión; sin embargo, a

solicitud formulada por su organización ante el procurador de justicia del estado, se efectuaron serias investigaciones de estos acontecimientos, no habiendo tenido hasta este momento resultado positivo alguno a pesar de la voluntad existente en las autoridades de este estado.

Juan Martínez López

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona fue dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui del pueblo de Yozo Yuxi y desapareció después de ser detenido por un grupo de civiles en el momento en que bajada de un autobús en el poblado de Concepción Carrizal cerca de Yozo Yuxi. Martínez López regresaba de la ciudad de México en donde había estado negociando en nombre de su organización con funcionarios de la Secretaría de Gobernación.

El 2 de diciembre de 1981 Carlos Fernández del Real envió una carta al entonces Secretario de Gobernación, Profesor Enrique Olivares Santana, en que formulaba una denuncia formal y daba los nombres de cuatro individuos supuestamente responsables del secuestro y desaparición de Juan Martínez López. en la citada carta se hacía referencia a la denuncia escrita que representantes triquis hicieran en noviembre de 1981 al Gobierno de Oaxaca, respecto a la desaparición de Martínez López. También mencionaba, el licenciado Fernández del Real a un testigo ocular, que no deseaba ser identificado, que afirmaba haber visto cuatro individuos cuando mataban a machetazos a Juan Martínez López.

En enero de 1985, una copia de esta carta fue enviada por Amnistía Internacional al procurador general del estado, solicitándole información sobre el estado de la investigación en torno al caso de Martínez López, sin que, según Amnistía Internacional, se haya recibido respuesta y sin que existan indicios de que se haya abierto una investigación.

De nuestra investigación, se desprende:

El presente caso tiene características similares a las del anterior, ya que, a pesar de que se hace referencia a la desaparición y muerte de Juan Martínez López, no existió formal denuncia ante el Agente del Ministerio Público alguno, que permitiera el inicio de la averiguación previa correspondiente.

Amnistía Internacional señala que de los hechos mencionados "El abogado licenciado Carlos Fernández del Real formuló una denuncia formal al entonces Secretario de Gobernación", funcionario que no es autoridad competente para conocer el caso, situación que el "Abogado" Fernández del Real, perito en derecho, debía conocer por ser ésta, cuestión elemental de su especialidad y profesión.

Lo anterior motiva que en el estado de Oaxaca no exista averiguación formal alguna, desde el punto de vista jurídico, estrictamente en relación a la supuesta detención y homicidio mencionados ya que falta el impulso procesal requerido (que el Ministerio Público tenga conocimiento de un hecho supuestamente delictivo); sin embargo el Gobierno del estado, demostrando su buena voluntad, ha llevado a cabo indagaciones que permitieran esclarecer esta situación, sin haberlo logrado al momento.

Camilo Martínez Cruz

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona era dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en el pueblo de Santacruz Tilapa y que había sido detenido y muerto en San Juan Copala por tres individuos que declararon ser miembros de la policía municipal.

Su madre, María Florencia Cruz denunció los hechos al procurador general del estado, señalando que el cuerpo de su hijo presentaba huellas de tortura. En su declaración señaló a ocho individuos como presuntos responsables del asesinato de su hijo. Otros dos testigos también habían formulado declaraciones en contra de esas personas.

Según la información del procurador general del estado. Amnistía Internacional indica que se había abierto una investigación, sin embargo, apunta que ésta no ha conducido a ninguna detención.

De nuestra investigación, se desprende que:

En sus declaraciones iniciales ante el agente del Ministerio Público, la señora María Florencia Cruz, madre de Camilo Martínez Cruz (o Juan Camilo Flores), señaló que los hechos se originaron a partir de que ellas y su hijo, hoy occiso, se encontraban ingiriendo bebidas embriagantes y que no había podido percatarse del momento de salida ni del rumbo que había tomado su hijo.

Con posterioridad, se presume fue aconsejada, declaró que su hijo fue conducido por ocho sujetos, que se llevaron al finado "rumbo al río" y que iban armados con machetes y cuchillos. Cabe mencionarse que esta última circunstancia no es determinante en forma alguna ya que en una zona rural, es común que la gente porte tales instrumentos que utilizan para la labranza.

Como consecuencia de lo anterior la autoridad correspondiente giró órdenes de aprehensión, mismas que por su imposibilidad humana y jurídica no han sido ejecutadas a pesar de que ha habido.

insistencia en tal sentido de las autoridades estatales.

Paulino Martínez Ramírez y María Francisca

Amnistía Internacional afirma:

El 21 de febrero de 1984, dirigentes de la comunidad de Llano de Nopal presentaron una denuncia al Presidente Municipal de Juxtla Huaca, con respecto a presuntos abusos cometidos por un grupo de seis individuos que al parecer actuaban con el apoyo de las autoridades municipales de San Juan Copala.

En una de sus acciones delictivas, los asaltantes llegaron al domicilio del señor Paulino Martínez Ramírez y de su esposa María Francisca. El señor Martínez fue golpeado, robado y llevado a la cárcel; su esposa fue violada.

Según informes del procurador general del estado, la investigación policial con respecto a este caso fue seguida de órdenes de detención para los individuos identificados y como resultado, cuando menos uno de ellos habría sido detenido.

Sin embargo Amnistía Internacional denuncia, aunque no ha podido confirmarlo, el asesinato de María Francisca, como represalia de los autores de los ilícitos.

De nuestra investigación se desprende:

Con respecto al caso del señor Paulino Martínez Ramírez y de su amasia María Francisca, integrada la averiguación previa No. 116/984, fueron consignados los señores Fernando Hernández Guzmán y Victoriano Hernández Martínez, Alberto Hernández Guzmán, Alfonso Martínez Cruz, como presuntos responsables de los delitos de allanamiento de morada, lesiones, robo y violación, habiéndoseles dictado auto de formal prisión y librado orden de aprehensión en contra de Francisco Pascual Martínez y Macario de Jesús. En este momento los detenidos se encuentran sujetos a proceso.

Por lo que se refiere al caso de María Francisca, esta persona fue efectivamente asesinada, pero no por los autores de los delitos señalados, ni en represalia de las denuncias sino por Paulino Martínez Ramírez, motivado por problemas pasionales, como consta de la averiguación previa 102/984 en que se relata la forma como se efectuó el homicidio: con golpes de machete propinados por Martínez Ramírez después de fuerte discusión.

Como consecuencia se dictó orden de aprehensión en contra del mencionado, quien se encuentra prófugo de la acción de la justicia.

Juan Albino

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona era simpatizante del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui y que había sido detenido junto con Julio Hernández López, el 19 de diciembre de 1983, en el pueblo de La Ladera, por policías acompañados de civiles armados. Según las declaraciones de testigos, Juan Albino y Julio Hernández López fueron torturados y llevados a la cárcel.

Con posterioridad, el 7 de mayo de 1984, sus cuerpos fueron descubiertos luego que fueron enterrados secretamente. El procurador general del estado informó que se habían iniciado las investigaciones al respecto, pero que éstas se habían concluido por falta de testigos que pudieran identificar a los responsables.

De nuestra investigación, se desprende que:

Por lo que se refiere a las posibles torturas que habían sufrido Juan Albino y otro acompañante, no existe denuncia formal ante autoridad competente alguna, por lo que no fue posible integrar averiguación al respecto.

Por lo que hace al posterior homicidio del mismo Juan Albino y Juan Merino Bautista, se comprobó el mismo por haber sido encontrados los cuerpos sepultados clandestinamente, pero no se ha determinado la responsabilidad de sus autores en virtud de no existir testigos u otros indicios que lleven a su señalamiento, incluso quien hizo del conocimiento de las autoridades tal hecho, el señor Camerino Andrés (hermano de Juan Merino Bautista, a pesar de la diferencia de apellidos) desapareció y no ha sido posible su ubicación.

Domingo González Domínguez y Julio Sandoval Cruz

Amnistía Internacional afirma:

Que estas personas son miembros del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en Yozoyuxi. En diciembre de 1984, ambos fueron torturados y trasladados a celdas de la policía judicial del Estado en la ciudad de Oaxaca.

El caso de domingo González fue denunciado al Gobernador de Oaxaca. Amnistía Internacional, por su parte, envió una carta al procurador general de Oaxaca preguntando por el estado de las investigaciones, sin que hasta el momento haya obtenido respuesta. Asimismo esta organización señala que Domingo González y Julio Sandoval han sido acusados de asesinato, el primero con múltiples cargos.

De nuestra investigación, se desprende que:

Es inexacto el señalamiento que se hace en el sentido de que los señores Domingo González Domínguez (o Domingo González Guzmán) y Julio Sandoval Cruz están procesados por el delito de homicidio, ya que únicamente existe el expediente 25/984 en el que se sigue en contra de Domingo González Domínguez, causa penal por el delito de lesiones en agravio de Pedro Celestino Ramírez.

El inculpado en su declaración preparatoria ante el C. juez de la causa, nunca manifestó haber sido objeto de coacción o tortura alguna. Tampoco existen certificaciones de carácter médico que lleven a comprobar la práctica de tales procedimientos.

Paulino Martínez Delia

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona es profesor bilingüe y dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui y que fue detenido el 24 de abril de 1985 por la policía, acusado de varios homicidios.

Según el relato de Paulino Martínez a los periodistas, la policía le aplicó choques eléctricos y lo obligó a tomar agua mineral por la nariz, con el propósito de que se confesara culpable de los homicidios. Posteriormente fue obligado a firmar documentos en blanco.

El 27 de abril del mismo año un médico que examinó al preso confirmó la existencia de huellas de tortura (el fascímil de este certificado médico fue publicado en el Semanario "Por Esto").

En junio del mismo año, Paulino Martínez fue liberado después que los cargos en su contra fueron levantados. sin embargo, de acuerdo con Amnistía Internacional no se ha llevado a cabo ninguna investigación oficial sobre los alegatos de tortura mencionados en este caso.

De nuestra investigación, se desprende que:

No es correcta la aseveración de que no se ha llevado a cabo ninguna investigación oficial, con respecto al caso del señor Paulino Martínez, ya que existe la averiguación previa No. 65/85 en contra de Doroteo Pacheco Santos, Pedro Hernández Hernández y Luis Pedro Aguilar Aragón como presuntos responsables de lesiones inferidas al mencionado Paulino Martínez Delia. Obran en el expediente documentos, certificados médicos y certificados oficiales de las lesiones causadas.

Los agentes causantes de tales lesiones fueron inmediatamente cesados de sus funciones y como se mencionó anteriormente, sujetos a proceso.

Esto demuestra que cuando existen denuncias y pruebas de la práctica de hechos que violen los derechos humanos, las autoridades proceden a la persecución de los delitos.

Gregorio Martínez Cruz, Tomás Alejandro Flores y José Guadalupe de Jesús.

Amnistía Internacional afirma:

Que estas personas son dirigentes locales del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui y que fueron detenidos en octubre de 1983 y acusados del asesinato de un funcionario local el Partido Revolucionario Institucional.

Las pruebas presentadas en su contra estaban basadas en declaraciones de tres familiares de la víctima, a su vez, los inculpados negaron los cargos y presentaron testigos en su favor.

Durante su visita, en enero de 1985, se le dio a Amnistía Internacional, la oportunidad de estudiar los registros judiciales relativos a este caso. A través de ellos los delegados de esta organización observaron que las pruebas en contra de las tres personas mencionadas eran las declaraciones de cuatro testigos, algunas de las cuales eran inverosímiles o se contradecían entre sí.

Este proceso culminó con la puesta en libertad de los acusados, después de un año de cárcel, y de la interposición de un recurso de amparo en el - caso de Tomás A. Flores - y de un año y medio de cárcel en los de Gregorio Martínez y de José Guadalupe de Jesús.

De nuestra investigación, se desprende que:

Los señores Gregorio Martínez Cruz, Tomás Alejandro Flores y José Guadalupe de Jesús fueron acusados de la comisión del homicidio en agravio de Ramón Celestino Ramírez, siendo sujetados al proceso correspondiente que, efectivamente, como afirma Amnistía Internacional, tuvo una duración mayor a la señalada por las leyes, esto ocasionado por la dificultad en la práctica de las diligencias judiciales necesarias por la interposición de uno de los acusados, del juicio de amparo en que se reclamó el auto de formal prisión y también por algunos actos que denotan negligencia de los procesados, por ejemplo, la no comparecencia de testigos o el nombramiento oportuno de defensores.

Marcelino Guzmán Pérez

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona, dirigente del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui en el pueblo de Río Metate, fue detenido el 13 de octubre de 1983, según parece, por agentes de la policía municipal

de San Juan Copala acompañados de un grupo de civiles armados. Se le acusaba, junto con otras seis personas, de homicidio.

En la información proporcionada por el procurador general del estado, se recogían los testimonios de tres testigos en contra del acusado.

Durante su primera comparecencia ante el juez, Marcelino Guzmán se declaró inocente y presentó a un testigo en su favor. Asimismo alegó haber sido golpeado y amenazado de muerte por los policías municipales que lo detuvieron.

En base a la información recibida por Amnistía Internacional, Marcelino Guzmán fue absuelto por el tribunal y puesto en libertad el 27 de febrero de 1985, después de permanecer en la cárcel casi un año y cuatro meses. El agente del Ministerio Público apeló el veredicto y el caso fue remitido al Tribunal Superior del estado.

De nuestra investigación, se desprende que:

El proceso correspondiente se desahogó hasta su término, habiéndose dictado el juez de la causa sentencia absolutoria, en favor del señor Marcelino Guzmán Pérez, resolución que fue recurrida mediante el recurso de apelación por el agente del Ministerio Público ante el Tribunal Superior de Justicia del estado, órgano que confirmó en sus términos la sentencia absolutoria dictada en primera instancia.

Por lo que hace a la denuncia de posibles golpes sufridos, sin bien es cierto que Marcelino Guzmán manifestó haberlos recibido en el momento de su aprehensión, nunca probó satisfactoriamente tal hecho (a pesar de que presentó un certificado expedido por un médico particular), ni presentó denuncia contra las personas que según él se los infirieron.

Pedro Tomás Flores

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona es un anciano indígena triqui, simpatizante del Movimiento de Unificación y Lucha Triqui, quien - como otros muchos militantes - fue detenido, sin orden de aprehensión, bajo los cargos de lesiones y homicidio. La acusación se basa en el testimonio de personas que han hecho declaraciones prácticamente idénticas en otros juicios.

Amnistía Internacional tomó su caso tras examinar los autos en los que se indicaba que quizá había un error de identidad con respecto al acusado.

De nuestra investigación, se desprende que:

Amnistía Internacional sostiene que hay una serie de casos en los que se presentan juicios injustos y centra su atención en el de Pedro Tomás Flores.

El Gobierno mexicano se preocupa porque no haya ningún caso de supuestas equivocaciones como la que se puede presentar con respecto a esta persona. Sin embargo, las dificultades de comunicación derivadas del origen técnico - cultural son obstáculo para una pronta y determinante aclaración.

Juchitán

Tortura y Maltratos

Amnistía Internacional recoge las denuncias de presuntas torturas y malos tratos a dirigentes y simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo. Algunas de ellas fueron publicadas por la prensa nacional y otras se documentaron en testimonios reunidos por la organización a través de la delegación investigadora que estuvo en Oaxaca.

Sin embargo desde nuestra perspectiva, aún cuando esta organización ha recibido explicaciones amplias y concisas de los particulares hechos que se sucedieron en esta ciudad, insiste en mantener una visión parcializada producto de la opinión de corrientes de oposición que en este caso han transgredido el orden jurídico y cuyos miembros hubieron de ser despojados y apresados por instigar delictivos.

Jesús Vicente Vázquez

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona fue detenida por policías vestidos de civil junto con otros dirigentes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo en diciembre de 1983 cuando se dirigían a una entrevista con un funcionario de la Secretaría de Gobernación en la ciudad de México. De acuerdo al testimonio de Jesús Vicente Vázquez, Amnistía Internacional señala que él y sus acompañantes fueron conducidos a un lugar secreto de detención, en donde estuvieron incomunicados durante siete días y fueron duramente golpeados, mientras se les interrogaba. Con posterioridad fueron trasladados a una cárcel en Tehuantepec (Oaxaca). en total, Jesús Vicente Vázquez estuvo 12 días incomunicado sin que mediara auto de formal prisión. A pesar de estos hechos, Amnistía Internacional afirma que en la información oficial sobre el caso no aparece ninguna referencia que se haya practicado algún tipo de investigación sobre las irregularidades en la detención de Jesús

Vicente Vázquez o sobre sus denuncias de maltratos.

De nuestra investigación, de desprende que:

Amnistía Internacional sólo ha recabado la información procedente del inculpado cuyas denuncias son incomprobables, y ha hecho caso omiso de la información de las autoridades mexicanas, que reiterativamente, han señalado su culpabilidad.

A Jesús Vicente Vázquez se le detuvo el 21 de diciembre dictándosele auto de formal prisión el 25 del mismo mes, por lo que no hubo ninguna violación a la Constitución General de la República. Los juicios de Jesús Vicente Vázquez han estado apoyando estrictamente a derecho y actualmente ha recurrido en apelación la sentencia que le dictó el juez y que consistió en diez años y seis meses de prisión. Dicha apelación se encuentra en proceso en el Tribunal Superior de Justicia en el estado de Oaxaca.

Rosalino Vázquez López, Miguel Guerra Vázquez y José Cruz Jiménez.

Amnistía Internacional afirma:

Que estas personas fueron detenidas por la policía municipal de Juchitán el 1o. de enero de 1984 y conducidos al Palacio Municipal, en donde, al parecer, se les mantuvo incomunicados durante ocho días. En este tiempo fueron duramente golpeados, se les negó atención médica y fueron permanentemente interrogados.

La información proporcionada por el procurador general del estado de Oaxaca sobre estos casos, revela que se dictó auto de sujeción a proceso el 7 de enero de 1984 en el que se les acusaba de varios delitos supuestamente cometidos durante los desordenes del 1o. de enero. El 2 de junio del mismo año fueron puestos en libertad, después que el juzgado hubo admitido un recurso de amparo. Estos hechos revelan que las autoridades municipales alargaron de manera ilegal la detención preventiva de los acusados.

De nuestra investigación, se desprende que:

Amnistía Internacional obtuvo una visión parcializada al recurrir únicamente a los inculpados y a fuerzas de oposición para obtener sus conclusiones. No consta en proceso jurídico alguno los supuestos malos tratos o torturas que se mencionaban en el memorándum. Por lo demás, conviene resaltar que la justicia mexicana, con la autonomía que corresponde a cada una de las instancias de decisión determinó en una de ellas, a través del recurso de amparo, corregir el auto de formal prisión que se les había impuesto.

David Cruz Velázquez y Hermila Guerra López

Amnistía Internacional afirma:

Que estas personas son simpatizantes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y fueron detenidas - al parecer sin orden judicial - por un agente de la policía preventiva del estado, el 1o. de enero de 1984 cuando, después de los disturbios, visitaban a un amigo enfermo en el hospital de Juchitán. Posteriormente fueron conducidos a un cuartel de la policía donde estuvieron incomunicados y fueron torturados. El 4 de enero se les trasladó a la cárcel municipal de Juchitán y el 11, el juzgado primero mixto de primer instancia ordenó su excarcelación por falta de pruebas.

Amnistía Internacional considera que estos casos son únicamente ejemplos de las detenciones sin autoridad legal ni causa justificada de las torturas y de los malos tratos que han venido sufriendo las personas sospechosas de ser miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo.

De nuestra investigación, se desprende:

Una respuesta bajo el mismo tenor que la asentada en los casos de Rosalino Vázquez López, Miguel Guerra Vázquez y José Cruz Jiménez.

Homicidios políticos y desapariciones

El informe de Amnistía Internacional señala, sin citar sus fuentes, que desde 1974 - Cuando se constituyó la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo - más de 20 simpatizantes de esta organización han sido asesinados, a causa, según parece, de una intensa oposición local a sus principios políticos. Aunque reconoce que no existe información detallada de supuestos homicidios anteriores de miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo, a punta, que los informes de incidentes recientes sugieren que, en la mayoría de los casos, los presuntos culpables no han sido consignados por las autoridades.

Al Gobierno mexicano le preocupa que Amnistía Internacional considere que no se persigue a las personas culpables de actos delictivos cometidos en el país.

Víctor Pineda Henestrosa

Amnistía Internacional afirma:

Que esta persona es maestro de escuela primaria, funcionario agrario y miembro de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo. De acuerdo con las declaraciones (firmadas ante el

agente del Ministerio Público en Juchitán) de su esposa y de otros testigos, Víctor Pineda fue aprehendido cerca de la estación de autobuses de Juchitán por seis hombres armados (cuatro de ellos vestidos con ropas militares). Su supuesto secuestro habría tenido lugar poco antes de las elecciones para el cargo de comisario de bienes comunales.

Según Amnistía Internacional, este caso fue denunciado en varias ocasiones al Gobierno Federal y a las autoridades militares, sin que se haya obtenido respuesta hasta el momento.

De nuestra investigación se desprende que:

Hay intención de continuar con la investigación de la supuesta desaparición de Víctor Pineda, por lo que el Gobierno mexicano agradece a Amnistía Internacional cualquier informe fidedigno que pueda ayudar a la localización de esta persona.

Encarcelamientos

Jesús Vicente Vázquez, Leopoldo de Gyves Pineda, Carlos Sánchez López y Manuel Vázquez Nicolás

Amnistía Internacional afirma:

Su inquietud por el prolongado encarcelamiento de Jesús Vicente Vázquez, Leopoldo de Gyves Pineda, Carlos Sánchez López y Manuel Vázquez Nicolás, quienes fueran detenidos en diciembre de 1983 y que todavía en enero de 1985 se encontraban en espera de juicio en una prisión de Tehuantepec (Oaxaca). Todos ellos son dirigentes de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo o fueron funcionarios del ayuntamiento de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo en Juchitán de 1981 a 1983. A Amnistía Internacional le preocupa que las acusaciones criminales que sobre ellos recaían parecen fundamentarse en pruebas poco consistentes o dudosas y que de hecho, podían haber sido encarcelados en razón de sus actividades no violentas como miembros de la Coalición Obrera Campesina Estudiantil del Istmo y del gobierno municipal de Juchitán.

De nuestra investigación se desprende que:

Las instancias del Gobierno mexicano en sus niveles federal estatal o municipal perderían fortaleza, credibilidad y legitimidad, si validaran pruebas pocos consistentes. Un error de la misma magnitud sería el que las instituciones gubernamentales no se ajustaran a derecho cuando se realizan actos delictivos. con respecto a los casos de Carlos Sánchez López, Leopoldo Gyves Pineda y Manuel Vázquez Nicolás: estas personas fueron sujetas a proceso y finalmente liberadas el 16 de agosto de 1985.

Estado de Chiapas

Casos

Elpidio Vázquez Vázquez

Amnistía Internacional Afirma:

Que esta persona era miembro de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) y que fue asesinado por un desconocido a las 11 de la noche del 9 de septiembre de 1979, en el Centro de Villa de las Rosas. Según testimonio de Eliezer Grajales, los agresores llegaron a la casa de este último a bordo de un camión municipal y abriendo fuego contra ellos. Por su relación en estos hechos fueron detenidos Rodríguez Ordóñez Santiago y Librado Argüello, quienes fueron liberados poco después. No cree que se haya procesado a nadie en relación con este homicidio.

De nuestra investigación se desprende que:

José Rodríguez Mendoza, cuyo caso personal veremos más adelante, en esa época, era líder de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC), y por conducto de esa organización estableció en la región y específicamente en ese municipio, a través de Maclovio Santis, una forma de control que entorpecía la labor de las autoridades locales, estatales y federales, las cuales por tal motivo no podían ejercer las funciones que conforme a la ley corresponde; por lo que, cuando se daban hechos de violencia, o de sangre ellos mismos levantaban a sus muertos y heridos, sin denunciar conforme a derecho los delitos ante el Ministerio público. En el caso concreto que nos ocupa fue ocasionado por diferencias derivadas de las contiendas político - electorales que en ese tiempo se desarrollaban. Por razones expuestas de este homicidio no existe registro, ni se deslindaron responsabilidades, ni se instrumentó averiguación previa, tampoco en ningún momento estuvieron detenidos Rodrigo Ordóñez Santiago, quien fue electo presidente municipal de Villa de las Rosas, así como tampoco Librado Argüello.

Este movimiento y su influencia se desvanecieron; esta región no presenta conflictos derivados de la posesión de la tierra, pues por resolución presidencial de fecha 21 de julio de 1937, les fueron concedidas a los campesinos de esta zona 3,169-70-00 hectáreas y esta resolución fue ejecutada en su totalidad por el ingeniero Jorge Martín Ramírez Corona, el 10 de septiembre de 1938.

Tzaclum (Tzacacum) Municipio de Chalchihuitán

Amnistía Internacional afirma:

Que este lugar ubicado en los altos de Chiapas, fue atacado por un grupo armado de civiles el 24 de marzo de 1983, con un resultado de 11 personas muertas, siendo en su mayoría campesinos y algunos niños, otros muchos manifiestan que fueron heridos al tratar de escapar y sus casas incendiadas. Esta organización, basándose en reportajes de prensa, atribuye como causa del incidente un conflicto de tierras entre los lugareños y los terratenientes quienes maltrataban y desalojaban sistemáticamente a los primeros si se negaban a pagar un tributo semanal. Estos hechos son la represalia que se tomó en contra de los lugareños por haber buscado su separación del municipio.

Las investigaciones de las autoridades condujeron a la detención de 15 personas, entre ellas Nicolás López Gómez, por entonces presidente municipal y funcionarios locales; expone que otros evadieron la justicia y que a ninguno más se le imputó responsabilidad penal por los homicidios. Agrega Amnistía Internacional que en la vista de sus delegados en 1984, recogieron informes de nuevos ataques a partidarios de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) y Organización Campesina "Emiliano Zapata" (OCEZ) en esa región por civiles armados, pistoleros, que presuntamente son miembros de la Confederación Nacional Campesina (CNC).

De nuestra investigación se desprende que:

En la Procuraduría General de Justicia del estado, obran entre otras constancias las siguientes: que el 25 de marzo de 1983, el Ministerio Público recibió la denuncia de la policía judicial del estado de que el paraje denominado Tzaclum (Tazacacum), Municipio de Chalchihuitán, perteneciente al Distrito Judicial de Simojobel, se había dado un enfrentamiento con resulta de heridos y muertos, procediéndose a iniciar la averiguación previa No. 897/2o/983, trasladándose al lugar de los hechos, a fin de dar fe de los mismos.

Al llegar a dicho paraje el Ministerio Público se encontró un número no determinado de chozas diseminadas y quemadas, también los cuerpos calcinados de Nazaria Díaz López, sin extremidades superiores ni inferiores por haber sido consumidas por el fuego; Manuel López Díaz, con la cabeza hacia el poniente y las extremidades en sentido contrario; María Pérez López, sin extremidades superiores ni inferiores por haber sido consumidas por el fuego; la menor María López Pérez, calcinada; Manuel Girón, calcinado por el fuego; Martín López Díaz, ligeramente calcinado por el fuego; Martín López Díaz, ligeramente calcinado, quien presentaba desprendimiento del codo derecho producido por arma de fuego, además de otros impactos en el cuerpo; Domingo Nuñez López y Bartolo Nuñez Díaz; Agustín Pérez Díaz, presentando múltiples heridas cortantes; Sebastián Nuñez López, presentando cuatro impactos producidos por arma de fuego; Mariano Nuñez López, presentando múltiples heridas cortantes y desprendimiento total de la cabeza. Los 11 cadáveres fueron en su oportunidad debidamente identificados.

En ocho testimoniales, uniformes todas, se asienta que: a las 4.00 horas del 24 de marzo de 1983, su paraje de Tzaclum (Tzacucum), municipio de Chalchihuitán fue atacado por 20 individuos armados con rifles, machetes y antorchas, quienes abrieron fuero contra ellos e incendiaron todas sus chozas dando muerte a los moradores que no alcanzaron a huir. El hecho lo atribuyen a que los lugareños no estaban de acuerdo en darle a las autoridades religiosas de Chalchihuitán, 100 y 200 pesos que cada dos días les exigían para las fiestas de San Pablo, lo que pudo hacer pensar a los agresores que estos ya no eran católicos, aclarando que la agresión en ningún momento fue por motivos políticos, ya que no ellos no pertenecen a ningún partido.

En otras quince testimoniales, uniformes todas, se hace constar que: Salvador Girón Díaz, autoridad religiosa atacante, y presidente municipal de ese lugar, Nicolás López Gómez, Agustín Gómez López y Marina Gómez Girón, convocaron a una reunión de Cabildo a la cual acudieron aproximadamente ochocientas personas de diferentes parajes, a quienes les informaron que los de Tzaclum no querían cooperar para las fiestas de San Pablo, que ya no eran católicos, y que no respetaban a Dios. Los cabecillas después de incitar a la multitud con estos argumentos les repartieron botellas de gasolina ordenándoles que después de matarlos, les quemaran sus chozas, también les dieron un trapo blanco para ponérselo en la cabeza como distintivo y aguardiente, para que se dieran valor. Salvador Girón Díaz tomó uno de los cuatro rifles y tres pistolas que se usaron en el asalto y frente a la multitud hizo disparos al aire para demostrarles que sí servían.

El 13 de abril de pone a disposición de la procuraduría a Nicolás López Gómez, Domingo Gómez López, Salvador López Nuñez, Mariano García Pérez, Nicolás Pérez Gómez, Nicolás Gómez Girón, Agustín Rodríguez Domínguez, Martín Pérez Díaz, Lorenzo Girón Pérez, Manuel Rodríguez Sánchez, Cándido Díaz Pérez, Mariano Díaz Girón, Enrique López Gómez, Vicente García Gómez, Mariano Gómez Gómez y Martín García Girón, como presuntos responsables de la comisión de hechos delictuosos en contra de quien o quienes resultaron responsables, a los que

se les tomó declaración y ellos mismos se consideraron responsables de la acusación enderezada en su contra.

Las declaraciones del mérito, uniformes todas, consistieron en afirmar que en la fecha se reunieron en la plaza de Chalchihuitán representantes de varios parajes, 40 plenamente identificados, cuyos nombres se citan en el anexo 1, que se adjunta, coincidiendo que los cabecillas eran Domingo Sánchez Pérez, Nicolás Sánchez Pérez, Salvador López Nuñez, Nicolás López Gómez y Salvador Girón Díaz, y fueron ellos quienes convocaron a una reunión el 13 de marzo a los representantes referidos y les informaron lo que iban a hacer, quedando de reunirse otra vez del 23 de marzo para llevarlo a cabo, reiterándoles en ambas fechas, que no tuvieran miedo, pues los de Tzaclum no habían pagado sus cuotas religiosas y que Salvador Girón Díaz era el líder más destacado y que mediante la explosión de una bomba Molotov el día de los hechos dio señal de ataque al poblado.

El 14 de abril de 1983, se radica la averiguación previa, se receptúan declaraciones preparatorias, se dictan autos formales de prisión, y órdenes de aprehensión por los delitos de asociación delictuosa, lesiones, homicidio calificado y daño en propiedad ajena el 27 del mismo mes y año en contras de los 25 involucrados, que en anexo 5 se pormenoriza, entre ellos, Salvador Girón Díaz, líder principal, autoridad religiosa, y presidente municipal de Chalchihuitán, Los indiciados solicitaron amparo y el juez de distrito del estado, se los negó. El 15 de octubre el juez del conocimiento se declara incompetente y los autos pasan el juez mixto de primera instancia de Simojobel, distrito judicial donde ocurrieron los hechos.

Por su parte, del tribunal de justicia, obtuvimos la siguiente información: en el toca de apelación, se contiene que el 17 de enero de 1985 el juez mixto de primera instancia del distrito judicial, de Simojobel, Chiapas, dictó sentencia definitiva en el expediente penal No. 133/984, contra las 21 personas que involucradas en los hechos se relacionan en el anexo 6, como responsables de la comisión de los delitos de lesiones homicidio, y daño en propiedad ajena, resolución que en su oportunidad procesal fue apelada y confirmada por la sala penal de ese alto tribunal, vertiendo entre otros considerando, los siguientes: los elementos probatorios estuvieron plenamente acreditados, a las confesiones vertidas ante el Ministerio Público y el juez penal se les otorgó valor pleno y se desecharon las 14 retractaciones efectuadas ante el juez instructor, con base en tesis jurisprudencial y por no apoyarse en pruebas aptas, también se descartó el homicidio tumultuario porque esta figura exige que no haya acuerdo previo y en el particular, hubo dos reuniones de preparación, la del 13 y la del 23 de marzo de 1983. el tribunal de Alzada subsanó la omisión del inferior al no individualizar las penas, asignando a cada uno de los sentenciados 21 años de prisión, integrada por: 20 años de prisión por homicidio calificado, 6 meses por lesiones y 6 meses por daños. Todas las personas sentenciadas se encuentran actualmente recluidas en la prisión de Cerro Hueco en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

Comentarios

Todos los involucrados en los hechos son de raza indígena, tzotziles, con muy escasa ilustración, sujetos a una precaria situación económica por su condición de campesinos, fáciles presas del fanatismo religioso, que aunque en principio se definen como católicos, entremezclan con ese rito fuertes influencias paganas, provenientes de su cultura ancestral y mística. En ella descansa toda la estructura social. en el específico, las autoridades religiosas, son también padres espirituales y jefes de las congregaciones indígenas, Por la fuerza que en las comunidades tienen y el sometimiento absoluto que los lugareños les manifiestan, son regularmente investidas como autoridades municipales.

En Tzaclum, Chalchihuitán, los lugareños, según lo demuestran sus propias confesiones y la experiencia de los funcionarios estatales, nunca han pertenecido a la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) o a la Organización Campesina "Emiliano Zapata" (OCEZ), tampoco se tiene conocimiento oficial de que se hayan producido otros ataques similares al que nos ocupa y la región no presenta conflictos agrarios, pues el poblado de Chalchihuitán y su anexo Tzaclum, por resolución presidencial de fecha 26 de marzo de 1975, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 1975, fue dotada de una superficie de 17,948-24-16 hectáreas, mismas que fue ejecutada el 19 de octubre de 1981 en forma total por el ingeniero Wilber Durán Ávila.

Sin embargo, cabe hacer las siguientes observaciones: de los 20 detenidos al iniciarse las averiguaciones penales, 18 de ellos fueron sentenciados a sufrir la pena de 21 años de prisión para cada uno (anexo 4 y anexo 6), de los sentenciados sólo dos de ellos son autoridades religiosas, instigantes y atacantes (anexos 3 y 6). A Salvador Girón Díaz, cabecilla principal, autoridad religiosa, presidente municipal de Chalchihuitán y el más visible provocador del ataque, aún y cuando se dictaron órdenes de aprehensión contra él y el resto de los cabecillas, no fue detenido.

Andrés Domínguez Rodríguez y José Rodríguez Mendoza

Amnistía Internacional afirma:

Que José Rodríguez Mendoza dirigente de cañeros y miembro relevante de la Unión de Ejidos 28 de septiembre, mientras viajaban en su camioneta fue objeto de una emboscada por pistoleros, cerca del rancho "El Coyol", con el resultado de que su acompañante Andrés Domínguez Rodríguez, fue muerto a tiros y Rodríguez Mendoza, resultó gravemente herido, sin que a la fecha de redactar su informe hubieran sido identificados los responsables.

Los hechos a que se refiere Amnistía Internacional sucedieron a las 13.30 horas del 27 de junio de 1984, en un camino de terracería que conduce al rancho "Agua Bendita" y en un lugar denominado "Las Trancas", en éste fueron emboscados José Rodríguez Mendoza y Andrés Domínguez Ramírez, resultando muerto el segundo y herido el primero. Rodríguez Mendoza presentaba siete impactos en el antebrazo izquierdo y su acompañante uno sólo, a la altura del parietal derecho que le destruyó el cráneo, no lográndose identificar, hasta hoy, a los agresores y presuntos responsables.

Las conclusiones que de estos hechos se han obtenido son de que Rodríguez Mendoza se lesionó él mismo y asesinó a su acompañante para buscar una salida airosa del estado. Sirven de fundamento para lo anterior:

1. La trayectoria de las balas que lo impactaron, por su posición de conductor, debieron necesariamente pegarle en el hombro, cabeza o cara.

2. Si hubiera perdido el conocimiento, Rodríguez Mendoza, y el objetivo de los asesinos era matarlo, tuvieron tiempo de sobra para ello.

3. La prueba de la parafina en la mano derecha de ambos, fue positiva, a pesar de que Rodríguez Mendoza, afirmó, que él hacía 10 años no disparaba un arma.

4. Los disparos fueron a una distancia de 0.80 cm., según el tatuaje de los mismos, por lo que Rodríguez Mendoza pudo muy bien haber identificado a sus agresores, lo cual no lo hizo.

5. El occiso estaba con las manos levantadas según la posición del cadáver, que es la forma contraria que debía presentar un cadáver en una agresión repentina.

6. Los vestigios que aparecieron en el lugar de los hechos por su situación, dan la impresión de que fueron dejados a propósito.

No existe ninguna referencia de que lo anterior hubiera sido ocasionado por conflictos agrarios.

Domingo Calvo Espinoza y otros ocho

Amnistía Internacional afirma:

Que el 6 de octubre de 1984, a las 7 de la tarde 17 campesinos del pueblo de Venustiano Carranza, pertenecientes a la Organización Campesina Emiliano Zapata (OCEZ), al ir a ayudar a compañeros suyos cuyo vehículo se había quedado sin gasolina en el rancho "El Roblar", fueron atacados por 100 campesinos aproximadamente, los que a pesar de ir ellos desarmados les dispararon indiscriminadamente, con un resultado de 9 muertos, entre ellos un menor de 12 años y 4 heridos. Según se le informó a esta organización los agresores eran miembros de la Confederación Nacional Campesina (CNC), pertenecientes al guapo "Los Pariseños". El motivo aparente fue la venganza por el asesinato de su jefe, Bartolo Gómez, pues "Los Pariseños" le atribuían a la Organización Campesina Emiliano Zapata (OCEZ), la responsabilidad del mismo. Amnistía Internacional supo que se habían detenido a 13 campesinos de la confederación Nacional Campesina (CNC), pero que 12 de ellos habían salido libres. También tienen conocimiento de que 12 fueron procesados y condenados a 4 años de prisión por homicidio tumultuario, pero posteriormente fueron dejados en libertad bajo fianza. Puntualizan en que el código penal vigente en esa fecha, prescribía una sanción de 10 a 20 años por homicidio calificado, pero observan de que a los sentenciados se les excarceló por la imposibilidad según atribuyen esta declaración, a las autoridades, de fincar responsabilidad individualmente.

De nuestra investigación, se desprende que:

Este conflicto tiene su origen en las indemnizaciones otorgadas por los daños causados en las tierras inundadas por el embalse y construcción de la presa "La Angostura". Este motivo fue suficiente para dividir a los campesinos de "La Casa del Pueblo", quienes son comuneros y residentes del pueblo Venustiano Carranza, y en cuya organización predominaba la corriente de la Coordinadora Nacional "Plan de Ayala", y los campesinos pertenecientes a la Congregación "Paraíso de Grijalva", cenecistas.

Los campesinos de "Paraíso de Grijalva", eran propietarios de la mayoría de las tierras inundadas por el embalse; sin embargo, los 7 millones de pesos que se dieron en concepto de indemnización se entregaron al Comisariado de Bienes Comunales de Venustiano Carranza, es decir, "La Casa del Pueblo" quien no quiso compartirlos, además del dinero también se les dieron mil cabezas de ganado, tractores y otros bienes, con los cuales

hubo el mismo comportamiento. Este sólo hecho generó división en "La Casa del Pueblo" y motivó que se segregaran de la misma los comuneros básicos.

Los comuneros básicos o coras se alían a los campesinos de "Paraíso del Grijalva" y dejan solo a los de "La Casa del Pueblo" quienes a efecto de fortalecerse por la debilidad que resistían, se afilian a la Coordinadora Nacional "Plan de Ayala" (CNPA), Organización Campesina Emiliano Zapata (OCEZ). Los comuneros básicos o coras presentan una denuncia penal en contra de los de "La Casa del Pueblo" y en la misma se ordena una inspección ocular de tractores, camionetas y ganado, el que se encontraba en cuatro ganaderías: Majatic, el Roblaje, Egtalco y Altos de Jalisco. La mayoría de estas ganaderías se encuentran físicamente en el área que dominan los de "Paraíso de Grijalva", por lo que sobre ellas tienen que pasar los de "La Casa del Pueblo" necesariamente. Para evitar la inspección los de "La Casa del Pueblo" deciden trasladar el ganado que se encontraba en "Los Altos de Jalisco" a "El Roblaje" y al hacerlo lo hacen destruyendo alambradas y corrales de manejo de "Los Pariseños" lo que crea inquietud e indignación entre éstos últimos.

Es precisamente cuando se realizaba esta tarea cuando uno de sus vehículos de los de "La Casa del Pueblo" se queda sin gasolina, parte de sus miembros se dirigen a la cabecera municipal por combustible y los hoy occisos se quedan cuidando el vehículo son gasolina, en eso, pasan los de "El Paraíso del Grijalva", quienes resentían hace nueve días el asesinato de Bartolo Gómez Espinoza, líder de los comuneros básicos, aliados de ellos, por el cual venían del panteón al finalizar el novenario, al encontrarse ambos grupos el conductos del vehículo de los de "La Casa del Pueblo" agredió a Bartolo Gómez Morales a golpes y lanzaron piedras al resto de sus acompañantes, huyendo después del lugar. "Los Pariseños" se retiraron a su comunidad, reunieron a su gente y armándola regresaron a esperarlos en donde se había quedado la camioneta sin combustible y cuando los de "La Casa del Pueblo" llegaron se suscitó el enfrentamiento.

El conflicto en la zona se deriva de que en 1965, el 20 de julio, se les concedió a los comuneros por resolución presidencial una superficie de 50,152-95-42 hectáreas, resolución que fue ejecutada el 10 de noviembre de 1974 por el ingeniero Elios Muñoz López, entregando -obsérvese- sólo 46,968-40-00 hectáreas, faltando 3,184-55-82 hectáreas de hacerlo, por no ajustarse el plano proyecto al ejecutarse la resolución por el simple hecho de que esas 3,184-55-82 hectáreas son un error, es decir, no existen y a pesar de ello y de los argumentos empleados para convencer a los comuneros de este hecho, los siguen reclamando. el fondo legal del pueblo de Venustiano Carranza se incluye en la resolución presidencial para los comuneros y de las 5,000 hectáreas que tienen, éstos reclaman 2,500 para ellos, esto ha generado una actitud de no aceptación por parte de la población residente, incluyendo la oposición que ha manifestado el presidente municipal. Esto ha motivado que se ahonden las divisiones entre grupos.

Del toca de apelación 337/A/985 que obra en el Tribunal Superior de Justicia del estado se obtiene que:

La sentencia de primera instancia que se dicto el 10 de mayo de 1985, y que condenó a Bartolomé Velázquez y Bartolo Gómez a 4 años de prisión, a cada uno, por los delitos de homicidio en riña, y un año de prisión por lesiones cometidas en agravio de las personas que se relacionan en el anexo 1, se apeló. Los hechos contenidos en este cuaderno, coinciden con lo expuesto anteriormente en lo general, pero las declaraciones de los cuatro lesionados asientan que los mismos sucedieron en la siguiente forma: que por habérseles terminado la gasolina de un camión de 20 a 24 personas se subieron a otro camión de tres toneladas para terminar su traslado y antes de llegar a "El Roblar", de improviso salieron 30 individuos del monte y comenzaron a dispararles. Por su parte los sentenciados Bartolomé Vázquez Velázquez y Bartolo Gómez declararon que ellos fueron los agredidos por los de "La Casa del Pueblo", por lo que portando armas repelieron la agresión. El tribunal de apelación consideró que tanto los de "La Casa del Pueblo" como los del "Paraíso del Grijalva" se pusieron en el enfrentamiento en su estado de igualdad para dirimir sus diferencias, derivadas de los problemas políticos y de posesión y tenencia de la tierra, resolviendo confirmar la sentencia recurrida y ordenando la reaprehensión de los dos sentenciados.

Cabe hacer la observación de que en primera instancia se dictó sentencia absolutoria a favor de 11 personas que pormenorizadamente se relacionan en el Anexo 3.

Juan Gómez Cruz y Leandro García López

Amnistía Internacional afirma que: Juan Gómez Cruz, agente Municipal del Pueblo de Ostuacán y miembro de la Organización Campesina Emiliano Zapata (OCEZ) fue muerto a tiros en la colonia lindavista el 22 de diciembre de 1984. Amnistía Internacional acusa a ganaderos partidarios de la Confederación Nacional Campesina (CNC) de ser los responsables porque a ellos se les había negado el derecho de pastoreo en tierras ejidales. Además también mencionan que este mismo grupo atacó a machetazos a Librado García López, de la misma organización. A pesar de la denuncia, dice Amnistía Internacional que la

investigación no ha conducido a ninguna detención.

De nuestra investigación, se desprende que:

Este conflicto es predominantemente agrario. La acción de primera ampliación en el municipio de Ostuacán yconcretamente en el poblado de lindavista (Plan de Ayala) parte desde la solicitud presentada el 18 de mayo de 1956, el mandamiento del gobernador del estado se dio el 26 de febrero de 1958, y fue en sentido negativo por falta de capacidad en materia agraria del grupo promovente, el expediente por esta razón fue remitido a la sala regional del cuerpo consultivo agrario mediante oficio número 10031 de fecha 1o. de octubre de 1985.

Al faltar instrumentos que regulen y den seguridad a la tenencia de la tierra, y por el proceso de pulverización que el reparto tiene en el Estado, las invasiones de campesinos a ganaderos y viceversa son muy frecuentes, y van desde una hectárea hasta donde alcance. Este homicidio se generó porque los ganaderos invadían una copropiedad de indígenas, y la muerte se produjo después de un choque entre ambos grupos de aproximadamente 40 ganaderos contra 30 indígenas.

Por los hechos antes mencionados se integró la averiguación previa número 389/984, y el expediente penal 23/985, apareciendo como acusados Salvador Gómez Izquierdo, Jesús Alvarez Morales y Eduardo Ramírez Sánchez, y como único detenido el primero en cita, los otros en la actualidad se encuentran prófugos de la justicia y el estado procesal del expediente penal está para dictar sentencia.

Respecto a Leandro García López, a quien Amnistía Internacional menciona como lesionado al otro día de la muerte de Juan Gómez Cruz, se encuentra como coacusado en unión de Carlos Castro y Fernando García López, por homicidio cometido en perjuicio de Alberto Sánchez Lara, según hechos ocurridos el 11 de noviembre de 1985, en la misma colonia lindavista. El expediente penal es el 172/985, y a pesar de haberse dictado orden de aprehensión en contra de ellos tres, ninguno a esta fecha ha sido detenido.

Enrique Vázquez Hernández y Alejandro Aguilar Pérez.

Amnistía Internacional afirma que:

Por pugnas entre la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) y la Confederación Nacional Campesina (CNC), derivadas del uso de la propiedad ejidal, Enrique Vázquez Hernández y Alejandro Aguilar Pérez, miembros del comité regional de la primera organización en cita, el 27 de enero de 1985, se les tendió una emboscada al regresar de una de sus reuniones políticas. Vázquez Velázquez recibió un impacto de bala en el hombro. Al presentar la denuncia al Ministerio Público, identificaron a seis individuos, tres de la Confederación Nacional Campesina (CNC) y a un terrateniente de la región. No se tiene conocimiento de detenciones. Manifiesta Amnistía Internacional que en este distrito de "Las Margaritas", ha habido nuevos atentados y homicidios contra dirigentes de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) y en tres de los incidentes se ha identificado al mismo pistolero.

De nuestra investigación, se desprende que:

En esta región no existe conflicto agrario, pues por una acción de dotación a favor del municipio "Las Margaritas" y específicamente del poblado de este mismo nombre, por resolución presidencial de 21 de julio de 1933, se les concedieron 2,858-31-00 hectáreas, tomadas de la siguiente manera: hacienda "Las Cruces": 424-51-40 hectárea; y hacienda "San Sebastián": 1,804-44-60 hectáreas; y hacienda "San Joaquín": 629-35-00 hectáreas. Esta resolución fue ejecutada en forma total con fecha 11 de abril de 1934 por el ingeniero Moisés Márquez Muñoz.

Este problema debe analizarse en el contexto de los dos casos siguientes por tener una estrecha relación con los mismos. En este incidente, los intereses encontrados provenían no por conflictos de tierra, sino por la lucha de intereses personales y las discrepancias originadas en la repartición de los beneficios generados por la madera del ejido "Piedra de Huixtla", de los de "Santa Rita", "Justo Sierra", que controlaba el temible pistolero Julio Pérez Pérez, a quien Amnistía Internacional califica como pistolero a sueldo.

Vázquez Velázquez era agente de Andulio Gálvez Velázquez, y por esta razón Julio Pérez Pérez, lo agrede, y es a él a quién se le atribuye el último atentado en su contra de enero de 1985. Como producto de las investigaciones fueron detenidas dos personas y Julio Pérez Pérez no lo fue y está ya muerto. El terrateniente que menciona el informe es Ernesto Castellanos Domínguez, hermano del gobernador del estado y es un pequeño propietario que se dedica desde hace mucho tiempo a la agricultura y al que indebidamente se le está involucrando en estos hechos.

Gregorio López Aguilar

Amnistía Internacional afirma que:

El 6 de agosto de 1985, esta persona fue asesinada. Era funcionario del ejido "Las Margaritas" y dirigente local de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC) y en esa misma ocasión resultaron lesionados Hilario

Jiménez López y Ajilio Trejo Jiménez. Estos hechos se atribuyen al comisariado de un ejido vecino y miembro de la Confederación Nacional Campesina (CNC) a quien se le atribuyó en la denuncia penal respectiva esta responsabilidad. La prensa, según Amnistía Internacional, informó que este atentado se debió a fricciones de orden personal y que de acuerdo a las primeras investigaciones el presunto agresor había actuado en defensa propia y menciona como responsable a la misma persona que agredió a Enrique Vázquez Hernández y Alejandro Aguilar Pérez, a quien a pesar de haberse dictado orden de aprehensión en su contra, a esa fecha no había sido capturado, agrega que por informes de la misma fuente se tiene conocimiento de que el fondo del problema era la reivindicación de 150 hectáreas sujetas al régimen de tenencia privada y de los conflictos que por este motivo se han tenido con un terrateniente, pariente cercano del gobernador.

De nuestra investigación, se desprende que:

A Gregorio Pérez Aguilar, alias "El Galo", no Gregorio López Aguilar, como lo nombra Amnistía Internacional, lo mató Julio Pérez Pérez, por las mismas razones que ya han quedado expuestas, es decir, los beneficios de la madera cuyo control se lo disputaba Andulio Gálvez Velázquez. A Julio Pérez Pérez, se le dictó orden de aprehensión por los delitos de homicidio y lesiones cometidos en agravio de Gregorio Pérez Aguilar, y en contra de Ajilio Trejo Jiménez y otro.

Andulio Gálvez Velázquez

Amnistía Internacional afirma que:

A Andulio Gálvez Velázquez se le asesinó a balazos el 4 de octubre de 1985, a las 19 horas, por cuatro pistoleros que viajaban en un volkswagen color verde. Este era candidato a diputado local por el Partido Socialista Unificado de México (PSUM), abogado y secretario de educación política del Comité Estatal de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC). Gálvez Velázquez era muy conocido por su defensa de campesinos presos por conflictos de tierra. El asesinato fue en Comitán y es corolario de varios atentados, incluyendo un ataque a su casa particular y a la de Enrique Vázquez Hernández. Agrega que al día siguiente se detuvieron a dos empleados de la Unión de Crédito, donde trabajaba esta persona, quienes fueron torturados para obligarlos a confesarse culpables. Que las dos personas detenidas como responsables del homicidio son miembros de la Confederación Nacional Campesina (CNC).

De nuestra investigación, se desprende que:

Andulio Gálvez Velázquez, al momento de ser muerto era gerente de una Unión de Crédito de Cafeticultores denominada "Unión Nacional de Crédito Forestal y de Agroindustrias de Ejidatarios" (UNCAFAESA), institución que maneja muchos millones, como dirigente de la Central Independiente de Obreros Agrícolas y Campesinos (CIOAC), operando en las regiones de la Trinitaria y Comitán, y para el mejor manejo de su liderazgo se asocia a Margarito Ruíz Hernández, con quien posteriormente se distancia al dejar Gálvez Velázquez a su familia para sostener relaciones amorosas con la que había sido amante de Ruíz Hernández y que se llama Marisela Coello.

Las grandes cantidades de dinero que manejaban estas tres personas que algunos atribuyen a posibles fraudes que realizaban en Uncafaesa, despierta su ambición de extender su manejo e influencia a otros sectores, y planean y ejecutan un atentado en contra de Julio Pérez Pérez para quitarle el control de la madera que este tenía en el ejido "Piedra de Huixtla", "Santa Rita", "Sonora" y "Justo Sierra", por lo que se le construye a Gálvez Velázquez una averiguación en su contra por los delitos de homicidio en grado de tentativa, disparo de arma de fuego y daño en propiedad ajena cometido en agravio de Julio Pérez Pérez y otros, expediente que se encuentra en período de averiguación, sin que a esta fecha se hubieran realizado consignaciones.

En su día se abrió la averiguación previa número 467/985, que se acumuló en su oportunidad a la 408/985, por el delito de homicidio calificado, en virtud de que a las 19:00 horas del 4 de octubre de 1985, privaron de la vida a Andulio Gálvez Velázquez, en el distrito judicial de Comitán, habiéndose consignado al juzgado competente a Feliciano García Pérez y Arturo Pérez Pérez como presuntos responsables de los ilícitos citados, ya que al hacerse las investigaciones éstos confesaron su participación en los hechos, asimismo en dicho sumario se solicitó la aprehensión mediante una orden de Julio Pérez Pérez y Alvaro "N" por el juzgado de la causa.

Estas diligencias, inmediatas a la muerte de Gálvez Velázquez, se hicieron ante la presencia del procurador general de justicia del estado y del director de servicios periciales de esa dependencia. De los primeros elementos se deduce que Andulio Gálvea Velázquez reconoció al momento de ser agredido como uno de sus asesinos a Julio Pérez Pérez, contra el cual ya existía una orden de aprehensión en su contra, por los delitos de asalto en despoblado y portación de armas de fuego, cometidos en perjuicio precisamente de Gálvez Velázquez, Margarito Ruíz Hernández y otros.

Felipe de Jesús Santis y Eleazar Velasco, contador e inspector de campo de Uncafaesa, respectivamente, fueron testigos del asesinato, pues ellos se encontraban en las oficinas de esa misma institución y al oír los disparos salieron de inmediato a la calle, pues a escasos metros de las mismas fue ultimado Gálvez Velázquez. Su detención fue únicamente para efectos de investigación y en ningún momento para involucrarlos como responsables.

Después de la muerte de Gálvez Velázquez, de una casa ubicada en Comitán, se decomisaron 900 cartuchos de 9 .mn, M-1, Galil, que estaban envueltos en mantas que obstentaban el impreso "CIOAC - PSUM" y la hoz y el martillo. La procuraduría general del estado tuvo estos elementos a la vista.

Poco después fue aprehendido Julio Pérez Pérez quien se fugó de la prisión y el 19 de noviembre de 1985 aproximadamente a las 14 horas, en el tramo comprendido de Santa Rita Sonora a Piedra Huixtla, del municipio Las Margaritas, privaron de la vida a Julio Pérez Pérez y Francisco Hernández Pérez, lo que originó se abriera la averiguación 549/985.

Gustavo Zárate Vargas

Amnistía Internacional afirma que:

Gustavo Zárate Vargas de 30 años, profesor de economía en la Universidad Autónoma de Chiapas, en San Cristóbal de las Casas y miembro del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) como coordinador de la facultad de ciencias sociales, participó en campañas proreformas internas de ésta y en otra a favor de la readmisión de empleados despedidos del Instituto Nacional Indigenista (INI), además de su labor de apoyo a favor de refugiados guatemaltecos, fue aprehendido por la policía judicial del estado el 24 de julio de 1983. Zárate Vargas considera ilegal su detención y contra el auto de formal prisión interpuso amparo el 4 de agosto de 1983, a la prensa declaró que al detenerlo la policía judicial no le mostró la orden de aprehensión respectiva y que su casa fue registrada y él mismo fue sometido a torturas, se le golpeó en el cuerpo y la cabeza y se le forzó a tragar agua mineral por la nariz. Amnistía Internacional lo entrevistó en la cárcel de Cerro Hueco en Tuxtla Gutiérrez, en marzo de 1984 y confirmó lo anterior, añadiendo que también le aplicaron corriente eléctrica en la nariz, oídos y los genitales y lo golpearon con una toalla mojada y que además se le forzó a firmar una declaración que no se le permitió leer y que para ello fue amenazado de muerte.

De la documentación que Amnistía Internacional analizó, se asienta que la acusación que se le hizo fue por haber realizado reuniones sospechosas con extranjeros en su casa, de almacenar armas, marihuana y drogas en la misma y tener en posesión libros de temas políticos y folletos. Después del estudio de las informaciones, documentación judicial y antecedentes políticos, Amnistía Internacional consideró que a Zárate Vargas se le había encarcelado por razón de sus actividades políticas no violentas y lo adoptó como preso de conciencia.

Respecto al juicio, se informa que la causa se remitió al Ministerio Público Federal y el 5 de diciembre de 1983 se le declaró culpable y se le condenó a ocho años de prisión, pena que en la apelación se redujo a siete años y tres meses, del 23 de noviembre de 1984 la Suprema Corte de Justicia encontró irregularidades en el proceso y su condena se redujo a dos años y tres meses, saliendo libre bajo fianza el 1o. de marzo de 1985.

De nuestra investigación, se desprende que:

Estos hechos fueron los siguientes: En la casa ubicada en la calle Yajalón número 35 de San Cristóbal de las Casas se suscitaban con mucha frecuencia escándalos, se disparaban armas de fuego, a la vez que se almacenaban las mismas, por lo que por queja de los vecinos se instruyó la averiguación previa 2200 Bis/1'/83 de fecha 20 de julio de 1983, en contra del profesor Gustavo Zárate Vargas, basándose además, en el informe del director de la policía judicial del estado que comprobó la veracidad de la queja. Por tal motivo, se solicitó al juez de primera instancia de dicho Distrito Judicial procediera a una inspección de este domicilio y autorizado el cateo, la corporación policiaca solicitó el auxilio del Ministerio Público para su desahogo. Como producto del cateo se le decomisaron a Gustavo Zárate Vargas lo que se encontró en el interior de su domicilio, como es: 75 cartuchos calibre 22 con 50 proyectiles 9 mm., una pistola calibre 22 con cargador y ocho cartuchos útiles, tres artefactos de los denominados bombas caseras (explosivos), dos puñales y un paquete conteniendo marihuana, por lo que el director de la policía judicial puso a disposición de la autoridad competente a Zárate Vargas con los objetos decomisados.

Zárate Vargas, en su declaración manifestó que en área de Ciencias Sociales existen dos grupos de estudiantes en pugna, unos encabezados por maestros de nacionalidad argentina y el otro formado por él mismo, los cuales han tenido frecuentes enfrentamientos y como resultado, de algunos de ellos él mismo ha sido herido por disparos de arma de fuego; dijo también ser militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores (P. R. T.) y que para efectos de defensa ha elaborado aproximadamente 30 artefactos explosivos, reconociendo como suyos los tres que

fueron encontrados en el interior de su domicilio y que el arma de fuego es de su propiedad.

Además añadió que de manera conjunta con el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) protege y ayuda a refugiados guatemaltecos y que éstos son guerrilleros en su mayoría que se refugian en el estado. Asimismo declaró que de Belice trae armas de grueso calibre para los estudiantes en pugna y que la marihuana encontrada en su poder es de su amigo Javier Quiñones quién la dejó olvidada cuando hace sus reuniones. El 25 de julio de 1983 ratificó su declaración ante el Ministerio Público, considerándose responsable de la acusación que se le hizo y reconociendo como suyos los objetos descritos. También reconoció la ayuda que le da a los guerrilleros guatemaltecos que va desde la protección hasta el apoyo económico, con pleno reconocimiento de que la permanencia de estos elementos en territorio nacional es ilegal; también declaró que es maestro de tiempo completo de la Universidad Nacional Autónoma de Chiapas, y devenga un salario de $47,000.00.

Siendo la indagatoria de competencia federal, la Procuraduría General de Justicia del Estado se declaró incompetente y remitió esta averiguación previa junto con los objetos decomisados al agente del Ministerio Público Federal de Tuxtla Gutiérrez, por ser su competencia en razón de la materia.

Victórico Hernández y Agustín de la Torre Hernández

Amnistía Internacional afirma que:

Ha adoptado como presos de conciencia a estos dirigentes políticos naturales de Venustiano Carranza y miembros de la organización campesina "Emiliano Zapata" (OCEZ). Victórico Hernández Martínez, dirigente de la "La Casa del Pueblo" fue detenido el 6 de abril de 1981, por estar acusado de haber participado en el asesinato de José Fonseca Hernández, de ocupación campesina, quien fue muerto el 26 de junio de 1980 por supuestos miembros de "La Casa del Pueblo". Con él también fueron detenidos Arturo Albores Velasco, estudiante de arquitectura de la Universidad Nacional Autónoma de México, de 31 años y quien posteriormente fue dejado en libertad y Agustín de la Torre Hernández por los mismos casos, éste último el 24 de febrero de 1982. Los tres negaron las acusaciones en su contra y afirmaron que se les detuvo por la oposición oficial a sus actividades políticas.

Agustín de la Torre y Arturo Albores afirmaron que durante su detención fueron incomunicados, torturados y golpeados y Albores dijo que por esa razón tenía lesionado el tímpanúmero La Libertad que los procesados solicitaron con base en desvanecimiento de datos fue rechazada por el juez y su apelación se resolvió en su contra. Por su parte el procurador general de justicia del estado sobreseyó sus actuaciones respecto a Arturo Albores Velasco y éste fue puesto en libertad el 4 de diciembre de 1982.

A Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torre Hernández, el 4 de noviembre de 1983, se les declaró culpables de homicidios condenándolos a 12 años de cárcel y en el caso de Victórico Hernández Martínez la sentencia se dictó dos años después de su detención. Agrega Amnistía Internacional que ambos presos elevaron amparo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra esta sentencia y que a la fecha de redactar su informe se esperaba su resolución reduciendo o anulando las condenas. También añade que ambas personas tienen una destacada labor como miembros de su organización y de su comunidad en los intentos de recuperar tierras comunales, lo que les ha creado oposición a sus acciones por parte de los terratenientes y que ninguno de los presos parece haber estado involucrado en el pasado ni haber abogado por la violencia para lograr sus propósitos.

De nuestra investigación, se desprende que:

Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torre Vázquez fueron condenados a sufrir la pena de 12 años de prisión por su responsabilidad penal en el delito de homicidio simple intencional cometido en agravio de José Fonseca Alvarez, según sentencia dictada por el juez mixto de primera instancia del distrito judicial de la libertad, y apelada por los sentenciados la resolución, la sala penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Chiapas, el 25 de enero de 1984, dictó en el toca de apelación número 982/83 una resolución confirmando la pena impuesta en el diverso del primer grado. Los sentenciados interpusieron amparo que directo, quedó registrado con el número 4380/84 en la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación y en este cuaderno se hace constar que el 26 de junio de 1980 ante el agente del Ministerio Público de la ciudad de Venustiano Carranza, José Antonio Espinoza Villatoro denunció la muerte de José Fonseca Hernández por haber encontrado el cadáver.

La fe ministerial del cuerpo sin vida de Fonseca Hernández le apreció: cuatro lesiones causadas por machete, la primera le interesó huesos y masa encefálica, otra le fracturó la base del cráneo, otra en la región cervical y la cuarta interesó piel y tejido óseo, también se le apreciaron tres orificios producidos por proyectil de arma de fuego calibre 22, el primero en la región pectoral derecha, el segundo en la parte superior del muslo y otro más en la región glútea.

El testigo José Mendoza manifestó que el día de los hechos observó cuando iba corriendo Fonseca Hernández, a quien lo seguían más de 40 comuneros de "La Casa del Pueblo", adelante de los cuales se encontraba Victórico Hernández Martínez, portando en la mano derecha una pistola, que él vio cuando este último le disparó dos balazos a Fonseca Hernández, quién cayó al piso agarrándose la cadera y las piernas y que Victórico Hernández Martínez se acercó a dos metros de distancia del occiso y le hizo un tercer balazo, dirigiéndoselo al pecho y como éste aún no moría y aún intentaba levantarse del suelo, los comuneros José María Hernández Martínez, Agustín de la Torre Vázquez y Antonio González con los machetes que portaban lo golpearon atrás de la cabeza.

Los testigos José Mendoza Martínez, José Coutiño y Pedro Calvo Hidalgo, coinciden en lo general con la anterior declaración y solo agregan que el grupo que perseguía a Fonseca Hernández gritaba: "atájenlo, atájenlo, ahí va..." y que al frente iba Victórico Hernández Martínez. Otro testigo Mariano Ramírez Calvo dijo que él vio cuando Hernández Martínez, armado con pistola, hizo disparos contra el occiso y que Agustín de la Torre Vázquez, José María Hernández y Antonio Vázquez lo remataron con machete.

Por su parte Victórico Hernández Martínez, para su defensa declaró que el día de los hechos él se encontraba trabajando en la milpa de Roldán López García, testimonio éste y otros que fueron desechados por el juzgado por haber sido rendidos mucho tiempo después de que sucedieron los hechos.

En consecuencia, el punto cuarto del capítulo de considerandos del cuaderno de amparos declaró infundados los conceptos de violación presentados por Victórico Hernández Martínez y Agustín de la Torre Hernández y advirtió que el Tribunal de Apelación valoró en su justo aprecio las pruebas existentes y con tal motivo, correctamente tuvo por comprobada la existencia del delito de homicidio cometido en agravio de José Fonseca Hernández y la responsabilidad de los quejosos y como acertadamente razonado el fallo declarado y la pena de 12 años impuesta como fundada, congruente y correctamente individualizada, negándoles el amparo y la protección de la justicia federal. Esta resolución se dio por unanimidad en la primera sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación integrada por los CC. ministros: presidente Fernando Castellanos Tena, Francisco H. Pavón Vasconcelos, Raúl Cuevas Mantecón, Santiago Rodríguez Roldán y Luis Fernández Doblado, relator, el 19 de agosto de 1985.

Respecto a los casos citados en el cuadro dos, que contiene "Asesinatos denunciados en los distritos de Venustiano Carranza y Villa de las Rosas entre 1965 y 1985" se obtuvo la información siguiente.

José Córdoba Ayar, 1966. Prescribió la acción penal.

Manuel Gómez Ortega, 1970. El proceso se ciño a la formalidad de la ley.

Bartolomé Martínez Villatoro, Guadalupe Vázquez Gómez, 1975. Sin avance. Nunca se logró identificar a los responsables.

Miguel de la Cruz, 1979. No aparece ninguna denuncia en los libros de Gobierno ni averiguación iniciada en Villa de las Rosas y Venustiano Carranza (similar al caso de Elpidio Vázquez. Recuérdese la exclusión de autoridades.)

Pedro Vázquez Vázquez, 1979. Sin avance.

Alfredo Morales Medina. 1980. Se inició la averiguación previa 24/980 y se continuaron las fases procesales, sin que nadie hubiera querido denunciar a los presuntos responsables, por lo que se dictó acuerdo de reserva de la indagatoria (caso similar al de Elpidio Vázquez Vázquez.)

Cándido Velázquez Ruíz, 1982. Por este homicidio se inicio la averiguación previa 226/982 y por prueba testimonial se determinó la responsabilidad de Angel Flores (a)"El Zope" contra el cual se libró orden de aprehensión y que a esta fecha no se ha cumplimentado.

Respecto a los informes directos de la Procuraduría General del Estado, su situación es la siguiente.

Teodoro Vázquez Arias. Se encuentra recluido en las Islas Marías.

Campesinos de los Ejidos "La Pimienta y Hotochen". Sin avance (no hay cooperación de los campesinos).

Q. R. R. (Averiguación previa 101/983). Sin avance (no hay cooperación de los campesinos).

Elementos de la policía de Seguridad Pública del Estado. Sin avance.

Serlin Morales y otros. Sin avance (no se han acreditado todavía los delitos.)

Nota: estos casos no son mencionados en el memorando de Amnistía Internacional.

Anexos

TZACLUM (TZACACUM) Chalchihuitán

Anexo 1

Cuarenta representantes de Parajes, entre otros, que asistieron a la reunión de Cabildo de Chalchihuitán, el 13 y 23 de marzo de 1983, y fueron participantes en los hechos.

1. Nicolás López Gómez

2. Agustín Rodríguez Pérez

3. Salvador López Nuñez (cabecilla - detenido)

4. Nicolás Sánchez Pérez

5. Domingo Pérez Gómez

6. Martín Luna Vázquez

7. Domingo Sánchez Pérez (cabecilla)

8. Cándido Díaz Pérez (detenido)

9. Manuel Rodríguez Sánchez (detenido)

10. Agustín Rodríguez Domínguez (detenido)

11. Nicolás Pérez Gómez (detenido)

12. Manuel Aguilar Pérez

13. Pedro Gómez Nuñez

14. Marín Pérez López

15. Agustín López Gómez

16. Cristóbal Pérez Girón

17. Martín Pérez Díaz (detenido)

18. Manuel Gómez Girón

19. Melchor Díaz Gómez

20. Enrique López Gómez (detenido)

21. Salvador López Nuñez

22. Domingo Gómez López

23. Nicolás Gómez Girón (detenido)

24. Pedro Nuñez López

25. Mariano Díaz Girón (detenido)

26. Enrique Gómez López

27. Pedro Gómez López

28. Mariano López Girón

29. Nicolás López Girón

30. Mariano Gómez Girón

31. Mariano García Gómez

32. Domingo Díaz Girón

33. Lorenzo Girón Pérez

34. Agustín Gómez López

35. Nicolás Sánchez Pérez

36. Salvador Girón Díaz (autoridad religiosa atacante presidente municipal) (cabecilla)

37. Nicolás López Gómez (detenido Paraje Zinzón)

38. Nicolás Sánchez Pérez

39. Salvador Girón Díaz (cabecilla)

40. Nicolás López Gómez

Anexo 2

Relación de muertos de Tzaclum (Tzacacum), Municipio de Chalchihuitán.

1.Nazaria Díaz López

2.Manuel López Díaz

3.Mario Pérez López

4.María López Pérez (menor)

5.Manuel López Girón

6.Martín López Díaz

7.Domingo Nuñez López

8.Bartolo Nuñez Díaz

9.Agustín Pérez Díaz

10. Sebastián Nuñez López

11. Mariano Nuñez López

Anexo 3

Autoridades Religiosas atacantes.

1.Salvador Girón Díaz (Paraje Pom)

2.Nicolás López Gómez (Paraje Zinzon) (sentenciado)

3.Nicolás Pérez Girón (Paraje Balo)

4.Pedro Girón López (Paraje Tzaclum)

5.Martín Nuñez Díaz

6.Domingo Sánchez Pérez

7.Nicolás Sánchez Pérez

8.Salvador López Nuñez (sentenciado)

Anexo 4

Detenidos, puestos a disposición de la Procuraduría General de Justicia del Estado.

1.Nicolás López Gómez (autoridad religiosa del paraje Zinzón - cabecilla)

2.Domingo Gómez López

3.Salvador López Nuñez (cabecilla)

4.Mariano García Pérez

5.Nicolás Pérez Gómez

6.Nicolás Gómez Girón

7.Agustín Rodríguez Domínguez

8.Martín Pérez Díaz

9.Lorenzo Girón Pérez

10. Manuel Rodríguez Sánchez

11. Cándido Díaz Pérez

12. Mariano Díaz Girón

13. Enrique López Gómez

14. Vicente García Gómez

15. Mariano Gómez Gómez

16. Martín García Girón

17. Cristóbal Pérez Girón

18. Manuel Gómez Girón

19. Martín Pérez Díaz o Díaz Pérez

20. Manuel Díaz Gómez

Anexo 5

Personas contra las cuales se dictó orden de aprehensión por los delitos de asociación delictuosa, lesiones, homicidio calificado y daño en propiedad ajena.

1. Salvador Girón Díaz (cabecilla principal, autoridad religiosa y presidente municipal de Chalchihuitán)

2.Nicolás Pérez Girón (autoridad religiosa de paraje Balo)

3.Pedro Girón López (autoridad religiosa, del paraje Tzaclum)

4.Martín Nuñez Díaz (autoridad religiosa atacante)

5.Martín Pérez Nuñez

6.Martín García Nuñez

7.Cristóbal Pérez Díaz

8.Domingo Díaz Girón (representante paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

9.Nicolás Gómez López

10. Mariano García Gómez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

11. Nicolás López Girón

12. Enrique Gómez López (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

13. Pedro Gómez López (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

14. Pedro Nuñez López (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

15. Mariano Díaz Girón (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

16. Manuel Gómez Girón (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

17. Melchor Díaz Gómez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

18. Martín Luna Vázquez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

19. Manuel Aguilar Pérez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

20. Domingo Sánchez Pérez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

21. Nicolás Sánchez Pérez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

22. Domingo Pérez Gómez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

23. Salvador López Nuñez (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

24. Domingo Díaz Girón (representante de paraje, asistente a las reuniones del 13 y 23 de marzo de 1983)

25. Martín Gómez Díaz Anexo 6

Condenados a sufrir la pena de 21 años de prisión, cada uno por ser penalmente responsables de los delitos de lesiones, homicidios y daño en propiedad ajena.

1. Nicolás López Gómez (autoridad religiosa del paraje Zinzón, atacante, se retractó de su declaraciones.)

2. Mariano Gómez Gómez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, se retracto de sus declaraciones.)

3. Mariano García Pérez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, se retractó de sus declaraciones)

4. Martín García Girón (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, re retractó de sus declaraciones.)

5.Vicente García Gómez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, se retractó de sus declaraciones)

6.Mariano Gómez Girón (representante de paraje, se retractó de sus declaraciones)

7.Nicolás Gómez Girón (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, se retracto de sus declaraciones.)

8.Cándido Díaz Pérez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, se retractó de sus declaraciones)

9.Manuel Rodríguez Sánchez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje.)

10. Martín Pérez Díaz (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retractó de sus declaraciones)

11. Domingo Gómez López (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retractó de sus de declaraciones)

12. Nicolás Pérez Gómez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retractó de sus declaraciones)

13. Lorenzo Girón Pérez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retractó de sus declaraciones)

14. Salvador López Nuñez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retractó de sus declaraciones)

15. Agustín Rodríguez Domínguez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retractó de sus declaraciones)

16. Enrique López Gómez (puesto a disposición desde el 13 de abril de 1983, representante de paraje, se retracto de sus declaraciones)

17. Manuel Díaz Gómez (puesto a disposición del Ministerio Público)

18. Manuel Gómez Girón (puesto a disposición del Ministerio Público, representante de paraje)

19. Nicolás Gómez López

20. Cristóbal Pérez Girón (puesto a disposición del Ministerio Público, representante de paraje)

21. Agustín Gómez López (representante de paraje)

Domingo Calvo Espinoza y otros ocho

Anexo 1

Relación de muertos de "La Casa del Pueblo"

1.José Mendoza Morales

2.Bartolomé Ramírez Gómez

3.Domingo Calvo Espinoza

4.José Espinoza de la Torre

5.Caralampio Gómez Martínez

6.Pedro Gómez Hernández

7.Augusto Hernández Pérez

8.Segundo Adolfo Reyes Hernández

9.José Jiménez de la Torre

Lesionados

1.Bartolo Hernández Gómez

2.Julio López Velasco

3.José Gómez Martínez

4.Sebastián Ramírez Hidalgo

Anexo 2

Resultado de la prueba de la parafina (Harrison)

NEGATIVA

1.Augusto Hernández Pérez (muerto)

2.Domingo Calvo Espinoza (muerto)

3.Julio López Vázquez (lesionado)

4.Sebastián Ramírez Hidalgo (lesionado)

5. José Gómez Martínez (lesionado)

6. Arturo Hernández Gómez

POSITIVA

1.José Mendoza Morales (muerto)

2.José Jiménez de la Torre (muerto)

3.Pedro Gómez Hernández (muerto)

4.Caralampio Gómez Martínez (muerto)

Anexo3

Se dicta sentencia, en primera instancia, absolutoria a favor de:

1.Bartolomé Jiménez de la Torre

2.Rufino Méndez Alcázar

3.José Gómez Solano

4.Fernando Vives Robles

5.Miguel Mendoza Espinoza

6.Manuel Gómez Mendoza

7.Sebastián Espinoza Martínez

8.Bartolomé Espinoza Mendoza

9.Juan Vázquez Velasco

10. José Calvo Vázquez

11. Bartolomé Gómez Espinoza.

APÉNDICE

Apéndice 2

Amnistía Internacional Programa de Doce Puntos para la Prevención de la Tortura

La tortura es una violación fundamental de los derechos humanos, condenada por la Asamblea

General de las Naciones Unidas como una ofensa a la dignidad humana y prohibida por legislaciones nacionales y por el derecho internacional.

A pesar de ello, la tortura sigue produciéndose diariamente en todo el mundo. En la experiencia de Amnistía Internacional, la prohibición legislativa de la misma no es suficiente. Se hace necesario tomar medidas inmediatas para hacer frente a la tortura y a otros tratoso penas crueles, inhumanos o degradantes, dondequiera que se produzcan, hasta conseguir su total erradicación.

Amnistía Internacional formula un llamamiento a todo los gobiernos para que pongan en práctica el siguiente programa de 12 puntos para la prevención de la tortura, e invita a todas las personas y organizaciones interesadas a aunar sus esfuerzos en la promoción de este programa. Amnistía Internacional está convencida de que la puesta en práctica de estas medidas será una clara y positiva indicación del empeño de un gobierno en abolir la tortura a nivel nacional e internacional.

1. Condenación oficial de la tortura

Las máximas autoridades de cada país deberían demostrar su total oposición a la tortura, haciendo saber a todo el personal encargado del cumplimiento de la ley que la tortura no será tolerada bajo ninguna circunstancia.

2. Límites de la detención en régimen de incomunicado

Con frecuencia, la tortura tiene lugar mientras las víctimas se encuentran detenidas en régimen de incomunicado, imposibilitadas de entrar en contacto con aquellas personas que podrían ayudarles o informarles de lo que les está ocurriendo. Los gobiernos deberían adoptar salvaguardias para hacer que la detención en régimen de incomunicado no se transforme en una oportunidad para la aplicación de torturas. Es de capital importancia que todos los presos sean presentados ante las autoridades judiciales con la mayor presteza tras haber sido detenidos, y que se permita a sus familiares, abogados y médicos acceso pronto y regular a los mismos.

3. Eliminación de las detenciones secretas

En algunos países, las torturas se llevan a cabo en centros secretos, a menudo después de haberse hecho desaparecer a las víctimas. Los gobiernos deberían asegurarse que los procesos sean recluidos en lugares públicamente reconocido y que se proporcione información precisa sobre el lugar en que se encuentran sus familiares y abogados.

4. Salvaguardias durante el período de detención e interrogatorios

Los gobiernos deberían mantener los reglamentos para detención e interrogatorio bajo constante examen. Los presos deberían ser informados sin demora de sus derechos, incluyendo el derecho de presentar quejas relativas al tratamiento que reciben. Debería, asimismo, autorizarse a los organismos independientes pertinentes a realizar visitas regulares de inspección a los centros de detención. Una salvaguardia importante contra la tortura sería la separación entre las autoridades encargadas de la detención y las que tienen a su cargo la realización de los interrogativos.

5. Investigación independiente de los informes sobre torturas

Los gobiernos deberían asegurarse de que todas las quejas e informes sobre torturas sean imparcial y eficazmente investigados, haciendo públicos tanto los métodos como los resultados de dichas investigaciones. De igual modo, tanto los demandantes como los testigos deberían estar protegidos contra posible intimidación.

6. Invalidez legal de declaraciones extraídas bajo tortura

Los gobiernos deberían tomar las medidas necesarias, para que las confesiones y demás pruebas obtenidas bajo tortura, no puedan ser utilizadas jamas en trámite judiciales.

7. Prohibición legislativa de la tortura

Los gobiernos deberían adoptar medidas encaminadas a que los actos de tortura sean considerados como delitos punibles, en virtud de las disposiciones del derecho penal. En conformidad con la legislación internacional, la prohibición de la tortura no debería ser suspendida bajo ninguna circunstancia, ni siquiera bajo el estado de guerra u otra emergencia pública.

8. Enjuiciamiento de presuntos torturadores

Las personas responsables de actos de tortura deberían ser enjuiciadas. Este principio debería mantenerse dondequiera que se encuentren, sea donde fuere el lugar en que se cometió el crimen y sin tener en cuenta la nacionalidad de los perpetradores o de las víctimas. No debería proporcionarse a los torturadores "santuario" alguno.

10. Compensación y rehabilitación

Las víctimas de la tortura y sus dependientes deberían tener el derecho a obtener compensación financiera. Al mismo tiempo, debería proporcionar a las víctimas los cuidados médicos o rehabilitación apropiados.

11. Reacción internacional

Los gobiernos deberían utilizar todos los canales disponibles para interceder ante aquellos gobiernos acusados de la aplicación de torturas. Deberían establecerse mecanismos intergubernamentales para investigar con urgencia informes de tortura y adoptar las medidas eficaces pertinentes contra la misma. Los gobiernos deberían vigilar asimismo que las transferencias o capacitación de personal militar, de seguridad o de policía no faciliten la práctica de torturas.

12. Ratificación de instrumentos jurídicos internacionales

Todos los gobiernos deberían ratificar los instrumentos internacionales que contengan salvaguardias y recursos contra la tortura, incluyendo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su protocolo facultativo, que autoriza el examen de quejas presentadas por víctimas individuales.

Este programa de 12 puntos fue adoptado por Amnistía Internacional en octubre de 1983, como parte de su Campaña pro Abolición de la Tortura.

Amnistía Internacional: campaña a escala mundial

En años recientes, la opinión mundial, se ha venido percatando cada vez más de la urgente necesidad de proteger los derechos humanos de manera eficaz y a nivel internacional.

Miles de hombres y mujeres se encuentran encarcelados a causa de sus creencias, siendo muchos los países en los que estos presos de conciencia sufren su sentencia en cárceles abarrotadas, en campos de trabajos forzados y en penitenciarías apartadas.

Se cuentan así mismo por miles los presos políticos, recluidos en conformidad con mandatos administrativos de detención, a los que se niega toda posibilidad de juicio o de apelación.

En multitud de casos, las víctimas son sometidas sin compasión a torturas sistemáticas.

Son más de cien los países en los que sigue en vigor la pena de muerte.

Cada vez con mayor frecuencia, se están produciendo secuestros, desapariciones y asesinatos de líderes políticos y de ciudadanos ordinarios, perpetrados tanto por fuerzas gubernamentales como por grupos de la oposición.

Esfuerzo Internacional

Con objeto de poner fin a las detenciones secretas, a las torturas y a los homicidios, se hace imprescindible contar con un esfuerzo internacional organizado. Amnistía Internacional está abierta a cuantos se hallen preparados a trabajar universalmente por la liberación de los presos de conciencia, por la justicia en los juicios de los presos políticos y por la abolición de la tortura y de las ejecuciones.

En la actualidad, el movimiento cuenta ya con afiliados y simpatizantes en más de 150 países, siendo independiente de todo gobierno, agrupación política, ideología, interés económico o credo religioso.

Los orígenes de Amnistía Internacional se retrotraen a un artículo periodístico, "Los presos olvidados", publicado en The Observer (Londres) el 28 de mayo de 1961, del que se hizo eco Le Monde (París)

Al anunciar la iniciación de una campaña imparcial para asistir a las víctimas de la persecución política, el abogado británico Peter Benenson escribió:

"Abran sus periódicos cualquier día de la semana y podrán encontrar informes de que en alguna parte del mundo se están llevando a cabo encarcelamientos, torturas o ejecuciones de personas cuyas opiniones o religión resultan inaceptables para su gobierno... El lector experimenta una amarga sensación de impotencia. Si fuera posible aunar en una acción común todos estos sentimientos de desaprobación procedentes de todo el mundo, no cabe duda de que algo efectivo podría ponerse en marcha".

Una semana después, había recibido ya más de mil ofertas de apoyo para recoger información, dar publicidad a la misma ponerse en contacto con distintos gobiernos. De este modo se echaron los cimientos de una organización permanente para la defensa de los derechos humanos que, en su día, se transformó en Amnistía Internacional. El primer presidente de su Comité Ejecutivo Internacional (de 1963 a 1974) fue Sean McBride, galardonado con el Premio Nobel de la Paz en 1974 y el Premio Lenin en 1975.

Mandato

En nuestros días, Amnistía internacional juega un papel muy especial en la protección de los derechos humanos. La organización

- busca la liberación de hombres y mujeres encarcelados en cualquier parte del mundo a causa de sus convicciones, color, sexo, origen étnico, idioma, o religión y cuando no hayan recurrido a la violencia o abogado por ella. A estas personas se les denomina presos de consciencia;

- propugna la realización de juicios expeditos e imparciales para todos los presos políticos y trabaja en defensa de tales personas recluidas sin formulárseles cargos o no llevadas a juicio;

- se opone sin excepciones a la imposición de la pena de muerte, a la tortura y a toda pena o trato cruel, inhumano o degradante a cualquier categoría de presos.

Este mandato está basado en los derechos políticos y civiles estipulados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, de las Naciones Unidas, y en otros convenios internacionales, y refleja la convicción de que tales derechos trascienden los límites de nación, raza o creencia.

A través del trabajó en pro de los presos cuyas categorías están incluidas en su mandato, Amnistía Internacional participa en un mayor fomento y protección de los derechos humanos en las esferas civil, política, económica, social y cultural.

Amnistía Internacional no se opone ni apoya a ningún gobierno o sistema político. Entre sus miembros se cuentan simpatizantes de distintos sistemas, que están de acuerdo en la defensa de todas las personas de cualquier país contra el encarcelamiento por creencias, y contra la tortura y las ejecuciones.

Labor de Amnistía Internacional

Los métodos de trabajo de Amnistía Internacional, están basados en el principio de la responsabilidad internacional por la protección de los derechos humanos. El movimiento trata de tomar las medidas necesarias siempre que se producen violaciones de dichos derechos humanos, dentro de los límites de su mandato. Desde su fundación, los grupos de Amnistía Internacional han intervenido en favor de más de 25 mil presos en más de cien países con ideologías muy diversas.

Un aspecto único de la labor de los grupos de Amnistías Internacional - aspecto que viene a subrayar la necesidad de la cooperación internacional en defensa de los derechos humanos - es el hecho de que cada grupo trabaja en defensa de presos detenidos en países que no son el suyo, asignándose a cada grupo un mínimo de dos presos. Los casos así asignados se hallan equilibrados tanto geográfica como políticamente, para garantizar la imparcialidad. Existen en la actualidad más de 3 mil 341 grupos de Amnistía Internacional en el mundo, secciones en 43 países de África, Asia, las Américas, Europa y el Oriente Medio, y miembros individuales y suscriptores en otros 120 países. Los miembros no realizan actividad alguna relacionada con casos individuales relativos a sus propios países. No se espera de ninguna sección, grupo o miembro individual la provisión de información referente a su país y ninguno de ellos asume responsabilidad alguna por las acciones tomadas o las declaraciones publicadas por la organización internacional en relación con su país de origen.

Investigación permanente

El movimiento para la mayor importancia a la presentación precisa y equilibrada de los hechos, basando todas las actividades en una investigación meticulosa de las denuncias de violaciones de derechos humanos. El Secretario Internacional de Londres, que cuenta con 175 funcionarios de unas 30 nacionalidades, posee un departamento de investigación encargado de recoger y analizar la información procedente de una gran variedad de fuentes. A los cientos de periódicos y revistas, boletines gubernamentales, transcripciones de emisiones radiofónicas, informes de abogados y de organizaciones humanitarias se unen las cartas recibidas de los presos y de sus familias. Amnistía Internacional acepta plena responsabilidad por sus informes y, caso que se demuestre que la información publicada es errónea, está siempre dispuesta a retractarse.

Una vez establecidos los hechos, se envía la información correspondiente a las secciones y grupos para que se entren en acción. A continuación, los miembros comienzan la labor de poner de relieve la preocupación internacional por la protección de aquellos individuos cuyos derechos humanos han sido violados, enviando a ministros del gobierno y a las embajadas, organizando reuniones públicas y acontecimientos especiales, tales como velas ante las embajadas o departamentos gubernamentales apropiados, e interesando a la prensa en los casos a ellos asignados. También piden a sus amigos y colegas que les asistan en sus esfuerzos, recogen firmas para realizar peticiones internacionales y dinero para enviar ayuda (medicamentos, alimentos y vestidos) a los presos y a sus familias.

Una campaña permanente

Además de trabajar por casos de presos determinados, los miembros de Amnistía Internacional

tratan de conseguir la abolición de la tortura y de la pena de muerte. Estos esfuerzos incluyen intentar prevenir actos de torturas y ejecuciones cuando se conoce que ciertas personas han sido trasladadas a centros de tortura o sentencias a muerte. En estos casos se alerta a los voluntarios de decenas de países y, a las pocas horas, cientos de telegramas y otros tipos de peticiones se pueden hallar ya en manos del gobierno o camino de las cárceles o centros de detención.

En sus esfuerzos por movilizar la opinión pública mundial, Amnistía Internacional no presta su apoyo pero tampoco se opone a la aplicación de boicots económicos o culturales. La organización se opone, sin embargo, de manera categórica a la transferencia internacional de equipo y conocimientos técnicos militares, policiales o de seguridad, que puedan ser utilizados por los gobiernos que los reciben para detener a presos de conciencia, infligir torturas y llevar a cabo ejecuciones.

Amnistía Internacional no realiza una clasificación de los gobiernos y países del mundo de acuerdo con sus actitudes hacia los derechos humanos, ya que, por una parte, la represión existente en diversos países impide la libre adquisición de información sobre los abusos de derechos humanos, y por otra, tanto las técnicas de represión utilizadas como su impacto varían de manera considerable. En vez de realizar comparaciones, Amnistía Internacional concentra sus esfuerzos en tratar de poner fin a las violaciones de derechos humanos en cada caso, convencida de que su actuación debe tener como objeto acabar con el sufrimiento de víctimas individuales.

La violación de los derechos humanos se ha debido no solamente a los gobiernos sino también a los grupos políticos. En nombre de distintas causas se han realizado detenciones, tomado rehenes, infligido torturas y llevado a cabo ejecuciones. Estos actos son tan reprochables como la represión gubernamental. Amnistía Internacional considera que las normas internacionales para la protección de los derechos humanos y el tratamiento humanitario de los presos deben ser respetados universalmente.

Política y fondos

Amnistía Internacional es un movimiento democrático organizado y, cada dos años, su Consejo Internacional - compuesto por representantes de todas las secciones - se encarga de decidir las líneas más importantes de la política a seguir. Dicho Consejo elige un Comité Internacional encargado de poner en práctica sus decisiones y de supervisar el desarrollo diario de las actividades del Secretario Internacional.

La organización está financiada por sus afiliados, por suscripciones y por donativos.

Sus afiliados pagan cuotas y ponen en marcha campañas para recaudar fondos - organizan conciertos y subastas de objetos de arte, por ejemplo - y, con frecuencia, puede vérseles en las calles de su vecindario pidiendo donativos.

Las normas relativas a la aceptación de donativos son estrictas a fin de que los fondos recibidos por cualquier parte de la organización no la comprometan de manera alguna, afectan su integridad, la hagan depender de cualquier donante o limiten su libertad de acción.

Las cuentas de la organización son revisadas anualmente y publicadas en la versión inglesa del Informe Anual.

Amnistía Internacional mantienen relaciones de trabajo con las Naciones Unidas (ECOSOC), UNESCO, el Consejo de Europa, la Organización de los Estados Americanos y la Organización de la Unidad Africana.

El C. presidente: -Ruego a la secretaría se sirva dar lectura al punto de acuerdo propuesto.

El C. secretario diputado Juan moisés Calleja García: -Propuesta de punto de acuerdo.

"La Comisión Permanente del Congreso de la Unión acuerda turnar a las comisiones de Derechos Humanos y de Gobernación y Puntos Constitucionales de las Cámaras de Diputados y Senadores, el reporte de Amnistía Internacional intitulado: "México, los Derechos Humanos en Zonas Rurales", intercambio de documentos con el gobierno mexicano sobre violaciones de los derechos humanos en Oaxaca y Chiapas, para que, con base en su estudio y análisis dichas comisiones procedan a solicitar de la Secretaría de Gobernación las aclaraciones e información que consideren pertinentes sobre los casos presentados por Amnistía Internacional, así como sobre las respuestas que dio el Gobierno mexicano.

México, D. F., a 7 de junio de 1986.

El grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México, firma Jorge Alcocer Villanueva."

El C. presidente: -Pregunte la secretaría si hay oradores en pro o en contra de esa propuesta.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Por indicaciones de la presidencia se pregunta a la asamblea si hay oradores en pro y en contra.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Jesús González Schmal en pro de la propuesta.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Venimos a respaldar esta proposición, con base en la

convicción de que la impunidad de que han gozado las autoridades en Chiapas y en Oaxaca, está haciendo crecer la ola de atentados de aprehensiones ilegales, de torturas y de persecución a los militantes de oposición. Esta misma mañana hemos sabido de otros dos detenidos que al pasear en la plaza de Tuxtla Gutiérrez, fueron aprehendidos por desconocidos que parecen estar identificados o parecen pertenecer a algún cuerpo de la judicial federal. El estado de desolación que vive la condición desoladora que viven los ciudadanos chiapanecos, que no encuentran oportunidad de que las autoridades estatales los escuchen, impongan el orden, cese la persecución y garanticen el libre tránsito en el Estado, nos hacen considerar esta petición como de verdadera urgencia para la seguridad de los ciudadanos chiapanecos.

Quisiera además, sin que forme parte del punto petitorio, se hiciera una invitación inmediata a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, para que se constituya formalmente para que inicie sus sesiones, dado que hay diversos asuntos que se le han turnado y que requieren ser atendidos con urgencia, con la importancia que tienen para la vida de la nación, de tal manera que sí es convicción nuestra, y creo que es una demanda nacional el que este cuerpo legislativo estudie estos problemas, y en la medida de sus posibilidades y con su influencia política influya para que cese el estado de excepción que priva en el estado de Chiapas. Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra el señor senador Gonzalo Martínez Corbalá.

El C. senador Gonzalo Martínez Corbalá: - Señor presidente, señoras y señores legisladores; señoras y señores: yo he venido a hablar en pro de la propuesta, del trámite propuesto por el diputado Jorge Alcocer Villanueva de turnar tanto el informe de Amnistía Internacional como la respuesta del Gobierno mexicano a las comisiones de Derechos Humanos tanto de la Cámara de Diputados como a la de Senadores, que me honro en presidir, pero sí quisiera hacer algunas consideraciones que me parece indispensable, porque el diputado Jorge Alcocer Villanueva se ha referido aquí a dos vertientes del problema. Una de ellas es la que hace a los principios generales que animaron en primer lugar al poder legislativo para adoptar, para ratificar con convenio sobre tratos inhumanos y crueles y degradantes de Naciones Unidas, que fue firmado por nuestro representante, uno de los primeros países que lo hizo por cierto en Naciones Unidas, y que ratificamos ya nosotros en el Senado también en el período de sesiones pasado, ordinario pasado.

Este convenio por cierto, fue mencionado por primera vez por el senador Don Antonio Martínez Báez en la comparecencia del canciller Bernardo Sepúlveda Amor ante el Senado de la República inquisiéndolo precisamente en el período anterior de 1984, en 1984, sobre el empeño que pondría el Gobierno mexicano en la suscripción de esta tratado. Ahí mismo el canciller Bernardo Sepúlveda Amor dio la respuesta al senador Antonio Martínez Báez haciéndole ver y dándole la seguridad de que era el interés del Gobierno mexicano suscribir este tratado lo antes posible y que no se demoraría esta suscripción como se hizo en la primera oportunidad que se tuvo para ello.

De la misma manera, en el primer período de sesiones, una vez suscrito y firmado por el Gobierno mexicano en Naciones Unidas como he dicho, se ratificó ya en el Senado y se depositó el documento ratificado en Naciones Unidas.

Luego, casi paralelamente, habíamos nosotros creado ya en el Senado de la República la Comisión de Derechos Humanos y la propia Comisión se abocó a la tarea de redactar un proyecto de ley federal para castigar la tortura en nuestro país. Este proyecto que ustedes conocen y fue discutido ampliamente en este período extraordinario anterior de la Cámara de Diputados, tuvo su origen precisamente en los senadores, fue un proyecto de ley que redactamos los senadores integrantes de la Comisión de derechos del propio Senado. Estamos pues absolutamente de acuerdo en que tenemos que luchar en nuestro país por erradicar la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Estamos completamente de acuerdo en que tenemos que revalorar los derechos humanos como la esencia misma de la sociedad mexicana y no solamente de ésta sino también de la humanidad en general. Mientras no haya esa revalorización como fundamental para la existencia misma de la humanidad de los valores humanos, no será posible que se construya ningún sistema de derecho valedero de derecho internacional ni nacional tampoco.

Ha sido ese pues nuestro convencimiento, es el convencimiento pleno e irrestricto del Senado de la República y sabemos que lo es también de la Cámara de Diputados, puesto que fue aprobada esta ley, no obstante que hubo algunas opiniones diversas en el sentido mas bien de enriquecer jurídicamente al propio instrumento legal aprobado.

En todo eso estamos de acuerdo, en lo que no podemos estar de acuerdo es en que antes, diputado Alcocer, en que antes de que se termine este análisis, que por cierto en el seno de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República lo estábamos haciendo ya, que antes de ello emitamos juicios aquí anticipados acerca de lo que usted ha llamado aquí calumnia o difamaciones y tampoco podemos aceptar que estuviera en el ánimo del Gobierno de la República enlodar el prestigio ni de luchadores políticos ni tampoco de los partidos a los cuales pertenece.

podemos asegurar que en el seno de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República y también dicho ya, ratificado por el Presidente de la Gran Comisión del Senado, podemos asegurar que la Comisión de Derechos Humanos del Senado tiene sus puertas abiertas para cualquier denuncia de violaciones a la Ley Federal contra la tortura a la que nos estamos refiriendo.

Y lo que no podemos hacer es juzgar así aquí a la ligera, caso por caso, que amerita la atención de todos nosotros, que nos merece cada uno de ellos el más profundo respeto, y luego llegar a conclusiones. Cuando sea el momento de llegar a ellas, entonces expresaremos nuestro juicio a ese respecto, pero sí quiero hacer notar al diputado Alcocer que los juicios que ha aventurado aquí no era el momento ni el foro para hacerlos.

Yo comprendo que la pasión partidista, el conocimiento quizás de alguno de los afectados hubiera influido para que él mismo tomara los casos con vehemencia, hacemos nuestro su interés porque se esclarezca cada uno de estos casos y que se esclarezca en general también el espíritu y la letra del informe de Amnistía Internacional. Porque nos consta que las autoridades responsables, las máximas autoridades responsables de administrar justicia en el país, el Procurador General de la República, y el Procurador del Distrito Federal nos han dado todas las seguridades de que cualquier abuso del poder y de cualquier violación que se hiciera de la ley ya aprobada, será investigada y los responsables serán castigados.

Vivimos en un régimen de derecho y aunque sabemos y estamos convencidos del valor que tiene el haber aprobado la ley en sus términos, sabemos que hubo opiniones diversas y de que también hubo quien opinara que es un documento perfectible, en ello estamos también completamente de acuerdo, nunca lo hemos negado, nunca pretendimos elaborar un documento acabado que no fuera susceptible de mejorarse, pero creo, admitirá usted con nosotros diputado Alcocer y compañeros legisladores que el problema de la administración de justicia no es nada más un problema de leyes, tenemos que construir todo un sistema de valores alrededor de esta nueva ley y tenemos que trabajar todos los sectores de la sociedad en general para que no se den en el futuro violaciones, que por otra parte nadie ha negado que se han dado en el país, empezando por el propio Procurador General de la República en un ejercicio honesto de autocrítica. Y siendo así - repito, señor presidente - yo he querido expresar mi apoyo en esta tribuna al trámite propuesto por el diputado Alcocer y sin embargo inconformarse con los juicios aquí expresados anticipadamente a que se haga el análisis correspondiente a este documento.

El C. presidente: -Para hechos, diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores legisladores: yo no puedo aceptar - por eso me veo obligado a contestar - que se afirme aquí que yo he venido a aventurar juicios o que la pasión partidista ha dominado el asunto que he presentado. Acepto que hay mucha pasión de mi parte en este asunto porque hay gente asesinada a la que aquí - y no lo hicimos nosotros - quien aventura los juicios, en calumnia, quien difama es el Gobierno mexicano, porque este memorándum se llama "Respuesta del Gobierno de México al memorándum de Amnistía Internacional" y se reconoce como autor del documento a la Secretaría de Gobernación. No fuimos nosotros los que escribimos ese documento, señor senador, lo escribió un funcionario, no sabemos quién de la Secretaría de Gobernación, y en ese documento se calumnia, se difama y se aventuran juicios monstruosos en algunos casos, se calumnia cuando a un compañero asesinado, candidato a diputado, pero hubiese sido el ciudadano que fuese, asesinado en las peores condiciones, se le dice Amnistía Internacional que tenía relaciones de amasiato con la esposa de otro compañero dirigente de nuestro partido.

Yo pregunto, si el asesinado hubiese sido un miembro del Partido Revolucionario Institucional se calificarían mis juicios de aventurados. No hay en este caso aventuramiento de juicios, yo sostengo aquí en esta tribuna como mexicano que el Gobierno de México actuó de una manera irresponsable que calumnió a ciudadanos mexicanos que no tienen posibilidades de defenderse y por eso es la pasión por este asunto. Porque si Andulio Gálvez viviera podría defenderse, pero no se puede defender porque lo asesinaron y quien dice que a la compañera María Francisca la Asesinó su esposo al cual califican de su amante es el Gobierno mexicano, y quien dice que José Rodríguez se metió siete balazos para luego asesinar a su acompañante, es el Gobierno mexicano, entonces quien ha precedido con irresponsabilidad en el mejor de los casos, pero sobre todo con una frialdad para descalificar estos casos ha sido el gobierno señor senador, ha sido el Gobierno mexicano, analicemos sí, yo digo más lejos, exijamos desde las comisiones del Senado y de la Cámara de Diputados que el Gobierno mexicano sustente sus afirmaciones, porque hay casos en los que no sugiere, asegura categóricamente como es el caso de José Rodríguez que él asesinó a su acompañante y se dio los balazos, afirma categóricamente que María Francisca fue asesinada por su esposo, afirma categóricamente que Andulio Gálvez tiene que ver o con líos de faldas o con fraudes en contra de una unión de crédito de la que Andulio Gálvez era gerente.

¿Quién calumnia, quién difama, quién informa una organización internacional? El Gobierno mexicano, y yo quiero explicar por qué pedí, por que el senador sólo se refirió al trámite relativo a la

Comisión de Derechos Humanos, yo he pedido que también se turne no como Comisiones Unidas, sino separado a las Comisiones del Gobernación y Puntos Constitucionales, por una razón, porque este informe lo publicó, lo entregó la Secretaría de Gobernación y hay división en ramos legislativos también, y la Secretaría de Gobernación está en un ramo legislativo de esta Cámara, de este Congreso, por eso también las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales a mi juicio deben intervenir, por que yo insisto, es el Gobierno mexicano el que da esta información y las calumnias señor senador no salieron de nosotros, salieron del gobierno mexicano.

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Santiago Oñate Laborde.

El C. diputado Santiago Oñate Laborde: - Señor presidente; compañeros legisladores: sin lugar a dudas la propuesta formulada por el compañero Jorge Alcocer merece ser atendida y ser considerada por las Comisiones Legislativas de ambas cámaras.

El asunto planteado, y entiendo por el asunto planteado el reporte de Amnistía Internacional y la respuesta junto al mismo publicada que en su oportunidad fue dada por el Gobierno mexicano, constituyen un material informativo - subrayo esto "informativo"- indispensable para que las comisiones de Derechos Humanos lleven a cabo las funciones que les asignaron el pleno de las respectivas cámaras al momento de su creación, constituyen estos informes, elementos que permitirán a estas comisiones avanzar en el estudio del estado actual de los derechos humanos en nuestro país, y servirán para poder proponer en su caso, aquellas medidas tendientes a combatir violaciones realizadas a los derechos humanos y sobre todo, a prevenir futuras violaciones. En ese sentido, es que estimamos que la propuesta debe de ser admitida, sin embargo, un aspecto de carácter procedimental -al que hace un momento aludía el compañero Alcocer- me lleva a proponer, en primer lugar, al compañero Alcocer como proponente y al resto de ustedes, como órgano que habremos de decidir, el turno, la modificación en el turno que él nos está sugiriendo. Considero que el turno adecuado de la propuesta es a las dos Comisiones de Derechos Humanos, del Senado y Cámara y no así a las Comisiones de Gobernación, Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales en la Cámara de Diputados o a su equivalente en la de Senadores.

El argumento aportado por el diputado Alcocer, en el sentido de que la respuesta mexicana está dada por la Secretaría de Gobernación, y que es la Comisión de Gobernación la que lo debe de analizar, cae en una suerte de mimetismo entre los nombres de las comisiones y sus equivalencias en el sector público. Las comisiones legislativas y ésto lo hemos comentado en distintas ocasiones con varios legisladores, son comisiones que crea el Congreso para el desarrollo de sus propias tareas y no necesariamente tiene que coincidir o ser una calca o reflejo de las distintas secretarías de estado en que se articula el Poder Ejecutivo Federal, para el desarrollo de sus tareas. Este mimetismo creo que se encuentra perfectamente roto en el caso de la Comisión de Derechos Humanos en donde no encontramos una correspondiente Secretaría que se llame de Derechos Humanos. Si fuéramos por esa línea de exigir que cada secretaría cuente con una comisión y cada comisión tenga un correlato en una secretaría, pues bien podríamos borrar a la de Justicia, aduciendo que no existe Secretaría de Justicia.

En ese sentido, es que considero que para dar una entrada pronta al asunto para que éste pueda ser estudiado sin obvio de dificultades, se opte por la vía de una sola comisión, y no como aquí se decía que sea a dos y ni siquiera que sean unidas porque también alegaba el compañero Jorge Alcocer, lo cual nos colocaría procedimentalmente ante una serie de problemas, tal vez hipotéticos, en donde las conclusiones de una y otra comisión no coincidiesen o hubiese diversidad en cuanto al procedimiento que la Comisión de Gobernación desea y ha votado seguir con aquel que en su momento llegara a señalar la Comisión de Derechos Humanos, dada la importancia que sin duda tiene el tema, entendiendo la vehemencia con que fue presentado por el compañero Alcocer, porque justamente el derecho al nombre y el derecho a la fama, aunque algunos lo duden, es algo que se extiende más allá de la propia vida y de la muerte, constituyen también un derecho humano, no cabe duda pues que el tema tiene que ser antes analizado y analizado con premura como también lo dijo alguien más ya desde esta tribuna, Por esa situación es que me permito respetuosamente sugerir al proponente y al resto de ustedes que se diera entrada a esta propuesta que no ha recibido sino oradores a favor, pero a las dos comisiones de Derechos Humanos del Senado y de la Cámara de Diputados, sin entorpecer el procedimiento haciéndolo derivar a otra comisión más. Muchas gracias.

El C. presidente: - Yo preguntaría el señor diputado Alcocer que en vista de la intervención que acaba de tener el señor diputado Oñate, si estaría él de acuerdo con el planteamiento de que solamente fuese turnada la propuesta de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos de las Cámaras de Diputados y de Senadores.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: -Una aclaración solamente, creo que la Comisión de Derechos Humanos a quien se tiene que dirigir es a la Secretaría de Gobernación.

El C. diputado Santiago Oñate Laborde: - Una aclaración al compañero, a la de Gobernación y a cualquier otra dependencia del gobierno, en los términos de la ley.

El C. senador Norberto Mora Plancarte: - Para una moción de orden señor.

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos sólo puede dirigirse el ejecutivo a través de la Secretaría de Gobernación de acuerdo con nuestra Constitución.

El C. presidente: - En esas condiciones pregunte la secretaría si se admite o no la discusión la propuesta del diputado Jorge Alcocer.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: -Por instrucciones de la presidencia se pregunta a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición del diputado Jorge Alcocer.

Los que estén porque se admita sírvanse manifestarlo... Admitida señor presidente.

El C. presidente: - Túrnese este punto de acuerdo a las Comisiones de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores.

DENUNCIA DE HECHOS EN AXOCHIAPAN, MORELOS

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Roberto Calderón Tinoco.

El C. diputado Roberto Calderón Tinoco: - Con su permiso señor presidente, señores legisladores: en un franco atentado a las garantías individuales y a la libertad de expresión otorgadas por la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos un grupo represivo al servicio del Gobierno del estado de Morelos agredió el día de ayer por la noche en el municipio de Axochiapan al ciudadanos simpatizantes y militantes así como al dirigente nacional del Partido Demócrata Mexicano Ignacio González Golláz. La agresión física a los miembros del Partido Demócrata Mexicano se inició cuando encabezados por el Presidente Nacional del Partido Demócrata González Golláz, se dirigían a la plaza principal de Axochiapan para realizar un mitin demandando al Gobernador de Morelos, el C. Lauro Ortega, cumplimiento al convenio de convocar a elecciones extraordinarias y terminar así con el fraude electoral que se inició en marzo del pasado año en este municipio.

Es conveniente poner como antecedente a esta denuncia que se hace desde esta Comisión Permanente, que el 17 de mayo del año anterior o sea de 1985, al realizarse procesos electorales para la renovación de ayuntamientos en el estado de Morelos, concretamente en el municipio de Axiochapan, se cometió fraude en contra del Partido demócrata mexicano, asunto que al ser ventilado ante el Gobierno del estado y las instancias electorales, se convino con el C. gobernador Lauro Ortega, nombrar un presidente interino, con el compromiso de que en un término de tres meses a partir de esa fecha, tendría que convocarse a nuevas elecciones o sea a elecciones extraordinarias.

En el puesto y en carácter de interino quedó el C. Jorge Cacique, quien de acuerdo al convenio, debía convocar a este período de elecciones extraordinarias cuyo vencimiento de plazo vencía el 20 de noviembre del año anterior. Sin embargo, este ciudadano Jorge Cacique, haciendo honor a su apellido, se quedó ya en el poder y desoyó el convenio tenido con el Gobierno del estado y no hizo la convocación para el período extraordinario de elecciones como se había acordado y que este convenio establecido con el gobernador, constituye la prueba de que efectivamente se había cometido fraude en contra de los candidatos del Partido Demócrata mexicano, razón por lo que fue aceptado este nuevo procedimiento. Sin embargo, ante esta negativa, ante estos oídos sordos por parte de las autoridades del estado de Morelos y del municipio, los ciudadanos siguieron insistiendo en sus demandas de cumplimiento al convenio tenido con el gobernador y después de estas fechas se han estado realizando una serie de manifestaciones en el municipio de Axiochapan, para demandar cumplimiento al convenio tenido.

El día de ayer al realizar un mitin de éstos que se han estado realizando en ese municipio, fueron agredidos por un grupo de al parecer policías vestidos de civil y seudo militantes del partido Revolucionario Institucional, quienes encabezados por el síndico procurador llamado Carlos Pacheco Ortiz y por los regidores a las regidoras Juana Sánchez López y Manuela Romero Sánchez la emprendieron a golpes contra los manifestantes, y concretamente contra el dirigente nacional de nuestro partido, el profesor Ignacio González Golláz. No obstante este pretención de impedir esa manifestación, y de que fuera realizado el mitin, los manifestantes lograron imponerse y realizaron su mitin no sin antes padecer algunos golpes que tuvieron que hospitalizar a varios militantes y simpatizantes del Demócrata, pero el término de este fueron víctimas de proyectiles lanzados desde la Presidencia Municipal, consistentes en envases de cerveza y otro tipo de botellas, piedras y trozos de madera que causaron un número aproximado de 50 ciudadanos que se encuentran con lesiones graves como lo reportan algunos medios informativos que dan cuenta de lo sucedido en día de ayer en Axochiapan.

Ante esta situación nosotros queremos que quede constancia de esta denuncia nuestra y en la que

hacemos responsable al gobernador del estado porque hay el antecedente de que el día de ayer por la mañana este grupo de regidores y el Síndico Procurador que ya mencionamos, salieron temprano a la ciudad de Cuernavaca para entrevistarse con el gobernador, y a su regreso fue cuando agredieron a los militantes y simpatizadores del Partido demócrata Mexicano. Esto nos hace pensar que traían instrucciones expresadas del gobierno de atentar contra nuestro compañeros tratando de disuadirlos de sus demandas de cumplimiento al convenio tenido con el Gobernado Lauro Ortega, quien se ha negado a exigir que éste se lleve a cabo en los términos que fue convenido.

Contrastan pues estas acciones con la intención que hay por parte del gobierno de que en estos momentos de crisis haya una mayor unidad entre todos los ciudadanos, y en torno a esta unidad se busquen salidas viables para un mayor entendimiento entre los ciudadanos y contrastan también con la teoría de la democracia moderna, que como nos lo dijo el diputado Ortiz Arana, en esta mañana, tiene que verse en la intensa participación de los partidos políticos, y esta intensa participación implica, entendemos nosotros, la necesidad objetiva y no solamente teórica de defender derechos y exigir respeto y cumplimiento a acuerdos tenidos con titulares del gobierno, que por su posición jerárquica deben responder a los compromisos contraídos, paso indispensable para que en forma recíproca el pueblo responda ante ellos.

Quede constancia pues, de esta protesta nuestra, del Demócrata Mexicano por la agresión de que fueron víctimas ciudadanos que están exigiendo respeto a sus derechos electorales en el municipio de Axochiapan, del Estado de Morelos. Gracias.

CONSTANCIA DE GASTOS DEL C. DIPUTADO GONZÁLEZ SCHMAL

El C. presidente: -Para hechos el señor diputado Jesús González Schmal.

El C. diputado Jesús González Schmal: - Señores miembros de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión: en virtud de que en ocasión de nuestro regreso de la Interparlamentaria México - Estados Unidos hice la denuncia de una cantidad equivalente a mil dólares que nos habían entregado supuestamente para gastos, y de que yo no estuve de acuerdo con esta entrega y solicité a esta Comisión Permanente que instara a los compañeros que fueron a esta Interparlamentaria para que los devolviéramos descontando o acompañando los respectivos recibos de lo que se hubiese en efecto gastado en el trabajo de la Interparlamentaria, hoy, cumpliendo con el deber que me impone el haber hecho esta consideración, estoy dejando constancia de que en virtud de que no se aceptó mi propuesta, hice entrega a la Cruz Roja Mexicana de la cantidad, en un recibo, el 34178, de 460 mil pesos y anexos los documentos respectivos de los gastos que tuve que hacer por conferencias telefónicas, un telex y un taxi.

Esto es el costo de mi participación allá, porque todo lo demás fue sufragado por la Cámara de Senadores, de tal manera que dejo esta constancia para cumplir con un deber y para satisfacción de lo que me impuso mi partido en este caso. Gracias.

MASACRE DEL SOWETO, SUDÁFRICA

El C. presidente: -Tiene la palabra el senador Gonzalo Martínez Corbalá.

El C. senador Gonzalo Martínez Corbalá: - Señor presidente; señoras y señores legisladores; señoras y señores: el día de ayer se cumplieron diez años de la masacre realizada en Soweto en Sudáfrica a un grupo de estudiantes que se manifestaban en contra de la política llamada del "Appartheid".

Como quiera que precisamente la defensa de los derechos humanos en cualquier parte del mundo no es importante y significativa, no podemos pasar este hecho por alto y quisiera aquí resaltar, en primer lugar, la comunicación que hace nuestra cancillería a la Organización de las Naciones Unidad expresando un enérgico rechazo de México a esta oprobiosa expresión de discriminación racial que constituye una flagrante violación a la Carta de las Naciones Unidas.

De la misma manera en París, en el local de la UNESCO, en un acto al cual asistió el Secretario General de Naciones Unidas, el señor Pérez de Cuéllar, también se realizó un acto que se llamó "Conferencia Internacional sobre las sanciones contra Sudáfrica", en la que se exigieron medidas concretas y obligatorias contra el régimen de Pretoria con la sola ausencia que lamentaron todos los demás países concurrentes de Estados Unidos, de Gran Bretaña y de la República Federal Alemana.

Es lamentable que mientras tanto en Luxemburgo estando reunidos ahí los cancilleres de la Comunidad Económica Europea, no aprobaron las sanciones comunes concretas, económicas propuestas por el propio Secretario de Naciones Unidas al régimen de Pretoria, precisamente por la presión específica de Gran Bretaña y de la República Federal Alemana.

El hecho en sí de la conmemoración del décimo aniversario de esta masacre de estudiantes en Pretoria, nos obliga a hacer unas breves consideraciones

adicionales porque no podemos pasar tampoco por alto ni disminuir la importancia del hecho que hay en el trasfondo de todo esto:

Sudáfrica es una nación de 30 millones de habitantes, aproximadamente, que tiene en su vecindad Anamibia, Botzuana, Zimbawe. Y el hecho de que se mantenga el régimen del appartheid en el poder significa el control también del territorio de Anamibia que es un pueblo pequeño de un millón de habitantes, aunque su territorio es bastante más grande, y que de esta manera se propicia por medio de la ocupación militar que Sudáfrica mantiene en el territorio de Anamibia, rico agrícolamente que les es indispensable para mantenerse de esta manera, se propicia y se mantiene abierta la vía también para atacar a Angola. No está pues nada más involucrado el propio pueblo Sudafricano en esta política antinatural, inhumana. violatoria como se dicen en la comunicación de la cancillería mexicana, flagrantemente de la Carta de las Naciones Unidas de la declaración de Derechos Humanos y por último de los más elementales derechos del hombre, no es nada más el pueblo sudafricano el que está involucrado en ello, sino que están involucrados en realidad todos los países del cono sur africano.

Y el interés que mantiene algunos países industrializados en ello y en merced del cual le están dando su apoyo a Pretoria y con ello retardando la liberación de los pueblos del cono sur africano, es un interés estrictamente material, económico por la producción de diamantes de estos pueblos y los yacimientos ricos de minerales que tienen cada uno de ellos.

El sacerdote obispo Desmund Tutu, laureado con el Premio Nobel de la Paz, realizó ayer también una misa de solidaridad en la catedral de Johannesburgo con la huelga general que en todo Sudáfrica se inició para protestar por la existencia del appartheid por parte del régimen de Pretoria.

Se mantiene también en la cárcel a Nelson Mandela, fundador del Congreso Nacional Africano, el ANC, y en su intervención de ayer en París el Secretario General de Naciones Unidas expresó su solidaridad con esta huelga general iniciada precisamente por Desmund Tutu y que se lleva a cabo bajo la represión sangrienta del el régimen del apartheid, y también se conmemoró con un minuto de silencio la masacre de Soweto al tiempo que se solicitó, se exigió la liberación del líder Nelson Mandela preso ya por 10 años también injustamente.

Considero, compañeros legisladores, que este hecho es de la mayor importancia, que este es un enclave colonialista, represivo y sangriento que va contra toda la razón y contra todo principio de derechos humanos, nos felicitamos porque nuestra cancillería oportunamente lo hubiera hecho saber así también a las Naciones Unidas y no nos cabe duda que cada uno de ustedes se solidariza con la causa de los pueblos africanos que están luchando por su liberación y por la vigencia de los derechos humanos en sus países. Muchas gracias.

CONDENA AL RÉGIMEN DE PINOCHET

El C. presidente: -Se concede el uso de la palabra para otro asunto al diputado Martín Tavira Urióstegui.

El C. diputado Martín Tavira Urióstegui:

C. Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Presente.

Las fracciones parlamentarias que suscriben se permiten elevar la siguiente proposición:

CONSIDERACIONES

La República de Chile era uno de los países de América Latina con una mayor tradición democrática. Su pueblo estaba organizado en partidos políticos de gran tradición, que reflejan de manera nítida, las diversas posiciones clasistas del país. Los trabajadores tenían sus organizaciones sociales. La clase obrera estaba unificada y sus batallas eran ejemplo de cohesión, patriotismo y anhelos de progreso.

En 1970, los partidos avanzados forjaron la Unidad Popular que en admirable combate político - electoral llevó a la Presidencia de la República a Salvador Allende, un luchador que había entregado su vida a la causa de la independencia, la democracia y el progreso social de Chile.

Las fuerzas imperialistas, en contubernio con sus aliados del interior, pretendieron cerrarle el paso a Allende para que no ascendiera al poder. El asesinato del General Schneider fue el aviso de que el Gobierno de la Unidad Popular estaría sujeto a brutales presiones de todo carácter y que los enemigos de Chiles estaban dispuestos a ensangrentar a la patria de O'Higgins para que la obra de Allende no pudiera consumarse.

A pesar del cúmulo de obstáculos que las fuerzas regresivas e imperialistas pusieron en la ruta revolucionaria de Salvador Allende, el Programa de la Unidad Popular se fue cumpliendo y Chile fue recuperando sus riquezas que estaban en poder de los monopolios extranjeros y el pueblo fue elevando sus condiciones materiales y espirituales, en el marco de la más amplia democracia, como la tierra de Pablo Neruda no había conocido jamás.

Pero un ejemplo como el de Chile no podía ser tolerado por los reaccionarios y sus favorecedores del exterior. Como todos sabemos, el 11 de septiembre de 1973 el fascismo criollo dio el golpe de estado. El Presidente Allende fue asesinado y los militantes traidores encabezados por Augusto Pinochet desataron una de las represiones más sangrientas que haya conocido la humanidad.

Desde entonces no ha cesado el baño de sangre y los actos de fuerza contra un pueblo que no ha doblado la cerviz ante tanta ignominia. Los encarcelamientos arbitrarios, los secuestros, los asesinatos, las represiones contra el movimiento obrero, están a la orden del día.

En marzo de este año, fueron degollados tres opositores al sistema opresivo. La dictadura pinochetista no pudo encubrir este horrendo crimen que llevó al "proceso Cánovas". Todos acusaron a Diconcar, el Servicio de Inteligencia de los Carabineros, de ser el responsable. César Mendoza, jefe de los carabineros llamado por Allende el general rastrero, tuvo que renunciar y está sometido a los tribunales.

La dictadura fascista dispone de campos de concentración como los de Pisagua y Colonia Dignidad, esta última manejada por alemanes nazis. Los presos políticos están relegados en lugares inhóspitos a donde se les lleva sólo con la ropa puesta. Más de veinte grupos para militares siembran la muerte a lo largo y a lo ancho de la "delgada tierra" como la llamó el poeta de "Canto General."

La dictadura fascista militar que padece nuestro hermano de Sudamérica, ha dado marcha atrás a las conquistas patrióticas y democráticas del Gobierno de la Unidad Popular. Se han desnacionalizado las riquezas que Salvador Allende había recuperado para los chilenos. La clase trabajadora ha perdido sus reivindicaciones adquiridas en tantos años de combate. El desempleo rebasa el 35%, sin contar el subempleo y el empleo mínimo, cuya percepción salarial apenas llega a 28 dólares mensuales en promedio. La educación popular ha ido recibiendo golpe tras golpe, con el fin de que sea borrada del mapa. Se ha tratado de cerrar el paso a la auténtica cultura.

La dictadura de Augusto Pinochet ha recibido la repulsa universal. Desde 1975, las Naciones Unidas, la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos, la Subcomisión de Prevención de las Discriminaciones y Protección de las Minorías, así como otros órganos de la Comunidad Internacional, han destacado en distintos resoluciones su profunda preocupación e indignación, por la falta de respeto a los derechos y libertades elementales de la persona humana.

La Tercera Comisión de las Naciones Unidas, en el presente año, condenó al gobierno fascista en virtud de las reiteradas, sistemáticas, masivas y patentes conculcaciones de los derechos humanos. La llamada "Institucionalidad" de la dictadura "legalizada" por la Constitución fraudulenta de 1980, permite llegar a la conclusión de que dicha "institucionalidad" conlleva de por sí la violación de los derechos humanos.

La propia Asamblea General de la ONU reiteró su repulsa a la dictadura de Pinochet por 88 votos contra 11.

El año de 1985 ha sido pródigo en condenas de carácter internacional a la tiranía y de apoyo al pueblo chileno:

1. El 10 de septiembre la diputación provincial de Sevilla (España) resolvió solidarizarse con la causa de Chile.

2. El Parlamento Latinoamericano reunido en Montevideo, Uruguay condenó el 12 de octubre a la dictadura de Pinochet.

3. El 11 de septiembre la Cámara de Diputados de México, Uruguay y Bolivia resolvieron reprobar al régimen que aplasta al pueblo chileno.

4. El 14 de noviembre se inició en Montevideo una conferencia internacional de solidaridad con Chile.

5. El 29 del mismo mes de noviembre comenzó en México una jornada de solidaridad con Chile.

6. México ha promovido condenas a la dictadura pinochetista, tanto en la ONU como en la OEA. El 10 de diciembre, una burda maniobra de algunos gobiernos evitó que la Plenaria de la OEA dictara una resolución de condena a Pinochet, la cual había sido patrocinada por México y Uruguay.

A pesar del repudio general que el fascismo chileno se ha ganado en todo el mundo, tercamente se aferra al poder. Nada ni nadie lo hace ceder un ápice en los reclamos de democracia del pueblo chileno. Incluso gestiones de la iglesia católica al diálogo y a la reconciliación han sido rechazadas por la dictadura. El tirano se ha negado a entenderse con los firmantes del llamado Acuerdo Nacional, para la transición a la democracia.

La lucha heroica del pueblo chileno se inició el mismo día del golpe fascista y no ha cesado un solo día ni cesará hasta que caiga el milité traidor. Movilizaciones de masas y diversas expresiones de lucha popular ha tenido lugar en todos estos 13 años. La Gran Concentración Unitaria del 21 de noviembre del año anterior en el Parque

O'Higgins, fue una demostración, de que la causa del pueblo es indoblegable.

Nuevas batallas ha emprendido el pueblo chileno en esta cruzada por la libertad. Ha surgido la Asamblea de la Civilidad, como representante de los sectores civiles y políticos democráticos, para encauzar la lucha contra Pinochet.

La Asamblea de la Civilidad iniciará un período de movilizaciones de apoyo a su demanda nacional, hasta culminar en un paro nacional que se denominará "Jornada de 48 horas por la Democracia" y que tendrá lugar el 2 y 3 del próximo mes de julio. Previamente a esta jornada habrá protestas escalonadas con toda la Nación.

Chile no debe estar solo en sus afanes por conquistar su derecho a la democracia. Sus luchas deben ser las de todos los pueblos de América Latina. La solidaridad de los mexicanos y latinoamericanos con los chilenos debe florecer hoy más que nunca.

Por todo lo expuesto, proponemos a la H. Comisión Permanente los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Condenar enérgicamente la dictadura fascista de Augusto Pinochet que ofende la dignidad de toda Latinoamérica.

Segundo. Solidarizarse con las luchas del pueblo chileno por alcanzar en el más corto plazo su liberación y su derecho de decidir su destino.

Tercero. Apoyar con todo vigor la jornada por la democracia que realizará el pueblo chileno los días 2 y 3 de julio venidero.

Solicitamos que esta proposición sea turnada a la Comisión respectiva de esta H. Asamblea Permanente.

Palacio Legislativo, a 17 de junio 1986.

El C. diputado Martín Tavira Urióstegui.

El C. presidente: Consulte la secretaría en los términos del artículo 58 de nuestro reglamento, si hay oradores en pro o en contra de esta proposición.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: -Por instrucciones de la presidencia se pregunta si hay oradores en pro o en contra. Los que estén en pro.

El C. presidente: - Consulte la secretaría en virtud de que no existen oradores en pro y en contra, si se somete a discusión la propuesta del señor diputado Martín Tavira Urióstegui.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: -Se pregunta a la asamblea si se somete a discusión la proposición hecha por el diputado Martín Tavira Urióstegui. Los que estén conformes en que se someta a discusión, sírvanse manifestarlo. Aceptada.

El C. presidente: - Túrnese a la Segunda Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: -Señor presidente, se han agotados los asuntos...

El C. presidente: - El señor diputado Jorge Alcocer, solicitó el uso de la palabra para otro asunto.

ENTREVISTA AL JEFE DE LA NACIÓN POR TELEVISIÓN

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. diputado Jorge Alcocer Villanueva: - Prometo intentar ser breve. Pero hay algunos asuntos que están también en la agenda nacional y es necesario tratar.

Primero, nos quedamos esperando la conferencia de prensa del licenciado Silva Herzog. No hubo.

El presidente de la República compareció ante las Cámaras de Imevisión y de Televisa en una entrevista interesante, hay que decirlo. Pero lamentablemente no dio la información que se nos había dicho aquí que iba a dar. Se sigue la negociación y ya está -parece, después de la venido de Boker, las visitas del señor Silva Herzog- parece que ya está listo el paquete de rescate para México, 6,500 millones de dólares, créditos puente, apertura de la economía, liquidación de empresas paraestatales, etcétera, etcétera, etcétera, y ya nos dirán cuando se firme el paquete, que bueno, que sí, que la información que teníamos era buena, y por ahí iban las cosas, pero que todavía no se nos podía confirmar.

Ayer por cierto el señor Gurría estuvo con un grupo de empresarios norteamericanos en reunión privada, a ellos sí les van a dar explicaciones, al Congreso de la Unión no; no se que vaya a cometer alguna indiscreción el Congreso de la Unión. En fin, ya no le vamos a proponer que venga el señor Silva; nos van a decir que no, pues seguiremos indagando en la prensa, en los medios de información internacionales, allá hay más información que acá, a ver qué están haciendo nuestros estimados gobernantes con esto del crédito "Jumbo" de los 6,500 millones de dólares.

Ya por cierto dijo la Banca Internacional que no hay ninguna esperanza para México este año, que

lo que hay que hacer es salvarlo, evitar que se declare en moratoria y esperar el próximo año para jalarnos las orejas y que se corrija la economía.

Pero además de esto, la semana pasada tuvieron lugar aquí en la Cámara de Diputados dos reuniones importantes con funcionarios del Ejecutivo Federal, acordadas por la Comisión Permanente. El jueves estuvo por estos lugares el licenciado Guillermo Becher, Director de Sidermex, y el viernes el licenciado Costemalle, Director de Conasupo. Ya dije, bueno, la otra entrevista que no era aquí, era con la prensa, no se realizó, a ver si nos explican por qué.

Pero la competencia del licenciado Costemalle que yo quisiera comentar aquí rápidamente, fue una comparecencia en la cual por desgracia - y esto tenemos que empezar a revisarlo quizá a diversos niveles - se volvió una cosa muy absurda, porque resultó que el motivo para el que había sido citado, que era explicar el convenio que firmaron en abril el Gobierno Federal por conducto del gabinete económico con Conasupo, que se llama Convenio de Reestructuración de la Compañía Nacional de Subsistencia Popular y su sistema de filiales o algo así, que era el objeto de la discusión, no fue puesto ahí a discusión porque el licenciado Costemalle no informó prácticamente nada de ese convenio y luego la reunión se nos fue por todos lados menos por el que era el motivo del interés.

Una cosa sin embargo sí quedó clara. Pese a que se dice que los programas de Conasupo van muy bien, se está cumpliendo, etcétera, etcétera, aunque al final reconoció que no van tan bien, y de que se sigue hablando de la racionalización, la selectividad, la eficientización de los subsidios -a esto hay que ponerle un "sic" porque lo dice él, esta palabra no existe pero lo dice él así - eficientización de los subsidios, lo que queda claro es que Conasupo si está viendo reducidas sus posibilidades, al final lo reconoció el licenciado Costemalle, y yo de lo que dijo el licenciado Costemalle solo recuperó una cuestión básica que es la defensa que él hizo, y hay que reconocerlo, del papel de Conasupo, o sea la negativa tajante de aceptar que Conasupo pueda ser cerrada, liquidada en esta pretensión de reducción del sector estatal. Eso es lo principal que dijo el licenciado Costemalle a nuestro juicio, habrá que seguir luchando para que los programas de Conasupo no se reduzcan sino que se amplíen, porque como él mismo reconoce, las urgencias ancestrales mas las que plantea la crisis, son demasiadas y sin embargo no hay los recursos para atenderlas. En el mejor de los casos, en el mejor de los programas que es el de Liconsa, él reconoce que se está atendiendo el 50% de las necesidades, de los niños que requieren tomar leche sólo el 50% y es el mejor programa de Conasupo.

Por eso digo que nosotros también deberíamos revisar en diversas instancias la mecánica de esas reuniones, porque pues ahí la presidencia de la Comisión de Comercio que era la que tenía la responsabilidad principal, pues la verdad sin ánimo mayor de crítica convirtió eso en una batería respetable, pero al fin de cuentas resultó bastante complicado el manejo de la reunión, nos metió una batería de doce diputados del Partido Revolucionario institucional que preguntaron de todo y de nada y finalmente, yo respeto el derecho de todos los diputados a preguntar, pero ojalá lográramos ceñir las reuniones, me autocritico en lo que cabe también al tema para el cual ha sido convocado el funcionario, nos daría mejores resultados como legisladores y como Cámara y le sería mas útil a él.

Bueno, después, el día anterior, perdón, vino el licenciado Becker. Esa fue una reunión buena, positiva, se ciño al tema por fortuna y aclaramos con Becker pues lo que se podía aclarar. No pudimos ir más lejos porque decirlo con una metáfora no se le pueden pedir peras al olmo, y el señor Becker, vino, dio las respuestas, explicó lo que estaba en su capacidad de explicar, pero nos dejó muchas dudas, creo que a todos, me atrevo a decir que a todos los que estuvimos en esa reunión.

Miren, quedaron algunas cosas claras y otras no tan claras, pero persiste la duda de la intervención de diputados del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Socialista Unificado de México, de otros partidos, sobre si la declaración de quiebra de Fundidora es legal. Pero si yo cuando menos la duda que mantengo es si es legal, de lo que ahí se dijo por parte de diputados del Partido Revolucionario Institucional, de nuestra propia convicción, de nuestra propia convicción, de nuestro propio: ¿es legal o no la quiebra de Fundidora? El director de Sidermex dice que sus abogados se apegaron a la ley de la materia, pero hay un montón todavía ahí oscuras, el Colegio de Abogados de Nuevo León ya planteó algunas de esas dudas, algunas de esas críticas. Calificó de ilegal la quiebra de Fundidora, bueno, obviamente el señor Becker dijo que él no comparte ese criterio, pero la duda queda, primero.

Segundo, el señor Becker dice que no informaron al Congreso de la Unión, y esto es muy importante, porque no hay disposición expresa que obligue al Ejecutivo Federal a informar. Y esto si nos preocupa, porque resulta se acaba de aprobar, ya lo publicó la Secretaría de la Contraloría la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y esa si es una omisión grave. Porque si el Ejecutivo Federal va a poder liquidar las entidades paraestatales sujetas a control y no existe ninguna ley que lo obligue a informar, nos vamos a enfrentar con nuevas cosas como la de la Fundidora. Yo creo que ahí también deberíamos nosotros como

Congreso de la Unión preguntarnos, bueno, no existe la facultad, hay que crearla. Hay que crearla para que el Congreso, pues, ejerza en verdad sus facultades, no enfrente albazos como cierre de Fundidora.

Luego, ellos quebraron Fundidora, - fíjense ustedes que hay otra omisión -, después lo que ocurre es que peca de confiado. El artículo 32 de esta Ley Federal de Entidades Paraestatales, no prevee nada sobre las quiebras. Sólo contempla dos casos. El caso en el cual la empresa sea disuelta o el caso en que sea liquidada. Pero no contempla la posibilidad de que se le declare en quiebra. Y esta Ley la acabamos de aprobar, bueno la aprobaron ustedes en el Congreso de la Unión, y no contempla nada sobre eso. ¿Y qué va a pasar cuando al rato declaren en quiebra otra? Hay una gran omisión en esta ley, la experiencia nos está diciendo que hay un asunto que no fue previsto, una posibilidad que no fue prevista en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y claro, acto seguido se dice: entonces aplica supletoriamente la ley de la materia. Y entonces por ahí no van a ir quebrando empresas.

Pues hay que corregir la ley, o cuando menos entrar a discutir si debe o no contemplarse la posibilidad de liquidación bajo la forma de quiebra de las entidades paraestatales. Ahí cuando menos hay un motivo a lo mejor para reformar cuanto antes esta ley en el próximo período de sesiones, porque es muy grave esta omisión. Ya cerraron Fundidora, al rato cierran otra.

Luego, quedó claro también que el motivo de fondo para cerrar la empresa era lo que el señor Becker llamó la invialidad de su saneamiento con los derechos obreros establecidos en el contrato colectivo. El lo reconoció claramente, era inviable sanear la empresa con ese contrato colectivo. Había que entrarle por otro lado, pues si, pero en esto ahí sí tenemos una diferencia grande. Creo que no sólo nosotros con la decisión de cerrar Fundidora. Porque él reconoció ahí, que no era posible sanear Fundidora, desde el punto de vista de Sidermex con el contrato colectivo que tienen el minero metalúrgico en la 66 y en la 67, que eso hacía inviable la empresa con un todo.

Pero también quedó claro que es falso que Fundidora como un todo sea inviable o improductiva, porque él reconoció que el horno III, Aceros Planos, la Peletizadora y el equipo periférico pues no podía tirarse a la basura. Que seguramente lo reabrirán en otras condiciones que los hagan viables y la primera condición para hacer los viables es que el sindicato se haga a un lado, recontraten personal y borrón y cuenta nueva y 50 años de historia del Sindicato Minero Metalúrgico en Fundidor, a la basura. Eso lo reconoció Becker que eso se va a reabrir.

Pese - fíjense ustedes - a que el contrato colectivo, y por eso hubo que declararlo, por eso Farell, este señor que tiene el presidente en trabajo, que es especialista en desconocer contratos colectivos, se tuvo que apurar tanto para desconocer el contrato, porque el contrato colectivo de la 66 y la 67, previó una cosa: que era que en el caso de que cerrara Fundidora y se reabriera después una de las partes, el sindicato conservaba los derechos de contratación. Esto lo previa el contrato de la 66 y de la 67. Por eso la premura de Farrell en sacar la resolución de la junta Federal de Conciliación y Arbitraje, desconociendo ya el contrato colectivo de Trabajo y anulando la relación laboral por eso porque no pueden abrir Aceros Planos si antes no desconocen vía esa maniobra que les hizo Farell a los trabajadores el Contrato Colectivo; todo va engarzando, todo el plan este que hicieron para - como dijimos aquí - romperle el espinazo al sindicato, lo van aplicando parte por parte y lo van embonando, al rato van abrir Aceros Planos y lo van hacer así.

Pero también quedó claro una última cosa, el diputado Acedo, del Minero Metalúrgico hizo una intervención muy interesante, no coincidimos con sus conclusiones, pero sin embargo hizo una exposición jurídica muy interesante de la ilegalidad de la quiebra y del trato al sindicato, de cómo han violado los derechos del sindicato, como por ejemplo el sindicato no fue avisado. Dijo otras cosas interesantes, claro esas ya son casi motivo de la contraloría que al gerente de Fundidora, Carretero Puga, me parece que se apellida, ya le pagaron su indemnización, tenía seis meses y le dieron parece cuatro millones y medio, y otro de los directores que tenía 20 días le dieron dos millones y medio de liquidación, lo dijo Acedo ahí del Minero Metalúrgico y Becker no lo desmintió, ojalá la Contraloría intervenga porque se están despachando con la cuchara grande para liquidar al personal de dirección, y eso cuando menos la Contraloría. Yo pregunto; un señor que tiene 20 días trabajando, ¿dos millones y medio de liquidación? pues cuando menos ahí hay algo raro. Insisto, no lo desmintió Becker, no lo desmintió y se lo dijo ahí.

Bueno, el diputado Acedo se limitó finalmente a solicitar que las liquidaciones al personal se pagaran no conforme a la ley, como pretende Siderúrgica Mexicana, sino conforme al Contrato Colectivo de Trabajo, que es lo que estaba pactado. Becker ofreció que lo van a estudiar, dijo voy a transmitir esta preocupación a las autoridades superiores y vamos a ver que se puede hacer. Bueno, el diputado Jorge Acedo Samaniego olvidó que hay resoluciones que las asambleas 66 y 67 de no aceptar la liquidación, hoy hay una reunión van a volver a discutir el asunto haber si la aceptan, pero hasta ese día que hubo la reunión no había acuerdo en ese sentido, el acuerdo era seguir luchando porque se reabriera Fundidora.

Cual es la conclusión a la que nosotros llegamos de esta reunión, ya hablamos con Becker, ya se aclaró lo que se podía aclarar; insisto, creo que el licenciado Becker actuó y llegó hasta donde podía llegar, no podía llegar más lejos, claro había otros riesgos ahí, pero bueno, llegó hasta donde podía llegar.

Y bueno, todas las dudas que tenemos los legisladores sobre una empresa sujeta a control presupuestal a quién se las planteamos, las mandamos por escrito, las publicamos en el periódico, cómo le hacemos. Yo digo que si aquí hubiese voluntad, si hubiese intención de llevar la cuestión de Fundidora al debate auténtico sobre Fundidora hasta sus últimas consecuencias, pues el siguiente paso sería traer al señor Alfredo del Mazo para que nos explique lo que Becker no puede explicar porque él es el responsable del sector que coordina a la Siderúrgica, y al rato van a cerrar más siderúrgicas, si van a cerrar otras empresas, y más vale que empecemos a discutir con ellos desde ahora.

Yo ya no quiero proponer que venga Alfredo del Mazo, ya se que hay aquí muchas dificultades para traerlo, pero sí por eso no quiere proponerlo para evitarme una votación, pero sí les pediría que ustedes, ojalá pudiéramos discutirlo, en serio, la conveniencia de que viniera Alfredo del Mazo a explicar la situación del sector siderúrgico, de cómo fue cerrada Fundidora y de qué está pasando ahí, hay parte de las dudas resueltas, ya sabemos que todo lo planearon fríamente, esa es mi convicción que lo planearon, así lo hicieron y lo van a seguir haciendo, pero que venga el Secretario, el responsable de esto, aunque miren a lo mejor él se encontró cuando entró a la Secretaría con que la decisión ya estaba tomada, suponiendo sin conceder que así haya sido, bueno pues ese es el costo de servir a las instituciones no?, pues que cargue también con el muerto, por que ahí están los 10 mil trabajadores de Fundidora exigiendo respuesta, pidiendo aclaraciones y también creo que hay diputados de todos los partidos, lo creo sinceramente que necesitamos que se aclaren las cuestiones, que necesitamos llevar al asunto de Fundidora en lo que respecta a funciones y atribuciones del Congreso de la Unión, hasta el límite a donde podamos llegar y todavía no llegamos al límite; hemos tenido una primera conversación, insisto, la valuamos positivamente pero quedaron muchas cosas sin resolver y el que las debe resolver se llama Alfredo del Mazo y ojalá pudiera venir por acá.

El C. presidente: -Tiene la palabra el señor senador Gonzalo Salas Rodríguez.

El C. senador Gonzalo Salas Rodríguez: - Señor presidente; señores legisladores: cada sesión y hoy la de este día no ha sido diferente, diferentes oradores vienen y expresan aquí en esta tribuna que en nuestro país no existe libertad y que el Gobierno atropella la democracia que tampoco existe. Yo siento que en nuestro país hay libertad y que todos los días el pueblo mexicano y que cada uno de nosotros, los legisladores de la Permanente de los diferentes partidos y quienes como asistentes vienen a presenciar y a percatarse lo que aquí se discute, disfrutar de nuestra libertad y gozan de nuestra democracia.

Constantemente se prejuzga aquí y cada quien en esta tribuna que constantemente lo ha retirado ya el diputado Martín Tavira Urióstegui, solamente debiera de usarse para tratar las grandes y nobles causas de México, viene nuevamente el diputado Jorge Alcocer Villanueva, a prejuzgar, a decir cosas que pueden suceder de acuerdo con su criterio, de acuerdo con sus principios, a todo con su ideología. No abundaré en mis palabras, por lo tarde de la hora, solamente quiero decir, señor presidente, señores legisladores, señor diputado Jorge Alcocer, señores diputados y senadores del Partido Revolucionario Institucional, hace un mes que se debate en esta tribuna con gran preocupación de todos, el caso de Fundidora. Hoy puedo casi decir con seguridad, que a 37 días del cierre que a todos nos ha preocupado, está por resolverse, por fortuna, el problema de 8 mil 800 trabajadores, empleados y funcionarios de Fundidora que habrán de ser indemnizados ventajosamente en condiciones tales que es muy posible que esta tarde acepten los trabajadores, repito, los funcionarios de Fundidora.

Creo por fortuna, señores legisladores, que se cierra, pronto está por cerrarse una página que a todos nos ha preocupado, que a todos nos ha angustiado, El Gobierno, como lo expresó la primera ocasión que subí a esta tribuna, para referirme al caso de Fundidora, no es enemigo ni el Gobierno ni el Presidente De la Madrid, ni nosotros los legisladores del Partido Revolucionario Institucional, somos enemigos de los trabajadores. De ahí la gran preocupación con que ya hemos venido viviendo este problema, lo expresó desde entonces y lo repito ahora, como un ciudadano originario de Durango, en cuyo suelo se encuentra el Cerro del Mercado que dio base, que fue el origen Fundidora de Fierro y acero de Monterrey en 1900, he venido viendo con preocupación y con interés, este asunto; durante un mes se ha vencido debatiendo aquí con gran apasionamiento. Puedo decir a ustedes, señores legisladores, señor Presidente, que el día de hoy estuve con el señor Director de Siderúrgica Mexicana y lo vi muy entusiasmado, lleno de ánimo porque considera que este asunto habrá de tener la solución que el país, que los trabajadores, que los empleados, que los funcionarios y que el Gobierno desean que se resuelva en una forma en beneficio de todos. Muchas gracias.

El C. presidente: - El C. senador Gonzalo Martínez Corbalá tiene la palabra.

El C. senador Gonzalo Martínez Corbalá: - Señor presidente compañeros legisladores, señoras y señores: solamente pedí la palabra para algunas breves precisiones sobre lo expresado aquí por el diputado Jorge Alcocer Villanueva en relación con la Compañía Nacional de Subsistencias Populares y la intervención del director de esta empresa paraestatal, porque me parece verdaderamente injusto no admitir que el Director de Compañía Nacional de Subsistencias Populares contestó puntualmente todo lo que se le preguntó, es decir, no contestó lo que no se le preguntó.

Ahora a mí me parece importante precisarlo porque en el ánimo de todos nosotros estaba el escuchar precisamente lo que nos dijo el señor Costemalle, o sea que hay el propósito indeclinable y esto me parece lo más importante, me parece que hay que dejarlo claro y fuera de otras cosas de menor importancia, de menor relevancia, que hay el propósito decidido tanto del Presidente de la República como del Director de Compañía Nacional de Subsistencias Populares de mantener la capacidad reguladora del mercado por una parte, y de llevar cuidadosamente este asunto de los subsidios, de la racionalización llamada racionalización de los subsidios en lo que él expresó que la idea es hacer que lleguen los subsidios a las clases necesitadas, a las mayorías populares. Quedó claro también, si esto vamos a negarlo porque sería tapar el sol con un dedo, que somos un país en crisis, que hay escasez de recursos a los que tiene que ceñirse Compañía Nacional de Subsistencias Populares, pero que dentro de estas posibilidades restringidas que nos permiten las circunstancias económicas del país, en general, habría que referirse también a los demás países hermanos que igualmente pasan por esta crisis porque no es lo mismo estar en crisis solos que estar en todo el Continente en igualdad de circunstancias. De modo que yo sí quisiera nada más muy atentamente hacerle esta observación, el diputado Jorge Alcocer Villanueva y los demás legisladores, porque con toda franqueza me parecieron las intervenciones del Director de Compañía Nacional de Subsistencias Populares claras, puntuales. En ningún momento evadió ninguna pregunta que se le hubiere hecho y creo que nos dejó satisfechos en general a quienes estuvimos presentes en esta junta.

El C. secretario diputado Juan Moisés Calleja García: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera, se van a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

El mismo C. secretario:

«Comisión Permanente. Primer Receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

24 de junio de 1986.

Lectura del acta de la sesión anterior

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del CLXXII aniversario luctuoso del Benemérito de la Patria, General, Hermenegildo Galeana, tendrá lugar el 27 del actual.

El Congreso del estado de Durango, invita a la sesión solemne en la que el C. licenciado Armando del Castillo Franco, gobernador constitucional del Estado, rendirá su sexto informe de Gobierno, y que tendrá lugar el próximo primero de Julio.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos pueda aceptar y usar la consideración de la Orden de Quetzal, en grado de Gran Collar, que le confiere el Gobierno de Guatemala.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Bernardo Obregón Reynoso, pueda aceptar y usar la condecoración Orden Of Diplomat Service Merit Heung un Medal, que le confiere el Gobierno de la República de Corea.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Magdalena Enedina Alba Cuello, Concordio Alonso Muñoz, Nicolás Eduardo Contla González, Miguel Llamas López, Ivonne del Rosario Mayer Véliz, José Rafael Mosqueda Rodríguez, Roberto Pérez Domínguez, Estela Trejo Quintanar y Epifania Uribe, puedan prestar servicios en la Embajada de Japón en México.

Dictámenes de Primera Lectura

De la Tercera Comisión, con proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. Mario Domínguez Genel, para aceptar y usar la condecoración Cruz de Mérito Militar de Segunda Clase, que le confiere el Gobierno de Guatemala.

De la Primera Comisión, con proyecto de decreto por el que se concede permiso para que los CC. María de Lourdes Donjuan Zaldívar, José Enrique González Calderón, Renán Abel Magaña Miranda, Salvador Magaña Vázquez, Juan Nava Silva, Manuel Rodríguez Santamaría, Ma. Elena Fumiko Sakurai Nakagawa, Bertha María Guadalupe Santillana Z., Daniel Sosa Villarreal, Carlos Torres Rivera, Carmen Kinuko Tsutsumi Fijiyoshi, José Manuel Falcón Valverde y Esperanza Toshie Yokoyama Yokoyama, puedan prestar servicios en la Embajada de Japón en México.

Dictámenes a discusión

De la Segunda Comisión, con punto de acuerdo relativo a la proposición de los CC. diputados Martín Tavira Urióstegui, Jorge Alcocer Villanueva y Roberto Calderón Tinoco.

Cinco de la Segunda Comisión, con puntos de acuerdo por los que se ratifican grados militares a los CC. Carlos José León Guevara, Armando Henríquez Parra, José de Jesús Gutiérrez Heredia, Vicente Monarque Estrada y Raúl Luisillo Ramírez.

Tres de la Tercera Comisión, con proyectos de decreto por los que se concede permiso a los CC. Bernardo Sepúlveda Amor, Roberto Casellas Leal y Antonio González de León, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.

De la Primera Comisión, con proyecto de decreto por el que se concede permiso para que los CC. Angélica Lydia Narváez Casillas, Emilio Cruz Cruz, Juan Cruz García, Gabriela Rodríguez Valenzuela, María Teresa Mendoza Muñoz y Gustavo Roberto Tirado Rodríguez, puedan prestar servicios en la Embajada y Consulados de los Estados Unidos de América en México.»

El C. presidente (a las 15:55): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 24 de junio de 1986, a las 11:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES