Legislatura LIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19850819 - Número de Diario 4

(L53A1P1oN004F19850819.xml)Núm. Diario:4

Colegio Electoral

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LIII" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I México, D.F., lunes 19 de agosto de 1985 TOMO I. NÚM.. 4

COLEGIO ELECTORAL

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR SE APRUEBA

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

V DISTRITO DE TAMAULIPAS

Se pospone su discusión para hoy mismo

V DISTRITO DE HIDALGO

Intervienen los CC., para una moción suspensiva, Federico Ling Altamirano; en contra de la moción, Jesús Murillo Karam. Se desecha. En contra, Ling Altamirano; en defensa de su caso, José Gonzalo Badillo Ortiz; en contra, Consuelo Botello de Flores; por la comisión, Santiago Oñate Laborde; para una moción, Juan de Dios Castro Lozano. Se aprueba en sus términos por mayoría

XXVIII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

A solicitud del C. Gerardo Unzueta Lorenzana, se propone su discusión para esta misma sesión

XXIX DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

Usan la palabra, en contra, el C. Julio Alberto Lujambio; por la comisión, Juan José Bremer Martino. Se aprueba en sus términos

IV DISTRITO DE JALISCO

Intervienen los CC., en contra, José Guadalupe Rodríguez; por la comisión, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; en contra, Enrique Gabriel Jiménez Remus; en pro, Víctor Manuel Liceaga Ruibal; para hechos, Jiménez Remus y José Guadalupe Rodríguez; por la comisión, Flores Zaragoza. Se aprueba en sus términos

V DISTRITO DE MÉXICO

Sin discusión se aprueba en sus términos

I DISTRITO DE MORELOS

Si debate se aprueba en sus términos

II DISTRITO DE SINALOA

Sin discusión se aprueba en sus términos

V DISTRITO DE TAMAULIPAS

Hablan los CC., en contra, Gerardo Unzueta Lorenzana; en defensa de su caso, Joaquín Contreras Cantú: nuevamente, Unzueta Lorenzana; por la comisión, David Jiménez González. Se aprueba en sus términos

V DISTRITO DE SINALOA

Intervienen los CC., en contra, Humberto Rice García; en defensa de su caso; José Angel Pescador Osuna; en contra, José Angel Conchello Dávila; por la comisión, Jesús Murillo Karam; para hechos, Miguel Eduardo Valle Espinosa y Gonzalo Altamirano Dimas; en pro, Diego Valadés Ríos; para hechos, Juan de Dios Castro Lozano, Jorge Alcocer Villanueva, Beatriz Paredes Rangel y Castro Lozano. Se aprueba en sus términos

XXVIII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

Sin debate se aprueba en sus términos

XX DISTRITO DE VERACRUZ

Sin discusión se aprueba en sus términos

III DISTRITO DE YUCATÁN

Sin debate se aprueba en sus términos

XXIII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

Sin discusión se aprueban en sus términos

X DISTRITO DE GUERRERO

Sin debate se aprueba en sus términos

XIII DISTRITO DE MÉXICO

Hablan los CC. en contra, Héctor Valenzuela Velázquez; en pro, José Encarnación Alfaro Cázares; en contra, Gonzalo Altamirano Dimas; por la comisión, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; para hechos, Juan de Dios Castro Lozano; nuevamente, Flores Zaragoza. Se aprueba en sus términos

VII DISTRITO DE NUEVO LEÓN

El C. Javier Paz Zarza y dos presuntos más, suscriben una proposición para que el presidente del Colegio Electoral sea remplazado por el vicepresidente. Sobre la propuesta, hablan los CC., para hechos, Eliseo Rangel Gaspar y Beatriz Paredes Rangel; en pro, Roberto Calderón Tinoco y Juan de Dios Castro Lozano; para hechos, Beatriz Paredes, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y Gonzalo Altamirano Dimas, quien retira la proposición; para una moción, Graco Ramírez Abreu; para hechos, Gregorio Macías y Juan Maldonado Pereda. La presidencia hace consideraciones sobre este asunto. A discusión el dictamen. Intervienen los CC., Alejandro Páez Aragón, candidato del PAN; por la comisión, Miguel Osorio Marbán; en contra, José Angel Conchello Dávila; en pro, Fernando Ortiz Arana; en contra, Consuelo Botello de Flores; por la comisión, Osorio Marbán. Se aprueba en sus términos

IX DISTRITO DE SINALOA

Hablan los CC. en contra, Humberto Rice García; en pro, Martín Tavira Urióstegui; en contra, Javier Paz Zarza; por la comisión, David Jiménez González. Se aprueba en sus términos.

IV DISTRITO DE TABASCO

Sin debate se aprueba en sus términos

XII DISTRITO DE GUANAJUATO

Sin discusión se aprueba en sus términos

III DISTRITO DE TABASCO

Sin debate se aprueba en sus términos

III DISTRITO DE PUEBLA

Sin discusión se aprueba en sus términos

II DISTRITO DE QUERÉTARO

Sin debate se aprueba en sus términos

V DISTRITO DE VERACRUZ

Sin discusión se aprueba en sus términos

XV DISTRITO DE VERACRUZ

Sin debate se aprueba en sus términos

I DISTRITO DE AGUASCALIENTES

Intervienen los CC., en contra, Federico Ling Altamirano; por la comisión, Angel Sergio Guerrero Mier; en contra, Pablo Alvarez Padilla; en pro, Javier Pineda Serino. Se aprueba en sus términos

I DISTRITO DE MÉXICO

Sin discusión se aprueba en sus términos

II DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

Hablan los CC., en contra, Valentín Campa Salazar; en pro, Ignacio Ramos Espinosa; en contra, Leopoldo Arturo Whaley Martínez; en defensa de su caso, Elba Esther Gordillo Morales; en contra, Miguel Eduardo Valle Espinosa. Se aprueba en votación nominal, en sus términos por mayoría

VI DISTRITO DE VERACRUZ

Sin debate se aprueba en sus términos

IV DISTRITO DE MÉXICO

Sin discusión se aprueba en sus términos

III DISTRITO DE DISTRITO FEDERAL

Sin debate se aprueba en sus términos

XVII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

Sin discusión se aprueba en sus términos

IV DISTRITO DE MICHOACÁN

Sin debate se aprueba en sus términos

I DISTRITO DE CHIAPAS

Intervienen los CC., Jesús Galván Muñoz, candidato del PAN; por la comisión, Salvador Robles Quintero; en contra, Pablo Alvarez Pajilla; para hechos, Francisco Hernández Juárez; por la comisión, Santiago Orate Laborde. Se aprueba en sus términos

La presidencia, en todos y cada uno de los casos, hace la declaratoria correspondiente

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. PINDARO URIOSTEGUI MIRANDA

(Asistencia de 97 ciudadanos presuntos para diputados)

APERTURA

El C. Presidente (a las 10:20 horas):-Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

«Cuarta Sesión del Colegio Electoral de la LIII Legislatura.

Orden del día

19 de agosto de 1985.

Lectura del acta de la sesión de Colegio Electoral anterior.

Dictámenes.

V de Hidalgo.

XXIX del Distrito Federal.

IV de Jalisco.

V de México.

I de Morelos.

II de Sinaloa.

V de Tamaulipas.

V de Sinaloa.

XXVIII del Distrito Federal.

XX de Veracruz.

III de Yucatán.

XXIII del Distrito Federal.

X de Guerrero.

XIII de México.

VII de Nuevo León.

IX de Sinaloa.

IV de Tabasco.

XII de Guanajuato.

III de Tabasco.

III de Puebla.

II de Querétaro.

V de Veracruz.

XV de Veracruz.

I de Aguascalientes.

I de México.

II del Distrito Federal.

VI de Veracruz.

IV de México.

III del Distrito Federal.

XVII del Distrito Federal.

IV de Michoacán.

I de Chiapas.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El mismo C. Secretario:

«Acta de la Sesión del Colegio Electoral de la Cámara de Diputados de la

Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y cinco.

Presidencia del C. Píndaro Urióstegui Miranda

En la ciudad de México, a las diez horas y quince minutos del domingo dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y cinco, con asistencia de noventa y un ciudadanos presuntos diputados, la presidencia declara abierta la sesión.

El C. Martín Tavira Urióstegui comunica a la asamblea que hoy a las cinco de la mañana, en la ciudad de Guadalajara, el señor Ezequiel Rodríguez Arcos, presunto diputado a la Quincuagésima Tercera Legislatura del Congreso de la Unión, dejó de existir.

Hace una semblanza de su vida y solicita se le rinda homenaje guardando un minuto de silencio.

Para apoyar la petición, interviene el C. Jorge Montúfar Araujo.

En seguida, puestos todos los presentes de pie, se guardara un minuto de silencio en memoria del desaparecido.

Lectura del orden del día y del acta de la sesión de Colegio Electoral anterior llevada a cabo el día de ayer, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

La secretaría da lectura y somete a la consideración de la asamblea, los siguientes dictámenes relativos a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, se efectuaron el día siete de julio próximo pasado.

I Distrito del estado de Tlaxcala. Beatriz Paredes Rangel y Eliseo Vázquez Valdez, propietaria y suplente, respectivamente.

A discusión el dictamen. Sin que motive debate, en votación económica se aprueba por mayoría.

I Distrito del Distrito Federal. Manuel Gurría Ordóñez, como propietario y Arturo Díaz Alonso como suplente.

A discusión el dictamen.

Usan de la palabra, en contra el C. Ignacio Huesca de la Peza; por la comisión el C. Nicolás Reynés Berezaluce; en contra el C. José Angel Conchello Dávila; en pro el C. Fernando Ortiz Arana; el C. Manuel Gurría Ordóñez declina hacer uso de la palabra.

Suficientemente discutido el dictamen, se aprueba en sus términos por mayoría.

XXV Distrito del Distrito Federal. Santiago Oñate Laborde y María del Carmen Pérez Márquez, propietario y suplente, respectivamente.

Sin discusión se aprueba en sus términos el dictamen.

II Distrito del estado de Guerrero. Porfirio Camarena Castro, como propietario y María Guadalupe Alvarez Moreno, como suplente.

A discusión el dictamen, sin ella, se aprueba en sus términos por mayoría.

VIII Distrito del estado de Jalisco. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza y María Luisa González, propietario y suplente, respectivamente.

Sin debate se aprueba en sus términos por mayoría.

XXXIX Distrito del Distrito Federal. Miguel Osorio Marbán, como propietario y Gerardo González Camarena, como suplente.

A discusión el dictamen.

Previa lectura del artículo 110 del Reglamento, el C. José Angel Conchello Dávila presenta y da lectura a una moción suspensiva, que la asamblea en votación económica no admite y por tanto se da por desechada.

Continúa el debate. Hablan, para solicitar que el dictamen regrese a comisión para nuevo estudio, la C. María del Carmen Segura Rangel; por la comisión el C. Santiago Oñate Laborde; para hechos el C. Jesús Galván Muñoz; para una moción reglamentaria el C. Porfirio Cortés Silva; para aclaraciones la presidencia; nuevamente para hechos el C. Jesús Galván Muñoz; para defender su propio caso el C. Miguel Osorio Marbán; para hechos Alcocer Villanueva y Juan de Dios Castro Lozano, por último el C. Miguel Osorio Marbán, quien solicita regrese el dictamen a comisión para un nuevo estudio, y se presente otra vez a discusión en el curso de esta misma sesión.

La asamblea en votación económica aprueba la petición del C. Miguel Osorio Marbán. Devuélvase a la comisión el dictamen para que se estudie y se presente en la sesión de este día.

VI Distrito del estado de Michoacán. Rafael Ruiz Béjar y Jorge Baltazar Bartolo, propietario y suplente, respectivamente.

A discusión el dictamen. Sin que se motive debate, en votación económica se aprueba en sus términos por mayoría.

XIV Distrito del estado de Puebla. Antonio Tenorio Adame, como propietario y Bonfilia Zárate Sarmiento, como suplente.

Sin discusión se aprueba en sus términos por mayoría.

IV Distrito del estado de Sinaloa. Diego Valadés Ríos y Adrián Evodio Prado Gómez, propietario y suplente, respectivamente.

A discusión el dictamen, sin ella, se aprueba en sus términos por mayoría. VI Distrito del estado de Coahuila. Heriberto Ramos Salas, como propietario y Jesús Santiago Jardón Lerma, como suplente.

A discusión el dictamen.

Hacen uso de la palabra, en contra el C. Ricardo García Cervantes, candidato del Partido Acción Nacional, quien solicita regrese el dictamen a comisión y se anulen las elecciones; por la comisión el C. Nicolás Reynés Berezaluce; para apoyar la petición del C. García Cervantes, el C. Federico Ling Altamirano; en pro el C. José Encarnación Alfaro Cázares; en contra el C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos; para defender su propio caso el C. Heriberto Ramos Salas.

La asamblea no admite la proposición del C. García Cervantes y en consecuencia se desecha.

Suficientemente discutido el dictamen, se aprueba en sus términos de mayoría. V Distrito Electoral del estado de Durango.

Angel Sergio Guerrero Mier y Antonio Yáñez Mena, propietario y suplente respectivamente.

A discusión del dictamen.

Abordan la tribuna, en contra el C. Federico Ling Altamirano; en pro el C. Eduardo Beltrán Hernández; en contra el C. Pablo José Pascual Moncayo; para defender su caso el C. Angel Sergio Guerrero Mier; en contra los CC. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y Jorge Alcocer Villanueva; en pro el C. Jorge Montúfar Araujo y para hechos los CC. Jorge Alcocer Villanueva, Javier Paz Zarza, Miguel Alonso Raya y Jorge Montúfar Araujo.

Suficientemente discutido, en votación económica se aprueba el dictamen en sus términos, por mayoría.

La presidencia aclara mociones reglamentarias formuladas por los CC. Gerardo Unzueta Lorenzana y Jorge Alcocer Villanueva.

Se continúa con los asuntos en cartera:

VI Distrito del estado de Hidalgo. Jesús Murillo Karam, como propietario y Orlando Arvizu Lara, como suplente.

Se aprueba en sus términos por mayoría, en votación económica.

I Distrito del estado de Nayarit. José Félix Torres Haro y Ana María Ibarra Tovar, propietario y suplente, respectivamente.

Sin que motive debate, se aprueba en sus términos por mayoría.

II Distrito del estado de Quintana Roo.

Salvador Ramos Bustamante y Francisco Alcocer Ojeda, propietario y suplente, respectivamente.

Se aprueba en sus términos por mayoría.

IV Distrito del estado de Sonora. Bulmaro Andrés Pacheco Moreno, como propietario y Antonio Estrella Velázquez, como suplente.

Sin debate se aprueba en sus términos por mayoría.

XL Distrito del Distrito Federal. Juan José Castro Justo y Alvaro Garcés Rojas, propietario y suplente, respectivamente.

En votación económica se aprueba en sus términos por mayoría. IX Distrito del estado de Michoacán. Juan Carlos Velasco Pérez, como propietario y Humberto Sánchez Gallegos, como suplente.

Sin discusión se aprueba en sus términos por mayoría.

VIII Distrito del estado de Oaxaca. Oswaldo García Criollo y Adolfo Gazga Baños, propietario y suplente, respectivamente.

Se aprueba en sus términos por mayoría.

I Distrito del estado de Querétaro. Edmundo González Llaca, como propietario y Salvador Meza Lugo, como suplente.

A discusión el dictamen.

Usan de la palabra, en contra el C. Genaro José Piñeiro López; en pro el C. Javier Pineda Serino; en pro el C. Juan Moisés Calleja García; para hechos los CC. Magdaleno Yáñez Hernández, Gerardo Unzueta Lorenzana, Martín Tavira Urióstegui, Magdaleno Yáñez Hernández y Demetrio Ruiz Malerva. Suficientemente discutido, se aprueba en sus términos el dictamen, por mayoría.

II Distrito del estado de Tlaxcala. Samuel Quiroz de la Vega y Javier García González, propietario y suplente, respectivamente.

Sin debate se aprueba en sus términos por mayoría.

La secretaría por instrucciones de la presidencia, da lectura al nuevo dictamen del XXXIX Distrito Electoral del Distrito Federal.

A discusión el dictamen.

Intervienen, en contra el C. Juan de Dios Castro Lozano; por la comisión el C. Santiago Oñate Laborde; para hechos los CC. Juan de Dios Castro Lozano y Francisco Hernández Juárez; para su segunda intervención el C. Juan de Dios Castro Lozano, quien contesta tres interpelaciones formuladas por el C. José Encarnación Alfaro Cázares; por la comisión el C. Juan Maldonado Pereda, y por último para hechos el C. Juan de Dios Castro Lozano.

Suficientemente discutido el dictamen, se aprueba en sus términos por mayoría.

XIV Distrito del estado de Veracruz. Sebastián Guzmán Cabrera, como propietario y Daniel Abiel Abadilla, como suplente.

A discusión el dictamen.

Hacen uso de la palabra, en contra el C. Miguel Eduardo Valle Espinosa, quien solicita que la Comisión Dictaminadora examine el paquete electoral relativo; por la comisión el C. David Jiménez González; en contra el C. Gerardo Unzueta Lorenzana; nuevamente por la comisión el C. David Jiménez González; para los hechos los CC. Jorge Alcocer Villanueva y Javier Paz Zarza; para su segunda intervención el C. Miguel Eduardo Valle Espinoza y finalmente el C. David Jiménez González por la comisión.

A petición de los CC. presuntos diputados que hablaron en contra, en votación nominal se desecha la proposición del C. Miguel Eduardo Valle Espinoza, por treinta y un votos de la afirmativa y sesenta y tres de la negativa.

Suficientemente discutido el dictamen, en votación económica se aprueba en sus términos por mayoría.

La secretaría hace una declaración al C. Javier Paz Zarza, en relación a la votación nominal.

XXIII Distrito del estado de Veracruz.

Oscar Aguirre López y Adolfo Benigno Reyes Carrión, propietario y suplente, respectivamente.

Sin debate se aprueba en sus términos por mayoría.

IV Distrito del estado de Yucatán. Renán Solís Avilés, como propietario y Aurisela Rosales Torres, como suplente.

Sin discusión se aprueba en sus términos por mayoría.

XV Distrito del estado de México. Héctor Ximénez González, como propietario y Liborio Lazcano Leyva, como suplente.

Se aprueba en sus términos por mayoría.

V Distrito del estado de Guanajuato. Eliseo Rodríguez Ramírez y María Guadalupe Ocampo Arévalo, propietario y suplente, respectivamente.

Sin debate se aprueba en sus términos por mayoría.

IV Distrito del estado de Tamaulipas. Diego Navarro Rodríguez, como propietario y Emilio Huerta Guillen, como suplente.

Se aprueba el dictamen en sus términos por mayoría.

V Distrito del estado de Coahuila. Gaspar Valdez Valdez y Fernando Cabrera Rodríguez, propietario y suplente respectivamente.

En votación económica se aprueba el dictamen en sus términos, por mayoría. VI Distrito Electoral del Distrito Federal.

José Herrera Arango, como propietario y José Luis Lara Sánchez, como suplente.

A discusión el dictamen.

Intervienen, en contra el C. Manuel Terrazas Guerrero; por la comisión el C. Juan José Bremer Martino; para hechos los CC. Miguel Eduardo Valle Espinosa, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y Antonio Tenorio Adame.

Suficientemente discutido el dictamen, se aprueba en sus términos por mayoría.

V Distrito del Distrito Federal. Rafael de Jesús Lozano Contreras y David Betancourt Ortega, propietario y suplente, respectivamente.

Sin debate se aprueba en sus términos por mayoría.

En todos y cada uno de los casos aprobados por los integrantes del Colegio Electoral, la presidencia hace la declaratoria correspondiente.

La propia presidencia, cuantas veces fue necesario, ordenó la lectura de los artículos 207 y 209 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, y con base en dichos preceptos, llamó la atención a los ocupantes de las galerías, para que guardaran la debida compostura.

La misma presidencia informa que de conformidad con el artículo 23, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva entregará las tarjetas de acceso al acto de instalación de la Cámara de Diputados, a los ciudadanos cuyos dictámenes fueron aprobados el día de hoy, mañana diecinueve de agosto, a las nueve treinta horas en el Salón Verde de la propia Cámara.

Agotados los asuntos en cartera se levanta la sesión a las veintiuna horas y cinco minutos, y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, lunes diecinueve de agosto, a las diez horas.»

Esta a discusión el acta...No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba...Aprobada, señor presidente.

V DISTRITO DE TAMAULIPAS

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

El C. Fernando Baeza Meléndez:-Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente:-Se concede el uso de la palabra al C. Fernando Baeza.

El C. Fernando Baeza Meléndez:-Con su venia, señor presidente: compañeros diputados y presuntos diputados del honorable Colegio Electoral de la Cámara de Diputados:

En virtud de que es posible contar con algunos elementos que pueden ser importantes para el dictamen en cuestión del V Distrito de Tamaulipas, pedimos a la honorable mesa que, de acuerdo con el procedimiento correspondiente, se turne el conocimiento de este dictamen para los últimos que tengan que ser vistos en este día, para tener oportunidad del análisis de los elementos en cuestión.

El C. Presidente:-Consulte la secretaría a la asamblea si es de aceptarse o no la proposición de la comisión.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:-Por disposición de la presidencia se pregunta a la asamblea si se acepta la proposición del presidente de la comisión, en que propone que este expediente pase a sexto lugar en lugar del primero del estado de Morelos.

En votación económica, se pregunta si se aprueba...Aprobada, señor presidente.

V DISTRITO DE HIDALGO

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta sesión.

V Distrito del estado de Hidalgo.

Cabecera: Zimapán.

Honorable asamblea: Fue turnado a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, para el estudio y dictamen el expediente del V Distrito Electoral del estado de Hidalgo, del que se desprende que participaron en las elecciones constitucionales del 7 del julio próximo pasado, los partidos políticos que a continuación se mencionan con sus respectivos candidatos, y obteniendo los resultados que se detallan:

PAN: Propietario, Pablo Barcenas Chávez; suplente, J. Asención Romero Rojo, 2 mil 19 votos.

PRI: Propietario, José Gonzalo Badillo Ortiz; suplente, Luis Jiménez Hernández, 58 mil 747 votos.

PPS: Propietario, Alejandro Rangel Ramos; suplente, Arnulfo Villada Zavala, 851 votos.

PARM: Propietario, Javier Pérez Martínez; suplente, Sabino Otero Martínez, 883 votos.

PDM: Propietario, Simón Guerrero Hernández; suplente, Manuel Rivera Trejo, 242 votos.

PSUM: Propietario, José Luis Galindo Galindo; suplente, Felipe Jesús González, 610 votos.

PST: Propietario, José Arteaga Beltrán; suplente, Fidel Tepetate Rodríguez, 4 mil 115 votos.

PRT: Propietario, Víctor Parra García; suplente, Salomón Montoya Hernández, 434 votos.

Del estudio de los antecedentes mencionados se desprende:

1o. El Comité Distrital Electoral se instaló en el municipio de Zimapán, cabecera del distrito, habiéndose llevado a cabo todos los procedimientos previos que la ley le ordena para la renovación de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

2o. Con base en los resultados que se mencionan al inicio, la Comisión Federal Electoral expidio constancia de mayoría de votos a los ciudadanos:

José Gonzalo Badillo Ortiz y Luis Jiménez Hernández, propietario y suplente, respectivamente, y envió la documentación respectiva a las instancias correspondientes.

3o. La Comisión Federal Electoral de acuerdo a los dispuesto por la ley, acordó el registro de la constancia de mayoría., motivo de este dictamen.

4o. En el expediente electoral no aparece recurso alguno por desahogar. Por lo anteriormente expuesto, esta comisión

CONSIDERA

1o. Que el proceso electoral y la elección del 7 de julio del presente año se llevaron acabo en los términos de los artículos 74 a 219 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en lo conducente, y que de acuerdo a los artículos 40,41,50,51,52,53,55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debe calificarse dicha elección como válida por este Colegio Electoral.

2o. Que los candidatos del Partido Revolucionario Institucional a diputados de mayoría relativa José Gonzalo Badillo Ortiz y Luis Jiménez Hernández, propietario y suplente, respectivamente, acreditan que reúnen los requisitos de elegibilidad señalados por el artículo 55 de la Constitución General de la República, con lo cual se proponen los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Que son válidas y legítimas las elecciones del 7 de julio de 1985, para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión en el V Distrito Electoral Federal del estado de Hidalgo.

Segundo. Que son diputados de mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión por el V Distrito Electoral Federal del estado de Hidalgo, los ciudadanos José Gonzalo Badillo Ortiz y Luis Jiménez Hernández, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.-México, D.F., a 19 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.»

Esta a discusión el dictamen.

El C. Federico Ling Altamirano:-Para presentar una moción suspensiva en términos del artículo 100 del reglamento.

El C. Presidente:-Se concede el uso de la palabra al C. Federico Ling Altamirano.

El C. Federico Ling Altamirano:-Señor presidente; señores miembros del Colegio Electoral: Procede claramente en el caso que nos ocupa una moción suspensiva por las razones que quiero fundar. Existe en el caso de la campaña electoral del señor Gonzalo Badillo Ortiz el grave antecedente que pudiese construir delito de que usó los recursos, concretamente de la imprenta de la Cámara de Diputados, para implementar material de su campaña electoral.

Los hechos que denuncio no son desconocidos de nadie, no es asunto que se limitó a los sótanos o a los anexos de la Cámara de Diputados, este asunto salió a la luz pública con toda claridad, varias revistas y periódicos dieron noticia de ello, e incluso los diputados de Acción Nacional de la LII Legislatura. Rodolfo Peña Farber, Arnoldo Gárate Chapa y Gustavo Vicencio Acevedo, presentaron ante el Procurador General de la República, Sergio García Ramírez, la denuncia correspondiente.

En caso de existir, y todo parece indicar que así es, responsabilidad por los delitos de ejercicio indebido de su servicio público, uso indebido de atribuciones y facultades, ejercicio abusivo de funciones y peculado, el licenciado José Gonzalo Badillo Ortiz, Oficial Mayor de la Cámara de Diputados de la LII Legislatura, estaría inhabilitado, sería inelegible para el cargo de diputado federal; como hasta el momento y a pesar de las denuncias que se hicieron no se tiene una resolución de la Procuraduría General de la República y no constado en el expediente resolución alguna pese la grave duda de si existió delito de base que invalidaría la elección en el quinto distrito del estado de Hidalgo.

No quiero abusar en este momento en la presentación de pruebas ya que para la inmensa mayoría de los aquí presentes, es conocido el hecho que el Oficial Mayor, íntimo amigo del licenciado Humberto Lugo Gil, cometió ciertamente ese delito.

Me limito a presentar a la razón de este Colegio Electoral la siguiente moción suspensiva que dice:

"Se devuelve el dictamen a la comisión correspondiente con el objeto de dar oportunidad a que la Procuraduría General de la República, informe a esta Cámara de Diputados el estado que guarda la averiguación del caso denunciado."

Presunto diputado, Federico Ling Altamirano, 19 de agosto de 1985.

Dejo la moción suspensiva conforme al reglamento.

El C. Presidente:-Se concede el uso de la palabra al C. Jesús Murillo.

El C. Jesús Murillo Kara,:-Compañeros diputados: Se plantea a este colegio una moción suspensiva para la discusión del dictamen,

en virtud de hechos que no están en el expediente, que no son del conocimiento de la Cámara y que se basan en una denuncia según dice mi compañero diputado, que no conocemos.

Nosotros no podemos prejuzgar, ni podemos aceptar hechos que no constan; en consecuencia, con base en el mismo artículo en el que se plantea la moción suspensiva, yo le pido a la presidencia de la Cámara someta a la consideración de ustedes se deseche la moción suspensiva. Muchas gracias.

El C. Presidente:-Consulte la secretaría a la asamblea si se admite o se desecha...(Interrupción.)

La C. Consuelo Botello de Flores:-Si hablaron en contra, yo estoy pidiendo hablar en favor de la moción.

El C. Presidente:-Sírvase, por favor,la secretaría leer el artículo 110.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:-"Artículo 110. En el caso de moción suspensiva se leerá la proposición y sin otro requisito que oír a su autor si la quiere fundar y a algún impugnador, si lo hubiere, se preguntará a la Cámara si se toma en consideración inmediatamente. En caso afirmativo se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar al efecto tres individuos en pro y tres en contra. Pero si la resolución de la Cámara fuese negativa, la proposición se tendrá por desechada."

La C. Consuelo Botello de Flores:-Pido la palabra para hechos, señor presidente.

El C. Presidente:-Consulte la secretaría a la asamblea si se admite o se desecha la moción suspensiva.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:-En votación económica, se pregunta si se acepta o se desecha la moción suspensiva presentada por el presunto diputado Ling Altamirano...Los ciudadanos diputados que estén por que se deseche, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor presidente.

En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba en sus términos el dictamen correspondiente.

El C. José Angel Conchello Dávila:-Póngase a discusión, señor presidente.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:-Se señalo por la secretaría, primero, si estaba a discusión, se presentó la moción que el señor ingeniero Federico Ling, en consecuencia se había señalado por esta secretaría que se había puesto a discusión. En consecuencia estamos procediendo en orden, señores.

En votación económica, se pregunta a la asamblea si es de aprobarse en los términos señalados el presente dictamen.

El C. Presidente:-Está a discusión el dictamen. Se abre el registro de oradores.

Se concede el uso de la palabra al ciudadano Federico Ling Altamirano. El C. Federico Ling Altamirano:-Con el debido respeto, creo que mal empieza el día de hoy la Mesa Directiva, cuando equivoca de manera tan lamentable los trámites.

Señores miembros del Colegio Electoral:

El análisis de este caso, por las cuestiones invocadas en la fundamentación de mi moción suspensiva, no son baladíes, no es una cuestión menor el saber si constituyó delito o no, por supuesto que lo constituyó, el uso por el Oficial Mayor anterior de la Cámara, de los recursos y bienes de la misma para promover su candidatura en el V Distrito del estado de Hidalgo.

Lo grave de la situación es que ésto se da en una forma generalizada en toda la República. Simplemente de los casos que hemos visto ha quedado constancia pública en esta tribuna y ha sido desmentido que no solamente José Badillo Ortiz usó bienes oficiales para beneficio de su personal candidatura.

El día de ayer veíamos la misma situación con el vicepresidente de este Colegio Electoral, Manuel Gurría Ordóñez. No solamente en ese caso del Distrito Federal denunció Manuel Terrazas Guerrero, enfáticamente, la forma en que de manera amplia se usaron los recursos de la delegación para beneficio de la candidatura del PRI en en VI Distrito. Y por supuesto esto no es limitativo, se usó para los 40 distritos el patrimonio, los bienes, el dinero, el personal del Departamento del Distrito Federal, para promover candidaturas partidistas, obviamente partidistas.

En el caso del licenciado Guerrero Mier, ayer mismo, él confesó que se usaron esos bienes para promover sus gestorías. Y decía que es lícito que un candidato haga gestorías por los ciudadanos. Por supuesto que sí. Pero no en que los bienes se entregaban necesariamente reteniendo la credencial de elector en el comité municipal del PRI. Y esto los días en que ya se había cerrado la campaña electoral y el día mismo de las elecciones.

En el caso, que ya ni siquiera se dijo aquí, pero también existió, de que acudieron en un jet de la Secretaría de la Reforma Agraria varios funcionarios de la misma y Julio Carmelo, a reforzar la campaña del señor Robles Quintero.

Y así podríamos seguir hasta el infinito.

A mí me preocupa no solamente el delito cometido en el caso concreto del V Distrito del estado de Hidalgo. Señores, la verdadera gravedad de esta situación, es que nosotros lo permitiésemos; que no hiciéramos ni siquiera una pequeña indicación. Ni siquiera una suspensión para conocer racionalmente la fundada denuncia ante la Procuraduría General de la República. Siquiera en este caso que existe denuncia, debería de tenerse el expediente

y la resolución de la Comisión Dictaminatoria hasta tener elementos de juicio.

La gravedad auténtica de esta situación se da cuando se percibe que esta mentalidad de uso de bienes públicos para beneficio de campañas personales, es generalizada. Es una mentalidad de peculado aunque no se tenga a veces conciencia de ello, que se ha vuelto una segunda naturaleza en muchísimos funcionarios y en muchísimos candidatos y amigos de candidatos del PRI; se ha vuelto una verdadera mentalidad de coto de caza, una mentalidad de territorio de predación, en donde el cazar y disponer de los bienes de ese territorio, llámase dependencia oficial, es un derecho, de que es algo natural.

Esta mentalidad distorsionada que ha deformado profundamente nuestra vida pública y nuestra vida electoral, es de una gravedad extraordinaria, cimiento, fuente, origen mismo de la corrupción social que México padece en grado avanzado.

Cualquier persona en la actualidad del sector oficial, se considera, que tenga autoridad o influencia, se considera con derecho a disponer de los bienes que pongan a su disposición o que él consiga de las dependencias oficiales para beneficio personal. Es tan grave esta situación que psicológicamente quiero creer que el presunto Gonzalo Badillo Ortiz ni siquiera es culpable de este delito.

Probablemente Gonzalo Badillo Ortiz ni siquiera pensó que estaba cometiendo un delito, por lo tanto no sería culpable, por eso es precisamente lo grave de la situación, que ni siquiera pensó en la posibilidad de estar cometiendo un gravísimo delito de peculado y de abuso de funciones, y de estar involucrado con esta actitud al líder de la mayoría relativa de la pasada Cámara de Diputados, el licenciado Humberto Lugo Gil.

A nadie se le oculta porque es un hecho, que la sombra política del licenciado Humberto Lugo Gil es, tal vez siga siendo, el señor licenciado Gonzalo Badillo Ortiz. Con esta actitud irresponsable, irreflexiva, delictuosa, involucra gravemente a un líder político de importancia como el licenciado Humberto Lugo Gil.

Antaño las personas que cometían tales delitos eran llamadas claramente por su nombre: abusivas, abusivas hasta que se consideró después el delito de abuso de funciones, de bienes, etcétera. Hoy día, según el sofisticado lenguaje tecnocrático que priva, superada la etapa de hegelialismo de huarache del sexenio pasado, ahora priva el lenguaje tecnocrático, ya no llama a estas personas ni caciquiles ni abusivas, las llama premodernas. Y se habla de mentalidad premoderna, de administración pública premoderna, de sistemas electorales premodernos, ahora todo lo que es deficiente y viciado en nuestra vida pública es premoderno. Pues, señores, este premoderno delito que ha cometido el señor Gonzalo Badillo Ortiz, debe ser investigado y debe constar la resolución de la Procuraduría General de la República en el expediente.

Insisto en mi moción suspensiva y dejo al criterio de ustedes y a la conciencia de ustedes el resolver este caso.

El C. presidente:-Se concede el uso de la palabra al C. Gonzalo Badillo.

El C. Gonzalo Badillo Ortiz:-Ciudadano presidente ante el Colegio Electoral: honorable asamblea: antes que nada debo decir a ustedes que estoy consciente de lo que que representa la tribuna que ahora ocupo. La más alta tribuna de la patria, acostumbran llamarla con justicia, por que se encuentra destinada a servir de foro a los representantes del pueblo. Hoy en día, es también la más idónea fuente de emisión del pensamiento plural de la sociedad que constituimos.

Llego, pues, a ella, para ocuparla con la responsabilidad ciudadana, con objetividad más allá de cualquier interés particular o pasión partidista, con veracidad en lo que diga, tal y como debemos hacerlo todos los que pretendemos asumir la responsabilidad de representar al pueblo en el Congreso.

Declarado lo anterior, respondo a los argumentos del presunto diputado Ling Altamirano en relación con las elecciones efectuadas en el V Distrito Electoral Federal del estado de Hidalgo, en las que, de acuerdo con la constancia expedida por la Comisión Distrital Electoral correspondiente, obtuve a mi favor la mayoría de los votos emitidos.

Lo que en esta tribuna se expresa en un sentido o en otro, poco o mucho, pasa a formar parte indivisa de la crónica parlamentaria al quedar registrado adperpetuam en el Diario de los Debates de esta Cámara.

Diferentes ideas, distintas concepciones, razonamientos diversos se han incluido desde aquí con el interés de ser considerado, no sólo para la asamblea, sino también por la opinión pública nacional.

Desde el inicio de este colegio, el permanente reclamo-queja, diría yo, lamentación también diría yo-de Acción Nacional ha sido: Alteración en el padrón electoral, fraude electoral, retroceso en la democracia, parcialidad en las autoridades electorales, desviación de recursos, inclusive ataques a la directiva de este Colegio Electoral, todo esto al no poder encontrar respuesta en el pueblo el 7 de julio en las urnas.

Con conocimiento y con respeto al pueblo, con responsabilidad ciudadana, quiero dejar aclarado en esta intervención lo que en realidad está sucediendo, ha sucedido y sucedió en el proceso electoral del V Distrito Electoral del estado de Hidalgo; y tal vez sea un reflejo de lo que ha sucedido en todo el país en esta campaña electoral. Para ello, quiero que la asamblea me permita en primer término referirme a la actitud de mi partido y a la actitud de los candidatos de mi partido, que con responsabilidad y convicción participamos en la preparación, en la vigilancia y en la consecución del proceso.

Por convicción personal y por instrucciones de la dirigencia nacional de mi partido, desde

el inicio de mi campaña entré en contacto con el pueblo que me proponía representar.

Al respecto, recorrí el distrito y entré en contacto con más de 40 mil electores. Tengo aquí una síntesis fotográfica que demuestra fehacientemente la responsabilidad de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, que a través del contacto, del trabajo permanentemente en campañas, buscamos el voto popular que hoy nos permite estar en esta tribuna. Aquí esta, señores de Acción Nacional, prueba irrebatible de nuestro esfuerzo y nuestro trabajo, que nos permite tener y conseguir la mayoría de los votos del pueblo de México.

Desde el inicio de mi campaña, por instrucciones de la dirigencia de mi partido...

El C. Federico Ling Altamirano (desde su curul):-Pido a la presidencia consulte al orador si me permite una interpelación.

El C. Gonzalo Badillo Ortiz (continúa):-No, señor. Desde el inicio de mi campaña, por instrucciones de la dirigencia de mi partido, trabajamos en la formación de las brigadas del voto en el V Distrito Electoral de Hidalgo.

Logramos la movilización gracias a los cuadros del partido, de 7 mil promotores del voto; eso, señores de Acción Nacional, es trabajo de partido y conciencia responsable con el pueblo. Desde que iniciamos nuestra campaña, abrimos foros permanentes de consulta popular: aquí tengo 14 expedientes, que están a la vista de todos ustedes, donde están consideradas las peticiones de la población, de la ranchería, de la comunidad, del centro de trabajo, del ejido, en fin, del pueblo todo del V Distrito. Aquí tienen ustedes también nuestra respuesta, haciendo la gestión correspondiente ante las autoridades indicadas, aquí están 14 expedientes que demuestran que el trato del Partido Revolucionario Institucional es un trato serio, responsable con el pueblo de México.

Con la participación de la organización horizontal y vertical de mi partido, tuve la posibilidad, ¡la posibilidad!, compañeros de Acción Nacional, de haber acreditado representantes de candidatos en todas las casillas: más de 220, que instalaron para el proceso electoral; eso también demuestra la preocupación y la responsabilidad de mi partido para participar conscientemente en todo el desarrollo de las elecciones; pero no quiero considerar que sólo esta campaña de penetración, este recorrer de más de cien poblados en el V Distrito -en donde a pie o a caballo, en terracería o en carretera asfaltada, los recorrimos de norte a sur y de este a oeste -fuera sólo el motivo por el que el pueblo del V Distrito votara por el candidato del Partido Revolucionario Institucional.

Es que la actividad permanente de mi partido, identificado con el pueblo del V Distrito Electoral, permanentemente preocupado por canalizar sus inquietudes y buscar solución a sus problemas, es lo que nos hace merecedores de la confianza de la mayoría del pueblo de México.

Es nuestra ideología congruente con la Revolución Mexicana, es nuestra ideología congruente con las fuerzas progresistas y democráticas del país, lo que hace que la mayoría de los mexicanos voten por nuestro partido; pero es también la obra realizada por los gobiernos emanados de nuestro partido la que nos permite también mantener la confianza de los hombres y mujeres del V Distrito; autoridades municipales, autoridades estatales y autoridades federales que todos los días asumen su responsabilidad frente a su partido y frente al pueblo, para servir con honestidad los intereses de este pueblo que están dirigiendo.

En última instancia, considero también que el voto mayoritario del pasado día 7 de julio a favor de nuestro partido fue fundamentalmente la confianza, la ratificación de la confianza que el pueblo todo de México le demuestra, mediante su actitud en la urnas electorales, al Presidente de la República Mexicana, el primer priísta de México; Miguel de la Madrid Hurtado.

(Aplausos.) He querido apuntar lo anterior, lo que pudiéramos llamar la tesis de la campaña, la tesis de mi partido.

Ahora vamos a ver la tesis, la actitud en la campaña del Partido Acción Nacional en el V Distrito Electoral Federal de Hidalgo: Su candidato no realizó en este Distrito ninguna concentración masiva; no realizó ninguna consulta popular; no realizó, ni tan siquiera, una visita domiciliaria. Su partido solamente en una casilla pudo acreditar un representante. ¿Esa es la responsabilidad de su partido? ¿Esa es la corresponsabilidad que tenemos todos para perfeccionar la democracia? ¿Qué acaso el pueblo tiene que ir a buscar al candidato de Acción Nacional, apoltronado allá en su casa, para decirles cuales son sus problemas? ¿O es la responsabilidad del candidato y del partido que pretende el poder el que debe acudir al pueblo?

No, señores, no se hizo. Vacío absoluto de la presencia de Acción Nacional en el V Distrito.

Ante esta ausencia de trabajo efectivo, que tal vez se deba a la confusa ideología que se divorcia de la realidad de nuestro pueblo, se apoyan en la diatriba, en la exageración de la coyuntura crítica de México, no para captar adeptos, sino para capitalizar rencores. Esa es la actitud, compañero Ling Altamirano.

Y yo, como usted, también voy a clasificar de tres maneras a los miembros de Acción Nacional, maestros distinguidos, respetables: Los Hinojosa, los González Torres, los Bátiz, maestros respetables que podríamos llamar "la vieja guardia de Acción Nacional", y que a pesar de que no son congruentes sus tesis con las nuestras, los respetamos. Porque consideramos que son auténticos en su postura.

Hay otros que tienen hipotecada su conciencia con la alta burguesía que los explota, y que tampoco tienen conciencia de lo que pasa a su alrededor, porque defienden las causas de esa explotación. Pero lo que es el colmo, es la actitud del neopanismo. Es la actitud del neopanismo, que al no encontrar eco en el pueblo, que al no encontrar respuesta en la ciudadanía, ante la irresponsabilidad de no participar en la vida demócrata, contratan leguleyos unos, buenos abogados otros, tal vez para que lo que no pudieron ganar en las urnas electorales, con sofismas jurídicos y con retórica elegante pretenden ganar en esta tribuna. Eso no se vale, señores de Acción Nacional. Pero no quisiera entrar en más detalles; si esta es la actitud de Acción Nacional en el V Distrito Federal Electoral, yo no sé con qué autoridad moral vienen aquí a tratar de desvirtuar, no la campaña del V distrito electoral, sino todo un proceso electoral del país. Y me imagino que lo que sucede en el V Distrito electoral es reflejo de lo que ha sucedido en el país.

No es en la tribuna señores, es con el voto el apoyo decidido del pueblo de México, como se obtienen los triunfos en este país democrático.

Por último, para su tranquilidad, señor Ling Altamirano, tengo entendido que la Procuraduría de la República tiene definida y esclarecida esa denuncia de hechos de lo que habla. No me consta. Pero aunque no interfiere en la calificación del dictamen, ni en el aspecto jurídico electoral, ni en la limpieza del proceso, por mi responsabilidad moral ante el electorado de mi distrito, ante la asamblea y ante la opinión pública nacional, solicito a la presidencia de este Colegio Electoral gire atento comunicado a la Procuraduría de la República, para que informe de esta situación; porque el que nada debe nada teme, y estoy en espera de que la Procuraduría les informe a ustedes y a nosotros, lo que ha sucedido en este asunto.

Por lo demás, considero que si el asunto está suficientemente discutido, se someta a consideración de la Asamblea. Si hay otra cosa que aclarar, regresaremos con mucho gusto. Muy amables.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra a la C. Consuelo Botello, del Partido Acción Nacional.

La C. Consuelo Botello de Flores: - Señor Presidente; ciudadanos presuntos diputados:

Muchas y muy graves cosas se han ido estableciendo aquí sobre la personalidad de muchos de los presuntos diputados del partido oficial, y no he visto que se haya tomado una seria actitud de investigación antes de concederles al "nihil obstat" para que pasen a integrar a la Cámara.

En el caso presente que nos ocupa, yo quiero felicitar mucho al candidato del partido oficial por esa nutrida exposición de su campaña que no debe haber tenido mucha dificultad para hacerla, gracias a esos fondos estatales con que la denuncia dice que fue solventada, y qué interesante toda esa exposición fotográfica que supongo que también se la habían engargolado y encuadernado en la misma imprenta del Congreso donde fue hecho todo su material. Pero una cosa sí es muy importante: ¿qué análisis, en qué se habrá basado para hacer ese análisis extraordinario de las panistas?

Yo hace muchos años que pertenezco al partido, y en tantos años de conocer las tesis de mi partido y las personas que integramos éste, y no he podido distinguir panismo antiguo y neopanismo. Me he dado cuenta de que la doctrina partidaria está tan bien sustentada, fue hecha con tanta atingencia, que sin embargo, sigue siendo vigente para nosotros.

Pero lo que sí me di cuenta es que el diputado o el presunto que me antecedió en el uso de la palabra no desmintió con una nitidez absoluta, como sería de desear, los cargos.

El dice que espera que estos cargos sean entregados en un esclarecimiento que, según parece, no se ha dado y nosotros también vamos a esperar eso mismo.

Pero volviendo a la cuestión del tema, es muy interesante darnos cuenta que cada uno de los oradores del partido oficial que vienen a defender un caso sean los propios candidatos u otros que vienen a tomar tales casos, insisten en que la defensa de Acción Nacional está únicamente puesta sobre lamentaciones, quejas de fraude, padrón, como si eso fuese una fantasía surgida de nuestra mente, cuando que es una realidad dolorosa y concreta que estamos viviendo los mexicanos.

Estamos viviendo en carne propia los de Acción Nacional todo eso que no es una lamentación, que no son quejas únicamente surgidas de la imaginación. Pero no somos los de Acción Nacional que estamos aquí, no soy yo la candidata ni el candidato de Hidalgo a quien en este momento estamos defendiendo, es el pueblo.

Porque cuando se comete el fraude, cuando se impide la vigilancia en las casillas, cuando se impide el procedimiento correcto en todos los organismos electorales, no es a los candidatos de Acción Nacional a los que se les va robar un triunfo, que también se hace, sino es al pueblo, que además de irle robando a través de la ineficacia de este gobierno de irle robando, sobre todo a los marginados, el pan de la boca, también quieren robarle al pueblo su dignidad y su capacidad de decisión.

Esto es lo más doloroso que estamos sufriendo y que creíamos que en las elecciones de 1985, ante la promesa expresamente dicha del Presidente de la República, que serían las elecciones más limpias y transparentes de la historia, volvemos a encontrarnos con esta situación, de que si no se tienen representantes en la casilla es porque

los requisitos son excesivos o porque les son corridos al llegar a las casillas.

Lo hemos sufrido en carne propia y es doloroso que tenga que venir la oposición, que somos los candidatos de la oposición, los partidos de la oposición, los que en un 7 de julio, como cualquier otro día de elecciones, tengamos que ser los que garanticemos la limpieza de las elecciones. Tenemos que vigilar, no solamente tenemos que presentar al candidato y hacer una campaña que, a veces se antoja difícil porque nosotros no tenemos los recursos del Estado y, sin embargo, hacer la campaña, convencer a nuestros electores y además tener que vigilar el proceso a contracorriente, tener que defendernos como si fuésemos delincuentes y esto lo sufrimos en mi estado y, seguramente, lo sufrieron en muchos otros estados de la República y que frente a las casillas, para amedrentar al pueblo, estaban los granaderos y los judiciales y los rurales y todas las policías habidas y por haber. No solamente hay que hacer la campaña, sino además es nuestra responsabilidad tener que defender el voto y tener que cuidarlo de los delincuentes electorales.

Esto es lo que pasó en el Estado de Hidalgo, y esto es lo que pasa en todos los estados de la República. Y todavía así cuando venimos a la tribuna y ejercemos una serie de pruebas, perfectamente instrumentadas, se nos habla de que somos excesivamente jurídicos, de que no estamos tratando con letras de cambio, sino con votos personales y cuando venimos a esgrimir estos argumentos, gramáticamente humanos del pueblo que es vejado de damas, de jóvenes que estuvieron en las casillas y que sufrieron la vejación de ser corridos de ser golpeados, entonces nos dicen que con argumentos políticos queremos defender nuestra posición.

Qué es lo que tenemos que hacer entonces, para satisfacer a esta mayoría relativa que no al pueblo, afortunadamente el pueblo tiene una conciencia clara de lo que está sucediendo. Y yo apelo a este Colegio Electoral.

El candidato de este distrito que me antecedió en el uso de la palabra, pidió a la presidencia que se entregue o que se pida a la Procuraduría que entregue el expediente con el esclarecimiento del caso y, entonces, eso me hace suponer que con estas palabras del propio candidato, a las cuales yo me uno, se suspenda la votación de este dictamen para esperar tal documento. Muchas gracias.

El C. Presidente: _ - Se concede el uso de la palabra al C. Santiago Oñate, del PRI.

El C. Santiago Oñote Laborde: - Señor Presidente, con su venia. Honorable Colegio Electoral: Quisiera aquí llamar la atención de todos ustedes nuevamente hacia el debate que se ha iniciado y que versa sobre un expediente electoral en concreto. Mucho se ha dicho, mucho se ha hablado de temas en los cuales creo que la mayoría habremos de coincidir cuando se nos habla de las carencias de nuestro pueblo y de lo que aún queda por hacer en lugares como Hidalgo. Creo que en eso podíamos seguir hablando, coincidiendo y a lo mejor divirgiendo en muchos puntos. Pero nuestra atención, como integrantes de este Colegio, debe de centrarse en el expediente y en el dictamen correspondiente que ha sido presentado sobre una elección.

Las intervenciones de Ling Altamirano referidas a la existencia de una denuncia ante la Procuraduría General de la República, en la cual se señala al presunto diputado del Partido Revolucionario Institucional, José Gonzalo Badillo Ortiz, como responsable de una serie de ilícitos, creo yo, señores, que debe de ser entendida en sus justos términos. Estamos frente a una denuncia de hecho, utilicemos corrección cuando hablemos de eso. El hecho de que exista una denuncia, lo sabemos todos, no implica que sea delincuente, no implica que haya sido condenado, no implica que las autoridades jurisdiccionales hayan decidido en forma definitiva sobre la culpabilidad y la responsabilidad de un individuo.

Hemos oído ya varias veces, y espero que lo sigamos haciendo, que exigimos para este Poder Legislativo respeto y que exigimos que sea un Poder Legislativo fuerte, que sea un Poder Legislativo que tenga una intervención activa en los de nuestra nación, seamos congruentes con esa petición y aquí la congruencia significa también respeto para la competencia, para las funciones de los demás poderes.

No toca a este Colegio electoral decidir sobre la comisión de un ilícito que se atribuye a un ciudadano, la competencia para decidir el caso, es, señores de los tribunales correspondientes, la denuncia ha sido presentada ante la autoridad correspondiente, esta es una denuncia de hechos, pero insisto, no se trata de una sentencia, no se trata de una sentencia que establezca la culpabilidad de un individuo, caer en ese error implicaría desconocer el principio de que todo individuo es inocente hasta en tanto no se pruebe lo contrario, y se pruebe por los tribunales y los órganos establecidos al efecto.

Creo, señores, que si esto se concreta la impugnación que ha sido presentada aquí en esta tribuna en forma verbal, respecto a las elecciones que nos ocupan, debemos de considerar que la misma no es atendible en términos de la legislación electoral y no siendo atendible en estos términos, señores, creo que procede en manifestarnos en pro de este dictamen, de un dictamen y de una elección en la que conviene tenerlo en cuenta no se ha presentado recurso de queja, no ha habido protestas fundadas dentro de las casillas y que es ahora cuando se vienen a atacar la honorabilidad del candidato, teniendo como fundamento de dichos ataques una simple denuncia, insisto y no una declaración final sobre su responsabilidad o culpabilidad, creo,

digo, que debemos de manifestarnos en pro de este debate.

En consecuencia, señor presidente, encarecidamente le pido que se consulte a la Asamblea si está suficientemente discutido el asunto y se pase a su votación.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - El Señor candidato hizo una propuesta para que se solicitaran a la Procuraduría informes. Debe usted pasar a votación.

El C. Jesús Murillo Karam: - Eso no afecta al dictamen.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Antes del dictamen es una propuesta del candidato.

El C. Presidente: - Por la comisión acaba de hablar el diputado Santiago Oñate y acaba de solicitar se consulte a la asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos el dictamen correspondiente... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara: 1o. Que son válidas y legítimas las elecciones del 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente respectivamente a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión en el V Distrito Federal Electoral del estado de Hidalgo.

2o. Que son diputados por mayoría relativa electos a la Legislatura del honorable Congreso de la Unión por el V Distrito Federal Electoral del Estado de Hidalgo, los ciudadanos José Gonzalo Badillo Ortiz y Luis Jiménez Hernández. propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

XXVIII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

EL C. Gerardo Unzueta Lorenzana: - Señor presidente, un momento, por favor. Se ha solicitado que el dictamen, el expediente del Distrito XXVIII sea trasladado para poder examinar otras cuestiones que han sido planteadas.

El C. David Jiménez González: - Está bien. La Comisión no se opone en lo absoluto en la petición del compañero Uzueta. Que pase desde luego el siguiente a su lectura y en su oportunidad nuevamente trataremos el XXVIII de aquí del Distrito Federal.

El C. Presidente: - Correcto. Se solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se autoriza este cambio, esta proposición.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Por disposición de la presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si procede la petición de la comisión correspondiente al XXVIII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal... Aprobado, señor presidente.

XXIX DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

El mismo C. Secretario:

«Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección. Entidad: Distrito Federal

XXIX Distrito Electoral.

Honorable Asamblea: A esta primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnando para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado 7 de julio del año en curso en el XXIX Distrito Federal Electoral del Distrito Federal.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos:

PAN: Propietario, Julio Alberto Lujambio Rafols; suplente, Raúl Eduardo Llamas Monjardín , 13 mil 142 votos.

PRI: Propietario, Juan Moisés Calleja García; suplente, Gloria Carrillo Salinas, 22 mil 578 votos.

PPS: Propietario, Vladimir Humberto Pliego Moreno; suplente, Libertad Sáyago Vargas, 1 mil 445 votos.

PDM: Propietario, José del Carmen Sánchez García; suplente, Daniel Nuñez Vázquez, 2 mil 395 votos.

PSUM: Propietario, Demetrio Vallejo Martínez; suplente, Efraín Salazar Pichardo, 4 mil 671 votos.

PST: Propietario, Raúl Martínez Dueñas; suplente, Juan Pacheco Hernández, 1 mil 771 votos.

PRT: Propietario, Pablo Benítez Reyes; suplente, Carlos Bermúdez Almada, 1 mil 723 votos.

PARM: Propietario, Efrén Cruz Morgado; suplente, Sabino Bañuelos Quiroz, 998 votos.

PMT: Propietario, Demetrio Vallejo Martínez; suplente, Rodolfo Torres Velázquez; suplente, Rodolfo Torres Velázquez, 1 mil 965 votos.

El comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Juan Moisés Calleja García y Gloria Carrillo Salinas,

propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajusta a lo dispuesto por las leyes de la materia y no se presentó recurso de queja.

En esa virtud, y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General, 82, fracción XVII, 96, fracción XIII y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se someten a la consideración de la honorable Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa, celebradas el día 7 de julio del año en curso en el XXIX Distrito Electoral del Distrito Federal.

Segundo. Son diputados federales a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Juan Moisés Calleja García y Gloria Carrillo Salinas.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 18 de agosto de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yáñez Hernández, vocal.»

El mismo C. secretario: - Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Julio Alberto Lujambio, del partido Acción Nacional.

El C. Julio Alberto Lujambio: - Buenos días, señores. Me presento en esta tribuna por instrucciones de mi comité distrital, el XXIX del Distrito Federal, para manifestar mi inconformidad total por los resultados oficiales de las elecciones federales del pasado 7 de julio.

A continuación informo a ustedes de diez causas, de diez motivos por los cuales rechazaron rotundamente los resultados oficiales que curiosamente le dan el triunfo al también partido oficial.

En primer lugar, el padrón estaba inflado, alterado, confuso - la palabra ya se puso de moda - ya nos la pusieron de moda, estaba confuso el padrón. Y por lo tanto era poco confiable.

En segundo lugar, se atacó a mi partido, el Partido Acción Nacional con calumnias durante toda la campaña, con el fin de desorientar a los votantes, haciéndoles perder confianza en la opción más digna que tiene el pueblo de México en el partido Acción Nacional.

Tercero, hubo amenazas y presiones a sindicalizados y burócratas para que votarán por el partido oficial, dejándoles creer que sus trabajos estaban en riesgo si el partido oficial perdía en el proceso electoral.

Cuarto, el partido gobierno ha sido juez y parte del proceso electoral, por lo que no se puede confiar en los resultados.

Quinto, el partido oficial engañó a los votantes haciéndoles creer que la escuela gratuita y la leche de Conasupo barata se acabarían si el mismo partido oficial perdía las elecciones.

Sexto, el partido gobierno tapizó los edificios públicos con propaganda electoral en contra de lo que disponía la LOPPE.

Séptimo, los medios de comunicación estuvieron totalmente controlados, engañando al pueblo desde las siete de la mañana hasta las once y media de la noche, haciéndoles creer que el partido, el gobierno y la patria son la misma cosa.

Octavo, la propaganda oficial se hizo en forma de noticia con el consiguiente perjuicio psicológico en contra de los votantes.

Noveno, en términos generales podemos concluir que el proceso general fue viciado en todos sus aspectos.

Décimo, considerando todo lo anterior y haciendo los ajustes numéricos correspondientes, podemos afirmar que el partido oficial obtuvo apoyo solamente de un escaso 17% aproximado del total de la ciudadanía, es decir, que en forma libre, individual y responsable, escasamente uno de cada seis mexicanos mayores de 18 años habría votado por le partido oficial.

En otras palabras, con tan precario apoyo popular podemos decir que el gobierno se encuentra agarrado con mecates.

Finalmente quiero decirles que no vengo aquí a que califiquen ustedes mi caso, por que como ya afirmé antes, son juez y parte y no les tengo confianza. Deseo entonces solamente que todo lo que he mencionado conste en el Diario de los Debates de esta Cámara, como prueba para el futuro, cuando se escriba la verdadera historia de México y no la propaganda oficial que vivimos ahora, de las barbaridades políticas que nos tocó sufrir a esta generación. (Aplausos.)

El C. Presidente: - A las tribunas, a las galerías, queremos hacerles una muy sincera, pero también enérgica exhortación. Aunque esta es una sesión pública, aunque este Congreso es la casa del pueblo de México, la casa de ustedes, queremos solicitarles, de una manera muy cordial mantener el orden debido, para que los oradores al subir a esta tribuna puedan exponer con toda libertad sus puntos de vista. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Juan José Bremer, por la comisión.

El C. Juan José Bremer Martino: - Señor presidente, señores presuntos diputados del

Colegio Electoral. Hemos escuchado las argumentaciones hechas por el representante del Partido Acción Nacional que son objeciones políticas que no invalidan los términos del dictamen presentado a su consideración .

Los elementos que obran en el expediente y los argumentos hechos valer acá, no fueron presentados en las distintas instancias de que dispone la ley para su presentación y su consideración. El dictamen recoge, en consecuencia, los elementos que obran en el expediente y en este expediente, repito, no está presentada ninguna argumentación jurídica que se refiere a la validez de las elecciones, en el Vigésimo Noveno Distrito Federal Electoral de la ciudad de México. Muchas gracias.

Por eso, y constriñéndome a los asuntos estrictamente jurídicos, pido a la presidencia someta a la consideración de los integrantes del Colegio Electoral, la validez del dictamen aquí propuesto y de las elecciones, repito, del Vigésimo Noveno Distrito Electoral Federal de la ciudad de México. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen ...Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba este dictamen en sus términos...

Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son legítimas y por lo tanto, válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del año en curso en el XXIX Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

2o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión los ciudadanos Juan Moisés Calleja García y Gloria Carrillo Salinas.

IV DISTRITO DE JALISCO

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Tercera Sección.

IV Distrito del estado de Jalisco.

Cabecera: Guadalajara.

Honorable Colegio Electoral: A esta tercera sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Electoral Federal del estado de Jalisco, con cabecera en Guadalajara.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el comité distrital electoral, dentro de los términos establecidos por la ley de la materia.

PAN: Propietario, J. Guadalupe Rodríguez Pérez; suplente Joaquín Paredes Arciga, 12 mil 292 votos.

PRI: Propietario, Porfirio Cortés Silva; suplente, María Leticia González González, 23 mil 477 votos.

PPS: Propietario, Felipe de Jesús Flores Rivera; suplente, Florentino Márquez Pérez, 615 votos.

PDM: Propietarios, José Luis Sánchez Olguín: suplente, Salvador Rodríguez Vargas, mil 606 votos.

PSUM: Propietario J. Jesús Ramírez Hernández; suplente, Angelina López Partida, 2 mil 696 votos.

PTS: Propietarios, Vicente Hernández Rodríguez; Mónico Corona Paredes, 513 votos.

PRT: Propietarios, Carlos Salinas González; suplente, Francisco López García, 465 votos.

PARM: Propietario, Juan M. Regalado Romero; suplente, Verónica Cruz Cezate, 448 votos.

PMT: Propietarios, Francisco Javier Villarreal Ortiz; suplente, A. Martha Orozco Santillán, mil 561 votos.

El comité distrital expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Porfirio Cortés Silva y María Leticia González González, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajusta a lo dispuesto por las leyes de la materia y no se presenta recurso de queja por ninguno de los partidos contendientes.

En esa virtud y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás realtivos de la Ley Orgánica del Congreso General, 82 fracción XVII, 96 fracción XIII y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales de mayoría realtiva celebrada el día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de Jalisco, con cabecera en Guadalajara.

Segundo. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Porfirio Cortés Silva y María Leticia

González González, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 18 de agosto de 1985.

Guillermo Fonseca Alvarez, presidente; Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, secretario; Angel Sergio Guerrero Mier, vocal; Francisco Hernández Juárez, vocal; Federico Ling Altamirano, vocal.»

Está a discusión el dictamen...

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. José Guadalupe Rodríguez, del Partido Acción Nacional.

El C. José Guadalupe Rodríguez: - Señor Presidente; señores miembros del Colegio Electoral: Vengo a esta tribuna a hacer algunas observaciones.

El C. licenciado Porfirio Cortéz Silva es inelegible por los señalamientos que hace la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Quiero rogarle al señor presidente le pida al señor secretario, por favor, le dé lectura al artículo 16 y al artículo 224 fracción I de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

El C. Presidente: - Proceda, señor secretario.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

- "Artículo 16. Los Diputados de las legislaturas locales no son elegibles para diputados federales o senadores durante el período de su encargo. Tampoco son elegibles los presidentes de ayuntamientos municipales o en cualesquiera circunstancias ejerzan las mismas funciones. Primero de municipios que constituyan uno o más distritos electorales uninominales. Segundo, de municipios cuyo territorio constituye la mayor parte de un distrito electoral uninominal. Y tercero, de municipios que sean cabeceras de los distritos electorales uninominales."

Artículo 224, fracción primera: "Cuando el candidato a diputado de mayoría relativa que haya obtenido constancia de mayoría en la elección respectiva no reúnan los requisitos de elegibilidad a que se refiere la Constitución General de la República y esta ley, el Colegio Electoral podrá declarar diputado al candidato con votación más cercana a la del que obtuvo dicha constancia de mayoría."

El C. José Guadalupe Rodríguez: - La ineligibilidad del licenciado Porfirio Cortés Silva es manifiesta por ser comprobable que dicha persona fungió como presidente municipal de Tlaquepaque, Jalisco, durante el período comprendido del 1o. de enero de 1983 al 5 de abril de 1985, y siendo dicho municipio cabecera del XVIII Distrito Electoral Uninominal de Jalisco, se coloca en la hipótesis prevista en la fracción tercera del artículo 16 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Segundo. Es erróneo argumentar en contra que el espíritu de la Ley realtiva a la inelegibilidad contemplada por el artículo 16, fracción III de la LOPPE, se circunscribe exclusivamente al distrito uninominal en el municipio, es cabecera, y que tal inelegibilidad no puede tenderse a otros distritos, donde a los electores les resulta ajena la administración municipal del presunto inelegible, y que por lo tanto no se vicia su voluntad en el momento de emitir su voto.

Es erróneo y lo es más en el presente caso por las razones siguientes:

a) Por el principio general del derecho referente a que donde la ley no distingue, no el lícito distinguir;

b) Por otro principio general del mismo derecho se establece que "donde existe la misma razón, deba existir también la misma disposición." En efecto el municipio de Tlaquepaque está conurbado con el de Guadalajara, integran la unidad geográfica, comparte los mismos servicios públicos como lo son de seguridad, agua potable, alumbrado, etcétera. Sus calles se interconectan sin solución de continuidad, su problemática social, laboral, comercial, cultural y sanitaria es la misma, es en resumen una zona conurbada en los términos a que se refieren las leyes de Asentamientos Humanos, tanto federal como local y por si fuera poco, los distritos XVIII donde el licenciado Porfirio Cortés Silva fue presidente municipal de su cabecera y el IV Distrito por donde jugó como candidato priísta, son limítrofes en la parte sureste, esto significa que los posibles dichos de la voluntad de los electores que trata de preverir la fracción III del artículo 16 de la LOPPE, al establecer la inflexibilidad existen para el candidato priísta lo mismo en el Distrito XVIII, que en el IV de Jalisco, porque son colindantes y forman parte de una zona conurbada y donde hay la misma razón debe existir también idéntica disposición.

Tenemos aquí una comunicación firmada por el entonces presidente municipal, licenciado Porfirio Cortés Silva, fechada en Tlaquepaque el 6 de enero de 1983 y que dice así:

"Fue mandada al C. José Luis Leal Sanabria, presidente del honorable Congreso del Estado, palacio de Gobierno, Guadalajara, Jalisco.

En cumplimiento con lo dispuesto en le artículo 17 de la Ley Orgánica Municipal, por este medio me permito hacer de su conocimiento los nombres de los funcionarios que forman parte del nuevo ayuntamiento, para el período comprendido de 1983 a 1985, presidente municipal, licenciado Porfirio Cortés Silva, vicepresidente, María de la Luz González; secretario, licenciado J. Félix Gustavo Calderón; tesorero municipal, contador público J. Nicolás Alcide Vázquez; Oficial Mayor, Ramón Díaz Ramírez; regidor, José Domingo Isiordia Fierro; regidor, Héctor

García Ortiz; regidor, licenciado Octavio Rafael Bueno Trujillo; regidor, licenciado Amador González Navarro; regidor, Margarita Gómez Robles; regidor, David Lara Cervantes; regidor, Consuelo Olachag Gutiérrez.

Por lo anterior consideramos satisfechos los extremos del artículo expresado al inicio del presente.

Aprovecho la oportunidad para expresar mi consideración más atenta y distinguida.

Atentamente. Sufragio Efectivo. No Reelección, Tlaquepaque, Jalisco. Enero 6 de 1983.

Firmaba, licenciado Porfirio Cortés Silva.

Esta es copia y trae aquí este señalamiento:

El suscrito licenciado Gildardo Gómez Verónica, diputado secretario de la sesión celebrada por el H. Congreso del estado de Jalisco el sábado 10 de agosto de 1985, certifica, que el presente documento es copia fiel de su original que obra en los archivos de este H. Congreso de Jalisco.

Guadalajara, Jalisco, agosto 10 de 1985.

Licenciado Gildardo Gómez Verónica. - Rúbrica.

Tenemos aquí el periódico El Occidental de fecha 6 de abril de 1985 y dice lo siguiente:

"José Domingo Isiordia Fierro, nuevo Alcalde de Tlaquepaque desde ayer. El señor José Domingo Isiordia Fierro, es desde anoche, presidente municipal de Tlaquepaque al haber sido elegido por los regidores que minutos antes aprobaron una licencia que para separarse del cargo de alcalde por tiempo indefinido, presentó el licenciado Porfirio Cortés Silva. Como primer acto de gobierno el nuevo presidente municipal de Tlaquepaque al hater irrevocable presentó el secretario licenciado Félix Gustavo Calderón.

Con la representación del gobernador del Estado estuvo en la sesión de cabildo el licenciado José Hermosillo Jasso, quien se concretó a observar el desarrollo de la misma y a felicitar al nuevo alcalde.

Antes de presentar su solicitud de licencia que fuera verbal, el hasta entonces presidente Porfirio Cortés Silva, escuchó de labios del tesorero municipal el informe de caja.

Quiero señalar que el licenciado Porfirio Cortés Silva pidió licencia, no renunció, él sigue siendo presidente municipal de San Pedro Tlaquepaque.

Por otra parte, es curioso ver que cuando se integró el comité distrital, disque por insaculación, quedo integrado por personas que pertenecen todas a la CROC. Los funcionarios de las casillas fueron los de siempre, en su mayoría son también elementos de la CROC. Se permitió votar en todas las casillas con credencial o sin credencial de elector. Hubo casillas en donde el simple hecho de presentar la credencial del PRI, era suficiente para que se permitiera votar a los electores.

Tenemos protestas, copia de la protesta presentada en donde impugnamos 24 casillas. Pero no fueron las únicas. En el IV Distrito de Jalisco, en toda y cada una de las casillas, hubo graves anomalías. Por principio de cuenta se ha señalado aquí en lo que va de los trabajos de este Colegio Electoral los vicios, lo adulterado del Patrón Electoral, y el IV Distrito de Jalisco no podría ser la excepción. Fue adulterado el padrón en una proporción de un 20% mínimo. Con los dígitos iniciales 28 y 29.

En el IV Distrito Electoral fue baja la votación y cómo no iba a ser baja si ahí el cacicazgo de la CROC, el cacicazgo de Porfirio Cortéz Silva, ha hecho que se tenga bastante temor, muy especialmente entre la gente sindicalizada de la CROC. Ayer en la tarde escuchaba argumentación y desde luego es público y notorio que en el estado de Veracruz sufren uno de los más terribles cacicazgos de los líderes sindicales petroleros.

En Jalisco, en el IV Distrito Electoral, no es menor el cacicazgo entonces, ciudadanos, ahí por desgracia, los líderes también de la CROC, desde hace por lo menos 40 años, han sido amos y señores, amos de horca y cuchillo. Y no solamente en el IV Distrito. También por más de 40 años, se han estado intercambiando los puestos públicos el licenciado Porfirio Cortés Silva o es diputado federal o es diputado local, o es presidente municipal de Tlaquepaque y ahora pretende volver a ser diputado federal, dizque representando al IV Distrito. Estamos recurriendo a ustedes miembros de este Colegio Electoral, para que conforme a la Ley y conforme a la conciencia, se dictamine en el caso de este IV Distrito.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Reyes Rodolfo Flores, del PRI por las comisiones.

El C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Con su permiso señor presidente:

Honorable asamblea:

Hemos escuchado con atención los argumentos de quien fue candidato a diputado por el Partido de Acción Nacional en el IV Distrito Electoral del estado de Jalisco.

De la propia exposición del interesado se desprende la procedencia y la necesidad de aprobar en sus términos el dictamen propuesto. Ciertamente que la interpretación que pretende darse al texto de la Ley General de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales tiene un matiz peculiar, o con un interés peculiar se han manifestado las tesis.

La tacha ineligibilidad se funda según expresión textual, en la fracción tercera del artículo 16 de la ley ya citada que expresa que no pueden ser diputados los presidentes de ayuntamientos, de municipios que sean cabeceras de los distritos electorales uninominales.

Efectivamente Porfirio Cortés Silva fue presidente de la ciudad de Tlaquepaque que pertenece a un distrito completamente diferente al IV Distrito de Jalisco, por más que nos informe sobre fenómenos de conurbación económica, social y política.

La determinación de los distritos es clara y precisa y así fue hecha por los organismos electorales y registrales competentes.

Ese argumento no creo que tenga aplicabilidad en este caso, porque no haya renunciado Porfirio Cortés Silva, es evidente, como consta en el expediente, y él mismo lo informó, que pidió licencia y se separó de su cargo desde los primeros días de abril de 1985, esto es noventa días antes de la elección del 7 de julio que nos ocupa.

Se pasa por alto que los cargos de elección popular no son renunciables, por eso es que Porfirio Cortés Silva no pudo renunciar, pide licencia con profundo respeto a los textos constitucionales, que fue verbal, concreta y real. Se concede su licencia y se dedica a hacer una campaña intensa de penetración, de profundo contacto con el electorado de la ciudad de Guadalajara que no podemos admitir que sea un elemento pasivo de un cacicazgo soñado o decantado, que no existe por ningún motivo ni en Tlaquepaque ni en la ciudad de Guadalajara.

No siendo renunciables los cargos de elección popular, fue totalmente legítimo y constitucional que pidiese licencia. Y no debe perderse de vista, Compañeros presuntos de esta asamblea, el texto del artículo 55 de la Constitución General de la República que conviene recordarle en su integridad y por lo cual suplico atentamente al señor presidente, ordene al señor secretario dar lectura a dicho precepto constitucional.

El C. Presidente: - Proceda, señor secretario.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Artículo 55. "Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:

1o. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en el ejercicio de sus derechos.

2o. Tener 21 años cumplidos el día de la elección: y

3o. Ser originario del estado en que se haga la elección o vecino de él, con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.

Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en que se realice la elección o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular.

4o. No estar en servicio activo en el ejercicio federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el distrito donde se haga la elección, cuando menos 90 días antes de ella.

5o. No ser secretario o subsecretario de Estado o magistrado de la suprema Corte de Justicia de la Nación a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección. Los gobernadores de los estados no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el período de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.

Los secretarios de gobiernos de los estados, los magistrados y jueces federales o del estado no podrán se electos en las entidades de sus respectivas juridicciones si no se separan definitivamente de sus cargos 90 días antes de la elección.

6o. No ser ministro de algún culto religioso, y

7o. No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el artículo 52."

El C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza (continúa su intervención: - Es obvio, es claro, no necesitamos mayor explotación jurídica. El caso de Porfirio Cortés Silva no se encuentra en ninguna de las limitaciones que expresa el artículo 55 de la Constitución General de la República.

Pero a mayor abundamiento y ya que se refiere el interesado, a quien le protestamos nuestro profundo respeto, además como paisano del estado de Jalisco, el artículo, repito, 16 de la LOPPE establece tres supuestos fundamentales, para que los presidentes de ayuntamientos no puedan ser diputados federales, de municipios que constituyen uno o más distritos electorales uninominales. Porfirio Cortés Silva no fue ni ha sido presidente municipal de Guadalajara donde está el IV Distrito.

Segundo, de municipios cuyo territorio constituya la mayor parte de un distrito electoral uninominal, tampoco es el caso. Y, el tercero, de municipios que sean cabeceras de los distritos electorales uninominales.

Se refiere esto, aunque la interpretación de don Guadalupe sea en contrario, pues, a la verdad jurídica que estamos viviendo. Porfirio Cortés Silva fue candidato por el IV Distrito de Guadalajara, que se compone de un sector oriental de la ciudad. No se encuentra en ningún aspecto consignado en las causas de inelegilibilidad para ser diputado federal, que fueron cuidadosamente analizadas por la comisión, porque aunque no se alegue debe toda comisión, y todas las secciones lo estamos haciendo, revisando primero y de oficio, las causas de inelegibilidad en todos los casos.

El IV Distrito de Jalisco corresponde íntegramente a una parte de la ciudad de Guadalajara, no a Tlaquepaque; el candidato del PRI sí fue presidente municipal de Tlaquepaque, pidió licencia porque no puede renunciarse a un cargo de elección popular. Por lo tanto creo que no podemos caer en sofismas porque el texto constitucional es clarísimo, no vale aquí ningún argumento en contra.

En cuanto a los demás casos de los demás a que se refiere el interesado, de que se admitió votantes sin credencial, de que había padrones irregulares, de que se votó bajo presiones, pues son calificativos que no se encuentran dentro del expediente que examinamos, que no se encuentran demostradas con ninguna causa y que además no surten los.

extremos de los preceptos de la LOPPE, que traen acarreada la nulidad de una elección.

Ni hay demostración de que hubo violencia generalizada, ni se dio el caso de violaciones sustanciales al procedimiento, ni se esta comprobando que no hubo acceso en más de un 20% de las elecciones electorales a los representantes de casilla, ni tampoco hay pruebas de que no se hubiesen instalado las casillas o que se hubiesen instalado en lugares diferentes, o que la votación se hubiese recibido en lugares diferentes o por personas no autorizadas.

El caso de este distrito es claro, no existe constitucionalmente, afirmar lo contrario lo siento un poco imprudente, ninguna razón para negar la inelegilibilidad de Porfirio Cortés Silva para el cargo, para el cual contendió y en estas condiciones apelo al buen sentido, al conocimiento profundo que de la Constitución tienen también los compañeros presuntos de todos los demás partidos y no siendo ciertas las violaciones, ni estando surgidos los extremos de los artículos 228, 229 y todos los que se refieren a la anualidad de elecciones, yo pido a esta asamblea y al señor presidente que en su oportunidad interrogue si sobre está discutido el caso y se someta a la discusión el dictamen para que sea aprobado en sus términos.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Enrique Gabriel Remus, del Partido Acción Nacional.

El C. Enrique Gabriel Jiménez Remus: - Señor presidente; señores miembros del Colegio Electoral: Por disciplina y por seguir un orden lógico que trataré sea claro, debo empezar por reconocer que ciertamente el licenciado Porfirio Cortés Silva, solicitó y obtuvo licencia de su cargo de presidente municipal de Tlaquepaque, Jalisco, el 5 de abril de este año, en términos del tercer párrafo del artículo 36 de la Constitución Política de mi estado de Jalisco En ese orden también debo reconocer que fue candidato a diputado uninominal por el IV Distrito, que no comprende el municipio de Tlaquepaque.

Igualmente reconozco que el IV Distrito Federal Electoral de Jalisco no está comprendido en la jurisdicción del IV Distrito Federal Electoral. Yo creo, y me perdona el licenciado Reyes Rodolfo Flores, dos cosas:

La primera, no resulta tan obvio la interpretación de los preceptos legales invocados. Y, en segundo lugar, no está tan clara la aplicación de estos preceptos que pretende aplicar mi compañero presunto diputado.

Yo creo que con independencia de todos los demás argumentos que sostuvo mi compañero de partido, candidato por el IV Distrito, no hemos llegado realmente a la discusión seria y profunda de este caso del IV Distrito de Jalisco y yo los exhorto para que pongamos especial atención en esta aplicación que con todo respeto me permito enseguida exponer:

Lo que esta discusión aquí es un problema eminentemente jurídico. Vamos a distinguir en primer lugar, la aplicación como norma fundamental de la Constitución General de la República. Efectivamente en las fracciones que el señor secretario hizo favor de leer del artículo constitucional, el 55, concretamente, habla de disposiciones generales en dos fracciones: Una, cuando habla de la inelegilibilidad, cuando se tiene todavía durante el período de su encargo, mando de policía; y la segunda, se refiere exclusivamente a altos funcionarios de la federación, concretamente del Poder Ejecutivo Federal, donde se les prohibe terminantemente su capacidad para formar parte de una elección popular, pero buen cuidado tuvo el legislador de dejar la forma del escrúpulo procesal de la elección general a una norma autónoma, a una norma independiente que es, señores, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. Es decir, la Constitución no debe, y no nada más en este caso, sino en otros también, llegar al detalle, el escrúpulo, al grado de que llegue a ser causística la Constitución. Deja a la esfera de aplicación de la ley secundaria, en este caso la LOPPE, esas presunciones y esas hipótesis que señala la Constitución.

La LOPPE en su artículo 16 en sendas fracciones ya varias veces mencionadas, en sus fracciones II Y III, exactamente está pidiendo el requisito de lo inelegible de los que son presidentes municipales. No está a discusión. Don Porfirio Cortés Silva para mí es presidente municipal de Tlaquepaque, con licencia. En segundo lugar, su distrito es cabecera municipal del XVIII Distrito Electoral de Jalisco. La ley no distingue si es candidato por ahí por ese distrito o por el otro distrito.

Ya se mencionó el argumento que donde la ley no distingue, nos está permitido distinguir, pero yo creo que el núcleo de esta discusión jurídica, compañeros presuntos diputados, reside en distinguir con argumentos jurídicos y hasta con sentido común en qué consiste solicitar licencia y renunciar. Estamos de acuerdo con los compañeros del partido oficial, completamente con don Rodolfo Flores, que los puestos de elección pública son irrenunciables. En este caso, don Porfirio se limitó cumpliendo escrupulosa y rigurosamente la ley al solicitar licencia y la obtuvo. Sí, pero el contenido jurídico de la licencia; se pide licencia por el tiempo que solicite de esa misma, y la renuncia se renuncia a la posibilidad de volver a reintegrarse a su cargo y al ejercicio de la autoridad por el cual el pueblo lo eligió. Este es el fundamento y el núcleo de la legalidad que entraña la Constitución y la Ley Federal Electoral. Yo creo, sinceramente que este caso más que ser una discusión política es evidentemente jurídica. Y por eso estamos aquí. Yo creo que el derecho que rige la vida en sociedad de todos los mexicanos, porque hemos

decidido y adoptado el régimen de derecho como forma de vida también y como forma de gobierno, debe de llevarnos a la conclusión que cuando el derecho es quebrantado, cuando se violan leyes elementales y leyes secundarias, es entonces cuando este tribunal, con jurisdicción plena, debe aplicar la justicia. Y tambien repito, el núcleo de la justicia significa obligación, y la obligación de obedecer y de impartir justicia, significa, precisamente, la convivencia tranquila y civilizada para vivir en sociedad.

Creo, compañeros, que estamos en el momento preciso de atacar el respeto de este Colegio Electoral, como primero, obedientes a la norma fundamental y a las normas secundarias. No olvidemos que con independencia de la plena jurisdicción de este tribunal, somos una instancia moral para el pueblo de México, que está pendiente de nuestros actos que deben se apegados a derecho.

Yo los exhorto, respetuosamente, compañeros, para que aceptemos el principio de legalidad, estudiemos el asunto con profundo interés, con criterio jurídico. para que podamos resolver en conciencia y en justicia que el candidato por el Partido Acción Nacional debe ser declarado electo y y calificada su elección en los términos del artículo 224 de la LOPPE ya tantas veces mencionada.

Muchas gracias por su atención. Y gracias, señor presidente.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Víctor Liceaga, del PRI.

El C. Víctor Manuel Liceaga Ruibal: - Con su venia, señor presidente; compañeros del Colegio Electoral: la impugnación presentada por Acción Nacional, argumentando inelegibilidad de nuestro candidato Porfirio Cortés Silva, nos demuestra una vez más la actitud de oposición sistemática a los dictámenes de las comisiones por los presuntos diputados panistas.

Quienes sin argumentos válidos jurídicos ni políticos, sin testimonios ni pruebas documentales impugnan todo como estrategia para tratar de imponer criterios en este colegio y llamar la atención a la opinión pública sobre supuestos vicios del pasado proceso electoral del domingo 7 de julio, en cual el pueblo de México les negó su apoyo y en cambio lo ratifica el partido político auténticamente mayoritario y nacionalista, a nuestro Partido Revolucionario Institucional.

Y es precisamente en este particular caso del IV Distrito Electoral del estado de Jalisco donde vemos clara su actitud negativa y su estrategia; a base de sofismas y cuando les conviene es importante ir a la fundamentación de la argumentación jurídica, como ahora, pero como ayer, fueron fundamentos esenciales las impugnaciones de tipo político al quinto caso del estado de Durango.

Ahora, en este caso particular, nos tratan de cambiar el sentido del artículo 16 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. El espíritu de este artículo deriva a evitar el uso del poder político y administrativo de un presidente municipal en su área de influencia; cualquier uso y abuso que pudiera ejercer en el ámbito del ejercicio de su cargo, con su influencia, con su poder administrativo y político. Por eso las fracciones primera, segunda y tercera se confieren concretamente a este caso de un presidente municipal donde pueda ser candidato en esta área de influencia.

Este es el caso que nos ocupa con Porfirio Cortés Silva, Expresidente municipal de Tlaquepaque en el XVIII Distrito Electoral del estado de Jalisco que contiene además los municipios de El Salto y Tonalá. Este Distrito Electoral correspondiente a la cabecera municipal de Tlaquepaque no tiene nada que ver, absolutamente nada que ver con el Distrito Electoral número cuatro, del cual es presunto diputado actualmente. Conurbación de Tlaquepaque con Guadalajara no tiene ninguna similitud con la división distrital electoral que hace el Registro Nacional de Electores, no existe ninguna situación que pida, por tanto, a nuestro presunto diputado, de acuerdo con el artículo 16 de la LOPPE, ser inelegible para el cargo de diputado federal.

Nosotros, la fracción parlamentaria priísta estamos viendo en esta actitud que se presenta de este caso particular, realmente de oposición sistemática, ya que es un caso sumamente obvio, sumamente claro a todas luces de acuerdo con el artículo 16 de la LOPPE. Muchísimas gracias.

El C. Enrique Gabriel Jiménez Remus: - Para hechos, señor presidente.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra, por cinco minutos, al C. Enrique Gabriel Jiménez Remus, del Partido Acción Nacional para hechos.

El C. Enrique Gabriel Jiménez Remus: - Señores compañeros de este Colegio Electoral: Quiero nada más referirme en estos cinco minutos a dos hechos que acaba de mencionar el presunto diputado que me antecedió en esta tribuna.

Yo insisto en que nos etiqueten de oposición sistemática, desvirtúa la naturaleza misma de este foro. Para eso estamos aquí, para discutir con seriedad y en este caso en particular, con independencia de argumentos políticos, argumentos estrictamente jurídicos.

Entonces no es cierto que somos oposición sistemática.

En Acción Nacional, y creo que en los demás partidos de oposición, no tenemos un catálogo de oposiciones de la A a la Z, esta surge en forma espontánea cuando el caso lo amerita y este es el problema.

Yo insisto, y ya lo reconocí, además por un principio de honestidad intelectual, todos los argumentos que se están diciendo aquí.

Efectivamente, el señor licenciado Cortés Silva, para mí sigue siendo presidente municipal con licencia, no expresidente municipal.

En segundo lugar, reconozco que su distrito, - su distrito, el IV Distrito por el cual jugó como candidato - , no forma parte de la jurisdicción municipal de Tlaquepaque, en eso estamos totalmente de acuerdo.

Señores, vuelvo a insistir en que debemos de concentrar la discusión en las disposiciones constitucionales legales; es cabecera municipal Tlaquepaque, es cabecera de Distrito Electoral, concretamente el 18. El señor no renunció porque está impedido para la renuncia, no tiene capacidad jurídica para renunciar, a un puesto de elección popular; solicitó y obtuvo licencia, es presidente municipal con licencia.

Debemos de centrarnos en estos argumentos jurídicos y no disipar nuestra atención con injurias o con etiquetas que no vienen al caso. Yo los exhorto nuevamente con seriedad y con la honestidad intelectual subamos a está tribuna para resolver el argumento jurídico, que es el que se está manejando en esta tribuna. Todas las demás argumentaciones de tipo personal no se están utilizando argumentos "adominem". Yo he sido escrupulosamente cuidadoso de hacer el insulto personal. No vengo aquí a la Cámara a hacer ataques personales. Vamos a ser diputados, si el colegio nos califica como tales.

Estamos comprometidos con el pueblo de México a ser escrupulosamente respetuosos de la Constitución y de sus leyes secundarias.

Esta exhortación la hago a los miembros de mi partido, a los miembros del partido oficial y a los miembros de todos los partidos de oposición. Debemos entender y aplicar la Constitución con honestidad intelectual, evitando los ataques personales a las personas y a los partidos, y solamente así cumpliremos con nuestra vocación de ser, repito, la instancia moral en materia electoral del pueblo de México. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. José Guadalupe

Rodríguez, del Partido Acción Nacional, para hechos y por cinco minutos.

El C. José Guadalupe Rodríguez: - Realmente me siento defraudado con la defensa que han hecho los del partido oficial, del caso del licenciado Porfirio Cortés Silva. Creí que con altura, con argumentos iban a hacer su defensa. Señalaron, entre la pobreza de argumentos, que no teníamos pruebas, ¿todavía necesitan más pruebas, después de que se ha presentado aquí con documentos oficiales que Porfirio Cortés Silva era presidente municipal o sigue siendo presidente municipal con licencia del municipio de Tlaquepaque? Y que no puede ser diputado por los señalamientos del artículo 16 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Por otra parte, ya ha señalado que nosotros somos oposición sistemática.

¿No creen ustedes que en la última instancia es mejor ser opositor sistemático y no violador de la ley sistemático? Muchas Gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra el C. Reyes Rodolfo Flores por la Comisión.

El C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Señor presidente; compañeros presuntos diputados: Tiene muchísima razón el compañero Remus en cuanto nos llama la atención de los deberes en esta asamblea, el deber de honestidad política, él habla también del deber de honestidad intelectual, yo agregaría el deber también de veracidad política.

Vamos a concretar este punto al punto constitucional, no tiene otra salida.

Creo firmemente como se ha expresado también por quienes han hecho uso de esta tribuna en relación al caso controvertido, que el artículo 16 de la LOPPE tiene que interpretarse en estricta sujeción al texto del artículo 55 de la constitución Política que nos rige, y en ese sentido debemos adminicular y vincular la interpretación de la fracción III del artículo 16 de la Ley de Procesos y Organizaciones políticas con la fracción IV del artículo 55, que se refiere en modo genérico a quienes pudieran tener mando en la policía o gendarmería rural en el distrito donde se haga la elección, de otra forma no se puede interpretar, ni ubicar el caso dentro de las pretensiones de los compañeros de Acción Nacional. Por eso, con profundo respeto, llamamos la atención a que centremos también la atención en el artículo 55 de la Constitución, que establece también en la fracción que comentamos, la necesidad de la separación del cargo cuando menos 90 días antes de la elección, supuesto realizado en este caso, vía licencia, porque es irrenunciable el cargo de la acción popular y si llegase el extremo de ser electo, haber tenido dos elecciones a su favor, también la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga la facultad de optar por uno u otro cargo.

En consecuencia, pido a la presidencia de esta asamblea que someta a la consideración de la misma, si está suficientemente discutido el caso y proceda a la aprobación o reprobación del dictamen en su caso. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.... Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales de mayoría

relativa, celebradas el día 7 de julio del presente año en el IV Distrito Federal Electoral en el estado de Jalisco, con cabecera en Guadalajara.

2o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Porfirio Cortés Silva y María Leticia González González, propietario y suplente, respectivamente.

V DISTRITO DE MÉXICO

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

« Primera Comisión Dictaminadora.

Tercera Sección.

V Distrito del Estado de México.

Cabecera: Atlacomulco.

Honorable Colegio Electoral: A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 7 de julio del presente año, en el V Distrito Electoral Federal del estado de México, con cabecera en Atlacomulco.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos por la Ley de la Materia.

PAN: Propietario, José Aguilar Martínez; Suplente, Patricia Hernández Benítez, 3 mil 367 votos.

PRI: Propietaria, Regina Reyes Retana Márquez Padilla; suplente, Agustín Nieto Suárez, 78 mil 824 votos.

PPS: Propietario, Cuitláhuac Mata Plascencia; suplente, Martín Chimal González, 1 mil 59 votos.

PDM: Propietario, Abel González Moreno, suplente, Antonio Palma, 839 votos.

PSUM: Propietario, Raymundo Romualdo Sixto; suplente, Raúl González Martínez, 1 mil 242 votos.

PST: Propietario, Albino Villegas Gutiérrez; suplente, María Trinidad Villegas Gutiérrez, 1 mil 778 votos.

PRT: Propietario, Rodrigo Basilio Aranda; suplente, Virginia Castillo Martínez, 392 votos.

PARM: Propietario, Aarón Raúl Pontón Zúñiga; suplente, Raúl Hernández Hernández, 560 votos.

PMT: Propietario, Manuel Sánchez Cruz; suplente, Bartolo Hernández Fabela, 380 votos.

El Comité Distrital expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Regina Reyes Retana Márquez Padilla y Agustín Nieto Suárez, propietaria y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajusta a lo dispuesto por las leyes de la materia y no se presenta recurso de queja por ninguno de los partidos contendientes.

En esa virtud y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás relativos de la Ley Orgánica del congreso General, 82 fracción XVII, 96 fracción XIII, y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y por lo tanto válidas, las elecciones para diputados federales de la mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año, en el V Distrito Federal Electoral del estado de México, con cabecera en Atlacomulco.

Segundo. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Regina Reyes Retana Márquez Padilla y Agustín Nieto Suárez, propietaria y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Guillermo Fonseca Alvarez, presidente; Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, secretario; Angel Sergio Guerrero Mier, vocal; Francisco Hernández Juárez, vocal; Federico Ling Altamirano, vocal.»

El C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega: - Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - Esta presidencia declara:

1o. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados de mayoría relativa, celebrados el día 7 de julio del presente año en el V Distrito Federal del estado de México con cabecera en Atlacomulco.

2o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Regina Reyes Renata Márquez Padilla y Agustín Nieto Suárez, propietaria y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

I DISTRITO DE MORELOS

EL C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega:

« Segunda Comisión Dictaminadora

Entidad: Morelos.

Distrito Electoral: I

Cabecera: Cuernavaca.

Honorable Colegio Electoral: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General

de los Estados Unidos Mexicanos fue turnado a esta comisión para su estudio y dictamen el expediente de las elecciones constitucionales del 7 de julio próximo pasado para elegir diputados federales del I Distrito Electoral del estado de Morelos, para lo cual nos sirven de base los siguientes

ANTECEDENTES

1o. Que en cumplimiento de la Ley de la materia oportunamente, se instaló el I Comité Distrital Electoral del estado de Morelos, con cabecera en Cuernavaca que llevó a cabo todos y cada uno de los procedimientos previos a las elecciones verificadas el 7 de julio del año en curso.

2o. En el Distrito Electoral de referencia los partidos políticos que a continuación se mencionan registraron candidatos y participaron en la contienda electoral obteniendo los siguientes resultados:

PAN: Propietario, Federico del Castillo del Castillo; suplente, Hipólito Ruiz Anaya, 12 mil 654 votos.

PRI: Propietario, David Jiménez González; suplente, Joaquín Magdaleno González, 35 mil 225 votos.

PPS: Propietario, Arturo Villareal Bustos; suplente, Marcos López González, 842 votos.

PDM: Propietaria, Gonzala Barrera Díaz; suplente, Isidro Hernández Manzo, 1 mil 556 votos.

PSUM: Propietaria: Flora Guerrero Goff; suplente, Eucario González Alvarez, 2 mil 197 votos.

PST: Propietario, Ignacio Díaz Valladares; suplente, Reyna Ortega Ramírez, 1 mil 534 votos.

PRT: Propietaria, Sarah Esther Camacho Pulido; suplente, Manuel Gutiérrez Tola, 2 mil 234 votos.

PARM: Propietario, José Daniel Filemón Espina; suplente, Marcelina Reyes Calderón 624 votos.

PMT: Propietario, Mateo del Angel Mendoza; suplente, Eutiquio Damián Santiago, 668 votos.

3o. En vista de este resultado el I Comité Distrital Electoral del estado de Morelos expidió constancia de mayoría de votos a los CC. David Jiménez González y Joaquín Magdaleno González, candidato del Partido Revolucionario Institucional a diputados federales de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente.

4o. El I Comité Distrital Electoral del estado de Morelos, remitió el paquete electoral y copia de la documentación relativa a la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados así como copia de un informe detallado de la elección en la jurisdicción correspondiente a la Comisión Federal Electoral.

5o. La Comisión Federal Electoral con fundamento en los artículos 82, fracción XXVI, 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, acordó el registro de las constancias de mayoría de votos a favor de los candidatos del PRI arriba mencionados y ordenó su comunicación al Colegio electoral de esta Cámara de Diputados.

6o. Que en el expediente electoral no aparece recurso legal alguno por desahogar.

CONSIDERANDO

1o. Del examen de la documentación que obra en el expediente electoral materia del presente dictamen y de las actas de cómputo distrital de la elección para diputados federales por la mayoría relativa y del informe del propio comité distrital, se desprende que el Proceso Electoral y la Elección del 7 de julio se llevaron a cabo con estricto apego a lo dispuesto en los artículos 74 a 219 de la ley de la materia en lo conducente; por lo tanto para los efectos de los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dicha elección debe calificarse como válida por este Colegio Electoral.

2o. Del acta del Cómputo Distrital, según se ha hecho referencia en el punto dos de los antecedentes, aparece que la mayor votación la obtuvieron los candidatos del Partido Revolucionario Institucional. CC. David Jiménez González y Joaquín Magdaleno González, propietario y suplente, respectivamente. Igualmente se acredita mediante copias certificadas de actas de nacimiento, constancias de vecindad y de no antecedentes penales, que estas personas reúnen los requisitos de elegibilidad a que se refiere el artículo 55 constitucional, por lo que debe declarárseles diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, de la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el I Distrito del estado de Morelos.

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se califican como válidas y legítimas las elecciones constitucionales celebradas el día 7 de julio de 1985, para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, por el I Distrito Electoral Federal del Estado de Morelos con cabecera en Cuernavaca.

Segundo. Son diputados por mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el I Distrito Electoral del Estado de Morelos los ciudadanos David Jiménez González, propietario y Joaquín Magdaleno González, suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Salvador Robles Quintero, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jorge Montúfar Araujo, vocal; Juan de Dios Castro Lozano, vocal; Jorge Alcocer Villanueva, vocal.»

El C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega: - Está a discusión el dictamen No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - Esta Presidencia declara:

1o. Se califican como válidas y legítimas las elecciones constitucionales celebradas el día 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el I Distrito Electoral Federal del estado de Morelos, con cabecera en Cuernavaca.

2o. Son diputados por mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el I Distrito Electoral del estado de Morelos, los CC. David Jiménez González, propietario y Joaquín Magdaleno González, suplente. (Aplausos.)

II DISTRITO DE SINALOA

El C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega:

« Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta Sección.

II Distrito Electoral del estado de Sinaloa.

H. Asamblea del Colegio Electoral. A la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este H. Colegio Electoral fue turnado el expediente relativo a las elecciones realizadas en el II Distrito Electoral Uninominal del estado de Sinaloa, con cabecera en Guasave para emitir el dictamen correspondiente, mismo que se produce en la forma siguiente:

1o. En cumplimiento a los artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es competencia de este H. Colegio Electoral calificar la elección de los presuntos diputados, resolviendo para tal efecto la de aquellos que hubieran obtenido mayoría relativa, en cada uno de los Distritos Uninominales.

2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82, fracción XII, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se registraron para participar en las elecciones en el II Distrito Electoral del estado de Sinaloa los siguientes ciudadanos pertenecientes a los partidos que se indican:

PAN: Propietario, Marco Antonio Llavez; suplente, Beatriz Rojo Gutiérrez, 4 mil 136 votos.

PRI: Propietario, Marco Antonio Espinoza Pablos; suplente, Rosalina Zepeda Barraza, 44 mil 697 votos.

PPS: Propietario, Rogelio Robles Gámez; suplente, Florencio Ríos Romero, 325 votos.

PDM: Propietario, Jesús Morales Carrillo; suplente, Eduardo Francisco Carbajal Pérez 206 votos.

PSUM: Propietario, Abel Meza Sandoval; suplente, Teófilo Camacho Camargo, 4 mil 444 votos.

PST: Propietario, José Enrique Rojas Bernal; suplente, Josefat López Montiel, 769 votos.

PRT: Propietario, Antonio Gallegos Estrada; suplente, Ricardo Navarrete Félix, 252 votos.

PARM: Propietario, Cástulo Flores; suplente, Reyes Sotomayor Cortés, 142 votos.

PMT: Propietario, Abel Meza Sandoval; suplente, Teófilo Camacho Camacho, 221 votos.

En vista de este resultado, el II Comité Distrital expidió constancia de mayoría a los ciudadanos Marco Antonio Espinoza Pablos y Rosalina Zepeda Barraza, candidatos del PRI a diputados de mayoría relativa, propietario y suplente.

De la lectura de la documentación que obra en el expediente electoral en estudio, particularmente de las actas de cómputo final y la circunstanciada correspondientes, se aprueba que el proceso electoral y la elección del 7 de julio se llevaron en los términos de los artículos 74, al 219 en lo conducente, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; por lo tanto, para los efectos de los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55, y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dichas elecciones deben calificarse válidas por este Colegio Electoral.

Los candidatos registrados reúnen los requisitos de elegibilidad a que se refiere el artículo 55 del Ordenamiento Constitucional mencionado.

En el expediente no aparece ningún recurso de queja en contra del cómputo final y de la expedición de la constancia de mayoría.

Por lo expuesto y con apoyo en los artículos 60 de la Constitución General de la República, 20, 21, 22, 23, 27 y demás relativos a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo preceptuado en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, y por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones para diputados de mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio último en el II Distrito electoral del estado de Sinaloa.

Segundo. Son diputados a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Marco Antonio Espinoza Pablos y Rosalina Zepeda Barraza, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.»

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La Presidencia declara:

1o. Son válidas las elecciones para diputados de la mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio último en el II Distrito Electoral del estado de Sinaloa.

2o. Son diputados a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión los ciudadanos Marco Antonio Espinoza Pablos y Rosalina Zepeda Barraza, propietario y suplente, respectivamente.

V DISTRITO DE TAMAULIPAS

El C. Secretario Miguel Angel Barberena Vega:

« Primera Comisión Dictaminadora. Segunda Sección. Entidad: Tamaulipas. Distrito Electoral: V, cabecera: Tampico.

Honorable Colegio Electoral: A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 7 de julio del año en curso en el V Distrito Electoral del Estado de Tamaulipas con cabecera en Tampico.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido de la documentación del expediente del Distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDO

1o. Que los Organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y su reglamento.

2o. Que se dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92 y 96 y demás relativos de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral ajustado a derecho.

3o. Que el Comité Distrital Electoral en cumplimiento de sus facultades y obligaciones publicó el aviso de apertura del registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

4o. Que los nueve partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales propietarios y suplentes según el principio de mayoría relativa, en los términos siguientes:

PAN: Propietario, Sergio Teodoro Meza López; suplente, Luis Muñiz Nájera.

PRI: Propietario, Joaquín Contreras Cantú; suplente, Enrique Domínguez Martínez.

PPS: Propietario, Ramón Vargas López; suplente, Norberto Aguilar Mata.

PDM: Propietario, Pedro Díaz Echeverría; suplente, José Luis Nuñez Camarillo.

PSUM: Propietario, Gerardo Unzueta Lorenzana; Suplente, Josefina Sánchez Ponce.

PST: Propietario, José Luis Reyes Padrón; suplente, José Luis Nolasco Salas.

PRT: Propietaria, Gregoria Hernández Yépes; suplente, Irma González de P.

PARM: Propietario, Gerardo Martínez Delgado; Suplente, Víctor Salazar Puentes.

PTM: Propietario, Tomás Curiel López; suplente, Herminia Mendoza de Velasco.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral publicó las listas provisionales y definitivas de los integrantes de casillas y su ubicación en este Distrito.

6o. El día 7 de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este Distrito y durante el desarrollo del proceso Electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en los artículos 182, 184 y 192 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

7o. Concluida la votación se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital Electoral.

8o. Se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, por lo que el comité distrital sesionó el 14 de julio del año en curso, para efectuar el cómputo de los votos emitidos de todas las casillas de este Distrito con el resultado siguiente:

PAN: 10.365 votos

PRI: 47.791 votos

PPS: 695 votos

PDM: 1.185 votos

PSUM: 2.266 votos

PST 356 votos

PRT: 174 votos

PARM: 304 votos

PMT: 1.600 votos

9o. De los resultados del cómputo de escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del partido Revolucionario Institucional, integrada por Joaquín Contreras Cantú y Enrique Domínguez Martínez, propietario y suplente, respectivamente.

10. La comisión dictaminadora examinó las irregularidades que fundaron los recursos de protesta que hicieron los partidos políticos contendientes ante los organismos electorales correspondientes, que no afectan sustancialmente el resultado del proceso.

11. Tomando en consideración el informe y en acatamiento del artículo 218 de la Ley Federal de organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

En mérito a lo expuesto y fundado, y atento a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta sección somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral, los siguientes.

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el V Distrito Federal Electoral del Estado de Tamaulipas, con cabecera en Tampico.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Joaquín Contreras Cantú y Enrique Domínguez Martínez, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 17 de agosto de 1985.

Fernando Baeza Meléndez, presidente; Eduardo Robledo Rincón, secretario; David Jiménez, González, vocal; Miguel Alonso Raya, vocal; Miguel Eduardo Valle Espinosa, vocal.»

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: - se concede el uso de la palabra al C. Gerardo Unzueta, del PSUM.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana: - Compañeros presuntos diputados: he decidido dividir mi intervención en dos partes: primera, cómo se desarrollo nuestra campaña sobre la idea de que Tampico tiene remedio. A ello dedicaremos la primera parte. La segunda parte la dedicaremos al objetivo que el PRI tuvo desde el inicio de la campaña.

A la vista de los resultados que ha tenido este objetivo durante toda la campaña, hemos decidido apoyarlo y a ello dedicaremos la segunda parte. ¿Qué queremos decir con que Tampico tiene remedio? Quisimos subrayar que es una sociedad y que es una urbe en crisis urbana y social. Una ciudad cuya vieja estructura se destruye y no se construye la nueva. Donde los edificios históricos están destinados a convertirse en estacionamientos, a fin de que quepan los autos de los representantes del gran comercio tradicional en Tampico. Y uno de cuyos representativos de este gran comercio fue puesto como presidente municipal, el gerente de las farmacias "El Fénix".

Tampico es un puerto estancado, donde no se aporta nada a la producción prácticamente, con excepción de la industria petrolera. La ciudad tiene uno de los índices de desocupación más altos de todo el país; 45 mil personas, según los datos de la CTM y de la CROC, en una población no mayor de 350 mil habitantes; 25 mil trabajadores de la construcción que se trasladaron a Tampico a la vista del proyecto del puerto industrial de Altamira, y que ni siquiera llegaron a ser contratados.

Una población de 7 mil personas dedicadas a manejar durante unas dos horas diarias los automóviles de ruta, siete mil automóviles de ruta para una ciudad de 350 mil habitantes. De todo esto hay que sacar una idea; sí.

Si se quiere encontrar un lugar crucificado por la crisis y un lugar crucificado por la deuda exterior, ese lugar es Tampico, como ejemplo, porque en el país hay también otros y abundantes.

Tampico es una ciudad en la que se deprime constantemente la calidad de la vida de la inmensa mayoría de sus habitantes, en la que los atropellos policiacos se suceden a cada hora, donde ha funcionado una llamada operación convoy que ha atracado a todos los barrios pobres, principalmente al Barrio del Cascajal; donde la juventud es atropellada y donde a la juventud se le exige que ocupe bien su tiempo libre cuando no tiene un sólo teatro en Tampico, cuando hay unos cuantos cines, dos cines, los Gemelos que más o menos, pero los otros que solamente exhiben películas pornográficas, las ficheras, etc., etc.; donde no hay un desarrollo real de la educación superior, donde existe un transporte por medio de autobuses que es el más caro del país y uno de los peores; 42 pesos por las rutas largas y 35 pesos por las rutas cortas en los autobuses, azules y rojos.

Tampico es el centro de una zona conurbada que se preparó para ser una zona de desarrollo y que se ha convertido en un polo de necesidades. Para resumir en un sólo dato la crisis urbana y social de Tampico bastaría decir que según datos oficiales, que según datos oficiales, el 55% de la población carece de agua potable. Pero esto no tiene que ser así, la situación existente se deriva del modo de gobernar el país y de gobernar a Tampico, y en esto tienen responsabilidad todos los gobiernos del país de los últimos 20, 30 años, los gobiernos de Tamaulipas y los gobiernos municipales de Tampico. Todos ellos cargan con responsabilidad importante, porque han dispendiado los recursos de la región, porque han hecho de Tampico, que así se le conoce, así se le llama entre la población, una fábrica de ricos y una fábrica de miserables.

Pero, ¿hay algún interés, algún intento por resolver los problemas de Tampico?

vayamos al ejemplo del agua otra vez, se exige para la introducción del agua el pago de 246.17 pesos por metro cuadrado a cada uno de los habitantes que requieren este servicio. Y los plazos para pagar son de tres a seis meses.

Nadie más que los que tienen una reserva fuerte pueden pagar, sobre todo porque a expensas de los consumidores hay que pagar una deuda de mil millones de pesos con el Banco Mundial, que fue establecida a espaldas del pueblo y sin reconocimiento del pueblo de Tampico, y que tiene que amortizar los consumidores de agua.

Un préstamo que se concertó con el máximo de responsabilidad y con el mínimo de consulta. Todo el presente y todo el futuro de Tampico se encuentra ligado al problema de la deuda exterior y de sus intereses. Ayer nos fue a ver el jefe de la Dirección de Crédito Departamento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, José Angel Gurría Treviño y fue a dar una conferencia, en la cual dijo claro que el Gobierno ha decidido no ceder en un paso en la deuda externa y que pagará íntegramente los intereses, porque los intereses son los que son necesarios pagar.

Esta conferencia causó más inquietud y descontento de los que ya había, incluso, según se me hizo conocer después, en el candidato del PRI que presidía el acto, en el que habló el director de crédito de la Secretaría de Hacienda, bueno, por qué Gerardo no contestó - se refería a mí - , por qué Gerardo no contestó, ahí en medio de una reunión preparada, interna, de la que no iba a haber la menor noticia. En todo caso la noticia sería: El señor Gurría treviño aplastó las objeciones hechas a la política de la Secretaría de Hacienda. No, nosotros lo rebatimos y lo refutamos a través de la prensa como pudimos, pero lo rebatimos públicamente.

Y demostramos allí que la intervención era fuente de inquietud, fuente de intranquilidad para Tampico, porque para Tampico el pago de la deuda, para Tampico el pago de los intereses es la posposición por décadas de su desarrollo. La posposición por décadas del puerto industrial de Altamira, del que ahora... del que ahora se ha inaugurado un muellecito. En mayo el Presidente de la República, con gran alboroto de la prensa local, fue a inaugurar un muellecito que no es ni tiene nada que ver con el puerto industrial - de altamira - , donde se rajaron las tres empresas del Grupo Alfa y donde se rajó el Grupo del Valle de México y donde se rajo el Gobierno Federal para impulsar el puerto de Altamira. No hay con qué. Pero no sólo en la producción, en el trabajo productivo tiene que ver la deuda; tiene que verlo también en el saneamiento de La Laguna del Carpintero, una laguna de "miasmas" en el centro de Tampico, de la cual se nos dice cada año, cada aniversario de la presidencia municipal, que se va a sanear, y se va a sanear, y se va a sanear y se va a sanear y llevamos pues, por hay de los 20 años, 15 o 20 años que no se sanea. Y el puente sobre el Pánuco, puente absolutamente indispensable para el desarrollo regional lo lo están construyendo 15 o 20 años también. Y allí están las moles, y allí están los tiantes, y allí está todo menos el puente. Y allí se han gastado decenas de miles de pesos, decenas de miles de dólares o centenares de miles de pesos y ahí queda.

En Tampico, la zona industrial preferente durante años mantenida, se encuentra hoy paralizada, trabajando a medias o a cuartos o a décimas.

Nosotros hicimos de nuestra campaña precisamente el centro de Tampico tiene remedio; no puedo mostrar los abundantes paquetes que trajo el candidato de otro V, del V de Hidalgo, porque no me los pudieron imprimir en la Cámara, pero esto sí lo imprimimos por nuestra cuenta, esto lo imprimimos por nuestra cuenta y lo distribuimos entre decenas de miles de tampiqueños. Esto fue nuestro programa y un programa que quisimos contraponer con los demás programas, pero no encontramos otros programas con los cuales contraponerlo, y cuando respondimos con mucho gusto, en enorme satisfacción al anuncio de que el diputado del PRI, el candidato a diputado del PRI, estaba dispuesto a debatir con los partidos políticos, nos encontramos con que siempre no, porque una cosa es la definición gramatical de la palabra debate y otra cosa es la comprensión del PRI de la palabra debate. Debate para nosotros es la controversia, la confrontación de puntos de vista, pero para el PRI no, para el PRI es la difusión de su punto de vista entre la población.

Nosotros nos atuvimos a la definición gramatical y quisimos entablar el debate y no hubo, porque los problemas de Tampico tienen que debatirse, y no hubo oportunidad de debatirlo, consecuentemente es la primera falta que se incluye en la campaña electoral de Tampico, y que a mí me hace decir, que a mí me hace establecer algo que ayer comencé a aprender, ayer comencé a aprender que hay presunciones legales y presunciones humanas en el lenguaje jurídico. Pero yo digo que hoy nosotros tenemos que hacer otra presunción, no existen solamente presunciones legales y presunciones humanas, existen también presunciones políticas y la presunción política que yo hago es que tal como se desarrollaron las elecciones, el PRI se proponía la nulidad de las elecciones; el PRI se proponía que no hubieran elecciones cuantificadas, probadas, que no se nulificaran las elecciones, esta es la presunción que yo tengo, ¿y en que me baso?, primero, no hubo debate en los problemas de Tampico, lo hubo formalmente en unas reuniones a las que asistían la Subsecretaría de Ecología.

Yo creo que algo se estará aprendiendo de lo que es el tema de Tampico, ya que no se pudo aprender, no se pudo aprender cuando

se realizaba la campaña y no por culpa nuestra.

Bien, pero, ¿qué ocurrió en las elecciones?, yo quiero citar a un periódico local, de que no se puede decir de que sea favorable o proclive al Partido Socialista Unificado.

Decía el periódico El Mundo del día 10: la decisión final para los nueve partidos será el domingo, pero mientras son peras o son manzanas, hay muchos detalles que invitan a reflexionar seriamente, sobre todo en el caso del abstencionismo, porque los partidos pueden anunciar cifras y números a su gusto, la verdad es que los electores estuvieron ausentes de las urnas en forma por demás alarmante, sí, en Tampico no hubo más de 32 mil votos, estos son los datos que hemos estado investigando y que nos han proporcionado algunos institutos, incluso, muy reaccionarios, el Instituto Superior de Tamaulipas, los responsables de importantes medios de comunicación y en general con una observación se puede llegar a la conclusión de que no hubo más de 32 mil votos en Tampico, pero hay 47 mil votos en la votación del PRI y hay 10 mil votos en la votación del PAN y 2 mil y pico, claro muy pequeña la votación del PSUM. Pero los hay. ¿De dónde salieron esos votos? Si la gente no fue a votar.

Yo creo que también esta cifra, se da esta cifra, se expone esta cifra sabiendo que nadie la va a creer en Tampico. En Tampico nadie va a creer que hubo 50 mil, 60 mil votos, nadie lo va a creer. Yo diría que en Tampico no hubo 47 mil y pico de votos, sino 47 mil y pico de carcajadas cuando se escuchó cuál era la votación que el PRI se atribuía.

Yo creo que también es un elemento que aporta el PRI a la nulidad. Creo que el PRI aporta la nulidad, el Padrón Electoral. El Padrón Electoral estuvo constituido de tal forma que promovió, provocó la protesta de los partidos políticos. Esta propuesta que se dice en el dictamen que no afecta los resultados, fundamentalmente es el resultado de la elección, pues, sí lo afecta, porque estos elementos que se dan son suficientes para poner en duda todo el Padrón Electoral, todo el Padrón Electoral. Escuchen ustedes, son datos que logramos captar del Padrón Electoral que nos fue entregado en abril, el padrón definitivo no nos fue entregado jamás qué se mantenía, cómo se tergiversaba, no sabemos. El padrón que se nos proporcionó en abril, tenía a 140 personas registradas, dos en el domicilio del Sindicato de Transportes Terrestres y casas de comercio en Tampico y Ciudad Madero; 64 en el Sindicato de Albañiles, Sección 4; en el Sindicato Carpintero 15, y bueno si comenzamos a ver todas las organizaciones sociales nos vamos a encontrar que todas tenían un registro de gente allí, en su oficina, pero además los registros naturalmente de los lugares donde ellos residían y junto a esto una gran falsificación del padrón.

Nosotros recurrimos a un recurso, lo planteamos al Comité Distrital y recurrimos a una petición: anúlense todas las credenciales de elector donde se encuentra asentado como demisible una organización social, cualquiera que ésta sea, primera. Segundo. Remítase a los votantes que se encuentren en este caso ejercer su derecho a sufragio en la casilla que corresponda a su domicilio particular, siempre y cuando posea la credencial de elector respectiva.

Ningún elector podrá ejercer su derecho al voto con una credencial en la que figure como su domicilio el de una organización social, etcétera, y pedíamos que nos entregaran listas de las organizaciones sociales para comprobar.

Esto es un elemento que nos dio el Registro Nacional de Electores, dominado por el PRI.

Nos estaba dando un dato de nulidad.

La formación del Comité Distrital: ya sabemos cómo se formaron, se formaron de dedo. Cuál insaculación ni maculación ni ninguna acción parecida.

Nada. De dedo. Pero además, ese Comité Distrital de dedo decidió que el Presidente nombrara, sin la participación de los partidos políticos, antes, cuando apenas había sido inmaculado. Cuando apenas había sido inmaculado nombró a los representantes, a ellos dio un voto de confianza el Presidente para que nombrara a los auxiliares, y nos nombró, para que designara a los integrantes de las mesas directivas, claro, con la participación de los partidos, ya no faltaba más que eso, con la participación de los representantes de los partidos.

Y cuando protestamos no había una acta en la cual se le había dado al presidente del Comité Municipal Electoral, se le había dado un voto de confianza.

Después se violaron todos los acuerdos que hay sobre propaganda. En el artículo 49 de la LOPPE, sección C, inciso F, pudiera parecer hasta una ridiculez. Pero en Tampico un insulto para la población es que el PRI utilice siempre la barda del cementerio que es la mejor barda no de Tampico, la mejor barda de todo Tamaulipas. Una barda en el centro de la ciudad, del viejo cementerio, por supuesto, en el centro de la ciudad. Hermosa barda que nosotros reclamamos y distribúyase entre los diferentes partidos. No, la ocupó el PRI completita. Y luego la ocuparon las gentes a las que no les gustó que fueron muchísimias, la ocuparon para lanzarle porquería, piedras, chapopote, aceite quemado, etcétera, que siempre es un riesgo al que se expone el PRI. Es otro elemento que proporcionó el PRI de nulidad. Otro elemento que estaba proporcionado de nulidad, era el PRI el que estaba haciendo esa violación, era para darnos instrumentos a nosotros. Era para que nosotros estuviéramos ciertos de que esas elecciones tenían elementos de nulidad ya, y una escuela, la "Matías S. Canales" ...

(Voces en las graderías.)

EL C. Gerardo Unzueta Lorenzana: - Todavía no. No nos obliguen a pedirle a la presidencia...

El C. Presidente: - Por favor a las galerías se les suplica guardar compostura.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana: - La escuela "Matías S. Canales", escuela secundaria, usada para la propaganda del PRI. Bien, esas violaciones no las entregaran para la nulidad. Y después, el comité... - ¡Ah!, no es un chiste.

No es un chiste el que voy a decir - , el Comité Distrital puso a votación la LOPPE, a ver si se cumplía o no se cumplía la LOPPE. Otro elemento, otro elemento de nulidad. Cómo ese distrital pone a votación la LOPPE en su artículo 180, donde determinó por mayoría de votos, que los representantes de los partidos no podían formar las boletas electorales, no obstante que ellos lo estaban demandando y de acuerdo con el artículo 180, esto es completamente ilegal y es una prerrogativa, un derecho de los ciudadanos, un derecho de los representantes de los partidos.

El terrorismo sobre los habitantes de las colonias. Bueno, aquí ya se ha hablado, lo habló el del otro V, el del V de Hidalgo, habló de que 7 mil o algo así, 7 mil promotores del voto habían traído los votos; los mismo se hizo allá, pero, ¿son 7 mil promotores del voto o son 7 mil estranguladores del voto?, porque lo que ocurrió en Tampico es eso, es precisamente que grupos de priístas, me estoy refiriendo a una denuncia que hicimos en la prensa, grupos de priístas encabezados por los caciques de las colonias, con el pretexto de realizar una dizque encuesta han estado visitando a los vecinos en sus domicilios, obligándolos a confesar por qué partido votarán, violando el secreto del voto.

Es tal el intimidante despliegue de fuerza, que numerosos colonos, ante el temor de futuras represalias se ven obligados a responder que votarán por los candidatos priístas, aceptando de paso que se coloquen en sus domicilios carteles con la leyenda "en esta casa somos del PRI", que más que decisión es una orden.

Otro elemento que nos daban para la nulidad, y víspera de las votaciones, ¿qué ocurrió? Ocurrió lo que nos temíamos y por eso reclamábamos la posibilidad de firmar las actas, de firmar las boletas. Fueron sustraídas boletas del domicilio del Comité Distrital, y están en el paquete, están en el paquete las que nosotros logramos tomar de la colonia López Portillo, bien conocida por quienes somos de allá; las boletas fueron sustraídas del domicilio del Comité Distrital y fueron circuladas, y fueron llevadas a la colonia López Portillo y a otras colonias, me parece que también a la Moralillo; ahí las encontramos nosotros, no quiere decir que haya sido el único lugar donde existían, porque por lo que sé, por lo que a mí me han comunicado de Matamoros, en las maquiladoras el sindicato estaba destruyendo boletas, ya tachadas con el PRI, y al día siguiente el trabajador si quería conservar su trabajo, tenía que devolver la boleta en blanco, o sea, garantizar que se había votado por el PRI y rendir informe de que así lo había hecho.

También localizamos credenciales en el domicilio de Graciela Martínez de Lucero que tenía en su casa aproximadamente 500 credenciales de elector, y las estaba entregando a personas que no eran sus titulares. Una de estas personas nos hizo entrega de una de las boletas que se le había entregado y una credencial de elector que estaba a nombre de otra persona, y muy notable la cosa, porque la muchacha tenía 16 años y la credencial de elector decía 52.

Y creemos que nos la entregó como protesta de que se le elevara la edad a tan alto nivel.

Bien, este es otro elemento que nos daban para la nulidad, es decir, falta un elemento más. No me voy a referir a todas las violaciones en las casillas, a una fundamental, en Tampico no existió ni ahora existe el secreto al voto.

Ahí siempre hay quienes vigilan, con trabajos pudimos lograr que les pusieran una mesa al lado, pero de todos modos bajo miradas atentas. Y luego, en las propias casillas, tinta deleble, nada de tinta indeleble, listas adicionales, yo sé cómo se manejan éstas, porque he visto cómo le manejaron las listas a Jorge Masso en las elecciones de Saltillo. Y si lo derrotó el PRI a Jorge Masso con puras listas adicionales, con la votación restante Masso se hubiera llevado a Dávila, pero de calle. Pero las listas adicionales eran 100, 150 etcétera, por encima del 10% que se asigna.

Bien, los partidos políticos no firmaron el acta final. No la firmaron porque ya estaba claro de qué se trataba, el PRI había hecho todo un trabajo para la nulidad de las elecciones. Había hecho un trabajo para la nulidad de las elecciones, no sabemos para qué, no conocemos el fondo del objetivo. No creemos que sea tan inocente. No hay inocencia en esto. Está planteada la nulidad de las elecciones precisamente como una maniobra del PRI; y nosotros decimos: pues, alguna vez teníamos que coincidir, estamos de acuerdo en la nulidad de las elecciones. Estamos de acuerdo en la nulidad de las elecciones porque en Tampico elecciones no hubo, elecciones reales no hubo, con su preparación, con sus posibilidades reales no hubo. Lo que en Tampico hubo fue la organización de la votación para no poner en disputa una curul. Y esto es un problema que tendremos que discutir en esta Cámara.

Las curules tienen que estar en disputa; las curules tienen que ser electas realmente; las curules no pueden ser atribuidas de antemano y lo que en Tampico se hizo fue atribuir esta curul, de antemano. Y nosotros decimos: si además de haber atribuido esta curul de antemano, nos dan todos los elementos para que se anulen las elecciones, estamos de acuerdo con ese objetivo que se

propuso el PRI. Anular las elecciones de Tampico, estamos de acuerdo que se anulen las elecciones de Tampico. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra el C. Joaquín Contreras Cantú, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Joaquín Contreras Cantú: - Con su permiso, señor presidente; compañeros presuntos diputados integrantes de este Colegio Electoral: Había decidido no intervenir en esta discusión del caso del V Distrito Electoral de Tamaulipas a pesar de tener el pleno derecho de hacerlo como integrante de este Cuerpo Colegiado, para dejar a la Segunda Sección de la Primera Comisión el o la defensa del dictamen impecable jurídicamente que acaba aquí de darse a conocer. Sin embargo, obligado por la intervención de Gerardo Unzueta, en cuanto a lo lastimoso y denigrante que pretende hacer aparecer a una de las poblaciones más importantes para el país de tanta raigambre histórica en la que un día se defendió la soberanía de la Nación.

Vengo a hacerlo porque yo sí tengo una legitimación moral y política, esa legitimación moral proviene de mi origen por haber nacido en esa ciudad, por haberme desarrollado en ella, por respetarla, amarla y defenderla, como ahora vengo a hacerlo aquí de la denigración que quiere hacerle alguien que por accidente nació en Tampico, y que regresa a él cada vez que las leyes autorizan una renovación de algunos de los poderes, Legislativos o Ejecutivo.

Pero ahora compruebo con la intervención de Gerardo Unzueta que es hábil, no dudamos, que lo sea, para plantear aquí lo que fue incapaz de plantearle al pueblo de Tampico.

El afirma en su denigración abyecta a la ciudad, que esta es una sociedad en crisis, urbana y social, falacia y una estrategia explicable de él en todos sus planteamientos y sus intervenciones, la mentira la manejas con mucha habilidad, compañero; él dice que nuestra sociedad está en crisis porque tenemos deficiencias urbanas que no legamos, pero es un pueblo vigoroso que está luchando por su superación, que crece a un ritmo quizá sin precedente en la República Mexicana; mientras la medida nacional del crecimiento demográfico en el país, merced a los programas de población se abate ahora a caso 2%, en Tampico sólo su crecimiento demográfico relacionado con el nacimiento o muerte, no la migración interna, es del 4.5% anual, esto significa que incrementa su población en un 100% en sólo 10 años y pone esto en serio riesgo cualquier estructura urbana y obviamente crea problemas muy difíciles.

Ciento cincuenta mil habitantes de la ciudad carecen de agua y de drenaje, como también carecen de autoridad municipal y estatal de los recursos suficientes para podérselos proporcionar, por eso recurren en ocasiones el organismo operador del sistema al servicio de la deuda, para llevar esos beneficios que ahora aquí se cuestionan a 150 mil habitantes que no cuentan con ese servicio; pero es explicable que a Gerardo Unzueta, esto sólo le preocupe en la tribuna de la Cámara de Diputados, porque no reside en Tampico, ni sufre las carencias de nuestro pueblo, sólo las observa como un crítico permanente de nuestra sociedad y claro, lo hace en las oportunidades electorales más no como estrategia de campaña política porque no realizó ciertamente ningún esfuerzo para movilizar la conciencia popular en torno a la ideología de su respetado partido, lo hizo sólo en los medios de comunicación, con su campaña "Tampico tiene remedio".

El país, el nuestro, el que todos amamos y respetamos tampoco ha resuelto todos sus problemas y como mexicanos sabemos que hemos avanzado, que lo estamos transformando con nuestro esfuerzo y ejemplo, que lo estamos haciendo comprometidos con las futuras generaciones, con actitudes concretas, honestas, reales, no son especulaciones filosóficas que sirven ciertamente para darle sustento y basamento a la sociedad.

Critica a Tampico porque carece de un teatro, cuantas otras poblaciones del país están en esta misma condición y no hay un sólo oriundo de esos lugares que sólo critique ese hecho y no haga algo por solucionarlo. Allá, en aquella ciudad criticada por Gerardo Unzueta, aquella sociedad denigrada, tiene propósitos, tiene planes, tiene programas y tiene acción porque es el puerto de Tampico el segundo puerto del país más importante en movimiento de importación y de exportación. Claro, que ese movimiento implica el constante deterioro de su infraestructura urbana, por ello, nosotros hemos pedido que al lado de ese gran puerto comercial de la ciudad surja un nervio urbano para que no podamos decir que a su lado está una ciudad indigente. Pero hay algo que denota la falta absoluta de conciencia y de conocimiento. Cómo criticar que en esta ciudad no hay un desarrollo real de la educación superior, cuando tenemos una universidad que surgió del esfuerzo y del talento de los Tampiqueños y de los habitantes de ese centro conurbado, hace más de 35 años.

Cierto. En la vida de una universidad 35 años no son nada, pero para quienes no teníamos la oportunidad de acceso inmediato a la educación superior ha sido éste uno de los avances sustanciales, fundamentales en el desarrollo económico, político y social, porque está influyendo en ello la universidad tamaulipeca.

Yo soy uno de los primeros egresados de esa universidad. Lo hicimos en viejos y anacrónicos, y prestados, y alquilados edificios. Hoy, como orgullo de universitario tamaulipeco, puedo decirles a ustedes que tenemos dos centros universitarios en la entidad. Uno en el sur precisamente en Tampico, considerado como uno de los más adelantados en su equipamiento y en su estructura de todo el país. Y en él se está desarrollando un esfuerzo

permanente y serio de planeación universitaria, de investigación científica, de difusión de la cultura, a pesar de que afirma que no tenemos un teatro, cuando tenemos ahí en la universidad uno precisamente, que no se le llama teatro, sino aula magna, con todas las características de un auténtico teatro moderno, en el que por fortuna, él no lo sabe porque no vive en la ciudad, llegan las orquestas sinfónicas y el ballet, y las obras de teatro de todas y cada una de las entidades culturales del país.

Pero Tampico está en crisis. Lo que debemos aquí reconocer es que a esa crisis nos estamos enfrentando con vigor, realismo y entusiasmo.

Las inversiones del Gobierno Federal en Tampico son cuantiosas. Baste sólo señalar el dato de la inversión en una obra, que no es precisamente para beneficio sólo de la ciudad, sino de la región, que es el Puente Tampico. Un puente que tiene las características, de ser el más avanzado en tecnología específica en el mundo por sus características, que tiene ahora un avance de casi el 50% y con una inversión superior a 15 mil millones de pesos. Que estamos en dificultades para que el avance sea como quisiéramos, es cierto. Pero, y esto sí lo sabe Gerardo Unzueta, el país está en crisis y no hay la disponibilidad que quisiéramos de los recursos financieros, para impulsar las obras urbanas como lo deseáramos. La Laguna del Carpintero, una vergüenza de la ciudad. Efectivamente, una cloaca que la naturaleza ubicó en el centro de nuestra querida ciudad; que la denigra sí, como lo hace aquí Gerardo Unzueta; que es pestilente y que es una fosa séptica que nos avergüenza a todos. Pero no la contemplamos sólo en ese documento que exhibió aquí como un plan de campaña que no hizo, sino como un reto a la imaginación y a la acción de los tampiqueños.

Siendo yo presidente municipal de la ciudad concluimos los estudios técnicos para su saneamiento integral. A la fecha, el 50% de las obras de saneamiento que empiezan por un canal colector marginal que impida las descargas de aguas negras que tenía la laguna, está terminado. En seguida vendrán las otras obras. Las de remoción de los lodos y del saneamiento integral de las aguas. De esto, la población no ha aportado a pesar de más de 300 millones de pesos de inversión, ni un solo centavo, porque han sido programas de inversión del gobierno del estado y del Gobierno Federal.

El dice, y con esto quiero empezar ya a perfilar la conclusión de mi intervención, que los problemas de Tampico más que debatirse, perdón, debían haberse debatido; yo pienso que más que debatirse los problemas en una plaza pública como él quería hacerlo, donde yo fácilmente hubiera podido hacer un largo recuento de todas nuestras carencias y dificultades, y decirle al pueblo que los programas de mi partido son orientados a la solución de esos problemas, lo quería hacer, señores, sólo con un ánimo exhibicionista porque como no lo conocen en Tampico era necesario que supiera quién era el candidato del Partido Socialista Unificado de México; quería sentarnos en la plaza pública a debatir los problemas. Yo más bien pensé, y mi partido me instruyó para ello que más que debatirlos había que luchar por resolverlos; desde la campaña política hicimos gestiones, se entregaron innumerables beneficios que se obtuvieron de la gestión política del partido, porque los problemas los tampiqueños los conocemos, y más que los conocemos los sufrimos y por ello estamos empeñados en resolverlos.

Ahora él habla de presunciones políticas, porque apenas ayer empezó a saber que había presunciones legales y humanas como medios de prueba para crear la convicción jurisdiccional. Hay muchas cosas, que ha aprendido Gerardo hace muy poco tiempo, uno de ellos es en dónde queda Tampico, y otro es que habla de falsedades y él informó falsamente a la autoridad cuando proporcionó un domicilio que no es el de él; él no vive en la calle Laguna de la Colonia Tamaulipas; vive en casa de unos amigos cuando llega a Tampico; no vive, llega simplemente, pero llega con un acucioso espíritu de análisis de la problemática urbana para convertirla ahora después aquí en la tribuna como un argumento, el primero, para demandar la nulidad de las elecciones en el V Distrito, agregándole claro las disquisiciones de orden legal que dejo a la Comisión Dictaminadora su debate.

Pero en suma yo quiero dar una respuesta a mi conciencia y al pueblo que he representado en dos ocasiones y espero que la benevolencia de ustedes me permitan hacerlo por tercera ocasión. Fui diputado en la LI Legislatura, compañero también de Gerardo Unzueta que en esa ocasión no fue candidato por el V Distrito Electoral de Tamaulipas, sino por uno de aquí del Distrito Federal en donde reside.

Posteriormente consulté a mi partido y éste me postuló para presidente municipal de la ciudad. Lo hice, obtuve el consenso popular con algo que llevo como una presea muy agradable y honrosa para mí, el Partido Socialista de los Trabajadores y el Partido Popular Socialista me dieron también su nominación como candidato a presidente municipal. Y ante ellos, ante los representantes de esos dos respetados partidos políticos, ahora comparezco para que ellos juzguen mi actuación como la juzgó el pueblo de Tampico después de haber hecho el enorme esfuerzo de tratar de resolver los tantos problemas que aquí han servido para otros objetivos, muy distintos de los de la propia sociedad.

Me retiro de esta tribuna, satisfecho de haber podido, aunque sea débilmente, porque no tengo capacidad más que emoción, defendido a mi pueblo y a mi ciudad. Que a pesar de sus denigraciones, que a pesar de los programas, que a pesar de los enunciados, y

que a pesar de los buenos propósitos está avanzando, se está transformando para convertirse en el digno y respetado honor de todos los tampiqueños. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Se concede para hechos cinco minutos el uso de la palabra al señor Gerardo Unzueta, del PSUM.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana: -A mí me parece que ya después de haber oído a Joaquín González Cantú, yo no necesito decir nuevamente, reafirmar nuevamente que Tampico se encuentra en una crisis urbana y social. No creo. Pero algunas cosas sí vale la pena abordar. Bueno sí, yo durante mucho tiempo no he residido en Tampico. El sabe que yo tengo ya un tiempo residiendo en Tampico, 2, 3 años, sí lo sabe, lo sabes Joaquín, para qué te haces. Y si no pues ahí está la carta de residencia que me otorgó la presidencia municipal de Joaquín Contreras Cantú.

Bien. Pero por qué eso sucede. En efecto, yo salí de Tampico muy joven, niño; porque a mis padres los expulsaron las empresas petroleras norteamericanas. Mi padre fue participante, secretario del comité de huelga de la huelga de 1925 y 1927, y fue expulsado precisamente por esas empresas petroleras. Y nos persiguieron, hicieron casi que esa familia muriera de inanición. Y yo he dicho, y lo ha oído Joaquín que yo regreso a Tampico a pagar una deuda. Y lo he dicho públicamente, yo no he escondido esto. Yo regreso a Tampico a pagar una deuda. Y regreso a Tampico a participar en la lucha por darle remedio a Tampico, que no se lo han sabido dar quienes han estado en los gobiernos de ese puerto, sino al contrario hundirlo más en esa crisis urbana y social. Precisamente ese agrupamiento, ese consorcio, ese convenio político entre el sindicato humanista y los grupos, el gran capital comercial, mediante el cual una vez fue Joaquín el presidente municipal ahora lo es Gustavito. Así uno que representa al grupo de petroleros, con todo lo que sabemos que es el sindicato de petroleros, con toda la dirección de ese sindicato y otro es el gran comercio. Esto es, recuerdo que Conchello llegó allí a reclamarle a Gustavito que era un "buey", así se lo dijo, que le habían crecido los cuernos porque se había entregado al PRI sabiendo que su partido era el PAN.

Pero eso es lo que ocurre en Tampico. Yo por esto no creo que haya necesidad de abordar ya muchos más problemas, además tengo poco tiempo. Quiero decir solamente, el puente está prácticamente paralizado; hace dos semanas despidieron a 600 trabajadores, y habían despedido antes, y los recontrataron durante un poquito de tiempo, a otros 125, están constantemente cambiando personal allí.

Queríamos debatir en la plaza pública sí, pues es ahí donde se puede debatir, porque en otras partes no lo pudimos hacer. Porque quisimos entrar a la reunión de ecología, y no es una reunión del PRI; nos colamos a la conferencia del Jefe del Departamento de Crédito de la Secretaría de Hacienda, pero pues ahí todo estaba conformado ya. En la presidencia Joaquín Contreras.

Yo no hubiera querido llegar a este nivel de discusión. Yo por eso en ningún momento me referí personalmente a Joaquín Contreras Cantú. No es el problema, Joaquín Contreras Cantú no es dueño de Tampico, por haber nacido en Tampico y por haber pasado su vida en Tampico. Yo me considero una persona dispuesta a trabajar porque Tampico tenga remedio, y dispuesto a trabajar junto con el pueblo de Tampico, si lo que nosotros estamos diciendo es que tiene remedio Tampico por la acción de su pueblo. Eso es lo que estamos diciendo, y estamos llamando a que no se resigne, a que lo tengan en la situación que lo tienen, esto es lo que estamos diciendo, con nuestro lema "Tampico tiene remedio".

No decimos que Tampico está hundido, no, Tampico no está hundido, lo están hundiendo quienes lo han dirigido, esto es lo que ocurre en Tampico, y esto es contra lo que nosotros luchamos, y este es nuestro programa, un programa en el que se plantean detalladamente cada una de las cuestiones, la de la Laguna del Carpintero, la de los mercados monopolizados que han permitido que se desarrolle ese mercado monopolista, 2 mercados montados, finalmente yo le quisiera recordar a Joaquín que no vivo en la calle de laguna, sino en Valentín 805, colonia Tamaulipas.

El C. Presidente: -Se concede el uso de la palabra al C. David Jiménez, por la comisión.

El C. David Jiménez González: - Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados y presuntos diputados:

Qué interesante y que importante es ver en la tribuna más alta del país a estos dos compañeros, a Joaquín Contreras Cantú y a Gerardo Unzueta, en donde coinciden como estoy cierto todos los habitantes de Tampico y del país, en que cada una de sus comunidades, de sus municipios llegue adelante, llegue a resolver sus problemas.

Es cierto que atravesamos una crisis económica severa y que el Gobierno de la República está utilizando todos los medios para sortearla y superarla, pero no dejamos de reconocer que en todos los rincones del país y uno de ellos es Tampico, los gobiernos que han emanado de la Revolución han trabajado por superar las necesidades y las carencias de nuestro pueblo y esos gobiernos han sido eminentemente revolucionarios y han dirigido sus acciones fundamentalmente en beneficio de las clases populares. En Tampico no escapa de esta realidad y ha sido una de las ciudades de los municipios que también han sentido el impulso y el progreso de los gobiernos emanados de la revolución, tanto federal como estatal.

Quiero pues, a mis dos compañeros, a Joaquín Contreras Cantú y a Gerardo Unzueta, que juntos, y qué bueno que lo sean así, luchen cada uno dentro de sus medios y dentro de su área para que puedan resolver muchas de las carencias que aquí apuntaron las dos y que padece actualmente la ciudad de Tampico. Eso se los va a agradecer la población, se los van a agradecer los habitantes de Tampico y en eso contarán con todos los que habitan en esa población, en esa ciudad y el respaldo de todos los habitantes del pueblo de México.

Por lo que respecta al dictamen que elaboró la comisión, la segunda sesión, quiero manifestarle a nuestro querido amigo Genaro Unzueta que el estudio y el análisis que hicimos de él todos sus integrantes fue basándonos todos sus integrantes, fue basándonos en cada una de las instancias que obran en el expediente y en esas constancias que analizamos y que están, desde luego en los considerandos de nuestro dictamen, resolvimos para hacer congruente el mismo, con que al no tener recurso de queja alguna interpuesta por ninguno de los partidos políticos, nosotros deberíamos de dictaminar, en consecuencia, declarando válidas las elecciones del V Distrito Federal Electoral del estado de Tamaulipas.

Las impugnaciones que ustedes hicieron en un momento dado respecto al padrón electoral y que tanto en sus artículos 225, 226 y 227 se establecen que son los recursos de aclaración, de inconformidad, de protesta, revocación, revisión y queja y con posterioridad, desde luego cuando haya resuelto el Colegio Electoral si es que procede y lo quieren interponer el de reclamación Por esos compañeros integrantes de este Colegio Electoral, esta segunda sección de la primera comisión dictaminadora ha presentado a juicio de ustedes este dictamen en que nosotros consideramos válidas esta elecciones del V Distrito del estado de Tamaulipas.

Por eso pido a la presidencia con todo respeto que someta a consideración el dictamen y en su oportunidad sea éste. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el V Distrito Electoral Federal del estado de Tamaulipas, con cabecera en Tampico.

2o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Joaquín Contreras Cantú y Enrique Domínguez Martínez, propietario y suplente, respectivamente.

V DISTRITO DE SINALOA

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta Sección.

V Distrito del estado de Sinaloa.

Cabecera: Mazatlán.

Honorable Asamblea: Se turnó a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente del V Distrito Electoral del Estado de Sinaloa.

Participaron en las elecciones constitucionales del 7 de julio próximo pasado, los partidos políticos y candidatos que a continuación se mencionan obteniendo los resultados que se detallan:

PAN: Propietario Humberto Rice García; suplente José de Jesús Gamboa González, 21 mil 480 votos.

PRI: Propietario, José Angel Pescador Osuna; suplente Raúl Darío Cárdenas Duarte, 43 mil 431 votos.

PPS: Propietario, Víctor Manuel Jiménez Osuna; suplente, Juan Navarro Salas, 1 mil 9 votos.

PDM: Propietario, Mario Meraz González; suplente, David Zepeda Peraza, 287 votos.

PSUM: Propietario, Heriberto Arias Suárez; suplente Rafael Meza Estrada, 1 mil 95 votos.

PST: Propietario, Martín Hernández Calderón; suplente, Guillermina Casique Almaraz, 202 votos.

PRT: Propietario, David Ocampo Peraza; suplente, Lucina Bastidas Bastidas, 283 votos.

PARM: Propietario, Elvira Granados Sáinz; suplente, Armida Alarcón Lizárraga, 224 votos.

PMT: Propietario, Tito Félix Torres; suplente, María Avila Pérez, 417 votos

Del estudio del expediente turnado a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, se desprende:

1o. Que el Comité Distrital Electoral se instaló en el Municipio de Mazatlán, cabecera del Distrito Electoral, y que llevó a cabo todos los procedimientos previos que la ley le ordena para la renovación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y resolvió los recursos e inconformidades que se le presentaron.

2o. Que con base en los resultados, que se mencionan al inicio, la Comisión Federal Electoral, expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos José Angel Pescador Osuna y Raúl Darío Cárdenas, propietario y suplente, respectivamente y envió la documentación

relativa a las instalaciones correspondientes.

3o. Que la Comisión Federal Electoral, de acuerdo a lo dispuesto por la ley, acordó el registro de constancia de mayoría, motivo de esté dictamen.

4o. Que no se interpuso con posterioridad a la sesión del Comité Distrital ningún recurso por ningún partido político, esta comisión.

CONSIDERA

1o. Que el proceso electoral y la elección del 7 de julio del presente año se llevaron a cabo en los términos de los artículos 74 a 219 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en lo conducente, y que de acuerdo a los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe calificarse dicha elección como válida por este Colegio Electoral.

2o. Que los candidatos del Partido Revolucionario Institucional a diputados de mayoría relativa José Angel Pescador Osuna y Raúl Darío Cárdenas Duarte, propietario y suplente, respectivamente, acreditan que reúnen los requisitos de elegibilidad señalados por el artículo 55 de la Constitución.

DEBE RESOLVERSE

Primero. Que son válidas y legítimas las elecciones del 7 de julio de 1985, para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión en el V Distrito Electoral Federal del estado de Sinaloa.

Segundo. Que son diputados por mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el V Distrito Electoral del estado de Sinaloa los ciudadanos José Angel Pescador Osuna y Raúl Darío Cárdenas Duarte, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.»

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: -Se concede el uso de la palabra al C. Humberto Rice García, del Partido Acción Nacional.

El C. Humberto Rice García: - Señor presidente; compañeros del Colegio Electoral: he decidido hacer uso de la tribuna, para meditar con ustedes algunos de los acontecimientos que tuvieron lugar durante el proceso electoral que hoy estamos calificando en el V Distrito del Estado de Sinaloa.

Aparte de lo mucho que se ha dicho durante estas sesiones del Colegio Electoral sobre irregularidades en el padrón, nombramiento de insaculados, derroche de recursos en campañas electorales, complicidad de autoridades locales, robos, etc., quiero permitirme analizar con ustedes algunas cifras que ilustran los hechos a que quiero referirme.

México es un país en crisis y parece que todos estamos de acuerdo que uno de los productos de esta crisis ha sido la inflación. Parece ser que este fenómeno económico ha afectado también el proceso electoral. Hicimos un análisis profundo de todas las 450 casillas del distrito y separando sólo las superiores al 80% del padrón electoral, dando el beneficio de la duda de aquellas que contaban del 60 al 80, insisto, sólo aquellas que tenían una votación superior al 80% del padrón sumaron 92, con una inflación de votos de 18 mil, 18 mil votos, 41.45% de los votos obtenidos por el partido oficial. Sin pretenderlo tal vez estoy leyendo la mente de los miembros de la comisión que analizó este caso, con sus respuestas precisas en derecho para rechazar mi argumentación acerca de nuestros representantes de casillas que no actuaron.

¿Cómo, si no nos dan los nombramientos a tiempo, y además nos los rechazan en un gran porcentaje?

Pero existe otro hecho que casi no se ha manejado durante los trabajos de este Colegio Electoral, y me refiero a los votos anulados, o sea aquellos en los cuales los directivos de las casillas consideran que tienen alguna irregularidad y son anulados.

En el V Distrito del Estado de Sinaloa fueron anulados diez mil dieciocho votos, y cosa curiosa, en el acta que nos fue proporcionada por la Comisión Distrital Electoral aparecen que esos diez mil votos anulado, y por otro lado en los datos que nos han ofrecido de la Comisión Federal Electoral en el V Distrito ya no aparecen esos diez mil dieciocho votos, es decir, que nosotros como partido recibimos un acta y entonces la Comisión Federal Electoral recibió otra acta de parte de la Comisión Distrital Electoral.

¿A qué proceso electoral limpio y honesto estamos asistiendo? cuando la oposición obtiene triunfos legítimos, toda la maquinaria gubernamental entra en juego para reprimir, para robar, para ocultar, para opacar y para convalidar con razonamientos, eso para convalidar con razonamientos, eso sí muy doctos y apegados a su muy particular interpretación de las leyes.

En los datos nacionales encontramos 824 mil votos anulados y esto en sí debería de preocuparnos intensamente, o qué es que el pueblo mexicano no ha aprendido a votar aún, o es la manera más fácil de tumbar votos a los partidos de oposición, que ya sabemos cómo se hace, sólo tachando cualquiera de los otros símbolos de los partidos se nulifica ese voto.

Creo que esto es algo que nos debe preocupar profundamente a nosotros como diputados y como presuntos diputados analizar con seriedad.

No puedo pasar por alto tampoco la manera tan burda de insultar a los electores del V Distrito, en el cual comprende alrededor de las dos terceras partes del municipio de Mazatlán, de Eleta, Cosalá y San Ignacio. El Mazatlán urbano tiene un padrón de aproximadamente 89 mil electores, de los cuales mi partido obtuvo en el Mazatlán urbano aproximadamente 20 mil votos contra 18 mil del partido oficial; o sea, el partido oficial obtuvo el 20% del padrón de la zona urbana. Y allí fueron anulados además 6 mil 380 votos.

En la zona rural del distrito, con un padrón aproximado de 43 mil 300 votos, nuestro partido, sólo obtuvo 1 mil 384 votos y el partido oficial 25 mil votos: o sea, en este caso, el 60% del padrón. En la zona rural el 60% del padrón; en la zona urbana solamente el 20% del padrón.

Yo quiero imaginarme que todos los problemas del campo han sido resueltos. Que los campesinos, sus familias que comprenden esta basta región del país, muy especialmente en mi distrito, están totalmente satisfechos, están totalmente de acuerdo y ya oigo la respuesta a este punto por los beneficios recibidos.

Yo considero que en el futuro, o ya han de ver hecho un pacto de honor o tal vez firmado de no volverse a dedicar actividades ilícitas, como lo hacen actualmente o lo hacían en el pasado muchos de estos campesinos en el V Distrito del estado de Sinaloa, en la siembra de estupefacientes. Yo creo que ya no lo harán porque están satisfechos de los beneficios que han recibido. Todos tienen ya escuelas, todos tienen servicios de agua potable y de drenaje, todos tienen crédito oportuno para el desarrollo de su siembra.

Realmente me preocupa que nos quieran ver la cara, porque no es posible que el ciudadano que esta más consciente de su responsabilidad, de sus obligaciones, de su situación ante la comunidad, solamente voten 20, y en el campo ya están resueltos los problemas y allí votó el 60%. Dos hechos importantes: una anulación de votos superior al 7% de la votación, 10 mil y pico de votos anulados en el distrito, y por otro lado una inflación de 18 mil votos.

Creo que estos hechos deben ser analizados. Y creo que es tiempo que se analice más profundamente esta situación, porque yo no creo que esto haya sucedido.

Para finalizar, quiero solamente referirme a una anécdota sucedida dentro de las oficinas del Comité Distrital Electoral número V de mi estado. Aproximadamente a las 2 de la mañana del lunes 15, todavía no se cerraba aún la computadora, y el secretario de la Comisión Electoral hizo una aclaración ante una situación que sucedió en el municipio de Cosalá, porque anularon la votación de cuatro casillas, en vista de que días antes del 7 de julio se incrementó el número de casillas y se establecieron casillas bases y en cuatro de estas casillas el cómputo de las mismas fue superior al 110% de la votación, fueron canceladas, consta en actas, pero fueron canceladas la normal y la bis, porque en ambas superaron el 10% de la lista adicional de electores, pero no solamente el 10%, fue el 110% de todos los votos, o sea totalmente votó el 100% de los electores más el 10% adicional y la expresión del secretario de la Comisión Distrital Electoral fue en el sentido, y están de testigos todos los comisionados de los partidos, incluyendo el oficial, de que se iba a hacer una seria llamada de atención a los amigos de Cosalá, por no haber sabido hacer el fraude electoral.

Por todo lo anterior pido a ustedes, integrantes de este Colegio Electoral, que para depurar de sospecha de ilegalidad, en relación a los votos rurales de esta elección por este distrito, se devuelva el dictamen a comisión y se proceda hacer una análisis exhaustivo de la votación de la zona rural. Gracias.

El C. Presidente: -Se concede el uso de la palabra al C. José Angel Pescador.

El C. José Angel Pescador Osuna: - Señor presidente; honorable Colegio Electoral: No me sorprenden las afirmaciones del candidato del PAN, Humberto Rice, en esta tribuna, no me sorprende porque tengo mucho tiempo ya de conocerlo y estoy acostumbrado a sus calumnias y a sus mentiras; pero todavía a quien habla en tono pontificial le daría el mérito de la duda si hubiera honorabilidad en su conducta y voy a comentar con ustedes en el mismo tono que él lo ha hecho, cuáles fueron los aspectos de la campaña y los resultados que él se niega a aceptar aun cuando el pueblo del V Distrito de Sinaloa ya lo ha aceptado.

Para empezar, debería ser congruente con la aritmética, porque si habló de un padrón y dijo que había obtenido el 90% de las casillas con 80% de votos para el PRI, eso me daría, de acuerdo con las cifras del señor candidato de la oposición, un resultado numérico mucho mayor que el que ya de por sí es suficiente para haberlo aplastado en las pasadas elecciones del 7 de julio.

El dice que dispone de un acta, qué curioso, porque el acta que está en la Comisión Federal Electoral, que llegó a la Oficialía Mayor de esta Cámara cuya copia está en Culiacán firmada precisamente por el representante, por el comisionado de Acción Nacional, registra datos completamente diferentes. Quiere decir que viene aquí a tratar de convencernos, de que un documento que él tiene en su poder tiene mayor validez que los que han llegado a las instancias calificadoras del proceso electoral.

Pero eso no es todo, voy a pedirles a las personas de las galerías que me den el tiempo

suficiente para responder las observaciones que aquí han hecho.

Dice, el señor Humberto Rice que el pueblo del V Distrito le quiere ver la cara, y yo le digo, ya se la vio por dos veces, porque dos veces ha sido derrotado por el Partido Revolucionario Institucional. (Aplausos.)

Habla de creencias y de supuestos, pero en esta tribuna, lo han dicho precisamente sus compañeros de partido: "Venimos a hablar de hechos, a presentar pruebas". Y esas son precisamente las que yo voy a presentar.

Primero que nada, hace referencia al conjunto, según él, de irregularidades que se cometieron durante el proceso.

Pero, compañeros presuntos diputados, nosotros constituimos el partido mayoritario, tenemos 56 años en el poder y no nos extraña que los triunfos que no nos ganan en las urnas quieren ganárnoslos con argumentos sofistas como aquí se ha dicho.

Han dicho también que nosotros estamos en complicidad con las autoridades electorales, y se van ustedes a sorprender de lo que aquí van a escuchar; porque el Partido Acción Nacional también practica estas irregularidades...

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Confesión. Estás aceptando que cometiste irregularidades.

El C. José Angel Pescador Osuna (continúa): - No acepto interpelaciones, y las afirmaciones deben analizarse en su contenido. No ha habido ninguna confesión porque lo que estamos diciendo es que desde antes de que se llevaran a cabo las elecciones del 7 de julio se desató una campaña a nivel nacional para supuestamente acusarnos de un fraude preestablecido. Y aquí no hemos escuchado otras cosas.

Se sorprenden de que la votación en el medio rural no les favorezca. Pues, yo les digo a los compañeros panistas que va a ser imposible que puedan penetrar al medio rural, porque si siguen pregonando la desaparición del ejido, nunca jamás van a entrar al medio rural.

En una campaña política hay muchos aspectos que deben juzgarse: un aspecto ideológico, un aspecto de organización, un aspecto político, un aspecto electoral y un aspecto partidista. No me sorprende que en todos el Partido Revolucionario Institucional haya derrotado ampliamente, y como lo dijimos en la campaña, haya arrollado al Partido de Acción Nacional en ese V Distrito que comprende, precisamente los cuatro municipios de Mazatlán, Elota, Cosalá y San Ignacio.

En lo ideológico, la ciudadanía de ese distrito se dio cuenta de la tesis que planteaban cuando hablaban precisamente de la oposición al libro de texto, de la desaparición de las tiendas Conasupo y sobre todo, de querer desaparecer el ejido como organización económica y social de nuestra estructura productiva.

En lo social, nunca tuvieron capacidad de movilización. Jamás la han tenido. Y si por segunda ocasión fue derrotado Humberto Rice, fue precisamente por querer ganar una elección el día de las elecciones. Y nosotros estamos acostumbrados a hacer campaña. Nosotros recibimos instrucciones del máximo jerarca de nuestro partido para intensificar nuestro trabajo político. Electoralmente también fueron derrotados. Sencillamente, ni siquiera tienen el número de personas suficientes para llenar o para cubrir el requisito de representantes de partido y de candidato en las casillas electorales. Tuvieron que acudir al padrón electoral que decían desconocer. Y de ahí sacaron nombres y domicilios debidamente constatado y registrado en todos los periódicos de Mazatlán. Pero eso no es todo, hay muchas más. Desde el punto de vista de la operación del partido nosotros tenemos estructura, tenemos organización y tenemos capacidad real de movilización. Y saben ustedes lo que pasó unos días antes de las elecciones en Sinaloa, para quienes no lo sepan, el candidato del Partido Acción Nacional, Marco Antonio Yáñez, renunció a la candidatura. Pero es importante que ustedes sepan lo que dijo en esa renuncia, porque pidió perdón a la ciudadanía de Sinaloa. Porque con su actitud, dijo él, como candidato del PAN, estaba cortando las opciones democráticas. Dijo ahí, que un grupo reducido en ese estado, lo único que perseguía era defender sus privilegios económicos. Y a esos grupos pertenece precisamente Humberto Rice, el candidato del PAN.

Dijo también que había sido engañado. A mi no me sorprendería que Humberto Rice se dijera engañado porque todavía un año antes de las elecciones para presidente municipal en noviembre de 1983, era militante del PRI, pero como el PRI lo identificó, no lo hizo candidato, y como no lo hizo candidato, buscó la oportunidad del PAN. Ese es precisamente el tipo de oportunismo que no queremos en nuestro partido. (Aplausos.)

Hay más compañeros presuntos diputados. Qué importante es este Colegio Electoral, porque nos da oportunidad a todos de escucharnos mutuamente, con respeto, con la honorabilidad que todos nos merecemos. Yo no he utilizado los calificativos que desde el primer día aquí ha venido utilizando el Partido de Acción Nacional, y ahí está de testigo mi compañero Salvador Robles Quintero; no tengo necesidad porque tengo argumentos sólidos, porque además tengo el apoyo de la ciudadanía del V Distrito.

Qué importante, digo, porque aquí hay libertad de expresión; a nadie se le ha cortado la libertad de expresión, y no nos comportamos como una aplanadora como aquí se dijo. Qué bueno que esta Mesa Directiva haya cumplido fielmente su función, porque a veces ante las violaciones pequeñas del reglamento como el tiempo, da el respeto para que termine el orador. Qué bueno también que dé cauce a la libertad de expresión

para que tengamos aquí posibilidad de discutir ideas y no de venir a hacer afirmaciones incorrectas.

Veamos los resultados. Se habla de creencias, insisto, y de supuestos. En las elecciones que se llevaron a cabo el 7 de julio en el V Distrito, el Partido Revolucionario Institucional obtuvo 43 mil 431 votos, el Partido Acción Nacional 21 mil 480; una diferencia suficiente, ojalá hubiera sido mayor. Pero, ¿qué es lo que pasa? En Mazatlán votó el 45% del padrón electoral, el promedio del distrito fue el 50%, el promedio nacional. Pero se le olvidó al señor candidato Humberto Rice Cid que en el periódico El Noroeste de Mazatlán se publicaron los resultados de las elecciones, ahí se admitió, pese a lo que ellos decían como votos obligados, que en Mazatlán había triunfado el Partido Revolucionario Institucional.

Eso no es todo, 443 casillas, más las casillas bis a las que hizo referencia, en el 61% de las casillas obtuvo mayoría de votos el Partido Revolucionario Institucional. Y no negamos los votos que se depositaron a favor del Partido Acción Nacional en Mazatlán, sólo que ya es un ejercicio numérico y si los datos del señor candidato hubiesen sido correctos, yo hubiera obtenido más de 60 mil votos.

Lo que no quieren entender los compañeros del Partido Acción Nacional es que nosotros tenemos el respaldo popular, hay que verlo en Elota, Cosalá y en San Ignacio. Si no hay estructura del partido, si en la prensa local se comentaba, que el candidato del PAN andaba tratando de establecer los comités en esos municipios. Si tuvimos 120 días de campaña, a diferencia de los fines de semana que él aprovechaba para su campaña política.

Pero este dato que mencionaba del comité distrital es también muy ilustrativo para el argumento que a continuación voy a mencionar. Yo creo que en la historia de ese comité nunca hubo elecciones tan transparentes, porque deben saber ustedes que durante todo el recuento preliminar que se hizo, el 7 de julio y después el 14 de julio, siempre estuvo presente la prensa local y la prensa nacional. Y voy a comentar algo que quizás también deberían mencionar los compañeros de Acción Nacional, no solamente esa renuncia del candidato del II Distrito, lo que es más importante, el comisionado ante el comité distrital Tarsicio Silva Lozano, recoció lamentable error, públicamente que había perdido la elección el domingo 7 de julio. Pero dijo además, ante la prensa, que se lo había informado al candidato Humberto Rice, y que por primera vez, así lo dijo él, habían perdido en buena lid. No solamente eso, dijo más, dijo que la diferencia que al PRI le iba a dar los votos de los otros tres municipios serían definitivos. Y al día siguiente en la prensa local, todos los partidos de oposición, con la excepción del Partido Acción Nacional, reconocieron la limpieza de las elecciones, incluso el mismo obispo de Mazatlán. Si de algo le sirve a los compañeros del PAN.

Ah. Esto es lo interesante. Doce horas después Tarsicio Silva fue sustituido como comisionado del PAN ante el comité distrital. Sin embargo su sucesor no pudo negar la evidencia que le fue presentada y tuvo que firmar el acta circunstanciada que es la que está disponible en todos los organismos electorales.

Hay más, compañeros. Nosotros pudimos haber interpuesto el recurso de queja y protestas. ¿Saben ustedes por qué? Porque el señor candidato del PAN fue detenido por el Ejército. ¿Saben ustedes por qué? Porque varios jóvenes panistas fueron llevados a la inspección de policía, por alterar el orden público el día de las elecciones. ¿Y saben ustedes por qué hicieron esto? Porque desde antes de que se llevaran a cabo las elecciones desataron una campaña para promover la violencia en el municipio de Mazatlán y en los municipios del resto del estado. Traían así la consigna que habían recibido a nivel nacional. Afortunadamente pedimos al comité distrital, y lo anunciamos públicamente, que el Partido Revolucionario Institucional jamás aceptaría esas provocaciones y pedimos e hicimos una exhortación pública que está en la prensa también, para que se viera un acto electoral ejemplar. Todos los partidos lo firmamos, menos el Partido de Acción Nacional. Los únicos que promovían la violencia y tenemos también testigo y tenemos también las pruebas, eran precisamente el Partido de Acción Nacional.

Lo que no iban a conquistar en la urnas, querían lograrlo por la fuerza, porque muchos argumentos podríamos aquí manejar, muchos más, por ejemplo, la formación de grupos de choque, están ahí también testimonios de lo que querían hacer en Sonora, estaban ahí las experiencias de Coahuila, donde el Partido Revolucionario Institucional estaba en defensa de las instituciones y donde el Partido Acción Nacional estaba permanentemente provocando la violencia.

Podría continuar con muchos más argumentos, pero quiero referirme particularmente a dos que son significativos. Hay algunas urnas que efectivamente no llegaron, para conocimiento del señor candidato del PAN, no llegaron al comité distrital. Pero afortunadamente el Partido Revolucionario Institucional tenía representante de partido y de candidato en cada una de las 443 casillas más las casillas bis; y por ellos nos enteramos que esas urnas que no llegaron daban resultados todos favorables al PRI: 292 que argumentan en un escrito de conformidad que ni siquiera cumplió los requisitos de ley, 223 votos para el PRI, 20 para el PAN; casilla 264, que también la menciona: 34 para el PRI, 12 para el PAN; casilla 312, que también la mencionan: 180 para el PRI, 4 para el PAN; Miravalle que también la mencionan: 263 para

el PRI, uno para el PAN, y todavía alegan fraude.

Dicen desconocer el padrón, algunos dicen que lo conocieron, otros que no lo conocieron. Y sin embargo el señor candidato de la oposición en declaraciones a la prensa dijo que el padrón estaba alterado, porque tenía un 1% arriba de lo que había estipulado el padrón de 1983. Por elemental razonamiento se sabe que el padrón electoral cambia de un año al siguiente.

Y habla ahora de inflación, que no es precisamente causa, es resultado, como se nos enseña en las lecciones más elementales de Economía.

Señor presidente: no hay en este dictamen recurso de queja interpuesto, no hubo recurso de protesta, sin embargo, aquí se ha pedido que se turne a comisiones, yo quiero recordar al señor Humberto Rice que nosotros en el Partido Revolucionario Institucional no nos valemos de argucias para negociar lo que no es negociable, nosotros triunfamos y ya dijimos cuáles son las razones de peso que están detrás de este triunfo electoral.

Hay sí, personas que tratan de desacreditar sistemáticamente el proceso electoral, no nos sorprende, somos la mayoría, para la oposición es muy fácil la utilización del sofisma, aunque esté bien construido jurídicamente hablando, pero lo curioso es que a veces anticipan las irregularidades y esta campaña que acaba de terminar en su proceso de elecciones del 7 de julio, se caracterizó precisamente por eso.

Por ello pido a usted señor presidente, que respetuosamente solicite y consulte a la asamblea si ya el dictamen se encuentra suficientemente discutido; insisto, no hay recurso de queja ni recurso de protesta, y el único escrito de inconformidad que se presentó el 10 de julio, fue respondido en el comité distrital, donde aparece precisamente la firma del comisionado del Partido Acción Nacional; si es así ruego a usted que de acuerdo con esta consulta a la asamblea a efectuar la votación para la aprobación del dictamen. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Se concede el uso de la palabra al C. José Angel Conchello

El C. José Angel Conchello Dávila: - Señor presidente; señores miembros del Colegio Electoral: Antes de iniciar mi intervención, lo que yo quería someter ante ustedes, me veo obligado a hacer algunas precisiones; en primer lugar, la confesión del señor presunto candidato que me antecedió en la palabra, que criticaba al candidato Humberto Rice, que había pretendido ganar las elecciones el día de las elecciones, yo me pregunto si él las ganó antes o si sabía desde antes que las iba a ganar.

En segundo lugar me dice Humberto Rice que le enseñe la credencial o la constancia de que haya pertenecido al PRI, que él nunca ha tenido ese privilegio o ese honor.

En tercer lugar, respecto a la renuncia de un candidato, se descubrió, y esto habla mucho de la maquinaria, no electoral, de la maquinaria de represión que viene desde la Secretaría de Gobernación, el tal candidato resultó un candidato de Gobernación que sigue trabajando para Gobernación.

Y en último, la deplorable exhibición de ignorancia del candidato que me precedió, que no sabe que el tiempo de las intervenciones no lo conceden las galerías, sino el Reglamento Interior del Congreso. (Aplausos.)

Ahora sí, vengo a esta tribuna a respaldar por razones de orden político y en obediencia a un imperativo de transparencia democrática, la petición del candidato Humberto Rice, porque existe la duda razonable respecto a los resultados aparentes de las elecciones de Sinaloa el 7 de julio. Antes, quiero hacer nuevas aclaraciones: soy miembro de la Comisión Dictaminadora, me reservé y así se los dije a los miembros de la misma, el no formar el dictamen porque el candidato quería hacer observaciones de carácter político. Lo establezco porque en este Colegio Electoral ya se han establecido de hecho, dos instancias.

Una, principalmente procesal, legal; principalmente o eminentemente jurídica que es el dictamen de las comisiones y,

Dos, el pleno que es la instancia final donde no sólo se deben y pueden aducir razones legales, razones jurídicas, sino razones de orden político, razones de estado, razones de limpieza pública, incluso razones de equidad. Y yo quiero pensar que en esta ocasión son razones de equidad las que nos mueven a pedirles la nulidad de tales elecciones porque los hechos resultantes de las mismas nos dejan la duda razonable de que esas elecciones no fueron limpias. La equidad, señores, suplemento legis, es el complemento de la ley. Sin la equidad de la ley no es nada, en cambio la equidad por sí misma puede hacerlo todo.

Y cuando vengo a pedirles que meditemos en los resultados y en la duda razonable, quiero que vean como las discrepancias, entre el área rural y el área urbana, nos hablan de que esas elecciones no son confiables.

De acuerdo con los datos que mencionó el presunto diputado Rice y las que confirmó después el candidato del PRI, en Mazatlán, el PAN obtuvo 20 mil votos y el PRI 18 mil; y en las áreas rurales que constituye el distrito, el PAN mil 384 y el PRI 25 mil.

Voy a dejar para otra ocasión, tiempo tendremos de hacerlo, para demostrar que la pretendida, el pretendido repudio del campesinado contra el hecho que se aduce de que Acción Nacional quiere la desaparición del ejido, porque en el fondo lo que queremos es la restauración del ejido voluntario y la restauración de la propiedad privada rural, de la pequeña propiedad como lo querían Villa, Zapata, Carranza, la Ley del 7 de enero y la

Constitución de 1917, pero eso será en otra ocasión.

De esas constancias, de esas discrepancias, uno tiene que concluir que una de las dos está mal, porque en este país nuestro, en esta nacionalidad en formación, en barbecho que somos los mexicanos, hay ciertas constantes más allá de las diferencias de campo y de ciudad; más allá de las diferencias del campesino y del obrero; más allá de las diferencias de Norte, Centro o Sur, hay ciertas constantes de comportamiento que hacen que el sinaloense sea una forma de ser mexicano, como los neoleoneses somos otra forma de ser mexicano y lo son los del Distrito Federal.

Tenemos y estamos formando una fisonomía de Nación y esas discrepancias tan radicales entre campo y ciudad entre la que estuvo debajo de una milpa y la que estuvo en una casa humilde, revela que es necesario, por esa razón, pensar que en algún momento las elecciones no son válidas. Es más, yo diría, pueden ser falsas las de Mazatlán o pueden ser falsas las del campo. Pero no se puede colegir que con esas discrepancias tan radicales, las dos sean válidas y las dos sean verídicas. Y en consecuencia, como dentro de la comisión yo me abstuve, no vengo a objetar el procedimiento jurídico ni el dictamen. Si el pleno se redujera únicamente a aprobar los dictámenes, el pleno no tendría función de ser. No pongo en duda la jurispericia del presidente de la comisión. Vengo a aducir nuevos elementos de orden político, casi yo diría de orden del sentido común, para que las elecciones de ese distrito de Sinaloa, sean consideradas nulas por existir la duda razonable.

Y si queremos un Congreso que no tenga la sombra de una duda, debemos rechazar, debemos considerar nulas las elecciones a que hacemos referencia. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Jesús Murillo Karam, por la comisión.

El C. Jesús Murillo Karam: - Señor presidente; compañeros diputados: El fondo más claro de la discusión que en torno a este caso hemos escuchado se infiere de lo que el señor diputado Conchello llamó una duda razonable, derivada de una gran diferencia de votación en el medio rural y el medio urbano. No se objetó el dictamen; se consideró que jurídicamente es impecable, pero, dijo el señor diputado Conchello, existe la duda razonable.

Para nosotros, los que hemos participado en la vida del país, los que hemos vivido y conocemos la ideología de cada uno de los partidos, no existe ninguna duda, no puede haberla, es una cuestión de fondo.

No se trata de venir a disfrazar ideologías para vestirse de revolucionarios, y con esto recuerdo un planteamiento de alguien del Partido de Acción Nacional que se quejaba de que en el PRI nos adjudicábamos el derecho a la Revolución Mexicana. Es claro que sí, es claro que sí porque somos herederos de su ideología de manera clara, de manera contundente.

¿Por qué hicieron la Revolución la mayoría de los mexicanos? Porque fundamentalmente querían modificar tres injusticias: la estructura de la tenencia de la tierra en el campo, la explotación a la que eran sometidos los obreros y la necesidad de que todos los hijos de los mexicanos tuvieran acceso y oportunidad a la educación. Esos fueron los planteamientos de la revolución fundamentales, son los que se consignan en el resultado de esa revolución que es la Constitución. ¿Y qué pasa con ellos? Que son postulados y que son planteamientos del PRI. ¿Qué dice al respecto el Partido de Acción Nacional a pesar de como lo quieran disfrazar? Acabar con el ejido convirtiéndolo en propiedad. ¿Qué dice respecto a la educación? Acabar con el libro de texto gratuito. ¿Qué dice con respecto a los obreros? Que hay que acabar con las posibilidades políticas de los sindicatos; no pueden ser herederos de una revolución quienes niegan sus principales preceptos y contenidos. Nosotros, los priístas queremos y nos decimos revolucionarios no porque pensemos que hayamos acabado y logrado esos objetivos sino porque estamos seguros que hace falta culminarlos, por eso nos mantenemos y nos seguimos diciendo revolucionarios.

No podemos disfrazar ni ocultar nuestra ideología, porque a los mexicanos que votaron y a los que seguirán votando es necesario que sepan por quien lo hacen Es necesario que se den cuenta la opción por la que van a elegir.

En consecuencia, hecha esta aclaración que me parece de fundamental importancia, y en virtud de que el dictamen no fue objetado y fue reconocido por el señor diputado Conchello como apegado a derecho, yo solicito a nombre de la Comisión, al señor presidente, ponga a consideración de la asamblea si este tema se encuentra suficientemente discutido. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Se concede el uso de la palabra al C. Eduardo Valle, para hechos, por cinco minutos, del Partido Mexicano de los Trabajadores.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: - Señor presidente, en primer lugar quiero agradecer el tono del discurso del colega Murillo Karam, creo que vamos avanzando. En Sinaloa, la tierra de los once ríos, se han dado grandes poetas como Gilberto Obuell, grandes generales revolucionarios como Angel Flores y como el granito de oro de la revolución, Rafael Buelna y también es parte de la historia de Sinaloa el que se haya producido entre sus gentes pistoleros y criminales; pistoleros como el Gitano, que matara al gobernador Loaiza y criminales como los que hemos venido conociendo en los últimos tiempos, y como aquellos que, por ejemplo, ligados al

gobernador Toledo Corro, hace unas cuantas semanas asesinaran de un balazo a un pobre pescador y hoy gocen de la impunidad que les garantiza su relación con este funcionario. Este gobernador que viene de la empresa privada transnacional.

Sinaloa es una tierra hermosa en donde su gente es de trabajo y es gente limpia, y es gente que de muchas maneras ha demostrado en el curso de las últimas décadas que puede ofrecer cosas importantes y positivas para la vida de la nación. Y cuando escucho aquí a José Angel Pescador Osuna, llamar calumniador y mentiroso a Humberto Rice, yo me pregunto si este tipo de intervenciones nos ayudan. Yo me pregunto si decirle por ejemplo Humberto Rice que el pueblo de Mazatlán le dio la cara; quiere decir que le vio la cara de tonto o quiere decir que le vio la cara en el malecón, en la más grande manifestación de masas de carácter político que se haya desarrollado en Mazatlán en las últimas décadas.

¿Que sentido tiene este tipo de intervenciones como las de Pescador Osuna? Esperamos que Pescador Osuna no pase aquí, a la historia de la legislatura como un auténtico pistolero verbal sinaloense. Esperemos que respetemos la tribuna, respetándonos a nosotros. Porque quiero recordarles, colegas, que en el año de 1917 la reacción y la contrarrevolución usando este tipo de vicios y de fallas, insultó al Congreso Constituyente de 1917 llamándolo el erradero Y el erradero se vuelve a decir en los diarios de la ciudad de México; vuelve a aparecer como calificativo entre el Colegio Electoral. Estos no son procedimientos.

Yo reclamo estos procedimientos y hago un llamado: ¿pueden o no panistas y priístas hacerme caso? Pueden o no considerarlo como una expresión simple y llanamente moralista. Pero yo les hago un llamado a que respeten la tribuna, respetándonos entre nosotros. Y les diría a los integrantes del Partido Revolucionario Institucional que el problema de fondo, el problema político en Mazatlán es que quien hoy hacen manifestaciones de masas, no es un gran poeta como Owen o un gran general revolucionario como Angel Flores, sino un empresario privado ligado al Partido Acción Nacional, y eso habría qué pensarlo. Gracias.

El C. Presidente: -Se concede el uso de la palabra para hechos, por cinco minutos, al C. Gonzalo Altamirano Dimas, de Acción Nacional.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: - Señor presidente; compañeras y compañeros presuntos diputados: Hoy no ha sido y no es ni en el transcurso de las próximas sesiones de este Colegio Electoral, no será la excepción de seguir escuchando las calumnias contra mi partido Acción Nacional.

Durante toda la campaña estuvimos escuchando con paciencia todas aquellas calumnias y mentiras que salían desde los escritorios del partido oficial o desde el gobierno mismo. La campaña política parecía que se presentaba contra el Partido Acción Nacional y aún con falta de óptica de algunos partidos de la oposición; el enemigo a vencer no era el partido oficial, sino Acción Nacional.

Así con ligereza se calumnió a nuestro dirigente nacional, el ingeniero Pablo Emilio Madero, y hoy se ha venido a repetir la misma calumnia, de que Acción Nacional pregona la desaparición del ejido, la desaparición del sindicato y se llegó también que la del texto gratuito. Qué mentira tan grande y qué falta no solamente de imaginación sino de responsabilidades para quien afirma estos hechos sin base alguna.

Si lee los textos de Acción Nacional, si lee nuestra plataforma política que presentamos para estas elecciones, verá con claridad que estamos pidiendo la reivindicación del campesino mexicano, que hasta el momento sigue siendo carne de cañón para el partido oficial que sólo lo aprovecha en épocas electorales tal y como lo dijo un ex secretario de Estado; el campesino está organizado solamente para votar y no para producir, se dice que Acción Nacional pide la desaparición del sindicato, sin embargo, si leen nuestra plataforma política verán que estamos pidiendo la desaparición de la cláusula de exclusión que es utilizada por motivos políticos para obligar a los sindicalizados a pertenecer obligatoriamente al partido oficial. Queremos que se respete nuestra Constitución que habla de la libertad de toda persona para pertenecer o no a una organización política y no de manera coaccionada, como aparece en los estatutos de la CNOP o de la CTM.

No queremos la desaparición del libro de texto gratuito, no queremos acabar con la educación gratuita, queremos que haya pluralidad en la educación y escúchenlo bien para que no vengan luego con ligerezas, a etiquetarnos palabras que no hemos dicho, la educación laica debe ser un tipo de educación, pero no la única, queremos libertad en la educación, queremos reivindicación del campesinado y queremos también libertad para los trabajadores del campo; y al candidato del partido oficial se le olvidó mencionar uno de los más claros lemas de nuestra revolución como lo es el Sufragio Efectivo.

Tal parece que el semiporfirismo de un desarrollo económico no solamente equivocado, sino frustrado, ha olvidado el verdadero principio de la revolución que era el Sufragio Efectivo y que hoy sigue siendo demanda para todo México.

Yo quisiera dar testimonio de nuestro candidato Humberto Rice, legítimo triunfador de las elecciones municipales anteriormente y al que ahora nuevamente todo el aparato oficial le impidió como les está impidiendo hasta este momento conocerle un legítimo triunfo que en conciencia y que todos se han dado cuenta, la prensa nacional, los periodistas que estuvieron allá en Mazatlán, que él realmente ha

desarrollado una campaña de altura y es que es el candidato legítimo de los mazatlecos.

En este sentido, compañeros presuntos diputados, yo apelo a la responsabilidad del partido oficial para que lean con seriedad los planteamientos de mi partido y no vengan con ligereza a calumniarnos o a etiquetarse como herederos de la revolución, ya que muchos de ustedes son simples usufructuarios de un movimiento que costó vidas al pueblo de México y que hoy sigue siendo reclamo de todos los mexicanos, como el Sufragio Efectivo.

Ya habrá de confrontar ideologías, si acaso el partido oficial tiene alguna y no es simplemente la ideología del poder y la mayoría numérica que acaba con los procesos electorales legítimos y con el triunfo de nuestros candidatos como se ha demostrado en este Colegio Electoral. Ya habrá momento para deliberar. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Diego Valadés, por la comisión.

El C. Diego Valadés Ríos: - Señor presidente, atendiendo a una pertinente indicación, aclaro que no soy miembro de la comisión, vengo como orador en pro del dictamen.

Ciudadanos miembros de este Colegio Electoral: Sin duda los aspectos que se han venido planteando a lo largo de este debate relacionado con el V Distrito del estado de Sinaloa, rebasa con mucho interés exclusivo de un distrito electoral y se inscribe ciertamente en el interés general de la nación. Cuando aquí se plantean aspectos de carácter personal, no tengo sino que hacer una previa reserva y es en el sentido de que tengo estimación personal por don Humberto Rice como la tengo por José Angel Conchello y que tengo respeto por la organización política denominada Partido Acción Nacional a pesar de que le profeso profundas y públicas discrepancias con sus tesis ideológicas. Para hacer referencia a estas tesis ideológicas y para que el debate que tuvo por origen el de una elección distrital no quede sin respuesta en lo que se refiere a los múltiples aspectos de interés nacional, vengo a esta tribuna para solicitar que el dictamen correspondiente al V Distrito Electoral de Sinaloa sea aprobado.

En primer término y con el respeto que me merece como abogado don José Angel Conchello, quiero señalar que entre los múltiples aspectos susceptibles de dar cause a la nulificación de una elección, a que alude el artículo 223 de la Ley de Organizaciones Políticas y procesos Electorales, no figura la equidad.

Es evidente que una sanción tan drástica como la imposición de la nulificación de una elección sólo puede llevarse a cabo cuando existen razones taxativamente enunciadas en la propia ley.

La anulación de una elección es la privación del voto a aquellos que lo ejercieron en un proceso electoral, y en este sentido la equidad no se impone negándole a los ciudadanos su derecho de votar; sino reconociéndole el derecho por el cual votaron.

La equidad pues está de lado de quienes votaron y no del lado de quienes se oponen a los muchos que votaron. En una democracia, tenemos que reconocerlo, manda la mayoría.

Es importante que esta tribuna, que es la más elevada de la nación, no se convierta en el escenario de la más baja pasión; es importante por lo mismo que sepamos diferenciar aquello que interesa a un partido de aquello que interesa a una sociedad como la nuestra.

En esta tribuna se ha escuchado esta misma mañana que en México no existe el debate en los términos más elevados que este calificativo entraña. Y aquí en esta tribuna, en este recinto, en este nuestro entrañable México, los mexicanos estamos demostrando que sí somos capaces de organizar un debate de altura respetando las diferencias de nuestros antagonistas, pero haciendo la defensa cabal de los derechos de las mayorías.

Tradicionalmente se ha desdeñado la capacidad crítica del pueblo mexicano, tradicionalmente se ha ignorado la capacidad de profundización que la sociedad civil mexicana tiene y que ha demostrado de una manera secular.

Cuando se nos dice que somos una sociedad en formación, en todo caso no se tienen en cuenta las múltiples décadas, los largos siglos, las muchas vidas empeñadas en justificar nuestra existencia y en justificar nuestra presencia en el mundo como una nación articulada, coherente y congruente.

Hemos tenido, a lo largo de nuestro largo debate por la afirmación de nuestra nacionalidad, que apelar al recurso del debate público y muchas veces, infortunadamente, del enfrentamiento fraticida.

Tenemos que reconocer que en nuestra historia hubo partidarios de la dependencia como hubo mexicanos partidarios de la independencia. Que hubo mexicanos partidarios de la centralización del poder, como hubo mexicanos partidarios de la descentralización del poder. Que hubo mexicanos que hicieron de la monarquía su bandera y que hubo mexicanos que hicieron de la República el desiderátum de su vida. Así también hay, como ha habido, mexicanos que se han entregado a la reacción como una posición que impide el cambio y los que nos hemos entregado a la Revolución como una actitud que promueve un nuevo futuro para la nación.

Esto hoy lo podemos sintetizar en dos términos: hay el debate que escenifica ante la sociedad civil, entre el faccionalismo y la democracia. Y la mayoría de los mexicanos estamos por la democracia.

Por eso, en una elección lo que se discute no solamente es la persona a quien se va a elegir, sino aquella plataforma ideológica que sustenta su aspiración a ser elegido. Y por eso, en este caso del V Distrito de Sinaloa,

puedo decir que lo que se dio no fue una pugna entre personalidades, y yo respeto la personalidad de los nueve contendientes que en este proceso electoral participaron, sino una pugna entre concepciones diferentes de un México que queremos moderno, dinámico, justo, democrático y libre.

Se ha dicho que lo que se ha dicho no es cierto. Pero para eso y sin tener que molestar a ninguno de los señores secretarios, con la venia del señor presidente, voy a dar lectura a un documento que tuvo amplia difusión en Sinaloa, como la debió haber tenido en muchos otros lugares de la República.

Es un documento intitulado: "Cien tesis básicas o acciones para la nueva mayoría".

Aquí estas acciones, estas cien acciones, estas cien tesis se puede decir que vertebraron lo que fue el verdadero debate ideológico que se llevó a cabo en el V Distrito de Sinaloa. Reitero, el problema no fue de personalidades, el problema fue de idealidades; el problema no se cifró en la simpatía que podría irradiar una persona, porque los pueblos no votan por individuos sino en las convicciones ideológicas que podrían nutrir al partido que postulaba a ese individuo.

Y nos encontramos con el documento que fue ampliamente difundido en el estado tiene planteamientos como éste: insistir en la iniciativa para que el nombre oficial de nuestra patria sea el de República Mexicana y no de Estados Unidos Mexicanos. En otras palabras, era la vuelta a las famosas Siete Leyes Conservadoras del Siglo XIX; en otras palabras, era la negación de nuestro sistema federal; en otras palabras, que la vuelta al centralismo que condenó la fracción conservadora que asistió al Congreso Constituyente de 1857; porque en 1857 los conservadores eran federalistas. (Aplausos.)

Otros aspectos que ha negado aquí el señor presunto diputado Altamirano Dimas diciendo que le imputaron malamente al presidente de su partido, aparecen también en este documento que si no tiene el carácter de oficial porque es apenas un recorte de prensa, nunca sin embargo fue desvirtuado por la directiva del partido que supuestamente lo publicó.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: - ¿Me permite una interpelación? ¿Qué dice el documento?

El C. Diego Valadés Ríos: - No, si me permite voy a continuar con la lectura del documento.

El documento, por lo que se refiere a los sindicatos dice: "se promoverá la eliminación de la cláusula de exclusión por razones políticas". No se sabe si le falta o le sobre una coma a este enunciado, si es que por razones políticas se promoverá la eliminación de la cláusula de exclusión o si es que se promoverá la eliminación de la cláusula de exclusión que se aplique por razones políticas. Más me inclino por interpretarlo de la primera forma, porque es la única lógica, que de la segunda manera, por una muy sencilla razón; no hay ningún texto legal en la República que diga que por razones políticas se puede aplicar la cláusula de exclusión. Luego, esa casual no existe.

Y siendo así las cosas, ¿qué es lo que se quiere procurar con la eliminación de la cláusula de exclusión? Se quiere aquello que según se dice el señor presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN dijo, y luego dijeron que no había dicho en su celebrisima y conocidísima declaración de Hermosillo. Cuando ahí se dijo que se pronunció en contra del sindicalismo mexicano, de alguna forma estaba pensando en la eliminación de esta cláusula. Porque ¿a manos de quién se dejan los sindicatos si se les impide que expulsen de su seno a quienes realicen actividades contra sindicales? Se les deja en manos del patrón, y eso es antisindicalismo.

También se dice literalmente en este documento, que se dé seguridad jurídica a los ejidatarios otorgándoles títulos de propiedad protegidos por la ley. En este caso ya no se habla de la restauración del ejido voluntario, en este caso también se ignora lo que pasaría con la propiedad comunal, en este caso lo que se plantea simple y llanamente es convertir en ejidatario en un pequeño propietario como primer paso para luego convertirlo, otra vez, en el asalariado que acabamos en 1910.

Eso fue lo que tuvo en cuenta el elector sinaloense, por eso se explican los números de la votación. Aquí un distinguido militante de un partido de izquierda ha señalado hace unos momentos, cuando me precedió en el uso de la palabra, que Sinaloa es cuna de grandes personajes. Uno de esos grandes personajes que no mencionó pero que desde luego conoce muy bien es Salvador Alvarado, gran precursor en México de las ideas sociales y gran sistematizador de los principios de la revolución mexicana, y además gran constructor de la revolución en el estado hermano de Yucatán.

La obra de Alvarado fue una obra que no se ha apagado, es una obra que continúa vigente tanto la obra escrita, cuando la obra política y humana realizada entre otras cosas, porque la obra jurídica de Alvarado fue precursora de la nueva Constitución Mexicana y, particularmente, de los tribunales laborales que aparecen en nuestro artículo 123.

Por eso quiero hacer mención a ese insigne personaje como quiero hacer mención a que la ilustre gente que vive en Sinaloa no es gente ni que esté entregada al vicio y a la violencia ni que esté entregada al fraude político. El sinaloense sabe muy bien lo que quiere y sabe muy bien cómo conseguirlo, como lo saben todos los mexicanos de todas las entidades federativas.

Nosotros no reclamamos una nacionalidad privativa para los sinaloenses. Nosotros somos sinaloenses, pero solamente con una modalidad más de los mexicanos. No hay pluralidades

de nacionalidad en nuestro país. Somos un México único, somos un México unido y no nos vamos a dividir, no nos vamos a fragmentar en pequeñas familias regionales o locales. (Aplausos.)

Habría, desde luego, otros aspectos que señalar para abundar en algo que en todo caso no tiene que ser demostrado, porque es bien sabido que los hechos negativos no se demuestran; o sea que no se puede demostrar que no hubo fraude, en todo caso había que proceder en buena lógica al contrario: señalar que sí hubo fraude. Y en este caso yo solamente tengo una duda que dejo planteada a esta insigne asamblea: Se ha dicho que hace dos años apenas, mi partido sufrió una derrota electoral en el proceso municipal, que algunos han llegado a calificar en una proporción negativa de 7 votos a 1. Yo me pregunto a la luz de los resultados de una elección llevada a cabo dos años después, cuando las cifras hablan de una proporción si no exactamente inversa, en todo caso de una proporción que sí sitúa en dos a uno la victoria del PRI sobre el Partido Acción Nacional, y es que un pueblo no puede olvidar tan fácilmente su forma de votar, su comportamiento electoral e invertirlo de una manera tan desproporcionada, como el que se produjo en este caso.

Así como se habla de una duda razonable por lo que se refiere a las elecciones de este período o de este proceso electoral, yo creo que los resultados de este proceso electoral más que una duda razonable, nos dan una certidumbre inquebrantable por lo que se produjo, por lo que se refiere a lo que se produjo hace dos años en las elecciones municipales. Ganamos entonces, como ganamos ahora, como seguiremos haciéndolo mientras sepamos seguir siendo auténticos abanderados de una revolución y de un pueblo que sólo quiere para sí y para los demás la paz y la libertad. Muchas gracias.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Pido la palabra, para hechos.

El C. Presidente: - Se concede la palabra para hechos, al C. Juan de Dios Castro, por cinco minutos.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Señor presidente; señoras y señores presuntos diputados integrantes de este Colegio Electoral: Quiso entrar, por lo que se ve quien me precedió en el uso de la palabra al debate ideológico. No, no entró y lo voy a demostrar. Intentó a entrar al debate ideológico, criticó la iniciativa, porque ya fue una iniciativa presentada por Acción Nacional en la Cámara de Diputados, para que el nombre de nuestro país sea precisamente el de la República Mexicana como todo el pueblo de México utiliza esa denominación y no el de Estados Unidos Mexicanos y dedujo que por la iniciativa de cambiar la denominación oficial de nuestro país, de ahí se deducía el interés de que volviéramos a la república centralista; no entró al debate ideológico, no examinó que la forma de gobierno que tiene nuestro país de República Federal, conforme al artículo 40 de la Constitución General de la República, cuyo texto dice que México es una República, el Estado Mexicano es una República representativa, democrática y federal compuesta por estados libres y soberanos en su régimen interno. Ese tema fue discutido no en la Constitución de 1857, como afirmó quien me precedió en el uso de la palabra, aquellas dos corrientes sobre el centralismo y el federalismo sembraron una gran polémica en la Constitución de 1824 con Miguel Ramos Arizpe y fray Servando Teresa de Mier, en un debate que en materia de Derecho Constitucional todavía se recuerda, porque la República Federal no ha sido una vigencia real en nuestra patria.

La república centralista, señor presunto diputado, es la que plantea su partido, es la que rige en la práctica por el Presidente de la República, porque con honradez, con sinceridad, con honestidad intelectual todos sabemos que las entidades federativas, los estados libres y autónomos que debieran de ser conforme al texto del 40 constitucional, en la práctica son una falsedad, no son las entidades ni los estados de la Federación los que eligen a sus gobernadores, no es el pueblo de Sinaloa el que designó a su gobernador del estado, como lo es tampoco el pueblo de Durango o el pueblo de Coahuila los que eligieron a los titulares del Poder Ejecutivo de esas entidades, fue el Presidente de la República quien designó con ese fiel de la balanza, según palabras de López Portillo; con esa decisión omnímoda, según lo dice Carlos Loret de Mola, en "Memorias de un gobernador", y fue gobernador de ustedes; según Oscar Flores Tapia que fue gobernador de Coahuila, según las confesiones de quienes han sido gobernadores que es el Presidente de la República el que decide la designación de los gobernadores de cada entidad.

No venga a decir que su partido defiende el federalismo cuando en la práctica México vive violando la Constitución un vil centralismo que deja en manos del Presidente de la República el poder absoluto.

El C. Presidente: - Hacemos un atento recordatorio al orador sobre el uso de los cinco minutos.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Es todo. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede la palabra para hechos, cinco minutos, al C. Jorge Alcocer, del PSUM.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores miembros del Colegio Electoral: Durante buena parte de este día hemos estado presenciando algo que se parece cada vez más al subrealismo.

Un partido que viene aquí a decir que no dijo lo que escribió, que niega muchas de las cosas que ha sostenido a lo largo de su campaña y que han hecho público sus candidatos. Otro partido, el mayoritario, que viene aquí a intentar apoderarse de manera burda de la historia de México, atribuyéndose prácticamente todos y cada uno de los avances del país.

Subrealista es que aquí se venga a acusar al PAN de tener empresario, el PAN lo niega y quien lo acusa es un partido que se pelea los favores de los empresarios, como ha quedado claro en el caso de Nuevo León, como ha quedado claro en el caso de Sonora; partidos que se acusan mutuamente de lo que a diario podamos decir que practican, sólo que uno gobierna y el otro no.

Este debate subrealista no puede continuar porque aquí no hay debate ideológico, aquí no hay debate de principios, aquí no hay debate de lo que ocurre en el país. Francamente es de dar risa oír aquí defensas apasionadas del sindicalismo para quien conozca mínimamente lo que hoy ocurre en el sindicalismo mexicano.

Venir a oír aquí defensas del campesinado cuando en la realidad este país en el agro tiene su principal problema de miseria, de atraso de décadas no resuelto. Que se venga a decir aquí loas y defensas de los obreros cuando los obreros padecen ahí en la calle a diario los resultados de la política concreta de quienes gobiernan. Eso se parece cada vez más al subrealismo.

Y esto a nuestro juicio no puede seguir, no nos va a conducir a ningún lado. Y queremos hacer entonces una propuesta concreta, ordenemos el debate, compañeros, pidamos a la mesa que ordene el debate porque no vamos a llegar de nueva cuenta así más que a perder el tiempo.

Yo pido a la presidencia que antes de continuar el debate lea por favor la secretaría, ordene la secretaría que dé lectura a los artículos 95, 96, 98, 100, 102 y 103 del reglamento, porque aquí resulta que el PRI inscribe oradores cada que quiere, y eso no es posible. Hay que hacer una lista de oradores previa y la presidencia debe dar lectura a esa lista y debe respetarse la lista, y quienes no estén inscritos en la lista, como lo dice el reglamento, sólo podemos hacer uso de la palabra para hechos por cinco minutos. Pero aquí el PRI nos cambia, nos mete oradores, ya viene el orador, lo paran, meten a otro, dicen que es de la comisión, de repente resulta que no es de la comisión. Ya basta, pongamos orden a este debate y sigamos adelante con las cosas sustantivas.

El C. Presidente: - Se concede la palabra para hechos a la ciudadana Beatriz Paredes.

La C. Beatriz Paredes Rangel: - Con su permiso, señor presidente: He solicitado, de acuerdo con las posibilidades que establece el reglamento, el uso de la palabra para hechos. Espero mi percepción del tiempo me permita con precisión tener claro cuando fenezcan los cinco minutos.

Me preocupa, que cuando se tocan de fondo, en función de las instancias ideológicas que contendieron en el pasado proceso electoral, algunas de las plataformas que sustentan los diversos partidos, se quiera reducir el ámbito del debate y de la discusión, con un espíritu crítico que tal vez valiera la pena ejercer en circunstancias más trascendentes.

Desde luego, este Colegio Electoral tiene como materia el análisis jurídico de la validez o invalidez de un proceso electoral. Y es evidente que en el caso del V Distrito de Sinaloa, el dictamen que ha sido presentado no tiene objeción jurídica sustantiva. Sin embargo, como aquí lo señalara con precisión el compañero Diputado Diego Valadés, detrás de este debate subyace una discusión substancial. Ojalá la visión sobre la sustancia no sólo la pueda tener la respetable fracción del Partido Socialista Unificado de México, cuando son ellos quienes ponen a consideración puntos de análisis que superan el análisis jurisdiccional o electoral. Toda esta asamblea escuchó con atención y respeto la exposición del compañero Gerardo Unzueta. Y si hubiéramos sido preciosistas en ese momento, probablemente a cabalidad hubiéramos podido llamar la atención sobre el reglamento.

Subí aquí preocupada por una aseveración grave de la exposición del compañero presunto diputado, Juan de Dios Castro, a quien saludamos con respeto.

Es claro que en nuestro país tiene plena vigencia el federalismo; no sólo porque así lo señalan nuestros ordenamientos constitucionales, sino, fundamentalmente, porque México ha luchado por el federalismo en el trayecto de su proceso histórico, porque siendo nación plural, mosaico de país, en cada una de las regiones las etnias y las circunstancias específicas se manifestaron para defender su derecho autónomo.

Probablemente, en una visión simplista que quiera tocar la piedra angular del sistema político mexicano, pueda quererse convalidar la presunción de que es el Presidente de la República quien designa a los gobernadores. Quiero aquí afirmar y dejar claramente establecido que es precisamente el pueblo, votando en procesos electorales de carácter estatal, quien tiene la opción de ratificar su voluntad para una u otra corriente política, y si el pueblo mexicano ha querido ratificar en las elecciones estatales su voluntad respaldando a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, esto es parte de lo que se ha discutido aquí en sustancia; ha querido respaldar una plataforma ideológica, ha querido respaldar y refrendar planeamientos que sostienen a la propiedad social, que sostienen a la educación laica y a la educación laica como principio, no sólo como opción, porque nuestro pueblo tiene memoria histórica y refrenda sus conquistas, vale la pena subrayarlo.

No sólo esta conciencia federalista tiene su origen en nuestra realidad histórica y en las luchas regionales; no sólo tiene su precisión exacta en las discusiones que celebraron en el recinto parlamentario los Constituyentes, sino, además, en la época actual se están realizando esfuerzos sustantivos para fortalecer la descentralización de la vida nacional, y debemos traer aquí, para el registro histórico que fue precisamente la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional quien secundara una iniciativa del Titular del Poder Ejecutivo para que se reformara el artículo 115 constitucional y se le diera mayor vigor y vigencia a la vida del municipio.

En el V Distrito Electoral de Sinaloa donde la realidad del país ha llevado, es cierto, a una circunstancia de menor ventaja a las zonas rurales, se reflejó una conciencia revolucionaria en cuatro municipios, tres municipios cuya actividad fundamental es la agropecuaria, que tienen como componente fundamental a la propiedad social, en donde mexicanos trabajadores respaldan la producción alimentaria y defienden con sus hechos a la propiedad social, allí la voluntad del electorado se manifestó por el Partido Revolucionario Institucional. Y ya se ha explicado aquí exhaustivamente que en el municipio de Mazatlán también esa fue la voluntad popular.

Por ello, señor presidente, por el esfuerzo que han hecho los gobiernos revolucionarios por fortalecer al federalismo, por la ratificación del federalismo que fortaleciendo al municipio hace la actual administración, y porque estimamos que el dictamen no tiene ninguna objeción jurídica, es por lo que ruego ponga usted a consideración de esta Asamblea sí está suficientemente discutido y de serlo así lo ponga a votación. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: Señor presidente, moción de orden, pedí el uso de la palabra para hechos.

El C. Presidente: - Se concede por cinco minutos, para hechos, el uso de la palabra al C. Juan de Dios Castro, del Partido Acción Nacional.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Después de haber escuchado a la compañera y muy estimada presunta diputada, Beatriz Paredes, en los cinco minutos más largos de la historia. No puedo menos que señalar que la falsedad de la vigencia real del federalismo no la hemos manifestado nada más nosotros, la han manifestado ex gobernadores de estado, miembros de su Partido Revolucionario Institucional.

Y no nada más la designación de gobernadores, la designación del propio Presidente de la República. Recordemos aquellos artículos escritos por el ahora ex Presidente Luis Echeverría Alvarez en el diario El Universal, cuando manifiesta la sucesión en favor de López Portillo: yo se lo manifesté, palabras textuales, en discretísimo coloquio.

Pero en fin. La presunta diputada Beatriz Paredes dice que en México los gobernadores los eligen los pueblos de cada entidad y ninguna injerencia tiene el Presidente de la República.

Pero quiero tocar otro punto, además, en los pocos minutos que me queda de mi intervención.

Nosotros estamos en contra de la cláusula de exclusión por razones políticas, no en contra de exclusión. La cláusula de exclusión es una protección y defensa del sindicalismo mexicano en contra de que se le pueda minar internamente.

¿Pero qué no sabe el señor presunto diputado que nos hizo esa imputación. Los acuerdos que toma la Confederación de Trabajadores Mexicanos. Y qué no conocer el contenido de los estatutos de esa Confederación de Trabajadores Mexicanos? Aquel trabajador sindicalizado que se oponga a las decisiones de las asambleas se le aplica la cláusula de exclusión.

Esos acuerdos plenarios de asamblea en favor de un determinado candidato cuando un trabajador está en contra, originan no solamente la exclusión del sindicato, la pérdida de su empleo. Y para el prior Blas Chumacero, que es de la CTM, le quiero dar un dato que probablemente desconozca: en la ciudad de Gómez Palacio, Durango, hay una empresa transnacional.

El C. Presidente: - Le llamamos la atención al orador.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - ¿Por qué me llama la atención, señor?

El C. Presidente: - Por las imputaciones personales que está haciendo.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - No, el señor Blas Chumancero dijo miente y yo estoy contestando al cargo para demostrarle...

El C. Presidente: - Compórtese con un poco más de respeto para esta asamblea, señor.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - No hice ninguna imputación ofensiva al señor presunto diputado Blas Chumancero. Quiero darle un dato: para poder entrar a trabajar a la empresa Renault en la ciudad de Gómez Palacio... es necesario presentar su credencial de elector. Muchas gracias, señores presuntos diputados.

El C. Presidente: - Se concede la palabra al C. Juan Maldonado.

El C. Juan Maldonado Pereda: - Señor presidente: Someto a la consideración de la asamblea

a declinar el honor en este caso para darle a la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional y concederme posteriormente cinco minutos.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Que son válidas y legítimas las elecciones del 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa a propietario y suplente, respectivamente, a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en el V Distrito Electoral Federal del Estado de Sinaloa.

2o. Que son diputados por mayoría relativa a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión por el V Distrito Electoral Federal del estado de Sinaloa, los CC. José Angel Pescador Osuna y Raúl Darío Cárdenas, propietario y suplente, respectivamente.

XXVIII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

«Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección.

Entidad: Distrito Federal.

XXVIII Distrito Electoral.

Honorable Asamblea: A la Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este H. Colegio Electoral, fue turnado el expediente relativo a las elecciones realizadas en el XXVIII Distrito Electoral Uninominal del Distrito Federal, para emitir el dictamen correspondiente, mismo que se produce en la forma siguiente:

1o. En cumplimiento a los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es competencia de este H. Colegio Electoral calificar la elección de los presuntos diputados, resolviendo para tal efecto la de aquellos que hubieran obtenido mayoría relativa en cada uno de los distritos uninominales.

2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82, fracción XVII de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se registraron para participar en el XXVIII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal los siguientes ciudadanos pertenecientes a los partidos que se indican.

PAN: Propietario, Abraham Llerenas Ruiz; suplente, Ignacio Gómez Morín Martínez del Río.

PRI: Propietario, Agustín Bernal Villanueva; suplente, Alicia Petersen Rosas. PPS: Propietario, Belisario Aguilar Olvera; suplente, Eleuterio Altamirano Jaimes.

PDM: Propietario, Angel García García; suplente, Beatriz Mónica Zavala García.

PSUM: Propietario, Alejandro Guillermo Tenorio Ugalde; suplente, Pedro Manuel Hernández López.

PST: Propietario, Graciela Nava Mondragón; suplente, Guadalupe Ortega Martínez.

PRT: Propietario, Agustín Sánchez y Delint; suplente, Javier Brena Alfaro. PARM: Propietario, Arturo Rodríguez Mayén; suplente, Bartolomé Hernández Figueroa.

PMT: Propietario Timoteo Sinforiano Hernández Gómez; suplente, Josefina Ruiz de Cisneros.

3o. De conformidad con lo establecido por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en su artículo 182, el día de las elecciones fueron debidamente instaladas las casillas cubriéndose las formalidades y requisitos del caso.

4o., En todo el desarrollo del proceso electoral no se produjeron actos de violencia ni incidentes de ninguna naturaleza que impidan el libre ejercicio del sufragio por parte de los ciudadanos, ni tampoco hubo contratiempos que obstaculizaran a los partidos su efectiva participación en los comicios que se reseñan.

5o. De acuerdo a las constancias examinadas, se advierte que los organismos electorales responsables actuaron con imparcialidad y otorgando plenas garantías para que el proceso de desarrollara en condiciones normales.

6o. Como señala el artículo 212 de la ley de la materia, el segundo domingo de julio del año en curso se celebró la sesión del Comité Distrital Electoral del XXVIII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal, para realizar el cómputo de la elección. Respecto al recurso de protesta interpuesto por el comisionado del Partido Acción Nacional, ante el Comité Distrital Electoral; este organismo lo tuvo por no presentado, toda vez que no se encontraba firmando el escrito, requisito que exige el artículo 150 del Reglamento de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Concluido el cómputo, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN: 18.683 votos

PRI: 40.691 votos

PPS: 2.781 votos

PDM: 3.589 votos

PSUM: 6.525 votos

PST: 2.519 votos

PRT: 4.319 votos

PARM: 1.891 votos

PMT: 3.158 votos

7o. En virtud de lo anterior, y como lo señala el artículo, 212, sección A, inciso 8, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.

8o. En su oportunidad, y con apoyo en las consideraciones hechas en este dictamen la Comisión Federal Electoral procedió a registrar la constancia de mayoría q que se hizo referencia en el numeral anterior, en cumplimiento del artículo 218 de la ley ya citada.

9o. Que habiendo transcurrido el término de ley sin que se interpusiera recurso de queja que impugnaran las elecciones realizadas el pasado 7 de julio de 1985 en el XXVIII Distrito Electoral Uninominal del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos; 82, fracción XXVI; 182, 212, 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa efectuadas el día 7 de julio del año en curso en el XXVIII Distrito Electoral del Distrito Federal.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos Agustín Bernal Villanueva y Alicia Petersen Rojas, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yáñez Hernández, vocal.»

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales por principio de mayoría relativa efectuadas el día 7 de julio del año en curso en el XXVIII Distrito Electoral del Distrito Federal.

2o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Agustín Bernal Villanueva y Alicia Petersen Rojas, propietario y suplente, respectivamente.

XX DISTRITO DE VERACRUZ

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

«Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección.

Entidad: Veracruz.

Distrito Electoral: XX.

Cabecera: Zongolica.

Honorable Asamblea: A esta Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el 7 de julio del presente año, en el XX Distrito Electoral del estado de Veracruz.

Contendieron en dichas elecciones los candidatos de los partidos cuyas fórmulas se indican a continuación. También se señalan los votos que obtuvieron, los cuales fueron computados en sesión celebrada en el Comité Distrital Electoral, en los términos establecidos por la ley.

PAN: Propietario, Remigio González Pacheco; suplente, Rafael Lorenzo Martínez R., 2 mil 76 votos.

PRI: Propietario, Pastor Murguía González; suplente, Hugo González Hernández, 38 mil 673 votos.

PPS: Propietario, Anselmo Vallejo Flores; suplente Raymundo Tetzoyotl Marín, 2 mil 542 votos.

PDM: Propietario, Leoncio Salinas Gómez; suplente, Macario Zepahua Peña, 302 votos.

PSUM: Propietario, Víctor Antonio Peña Gómez; suplente, Silvia López Vázquez, 2 mil 380 votos.

PST: Propietario, Joaquín Rincón Solís; suplente, Ramón Alejandro Hernández, 202 votos.

PRT: Propietario, Antonio Peña Zárate; suplente, Lorenzo Rosas Hernández, 69 votos.

PARM: Propietario, Celso César López; suplente, José Arias Celaya, 3 mil 175 votos.

PMT: Propietario, Ernesto Rosas Martínez; suplente, Lorenza Sánchez Vázquez, 113 votos.

El Comité Distrital Electoral, expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Pastor Murguía González y Hugo González Hernández, propietario y suplente, respectivamente; los que fueron postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Consta en el expediente recurso de queja presentado por el Partido Popular Socialista. Esta comisión, después de analizar detenidamente cada uno de los argumentos presentados, a la luz de la Ley de la Materia; los ha considerado improcedentes, por insustanciales y carentes de pruebas y porque ninguno se refiere a las causas de nulidad establecidas en el artículo 223 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Los candidatos registrados reúnen los requisitos de elegibilidad a que se refiere el artículo 55 del ordenamiento constitucional mencionado.

Por lo expuesto y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, 82, 182, 185, 212, 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se declara improcedente el recurso de queja.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados por mayoría relativa, efectuada el 7 de julio en el XX Distrito Federal Electoral del estado de Veracruz.

Tercero. Son diputados a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Pastor Murguía González y Hugo González, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 17 de agosto de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yañez Hernández, vocal.»

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se declara improcedente el recurso de queja.

2o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados de mayoría relativa realizadas el 7 de julio en el XX Distrito Federal Electoral del estado de Veracruz.

3o. Son diputados a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Pastor Murguía González y Hugo González, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

III DISTRITO DE YUCATÁN

El mismo C. Secretario:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta Sección.

III Distrito del estado de Yucatán.

Cabecera: Temax.

Honorable Asamblea: A esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 7 de julio del presente año, en el III Distrito Electoral del estado de Yucatán.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos:

PAN: Propietario, Luis Alberto Rejón Peraza; suplente Hilda Solís Gurbei, 4 mil 522 votos.

PRI: Propietario Wilbert Chi Góngora; suplente, Candelaria Pacheco Solís, 56 mil 639 votos.

PPS: Propietaria, Elsy Romanita Acevedo Basurto; suplente, Reyna Ríos Basto, 44 votos.

PDM: Propietario, Joaquín Morales Adrián; suplente, Guty Ariel Baaz Moo, 27 votos.

PSUM: Propietario, Jaime Enrique Vázquez Barcelo; suplente, Jorge Alberto Coronado Arceo, 205 votos.

PST: Propietaria, Raquel Jiménez Alejos de Buendía; suplente, Alberto Pérez Zárate, 72 votos.

PRT: Propietario, Reyner Pulido Chapuz; suplente, Florentino García Cruz, 2 votos.

PARM: Propietario, Daniel Trejo González; suplente, Nicolás Núñez Noh, 30 votos.

PMT: Propietario, Reyner Pulido Chupuz; suplente Florentino García Cruz, 6 votos.

En el propio distrito se instalaron 209 casillas electorales, y 202 básicas y 7 auxiliares, no sufrieron cambios de ubicación alguno, ni se registraron incidentes relevantes durante la votación, ni se interpuso protesta alguna.

El acta de cómputo distrital la afirmaron los siguientes partidos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Socialista de los Trabajadores, Auténtico de la Revolución Mexicana y Mexicano de los Trabajadores no habiéndose presentado recurso alguno.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Wilbert Chi Góngora y Candelaria Pacheco Solís, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado se desprende que el proceso electoral se ajusta a lo dispuesto por

las leyes de la materia y no se presentó recurso de queja.

En esa virtud y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General, 82 fracción XVII, 96 fracción XVIII y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales por mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año en el III Distrito Federal Electoral del estado de Yucatán.

Segundo. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Wilbert Chi Góngora y Candelaria Pacheco Solís, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, secretario; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.»

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - Esta presidencia informa:

1o. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales por mayoría relativa celebradas el 7 de julio del presente año en el III Distrito Federal Electoral del estado de Yucatán.

2o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Wilbert Chi Góngora y Candelaria Pacheco Solís, propietario y suplente, respectivamente.

XXIII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

«Segunda Comisión Dictaminadora.

Entidad: Distrito Federal.

Distrito Electoral: XXIII.

Cabecera: Cuajimalpa de Morelos.

Honorable Colegio Electoral: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado a esta comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo a las declaraciones constitucionales del 7 de julio próximo pasado para elegir diputados, propietarios y suplentes, por el XXIII Distrito Electoral del Distrito Federal para lo cual nos sirven de base los siguientes

ANTECEDENTES

1o. En cumplimiento a la Ley Federal de organizaciones Políticas y Procesos Electorales se instaló oportunamente el XXIII Comité Distrital Electoral, con cabecera en Cuajimalpa de Morelos, Distrito Federal, mismo que llevó a cabo todos los actos y procedimientos previos a las elecciones para renovar la Cámara de Diputados.

2o. En el mencionado Distrito Electoral los partidos políticos que a continuación se mencionan registraron candidatos y participaron en la contienda respectiva, obteniendo los siguientes resultados:

PAN: Propietaria, María del Socorro Huerta de Cuéllar; suplente, José Huerta Cervantes, 16 mil 862 votos.

PRI: Propietario, licenciado Juan José Bremer Martino; suplente, José Luis Martínez Esquerra, 44 mil 582 votos.

PPS: Propietario, Manuel Galindo Fuentes; suplente, Gregorio Rivera Zepeda, 3 mil 575 votos.

PSUM: Propietario, José Lauro Godínez González; suplente, Javier Ordóñez Romero, 7 mil 237 votos.

PST: Propietario, Juan José de la Torre Osorno; suplente, Margarito Detor Rojas, 5 mil 516 votos.

PRT: Propietaria, Alma Adoración Flores Velázquez; suplente, Alejandro Patricio Rojas Colín, 2 mil 844 votos.

PARM: Propietaria, María Julieta Hidalgo Rodríguez; suplente, Jerónimo Usauro Valdez Rivera, 1 mil 455 votos.

PMT: Propietario, Fernando Pérez Rodríguez; suplente, Ignacio Ruiz López, 5 mil 890 votos.

3o. En vista de estos resultados el XXIII Comité Distrital Electoral del Distrito Federal expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos Juan José Bremer Martino y José Luis Martínez Esquerra, candidatos por el Partido Revolucionario Institucional, a diputados federales conforme al principio de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente.

4o. El XXIII Comité Distrital Electoral del Distrito Federal remitió paquete electoral y la documentación relativa a la Oficialía Mayor de esta H. Cámara de Diputados así como copia de un informe detallado de la elección materia de este dictamen.

5o. En sesión celebrada el 23 de julio del año en curso la Comisión Federal Electoral, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 82, fracción XXVI, 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, acordó el registro de la

constancia de mayoría de votos a favor de los mencionados candidatos del Partido Revolucionario Institucional y ordenó su comunicación al Colegio Electoral de esta H. Cámara de Diputados.

6o. En el expediente electoral de referencia aparece que las protestas en su momento interpuestas por diversos partidos fueron definitivamente resueltas conforme a lo establecidos por los artículos 137, 138 del reglamento así como del artículo 228 de la ley de la materia.

El Partido Socialista Unificado de México, por conducto de sus comisionados interpuso en tiempo y forma recurso de queja en contra de las resoluciones dictadas sobre los recursos de protesta interpuestos en su momento por el propio partido recurrente con relación a hechos varios que dice se sucedieron en 22 de las 207 casillas que fueron instaladas en las 149 secciones en que se subdivide el XXIII Distrito Electoral del Distrito Federal.

Analizando el recurso de la queja correspondiente resulta que las situaciones a que se refiere son argumentaciones no sustentadas en prueba alguna que conste en el expediente que las mismas no son prueba concluyente y no configuran ninguna de las hipótesis taxativamente previstas por el artículo 223 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

CONSIDERANDO

1o. Del examen de la documentación que obra en el expediente electoral materia del presente dictamen y de las actas del cómputo distrital de la elección para diputados federales por mayoría relativa y del informe del propio Comité Distrital se desprende que el Proceso Electoral y la elección del 7 de julio se llevaron a cabo con estricto apego a lo dispuesto en los artículos 74 a 219 de la ley de la materia en lo conducente; por tanto los efectos de los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dicha elección debe calificarse como válida por este Colegio Electoral.

2o. Del Acta del Cómputo Distrital, según se ha hecho referencia en el punto dos de los antecedentes, aparece que la mayor votación la obtuvieron los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, CC. Juan José Bremer Martino y José Luis Martínez Esquerra, propietario y suplente, respectivamente. Igualmente se acredita mediante copias certificadas de actas de nacimiento, constancias de vecindad y de no antecedentes penales, que los ciudadanos electos reúnen los requisitos de elegibilidad establecidos por el artículo 55 de la Constitución de los Estados unidos Mexicanos por lo que debe declarárseles diputados de mayoría relativa, propietario y suplente respectivamente de la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el XXIII Distrito Electoral del Distrito Federal.

En vista de lo anterior esta comisión respetuosamente propone la aprobación por el honorable Colegio Electoral de los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Es improcedente el recurso de la queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

Segundo. Son válidas y legítimas las elecciones para diputados de mayoría relativa celebradas el 7 de julio en el XXIII Distrito Electoral del Distrito Federal, con cabecera en Cuajimalpa de Morelos.

Tercero. Son diputados federales electos conforme al principio de mayoría relativa por el XXIII Distrito Federal Electoral del Distrito Federal los ciudadanos Juan José Bremer Martino y José Luis Martínez Esquerra, como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Salvador Robles Quintero, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jorge Montúfar Araujo, vocal; Juan de Dios Castro Lozano, vocal; Abstención, Jorge Alcocer Villanueva, vocal.»

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente. El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

2o. Son válidas y legítimas las elecciones para diputados de mayoría relativa, celebradas el 7 de julio en el XXIII Distrito Electoral del Distrito Federal, con cabecera en Cuajimalpa de Morelos.

3o. Son diputados federales electos conforme al principio de mayoría relativa, por el XXIII Distrito Federal Electoral del Distrito Federal, los ciudadanos Juan José Bremer Martino y José Luis Martínez Esquerra, como propietario y suplente, respectivamente.

X DISTRITO DE GUERRERO

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta Sección.

X Distrito Electoral del estado de Guerrero.

Cabecera: Chilapa de Alvarez.

Honorable Asamblea: A esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a la elección de mayoría relativa que se llevó a cabo el pasado 7 de julio del presente año, en el X Distrito Electoral Federal del estado de Guerrero con cabecera en Chilapa de Alvarez.

Contendieron en dicha elección candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron, computados en la sesión efectuada en el Comité Distrital Electoral, dentro de los temas establecidos.

PAN: Propietario, Vicente Echeverría Toledo; suplente, Hugo Gaytán Castrejón, 1 mil 192 votos.

PRI: Propietario, Jorge Montúfar Araujo; suplente, Sofía Iglesias Juárez, 53 mil 529 votos.

PPS: Propietario, Alberto Valente Catalán; suplente, José Luis Hernández Ríos, 235 votos

PDM: Propietario, José Raucel Vázquez Chanona; suplente, Eudacio García Gatica, 1 mil 408 votos.

PSUM: Propietario, Félix Crispín Odorato; suplente, Severo Arce Campos, 344 votos.

PST: Propietaria, Brígida Chautla Ramos; suplente, Julio Hernández Saval, 983 votos.

PRT: Propietario, Ascención Sánchez Coronel; suplente, Heriberto Hernández Dircio, 286 votos.

PARM: Propietaria, Reina Martínez Nava: suplente, Eucario García Rodríguez, 777 votos.

PMT: Propietario, Jaime Alberto Robledo Rodríguez; suplente Adán Jiménez Alonso, 68 votos.

En vista de estos resultados, el X Comité Distrital del estado de Guerrero expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos licenciado Jorge Montúfar Araujo y Sofía Iglesias Juárez, propietario y suplente, respectivamente.

El acta de cómputo distrital que arrojó los resultados electorales ya mencionados y la expedición de la constancia de mayoría fue firmada por los comisionados de los partidos: PAN, PRI, PDM, PSUM, PST, PARM y por la totalidad de los integrantes del H. Comité Distrital Electoral, en razón de que los propios partidos dieron fe de los resultados del cómputo final.

De la lectura de la documentación que obra en el expediente electoral en estudio, particularmente en las actas de cómputo final y la circunstanciada del 14 de julio, se prueba que el proceso electoral y la elección del 7 de julio, se llevaron a cabo en los términos de los artículos 74 al 219 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, por lo tanto, para los efectos de los artículos 40, 41, 50, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dichas elecciones deben calificarse válidas por este Colegio Electoral.

Los candidatos registrados reúnen los requisitos de elegibilidad a que se refiere el artículo 55 del ordenamiento constitucional mencionado.

En las constancias que se tienen a la vista obra el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México, por lo que en cumplimiento del artículo 229 de la ley, se procedió a estudiar para su resolución.

En el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México, se señala que hubo violaciones al artículo 223 en sus fracciones III inciso a) y IV inciso a) en el sentido de que las votaciones se efectuaron en fecha distinta al de la elección y que se impidió el acceso a los representantes de ese partido a las casillas, además de argumentar partido a las casillas, además de argumentar hechos en los que no se dan los causales de nulidad.

En razón de los fundamentos de hecho y derecho que se expresan en cada una de las actas de cómputo y escrutinio de las casillas del distrito en las que el quejoso no señala ninguna concretamente en su escrito de referencia y, que fueron analizados por esta comisión, se desprende que no se dan las causales de nulidad que invoca el recurrente, por lo que es de desecharse y se desecha por improcedente el recurso de queja interpuesto por improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

Del análisis que esta comisión realizó de las 247 actas relativas a las casillas del distrito, se encontró que en ninguna de ellas asistió el Representante del Partido Socialista Unificado de México de los 17 que registró ante el Comité Distrital el partido recurrente, de donde se establece la presunción de que no fue posible que conocieran lo acontecido en las 247 casillas, por lo que a juicio de esta comisión resulta temeraria la impugnación respecto a esta elección, situación que hace confirmar a esta comisión su resolución en el sentido de dictaminar la improcedencia del recurso.

Por lo anterior, el recurso de queja por infundado y carente de pruebas, se declara improcedente en términos del artículo 233.

Por lo expuesto y con apoyo en los artículos 60 de la Constitución General de la República, 20, 21, 22, 23, 27 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo preceptuado en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, y por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales nos permitimos someter a la consideración de este honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se desecha por infundado el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

Segundo. Son válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa, que se realizaron el 7 de julio del año en curso, en el X Distrito Electoral Federal del estado de Guerrero.

Tercero. Son diputados federales a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, los ciudadanos Jorge Montúfar Araujo y Sofía Iglesias Juárez, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.»

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se desecha por infundado el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

2o. Son válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio de l año en curso en el X Distrito Electoral Federal del estado de Guerrero.

3o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión los ciudadanos Jorge Montúfar Araujo y Sofía Iglesias Juárez, propietario y suplente, respectivamente.

XIII DISTRITO DE MÉXICO

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: «Primera Comisión

Dictaminadora. Tercera Sección.

XIII Distrito del estado de México.

Cabecera: Huixquilucan.

Honorable Colegio Electoral: A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el día 7 de julio del presente año en el XIII Distrito Federal Electoral del estado de México.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos:

PAN: Propietario, Héctor Valenzuela Velázquez; suplente, Ma. Asunción Martínez Noriega, 13 mil 190 votos.

PRI: Propietario, Luis Manuel Orcí Gándara; suplente, Gustavo Vázquez García, 33 mil 308 votos.

PPS: Propietario, Alfredo Reza López; suplente, Martha González Hernández, 949 votos.

PDM: Propietario, José Jesús Sánchez Avila; suplente, Miguel Angel Villa Ordóñez, 2 mil 953 votos.

PSUM: Propietario, Artemio Morales Villanueva; suplente, Emiliano Baca Salinas, 3 mil 265 votos.

PST: Propietario, Martín Cruz Barragán; suplente; Joel López, 2 mil 502 votos.

PRT: Propietario, Ernesto Leonardo Sánchez Rosales; suplente, Julia Elena Maldonado Ibarra, 1 mil 762 votos.

PARM: Propietario, Salvador Núñez Andrade; suplente Epifanio Bautista Martínez, 1 mil 143 votos.

PMT: Propietario, Gregorio Gervasio López; suplente, Margarito González Rodríguez, 2 mil 721 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Proceso Electorales, a los ciudadanos Luis Manuel Orcí Gándara y Gustavo Vázquez García, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Consta en el expediente recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional que después de ser minuciosamente analizado, se ve que no reúne los elementos jurídicos formales del artículo 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, además de no referirse a las causales de nulidad consignadas en el artículo 223 del ordenamiento en consulta.

Por lo anteriormente expuesto, el recurso, por insubstancial, infundado y carente de pruebas, se declara improcedente, con fundamento en el artículo 233 de la ley invocada.

Por lo expuesto y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, 82, 182, 185, 212, 218, 219, 229 y 233 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se declara improcedente el recurso de queja.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados de mayoría relativa efectuadas en el XIII Distrito Federal Electoral del estado de México.

Tercero. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Luis Manuel Orcí Gándara y Gustavo Vázquez García, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Guillermo Fonseca Alvarez, presidente; Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, secretario; Angel Sergio Guerrero Mier, vocal; Francisco Hernández Juárez, vocal; Federico Ling Altamirano, vocal.»

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Está a discusión el dictamen... Se

han registrado en contra, Héctor Valenzuela y Gonzalo Altamirano Dimas. En pro, Encarnación Alfaro, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza y Luis Orcí Gándara.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Héctor Valenzuela, del Partido Acción Nacional.

El C. Héctor Valenzuela: - Señor presidente; honorable asamblea: Comparezco ante este organismo calificador del proceso electoral, no con el ánimo de conmoverlos con la serio de irregularidades que a continuación he de referir a ustedes, sino con la obligación moral de agotar las instancias legales que nos marca el orden jurídico establecido.

Mi partido, Acción Nacional, cree en la ley como principio ordenar de la actividad social y en la medida que ella es transferida el orden se ve afectado.

Señores presuntos diputados: estoy consciente que la mayoría de ustedes pertenecen a un partido que por su composición misma responde a un grupo de intereses que de alguna manera presionan las decisiones que aquí se toman. Pero yo quisiera que ustedes tuvieran también la sensibilidad de percibir las difíciles condiciones por las que atraviesa nuestro país, fruto en gran medida, no sólo porque ustedes han escogido el régimen de facción y se han olvidado del bien común de los mexicanos, sino también esta crisis refleja el gran vacío de la legitimidad que existe por la perniciosa práctica de suplantar la voluntad legítima del pueblo.

Una y otra vez desfilan ante este colegio los candidatos que tienen que defender sus casos y por los resultados que se conocen, muy excepcionalmente se ha rectificado alguno de los muchos que resultan agraviados en el proceso electoral. Con estos antecedentes y razonamientos concluiríamos que es inútil presentar ante un órgano que por su naturaleza es juez y parte ajeno a las razones y al derecho, sin embargo, como ya lo expresé, pertenezco a un partido que cree en el derecho y en la justicia y me siento obligado a venir a defender ante ustedes, no mi caso electoral, sino el caso de todo un pueblo que lucha por su dignidad y por su libertad.

En el XIII Distrito Electoral del estado de México no se dieron las condiciones legales, ni durante los actos previos a la elección, ni durante ésta. De las principales violaciones citaré las siguientes: se obstaculizó el trámite de empadronamiento, ubicado para ello la oficina del Registro Nacional de Electores, en un lugar inaccesible y sin letreros. Tuvimos que ser nosotros en la campaña del Partido de Acción Nacional quienes a través del reparto de 20 mil volantes con el plano y la dirección, además de colocar flechas en los postes, señalizar el camino para dicha oficina en el municipio de Naucalpan, para facilitar el empadronamiento de estas personas.

Hubo una gran respuesta pero no se entregaron comprobantes a las personas que acudieron a empadronarse; no se entregaron credenciales de lector a un 40% de los empadronados; de los que no se les entregó credencial de elector, en un 50% de ellos ni siquiera aparecían en el padrón.

A las personas que acudieron a reclamar sus credenciales al Registro Nacional de Electores, se les dijo que se les permitiría votar sin credencial. Si a esto le aunamos que no se proveyó de tinta indeleble a las casillas y que en varias de las secciones se contaba con casillas bis, en algunos casos hasta cinco de ellas, con el padrón electoral completo, con lo cual sin un control y sin tinta indeleble se permitió para la votación múltiple.

Se obstaculizaron los trabajos de tinta, de propaganda a través de la policía municipal; se manchó nuestra propaganda con pintura y colores de otros partidos político, se repartió propaganda falsa con peticiones y programas contrarios a los que sostiene nuestro partido como si nosotros lo hubiéramos impreso. Hubo una campaña de desprestigio con acusaciones calumniosas.

Aparte el nombramiento de los auxiliares de la comisión fue hecha única y exclusivamente por el presidente y secretario de dicho comité sin intervención y aprobación de los demás miembros integrantes de la comisión. Dichos auxiliares se multiplicaron el día de la elección, y ejercieron control de las mesas directivas de casi todas las casillas. El día de la elección se cometieron las siguientes irregularidades: se permitió votar sin credencial de elector; no se utilizó tinta indeleble; se permitió votar con credenciales ya perforadas; en la gran mayoría de las casillas no existió privacía para la emisión del voto. Por si lo anterior fuera poco, los paquetes electorales fueron entregados a la Comisión Distrital Electoral por personas que no actuaron como funcionarios de la casilla o por los tristemente célebres auxiliares. Muchos funcionarios integrantes de la mesas directivas fueron ciudadanos no residentes de las secciones respectivas.

Con fecha miércoles 29 de mayo, en el Diario Oficial de la Federación, aparecieron publicadas sustituciones de funcionarios electorales de comités distriales, incluyendo los del XIII del estado de México, con cabecera en Huixquilucan, designando presidente propietario al señor Benito Rojas Aldama en sustitución del señor Enrique Pantoja Maril. El motivo es de extrañar, pues, el señor Pantoja con quien se entrevistó nuestro comisionado ese mismo día en el seminario que organizaron para estos funcionarios, ignoraba por completo este hecho y se encontraba en la mejor disposición y preparándose para cumplir mejor su puesto de presidente de ese comité.

Asimismo, se sustituyeron, nada mas en el municipio de Naucalpan al personal de 41 de 58 casillas. Estos después de que no habían sido objetadas las listas integrantes de las casillas publicadas el 30 de abril, esta sustitución dejo a los partidos políticos sin la

posibilidad de verificar si los nuevos designados reunían los requisitos de ley. Además, de que toda vez que el comité distrital electoral nunca aprobó la designación de los ciudadanos que integraban la mesa directiva de las casillas, sino que ésta fue hecha únicamente por el presidente y el secretario de dicho comité, violando de esta forma lo dispuesto en el artículo 96 de la LOPPE.

El cómputo distrital de la votación no se sujetó al procedimiento del artículo 212 de la ley en materia, ya que, previamente a la apertura de los paquetes, no se permitió examinar para comprobar si tenía o no muestras de alteración y como al recibirse las urnas con fecha 7 de julio tampoco se nos permitió examinarla, según consta en la protesta que presentamos por escrito, con fecha 9 de julio. En consecuencia se violó la ley en este numeral de la sección del artículo mencionado.

Tampoco se tomaron en cuanta las impugnaciones hechas mediante el recurso y protesta, hechas valer por los diferentes partidos políticos, entre ellas las que presentó Acción Nacional, a través de nuestro comisionado en el escrito mencionado de fecha 9 de julio.

El numeral dos de la misma sección A, también fue violado en la sección de cómputo, ya que se establece que se cotejarán las actas finales de escrutinio contenidas en el paquete con las que obran en poder del comité. Si las dos coinciden con ese resultado se hará el cómputo. En el presente caso no hubo tal cotejo y fue imposible determinar si había coincidencia o si no la había. Pues, en este caso, tendría que ser modificada la votación de las casillas correspondientes.

Todos los demás numerales de la sección que analizamos y que son consecuencia de los anteriormente mencionados, no pudieron haber sido cumplidos. del cómputo realizado en los términos que señalamos anteriormente, se desprenden las siguientes irregularidades: En 22 casillas de las que obtuvimos copia del acta final de escrutinio, pudimos detectar la siguiente diferencia: entre los votos depositado en la urna, los votos utilizados en contra de las boletas recibidas.

Es una lista de 22, de las cuales les voy a mencionar únicamente tres de ellas. Por ejemplo, en el caso del municipio de Huixquilucan, en la casilla 12 A, hubo una diferencia de 139 votos de más. En el municipio de Naucalpan en la casilla 6, 204, en la 23, 320.

Como se podrá apreciar, por las diferencias que resultan entre las boletas recibidas y las sumas de las inutilizadas con las que se encontraron en la urna, se desprende la comisión de irregularidades que consideramos deberán ser suficientes para anular las casillas.

Adicionalmente a esta serie de irregularidades, quiero también mencionar tan solo tres casos específicos cometidos durante las elecciones del 7 de julio pasado. En la casilla 46 A, sección 46 del municipio de Naucalpan, el acto original de escrutinio aparece alterada en lo correspondiente a las boletas recibidas, ya que en la copia del acta que conservó nuestro representante, se dice que son 747, en el acta que se presentó ante el comité distrital, se le anticipó a esta, a la cantidad un número uno, y también en la cantidad en letra se le anticipó la palabra mil.

Esta alteración tuvo por objeto cubrir la cantidad de votos que indebidamente se introdujeron en la urna, cuyo total es superior a las boletas realmente recibidas.

En la casilla 11, sección 11 del municipio de Huixquilucan, fueron retiradas por la fuerza, tanto las urnas retiradas por la fuerza, tanto las unas como las actas finales de escrutinio, sin que estas hubieran sido terminadas. Por lo cual, a proposición de nuestros representantes, se procedió a hacer una segunda acta de escrutinio en papel blanco, con copias a todos los representantes de los partidos, y firmadas por todos los representantes de los partidos, y firmadas por todos los representantes, incluyendo al del partido oficial, donde consta que los resultados finales de escrutinio para mayoría relativa eran de 257 votos para el PAN y 568 para el PRI. Encontrándose que en día de la junta de cómputo del comité distrital, el resultado que aparece en el acta en poder de dicho comité, alojaba un resultado de 1 mil 346 votos para el PRI, donde claramente queda demostrado que se introdujeron indebidamente en dicha casilla 778 votos.

En la casilla 9 D, sección 9 de Huixquilucan las personas tomaron posesión a las 7.40 de la mañana de la casilla, diciéndose representantes de comité distrital electoral, poco después se presentaron los señores Alejandro Valadez y Oscar de la Fuente que se acreditaron como representantes del PRI, ni el presidente ni el secretario designados se presentaron y un señor Arturo Díaz que fungía como jefe, sugirió como presidente al señor Javier González.

La irregularidad grave se presentó en el escrutinio, donde aparecieron en una urna, un rollo de votos amarrados con una liga, los cuales eran imposibles que entraran por la abertura de la urna, inmediatamente el representante del PAN lo tomó en su mano, pero de inmediato la fue arrebatado por el jefe, le rompió las ligas y echó las boletas de nuevo a la urna, mientras eso sucedía, el presidente de la casilla marcaba el padrón electoral con su pluma los espacios que estaban en blanco, anotando que sí habían votado.

Hago la aclaración, que el representante del PAN, a quien le arrebató el jefe el rollo, es mujer, también queremos hacer notar que al iniciarse el escrutinio había cinco personas del comité distrital, dos representantes del PRI y los dos representantes del PAN. Antes de presentarse el problema del relleno de la urna, a quien nos referimos, se contaron los votos de mayoría proporcional, habiendo resultado 337 votos para el PAN y 185 para el PRI. La representante del PAN había marcado todas y cada una de las boletas al iniciar la votación con autorización del presidente de dicha casilla, en ese recuento

aparecieron 30 votos a favor del PRI que no tenían dicha marca.

Cuando pretendieron contar los votos de mayoría relativa, el señor Arturo Díaz, el jefe, manifestó que lo sentía mucho, pero que ya no había tiempo y dio orden a sus empleados de que las cerraran y de que las sellaran. No obstante las propuestas de nuestro representante, el señor Díaz se llevó las actas sin firmar y los paquetes electorales.

Todas estas irregularidades que aquí he señalado se encuentran debidamente relacionados en los recuerdos de protesta y queja, respectivamente, en el primero de ellos, rechazando en bloque por mayoría de votos sin examinar el fondo del recurso interpuesto.

Queda, pues, a la consideración de este Colegio Electoral, el resolver, no sólo en conciencia, sino conforme a derecho, el recurso de queja y en consecuencia anular las elecciones en el Distrito XIII Electoral del estado de México.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. José Encarnación Alfaro, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. José Encarnación Alfaro Cázares: - Con su permiso, señor presidente; honorable asamblea: He pedido la palabra para no solo dar respuesta a la lectura de la protesta presentada por Acción Nacional, que aquí se hizo en voz de su candidato, sino para denunciar además, lo que aparece ser una nueva estrategia del Partido Acción Nacional.

Parece ser que pretende darle a sus candidatos perdedores, como premio de consolación, por lo menos la posibilidad de venir a la más alta tribuna del país a defender lo indefendible, porque nadie tiene derecho a oponerse a la soberana voluntad popular que se manifestó de manera clara y contundente el pasado 7 de julio en las urnas electorales.

Entendemos, compañeros de Acción Nacional, su actitud de querer darle a sus candidatos perdedores esa mínima satisfacción. Tal vez para levantar un poco su responsabilidad y haberlos llevado a una campaña destinada al fracaso, porque desde 1939, desde su fundación, fundación lograda para oponerse a la gestión del gobierno revolucionario del general Cárdenas, Acción Nacional se ha convertido en gestor permanente del retroceso. Y en la actualidad, aliándose a los problemas económicos del país pretende Acción nacional que con el simple hecho de lograr la atención de algunos sectores sociales afectados por la crisis económica, tienen derecho a una gran cantidad de votos.

No, señores, el pueblo ya votó y demostró con su voto que no admite ni admitirá jamás caminos de retroceso, y no es válido, compañeros del PAN, que por una simple estrategia de partido y no por un imperativo de transparencia democrática, traigan aquí a sus candidatos perdedores a defender con las palabras y argumentos de oscura validez jurídica lo que pudieron defender con una acción política consecuente, de frente a la población de sus distritos, y que conste que no me pronuncio contra su legítimo derecho de manifestarse, me pronuncio contra la oscura estrategia del PAN de utilizar a sus candidatos para tratar de denigrar la función del Colegio Electoral, de manchar la imagen del país frente a una prensa internacional deliberadamente interesada en menospreciar a México.

Seriedad, compañeros de Acción Nacional, decoro, responsabilidad, pero sobre todo, respeto a lo que representamos como Colegio Electoral para el pueblo de México.

Cabe aclarar, que ninguna parte del documento que aquí se leyó, se ofrecen pruebas claras o por lo menos se hace un análisis congruente del hecho que funda a pretensión del candidato de Acción Nacional, y la hipótesis jurídica que funda o pretende fundar su derecho, haciendo reflexiones genéricas y abstractas, fundadas en suposiciones que por su naturaleza se vuelven ambiguas y oscuras. El recurso de queja interpuesto contra los resultados en el acta de cómputo del XIII Distrito del estado de México, ha sido contestado cabalmente, conforme a lo que determina la legislación electoral en nuestro país. Ha tenido una respuesta clara a cada uno de sus argumentos por la Comisión Dictaminadora. Insistir en ellos en más bien adoptar una actitud revanchista, generadora de un gran esfuerzo mental para manchar una elección.

El aspecto central que consideramos podemos tomar como ejemplo a la ambigüedad de este recurso de queja, es en el que se pide la anulación de alguna serie de casillas cuyo número aquí se manifestó, aduciendo que en el artículo 222 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, cabe la nulidad. Concretamente en la fracción III, en la que señala que será nula la votación en una casilla electoral, por haber mediado error grave o dolo manifiesto en la computación de votos, que altere sustancialmente el resultado de la votación.

Cabe señalar que la queja parte de la premisa falsa que supone que si el total de las boletas recibidas no es igual a la suma de votos y boletas inutilizadas, la necesaria consecuencia es una alteración intencional de los resultados de la elección. Y cabe señalar también, que se impugnan las boletas de más o de menos. No se impugna la suma de votos válidos ni de votos nulos.

Cabe señalar también que el artículo 194 de la misma ley, señala que se debe comprobar que el número de votos emitidos, que el número de votos que se encuentran en las urnas, debe ser igual al número de electores que sufragaron. Y esto no está impugnando en el acta. Además, queremos señalar también, para precisar esta ambigüedad y esta estrategia del Partido Acción Nacional, en las 94 casillas electorales del XIII Distrito del estado de México, Acción Nacional contó por lo menos con dos representantes: el de partido

y el de fórmula que son los mejores testigos de la limpieza electoral.

No es válido pues, compañeros, que por esa simple estrategia de partido, se pretenda manchar o se pretenda desviar lo que debe se el fundamental trabajo del Colegio Electoral. Tal vez el compañero de Acción Nacional no se explica por qué perdió; tal vez siente que hizo una intensa campaña electoral.

Es cierto que estuvo trabajando en algunas partes de su distrito, pero quiero decirle, por si no conoce bien su distrito, que las partes en donde usted trabajó son fundamentalmente las de la zona residencial que representan un 15% de la población de este distrito, se olvido usted, compañero de Acción Nacional, que existen en su distrito sectores rurales y populares que rechazan y han rechazado siempre las tesis de retroceso de su partido; usted perdió porque el voto mayoritario del pueblo, de los sectores rurales y de los sectores populares, dieron, reiteraron la confianza a nuestro partido, porque nosotros hemos trabajado permanentemente con ellos. (Aplausos)

Y si quiere señalar que trabajó en el sector porque pinto bardas, quiero decirle que ese no es trabajo político; trabajo político es el que se hace permanente y cotidianamente con la base de una población, buscando convencerla para poder vencer y derrotar al adversario ideológico porque aquí no es, como ya se ha señalado, lucha entre hombres sino lucha entre principios y entre proyectos de nación.

Nuestros comités seccionales y los comités municipales de nuestro partido, fueron los artífices de este nuevo triunfo de nuestra Revolución en el XIII Distrito Electoral, y por eso estamos aquí, por ellos defenderemos el legítimo triunfo de nuestro partido en las urnas, y que fue defendido con apego a la ley por nuestros representantes.

Por decoro, por dignidad, le sugerimos a los compañeros de Acción Nacional que reconozcan este triunfo claro, limpio y nítido de nuestro partido en el XIII Distrito Electoral del estado de México. Gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Gonzalo Altamirano Dimas, del Partido Acción Nacional.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: - Señor presidente, compañeras y compañeros presuntos. Es de llamar la atención la forma tan insultante como se ha expresado el orador que me antecedió. Decir que es una ofensa para esta tribuna el hecho que nuestro partido haga venir a los candidatos que legítimamente quieren hacerlo para defender, no solamente sus casos, como ya lo dijo nuestro compañero Valenzuela sino el voto del pueblo de México.

Hoy por la mañana, cuando estaba preparando alguna documentación, mi compañero de partido del IV Distrito de Jalisco, Guadalupe Rodríguez, me encontraba en el pasillo y aproveché la oportunidad para felicitarlo por ese testimonio que había dado. Y él me contestó simple y sencillamente: había que cumplir con mis electores.

Y realmente ese es el testimonio que están dando nuestros candidatos y todos nosotros. Queremos cumplir con nuestros electores para defender en todas sus instancias el proceso electoral, que no se venga a ofender no solamente la inteligencia de los que estamos escuchando pacientemente los discursos que los jilgueros del partido oficial aprovechan en sus campañas. Que se respete el legítimo derecho de todos aquellos candidatos que quieran venir a utilizar la más alta tribuna de la patria.

Más ofensa, más agravio, es el que se comete al violar el proceso electoral, motivo por el cual ellos tienen que venir aquí a hacer esa defensa. Ya nuestra compañera de partido Consuelo Botello lo había expresado atinadamente. En México los partidos políticos y los candidatos no agotan sus esfuerzos en tratar de convencer a sus electores. Lo vergonzoso para el sistema político mexicano es que los partidos políticos tienen que redoblar sus esfuerzos en cuidarles las manos a quienes organizan las elecciones. Y eso si es retroceso y eso si es oscuratismo; no para los que venimos a defender el voto depositado en las urnas electorales.

Que la comisión dice que por insubstancial e infundado se rechaza el recurso de queja. Es que realmente no se ha estudiado el expediente tal y como debiera ser. Yo quisiera preguntar a la comisión si acaso se encuentra en el paquete electoral, y lo han mostrado, el acuerdo mediante el cual el comité distrital del XIII Distrito sustituyó a más de 11 presidentes de casillas. Igualmente si se encuentra acaso el acuerdo donde cambió de ubicación 17 casillas. Porque si no es así, el procedimiento está viciado de origen porque la votación se recibió por personas distintas a las que la ley contempla y en lugares también distintos.

Y aquí está el fondo del problema que debemos analizar. Además de tantas otras violaciones que ya mencionó mi compañero Valenzuela.

No solamente no facilitar la tinta indeleble, el obstaculizar que los electores recibieron oportunamente su credencial, el permitir que centenares de auxiliares se apoderaran de la elección, a pesar de que tampoco existe acuerdo expreso mediante el cual se les haya nombrado. Pero ya tenemos antecedentes de cómo trabajan los auxiliares en toda la República. Un cuerpo bien pagado, inclusive golpeadores que utilizan para amedrentar al electorado, y luego nos acusan de violencia.

Esta combinación de golpeadores aunado a la sofisticación de fraude, a través del padrón electoral, dan una nueva connotación del grupo gobernante que se adecúa a la tecnocracia como modelo político para el país.

Si el representante del partido oficial no le parece grave esta irregularidad el que más de 40 presidente, funcionarios de casilla, porque hay algunos presidentes, más de 40 funcionarios

de casilla hayan sido sustituidos por el capricho del presidente o del secretario del comité, yo les pregunto ¿dónde está ese acuerdo? En primer término cuando se expidió la lista previa ningún partido político objetó el nombramiento de los funcionarios que aprecian. Sin embargo se hizo una nueva publicación en el que ya no eran los mismos funcionarios. Y aquí no se establecen las condiciones para que este Colegio Electoral no solamente en conciencia sino en base también a derecho pueda calificar como legítimo un proceso electoral.

De acuerdo con el artículo 223 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, una elección será nula cuando se hayan cometido violaciones sustanciales en la preparación y desarrollo de la misma y se demuestre que las mismas son determinantes del resultado de la elección.

¿Y qué se entiende por violaciones sustanciales? En el inciso C se establece con toda claridad que la recepción de la votación por personas y organismos distintos a los facultados por esta ley. Ni es el caso del que nos ocupa precisamente. ¿Dónde está la legalidad, dónde está la legalidad para que esos funcionarios de casilla hayan podido recibir la votación el 7 de julio? ¿Quién los nombró, en base a qué artículo y con qué facultades?

Esta causal de nulidad invocada se da toda vez que el comité distrital electoral, repito, nunca aprobó la designación de los ciudadanos que integraron las mesas directivas de casillas, sino que esta fue hecho únicamente por el presidente y secretario del comité.

Ahora bien, de acuerdo con el artículo 96 de la misma LOPPE, los comités distritales electorales tienen entre sus atribuciones designar a los ciudadanos que deban integrar las mesas directivas de casillas.

Con esto podríamos concluir que la designación de funcionarios de casilla realizada por el presidente y el secretario, por el presidente solo, resulta nula por no haber sido aprobado por el comité distrital en pleno consecuentemente la actuación de todos y cada uno de los funcionarios que integraron las mesas de casilla, es nula por no se personas facultadas por la ley electoral para dicho efecto.

No vamos a caer en el garlito como se está acostumbrando en esta Cámara, de utilizar el método Oledorf, cuando uno cuestiona con argumentos, cuando uno cuestiona con razones y se nos viene a etiquetar y a poner adjetivos para que entremos en el mismo terreno; no señor diputado, ya tendremos, repito, más oportunidades para seguir definiendo este modelo de país y para saber quienes están en el oscurantismo y en el retroceso para saber si este avance con una deuda de más de 100 mil millones de dólares, que es realmente halagador para todos los mexicanos, para saber si realmente los miembros de Acción Nacional o de algún otro partido de oposición han sido los causantes de esta crisis que pesa sobre los hombros de todos los mexicanos; dejemos estos argumentos para las oportunidades que habremos de tener para confrontar esas grandes tesis, los emplazamos a que nos vengan a responder con argumentos y nos digan si van a probar un dictamen que se encuentra envuelto en la ilegalidad y del cual nosotros con gran responsabilidad no queremos ser cómplices del mismo.

Si así como nuestro compañero de Jalisco había afirmado de que venía para dar satisfacción a sus electores, es necesario también que este Colegio Electoral de satisfacción al pueblo de México y no nos encerramos en la facción y en las decisiones ya tomadas de antemano.

Si ese debate de altura se va a dar, queremos que se vaya viendo sobre la práctica, que aquí no hay convidados de piedra y que las razones van a ser contestadas por las razones. Queremos que todos y cada uno de estos argumentos que consideramos de peso, sean rebatidos y se nos diga si con estos argumentos de todos una serie de funcionarios electorales que en la mayoría de las casillas no estaban facultados por la ley van a ser avalados por este Colegio Electoral dando el triunfo, con todos los vicios de la ilegalidad a un candidato que independientemente de sus cualidades morales debe ajustarse a lo que marcan nuestras leyes.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra el C. Reyes Rodolfo Flores.

El C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Señor presidente; compañeros de esta asamblea de Colegio Electoral: Hemos escuchado con mucha atención los argumentos, las interpretaciones legales y los hechos que nos narró el ciudadano Héctor Valenzuela, candidato que fue por el Partido Acción Nacional por el XIII Distrito Electoral del estado de México.

Lo mismo hemos estado escuchando con atención las réplicas que se han dado a la intervención. Yo quisiera llamara la atención, con respeto como debe ser todo en esta asamblea, de cómo en el caso que globalmente nos presenta una inmensa diferencia de votos a favor del candidato de nuestro partido, nos habla 33 mil y tantos votos contra 13 mil y tantos votos que legítimamente obtuvo el ciudadano Héctor Valenzuela, es un hecho que en su global, que nos da luces en esta discusión que tiene que observarse y resolverse conforme a los preceptos de nuestra ley y de nuestra Constitución, de la ley que se está implicando, porque también debemos de ser muy concretos.

Invoca la nulidad o pide la nulidad de la elección, pero hay demostración en el expediente y en la conciencia de los que existió violencia generalizada en el distrito el día de las elección. ¿Hay evidencia plena de que los escrutinios y los cómputos se realizaron en lugares diferentes a los que dice la ley? ¿Hay

pruebas y evidencias de que la votación se realizó en fecha distinta al 7 de julio? ¿Acaso existe en el expediente prueba plena de que se haya impedido el acceso a los representantes del Partido de Acción Nacional en más del 20% de las casillas? como tampoco existe prueba de que en ese mismo 20% no se hubiesen instalado las casillas, y consecuentemente la votación no hubiera sido recabada

Por otra parte, los motivos de nulidad que fueron aquí invocados y que en repetición a lo que se invocó en el recurso de protesta que se presentó ante el comité distrital, tampoco se encuentran dentro de los supuestos que marca el artículo 222 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Yo creo que no podemos obrar con una ligereza tal de que se decrete la nulidad de una elección, solamente con la afirmación respetable, yo soy el primero en reconocerlo, de un ciudadano que luchó por alcanzar votos y que obtuvo los que arroja el acta de escrutinio. Tenemos que plegarnos a la ley. No hay prueba de hechos no se encuentran dentro de los supuestos de los artículos que hemos invocado.

Decía un compañero del PMT que deberíamos de perder menos tiempo y evitar disquisiciones irresponsables. Estoy de acuerdo Nos previno y nos llamó la atención de que no cayéramos en subrealismos políticos. Con mucha razón lo dijo. A veces el énfasis, a veces la pasión niega al a razón. Pero no puede negarse a la justicia. Con mucho respeto don Héctor Valenzuela, yo le aseguro que los miembros de este Colegio Electoral, no estamos ajenos ni a la razón ni al derecho. Invocando al poeta, estamos también convencidos como usted, de que con la razón ni tememos ni ofendemos y con el respeto a la ley no hay comprobación de lo que se invoca, señor presidente, con todo respeto pedimos a usted que se pregunte si el caso está suficientemente discutido y que se proceda en su caso a la decisión por este Colegio Electoral, de si se aprueba o se reprueba el dictamen presentado.

Yo pido que se apruebe en sus términos. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra, para hechos, por cinco minutos, al C. Juan de Dios Castro, de Acción Nacional.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Señoras y señores presuntos diputados miembros de este Colegio Electoral: Con base en el derecho, discrepo de quien me precedió en el uso de la palabra en cuanto a ubicarla carga de la prueba. En este caso concreto hay un elemento muy sencillo, muy simple. Pero cuya falta de observancia origina la nulidad de toda la elección.

El artículo 96 establece como facultad de los comités distritales electorales el nombrar a los funcionarios que integren las mesas directivas de casilla y confiere la facultad precisamente al comité distrital electoral que incluye a los comisionados nombrados por la Comisión Federal Electoral y a los comisionados de los distintos partidos políticos que integran o que intervienen en la elección.

Quiero señalar a ustedes que la facultad no es del presidente y secretario del comité; que es precisamente del comité distrital electoral.

Si este organismo en ningún momento celebró sesión colegiada, si este organismo no se propuso dentro de él no se discutió no se votó a los funcionarios que debieran constituir las mesas directivas de las casillas, y me refiero sobre todo a los nombramientos de la lista definitiva, entonces quienes hayan recibido con el carácter de presidente, secretario, y escrutadores la votación sin personas no facultadas por la ley para recibir la votación. Y sí encuadra en una de las causales de nulidad de la elección establecidas por la Ley de Organizaciones Políticas y Proceso Electorales, concretamente el artículo 225, su fracción III, inciso C.

Pero dice quien me precedió en el uso de la palabra: no hay pruebas; aquí se requieren pruebas. Señores, se hizo valer esta irregularidad en el recurso de queja y se dice, y leo textualmente "tampoco se tomaron en cuanta las impugnaciones hechas mediante el recurso de protesta, y entre ellas las presentó Acción Nacional en el escrito de fecha 9 de julio, que es precisamente haciendo valer esta irregularidad".

¿Qué debió haber hecho el comité distrital electoral cuando recibió este recurso de queja haciendo valer esta irregularidad en la elección? Debió haber acompañado al paquete electoral todas y cada una de las actas de las sesiones realizadas por el comité, para poder comprobar, no nosotros sino el comité distrital electoral, que se habían realizado los nombramientos de los funcionarios que iban a fungir como presidente, secretario y escrutadores en todas y cada una de las casillas.

Yo pregunto a quien me precedió en el uso de la palabra: ¿Mencione, cite y muestre el acta donde aparecen los nombramientos de los funcionarios de la lista definitiva como presidente, secretario y escrutadores? Es al comité y no a nosotros a quien corresponde la carga de la prueba.

Uno de los oradores de la mayoría relativa lo dijo hace unos cuantos casos que se discutieron; el hecho negativo no se puede probar. Nosotros negamos que se haya hecho el nombramiento, corresponde al comité distrital electoral probar que el nombramiento se hizo, ¿cómo?, con el acta en que aparecen tales nombramientos.

En síntesis, se hizo valer la irregularidad en el recurso de queja, primero; segundo, corresponde al comité distrital electoral y a la comisión haber examinado el acta donde se hicieron los nombramientos definitivos. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra, por la comisión, al C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza.

El C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Señor presidente; compañeros presuntos diputados: Tratando de dar contestación, con mucho gusto, a la interlocución, que nos hizo el compañero que nos antecedió en el uso de la palabra, pues él mismo lo dijo, dónde está la base para haber designado esos 41 miembros del personal de casillas. Lo dice el artículo 96 en su fracción V, que son los comités distritales, los facultados para designar el personal de casilla; que debe contemplase también, en relación con los preceptos relativos del reglamento; y no es precisamente la aplicación de la lista definitiva del personal de casilla y de sus ubicaciones la que dé plena legitimidad, expedida por el comité distrital electoral, al ejercicio de una facultad legal del comité distrital.

Ahora bien, porque se recibió también alguna queja al número de auxiliares, hubo una sesión, señor presunto diputado, que se verificó, y aquí tengo la copia de la sesión firmada por los asistentes de la sesión del comité distrital del 7 de diciembre de 1984, con la presencia de los miembros del comité y de los comisionados, acreditados en esa fecha, se autorizó por unanimidad al presidente del comité distrital para nombrar a los auxiliares de este mismo comité, cometiéndose a consideración dicha propuesta, la cual fue aprobada por unanimidad.

En cuanto al punto del personal de casilla no está a la disposición unilateral de voluntades, por más respetuosas que éstas sean. Es facultad del comité distrital y es una facultad que se convalida, que legaliza y que actualiza con la publicación autorizada y legal de la lista definitiva del personal de casilla y de la ubicación del personal de la misma.

Muchas gracias, señor presidente, yo pido que se pregunte si está suficientemente contestado el asunto.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega: - Por disposición de la presidencia se pregunta si está suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta, si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se declara improcedente el recurso de queja.

2o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados de mayoría relativa, efectuadas en el XIII Distrito Federal Electoral del estado de México.

3o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Luis Manuel Orcí Gándara y Gustavo Vázquez García, propietario y suplente, respectivamente.

El C. Eliseo Rangel Gaspar (desde su curul): - No hay hechos que discutir. Que prosiga la orden del día.

El C. Presidente: - ¿Sobre qué hechos, señor? Esos ya fueron suficientemente discutidos por la asamblea. No hay tema que discutir en este sentido.

El C. Presidente: - La solicitud sobre hechos es en relación a la intervención de un compañero anteriormente, sobre un tema que esté a discusión, y la discusión sobre el tema del caso anterior fue ya suficientemente discutido, aprobado por la asamblea y aprobado por todos.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas (desde su curul): - No es sobre la votación, es sobre hechos.

El C. Presidente: - Los hechos tienen que estar relacionados con el planteamiento del orador anterior. Los oradores anteriores cerraron su discusión con la aprobación por parte de la asamblea del caso relacionado a ese distrito electoral.

El C. Javier Paz Zarza (desde su curul): - Desde el momento que usted negó el derecho a exponer hechos sobre el tema, por eso es que una vez concluida la votación y sobre los hechos que dieron lugar a la votación, es por lo que tenemos el derecho de una participación.

El C. presidente: - No, señor, antes de concederle la palabra al licenciado Reyes Rodolfo me dirigí preguntándole si iba a hacer uso de la palabra. La discusión sobre el distrito de referencia ya concluyó con la aprobación por parte de la asamblea. Les vamos a agradecer guarden la compostura debida.

Señor secretario, haga favor de continuar.

VII DISTRITO DE NUEVO LEÓN

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: «Primera Comisión Dictaminadora.

Primera Comisión.

Entidad: Nuevo León.

VII Distrito Electoral.

Honorable Asamblea del Colegio Electoral: Ala primera sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este H. Colegio Electoral, fue turnado el expediente relativo a las elecciones realizadas en el VII Distrito Electoral Uninominal del estado de Nuevo León para emitir el dictamen correspondiente, mismo que se produce en la forma siguiente:

1o. En cumplimiento a los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es competencia de este H. Colegio Electoral calificar la elección de los presuntos diputados, resolviendo para tal efecto la de aquellos que hubieran obtenido

mayoría relativa, en cada uno de los distritos uninominales.

2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82, fracción XVII de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales se registraron para participar en el VII Distrito Electoral Uninominal del estado de Nuevo León los siguientes ciudadanos pertenecientes a los partidos que se indican:

PAN: Propietario, Alejandro A. Carlos Pérez Aragón; suplente Judith Nassim Avu Halun.

PRI: Propietario, Romeo Flores Caballero; suplente, Florentino Lara Saucedo.

PPS: Propietario, Herminio Cisneros Estrada; suplente, Rodolfo Martínez Urbana.

PDM: Propietario, Lázaro García García; suplente, Alberto Granados Morales.

PSUM: Propietario, Juan de la Rosa Téllez; suplente, José Higinio Medrano Gatica.

PST: Propietario, Rodolfo Rodríguez Bernal; suplente, Juan Manuel Cuesta Guevara.

PRT: Propietario, Victor Manuel López Estudillo; suplente, Ismael Alvarez Rodríguez.

PARM: Propietaria, Elisa María Salazar Rodríguez; suplente, Ignacio Martínez Martínez.

PMT: Propietario, David Orozco Torres; suplente, Francisco Medrano de la Cruz.

3o. Durante el desarrollo de la campaña de los distintos candidatos no se registraron incidentes de ninguna naturaleza ni se produjeron actos que obstaculizaran las actividades de los partidos contendientes.

4o. De conformidad con lo establecido por la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en su artículo 182, el día de las elecciones fueron debidamente instaladas las casillas cubriéndose las formalidades y requisitos del caso.

5o. De acuerdo a las constancias examinadas se advierte que los organismos electorales responsables actuaron con imparcialidad y otorgando plenas garantías para que el proceso se desarrollara en condiciones normales.

6o. Como lo señala el artículo 212 de la materia, el segundo domingo de julio del año en curso se celebró la Sesión del Comité Distrital Electoral del VII Distrito Electoral del estado de Nuevo León, para realizar el cómputo de la elección. En esta sesión se analizaron y resolvieron los recursos de protesta interpuestos por el Partido Acción Nacional, por el Partido Revolucionario de los Trabajadores, habiendo sido todos desechados por ese organismo electoral ya que no se daba cumplimiento a lo previsto por el artículo 139 del Reglamento de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, pues ninguno de los partidos presentó las pruebas requeridas por el referido ordenamiento jurídico.

Concluido el cómputo, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN: 27.790 votos

PRI: 73.440 votos

PPS: 730 votos

PDM: 508 votos

PSUM: 531 votos

PST: 589 votos

PRT: 197 votos

PARM: 589 votos

PMT: 56 votos

7o. En virtud de lo anterior, y como lo señala el artículo 212, sección A, inciso 8, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.

8o. En su oportunidad, y con apoyo en las consideraciones hechas en este dictamen, la Comisión Federal Electoral procedió a registrar la Constancia de mayoría a que se hizo referencia en el numeral anterior, en cumplimiento del artículo 82, fracción XXVI, de la Ley citada.

9o. Que habiendo sido interpuesto recurso de queja por los partidos Acción Nacional, Socialista Unificado de México y Revolucionario de los Trabajadores y con fundamento en el artículo 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, esta comisión procedió a su análisis y resolución de la siguiente manera:

a) Por lo que toca al recurso de queja presentado por el Partido Acción Nacional, la comisión estudió detenidamente dicho recurso y encontró que el partido recurrente no presentó pruebas de los actos que estima violatorios, en los términos del artículo 233 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales;

b) Por lo que hace al recurso de queja presentada por el Partido Socialista unificado de México, después de haber examinado detenidamente el recurso que nos ocupa, tomando en cuanta los preceptos legales aplicables, así como que los quejosos no aportaron prueba alguna y que el mencionado recurso el vago, obscuro y no precisa en tiempo y lugar los hechos que se mencionan, se debe desechar, y

c) Qué habiéndose estudiado detenidamente la queja interpuesta por le Partido Revolucionario de los Trabajadores, se considera ésta infundada, toda vez que adolece de las mismas omisiones que la presentada por el Partido Acción Nacional y que por economía procesal y en obvio de repeticiones innecesarias se tienen por aquí reproducidas en los mismos términos que se indican en el inciso a) de este punto.

10. Se aclara que el Partido Acción Nacional registró erróneamente el nombre de su candidato, por lo que en el Diario Oficial de fecha 10 de abril de 1985 aparece como registrado por el Partido Acción Nacional como candidato a diputado federal propietario

por el VII Distrito Electoral Uninomial del estado de Nuevo León, el C. Alejandro Alberto Carlos Pérez y Aragón, y no el nombre de Alejandro Alberto Carlos Páez y Aragón, que es el que se afirma por el referido partido como Correcto, lo cual no implica responsabilidad para los organismos electorales respectivos, Siendo sólo imputable al mismo Partido Acción Nacional.

Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, 82, Fracción XXVI; 182, 212, 218 y 219 de la ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18,20,21, Fracción I, y demás relativos de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos esta comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se desechan por improcedentes las quejas interpuestas por los partidos Acción Nacional, Socialista Unificado de México y Revolucionario de los Trabajadores.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente y válidas las selecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa efectuada el 7 día de julio del año en curso en el VII Distrito Electoral del estado de Nuevo León con cabecera en Garza García.

Tercero. Son diputados de mayoría relativa la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos Romeo Flores Caballero y Florentino Lara Zaucedo, propietario suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de julio de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yáñez Hernández, vocal."

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Esta a discusión el dictamen...

El C. Javier Paz Zarza:- Pidió la palabra para hacer una proposición antes de que se inicie el debate.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Javier Paz de Acción Nacional.

El C. Javier Paz Zarza: - Señores miembros del Colegio Electoral: Los que suscriben presuntos diputados de este Colegio Electoral, presentamos moción para que el Presidente de este colegio C. Píndaro Urióstegui, sea reemplazado por el vicepresidente, por no observar de manera continua las prescripciones de reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados unidos Mexicanos; por no satisfacer los requisitos de procedibilidad que marca el reglamento en su artículo 22.

Solicitamos que se dé Trámite que señala el numeral en cita.

H. Congreso de la Unión Colegio Electoral; México, D.F., a 19 de agosto de 1985. Firman la presente proposición tres presuntos diputados, Jesús González Schmall, Juan de Dios Castro Lozano y Javier Paz Zarza.

Está a su consideración.

El C. presidente:- Tiene el uso de la palabra el C. Eliseo Rangel.

El C. Eliseo Rangel Gaspar:- Señor presidente; compañeros integrantes del Colegio Electoral: Con sorpresa acabamos de escuchar la insólita proposición de la fracción parlamentaria de Acción Nacional, pidiendo al H. Colegio Electoral de la Cámara de Diputados, que sea sustituido el presidente del Cuerpo, justamente porque Píndaro Uriostegui está aplicando el reglamento en sus términos.

Ha habido aquí como a todos consta, excesos en la libertad de expresión, ha habido inclusive largos minutos en la exposición de los turnos para hechos, especialmente de los oradores de Acción Nacional, ha dispuesto en forma insólita y con energía el señor presidente el desalojo de las galerías para dar justamente gusto a los oradores de Acción Nacional, y cuando el presidente del colegio aplica con energía el reglamento, inconforme y por impotencia, Acción Nacional demanda la destitución del presidente del colegio. Esta, además de carácter de fundamento, es una irracionalidad. Pido al Colegio Electoral, a los honorables integrantes que desechen por infundada, por irracional y por improcedente la proposición de Acción Nacional y que continúe el orden del día de este Colegio. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Roberto Calderón Tinoco, para hechos, cinco minutos.

La C. Beatriz Paredes Rangel: - Señor presidente, una moción. Ruego a usted que dé lectura el señor secretario al artículo 22 del reglamento.

El C. Presidente:- Señor secretario de usted lectura al artículo 22 del reglamento.

El C. Secretario Miguel Angel Barberena Vega:- Artículo 22. "Cuando el presidente no observase las prescripciones de este reglamento, podrá ser reemplazado por el vicepresidente o por quien hiciere sus veces, pero para esto, se requiere que uno de los miembros de la Cámara presente mención, que se adhieran a ella, por lo menos dos de los miembros presentes y que ésta después de sometida a discusión, en que se podrán hacer uso de la palabra hasta dos individuos en pro y dos en contra, sea aprobada en votación nominal."

El C. Juan de Dios Castro Lozano:- Señor presidente, conforme a este artículo 22, pido me permita hacer uso de la palabra para apoyar la moción.

El C. Roberto Calderón Tinoco:- Señor presidente; ciudadanos miembros de este colegio: Ha sido reiterado ya en varias veces en el transcurso del trabajo de este Colegio Electoral, desde su instalación hasta la fecha, como se ha venido comprobando la presidencia sobre todo en la conducción de los debates que se proceden en torno a los dictámenes, se ha visto parcialidad en la aplicación del reglamento y, sobre todo, en la toma de tiempo para las intervenciones que se hacen en esta tribuna, utilizandose dos varas para la medición de este tiempo. Unas se toma el tiempo a tipo dólar a tipo peso.

No creemos nosotros que esto deba continuar, sobre todo cuando se ha visto también que de parte de la secretaría ha habido intromisiones y referencias a cuestiones que corresponde ala presidencia de la mesa directiva. Si fue preocupación al elegir a esta presidencia de que fuera de conformidad con todos los integrantes del colegio y que ésta se diera en forma plural, pero esa pluralidad, pues, no está porque no obstante las fallas, a los prosecretarios que son los que le dan la pluralidad, porque no hay dos que son de otros partidos, no se les ha llamado para ver si así puede suplirse algunas de las deficiencias.

Por otro lado, no se ha visto un claro auxilio de parte de la Oficialía Mayor para dar el asesoramiento debido. Y casos estos como en el que se les permite la palabra a unos y a otros se aparenta no vérseles y más en los momentos oportunos en que se solicita, creemos que deben terminar.

La fracción del Demócrata participando en este colegio se adhiere a la petición y a la propuesta que se dio lectura por parte de Acción Nacional y pide, aparte de que se le dé entrada. se ponga a la consideración de todos los integrantes de este colegio. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Después de haber hablado el segundo orador, se concede la palabra a la C. Beatriz Paredes...

El C. Presidente:- Se concede la palabra a la C. Beatriz Paredes.

El C. Juan de Dios Castro Lozano (desde la curul:- Moción de orden, señor presidente.

El C. Jesús González Schmall:- Son dos oradores en pro, ha hablado uno, falta un orador en pro, según el reglamento.

El C. Juan de Dios Castro Lozano:- No ha abierto el debate.

El C. Presidente:- Aparte de haber intervenido el C. Roberto Calderón.

EL C. Roberto Calderón Tinoco:- Es para hechos no para el debate.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. Juan de Dios Castro.

El C. Juan de Dios Castro Lozano:- Señoras y señores presuntos diputados miembros de este Colegio Electoral: Esta es quizá la única oportunidad que tendrá la mayoría relativa para cambiar de presidente de este Colegio Electoral, hacer más ágiles las sesiones, ajustar los trabajos a lo que señala el Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La conducta asumida por el señor Presidente de este Colegio Electoral en el momento en que fue presentada la moción para su reemplazo, es la mejor prueba de la urgente necesidad que se tiene su reemplazo por parte del vicepresidente del mismo.

¿Por qué decimos que es la mayor prueba?, porque en estos momentos y con ese acto que motiva este debate, demostró su desconocimiento del reglamento o bien su intención de no atacarlo. Si es lo primero, es causa de remoción. Y si es lo segundo, también es causa de remoción.

Cuando fue planteada la moción suspensiva el presidente de este Colegio Electoral inmediatamente debió abrir el debate. Debió haber abierto el turno de oradores en pro y el turno de oradores en contra, para que una vez resuelto ello, proceder como la marca el artículo 22 del reglamento. Pero puede decirse que un error eventual, como el que acabo de narrar, aunque sea posterior a la presentación de la moción, no es suficiente para que ésta quedara aprobada, porque es de humanos errar porque todos somos susceptibles de equivocarnos, porque la tensión de los trabajos de un Colegio Electoral como éste, con largas horas de debate puede originar fatiga en el presidente y se la causa de errores involuntarios ocasionales.

Pero es, señores, que no son errores ocasionales o eventuales; no son fallas esporádicas de parte de la Presidencia. No haré alusión a lo que ya la prensa nacional ha señalado sobre las equivocaciones habidas en la instalación y en el inicio de los trabajos de este Colegio Electoral, empezando por la falta de protesta de su presidente. Eso es secundario porque en última instancia no afecta la esencia de la importancia de los grandes y graves trabajos que se ponen a nuestra consideración.

No, señores son situaciones más graves. Si se estudia el Diario de los Debates, en una de las muy interesantes e importantes sesiones que ha tenido este colegio se dio el caso de que uno de los dictámenes habiéndose plateado una proposición por el que habla, en lugar de pasarla a votación y en forma económica aprobarla a desecharla y pasar posteriormente a la discusión del debate, el ciudadano presidente de este colegio inmediatamente

pasó a votación el dictamen que dando aprobado por mayoría.

Cuando se originaron por esa conducta las protestas generalizadas de los partidos de oposición de este Colegio Electoral, caso insólito, después de tres, cuatro y cinco oradores, y hasta que uno de su partido, licenciado Maldonado Pereda, le hizo notar que era pertinente pasar a votación la proposición y posteriormente si está era desechada pasar a discusión el dictamen a estudio, pasando sobre la decisión del colegio, equivocado en el procedimiento, pero que era la decisión del Colegio Electoral, volvió, retrocedió el procedimiento, puso a votación la propuesta del que había presentado de nueva cuenta, pasó a votación de nuestro algo que ya estaba votando.

Va contra la seguridad jurídica, va contra el principio de seguridad que deben tener las decisiones de este Colegio Electoral. Si el Colegio Electoral había votado, procedía el recurso de reclamación ante la Corte y no una segunda votación, aunque ésta fuera confirmatoria de la primera. Eso lo señalo la prensa, lo pueden ustedes ver en los periódicos, el reflejo fiel de los trabajadores de estas sesiones y los errores del presidente.

Pero hoy, caso concreto, que motiva la moción, antes de pasar a votación se le olvidó al señor presidente el contenido del artículo 100. Se le olvido también que hay varios turnos de oradores y se olvido también que hay un derecho que no puede ser anulado en este colegio: el derecho de hacer uso de la palabra para hechos en los términos del 105 reglamento.

Claro que el Presidente, a posteriori, trató de justificar su conducta, y le dijo al compañero Altamirano: eh, señor, que ya está votando. Y el ceder el uso de la palabra para hechos se debe referir a lo manifestado por el orador anterior.

No sé si a sabiendas o de mala fe, cubrió su torpeza o su equivocación con este argumento, porque el se dio perfectamente cuenta que antes de que se pasara a votación se le estaba pidiendo el uso de la palabra para hechos. Antes de la votación. Y a sabiendas opacando, silenciando y tratando de anular el derecho de expresión de los presuntos diputado, pasó el asunto a debate, y posteriormente a votación.

Señoras y señores: es necesario que se corrijan los errores. Empezamos el jueves anterior, no ha habido un solo día de sesiones jueves viernes, sábado, domingo y lunes en que no haya este tipo de fallas por parte de la presidencia. Por eso pido a ustedes que en el momento en que se pase a votación, voten en favor de su remplazo por el cual vicepresidente. Gracias (aplausos.)

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra a la C. Beatriz Paredes.

La C. Beatriz Paredes Rangel:- Con su permiso, señor presidente: la circunstancia que estamos discutiendo en este momento nos permite hacer algunas consideraciones sobre el sentido de los trabajadores en este Colegio Electoral. A no dudarlo el derecho electoral mexicano, como se ha manifestado en esta alta tribuna, ha reflejado la realidad de un país y ha sufrido importantes avances a raíz de la reforma Política. También es cierto que en el esfuerzo de mejorar nuestras instituciones democráticas los partidos políticos, todos, estamos preocupados por avanzar y profundizar, tanto en lo procesal electoral como en lo relativo a las practicas internas de los organismos que se rigen por reglamentos derivados del mismo.

Aquí estamos tocando por una circunstancia algo que vale la pena superar, estamos tocando de la vigencia del reglamento y de la Ley Orgánica del Congreso. Me parece fundamental que esta moción haya sido presentadas en uso de su derecho por respetables presuntos diputados de la fracción parlamentaria Acción Nacional.

En algunos otros momentos, se a discutido sobre la flexibilizad de los documentos que rige la vida interna del Poder Legislativo. En esas ocasiones las diversas corrientes políticas han manifestado sus puntos de vista. y quienes hemos tenido el privilegio que por el mandato popular tener la oportunidad de ocupar esta alta tribuna en ocasiones pasadas, hemos conocido de cómo en un esfuerzo complementario, la mayoría parlamentaria ha podido establecer acuerdos con las distintas fracciones parlamentarias que componen esta Cámara plural. En ese sentido, los trabajos de este Colegio Electoral iniciaron con excelentes augurios.

En primer Termino la fracción Mayoritaria del mismo presentó para que pudieran figurar en al elección respectiva una mesa directiva en donde integraba la participación de otras corrientes políticas. Desde luego recogiendo el espíritu democrático de quienes aquí participan y también por una decisión de la mayoría parlamentaria para enriquecer nuestros trabajos

Aunado a ello, en las comisiones respectivas se amplio la participación de las fracciones parlamentarias. Todavía registró, cómo en colegios electorales anteriores en cada una de las comisiones solamente figuraba un representante de alguno de los partidos, fracciones minoritarias aquí representados.

A mayor abundamiento se realizó un acuerdo - que fue leído al inicio de nuestros trabajos - , que si bien es cierto ratificaba lo que establecen nuestros documentos reglamentarios, también evidenciaba la voluntad política de la presidencia de este colegió y desde luego de la mayoría. Sin embargo, ante este propósito de pluralidad, ante esta realidad conciliatoria que permite con los acuerdos, con los convenios legítimos, producto de las consultas, enriquecer el ejercicio de este Colegio Electoral y el ejercicio de su mesa directiva, hemos podido observar algún prurito

procesal que quisiéramos no juzgar equivocadamente.

Estimamos nosotros que la presidencia de este Colegio Electoral, obra en derecho y en consecuencia con un espíritu plural y participativo. Sofisticamente, cuando se niega la palabra para hechos se presume una rigidez, o un desconocimiento del reglamento; cuando se otorga reiteradamente la palabra para hechos, en ocasiones, se señala excesiva flexibilidad; por encima de esto vale anotar, que el esfuerzo de conciliación, de reconocimiento de todos los derechos de estas fracciones parlamentarias ha sido la tónica fundamental de la mayoría y de la mesa directiva.,

Nosotros tenemos la certidumbre de que este Colegio Electoral requiere no sólo de la madurez de los planteamientos políticos en el análisis de cada uno de los casos, sino sobre todo de una decisión política de fondo.

La decisión política de fondo va a legitimar por nuestro comportamiento las tareas que aquí estamos realizando; la decisión política de fondo es, no pretender - basados en una serie de recursos respetables por demostrar talento individual, pero no válidos en sentido estricto - , no pretender sembrar el caos en este órgano colegiado.

Nosotros estamos convencidos de que la conducción de los trabajos de este Colegio Electoral han respondido a esos dos principios: al respecto a las fracciones parlamentarias aquí presentes y al esfuerzo con una actitud de flexibilidad, de mediante la conciliación poder complementar lo que nuestros reglamentos y nuestra ley Orgánica requiere que se complemente con el consenso.

Yo convoco respetuosamente a la fracción parlamentaria de Acción Nacional, y, especificamente, a los respetables presuntos diputados que han hecho esta moción, a que declinen el sentido de la misma, en la certidumbre de que su capacidad política y su madurez para enriquecer el proceso plural de ejercicio democrático de México, los llevará a comprender que le persistir en ella, más que una actitud que enriquezca los trabajos de este Colegio Electoral, están demostrando un propósito de distorsión del sentido de nuestros acuerdos. Muchas gracias

El C. Presidente:- Se concede la palabra para hechos al C. diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, del PPS.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - Señor Presidente; ciudadanas y ciudadanos del Colegio Electoral: Quiero solicitar a la presidencia se sirva instruir a la Secretaría a fin de dar lectura al Artículo 102 del reglamento en vigor.

El C. Presidente:- Proceda la Secretaría.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Artículo 102. "Los individuos de la Cámara aun cuando no estén inscritos en las listas de los oradores, podrán pedir la palabra para rectificar o contestar alusiones personales cuando haya concluido el orador y sin que puedan hacer uso de la palabra más de cinco minutos.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - En Seguida deseo también que la presidencia instruya a la secretaria para que sea leído el artículo 107.

El C. Presidente:- Sírvase la secretaría leer el artículo 107.

El C. Secretario Porfirio Camarena Castro: - "Articulo 107. No podrá llamarse al orden al orador que critique o censure a funcionarios públicos por faltas o errores cometidos en el desempeño de sus atribuciones, pero en caso de injurias o calumnias el interesado podrá reclamarlas en la misma sesión cuando el orador haya terminado su discurso en otra que se celebre en día inmediato.

"El presidente instará al ofensor a que le retire o satisfaga al ofendido. Si aquel no lo hiciere así, el presidente mandará que las expresiones que hayan causado la ofensa se autoricen por la secretaría insertando estas en acta especial para proceder a lo que hubiere lugar".

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - Son algunos de los Artículos fundamentales que rigen en los relativo a las discusiones.

Hay que podríamos invocar.

Particularmente el 102 es motivo de atención desde mi punto de vista. El 102 establece el derecho de intervenir a todos los miembros de la cámara, aun cuando no estén inscritos en la lista de oradores, con cualquiera de dos características. Lo que hemos venido llamando para hechos, que técnicamente se define, se expresa para aclaración de hechos y para contestar alusiones.

Me parece que la presidencia ha tenido fallas en la conducción del debate. Es cierto.

Me parece que es difícil manejar un debate de estas características y con un reglamento que tiene 50 años de haber promulgado, cuando no tenía este recinto la composición política que ahora tiene y me parece, ademas que las fallas o los errores fundamentales se dieron principalmente en los primeros días de sesiones. Parece ser que particularmente el día de hoy es uno de aquellos en los que se ha aplicado con mayor corrección el reglamento.

En el caso de los presuntos diputados de Acción Nacional aquí presentes, yo observo que se han abusado particularmente del uso del 102, dándole una connotación distinta a la del propio artículo. Es decir, no se hace uso de la palabra para constatar alusiones; no se hace uso de la palabra para aclarar hechos. Incluso no se dice que se pide la palabra para aclarar hechos, sino simplemente para hechos. Y hechos pues que tantos en el universo, que entonces se produce un larga

lista de oradores para hechos. una larga lista que puede tener 2 o 3 o 4 o 10 o 50 regresos a la tribuna de 1 o 2 o varios oradores. Es un recurso parlamentario que puede ser legitimo. Pero también es Legítimo en tal caso, que la asamblea haga uso de sus decisión soberana para limitar ese exceso.

¿A dónde nos conduciría el actuar de manera libérrima respecto al uso de esta tribuna por horas y horas? El uso en exceso de una maniobra de carácter dilatorio nos conduciría a paralizar los propósitos de este Colegio Electoral a que llegara el momento en que por mandato constitucional debe integrarse la Cámara de Diputados de la LIII Legislatura y no pudiera realizarse este hecho, por no haber podido concluir el Colegio Electoral sus funciones.

Me parece pues particularmente el hecho de que el partido Acción Nacional sea hoy - cuando menos se puede hablar de errores por parte de la presidencia - que interpone este recurso, igual que el mismo hecho de hacer uso exagerado injustificado del artículo 102, son simplemente dos maniobras más del Partido Acción Nacional Para tratar de enturbiar el proceso electoral, de entorpecerlo de descalificarlo. Es conveniente que la mayoría esté alerta frente a esta maniobra, los partidos de izquierda también. No podemos caer en ese juego y debemos rechazar esa maniobra con toda energía.(Aplausos.)

EL C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. Altamirano Dimas.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas:- Señor presidente: compañeras y compañeros presuntos diputados: Es Verdad que la actividad política no es solamente confrontación ideológica, no es solamente exposición de tesis y de problemas. La política es pasión y es acción, y no pueden desligarse estos elementos que son indisolubles.

Pero también ha que entender ese marco de la política dentro de los marcos y de los cauces legales establecidos.

Quisieran aclarar en primer término que nuestra moción no obedece a una situación personal contra quien preside los trabajos de este Colegio Electoral en la presidencia. hemos actuado no solamente los miembros de Acción Nacional, sino miembros de otros partidos con vehemencia, con pasión. Y qué bueno que se den esos ingredientes, porque no podríamos concebir nuestras defensas con simples argumentos fríos, somos seres humanos. Pero hablaba yo de ciertas formas legales que hemos tratado de agotar y adecuarnos a ellas, han pasado largas horas de sesiones y todos hemos tenido la paciencia para escucharnos unos a otros y no por benignidad ni por tolerancia del número, sino por nuestra obligación y responsabilidad como presuntos legisladores.

Desgraciadamente las sesiones se han llevado con cierta irregularidad, que ha motivado que nuestras posiciones en algún momento sean irreductibles, pero también que en algunas otras ocasiones se violen derechos legítimos de la minoría hablo de la minoría en número representada en este Colegio Electoral.

Hemos escuchado con atención las palabras serenas de nuestra compañera Beatriz Paredes, y ya desde el momento de la presentación de esta moción pensando tanto en las motivaciones como en el desarrollo del trabajo del Colegio Electoral.

Acción Nacional ha venido aquí a defender el voto del pueblo al igual que muchos de ustedes, y si realmente vamos a enmendar esas prácticas que están dificultando el trabajo legislativo, si se va a permitir que los diputados de oposición puedan hablar libremente, de acuerdo con el reglamento y no por concesión graciosas de la mayoría. Señores, ustedes tienen el número y lo mínimo que deben y están obligados a hacer, es escuchar. Las votaciones ustedes las tienen aseguradas.

Si centramos nuestros debates, si escuchamos nuestros razonamientos y valuamos nuestras impugnaciones y nuestra pruebas, estaremos cumpliendo nuestro papel como miembros del Colegio Electoral. Hay que entender que no venimos a defender los votos de nuestros partidos en lo individual o en nuestros casos venimos a defender el proceso, todo el proceso electoral, la legitimidad del proceso electoral, el voto de millones de mexicanos. Si es realmente con ese espíritu con el que se nos exhorta, nosotros estamos de acuerdo en que se enmienda errores, pero también escuchen razones y abran al debate deliberativo, perdón abran a la deliberación las razones aquí expuestas. Más vale que caigamos en excesos de libertad, más vale que se den estas situaciones y no muestras de intolerancia. Seamos consecuentes escuchemos y después decidamos en conciencia. Muchas gracias (Aplausos.)

El C. Graco Ramírez Garrido Abreu:- Señor presidente hemos escuchado ya a dos oradores en contra y dos en pro. Le ruego a usted que ponga a votación nominal esta propuesta de Acción Nacional para que finiquitemos el problema y continuemos el trabajo del Colegio.

El C. Presidente:- Sí, señor. Han sido solicitudes para hechos y era el último de los oradores que habían solicitado.

El C. Gregorio Macías Rodríguez:- Con el permiso, su señoría; señores diputados: Qué bueno que me encuentro frente a varios abogados, porque quiero decirles que el derecho procesal es de derecho público. Es decir, que con exceso que se ha visto durante los 71 casos que hemos votado, el exceso de tiempo que se han tomado los oradores se está lesionando no el tiempo de nosotros, es el tiempo del pueblo de México.

Yo he notado, porque estoy consciente de lo que vengo a hacer, y minuto a minuto he

estado observando las intervenciones de los señores de Acción Nacional, de los señores del partido en el poder y de otros. Y desgraciadamente todos han actuado con exceso contraviniendo, lo que decía el antecesor, el artículo 102.

Yo no sé por qué se trata de ofender al señor Presidente. El ha hecho lo imposible por llevar por buen cause esta asamblea, pero desgraciadamente esos excesos, esas impertinencias han llevado al caos en que estamos.

No se puede obstaculizar el proceso de calificación mediante intromisiones u otras malas interpretaciones que desde la butaca se hacen.

Yo, que soy miembro del Partido Autentico de la Revolución Mexicana, y a nombre de la fracción que estamos aquí presentes, le doy el máximo apoyo a usted, señor para que siga actuando. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Tiene la Palabra el licenciado Juan Maldonado.

EL C. Juan Maldonado Pereda:- Señor presidente; honorable asamblea: compañeros diputados y presuntos diputados de todas y cada una de las distintas y respetables representaciones parlamentarias aquí reunidas.

He escuchado como lo hemos hecho todos, con profundo detenimiento, cada una de las argumentaciones que aquí han sido expuestas por quienes me antecedieron en el uso de la palabra, y, concretamente en torno al objeto de nuestra preocupación: la defensa de nuestros muy legítimos intereses y el desempeño fundamental de nuestras responsabilidades.

Se ha invocado por algunos, demasiada amplitud en la aplicación del reglamento y por otros, demasiada estrechez. Yo creo que las acciones que ahora y aquí, estamos todos comprometidos a desarrollar, coincidirán conmigo señores diputados, nos compromete por igual a todos sin excepción.

Es cierto que debemos ceñirnos a la ley, pero también no es menos cierto que independientemente de la grandeza de la leyes y de la majestad de las mismas, estamos obligados de obra y de palabra a tener la intensión de respetarlas tanto como los reglamentos que de ellas emanen, porque hacia el exterior, lo mismo que hacia el interior, no es solamente la imagen de la mayoría la que está en juego, sino en su conjunto la de toda honorable , digna y representativa asamblea de mexicanos, que si bien, he expuesto, tenemos ideologías e intereses contrapuestos en cumplimiento cabal de nuestras propias convicciones ideológicas, también no menos importante, mucho más importante y mucho más transcendental es. que todos sin excepción coincidimos en un trabajo de conjunto hacia una vértice que está por encima de los partidarios y que a todos nos une, nos identifica, nos honra y nos hace defender lo mejor de nosotros mismos y que no puede ser otro que el de la patria mexicana a la que todos por igual nos debemos y a la que todos amamos entrañablemente. Por eso, con profundo respecto quisiera que en aras de esta expresión de apertura democrática que estamos dando dentro de la aplicación y el respeto a la ley que hemos invocado, también diría, y por que no, con el objeto de aprender aún más , porque si nadie es perfecto, errar es humano y el hombre es perfectible.

Ciertamente los hombres somos por igual mezcla de luz y de sombra pero si ponemos sobre nuestras emociones y explicables limitaciones nuestra conciencia y la excelencia y la excelencia de nuestro honor, cierto estoy de que juntos encontraremos aquellas soluciones por difíciles que nos parezcan a los problemas que confrontemos y que exigen de la ponderación y del respeto, independientemente de la pasión y de la emoción lógicas, por los instantes en que las cosas se suscitan y que nos hacen parecer más complejas nuestras argumentaciones.

En tal virtud y en este tono, con profundo respeto exhorto a la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional y de algún otro partido para que si a bien lo tienen por las causas expuestas, meditando en nuestra conciencia interior de mexicanos, invoquemos la concordia nacional como por igual lo hacemos nosotros, esforzándonos en la aplicación del reglamento para que todos juntos demos un ejemplo de armonía y de unidad. Los exhorto señores en bien de ese principio de derecho y de justicia, a retirar si en algo de positivo tiene lo que aquí he invocado el retiro de la proposición que presentaron. Muchas gracias.

El C. Presidente Píndaro Urióstegui Miranda:- Antes de poner a consideración de esta honorable asamblea la proposición del Partido Acción Nacional, quiero se me permita, de una manera breve. hacer algunas reflexiones:

Soy un mexicano respetuoso de su país, de sus antecedentes históricos, de las raíces que paulatinamente fueron creciendo para dar cuerpo a un árbol gigantesco que es todo el pueblo de México. Bajo su sombra han crecido igualmente, al calor de la inquietud de la cultura, del saber y de la vocación de libertad y de superación de este pueblo, diversas corrientes políticas.

Soy también un producto del sistema político de este país que mucho me enorgullece, que mucho me honra , porque sé lo ha significado para este país como conservar de libertad y de democracia de ese sistema político. No es mi propósito debatir, simple y sencillamente quiero ser congruente con lo que se busca, con lo que tan tesoneramente se ha propugnado para que esta Cámara sea representativa del pueblo mexicano una auténtica y sincera manifestación de un pluripartidismo honesto en sus orígenes, en sus representantes y en su participación.

Que bueno, qué satisfactorio es ver en el recinto de esta Cámara del pueblo de México, a sus representantes discutiendo a la luz pública, con la presencia del pueblo, porque tienen que ser públicas estas audiencias y no

a espaldas de él. Estos grandes y trascendentales problemas no son sólo para los partidos políticos, sino para todo el país. Todos tenemos no solamente la libertad de participar en él sino también el compromiso de abrirlo a la opción pública.

Debemos ser respetuosos con los reglamentos y las leyes. Pero también debemos ser justos con la realidad política del país. Es propósito fundamental del presidente de México Miguel de la Madrid, que el pluripartidismo se fortalezca sobre una base de libertad, como se está haciendo aquí.

Yo no quiero poner en tela de duda, no quiero explicar ni meterme en el detalle de las posibles fallas que se hayan cometido. Quiero por un lado antes que nada, hacer un sincero reconocimiento de mi personal agradecimiento, al Partido Acción Nacional. Por haber retirado la proposición que en principio había hecho.

Quiero que esto se sienta como un compromiso de responsabilidad. No estoy tratando de ocultar fallas. Estoy tratando de hacer sentir el peso de una responsabilidad que debe de ser compartida por todos los presentes. Nunca ha sido propósito de esta presidencia limitar a ninguno de los partidos políticos. Nunca ha sido pretensión de alguien en lo particular como yo tratar de coartar la libertad que asiste a cada presunto diputado en lo personal, ni a ninguna corriente política como partido. No me ha animado la mala fe en ninguno de estos actos. Mi sistema, el sistema político al que pertenezco, también ha sembrado en mí semillas de justicia, de honestidad, de cooperación y de fraternidad con todas las corrientes políticas.

El esfuerzo del hombre, el empeño del hombre, el propósito del hombre no es ilimitado; responde en cada uno a su personal capacidad, pero lo que no se puede poner en tela de duda es la buena fe en lo personal y la limpieza de las instituciones de este país, dentro de la cual, sin lugar a dudas, a futuro una de las conquistas más trascendentales será precisamente el pluripartidismo que se ha logrado en esta Cámara como una representación genuina de lo que es el México de nuestros días.

Yo también quiero una exhortación muy sincera y muy honesta. Yo he sido en los últimos días blanco de una serie de señalamientos. No quiero utilizar la palabra crítica, quiero hablar simplemente de señalamiento en áreas de la buena intensión y de la buena de que nos anima. Con disciplina hemos calado, con disciplina hemos mantenido silencio ante una serie de apuntamiento, algunos de ellos sumamente críticos, pero lo hemos hecho consecuentes con el propósito de que antes que nada, antes de cuidar una imagen personal, está cuidar la imagen de la ley y la imagen de esta Cámara de Diputados. (Aplausos.)

Les agradezco muchísimo a los voceros de otros partidos que han tenido la gentileza de darnos su respaldo y su apoyo, y como dijo el compañero Altamirano Dimas, Ya habrá ocasión en los largos debates de esta Cámara para analizar los puntos de vista que animen a las diversas corrientes políticas aquí representadas.

Estoy seguro que entonces como ahora; antes que los aspectos personales estarán como siempre lo hemos hecho, los principios supremos de este país, México, que a todos nos compromete por igual para seguir adelante. Muchísimas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. Alejandro Páez Aragón del Partido Acción Nacional.

El C. Alejandro Páez Aragón:- Señor Presidente, miembros de este Colegio Electoral. La promesa del Presidente Miguel de la Madrid de que el 7 de julio tendríamos las elecciones más limpias en la historia de este país. no se cumplió. ciertamente en Nuevo León no hubo elecciones el día 7 de julio. lo que hubo en el estado de Nuevo León el día 7 de julio fue una farsa, fue una burla a la voluntad popular.

A continuación quiero relatar algunos de los hechos anteriores a la elección, algunos hechos posteriores a la elección, que ilustrarán los graves defectos en el proceso electoral.

Para empezar, el día 21 de abril nos encontramos un grupo de simpatizantes de un servidor, inscribiendo propaganda política en uno de los puentes de Monterrey, denominado irónicamente "Puente de los Derechos Humanos". Con gran abuso de autoridad, ocho patrullas de la Dirección de Seguridad del Estado, golpearon a mis simpatizantes y nos privaron del derecho que la ley de Organización Políticas y Procesos Electorales nos da a inscribir propaganda política y de hacer actos de propaganda política.

Hicimos el uso de la defensa de nuestros derechos de denuncia ante la agencia del ministerio público del estado. Esta denuncia jamás fue aceptada. Cuando el VII Comité Distrital Electoral, presentó el proyecto de integración de Funcionarios de casillas, se de termino que los 960 funcionario de casilla, propuesto por el comité distrital el 75% o no estaban empadronados o no pertenecían a la sección a la que le debería corresponder.

No solamente encontramos eso, sino que esos mismos funcionarios de casilla propuestos, habían fungido sin estar en el padrón electoral ya en las elecciones de 1982.

Las violaciones a nuestros derechos y las amenazas continuaron. El 2 de junio, cuando de encontraban colaboradores míos levantando listas de representantes de casillas, una vez más u por una denuncia de el representante del profesor Flores, ocho patrullas alegando que mis colaboradores se encontraban despegando propaganda de partido del profesor Flores. Encarcelaron a estas personas, las privaron de su libertad durante 24 horas y nunca se presentaron a ratificar la dicha

denuncia. Una vez más, esta vez ante la agencia del ministerio público federal presentamos las denuncias en contra del director de seguridad pública del estado, en contra de la directora de seguridad municipal del estado, jamás fueron aceptadas denuncias.

El primero de julio en el VII Distrito Federal detectamos la existencia de las famosas credenciales apócrifas, que en el caso del estado de Nuevo León eran las credenciales que empezaban con la serie 15, es decir, las un millón quinientos y pico. No solamente detectamos gran número de credenciales, sino que también detectamos la sistematización del fraude. Como la primera credencial apócrifa que aparecía en una sección, tenía una dirección que correspondía a la primera dirección que aparecía en la lista en el padrón Electoral de esa sección. La segunda credencial apócrifa que curiosamente estaba no solamente en sucesión numérica, sino en secesión, tenía una dirección que correspondía a 10 espacios más en las listas del padrón electoral y así sucesivamente.

De esta manera detectamos que alrededor de un 15% de las personas enlistada en el padrón electoral, eran inexistentes. y además, detectamos que los nombres de esas personas correspondían, en el caso de Nuevo León a personas que viven en Nuevo Laredo y en Matamoros.

El 6 de Julio, en un afán más por confundir al electorado de Nuevo León y en particular al electorado del VII Distrito de Nuevo León, la Comisión Electoral tuvo a bien no incluir en la Publicación en los Diarios de Nuevo León, sobre la ubicación de las casillas en Garza García, creando así una mayor confusión en el electorado.

Finalmente, el 7 de julio fuimos testigos del uso de la fuerza pública, no solamente del uso de los acarreadores y de los porros, sino del uso de la fuerza pública del estado para robar urnas.

Fuimos testigos del uso de las credenciales apócrifas fuimos testigos de personas que votaron fuera del Padrón, fuimos testigos de la expulsión de representantes de mi partido y de la negación en general a tener esos representantes a la hora del escrutinio.

El 14 de julio, la sesión para llevar a cabo el cómputo, se llevó de manera privada, se prohibió el acceso a los candidatos y se prohibió el acceso a la prensa. Como se puede ver, el proceso electoral que se llevó a cabo en Nuevo León fue inexistente, no podemos pensar que hubo una elección en Nuevo León, lo que hubo fue una caricatura de una elección en Nuevo León.

Para rematar un poco esta idea, quiero compartir con ustedes esta reflexión, dentro del VII Distrito Federal, está compuesto por distritos locales, números uno y el número uno y el número dos, que presentan aproximadamente 100 de las 135 casillas de mi distrito, en esos dos distritos en la elección local, que fue concurrente en la elección local para diputados locales, el Partido Acción Nacional ganó y ese triunfo fue reconocido por el Congreso Local. En el XIII Distrito Local, que corresponde a Garza García y que es parte del VII Federal, yo tengo las actas en el que ganó, entonces yo me pregunto: ¿Cómo puede, en buena conciencia, otorgarse una constancia de mayoría a un presunto diputado que no ganó?, que en el 70% de sus casillas ganó el PAN en los diputados locales y en el 25% de sus casillas ganó el PAN con las actas que tenemos; Señores, esa es la reflexión que yo quiero que ustedes hagan, para que juzguen con las amplias facultades que ustedes tienen.

Finalmente quisiera yo hacer una reflexión, producto de las horas que he estado aquí, conociendo por primera vez el funcionamiento de un Congreso y el funcionamiento de un congreso y el funcionamiento de un Colegio Electoral.

Cuando yo decidí participar en una justa electoral, lo decidí porque me había dado cuenta, a lo largo del tiempo, del poder cada vez más creciente del Poder Ejecutivo y cómo lastimosamente el Poder Legislativo, las legislaturas anteriores habían abdicado a su derecho y a su obligación de vigilar el desempeño del Poder Ejecutivo, yo quería poner mi grano de arena para empezar a controlar el Poder Ejecutivo, estoy convencido que en la medida que tengamos un Congreso digno, un Congreso vigoroso, un Congreso verdaderamente independiente, podemos empezar a reconstruir este país, mientras eso no ocurra, este país está condenado a los errores y a las decisiones tomadas en las soledades de los despachos. Ya hemos sido testigos todos los mexicanos de lo que ha ocurrido a lo largo de los últimos 15 años.

Finalmente, señores, yo solamente les digo que hay afuera de aquí 70 millones de compatriotas que están esperando que independientemente de la decisión que ustedes tomen sobre mi caso en particular, integren ustedes un verdadero Congreso, un Congreso que sea independiente y vigoroso, un Congreso del cual México pueda estar orgulloso. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Se concede la palabra al C. Miguel Osorio Marbán, del PRI.

El C. Miguel Osorio Marbán: - Señor presidente, señores miembros del Colegio Electoral: Con toda precisión y detenimiento, hemos analizado este recurso de queja que presentó el Partido Acción Nacional ante el Comité Distrital Electoral. No se ha rebatido el fondo, sino se han venido a exponer aquí problemas que corresponden, por un lado, a las instancias que el propio Colegio Electoral señala, como es el propio Comité Distrital Electoral, en lo que se refiere a las protestas.

La comisión analizó cuidadosamente y en uso de sus facultades presenta a ustedes el dictamen tal como lo ha leído la secretaría. En consecuencia sostenemos nuestro dictamen

y pedimos a la asamblea sea aprobado en sus términos. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. José Angel Conchello, del PAN.

El C. José Angel Conchello Dávila:- Señor presidente, con su venia; señores diputados: Voy a constreñirme únicamente al debate del Distrito Electoral de Nuevo León sometido a Consideración de ustedes. Sin embargo, Por razones de imperativo jurídico quiero rechazar la afirmación que el actualmente diputado del XIII Distrito del estado de México, la desafortunada afirmación que hizo cuando vino a defender su caso, de que la presencia de los presuntos diputados o de los candidatos de Acción Nacional que no forman parte del Congreso, que la presencia de ellos en este Colegio Electoral era un premio que nosotros pretendíamos darles y una graciosa concesión del partido oficial.

Quiero suplicar al presidente de la fracción parlamentaria del PRI, Explique a los miembros de su fracción que no lo entiendan, que venimos en uso de un legitimo derecho constitucional, el de la garantía de audiencia; que si esto se hiciera por graciosa concesión de un partido, de cualquiera, significaría que no estamos en un Colegio Electoral, sino en una asamblea del partido oficial, lo cual denigraría la función de ustedes.

Ahora, sí me refiero a la petición que vengo a hacer. Vengo a pedir la nulidad de las Elecciones del distrito que estamos viendo ahora, si por una razón jurídica, por una razón de lógica política, y tal vez también por una razón de fondo político.

Cuando, viendo otro caso, pedíamos la nulidad se nos dijo que solo se concedía la nulidad se nos dijo que sólo se concedía la nulidad conforme al artículo 223 y en este caso obra en el recurso de queja sometido a la consideración de la comisión que se impugnaron 73 casillas, que son más del 20% de las que la ley, en la sección A de la fracción IV señala como casual de nulidad de una elección.

Se impugnaron 73 casillas porque en ellas no se dejo entrar a los representantes del partido Acción Nacional. Y cuando uno se encuentra con el grave problema cómo desahogar, cómo conseguir la prueba, qué tipo de prueba se puede aducir cuando a un representante s le niega la entrada o se le expulsa. Ya cuando a veces se le permite reentrar de nuevo en una casilla es demasiado tarde. Si fraude había de haber, lo hubo en ese momento en ese momento en que el representante de la oposición fue expulsado.

La insuficiencia de la prueba, mas que una taxativa para el caso de ustedes, que en el caso nuestro se vean las bases de la nulidad, es evidente de que todo el proceso estuvo viciado. Pero Hay un argumento más, que el diputado, perdón, el candidato Alejandro Páez, menciono ante ustedes, y yo quiero ser más explícito aún por aquello de que no hubiese quedado claro. Ese VII Distrito de Nuevo León, está compuesto por cuatro distritos locales: el I, el II, el XII en pequeña porción y el XIII.

En el I y en el II, ganó el Partido de Acción Nacional y representa el 70% de las casillas. En el XIII local, que es la parte que unitariamente es la mayor, existen las actas; exhibieron en su momento, de que ahí en las elecciones federales ganó el Partido de Acción Nacional. Y que al parecer en las federales del Distrito II Y del Distrito I, perdió el Partido de Acción Nacional. Y entonces hay una incongruencia política, al parecer en las elecciones federales gana el Partido Revolucionario Institucional y en las elecciones locales, gana el Partido de Acción Nacional.

En la Realidad política de México, señores, eso no existe. En nuestro conocimiento que nosotros tenemos del elector neoleonés, eso no existe. En la radicalización que tenemos ya en nuestro país para votar, eso no existe. Todos sabemos que salvo rarísimas excepciones, cuando se presentan elecciones en que nos entregan cuatro o cinco o seis boletas por convicción o por convicción o por traición, cruzamos un solo distintivo en todas las boletas electorales; esta es la realidad política en que se desarrollan las elecciones en nuestro país. Decir lo contrario, es decir algo que no ha sido posible, por lo menos en ese distrito de Nuevo León.

En consecuencia, si hay constancia ya oficial, si hay un juicio ya oficial de que esas casillas, ese día, a la misma hora y casi en los mismos lugares, porque las casillas estaban juntas, la federal y la local, quiere decir que ese mismo día y en esas casillas, votando para elecciones locales, ya se concedió el triunfo a los candidatos del Partido Acción Nacional y que ahora, después de un largo recorrido, de un tortuoso recorrido, se nos viene a hacer creer que ese mismo día y en esas mismas casillas ganó el partido oficial.

Y como no podemos saber si en realidad hubo o no fraude, lo que vemos abiertamente es la falta de congruencia entre elección federal, porque ahora además estamos respaldados por la anulación de 73 casillas como base jurídica, y con esta discrepancia como base política, pienso que estamos obligados, señores miembros del Colegio Electoral, a declarar que no han sido válidas las elecciones en ese distrito electoral.

Finalmente no para iniciar un debate, lo voy a plantear a manera de examen de conciencia para todos y cada uno de nosotros: si hacemos una separación entre los graves problemas políticos o los graves problemas económicos, estamos haciendo una dicotomía, una separación que en la realidad no existe. Que si recientemente algún funcionario público, si no recuerdo mal el señor secretario de Gobernación dijo: no aceptaremos lecciones de democracia, y que al parecer el gabinete económico no acepta tampoco lecciones de economía. ¿Qué no habrá en esa misma actitud, intransigencia y cerrazón en materia

política, una base de la intransigencia y cerrazón en materia económica ¿Y que en cierto aspecto los graves problemas económicos que estamos padeciendo por un lado, no serán el reverso de la moneda o de la medalla de la cerrazón de orden político? ¿Qué no habrá algunas relaciones, les pregunto, entre la pretendida del carro completo en materia política con la cerrazón en materia económica, y que lo primero nos está conduciendo a grave quebranto que para salir de él necesitamos también abrir el otro aspecto, que no separemos los quebrantos económicos de los problemas políticos?

Yo creo, sinceramente, que estaremos más en vías de lograr la solución de los problemas económicos cuanto mayor sea el pluralismo de que goce esa Cámara una vez constituida.

Esto último se los he dicho en función de lo que dijo Alejandro Páez, de que allá afuera 70 millones de mexicanos esperan que el congreso cumpla con su función, y para ello, ustedes, señores miembros del Colegio Electoral, deben primero, con su función en conciencia. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. Fernando Ortiz Arana, del PRI.

El C. Fernando Ortiz Arana:- Con su permiso, señor presidente; honorable miembros del Colegio Electoral: La intervención del presunto diputado que me antecedió en el uso de la palabra, la dividió en tres puntos, y en función de ellos presentó ante ustedes su exposición.

El primero de ellos, de carácter jurídico, sosteniendo respecto al VII Distrito Federal Electoral de Nuevo León, que él considera que tiene elementos suficientes para que se declare la nulidad de la elección.

Soporta su punto de vista en una afirmación, en virtud de la cual supone que basta con impugnar cierto número de casillas que rebasen el porciento que señala la ley para que esto sea motivo suficiente, para que una elección pueda declararse nula.

No indico en esta tribuna, que se requiere, como lo dispone la fracción I del Artículo 223, que los motivos de nulidad, que la misma ley prescribe, se requiere que se declaren existentes en ese número de casillas.

El planteamiento fue solamente, señores presuntos diputados, hemos impugnado setenta y tantas casillas y, en consecuencia, rebasa el número que establece el artículo de la ley y , en consecuencia tenemos suficiente fundamento jurídico para que pueda declararse la nulidad de la elección.

Bien distinto es que un partido político impugne las casillas y otro, que estudiadas las impugnaciones por el organismo electoral competente, se declare en el número que establece la ley la existencia de lo motivos de la nulidad que se invocan.

En el caso en cuestión, resueltos los recursos interpuestos por Acción Nacional, no se declararon existentes las causales de nulidad de la elección que la ley previene. En consecuencia, señores, el primer argumento plateado de orden jurídico únicamente sostenido en el señalamiento de una impugnación masiva de casillas y no en la declaración por la autoridad electoral competente, de la existencia de motivo de nulidad, carece de fundamento.

En otra segunda parte de su intervención, el presunto diputado Conchello ha señalado su extrañeza porque en lagunas secciones, y quizá varias, de algunos municipios que él ha señalado, no hayan ocurrido coincidencias entre los resultados de la votación local y la federal.

Hemos dicho en esta tribuna, que las alternativas por las que se elige a un ciudadano como representante popular, ciertamente encuentran dos análisis fundamentales su condición ante. Primero, por supuesto, en la filosofía política en las tesis y en los programas del partido que lo postula. Pero no podemos negar la significación y trascendencia que tiene el candidato que presenta el partido político a los electores.

Se trata de personas distintas. No es absolutamente indispensable que sea una coincidencia de alguna elección local por una elección federal a pesar de lo que aquí ha apuntado nuestro amigo, el presunto diputado Conchello.

Esta lógica política que se aplica como conviene en este momento, no significa un argumento de peso con el que se pretenda influir en el ánimo de asamblea para establecer que esta diferencia en las votaciones locales y federales implique irregularidades en el procedimiento.

Finalmente, y él comentó que no pretendía que fuera motivo del debate, establece una subjetiva conexión entre la situación entre la situación económica que el país viene afrontando y el desarrollo político. A esto último no habremos de hacer mayor referencia, en virtud de que el mismo presunto diputado aquí precisó que no pretendía con ello, fuera motivo del debate, sino quizá una apreciación de tipo absolutamente individual.

En razón de que se carece, como aquí mismo de dijo, de suficiente fundamento jurídico al sólo sostener que la mera impugnación por un partido los coloca en el supuesto que establece la ley, y que esto, como va sostuvimos, requiere la declaración por parte del Comité Distrital Electoral, analizando casilla, por casilla, de que en esta se dieron las causas de nulidad que la ley establece y eso no fue sostenido aquí, solicito que en su oportunidad se vote en favor del dictamen en los términos en que este ha sido presentado a la consideración de ustedes. Muchas gracias.

El C. presidente: - Se concede el uso de la palabra a la C. Consuelo Botello de Flores, del Partido Acción Nacional.

La C. Consuelo Botello de Flores: - Ciudadano presidente; ciudadanos presuntos Diputados

No podría dejar pasar esta oportunidad de apoyar a alguien que fungió como candidato en mi propio estado de Nuevo León y no puedo hacerlo porque no puedo dejar a esta asamblea de tan variados orígenes geográficos en la ignorancia de lo que pasó en mi estado, en las mal llamadas, como lo dijo Alejandro Páez Aragón, elecciones del 7 de julio.

El presunto diputado Osorio Marbán, quien nos antecedió en el uso de la palabra, dice que lo que presenta el candidato es una lista de instancias que no tienen que ver nada con el dictamen que aquí se revisa, creo que es un claro error, porque definitivamente ese clima de represión, de violencia estructural que precedió a las elecciones son, es motivo más que suficiente para que estas fuesen la farsa electoral y que no reflejen en sus números presentados en el dictamen la realidad que vivimos en esa ocasión. Ese es uno de los aspectos, realmente no hubo elección, realmente no fue respetada la voluntad popular en el estado de Nuevo León; realmente al candidato Páez a quien ví trabajar como pocos de nosotros en ese estado durante su campaña de sus manos le fueron arrebatadas ánforas llenas de boletas antes del escrutinio, por elementos mismos de la policía del estado. Ese es un aspecto.

El otro aspecto es el que señalaba el licenciado Conchello. Realmente es muy raro en la realista situación nuestra en que haya esa distorsión, esa incoherencia, esa no congruencia, mejor dicho, de votos entre lo local y lo federal, claro, apunta el presunto diputado que me antecedió en el uso de la palabra, que las personalidades son distintas. Si es cierto, definitivamente son distintas, una de ellas, la del partido oficial, con todo el respeto que como persona me merece, era en Nuevo León un influyente funcionario público, Secretario de Educación y de Cultura, antes de ser candidato a diputado federal y Alejandro era un ciudadano simplemente sin influencia política dedicado a su trabajo y a sus negocios; solo hace diferencia, tan la hace que en el cómputo del comité distrital el 14 de julio solamente en ese distrito electoral prohibió totalmente la entrada a la prensa y aun al propio candidato, violándose flagrantemente el Reglamento de la LOPPE.

¿Qué se puede esperar entonces de esos resultados? El resultado que nos dan los números no refleja, compañeros presuntos diputados, no refleja la real posición de nuestros electores. La realidad de Nuevo León, la realidad del VII Distrito Federal, que a Alejandro Páez le tocó representar como candidato, fue que los que acudieron a votar en mayor parte, se volcaron votando hacia el PAN. La prueba está en el reconocimiento oficial de dos diputados locales por el congreso de Nuevo León.

Y en cambio en el aspecto federal le fue negado el triunfo en esos dos distritos precisamente.

Esto, señores, merece un serio examen, merece que nosotros que pensamos, después de los trabajos de este Colegio Electoral, probablemente integrar esta Legislatura, debemos pensar a conciencia que cada uno de los diputados que aquí integra la LIII Legislatura, debe estar, después del tamiz, bien detectado de un examen de conciencia, no solamente el frío dictamen que no revela las condiciones reales en que se dieron las elecciones en mi estado y realmente, si como dice el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, no fue reconocida la nulidad en esas 73 casillas, no es culpa de Alejandro o de las circunstancias reales que se presentaron en tales casillas.

Culpa es de la forma tan viciada que tuvo todo el proceso electoral y que no puede permitir que ese dictamen sea aprobado por este colegio. Yo me uno a la petición del licenciado Conchello para pedir a este Colegio Electoral que vote por la nulidad de las elecciones del VII Distrito de Nuevo León. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Miguel Osorio Marbán, por la comisión.

El C. Miguel Osorio Marbán: - Una respetuosa aclaración, señor presidente: Primero, yo no afirmé que se constituían en instancias los argumentos aquí presentados. Dije a nombre de la comisión, que revisara cuidadosamente la queja, encontrábamos que estos hechos fueron, primero presentados como protestas y que correspondían a otras instancias antes de la que ahora estamos desahogando y que en tiempo y forma fueron presentadas y también desechadas por improcedentes .

La comisión ha sido escrupulosa en el estudio de el recurso de queja y del dictamen. No hemos tomado en cuenta por que no queremos exageraciones jurídicas, algo que quizá otros pudieran en un momento dado darle dimensiones que no tiene. Por ejemplo, la que el mismo dictamen señala, cuando por un lado se registra al ciudadano Alejandro Alberto Pérez, que no existe en este caso y es el ciudadano Carlos Alberto Páez. Este solo hecho que podría originar un debate amplio, la comisión con toda consideración simplemente anotó para mayor aclaración, esta situación de hecho. De tal manera que al no haber sido rebatido en el fondo el dictamen que ha presentado esta comisión, sino argumentadas otras posiciones políticas más en la discusión de un caso concreto, la comisión sostiene su dictamen y pide a la presidencia indique a la secretaría preguntar al Colegio Electoral si se considera suficientemente discutido. La comisión así lo cree.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - Por instrucciones de la presidencia se pregunta

a la asamblea si se considera suficientemente discutido el presente dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - En votación económica, se pregunta a la asamblea si se aprueba el dictamen en los términos en que ha sido presentado...

Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se desechan por improcedentes las quejas interpuestas por los partidos Acción Nacional, Socialista Unificado de México y Revolucionario de los Trabajadores.

2o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa, efectuada el día 7 de julio del año en curso en el VII Distrito Electoral del estado de Nuevo León, con cabecera en Garza García.

3o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos Romero Flores Caballero y Florentino Lara Saucedo, propietario y suplente, respectivamente.

IX DISTRITO DE SINALOA

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Segunda Sección.

Entidad: Sinaloa.

Distrito Electoral: IX.

Cabecera: Culiacán.

Honorable Colegio Electoral: A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnada para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a la selección que se verificaron el pasado 7 de julio del año en curso en el IX Distrito Electoral del estado de Sinaloa, con cabecera en la ciudad de Culiacán.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido de la documentación del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y su reglamento.

2o. Que se dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92, 96 y demás relativos de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral ajustado a derecho.

3o. Que el Comité Distrital Electoral en cumplimiento de sus facultades y obligaciones publicó el aviso de apertura del registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

4o. Que los nueve partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales, propietarios y suplentes, según el principio de mayoría relativa, en los términos siguientes:

PAN: Propietario, Pedro Rigoberto López Alarid; suplente, Horacio Almeda Jiménez.

PRI: Propietario, Renato Vega Alvarado, suplente, Gorgonio Meza Ramos.

PPS: Propietario, José Reyes Cardona; suplente, Gumercindo Pérez González.

PDM: Propietario, Eliseo del Campo Salazar; suplente, María del Rosario Delgado Torres.

PSUM: Propietario, Javier Castro Graciano; suplente, José Zavala Aispuro.

PST: Propietario, Jesús Aborte Lozoya; suplente, Eduardo Enrique Aborte Lozoya.

PRT: Propietario, Francisco Vega Hernández; suplente, Esperanza Olegaria Ramírez Díaz.

PARM: Propietario, Benito Urquídez Gaspar; suplente Jesús Torres Núñez.

PMT: Propietario, Luis Alfonso Meza; suplente, Pablo Urtusuástegui Navarrete.

5o. Que en acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral publicó las listas provisionales y definitivas de los integrantes de casillas y su ubicación en este distrito.

6o. Que el día 7 de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en los artículos 182, 184 y 192 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

7o. Que concluida la votación se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital Electoral.

8o. Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales por lo que el Comité Distrital seleccionó el 14 de julio del año en curso, para el efectuar el cómputos de los votos emitidos en todas las casillas de este distrito, con el resultado siguiente:

PAN: 7,721 votos

PRI: 30,788 votos

PPS: 528 votos

PDM: 199 votos

PSUM: 1,642 votos

PST: 196 votos

PRT: 198 votos

PARM: 186 votos

PMT: 790 votos

9o. Que los resultados del cómputo final de escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por los ciudadanos Renato Vega Alvarado y Gorgonio Meza Ramos, propietario y suplente, respectivamente.

10. Es competente este Colegio Electoral para resolver el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional con fundamento en lo dispuesto por el artículo 229, último párrafo de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en relación con el artículo 143 del reglamento de dicha ley.

Habiéndose hecho un estudio minucioso del escrito de 14 de julio del año en curso, presentando ante el Comité Distrital Electoral en Sinaloa, por el representante y comisionado de dicho partido, el C. Andrés Joya Villaseñor, se desprende del mismo lo siguiente:

a) Se afirma inicialmente por el recurrente que le fueron negados los registros de "algunos" representantes de su partido ante las casillas, por el Comité Distrital Electoral, posteriormente admite que le fueron entregados "parcialmente" los mismos, pero sin aclarar debidamente cuáles le fueron entregados y cuáles quedaron pendientes;

b) Anexó a su escrito de queja el recurrente un documento consistente en interpelación notarial efectuada al presidente del Comité Distrital Electoral, el que manifestó que se estuvieran a lo dispuesto en la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales;

c) El recurrente no agotó el recurso de protesta a que tenía derecho conforme al artículo 228 de la ley citada, el cual podía interponerse ante la propia casilla el día de la elección o ante el Comité Distrital Electoral 72 horas después de la conclusión del acta final de escrutinio, y

d) Que como disponen los artículos 174 y 176 de la multicitada ley, los partidos políticos pueden recurrir a otra instancia distinta al Comité Distrital Electoral para que resuelva de la petición de registro de representantes de candidatos ya que las comisiones locales electorales, además de lo señalado en los artículos inicialmente citados, cuentan con las atribuciones que les conceden los artículos 84, 85, 86, 87 y 89 de la ley mencionada.

En consecuencia, podía dicho Partido Acción Nacional haber presentado su documentación ante la Comisión Local Electoral, la que supletoriamente hubiera registrado a los representantes ante las mesas directivas de casillas, circunstancia que no se dio en el caso que nos ocupa.

A mayor abundamiento existen las actas de escrutinio firmadas por todos los partidos contendientes incluyendo al recurrente, con lo que se deriva que el impugnador no demuestra que se haya impedido el acceso a los representantes asignados de su partido ni de ningún otro a las casillas y la causal que él alega, es para el caso de que en un 20% se hubiere impedido el acceso a los representantes de todos los partidos a las casillas.

Por todo lo anteriormente expuesto es evidente que el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional, resulta totalmente improcedente.

11. Tomando en consideración el informe y en acatamiento del artículo 218 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

En mérito a lo expuesto y fundado y de conformidad a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta sección somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el IX Distrito Electoral Federal del estado de Sinaloa, con cabecera en la ciudad de Culiacán.

Segundo. Se declara improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional por las razones y causas anotadas en el punto número 10 de esta resolución, con fundamento en los artículos 223 y 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Tercero. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Renato Vega Alvarado y Gorgonio Meza Ramos, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Fernando Baeza Meléndez, presidente; Eduardo Robledo Rincón, secretario: David Jiménez González, vocal; Miguel Alonso Raya, vocal; Miguel Eduardo Valle Espinosa, vocal.»

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Humberto Rice, en contra.

El C. Humberto Rice García: - Señor presidente, miembros de este Colegio Electoral, quiero solicitar si me permiten la lectura del inciso a) fracción IV del artículo 223...

..."Una elección se anula cuando en un 20% de las elecciones electorales de un distrito electoral uninominal se hubiera impedido el acceso a los representantes de los partidos políticos a las casillas".

Sí presentamos recursos, porque los presentamos. Los presentamos a tiempo, y hay algún problema. No los presentamos a tiempo y no los cancelan. En este caso, el recurso de queja de acuerdo al artículo que me han

permitido leer fue presentado en tiempo, fue presentado también en forma.

El resultado de la comisión que analizó este caso que acaban ustedes de leer, nos señala que podría haberse presentado otro recurso en las casillas; sin embargo, si se hubieran presentado se nos hubieran dicho que no existía personalidad para presentarlo, por que no tenían nombramiento nuestro representante de parte de la Comisión Distrital Electoral.

Se presentó el recurso con base en una actuación notarial, en una interpretación notarial al presidente de la Comisión Distrital Electoral, acompañándose copia de las relaciones, de recibos, de nombramientos que se habían entregado a dicha comisión y que todavía menos de 24 horas antes del inicio de las elecciones, la comisión aún no regresaba los nombramientos. Es decir, que estas elecciones se realizaron sin la participación efectiva de la representación de los miembros de Acción Nacional en las casillas electorales por no tener los nombramientos, por negligencia de la presidencia de la comisión o de la Comisión Distrital Electoral. Y, en consecuencia, no tuvo presencia nuestro partido para poder obtener la documentación y estar sancionado las elecciones.

Yo he estado, pues, escuchando y analizando los dictámenes y los resultados de las votaciones, y realmente no comprendo cuándo va a aceptarse los recursos que mi partido presenta ante esta alta autoridad, más alta autoridad para la calificación de las elecciones que se llevaron a cabo el pasado 7 de julio.

En este caso, como le señalamos y como incluso lo reconoce el dictamen de la comisión, el recurso se presento, el recurso se presentó en tiempo y el recurso se presentó en forma. Y es por eso que mi partido está solicitando la nulidad de las elecciones en el IX Distrito Electoral del estado de Sinaloa, cuándo van a escuchar entonces las razones legales, si porque presentamos razones legales o si presentamos razones humanas, o si presentamos razones políticas. Dejo a la consideración de este honorable Colegio Electoral la decisión con respecto al IX Distrito del estado de Sinaloa. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Martín Tavira, del PPS.

El C. Martín Tavira Urióstegui: - Señor presidente; señoras y señores presuntos diputados: Todos conocemos la vieja frase de Herodoto: "La historia es la maestra de la vida". Podríamos parafrasear diciendo: "La antihistoria es la madre de la muerte", Dice el presunto que habló antes que yo, que las razones legales no son tomadas en cuenta. Yo diría que las razones legalistas o leguleyas nada vale ante las razones históricas.

Hay una ley del desarrollo histórico, comprobada en la práctica de siglos y aun de milenios, que nos dice que la marcha de la sociedad y de todas las cosas y de, inclusive, todo el universo, es siempre hacia adelante. Las nuevas etapas superan a las viejas, lo nuevo en la historia sustituye a lo viejo y la experiencia del desarrollo histórico de México comprueba esta ley esta verdad.

El pueblo mexicano derrotó a la colonia y a sus defensores, los antiguos Insurgentes echaron abajo a Iturbide y su corona cayó rodando. Benito Juárez y su generación echaron para abajo el poderío del clero, en aquellos momentos tan difíciles. La Revolución Mexicana se propuso destruir la influencia extranjera, el poder de los terratenientes, el abuso de los capitalistas, para construir una sociedad distinta, no tan sólo en la democracia formal de sustitución o de alternativa de poder como dicen los del partido de la empresa privada, sino construir una nueva democracia diferente, con cambios profundos, en que el pueblo fuera el protagonista y beneficiario de la cultura y de la civilización y que no estuviéramos sujetos a los garfios del imperialismo extranjero. Yo me pregunto ¿Los vientos de la historia, que debieron barrer a esos grupos reaccionarios, rémoras del progreso nacional, qué están haciendo todavía en el escenario de México? ¿Qué tiene que ver un partido contrarrevolucionario en una región en donde se han dado luchas campesinas, en una región en donde los latifundios han sido repartidos? ¿Qué tiene que hacer un partido antinacional en una región de la Unión General de Obreros y Campesinos que dirigieran dos ilustres revolucionarios que honraron esta Cámara, Lázaro Rubio Félix y Simón Jiménez Cárdenas? ¿Qué tiene que hacer un partido de esta calidad o de esta cualidad en una región donde se enseñoreaban terratenientes como los Clouthier, miembros de la rancia burguesía, de la rancia aristocracia sin grandeza, de la rancia aristocracia bronca y avara? ¿Qué tiene que hacer un partido de este pelaje en una región como el Valle de Culiacán, en donde los nombre de los terratenientes afectados todavía suenan en los recintos de ese partido de la traición nacional?

Qué diferencia tan grande existe entre estos broncos y avaros miembros de esa vieja casta que debió desaparecer hace muchos años, con estos líderes campesinos limpios que supieron conducir a su pueblo y supieron conquistar mejores condiciones para el campesinado.

Ya sabemos quién es Manuel Clouthier, personero, líder del Partido Acción Nacional en Sinaloa, es presidente de la Coparmex y del Consejo Coordinador Empresarial, defensor a ultranza de la llamada empresa privada y enemigo jurado del proceso revolucionario de México.

¿Qué tiene que hacer en una región de luchas avanzadas, el terrateniente Jorge del Rincón, otro líder panista que ha explotado a la clase trabajadora durante tantos años?

¿Qué bueno que este partido se va definiendo cada día, va precisando su ubicación social,

se va perfilando como un partido exclusivo de la gran burguesía reaccionaria, porque tanto sus candidatos como sus dirigentes, ahora de manera desembozada pertenecen a esa gran burguesía.

Veamos los candidatos a gobernadores que ha tenido Acción Nacional en estos últimos tiempos. ¿Quiénes son sus dirigentes? Estos van a salvar la democracia nacional, estos enemigos del proceso revolucionario de México, enemigos del sistema de la propiedad social y del capitalismo de Estado, estos burgueses tradicionalistas a ultranza que desde su torre de marfil menosprecian en el fondo el sufrimiento de nuestro pueblo? Puede haber, claro, y en efecto existen, seguidores de este partido que, se dirá , no son grandes empresarios ni grandes terratenientes, pero lo importante es saber a qué clase social sirven estos militares del partido de la traición nacional.

Frente a la conciencia del pueblo y de la nación, no valen las sutilezas jurídicas o seudojurídicas de quienes navegan en contra del rico caudal revolucionario de México, herencia de Morelos, de Zapata, de Francisco Villa y de Lázaro Cárdenas.

Que digan aquí los personeros de la gran burguesía nacional, de esta burguesía, de esta burguesía oscurantista, cómo nacieron, en contra de quién han luchado, cuáles son sus tesis respecto del proceso revolucionario, qué opinan del presidente Lázaro Cárdenas. Para ellos, Cárdenas es el peor Presidente que ha tenido México, y nacieron para luchar contra él. Los retos a que digan en esta tribuna cuál es su opinión sobre el Presidente que llevó a sus más altas expresiones la Revolución Mexicana.

¿Cómo va a convencer a las masas populares de Sinaloa un partido de soberbios ricachones, hartos de bienes terrenales, enemigos del patrimonio del pueblo como son las empresas del estado.

El PAN no tiene fuerza, no puede tenerla ante un pueblo que ha dado enormes jalones en la historia; por eso recurren a poderes extranacionales y aun a poderes extraterrestres, porque carecen de la fuerza para por sí mismos. conquistar la simpatía de nuestro pueblo.

Ya se lo dijo Hidalgo, ya se lo dijo el Padre de la Patria: "Ustedes no son católicos sino por política, su único Dios es el dinero".

El vendaval revolucionario hace mucho tiempo que hubiera barrido con ustedes, a no ser por las desviaciones que han tenido ciertos regímenes gubernamentales, quienes los han alcahueteado, quienes les han dado concesiones, quienes se han dejado chantajear. Porque este partido proimperialista, este partido de la traición nacional lo que pretende son concesiones y las va arrancando, las va arrancando paulatinamente. Y cree que por ese camino un día le van a entregar todo el poder y esa es su pretensión. Pero los cambios de la historia están cerrados, porque es contra las leyes naturales del proceso de la sociedad mexicana.

Nosotros, no tan sólo el PPS, otras fuerzas progresistas y revolucionarias, tenemos un precepto muy diferente de la democracia, al que ustedes tienen. Según ustedes democracia implica dos cosas fundamentales: la alternancia en el poder y la oposición sistemática. Es copia fiel, copia al carbón del modelo que ustedes siempre quieren imitar: la democracia norteamericana, en donde se alterna el poder dos gemelos, hijos de los mismos monopolios. Esa es la democracia que ustedes quieren aquí. Que la gran burguesía en sí misma, se vaya alternando el poder para aplastar cualquier reclamo de nuestro pueblo en el sentido revolucionario. Para nosotros y para las fuerzas democráticas, la democracia es diferente. Ampliar la democracia significa, lo hemos dicho muchas veces, expulsar del poder público, expulsar del poder público a los funcionarios reaccionarios y a los funcionarios proimperialistas.

Ampliar la democracia significa poner en manos del pueblo, de sus fuerzas avanzadas, hacer una alianza de estas fuerzas progresistas, revolucionarias, avanzadas, hacer una alianza de estas fuerzas progresistas, revolucionarias, para construir un México distinto al de hoy, en que este gobierno, producto de estas alianzas, sea insobornable ante el imperialismo y ante la reacción. Un gobierno de estas fuerzas progresistas que ante los planteamientos de ustedes siempre diga no, siempre diga no y sean derrotados definitivamente y desaparezcan del escenario histórico de nuestra patria.

El PPS votará a favor del dictamen, porque ustedes se han empeñado en estar en contra de todas las personas que del Partido Revolucionario Institucional sean destacado por pertenecer al campo progresista y democrático. Apoyaremos el dictamen, porque consideramos sinceramente los miembros del Partido Popular Socialista que Renato Vega Alvarado pertenece a estas fuerzas progresistas, revolucionarias, antiimperialistas de nuestro país.

Salvador Alvarado, un ilustre sinaloense mencionado aquí, fundador del Partido Socialista del Sureste, escribió precisamente Mi Sueño; Mi Sueño, su trabajo, su libro, endilgado contra las fuerzas que ahora representa este partido de la traición Nacional. El quería un país donde estas fuerzas no tuvieran voz y voto, en donde el pueblo marchara por los anchos carriles que trazó la Revolución Mexicana.

Vicente Lombardo Toledano ha dicho, ha escrito que el pueblo mexicano se ha vivido negando, y así, de negación en negación el pueblo ha dado saltos, pero siempre hacia adelante. Hoy ha negado una vez más, ha negado al partido que está contra la lógica de la historia. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Javier Paz, de Acción Nacional.

El C. Javier Paz Zarza: - Señores del Colegio Electoral, referente al asunto del IX

Distrito de Sinaloa, ya se conoció el dictamen de la comisión donde se menciona precisamente el recurso de queja no se analizó a fondo. Claramente hay un documento notarial donde se asienta que los nombramientos de representantes de casilla no se habían entregado todavía a las trece cuarenta horas del día seis de julio. Yo le pido al señor presidente que instruya al señor secretario que dé lectura a la copia del testimonio, cuyo original está en el propio expediente:

El C. Presidente: - Sírvase la secretaría.

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: - "Letra A. Al margen izquierdo de cada foja, el sello de la notaría y la firma del compareciente. Al centro: En la ciudad de Culiacán, Sinaloa, México, siendo las trece horas con cuarenta minutos del día seis de julio de mil novecientos ochenta y cinco, yo, licenciado Salvador Antonio Etchegaray Picos, Notario Público en el Estado con ejercicio en este distrito judicial y residencia en esta ciudad, al tono de conformidad con el artículo 75 de la Ley del Notariado vigente, me constituí en Carretera Sinaloa No. 1890, Oriente de esta ciudad, a solicitud del señor Andrés Joyas Villaseñor, con el objeto siguiente: Interpelar al señor licenciado Javier Pinto Aguilar en su carácter presidente del IX Comité Distrito Electoral Federal, sobre los motivos o razones por las que no se hace entrega a los representantes del Partido Acción Nacional de los nombramientos de representantes propietario y suplente de casilla tanto del partido como de los candidatos a diputados federales al IX Distrito Electoral Federal, que están autorizados y se encuentran en su poder, así como que se haga entrega de los nombramientos no autorizados, comunicando por escrito a la mayor brevedad posible en el mismo día de hoy, los motivos que impidieron esta autorización. Acto seguido, en presencia del señor licenciado Javier Pinto Aguilar, a quien esteré debidamente de mi función y lo interpelé en relación a lo que ya ha quedado indicado con el objeto de esta situación notarial, dio la respuesta siguiente: Que pide que se asienten en el acta únicamente dos cosas: primera, que sus actos como presidente de los únicos que tengo la obligación de informar es a los organismos electorales superiores; segundo, que si los representantes del Partido Acción Nacional tiene alguna inconformidad sobre el particular que haga uso de los recursos que establece la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales que esas son las únicas cosas que tiene que declarar y que solicita se asienten en el acta o documento respectivo. A continuación, en presencia del suscrito notario, directamente el candidato del Partido Acción Nacional a diputado federal por el IX Distrito Electoral Federal, requiere al licenciado Javier Pinto Aguilar para que una vez que puso a la vista del funcionario electoral, antes citado las listas de todos los representantes de casillas nombrado por el Partido Acción Nacional, para las elecciones del 7 de julio de este año en las cuales aparecen: el nombre, el domicilio, el número, el lugar y número de sesión de casilla, manifieste se aprecie en firmadas o no tanto por el interpelado como por el secretario, el ciudadano Marciano Elio Ibarra Ruiz, listas que fueron recibidas por el funcionario autorizado unas el primero de julio y otras el día dos del mismo mes del año en curso. Así como los representantes generales del Partido Acción Nacional, para la elección del 7 de julio de 1985, pista que se acompañarán de la misma.

Al requerimiento formulado personalmente por el señor contador público Pedro Rigoberto López Alarid, contestó el interpelado: Que si se ha sido suficientemente claro en que la anterior respuesta es la única que tiene que declarar.

El C. Javier Paz Zarza (continúa su intervención): Esta es la actitud de un funcionamiento electoral: soberbia y prepotencia. A escasas horas del proceso electoral se niega a entregar los nombramientos de representantes de casilla. El secretario de ese comité, Marcio Elio Ibarra, que ya en su oportunidad, hace escasamente 8 días Acción Nacional ejercitó...solicitó que se ejercitara la acción penal que marca el 243, fracción VI. Si este señor secretario estuvo durante 4 días haciendo largas para entregar los nombramientos: vénganse mañana en la tarde, falta la firma, falta el sello y hubo necesidad de acudir ante el notario para hacer constar la no entrega de los nombramientos. Después que se levantó el testimonio, empezaron a entregar los nombramientos a las 23 horas del día 6. Lo que conocen ese IX Distrito de Culiacán, que tiene 320 casillas, es la zona rural de Culiacán que es inmensa; tiene varias rancherías y poblaciones dispersas, y a las 23 horas entregan 259 nombramientos. Que lógicamente eran 320 casillas, Acción Nacional registró un total de 1449 representantes.

El partido ha demostrado su presencia en esa zona, y a sabiendas de ello trataron de obstaculizar ala labor de los representantes de casillas. La propia ley señala en el 223 que es causal de nulidad y hay relaciones substanciales cuando se hubiere impedido el acceso a los representantes de los partidos políticos a las casillas.

Y aquí no hubo el impedimento físico que en otros lugares de la República se dio. Simplemente prepotente y soberbio presidente del comité se negó a entregarlos oportunamente. Se podrá argumentar, dar el argumento infantil de que la ley señala, en otro artículo, si no mal recuerdo el 174, de que si hay desobediencia, hay el incumplimiento por el Comité Distrital, el partido que nombra los representantes tiene la oportunidad de acudir ante la comisión local, elaborar, mecanografiar 149 nombramientos a las 12 horas o

14 horas del día 6 para llevarlas a la Comisión Local es algo imposible.

Por los hechos expuestos, porque se da la causal que señala el 242 de la ley, esta votación no es válida ni legal, es más el propio día 6 a las 23:45 horas, el presidente del comité ofreció entregar 386 nombramientos más y textualmente le dijo a nuestro comisionado que se presentara a las 8 horas del día 7 de julio, y efectivamente el día 7 de julio entregaron otros 386 nombramientos, que lógicamente era imposible que se repartieran, las casillas cubiertas con los nombramientos que hubo de los 259 nombramientos, fueron 143 casillas, quedando en descubierto 247 casillas de un total de 390.

Anoche en la comisión me indicaban que donde se hacían constar estos números que el recurso de queja hablaba en que era cantidad suficiente para el 20%, yo le solicitaba a los miembros de la comisión que se verificara el paquete, porque 4 días después de las elecciones el partido exigió, Acción Nacional exigió que se hiciera constar esta irregularidad y tenga la certeza que en el paquete está el acta levantada 2 días antes del cómputo distrital donde se hace constar la protesta del partido y el número de casillas que fueron cubiertas, y las que quedaron descubiertas, que como ya mencioné fueron 247. Yo exhorto al Colegio Electoral que cumplamos la ley tal como está establecido, esta votación no es válida, es nula ya que hay el supuesto del 223 fracción IV de la Ley Electoral correspondiente.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. David Jiménez.

El C. David Jiménez González: - Compañeros diputados y presuntos diputados: Hemos escuchado los argumentos en contra que les han sido presentados por los compañeros de Acción Nacional Javier Páez y el compañero Rice.

Esta sección segunda de la Primera Comisión Dictaminadora, como ha quedado asentado aquí, desde el principio de sus actividades, de su trabajo, abrió sus puertas para aún aquellos que no perteneciendo directamente a la comisión dictaminadora pudieran tener acceso a los expedientes y todavía así enriquecer aún más el dictamen que se labora en ella.

El día de ayer durante aproximadamente una hora o quizá más los compañeros Rice y el compañero Javier Paz estuvieron con nosotros analizando el dictamen que se cuestiona en este momento.

Los argumentos que nosotros les hicimos valer y que el licenciado Paz acaba de mencionar en esta tribuna hace un momento, se lo manifestábamos y le decíamos los integrantes de esta sección, que habiendo hecho el análisis y el estudio minucioso del expediente así como del recurso de queja que había presentado el Partido de Acción Nacional, lo habíamos considerado improcedente. Y lo habíamos considerado improcedente porque hacíamos las siguientes reflexiones:

Primero. En este recurso de queja Acción Nacional aporta como prueba 29 listas de representantes de su partido y en donde nos dice que en todas ellas, en cada una de las secciones electorales comprendidas del IX Distrito Federal Electoral en el estado y de acuerdo también con el acta notarial, no habían tenido acceso a las casillas los representantes que los habían sometido a consideración del Comité Distrital.

Hace un momento mencionábamos aquí en esta Asamblea que los partidos políticos que participaron en estas justas electorales formaron parte y forman parte de los organismos electorales. Lo decían con propiedad nuestro amigo y compañero Juan de Dios Castro, que los organismos electorales no solamente llegan a integrarse por el presidente, el secretario y vocales, sino también por los representantes de los partidos políticos que acuden a él.

El Partido Acción Nacional tenía representante en el Comité Distrital y también tenía representante en la Comisión Local Electoral del estado de Sinaloa. En estos dos organismos electorales federales la representatividad del Partido Acción Nacional se encontraba cubierta, así como de los otros partidos que llegaron a contender en la justa electoral del IX Distrito del estado de Sinaloa.

El Artículo 74, el 86, el mismo 174 y 176 de la Ley Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, establece, en primer lugar los que cité, que la Comisión Local Electoral Federal tiene dentro de sus facultades vigilar la preparación, el desarrollo y la propia elección que se va a efectuar y que se efectuó el 7 de julio.

El Partido Acción Nacional, por conducto de su representante este recurso de queja y lo fundamenta entre otros en el artículo 174 de la propia Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; y el propio artículo 174 del mencionado ordenamiento establece que si el Comité Distrital no da respuesta a la petición hecha por parte de algún partido político en cuanto a acreditamiento de su representante, podrá éste acudir a la Comisión Local Electoral para que lo haga supletoriamente.

¿Se presentó acaso esta otra posición o esta otra posibilidad de parte de Acción Nacional para recurrir a un organismo electoral superior al comité distrital y que está facultado de acuerdo con la ley para que pueda cubrir esa deficiencia o esa negativa o ese rechazo, suponiendo sin conceder lo que haya sucedido de parte del comité distrital, no señores, no acudió a la Comisión Local Electoral.

Se verificaron las elecciones y tampoco Acción Nacional presentó recurso alguno respecto al resultado de las votaciones. No es sino hasta que se realiza el cómputo en el comité distrital, donde interpone el recurso

de queja. En el recurso de queja también no nos especifica cuáles fueron las casillas en donde realmente les prohibieron el acceso a sus representantes el día de la elección. Por eso, esta comisión considerando estos elementos, aunados a que por ejemplo en las casillas 17, 18, 19, 21, 22, 23, etcétera, y para decirles sus nombres, en la 21, Rosalba Sámano. En la 22, Araceli Munguía Vega. En la 23 Marco Antonio Estrada, Acción Nacional tuvo representantes en esas casillas.

De igual manera los otros partidos políticos tuvieron sus representantes. En el acta circunstanciada celebrada el día 14 de julio por el comité distrital, aparece también firmada y signada por el representante del Partido de Acción Nacional.

De las 389 casillas, cuando se realizó el cómputo, se vieron que los paquetes electorales que había recibido el comité distrital, no había habido ninguno que demostrara alteración en los mismos. Solamente una casilla, la 198, no concordaba con el acta que tenía Acción Nacional, con la que daba el paquete electoral. Por lo cual el comité distrital del IX Distrito Electoral de Sinaloa, dejó de computarla.

Por otro lado, la votación que se da en este IX Distrito, es una votación clara, limpia, determinante, respecto al resultado de la elección.

El Partido Revolucionario Institucional llega y obtiene 30 mil 788 votos, y el Partido de Acción Nacional 7 mil 721 votos, es decir los integrantes de esta segunda sección de la Primera Comisión Dictaminadora no encontramos fundamento sólido que nos pudiera permitir presumir las violaciones que ha argumentado aquí los compañeros de Acción Nacional. Por eso es que los integrantes de la misma por unanimidad, votamos este dictamen que hemos puesto a consideración de ustedes para que si usted lo autoriza, presidencia de este Colegio Electoral, sea sometida a su consideración y en su caso, como nosotros lo deseamos, sea aprobada por ustedes. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985, en el IX Distrito Electoral Federal del estado de Sinaloa, con cabecera en la ciudad de Culiacán.

2o. Se declara improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido de Acción Nacional por las razones y causas anotadas en el punto número diez de esta resolución, con fundamento en los artículos 223 y 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

3o. Son diputados de mayoría relativa a la LII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Renato Vega Alvarado y Gorgonio Meza Ramos, propietario y suplente, respectivamente . (Aplausos.)

IV DISTRITO DE TABASCO

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta Sección.

Entidad: Tabasco.

Distrito: IV.

Cabecera: Comalcalco.

Honorable Asamblea: A la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene los documentos correspondientes a las elecciones que se verificaron el pasado 7 de julio del presente año en el IV Distrito del estado de Tabasco, con cabecera en Comalcalco.

ANTECEDENTES

En acatamiento al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión Dictaminadora realizó un análisis minuciosos de la documentación que corresponde al IV Distrito Electoral del estado de Tabasco, habiéndose comprobado que dicho comité se instaló en tiempo y forma y que cumplió con todos los actos necesarios para el Proceso Electoral en los términos de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan así como los votos que obtuvieron, computados en la sesión celebrada al efecto en el Comité Distrital Electoral, cumpliéndose con los preceptos establecidos por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

PAN: Propietario, Ervery Fernández Sánchez; suplente, Ignacio Bolayna López, 989 votos.

PRI: Propietario, Eduardo Beltrán Hernández; suplente, María del Carmen Ruiz Alvarez, 57 mil 733 votos.

PPS: Propietario, Baldemar Ara Zuchite; suplente, Tomás Soberano de la Cruz, 1 mil 81 votos.

PDM: Propietario, Arturo Torres Ricardez; suplente, Tiburcio Ramos Olan, 712 votos.

PSUM: Propietario, Zaragoza Rodríguez Rivera; suplente, Miguel Angel Gómez López, 371 votos.

PST: Propietario, Rodrigo Hernández Lorenzo; suplente, María de la Luz González Sánchez, 1 mil un votos.

PRT: Propietario, Angeles Garza Tenorio; suplente, Amada García Solís, 95 votos.

PARM: Propietario, Fructuoso Sánchez Lemus: suplente, Heberto Pulido Alonso, 862 votos.

PMT: Propietario, Zaragoza Sánchez Lemus; suplente, Miguel Angel Gómez López 132 votos.

El IV Comité Distrital Electoral del estado de Tabasco expidió constancia de mayoría, con fundamento en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a los ciudadanos Eduardo Beltrán Hernández y María del Carmen Ruiz Alvarez, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

En el expediente relativo consta un escrito del Partido Socialista Unificado de México por el que interpone el recurso de queja por considerar que acontecieron "irregularidades serias "que modifican sustancialmente el resultado de las elecciones, dichas irregularidades se hacen constar en "el manejo realizado por los funcionarios de casillas en favor del PRI, PPS, PARM y PST" "tal como se desprende del análisis de los resultados globales del escrutinio realizado". El quejoso hace valer los fundamentos legales contenidos en los artículos 225, 226, 229 y 232 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sin embargo, no aporta prueba alguna, por lo que no se pudo lograr el examen y valoración a que se refiere el artículo 151 del Reglamento correspondiente.

Por lo que en los términos de los artículos 151, 152, 153, 140, 143 y demás relativos del Reglamento de los Organismos Electorales y Previsiones para la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, así como con fundamento en los artículos 229, para los efectos del 222, 223 y 224 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se considera imprecedente el recurso interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

A mayor abundamiento, al analizar el expediente respectivo pudimos darnos cuenta que en la versión taquigráfica de la sesión de la Comisión Electoral Federal celebrada el 22 de julio de 1985, el PSUM no objetó el registro de la constancia de mayoría ni hizo valer alegato alguno.

Por lo anterior, y con apoyo a los artículos 60 de la Constitución Federal de la República, 20, 21, 22, 23, 27 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo preceptuando en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, nos permitimos someter a la consideración de este H. Congreso Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se desecha por infundado el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

Segundo. Son válidas las elecciones para diputados federales, por el principio de mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio del año en curso en el IV Distrito Electoral Federal del estado de Tabasco.

Tercero. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión¡ los ciudadanos Eduardo Beltrán Hernández y María del Carmen Ruiz Alvarez, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México D. F., a 18 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñedo López, vocal; licenciado José Angel Conchello Dávila, vocal.

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos...Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se desecha por infundado el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

2o. Son válidas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio del año en curso en el IV Distrito Federal Electoral del estado de Tabasco.

3o. son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Eduardo Beltrán Hernández y María del Carmen Ruiz Alvarez, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

XII DISTRITO DE GUANAJUATO

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

«Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección.

Entidad: Guanajuato. XII Distrito Electoral.

Cabecera: Valle de Santiago.

Honorable Asamblea: Fue turnada a la Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones constitucionales del 7 de julio del presente año celebradas

en el XII Distrito Federal Electoral del estado de Guanajuato.

Para la renovación de la Cámara de Diputados por el mencionado distrito fueron registrados como candidatos a diputados de mayoría relativa los ciudadanos que se relacionan, y que de acuerdo con el acta final de escrutinio de fecha 14 de julio del presente año, obtuvieron la votación siguiente:

PAN: Propietario, Juan Manuel Hernández A.; José Jesús Rodríguez R., 5 mil 648 votos.

PRI: Propietario, Mario Murillo Morales; suplente, Armando Tamayo Pérez, 27 mil 826 votos.

PPS: Propietario, J. Guadalupe Murillo García; suplente, Hermelinda Rivera Martínez, 414 votos.

PDM: Propietario, Manuel Coro Ramos; suplente, Saturnino González Ruiz, 3 mil 917 votos.

PSUM: Propietario, José Marte García Riveras; suplente, Avelino Torres Razo, 331 votos.

PTS: Propietario, Arturo Bravo Francia; suplente, Eduardo Espinosa García, 921 votos.

PRT: Propietario, Juan Luis Flores González; suplente, Juan Carlos Cisneros Medina, 53 votos.

PARM: Propietario, Felipe de Jesús Villalobos; suplente, Diego Rodríguez Castol, 145 votos.

PMT: Propietario, José Martí García Rivas; suplente, Avelino Torres Razo, 56 votos.

El Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría a los CC. Mario Murillo Morales y Armando Tamayo Pérez, como propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

De la lectura de la documentación que obra en el expediente electoral se desprende que los organismos electorales actuaron conforme a derecho en la preparación y desarrollo del proceso electoral, que sesionó regularmente, que se publicaron listas, números y ubicación de las casillas electorales, así como la integración de su personal, que las elecciones se desarrollaron sin mediar violencia o desordenes y que hubo garantías para que los electores emitieran su voto libre y secreto.

Que el cómputo distrital se realizó conforme a derecho, que la resolución de los recursos de protesta se apegó a la ley y que la expedición de las constancias de mayoría se fundó en el examen municioso de la ley de la materia, y que el expediente electoral no aparece recurso legal alguno por desahogar.

Por lo antes expuesto, y en cumplimiento a lo estipulado por los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55, y 60 de nuestra Carta Magna y 18, 20, y 21, fracción 1; y 22 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración de esta honorable asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por mayoría relativa, tuvieron lugar el día 7 de julio del presente año, en el XII Distrito Electoral Federal del estado de Guanajuato, con cabecera en la ciudad de Valle de Santiago, Guanajuato.

Segundo. Son diputados a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Mario Murillo Morales Y Armando Tamayo Pérez, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yáñez Hernández, vocal.»

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio del presente año en el XII Distrito Electoral Federal del estado de Guanajuato con cabecera en la ciudad de Valle de Santiago, Guanajuato.

2o. Son diputados a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos Mario Murillo Morales y Armando Tamayo Pérez, propietario y suplente, respectivamente.

III DISTRITO DE TABASCO

El C. secretario Porfirio Camarena Castro: «Primera Comisión Dictaminadora. Cuarta Sección.

III Distrito del estado de Tabasco. Cabecera: Cárdenas.

Honorable Asamblea: Se turnó a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora el expediente del Tercer Distrito Electoral del estado de Tabasco.

Participaron en las elecciones constitucionales el 7 de julio próximo pasado, los partidos políticos y candidatos, que a continuación se mencionan obteniendo los resultados que se detallan:

PAN: Propietario, Juan Castillo Colorado; suplente, Manuel Bautista Vázquez, 1 mil 245 votos.

PRI: Propietario, Homero Pedrero Priego; suplente, Armando Sánchez Solís, 41 mil 849 votos.

PPS: Propietario, Fredy Hernández Montero; suplente, José del Carmen Sánchez, 699 votos.

PDM: Propietario, Cristóbal Rivera González; suplente, Carmen de los Santos Rivera, 319 votos.

PSUM: Propietario, Armando Estrada Moreno; suplente, Samuel Silvano Barahona, 1 mil 28 votos.

PST; Propietario, Jose Luis Urgel Pérez; suplente, Jesús de los Santos Jiménez, 669 votos.

PRT: Propietario, Ramón Vireles Avila; suplente, Jesús Ramírez Gómez, 101 votos.

PARM: Propietario, Miguel Custodio Fuentes; suplente, Jorge Ramírez Escudero, 323 votos.

PMT: Propietario, Armando Estrada Moreno; suplente, Samuel Silvano Barahona, 94 votos.

Del estudio del expediente turnado a esta Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, se desprende:

1o. Que el Comité Distrital Electoral se instaló en el municipio de Cárdenas, cabecera del Distrito Electoral, y que llevó a cabo todos los procedimientos previos que la ley le ordena para la renovación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

2o. Que con base en los resultados que se mencionan al inicio, la Comisión Federal Electoral, expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos Homero Pedrero Priego y Armando Sánchez Solís, propietario y suplente, respectivamente, y envió la documentación relativa a las instancias correspondientes.

3o. Que la Comisión Federal Electoral, de acuerdo a lo dispuesto por la ley, acordó el registro de la constancia de mayoría motivo de este dictamen.

4o. Que en el expediente electoral no aparece recurso alguno por desahogar, esta comisión

CONSIDERA

1o. Que el proceso electoral y la elección del 7 de julio del presente año se llevaron a cabo en los términos de los artículos 74 a 219 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en lo conducente, y que de acuerdo a los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe calificarse dicha elección como válida por este Colegio Electoral.

2o. Que los candidatos del Partido Revolucionario Institucional a diputados de mayoría relativa, Homero Pedrero Priego y Armando Sánchez Solís, propietario y suplente, respectivamente, acreditan que reúnen los requisitos de elegibilidad señalados por el artículo 55 de la Constitución.

DEBE RESOLVERSE

Primero. Que son válidas y legítimas las elecciones del 7 de julio de 1985, para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión en el III Distrito Electoral Federal del estado de Tabasco.

Segundo: Que son diputados por mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el III Distrito Electoral del estado de Tabasco, los ciudadanos Homero Pedrero Priego y Armando Sánchez Solís, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de Agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruiz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.

Esta a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones del 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión en el III Distrito Federal Electoral en el estado de Tabasco.

2o. Que son diputados por mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el III Distrito Federal Electoral del estado de Tabasco, los ciudadanos Homero Pedrero Priego y Armando Sánchez Solís, propietario y suplente, respectivamente.

III DISTRITO DE PUEBLA

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

Primera Comisión Dictaminadora. Cuarta Sección.

Entidad: Puebla.

Distrito: III

Cabecera: Cholula.

Honorable Asamblea: A la Cuarta Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene los documentos correspondientes a las elecciones que se verificaron el pasado día 7 de julio del presente año en el III Distrito del estado de Puebla, con cabecera en Cholula.

ANTECEDENTES

En acatamiento al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión Dictaminadora realizó un análisis minucioso de la documentación que corresponde al III Distrito Electoral, se instaló en tiempo y forma y que cumplió con todos los actos necesarios para el proceso electoral en los términos

de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron, computados en la sesión celebrada al efecto en el Comité Distrital Electoral, cumpliéndose con los preceptos establecidos por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

PAN: Propietario, Guillermo Eugenio Rocha Coto; suplente, Vicente Panecatl Goiz, 8 mil 870 votos.

PRI: Propietaria, Guadalupe López Bretón; suplente, Ramón Blanca García, 51 mil 627 votos.

PPS: Propietario, Carlos Portillo Juárez; suplente. Heriberto Guerra Castillo, 398 votos.

PDM: Propietario, Emilio Arista Daniel; suplente Juan Cordero Michimani, 579 votos.

PSUM: Propietario, Carlos Portilla Juárez; suplente, Marcos Jaime Muñoz Mora, 1 mil 158 votos.

PST: Propietario, Estanislao Fernández López; suplente, Salomón Castellanos Mendoza, 845 votos.

PRT: Propietario, Pascual Rodríguez Lara; suplente, Gilberto González Cruz, 719 votos.

PARM: Propietario, Alejandro Solís Rueda; suplente, Jaime Moreno Gálvez, 354 votos.

PMT: Propietario, Pascual Rodríguez Lara; suplente, Emilio Juárez Sánchez, 321 votos.

El III Distrito Electoral Federal del Estado de Puebla expidió constancia de mayoría con fundamento en el artículo 212, sección A, inciso 8, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Guadalupe López Bretón y Ramón Blanca García, propietaria y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional. En el expediente de cuenta aparece un escrito del Partido Acción Nacional de fecha 15 de julio de 1985, por el que se interpone recurso de queja "contra los resultados consignados en el acta de cómputo distrital y contra la expedición de la constancia de mayoría, expedida en favor de los candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional"

El recurso de queja se hace consistir en lo siguiente:

- En que hubo numerosas violaciones a la LOPPE por parte del PRI;

- Que hubo personas que con credenciales de elector votaron cinco y hasta 10 veces;

- Un padrón abultado;

- Complacencia de las mesas directivas;

- Escrutinio en lugares diferentes a los señalados conforme a la ley.

- Robo de urnas;

- Que se expulsó a representantes del PAN, y

- Que se desestimo un recurso de protesta presentado por dicho partido el 10 de julio.

En los Términos de los artículos 140, 151 y demás relativos del reglamento adjetivo en la materia, esta Comisión Dictaminadora procedió a examinar los alegatos y pruebas ofrecidas para resolver en términos de ley. En este orden de ideas, vimos en el expediente que el quejoso, en el capítulo de pruebas remite a las que anexó en el recurso de protesta. Efectivamente, en el expediente existe una copia del recurso de protesta en el cual se aprecia en el texto del mismo lo siguiente:

"Pruebas: las que se acompañan" (sic), pero sin describirlas ni relacionarlas con los hechos que usa como fundatorios de su acción de queja.

Es obvio afirmar que, en todo caso, las pruebas que se pudieron haber presentado en el recurso de protesta fueron desahogadas en tiempo y forma, hecho que consta en el acta de la sesión de cómputo distrital respectivo y no, como afirma el quejoso, en el sentido de que fue desestimado dicho recurso de protesta.

Ademas, en el acta de cómputo distrital se lee, en la página 26 lo siguiente: "Este Comité Distrital por unanimidad hace constar que los paquetes electorales que se computaron no presentaba huellas de violación o alteración y, las actas finales de escrutinio que se extrajeron de cada uno de los paquetes, coincidieron con las que obraban en poder de este Comité". Este documento está firmado por el representante del PAN, señor Emilio Carranza Almazán.

A mayor abundamiento al analizar las actas del Comité Distrital Electoral, encontramos que el recurso de protesta presentado por el PAN fue desahogado en sus términos y la resolución respectiva fue firmada por el comisionado del PAN.

Por las anteriores consideraciones esta Comisión Dictaminadora concluye que no procedió el recurso de queja presentado por el PAN por infundado y falta de relación entre los hechos, alegatos y pruebas ofrecidas, por lo tanto se desecha.

En consecuencia y con apoyo en los artículos 60 de la Constitución Federal de la República, 20, 21, 22, 23, 27 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo preceptuado en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, nos permitimos someter a la consideración de este H. Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se desecha, por infundado, el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional.

Segundo. Son válidas las elecciones para diputados federales, por el principio de

mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio del año en curso en el III Distrito Electoral Federal del estado de Puebla.

Tercero: Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Guadalupe López Bretón y Ramón Blanca García, propietaria y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D., F., a 19 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruíz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se desecha por infundado el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional.

2o. Son válidas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa que se realizaron el 7 de julio del año en curso en el III Distrito Electoral Federal del estado de Puebla.

3o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Guadalupe López Bretón y Ramón Blanca García, propietario y suplente, respectivamente.

II DISTRITO DE QUERÉTARO

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

Primera Comisión Dictaminadora.

Cuarta Sección

II Distrito del estado de Querétaro.

Cabecera: San Juan del Río.

Honorable Asamblea: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos fue turnado a esta sección, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones constitucionales del 7 de julio próximo pasado, para elegir diputados, propietario y suplente del II Distrito Electoral Federal, con cabecera en San Juan del Río, estado de Querétaro.

Sirvan de base para este dictamen, los siguientes

ANTECEDENTES

1o. En cumplimiento a la ley de la materia, oportunamente se instaló el II Comité Distrital Electoral, con cabecera en San Juan del Río, estado de Querétaro, mismo que llevó a cabo todos los procedimientos previos a las elecciones que se verificaron el día 7 de julio del año en curso.

2o. En el citado distrito electoral, los partidos políticos que participaron son los siguientes, con los candidatos que se mencionan:

PAN: Propietaria, Susana Sánchez de Jesús; suplente, Rosa Ma. Ortíz de Hernández.

PRI: Propietario, Ezequiel Espinoza Mejía; suplente, Junípero Pacheco González.

PPS: Propietario, Abel Sotelo Urióstegui; suplente, Patricia Rodríguez Aragón.

PDM: Propietario, ingeniero José Manuel Urbiola Ledezma; suplente, Eloisa Chavarín Quirarte de M.

PSUM: Propietario, Genaro Salgado Romero; suplente Yolanda Sosa de Jaimén.

PST: Propietario, Gonzalo Rivera González; suplente, Angel Trejo Vega.

PRT: Propietario, Jesús Vázquez Avila; suplente, Eduardo Uribe Hernández.

PARM: Propietario, Dante Ricardo Flores Flores; suplente, Aureliano Rubén Zúñiga.

PMT: Propietario, Genaro Salgado Romero; suplente, Yolanda Sosa de Jaimén.

3o. Una vez realizado el cómputo distrital, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN: 6.195 votos

PRI: 68.290 votos

PPS: 548 votos

PDM: 950 votos

PSUM: 457 votos

PST: 440 votos

PRT: 146 votos

PARM: 494 votos

PMT: 213 votos

4o. En vista del anterior resultado, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos Ezequiel Espinoza Mejía y Juan pero Pacheco González, candidatos del PRI a diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente.

5o. El II Distrito Electoral del estado de Querétaro, remitió el paquete electoral y una copia de la documentación relativa a la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados y otra copia y un informe detallado de la elección en la jurisdicción correspondiente a la Comisión Federal Electoral.

6o. En sesión del 22 de julio de este año la Comisión Federal Electoral, con apoyo en los artículos 82, fracción XXVI; 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, acordó el registro de la constancia de mayoría de votos a favor de los candidatos del PRI, y ordenó su comunicación al Colegio Electoral de la Cámara de Diputados.

7o. En el expediente electoral no aparece recurso legal alguno para desahogar.

CONSIDERANDO

1o. De la lectura de la documentación contenida en el expediente que se dictamina, y

particularmente de las actas de cómputo distrital, así como del informe del propio Comité Distrital Electoral, se desprende que el proceso electoral y la elección del 7 de julio se llevaron a cabo en los términos de los artículos 74 a 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, en lo conducente.

Por lo tanto, para los efectos de los artículos 40, 41, 50, 51, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dicha elección debe calificarse de válida por este Colegio Electoral.

2o. Del acta de cómputo distrital, según se señala en el punto dos de los antecedentes, aparece que la mayor votación la obtuvieron los candidatos del PRI a diputados federales de mayoría relativa, Ezequiel Espinoza Mejía, propietario y Junípero Pacheco González, suplente.

Por otra parte, con las copias certificadas de las actas de nacimiento, constancias de vecindad y de no antecedentes penales, se acredita que estas personas reúnen los requisitos de elegibilidad a que se refiere el artículo 55 del ordenamiento constitucional citado, y en tal virtud, debe declarárseles diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, de la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, por el II Distrito Electoral Federal del estado de Querétaro, con cabecera en San Juan del Río.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a la consideración de este Colegio Electoral los siguientes.

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se califican como válidas y legítimas las elecciones constitucionales celebradas el día 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente respectivamente, a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, en el II Distrito Electoral Federal del estado de Querétaro, con cabecera en la ciudad de San Juan del Río.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, por el II Distrito Electoral Federal del estado de Querétaro, con cabecera en la ciudad de San Juan del Río, los ciudadanos Ezequiel Espinoza Mejía, propietario y Junípero Pacheco González, suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Licenciado Juan Maldonado Pereda, presidente; licenciado Demetrio Ruíz Malerva, secretario; licenciado Jesús Murillo Karam, vocal; Genaro José Piñeiro López, vocal; licenciado José Angel Conchello D., vocal.

Esta a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La Presidencia declara:

1o. Se califican como válidas y legítimas las elecciones constitucionales celebradas el día 7 de julio de 1985, para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, en el II Distrito Electoral Federal del estado de Querétaro, con cabecera en la ciudad de San Juan del Río.

2o. Son diputados de mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, por el II Distrito Electoral del estado de Querétaro, con cabecera en la ciudad de San Juan del Río, los ciudadanos Ezequiel Espinoza Mejía, propietario y Junípero Pacheco González. suplente, respectivamente.

V DISTRITO DE VERACRUZ

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

Primera Comisión Dictaminadora.

Segunda Sección.

Entidad: Veracruz.

Distrito Electoral: V.

Cabecera: Misantla.

Honorable Colegio Electoral: A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 7 de julio del año en curso en el V Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Misantla.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido de la documentación del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y su reglamento.

2o. Que se dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92 y 96 y demás relativos a la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral ajustado a derecho.

3o. Que el Comité Distrital Electoral en cumplimiento de sus facultades y obligaciones publicó el aviso de apertura del registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

4o. Que los nueve partidos políticos, nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales, propietarios y suplentes, según el principio de mayoría relativa, en los términos siguientes:

PAN: Propietario, Miguel Morales González; suplente, Filiberto Corona Sánchez.

PRI: Propietario, Juan Nicolás Callejas Arroyo; suplente, Joaquín Trujillo Flores.

PPS: Propietario, Benito Aburto Camino; suplente, Antonio García Méndez.

PDM: Propietario, Alvaro Aguilar Martínez; suplente, Antonio Galván García.

PSUM: Propietaria, Isabel Cortés Hernández; suplente, Encarnación Bandala Perdomo.

PST: Propietario, Octavio Hernández Sánchez; suplente, Raúl Ruíz Lagunes.

PRT: Propietario, Odón Quintero Pineda; suplente Lucas Solano Santos.

PARM: Propietario, Antonio Galicia Cedeño; suplente, José Luis Oliveros Pérez.

PMT: Propietaria, Hortensia Ronzón Molina; suplente, Fausta Galindo de Morales.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral publicó las listas provisionales y definitivas de los integrantes de casillas y su ubicación en este distrito.

6o. El día 7 de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a los dispuesto en los artículos 182, 184 y 192 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

7o. Concluida la votación se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital Electoral.

8o. Se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, por lo que el Comité distrital sesionó el 14 de julio del año en curso, para efectuar el computo de los votos emitidos en todas las casillas de este distrito, con el resultado siguiente:

PAN: 704 votos

PRI: 40.403 votos

PPS: 5.064 votos

PDM: 149 votos

PSUM: 466 votos

PST: 5.817 votos

PRT: 378 votos

PARM: 230 votos

PMT: 57 votos

9o. De los resultados del cómputo final de escrutinio, el comité distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por los CC. Juan Nicolás Callejas Arroyo y Joaquín Trujillo Flores, propietario y suplente, respectivamente.

10. Tomando en consideración el informe y en acatamiento del artículo 218 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el comité distrital.

En mérito a lo expuesto y fundado, y de conformidad a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta sección somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales y por el principio de la mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985, en el V Distrito Electoral Federal del estado de Veracruz, con cabecera en Misantla.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Juan Nicolás Callejas Arroyo y Joaquín Trujillo Flores, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Fernando Baeza Meléndez, presidente; Eduardo Robledo Rincón, secretario; David Jiménez González, vocal; Miguel Alonso Raya, vocal; Miguel Eduardo Valle Espinosa, vocal.

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales y por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el V Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Misantla.

2o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Juan Nicolás Callejas Arroyo y Joaquín Trujillo Flores, propietario y suplente, respectivamente.

XV DISTRITO DE VERACRUZ

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

Primera Comisión Dictaminadora.

Segunda Sección.

Entidad: Veracruz.

Distrito Electoral: XV.

Cabecera: Coatzacoalcos.

Honorable Colegio Electoral: A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 7 de julio del año en curso en el XV Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Coatzacoalcos.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido de la documentación del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y su reglamento.

2o. Que se dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92, 96 y demás relativos de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral ajustado a derecho.

3o. Que el Comité Distrital Electoral en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de apertura del registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

4o. Que los nueve partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales, propietarios y suplentes, según el principio de mayoría relativa, en los términos siguientes:

PAN: Propietario, Benito Argüelles Vidaña; suplente, Javier Sarricolea Valencia.

PRI: Propietario, Héctor Sen Flores; suplente, Raúl Hernández Ambrosio.

PPS: Propietario, Vicente Calvo Vázquez; suplente, Josefina Domínguez Tino.

PDM: Propietario, J. Ubaldo Chicuella Rosas; suplente, J. Adán Ruiz Chimal.

PSUM: Propietario, Jesús Hernández Tea; suplente, Francisco Méndez Rodríguez.

PST: Propietario, Miguel Francisco Quintana Castillo; suplente, Gloria Emma Zakelarez Lavín.

PRT: Propietario, Germán Soberano Carrasco; suplente, María de Lourdes González Olivares.

PARM: Propietaria, Luz del Alba Gallegos Pérez; suplente, Alfredo Fraile Pérez.

PMT: Propietario, Jesús Hernández Tea; suplente, Francisco Méndez González.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral publicó las listas provisionales y definitivas de los integrantes de casillas y su ubicación en este distrito.

6o. El día 7 de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto a los artículos 182, 184 y 192 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

7o. Concluida la votación se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital Electoral.

8o. Se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, por lo que el Comité Distrital sesionó el 14 de julio del año en curso, para efectuar el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este distrito con el resultado siguiente:

PAN: 1.757 votos

PRI: 32.100 votos

PPS: 2.248 votos

PDM: 315 votos

PSUM: 8.584 votos

PST: 2.386 votos

PRT: 379 votos

PARM: 316 votos

PMT: 1.892 votos

9o. Que los partidos políticos PMT, PSUM y PPS hicieron valer recurso de protesta, los que se substanciaron en la sesión de cómputo y por carecer de pruebas, se declararon improcedentes.

10. De los resultados del cómputo final de escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por Héctor Sen Flores y Raúl Hernández Ambrosio, propietario y suplente, respectivamente.

11. Tomando en consideración el informe y en acatamiento del artículo 218 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

En mérito a lo expuesto y fundado, y atento a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos

Mexicanos, esta sección somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa que tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el XV Distrito Electoral Federal del estado de Veracruz, con cabecera en Coatzacoalcos.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Héctor Sen Flores y Raúl Hernández Ambrosio, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Fernando Baeza Meléndez, presidente; Eduardo Robledo Rincón, secretario; David Jiménez González, vocal; Miguel Alonso Raya, vocal; Miguel Eduardo Valle Espinosa, vocal.

El mismo C. secretario: - Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La Presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985, en el XV Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Coatzacoalcos.

2o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Héctor Sen Flores y Raúl Hernández Ambrosio, propietario y suplente, respectivamente.

I DISTRITO DE AGUASCALIENTES

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

Primera Comisión Dictaminadora. Tercera Sección.

I Distrito del estado de Aguascalientes

Cabecera: Aguascalientes.

Honorable Colegio Electoral: A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 7 de julio del año en curso, en el I Distrito Federal Electoral del estado de Aguascalientes, con cabecera en Aguascalientes.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos por la Ley de la Materia.

PAN: Propietario, Jaime Delgado Herrera; suplente, Refugio Aranda Mascorro, 26 mil 713 votos.

PRI: Propietario, Alfredo González González; suplente, Ludivina García Cajero, 90 mil 897 votos.

PPS: Propietaria, Nohemí Murillo Falcón de Ortega; suplente, José Salas Cruz, 676 votos.

PDM: Propietario, Francisco Javier Contreras Colunga; suplente, Francisco Javier García Esparza, 3 mil 846 votos.

PSUM: Propietario, Ignacio Flores Ibarra; suplente, José de Jesús Muñoz Romero, 936 votos.

PST: Propietario, Mario Gilberto Llamas Gamboa; suplente, Margarito Estrada Aldierna, 4 mil 331 votos.

PRT: Propietaria, María Asunción del Carmen Anda Anda; suplente, J. Jesús Cantero Robledo, 492 votos.

PARM: Propietario, Ramón Martín González; suplente, David López Jiménez, 516 votos.

PMT: Propietario, Fausto Reyes Sierra; suplente, Cipriano Flores Rentería, 468 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212 sección A, inciso 8, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Alfredo González González y Ludivina García Cajero, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

El Partido Acción Nacional interpuso el recurso de queja, en escrito de fecha 15 de julio último, recibido a las dieciséis horas cincuenta minutos del mismo día, por el Comité Distrital Electoral, se encontró que su presentación no se encuentra dentro del plazo de 24 horas, que señalan los artículos 212, sección A, inciso 8, y 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Pues, como lo prueba el acta circunstanciada del cómputo distrital, éste, se concluyó a las 14:25 horas del día 14 de julio del año en curso. Por lo que, ha lugar a declarar el presente recurso extemporáneo y por consecuencia notoriamente improcedente, con fundamento en el artículo 233 de la ley invocada.

También, el Partido Demócrata Mexicano, interpusó el recurso de queja, en escrito de fecha 15 de julio último, recibido a las 15:25 horas por el Comité Distrital Electoral, encontrándose que su presentación no se encuentra del plazo de las 24 horas que señalan los artículos 212, apartado A, inciso 8, y 229 de la ley que se consulta. Pues, como lo prueba el acta circunstanciada del cómputo distrital, éste, se concluyó, como ya se mencionó, a las 14:25 horas del día 14 de julio del presenta año. Por lo que, ha lugar a declarar el presente recurso extemporáneo y por consecuencia notoriamente improcedente, con fundamento en el artículo 233, de la Ley de la Materia.

En esa virtud y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General, 82, fracción XVII 96, fracción XIII, y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se somete a la consideración del honorable Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se desechan, los recursos de queja interpuestos, por notoriamente improcedentes.

Segundo. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año, en el I Distrito Federal Electoral del estado de Aguascalientes, con cabecera en Aguascalientes.

Tercero. Son diputados federales a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Alfredo González González y Ludivina García Cajero, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Guillermo Fonseca Alvarez, presidente; Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, secretario; Angel Sergio Guerrero Mier, vocal; Francisco Hernández Juárez, vocal; Federico Ling Altamirano, vocal.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Federico Ling Altamirano, del Partido Acción Nacional.

El C. Federico Ling Altamirano: - Señor presidente; compañeros del Colegio Electoral: Entre las numerosísimas intervenciones en la tribuna el día de hoy, a mi parecer resulta especialmente singular la de el licenciado Diego Valadés. Y es singularmente interesante porque introdujo en estas sesiones del Colegio Electoral la posibilidad de la primera escaramuza de debate ideológico.

Yo agradezco sinceramente al diputado Diego Valadés que haya sido él, persona ajena a mi partido, quien haya abordado el tema de proyecto de nación de Acción Nacional. Dejó categóricamente establecido dos cosas:

Primero. Que el proyecto de nación de Acción Nacional existe, y

Segundo. Que a él, a don Diego Valadés no le gusta.

De estas afirmaciones tan sencillas se derivan algunas consecuencias muy importantes.

El, don Diego Valadés, de un plumazo ha sabido refutar con mano maestra al 80% de los candidatos de su partido que durante la campaña electoral se dedicaron a pregonar implícitamente y por supuesto sin base que Acción Nacional carecía de proyecto de nación.

El mostró aquí, yo no, no Acción Nacional, el documento que se publicó en los periódicos con los 100 puntos programáticos, no doctrinarios, con los que una posible nueva mayoría podría establecer o intentar construir un proyecto de nación.

Esto es de agradecerse. Yo suplicaría que los medios de comunicación tomen nota de la fehaciente prueba que ha dado don Diego Valadés de que el proyecto de nación de Acción Nacional, existe.

La segunda afirmación es muy interesante también. A él., a don Diego, no le gusta. ¿Y que se desprende de aquí? Claro, a él no le gusta, pero a nosotros y muchísimas personas, sí. Si a él le gustara este proyecto de nación no habría necesidad que militáramos en partidos políticos diferentes, y es verdad que debe hacer o puede haber tantos partidos políticos nacionales como proyectos nacionales sustancialmente diferentes puede haber.

Nos ha prestado, pues, un servicio inestimable. Esto de que a unos les guste un proyecto de nación y a otros no, es sencillamente el origen, el fundamento y la base del pluralismo político auténtico. El debate ideológico ha comenzado y seguiremos con él, no en este momento por supuesto en que todos estamos cansados.

Nuestro compañero de Colegio Electoral Jorge Alcocer, puede estar tranquilo de que aquí no será dejado de lado ese aspecto ideológico del debate que es también muy importante.

No ha sido mencionado todavía en este Colegio Electoral, a mi modo de ver el hecho más destacado y el dato más sobresaliente de las elecciones del 7 de julio: el dato más destacado es la pérdida de casi cinco millones de votos entre elecciones federales sucesivas, 1982- 1985, del partido oficial.

En efecto, en las elecciones de 1982 el partido oficial obtuvo ligeramente arriba de los 16 millones de votos, y en esa ocasión en mayoría relativa obtuvo algo arriba de 11 y en plurinominal menos de los 11 millones de votos.

La baja es sensible: una pérdida de cinco millones de votos, una pérdida de credibilidad en el sistema sustancial. Este dato no había sido mencionado porque metidos como estábamos en discutir caso por caso, distrito por distrito, corríamos el peligro de que jamás fuese mencionado y por eso quise hacerlo. Además porque es la explicación en buena medida de lo que ocurrió en el I Distrito de Aguascalientes. Esta sensible baja de votación era perfectamente previsible para el sistema, que también hizo sus encuestas. Y por ello hubo quien quiso disminuir la caída en picada de esa votación, aunque para ello la democracia tuviera que sufrir uno más de sus penosos accidentes. Y lo sufrió. En efecto, en el I Distrito de Aguascalientes, había que aprovechar el numerosísimo padrón electoral y tratar de darle una ayudadita a la votación general del partido oficial.

Cuatro días antes de las elecciones se detectaron estar en poder de un notario público, el licenciado Guillermo Ballesteros Guerra, copias fotostáticas de los nombramientos de los representantes generales de casilla del Partido Acción Nacional. ¿Qué tenían que hacer copias fotostáticas de los nombramientos registrados de nuestros representantes, en las oficinas de un notario? ¿Qué tenían que hacer ahí? Y claro, nosotros tuvimos que empezar a sospechar que algo iba a marchar irregularmente. Tuvimos que suponer, empezar a establecer la prueba presuncional de que podría existir el fraude, cosa que en efecto ocurrió.

La víspera de las elecciones el día 6 se tuvo información fehaciente de que ya se estaban preparando ánforas a favor del PRI, ánforas prellenadas, por supuesto, acudió a dar fe de este hecho en un domicilio particular,

un notario. Yo espero que no sea ocioso citar en este alto tribunal legislativo, la autoridad que espero todavía tengan en México los notarios. En esta ocasión, pudimos obtener pruebas muy concretas que obran en el expediente electoral de este distrito, y el notario de la notaría No. 19, Jesús Eduardo Martín Jaúregui, da fe de que en el domicilio indicado por la denuncia, y en los términos curiosos, un poco anacrónicos pero interesantes en que suelen hacer sus cosas los notarios, da fe exacta de que en esa casa había urnas, por la descripción que hace, llenas de posiblemente volantes o papeles, etcétera, y la casa era curiosamente de un nombrado presidente de casilla.

Claro, cuando el fraude se prepara en gran escala es sumamente difícil andar con un ejército de notarios y de domicilio en domicilio, suponiendo que tuviéramos denuncias suficientes, para conseguir todas y cada una de las pruebas, pero actúa una vez más la prueba presuncional, y nosotros, los de Acción Nacional, suspicaces como somos en materia de elecciones, supusimos que este hecho no era un caso aislado, sino generalizado, cosa que en efecto se comprobó al día siguiente, el día de las elecciones.

Fue un hecho generalizado el relleno de urnas, impidiéndose naturalmente a nuestros representantes la verificación de ese hecho. Sistemáticamente se negó a cumplir el funcionario de casillas con la disposición de la LOPPE, de que se debe verificar que las urnas estén vacía en el momento de empezar las votaciones.

Y como consecuencia de ese curioso hecho, mencionado al principio, de que en un domicilio ajeno a cualquier comité distrital, estuviesen copias de los nombramientos de nuestros representantes, ocurrió lo que tenía que ocurrir: un ejército de personas suplantó, suplantó a los auténticos representantes del Partido Acción Nacional con nombramientos falsos. Y ellos actuaron precisamente a las siete de la mañana en que ya estaban rellenas muchas urnas en las casillas electorales, y actuaron hasta después pasadas las ocho en que llegaron los auténticos representantes de Acción Nacional, y después de la discusión respectiva decidieron retirarse, pero es obvio lo que había pasado, el daño ya estaba hecho y aparentemente sancionado con la presencia de representantes de Acción Nacional.

Para corregir estas gravísimas irregularidades, por supuesto, que estaba la Comisión Local Electoral como instancia supletoria para corregir estos graves defectos, pero ¡oh!, señores, resulta que como consta en el acta circunstanciada de la Comisión Local Electoral de Aguascalientes, al día de las elecciones, lo único que hizo fue, a las siete de la mañana, reunirse los miembros de la comisión, verificar el quórum y entrar en receso hasta que fuesen llegando los paquetes electorales ya con los votos.

¿Entonces cuál instancia, cuál posibilidad de corrección? ¿Cuál resolución de posibles protestas, recursos y testimonios podría haber? ¿Cuál autoridad moral podía haber en los organismos electorales si la autoridad local estaba ausente, estaba en receso? Y no solamente se verifica este hecho por la propia acta circunstanciada del día de las elecciones de la Comisión Local Electoral, sino por el testimonio de un notario que acudió a dar fe de estos hechos el día de las elecciones.

Nosotros hemos aportado estos elementos de prueba, para tratar de demostrar que no es solamente un suposición en el aire la imputación de ejecución del fraude y precisamente en manos de los candidatos y de los auxiliares de los comités electorales que ayudaron a los candidatos del partido oficial.

Todo esto es indudablemente grave, todo esto vicia de origen la elección en el estado de Aguascalientes, yo no sé exactamente que pasó en el II Distrito, por el cual jugó el ingeniero Barberena. Semejante o no, no hubo autoridad local electoral en el estado de Aguascalientes, casualmente nada más el día de las elecciones.

Si esto no es grave, si esto no induce a pensar que las elecciones fueron fraudulentas. Bueno, podría argüirse que hubo un supuesto relleno de urnas, pero resulta que esto es verificado estadísticamente, y yo creo que a partir de ahora los razonamientos estadísticos algo tienen que hacer también en el mundo de la legalidad.

No es posible pensar que en este distrito electoral hayan votado 90 mil personas por don Alfredo González González. No es posible pensar que si hay evidencias enormes y categóricas de relleno de urnas, esa votación de 90 mil votos es auténtica. Sería, creo que este argumento le podría gustar al ingeniero Castillo, a don Alberto, equivaldría a suponer que es válido afirmar que estadísticamente es posible, por decir algo, por decir un ejemplo gráfico; que hay una zona en la mixteca poblana u oaxaqueña en donde los habitantes miden 2.70 de estatura. Téoricamente nada lo impide. No está demostrado que es imposible que haya habitantes, digo personas con 2.70 de estatura, un fenómeno, una mutación se puede dar. Pero electoralmente este fenómeno y esta mutación se nos trata de hacer presentar, se nos trata de hacer creíble de un dictamen de esta comisión.

Es como si se dijera que tiene una desviación estándar de cuatro sigma; o sea, prácticamente imposible y, sin embargo, es lo que se viene a decir aquí con toda naturalidad. 90 mil votos en el I Distrito Electoral de Aguascalientes para un partido político, perfectamente posible, perfectamente creíble. Si hemos oído que después de un trabajo electoral enorme, el compañero del V Distrito de Hidalgo y el del V Distrito de Sinaloa están muy orgullosos de haber trabajado 120 días de campaña y haber logrado sus 40 mil votos, pues, qué se pueden decir de don Alfredo González González, que aportó al sistema político mexicano, al sistema oficial sus 90 mil

votos en el I Distrito Electoral de Aguascalientes.

Pruebas Jurídicas hay suficientes, pruebas de convicción y presuncionales hay suficientes como para declarar nulas las elecciones en el I Distrito Electoral de Aguascalientes. Y es lo que solicito haga este Colegio Electoral.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Angel Sergio Guerrero Mier.

El C. Angel Sergio Guerrero Mier: - Con su permiso, señor Presidente; honorable Colegio Electoral: La Primera Comisión Dictaminadora, sección Tercera, al elaborar el proyecto de dictamen sometido a la consideración de este honorable Colegio Electoral, tomó en consideración las situaciones jurídicas que se contemplan en el proceso electoral realizado en el I Distrito del estado de Aguascalientes.

El Partido Acción Nacional interpuso el recurso de queja en escrito de fecha 15 de julio último recibido por el Comité Distrital Electoral del I Distrito de Aguascalientes a las 16:50 horas del día 15 de julio de 1985, por lo que esta interpuesto extemporáneamente, habiendo lugar a la improcedencia, pues, como se prueba en el acta del cómputo distrital, éste concluyó a las 14:20 horas del día 14 de julio de 1985, y en el presente caso, con fundamento en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, al recurso de queja debe interponerse en el acto del cómputo adentro de las 24 horas siguientes a la conclusión de la propia sesión de cómputo.

Consecuentemente la Primera Comisión Dictaminadora, tercera sección, esta sometiendo a la consideración de este Colegio Electoral declarar dicho recurso improcedente por notoria extemporaneidad, sin embargo, la comisión sección tercera, en ninguna forma ha querido exclusivamente, que además sería suficiente, dada la improcedencia del recurso, sin antes hacer un exhaustivo análisis de las circunstancias y situaciones y pruebas que se acompañaron al escrito del recurso de queja del partido Acción Nacional.

Este recurso, impugnando las elecciones en el I Distrito Electoral de Aguascalientes, adolece lo siguiente: Es insustancial, infundado y no probado, por lo que sería de cualquier manera notoriamente improcedente, pues, como causales de nulidad sostiene que existe la violación sustancial en la preparación y desarrollo de la elección.

Esta afirmación entraña una serie de supuestos que no por usar el quejoso, similares o parecidos términos, pueden actualizar las causales de nulidad a que contrae el artículo 223 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, pues, en este numeral, las violaciones sustanciales entienden cuando se realizan los escrutinios y cómputos, en locales diferentes a los señalados conforme a esta ley, cuando la recepción de la votación se haga en fechas distintas a la elección y cuando la recepción de la votación se haga por personas u organismos distintos a los que faculta dos por esta ley y además, se demuestre que las mismas son determinantes del resultado de la elección, es decir, que sean la condición generadora, necesaria generadora del triunfo o no del partido o que sea la causa suficiente y necesaria del resultado obtenido.

Pero no toda violación puede calificarse de sustancial o de determinante si no se prueba en cada uno de los incisos de la fracción III del artículo 223 de la ley en materia y sea el generador único de los resultados. Las causales de nulidad en el presente recurso las hace consistir el partido que en el acta de la sesión del día 7 de julio no se hicieron constar incidentes de los sucesos que dice el promovente tenían conocimiento el presidente y el secretario del comité distrital.

Pretendiendo probar con el acta notarial ofrecida, que a las 18:00 horas sólo contenía el acta de sesión, los nombres de los funcionarios de la misma que se habían presentado a las 7:30 horas cuando se inició dicha sesión y que la misma se contenía levantando, según acuerdo de los mismos funcionarios y representantes, hasta que se recibiera la totalidad de los paquetes electorales.

Lo que no demuestra la realización de los hechos que deben de considerarse considerarse como colaciones sustanciales y determinante, por lo tanto, es un sustancial e inoperante la causa de nulidad invocada. Su causal de nulidad número dos la hace consistir en la fracción I del artículo 223 invocado, diciendo el quejoso que en el 32% de las casillas electorales estuvieron afectadas por vicios sustanciales, tales como ánforas rellenas, antes de la elección, expulsión de representantes y presión sobre los electores, según dice y lo han demostrado los recursos de protesta con los instrumentos otorgados ante los licenciados Jesús Eduardo Martín Jáuregui y Arturo G. Prenday González, notarios públicos número 19 y 18 de Aguascalientes, en los instrumentos 1,345 del 6 de julio de 1985 y 1,057 del 7 de julio del mismo año que en copias fotostáticas acompañan.

Analizados minuciosamente, nos encontramos que en pocas situaciones, que si bien, encuadran en la fracción I del artículo 223 de la ley en consulta, por lo que procedería, en su caso, revisar las documentarias, ofrecidas de la siguiente manera: el acta notarial levantada por el notario público número 19 de Aguascalientes es una fe de hechos relativo a la petición del C. Fernando López Cruz, diputado local a la LIII Legislatura de Aguascalientes, que analizando detenidamente su contenido no tiene los alcances que pretende el promovente, pues, solo demuestra que en una casa ubicada en el número 21 de la privada Macías Arellano de la colonia Guel Jiménez de Aguascalientes, hogar del señor Crispín Terrones, funcionario de la casilla

número 92, tenía en su domicilio dos cajas de cartón de aproximadamente 65 centímetros de largo por 35 centímetros de ancho y 35 centímetros de alto, que al levantar las cajas se sienten pesadas y se aprecia claramente que en el interior se encuentran cuerpos que se desplazan al agitar las cajas.

La impresión que se tiene es la que estuvieran llenas de volantes u hojas de papel. Esto no alcanza a probar que se tratara de boletas electorales, ni se aprueba que esas boletas estuvieran usadas por algún partido, y que las cajas eran paquetes electorales, ni siquiera que ilegalmente tuviera el señor Crispín Terrones de material electoral, pues, según la misma documental él era funcionario de la casilla. La otra documental consistente en el acta notarial número 1,057 a que se hace alución en el recurso de queja, sólo demuestra que en la casilla 61 B, la señora María Guadalupe Gutiérrez de Reyes, que era presidente suplente de la casilla, en auxilio de la misma estaba levantando la lista adicional de electores, hecho que comprobó el fedatario público, cotejando la lista con el padrón electoral de la casilla, resultando cierto que ningún elector anotado aparecía en la lista nominal de electores.

Con esto queda demostrada la estricta legalidad del funcionamiento de esta casilla.

Las demás pruebas que se ofrecen en el escritorio de recurso de queja, no tenían el valor probatorio que presenta el promovente, por lo siguiente: la prueba pericial está mal ofrecida, por no señalar qué hechos se pretendían probar, en qué casilla o por qué cosas o documentos se debería practicar, ni puede tener el valor probatorio que es el procedente, ni existe hecho o situación legal en que se requiera un análisis técnico o especializado. Las pruebas documentales que se señalan, consistentes en las actas finales de escrutinio y las protestas presentadas ante el Comité Distrital Electoral, tampoco tienen el alcance probatorio que pretende el quejoso.

No se puede inferir absolutamente de dos documentales referentes a dos actos concretos, a dos hechos concretos, que de ninguna manera configuran circunstancias de nulidad, no se puede generalizar ni poder hablar de violaciones sustanciales en un procedimiento. Pero volvemos a insistir: la cuestión fundamental legal que la Comisión Dictaminadora ha analizado, es el hecho de que este recurso de queja, que es la instancia, repetimos, que sustancia el Colegio Electoral, es extemporáneo y por tanto debe desecharse por improcedente y aprobarse consecuentemente el dictamen emitido por esta comisión.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Pablo Alvarez Padilla.

El C. Pablo Alvarez Padilla: Señor presidente; señoras y señores integrantes de este Colegio Electoral: quiero antes de todo prevenirlos que no les ocurra lo que aquellas personas que viven cerca de lagunas de aguas negras. Que al cabo del tiempo acaban por acostumbrarse a la fetidez y a la misma y terminan por insensibilizarse ante la peste.

Desde el inicio de este Colegio Electoral hemos escuchado las irregulares condiciones frecuentemente ilegales, bajo las cuales tuvo que llevarse a cabo el procedimiento electoral. Ojalá que estos hechos repetidos a lo largo y a lo ancho de la República Mexicana, a lo largo y a lo ancho de nuestro país, no suenen a nuestro oído como normales y acabemos haciéndoles parte de la ecología política de nuestra Nación y de por sí tan deteriorada.

Quiero también establecer clara y llanamente, que con esta intervención no intento en forma alguna pontificar y establecer verdades personales con criterio kantiano, pretendiendo sin fundamento establecer que mi criterio sea tenido como regla universal para toda la humanidad.

Mi pretensión sincera es colaborar con este Colegio Electoral, proporcionando elementos de juicio que permitan fundamente resolver con justicia, apegados no sólo a la letra, sino fundamentalmente al espíritu, no sólo a la forma, sino esencialmente al fondo, que es la razón de ser y el sentido final del derecho, todas las tareas de este Colegio Electoral.

He escuchado en las labores de este colegio intervenciones múltiples; aquí he escuchado desde piezas oratorias brillantes, de fondo, de contenido, de sustancia hasta intervenciones intrascendentes de concurso de secundaria como las pronunciadas por algunos de los tinterillo políticos de la mayoría relativa, como las ha denominado propiamente mi compañero el licenciado Juan de Dios Castro.

Los argumentos que aquí daré no acepto sean calificados a priori, y sí pido sean considerados y ponderados en su peso a efecto de que avalados por las pruebas aportadas sirvan para nombrar el criterio el dictamen que en relación al I Distrito Electoral de Aguascalientes se está presentando a debate.

Analizando el expediente correspondiente a este distrito electoral, me he percatado de graves irregularidades que pretendo presentar a ustedes, y de las que han tenido puntual y oportuno conocimiento las autoridades electorales competentes.

Complementando lo que ya fue manifestado por mi compañero el ingeniero Federico Ling Altamirano, entero a esta asamblea de lo siguiente: en la elección de que nos ocupamos los representantes de Acción Nacional fueron expulsados casi de todas las casillas electorales de ese distrito, readmitidos en ocasiones y vueltos a expulsar, vueltos a readmitir, total que aquello fue el juego del gato y el ratón durante toda la jornada electoral.

Con esto, haciendo nugatorio lo preceptuado por el artículo 173 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, artículo que pretende preservar mediante la presencia de representantes de todos los partidos de legitimidad de la votación, o

sea, la legitimidad de la voluntad del pueblo mexicano, y esto ocurrió a nivel enunciativo, a nivel de muestra, en casillas como la 18, la 22, la veintidoceava, la 23, la 26, la 32, la 61- b, la 70- f y la 61- b.

Segundo. La fuerza pública en lugar de dar garantías a los ciudadanos que cumplían con su deber y ejercían responsablemente su derecho a sufragar, fueron ilícita y abusivamente empleada en intimidar a los ciudadanos, como ocurrió con la ilegal detención de los ciudadanos doctor Humberto Rodríguez Mijangos, Salvador Velázquez Escobedo y Jaime Delgado Saldívar, personas todas de carne y hueso.

Estos actos, estos hechos ilegales fueron perpetrados por la policía municipal de la ciudad de Aguascalientes, en contravención flagrante de los dispuesto en en artículo 2o. de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, que a la letra dice:

"Las autoridades competentes y los organismos políticos electorales tendrán a su cargo velar por el libre desarrollo de las actividades de las organizaciones políticas y garantizarán la efectividad del sufragio y la autenticidad e imparcialidad de las elecciones en los términos de esta ley". No ocurrió así.

Tercero. En forma aberrante y contraviniendo lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Local Electoral decidió permitir votaran personas que carecían del documento denominado credencial de elector, viciando en forma grave los votos recibidos en todas y cada una de las casillas del distrito en cuestión.

Señores colegiados, no seamos excesivamente benevolentes con el juicio que sobre nosotros necesariamente hará el pueblo mexicano. No legitimemos con nuestro voto lo que el pueblo ha rechazado y que es obvio, mediante las pruebas ya rendidas ante este tribunal de conciencia y de derecho.

Señores de la mayoría relativa, con todo comedimiento, con el respecto que me merecen como seres humanos, quiero pedirles que sean modestos, como lo es su realidad política. Quiero no se sobreprecien y olviden creyendo que el hecho de tener el poder necesariamente es criterio de preferencia y de opción popular. Aceptemos todos que la verdadera y auténtica mayoría sigue siendo el gran número de abstencionistas, gente decepcionada y peligrosamente en la puerta, quizá de un futuro anarquismo de que todos nos vamos a lamentar.

Seamos sensibles con este pueblo que día a día está esperando una oportunidad de cambio que nosotros, en parte, estamos obligados a darle como Colegio Electoral en este momento y quizá dentro de unos días como Cámara de Diputados. Como el más alto tribunal del pueblo, del pueblo mexicano.

Ahora quiero comentar con ustedes algunos datos de carácter anecdótico, pero que revelan que inclusive, hasta dentro del mismo partido de las mayorías relativas, se dé el fraude relativo, vamos a darle ese nombre, cómo es posible que el señor José González piense que en la primera candidatura, porque entiendo que es su primera candidatura o algo por el estilo, en que aparece en el folium político alcance una votación de 90 mil 897 votos y que sólo el 24% de los electores se hayan abstenido de votar a favor de algún partido.

En confrontación veamos la votación de nuestro secretario, el ingeniero Barbarena, que a pesar de que el señor ha sido funcionario público durante un largo período, durante largos años aquí en nuestro país, sacó nada más 52 mil 258 votos y el índice de abstención que se manejo o que se tiene detectado en este distrito, fue de 42%. Dé manera que, una personalidad política que, inclusive, fue secretario general, entiendo que así lo fue de su partido, no sé si lo siga siendo, sufrió una derrota aplastante casi por un 100% de un candidato del distrito colindante con el de él. Quién se las cree, señores. Verdad que sí hay fraude dentro de las mismas fuerzas de la mayoría relativa. Yo no lo creo, no conozco al ingeniero Barbarena más que por las relaciones que en mi estado de Guanajuato he tenido a lo largo de los periódicos, que como todos ustedes también los leo, también me interesan las cosas que pasan acá en el centro, no fuera de México todo es Cuautitlán, verdad, también nos interesan los problemas del país, en la provincia. Y, sin embargo, haciendo un análisis sereno, reflexivo y serio, nos damos cuenta de que este tipo de bromas de mal gusto no pueden darse en un tribunal serio como es en el que estamos colocados, señores.

Yo sí les quiero pedir que si no llegan al grado de que se haga la anulación de la votación en total, sí se haga una depuración para que se sepa en realidad cuáles son los votos reales y cuáles son los votos que por chanchullo este señor metió allí, derrotando al ingeniero Barbarena, en votación colateral.

Dicen que "el que se quema con leche hasta al jocoque le sopla". Seguramente que este señor se sintió o sintió pasos en la azotea, no quiso dejar margen para salir más o menos y dijo aquí me voy y en este carro entro, y ahí va.

Que vamos hacer, yo les pido por decoro, por seriedad, por respeto a nosotros mismos de que se haga la depuración, si el señor ganó por 70 votos, Acción Nacional no se los va a cuestionar, pero que no nos vengan con este tipo de documentos, que lo hacen poco serio y que deprecian, inclusive, hasta a él le conviene en lo futuro, con qué personalidad, con qué legimitación moral va a entrar en esta Cámara, sabiendo que no tiene los votos que dice que lo respaldaron.

Ayúdenos, no he insultado a nadie, a propósito, ni estoy insultando al candidato de este distrito, nada más estoy pidiendo cordura, es todo lo que le pido, cordura, realidad en la votación que sacó.

Ahora volviendo un poquito a lo que trataba el licenciado Angel Sergio Guerrero, el asunto está de esta manera, los que nos decimos abogados, que humildemente litigamos en los juzgados de nuestra provincia, sabemos que cuando un recurso no es admitido, no se tiene por qué entrar al fondo de él y a valorar las pruebas y el señor ha venido aquí haciendo la valoración de las pruebas, cosa que no debió haber hecho nunca, es extemporáneo el recurso, a un rincón y a otra cosa, no hay otra cosa que hacer ahí, no hay otro argumento que dar, se admite el recurso, entonces hay que sustanciarlo y hay que ir viendo desde la legitimación del promovente, hasta cada una de las circunstancias que integran en lo formal en los argumentos de fondo y los fundamentos de derecho el recurso interpuesto y entonces sí hay que resolver y hay que realizar este tipo de actividad lógica jurídica que el señor Angel Sergio Guerrero Mier ha hecho desde esta tribuna. Por fin el recurso lo admitió o no lo admitió, eso no quedó muy claro, parece que no lo admitió, pero luego entró al fondo y sí lo resolvió, total que no se sabe si fue de chile o de manteca.

Tal vez lo hizo como una justificante de conciencia para tratar de acallar con argumentos al margen de la lógica y al margen del derecho, esas irregularidades que a los ojos de todos saltaba; que no se olviden ni el señor Angel Sergio Guerrero Mier, que no nos olvidemos ninguno de nosotros que el derecho sin la acciología que le da vida y los valores que le dan sustancia no tiene sentido, no es más que un ordenamiento de la razón fría vacuo insustancial e inconsistente que a nadie le sirve y para nada sirve.

El derecho vale, tiene la razón de ser, cuando además de ser un ordenamiento de razón, es una solución justa a un problema surgido de una realidad histórica como no los enseñaban allá los maestro Guillermo Toranzo y otros en la introducción del estudio de derecho en la primera clase que nos daban en la primera sesión del primer año.

Señores, vengo a ratificar lo pedido por mi compañero, el ingeniero Federico Ling Altamirano, y en todo caso si no llegan hasta la nulidad que él ha pedido, al menos que venga la depuración que yo les he solicitado como un mal menor. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Javier Pineda, del PRI.

El C. Javier Pineda Serino: - Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros miembros de este colegio: La práctica y la teoría política contemporánea reconocen que en un régimen constitucional plantea seria y eficazmente que el ejercicio de los principios democráticos cuando posibilita el libre juego de las fuerzas sociales existentes, cuando alienta y estimula y favorece la expresión organizada de las distintas de concepciones sociales que se manifiestan significadamente en la vida pública nacional.

Y en esta tarea los mexicanos hemos encaminado a recorrer un camino arduo y cuya mejor constatación nos permite encontrarnos en este momento en un intento auténtico y constructivo para armonizar y equilibrar en un marco de legalidad los encontrado y contrapuestos intereses partidarios que expresan la pluralidad y la diversidad colectiva en sus diferentes grados y matices.

En este sentido y aún admitiendo las naturales pasiones que desata el libre y público para la justa y puntual integración de la Cámara de Diputados de la Federación, que se lleva a cabo en cumplimiento del mandato constitucional y en observancia de la Ley Reglamentaria correspondiente que rige esencialmente los procesos electorales.

En el esfuerzo por avanzar hacia la democracia social y el proyecto nacional de los mexicanos, consignado en la Constitución General de la República. El movimiento obrero organizado tiene un decidido papel de vanguardia. Los trabajadores de México están presentes, como lo han estado en el curso de nuestra vida como nación independiente.

En todas las luchas por la autonomía nacional, la libertad, la democracia, la justicia social, los trabajadores ha sido protagonistas en la Independencia, la Reforma y la Revolución Mexicana.

Hago estas pequeñas reflexiones porque el candidato del II Distrito de Aguascalientes es del movimiento obrero.

Mi presencia en esta tribuna es con el propósito de solicitar fundamentalmente que se apruebe el dictamen, aprobado por la comisión en virtud de que se apega a derecho siendo sus proposiciones legales. En efecto, de las constancias que fueron remitidas por el Comité Electoral, se llega a la conclusión de que hubo a favor del candidato de mi partido una votación mayoritaria que representa la voluntad de los electores, que no es otra que la voluntad del pueblo, que en modo alguno puede ser modificada por argumentos que con mayor o menor capacidad exponga el adversario.

El lugar donde se ganan las elecciones es en el proceso electoral, que terminó el 7 de julio. Pero independientemente de los anterior, y dados los argumentos expresados, no es ahora, sino repetidamente de que el Colegio Electoral funciona como un auténtico tribunal. A pesar también, se indica cuando conviene por la oposición, se debe fallar en conciencia. Me adhiero a lo primero y conforme a este criterio de orden material, tenemos que conceder de que el proceso electoral efectuado en el I Distrito de Aguascalientes, es formal y de estricto derecho. Con lo que se garantiza la seguridad jurídica.

En consecuencia, además de las formas, plazos y términos para la interposición de recursos y competencia específica de los organismos que intervienen frente a cualquier impugnación, debe de hacerse en la debida

oportunidad ante, estoy hablando del padrón, como un ejemplo. Debe hacerse con la debida oportunidad ante el Registro Nacional de Electores, pues de no realizarse en su caso el recurso de aclaración debe de considerarse correctos todos los actos preparatorios del proceso, porque a continuación se realiza el proceso electoral, en donde corresponde al Comité Federal Electoral resolver sobre las propuestas que ocurren tanto en la votación como la computación de votos.

Teniendo este organismo facultad para resolverlos, de extender una resolución equivocada, surge el recurso de queja que también puede resolver en su defecto este Colegio Electoral en forma definitiva.

Ahora bien, toda queja que implica el ejercicio de una acción, conduce a una defensa o excepciones que integran la litis y del conflicto que a su vez conducen teniendo a ésta un ofrecimiento de pruebas sobre los puntos en debate.

El dictamen ha analizado los presentados de manera colegiada, hace un estudio de los mismos sin deducirse de ellos por referirse a actas notariales intrascendentales porque provienen del testimonio de la misma parte interesada. Es cierto que fue interpuesto el recurso de queja, pero ésta fue presentada después de 24 horas siguientes a la conclusión del cómputo. Sin embargo, en una determinación para satisfacción de los elementos, se analizaron las pruebas por parte de la comisión en derecho, en derecho y lógica que al parecer molesta a unos de los miembros del PAN, de donde estimamos que sin mayores consideraciones el estudio de la comisión debe merecer nuestra aprobación, y por lo tanto, debe votarse en sentido favorable.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta si está suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

En tal virtud, en votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se desechan los recursos de queja interpuestos por notoriamente improcedentes.

2o. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año en el I Distrito Electoral Federal del estado de Aguascalientes con cabecera en Aguascalientes.

3o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Alfredo González González y Ludivina García Cajero, propietario y suplente, respectivamente.

I DISTRITO DE MÉXICO

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

Tercera Sección.

I Distrito del estado de México.

Cabecera: Tenancingo.

Honorable Colegio Electoral: A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que continúe la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el día 7 de julio del presente año en el I Distrito Federal Electoral del estado de México, con cabecera en Tenancingo.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos.

PAN: Propietario, Apolinar Meza Estrada; suplente, Edgardo Vargas Cruz, 2 mil 491 votos.

PRI: Propietario, Enrique Martínez Orta Flores; suplente, Faustino Benjamín Arizmendi Estrada, 83 mil 795 votos.

PPS: Propietario, J. Abelardo Cruz Domínguez; suplente, Atanacio Santiago Pablo, 494 votos.

PDM: Propietario, Abel Bolaños Blancas; suplente, Rubén Estrada Méndez, mil 725 votos.

PSUM: Propietario, Jesús Ramírez Pérez; suplente, Rodolfo Cruz Bustos, mil 43 votos.

PST: Propietario, Angel González Tinoco; suplente, Marcelino González Tinoco, 413 votos.

PRT: Propietario, Martín Flores Calixto; suplente, Santos José María, 185 votos.

PARM: Propietario, Justino Reséndiz Moreno; suplente, Miriam Thelma Pérez Maass, mil 290 votos.

PMT: Propietario, Benito Barrientos Ochoa; suplente Irineo Nieto Medina, 140 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Enrique Martínez Orta Flores y Faustino Benjamín Arizmendi Estrada, propietario y suplente, respectivamente, postulados por le Partido Revolucionario Institucional.

Consta en el expediente recurso de queja interpuesto por el Partido Revolucionario de los Trabajadores que después de ser minuciosamente analizado, se ve que no reúne los elementos jurídicos formales del artículo 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, además de no referirse a las causales de nulidad consignadas en el artículo 223 del ordenamiento en consulta.

Por lo anteriormente expuesto, el recurso, por insubstancial, infundado y carente de pruebas, se declara improcedente, con fundamento en el artículo 223 de la ley invocada.

Por lo expuesto y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, 82, 182, 185, 212, 218, 219, 229 y 233 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se declara improcedente el recurso de queja.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados de mayoría relativa efectuadas en el I Distrito Federal Electoral del estado de México.

Tercero. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Enrique Martínez Orta Flores y Faustino Benjamín Arizmendi Estrada, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Guillermo Fonseca Alvarez, presidente; Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, secretario; Angel Sergio Guerrero Mier, vocal; Francisco Hernández Juárez, vocal; Federico Ling Altamirano, vocal.>

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se declara improcedente el recurso de queja.

2o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados de mayoría relativa efectuadas en el I Distrito Federal Electoral del estado de México.

3o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Enrique Martínez Orta Flores y Faustino Benjamín Arizmendi, propietario y suplente, respectivamente.

II DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. secretario Miguel Angel Barbarena Vega:

«Primera Comisión Dictaminadora.

Primera Sección.

Entidad: Distrito Federal.

II Distrito Electoral.

Honorable Asamblea: A esta Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 7 de julio del presente año, en el II Distrito Electoral del Distrito Federal, por lo que respecta a la elección de diputados federales de mayoría relativa.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos.

PAN: Propietario, Alvaro de Gasperín Sampieri; suplente, Cristina Amador Escudero, 8 mil 616 votos.

PRI: Propietaria, Elba Esther Gordillo Morales; suplente Ignacio Cabello Luján, 28 mil 971 votos.

PPS: Propietario, Ranulfo Evangelista Vidal; suplente, Dagoberto García Martínez, mil 17 votos.

PDM: Propietario, Javier Oceguera Iturbide; suplente, Víctor Manuel López Polanco, mil 28 votos.

PSUM: Propietario, Valentín Campa Salazar; suplente, Vicente Guerrero L., 4 mil 446 votos.

PST: Propietario, Marco Antonio Roldán Reyna; suplente, José Antonio Tavares de León, mil 520 votos.

PRT: Propietario, Luis Vázquez Villalobos; suplente, Catalina Aída García Espinoza de los Monteros, mil 492 votos.

PARM: Propietario, Otilio Ortiz García; suplente, Juan García Velasco, 639 votos.

PMT: Propietario, Valentín Campa Salazar; suplente, José Luis Chávez Torres, mil 625 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Elba Esther Gordillo Morales e Ignacio Cabello Luján, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Constan en el expediente los recursos de queja presentados por los partidos Revolucionario de las Trabajadores, Socialista Unificado de México, Mexicano de los Trabajadores, los que fueron objeto de un minucioso análisis por parte de la comisión.

El recurso de queja presentado por el Partido Revolucionario de los Trabajadores, se basa en que en la sesión del cómputo distrital, efectuado en las oficinas del comité distrital respectivo no se realizó el escrutinio de las casillas 62, 70, 123 y 66, como lo pretendía la comisionada de ese partido. La que de referencia resulta improcedente, pues, las actas que obran en los paquetes de las mencionadas casillas coinciden con las actas que se encontraron a disposición de esta comisión.

El recurso de queja presentado por el Partido Socialista Unificado de México, carece de firma de recurrente, por lo que se tiene

por no interpuesto en los términos del artículo 150 del Reglamento de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

El recurso de queja presentado por el Partido Mexicano de los Trabajadores fue sustanciado y el quejoso no probó su dicho, por lo que no cae en las causales de nulidad previstas en la ley.

Por lo expuesto y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, 82, 182, 185, 212, 218 y 219 de la ley de Organizaciones Políticas y procesos Electorales; 18, 20 y 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, está comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se declaran improcedentes los recursos de queja interpuestos por los partidos Revolucionario de los Trabajadores, Socialista Unificado de México y Mexicano de los Trabajadores.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados por mayoría relativa efectuadas en el II Distrito Electoral del Distrito Federal celebradas el día 7 de julio del presente año.

Tercero. Son diputados federales a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Elba Esther Gordillo Morales e Ignacio Cabello Luján, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yáñez Hernández, vocal.>

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Valentín Campa.

El C. Valentín Campa: - Integrantes del Colegio Electoral: Somos realistas de los serios problemas que tenemos en el proceso electoral de nuestro país. Pero somos constantes en la lucha para sacar del tremendo desprestigio y del vicio de nuestro proceso electoral. Por eso hemos solicitado la palabra para impugnar el dictamen.

Es sabido que el proceso electoral antes, y ahora más que en las anteriores, ha padecido de serios vicios. Yo no me voy a referir a aspectos muy conocidos, como el intento, en gran escala, con procedimientos técnicos para alterar el padrón electoral, sobre lo cual tenemos las pruebas.

Tampoco me voy a referir al vicio general de las elecciones, al acordar la Junta Federal Electoral con el visto bueno del secretario de Gobernación, de que no se respetara la Ley Federal Electoral en cuanto a la insaculación de los presidentes de los comités electorales estatales y de los comités distritales.

Pero en el II Distrito, además, nos encontramos con vicios que tenemos el deber de denunciar. Se concentró por parte del PRI para apoyar a su candidata un conjunto de recursos que son de la Nación, pero que el Gobierno, como es bien sabido, maneja como su propiedad privada. Y se recurrió a la hostilidad y se recurrió a la represión.

El 7 de julio, día de las elecciones, se tuvo conocimiento de que en la casilla número 32 se estaban haciendo los chanchullos concebidos de llenar el ánfora con votos falsos. Comisionamos al compañero, licenciado Nicolás Olivo, para que inmediatamente, como representante en el distrito, se abocara a estas irregularidades.

El compañero Nicolás Olivo con su credencial respectiva, con el visto bueno del Comité del II Distrito se presentó y no le permitieron entrar al recuento de los votos. El protestó, colocó su automóvil frente a la casilla y sonó el claxón, para que le permitieran el derecho de entrar al recuento de los votos; no se lo concedieron. Pero en cambio concurrieron como 15 o 20 patrullas y un agente de la Procuraduría del Distrito ordenó su aprehensión.

La policía y los agentes del Distrito Federal al servicio de un candidato de un partido; el compañero Olivo estuvo incomunicado, para variar violando la Constitución, se presentó inmediatamente un abogado, licenciado Pablo Sandoval a reclamar para hablar con el preso que era su defenso, se le prohibió al defensor entrar a ver al compañero Nicolás Olivo, incomunicado en función de un proceso electoral. La policía, las patrullas, los agentes de investigación al servicio de un partido político y de una candidata. Intervino el licenciado Wagner, yo veía la circunstancia de que el compañero Nicolás Olivo fue liberado cuando ya había terminado el recuento; todo esto está al alcance de cualquiera que lo quiera confirmar, pero hay un problema que aqueja a nuestro país y que ha tenido repercusiones en la campaña del II Distrito.

En el juzgado penal de Ecatepec, están las constancias en el sentido de que el profesor de primaria Misael Núñez Acosta fue asesinado en aquel municipio el 30 de enero de 1980, maestro rural democrático, con un gran prestigio y muy querido en el magisterio del país. Fueron detenidos los asesinos en San Luis Potosí, donde se consideraban protegidos por el cacique de la llamada Vanguardia Revolucionaria del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, pero fueron aprehendidos y trasladados a Ecatepec y ahí están las constancias de que Rufino Venus Peña, Joel Venus Hernández y Jorge Pizarro, declararon que ellos habían asesinado a Misael Núñez a cambio de recibir del dirigente del CENTE, Clemente Villegas Villegas 300 mil pesos, que se los entregaron en la dirección

del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

Obra la circunstancia de que cuando el asesinato se realizó, la profesora Elba Esther Gordillo, Candidata ahora, era dirigente de la Sección del Sindicato del CEN y que ahora es secretaria tesorera general del CEN. Ella facciando lo que nosotros decidimos en un artículo, afirmo que yo la calumniaba diciendo que había participado en el asesinato. No es cierto, eso es mentira. Lo que yo he dicho es que ella conoció del asesinato y como tesorera, tiene la obligación de presentar el recibo de los 300 mil pesos que le dio el dirigente del sindicato a los asesinos y no lo hace. Y que esto da lugar a que sea cómplice de este asesinato.

Varios profesores de primaria de Ecatepec, sabedores que la profesora Elba Esther Gordillo, cómplice del asesinato de su querido compañero Misael Núñez, era candidata en el II Distrito, voluntariamente presentaron a participar en la campaña electoral que en ese distrito se centró ante el PRI y el PSUM, para subrayar su protesta, porque esta profesora es cómplice del asesinato de Misael Núñez.

Conviene subrayar, a propósito de este régimen que pregona de derecho, que los asesinos fueron trasladados de Ecatepec a una carcelita llamada de La Perla Netzahualcóyotl, y no sean ustedes muy fantasiosos, se fugaron por purita casualidad de la prisión de La Perla.

La complicidad del Gobierno, de las policías en el asesinato de Misael Núñez es una mancha sobre la vida de nuestro país.

Yo no me quiero extender sobre otros muchos asesinatos que suceden en nuestra patria y no obstante lo cual se pregona que vivimos en un régimen de derecho. Yo ya he subrayado que López Portillo cumplió el ofrecimiento que nos hizo de que a los dirigentes de los partidos de izquierda no nos reprimiría, nos reprimió, pero sí nos ha reprimido a muchos de los miembros de nuestros partidos de la izquierda.

En una reunión en el edificio Riva Palacio, a la que concurrió la profesora Elba Esther Gordillo e interpelaciones de habitantes de este edificio, ella aceptó una confrontación con los otros candidatos al II Distrito. No obstante este ofrecimiento, no lo cumplió. Se entiende que por disciplina de su partido se les ha prohibido a los candidatos aceptar confrontaciones, a pesar de que esas confrontaciones son sumamente saludables para aclarar las posiciones de los diferentes partidos y de los diferentes candidatos.

En el II Distrito, según maestros que participaron en la campaña a nuestro favor, se movilizaron, según algunos 100, según algunos más de 200 aviadores de la Secretaría de Educación, destinados a la campaña a favor de la candidata del PRI.

Lo que sí es cierto es que las pintas y las pegas realizadas con un gran esfuerzo en su tiempo libre con los partidarios del PSUM, no una vez, no dos, como cinco o seis veces fueron totalmente destruídas las pegas y las pintas.

Por cierto, que en cuanto a las pintas poco pudimos hacer, porque en los edificios o bardas de instituciones del Estado, siempre que poníamos una pinta nos la borraban, porque no nos podían dar el permiso.

Yo quiero subrayar la indignación de los que siempre luchamos por la nacionalización de las grandes empresas del país. Y seguimos luchando contra los grandes capitalistas privados monopolistas que ahora nos salen con que todas las empresas nacionalizadas son manejadas como propiedad del PRI. Y en ese carácter nos prohibían a los mexicanos con plenos derechos que luchamos por las nacionalizaciones de estas empresas, a colocar pintas en sus bardas.

Más de cinco veces los aviadores y porros de la Secretaría de Educación, destruyeron totalmente la propaganda fijada y pocas pintas que lográbamos. Y los compañeros con una gran tenacidad volvían a la carga, incluyendo a muchachas, hasta las cuatro o cinco de la mañana, para reestablecer lo que estos aviadores de la Secretaría de Educación, nos destruían. Estas prácticas son la causa principal, no la única, de la indignación desmoralizante de una gran parte de nuestro pueblo.

La campaña en el II Distrito, que se centró entre el PRI, el PSUM, y el PMT, por otro lado, fue muy importante, sacudió la conciencia de sectores importantes de ese distrito.

Yo quiero aclarar que el PAN ahí tenía una gran votación. Y que el esfuerzo que nosotros realizamos, no el del PRI, le quitó al PAN bastantes votos. Pero sin haber hecho campaña y sin tener casi representantes en las casillas por la situación de estabilidad en sus votantes, y todavía el PAN tuvo un poco más de votos que el PSUM y el PMT.

Una de las tragedias de nuestro país es la vivienda. Ahí tenemos en Tlatelolco en Banco Nacional de Obras Públicas. Nosotros realizamos la reiterada denuncia que le hicimos desde la LI Legislatura en el sentido de que Banobras le había concedido a los pobrecitos Garza Sada de Monterrey 11 mil millones de pesos como créditos - pesos de entonces, de 25 por uno. Y respondía el Gobierno, por órdenes directas de López Portillo, por créditos de 5 mil millones de pesos más.

En cambio ahí en el II Distrito, a pesar de su ubicación tan céntrica, hay una tremenda falta de viviendas. Los edificios en que vivimos en Tlaltelolco, que tienen 20 años de fundados, están deteriorados, algunos chuecos, otros con muchas manifestaciones de los temblores que han habido y que no hemos podido corregir su deterioro, pero Banobras, que en muchos lugares país, como yo lo denuncié en varias ocasiones en el caso de Monclova y de Frontera, no tuvo los 200 millones de pesos para darle agua potable, sino hasta últimamente, pero en cambio 17

mil millones de pesos de 25 por dólar se les dieron a los Garza Sada.

Ahí hay un problema de la vivienda en el II Distrito, quizá menos agudo que en otros, pero muy grave. Por supuesto la candidata del PRI para nada se molestó en este problema, por una sencilla razón, porque ella no se rebaja a vivir en Tlaltelolco; ella vive en una colonia elegante, en este momento no recuerdo la colonia en Polanco, y no sabe de los problemas que tenemos los que vivimos en Tlaltelolco. En Tlaltelolco opera la concentración capitalista que tiene cierto parecido, aunque en magnitud inferior a la concentración en relación con las parcelas de los ejidatarios. El PAN propone que se les dé en propiedad privada a los ejidatarios las parcelas, a sabiendas que esto conduce inmediatamente a una concentración capitalista de la gran propiedad terrateniente.

El PRI, aparenta protestar por esta actitud del PAN, pero el PRI ha facilitado en los ejidos del país el que los grandes terratenientes les quiten sus parcelas a los ejidatarios, y en la LII Legislatura dimos una tremenda batalla política y parlamentaria, para evitar que se aprobara la famosa Ley de Fomento Agropecuario, en relación con la cual, yo le dije al licenciado López Portillo en una discusión, que era una Ley en dondete se juntaba a los tiburones con los pescados, a sabiendas que los tiburones se querían comer a todos los ejidatarios, pero que presentaríamos resistencia a esta política del Gobierno- PRI.

Esto pasa en Tlaltelolco, ya hay acaparadores que se dice por investigadores que tienen hasta 15, 20 y 25 departamentos, que ahora los rentan a 30 y 45 mil pesos, según los cuartos que tengan. De esto, la profesora Esther Gordillo no conoce el problema, pero además no le importa, ella vive en un gran departamento de lujo.

El gas, que yo denuncié aquí en una comparecencia de Díaz Serrano en la LI Legislatura, que casi se regala a los grandes industriales de Vallejo y a unos cuantos metros a los que vivimos en Tlaltelolco, se nos vende a un precio exagerado. Entonces Díaz Serrano, muy fresco me dijo: es que yo fijo las tarifas, pero la política de Pemex era fija y se solidariza con ella.

Ahora, el gas se los vende a doce pesos, siete centavos metro cúbico en Tlaltelolco, mientras a los industriales de Vallejo se los vende a menos de un peso el metro cúbico. Es que la política de las empresas nacionalizadas, y a mí ya me da pena, pero es una realidad.

Los que luchamos denodadamente por la nacionalización del petróleo, ahora nos encontramos con un Gobierno enemigo de las empresas nacionalizadas, porque quiere engordar, engordar desmesuradamente a gran capital privado. Y hay una política general muy firme de desnacionalizar las empresas y de llamar al capital imperialista dándole facilidades para sustituirlos.

Tlaltelolco es una unidad habitacional, como todo mundo lo sabe con sólo pasar por ahí. Pero arrastra el impacto del 2 de octubre de 1968. Y el PRI- Gobierno y sus candidatos, inclusive la profesora Gordillo tienen mucho interés en tener dividido a Tlaltelolco, y de la manera más atrabiliaria de Guerrero, al occidente, II Distrito de Guerrero, al oriente II Distrito, agregándole pedacitos de colonias, excepto Santa María que impera, se agrega al II Distrito.

En la colonia Guerrero, sólo las dos hileras de Guerrero, al occidente, II Distrito de Guerrero, al oriente, III Distrito. Esta es la politiquería gacha del partido oficial y del Gobierno, en cuanto a que el Presidente pregona usando y abusando de la televisión de que él es el jefe máximo del partido oficial.

Compañeros, en una conferencia de los eventos organizados por el PRI, un conferencista declaró que a la izquierda del PRI está el abismo. Yo les pido a los miembros del Colegio Electoral que no sigan esta política del avestruz. A la izquierda del PRI no está el abismo. El abismo ya está en México. Hay millones de mexicanos desocupados y ahora se arroja sin parpadear a la miseria y al hambre a cientos de miles de empleados del Gobierno, pero el consejo empresarial de la oligarquía está exigiendo que la despreocupación masiva se extienda a las empresas descentralizadas.

En Pemex, según dice su gerente Beteta, está destituyendo a muchos altos funcionarios de confianza. Ojalá, de preferencia salgan los pitufos con altísimos sueldos millonarios mensuales. Pero independientemente de eso, la despreocupación de Pemex es masiva, sobre todo con los obreros de las empresas contratistas. Y ahora se viene un reajuste en ferrocarrileros en la necesidad y en todas las empresas de la Nación. No seguirán esa política de la avestruz. El abismo lo tenemos ya ahora en nuestro país y es necesario reaccionar. Y no intenten apuntalar ese desastre de nuestro país con métodos irregulares impropios represivos, que inclusive en las campañas electorales.

Los grandes capitalistas privados siguen exportando miles de millones de dólares a Estados Unidos, allá los depositan y los invierten. Y que nos dicen, señores, los capitalistas no tienen patria.

¿De qué se trata? De que los capitalistas no tienen ni Dios, ni patria ni nada, esa es la verdad.

Y el proceso de desastre que sigue nuestro país con un Secretario de Hacienda, Silva Herzog, declarado el financiero internacional por los acreedores de México, se anda como lanzadera por todo el mundo para aplastar la deuda en cuanto a su amortización, pero comprometido a pagar religiosamente los intereses.

Y miren lo que nos dejó el Gobierno de López Portillo, en el cual Silva Herzog fue el secretario de Hacienda en el último año, en el año del desastre. Se aproxima la deuda

externa, como todo mundo lo sabe, a 100 mil millones de dólares, y hay quien dice que a la izquierda está el abismo, si aquí está ya con esa deuda. Se hipoteca a nuestro país y se hipoteca a futuras generaciones. Sólo de intereses México paga 12 mil millones de dólares al año a costa de esas terribles rachas de carestía que nunca terminan, yo toda la vida he luchado contra las devaluaciones del peso frente al dólar que conducen a la inflación y a la carestía de la vida contra la corrupción, a qué distancia estamos de la devaluación del Alemán en 1948, devaluación que denunciamos era el resultado del desgarriate y la inmoralidad de sus gentes con las reservas que habíamos acumulado o durante la guerra, particularmente los obreros, mineros y ferrocarrileros.

De 4.50 el peso por dólar en 1948 y por haber luchado contra aquella devaluación, Alemán mandó a su Estado Mayor para invadir el Sindicato Ferrocarrilero en primer término a imponer el carismo y Campa a la prisión por el delito de luchar contra la devaluación.

Viene el burócrata de Ruiz Cortines y con su secretario de Hacienda, Carrillo Flores, que estaba en la LI Legislatura y lo señalé un Sábado de Gloria de 1954, devaluó el peso de 8.65 a 12.50.

Echeverría lo devaluó de 12.50 a 25.00 y le decimos a López Portillo, aún con el auge petrolero, si continúan las rachas de carestía impidiendo la capacidad de compra del pueblo, habrá crisis y vendrá otra crisis más pronto que ésta. Qué nos dijo López Portillo ya cerrando la LI Legislatura, señores, no sean demagogos, deben prepararse para legislar la abundancia en nuestro país y aquí tenemos la abundancia de miseria y de hambre y de pobreza, impuesta por esta política del PRI- Gobierno, seguiremos luchando cualquiera que sea la resolución de ustedes sobre esta caso concreto, somos de los que peleamos en la Cámara de Diputados y peleamos en los hechos de trabajo y peleamos en la calle y pelearemos hasta morir, pero hay que luchar para salir de esta situación, de este desastre y de esta inmoralidad en los procesos electorales.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. Ignacio Ramos Espinosa.

El C. Ignacio Ramos Espinosa: - Con su venia, señor presidente; honorables señoras y señores integrantes de este Colegio Electoral: Vengo a esta alta tribuna de la patria para cumplir una encomienda de mi partido: apoyar el dictamen de la Comisión Dictaminadora del caso que nos ocupa relativo al triunfo obtenido en la pasada contienda electoral por nuestra compañera Elba Esther Gordillo en el II Distrito Electoral del Distrito Federal.

Antes de iniciar mis comentarios de carácter jurídico en torno a este asunto, quiero rendir un reconocimiento de respeto a esa gran figura de la lucha social del pueblo mexicano que me ha antecedido en el uso de la palabra. Su presencia en esta tribuna reafirma, señoras y señores miembros de este Colegio Electoral, reafirma la calidad de foro abierto y plural que constituye este Colegio Electoral y que significa fehacientemente una reafirmación de que los espacios democráticos de nuestro país están cada día ampliándose más, sobre todo porque en esta LIII Legislatura se encuentran presentes fracciones parlamentarias que antes no se encontraban en este recinto parlamentario.

Pero por lo que respecta concretamente al proceso electoral, mencionaremos que dicho proceso se sujetó en forma escrupulosa a lo previsto por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, en cuanto a la integración de los organismos electorales, a la participación de los diferentes partidos políticos registrados en los términos del ordenamiento en cita.

Por otra parte, en ningún momento se impugnó la elegibilidad de nuestra candidata, es decir, se aceptó que cumple a satisfacción con lo preceptuado por el artículo 55 de la norma fundamental: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De acuerdo con los datos que obraron en el expediente del Comité Distrital Electoral del II Distrito Electoral del Distrito Federal, los recursos presentados en la elecciones del II Distrito Electoral durante el desarrollo de las elecciones del 7 de julio fueron de diverso orden, pero ninguno se refirió a hechos que en los términos del artículo 222 de la ley pudieran conducir a la anulación de votaciones en alguna de las casillas.

En ninguna de dichas protestas se acompañaron pruebas procedentes, es decir, no se demostró ante el Comité Distrital Electoral, con elementos de convicción contundentes, que los hechos esgrimidos hubieran sido suficientes como para proceder a las anulaciones solicitadas.

En los términos del artículo 191 de la Ley de la Materia, los recursos deben interponerse ante el secretario de las casillas con las pruebas documentales correspondientes y presentarse por triplicado. Y de no acompañarse dichas pruebas, los recursos de protesta deben desecharse por improcedentes.

Este es el caso sucedido en el Comité Distrital del II Distrito Electoral del Distrito Federal, pues, en efecto, ninguno de los recursos de protesta intentados contó con pruebas para apoyar las afirmaciones de violación hechas por los diversos partidos que lo intentaron.

Además el análisis de los documentos nos conduce a la convicción y a la certeza de que el Comité Distrital Electoral del II Distrito del Distrito Federal, resolvió los recursos de protesta en tiempo y forma y de acuerdo a como lo señalan los preceptos relativos de la ley y del reglamento.

Y finalmente, existe un recurso o un escrito de queja que pretendió intentar el Partido Socialista Unificado de México. Pero dicho

escrito no fue presentado en tiempo y careció de la firma del promovente. Es decir, en atención a estas circunstancias no puede calificarse de recurso, pues no cumplió con las mínimas formas procesales para ser considerado dicho escrito como una defensa seria.

En mérito de todo lo anterior y para no abusar de la paciencia de esta honorable asamblea, señor presidente, pido que se considere suficientemente discutido este asunto y pase a votación de este honorable Colegio Electoral. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Arturo Whaley, del PSUM.

El C. Leopoldo Arturo Whaley Martínez: - Señor presidente; miembros de este honorable Colegio Electoral; compañeras, compañeros todos: En estos pocos días de discusión, hemos manifestado todos los que ha hecho uso de esta alta tribuna, el deseo de mantener un debate de alto nivel.

Quisiéramos al hacer el uso de la palabra, no repetir una serie de hechos que se ha venido dando sistemáticamente cuando se han discutido muchos de los distrito que se ha puesto a consideración de esta asamblea.

Quisiéramos no repetir todos los mecanismos viciados como se dan desde la formulación del padrón electoral, el incumplimiento de la ley al no establecerse plenamente la insaculación como método para elegir los comités distritales; quisiéramos señalar también que no nos gustaría hablar sobre otra serie de vicios electorales, de viejos vicios que se dan en el proceso electoral: destrucción de propaganda.

Pero no es que queramos mantener un debate de bajo nivel, es que lo que nos lleva a hablar en estos términos es que la realidad electoral en nuestro país es todavía de muy bajo nivel.

Deseariámos, compañeros, ante la situación grave que vive nuestro país, poder discutir sobre sus problemas, poder intercambiar puntos de vista sobre sus posibles soluciones; quisiéramos que efectivamente en este foro pudiera decirse en cada uno de los dictámenes que se presentarán que no hay irregularidades de ningún tipo, y no decir eufemísticamente en base al artículo 223 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales que las irregularidades no son determinantes en el resultado de la elección.

Quisiéramos tener un proceso totalmente limpio. Esa conciencia de que no sólo importa que las irregularidades y los vicios afecten de manera general el resultado, no es la que debería privar en un país democrático. En un país plenamente democrático debería contar por encima de cualquier otra consideración la limpieza del proceso completo. En un país que quiera construir una democracia plena no debería rechazarse sistemáticamente todos los recursos que la ley da a los partidos para calificar las elecciones de una manera limpia. Tampoco quisiéramos hablar en esta alta tribuna, que merece toda la consideración, de penosos asuntos como el que ya mencionó el compañero de mi partido, el asesinato del luchador sindical. Arnulfo Córdova, en Querétaro, que no ha sido aclarado. No quisiéramos mencionar tampoco el asesinato de ese luchador del Magisterio, como lo señaló nuestro compañero Valentín Campa, y no quisiéramos tampoco mencionar el asesinato no aclarado de ese enorme periodista, de ese enorme mexicano que viene a la memoria de todos ustedes seguramente.

Pero tenemos que hablar de esto, porque a esto nos lleva todavía desgraciadamente la realidad de nuestro país. Yo entiendo y es lo que traba el funcionamiento pleno de este Colegio Electoral, que por encima de la voluntad de muchos de los integrantes, de la mayoría de los integrantes, hay una voluntad que ha predeterminado el sentido de lo que aquí se discute y se decide.

Hemos visto, somos testigos, de que ha habido cuando menos la intención de abrir espacios aunque sean simbólicos, como lo mencionaba nuestro compañero Gerardo Unzueta al principio de estos trabajos. A mí me consta, por mi militancia sindical que muchos luchadores sociales, aún militantes del partido oficial anhelan avanzar más en la vida democrática, han luchado a su manera por lograr mejores niveles de vida para las mayorías de este país y por incrementar nuestra soberanía. Pero también en ese espacio amplio de la vida política y social, parece haber una voluntad que aplaste estos anhelos y estas voluntades.

Compañeras y Compañeros, los casos que hemos discutido, muchos de los problemas de nuestro país que se discuten día a día y por los que se lucha día a día por millones de mexicanos, parecen todos cercenados por esa voluntad que predetermina y que se encuentra engranada de tal manera que muchas veces en aras del avance real o supuesto de los postulados fundamentales de la gran gesta revolucionaria de nuestro pueblo, precisamente, se dan paso atrás.

Aquí se acusa o se señala a ciertos partidos, por ejemplo, de pretender acabar con el ejido. Lo cual es cierto. El señalamiento es absolutamente cierto. Pero el proceso que ha vivido nuestro país en los últimos 40 años ha significado prácticamente la descalificación del ejido, de esa conquista del pueblo mexicano. Unos lo dicen, pero otros lo ejecutan.

Mucho del atraso de nuestro país se debe precisamente a que la voluntad del pueblo mexicano se ha ido concentrando y ha venido siendo usurpada por esa voluntad que predetermina.

Y queremos señalar claramente que si bien el Gobierno ha sido el ejecutor de ciertas reformas. éstas no se hubieran dado sin la lucha de muchos mexicanos.

Indudablemente la presencia de muchos partidos que antes fuimos perseguidos no se debe a la magnanimidad de los gobernantes.

Se debe en mucho al movimiento estudiantil popular de 1968. Se debe en mucho a los cientos de miles de obreros mexicanos que han constituido un proceso de insurgencia para identificar la vida social, la vida política y sus propias organizaciones.

A esto debemos, compañeros, estar en esta tribuna y queremos estar a la altura de esta responsabilidad. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra a la C. Elba Esther Gordillo.

La C. Elba Esther Gordillo Morales: - Señor presidente con su permiso; compañeras y compañeros de este honorable Colegio Electoral; señoras y señores; compañeros y compañeras: Elba Esther ante esta tribuna, la más alta de la patria, vengo a decir que puedo ver de frente; levantar la frente y decir que soy digna priísta y convencida de que postulo principios que son válidos.

Niego absolutamente todas las imputaciones de orden penal que ha hecho don Valentín Campa sobre mi persona y en relación a la organización en la que orgullosamente milito, el glorioso Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. Mi conciencia está tranquila, como ciudadana me someto a las leyes de mi país. Don Valentín Campa, aprendí en la escuela, en la trinchera sindical y en el partido a respetar a los luchadores sociales de la patria. Le respeto, don Valentín, y fue una gran honra para esta priísta tenerle como contendiente.

Pero quiero aclarar que en el II Distrito Electoral no lo ganó el de Esther Gordillo, ganó el proyecto revolucionario, ganaron los principios de mi partido, ganó una ciudadanía convencida de que el Partido Revolucionario Institucional es la mejor opción que en el momento tiene el pueblo mexicano.

La lucha social impone amigos, adeptos y adversarios. Se aprende a respetar a los hombres y a las mujeres con principios ideológicos; sólo nos hace diferentes a usted y a mí las no coincidencias ideológicas. Pero seguro puede estar que también yo que en el aula rural, en el campo, en la ciudad, en mi trinchera sindical y en mi partido también soy una luchadora social.

Quisiera, con todo respeto, decirle a usted que tiene mala información, yo fui secretaria general de la Sección 36 del Valle de México, del SENTE, en enero de 1977 a enero de 1980. Las fechas que usted marca, entonces era yo secretaria de Trabajo y Conflictos de preescolar en mi organización.

Quiero decirle, además, que lamento como usted la muerte de ese gran luchador social, y me duele porque era mi amigo y mi compañero. Pero en esta tribuna no estamos para discutir estos hechos. Hay tribunales; si tienen pruebas, preséntelas, vivimos en un país derecho.

Reconozco que usted, como muchos luchadores sociales, como hombres de mi partido y mujeres y de otros partidos han luchado ardua, denodadamente por ampliar los espacios y los caminos democráticos de la patria, eso hace que sea usted profundamente respetado, pero también respetados los priístas que constante y permanentemente vigilamos y fortalecemos esta acción, yo quiero decirle que no se vale usar esta tribuna para mentir o difamar, usted mejor que nadie sabe que hicimos una campaña intensa, casa por casa, barrio por barrio, vecindad por vecindad, ni un solo edificio de Tlatelolco se quedó sin que le fuéramos a visitar y usted sabe y creo que no es usted culpable, porque le garantizo que le mintieron, me propusieron el debate ideológico, solicité que se presentaran en mi oficina para que ahí discutiéramos y analizáramos en qué estrategia, en qué objetivo y en qué terreno lo haríamos, lamento profundamente que sus representantes no hayan estado dispuestos para que lográramos esta concertación política, no cancela, exige disciplina razonada, disciplina que se discute, no es un partido que imponga dictatorialmente sus decisiones, por eso quería aclararle esta situación.

He de decir también, porque es mi obligación a esta honorable asamblea, que en muchos de los edificios de Tlatelolco se dio ese debate, que hubieron serias y profundas discusiones, que tuvo oportunidad el electorado de Tlatelolco de ver sus candidatos del PSUM y del Partido Revolucionario Institucional, en el que milito, y gracias a esta acción, gracias a esta comunicación directa y a esa discusión logramos ahí en Tlatelolco una extraordinaria votación donde el PSUM solamente tuvo 1 mil 400 votos y nosotros 5 mil. No quisiera, compañeros, ahondar en discusiones personales, pero sí quiero decir con todo respeto a esta soberanía que no se vale utilizar esta tribuna para venir a difamar y a ofender a quienes pretendemos también hacer permanente una patria mejor.

Soy maestra, orgullosamente maestra, ¿me ayudaron en esa campaña? No, no arribista, no aviadores, maestros. Gracias a mis compañeros pude hacer un trabajo profundo, serio, militante, pero no fue porque fuesen aviadores; dieron su tiempo libre, estuvieron ahí sábados y domingos, se turnaban los de la mañana para ir en la tarde y los del vespertino para ir en la mañana, y yo pregunto: ¿Acaso no tenemos derecho los maestros de participar en política? ¿Acaso nuestro origen no nos compromete y obliga a colaborar, a participar en el proyecto de la Nación? ¿Por qué los maestros militamos en el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación?

Mi organización sindical es un amplio frente donde militan todas las corrientes donde no hay reelección. Cada tres años se cambian los órganos de gobierno a nivel nacional y a nivel seccional; cada dos años en todas las escuelas, en todas las zonas escolares se eligen a los dirigentes delegacionales. Somos un sindicato democrático, conscientes estamos de

que no somos perfectos, pero sí perfectibles, sabemos que no somos poseedores de la verdad, pero estamos en búsqueda de ella; sabemos que tenemos compañeros maestros que militan en otros partidos.

Y aquí saludo a mi compañero Hernández Juárez, del Partido Popular Socialista, miembro del Comité Ejecutivo Nacional; saludo al compañero Raya, del Partido Socialista de los Trabajadores, miembro del Comité Nacional.

Pero la enorme mayoría de los trabajadores de la educación militamos, por convicción, porque así es nuestra decisión política en el partido de la Revolución Mexicana; lo hacemos libre, soberana e independientemente.

Y no es casual. Nos hemos formado y educado en las escuelas de la Revolución; somos hijos de campesinos, somos hijos de obreros, no de terratenientes, ni de caciques ni de gentes que no tengan origen. Tenemos mística social, porque no se vale atentar contra una organización que sirve cotidianamente al pueblo de México, porque usted lo sabe, quien atenta contra las organizaciones sindicales, lo dijo Madd, es contrarrevolucionario y usted no es eso.

Los vicios pueden ser de los hombres, pero seamos justos, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación ha sido una organización seria, firme, militante y de hombres y mujeres convencidos de lo que deben, tienen que hacer y lo hacen todos los días.

Para finalizar, solamente me resta decir que la educación, que el ejercicio de maestra me enseñó a amar a la patria; que mi origen es modesto: soy hija de maestra. Perdóneme, pero también supe caminar descalza y he pasado hambres, nada más que me encantaría, no sólo que los maestros, sino que todos los mexicanos, mañana puedan disfrutar de la educación que yo tuve oportunidad y de una mejor posibilidad de vida, de la que no me avergüenzo, pero hoy disfruto. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Eduardo Valle, del PMT.

El C. Eduardo Valle Espinosa: - Valoro en sus términos políticos la razonable defensa jurídica del dictamen. Dura ley, pero es la ley, nos pueden decir ahora muchos diputados del Partido Revolucionario Institucional.

Valentín Campa fue candidato común del Partido Mexicano de los Trabajadores y del Partido Socialista Unificado de México. Tan era común que de los 4 mil 900 votos anulados muchos de ellos fueron porque la gente de ese distrito cruzaba los dos símbolos. Todavía no tenemos la capacidad para enseñar a nuestra gente y a nuestros simpatizantes y a nuestros amigos a ejercer el sencillo acto y a veces muy complejo acto de votar.

Con Valentín Campa, y permítanme el exceso, colegas, me unen algunas de las cosas más importantes de mi vida.

En 1968, el 26 de julio iniciamos con toda nuestra entrega y nuestra capacidad, un movimiento estudiantil popular que entre sus principales banderas tenía la libertad de los presos políticos. y entre esos presos políticos quizá los más honorables eran Demetrio Vallejo Martínez, ferrocarrilero y Valentín Campa Salazar, ferrocarrilero.

Luchamos en ese entonces por conseguir la libertad de Campa y de Vallejo y nos costó. Nos costó sangre. Nos costó cientos de muertos. En Tlatelolco, 2 de octubre, y ahí están esos muertos. Y a otros nos costó la cárcel. Los que habíamos luchado por la libertad de los presos políticos, estábamos en la cárcel como presos políticos.

Valentín Campa salió de la cárcel porque en el viejo Palacio Legislativo de las calles Allende y Donceles el mismo Díaz Ordaz, tuvo que proponer la abrogación o derogación creo que es abrogación del delito de disolución social por el cual ellos estaban encarcelados.

Cuando salió de la cárcel, en ese entonces, puedo garantizárselos, había miedo. Cuando Valentín Campa salió de la cárcel de Santa Martha Acatitla, Valentín donde estuviste más de 10 años si tomamos en cuenta el tiempo de Lecumberri, había solamente dos mujeres esperándolo para conducirlo a su hogar: su hija y mi esposa.

Hablo de esto, porque vale la pena empezar a hablar de símbolos. Qué más grande símbolo para los mexicanos que el águila y la serpiente y el nopal, y este país es en mucho un país de símbolos como también lo es un país de paradojas, paradojas políticas y símbolos políticos que nos hacen reflexionar permanentemente sobre ellos, y que de alguna manera nos conducen a nuevos momentos de la vida política del país.

Hay símbolos enormes, profundos: la bandera con águila, la serpiente, pero hay otros símbolos más cercanos a nosotros porque son hombres, porque son mujeres, porque son seres humanos que durante muchos años han tenido que ver con el progreso y con la lucha política, social de nuestro país.

Uno de ellos se llama Valentín Campa Salazar, candidato común nuestro. En términos de dura ley, pero es la ley Valentín, tu has perdido este juicio; este juicio, como se lo dije en alguna ocasión a Ferrer MacGregor, ya está dictaminado de antemano, este juicio lo has perdido Valentín.

Aquí algunos hemos señalado sistemáticamente que esta tribuna, en esta ocasión de Colegio Electoral es tribunal de derecho, pero también tribunal de conciencia política. Es tribunal de derecho porque es jurisdicción de este Colegio Electoral calificar las elecciones del 7 de julio de 1985. Jurisdicción, jurisderecho, derecho, justicia.

No se puede separar, decía un fino abogado de la fracción parlamentaria de mayoría relativa el derecho de la justicia, y tiene absoluta razón hasta en términos etimológicos,

no se puede separar el derecho de la justicia, y tampoco se puede separar la política de la justicia.

Nosotros ahora, en este tribunal, con jurisdicción tenemos la ley, una ley que de muchas formas establece todas las posibilidades, todas, absolutamente todas las posibilidades para organizar el triunfo del Partido Revolucionario Institucional en las contiendas electorales.

La integración de los organismos electorales, la Comisión Federal Electoral, integrada por el Secretario de Gobernación, por un notario que tiene voto como si él solo representase a cientos de miles o incluso a millones de mexicanos. Está integrado en tal forma que fácilmente los organismos electorales pueden ser manipulados y fácilmente hemos visto una, una y otra vez, en argumentarse recursos jurídicos precisamente para atentar contra la justicia y contra su relación con la política.

Y ahora, Valentín, has perdido, pero ¿qué has perdido, Valentín? Has perdido una votación de mayoría relativa y ha ganado la colega que me han antecedido aquí en el uso de la tribuna. Ha ganado una diputación de mayoría relativa de posición, ella está aquí porque al SNTE, a la directiva del SNTE se la entregan, Valentín, determinadas diputaciones. Y, cuidado, voy a caer en un exceso más de carácter personal, si mi padre es trailero, mi madre es maestra de banquillo, y no voy a hablar en contra del SNTE, no podría hablar en contra del SNTE hasta por elemental respeto a la gente que me dio la vida, pero sí puedo hablar de toda esta enorme maraña de intereses en el más grande sindicato de América Latina, han convertido su directiva en un botín, que no sirve a los maestros de banquillo como mi madre, sino que sirve a los dirigentes, a los líderes llamados así, que el pueblo conoce perfectamente como "charros", Valentín, y que tú has combatido durante toda tu vida.

Colegas: Hay espíritu de partido, pero también hay espíritu de justicia. Muchos de ustedes, muchos de ustedes van a votar el "Cid". Yo tengo la confianza y tengo la esperanza de que aquellos que voten por el Cid, lo hagan porque la ley es dura, pero es la ley. Lo hagan porque a pesar de que debería de buscarse la plenitud del espíritu de justicia, todavía se tiene que trabajar en estos lugares con espíritu de partido.

Y quiero concluir con dos cosas: digna priísta, dijo la colega que me acaba de anteceder. Lo he expresado en lo particular con algunos amigos, que son priístas, y con los cuales hemos estado trabajando y conviviendo. Para mí hay priístas y priístas.

Y podría, recurriendo a los muros del Palacio Legislativo, podría demostrar que hay priístas y priístas: Francisco J. Múgica, uno de los grandes cerebros del Constituyente del 17, líder, el Cid, del grupo de los radicales, él se entendió que habría que ir más allá de la ley de Luis Cabrera, el que defendió una y otra vez los derechos de los trabajadores industriales, el que planteó una serie enorme de propuestas de carácter avanzado. Avanzado, incluso hasta su tiempo internacional. Y él era fundador y dirigente del partido de la Revolución Mexicana que dio origen a lo que es ahora el PRI.

Pero hay otro priísta. Que yo he mencionado, por cierto, varias veces, se llama Lázaro Cárdenas del Río, el único Presidente dirigente que ha dado el PRI, el único Presidente del PRI, en ese entonces Partido de la Revolución Mexicana que supo ver, que supo oír, que supo hablar con los trabajadores miserables que en esos días andaban, como de alguna manera también ahora andan millones de mexicanos: sin empleo, sin trabajo, sin dignidad.

Digna priísta, ¿digna priísta como Francisco J Múgica? ¿Digna priísta como Lázaro Cárdenas del Río?

Quiero concluir, colegas, en esta tribuna, en otras ocasiones también se ha escuchado mis manos están limpias de sangre. Quizá el tiempo, el tiempo que es tan importante en política, muestre si en verdad las manos de quien me ha antecedido están limpias de sangre, porque a final de cuentas, como dijera Lincoln, se puede engañar a algunos, mucho tiempo, se puede engañar a muchos poco tiempo, pero a final de cuentas es imposible engañar a todos todo el tiempo. Muchas gracias por su atención.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al C. Ignacio Ramos Espinosa, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Ignacio Ramos Espinosa: - Señor presidente; señores miembros de este Colegio Electoral: El compañero que me antecedió en el uso de la palabra no impugnó, y por el contrario aceptó que el triunfo en términos de derecho y en la realidad de nuestra compañera de Esther Gordillo fue inobjetable. En esa atención, yo quiero rogarle muy atentamente al señor presidente de este Colegio Electoral que en los términos procedentes del reglamento, someta a la consideración de esta asamblea si el asunto ha sido suficientemente discutido como lo prescribe el artículo 89.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Se pregunta a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. Presidente: - Señor secretario, le ruego dé lectura a esta petición que han hecho un grupo de seis presuntos diputados.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Señor presidente del Colegio Electoral:

"Los abajo firmantes, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 148 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos que el dictamen que se encuentra en discusión sea sometido a votación nominal, procediendo según lo prescribe el artículo 147 del mismo reglamento.

Firman: Gerardo Unzueta, Cuauhtémoc Amezcua, Eduardo Valle , Francisco Hernández Juárez, Manuel Terrazas y Arturo Whaley."

El C. Presidente - Proceda, señor secretario, a tomar la votación en esos términos.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega: - Se va a proceder a tomar la votación nominal.

La votación es la siguiente, 21 votos en contra y 70 por la afirmativa. En votación nominal ha sido aprobado el dictamen que ha estado sujeto a discusión... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente - La presidencia declara:

1o. Se declaran improcedentes los recursos de queja interpuestos por los partidos Revolucionario de los Trabajadores, Socialista Unificado de México y Mexicano de los Trabajadores.

2o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones federales para diputados por mayoría relativa, efectuadas en el II Distrito Electoral del Distrito Federal, celebradas el día 7 de julio del presente año.

3o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Elba Esther Gordillo Morales e Ignacio Carrillo Luján, propietario y suplente, respectivamente.

VI DISTRITO DE VERACRUZ

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

"Primera Comisión Dictaminadora.

Segunda Sección.

Entidad: Veracruz.

Distrito Federal: VI.

Cabecera: Jalapa.

Honorable Colegio Electoral: A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 7 de julio del año en curso en el VI Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Jalapa.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido de la documentación del expediente del distrito, mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y su reglamento.

2o. Que se dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92, 96 y además relativos de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral ajustado a derecho.

3o. Que el Comité Distrital Electoral en cumplimiento de sus facultades y obligaciones publicó el aviso de apertura del registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

4o. Que los nueve partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales propietario y suplente, según el principio de mayoría relativa, en los términos siguientes:

PAN: Propietario, Fernando Pérez Vignola; suplente, Enrique Gómez Medina.

PRI: Propietario, Héctor Yunes Landa; suplente, Manuel Fernández Avila.

PPS: Propietaria, Silvia Torres Barreto; suplente, Severiano Ramírez Yépez.

PDM: Propietario, Rodolfo Mora Vallejo; suplente, Abel Aguilar Miranda.

PSUM: Propietario: Ernesto Gerardo Hernández Panes; suplente, Donato Alberto Flores Soto.

PST: Propietario, Manuel López Zorrilla; suplente, Jorge Zárate Palacios.

PRT: Propietario, Ramón Chavira Chavira; suplente Gerardo Flores Alvarez.

PARM: Propietario, Manuel Ceballos Zamarrón; suplente Raymundo Rivera Díaz.

PMT: Propietaria, Gloria Sánchez de Guzmán; suplente, Hermilo Gómez Espinoza.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral publicó las listas provisionales y definitivas de los integrantes de casillas y su ubicación en este distrito.

6o. El día 7 de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto a los artículos 182, 184 y 192 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

7o. Concluida la votación se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital Electoral.

8o. Se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, por lo que el comité distrital sesionó el 14 de julio del año en curso, para efectuar

el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este distrito con el resultado siguiente:

PAN 4.947 votos

PRI: 26.949 votos

PPS: 1.473 votos

PDM: 822 votos

PSUM: 2.923 votos

PST: 1.054 votos

PRT: 955 votos

PARM: 900 votos

PMT: 1.879 votos

9o. De los resultados del cómputo final de escrutinio, el comité distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por Héctor Yunes Landa y Manuel Fernández Avila, propietario y suplente, respectivamente.

1o. Tomando en consideración el informe y en acatamiento del artículo 218 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el comité distrital.

En mérito a lo expuesto y fundado, y atento a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta sección somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por el principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el VI Distrito Electoral Federal del estado de Veracruz, con cabecera en Jalapa.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Héctor Yunes Landa y Manuel Fernández Avila, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Fernando Baeza Meléndez, Presidente; Eduardo Rebolledo Rincón, secretario; David Jiménez González, vocal; Miguel Alonso Raya, vocal; Miguel Eduardo Valle Espinosa, vocal."

Esta a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales por principio de mayoría relativa tuvieron lugar el día 7 de julio de 1985 en el VI Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Jalapa.

2o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Héctor Yunes Landa y Manuel Fernández Avila, propietario y suplente, respectivamente.

IV DISTRITO DE MÉXICO

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

"Primera Comisión Dictaminadora.

Tercera Sección.

IV Distrito del estado de México.

Cabecera: Toluca.

Honorable Colegio Electoral: A esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de México, con cabecera en Toluca.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan, así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Distrital Electoral, dentro de los términos establecidos por la ley de la materia.

PAN: Propietario, Víctor Guerrero González; suplente, Alicia Margarita Aguilar González, 11 mil 256 votos.

PRI: Propietaria, Laura Pavón Jaramillo; suplente, Javier Vega Camargo, 29 mil 235 votos.

PPS: Propietario, Héctor Marín Rebollo; suplente, Víctor Enrique León Pichardo, 4 mil 41 votos.

PDM: Propietaria, Alicia Ramírez de Torales; suplente, Antonio Estrada García, mil 919 votos.

PSUM: Propietario, José Luis Jaime Correa; suplente, Domitilo Posadas Hernández, 2 mil 441 votos.

PST: Propietario, Benito Becerril Velázquez; suplente, Manuel Vázquez Estrada, 724 votos.

PRT: Propietario, B. Jaciel Montoya Arce; suplente, Maximiliano Valle Cruz, mil 13 votos.

PARM: Propietario, José Pompeyo Franco; suplente, Jesús Armando Maldonado, 744 votos.

PMT: Propietario, Leobardo Mosso Vázquez; suplente, Pedro Francisco Estrada Bernal, mil 981 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos Laura Pavón Jaramillo y Javier Vega Camargo, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajusta a lo dispuesto por las leyes de la materia y no se presenta recurso de queja por ninguno de los partidos contendientes.

En esa virtud y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General, 82, fracción XVII, 96, fracción XIII, y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados federales de mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de México, con cabecera en Toluca.

Segundo. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Laura Pavón Jaramillo y Javier Vega Camargo, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Fernando Baeza Meléndez, presidente; Eduardo Robledo Rincón, secretario; David Jiménez González, vocal; Miguel Alonso Raya, vocal; Miguel Eduardo Valle Espinosa, vocal.

El mismo C. Secretario: - Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta se se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara

1o. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para diputados de mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de México, con cabecera en Toluca.

2o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión los ciudadanos Laura Pavón Jaramillo y Javier Vega Camargo, propietario y suplente, respectivamente.

III DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

"Primera Comisión Dictaminadora.

Primera Sección.

Entidad: Distrito Federal.

III Distrito Electoral.

H. Asamblea del Colegio Electoral: A la Primera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este H. Colegio Electoral, fue turnado el expediente relativo a las elecciones realizadas en el III Distrito Electoral Uninominal en el Distrito Federal para emitir el dictamen correspondiente, mismo que se produce en la forma siguiente:

1o. En cumplimiento a los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es competencia de este H. Colegio Electoral calificar la elección de los presuntos diputados, resolviendo para tal efecto la de aquellos que hubieran obtenido mayoría relativa en cada uno de los distritos uninominales.

2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82, fracción XVII de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se registraron para participar en el III Distrito Electoral del Distrito Federal los siguientes ciudadanos pertenecientes a los partidos que se indican:

PAN: Propietario, Javier Pérez Camorlinga; suplente, Teodoro Pérez Rodríguez.

PRI: Propietario, Rodolfo Mario Campos Bravo; suplente, Joaquín Mendizábal Mejía.

PPS: Propietario, Ignacio Bernal Ayón; suplente, Ramona Salmerón Bárcenas.

PDM: Propietaria, Francisca de la Luz Torres Rocha; suplente, Pablo Lugo Angeles.

PSUM: Propietario, José Antonio Espinoza Ledezma, suplente, Alicia Esther Bernal Herrera.

PST: Propietario, Manuel Robles y Fuentes; suplente, Ignacio Palomares Leal.

PRT: Propietaria, Ma. de los Angeles de Dios Figueroa; suplente, Patricia Vargas Flores.

PARM: Propietario, Salvador Camacho Juárez; suplente, Yolanda Aguilar Cruz.

PMT: Propietario, Raúl de la Torre Téllez; suplente, Román Gilberto Carrillo R.

3o. De conformidad con lo establecido por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en su artículo 182, el día de las elecciones fueron debidamente instaladas las casillas, cubriéndose las formalidades y requisitos del caso.

4o. En todo el desarrollo del proceso electoral no se produjeron actos de violencia ni incidentes de ninguna naturaleza que impidieran el libre ejercicio del sufragio por parte de los ciudadanos, ni tampoco hubo contratiempos que obstaculizaron a los partidos su efectiva participación en las comisiones que se reseñan.

5o. De acuerdo a las constancias examinadas se advierte que los organismos electorales responsables actuaron con imparcialidad y otorgando plenas garantías para que el proceso se desarrollara en condiciones normales.

6o. Como lo señala el artículo 212 de la Ley de la Materia, el segundo domingo de julio del año en curso se celebró la reunión del Comité Distrital Electoral del III Distrito Electoral del Distrito Federal, para realizar el cómputo de la elección correspondiente.

Concluido el cómputo, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN: 7.737 votos

PRI: 23.949 votos

PPS: 1.298 votos

PDM: 1.252 votos

PSUM: 3.548 votos

PST: 1.443 votos

PRT: 1.657 votos

PARM: 816 votos

PMT: 1.892 votos

En la misma sesión se resolvieron conforme a derecho los recursos de protesta interpuestos, mismos que fueron desechados conforme a derecho, según consta en el expediente.

7o. En virtud de lo anterior y como lo señala el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.

8o. En su oportunidad, y con apoyo en las consideraciones hechas en este dictamen la Comisión Federal Electoral procedió a registrar la constancia de mayoría a que se hizo referencia en el numeral anterior, en cumplimiento del artículo 218 de la ley ya citada.

9o. Que en cumplimiento del artículo 229 de la mencionada ley, esta comisión se permite resolver el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional, con fundamento en las siguientes consideraciones.

Después de haber examinado detenidamente el recurso mencionado, tomando en cuenta los preceptos legales aplicables, así como que los quejosos no aportaron prueba alguna. Y que dicho recurso adolece de vaguedad sin precisar en tiempo y espacio los hechos que menciona, se tiene por desechado por notoriamente improcedente.

Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos; 82, fracción XXVI; 182, 212, 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral los siguientes.

PUNTOS RELATIVOS

Primero. Se desecha por oscuro, vago e impreciso, y por no aportar las pruebas que hagan convicción a este organismo electoral el recurso de protesta presentado por el Partido Acción Nacional.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa efectuadas el día 7 de julio del año en curso en el III Distrito Electoral del Distrito Federal.

Tercero. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Rodolfo Mario Campos Bravo y Joaquín Mendizábal Mejía, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Juan José Bremer Martino, secretario; Miguel Osorio Marbán, vocal; Jorge Masso Masso, vocal; Magdaleno Yáñez Hernández, vocal."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se desecha el recurso de queja por improcedente.

2o. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales por el principio de mayoría relativa, efectuadas el día 7 de julio del año en curso en el III Distrito Electoral del Distrito Federal.

3o. Son diputados de mayoría relativa a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Rodolfo Mario Campos Bravo y Joaquín Mendizábal Mejía, propietario y suplente, respectivamente.

XVII DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

"Segunda Comisión Dictaminadora.

Entidad: Distrito Federal.

Distrito Electoral: XVII.

Cabecera: Benito Juárez.

Honorable Colegio Electoral: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 60 de la Constitución General fue turnado a esta comisión para su estudio y dictamen el expediente referido a las elecciones constitucionales del 7 de julio próximo pasado para elegir diputados, propietario y suplente, del XVII Distrito Electoral del Distrito Federal para lo cual nos sirven de base los siguientes

ANTECEDENTES

1o. En cumplimiento a lo dispuesto por la ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, oportunamente se instaló el XVII Comité Distrital Electoral en el Distrito Federal mismo que llevó a cabo todos los actos y procedimientos previos a las elecciones para remover la Cámara de Diputados.

2o. En el mencionado Distrito Electoral los partidos políticos que a continuación se mencionan registraron candidatos y participaron en la contienda respectiva, obteniendo los siguientes resultados:

PAN: Propietario, Manuel Yrizar Lasso; suplente, José Antonio Madrigal Fernández, 13 mil 351 votos.

PRI: Propietario, Guillermo Fonseca Alvarez; suplente, Jorge Luis Castillo y Tufiño, 23 mil 426 votos.

PPS: Propietario, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo; suplente, Esther Ponce de Luján, 1 mil 238 votos.

PDM: Propietario, Mario García Ramos; suplente, Pedro Díaz Méndez, 1 mil 339 votos.

PSUM: Propietario, Raúl Pedraza Quintanar; suplente, Edmundo Roberto Torres Reyes, 3 mil 682 votos.

PST: Propietario, Ramón Reyes Hernández; suplente, José de Jesús Martínez Quezada, 2 mil 204 votos.

PRT: Propietario, Marcos Fuentes Franco; suplente, Elvira Esther Melo Valadez, 1 mil 304 votos.

PARM: Propietario, Gustavo Ortiz Guzmán; suplente, Víctor Manuel Saldaña Martínez, 679 votos.

PMT: Propietario, Isaac David Ramírez Bernal; suplente, Consuelo García Moreno de Galicia, 2 mil 265 votos.

3o. En vista de estos resultados el XVII Comité Distrital Electoral en el Distrito Federal expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos Guillermo Fonseca Alvarez y Jorge Luis Castillo y Tufiño, candidatos del Partido Revolucionario Institucional a diputados federales por el principio de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente.

4o. El mencionado Comité Distrital Electoral remitió a la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados el paquete electoral correspondiente y una copia de la documentación correspondiente así como copia del informe detallado de la elección que se remitió, en su momento, a la Comisión Federal Electoral.

5o. La Comisión Federal Electoral, con apoyo en los artículos 82, fracción XXVI; 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, acordó el registro de la constancia de mayoría de votos a favor de los mencionados candidatos del PRI y ordenó su comunicación del Colegio Electoral de la Cámara de Diputados.

6o. En el expediente electoral no aparece recurso legal alguno por desahogar.

CONSIDERANDO

1o. De la lectura de la documentación que obra en el expediente electoral materia del presente dictamen y particularmente de las actas de cómputo distrital de la elección para diputados federales por mayoría relativa, y el informe del propio Comité Distrital, se desprende que el proceso electoral y la elección del 7 de julio se llevaron a cabo en los términos de los artículos 74 a 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en lo conducente; por tanto, para los efectos de los artículos 40, 41, 50 a 53, 55 y 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, dicha elección debe calificarse como válida por este Colegio Electoral.

2o. El acta del cómputo distrital, cuyo contenido se vierte en el punto segundo de los antecedentes, muestra que la mayor votación la obtuvieron los candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional a diputados de mayoría relativa, ciudadanos Guillermo Fonseca Alvarez y Jorge Luis Castillo y Tufiño, propietario y suplente, respectivamente.

Por otra parte, se acredita con copias certificadas de actas de nacimiento, constancias de residencia y de no antecedentes penales, que los ciudadanos mencionados reúnen los requisitos de elegibilidad a que se refiere el artículo 55 de la Constitución por lo que debe declarárseles diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, de la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el XVII Distrito Electoral del Distrito Federal. Por lo antes expuesto y fundado, esta Segunda Comisión somete a la consideración de este Colegio Electoral los siguientes PUNTOS RESOLUTIVOS Primero. Se califican como válidas y legítimas las elecciones constitucionales celebradas el día 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, por el XVII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

Segundo. Son diputados por mayoría relativa electos a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el XVII Distrito Electoral del Distrito Federal, los ciudadanos Guillermo Fonseca Alvarez, propietario, y Jorge Luis Castillo y Tufiño, suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 19 de agosto de 1985.

Salvador Robles Quintero, presidente; Santiago Uñate Laborde, secretario; Jorge Montúfar Araujo, vocal; Juan de Dios Castro Lozano, vocal; Jorge Alcocer Villanueva, vocal."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Se califican como válidas y legítimas las elecciones celebradas el día 7 de julio de 1985 para elegir diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, a la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, por el XVII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

2o. Son diputados por mayoría relativa, electos a la LIII Legislatura del H. Congreso

de la Unión por el XVII Distrito Electoral del Distrito Federal, los ciudadanos Guillermo Fonseca Alvarez, propietario, y Jorge Luis Castillo y Tufiño, suplente.

IV DISTRITO DE MICHOACÁN

El C. secretario Porfirio Camarena Castro:

"Primera Comisión Dictaminadora.

Tercera Sección.

IV Distrito del estado de Michoacán.

Cabecera: La Piedad.

Honorable Colegio Electoral: A esta tercera sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de Michoacán, con cabecera en La Piedad.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el comité distrital electoral, dentro de los términos establecidos por la ley de la materia.

PAN: Propietario, Juan Luis Calderón Hinojosa; suplente, Jesús Morales Moreno, 3 mil 508 votos.

PRI: Propietario, José Berber Sánchez; suplente, Vicente Silva Baca, 43 mil 634 votos.

PPS: Propietario, Manuel Madrigal Martínez; suplente, Israel Méndez Aparicio, 272 votos.

PDM: Propietario, Rafael Pérez Alvarez; suplente, Roberto Guzmán Coria, mil 470 votos.

PSUM: Propietario, Manuel Duarte Ramírez; suplente, Julián Pacheco Romero, 429 votos.

PST: Propietario, Salvador Mata; suplente, Magdaleno Torres Zendejas, 540 votos.

PRT: Propietario, Leonides Castro Martínez; suplente Ana María Martínez Cabello, 129 votos.

PARM: Propietaria, Elia Rizo Hernández; suplente, Francisco Manuel Ayala Cardona, 740 votos.

PMT: Propietario, Jaime López García; suplente, Francisco Zendejas Guillén, 59 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos José Barber Sánchez y Vicente Silva Baca, propietario y suplente respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajusta a lo dispuesto por las leyes de la materia y no se presenta recurso de queja por ninguno de los partidos contendientes.

En esa virtud y con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 18 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General, 82 fracción XVII, 96 fracción XIII y 164 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se somete a la consideración del honorable Colegio Electoral los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y por lo tanto válidas, las elecciones para diputados federales de mayoría relativa celebradas el día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de Michoacán, con cabecera en La Piedad.

Segundo. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos José Berber Sánchez y Vicente Silva Vaca, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 18 de agosto de 1985.

Guillermo Fonseca Alvarez, presidente; Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, secretario; Angel Sergio Guerrero Mier, vocal; Francisco Hernández Juárez, vocal; Federico Ling Altamirano, vocal."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado, señor presidente-

El C. Presidente: - La presidencia declara:

1o. Son legítimas y por lo tanto válidas, las elecciones para diputados federales de mayoría relativa, celebradas el día 7 de julio del presente año, en el IV Distrito Federal Electoral del estado de Michoacán, con cabecera en La Piedad.

2o. Son diputados federales a la LIII Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos José Berber Sánchez y Vicente Silva Vaca, propietario y suplente, respectivamente.

I DISTRITO DE CHIAPAS

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:

"Segunda Comisión Dictaminadora.

Entidad: Chiapas.

Distrito Electoral: I.

Cabecera: Tuxtla.

Honorable Colegio Electoral: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los estados Unidos Mexicanos y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado a esta comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones constitucionales del 7 de julio próximo pasado para elegir diputados conforme al principio de mayoría relativa,

propietario y suplente, por el I Distrito Electoral del estado de Chiapas para lo cual nos sirven de base los siguientes

ANTECEDENTES

1o. En cumplimiento a la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales se instaló oportunamente el I Comité Distrital Electoral, con cabecera en Tuxtla Gutiérrez, mismo que llevó a cabo todos los actos y procedimientos previos a las elecciones para renovar la Cámara de Diputados.

En el mencionado distrito electoral los partidos políticos que a continuación se mencionan registraron candidatos y participaron en la contienda respectiva, obteniendo los siguientes resultados que aparecen asentados en el acta de cómputo distrital celebrada el día 14 de julio de 1985.

PAN: Propietario, Luis Delgado Esteva; suplente, Hugo Sergio Palacios Laguna, 6 mil 498 votos.

PRI: Propietario Eduardo Robledo Rincón; suplente, Carlos Maciel Espinosa, 80 mil 43 votos.

PPS: Propietario, Abigaíl Cruz Lázaro; suplente, Javier Gómez Pérez, 2 mil 144 votos.

PDM: Propietario, Ramiro Jonapa Guillén; suplente, Gustavo Robles Sánchez, 784 votos.

PSUM: Propietario, Gilberto Gómez Meza; suplente, Israel González Ruiz, mil 906 votos.

PST: Propietario, Gilberto Díaz Pérez; suplente, Amílcar Flores Gómez, mil 300 votos.

PRT: Propietario, Russell Aguilar Brindis; suplente, Arturo López Palma, 748 votos.

PARM: Propietario Javier Trujillo Díaz; suplente, Mario Rincón González, mil 955 votos.

PMT: Propietario, Gilberto Gómez Meza; suplente, Israel González Ruiz, 892 votos.

3o. En vista de estos resultados el I Comité Distrital Electoral del estado de Chiapas expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos Eduardo Robledo Rincón y Carlos Maciel Espinosa, candidatos por el Partido Revolucionario Institucional a diputados federales conforme al principio de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente.

4o. El I Comité Distrital Electoral del estado de Chiapas remitió paquete electoral y la documentación relativa a la Oficialía Mayor de esta H. Cámara de Diputados así como copia de un informe detallado de la elección mayoritaria de este dictamen.

5o. En sesión celebrada el día 24 de julio del año en curso la Comisión Federal Electoral, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 82 fracción XXVI, 218 y 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, acordó el registro de la constancia de mayoría de votos a favor de los mencionados candidatos del Partido Revolucionario Institucional y ordenó su comunicación al Colegio Electoral de esta H. Cámara de Diputados.

6o. En el expediente electoral de referencia aparece que las protestas en su momento interpuestas por diversos partidos fueron definitivamente resueltas conforme a lo establecido por los artículos 139, 2o. párrafo en relación con los artículos 137 y 138 del reglamento así como del artículo 228 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Esta segunda comisión ha examinado en detalle los recursos de queja interpuestos por el PAN el día 15 de julio de 1985 en el que se aducen las siguientes violaciones:

1o. Desestimación del recurso de protesta interpuesto por el partido quejoso y que tenía por objeto el invalidar la votación recibida en 75 casillas instaladas en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez en razón de alegarse que en las mismas no se autorizó la presencia de los correspondientes representantes del PAN, así como del "robo" de las urnas correspondientes a las casillas 13- I y 13- G.

2o. Intento de impedir la presencia del candidato del PAN en el local del Comité Distrital Electoral durante la realización de la sesión de cómputo.

3o. Adulteración de los resultados del acta de escrutinio de las siguientes casillas: 52, 53, 53A, 54, 54A, 55, 55A, 56, 56A, 58, 58A, 61, 63, 63A y 29C.

4o. Incremento en el número de casillas en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez por parte del presidente del Comité Distrital Electoral correspondiente sin tomar en cuenta la opinión de algunos partidos.

En cuanto al primero de los puntos citados en el recurso de queja esta comisión ha constatado que en el mismo se consignan violaciones alegadas con anterioridad en el recurso de protesta interpuesto por el Partido Acción Nacional el 10 de julio de 1985, mismo que fue desahogado y resuelto por el I Comité Distrital Federal Electoral el 14 de julio de 1985 en que se desestimó por la insuficiencia de las pruebas ofrecidas y admitidas consistentes en copia de los nombramientos expedidos por el propio Partido Acción Nacional a ciudadanos a quienes pedía su colaboración en la jornada electoral. Esta comisión quiere insistir en el razonamiento formulado en su oportunidad por el organismo que decidió sobre la protesta en el sentido de que en los casos en que se dice no fueron aceptados sus representantes en las casillas no se levantó el acta notarial correspondiente ni se expresaron incidentes durante la votación y escrutinio correspondientes a dichas casillas según se desprende del acta circunstanciada de la sesión del Comité Distrital Electoral en que se resolvieron los recursos e impugnaciones.

Paralelamente en el recurso de protesta materia de esta queja el Partido Acción Nacional menciona que hubo robo de urnas en el caso de las casillas 13- I y 13- G así como de una que no se instaló; el propio Comité Distrital Electoral constató que dichas urnas obran en poder del comité y que fueron entregadas

en debido tiempo en forma por lo que correctamente desestimó la violación alegada.

En relación con lo referido en el punto No. 5 del recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional con respecto a los resultados del cómputo de la votación para la elección de diputados conforme al principio de mayoría relativa de las casillas 52, 53, 53A, 54, 54A, 55, 55A, 56, 56A, 58, 58A, 61, 63, y 63A, esta comisión considera que si bien es cierto que respecto a las mismas que no se ofrecen otra prueba que no sea la inverosimilitud de los resultados que en las mismas se registraron y en las que las actas de escrutinio se dice no fueron firmadas por los representantes de su partido, esta comisión considera, tras minucioso examen de los documentos disponibles en el expediente sujeto a dictamen que son de reconsiderarse los resultados parcial y global de la elección de diputados de mayoría relativa, con fundamento en las atribuciones que la Constitución y la ley Orgánica confiere a esta Segunda Comisión, así como en una interpretación amplia del artículo 222 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, toda vez que la inverosimilitud del resultado permite inferir que en el recuento de los votos se incurrió en el error que altera el resultado permite inferir que en el recuento de los votos se incurrió en el error que altera el resultado de la votación en las casillas de referencia, sin que dichos errores sean determinados del resultado total de la elección en los términos de la fracción I del artículo 223 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, en tal virtud dichos resultados de ser descontados al total consignado en el acta final del cómputo distrital, para quedar como sigue:

PAN: Propietario, Luis Delgado Esteva: Suplente, Hugo Sergio Palacios Laguna, 6 mil 498 votos.

PRI: Propietario, Eduardo Robledo Rincón; suplente, Carlos Maciel Espinoza, 69 mil 783 votos.

PPS: Propietario, Abigaíl Cruz Lázaro; suplente, Javier Gómez Pérez, 2 mil 59 votos.

PDM: Propietario, Ramón Jonapa Guillén; suplente, Gustavo Robles Sánchez, 749 votos.

PSUM: Propietario, Gilberto Gómez Meza; suplente, Israel González Ruiz, 881 votos.

PST: Propietario, Gilberto Díaz Pérez; suplente, Amíclar Flores Gómez, mil 213 votos.

PRT: Propietario, Russell Aguilar Brindis; suplente, Arturo López Palma, 748 votos.

PARM: Propietario, Javier Trujillo Díaz; suplente, Mario Rincón González, mil 805 votos.

PMT: Propietario, Gilberto Gómez Díaz; suplente, Israel González Ruiz, 892 votos.

Por lo que hace al punto de la queja relativa al incremento en el número de las casillas de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, esta comisión estima que la misma no acarrea consecuencia alguna sobre el resultado de la elección, toda vez que dicho incremento no beneficia ni perjudica a ningún partido en particular.

A través de las consideraciones anteriores, esta comisión da por resultado el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional.

Igualmente el Partido Socialista Unificado de México, presento el día 15 de julio de 1985 un recurso de queja en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital del I Distrito Electoral Federal del estado de Chiapas. En el mismo alega no haber estado presente en la misma sesión en que el comité distrital correspondiente resolvió sobre los recursos de protesta interpuestos por varios partidos políticos. Igualmente afirmó que los paquetes correspondientes a 16 casillas fueron entregados al comité distrital extemporáneamente.

En cuanto al primero de los hechos aducidos, esta comisión no encuentra en la documentación correspondiente prueba alguna que permita tener por demostrada la afirmación contenida en el recurso, al tiempo que dicho hecho no constituye ninguna de las causas de nulidad expresamente previstas por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. Igualmente, respecto a la afirmación relativa a la hora de entrega de los paquetes electorales de algunas casillas considerado como extemporáneo por el quejoso, no existe elemento probatorio alguno que permita a esta comisión afirmar que dicho hecho efectivamente ocurrió.

Finalmente el Partido Mexicano de los Trabajadores, a través de su comisionado, presentó el 15 de julio de 1985, un escrito interponiendo el recurso de queja en donde denuncia inconsistencia entre los resultados obtenidos por su partido en las elecciones de diputados conforme al principio de mayoría relativa con las obtenidas en la representación proporcional. Esta comisión estima que dicha discrepancia no es de considerarse como una anomalía relevante en los términos de los artículos 222 y 223 de la ley de la materia, razón por lo que la queja se desestima.

Analizados los recursos de la queja interpuestos, resulta que no se aprecian violaciones que a juicio de esta Segunda Comisión Dictaminadora configuren alguna de las hipótesis a las que se refiere el artículo 223 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos electorales.

CONSIDERANDO

1o. De la documentación que obra en el expediente electoral materia del presente dictamen, de las actas correspondientes a la elección para diputados federales por mayoría relativa se desprende que el proceso electoral y la elección del 7 de julio del presente año se ajusta a lo dispuesto en los artículos 74 a 219 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; por lo que los efectos de los artículos 40, 41, 50, 52, 53, 55 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dicha elección debe

calificarse como válida por este Colegio Electoral.

2o. Del acta de cómputo distrital y de las correcciones que a la misma se proponen en el punto 6 de los antecedentes de este dictamen, aparece que la mayor votación fue la obtenida por los candidatos del Partido Revolucionario Institucional ciudadanos Eduardo Robledo Rincón y Carlos Maciel Espinoza, propietario y suplente respectivamente.

Mediante copias certificadas de las actas de nacimiento constancias de vecindad y de no antecedentes penales se acredita que los ciudadanos electos reúnen los requisitos de elegibilidad establecidos por el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por lo que el Colegio Electoral de la Cámara de Diputados debe declararles diputados de mayoría relativa, propietario y suplente, respectivamente, de la LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión por el I Distrito Electoral del estado de Chiapas con cabecera en Tuxtla Gutiérrez.

En vista de lo anterior esta segunda comisión propone la aprobación por el honorable Colegio Electoral, de los siguientes.

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional.

Segundo. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

Tercero. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Mexicano de los Trabajadores.

Cuarto. Son válidas y legítimas las elecciones para diputados de mayoría relativa celebradas el 7 de julio en el Distrito Electoral del estado de Chiapas con cabecera en Tuxtla Gutiérrez.

Quinto. Son diputados federales, electos conforme al principio de mayoría relativa por el Distrito Federal Electoral del estado de Chiapas, los ciudadanos Eduardo Robledo Rincón y Carlos Maciel Espinoza, como propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F. a 19 de agosto de 1985.

Salvador Robles Quintero, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jorge Montúfar Araujo, vocal; Juan de Dios Castro Lozano, vocal; Jorge Alcocer Villanueva, vocal.

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. Jesús Galván, del Partido Acción Nacional.

El C. Jesús Galván Muñoz:- Señor presidente; señores miembros del Colegio Electoral: He escuchado con mucha atención este dictamen que aquí se ha leído. El sentido del mismo no me sorprende en lo más mínimo a pesar de la forma simplista y mentirosa en que se ha resuelto. Se ha resuelto una monstruosidad absurda.

Pero tampoco me va a sorprender el resultado final de la votación que aquí se dé después de que termine esta discusión. Sencillamente quiero venir a explicar algo de las irregularidades que ya también se leyeron en ese dictamen. Pero voy a empezar con algunas que no se dijeron y algunas voy a explicarlas, y en las que no se dijeron se comenzó eligiendo con Comité Distrital Electoral incondicional, con lo cual se vició desde el principio, desde el inicio todo el procedimiento electoral, todo el proceso electoral.

Quiero también volver a señalar que cuando en 1982 había 44 secciones con 44 casillas, de repente, en 1985 se convirtieron en nada menos que 144; hubo una casilla, por ejemplo la 13, en donde se actuó en cada una de las secciones en que se dividió esa sección con el mismo padrón , y esas secciones fueron 13, esas casillas - perdón- fueron 13; de una sección se hicieron 13 casillas, se actuó con el mismo padrón.

Ya también aquí se señaló que no se permitió la entrada de 128 de nuestros representantes a 75 casillas. Eso desde lugo, aquí se dice, en contravención con lo que marca el artículo 148 de la LOPPE, que eso de ninguna manera tiene nada que ver con lo que marca el artículo 223; nada tiene que ver aquí aunque la expulsión o el no permitir que ingresaran a las casillas nuestros representantes es nada mas el 50%, pero eso no tiene nada que ver con esto que aquí en esta ley se marca, nada que ver. Se hizo valer el recurso de protesta en tiempo. ¿Y saben lo que sucedió? Sucedió que el recurso de protesta lo resolvieron nada menos y nada más que los funcionarios, exclusivamente, del Comité Distrital. Y para ello no intervinieron ninguno de los representantes de los partidos políticos, ninguno. Desde luego que eso tampoco me van a venir a responder en un momento más, que tampoco tiene que ver con lo que la ley marca, con las facultades y las atribuciones que la ley da al Comité Distrital Electoral. Me lo van a decir, no importa, no tiene nada que ver con esta ley. Tampoco se utilizaron mamparas, tampoco se utilizó tinta indeleble, pero tampoco no tienen nada que ver con lo que la ley dice respecto al secreto del voto, pero no tiene nada que ver con la falsificación del proceso electoral, lo van a venir a decir aquí.

El Comité Distrital Electoral, después de que terminó la sesión de cómputo el lunes 15 no abrió. Desde luego eso deja en estado de indefensión a los partidos que quieren interponer sus recursos de queja, no. Nosotros lo interpusimos afortunadamente el primer recurso a las cero quince horas de ese día. Quienes manejaron las elecciones en las casillas no fueron los funcionarios que para ello se designaron, fueron los auxiliares que el comité, pero el comité en sentido estricto, muy estricto, muy restringido, los

funcionarios fueron los que designaron a esos auxiliares. Pero tampoco tienen que ver con violaciones aquí.

Y lo que yo digo, las casillas en donde no se llevó a cabo la elección que aquí hace un momento en el dictamen que se leyó tuvieron como bondadosamente dijo esa comisión, son un poco contra el sentido común en las votaciones en esas casillas que se dieron y por lo tanto las vamos a eliminar. Y entonces le bajaron al candidato del PRI once mil votos de golpe, y les voy a decir cómo lo hicieron. se los voy a explicar. Miren, en la casilla 56 el PRI tuvo 400 votos. Los demás partidos cero votos, los demás, todos los demás partidos cero votos. Pero eso no es de sorprender, puede haber casualidades. Hay otras casillas donde también hubo 400 votos a cero, como sería en las 58, en la 56A, la 58A, en fin hay otras más donde tienen 400 votos del PRI y cero de los demás. Pero hay algo más la 61, 600 votos del PRI y cero de los demás. La 73A, 600 del PRI cero los demás. Hay más todavía. La 55A 700 votos cero para los demás y seguramente cuando en el comité distrital leían las actas de cómputo de escrutinio se festejaba ahí el triunfo arrollador. Pero todavía hay más, todavía hay más: La 53A, 1000 votos para el PRI cero para los demás. La 54A, no quiero aburrirlos nada más voy a dar una cifras, la 54A 1300 para el PRI cero para los demás. Y vean nada más esto: casilla 52 1500 para el PRI cero para los demás.

Eso de ninguna manera, que nadie de los presentes vaya a pensar aquí de ninguna manera eso es error grave o dolo manifiesto, de ninguna manera, señores. Eso es sencillamente un triunfo limpio, pero limpio de votos para los demás...

Aquí en la mañana se nos decía: es que ustedes se oponen por sistema. Es que esa es la estrategia de su partido, que quiere estar en contra de la voluntad popular. Pero vean qué forma de expresar la voluntad popular. Ni siquiera tuvieron el decoro preservar los votos de las gentes que ahí se manifestaron, aunque sea uno, aunque sea uno para cada uno de los demás partidos políticos, aunque sea uno. Ninguno . Y qué es lo que dicen las gentes que redactaron este dictamen. Hay, que es poco probable que se haya dado y entonces bondadosamente le vamos a dar el beneficio de la duda, y entonces nos vamos a eliminar y vamos graciosamente a concederle al PRI nada más 69 mil votos y los demás que se queden con sus votos que ya tenían. Eso es absurdo, totalmente absurdo, Pero hay algo más, hay algo más todavía, habrá que comparar; deben ustedes recordar; que también ahí se llevaron a cabo elecciones locales, elecciones locales que se llevaron a cabo en las mismas casillas, con el mismo padrón y y con la misma gente, con los mismos funcionarios. ¿Y que pasó? A diferencia de la federal, donde tuvo más de 80 mil votos el candidato del PRI, en la local el candidato del PRI solo alcanzó 47,951 votos. Por Dios, hagan las cosas siquiera que hayan sido parejitas, que hubieran sido 80 mil para los dos, al cabo si no tuviera un recato para que fuera siquiera disparejo, una cifra que fuera distinta a 0, pónganle 80 mil a uno y 80 mil al otro.

También en el recurso de queja se dice, no, es que se les desestiman los de los demás partidos porque la discrepancia no tiene validez, es mínima la discrepancia. Aquí la discrepancia es de 46 mil votos cerrados a 80 mil, nada más 34 mil votos de diferencia entre candidatos del mismo partido. Y aquí se ha afirmado muchas veces, pero muchas veces que el que triunfa es la Revolución, el que triunfa son los postulados de un partido, y ¿cómo es que se dan diferencias tan grandes?

Hay algo más, todavía no termino, hay algo más. El acta de cómputo del día 14 de julio de 1985 solamente está firmada, solamente, repito, solamente está firmada por el presidente del Comité Distrital Electoral. Y aquí vean qué simpático es esto. Dice: se cierra esta acta firmando los que están de acuerdo con ella, es decir, el mismo Comité Distrital Electoral, este es el documento oficial, nadie está de acuerdo con ellos, nada más el presidente está de acuerdo con ellos. Y todavía esta comisión sale con este absurdo, es un absurdo. Aquí se ha hablado también de ampliación y perfeccionamiento de la vía democrática, pero esto de ninguna manera amplía, de ninguna manera perfecciona y de ninguna manera habla bien, ya no de ese sistema de este comité distrital, habla muy mal, pero muy mal de todo el sistema, habla pésimamente mal cuando en México por todos lados se oyen voces que exigen justicia, que exigen verdad, que exigen libertad, se nos presentan estos resultados y aquí seguramente además después de todo lo que he dicho van a venir a responderme algo y después se va a votar y se va a favor, porque las gentes que aquí están y que tienen voluntad y capacidad para cambiar eso, para que no se manche así de burdamente la democracia que apenas estamos comenzando a cambiar, tienen atadas sus conciencias y sus voluntades, atienden más al interés, a su interés personal, a su interés de grupo, atenderán más a la señal que les den dentro de un momento, de todos modos yo quiero dejar constancia aquí de que vengo a solicitar la nulidad de elecciones en ese distrito, en ese I Distrito Electoral Federal de Chiapas y vengo a solicitarla no solamente por los argumentos que aquí he esgrimido que además todos son verificables, sobre las actas, que abran el paquete para que sepan dónde están esas actas, ahí las tiene el paquete, sino además por algo que la misma comisión me apoya implícitamente, porque al anular la votación de estas casillas está haciendo un reconocimiento tácito de las irregularidades tan graves que hubo en ese distrito, pero nada tiene que ver con la ley. Solicito entonces la nulidad de las elecciones.

El C. Presidente:- Tiene la palabra el C. Salvador Robles Quintero.

El C. Salvador Robles Quintero:- Señor presidente; compañeros presuntos diputados de este Colegio Electoral; señoras y señores: En primer lugar voy a responder algunas de las afirmaciones que acaba de hacer el orador que me antecedió en el uso de la palabra. En obvio de tiempo ni voy a calificar su tono, ni sus ademanes en esta tribuna, simplemente voy a ocupar de lo que me parece importante en su intervención.

Habla de que a su partido no se le permitió a 75 representantes de su partido su presencia en las casillas que corresponden al I Distrito Electoral Federal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en esta elección a la que estamos hoy calificando.

Quiero reiterar, repetir aquí, que la comisión examino cuidadosamente este punto y encontró a lo largo de todo el expediente que se examinó con mucha minuciosidad, que el Partido Acción Nacional regresaba 75 nombramientos de representantes como prueba de que esos representantes no habían sido acreditados en las casillas correspondientes. En contraposición a ello, el Comité Distrital I dejó constancia en el expediente de que habían muchas casillas en las cuales nunca se mencionó, había muchos documentos de cierre y de cómputo de cada casilla en donde no se mencionaba ningún incidente en donde simplemente se decía firmado por otros partidos, entre ellos el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Popular Socialista que en las casillas en las cuales se señalaba que no se habían acreditado representantes, no había habido pues, ningún incidente.

En busca de una prueba adicional que sustentará de alguna manera la afirmación de que esos 75 representantes no se les había permitido su acreditación, indagamos sí los notarios públicos de la cuidad de Tuxtla habían estado en servicio como lo ordena la ley para recabar alguna prueba fehaciente del hecho de que no se les había permitido representación a los ciudadanos a quienes el Partido Acción Nacional había designado en esas 75 casillas, y no encontramos tampoco ningún documento que hiciera fe pública. Por lo tanto, pensamos que era posible, aunque no comprobable, que simplemente se habían extendido los nombramientos y se habían regresado por el propio partido sin haberlos entregado a los interesados o bien los propios interesados los habían regresado.

Al hablar de esa posibilidad simplemente buscábamos la manera de demostrar ante esta ilustrada asamblea una prueba lógica de porqué la Comisión Dictaminadora desechó el punto alucido por el Partido Acción Nacional en su queja de que no se había permitido la representación de 75 miembros de ese partido en sendas casillas.

Por otro lado, como presidente de la II Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral, es mi deber señalar que el caso referido a las elecciones del 7 de julio pasado en el I Distrito Electoral Federal del estado de Chiapas, que ahora ha sido examinado detallada y minuciosamente por la mayoría de los miembros de dicha Comisión dictaminadora para la preparación de un dictamen que revise en su totalidad la documentación relativa existente y analice con imparcialidad los recursos de queja interpuestos en el caso.

Creímos estar atentos a la alta función que ustedes nos confirieron conforme a la ley y haber realizado una amplia tarea de interpretación de las normas aplicables con el propósito esencial de que la voluntad popular expresada en el voto sea respetada.

Y es en atención a este interés superior, que se ha estimado conveniente no computar los resultados alcanzados en las 14 casillas expresadas, detalladas en el segundo punto de queja del Partido Acción Nacional. Y así demostrar ante nosotros mismos, ante esta ilustrada asamblea y ante la opinión pública del país que está atenta al desarrollo de estos debates, que la Comisión Dictaminadora en su gran mayoría actúa con serenidad, con equidad y pese a las dificultades del tiempo, con la celeridad que nos permite la documentación al alcance de nuestras manos.

Yo creí que con esta acción la Comisión Dictaminadora en lugar de juveniles reproches íbamos a recibir si no un reconocimiento, por lo menos el respeto que como Comisión Dictaminadora pluripartidista creemos merecemos. No obstante ello, quiero dejar asentado que hemos revisado a plena conciencia toda la documentación contenida en el dictamen y hemos elaborado un dictamen si ustedes quieren un poco extenso, pero necesario para dejar sin esas casillas, esas 14 casillas que aparecían con errores de gran verosimilitud. Y por esa razón hemos modificado el dictamen del comité distrital electoral federal.

Ante la reiterada negativa a reconocer estos hechos evidentes, no me queda otro recurso más que pensar que los compañeros presuntos diputados de Acción Nacional que han venido a debatir conmigo algunas de nuestras decisiones, siguen insistiendo en su premisa fundamental de las elecciones no las perdieron, sino que están falsificadas; ante esa premisa, falsa por cierto, todo lo demás que hagamos los demás miembros de este Colegio Electoral no vale. Esta persistencia en negar lo evidente, en exigir el retorcimiento de la lógica y del procedimiento establecido por la ley y el reglamento, de negar que estamos actuando con apego a derecho y con el propósito de mantener un clima de respeto y de acatamiento a la ley, no deja lugar a dudas de que cualquiera que sea la decisión de la Comisión Dictaminadora nuestra o de esta Comisión será siempre acusada de dolosa o parcial por los miembros de la minoría parlamentaria panista.

No se quieren convencer que en la pasada jornada electoral en la que se eligió a los diputados de esta LIII Legislatura, la ciudadanía votó en favor de un sistema democrático popular, votó por la división de poderes, votó para fortalecer el pluripartidismo, votó porque los valores de nuestra historia y la Constitución se mantenga.

No se quiere convencer de que nuestro pueblo votó mayoritariamente a favor el Partido de la Revolución Mexicana revalidando su solidaridad esencial al régimen nacionalista y revolucionario del Presidente De la Madrid y a su política de reordenación económica.

No se quieren convencer, y creo muy difícil que los convenzamos de que el pueblo de México se sumó a través del voto al esfuerzo del Gobierno Federal, y mientras esta premisa no sea abandonada por los miembros del Partido Acción Nacional que aquí, reiteradamente me han atacado en lo personal sin referirse al fondo de mis argumentos jamás podremos trabajar tranquilos ni en el seno de las comisiones ni en el seno de esta asamblea. Muchas Gracias. El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. Alvarez Padilla, de Acción Nacional.

El C. Pablo Alvarez Padilla:- Señor presidente; honorable asamblea: Voy a tratar de no abusar del tiempo de ustedes y le aseguro al señor Robles Quintero que no va a ser atacado por mí. Hablar de la democracia y hablar de elección, no es otra cosa mas que hablar del acto y de la potencia de una misma realidad, fases en tiempo de una misma realidad.

No es posible amar, no es posible pensar que se puede hacer de la democracia una realidad, cuando no se han tomado los elementos, cuando no se han dispuesto de todos ellos y de aquellas circunstancias que necesariamente deben conformar los presupuestos básicos para que se haga una buena elección Y mediante una buena elección una realidad de la democracia.

Hablar de democracia es hablar en términos generales de presupuestos básicos que necesariamente deben de prepararse, deben de presentarse para que exista una buena elección como antecedente básico. Y estos antecedentes, tres podríamos clasificar que son los sujetos agentes a cuyo cargo está el realizarlos. El primero, me refiero, no en honor al preciso sino en cualquier forma, está a cargo del gobierno. El gobierno debe de preocuparse que esta, una buena ley, que existan las garantías efectivas que preserven la unidad del pueblo y que hagan confiable la elección y el proceso electoral.

Se necesita también de parte del Estado, mejor dicho del Gobierno, una voluntad de imparcialidad y de justicia en las elecciones. A cargo del pueblo, podíamos pensar que para que participe necesita tener confianza en que su voluntad va a ser respetada y teniendo confianza pasar el aspecto mental del "quiero", al aspecto positivo del "hago", presentarse a las urnas y emitir su voto.

Por parte de los partidos, claro, necesariamente debemos de presentar buenos candidatos que también deben tener características que de alguna manera enunciadas podrían ser la honestidad la capacidad, la entrega su tare y a la fidelidad a los principios y a los estatutos básicos de su partido. Y todos los partidos, como su trato común, la fidelidad, la entrega, la confianza en su patria, la confianza en México.

Cuando algún presupuesto de estos que no a título definitivo y categórico he mencionado sino simplemente a título enunciativo, faltar unas elecciones no pueden darse en forma correcta y creo que es el caso precisamente del I Distrito de Chiapas. Y por hablar del I Distrito de Chiapas podríamos hablar del XII de Guanajuato, del I de Tampico, de tantos de toda la República. Creo, compañeros de este Colegio Electoral, que el más molesto en este momento, si es que en realidad es sincero, debe ser el señor De la Madrid, nuestro Presidente de la República. le han fallado. Y le han fallado porque él dio su palabra. Y dio su palabra confiado en que sus subalternos en orden jerárquico le iban a ayudar a depurar, a soltar los escombros que los procedimientos electorales habían venido acumulando tantos años, tantos interese tantas mediatizaciones, debido a presiones que se han venido llevando. Y le han fallado todos los Organismos Electorales, desde la Comisión Federal Electoral hasta los presidentes de Casilla y los funcionarios de casilla, porque han seguido conservando el atávico vicio de ganar las elecciones antes de que se lleve a cabo, antes de que se celebren.

No estamos chillando los partidos de oposición, y en concreto, el Partido Acción Nacional ni estamos presumiendo de que ganamos todas las elecciones en toda la República. Somos realistas. El primer respeto que debemos es: el respeto a nosotros mismos. Somos un partido que hablando en términos sociológicos hemos nacido ayer y, sin embargo, a pesar de que muchos no les guste seguimos existiendo, seguimos creciendo, seguimos avanzando. Y somos tan patriotas como lo puede hacer cualquiera de ustedes. Llamamos los postulados de la Revolución y estamos peleando precisamente por el lema básico de la Revolución que fue el "Sufragio Efectivo". Y en aras de ese ideal común que creemos compartir con todos ustedes del sufragio efectivo, venimos a pedirles y a reiterarles que se decrete, vuelvo a repetir lo mismo que repetí en mi otra intervención, ya si no la anulación de la elección, son las serias irregularidades que fueron cometidas y que ya denunció nuestro compañero Jesús Galván, sí que por lo menos igualen la elección en una forma realista, la que fue emitida a nivel estatal con la que fue emitida a nivel federal.

Gracias por su atención.

El C. Presidente:- Se concede la palabra, para hechos, al señor Francisco Hernández Juárez.

El C. Francisco Hernández Juárez:- Señor presidente; señoras y señores presuntos diputados: Mi partido tiene especial interés de participar en este debate del I Distrito Electoral Federal del estado de Chiapas. ¿Por qué este interés del Partido Popular Socialista? Porque se trata de un distrito ubicado en un estado fronterizo, donde Acción Nacional pretende establecer una cabeza de playa siguiendo su estrategia de servir al imperialismo norteamericano. ¿Por que esta conducta del PAN? Repito, porque se trata de un estado fronterizo nada menos con Guatemala, en donde se trata de facilitar la realización de actas desestabilizadores que afectan nuestras relaciones internacionales con este país vecino, y propiciar actos de violencia para provocar la intervención del ejercito norteamericano, y así convertir a México prácticamente en un sandwich; ataques en el norte, en donde ellos han querido capturar y por el sureste.

Se trata de ganar un distrito electoral fronterizo de nuestro país para que desde ahí torpedear los principios de no intervención y autodeterminación de los pueblos. Se trata en el fondo de torpedear la política internacional histórica de México; se trata de torpedear las gestiones de Contadora, creada para encontrar un arreglo pacífico en los conflictos en los países de Centroamérica y el Caribe. Pero hay otra razón Se trata de capturar un distrito electoral federal en el estado de Chiapas porque Chiapas es un estado petrolero, como lo son Tabasco, Campeche, Veracruz, Tamaulipas. En estos estados como en Chiapas, ya hay grandes avanzadas del imperialismo norteamericano, que están trabajando febrilmente para deformar nuestra historia, para denigrar a nuestros héroes, para hacer que los niños no guarden respeto a nuestra bandera nacional, ni cantar el himno patrio; estas avanzadas pagadas por fundaciones transnacionales norteamericanas, son las sectas religiosas protestantes, testigos de Jehová, Bautistas, Adventistas, Sabatistas, Pentecostés, Evangelistas, En esta actividad no queda al margen los diversos grupos católicos desde las "Hijas de María", hasta las de la Vela Perpetua. Pero hay algo más grave; es la presencia del Instituto Lingüístico de Verano, metido profundamente dentro de los grupos indígenas, no sólo de los estados ya mencionados, sino en muchas poblaciones de otros estados como Veracruz, Puebla, Guerrero, y Oaxaca, todos estos grupos trabajan con muchos recursos económicos propiciados por el imperialismo norteamericano, que persiguen, qué pretenden, por que sé empeñan en penetrar en los grupos indígenas de estos estados para deformar su mentalidad, para hacer que pierdan la memoria histórica, para que se olviden quienes los explotan...

El C. Presidente:- Señor diputado, ya se vencieron los cinco minutos.

El C. presunto diputado (continúa): - Nos perjudica la actitud del candidato del PRI en nuestros votos pero vamos a votar a favor del dictamen por intereses superiores: Hará preservar la independencia y la soberanía nacional.(Aplausos.)

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al C. Santiago Oñate, por la comisión.

El C. Santiago Oñate Laborde:- Con su venia, señor presidente. Miembros de este Colegio Electoral: Queremos en esta intervención, en primer lugar hacer una referencia aun cuando sea somera algunas de las afirmaciones vertidas por el ciudadano del PAN, que fue el primero en hacer uso de esta tribuna en el debate del presente dictamen. Se hicieron afirmaciones gruesas que todos escuchamos. Se afirmó ahí que se trataba de un trabajo irresponsable, que se trataba de un trabajo absurdo.

Quiero aquí simplemente puntualizar a fin de ilustrar al compañero que este trabajo ha sido un trabajo en el cual se ha procurado llevar con la máxima de las seriedades, no como dijo él, por bondad a nadie, sino porque este es un compromiso contraído, es una obligación derivada de la ley y algunas inexactitudes, que vale la pena mencionar.

Se habla de la ausencia de representantes y se utilizan argumentos generalizadores, se dice que en ningún caso hubo representantes y hay sin embargo, casillas en las cuales sí los hubo; se habla de nombramientos que se hicieron y que sin embargo los nombrados no estuvieron en las casillas. Entre las casillas que se mencionan con este problema en el recurso de protesta en su momento interpuesto y que fue desahogado cual corresponde por las autoridades locales. Se señala entre otras, una casilla, la 25A, en la cual el representante del PAN, por el partido designado, y me refiero al escrito de protesta del Partido Acción Nacional, respondía al nombre de Jesús Aquino Juan.

Tengo aquí una copia de ese nombramiento expedido por Acción Nacional. igualmente una carta firmada por un señor Jesús Aquino Juan, maestro en sicología, y que dirige al señor doctor Baldemar Rojas, presidente del Comité Distrital Estatal del PAN, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en el cual declina el nombramiento en su favor hecho.

Sabemos todos los que hemos estado en estas contiendas que la intervención ciudadana en calidad de representantes en las casillas es esencial, y sabemos también que la representación partidista se funda justamente en compartir esos ideales con algún partido. Si algunas personas rechazan los nombramientos, no sentimos nosotros que sea un problema imputable, directamente a los órganos encargados

de llevar la elección o a partidos opositores.

No quiero caer en el error de las generalizaciones. No estoy afirmando, que quede claro, que esto ocurrió con todos los representantes. Simplemente estamos manifestando que así como esto, pueden darse otras situaciones en materia de representantes.

Por otro lado, decía también nuestro compañero que en la totalidad de las casillas que, revisadas por esta comisión, en atención al escrito de queja del Partido Acción Nacional, se ha decidido modificar la votación, no recibía voto alguno ningún otro partido. Esto no es desastre. Hay otros partidos que sí contaban con votos en tales casillas.

Creemos, señores, que estos datos que estamos aportando tienen por objeto tan sólo el poner de manifiesto lo peligroso de algunas generaciones. Al mismo tiempo que ponen de manifiesto que se ha realizado un estudio serio que no vemos con qué afán, con qué afán digno de encomio, se viene aquí a desacreditar y a poner en tela de permanente juicio.

Se dijo también por el segundo orador del Partido Acción Nacional, que se inscribió en contra de este dictamen, que hemos fallado al Presidente de la República. Se dice que no hemos cumplido con el deber que él nos señalara, de luchar por la democracia. Sentimos señores que lo que se está haciendo aquí es cumplir con esta tarea. Se está haciendo un esfuerzo, se está haciendo un trabajo, se esta cumpliendo una función constitucional que no puede enmarcarse en otro contexto que no sea el del desarrollo del perfeccionamiento de nuestras instituciones democráticas. Ver las cosas de otra manera, sentimos que nos llevaría a un maniqueísmo irresponsable.

Estamos empeñados en una tarea común por mandato constitucional. Procuremos con nuestros esfuerzo estar a la altura de dicha misión. Superemos como ya se ha dicho, ciertas ofuscaciones propias de un partidismo muy enraizado. Luchemos por transformar éste en un debate jurídico en el cual podamos avanzar por el camino de la democracia.

Con estas consideraciones, señor presidente, señores miembros del Colegio Electoral, quisiéramos solicitar que se sirva usted preguntar a la secretaría si el debate en cuestión se encuentra suficientemente discutido para en su caso emitir un voto aprobatorio por el mismo.

El C. Presidente :- Consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:- Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea si está suficientemente discutido este dictamen...Suficientemente discutido, señor presidente.

En tal virtud se pregunta a la asamblea si se aprueba el dictamen en sus términos... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente:- La presidencia declara:

1o. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional.

2o. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Socialista Unificado de México.

3o. Es improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Mexicano de los Trabajadores.

4o. Son validas y legítimas las elecciones de diputados de mayoría relativa celebradas el 7 de julio en el I Distrito Electoral del estado de Chiapas, con cabecera en Tuxtla Gutiérrez.

5o. Son diputados federales electos conforme al principio de mayoría relativa por el I Distrito Federal Electoral del estado de Chiapas los CC. Eduardo Robledo Rincón y Carlos Maciel Espinosa, como propietario y suplente respectivamente.

El C. secretario Miguel Angel Barberena Vega:- Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera, de esta sesión de Colegio Electoral.

El C. Presidente:- De conformidad con el artículo 23, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva entregará las tarjetas de acceso al acto de instalación de esta Cámara de Diputados a los ciudadanos cuyos dictámenes fueron aprobados el día de hoy, mañana 20 de agosto a las 9:30 horas en el salón verde de este recinto.

A la 1:00 horas del día 20 de agosto, se levanta la sesión de Colegio Electoral y se cita para la que tendrá lugar hoy 20 de agosto, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA

Y DIARIO DE LOS DEBATES