Legislatura LIII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19861127 - Número de Diario 34

(L53A2P1oN034F19861127.xml)Núm. Diario:34

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II MÉXICO, D.F., JUEVES 27 DE NOVIEMBRE DE 1986 NÚM. 34

SUMARIO

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

PROPUESTA PARA COORDINAR EL DEBATE

Del C. Miguel Eduardo Valle Espinosa, a fin de que los coordinadores se pongan de acuerdo en el debate sobre las reformas constitucionales. Para tal objeto, propone un receso de 15 minutos. Se desecha.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Sin discusión se aprueba.

5 LICENCIA DEL DIPUTADO DANTE A. DELGADO RANNAURO

Solicitud del interesado para separarse de sus funciones, con el fin de poder ocupar un cargo del gobierno de Veracruz. Se dispensan los trámites. Se aprueba. Comuníquese.

INICIATIVA DE DIPUTADOS

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

El C. Edeberto Galindo Martínez presenta reformas y adiciones a diversos artículos de la ley citada. Se turna a comisiones.

ELECCIÓN DE LA DIRECTIVA PARA DICIEMBRE

Votación. Escrutinio. Resultado. Declaratoria.

MINUTAS DEL SENADO

LEY ORGÁNICA DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

Proyecto de la ley de referencia. Se turna a comisión.

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL LA FEDERACIÓN

Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la ley nombrada. Se turna a comisión.

ALZA EN LOS PRECIOS DE GASOLINA

El C. Franz Ignacio Espejel Muñoz opina sobre la que recientemente se dio a conocer. Solicite se dictamine la iniciativa que al respecto presentó el 30 de octubre, el C. Víctor Alvarez Herrera. Excitativa de la presidencia a las comisiones que conocen del caso.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

LEY DE SALUD PARA EL DISTRITO FEDERAL

Proyecto de la ley mencionada.

LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DE CRÉDITO

Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley citada.

LEY ORGÁNICA DEL PATRONATO DEL AHORRO NACIONAL

Proyecto de la ley de referencia.

LEY ORGÁNICA DE NACIONAL FINANCIERA

Proyecto de la ley expresada

CONDECORACIÓN

Proyecto de decreto que permite al C. Abraham Campos López aceptar y usar la que le confirió el gobierno de Perú.

PRESENTACIÓN DE SERVICIOS

Proyecto de decreto que autoriza a los CC. Rosa Hilda Sarabia Valenzuela, Eduardo Serrano Pérez, Arturo Morales Islas y Bonifacio Pérez, hacerlo al Gobierno de los Estados Unidos de América en México.

ARTICULO 52 AL 55, 60 Y 115 CONSTITUCIONALES

Dictamen emitido en razón a las reformas del Partido Popular Socialista a los citados artículos. A propuesta del C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo se le dispensa la segunda letra con el objeto de considerarlo con los demás dictámenes de reformas constitucionales.

CONSENSO DE LOS COORDINADORES, SOBRE EL DEBATE

Que la presidencia comunica, acerca del mecanismo a seguir en los dictámenes de reforma constitucional. Se aprueba.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

TRES DICTÁMENES DE REFORMAS CONSTITUCIONALES

Que, de conformidad al consenso arriba indicado, se someten a discusión: el que se emite a iniciativa del Ejecutivo concerniente a los artículos 52, 53 segundo párrafo, 54 primer párrafo y sus fracciones II, III y IV, 56, 60, 77 fracción IV; el emitido a iniciativa de diversas fracciones parlamentarias, que reforma los artículos 41, 52, 53, 54, ,56, 57 y 60; el que se emite a iniciativa de reforma, del PPS, a los artículos 52 al 55, 58, 60 y 115.

A discusión en lo general los proyectos citados. Intervienen para una proposición que se aprueba, relativa a que se ordene el debate, los CC.: Pablo José Pascual Moncayo; para fundamentar los dictámenes, el C. Píndaro Urióstegui Miranda; en contra Ricardo Francisco García Cervantes; en pro César Augusto Santiago Ramírez; en contra Arnoldo Martínez Verdugo; en pro Fernando Ortiz Arana: en contra Graco Ramírez Garrido Abreu; en pro Diego Valadés Ríos; en contra Antonio Monsiváis Ramírez; en pro Ignacio Ramos Espinoza; en contra Cuauhtémoc Amezcua Dromundo; en pro Romeo Flores Caballero; en contra Carlos Enrique Cantú Rosas y en pro Reyes Rodolfo Flores Zaragoza. Para proponer se levante la sesión, el C. Enrique Gabriel Jiménez Remus, a lo que se opone el C. Santiago Oñate Laborde; previas opiniones al respecto; para hechos Pablo José Pascual Moncayo, Pablo Alvarez Padilla y Pedro José Peñaloza. Se desecha.

Continúa el debate. Hablan los CC.: en contra Eduardo Valle Espinosa; en pro Angel Sergio Guerrero Mier; en contra Ricardo Andrés Pascoe Pierce; en pro Francisco Berlín Valenzuela; para hechos Jorge Alcocer Villanueva y Ricardo Andrés Pascoe Pierce; en contra Alejandro Gascón Mercado; en pro Blanca Esponda de Torres; en contra Germán Tena Orozco; en pro Eliseo Rangel Gasar; en contra Pablo José Pascual Moncayo; en pro Joaquín Contreras Cantú; en contra Jorge Amador Amador, Arnoldo Martínez Verdugo, Jesús Heriberto Noriega Cantú, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Ricardo Andrés Pacoe Pierece, Leopoldo Arturo Whaley Martínez, Miguel Eduardo Valle Espinosa, Manuel Terrazas Guerrero, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo; Manuel Terrazas Guerrero Eraclio Zepeda

Ramos y Cuauhtémoc Amezcua Dromundo; en pro Manuel Jiménez Guzmán; en contra Roberto Calderón Tinoco, Hildebrando Gaytán Márquez, Juan de Dios Castro Lozano, Jorge Alcocer Villanueva, Jesús Heriberto Noriega Cantú, Javier Paz Zarza y Manuel Fernández Flores. se aprueban por separado los tres dictámenes en lo general.

A discusión en lo particular el dictamen emitido en razón a la iniciativa presidencial. A debate los artículos 54, 56 y 60. Hablan los CC.: para modificar el artículo 41, Manuel Terrazas Guerrero, a quien la presidencia hace una aclaración; para modificaciones al artículo 54, Jorge Alcocer Villanueva; para modificaciones al artículo 60, Pablo Alvarez Padilla; para modificaciones al artículo 56, José Felipe Flores Gutiérrez; en pro José Gonzalo Badillo Ortiz; para modificaciones al artículo 60 cuarto párrafo, Pablo José Pascual Moncayo; en contra Jesús Galván Muñoz; para modificaciones al artículo 60 cuarto párrafo, Genaro José Piñeiro López.

A debate el artículo 52. Hablan para rechazar el no haberse modificado la integración del Senado, el C. Ricardo Andrés Pascoe Pierce; en contra el C. Magdaleno Yañez Hernández. Se aprueba ese artículo y los anteriores discutidos, en sus términos, en virtud de haber sido desechadas las propuestas. Se aprueban las reformas constitucionales en sus términos. Pasa al Senado.

El C. Jesús Murillo Karam opina sobre el debate suscitado en la discusión de las reformas constitucionales. Para hechos hablan los CC. Jesús González Schmal, Santiago Oñate Laborde y Jesús Galván Muñoz.

RECONOCIMIENTO A LA PRESIDENCIA

Por parte del C. Antonio Monsiváis Ramírez, previo llamado a la cordura que hace a los diputados. También el C. Néstor Raúl Luna Hernández hace un reconocimiento a la presidencia, mismo que entrega sus conceptos por escrito, relativo a su cargo de presidente que hoy termina.

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. GUILLERMO FONSECA ALVAREZ

(Asistencia de 322 ciudadanos diputados)

APERTURA

El C. presidente (a las 12:30 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres:

Orden del día

27 de noviembre de 1986.

Sesión solemne para conmemorar el bicentenario del natalicio de Francisco García Salinas.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación del C. diputado Dante Alfonso Delgado Rannauro.

Iniciativa

Del C. diputado Edeberto Galindo Martínez, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.

Elección de Mesa Directiva.

Minutas

Con proyecto de la Ley Orgánica del Ejercito y la Fuerza Aérea Mexicanos.

Con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Salubridad y Asistencia, con proyecto de Ley de salud para el Distrito Federal.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de ley orgánica del patronato del Ahorro Nacional.

De la comisión de hacienda y Crédito Público, con proyecto de la Ley Orgánica de Nacional Financiera.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. Abraham Campos López, para aceptar y usar la condecoración Cruz Peruana del Mérito Militar, en grado de Comendador, que le confiere el Gobierno del Perú.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a los CC. Rosa Hilda Sarabia Valenzuela, Eduardo Serrano Pérez, Arturo Morales Islas y Bonifacio Pérez, para prestar servicios en la Embajadora de los Estados Unidos de América en México y en la Delegación General de Quebec, en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a la iniciativa de reformas a los artículos 43 y 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la fracción parlamentaria del partido Popular Socialista.

Dictámenes a Discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma los artículos 52; 53, segundo párrafo; 54, primer párrafo y fracciones II, III y IV; 56, 60 y 77 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a la iniciativa de reformas a los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por ciudadanos diputados de diversas fracciones parlamentarias.

PROPUESTA PARA COORDINAR EL DEBATE

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: - Señor presidente, solicito la palabra para una proposición.

El C. Presidente: - Tiene usted el uso de la palabra.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: - Mi propuesta es que se declare un receso de 15 minutos para que los coordinadores de las distintas fracciones parlamentarias, pongan de acuerdo sobre el debate de los dictámenes de la Comisión de Gobernación y puntos Constitucionales.

El C. Presidente: - Yo le rogaría señor diputado, que la proposición fuera formulada de acuerdo Don lo establecido por el artículo 58, para darle el trámite correspondiente.

La C. Secretaria María Guadalupe Ponce Torres:

"Acta de la sesión de la Cámara de Diputados..."

El C. Presidente:- Momento secretaria, en este caso, para que no sea la presidencia la que tome de decisión, ruego a la secretaría consulte a la asamblea si está de acuerdo o no con la proposición del C. diputado Miguel Eduardo Valle Espinosa.

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres: - Por instrucciones de la Presidencia...

El C. presidente:- Sí señor diputado Oñate. Que se lea, se repita la Proposición del diputado Valle.

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres:- El Diputado Valle hace la siguiente proposición: "que se declara un receso de 15 minutos con el fin de que los coordinadores de las distintas fracciones parlamentarias se pongan de acuerdo sobre el debate acerca de los dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales".

Por instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta a los CC. diputados si se acepta la proposición del diputado Miguel Eduardo Valle Espinosa. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie; los que están por la negativa sírvanse manifestarlo... Desechada señor Presidente.

El C. Presidente: - Continué con el desahogo del orden del día.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de a Unión, efectuada el día veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis.

Presidencia del C. Guillermo Fonseca Alvarez.

En la ciudad de México, a las doce horas y cinco minutos del miércoles veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, con asistencia de trescientos once ciudadanos diputados, la presidencia declara abierta la sesión

. Lectura del orden del día.

Con una aclaración del C. Arnoldo Martínez Verdugo en el sentido de que él solicitó, con otros diputados, se retiraran del orden del día los dos dictámenes, en razón de que no estaban debidamente firmados, se prueba el acta de la sesión anterior llevada a cabo el día de ayer.

La presidencia designa las siguientes comisiones para que, en representación de esta Cámara de diputados, asistan a los actos que a continuación se menciona:

Al Cuarto Informe de la gestión administrativa del C. general de diversión Absalón Castellanos Domínguez, gobernador constitucional del estado de Chiapas, el día veintiocho del actual, a los CC. Eduardo Robledo Rincón, César Augusto Santiago, Homero Díaz Córdova, Blanca Esponda Espinosa, Antonio Melgar Aranda, Ylce Sarmiento Gómez, Humberto Andrés Zavala Peña, Oscar Ochoa Zepeda, Sergio Armando Valls Hernández, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Fernando Ulibarri Pérez, Rodolfo Antonio Menéndez Menéndez y Jesús Heriberto Noriega Cantú.

A la protesta de ley del C. ingeniero Miguel Angel Barberena Vega, como gobernador constitucional del estado de Aguascalientes, el día primero de diciembre próximo, a los CC. Eliseo Mendoza Berrueto, Nicolás Reynés Berezaluce, Alfredo González González, Guillermo Fonseca Alvarez, Jorge Antonio Díaz de León Valdivia, Alberto Alcalá de Lira, Jorge Sanromán Quiñones, Jorge Amador Amador, Jaime Haro Rodríguez, Magdaleno Yáñez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Miguel Eduardo Valle Espinosa y Manuel Terrazas Guerrero.

A la protesta de ley del C. Fernando Gutiérrez Barrios, como gobernador constitucional del estado de Veracruz, a los CC. Juan Maldonado Peresa; la diputada priísta del estado de Veracruz, Heberto Castillo Martínez Indalecio Sayago Herrera, Manuel Fernández Flores, César Augusto del Angel Fuentes, Nabor Camacho Nava, Juan Manuel Lucia Escalera, Graco Ramírez Garrido Abreu, Miguel Alonso Raya, Antonio Monsiváis Ramírez, Homero Díaz Mota, Pedro José Peñaloza Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Elba Esther Gordillo Morales, María Esther Scherman Leaño, César Augusto Santiago Ramírez, Francisco Berlín Valenzuela y Lulio Valenzuela Herrera, el próximo primero de diciembre. A la protesta de ley del C. Heladio Ramírez López, como gobernador constitucional del estado de Oaxaca, el día primero de diciembre, a los CC. Oswaldo García Criollo, la diputada Priísta del estado de Oaxaca, Francisco Hernández Juárez, Jaime Castellanos Franco, Guillermo Juan Altamirano Conde, Leopoldo de Gyves de la Cruz, Ricardo Regalado Hernández, José Herrera Arango, Juan de Dios Colli Mas, Eduardo Acosta Villeda, Ramón Danzós Palomino, Rosa María Armendáriz Muñoz, Beatriz Gallardo Macías, Marciano Aguilar Mendoza, Amado Olvera Castillo, Pablo Ventura López y Gregorio Macías Rodríguez.

El C. Augusto Guerrero Castro presenta y da lectura a una iniciativa de decreto a efecto de que se inscriba con letra de oro en el recinto parlamentario el nombre del general Plutarco Elías calles.

En relación a esta iniciativa, la secretaría de lectura a una comunicación suscrita por la diputación del estado de Sonora, en la que expresa su apoyo a la misma.

Por su parte el C. Cristóbal Benjamín Figueroa Nicola aclara que no firmó la comunicación de apoyo a la iniciativa, por estar en desacuerdo con ella.

Túrnese la iniciativa a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias.

La C. Cecilia Romero Castillo da lectura a una iniciativa de decreto, que adiciona los artículos 18, 22, 23, 24 y 67 de la Ley Federal de Educación. Túrnese a la Comisión de Educación Pública.

El C. Indalecio Sayago Herrera fundamenta y da lectura a una iniciativa de reformas y adiciones al artículo 28 de la Constitución política de los

Estados Unidos Mexicanos. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

El C. Pablo Ventura López presenta y da lectura a una iniciativa tendiente a adicionar el artículo tercero de la Constitución General de la República. Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Previa autorización de la asamblea, hace uso de la palabra el C. Heberto Castillo Martínez para denunciar y relatar una serie de problemas que desde hace años tienen los colonos y habitantes de diversas colonias de las delegaciones de Coyoacán, Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Tlalpan y Cuajimalpa, y comerciantes del Distrito Federal, así como vecinos de Ecatepec, Estado de México, quienes solicitan la regularización de la tierra y la liberación de sus líderes aprehendidos desde septiembre de 1985.

Menciona asimismo que en el mes de septiembre anterior se acordó se imprimiera un libro acerca de los planos de la Ciudad de México, que contenga los antecedentes históricos, hidrológicos y urbanísticos de la ciudad.

Propone que este asunto de la impresión, se turne a la Comisión de Asuntos Editoriales, a fin de que proceda a su edición.

Se admite la proposición. Túrnese a la Comisión de Asuntos Editoriales.

En relación a las denuncias formuladas, la presidencia ruega a la Comisión de información, Gestoría y quejas haga las gestiones necesarias para la solución de estos asuntos.

Se continúa con los asuntos en certera.

Los congresos de los estados de Aguascalientes, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Oaxaca, comunican estos inherentes a sus funciones legislativas. (De enterado).

La Procuraduría General de la República, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remite el informe pormenorizado de las actividades desarrolladas por la mencionada Procuraduría, en la campaña contra el narcotráfico, que comprende íntegramente el mes de octubre. Recibió y a la Comisión de Justicia.

La H. Cámara de Senadores envía minuta proyecto de decreto, que concede al C. Abraham Campos López, para aceptar y usar una condecoración que le otorga el Gobierno de la República del Perú y a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

La propia honorable Colegisladora, remite minuta proyecto de decreto que autoriza a los CC. Rosa Hilda Sarabia Valenzuela, Eduardo Serrano Pérez, Arturo Morales Islas y Bonifacio Pérez, para presentar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América y en la Delegación General de Quebec en México. Recibo y a la Comisión de Gobernación y puntos constitucionales.

Dictamen con proyecto de decreto emitido por la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que reforma los artículos 52, 53, 54, 56, 60 y 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A proposición del C. Jorge Alcocer Villanueva, la asamblea en votación económica, dispensa la lectura al dictamen. Es de primera lectura.

La propia Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales suscribe un dictamen relativo a la iniciativa de reformas presentadas por ciudadanos diputados de diversas fracciones parlamentarias, que reforma los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución General de la República. A este documento de le dispensa también la lectura. queda de primera lectura.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo hace uso de la palabra para expresar que el Partido Popular Socialista presentó una iniciativa que toca los mismos artículos contenidos en los dos dictámenes anteriores, que a la fecha no ha sido dictaminada.

Solicita que la presidencia haga una excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para que emita el dictamen respectivo y se discuta conjuntamente con los dictámenes de referencia. La presidencia procede en consecuencia.

Dictamen con proyecto de decreto presentado por la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que concede permiso al C. Carlos Eduardo Represas, ara aceptar y usar la condecoración de la Orden de Francisco de Miranda en su primera clase, que le confiere el Gobierno de Venezuela. Es de segunda lectura

. A discusión el Proyecto de decreto. Sin que motive debate, se reserva para su votación nominal en conjunto.

La misma comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales suscribe un dictamen con proyecto de derecho que autoriza a los CC. José

Antonio Méndez y Escamilla, Gloria Elena Bernal Pilar Pérez Cerda, María del Rocío Rojas Rivera y Consuelo Mónica Robles Ruiz, para presentar servicios como empleados en la Embajada de Estados Unidos de América y en el Consulado de dicho país en la ciudad de Tijuana, Baja California. Es de segunda lectura.

A discusión en lo general y después en lo particular. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se prueba en ambos sentidos, con el anteriormente reservado, de la siguiente forma:

El primero, por doscientos cuarenta y cinco votos en pro y dos abstenciones. El segundo, por doscientos veintinueve votos a favor, dieciséis en contra y siete abstenciones. pasan al senado para sus efectos constitucionales.

La presidencia declarara un receso de noventa minutos.

A las diecisiete horas se reanuda la sesión.

Previa comprobación del quórum, hace uso de la palabra el C. Elíseo Rangel Gaspar para pedir a la presidencia haga una exhortación a los coordinadores de las fracciones parlamentarias, para que trabajen con responsabilidad y se sumen al propósito de sacar adelante la agenda de trabajos de esta Cámara de Diputados.

La presidencia hace la exhortación solicitada.

Enseguida, aborda la tribuna el C. Alfredo Rohana Estrada para denunciar los hechos vergonzosos acontecidos el día veinte del mes en curso, en la capital del estado de Chihuahua y en Ciudad Juárez, durante el desfile que se llevaba a efecto, en ocasiones del LXXVI aniversario del inicio de la revolución Mexicana provocada, según él, por el señor Francisco Barrios Terrazas, acompañado del excandidato a diputado por el I Distrito y el candidato que jugará para presidente municipal, miembros del Partido Acción Nacional.

De tales hechos resultaron heridos graves, gente golpeada y niños extraviados y detenido un diputado federal de esta legislatura.

Para referirse a lo expresado por el orador, interviene el C. Oscar Rivas Muñoz, quien a su vez, da otra versión de los hechos y solicita que la presidencia ordene la investigación de los hechos denunciados a fin de que sean sancionados los responsables de la violación del fuero constitucional de los señores diputados federales Héctor Mejía Gutiérrez y Edeberto Galindo Martínez.

La presidencia expresa que ordenará de inmediato de hagan los trámites a que haya lugar para verificar, con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica, la denuncia de violación al fuero constitucional y que se actuará de acuerdo a lo que corresponda.

Asimismo, ruega a la secretaría tome nota para que gire de inmediato las comunicaciones pertinentes.

Para solicitar que se agregue a las comunicaciones, copia de lo expresado por el diputado del Partido Revolucionario Institucional, interviene el C. Juan de Dios Castro Lozano, a cuya petición accede la presidencia a girar los oficios del caso a diversas autoridades.

Para hechos y para extremar sus puntos de vista sobre este asunto, intervienen el C. Jacinto Gómez Pasillas.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos Aborda la tribuna y expresa concepto que los ciudadanos diputados de la mayoría consideran injuriosos, piden sean retirados.

A petición de la presidencia y del C. diputado Gabriel Jiménez Remus, el C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos retira las palabras, motivo de las protestas de varios ciudadanos diputados.

Una vez terminada la intervención del C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, hacen uso de la palabra para hacer comentarios, consideraciones y llamar a la cordura a todos los integrantes de esta legislatura, los CC. Mario Niebla Alvarez, Jorge Alcocer Villanueva, la presidencia, Jorge Montúfar Araujo, Juan de Dios Castro Lozano, Pedro José Peñaloza, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, María del Carmen Jiménez de Ávila, Leopoldo Arturo Whaley Martínez, Antonio Monsiváis Ramírez y Píndaro Urióstegui Miranda.

Para hacer reflexiones con motivo del CXLVIII aniversario de la intervención francesa a nuestro país, hace uso de la palabra el C. Francisco Contreras Contreras, quien dice que ante las presiones económicas y políticas del extranjero, debemos abrevar en las lecciones de la historia y unirnos en un frente común y amplio de lucha y en los principios de nacionalismo revolucionario bajo el liderazgo del Presidente de México.

Por último interviene la C. Josefina Sánchez Ponce, para dar lectura a una denuncia de los trabajadores de la educación y proponer, a nombre del PSUM, PRT y PMT, que la Comisión de Educación estudie las demandas de los maestros agrupados en la coordinadora en el Distrito Federal,

a efecto de coadyuvar a la solución de sus problemas.

Se admite la proposición. Túrnese a la Comisión de Educación Pública.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las veinte horas y diez minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, veintisiete de noviembre, a las diez horas.

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a los señores diputados si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Aprobada, señor presidente.

LICENCIA DEL DIPUTADO DANTE ALFONSO DELGADO RANNAURO

El C. secretario Elíseo Rodríguez Ramírez:

«México, D.F., 26 de noviembre de 1986.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presente.

El gobernador electo del estado de Veracruz, C. Fernando Gutiérrez Barrios, me ha invitado a formar parte del gobierno que a partir del día primero de diciembre del año en curso, habrá de asumir.

Por medio de la presente y con fundamento en el artículo 62 constitucional, solicito a la H. Cámara de Diputados, se me otorgue licencia para poder desempeñar un empleo en el gobierno del estado de Veracruz, a partir del día primero de diciembre del presente año.

Agradezco de antemano la atención a la presente.

Atentamente.

Dante Alfonso Delgado Rannauro, diputado federal por el X distrito electoral del estado de Veracruz.

El C. presidente: - Esta presidencia considera el asunto con el que se acaba de dar cuenta, como de urgente resolución. Se ruega a la secretaría consulte a la asamblea, si se le dispensan los trámites y si se somete a discusión y votación de inmediato.

El C. secretario Elíseo Rodríguez Ramírez: - Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensan todos los trámites y se pone a discusión y votación de inmediato. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Dispensados todos los trámites, señor presidente.

El C. presidente: - En consecuencia, se ruega a la secretaría poner a discusión los puntos de acuerdo.

El C. secretario Elíseo Rodríguez Ramírez: - Por disposición de la presidencia, se somete a discusión los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Se concede licencia al ciudadano diputado Dante Alfonso Delgado Rannauro, representante del X distrito del estado de Veracruz, para separarse de sus funciones como diputado federal, para desempeñar un cargo en la administración del gobierno del estado de Veracruz.

Segundo. Llámese al suplente Mario César Olvera de Gasparín.

Están a discusión los puntos de acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueban. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobados. Comuníquense.

INICIATIVA DE DIPUTADOS

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Edeberto Galindo Martínez.

El C. Edeberto Galindo Martínez: - Señor presidente, ¿no quisiera llamar la atención a los coordinadores que están discutiendo sobre la discusión de un tema, para que se reúnan en otra parte y pongan atención?, por favor, ¿es posible?

El C. presidente: - Proceda a la lectura por favor, ya están tomando nota.

El C. Edeberto Galindo Martínez: - La siguiente es una

INICIATIVA DE REFORMAS PARA LA LEY DE RESPONSABILIDADES PARA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

La corrupción es el parteaguas natural de todas las formas de poder monolítico. La corrupción envilece a los hombres y contamina a los pueblos. La corrupción ha llevado a la ruina a comunidades, que inclusive han perdido su soberanía por tolerar el desorden en la vida pública y la degradación moral de los individuos que no quisieron renunciar a sus apetitos de poder para satisfacer el ineludible deber, de atender el bien común.

Es muy doloroso decirlo; pero es necesario reconocer que en las esferas oficiales existe corrupción, cerrar los ojos a ellos es solaparla, esta es conocida fuera de nuestras fronteras, esta corrupción abrió las puertas a la crisis y a la deuda externa. El saqueo criminal de que ha sido víctima el pueblo, seguirá se implacable avance si no combatimos la corrupción de los servidores públicos.

Lo único que puede ayudar al pueblo a restituirle sus recursos y garantizarle en el futuro la integridad de su erario, es la participación del mismo pueblo en la vigilancia y fiscalización de la administración de su patrimonio. Ninguna ley funcionará sin esta importantísima participación ciudadana, por lo tanto, deben romperse los obstáculos que reprimen la denuncia popular, eliminándolos totalmente en la relación con la manifestación de bienes que los servidores públicos están obligados a presentar al entrar y salir de un cargo.

En las leyes de 1940 y 1980, la acción popular podía ejercerse sin complicaciones, simplemente acreditando actuar en beneficio del interés público y de buena fe, pero ahora, se suspende la valiosísima acción popular y para ejercer el derecho de denuncia, ordena lo hago bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de pruebas.

Antes, la presunción fundada en el ilícito de funcionarios públicos podía derivar de un conocimiento generalizado o del dominio público y la investigación y acopio de pruebas corría a cargo del Ministerio Público; ahora, la ley deja la carga de pruebas a presentar, al denunciante; abriendo las puertas a nuevos enfrentamientos entre denunciante y denunciado y no se hace nada para parar la impunidad de los señalados como sujetos de corrupción.

Tal situación se reduce al establecimiento de un condicionante que más suena a amenaza que a estímulo, que se complementa con el deliberado bloqueo de información.

Desde siempre, la situación patrimonial ha sido el índice más visible de la condición económica de las personas; por lo tanto, esa omisión parece otorgar carácter familiar, casi íntimo a las manifestaciones de bienes de funcionarios públicos. Deja a las dependencias receptoras, en completa discrecionalidad respecto a su uso, y despoja a los ciudadanos de uno de los elementos de juicio más evidentes sobre tal o cual funcionario que se enriqueció ilícitamente en el desempleo de su cargo, como sería el de poder cotejar sus dos declaraciones, la de entrada y la de salida.

Debe advertirse también, como negativa en la nueva ley de relación con la anterior, el haber establecido que las manifestaciones de "situación patrimonial" se haga en la Contraloría, que es una dependencia del Ejecutivo, que representa al Ejecutivo y no al representante por antonomasia de la sociedad, que es el Ministerio Público, quien incluso tiene a su cargo la función investigadora penal ante las autoridades judiciales.

Este inexplicable cambio que quiso justificarse por razones de eficacia administrativa, confirmado en muchos la idea de que este tipo de leyes no tiene más objeto que disfrazar la ausencia de voluntad real de moralizar la administración pública.

Atada así la participación popular para ejercer su derecho, a hacer eficaz la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, se hace urgentemente rectificarla.

Una Ley de Responsabilidades debe involucrar al pueblo en su permanente vigilancia y capacidad para reclamar el saqueo de sus recursos, debe ser una ley cuya titularidad de la acción corresponda al pueblo, sustituir al pueblo de su papel de custodio de su propio patrimonio, es traicionar el sentido más elemental de la titularidad de la soberanía.

Resumen

Las reformas y adiciones que proponemos al artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, tiene por objeto preservar el derecho de acción popular para la denuncia, por responsabilidades de servidores públicos, sin el discriminatorio agregado de exigir elementos de prueba a quien, desde luego, le resulte imposible aportarlas, aún cuando sí debe existir la presunción fundada o fama pública para presentar la denuncia. Es también propósito de esta modificación proteger al denunciante frente a cualquier posibilidad de ser acusado de calumnia, para lo que literalmente se recoge el mismo texto de la legislación anterior.

Consecuentemente también con el sentido reivindicatorio de, la acción popular, es la supresión de las facultades que la ley confiere a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para calificar la procedencia o improcedencia de la denuncia en las reformas que proponemos, su función se reduce a la simple verificación de los requisitos formales de la misma y deja - la substanciación del procedimiento al órgano apropiado y constituido para el efecto, como son las comisiones instructoras.

Por cuanto a la reforma y adición del artículo 79, esta se fundamenta en la aprobada necesidad de dar expresamente carácter público a las manifestaciones de la situación patrimonial de los servidores públicos, en orden a atender la única razón de ser de una manifestación de este carácter, o sea la relevancia pública y, en su caso, generar los elementos de prueba necesarios, rescatando de esta manera la reserva que se concede al Poder Ejecutivo para el manejo a discreción de esta información, que es y debe ser de interés público primario.

Por lo antes expuesto y con fundamento a lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento a la consideración de esta asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Que reforma y adiciona la Ley Federal de Responsabilidades de los Servicios Públicos.

Artículo primero. Se forma el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

Artículo 12. Se concede acción popular para hacer las denuncias por las conductas a que se refiere el artículo 7o. de esta Ley ante la Cámara de Diputados y por lo que toca a los gobernadores de los estados, diputados locales y magistrados de los tribunales de justicia locales, por las que determinan el párrafo segundo del artículo 5o., presentada la denuncia por escrito y notificada dentro de los tres días naturales, se turnará de inmediato con la documentación que la acompañe a las comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia, para que, verificado que sea el que la conducta atribuida corresponda a los enumerados por aquellos preceptos, y si el inculpado está comprendido entre los servidores públicos a que se refiere el artículo 2o., sea turnada la denuncia a la sección instructora de la Cámara, para la incoacción del procedimiento.

La persona que hubiere hecho la denuncia, no podrá ser castigada por el delito de calumnias si justificarse que hubo motivos fundados que lo llevaron a presentarla, y que obro en beneficio del interés público y no dolosamente.

Artículo segundo. Se reforma y adiciona el artículo 79 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:

Artículo 79. La secretaría llevará el registro de la situación patrimonial de los servidores públicos de conformidad con esta ley y demás disposiciones aplicables, dicho registro tendrá carácter público, y las manifestaciones requeridas por personas físicas y Morales se expedirá copia con cargo al solicitante.

TRANSITORIO

Artículo único. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, 27 de noviembre de 1986.

Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:

Diputado Edeberto Galindo Martínez, diputados: Javier Abreu Sierra, Carlos Arturo Acosta González, Juan Alcocer Bernal, Gonzalo Altamirano Dimas, Víctor Guillermo Alvarez Herrera, Pablo Alvarez Padilla, Consuelo Botello de Flores, Manuel María Bribiesca Castrejón, Alejandro Cañedo Benítez, Juan de Dios Castro Lozano, José Angel Conchello Dávila, Jaime Delgado Herrera, Franz Ignacio Espejel Muñoz, Cristóbal Figueroa Nicola, Edeberto Galindo Martínez, Jesús Galván Muñoz, Ricardo García Cervantes, Jesús González Schmal, María del Carmen Martínez de Ávila, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Salvador Landa Hernández, Federico Ling Altamirano, Héctor Mejía Gutiérrez, Ubaldo Mendoza Ortiz, Sergio Teodoro Meza López, María Esperanza Morelos Borja, Amado Olvera Castillo.

El C. presidente: - Túrnese a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia.

ELECCIÓN DE LA DIRECTIVA PARA DICIEMBRE

El C. presidente: - De conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica del Congreso

General de los Estados Unidos Mexicanos, se va a proceder a la elección de presidente y vicepresidente para el mes de diciembre, se ruega a los ciudadanos diputados pasen a depositar su cédula conforme se mencione su nombre.

(VOTACIÓN. ESCRUTINIO.)

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Señor presidente, el resultado del escrutando es el siguiente: Para la mesa directiva del mes de diciembre: presidente, un voto, Diego Valadés Ríos: vicepresidente Pastor Murguía González, Yrene Ramos Dávila, María del Carmen Jiménez de Avila, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Un voto para la siguiente planilla: presidente. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; Oñate Laborde, Juan Moisés Calleja García, Eliseo Rangel Gaspar, Miguel Eduardo Valle Espinosa, Heberto Castillo Martínez. Un voto para Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, vicepresidente, Edeberto Valente. Un voto para presidente Alejandro Gascón Mercado; vicepresidente, Rubén Aguilar Jiménez, Leopoldo de Gyves de la Cruz, José Camilo Valenzuela, Rosario Ibarra de Piedra, Manuel Terrazas Guerrero, Un voto presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Munguía González, Jaime Haro Rodríguez, María del Carmen Jiménez de Avila, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Un voto para presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Munguía González, Yrene Ramos Dávila, María Emilia Farías Mackey, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Un voto para presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Munguía González, Yrene Ramos Dávila, Gabriela Herrero Oliveros, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Un voto para presidente Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Murguía González, Yrene Ramos Dávila, María del Carmen Jiménez de Avila, Homero Díaz Mota, Nabor Camacho Nava. Un voto para presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza. Un voto para presidente, Rafael García Anaya; vicepresidente, Ricardo Regalado Hernández, Juan de Dios Castro Lozano, Oscar Aguirre Matute, Guilebaldo Flores del Angel y Jorge Díaz de León. Un voto para presidente, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos; vicepresidente, Juan José Castillo Mota, Edeberto Galindo Martínez, Armando Lazcano Montoya, Marciano Aguilar Mendoza, José Angel Conchello Dávila. Dos votos para presidente, David Jiménez González; vicepresidente, Pastor Murguia González, Yrene Ramos Dávila, María del Carmen Jiménez de Avila, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Tres votos para presidente. Gregorio Macías Rodríguez; vicepresidente, Pastor Murguía González, Yrene Ramos Dávila, María del Carmen Jiménez de Avila, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Cuatro votos para presidente, María Esther Scherman Leaño; vicepresidentes, Oswaldo Harris Muñoz, Güilberto Jenkin Nieves, Leopoldo Arturo Whaley Martínez, Andrés Ricardo Pascoe Pierce, María Emilia Farías Mackey. Cinco votos para presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Murguia González, Yrene Ramos Dávila, Rebeca Arenas García, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. Seis votos para presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Murguía González, Yrene Ramos Dávila, Adner Pérez de la Cruz, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava. 21 abstenciones. 237 votos a favor de la siguiente planilla: presidente Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Munguía González, Yrene Ramos Dávila, María del Carmen Jiménez de Avila, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava.

El C. presidente: -Se declara que ha sido electos para integrar la mesa directiva para el mes de diciembre, los siguientes ciudadanos diputados: presidente, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza; vicepresidente, Pastor Murguía González, Yrene Ramos Dávila, María del Carmen Jiménez Avila, Vicente Calvo Vázquez y Nabor Camacho Nava. (Aplausos.)

MINUTAS DEL SENADO

LEY ORGÁNICA DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez:

«CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados.

Presente

Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente que contiene la minuta proyecto de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestras atenta y distinguida consideración.

México D. F., a 26 de noviembre de 1986.

Senador Fernando Mendoza Contreras, secretario; senadora Norma Elizabeth Cuevas Melken, secretaria.

El mismo C. secretario:

MINUTA

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL EJERCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

TITULO PRIMERO

Misiones generales

CAPITULO ÚNICO

Artículo 1o. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, son instituciones armadas permanentes que tienen las misiones generales siguientes:

I. Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación;

II. Garantizar la seguridad interior;

III. Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas;

IV. Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país; y

V. En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas.

Artículo 2o. Las misiones enunciadas, podrán realizarlas el Ejército y la Fuerza Aérea, por sí o en forma conjunta con la Armada o con otras dependencias de los Gobiernos Federal, estatales o municipales, todo, conforme lo ordene o lo apruebe el Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales.

Artículo 3o. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos deben ser organizados, adiestrados y equipados conforme a los requerimientos que reclame el cumplimiento de sus misiones.

TITULO SEGUNDO

Integración del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

CAPITULO ÚNICO

Artículo 4o. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos están integrados por:

I. Los Mexicanos que presentan sus servicios en las instituciones armadas de tierra y aire, sujetos a las leyes y reglamentos militares;

II. Los recursos que la nación pone a su disposición; y

III. Edificios e instalaciones.

Artículo 5o. Los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, por norma constitucional pertenecen al servicio militar voluntario o al servicio militar nacional.

Artículo 6o. Los mexicanos que decidan prestar sus servicios en las instituciones armadas de tierra y aire, en forma voluntaria, firmarán un contrato manifestando su conformidad para permanecer en dichas fuerzas armadas por un tiempo determinado.

Artículo 7o. Los mexicanos que integran el servicio militar nacional, durante su permanencia en el activo de las fuerzas armadas, quedarán sujetos a las leyes, reglamentos y disposiciones militares.

Artículo 8o. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para sostener a sus tropas y el cumplimiento de sus misiones, cuenta con los recursos que el Presupuesto de Egresos de la Federación les asigna.

Artículo 9o. Los edificios e instalaciones en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, están destinados para que en ellos se llevan a cabo funciones de administración y organización, así como para el alojamiento, preparación y operación de las tropas.

TITULO TERCERO

Niveles de mando en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

CAPITULO I

Artículo 10. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos conforman una organización que realiza sus operaciones mediante una estructura jerárquica que comprende los siguientes niveles de mando:

I. Mando supremo;

II. Alto mando;

III. Mandos superiores; y

IV. Mandos de unidades.

CAPITULO II

Mando Supremo

Artículo 11. El mando supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, corresponde al

Presidente de la República, quien lo ejercerá por sí o a través del Secretario de la Defensa Nacional; para el efecto, durante su mandato se le denominará Comandante Supremo de la Fuerzas Armadas.

Artículo 12. Cuando se trate de operaciones militares en las que participen elementos de más de una fuerza armada o de la salida de tropas fuera del territorio nacional, el Presidente de la República ejercerá el mando supremo por conducto de la autoridad militar que juzgue pertinente.

Artículo 13. El Presidente de la República dispondrá del Ejército y Fuerza Aérea, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 14. Son facultades del mando supremo:

I. Nombrar al Secretario de la Defensa Nacional;

II. Nombrar al subsecretario; al oficial mayor; al inspector y contralor general del Ejército y Fuerza Aérea; al jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional; al procurador general de Justicia Militar y al presidente así como a los magistrados del Supremo Tribunal Militar;

III. Nombrar al jefe del Estado Mayor Presidencial;

IV. Nombrar a los comandantes de los mandos superiores;

V. Nombrar a los comandantes de las unidades de tropa y a los comandantes de los cuerpos especiales;

VI. Nombrar a los directores u jefes de departamento de la Secretaría de la Defensa Nacional;

VII. Nombrar a los demás funcionarios que determine;

VIII. Autorizar la división militar del territorio nacional y la distribución de las fuerzas; y

IX. Autorizar la creación de nuevas unidades para el Ejército y Fuerza Aérea; armas y servicios; nuevos establecimientos de educación militar o nuevos cuerpos especiales.

Artículo 15. El Presidente de la República dispondrá de un Estado Mayor Presidencial, órgano técnico militar que lo auxiliará en la obtención de información general; planificará sus actividades personales propias del cargo y las prevenciones para su seguridad y participará en la ejecución de actividades procedentes, así como en las de los servicios conexos, verificando su cumplimiento.

Se organizará y funcionará de acuerdo con el reglamento respectivo.

CAPITULO III

Alto Mando

SECCIÓN PRIMERA

Artículo 16. El alto mando del Ejército y Fuerza Aérea lo ejercerá e Secretario de la Defensa Nacional, el cual será un general de división del Ejército, hijo de padres mexicanos; y que, con objeto de establecer distinción respecto del resto de militares del mismo grado, se le denominará solamente general.

Artículo 17. El Secretario de la Defensa Nacional, de conformidad con las instrucciones que reciba del Presidente de la República, es el responsable de organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a las fuerzas armadas de tierra y aire.

Artículo 18. En las faltas temporales del Secretario de la Defensa Nacional, el subsecretario ocupará el mando y en las faltas de este, el oficial mayor, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 12 de esta ley.

Artículo 19. El subsecretario y el oficial mayor, son auxiliares inmediatos de alto mando para el desempeño de las funciones señaladas en esta ley. Para el efecto, el Secretario de la Defensa Nacional, asignará a cada funcionario, las áreas en las cuales se haga necesario su desempeño.

Artículo 20. Para el cumplimiento de las funciones del alto mando, la Secretaría de la Defensa Nacional se constituye en Cuartel General Superior del Ejército y Fuerza Aérea.

SECCIÓN SEGUNDA

Órganos de Alto Mando

Artículo 21. El alto mando, para el cumplimiento de sus funciones, contará con los siguientes órganos:

I. Estado Mayor de la Defensa Nacional;

II. Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea.

III. Órganos del Fuero de Guerra: y

IV. Direcciones Generales de la Secretaría de la Defensa Nacional. Estado Mayor de la Defensa Nacional

Artículo 22. El Estado Mayor de la Defensa Nacional es el órgano técnico operativo, colaborador inmediato del alto mando, a quien auxilia en la planeación y coordinación de los asuntos relacionados con la defensa nacional y con la organización, adiestramiento, operación y desarrollo de las fuerzas armadas de tierra y aire y transforma las decisiones en directivas, instrucciones y órdenes, verificando su cumplimiento.

Artículo 23. El Estado Mayor de la Defensa Nacional estará formado por personal diplomado del Estado Mayor perteneciente al Ejército y Fuerza Aérea y por aquel otro que sea necesario.

Inspección y Controlaría General del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 24. La Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea es el órgano encargado de la supervisión, fiscalización y auditoría del personal, material, animales e instalaciones y financieros, así como del adiestramiento de los individuos y de las unidades.

Artículo 25. La Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea, se integrará con personal del Ejército y Fuerza Aérea. Órganos del Fuero de Guerra

Artículo 26. El Fuero de Guerra es competente para conocer de los delitos y las faltas contra la disciplina militar de acuerdo como lo establece el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 27. Los Órganos del Fuero de Guerra conocerán de los delitos en los términos que establece el Código de Justicia Militar.

Artículo 28. Los Órganos del Fuero de Guerra son:

I. Supremo Tribunal Militar;

II. Procuraduría General de Justicia Militar; y

III. Cuerpo de Defensores de Oficio.

Artículo 29. La organización y funcionamiento del Supremo Tribunal Militar, Procuraduría General de Justicia Militar y Cuerpo de Defensores de Oficio, quedan establecidos en el Código de Justicia Militar.

Artículo 30. Los cargos que desempeña el personal que integran las dependencias del Supremo Tribunal Militar, son incompatibles con cualquier otro en el Ejército y Fuerza Aérea, en la Secretaría de la Defensa Nacional y en dependencias de los gobiernos federal, estatales y municipales.

Artículo 31. Los consejos de honor y las superiores jerárquicos y de cargo conocen de las faltas en contra de la disciplina militar en los términos que establezcan las leyes y reglamentos.

Direcciones Generales de la Secretaría de la Defensa Nacional

Artículo 32. Las direcciones Generales de las armas, de los servicios y de otras funciones administrativas de la Secretaría de la Defensa Nacional, tendrán a su cargo las actividades relacionadas con el asesoramiento al alto mando y la dirección, manejo y verificación de todos los asuntos militares no incluidos en los de carácter táctico o estratégico, que tiendan a la satisfacción de la moral militar y de las necesidades sociales y materiales del Ejército y Fuerza Aérea; de acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional u ordenamiento que haga sus veces.

CAPITULO IV

Mandos Superiores

Artículo 33. Los mandos superiores, según su función, se dividen en operativos y de servicio.

SECCIÓN PRIMERA

Artículo 34. Los mandatos superiores operativos recaerán en:

I. El comandante de la Fuerza Aérea.

II. En los comandantes de regiones militares;

III. En los comandantes de zonas militares;

IV. En los comandantes de las grandes unidades terrestres o aéreas;

V. En los comandantes de unidades conjuntas o combinadas; y

VI. En los comandantes de las unidades circunstanciales que el alto mando determine implementar.

Artículo 35. El Secretario de la Defensa Nacional ejercerá el mando de las fuerzas a través del comandantes de la Fuerza Aérea, de los comandantes de las regiones militares, de las zonas militares y de los comandantes militares, sin perjuicio de ejercerlo directamente, cuando así sea requerido por motivos del servicio.

Artículo 36. Las regiones de unidades militares se integran con una o más zonas militares, atendiendo a necesidades estratégicas, y estarán al mando de un comandante, con el grado de general de división de brigada, procedente de arma.

Artículo 37. Las zonas militares se establecen, atendiendo en principio a la división política del país y hasta donde es posible en áreas geográficas definidas que faciliten la conducción de operaciones militares, la determinación de responsabilidades y a la vez una eficaz administración.

Artículo 38. Las zonas militares se integran con organismos de Ejército y Fuerza Aérea que se encuentran dentro de su jurisdicción. Se dividen en sectores y subsectores militares en los que radican unidades del ejército, pidiendo encontrarse comandancias de guarnición y bases aéreas, que en todo caso estarán subordinadas al comandante de la zona militar correspondiente.

Es facultad de los comandantes de las zonas asignar el mando de los sectores y subsectores militares entre los comandantes de unidades del ejército de su jurisdicción, que estimen pertinentes.

Artículo 39. Si en un sector se haya ubicada una base o instalación de otra fuerza armada, los comandantes de estas ejercerán su autoridad solamente dentro de la jurisdicción que los ordenamientos legales les asignen.

Artículo 40. Cuando sea necesario reunir en forma permanente conjuntos orgánicos de diversas armas y servicios, el mando de estos conjuntos estará a cargo de un comandante, con el grado de general, procedente de alguna de las armas del ejército.

Artículo 41. En caso de que dos o más unidades administrativas tipo batallón o superior, deban conjuntar sus esfuerzos o combinar sus acciones para cumplir una misión, éstas deberán sujetarse a un solo mando, el que estará a cargo de un general del ejército procedente de arma.

Artículo 42. Cuando se requiera reunir unidades de armas y servicios, con la finalidad de auxiliar a la población civil, realizar actividades cívicas y obras sociales o en casos de emergencias y desastres las tropas asignadas a cada misión, estarán al mando de un militar de la clase de arma.

Artículo 43. El comandante de la Fuerza Aérea y los comandantes de regiones militares, zonas militares y grandes unidades, dispondrán de un Cuartel General, según sus planillas, conforme a su nivel jerárquico; los estados mayores que formen parte de estos cuarteles generales estarán subordinados técnicamente a los estados mayores de la Defensa Nacional y Aéreo, según corresponda.

SECCIÓN SEGUNDA

Artículo 44. Los mandos superiores de los servicios recaen en los comandantes de los agrupamientos logísticos y administrativos y serán ejercidos por generales procedentes de arma o servicio.

A través de los mandos superiores de los servicios, el Secretario de la Defensa Nacional ordenará las acciones logísticas para satisfacer las necesidades que reclama la operación del Ejército y Fuerza Aérea.

CAPITULO V

Mandos de Unidades

Artículo 45. Los organismos constituidos por tropas del Ejército y Fuerza Aérea, estructurados internamente en dos o más escalones, equipados y adiestrados para cumplir misiones operativas en el combate y que funcionan esencialmente bajo normas tácticas en el cumplimiento de sus misiones, reciben el nombre de unidades.

artículo 46. Las unidades del Ejército y Fuerza Aérea, pueden ser de arma, vuelo o de servicio.

Artículo 47. Los mandos operativos de cualquier nivel jerárquico serán ejercidos por militares de arma o pilotos aviadores, según corresponda.

Artículo 48. A los militares de servicio corresponde el mando de las unidades que forman parte de los servicios del Ejército y Fuerza Aérea y quedarán subordinados al comandante de la unidad o dependencia a la cual hayan sido asignados orgánicamente o en refuerzo.

Artículo 49. En las unidades de combate constituidas por elementos de las armas y servicios, el mando y la sucesión del mismo, corresponderá a los militares de arma, igual norma se aplicará en las organizaciones aéreas, respecto a los pilotos aviadores.

Artículo 50. En los casos en que no hubiere militares con la graduación requerida para ejercer el mando de las unidades de arma, servicio o de la Fuerza Aérea, el alto mando designará a quien deba ejercerlo.

Artículo 51. En los casos de la sucesión del mando por faltas temporales del titular, el militar de arma de más alta graduación lo ejercerá; en caso de encontrarse dos o más militares de arma de la misma graduación, lo ejercerá el de mayor antigüedad.

Artículo 52. El funcionamiento, la estructura y las planillas orgánicas de cada unidad, dependencia o instalación del Ejército y Fuerza Aérea, serán establecidos por los reglamentos y manuales respectivos.

TITULO CUARTO

Composición del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

CAPITULO I

Artículo 53. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos desarrollan sus acciones de defensa nacional en forma conjunta y se mantienen unidas en una sola dependencia.

Está compuesta por: Unidades de combate, unidades de los servicios, cuerpos especiales, cuerpos de defensas rurales y establecimientos de educación militar.

CAPITULO 11

Composición del Ejército Mexicano

Artículo 54. El Ejército Mexicano se compone de unidades organizadas y adiestradas para las operaciones militares terrestres y está constituido por armas y servicios.

Artículo 55. Las armas son los componentes del Ejército Mexicano cuya misión principal es el combate, el que será ejecutado por cada una de ellas en función de como combinen el armamento, la forma preponderante de desplazarse, su poder de choque y forma de trabajo.

Artículo 56. Las armas del Ejército Mexicano son:

I. Infantería;

II. Caballería;

III. Artillería;

IV. Blindada; e

V. Ingenieros.

Artículo 67. Las armas del Ejército se organizarán en unidades, las que se clasifican en pequeñas y grandes unidades.

I. Las pequeñas unidades se constituyen con mando y órganos de mando, elementos o unidades de una sola arma y de los servicios que le sean necesarios según proceda. Las pequeñas unidades son: Escuadras: pelotones; secciones; compañías, escuadrones o baterías, grupos; y batallones o regimientos.

II. Las grandes unidades se constituyen con mando y órganos de mando, unidades de dos o más armas y de los servicios que se requieran. Las grandes unidades son: Brigadas divisiones y cuerpos de Ejército.

Artículo 58. Los servicios del Ejército tienen la misión, composición y funciones que les señala la parte correspondiente del capítulo IV del presente título.

CAPITULO III

Composición de la Fuerza Aérea Mexicana.

Artículo 59. La Fuerza Aérea Mexicana se compone de unidades organizadas, equipadas y adiestradas para las operaciones militares aéreas y está constituida por:

I. Comandancia de la Fuerza Aérea;

II. Estado Mayor Aéreo;

III. Unidades de Vuelo;

IV. Tropas Terrestres de la Fuerza Aérea; y

V. Servicios.

Artículo 60. El mando de la Fuerza Aérea recae en un general piloto aviador, al que se denominará comandante de la Fuerza Aérea, quien será responsable de la operación y administración de la misma, así como del empleo de sus unidades, de conformidad con las directivas, instrucciones, órdenes y demás disposiciones del Secretario de la Defensa Nacional.

Artículo 61. El Estado Mayor Aéreo es el órgano técnico colaborador inmediato del comandante de la Fuerza Aérea, a quien auxilia en la planeación y coordinación de las misiones que le sean conferidas y transforma las decisiones en

órdenes, directivas e instrucciones verificando su cumplimiento.

Artículo 62. El Estado Mayor Aéreo, estará formado por pilotos aviadores diplomados de Estado Mayor Aéreo, así como de aquel otro personal que le sea necesario.

Artículo 63. Las unidades de vuelo son los componentes de la Fuerza Aérea, cuya misión principal es el combate aéreo y las operaciones conexas, y que actúan en la forma peculiar que les impone la misión y el material de vuelo de que están dotadas.

Artículo 64. Las unidades de vuelo se clasifican en pequeñas y grandes unidades y se constituyen con mando, órganos de mando, unidades de uno o varios tipos de material de vuelo y de los servicios que les sean necesarios.

I. Las pequeñas unidades de vuelo son las escuadrillas y los escuadrones.

II. Las grandes unidades de vuelo son los grupos, las alas y las divisiones. Se organizarán además unidades de búsqueda y rescate, dotadas del material aéreo apropiado, para realizar las actividades de localización, hallazgo y retorno a la seguridad, tanto de las personas víctimas de las operaciones y de accidentes aéreos u otra clase de desastre, como de los objetos que por su naturaleza lo ameriten.

Artículo 65. Las tropas terrestres de la Fuerza Aérea son pequeñas unidades de arma y se constituyen con mando, órganos de mando, unidades y los servicios que sean necesarios, y comprenden escuadras, pelotones, secciones, compañías y batallones. Estarán destinadas fundamentalmente a actividades de protección de instalaciones aéreas.

Artículo 66. Los servicios de la Fuerza Aérea tienen la misión, composición y funciones que les señala la parte correspondiente del capítulo IV del presente título.

CAPITULO IV

Los Servicios

Disposiciones Comunes

Artículo 67. Los servicios son componentes del Ejército y Fuerza Aérea, que tienen como misión principal, satisfacer necesidades de vida y operación, por medio del apoyo administrativo y logístico, formando unidades organizadas, equipadas y adiestradas para el desarrollo de estas actividades.

Los servicios quedan constituidos por órganos de dirección y órganos de ejecución.

Artículo 68. Los Servicios del Ejército y Fuerza Aérea son:

I. Ingenieros;

II. Cartográfico;

III. Transmisiones;

IV. Materiales de Guerra;

V. Transportes;

VI. Administración;

VII. Intendencia;

VIII. Sanidad;

IX. Justicia;

X. Veterinaria y Remonta;

XI. Meteorológico;

XII. Control de Vuelo; y

XIII. Material Aéreo.

Artículo 69. Los órganos de dirección de los servicios están constituidos en todos los escalones, por los directores y jefes de los mismos, quienes ejercen autoridad técnica sobre todo los elementos subordinados en el escalón correspondiente y mando técnico, operativo y administrativo, en las unidades e instalaciones no encuadradas.

Artículo 70. Los órganos de dirección de cada servicio serán en la Secretaría de la Defensa Nacional; direcciones generales, direcciones o departamentos; y en las regiones militares, zonas militares, bases aéreas, unidades o dependencias: Jefaturas.

Artículo 71. Los directores y jefes de los servicios serán los asesores en los escalones correspondientes de los mandos, de los estados mayores y de los grupos de comando para el adecuado empleo de sus respectivos servicios.

Artículo 72. Los comandantes de las unidades y formaciones de los servicios, encuadrados en unidades de combate del Ejército y Fuerza Aérea y de otros servicios, asumirán la jefatura de servicio en los cuarteles generales o grupos de comando en los que no exista una jefatura orgánica.

Artículo 73. Los órganos de ejecución de los servicios, tienen por misión llevar a cabo las actividades propias de cada uno de ellos, y a tal fin, constituirán, según el caso, unidades que puedan integrar dependencias, formaciones móviles, semimóviles, fijas e instalaciones diversas que incluyan parques, talleres de mantenimiento, almacenes, depósitos, laboratorios y las demás necesarias para sus funciones.

Artículo 74. Los servicios podrán organizarse en equipos, escuadras, pelotones, secciones, compañías y batallones, exceptuando al de justicia que adoptará su organización de acuerdo con sus necesidades.

Artículo 75. Las direcciones generales, direcciones y departamentos, previa autorización del Secretario de la Defensa Nacional, mantendrán estrecha colaboración con órganos afines, oficiales y particulares, a efecto de obtener los datos necesarios que sirvan de fundamento a sus informes y opiniones de carácter técnico, para controlar las obras, instalaciones y organizaciones de la misma naturaleza, cuya importancia lo amerite desde el punto de vista militar y para llevar a cabo investigaciones en los campos científico y tecnológico, relativas a sus respectivos servicios.

Servicio de Ingenieros

Artículo 76. El Servicio de Ingenieros es parte integrante del arma de ingenieros, y será dirigido por el director general de dicha arma.

Artículo 77. El Servicio de Ingenieros, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 56, fracción V de esta ley tendrá a su cargo la ejecución de los trabajos de ingeniería necesarios al Ejército y Fuerza Aérea, así como el abastecimiento del material de guerra de ingenieros que demanden esas fuerzas armadas y además realizará las actividades siguientes:

I. Recibir, fabricar, almacenar, abastecer, evacuar, mantener, reparar, recuperar y controlar equipo y material de guerra de ingenieros para satisfacer las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea, así como construir, reparar, mantener y adaptar los edificios y demás instalaciones destinadas a los mismos;

II. Planear la construcción y la conservación de obras de fortificación, enmascaramiento, vías de comunicación terrestre y la infraestructura para la Fuerza Aérea;

III. Elaborar planes de destrucción y demolición, y ponerlos en ejecución, en su caso;

IV. Planear y ejecutar trabajos contra incendio y control de daños, en instalaciones militares o en áreas bajo control militar.

V. Localizar y aprovechar agua para necesidades militares, en coordinación cuando proceda, con los servicios de sanidad e intendencia, en lo relativo a su potabilidad y distribución a las tropas, respectivamente; y

VI. Construcción, operación y conservación de instalaciones para el manejo de energéticos con fines militares.

Servicio Cartográfico.

Artículo 78. El servicio Cartográfico tendrá a su cargo todos los trabajos de este tipo y los geodésicos, topográficos y fotogramétricos, así como la producción y el abastecimiento de cartas, mapas, mosaicos aéreos y material similar para el Ejército y Fuerza Aérea. Estas actividades podrán coordinarse con otros órganos oficiales semejantes.

Artículo 79. El director del servicio Cartográfico será un general procedente de arma.

Servicio de Transmisiones

Artículo 80. El servicio de transmisiones tendrá a su cargo la instalación, operación y mantenimiento de los medios necesarios para mantener una comunicación eficiente y oportuno entre el alto mando y las unidades del Ejército y Fuerza Aérea, en cualquier tiempo y circunstancia, además realizará las siguientes actividades:

I. Recibir, fabricar, almacenar, abastecer, evacuar, mantener, reparar, recuperar y controlar equipo y material del servicio de transmisiones, para satisfacer las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea;

II. Planear, organizar, instalar, operar y conservar los sistemas de telecomunicaciones para las necesidades militares, incluida la explotación y adaptación de las instalaciones civiles que queden bajo control, militar; y

III. Auxiliar a los mandos en todos los niveles, en el empleo, operación y conservación de los medios de transmisión a cargo de dichas unidades, y en la capacitación del personal de las armas y de otros servicios encargados de tales medios.

Artículo 81. El director del servicio de transmisiones será un general perteneciente a dicho servicio

Servicio de Materiales de Guerra.

Artículo 82. El servicio de materiales de guerra, tendrá a su cargo el abastecimiento de armamentos, municiones, armamento para los vehículos de combate e instrumentos de control de tiro,

ç

necesarios al Ejército y Fuerza Aérea y de los materiales del propio Servicio y además realizará las actividades siguientes:

I. Recibir, diseñar, almacenar, abastecer, evacuar, mantener, reparar, recuperar y controlar los materiales de guerra del Ejército y Fuerza Aérea y los materiales propios del servicio;

II. Fijar normas técnicas para el armamento;

III. Intervenir en las actividades de control de daños en puestos militares, localidades y áreas bajo control militar, en coordinación con otros servicios; desorganizar y en su caso destruir las bombas y proyectiles no explotados; y

IV. Apoyar a otros servicios en la instalación, operación y mantenimiento de equipos industriales y otros de su especialidad, en edificios, bases, campos y establecimientos militares o bajo control militar; y a la Defensa Nacional.

Artículo 83. El director del servicio de materiales de guerra será un general ingeniero industrial.

Servicio de Transportes

Artículo 84. El servicio de transportes tendrá a su cargo, proporcionar al Ejército y Fuerza Aérea los vehículos de empleo general y los de utilización del propio servicio, abastecerlos de partes y refacciones; así como de máquinas e instrumentos especiales para garantizar su operación y mantenimiento, y además realizará las actividades siguientes:

I. Organizar, coordinar y dirigir todas las actividades relativas al transporte de personal, tropas y materiales de toda naturaleza, excepto los transportes que tengan finalidades netamente tácticas;

II. Organizar, emplear y operar los transportes terrestres, fluviales y lacustres, pertenecientes al Ejército y con el apoyo de la Fuerza Aérea, utilizar los transportes aéreos; cuando la autoridad que en su caso corresponda ordene el apoyo de la Armada, empleará los transportes de la misma;

III. Utilizar medios de transporte civiles para necesidades militares y operar los terrestres únicamente cuando ambos hayan sido puestos legalmente bajo control militar, o se hayan celebrado contratos o convenios con sus propietarios;

IV. Organizar, emplear y operar unidades de transporte de tracción animal o a lomo, en áreas donde se requieran, en coordinación con el servicio de veterinaria y remonta por lo que toca al abastecimiento y conservación del ganado respectivo;

V. Expedir órdenes de pasaje y fletes en todos los medios de transporte de que se disponga, para los individuos y para las unidades.

VI. Diseñar, fabricar, recibir, almacenar, abastecer, evacuar, mantener, reparar y controlar, material automóvil; de tracción animal y el equipo propio del servicio de transportes para satisfacer las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea; y

VII. Recibir, almacenar y abastecer de combustibles y lubricantes a las unidades y vehículos automóviles, del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 85. El director del servicio de transportes, será un general procedente de arma.

Servicio de Administración

Artículo 86. El servicio de administración tendrá a su cargo las actividades administrativas del Ejército y Fuerza Aérea que siguen:

I. Contabilizar y glosar, en el aspecto interno, el presupuesto anual aprobado de la Secretaría de la Defensa Nacional;

II. Aplicar de acuerdo con las normas legales, los procedimientos para el pago de haberes y demás emolumentos, centralizar y ejecutar la auditoría de la contabilidad de todos los órganos administrativos de las unidades, dependencias e instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea;

III. Llevar a cabo de conformidad con las leyes y reglamentos respectivos, la adquisición de todos los artículos que demanden las necesidades de vida y las operaciones del Ejército y Fuerza Aérea, de acuerdo con las especificaciones técnicas que para cada caso correspondan;

IV. Mantener al corriente la estadística militar, con base en los datos que le proporcionen todas las dependencias del Ejército y Fuerza Aérea. Establecer las normas técnicas a ser observadas para estos fines; y

V. Proporcionar personal especialista para la administración de las unidades, dependencias e instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 87. El director del servicio de administración será un general perteneciente a dicho servicio.

Servicio de la Intendencia

Artículo 88. El servicio de intendencia tendrá a su cargo el abastecimiento de los medios necesarios para satisfacer las necesidades de vida de los componentes del Ejército y Fuerza Aérea; y además realizará las actividades siguientes:

I. Abastecer a las tropas con todo lo necesario para su alimentación, incluyendo forrajes y otros alimentos para el ganado y demás animales de uso en organizaciones militares; esto último en coordinación con el servicio de veterinaria y remonta;

II. Abastecer al Ejército y Fuerza Aérea de vestuario y equipo individual y colectivo, material de campamento y dormitorio, de comedor y cocina, oficina y peluquería; mobiliario en general; combustibles y lubricantes, excepto los manejados por los servicios de transportes y del material aéreo; y artículos que por su naturaleza y finalidad, no sean exclusivos de otros servicios;

III. Abastecer de agua a las tropas para todos los usos requeridos;

IV. Atender a la conservación y recuperación de los artículos que abastezca;

V. Organizar y desarrollar actividades de lavandería, servicio de baños y de otras similares en campaña; y

VI. Fabricar, producir, adquirir, y almacenar los abastecimientos de su responsabilidad.

Artículo 89. El director del servicio de intendencia, será un general perteneciente a dicho servicio.

Servicio de Sanidad

Artículo 90. El servicio de sanidad tendrá a su cargo la prevención y profilaxis de las enfermedades de los miembros del activo del Ejército y Fuerza Aérea; la pronta recuperación de los efectivos de dichas fuerzas armadas y, en su caso la atención médico quirúrgica integral de los militares en retiro y de los derechohabientes de los militares en activo y en retiro, en los términos que señalan las leyes relativas a seguridad social para los miembros de las fuerzas armadas. Además realizará las actividades siguientes:

I. Seleccionar y clasificar al personal militar desde los puntos de vista físico y psicobiológico;

II. Conservar la salud del mismo personal mediante el control sanitario, la prevención de enfermedades y la atención médica, quirúrgica y odontológica; intervenir respecto a la alimentación en coordinación con el servicio de intendencia y con el de veterinaria y remonta por lo que toca a la inspección de los alimentos de origen animal;

III. Llevar a cabo actividades para el control de epidemias o plagas y para la descontaminación de elementos, áreas e instalaciones en coordinación con otros servicios según sea necesario;

IV. Fabricar, recibir, almacenar, abastecer, reparar, mantener, recuperar y controlar el material y equipo que maneja el servicio para sus necesidades propias y las del Ejército y Fuerza Aérea; y

V. Asesorar el adiestramiento en la impartición de primeros auxilios, de los integrantes del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 91. El director del servicio de sanidad será un general médico cirujano.

Servicio de Justicia

Artículo 92. El servicio de justicia tendrá a su cargo la procuración y la administración de la justicia por los delitos del fuero de guerra y vigilar el cumplimiento de las penas impuestas por las dependencias encargadas de administrar la justicia; el asesoramiento a la Secretaría de la Defensa Nacional en asuntos técnico jurídicos; y además realizará las actividades siguientes:

I. Llevar a cabo la administración del personal del servicio;

II. Organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de las prisiones militares, unidades disciplinarias y otras dependencias e instalaciones similares;

III. Vigilar que los límites procesados y sentenciados, conserven su capacidad física y la profesional en su caso, hasta su reincorporación a las actividades militares o civiles;

IV. Tramitar los cambios de prisión, las prorrogas de jurisdicción y las solicitudes de indulto;

V. Participar en la elaboración de proyectos de leyes y reglamentos relativos a la administración de la justicia militar;

VI. Tramitar lo necesario respecto a retiros y pensiones en la parte que compete a la Secretaría de la Defensa Nacional, de conformidad con las leyes de la materia; y

VII. Practicar los estudios sobre recompensas a los militares.

Artículo 93. El director del servicio de justicia, será un general licenciado en derecho, de dicho servicio.

Servicio de Veterinaria y Remonta

Artículo 94. El servicio de veterinaria y remonta tendrá a su cargo la prevención y profilaxis de las enfermedades del ganado y de otros animales que utilice el Ejército, conservar y

recupera la salud de los mismos y abastecer a dicha fuerza armada de ganado equino, domado y seleccionado para silla, carga o tiro y además realizará las actividades siguientes:

I. Dictaminar técnicamente sobre la adquisición, alta, baja y desecho de ganado caballar, mular y de otras especies;

II. Formular las estadísticas medicozootécnicas, así como las cartas epizooticas y de los recursos alimenticios de origen animal de la República;

III. Organizar, controlar, fomentar y mejorar la cría del ganado equino;

IV. Llevar a cabo la inspección sanitaria de los alimentos de origen animal y de los forrajes, estableciendo las raciones específicas para el ganado; y

V. Recibir, almacenar, abastecer, reparar, mantener, recuperar y controlar el material y equipo que maneja el servicio para satisfacer las necesidades del Ejército y las suyas propias.

Artículo 95. El jefe del servicio de veterinaria y remonta será un coronel médico veterinario.

Servicio Meteorológico

Artículo 96. El servicio meteorológico tendrá a su cargo proporcionar al Ejercicio y Fuerza Aérea, la información meteorológica, así como el resultado de los estudios sobre la materia que requieran. Estas actividades podrán coordinarse con las de otras organismos oficiales semejantes. Además realizará la recepción, abastecimiento, instalación, operación y mantenimiento de material del servicio.

Artículo 97. El servicio meteorológico, operará bajo la supervisión de la comandancia de la Fuerza Aérea y su director será un general perteneciente a dicho servicio.

Servicio de Control de Vuelo

Artículo 98. El servicio de control de vuelo tendrá a su cargo, despachar y coordinar los vuelos de las aeronaves del Ejército y Fuerza Aérea, así como establecer las medidas técnicas que garanticen la seguridad del vuelo. Estas actividades podrán coordinarse con las de otros órganos oficiales semejantes. Cuando así se requiera, constituirá parte de la infraestructura del sistema de control de operaciones de defensa y de apoyo aéreo táctico.

Artículo 99. El servicio de control de vuelo, operará bajo la supervisión de la comandancia de la Fuerza Aérea y su director será un general piloto aviador.

Servicio del Material Aéreo

Artículo 100. El servicio del material aéreo tendrá a su cargo, el abastecimiento y mantenimiento del material de vuelo y de aquel otro que le es característico, y además realizará las actividades siguientes:

I. Diseñar, fabricar, recibir, almacenar, mantener, evacuar y recuperar el material de vuelo, así como aquel otro característico de la Fuerza Aérea y del propio servicio; y

II. Recibir, manejar, almacenar y distribuir los combustibles y lubricantes de la Fuerza Aérea.

Artículo 101. El servicio del material aéreo, dependerá de la Fuerza Aérea y su director será un general piloto aviador.

CAPITULO V

Cuerpos Especiales

Disposiciones Comunes

Artículo 102. Los cuerpos especiales del Ejército y Fuerza Aérea quedan constituidos por los organismos que tienen asignadas misiones, para cuyo cumplimiento sus componentes deben poseer conocimientos y preparación específicos para el manejo de los medios de materiales de que están dotados y para la aplicación de la técnica o táctica que corresponda.

Artículo 103. Los cuerpos especiales del Ejército y Fuerza Aérea son:

I. Cuerpo de Guardias Presidenciales;

II. Cuerpo de Aerotropas;

III. Cuerpo de Policía Militar; y

IV. Cuerpo de Música Militar.

Cuerpo de Guardias Presidenciales

Artículo 104. El cuerpo de guardias presidenciales, es un organismo que sujeto a las leyes y reglamentos militares tiene por misión garantizar la seguridad y demás instalaciones conexas, así como rendirle los honores correspondientes aisladas o conjuntamente con otras unidades de conformidad con las disposiciones reglamentarias.

Artículo 105. El cuerpo de guardias presidenciales estará constituido por mando, órganos de mando y el número de unidades de las armas y servicios que sean necesarios, cuyos efectivos serán fijados por el Presidente de la República. Sus unidades dependerán, en el aspecto administrativo, de la Secretaría de la Defensa Nacional y en cuanto al desempeño de sus servicios, del Presidente de la República, por conducto del Estado Mayor Presidencial. Cuerpo de Aerotropas

Artículo 106. El cuerpo de aerotropas estará formado por unidades organizadas, equipadas y adiestradas para llevar a cabo las operaciones que le son características y en caso de emergencia, para ser empleado en la búsqueda y rescate de personal y material.

Artículo 107. Las unidades de aerotropas estarán constituidas por mando, órganos de mando, unidades de combate y los servicios que le sean necesarios.

Artículo 108. El comandante del cuerpo de aerotropas será un procedente de arma, que tenga la especialidad de paracaidista.

Cuerpo de Policía Militar

Artículo 109. El cuerpo de policía militar, en todos los escalones, tiene a su cargo coadyuvar a la conservación del orden y a la vigilancia del cumplimiento de la leyes, reglamentos y demás disposiciones militares de carácter disciplinario, dentro de las unidades, dependencias, instalaciones y aéreas del terreno pertenecientes al Ejército y Fuerza Aérea o sujetas al mando militar del comandante, bajo cuyas órdenes opere y además realizará las funciones siguientes:

I. Custodiar y proteger los cuarteles generales instalaciones y otras dependencias del Ejército y Fuerza Aérea;

II. Organizar la circulación, dirigir el tránsito de vehículos y personas y controlar a los rezagados;

III. Custodiar, evacuar y controlar a los prisioneros de guerra, custodiar a las prisiones militares y a los procesados y sentenciados;

IV. Cooperar con los órganos especiales en la averiguación y prevención del espionaje, sabotaje y demás actividades subversivas;

V. Vigilar el cumplimiento de las medidas para garantizar la seguridad física de las personas, de la información y de las instalaciones; y

VI. Cuando reciba órdenes de las autoridades militares competentes:

A. Proteger a las personas y a la propiedad pública y prevenir el pillaje y el saqueo en los casos de emergencia; y

B. Auxiliar a la Policía Judicial Militar.

Artículo 110. El cuerpo de policía militar se integra con unidades, las que se constituyen con mando, órganos de mando, unidades de policía militar y los servicios que sean necesarios y comprende: Escuadras, pelotones, secciones, compañías y batallones. Cuando sea necesario, se organizarán brigadas; el personal de tropa de este cuerpo es de la clase de servicio.

Artículo 111. En todas las situaciones, las tropas del cuerpo de policía militar, encuadradas o en refuerzo de unidades o dependencias militares, quedarán bajo el mando del comandante o jefe de estas últimas. En campaña o en caso de emergencia, cuando no existan unidades de policía militar encuadradas militares, el comandante o jefe de éstas nombrará a un general, jefe u oficial como preboste de las mismas y designara a una unidad de arma para desempeñar las funciones de policía militar, señaladas en el artículo 109 de esta ley.

Artículo 112. El comandante del cuerpo de policía militar será un general procedente de arma.

Cuerpo de Música Militar

Artículo 113. El cuerpo de música militar tendrá a su cargo la organización, funcionamiento y administración de la bandas de música y orquestas, las que podrán formar parte orgánica o estar en refuerzo de las unidades o dependencias del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 114. El cuerpo de música militar, estará integrado por el personal que se encuentre dedicado profesional y exclusivamente a las actividades que le son peculiares. Su personal es de las clases de servicios y auxiliares.

Artículo 115. Los directores de la bandas de música militar o de grupos equivalentes, determinarán las bases técnicas para la adquisición del equipo y material que les es específico.

CAPITULO VI

Cuerpos de Defensas Rurales

Artículo 116. Los cuerpos de defensas rurales estarán permanentemente organizados en unidades armadas, equipadas y adiestradas.

Artículo 117. Los cuerpos de defensas rurales se formarán con personal voluntario de ejidatarios mandados por militares profesionales, de acuerdo con sus planillas orgánicas particulares y tienen como misión cooperar con las tropas en las actividades que éstas lleven a cabo, cuando sean requeridos para ello por el mando militar.

Artículo 118. Al personal militar profesional encuadrado en los cuerpos de defensas rurales se les considerará para todos los efectos legales en igualdad de condiciones que el encuadrado en unidades del activo.

Artículo 119. Los mandos en los cuerpos de defensas rurales que no se cubran con personal profesional del ejército, lo serán con personal de rurales elegidos por los componentes de la unidad, en los términos dispuestos en el artículo 52 de esta ley.

Artículo 120. El personal de ejidatarios que integran dichos cuerpos, quedarán sujeto al fuero de guerra, cuando se encuentra desempeñando actos del servicio que le sean encomendados.

Artículo 121. Los ejidatarios miembros de estos cuerpos, cuando desempeñen los servicios para los que sean requeridos, tendrán derecho a las retribuciones, prestaciones o estímulos, conforme a las previsiones presupuestales.

Los que se inutilicen en actos del servicio o a consecuencia de ellos y los familiares de los que mueran en las mismas circunstancias, tendrán derecho a las prestaciones que señalen las leyes de la materia, considerando a los defensas rurales como soldados miembros del activo.

CAPITULO VII

Establecimiento de Educación Militar

Artículo 122. Los establecimientos de educación militar, tendrán por objeto la educación profesional de los miembros del ejército y fuerza aérea, para la integración de sus cuadros, e inculcarles la conciencia de servicio, amor a la Patria, la superación profesional y la responsabilidad social de difundir a las nuevas generaciones, los conocimientos que se les hubieren transmitido.

Dichos establecimientos estarán constituidos por:

I. Escuelas de formación de clases;

II. Escuelas de formación de oficiales;

III. Escuelas, centros o cursos de aplicación, perfeccionamiento, capacitación, especialización y actualización; y

IV. Escuelas, centros o cursos superiores.

Artículo 123. El Plan General de Educación Militar, determinará los cursos que deban impartirse en los diversos establecimientos de educación militar, así como en las unidades y dependencias del Ejército y Fuerza Aérea.

La aplicación de estos recursos, será supervisada por la Dirección General de Educación Militar.

Artículo 124. La Secretaría de la Defensa Nacional, expedirá los títulos profesionales, diplomas y certificados que correspondan a las carreras y cursos que impartan. La propia Secretaría será el conducto para el registro de los títulos, conforme a la ley de la materia.

CAPITULO VIII

De los Uniformes y las Divisas

Artículo 125. Los uniformes y las divisas en el Ejército y Fuerza Aérea, estarán especificados en el reglamento respectivo y son de su uso exclusivo, por lo que no podrán ser utilizados por personas, corporaciones o dependencias que les sean ajenas. Quienes violen estas disposiciones quedarán sujetos a lo que dispone la ley penal de la materia.

TITULO QUINTO

Personal de Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

CAPITULO I

Los Grados

Artículo 126. Los grados en la Escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, tienen por objeto el ejercicio de la autoridad: De mando militar, de actividad técnica o de actividad administrativa, en los diferentes niveles orgánicos de las unidades, dependencias e instalaciones.

La planillas orgánicas señalarán para cada función, el grado que corresponda.

Artículo 127. Los mexicanos que prestan sus servicios en las fuerzas armadas, atendiendo a sus capacidades, preparación, responsabilidad y antigüedad, se harán merecedores a un grado en las Escala jerárquica, de acuerdo con la ley respectiva.

Artículo 128. Los grados de la Escala jerarquía del Ejército y Fuerza Aérea se clasifican en:

I. Generales;

II. Jefes;

III. Oficiales; y

IV. Tropa.

Artículo 129. Los grados en el orden decreciente son como sigue:

I. Generales en el Ejército y Fuerza Aérea:

A. General de división;

B. General de brigada o General de ala; y

C. General brigadier o General de grupo.

II. Jefes en el Ejército y Fuerza Aérea:

A. Coronel;

B. Teniente coronel; y

C. Mayor.

III. Oficiales en el Ejército y Fuerza Aérea:

A. Capitán primero;

B. Capitán segundo;

C. Teniente; y

D. Subteniente.

IV. Tropa en el Ejército y Fuerza Aérea.

A. Clases.

a. Sargento primero;

b. Sargento segundo; y

c. Cabo; y

B. Soldado.

Artículo 130. Para el cumplimiento de la misiones conjuntas con la Armada de México, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2o., de esta ley, así como para todos los efectos disciplinarios, la equivalencia jerárquica del personal del Ejército y Fuerza Aérea con el de la citada institución es la siguiente:

Ejército y Fuerza Aérea

I. Generales:

General de división;

General de brigada o General de ala;

General brigadier o General de grupo.

II. Jefes:

Coronel;

Teniente coronel;

Mayor,

III. Oficiales:

Capitán primero;

Capitán segundo;

Teniente;

Subteniente.

IV. Tropa:

A. Clases.

Sargento primero;

Sargento segundo;

Cabo.

B. Soldado:

Armada;

Almirante;

Vicealmirante;

Contraalmirante;

Capitán de navío;

Capitán de fragata;

Capitán de corbeta;

Teniente de navío;

Teniente de fragata;

Teniente de corbeta;

Guardia marina;

Primer contramaestre;

Primer condestable;

Primer maestre;

Segundo contramaestre;

Segundo condestable;

Segundo maestre;

Tercer contramaestre;

Tercer condestable;

Tercer maestre;

Cabo (en sus especialidades);

Marinero

Artículo 131. Los grados y las insignias en el Ejército y Fuerza aérea son de uso exclusivo, consecuentemente no podrán ser usados por personas, corporaciones o dependencias que les sean ajenas. Quienes violen estas disposiciones, quedarán sujetos a lo que dispone al ley penal de la materia. Los grados serán conforme se establece en el artículo 129 de este ordenamiento, las insignias serán especificadas en el reglamento respectivo.

CAPITULO 11

Clases de Militares

Artículo 132. Militares son los individuos que legalmente pertenecen a las Fuerzas Armadas Mexicanas, con un grado de la Escala jerárquica. Estarán sujetos a las obligaciones y derechos que para ellos establecen la Constitución, la presente ley y demás ordenamientos castrenses.

Artículo 133. Lo militares en el Ejército y Fuerza Aérea, atendiendo a la clase de servicios que desempeñan, se clasifican en:

I. De arma;

II. De servicio; y

II. Auxiliares.

Artículo 134. Son militares de arma, los que técnicamente se educan para el mando, adiestramiento y conducción de unidades de combate; su carrera es profesional y permanente. Para los efectos de esta ley, en la Fuerza Aérea, los pilotos aviadores pertenecen a esta clase.

Artículo 135. Son militares de servicio, los que técnicamente se educan para el mando, adiestramiento y conducción de las unidades de los servicios y para el desempeño exclusivo de las actividades técnicas y profesionales, que corresponde llevar a cabo al servicio al que pertenezcan; su carrera es profesional y permanente.

Artículo 136. Son militares auxiliares los que desempeñen actividades técnicas y profesionales exclusivamente en los servicios del Ejército y Fuerza Aérea; mientras pertenezcan a esta clase su permanencia en las fuerzas armadas, será fijada en el contrato respectivo.

CAPITULO III

Situación de los Militares

Artículo 137. De acuerdo con su situación en el Ejército y Fuerza Aérea, los militares se consideran en: Activo, reserva y retiro.

SECCIÓN PRIMERA

El Activo

Artículo 138. El activo, del Ejército y Fuerza Aérea, estará constituido por el personal militar que se encuentre:

I. Encuadrado, agregado o comisionado en unidades, dependencias e instituciones militares;

II. A disposición de la Secretaría de la Defensa Nacional;

III. Con licencia;

IV. Hospitalizado;

V. Sujeto a proceso; y

VI. Compurgando una sentencia.

Generalidades

Artículo 139. El número de generales, jefes, oficiales y tropa del activo del Ejército y Fuerza Aérea, se fijará en las planillas orgánicas de las unidades, dependencias e instalaciones y deberá estar de acuerdo con los efectivos y necesidades de dichas fuerzas armadas.

Artículo 140. Las funciones que desempeñen los militares deberán estar de acuerdo con su jerarquía, de conformidad con el encuadramiento que les sea fijado en las planillas orgánicas de las unidades e instalaciones.

Artículo 141. Los efectivos del Ejército y Fuerza Aérea estarán fundamentados primordialmente por los factores geográfico y demográfico del país. Los cuadros de jefes, oficiales y sargentos del Ejército y Fuerza Aérea, se integrarán con personal graduado en los establecimientos de educación militar, de acuerdo con el Plan General de Educación Militar, excepto en los casos expresamente señalados en el artículo 152.

Artículo 142. Los cuadros de generales, jefes y oficiales profesionales del activo del Ejército y Fuerza Aérea , estarán integrados por los militares que tengan acreditado su grado por la Secretaría de la Defensa Nacional y expedida, en su caso, la patente respectiva.

Artículo 143. El personal que obtenga la jerarquía de sargento, como resultado de haber terminado satisfactoriamente el curso de formación en el arma o servicio correspondiente del Ejército y Fuerza Aérea, es profesional.

Artículo 144. Los cabos en las unidades del Ejército y Fuerza Aérea, serán seleccionados de entre los soldados y propuestos al Secretario de la Defensa Nacional por los comandantes de las mismas, en los términos establecidos en la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, para cubrir las vacantes existentes en sus planillas orgánicas.

Artículo 145. Los cabos y soldados de las clases de arma y servicio del Ejército y Fuerza Aérea, no serán de carrera profesional ni permanente y sus servicios en el activo estarán sujetos al contrato respectivo.

Artículo 146. Los conductores, choferes y operadores de los vehículos que tengan finalidades netamente tácticas o altamente especializadas, pertenecerán a las armas y servicios de la unidad en que estén encuadrados, o bien a la Fuerza Aérea en su caso.

El personal de los servicios encuadrados en las pequeñas unidades de las armas del Ejército, será de la clase de servicio; igual disposición se aplicará para las unidades de la Fuerza Aérea cuando proceda.

Artículo 147. El personal auxiliar del Ejército y Fuerza Aérea, será utilizado exclusivamente en comisiones del servicio propias de su profesión o especialidad. Cuando se requiera y después de recibir el adiestramiento militar apropiado desempañará servicios económicos y de armas. Por ningún motivo se le asignarán funciones que específicamente correspondan a los ayudantes de los altos funcionarios y de agregados militares en el extranjero, ni deberán estar a disposición.

Artículo 148. El personal de generales, jefes, oficiales, sargentos profesionales, que resulten excedente al verificarse una reducción de los efectivos en el activo del Ejército y Fuerza Aérea, quedarán a disposición de la Secretaría de la Defensa Nacional para su posterior renunciación, sin que por ello sufra disminución alguna en sus haberes y demás emolumentos, ni pierda el lugar que ocupa en el escalafón, ni el derecho a participar en concursos de selección para ser promovido.

Del Reclutamiento

Artículo 149. El reclutamiento del personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea, se llevará a cabo:

I. Por conscripción, de conformidad con lo establecido en la Ley del Servicio Militar; y

II. Por enganche voluntario, seleccionando a los individuos que lo soliciten, bajo las condiciones estipuladas en los contratos de enganche correspondientes.

Artículo 150. El personal civil o militar que sea admitido para efectuar cursos de formación en los planteles de educación militar, deberá firmar contrato o compromiso, respectivamente, en el que se establezca que queda obligado a servir al Ejército y Fuerza Aérea, como mínimo, un tiempo doble al que haya durado el curso correspondiente.

Los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, que sean designados o autorizados a su solicitud, para efectuar cursos de aplicación, especialización, perfeccionamiento, de postgraduados, superiores y otros en el país, además del tiempo a que ya están obligados por disposición legal o por compromiso suscrito, servirán un año adicional por cada año o fracción que duren en esa situación; en el caso de que los cursos se realicen en el extranjero y a su costa, ese tiempo adicional se duplicará y si las erogaciones que causan sus gastos son a cargo del erario nacional, el tiempo adicional de servicios se triplicará.

Artículo 151. Los generales, jefes, oficiales y sargentos graduados en los planteles militares del Ejército y Fuerza Aérea, cubrirán las vacantes de los cuadros de estas fuerzas armadas.

Artículo 152. El personal profesionista y técnico que requiera el activo de los servicios del Ejército y Fuerza Aérea, de cuyas especialidades no existan escuelas o cursos militares de formación, podrá proceder.

I. De los militares de arma y de servicio que lo soliciten y que acrediten con título profesional, diploma o certificado, según corresponda los conocimientos respectivos. Estos militares cubrirán las vacantes existentes con la jerarquía que ostenten o cuando deban tener una superior de acuerdo con la presente ley, con esta última jerarquía.

II. Reclutándolo de los egresados de la escuelas universidades civiles, que acrediten con título profesional, diploma o certificado, según corresponda, los conocimientos respectivos. Causarán

alta en los servicios con el carácter de militares auxiliares, con la jerarquía inicial que para su especialidad establece esta ley y deberán efectuar el curso de capacitación militar correspondiente.

III. En todos los casos lo militares tendrán preferencia para ocupar las plazas de que se trata.

Artículo 153. La Secretaría de la Defensa Nacional, determinará el tiempo de duración de los contratos de enganche; para el personal que sea aceptado para prestar servicios en el Ejército y Fuerzas Aéreas en la clase de arma o servicio, no podrá exceder de tres años y para el que lo sea en la clase de auxiliares no exceder de tres años y para el que lo sea en la clase de auxiliares no excederá de cinco años.

Artículo 154. La Secretaría de la Defensa Nacional podrá reenganchar al personal de cabos y soldados de las clases de arma y servicio, que hayan cumplido con su contrato de enganche, si estima utilizables sus servicios. En caso contrario, este personal causará baja en el servicio activo y alta en la reserva correspondiente.

En el caso de los soldados, el total de tiempo de servicios de sus contratos de enganche y los de reenganche admitidos, será como máximo de nueve años.

Artículo 155. El alto mando del Ejército y Fuerza Aérea, otorgará a los militantes de la clase de auxiliares, los grados iniciales con que ingresarán a las fuerzas armadas, de conformidad con lo estipulado para cada especialidad en los artículos 193 y 195 de la presente ley.

Artículo 156. El personal de militares auxiliares que ostente grados comprendidos en la clasificación de tropa, podrá ser reenganchado por períodos que no excederán de cinco años, tantas veces como a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional, considere necesarios sus servicios, hasta el límite de edad para permanecer en el servicio activo que señala la ley de la materia.

Del Adiestramiento

Artículo 157. El adiestramiento militar, en el Ejército y Fuerza Aérea, es obligatorio para todos sus miembros; se impartirá por lo generales, jefes, oficiales y clases, de conformidad con los reglamentos y manuales técnicos y tácticos y disposiciones relativas. La instrucción que se imparta al personal del Ejército y Fuerza Aérea de conformidad con el Plan General de Educación Militar, podrá incluir la utilización de profesores civiles en los casos en que proceda.

Artículo 158. Los cursos de capacitación para los militares auxiliares, se les impartirán a su ingreso a los servicios del Ejército y Fuerza Aérea, conforme a lo que establezca el Plan General de Educación Militar.

Artículo 159. De conformidad con las posibilidades de la Secretaría de la Defensa Nacional, la enseñanza secundaria será impartida a cabos y soldados del Ejército y Fuerza Aérea, sin perjuicio de su adiestramiento militar.

Artículo 160. El personal del Ejército y Fuerza Aérea que apruebe el curso de mando y Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra recibirá la denominación de Diplomado de Estado Mayor o Diplomado de Estado Mayor Aéreo, según sean los estudios efectuados, presidida de la correspondiente a la de su arma, servicio o especialidad.

Artículo 161. El personal que ingrese como alumno en los establecimientos de educación militar, deberá ser mexicano por nacimiento, excepto el extranjero que sea becario, el cual será admitido con el único fin de realizar estudios que correspondan y al término de los mismos causará baja del plantel y en ningún caso podrá pertenecer al Ejército y Fuerza Aérea.

Los alumnos de las escuelas militares quedarán sujetos a fuero de guerra; los de las escuelas de formación de oficiales que no posean grado militar, recibirán el nombre de "cadetes" pero los grados que dentro de las mismas escuelas se les confieren, tendrán validez para efectos disciplinarios dentro y fuera del plantel. Los alumnos nacionales o extranjeros que en su calidad de becarios concurran a realizar estudios en planteles militares no estarán sujetos al fuero de guerra, pero si deberán sujetarse a los reglamentos y disposiciones particulares del plantel al que concurran.

De los Ascensos y de las Recompensas

Artículo 162. El personal de las clases de arma y de servicio del Ejército y Fuerza Aérea, ascenderá y será recompensado de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia.

Artículo 163. Es facultad del alto mando, otorgar a los militares de la clase de auxiliares, según corresponda, los diferentes grados comprendidos en la clasificación de tropa, siempre que exista vacante.

De las Reclasificaciones

Artículo 164. El personal del activo del Ejército y Fuerza Aérea, podrá ser cambiado de una Fuerza Armada a otra, de una arma a otra, de un servicio a otro, o de una arma a un servicio, en los casos de nivel licenciatura de los ingenieros constructores, podrá hacerse de un servicio o una arma, o de una especialidad a otra según el caso.

Cuando por necesidades del servicio el cambio sea por disposición superior, el interesado deberá recibir previamente un curso de capacitación y la nueva patente o nombramiento se expedirá con la antigüedad que posea el interesado en su grado. Si el cambio es por solicitud, sólo se concederá mediante examen y siempre que exista vacante en este último caso, la expedición de la nueva patente o nombramiento será con la fecha en que se verifique el cambio. En cualquiera de estos casos deberá cancelarse la patente o nombramiento anterior.

De la Veterinazación

Artículo 165. El personal auxiliar del Ejército y Fuerza Aérea, mientras tenga grados que correspondan a la clasificación de tropa, no podrá pasar a la clase de servicio.

Artículo 166. El personal de oficiales, jefes y generales auxiliares pasará a la clase de servicio después de cinco años interrumpidos de servicios en su especialidad, siempre que a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional, sus actividades se consideren utilizables para el Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 167. La veterinización del personal auxiliar se sujetará además de lo dispuesto en el artículo anterior, a los requisitos establecidos sobre aptitud profesional, buena conducta militar y civil y buena salud y capacidad física. Aquel personal que no sea acreedor a este beneficio, causará baja del activo del Ejército y Fuerza Aérea al cumplir el tiempo de servicios especificados en su contrato de enganche.

De las Vacaciones

Artículo 168. El personal del activo, disfrutará de vacaciones de conformidad con los requisitos y en los términos que fija el reglamento respectivo. De las Prestaciones de Seguridad Social

Artículo 169. Las prestaciones de seguridad social a que tengan derecho los militares, así como los derechohabientes, se regularán conforme a las leyes relativas.

De las Bajas

Artículo 170. La baja es la separación definitiva de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, del activo de dichas instituciones y procederá por ministerio de ley o por acuerdo del Secretario de la Defensa Nacional en los siguientes casos:

I. Procede por ministerio de ley:

A. Por muerte; y

B. Por sentencia ejecutoriada que la ordene, dictada por tribunal competente del fuero militar. En estos casos la Secretaría de la Defensa Nacional, deberá girar las órdenes que procedan para que la baja surta sus efectos.

II. Procede por acuerdo del Secretario de la Defensa Nacional:

A. Por solicitud del interesado que sea aceptada.

B. Por ser declarado el militar prófugo de la justicia, por el tribunal militar al que hubiere sido consignado, sin perjuicio del proceso que se le siga y siempre que dure en esta situación más de tres meses.

En este caso, antes de girarse la orden de baja, se le emplazará por medio de publicación en la orden general de la plaza de México, expresándose el fundamento y motivo, a fin de que dentro del término de quince días a partir de la publicación, manifieste la dirección de su arma o servicio lo que estime necesario en su defensa; expirado el plazo sin que comparezca por escrito o personalmente se le tendrá por conforme;

C. Por desaparición del militar, comprobada esta circunstancia mediante las partes oficiales, siempre que dure en esta situación más de tres meses, en caso de que el individuo de que se trate apareciera y justifique su ausencia, será reincorporado al activo;

D. Tratándose del personal de tropa y de los militares de la clase de auxiliares, además de las causas señaladas en los incisos que anteceden, podrán ser dados de baja por observar mala conducta, determinada por el consejo de honor de la unidad o dependencia a que pertenezcan, o por colocarse en situación de no poder cumplir con sus obligaciones militares, por causas no imputables a la Secretaría de la Defensa Nacional. En ambos casos, siempre será oído en defensa del afectado; y

E. Los militares auxiliares causarán baja, además cuando no se consideren necesarios sus servicios a consecuencia de cambios orgánicos en las estructuras de las unidades o dependencias. En estos casos, también será oído en defensa el afectado.

Si la baja se le da al auxiliar sin que la hubiera motivado su mala conducta ya habiendo prestado más de cinco años de servicios, tendrá derecho a una compensación que deberá otorgar el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, cuyo monto será el equivalente al fijado para el retiro con el grado que tenía al ser dado de baja.

Salvo los casos de la fracción I apartado A y fracción II apartado E, la baja del Ejército y Fuerza Aérea, implica la pérdida del derecho a reclamar prestaciones o beneficios con base en el tiempo de servicios que se tuvo y en todos los casos el de usar uniformes, condecoraciones y divisas militares.

De las Licencias

Artículo 171. Las licencias para el personal del activo serán: Ordinaria, ilimitada o especial.

Artículo 172. La licencia ordinaria es la que se concede con goce de haberes a los militares por un lapso que no exceda de seis meses, por causas de enfermedad o por asuntos particulares de conformidad con lo que establezca el reglamento respectivo.

Artículo 173. La licencia ilimitada es la que se concede al militar profesional de arma o servicio, sin goce de haberes y de otros emolumentos, para separarse del servicio activo.

El Secretario de la Defensa Nacional, podrá conceder o negar esta licencia, según lo permitan, a su juicio, las necesidades del servicio, pero en ningún caso se concederá cuando exista un estado de emergencia nacional y cuando el personal no haya cumplido el tiempo obligatorio de servicio establecido en esta ley o en su contrato filiación. El personal que la goce tendrá derecho a reingresar a l servicio previa solicitud, siempre que el Presidente de la República considere procedente su petición y no se encuentre comprendido en alguna causal de retiro señalada por la ley de la materia, este se halle físicamente útil para el servicio, exista vacante y no hayan transcurrido más de seis años desde la fecha de su separación del activo.

Artículo 174. La licencia especial es la que se concede o en la que se coloca a los militares para:

I. Desempeñar cargos de elección popular;

II. Cuando el Presidente de la República, los nombre para el desempeño de una actividad ajena al servicio militar; y

III. Desempeñar actividades o empleos civiles en dependencias del Ejecutivo de la Unión, de los gobiernos de los estados, del Departamento del Distrito Federal, de los municipios, en organismos descentralizados o en empresas de participación estatal y otras dependencias públicas, siempre que esas actividades o empleos requieran separarse temporalmente del servicio de las armas para estar en aptitud legal de desempeñarlos.

Es facultad del Presidente de la República y en su caso del secretario del ramo, conceder o negar esta licencia, y en caso de ser concedida, será para el desempeño específico del empleo o comisión señalados en la solicitud y por el término que se haya establecido al autorizarla.

Los casos de licencia previstos en las fracciones I y III serán concedidos cuando se justifiquen, pero sin goce de haberes.

Artículo 175. La reincorporación al servicio del personal al que se refiere la fracción I del artículo 174, tendrá lugar al día siguiente en que concluya el cargo de elección popular; la del personal a que se refieren las fracciones II y III de ese mismo artículo, tendrá lugar el día siguiente de que fenezca la orden expedida, o la licencia concedida por el Presidente de la República. Cuando no esté fijado el plazo, la Secretaría de la Defensa Nacional dará por terminada la licencia del militar al concluir el mandato constitucional del Presidente de la República, de quien emanó la orden. En todos los casos, el personal al reincorporarse quedará a disposición de la Secretaría de la Defensa Nacional, para que le sea asignado destino.

Artículo 176. Toda licencia, excepto la señalada en el artículo 174, fracción I podrá ser cancelada por la autoridad que le haya concedido, aun antes de fenecer su termino.

Artículo 177. Los militares que se encuentren hospitalizados para la recuperación de su salud, continuaran perteneciendo al activo del Ejército y Fuerza Aérea, siempre y cuando esta situación no exceda de seis meses, en cuyo caso quedarán sujetos a lo establecido en las leyes, reglamentos y disposiciones militares correspondientes.

De los Militares Procesados y Sentenciados

Artículo 178. Los militares que se encuentren sujetos a proceso, continuarán perteneciendo al activo del Ejército y Fuerza Aérea; en igual situación se considerará a los generales, jefes y oficiales profesionales que estén cumpliendo penas impuestas por tribunales, con excepción de aquellos a quienes se les haya impuesto la pena de baja de las fuerzas armadas.

SECCIÓN SEGUNDA

Las reservas

Artículo 179. Las reservas del Ejército y Fuerza Aérea son:

I. Primera reserva; y

II. Segunda reserva.

Artículo 180. La primera reserva se integra con:

I. Los generales, jefes, oficiales y sargentos profesionales que obtengan digna y legalmente su separación del activo, incluyendo a los que pasen al retiro voluntario, debiendo permanecer en esta reserva, todo el tiempo que se encuentren físicamente aptos para el servicio de las armas.

II. Los cabos y soldados del servicio militar voluntarios que cumplan su tiempo de enganche en el activo, quienes permanecerán en esta reserva, hasta los 36 años de edad;

III. Las clases y oficiales procedentes del Servicio Militar Nacional, quienes permanecerán en esta reserva hasta los 33 y 36 años de edad, respectivamente;

IV. Los soldados de conscripción que hayan cumplido con el servicio militar obligatorio, quienes permanecerán en esta reserva hasta los 30 años de edad;

V. Todos los demás mexicanos que cumplan 19 años, quienes permanecerán en esta reserva hasta los 30 años de edad; y

VI. Los mexicanos mayores de 19 años, sin limitación de edad máxima, que desempeñen actividades que con la debida anticipación hayan sido clasificados en el reglamento respectivo, de posible utilidad para el Ejército y Fuerza Aérea. Estos reservistas deberán estar previamente organizados en unidades que permitan su eficiente utilización.

Artículo 181. La segunda reserva se integra con el personal que haya cumplido su tiempo en la primera reserva y que se encuentre físicamente apto para el servicio de las armas, debiendo permanecer en ésta:

I. Los cabos y soldados del servicio militar voluntarios hasta los 45 años de edad;

II. Las clases y los oficiales procedentes del Servicio Militar Nacional hasta los 45 y 50 años de edad, respectivamente; y

III. Los soldados de conscripción cumplidos y los demás mexicanos a que se refiere la fracción V del artículo anterior hasta los 40 años de edad.

Artículo 182. El personal procedente del activo, al pasar a las reservas, conservará dentro de ellas su jerarquía.

Artículo 183. Las reservas sólo podrán ser movilizadas parcial o totalmente, por el Presidente de la República como sigue:

I. La primera reserva, en los casos de:

A. Guerra internacional;

B. Alteración del orden y la paz interior; y

C. Práctica de grandes maniobras; y

II. La segunda reserva, en los casos de:

A. Guerra internacional

B. Grave alteración del orden y de la paz interiores; y

C. Práctica de pequeñas maniobras.

Artículo 184. En los casos de movilización, los reservistas serán considerados como pertenecientes al activo del Ejército y Fuerza Aérea, desde la fecha en que se publique la orden respectiva a partir de la cual, quedarán sujetos en todo a las leyes y reglamentos militares, hasta decretarse la desmovilización.

Artículo 185. Los reservistas movilizados en caso de guerra, que obtuvieron un grado superior al de capitán primero, al ser desmovilizados, lo conservarán dentro de las reservas.

Artículo 186. Las reservas tendrán para su instrucción, oficiales del activo y en tiempo de maniobras o de emergencia, se les dotará de cuadros de generales, jefes, oficiales y clases de acuerdo con lo que prevenga el plan respectivo.

Artículo 187. El Secretario de la Defensa Nacional podrá llamar una o varias clases de reservistas en su totalidad o en parte, para ejercicios o simplemente para comprobar la presencia de tales reservistas, solamente por el término indispensable para tales fines.

Artículo 188. La Secretaría de la Defensa Nacional deberá mantener un registro permanente del personal que constituye cada una de las reservas.

SECCIÓN TERCERA

El retiro

Artículo 189. La situación de retiro es aquella en que son colocados los militares, con la suma de derechos y obligaciones que fije la ley de la materia.

CAPITULO IV

Escalafones

Artículo 190. Los escalafones del Ejército y Fuerza Aérea comprenderán al personal de generales, jefes, oficiales y sargentos profesionales en el servicio activo.

Artículo 191. Los escalafones y los grados que comprenden las armas y cuerpos especiales del ejército son los siguientes:

I. De plana mayor, que incluye generales de división, de brigada y brigadieres.

II. De infantería. De soldado a general de división;

III. De caballería. De soldado a general de división;

IV. De artillería. De soldado a general de división;

V. De arma blindada. De soldado a general de división;

VI. De ingenieros, que se divide en dos grupos:

A Ingenieros constructores. De capitán primero a general de división; y

B. Zapadores. De soldado a general de división.

VII. Del cuerpo especial de policía militar. De soldado a sargento primero; y

VIII. Del cuerpo especial de música, militar.

De soldado a mayor.

Artículo 192. Los escalafones y grados que comprenden al personal de arma y de los cuerpos especiales de la Fuerza Aérea son los siguientes:

I. De plana mayor, que incluye:

A. Generales de división, de ala y de grupo pilotos aviadores; y

B. Generales de división, de brigada y brigadieres de tropas terrestres.

II. De pilotos aviadores. De subteniente a general de división.

III. De fusileros de fuerza aérea. De soldado a general de división; y

IV. Del cuerpo especial de aerotropas. De soldado a sargento primero.

Artículo 193. Los escalafones y los grados que comprenden los servicios del Ejército y Fuerza Aérea son los siguientes:

I. De plana mayor, que comprende: Generales de brigada y brigadieres de los servicios con anotación del servicio a que pertenezcan.

II. De ingenieros, que se divide en dos grupos:

A. Arquitectos. De capitán primero a general brigadier; y

B. Especialistas del servicio de ingenieros. De soldado a teniente coronel.

III. Del servicio cartográfico, que se divide en dos grupos:

A. Ingenieros del servicio Cartográfico. De teniente a general de brigada; y

B. Fotogrametristas. De soldado a mayor.

IV. De transmisiones, que se divide en cuatro grupos:

A. De ingenieros en comunicaciones y electrónica. De capitán primero a a general de brigada;

B. De ingenieros en transmisiones. De teniente a general de brigada;

C. De transmisiones. De soldado a general de brigada; y

D. Especialistas del servicio de transmisiones. De soldado a teniente coronel.

V. De materiales de guerra, que se divide en dos grupos:

A. Ingenieros industriales. De capitán primero a general de brigada; y

B. De materiales de guerra. De soldado a teniente coronel.

VI. De transportes, que se divide en cuatro grupos:

A. Mecánicos automotrices. De soldado a mayor;

B. Conductores. De cabo a capitán segundo;

C. Motociclistas. De cabo a subteniente; y

D. Especialistas del servicio de transportes. De soldado a capitán primero.

VII. De administración que se divide en cuatro grupos:

A. Personal de administración. De soldado a general de brigada.

B. Contadores públicos; De teniente a general brigadier.

C. Oficinistas. De cabo a teniente coronel; y

D. Especialistas del servicio de administración.

De soldado a teniente coronel.

VIII. De intendencia. De soldado a general de brigada.

IX. De sanidad, que se divide en cinco grupos:

A. Médicos cirujanos. De capitán primero a general de brigada;

B. Cirujanos dentistas. De capitán primero a general brigadier;

C. Personal de sanidad. De soldado a teniente coronel;

D. Enfermeras. De soldado a teniente coronel; y

E. Especialistas del servicio de sanidad. De soldado a teniente coronel.

X. De justicia, que se divide en dos grupos:

A. Licenciados en derecho. De mayor a general de brigada; y

B. Especialistas del servicio de justicia. De soldado a teniente coronel.

XI De veterinaria y remonta, que se divide en dos grupos:

A. Médicos veterinarios. De mayor a coronel; y

B. Personal de veterinaria y remonta. De soldado a teniente coronel.

XII. Del servicio meteorológico militar, que se divide en tres grupos:

A. Meteorólogos. De teniente a general brigadier.

B. Aerologistas. De subteniente a coronel; y

C. Especialista del servicio meteorológico. De soldado a teniente coronel.

XIII. Del servicio de control de vuelo. De subteniente a coronel.

XIV. Del servicio del material aéreo, que se divide en seis grupos:

A. Mantenimiento de material aéreo, que se subdivide en:

a. Ingenieros en aeronáutica. De capitán primero a general de brigada; y

b. Especialistas en mantenimiento de aviación.

De soldado a coronel.

B. Abastecimiento de material aéreo. De sargento segundo a coronel;

C. Material aéreo electrónico, que se subdivide en:

a. Ingenieros en electrónica de aviación. De capitán primero a general de brigada.

b. Especialistas en electrónica de aviación. De sargento segundo a coronel.

D. De armamento aéreo. De soldado a coronel;

E. Mantenimiento de paracaidas. De cabo a capitán primero; y

F. Especialistas del servicio de material aéreo.

De soldado a teniente coronel.

Artículo 194. Para los efectos de la presente ley, es especialista el militar perteneciente a los servicios del Ejército y Fuerza Aérea, que cuenta con una determinada preparación, habilidad y oficio, en alguna rama de la ciencia, la técnica y el arte, y que no tenga escalafón propio. Los especialistas militares pueden ser profesionistas , técnicos, maestros, artistas, artesanos, obreros calificados y trabajadores manuales.

Artículo 195. A los especialistas militares se les podrán conferir las jerarquías siguientes: Los trabajadores manuales, obreros calificados y artesanos, de soldado hasta sargento primero; los técnicos, maestros y artistas, de sargento primero hasta capitán primero; y los profesionistas, de teniente hasta teniente coronel. En cada caso deberán acreditar los conocimientos según proceda.

Artículo 196. Los escalafones particulares se formularán en cada grado por antigüedad en orden descendente. Cuando los militares tengan la misma antigüedad en un grado, se considerará como más antiguo al que hubiera servido por más tiempo en el empleo anterior, en igualdad de circunstancias, al que tuviera en el Ejército y Fuerza Aérea mayor tiempo de servicios, y, sin aún éste fuera igual, al de mayor edad.

Artículo 197. El personal del activo únicamente podrá ocupar un lugar en un solo escalafón del Ejército y Fuerza Aérea. Por tal motivo a los militares de las clases de arma y de servicio que sean reclasificados pasarán con todos sus derechos y no se les podrán conferir grados en la clase de auxiliares.

Artículo 198. Los militares auxiliares no tendrán escalafones; para su control, cada una de las direcciones de los servicios correspondientes o quienes hagan sus veces, llevarán un registro organizado por grados, antigüedad y especialidades.

Artículo 199. El personal a que se refieren los artículos 191, 192, 193, y 195, sólo podrá ascender a jerarquía superior a la establecida como grado máximo para cada especialidad, en los siguientes casos:

I. Cuando previa la preparación técnica o profesional acreditada legalmente, se obtenga el cambio de escalafón y se satisfagan los demás requisitos que exige la Ley de Ascensos y Recompensas; y

II. Para efectos de retiro, cuando proceda de acuerdo con la ley de la materia.

TITULO SEXTO

Recursos materiales, económicos y animales

CAPITULO I

Recursos Materiales

Artículo 200. Los recursos materiales, son aquellos necesarios al Ejército y Fuerza Aérea mexicanos para su organización, equipamiento, educación adiestramiento, capacitación, administración, bienestar y desarrollo en el cumplimiento de sus misiones. Dichos recursos comprenden uniformes, equipo, pertrechos y material diverso.

Artículo 201. Los recursos materiales puestos a disposición del Ejército y Fuerza Aérea, se consideran en las siguientes situaciones:

I. En servicio;

II. En reparación;

III. En reserva; y

IV En fabricación o construcción.

Artículo 202. Los recursos materiales podrán ser dados de baja y el Secretario de la Defensa Nacional podrá disponer de este material conforme sea necesario para el servicio.

Artículo 203. La adquisición de los recursos materiales para el Ejército y Fuerza Aérea, puede hacerse por compra, construcción, préstamo o arrendamiento.

Artículo 204. Los órganos encargados de la adquisición y recepción de los recursos materiales, operarán conforme a las leyes y disposiciones relativas a la materia y serán responsables de que los mismos satisfagan las características y especificaciones establecidas en los planes, programas y contratos respectivos.

Artículo 205. La comandancia de la Fuerza Aérea, las direcciones generales y los departamentos de la Secretaría de la Defensa Nacional, tendrán a su cargo fijar, en su caso, las bases técnicas para la adquisición de los recursos materiales que deban utilizarse.

CAPITULO II

Recursos económicos

Artículo 206. El Gobierno Federal proporcionará los medios al personal del Ejército y Fuerza Aérea: Vestuario, equipo, alimentación y alojamiento cuando el servicio se preste en instalaciones militares; viáticos suficientes cuando el servicio no se desempeñe en ellas pasajes, transporte de menaje de casa y pagas de marcha, cuando el cambio de radicación obedezca órdenes de autoridad competente; prestaciones que exija el servicio.

Artículo 207. La Secretaría de la Defensa Nacional hará con oportunidad las previsiones de gasto público que habrá de realizarse para el sostenimiento del Ejército y Fuerza Aérea, a fin de que puedan cumplir con las misiones generales que tienen encomendadas, dichas previsiones deberán incluir también los recursos económicos para cubrir los conceptos señalados en el artículo anterior, debiendo observarse las normas contenidas en la Ley y Reglamento del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público o los ordenamientos que los substituyan.

CAPITULO III

Recursos animales

Artículo 208. Los recursos animales son los necesarios para el Ejército y Fuerza Aérea en el cumplimiento de sus funciones, tareas y servicios específicos.

TITULO SÉPTIMO

De los edificios e instalaciones

CAPITULO ÚNICO

Artículo 209. Los edificios e instalaciones del Ejército y Fuerza Aérea son de carácter permanente o transitorio y comprenden bienes muebles, construcciones, terrenos, campos militares, bases aéreas y aeródromos, destinados al alojamiento y operación de las unidades y el establecimiento de dependencias, cuarteles, oficinas, almacenes, parques, talleres, prisiones y juzgados militares, hospitales, escuelas, criaderos de ganado, polígonos de tiro, así como los destinados al adiestramiento, experimentación, pruebas y unidades habitacionales y demás necesarios para sus fines.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Los militares de la clase de servicio que al entrar en vigor esta ley, posean un grado superior al máximo especificado en los artículos 193 y 195 de la misma, lo conservarán con todos sus efectos legales. Los militares de la clase de auxiliares, lo conservarán mientras sus servicios sean utilizados por el Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo segundo. Los militares que al entrar en vigor esta ley, no queden comprendidos en lo señalado en los artículos 191, 192 y 193, serán reclasificados a un arma, servicio, especialidad o cuerpo especial afín, según corresponda, conservando sus derechos adquiridos.

Artículo tercero. Se abroga la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos promulgada el 18 de marzo de 1971 y se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

Artículo cuarto. Esta ley entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.

México, D.F., a 26 de noviembre de 1986.

Senador Agustín Téllez Cruces, presidente; senador Fernando Mendoza Contreras secretario; senadora Norma Elizabeth Cuevas Melken, secretaria.

El C. presidente: -Túrnese a la Comisión de la Defensa Nacional.

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

El Mismo C. Secretario:

«CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados.

Presente.

Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a ustedes, el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto de reformas a diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Reiteramos a ustedes la seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 26 de noviembre de 1986.

Senadores Fernando Mendoza Contreras, secretario Norma Elizabeth Cuevas Melken secretaria».

El mismo C. secretario:

MINUTA

PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS A DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo único. Se reforman los artículos 8o. bis 40, 71, 72 y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 8o. bis. Los tribunales colegiados especializados conocerán de las materias propias de su especialización, con excepción del tribunal colegiado en materia administrativa del tercer circuito, que conocerá también de la materia laboral.

Los tribunales colegiados de circuito que no tengan jurisdicción especial conocerán de todos los asuntos a que se refiere el artículo anterior. La competencia, por razón de materia, de los tribunales colegiados de circuito de jurisdicción especial, se regirá en lo que sea aplicable, por lo dispuesto en los artículos del 24 al 27 de esta ley.

Cuando se establezcan en un circuito en materia de amparo varios tribunales colegiados con residencia en un mismo lugar, que no tengan jurisdicción especial, o que deban conocer de una misma materia, tendrán una oficina de correspondencia común, que recibirá las promociones, las registrará por orden numérico riguroso y las turnará inmediatamente al tribunal que

corresponda de conformidad con las disposiciones que dicte el pleno de la Suprema Corte.

Artículo 40. En el Distrito Federal habrá treinta juzgados de distrito, diez en materia penal, diez en materia administrativa, tres en materia de trabajo, seis en materia civil y uno en materia agraria; y en el estado de Jalisco once juzgados de distrito, seis en materia penal, dos en materia administrativa, dos en materia civil y uno en materia agraria.

En los estados, así como en los distritos judiciales que señala, esta ley, habrá por lo menos un juzgado de distrito, en los términos que establece el capítulo VII de la misma.

Artículo 71. Para los efectos de esta ley, el territorio de la República queda dividido en diecinueve circuitos.

Artículo 72. Cada uno de los circuitos a que se refiere el artículo anterior comprenderá los tribunales colegiados y unitarios de circuito y los juzgados de distrito, que a continuación se expresan:

I. Primer circuito:

1. Dos tribunales colegiados en materia penal, cuatro tribunales colegiados en materia administrativa, cinco tribunales colegiados en materia civil, cuatro tribunales colegiados en materia de trabajo y dos tribunales unitarios, y

2. Treinta juzgados de distrito en el Distrito Federal, con residencia en la ciudad de México.

II. Segundo circuito:

1. Dos tribunales colegiados y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Toluca;

2. Juzgados primero y segundo de distrito en el Estado de México, con residencia en la ciudad de Toluca;

3. Juzgados tercero y cuarto de distrito en el Estado de México, con residencia en el municipio de Naucalpan de Juárez;

4. Juzgados quinto de distrito en el Estado de México con residencia en el municipio de Nezahualcóyotl, y

5. Juzgado de distrito en el estado de Hidalgo, con residencia en Pachuca.

III. Tercer circuito:

1. Un tribunal colegiado en materia penal, un tribunal colegiado en materia administrativa, dos tribunales colegiados en materia civil y dos tribunales unitarios, que residirán en la ciudad de Guadalajara;

2. Once juzgados de distrito en el estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara, y

3. Juzgado de distrito en el estado de Colima, con residencia en la ciudad de Colima.

IV. Cuarto circuito:

1. Dos tribunales colegiados y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Monterrey, y

2. Cinco juzgados de distrito en el estado de Nuevo León, con residencia en la ciudad de Monterrey.

V. Quinto circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, con residencia en la ciudad de Hermosillo;

2. Juzgado primero y segundo de distrito en el estado de Sonora con residencia en Hermosillo;

3. Juzgado tercero de distrito en el estado de Sonora con residencia en Nogales;

4. Juzgado cuarto de distrito en el mismo estado con residencia en Ciudad Obregón, y

5. Juzgado de distrito en materia agraria, con residencia en Hermosillo. VI. Sexto circuito:

1. Dos tribunales colegiados y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Puebla;

2. Cuatro juzgados de distrito en el estado de Puebla, con residencia en la ciudad de Puebla, y

3. Juzgado de distrito en el estado de Tlaxcala, con residencia en el ciudad de Tlaxcala.

VII. Séptimo circuito:

1. Dos tribunales colegiados y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Veracruz;

2. Juzgado primero de distrito en el estado de Veracruz, con residencia en la ciudad de Jalapa;

3. Juzgados segundo y tercero de distrito en dicho estado, con residencia en la ciudad de Veracruz;

4. Juzgado cuarto de distrito en el mismo estado, con residencia en Coatzacoalcos, y

5. Juzgado quinto de distrito en el propio estado de Veracruz, con residencia en Tuxpan.

VIII. Octavo circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Torreón;

2. Juzgados primero y segundo de distrito en La Laguna, con residencia en Torreón;

3. Juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Coahuila, con residencia en Saltillo;

4. Juzgado tercero de distrito en el mismo estado, con residencia en Piedras Negras, y

5. Juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Durango, con residencia en la ciudad de Durango.

IX. Noveno circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de San Luis Potosí;

2. Juzgado primero, segundo y tercero de distrito en el estado de San Luis Potosí, con residencia en la ciudad de San Luis Potosí, y

3. Juzgado de distrito en el estado de Zacatecas, con residencia en la ciudad de Zacatecas.

X. Décimo circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario que residirán en la ciudad de Villahermosa;

2. Juzgado primero y segundo de distrito en el estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa y

3. Juzgado primero y segundo de distrito en el estado de Campeche con residencia en la ciudad de Campeche.

XI. Décimo primero circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Morelia;

2. Juzgados primero, segundo y tercero de distrito en el estado de Michoacán, con residencia en la ciudad de Morelia, y

3. Juzgado primero y segundo de distrito en el estado de Querétaro, con residencia en la ciudad de Querétaro.

XII. Décimo segundo circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Mazatlán;

2. Juzgado primero de distrito en el estado de Sinaloa, con residencia en Culiacán;

3. Juzgado segundo de distrito en el mismo estado con residencia en la ciudad de Mazatlán;

4. Juzgado tercero de distrito en el propio estado de Sinaloa, con residencia en los Mochis;

5. Juzgado de distrito en el estado de Baja California Sur, con residencia en la paz, y

6. Juzgado de distrito en el estado de Nayarit, con residencia en el ciudad de Tepic.

XIII. Décimo tercer circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Oaxaca;

2. Juzgados primero, segundo y tercero de distrito en el estado de Oaxaca, con residencia en la ciudad de Oaxaca;

3. Juzgado cuarto de distrito en el mismo estado, con residencia en Salina Cruz;

4. Juzgado primero de distrito en el estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, y

5. Juzgado segundo de distrito en el mismo estado, con residencia en Tapachula.

XIV. Décimo cuarto circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Mérida, Yucatán;

2. Juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Yucatán, con residencia en Mérida, y

3. Juzgado de distrito en el estado de Quintana Roo, con residencia en Chetumal.

XV. Décimo quinto circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario que residirán en la ciudad de Mexicali, Baja California;

2. Juzgado primero de distrito en el estado de Baja California, con residencia en Mexicali, y

3. Juzgados segundo, tercero y cuarto de distrito en el mismo estado, con residencia en Tijuana.

XVI. Décimo sexto circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario que residan en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato;

2. Juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de Guanajuato;

3. Juzgado tercero de distrito en el mismo estado, con residencia en León, Guanajuato, y

4. Juzgado de distrito en el estado de Aguascalientes, con residencia en la ciudad de Aguascalientes.

XVII. Décimo séptimo circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en la ciudad de Chihuahua;

2. Juzgado primero de distrito en el estado de Chihuahua, con residencia en la ciudad de Chihuahua, y

3. Juzgados segundo y tercero de distrito en el mismo estado, con residencia en Ciudad Juárez.

XVIII. Décimo octavo circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario que residirán en la ciudad de Cuernavaca, Morelos;

2. Juzgados primero, segundo y tercero de distrito en el estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca;

3. Juzgado primero de distrito en el estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, y

4. Juzgados segundo y tercero de distrito en el mismo estado, con residencia en Acapulco.

XIX. Décimo noveno circuito:

1. Un tribunal colegiado y un tribunal unitario, que residirán en Ciudad Victoria;

2. Juzgado primero de distrito en el estado de Tamaulipas, con residencia en Ciudad Victoria;

3. Juzgado segundo de distrito en el mismo estado, con residencia en Nuevo Laredo;

4. Juzgado tercero de distrito en dicho estado, con residencia en Reynosa;

5. Juzgado cuarto de distrito en el propio estado de Tamaulipas, con residencia en la ciudad de Matamoros, y

6. Juzgado quinto de distrito en el mismo estado, con residencia en Tampico.

Artículo 73. La jurisdicción territorial de los juzgados de distrito es la siguiente:

I. Los juzgados de distrito residentes en la capital de la República ejercerán jurisdicción en el Distrito Federal;

II. Los juzgados de distritos en los estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Colima, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas ejercerán jurisdicción,

respectivamente, en el territorio de cada uno de los mismos estados; III. El juzgado de distrito en el estado de Nayarit, además de ejercer jurisdicción en el territorio del mismo, la ejercerá en las Islas Marías;

IV. Los juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Coahuila, con residencia en Saltillo, ejercerán jurisdicción en los municipios de Saltillo, Ramos Arizpe, General Cepeda, Arteaga, Parras, Monclova, Frontera, San Buenaventura, Nadadores, Cuatro Ciénegas, Ocampo, Escobedo, Abasolo, Sierra Mojada, Lamadrid, Sacramento, Candela y Castaños;

V. El juzgado tercero de distrito en el estado de Coahuila, con residencia en Piedras Negras, ejercerá jurisdicción en los municipios de Sabinas, Múzquiz, San Juan de Sabinas, Juárez, Progreso, Piedras Negras, Acuña, Zaragoza, Allende, Morelos, Jiménez, Guerrero, Villaunión, Hidalgo y Nava, del propio estado;

VI. Los juzgados primero y segundo de distrito en La Laguna ejercerán jurisdicción en los municipios de Torreón, Matamoros, Viesca, San Pedro y Francisco I. Madero, del estado de Coahuila; y en los de Mapimí, Tlahualilo, Gómez Palacio, Lerdo, Nazas, San Pedro del Gallo, San Luis del Cordero, San Juan de Guadalupe y San Bartolo, del estado de Durango;

VII. Los juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Durango ejercerán jurisdicción en el territorio del mismo estado, con excepción de los municipios de Mapimí, Tlahualilo, Gómez Palacio, Lerdo, Nazas, San Pedro del Gallo, San Luis del Cordero, San Juan de Guadalupe y San Bartolo del propio estado;

VIII. El juzgado primero de distrito en el estado de Chihuahua ejercerá jurisdicción en los municipios de Chihuahua, Aldama, Carretas,

Coyamé, Ojinaga, San Andrés, San Lorenzo, Santa Eulalia, Santa Isabel Satevó Batopilas, Urique, Morelos, Cusihuiriáchic, San Francisco de Borja, Carichic, Bocoyna, Nonoava, Cerro Prieto, Cuauhtémoc, Camargo, La Cruz, Guadalupe, Julimes, Meoqui, Rosales Saucillo, San Francisco de Conchos, Parral, Balleza Huejotitlán, Escobedo, Olivos, San Antonio del Tule, Matamoros, Santa Bárbara Rosario Zaragoza, San Francisco del Oro, Jiménez, Allende, Coronado, Villa López Arteaga y Guadalupe y Calvo, del mismo estado;

IX. Los juzgados segundo y tercero de distrito en el mismo estado de chihuahua ejercerán jurisdicción en los municipios de Chinipas, Guazapares, Juárez, Ahumada, Carrizal, Guadalupe, San Ignacio Félix U. Gómez, Casas Grandes, Ascención, Galeana, Janos, San Buenaventura, Nuevo Casas Grandes, Guerrero, Santo Tomás, Bachinive, Matachic, Namiquipa, Temosachic. Madera, Dolores, Ocampo, Uruáchic y Moris, del propio estado;

X. El juzgado primero de distrito en Tamaulipas ejercerá jurisdicción en los municipios de Victoria, Güemez, Padilla Villagrán, Casas, Hidalgo, Llera, Jiménez, Mainero, El Mante, Antiguo Morelos, Nuevo Morelos, Xicoténcatl, Gómez Farías, Ocampo, Tula, Palmillas, Bustamante, Miquihuana, Jaumave, San Carlos, San Nicolás, Soto La Marina, y Abasolo;

XI. El juzgado segundo de distrito en Tamaulipas ejercerá jurisdicción en el municipio de Nuevo Laredo;

XII. El juzgado tercero de distrito en Tamaulipas ejercerá jurisdicción en los municipios de Reynosa, Río Bravo, Gustavo Díaz Ordaz, Camargo, Miguel Alemán, Mier y Guerrero;

XIII. El juzgado cuarto de distrito en Tamaulipas ejercerá jurisdicción en los municipios de Matamoros, Valle Hermoso, San Fernando, Méndez, Burgos y Cruillas;

XIV. El juzgado quinto de distrito en Tamaulipas ejercerá jurisdicción en los municipios de Tampico, Ciudad Madero, Altamira, González y Aldama;

XV. EL juzgado primero de distrito en el estado de Veracruz, ejercerá jurisdicción en los distritos judiciales locales de Jalapa, Coatepec, Mizantla Xalacingo y Huatusco;

XVI. Los juzgados segundo y tercero de distrito en el estado de Veracruz, ejercerán jurisdicción en todo el territorio del mismo estado, con excepción de los distritos judiciales locales a que se refiere la fracción anterior y los municipios de Coatzacoalcos, Cosoleacaque , Chinameca, Hidalgotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Moloacán, Oteapan, Pajapán, Santa Lucrecia Zaragoza, Mecayapán, Oluta, San Juan Evangelista, Sayula, Soconusco, Soteapan, Texistepec, Citlaltépetl, Pánuco, Villa Cuauhtémoc, Tamalín, Tampico Alto, Tantima, Chiconamel, Contla, Ixcatepec, Platón Sánchez, Tempoal, Huayacocotla Ilamatlán, Ixhuatlán de Madero, Santa Cruz de Juárez, Tlachichilco, Zacualpan, Zontecomatlán, Texcatepec, Amatlán, Castillo de Teayo, Chinanpa, Tamiahua, Tancoco, Temapache, Tepetzintla, Tihuatlán, Coahuitlán, Coatzintla, Coyutla, Coxquihuí, El Espinal, Gutiérrez Zamora, Mecatlán Santo Domingo, Tecolutla, Zozocolco, Ozuluama, Tantoyuca, Chicontepec, Tuxpan, Papantla, Acayucan y Minatitlán, del mismo estado;

XVII. El juzgado Cuarto de Distrito en el estado de Veracruz, ejercerá jurisdicción en los municipios de Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidalgotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Moloacán, Oteapan, Pajapan, Santa Lucrecia, Zaragoza, Mecayapan, Olutla, San Juan Evangelista, Sayula, Soconusco, Soteapan, Acayucan, Minatitlán y Texistepec;

XVIII. El juzgado quinto de distrito en Veracruz, ejercerá jurisdicción en los municipios de Amatlán, Castillo de Teayo, Chinanpa, Tamiahua, Tancoco, Temapache, Tepetzintla, Tihuatlán, Citlaltépetl, Pánuco, Villa Cuauhtémoc, Tamlín, Tampico Alto, Tantima, Chiconamel, Contla, Ixcatepec, Platón Sánchez Tempoal, Huayacocotla, Ilamatlán, Ixhuatlán de Madero, Santa Cruz de Juárez, Tlachichilco, Zacualpan, Zontecomatlán, Texcatepec, Coahuitlán, Coatzintla, Coyutla, Coxquihuí, El Espinal, Gutiérrez Zamora, Mecatlán, Santo Domingo, Ozuluama, Tecolutla, Zozocolco, Tantoyuca, Chicontepec, Tuxpan y Papantla, del estado de Veracruz.

XIX. La jurisdicción de los juzgados primero segundo y tercero de distrito, en Oaxaca, comprenderá todo el territorio del estado, con excepción de los municipios de El Barrio, San Miguel Chimalapa, Santa María Chimalapa, El Espinal, San Juan Guichicovi, San Francisco Ixhuatán, Asunción, Ixtaltepec, San Jerónimo Ixtepec, Juchitán de Zaragoza, San Dionisio del Mar, Reforma, Matías Romero, Miltepec, Santa María Petapa, Santo Domingo Petapa, San Pedro Tapanatepec, Unión Hidalgo, Santa María Xanadi, Santo Domingo Zanacatepec, Santiago Astata, San Blas Atempa, San Pedro Comitancillo, Santo Domingo Chihuitlán, Santiago Guevea, Santa María Cientaui, San Pedro Huamelula, San Pedro Huilotepec, Santa María del Mar, Jalapa

del Marqués, Santiago Lachiguri, Santiago Loayaga, San Mateo del Mar, San Juan Mazatlán, Santa María Mixtequilla, Salina Cruz, Santo Domingo, Tehuantepec, San Miguel Tenango, Magdalena Tequistlán, Magdalena Tlacotepec, Santa María Totolapilla, Acatlán de Pérez Figueroa, San José Chiltepec, San José Independencia, San Pedro Ixcatlán, Santa María Jacatepec, San Felipe, Jalapa de Díaz, San Lucas Ojitlán, San Pedro Uzumacín, San Miguel Soyaltepec, Tuxtepec, Usila, San Felipe y San Juan Bautista (Valle Nacional), del propio estado;

XX. La jurisdicción de juzgado cuarto de distrito en el estado de Oaxaca comprenderá los municipios exceptuados de la jurisdicción de los juzgados primero, segundo y tercero de igual categoría en el propio estado de Oaxaca, conforme a la fracción XIX de este artículo;

XXI. El juzgado primero de distrito en el estado de Chiapas, con residencia en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, ejercerá jurisdicción en los distritos judiciales locales de Cintalapa, Tuxtla, Chiapas, Las Casas, La Libertad, Villaflores, Comitán, Mexcalapa, Pichucalco, Simojobel, Alvaro Obregón, Yajalón, Palenque y Catazajá, del estado de Chiapas;

XXII. El juzgado segundo de distrito en el estado de Chiapas, con residencia en la ciudad de Tapachula, ejercerá jurisdicción en el territorio que comprenden los distritos judiciales locales de Soconusco, Mariscal, Huixtla, Mapastepec y Tonalá, del estado de Chiapas;

XXIII. Los juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, ejercerán jurisdicción en el territorio que sigue:

1. Distrito de Hermosillo, que comprende las siguientes municipalidades: Hermosillo, con la comisaría de San José de Gracia; La Colorada, con las comisarías de San José de Pimas, Moradillas, Tecoripa y Estación Serdán, San Javier, Suaqui Grande, Mazatlán, Carbó, San Miguel de Horcasitas, con las comisarías de Los Angeles y Pesqueira, y Soyopa, con las comisarías de Tónichi, San Antonio de la Huerta, Llano Colorado y Rebeico.

2. Distrito de Moctezuma, que comprende las siguientes municipalidades: Moctezuma, con la comisaría de Térapa, Nacozari de García, con la Comisaría de Pilares de Nacozari, Bacadéhuachi, Cumpas, con las comisarías de Jécori, Teonadepa, Ojo de Agua, Los Hoyos y Colonia Alvaro Obregón, Divisaderos, Granados, Huasabas, Nácori Chico, Villa Hidalgo y Tepache.

3. Distrito de Sahuaripa, que comprende las siguientes municipalidades: Sahuaripa, con las comisarías de Güisamopa, La Mesita de Cuajari, Santo Tomás, Sahuadéhuachi, Valle de Tecupeto, Mulatos, El Trigo de Gorodepe y la Iglesia, Arivechi, con las comisarías de Bamori y Tarachi; Bacanora, con las comisarías de Mina México, Santa Teresa, Milpillas y Encinal, y Yácora, con las comisarías de Guadalupe, Santa Ana, Santa Rosa, Tepoca, La Trinidad y Maycoba.

4. Distrito de Ures, que comprende las siguientes municipalidades: Ures, con las comisarías de Guadalupe, la Palma, Pueblo de Álamos, Santa Rosalía y Rancho de San Pedro, Aconchi, con la comisaría de la Estancia, Banámichi, Baviácora, con las comisarías de Suazqui, La Capilla y San José de Baviácora, Huépac, con la comisaría de Ranchito de Huépac, Onavas, Opodepe, con las comisarías de Querobabi, Meresichi y Tuape, Villa Pesqueira, con la comisaría de Nácori Grande, Rayón, San Felipe, y San Pedro de la Cueva

5. Distrito de Guaymas, que comprende las siguientes municipalidades: Guaymas, con las comisarías de La Misa, Ortiz, Pótam, Vícam, Torian y San Ignacio Río Muerto, y Empalme.

XXIV. El juzgado tercero de distrito en el estado de Sonora, con residencia en Nogales, ejercerá jurisdicción en el territorio que sigue:

1. Distrito de Agua Prieta, que comprende las siguientes municipalidades: Agua Prieta, con las comisarías de Colonia Morelos y el Pozo Morelos, Fronteras, con las comisarías de Cuquiárachi y Esquela, El Tigre, y Casa de Teras, pertenecientes a la municipalidad de Nacozari de García, Bavispe con la comisaría de San Miguel de Bavispe, Bacerac y Huachinera.

2. Distrito de Altar, que comprende las siguientes municipalidades: Altar, con la comisaría de El Plomo, Puerto Peñasco, con la comisaría de Sonoita, Caborca, Atil, Oquitoa, Pitiquito, con las comisarías de la Ciénega y Félix Gómez, Saric; con la comisaría de Sásabe, Trincheras, con la comisaría de Puerto de Camou, Tubutama, con las comisarías de la Reforma y la Sangre.

3. Distrito de Cananea, que comprende las siguientes municipalidades: Cananea, Cananea, Arizpe, con las comisarías de Chinapa, Bacanuchi, Las Chispas y Sinoquipe, Bacoachi, y Naco.

4. Distrito de Magdalena, que comprende las municipalidades de Magdalena, con las comisarías de San Ignacio y San Lorenzo, Cucurpe, Imuris, con la comisaría de Terrenate, Benjamín Hill,

Santa Ana, con las comisarías de Estación Llano, Coyotillo y Santa Martha.

5. Distrito de Nogales, que comprende las siguiente municipalidades: Nogales y Santa Cruz.

6. Distrito de San Luis Río Colorado, que comprende la municipalidad de San Luis Río Colorado, con la comisaría de Luis B. Sánchez.

XXV. El juzgado cuarto de distrito, con residencia en Ciudad Obregón, ejercerá jurisdicción en el territorio que sigue:

1. Distrito de Cajeme, que comprende las siguientes municipalidades: Cajeme, con las comisarías de Cócorit, Esperanza, Providencia, Pueblo Yaqui y Comuripa, Bácum y Rosario, con las comisarías de Cedros, Nurí, La Dura y Movas.

2. Distrito de Álamos, que comprende las siguientes municipalidades: Álamos, con las comisarías de Tapizuelas, Basiroa, Gerocoa, Minas Nuevas, Los Tanques, Mocoyahui, San Bernardo, Los Camotes, Maquipo, Potrero de Reuter, Protero de Alcántar, El Limón, El Cupis, La Laborcita, Conicárit, Los Muertos, Cochibampo, El Chinal, Palos Chinos, Girocoba y el Tábelo.

3. Distrito de Huatabampo, que comprende las Municipalidades: Etchojoa, con las comisarías de La Villa, Basconcobe, Bacobampo, Chucarit, San Pedro y Villa Juárez; y Huatabampo, con las comisarías de Citabaro, La Galera, Júpare, Yávaros, Moroncarit y Agiabampo.

4. Distrito de Navoja, que comprende las siguientes municipalidades: Navojoa, con las comisarías de Pueblo Viejo, Tesia, Camoa, San Ignacio, Bacabachi, Fundición, Rosales y Mesiaca; y Quiriego, con la comisaría de Batacosa.

XXVI. El juzgado de distrito en materia agraria, con residencia en Hermosillo, ejercerá jurisdicción en los distritos que se señalan en las fracciones XXIII y XXV, con sus respectivas municipalidades y comisarías.

XXVII. El juzgado primero de distrito en el estado de Baja California, con residencia en Mexicali, ejercerá jurisdicción en el municipio del mismo nombre de ese estado.

XXVIII. Los juzgados segundo, tercero y cuarto de distrito en el estado de Baja California, residentes en Tijuana, ejercerán jurisdicción en todo el estado, excepto en el municipio de Mexicali.

XXIX. El juzgado primero de distrito en el estado de Sinaloa, con residencia en la ciudad de Culiacán, ejercerá jurisdicción en el municipio del mismo nombre, y en el de Navolato.

XXX. El juzgado segundo de distrito en el estado de Sinaloa, con residencia en el puerto de Mazatlán, ejercerá jurisdicción en el territorio que comprenden los municipios de Mazatlán, Cosalá, Elota, San Ignacio, Concordia, Rosario y Escuinapa.

XXXI El juzgado tercero de distrito en el estado de Sinaloa, con residencia en la ciudad de Los Mochis, ejercerá jurisdicción en el territorio que comprende los municipios de Ahome, El Fuerte, Choix, Sinaloa, Guasave, Angostura, Salvador Alvarado, Mocorito y Badiraguato;

XXXII. El juzgado primero de distrito en el estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo de los Bravos, ejercerá jurisdicción en todo el territorio del mismo, con excepción de los municipios de Acapulco de Juárez, Atoyac de Alvarez, Ayutla de los Libres, Azoyú, Benito Juárez, Coahuayutla de Guerrero, Copala, Coyuca de Benítez, Cuajimicuilapa, Cuauhtepec, Florencio Villareal, Igualapa, José Azueta, Juan R. Escudero, Ometepec, Petatlán, San Luis Acatlán, San Marcos, Teconapa, Tecpan de Galeana, Tlacoachistlahuaca, La Unión y Xochistlahuaca;

XXXIII. Los juzgados segundo y tercero de distrito en el estado de Guerrero, con residencia en Acapulco, ejercerán jurisdicción en los municipios de Acapulco de Juárez, Atoyac de Alvarez, Ayutla de los Libres, Azoyú, Benito Juárez, Coahuayutla de Guerrero, Copala, Coyuca de Benítez, Cuajimicuilapa, Cuautepec, Florencio Villareal, Igualapa, José Azueta, Juan R. Escudero, Ometepec, Petatlán, San Luis Acatlán, San Marcos, Tecoanapa, Tecpan de Galeana, Tlacoachistlahuaca, La Unión y Xochistlahuaca;

XXXIV. Los juzgados primero y segundo de distrito en el estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad de Guanajuato, ejercerán jurisdicción en todo el territorio del mismo, con excepción de los municipios de León, Manuel Doblado, San Francisco del Rincón, Purísima de Bustos, San Felipe y Ocampo;

XXXV. El Juzgado tercero de distrito con residencia en León, Guanajuato, ejercerá jurisdicción en los municipios de León, Manuel Doblado, San Francisco del Rincón, Purísima de Bustos, San Felipe y Ocampo.

TRANSITORIOS

Primero. Las presentes reformas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación, en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijará la fecha de instalación de los tribunales y juzgados de nueva creación, así como la fecha del cambio de residencia del juzgado tercero de distrito en el estado de Tamaulipas y dictará las bases que deberán observarse para la distribución y remisión de los asuntos que deba hacerse entre los tribunales federales.

Tercero. En tanto no empiecen a funcionar los tribunales y juzgados de nueva creación y no se acuerde la fecha del cambio de residencia del juzgado tercero de distrito, en el estado de Tamaulipas, el conocimiento de los asuntos que habrá de corresponderles continuará por los tribunales que actualmente se encuentren.

Cuarto. En el ámbito de sus atribuciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictará las medidas necesarias, para la efectividad y cumplimiento de las presentes reformas.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.

México, D. F., a 26 de noviembre de 1986. Senadores: Agustín Tellez Cruces, presidente Fernando Mendoza Contreras, Secretario; Norma Elizabeth Cuevas Melken; secretaria".

El C. Presidente: - Recibo y túrnese a la Comisión de Justicia.

ALZA EN LOS PRECIOS DE GASOLINA.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Franz Ignacio Espejel Muñoz del Partido Acción Nacional.

El C. Franz Ignacio Espejel Muñoz: -con su permiso ; señor presidente; señoras y señores diputados el día de ayer, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, nos anuncio sobre los aumentos a los precios de la gasolina nova en 155 pesos el litro y la gasolina extra en 180 pesos el litro.

El día 7 de agosto, dichos productos sufrieron un incremento del 47%, el diesel en ese entonces estaba en 124 pesos el litro. El 28 de octubre sufrió un incremento del 12.8% subiendo a 141 pesos el litro; que ahora para el 27 de noviembre, hoy tenemos que pagarlo en 155 pesos el litro de gasolina nova y 180 pesos el de esta. Se había quedado el litro de diesel en 138 pesos, no sabemos que proporción, si se va a seguir también el 9.9% de aumento al diesel que obviamente. va a afectar a los campesinos.

El caso es, señores diputados, que ante la ola de aumentos que esto va a provocar y que, obviamente, contradice al diputado Javier Garduño Pérez, quien afirmo que la Secretaría de Comercio, prometio que no va a haber aumentos en los alimentos básicos en tres meses.

Pero señores diputados, si ya sufrieron 9.9% de incrementos estos energéticos pues entonces los productos básicos que llegan a los centros de abasto; pues no sé realmente como llagan hasta ahí: será en bicicleta, será en carreta, en animales de carga. Tienen que consumir forzosamente diesel o gasolina para poderlos distribuir en estos centros de abasto. Entonces la escala de precios a los elementos básicos obviamente se van a presentar.

Por otro lado, aquí en esta Cámara hemos escuchado a muchos oradores -incluso el día de ayer- en el sentido de que esta Cámara tiene una alta representación puesto que somos los representantes del pueblo , ¿verdad?; pero si esto es cierto, yo no concibo la idea de cómo los que hemos sido electos mediante el voto popular, no se ha recogido las inquietudes, las protestas, el malestar de la mayoría de la gente. O bien se está descuidando el hecho de recoger esas inquietudes, y no se está haciendo caso de las peticiones del pueblo, o bien, hay que llegar a la Cámara como dé lugar, y no importa cuánto se les mienta, no importa cuánto se les prometa; en fin lo último es llegar aquí a la Cámara de diputados; no importa qué medios se utilicen, y creo yo, que si realmente tenemos esta alta representación en la defensa de los intereses del pueblo, pues estamos fallando bastante.

Yo recuerdo que el día 8 de septiembre, el diputado Javier Paz Zarza, abordó esta tribuna para advertir que subirían pronto los precios derivados del petróleo. Después, un servidor presentó una proposición una proposición el sentido de que la Comisión Intersecretarial, nos hiciera llegar los estudios de los motivos que llevaron a subir estos productos derivados del petróleo. Posteriormente el compañero diputado Víctor Alvarez presentó, el día 30 de octubre una iniciativa de ley para reformar -para adicionar más bien- el artículo 2o. de la Ley sobre atribuciones del Ejecutivo Federal en materia económica, el cual se propone que el Ejecutivo Federal, tendrá facultades para imponer precios máximos al mayoreo o menudeo, y fijar las tarifas de los servicios, siempre sobre la base de reconocimiento de una utilidad razonable, tratandose de las mercancías y servicios comprendidos en el artículo anterior, excepción hecha en los servicios y tarifas relacionadas con la energía eléctrica, gasolina y derivados, en cuyo caso será necesaria la previa autorización de la Cámara de Diputados, en los recesos de ésta por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Pensamos que no es posible que sea materia exclusiva del Ejecutivo los aumentos de estos productos, al igual que las tarifas eléctricas. Pensamos igualmente, que ya la Cámara de diputados, de una manara consciente y responsable, estudie reconozca, analice los motivos de dichos incrementos y nosotros podamos tener la capacidad de negar, autorizar o modificar dichos precios y tarifas. Si bien es cierto que estos aumentos van a perjudicar sobre todo a los trabajadores del campo, también a los trabajadores, pues entonces nos cuestionamos que si estamos realmente representando los intereses de todos ellos, no estemos defendiendo o estemos parando esos aumentos que van a afectara a la economía. Yo creo, sinceramente que el estar aumentando, a través de estas tarifas, de manera arbitraria, para cubrir el déficit que tiene el gobierno, no es justo para los que no pueden pagar dichos incrementos y, sobre todo, las consecuencias o el impacto que esto va a provocar en los alimentos y en los productos básicos.

A nivel del campo alguno de ustedes sabrá que el secretario de la secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, incluso había prometido, había ofrecido apoyo a los insumos de los campesinos, entre ellos ya no permitir el aumento del diesel y, sin embargo, estos incrementos se están realizando, se están llevando a cabo. Entonces, con todo esto, quisiera solicitar al señor presidente de esta Cámara, con todo respeto, envíe una excitativa a las Comisiones de Comercio y Energéticos, para que en la mayor brevedad posible, se nos de a conocer el dictamen de la iniciativa presentada el 30 de octubre, por el diputado Víctor Alvarez. Muchas gracias, gracias. (Aplausos).

El C. Presidente: - Esta presidencia tiene conocimiento de que las Comisiones de Fomento y Comercio Industrial; de Energéticos; de Energía, Minas e Industria Paraestatal, han convocado a reuniones para atender estos asuntos; se les ruega a la comisiones aludidas, se les exhorta, para que a la mayor brevedad posible, emitan el dictamen correspondiente.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

LEY DE SALUD PARA EL DISTRITO FEDERAL

"Comisión De Salubridad y Asistencia

Honorable asamblea: La comisión que suscribe recibió para su estudio y dictamen la iniciativa de Ley de Salud para el Distrito Federal, enviada por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, misma que, en su oportunidad, fue distribuida a los integrantes de esta honorable asamblea.

La comisión ha revisado cuidadosamente el contenido de la mencionada iniciativa y después de haber sido discutida por sus integrantes con fundamento en los artículos 54, 56 y 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía el presente:

DICTAMEN

El derecho a la protección de la salud es un concepto jurídico y una decisión política de todos los mexicanos, establecido al tenor del párrafo tercero del artículo 4o., del código político.

Esta garantía social de carácter constitucional, establece, además, el ejercicio concurrente de los dos niveles de gobierno, federación y entidades federativas; para el logro cabal y el eficaz cumplimiento de tal mandato supremo.

En este caso nos toca proponer a esta honorable asamblea el dictamen de la Ley de Salud para el Distrito Federal, la cual tiene por objeto regular las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud por parte de la población del Distrito Federal, estructurar el órgano administrativo encargado de operar la materia en la capital federal, así como desarrollar la materia de la salubridad local del Distrito federal; asimismo, como se desprende de la exposición de motivos de la iniciativa, se trata de fijar las bases jurídicas que permitan dar solución a los problemas relativos a la salud, a fin de llevar los niveles de nutrición, escolaridad y sanidad, hacer descender la movilidad y mortalidad que atentan contra la integridad de los habitantes del Distrito Federal.

La importancia de esta Ley se desprende de su propio contenido, en cuanto a los rubros que regula y en otro sentido, el número de habitantes a los cuales beneficiaría con su aplicación, toda vez que esta se hará en el Distrito Federal la cual es una de las ciudades más grandes del mundo, tanto en extensión como en población y representa el conglomerado humano más grande del territorio nacional.

Existe una gran tradición jurídica mexicana en el campo de la salud, que ha sido, a través de los años, prolija y muy amplia. El proceso actual en el ámbito de jurídico de la salud, que nos ha tocado vivir, corresponde al avance de las experiencias antes obtenidas a la visión social que el Estado Mexicano ha ido configurando en la etapa post revolucionaria.

Es así como podemos afirmar que el ejercicio legislativo entre 1982 y 1986 ha sido muy intenso y no tiene precedente en la historia de México.

Debemos precisar que la Ley General de Salud, reglamentaria del mencionado artículo 4o. constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de febrero de 1984, entrando en vigor el día 1o. de julio del mismo año, desarrolla los aspectos fundamentales de la garantía en cuestión, así como también define en términos enunciativos los rubros de la salubridad general mencionada en el artículo 73, fracción XVI de la Carta Magna como atribución legislativa del Congreso Federal.

Derivado de las consideraciones anteriores, surge la necesidad de expedir la Ley de Salud para el Distrito Federal, a fin de que el proceso legislativo derivado de la constitucionalización del derecho a la protección de la salud, se complete, lo que a su vez se traduciría en dotar al Distrito Federal con un sistema propio, emanado por el contexto del sistema nacional de salud.

El proyecto que ahora dictaminamos establece definiciones fundamentales para la aplicación de la ley precisa las calidades de autoridades sanitarias en el Distrito Federal las cuales son: El presidente de la República, el Consejo de Salubridad General, la Secretaría de Salud y el propio departamento del Distrito Federal.

La expedición de la ley de Salud para el Distrito Federal, significa el establecimiento de los conceptos jurídicos y programáticos que en el orden local orientan las acciones del gobierno en lo que a la prestación de servicios atañe en dicha entidad federativa.

En tal ámbito, el sistema de salud, exige un marco normativo que regule sus programas y los servicios que prescribe la Ley General de Salud en su artículo 13, apartado B, fracción II, en donde otorga a los estados atribuciones para planear, organizar y desarrollar sistemas estatales de salud, procurando su participación programática en el sistema nacional de salud y de manera concurrente establece el ejercicio conjunto de tales atribuciones por la Federación y las entidades federativas, en este caso para el Distrito Federal.

Por otro lado, la expedición de leyes de salud para el Distrito Federal es necesaria para que la competencia de dicha entidad en materia de salubridad local pueda ser ejercida con base en un marco jurídico acorde a las nuevas disposiciones sanitarias nacionales.

La definición de los ordenamientos locales de salud de las autoridades locales sanitarias que en el ámbito estatal ejercerán facultades de autoridad, reviste especial importancia, ya que serán ellas las que aplicarán dentro de la esfera de competencia que la misma ley les otorgue, las disposiciones que regulen la salubridad local y la salubridad general que ha sido otorgada a los estados, es decir, la concurrente.

El Distrito Federal en materia sanitaria, tiene dos tipos de competencia: La que la ley general le otorga en materia de salubridad general y la que esta iniciativa de ley le confiere en materia de salubridad local.

Su competencia sobre salubridad general está dada en el artículo 13, apartado B, fracción I de la Ley General de Salud, y en este aspecto se ajusta adecuadamente a los preceptos enunciados por esta última.

La iniciativa puntualiza la separación de competencias que en la materia de salubridad general le asigna la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 4o., párrafo tercero y en los términos de la fracción XVI del artículo 73 de la Ley Fundamental, como facultades concurrentes de la Federación y las entidades federativas; dicha separación se hace primariamente en la Ley General de Salud, en el artículo 3o., en donde por principio de cuentas se enuncian en lo general los rubros de dicha materia, para después atribuirle en forma exclusiva a la federación, determinados rubros para lo cual los que no queden insertos en esta clasificación y que son los que menciona el artículo 13 apartado B de la Ley de Salud , se ejerzan de manera concurrente entre la federación y en esta caso el Distrito Federal, tales rubros se producen en el artículo 6o., de la iniciativa en función de clarificar dicho ejercicio concurrente de atribuciones y que de ninguna manera existía confusión con los rubros de la salubridad local; es por ello que esta iniciativa de Ley de Salud para el Distrito Federal pretende regular tanto la parte concurrente de la que ya hemos hablado, así como la salubridad local la cual dentro del territorio del Distrito Federal, le corresponde al departamento del Distrito federal, organizar, operar, supervisar y evaluar.

Con lo anterior se logra una coordinación tanto legal, como operativa, a efecto de prestar de la mejor manera dentro del territorio del Distrito Federal los servicios de salud que configuran esta parte de la salubridad general.

Es por tanto que la ley, y en consecuencia de lo anterior, desarrolla de manera específica aquellas materias de salubridad que son exclusivas del ámbito

local y que le son atribuidas al gobierno del Distrito Federal en virtud de la regla constitucional de separación de competencias establecidas en el artículo 124 de la Carta Magna.

Estas materias son exclusivamente del ámbito local y esta ley es el fundamento para que queden establecidas en un contexto legal.

La coordinación funcional entre los dos niveles de Gobierno - Federal y del Distrito Federal - se da en el marco del más amplio respeto de las atribuciones de cada uno de ellos y se pone acento en la iniciativa en cuanto al conglomerado de rubros de la salubridad local que son indispensables para un adecuado desarrollo sanitario de la capital de la República Mexicana.

A fin de fungir como instancias mediante las cuales se coordinan acciones y esfuerzos para aprovechar racionalmente los recursos que se destinen para satisfacer el derecho social a la salud, establece la presente iniciativa el sistema de Salud para el Distrito Federal, integrado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados del departamento del distrito Federal y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios de salud así como los mecanismos de coordinación de acciones que se suscriban con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y enumera sus objetivos en forma acorde a la Ley General de Salud, y la situación especifica que impera en el Distrito Federal.

En otro sentido la iniciativa prevé la creación de un órgano desconcentrado por función, con autonomía técnica al cual se le denomina Instituto de Servicios de Salud del Distrito Federal, a efecto de que tal órgano lleve a cabo la prestación de servicios de salud en el Distrito Federal y ejerza funciones de autoridad en dicho territorio, además de que deberá planear, organizar y desarrollar el sistema de Salud del Distrito Federal.

La solución administrativa que se le da a este instituto como órgano desconcentrado es, en nuestra opinión, la que mejor provee la ejecución de los programas de salud en el Distrito Federal, toda vez que sale del contexto centralizado de la organización vertical del Gobierno, sin llegar a ser un organismo descentralizado, lo cual pondrá en peligro el poder llevar acabo acciones que implicarán actos de autoridad por parte de tal ente; con esta solución de crear un órgano desconcentrado se le dota al instituto de la suficiente autonomía técnica al afecto de que opera su materia especializada, más no otorgándole personalidad ni patrimonio propios y no relajando el vínculo de autoridad y dependencia administrativa con el Departamento del Distrito Federal.

Una modalidad que establece la iniciativa en su artículo 9o., es el establecimiento de atribuciones que les correspondan a las delegaciones Políticas del Distrito Federal, las cuales serán fijadas a través de los respectivos acuerdos delegatorios expedidos por el jefe del Departamento del Distrito Federal. Con ello se garantiza la descentralización operativa dentro de la misma entidad y el hacer llagar a todos los núcleos de población los servicios de salud indispensables para su bienestar; es decir, es la respuesta de la salud social al gran conglomerado de la cuidad de México.

Para los efectos del artículo anterior, el Instituto de Servicios de Salud del Distrito Federal, supervisará que todas las atribuciones delegadas de las que hemos hablado se ejerzan de conformidad a lo que establecen las disposiciones jurídicas aplicables.

Respecto de los órganos de dirección y administración del instituto, debemos precisar que se conforman en dos sentidos: Una junta directiva que se integrará de acuerdo a los instrumentos aplicables y que fungirá como órgano de control y vigilancia del propio instituto; en su segundo término se cuenta con un director general que ejerce las funciones ejecutivas y el cuál es nombrado y removido por el jefe del Departamento del Distrito Federal, garantizando con ello la función administrativa y de confianza que representa dicho funcionario.

La iniciativa que ahora dictaminamos constituye en su capítulo II el denominado sistema de salud del Distrito federal el cual lo integran las unidades administrativas y los órganos desconcentrados del Departamento del Distrito Federal, así como las personas físicas o morales de los sectores social y privado que prestan servicios de salud, a lo cual se agregan los mecanismos de coordinación de acciones instrumentadas conjuntamente, con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

El sistema de salud del Distrito Federal, tiene como objetivo, lo que se puede desprender de la lectura de la iniciativa, el proporcionar servicios de salud a la población, mejorando su calidad, poniendo su acento en las acciones preventivas que al efecto se deberán desarrollar, contribuyendo al bienestar social de la población, en un aspecto integral con el medio ambiente y coadyuvando a la modificación de patrones socio culturales relacionados con la salud.

No se omite dentro de estos objetivos, el aspecto de la asistencia social, así como tampoco la necesidad de formar recursos humanos para la salud y ejercitar las acciones de control sanitario, que

en conjunto tienden a lograr su contenido del derecho constitucional a la protección de la salud.

Se desprende del texto de la iniciativa que la coordinación del sistema de salud del Distrito Federal queda a cargo del jefe del Departamento, contando con una figura novedosa denominada comisiones delegacionales, las cuales tienen el carácter de órganos consultivos y se establece cada una de ellas en las respectivas delegaciones del Distrito Federal. La integración de estas comisiones delegacionales, se realiza con el titular de la delegación y por cuatro vocales, de los cuales uno le toca designar al propio instituto, otro a la junta de vecinos y dos más al jefe del Departamento del Distrito Federal; con estas comisiones delegacionales se busca ampliar el final de participación de la comunidad en las decisiones relacionadas con la salud, que afecten a la comunidad delegacional.

Por otra parte, como hemos mencionado la salubridad local se refiere fundamentalmente al control sanitario de establecimientos que ofrecen servicios al público, tales como los baños públicos, peluquerías, salones de belleza, estéticas, establecimientos dedicados a actividades industriales, comerciales y de servicios, establecimientos de hospedaje, lavanderías y similares y albercas públicas; así mismo prevee el control de los mercados y centros de abasto, de las construcciones, edificios, fraccionamientos de las gasolineras y del transporte urbano y suburbano, los cuales son lugares que por su naturaleza y destino están íntimamente ligados con la infraestructura económica y el desarrollo del Distrito Federal; por otro lado, se prevee el control sanitario en las materias que típicamente han sido municipales, tales como los cementerios, la limpieza pública y el agua potable y alcantarillado; muy especialmente merece en la iniciativa, el control, sanitario de los vendedores ambulantes, los cuales deberán cumplir con todas las condiciones higiénicas que establezca el departamento, pero nunca podrán expender sus productos alimenticios en zonas consideradas insalubres.

Con todo esto se da un paso considerable en la protección de la salud de los habitantes del Distrito Federal, eliminándose riesgos que por la magnitud de la metrópoli pudieran ser de consecuencias catastróficas; así como las de la salud colectiva y el bienestar de la población quedan salvaguardadas, mediante las acciones que se fundamentarán en la ley que ahora pasamos a su elevada consideración.

La ley contiene un capítulo específico en el cual es el I del título II, en donde se expresan los preceptos básicos de la salubridad local y son definidos todos los rubros que previamente habían sido enunciados en el artículo 5o., de la propia iniciativa. Con esto se pretende crear un instrumento jurídico, ágil y de fácil aplicación, es tal la importancia de la materia contenida, que estamos en presencia de una ley de orden público e interés social.

Una parte dedicada al control sanitario, dentro de los rubros de la sanidad local, es el dedicado a los reclusorios y centros de readaptación social dentro del contexto penitenciario moderno, a efectos de ofrecer servicios de salud dentro de dichos establecimientos, teniendo como fin, elevar el nivel sanitario de los internos, con programas tales como el mejoramiento nutricional y de prevención de enfermedades y accidentes.

Parte importante en la iniciativa le corresponde a la concertación que el poder publico debe realizar, en virtud de la moderna planeación con los sectores social y privado; esa concertación tiene por objeto la participación de los mencionados sectores en el sistema de salud del Distrito Federal, así como también la integración de los trabajadores y usuarios de los servicios de salud de los multicitados sectores, a fin de lograr unificación y homogeneización del sistema, en el contexto de los diversos conglomerados y universos que lo conforman, para ello menciona la iniciativa, que deberán ser expedidos instrumentos administrativos que tiendan a tal logro, fortaleciendo la vertiente de la concentración, lo cual muestra un signo de madurez política en el ámbito de la salud del Distrito Federal.

Cabe destacar que el artículo 19 de la iniciativa, prevé que el departamento pueda ejercer dentro de los causes legales y por vías administrativas idóneas la facultad económica coactiva, determinando la imposición de multas señalando las bases para su liquidación, fijando la cantidad liquida a pagar la y requiriendo el pago de las mismas.

La cuestión planificadora no ha sido dejada de lado en la ley, y se prevé al tenor del artículo 20 de la iniciativa que el Departamento del Distrito Federal, con la debida intervención del Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal, defina las formas de coordinación y colaboración de los servicios de salud, lo cual nos garantiza la debida aplicación de los recursos financieros, humanos y materiales, para la consecución de la protección de la salud de la población del Distrito Federal, a través de servicios de salud adecuados.

Capitulo muy importante de la ley es el que se refiere al de autorizaciones sanitarias, las cuales revisten el carácter de licencias, permisos, o tarjetas

de control sanitario y las cuales pueden ser revocadas en los mismos casos que prevé el capítulo II del título III o de la ley.

Respecto del procedimiento administrativo la ley en su título IV capítulo único, nos refiere el procedimiento de vigilancia sanitaria, el cual salvaguarda el procedimiento sustantivo de la materia, con amplio respeto a las garantías constitucionales relativos al derecho de audiencia, y la legalidad del propio procedimiento.

Las medidas de seguridad que prevé la ley, tienen como objeto proteger la salud de la población y prevenir los riesgos de una enfermedad, las cuales serán ordenadas por escrito, siendo de inmediata ejecución y durando exclusivamente el tiempo indispensable para que desaparezca el peligro o se controle el riesgo de contagio, siendo que estas medidas de seguridad pueden ser aplicadas sin perjuicio de las sanciones que en determinado caso procedieran.

Respecto a las sanciones administrativas, estas se clasifican de tres maneras que son: La multa, la clausura, ya definitiva o el arresto hasta por 36 horas. Debemos precisar que el criterio económico que sirve para determinar la cuantía de las multas, es de carácter indexatorio y esta ligado con el monto del salario mínimo general diario en el Distrito Federal, lo cual hace que siempre se mantenga al día en este sentido y no necesitando recurrir a reformas constantes por el desfasamiento que por este concepto se pudiera sufrir, dadas las condiciones económicas del México actual.

El proyecto, contempla el recurso de inconformidad con que se trata de lograr la protección del gobernado, respecto a sus derechos que hubieran sido conculcados sin fundamento o motivo por la autoridad sanitaria, prevaleciendo un medio más de defensa para el particular quien tiene la posibilidad de impugnar los actos de impunidad del instituto y de las autoridades sanitarias del Distrito Federal, protegiendo la esfera de sus intereses jurídicos. De la misma manera el capítulo IV y último del título V de la ley, prevé la prescripción de la instancia y de las actuaciones administrativas por parte de la autoridad sanitaria, la cual procede por vía de excepción y en su defecto por ser declarada de oficio.

Con esta iniciativa se pretende dar un marco fundamental a la actuación sanitaria y a los servicios de salud en el Distrito Federal, y a efecto de crear y consolidar el sistema de salud local y lograr la realización del precepto social contenido en el párrafo tercero del artículo 4o., de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho a la protección de la salud, el cual es ejercicio concurrente del poder público entre la federación y en este caso el Distrito Federal y responsabilidad de todos los mexicanos.

En las sesiones que celebró esta comisión y a través del análisis pormenorizado de la iniciativa que nos ocupa y a efecto de salvaguardar los derechos de los trabajadores que integren el instituto de salud del Distrito Federal, hemos propuesto la adición de un transitorio, que contenga el respeto a los derechos laborales de los trabajadores.

Dicho transitorio se adiciona con el numeral cuarto, con la redacción siguiente:

ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO

Al personal de las dependencias que pasen a integrar el instituto de salud para el Distrito Federal le serán garantizados los derechos laborales y sindicales que hubieran adquirido.

La iniciativa sometida al honorable Congreso de la Unión, por el ciudadano Presidente de la República cumple con sus objetivos de la manera más amplia y viene a complementar el marco jurídico de la salud.

En obsequio de lo expresado anteriormente y con mérito en tales comisiones la Comisión de Salubridad, se permite recomendar al pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se sirva aprobar el proyecto de ley de Salud para el Distrito Federal.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Salubridad y Asistencia, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE LEY DE SALUD PARA EL DISTRITO FEDERAL

TITULO PRIMERO

De las Disposiciones Generales

Capítulo I

De los Conceptos Básicos y Competencias

Artículo 1o. La presente ley es de orden público e interés social y tiene por objeto:

I. Regular las bases y modalidades para el acceso de servicios de salud, por parte de la población en el Distrito Federal y la competencia del Departamento del Distrito Federal, en materia de salubridad local;

II. Fijar las normas conforme a las cuales el Departamento del Distrito Federal, ejercerá sus atribuciones en la prestación de servicios de salubridad general a que se refiere el artículo 13 apartado B) de la Ley General de Salud, y

III. Determinar la estructura administrativa de los mecanismos adecuados para que el Departamento del Distrito Federal, participe con la Secretaría de Salud a que se refieren las fracciones III, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII del artículo 3o. de la Ley General de Salud.

Artículo 2o. Para los efectos de esta ley se entiende por:

I. Ley General, a la Ley General de Salud;

II. Secretaría, a la Secretaría de Salud;

III. Departamento, al Departamento del Distrito Federal;

IV. Delegación, a las Delegaciones del Distrito Federal;

V. Instituto al Instituto de servicios de Salud del Distrito Federal;

VI. Sistema de Salud, al Sistema de Salud del Distrito Federal;

VII. Usuario del servicio de salud, a toda persona que requiera y obtenga los que presten los servicios públicos, social y privado, en las condiciones y conforme a las bases que para cada modalidad se establezcan en esta ley y demás disposiciones aplicables;

VIII. Servicios de Salud, a todas aquellas acciones que se realizan en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad; estos se considerarán como servicios públicos de salud para la población en general, cuando se presten en establecimientos públicos de salud a la población en el Distrito Federal que así lo requiera, regidos por criterios de universalidad, y

IX. Regulación y control sanitario, a los actos que lleve a cabo el Departamento para ordenar o controlar el funcionamiento sanitario de las actividades que se realicen en los establecimientos a que se refiere esta ley y los reglamentos respectivos, a través del otorgamiento de autoridades, vigilancia, aplicación de medidas de seguridad imposiciones de sanciones en los términos de esos ordenamientos.

Artículo 3o. Son autoridades sanitarias del Distrito Federal:

I. El Presidente de la República;

II. El Consejo de Salubridad General;

III. La Secretaria de Salud, exclusivamente, en el ámbito de competencia que le confiere la ley general, y

IV. el departamento del Distrito Federal.

Artículo 4o. Corresponde al Departamento como autoridad sanitaria local la aplicación de la presente ley.

Articulo 5o. En materia de Salubridad local, corresponde al Departamento la regulación y control de:

I. Mercados y centros de abasto;

II. Construcciones, edificios y fraccionamientos, excepto aquellos cuya autorización esté reservada a la Secretaría;

III. Cementerios;

IV. Limpieza pública;

V. Rastros;

VI. Agua potable y alcantarillado;

VII. Establos y caballerizas y otras similares;

VIII. Reclusorios y centros de readaptación social;

IX. Baños públicos;

X. Centros de reunión y espectáculos públicos;

XI. Peluquerías, salones de belleza, estéticas y en general establecimientos de esta índole;

XII. Establecimientos dedicados a actividades industriales, comerciales, y de servicio, cuando no corresponda a la Secretaría de Salud;

XII. Establecimientos de hospedaje;

XIV. Transporte urbano y suburbano;

XV. Gasolineras;

XVI. Lavanderías, tintorerías, planchadurías y demás establecimientos similares;

XVII. Albercas públicas;

XVIII. Vendedores ambulantes, y

XIX. Las demás materias que determine esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 6o. En las materias de salubridad general a que se refiere el artículo 13 apartado B) de la Ley General de Salud dentro del territorio del Distrito Federal, corresponderá al Departamento realizar las actividades establecidas en el ordenamiento conforme a sus disposiciones para lo cual tendrá las siguientes atribuciones:

I. Organizar, operar, supervisar y evaluar de la manera prescrita en la ley General de Salud:

a) La prestación de servicios de atención médica en sus formas preventivas, curativas y de rehabilitación;

b) La prestación de servicios de atención materno infantil, que comprende la promoción de la integración y del bienestar familiar, la atención del niño y la vigilancia de su crecimiento, desarrollo y promoción de la vacunación oportuna y la atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio;

c) La prestación de servicios de planificación familiar;

d) La prestación de servicios de salud mental;

e) El ejercicio de actividades profesionales, técnicas y auxiliares para la salud que estarán sujetos a lo dispuesto por la ley reglamentaria del artículo 5o. constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal así como a la ley general, además normas jurídicas aplicables y bases de coordinación que se definan entre las unidades sanitarias y educativas;

f) Los servicios de la promoción de la formación de recursos humanos para la salud;

g) La prestación de servicios de coordinación de la investigación para la salud y el control de ésta en los seres humanos;

h) La información relativa a las condiciones, recursos y servicios de salud en el Distrito Federal

i) La prestación de los servicios de educación para la salud;

j) La prestación de los servicios de orientación y vigilancia en materia de nutrición, conforme a los programas que se formulen y desarrollen al respecto;

k) La prestación de los servicios de prevención y control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud del hombre;

l) La prestación de servicios de salud ocupacional, para lo que se promoverán desarrollarán y difundirán investigaciones de carácter multidisciplinario que permitan prevenir y controlar las enfermedades y accidentes ocupacionales, así como estudios para adecuar los instrumentos y equipos de trabajo a las características del hombre;

m) La prestación de los servicios de prevención y control de las enfermedades transmisibles a las que se refiere la ley general y de acuerdo con las disposiciones de la misma;

n) La prestación de servicios de prevención y control de las enfermedades no transmisibles y accidentes;

o) La prestación de servicios de prevención de la invalidez y la rehabilitación de los inválidos;

p) La prestación del servicio de asistencia social que comprenderá el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva;

q) El programa contra el alcoholismo;

r) Los programas contra el tabaquismo;

II. Programar, organizar y desarrollar el sistema de salud, procurando su participación programática en el Sistema Nacional de Salud, coadyuvando a su consolidación y funcionamiento.

III. Llevar a cabo los programas y acciones que en materia de salubridad local le competan.

IV. Elaborar la información estadística local y proporcionarla a las autoridades federales competentes;

V. Vigilar el cumplimiento de esta ley y demás disposiciones aplicables, y

VI. Las demás que le atribuyan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Artículo 7o. Se crea el Instituto de Servicios de Salud del Distrito Federal, como un órgano desconcentrado del Departamento.

Artículo 8o. El Instituto tendrá a su cargo:

I. Planear, organizar y desarrollar el sistema de salud del Distrito Federal;

II. Organizar y ejecutar las acciones de regularización y control sanitario en materia de salubridad local;

III. Organizar, operar y supervisar la prestación de los servicios de salubridad general que se refiere al artículo 6o. de esta ley;

IV. Apoyar a los servicios de salud de dependencias o entidades de la administración pública federal, en los términos que la legislación aplicable y de las bases de coordinación que se celebren.

En el caso de los programas de servicios de las instituciones federales de seguridad social, el apoyo se realizará tomando en cuenta lo que previenen las leyes que rigen el funcionamiento de dichas instituciones;

V. Determinar la periodicidad y características de la información que deberán proporcionar las unidades administrativas del Departamento en materia de salud, y;

VI. Las demás que le señalen otras leyes y disposiciones aplicables.

Artículo 9. El jefe del Departamento por medio de acuerdos delegatorios los cuáles serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la dependencia, establecerá las atribuciones que correspondan a las delegaciones. El instituto supervisará que estas atribuciones se ejerzan de conformidad a las establecidas en la ley general, esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

Artículo 10. Serán órganos de dirección y administración del instituto, una junta directiva y un director general.

Artículo 11. La junta directiva estará integrada en la forma que se establezca en su manual de organización, que será expedido por el jefe del Departamento y se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la dependencia.

El director general será nombrado y removido por el jefe del departamento y tendrá al igual que la junta directiva, las atribuciones que señalen en el propio manual de organización.

Artículo 12. Para los efectos de la participación del Departamento en la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones III, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII del artículo 3o. de la ley general, en los términos de las bases de coordinación que se expidan entre el Departamento y la Secretaría, el instituto será la estructura administrativa a través del cual el propio Departamento realice esas actividades.

CAPITULO II

Del Sistema de Salud del Distrito Federal

Articulo 13. El Sistema de Salud, esta constituido por las unidades administrativas y órganos desconcentrados del Departamento y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud así como los mecanismos de coordinación de acciones que se suscriban con dependencias o entidades de Administración Pública Federal.

Artículo 14. El sistema de salud, tiene por objeto ejercer las atribuciones correspondientes para la protección de la salud, en los términos de la ley general, esta ley y demás disposiciones aplicables y en consecuencia tenderá a:

I. Proporcionar servicios de salud a la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios del Distrito Federal y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas;

II. Contribuir al desarrollo demográfico y armónico del Distrito Federal;

III. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social para, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y minusválidos para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social;

IV. Dar impulso al desarrollo de la familia y de la comunidad, así como a la integración social y al crecimiento físico y mental de la niñez;

V. Apoyar el mejoramiento de las condiciones sanitarias del medio ambiente, que propicien el desarrollo satisfactorio de la vida;

VI. Impulsar un sistema racional de administración y desarrollo de los recursos humanos, para mejorar la salud;

VII. Coadyuvar a la modificación de los patrones culturales que determinen hábitos, costumbres y

actitudes relacionados con la salud y con el uso de los servicios que se presten para su protección, y

VIII. En general, prestar eficientemente los servicios de salubridad general y local a que se refiere esta ley, así como realizar las acciones de regulación y control sanitario en los términos de este ordenamiento y demás disposiciones aplicables.

Articulo 15. La coordinación del sistema de salud del Distrito Federal, estará a cargo del jefe del departamento, para lo cual podrá:

I. Elaborar y conducir la política en materia de salud en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables y de conformidad con las políticas del Ejecutivo Federal;

II. Coordinar los programas de servicios de salud en el Distrito Federal;

III. Establecer la forma y términos de concentración en los sectores social y privado para garantizar la prestación de los servicios de salud;

IV. Determinar la forma de coordinación de asistencia social, en los términos de la ley de la materia;

V. Establecer la adecuada coordinación y vinculación con la Secretaría, los institutos nacionales de salud y hospitales de especialidades, para brindar atención medica de alta especialidad a la población del Distrito Federal;

VI. Evaluar los programas y servicios de salud en el Distrito Federal;

VII. Apoyar la coordinación entre las instituciones de salud y las educativas para formar y capacitar recursos humanos para la salud;

VIII. Promover e impulsar la participación de la comunidad en el Distrito Federal, en el cuidado de su salud

IX. Analizar las disposiciones aplicables en materia de salud y formular propuestas de reformas y adiciones a las mismas;

X. Coadyuvar las dependencias federales competentes a la regulación y control de la transferencia de tecnología en el área de salud;

XI. Ejercer las demás atribuciones que se requieran para el cumplimiento de los objetivos del sistema de salud en el Distrito Federal y las que determinen las disposiciones generales aplicables, y

XII.- Celebrar bases de coordinación sanitaria con los gobiernos de los estados circunvecinos, sobre aquellas materias que sean de interés común.

Artículo 16. El Departamento promoverá la participación en el sistema de salud en el Distrito Federal, de los prestadores de servicios de salud de los sectores: público, social y privado, así como de sus trabajadores y de los usuarios de los mismos, en los términos de las disposiciones que al efecto se expidan.

Articulo 17. El sistema de salud del Distrito Federal, contará con comisiones delegacionales que tendrán carácter de órganos consultivos y funcionarán en cada una de las delegaciones del Departamento; estarán integradas por un presidente que será el titular de la delegación y por cuatro vocales, representantes del instituto, de la junta de vecinos y dos que nombrará el jefe del Departamento.

Artículo 18. Para los efectos de esta ley, se entiende por norma técnica local el conjunto de reglas científicas o tecnológicas de carácter obligatorio, emitidas por el departamento que establece los requisitos que deben satisfacerse para el desarrollo de actividades en materia de salubridad local, con el objeto de unificar principios, criterios, políticas y estrategias.

Articulo 19. Cuando, con motivo del ejercicio de las facultades que en materia de salubridad general y local tiene el Departamento, con fundamento en esta ley las bases de coordinación que se celebren o hayan celebrado y las demás disposiciones aplicables, se imponga una multa, el Departamento a través de la autoridad competente, las determinará, señalará las bases para su liquidación, las fijará en cantidad líquida y requerirá el pago de las mismas.

Articulo 20. El departamento con la intervención que corresponda al Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal, definirá la forma de coordinación y colaboración en materia de planeación de los servicios de salud, de conformidad con las disposiciones de esta ley y las que al efecto sean aplicables.

TITULO SEGUNDO

De la Salubridad Local

CAPITULO I

De los Conceptos Básicos

Articulo 21. Para los efectos de la presente ley se entiende por:

I. Mercado, el sitio público destinado a la compra y venta de productos en general, preferentemente

agrícola y de primera necesidad en forma permanente o en días determinados;

II. Central de Abasto, el sitio destinado al servicio público en maniobras de carga y descarga, la conservación en frío y demás operaciones relativas a la compraventa al mayoreo y medio mayoreo de productos en general;

III. Construcciones, toda edificación o local que de destine a habitación, recreo, trabajo o cualquier otro uso;

IV. Cementerios, el lugar destinado a la inhumación o incineración de cadáveres;

Limpieza pública, el servicio de recolección y tratamiento de basuras;

VI. Rastro, el lugar destinado a la matanza de animales para el consumo público;

VII. Establos, caballerizas y otros similares, todos aquellos lugares destinado a la guarda, producción y explotación de animales;

VIII. Reclusorios y centros de readaptación, la institución pública destinada a la internación de quienes se encuentran privados de su libertad corporal;

IX. Baños públicos, al establecimiento destinado a utilizar el agua para el aseo corporal, deporte o uso medicinal al que pueda concurrir el público, quedando incluidos en esta denominación los llamados de vapor y aire caliente;

X. Albercas públicas, el establecimiento público destinado para la natación, recreación familiar, personal o deportiva;

XI, Centros de reunión, las instalaciones destinadas al agrupamiento de personas con fines recreativos, sociales, deportivos, culturales u otros de esta misma indole;

XII. Espectáculos públicos, las representaciones teatrales, las audiciones musicales, las exhibiciones cinematográficas, las funciones de variedades, las carreras de caballos, perro, automóviles, bicicletas, etcétera, las exhibiciones aeronáuticas, los circos, los frontones, los juegos de pelota, las luchas y en general, todos aquellos en los que el público paga el derecho por entrar y a los que acude con el objeto de distraerse;

XIII. Peluquerías, salones de belleza, estéticas y similares, los establecimientos dedicados a rasurar, teñir, decolorar, peinar, cortar, rizar o realizar cualquier actividad similar con el cabello de las personas arreglo de uñas de manos y pies o la aplicación de tratamientos capilares y faciales de belleza al público, en las que no requieran de intervención médica en cualquiera de sus prácticas;

XIV. Establecimientos industriales, aquellas edificaciones en las que se realiza la extracción, conservación, procesamiento, maquila y transformación de materias primas, acabado de productos y elaboración de satisfactores;

XV. Establecimientos comerciales, las instalaciones donde se efectúan actividades lucrativas consistentes en la intermediación directa o indirecta entre productores y consumidores de bienes;

XVI. Establecimientos de prestación de servicios, las construcciones, edificaciones o instalaciones en general, en las que se ofrezcan y comercien servicios de cualquier tipo;

XVII. Establecimientos de hospedaje, los que proporcionen al público alojamiento y otros servicios complementarios, mediante el pago de un precio determinado, quedando comprendidos los hoteles, moteles, apartamentos amueblados, campos para casas móviles, de turistas y casas de huéspedes, así como cualquier edificación que se destine a dar albergue;

XVIII. Lavanderías, tintorerias, planchadurías y similares, todo establecimiento o taller abierto al público, destinado a limpiar, teñir, desmanchar o planchar ropa, tapices, telas y objetos de uso personal, doméstico, comercial o industrial, cualquiera que sea el procedimiento que se emplee;

XIX. Vendedores ambulantes, las personas que realicen actividades comerciales, sin que se establezcan en un sitio determinado;

XX. Gasolineras, el establecimiento destinado al expendio de gasolinas, aceites y demás productos derivados del petróleo, y

XXI. Transporte urbano y suburbano, todo vehículo destinado al traslado de carga, de alimentos perecederos o de pasajeros, sea cual fuere su medio de propulsión.

Artículo 22. Es competencia del Departamento ejercer el control y regulación sanitaria, de los establecimientos enunciados en el artículo 21, mediante la realización de las acciones necesarias que tengan por objeto prevenir riesgos y daños a la salud de la población.

Dichas acciones consisten en el otorgamiento de las autorizaciones sanitarias, la vigilancia e inspección

de los establecimientos, la aplicación de medidas de seguridad, la imposición de sanciones y, en general todos aquellos actos que permitan preservar la salubridad local de los habitantes del Distrito Federal.

Artículo 23. Todo cambio de propietario o de denominación o razón social de un establecimiento, deberá ser comunicado al Departamento en un plazo que no excederá de 15 días hábiles a partir de la fecha en que se efectúa.

Artículo 24. Sin perjuicio de lo establecido en los capítulos subsiguientes, los establecimientos y actividades a que se refiere este título, estarán sujetos a las condiciones sanitarias que determinen las disposiciones legales aplicables, los reglamentos respectivos y normas técnicas locales que emita el Departamento.

Artículo 25. El Departamento emitirá las normas técnicas locales para la regulación y control sanitario de las materias de salubridad local.

Artículo 26. Para el funcionamiento de los establecimientos enunciados en el artículo 21 de esta ley, los interesados deberán obtener la autorización sanitaria del Departamento, así como la tarjeta de control sanitario que acredite a los responsables y auxiliares de su operación, independientemente de los demás requisitos que para tal efecto establezcan los reglamentos respectivo.

CAPITULO II

De los Mercados y Centros de Abasto

Artículo 27. Corresponde al Departamento ordenar que periódicamente se fumiguen los mercados y centros de abasto, con el propósito de evitar la proliferación de roedores o cualquier animal, de acuerdo a las disposiciones establecidas por la ley general.

Artículo 28. Los vendedores y personas cuya actividad esté vinculada con los mercados y centros de abasto, estarán obligados a conservar las condiciones higiénicas indispensables para el debido mantenimiento de sus locales o puestos.

CAPITULO III

De las Construcciones, Edificios y Fraccionamientos

Artículo 29. En los aspectos sanitarios, las construcciones, reconstrucciones modificaciones y adaptaciones deberán cumplir con las disposiciones de esta ley, las demás disposiciones aplicables y las normas técnicas correspondientes, exceptuándose aquellas cuya autorización esté expresamente reservada a las Secretaría de Salud.

Articulo 30. Para iniciar y realizar la construcción, reconstrucción, modificada y acondicionamiento de un edificio, se requiere el permiso sanitario del proyecto, en cuanto a iluminación, ventilación, instalaciones sanitarias y contra accidentes.

Artículo 31. El responsable de la construcción, reconstrucción, modificación o acondicionamiento de los inmuebles a que se refiere este título, deberá dar aviso de inicio y terminación de obra al Departamento, quien vigilará el cumplimiento de los requisitos en el proyecto previamente aprobado.

Artículo 32. En el supuesto de que se pretenda una construcción en terrenos pantanosos o que hubieren estado destinados a basureros o cementerios, los interesados deberán comunicar estas circunstancias a la autoridad sanitaria, para que dicte las medidas que juzgue pertinentes para evitar peligros a la salubridad pública.

Artículo 33. Los edificios, locales, construcciones o terrenos urbanos, podrán ser inspeccionados por el Departamento, quien ordenará las obras necesarias para satisfacer las condiciones higiénicas y de seguridad en los términos de esta ley y del reglamento aplicable.

Artículo 34. Los propietarios o poseedores de los edificios o locales o de los negocios en ellos establecidos, están obligados a ejecutar las obras sanitarias que se requieran, para cumplir con las disposiciones de higiene y seguridad que establezca la ley y sus reglamentos.

Artículo 35. En el caso de que los edificios, construcciones o terrenos representen un peligro por su insalubridad, el Departamento, de acuerdo con su competencia, podrá ejecutar las obras que estime de urgencia con cargo a sus propietarios, poseedores o dueños de las negociaciones en ellos establecidos, cuando éstos no las realicen dentro de los plazos concedidos al efecto.

CAPITULO IV

De los Cementerios

Artículo 36. El Departamento atenderá el establecimiento, funcionamiento, conservación y operación de cementerios en el Distrito Federal, y sea por sí mismo o por concesión que se otorgue a los particulares.

Para otorgar la concesión respectiva, deberá recabarse previamente la autorización sanitaria que expida el propio Departamento.

Artículo 37. Los cementerios deberán contar con áreas verdes y zonas destinadas o reforestación.

Artículo 38. La aprobación de la solicitudes de refrigeración, exhumación y cremación de cadáveres, deberán ajustarse a las medidas de higiene y seguridad sanitaria que al efecto expida el Departamento y las normas técnicas que dicte la Secretaría.

CAPITULO V

De la Limpieza Pública

Artículo 39. El Departamento, por conducto de las delegaciones, proveerá de depósitos de basura en los parques, jardines, paseos públicos y en otros lugares de la vía pública que estén dentro de su jurisdicción, además de ordenar la fumigación periódica en los mismo; asimismo, fijará lugares especiales para depositar la basura, tomando en cuenta lo que sobre el particular disponga la legislación aplicable en materia de contaminación ambiental.

La basura deberá incinerarse periódicamente o destruirse por otros procedimientos, excepto que sean industrializados o tengan empleo útil, siempre que no signifiquen un peligro para la salud.

Artículo 40. El Departamento ordenará la construcción de depósitos generales y hornos de basura en los mercados, hospitales y establecimientos públicos que los requieran y se encuentren en su jurisdicción.

CAPITULO VI

De los Rastros

Artículo 41. La matanza de animales en los rastros se efectuará en los días y horas que fije el Departamento, tomando en consideración las condiciones del lugar y los elementos de que disponga dicha autoridad para realizar la inspección sanitaria.

Los animales deberán ser examinados en pie y en canal por la autoridad sanitaria competente, la cual señalará qué carne puede dedicarse a la veta pública, mediante la colocación del sello correspondiente.

Artículo 42. Queda estrictamente prohibida, la matanza de animales en casas o domicilios particulares cuando las carnes sean destinadas al consumo público; si la carne y demás productos se destinan al consumo familiar, el Departamento concederá permiso para el sacrificio del ganado menor a domicilio. Dicho permiso será concedido bajo la condición de que el animal y sus carnes sean inspeccionadas por dicha autoridad.

Artículo 43. Queda a cargo del Departamento, las actividades de funcionamiento, las actividades de funcionamiento, conservación y aseo de los rastros públicos, así como la vigilancia y supervisión de la operación de los privados. Dichas funciones las podrá ejercer por conducto de las delegaciones, en los términos de los acuerdos que al efecto se expidan.

CAPITULO VII

Del Agua Potable y Alcantarillado

Artículo 44. Corresponde al Departamento aprobar los proyectos y sistemas de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, para lo cual ordenará el análisis periódico sobre la la potabilidad de las aguas.

Artículo 45. En las áreas del Distrito Federal, en que se carezca del sistema de agua potable y alcantarillado, deberán protegerse las fuentes de abastecimiento para prevenir su contaminación, conforme a las normas técnicas correspondientes.

Asimismo, conforme a estas normas, para el consumo humano no podrá utilizarse el agua de algún pozo o aljibe, si éste no se encuentra situado a una distancia conveniente de retretes, alcantarillas, estercoleros y depósitos de desperdicios que puedan contaminarlos.

Artículo 46. Las personas que intervengan en el abastecimiento de agua, no podrán suprimir este servicio en los edificios habitados excepto en los casos que determinen las disposiciones generales aplicables.

Artículo 47. Queda prohibida la descarga de aguas residuales o de contaminantes en cualquier cuerpo de agua superficial o subterráneo, cuando éstas se destinen para uso o consumo humano.

Los usuarios que aprovechen en su servicio aguas que posteriormente serán utilizadas para uso o consumo de la población, estarán obligados a darles el tratamiento correspondiente a fin de evitar riesgos para la salud humana.

Artículo 48. Queda prohibido que los desechos o líquidos que conduzcan los caños sean vertidos en ríos, arroyos, acueductos corrientes o canales por donde fluyan aguas destinadas al consumo

humano, en todo caso deberán ser tratados y cumplir con las disposiciones legales en materia de contaminación.

Artículo 49. Los proyectos para la implantación del sistema de alcantarillado deberán ser estudiados y aprobados por el Departamento y la obra se llevará a cabo bajo las inspección de éste.

Artículo 50. El Departamento procurará que todas las delegaciones cuenten con sistemas adecuados para el desagüe rápido e higiénico, preferentemente por medio de alcantarillado o fosas sépticas.

CAPITULO VIII

De los Reclusorios y Centros de Readaptación

Artículo 51. Corresponde al Departamento, integrar, conducir, desarrollar, dirigir y administrar en forma permanente los servicios médico quirúrgicos generales y las especialidades de psiquiatría y de odontología que se presten en los reclusorios y centros de readaptación, a efecto de otorgar en forma permanente, oportuna y eficiente la atención a los internos.

Los responsables de la aplicación de los servicios médicos, coadyuvarán a la elaboración y ejecución de programas nutricionales, de prevención de enfermedades y accidentes.

Para tal efecto, los directores de dichas instituciones deberán proveer de todos los elementos, equipos y materiales para prevenir y en su caso, contrarrestar los riesgos y daños en la vida y salud de los internos.

Artículo 52. Tratándose de enfermedades de emergencia, graves o cuando así lo requiera el tratamiento, a juicio del personal médico de la institución, el interno podrá dar aviso para ser trasladado al centro hospitalario que determine el propio Departamento; en cuyo caso se deberá hacer del conocimiento de la autoridad competente.

Las personas encargadas de los servicios médicos de los reclusorios y centros de readaptación deberán, a partir de que tengan conocimiento de alguna enfermedad transmisible, proceder a adoptar las medidas de seguridad sanitaria prevista en el capítulo I del título VI de esta Ley, para evitar su propagación, así como informar en un plazo no mayor de 24 horas al Departamento.

CAPITULO IX

De las Albercas y Baños Públicos

Artículo 53. Sin perjuicio de los requisitos que exijan sus reglamentos respectivos, es obligación de los propietarios o administradores de las albercas y baños públicos, mantener comunicación y acceso a la vía pública o áreas y espacios abiertos, tratándose de aquellos que funcionen como anexos a clubes, centros sociales, deportivos o escolares.

Artículo 54. Estos establecimientos deberán contar con personal capacitado y un sistema de vigilancia para el rescate y prestación de primeros auxilios, a aquellos usuarios que resulten accidentados.

Igualmente con el objeto de prestar los primeros auxilios, contarán con botiquín completo que reúnan los medicamentos y materiales de curación necesarios y autorizados por el Departamento, el que se ubicará en lugar visible y apropiado para esta finalidad.

CAPITULO X

De los centros de Reunión y Espectáculos Públicos

Artículo 55. Además de los requisitos reglamentarios respectivos, las instalaciones y edificios que se destinen a centros de reunión y a espectáculos públicos deberán tener acceso directo a la vía pública, espacios abiertos, escaleras de emergencia, y todas aquellas disposiciones que, a juicio del Departamento, sean necesarias para la evacuación del público en casos de emergencia.

Artículo 56. A la terminación de la edificaciones de este tipo de establecimiento, el Departamento ordenará visitas de inspección a efecto de observar si se cumplen con las medidas de higiene y de seguridad correspondientes, sin cuyo requisito no será permitida la apertura de los mismos al público. El Departamento dispondrá la clausura de dichos locales, si no se cumplen las medidas de higiene y sanidad suficientes para garantizar la vida y la salud de las personas.

CAPITULO XI

De las Peluquerías, Salones de Belleza, Estéticas y establecimientos de esta índole

Artículo 57. Está prohibido utilizar productos de belleza no autorizados ni registrados por la Secretaría , asimismo no podrán utilizarse procedimientos que a juicio de ésta sean peligrosos para la salud.

Artículo 58. Los procedimientos de embellecimientos del cuerpo humano, son aquellos que se utilizan para modificar las características externas y superficiales, mediante la aplicación de

substancias, productos o preparados de uso externo, los destinados a incrementar la belleza del cuerpo humano o mejorar su apariencia física y en lo que no haya intervención quirúrgica.

CAPITULO XII

De los Establecimientos de Hospedaje

Artículo 59. En los establecimientos de hospedaje se contará necesariamente con los elementos para prestar los primeros auxilios y con los medicamentos y materiales de curación mínimos, que para el efecto considere necesarios el Departamento.

En caso de contar con los servicios complementarios como restaurantes, servicios de bar, peluquerías, sala de belleza, baños, lavandería, planchaduría y tintorería, éstos quedarán sujetos a las normas y requisitos que fijen los capítulos correspondientes de este ordenamiento y de sus reglamentos respectivos.

CAPITULO XIII

Del Transporte Urbano y Suburbano

Artículo 60. El Departamento vigilará y establecerá los controles para que la prestación de este servicio público, se ajuste a las medidas de seguridad e higiene preceptuados en esta ley y sus reglamentos.

CAPITULO XIV

De las Gasolineras

Artículo 61. Todo establecimiento dedicado al expendio de gasolina o lubricantes, será sometido a una revisión periódica por el Departamento con el propósito de constatar que se reúnan las condiciones higiénicas y de seguridad establecidas en los reglamentos respectivos.

CAPITULO XV

De los Vendedores Ambulantes

Artículo 62. Los vendedores ambulantes que expendan productos alimenticios, deberán cumplir con las condiciones higiénicas que establezca el Departamento, pero en ningún caso lo podrán hacer en zonas consideradas insalubres.

TITULO TERCERO

De las Autoridades y los Certificados

CAPITULO I

De las Autorizaciones

Artículo 63. La autorización sanitaria es el acto administrativo mediante el cual, el Departamento permite la realización de actividades relacionadas con la salud humana, en los casos y con los requisitos y modalidades que determine esta ley y demás disposiciones aplicables.

Las autorizaciones sanitarias tendrán el carácter de licencias, permisos o tarjetas de control sanitario en su caso.

Artículo 64. Las autorizaciones sanitarias serán otorgadas por el Departamento, con vigencia determinada .

Las autoridades expedidas, podrán ser objeto de prórroga por parte de la autoridad.

Artículo 65. El Departamento resolverá sobre las solicitudes de las autorizaciones respectivas, cuando el solicitante hubiese satisfecho los requisitos que señalen las disposiciones legales aplicables y cubierto, en su caso, los derechos que establezca la legislación fiscal.

Quedan exceptuadas del pago de los derechos mencionados con antelación, las dependencias del Ejecutivo Federal, los establecimientos educativos del sector público y las instituciones de asistencia privada.

Artículo 66. La solicitud para prorrogar la autorización respectiva, deberá presentarse al Departamento, con antelación al vencimiento de la misma.

Sólo procederá la prórroga cuando se sigan cumpliendo los requisitos que se señalan en esta ley y en las demás disposiciones aplicables y previo gago de los derechos correspondientes.

En el caso de las licencias sanitarias, la solicitud de revalidación deberá presentarse dentro de los treinta días anteriores a su vencimiento.

En todo caso, el Departamento podrá ordenar visitas de inspección en los establecimientos solicitantes. a efecto de verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos.

Artículo 67. Cuando los establecimientos que se refiere el artículo anterior cambien su ubicación, requerirán nueva licencia sanitaria.

Articulo 68. Los establecimientos estarán obligados a exhibir, en un lugar visible, la licencia sanitaria correspondiente.

Artículo 69. El Departamento expedirá la autorización relativa para el funcionamiento de establecimientos que presten servicios de asistencia social.

Artículo 70. El Departamento exigirá tarjetas de control sanitario, a las personas que realicen actividades mediante las cuales se pueda propagar alguna enfermedad transmisible, en los casos y bajo las condiciones que establezcan las disposiciones aplicables.

Artículo 71. El Departamento podrá expedir permisos para:

I. Los responsables de la operación y funcionamiento de equipo de rayos X y a sus auxiliares y técnicos, sin perjuicio de los requisitos que exijan otras autoridades competentes, y

II. El embalsamiento de cadáveres.

CAPITULO II

De la Revolución de Autorizaciones

Artículo 72. El Departamento podrá revocar las autorizaciones que haya otorgado, en los siguientes casos:

I. Cuando por causas supervenientes, se compruebe que los productos o el ejercicio de las actividades que se hubieren autorizado, constituyan riesgos o daño para la salud humana;

II. Cuando el ejercicio de la actividad que se hubiere autorizado, exceda los límites fijados en la autorización respectiva;

III. Por que se de un uso distinto a la autorización;

IV. Por incumplimiento a las disposiciones de esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones generales aplicables.

V. Por reiterado desacato de las órdenes que dicte la autoridad sanitaria, en los términos de esta ley y demás disposiciones generales aplicables;

VI. Cuando resulte falsos los datos o documentos proporcionados por el interesado, que hubieren servido de base para que la autoridad sanitaria otorgara la autorización;

VII. Cuando el interesado no se ajuste a los términos, condiciones y requisitos en que se le haya otorgado la autorización o haga uso indebido de ésta;

VIII. Cuando lo solicite el interesado, y

IX. En los demás casos en que conforme a la ley lo determine la autoridad sanitaria.

Artículo 73. Cuando la revocación de una autorización se funde en los riesgos o daños que pueda causar a la población en el Distrito Federal, el Departamento dará aviso a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que tengan atribuciones de orientación al consumidor.

Artículo 74. En los casos a que se refiere al artículo 72 de esta ley, con excepción de lo previsto en la fracción VIII, el Departamento citará al interesado a una audiencia, para que éste ofrezca pruebas y alegue lo que a su derecho convenga.

Artículo 75. El Departamento emitirá la resolución que corresponde al concluir la audiencia o dentro de los cinco días hábiles siguientes, la cual se notificará de manera personal al interesado.

Artículo 76. La resolución de revocación surtirá efectos, en caso de clausura definitiva, prohibición de venta, prohibición de uso o de ejercicio de las actividades a que se refiere la autorización revocada.

CAPITULO III

De los Certificados

Artículo 77. Se entiende por certificado, la constancia expedida en los términos que establezca el Departamento, para la comprobación o información de determinados hechos.

Artículo 78. Para fines sanitarios, el Departamento a través de sus unidades administrativas correspondientes, expedirá los siguientes certificados:

I. Prenupciales;

II. De defunción;

III. De muerte fetal, y

IV. Los demás que determinen la ley general y sus reglamentos.

Artículo 79. El certificado médico prenupcial será requerido por las autoridades del Registro Civil a quienes pretendan contraer matrimonio, con las excepciones que establezcan las disposiciones generales aplicables.

Artículo 80. Los certificados de defunción y de muerte fetal, serán expedidos una vez comprobado el fallecimiento y determinadas las causas de éste, por profesionales de la medicina.

TITULO CUARTO

De la Vigilancia Sanitaria

CAPITULO ÚNICO

Artículo 81. Corresponde al Departamento la vigilancia del cumplimiento de esta ley y demás disposiciones que se dicten con base en ella.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que en el ámbito de su competencia detecten irregularidades que a su juicio, pudieran constituir violaciones a estos ordenamientos, deberán hacerla del conocimiento del Departamento.

Artículo 82. A efecto de llevar a cabo la vigilancia sanitaria, el Departamento ordenará la realización de visitas de inspección, las que se efectuarán por personal acreditado. Los inspectores deberán, en el desempeño de su funciones, apegarse a las normas previstas en esta ley y demás ordenamientos aplicables.

Artículo 83. Las inspecciones que ordene le Departamento podrán ser:

a) Ordinarias, las que se efectuarán en días y horas hábiles, debiendo entenderse por ello, los días y horas de funcionamiento habitual de los establecimientos industriales, comerciales o de servicios;

b) Extraordinarias, las que podrán efectuarse en cualquier tiempo.

Artículo 84. Los propietarios, administradores, responsables, encargados u ocupantes de establecimientos comerciales, industriales, de servicios o cualquier otro regulado por esta ley, así como los conductores de vehículos, estarán obligados a permitir el libre acceso a los edificios, construcciones e instalaciones objeto de la visita y dar facilidades e informes que requieran los inspectores para el desarrollo de su función.

Articulo 85. Para la práctica de las visitas, el Departamento proveerá a los inspectores sanitarios, de órdenes escritas debidamente fundadas y motivadas, las que deberán contener el lugar o zona, objeto y el alcance de la inspección, mismas que deberán exhibirse a la persona con quien se entienda la diligencia, entregándosele una copia.

Las órdenes podrán expedirse, para visitar establecimientos de una rama determinada de actividades o señalar al inspector la zona en la que vigilará el cumplimiento de las disposiciones sanitarias, de todas las personas obligadas al mismo.

Tratándose de actividades que se realicen a bordo de vehículos o en la vía pública, las órdenes podrán darse para vigilar una rama determinada de actividades o una zona que se delimitará en la misma orden.

Artículo 86. En la diligencia de inspección sanitaria se deberán observar las siguientes reglas:

I. Al iniciar la visita, el inspector sanitario deberá acreditarse con la credencial vigente, expedida por el Departamento;

II. El inspector sanitario deberá requerir al propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento o conductor de vehículo a efecto de que proponga dos testigos que deberán permanecer durante el desarrollo de la visita. Ante la negativa o ausencia del visitado, los designará la autoridad que practique la inspección;

III. En el acta que se levante con motivo de la inspección, se harán constar además de las anteriormente señaladas, las circunstancias de la diligencia, de las deficiencias o anomalías sanitarias observadas y, en su caso, las medidas de seguridad que se ejecuten, y

IV. El propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento o conductor del vehículo podrá, al concluir la visita de inspección, manifestar lo que a su derecho convenga, asentando su dicho en el acta respectiva y recabando su firma en el propio documento, del que se le entregará una copia.

La negativa a firma el acta o a recibir copia de la misma o de la orden de visita, se deberá hacer constar en el referido documentos y no afectará su validez ni la de la diligencia practicada. En todo caso, los hechos asentados en las actas de inspección sanitaria, se tendrán por ciertos, en tanto no se demuestre lo contrario.

TITULO QUINTO

Medidas de Seguridad y Sanciones

Capítulo I

De las medidas de Seguridad Sanitaria

Artículo 87. A efecto de proteger la salud de la población y prevenir los riesgos de una enfermedad, el Departamento, con apego a lo preceptuado en esta ley y demás disposiciones aplicables, dictará las medidas de seguridad necesarias,

las que se ordenarán por escrito; serán de inmediata ejecución y durarán el tiempo estrictamente indispensable hasta que desaparezca el peligro o se controle el riesgo de contagio. Dichas medidas se dictarán si perjuicio de las sanciones, que, en su caso, correspondan.

Articulo 88. Son medidas de seguridad sanitaria las siguientes:

I. El aislamiento, entendido como la separación de personas infectadas, en el período de transmisibilidad, en lugares y condiciones que eviten el peligro de contagio, previo dictamen médico;

II. La cuarentena, consistente en la limitación a la libertad de tránsito de personas sanas que hubieren estado expuestas a una enfermedad transmisible, por el tiempo estrictamente necesario para controlar el riesgo de contagio, previo dictamen médico; las personas expuestas no podrán abandonar determinado sitio o se restringirá su asistencia a determinados lugares;

III. La observación personal, es la estrecha supervisión sanitaria de los presuntos portadores, sin limitar su libertad de tránsito, con el fin de vaticinar la rápida identificación de la infección o enfermedad transmisible;

IV. La vacunación de personas, que procederá cuando no hayan sido vacunadas, debiendo serlo en los términos del artículo 144 de la Ley General de Salud; en caso de epidemia grave; si existiere peligro de evasión de dichos padecimientos en el Distrito Federal y cuando así se requiera de acuerdo con las disposiciones internacionales aplicables;

V. La vacunación de animales, cuando éstos puedan constituirse en transmisores de enfermedades al hombre o que pongan en riesgo su salud, en coordinación con las dependencias encargadas de la sanidad animal;

VI. La destrucción o control de insectos u otra fauna transmisora y nociva;

VII. La suspensión de trabajo o servicios o la prohibición de actos de uso, cuando, de continuar aquellos, se ponga en peligro la salud de las personas. Esta medida de seguridad, podrá ser total o parcial y se aplicará por el tiempo estrictamente necesario para corregir las irregularidades que pongan en peligro la salud de las personas. Se ejecutarán las acciones necesarias que permitan asegurar la referida suspensión. Esta será levantada a instancia del interesado o por la propia autoridad que la ordenó, cuando cese la causa por la que fue decretada. Durante la suspensión sólo se podrá permitir el acceso de las personas que tengan encomendada la corrección de las irregularidades que la motivaron;

VIII. El aseguramiento y destrucción de objetos, productos y substancias; que tendrá lugar cuando se presuma que pueden ser nocivos para la salud de las personas o carezcan de los requisitos esenciales que se establezcan en es ley y demás disposiciones generales aplicables. El Departamento podrá retenerlo o dejarlos en depósito hasta en tanto se determine, previo dictamen, su destino; si el dictamen reportara que el bien asegurado no es nocivo para la salud y cumple con las disposiciones de esta ley, se procederá a su inmediata devolución, a solicitud del interesado dentro de un plazo de treinta días hábiles, en su defecto, se entenderá que el bien causa abandono y quedará a disposición de la autoridad sanitaria para su aprovechamiento lícito; si del dictamen resulta que el bien asegurado es nocivo, el Departamento podrá determinar, previa observancia de la garantía de audiencia, que el mismo sea sometido a un tratamiento que haga posible su legal aprovechamiento por el interesado o sea destruido si no pudiere tener un uso lícito por parte de la autoridad;

IX. La suspensión de mensajes publicitarios en materia de salud;

X. La emisión de mensajes publicitarios que adviertan peligros de daños a la salud;

XI. La desocupación y desalojo de casas, edificios, establecimientos y en general de cualquier predio; cuando a juicio del Departamento, previo dictamen pericial y respetando la garantía de audiencia; se considere que esta medida es indispensable para evitar un daño grave a la salud o a la vida de las personas, y

XII. Las demás de índole sanitaria que determinen las autoridades sanitarias competentes, que quedan evitar que se causen o continúen causando riesgos o daños a la salud.

CAPITULO II

De las Sanciones Administrativas.

Artículo 89. El Departamento impondrá sanciones administrativas, a quienes incurran en violaciones a esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones que emanen de ella, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.

Artículo 90. Las sanciones administrativas podrán ser:

I. Multa;

II. Clausura; la cual podrá ser temporal o definitiva y parcial o total, y

III. Arresto hasta por 36 horas.

Artículo 91. El Departamento fundará y motivará la resolución en la que imponga una sanción, tomando en cuenta los siguientes criterios:

I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas; II. La gravedad de la infracción;

III. Las condiciones socioeconómicas del infractor, y

IV. La calidad de reincidente del infractor.

Artículo 92. La infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 23, 28, 30, 31, 41, 42, 54, 59, 68, 79 y 80 de esta ley, serán sancionadas por el Departamento, con multa equivalente hasta por 20 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Artículo 93. Se sancionará con multa equivalente de 10 hasta 100 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, la violación de las disposiciones contenidas en los artículos 46, 47, 48, 53, 55, 57, 67 y 84 de esta ley.

Artículo 94. En caso de reincidencia, se duplicará el monto de la multa que corresponda; para los efectos de este capítulo se entiende por reincidencia, que el infractor cometa la misma violación a las disposiciones de esta ley o sus reglamentos dos o más veces.

Artículo 95. Las infracciones no previstas en este capítulo, serán sancionadas con multa equivalente hasta de 500 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, atendiendo a la gravedad de la infracción y los demás criterios contenidos en el artículo 91 de esta ley.

Artículo 96. El Departamento, podrá simultáneamente, dictar las medidas de seguridad que proceda, hasta en tanto se subsanen las irregularidades e imponer las sanciones administrativas pertinentes.

Artículo 97. El Departamento ordenará la clausura temporal o definitiva, parcial o total según la gravedad de la infracción y características de la actividad o establecimiento, en los siguientes casos:

I. Por carecer, los establecimientos a que se refiere el artículo 21 de esta ley, de la correspondiente licencia sanitaria;

II. Cuando, por la violación reiterada de los preceptos de esta ley y de las disposiciones que de ella emanen, constituyan rebeldía a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad sanitaria, originando un peligro para la salud de las personas;

III. Cuando después de la reapertura de un establecimiento, local, fábrica, construcción o edificio, por motivo de suspensión de trabajos o actividades o clausura temporal, las actividades que en él se realicen, sigan constituyendo un peligro para la salud;

IV. Cuando por la peligrosidad de las actividades que se realicen o por la naturaleza del establecimiento, local, fábrica, construcción o edificio de que se trate, sea necesario proteger la salud de la población, y

V. Cuando se compruebe que las actividades que se realicen en un establecimiento, violan las disposiciones sanitarias, constituyen un peligro grave hacia la salud.

Artículo 98. El Departamento, dictará las medidas necesarias para corregir en caso, las irregularidades que se hubieren detectado en la inspección que al efecto se haya efectuado, notificándolas al interesado y dándole un plazo adecuado para su realización, sin perjuicio de aplicar las medidas de seguridad e imponer las sanciones que en ese supuesto procedan.

Artículo 99. A efecto de lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan, el Departamento podrá hacer uno de la fuerza pública y de todas las medidas legales necesarias.

Artículo 100. Si del contenido de un acta de inspección sanitaria, se desprenden y detectan irregularidades e infracciones contra esta ley y demás ordenamientos aplicables, el Departamento citará al interesado, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo, para que dentro de un plazo no menor de cinco días hábiles, ni mayor de 15, comparezca a manifestar lo que a su derecho convenga y ofrezca las pruebas que estime procedentes, en relación con los hechos asentados en la misma.

En caso de que el interesado no compareciera dentro del plazo fijado, se procederá a dictar, en rebeldía, la resolución definitiva y a notificarla personalmente o por correo certificado con acuse de recibo.

Artículo 101. Una vez dictada cualquiera de las sanciones previstas en este título, el Departamento podrá sancionar con arresto hasta por 36 horas a quien:

I. Interfiera o se oponga al desempeño de las funciones que el Departamento ordene o realice con apego a esta ley y demás disposiciones aplicables, y

II. Provoque un riesgo o peligro para la salud de las personas por negarse, en rebeldía, a cumplir con las disposiciones y requerimientos que en materia sanitaria establezca el Departamento.

Impuesto el arresto, el Departamento lo hará del conocimiento de la autoridad correspondiente a efecto de que proceda a su ejecución.

Artículo 102. Una vez substanciado el procedimiento a que se refiere el presente capítulo, el Departamento procederá, dentro de los cinco días hábiles siguientes, a dictar por escrito la resolución que proceda, la cual será notificada al interesado o a su representante legal en forma personal o por correo certificado con acuse de recibo.

Artículo 103. En los casos de suspensión de trabajos o de servicios o de clausura temporal o definitiva, parcial o total, el personal comisionado para su ejecución, procederá a levantar acta detallada de la diligencia, siguiendo para ello los lineamientos generales establecidos para las inspecciones.

Artículo 104. Sin perjuicio de la imposición de las sanciones procedentes, cuando del contenido de un acta inspección se desprenda la posible comisión de uno o varios delitos, el Departamento formulará la denuncia correspondiente en el ministerio público.

CAPITULO III

Del Recurso de Inconformidad

Artículo 105. Contra actos y resoluciones del Departamento que con motivo de la aplicación de esta ley den fin a una instancia o resuelvan un expediente, los interesados podrán interponer el recurso de inconformidad ante la autoridad administrativa u órgano desconcentrado que hubieren dictado la resolución o emitido el acto.

Artículo 106. El recurso deberá interponerse, por escrito ante la autoridad competente, dentro de los 15 días hábiles siguientes, contados partir del día siguiente de la fecha en que se hubieren notificado la resolución o acto que se impugne, y deberá contener los siguientes requisitos:

I. El nombre y domicilio de quien promueva;

II. Los hechos objeto del recurso:

III. La fecha en que, bajo protesta de decir verdad, manifieste el recurrente que tuvo conocimiento de la resolución recurrida;

IV. Los agravios que directa o indirectamente, a juicio del recurrente, le cause la resolución o acto impugnado;

V. La mención de la autoridad que haya dictado la resolución, ordenado o ejecutado el acto;

VI. El ofrecimiento de las pruebas que el inconforme se proponga rendir;

VII. Las razones que apoyen la impugnación, anexando los documentos que acrediten su dicho, y

VIII. La firma del recurrente o de su representante debidamente acreditado.

El recurso que se pretenda hacer valer extemporáneamente se desechará de plano y se tendrá por no interpuesto.

Artículo 107. Al escrito deberán acompañarse los siguientes documentos:

I. Los que acrediten la personalidad del promovente, siempre que no sea el directamente afectado y cuando dicha personalidad no hubiera sido reconocida con anterioridad por el Departamento, en la instancia o expediente que concluyó con la resolución impugnada;

II. Los documentos que el recurrente ofrezca como pruebas y que tengan relación inmediata y directa con la resolución o acto impugnado, y

III. Copia de la resolución impugnada.

Artículo 108. En la substancia del recurso sólo procederán las pruebas que se hayan ofrecido en la instancia o expediente que concluyó con la resolución o acto impugnado y las supervenientes.

En la tramitación del recurso se admitirá toda clase de medios probatorios, excepto la confesional y la testimonial a cargo de las autoridades sanitarias.

Artículo 109. Una vez integrado el expediente, la autoridad competente dispondrá de un término de 30 días hábiles para dictar resolución confirmando, modificando o dejando sin efecto al acto impugnado.

La resolución deberá notificarse personalmente al interesado, en caso de ignorarse el domicilio, se publicarán los puntos relativos en la Gaceta Oficial, surtiendo efectos de notificación.

Artículo 110. El titular del Departamento en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica del propio Departamento, podrá delegar la atribución consignada en el artículo anterior.

Artículo 111. El Departamento resolverá sobre la suspensión de la ejecución de los actos o resoluciones recurridos que soliciten los recurrentes, conforme a las siguientes reglas:

I. Si el infractor garantiza el interés fiscal en el caso de las sanciones pecuniarias;

II. Tratándose de sanciones administrativas u otras resoluciones que en materia sanitaria emita el Departamento, la suspensión del acto o resolución impugnado, atenderá a los siguientes requisitos:

a) Siempre y cuando no se siga perjuicio el interés social, ni se contravengan normas de orden público, y

b) Cuando la ejecución del acto o resolución causen al recurrente, daños y perjuicios de difícil reparación.

Artículo 112. En la tramitación del recurso de inconformidad, se aplicará supletoriamente el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

CAPITULO IV

De la Prescripción

Artículo 113. Los interesados podrán hacer valer la prescripción, por vía de excepción; la autoridad deberá declararla de oficio.

Artículo 114. Serán aplicables a la prescripción las disposiciones contempladas en el Capítulo V del título XVIII de la Ley General de Salud.

TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este ordenamiento.

Tercero. Los reglamentos, acuerdos y disposiciones que no se opongan a esta ley continuarán vigentes en tanto no se expidan los nuevos ordenamientos.

Cuarto. Al personal de las dependencias que pasen a integrar el instituto de salud para el Distrito Federal, le serán garantizados los derechos laborales y sindicales que hubieren adquirido.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

México D. F., a 26 de noviembre de 1986.

Con base en el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los abajo suscritos firman su aceptación al dictamen de la iniciativa de Ley del Instituto de Salud del Distrito Federal que fue turnada a esta Comisión de Salubridad y Asistencia.

Diputados: Manuel Germán Parra, presidente; Federico Granja Ricalde, secretario; Juan Alcocer Bernal, Guillermo Altamirano Conde, Héctor Aguirre Barragán, Carlos Barrera Auld, José Berber Sánchez, Rosalba Buenrostro López, Mario Bustillo Villalobos, José Ascención Bustos Velasco, Efraín Calvo Zarco, Nabor Camacho Nava, Rodolfo Mario Campos Bravo, Daniel Castaño de la Fuente, José Ángel Conchello Dávila, Máximo de León Garza, María de la Luz Gamma Santillán, José Herrera Arango, Armando Lazcano Montoya, licenciado Rafael de Jesús Lozano Contreras, Dario Maldonado Casiano, Jaime Martínez Jasso, Gloria Mendiola Ochoa, Manuel Monarrez Valenzuela, Samuel Orozco González, Antonio Punzo Gaona, Sergio Roa Fernández, María Luisa Solís Payan, María Esther Scherman Leaño, Cecilia Romero Castillo, José Camilo Valenzuela, Hildebrando Gaytán Márquez.

El C. presidente: - En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la secretaría, consulte a la asamblea si se dispensa la lectura al dictamen.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen. Es de primera lectura.

LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DE CRÉDITO

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Honorable Asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa del Ejecutivo Federal por la que promueve la reforma y adición de diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.

Esta comisión, en base a lo establecido por los artículos 54, 56 y 62 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88, 94, 95 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, ha procedido al análisis de la citada iniciativa y somete a la consideración de esa honorable asamblea el siguiente

DICTAMEN

La iniciativa tiene por objeto modificar varias disposiciones de la citada Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, las cuales proponen regular con mayor precisión las actividades, organización, funcionamiento y control de las casas de cambio que operan en nuestro país.

Esta materia tiene una regulación relativamente reciente, dado que es a partir de 1984 cuando, con motivo de la reestructuración integral del sistema financiero mexicano, se planteó el imperativo inaplazable de establecer una regulación apropiada, de orden público, sobre las actividades de las casas de cambio a fin de salvaguardar con eficacia los intereses de los usuarios de los servicios que proporcionan.

Si bien la ley delineó un conjunto de facultades de la autoridad, que aseguran a las casas de cambio un marco ordenado de acción, la iniciativa que se examina propone perfeccionar el sistema incorporando varias medidas de indudable trascendencia.

Un repaso detenido de las modificaciones, permite identificar con facilidad los propósitos perseguidos explícitamente para reforzar los mecanismos que aseguren una operación ordenada de las casas de cambio y proporcionar a la vez que una mayor protección al público usuario. Su conformidad con las políticas y directrices en materia monetaria y cambiaria.

Las finalidades generales del proyecto se aprecian a través de las diversas medidas propuestas, entre las que sobresalen la precisión del objeto de las casas de cambio; la incorporación de algunas facultades importantes de la autoridad; la regulación de varios aspectos de la administración de estas sociedades y de la transmisión de las acciones de su capital, así como algunas otras referentes a su operación habitual.

Las medidas propuestas, a juicio de esta comisión, propenden a robustecer y consolidar las políticas y criterios en aplicación, los cuales están orientados a la constitución y funcionamiento de casas de cambio para que operen con la solvencia moral y económica, así como el profesionalismo que exige el grado de desarrollo de nuestro sistema financiero. Entre dichos criterios, se cuenta el relativo a propiciar una sana competencia entre las casas de cambio que, en el marco de una apropiada regulación, permita la mejoría constante de sus servicios en beneficio del público.

A fin de apreciar mejor el alcance de las medidas propuestas, enseguida se examinan con mayor detalle algunas de las más relevantes.

La iniciativa plantea la conveniencia de precisar el concepto de intermediación habitual y profesional con divisas, que es el objeto de las actividades de las casas de cambio; medida que tiene por finalidad evitar confusiones. Se busca con ello, aclarar que dicho concepto no comprende a prestadores de servicios y a particulares que aún cuando eventualmente llegan a realizar alguna de las operaciones de compra o venta de divisas, no las llevan a cabo de manera profesional y habitual. En efecto, la iniciativa contempla que tales operaciones, además de realizarse habitualmente, tengan el carácter de operaciones de intermediación con divisas o bien, sean verificadas con el público, supuestos que identifican, sin lugar a dudas, las actividades que requieren autorización por parte de la autoridad competente y quedan reservadas a las casas de cambio.

Una de las modificaciones más importantes es la que plantea, con el fin de favorecer el funcionamiento de las casas de cambio y proteger simultáneamente los intereses del público usuario, facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros para emitir opinión sobre el otorgamiento o denegación de las autorizaciones discrecionales que corresponde dar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; ello con base en la experiencia de dicha comisión en la inspección y vigilancia de las organizaciones auxiliares de crédito que regulan la ley que se propone modificar. Adicionalmente, debe decirse que la citada comisión por su grado de especialización en las áreas bancarias y financieras, resulta el instrumento

idóneo para el control de las casas de cambio.

De otra parte, la iniciativa también plantea otorgar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la facultad para aprobar la transmisión de las acciones representativas de la sociedad, lo cual es una medida que tiende a evitar la comercialización y la especulación accionaria que desvirtúa la naturaleza de las casas de cambio.

En cuanto a la administración de la sociedad, la iniciativa propone recabar la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, respecto de las designaciones de las personas que vayan a fungir como administradores de la sociedad. Así como de cualquier cambio en la administración de las mismas. Asimismo se establece que los administradores, al iniciar sus funciones deberán garantizar su manejo mediante fianza expedida por institución concesionada con las características que mediante reglas de carácter general determine el Banco de México. Como se advierte, estas medidas tienen como propósito preservar los intereses del público al asegurar una mejor administración de las casas de cambio.

Por lo que respecta a la revocación de la autorización, se señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo al Banco de México y a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, podrá declarar esta.

Asimismo se introducen nuevas causales de revocación, estableciendo que procederá cuando se realicen operaciones en contravención a las disposiciones legales. Cuando la sociedad no realice las funciones encomendadas o cuando sus administradores intervengan en operaciones que infrinjan las disposiciones monetarias o cambiarias, todo lo cual tiende a fortalecer el profesionalismo en la operación de las casas de cambio.

Importante innovación resulta, a juicio de esta comisión, la tipificación como delito de la realización de operaciones reservadas a las casas de cambio sin contar con las autorizaciones correspondientes, ello indudablemente, protegerá los intereses del público usuario de los servicios que prestan las casas de cambio y disuadirá a aquellas personas que al margen de la ley pretenden lucrar con tales actividades.

La comisión coincide con la iniciativa en conferir a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros la facultad para comprobar las irregularidades cuando se presume que se realizan sin autorización alguna de las operaciones reservadas para las casas de cambio, pudiendo ordenar la intervención administrativa de la negociación o establecimiento, e incluso proceder a su clausura administrativa. Ello independientemente de la sanción en contra de los infractores, por lo cual tutelará los intereses y bienes de los usuarios, evitando el menoscabo o pérdida de aquellos.

Las medidas propuestas se encaminan a robustecer y perfeccionar el sistema legal que rige a las casas de cambio, las cuales tienen en el momento actual un relevante papel en el sistema financiero del país, por lo que a juicio de esta comisión son medidas necesaria y oportunas en el inaplazable establecimiento de un marco ordenado de realización de sus actividades, razón por la cual se propone a esta honorable asamblea su aprobación.

La comisión advierte, sin embargo, la necesidad de hacer las siguientes modificaciones:

Con el propósito de elevar la penalidad del delito que incluye la iniciativa en el artículo 101, se propone que la sanción de establezca de un año de prisión como mínimo a tres años como máximo.

Es conveniente precisar en el artículo 81, que las autorizaciones "serán" otorgadas o denegadas, con la finalidad de sustituir el término "podrán" que resulta ser ambiguo.

Asimismo la comisión estima conveniente ampliar de cuatro a seis meses el plazo en que la casa de cambio que obtenga la autorización correspondiente, deberá constituirse sin perder el derecho de recuperar el depósito dado en garantía, según lo prevé el artículo 83, fracción III.

De otra parte es necesario modificar el artículo único del decreto, a fin de que señale expresamente que se reforma el artículo 87, primer párrafo, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito. Así como que el artículo 95 consigne una línea de puntos indicativa de la existencia de un segundo párrafo que no es propósito de este decreto modificar.

En esa virtud, la Comisión de Hacienda y Crédito Público que suscribe, propone a la Cámara de Diputados la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DE CRÉDITO

Artículo único. Se reforman los artículos 81, párrafo primero y segundo; 82, fracción II; 83,

fracciones II y III; 84, fracciones III, IV y V; y 87, primer párrafo y fracciones III y VI; y 95, párrafo primero; y se adicionan los artículos 81, con un sexto y séptimo párrafo; 84, con la fracción VI; el 87, con las fracciones VII y VIII, y 101 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 81. Se requerirá autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para realizar en forma habitual y profesional, operaciones de intermediación o con el público de compra, venta y cambio de divisas dentro del territorio de la República Mexicana.

Estas autorizaciones serán otorgadas o denegadas discresionalmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Cuando la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros presuma que una persona física o moral está realizando operaciones de las reservadas para las casas de cambio, sin contar con la autorización a que se refiere este artículo, podrá nombrar inspector y los auxiliares necesarios a fin de comprobar dicha irregularidad. En este caso el presidente de la comisión, con acuerdo de la Junta de Gobierno, ordenará la intervención administrativa de la negociación, empresa o establecimiento de la persona de que se trate, hasta que las operaciones ilegales sean liquidadas, sin perjuicio de la clausura administrativa de los locales de dichos establecimientos.

La propia comisión llevará a cabo las clausuras administrativas a que se refiere este artículo.

Artículo 82. .............................................

I. ............................................................

II. En los estatutos sociales deberá indicarse que :

a) En la realización de su objeto, la sociedad deberá ajustarse a lo previsto en la presente ley y a las demás disposiciones aplicables, y

b) Las acciones representativas del capital de la sociedad sólo podrán transmitirse previa aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México;

III y IV. ......................................................

Artículo 83. ................................................

I. ...........................................................

II. Los informes señalados en la fracción III del artículo 84 de esta ley, con objeto de evaluar la capacidad técnica y la solvencia moral de las personas en quienes vaya a recaer la administración de la sociedad, y

III. Billete de depósito en moneda nacional, igual al diez por ciento del capital mínimo exigido para operar según señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con esta ley, expedido por institución de crédito que establezca la misma a favor de la propia secretaría. Dicho depósito será reintegrado cuando se demuestre haber constituido la sociedad autorizada o cuando exista desistimiento por parte de los interesados, pero se aplicará al Fisco Federal en caso de que no se constituya la sociedad dentro de los seis meses siguientes a la fecha de autorización.

Artículo 84. Las casas de cambio deberán ajustarse a lo siguiente:

I. ........................................................

II. .......................................................

III. Deberán obtener la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien la otorgará o denegará oyendo la opinión del Banco de México, respecto de las designaciones de las personas que vayan a fungir como administradores de la sociedad, mismos que deberán representarla en sus relaciones con dicha Secretaría y demás autoridades. En caso de que los administradores fueren sustituidos, deberán recabarse, asimismo, la citada autorización para los nuevos administradores.

Para efectos de lo previsto en el párrafo anterior, deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el nombre, nacionalidad y antecedentes sobre la capacidad técnica y solvencia moral de los administradores.

Previamente al inicio de sus funciones, los administradores deberán garantizar su manejo mediante fianza expedida por institución concesionada, con las características que, mediante reglas de carácter general, determine el Banco de México;

IV. Deberán obtener la previa aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su escritura constitutiva y cualquier modificación a la misma, la transmisión de acciones, el establecimiento y cambio de ubicación del domicilio, así como el establecimiento, apertura, cambio de ubicación o clausura de sucursales de atención al público y del local donde realicen operaciones. La dependencia citada resolverá las solicitudes que le presenten las casas de cambio, previa opinión del Banco de México;

V. Sus operaciones con divisas, oro y plata, deberán ajustarse a las disposiciones de carácter general que al efecto establezca el Banco de México.

A petición del Banco de México, las casas de cambio estarán obligadas a darle a conocer, sus posiciones de divisas, incluyendo oro y plata; y a transferirle sus activos en esos efectos, que tengan en exceso de sus obligaciones en los mismos. La transferencia se hará al precio a que se hayan cotizado en el mercado las divisas, en la fecha en que el Banco de México dicte el acuerdo respectivo, y

VI. Proporcionarán a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros sus estados de contabilidad, información financiera y toda la relacionada con su giro, en la forma y términos que la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, señale mediante reglas de carácter general.

Artículo 87. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo al Banco de México y a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros y previa audiencia de la sociedad interesada, podrá declarar la revocación de la autorización a que se refiere este capítulo, en los siguientes casos:

I. ..........................................................

II. .........................................................

III. Si efectúa operaciones en contravención a lo dispuesto por esta ley, a políticas dictadas en materia cambiaria por las autoridades competentes o, en general, a sanas prácticas cambiarias;

IV. .........................................................

V. ..........................................................

VI. Si la sociedad no realiza las funciones, ni lleva a cabo las operaciones para las que fue autorizada, transcurrido el plazo de cuatro meses a que se refiere la fracción III del artículo 83, de esta ley;

VII. Si sus administradores han intervenido en operaciones que infrinjan, intencionalmente, las disposiciones financieras y cambiarias, y

VIII. En cualquier otro establecimiento por la ley.

La declaración de revocación se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en la misma sección en la que conste la constitución de la sociedad, previa orden de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incapacitará a la sociedad para realizar sus operaciones a partir de la fecha en que se notifique la revocación, y pondrá en estado de liquidación a la sociedad. La liquidación se practicará de conformidad con lo establecido por la Ley General de Sociedades Mercantiles o, para el caso de quiebra, por la Ley de Quiebras y de Suspensión de Pagos.

Artículo 95. Para proceder penalmente por los delitos previstos en los artículos 96, 97, 98, 99, 100 y 101 de esta ley, será necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, formule petición, previa opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Artículo 101. Serán sancionadas con pena de prisión de uno a tres años, las personas que lleven a cabo operaciones de las reservadas para las casas de cambio, sin contar con las autorizaciones a que se refiere el artículo 81 de esta ley.

TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la Cámara de diputados del H. Congreso de la Unión.

México D. F., a 26 de noviembre de 1986.

Dictamen de la iniciativa de reformas y adiciones de diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito Diputados: Luis Manuel Orcí Gándara, Hesiquio Aguilar de la Parra, Amilcar Aguilar Mendoza, Oscar Aguirre López, Abelardo Alanís González, Jorge Alcocer Villanueva, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Rebecca Arenas Martínez, Carlos Barrera Auld, José Eduardo Beltrán Hernández, Roberto Calderón Tinoco, Porfirio Camarena Castro, Carlos Cantú Rosas, Gonzalo Castellot Madrazo, Heberto Castillo Martínez, José Ángel Conchello Dávila, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Francisco Contreras Contreras, Máximo de León Garza, Blanca Esponda de Torres, Félix Flores Gómez, Jorge Flores Solano, Oswaldo García Criollo, Carlos Palafox Vázquez, Miguel Eduardo Valle Espinosa, Ignacio Ramos Espinosa, José Ramón García Soto, Javier Garduño Pérez, Alejandro Gascón Mercado, Enrique González Isunza, Marcela González Salas, Ángel Sergio Guerrero Mier, David Jiménez González, Agustín Leñero Bores, Rafael López Zepeda, Amado Llaguno Mayaudón, Alberto Mercado Araiza, Adrián Mora Aguilar, Alejandro Ontiveros Gómez, Jorge Ortiz Gallegos, Pablo José

Pascual Moncayo, Graco Ramírez Garrido Abreu, Alfonso Reyes Medrano, Humberto Salgado Gómez, Eduardo Robledo Rincón, Rubén Rubiano Reyna, César Augusto Santiago Ramírez, Héctor Terán Terán, Fernando Ulibarri Pérez, Roberto Valdespino Castillo y Romero Flores Caballero."

El C. presidente: - En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a la asamblea si se dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen. Es de primera lectura.

LEY ORGÁNICA DEL PATRONATO DEL AHORRO NACIONAL

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Honorable Asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público que suscribe fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional, de la cual la propia comisión ha revisado las disposiciones consideradas en la iniciativa y después de haber sido discutida por sus integrantes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable soberanía el presente

DICTAMEN

La iniciativa tiene por objeto dotar al Patronato del Ahorro Nacional de un nuevo ordenamiento jurídico que, acorde con las actuales condiciones en que opera el sector financiero, norme la vida de éste dentro del marco creado por la nacionalización bancaria de 1982.

El propósito fundamental de la iniciativa es el de adecuar las funciones, estructura y régimen operativo del organismo a la problemática general del país y a las acciones del Gobierno de la República dentro de la esfera del aparato productivo del país, y particularmente, coadyuvando a la satisfacción de las necesidades sociales prioritarias, en congruencia con los objetivos del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo y demás instrumentos de política social nacidos del Sistema Nacional de Planeación Democrática.

Asimismo, la necesidad de proveer al patronato de un nuevo instrumento normativo surge del imperativo de continuar con el proceso de actualización estructural del sistema financiero nacional, iniciado con la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito, la Ley Orgánica del Banco de México y las distintas leyes orgánicas de la banca de desarrollo aprobadas por esta honorable soberanía y, en consecuencia, cuente con un nuevo régimen jurídico que le permita continuar cumpliendo su función en materia de captación de ahorro en beneficio del desarrollo económico del país.

La actual Ley del Ahorro Nacional, que data de 1950, sólo ha sido reformada y adicionada en 1961 y 1963, conservando por tanto una gran parte de su contenido original. Desde tales fechas hasta la actualidad el Sistema Financiero Nacional ha tenido grandes transformaciones, tanto en su estructura como en su funcionamiento, y ello ha originado una nueva legislación que se encarga de regir y regular a las instituciones a las que se les ha encomendado el captar ahorro del público.

Lo anterior, muestra como la Ley del Ahorro Nacional, al no haber sido actualizada, ha tenido que permanecer a la zaga de esa modernización jurídica y administrativa, y por lo mismo, no le ha sido posible al patronato cumplir de la mejor manera con la alta función que tiene encomendada de promover, fomentar y estimular el ahorro nacional. Por esta razón, la presente iniciativa de Ley Orgánica tiene por objeto dotar de un nuevo marco jurídico al Patronato del Ahorro Nacional, a efecto de que pueda realizar sus operaciones y servicios de una manera ágil, eficiente y sobre todo que esté acorde con la realidad económica del país.

Esta comisión observa que la iniciativa se orienta por los principios de rectoría económica del Estado, economía mixta y planeación democrática consagrados en nuestra Carta Magna.

La comisión que suscribe comparte la tesis y concepción que el Ejecutivo Federal sustenta en materia de rectoría económica y que plasmó en la exposición de motivos de la iniciativa que se dictamina y, en consecuencia, sostiene que es obligación ineludible del Estado la rectoría de la economía nacional.

En la presente iniciativa de Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional se recogen las experiencias tenidas por dicho organismo a lo largo de más de 35 años de funcionamiento y de

vida financiera sana, lo cual se plasma en norma jurídica que le dará al Gobierno Federal más flexibilidad en el diseño e implantación de nuevos instrumentos de ahorro, con lo que se espera elevar aún más los volúmenes de ahorro nacional en beneficio de los segmentos de población que atiende el patronato y en beneficio también del desarrollo económico nacional.

El ordenamiento que se dictamina se divide en cinco capítulos que contienen 44 artículos y cinco artículos transitorios. Dichos capítulos y artículos se presentan en una secuencia ordenada y lógica, en la cual se hace referencia a las funciones y a la organización del Patronato del Ahorro Nacional, con el fin de facilitar el entendimiento e interpretación de dicha ley.

En el capítulo primero de la iniciativa de ley se señala la denominación y la naturaleza jurídica de la institución que es la de un organismo descentralizado del Gobierno Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios. Asimismo, se señala el objeto de la institución y las prioridades a que se deberá sujetar la realización de sus funciones, además de señalar su domicilio y la manera de como se constituye su patrimonio

En el capítulo segundo se establecen los objetivos del Patronato del Ahorro Nacional, y se señalan las operaciones y servicios que se encuentra autorizado a realizar para el cumplimiento de sus objetivos. Dichas operaciones y servicios consisten en captar el ahorro público mediante bonos del ahorro nacional y estampillas del ahorro nacional; establecer planes de ahorro para formar capitales pagaderos a plazo; otorgar préstamos sobre los títulos que emita o planes de ahorro que celebre; efectuar las operaciones de fideicomiso que le encarguen a sus clientes; y además se autoriza para que sea la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la que determine y regule las demás operaciones de naturaleza análoga o conexa que pueda realizar el organismo.

Asimismo, en dicho capítulo segundo se determina que será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la dependencia encargada de autorizar las características financieras de las operaciones y servicios que realiza el Patronato del Ahorro Nacional.

Se conserva, al igual que en la Ley del Ahorro Nacional vigente, la disposición que establece la garantía incondicional de pago del Gobierno Federal por lo que respecta a los títulos de crédito que emita u operaciones que realice el Patronato del Ahorro Nacional.

En el capítulo tercero de esta iniciativa de ley se establecen las disposiciones relativas al régimen y características de las operaciones que realiza el Patronato del Ahorro Nacional. Entre ellas se encuentran las relativas a que los bonos del ahorro nacional son títulos de crédito pagaderos a la vista y con derecho a participar en sorteos para la obtención de premios durante todo el tiempo de su vigencia, además que se aclara que los premios son ganancias adicionales a los intereses y que el derecho a recibir el pago de los mismos prescribe en un año.

En el propio capítulo tercero, esta comisión propone que en el artículo 22 de la iniciativa de ley se condicione la ejecución de un bono o contrato, al previo requerimiento del pago ante fedatario público, tal y como opera con los documentos bancario - mercantiles.

El capítulo cuarto norma lo relativo a la administración y vilancia del organismo. Se señala que la administración del patronato corresponderá al consejo directivo y al director general, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Aquél se integra por siete consejeros propietarios que serán el Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá este órgano de gobierno, un representante de la Secretaría de Programación y Presupuesto, del Banco de México, de la Comisión Nacional de Valores, de Nacional Financiera, S.N.C., y dos más de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Esta comisión considera que falta complementar el texto del artículo 27 de la iniciativa con un párrafo que señale la forma de designar a los consejeros suplentes, por lo que propone que tal designación sea hecha por los titulares de las dependencias o entidades que se encuentran representadas en el consejo directivo.

Asimismo, la estructura del consejo directivo de la institución es indicativa de la intención de que sean los representantes de las dependencias o entidades del Estado que sectorialmente atienden los asuntos en los que participa el organismo, encabezados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como responsable del sector financiero, quienes puedan dirigir la política institucional del patronato y cuiden, en esta forma, la coherencia y continuidad que debe darse a las acciones de éste en función de los lineamientos en que se funda la planeación nacional.

Se incluye una disposición relacionada a la vigilancia del patronato, la cual se encomienda a un comisario propietario, con su respectivo suplente, designados por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación. Se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá

el Estatuto Orgánico del Patronato del Ahorro Nacional.

En el último capítulo de la iniciativa de ley, se incluyen disposiciones relativas a la forma de como quedarán protegidos los interese del público que efectúe operaciones o utilice los servicios del Patronato del Ahorro Nacional; las relativas a la contabilidad, la inspección y vigilancia que sobre la misma ejerza la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros; la dependencia encargada de aprobar los programas financieros y presupuesto de gastos de inversiones; el régimen jurídico a que se sujetan las relaciones de trabajo entre el Patronato del Ahorro Nacional y sus trabajadores; las disposiciones jurídicas que rigen supletoriamente a las operaciones y servicios; y a la dependencia encargada de interpretar para efectos administrativos los preceptos de la Ley Orgánica.

En este quinto y último capítulo, la comisión propone incluir como en el resto de las instituciones de fomento de desarrollo, un artículo con el numeral 41 que permita al Patronato del Ahorro Nacional, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, constituir las reservas y fondos necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto encomendado en la ley. Asimismo, agregar un segundo párrafo a dicho artículo con objeto de que el remanente de operación se aplique en los términos que determine el estatuto orgánico.

Por lo que respecta a los artículos transitorios se señala que los decretos que autorizaron emisiones de bonos del ahorro nacional, permanecerán con todo su valor jurídico hasta que no se agoten las cantidades autorizadas para dichas emisiones, y que dichos bonos y las estampillas del ahorro nacional que se encuentran actualmente en circulación, continuarán sujetándose a las disposiciones jurídicas que rigieron su emisión. Asimismo, se señala que las operaciones que se realizan se seguirán rigiendo por las disposiciones y autorizaciones aplicables hasta en tanto se expida y aprueben las reglas de operación.

Se establece un artículo transitorio en el que señala un plazo no mayor de 180 días para que se expida el estatuto orgánico del organismo.

Esta comisión dictaminadora, sin embrago, propone modificaciones a algunos de los artículos de la iniciativa, ha incluido un artículo 41 que se estima necesario para esclarecer su alcance y precisar su sentido. De tal suerte que se proponen los siguientes ajustes a los artículos:

Artículo 22. Los bonos y estampillas del ahorro nacional, los contratos de plan de ahorro y los contratos de depósitos de títulos a que se refiere la ley, previo requerimiento de pago ante fedatario público, serán documentos que traen aparejada ejecución, en los términos de lo dispuesto por el título tercero del libro V del Código de Comercio.

Artículo 27. ...............................................

.............................................................

Los consejeros suplentes serán designados por los titulares de las dependencias o entidades representadas en el consejo directivo.

..............................................................

..............................................................

Se propone adicionar un artículo 41, corriéndose la numeración de los siguientes, para quedar así:

Artículo 41. El Patronato del Ahorro Nacional deberá constituir las reservas y fondos necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto que le encomienda esta ley, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las cantidades que se lleven a dichas reservas y fondos, no se considerarán remanentes de operación.

Fijado el monto del remanente de operación de cada ejercicio y separada la cantidad que corresponda pagar por la participación de los trabajadores en las utilidades del organismo, el saldo se aplicará en los términos previstos por el estatuto orgánico.

Finalmente se propone la modificación del segundo párrafo del artículo tercero transitorio para que diga:

Artículo tercero. ............................................

Los bonos y estampillas del ahorro nacional que estén actualmente en circulación seguirán sujetándose a las disposiciones que rigieron su emisión, sin embargo, los tenedores de los bonos mencionados podrán optar por los derechos y beneficios que otorguen las emisiones posteriores.

Dadas las consideraciones anteriores, la suscrita Comisión de Hacienda y Crédito Público, se permite someter a la aprobación de esta honorable asamblea el siguiente

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL PATRONATO DEL AHORRO NACIONAL

CAPITULO PRIMERO

Denominación, Objeto, Domicilio y Patrimonio

Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto regular al Patronato del Ahorro Nacional como

organismo descentralizado del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios; a su organización, funcionamiento y control, así como a sus objetivos y las características de sus operaciones.

El Patronato del Ahorro Nacional tendrá su domicilio en la ciudad de México. Podrá establecer, reubicar o clausurar sucursales, agencias y oficinas en el país, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 2o. El Patronato del Ahorro Nacional es una entidad que forma parte del sistema financiero, y realiza sus funciones con sujeción a los objetivos y prioridades de Plan Nacional de Desarrollo, y en especial del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, así como de acuerdo con los lineamientos, medidas y directrices que para tal efecto dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 3o. El Patronato del Ahorro Nacional tendrá por objeto fomentar el ahorro nacional, mediante los instrumentos de captación que se establecen en esta ley, en beneficio del desarrollo económico del país.

Artículo 4o. El patrimonio del Patronato del Ahorro Nacional estará constituido de la manera siguiente:

I. Por los bienes y derechos que hubiere adquirido y adquiera por cualquier acto jurídico;

II. Por los intereses, rentas y frutos de cualquier clase que produzcan sus bienes, y

III. Por las reservas y fondos que constituya, así como por los remanentes que pudiera haber como resultado de las operaciones y servicios llevados a cabo en cada ejercicio.

CAPITULO SEGUNDO

Objetivos y Operaciones

Artículo 5o. Para el cumplimiento de su objeto el Patronato del Ahorro Nacional podrá:

I. Emitir bonos del ahorro nacional;

II. Estampillas del ahorro nacional;

III. Establecer planes de ahorro para la formación de capitales pagaderos a plazo;

IV. Otorgar préstamos a los titulares de los bonos del ahorro nacional y planes de ahorro hasta por el valor de rescate de los mismos;

V. Recibir depósitos en administración o custodia o en garantía, por cuenta de terceros de los títulos que emita;

VI. Constituir depósitos en el Banco de México y en instituciones de créditos;

VII. Otorgar financiamiento a las instituciones de banca de desarrollo, y a fondos y fideicomisos públicos de fomento;

VIII. Practicar las operaciones de fideicomiso a que se refiere la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y llevar a cabo mandatos y comisiones;

IX. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de su objeto, y

X. Las demás operaciones y servicios de naturaleza análoga o conexa que autorice y regule la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 6o. Los recursos obtenidos por las operaciones que realice el Patronato del Ahorro Nacional, se invertirán en los renglones de activo que le permitan obtener condiciones adecuadas de seguridad y liquidez, conforme a los porcentajes que al efecto le señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 7o. Los bonos y estampillas del ahorro nacional, los planes de ahorro y las operaciones que al Patronato del Ahorro Nacional realice con el público ahorrador, tendrán la garantía incondicional de pago en efectivo del Gobierno Federal.

Artículo 8o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, escuchando la opinión del Banco de México, determinará las denominaciones o valores de venta de los bonos y estampillas del ahorro nacional, de los montos de los planes de ahorro y demás características de las operaciones y servicios que realice el Patronato del Ahorro Nacional para el cumplimiento de los objetivos que se le han encomendado en el artículo 3o. de esta ley.

CAPITULO TERCERO

Régimen y Características de las Operaciones.

Artículo 9o. Los bonos del ahorro nacional son títulos de crédito a cargo del Patronato del Ahorro Nacional.

El Patronato del Ahorro Nacional pagará en efectivo los bonos a la vista, ya sea que se presenten anticipadamente a rescate o en el momento de su vencimiento.

Artículo 10. Los bonos del ahorro nacional y los planes de ahorro participarán en sorteos con derecho a premio durante todo el tiempo de su vigencia y hasta que sean pagados a su titular.

Los sorteos serán públicos y se celebrarán ante notario público y con intervención de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Artículo 11. Los premios son una ganancia adicional y, en consecuencia, por ningún motivo se considerarán como un pago anticipado del valor de vencimiento de los bonos del ahorro nacional y planes de ahorro.

El derecho a recibir el pago del premio prescribe en un año, contando a partir de la fecha en que se haga la publicación de los resultados del sorteo respectivo.

Artículo 12. Las estampillas del ahorro nacional se deberán adherir a planillas y sólo de esta forma el importe podrá ser exigible en efectivo, o servir para adquirir bonos del ahorro nacional.

Artículo 13. El Patronato del Ahorro Nacional deberá proceder periódicamente a destruir los bonos y estampillas sobrantes de impresión, así como los rescatados y vencidos.

Las impresiones y destrucciones se llevarán a cabo conforme al procedimiento aprobado por el consejo directivo, se harán en los lugares que para el efecto determine el director general, y se realizarán con la participación de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, así como de los servidores públicos que designe el director general.

Artículo 14. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará el monto de las emisiones de los bonos y estampillas del ahorro nacional.

Artículo 15. Los planes de ahorro mediante los cuales se reciban del ahorrador cantidades únicas o periódicas de dinero, se documentarán a través de la celebración de un contrato de plan de ahorro.

Artículo 16. Las cuotas de ahorro se documentarán por los recibos que establezcan las reglas de operación y éstos serán el único comprobante válido de entrega del dinero por parte del ahorrador así como para el rescate de aquéllas.

Artículo 17. El Patronato del Ahorro Nacional sólo estará obligado a cubrir el capital estipulado en el plazo señalado, cuando el ahorrador haya entregado puntualmente las cantidades pactadas en los términos del contrato de plan de ahorro.

Artículo 18. Los titulares de bonos del ahorro nacional o planes de ahorro sólo tendrán derecho a recibir préstamos de acuerdo a los programas que apruebe el consejo directivo en los términos y condiciones que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general.

Artículo 19. Los depósitos en custodia o administración que reciba de los títulos de crédito que emita el Patronato del Ahorro Nacional, se documentarán a través de un contrato de depósito de títulos, y se regirán por lo dispuesto en las reglas de operación.

Artículo 20. Los titulares de bonos del ahorro nacional o planes de ahorro podrán designar, en el mismo bono o contrato, a uno o varios beneficiarios para el caso de muerte. La designación sólo será válida si aparece firmada por el titular y es en todo momento revocable. El Patronato del Ahorro Nacional pagará al último beneficiario designado en el bono o contrato.

Artículo 21. En las operaciones fiduciarias el Patronato del Ahorro Nacional estará facultado para ejercer todos los derechos y acciones que se requieran para el cumplimiento del fideicomiso. Serán aplicables en lo conducente los artículos 60 a 66 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 22. Los bonos y estampillas del ahorro nacional, los contratos de plan de ahorro y los contratos de depósito de títulos a que se refiere la presente ley, previo requerimiento de pago ante fedatario público, serán documentos que traen aparejada ejecución, en los términos de lo dispuesto por el título tercero del libro V del Código de Comercio.

Artículo 23. El Patronato del Ahorro Nacional sólo podrá utilizar los servicios de comisionistas a través de la celebración de un contrato de comisión mercantil, para que le auxilien en la realización de sus operaciones o servicios, cuando se trate de personas físicas o morales que cuenten con la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Los comisionistas se ajustarán a las reglas generales que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y se someterán a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros en los términos y condiciones de las mencionadas reglas.

Artículo 24. El Banco de México, por cuenta del Patronato del Ahorro Nacional, atenderá el pago de rescate de los bonos vencidos y sus intereses. El propio banco adquirirá los bonos a su valor de rescate, de amortización o al valor que tengan en el momento de rescatar o redimir.

Para dicho efecto, el Banco de México dictará las instrucciones necesarias para que se atienda el pago de los bonos y estampillas del ahorro nacional por parte de las instituciones de crédito.

Artículo 25. Corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México, aprobar las reglas de operación que rijan la emisión, colocación, venta, redención, intereses, pago y manejo de los bonos y estampillas del ahorro nacional, así como los datos y características que deberán contener los contratos mediante los cuales se formalicen las operaciones y servicios que realice el Patronato del Ahorro Nacional, de conformidad con lo previsto en la ley.

CAPITULO CUARTO

Administración y Vigilancia

Artículo 26. La administración del Patronato del Ahorro Nacional, estará encomendada a un consejo directivo y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.

Artículo 27. El Consejo directivo estará integrado por siete consejeros propietarios y sus respectivos suplentes. Serán consejeros propietarios el Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el consejo directivo; un representante de la Secretaría de Programación y Presupuesto, del Banco de México, de la de Comisión Nacional de Valores, de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca y Desarrollo; y dos más de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La designación de los consejeros propietarios será a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debiendo ser de reconocida calidad moral, experiencia y prestigio en materia económica y financiera.

Los consejeros suplentes serán designados por los titulares de las dependencias o entidades representadas en el consejo directivo.

En caso de ausencia del presidente del consejo, los consejeros presentes designarán de entre ellos a un presidente sustituto para la sesión correspondiente.

El cargo de consejero es personal y no podrá desempeñarse por medio de representantes.

Artículo 28. El consejo directivo se reunirá por lo menos, una vez al mes, sin perjuicio de que lo haga en cualquier tiempo, siempre que sea convocado por su presidente, o por cuando menos tres de los demás consejeros propietarios.

Las sesiones del Consejo se celebrarán con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus consejeros, siempre y cuando se cuente con la presencia de uno de los representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los consejeros presentes, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate.

Artículo 29. El consejo, dirigirá al Patronato del Ahorro Nacional con base en las políticas, lineamientos y prioridades que, conforme a lo dispuesto por esta ley, establezca el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el logro de los objetivos y metas de sus programas, e instruirá al respecto al director general para la ejecución y realización de los mismos.

El consejo directivo podrá acordar la realización de todas las operaciones inherentes a su objeto y delegar sus facultades en el director general, así como designar apoderados y nombrar dentro de su seno delegados para acto o funciones específicas.

Serán facultades indelegables del consejo.

I. Nombrar y remover, a propuesta del director general, a los servidores públicos del Patronato del Ahorro Nacional que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la de aquél, a los delegados fiduciarios y a los demás que señale el estatuto orgánico, así como concederles licencias;

II. Nombrar y remover al secretario y al prosecretario del consejo;

III. Aprobar los programas sobre el establecimiento, reubicación y clausura de sucursales, agencias y oficinas.

IV. Aprobar, en su caso, previo dictamen de los comisarios, el balance general anual del Patronato del Ahorro Nacional;

V. Aprobar, en su caso, la constitución de reservas y fondos y la aplicación de remanentes de operación, así como la forma y términos que deberán realizarse;

VI. Autorizar, conforme a las disposiciones aplicables, la publicación de los estados financieros.

VII. Aprobar los proyectos de los programas financieros de operación anual e institucionales, los presupuestos de gasto e inversión y la estimación de ingresos anuales, para los efectos legales correspondientes.

VIII. Aprobar, conforme a las disposiciones legales y administrativas aplicables, la adquisición de los inmuebles que el Patronato del Ahorro Nacional requiera para la prestación de sus servicios y la enajenación de los mismos cuando corresponda;

IX. Proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las modificaciones al estatuto orgánico;

X. Aprobar las emisiones de los bonos y estampillas del ahorro nacional para los efectos legales procedentes y el procedimiento para la impresión y destrucción de los mismos;

XI. Aprobar el informe anual de actividades que presente el director general;

XII. Aprobar los demás programas específicos y las reglas de operación para su autorización por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y reglamentos internos del Patronato del Ahorro Nacional que le presente a la consideración, el director general, y

XIII. Las demás que prevea el estatuto orgánico.

Artículo 30. No podrán ser consejeros;

I. El director general y los servidores públicos del Patronato del Ahorro Nacional que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la de aquél;

II. Los cónyuges y las personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o civil, con el director general o con algunos de los consejeros;

III. Las personas que tengan litigio pendiente con el patronato;

IV. Las personas inhabilitadas para ejercer el comercio por cualquier causa, y

V. Las personas que ocupen un puesto de elección popular, mientras que estén en el ejercicio del mismo.

Si alguno de los consejeros designados llegare a encontrarse comprendido, durante el ejercicio de su cargo, en cualquiera de los supuestos anteriores, será sustituido por su suplente, por todo el tiempo que dure el impedimento y no se haga designación del consejero propietario.

Artículo 31. El Director General será designado por el Ejecutivo Federal a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.

II. Ser de reconocida experiencia en materia bancaria y financiera y haber ocupado durante cinco años por lo menos, cargos de alto nivel decoroso en materia financiera y administrativa;

III. No encontrarse en alguno de los impedimentos que para ser consejero señalan las fracciones II a V del artículo anterior.

Artículo 32. El director general tendrá a su cargo la administración y representación legal del Patronato del Ahorro Nacional, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al consejo directivo, al efecto tendrá las siguientes facultades y funciones:

I. En el ejercicio de sus atribuciones de representación legal, podrá celebrar actos u otorgar toda clase de documentos inherentes al objeto del Patronato del Ahorro Nacional. Contará para ello con las más amplias facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aún de aquéllas que requieran autorización especial, según otras disposiciones legales o reglamentarias. En tal virtud y de manera enunciativa podrá emitir, avalar y negociar títulos de crédito, querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive en el juicio de amparo, comprometer en árbitros y transigir, otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aún las que requiera cláusula especial, substituirlos y revocarlos, debiendo obtener autorización expresa del consejo directivo cuando se trate de otorgar poderes generales para acto de dominio;

II. Ejecutar las resoluciones del consejo directivo;

III. Llevar la firma del organismo;

IV. Actuar como delegado fiduciario general;

V. Las que le delegue el consejo directivo, y

VI. Las que le señale el estatuto orgánico.

Artículo 33. La vigilancia del Patronato del Ahorro Nacional, estará encomendada a un comisario propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación. Los comisarios tendrán las más amplias facultades para examinar los libros de contabilidad y demás documentación del organismo, incluida la del consejo, así como para llevar a cabo todos los demás actos que requiere el adecuado cumplimiento de sus funciones, teniendo derecho de asistir a las sesiones del consejo directivo con voz.

Artículo 34. Los consejeros, el director general, los directores y los delegados fiduciarios del Patronato del Ahorro Nacional, sólo estarán obligados a absolver posiciones o a rendir testimonio en juicio, en representación del mismo, cuando las posiciones y las preguntas se formulen por medio de oficio, el que contestarán por escrito, dentro del término que señalen las autoridades respectivas.

Artículo 35. A propuesta del consejo directivo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá el estatuto orgánico del Patronato del Ahorro Nacional, en el que se establecerán las bases de organización y facultades y funciones que correspondan a las distintas áreas que integren el organismo.

CAPITULO QUINTO

Disposiciones Generales.

Artículo 36. El Patronato del Ahorro Nacional en ningún caso podrá dar noticias o información de las operaciones o servicios que realice, sino al ahorrador, deudor, titular o beneficiario que corresponda; a sus representantes legales o a quienes tengan otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación o servicio, salvo cuando lo pidieren, la autoridad judicial en virtud de la providencia dictada en juicio en el que el titular sea parte o las autoridades hacendarias federales, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, para fines fiscales. Los servidores públicos del Patronato del Ahorro Nacional serán responsables, en los términos de las disposiciones aplicables, por violación a lo establecido por esta disposición y estarán obligados a reparar los daños y perjuicios que se causen.

Artículo 37. La inspección y vigilancia del Patronato del Ahorro Nacional, corresponde a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, a fin de preservar su buen funcionamiento. El Patronato del Ahorro Nacional está obligado a proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, toda clase de información y documentos que en ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia, les solicite en relación con las operaciones que celebren y los servicios que presten.

La contabilidad, los libros y demás documentos del patronato, así como el plazo durante el cual deban ser conservados se regirán por las disposiciones que para el efecto dicte la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

La Comisión Nacional Bancaria y de Seguros señalara al Patronato del Ahorro Nacional, las bases a que se sujetará la aprobación de los estados financieros mensuales y del balance general anual; su publicación en un periódico de amplia circulación, así como el procedimiento a que se ajustará la revisión que de los mismos efectúe la propia comisión.

Artículo 38. Las personas que realicen operaciones o utilicen los servicios del Patronato del Ahorro Nacional podrán, a su elección, presentar sus reclamaciones ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, o hacer valer sus derechos antes los tribunales competentes de la Federación o del orden común. El Patronato del Ahorro Nacional estará obligado, en su caso a someterse al procedimiento de conciliación a que se refiere el artículo 96 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

En el caso en que las reclamaciones se presenten ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, ésta conciliará y, en su caso, resolverá las diferencias que se susciten entre el patronato y sus clientes, derivadas de la realización de operaciones y de la prestación de servicios. Tratándose de diferencias que surjan respecto al cumplimiento de fideicomisos, sólo conocerá de las reclamaciones que presenten los fideicomitentes o fideicomisarios en contra de los fiduciarios.

La sola presentación de la reclamación que se prevee en este artículo, interrumpe la prescripción.

Artículo 39. El Patronato del Ahorro Nacional formulará anualmente sus programas financieros, presupuestos generales de gastos e inversión y las estimaciones de ingresos, así como sus programas operativos de acuerdo con los lineamientos, medidas y directrices que para el efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las modalidades de autorización en la asignación de recursos, así como la aprobación de los programas financieros, presupuestos generales de gasto e inversión, corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual procurará el mejor aprovechamiento y la canalización más adecuada de los recursos del Patronato del Ahorro Nacional en el marco de la autonomía de gestión, requerida para su eficaz funcionamiento de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 40. El Patronato del Ahorro Nacional se considerará de acreditada solvencia y en ningún caso estará obligado a constituir depósitos o fianzas legales, ni aún tratándose de obtener la suspensión de los actos reclamados en los juicios de amparos o de garantizar el interés fiscal en los procedimientos respectivos.

Artículo 41. El Patronato del Ahorro Nacional deberá constituir las reservas y fondos necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto que le encomienda esta ley, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las cantidades que se llevan a dichas reservas y fondos, no se considerarán remanentes de operación.

Fijado el monto del remanente de operación de cada ejercicio y separada la cantidad que corresponda pagar por la participación de los trabajadores en las utilidades del organismo, el saldo se aplicará en los términos previstos por el estatuto orgánico.

Artículo 42. Las relaciones de trabajo entre el Patronato del Ahorro Nacional y sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en la ley reglamentaria de la fracción XIII bis del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 43. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la dependencia competente encargada de interpretar, para efectos administrativos, los preceptos de esta ley.

Artículo 44. Las operaciones y servicios que realice el Patronato del Ahorro Nacional se regirán supletoriamente por la legislación mercantil, los usos y prácticas bancarias y mercantiles y el Código Civil para el Distrito Federal, en ese orden.

TRANSITORIOS

Artículo primero. La presente Ley Orgánica entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y, a partir de esa fecha, se abroga la nueva Ley del Ahorro Nacional de fecha 29 de diciembre de 1950 y se derogan las demás disposiciones legales que se opongan a lo establecido en la presente ley.

Artículo segundo. Las autorizaciones, nombramientos, poderes, mandatos y demás actos jurídicos y medidas administrativas, otorgados, dictados o celebrados con fundamento en la ley que se abroga, continuarán en vigor hasta que no sean revocados o modificados por los órganos y autoridades competentes.

Artículo tercero. Los decretos que autorizan las emisiones de bonos del ahorro nacional continuarán vigentes hasta en tanto no se agote la cantidad autorizada para dichas emisiones.

Los bonos y estampillas del ahorro nacional que estén actualmente en circulación seguirán sujetándose a las disposiciones que rigieron su emisión, sin embargo los tenedores de los bonos mencionados podrán optar por los derechos y beneficios que otorguen las emisiones posteriores.

Artículo cuarto. Las operaciones que actualmente realiza el Patronato del Ahorro Nacional se seguirán rigiendo por las disposiciones y autorizaciones aplicables hasta en tanto se expidan y aprueben sus reglas de operación.

Artículo quinto. El estatuto orgánico del Patronato del Ahorro Nacional deberá expedirse en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la fecha en que entre en vigor la presente ley.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. Palacio Legislativo.

México, D.F., a 26 de noviembre de 1986.

Dictamen de la iniciativa de Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional.

Diputados: Luis Manuel Orcí Gándara, Hesiquio Aguilar de la Parra, Amilcar Aguilar Mendoza, Oscar Aguirre López, Abelardo Alanís González, Jorge Alcocer Villanueva, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Rebeca Arenas Martínez, Carlos Barrera Auld, José Eduardo Beltrán Hernández, Roberto Calderón Tinoco, Porfirio Camarena Castro, Carlos Cantú Rosas, Gonzalo Castellot Madrazo, Heberto Castillo Martínez, José Ángel Conchello Dávila, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Francisco Contreras Contreras, Máximo Murrieta, Francisco Contreras Contreras, Máximo de León Garza, Blanca Esponda de Torres, Félix Flores Gómez, Jorge Flores Solano, Oswaldo García Criollo, Carlos Palafox Vázquez, Miguel Eduardo Valle Espinosa, Ignacio Ramos Espinosa, José Ramón García Soto, Javier Garduño

Pérez, Alejandro Gascón Mercado, Enrique González Isunza, Marcela González Salas, Ángel Sergio Guerrero Mier, David Jiménez González, Agustín Leñero Bores, Rafael López Zepeda, Amado Llaguno Mayaudón, Alberto Mercado Araiza, Adrián Mora Aguilar, Alejandro Ontiveros Gómez, Jorge Ortiz Gallegos, Pablo José Pascual Moncayo, Graco Ramírez Garrido Abreu, Alfonso Reyes Medrano, Humberto Salgado Gómez, Eduardo Robledo Rincón, Rubén Rubiano Reyna, César Augusto Ramírez, Héctor Terán Terán, Fernando Ulibarri Pérez, Roberto Valdespino Castillo y Romeo Flores Caballero.

El C. Presidente: - En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura del dictamen.

El C. secretario Antonio Melgar Aranda: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a la asambleas si se le dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Se dispensa la lectura al dictamen.

Es de primera lectura.

LEY ORGÁNICA DE NACIONAL FINANCIERA

«Comisión de Hacienda y Crédito Público

Honorable Asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público que suscribe fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de Ley Orgánica de Nacional Financiera, la cual fue distribuida con anterioridad a todos los integrantes de esta honorable asamblea.

La Comisión ha revisado las disposiciones consideradas en la iniciativa y después de haber sido discutida por sus integrantes, con fundamento en los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía el presente

DICTAMEN

La iniciativa referida tiene como objeto adecuar las funciones y propósitos de Nacional Financiera, institución que cuenta con 52 años de experiencia promoviendo el desarrollo, a la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito que constituye el marco jurídico del sistema bancario mexicano y que fue aprobado por esta Cámara el 27 de diciembre de 1984 y entró en vigor el 14 de enero de 1985.

Esta iniciativa se enmarca dentro de los principios constitucionales de rectoría económica del Estado y de lo establecido en la Constitución y en la ley correspondiente respecto a la planeación. Sus propósitos son congruentes con los establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo para modernizar el aparato productivo, lograr una inserción más eficiente de nuestra economía en el exterior en el sector industrial y promover el desarrollo regional.

Para tal efecto, las disposiciones contenidas en la iniciativa se refieren, por una parte, a la adecuación de la institución a la Ley Reglamentaria de Servicio Público de Banca y Crédito y por otra, a las directrices de política a seguir en lo sucesivo. Responde a los principios generales contenidos en la ley reglamentaria, integrando un cuerpo de ley que permita fortalecer la modernización de la estructura, organizativa y operativa de la institución, elaborando normas flexibles que eviten los dispositivos rígidos que con frecuencia son fácilmente rebasados por las cambiantes condiciones económicas.

Así, sin perder de vista la promoción del desarrollo integral que ha sido objetivo de la institución, se apunta hacia la especialización en el sector industrial. De igual manera, se mantiene su vocación como promotora del desarrollo regional.

El proyecto de ley que se dictamina se compone de cinco capítulos, treinta y cuatro artículos transitorios. Los aspectos más relevantes son los siguientes:

Fomentar la reconversión industrial como uno de los objetivos importantes de la institución, tal como se plantea en la fracción VIII, del artículo 5o. de la iniciativa.

Fungir como administrador y fiduciario de los fideicomisos públicos para fomentar la industria y el mercado de valores.

Reforzar el papel promocional de la institución, por tanto establece la intención de mantener una participación sana de las empresas de forma que se garantice la revolvencia de los recursos, dado que el apoyo se da en el marco de la temporalidad. Así, en atención a este tipo de inversiones, se prevee que las participaciones en las empresas con objeto promocional no computen para considerarlas como entidades de participación estatal de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

En la iniciativa también se enfatizan los objetivos que debe cumplir la institución de promover el desarrollo tecnológico y el aumento en la productividad.

En cuanto al capital social de Nacional Financiera, se aplica lo establecido en la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, según se establece que dicho capital estará representado por certificados de aportación patrimonial en un 66% de la serie "A" (que sólo será suscrita por el Gobierno Federal) y en un 34% de la serie "B".

Además, en el párrafo IV del artículo 12 de la iniciativa se propone la posibilidad de que entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas y municipios puedan adquirir certificados de la serie "B" en una proporción mayor de la establecida en el artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito

Finalmente, en la fracción IV del artículo 5o. de la iniciativa se ratifica la función de agente financiero del Gobierno Federal en relación a créditos del exterior, cuyo objetivo sea fomentar el desarrollo económico.

La comisión considera que en la designación de los consejeros de la serie "B" debe procurarse la participación más amplia de los diferentes agentes involucrados en la industrialización y desarrollo regional, tanto del sector social como del privado. Por lo tanto, esta comisión propone se modifique el párrafo II del artículo 17 como enseguida se describe:

II. Dos consejeros de la serie "B" designados por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, con sus respectivos suplentes, nombramientos que deberán recaer en personas de reconocido prestigio y amplios conocimientos y experiencia en materia económica, financiera. industrial o de desarrollo regional.

Debe destacarse que la estructura del consejo directivo de la institución, es indicativa de la intención de que serán los titulares de las Secretarías de Estado, que sectorialmente atienden los asuntos en los que participa la sociedad, encabezados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como responsable del sector financiero, quienes puedan dirigir la política institucional de la sociedad y cuiden en esta forma, la coherencia y continuidad que debe darse a las acciones de la institución en función de los lineamientos en que se funda la planeación nacional.

La vigilancia de la sociedad estará encomendada a dos comisarios, uno designado por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en mérito a la alusión genética que a esta dependencia le compete y el otro será designado por los consejeros de la serie "B".

La comisión consultiva a que se refiere el artículo 27 del ordenamiento que regula el servicio público de banca y crédito, se introduce en el proyecto con una referencia a la ley marco.

En relación con el artículo 5o. de la presente iniciativa de ley, se estima conveniente agregar en su fracción V que las actividades que la institución realice para gestionar y obtener concesiones, permisos y autorizaciones para la prestación de servicios públicos, sean los vinculados con la consecución de su objeto. Por tal motivo el texto de la mencionada fracción quedaría como sigue:

Artículo 5o. ......................................................

....................................................................

La comisión estima conveniente modificar el texto de algunas fracciones del artículo 30 con el propósito de precisar la forma en que la institución participará en la capital social de empresas que promueve.

La modificación es como sigue:

Artículo 30. ......................................................

I. ................................................................

II. ...............................................................

III. Podrá llegar hasta el 20% del capital de la emisora.

IV. ................................................................

V. .................................................................

Dadas las consideraciones anteriores y con fundamento en las disposiciones antes mencionadas, la Comisión de Hacienda y Crédito Público se permite someter a la aprobación de esta honorable asamblea el siguiente

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE NACIONAL FINANCIERA

CAPITULO PRIMERO

Denominación, Objeto y Domicilio

Artículo 1o. La presente ley rige a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito,

Institución de Banca de Desarrollo, con personalidad jurídica y patrimonios propios.

Artículo 2o. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, tendrá por objeto promover el ahorro y la inversión, así como canalizar apoyos financieros y técnicos al fomento industrial y en general, al desarrollo económico nacional y regional del país.

La operación y funcionamiento de la institución se realizará con apego al marco legal aplicable y a las sanas prácticas y usos bancarios, para alcanzar dentro del sector industrial, los objetivos de carácter general señalados en el artículo 3o. de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 3o. El domicilio de la sociedad será el que, dentro del territorio nacional, determine su reglamento orgánico. Podrá establecer o clausurar sucursales o agencias o cualquier otra clase de oficinas y nombrar corresponsales, en el país o en el extranjero, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 4o. La duración de la sociedad será indefinida.

CAPITULO SEGUNDO

Objetivos y operaciones

Artículo 5o. La sociedad, con el fin de fomentar el desarrollo integral del sector industrial y promover su eficiencia y competitividad, en el ejercicio de su objeto canalizará apoyos y recursos y estará facultado para:

I. Promover, gestionar y poner en marca proyectos que atiendan necesidades del sector en las distintas zonas del país o que propicien el mejor aprovechamiento de los recursos de cada región:

II. Promover, encauzar y coordinar la inversión de capitales.

III. Promover el desarrollo tecnológico, la capacitación, la asistencia técnica y el incremento de la productividad;

IV. Ser agente financiero del Gobierno Federal en lo relativo a la negociación, contratación y manejo de créditos del exterior, cuyo objetivo sea fomentar el desarrollo económico, que se otorguen por instituciones extranjeras privadas, gubernamentales o intergubernamentales, así como por cualquier otro organismo de cooperación financiera internacional.

No se incluyen en esta disposición los créditos para fines monetarios.

V. Gestionar y, en su caso, obtener concesiones, permisos y autorizaciones para la prestación de servicios públicos vinculados con la consecución de su objeto o para el aprovechamiento de recursos naturales, que aportará a empresas que promueva. En igualdad de circunstancias gozará del derecho de preferencia frente a los particulares u otras instituciones para obtener dichos permisos, autorizaciones o concesiones, a excepción de lo que señalen las disposiciones legales aplicables.

VI. Realizar los estudios económicos y financieros que permitan determinar los proyectos de inversión prioritarios, a efecto de promover su realización entre diversas potenciales;

VII. Propiciar el aprovechamiento industrial de los recursos naturales inexplotados o insuficientemente explotados.

VIII. Fomentar la reconversión industrial, la producción de bienes exportables y la sustitución eficiente de importaciones.

IX. Promover el desarrollo integral del mercado de valores.

X. Propiciar acciones conjuntas de financiamiento y asistencia con otras instituciones de crédito, fondos de fomento, fideicomisos, organizaciones auxiliares de crédito y con los sectores social y privado, y

XI. Ser administradora y fiduciaria de los fideicomisos, mandatos y comisiones constituidos por el Gobierno Federal para el fomento de la industria o del mercado de valores.

La sociedad deberá continuar con la infraestructura necesaria para la adecuada prestación de servicios y realización de operaciones, en las distintas regiones del país.

Artículo 6o. Para el cumplimiento del objeto y la realización de los objetivos a que se refieren los artículos 2o. y 5o. anteriores, la sociedad podrá:

I. Realizar las operaciones y prestar los servicios a que se refiere el artículo 30 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Las operaciones señaladas en el citado artículo 30, fracción I y II las realizará en los términos del artículo 31 de dicho ordenamiento;

II. Emitir bonos bancarios de desarrollo. Las emisiones procurarán fomentar el desarrollo del mercado de capitales y la inversión institucional y los títulos correspondientes serán susceptibles de colocarse entre el gran público inversionista.

III. Emitir o garantizar valores;

IV. Participar en el capital social de empresas, en los términos del artículo 30 de esta ley;

V. Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de empresas o sociedades;

VI. Contratar créditos para la realización de sus funciones de fomento, conforme a las disposiciones legales aplicables;

VII. Adquirir tecnología, promover su desarrollo y transferirla conforme a lo dispuesto por las leyes aplicables.

VIII. Emitir certificados de participación con base en fideicomisos constituidos al efecto;

IX. Emitir certificados de participación nominativos, en los que se haga constatar la participación que tienen sus tenedores en títulos o valores, o en grupos de ellos, que se encuentren en poder de la institución, o vayan a ser adquiridos para ese objeto, como excepción a lo que establece el artículo 228 a) de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

La sociedad conservará los valores de los coparticipantes, en simple custodia o en administración y en ese caso podrá celebrar, sobre los mismos títulos, las operaciones que estime pertinentes y sólo será responsable del debido desempeño de su cargo.

Cuando los certificados de participación hagan constar el derecho del copropietario sobre valores individualmente determinados, se entenderá que la sociedad garantiza a los tenedores la entrega de esos títulos. Cuando los certificados hagan constar solamente la participación del copropietario en una parte alícuota de un conjunto de valores y de sus productos, o del valor que resulte de su venta, la sociedad sólo será responsable de la existencia de los valores y de la entrega de sus productos o de su precio, en su caso.

La emisión de dichos certificados se hará por declaración unilateral de la voluntad de la sociedad emisora, expresada en acta notarial, en la que se fijarán la naturaleza, plazos de retiro y las utilidades, intereses o dividendos que Nacional Financiera garantice a los tenedores de los certificados;

X. Recibir de terceros, en prenda, títulos o valores de la emisión que directamente realicen, los que la sociedad haga por encargo de ellos, o los de las emisiones que hicieren directamente, y

XI. Realizar las actividades análogas y conexas a sus objetivos que al efecto señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 7o. La sociedad será exclusiva depositaria de los títulos, valores o sumas en efectivo que tengan que hacerse por o ante las autoridades administrativas y judiciales de la Federación y del Distrito Federal y de las sumas en efectivo, títulos o valores, que secuestren las autoridades judiciales o administrativas de la Federación y del Distrito Federal.

Los jueces y autoridades administrativas estarán obligados a entregar a la sociedad dichos bienes, en su indicado carácter de depositaria.

También deberán hacerse exclusivamente en las sociedad, los depósitos para el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo y, en general, los depósitos de garantía que deban constituirse conforme a las disposiciones de las leyes federales, del Distrito Federal o por órdenes o contratos de autoridades de la Federación o del Distrito Federal.

Artículo 8o. Las sociedades, empresas u organismos que presten servicios públicos deberán conservar en la sociedad, los depósitos que reciban de sus consumidores, clientes o abonados, salvo lo dispuesto en otras leyes.

La falta de cumplimiento de este precepto se sancionará por la autoridad de otorgar la concesión o de vigilar la prestación del servicio público correspondiente, según la gravedad del caso, con multa hasta de novecientas veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, a la fecha del incumplimiento, que se duplicará en caso de reincidencia, independientemente de que también podrá cancelarse la concesión o permiso respectivo.

Artículo 9o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como excepción a lo dispuesto por los artículos 32 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito y 14 de la Ley Orgánica del Banco de México, determinará las tasas de interés, comisiones, premios, descuentos y otros conceptos análogos, montos, plazos y demás características de las operaciones activas y de servicios que realice la sociedad para cumplir el objetivo y ejercer las facultades que se le han encomendado en su carácter de banca de desarrollo, en los artículos 2o. y 5o. de esta ley.

Asimismo, corresponde a la propia Secretaría la determinación de las características de las operaciones pasivas que no impliquen captación de recursos del público.

Corresponde al Banco de México, en los términos de su ley orgánica, la determinación de los conceptos señalados en el párrafo anterior, respecto a las operaciones pasivas correspondientes a recursos que capten del público y que estén sujetos al régimen previsto en las fracciones I, V y VII del artículo 15 de la Ley Orgánica del Banco de México.

Artículo 10. La nación responderá en todo tiempo:

I. De las operaciones que celebre la sociedad con garantía del Gobierno Federal;

II. De las operaciones concertadas por la sociedad con instituciones extranjeras privadas, gubernamentales o intergubernamentales, y

III. De los depósitos a que se refieren los artículos 7o. y 8o. de la presente ley.

Artículo 11. En los contratos de fideicomiso que celebre la sociedad, ésta podrá actuar en el mismo negocio como fiduciaria y como fideicomisaria y realizar operaciones con la propia sociedad en el cumplimiento de fideicomisos, como excepción a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 348 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y al inciso a) de la fracción XVIII del artículo 84 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

CAPITULO TERCERO

Capital Social

Artículo 12. El capital social de la sociedad estará representado por certificados de aportación patrimonial en un 66% de la serie "A" y en un 34% de la serie "B". El valor nominal de estos títulos se determinará en su reglamento orgánico.

La serie "A" sólo será suscrita por el Gobierno Federal, se emitirá en un título que no llevará cupones el cual será instrasmisible y en ningún momento podrá cambiar sus naturaleza o los derechos que le confiere al propio Gobierno Federal.

La serie "B" podrá ser suscrita por el Gobierno Federal y por personas físicas o morales mexicanas.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar qué entidades de la Administración Pública Federal y los gobiernos de las entidades federativas y municipios, puedan adquirir certificados de la citada serie "B" en una proporción mayor de la establecida en el artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 13. El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banda y Crédito, será el que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Artículo 14. En ningún momento podrán participar en forma alguna en el capital de la sociedad, personas físicas o morales extranjeras, ni sociedades mexicanas en cuyos estatutos no figure cláusula de exclusión directa e indirecta de extranjeros.

Las personas que contravengan lo dispuesto por este artículo, perderán en favor del Gobierno Federal, la participación de que se trate.

Artículo 15. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B".

CAPITULO CUARTO

Administración y Vigilancia

Artículo 16. La administración de la sociedad, estará encomendada a un consejo directivo y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.

Artículo 17. El Consejo directivo estará integrado por siete consejeros, distribuidos de la siguiente forma:

I. Cinco consejeros representarán a la serie A de certificados de aportación patrimonial que serán:

a) El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el consejo directivo.

b) Los titulares de las Secretarías de Programación y Presupuesto, Comercio y Fomento Industrial y de Energía Minas e Industria Paraestatal, así como el titular de una entidad de la administración pública federal vinculada con el sector industrial, designado por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público.

Serán suplentes de los consejeros mencionados, respectivamente: el Subsecretario de Hacienda y

Crédito Público, quien suplirá en sus ausencias al presidente del consejo directivo, sendos subsecretarios de las demás Secretarías citadas y una persona de reconocida experiencia y prestigio en materia económica, financiera e industrial, designada por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, y

II. Dos consejeros de la serie B designados por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, con sus respectivos suplentes, nombramientos que deberán recaer en personas de reconocido prestigio y amplios conocimientos y experiencia en materia económica, financiera, industrial o de desarrollo regional.

Artículo 18. El consejo directivo se reunirá por lo menos una vez al mes y sesionará válidamente con la asistencia de cinco consejeros.

Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los consejeros presentes, teniendo el presidente voto de calidad, en caso de empate.

Artículo 19. No podrán ser consejeros las personas que:

I. Se encuentren en los casos señalados por el artículo 22 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito;

II. Ocupen un puesto de elección popular, mientras estén en el ejercicio del mismo, y

III. Tengan, con otro consejero designado, parentesco hasta el tercer grado por consanguinidad o por afinidad.

Si algunos de los consejeros designados llegare a encontrarse comprendido, durante el ejercicio de su cargo, en cualquiera de los supuestos anteriores, será substituido por su suplente, por todo el tiempo que dure el impedimento y no se haga designación del consejero propietario.

Artículo 20. El consejo dirigirá a la sociedad en los términos de lo previsto por el artículo 20 y demás relativos de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

El consejo directivo podrá acordar la realización de las operaciones inherentes al objeto de la sociedad. Los acuerdos que en su caso dice respecto a las operaciones previstas en las fracciones VI y IX del artículo 30 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, deberán considerar la propuesta del director general.

Artículo 21. También serán facultades del consejo directivo, en los términos de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, las siguientes:

I. Aprobar el informe anual de actividades que le presente el director general;

II. Aprobar las inversiones en capital de riesgo a que se refieren los artículos 6o. fracción IV y 30 de la presente ley y su enajenación, estableciendo las modalidades que considere convenientes.

III. Autorizar la adquisición y uso de tecnología a que se refiere la fracción VIII del artículo 6o de la presente ley, y

IV. Aprobar los demás programas específicos y reglamentos internos de la institución que le presente el director general, a efecto de someterlos a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 22. El director general será designado por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 23. El director General tendrá a su cargo la administración y representación legal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al consejo directivo; al efecto tendrá las siguientes facultades y funciones:

I. En el ejercicio de sus atribuciones de representación legal, podrá celebrar u otorgar toda clase de actos y documentos inherentes al objeto de la sociedad. Contará para ello con las más amplias facultades para realizar actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas aún de aquellos que requieran de autorización especial, según otras disposiciones legales o reglamentarias. En tal virtud y de manera enunciativa y no limitativa, podrá emitir, avalar y negociar títulos de crédito, querellarse y otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en el juicio de amparo; comprometer en árbitros y transigir, otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aún las que requieran cláusula especial, substituirlos y revocarlos, debiendo obtener autorización expresa y del consejo directivo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio;

II. Ejecutar las resoluciones del consejo directivo;

III. Llevar la firma social;

IV. Actuar como delegado fiduciario general;

V. Decidir la designación y contratación de los servidores públicos de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, distintos de los señalados en la fracción I del artículo 20 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, administrar al personal en su conjunto y establecer y organizar las oficinas de la institución;

VI. Autorizar la publicación de los balances mensuales de la institución, conforme a las bases acordadas por el consejo directivo;

VII. Participar en las sesiones del consejo directivo con voz;

VIII. Las que le confiera el reglamento orgánico, y

IX. Las que de delegue el consejo directivo.

Artículo 24. La vigilancia de la sociedad, estará encomendada a dos comisarios designados, uno por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y el otro por los consejeros de la serie B. Por cada comisario se nombrará el respectivo suplente.

Los comisarios tendrán en los términos de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito y del reglamento orgánico de la sociedad, las facultades y obligaciones que requieran para el adecuado cumplimiento de sus funciones, las que podrán ejercer conjunta o separadamente.

Artículo 25. La sociedad tendrá una comisión consultiva en los términos del artículo 27 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 26. Los consejeros, el director general y los delegados funcionarios de la sociedad, solo estarán obligados a absolver posiciones o rendir testimonio en juicio en representación de la misma, cuando las posiciones y las preguntas se formulen por medio de oficio, el que contestarán por escrito dentro del término que señalen las autoridades respectivas.

CAPITULO QUINTO

Disposiciones Generales

Artículo 27. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, interpretará a efectos administrativos la presente ley.

Artículo 28. Las operaciones y servicios de la sociedad, se regirán por lo dispuesto en la presente ley, por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de banca y Crédito, por la Ley Orgánica del Banco de México y por las demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 29. La sociedad formulará anualmente sus programas financieros, presupuestos generales de gastos e inversiones y las estimaciones de ingresos, así como sus programas operativos de acuerdo a los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, compete coordinar, evaluar y vigilar la actuación de Nacional Financiera, así como autorizar las modalidades en la asignación de recursos y los programas y presupuestos, en los términos del artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Se procurará el mejor aprovechamiento y la canalización más adecuada de los recursos de la institución, en el marco de la autonomía de gestión requerida para su eficaz funcionamiento, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 30. La participación que realice Nacional Financiera, en el capital social de empresas a que se refieren la fracción II del artículo 5o. y fracción IV del artículo 6o. de esta ley, se sujetará a las siguientes bases:

I. Procurará que su participación en el capital social de empresas industriales o de tecnología sea en actividades prioritarias y en forma temporal y minoritaria;

II. En la enajenación de su participación accionaria procurará fortalecer el mercado de valores, así como el adecuado desarrollo de la empresa que hubiere promovido;

III. Podrá llegar hasta el 20% del capital de la emisora;

IV. Podrá llegar hasta el 50% del capital de la emisora, durante un plazo hasta de siete años, previo acuerdo del consejo directivo, y

V. Podrá ser por porcentajes y plazos mayores, de acuerdo a la naturaleza y situación de la empresa de que se trate y considerando el desarrollo de actividades social y nacionalmente necesarias que requieran recursos para la realización de proyectos de larga maduración y susceptibles de fomento, previa autorización de su consejo directivo.

Las inversiones a que se refiere este artículo, sólo computarán para considerar a las emisoras como

empresas de participación estatal, cuando el Ejecutivo Federal emita el acuerdo respectivo, en el que se declare que a las empresas, en los términos de las disposiciones legales aplicables, se les ha considerado, como entidades paraestatales, por configurarse los supuestos que señalan los artículos 6o. segundo párrafo y 29 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Artículo 31. Las operaciones realizadas por la sociedad en la prestación del servicio público de banca y crédito en las que se constituyan garantías reales, podrán hacerse constar en documento privado que, sin más formalidad, deberá ser inscrito por los encargados de los registros públicos correspondientes, en los términos del artículo 50 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 32. La sociedad podrá enajenar participaciones en el capital social de empresas:

I. A través del mercado de valores, y

II. Conforme al procedimiento y bases previstas en el artículo siguiente y en su reglamento orgánico, para asegurar la continuidad, evolución y consolidación de la empresa promovida.

Artículo 33. El procedimiento a que se refiere la fracción II del artículo anterior, se apegará a las bases siguientes:

I. Los interesados en adquirir dichas participaciones, deberán presentar a la sociedad su oferta de compra por escrito, la cual deberá reunir los siguientes requisitos:

a). Descripción y cantidad de las participaciones, así como el precio que ofrezcan pagar;

b). Forma de pago del precio ofrecido y, en su caso, garantías para su cumplimiento;

c). Plazo en el que se mantendrá vigente la oferta;

d). Personalidad debidamente acreditada del representante del oferente, cuando se trate de personas morales o físicas que no lo hagan por su propio derecho, y

e). Los demás que la sociedad estime convenientes para la más adecuada evaluación de la propuesta.

II. La sociedad podrá exigir a los oferentes, que constituyan garantía a su favor, por lo menos de 10% del precio ofrecido, y

III. Corresponde al consejo directivo de la sociedad, analizar las ofertas y decidir sobre las mismas para lo cual considerará la capacidad administrativa de los oferentes y su experiencia en la actividad que realice la empresa emisora, con miras a propiciar el adecuado desarrollo de la misma.

Artículo 34. Previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la sociedad deberá constituir las reservas y fondos necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto que esta ley le encomienda. Las cantidades que se hayan llevado a dichas reservas y fondos no se considerarán remanentes de operación.

Fijado el monto del remanente y separada la cantidad que corresponda pagar por el impuesto respectivo y por la participación de los trabajadores en las utilidades de la sociedad, el saldo se aplicará en los términos previstos por el reglamento orgánico.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. La presente ley abroga la Ley Orgánica de Nacional Financiera, Sociedad Anónima, expedida el 29 de diciembre de 1974, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1975.

Artículo tercero. Las autorizaciones, poderes, mandatos y demás actos jurídicos y medidas administrativas, otorgados, dictados o celebrados con fundamento en la ley que se abroga, continuarán en vigor hasta en tanto no sean revocados o modificados por los órganos o autoridades competentes.

Artículo cuarto. El reglamento orgánico de la sociedad, deberá expedirse en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la fecha de la vigencia de la presente ley. Hasta en tanto, continuará en vigor el expedido el 26 de julio de 1985.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados, Palacio Legislativo.

México D. F., a 26 de noviembre de 1986.

Dictamen de la Iniciativa de Ley Orgánica de Nacional Financiera.

Diputados: Luis Manuel Orcí Gándara, Hesiquio Aguilar de la Parra, Amilcar Aguilar Mendoza, Oscar Aguirre López, Abelardo Alanís González, Jorge Alcocer Villanueva, Cuauhtémoc Amezcua

Dromundo, Rebeca Arenas Martínez, Carlos Barrera Auld, José Eduardo Beltrán Hernández, Roberto Calderón Tinoco, Porfirio Camarena Castro, Carlos Cantú Rosas, Gonzalo Castellot Madrazo, Heberto Castillo Martínez, José Ángel Conchello Dávila, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Francisco Contreras Contreras, Máximo de León Garza, Blanca Esponda de Torres, Félix Flores Gómez, Jorge Flores Solano, Oswaldo García Criollo, José Ramón García Soto, Carlos Palafox Vázquez, Miguel Eduardo Valle Espinosa, Ignacio Ramos Espinosa, Javier Garduño Pérez, Alejandro Gascón Mercado, Enrique González Isunza, Marcela González Salas, Ángel Sergio Guerrero Mier, David Jiménez González, Agustín Leñero Bores, Rafael López Zepeda, Amado Llaguno Mayaudón, Alberto Mercado Araiza, Adrián Mora Aguilar, Alejandro Ontiveros Gómez, Jorge Ortíz Gallegos, Pablo José Pascual Moncayo, José Pedro Peñaloza, Graco Ramírez Garrido Abreu, Alfonso Reyes Medrano, Humberto Salgado Gómez, Eduardo Robledo Rincón, Rubén Rubiano Reyna, César Augusto Santiago Ramírez, Héctor Terán Terán, Fernando Ulibarri Pérez, Roberto Valdespino Castillo, José Encarnación Alfaro Cázares, Francisco Javier Morales Aceves, Romeo Flores Caballero.

El C. presidente: -En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El C. secretario Antonio Melgar Aranda:

-Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Se dispensa la lectura al dictamen.

Es de primera lectura.

CONDECORACIÓN

El mismo C. secretario:

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Honorable asamblea: En oficio fechado el 17 del presente mes, la honorable Cámara de Senadores remite el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto por el que se concede permiso al ciudadano coronel de infantería Diplomado de Estado Mayor Abraham Campos López, para aceptar y usar la condecoración Cruz Peruana del Mérito Militar, en grado de Encomendador, que le confiere el Gobierno del Perú.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 26 de los corrientes, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano coronel de infantería Diplomado de Estado Mayor Abraham Campos López, para aceptar y usar la condecoración Cruz Peruana del Mérito Militar, en grado de Encomendador, que le confiere el Gobierno del Perú, con motivo del término de su misión como agregado militar y aéreo a la embajada de México en ese país.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

México D. F., a 27 de noviembre de 1986.

Eliseo Mendoza Barrueto, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez,* Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerias Alvarado, David Jiménez González, Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, José Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Heriberto Ramos Salas, Nicolás Reynés Berezaluce, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda, Diego Valadés Ríos, Sergio Armando Valls Hernández.

Trámite: Primera lectura.

* Artículo 84 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos".

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El mismo C. secretario:

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Honorable asamblea: En oficio fechado el 17 de noviembre, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Rosa Hilda Sarabia Valenzuela, Eduardo Serrano Pérez, Arturo Morales Islas y Bonifacio Pérez, para prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos de América, en México y en la delegación general de Quebec, en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 26 de noviembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de las actas de nacimiento;

b) Que los servicios que los interesados prestarán en la embajada de los Estados Unidos de América y en la delegación general de Quebec, serán de carácter administrativo;

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Rosa Hilda Sarabia Valenzuela, para prestar servicios como secretaria, en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.

Artículo segundo. Se concede permiso al ciudadano Eduardo Serrano Pérez, para prestar servicios como especialista en adiestramiento en agricultura, en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.

Artículo tercero. Se concede permiso al ciudadano Arturo Morales Islas, para prestar servicios como bodeguero, en la embajada de los Estados Unidos de América, en México.

Artículo cuarto. Se concede permiso al ciudadano Bonifacio Pérez, para prestar servicios como chofer, en la delegación general de Quebec, en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

México D. F., a 27 de noviembre de 1986.

Eliseo Mendoza Berrueto, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez,* Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerias Alvarado, David Jiménez González, Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Heriberto Ramos Salas, Nicolás Reynés Berezaluce, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda, Diego Valadés Ríos, Sergio Valls Hernández.

Trámite: Primera lectura

ARTÍCULOS 52 AL 55, 60 Y 115 CONSTITUCIONALES

El mismo C. secretario:

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada ante el Constituyente Permanente por los diputados integrantes del grupo parlamentario del partido Popular Socialista, en ejercicio del derecho que les confiere la fracción II del artículo 71 constitucional.

La iniciativa se acompaña de una exposición de motivos y propone reformas y adiciones a los artículo 52, 53, 54, 55, 58, 60 y 115

* Artículo 84 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos.

constitucionales. A partir del examen de la iniciativa la comisión que suscribe.

CONSIDERA

Diputado pertenecientes al Partido Popular Socialista presentaron la iniciativa materia de este dictamen, con el propósito, según se afirman en la exposición de motivos, de realizar "una profunda reforma política que supere los obstáculos para poder lograr avances que transformen de raíz la vida democrática de México", a fin de que "el pueblo de México participe plenamente, a través de sus genuinos representantes en la vida política y social de la patria". Al efecto, se propone la integración proporcional integral de los ayuntamientos, los congresos locales y el Congreso de la Unión. Se estima en la iniciativa que la representación proporcional permite que estos cuerpos se integren de tal manera, que cada partido esté representado en la misma proporción en que reciba el apoyo del pueblo a través del sufragio.

La comisión que suscribe, se pronuncia por la prevalencia del sistema democrático nacional, sustentado por el Gobierno de las mayorías, con la participación de las minorías. Por la necesidad de renovar las estructuras legales rectoras de los procesos electorales, con el fin de ampliar la participación democrática que es base del ejercicio de la independencia y la soberanía nacional, ratifica su convicción de que los sistemas de representación deben permitir la integración de poderes de acuerdo al pluralismo social y político que caracterizan a la sociedad mexicana; reitera, igualmente, que las normas electorales deben postular como principio el respeto escrupuloso al sufragio y que la eficacia de éste se garantice y, finalmente, la necesidad de que cada partido participe en los organismos electorales con la representación que le corresponda de acuerdo al peso especifico que haya adquirido en los procesos electorales.

Esta comisión ha estudiado las propuestas normativas y evaluado la oportunidad de su adopción constitucional.

Las reformas y adiciones que se proponen a los artículo 52, 53 y 54 van en contra de la evolución del sistema electoral mexicano que encuentra la culminación de su actual estructura en la reforma política de 1977 que conformó un sistema electoral mixto con dominante mayoritario, sistema que combina las ventajas de la fórmula electoral mayoritaria, con el sistema proporcional que permite la representación política en la asamblea nacional de aquellas corrientes o partidos que sin obtener la mayoría, cuentan con fuerza dentro del electorado.

Aceptar el sistema de proporcionalidad pura, propuesto en la iniciativa sujeta a estudio, equivaldría a un retroceso en la doctrina y práxis constitucional mexicana que se ha enriquecido en el derecho constitucional comparado para vigorizar la democracia nacional; sería incurrir por tanto en una visión parcial de la realidad electoral del país, al negar el importantísimo valor de la eficacia atribuida al sistema de mayoría.

Ratificamos en consecuencia, nuestra convicción de que la elección debe ser un medio y no un fin en sí misma; un medio para elegir gobernantes aptos y capaces. Una vez realizada la votación, la representación tiene que ser de tal forma que sea posible gobernar a un país a través de sus exigencias; la formación de una mayoría gobernante y gobernable, que oriente la vida política e imponga la disciplina que requieren las responsabilidades públicas que asume en representación de la mayoría.

El sistema electoral mixto con dominante mayoritario, introduce como mecanismo regulador el sistema de representación proporcional, sin eliminar por ello al de mayoría, produce una más justa relación entre los votos obtenidos por los partidos y curules asignadas.

En conclusión, el avance que registra desde 1917, a la fecha nuestro Sistema Político Electoral, a través de las reformas que se han hecho al artículo 52 del texto constitucional, para determinar la integración de la Cámara de Diputados, consiste en que se retienen las ventajas de eficacia y de justicia de los dos sistemas electorales combinados y consecuentemente se matizan las desventajas correlativas que ambos tiene". Suprimir uno de los dos para dar preponderancia al otro como se propone, significa renunciar a este avance democrático, lo cual no se considera hoy conveniente pues rompe con tradiciones en materia de representación que han permitido la identificación política entre representantes y representados que deben fortalecerse.

Al desechar por las razones expuestas, el sistema proporcional que la iniciativa propone, se desechan también las bases que, para el funcionamiento de dicho sistema, se proponen en los artículo 53 y 54 de la Constitución cuya consecuente modificación plantea la iniciativa en estudio.

Se propone asimismo, la derogación de la fracción III del artículo 55 constitucional, para eliminar como requisito para ser diputado, el que se refiere a que el candidato sea originario o vecino con más de seis meses de residencia de la entidad federativa donde se realice la elección,

como consecuencia del establecimiento, que también se propone, de una sola circunscripción plurinominal.

El requisito en cuestión resulta indispensable conservarlo al mantener el sistema mixto vigente, toda vez que no obstante el carácter de representante de la nación que corresponde a los diputados conforme al artículo 51 constitucional, el sistema de mayoría relativa, requiere, como ya lo señalamos, de una identificación entre los electores y sus diputados, quienes resultan elegidos precisamente por su conocimiento, tanto de los electores como de sus preocupaciones, reivindicaciones y opiniones en torno a la realidad que en forma directa les atañe, a fin de estar capacitados para evaluar y resolver eficazmente los problemas locales.

Los mismos argumentos sirven de base para no aceptar la modificación que se propone al artículo 58 constitucional, que pretende eliminar el requisito de ser originario o vecino de la entidad federativa, donde se realice la elección, en el caso de los senadores; y a mayor abundamiento resulta una contradicción sustancial esta propuesta, con la razón de ser de dicho cuerpo colegiado, toda vez, que a él corresponde precisamente la representación de las entidades federativas por las que son electos, dentro de nuestro sistema constitucional de Gobierno, a fin de garantizar la igualdad política y jurídica de los estados de la Federación.

Es de señalarse por otra parte, que la iniciativa en estudio, no aporta razones especificas para justificar la desaparición de este requisito, que la Constitución establece en sus artículos 55 fracción III y 58; propuestas que este dictamen considera improcedentes por las razones ya expresadas.

La iniciativa que nos ocupa, propone también la modificación del artículo 60 constitucional, a fin de que la calificación de las elecciones de los miembros de las Cámaras del Congreso de la Unión, sean calificadas por la Comisión Federal Electoral, de acuerdo con el principio de la representación proporcional y que sus resoluciones sean definitivas e inatacables.

No puede aceptarse la propuesta, pues representaría vulnerar la autonomía del Poder Legislativo al depositar en una entidad diferente la facultad de determinar su integración.

Esta comisión se pronuncia por mantener el sistema de calificación vigente del Poder Legislativo Federal, por sus presuntos integrantes.

En consecuencia, la comisión desecha la propuesta de reformas al artículo 60 constitucional por ser contrario a la preservación de la autonomía del Poder Legislativo Federal.

Por lo que se refiere a la modificación al artículo 115 constitucional que la iniciativa propone, se reiteran los argumentos expuestos en cuanto a la conveniencia de conservar el sistema mixto electoral, que son aplicables al caso de las legislaturas locales y a los ayuntamientos de los municipios del país; por lo que ésta comisión se pronuncia por desechar la propuesta y conservar el sistema vigente.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículo 72, 73, fracción X de la Constitución General de la República, 56 de la Ley Orgánica del Congreso y 55 y demás relativos del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión que somete a la consideración de la asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Unico. Se desechan las propuestas de reformas y adiciones a los artículos 52, 53, 54, 55, 60 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de diputados.

México D. F., a 26 de noviembre de 1986.

Mendoza Barrueto Eliseo, presidente; Oñate Laborde, Santiago, secretario; Aguilar Jiménez Rubén, Amezcua Dromundo Cuauhtémoc, Araujo Urcelay Juan Antonio, Badillo Ortiz José Gonzalo, Berlín Valenzuela Francisco, Brambila Meda Antonio, Cantú Rosas Carlos Enrique Calleja García Juan Moisés, Castillo Martínez Heberto, Castillo Mota Juan José, Castro Lozano Juan de Dios, Corona del Rosal Germán, Díaz Moll José Luis, Flores Caballero Romeo, Flores Zaragoza Reyes Rodolfo, Fonseca Alvarez Guillermo, García Criollo Oswaldo, González Schmal Jesús, Herrerias Alvarado Miguel, Jiménez González David, Jiménez Remus Enrique Gabriel, Maldonado Pereda Juan, Martínez Verdugo Arnoldo, Masso Masso Jorge, Monsiváis Ramírez Antonio, Montúfar Araujo Jorge, Morales Flores Melquiades, Ontiveros Gómez Alejandro, Orcí Gándara Luis Manuel, Ortiz Arana Fernando, Pascual Moncayo Pablo José, Peñaloza Pedro José, Ponce Torres María Guadalupe, Ramírez Garrido Abreu Graco, Ramos Espinosa Ignacio, Ramos Salas Heriberto,

Reynés Berezaluce Nicolás, Salgado Gómez Humberto, Santiago Ramírez César Augusto, Urióstegui Miranda Píndaro, Valadés Ríos Diego, Valls Hernández Sergio Armando.

Es dictamen de primera lectura.

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo:

-Con su permiso señor presidente; compañeras y compañeros diputados. Este problema es de la ampliación de la vida democrática de México, el del respeto irrestricto al sufragio ha sido uno que ha preocupado de manera fundamental al Partido Popular Socialista, desde su fundación hace más de 38 años.

Reiteradamente se ha plasmado en iniciativas de ley e iniciativas de reformas constitucionales presentadas ante esta soberanía. La primera de estas iniciativas fue presentada ya, a la XLI Legislatura el 25 de septiembre de 1951, en esa iniciativa propusimos por primera vez, establecer el sistema de representación proporcional integral para la composición de todos los órganos de representación popular y posteriormente en diversas legislaturas, hemos reiterado este planteamiento hasta por ocho ocasiones. La octava de estas iniciativas nuestras es la que ha sido motivo del dictamen dado a conocer hace unos momentos a esta legislatura, esta iniciativa de reformas a la Constitución, fue presentada a esta soberanía el 27 de septiembre de 1983, en la LII Legislatura.

Con todos estos antecedentes a partir del principio de primacía en tiempo que nos concede también, primacía en derecho, puesto que en el orden del día de hoy, están planteadas a discusión dos iniciativas posteriores a la nuestra, que se refieren a los mismos artículos constitucionales en lo medular y al mismo tema: una proveniente del Ejecutivo y otra proveniente de diputados de diversas fracciones parlamentarias.

Nos permitimos solicitar señor presidente, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, lo hago, que con fundamento en el artículo 59 del reglamento se considere el dispensarse la segunda lectura de este dictamen, a efecto de que no habiendo sido discutido antes que los otros dos, como correspondería, se discuta junto a los otros dos. Así pues, discutiríamos si así lo aprueba esta soberanía, los tres dictámenes que se refieren a temas semejantes en esta sesión.

Esa es la petición en concreto, señor presidente.

El C. presidente: -Ruego a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen como lo propone el diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

El C. secretario Antonio Melgar Aranda: -Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura al dictamen de reformas propuestas por el Partido Popular Socialista. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura, señor presidente.

CONSENSO DE LOS COORDINADORES, SOBRE EL DEBATE

El C. presidente: -Esta presidencia ha recibido información en el sentido de que las diversas fracciones parlamentarias que actúan en esta Cámara, han tomado un consenso sobre el mecanismo para ordenar el debate de dictámenes de iniciativas de reformas y dos diversos artículos constitucionales.

Se tienen tres dictámenes respecto a igual número de iniciativas de reformas sobre la misma materia, que es reforma electoral; una presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal, otra por cinco partidos políticos y una tercera por el Partido Popular Socialista.

Por tratarse de reformas constitucionales que tocan la misma materia y de que los tres dictámenes están listados para su discusión se propone lo siguiente: someter a la consideración del pleno de la Cámara, el que se discutan en lo general los tres dictámenes de manera conjunta para evitar que se den tres debates sobre el mismo tema, lo que seria redundante si lo votamos en su momento separadamente; concluida la situación en lo general, se procederá a votar por separado cada uno de los tres dictámenes de conformidad a la orden del día. Consulte la secretaria a la asamblea si es de aprobarse el mecanismo concertado por las fracciones parlamentarias.

El C. secretario Antonio Melgar Aranda: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se acepta se discutan en lo general, los tres dictámenes de manera conjunta para evitar redundancia en el debate sobre lo mismo y, concluida la votación en lo general, se procede a votar por separado cada uno de los tres dictámenes. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa,

sírvanse manifestarlo... Se acepta la discusión conjunta de los tres dictámenes, señor presidente.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

TRES DICTÁMENES DE REFORMAS CONSTITUCIONALES

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Honorable asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de reformas de los artículos 52, 53 segundo párrafo; 54, primer párrafo y fracciones II, III y IV; 56, 60, 77, fracción IV y décimo octavo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada por el ciudadano Miguel de la Madrid Hurtado ante el Constituyente Permanente en ejercicio de las atribuciones que le confiere la fracción I del artículo 71 constitucional.

A propuesta de la comisión que suscribe, el pleno de la Cámara de Diputados acordó citar al ciudadano Secretario de Gobernación para que, en los términos del artículo 93 constitucional, informase a la Cámara de los motivos, propósitos y alcances de la iniciativa materia de ese dictamen.

Habiendo examinado la iniciativa de referencia, la exposición de motivos con que se acompaña, lo expresado en la comparecencia arriba aludida, así como a lo expuesto por partidos políticos nacionales, asociaciones políticas, instituciones académicas y ciudadanos que participaron en las audiencias públicas sobre Renovación Política Electoral, celebradas en el curso de los meses de julio y agosto del presente, la comisión que suscribe pasa a formular las siguientes

CONSIDERACIONES

La iniciativa de reformas enviada al Constituyente Permanente por el Presidente de la República, tiene por propósito esencial el fortalecimiento de las instituciones democráticas, de modo muy particular aquellas directamente vinculadas con la democracia política. En este sentido, la reforma materia de examen se apoya en aquellas que culminaron con la consagración de la universalidad del sufragio y prosigue el camino, iniciado de modo claro en 1946 y en el que destacan las reformas constitucionales de 1963, 1973 y 1977, deconstruir un sistema político plural fundado en partidos políticos aptos para organizar, en la práctica, un estado democrático moderno.

Con la universalización del sufragio el número de ciudadanos inscritos en el padrón se incrementó considerablemente, pasando de 2 y medio millones, en 1946, a más de 30 actualmente inscritos. El desarrollo de las normas que regulan tanto el ejercicio de las garantías de asociación y de libertad de expresión en materia política, como las referidas a la existencia legal y funcionamiento de los partidos, han determinado que actualmente operen en nuestro país y cuenten con representación a nivel municipal, estatal y federal nueve partidos políticos nacionales poseedores de doctrinas y programas que, apoyados en la Constitución General, ofrecen a la ciudadanía programas propios de Gobierno. Su acción se ha desarrollado paulatinamente y su crecimiento deriva del impulso que sus dirigentes han sido capaces de darles. Su fuerza depende de las fuerzas reales que tras de cada uno se han agrupado.

Al estado corresponde permitir y propiciar su libre desarrollo en forma equitativa. A este fin responde, desde su adopción en 1977, el artículo 41 constitucional. La iniciativa que el Presidente ha presentado de nueva legislación electoral, amplia y ahonda los derechos y prerrogativas que a los partidos corresponden con base en la normatividad constitucional vigente.

Nuestro sistema de representación fundado en el ejercicio del sufragio se ha modificado también, para gradualmente perfeccionar la representación nacional. Partimos de un sistema mayoritario vigente desde la adopción del modelo democrático. En 1963 se establece el primer sistema mixto mediante diputados federales de partido; sistema que se amplia en 1973 y se sustituye, en 1977 por el sistema mixto de representación proporcional con dominante mayoritario, para integrar la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas locales y los ayuntamientos de los municipios más poblados.

La aplicación de este sistema, actualmente en vigor, se amplió en 1982 a la integración de los ayuntamientos de todos los municipios de país. Gracias a estas reformas hoy cuentan con el beneficio de una integración plural, además de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, todos los ayuntamientos del país. En su integración participan, 100 diputados federales, 169 diputados locales y 1 mil 416 regidores de representación proporcional. Estos hechos, aunados a la existencia de un sistema de partidos en cuya integración concurren 9 partidos políticos nacionales que representan con una amplitud sin precedentes la diversidad de fuerzas y corrientes nacionales, hacen prueba de un desarrollo democrático relevante.

Durante los últimos cuatro decenios, la legislación electoral ha procurado adecuar la representación en su número, integración y composición a la evolución democrática, social y política del país buscando siempre que los órganos legislativos reflejen de un modo más fiel la composición real y el pluralismo imperante de la sociedad mexicana. Paralelamente las leyes electorales se han modificado a fin de asegurar la eficacia del sufragio y la transparencia de los procesos electorales. En 1946 se incorporó a los partidos políticos a la organización y vigilancia de los comicios. Sus funciones en el proceso se han ampliado paulatinamente mediante las normas aprobadas en 1951, 1963, 1973 y 1977, fecha que a partir de la cual se desarrolla el régimen de corresponsabilidad electoral entre Gobierno, partidos electorales.

Hoy día la celebración de elecciones supone la movilización de cerca de medio millón de mexicanos; cuya participación es indispensable para organizar e integrar el proceso electoral. Reconocidos por primera vez en 1946, la ley incorporó a los partidos políticos a la Comisión Federal de Vigilancia Electoral y confirió diversas prorrogativas desde 1963, mismas que fueron establecidas sistemáticamente a partir de 1973 y ampliadas progresivamente desde entonces. En 1977 los partidos políticos son constitucionalmente reconocidos con el carácter de entidades de interés público. Así el reconocimiento de los mismos dejó de ser una facultad administrativa y se convirtió en una atribución de la Comisión Federal Electoral.

De conformidad con el mandato constitucional, nuestra democracia ha sido dinámica, se ha perfeccionado permanentemente. Las elecciones federales más recientes acreditan que el proceso de renovación de nuestra vida democrática ha venido madurando, que los partidos políticos contienden con una creciente vocación política en la disputa legal por los cargos representativos y que auténticamente promueven la participación del pueblo en la vida democrática del país. La intensa lucha electoral revela el éxito del esfuerzo democratizador que el pueblo de México ha sustentado durante un largo período de su historia y pone de relieve la solidez de nuestro sistema pluripartidista.

El dinamismo que a la sociedad mexicana imprimió la consolidación del estado social de derecho y la práctica misma de la democracia como forma de vida y no sólo como procedimiento que permite el Gobierno de la mayoría, determina la necesidad de avanzar en el perfeccionamiento de las instituciones representativas y los procesos electorales. Fiel a su programa de Gobierno, el Ejecutivo Federal convocó en el curso del presente año a partidos políticos nacionales, académicos y ciudadanos a participar en una consulta pública y popular en la que se expresaron tesis, criterios, opiniones, cuestionamientos y puntos de vista, igual respecto a la representación política que a todas las etapas que conforma el proceso electoral federal. Fruto de dicha consulta es la iniciativa materia del presente dictamen. Así, la iniciativa responde tanto al compromiso político adquirido al asumir la titularidad del Poder Ejecutivo Federal, como a los diversos y en muchas ocasiones encontrados puntos de vista que se expresaron durante la consulta pública.

Las reformas que se proponen se ubican puntualmente dentro del proceso de perfeccionamiento del sistema democrático nacional, a partir del supuesto tanto de la evolución dinámica de la sociedad civil como de la siempre válida posibilidad de revisar y reformar las estructuras normativas para mejorar y trascender las prácticas sociales objeto de regulación.

La iniciativa presentada al Constituyente permanente por el Presidente de la República tiene secuencia histórica, es cumplimiento de compromiso político, responde a la experiencia adquirida en tres procesos electorales federales y toma en consideración algunas de las propuestas presentadas en la consulta pública. Todo ello con firme voluntad de avanzar sustantivamente en el proceso siempre inacabado de mejoramiento de la representación democrática y con el empeño de que normas, órganos, procedimientos, sistemas y mecanismos electorales puedan traducir con el máximo de fidelidad y transparencia la voluntad expresada en las urnas, no dejando asomo de sospecha en el resultado de los procesos electorales.

La iniciativa presidencial propone acrecentar el pluripartidismo como expresión democrática del régimen político mexicano. Con el fin de vigorizar la participación de los partidos en la integración de la representación nacional se propone ampliar el número de diputados incrementando de 100 a 200 el número de representantes electos conforme al principio de representación proporcional y manteniendo en 300 el número de los elegidos de acuerdo al principio de mayoría. El crecimiento de la Cámara de Diputados propuesto en la iniciativa presidencial resulta, a juicio de la comisión que suscribe, un mecanismo adecuado para acrecentar la representatividad de la Cámara.

Se advierte así, la reafirmación de la democracia como Gobierno de las mayorías, con el concurso

responsable de corrientes ideológicas con peso específico en la realidad política nacional. Esta reforma otorgará a la representación nacional mayor vigor no sólo por su incremento numérico sino, muy fundamentalmente, por su presencia y vinculación con el electorado nacional.

Para esta comisión la reforma en consideración, fortalece el principio de concurrencia democrática de mayorías y minorías en la adopción de decisiones que fijan el rumbo de la nación. la deliberación libre y plural es garantía democrática que con notorio beneficio nuestra representación nacional ha experimentado por ya casi un decenio.

La reforma que la iniciativa propone al sistema representativo constituye un mecanismo eficaz, para conciliar como criterios de integración de la representación nacional, la vinculación que necesariamente debe darse entre representantes y representados electos en unidades geográficas delimitadas, con la necesidad de reflejar adecuadamente las diversas tendencias políticas que sin ser mayoritarias, surgen del pluralismo imperante en una sociedad compleja en que imperan como principios inviolables las libertades de expresión y asociación.

La reforma presidencial propone mantener el sistema mixto que conjuga las ventajas de los sistemas mayoritario y proporcional. El sistema mixto ha permitido a la nación contar durante el último decenio con una representación popular plural. Atentos a esta experiencia y valorando en lo mucho que de positivo tiene, quienes suscriben este dictamen estiman sin reserva, conveniente mantener dicho sistema de representación. Sin embargo, atendiendo también a la experiencia que del sistema hoy tenemos, es oportuno corregir algunos aspectos negativos que la representación mayoritaria aún muestra. Es particular, es conveniente corregir la sobrerepresentación que aún existe en la integración de la Cámara de Diputados. Por ello se estima acertada la propuesta presidencial de ampliar la representación proporcional mediante la incorporación de 100 nuevas curules para ser asignadas conforme al sistema proporcional, disminuyendo así, la diferencia entre el porcentaje de votos obtenidos y el número de curules efectivamente asignadas a cada uno de los partidos políticos nacionales.

Con el fin de asegurar las ventajas que en la práctica ha ofrecido el sistema mixto, la iniciativa presidencial propone que las circunscripciones en que al efecto se divide el país sean necesariamente cinco, eliminándose toda discrecionalidad en su fijación. Esta modificación resulta, a juicio de la comisión que suscribe, oportuna y realista. Su adopción se apoya en la experiencia de tres elecciones federales y tiende a regular con mayor precisión y claridad aspectos importantes del período preelectoral.

El incremento en el número de diputados electos conforme al principio de representación proporcional, supone también la necesidad de que esta forma de representación se encuentre abierta a la totalidad de los partidos y no sólo como ocurre hasta ahora de los partidos cuyos candidatos obtengan menos de 60 constancias de mayoría.

Esta modificación a criterio de esta comisión encuentra su sustento, por una parte, en el propósito de dar plena validez a la decisión que los ciudadanos lleven a cabo al momento de emitir el sufragio. Adicionalmente la modificación responde a la necesidad de contar con un sistema equitativo. No se justifica excluir del sistema mixto de representación a ningún partido político, puesto que todos los partidos son respaldados por el electorado no sólo en virtud de los candidatos propuestos a la ciudadanía sino también por el programa e ideario que postulan. Así, si la representación proporcional permite un escrutinio por ideas y programas, un sistema mixto no puede excluir a ningún contendiente de los beneficios que la proporcionalidad representa.

La modificación que al sistema de representación se propone por el Presidente de la República, cumple con este propósito de acrecentar las oportunidades de representación de los partidos minoritarios, sin detrimento de mecanismos que aseguren, como resultado de la expresión electoral, la conformación de una clara y firme mayoría, en el órgano político representativo por excelencia, que es la Cámara de Diputados. De ahí que la propuesta contenga los riesgos tanto de sobrerepresentación de las mayorías, como de pulverización de la voluntad popular; riesgos inherentes a la representación mayoritaria y a la representación proporcional puras.

El sistema electoral hoy vigente, combina los aspectos positivos de ambos sistemas; por un lado, mantiene la sencillez y claridad del sistema de mayoría. Es sin duda el sistema más accesible para el electorado; pues permite al elector un mayor y mejor conocimiento de las alternativas que los partidos políticos le ofrecen; hace posible la identificación personal de representantes y representados y propicia una mayor vinculación y responsabilidad del representante popular ante sus electores. Por su parte, el sistema de principio de representación proporcional tiende a la participación equilibrada de las minorías, preservando su identidad y su derecho a integrar la representación nacional. El sistema mixto evita los excesos de

un sistema mayoritario puro, pues confiere a las minorías una base de representación, las sustenta e impulsa, al tiempo que les preserva el acceso al marco de mecanismos y posibilidades para convertirse en mayoría.

Las reformas propuestas tienden a la integración de una mayoría efectiva, condición de un Gobierno estable y eficaz, sin que se genere una distorsión extrema entre el porcentaje de votos sufragados y el de curules obtenidas. La propuesta presidencial hace posible la representación de corrientes políticas nacionales, sin que se de lugar a la dispersión de la voluntad popular, o la pulverización de fuerzas políticas.

La iniciativa presidencial propone reformar el artículo 54 para establecer que la mayoría no podrá alcanzar más de 350 curules, lo que representa el 70% del total de la Cámara de Diputados. Esto significa que los partidos minoritarios aumentarán su presencia política en la Cámara cuando menos con 50 diputados Consecuentemente, siempre les corresponderá, como mínimo el 30% de la integración total de la Cámara, es decir, 150 diputados. Acotar a la mayoría con un límite autoimpuesto, constituye una garantía de representación para las minorías. Asegura el pluralismo sin precluir las opciones de las minorías para obtener curules por vía de la representación mayoritaria. La modificación no es sólo cuantitativa. Introduce también cambios cualitativos. así, el espacio mínimo que se reserva en beneficio de la minoría es equivalente al 30%, en vez del 25% vigente. Por otra parte, en virtud de la operación de reglas tendientes a equilibrar la representación, de hecho este espacio es un punto de partida enmarcado en un sistema flexible que podrá ampliarse, para las minorías, hasta la mitad menos uno de las curules en disputa. Para esto se establece un mecanismo para que la representación del partido mayoritario corresponda al porcentaje que obtenga en la votación. Se evita la sobrerepresentación de la mayoría y se reduce la distorsión que normalmente produce un sistema de mayoría.

En el sistema de representación proporcional se propone admitir la participación del partido mayoritario de una manera limitada, transformándolo en una vía de acceso a la Cámara, abierta a todos los partidos. Con ello la representación proporcional cobra en la iniciativa en examen la dimensión de una contienda en la que todos los partidos participan y elimina el extremo de que el partido mayoritario participe ficticia e inútilmente en la elección plurinominal. A juicio de la comisión que suscribe, la iniciativa presidencial supone evitar la dicotomía generada dentro del sistema electoral, como resultado de los límites que impiden la entrada de la mayoría al sistema de representación proporcional, lo que origina que los candidatos del partido mayoritario, incluidos en las listas plurinominales, carezcan de verdaderas posibilidades y quedan fuera de la contienda.

Es preciso señalar que el incremento de la representación de las minorías, como producto de la duplicación de los diputados de representación proporcional, unida a la participación limitada del partido mayoritario para su elección, propiciarán una creciente integración tanto del sistema mixto, elevando el debate político y enriqueciendo la contienda electoral. Los votantes podrán optar con mayor profundidad y exactitud entre las alternativas que les ofrecen los partidos, en sus programas contrastándolas y eligiendo de entre ellos, un sistema mixto mejor integrado.

Hoy día la condición para acceder al sistema de representación proporcional, estriba en que los partidos no hayan obtenido 60 o más constancias de mayoría. Este límite impide la participación del partido mayoritario en la representación proporcional así como la de cualquier otro que rebase dicho número de constancias de mayoría. Adicionalmente, el límite contenido en la fracción IV del mismo artículo 54, disminuye en un 50% las curules que deben asignarse por el principio de representación proporcional, cuando dos o más partidos con derecho a participar en la distribución de las listas regionales obtengan en su conjunto 90 o más constancias de mayoría. Ambos límites fueron incluidos con el ánimo de preservar el dominante mayoritario del sistema mixto, cuando se produjeran circunstancias que pudieran impedir la conformación de una mayoría viable y estable.

Como consecuencia de la ampliación de la representación proporcional, la iniciativa presidencial busca mantener como principio de funcionamiento de los cuerpos representativos el mayoritario. Al efecto, se determinan en el artículo 54 propuestos, nuevas reglas que aseguren la presencia en la Cámara de una mayoría que coincida con el partido que cuente con mayoría dentro del electorado. La representación proporcional tiende a atemperar distorsiones, no a generar mayorías aleatorias. Para ellos se propone la adopción de un mecanismo destinado a hacer posible siempre la existencia de una mayoría estable. A través de dicho mecanismo el partido que obtenga la mayoría en el electorado, cualquiera que sea el número de distritos uninominales en que haya vencido, obtendrá la mayoría de curules en la Cámara, participando en la asignación de representantes por representación proporcional hasta conformar la mayoría en cuestión. Este dispositivo incluido en los incisos

c y d de la fracción IV del artículo 54 de la iniciativa en examen, tiene por objeto garantizar la estabilidad y eficacia de la Cámara, cualquiera que sea la mayoría, absoluta o relativa, que obtenga el partido mayoritario, sin tener que acudir a mecanismos de límites y condiciones, en detrimento de la representación de la minorías.

A juicio de esta comisión, las reformas que el Ejecutivo propone al artículo 54 combinan las ventajas inherentes a los sistemas mayoritarios y proporcional mejorando el sistema mixto hoy vigente.

La iniciativa presidencial reconociendo la necesidad de vigorizar al Poder Legislativo, propone también reformas al artículo 56 de la Constitución, estableciendo nuevas reglas para la renovación de la Cámara de Senadores.

Así, la iniciativa propone reformar el actual sistema de elección total, cada seis años, para regresar al procedimiento clásico del federalismo, plasmado originalmente en la Constitución de 1917, que consiste en la renovación por mitad de los integrantes de la Cámara de Senadores, cada tres años. Esta comisión coincide con lo señalado en la exposición de motivos de la iniciativa al estimar que con ello se garantiza la continuidad de los trabajos legislativos del senado y se amplía su presencia en la vida política del país. Al renovar cada tres años la contienda electoral para la designación de senadores, se reavivan lazos entre el órgano y el electorado, al tiempo que se actualiza y nutre el debate interno del Senado con planteamientos recogidos durante la campaña electoral.

A juicio de esta comisión, la renovación trienal parcial del Senado, permitirá adicionalmente a la ciudadanía, ampliar sus alternativas de selección, a los partidos permitirá un acceso más frecuente a las contiendas senatoriales y el sistema político en su conjunto, resultará fortalecido.

De fundamental importancia para esta comisión, resultan las propuestas de reforma al artículo 60 constitucional. A través de las mismas se afirma el principio conforme al cual corresponde a cada una de las Cámaras federales decidir, en última instancia, respecto a la calificación de sus integrantes.

El principio de calificación como derecho atribuido sólo a las propias Cámaras, se sustenta válidamente en el principio de autonomía del Poder Legislativo y es consecuente con las tradiciones del derecho público mexicano que desde la Constitución de Cádiz en 1812 se han mantenido prácticamente inalteradas.

En la iniciativa el principio de autocalificación se vigoriza de manera definitiva al proponer que sean el total de los presuntos diputados que hayan obtenido constancia, quienes formen el cuerpo encargado de la calificación. En el caso del Senado de la República el principio también es motivo de actualización al contemplarse, en la iniciativa, que el órgano calificador se integre por igual con los presuntos senadores que con aquellos que se encuentren en ejercicio.

La fórmula vigente que consagra el artículo 60 de la Constitución, integra al Colegio Electoral con 60 presuntos diputados electos entre los 300 distritos de mayoría y designados por el partido mayoritario y 40 presuntos diputados, candidatos de partidos minoritarios. No se advierte un criterio objetivo que permita defender con estas proporciones esta selección. Igualmente se ha criticado que los directamente interesados en la calificación sean desoídos y queden en ocasiones en un estado de indefensión.

El sistema de autocalificación vigente en todas nuestras constituciones federales, es garantía del Poder Legislativo. A través del mismo son sus propios integrantes, quienes determinan cuáles de ellos deben ocupar las curules. La integración del Poder Legislativo no debe quedar sujeta a determinaciones de otros poderes, encargados de atender funciones separadas y distintas. Dejar la calificación del proceso de integración de las Cámaras a organismos distintos al propio cuerpo legislativo, es contrario a la independencia en que el propio poder tiene su origen y a electorado que representa.

La reforma que se propone retomar al procedimiento original de la Constitución de 1917, en el sentido de que el colegio electoral de la Cámara de Diputados debe integrarse por todos los presuntos electos que hayan obtenido constancias de mayoría o de asignación por los órganos electorales.

Respondiendo a las necesidades de una sociedad en la que los partidos políticos se encuentran reconocidos y actuantes así como al propósito de consolidar la legalidad como norma fundamental de los procesos electorales, la iniciativa propone la instauración de un tribunal con el carácter de organismo administrativo autónomo encargado de controlar los procesos electorales, resolviendo sobre los recursos de apelación y queja que se interpongan frente a actos referidos tanto a la preparación como verificación de los comicios. La comisión que suscribe, estima que a través de este órgano cuya integración y atribuciones son material de la ley electoral, se asegura una mayor transparencia a las acciones y mecanismos electorales.

En congruencia con el sistema de calificación recogido en el mismo artículo en que se propone la creación del tribunal y con el principio de división de poderes, las determinaciones que adopte el tribunal electoral, sólo podrán ser modificadas por los colegios electorales de cada Cámara. Al proponerse la instauración del tribunal, se deroga el recurso de reclamación hoy vigente, de esta manera se atiende en la iniciativa a una demanda generalizada de numerosos sectores, quedando a salvo la función eminentemente judicial que a la Suprema Corte de Justicia de la Nación corresponde.

La iniciativa presidencial, postula que la responsabilidad primaria en cuanto a la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, corresponde al Gobierno Federal.

La incorporación de este postulado a nuestra norma fundamental. recoge la tradición hoy imperante y asegura la permanencia y periodicidad de las elecciones como mecanismo de renovación de los poderes públicos. Los procesos electorales tienen la naturaleza de funciones públicas y su verificación no puede dejarse al libre arbitrio de las fuerzas sociales actuantes, reclama la intervención de los poderes constituidos en su carácter de Gobierno. El Estado democrático moderno tiene entre sus obligaciones principales, la preservación de los derechos fundamentales de los ciudadanos y de modo muy particular el ejercicio del sufragio.

La iniciativa presidencial, establece también que en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, deberán intervenir como corresponsales los partidos políticos y los ciudadanos. Las formas concretas en que habrán de intervenir unos y otros son materia de la ley electoral reglamentaria, correspondiendo sólo a la Constitución preservar el derecho del Gobierno, los partidos y los ciudadanos a intervenir en la integración de los organismos y en la realización concreta de actividades encaminadas a la renovación de los poderes públicos mediante los comicios.

Finalmente, la iniciativa presidencial propone también reforma a la fracción IV del artículo 77 de la Constitución con el fin de definir la forma en que serán cubiertas las vacantes de los diputados electos por el principio de representación proporcional. Con ello, se aclara un punto controvertido, se crea un mecanismo que asegura en todo tiempo la debida integración de la Cámara de Diputados y se armoniza el procedimiento para cubrir vacantes de diputados electos conforme a los sistemas mayoritario y proporcional.

A fin de asegurar la renovación trienal y parcial del Senado, la iniciativa propone las adecuaciones del caso al artículo décimo octavo transitorio de la Constitución, estableciendo que los senadores que se elijan a la LIV y LV Legislaturas del Congreso de la Unión, durarán en funciones del 1o. de septiembre de 1988 al 31 de octubre de 1994, toda vez que para poder hacer efectiva la propuesta de renovar por mitad la Cámara de Senadores, será necesario que los senadores que se elijan para la LIV Legislatura y que serán los nombrados en segundo lugar en las elecciones de 1988 duren del 1o. de septiembre de 1988 al 31 de octubre de 1991.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, 73 fracción X, de la Constitución General de la República, 56 de la Ley Orgánica del Congreso General y 55 y demás relativos del reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta asamblea, el siguiente:

Proyecto de reformas a los artículos 52, 53, segundo párrafo; 54 primer párrafo y fracciones II, III y IV; 56, 60, 77, fracción IV y décimo octavo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo primero. Se reforman los artículos 52, 53, segundo párrafo; 54 primer párrafo y fracciones II, III y IV; 56, 60 y 77, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 52. La Cámara de diputados estará integrada por 300 diputados electos, según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales y 200 diputados que serán electos según el principio de representaciones proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Artículo 53..................................................................

. Para la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujetará a las bases generales siguientes y a lo que en lo particular disponga la ley:

II. Tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados electos según el principio de representación proporcional, todo aquel partido político nacional que alcance por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida para las listas regionales de las cinco circunscripciones y no se encuentre comprendido en los siguientes supuestos:

A) Haber obtenido el 51% o más de la votación nacional efectiva y que su número de constancias de mayoría relativa represente un porcentaje del total de la Cámara, superior o igual a su porcentaje de votos, o

B) Haber obtenido menos del 51% de la votación nacional efectiva y que su número de constancias de mayoría relativa sea igual o mayor a la mitad más uno de los miembros de la Cámara.

III. Al partido que cumpla con lo dispuesto por las fracciones I y II de este artículo, le serán asignados por el principio de representación proporcional el número de diputados de su lista regional, que corresponda al porcentaje de votos obtenidos en cada circunscripción plurinominal. La ley determinará las normas para la aplicación de la fórmula que se observará en la asignación; en todo caso, en la asignación se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes.

IV. En los términos de la fracción anterior las normas para la asignación de curules, son las siguientes:

A) Si algún partido obtiene el 51% o más de la votación nacional efectiva y el número de constancias de mayoría relativa representan un porcentaje del total de la Cámara, inferior a su referido porcentaje de votos, tendrá derecho a participar en la distribución de diputados electos según el principio de representación proporcional, hasta que la suma de diputados obtenidos por ambos principios represente el mismo porcentaje de votos.

B) Ningún partido tendrá derecho a que le sean reconocidos más de 350 diputados, que representan el 70% de la integración total de la Cámara, aún cuando hubiere obtenido un porcentaje de votos superior.

C) Si ningún partido obtiene el 51% de la votación nacional efectiva y ninguno alcanza, con sus constancias de mayoría relativa, la mitad más uno de los miembros de la Cámara, al partido con más constancias de mayoría le serán asignados diputados de representación proporcional, hasta alcanzar la mayoría absoluta de la Cámara, y

D) En el supuesto anterior y en caso de empate en el número don constancias, la mayoría absoluta de la Cámara será decidida en favor de aquél de los partidos empatados, que haya alcanzado la mayor votación a nivel nacional, en la elección de diputados por mayoría relativa.

Artículo 56. La Cámara de Senadores se compondrá de dos miembros por cada estado y dos por el Distrito Federal, nombrados en elección directa. La Cámara se renovará por mitad cada tres años.

La legislatura de cada estado y la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el caso del Distrito Federal, declararán electo al que hubiese obtenido la mayoría de los votos emitidos.

Artículo 60. Cada Cámara calificará las elecciones de sus miembros y resolverá las dudas que hubiese sobre ellas.

El Colegio Electoral de la Cámara de Diputados, se integrará con todos los presuntos diputados que hubieren obtenido constancia expedida por la Comisión Federal Electoral, tanto con los electos por el principio de votación mayoritaria relativa, como con los electos por el principio de representación proporcional.

El Colegio Electoral de la Cámara de Senadores se integrará, tanto con los presuntos senadores que hubieren obtenido la declaración de la legislatura de cada estado y de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el caso del Distrito Federal, como con los senadores de la anterior legislatura que continuaren en el ejercito de su encargo.

Corresponde al Gobierno Federal la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales. La ley determinará los organismos que tendrán a su cargo esta función y la debida corresponsabilidad de los partidos políticos y de los ciudadanos; además establecerá los medios de impugnación para garantizar que los actos de los organismos electorales se ajusten a lo dispuesto por esta Constitución y las leyes que de ella emanen e instituirá un tribunal que tendrá la competencia que determine la ley; las resoluciones del tribunal serán obligatorias y sólo podrán ser modificadas por los colegios electorales de cada Cámara, que serán la última instancia en la calificación de las elecciones; todas estas resoluciones tendrán el carácter de definitivas e inatacables.

Artículo 77...................................................................

I..............................................................................

II. ...........................................................................

III. ..........................................................................

IV. Expedir convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus respectivos miembros. En el caso de la Cámara de Diputados, las vacantes de sus miembros electos por el principio de representación proporcional, deberán ser cubiertas por aquellos candidatos del mismo partido que sigan en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo décimo octavo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionado mediante decreto por el que se reforman los artículos 65, 66 y 69 de la propia Constitución, de 20 de marzo de 1986, publicado en el Diario Oficial de la Federación de siete de abril del mismo año, para quedar como sigue:

Artículo décimo octavo. Los senadores que se elijan a las LIV y LV Legislaturas del Congreso de la Unión durarán en funciones del primero de septiembre de 1988 al 31 de octubre de 1994 y los que se elijan para la LIV Legislatura, que serán los nombrados en segundo lugar, durarán en funciones del primero de septiembre de 1988 al 31 de octubre de 1991.

TRANSITORIOS

Artículo único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados.

México, D.F., a 24 de noviembre de 1986.

Diputados: Mendoza Berrueto Eliseo, presidente; Oñate Laborde Santiago, secretario; Aguilar Jiménez Rubén, Amezcua Dromundo Cuauhtémoc, Araujo Urcelay Juan Antonio, Badillo Ortíz José Gonzalo, Berlín Valenzuela Francisco, Brambila Meda Antonio, Cantú Rosas Carlos Enrique, Calleja García Juan Moisés, Castillo Martínez Heberto, Castillo Mota Juan José, Castro Lozano Juan de Dios, Corona del Rosal Germán, Díaz Moll José Luis, Flores Caballero Romeo, Flores Zaragoza Reyes

* Artículo 84 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Rodolfo, Fonseca Alvarez Guillermo, * García Criollo Oswaldo, González Schmal Jesús, Herrerías Alvarado Miguel, Jiménez González David, Jiménez Remus Enrique Gabriel, Maldonado Pereda Juan, Martínez Verdugo Arnoldo, Masso Masso Jorge, Monsivais Ramírez Antonio, Montúfar Araujo Jorge, Morales Flores Melquiades, Ontiveros Gómez Alejandro, Orcí Gándara Luis Manuel, Ortíz Arana Fernando, Pascual Moncayo Pablo José, Peñaloza Pedro José, Ponce Torres María Guadalupe, Ramírez Garrido Abreu Graco, Ramos Espinoza Ignacio, Ramos Salas Heriberto, Reynés Berezaluce Nicolás, Salgado Gómez Humberto, Santiago Ramírez César Augusto, Urióstegui Miranda Píndaro, Valadés Ríos Diego, Valls Hernández Sergio.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada ante el Constituyente Permanente por los diputados integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Socialista Unificado de México, Acción Nacional, Mexicano de los Trabajadores, Revolucionario de los Trabajadores y Demócrata Mexicano en ejercicio del derecho que les confiere la fracción II del artículo 71 Constitucional.

La iniciativa se acompaña de una exposición de motivos y propone reformas y adiciones al artículo 41 y a varias reformas a los artículos 52, 53, 54, 56, 57 y 60 constitucionales, a partir del examen de la iniciativa, la comisión que suscribe

CONSIDERA

Diputados pertenecientes a diversos partidos presentaron la iniciativa material de este dictamen con el propósito, según se afirma en la exposición de motivos, de "conformar un sistema electoral democrático" para "abrir un camino de respeto al voto y de representación proporcional en el congreso". Al efecto, se propone establecer el "principio de proporcionalidad como fundamento esencial para la estructuración de los órganos de representación nacional", "igualdad de condiciones en el quehacer político para todos los partidos"; "imparcialidad auténtica en la organización y calificación de los comicios" y procedimientos de representación que permitan a cada

partido u organización contar, en los órganos colegiados electorales, con la representación que corresponda a su fuerza real expresada en los sufragios.

La comisión que suscribe se pronuncia por la prevalencia del sistema democrático nacional, sustentado en el Gobierno de las mayorías, con la participación de las minorías, por la necesidad de renovar las estructuras legales rectoras de los procesos electorales con el fin de ampliar la participación democrática que es base del ejercicio de la independencia y de la soberanía nacional; ratifica su convicción en que los sistemas de representación deben permitir la integración de poderes de acuerdo al pluralismo social y político que caracterizan a la sociedad mexicana; reitera, igualmente, que las normas electorales deben postular como principio el respeto escrupuloso al sufragio y la necesidad de que la eficacia de éste se garantice y finalmente, en la necesidad de que cada partido participe en los organismos electorales, con la representación que le corresponda de acuerdo al peso específico que haya adquirido en los procesos electorales.

Esta comisión ha estudiado las propuestas normativas y evaluando la oportunidad de su adopción constitucional.

En primer término, la comisión que suscribe aprecia que las adiciones que el artículo 41 se proponen no reportan ventaja alguna al desarrollo democrático. Por una parte no es técnicamente adecuado el repetir, dentro del artículo 41, la garantía de asociación que a todo ciudadano reconoce en materia política el artículo nueve. Por otra parte se estima contrario al fenómeno que pretende regularse - organización de los partidos - el fijar limitaciones más propias del liberalismo que de la moderna sociedad de masas. Sostener que las organizaciones sociales no pueden, como tales, afilarse al partido de su elección, como quiere la iniciativa en examen, es pretender limitar el campo de acción de dichas agrupaciones. Las agrupaciones sociales, particularmente aquellas dotadas de personalidad jurídica propia - como los sindicatos - tienen voluntad y capacidad de afiliarse a partidos de su elección para, a través de éstos, participar políticamente, restringir en la Constitución tal derecho, supone limitar la acción de las agrupaciones sociales y pretender hacer de los partidos, mera suma de voluntades individuales.

Si bien es cierto que algunos partidos políticos han surgido como meras asociaciones de ciudadanos adherentes, otros lo han hecho aglutinando y dando expresión política a sectores, grupos y sindicatos. En relación con esto último es preciso recordar que la fracción XVI del artículo 123 y el párrafo primero del artículo nueve se encuentran armonizados y todo afán por limitar su vigencia resulta contrario al desarrollo mismo de los partidos políticos, fin que la iniciativa en examen pretende perseguir.

Prohibir la afiliación o adhesión de personas distintas a las físicas, sean estas morales, jurídicas, asociaciones civiles o meras organizaciones sociales, es un asunto que debe reservarse a las propias organizaciones, en respeto a su autonomía y en cuya reglamentación el poder público no debe atentar contra este principio.

Por todo lo anterior, la comisión que suscribe considera que la adición que el artículo 41 constitucional se propone en la iniciativa, resulta contraria a la necesidad que hoy existe de preservar la autonomía de las organizaciones y de fortalecer a los partidos políticos. De adoptarse, constituiría una intromisión en la vida de las organizaciones y de los partidos mismos quienes corresponde establecer autónomamente las reglas a que se sujeta la adhesión y afiliación de sus miembros.

Igualmente la iniciativa en examen propone que el texto constitucional consagre la obligatoriedad de que el Congreso fije, a través de una ley, mecanismos para la asignación y uso de recursos. En la actualidad, el artículo 41 constitucional consagra ya el derecho de los partidos políticos a usar en forma permanente los medios de comunicación social y su derecho a contar en forma equitativa con elementos que hagan posible la obtención del sufragio popular, uno y otro derechos se desarrollan en la ley reglamentaria correspondiente, por estas razones no se aprecia necesidad alguna de modificar los párrafos cuarto y quinto del artículo 41 constitucional.

Finalmente, sin que la exposición de motivos aporte argumento alguno al respecto, los proponentes se manifiestan por prohibir a los partidos políticos el empleo de emblemas y símbolos nacionales como distintivos electorales o permanentes. La comisión estima contrario a los fines de reglamentación constitucional de los partidos el establecer un conjunto de prohibiciones sin más fundamento que la firma de los proponentes por lo que igualmente no acoge la iniciativa en este particular.

Por lo que hace el artículo 52 de la Constitución, los diputados del Partido Socialista Unificado de México, Acción Nacional, Revolucionario de los Trabajadores, Demócrata Mexicano y Mexicano de los Trabajadores signatarios de la iniciativa en examen, proponen el establecimiento del

principio de representación proporcional como base fundamental de integración de la Cámara de Diputados a través de listas estatales. Esto último, se dice, con el fin de no incurrir en la separación entre los principios de proporcionalidad y territorialidad, este último de gran tradición histórica en nuestro país.

La propuesta de un sistema proporcional que substituya al hoy existente no ofrece, a juicio de la comisión que suscribe, ventaja alguna sobre el hoy vigente; en primer lugar rompe con tradiciones en materia de representación que han permitido la integración política entre representantes y representados estableciendo un vínculo entre diputados y electores, vínculo que es preciso fortalecer en aras de una más amplia participación.

El establecimiento de listas estatales, considerada la extensión de muchos estados no resuelve de modo alguno el problema. En segundo término la experiencia de la representación proporcional con que cuenta nuestro país es aún corta y en general no ha sido aún valorada en su extensión cabal por el electorado. Los electores en su mayoría siguen privilegiando su participación con las elecciones por el principio de mayoría relativa. Adoptar el sistema propuesto en la iniciativa en examen, pulverizaría la voluntad popular y desalentaría la participación política del electorado.

Por ello la comisión desecha su adopción y en consecuencia las reglas que se proponen en los artículos 53 y 54 de la Constitución, que en la iniciativa se plantean.

Por lo que respecta al artículo 56 constitucional, que en la iniciativa se propone reformar, aumentado el número de senadores a cinco por cada estado de la República, mediante el sistema de elección proporcional, no se aportan razones algunas para el incremento en el número de integrantes de la honorable Cámara de Senadores y por lo que toca al sistema de elección propuesto se reiteran los argumentos de esta comisión, respecto a las desventajas del principio de representación proporcional puro, que se han expuesto en el cuerpo del presente dictamen.

En el punto a estudio vale recordar que el Senado de la República, llevó a cabo una amplia consulta pública en la que se recibieron opiniones, criterios y proposiciones en todo el país, referentes a la composición de la honorable Cámara de Senadores. La opinión nacional no se manifestó por el incremento en la representación en ese cuerpo legislativo.

Finalmente, el artículo 60 constitucional también es motivo de reformas, dentro de la iniciativa que se dictamina.

Se propone que tanto para la preparación, desarrollo y vigilancia de las elecciones, como para su calificación, se cree un órgano público, autónomo, permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que igual tenga a su cargo la preparación del proceso electoral, hasta la calificación de las elecciones de los miembros del Congreso de la Unión.

Esta comisión se pronuncia por mantener el sistema de calificación del Poder Legislativo Federal, sólo en la decisión de los presuntos miembros de cada cámara.

Aceptar la propuesta contenida en la iniciativa, sería vulnerar la autonomía del Poder Legislativo al depositar en instancia diferente la facultad de determinar finalmente a sus integrantes.

Adicionalmente, la propuesta pretende otorgar a un órgano público, todo el proceso electoral, una especie de supremo poder dotado de facultades para preparar, desarrollar, vigilar y al final calificar la elección.

Por las razones anteriores, la comisión desecha la propuesta de reformas al artículo 60 constitucional, por ser contrario a la preservación de la autonomía del Poder Legislativo Federal.

Por lo anterior y con fundamento en los dispuesto en los artículos 72, 73 fracción X de la Constitución General de la República, 56 de la Ley Orgánica del Congreso y 55 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión que suscribe somete a la consideración de la asamblea el siguiente

DICTAMEN

Unico. Se desechan las propuestas de adición y modificaciones a los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados.

México, D.F., a 24 de noviembre de 1986.

Diputados: Eliseo Mendoza Berrueto, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Rubén Aguilar Jiménez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Carlos E. Cantú Rosas, Juan Moisés Calleja García, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José

Luis Díaz Moll, Romeo Flores Caballero, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, * Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerias Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Heriberto Ramos Salas, Nicolás Reynés Berezaluce, Humberto Salgado Gómez, César Augusto Santiago Ramírez, Píndaro Urióstegui Miranda, Diego Valadés Ríos, Sergio Armando Valls Hernández.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada ante el Constituyente Permanente por los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Popular Socialista, en ejercicio del derecho que les confiere la fracción II del artículo 71 constitucional.

La iniciativa se acompaña de una exposición de motivos y propone reformas y adiciones a los artículos 52, 53, 54, 55, 58, 60 y 115 constitucionales. A partir del examen de la iniciativa la comisión que suscribe

CONSIDERA

Diputados pertenecientes al Partido Popular Socialista presentaron la iniciativa materia de este dictamen, con el propósito, según se afirma en la exposición de motivos, de realizar "una profunda reforma política que supere los obstáculos para poder lograr avances que transformen de raíz la vida democrática de México", a fin de que "el pueblo de México participe plenamente, a través de sus genuinos representantes en la vida política y social de la patria". Al efecto, se propone la integración proporcional integral de los ayuntamientos, los congresos locales y el Congreso de la Unión. Se estima en la iniciativa que la representación proporcional permite que estos

* Artículo 84 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

cuerpos se integren de tal manera, que cada partido esté representado en la misma proporción en que reciba el apoyo del pueblo a través del sufragio.

La comisión que suscribe se pronuncia por la prevalencia del sistema democrático nacional, sustentado por el Gobierno de las mayorías, con la participación de las minorías. Por la necesidad de renovar las estructuras legales rectora de los procesos electorales, con el fin de ampliar la participación democrática que es base del ejercicio de la independencia y la soberanía nacional, ratifica su convicción de que los sistemas de representación deben permitir la integración de poderes de acuerdo al pluralismo social y político que caracterizan a la sociedad mexicana; reitera, igualmente, que las normas electorales deben postular como principio el respeto escrupuloso al sufragio y que la eficacia de éste se garantice y, finalmente, la necesidad de que cada partido participe en los organismos electorales con la representación que le corresponda de acuerdo al peso específico que haya adquirido en los procesos electorales.

Esta comisión ha estudiado las propuestas normativas y evaluando la oportunidad de su adopción constitucional.

Las reformas y adiciones que se proponen a los artículos 52, 53 y 54 van en contra de la evolución del sistema electoral mexicano que encuentra la culminación de su actual estructura en la reforma política de 1977 que conformó un sistema electoral mixto con dominante mayoritario, sistema que combina las ventajas de la fórmula electoral mayoritaria, con el sistema proporcional que permite la presentación política en la asamblea nacional de aquellas corrientes o partidos que sin obtener la mayoría, cuenta con fuerza dentro del electorado.

Aceptar el sistema de proporcionalidad pura, propuesto en la iniciativa sujeta a estudio, equivaldría a un retroceso en la doctrina y práxis constitucional mexicana que se ha enriquecido en el derecho constitucional comparado para vigorizar la democracia nacional; sería incurrir por tanto en una visión parcial de la realidad electoral del país, al negar el importantísimo valor de la eficacia atribuida al sistema de mayoría.

Ratificamos en consecuencia, nuestra convicción de que la elección debe ser un medio y no un fin en sí misma; un medio para elegir gobernantes aptos y capaces. Una vez realizada la votación, la representación tiene que ser de tal forma que sea posible gobernar a un país a través de sus exigencias; la formación de una mayoría gobernante

y gobernable, que oriente la vida política e imponga la disciplina que requieren las responsabilidades públicas que asumen en representación de la mayoría.

El sistema electoral mixto con dominante mayoritario, introduce como mecanismo regulador el sistema de representación proporcional, sin eliminar por ello al de mayoría, produce una más justa relación entre los votos obtenidos por los partidos y las curules asignadas.

En conclusión, el avance que registra desde 1917 a la fecha nuestro sistema político electoral, a través de las reformas que se han hecho al artículo 52 del texto constitucional, para determinar la integración de la Cámara de Diputados, consiste en que se retienen las ventajas de eficacia y de justicia de los dos sistemas electorales combinados y consecuentemente se matizan las desventajas correlativas que ambos tienen. Suprimir uno de los dos para dar preponderancia al otro como se propone, significa renunciar a este avance democrático, lo cual no se considera hoy conveniente pues rompe con tradiciones en materia de representación que han permitido la identificación política entre representantes y representados que deben fortalecerse.

Al desechar por las razones expuestas, el sistema proporcional que la iniciativa propone, se desechan también las bases que, para el funcionamiento de dicho sistema, se proponen en los artículo 53 y 54 de la Constitución cuya consecuente modificación plantea la iniciativa en estudio.

Se propone asimismo, la derogación de la fracción III del artículo 55 constitucional, para eliminar como requisito para ser diputado, el que se refiere a que el candidato sea originario o vecino con más de seis meses de residencia de la entidad federativa donde se realice la elección, como consecuencia del establecimiento, que también se propone, de una sola circunscripción plurinominal.

El requisito en cuestión resulta indispensable conservarlo al mantener el sistema mixto vigente, toda vez que no obstante el carácter de representante de la nación que corresponde a los diputados conforme al artículo 51 constitucional, el sistema de mayoría relativa, requiere, como ya lo señalamos, de una identificación entre los electores y sus diputados, quienes resultan elegidos precisamente por su conocimiento, tanto de los electores como de sus preocupaciones, reivindicaciones y opiniones en torno a la realidad que en forma directa les atañe, a fin de estar capacitados para evaluar y resolver eficazmente los problemas locales.

Los mismos argumentos sirven de base para no aceptar la modificación que se propone al artículo 58 constitucional, que pretende eliminar el requisito de ser originario o vecino de la entidad federativa donde se realice la elección, en el caso de los senadores; y a mayor abundamiento resulta una contradicción sustancial esta propuesta, con la razón de ser de dicho cuerpo colegiado, toda vez que a él corresponde precisamente la representación de las entidades federativas por las que son electos, dentro de nuestro sistema constitucional de Gobierno, a fin de garantizar la igualdad política y jurídica de los estados de la Federación.

Es de señalarse por otra parte, que la iniciativa en estudio, no aporta razones específicas para justificar la desaparición de este requisito, que la Constitución establece en sus artículos 55 fracción III y 58; propuestas que este dictamen considera improcedentes por las razones ya expresadas.

La iniciativa que nos ocupa, propone también la modificación del artículo 60 constitucional, a fin de que la calificación de las elecciones de los miembros de las Cámaras del Congreso de la Unión, sean calificadas por la Comisión Federal Electoral, de acuerdo con el principio de la representación proporcional y que sus resoluciones sean definitivas e inatacables.

No puede aceptarse la propuesta, pues representaría vulnerar la autonomía del Poder Legislativo al depositar en una entidad diferente, la facultad de determinar su integración.

Esta comisión se pronuncia por mantener el sistema de calificación vigente del Poder Legislativo Federal, por sus presuntos integrantes.

En consecuencia, la comisión desecha la propuesta de reformas al artículo 60 constitucional por ser contrario a la preservación de la autonomía del Poder Legislativo Federal.

Por lo que se refiere a la modificación al artículo 115 constitucional que la iniciativa propone, se reiteran los argumentos expuestos en cuanto a la conveniencia de conservar el sistema mixto electoral, que son aplicables al caso de las legislaturas locales y a los ayuntamientos de los municipios del país; por lo que esta comisión se pronuncia por desechar la propuesta y conservar el sistema vigente.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 72, 73, fracción X de la Constitución General de la República, 56 de la Ley Orgánica del Congreso y 55 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno

Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión que suscribe somete a la consideración de la asamblea el siguiente

DICTAMEN

Unico. Se desechan las propuestas de reformas y adiciones a los artículos 52, 53, 54, 55, 60 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados.

México, D. F., a 26 de noviembre de 1986.

Diputados: Eliseo Mendoza Berrueto, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Rubén Aguilar Jiménez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Carlos E. Cantú Rosas, Juan Moisés Calleja García, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Romeo Flores Caballero, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerias Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montufar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Heriberto Ramos Salas, Nicolás Reynés Berezaluce, Humberto Salgado Gómez, César Augusto Santiago Ramírez, Píndaro Urióstegui Miranda, Diego Valadés Ríos, Sergio Armando Valls Hernández.»

El C. presidente: - De conformidad con el consenso de las fracciones parlamentarias aprobado por este pleno, y de acuerdo al orden del día es la segunda lectura de los dictámenes primero y segundo de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma los artículos 52, 53, segundo párrafo, 54 primer párrafo y fracciones II, III y IV, 56, 60, y 77 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el relativo a la iniciativa de reforma a los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por ciudadanos diputados de diversas fracciones parlamentarias. Ruego a la secretaría consulte a la asamblea, si se le dispensa la segunda lectura a los dictámenes.

El C. secretario Antonio Melgar Aranda: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a la asamblea si se les dispensa la lectura segunda a estos dos dictámenes. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada la dispensa, señor presidente.

Son de segunda lectura ambos dictámenes.

El C. presidente: - De conformidad con la concertación entre las fracciones parlamentarias, están a discusión en lo general los dictámenes a los que se les ha dispensado la segunda lectura: el del Ejecutivo; el de las diversas fracciones parlamentarias y el del Partido Popular Socialista. Se abre el registro de oradores en lo general.

Primero los oradores en contra. Empezamos por la mano izquierda. Los oradores en contra: Ricardo Andrés Pascoe Pierce, Roberto Calderón Tinoco, Hildebrando Gaytán Márquez, Vicente Calvo Vázquez, Pedro José Peñaloza, Magdaleno Yáñez Hernández, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Alejandro Gascón Mercado, Miguel Eduardo Valle Espinosa, Graco Ramírez Garrido Abreu, Francisco Hernández Juárez, Manuel Fernández Flores, Jesús Heriberto Noriega Cantú, Genaro Piñeiro López, José Camilo Valenzuela, Arnoldo Martínez Verdugo, Pablo José Pascual Moncayo, Jorge Alcocer Villanueva, Carlos E. Cantú Rosas, Juan de Dios Castro Lozano, Jesús Galván Muñoz, Ricardo Francisco García Cervantes, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Javier Paz Zarza, Germán Tena Orozco, Jaime Haro Rodríguez, Adner Pérez de la Cruz, Miguel Alonso Raya, Manuel Bribiesca Castrejón, Jorge Amador Amador.

Oradores en pro: Píndaro Urióstegui Miranda, para fundamentar, César Augusto Santiago Ramírez, Fernando Ortiz Arana, Santiago Oñate Laborde, Jesús Murillo Karam, Romeo Flores Caballero, Francisco Berlín Valenzuela, Diego Valadés Ríos, Rodolfo Antonio Menéndez Menéndez, Ángel Sergio Guerrero Mier, Gonzalo Badillo Ortiz, Edmundo González Llaca, Blanca Esponda de Torres, Eliseo Rangel Gaspar, Mario Niebla Alvarez, Samuel Quiroz de la Vega, Juan Maldonado Pereda, Heriberto Ramos Salas, Néstor Raúl Luna Hernández, Agustín Leñero Bores, Manuel Jiménez Guzmán, Arnulfo Villaseñor Saavedra, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Melquiades Morales Flores, Porfirio Cortés Silva y Marco Antonio Espinoza Pablos.

La proposición de un partido de oposición, en el sentido de que se les vaya dando la palabra a los

que están en contra, uno por cada partido. A ver, compañero Pascual Moncayo.

El C. Pablo Pascual Moncayo: - Compañeros: la propuesta en el sentido de que realmente tengamos un debate y no un concurso de oratoria, se apunto por áreas, compañeros sería absurdo que entráramos a hablar de manera uno tras otro por cada uno de los grupos parlamentarios, por ejemplo: Se apuntaron varios compañeros del Partido Socialista de los Trabajadores, varios del Partido Demócrata Mexicano, varios del Partido Mexicano de los Trabajadores y que entrarán uno tras otro no tiene sentido, no ayuda al debate porque no se confrontan las posiciones. La sugerencia que se hace a la mesa y que lo pone a consideración de la asamblea, es que la mesa ordene de tal manera el debate que podamos, efectivamente, confrontar los diferentes grupos que estamos en contra de los dictámenes con los que están a favor y es simplemente que se ordene de tal manera, la participación que permita que se vaya ordenando la participación de los diferentes grupos, confrontando los que están a favor de los dictámenes, esa es la sugerencia que se hace como propuesta de procedimiento compañeros, nada más.

El C. presidente: - Se consulta a la asamblea si es de aceptarse esta proposición del diputado Pablo Pascual Moncayo. Consulte la secretaría por favor.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Se consulta en votación económica a la asamblea, si se acepta la propuesta presentada por el ciudadano diputado Pascual Moncayo. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo . . . Aprobada señor presidente.

El C. presidente: - Si les parece, tiene la palabra para fundamentar el dictamen el diputado Píndaro Urióstegui Miranda.

El C. Píndaro Urióstegui Miranda: - Señor presidente; honorable asamblea: El punto 7 del Plan de San Luis Potosí decía: "El día 20 de noviembre desde las seis de la tarde en adelante, todos los ciudadanos de la República tomarán las armas para arrojar del poder a las autoridades que actualmente gobiernan . . .", declaraba nulas las recientes elecciones para renovar a los titulares de los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo y recriminaba los despojos cometidos al amparo de la Ley de Terrenos Baldíos en contra de infinidad de comunidades indígenas del país. De esta suerte, democracia y justicia social, fueron para Francisco I. Madero, reflexión política que se convirtió en decisión revolucionaria. Madero fue no sólo el iniciador de nuestra gesta revolucionaria, sino también el revolucionario actuante y convencido, el político honesto y el estadista patriota que tuvo la sensibilidad suficiente para evaluar durante su breve Gobierno, que la estructura de poder y las raíces culturales de la dictadura estaban prácticamente intactas y como tal, había primero que destruirlas, ahora institucionalmente para abrir paso a la Revolución incipiente y triunfante; pero no le fue permitido por la reacción conservadora, tradicionalmente comprometida con intereses extranacionales.

Con Francisco I. Madero, la Revolución Mexicana retoma la lucha del pueblo por la democracia como forma de gobierno, pero también como fórmula de convivencia social para alejar el espectro de la violencia política en la expresión de una voluntad, que por soberana, está por encima de cualquier otro tipo de intereses, "Sufragio Efectivo. No Reelección", será el principio revolucionario de que va a derivar toda la concepción democrática del México de nuestros días.

Para los mexicanos la Revolución ha sido ideología y práxis, programa y ley. No nos conformamos con la interpretación que de ella nos legó el siglo XVII, como la simple restauración de un orden turbado; pasamos con la nueva tesis del siglo XVIII, al propósito de crear un nuevo orden y más aún, avanzamos a ritmo de la teoría revolucionaria de nuestro siglo, a la implantación de una igualdad identificada con justicia social, para explicarnos todas las cualidades del hombre. Para llegar a este juicio, la Revolución es ya el motor de nuestra historia; es el proceso social que no sólo va a derribar a gobernantes tiránicos, reaccionarios o espurios, sino que efectuará profundos cambios en las relaciones políticas, en el ordenamiento jurídico constitucional y en la esfera socioeconómica. La Revolución Mexicana va a crear con sangre y con sacrificios pero también con la ley y con la solidaridad de todos los mexicanos, un nuevo país; más soberano y más independiente.

Correspondió a Venustiano Carranza, restablecer el orden constitucional y legarnos con la Carta Magna, el ejemplo de respetarla y acatarla, no sólo por ser un ordenamiento jurídico supremo, sino por ser también, la síntesis de las aspiraciones y luchas de nuestro pueblo por darse una patria libre, digna y respetable. Carranza admiraba profundamente a Juárez y en cierta forma sus vidas parecen seguir rutas paralelas: el inicio de sus campañas por el principio de la legalidad; su investidura siempre civil, su celo por el ejercicio del poder, su asiento en Veracruz para legislar, su apasionada defensa de la soberanía nacional frente a intervenciones extranjeras, su herencia

constitucional, su peregrinaje y su muerte pegada al mando presidencial. Para Carranza fue una gran experiencia los trabajos de la convención de Aguascalientes y lo que ahí se intentó, al declararse sin base legal soberanía. El siguiente paso, consolidado su triunfo militar y político, fue convocar al Constituyente para que a través de él, el pueblo en armas se diera la norma de normas que garantizan sus conquistas sociales sin tranzar, porque: "Revolución que tranza - dijo categóricamente el "Barón de Cuatro Ciénegas" - es revolución que se pierde".

Es así como Revolución y Constitución, son conceptos que se funden en nuestro devenir histórico y en nuestro quehacer político, de tal manera que nos es difícil comprender a una sin la otra.

Nuestra Revolución empezó con una proclama política: derrumbar a una dictadura opresiva de más de 30 años que había generado condiciones de desigualdad social totalmente injustas y que por lo mismo, había roto nuestro esquema de Gobierno republicano, democrático y representativo. Los gobiernos de Madero y Carranza, aportan en medio de sus adversidades, contribuciones significativas a la implantación y desarrollo de nuestro régimen democrático.

La vocación democrática del pueblo mexicano se manifiesta como un ejercicio de soberanía; así la avizoraron Ignacio López Rayón y José María Morelos: así la definieron las constituciones de 1824, el catecismo político de la Federación Mexicana como le llamara José María Luis Mora y las de 1857 y 1917. Pero para nosotros la democracia como régimen, también ha sido una práctica de libertad para estructurar nuestro Estado Federal, para crear nuestro Gobierno republicano y para definir nuestro sistema representativo. Zarco rescató en su crónica una expresión de Arriaga: " La democracia siempre será una obra inacabada, corresponderá a las futuras generaciones su perfeccionamiento". Y ésta ha sido la lucha de nuestro pueblo por sus derechos políticos.

De 1917 a 1929 no fue fácil el camino de la democracia; sin embargo, avanzamos. Los victoriosos caudillos que hicieron posible el triunfo de la Revolución, tuvieron que afrontar el reto de consolidarla: el Plan de Agua Prieta, la fundación del Partido Comunista, el Gobierno de Obregón, la rebelión Delahuertista, el Gobierno de Calles, los intentos sediciosos de Serrano y Gómez, el Gobierno de Portes Gil, el movimiento cristero, la fundación del Partido Nacional Revolucionario, la campaña idealista de Vasconcelos y el último intento golpista de Gonzalo Escobar. En 1929, la democracia retoma su cauce constitucional de manera progresiva, afrontando y rebasando graves y delicados problemas nacionales. Lograda la pacificación del país, se institucionaliza la lucha democrática a través de los partidos políticos, es voluntad y decisión gubernamental que sea el proceso electoral, el único camino de acceso al poder. Esto tuvieron que entenderlo Almazán, Padilla y Henríquez Guzmán, lo que permitió que a partir de 1957, la contienda política se abriera vigorosamente a partidos de corrientes ideológicas opuestas. Es ya la etapa que todos coinciden en perfeccionar y fortalecer nuestra legislación electoral, reformándola cuantas veces sea necesario para avanzar en nuestra vida democrática, porque creía en la democracia , el maestro Gómez Morín fundó el Partido Acción Nacional; porque también creía en la democracia; el maestro Vicente Lombardo Toledano fundó el Partido Popular; y el general Jacinto B. Treviño al Partido Auténtico de la Revolución Mexicana. Por la misma convicción democrática, el Partido Nacional Revolucionario se transformó sucesivamente en Partido de la Revolución Mexicana y en Partido Revolucionario Institucional.

Esta misma apertura democrática de nuestro proceso revolucionario estimuló el surgimiento de nuevos partidos, como el Partido Demócrata Mexicano y el Partido Socialista de los Trabajadores en 1978; el batallador Partido Comunista de tan largo historial, en unión de otras agrupaciones afines se convierte en 1981 en el Partido Socialista Unificado de México; en 1982 nace le Partido Revolucionario de los Trabajadores y en 1985 se concede registro al Partido Mexicano de los Trabajadores, lo que significó otra valiosa progresión en nuestro proceso político electoral.

A partir de la Ley Electoral del Presidente Madero de diciembre de 1911, diez decretos de reformas y adiciones, entre los que cabe destacar el que otorgan el voto a la mujer, el que concede la ciudadanía a los jóvenes de 18 años y el que establece los diputados de partido y, seis leyes electorales más hasta la vigente que implanta el sistema mixto de mayoría relativa y de representación proporcional, son testimonios fehacientes del empeño invariable de sucesivos gobiernos por perfeccionar los mecanismos de nuestra vida democrática. No existe sociedad perfecta por avanzada que se considere, tampoco existen leyes perfectas por adelantadas que se estimen, lo que existen son sociedades en transformación y leyes que permanentemente deben interpretar y ser respuesta oportuna y justa al momento histórico y a la realidad social que regulan.

Nuestro desarrollo político con todas sus deficiencias y acierto, ha sabido adaptarse, abriéndose y sumando sucesivamente todas aquellas innovaciones susceptibles de incorporarse a nuestra legislación electoral para fortalecer a nuestra sociedad política por la vía democrática. Este seguirá siendo un quehacer siempre perfectible, no es posible borrar todo este pasado de incansable lucha democrática con la simple audacia de negarlo, pero repetir sistemáticamente está negación, lejos de contribuir a la credibilidad raya en la irracionalidad.

Ahora el ciudadano Presidente de la República como consecuencia y síntesis de una amplia consulta popular, envío a esta Cámara una iniciativa de reformas a los artículos 52, 53 segundo párrafo, 54 primer párrafo, y fracciones II, III y IV; 56, 60 y 77, fracción IV y transitorios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Igualmente fueron analizadas con idéntico interés, otras dos iniciativas de reformas y adiciones a los artículos 52, 53, 54, 55, 58, 60 y 115 constitucionales, presentada por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista y reformas y adiciones a los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución, presentada por las fracciones parlamentarias de los partidos: Acción Nacional, Socialista Unificado de México, Revolucionario de los Trabajadores, Demócrata Mexicano y Mexicano de los Trabajadores. Con su estudio de hecho, hemos iniciado los trabajos del Constituyente Permanente, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales ha estudiado detenidamente estas iniciativas y hoy pone a consideración de esta asamblea sus dictámenes correspondientes, solicitándoles su aprobación en virtud de considerarlos una contribución útil y oportuna para el perfeccionamiento de la democracia mexicana.

A través de ellos se puede ampliar la corresponsabilidad del Gobierno Federal, partidos políticos y ciudadanos en la contienda electoral, consolidar el pluripartidismo integrante de esta representación nacional y afianzar un sistema representativo, reconociendo en primer término al partido que haya resultado mayoritario en las urnas y a continuación rescatando la votación hasta ahora desperdiciada para todos los partidos, lo que hará más proporcional y numerosa su representación en esta asamblea. Se ratifica así una voluntad popular expresada soberanamente.

Hace 25 siglos que la humanidad escucha y habla de democracia; muchos pueblos se han esforzado en perfeccionarla, algunos lo han logrado, otros inclusive perecieron en el camino. Lo concluyente es que por sus raíces etimológicas y por sus diversas formas de implementación ha sido el gobierno de las mayorías, mayorías en las que sus integrantes manifiestan de manera individual, - directa o indirecta - , libre y secreta su voluntad con lo que se ejerce un acto de soberanía; nada contribuiríamos los mexicanos a la ciencia política contemporánea y al derecho constitucional comparado invirtiendo la interpretación clásica de la democracia, esto es, haciéndola al gobierno de las minorías; pero peor aún sería si en el seno de esta asamblea nos tomáramos atribuciones que no tenemos, como sería el tergiversar una voluntad popular mayoritaria vertida en votos, que aquí se le supeditara y deformara por acuerdos de grupos minoritarios. No hay, no puede haber partidos soberanos, la soberanía es una sola y ésta dimana del pueblo y se expresa en la Constitución; nosotros los diputados somos simples representantes de esa soberanía, por lo que a esta Cámara la integran diputados, no partidos, aquí originariamente un resultado electoral, el cual debemos interpretar con la mayor fidelidad y respetarlo, de lo contrario estaríamos negando nuestro origen y nuestra esencia de asamblea democrática.

Estas iniciativas parten del respeto absoluto al ejercicio del sufragio libre, universal y secreto, para mejorar una vez más, normas y procedimientos electorales, pero la presidencia mantiene un sistema mixto que se esfuerza en conjugar las ventajas de los mecanismos de representación de mayorías y proporcional. Es un paso más de buena fe; bien intencionado, de respeto y estímulo a todas las corrientes políticas organizadas o no en partidos, mayoritarias o minoritarias. Pretende ampliar de 100 a 200 los diputados de representación proporcional y se mantienen los trescientos de mayoría relativa.

Decía Mariano Otero en su voto particular de 1847, que una asamblea legislativa mientras más amplia sea, más representativa será de los diversos sectores e intereses de una nación y México pese a que lo nieguen sus detractores ha crecido no sólo en población, sino también en grandeza humana y material.

¿Y por qué el sistema mixto? Por un lado, debemos respetar y estimular el arraigo y la vinculación directa del representante y el representado; no podemos darles a los electores solamente boletas con largas listas de candidatos plurinominales que jamás han tocado sus puertas ni estrechado sus manos, ni compartido sus problemas, ni solicitado su voto; un candidato debe ser algo más que un hombre impreso en un pedazo de papel oficial, debe ser un postulado ideológico, y una interpretación de los problemas nacionales y un mexicano responsable que con sus representados esté definido por su país.

Por otro lado, igualmente debemos propiciar una mayor participación de los partidos, no sólo en los procesos electorales, sino en la actividad política cotidiana de la nación; necesitamos ampliar, hacer más realista, más proporcional la representación en esta Cámara de todos los partidos, para lograr un pluripartidismo más participativo. México es más grande que éste recinto, los partidos minoritarios tienen que comprender que no sólo deben aspirar a tener diputados de Cámara, sino con vínculos en todos los rumbos del país, de todos los estratos sociales y actividades y oficios en general, y eso se busca con esta representación proporcional, rescatar de mejor manera el valor de todos esos votos no incorporados hasta ahora a un cómputo debido. Se pretende así corregir errores de sobre representación de los partidos mayoritarios y de subrepresentación de los partidos minoritarios; esto es, perfeccionar un sistema mixto con dominante mayoritario.

Todo lo anterior no es un fin, es un medio, un medio democrático para preservar la estabilidad política de este país y garantizarle a nuestra sociedad, a nuestras familias, la paz social, que tanto nos ha costado conquistar.

Se recogen atinadamente repetidos planteamientos sobre la creación de un tribunal de lo contencioso electoral como organismo administrativo autónomo, que esté atento a todos los recursos de queja y apelación, a efecto de asegurar la mayor transparencia y legalidad en las acciones y mecanismos electorales; se conserva por otro lado, el sistema de autocalificación, acorde con el principio de división de poderes, para que cada Cámara, en Colegio Electoral, ahora integrado por todos los presuntos con constancia de mayoría, continúe calificando como instancia superior su propia integración. Al mismo tiempo se propone, siguiendo la tesis de Vallarta, desaparecer el recurso de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia, alejándola así de controversias político - electorales que pusieran en entredicho su integridad y prestigio como Supremo Tribunal Judicial.

Se precisa la responsabilidad del Gobierno, Federal, como elemento ejecutor del Estado, de la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, toda vez que éstas son de orden público y de interés general, no se pueden privatizar, no son obesas marginarse de ellas, el Gobierno Federal sería entregar el país a la anarquía y al destino incierto de los caprichos o conveniencias de cúpulas partidistas.

De manera satisfactoria, se propone que el Senado retorne al criterio original que fijó el Constituyente de 1917, su renovación por mitad, cada tres años, a efecto de mantener mayor y mejor secuencia en sus trabajos camerales y crea un mecanismo que faltaba para cubrir las vacantes de diputados electos por el principio de representación proporcional.

Estos dictámenes, cuya aprobación solicitamos, son ante todo suma de experiencias propias y de otros latitudes; ni nos aferramos al pasado, ni nos dejamos llevar por imitaciones extralógicas apresuradas. Analizamos con detenimiento nuestra evolución electoral, escudriñamos en el exterior lo que puede ser más conveniente para las particulares condiciones de nuestra realidad social y nos esforzamos en seleccionarlas y acoplarlas a ella, para avanzar con firmeza. La experiencia que da la práctica de los asuntos - decía Ignacio Ramírez - es la mejor escuela de los pueblos, insistimos en una democracia integral, la que nos ha permitido modernizarnos y afianzar un régimen de participación, de seguridad, de libertad y de igualdad para el acceso y ejercicio del poder público. Esta es la historia de un pueblo que se aferra a su democracia; esta es la democracia de un pueblo que se aferra a su historia. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Ricardo García Cervantes, del Partido Acción Nacional.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: - Solicitamos se siga el orden de la lista.

El C. presidente: - La estamos ordenando, pero tenemos los primeros, de acuerdo con estos dos criterios: primero, vamos a conceder la palabra a todos los partidos, uno por uno en contra. El criterio que establecimos es que sea primero el partido de mayor número de votos y de diputados, pero uno por uno. Y el otro, hemos recibido de dos fracciones una lista cuyo orden estamos estableciendo, por esa razón, como en su lista usted aparece en primer término le estoy concediendo la palabra a usted, señor diputado.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: - Con el permiso de la presidencia; señoras y señores diputados: Consideramos necesario comenzar la discusión sobre esta nueva reforma política, haciendo una reflexión sobre lo que es la democracia con el fin de que a través de la definición de los conceptos, podamos analizar los dictámenes que la Comisión de Gobernación nos propone.

En términos generales se han propuesto varias concepciones de lo que es la democracia

existiendo en las interpretaciones contemporáneas dos que polarizan; por un lado, hay quienes afirman que la democracia es una forma de gobierno que se liga únicamente con las relaciones políticas del ser humano; por otra parte, hay quienes afirmamos que la democracia es un estilo de vida y que por lo tanto abarca todos los ámbitos de las relaciones entre las personas, que comienzan en lo político pero llega al campo económico, cultural y social.

En Acción Nacional desde hace 47 años, sostenemos que la democracia es un estilo de vida, para nosotros la democracia se basa en la eminente dignidad de la persona humana y tiene como finalidad, que entre las personas se comparta el poder, se comparte el tener y se comparta el saber. Afirmamos por principio, que es la persona humana, toda y todos, lo que fundamenta la democracia, porque al afirmar que la persona es lo más importante y digno sobre la tierra, nos referimos al hombre con cuerpo material y alma espiritual, con sentimientos y necesidades, con sus relaciones con la naturaleza, con los otros hombres y con dios si así lo considera. Al afirmar esto, se concluye que todos los hombres somos iguales y esta igualdad nos impone la necesidad de un sistema de convivencia social que respetando la pluralidad de los iguales tenga caminos para una participación solidaria en el poder político, en el tener económico y en saber cultural.

Es la persona el principio y fin de la actividad social y por ende, en la sociedad civil, no hay nada por encima de la persona, con ello afirmamos, que no debe existir contradicción entre la persona y la sociedad y que tiene que haber una solidaridad armónica entre el bien particular y el bien de la sociedad. Por eso sostenemos, que en todos aquellos bienes cuyo carácter sea perecedero, el bien de la sociedad está por encima del bien individual, pero en todos aquellos bienes superiores cuyo sea carácter es imperecedero, el bien particular está por encima del bien colectivo. Y así entendemos que en cuestión de economía, ecología y finanzas, etcétera, el bien de la sociedad está por encima de los bienes particulares y privados. En lo referente a los derechos humanos, en el derecho a la vida, en el derecho a la libertad de pensar y expresarse, en el derecho a la forma de educar, etcétera, el bien particular está por encima del bien de la sociedad.

Entendidas estas premisas, analizamos nuestro concepto de democracia bajo la perspectiva de contenido y formas. El contenido de la democracia se centra en el respeto y promoción de la dignidad de la persona e implica que se comparta el poder, el tener y el saber, es decir: una democracia política, una democracia económica y una democracia cultural, que en su conjunto forman la democracia social.

La democracia política es para nosotros, la base de la democracia económica y cultural, y afirmamos que es la base porque en la democracia política las personas escogen libremente a las personas y los programas de gobierno que más les convencen. La democracia política comienza por el derecho y deber de votar y ser votado; lo que le da legitimidad al poder para ser autoridad del pueblo expresada en el voto. Pero la democracia política no se agota con el voto, implica que los ciudadanos deben participar en la vida pública, es decir, aportar su parte de la construcción del bien común y esto se da cuando los ciudadanos participan en las decisiones y acciones de gobierno de su comunidad, y pueden imponer aún rectificaciones a las acciones de su gobierno.

La democracia económica supone que todas las personas tienen acceso a los bienes necesarios, necesarios para su desarrollo armónico. La remuneración al trabajo es el factor esencial de la democracia económica, porque el trabajo es el factor esencial en el sistema económico, pero no se agota en la justa retribución al trabajo, la democracia económica supone el acceso de los trabajadores a la congestión y a la copropiedad de las empresas, supone que el campesino sea dueño de su parcela y obtenga la justa retribución de su trabajo, supone el acceso de todos los miembros de la comunidad al consumo, al trabajo y a la propiedad.

La democracia cultural, tiene como base el pluralismo. En ella se da la libertad que cada quien escoja los valores y las costumbres acordes al bien común, en los que educará y formará a sus hijos, supone la libertad de creencia religiosa, implica el acceso de todas las formas de esparcimiento libre, dignas y promovedoras, el deporte, la cultura, el ocio creativo, etcétera.

Con esto, se da una democracia social que implica que la justicia social, la ética y la solidaridad son los ejes conductores de la comunidad. Pero todo comienza con el respeto al voto, si este principio no se respeta, se gobernará para una fracción y no para el bien común, habrá sumisión y represión, pero no obediencia ni autoridad, se detentará el poder para dar vigencia a un sistema económico que hace ricos a los ricos y más pobres a los pobres; se adaptará el sistema cultural para buscar la uniformidad en la ignorancia y no la riqueza de la pluralidad del conocimiento y de las amplias posibilidades de comunicar la verdad, se detentará el poder para un sistema social basado en la injusticia, la

corrupción y la desconfianza en vez de trabajar para una sociedad equitativa, ética y solidaria.

El segundo aspecto, es la forma de la democracia, esto se va variando de país en país y su finalidad es darle legitimidad al proceso electoral y con ello a la elección de autoridades, y se complementa con las formas de organizar los poderes, de obtener la representación en ellos y para las formas como se facilita, como se facilite la participación ciudadana en las acciones y decisiones de gobierno, el contenido de la democracia es lo más importante, la forma que es perfectible debe servir para que el contenido tenga vigencia.

Con fundamento en las tesis expuestas, venimos a rechazar categóricamente los dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, aquel en el que se aprueban las iniciativas del Ejecutivo, en donde se reforma, modifica y adiciona los artículos 52, 53, 54, 56, 60 y 77, así como el 18 de transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo rechazamos porque consideramos que antes que se haga cualquier modificación a nuestra Constitución, debe existir la voluntad política de quienes detentan el poder político de nuestra nación, de compartir el poder, y esto, en su más elemental expresión significa respetar la voluntad ciudadana expresada en el voto. Hasta hoy en nuestra patria, se pulveriza la voluntad del pueblo y con ello, la soberanía de la nación con la intención de justificar la permanencia en el poder de una supuesta mayoría, que desde Chihuahua, Durango, Sinaloa, Oaxaca hasta Campeche, se falsifican facciosamente los resultados electorales. Mientras persistan estas viciosas prácticas, de nada sirven las reformas políticas, o más bien, sólo sirven para disfrazar la permanencia en el poder de quienes detentan el Gobierno de nuestra nación.

Si la soberanía reside en el pueblo, debe ser el pueblo el que prepare, desarrolle y vigile los procesos electorales junto con los partidos políticos y no pretender que siga siendo el Gobierno con su órgano electoral, el único que participe en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales. Son 57 años más de falsificación de la vida política de nuestro país. Desde Vasconcelos hasta hoy en día, existen en nuestra nación gobiernos estatales y municipales, diputados y senadores espurios que requieren reconocerles su madurez política al pueblo de México y a todos los partidos para ser responsables de los procesos electorales.

Queda vigente en el seno de esta Cámara, la pregunta que el diputado Gascón Mercado hizo la Secretario de Gobernación y que éste no dio respuesta. Hoy se la lanzamos a los diputados de la mayoría relativa, ¿consideran señores diputados, preparado al pueblo de México para la democracia? También rechazamos el dictamen, porque consideramos impropio elevar el número de diputados a 500, si lo que se busca es mayor representatividad, que se respete el voto y ellos se la darán, si lo que se busca es más trabajo, pongámonos a trabajar los 400. la prueba es que en esta Cámara, un buen porcentaje no justifica su labor de diputados, sirven sólo para gritar, chiflar y aporrear sus bancos y, en cambio, permanece cerrado el Senado, con lo cual queda sepultado hacer una Cámara de resonancia del Poder Ejecutivo y en donde gran parte de los mexicanos no tienen acceso a representación en él.

Es menester, señores diputados, darle vigencia al contenido de la democracia y darle legitimidad a la forma de la democracia, ello comenzará cuando se respete la voluntad expresa en el voto y con ello nos encaminamos al ideal de una democracia política, económica y cultural que reduce en la democracia social. Nosotros, por nuestra parte, desde el inicio de mi partido, abrazamos y levantamos con orgullo y convicción del propósito de la democracia; obtener una patria ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos.

Nos encontramos en presencia de dictámenes que se propone sean reconocidos como emanados de la buena fe. Ya los mismos secretarios de Estado que han comparecido ante esta representación en múltiples ocasiones, invocaron la buena fe de las propuestas. El diputado Urióstegui planteó también el ingrediente de buena fe en los dictámenes y en las proposiciones contenidas en la iniciativa del Ejecutivo. Pudiéramos concederle de manera genérica y amplia a todas las iniciativas que se presentan en esta representación nacional, ese beneficio de considerarlos de buena fe, pero el debate se anuncia largo y vamos a iniciar el análisis de los dictámenes que nos propone la Comisión de Gobernación.

En el dictamen relativo a la iniciativa presentada en forma conjunta por cinco fuerzas políticas con representación en esta Cámara, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales recoge y cita entrecomillado la argumentación presentada por los cinco partidos en nuestra iniciativa, cuando dice que al efecto se propone establecer el principio de proporcionalidad y ahí inician las comillas "principio de proporcionalidad como fundamento esencial para la estructuración de los órganos de representación nacional" cierra comillas, vuelve a abrir comillas; "igualdad de condiciones en el quehacer político para todos los

partidos", cierra comillas e inmediatamente vuelve a abrir comillas, "imparcialidad auténtica en la organización y calificación de los comicios", cierra comillas, y ya no, ya no abriendo comillas porque no será una cita textual, sigue diciendo lo mismo que en la exposición de motivos de la iniciativa conjunta de los cinco partidos de oposición, y veremos por qué ya no pone comillas. Y procedimientos de representación que permitan a cada partido u organización, contar en los órganos colegiados electorales con la representación que corresponda a su fuerza real expresada en los sufragios ¿por qué no hay comillas?

Porque en la iniciativa presentada en conjunto, ciertamente nosotros planteamos la necesidad de la imparcialidad auténtica en la organización y calificación de los comicios y en general, la necesidad de establecer procedimientos de representación que permitan que cada partido y organización política, tengan los órganos colegiados la representación que le corresponde de acuerdo con el peso específico expresado en votos, de que realmente haya adquirido en los procesos electorales; no hay comillas, porque se introdujo la palabra "electorales" cuando nosotros nos estamos refiriendo a la proporcionalidad en la representación de los órganos colegiados de representación nacional. Y aquí, si hemos de conservar la buena fe que se quiere presumir en este dictamen, debía haberse señalado textualmente cuál era nuestra posición y no incorporar la palabra "electorales", que viene a incluir aquí, - amañadamente - como si fuera reconocimiento de los partidos que hacemos nuestra iniciativa sin tocar el aspecto de una representación proporcional al peso específico en los organismos electorales. La inclusión de esa palabra, hacen en principio seguir con el análisis del dictamen, poniendo en tela de juicio la buena fe con que fue incorporada esta argumentación en el dictamen de la comisión.

No es que los partidos que suscribimos una iniciativa conjunta estemos adoptando el criterio, propuesto por el Ejecutivo, de reducir en los órganos electorales encargados de la preparación y vigilancia del proceso; una representación proporcionada a la fuerza específica obtenida en los sufragios y con ello reduciendo también posteriormente, con esa misma argumentación que la representación que tenga los partidos minoritarios en la vigilancia de los procesos electorales, sea reducida a los tres de mayor fuerza. Ahí están incorporando una afirmación que los cinco partidos que suscribimos la iniciativa; el Partido Socialista Unificado de México, el Partido Acción Nacional, el Partido Revolucionario de los Trabajadores, el Partido Demócrata Mexicano y el Partido Mexicano de los Trabajadores, no incluimos en nuestra iniciativa de reformas.

Desde mi partido consideramos, que un partido político que se presenta con votación democrática como una alternativa frente al pueblo, reconoce y está dispuesto a aceptar y respetar la voluntad popular, reconoce y está obligado a velar y defender la soberanía nacional y esto, en los términos de los artículos 39 y 40 constitucionales, se expresan con meridiana claridad.

La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo, todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste, el pueblo tiene - en todo tiempo - el inalineable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos. Con esta claridad expresada en los artículos 39 y 40 constitucionales, consideramos que los partidos para manifestar su voluntad política, deben manifestarla en su actitud en los organismos colegiados electorales, estos organismos electorales no deben estar dispuestos para garantizar las posiciones e intereses de un grupo o partido, sino para salvaguardar la soberanía del pueblo, a lo cual se está subordinado por vocación y por convicción y por lo que es un derecho irrenunciable de los partidos políticos, intervenir en los órganos y procesos electorales, mediante los cuales el pueblo dicta su mandato soberano.

Esta inclusión de esa palabra de órganos colegiados electorales, amaña y presenta una argumentación que no está contenida ni en la exposición de motivos ni en las reformas propuestas por los cinco partidos de oposición auténtica de México.

En el dictamen que rechazan las proposiciones hechas por los partidos de auténtica oposición en México, señala en su página seis que en la parte final del artículo 41 señala en su tercer párrafo al definir, a los partidos como organizaciones de ciudadanos, que tiene como finalidad hacer posible el acceso de estos al ejercicio del poder público.

La iniciativa que nosotros proponemos, establece como obligatoria la afiliación individual de los ciudadanos a los partidos políticos, prohibiendo expresamente la afiliación a los mismos de entidades jurídicas diferentes a las personas físicas. Sobre este aspecto de nuestra iniciativa, el dictamen plantea que la comisión que suscribe, considera que la adición al artículo 41 se propone en la iniciativa, resulta contrario a la necesidad que hoy existe en preservar la autonomía de las organizaciones y fortalecer a los partidos políticos.

Esta es la conclusión de la comisión frente a las evidencias que nos dan, por ejemplo: los artículos

5o. y 127 de la Constitución de la Confederación Nacional Campesina o el artículo 74, inciso c) de la Confederación de Trabajadores de México, que se refiere al capítulo de obligaciones y derechos de los socios individuales, cuando el artículo 74 dice que son obligaciones de los socios individuales, inciso c) afiliarse al partido al que pertenezca la Confederación; y su artículo 109 declara que la Confederación de Trabajadores de México es miembro del Partido Revolucionario Institucional. Si esto tiene consistencia con la conclusión de la comisión, tendríamos que confrontarlo también con el mismo argumento que pretende esgrimir la comisión al citar el artículo 9o. constitucional.

En relación a las respuestas que ya desde el Secretario de Gobernación y que ahora incluía en su intervención el Diputado Urióstegui, referentes a que el sistema de representación proporcional integral, con el cual nosotros pretendemos que la representación nacional obtenga una verdadera representatividad popular, la argumentación que se presenta es de que se pulverizará la voluntad popular y de que no sería posible conciliarlo con el arraigo regional que requiere la representatividad de los diputados. Y que hay desperdicios de votos y por lo tanto, se propone el sistema mixto por mayoría, - aunque sea ficticia - porque en la iniciativa del Ejecutivo, si no se logra la mayoría con un mecanismo que se propone, se integra una mayoría.

Nosotros sostenemos que al contrario; si el pueblo de México sabe que si de cien votos, un partido obtuvo sesenta; de cien diputados, un partido tendrá sesenta; que si el pueblo sabe que si de cien votos, un partido tuvo diez, de cien diputados ese partido tiene diez; sabe entonces que su voto va a ir a la Cámara de Diputados, que su voto va a representar su adición a un programa de gobierno, su selección por un candidato y por un programa que se resuelven claramente y de ello, solamente hace expresiones de rechazo sin argumentar el dictamen que se resuelve con la presentación de listas regionales que se votarían estatalmente.

El dictamen que nos propone la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en la que se desecha la iniciativa presentada por los cinco partidos de oposición auténtica en México, no presenta una argumentación y sí la iniciativa presentada por los cinco partidos, representa una argumentación en contra de la iniciativa que proviene del Ejecutivo, revestida de ser una iniciativa de consenso, que viene jactándose de ser producto de un análisis de una concertación nacional a través de los foros de consulta popular. No es posible que haya tal antagonismo entre la propuesta de las cinco fuerzas políticas que presentamos una iniciativa, tal antagonismo frente a la iniciativa que proviene del Ejecutivo cuya única finalidad, es hacer las reformas necesarias para permanecer a toda costa en el poder. Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado César Augusto Santiago Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. César Augusto Santiago Ramírez: - Con su permiso señor presidente; compañeras, compañeros diputados: ha sido difícil poder organizar bien la argumentación para debatir al orador anterior, porque, aparentemente en su primera parte dio una demostración que me parecía de buena fe, para que el debate se conduzca en niveles de altura, con una reflexión inicial que debo decir al inicio, yo comparto, hay que principiar por hacer una seria reflexión sobre lo que entendemos por democracia, desafortunadamente para mi, en la segunda parte de esta intervención, ya fue difícil seguir esta línea inicial de argumentación aparentemente sólida, porque se tocaron tantos temas de manera tan arbitraria, diría yo, que al final de cuentas, de los tres dictámenes en discusión, no quedó muy claro si estaba en pro de qué y en contra de qué.

En mérito de esto, quiero precisar que mi intervención obedece a manifestarle en pro del dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que propone la modificación de varios artículos constitucionales, a iniciativa del Ejecutivo y en contra de un dictamen, también de esa comisión, que desecha las propuestas de adiciones y reformas a varios artículos constitucionales, suscritos por varios partidos; y voy a tratar de que en el curso de mi intervención explique por qué estoy en pro y por qué estoy en contra.

Debo decir al inicio que, toda esta larga exposición que acabamos de escuchar, yo tengo dos coincidencias, desafortunadamente muy sencillas con el señor diputado: una, que el debate va a ser muy largo y dos, que hay necesidad de definir primero qué es la democracia. Señoras y señores diputados: yo creo y debo dejar sentado, como primicia inicial de mi intervención, que la democracia ha transformado a México, la democracia es un valor que hemos sabido consagrar en nuestra Constitución, con la sabiduría suficiente para que este valor no se agote en el mero ejercicio del voto, sino más bien con una concepción mucho más amplia, la democracia expresa, en esta sabia definición constitucional, un proyecto de organización nacional y que afirma

la soberanía del pueblo para determinar el acceso al poder público, pero que también conformó una estructura jurídica que propone un régimen político y un sistema de vida nacional en constante perfeccionamiento, por eso la democracia en México está presente en todos los actos de la vida cotidiana, se reitera en todas nuestras instituciones, en nuestros planes y programas de desarrollo y constituye el mejor vehículo para articular a todos los grupos sociales que componen nuestra República soberana, para armonizar e integrar todas las proyecciones geográficas de la corriente fundamental del pueblo de México.

La democracia es, para la mayoría de los mexicanos, nuestro vehículo más fuerte de unión con los ideales, con las razones que guían a este pueblo nuestro por la vía revolucionaria y constituye nuestra mejor arma de lucha para conformar una sociedad igualitaria con las definiciones de justicia social que nuestra Constitución consagra.

Esta, señores diputados, es nuestra concepción de democracia, no tenemos - por fortuna - una concepción ramplona de la democracia que la desnaturaliza para concebirla como un mero ordenamiento jurídico para la realización del sufragio y porque no concebimos de manera tan limitada la democracia, es precisamente por la que nuestra concepción democrática la mantenemos en constante perfeccionamiento con una capacidad tal, que pueda responder de manera permanente a las modificaciones de la vida social y conformar sus instituciones y sus normas de acuerdo con esa realidad y de acuerdo con esas demandas.

Han sido en verdad profundas las transformaciones sociales que nuestro país ha vivido, y profundas también sus modificaciones políticas, y esto nos ha permitido integrar un orden jurídico - político que responda a las características de la idiosincrasia de nuestro pueblo, y a las peculiaridades de nuestro ser nacional.

Yo creo que en la amplia y bien documentada exposición del diputado Urióstegui, él señaló por qué la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales consideró procedente la iniciativa del Ejecutivo, él habló con propiedad e hizo una evaluación de lo que nos ha pasado en materia de orden jurídico electoral, él ha reseñado cómo, paso a paso, sin prisas, pero siempre acordes con la demanda del requerimiento social motivador, el país ha respondido con una estructura jurídica justa y adecuada.

Si las condiciones sociales cambian, así necesariamente también debe cambiar el orden jurídico electoral y esta iniciativa que estamos discutiendo hoy, es justamente la cúspide de un proceso paulatino que se ha venido dando en el curso de los últimos años para ir integrando una verdadera renovación política electoral, para entenderla cabalmente; no hay que verlo de manera aislada como simples normas y reglas mecanisistas para, de manera microscópica vigilar el ejercicio se sufragio. La reforma constitucional es la culminación de un proceso bien concebido, madura y responsable que viene a dar las respuestas en este momento a las demandas de una sociedad mexicana que tiene la composición justa que en esta Cámara también se representa.

De manera gradual, al inicio de este sexenio, se propuso un proceso de renovación electoral que principio con las reformas al artículo 115 constitucional, de manera gradual se propusieron y fueron aprobadas modificaciones substanciales para el funcionamiento de esta Cámara de Diputados, para la realización de dos períodos ordinarios en vez de uno.

Y ahora, en la cúspide de esta conformación de renovación electoral, viene esta propuesta; es evidente que si pretende ver esta iniciativa de manera aislada y como siempre se juzgan sus cosas, sin referirse en el contexto de lo que la mayoría del pueblo de México entiende por democracia, de lo que la mayoría del pueblo ha logrado a través de un proceso histórico en el que todos hemos sido partícipes; de la forma y manera en la que está compuesta la sociedad mexicana, de lo que ha hecho de la vida nacional, un proceso dialéctico de cambio estructural y de renovaciones en sus instituciones, poca importancia vamos a darle a esta iniciativa; pero hay que verlo en sus razones más íntimas, para entender por que es la respuesta adecuada en un momento adecuado.

Señores diputados, antes de proseguir para señalar de manera muy breve ¿por qué estimo que el dictamen es correcto en esta materia? y ¿por qué también es correcto el dictamen que rechazó la propuesta de los demás partidos? Antes de precisar estos señores diputados, quiero solamente decir algunas cosas en relación con la iniciativa que, como ya se anuncia, serán motivos de un debate muy largo.

Es evidente que en la iniciativa se reafirma el principio de la mayoría, hay una clara definición, la democracia implica el gobierno del pueblo, pero con una definición de mayoría, los sistemas de representación proporcional en este contexto son un avance que reconoce que en el gobierno de las mayorías debe tener participación la minoría, debe tener participación la minoría y ahí no

comparto categóricamente la afirmación del diputado García Cervantes de que el poder se comparte, señor diputado, el poder ejerce, no se comparte.

Es evidente que la iniciativa propone también una composición distinta para la Cámara y en eso también hay que reconocer que la iniciativa es actual, porque mejora, en un reconocimiento a la participación de las minorías, mejora el porcentaje de éstas o, cuando menos, sus posibilidades para acceder a mayor de curules en esta Cámara de Diputados.

La fórmula de la legislación que estamos discutiendo propone mejorar esta representación en los términos reales en que se manifestó en las últimas elecciones que hemos vivido y, por esto, la composición de un 70 y un 30% que mejora repito, la participación de la minoría en la Cámara y que limita la posible sobre - representación de la mayoría.

Es importante señalar la precisión de la nueva ley que comentamos. Hablar de que ahora define sus cinco circunscripciones plurinominales para que de entrada haya una delimitación clara de los campos de acción en los que habremos de movernos, pero tal vez, de los elementos en los que con mayor vehemencia pienso, - la iniciativa es positiva - , es en algo que peyorativamente se quiere comentar y es en la ratificación del principio de la autocalificación de las elecciones. No se trata aquí de discutir, si en el Colegio Electoral gana el Partido Revolucionario Institucional o pierde el Partido Acción Nacional, se trata de discutir, cuando se habla del principio de autocalificación de las elecciones, de darle al Poder Legislativo todo el poder, el respeto y la vigencia que debe tener para tomar las propias determinaciones de Constitución, de su propio ser.

Yo no concibo cómo, quienes hemos dedicado parte de nuestra vida al ejercicio legislativo, podemos pensar que hay que limitar la capacidad del Poder Legislativo para poder autocalificarse, es el principio de lo que está en discusión, y ese principio que en la iniciativa se reafirma de manera categórica, motiva a una persona que piensa que el Poder Legislativo es un órgano de la mayor transcendencia en nuestro país, su necesaria solidaridad independientemente de la posición ideológica de que nosotros nos ostentemos, es el principio el que está en discusión.

Finalmente, la reforma propuesta por el Ejecutivo contiene un artículo 60, que da una corresponsabilidad expresa de los diversos integrantes del Estado en la realización de las elecciones, que habla de la facultad irrenunciable del Gobierno para preparar, desarrollar y vigilar las elecciones, porque el proceso electoral, por sus importancia, es necesaria y forzosamente de interés público; pero propone además, que esta facultad, que esta correspondencia así delimitada, tenga un órgano administrativo autónomo que revise sus decisiones con autonomía y que, finalmente, legitime el proceso cuya responsabilidad recae irrenunciablemente en el Gobierno.

Son algunos comentarios que motiva mi manifestación en favor del dictamen que propuesto la Comisión de Gobernación en relación con la iniciativa del Ejecutivo y voy hacer algunas consideraciones en relación con el segundo dictamen.

Veo con preocupación y lo confieso, algunos rostros de mis estimados colegas diputados, porque al inicio de mi exposición dije que estaba en contra del segundo dictamen, cuando debí de haber dicho que estoy en pro del segundo dictamen que desecha la propuesta de los partidos de oposición; recojo la preocupación amistosa con buen sentido, yo sé que en estos debates todo mundo está propenso a cometer errores y es un error que rectifico.

Vamos a ver cuáles serían nuestros puntos de vista en relación con esta iniciativa. Yo he mostrado un gran respeto por las firmas que causan esta iniciativa, porque gente respetable firmó esta iniciativa, porque gente seria que trabaja en sus distintas posiciones ideológicas - y ellos mismos lo dicen en el texto de sus iniciativa - .Por primera vez en la historia parlamentaria de este país, hay esa vinculación para hacer una propuesta; personalmente lamento que esa propuesta conjunta haya sido tan desafortunada, lamentablemente yo creo que la prisa por querer presentar esta iniciativa - y lo digo esto sí de muy buena fe - , no hubo el tiempo necesario para revisarlo dos o más veces y, entonces, en este criterio, pues yo simplemente voy hacer algunas reflexiones de por qué el dictamen es acertado, sobre la base exclusiva de lo que dice la exposición de motivos de esta iniciativa.

Hay desde luego objeciones de fondo, objeciones de fondo en cuanto a las propuestas, pues son diametralmente opuestas, pero en esta iniciativa me da la impresión que en la exposición de motivos, lo que dice la exposición de motivos, no corresponde a lo que quisieron decir después, o mejor dicho, los artículos no responden a lo que quisieron decir en la exposición de motivos. En el primer párrafo de la exposición de motivos, "la falta de democracia se ha convertido en uno de los mayores problemas del país"; es una tesis de

Acción Nacional, pero yo digo que el problema que ellos han querido convertir es muy serio, es el problema del ejercicio del sufragio, que no el de la democracia.

Yo no se, porque aquí hay una definición de fondo que es importante determinar, yo no se si los otros cuatro partidos que firmaron esa iniciativa comparten el concepto de democracia que señaló el Partido Acción Nacional, porque eso es lo que dice la primer línea de esta exposición de motivos: "llevar al país por el camino de la democracia es una responsabilidad de la sociedad en su conjunto"; de acuerdo, y especialmente de las organizaciones creadas con el propósito de encauzar la actividad política de los ciudadanos, correcto, los partidos estos tienen la obligación de procurar el establecimiento de normas mediante las cuales... etcétera.

Bueno ¿qué no el proceso de establecimiento de las normas lo fija la ciudadanía a través de sus representantes constituidos? ¿o vamos a proponer entonces un régimen electoral o político o democrático o como quieran llamarle, en que las normas para que se le dé vigencia al sistema de que se trate, lo fijen los partidos sin recurrir a los órganos del Estado legalmente constituidos? yo pienso que la definición de democracia, el concepto de democracia de esta página inicial, es muy desafortunada y que el señalar que los partidos tienen ya la obligación de fijar normas también establece una confusión muy delicada en relación con los órganos del poder que tienen esta competencia, hay muchos más detalles, hay muchos más detalles.

La democracia exige que la sociedad sea, a través de sus representantes, los que establezcan las reglas. Esto sí es correcto, pero esto está en desacuerdo con que sean los partidos los que establezcan las reglas; para eso, los partidos tienen una representación en los órganos parlamentarios, para que ahí se de el debate que finalmente fijen las reglas.

En la página segunda, apenas en la segunda, se establece en la exposición de motivos una, que para mi, es una gran contradicción frente a lo que se dice en la primera página. En la primera página es la democracia, la falta de democracia, el mayor problema de México y, en la segunda, es el respeto escrupuloso al sufragio popular. No solamente es un principio democrático, sino también una vital necesidad de la sociedad.

Y en este párrafo se establece justamente lo que Acción Nacional ha venido diciendo muchas veces. El problema no es un problema de falta de democracia, es un problema para ellos de cómo ejercemos el derecho del voto y, por ahí, vienen todas las lamentaciones.

En este párrafo se pretende, más bien dicho no se pretende, se dice, que esto es lo que motiva a la iniciativa y abajo, hay una de las frases que, para mi gusto, es de lo más desafortunada, habla de que: "las grandes decisiones del Gobierno, cuando los gobiernos tratan de imponer un orden jurídico y leo textualmente -, en nuestro tiempo constituye una de las bases ideológicas que encubren el atropello de las libertades democráticas".

Bueno, esto es cierto, pero esto es cierto si estamos hablando de un Gobierno fascista, que no es el caso, yo entiendo que esta frase salida de la vehemencia del discurso que tantas veces hemos escuchado de Acción Nacional, nunca debió ponerse en este segundo párrafo, segunda hoja de esta iniciativa, a la que estoy haciendo referencia.

Luego, en la página tercera, se hace alguna manifestación obvia en el sentido de que no se está de acuerdo en que sea la mayoría la que establezca las reglas en el debate político electoral, y se dice que una minoría , una pobre minoría, la que dicta las normas. Sucede que esta pobre minoría a que se refieren, es la que en las últimas elecciones obtuvo 17 millones de votos, es natural que esta manifestación se tiene que reflejar en la composición de los órganos que crea y por eso jamás se puede manejar como argumento porque es falaz el que una minoría, el que una minoría...

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - ¿Me permite una interpelación?

El C. César Augusto Santiago Ramírez: - No lo acepto compañero, al final, con mucho gusto.

Retomando, este es el problema de las interpelaciones, vamos a retomar la línea de lo que estaba diciendo. Yo creo que los puntos totales en los que ya se ha hecho referencia, no hay manera de establecer una conciliación porque la propuesta que estoy comentando frente a la anterior, contiene dos enfoques distintos, pero lo que es importante, e insisto una vez más, es ver la exposición de motivos porque ésta es la que expresa el verdadero carácter de los artículos, esto es lo que explica el por qué de ese consenso que aquí se viene a presentar y se ha presentado como un hecho inusitado en la historia de este país, y esto se escucha y se lee muy claramente en la página cuatro de la exposición de motivos en la parte final, porque esto es muy claro y ejemplifica el resto de la exposición de motivos.

Además de las modificaciones legales, dice la exposición, es indispensable - y esto es muy importante porque es literal -, es indispensable transformar las bases reales de sustentación del poder, eso es lo que dice la exposición de motivos; se trata de transformar las bases reales de sustentación del poder y esto sí explica la consecuencia de la propuesta que estamos discutiendo, porque si se pretenden transformar las bases reales de sustentación del poder, para que ya no sean las mayorías las que dicten las normas y su ejercicio posterior, ¡bueno! pues entonces si puede ser que tenga razón la iniciativa de que estamos haciendo referencia. No se trata de transformar las bases reales de sustentación del poder; éstas tienen una sola legitimación y que es el Gobierno producto de las mayorías, la mayoría es la base real de la sustentación del poder y debemos entender que para este proceso, para transformar esas bases, es que se pretende que ahora sean las minorías las que tomen las decisiones en la Constitución y en la conformación del Gobierno.

Hay en esa misma página - y esto ojalá que se interprete de buena fe -, algo que reafirma mi aseveración de que fue vista esta iniciativa y preparada con gran ligereza. Voy a leer textualmente el párrafo, lamentable párrafo: "este planteamiento común se ha traducido por vez primera en la historia legislativa del Congreso en una iniciativa de diversos partidos para modificar la Constitución Política de los Estados Unidos". ¡De los Estados Unidos!, hay que mandarla entonces al Congreso de los Estados Unidos, es lamentable porque esto es textual de la iniciativa presentada en esta misma secretaría.

Finalmente, compañeros diputados, yo dije al inicio de esta intervención que era importante confrontar los criterios totales que permean cada uno de los proyectos y, he hecho, estos señalamientos, aparentemente superficiales, porque sirven para reafirmar lo que dije al inicio de mi intervención, desafortunadamente el proyecto fue presentado con ligereza, esto lo evidencia y espero que en el otro curso de este debate haya la oportunidad para que esta confrontación aclare los problemas de fondo que yo creo están perfectamente delimitados.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Señor diputado...

El C. César Augusto Santiago Ramírez: - Sí, con mucho gusto.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Con respecto al dictamen de la Comisión, quisiera me aclarara qué significa la siguiente afirmación textual: "ratifica con precisión en que los sistemas de representación deben permitir la integración de poderes, de acuerdo al pluralismo social, y político que caracterizan a la sociedad mexicana", ¿es un error, o qué quiere decir? El C. César Augusto Santiago Ramírez: - No. Yo no quiero...

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Porque eso en castellano significa algo muy concreto: la integración de poderes de acuerdo con el pluralismo social y político de la sociedad mexicana actual, considerando el régimen de partidos

. El C. César Augusto Santiago Ramírez: - Mire usted compañero Terrazas, yo creo que lo que dice el dictamen es totalmente correcto, en la integración del orden jurídico se expresan las determinantes para conformar los poderes, nuestra propuesta, la propuesta que estamos defendiendo, propone una ratificación de lo que para mí representa la composición nacional, la presencia dominante de una mayoría y una proporcionalidad para los partidos minoritarios.

Esto es a lo que se refiere el párrafo que ha leído usted y eso es lo que propone la iniciativa, un sistema mixto con dominante mayoritario, en el que siga existiendo el dominante de mayoría que es característico de cualquier régimen democrático; pero, que por el avance que ha habido en los métodos y mecanismos electorales, se ha conformado un sistema de representación proporcional, se adopte paralelo, para no dejar fuera de la toma de decisiones políticas a las minorías que también tienen una representación. No creo pues, que esta lectura tenga otra interpretación posible. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Arnoldo Martínez Verdugo, del Partido Socialista Unificado de México.

El C. Arnoldo Martínez Verdugo: - Ciudadano presidente; ciudadanos diputados: hace nueve años, la reforma política que tenía planeada el país, aquella que se hacía más urgente para distintas fuerzas de nuestra sociedad, era la que debería llevar a propiciar la organización de los ciudadanos en partido y a garantizar sus plenos derechos a la participación electoral y su acceso a los órganos de representación popular.

Precisamente el hecho de que la reforma de 1977 tuvo el mérito de abrir la participación a nuevas fuerzas organizadas en partidos, aún cuando dejó en pie el conjunto del sistema electoral, nosotros, y se puede decir que las principales corrientes de

la opinión pública la aprobamos y la consideramos un avance de significación, aunque, repito, era una reforma que se refería solamente a un aspecto muy limitado del conjunto de nuestro sistema electoral, pero respondía a una exigencia nacional; porque tras 32 años de congelamiento de la vida política, de negación a los derechos de numerosas fuerzas que intentaron organizarse en ese tercio de siglo, resolvía una cuestión que permitía hacer un avance en el desarrollo político de nuestro país; pero aquella reforma no atacó al conjunto del sistema electoral y, por eso hoy, están planteadas tareas más de fondo, más importantes, más significativas para impulsar el desarrollo político del país. La principal de estas reformas, es la relativa a la necesidad de introducir modificaciones que garanticen la limpieza del proceso electoral. Que aseguren o avancen hasta lograr la transparencia del ejercicio del sufragio, la garantía de una calificación objetiva de los resultados electorales y, también, la existencia de mecanismos de apelación respecto de anomalías y otros aspectos relacionados.

A mí me parece que en este conjunto de cuestiones es donde tiene que definirse el carácter de una reforma hecha en estos momentos, esto es lo que puede determinar si es un avance, si es un mantenimiento de la situación actual o si es un retroceso. No digo que éstas sean las únicas cuestiones que deban ser modificadas para avanzar en la determinación de nuestro país, pero éstas son aquellas que tienen el carácter prioritario; como el diputado Santiago Ramírez dijo aquí: que en esto todo está en orden, pero yo simplemente le aconsejo que escuche el rumor de la calle, algo le podrá decir, no son todavía los aspectos del sistema de representación. Para otros países, sí están en el primer plano estos aspectos para la reforma política; aquí también tienen que introducirse esos elementos, pero en donde creo yo que la atención de los diputados debe estar, es precisamente en aquello que preocupa a los sectores que participan de la función electoral y aquellos que se niegan a incorporarse a este proceso y que son la mayoría de los mexicanos y como estos aspectos no se reforman, - incluso algunos empeoran los avances, que los hay en la propuesta y nosotros no los vamos a negar a la hora de referirnos con precisión a ellos -, se vuelven secundarios, muy accesorios, porque no están precisamente yendo a resolver las cuestiones maduras hoy ante gran parte de nuestro pueblo, como estos aspectos centrales no se modifican - repito - sino algunos empeoran; la reforma que saldrá de este debate dejará pendiente el aspecto más urgente de la actualidad que es la democratización de la vida nacional.

Por ello, las fuerzas de la izquierda, las grandes fuerzas de la democracia de nuestro país tendrán que trabajar, para encontrar nuevas formas de acción, para impulsar el cambio de fondo del sistema electoral impuesto por el Partido Revolucionario Institucional; un sistema que es la burla de todos los estudiosos de los sistemas electorales en el mundo a pesar de lo que se quiera decir en contra.

Los aspectos del sistema electoral que la iniciativa de los cinco partidos de oposición pretende modificar, se refieren centralmente, no únicamente pero centralmente, a la cuestión del órgano encargado de la preparación, el desarrollo, la vigilancia y la calificación del proceso electoral, lo que en nuestros textos se llama la Comisión Federal Electoral; se refieren también a la forma de garantizar un padrón electoral que no sea manipulable y a la creación de un órgano de apelaciones con capacidad real, independencia y autonomía para decidir sobre todas las cuestiones litigiosas, pero el proyecto presidencial y el dictamen de la Comisión de Gobernación que lo avala, no se contentan con mantener las formas actuales del control del Gobierno sobre la Comisión Federal Electoral, sino que van mucho más allá, pretenden sentar, en la propia Constitución, las bases para que este control sea más abierto, más burdo y más ofensivo para los ciudadanos y para las distintas fuerzas políticas.

Y ésta no es una cuestión secundaria, como se pueden considerar otros elementos de nuestra legislación, es perfectamente sabido aquí y en el extranjero que, el control por el Gobierno de todo el proceso electoral es la causa principal de la manipulación de los resultados electorales y de la desconfianza creciente de los ciudadanos; y esto, al parecer, no lo quiere comprender la mayoría de esta Cámara, no lo quieren comprender las fuerzas dominantes de este país, piensan que esto es lo que les va a garantizar su perpetuación en el poder, pero yo creo que esto es lo que va haciendo más vulnerable ese poder.

Y por eso y porque hay necesidad de que los mexicanos cuenten con órganos electorales dignos de la confianza del elector en los que participen las distintas fuerzas integrantes del proceso, que son el Estado, que son los partidos, que son los ciudadanos, y participen en condiciones en que ninguna de estas fuerzas pueda incorporarse sobre las otras y ejercer una voluntad irrestricta y no sometida a ningún control, como es lo que se pretende afianzar en esta iniciativa y en este dictamen.

Lo grave de este aspecto de la iniciativa es que pretende volver constitucional, consagrar en la Carta Fundamental el control del Gobierno sobre el proceso electoral, haciéndolo, además, exclusivo. Esto es lo que dice textualmente la reforma

de la iniciativa presidencial, artículo 60, que el dictamen aprueba y que dice: - y lo dice, que yo sepa por primera vez, cuando menos no está en la legislación de 1947 para acá - "que corresponde al Gobierno Federal la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales". Esto es lo que se pretende y seguramente se va a introducir: corresponde al Gobierno Federal.

En la discusión de la comisión, nosotros insistimos en que en lugar de este párrafo se introdujera un párrafo que consta en la legislación vigente de la actual Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y que plantea la cuestión en términos muy diferentes, que nosotros aceptaríamos, que darían una modificación significativa a la cuestión de a quien corresponde la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, el párrafo que nosotros propusimos y que vamos a sostener, desde luego, dice así:

"El Estado, los ciudadanos y los partidos políticos son corresponsables de la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral".

En la discusión se hicieron algunas argumentaciones con argumentos, yo creo, muy superficiales, para eliminar esta propuesta de nuestro grupo parlamentario, argumentos algunos como el de aquellos que pretenden identificar Gobierno Federal con Estado, - que yo creo que no merece ni siquiera la pena discutir -, y otros, haciendo referencia a que hay un párrafo muy secundario en el cual se habla de la corresponsabilidad de partidos y ciudadanos, pero que no está en la Constitución y que está desligado completamente del párrafo determinante que le otorga en exclusividad al Gobierno Federal, no al Estado como quieren decir, la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, pues todo proceso electoral, toda organización electoral que se basa en este principio, es absolutamente parcial, desconfiable, y no va a incorporar nuevas fuerzas a la lucha, a la participación electoral, en nuestro país y, por eso, yo insisto en que la conducta razonable de una parte de esta Cámara advierta la significación y los daños de este punto que está a punto, cuya aprobación es inminente; creo que es evidentemente un retroceso, conduce a una Comisión Federal más controlada y más restrictiva.

Otra cuestión, es la propuesta de los cinco partidos de oposición, propusimos que fuera la propia Constitución la que definiera el carácter de la Comisión Federal Electoral como un organismo público, autónomo, permanente, con personalidad jurídica y patrimonios propios, y en cuya integración participarían representantes del Estado, de los ciudadanos y de los partidos políticos. A nosotros nos parece que avanzaría nuestro sistema político si definimos, de una manera más compleja, - por el estilo de la que nosotros estamos proponiendo - el órgano fundamental encargado de las elecciones. Propusimos también que esta Comisión tuviera facultades para calificar las elecciones de los miembros del Congreso de la Unión.

En nuestra propuesta, para resolver sobre las impugnaciones a la calificación de las elecciones por la Comisión Federal Electoral, se propone la introducción de un Tribunal Federal Electoral cuyas resoluciones serían definitivas, ese es nuestro punto de vista.

La iniciativa presidencial propone también crear un tribunal, lo cual no deja de ser cierto avance y nosotros lo reconocemos; sin embargo, la iniciativa y el dictamen establecen que sus resoluciones serán obligatorias - las de este tribunal - pero que podrán ser modificadas por los colegios electorales y, creo que todos coincidiremos en que el tribunal propuesto por el Gobierno tendrá siempre carácter supeditado a los colegios electorales, ¿qué son, en última instancia, los colegios electorales?, los que están previstos por la iniciativa y aprobados por el dictamen, no son sino órganos en los que siempre prevalece el criterio del partido que tenga la mayoría y, por lo tanto, sus decisiones, en última instancia, no son de aquellas que tengan la competencia de lo que en estas decisiones se requiere, que es: imparcialidad, que es objetividad en las decisiones; yo creo que en esto es en lo que consiste y en otras cosas también - pero a mí me parece que esto es central -, el daño de la autocalificación, que se mantiene en la iniciativa y en el dictamen.

Pero hay otro aspecto del tribunal, que es el referido a su integración. Nuestra iniciativa de los cinco partidos de oposición, señalaba y aspira a que esto figure en la propia Constitución porque es una cuestión fundamental, que este tribunal fuera integrado por tres partes iguales, tres pociones, tres sectores; una tercera parte de sus miembros serían representantes designados por los partidos políticos; otra tercera parte serían ciudadanos que deberían reunir los requisitos que señalara la ley y que serían designados por el sistema de insaculación, sistema de insaculación que ya también se pretende eliminar, en el Código. Y una tercera, una tercera parte debería integrarse por ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación designados también por el sistema de insaculación. Un tribunal integrado de esta forma, sería digno de la confianza de los ciudadanos y se eliminarían un conjunto de problemas que surgen siempre en torno a la cuestión de la calificación y de las apelaciones.

Pero la iniciativa que va a aprobar dice que el tribunal va a ser designado por la Cámara de Diputados y, otra vez volveremos al asunto, ¿que es la Cámara de Diputados?, no es ninguna abstracción: dominan; ahora domina un partido, después pueden dominar otros , pero siempre habrá aquí una mayoría o una coaliciones dominantes, y esos son los que van a determinar, los de la mayoría, la integración de este tribunal, de tal manera que resultará un tribunal subordinado y controlado por la mayoría y también indigno de confianza.

Otro aspecto, yo me voy a referir ahora a todos los aspectos de nuestra iniciativa en su contraposición con la presidencial, es el que se refiere a un aspecto central que tiene que contener cualquier reforma política democrática, que es el de garantizar la plena libertad individual en el ejercicio del sufragio, que no está garantizada por nuestras leyes y que está vulnerada a fondo por las prácticas impuestas desde hace muchos años, y que están ligadas a una larga lucha por el control, la manipulación y la conversión a cero, o a una insignificancia cuando menos, de esa gran fuerza que es el movimiento sindical de nuestro país.

Yo creo que la afiliación colectiva a un partido o a otro, a los partidos políticos de sindicatos, poblaciones campesinas y de colonos, esa es una expresión de atraso del sistema político, ese es un elemento que, si bien me dirán que existe en otros países como Inglaterra, como Japón, etcétera; yo no sé de otros pero en éstos existe y por eso, nosotros lo justificamos; pero precisamente en esos países, esto es algo de lo que rebasa también al movimiento sindical y rebasa también al sistema político y por eso, nosotros somos insistentes y vamos a seguirlo siendo por principios de clase y no por visiones abstractas de la democracia, de la necesidad de que se prohiba la afiliación a los partidos y organizaciones sociales de todo tipo, y de que sus miembros gocen de la plena posibilidad de ejercer su voto libremente y no caigan bajo ninguna forma de coacción.

La forma como la mayoría y el Gobierno responden a estas propuestas, a veces resulta hasta irracional, como se pudo observar por la respuesta que dio a esta proposición el secretario de Gobernación, Bartlett, el cual nos acusó prácticamente de pretender destruir estas organizaciones. Cierto que no le pudimos contestar directamente en ese momento al secretario Bartlett, pero cualquiera que conozca algo de la historia, dirá que la fuerza en la cual nosotros estamos, en la que hemos permanecido hace mucho tiempo, ha sido de aquéllas que dio el máximo de su esfuerzo a la construcción del movimiento sindical de los últimos cincuenta años del presente siglo y que somos de aquellos que hemos defendido más el movimiento sindical de nuestro país pero que, como otros, hemos sido también marginados del movimiento sindical por diversas formas: la corrupción, la violencia, las leyes y, todo eso, para llevarlo a que el movimiento sindical se convierta en uno de los pilares de sustentación de un régimen político y un sistema económico que le son ajenos por completo a sus intereses y a su naturaleza de clase.

Hacemos también nosotros distintas propuestas, orientadas como otros partidos lo hacen también, a cambiar el llamado sistema mixto con dominante mayoría por un sistema de representación proporcional completo. No hay en estos argumentos capaces de convencer a nadie, de que este sistema de mayoría, con algunos aditamentos de representación, puede ser mejor que el sistema de representación general, que es el sistema más moderno, el sistema que avanza sistemáticamente sobre los sistemas que inicialmente surgieron, los sistemas democráticos, sobre la base de la mayoría simple, pero que fueron siendo modificados y cambiados, naturalmente con retrocesos, a medida que las poblaciones de fuerzas, van favoreciendo a los sectores de la reacción, como pasó hace muy poco en Francia, que tratan de hacer más mayoritario y menos representativo el sistema de elecciones.

Vamos a seguir insistiendo, porque indudablemente que en la marcha de nuestro país, que no está efectivamente estático hacia la democracia, vamos a llegar, y para esto hace falta que se defiendan estos principios, aún cuando no existan posibilidades de que sean llevados a la Constitución y a las leyes

. Pero, la iniciativa presidencial, introduce algunos mecanismos que en efecto acercan, hacen menos desequilibrada la representación y en cierto modo impiden la sobre representación de un partido, el partido de la mayoría y la subrepresentación de los partidos minoritarios.

Es un pasito, es algo que nosotros no vamos a dejar de señalar como aspecto positivo , sin embargo, en la argumentación general que se da el en sentido de que hay un avance de gran significación, yo creo que aquí se introduce un elemento que echa abajo también estos aspectos, en aquéllo en lo que algunos hemos llamado la introducción de una cláusula de seguridad, que tiende a garantizar la mayoría absoluta en la Cámara, aun cuando los votos no le hayan dado a un partido más que una mayoría relativa, y la mayoría relativa es mayoría en cualquier parte del mundo. Pero aquí se trata de que el Gobierno, previendo evoluciones negativas, yo creo que hace bien en prever una evolución negativa de su votación, se cura en

salud y se asegura una mayoría por la vía más inadecuada, es decir, por la vía que hace suponer que se está manteniendo aquí una forma de elección que no es directa, que introduce elementos de elección indirecta de los diputados cuando permite que se agregue un número que no corresponde a los votos recibidos, cuando éstos no alcanzan a la mayoría absoluta de la votación.

Por todo esto, nosotros rechazamos los dictámenes de la Comisión de Gobernación, y mantendremos la lucha por el contenido de nuestra iniciativa.

Pero rechazamos también esto, porque aspectos grandes, necesidades patentes de democracia en nuestro país, se dejan simplemente de lado, se aplazan al arbitrio de Gobierno, como es la solución del otorgamiento de los derechos políticos de los diez millones de ciudadanos del Distrito Federal, cuestión que no ha sido presentada por el Ejecutivo, que como se sabe, se le piensa dar una solución, simplemente para crear una forma que ni aparece en nuestro sistema constitucional, de una asamblea con facultades absolutamente insuficientes para cubrir las exigencias democráticas del centro de nuestro país; y también porque se deja al Senado en las condiciones de ser una institución monolítica, unipartidista impenetrable, y se deja sin representación a un porcentaje muy significativo de los ciudadanos que votan por senadores de otros partidos.

Por todo ello y para concluir, quiero decir, que esta reforma no va a atenuar, probablemente va a acelerar el gran movimiento democrático que se está formando en este país y que seguramente va a barrer con estas instituciones atrasadas que la iniciativa está defendiendo y que el dictamen de la comisión recomienda que se apruebe. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Fernando Ortiz Arana, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Fernando Ortiz Arana: - Con su permiso señor presidente; compañeras y compañeros diputados: yo voy a dividir mi intervención en tres partes: la primera de ellas, contendrá afirmaciones, la segunda; tratará de señalar coincidencias, y finalmente, me habré de referir a las divergencias respecto a los puntos de vista que se han planteado por quienes están en contra de los dictámenes.

La reforma constitucional propuesta al constituyente permanente por el Presidente de la República, no trata, como aquí se ha dicho, de innovar para conservar y menos aún implica retrocesos.

Nosotros estamos convencidos que las reformas a la Constitución, planteadas por una parte, respecto a la conformación de la representación política en esta Cámara, y respecto a todo el proceso electoral, significa un avance importante en el proceso de democratización que ha sido una constante en nuestro país.

Los diputados del Partido Revolucionario Institucional, con toda convicción y analizando profundamente las propuestas, estamos ciertos que habrán de permitir el ensanchamiento de la democracia nacional y en síntesis la unidad democrática del pueblo mexicano.

El señor diputado Arnoldo Martínez Verdugo expresaba, como es normal que ocurra en este debate, los puntos de vista que concertaron varios partidos en una iniciativa, y además y dentro de ellos, el punto de vista particular de un partido que el representa, en el que ha luchado muchos años, y es normal que en una discusión y en un debate como este, las posiciones en gran proporción dependan también de la posición ideológica que cada partido guarde al respecto. Sin embargo, él señalaba que se dan pasos con esta reforma que plantea el Presidente, no todos - decía él -, y pasaba posteriormente a señalar los puntos de vista particulares de su partido, contenidos en la iniciativa que suscribieron cinco partidos políticos.

Hacía referencia el señor diputado Martínez Verdugo, a que se avanzó sustantivamente en la reforma política planteada en 1977. Nosotros sostenemos que este es un avance muy significativo el que hoy se plantea en la reforma constitucional, que como bien apreciaba mi compañero diputado César Augusto Santiago, no puede verse aisladamente, es cierto, forma parte de todo un proceso histórico del pueblo mexicano, por darse primero un sistema democrático propio, y por buscar consecuentemente con ese afán, su perfeccionamiento a través del derecho y de las vías constitucionales.

Hay toda una historia del pueblo mexicano en sus afanes por alcanzar sistemas cada vez más democráticos, que cada vez muestren con mayor claridad, cual es el resultado del sufragio efectivo por la ciudadanía. Y esto en la época moderna arranca prácticamente desde la lucha de Madero por el sufragio efectivo, pasa posteriormente por el reconocimiento de la legalidad de los partidos políticos que otorga el voto a los jóvenes, a la mujer y se llega a un sistema mixto de representación proporcional.

Hoy, estamos debatiendo tres dictámenes: uno de ellos el planteado por el Presidente de la República en su iniciativa, en el que se establece sin

duda, avances muy significativos para el desarrollo democrático del país. Varios partidos diferentes al mayoritario en esta Cámara han expuesto en mayor o menor grado que consideran avances en la iniciativa Presidencial. El diputado Martínez Verdugo, sostenía en esta tribuna, que a su juicio la iniciativa Presidencial, motivo de uno de los dictámenes, no va al fondo de las cuestiones del proceso electoral; decía que no se va al fondo buscando normatividad que garantice mayormente la pureza del sufragio, que la calificación no le parece efectiva, ni tampoco los mecanismos de apelación.

Con objeto de darle orden a esta intervención, voy a referirme a los puntos medulares que contienen la iniciativa que motivó el dictamen y que aquí han sido tratados por el diputado Martínez Verdugo.

Varios partidos políticos plantean en su iniciativa el sistema de representación proporcional integral o puro como quiera llamársele, frente al sistema mixto que plantea la iniciativa. Para este planteamiento se sostiene que este sistema, puede representar mas auténticamente, mas fielmente, la voluntad de la ciudadanía emitida en las urnas ; vale entonces, que contratemos ambos sistemas, el de la mayoría relativa y el de representación proporcional. Ya en su comparecencia en esta Cámara, el Secretario de Gobernación señalaba cuales son ventajas y desventajas de ambos sistemas.

El sistema de mayoría, relativa es un sistema que permite de aquellos candidatos que obtengan el mayor número de votos, obtengan las curules, y generalmente el partido que gana las elecciones obtiene la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados.

Se dice que es el sistema más accesible a la ciudadanía y que además da un peso específico al voto de cada uno de los electores. Sin embargo, el sistema de mayoría relativa tiene también como desventaja de una gran cantidad de votos que pueden emitirse en favor de diferentes candidatos de diversos partidos políticos, al no obtener el triunfo, no tengan posibilidad de representación en la Cámara de Diputados.

El sistema de representación proporcional integral se señala por algunos que pudiera responder, más fielmente a la voluntad de la ciudadanía en tanto se permitiría una composición de la Cámara, derivada porcentualmente, de los votos que obtuviera cada partido a través de las listas que registrara con sus candidatos. Este sistema también ha sido ampliamente estudiado, hay muchísimos autores que lo tratan y que establecen los inconvenientes, que el sistema de representación proporcional integral significa, no sólo para la composición de una Cámara, sino incluso para la misma ciudadanía o para el mismo electorado.

El sistema de representación proporcional integral que se plantea en la iniciativa, propone una elección prácticamente por programas y más que por individuos o personas. Ciertamente el sistema fragmenta la opinión ciudadana y en poco ayuda para un representación auténtica en la Cámara Federal de Diputados.

Desde 1977 en la reforma que hacía referencia Arnoldo Martínez Verdugo, nuestro país, recogiendo el origen de las reformas de 1963, vigoriza un sistema de representación mixto con predominante ciertamente mayoritario como aquí ya se ha señalado. Con ello se pretende establecer, y más ahora en la iniciativa, un complemento al sistema mayoritario y un correctivo a los inconvenientes que el sistema mayoritario en sí mismo puede significar. Por eso nos parece que la propuesta contenida en la iniciativa presidencial motivo del dictamen, en virtud de la cual, se incrementa a 100 diputados más por el sistema de representación proporcional, ampliará las posibilidades de una Cámara mayormente representativa, no sólo en cantidad sino en calidad, habrán de llegar diputados de todos los partidos políticos a enriquecer el debate público que aquí siempre se está dando.

En otra parte de su intervención, el señor diputado Martínez Verdugo, refiriéndose a parte del contenido del artículo 60, establecía que le parece inadecuado, incorrecto, indebido, que en el texto constitucional se establezca la responsabilidad primaria del Gobierno Federal en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, y que debería de ser - planteaba el diputado, y seguramente lo hará cuando en lo particular se discuta el artículo 60 -, que fuera el Estado al que se señalara la responsabilidad en la preparación, vigilancia y desarrollo del proceso electoral.

Aquí vale la pena distinguir que la delimitación entre Estado y Gobierno, es precisa en el ámbito del derecho constitucional, aun cuando no sea en el ámbito de las ciencias sociales en general. Por Estado debe entenderse la totalidad que integran las dimensiones normativas y organizativas de una población constituida en una corporación territorial, dotada de un poder de mando original.

El Estado como totalidad, se diferencia de la dimensión parcial de las personas físicas y morales que lo integren, la segunda, son los elementos

singulares que integran al primero. Dentro del ámbito del derecho electoral, los partidos pueden concebirse como antes parciales que en ningún caso representan a la totalidad del Estado ni aún todos los partidos políticos en conjunto, llenan la representación popular de la totalidad que conforma el Estado.

Sabemos que el Estado mexicano está compuesto de niveles de Gobierno; el federal y el de las entidades Federativas, y que en ambas el ejercicio del poder del Estado se encuentra distribuido en tres órganos. Sin embargo, cada uno de los órganos, en el ámbito de su competencia, representa al Estado mexicano; el Gobierno es como se sabe, uno de los tres elementos que conforman al Estado, otros dos, el territorio y la población.

La competencia para llevar a cabo los procesos electorales federales en México, se plantea que corresponde al gobierno federal, y esto es adecuado, si bien en algunos países la responsabilidad de operar el proceso electoral corresponde a entidades autónomas; debe interpretarse en esos casos, que el Estado delega en ellas el cumplimiento de una de sus funciones, pero que sigue siendo una responsabilidad del propio Estado.

En México, la realización de las elecciones federales es una de las responsabilidades que sin duda, debe corresponder al Gobierno Federal, por otro lado, no debe perderse de vista, que la operación misma del proceso electoral es delegada por ley en una estructura orgánica en cuya cúspide se encuentra una entidad autónoma, la Comisión Federal Electoral, donde representantes del Poder Ejecutivo y el Legislativo, los dos órganos de elección popular del mismo Estado, concurren con los partido políticos como corresponsales y representantes de los diversos intereses parciales de la sociedad.

Por eso, el texto del planteamiento que se hace en el artículo 60 es adecuado, no se trata de que el Estado, de ninguna manera y menos aún el Gobierno Federal, controle la elección, en ésto concurren los partidos políticos y concurren representantes del Congreso de la Unión, de cada una de sus Cámaras.

Otra parte de la Intervención del señor diputado Arnoldo Martínez Verdugo, se refería muy en especial a lo que ellos plantean en su iniciativa respecto a la afiliación colectiva en el artículo 41; establecer una prohibición al derecho de asociación implicaría una violación al artículo noveno constitucional. Por otro lado, debemos recordar que las organizaciones sean sindicales, agrarias o de colonos, disfrutan de plena autonomía para tomar sus decisiones.

Desde el punto histórico, vale la pena recordar que muchos partidos, incluyendo el partido comunista, se formaron a través de integrar organizaciones sindicales, organizaciones de base.

Bien señala el diputado Martínez Verdugo, cuando después de comparar el sistema mixto con el de representación proporcional integral, señala, si no le entendí mal, las propuestas del Presidente, a su juicio, evitan desequilibrios en la representación y habrán también de evitar los excesos de sobre representación o subrepresentación. Que bueno que esto se mencione en la intervención del diputado Arnoldo Martínez Verdugo. El decía que en las reglas que se plantea para la asignación de diputados por el sistema de representación proporcional, se establece lo que el llamó una cláusula de seguridad para que exista una mayoría siempre en ésta Cámara. Lo señalado compañeros de mi partido que me antecedieron en el uso de la tribuna, el sistema político mexicano parte del supuesto de una democracia sustentada en principios mayoritarios, sin embargo, en la propia iniciativa que se plantea, se estipula también un límite para que ningún partido exceda de cierto número de curules en la Cámara, y al instaurar la posibilidad de 200 diputados de representación proporcional sin duda se crece de manera significada, prácticamente el 40% de la integración de la Cámara, será por el sistema de representación proporcional, sin perjuicio de los triunfos mayoritarios que puedan obtener los partidos políticos.

Se dice que no se entra a fondo en la cuestión electoral, que no se establecen normas que den mayor certidumbre jurídica al resultado de las elecciones, en esto tampoco coincidimos con el diputado Martínez Verdugo.

Todos conocemos el proyecto de Código Federal Electoral y sabemos, que hay significados avances en lo que se refiere al padrón electoral, que se amplían los plazos para su revisión, que se establecen comisiones y comités técnicos de vigilancia para que se esté pendiente de cómo se integra la lista ciudadana para la emisión del sufragio, que se instaura un permanente proceso de depuración del padrón electoral, respecto a lo que señalaba el diputado Arnoldo Martínez Verdugo, de que no se avanza en los procesos de apelación, yo pienso que es evidente el avance que se plantea en el Código Federal Electoral.

Se instauran los recursos igual de revocación, de revisión, de queja y apelación y se crea un Tribunal de lo Contencioso Electoral que para efectos de la imparcialidad de sus resoluciones, no podría contar dentro de sus integrantes a miembros de partidos políticos que obviamente tienen interés legítimo en el resultado de las elecciones.

También el diputado Martínez Verdugo pasó por el sistema de autocalificación, el señalaba que a su juicio debió de otorgarse a un órgano diferente de las propias Cámaras, a mi me parece que la iniciativa que propone el Presidente al establecer que el Colegio Electoral en esta Cámara pueda ser integrado por la totalidad de los presuntos diputados con constancia, viene a vigorizar de manera muy significada un principio que permite la autonomía plena al Poder Legislativo Federal.

Estos y muchos avances más contiene la propuesta que sin duda, van a significar también un avance en el desarrollo democrático del país, que habrán de permitir una mayor representatividad de la ciudadanía en esta Cámara, que establecen correctivos al sistema de mayorías, que amplían el sistema de representación proporcional, todo esto es para nosotros algo de lo que estamos totalmente convencidos y por ello apoyamos y apoyaremos en el momento de la votación todos los priístas, el dictamen mediante el cual se propone aprobar la iniciativa de reformas del Presidente de México. Muchas gracias. (Aplausos.)

EL C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Graco Ramírez Garrido Abreu, del Partido Socialista de los Trabajadores.

El C. Graco Ramírez Abreu: - Compañeros diputados: en el marco de la discusión de la reforma constitucional, propuesta por el Ejecutivo Federal y de las iniciativas y dictámenes también de un conjunto de partidos representados en esta Cámara de Diputados, quisiéramos enmarcar nosotros con mucha responsabilidad, que el marco de esta discusión acerca del futuro político de la nación mexicana se da en una circunstancia de crisis económica grave y severa, reconocida por lo propios funcionarios que recientemente han comparecido ante esa soberanía, y por ello eleva la responsabilidad de la Cámara de Diputados para poder enfrentar en condiciones de alta responsabilidad, el debate acerca de estas iniciativas.

La crisis económica puede transformarse en crisis política y estamos observando manifestaciones o estamos en la antesala de una peligrosa descomposición política, quiero referirme en particular al ambiente de intolerancia, a la forma en que se está prejuzgando todo proceso electoral en nuestro país, ello implica partir del principio de que las conquistas democráticas alcanzadas por el pueblo de México, si bien no son suficientes, no tienen por qué descalificarse de manera tan rotunda; para las fuerzas revolucionarias sobre todo de carácter obrero y popular, es necesario valorar con mucha responsabilidad lo que significan los avances democráticos en nuestro país, y el hecho mismo de que estemos representados crecientemente en muchas instancias de la vida política nacional, cosa que no ocurría hace algunos años.

No podemos convertirnos en agentes de las fuerzas interesadas en observar el ejercicio de la democracia con toda una tendencia de crear la desmobilización de una visión apocalíptica sobre la participación del pueblo y, repito, de una rotunda descalificación de la participación de los partidos y el pueblo en el ejercicio de sufragio en México. Y lo digo también, porque el ambiente que prevaleció el día de ayer en esta Cámara de Diputados, esa expresión de una política de provocación, de una política que busca exacerbar, que descalifica todo, que está vigilante del menor detalle, no para contribuir y mejorar el ejercicio de los diputados y del trabajo de ésta Cámara, sino simplemente manifestar con cualquier detalle, repito, del funcionamiento parlamentario, una constante posición de provocación que debe ser considerada con mucha responsabilidad, sobre todo por los compañeros de la mayoría en esta Cámara de Diputados.

No podemos degradar el trato político en la Cámara de Diputados, no podemos olvidar nuestra función primordial en la Cámara de Diputados; el parlamento, el debate, el diálogo, la discusión, la concertación, el desacuerdo, están por encima de la vulgar provocación y de la política o de la postura política que plantea negar todo en función de su propia existencia. Es por ello que nosotros hicimos un gran esfuerzo en comisiones, por lograr que ésta iniciativa del Ejecutivo particularmente, tuviese la posibilidad de encontrar el consenso, la concertación y desafortunadamente, esto no se pudo lograr y es más grave todavía nuestra preocupación porque con el legítimo derecho que tenemos todas la fuerzas políticas de manifestar nuestros puntos de vista, y el marco de libertad y respeto con que debemos manifestar nuestras posturas y nuestros puntos de vista acerca de las iniciativas que vamos a discutir, nos preocupa grandemente que no exista una actitud de poder encontrar en cuanto al código que se nos plantea próximamente, una vez realizada la reforma constitucional correspondiente, el que no haya posibilidades también, como ocurrió en la iniciativa del Ejecutivo, de poder observar y recoger puntos de vista de otras fracciones.

Para el Partido Socialista de los Trabajadores se trata de fortalecer la unidad democrática del pueblo, de fortalecer la legalidad constitucional, la legalidad constitucional en estos últimos años, sobre todo para las fuerzas de la izquierda, se ha convertido en cauce de lucha política; la legalidad para las fuerzas revolucionarias se ha convertido en oportunidad de acrecentar nuestra presencia y el

acercamiento y contacto por un mayor número de trabajadores y de fuerzas en México.

La legalidad constitucional debe ser preservada y considerada como una expresión estratégica sobre todo por las fuerzas revolucionarias, porque la posibilidad de romper el orden constitucional en nuestro país no serviría por ahora a las fuerzas revolucionarias, serviría a las fuerzas de la contrarevolución, serviría a las fuerzas del exterior interesadas en acentuar, preservar y profundizar su presencia en la vida nacional. Es por ello, que cuando hablamos de una reforma o renovación política, se está hablando de la expresión de la soberanía popular, se está hablando del ejercicio que los mexicanos tenemos que realizar y podemos realizar, y debemos profundizar para poder perfilar desde nuestras posiciones, desde nuestras propuestas, el tipo de nación que queremos. Es por ello que este debate tiene una gran significación, que esta discusión que comenzamos el día de hoy tiene un gran significación y consideramos que es quizá el tema legislativo más importante que podemos enfrentar en esta LIII Legislatura y que se trata de poder garantizar al pueblo de México, mejores condiciones para poder expresar su derecho soberano mediante el sufragio y el ejercicio democrático.

Nosotros entendemos entonces que hay grandes enseñanzas históricas, grandes enseñanzas históricas que nos han llevado y nos llevan a reconocer la importancia de fortalecer la soberanía popular, y compañeras y compañeros diputados, si la soberanía del pueblo se fortalece, se fortalece la capacidad de defensa de la soberanía toda en nuestro país.

Para nosotros toda reforma parte del principio del avance, toda reforma se plantea como principio esencial, avanzar y todo aquello que se plantee como reforma y no contenga el principio de avanzar, es simple y llanamente una contrareforma. Por todo ello nosotros pensamos que a todas las fuerzas políticas y sobre todo a las fuerzas revolucionarias, a las fuerzas socialistas, a las fuerzas de carácter obrero nacional y popular, nos debe preocupar seriamente la abstención de muchos mexicanos en el ejercicio de su derecho al sufragio, y debe ser motivo de profunda autocrítica, en primer lugar de nosotros, las organizaciones políticas para observar que esa abstención de muchos mexicanos obedece también no sólo a la manera en que se comporta el sistema electoral, sino a la incapacidad política que hemos demostrado para derrotar esos mecanismos de manipulación electoral y para poder concertar a las fuerzas mayoritarias de México hacia una definición más contundente por medio del sufragio.

Si observamos sin entrar a la materia del Código Federal Electoral, una peligrosa tendencia en esta reforma, una peligrosa tendencia a fomentar y a reconocer el bipartidismo como expresión política; el bipartidismo como expresión política con un agregado del tripartidismo, de lo que se ha llamado la convergencia forzosa de las fuerzas, pero desde el punto de vista y ahí el deslinde con nuestros compañeros, deslinde respetable, muy respetable con ellos, con los compañeros de la izquierda, es que no podemos pensar que la defensa de un proyecto democrático en México parte de hacer nuestras las concepciones de un concepto de democracia que no es el de las fuerzas mayoritarias de carácter obrero, campesino y popular; que un concepto formal democracia como el que puede plantear la derecha, no puede ser avalado en nombre de condenar a un sistema electoral que por un conjunto de factores que pueden golpear al conjunto mismo de las fuerzas políticas, justifique plantearse con estas fuerzas de la derecha una concepción del futuro democrático de nuestro país, porque finalmente se coincide en lo mismo, se coincide compañeros en que quien se fortalece es la tendencia que efectivamente está acosando al aparato del Estado; es la tendencia política y económica que está expresándose como la gran segunda fuerza política y si bien pensamos nosotros que es correcto defender la democracia de una democracia, repito, sin adjetivos, sin una democracia como concepto histórico, partido de principios muy claros desde el punto de vista de lucha de clases, estamos corriendo el riesgo las fuerzas de la izquierda de ser expresión de un tripartidismo donde la tercera fuerza por ahora sea la izquierda, muy lejos de esa derecha, que inconsciente o conscientemente con algunas iniciativas estamos impulsando o están impulsando algunos compañeros.

Nos debe preocupar desde el punto de vista político esto compañeros, no es un problema mecánico, no es un problema de maniqueísmo, repito, de maniqueísmo tramposo y ramplón de decir que quienes no estamos de acuerdo con la alianza con esta fuerza de la derecha, dejamos de ser oposición real verdadera, se parte del principio y no está con el Partido Auténtico de la Nación, no está con la democracia y esto es falso, absolutamente falso. (Aplausos.)

Por ello nosotros consideramos que la izquierda tiene proyecto propio, que la izquierda tiene cabeza propia, y que izquierda puede encontrar muchos más aliados en un conjunto de fuerzas obreras, sindicales y campesinas, que en fuerzas que representan objetivamente desde el punto de vista ideológico, político, histórico, intereses radicalmente ajenos a los nuestros como proyecto histórico y político, me refiero al de la izquierda. Por

eso nosotros también nos deslindamos de esa iniciativa firmada por cinco partidos políticos.

Nosotros no estamos por garantizar un sistema bipartidista, y reconocemos que el sistema mixto por ahora, discrepando también con los compañeros, el sistema mixto de mayoría y proporcionalidad o representación proporcional contribuya garantizar la presencia de la fuerza de la izquierda por ahora objetivamente, y un sistema de total proporcionalidad aceptaría substancialmente a las fuerzas de la izquierda, fomentaría el esquema bipartidista en política, y en política compañeros, tenemos que ser profundamente consecuentes, en política no se puede apostar a un futuro utópico, sin ver las realidades que se están moviendo en la vida económica - social y por supuesto política.

Por todo ello nosotros pensamos que este sistema mixto ha sido deformado en la iniciativa del Ejecutivo Federal, deformado porque aseguran, asegura para la mayoría, haciendo uso de la representación de las curules de representación proporcional, una mayoría objetiva en esta Cámara de Diputados.

Y esto no es un avance, por más estadísticas y porcentajes que nos quieran dar, como fue planteado aquí con el Secretario de Gobernación y quizás sea planteado por compañeros de la mayoría que vengan a esta tribuna y dirán eso, amplía a la representación y la participación de las fuerzas que tienen representación proporcional con respecto a la mayoría, a la representación de mayoría. No hace falta que el partido mayoritario asegure mecánicamente su mayoría en esta Cámara haciendo uso de la representación proporcional no hay justificación histórica ni política para ese seguro mecánico y hacer uso si es necesario de las curules de representación proporcional.

No estamos ante un sistema parlamentarista donde la alianza de las fuerzas definen al Gobierno desde el punto de vista constitucional, el régimen presidencialista no se está cuestionando por la composición de la Cámara. Y daríamos más sentido político, y daríamos un avance más grande a la Cámara de Diputados, si la integración en un momento dado de un bloque de fuerzas mayoritarias se diese como expresión de una responsable política de alianzas y de una responsable política de concertación en defensa de un proyecto y aquí simple y llanamente se asegura la mayoría a la mayoría. Creo que es innecesario, pensamos que sale sobrando, pensamos que ésto simple y llanamente parte de una visión de profunda desconfianza en quienes elaboraron la iniciativa, en quienes pensaron en ella y en quienes desde el poder piensan que hay que asegurar a toda costa la mayoría en este país, y ese tipo de medidas con esa versión ideologizada de la fuerza de la intolerancia contribuyen a deteriorar el ejercicio, sano de la vida política en México.

Por otra parte nuestro partido, y debemos decirlo, presentó una iniciativa acerca del artículo 34 constitucional, nosotros pensamos que es muy importante ensanchar la participación política en México, ampliar los cauces de participación política en nuestro país.

Hace pocos días el procurador Sales Gazque reclamaba mayor penalidad para los jóvenes que delinquen a partir de los 16 años, desde el punto de vista laboral agrario hay responsabilidad para los jóvenes a partir de los 16 años, pero desde el punto de vista político se le niega a esa gran fuerza de jóvenes que han mostrado y seguían mostrando, en la producción, en la educación, en el marco mismo de la crisis que niega perspectivas a cientos de miles y millones de esos jóvenes, su derecho a definir su giro político de su país. Y sabemos, que esta iniciativa que no pedimos que fuese dictaminada ahora, tendrá reconocimiento en los próximos años, porque será necesario reconocer por la tendencia de que este país es un país forjado y formado por jóvenes, tendrá que ser reconocido ese derecho, a partir de los 16 años. Por eso no quisimos caer en esta situación de haber que se tiene que dictaminar frente a las iniciativas del Ejecutivo y dejar en comisiones nuestra iniciativa para que sea considerada en su momento, cuando las condiciones sean inobjetables para reconocer ese derecho a los jóvenes, a integrarse plenamente a la vida política a partir de los 16 años.

Nos parece grave de esta iniciativa, lo que se refiere al artículo 57 constitucional, el Senado no va a ser más democrático, más pluralista, porque se elija parte de él, cada tres años. Compañeros, tampoco es justo el principio, quizás lo fue en su momento, de que la expresión del Senado, es la expresión del pacto federal, y que la integración del Senado en el Poder Legislativo del Congreso de la Unión es la expresión del pacto federal, yo creo que eso fue válido en sus orígenes, ¿pero qué acaso los partidos políticos no somos entidades de interés público? ¿que acaso los partidos no le podríamos agregar al Senado de la República el carácter de representación del pacto federal y el carácter de representación del pacto nacional, expresándose en él también las fuerzas políticas?

Creo que el Senado no expresa avances con lo que se ha planteado aquí, no expresa ninguna posibilidad de cambio sustancial de haberse aceptado lo que se planteó en las consultas por parte del Partido Socialista de los Trabajadores de un

Senado sí que represente a las entidades. las entidades que forman esta República, pero también que representan a las entidades políticas que conforman la vida nacional, y nosotros también queremos insistir en esta definición del Gobierno como responsable de las elecciones como establece el artículo 60.

El principio del derecho electoral, la expresión más avanzada del derecho electoral es la corresponsabilidad del ejercicio de las elecciones, de la realización de las elecciones, se podrá decir que el Gobierno como responsable político, desde el punto de vista constitucional, ahora con esta reforma, con esta agregado, se convierte en garante del ejercicio de la soberanía popular. No, no puede ser única y exclusivamente el Gobierno, el Estado en su conjunto, ¿cómo explicar entonces la participación de la Cámara de Senadores y Diputados en la Comisión Federal Electoral?, ¿cómo entender entonces la calificación de las elecciones por parte del propio Poder Legislativo erigido en Colegio Electoral? ¿cómo entender entonces la participación de los partidos políticos como corresponsables ahora, unos de primera y otros de segunda, como viene en el código hasta ahora, en el proceso electoral?, ¿cómo entender entonces que es responsabilidad exclusiva del Gobierno?, es corresponsabilidad del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo y de los Partidos Políticos y en ese sentido esto representa un retroceso, representa una limitante, representa una visión de que puede ser justificada jurídicamente pero que desde el punto de vista político, desde el punto de vista de la expresión democrática, significa un retroceso.

Señores el Gobierno es el responsable de las elecciones, que salga la Cámara de Senadores y Diputados de la Comisión Federal Electoral, porque es una representación del Estado, y que el Ejecutivo con algunos partidos, se encarga de realizar las elecciones, tal como se observa en el Código Electoral, y esto no es un avance, esto es expresión de retroceso, una grave expresión de retroceso.

Pensamos también nosotros, que aunque no viene en esta iniciativa, es necesario observar la composición de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. No vemos, no vemos consecuente, que se cometa el error cometido en la anterior reforma política; que crece ésta Cámara, que crece la representación política de esta Cámara y la Comisión Permanente del Congreso de la Unión representa el espíritu estrecho y sectario, y conservador del Senado de la República. Siquiera que el avance también se de, en que ante el número de diputados que serán ahora, haya una expresión consecuente de la Unión.

Y tenemos que hacer un gran esfuerzo porque vamos a estar inmersos en la discusión quizás para este período, en condiciones muy difíciles vamos a estar inmersos en una discusión del Código Federal Electoral. Y mi partido tiene una preocupación, no cometamos el error de seguir conservando un reglamento interior que para algunos es una manía de obsesión para querer desarticular y provocar el ejercicio legislativo de esta Cámara. Pero compañeros un reglamento como el que tenemos, no tiene nada que ver con la composición actual y las funciones actuales de esta Cámara de Diputados, una Ley Orgánica que debe considerar incluso la forma democrática de gobierno que debe tener esta Cámara de Diputados, que no pueden seguir expresados en una Gran Comisión, integrada por los coordinadores de diputaciones de las entidades federativas. Requieren participar en la Gran Comisión en la conducción de esta Cámara los partidos políticos, y la preocupación nuestra es que podamos cumplir con el acuerdo de tener una nueva Ley Orgánica, un nuevo reglamento y entrar compañeros diputados a una iniciativa de esta Cámara para poder reformar la Constitución, y que la Comisión Permanente exprese un avance, también en la representación que tiene ya esta Cámara de Diputados, y dejemos de privilegiar al Senado en esta composición de la Comisión Permanente, que margina a las fuerzas políticas que participan en esta Cámara.

Es por todo ello compañeros, que en la expresión de esta reforma constitucional no es lo completa que debe ser, que quisiéramos que fuera, y por otra parte compañeros diputados, no parte del principio, esta reforma no parte del principio, de lo que debe fortalecerse la soberanía popular, y lo que debe fortalecerse es el ejercicio democrático de los derechos de este pueblo, y creo, y pensamos nosotros la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, que por el contenido y por las observaciones que hemos hecho no podemos compartir esta iniciativa del Ejecutivo, y no podemos estar de acuerdo con ella.

Y queremos exhortar a los diputados de la mayoría, a realizar un esfuerzo muy responsable para que no tengamos el grave precedente de que la aprobación del Código Federal Electoral se realice, como ahora esta reforma constitucional, simplemente con el voto a favor de la mayoría, ello no contribuye al avance democrático. Muchas Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Diego Valadez Ríos, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Diego Valadez Ríos: - Ciudadano presidente; ciudadanos diputados: recojo con entusiasmo la exhortación formulada por el diputado Graco Ramírez, y a mi vez formulo a él mismo y a todos los integrantes de esta honorable legislatura, una del mismo tenor para que no hagamos de este debate un simple intercambio de opiniones entre parlantes y sordos.

El propósito de venir a la tribuna, el propósito de que aduzcamos las razones que a cada quien nos asisten es justamente el de tratar de persuadir no a algunos, sino a todos si esto fuera posible, de la legitimidad de nuestros puntos de vista.

Voy a abordar, en este sentido, los diferentes planteamientos que el ciudadano diputado del Partido Socialista de los Trabajadores ha formulado en esta tribuna para acotar aquellos aspectos en los cuales es posible señalar una coincidencia, y aquellos otros con relación a los cuales es conveniente hacer puntualizaciones que quizá nos lleven a un entendimiento de fondo.

Coincido plenamente con la afirmación del diputado Ramírez, en cuanto a que esta discusión, es crucial para el destino de la política mexicana, y que quizá aquí estamos protagonizando uno de los más importantes debates que correspondan o que han correspondido, por lo menos hasta este momento, a la Quincuagésima Tercera Legislatura.

Por mi parte, vengo a defender con entusiasmo y convicción, los términos del dictamen que aprueba y recomienda a la aprobación de esta asamblea, la iniciativa de reformas a la Constitución formulada por el Ejecutivo de la Unión, porque entiendo que allí se recogen muchas de las aseveraciones que planteó de manera positiva el diputado Graco Ramírez, y que vista con detenimiento podrán llevar al propio diputado y a los miembros de la fracción parlamentaria del partido que representó en esta tribuna, al convencimiento de que lejos de ser una reforma que pretende orientar al partido a un bipartidismo, a la República a un bipartidismo o a un tripartidismo, lo único que hace es fortalecer el esquema pluralista, el esquema de pluralismo al cual todos los aquí presentes debemos, al ser representantes de la nación.

Dice el diputado Graco Ramírez, que debemos fortalecer la legalidad constitucional del país, y esta es justamente la ratio que domina la iniciativa del Ejecutivo, como es precisamente el tema que prevalece en la exposición de motivos que el propio Ejecutivo presentó antecediendo a su iniciativa, como lo es a su vez el dictamen formulado por la mayoría en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Se trata de que este Congreso que es representantes de los intereses generales de la nación, recoja de manera mas amplia y cabal, las preocupaciones generales del país, y que pueda encauzar mediante nuevos procedimientos de selección para los representantes nacionales, y mediante un mayor número de representantes mismos de la nación, las inquietudes que el pueblo mexicano legítimamente anhela ver satisfechas.

Hay aspectos de los señalados por el diputado Ramírez, que evidentemente resultan de preocupación generalizada, uno de ellos, es el que atiende al problema de abstencionismo, señala él, por el comportamiento del sistema electoral. Quizá sea una actitud en extremo reduccionista, decir que solamente en el sistema electoral depende el problema del abstencionismo. Hay cuestiones de orden sociológico, cultural, que trascienden o complementan el problema estrictamente legal del sistema electoral y también esas cuestiones deben ser abordadas, pero no como responsabilidad de un partido, sino como tarea colectiva de todos los órganos que tienen a su cargo por disposición de ley y por vocación política encauzar la representación de la ciudadanía.

La tarea de educar a la colectividad y de orientarla para que vote, para que participe, para que haga valer los derechos que la Constitución y sus leyes reglamentarias le confieren, es una tarea de carácter colectivo, no depende solamente de una organización política, ni depende solamente de una disposición normativa.

Decir esto, es practicar un reduccionismo, que no se justifica políticamente, y el diputado Ramírez es un político muy versado que no puede incidir en actitudes reduccionista. (Voces.)

El C. Graco Ramírez Garrido Abreu: -¿Me permite una interpelación?

El C. Diego Valadés Ríos: -Si el señor presidente lo autoriza, con mucho gusto diputado Ramírez.

El C. Graco Ramírez Garrido Abreu: -Señor diputado Valadés, partiendo de su principio, de que no es un diálogo de sordos, el Partido Socialista de los Trabajadores, deslinda de esa concepción, de que es el sistema político electoral, la única fuente para el abstencionismo hábil de una profunda autocrítica ideológica de la participación electoral.

El C. Diego Valadés Ríos: - Celebro la corrección del señor diputado y coincido con su punto de vista.

Por otra parte, hay un aspecto que el diputado Ramírez trata ya, refiriéndose de manera expresa a la naturaleza de la iniciativa y a sus alcances políticos y jurídicos, y es que dice que puede propiciar una - si me equivoco en el calificativo, podría el propio diputado corregirme - peligrosa tendencia hacia el bipartidismo y, en su caso, al tripartidismo. No comparto esa aseveración.

Justamente y en esta tribuna, fue planteado por el Secretario de Gobernación uno de los problemas que se tiene de optar, rígidamente, por la posibilidad de la representación mayoritaria como sistema único de representación o de la representación proporcional, como sistema único de representación, es que se corre el riesgo, o bien mediante el primer extremo de potenciar efectivamente el dipartidismo o bien mediante el segundo extremo de pulverizar la representación partidista de los ciudadanos. Y lo que se trata al conectar ambos sistemas, el de representación mayoritaria y el de representación proporcional, es justamente no dar pábulo a que se incurra en ninguno de los dos extremos que pueden ser considerados como los vicios, o en su caso, para no apellidarlos de esta forma, como los defectos que han probado en la experiencia de otros países, los sistemas de representación mayoritaria exclusiva o de representación proporcional pura.

En esta medida, la iniciativa del Presidente de la República, secundada por el dictamen de la Comisión de Gobernación, tiende precisamente a evitar que ese fenómeno señalado por el diputado Ramírez, se lleve a cabo, ojalá que el diputado Ramírez haya podido atender con la agudeza que le caracteriza, los argumentos que en su momento propuso y planteó desde esta tribuna el Secretario de Gobernación, los argumentos que ya han sido reiterados particularmente por el diputado Ortiz Arana, y que vienen a combalidar justamente lo contrario de lo que el diputado Ramírez señala, vienen a combalidar la pertinencia de un sistema de representación mixto, aquí se dijo, que el sistema actualmente esta en vigor, establece una proporción de 70 a 30, entre los sistemas de representación mayoritarias y de representación proporcional.

El que ahora se plantea, es un sistema de 60 a 40, parecido en todo caso, al que no hace muchos años, todavía estaba en vigor en Alemania, antes que entrara en vigor el que actualmente existe, que establece un mecanismo de 50-50.

Creemos que esto da respuesta a la inquietud formulada por el diputado, que da respuesta a la inquietud que pueden alentar muchos otros diputados integrantes de esta soberanía, y que justamente pueden llevarles a convencerse de las bondades de dar un paso más hacia adelante, por otra parte, en ningún momento se a dicho que ésta sea una reforma que ve fin al proceso de transformación institucional del país, el propio dictamen, que tienen todos los ciudadanos diputados a la vista, señala en su página seis, que esta iniciativa del Presidente, corresponde a una secuencia histórica y de ninguna manera los diputados de esta legislatura, ni los integrantes de este Poder Constituyente permanente del cual forma parte la Legislatura LIII, vamos a conjugar la posibilidad de que la secuencia histórica tenga continuidad.

De ninguna manera estamos conculcando al futuro las posibilidades de transformación, estamos simplemente planteando las posibilidades de transformación, que a la luz, de la experiencia acumulada y de acuerdo con las posibilidades que actualmente, nosotros podemos ver, apreciar, es posible que tengamos -el propio dictamen dice, que se procura avanzar sustantivamente - en el proceso siempre inacabado de mejoramiento de la representación democrática

. No estamos planteando que esta reforma sea - repito - una reforma petrea, es una reforma más, representa otro hito, si es que se llega a aprobar en el proceso evolutivo nacional, proceso evolutivo nacional que comenzamos hace muchas décadas, cuando el sistema electoral comenzó a se rectificado.

Tengamos presente que en México es posible acotar diferentes formas de representación en el curso de nuestra historia. Casi un siglo de vida independiente, prevaleció la representación de las minorías en virtud del sistema de elección indirecta, existente desde 1824 hasta 1911.

De 1911 hasta 1977 prevaleció el criterio de la representación de las mayorías, pero desde 1977 hasta la fecha se ha impuesto un tercer criterio que viene a superar la de la representación minoritaria y al de la simple representación mayoritaria, para establecer la conjugación de ambas formas de representación.

En una República moderna, caben mayoría y minoría y tienen derechos que asisten por igual, a minorías y a mayorías; las minorías tienen entre otros, el supremo derecho de convertirse en mayoría y esto lo conculca la iniciativa que estamos discutiendo, por el contrario lo propicia al hacer más fértil, más fructífero el debate político en el seno de la República política de la cual formamos parte.

Es necesario señalar...

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Señor presidente ¿le puede preguntar al orador si me permite una interpelación?

El C. Diego Valadés Ríos: - Con todo gusto señor diputado, si el presidente lo permite.

El C. presidente: - Si está de acuerdo el señor diputado.

El C. Diego Valadés Ríos: -Si, señor presidente.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - ¿Esa última afirmación suya indica que el poder puede ser compartido con la minoría señor diputado?

El C. Diego Valadés Ríos: -Ciudadano diputado, lo que acabo de decir, aspiré hacerlo con la mayor claridad posible, es que toda minoría dentro del sistema jurídico y político mexicano tiene el derecho de convertirse en mayoría, cuenta con los elementos para ello y debe aspirar a ello.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Y permítame para que me quede claro.

El C. Diego Valadés Ríos: -Si señor diputado.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - ¿Mientras siga siendo minoría no comparte de ninguna manera el poder?

El C. diputado Diego Valadés Ríos: - Señor diputado, me da mucho gusto que usted formule esta inquietud, si me permite contestaré a ella tan pronto como aborde un tema más planteado por el diputado Graco Ramírez.

Plantea - y era el tema al que me iba a referir a continuación - el diputado Juan de Dios Castro, si un partido minoritario, si una representación minoritaria, no es un partido, sino una representación política minoritaria, comparte o no el poder.

Una representación política minoritaria, ciudadano diputado - y usted como abogado y representante de la nación lo sabe - participa del poder, porque este es un órgano del poder.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Me permite completar, señor diputado.

El C. Diego Valadés Ríos: - Con todo gusto, si el señor presidente lo autoriza.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Estamos usted y yo de acuerdo, señor diputado, nada más quería dejar de manifiesto la antítesis entre lo que acaba usted de afirmar y lo que dijo el diputado César Augusto Santiago, cuando dijo: el poder no se comparte con las minorías, se ejerce; nada más.

El C. Diego Valadés Ríos: - Entiendo que también las minorías lo ejercen, ciudadano diputado, de manera que efectivamente no se comparte, se ejerce, lo ejercemos todos. Y voy justamente; por eso señalaba que entraría al argumento del diputado Graco Ramírez, al problema que después elucidaremos con mayor detenimiento, el que plantea el artículo 60, pero que en términos generales habida cuenta de que estamos en la discusión en lo general -planteó el diputado Graco Ramírez - acerca de la responsabilidad exclusiva del Gobierno y acerca de algo más todavía, de la extrapolación del término gobierno a poder Ejecutivo; de suerte, que al identificar gobierno con Poder Ejecutivo por un lado, y al señalar que sólo el Gobierno por otro lado es responsable del proceso electoral, el diputado incurrió, en lo que me atrevo a calificar de una simple confusión terminológica.

Si fuera cierto lo que dijo el diputado Graco Ramírez, es evidente que todos estaremos de acuerdo con él, si la iniciativa planteara que la responsabilidad es exclusiva del Gobierno; por un lado, cosa que no hace, y si la comprensión de Gobierno Federal fuese entendida o debiese ser entendida como sinónimo de Ejecutivo - cosa que tampoco se plantea - tendríamos que estar de acuerdo con el diputado Ramírez pero no estamos de acuerdo con el diputado Ramírez por al pequeña circunstancia de que ninguno de los dos extremos es exacto, y quizá un estudio más profundo de la iniciativa y del dictamen, lleven al diputado a la misma convicción en la que me encuentro yo, cosa que sinceramente apreciaría por parte del diputado.

En efecto -dijo- esto es un retroceso el hecho ¡claro ! sería un retroceso si ocurriera en los términos planteados por el diputado Ramírez. Pero por qué no es un retroceso, vamos a ver, así sea muy someramente la Constitución, el problema de que se entiende por Gobierno, primero perdón, el problema de la corresponsabilidad; ese fue el primero que planteó el diputado.

El artículo 60 señala, el proyecto del artículo 60 en su párrafo IV señala; corresponde al Gobierno Federal la preparación, desarrollo, vigilancia de los procesos electorales. Pero no es eso todo lo que dice este párrafo, también dice: "la ley determinará los organismos que tendrán a su cargo esta función y la debida corresponsabilidad", por lo mismo, no es una responsabilidad exclusiva

del Gobierno Federal, de los partidos políticos y de los ciudadanos. Hasta aquí pues, es posible aseverar, sin querer engañar a nadie, sino sujetándonos estrictamente a los términos de lo que contiene la propia iniciativa, que se habla de corresponsabilidad, entre Gobierno, partidos y ciudadanos. Esto por una parte; por otra, ¿qué es Gobierno? Gobierno -nos dice el diputado Graco Ramírez - es sinónimo de Ejecutivo. Vamos ahora a ver si esto es así, si debemos entenderlo así, o si debemos de interpretarlo de una forma más amplia. Y no se olviden - perdón por la disgresión, ciudadanos diputados - que lo que se diga en este recinto, que lo que se diga en el Senado de la República, que lo que se diga en las legislaturas de las entidades federativas con relación a la interpretación de los preceptos se aprueben, forma parte de la interpretación auténtica de los propios preceptos, por tanto, ninguna precisión en esta tribuna, ninguna precisión en esta Cámara o en el Poder Constituyente Permanente, es una precisión ociosa o carente de sentido jurídico y político, no se trata solamente de alardes de pirotecnia verbal, se trata de establecer los elementos que ayuden a la correcta interpretación de los preceptos que se aprueben y se rechacen por parte del Poder Constituyente Permanente.

Hecha esta disgresión, paso al planteamiento hecho por el diputado Ramírez.

Primero el artículo 41 de la Constitución en su párrafo tercero, en su párrafo segundo -perdón- señala que los partidos políticos son entidades de interés público y que la Ley determinará las formas específicas de su intervención al proceso electoral, esto tiene que leerse y adminicularse con lo ya previene la iniciativa en su párrafo cuarto del artículo 60.

Segundo, no se trata -repito- de estar en discusión en lo particular, sino simplemente de contestar en lo general a lo planteado por el diputado Ramírez.

El concepto de Gobierno no lo da nuestra Constitución como sinónimo de Ejecutivo, lo ofrece justamente como sinónimo de Estado. Precisamente -Y en esto la Doctrina Constitucional y la Doctrina de la Teoría del Estado es muy amplia - se hacen muy diversos textos referencias a que el concepto estricto de Estado es entendido por diversas corrientes doctrinarias y por numerosas legislaciones nacionales como Gobierno; de ahí, que el título segundo de nuestra Constitución lleve como epígrafo precisamente la forma de gobierno. Al hablarse de la forma de gobierno no se está haciendo referencia al Ejecutivo, sino precisamente a que somos una república democrática y representativa y que dentro de esa república democrática y presentativa existe una división de poderes, que se caracteriza por el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. De suerte que una interpretación -asimilando el concepto de gobierno, al concepto de Ejecutivo - es todavía más restrictiva que la que la teoría de la Constitución, que la que la teoría del Estado y que la que el propio sistema constitucional mexicano y numerosos sistemas constitucionales más, aceptan como válida.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Me permite una interpelación?

El C. Diego Valadés Ríos: - Si el señor presidente la autoriza.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Eso fue parte de la discusión a la comisión, si usted recuerda yo ahí le hice una pregunta, precisamente cuando usted se refería a eso, la Constitución, en este capítulo, - no recuerdo como se llama - usted menciona el título, dice que la forma del gobierno, - de gobierno - pero no usa el término Gobierno Federal.

Yo le pregunte a usted y ahora le repito la pregunta sobre la base de su participación, por qué entonces en la iniciativa presidencial se usa el término Gobierno Federal y no el término exclusivamente gobierno.

El C. Diego Valadés Ríos: - Con todo gusto, ciudadano diputado Alcocer, daré respuesta o intentaré hacerlo a su interpelación, señalándole que esta Constitución es el estatuto jurídico del Poder Federal y que existen además, los estatutos jurídicos de los poderes locales o entidades federativas que también se denominan constituciones y que el régimen electoral, está diferenciando en nuestro país entre régimen o sistema federal y sistema electoral local, simplemente para los efectos de una diferenciación adecuada entre la competencia de lo federal y la competencia de lo estatal es necesario hacer esa acotación, de suerte que no se fuera a entender que el Gobierno de la República o Federal, estuviera también encargado de organizar las elecciones de carácter estrictamente local. Es pues, en aras del respeto que merece la soberanía de las entidades federativas, que se hace esa puntualización en el texto que discutimos.

Finalmente, la representación de los ciudadanos es algo que está garantizada, que queda garantizada dentro de la iniciativa y que quedará garantizada dentro de la Constitución si el Poder Constituyente Permanente lo aprueba, en tanto que se prevé precisamente en el artículo 41, que es el

pueblo el que tiene el derecho a modificar su forma de gobierno y en tanto que se prevé en el artículo 51, que los diputados son representantes de la nación; la participación de los ciudadanos se da no solamente en el proceso de organización y vigilancia del proceso electoral, sino que se da, inclusive en la definición de ese proceso, porque los que aquí estamos deliberando representamos -todos sin excepción - a la nación; en esa misma medida de la ciudadanía esta representada; y el hecho de que en la Comisión Federal, cosa que ya plantea la ley reglamentaria de los artículos que discutimos, pero que de todas maneras se ha planteado por el diputado Graco Ramírez, se establezca la representación de un senador y de un diputado es una forma de establecer la representación de la ciudadanía misma o de un representante o de dos representantes de la ciudadanía.

Estoy seguro de que numerosos aspectos que aquí han sido tratados volverán a ser planteados cuando abordemos en lo particular cada uno de los artículos, estoy seguro, sin embargo, de que llegamos a ese proceso debidamente convencidos de que la iniciativa que ahora se nos presenta y las otras iniciativas que fueron desechadas por la Comisión de Gobernación, son el elemento que da pábulo para que este Congreso discuta con amplitud aquellos aspectos que corresponden al interés supremo de los mexicanos. En lo particular y al suscribir la iniciativa del Presidente y al apoyar el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales sobre la iniciativa Presidencial, ratifico enfática y convencidamente que se trata de la mejor opción para dar a México una nueva forma de organizar su proceso de representación en el rumbo hacia una más amplia, dinámica y vigorosa democracia mexicana. Muchas gracias señores. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Antonio Monsiváis Ramírez, del Partido Demócrata Mexicano.

El C. Antonio Monsiváis Ramírez: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: vengo hasta esta tribuna en nombre de la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano y me inscribí para hablar en contra del dictamen por las razones que posteriormente expondré; pero, en primer lugar, me voy a referir al procedimiento de comisión que antecedió al dictamen que hoy nos ocupa.

Resulta que la base de las deliberaciones surgió de un dictamen venido mágicamente, es natural que se discuta sobre un anteproyecto; a eso no le oponemos ningún reparo, pero no tenemos información de que en alguna sesión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la que forman parte los diputados de varios partidos, se haya señalado quién sería el anteproyectista, el autor del presente documento de trabajo.

Resulta así, que dentro de la Comisión de Gobernación existe otra Comisión, la esencia, la almendra, el alma de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que es la que dictamina y se arroga toda representación al hacer uso de la palabra en esta tribuna y al formular anteproyectos de dictamen.

En lo personal consideramos a su secretario, al licenciado Santiago Oñarte Laborde como un jurista dotado de sensibilidad. Sí, pero sucede que a la manera de las leyendas griegas, que quien probaba la ambrosía de los dioses se volvía inmortal, de la misma manera, quien prueba la ambrosía de la mayoría relativa se vuelve a su vez insensible, lo sentimos mucho y lo lamentamos.

De todas maneras en esta sesión no venimos a discutir a una comisión, sino a un dictamen. Por otra parte también recalcamos lo anterior para resaltar que la aprobación del dictamen a discusión no sería fruto de la reflexión de la mayoría, de la lógica y del raciocinio, sino de una ansiedad angustiada por obsequiar los deseos presidenciales, que ya se manifestó con la presentación de un dictamen de firmas incompletas y con la precipitación con la que se ha obrado para reformas nada menos que siete artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como si este fuera un asunto de trámite administrativo, como si se tratara de la discusión de una ley, no sólo secundaria, sino de tercera categoría.

Expuesto lo anterior, aclaro que mi intervención en contra se referirá a los motivos del orden político predominante con sus toques jurídicos que han determinado que la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, vaya a votar en contra del mismo, y otro compañero también en lo general, expondrá las razones de tipo jurídico, también con matices políticos que fundamenten, dicha determinación.

La iniciativa presidencial de reformas a la Constitución, que dio lugar al dictamen que nos ocupa, se presentó con malos augurios. Se pone a nuestra consideración en el entorno de lo acontecido de un año para atrás, en que se multiplicaron burdos fraudes electorales en los estados de Jalisco, Guanajuato, Nuevo León, Chihuahua, Durango, Sinaloa y Aguascalientes, mismos que han sido objeto de denuncias por parte de la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano y también por otras fracciones de partidos aquí representados.

Se puede argüir que tales fraudes, que tales violaciones a la voluntad popular en el mejor de los casos se presentaron en el ámbito local, y que ahora se discuten ordenamientos que únicamente inciden en el ámbito federal. Pero resulta que esas elecciones, casi sin excepción, se realizaron con un padrón electoral falsificado, utilizando según convenio del que proviene del Registro Nacional de Electores, o sea, una dependencia del Ejecutivo que fue el que nos envió la iniciativa que nos ocupa.

Además, se puede constatar la indiferencia, inactividad y disimulo de la Secretaría de Gobernación frente a esos atropellos, no para invadir el ámbito local, sino para ejercer dentro de sus atribuciones el papel que le toca de procurar el cumplimiento de la Comisión federal, misma que nos constituye como una república democrática y en que las maniobras y los topillos para violentar el sufragio popular, van en contra de nuestro diseño fundamental y lo alteran substancialmente aunque tales anomalías acontezcan para la elección de los ayuntamientos de insignificantes poblados, o de diputados locales que siempre le dirán que sí a su gobernador.

Con tales antecedentes se puede afirmar sin temeridad que la iniciativa a través del dictamen que esta a discusión, trae detrás de ella una mala voluntad antidemocrática que se confirma con el texto objetivo de su articulado. Se puede afirmar que la actual administración presidida por el licenciado Miguel de la Madrid en sus dos primeros años de gestión, impuso una mayor democratización política en el país.

En primer lugar, al introducir el nuevo texto del artículo 115 constitucional en que estableció el principio de representación proporcional, en la integración de los ayuntamientos municipales y cuando no en diversos triunfos de los partidos independientes y de oposición, subyacen que las bondades del texto constitucional en que se abría la democracia a los municipios, fueron neutralizados por los gobernadores al escamotear esta representación constitucional, en las constituciones y leyes electorales locales y establecer regidores de partido y no de representación proporcional; también obraron contra el espíritu del artículo 115 constitucional al reducir los ingresos del ayuntamiento, mediante mañosas disposiciones locales entre ellas, el absorver los impuestos provenientes del impuesto predial mediante usuarios convenios y propiciar el fraude electoral.

De todas maneras, con todo y esos peros, desde nuestra postura independiente de alabar el bien, venga de donde venga, y combatir el mal, venta de donde venga, reconocemos lo positivo en esos dos primeros años de gobierno en el orden de la democracia política y del presente régimen. Por desgracia esa tendencia y esa política se vió interrumpida a partir del segundo semestre de 1984; tal vez los detentadores del poder juzgaron que fue demasiado lo que se le reconoció a la oposición y a los partidos independientes, actuaron las más antidemocráticas y regresivas dentro del régimen para reclamar esas supuestas debilidades, tal vez el agravamiento de la crisis económica, produjo temores de que reconocer la voluntad popular, trajera irreversibles consecuencias, tal vez los personeros del poder pensaron en la teoría del dominó en que; si cayeron en manos independientes los ayuntamientos de Lagos de Moreno, Jalisco; Guanajuato, Guanajuato; Santana Chautenpan, Tlaxcala; Chihuahua, capital; Durango, capital, Juchitlán, Oaxaca; San Luis Potosí, etcétera; provocaría que otras piezas también se le cayeran al Partido Revolucionario Institucional y que la pequeña bola de nieve se tornara en un alud imprevisible y avasallador.

Temieron los de la presente administración ser ellos los que cerraran las puertas y apagaran la luz de la sucesión, que ellos consideran eterna de gobiernos emanados de una revolución, que dentro de cuatro años cumplirá ochenta años de haberse iniciado, en una mentalidad en que preveen un milenio de gobiernos priístas, en una mentalidad como la de Hitler, que vaticinó un milenio mando en el mundo a su nacional socialismo.

Sea cual fuere la razón o la causa, lo cierto es que la administración del presidente De la Madrid ha dado pasos atrás en materia democrática, tanto por las prácticas a las que nos hemos referido que también se dieron en el orden federal con la inclusión de millones de electores fantasmas por las computadoras para las elecciones de 1985, como porque la democratización del Distrito Federal anunciada y la apertura del Senado sugerida para la consulta popular, quedaron en simples aguas borrascosas.

Con tales antecedentes las reformas propuestas a la Constitución en esta iniciativa, no satisfacen al Partido Demócrata Mexicano y despiertan más de una suspicacia en la generalidad del pueblo.

Las reformas introducidas al proceso electoral mexicano en 1946, 1963, 1973 y 1977, sí no fueron totalmente satisfactorias en su contexto histórico, constituyeron pequeños avances en el proceso democrático y fueron positivas en su conjunto. Ahora bien en 1986 la conciencia y madurez que alcanzó el pueblo, no se satisfacen con raquíticos cambios que se tratan de introducir en pleno fragor de la lucha armada de las distintas guerras civiles de principios de siglo, que se ha

dado por llamar Revolución Mexicana; los disidentes de los poderosos se consideraban afortunados, si sólo eran tomados prisioneros y no eran fusilados por los antagonistas.

En épocas del sexenio del General Lázaro Cárdenas, los anarquistas consideraban como un triunfo y una conquista del derecho de reunión en que en 1938 o 1939 sus desfiles no fueran ametrallados, como si lo fueron en el Salitre, Michoacán y en Celaya, Guanajuato. En 1946 constituyó un avance el que las elecciones se organizaran en forma más civilizada y en 1963 y 1973 se abrió una esperanza con la inclusión de los diputados de partido y su posterior ampliación.

La reforma de 1977 iniciada por López Portillo, representó también un avance, al abrir el registro de más partidos políticos por el sistema de registro condicionado e introducir el sistema mixto de elección de diputados; estos avances se dieron en el contexto de una democracia meramente formal y en su fondo inexistente, pero el grupo en el poder se perpetuó, pero de alguna forma esta reforma de López Portillo, sí representa - de alguna forma - un avance en el aspecto democrático.

En 1986 estamos a más de 50 años que se disparó el último tiro por motivos de lograr el poder, estamos insertados en una comunidad internacional de reglas civilizadas, el analfabetismo está por reducirse a cifras de un dígito y la conciencia de autodeterminación ha crecido en la población mexicana. Esta se muestra insatisfecha de manera creciente con los gobiernos que no han solucionado ninguno de los grandes problemas nacionales, que no han traído para nuestra patria, ni la justicia social, ni el sufragio efectivo por lo que murieron tantos mexicanos, no redondeamos la cifra nosotros en un millón de muertos que se atribuyen al tiempo reconocido como Revolución Mexicana, pues miles de compatriotas fallecieron por defender las borracheras de Huerta o los bigotes de Pancho Villa, pero muchos si murieron por los ideales efectivos y positivos de la Revolución Mexicana.

De todas formas el pueblo de México en 1986, que ha sido testigo del viaje del hombre a la luna, que se ha reconocido en su propia dignidad no se satisface con el evidente atole con el dedo, que se le pretende dar con estas reformas políticas que se introducen para desviar la atención de la crisis económica, juzgamos que estos cambios siguen la consigna gatopardesca de que todo cambie para que nada cambie, en efecto se otorgan 50 diputados más a los partidos minoritarios, pero se les empareja con 50 posibles más para el partido mayoritario en la elección de los mismos por el principio de representación proporcional; se crea un tribunal para abrir, se crea un tribunal para dirimir los conflictos electorales, pero éste, en la propuesta constitucional se sujeta al ya tradicional y ridículo colegio electoral y en la reglamentaria que se pondrá a nuestra disposición; este dizque imparcial tribunal será nombrado por el mismo partido hegemónico a través del Congreso de la Unión.

Al monopartidista Senado no se le toca ni con el pétalo de la posible inclusión de algún senador de minoría y sólo se introduce la irrelevancia de que éstos inherentes padres de la patria, sean renovados cada tres años, aunque su siesta dura un sexenio, se desecha que los partidos políticos organicen, vigilen y califiquen de alguna manera las elecciones, pero le dan el predominio, el monopolio y la exclusividad a un solo partido, al que está en el poder, la divina providencia que trata de regular el destino de los mexicanos por los siglos de los siglos, la mayoría sigue teóricamente sobre representada y con la variación de un 5% en su detrimento, se pretende conformar las conciencias y entonar himnos de agradecimiento que se oigan en todo el mundo; a cambio de ésto, a la mayoría se le asegura -por si deja de representar - el 51% y queda una relativa minoría al de ese porcentaje, el que de todas maneras sea mayoría absoluta.

Dentro de estos cambios que nada cambian, hay uno que si representa un retroceso democrático, jurídico y constitucional, que es el de suprimir para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, toda posibilidad de intervenir en conflictos electorales, cuando este órgano está diseñado en toda sana división de poderes para dirimir conflictos, aunque éstos sean delicados, embarazosos, comprometedores, rijosos, etcétera.

Con este entorno en que se desaprovecha una oportunidad histórica para introducir cambios realmente democráticos y además, se avalan legislativamente las tropelías que se cometen en la práctica, se puede externar un juicio negativo a la actual administración, se puede reconocer del mando de López Portillo que fue nefasto en el orden económico, pero si hay justicia histórica se debe reconocer que su régimen trajo mejoras democráticas. Por desgracia si el juicio de la gestión económica resulta negativo y todo indica que así será, para el presente sexenio ésto no se puede equilibrar con un juicio laudatorio en la cuestión política. La historia caracterizará la régimen de Miguel de la Madrid, como impulsor de la contrareforma política.

No aminora lo anterior las menciones que se hacen a las consultas populares y que reaparecen en

el dictamen; en la especie, los consultores sólo tuvieron oídos amorosos para las propuestas de los miembros del partido mayoritario y de lo expresado por otras agrupaciones políticas, sólo recogieron alguna terminología y propuestas menores que no modifican el esquema fundamental de la legislación propuesta, en que el partido del Gobierno convoca a organizar, hace y califica las elecciones, en lugar de que las mismas sean patrimonio del pueblo para elegir a sus gobernantes. Hasta aquí estos comentarios de la fracción del Partido Demócrata Mexicano. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Ignacio Ramos Espinoza, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Ignacio Ramos Espinoza: -Con su venia, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: vengo en representación de mi partido a fijar nuestra postura doctrinaria en lo general, sobre esta iniciativa de reformas que en materia de participación política y democrática le propone a esta soberanía el Presidente de la República.

Vengo a defender también el dictamen producido en el seno de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, porque es el producto de una serie de análisis detenidos, serios responsables, profundos en torno a las bondades de este documento trascendente que ha sido sometido a la consideración de esta soberanía.

Y hablar de este proyecto, hablar de esta iniciativa supone por necesidad, por lógica ineludible referirnos a la democracia, la democracia es en estos momentos una filosofía que se comparte, una manera de vivir, una creencia social y también, - pero no de manera absoluta - una forma de gobierno. La democracia no es solamente un objeto de análisis científico, sino también para muchas gentes de todos los días, para gentes reales que viven y que luchan y que sufren, representa una posibilidad de dar respuesta a su vocación de hombres libres. Por ello -compañeras y compañeros diputados - la democracia y el ejercicio de las prácticas democráticas supone profundamente el reconocimiento de la libertad y de la igualdad humana. Y como una consecuencia de ésto, supone también la democracia, la existencia y el reconocimiento de la existencia de la diversidad y de la pluralidad de los individuos y de las personas que integran una colectividad jurídica y política y socialmente organizada.

México nuestro país, la Nación mexicana surge a la vida independiente como un Estado que asume en su credo político, la democracia como esencia misma de su existencia, recoge también dentro de su proyecto de país en el texto de la Constitución de 1924 el modelo de Gobierno Republicano, adopta asimismo la modalidad de un Gobierno Representativo y Federal.

La lucha democrática, es sin duda, la lucha política que busca un objetivo, el objetivo es trascender en la vida social para dirigir la vida colectiva y los destinos de una nación, supone por ello, la sabiduría, el sentimiento, la búsqueda incesante de cuál es la voluntad popular, supone por ello también una forma de contienda civilizada para lograr el poder y supone también el ejercicio del poder.

Poder político y ejercicio democrático son términos que en un estado moderno se vinculan estrechamente, la democracia -decíamos hace un momento - supone pluralidad, el Estado mexicano a través de sus diferentes periodos históricos, ha venido reafirmando y evidenciando su voluntad y vocación de vivir en la democracia, el Estado mexicano, el estado social de derecho, producto de la Revolución de 1910 produjo en el texto constitucional de 1917, un proyecto de país, un proyecto de nación basado - justamente como lo señala el artículo 3o. con gran sapiencia - en la democracia como base esencial y como forma de vida de la Nación mexicana y como una consecuencia de ésto, la sociedad mexicana ha venido decantando sus instituciones políticas para buscar el perfeccionamiento democrático. Debemos reafirmar que la democracia no es una realidad perfecta, que la democracia como han dicho algunos es una realidad bajo sospecha, porque en efecto si la democracia supone el poder de las mayorías es natural, es consubstancial la democracia que las minorías sospechen de las mayorías.

Pero esto no degrada, esto no empequeñece, ni denigra la vida democrática, ni la excelencia del ejercicio del gobierno democrático.

Si analizamos todos los avances que en materia de política electoral se han dado y que esta soberanía ha conocido en anteriores legislaturas, para perfeccionar la participación democrática veremos que se han logrado alcances innegables, alcances indiscutibles; aquí se ha reconocido expresamente que hemos avanzado, que estamos avanzando; no hace mucho el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, lo reconocía así expresamente.

Esto pues, nos señala que el camino democrático es un camino arduo, es un camino difícil, pero es un camino que se hace todos los días, se hace practicando la democracia, se hace ejerciendo las

responsabilidades políticas, se hace participando en el ejercicio de la voluntad popular, pero también la democracia supone disensión, supone contradicción, supone oposición.

Nosotros nos hemos inscrito, desde luego en favor de la iniciativa presidencial, porque sin duda representa grandes avances en la materia que ya han sido dados tanto en el texto de la iniciativa, como en el dictamen producido por la comisión; voy a referirme así sea brevemente a algunos de los comentarios vertidos por el diputados Monsiváis, que me antecedió en el uso de la palabra.

Quiero hacer algunas observaciones a su intervención, porque considero de suma importancia dejar esclarecido que no compartimos desde luego en esta materia, como el lógico el punto de vista.

En primer lugar con todo respeto diputado Monsiváis, el procedimiento seguido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue un procedimiento - desde el punto de vista parlamentario - ajustado a reglamento ortodoxo y en el que se cumplió con todas las formalidades reglamentarias.

Lo que sucede quizá, es que lamentablemente el diputado Monsiváis no participó en los estudios, en los análisis que a nivel de Comisión se hicieron; en efecto la iniciativa Presidencial de reforma de los artículos 52, 53, 54, 56, 60 y 77 de la Constitución Política, se recibieron en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales el día 4 de noviembre.

El día 6 de noviembre, esto es, hace veintiún días la comisión tuvo una primera reunión ordinaria a la que no acudió un solo diputado del Partido Mexicano de los Trabajadores, en ella se adoptaron importantes decisiones. Primero, citar al señor Secretario de Gobernación, para que compareciera ante esta soberanía el día 13 de noviembre y expusiese ante esta Cámara, las razones y los motivos que asistían al Ejecutivo para proponernos estas reformas constitucionales; también se adoptó el acuerdo de integrar un grupo de trabajo que formulara un proyecto, este grupo estuvo integrado por los diputados Píndaro Urióstegui, Diego Valadés, Fernando Ortíz Arana y el que habla.

El día 24, esto es hace tres días, se realizó una reunión ordinaria de la comisión a la que sólo concurrió por parte del Partido Demócrata Mexicano, el diputado Trinidad Cervantes, en ella se debatieron por cerca de tres horas los dictámenes, no solamente de la iniciativa presidencial, sino los presentados por diferentes partidos minoritarios.

El martes 25, se anunció en este pleno la existencia del dictamen, cuyas copias señores, no contenían las firmas del dictamen, pero que copiadas correctamente se dieron a conocer en la sesión del día de ayer, quiero puntualizar - porque pareciera que hay alguna confusión - que en ningún momento los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, tratamos, ninguno de los miembros, ni el secretario de la misma, de sorprender a esta soberanía. En suma la comisión dictaminó a lo largo de 20 días y con ese objeto, sesionó en dos ocasiones y propuso la comparecencia del secretaria correspondiente y fruto de esos trabajos es el dictamen que todos ustedes conocen.

Por otro lado, quiero mencionar que la mayoría priísta, que en cumplimiento de la voluntad mayoritaria del pueblo mexicano, dirige los destinos de este país, no es insensible a las voces de la democracia y que no nos marea la ambrosía del poder, por el contrario, estamos plenamente convencidos de que el ejercicio del poder es una responsabilidad de gran trascendencia y por la que hay que responder ante el pueblo de México.

Por otro lado y como producto de esta responsabilidad histórica de las mayorías en el poder, reflejo ha sido la actitud definida de los gobiernos de la revolución, para hacer coincidir la estabilidad política y el desarrollo económico y social, es decir, se ha buscado en este largo camino del perfeccionamiento democrático, de hacer coincidente la democracia real con la democracia formal.

Se ha quejado el compañero diputado de fraudes electorales y denuncias del Partido Demócrata Mexicano, estas afirmaciones desde luego, son algo que negamos totalmente, no negamos - como lo dijo en su comparecencia el señor Secretario de Gobernación en esta tribuna - que la democracia mexicana sea imperfecta, no negamos que hay irregularidades y que se han presentado, estás en procesos electorales, pero los datos expresados aquí, aquí mismo, reflejan que en la gran mayoría de los casos, el procesos en los comicios es un proceso transparente; y que el pueblo de México se expresa con libertad y asume una postura en favor del partido que refleja sus aspiraciones políticas.

La iniciativa dentro de este contexto, no podemos pues aceptar, que sea una iniciativa antidemocrática; por el contrario es un avance histórico, en la búsqueda del perfeccionamiento de nuestra vida política, coincidimos con el diputado Mosiváis en su aceptación de que el Gobierno del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, ha fortalecido con actos de gobierno y con políticas definidas, la vigorización

de la vida democrática y que en efecto, la reforma al artículo 115 constitucional. ha sido muy importante para que la vida municipal vigorice sus procesos electorales, no satisfacen las reformas - dice el diputado Monsiváis - suscitan suspicacias, es normal, ya se ha dicho que en la democracia no es necesario coincidente la opinión de las minorías con la opinión de las mayorías, pero no estamos de acuerdo en que los avances que se proponen con las reformas sean raquíticos, al contrario, son avances firmes que establecen bases sólidas en el camino de la historia política y en le alcance de nuestro perfeccionamiento democrático.

El diputado Monsiváis, también hizo referencia a la reforma introducida en materia electoral por el presidente López Portillo en 1977, qué bueno que reconozca que es un avance, qué bueno, porque la reforma que el ejecutivo de Nuevo León presenta ahora, y que ya ha sido dictaminada, supone un avance aún mayor en este ejercicio de los mecanismos de la vida democrática y de las posibilidades de acceso al ejercicio del poder público.

No se trata de engañar a la oposición con falsos avances, no es dar atole con el dedo a las minorías, no es una reforma política para ocultar la crisis económica, sino que es el producto de nuestro convencimiento que sólo con el perfeccionamiento de las prácticas democráticas, el pueblo de México podrá enfrentar no solamente esta crisis, sino cualquiera de los retos históricos que ahora y en el futuro se le presenten.

Por otro lado, el comentario de que el Senado de la República, está vedado para las minorías, es algo que no compartimos, muy respetuosamente queremos señalar que en esta materia, la iniciativa sostiene el principio de que en el Senado de la República, los integrantes de ese cuerpo deben de ser electos por el principio de la mayoría relativa.

Pero también hemos observado que el diputado Monsiváis, curiosamente, cuando subió a esta tribuna, no defendió en ningún momento - ni aquí en la tribuna ni en las comisiones, ni en la comisión de las reuniones de comisión - las bondades de la iniciativa de ley suscrita por cinco partidos, entre los que se encuentra el Partido Demócrata Mexicano, por ello compañeros y compañeras diputados, sin ánimo de quererlos cansar en estas cuestiones que nos llevarán algunos momentos más - que espero sean fructíferos - pienso que, a través de estas reformas propuestas por el Ejecutivo Federal, la sociedad mexicana en su expresión política y en las prácticas democráticas logrará dar un jalón histórico en el logro de su desarrollo y de su perfeccionamiento democrático. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo del Partido Popular Socialista.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - Con su autorización, señor presidente vivimos en un mundo plural, con características muy diversas, las viejas definiciones, las clásicas definiciones que datan de la época del liberalismo respecto a Estado y democracia, no resisten el cotejo de esta etapa aquella vieja definición de Estado, compuesto por tres partes; territorio, población y gobierno. Resulta demasiado estrecha para la realidad para las realidades de esta etapa, aquellas viejas definiciones de democracia, tampoco satisfacen las características diversas del mundo de la actualidad, y desde luego, no las aspiraciones del pueblo mexicano.

Aquella definición clásica de democracia, como definición podría haber sido aceptable, pero nunca tuvo un contenido en su etapa inicial que hiciera congruente la realidad con la definición misma, y la vieja definición de democracia de la época de los griegos, la democracia ateniense esa de hace 25 siglos a la que hizo alución el compañero diputado Píndaro Urióstegui, hay que recordar que fue la democracia de un muy pequeño grupo frente a una gran mayoría de esclavos que no tenían ni siquiera los derechos mínimos como para ser considerados seres humanos, personas.

Así pues, ha habido cambios, hay cambios, hay concepciones diversas respecto a la definición de Estado y la definición de democracia, la democracia burguesa que planteaba igualdad jurídica, la planteaba en la realidad, aunque no lo declarara así, sólo para los propietarios la democracia liberal burguesa restringía el voto y el derecho de participación, sólo para los propietarios, y establecía normas de participación de los individuos que defendían sus derechos comunes en su calidad de propietarios integrando así el área de lo público, el área de la opinión pública donde el interés privado que era semejante en su esencia, porque era el interés de los propietarios; coincidía.

En la etapa actual, el mundo es diverso y los Estados son diversos, no es semejante el Estado en los países capitalistas desarrollados que exportan capitales e importan utilidades, los países imperialistas, no es semejante en su esencia ni en su definición, ni en sus características al Estado de los países socialistas o el Estado de los países que luchan por su independencia plena, como el nuestro, de los países en desarrollo e incluso todavía en la actualidad hay formaciones que no llegan a la etapa de la integración nacional, y por lo tanto, no llegan a la etapa de la construcción de un Estado nacional.

En los países imperialistas, el Estado es esencialmente el instrumento del que se sirve una clase social dominante, una pequeña minoría, pequeñísima minoría desde el punto de vista de la integración numérica frente a la gran mayoría de la población de sus países, pero que tiene el control hegemónico de ese enorme aparato que es el Estado, e imponen a través de ese Estado los intereses de esa pequeña minoría al resto de la población nacional, e incluso utilizan ese instrumento para proyectar sus intereses más allá de sus fronteras, ejemplo típico sería el Estado de los Estados Unidos de Norteamérica o el Estado Inglés distinto al caso del Estado en los países socialistas. Estado monoclasista también, Estado que sirve como instrumento a una sola clase social, con la diferencia de que ahora es una clase social absolutamente mayoritaria, los trabajadores, la clase obrera que utiliza ese Estado como instrumento para imponer sus intereses clasistas en la sociedad en su conjunto.

Y en el caso de los países que luchan por su independencia económica y política, que luchan por desarrollar sus fuerzas productivas por un desarrollo histórico, con independencia como México, el Estado es fundamentalmente el representativo de un conjunto de fuerzas diversas de clases sociales distintas, de sectores sociales diferentes que coinciden en le objetivo de luchar por la emancipación nacional, por la independencia nacional que coinciden, si han de coincidir, en la lucha por la independencia nacional, tiene que coincidir también con otros aspectos que son substanciales a esta lucha. No se puede luchar consecuentemente por la independencia nacional si no se lucha simultáneamente por elevar el nivel de vida del pueblo, y si no se lucha simultáneamente también por ensanchar el régimen democrático.

Y por último, en la cuarta categoría de las esenciales de los Estados que coexisten en esta etapa en el mundo, están los Estados en proceso de formación, aquellas agrupaciones en regiones de Asia y África sobre todo, donde todavía se está en la etapa de superación de la fase tribal, en la fase de la integración nacional de estos países, en la fase de conformación, apenas embrionaria de los Estados nacionales.

Y a partir de esto, entonces habrá distintas concepciones de democracia, para quienes ejercen el poder hegemónico, esos pequeños grupos, pequeñas élites de unos cuantos cientos de individuos apenas, o de familias en unas sociedades como Estados Unidos de cerca de 200 millones de habitantes, unos cuantos cientos de familias que utilizan el aparato del Estado, y que lo tiene totalmente controlado y dominado para sus fines sociales y económicos. El concepto de democracia es un concepto de democracia amañado, se presenta hacia afuera con ciertas características, pero se cuida mucho de controlarlo para que jamás salga de las manos de ese pequeñísimo grupo elitista el control de ese enorme aparato. Y se estructuran ciertos derechos formales, se conceden ciertos derechos formales como el derecho de voto a todos los ciudadanos, derecho de voto universal directo y secreto; en el caso de los Estados Unidos no existe la característica de voto directo, sino indirecto, como una de las formas que se reserva esa pequeña minoría para no perder el control hegemónico del Estado.

Pero además, se manipula el aspecto del contenido del voto, es decir, se cuida mucho de evitar que el voto que depositen los ciudadanos pueda ser un voto consciente, el proceso electoral hace muchos años que dejó de ser un proceso en el que se plantean plataformas programáticas o principios políticos, se castró de todo contenido ideológico.

Las campañas electorales se caracterizan por ser semejantes a las campañas publicitarias, para vender cualquier producto, refrescos o automóviles o cigarros o vinos, y solamente eso, por lo tanto, se dan ciertas apariencias de democracia, pero sólo ciertas apariencias, qué lamentable que fuera nuestra aspiración democrática llegar a esas características tan profundamente antidemocráticas en su escencia. Y en los países del campo socialista, es bien diferente el contenido y la forma de la democracia, en los países que están construyendo el socialismo participan diversos partidos políticos, participan con planteamientos programáticos en los países que han construido el socialismo, participa un solo partido político representante de los trabajadores todos, y a veces a nosotros nos parece que eso es profundamente antidemocrático, porque no hay juego de partidos, pero hay una participación masiva de la población en la discusión de todas las medidas y en la adaptación de todas las medidas masivas extraordinariamente amplias que nosotros no alcanzamos en un país como el nuestro, y que mucho menos alcanzan, es decir, que desaparece radicalmente en los países capitalistas de alto desarrollo, donde la población no tiene el derecho a participar en la discusión de las decisiones, sino simplemente de emitir un voto, decía yo, en torno a una propaganda publicitaria como si estuviera escogiendo entre comprar coca cola o pepsi cola finalmente.

Y en un país como el nuestro, la democracia debemos entenderla como lo define el artículo 3o. de la Constitución, no sólo como una formación jurídica política, sino también como un sistema

que permita cada vez en mayor grado, la satisfacción de las necesidades económicas y culturales de la población, pero para que la población pueda avanzar, la población en su mayoría pueda avanzar hacia una más plena satisfacción de sus necesidades económicas y culturales, elevar su nivel de vida y elevar su participación también en los bienes de la cultura, no sólo en los bienes materiales si requiere al mismo tiempo una participación mayor del pueblo, directa del pueblo en los organismos de Gobierno y Decisión.

Y los órganos de Gobierno y decisión en todos sus niveles, y entonces también encontramos diversas concepciones del pueblo, a veces los representantes connotados de los órganos empresariales, aquellos que han sido dirigentes de organizaciones como la Confederación Patronal de la República Mexicana o algunas otras organizaciones empresariales, que de repente aparecen hablando a nombre del pueblo porque tienen una concepción clasista, así como los norteamericanos tiene la concepción de democracia, a nosotros nos parece tramposa y siempre lo denunciamos, así nosotros concebimos que el pueblo lo integran las clases populares, los obreros, los campesinos, los trabajadores, intelectuales, del campo y la ciudad, y no los empresarios explotadores del pueblo, esos son los enemigos del pueblo, los explotadores del pueblo, los manipuladores del pueblo, pero no el pueblo.

Entonces, en la medida en que estas clases populares, obreros, campesinos, maestros de escuelas artistas, científicos, trabajadores del campo y la ciudad manuales e intelectuales, se van incorporando cada vez más y van teniendo una mayor presencia en la Cámara del Congreso de la Unión, en los congresos locales, en los ayuntamientos, en todos los órganos de decisión, se va avanzando, se va avanzando en el contenido democrático, independientemente de las formas por las que esto pueda irse dando, hay que buscar las formas consecuentes, hay relación dialéctica, debe haber congruencia entre forma y contenido, pero finalmente lo esencial es en todos los casos el contenido y el contenido sería la mayor presencia de este pueblo, de estas clases populares cada vez frente a una menor presencia de la burguesía en esos órganos, y esto se va dando, diremos que estamos avanzando en la vida democrática, y si esto no se va dando, independientemente de que pudiera haber formas copiadas o no de otros países, formas respetadas o no, no se estaría avanzando en la ampliación de la vida democrática de México.

Estas son las concepciones que sustenta el Partido Popular Socialista con relación a estos problemas de Estado y democracia, y a partir de estas concepciones, nosotros examinamos la vida reciente de México, encontramos que a partir de la Revolución Mexicana de 1910, en la medida en que se han ido desarrollando las fuerzas productivas de nuestro país, desarrollo que empieza a manifestarse de manera clara y vigorosa a partir de la década de los cuarentas, como consecuencia lógica de medidas tales como la reforma agraria que creó un mercado interno sin el cual no podría haberse dado este desarrollo de nuestras fuerzas productivas, como la nacionalización del petróleo, porque sin tener este importante energético en manos del importante energético, en manos del Estado, tampoco podría haberse dado el desarrollo de nuestras fuerzas productivas; como la fundación del Instituto Politécnico Nacional que esta Cámara de Diputados va a celebrar con una sesión solemne dentro de unos días el L aniversario, sin cuya generación de técnico y científicos nosotros no podríamos tampoco haber desarrollado nuestras fuerzas productivas.

Es pues, el conjunto de toda esta serie de medidas, lo que permite que a partir de la década de los cuarentas, se empiece a dar de manera vigorosa el desarrollo de nuestras fuerzas productivas, y con ello se empiecen también a definir cada vez más, cada vez con un perfil más claro, nuestras clases sociales, y es también lo que permite que poco tiempo después, pocos años después, empecemos a entrar en la etapa de los partidos políticos permanentes en México, porque los partidos políticos porque los partidos políticos no son, no pueden ser otra cosa, sino representantes de las clases sociales, no hay partidos políticos con vida permanente, con características ideológicas y programáticas definidas, en ningún país del mundo, hasta la etapa en que se empiezan a perfilar de manera clara las clases sociales, y eso ocurre en nuestro país a partir de la década de los cuarentas.

Con esta aparición de los partidos políticos, se empieza a dar cada vez de un modo más definido, la lucha política electoral en todos sus aspectos, ideológicos, programático, el Partido Popular Socialista introduce muchas modalidades nuevas en la vida política de México, entre otras, es el primer partido que sale a una campaña electoral, con una plataforma electoral, y que jamás, desde que participó en la primera campaña electoral, ha participado en una nacional, estatal, municipal de cualquier carácter, sin presentar plataformas electorales.

Y poco a poco, otros partidos políticos van haciendo lo propio, y ahora entre los aspectos positivos varios, que los hay en las propuestas del Ejecutivo, pues se plantea que todos los partidos políticos, como requisito, como obligación, tienen que entrar a las campañas políticas con plataformas electorales, y eso es positivo porque

eso al revés de lo que ha ocurrido en Estados Unidos o en Inglaterra o en los países donde una pequeña minoría tiene un control hegemónico del aparato del Estado con la apariencia de mecanismos democráticos, esto - el participar en las campañas electorales con plataformas, el tener que ofrecer soluciones concretas y no solamente hablar de los problemas de la gente, no solamente exasperar el disgusto que pueda haber por una situación, sino ofrecer proposiciones diversas, lógicamente en función de los intereses de clase y de las ideologías de los partidos -, eso tiende a elevar la conciencia de los ciudadanos.

Así pues, nuestro partido ha sido impulsor en gran parte, en la práctica incluso, además de sus proposiciones constantes, múltiples para ampliar la vida democrática de México, hoy en la mañana yo hice mención aquí en esta misma tribuna, de cuántas veces hemos propuesto reformas a la Constitución para establecer el sistema de representación proporcional que a nosotros nos parece justo, pero además de esto hemos propuesto muchas otras cosas, los dos periodos de sesiones que recientemente fue aprobado por esta Cámara y por el constituyente permanente, ahí está, recogido en la exposición de motivos, de esa medida que aquí aprobamos, ahí está recogido ¿cuántas veces el Partido Popular Socialista propuso esta cuestión? Y ha propuesto muchas otras cosas en el panorama político electoral, que consideramos muchas de ellas son perfectamente válidas y deberá avanzarse por esa vía.

Pero todo ello, todas las proposiciones concretas, todas las proposiciones de carácter programático, van orientadas en el caso de lo que propone el Partido Popular Socialista, fundamentalmente al problema de contenido que yo anunciaba hace un momento, lograr que cada vez sea mayor el número de trabajadores, de obreros, industriales, trabajadores fabriles, de trabajadores intelectuales, de trabajadores del campo que participen directamente con su presencia, con su opiniones, con sus ideas, con la defensa de sus intereses, en todo tipo de órganos colegiados porque en la medida en que esto se vaya dando iremos avanzando hacia una vida democrática más plena.

¿Qué ocurre en esta etapa? Nosotros pensamos que en esta etapa de la vida del país, en efecto, hemos logrado varios avances importantes en la vida democrática de nuestra Nación, han hecho el recuento aquí algunos compañeros diputados de otros partidos, se ha hablado de la conquista del voto para la mujer en nuestro país, es muy reciente que apenas data de algunas pocas décadas, y que fue una bandera de nuestro partido, del Partido Popular Socialista, propuesta pro el Partido Popular Socialista antes que por ninguna otra fuerza Política en México, y que era lamentable que un país como el nuestro en pleno siglo XX, a mediados del sigo XX, todavía tuviera segregada a la mitad de sus población, la mitad muy valiosa de su población, a las mujeres mexicanas, de este derecho elemental.

Y hemos logrado también la conquista para el voto para los jóvenes a partir de los 18 años, que cuando nosotros lo propusimos por primera vez, se nos rechazó, argumentando que estas eran ideas exóticas importadas de pueblos de otras latitudes, como ahora repiten los viejos y nuevos anticomunistas y reaccionarios de todos los tiempos, frente a otras demandas justas de nuestro pueblo.

Y se han logrado muchísimos otros avances, pero en esta etapa concreta de la vida de nuestro país, nosotros pensamos que es muy urgente que se den nuevos y sustanciales avances, no solamente porque el propio desarrollo de las fuerzas productivas del país; el propio perfil cada vez más definido de las clases sociales así lo exige, sino porque además, en esta etapa concreta, se está dando una nueva situación coyuntural, porque el desarrollo de nuestro país ha entrado en contradicción con una etapa expansionsita del imperialismo; una etapa en la cual el imperialismo en decadencia no acepta sustitución de decadencia y se lanza a tratar de reconquistar posiciones fuera de sus fronteras, y de imponer su hegemonía fuera de sus fronteras, y las agresiones que está sufriendo el pueblo de Nicaragua o que está sufriendo el pueblo de El Salvador o de otros países de Centroamérica o de Sudamérica o de Asia o de África, son en su escencia las mismas que explican las presiones que está sufriendo México.

Y las constantes declaraciones agresivas, irrespetuosas, ajenas a principios que están haciendo funcionarios del Gobierno norteamericano y entrometiéndose en asuntos internos de nuestro país o agrediendo a sus instituciones o a sus funcionarios, y son en su esencia las mismas que explican por qué la prensa norteamericana y las agencias de prensa norteamericana, difunden en el mundo imágenes profundamente agresivas, injustas, de lo que ocurre en nuestro país y son las mismas que explican por qué la prensa norteamericana publica comentarios sobre el interés del Gobierno de los Estados Unidos de manera descarada, para intervenir en los asuntos políticos de México, sobre para las elecciones de 1988.

Y además porque también hay otra coyuntura que se da en este momento, en los últimos años mi partido lo ha denunciado constantemente en todas las tribunas, en todos los foros, desde luego en ésta de la Cámara de Diputados del Congreso de

la Unión, también el clero, el clero mexicano, ese clero que siempre ha sido profundamente reaccionario, y que no se parece a otros cleros del mundo, porque no son idénticos, este no es un problema de carácter general, sino con peculiaridades nacionales, nosotros tenemos probablemente el clero más reaccionario del mundo quizá sólo el clero español se le parezca un poco.

Este clero al cual nuestro pueblo con toda su profunda sabiduría política que es igual que su profunda fe religiosa, este pueblo católico en su gran mayoría, este mismo pueblo hace muchos años y cuantas veces se ha presentado la coyuntura lo ha vuelto a ratificar, le ha dicho "señores, ustedes sólo deben dedicarse a atender los problemas del alma, los problemas de la conciencia y no andar ambicionando poder político ni poder económico", pero este clero hoy otra vez está en plena ofensiva para tratar de recuperar posiciones políticas y posiciones de poder económico.

Y otra vez pues, tenemos que ventilar esta situación de grave peligro para la vida democrática de México. Por eso frente a estos problemas coyunturales de la expansión de la política expansionista del imperialismo del poder norteamericano y de la búsqueda de recobrar poder político y económico del clero, de las constantes violaciones al 130 de la Constitución y a otros artículo de la constitución, se vuelve sumamente urgente dar respuesta política, ampliando la vida democrática de México.

Nosotros tenemos hoy aquí en discusión una iniciativa de reformas a la Constitución, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, ha transmitido un dictamen por el cual se rechaza nuestra iniciativa, esta iniciativa no está en esencia, plantea la vieja tésis nuestra de hace 38 años de la representación proporcionada pura o integral.

Con todas sus características clásicas, nosotros pensamos que esa es la que conviene para México, una lista nacional única, una sola región electoral en todo el país, el método del cociente aritmético simple, sin ninguna otra complicación de fórmulas o de listas regionales o de listas estatales ni ninguna otra característica de ese tipo, nosotros pensamos que esta es una proposición programática, correcta para la situación actual para nuestro país, nosotros hemos rechazado algunas objeciones que se han opuesto a esta proposición nuestra, hoy por ejemplo, se ha dicho por compañeros diputados del Partido Revolucionario Institucional que objetan esta proposición - esta proposición del Partido Popular Socialista que otros partidos también coinciden en su esencia aunque con otras modalidades, ésta de la representación proporcional-, han dicho que ésta tiende a la pulverización de los partidos políticos y de la representación nacional, nosotros pensamos que esta es una afirmación, no suficientemente meditada, nosotros pensamos que si en México hay un partido mayoritario, cualquiera que sea, y este partido mayoritario existe y opera en la realidad no se va a desintegrar ni va a dejar de ser mayoritario, simplemente porque se estableció el principio de representación proporcional, nosotros pensamos que este partido si tiene el 68% de los votos va a seguir teniendo el 68% de las curules si establece el principio de representación proporcional.

Nos dicen los compañeros del Partido Revolucionario Institucional que en otros países hay representación proporcional, y hay pulverización de la representación nacional, hay pluralidad enorme de partidos, y es muy difícil constituir mayorías si tiene que hacerlo a base de transacciones, nosotros reconocemos que ese hecho existe, pero pensamos que se comete error al establecer otra vez relación de causa - efecto entre dos fenómenos que coexisten y ambos probablemente tienen otro tipo de causas que los generan.

Reitero, nosotros pensamos que si hay un partido mayoritario, eso obedece a ciertas razones de carácter histórico, social y político, y que no es determinante para que exista ese partido, el que en nuestro país exista un sistema electoral mixto, o que antes haya existido un sistema de mayoría relativa, nos parece que ese es un problema de otras características.

Defendemos pues, el principio de la representación proporcional, nos parece que es el más adecuado, y nos parece que es el históricamente acertado, es hacia donde se está avanzando, en el dictamen que emite la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, rechazando la iniciativa del Partido Popular Socialista se dice lo contrario, se afirma que esta es una proposición regresiva porque al avance histórico de nuestro país de 1977, o que encuentra su momento culminante en 1967, alguna cosa así, muestra que lo históricamente predominante en México es el sistema electoral mixto, nosotros lo vemos de esta manera, lo que existía en México tradicionalmente hasta hace pocos años era sólo el principio de mayoría relativa, la tesis nueva fue el principio de representación proporcional, esta tesis nueva se abrió paso y permitió que en la década de los 70 se estableciera ya con una modalidad, la de los diputados de partido y que más adelante se estableciera ya con una modalidad más avanzada; la de la integración mixta de los órganos de representación proporcional y que ahora mismo, con esta iniciativa del Ejecutivo con la cual no coincidimos.

Sin embargo, al establecer esta modalidad de que el partido mayoritario participaría en la elección de mayoría relativa y ajustaría su porcentaje de votos con su porcentaje de curules en la Cámara de Diputados, al participar en 50 curules de representación proporcional, está significando, aunque tímidamente, aunque a un nivel pequeño, un nuevo paso hacia la representación proporcional integral, es decir, nos parece que todos los pasos que se han seguido en materia de examen, de modificación a la forma de integrar los órganos colegiados, han sido pasos que avanzan hacia la representación proporcional integral y no de otro carácter.

Nosotros tenemos una serie de proposiciones que no es el caso discutir hoy, porque son materia del Código Federal Electoral, que es por otra parte también el proyecto de los que aquí hemos recibido, que nosotros consideramos que debe examinarse bastante más a fondo y debatirse muy acuciosamente en el seno de comisiones, y en su momento aquí en la plenaria, porque en él sí vemos lagunas cuestiones negativas que consideramos deben reexaminarse, algunas profundamente negativas, pero que vemos con mucho optimismo que la discusión en comisiones podrá, estamos seguros, superar esos problemas y podremos tener un Código de otras características, un Código que satisfaga las necesidades electorales democráticas de nuestro pueblo, un Código que podamos suscribir todas las fuerzas democráticas de México; así pensamos que va a ocurrir y trabajaremos en ese sentido.

Por lo que hace a la iniciativa del Ejecutivo -repito- no coincidimos con ella no la calificamos tampoco de profundamente regresiva, no nos parece que sea un calificativo justo, pero no nos parece que dé las respuestas que se requieren para este momento histórico de México; defendemos pues nuestra iniciativa, llamamos a los compañeros diputados de esta Cámara a votar rechazando el dictamen que emitió la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales acerca de la iniciativa del Partido Popular Socialista, que es la que nos parece más adecuada, es la que pensamos debe aprobarse y pensamos debe rechazarse la iniciativa del Ejecutivo en ese sentido, será desde luego el voto del Partido Popular Socialista e invitamos a los demás compañeros diputados a votar de igual manera. Por su atención muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Romeo Flores Caballero del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Romeo Flores Caballero: - Señor presidente; honorable asamblea: el sufragio constituye sin lugar a dudas, el medio más aceptable para legitimar un Gobierno democrático, entre más universal, secreto y derecho sea el voto, más clara será su legitimación. En este sentido el sufragio estará ligado indisolublemente a la democracia.

Esto que ahora nos parece normal, en los sistemas democráticos ha recorrido un largo camino, su negación o su limitación han conducido y conduce a formas de Gobierno divorciadas de la realidad, por ello no debe extrañarnos que encuentren el rechazo popular que cuestiona su legitimidad.

La participación ciudadana en los sistemas electorales que conducen a la legitimación de gobierno, ha transitado por una serie de condicionantes y procesos técnicos, antes de llegar a su práctica universal. Hablamos, en este caso, de las diversas formas de participación: el voto económico emitido en función del ingreso o la renta de los ciudadano; el voto doble o plural que permitía a un mismo ciudadano votar más de una vez en más de un distrito; el voto por nivel educativo reservado a elites ilustradas; el voto familiar determinado por el número de hijos o el estrato social; el voto corporativo identificado en favor de grupos financieros, industriales, comerciales y agrícolas; el voto racista que discriminaba a los negros; el voto ideológico que elimina a quienes no comparten la ideología del partido en el poder; el voto por edad que limitaba el acceso de los jóvenes; el voto por sexo que negaba la participación de la mujer; esto sólo para citar unas cuantas de las diversas formas de participación y de legitimación de gobiernos.

El sufragio sin embargo, sigue vigente en cualquier democracia y para que sea efectivo requiere de una organización que permita la claridad de su emisión y la transparencia en su proceso electoral, requiere además de la mayor participación de la ciudadanía sin importar diferencias de carácter ideológico o partidista, así se hace posible la legitimación del proceso y por consecuencia, se cumple con uno de los principios básicos de cualquier sistema democrático.

Las fórmulas más conocidas para calificar los comicios se ubican en tres grandes apartados:

a) De representación minoritaria;

b) De representación proporcional; y

c) Mixtos.

Cada uno de los sistemas tiene sus ventajas y sus desventajas, aquí, lo que proponen los partidos de oposición, es de hecho, cambiar nuestro sistema mixto por uno de representación proporcional

puro que cumple, de acuerdo con los proponentes, con una forma más adecuada de integración de los órganos colegiados, basada en la representación proporcional, así cada partido estaría representado en igual proporción al número de sufragios obtenidos, lo que de hecho significa que se intenta favorecer a los líderes de partidos o a sus dirigencias y no al pueblo.

Este sistema, que puede adoptar múltiples variantes, pretende asegurar una representación de las minorías en proporción, lo más exacto posible, de los votos obtenidos. Los que favorecen ese sistema de representación encuentran las siguientes ventajas:

Todas las corrientes de opinión tiene cabida en los parlamentos, con una fuerza igual a la que tienen en el cuerpo electoral; proporciona una amplia gama de posibilidades y alternativas al electorado; no produce derrotas o victorias totales; cada ideología puede ser expresada en le parlamento; satisface mejor el pluralismo democrático; determina una lucha en torno a ideas y no en torno a los hombres y a los ciudadanos; propicia la desaparición de los feudos políticos; impide la posibilidad de gobiernos minoritarios; y propicia la creación de gobiernos estables mediante alianza de partidos.

Sin embargo este mismo sistema de representación proporcional tiene algunas desventajas entre ellas:

Propicia la proliferación disfuncional de partidos; propicia también la deshonestidad política por las transacciones que necesariamente se hacen dentro de los partidos a través de las alianzas; provoca y acentúa la fragmentación de la opinión pública por detalles y particularidades intrascendentes para la vida nacional, pero trascendentes para los intereses partidistas; los modelos matemáticos de escrutinios y la forma de votar que ofrecen; representan dificultades para la comprensión del ciudadano común; desvincula al elector con el mandatario; convirtiendo al sufragio en un voto de opinión o de partido y elimina al voto de confianza; no consigue reflejar el propósito la fuerza exacta de las minorías en los cuerpos camarales puesto que la organización de los partidos mayoritarios pueden hacer nugatorio dicho propósito; no es necesario también que las Cámaras se conviertan en una especie de fotografía o una especie de topografía que reduzca en pequeño a la nación, sino más bien lo que se requiere es de una estructura homogénea que les permita deliberar con oportunidad; es por todos sabido que desde la Segunda Guerra Mundial, ha demostrado su ineficiencia; y minimiza lo general exagerando arbitrariamente los intereses particulares.

En suma, el sistema de representación proporcional puro no es un sistema eficaz, pues al no asegurar cabalmente la formación de una mayoría constructiva, tampoco resulta garante de que el Gobierno cumpla su papel jurídico y político y su obligación de responder a las clases populares.

En el fondo, lo que aquí estamos planteando, es un cambio de nuestro sistema presidencial, por otro parlamentario. Esto es, sustituir la democracia que hemos hecho los mexicanos con opción directa por la democracia con opción indirecta, mediatizada o transaccionada. Este sistema, es necesario insistir, resulta antihistórico y por lo tanto ajeno a la experiencia mexicana.

Los sistemas políticos y sus maquinarias, sus mecanismos y sus técnicas, responden a las experiencias particulares y al desarrollo histórico de cada país. Nuestro régimen político pasó de un sistema mayoritario, a un sistema mixto y se ha ido perfeccionando desde 1963 ensanchando la base popular y de representación que la sustentan.

No es posible que el Gobierno y la política gubernamental queden al arbitrio de una minoría de dirigentes de los partidos políticos y de una lista de ciudadanos ajena a la base popular que reclama el voto directo. Es decir, que la propuesta de representación proporcional, pura vulnera la escencia misma de nuestro sistema constitucional que, desde Apatzingán se sustenta en el principio de la soberanía popular que se ejerce a través del sistema de representación.

Muchas son las coincidencias que tenemos con el Partido Popular Socialista y que aquí se han expresado en la tribuna, y también mucho es el reconocimiento a ese partido en su participación por mejorar y modernizar nuestro sistema político y nuestro sistema electoral.

Coincidimos con el Partido Popular Socialista en el sentido de que se han producido grandes reformas económicas, políticas y sociales desde 1917, coincidimos también, en que el Estado ha fortalecido su presencia en la vida nacional, no basta, y aquí también coincidimos con ellos, un desarrollo impetuoso de las fuerzas productivas. Es necesario además, que el pueblo de México participe plenamente a través de sus genuinos representantes, en la vida política y social de su patria.

La propuesta de la iniciativa de representación pura del Popular Socialista que desecha el dictamen que estamos discutiendo y, con mucha más razón, el hecho de proponer que todos los diputados sean electos en una lista, una sola lista

nacional, implicaría una desvinculación del diputado con su distrito electoral y con sus electores. Desvinculación que se haría con más fuerza y con mayor razón en el caso de los senadores, puesto que ellos son los que representan a los estados en pacto federal.

El artículo 40 de nuestra Constitución, establece otro principio fundamental de nuestro sistema político: La voluntad popular de constituirse en una República Representativa. Democrática y Federal compuesta de estados libres y soberanos.

La propuesta, en consecuencia, de que todos los diputados sean electos en una sola circunscripción plurinominal de carácter nacional, debilitaría este principio, pues ha sido una tradición electoral en nuestro país que los distritos sean conformados tomando en cuenta la división geográfica en distintas uninominales en la conformación geográfica de los estados. Esto tiene como antecedente nuestra experiencia histórica que incluye en consideración de carácter demográfico, administrativo y político.

Por otra parte, es bien sabido que en la mayoría de los países que siguen un sistema de representación proporcional pura, se mueven en un sistema de magnitudes que media y que oscila entre una media de dos y diez diputados por distrito, en este sentido, la teoría europea que sirve de marco de referencia a la propuesta de representación proporcional sobre este tema, considera magnitudes grandes a los sistemas que superan diez diputados por distrito, como ya sucede en Italia, en Finlandia y en Luxemburgo.

Cumplir con un sistema de representación proporcional puro en la forma que se ha planteado, esta Cámara de Diputados, con base en el resultado de las elecciones de 1985, tendría una representación mucho mayor - proporcionalmente hablando -, en favor del Partido Revolucionario Institucional, que la que tiene en este momento, diferencia que no parecen advertir quienes lo favorecen.

En conclusión, sin dejar de reconocer algunas de sus ventajas, el sistema de representación proporcional como el propuesto, no ha probado ser una sistema eficaz, la historia ha demostrado su ineficencia, porque no asegura, insistimos, la formación de una mayoría constructiva que responda a esa base mayoritaria, tampoco ha sido garante de que el sistema cumpla con sus obligaciones jurídicas y Políticas, por dirimir diferencias partidistas, es contrario a nuestra experiencia histórica y ajeno al sentir y al pensar de la mayoría de los mexicanos. Por ello compañeros, por ello reafirmamos nuestro apoyo al dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que favorece al sistema mixto dominante mayoritario y porque mantiene las ventajas de la eficiencia y de justicia para los dos sistemas electorales combinados y elimina o matiza las desventajas de la mayoría y de la representación pura.

Así, de acuerdo con el dictamen, la iniciativa del Ejecutivo refuerza el principio de soberanía popular y la vinculación estrecha entre el diputado y su distrito, y con los sistemas de representación proporcional de cinco circunscripciones que lo convierte en mixto, el equilibrio que responde a nuestra experiencia histórica y que mantiene vigente nuestro sistema político. Por eso apoyamos el dictamen de la comisión. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Carlos Enrique Cantú Rosas del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

El C. Carlos Enrique Cantú Rosas: - Señor presidente; estimados compañeros diputados: la historia de México, desde la Revolución de Independencia, es también la historia de una lucha tenaz y permanente por la democracia, lucha ancestral por la justicia, por la igualdad y la libertad, también lucha por el sufragio desde la Constitución de Apatzingán que establece el sufragio universal y que elimina los requisitos de capacidad económica y fiscal para los representantes populares, hasta la Ley de Francisco I. Madero del 19 de diciembre de 1911, y su reforma del 22 de mayo de 1912 que otorga personalidad jurídica a los partidos políticos, organiza el registro de electores y establece la elección directa.

Es ya común recordar que el sufragio efectivo fue el primer llamado de nuestro movimiento revolucionario y sin embargo, al reiterarlo hoy en esta tribuna y ante esta soberanía, debemos recordar que esta proclama tuvo su origen en las manipulaciones, fraudes y atropellos a la voluntad popular de la dictadura porfirista, en estos momentos, es oportuno recordarlo, como es oportuno también recordar el esmero con el que Francisco I. Madero y Venustiano Carranza abordaron la problemática electoral.

Hemos mencionado ya la ley Maderista, y recordaremos que la Ley Electoral para la formación del Congreso Constituyente del 20 de septiembre de 1916, y la Ley Electoral para la formación del Congreso Ordinario del 6 - de febrero de 1917, mantienen los avances de la Ley Maderista y complementa el sistema de elección directa establecido por Madero en 1912.

En 1918, la ley para las elecciones de los poderes federales representa otro de los grandes avances en materia electoral, el procedimiento se depura, desaparece la mayoría absoluta, se garantiza el secreto del voto, se otorga al padrón electoral el carácter permanente y se perfila ya la futura credencial permanente de elector. Todo ello nos ilustra de la preocupación fundamental de estos próceres por ligar el desarrollo de nuestra democracia a procedimientos cada vez más claros para la emisión del sufragio, buscando siempre que los resultados electorales reflejen la voluntad popular, fuente primogenia de la soberanía.

Con la ley Electoral de 1946, se estructura en buena medida el aparato orgánico y administrativo que se encargará en lo sucesivo de la preparación, vigilancia y desarrollo de los procesos electorales, creando las bases de casi todos los organismos que hoy existen.

En etapas más recientes, hemos visto ampliarse el universo electoral con la incorporación, primero de las mujeres y posteriormente de los jóvenes de 18 años en adelante, a la responsabilidad del sufragio, hemos observado cómo en 1973, la reforma política reconoció a todos los partidos el derecho equitativo a participar en los organismos electorales con voz y voto, que garanticen mantener el principio de igualdad jurídica para estas organizaciones.

Como podemos observar, tanto la personalidad jurídica de los partidos políticos, como su derecho de participar en igualdad de circunstancias en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, no es una concesión reciente, producto de coyunturas o caprichos de alguna administración, sino que constituye la parte fundamental de las múltiples conquistas que en la historia electoral ha logrado la Revolución Mexicana.

Las reformas de 1977 trajeron el marco jurídico que hoy nos rige, y que en estos debates tenemos la obligación ineludible de revisar, enriquecer y modernizar, como respuesta al reclamo popular que hoy hace también en todo el país del sufragio efectivo una bandera, un esperanza una aspiración que no podemos defraudar. El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, participó intensamente en los trabajos de la consulta para la renovación política electoral y la participación ciudadana en le Distrito Federal, a la que convocó el Ejecutivo Nacional.

Participamos en dicha consulta, convencidos de que le perfeccionamiento de nuestra democracia es una tarea que nos compromete a todos por igual, autoridades, partidos políticos y ciudadano; participamos también porque estamos convencidos que es urgente establecer procedimientos y normas más claros y sencillos, para la realización de las elecciones en nuestro país.

Durante la consulta, expusimos con amplitud la propuesta de nuestro partido, para el perfeccionamiento de la democracia mexicana, incluyendo los aspectos fundamentales relativos a la integración de la representación política, al sistema de partidos, a las diversas etapas del proceso comisial, al padrón electoral, a lo contencioso y a las modalidades y espectativas de la renovación política en el Distrito Federal.

La iniciativa que hoy nos ocupa, desechó importantes alternativas propuestas por nuestro partido, por otras organizaciones y por otras voces que participaron en los foros de referencia. Por lo que se refiere a las reformas propuestas a los artículos de la Constitución Federal de la República 52, 53 y 54, en las que se establece el nuevo sistema de integración de la Cámara de Diputados, debemos de reiterar las observaciones realizadas en el foro de consulta, en el que expusimos nuestro rechazo contundente al incremento de cien diputaciones, que provocará, de ser aceptado, problemas de singular importancia.

La propuesta supone que un mayor número de diputados implica mayor representatividad, y consideramos que esta es una apreciación superficial, que no explica cómo podrán defenderse mejor los intereses populares, cómo ganará en autonomía y respeto esta representación nacional, y cómo podrá con más diputados legislar mejor y vigilar más la aplicación del dinero del pueblo; controlar de manera más efectiva el Poder Ejecutivo, y en síntesis ¿por qué más diputados? ¿podrían defender con mayor acierto la independencia y soberanía nacional? Nos preguntamos por eso, si el Constituyente de Querétaro tuvo o no, la total y legítima representación del pueblo de México, y si esta hubiera sido mayor o mejor con cien diputados más en los debates que sostuvo; independientemente de ello, es absolutamente claro para los integrantes del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, que la opinión pública nacional recibirá y ha recibido ya con evidentes muestras de rechazo el incremento de cien diputaciones, cuyo costo magnificado por sectores interesados, gravitará aún más sobre la ya muy lesionada economía popular.

La crisis obliga a partidos y autoridades a presentar al pueblo alternativas que mejoren la administración o el sistema político, sin incrementar el gasto público, es también nuestra corresponsabilidad cuidar el funcionamiento austero de las instituciones de la República.

Por otra parte, el sistema propuesto resultará con cien diputados más, en mayores complicaciones, dilaciones y problemas para el trabajo parlamentario y finalmente, tampoco ha existido un incremento sustancial y reciente del electorado que justifique el número de sus representantes. Por cuanto a la reforma que propone el Ejecutivo en la iniciativa que nos ocupa, relativa a la estructura del Senado de la República, la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, considera que no implica avance democrático alguno, toda vez que con ello no abre espacios participativos a las diferentes corrientes políticas del país. En efecto, con la redacción actual del artículo 56 constitucional, y con la reforma que al mismo se propone, lo único que se logra, es continuar con la hegemonía de un solo partido político nacional.

Si lo que realmente se pretende es lograr un avance democrático, la integración del Senado debe efectuarse en la forma en que nuestro partido lo ha venido proponiendo, es decir, dar acceso a las diferentes corrientes políticas a través de la elección de senadores por medio del sistema de representación proporcional, no encontramos razones doctrinarias ni prácticas que justifiquen la renovación por mitad de los integrantes de la Cámara de Senadores cada tres años, ya que de lejos de significar un acercamiento de los partidos hacia el electorado y de ampliar su preferencia en la vida política del país, daría lugar a la consiguiente distracción de recursos humanos, económicos y materiales que en estos momentos de crisis el pueblo no va a aceptar.

Cabe señalar también que desde la Constitución de 1824, en que se introdujo el sistema bicamaral con la intención de cambiar el Poder Legislativo, combinándolo con el elemento popular y el elemento federativo, nadie ha puesto en tela de juicio la razón de ser del Senado, sin embargo, reconocemos que en el lapso de su existencia no ha cumplido cabalmente con su objetivo fundamental de representar al pacto federal, nunca ha ejercido el Senado plenamente el análisis y el cuestionamiento, por el contrario, la experiencia nos demuestra que este órgano ha funcionado solamente como caja de resonancia de las iniciativas del Ejecutivo nacional.

Modificar la Constitución para introducir una reforma irrelevante, inocua, nos parece intranscendente, el sistema de integración del Senado propuesto en la iniciativa, se desvía del objetivo básico del consenso de la consulta reciente y muchas otras que han convertido en un reclamo generalizado la necesidad de reestructurar al Senado, para que represente realmente las corrientes fundamentales de opinión que integran hoy con plena legitimidad la voluntad nacional.

Todas las objeciones que se han presentado para la apertura del Senado, no revelan sino el deseo de mantener algunas instancias del proceso legislativo, bajo un estricto control del partido mayoritario y esta pretención, pese a todo lo que se diga, revela temor e incapacidad para el diálogo, la confrontación y el consenso.

La iniciativa que nos ocupa, de reformas al artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enmienda algunas de las violaciones que al principio de seguridad jurídica se percibían en las legislación electorales vigentes, dado que en la misma diferencia de lo que ahora se propone el Colegio Electoral, se integraba con cien presuntos diputados, 60 de los cuales, electos en los distritos plurinominales, deberían ser designados por el partido político que haya obtenido mayor número de constancias de mayoría registradas por la Comisión Federal Electoral, y 40 de los electos en circunscripciones plurinominales, designados por los partidos políticos en proporción a los votos que la propia Comisión Federal les hubiese reconocido, ocasionando con ese proceder graves violaciones a los ciudadanos que habiendo obtenido votaciones de mayoría relativa en algún distrito o elección se veían impedidos para participar en el Colegio Electoral, en virtud de no tener filiación con el partido al que se acreditó el mayor número de constancias de mayoría.

Y por otro lado, el mismo ciudadano también se veía impedido a formar parte del Colegio Electoral como representante de un partido minoritario en una circunscripción plurinominal ante el peligro de ser despojado por esa participación de un triunfo mayoritario que sus representados en sus distritos, mediante el sufragio le otorgaron, ocasionando con este antijurídico e injusto proceder, un estado de indefensión que la iniciativa en discusión pretende subsanar.

En efecto, la iniciativa de reforma constitucional enmienda algunas de las cuestiones fundamentales relativas a la calificación, de la calificación de las elecciones, así observamos que modifica sustancialmente las composición del Colegio Electoral de esta Cámara de Diputados, integrando al mismo, todos los presuntos, tantos de mayoría relativa como de representación proporcional, lo que sin duda significa alguna adecuación importante que mantiene congruencia con el principio de autocalificación del Poder Legislativo que es tradicional ya en el derecho electoral mexicano.

A mayor abundamiento, podemos observar que esta parte de la iniciativa del Ejecutivo, corrige de

alguna manera el estado de indefensión en que quedaban cuando menos 60 de los presuntos diputados de representación proporcional, quienes al no formar parte de este colegio calificador, estaban imposibilitados de participar directamente, y en su defensa, en esta fase con la que culmina el proceso electoral.

Aceptamos como una medida profunda trascendencia para el desarrollo progresivo del derecho electoral mexicano y la plena seguridad jurídica, que como una conquista en derecho corresponde a los ciudadanos, organizaciones y partidos políticos, la creación del Tribunal de lo Contencioso Electoral, que de inmediato habrá que cubrir el pavoroso vacío existente en la legislación actual que otorga la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia electoral, facultades sin mayor transcendencia y opiniones que nadie entiende, poniendo en entredicho su facultad soberana de dar a cada quien lo que le corresponda.

Esta reforma termina también con la confusión provocada por la ley en vigor, en relación al recurso de reclamación que establece una intervención mediatizada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, encontramos insuficiente la propuesta que nos ocupa, toda vez que, en la integración del tribunal, no se da participación a nivel de rango constitucional a los partidos políticos, dejando tan importante determinación a la Ley Reglamentaria.

A nuestro juicio, la iniciativa que se propone debe ser adicionada, señalando con toda claridad y precisión que el Tribunal de lo Contencioso Electoral, deberá estar integrado con representantes de todos los partidos políticos nacionalmente registrados.

Con ello se evitaría que una Ley Reglamentaria sujeta a manipulaciones, consignas y presiones, exponga a nuestros partidos y por ende al electorado mexicano, a la creación de un tribunal ligado a los intereses del grupo mayoritario, es necesario subrayar también, respecto a la integración del tribunal, que deben garantizarse los derechos de los partidos políticos nacionales para formar parte en igualdad de circunstancias de dicho cuerpo colegiado.

Sólo así podrá este organismo ser grande del sufragio popular y mantenerse al margen de consignas, presiones y prácticas fraudulentas que lamentablemente, hoy todavía subsisten en el panorama político nacional, en cuanto a la reforma contenida en el último párrafo del artículo 60 constitucional de la iniciativa que nos ocupa, si bien es cierto que el Gobierno tiene la responsabilidad de preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales, también lo es que dicha responsabilidad deriva de la soberanía que el pueblo ejerce por medio de los Poderes de la Unión en los términos del artículo 41 constitucional, y no podemos dejar al Gobierno, la exclusiva responsabilidad de la conducción de los procesos electorales y admitir la redacción propuesta, que coloca a ciudadanos y a partidos en un nivel secundario, el remitir la reglamentación de su participación a una ley derivada, siendo ciudadanos y partidos los actores fundamentales en dichos procesos; nos negamos a aceptar por complacencia, simplicidad o indolencia, que bajo el fácil expediente de legarles responsabilidad primaria en la conducción de los procesos, se nos despoje de derechos adquiridos legítimamente en largas y penosas batallas en las que dejaron la vida millones de mexicanos luchadores de la libertad.

También consideramos importante la propuesta de modificación de la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque aclara, como lo señala la iniciativa, la reforma en que serán cubiertas las vacantes de los diputados electos por el principio de representación proporcional, y sólo quisiéramos agregar que sobre esta materia consideramos, los integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, que las diputaciones de representación proporcional son, por su esencia, las formas más claras de representación de los partidos políticos en la voluntad nacional y que por ello, deben ser estos los que en todo momento señalen de entre sus candidatos a aquellos que han de ocupar dichas posiciones, particularmente en los casos en que un diputado electo, según el principio de representación proporcional, abjura de las banderas y de los ideales por los que llegó a esta Cámara, y en estos casos deben tener los partidos absoluta libertad para designar al que habrá de sustituirlos.

Los parmistas, sostenemos que las reformas a la Constitución General de la República deben ser precedidas y sustentadas por la más amplia consulta popular y que para ello, es necesario y de extrema urgencia, establecer un mecanismo que mediante referéndum o plebiscito, permita la clara expresión de la voluntad popular en torno a las cuestiones fundamentales que a todos interesan.

Tenemos que lamentar que la iniciativa que comentamos omita toda referencia sobre este particular, dado que con ellos nos coloca la zaga de la mayoría de los sistemas políticos contemporáneos, que utilizan el referéndum como un procedimiento regular para las enmiendas constitucionales o cambios transcendentales en sus sistemas políticos.

Hemos venido a esta tribuna a transmitir las voces, opiniones de los parmistas, de los ciudadanos de los distritos que nos confiaron su representación y de muchos otros mexicanos que con profundo interés han sido testigos y actores de episodios importantes en la lucha por la ampliación de la democracia, por ello, tal vez nuestras opiniones no coincidan con las de algunos analistas o teóricos que detrás de un escritorio, con instrumentos tecnológicos, sofisticados, estudian y preven el comportamiento electoral del pueblo de México, la nuestra no es ni pretende ser otra cosa en esta tribuna que la voz del pueblo.

Los mexicanos estamos expectantes del aval moral, mediante el cual el Gobierno de la República impulsará las reformas que se proponen y la creación del Código Federal Electoral. En varios Estados del país, millones de compatriotas están puestos a sufragar en los procesos electorales que en sus entidades hoy en día se realizan, sienten al igual que muchos que esta es una de las últimas oportunidades que los mexicanos tenemos para dirimir nuestras graves diferencias sociales, cívicas e ideológicas, por las vías de la legalidad, el orden y el respeto.

Nosotros participamos con la firme e indeclinable convicción de que mediante estas labores mucho puede lograrse, si los sectores nacionales y los representantes de su partido deciden posponer en estos momentos históricos sus particulares intereses y recogen con absoluta limpieza y alteza de mira, las aportaciones de las diferentes voces mediante las cuales en este debate se expresa el pueblo de México.

La nación entera nos observa, hay quienes afuera suponen que esto será tan solo una parodia semejante a algunas que en pasados sexenios hemos presenciado, creemos en la democracia, en la resolución liberal y justiciera, en los héroes que nos dieron patria, en nuestros principios constitucionales y en nuestras profundas raíces nacionalistas.

El futuro de la nación está en nuestras manos, con patriótica determinación, despojándonos de soberanías, vanidades, sectarismos, intereses de grupo o caprichos partidistas, forjaremos mediante el reflexivo análisis del transcendente asunto que hoy nos congrega, el mejor homenaje que podemos rendir a quienes han sucumbido buscando libertad, justicia y progreso; una nueva codificación electoral que ponga al inmediato alcance de nuestros conciudadanos electorales, la anhelada herramienta que permita hacer florecer la democracia y la justicia electoral en los cuatro puntos cardinales del territorio nacional.

Compañeros diputados, no detengamos el reloj de la historia pensando en el bien de México, legítimamente esperemos que nuestro voto, a partir de estos momentos, en todas las instancias electorales sea legítimamente respetado. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, por el Partido Revolucionario Institucional.

El C. Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Con su permiso señor presidente: compañeras y compañeros diputados; en nuestra intervención vamos a tratar de ser lo más concretos posible.

Hemos escuchado, he escuchado con mucha atención los planteamientos de los diferentes compañeros diputados que han venido a hacer uso de la tribuna, creo que todos los planteamientos nos merecen respeto porque expresan el juicio honesto y objetivo de nuestros puntos de vista ideológicos y partidarios.

Pero debemos estar precisamente en el punto de consecuencia y congruencia ante las reformas propuestas y ante la historia de este país, ratificamos lo que nuestros compañeros de partido, del Partido Revolucionario Institucional y que nos han precedido en el uso de la palabra, han expresado aquí en defensa de los dictámenes puestos a la soberanía de esta asamblea, ratificamos nuestra convicción, qué lástima que no podemos convencer, que no podamos obtener unanimidad pero tenemos que dejar constancia de que ratificamos nuestra postura indiscutible de que las reformas constitucionales propuestas, en forma definitiva sí ensanchan y sí tienden a fortalecer la democracia mexicana.

El aumento del número de diputados de asignación proporcional, permite ensanchar la participación de los partidos minoritarios en la Cámara sin quebrantar el principio fundamental uninominal, tan arraigado en nuestro país, donde la labor de gestión del representante popular de cualquier partido que sea, es tan importante como la labor legislativa.

Tenemos que ratificar y sostener con todos respeto, compañeros Cantú Rosas, que seguimos pensando que el Senado o que pensamos en el Senado de la República como el depositario de la representación de la Federación, que las entidades federativas sean estas o no teorías clásicas, teorías ortodoxas, pero es cierto que las entidades federativas como tales, participan también en la formación de la voluntad estatal y tenemos que sostener porque esa es nuestra convicción que con el nacimiento del Estado Federal en 1824, nace el

Senado como garantía de igualdad política y jurídica de los estados de la Federación.

Yo pienso, y con todo respeto frente a otros puntos de vista, que la renovación trianual a la que no se le concede importancia según mi respetado compañero Cantú Rosas, sí garantiza la continuidad de los trabajos legislativos del Senado y amplía su presencia en la vida política del país.

Al renovarse cada tres años por medio de la contienda electoral, por mitad, el Senado de la República, se fortalecen sus nexos quiérase o no con el electorado, se actualiza el Senado y se nutre el debate interno con los anhelos fundamentales del pueblo mexicano recogidos durante las campañas electorales, y lo que es también muy importante, los ciudadanos pueden ensanchar también sus alternativas de selección y los partidos políticos tendrán un acceso más frecuente a la contienda electoral senatorial y así el sistema político nacional tendrá que resultar fortalecido en forma integral.

No podemos pensar compañeros, ni podemos admitir que la Cámara de Senadores haya nacido en México como resultado de maquinaciones para fortalecer al Poder Ejecutivo, nace como consecuencia de un alto propósito dirigido a la consolidación de nuestro federalismo, sin exabruptos, sin violencias, con tenaz apego a la defensa de los intereses nacionales, el Senado cumple hoy la misión que le confía nuestra Ley Suprema. No podemos admitir el concepto que atilda al Senado de obsoleto, dicen, de innecesario o de retrógrada; a quienes con temeridad y ligereza así lo afirman, debemos responder con el texto constitucional, con las decisiones fundamentales del pueblo mexicano ahí expresadas con la historia y con los principios políticos sobre los que se levanta, sobre los que se levantó y se sostiene el Estado mexicano.

Ciertamente el Senado es la expresión connatural de nuestro sistema federal, sin perjuicio de las ideologías o tendencias partidistas de sus integrantes; el propósito de reformar la Constitución para crear senadores de representación proporcional, me parece que es una manifestación -lo digo con respeto -, de ideas confusas sobre nuestra estructura política e implica un desconocimiento cabal del origen naturaleza del senado mexicano, del Senado de la República Mexicana.

También ciertamente, coincidimos en que los partidos políticos son entidades de interés públicos, organismos de opinión y de lucha, pero equipararlos o pretende como aquí se ha dicho, a partes integrantes de la Federación, equivale a desnaturalizar y a desconocer la esencia de nuestros sistemas institucionales. Si deseamos que se escuche en el recinto del Senado las voces de la oposición, el camino está abierto, el camino idóneo que es el triunfo en las elecciones con el voto directo de los ciudadanos, y no el cómodo expediente de una representación proporcional que no va con los intereses ni con la tradición institucional y constitucional del pueblo mexicano.

Alabo que las voces del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana estén de acuerdo en que significa también un avance el contenido de la reforma que se pretende al artículo 60 constitucional. Vamos a tener un Colegio Electoral en el que participarán en su conjunto y en su totalidad, todos los presuntos diputados que lleguen al Colegio Electoral de todos los partidos, alabo también en su coincidencia en lo que respecta al Tribunal de lo Contencioso Electoral, que se busca como se dice en la iniciativa, se integre con imparcialidad y que quede sujeto el Contencioso Electoral a la decisión de un nuevo organismo, de un nuevo concepto de Tribunal Contencioso exento de las pasiones políticas que son connaturales y que son legítimas también. Pero no pasemos de vista que será el Colegio Electoral formado por la totalidad de los presuntos diputados, los que en definitiva habrán de calificar las elecciones de los representantes populares, y debo recordar que según nuestro punto de vista, sí se realizó una profunda, una extensa y amplísima consulta popular sobre las reformas constitucionales que hoy nos ocupan, se escucharon las voces de todos los partidos políticos, se escucharon las voces de todos los interesados nacionalmente en nuestras estructuras fundamentales en materia política, por eso considero que la reflexión debe llevarnos a apoyarlas, los dictámenes que aquí se han presentado y que en bien del fortalecimiento y de la amplitud de las garantías de la democracia en México, en virtud y favor de mejores cada día mejores procedimientos electorales para corregir vicios, para corregir rutinas, para enmendar errores, votemos compañeros a favor de los dictámenes aquí presentados. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el diputado Enrique Gabriel Jiménez Remus.

El C. Enrique Gabriel Jiménez Remus: - Señor presidente; señoras y señores diputados: son un poco más de las 8:30 de la noche y en el ánimo de todos, creo que hay una confusión en cuyo orígen deliberado yo sí creo. Yo quisiera pedirle al señor presidente, instruyera a cualquiera de nuestros estimados secretarios que leyeran el acuerdo parlamentario que suscribieron los coordinadores de las diversas fracciones parlamentarias

pero para no ser tedioso, en aquella cláusula - por llamarla de alguna forma - de excepción, que marca las posibilidades de prolongar la sesión, fuera tan amable señor presidente.

El C. presidente: - Proceda la secretaría a dar lectura a la parte correspondiente.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez:

"En caso de que haya algunos asuntos pendientes de desahogar, estos serán diferidos para ser tratados en la siguiente sesión, sólo en casos extraordinarios y previo acuerdo de la asamblea, las sesiones podrán ampliar su horario".

El C. Enrique Gabriel Jiménez Remus: - Gracias señor secretario: vamos a hacer un poco de memoria amigos diputados ¿Cuál fue el origen de la celebración de este acuerdo parlamentario? Bueno pues yo creo que fue el antecedente del primer período ordinario de sesiones de 1985 y también en el período extraordinario este año de 1986; que realmente rebasamos por mucho el sentido de responsabilidad en las sesiones que fueron demasiado prolongadas, donde se pierde el sentido de la crítica, del análisis y la atención responsable de todos nosotros para atender las expresiones tanto de los dictámenes como de todos los señores oradores diputados compañeros nuestros, y sabiamente y prudentemente entonces, los coordinadores de todas las fracciones parlamentarias llegan a la celebración de este acuerdo que hasta la fecha se ha venido observando.

Yo pido entonces que esta sesión se termine, sobre todo por a naturaleza misma del asunto que estamos tratando, que honestamente creo que no estamos ya en condiciones de seguir prolongando este debate que calculamos optimistamente que podrá llegar a las altas horas de la madrugada. Me podrán decir los que estén en el sentido contrario de mi proposición, que existe esta cláusula de excepción, sólo en casos extraordinarios y previo acuerdo de la asamblea, las sesiones podrán ampliar su horario.

Entonces habrá que discutir cuál es el asunto extraordinario, el prolongar este debate podría caer en el ámbito de lo extraordinario, yo creo que la palabra extraordinario, y el sentido mismo de esta expresión es algo ajeno al debate que se está tratando; es un concepto de ajenidad el sentido extraordinario. Yo estoy de acuerdo que si hubiera otro asunto en cartera, de urgente resolución que fuese extraordinario, yo creo que el mismo nombre lo denota, pero este debate serio, creo que debe de suspenderse para citarse a una nueva sesión, a otro nuevo plenario para seguir debatiendo este tema tan importante de la Constitución. Y para seguir, para, cumplir con esta excepción deberían también someterse a votación de la asamblea si se decide continuar; pero si somos honestos y responsables, amigas y amigos diputados, imagínense, estamos reformando la Constitución, a las seis de la mañana vamos a terminar ¿creen ustedes en serio que vamos a seguir escuchando los debates?

Entonces yo propongo señor presidente, que se termine en base en este acuerdo parlamentario esta sesión y convoque a otra próxima. Muchas gracias señor presidente.

El C. presidente: -En este caso, se consulta a la asamblea si es de aceptarse la proposición del diputado Gabriel Jiménez Remus, consulte la secretaría a la asamblea. (Voces.)

El C. Eduardo Valle Espinosa: - Señor presidente, antes disculpe: hemos escuchado argumentos a favor de que se termine la sesión, pero no hemos escuchado un sólo argumento para que continúe, al menos los compañeros de la mayoría podrían escuchar razones y no sobre las bases de una indicación.

El C. presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Por acuerdo de la presidencia y en votación económica, se pregunta a la asamblea si se acepta la petición hecha por el diputado Jiménez Remus en el sentido de que se dé por terminada esta sesión, o en sentido contrario los que quieran que siga realizándose esta misma sesión. Los que estén por la afirmativa que ha propuesto. (Voces.)

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Moción de orden, señor presidente: me permito decirle, señor presidente, que la propuesta es en el sentido de que nos ajustemos al acuerdo. Usted está obligado por el acuerdo parlamentario a acatar, o bien pedir la opinión de la asamblea si se continúa, pero usted tiene que probarnos por qué es caso extraordinario. (Voces.)

El C. Jesús Murillo Karam: - Es a consideración de la asamblea. La asamblea tiene que decidir si se terminará el debate o no.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - La asamblea va a votar si a criterio suyo hay caso extraordinario. Y explíquenos por qué.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - La asamblea es soberana y puede tomar a votación, no debe caer en la provocación.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Por acuerdo de la presidencia, en votación económica se pregunta si se termina la sesión. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

El C. presidente: - Momento, señor secretario, tiene la palabra el señor diputado Santiago Oñate Laborde.

El C. Santiago Oñate Laborde: - Señor presidente, con su autorización; compañeros diputados: acudo a esta tribuna para referirme a los elementos que han sido sometidos a la consideración de esta asamblea, por el diputado Gabriel Jiménez Remus. El diputado Gabriel Jiménez Remus, ha estimado que los trabajos de nuestro cuerpo colegiado, se rigen por un conjunto de normas, contenidas unas en el reglamento, contenidas otras en acuerdos de práctica celebrados por coordinadores y ratificados por la asamblea en su conjunto, en particular se refiere a aquél que fue aprobado por este pleno con el objeto de buscar un mejor desempeño de nuestros trabajos camerales, y que tenía por propósito esencial el limitar el tiempo de nuestras sesiones a un número de horas racionales, de ahí el acuerdo que ha venido funcionando de dar por terminadas las sesiones a las ocho y media de la noche.

Un primer punto que nos plantea la consideración hecha por Jiménez Remus, es decir, ese acuerdo tiene una generalidad para cubrir la totalidad de los casos o de si se admiten o no excepciones, se señala que en el texto mismo se prevé la existencia de casos extraordinarios, es evidente que dentro del cuerpo de ese acuerdo no existe un catálogo o lista de situaciones a las que pueda aplicarse este apelativo de extraordinariedad que esta tiene que derivar necesariamente de un análisis, de un caso y de una situación concreta para ser calificado como extraordinario, ser propuesto como tal al único órgano que es capaz de regir los tiempos de trabajo de esta Cámara que somos nosotros en la asamblea quienes lo podemos hacer, y en consecuencia, establecer si una sesión puede prolongarse mas allá del término acordado.

En esa tesitura, partiendo de esa concepción, he de demostrar ahora ante ustedes, el por qué para mí estamos frente a un caso extraordinario, y en consecuencia por qué estoy en pro de que esta sesión continúe.

Aceptamos que garantía de la eficiencia de los trabajos parlamentarios y reconociendo que la dignidad del Poder Legislativo tiene que ver de modo directo con la manera en que frente a la sociedad ejercemos nuestras obligaciones y cumplimos con la función que tenemos, es que se estableció la necesidad de trabajar en horas que fuesen a todos convenientes, y que fuesen a todos acorde para el mejor desempeño intelectual, mental de la función que tenemos, nadie acepta la conveniencia de debates interminables por días enteros porque se considera que ésto afecta la calidad de nuestros trabajos.

El caso ordinario pues, es el de leyes que pueden constreñirse o de tiempos que pueden destinarse de modo muy preciso a la discusión de un asunto, pero también para calificar el caso que nos ocupa como extraordinario, habremos de mencionar en primer término la naturaleza de la ley que estamos discutiendo; estamos aquí discutiendo una enmienda a la Constitución que tiene que ver con nuestro sistema electoral, que tiene que ver con la esencia de las formas jurídicas que regulan nuestro sistema representativo... (Voces.)

Esto diría una primera nota de extraordinariedad a lo que estamos haciendo, se trata de una reforma constitucional, en segundo lugar, toda vez que estamos a un mes de la conclusión de nuestro período ordinario de sesiones, de que funcionamos en un sistema regido por el bicamerismo, es necesario para este buen desempeño de los trabajos parlamentarios, de que ambas Cámaras cuenten con calendarios que son acordados de común acuerdo, y que permiten tanto a una como a otra el desempeñar adecuadamente sus funciones.

De estos acuerdos derivan necesariamente fechas y plazos en las que cada una procura funcionar, nosotros estamos sujetos a un acuerdo de esta naturaleza, por funcionar dentro de un sistema bicameral; en tercer lugar porque estamos hablando de una reforma a la Constitución, regida por lo preceptuado en la propia norma que exige para su validez, el de ser conocida y aprobada también por las legislaturas de las entidades federales.

Están aquí también en juego las legislaturas locales que deberán intervenir para aprobar esta norma, atendiendo a estos tres fenómenos, a la necesidad de ser conocida y en su caso aprobada por ambas Cámaras, y atendiendo a la necesidad de que pueda ser analizada por los congresos locales, es que la ley que nos ocupa tiene una naturaleza extraordinaria, no sólo por su contenido sino por los plazos de tiempo en que debe de ser vista, a esta razón agregaría yo una más, en la cual todos los oradores que han intervenido aquí para hablar en general de la ley, han coincidido en afirmar que nuestro país reclama con urgencia, modificación en sus normas electorales. Hemos discrepado en cuáles son éstas, pero nadie, hasta ahora, se ha manifestado aquí sosteniendo que no es necesario y que no es urgente renovar estas normas electorales.

Si nosotros recordamos, este fue un reclamo que se escuchó ya dentro de nuestro Colegio Electoral, y que desde entonces estamos hablando de esta necesidad de hablar, habiendo presentado ante ustedes algunos argumentos de por qué considero el caso como extraordinario y de por qué es conveniente proseguir, quisiera también establecer un segundo punto de vista de por qué el hacerlo así el continuar ahora, no constituyen, si se ven las cosas como son, un apresuramiento, un atropellamiento de las formas, para caer en aquello que el pueblo ha señalado tantas veces de legislar al vapor.

Rechazamos la idea de legislar al vapor y en esta ley en concreto, el análisis, la discusión de los elementos que nos permiten estar ahora, hoy, decidiendo su contenido, no se inició hoy; es algo que como preocupación de todos nosotros se inició mucho antes de haber llegado a esta Cámara, que como propósito concreto fundante de la norma que nos ocupa, ha interesado a los partidos políticos nacionales de modo preciso desde el momento en que se provocó a la consulta popular para iniciar la reforma o renovación electoral.

Que llevamos en consecuencia, varios meses en que como individuos, como legisladores, como partido, hemos estado discutiendo y hemos estado deliberando acerca del posible contenido de reformas en materia electoral. Como Cámara de Diputados no estamos actuando en forma precipitada, si se atiende que hemos conocido de esta iniciativa a partir del día cuatro, que desde esa fecha conocimos la iniciativa presentada por el Ejecutivo, conocimos la iniciativa presentada por cinco fracciones parlamentarias y hubimos de agregar una, presentada desde la LII Legislatura, por el Partido Popular Socialista, que a lo largo de estos más de 20 días, se acordó, por esta asamblea, para el mejor conocimiento de la ley y en su momento el determinar su oportunidad y la corrección de sus propuestas, el ordenar la comparecencia del secretario del ramo para que explicase aquí los fundamentos y razones de la ley.

Que realizamos esa comparecencia en la que todos pudimos avanzar en el estudio la ley, y que hoy estamos simplemente conociendo un dictamen, lo hemos debatido en lo general, y estamos pronunciándonos a ese respecto.

Por estos motivos no estamos procediendo con atropellamiento por el conocimiento anterior que hemos tenido del fenómeno, por la dinámica misma del debate en que estamos nosotros involucrados, y por el carácter extraordinario que a mi juicio tiene el caso, estimo que no es prudente, como lo sugiere y propone el diputado Gabriel Jiménez Remus, el dar término a esta sesión sin llegar a una decisión final sobre la ley que nos ocupa.

En consecuencia señor presidente, compañeros diputados, propongo que si así lo acuerda la asamblea, prosigamos el curso de nuestros trabajos, hasta terminar con la aprobación de esta reforma. Muchas Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Han solicitado la palabra para hechos, varios compañeros diputados. Tiene la palabra el ciudadano diputado Pablo José Pascual Moncayo.

El C. Pablo José Pascual Moncayo: - Señor presidente; compañeros diputados: precisamente por los términos y por la importancia que señala el compañero Oñate Laborde, de la discusión en curso, es por lo cual pensamos que debemos establecer ritmos que permitan efectivamente analizar a profundidad un cambio constitucional, un cambio constitucional que tiene que ver con las diferentes visiones del destino del país.

Si estamos pensando compañeros, que en el curso de la noche agotaremos el debate en lo general, de cincuenta y tantos oradores que estamos inscritos, si estamos pensando también que en lo particular nos inscribiremos otros tantos y que en el curso de esta noche y de la madrugada vamos a avanzar, ahí sí le estamos dando poca seriedad a lo que nosotros consideramos que debe ser el centro del debate. Donde las fuerzas políticas, los grupos parlamentarios, los representantes de diferentes opiniones nacionales que estamos representados en esta Cámara, expresemos los puntos de vista sobre la iniciativa presidencial y sobre las iniciativas que han presentado otros grupos; esa es la importancia compañeros, eso es lo que redunda no solamente en la reforma constitucional sino que redunda en elevar el nivel del debate y que se conozcan las posiciones de los diferentes grupos, que se conozca a profundidad el análisis que se tiene de los diferentes artículos que se están analizando y discutiendo.

No se trata de calificar si es que esta Cámara funciona al vapor o no, no es eso compañeros, ni se trata mucho menos de sabotear, podemos establecer tiempos que no tienen que ser dramáticamente planteados, sabemos que tiene que ir a la Cámara de Senadores pero esta es la Cámara de orígen compañeros y requiere que los planteamientos están perfectamente analizados.

Nosotros hemos hecho una propuesta, lo hicimos varios grupos parlamentarios de que acabáramos hoy la discusión en lo general, y nos citáramos para otro día a la discusión en lo particular, el

otro día puede ser mañana compañeros, puede ser el lunes o puede ser el martes, no es de ninguna manera tampoco sabotear, el que sabemos que tiene que recorrer la Cámara de Senadores y luego las legislaturas locales, las legislaturas locales pueden ser citadas y reunidas en unos cuantos días, eso no es un problema fatal compañeros, lo que sí es fatal es que no se conozcan aquí los argumentos de fondo que hay en las coincidencias y en las diferencias, esa es la importancia y eso es por lo cual nosotros hemos planteado que tenemos que darnos los espacios para el debate, y no se trata ni de la obsecación, entiendo de la mayoría, espero, pero tampoco se trata de una actitud terca o necia de las minorías, se trata compañeros que sí nos interesa en lo particular al Partido Socialista Unificado de México, y creo en general a todos los grupos parlamentarios que tienen claramente expresados nuestros puntos de vista, y pensamos que mantener este ritmo de terminar en lo general y luego entrar en lo particular en el curso de esta sesión, es absolutamente anormal y resulta prácticamente absurdo, precisamente por lo mismo que decía el compañero Oñate, porque es algo que está esperando el país, todos estamos pensando en la democracia, aceptemos que todos estamos pensando en la democracia, que tenemos diferentes versiones, tenemos diferentes puntos de vista de cómo llegar y acceder a ella.

Si coincidimos en esto compañeros, aceptemos que sí es la Cámara de orígen, tenemos que darnos los tiempos requeridos para llevar a cabo una discusión racional, una discusión que nos permite efectivamente confrontar respetuosamente, profundamente, y en la cual nos de tiempo, estos tiempos que efectivamente se agotan constitucionalmente, porque hay que terminar el 30 de diciembre este período ordinario, pero que tenemos perfectamente los tiempos, si somos racionales de llevar a cabo una discusión profunda en lo general y llegar en otro día a la discusión en lo particular.

No es, insisto, una necedad, es simplemente un planteamiento de que nos interesa la discusión y no quedar bien con nadie, sino con el país. Gracias compañeros.

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos, el diputado Pablo Alvarez Padilla.

El C. Pablo Alvarez Padilla: - Señor presidente; compañeros diputados: perdonen el que a veces los que tenemos por profesión la abogacía hagamos uso de alguna voz latina, el latín tiene una ventaja que concretiza frases muy significativas, muy fuertes, que no fueron invención de alguien en lo particular, sino que vienen desde que casi se inventó el derecho, allá en los pueblos de Roma y Grecia, y que son una enseñanza viviente para todos nosotros. Existe una frase latina que dice: Sic Rebus Stativis Pacta Sunt Servanda, quiere decir que mientras las cosas circunstancialmente en el fondo de la sustancia no hayan cambiado, deben permanecerse, deben observarse los pactos.

Fíjense ustedes como es curioso que en toda la historia de todos los pueblos, en todas las latitudes, todos los seres humanos han diferido en muchas cosas, pero hay algunas en las que todos han estado de acuerdo y esta es una de ellas, en que los pactos deben de observarse, en que los compromisos deben cumplirse y a ello, le lleva o a ello le va algo más que la simple positividad de sentir que se está cumpliendo con un pacto, está de por medio la honorabilidad de los suscriptores de aquel pacto, y esa es una de las motivaciones por las que me estoy expresando de esta manera a ustedes, y creo con toda honestidad, porque veo las caras de ustedes, que están por lo menos, en cuanto a la expresión intelectual, de acuerdo conmigo.

No se trata tampoco, como decía algún compañero que odia los imperialismos formalmente pero que es un sometido de primera y lo ha demostrado muchas veces, de una provocación de nadie, no, yo creo por eso Dios no les da alas a los alacranes ¿verdad? Por eso los mantiene chiquitos en la tierra para que no hagan mucho daño.

El asunto está de la siguiente manera: Santiago ha venido de muy buena fe, y que bueno que tuvo la entereza de venir a exponer aquí a su juicio, cuáles eran las motivaciones que hacían cambiar las circunstancias y que por lo tanto, el pacto debería ser roto y continuar en forma irregular o por lo menos en forma extraoficial esta sesión.

Ha hablado muy bien por cierto Santiago, como un primer argumento que realmente fue en pro de que esto se suspendiera, el pueblo está esperando de sus diputados una labor muy responsable, una labor muy juiciosa respecto a las delicadas tareas a las que estamos atendiendo en estos momentos, a las que estamos atendiendo, desde no se, desde el primero de septiembre y las que continuaremos mientras estemos en ejercicio de este puesto como diputados federales.

Esta responsabilidad con la sociedad es un argumento para que se pare la sesión, y se continúe de acuerdo con el convenio el próximo martes hacia las ocho de mañana, está bien, a las ocho de la mañana estaremos aquí, no hay problema aunque lleguemos desvelados del viaje de nuestra tierra para acá, estaremos cumpliendo con nuestra obligación.

Pero eso es en lo que quedamos y esa primera condición no ha sido movida, está todavía ahí, el pueblo sigue con la responsabilidad sobre nosotros, y nosotros seguimos conscientes de esa responsabilidad. La segunda, y eso es muy importante Santiago, yo sí te la quiero hacer notar lo de la solvencia intelectual, la solvencia moral, la capacidad de dilucidar las situaciones que se nos presentan en esa delicada ley, ninguna ley es, podíamos decir, ligera, puede verse a la ligera, tiene que verse con responsabilidad, máxime cuando se trata como tú dijiste, de artículos de la Constitución Federal. Se trata de la Ley Fundamental de un país, entonces para delegislar sobre una modificación, no me gusta la palabra enmienda porque suena medio a imperialista ¿verdad? una reforma constitucional, pues hay que hacerlo en las mejores condiciones en que nosotros como diputados podamos funcionar y si el cansancio me permite un poquito más de tiempo señor presidente, porque ya me sacaron la tarjeta roja a propósito -así vamos a terminar, con la tarjeta roja - el segundo argumento es precisamente esta capacidad intelectual que necesitamos para poder solventar los trabajos que tenemos como obligación cumplir.

El prorrogar no significa que venga una droga especial sobre nuestro organismo para abrir otra vez el cansancio, quitarnos el cansancio y volver a estar lúcidos como iniciamos esta sesión y poder en una forma ecuánime, calibrar cada uno de los argumentos que se puedan dar aquí.

Un tercer argumento que yo te quiero dar Santiago, y les quiero a dar a todos, de toda una buena fe, es que nos faltan 46 oradores, que hemos calculado su tiempo a razón de 30 minutos porque algunos se pasan de ese tiempo, nos faltarían 23 horas para terminar el aspecto general de consideración de esta ley. No se me hace un argumento muy bueno pero cronológicamente a la mejor a algunos le resulta válido.

Hablaste también del bicamerismo, yo creo que si los senadores como no tienen mucho qué hacer, nos espera cuatro horas más, o tres días más, no va a haber ningún problema, tiene todo el tiempo del mundo, tienen muy pocas responsabilidades y también a ellos les gusta cumplir con eficiencia lo que están haciendo, vamos a darles la oportunidad de que lo que llevan, lo que vaya de aquí para allá, vaya de una manera lo más perfecta posible, yo creo que todos estaremos de acuerdo en lo mismo.

La elección más próxima en lo federal es en 1988 compañeros, no hay mucha prisa, hay bastante tiempo para estudiarlas con responsabilidad. Ahora bien, después de todas estas argumentaciones, quiero terminar en relación de la tarjeta roja, sabemos que en cualquier momento que ustedes lo decidan pueden agarrar el balón, levantarlo, apagar las luces y se acabó el juego, pero no sería leal, ayúdenos a conservar eso de lo que ya ayer hablábamos de alguna manera un poquito media ríspida para todos, creo que ninguno tuvimos sabor bueno de boca ayer. Vamos a hacer las cosas lo mejor que podamos de buena fe, vamos a ayudarnos y vamos a interrumpir esto, pues si no quieren a las ocho y media, no hay problema, pero siquiera a las diez ¿no? Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Pedro José Peñaloza para hechos.

El C. Pedro José Peñaloza: - Señor presidente; señoras y señores diputados: yo creo que el debate que se ha iniciado a propósito de la continuación o no de esta discusión, creo que no debemos circunscribirlo únicamente a la interpretación que se le pueda dar al párrafo que hemos firmado los coordinadores de las fracciones parlamentarias, yo creo y lo planteo muy abiertamente, que esta es una discusión de orden exclusivamente racional, exclusivamente. Es decir, lo que debemos de entender y yo quiero preguntar muy respetuosamente a todos ustedes, es si es racional que una ley de esta magnitud en importancia política, sea discutida en las condiciones en que está siendo discutida, es el punto medular, Santiago Oñate vino aquí a hablar a favor de que la sesión se suspendiera porque él dijo que había razones para ponderar adecuadamente esta ley.

Nosotros decimos, ¿cuál es la prisa? Pregunto, Santiago Oñate no contestó a ello, yo le pregunto a Santiago Oñate y al diputado que guste contestarlo, ¿cuál es la prisa para que esta iniciativa la podamos concluir el próximo martes, o el próximo lunes? Yo quisiera que se contestara a ello, porque si aquí se viene a esta tribuna a decirnos; hay un compromiso con alguna institución, con alguna persona, bueno lo discutiremos en esos términos, pero yo creo que no se ha dado ningún argumento para seguir discutiendo en estas condiciones, me parece entonces que han quedado claras las posiciones aquí, por un lado se aduce que es importante esta ley, por lo tanto discutámoslo hasta la madrugada, es una contradicción inherente a la propuesta; segundo, estamos proponiéndonos nosotros no sabotear la reunión sino únicamente diferir, diferir la discusión en lo particular, reitero, reitero, discutamos en lo general, agotemos el punto en lo general y el próximo lunes si ustedes gustan continuamos la discusión en lo particular para que sea en las mejores condiciones posibles, a

estos quiero que reflexionen, porque aquí lo que estamos diciendo nosotros, es cuáles son los términos en que debemos discutir en mejores condiciones para esta Cámara.

No se cuando se reúne el Senado, no se si el Senado tenga prisa para discutir esto, no se, pero la Cámara de Diputados debe garantizar sobre todo que hay una discusión analítica, reflexiva y profunda sobre este tema, si ustedes creen que se puede analizar y discutir profundamente esta iniciativa en las próximas horas, díganlo, díganlo, yo creo que no , yo creo que no, y ustedes también lo saben que no se puede discutir en respecto a la racionalidad, se pueda discutir en las próximas horas de la madrugada una iniciativa de esta magnitud, de esta importancia, con profundidad, eso es lo que yo creo que debemos reflexionar y ese punto medular de la discusión, lo demás sobre la interpretación del acuerdo de los coordinadores, yo creo que ya se planteó, vamos a dejarlo a un lado, y discutamos sobre eso. Reitero mi pregunta ¿por qué la prisa? Muchas Gracias.

El C. presidente: -Consulte la secretaría a la asamblea si es de ampliarse el horario o no.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: - Por acuerdo de la presidencia se presenta a la asamblea si es de ampliarse el tiempo de esta sesión, los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Los que estén por la negativa igualmente sírvanse manifestarlo... Se autoriza a que prosiga la sesión señor presidente.

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Miguel Eduardo Valle Espinoza, del Partido Mexicano de los Trabajadores.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinoza: - Con su autorización señor presidente; compañeros diputados, compañeras diputadas: el día de hoy estamos discutiendo una reforma constitucional que abre opciones para modificar la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, y también la constitución de esta Cámara de Diputados, pero es interesante recordar algunas situaciones de principio, estamos hablando del sistema de elecciones de nuestro país, del sistema de partidos, de Gobierno, de Estado y sociedad.

Y lo que primero habría que preguntarse, desde una posición de principio, es: elecciones para qué. ¿Para qué realizan las elecciones en México? Como es evidente las elecciones en México se realizan para constituir los poderes que la misma Constitución define en términos de la operación del Estado y de sus fines, entonces resulta importante ver que a final de cuentas nosotros realizamos para elegir un ejecutivo de la Unión, para elegir una Cámara de Diputados y una Cámara de Senadores al Congreso de la Unión y de alguna manera se constituye por elecciones la representación del Estado que queda en manos del Poder Ejecutivo, incluso para las relaciones con el exterior y la representación de la Nación, que quede en manos del Congreso de la Unión, que queda representada a final de cuentas por el Congreso de la Unión, hacemos elecciones y durante muchos años las elecciones en México funcionaron en relación con la situación política, económica y social que había vivido la República.

Comenzó a surgir un sistema de partidos y en función de la operación de este joven sistema de partidos se empezaron a dar también reformulaciones en la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos.

Y la pregunta de siempre es que si se hacen elecciones para elegir a las autoridades del Estado y para elegir a la representación nacional, entonces estas elecciones se hacen simple y llanamente para darle legitimidad al poder del Estado. La legitimidad del poder del Estado, es entonces, la razón última de que se realizan elecciones, puesto que de otra manera, el pueblo, el pueblo de México, no se sentiría representado en el Estado y no entendería el poder del Estado, como un poder legítimo.

Este es un problema, que quizá tenga a profunda relación con nuestra historia, nuestra historia como República Federal, democrática, nuestra historia como constitución de una lucha racional popular, ancestral, porque el Estado se encuentra en manos del pueblo. Esta es la teoría, pero en la práctica lo que ha sucedido desde hace mucho tiempo, es que las elecciones se realizan para darle legalidad a determinaciones que están un poco supra; por arriba, del propio proceso electoral.

Es conocido que en México, el Presidente de la República, de muchas maneras influye en la determinación que después se expresa a través de símbolos y de mitos sobre quien lo sucederá, es también conocido que la conformación de la Cámara de Diputados y del propio Congreso de la Unión, el Ejecutivo tiene una inmensa influencia.

En la práctica, el Gobierno y muy especialmente los "mandamases" en el gobierno, van conformando de muchas maneras el espectro o la fisonomía o la figura del Estado de México. Pero el Estado de México, no es un Estado

cualesquiera, o cualquiera para ser más exacto. El Estado de México es un estado que tiene desarrolladas sus ramificaciones en una enorme cantidad de instancias de la sociedad, a través del Gobierno, a través del Congreso de la Unión, a través del Poder Legislativo, a través de los medios sociales de comunicación, a través de las instituciones sociales como los sindicatos, las organizaciones campesinas y las organizaciones populares, a través de los voceros sociales, a través de las leyes que en un momento determinado están sujetas en mucho a juicio y a la determinación, en ocasiones arbitrarias, del propio poder, en términos de su representación inmediata y real frente al pueblo.

Esta es la realidad, entonces tenemos un problema aquí de contradicción entre la realidad y la teoría y aún nuestra propia teoría constitucional.

Esta contradicción se resuelve de muchas, en muchas ocasiones, en una gran cantidad de ocasiones, se resuelve con el pragmatismo de la clase gobernante en México, un pragmatismo que se coloca como reflexión y como práxis en relación directa, inmediata y consustancial, con el problema del poder. El pragmatismo de la clase gobernante tiene relación con el asunto del poder, por eso es que a final de cuentas - ya se ha expresado aquí en distintas ocasiones el problema de fondo en este Congreso de la unión -, es que la mayoría debe conservar la mayoría y la minoría debe de quedarse como minoría, este es uno de los matices, uno de los problemas fundamentales, escenciales de la propuesta que nos hace el Presidente de la república para reforma constitucional, la mayoría como mayoría, incluso los 300 diputados de mayoría para la mayoría y la representación proporcional para las minorías. De esta manera, la mayoría seguirá siendo mayoría y las minorías seguirán siendo minorías.

Este pragmatísmo, es un pragmatismo actual y sin principios, es un pragmatismo que está orientado en la práctica, en los hechos históricos de nuestro país en relación exclusiva y determinante con el problema del poder, permite que la iniciativa del presidente tenga una serie de consideraciones que quedan incluso fuera de la más elemental lógica formal, ¿cómo explicar lógicamente que cuando no se ha buscado una mayoría de manera automática, esa mayoría se forme, independientemente de la votación del electorado nacional? No hay lógica, no hay coherencia, no hay congruencia, pero quienes subimos aquí a esta tribuna muy especialmente el día de hoy y muy especialmente de los sucesos ocurridos el día de ayer, muy particularmente en función de lo que pasó ayer aquí, quienes subimos a esta tribuna debemos de hacer una reflexión, la intolerancia se ha mostrado hasta físicamente, y ahora, como lo expresaba yo en mi artículo de hoy, los que venimos aquí tenemos que preguntarnos ¿cuándo y por qué? ¿y a quién van a bajar ustedes de esta tribuna?

Y entonces, sobre esta base hay que hacer una reflexión elemental y sencilla ¿para qué subimos a esta tribuna? en particular en estos momentos es muy difícil realizar un diálogo político, racional con algunos elementos mínimos de comprensión entre ambas partes o entre las muchas partes. Esta situación nos coloca a quienes hablamos aquí, no en los términos de la benignidad de la mayoría, sino en los términos de nuestra responsabilidad como diputados federales y como representantes de una corriente política de opinión.

Pero más aún si se muestra y se demuestra un día y otro también, la intolerancia a la hora de los dictámenes y a la hora de las formas de la discusión, entonces ¿Para qué subimos a esta tribuna? Pero todavía más y de los dictámenes que vengan del ejecutivo y muy especialmente a nivel de reforma constitucional en los hechos legislativos, no se va a cambiar ni una coma independientemente de lo que digamos aquí, independientemente de cualquier razonamiento político ¿para qué subimos a esta tribuna? Yo quiero responder esta pregunta con una gran honestidad personal y con una elemental racionalidad política, yo tengo el gusto de decirles que no subimos para convencerlos, puesto que no los vamos a convencer de nada, de nada los vamos a convencer, la instrucción está dada y se tiene que cumplir.

Subimos a esta tribuna compañeros, - tampoco - tampoco - para hablar del Diario de los Debates, el Diario de los Debates está ahí, se escribe algunas veces con algunas faltas de ortografía, a veces hasta con falta de congruencia literaria, pero ahí está, ahí se queda y seguramente será utilizado por algún investigador en el futuro.

Subimos a esta tribuna para tratar de romper las cárceles de San Lázaro, para tratar de hablar con la gente con la que podamos hablar, y también, para influir - para influir - a mediano y largo plazo, no sólo para dejar testimonio histórico, se trata de abrir un diálogo nacional, les guste a ustedes o no les guste, hoy ejerzan su intolerancia o no la ejerzan, se trata de abrir un diálogo nacional, aunque sea mediado por este micrófono, y aunque sea mediado por el tiempo.

Y aquí está, de nueva cuenta el problema de las mayorías y de las minorías, nosotros en el

Partido Mexicano de los Trabajadores sabemos a qué venimos a esta tribuna, sabemos que a final de cuentas esta tribuna, que ustedes le llaman la más alta de la Patria puede constituirse en un elemento difícilmente y en pocas ocasiones, pero se puede lograr en un elemento de diálogo político nacional de todas las corrientes que participan en la vida nacional de carácter político y que hoy son minorías frente a la nación.

Y que hoy, la mayoría sin partido en este país, no puede reconocerse políticamente y esta es la urgencia, y este es el fondo de nuestra intervención, porque el problema de que la minoría se convierta en mayoría, dados estos mecanismos, no puede darse porque la presencia de la mayoría, como siempre mayoría, y la proporcionalidad para las minorías, pervierte precisamente de origen el problema de la reforma constitucional. Y entonces, aquí está el problema de las contradicciones entre las distintas minorías y ustedes mayoría, que a veces actúa, en ocasiones lamentablemente y frente al país con un tono mecánico y con una gran intolerancia, aquí está el problema de la contradicción entre ustedes y nosotros.

¿Por qué venimos entonces a hablar aquí? No para salvar en términos de negociación nuestras contradicciones, porque entre ustedes y nosotros existen contradicciones profundas en términos de la concepción de lo que es la democracia, y en términos de lo que podemos hacer juntos para avanzar en el tiempo y tratar de construir un futuro distinto para nuestro país. Pero hay, hay un elemento que puede salvar esta contradicción, a final de cuentas a ustedes y a nosotros nos interesa que se violenten, nos interesa que no se violenten las cosas en este país y entonces las contradicciones tengan que resolverse no entre ustedes y nosotros, sino entre ustedes y la mayoría sin partido que existe en este país.

Porque en última instancia, si esa mayoría sin partido se fuera a la explosión violenta, los primeros golpeados seríamos nosotros, porque ustedes todavía tendrían elementos de violencia organizada del Estado para defenderse, y nosotros ni siquiera tendríamos esos elementos, y sabemos que en este juego, de alguna manera los estamos legitimando, pero también sabemos que en este juego estamos jugando posibilidades mayores que pocas cosas tienen que ver con la existencia física o incluso con la existencia política de nuestra corriente de pensamiento, y entonces hay que actuar a pesar de su intolerancia, y a pesar de que en muchas ocasiones se ha tratado aquí de ver la tribuna simplemente como un ámbito de silencio.

Se ha dicho que la representación proporcional lastima al sistema, esto no es cierto, ni fracciona; ni fracciona la voluntad política general de nuestro país, ni tampoco lastima el sistema, por una elemental y sencilla razón, el Poder Ejecutivo en este país ha venido gozando y ganando una serie de prerrogativas legales que se expresan en la propia Constitución.

Este sistema, es un sistema presidencialista, que en ocasiones se muestra con toda evidencia para cualquiera que conozca la historia del país con terribles excesos de poder personal, entonces, que la Cámara de Diputados tenga representación proporcional en los términos que proponemos los cinco partidos, o que la Cámara de Diputados solamente tenga un problema de sistema mixto, no es un problema sólo de la Cámara de Diputados, es el problema de su relación con el Poder Ejecutivo.

Y no es verdad, entonces, que se bloquee la acción del Poder Ejecutivo, lo que se hace es instrumentar un nuevo balance, un nuevo balance político entre los poderes legislativos, entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo de nuestro país. Eso es, en esencia, lo que estamos proponiendo. No vamos a caer aquí en el juego hoy, de que lo que estamos discutiendo es un problema de articulación y de integración y composición de la Cámara de Diputados y del Poder Legislativo; si se quisiera tratar el asunto de ese Senado unánime, monocorde, se trata del problema de fondo que es el balance de los poderes de nuestro país; entre un Poder Ejecutivo que ahoga en ocasiones la vida política de México, y un Poder Legislativo que en muchas ocasiones se muestra sumiso y simple caja de resonancia de las acciones y de las propuestas del Poder Ejecutivo.

Hay necesidad obligada, necesidad de decirles a ustedes, que la irracionalidad de la concentración de poderes en el Poder Ejecutivo nos ha llevado como uno de sus elementos motores, no el único, pero como uno de sus elementos motores a la crisis que hoy vivimos en este país. El hambre de muchos millones de mexicanos que tiene que ver con la prepotencia del Ejecutivo, la falta de empleo de cientos de miles de obreros productivos y capacitados para el trabajo, incluso para el trabajo complejo, tiene que ver con la concertación de poderes en el Ejecutivo. El hambre de muchos niños en la calle, tiene que ver con la concentración de poderes en el Ejecutivo.

El que tengamos una sociedad degradada, una sociedad que muy difícilmente podrían reconocer, nuestros próceres como Jara y como Cárdenas, tiene que ver mucho con el balance de los poderes constitucionales en nuestro país y lo que estamos proponiendo es un nuevo balance, no estamos tratando de eliminar por hoy el sistema

presidencialista; lo que estamos diciendo es que tenemos que recuperar una racionalidad histórica que además, por fortuna para ustedes y para nosotros, no es un asunto nuestro de los jóvenes de hoy, es un asunto de los constituyentes del 1917; de eso se trata, de reencontrarnos con nuestras raíces y de eliminar los terribles defectos y los gravísimos vicios de nuestro sistema político, sobre la base que lo fundamental en el sistema que es el equilibrio entre los poderes.

Por eso es que proponemos la representación proporcional mediada a través de las listas estatales y de una lista nacional, porque no se trata en última instancia, simplemente de ver el asunto de las mayorías y de las minorías como un asunto aritmético y mecánico, se trata de verlo política e históricamente y este es el problema principal.

Ahora bien, hay ceguera, no sólo miopía - hay ceguera - aquí vino Manuel Bartlett Díaz y delante de Manuel Bartlett Díaz, le dijimos que era torpe señalar que el Gobierno se iba a hacer cargo de las elecciones, y es torpe porque durante muchos años en los hechos, el gobierno se ha hecho cargo de las elecciones y los resultados están a la vista de todos; ahí están los resultados a la vista de ustedes priístas y de nosotros minorías de derecha y de izquierda; y cuando la gente se entere que constitucionalmente el Secretario de Gobernación hace y deshace en términos de nombramientos de presidentes de casilla, en términos de nombramientos de presidentes de comisiones, la gente por su experiencia, porque sabe lo que ha vivido; va a decir usted lo mismo, es peor, el Gobierno continúa en el control del proceso electoral.

Todo lo demás es relativamente secundario, todo lo demás es relativamente menor, lo que importa es esto, la imagen que ustedes mismos como priístas solidarios con Manuel Bartlett y con el Presidente de la República, van a dar frente al país, la imagen de continuar con un procedimiento que ha desprestigiado al sistema electoral y al sistema político en nuestro país, la imagen de decir sí, que lo controle el Ejecutivo, la imagen de decir sí, cuando el Ejecutivo no ha podido ofrecer explicaciones sensatas y sencillas frente a los últimos problemas electorales, porque esta es la realidad que tiene en la mente el pueblo de México o cuando menos la gente que ve televisión, la gente que oye radio y la gente que lee diarios y revistas.

Y entonces, aquí está también de nueva cuenta un problema de actitud política, durante muchos años hemos vivido con la simulación, con la simulación intelectual y con la simulación política y con la simulación actual de la división de los poderes del Estado para su ejercicio. Y entonces, hoy - hoy - vamos a continuar con la simulación, pero con una simulación más abierta, con una simulación que se deja ver con una mayor claridad a los ojos de todos, porque el Gobierno Federal prepara, vigila y desarrolla los procesos electorales, y entonces nuestra simulación es una simulación que se muestra mas descarnada frente a la gente del pueblo, y entonces, en este sentido el proyecto es positivo, en este sentido, al dejarse ver, al terminar con esta enajenación, al terminar con esta situación de simulación en la ley para después actuar en los términos de la práctica política y electoral en función de las determinaciones del Ejecutivo, entonces, en este sentido es positivo el dictamen, porque ustedes se dejan ver, porque ustedes se muestran mejor, porque ustedes están hablando con mayor claridad ante el país y aquí valdría la pena una reflexión política elemental, están terminando con las formas de su simulación, que no con la simulación política, mucho menos con la simulación electoral, están terminando con esta envoltura jurídica que les permitía a ustedes decir, hablar, justificar, explicar, amalgamar la legitimidad del Estado de México.

Esto es muy interesante, esta es una maniobra brillante de los enemigos de su gobierno, están ustedes haciendo muy bien las cosas para mostrar a la gente, lo que en verdad está sucediendo en los procesos electorales, por esa razón, al menos las distintas corrientes de oposición, aquí deberíamos de saludar la descarnada simpleza y el cinismo con que se muestra esta propuesta; la verdad, entonces, es que hoy estamos en un momento muy interesante de la vida política del país, la verdad entonces es que al final de cuentas alguien podrá reconocer frente a un instrumento como el que se está planeando, y entonces, a final de cuentas, muchas cosas se podrán decir, aunque no se tendrán que decir, aunque no se digan hoy aquí, aunque no lo digamos ninguno de nosotros, sino que la gente que no tiene voz, y que hoy no tiene representación las dirá de una manera material. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Angel Sergio Guerrero Mier del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Angel Sergio Guerrero Mier: - Señor presidente; honorable asamblea: a los diputados de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, nos parece, y así lo reiteramos a través de esta intervención que la iniciativa del presidente Miguel de la Madrid, que ha sido dictaminada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, encierra una

gran importancia y una trascendencia fundamental para el desarrollo político de nuestro país, no compartimos desde luego la visión pesimista de aquellos que a base de subjetividades y de opiniones muy personales que respetamos, pero que definitivamente, no solamente no compartimos, sino que rechazamos categóricamente de que en este país podamos vivir en la simulación política, cuando tenemos un desarrollo histórico y político como la nación independiente que, a través, precisamente del estado de derechos, a través de los movimientos fundamentales de nuestro pueblo, a lo largo de nuestra historia, hemos podido construir, consolidar una nación y un país, de los que los revolucionarios nos sentimos legítimamente orgullosos.

México es una nación libre, independiente y soberana, gracias precisamente a las clases progresistas, a quienes hemos visto los avances de nuestro país reflejados en las circunstancias políticas y en las circunstancias jurídicas, las visiones catastrofistas no nos preocupan, porque sabemos que a pesar de las carencias, a pesar de las imperfecciones, a pesar lo mucho que nos falta por avanzar en el terreno social, económico y también en lo político, al impulso vigoroso y trascendente de la clase revolucionaria de este país, se ha transformado la República de un país con características semifeudales en una nación moderna y en pleno desarrollo, con muchas carencias y con muchas necesidades decía.

Pero el país que hemos querido construir las mayorías de este país, hay una diferencia desde luego sustancial, en las posturas que se han expresado en relación con los dictámenes que con materia de este debate, para nosotros los diputados del Partido Revolucionario Institucional, representa la renovación política, el mejoramiento de un sistema que es adecuado de conformidad con nuestra realidad política, para la integración de un órgano colegiado de la importancia de esta Cámara de Diputados. Para muchos partidos de oposición, la diferencia estriba en su postura de crear otro sistema de integración cameral.

La reforma constitucional, y debemos decirlo, se dirige a perfeccionar nuestro sistema democrático, no a sustituirlo, pues nosotros no dudamos, al contrario, estamos seguros de la legitimidad y de la eficacia operativa de este sistema, y recalcamos que esta iniciativa abre nuevos y más amplios caminos para continuar promoviendo el desarrollo político del país, y por la vía de fortalecer la pluralidad y garantizar principios de equidad en la representación entre mayorías y minorías para la integración de esta Cámara de Diputados.

Sentarse, decía el texto de nuestro pacto federal, las bases constitucionales de una renovación electoral que mantenga perfección y fortalezca nuestro sistema mixto de representación, que unifique los procedimientos de autocalificación electoral confiados a las Cámaras, que enfatice y traduzca en nuevos instrumentos concretos de acción la corresponsabilidad que en el proceso electoral pertenece a la sociedad entera, partidos, asociaciones políticas, ciudadanos y gobierno.

Y en la iniciativa del presidente De la Madrid, que es materia de este dictamen a discusión, advertimos que el aumento en los integrantes por la vía de representación mayoritaria y de representación proporcional que se propone, tiende no solamente a aumentar por aumentar el número de integrantes de esta honorable asamblea, tiende sobre todo a aumentar la representatividad política de la nación mexicana, así y debemos recordarlo que los diputados somos representantes de la nación y que en esa representatividad corresponde también a la división en demarcaciones territoriales, que sintetizan y expresan el derecho de determinado número de ciudadanos mexicanos, para elegir a sus representantes.

El perfeccionamiento de nuestro sistema electoral, con la idea de hacerlo más transparente, ágil y confiable, y por ceder y poder integrar el órgano legislativo de la Cámara de Diputados con una mayor y mejor representatividad política ¿cuál es el sistema que se contempla para la integración de la Cámara de Diputados? Parte desde luego del mejoramiento y del perfeccionamiento y de la ampliación del sistema mixto, que involucra la representación mayoritaria y la representación proporcional.

Y este sistema ha demostrado su operatividad y ha demostrado su eficacia, pero corresponde también en el planteamiento de la iniciativa, al creciente desarrollo que las circunstancias políticas del país requieren para una expresión plural, mucho más completa, una expresión que ciertamente se inició con los diputados de partido, que estuvo en vigencia durante varios años de procesos electorales, demostró su eficacia hasta llegar a un agotamiento que se creó a través de la Reforma Constitucional de 1977 con este sistema mixto de representación proporcional; que abrió espacios políticos más amplios a la expresión de las minorías, esos son hechos y son circunstancias innegables y que además, se expresó en el aumento de los porcentajes de votación en las elecciones federales, se parte para criticar este sistema mixto, de la supuesta necesidad de adoptar solamente el sistema de representación proporcional como el más adecuado, como el más viable para garantizar una mayor expresión plural en la integración de este órgano legislativo.

A riesgo de parecer reiterativos, pero si tenemos que remarcar que las características de este sistema que se han expresado por otros compañeros diputados de mi partido, son ciertas y corresponden a realidades políticas, porque con respecto a su funcionamiento se da la falta de identificación y de vinculación política entre electores y elegidos, ya que los electores sólo tienen la posibilidad de votar por un número de candidatos escogidos previamente por los partidos políticos, quienes se los presentan a través de sus listas, como consecuencia de esto, se corre el grave peligro de que el poder de decisión se desplace en el electorado, los partidos políticos dando lugar a las élites, fragmentación de la opinión pública y estratificación exagerada de la sociedad y el riesgo inminente de transformar las elecciones directas por indirectas, merced a la interposición de los partidos y sus listas, se han analizado no solamente a través del derecho comparado las posibilidades, las bondades, y también los defectos tanto del sistema de mayoría relativa, como del sistema de representación proporcional.

Y no podemos desconocer una circunstancia que es producto también de la realidad política de los países donde se ha aplicado solamente uno de estos sistemas, ninguno de los dos corresponde exactamente a una expresión adecuada de mayorías y de minorías en nuestra legislación, y la propuesta, la iniciativa presidencial lo recoge también, se parte de la necesidad de un sistema mixto, el mismo sistema mixto que ya se contiene en el artículo 54 de la Constitución vigente, - y esa - ese sistema mixto con una concepción jurídica y política muy clara es el sistema mayoritario dominante complementado con el sistema de representación proporcional, para dar respuesta a la problemática electoral que aparece en las sociedades modernas por los nuevos fenómenos políticos, ante las cuales, los dos sistemas aplicados por sí solos resultan insuficientes.

No se trata solamente de seleccionar lo mejor de cada uno, sino mas bien, de adecuarlos para que los dos sigan coexistiendo y complementándose para resolver de mejor manera las exigencias propias del pluralismo democrático.

Coincidimos en que el sistema mixto es el único capaz de responder a los imperativos de justicia y eficacia, y constituye la opción que mejor satisface las necesidades del pluralismo democrático. Se han dado suficientes y bastas razones en relación con la integración del Senado de la República, y la movilidad política que indudablemente se generará en este organismo cameral, con la elección y su renovación por mitad, cada tres años.

A mí me parecería ocioso redundar en los razonamientos jurídicos y políticos que mis compañeros de partido han expresado desde esta tribuna, y en el sistema de autocalificación de elecciones que arranca también desde nuestra tradición jurídica más antigua, y que ha demostrado también su eficacia y que ahora se enriquece en los mismos términos que expresada la Constitución de 1917, para que el Colegio Electoral se integre por la totalidad de los candidatos electos, tanto por la vía de mayoría relativa, como por la vía de representación proporcional, y la creación del Tribunal de lo Contencioso Electoral, como una necesidad de los tiempos electorales actuales, en función de la resolución de los recursos de apelación y de queja que se interpongan durante el desarrollo o durante la realización del proceso electoral.

Es un principio cierto, de que la norma jurídica debe regir situaciones reales, el derecho es reflejo de una situación real, también un agente del cambio social, no debe ser entonces, el interés partidista sino el nacional, en función de esa realidad el que debe de prevalecer para nuestros juicios y razonamientos.

En nuestro país está comprobado hasta la saciedad, que el sistema de mayoría relativa no resultó suficiente para expresar todas las corrientes políticas e ideológicas que se expresaban en nuestro país, que después, los diputados de partido abrieron una opción para esa representación ideológica de las minorías, y que también agotó sus posibilidades, y por eso llegamos al sistema mixto que involucra a la mayoría relativa y la representación proporcional.

Y ahora se está ampliando este sistema mixto, no sólo en cuestión del incremento de 100 diputados más de representación popular, sino también en función de las posibilidades políticas para todos los partidos que se expresen en el mosaico ideológico de nuestro país, para acceder al ejercicio de las funciones del diputado y la integración de esta Cámara, pero no solamente por la vía de representación proporcional; yo he encontrado en muchos compañeros diputados de oposición, que machacanamente insisten, y se refieren exclusivamente a la representación proporcional, como una vía que en la actualidad, mantienen para el acceso al poder legislativo fundamentalmente a la Cámara de Diputados.

Y no debemos de olvidar, que la prominencia y que el sistema por excelencia, que de acuerdo con la realidad del país, con nuestra tradición y cultura política, e inclusive con la idiosincrasia propia del pueblo de México, es el sistema de mayoría relativa y que este sistema está abierto y en

función de la expresión de los sufragios en una elección.

Para no ser reiterativo, yo quisiera referirme fundamentalmente a algunas cuestiones que creo que merecen una reflexión muy somera, esta reflexión en relación con algunas de las cuestiones que plantea la iniciativa presentada por las cinco fracciones parlamentarias, es la que se refiere a la adición al artículo 41 de la Constitución; en cuando pretende prohibir la afiliación colectiva con dedicatoria especial a lo que llaman los organismos sociales, y que nosotros sabemos muy bien, se refiere a los sindicatos y a las organizaciones campesinas, y esto, fundamentalmente en materia de los sindicatos que ya fue objeto de alguna mención, cuando se celebró alguna discusión referente a pretendidas modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, cuando se pedía, y se planteaba, que se debía prohibir a los sindicatos su participación en política, y eso sí significa una verdadera regresión, porque debemos recordar que la Ley Federal del Trabajo de agosto de 1931, que fue redactada en función de intereses prevalecientes en aquella época, y no justificables en función de lo que representa el movimiento sindical.

Señalaba esa prohibición en un artículo 259 de la ley vigente expedida en aquella época, y que fue precisamente el presidente Cárdenas, cuyo carácter indiscutible de revolucionario y progresista, yo creo que ningún diputado se atreverá a negar en esta tribuna, aunque hubo algún partido que surgió precisamente para oponerse a las decisiones patrióticas de este presidente.

Fue precisamente quien concedió, quien derogó esa disposición, para que los trabajadores, para que los sindicatos pudieran participar en política. Conscientes como estamos de que una prohibición absoluta es imposible dentro de un sistema de libertades naturales.

Hay que distinguir dos aspectos en el problema, los que mencionaban la probable participación política de los sindicatos en función de la postulación de un ideal político, para la organización de una sociedad más justa, y que los que hemos postulado la intervención activa en la estructuración de los órganos estatales.

Nada impide - decían entonces - que los sindicatos públicamente expongan sus ideales, y que los defiendan, pues en última instancia es el ejercicio de la libertad de pensamiento garantizado por el artículo 7o. de la Constitución. Pero la actividad segunda, es decir, contribuir a la integración del poder público, es un derecho exclusivo de los ciudadanos, esto es, es decía de personas físicas e invocaban los artículos 35, 51 y 56 de la Carta Magna.

Sin duda decían los trabajadores como todos los ciudadanos pueden asociarse para tratar los asuntos políticos del país, y aún constituir un partido político. Pero estas asociaciones se rigen por el artículo 35 y su organización y actividades, se sujetan a normas distintas de las que se aplican a los sindicatos.

Yo creo que esto correspondió el sentido de la democracia individualista que las corrientes que siguen pensando en el liberalismo a ultranza, pretenden todavía seguir impulsando en el país. Por eso, a mí me parece muy raro, que corrientes ideológicas de izquierda, puedan pronunciarse en función de la no participación de un movimiento eminentemente político como es el sindical, en las decisiones propias de los partidos políticos.

Vivimos ahora, en una democracia social, y la democracia individualista, si es que alguna vez existió, no puede expresarse, ni ser factor, ni vehículo para que pueda impedirse a su materialización a través del movimiento sindical.

Y hay otro aspecto muy importante, no desde el punto de vista de una crítica, sino desde el punto de vista que nos demuestra la evolución que en función de las realidades políticas de un país, se viene operando a través de los años. Una de las críticas más severas que se han expresado al sistema de representación proporcional, en cuanto a sus inconvenientes, no obstante que está incorporado a un sistema mixto que involucra al de representación mayoritaria, decía los siguiente: son ciertas todas las objeciones que se han expresado en contra de la representación proporcional en todo el mundo, la representación proporcional es antidemocrática, el diputado viene a la Cámara representando al pueblo de México, porque una votación directa, así lo ha manifestado, en la representación proporcional, el diputado no queda de ninguna manera ligado a la votación, sino exclusivamente a su partido.

Su designación, no depende del voto ciudadano sino de la decisión personal de los jefes de partido, de las autoridades del partido, esta falta de comunicación entre el pueblo y el diputado de representación proporcional, fue lo que originó grandes males a los países que han tenido este sistema de representación proporcional, que los ha llevado al caos político y al fascismo, precisamente por su divorcio del pueblo en la emisión del voto, no compartimos esta opinión, ni antes ni ahora, pero esa fue la opinión que el Partido Acción Nacional virtió en el debate suscitado con motivo de la reforma política del año de 1977.

Qué bueno que ahora, las corrientes de izquierda los habían convencido de las bondades de la representación proporcional, esa es una muestra de la evolución política que se da de acuerdo con la realidad del país, en 1977 Acción Nacional no llegaba a comprender el avance político que demandaban las mismas circunstancias del país en función de integrar la representación proporcional al principio de mayoría relativa, y ahora, en el otro extremo, se pide tan solo la representación proporcional, eliminando el principio de votación, de escrutinio mayoritario.

Esto es una muestra de que debemos, antes que nada, de pensar en lo que es la realidad política ¿cómo podemos perfeccionar nuestro sistema democrático? ¿Cómo podemos avanzar en que haya una expresión plural en función de todas las corrientes ideológicas de la Cámara de Diputados? Ese debe ser el motivo de preocupación esencial y creo que la iniciativa y el dictamen lo recogen muy acertadamente, no estamos practicando ni estamos viviendo en la simulación política, estamos viviendo y alimentando nuestro derecho con base en nuestras realidades sociales y en nuestras relaciones políticas.

Por eso, no aceptamos definitivamente la mayoría parlamentaria, ninguna acusación, ninguna inducción que tienda precisamente a desvirtuar con subjetividades, lo que es la escencia de una reforma constitucional importante que habrá de ser complementada por un Código Federal Electoral que en su oportunidad discutiremos, que significa indudablemente, un avance y un perfeccionamiento de nuestro sistema político. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Ricardo Pascoe Pierce del Partido Revolucionario de los Trabajadores.

El C. Ricardo Andrés Pascoe Pierce: - Señor presidente; señoras y señores diputados: la discusión en torno a la propuesta de dictamen, ha planteado, en primer lugar la discusión larga con amplias intervenciones, todas ellas de gran profundidad y trascendencia y gran ilustración, particularmente, las explicaciones que ya son ocho que nos han dado los integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, y estoy seguro que las siguientes intervenciones serán tan amplias y explicativas como las que hemos escuchado. Por lo tanto, yo considero que la discusión es rica, útil, educativa y que está permitiendo a todos los diputados presentes que escuchan con mucha atención, entender y comprender (aplausos) la importancia de una reforma política electoral; por lo tanto, me congratulo por este debate tan importante.

Trataré de ocupar mi media hora explicando en detalle las propuestas de nuestro partido que hemos hecho conjuntamente con otros partidos, y que creemos que también explican el amplio universo empezando por la historia del país desde el siglo pasado, y que seguramente, y en nuestra opinión, recoge la mejor tradición electoral, la mejor tradición histórica, auténtica de nuestro país, es solamente por esa razón que hemos hecho las propuestas que ustedes conocen.

Todos los diputados que hemos osado hablar en torno a este tema, hemos planteado el problema de la democracia, la democracia primero desde sus orígenes en la historia de la humanidad, alguien habló de hace cinco siglos para, eventualmente en el fenómeno de México y afortunadamente, aterrizar en el tema que nos ocupa.

Yo también quiero tocar el tema de la democracia, no en Grecia sino en México, y tratar de aterrizar alguna idea de lo que entendemos por proceso electoral y porque tenemos una propuesta radicalmente diferente a la propuesta que propone la mayoría del Partido Revolucionario Institucional.

En realidad es una repetición de la discusión que tuvimos con el Secretario de Gobernación, pero he escuchado particularmente expresiones de la mayoría priísta que han ido en contra o que han contradicho lo que planteó el Secretario de Gobernación en su oportunidad. Y creo, por lo tanto, que es necesario ir aclarando qué es lo que estamos discutiendo; en primer lugar, la cuestión de la democracia -cuestión repito - que todos hemos tocado, y que seguramente el diputado Berlín Valenzuela tocará en su momento como respuesta. Parte de una idea distinta, entre la concepción que platea la mayoría y lo que nosotros hemos planteado en nuestra propuesta, nosotros no tenemos, a diferencia de lo que dice el diputado César Augusto Santiago, una concepción de la democracia como lamentación, él dijo que nosotros y nuestra propuesta estaba llena de lamentaciones; yo creo que esto no es cierto a pesar de que respeto profundamente lo que dijo hace probablemente como seis o siete horas el diputado César Augusto Santiago en una exposición amplia y muy ilustrativa sobre este tema.

Las lamentaciones son cuestiones y recursos que utilizan ya sea en el debate o ante una pared, quienes no tienen propuestas, como tenemos una propuesta de que la democracia es una cuestión activa, central y concreta que nos concierne a los mexicanos, no creemos que una lamentación puede explicar el problema. Lo que nosotros planteamos es una concepción política y la concepción política de la cual partimos, en el caso de nuestro partido, es que hay una identificación en

la historia de México en este siglo, entre un partido y el gobierno y el aparato estatal, y eso transforma y modifica radicalmente el tipo de proceso político que nosotros vivimos; es por esto que cuando decimos que no estamos de acuerdo en que sea el gobierno el que dirija directamente o centralmente los procesos electorales, lo que estamos diciendo es que no estamos de acuerdo de la concepción política que niega la existencia de esa entidad entre el Partido Revolucionario Institucional y el gobierno, porque esa es la realidad que vivimos hoy en México.

El problema de la democracia entonces, es que la única manera en que es posible que se dé un proceso auténticamente limpio y transparente de un proceso electoral, es a través de la separación Partido Revolucionario Institucional gobierno; pero esa separación requiere de nuestra opinión una ruptura del sistema político, y esto es la discusión de fondo que estamos planteando, que cuando hablamos de democracia no simplemente estamos hablando de una concepción de participación, de que queremos participar más o menos en la sociedad; no, el problema de la democracia, es el problema del poder, es el problema de la posibilidad real de acceder al ejercicio del poder, y mi partido pretende el poder, y mi partido plantea que es legítimo para nosotros acceder al poder y estamos luchando por el poder y nosotros pretendemos eso sí ocupar el poder en este país con nuestro proyecto y nuestro programa político, programático para el país, y si nosotros consideramos que estamos en un país en donde no es posible, entonces evidentemente estamos hablando de procesos democráticos políticos distintos, y afirmamos que la identidad entre un partido y un aparato estatal, impide objetivamente que exista un juego por el poder, una lucha por el poder en el sentido electoral en que aquí se está planteando.

Por lo tanto, hay una mentira en nuestra discusión, y la mentira es que una cosa es la aparente legalidad de los procesos electorales, la presentación de actas, el cumplimiento de ciertos requisitos legalmente establecidos para el . desempeño de un proceso electoral, y otra cosa totalmente diferente, es la legitimidad del proceso y es lo que no tenemos en México, porque existe muchísima legalidad aparente en los procesos electorales, primero existe legitimidad y esa crisis de legitimidad es lo que está marcando el hecho de que estemos aquí discutiendo una reforma política más en este país.

Estamos discutiendo no como una concesión graciosa del presidente a los partidos de oposición, y así no lo asumimos; estamos tomando este debate como un producto de presiones sociales y políticas que existen en el país, producto del hecho de que no hay legitimidad política; de que tambalee al régimen porque no está asegurada su legitimidad, a pesar de que legalmente gana elecciones, ese es el problema, este es el problema entonces de la lucha por el poder, que tenemos y que enfrentamos cada día en cada elección.

El hecho de que el partido mayoritario haya surgido como subproducto del Estado y no como proceso auténtico de toma de poder, es lo que determina este proceso, que el Partido Revolucionario Institucional es un subproducto del Estado, no es un partido auténtico en el sentido en que somos todos los otros partidos aquí presentes, y eso modifica radicalmente los términos del debate y la lucha por el poder en el país; este es el problema que estamos enfrentando, por esto justamente hay tanta ilegitimidad, tanta falta de legitimidad en el poder estatal hoy constituido.

Y esto es una cuestión que ocurre en todas las entidades federativas, y es un problema que existe y subsiste incluso en este mismo recinto, porque el problema es entre una mayoría que puede ganar todas las votaciones y una minoría que tiene más elementos de razón, más elementos de justificación que toda la mayoría junta, a pesar de que ha intervenido tantas veces en esta tribuna.

El sistema electoral, por tanto, vive esta misma crisis, y es esa crisis la que nos ha traído aquí a discutir una nueva Ley Electoral, y es por eso que hoy he estado discutiendo, si sistema mixto o representación proporcional -que es nuestra propuesta -, porque hay una crisis de representación que no se está resolviendo con la iniciativa de la mayoría, porque se pueden alegar miles de cosas en relación al sistema mayoritario, a un sistema mixto, un sistema mixto con mayoritario dominante, representación proporcional dominante, lo que quieran; ese no es el problema, el problema en última instancia es que no hay una clara legitimidad de los procesos y los resultados electorales, y esa legitimidad señores diputados, no se recupera con esta iniciativa que ha presentado la mayoría.

Es por esto justamente, que discusiones como el problema de quienes o qué entidad se va a hacer responsable en lo fundamental de los procesos electorales, no es una discusión meramente técnica ni administrativa, sino que es profundamente política esa discusión.

Y En esto quiero discrepar con lo que han dicho varios diputados de la mayoría, en el sentido de que hay corresponsabilidad en la dirección de los procesos electorales, en la iniciativa de la mayoría; eso es absolutamente incorrecto, es más, el Secretario de Gobernación fue absolutamente

claro en ese sentido, que el Gobierno era el responsable, y él dijo textualmente en una parte de las réplicas que dio en la comparecencia -dijo textualmente - la presencia del gobierno es indispensable, no solamente es jurídicamente necesaria y legítima, al Estado le corresponde por conducto del gobierno las realizaciones de las elecciones, porque las elecciones son procesos de orden público es decir, en este proyecto es el Gobierno responsable, el encargado del proceso electoral, no hay corresponsabilidad; tan no hay corresponsabilidad que se reduce el número de partidos con voto en la Comisión Federal Electoral, que es el sistema por cierto que existía antes de 1971, y que hay que revisar la justificación que existió para eliminar ese sistema y otorgar en la Comisión Federal Electoral a partir de 1971 el voto a todos los partidos políticos. Y hay que revisar eso, porque ahí se explica la necesaria participación de todos los partidos políticos, en las determinaciones en la Comisión Federal Electoral.

Hoy se elimina de nuevo ¿por qué? porque el responsable del proceso electoral, según este planteamiento es el Gobierno, pero el problema aquí, una vez más, es que no es un problema técnico, no es un problema administrativo, es un problema político fundamental de la concepción que se tiene de quién tiene que encargarse, quién tiene que dirigir los procesos electorales; y para el proyecto de la mayoría, quién tiene que dirigir y controlar es el Gobierno. Y nosotros decimos en el sistema político imperante en México no hay separación de intereses, de intereses entre el Gobierno y el Partido Revolucionario Institucional y en eso estriba la contradicción fundamental y la negación fundamental de un auténtico proceso democrático de lucha democrática en esta propuesta que ustedes mantienen.

Es por ello, que es consecuente con esta visión, no de corresponsabilidad, sino de dirección estatal de los procesos electorales; de que eliminan de la Comisión Federal Electoral, como ya he dicho, al conjunto de los partidos, dejan a tres partidos mayoritarios con capacidad de decisión y es también la razón que explica la integración del Tribunal de lo Contencioso, porque también se mantiene le hegemonía del gobierno en ese organismo supuestamente independiente, para dirimir lo contencioso en los procesos electorales; porque es la lógica del control gubernamental sin corresponsabilidad de otros, de lo que se dice en la iniciativa en el dictamen del proyecto del Ejecutivo, en el sentido de que es corresponsabilidad de partidos y ciudadanos, ésto es absolutamente falso, en la medida en que la participación de los partidos y los ciudadanos, particularmente los ciudadanos, pero ciertamente los partidos, es absolutamente accesorio al proceso electoral.

Ante esta concepción que expresa nítidamente el proyecto de la mayoría, nosotros tenemos una propuesta radicalmente diferente, nosotros decimos que el gobierno no puede ser árbitro neutral y objetivo de los procesos electorales, por su vinculación al Partido Revolucionario Institucional por el hecho de haberlo engendrado hace muchos años.

Lo que nosotros decimos es que la única posibilidad de asegurar la objetividad de los procesos electorales en la limpieza, en el recuento, el respeto a la voluntad popular, es a través del mecanismo establecido por la representación colegiada de los partidos políticos, solamente de esta manera, de cualquier otra manera en lo que se está incurriendo es en una imposición gubernamental, en relación a los procesos electorales y eso lo rechazamos categóricamente.

Por ello hemos planteado consecuentemente, que ante la dominación del Gobierno que se plantea a través del proyecto del Ejecutivo, nosotros planteamos claramente la representación de los partidos políticos en la Comisión Federal Electoral y también en las otras instancias electorales que van a permitir justamente la objetividad, la precisión y el respeto que requieren los procesos electorales, de otra manera -insisto- estamos simplemente incurriendo en lo mismo, en el mismo vicio que tienen los procesos electorales, que es una absoluta carencia de legitimidad, más no lo digo en esos términos, más no la apariencia legal y esta contradicción sigue siendo la contradicción que permea y que vértebra el hecho de que estemos discutiendo hoy un nuevo proceso y una nueva Ley Electoral.

Ante la propuesta de mantener el llamado sistema mixto con mayoría dominante, nosotros hemos propuesto un sistema de representación proporcional en los dictámenes que ha presentado la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Se nos da una respuesta a porque la representación proporcional no es aceptable, aunque quiero señalar, que en la exposición de motivos que justifica el dictamen en relación a la mayoría, no hay en ningún momento explicación de ¿por qué el sistema de mayoría debiera existir? Simplemente hay una descripción de las propuestas, pero en ningún momento hay una justificación, en ningún momento hay una articulación ni una concepción de ¿por qué si? y ¿por qué no? Y en cambio, en el dictamen que se refiere al documento a la iniciativa que hemos presentado cinco partidos, hay una amplia explicación supuestamente teórica de rechazo al sistema de representación proporcional.

Y dice, y lo han dicho aquí varios diputados del Partido Revolucionario Institucional y -citó - los electores en su mayoría, siguen privilegiando su participación con las elecciones por el principio de mayoría relativa.

Quiero simplemente señalar ante esta frase de verdadera interpretación especial de lo que pasa en este país, de que si los electores en su mayoría siguen privilegiando la participación de las elecciones por el principio de mayoría relativa, es por el simple hecho de que si no participan en elecciones, pues no hay ningún otro sistema, entonces no tienen de otra, no es justificación, es simplemente un argumento circular que no explica nada y confunde al lector poco adepto en estas cosas.

Pero además agrega, adoptar el sistema propuesto, sea representación proporcional en la iniciativa en examen, pulverizaría la voluntad popular y desalentaría la participación política del electorado, o sea, que según esta interpretación de frases huecas sin justificación, sin explicación alguna, resulta que se puede afirmar que la representación proporcional se va a pulverizar la voluntad popular y desalentar la participación política.

Realmente hay que decir que son argumentos como se ha dicho aquí, de pura ideología y sin sustento alguno, porque ustedes tendrían que demostrar un desaliento a la participación política del electorado, producto de un sistema que nunca se ha implementado en el país, por lo tanto, no hay ningún elemento para afirmar que es cierto, o que no es cierto, lo que sí podemos decir, es que el sistema actual es un sistema que desalienta, eso sí, desalienta la participación política de la ciudadanía, ¿y por qué desalienta la participación de la ciudadanía? Por una razón muy sencilla; porque existe la impresión generalizada alguien podría decirnos un argumento subjetivo, allá ustedes, existe la impresión generalizada de que no hay respeto a la voluntad popular en este país, o que en todo caso no nos explicamos ¿cómo puede ser que una elección, como el caso reciente de Mazatlán, donde resulta que el candidato ganador, ganó exclusivamente porque todas las urnas de la zona rural del municipio, llegaron con el 100% del padrón emitido a favor del Partido Revolucionario Institucional?, solamente por esa razón; mientras que en la zona urbana de Mazatlán perdió abrumadoramente.

Esto es una cuestión muy preocupante, porque entonces, en efecto, si ustedes creen que ese es el sistema que alienta la participación del pueblo en los procesos electorales, entonces aquí no hay debate, hay simplemente cerrazón y no hay discusión.

Nosotros creemos que la representación proporcional, no alienta la fragmentación y la pulverización de las fuerzas políticas, al contrario, creemos que la representación proporcional pueda representar una opción de representación más directa y fiel al número de votos emitidos y número de representantes populares para cada partido.

Esa es la única inquietud y el problema del sistema de mayoría, y particularmente enviciado con la conjunción de mayoría dominante y representación proporcional, es que la mayoría dominante puede ser dominante con menos del 40% de los votos, con menos del 40% de los votos es posible ganar la totalidad de las 300 curules de mayoría, y eso es lo que determina y reforma la representación popular en una Cámara como ésta. Esa es la preocupación nuestra, de evitar que ese tipo de representación se dé y esa deformación real de la representación popular. La representación proporcional por tanto, es un elemento que capaz de recoger la verdadera voluntad popular y no distorsionar, como hoy se hace con este sistema electoral, y lo más obvio es lo que ocurre hoy, que con el 65% de los votos el Partido Revolucionario Institucional, en esta Cámara de Diputados ocupa el 73% de las curules. Esto es una deformación de la representación popular.

Se rechazó en el documento el dictamen referente a nuestra iniciativa, también el problema de lo que nosotros hemos llamado la filiación forzosa al Partido Revolucionario Institucional, todos tenemos maneras distintas de ver este asunto, evidentemente, y nosotros entendemos que el poder político del Estado mexicano se finca entre otras cosas, en el control que ejerce sobre el movimiento obrero y campesino.

Pero lo que sí sorprende francamente, es la argumentación con la que se sostiene esta posición, -ustedes dicen - se estima contrario al fenómeno que pretende regularse que es el problema de la filiación forzosa, el fijar limitaciones más propias, - ustedes dicen de liberalismo - que de una sociedad moderna de masas y aquí ustedes sienten y plantean como mayoría, que de adoptarse una iniciativa de este tipo constituiría una intromisión en la vida de las organizaciones de los partidos mismos, a quienes corresponde establecer autónomamente las reglas a que se sujeta la adhesión y afiliación de sus miembros.

Es una justificación interesante para justificar y sostener una base social controlada para mantenerse en el poder, nosotros en la lucha por el poder, planteamos lo siguiente: creemos y nosotros lo decimos con claridad, que nuestro objetivo como Partido de los Trabajadores es luchar

porque las organizaciones sindicales y los trabajadores puedan expresarse libremente, libremente y en términos de sus intereses de clase ante el conjunto de problemas de la sociedad, y la filiación forzosa que hoy existe y que es una realidad, no permite que la clase obrera se exprese autónomamente; hay elementos que demuestran ello, por ejemplo: si las organizaciones representativas de los trabajadores electricistas no se han fusionado, es fundamentalmente porque los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas se niegan aceptar la filiación forzosa al Partido Revolucionario Institucional, al incorporarse al Suterm y esto es una posición política de gran valentía, de gran autenticidad de los trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas, ante una presión del Estado que cada vez los asecha y los acerca presionándolos para que se incorporen a la red de dominación que implica su incorporación al Suterm.

El problema de la afiliación forzosa no es cualquier asunto, porque se trata de permitir que exista; por ejemplo, en el momento de votar, una libertad de expresión y la filiación forzosa de las organizaciones no permite tal cosa, y tenemos muchos ejemplos de cómo los sindicatos y las directivas de los sindicatos en sus compromisos políticos, obligan y tratan de obligar a los trabajadores a votar por un solo partido por el Partido Revolucionario Institucional en los procesos electorales, incluso, con sanciones económicas y políticas y cuando digo económicas, a veces me refiero incluso con la aplicación de la cláusula de exclusión, si no votan por un determinado partido; estos mecanismos son profundamente antidemocráticos envician todo el procesos electoral y cuestionan cualquier vicio de legitimidad que pudiera tener nuestro país.

Creemos para concluir, que en efecto estamos ante un debate central de cómo permitir que nuestro pueblo participe en la lucha por el poder auténticamente, esa expresión no se permite ni se logra con la iniciativa que ha presentado el Ejecutivo, sino que afirmamos que vulnera la posibilidad de esa expresión autónoma, autentica de la clase trabajadora de los campesinos, de todo el pueblo cuando acude, si es que acude a votar y a luchar por imponer un gobierno propio representativo.

Nosotros creemos y refrendamos que nuestra iniciativa recoge la aspiración de autenticidad, recoge la aspiración del pueblo de que se le respete el voto, recoge la aspiración de nuestro pueblo en el sentido de que sean realmente sus elegidos quienes lleguen a puestos de representación popular y que por lo tanto, es una iniciativa la nuestra, la que mejor expresa lo que hoy se dice que debiera ser la democracia en México. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Francisco Berlín Valenzuela, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Francisco Berlín Valenzuela: -Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: antes de comenzar con esta intervención, quisiera reflexionar en el sentido de que existe un principio supremo a los intereses concretos, a los horarios y conveniencias personales de los integrantes de esta Cámara y esa es la responsabilidad de legislar.

Esto desde mi punto de vista, constituye la razón de ser de nuestra presencia aquí, por eso al habernos quedado a continuar con este debate, se ha evidenciado en la intervención de los compañeros Valle, Sergio Guerrero y Ricardo Pascoe, una lúcida intervención que da la razón a la mayoría que quiso continuar con este debate confiando en la brillantez de todos los participantes en él(Aplausos.) Al mismo tiempo al ver este espectáculo dialéctico que aquí se está dando en torno a dos posiciones que indudablemente representan puntos de vista contradictorios, puesto que, contrapone la iniciativa del Presidente de la República a la iniciativa de los diversos partidos políticos que se han hecho; me ha hecho reflexionar en el sentido de que uno de los argumentos que aquí se ha estado manejando, es el que se refiere precisamente a la fragmentación y en ocasiones a la ineficiencia que dentro de un sistema de representación proporcional puro, puede conducir una actitud no tolerante de la mayor parte de los partidos políticos, y es que no hay que olvidar y no es ese el caso, que en un sistema parlamentario se pueden provocar problemas de inestabilidad, pues el Gobierno -recuérdenlo ustedes-, ya alguna vez hicimos mención a las diferentes entre un sistema presidencial y un sistema parlamentario. En el segundo se vé precisado a renunciar, si no tiene la confianza de la mayoría en el parlamento, más yo me pregunto, cuando entramos a este debate a discutir sobre la conveniencia de instaurar un sistema de representación proporcional integral, sino se está olvidando que en México vivimos en un sistema presidencialista y que en tal virtud, la forma en que opera un sistema de representación proporcional es totalmente diferente en un sistema presidencialista con respecto a un sistema parlamentario, porque no olvidemos que en un sistema presidencial se puede llegar el caso en que la decisión de los partidos que intervienen en el sistema presidencial, traten de bloquear eventualmente la decisión del ejecutivo, al no aprobarle algunas iniciativas y en estas circunstancias, el

Ejecutivo no tiene la posibilidad de disolver el Congreso y acudir al arbitraje del cuerpo electoral, como se da en un sistema parlamentario; con lo cual lógicamente se ve que se paraliza la actividad gubernamental: y ésta es una de las razones que ha hecho que se acuse a un sistema de representación proporcional integral, como un sistema ineficaz que no permite una tarea de gobierno ágil y oportuna...

Al rato compañero, déjeme continuar.

La dialéctica de la discusión que aquí se ha establecido, ha llevado a las consideraciones acerca de lo que debe entenderse por democracia, naturalmente que siento éste un tan polémico y tan político, son muy diversas las consideraciones que al respecto se pueden tener; no creemos que el concepto de democracia que ha expresado el representante del Partido Acción Nacional, sea un concepto de democracia semejante al que pueden tener otros muchos partidos políticos, recordemos cómo los países occidentales tienen su propio concepto, a la noción que los países socialistas tienen y ante este universo tan amplio que en muchas ocasiones no considera la democracia en su totalidad y en su integridad, surge tantos conceptos de democracia como países y regímenes políticos existen en el mundo; por eso es, que es muy difícil conceptualizar la democracia.

Sin embargo todos debemos de estar de acuerdo, que a pesar de esas dificultades para su conceptualización, la democracia es un supuesto racional en la que los hombres deciden ubicarse para poder tener una vida armoniosa y una convivencia pacífica; pero atendiendo a principios fundamentales de libertad, de confraternidad y de solidaridad y atendiendo también a un orden jurídico que hace posible la convivencia, bajo las normas que identifican a los gobernantes con los gobernados, productos precisamente, los primeros de un sistema electoral.

Por eso el derecho electoral, se ha considerado en todas partes del mundo como un instrumento normativo de la democracia, y desde este sentido podemos estudiarlo desde las dos perspectivas que él encierra; desde la perspectiva sociológica y desde la perspectiva jurídica. Aquí hemos visto ya ambos planteamientos y no podía ser de otra manera, porque analizar solamente el aspecto jurídico sería quedar no solamente en la formalidad fría de la ley haciendo abstracción de los valores políticos que deben estar presentes, en cada una de las decisiones políticas fundamentales de un pueblo, de ahí que si las normas electorales tienen sentido y explicación dentro de un régimen democrático, no debemos olvidar los valores trascendentes e inmanentes que en ella se encuentran; y sobre todo, que toda norma electoral tiene indudablemente una fuente que constituye la fuente general de su derecho.

Así cuando hablamos de las fuentes del derecho electoral, debemos recordar que ellas son carácter formal, son de carácter real y son de carácter histórico; y que si nos apartamos de cualquiera de esas fuentes, estamos dando lugar a un derecho electoral que nos corresponde al país que trate de adoptar determinadas normas, copiando estratégicamente normas de otros países. En esta virtud, quiero considerar que el derecho electoral mexicano tiene una historia; tiene una tradición y una continuidad histórica que en forma lineal ha venido enriqueciéndose, a través de las distintas modificaciones que se ha hecho a nuestra normatividad electoral; es así como en el año de 1953, se otorgó el voto a la mujer y se le dio una mayor amplitud al padrón electoral.

En el año de 1963, se estableció el régimen electoral mexicano de diputados de partido, con lo que se hizo posible por primera vez la constitucionalización del término "partido" en la Constitución General de la República; en 1969 los jóvenes a la edad de 18 años arriban a este recinto y en 1973 nuevamente se amplían las condiciones, para que la oposición pueda actuar dentro de la Cámara de Diputados en mejores condiciones dentro del proceso electoral.

En todas y cada una de las distintas modificaciones, hemos observado avances sustantivos en nuestra legislación electoral, como no podemos ignorar tampoco que en 1977 se da un avance de primer orden al establecer el principio de representación proporcional, complementario del principio mayoritario en un sistema mixto que permite una mayor vigorización de los partidos políticos, lo cual explica la presencia con la que muchos de ustedes actúan en esta Cámara.

No es cierto como se ha sostenido aquí, que el sistema electoral que en México se practica propicie el abstencionismo, ya con toda razón ha dicho Diego Valadáz, que el abstencionismo tiene muy diversas causas en México y en el mundo, recordemos que podríamos citar muchas; pero vayan, tan sólo unas a manera de ejemplo, el sentido de minusvalía individual margina al hombre del proceso electoral, la falta de solidaridad social que existe, el resentimiento social, el prejuicio de fraude electoral, la irresponsabilidad personal del ciudadano, el escepticismo o inconformidad con el régimen político, o bien la conformidad total con ese régimen, la falta de opciones políticas, el sentido de no pertenencia

al grupo decisor de las cuestiones sociales, la marginación social, razones circunstanciales de muy diversa índole y las fallas que en los procesos electorales existen. Son tan sólo doce de las muchas razones que podemos citar como causas que originan el abstencionismo en un pueblo, de tal manera, que atribuirlo a un sistema electoral constituye una falacia que no debemos permitir.

Tampoco es cierto que el sistema político mexicano provoque la burla de los tratadistas y de los autores que se han dedicado al estudio del fenómeno político en México y en otras partes del mundo. Yo invitaría a quien así piensa, que consulte el libro escrito por el francés Maurice Duberger, llamado Partidos Políticos, que consulte el libro escrito por el francés Jean Charlotte, o bien el que escribió el argentino Carlos Fai, llamado Derecho Político, o que consulte el libro de Giovanni Fartorie el italiano, acerca del Análisis de los Sistemas Políticos en el Mundo y verán como México ha inspirado una categoría dentro de la tipología de partidos políticos, a partir de la cual se estableció el sistema de partido dominante y el sistema departido hegemonico.

(Aplausos.)

Antes de que en México se hicieran estos análisis, los politólogos europeos y los politólogos franceses, italianos, alemanes, sintieron una gran atracción al sistema de partido político que existía en México, ¿y a qué se debió eso? A que indudablemente les extrañaba sobremanera la gran estabilidad social y política que el país había experimentado por tantos años en un continente armado, donde esa estabilidad no parecía ser la constante en un continente de cañones y ballonetas, donde en muchos países de América Latina estaban sintiendo la falta de un partido como el nuestro que permitirá esa estabilidad, por eso provocó el interés y por eso a partir del Partido Revolucionario Institucional, el partido del Congreso en la India y muchos partidos de la África negra, conformaron la tipología de un partido hegemónico y dominante con características especiales. (Aplausos.)

Tampoco puede ignorarse que hay una estrecha relación entre los sistemas electorales y los sistemas de partidos, como aquí se ha dicho; claro que hay una profunda relación, tan es así, que se han establecido a partir de esas relaciones las llamadas "leyes de partidos políticos" y que podemos encontrar en muchos autores europeos, al grado que se dice que un sistema electoral mayoritario da lugar por ejemplo a, un sistema bipartidista o que un sistema con representación electoral proporcional, da lugar a un sistema pluripartidista; éstas son leyes que aquí se han establecido y que forman parte de la llamada ciencia de la estaciología, que tiene como propósito el estudio de los partidos políticos.

También se ha establecido, que ha habido algunas causas que han producido la situación electoral negativa que prevalece en México. Yo quisiera recordar a quien así ha expresado, que en realidad las ciencias políticas y las ciencias sociales, más que obedecer a un principio de causalidad, obedecen por pertenecer a las ciencias de la naturaleza y a las ciencias del espíritu, a un principio de medio a fin, porque no podemos de ninguna manera identificar los fenómenos de la naturaleza, con los fenómenos políticos y sociales que son tan cambiantes de acuerdo con la circunstancialidad histórica.

Hemos escuchado también aquí algunas expresiones trágicas, dramáticas y patéticas, que nos han atribuido aspectos negativos a los procesos electorales en México y en otras partes del mundo.

Claro que las elecciones tienen indudablemente muchos aspectos patológicos, como los sistemas políticos en general los tienen. Pero no debemos olvidar de ninguna manera que las elecciones tienen funciones inmanentes, como son las electorales y participativas y tienen también funciones trascendentes, como son las de integrar los órganos del Estado, las de otorgar legitimidad al poder público, las de promover el cambio social y político, como ha sucedido en España y en Francia y las de ser sobre todo un factor de paz social; y México puede enorgullecerse de que sus elecciones han sido un factor de paz social.

(Aplausos.)

Es indudable que la iniciativa del Presidente, obedece más que a una lógica formal como decía el compañero Valle, a una lógica política que naturalmente no coincide con la lógica de muchos de los partidos de oposición, pero debemos recordar que la lógica es la rama de la filosofía que estudia y nutre de sistemática a la ciencia, es por consiguiente la ciencia de las ciencias que conduce a la acción del pensar en la búsqueda de la verdad. La lógica formal a la que se refería el compañero Valle -y me extraña que él la haya utilizado- está basada en el pensamiento Aristotélico en el órgano, nutrió al idealismo y a la ilustración pero la conscripción científica moderna, no puede limitarse a estructuras formales de ideas teóricamente válidas al margen de la práxis, por lo que la lógica moderna de corte dinámico y dialéctico ha superado a la lógica formal, al buscar la concordancia entre los modelos teóricos de explicación del ser y la realidad táctica.

Conforme a la lógica formal, podemos construir juicios falsos y aberrantes en la realidad de impecables construcción teórica, como decir por ejemplo, todos los hombres de civilización occidental duermen en una cama, existen 2 mil millones de hombres de civilización occidental, luego entonces, existe una cama en la que duermen 2 mil millones de hombres, nada más falso y sin embargo, hay una impecable construcción lógica.

Efectivamente -como dijo el compañero Valle-, la iniciativa de reforma constitucional del presidente Miguel de la Madrid, no responde a una lógica formal, no es una construcción teórica y abstracta lo que estamos discutiendo aquí, no es desde luego ajena a la realidad social, sino que responde a una lógica dialéctica obtenida de la consulta popular que se llevó a cabo hace pocos meses, y obtenida también de la experiencia a las que el Presidente se enfrentó durante su campaña electoral, a fin de consultar al pueblo, cuál era la mejor forma de democratizar a la sociedad mexicana, por eso él reconoció en su iniciativa las dinámicas propias de esa consulta y las ha normativizado y las propone para un cambio constitucional. Es así, es la lógica moderna que existe en la iniciativa del Presidente de la República.

(Aplausos.)

El compañero Ricardo Pascoe, ha reconocido la importancia del debate y de la tradición electoral de México y después se ha contradicho el mismo, pues se manifestó en contra de una propuesta de acuerdo a la tradición.

Yo recuerdo haber leído en la exposición de motivos que ellos mismos presentaron el mismo día en que se presentó la iniciativa del señor Presidente, en dónde se dice en ese mismo precepto; proponemos que la elección de los diputados se realice mediante el sistema de listas estatales que registren los partidos políticos, para no incurrir en la separación entre los principios de proporcionalidad y territorialidad, éste último de gran tradición histórica en nuestro país, claro, el principio de territorialidad tiene una gran tradición histórica, hunde sus raíces desde los albores de la Independencia, en que el país fue dividido en circunscripciones uninominales para poder elegir a los representantes del pueblo, a los representantes de la nación.

Por eso es que, estas propuestas que se han hecho, obedecen precisamente a la tradición histórica que el compañero Pascoe lo reconoce al haber firmado la iniciativa; él no está de acuerdo en que sea el gobierno el que dirija los procesos electorales, porque identifica al Partido Revolucionario Institucional con el gobierno, quizá el quisiera identificar (PRI), con el Partido Revolucionario de los Trabajadores, pero eso no es tarea fácil.

Es contradictorio afirmar que el sistema político mexicano carece de legitimidad, como lo ha mencionado el compañero Pascoe y luego tratar de afirmar que el partido mayoritario es un subproducto del régimen, ésto último es un elogio que muchos sistemas políticos y muchos partidos del mundo se disputarían.

En efecto, la ideología institucionalizada que representa el Partido Revolucionario Institucional, no surgió de una minoría o de un prurito teórico para buscar el acceso al poder en tutela de sus intereses, sino que brotó de un proceso revolucionario espontáneamente brotado del pueblo, ideología que objetivada en revolución triunfante se fundió en factor real y formal de poder Compareciendo sistemáticamente a la consulta popular mediante su participación en los procesos electorales, renovando cíclica y reiteradamente al gobierno revolucionario; por eso, precisamente, ha seguido inspirando la acción del Partido Revolucionario Institucional la ideología de la Revolución Mexicana, porque hay que recordar que una de las características de todo partido dominante y hegemónico, es precisamente la existencia de una doctrina dominante y en México- quiéranlo o no muchos-, la doctrina de la Revolución Mexicana seguirá siendo la doctrina que inspire el proyecto histórico nacional de todos los mexicanos. (Aplausos.)

Dice el compañero Pascoe, que no existe la legitimidad en los procesos electorales en México, ¿cómo entonces explicar la existencia de casi 60, años ya de paz institucional y de paz social? ¿Cómo no explicar la existencia de renovaciones periódicas y constantes del poder político en México? Miremos otros continentes, contemplemos a otros países, sino se están debatiendo ya en una constante involución, observemos a Uruguay, Argentina o a Chile en los últimos años, y veremos cómo para estos países. México sigue siendo un ideal a alcanzar en la estabilidad de sus sistema político, basta comparar a México con cualquiera de ellos. Claro que tenemos dificultades y problemas y que nuestros sistemas electorales no son perfectos, no lo son ni en los Estados Unidos que se dice cuna de la democracia, ni tampoco lo son en Inglaterra en donde está marginado un partido liberal, al cual no le permiten que pueda llegar a ocupar curules en el parlamento; no lo son tampoco en los países europeos que tienen largos años de tradición electoral, ¿por qué entonces pedir que en un país como el nuestro, las normas electorales sean perfectas? Ellas no existen en ningún lugar, en ningún país aspiramos hacerlas cada vez

mejor, aspiramos a sacar de cada uno de los procesos electorales la experiencia histórica que nos permita corregir nuestros errores, aspiramos a que haya una mayor representación más acorde con los principios mayoritarios que unen sus raíces en la tradición histórica de México y más acorde también con la representatividad, porque entendemos que estos principios el mayoritario y el de representación proporcional , tuvieron en los albores al nacer dos imperativos que no debemos olvidar: el imperativo de eficacia para las elecciones mayoritarias y el imperativo de justicia para la representación proporcional.

Por separado ninguno de estos sistemas de elección han podido demostrar plena bondad, juntos han sido capaces de conciliar por un lado la eficiencia y por otro lado la justicia; creo que esta es la intención de la iniciativa del presidente Miguel de la Madrid y que ha expresado tan profundamente el Secretario de Gobernación cuando estuvo en esta tribuna, conciliar el principio de eficacia con el principio de justicia, es responder de mejor manera al pluralismo democrático que existe en nuestro país, e integrar en una forma más coherente a la realidad del país a los partidos políticos de México que ustedes representan.

No olvidemos y ya tocaremos este tema al entrar al artículo 52 en su debate particular, que en 1921 Italia tenía 14 partidos políticos antes del fascismo, que en 1930 tenía 18 partidos políticos, Alemania y que España en la época prefalangista tuvo también una gran cantidad de partidos políticos; ésta es la pulverización que se quiere evitar adoptando un sistema integral, un sistema de representación puro que resultaría ajeno a nuestras tradiciones y a nuestro ser político nacional.

Por eso, los invito a ustedes a considerar que la mejor conciliación de eficiencia y justicia, dará un mejor sistema de partidos políticos para México.

Muchas gracias (Aplauso.)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: -Señor presidente, señores diputados: he pedido la palabra para hechos, porque el diputado Berlín Valenzuela mencionó que teóricos europeos, estudiosos de partidos y de sistemas de partidos, estaban muy impresionados y tomaban a México como ejemplo y mencionó a uno, -bueno mencionó a varios-, de los que mencionó yo tengo el libro de uno aquí, que es Jovani Sartori, les voy a decir algunas de las cosas que dice Jovani Sartori sobre el caso de México.

Dice Sartori en la página 284, de hecho...-bueno dice un poquito antes-. Añádase que el Partido Revolucionario Institucional, puede ser generoso en el Congreso, porque el Congreso carece relativamente de importancia, de hecho México esta gobernando por su Presidente, de manera que recuerda al dictador de tipo romano -como dice un autor los mexicanos evitan la dictadura personal, al retirar a sus dictadores cada 6 años-, y en una nota de pie de página añade: "las diferencias son que el dictador constitucional romano, duraba solo seis meses y no designaba como de facto hace el Presidente de México a su propio sucesor, los mexicanos no evitan en realidad la dictadura personal, sino el gobierno arbitrario y vitalicio de un sólo hombre" y luego añade Sartori: "...las normas del juego son muy claras, el Partido Revolucionario Institucional tiene que ganar de todas formas, si existe alguna duda acerca del gran margen de victoria que necesita el Partido Revolucionario Institucional, se dan golpes o se destruyen las urnas; por otra parte si fracasa la captación de los grupos disidentes, entonces es probable que se recurra a la represión", y agrega:" ...el Partido Acción Nacional no es una amenaza, y de hecho ayuda a mantener viva como oposición". (Aplausos.)

Este texto fue escrito con datos del 73, el Partido Acción Nacional, no, por lo que sigue, (abucheos) por lo que sigue escuchen, es el teórico que mencionó Berlín, "...El Partido Acción Nacional no es una amenaza y de hecho ayuda a mantener viva como oposición desde la derecha, -por eso, por lo que sigue les digo que fue escrito en 1973, la imagen revolucionaria del Partido Acción Nacional orientado a la izquierda, en cambio, si los grupos a la izquierda del Partido Revolucionario Institucional se convirtieran en una amenaza, el Partido Revolucionario Institucional esté plenamente dispuesto, por lo menos ha habido pruebas abundantes de ello en el pasado a reprimirlos, por motivos de seguridad interna y/o a asegurarse de que sus resultados electorales sean todo lo bajos que deben ser", y finalmente dice: "...lo que importa no es que el Partido Revolucionario Institucional fuera a perder, si permitiera una oposición libre plena, de hecho hay pruebas abrumadoras en contra; lo que importa es que la disposición hegemónica mantiene unido al Partido Revolucionario Institucional y que el paso a un sistema competitivo, pondría en peligro su unidad -ya lo estamos viendo- porque eliminaría las sanciones prohibitivas infringidas por la fórmula hegemónica a las decisiones y las rupturas con el partido", terminó la cita: "...como democracia, -dice Sartori- México es en el mejor de los casos, una cuasidemocracia o una democracia esotérica". Eso es lo que dice el teórico del diputado Berlín Valenzuela. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el diputado Ricardo Andrés Pascoe Pierce.

El C. Ricardo Andrés Pascoe Pierce: -Podemos abundar en los comentarios de Sartori, y justamente por lo que dijo el diputado Berlín Valenzuela, quiero referirme a lo que más me preocupó de su intervención , que fue exactamente la primera parte y las primeras frases; señaló el diputado Berlín Valenzuela, que el nuestro es un sistema presidencialista, y que imagínense ustedes qué sucedería en un país como el nuestro con un sistema presidencialista, si de alguna manera, el Congreso o el Parlamento, no aceptase alguna de sus iniciativas, luego entonces siguiendo la lógica que quienes duermen en cama, tendríamos que preguntarnos ¿cuál es la utilidad de una legislatura, de un senado, de un congreso en un sistema presidencialista?, como el que describe el diputado Valenzuela; es evidente que según la descripción que da el diputado, y según la reflexión que hace Sartori en relación a nuestro país, es evidente que el mismo diputado Valenzuela, Berlín Valenzuela, perdón, reconoce cabalmente que el peso político de esta Cámara de Diputados, es absolutamente nula frente al Presidente, y eso es la admisión más grave de la poca seriedad, incluso de la iniciativa, que hoy se presenta a consideración de la Cámara de Diputados, porque entonces se nos considera, simplemente un aparato servil al Presidente y ese concepto, lo rechazamos categóricamente, nosotros no somos aparatos serviles del presidente de la República.

En relación al comentario que hace el diputado en cuanto la representación proporcional y el fascismo, nosotros reiteramos lo que ya dijimos, ante la comparecencia del Secretario de Gobernación, esa concepción es absolutamente falsa y demagógica, absolutamente falsa y demagógica, porque el problema de la representación proporcional, es que, plantea fundamentalmente la representación de las fuerzas políticas reales en nuestra iniciativa, se mantiene claramente el 1.5 como punto de partida de la representación de los partidos políticos; en absoluto buscamos la fragmentación, lo que si buscamos y lo que sí enfatizamos, es una representación proporcional auténtica de los partidos, cosa que su iniciativa, no representa por lo que hoy estamos viendo en esta misma Cámara. Y en segundo lugar, nuestra iniciativa, asegura la limpieza y la transparencia de los resultados electorales, y hay que decirlo nuestro iniciativa, pretende y logra de mejor manera, de manera real, la legitimidad de los procesos electorales, y es por eso que ustedes no lo aceptan. Muchas gracias. (Aplausos).

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Alejandro Gascón Mercado.

El C. Alejandro Gascón Mercado: -Señoras y señores diputados; yo voy a leer aunque pareciera innecesario, el artículo 61 de la Constitución. "Los diputados y senadores son, inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ella. El Presidente de cada Cámara, velará por el respeto del fuero constitucional de los miembros de la misma, y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar". Algunos se preguntarán porque le di lectura a este artículo, y pienso que algo tiene que ver con nosotros, porque es indudable, que tenemos que reconquistar la compostura después de los incidentes que se dieron el día de ayer.

Aunque el diputado jaliciense Paco Contreras, entró muy oportunamente recordando el 138 Aniversario de la Guerra de los Pasteles, de todas maneras nosotros tenemos que reflexionar bien, porque la Guerra de los Pasteles, no fue una causa, fue un pretexto para agredir a nuestro país, y a mi me parece, pues conociendo la simbología de los políticos mexicanos, que también las actitudes que se asumieron el día de ayer, fueron pretexto para precisar políticamente que decisiones se tienen, y yo creo que, si lo vemos como un incidente dentro de la Cámara, pues no tiene ninguna importancia francamente, si sólo es eso, no tiene importancia, porque recordando los debates en la época de Obregón, entonces si las cosas se ponían buenas, inclusive uno que otro diputado quedaba en la curul, por cierto de aquellos que menos intervenían en los conflictos, eso es lo que a mi preocupa, la política es una correlación de fuerza, si nos vamos a agarrar a golpes aquí, 300 contra 40, pues los 40 no tienen ninguna posibilidad a pesar de que está ahí Galindo. (Risas)

Pero imagínense, si en un momento dado se me vienen los 340 a mi, que soy sólo en la Cámara, así no se pueden manejar las cosas, en última instancia, cambiemos el reglamento de la Cámara y aceptemos que todos aquí, podemos estar armados para poder, para poder emparejarnos, y ya armados, creo que la cosa cambia, porque miren ustedes, no podemos negar nosotros la valentía, de los hombres en ningún pueblo del mundo, y yo, no diría que en esta Cámara, no puede encontrarse la hombría en cualquier partido político, en cualquiera, no es ese el camino para medir las cosas, y yo soy partidario de la guerra civil, pero cuando haya condiciones para que la gane el pueblo de México, pero no para cuando haya condiciones para que la gane el fascismo.

Por eso creo que nosotros, debemos ocupar nuestro sitio como diputados, respetarnos, que nadie se salga de la realidad, que se ubique en el sitio

que tiene aquí concretamente, y que afuera resuelva y decida las cosas como lo considere conveniente, igual que en la primaria, nos vemos a la salida, porque a mi no me asusta que aquí se maltrate la gente, no, porque ese es el lenguaje común de los mexicanos.

Pues para que, cuando yo veo que quieren que se les retire del Diario de los Debates, algunas expresiones, a mi me parece que es una pérdida de tiempo simplemente, porque de todas maneras, bueno pues vamos a seguir insistiendo en esa forma de comunicación.

Creo que, ¿y todo esto que tiene que ver con las reformas a las cuestiones electorales?, yo entiendo que nosotros, debemos intentar hacer del Congreso, cada día, un instrumento de auténtica representatividad de nuestro pueblo; yo no vengo aquí por tanto, a tratar de combatir el dictamen, que se ha presentado a esta Cámara, no coincide plenamente con lo que envió el Presidente de la República, con lo que expresaba el licenciado Bartlett, y no le criticó a la mayoría el hecho de que no lo hubiera cambiado, no, bueno es que hay una unidad plena, entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, porque en nuestro país, se da el hecho de que hay tres poderes distintos y un sólo poder verdadero, el Presidente de la República, lo hemos comentado, y eso no es en agravio del licenciado De la Madrid, es un hecho, que todo mundo conoce, que todo mundo vive, de alguna manera, o de otra, por tanto, bueno yo voy a cometer la ingenuidad de decir aquí esta bien el dictamen, aquí esta mal, en fin, no tendría ningún sentido.

Yo creo que esta intervención, debiera orientarse hacia el futuro inmediato, por este camino cerrándolo, las posibilidades de que se exprese la vida democrática, en México puede generarse la violencia, y eso para mi está muy claro y es lo que en última instancia me preocupa y lo digo muy abiertamente, porque la violencia en estos momentos no la ganaría el pueblo de México, nada más por eso, si la ganara a lo mejor habría que entrarle; porque la mayoría ha sido muy clara, alguna vez a través de García Paniagua y a través del actual gobernador de Guanajuato, se dijo en esta tribuna, no de García Paniagua sino del actual gobernador de Guanajuato, que con las armas había llegado al poder y sólo a través de las armas podrían perder el poder; así dijeron.

Pero yo no concibo a los que dijeron esto, de comandantes de una nueva revolución, no, y creo que los mexicanos debiéramos intentar que fuerzas distintas a los actuales gobernantes tuvieran la posibilidad de llegar al poder sin las armas como en cualquier país civilizado, si nosotros no aceptamos este principio entonces estamos mal; porque debe ser el destino manifiesto que la misma fracción política o los herederos de esta fracción política gobiernen por los siglos de los siglos, ¿por qué? No debiera en un ambiente democrático, elemental, tener todos los contendientes la posibilidad de ganar, creo que eso es elemental, todas esas declaraciones me parece, que no hablan bien de nosotros los mexicanos, a mi juicio, no debió haberse consultado a un pequeño grupo de dirigentes políticos para transformar la ley electoral, yo creo que llegó el momento después de cincuenta y tantos años, de consultar a millones de mexicanos sobre la ley.

La razón más importante de que el pueblo no participa en las elecciones a mi juicio son; sus reiteradas experiencias en los comicios electorales que se han realizado en este país, creo que eso ha alejado a más del 50% de los mexicanos del proceso electoral y así como la llevamos, probablemente aleje otro 20 ó 30% y entonces, las instituciones de nuestro país van a ser elegidas por el 20 ó 30% de los mexicanos; hay estados de la República que no vota el 10% de los electores y los gobiernos locales se eligen por el 10% con la ausencia del 90% de los electores. Se puede decir que no, pero en un momento dado los pueblos estallan y entonces todos los argumentos históricos que se vieron van a la basura, porque ningún pueblo puede ser detenido en sus aspiraciones democráticas, los hombres tienen siglos luchando por la democracia y nunca alcanzarán la democracia a la que el hombre puede aspirar; porque cuando logre un alto nivel democrático seguirá luchando por la democracia, este es el destino del hombre, cuando tenga acceso a los bienes materiales y cuando tenga de verdad la posibilidad de elegir a sus gobernantes, de todas maneras los hombres seguirán luchando por la democracia.

Aquí en México, hay una versión oficial de la democracia contenida en el artículo 3o. constitucional y es la que compartimos muchos en este momento, en esta etapa de la vida de México. La democracia consiste en que se tenga participación en la vida económica, social, política, lo dice así el artículo 3o. constitucional y creo que eso es lo razonable, porque como hemos comentado, muchos mexicanos están al margen de las preocupaciones electorales porque no saben como van a amanecer mañana, y es muy difícil pedirle a alguien que vaya a votar si no tiene que comer ni él ni su familia, entonces en ese instante tiene que ir a conseguir prestado o tiene que ir a robar para subsistir, y es muy difícil decirle a uno que va a robar para subsistir "oye no se te olvide tu boleta electoral".

Yo creo que hay cosas que uno, en las que uno tiene que reflexionar y ese optimismo a la francesa que algunos oradores vienen aquí y expresan, pues es un optimismo marciano que no corresponde no a este país, no corresponde al planeta en que habitamos. Que el poder no se comparte, se ejerce, frases así duras, no, yo creo que nosotros debemos pensar en compartir el poder; porque si no se comparte el poder, entonces estamos muy cerca de una dictadura esa es la idea, yo entiendo que Pinochet no comparte el poder. Y a propósito, algunas instituciones de carácter internacional manejadas por los Estados Unidos de América le proponen a Pinochet que tenga una vida plural también, que constituya un Congreso, que de acceso a las minorías, y esto que es una nueva moda nuestra que nació en México, que sólo nosotros la practicamos, está en todos los países de Latinoamérica, en todos. La idea del licenciado Reyes Heroles, se ha ido antes o después de él por todo el continente americano, ese es un plan para conservar el régimen capitalista, y es no, la verdad, la verdad es que no somos creadores de nada, y cuando quieren hacer de México una isla, se encuentran con experiencias trágicas; en nuestro tiempo es muy difícil que inventemos algo respecto de la vida social por más capacidad de maniobra que se tenga, porque hay algunos que maniobran y terminan maniobrándose solos.

Miren ustedes, aquí tenemos 400 diputados federales, según las últimas elecciones el partido del gobierno obtuvo el 67% de los votos y tiene más del 70% de los diputados; la representación proporcional evitaría esto. Si nosotros tomamos en cuenta los diputados locales, yo no sé la cifra exacta de diputados locales pero debe haber unos 620; y aquí se dice en el dictamen que hay 169 diputados de minoría, esto equivaldría al 10.4% de diputados de minoría y, toda la oposición sacó el 33% y solamente tiene los congresos locales el 10.4% si tuviéramos como referencia esa votación. Y en cuanto a los regidores hay 2300 y tantos municipios, podríamos decir si le ponemos 10 regidores a cada ayuntamiento, pues los 1416 de los que se habla en el dictamen serían el 3.4% de los votos emitidos; por tanto, esto es una cosa completamente injusta, si la votación general da un 33% para la oposición debiera reflejarse ese 33% en los ayuntamientos, en los congresos locales, en la Cámara Federal, por eso es que pensamos que es más justa la representación. La mayoría está preocupada por darle estabilidad a las decisiones del Presidente, está bien, pero habemos otros que estamos preocupados no por la estabilidad de las medidas presidenciales, sino por la estabilidad del país, por la estabilidad de los mexicanos para resolver sus problemas y por eso es que pensamos que la representación proporcional es lo correspondiente a una realidad.

A mi me gustaría que aunque sea de mentiritas, algunos de los que han sido candidatos del Partido Revolucionario Institucional, fueran de la oposición para que vieran como está el asunto, porque no es lo mismo surgir como candidato y tener el apoyo de la Presidencia municipal, del gobernador del estado, de la Presidencia de la República, del ejército, de la policía, de las secretarías de estado, de las dependencias descentralizadas a jugársela uno por su cuenta, es distinto, es aplastante la forma en que opera el partido de gobierno porque no es el Partido Revolucionario Institucional, como yo lo he dicho, es el Estado. Y uno se encuentra con que cuando vé la situación difícil intervienen todos, todos absolutamente en masa para aplastar esa decisión. Esto le conviene al país, yo entiendo que esto le conviene al grupo gobernante pero no al país; y también entiendo que muchas de las ficciones de carácter electoral que existen son organizadas por la alta burguesía de este país, yo no entiendo como tiene cabida en los procesos electorales por ejemplo el comandante Clouthier, no lo entiendo, él se dio un título de general y ahora ya está pactando con el extranjero para ver cómo cambia la vida de México.

Yo entiendo que lo que nosotros tenemos que hacer, es cada quien ubicarnos dentro de la realidad y los cambios que patrocinemos los hagamos a fondo con lo que tenemos y no con lo que inventemos.

Todavía México sí es una nación libre y soberana, pero la soberanía no es un concepto abstracto, la soberanía está basada sobre todo en las cuestiones de carácter económico y político, y si desde el punto de vista político, económico somos una nación con graves problemas y con agresiones de todos los días, nosotros debemos pensar también en nuestra soberanía política. Hay una crisis económica que todo mundo reconoce y de las crisis económicas siguen las crisis políticas que es lo que debe preocuparnos, no son versiones catastrofistas, que dicen la mayoría que no les preocupan, no, no, no, son versiones, así pensaban muchos porfiristas y hay grados de inocencia; muchas muchachas de crinolina que tocaban piano en la hacienda y que tenían a un Juanito a un lado haciéndole mandados, no entendieron nunca porque se fue Juanito y después regresó para fusilar a su papá y decían: "pero si Juanito era tan bueno, tan dulce, tan mandable", sí, y da la impresión de que con la misma inocencia de las muchachas de crinolina y quince años tocando piano en la hacienda, así se comportan algunos que creen que deveras hay males

que pueden durar eternamente, y, cuando uno propone que se hagan algunos cambios, entonces nosotros somos desadaptados, no entendemos las cosas, ignorantes, irritables, bueno, todos los adjetivos y se sienten dueños de la verdad, la única fuente de la verdad es el pueblo, el único dueño de la verdad, es el pueblo y ustedes sí son un sector muy importante de la sociedad todavía, pero no son deveras la mayoría de este pueblo.

Cuando se habla de que ahora hay afiliación obligada para los sindicatos, yo estoy de acuerdo en que si 100% de los miembros de un sindicato aceptan su militancia en un partido político determinado, eso en última instancia sería lo correcto, pero también pienso que si un miembro de un sindicato frente a miles no estuviera de acuerdo nadie tiene el derecho de ejercer la presión de la necesidad, de la miseria, del hambre, de la desocupación para obligarlo a que piense de determinada manera, eso es una actitud inquisitorial, indudablemente. Si en un momento dado los sindicatos en esta revolución que ya murió hace mucho tiempo, si en un momento dado los sindicatos se convirtieron en verdaderos partidos políticos por ausencia de los partidos políticos, fue eso por razones de la necesidad, pero hoy estamos intentando hace decenas de años la posibilidad de estructurar la lucha política a través de partidos políticos y que las organizaciones sociales jueguen un papel totalmente diferente, las organizaciones sociales se construyen para defender las luchas económicas, para mejorar las condiciones de vida de los agremiados no para la lucha por el poder, también en el campo democrático se ha confundido la función de un partido político y las organizaciones sociales, yo le he dicho a los campesinos más, pues que menos entienden de estas cuestiones; un campesino necesita una vaca y necesita un caballo; la vaca es para tomar leche, para vivir; el caballo es para viajar, piensen que el sindicato, la organización social es la vaca y el caballo es el partido, hay algunos que ensillan la vaca, se equivocan. Yo creo que no puede haber confusiones en esto, hay que darle a cada quien el papel que le corresponde y no se debe atentar, un gran atraso político consiste en eso, en atentar contra la libertad de conciencia y forzar a los agremiados de una organización social a que pertenezcan por la fuerza a un partido político y se puede decir lo que sea, son esas las razones, porque las gentes del campo democrático pretendemos que haya libertad de afiliación política.

Que en un sistema parlamentario puede haber problemas de inestabilidad, el sistema parlamentario puede ayudar a los fascistas como se ha visto y también puede ayudar a los revolucionarios, el sistema parlamentario en sí mismo no es desechable para nadie; eso depende de la correlación de fuerzas que se estructuren, de lo acertado de quienes están dirigiendo el combate en la sociedad pero no puede descartar a un sistema o a otro, el sistema presidencial le ha dado buen resultado a quienes dependen de él, claro quien podría decir eso, pero no cabe duda que la experiencia demuestra que de ser seres absolutos los presidentes de la República después aparecen como prófugos de la justicia cuando terminan en 6 años, no creo yo que esto pueda exhibirse como algo que definitivamente podamos nosotros presumir, nuestras faltas están a la vista, han sido las elecciones un factor de paz social, dicen, no en todos los casos.

Hemos participado en los procesos electorales y respetando las normas de estos procesos electorales y la realidad, algunos piensan que solamente con proclamas muy elaboradas se puede llegar al pueblo; cuando un grupo de mis compañeros y yo triunfamos en Tepic, en las elecciones municipales, nuestro programa más importante como yo lo he dicho era el punto número uno: que no meteríamos a la cárcel a los borrachos, no había una proclama ahí tipo Hidalgo o Morelos, había una cosa con sentido práctico y claro, los borrachos nos apoyaron y era la mayoría y les ganamos. (Risas.)

Cuando yo pedí el voto para gobernador de Nayarit, lo pedí diciéndole al pueblo soy marxista leninista y pido el voto; no lo pedí inspirado en el clero ni lo pedí inspirado en el imperialismo norteamericano y el pueblo me dio el voto, se puede hacer política cuando hay una relación estrecha, pero se puede hacer política y se puede triunfar, lo que está muy claro es que no hay condiciones todavía para hacer respetar las elecciones. Cuando un pueblo se ha movilizado, cuando un pueblo ha triunfado, entonces lo obligan a que se levante en armas para hacer triunfar esa decisión popular; y cuando yo fui candidato yo no llama al pueblo a levantarse en armas, primero porque no tenía armas, segundo porque no tenía organización militar, tercero porque no había sido ese el objetivo y digo esto para que se tome en cuenta, para el futuro inmediato, no se puede seguir humillando y ultrajando desde el punto de vista de este pueblo, desde el punto de vista electoral a este pueblo de manera permanente, no se puede.

Aquí en esta Cámara habemos hombres muy valientes, muy valientes, los hombres de izquierda durante muchos años inermes se han enfrentado a las fuerzas represivas, para eso se necesita valentía y conciencia de lo que andan haciendo; y yo entiendo que para dormir con un muerto, con un muerto durante años como lo hacen las fuerzas

conservadoras del país, se necesita ser valiente, porque de hecho están abrazados de un cadáver, este pueblo ha avanzado y también se necesita ser muy valiente para pertenecer a un barco que se está hundiendo es el caso de la mayoría de esta Cámara, en altamar y agujerado, valientes somos todos, pero vamos demostrándolo en algo que le sirva a la patria, vamos salvando a la patria evitando la violencia que ya se asoma y el rostro del fascismo nos mira desde hace tiempo. Esa es mi preocupación, a mi no me importan los detalles de carácter electoral, estoy pensando en mi país, estoy pensando en mi patria porque al igual que ustedes creo en mi patria y ese es el pleito. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra la ciudadana diputada Blanca Esponda de Torres, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: (desde su cúrul) -Señor presidente quiero hacer una pregunta a la presidencia de la Cámara.

El artículo 114 de nuestro reglamento dice que antes de cerrarse en lo general la discusión de los preceptos y en lo particular cada uno de esos artículos, se van a dar seis sentidos que merecen nuestra atención.

Existe un artículo de nuestro Reglamento que dice que hay un momento determinado que se puede implementar o establecer para poder ser discutidos en contra.

Yo solamente quiero preguntarle a la presidencia, y demandarle respetuosa, pero enérgicamente que, se acate el artículo.

El artículo 95, 96, 97 y 98 sea cualquiera que presente la iniciativa de dictamen sobre esa base se desarrolla la discusión, yo quiero preguntarles a la Cámara, si acaparar el 95, el 96, o el 97 y 98 dando una interpretación muy particular al artículo 114 tal como se establecerá suficientemente discutido, desde el punto de vista y con todo el respeto que lo expreso en estos momentos tiene que desarrollarse toda la lista de oradores que fue inscrita, ya después veremos si se puede hablar.

El C. presidente: -Hemos asumido el criterio de dar absoluta libertad a los señores que han pedido el uso de la palabra, terminando su intervención la diputada Blanca Esponda, la presidencia consultará a petición del diputado Eduardo Valle a la asamblea, si se estiman suficientemente discutidos en lo general.

El C. Eduardo Valle Espinosa: -No señor, mi petición es que se haga lo que el reglamento establece, que se haga una lista de oradores.

El C. presidente: -En consecuencia, tiene la palabra la compañera Blanca Esponda de Torres.

La C. Blanca Esponda de Torres: -Gracias señor Presidente, honorable asamblea: un compañero diputado que me precedió en el uso de la palabra, argumentó apoyándose en un analista del exterior, una serie de juicios y de criterios en torno al sistema político mexicano.

Es válido que analistas estudiosos, teóricos de la ciencia política se ocupen de México como lo harán de cualquier otro país y están en plena libertad de pronunciar los juicios que le merezcan los sistemas que ellos estudian; pero lo que es inaceptable desde mi punto de vista, es que demos por válidos los juicios y los criterios de analistas extranjeros, particularmente cuando estos vulneran y lesionan nuestros principios fundamentales, adicionalmente vale la pena recordar que no estamos -me parece a mí -en presencia de un debate teórico o académico, con todo respeto para la asamblea, me parece que estamos en presencia de un debate del más alto nivel político toda vez que estamos constituidos como constituyente permanente, toda vez que lo que nos ocupa es el examen de tres iniciativas constitucionales, de reformas que determinarán la validez de muchos de nuestros principios jurídicos que animan, que le dan sustento a nuestro sistema político pluripartidista.

Escuché al igual que todos lo hicimos, con atención de la intervención del ciudadano diputado Gazcón Mercado. Creo que la ocasión es propicia para señalar que estamos como él, interesados por la estabilidad del país y que al igual que él anhelamos el realismo en los cambios. La revolución no la hizo el pueblo para preservar el individualismo por encima y a ultranza de las conquistas sociales, no creemos como partido en el poder, que el personalismo, que es una exacerbación del individualismo, sea la forma más válida de hacer política, menos aún cuando la Constitución y la Ley Reglamentaria fomentan la creación de partidos políticos, alientan su acción al considerarlas entidades de interés público coadyuvantes del proceso democrático.

El partido propicia la participación del electorado, de la ciudadanía en la conformación de su régimen político y de su forma de vida, en el partido se hace política y la política es para nosotros el ejercicio social de interlocución y de representación más serio, el más acabado, el más importante como para que sus acciones sean determinadas sólo por el temperamento o la emoción.

Al margen de la razón de la temperancia, de la concertación muchas cosas se pueden hacer pero no política, la política tiene tal fuerza que significa respeto a la sociedad en que se vive y respeto a la dignidad moral de quienes la integran, que es por sobre todas las cosas un imperativo ético, la política requiere ser ejercida abiertamente, sin disimulos, sin tapujos, con franqueza, con orgullo legítimo, con el grupo y sin vanidades personales, requiere ser ejercida como una de las actividades más nobles y de la más alta estirpe.

La fuerza de la política que proponemos la reforma constitucional que presenta el Ejecutivo Federal, es la que impone a traer fuerzas ajenas y no intenta subordinarlas, es la que propone sumar intereses buscando denominadores comunes, de cantar lo que nos une como mexicanos y procurar acercar lo que nos aleja o nos divide, desechar el descontar fuerzas por excluisivismo, por encerrarnos en lo propio, por pensar que siempre se tiene la razón, porque la razón que actúa requiere una buena dosis de duda y es la composición de las fuerzas políticas lo que le da sentido a la política.

El respetable diputado Gazcón Mercado, sabe que la fuerza de la política exige ver la acción política como misión, como empresa en el verdadero sentido de la palabra, porque la razón que actúa, requiere una buena dosis de duda, y es la composición de las fuerzas políticas lo que le da sentido a la política, el respetable diputado Gazcón Mercado, sabe que la fuerza de la política, exige ver la acción política como misión, como empresa en el verdadero sentido de la palabra, que es más, mucho más que una operación o un negocio electoral, que es una tarea conjunta de construir un destino satisfactorio para todos, a él y lo ha dicho aquí, le interesa la nación, a nosotros y lo decimos aquí a nuestro partido al mayoritario, no sólo le interesa, sino que está comprometido con ella. Construye para ella un futuro cierto, erradica en la medida de lo posible, las incertidumbres de tiempos, particularmente confusos, preñados de violencia abierta o encubierta, de agresiones políticas y económicas de agentes externos que se apoyan en fuerzas antinacionales internas, creemos firmemente en la fuerza de la política, que obliga a tener valor para contraer compromisos y valor para cumplirlos, con toda honestidad, debemos reconocer, que es más fácil ser dogmático que se negociador, más fácil ser intolerante que tolerante, es más fácil dividir que juntar y armonizar, que el compromiso no nos asuste compañeros de la oposición, la política está hecha de muchos compromisos, porque es una actividad que se da entre hombres libres y en la naturaleza humana, está el "siempre" pensar de manera distinta.

La fuerza de la política, aconseja respetar el derecho de resistencia, ante el acto injusto, pero también aconseja a oponerse, a la agresión al orden jurídico, la fuerza de la política, exige limitarse o autolimitarse ante el derecho para algún día poder alcanzar la justicia.

La fuerza de la política, significa correr el riesgo de la legalidad, sabedores de que por ser el peor camino, para quienes piensan en forma opuesta a nosotros, es el mejor camino para quienes piensan como nosotros.

Para avanzar con la fuerza de la política, se necesita a veces la violencia para con las cosas, pero no puede emplearse nunca jamás, la violencia para con los hombres, si sólo con la política se puede cambiar, se puede transformar, se pueden hacer y deshacer, confiemos entonces en la fuerza de la política. Compañeros de la oposición, sumarse a los dictámenes presentados a consideración de ustedes, por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, es apostar a México, porque creer en México y en la fuerza transformadora de su pueblo, que ha depositado su mandato en un gobierno revolucionario, si logramos que triunfe la fuerza de la política sobre la política de la fuerza, habremos conseguido una gran victoria para esta Cámara y para México.

En realidad compañeros, seamos sinceros, la fuerza de un congreso, la fuerza de una Cámara de Diputados, en la sociedad moderna, depende no tanto de su número, ni siquiera de la procedencia partidista, sino de la calidad de sus miembros, calidad moral, honestidad intelectual para analizar y discutir con sensatez, con profundidad y sobre todo con un sentido de compromiso, los problemas nacionales. Calidad de debate, es lo que en última instancia, estamos obligados a ofrecer a la ciudadanía, contrariamente a los improperios, a las injurias, a las expresiones y amargura acumulada, a la impotencia, debemos insistir en utilizar la razón, la razón deberá ser nuestro sustento, la palabra nuestro instrumento, aunque hay que reconocer que hay momentos en que la palabra es acto y por tanto no se debe con la palabra ni provocar, ni inhibirse de usarla por temor, por que en ella reside buena dosis de la fuerza política transformadora, modificar una sociedad, su estructura, su organización es siempre un complicado proceso, más complicado cuando se intenta hacerlo en el marco de la legalidad, de la institucionalidad y del más amplio respeto a las corrientes ideológicas que se expresan a través de los partidos políticos, por minoritarios que éstos sean, la sociedad mexicana, la sociedad contemporánea, ahora más que nunca

requiere de mayor consolidación de los partidos políticos, de mayor militancia ciudadana, de mayor capacidad de convocatoria, requiere que se perfeccione nuestro sistema de participación, cuando a cada representación partidista, corresponde un buen número, de voluntades ciudadanas estamos en presencia de un verdadero partido, y no a la inversa.

El Gobierno de la República, el gobierno revolucionario, este gobierno de las mayorías nacionales, está empeñado en lograr una mayor y mejor vida política, confiando plena y absolutamente en el poder de la política y en la fuerza del derecho, para lograrlo, es necesario continuar vigorosamente con la reforma política, mejorando la democracia que nos hemos dado los mexicanos, porque no han sido extranjeros, compañero diputado Gascón Mercado, no han sido extranjeros, sino mexicanos, los que nos hemos dado este sistema político y sólo habremos de ser los mexicanos los que lo transformemos. (Aplausos.)

Insistimos en que esta iniciativa nos permitirá continuar al proceso de reforma política, porque desde su campaña, el presidente Miguel de la Madrid, se comprometió al cambio, en los términos que resultasen de una amplia consulta popular que se llevó a cabo; el pueblo de México, ha estado pendiente de estas reformas, ha estado pendiente del proceso de la reforma electoral, por diferentes medios, los medios masivos de comunicación, hoy amplían la capacidad de consulta a las bases populares.

El ideal de nuestra sociedad, es el consenso, y no la imposición aún cuando proviniese de una mayoría legitimada, el pueblo reconoce que mayoría y minoría forman parte de un mismo conjunto social, al paso de los años hemos compulsado sistemática ininterrumpidamente que la mayoría y algunas minorías nacionalista, se nutren, refuerzan y retroalimentan de la doctrina de la revolución, el modelo de mayoría relativa, el modelo de representación proporcional, ambos son modelos teóricos válidos para resolver la cuestión de la legitimidad de la representación popular. Sin embargo, el que más se acerca a nuestra cultura y prácticas políticas, es aquel que hace posible una vinculación directa, casi diríamos de un derecho de pertenencia entre el elector y su representante, el diputado de mayoría relativa, seguirá siendo para el pueblo, para el elector, no solo el legislador, sino sigue siendo visto como el gestor, como el conducto válido entre gobernante y gobernado, sin embargo, al combinarse la mayoría con la representación proporcional, en los términos que propone la reforma a los artículos 52, 53 párrafo segundo, 54 primer párrafo y fracciones II, III y IV, 56, 60 y 77 fracción IV de la Constitución, da lugar al Gobierno legítimo de la mayoría con la participación correlativa en la lucha política de las minorías; somos fieles tanto al diputado de mayoría, como al de representación proporcional, por su significado pluripartidista, que se legitima por las instancias calificadoras que el propio Poder Legislativo ha instaurado.

No creo, no pienso, que haya alguien en esta Cámara que se atreva a exponer a la sociedad mexicana, para que perezca por divergencias irreconciliables, somos una sociedad ideológicamente plural, la sociedad, su subsistencia, su firmeza y su independencia, está situada por encima de extremos exacerbados y debe mantenerse indemne ante éstos, precisamente para asegurar la convivencia pacífica de todos los modos de pensar, por eso defendemos compañeros diputados el pluralismo como forma de expresión política de un pueblo heterogéneo, pluriclasista y pluricultural, la historia de los pueblos que han transitado por procesos revolucionarios como el nuestro, demuestra que para que algunos vicios sean en verdad definitivamente desterrados, y para evitar que sus avances sean amenazados por el retroceso es menester romper con inercia, con inercias que lastiman nuestro ser nacional. Por eso la confianza ingenua es para los revolucionarios enfermedad funesta y la desconfianza indiscriminada, la duda o la reserva totales, son igualmente síndrome derrotista, esa actitud es contraria al espíritu de lucha, a la búsqueda de las transformaciones que son benéficas a toda sociedad, en vez de confusión o derrotismo debiéramos estar alertas para romper con neocasicazgos del exterior, eso a los que el maestro Reyes Heroles, define como la simbiosis que se da, entre el poder político y el poder económico, aquel en el que ambos poderes se apoyan y alientan mutuamente, aquel que acrecienta el poder económico mediante la neutralización del poder político, o lo que es peor, la subordinación del poder político, a los propósitos económicos, puramente económicos y muy personal de quienes acapara la riqueza personal material, es la riqueza detrás del poder político, lo que pretende poner a su servicio al poder político, es el intento por construir oligarquías económicas vitalicias con influencia decisivas sobre el poder político, son conjuntos de poderes económicamente fuertes que operan o que pretenden operar tras las bambalinas del poder político, y ante las asechanzas del neocasicazgo transnacional, los mexicanos debiéramos reflexionar juntos y sobre todo luchar juntos con un frente común, para evitar que los avances revolucionarios den marcha atrás, o simplemente no puedan prosperar, porque hay luchas válidas para la nación que rebasan con mucho el ámbito partidista.

Estas reformas constitucionales, que nos propone el Ejecutivo Federal, afianzan y buscan el perfeccionamiento de nuestra democracia, que nos conduce inexorablemente a valorar los aciertos del proceso vivido hasta el presente y nos obligan a meditar acerca de las perspectivas viables que permitan consolidar el proceso con una mayor y una mejor participación de todos, no basta en política la fuerza de las ideas compañeros, ni el carisma personal de algún diputado, es preciso, que las ideas políticas permeen en el ánimo y en la voluntad de la ciudadanía, que no sólo las acepte sino que las haga suyas y que a partir de ellas, luche activamente por los principios que ellas proponen. Es por lo tanto indispensable que se de el momento, que se creen las circunstancias para que una vez aceptada la idea por la mayoría, una vez que cree el consenso necesario constituya la plataforma ideológica y de ahí el programa de acción del partido.

Nuestras ideas, las revolucionarias, las que están plasmadas en la Constitución, las que están plasmadas en el programa de acción de nuestro partido, las que fueron producto de nuestra búsqueda nacional en nuestras tres grandes epopeyas de insurgencia, han venido fortaleciéndose y modernizándose al paso del tiempo, las ideas y el quehacer político moderno, han sido producto del contacto ininterrumpido entre un partido de masas, de fuerzas reales con el pueblo, y ha sido justamente nuestro partido, el vehículo en lo orgánico que ha vinculado a pueblo y gobierno, por eso negamos, por eso rechazamos, y ahora desechamos lo que afirma la propuesta que han formulado a esta soberanía cinco partidos políticos que pretenden, en cierta medida también vulnerar la realidad.

¡Cómo podríamos, compañeros diputados, legítimamente aceptar y luchar por una iniciativa en cuyo texto se afirma que es indispensable transformar las bases reales de sustentación del poder?

¡Cuáles son las bases reales de sustentación del poder? La soberanía popular, la Constitución lo define, y la soberanía popular, es el depósito que hace el pueblo de sus facultades, de su voluntad política, es la soberanía que deposita en sus representantes directos por la vía del sufragio universal y secreto, su poder para que se erija en república representativa y democrática.

¡Cómo podríamos suplantar esta base real de sustentación del poder popular, que constituye el principio fundamental? (Voces.)

Continúa la oradora: yo sé que aunque se deliberan otras cosas, se que me están escuchando, y por eso no había solicitado a la Presidencia. (Bravo) (Aplausos.) Yo he dicho, he insistido, que una iniciativa que propone transformar las bases reales, de sustentación del poder político, es una iniciativa indefendible, por eso la desechamos la mayoría, ¡cómo podríamos suplantar la base real de sustentación del poder popular? ¿qué es la soberanía popular, qué constituye el principio fundamental y qué es la piedra angular sobre la cual se construye nuestro sistema democrático?

Cómo podríamos transformar esa, la única base legítima del poder real -pienso con muy buena fe- que quizá los partidos suscriptores, pensaron en otra cosa que no quisieron decir eso, pienso que quizá significaron que hay que transformar los poderes que existen, pero estamos convencidos de que existen esos intereses y poderes ha que se han referido otros diputados, pero también sabemos y aprovechando las contradicciones que se dan entre poderes e intereses económicos y sociales, y manteniendo la fuerza y la unidad en el poder revolucionario, podemos dar pasos firmes para la construcción de una nueva sociedad más justa desde el punto de vista social y económico y más democrática desde el punto de vista político. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Germán Tena Orozco, por el Partido de Acción Nacional.

El C. Germán Tena Orozco: -Con su permiso señor presidente; honorable asamblea: aún persisten en el ánimo de todos nosotros y resuena en el ámbito de esta Cámara, los conceptos vertidos por los señores secretarios del Mazo, Bartlett, Petriccioli y Salinas de Gortari, todos ellos de alguna manera, enmarcaron el sentido de sus intervenciones en la palabra "crisis", y cada uno de ellos en el ámbito de su competencia, esbozaron las medidas para temperar las situaciones que su manifestación provoca y propusieron medidas para solucionarlas, pero señores diputados, la crisis que sacude al país, no solo es coyuntural y de crecimiento según manifestaron, es un transe histórico producto del agotamiento del modelo de organización social, económica y política que por no haberse atinado a imprimirle adaptaciones paulatinas y audaces en sexenios pasados, ha quedado en situación de extrema vulnerabilidad, frente a los rápidos y profundos cambios que están ocurriendo

. La crisis, ha despertado la conciencia nacional, la sociedad demanda cambios, actualización de modelos y sistemas, en esta Cámara convivimos diversas ideologías y pensamientos económico políticos y uno de los aspectos que a propósitos de las comparecencias que más se destacó fue la confrontación de diversas propuestas de soluciones

sobre los grandes problemas del país. También se evidenció que en la medida que el debate se enriquece con el concurso de más voces y opiniones, los espacios para la participación efectiva de la sociedad, en la toma de decisiones, se cierran y se bloquean, los encontramos pues señores, frente a dos posiciones que la crisis ha desatado, dos energías contrarias: el empuje de la modernización por necesidad, por instinto de sobrevivencia, por exigencia total y la proporción del autoritarismo que despliega un aparato cuestionado y amenazado por la crisis misma, consecuentemente el futuro de la Nación mexicana, está contenido a estas dos alternativas; modernización o autoritarismo.

A juzgar por el sentido de las comparecencias a las que aludí en un principio, se aprecia que la fuerza modernizadora ha encontrado menos resistencia en el ámbito económico y avanza por ese camino, no así en el terreno político, donde el autoritarismo pareciera haber constituido un valuarte. Indicio claro de esto lo constituye la iniciativa de reformas a los artículos 52, 53, 54, 56, 60 y 77 de la Constitución, que el Ejecutivo ha enviado a esta representación y cuyo dictamen estamos discutiendo, que a mi juicio y al de mi partido, responde a las exigencias de un modelo político cerrado y endurecido, o no es manifestación clara de autoritarismo el privilegiar el aspecto del mando, del dominio y menospreciar el consenso, no lo es concentrar el poder político en un hombre o en un solo grupo, así mismo el restar valor a las instituciones representativas, reducir a la oposición a su mínima expresión, anular prácticamente la autonomía de los subsistemas políticos, eliminar sustancialmente el contenido de los procedimientos y de las instituciones destinadas a trasmitir la autoridad política de la base hasta lo alto.

La iniciativa, señores diputados, tiende a asegurar una vez más la prevalecencia en ambas cámaras del partido oficial, forma vergonzante del partido único... (aplausos) los regímenes totalitarios cuando menos, tienen el valor de decir no vamos a tolerar ninguna forma de oposición, aquí se hace nuestra voluntad, y no admitimos que nadie discuta nuestras decisiones, no toleramos un régimen de partido, aquí no habrá más partido, el partido del Estado, el partido único, en cambio -y desauspician esta forma de partido oficial- agregan a los defectos del partido único el hacer de esta agrupación -que es en el fondo una dependencia del Gobierno sostenida con los dineros del pueblo- un instrumento del Gobierno, un instrumento de simulación que utilizan para hacer una competencia desleal, destructora de los principios democráticos valiéndose de métodos más sutiles, pero al fin y al cabo eficaces para doblegar el espíritu ciudadano, para abatirlo, para tratar de destruirlo, y es esto cobijándose con el manto de la democracia, poniéndose el disfraz y simulando que se acepta la lucha de partidos, que se acepta someterse a las decisiones del pueblo, cuando en realidad lo único que se hace es simular y mentir.

Esta iniciativa señores diputados, tiende a mantener a la oposición política invalidada al pluralismo reducido a un simulacro sin incidencia real, a la autonomía de los demás grupos políticamente relevantes, tolerada mientras no perturbe la oposición de poder de la élite gobernante, grave responsabilidad del gobierno. Señores diputados, es increíble que quienes se dicen herederos de la Revolución que se hizo bajo el signo de "Sufragio Efectivo", que significa autenticidad de la representación política a más de 75 años de ese movimiento, no se atrevan todavía a llevar a cabo elecciones verdaderas con un mínimo de garantías de autenticidad e imparcialidad.

Es increíble que en la iniciativa de referencia, ni por asomo se vea la voluntad de construir estructuras que representen las verdaderas garantías de las libertades políticas, increíble que no se decidan a inaugurar en México, el auténtico funcionamiento de las instituciones democráticas. Grave responsabilidad, sí, del Gobierno, porque hasta la fecha, no ha sabido, más bien dicho, no ha querido establecer las condiciones legales y prácticas que garanticen la consulta sincera de la voluntad del pueblo, no sólo en cuanto a las designaciones de gobernantes, sino también respecto a las soluciones que deben darse a los problemas nacionales.

No ha establecido, tampoco, ni quiere hacerlo, los instrumentos idóneos que puedan garantizar la autenticidad de los partidos políticos que le permita fortalecerse, fortalecimiento que generalmente viene como consecuencia del respeto a las historias logradas en los comicios electorales. Cuando no se respeta el voto público, los partidos tienen que realizar esfuerzos sobrehumanos, para poder obtener victorias que superen a los fraudes electorales.

Ciertamente que los alcances de las reformas propuestas, de ninguna manera propicien una inmediata resolución a la exigencia del establecimiento urgente ya en México, y un régimen de partidos políticos, que permitan que estos cumplan con sus funciones, conforme a su naturaleza misma, estas funciones de presentación, de los diversos puntos de vista, de las diversas opiniones, de los diversos valores, que se realizan por los diversos factores en que se divide una sociedad. Que esos valores se hagan valer en una

pacífica competencia por medios racionales, que los partidos políticos se sucedan en el poder, como se sucede en todos los países organizados en forma democrática verdadera, sin llegar jamás al monopolio al carro completo, sino consultando y respetando siempre decisiones de la voluntad del pueblo.

Qué lejos está de propiciar asimismo, la construcción de un sistema político plural fundado en partidos políticos aptos para organizar un estado democrático moderno, por las tímidas, calculadas e inútiles reformas propuestas a esta Cámara para el propósito que el dictamen se señala, podemos concluir que nos encontramos ante un caso típico de modernización parcial.

Pregonan que el desarrollo de nuestra sociedad ha de ser integral, pero para que esto se de, debe ser político en su base, económico y social en su realidad, ¿y qué realidad enfrentamos a la luz de esta discusión? Ciertamente, a todos los mexicanos se nos reconoce legal y formalmente la calidad de ciudadanos, están prohibidos constitucionalmente los privilegios y los fueros, la igualdad es un principio que rige en todo el edificio jurídico del país, se nos otorga el derecho al voto y a ser votados a todos los mayores de 18 años sin distinción de clases, sexo o profesión; empero en algunas leyes secundarias se han introducido fueros y privilegios a sectores políticos y el apoyo obligado del Estado al llamado sector social.

La participación política se le reconoce a todos, pero esta es muy baja. El abstencionismo en los procesos electorales sigue siendo la nota dominante, el sistema es cada vez menos representativo, con estas modificaciones el sistema electoral se mantendrá abiertamente discriminatorio, los recursos públicos y el aparato administrativo federal, estatal y municipal, seguirán estando al servicio del partido oficial y, la autoridad electoral seguirá siendo juez y parte en los procesos electorales.

El fraude electoral seguirá siendo práctica merecedora de apapachos y ascensos, se mantendrá el monopolio político de un sólo partido que se ha quedado a lo largo de más de medio siglo, la existencia de una clase política privilegiada, especie de aristocracia partidista que hereda descendientes y familiares, posiciones de influencia, de poder, los razgos de esta realeza revolucionaria son cada vez más acusados, el árbol genealógico es hoy y seguirá siendo garantía de ascenso político.

Se dará con más intensidad la marginación política en nuestro medio; aquellos que nacieron fuera del circulo del poder y disidentes de las prácticas políticas y las valoraciones ideológicas de esta especie de nueva realeza, serán automáticamente hostilizados y castigados, se seguirá concediendo espacios proporcionales, adjudicados mañosamente a la oposición como gracia especial muestra de magnanimidad y está, presionada, acelera en sus demandas seguirá condenada de por vida a condiciones de marginalidad en la toma de decisiones. Sin duda alguna, los servicios del sistema político han madurado; no somos una república bananera, ni tenemos gobierno de opereta, las instituciones políticas mexicanas tienen arraigo, madurez y solidez histórica; empero, la práctica política les ha impedido florecer plenamente, en este caso se encuentran las instituciones republicanas, no hay equilibrio de poderes; el federalismo es una ficción, el municipio libre a pesar de lo que se diga sigue siendo presa de múltiples controles y asfixias económicas.

El sistema por su diseño, a podido controlar pensiones sociales y canalizar positivamente las demandas de la sociedad; pero lo hace dentro de una nación corporativa y feudal, el modelo ha funcionado hasta ahora, pero hoy, es evidente que cumple cada vez con menor eficiencia su función y ante la impotencia de hacerlo, recurre a la total insensibilidad, a la sordera y a la ficción política. A las organizaciones intermedias independientes, no enganchadas a las pirámides corporativas y representaciones feudales se les niega voz y voto, se les tolera como favor y hasta se reprime a las mas conscientes; todo esto señores diputados, no es más que una exposición de algunos rasgos del actual subdesarrollo político del país y que persistirán a pesar de que se aprueben las reformas a la Constitución mencionada.

No estamos en condiciones primitivas, pero tampoco somos una sociedad moderna en lo político, es más, algunos sostenemos que en los últimos tiempos hemos dado pasos atrás en materia de política, y que los aires que hoy imperan en este terreno, son de franca y evidente regresión, opera y seguirá operando en nuestro país un sistema político democrático en lo formal, pero autoritario en lo funcional y con grandes tendencias totalitarias en lo ideológico, se percibe en el horizonte estas tendencias, se seguirán imponiendo sobre las necesidades y retos del país, lo que augura la iniciación de un triste camino de regreso y degradación hacia estados de subdesarrollo.

Conscientes estamos que la iniciativa de reformas a la Constitución se aprobará por la mayoría de la sinrazón y que la iniciativa presentada por varios partidos, a pesar de diferencias, ciertamente buscando

el bien de la patria, será desechada por esta misma mayoría inconsciente.

Por nuestra parte señores diputados, superando estas situaciones seguiremos luchando, aunque sea en esas condiciones desfavorables, desiguales contra la opresión, tratando de constituir fuerzas políticas que lleguen a instaurar en México las Instituciones democráticas; no tenemos el deber de triunfar y menos en cada una de las campañas en que participemos, pero si tenemos la obligación ineludible de luchar por los principios y por los valores en que se cimienta la cultura y la civilización de nuestro pueblo.

El Partido Acción Nacional desde sus orígenes mismos, ha tratado en la medida de sus esfuerzos siempre disparejos con los resultados magros, de reafirmar las esencias nacionales de la cultura mexicana; proclamando la necesidad de una organización socioeconómica y jurídico- política digna de tales notas, que basada en la unidad específica del México íntegro, se ha generado por el pueblo mismo para el bien de todos.

Sin esta fe en que los mexicanos mismos somos capaces de abstener el destino que por el dedo de Dios escribió para nuestra patria, los esfuerzos del Partido Acción Nacional habían dejado de contribuir a la edificación del México contemporáneo. Armado de esta fe, a la cabeza del pueblo, este partido espera ser factor primordial del cumplimiento cabal de este destino nacional para seguir dando testimonio de un amor engendrado a las mejores esencias y a las más puras causas del México de siempre. Seguiremos siendo instrumento de redención nacional, permaneciendo fieles a la riqueza doctrinaria heredada de nuestros fundadores, observantes de la prioridad del valor de la patria anterior y superior a todo interés de facción, perseverantes en el enriquecimiento de nuestra cultura mexicana, el preeminente interés por el bien de la nación se iluminará y cobrará bríos con el bien entendido y sano patriotismo y a todos abracen la sonrisa paterna del esfuerzo compartido y que sabe sacar bien común hasta de los problemas sociales irresolutos, procurando solucionarlos.

El amor de México se demuestra en la edificación perenne de unidad, independencia y pureza nacionales, con hechos más que con palabras vacías o cobijados bajo emblemas tricolores, facciosos y por lo mismo, viciados. Muchas gracias señores diputados (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Elíseo Rangel Gaspar por el Partido Revolucionario Institucional.

El C. Elíseo Rangel Gaspar: -Ciudadano presidente; compañeras y compañeros diputados: ir por los caminos de México levantando sus ideales, interpretando sus aspiraciones, resolviendo sus problemas, alzando las banderas del pueblo; estos son ciertamente los objetivos de los partidos políticos de cualesquiera aspecto electoral.

En esta virtud, sabiéndolo, entendiendo que el partido político tiene una función esencial para el perfeccionamiento de la democracia, es que estamos aquí en esta asamblea esta noche, analizando las condiciones a través de las cuales los partidos en el futuro, habrán de transitar los caminos de la democracia de México.

Y este es el tema, bienvenida una oposición política que construya, que eduque y que enaltezca la democracia nacional, justamente esta es la preocupación fundamental de la iniciativa que ahora estudiamos: establecer los marcos adecuados para que toda oposición se exprese, para que toda disidencia se manifieste, para que todo partido político ensanche los canales de participación democrática y de ello se beneficie la sociedad de nuestro tiempo, el México de nuestros días.

La iniciativa que analizamos recoge aspiraciones populares indudables; quiere la nación y el pueblo que haya una oposición firme, programática, con certidumbre, con rumbo ideológico, que retrate con fidelidad el sentido de un pueblo pluriclasista, pluripartidista, pluricultural, en ese sentido, estoy seguro que de las palabras expresadas por el anterior orador de Acción Nacional, hay un consentimiento básico en el sentido de que la aspiración de la ampliación del régimen democrático interno es un objetivo histórico de la nación, al que el dictamen que se somete a la consideración da respuesta. Nosotros creemos que con las reformas ampliamos los canales de participación, que hacemos más auténtica la representación nacional, ajustamos el espejo de esta representación a su imagen, a la sociedad, a la colectividad. En esta virtud, debe tener confianza el orador que me antecedió en el uso de la palabra, que esta democracia que nos esforzamos en perfeccionar se ajusta cada vez más a las aspiraciones de todos, en particular a los luchadores sociales que se esfuerzan por contribuir al perfeccionamiento de la vida democrática nacional.

En esta circunstancia, concluyo expresando que el dictamen recoge una genuina aspiración nacional y da respuesta puntual a su hora, no revuelve las aspiraciones totales de todos los grupos; no sería posible hacerlo, pero sí está en la perspectiva ideológica del pueblo mexicano que aspira por el

perfeccionamiento de las decisiones políticas de la nación, Estoy seguro pues, en consecuencia, del voto mayoritario aprobatorio de la iniciativa y que con esto estaremos dando pasos renovados en favor del desarrollo democrático de la nación. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Pablo Pascual Moncayo del Partido Socialista Unificado de México.

El C. Pablo José Pascual Moncayo: -Señor presidente; compañeros diputados: al anterior compañero le agradecemos la brevedad. Creo que en el curso del debate se ha logrado establecer un mecanismo que favorece este y es el que los argumentos vencen a los gestos y a la palabrería; calificar no el proceso del debate, sino el significado de él, desde nuestro punto de vista es importante

. Sin lugar a dudas, en el proyecto presentado por el Ejecutivo y que dictaminó favorablemente la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, se recogieron algunos aspectos positivos que se presentaron en el curso de las consultas y las discusiones, hay un reconocimiento limitado, pero que hay que subrayar de una mayor representación proporcional; no se recogió las propuestas de diferentes organizaciones, partidos políticos y personalidades que hablaron de la necesidad de ampliar la representación proporcional. Sin embargo, esto significó un avance pequeño, pero un avance que hay.

El establecimiento de un tribunal significa también un avance, pero la parte medular de la propuesta del Ejecutivo a las reformas constitucionales se mantiene en lo fundamental, el carácter viciado del proceso electoral se mantiene y aún se retrocede en términos estrictos en el significado del control que tiene el gobierno del proceso electoral en su preparación, desarrollo y vigilancia; es lo que han referido diversos compañeros en torno a esta adjudicación que se da el Gobierno Federal, como elemento que prepara, desarrolla y vigila el proceso electoral, porque no es una discusión escolástica, no es una discusión doctrinal, es una discusión sin lugar a dudas política, la que tiene que ver con el reduccionismo que se contempla en el proyecto que aprobó la Comisión de Gobernación, de que sea el Gobierno Federal y no el Estado el que vigile, desarrolle y prepare los procesos electorales; porque sin lugar a dudas, si hay en la propia Constitución una equivalencia entre Gobierno y Estado. El Estado es una concepción mucho más amplia y el Gobierno, el Gobierno Federal en particular, como una concepción más reducida de una participación que debería ser mucho más amplia en los procesos electorales.

Esta parte central, esta parte medular, nodal del vicio de origen de las elecciones en nuestro país es lo que se mantiene en el fondo, en la sustancia, en el proyecto del ejecutivo aprobado por la comisión que nos presente hoy un dictamen favorable. Si subrayamos los avances, tenemos que poner el énfasis en esto que impide el desarrollo del proceso democrático en lo que se refiere al proceso electoral.

Mucho hemos hablado de democracia, mucho se ha hecho referencia a este concepto y hemos dicho, hemos reiterado en ocasiones y muchos compañeros lo han hecho, que la democracia debe ser no sólo una aspiración, sino una práctica cotidiana, que la democracia debe ser un ejercicio diario, que no se refleje simplemente en el respeto a la voluntad de los electores en el momento de las elecciones el respeto al sufragio, sino que sea una manifestación y una expresión de una sociedad que ha llegado a la democracia y que esto a penetrado todos los poros de la sociedad y se expresa en toda y cada una de las expresiones sociales, que la democracia tiene que ver con los procesos electorales, pero tiene que ver también con los sindicatos, tiene que ver con las escuelas, tiene que ver con las universidades, tiene que ver con el campo, tiene que ver con los ejidos, tiene que ver con el comportamiento -inclusive en los hogares-, tiene que ver con una estructura de valores, tiene que ver con una cultura y esto precisamente, es lo que ha sido vulnerado en este país; en este país, en nuestro país se ha envilecido el concepto de la democracia como se han envilecido muchos otros conceptos y muchas otras palabras categorías; se les han llevado a un reduccionismo tal que se han establecido sinónimos que en política son francamente fatales, se ha establecido un sinónimo político entre unanimidad y uniformidad; unanimidad en política como un resultado de un proceso de discusión en el cual se puede llegar a establecer una concepción y visión unánime sobre un fenómeno; uniformidad se ha establecido y trata de establecer como un sinónimo de unanimidad, uniformidad, uniformidad decía, simplemente como la expresión viciada de la obediencia, y eso lo vivimos aquí en esta Cámara compañeros. Aquí la mayoría responde uniformemente, no, responde, perdón, unánimemente no responde, responde uniformemente porque se uniforman como respuesta de una decisión del ejecutivo a pesar de que estén en contra de una serie de los elementos que presenta el ejecutivo, esto ha sido parte del envilecimiento que se presenta en el proceso político.

Democracia no solamente el que el gobierno en turno -que yo creo sin lugar a dudas- es un gobierno legítimamente llegado al poder, resultado de las elecciones pero que no representa la

voluntad popular; porque las elecciones se han venido deformando en el proceso histórico de México y se han presentado con un acto de ejercicio sexenal o cada tres años y no como un ejercicio democrático en el cual, los ciudadanos expresan libremente su decisión y en esa decisión están expresando lo que piensan que debe ser el país, ¿por qué?, porque ha sido vasallada esa voluntad en numerosas ocasiones, ¡por qué?, porque se han envilecido los procesos electorales al dejar de ser confrontaciones programáticas y convertirse en procesos comerciales.

Es un gobierno legítimo, por el voto popular sí es, no es un gobierno que represente la hegemonía ideológica de la fuente que dio el aliento popular a muchos gobiernos en este país, no representa los anhelos del pueblo, no representa la voluntad de una revolución mexicana que transitó durante mucho tiempo por la necesidad de expresar una voluntad y un proyecto de nación que construyera la democracia, que alcanzara la soberanía plena y que lograra la justicia social.

Si nosotros vemos, en los resultados de lo que estamos discutiendo específicamente ahora, de las elecciones, vemos que efectivamente no son, no es estrictamente la ley lo que ahuyenta a los votantes de los procesos electorales, es el ejercicio del poder frente a los electores lo que ahuyenta eso de las elecciones, es el que se violenta la voluntad de los electores lo que ahuyenta a los votantes, yo creo que es absurdo que los partidos aquí representados, podamos aceptar el abstencionismo como un logro; el abstencionismo es una expresión de atraso político, es una expresión de desaliento y es una expresión que debe preocuparnos a todos no exclusivamente al poder y no exclusivamente al Partido Revolucionario Institucional, no exclusivamente al partido en el poder, nos debe preocupar a todos aquellos que queremos construir la democracia y pensamos que parte de la democracia se construye en el ejercicio de las elecciones, yo por cierto -aclaro- creo que muchos de nosotros creemos en la democracia sin adjetivos, en México la lucha por la democracia siempre ha estado adjetivada por la conquista de la justicia social y de la soberanía plena y los que no contemplen el ejercicio de la democracia como es, pues creo que están equivocados en este país, de la misma manera que se nos venga a decir aquí, que el respeto a la pluralidad es el reduccionismo, como lo han dicho algunos compañeros del Partido Revolucionario Institucional, dicen: México es una sociedad plural, es una sociedad compleja, es una sociedad que no ha alcanzado plenamente un ejercicio político que las clases, que los sectores sociales, que los intereses ideológicos se expresen a través de los partidos, no se ha logrado compañeros, pero no se va a lograr reduciendo los partidos, y no se va a lograr por favor, no vamos a dar cursos de historia, pero si quieren algún día un seminario, venimos a decir lo que aquí afirmó el Secretario de Gobernación y el compañero Berlín Valenzuela lo vino a ratificar, de que el fascismo se da porque había muchos partidos, por favor compañeros no, un pequeño curso, aunque sea de Selecciones de Reader's Digest, porque hay que ver cuál era la situación que presentaba Alemania, qué impacto tuvo la crisis en 1929 en el ascenso del fascismo en Alemania; cuál era la situación de Italia en 1924, cómo había salido Italia de la Primera Guerra Mundial, porque entonces ese reduccionismo es lo que nos puede llevar haciendo estos lares, bastante limitados, ha sacar unas conclusiones que si se extrapolan, sí había muchos partidos antes del ascenso fascismo en Italia, si había muchos partidos antes del ascenso de los nazis en Alemania, ergo, hay que reducir los partidos porque puede llegar el fascismo y eso francamente compañeros, es un reduccionismo en todos los niveles, empezando por el neuronal.

Creo que si vamos sumando y armando los argumentos que se nos han presentado, para tratar de hechar para atrás o reducir al absurdo propuestas como el de la proporcionalidad, no se nos puede decir que una proporcionalidad estricta reduzca, atomice, eche por la borda la voluntad popular, cómo compañeros si defienden la pluralidad están en contra de una participación que sea estrictamente proporcional, a qué le temen, si ustedes siguen siendo mayoría y tienen, creen que tienen hegemonía que están dejando de tener -yo creo que ya no tienen- tienen mayoría, no tienen por qué temer a la proporcionalidad, una proporcionalidad estricta si efectivamente ustedes conquistan el voto popular, de ninguna manera tiene por qué deslucir mayorías; el que se conquiste expresiones plurales en un ambiente democrático, que recupere la democracia como una concepción cultura, como una estructura de valores, como una serie de principios, como un comportamiento de mexicanos que creen en su país y luchan por su país, no tenemos por qué temer que existan muchos partidos, compañeros, que tengan coincidencia, porque aquí lo que se teme es, efectivamente, perder esa uniformidad que responde a la obediencia ciega y a un conformismo que eso sí, puede llegar efectivamente a un totalitarismo, porque hemos tenido ejemplos muy recientes compañeros, las comparecencias que vivimos en estas últimas semanas, demostraron más que el peso del argumento era el gesto, que era más el tono de autoridad que el convencer con la razón, que era más el monólogo autocomplacencia que una autocrítica racional desde el poder, de aceptar errores para enmendarlos y poder avanzar y nos encontramos con una autocomplacencia en todos los niveles.

Políticamente, el país iba bien, y encontramos que en México se han presentado ya, y existen brotes protofascistas, que hay, ahora si, una derecha plena que tiene un proyecto para llegar al poder, no como un expresión de la pluralidad, sino precisamente, este sector, estos grupos que se han expresado en los últimos meses, como una expresión en contra de la pluralidad, eso esta bien, pueden coexistir, si, en el ámbito de un respeto pleno a las diferentes corrientes, pero que se garantice el ejercicio de la democracia.

Se nos dijo, hemos hablado mucho de los temas económicos, pero francamente, la autocomplacencia en las bondades del proyecto económico del actual régimen, ese si, pasó a la historia por eso, por monólogo autocomplaciente, que eso es lo que nos puede llevar al autoritarismo, que no va a ser fascismo, porque no va a ver masas con ellos, sino simplemente ejercicio del poder, desde el poder. Hablar de democracia, pues, significa una concertación que hemos dicho también que no hay que agotar el término y la palabra, para que se quede una expresión más, si efectivamente pensáramos, que podía haber concertación, suma de voluntades, aceptar perfeccionar proyectos del ejecutivo en nuestro caso, se podían haber presentado cambios, y yo estoy seguro, que, compañeros del Partido Revolucionario Institucional, lo hubieran aceptado, pero como lo que les piden es esta uniformidad, que responde, no a la argumentación, sino a un ejercicio ciego de la obediencia y subordinado.

Se ha perdido la posibilidad de que busquemos, esta concertación en el debate, que no quiere decir compañeros, para que quede claro, no quiere decir que las minorías le estamos pidiendo comprensión a las mayorías, para que nos dejen crecer, no compañeros, creceremos por nuestros propios esfuerzos.

El que existan mayorías y minorías, tiene que establecerse con reglas para poder coexistir, pero, no depende de las minorías, no depende de las mayorías el que las minorías existan, de las minorías, si depende que sea la mayoría los otros; y también de nosotros dependerá que se conviertan en minoría.

Pero la situación en la que estamos, para no hablar de términos hipotéticos, sino reales, nos hemos encontrado con una cerrazón, en el ámbito del proceso a discusión.

Una cerrazón en la cual, todo lo que llega del ejecutivo, esta perfectamente bien hecho, no hay capacidad de error, desde allá el ejecutivo, todo se hace perfecto, hasta los errores son tan perfectos que se convierten en avances para nuestro país.

Y esa no es la forma, en la cual nosotros pensamos, se pueda realmente reordenar nuestro país, en un proceso que nos permita aspirar a la plena democracia.

En el ámbito de este debate, del cansancio, resulta de tantos oradores, seguiremos haciendo propuestas, porque no es necedad, sino es obligación, de los grupos que pensamos que con las propuestas, no solamente con la presencia, sino con las propuestas se puede modificar, y no como recomendación, ni mucho menos como súplica, sino porque todavía creemos en que hay posibilidades de avanzar, sino, no estaríamos en ésta Cámara, y utilizando esta tribuna.

Finalmente compañeros, se hicieron algunos reclamos y señalamientos de compañeros del Partido Revolucionario Institucional, en torno a lo que se plantea en las consideraciones generales de la propuesta que presentamos cinco grupos parlamentarios.

Y se decía, y lo digo por que lo repitieron, lo dijeron dos compañeros, que nosotros hablábamos de suplantar, las bases reales de sustentación del poder, si se quiere entender güiñalmente, como lo dijo el Compañero Valenzuela, -Berlín Valenzuela-, que aquí había sido en la base del proceso electoral lineal y francamente que bien le entiende al país, si se quiere entender linealmente, simplistamente esto, se puede decir, en forma tramposa, de que lo que se quiere violentar lo que se quiere suplantar, es la voluntad del grueso de la población de la mayoría, del ejercicio que tiene la soberanía del pueblo, para dar el poder a un grupo que lo representa, no compañeros, para que quede claro, lo que estamos planteando es que queremos cambiar estas reglas del juego, que no favorecen a la expresión libre del pueblo, que no favorecen a la expresión soberana, porque yo insisto, creo que el Partido Revolucionario Institucional, si ha perdido el aliento popular, yo creo que el Partido Revolucionario Institucional, ha perdido la ideología, de la Revolución Mexicana, la perdió hace tiempo, y cada vez, lo confirman ustedes con sus votos ciegos y con sus aplausos acríticos, a los funcionarios que vienen a la Cámara de Diputados, no quiere decir que hayan perdido las elecciones todavía, compañeros, nosotros esperamos que las pierdan próximamente. Gracias.

(Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Joaquín Contreras Cantú, por el Partido Revolucionario Institucional.

El C. diputado Joaquín Contreras Cantú: - Con su venia, señor presidente, compañeras y compañeros diputados. Deseo iniciar mi intervención, destacando las afortunadas coincidencias que reconoce mi amigo el diputado Pascual Moncayo y que se contiene en la iniciativa de reformas constitucionales, que hizo a esta soberanía el Ejecutivo Federal, estas coincidencias que se concretan en reconocer que esta iniciativa es el producto de un esfuerzo de concertación social, concertado en la consulta popular y que el tribunal electoral, que también esta concedido como un órgano de calificación y una instancia electoral, constituyen ciertamente avances en el camino democrático, que nuestro pueblo se ha fijado, indeclinablemente estas coincidencias y las disidencias que también tenemos de su argumentación, sobre todo la última cuando afirma, que nuestro partido, el Partido Revolucionario Institucional, ha perdido la base popular, que no aceptamos, porque el compromiso histórico de nuestro partido, se confirma y ratifica, en cada uno de los avances sociales, económicos y políticos que se consiguen por la concertación de las fuerzas mayoritarias de la nación, son precisamente las aspiraciones, que se tratan de conseguir en la iniciativa presidencial, que se discute y las múltiples intervenciones que los partidos políticos y sus representantes, han tenido en esta tribuna.

La celebro y quiero por otra parte referirme a la iniciativa, aunque sea muy brevemente de decreto de reformas constitucionales, que presentaba su partido y otras cuatro fracciones parlamentarias.

Ciertamente a estas alturas del debate ya han sido expresados aquí, con amplitud los argumentos y las tesis de todos los partidos políticos, que aquí estamos representados, pero creemos que siempre será útil precisar conceptos y posiciones, ante la ya reconocida trascendencia histórica de esta reforma.

Como partido en el poder, el nuestro, el Revolucionario Institucional, reconoce estar obligado a cuidar y defender a nuestra soberanía política y a superar los problemas actuales en la paz social; también reconocemos estar comprometidos a ser mejores y a revisar lo que tenga que revisarse, y modificar lo que se requiere modificar.

Por eso, en este ejercicio de libertad democrática, nosotros afirmamos que del contexto de la iniciativa presentada por estos cinco partidos, a esta soberanía, resulta claro por su contenido, que es un planteamiento en contra de la renovación política electoral, que está llevando a cabo el régimen del presidente De la Madrid.

Desde nuestro punto de vista, este documento no puede considerarse como una real opción política, ya que en el fondo se trata simplemente de un texto político de réplica y hasta contestatario, de la posición gubernamental, sus considerandos, lejos de apoyar y argumentar solidamente, sobre la vial habilidad de la iniciativa, son un conjunto de aseveraciones parciales y juicios críticos, que sólo tienen su explicación en la minoritaria fuerza política de los partidos a los que pertenecen sus firmantes, desde la primera línea del documento, así lo hemos advertido, se demuestra una grave carencia de rigor, dice el texto "la falta de democracia se ha convertido en uno de los mayores problemas del país", esta tesis cae por su propio peso; el libre quehacer parlamentario, que se esta desarrollando precisamente en esta asamblea y en estos tiempos, resulta ser la mejor prueba del régimen plural que se da en la vida política de México.

Afirman también los autores de la iniciativa, que todos ellos, los partidos intervengan en la determinación de las normas electorales y de representación esto significa que desde su parcial óptica, algunos partidos, no intervienen en el proceso electoral, lo cual tenemos que reconocer, es absolutamente falso

. Consigna la iniciativa por otra parte, que la realización de las elecciones por el Gobierno mexicano -y aquí lo volvió a confirmar el compañero Pascual-, es profundamente antidemocrática; sin embargo se guardan sus redactores de decir en cual país del mundo no son los gobiernos legalmente constituidos, los que conducen los procesos electorales, la estratagema, es evidente, como los partidos de oposición, están imposibilitados por su condición minoritaria alcanzar el gobierno, aunque luchan afanosamente por ello, reclaman entonces para ellos, atribuciones o para organismos de interés público, que en su estricta dimensión corresponden a la actividad gubernamental, aún más, afirma también la iniciativa que por ser las organizaciones de los comicios, una organización de interés público, esto corresponde a los ciudadanos y a los partidos, con ese mismo criterio, casi todos los ámbitos del gobierno tendrán que cederse a ciudadanos y partidos.

La posición, de las fracciones parlamentarias que promueven la iniciativa, es en nuestro concepto maniquea y generalizadora de una concepción de la relación del Partido Revolucionario Institucional y el gobierno, desatienden que el Partido Revolucionario Institucional, es el partido mayoritario por mucho del país y que por esas razones está en el poder, no obstante a la hora de hacer críticas, explican ideológicamente esta

relación que se justifica en la práctica democrática.

Si como sostienen, el poder público y el partido gobernante fueran la misma cosa, entones sus pretenciones, carecerían de sentido, sin embargo, porque tal vez esa es equivocada, ellos participan en política, y proponen layes como la iniciativa que precisamente hoy tratamos de discutir.

Como consigna política, dan por sentado que la situación económica por la que atraviesa el país, es igual a la que existe en el ámbito político. La equiparación en concepto nuestro es falsa, porque si bien es cierto que lo económico influye en lo político, la ciudadanía sigue otorgando su confianza y su voto mayoritario al Partido Revolucionario Institucional, como lo afirme en un principio, porque reconoce que sus gobernantes hacen los mejores esfuerzos por soportar la crisis, y porque además, saben que el gobierno de la revolución cuida y seguirá ciudadano, impulsa y seguirá impulsando, a los valores históricos y culturales que conforman nuestra identidad nacional.

Por estas razones, y porque queremos obviar lo que aquí ya se ha discutido, lo que aquí ya se ha expresado, queremos con todo respeto, afirmar por último, que en nuestro concepto y por eso nos pronunciamos en contra de la iniciativa de los partidos que he mencionado, carece ésta del rigor necesario en sus considerandos, por proponer modificaciones que dudosamente traerían mejores situaciones a la práctica democrática, y por evidentes contradicciones y parcialidades en sus propuestas, la iniciativa, pues, de reformas constitucionales, es para el Partido Revolucionario Institucional.

Por último, queremos dejar constancia como lo dije, al principio de mi intervención, que si sumamos los esfuerzos que en un ejercicio democrático y de buena fe, para encontrar coincidencias y señalar disidencias, estamos ciertos que vamos por el camino de una democracia integral, que haga factible la convivencia entre los mexicanos. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Por el Partido Socialista de los Trabajadores, tiene la palabra el diputado Jorge Amador Amador.

El C. diputado Jorge Amador Amador: -Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: es muy difícil lograr, en medio de este fuego cruzado, sacar adelante una posición propia, pero me voy a valer de hechos que plasticamente, son visibles para abrirle camino a esta posición.

Al discutir este conjunto de dictámenes sobre iniciativas para reformar artículos de la Constitución Política de México, la forma en que se ha desarrollado la discusión, está estrechamente ligada con el contenido de la discusión. Los invito a observar esta demostración.

Este debate de un tema tan importante, no ha recibido circunstancias de tiempo y de condiciones a la altura de esa importancia, tengo la impresión y creo que no solamente es impresión, de que la asamblea ha sido bombardeada con asuntos menores, durante muchas horas antes de entrar a la discusión del asunto principal.

Tengo la impresión también, de que el hecho de tomar la decisión de sacar los acuerdos definitivos en lo general y lo particular, ahora en una sesión continua, en lugar de racionalmente realizarlo en varios días, no está suficientemente justificada.

Una reforma a la Constitución, de esta trascendencia no merece que argumentos menores, como la dinámica combinada del trabajo entre el Senado y la Cámara, sustenten este procedimiento.

Pero no sólo eso, prácticamente, hemos escuchado a varios oradores, pero las ideas y las posiciones son reiteradamente las mismas, esta es una discusión bipartidista, y aún aquellos que denuncian el bipartidismo, contribuyen en la forma, y desde luego también en el fondo, a abrirle campo al bipartidismo en nuestro país.

Nosotros el Partido Socialista de los Trabajadores, le imputa a esta iniciativa el sentido de ser propiciadora del bipartidismo, pero en la forma a la hora de discutir, también la discusión es bipartidista, hay de hecho dos proyectos, el proyecto del gobierno, el proyecto del ejecutivo, y el proyecto de la oposición al gobierno. La otra parte, el otro partido, desde que un día caperucita roja y el lobo hicieron un acuerdo de ayuda mutua y de asegurarse también mutuamente el respecto, fuera que ganara caperucita, fuera que ganara el lobo, se crearon las condiciones propicias, para presentar un conjunto de tesis por cinco partidos, independiente de la ideología aparente, de esos cinco partidos, el panismo, ya no fue sólo tendencia ideológica, fue práctica política legislativa.

La forma bipartidista ha impregnado, a esta discusión, es difícil en medio de este fuego cruzado, sentar una posición diferente, pero si observamos la forma, la forma nos puede llevar al contenido.

Compañeras y compañeros, ¿cuáles son los puntos de vista del Partido Socialista de los Trabajadores.

sobre las principales proposiciones que aquí se hacen? Me voy a permitir hacer un breve repaso para luego sacar conclusiones de este análisis.

Sobre el artículo 41, la iniciativa panista, ataca lo que se denomina aquí, afiliación individual forzosa y establece una prohibición, la prohibición a la afiliación de organizaciones sociales y de personas morales.

Nuestro partido rechaza este punto de vista. El Partido Socialista de los Trabajadores, en sus estatutos, establece la posibilidad, tanto de la afinación individual, como de la adhesión de organizaciones sociales y naturales al partido, claro sobre la base de un procedimiento en el que la mayoría de los miembros de la organización social, deciden su incorporación al partido, y desde luego los individuos, que siendo miembros de esa organización, no quieran ser miembros del partido, y no lo serán a título individual pero como minoría, dentro de la organización social, no tienen derecho a impedir, que la organización social sea también organización partidaria.

De entrada nosotros pensamos que esta propuesta, es una propuesta restrictiva, y que no hay derecho de restringir, una libertad de la que gozamos, instituciones de interés público como el Partido Socialista de los Trabajadores, o como el Partido Revolucionario Institucional, o como cualquier otro partido que en un momento dado, llegue a tomar la decisión soberana, de establecer este derecho o esta modalidad, pero no sólo es un principio organizativo, es un principio político de corte estratégico.

Nosotros sostenemos, que hemos sobrevivido como nación, gracias a que nuestro pueblo a desarrollado la capacidad de gobernarse, a través de la integración de un bloque mayoritario de fuerzas y que en el futuro nuestro país México, tendrá capacidad de desarrollarse como Nación soberana, independientemente en la medida en que sepa mantener un gobierno a través de un bloque mayoritario de fuerzas.

La composición del bloque sin duda tendrá que cambiar, la hegemonía dentro del bloque, sin duda tendrá que cambiar, de hecho lo que la situación, plantea los problemas, que la realidad plantea, que la realidad nos presenta, son sin duda esas dos necesidades, la necesidad de transitar a la nueva etapa, que para la vida nacional, ya se nos presenta, con un bloque nacional de fuerzas ampliando, fortaleciendo, depurado y al mismo tiempo con una hegemonía diferente.

Hoy todavía la hegemonía en el bloque de las fuerzas nacionales y populares es de corte burgués, hoy todavía desde el punto de vista ideológico del punto de vista jurídico, desde el punto de vista político y desde el punto de vista social, predomina en el bloque nacional los intereses de la propiedad privada, a pesar de ser un bloque de fuerzas nacionales, por eso es que al mismo tiempo se realiza un gobierno nacionalista, de resistencia, a las agresiones imperialistas y sin embargo, también, se practica una política económica en la que los sacrificios, son bastante desiguales a través de la cual el peso principal de la crisis, recae sobre la clase trabajadora.

Pero el proceso exige -insisto-, una depuración del bloque, el rechazo, la explosión dentro del bloque gobernante de las fuerzas burguesas, de fuerzas que ya no le suman mucho peso, al bloque nacional, y sin embargo sí le exigen demasiados sacrificios al bloque nacional, sin duda fortaleciendo el bloque nacional de fuerzas populares y nacionales, estaremos en condiciones de ir procesando la hegemonía de la clase obrera.

En la medida en que la clase obrera acreciente su experiencia política, avance en su unificación ideológica y desde luego mejore su organización política hoy repartida en varios partidos, pero presionando a través de la organización sindical politizada hacia la integración de un nuevo partido, de un nuevo partido gobernante, de un partido nuevo mayoritario no un partido; por eso compañeras y compañeros, nosotros no compartimos lo que consideramos es un error estratégico de nuestros compañeros de la izquierda, y que en ese sentido es más una posición tipicamente de la derecha que de la izquierda histórica. La revolución socialista, el mejoramiento de las condiciones políticas y sociales de nuestro país, no puede pelearse ni lograr a través de bloques minoritarios y menos aun, de bloque minoritarios con contracciones antagónicas a su interior, ya no digamos de clases, sino inclusive de intereses nacionales y de intereses antinacionales.

Compañeras y compañeros, sobre el artículo 52, no voy a reiterar por qué nosotros sentimos que se da un paso atrás al sentar las bases en las reformas constitucionales, a la eliminación del doble voto, del voto que permite tender puentes entre representaciones políticas minoritarios hoy y fuerzas de la mayoría representadas, hoy a través del partido mayoritario, simplemente reitero, que el hecho de que en la reforma de 1977 se haya introducido la nueva boleta, facilitó la comunicación entre fuerzas del bloque nacional que están llamadas a estrechar sus lazos y que tiene la relación del relevo, de un relevo que no se da de un sexenio a otro, sino de un revelo que

se da en todo un proceso histórico. Por estos y otros argumentos que en otra ocasión hemos planteado, sentimos que la eliminación de la doble boleta es un atraso que nos plantea esta reforma y que se explícita luego en el proyecto de Código Electoral.

Por lo que ve al artículo 54, nosotros pensamos que lo que finalmente expresa es una especie de candado político es un conjunto de disposiciones que aseguran que la mayoría por más relativa que sea, en los resultados electorales siempre obtenga el nivel de mayoría absoluta en cuanto a representación en la Cámara de Diputados. Hemos escuchado aquí la crítica panista de que eso es trampa, de que eso es una forma ilegítima; nuestra crítica también dice que es una forma deleznable pero no por el argumento panista, sino por un argumento totalmente diferente que quisiera explicárselos lo más breve y claramente que sea posible.

Desde nuestro punto de vista, lo grave implicado en el artículo 54, es que a diferencia de la reforma de 1977 no se refleja aquí una actitud de ofensiva política, sino una actitud de defensiva política; en 1977 se estaba consolidando una primavera política que todavía estamos viviendo, pero con este candado se prefigura ya un invierno político; entonces la posición del Estado era la de abrir los cauces a la participación, era la de facilitar y privilegiar la conducta y el desarrollo de los partidos políticos, principalmente para elevar el papel social del pueblo luchando contra el abstencionismo, se facilita la actividad de las organizaciones políticas con la idea de que se incorporan más mexicanos a la actividad política; el Estado estaba luchando por fortalecer su base de sustentación social y sabía que se fortalecía si se legalizaban otras opciones políticas, sabía que se dinamitaría la política y en cierto sentido, mediante cierto efecto de emulación el propio partido oficial se veía estimulado a reactivarse políticamente ante la competencia legalizada de los partidos que durante mucho tiempo estuvieron impedidos de actuar legalmente, para los socialistas, significó un avance de gran calidad, de ser objeto de las persecuciones policíacas y las intrigas policíacas, se convirtieron en protagonistas de la legalidad constitucional de este país, nos convertimos; este es un gobierno que va a la ofensiva en materia política, no le teme al pueblo, sino que busca su incorporación para fortalecer al Estado, al Gobierno y a la Nación.

Hoy, con este planteamiento altamente ofensivo, se pone de manifiesto una opción la de la defensa casi administrativa, casi gubernamental de la posición de mayorías. Cuando nos remitimos a los dispositivos del proyecto de Código Federal Electoral, ahí vemos una demostración amplificada de esta tendencia expresada en esta formulación en la Constitución, y eso es muy grave y eso está ligado también con el artículo 60, cuando se declara categóricamente que es el gobierno el responsable principal del proceso electoral, porque entonces ya no es la ciudadanía la que principalmente dirige el proceso electoral en las casillas, porque entonces ya no será el electorado el que determine que partido existe y que partido no existe legalmente, porque entonces ya no será el conjunto de los partidos quienes deliberan y negocian y deciden muchas cuestiones muy importantes en la Comisión Federal Electoral, se declara como sujeto principal de este importantísimo proceso al gobierno, no al pueblo ni sus expresiones políticas, al gobierno. Y compañeros, eso se llama ir a la defensiva. Y una nación acosada por el imperialismo, por experiencia histórica no logra defenderse, sino tienen una política de ofensiva, un presidente que no ha dejado de ser presidente, anda por todas las cúreles en esta sala tratando de ser escuchado, es el presidente Cárdenas, Lázaro Cárdenas, es la experiencia que se mantiene viva y el Partido Acción Nacional nació para combatir a Cárdenas, y Cárdenas no anda condescendiendo con el Partido Acción Nacional, Cárdenas está exigiendo una política de ofensiva en todos los ámbitos y particularmente en el ámbito de la política; y compañeras y compañeros, sabiendo la hora que es, voy a permitirme resumir la interpretación de mi partido.

La situación económica está circunstanciando la vida nacional, un conjunto de decisiones económicas ni siquiera son decisiones del gobierno, son las circunstancias las que obligan a que el gobierno diga lo que ya la situación económica ha decidido, hasta cierto punto en materia de política económica, el gobierno está reinando y otro conjunto de factores y de intereses está gobernando, cuando aquí algunos compañeros le imputan al Presidente o al Gobierno que es el inmoral que condena a la miseria al pueblo de México nosotros sabemos defender las limitaciones de esta imputación moralista, porque es una forma falsificada de ver las cosas, no es un problema de moral, es un superior, no es el gobierno malo que quiere perjudicar a los trabajadores, es el gobierno políticamente limitado, con un aparato económico debilitado que aunque quiera no puede y que tiene la obligación de querer algo que sí puede, que quiere hacer algo que sí puede hacer; es el gobierno pasionado en un doble sentido, por las circunstancias a defenderse y a conceder, pero también por las circunstancias del pueblo a no conceder y a no defenderse si no a pasar a la ofensiva. Y compañeras

y compañeros, yo les decía que en esta discusión la forma está muy ligada con el contenido, y cuando alguien adopta la posición defensiva, luego aunque de repente quiera ir a la ofensiva, las circunstancias le imponen la defensiva, recuerden el incidente de ayer que ha sido aludido de muchas maneras por distintos compañeros.

El día de ayer, un diputado priísta de Chihuahua hizo una denuncia; trajo aquí un banquillo e invitó a Acción Nacional a sentarse en ese banquillo; presentó algunas pruebas que deberán ser investigadas, presentó muchos argumentos y Acción Nacional vino agarró el banquillo pero se sentó a la mayoría en el banquillo, ¿a través de qué maneras? de muchas, incluido el conato de golpes, y es que compañeros, cuando la política es conceder aunque de repente queremos pegar nos pegan, eso es consecuencia de una política de defensiva, desde mi punto de vista, desde el punto de vista del Partido Socialista de los Trabajadores esta reforma es circunstancial, no va a tener mucha vida, porque es defensiva, porque corresponde a las concesiones económicas y compañeras y compañeros, no puede anotarse en la lista de los avances democráticos del país.

Sí fue avance cuando se les dio el voto a las mujeres primero en las elecciones municipales y después a nivel general, sí fue avance cuando se le reconoció el voto a los jóvenes a los 18 años y después cuando se redujeron las edades para ser diputado o para ser senador, sí fueron avances los de 1977 por un conjunto de razones que ya nos hemos esforzado en mostrar aquí, sí fue avance la reforma municipal del presidente Miguel de la Madrid que facilitó las posibilidades de gobierno de las comunas y de recibir apoyos sustanciales en materia económica para realizar obras e inversiones, eso si está en el proceso del avance, pero una reforma que privilegia al gobierno y que reduce las facultades de la ciudadanía y de los partidos como expresión de la ciudadanía no puede ser anotada en esta larga de avances democráticos.

Y queremos dejar asentado esto aquí, haciendo un esfuerzo de decirles a ustedes que comprendemos cuales son los mecanismos objetivos que llegan a determinar la conducta de las autoridades al proponernos una iniciativa como esta, comprendemos esas causas pero no las justificamos, este país requiere a estos problemas otra respuesta, por eso hemos planteado ampliar los causes de participación dándole el voto a los jóvenes cuando cumplen 16 años, por eso hemos planteado abrir el Senado de una manera perfectamente congruente con la lógica jurídica e histórica de nuestro país, antes todavía en los documentos básicos de nuestro partido, planteábamos la representación proporcional para el Senado pero contra este argumento, legítimamente desde el gobierno se nos contestaba que el Senado es un órgano donde se representan las partes de la federación o de la república, y entonces generamos una respuesta diferente, pues muy bien, esta federación, esta república no solamente tiene partes territoriales, también tiene partes políticas y los partidos políticos definidos en el artículo 41 constitucional como instituciones de interés público, son partes constitutivas, indispensables para la vida de la República Mexicana pues entonces, que se les de una representación a cada partido político nacional que alcance el mínimo del 1.5% y no conservemos a un órgano como representante de un sólo partido o cuando mucho de dos, insisto hasta en este aspecto, si la tendencia es la misma el bipartidismo tiende a imponerse.

Por lo tanto compañeras y compañeros, el voto de nuestro partido en lo general, será en contra del dictamen que aprueba la iniciativa del ejecutivo, y pensamos que lo que aquí se dice, queda como razón en la memoria y en el recuerdo de este importantísimo órgano que forma parte del patrimonio del pueblo mexicano; y estamos seguros que una razón política e histórica no puede ser empolvado y olvidado simplemente por el polvo de la práctica y del pragmatismo, por eso sentimos que esta reforma que es una contrarreforma en muchos aspectos, tendrá una vigencia circunstancial.

Hay fuerzas en la nación, hay fuerzas en el bloque gobernante, hay un conjunto de condiciones que nos llaman a variar la política, y sentimos nosotros que estas condiciones exigirán un cambio oportunamente, si es que ustedes por ahora, -insisto-, por razones de práctica y no por razones históricas lo aprueban. Y nuestro voto en el caso del dictamen sobre la iniciativa de los cinco partidos del famoso pacto entre "caperucita roja" y el "lobo" será favorable, porque sentimos que aunque tiene muchas proposiciones de buena fe y además justas, que debieran ser recogidas en la nueva reforma y en la nueva verdadera reforma, tiene concepciones impregnadas de una política que nos favorece a la Nación, tiene concepciones que privilegian a los partidos como protagonistas del proceso electoral y que se olvidan de lo fundamental que es la ciudadanía y que es el pueblo, y tiene concepciones que sobre todo son históricas que olvidan el papel que en la historia de México y en la vida política futura de México, representa el bloque de fuerzas mayoritarias. El mismo Partido Revolucionario Institucional, es un bloque de fuerzas mayoritarias muy insuficiente para las necesidades de la nación

ahora, pero es de ahí para adelante que hay que construir el nuevo gobierno que ya demanda la nación, no es de ahí para atrás; el propio Partido Revolucionario Institucional, es un cuerpo plural y es un cuerpo plural unificado, el nuevo Partido Revolucionario Institucional es el mismo Partido Revolucionario Institucional, espontáneamente, ya significa una prefiguración de lo que es el centralismo democrático y de lo que los partidos socialistas planteamos como la mejor forma de gobierno: la forma proletaria. El nuevo gobierno de este país también tendrá que ser plural en ese sentido, de representar a todas las fuerzas de la nación y también tendrá que ser unificado; no concibió un México soberano partido por la mitad o partido en cuartas o quintas partes, y ese no es un pensamiento personal, esa es una lección histórica.

Finalmente por lo que vea el proyecto de los compañeros del Partido Popular Socialista, por esencial solidaridad política, no por coincidencia puntual con cada uno de los puntos de su proyecto votaremos en contra del dictamen y a favor de la iniciativa de los compañeros. Muchas gracias. (Aplausos)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: -Señor Presidente; señores diputados: no se trata de alargar innecesariamente el debate, pero hay cosas que aquí se dicen, que francamente por incluso, de elemental responsabilidad no podemos dejar pasar así, aquí se ha dicho por parte del diputado Jorge Amador Amador, una cosa que deforma totalmente la historia del país, deforma sobre todo la historia de la izquierda mexicana; dijo él que es una tradición de la izquierda, esto de la incorporación de los sindicatos al partido y que la derecha es la que ha combatido esto, yo quiero recordar aquí que en México la Confederación de Trabajadores de México, nace como una organización no afiliada, no inscrita a ningún partido, que reconoce el derecho, reconocía el derecho de afiliación individual de sus miembros y hay que ver los documentos constitutivos de la Confederación de Trabajadores de México, hay que recordar que es después de la expulsión de los comunistas en el consejo de 1937, después de ese hecho, después de la lucha interna por la Dirección de la Confederación de Trabajadores de México y la expulsión de los comunistas, que en 1938 se decide que la Confederación de Trabajadores de México ingrese el Partido Revolucionario Nacional, en un grave error de la izquierda mexicana, la izquierda apoyó esa decisión, incluso los que estaban fuera ya de la Confederación de Trabajadores Mexicanos, y eso fue un grave error; y hay que recordar también que el período de consolidación del control gubernamental sobre los sindicatos despega con Miguel Alemán al que creo que nadie puede ubicar en las filas, ya no digamos de la izquierda, sino incluso de un pensamiento nacionalista o cardenista; entonces venir a decir aquí que la lucha porque los sindicatos sean independientes, autónomos de los partidos conserven cada uno de sus miembros el derecho de afiliación individual y voluntaria al partido político de su preferencia y los sindicatos no pertenezcan a ningún partido, es una tradición de la derecha, es al menos por decir lo menos, una grave deformación de la Historia de México, de la historia del movimiento sindical y de la manera en como el movimiento sindical evolucionó en México.

Y yo quiero terminar recordando que en buena medida la enorme represión que se ejerció contra el Sindicato Ferrocarrilero dirigido por Demetrio Vallejo, la represión de 1959, tuvo su origen, una de sus causas, en una resolución de la Octava Conferencia Nacional del Sindicato Ferrocarrilero, en diciembre de 1958, era resolución que era muy breve, decía más o menos lo siguiente: "a partir de este momento el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros no pertenece a ningún partido y los miembros del sindicato gozan de la libertad de afiliarse al partido de su preferencia". Esto fue uno de los elementos sobre los cuales el Estado desató la represión, por lo que desató la represión contra el sindicato y contra sus dirigentes. No olvidemos la historia.

El C. Jorge Amador Amador: -Señor, ¿me permite una interpelación? Usted ha planteado a la luz del momento actual, ¿podría decir que ese acuerdo del sindicato fue un error táctico o un acierto táctico?.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: -Fue un principio, fue una resolución aplicada de acuerdo a los principios que defendían los trabajadores ferrocarrileros, fue una resolución correcta, porque no se puede decir que los ferrocarrileros tuvieron la culpa de la represión por haber tomado este acuerdo a menos que usted lo piense así. Es todo.

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el diputado Jorge Amador Amador.

El C. Jorge Amador Amador: -Va a haber oportunidad señor presidente y señores diputados, que el diputado Alcocer lea textualmente lo que yo afirmé, y no interprete e impute algo que yo no dije, pero su propio ejemplo y su propia argumentación me van a permitir a mi precisar lo que yo sí dije. Y no creo que los ferrocarrileros

hayan tenido culpa de la represión, yo se que hay una gran responsabilidad en primer lugar, de quiénes ordenaron y ejercieron la represión sobre el movimiento ferrocarrilero, pero no en segundo lugar, yo si se quien fue responsable de la represión, en segundo lugar, fue la dirección que en ese momento, conducía el movimiento ferrocarrilero, y en dirección hubo compañeros comunistas equivocados y un error fundamental de los compañeros, es el de partir de principios que no están avalados por la realidad nacional, es decir, tomar acuerdos insostenibles en una situación y en una coyuntura aparentemente obedeciendo a principios, pero traduciendo esa decisión en una derrota, no me parece a mí un ejercicio justo de los principios.

Históricamente los comunistas, los socialistas, salieron del movimiento obrero, y de esta ruptura yo pienso que la responsabilidad principal es nuestra, de los comunistas, precisamente por no concebir la importancia del bloque mayoritario de fuerzas en el gobierno en este país; hoy los tiempos son diferentes, esta ley quiere evitar lo que ya se venía dando, el reencuentro de los comunistas y socialistas con la clase obrera de este país, por eso siento que es regresiva, y por eso siento yo creo que es defensiva; lo que no se pueda lograr legalmente, tenemos la responsabilidad, si no todos, algunos de lograrlo política y socialmente, pienso que con estas palabras ilustro cual es la actitud el Partido Socialista de los Trabajadores, aunque algunos nos expulsan de las filas de la izquierda, nosotros que nos sentimos auténticos miembros del campo de la izquierda, nos sentimos autocríticos de lo que nuestros antecesores hicieron. Los socialistas y comunistas de este país tiene una larga tradición de abnegación, de valentía y de entrega, pero también una larga tradición de errores políticos e históricos, y la alianza de los cinco partidos en este proyecto, es una revisión de esa tradición en el aspecto negativo y eso nosotros fraternalmente lo combatimos. Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el diputado Arnoldo Martínez Verdugo.

El C. Arnoldo Martínez Verdugo: -Señor presidente, compañeros diputados: me disculpan porque esta discusión se alarga, pero me parece que discutir estos aparentes detalles es una necesidad, precisamente en los momentos en que tanto en la clase obrera como en el pueblo mexicano, hay fuertes tendencias y orientaciones para cambiar algunos de los aspectos que nos llevaron a la sujeción y a la imposibilidad actual para defender sus intereses más caros. Lo que ha dicho aquí el diputado Amador en su segunda intervención acerca de que los responsables de la represión de 1959, fueron los dirigentes del sindicato, pues ésta no es ningún aporte, ninguna novedad, esa ha sido la versión oficial de esos hechos desde el primer momento en que se presentaron, y hay documentos largos que intentaron descargar la responsabilidad sobre los dirigentes para salvar la responsabilidad de un gobierno depresivo, que no solamente hizo la represión contra los ferrocarrileros de 1958.

El C. Miguel Alonso Raya: -La primera afirmación que hizo el compañero Amador fue que los principales responsables habían sido los que les habías ordenado la represión a los ferrocarrileros.

El C. Arnoldo Martínez Verdugo: -¿Y los otros responsables? ¿Los segundos?

El C. Miguel Alonso Raya: -En segundo lugar, la dirección de las decisiones tácticas.

El C. Arnoldo Martínez Verdugo: (Continúa) -Bueno pero también eran responsables ¿verdad? ¿eran responsables? ¡eran responsables!, según entendí también, por lo que dijo el diputado Jorge Amador Villanueva, porque no siguieron la concepción de la táctica que él nos recomienda, y que está recomendando hoy al movimiento obrero, que no es más que una simple táctica oportunista; no hay que defender ningunos principios, porque nunca es hora para defender los principios, hay que adaptarse a las condiciones y en eso consiste la táctica oportunista, siempre ha consistido en eso la táctica oportunista, no se pueden defender los principios porque no existen condiciones y los obreros han dado ejemplos de batallas muy ejemplares, precisamente para defender esos principios porque está en la naturaleza de la clase obrera ser una fuerza independiente, independiente del Estado, independiente de la empresa e independiente de los partidos, y ésta es una concepción que corresponde a la izquierda tradicional y a la izquierda revolucionaria y marxista, siempre se ha expresado así.

Coyunturas determinadas, han hecho cambiar a determinadas fuerzas, pero la base fundamental de la táctica es de que hay que defender ante todo la independencia de la organización de cualquier otra fuerza, para poder aplicar una política que la clase obrera debe aplicar, desde luego en sus organizaciones sociales más amplias, pero tomando en cuenta que estos son grandes frentes en los cuales, lo que une, es el interés común, pero la clase obrera genera distintos partidos en su seno, distintas corrientes, no es homogénea, la clase tiene capas y entonces no puede por eso adherirse a un solo partido ni obligar a nadie a que pertenezca

a un solo partido, tiene que ser respetuosa de la filiación de cada uno y defender su política que son los intereses fundamentales de la clase.

Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos, el ciudadano diputado Jesús Heriberto Noriega Cantú y después usted, señor diputado Cuauhtémoc Amezcua. El C. Jesús Heriberto Noriega Cantú: -Gracias señor presidente: Si en algo coincido con el diputado Arnoldo Verdugo, es el hecho de que en efecto, tendremos oportunidad de seguir debatiendo estos asuntos de gran importancia, pero que de ninguna manera se desvía tampoco el debate central de estas iniciativas constitucionales, de reformas constitucionales en materia electoral, puesto que están enmarcadas en un profundo contenido político- ideológico, respecto a los proyectos de cada organización.

Compañero diputado Arnoldo Verdugo, con mucho respeto; táctica oportunista es aquella que negando sus objetivos socialistas, renunciando a objetivos estratégicos en aras de la coyuntura electoral, se alía con la derecha. (Aplausos.)

Táctica oportunista para nosotros, es aquella que busca hacer adalid de la democracia a la derecha, que pase a representar intereses antagónicos de clase en función de una coyuntura, insisto, electoral, en buena medida no es consecuente esa táctica con esa estrategia.

Respecto a la posición que nuestro partido ha asumido de las organizaciones sociales, lo reitero para nosotros la conformación de un bloque mayoritario de fuerzas gubernamentales en donde se procese la hegemonía de la clase obrera, es una alternativa que definitivamente está en el futuro de nuestro país reiteramos, no es a partir de bloques minoritarios como estaremos en condiciones de elevar el papel político y social de la clase obrera. Muchas gracias. El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, para hechos.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: -El sindicalismo revolucionario tiene tres características fundamentales en opinión popular socialista; una de ellas coincidiríamos, en ese sentido, por el compañero Martínez Verdugo, que es la independencia, otra de ellas es la unidad, la unidad interna ajena al sectarismo, y la tercera es la lucha de principios -ya a estas horas es un poco difícil el debate-, hablábamos de la unidad, hablábamos de la independencia, hablábamos de la lucha de principios.

La lucha de principios, en efecto, debe darse en todo momento y a juicio nuestro, nosotros criticamos, criticamos con energía en su momento, lo seguimos criticando, lo que consideramos fueron errores serios en la dirección del movimiento sindical de 1958 por parte del compañero Vallejo, y que consistieron no en el ejercicio de la defensa de los principios sino en la caída de error del sectarismo, en la caída del error de convertir una organización sindical, precisamente en la práctica, en un partido político, en una organización que buscaba fines políticos a través de un movimiento huelguístico y nos parece que eso es un error lamentable, nos parece también un error responsabilizar a la dirección sindical de la represión, la represión la ejerce la burguesía siempre, la burguesía es represiva pero es obligación del movimiento sindical revolucionario y del movimiento revolucionario, ser hábil, ser capaz, ser apegado a principios, ser firme y evitar el incurrir en errores de sectarismo o de otro carácter que vuelvan vulnerable al movimiento sindical.

Nos parece, y esto es útil planetario frente a todos los demás compañeros diputados de otras corrientes ideológicas y políticas que entre la izquierda en México, hay éste y muchos otros problemas a ventilar, que debemos ventilarnos, que debemos ventilarnos siempre de una manera fraternal, siempre de una manera leal, siempre de una manera respetuosa y que eso es indispensable para poder ir avanzando hacia el objetivo histórico necesario, históricamente necesario, que es el de la unidad, el de la unidad no sólo a nivel sindical del movimiento obrero sino también a nivel político, el del partido único de la clase obrera.

Sin embargo, son cuestiones importantes en las que el Partido Popular Socialista también deseaba aportar sus juicios. Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Ricardo Pascoe Pierce, para hechos.

El C. Ricardo Pascoe Pierce: -En efecto, es importante señalar la posición de los partidos de izquierda y en particular dejar constancia de la posición de mi partido en relación a lo que ha señalado el diputado Amador porque en nuestra opinión, es una de las piezas y elementos centrales en la iniciativa que presentamos a nombre de las cinco fracciones, que es el problema de la independencia.

Como lo interpretamos nosotros, en Partido Revolucionario de los Trabajadores, es que estamos hablando de la independencia política y

orgánica de los sindicatos, del Gobierno y de los partidos de los patrones, y esto quiere decir para nosotros, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Acción Nacional, y de otros partidos que pudieran surgir o que existen, y que hoy en nuestra opinión son partidos representativos de los intereses que hemos debatido en las diversas intervenciones sobre la cuestión económica, por ejemplo, donde se ha demostrado cabalmente que lo que hoy simplemente es un proyecto económico, donde pudieran y en realidad coinciden perfectamente, tanto el Partido Revolucionario Institucional, como el Partido Acción Nacional en los objetivos fundamentales de este proyecto económico; por lo tanto nosotros no hacemos estas discusiones y estas elucubraciones teóricas sobre el problema de las fuerzas de gobierno "versus", la derecha panista; sino que entendemos claramente quién es hoy la derecha en México, cuáles son los intereses que representa y cuáles son los objetivos que nosotros estamos planteando como fuerza revolucionaria en relación a la independencia política, ideológica y orgánica de la clase obrera.

En efecto, es un problema central y que tenemos que discutir y debatir esta cuestión en el conjunto de la izquierda, y aquí se ha desatado en un foro, es pues, más amplio que el de la izquierda, el problema de las concepciones que tenemos sobre la lucha obrera y la organización de nuestros partidos. Pero también queremos dejar constancia de una cuestión central aquí, y es la participación y la característica de la actividad política del compañero Demetrio Vallejo. Nosotros no podemos quedar callados ante una serie de afirmaciones que se hacen de insinuaciones en relación al comportamiento de este compañero.

Indudablemente el movimiento ferrocarrilero cometió errores y yo creo que no está por demás analizar y discutir una serie de errores, que efectivamente creemos que se cometieron en este movimiento, pero lo que hay que destacar, lo que hay que plantear, es por qué el compañero Demetrio Vallejo tuvo que permanecer en la cárcel 11 años, pagando el pecado que haya cometido en un momento determinado en contra de la estabilidad y la paz social en este país.

¿Cuál es el pecado que cometió Demetrio Vallejo? El pecado fue que planteó la perspectiva de la ruptura de un sector fundamental de la clase obrera con el aparato gubernamental, con todo el sistema de dominación que existe en el país de la clase obrera y esto es una cuestión central que nosotros creemos indispensable señalar y destacar porque pueden haberse cometido errores, pero lo fundamental es que se planteó una nueva y vigorosa alternativa para la clase obrera que no se cristalizó, que no llegó a una conclusión feliz, pero indudablemente ahí, ahí está el germen de una nueva patria, de una nueva alternativa para los trabajadores.

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Arturo Whaley Martínez, para hechos.

El C. Leopoldo Arturo Whaley Martínez: -Señor presidente; compañeros: Muy brevemente quisiera señalar que efectivamente, el camino de la izquierda mexicana es un camino que contiene muchos errores y que nos ha costado esfuerzo, tropiezos, ir encontrando un camino para inventar, imaginar y crear un socialismo que responda a los interés nacionales, que responda la tradición solidaria del movimiento obrero en el mundo y que sea, y que esté a la altura de construir una patria nueva.

Una parte de ese trabajo de procesamiento político, ideológico y de experiencias mismas, es el de la relación entre los partidos y las organizaciones de masas y los sindicatos; y hoy podemos decir que la izquierda mexicana ha avanzado mucho a ese respeto, en su elaboración y en su concepción sobre esta relación democrática entre un frente que integra a individuos sujetos a una misma relación económica y social, y a individuos que se conjuntan en aras de una identidad ideológica y política.

Creo que hoy podemos sentirnos orgullosos, la izquierda mexicana, la verdadera izquierda mexicana, de entender una relación de respeto, donde los sindicatos y los partidos tienen ámbitos diferentes, porque el sindicato juega un papel reivindicativo evidentemente pero también cumple un papel político de primera importancia.

Los que componemos la izquierda socialista en México, la izquierda que plantea en verdad la reivindicación socialista, entendemos en los sindicatos, un papel importante por sí, mismos, pero como entidades independientes y autónomas que construyen su línea política a partir de los miembros de su organización sindical.

De eso, de cometer errores, a considerar sólo derecha a quien no está en el poder y justificar todos los actos de derecha en aras de recibir migajas electorales, hay una enorme diferencia, nosotros preferimos seguir quedándonos con nuestros errores y con la corrección de los mismos y no jugar a recoger las migajas que deja la derecha en el poder. Muchas gracias compañeros.

El C. Jesús Heriberto Noriega Cantú: -¿Me permite una interpelación, compañero Whaley?

El C. Arturo Whaley Martínez: -Si.

El C. Jesús Heriberto Noriega Cantú: -Por este conducto, que más que una interpelación, es una atenta y cordial -como compañeros diputados- observación. Ojalá y en la izquierda no diéramos el triste espectáculo de utilizar un lenguaje que estemos obligados a modificar y a ser autocríticos, no es una posición moralista, sino una posición política.

El C. Arturo Whaley Martínez: -Invitemos ambos compañeros, ¿Sí?

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el diputado Miguel Eduardo Valle Espinosa.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: -Con su autorización señor presidente:

Estamos en el tema, no estamos hablando de la incorporación masiva de los sindicatos a los partidos, de eso se trata, y en este debate lo único realmente lamentable, es que Demetrio Vallejo Martínez no esté aquí, vivo y presente, para escuchar cómo a partir de una profunda conciencia de culpa y cómo a partir de señalar responsabilidad a los obreros, de lo que se trata es hacerle el juego a final de cuentas a la incorporación corporativa de los sindicatos del Partido Revolucionario Institucional.

Aquí hemos visto cómo se trata de confundir lo político con lo electoral, ¿quién puede negar en la sociedad moderna?, los sindicatos juegan una definitiva conexión, política, ¿quién puede negar aquí hoy racionalmente, que los sindicatos tienen que ver la política y con el Estado? Esto es una situación que nadie, con el más elemental índice de inteligencia, podría refutar, pero el problema de fondo es, simple y llanamente, un derecho constitucional, por decisión de mayoría que afecta los derechos constitucionales de un individuo que va a imponer la filiación corporativa de los sindicatos al Partido Revolucionario Institucional, cree que en ese sentido se valen muchas cosas, incluso hacerle juego al Partido Revolucionario Institucional, pero lo que no se vale, es responsabilizar a los obreros de la represión gubernamental. Muchas gracias.

(Murmullos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos el compañero Manuel Terrazas Guerrero.

(Aplausos.)

El C. Manuel Terrazas Guerrero: -Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Aquí se han hecho afirmaciones y muy graves.

Graves para quienes condujeron cumpliendo un deber de clase, un deber de lucha, un deber de dirigentes auténticos de la clase obrera, una de las acciones más gloriosas del movimiento sindical que hizo frente a una de las represiones que como pocas se han cometido en la historia del movimiento obrero mexicano y de nuestro país, que vio, como consecuencia, la ocupación de un sindicato, la destrucción de la independencia de un sindicato ganada a pulso en una de las acciones más gloriosas, más unidas del movimiento obrero que ocasionó más de 10 mil presos de militares obreros y políticos, una represión fuerte, dura, contra el partido comunista.

Afirmaciones graves, calumniosas de desinformación, de ataque, de justificación de posiciones que en aquel momento fueron y ahora son auténtica y verdaderamente oportunista. Se pueden juzgar errores de dirigentes del movimiento obrero revolucionario, de la izquierda revolucionaria como Demetrio Vallejo, pero lo que no se puede, es hacer afirmaciones mentirosas, dolorosas y calumniosas.

El cumplió con su posición clasista, pero aquí se ha dicho que una de las causas, aparte de que se ha justificado la represión y se ha considerado que fue responsabilidad de la dirección del sindicato ferrocarrilero, que el sindicato había sido convertido en un partido político completamente falso, totalmente falso, y es una afirmación políticamente calumniosa y dolosa, cualquier error se puede considerar, pero nunca, en ningún momento, trató Demetrio Vallejo o la dirección independiente del sindicato ferrocarrilero, convertir al sindicato en un partido político, en ningún momento, en ninguna circunstancia.

Primera cuestión: aquí se ha hecho la afirmación que tiene que ver directamente con el tema que nos ocupa, en el sentido de que el reencuentro del movimiento obrero con los socialistas y los comunistas, que ahora se quería dar con esta iniciativa de ley, se había perdido cuando es precisamente lo contrario, el reecuentro de los comunistas y los socialistas que organizaron y dirigieron con sentido clasista de independencia el movimiento sindical, grandes sectores y grandes destacamentos del movimiento sindical de nuestro país, precisamente está en función de una correcta solución al problema de la filiación individual en los partidos políticos, de la unidad de la independencia orgánica y política del movimiento obrero, de la relación de los sindicatos justos con los partidos políticos, no sobre la base de deformar, de desnaturalizar el carácter de frente único de los sindicatos y de desvirtuar su unidad y de romper la unidad en aras de llevarlo supeditación con el gobierno y con la burguesía.

Eso es precisamente lo que está facilitando el reencuentro, el de que los comunistas y los socialistas vuelvan a plantear con claridad, con firmeza, con vigor , la independencia del movimiento obrero, el carácter clasista del movimiento obrero, esto es lo que va a garantizar el reencuentro.

Hay quienes desgraciadamente, amigos y compañeros, fueron a atestiguar en juzgados como un grave en contra de los dirigentes ferrocarrileros y a justificar la represión del movimiento obrero.

Ahora aquí vuelve únicamente, nuevamente, con expresiones distintas, a justificar la expresión contra el movimiento obrero, y eso señores, no tiene nada que ver con una posición revolucionaria de la izquierda, no tiene que ver absolutamente nada con la izquierda revolucionaria ni con juicio crítico respecto a los obreros de la izquierda que no tiene derecho a hacerla aquéllos, que con su actitud vuelven a cometer muchos de los peores errores de la izquierda con un oportunismo muy evidente y muy claro.

Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra, para hechos, el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y después se la cederemos al diputado Eraclio Zepeda.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: -De la impresión de que el diputado Terrazas plantea como discrepancia con el Partido Popular Socialista algo que fue coincidencia, nosotros hemos señalado y él ha reiterado que una de las características fundamentales del sindicalismo revolucionario es la independencia, no discrepamos en eso, dijimos que la otra es la unidad, habrá que añadir que la democracia interna es el tercer principio.

Sin embargo, yo quiero externa mi preocupación por el hecho de que el diputado Terrazas de la impresión también, no fue explícito, en ninguno de estos dos casos, no se sabe exactamente a quién quiso referirse pero da la impresión de que se refirió a la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, o al Partido Popular Socialista cuando habló de alguna conducta calumniosa contra Vallejo; hay que recordar que como resultado de la represión al movimiento sindical de 1958, los integrantes del Partido Popular Socialista, fueron probablemente el mayor número -todavía partido popular en esa época-, el mayor número de los presos, de los detenidos en muchos estados del país, sin duda en mucho mayor número que los compañeros del Partido Comunista que también fueron víctimas de represión, el planteamiento así de ligero y en ese lenguaje de mitin de agitación, en ese tono que nada tiene que ver con el lenguaje fraternal que se supone debe existir en un debate entre la izquierda, y demás con total y absoluto abandono de la autocrítica, pues es verdaderamente lamentable. Esa conducta es la que conduce precisamente al sectarismo, a la aislación y a los errores graves de estrategia de táctica, y que se pagan también severamente. Yo lamento mucho y reitero el llamado para que estas cosas las ventilemos en otro tono, en otro lenguaje, y sobre todo en un ambiente fraternal y de respeto.

Muchas gracias.

El C. presidente: -Para hechos el ciudadano diputado Manuel Terrazas Guerrero.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: -Gracias, compañero: la autocrítica de la izquierda no la vamos a hacer aquí, en la Cámara de Diputados, la autoridad de la izquierda hace mucho tiempo que se esta haciendo y se va a seguir haciendo y se hará siempre, lo que pasa es que hay sector de la izquierda que conoce la palabra, la usa, pero jamás la práctica, ese es el hecho real y objetivo, ojalá que sea autocrítica se generalizara en los hechos, en el examen teórico, en la generalización de la experiencia, de los errores interna o externamente y es un llamado, yo creo un autollamado para todos nosotros, pero no es el lugar, aquí están muchos satisfechos de que esta discusión se celebre. Cuando yo me pregunto: ¿cómo es posible que llegó a darse esta discusión entre la izquierda?

Segundo lugar: si el compañero Cuauhtémoc Amezcua considera que me refería al Partido Popular Socialista, pues hombre, allá él si lo interpreta así y si él lo reconoce por algo será, porque en última instancia hicieron afirmaciones aquí, otros compañeros y el propio compañero. Creo que si se pone el saco, pues hombre, allá él, que se lo ponga. Muchas gracias.

El C. presidente: -Había pedido la palabra para hechos, el compañero Eraclio Zepeda Ramos.

Tiene la palabra.

El C. Eraclio Zepeda Ramos: -Compañeras diputadas; compañeros diputados: buenas noches compañeros, buenos días. Es evidente que yo tuve la suerte de nacer en la clase obrera, uno no puede escoger en que clase va a nacer, pero uno si puede escoger al servicio de qué clase puede morir defendiendo sus intereses.

La generación a la que pertenezco, entró a la vida pública con el ejemplo heroico de los obreros

ferrocarrileros, los jóvenes escritores de 1957, empezábamos a usar la palabra como un regalo diario para la lucha, el combate y el amor; vimos en la lucha de los ferrocarrileros el ejemplo más grande que podíamos tener. A través de ellos vimos la independencia, la gallardía, el futuro, el patriotismo y la grandeza de la clase obrera, desde ese momento disidimos echar nuestra suerte del lado de los pobres, echar nuestra suerte del lado de la única clase que podrá desarrollar la nueva sociedad.

A través de ella, nosotros, a través de esa lucha, nosotros fuimos aprendiendo a amar más a nuestro país, aprendimos su historia, aprendimos la gallardía de nuestra gestas y sobre todo, aprendimos a tener una confianza absoluta en el futuro.

El movimiento obrero, Vallejo y los compañeros comunistas, que entonces estaban alrededor de él, nos dieron ese ejemplo, jamás pretendería yo ensuciar las aguas que por primera vez bebí limpias.

Yo celebro profundamente que los compañeros que tuvieron edad para combatir y combatieron y que hoy están en los grupos del Partido Socialista de los Trabajadores, han permanecido callados. Eso nos honra y me alegra profundamente que los únicos que ese han apresurado a lanzar esta ofensa sobre la clase obrera, sobre la independencia de la clase obrera y el movimiento ferrocarrilero, fueron jóvenes que en esa época estaban en un kinder.

¡Ay de aquél que pierda la memoria! ¡ay de aquél que permaneció callado cuando el héroe estaba aquí presente! ¡ay de aquéllos compañeros, que por un conflicto pasajero pudiéramos quebrar las líneas de una futura unidad que mucho nos honra!.

Bienvenidos los compañeros a la unidad, los que tengan el derecho como ustedes a la unidad; bienvenidos los viejos luchadores a la unidad y los que se han atrevido a ofender la independencia de la clase obrera, jamás nos encontrarán en la misma banca. ¡Viva Vallejo señores! (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra para hechos, el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: -Es un ejercicio perfectamente legítimo, entre la fuerzas de la izquierda, el de la crítica y la autocrítica; es un ejercicio que se debe hacer siempre sobre bases objetivas, serenas. Examinar los probables errores o no de un dirigente sindical, independientemente de que éste pueda ser una figura muy querida y muy destacada para compañeros y un partido político, es legítimo hacerlo, no significa de ninguna manera ni una ofensa, ni una falta de respeto.

Examinar lo ocurrido en el movimiento sindical de 1958, las fallas, los errores, los aciertos, evidentemente no se puede hacer en una intervención para hechos de cinco minutos, podremos discutirlo largamente, lo hemos discutido. En el caso del Partido Popular Socialista, la crítica se hizo en todo momento, se hizo guardando simplemente las consideraciones, el tono y el lenguaje para que no pudieran servir a los enemigos de clase, se defendió al compañero Vallejo y se defendió a muchos otros compañeros encarcelados en todo el país, muchos vivos y militando todavía y todo esto pues, podremos seguir discutiendo en su momento.

Lamento otra vez el lenguaje de exabruptos del compañero Terrazas, eso de andarle adjudicando sacos a la gente no es de ninguna manera un lenguaje fraternal, segunda vez. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Manuel Jiménez Guzmán, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Manuel Jiménez Guzmán: -Señor presidente; señoras y señores diputados: de manera respetuosa y fraternal deseo señalar en primer término, la riqueza del debate parlamentario, sobre un tema que será parteaguas en la historia política de México, que respetamos las tesis ideológicas de las diversas fracciones parlamentarias y que en especial la última parte de las opiniones de una parte importante del criterio y de la ideología y de la filosofía política de nuestro país, pero deseo también en este tono de manera respetuosa, solicitar la atención de mis compañeros diputados federales para retomar este tema que Jorge Amador Amador planteó en torno a algunos puntos de las iniciativas que hoy nos ocupan y entrar a nombre de nuestro partido, nuestra aportación y el argumento que nos hacen aprobar los dictámenes en torno a las iniciativas que ya a lo largo de más de 30 oradores hemos venido discutiendo en estas últimas horas, el compañero Amador Amador y las diversas opiniones en torno algunos asuntos de la iniciativa de reforma electoral, me hace apuntar solamente algunos breves comentarios.

En torno al aumento de 500 diputados la aplicación de curules de representación proporcional, pensamos que se mantiene y fortalece nuestro sistema mixto de representación, combinando lo mejor de ambos sistemas -como

reiteradamente se ha venido señalando-, posibilita una mayor identificación entre representantes y representados, establece un mayor vínculo y responsabilidad del representante ante sus electores, se eliminan riesgos de la sobrerepresentación de las mayorías y de la pulverización de la voluntad popular y se establece una mayor congruencia entre los votos emitidos y las curules asignadas, se acrecentan las oportunidades de los partidos minoritarios, ya que cuando menos aumentará su presencia con un número de 50 diputados federales, se garantiza la conformación de una mayoría representativa para la conducción estable del sistema político mexicano.

En cuanto a la sustitución a la mitad de los miembros del senado cada tres años, se retorna al procedimiento clásico del federalismo plasmado en el original de la Constitución de 1917, la calificación y el sistema de integración del Código Electoral nos posibilita y reafirmar un sistema de autocalificación, que tiene enorme tradición en la legislación mexicana y ha estado vigente siempre a excepción de la constitución centralista de 1836; es por otra parte la máxima garantía de independencia del Poder Legislativo al ser sus propios miembros, los que determinan cuáles de ellos deben obtener el final reconocimiento.

Se unifica el sistema para ambas Cámaras, se responde a una demanda de los partidos minoritarios, los que señalaban que con el sistema actual se dejaban en estado de indefensión alguno de sus presuntos miembros, la creación del Tribunal de lo Contencioso Electoral, al ser un órgano autónomo cuyos miembros serán propuestos por los partidos, garantizará la imparcialidad de sus decisiones, sus miembros deberán ser así -tenemos la certidumbre- de la más alta calificación moral, intelectual y de preparación en el conocimiento de los procesos electorales y se garantiza que estos últimos, además de ser procesos políticos, sean procesos regidos por el Estado de derecho mexicano y finalmente el señalamiento de que se cubre la omisión de nuestra Constitución en torno al procedimiento para cubrir vacantes de representación proporcional.

Estimados compañeros diputados, buscando el encuentro de un sistema político que en torno al arma fundamental del estado de derecho, que es la ley, transforme a la sociedad a través del cambio social para acceder a mejores niveles de libertad, de democracia y de justicia, que fortalezca el pacto federal, no que resquebraje el sistema de federalismo y del derecho constitucional. Estamos en búsqueda, los mexicanos en la historia política de México, de un sistema que posibilite a los mexicanos a la igualdad de oportunidad en un sistema plural y democrático, estamos en la reafirmación finalmente de un proyecto de nación y de una síntesis de la historia de México, que se consagra y postula la Constitución Política de 1917.

Buscar el encuentro de todas las ideologías y de todas las corrientes de este país, en el marco de la libertad, de la independencia y de los más altos valores de la República, valores y principios irrenunciables que consagra el derecho constitucional el federalismo, la democracia, el sistema presidencialista, porque otorga el Presidente de la República la posibilidad de ser garantía en la consecución de la obra en el cambio social, porque unifica el poder de mando de autoridad y de decisión, porque evita el enfrentamiento y porque posibilita a la sociedad mexicana, al reencuentro con sus propias raíces, principios y valores que hoy, la reforma política en un proceso de renovación política nacional.

En un llamado ayer de tesis de campaña del Presidente Miguel de la Madrid y hoy en voluntad y en programa de Gobierno, es testimonio fehaciente de que el país y el pueblo de México avanza de manera innegable hacia mejores formas de convivencia social y democracia, principios irreversibles que dan sentido y cauce a este contexto de reforma política nacional, educación laica y popular, libertad de cultos, separación de la iglesia y del Estado, no injerencia del clero en asuntos políticos, federalismo, rectoría económica del Estado, independencia nacional y soberanía que reside en el pueblo, constituyen un todo indivisible indestructible que da norma, sendero y cauce al horizonte mexicano.

En este ámbito y contexto, después de profunda discusión y de análisis en lo general de las iniciativas que discutimos, seguramente nos acercamos estimados compañeros, a las últimas conclusiones tras el debate, que en la libertad se ha desarrollado garantizado el pluralismo ideológico y la libertad en su más amplia y estricta dimensión. Muchas gracias por su atención. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Roberto Calderón Tinoco, del Partido Demócrata Mexicano.

El C. Roberto Calderón Tinoco: -Señor presidente, con su permiso; compañeros diputados: en la fracción parlamentario del Partido Demócrata Mexicano, para juzgar la iniciativa presidencial que es acogida en el dictamen a discusión, partimos de los siguientes criterios conductores

Primero: que la legislación en materia electoral debe alentar en lo más posible, que la voluntad del pueblo se cumpla, se respete y se siga en la determinación de ¿quienes serán sus gobernantes?

Segundo: que las elecciones para nombrar a los gobernantes, las convoque, las organice, las vigile, las califique y en fin, que las haga el pueblo y no el Gobierno, que en última instancia representa a un partido, al que se encuentra en el poder o al que se utilice como oficina electoral desde el poder.

Tercero: que la legislación electoral tome en cuenta las realidades que se den en el contexto nacional para corregirlas, elevarlas, preveerlas en un proceso en que democracia sea más plena, más cabal y más indubitable.

Por desgracia la iniciativa presidencia sujeta a debate, en opinión nuestra y en base a estos criterios, no cumplen con esos requisitos y además adolece de serios defectos de técnicas jurídicas, con lo cual los diputados del Partido Demócrata Mexicano presentes en esta sesión, anticipamos, votaremos en contra del dictamen que nos ha presentado la comisión.

Las propuestas de reforma a la Constitución van en contra -opinamos nosotros- de la democracia y del proceso histórico, en que se encuentra el pueblo mexicano por las siguientes razones.

Según se expresa en la exposición de motivos de la iniciativa presidencial y se repite en el dictamen con la modificación del número de diputados en la Cámara, se busca que la mayoría no esté sobrerepresentada; de todas maneras con la propuesta presidencial esa sobrerepresentación persiste y de alguna manera se agrava, si toma en cuenta que el partido mayoritario no pueda alcanzar más de 350 curules de los 500 que se proponen y las minorías, según el proyecto, estarán acreditadas con 150 escaños que serán ocupados por elecciones según el principio de representación proporcional, resulta que la mayoría tendrá acceso al 70% de las diputaciones y la minoría al 30% de la misma representación, según se reconoce por el ejecutivo, tanto en la iniciativa como en el dictamen.

Más he ahí, que teóricamente los partidos minoritarios pueden alcanzar hasta un 49% de la votación y si la tendencia se repite en todos los distritos -como ya ha sucedido-, de todas maneras sus electores o sea la parte de la nación que votó por ellos, sólo quede con el 30% de la representación y la mayoría con el 70%, por lo que los minoritarios seguirán siendo infrarepresentados y la mayoría sobrerepresentada con cifras y modismos significativos y notables. Es verdad que lo propuesto, mejora un tanto la situación prevista en la legislación vigente, pero ese tanto es tan sólo de un 5% que es poco o nada significativo, porque esconde el fenómeno trágico de que en México estamos alejados de una democracia, ni siquiera cabal, sino que no cumpla con los mínimos exigidos. Este reducido 5% que se introduce para aminorar las sobrerepresentación de la mayoría, se nulifica con creces con lo dispuesto y lo previsto en los incisos c) y d) de la fracción IV del artículo 54 constitucional, en que se prevé que si algún partido mayoritario no alcanza -según votación- la mitad, más uno de los miembros de la Cámara, le serán asignados diputados de representación proporcional hasta alcanzar la mayoría absoluta de la Cámara y en caso de empate, esa mayoría le será otorgada a quien alcance la mayor votación -casi valdría decirlo-, casi con un volado.

Convertir una mayoría relativa del 35% ó del 40% en una mayoría absoluta del 50%, aún cuando este sea un supuesto que no sea dable o realizable en el corto plazo, rompe con las más elementales reglas de la democracia e implicaría una sobrerepresentación arbitraria y ficticia de esa mayoría.

Se puede argumentar que esta regla es para facilitar que la mayoría en ese evento, pueda seguir actuando como mayoría y decidir como lo deben hacer todas las mayorías, que con eso se evita la fragmentación parlamentaria que se da en otros países y se puedan tomar las decisiones que favorezcan a la nación. Tales argumentaciones olvidan que si una formación política obtiene una representación menor al 51% y por lo tanto, se convierte en una mayoría relativa, es que los electores decidieron que fuera así, una mayoría relativa y que se contraría su voluntad, si con artificios legislativos se les convierte en mayoría absoluta.

Tal pensamiento, también olvida o rechaza que varios grupos parlamentarios que no alcancen ninguno de ellos mayoría absoluta, sí pueden legislar en un congreso mediante el consenso, el acuerdo, la alianza eventual, las coincidencias habituales que eso propias de la democracia en segundo contraste con la prepotencia hegemónica que se presenta en estas condiciones, en el contexto nacional.

Tal parece que al Ejecutivo y a los legisladores de la mayoría, les preocupa que en México puedan darse circunstancias análogas a las que se han

registrado históricamente en Inglaterra, en Francia, en Alemania Occidental, en Holanda, en Bélgica y demás países de alto avance democrático y por eso los compañeros de la mayoría al parecer, están dispuestos a votar por esta propuesta, defenderla apasionadamente y usar cualquier retórica para sostenerlo.

Por otra parte, en nada beneficia ni la democracia, ni a una mejor legislación, ni a la nación el que se aumente en 100 el número de integrantes de la Cámara de Diputados hasta llegar a la cantidad de 500; con 400 legisladores en la Cámara se puede legislar, con el mismo número están representadas todas las corrientes significativas con su respectiva voz, como lo acredita la composición de la actual Cámara, en que los debates se prolongan y el orden parlamentario se confunde más allá de las inhabilidades de los respectivos coordinadores.

La opinión pública ya ha reaccionado preguntándose ¿para qué queremos más diputados, si de todas maneras la mayoría invariablemente le dice que si al Ejecutivo? ¿para qué gastar 1 mil 440 millones de pesos anuales más en dietas de diputados?, más los que se gasta en el apoyo administrativo, en ellos sus aguinaldos y percepciones extraordinarias, si esto en opinión nuestra de nada sirve, esa futilidad, ese sobregasto se ha manifestado una vez más en el dictamen que nos ocupa, en que no se le cambia una como al proyecto de decreto que envía el Ejecutivo y en sus consideraciones se repite lo que la iniciativa presidencial traía en su exposición.

Lo anterior se acentúa, si se lee lo que expone el dictamen en el párrafo tercero de su primera página en que dice:

"Basarse además de las fuentes ejecutivas en lo expuesto por partidos políticos nacionales, asociaciones políticas, instituciones académicas y ciudadanos que participaron en las audiencias públicas sobre renovación política electoral", pero si se examinan sus consideraciones advierte que sólo oyeron una voz, que en este caso fue la voz del Ejecutivo.

En el propuesto texto constitucional, se prevé que los candidatos del partido mayoritario también puedan ocupar curules que sean asignados por el principio de representación proporcional, el argumento que más se pone a la vista es el que los candidatos que presenta el partido mayoritario, según el principio de representación proporcional, no deben entrar a lid electoral sin esperanza de ganar y que en la diputación fruto de la votación, deben estar representados todos los partidos en esa representación proporcional.

En el fondo subyase una razón de piedad para los candidatos que representaban el Partido Revolucionario Institucional para ser electos, según el principio de mayoría, del principio de representación proporcional y que por ironía se les denominó como candidatos nacidos para perder; tal apiadado compañerismo no se aviene con la lógica, con la congruencia y con la debida democracia, el sistema mixto para la integración de la Cámara de Diputados que se introdujo, según reformas a la Constitución promulgadas en 1977, que admitía diputados electos por mayoría relativa y diputados electos por representación proporcional, fue introducida para que se les diera reconocimiento a las minorías como tales, según este último principio.

Ese fue su objetivo indubitablemente documentado en la exposición de motivos y el único que puede ser admitido en lógica, para aceptar este sistema mixto; no se trata de un sistema de representación proporcional puro, en que cada formación partidista ocupa, según la regla de tres, tantos escaños como el porcentaje de la votación recibida a su favor le adjudiquen, sino que este sistema implica que la mayoría evidente en 300 escaños, sea determinado por el principio de mayoría relativa y la minoría, en una indubitable de sólo 100 escaños, el 25% sea determinado por el principio de representación proporcional.

Es absurdo pues, que dentro del sistema mixto también se le adjudique curules a la mayoría por representación proporcional; en el sistema vigente, la representación proporcional es la excepción necesaria para darle cabida a la minoría como tal, según la propuesta examinada, se trata de establecer una excepción dentro de la excepción, se reserva un lugar para los chiquitos, pero dentro de ese lugar de por sí escuálido, según la iniciativa se le reserva una tercera parte a los grandes aún suponiendo sin conceder que se trata de un esfuerzo inútil en la ley secundaria, o sea en la electoral.

Se puede establecer que la inscripción de candidatos a diputados electos por el principio de mayoría relativa, sea facultativa para los partidos políticos sin riesgo de perder su registro y cada quien calculará los alcances de tal determinación y la frustración se evita con la supresión de la boleta doble, que por cierto, está introducida en el proyecto del Código Federal Electoral y que hace nugatorio el argumento de que tal aberración permita a los electores un escrutinio de ideas y programas pues el elector sólo votará una vez para diputados y es el mismo escrutinio el que decide la mayoría relativa y el espacio ocupado en las curules de representación proporcional.

La iniciativa del dictamen, abunda en conceptos acerca de la sobrerepresentación de la mayoría en la Cámara de Diputados y la más eficaz representación de las minorías en el mismo cuerpo legislador, pero calla y es omisa totalmente sobre este asunto respecto a la Cámara de Senadores.

Ciertamente en la legislación actual no se reconoce principio alguno sobre la representación de las minorías como tales, en el Senado de la República, lo que ha dado lugar al absurdo de que exista un parlamento colegislador pluripartidista, como es la Cámara de Diputados y otros monopartidista sin resquicios en el Senado de la República.

Y sin embargo, esto lo repetimos, por haber suscrito la iniciativa conjunta con otras representaciones partidistas, en esta ocasión se perdió la oportunidad histórica de introducir una institución que realmente sirviera al avance democrático y en su lugar se propone la banalidad intranscendente de que se renueve cada tres años, aunque sus beneficiarios duren en sus cargos seis años de inoperancia legislativa.

Cuando se le planteó el Secretario de Gobernación la razón de esa omisión, su argumento más fuerte fue porque hubo mayoría en la consulta popular, en el sentido negativo, ahora nos preguntamos y le preguntaríamos al Secretario de Gobernación, ¿cómo se decide esta mayoría, si el futuro de la Nación está en manos de los sostenedores de una idea determinada que inscriban bajo diferentes nombres y membretes muchas ponencias, aunque éstas sean repetitivas?

La negativa de apertura al Senado provino de las más reaccionarias voces del mundo oficial y éstas son las que están determinando nuestro destino contra toda lógica, congruencia e interés nacional por la democracia y su integración a las leyes secundarias, si bien en la Constitución, no se pueden dar todos los detalles, si se debe perfilar el mínimo esencial de cada institución y no remitirlo a la ley reglamentaria, es como si se propusiera que la soberanía de la Nación, según texto constitucional, se depositara en tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial y se dejara a las leyes secundarias la determinación de lo mismo, la unicidad o colegialidad de la presidencia, el número de diputados y senadores en la integración de las Cámaras de Diputados y Senadores y en la composición del Poder Judicial.

Reconozco que en la iniciativa conjunta de varios partidos se incurrió en la misma falla, pero la comisión, de aceptar la ida, pudo haber propuesto una forma más completa, Más defectos se le pueden oponer a la iniciativa presidencial y si la resistencia física lo permite, lo haremos ver en la discusión en lo particular, en el supuesto de que se llegue a este trámite a la discusión que estamos siguiendo de estas iniciativas presentadas, tanto por el Ejecutivo como por el conjunto de los partidos.

Por lo expuesto, en alguna forma nosotros fijamos en esta forma nuestro criterio y es la opinión sincera de la fracción del Partido Demócrata Mexicano, que como dijimos al principio, votará en contra de la iniciativa en discusión. Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Hildebrando Gaytán Márquez, del Partido Popular Socialista.

El C. Hildebrando Gaytán Márquez: -Señor presidente; señoras y señores diputados: consideramos nosotros que los partidos políticos desarrollan en la actualidad -y con más razón en el futuro habrán de desarrollar- una importante lucha dentro de la historia de nuestro país, en el progreso, en el desarrollo económico, en las luchas sociales, en la cultura y sobre todo para la soberanía de la nación.

En esta etapa del desarrollo de un país que ha entrado al desarrollo industrial, son las instituciones adecuadas para dar la lucha política y poderle dar al Estado en sus diversas instituciones, las funciones que deben cumplir en a etapa contemporánea.

La lucha política y los mecanismos de elección se han venido desarrollando en forma paralela en la historia de nuestro país. Se ha señalado, para refutar la propuesta que hace el Partido Popular Socialista, en una de las tres iniciativas que han sido dictaminadas y que son motivo de discusión en esta sesión, se señala -decía-, que la fórmula de representación proporcional carece de antecedentes históricos y que la forma que está enraizada dentro de la historia de nuestro país, es la del voto directo.

Queremos hacer estas consideraciones, en donde se podrá ver cómo los mecanismos electorales que se han establecido en nuestro país, no han llegado en el momento oportuno sino más bien ya tarde y que de ninguna manera ha sido exclusivamente uno solo como se ha afirmado.

Durante la etapa de la colonia, exactamente al concluir ese período de nuestra historia en 1820 se introdujo en nuestro país el mecanismo del voto indirecto para nombrar los regidores de los

ayuntamientos. Anteriormente, sencillamente no había los procedimientos electorales, se abre la oportunidad de que el pueblo elija a sus representantes, limitándolo a aquellos que tenían una posición económica: sabían leer, escribir, etcétera, y utilizaban el voto directo.

El voto indirecto entra en México en 1820 y en la Constitución de 1824 se reafirma, sin embargo, pocos años después, una vez que empieza a caer la estructura colonial y tratar de darse la vida democrática de acuerdo con los intereses de los mexicanos, se ve la traba que significa el voto indirecto en la vida de nuestro país.

En 1847 Otero ya propone que se introduzca el voto directo y no el que venía funcionando. Pensamos nosotros que cuando Otero propone la introducción del voto directo, es el momento exactamente que correspondía al desarrollo histórico de nuestro país, o más aún, en la etapa ya del Constituyente de 1857, sin embargo, no se hace caso y durante el porfiriato, utilizar el mecanismo del voto indirecto sirvió a las mil maravillas para perpetuar esa situación de la dictadura de Porfirio Díaz.

Si se hubiese introducido el voto directo y se hubiera dado otros pasos en otros aspectos, sencillamente la vida democrática hubiera chocado más directamente con la dictadura, pero durante todo el siglo pasado, desde que nace México en los procesos electorales, predominó el voto indirecto.

Precisamente Madero, dentro de las demandas de tipo político -para no mencionar otros aspectos de la Revolución- reclama la adopción del voto directo en la elección de todos los cargos de elección popular, ayuntamiento, legislaturas locales, etcétera; y en 1912 se introduce por primera vez en nuestro país el voto directo para la elección de los cargos electorales, ¿Con cuánto atraso llegó a México el voto directo? ¡por lo menos 50 años!

Correcto, se sigue llevando adelante la vida democrática de México. En estos años posteriores ya a la Revolución Mexicana surgen partidos políticos locales en diversas partes del país y lo que era la lucha política alrededor de los caudillos, poco a poco se va transformando ya en una lucha a nivel de programas, se desarrollan partidos políticos después de 1929, con el Partido Nacional Revolucionario, años atrás el Partido Laborista Mexicano en la etapa del general Cárdenas, donde no solamente es un cambio de nombre, sino que es un cambio profundo, que se da en el Partido de la Revolución Mexicana (PRM) que nace en 1938, surge ante el grave peligro de que se de un golpe de Estado propiciado por el imperialismo, las compañías petroleras expropiadas y las fuerzas federales todavía reaccionarias, un golpe de Estados para echar abajo la expropiación del petróleo.

Se necesita un organismo político que movilizará a todo el pueblo en defensa de la expropiación del petróleo y del régimen de la Revolución y por eso el Partido Revolucionario Mexicano surge con las características de un frente político, puesto que más que individuos, lo integran las asociaciones de trabajadores de diversos sindicatos, Confederaciones de Trabajadores Mexicanos, el Sindicato Mexicano de Electricistas, la CROM, la CGT, el ejército en su conjunto, las organizaciones campesinas, los trabajadores del Estado, no en su calidad de individuos sino como integrantes de estas organizaciones sociales para responder a problemas conyunturales de ese momento.

Eso es lo que explica esta estructura del Partido Revolucionario Mexicano y que pasado el peligro del golpe de Estado y de la asechanza imperialista, después debería haberse procedido a la filiación individual voluntaria en todos los partidos políticos.

Nuestro partido, efectivamente, establece el derecho de la filiación política de los ciudadanos al partido que determine cada quien.

Después de la Segunda Guerra Mundial y una vez que se da un creciente desarrollo industrial, surge la necesidad de darle mayor precisión al camino de la Revolución Mexicana, el Partido Popular Socialista que surge en 1948, dijo el maestro Lombardo, nace como un organismo político más para apoyar a la Revolución Mexicana, desde una posición muy definida, antiimperialista y que años después ha venido definiéndose, o se definió en 1960, como un partido de la clase obrera.

Pero al nacer en 1948 el Partido Popular Socialista y visto el desarrollo ya de las clases sociales previó y así lo propuso, que el nuevo mecanismo electoral que substituyera al voto directo, debería ser la representación proporcional y por eso, desde entonces, el Partido Popular Socialista alrededor de otras medidas, dentro de la vida democrática vino luchando también por ésta.

En 1964 es claro que concluyó el ejercicio absoluto del voto directo, al entrar los diputados de partido a formar parte dentro de la Cámara de Diputados y en 1977 se introduce la representación proporcional limitada. Nosotros pensamos que la representación proporcional, así como lo establece la iniciativa del partido sujeta a dictamen, desarrollaría mejor la

existencia y la lucha de los partidos en esta etapa, pero fundamentalmente reflejaría en forma más adecuada al apoyo, la fuerza de los partidos que tiene dentro de la sociedad mexicana, dentro del pueblo.

Los partidos, desde nuestro punto de vista, no solamente en la situación de México se definen frente a las clases sociales fundamentales de la sociedad, también uno de los aspectos muy importantes es la definición y la actitud que deben tener frente al imperalismo norteamericano, que constantemente está buscando las diversas formas para intervenir en la vida económica aumentando las inversiones extranjeras, etcétera; y con ese aumento en la vida económica, aumentar también su influencia en la vida política y cultural.

Es indudable que los partidos políticos al definirse frente al imperialismo, ya sea para atacarlo con fuerza y todas estas asechanzas o bien para tratar de abrirle el camino, establecen una característica muy importante dentro del actual juego de las fuerzas políticas.

Qué importante es que el pueblo conozca estos aspectos para que se refleje su decisión en la Cámara, de tal suerte que con el sistema de la representación proporcional sean las fuerzas democráticas, progresistas, las que obtengan mayor peso específico en el Congreso de la Unión, para abrirle mayor camino a la Revolución Mexicana y derrotar las posiciones en las fuerzas de la derecha.

Nosotros no pensamos que la representación proporcional choque con el presidencialismo y sea un mecanismo la representación proporcional, propio o exclusivo del régimen parlamentario. No es dentro de la perspectiva, dentro de las perspectivas que tiene el Partido Popular Socialista planteadas para el desarrollo de México, no es el parlamentarismo el rumbo, el camino que debe seguir nuestro país, sino exactamente el presidencialismo fuerte, pero un presidencialismo que cada vez con posiciones más definidas en el rumbo de la Revolución Mexicana, vaya abriendo la posibilidad hacia lo que hemos denominado una democracia nacional revolucionaria, con la participación de las fuerzas sociales, democráticas de los trabajadores, en la decisión gubernamental de nuestro país.

Dichas pues estas consideraciones, no pensamos que las reformas a la Constitución tiene toda la profundidad que se requiere para fortalecer la vida democrática, para ampliar la vida democrática y poder establecer la vida democrática y poder establecer premisas que nos permitan combatir con mayor fuerza a la asechanza del imperialismo norteamericano.

En una reforma, pues, no fundamental lamentablemente y en el aspecto de la representación proporcional que sí encierra nuestra iniciativa, la materia fundamental se rechaza en las otras, en la del Ejecutivo y por eso nosotros mantenemos nuestro criterio en defensa de la iniciativa que se presentó anteriormente. Muchas gracias. (aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano Juan de Dios Castro, del Partido Acción Nacional.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Señor presidente: fatigados diputados y diputadas miembros de esta asamblea; quizá sea muy difícil atender un debate a éstas alturas de una de las más prolongadas sesiones legislativas que hemos tenido en este segundo período. Hablar ustedes de cuestiones técnicas como las que habló el señor diputado Berlín Valenzuela, de las que tocó el señor diputado Diego Valadés, sobre si es mejor el sistema mixto que combina el sistema de mayoría relativa con el sistema de representación proporcional, al único sistema de representación proporcional planteado por la iniciativa de cinco fracciones parlamentarias, podría ser un tema interesante para todos en otras circunstancias.

Decir a ustedes que el señor diputado Berlín Valenzuela manifestó en su exposición tan amplia, tan detallada, algunos de los conceptos que contiene su libro de derecho electoral de editorial Porrúa; pero que no coincide con el criterio del señor Secretario de Gobernación contra lo que dijo, porque el señor Secretario de Gobernación manifestó que el sistema de representación proporcional había traído históricamente el advenimiento del fascismo en Italia y en Alemania y el señor diputado Berlín Velenzuela dice lo contrario

. Establecer esa contradicción y cotejar la afirmación del señor Secretario de Gobernación y con el texto del libro, pues creo que no les interesaría gran cosa.

Señoras y señores diputados: yo creo que el problema central de la reforma política, no está en el aspecto técnico de la mayoría relativa combinada con la representación proporcional o de representación proporcional exclusivo para integrar esta Cámara de Diputados. Ese es un aspecto de carácter técnico que no podemos decir que constituya el fondo de una auténtica reforma política.

Si quiere hablarse de desarrollo político específicamente de tipo democrático, esos procedimientos electorales y las normas que deben regirlos

constituyen parte de la técnica de la democracia, pero no se identifican con la doctrina de fondo de la democracia.

Pueden o no ayudar a fortalecer los supuesto fundamentales de una sociedad democrática, el que sea mayoría relativa o representación proporcional quizá pueda reforzar, quizá no, una democracia en un país determinado y en un país dado, pueden o no ser congruentes con la búsqueda y realización constante y perpetua que parte de todos, de ustedes, los de la mayoría relativa, de la izquierda, del Partido Acción Nacional, del Partido Demócrata Mexicano, de las condiciones sociales, económicas y políticas, que favorezcan y fomenten el desarrollo pleno de las personas y de la sociedad.

Estas reformas pueden estar técnicamente a favor o en contra del logro de la justicia, en otras palabras. La técnica electoral, señoras y señores diputados, no representa ni el único ni el principal de los problemas de la vida política y de las posibilidades de una sociedad democrática en México.

El problema fundamental -y a eso me voy a referir en mi discurso-, es de voluntad política. Yo puedo argumentar aquí en favor de la representación proporcional, yo podría refutar los argumentos que se dan, las dificultades de índole matemática para establecer la representación de cada uno de los grupos, la supuesta fragmentación de la representación de la Cámara, la dificultad de establecer mayoría; podría argumentar que va en contra del principio democrático, lo que dice la iniciativa en el apartado C de la fracción IV, si no tiene el 51% de la votación de todas maneras van a tener mayoría en el congreso.

Podíamos argumentar eso, pero de qué sirve si no hay voluntad política ¿a qué voluntad política me refiero, señoras y señores diputados?, me refiero a la voluntad política que es decisión e implica con energía, llaneza y naturalidad, la aceptación de que en México es posible que la gente piense, se exprese, se asocie, se organice y acceda al poder de decisión sobre bases de alternativas diversas y respetadas.

Me refiero a la voluntad política que admite como posibilidad actuante, que alguna elección puede perderse, o sea, que el sistema corre el riesgo de cualquier democracia, la posibilidad de perder una elección. Y quizá más importante, que las bases de sustentación y las estructuras fundamentales de relaciones de poder en nuestra sociedad puede ser tocadas y puede sin miedo efectuarse un cambio sincero hacia la participación y a la justicia.

Claro, es muy bonito decir aquí en palabras y en teoría, como lo dijo una estimada diputada compañera, a quien respetamos mucho, Blanca Esponda: "es que la base de sustentación de la mayoría es la soberanía popular y eso no se puede cambiar y no podemos estar en contra de eso". Claro que no podemos estar en contra de que la base de sustentación política de cualquier gobierno tenga que ser la soberanía popular, pero una cosa es decirlo, otra cosa es hacerlo y practicarlos en la realidad, que sea una realidad vigente.

Queremos que haya voluntad política que renuncie a la renovación constantemente expuesta y propalada de una especie de racionalización y de antejustificación histórica, sobre la indispensabilidad para este país, de las propias líneas programáticas de decisiones y por tanto, al continuado intento de falsificar las posiciones reales de quienes con firmeza expresan no estar de acuerdo con aquella. Alguien que dice: sólo lo que yo hago es correcto y falsifica, deforma, calumnia, cambia indebidamente la postura de la parte contraria.

Queremos voluntad política, señoras y señores diputados, que acoja el reto y la rica responsabilidad de la pluralidad social como cimiento de la integración plural de poder y que admite sin sobresaltos y sin enajenación temerosa los cambios posibles de personas, de programas y de políticas.

Queremos una voluntad política que opta por promover, construir y utilizar los mecanismo eficaces para efectuar, aquí y ahora, en la historia actual el cambio radical de las relaciones de poder de la sociedad mexicana en favor de quienes más desintegrados están socialmente, en favor de quienes menos poder tienen para influir en decisiones de todo orden que los afectan y cuya voz es autorizada, ignorada o mediatizada.

Ese es el problema, señores diputados, voluntad política; una voluntad que está comprobablemente dispuesta a aplicar reglas iguales para todos y rechaza la sociedad de la desconfianza, de la credencial y del privilegio.

Queremos una voluntad política que sea determinación de ir mucho más allá de las mutantes proporciones formales, del 51 y del 49% electoral; el logro de la iniciativa, según el Secretario de Gobernación, la integración de una mayoría siempre del 51%, de tal manera que ni todas las minorías coaligadas puedan superar esa mayoría.

Me hablarán del Tribunal Electoral, me hablarán del Tribunal Contencioso: ¿y de qué sirve el Tribunal Contencioso, si la mayoría sigue asegurando la integración de ese tribunal?, y podríamos

hablar del sistema de autocalificación de la elección, ¿de qué sirve la resolución de un recurso incluso ajustado a la ley por el Tribunal contencioso?, si esa resolución puede ser cambiada por el Colegio Electoral.

Es problema, insisto y repito, de voluntad política; queremos voluntad política que no desprestigia ni las formas ni los principios democráticos y fíjense bien, ustedes que hablan de la violencia programada, planeado a nivel nacional, dicen ustedes por Acción Nacional, parece que esta palabra es reflejo de la acusación que ustedes hacen. Una voluntad política que no acorrala a los ciudadanos a buscar soluciones desesperadas.

Es muy fácil decir cuando se consuma el fraude, el defraudado insulta e injuria a la autoridad: "me robas la cartera y te digo ladrón" y el ladrón voltea y me dice: "me estás injuriando".

Queremos voluntad que no se arroga el derecho de decidir cuando los gobernados han de estar preparados para gobernarse por sí mismo y han de intervenir decisoriamente en los asuntos que son de todos, de una voluntad que no busca justificaciones inexistentes a favor del argumento, de que es necesaria primero la reforma económica, social o educativa antes que permitir o realizar la reforma política.

Queremos del Gobierno, voluntad política que diáfanamente con claridad meridiano prefiera el consenso expreso y la voluntad que renuncia a la renovación constantemente expuesta y propalada de una especie de racionalización y de autojustificación histórica, sobre la indispensabilidad para este país de las propias líneas programáticas y decisiones y por lo tanto, al continuado intento de falsificar las posiciones reales de quienes con firmeza expresan no estar de acuerdo con aquellas.

No queremos quien diga: "yo Gobierno, soy indispensable; yo grupo político en el poder, soy indispensable para el progreso del país, los demás, las minorías confusas, no tiene capacidad para gobernar".

Queremos una voluntad política que acoja el reto y la rica posibilidad de la pluralidad social, como cimiento de la integración plural del poder y que admite sus sobresaltos y sin enajenación temerosa los cambios posibles de personas, de programas y de políticas.

Queremos señoras y señores, una voluntad política que en fin, esté dispuesta a enfrentar con tranquila valentía a entregar el poder, si el pueblo existencialmente capaz de expresarse así lo decidiera; y fue a mí, en la LI Legislatura y no es nueva la frase, ya la había pronunciado Agustín Olachea Avilés: "no dejaremos el poder, sino por la fuerza de las ballonetas, parangonando amigabo" y Rafael Corrales Ayala, actual gobernador de Guanajuato en esta Cámara y está en el Diario de los Debates, refiriéndose al grupo de Acción Nacional y concretamente al que habla, manifestó: "quiere llegar al poder, haga su revolución". Eso no expresa voluntad política de acatar la decisión mayoritaria del pueblo de México.

Queremos voluntad política en suma, que es decisión de variar en la práctica diaria y de conformar a la nación de acuerdo con la opción histórica del pueblo mexicano contenida en la Constitución de 1917.

Es inadminisible concebir una reforma política sin voluntad política, ya sé que me van a decir. "en México se respeta el voto del pueblo", ya Píndaro Urióstegui en su primer intervención hablaba del gran Madero, del respeto al sufragio y me van a decir también que hay división de poderes y me van a decir que hay autonomía municipal y me van a decir que esta Cámara es autónoma junto con la Cámara de Senadores, el pueblo sabe cuál es la verdad

. Es contradictorio considerar y tratar a las minorías, así lo dijo un diputado al principio: el poder no se comparte. Y otro diputado, también del mismo grupo dijo: no se comparte, el poder se ejerce; y el otro diputado que quiso justificarlo dice: también se ejerce por las minorías ¿y cómo las minorías pueden ejercer el poder, si no se les comparte? y repito, es contradictorio tratar a las minorías como simples corrientes de opinión, no como factores, así sean potenciales de decisión, que más o menos se les permita hablar pero que no afecten las maneras los márgenes, los procedimientos y los núcleos centrales del poder de decisión.

Es nugatorio de una voluntad política decidida a favor de una reforma política en serio, que se quisiera asignar a las minorías la estéril función de válvulas de escape. Vamos a aumentar la Cámara de Diputados.

Yo les digo, señoras y señores diputados: todo el pueblo de México está en contra de que se aumente el número de diputados en esta Cámara, para darle a las minorías desahogo, que sean válvulas de escape, este cómodo deseo se ha expresado en México de muchas formas; el partido del Gobierno se convierte así mismo, en centro aglutinador de diversidades opuestas y de hecho se colocan más allá y más arriba del centro y preside entonces mayestáticamente toda la vida nacional.

Queremos no la cuestión técnica, podemos mejorarla, podemos establecer el sistema mixto si ustedes lo quieren, aunque nosotros prefiéramos el sistema de representación proporcional. Podemos crear un tribunal imparcial, pero de qué sirve si no existe la voluntad política del gobierno -no digo de su partido porque es lo mismo-. del gobierno, cambiar algo que nuestro fundador, decía que no ocurriría nunca, recorrer el camino de Damasco, cambiar en serio para respetar la voluntad popular y que fuera vigente en esta casa grande y amada en trance perfecto de edificación, que es la Patria el lema de Madero, por el que se derramó sangre de compatriotas nuestros "Sufragio Efectivo. No Reelección", el que venga a contestar, piense con verdad y honestidad intelectual ¿el Gobierno ha cumplido ese postulado de madero? Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el ciudadano Jorge Alcocer Villanueva.

El C. Eduardo Valle Espinosa: -Quería preguntar una cosa: que por la fracción del Partido Revolucionario Institucional estaban inscritos los compañeros: Samuel Quiroz, Arnulfo Villaseñor, Rodolfo Menéndez, Eduardo González, Jesús Murillo, Mario Niebla, Juan Maldonado, Gonzalo Badillo, Heriberto Ramos, Carlos Palafox, Melquiades Morales, Santiago Camarena.

El C. presidente: -han estado declinado algunos señores diputados.

El C. Eduardo Valle Espinosa: -Sólo quería pedirles que cuando declinen nos lo informe.

El C. residente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Jorge Alcocer Villanueva, del Partido Socialista Unificado de México.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: -Señor presidente: señores diputados; vamos nosotros a dar a esta última intervención nuestra, en lo general, respuesta a algunos cuestionamientos que se han hecho aquí por parte de diputados del Partido Revolucionario Institucional.

En particular, yo quiero referirme a una constante que ha habido en las intervenciones antes de que ustedes decidieran ya no intervenir más; desde el primer orador, prácticamente del Partido Revolucionario Institucional, se dijo y se insistió a lo largo de las exposiciones posteriores del Partido Revolucionario Institucional, que la exposición de motivos de la propuesta de los cinco partidos suscrita por cinco grupos parlamentarios, tenía muchos defectos, había sido hecho de manera apresurada y una serie de cosas que estuvieron diciendo.

Pero es que ustedes no leyeron la exposición de motivos que acompaña el dictamen de la mayoría, si ustedes lo revisan, miren ustedes, es que esto no es secundario, esta Cámara conoce un dictamen sobre una de las iniciativas presidenciales, sin duda más importante que es un "colage", dicho en el vocablo americano, de la exposición de motivos del Presidente, no les dio tiempo a los señores que redactaron el dictamen, ni siquiera de dar, argumentos propios para sustentar su aprobación, tuvieron que tijeretear la exposición de motivos del Presidente, irla pegando y así presentarnos un dictamen pero vienen con toda elegancia y con toda seriedad a criticar los apresuramientos de los partidos minoritarios, a querernos dar lecciones de cómo se escriben las exposiciones de motivos y no estoy diciendo nada que no sea verdad y lo sabe quien escribió el dictamen, se los puedo documentar.

Tomen ustedes el dictamen por ejemplo, en la página tres y vean lo que dice el segundo párrafo y luego tomen la iniciativa del Presidente y vean las páginas siete y ocho; pues siquiera hubieran entrecomillado por una norma básica que se acostumbra en la redacción, si uno toma ideas de otro uno las entrecomilla para guardar un principio básico de algo que se llama honestidad intelectual, no se vale citar como de uno lo que es de otro.

Y eso fue lo que hicieron en todo el dictamen y nos quieren dar lecciones de cómo se escriben las exposiciones de motivos, no, pues con qué cara, en esto digo más allá de lo anecdótico que puede ser, todo el dictamen está copiado de manera por demás abusiva del texto presidencial, miren llegaron al extremo de copiar incluso los errores que tenía la exposición de motivos del Presidente, les voy a poner un caso; dice la exposición de motivos del Presidente: "que gracias a las reformas de 1982 y de 1977, hoy cuentan con el beneficio de una integración plural, además de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, todos los ayuntamientos del país, todos, al participar en su integración respectivamente 100 diputados federales, 169 diputados locales y 1 mil 416 regidores de representación", eso está en la página ocho de la exposición de motivos del Presidente, se repite textual íntegro en la página tres del dictamen.

Pero señores, si en todos los ayuntamientos del país hubiese regidores de representación proporcional, cuantos ayuntamientos hay en el país, 2 mil 270 más o menos, pero hay 1 mil 416 regidores, entonces ya no en todos los

ayuntamientos del país hay presencia de regidores de representación proporcional, pero bueno como a esto la comisión no le interesa, sino lo que le interesaba era sacar cuanto antes un dictamen, pues tijereteó y tijereteó y lo pegó, está bien se puede hacer dictámenes así, sí se puede, tan se puede que aquí estamos, al veinte para las cuatro de la mañana, discutiendo esto que si nos hubiésemos dado el tiempo suficiente -y eso es a lo que yo quiero referirme de manera central- tendría que haber sido en debate de otras características.

Lo que hemos presenciado en esta reforma, es el apresuramiento del Ejecutivo, el despotismo y el autoritarismo con el que el Presidente conduce estas cosas, porque estamos aquí a las 3:30 de la mañana, porque ya se hizo un calendario señores, porque el senado tiene que recibir mañana a como de lugar sin importar -hoy perdón, hoy es viernes ya-, hoy tiene que recibir el senado esto, a como de lugar ¿por qué?, porque así ya lo decidió la Secretaría de Gobernación, por eso, porque la Secretaría de Gobernación ya hizo el calendario que deben cumplir y deben seguir las legislaturas locales, porque la Secretaría de Gobernación ha determinado los tiempos del Congreso, ustedes lo saben, nosotros también, pero nosotros no estamos de acuerdo, por eso estamos aquí discutiendo, en condiciones absolutamente anormales y absurdas, pero esto viene de más atrás, arranca de la manera en cómo el Ejecutivo procesa esta reforma política, procesa una reforma política en la cual primero, lanza una convocatoria, finalmente entrega en donde se suponía iban a participar los partidos políticos, como coorganizadores de la consulta, se les reduce al papel de espectadores, la consulta la lleva, la dirige el Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobernación, concluida la consulta, el Ejecutivo no convoca a los partidos, toma -dice él- lo que pasó en la consulta, que hubo cosas propuestas importantes de los partidos, pero también de las personas en lo individual, lo toma él y él decide lo que hacen con él, a eso nos referimos.

Por cierto, para los que no entendieron nuestra exposición de motivos, cuando decimos que no es posible, que el Poder Ejecutivo o uno sólo de los partidos sigan decidiendo unilateralmente las normas y alguien nos dijo, quien decide la normas, por favor, es aquí en la Cámara de Diputados, si pero bajo qué procedimientos compañeros, porque el Presidente hizo su iniciativa, miren ustedes, no es posible que en una iniciativa tan importante como esta, la Comisión no haya encontrado necesario cambiarle siquiera una coma, a ese grado de perfección llegó el redactor de la iniciativa y también resulta sorprendente que no haya encontrado una sola propuesta, una sola propuesta de la oposición que incorporar a la iniciativa.

Eso da idea de los marcos en que se ha venido desarrollando esta reforma, esta es la reforma que el Ejecutivo desea, más allá de las opiniones de los partidos, incluso voy más lejos, más allá de las opiniones de la sociedad, este si es un problema, este es un problema, porque entonces señores, van ustedes aprobar hoy aquí -el partido mayoritario-, una reforma con la que sólo ustedes coinciden y eso más allá de cuestionar la que no hay por qué cuestionar, estamos en una asamblea legislativa, en la que la mayoría tiene la decisión, pero eso cuando menos no puede ser calificado de ser un procedimiento que buscó el consenso, que buscó la apertura de canales de consenso y de participación democrática.

Porque si ustedes recuerdan y yo se los quiero recordar a ustedes a los señores diputados del Partido Revolucionario Institucional, ¿cuántas intervenciones hizo el Partido Revolucionario Institucional en esa consulta pública?, bastantes, yo recuerdo por ejemplo como la señora Irma Cué de Duarte en una de las primeras intervenciones en esa consulta, hizo una propuesta al nombre del Partido Revolucionario Institucional ¿se acuerdan?, de que en los 400 diputados, el Partido Revolucionario Institucional también participará en los 100, y que esa era la propuesta del Partido Revolucionario Institucional y luego hubo muchas propuestas, yo las estuve revisando -algunas- y lo que me sorprende es ver cómo el Partido Revolucionario Institucional ahora afirma que esta propuesta, esta iniciativa del Ejecutivo, recoge sus propuestas del Partido Revolucionario Institucional, pues miren la verdad es que no recogió de las propuestas que ustedes hicieron en la consulta, casi ninguna, porque ¿no Mario Moya Palencia -que yo recuerde-, no habló a nombre del Partido Revolucionario Institucional, cuando menos su ponencia no está firmada a nombre del Partido Revolucionario Institucional y él aclaró que la presentaba como un ciudadano, pues él fue el que propuso elevar a 500 el número de diputados.

Y así podríamos ir revisando otras propuestas que hizo Mario Moya o que hicieron otros, entonces, resulta sorprendente que de pronto el Partido Revolucionario Institucional, encuentre en la iniciativa presidencial al expresión fiel, perfecta, cabal de sus propuestas y aspiraciones. Pues ese señores, cuando menos acepten que no es serio, no es serio, es la adaptación necesaria a la voluntad presidencial, pero no es más que eso, pero lo más grave de eso, ustedes tienen derecho o el Presidente forma parte de su partido, pero a lo que no tiene derecho nadie, nadie, es a tratar así al

Congreso, una dinámica de mata caballo, para sacar las cosas, eso es lo que no se puede, porque qué trabajo hubo de discusión a fondo y aquí quiero ser muy claro, yo creo que hubiese habido compañeros diputados del Partido Revolucionario Institucional que hubiesen deseado tener al igual que nosotros, tiempo y condiciones para discutir a fondo.

¿Cuántas reuniones de discusión hizo la comisión compañeros? una discusión, una en la que se aprobó el dictamen, se nombró una subcomisión que llegó y presentó un dictamen, pero ya no había tiempo, había que sacarlo.

Si esta reunión, nos está llevando en estas condiciones a estas horas, cuándo nos hubiésemos ahorrado, si después de la comparecencia del Secretario Bartlett, la Comisión tiene una auténtica dinámica de trabajo, de ir viendo, pero sobre todo de flexibilidad y de apertura, no para desechar de entrada y para otorgarle a la iniciativa presidencial el carácter casi de bula pontificia, imposibilidad de error alguno; pues no, nosotros no creemos que el Presidente, esté dotado de la infalibilidad del Papa, y que sus propuestas, tengan el carácter de intocadas y eso es en realidad a lo que se nos ha conducido, de todo un procedimiento viciado de origen, viciado porque es antidemocrático, porque fue expresión de la voluntad del Ejecutivo, de los intereses del grupo gobernante y de los intereses de su partido, eso es lo que ha viciado, lo que ha negado esta reforma política, como decía el compañero Martínez Verdugo, en su intervención.

En la reforma de 1977, cuando menos se procesó de otra manera, tuvimos discrepancias en aquel entonces diversos partidos, pero hubo una manera de amarrar algunas cosas básicas, en esto no, en esto sufrimos los partidos de oposición; todos los partidos, excepto el Partido Revolucionario Institucional, porque aquí todos los partidos y eso no es un dato secundario compañeros, no es un dato secundario, en el panorama político que se abre en México, que todos los partidos sin excepción hayan aquí hablado en contra de la iniciativa presidencial.

Ese no es un dato secundario, no es, no puede ser un dato secundario que con diversos matices y con diversas características, la iniciativa presidencial, logre unificar en su contra a ocho fracciones parlamentarias y quede sólo la fracción mayoritaria para apoyar lo que el Presidente ha mandado.

No es un dato secundario, revela las insuficiencias, revela los defectos, revela estos tratos absolutamente despóticos y autoritarios. Eso es lo que tenemos enfrente, van ustedes a aprobarla y van a rechazar la nuestra con argumentos -con esto quiero terminar-, tan pedestres como los que usaron o tan pedestres no como los que usaron, sino como el método que usaron para poder hacer el dictamen sobre la iniciativa del Presidente.

Miren ustedes, la mayoría tiene dos varas para medir, mide al Presidente con una vara, la de la infalibilidad y a la oposición con otra, la de que no tiene razón en nada. Les voy a enseñar lo que hacen: dicen ustedes en su dictamen en donde desecharon la propuesta de los cinco partidos, lo siguiente en la página cinco: "nosotros propusimos los cinco partidos en el artículo 41 constitucional que se prohibiera el uso de los emblemas nacionales, de los símbolos patrios, como distintivos electorales de cualquier partido" y no pusimos ningún argumento en la exposición de motivos, lo aceptamos, fue un error, pero entonces dice la Comisión Dictaminadora: "la comisión estima contrario a los fines de la reglamentación constitucional de los partidos, el establecer un conjunto de prohibiciones sin más fundamentos que la firma de los proponentes", por lo que igualmente no acoge la iniciativa en este particular.

La razón para que rechacen nuestra propuesta es que no la fundamentamos, y es que no se puede proponer algo solo avalado por la firma de quien lo propone, pero señores, el Presidente de la República propuso incorporar al artículo 60 de la Constitución algo que no estaba en la Constitución y que es esa frase a la que se han referido aquí varios de mis compañeros, cuando dice la propuesta presidencial que en un momento más ustedes aprobarán, lo siguiente: "corresponde al Gobierno Federal, la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales"; bien señores la Ley Electoral actual en Su artículo -si mal no recuerdo, es muy noche-, me parece que el 56 ó El 76, Dice: "que es el Estado, que corresponde al Estado en corresponsabilidad con los partidos políticos y los ciudadanos, etcétera".

El Presidente señores y reto a que alguien me demuestre estoy mintiendo: no dice una sola palabra en su exposición de motivos, de por qué propone introducir esos cambios en la Constitución, del por qué propuso introducir eso en la Constitución, no hay una palabra en la exposición de motivos ¿por qué no se le aplicó al Presidente el mismo criterio que a la iniciativa de los partidos de oposición? ¿por qué el Presidente, si puede proponer algo sin fundarlo y la oposición no? hay dos varas para medir; el Presidente no necesita fundar, el Presidente tiene la vara, para eso es Presidente; a juicio de ustedes, no estamos

de acuerdo, eso es muy antidemocrático, ustedes aprobarán esto. (Aplausos.)

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Jesús Noriega Cantú, del partido Socialista de los Trabajadores.

El C. Jesús Heriberto Noriega Cantú: -Con su autorización señor presidente; compañeras y compañeros diputados: por tercera ocasión en esta sesión, la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores participa en este debate en lo general, con el propósito de exponer sus razones del fondo que le han llevado a votar en contra de este dictamen; no por hacer uso en tres ocasiones, necesariamente seremos reiterativos porque consideramos que es responsabilidad nuestra en este trascendental debate, insistir una y otra vez desde distintos enfoques, acerca de lo que consideramos lesiona severamente los derechos de los partidos políticos y la ciudadanía. Para nosotros el rasgo característicos de este conjunto de iniciativas constitucionales en materia electoral no es, a diferencia de la reforma electoral anterior, la vigente, el de abrir mayores espacios políticos que permitan la legitimación e incorporación de nuevas fuerzas políticas a la representación nacional, sino el de consolidar lo ya alcanzado en el sistema de partidos existentes.

Se busca renovar nuestro sistema electoral para consolidarlo con todas sus limitaciones pero no ampliarlo; esta iniciativa tiene un carácter defensivo, esta es una reforma que no abre más espacios políticos, que carece de la profundidad y contenido necesarios para dar cauce al descontento popular derivado de la crisis económica, que no contribuye a alcanzar la unidad democrática del pueblo para estar en condiciones de frenar a la reacción y enfrentar con éxito las presiones externas, se reforma para reafirmar, no para avanzar; manteniendo una posición defensiva no es como vamos a enfrentar el riesgo a que nos ha llevado la política económica, al debilitar la democracia y también la capacidad de defensa de la soberanía. Con esto, se marca la pauta para establecer los límites de la reforma sin llegar a cambios substanciales. La reforma política de 1977 ha sido un proceso que le ha permitido al Estado mexicano reafirmar los mecanismos de negociación y concertación política para recuperar consenso y legitimidad, evitando la profundización del proceso hacia la rigidez y el endurecimiento del sistema político.

La reforma política abrió para la izquierda una etapa sin procedentes, pues se enfrenta por primera vez a los problemas de las luchas electorales y parlamentarias, pero también cobró significado para la derecha que se vio alentada por los sectores más conservadores del país, dando como resultado que el sistema pluripartidista creado por la reforma política, no incrementó como se esperaba la fuerza de los partidos progresistas.

Son indiscutibles los avances que en materia política se logran con la reforma sin embargo, por lo limitado de esos avances, se han librado frente a la reforma política vigente las más encontradas posiciones ideológicas, políticas y teóricas.

Para nosotros, en el Partido Socialista de los Trabajadores, ha sido conducta política no constreñirnos al marco de los procesos electorales y de los debates parlamentarios, sino que hemos dirigido nuestro esfuerzo a auspiciar la democracia en las organizaciones gremiales, en la vida municipal, profundizando con ello en la tarea de organizar al pueblo, ya que constreñirse a la manifestación de la disidencia dentro de esta Cámara de Diputados, permite el fácil dominio del partido oficial con su mayoría, muchas veces mecánica, de votos en la Cámara.

Esto significa que nuestro planteamiento es de una democratización más profunda, el de luchar por elevar el papel social y político de la clase obrera y el pueblo, para que dotados de su partido de clase y en alianza con las mejores fuerzas de la nación, promuevan la democratización de la vida nacional, ejerzan plenamente los principios constitucionales de la soberanía popular, objetivo que puede ser logrado a condición de que la reforma política pueda ser aprovechada para impulsar el cambio de modelo político.

Por eso no consideramos la reforma de 1977 como una trampa de la burguesía, sino como posibilidad de abrir un campo de lucha política que contribuyera a forjar la unidad democrática del pueblo y por eso también nos alejamos de la campaña que invitaba a dejar de participar en las elecciones en vista de que no son genuinas, por ello prepara el ambiente a regímenes neofascistas, sin embargo, además de estos precedentes de la reforma política de 1977, consideramos importante para valorar nuestras razones de haber votado en contra de estas iniciativas, el contexto en el que se inscriben las mismas.

Nosotros consideramos que hoy en la actual agudización de la lucha de clases, no existe por ahora un ascenso revolucionario, sino por el contrario, un avance de las fuerzas contrarevolucionarias, en la contradicción que se agudiza, también nació el imperialismo, se han puesto en alerta las mejores fuerzas del pueblo para rechazar toda ingerencia extranjera en nuestros asuntos internos. Se agudiza

el malestar social por la crisis económica que golpea durante al nivel de vida del pueblo y se deteriora la capacidad de respuesta y de negociación del régimen frente a las fuerzas que son sus sustento. Por esto, hoy son insuficientes los espacios políticos que las luchas del pueblo han conquistado para mantener la estabilidad política y alcanzar un mayor grado de legitimidad, ni tampoco para enfrentar con éxito las presiones internas y externas.

Consideramos que en cualquier momento, como ha sido reiterado con objetividad sopesando con madurez y responsabilidad esta realidad, la desesperación del pueblo puede hacer en cualquier momento de crisis y si este descontento popular no tiene expresión política, puede desembocar en violencia.

Sin embargo, a pesar de ello, a las fuerzas de izquierda les es vital que la crisis se resuelva dentro del orden constitucional, para seguir avanzando y fortaleciendo su papel dentro de la vida política y el espectro político nacional; por ello creemos, deben darse pasos decisivos para acceder a una democratización plena de la vida nacional, deben darse cambios de fondo para que México cuente con un sistema de partidos y una representación nacional más auténtica tal y como aquí se ha demandado desde los municipios, en las legislaturas locales, en el Senado de la República.

Este será la única garantía, de que a través de esta mayor autenticidad de la representación nacional, estemos en condiciones de acceder a un nivel mayor de democracia.

Ello no se logra ahora con esta iniciativa, la demanda que dice compartir el Gobierno de la República, de que el pluripartidismo se mantenga como la expresión democrática más eficaz del régimen político mexicano, se pone en entredicho el sentido profundo, el tumbo que marca este conjunto de iniciativas, desde la óptica del Partido Socialista de los Trabajadores, avanza para fortalecer el bipartidismo.

Es este conjunto de iniciativas constitucionales que aparece como una de las estrategias generales para atender los conflictos sociales y políticos, lo que también desde nuestro punto de vista, quedó en una posición a la defensiva, por ello, nuestro voto en contra de este dictamen.

Consideramos que habrá de ser en la discusión en lo particular, en donde habremos de precisar y de fundamentar cada una de las propuestas que habrá de hacer nuestra fracción parlamentaria a los diversos artículos que se reforman, sin embargo, deseo en virtud de algunos planteamientos, señalados por el compañero Jorge Amador, hacer algunas consideraciones también de tipo general.

En el caso de la revocación que se propone, de cada tres años de una parte del Senado, consideramos que no expresa la voluntad democrática del régimen, sino cerrazón y control del Ejecutivo, sobre esta Colegisladora.

Toda la fundamentación en la exposición de motivos a favor de la democracia y de la modernización del sistema pluripartidista, no se ve reflejada en la iniciativa de reformas al artículo 56, en este sentido, tenemos una propuesta, que habremos de presentar en su momento.

Respecto a la representación proporcional absoluta del Congreso de la Unión, consideramos que en la actual correlación de fuerzas políticas, afectaría a la izquierda y alienta, como lo hemos señalado, el biodipartidismo burgués. Por ahora creemos también que el sistema mixto contribuye a garantizar la presencia de las fuerzas de la izquierda en el panorama político nacional.

Por otro lado, ya en nuestro programa de acción señalamos que los organismos electorales deben estar integrados con representantes de los partidos políticos registrados y de los poderes públicos exclusivamente. Estamos pues a favor de la corresponsabilidad en el proceso electoral, es la forma más democrática, reiterando nuestra posición de que debe ser el Estado Mexicano, el responsable de conducir el proceso o desarrollo y vigilancia del proceso electoral, no puede ser el Gobierno Federal.

Queremos también expresar, por último, en esta serie de intervenciones en lo general, que no ha sido un simple deseo caprichoso o voluntarista, tratar en la práctica de demostrar frente a una actitud que consideramos debe ser superada por la mayoría de esta Cámara, en el sentido de pretender constreñir una discusión de la trascendencia como la que todos avalamos, de este conjunto de iniciativas, simplemente en función de una serie de argumentos, para nosotros infundados, que le van a restar, y esta es una responsabilidad que no van a poder rehuir y que tienen que asumir ante el país, porque de una u otra manera, si vino a golpear -y tenemos que reconocerlo-, el ambiente en el que se está dando este debate, en el largo tiempo que tenemos ya haciéndolo y que para el Partido Socialista de los Trabajadores hubiese sido saludable que por encima de esos compromisos políticos que se tienen, para que el día de hoy pueda ser aprobada esta iniciativa de reformas constitucionales, por encima de ello estaba el compromiso y la responsabilidad con el pueblo mexicano.

Coincidimos con una observación que hacía el diputado que nos precedió en el uso de la palabra, no va a poder soslayarse un hecho político que tiene un peso fundamental, ocho fracciones parlamentarias vamos a votar en contra de ese dictamen, la mayoría asumirá su responsabilidad, hemos sopesado sus argumentos, no nos han convencido, como seguramente no les hemos convencido nosotros, al final de cuentas, el juez por un lado será el pueblo de México, pero los partidos políticos que nos vamos a enmarcar en estas reformas constitucionales, también sin lugar a duda tendremos oportunidad de elevar la voz para decir "alertamos a tiempo". Muchas gracias por su atención. El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Javier Paz Zarza del Partido Acción Nacional.

El C. Javier Paz Zarza: -Señor presidente; señoras y señores diputados: Ha sido norma de conducta de Acción Nacional, Desde su fundación, el proponer claramente a la ciudadanía de México, un modelo de sociedad más justa y más humana para todos, y este modelo de sociedad que proponemos, sus rasgos fundamentales, están contenidos no sólo en sus plataformas políticas, sino también en más de 276 iniciativas de ley presentadas en esta Cámara.

Rasgos fundamentales que no solo contemplan los problemas específicamente electorales, sino sobre la problemática educativa de empresa, de democracia sindical, de campo, de poder adquisitivo del pueblo, de cultura, etcétera; estas proposiciones describen los rasgos fundamentales de una sociedad de carácter plural y participativa, de una sociedad verdadera donde haya una distribución más amplia, tanto del poder político como del poder económico

. Queremos y buscamos y estamos convencidos, de que vamos a lograr un cambio democrático que el pueblo anhela, un cambio para terminar con la grave dicotomía de esta sociedad, donde las oportunidades para el desarrollo integral de la persona humana, se den en plenitud, y este cambio debe tener presente que la política es la gestión del bien común, que es indispensable la primacía de la política, porque de ellas se derivan y a ella concurren todos los demás problemas, porque la política debe concebirse siempre precedida de valores éticos y morales, y este cambio debemos de hacerlo hoy que discutimos reformas tan importantes, como son las constitucionales, por ello es menester analizar las reformas propuestas por el Ejecutivo, para ver si constituyen un avance o un retroceso conforme a la reforma de 1977.

En la exposición de motivos que el Presidente de la República presentó para esta reforma, dice que se está haciendo un esfuerzo, de responder al espíritu que inspiró las reformas de 1963, 1973 y 1977, a efecto de hacer avances en esta reforma, dice: "...que aspira a una democracia política concebida, A un régimen de participación, de seguridad, de equidad y de eficiencia para el acceso al poder público y para su ejercicio". Se habla de alentar, de asegurar y de incrementar la representatividad, afirma Miguel de la Madrid, que escuchó y que se escuchó y se atiende, en consecuencia, la necesidad de renovar la democracia integral ¿es o no un avance esta reforma, comparándola con las precedentes?

En 1977, como ustedes bien saben, el Presidente de la República en turno, giró esa famosa comunicación al entonces Secretario de Gobernación licenciado Jesús Reyes Heroles, en paz descanse; a efecto de que: "Se iniciara en la Comisión Federal Electoral, una consulta en la sociedad a efecto de que el avance político no debe ser sólo tarea del Gobierno de la República, sino hay responsabilidad y empresa participativa de todos los ciudadanos, en igualdad de responsabilidades".

Decía que es tarea de todos los partidos políticos nacionales, representados en la Comisión Federal y recalcaba, que el empeño de llevar adelante la reforma política necesaria para ampliar las posibilidades de la representación nacional, debe ser para garantizar asimismo la manifestación plural que concurren en el país, el propio licenciado Reyes Heroles, en la sesión del Congreso local del Estado de Guerrero, en 1o. de abril de 1977 indicó que: "La unidad democrática, supone que la mayoría prescinda de medios encaminados a constreñir a las minorías e impedirles que puedan convertirse en mayoría".

Quiere decir que mayorías y minorías, constituyen el todo nacional y evitemos, respetando la voluntad popular, el uso de medios violentos. El derecho con la autoridad y la autoridad precisamente con derecho, decía Reyes Heroles, garantizan que la intolerancia no se exija en sistema, por lo cual la conformación de la sociedad es responsabilidad del Gobierno, los partidos y los ciudadanos, en igualdad de responsabilidades y derechos; al instalarse la comisión que analizaría las comisiones y opiniones de la sociedad, el mismo licenciado Reyes Heroles dijo: "En reforma política, esta reforma política, es tarea que no tiene tabúes, ni tiene límites, la reforma debe calar hondo, tan hondo como sea necesario, y que no sea frenada por temores que no encuentren apoyo en nuestra vida institucional, ya que no se puede ver una sociedad sin participación

de ciudadanos, partidos y Gobierno". En mayo de aquel año, el presidente del partido oficial, licenciado Sansores Pérez, dijo textualmente "siempre hemos sustentado y así consta en diferentes documentos básicos de mi partido, que la Ley Electoral es perfectible. Tomando en cuenta el primer lugar a la ciudadanía, a los partidos políticos y al Estado, estamos -decía Sansores Pérez- en contra del dogmatismo sectario que pretende que el Estado y los partidos son ajenos a la ciudadanía".

Y ante estos argumentos, de entre otros, otros que dieron vida a la llamada reforma política de 1977, se reitera el darle a los ciudadanos, a los partidos y al Gobierno, igualdad de condiciones para ser actores del proceso electoral. Hoy día, se concibe que es responsabilidad, en primer término, del Gobierno Federal y accesoria a los partidos políticos y a los ciudadanos, tal parece que la línea echeverrista, en contra de Reyes Heroles, campea en los dirigentes y en los grupos que comandan la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

¿Cuál avance? En esta reforma de 1986, cuando el autoritarismo de la actual minúscula o grupo gobernante, se refleja en esta posición, la reforma constitucional, supone, tal como está concebida hoy en 1986, prácticamente innecesaria la participación de partidos y ciudadanos, no podemos concebir que corresponde en primer lugar al Gobierno la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, y ciertamente se puede argumentar, con ese segundo añadido en la participación y corresponsabilidad de partidos y ciudadanos, y hay que hablar que corresponde al Gobierno Federal, tal como lo dice la iniciativa del Ejecutivo, que realmente corresponde a un solo partido político que atiende servilmente al Ejecutivo en turno, porque un solo partido político, desde 1929, ha hecho uso y disfrute del 100% de las presidencias de la República, del 100% de los senadores, del 100% de los gobernadores, del 96% de los diputados por mayoría, del 98% de las presidencias municipales. Porque un solo partido político de diputados, muchas veces serviles y somnolientos dispuestos a levantar el dedo, las horas que fueran necesarias porque el Ejecutivo se los dice, maneja desde siempre las presidencias de la Comisión Federal, el 100% de los presidentes y secretarios de las comisiones estatales electorales, el 99% de las presidencia y de los comités electorales, distritales y municipales.

Un solo minúsculo partido político, el Partido Revolucionario Institucional, que representa en la vida política del país, el 99% del poder público. Y esta minoría servil que se ha apoderado de la vida política del país, en el 100% de los puestos públicos, están dispuestos a pasar ocho, 10, 20 30 y 40 horas, porque se los ordenan, porque acatan la disposición de una persona ajena a este poder político -un solo poder-, un solo partido político que representa el 100% de todo el poder público ¿cuál democracia señores? El control por tanto en exclusividad de ese "Gobierno Federal" que hoy día controla un solo partido político con máscara e hipocresía de democrático, la cara fascista de la corriente más autoritaria del país, se presenta en esta proposición llamada reforma de 1986.

En suma señores, esta modificación Constitucional no representa la defensa de fortalecer el estado de derecho, de ninguna manera vigoriza la vida democrática que debe prevalecer en esta convivencia social, ni es instrumento eficaz para garantizar el respeto de la voluntad del pueblo al omitir su voto, como eficazmente señaló el diputado Juan de Dios Castro.

La auténtica democracia, la auténtica transformación democrática para que haya prueba de buena fe -de un argumento del diputado Píndaro Urióstegui, somnoliento, por cierto, a estas horas-, es que aunada la modificación constitucional y a la de leyes secundarias, es indispensable modificar las bases reales de sustentación del poder, contrarias a todo sistema político democrático, y suprimir prácticas que al margen de las leyes, y en contra de ellas, mantiene a grandes sectores de la población en su estado de sujeción al partido gobierno, que se traducen en votos cautivos y en una serie de controles ilícitos, que vulneran seriamente los derechos humanos y las políticas que periódicamente y verbalmente se pregonan, la auténtica reforma política, no reside en forma única en la simple mutación de disposiciones legales electorales, así sea a nivel constitucional, si lo requiere la voluntad política real, de respetar la voluntad del pueblo, expresada en las urnas.

Y así vemos que en el dictamen de la Comisión de Gobernación, hacen caso omiso de la exigencia de la opinión pública, cada vez más agraviada por ese H. Congreso de la Unión, cada vez más agraviada por la intolerancia y la imposición. Hacen caso omiso a la exigencia, por ejemplo, de omitir que los partidos políticos utilicen los emblemas, los colores y los símbolos nacionales para fines electorales permanentes.

Y esta exigencia recogida desde siempre por Acción Nacional, no debemos hacerle caso omiso, a pesar de la pretención del diputado Oñate, de señalar que era cuestión sin importancia, exigencia

que debe respetarse y venerarse esos colores patrios, que como el Escudo Nacional y el Himno, son patrimonio de todos los mexicanos y no de una fracción, son patrimonio de nuestra patria; valores y elementos y elementos que nos vinculan y que por ello constituyen bienes espirituales que no deben ser sometidos a la subasta que constituye y conforman, la posición del partido oficial; valores espirituales no sometidos a la subasta que constituyen y conforman parte del bien común de la nación mexicana.

No podemos permanecer impávidos aún a estas horas, que por criterio de una minoría quieren que se discuta esta trascendental reforma constitucional, no podemos ver impávidos que sean usados los símbolos nacionales, exclusivamente por un grupo o partido y mucho menos para propaganda electoral. No podemos ver impávidos que sean utilizados los colores nacionales, algo de gran valor espiritual para los que amamos realmente a nuestra patria, para fines partidistas.

Eso es violentar la jerarquía misma de los valores, porque, señoras y señores diputados, los valores éticos que representan estos símbolos patrios, están y deben de estar por encima de las posesiones de fracción o de propaganda electoral y esto lo sabemos todos, como lo recordaba el maestro Preciado Hernández en esta Cámara, en una anterior legislatura, que es necesario preparar, proteger y defender los símbolos patrios de deformaciones y de usos indebidos, que contribuyendo con ello, fomentan tanto en la niñez como en la juventud, así como en muchos adultos, un sano patriotismo, que es el principio de la unidad nacional.

En tanto un pueblo no esté unido por un claro y profundo pensamiento, de respeto a la patria y por su entrañable amor, no conforma estrictamente un pueblo, sino puede convertirse en un grupo de conflictos equilibrado de apetitos y ambiciones personales que estén dispuestos a soportar los designios de una minoría para salir adelante, y debemos evitar esto último, nuestro México, tiene los principios esenciales de unidad, constituye una nación y es una patria, una nación con valores étnicos, sociológicos, fundados en hechos y vínculos nacionales y culturales como la sangre, el lenguaje, las costumbres, las tradiciones y, sobre todo, un pueblo que participe en la realización de valores universales de la humanidad, un pueblo que conjuga las luchas de gentes de distintas fracciones y grupos, de hombres que desde el partido oficial, estoy seguro que han luchado por transformar en un momento la vida social del país, de hombres de otras tendencias políticas, que estoy cierto que también tienen convicciones de defender nuestra patria, y este concepto de Nación, y este concepto de Patria, comunidad moral, como comunidad de pensamiento y sentimientos de aspiraciones y recuerdos, de alegrías y tristezas, tenemos que defenderlas, por ello es nuestra defensa en los valores de la patria.

Nos decía y se recordaba en la anterior legislatura ese fabuloso pensamiento de López Velarde: "que la patria debe ser concebida con hechos por todos y cada uno de los presentes, como la patria impecable y diamantina". La utilización inmoral de los colores nacionales por el partido oficial, es para crear confusión entre el electorado y para presionarles haciéndoles creer que los distintivos electorales de los partidos -que no usan como tal-, la Bandera Nacional, se contraponen al Emblema Patrio, y que por consiguiente deba usarse por un partido de Bandera, realizándose así un fraude que merece ser despreciado por los hombres, por los hombres bien nacidos, puesto que se menosprecia y se ultraja a la Bandera Nacional, convirtiéndola en instrumento de interés, de fracción, de los que siempre debe estar alejados.

Aunado con ello conforme a la denuncia que la Confederación Nacional de Asociaciones de Padres de Familia en su congreso nacional de febrero de 1986, dijo que el hecho de que se utilice en la forma de votar, sea cruzando el distintivo por el cual se vota, puede implicar un desprecio y un principio de falta de respeto a los colores de nuestra Enseña Patria. Por ello exigimos que los colores nacionales, sean respetados por todas y cada una de las fracciones que conforman la conglomerado nacional.

Aunado a esto, la proposición de los partidos políticos independientes, dicen que es necesario que en el 41 constitucional, se señale que es imposible hacer que se respete la voluntad de los ciudadanos para afiliarse a los partidos políticos, y que no es permitible ni aceptable que se les pretenda afiliar colectivamente; esta disposición tiene por finalidad, garantizar los derechos de los ciudadanos, los cuales en la actualidad son menoscabos al ponerse en práctica la filiación, filiación en organizaciones sociales ungidas al partido oficial, y para nadie es un secreto la filiación forzosa que se hace a los diversos grupos de la sociedad al partido oficial.

Eso además de ser antidemocrático, atenta a los derechos humanos, es inaceptable por todo concepto, la filiación colectiva a un partido político, cualquiera que éste fuera, porque la historia nos ha demostrado que las corrientes totalitarias para eternizarse en el poder, acuden al expediente de negar la dignidad de todos y cada uno de los integrantes de la sociedad.

Estos totalitarios, estos aprendices de totalitarismo, niegan la posibilidad de que sea el ser humano persona material con inteligencia y voluntad libre, con un destino superior qué emprender y constructores de una sociedad libre y solidaria, los que decidan los caminos a seguir, el negar esto, como es la pretensión de la comisión al servicio de la Secretaría de Gobernación, es señalar que se estima contrario el fenómeno de que la sociedad debe regirse con la suma de las voluntades populares, y esta comisión sostiene que lo que se pretende es negar que las organizaciones se conformen de acuerdo a la moderna sociedad de masas, se sostiene temerariamente que es necesario respetar la voluntad colectiva.

Esta posición fascista, es contraria contra la definición del propio artículo 41 vigente que señala en su tercer párrafo, que los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos que tiene como finalidad hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, por lo tanto el propio artículo 41 constitucional constituye, perdón, está en contra del criterio del más puro corte corporativista fascista, que la Comisión de Gobernación indudablemente sostiene, pretendiendo afianzar con ello los caminos, no solo de la intolerancia, sino del totalitarismo; este régimen, al negar la posibilidad de la libre filiación de los ciudadanos a los partidos políticos, única y exclusivamente demuestra su pretensión de conservar el poder cueste lo que cueste, no admite, porque tiene temor al pueblo, la posibilidad de perderlo total o parcialmente por los procedimientos democráticos.

Requiere un control pretotalitario de la estructura del país, por lo cual no se atreven a declararlo abiertamente y recurren a la simulación o a la falsificación, todo se estimula y se pretende que la sociedad sea cómplice de tal simulación, el partido del gobierno, no es un partido político auténtico, sino una agencia con doble vertiente, una como agencia de colocaciones de los técnicos parásitos y otra como dependencia paraestatal de control político de los ciudadanos.

Así empieza por simular un partido, se continúa simulando elecciones, se aumenta simulando legitimidad a los encaramados en el poder público -como en Chihuahua recientemente- y se termina con auténticos ateos, saqueos al erario público. Este control pretotalitario requiere el control de las grandes centrales de trabajadores, de burócratas, de campesinos, de profesionales, de militares, de desempleados, y se interviene en otras comunidades de instituciones pervirtiendo su función en contra de la institucionalidad que el constituyente señaló.

Señoras y señores diputados, estas breves reflexiones sirven para confirmar que la...

(Gritos en la sala.)

La llamada trascendental reforma constitucional del Presidente de la República, constituye la filosofía de cambiar por cambiar, dentro de los términos superficiales, pretende que el actual grupo en el poder sea la mayoría y se conserve como tal, como mayoría, y que los partidos políticos se conserven -los partidos políticos de oposición-, se conserven como tal de oposición por siempre, confirman que para el actual grupo en el poder, el proceso electoral constituye un rito intranscendente que debe cumplirse para mantener un disfraz seudodemocrático, para que el Presidente en turno, allá en el extranjero, en China o en cualquier otro país, señale que en México hay democracia; se pretende mantener la desigualdad económica de pobreza y miseria en este país, para mantener la falsificación de nuestra vida social.

(Murmullos en la sala.)

Exigencia es exigencia, que el Gobierno actúe con congruencia en sus prédicas y no está por demás señalar que esta reforma no podrá observarse como un avance, porque no llena esos requisitos por los cuales el pueblo exige un cambio, porque esa contrarreforma aplasta libertades y derechos, porque se reduce el crecimiento democrático que es necesario concebir, esta reforma de Miguel de la Madrid Hurtado, señoras y señores, pasará a la historia como falsario, pasará Miguel de la Madrid como corruptor y en suma, como violentador de la voluntad popular, porque a pesar de ellos, tenemos la certeza, como decía Manuel Gómez Morín, de que los valores trascendentales serán preeminencia en esta sociedad, decía Manuel Gómez Morín, que tenemos para hacer, para hacer de cada uno de los hombres de México, no una unidad indiferenciada de una masa homogénea, sino de los que con su más verdadera y valiosa naturaleza le reclama para ser persona, para ser cada familia, para ser cada ciudad.

Decía Gómez Morín, para finalizar, estamos seguros que seguiremos continuando abrazando a la fe que proclamamos, seremos en nuestra invencible esperanza de triunfo y estamos seguros para ustedes, señores de la mayoría relativa que esta fe que proclamamos, que con esta invencible esperanza seguiremos continuando, hasta lograr con el pueblo y no importando el costo que fuera, el rescate en su libertad política y económica.

Estamos seguros, y estén seguros señores de esta minoría relativa, que a pesar de estas reformas,

que no reforman nada de fondo, el avance de la sociedad hacia una construcción solidaria y democrática está más cercana, más pronto de lo que ustedes imaginan y verán que el pueblo, pronto los va a sepultar al lugar donde les corresponde. Muchas gracias. (Risas y aplausos.)

Presidencia de la C. Rosa María Armendáriz Muñoz

La C. presidenta: -El ciudadano diputado Manuel Fernández Flores, del Partido Popular Socialista, tiene la palabra.

El C. Manuel Fernández Flores: -Con su permiso, compañera presidenta; estimados compañeros diputados: Los dictámenes a discusión, abordan temas que son de vital importancia para la vida de nuestro país, tocar el tema de los procesos electorales será siempre de mayor interés, porque se estará tocando la esencia misma de la representación popular.

El desarrollo democrático de un país debe ser acorde al desarrollo económico, social y cultural de la sociedad, es por eso que el Partido Popular Socialista, al pugnar por un mejoramiento en los procesos electorales, ha presentado en diversas ocasiones proposiciones para que en nuestro país exista una real ampliación en su régimen democrático, ampliación en su régimen democrático como se fijó desde el nacimiento mismo de nuestro partido, simultáneamente a la lucha por una elevación del nivel de vida de nuestro pueblo, así como la lucha por nuestra cabal independencia en relación con el imperialismo norteamericano.

Los partidos políticos que tienen definición ideológica, sostienen sus principios de manera consecuente y que se consideran de carácter permanente sus tesis de carácter general, desde el punto de vista ideológico. El partido político tiene también su palabra de carácter programático, en torno a las cuestiones muy concretas en forma de objetivos que tratan de alcanzar.

El Partido Popular Socialista, analizando permanentemente la realidad objetiva que constituye el mundo en que vivimos, y consecuentemente la vida política de nuestra patria, hace ya algunos años presentó proposiciones tomando en cuenta la situación muy concreta.

Para ampliar el régimen democrático del país, en esta discusión que hemos tenido ha quedado claro que los partidos han sostenido tesis de acuerdo con los intereses que cada uno representa, ha habido casos de retorcimiento en el concepto de la democracia.

Para nosotros no es solamente un sistema jurídico, sino el constante mejoramiento de las condiciones económicas, sociales y culturales, como lo define el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Iniciativa del Ejecutivo, a nuestro juicio, no es un retroceso, pero no responde a las demandas más sentidas de nuestro pueblo para ampliar el régimen democrático, lamentamos que esta magnífica oportunidad no se haya aprovechado para presentar modificaciones más profundas, para que nuestro pueblo tenga una mayor participación en las grandes decisiones.

Hemos defendido el principio de representación proporcional, pues en la actual etapa de nuestro desarrollo histórico, no son los caudillos, sino los partidos políticos, los que deben decidir la vida política en México.

El sistema de representación proporcional, permite que los cuerpos colegiados estén integrados de tal manera, que cada partido quede representado en la misma proporción en que recibe el apoyo del pueblo, a través del sufragio. Para el Partido Popular Socialista está perfectamente claro, como lo demuestra la experiencia histórica, que del partido de la derecha, que del clero político, nunca podremos esperar ampliar la democracia, porque va en contra de sus propios principios.

Los problemas fundamentales en nuestra vida política, siguen siendo la intervención del imperialismo y el clero en la vida política de nuestro país, en flagrante violación al artículo 30 de la Constitución, tema en el que insistiremos en la discusión del Código Electoral Federal.

En apretada síntesis, estas son las ideas que nuestro partido quiere dejar sentadas en esta ocasión, reiterando las intervenciones de mis compañeros que anteriormente se ha hecho, e insistimos en que se rechacen los dictámenes de la Comisión y solicitamos el voto aprobatorio para la iniciativa del Partido Popular Socialista. Muchas gracias compañeros. (Aplausos.)

La C. presidente: -Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Manuel María Bribiesca Castrejón, del Partido Acción Nacional. Declina usted. Muy bien. (Aplausos.)

Presidencia del C. Guillermo Fonseca Alvarez

El C. presidente -Consulte la Secretaría si se considera suficientemente discutido el dictamen

relativo a la iniciativa de reformas a los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por los ciudadanos diputados de diversas fracciones parlamentarias.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: -En votación económica y por acuerdo de la presidencia, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen al que hizo mención la presidencia, en lo general. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. presidente: -Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en relación con la aprobación del dictamen relativo a la iniciativa de reformas a los artículos 41, 52, 53, 54, 56, 57 y 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentado por ciudadanos diputados de diversas fracciones parlamentarias.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: -Se va a proceder a recoger la votación nominal del dictamen aludido. Se ruega a la oficialía haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN)

Señor presidente, el resultado de la votación es el siguiente: 202 votos en pro y 33 en contra. Aprobado el dictamen, señor presidente.

El C. presidente: -Consulte la Secretaría si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general, relativo a la iniciativa de reformas y adiciones a los artículos 52, 53, 54, 55, 58, 60 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen. Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido señor presidente.

El C. presidente: -Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en relación con la aprobación del dictamen relativo a la iniciativa de reformas y adiciones a los artículos 52, 53, 54, 55, 58, 60 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN)

Señor presidente, la votación reflejó 189 votos en pro, 30 en contra y 16 abstenciones. Aprobado el dictamen.

El C. presidente: -Consulte la Secretaría a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido en lo general el dictamen relativo al decreto que reforma y adiciona los artículos 52, 53 segundo párrafo, 54 primer párrafo y fracciones II, III y IV, 56, 60 y 77 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: -En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general, los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido en lo general, señor presidente. El C. presidente: -Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Separados los artículos por Manuel Terrazas, el 1o.; Manuel Bribiesca, los dos, 1o. y 2o. Jorge Alcocer, el 1o.; Pablo Alvarez Padilla, el 1o.; Genaro Piñeiro, el 2o.; Pablo Pascual Moncayo, el 1o. Ricardo Pascoe, 1o. y 2o.; Yáñez, 1o. y 2o.; Felipe Flores, el 1o. y Eraclio Zepeda el 1o.

El C. presidente: -Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN)

Señor presidente, el resultado de la votación es el siguiente: 190 votos en pro, 44 en contra y una abstención.

El C. presidente: -Aprobado el dictamen en lo general. Esta presidencia informa que han sido reservados para su discusión los artículos 1o. y 2o. del dictamen relativo al proyecto que se ha

mencionado. Se abre el registro de oradores para la discusión.

Del artículo 1o., han reservado: Manuel Terrazas, Jorge Alcocer, Pablo Alvarez Padilla, Genaro Piñeiro, Pablo Pascual Moncayo, Ricardo Galván, Felipe Flores; y en contra del 1o. y 2o., Ricardo Pascoe y Magdaleno Yañez. Estos son los oradores registrados en contra.

Jesús Galván para hablar en pro, Gonzalo Badillo, Altamirano, Jesús Murillo Karam, Francisco Berlín, Agustín Leñero Bores y la comisión.

Tienen la palabra el ciudadano diputado Manuel Terrazas del Partido Socialista Unificado de México.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: -Compañero presidente; compañeras y compañeros diputados: Ustedes van a perdonar, como se dice, pero vamos a tratar pues de argumentar nuestras proposiciones, y el tiempo será el necesario para poder cubrir la tarea que tenemos y que vamos a tratar de hacerlo en nombre del Partido Socialista Unificado de México, del Partido Mexicano de los Trabajadores y del Partido Revolucionario de Los trabajadores.

Venimos a proponer que se modifique y se adicione el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los términos a los cuales nos vamos a referir.

Antes queremos decir que nuestras propuestas aparte de tratar de establecer un marco jurídico más preciso para el desarrollo de la actividad de los partidos políticos, nos proponemos fortalecer a los propios partidos políticos y lo que implica en cuanto a las organizaciones, sociales, precisamente fortalecer el carácter, la naturaleza, en papel y las funciones de las organizaciones sociales, en primer lugar de los sindicatos, de las organizaciones agrarias y de organizaciones populares, es decir, de las organizaciones de masas.

Decimos nosotros que el sentido de estas proposiciones son precisamente el de fortalecer a los partidos políticos y a las organizaciones, porque se trata precisamente de defender el carácter y la naturaleza verdadera de las organizaciones y de los partidos políticos, se trata de desarrollar ese carácter, se trata de crear las condiciones que le permitan precisamente jugar su papel como partidos políticos, como organizaciones y establecer justas relaciones entre los partidos.

Queremos decir que al proponernos presentar estas proposiciones, en primer lugar, defendemos a las organizaciones sociales, a los sindicatos, a las organizaciones campesinas y a los partidos políticos. Contrariamente a lo que aquí se ha argumentado, porque esto tiene que ver con argumentaciones ya dichas con anterioridad, no hay base ninguna para plantear que se trata de debilidad a los partidos o destruir a las organizaciones, por el contrario, precisamente el fortalecer su carácter, su naturaleza misma, sus funciones, sus tareas; es que se les fortalece, se crean las condiciones necesarias para su desarrollo y para su crecimiento, amplia y extensamente en todos los sentidos, lo contrario, lo que no está establecido ahora, y lo que se permite, es lo que debilita porque desvirtúa, desnaturaliza a los partidos políticos y a las organizaciones, rompe la base que los mantiene unidos y los cohesiona, es el caso de los sindicatos.

Cómo es posible argumentar, que cuando se trata de fortalecer la unidad de los sindicatos, por ejemplo, el carácter de frente único de los sindicatos, su tarea de unir a todos los trabajadores en función de los intereses comunes, de los intereses profesionales, de los intereses gremiales; se argumente que se debilita, se debilita rompiendo precisamente la base natural innata, propia, específica de los sindicatos, cómo es posible argumentar que tratar de establecer la libre filiación política debilitando a las organizaciones, o a los partidos políticos, en tanto que se dice la base que nutre a los partidos políticos, en este caso nada mas hay un partido político. El Partido Revolucionario Institucional es la filiación forzosa a través de la integración masiva de las organizaciones dentro del partido, no contribuye de ninguna manera al fortalecimiento del partido como tal, desvirtúa el sentido de la reforma política inicial, de hacer de los partidos la base del sistema electoral completamente, en tanto que es una base artificial, forzada, obligatoria, no consciente, no militante verdaderamente.

Ese es el problema principal, por eso mismo, queremos nosotros, en particular, referimos a las siguientes consideraciones, antes de proponer las reformas y adiciones al artículo 41.

En relación con el artículo de que proponemos, se señala que no reportan ventaja alguna al desarrollo democrático, afirmación que se hace sin fundamentarse debidamente en el cuerpo de los señalamientos, más bien, se resalta la confusión entre desarrollo democrático, y desarrollo y conservación de los privilegios del Partido Revolucionario Institucional. Vamos hablando concretamente, este es el problema principal, no se habla de los demás partidos, en este caso, hay que considerar que se está tratando del Partido Revolucionario Institucional, al que perjudique en última

instancia, por las funciones que se le atribuyen, es al Partido Revolucionario Institucional y no a los partidos como instituciones, como entidades de interés público, como base fundamental del sistema electoral del país.

Se señala que no es técnicamente adecuado el repetir dentro del artículo 41, la garantía de asociación que establece el artículo 9o. constitucional; afirmación completamente falsa, como se puede comprobar con la simple lectura de dicho artículo, ya que él mismo se concreta a señalar que: "no se podrá coartar el derecho de asociarse o unirse pacíficamente con cualquier objeto lícito". Cuestión que no se discute y que no es objeto de la iniciativa de reformas al artículo 41, ¿cómo es posible plantear contradicción o nulificación de derecho establecido en el 9o. constitucional, cuando se propone que se prohiba la filiación obligatoria y masiva de los sindicatos de las organizaciones sociales a los partidos políticos?.

Aquí hay evidentemente una falacia, flagrante absolutamente; se han hecho también una serie de afirmaciones que tratan de descalificar de una manera superficial la propuesta de que la filiación que realicen los partidos debe ser individual y voluntaria y se señala que esto implicaría limitar el campo de acción de las organizaciones sociales, lo cual resulta completamente incongruente, ya que una cosa es las organizaciones sociales que se manifiesten sobre los problemas nacionales, rebasando el gremialismo, que actúe en la política general del país, que puedan coincidir con un partido programática o tácticamente, otra es que se obligue a todos los miembros de una organización social, a pertenecer a un solo partido político, lo que sí coarta los derechos individuales de los miembros de una organización social que se ven impedidos de optar por la filiación política de su preferencia.

En el caso de nuestro país, la filiación colectiva es uno de los mecanismos más importantes de coacción para fortalecer al partido oficial, ya que se pone en peligro sus medios de subsistencia, lo que desnaturaliza la naturaleza de las organizaciones sociales y políticas.

Por último, la referencia que se ha hechos a la fracción XVI del artículo 123, que establece el derecho de los trabajadores a coaligarse, no está a discusión y no puede plantearse como argumento en contra de las propuestas de modificación al artículo 41. Se ha afirmado que prohibir la filiación de organizaciones sociales va en contra de la autonomía de los partidos, y que de adoptarse ese principio, constituiría una intromisión en la vida de las organizaciones, esta afirmación deja de lado que hay una serie de artículos tanto en la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, como en el proyecto del Código Federal Electoral que plantea intromisiones en la vía de los partidos, como es el caso del impedimento de presentar los mismos candidatos en las listas uninominales o plurinominales, o en el caso más grave, de limitaciones a la formación de coaliciones, estas si presentan intromisiones a la vida autónoma de los partidos, lo que sí existe con este criterio que se ha establecido, es una intromisión en la posibilidad de los ciudadanos de decidir libremente su filiación política y una violación a sus derechos políticos.

Al manifestarse en contra de iniciativas presentadas por los partidos políticos, en el sentido de que la ley establezca mecanismos precisos para la asignación y el uso de recursos y asimismo se establezcan sanciones a las autoridades y partidos que dispongan de recursos no autorizados, las opiniones vertidas en contra de estas proposiciones se remiten a plantear que ésto ya existe, lo cual, es falso, ya que actualmente no se establecen sanciones y mecanismos precisos para su asignación, por lo que se recurre a argumentos superficiales que no fundamentan debidamente la oposición a esta propuesta, al descalificar o tratar de descalificar la propuesta de prohibir el uso de los símbolos nacionales para fines partidarios, no se entra al análisis de fondo de la propuesta y sólo se plantea que no existe fundamentación a la misma, aunque es obvio, son evidentes las razones y las ventajas que lleva la proposición.

El artículo 41, según esa propuesta que hacemos en nombre del Partido Socialista Unificado de México, la fracción parlamentaria del Partido Socialista Unificado de México, del Partido Mexicano de los Trabajadores y del Partido Revolucionario de los Trabajadores, deja los cuatro primeros párrafos como están y las modificaciones y adiciones son las siguientes, paso a leerlas:

"Los partidos políticos deberán realizar una filiación individual y voluntaria de sus miembros, queda prohibida la filiación de personas morales y organizaciones sociales, así como la utilización de cualquier forma de coacción o intimidación que menoscabe la filiación política libre y voluntaria de los ciudadanos.

Las constituciones estatales y sus correspondientes leyes electorales, no podrán establecer obligaciones mayores, ni derechos menores que los que esta Constitución señala a los partidos políticos nacionales.

En los procesos electorales, federales y locales, los partidos políticos nacionales deberán contar

en forma equitativa con un mínimo de elementos pendientes a la obtención del sufragio popular.

La ley establecerá los mecanismos precisos para asignación y el uso de los recursos materiales y en efectivo a que los partidos tengan derecho. Asimismo establecerá las sanciones a que se hagan acreedores las autoridades y los partidos políticos que dispongan de recursos públicos distintos de los que expresamente le otorguen las leyes y los órganos electorales competentes.

Ningún partido político podrá utilizar los símbolos y emblemas nacionales como distintivos electorales o permanentes.

Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales."

Entregamos a la secretaría las proposiciones de modificación y adición al artículo 41 de la Constitución. Muchas gracias.

El C. presidente: - Reserve la secretaría la proposición para discutirla y votarla en su oportunidad de confiad con el artículo 124.

Tiene la palabra el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores diputados: Ayer cuando iniciamos esta discusión, señalamos que a nuestro juicio creo que todos los partidos que intervenimos en contra, no había razón alguna para introducir en el texto constitucional, el dispositivo que permite garantizar una mayoría automática a cualquier partido. Nosotros insistimos en que este es un mecanismo ajeno a nuestra tradición política y que introduce en la Constitución un mecanismo que le es ajeno, y voy a intentar argumentar rápidamente por qué. En México - que nosotros entendamos -, las elecciones son directas, los cargos de elección popular se llega a ellos de manera directa, sin embargo ahora el Presidente en aras de una supuesta estabilidad y eficacia de la mayoría propone introducir en la Constitución un mecanismo que, de hecho, establece un principio de elección indirecta de representantes populares, porque estos representantes si se cumple la hipótesis que establece la propia Constitución que quedaría reformada, la hipótesis sería que ningún partido obtenga con su número de constancias de mayoría, la mayoría de la Cámara teniendo un porcentaje de votos inferior al 51% dice la Constitución. Y entonces en este caso se le entregarán, quizá en término más simple sea, se le regalarán, tantos diputados como requiera para completar mayoría en la Cámara o sea, para tener - dado que ahora va a haber 500 diputados - para tener 251 diputados, pero ¿a título de qué estarán esos diputados a la Cámara? ¿Quién los habrá electo?

Han dicho aquí algunos oradores - antes lo dijeron en la comisión - qué bueno que es una mayoría que decide, aunque tenga 40% de los votos, tenga el 51%, más uno de la Cámara; si pero ¿con qué votos? ¿Cuáles son los votos que respaldan la entrada de esos diputados a la Cámara? También se dice que es un mecanismo similar al que permite a los diputados de representación proporcional tal y como hoy existen, pero no, no puede ser, porque hoy en día en el sistema vigente, con el que se integró esta Cámara, hay una votación explícita, específica, emitida por esos diputados por esas listas, y hay una elección por tanto, sustentada en un principio directo de elección, valga la redundancia, mientras que en este sistema que propone el Presidente, ya no habrá dos votaciones - recuerden ustedes eso - habrá una sola votación, en una sola boleta todos los partidos obtendremos nuestros votos, en una sola boleta, en los distritos electorales y esa votación será la que computará para el otro sistema, pero habrá una sola votación.

Entonces ¿qué votos respaldan a esta pretendida formación mayoritaria? No tiene sustento, es un mecanismo de elección indirecta, ajeno a nuestra tradición política, pero no solo ajeno a nuestra tradición política, sino ajeno a las necesidades políticas del país, mayoría estable, mayoría eficaz, pues suenan a conceptos mucho más propios de un sistema parlamentario, ya también se ha dicho aquí que un sistema presidencial ¿por qué tiene que haber mayoría estable en la Cámara de Diputados en un sistema presidencialista? Si aquí no se nombra al Gobierno, la Cámara de Diputados no puede quitar al Presidente, no puede ni siquiera intervenir en la formulación de sus planes, entonces ¿dónde viene esa necesidad de una mayoría estable y eficaz?

Que aparte, como ya decíamos, bueno pues las mayorías también pueden ser muy ineficaces, eso lo padecemos a diario, pero lo que no hay es explicación aquí; pero si lo vemos en el sentido de la necesidad política, sí la hay y nosotros lo vemos en dos direcciones:

1. Con este mecanismo compañeros, se está abriendo el paso a lo que seguramente será la pretensión gubernamental de asegurarse la mayoría en una asamblea legislativa, o como le vayan a llamar en el Distrito Federal, porque el Distrito Federal es justo la entidad en donde se cumple la hipótesis que establece la Constitución, que es en

esta entidad, en el Distrito Federal, el Partido Revolucionario Institucional no tiene mayoría; anda por alrededor del 42 o 44% de la votación, y con ese 42% se llevará la mayoría de la Cámara, en eso están pensando en eso está pensando quien introdujo este dispositivo, porque si lo vemos con frialdad, el Partido Revolucionario Institucional es un partido que viene en descenso continuo, no lo digo yo, lo dicen las estadísticas desde hace varios años; en cada elección baja su porcentaje de votación, aunque aquí vengan y nos digan que tienen 17 millones de votos y todas esas cosas, no, cada elección viene bajando su porcentaje; sin embargo la tendencia estadística no indica que se producirá en el corto o en el mediano plazo, un descenso brutal de la votación del Partido Revolucionario Institucional que lo colocará en la hipótesis.

Pero bueno, también esto es producto de un partido ya desconfiado, eso sí hay que aceptarlo, un partido que no confía en sí mismo, y de una vez no vaya a ser la de malas que la estadística no se comporte con la normalidad que uno pretende y en una elección futura tengan un descenso brusco que ni con todas las cosas que hacen pudieran compensar.

Pero en lo inmediato, están pensando en el Distrito Federal, ese es el problema; están pensando entonces en una maniobra política introducida a la Constitución para de inmediato cubrirse en el Distrito Federal y cerrarse cualquier riesgo de un desplome brusco de su votación, y eso no es democrático, no es democrático, no pueden establecerse así las normas del trato político porque vayamos a la hipótesis extrema; si el Partido Revolucionario Institucional perdiera, si llegara a tener una votación inferior al 50% de la votación nacional, sin duda que estaría en una situación en la que políticamente incluso le sería muy difícil sostener su carácter actual, su pretensión de partido que todo lo decide, porque la sociedad estaría seguramente, entrando en procesos convulsivos que rechazarían este tipo de maniobras.

Entonces por estas razones, porque creemos que no existe ni tradición, no es parte de nuestra tradición política, porque no existe fundamento democrático que permita sostener esa barbaridad; es por eso que proponemos que se quite de la Constitución, del proyecto del Presidente, y que entonces el proyecto permanezca como con esto de los 500 diputados que, por cierto, nunca supimos por qué quieren 500, pero bueno, pues ya "pecata minuta"; pero esto sí es muy importante.

Entonces hacemos la siguiente propuesta:

Que se supriman los incisos c) y d) de la fracción IV del artículo 54 constitucional.

Dejo la propuesta por escrito a nombre del grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México, del Partido Revolucionario de los Trabajadores y del Partido Mexicano de los Trabajadores.

El C. Presidente: - En relación con la proposición del ciudadano diputado Manuel Terrazas, le informamos que el artículo 41 no está incluido en este decreto, en consecuencia no se le puede dar trámite. Y por lo que a la proposición del diputado Jorge Alcocer Villanueva, se ruega a la secretaría tome nota para someterlo a la consideración de la asamblea en el momento oportuno.

Tiene la palabra el diputado Pablo Alvarez Padilla.

El C. Pablo Alvarez Padilla: - Señor presidente; compañeros diputados: Es difícil ahora, no cabe duda, pero creo que con este acto de cumplimiento del deber, estamos de alguna manera satisfechos de estar respondiendo a la grave obligación que tenemos para con el pueblo de México. Quiero rogar por unos minutos su atención, a efecto de hacerme entender de ustedes en los términos más breves en que pueda hacerlo.

Señores diputados; compañeros todos: Yo creo que a nadie nos pasa por alto la trascendencia de este debate ¿como es posible que no entendamos la importancia de abrir nuevos cauces, de preparar nuevos y más adecuados caminos para transitar hacia una verdadera, hacia más completa democracia?.

Es precisamente uno de los fines, uno de los ideales que tenemos, especialmente los partidos de oposición, a efecto de que, vía legal, se corrijan con algo de buena voluntad tantos errores, tantos vicios, tantas fallas, tantas lacras que se han venido dando a lo largo de la historia de los procesos electorales en México.

Se busca también remover los obstáculos que legalmente pudieran significar un entorpecimiento de una adecuada aplicación de la ley, sino también aquellos obstáculos mentales, aquella especie de costra del alma que se ha venido creando en algunas de las gentes del régimen que piensan que es lícito sostenerse en el poder, pésele a quien le pese y sin tener consideraciones de carácter ético, ya en alguna ocasión tuvimos una discusión con el diputado Juan Maldonado Pereda en relación de que si lo sensible era ético, si lo ético era sensible.

Creemos que la ética es precisamente la manera como el hombre puede ordenar sus actos en función de un fin último, en función de un fin de perfeccionamiento integral; de manera que la ética no es extraña a las actitudes que tengamos en todos los arrestos de nuestra vida, incluyendo, también, los aspectos electorales que circunstancialmente nos toque vivir a lo largo de nuestra breve, mediana o larga carrera política.

Se busca adecuar la Constitución, un ideal deseado por todos durante muchos años, pero señores diputados vamos, y quiero que me ayuden, a hacer un breve análisis de las partes que intervienen en esta gravísima tarea.

Esta circunstancia con cierto grado de presión que estamos viviendo actualmente en materia electoral, de alguna manera ha servido como convicción al Gobierno para moverse y buscar un cambio. Pero en esta búsqueda de cambio debió habernos oído a los partidos de oposición, que somos parte importante del pueblo de México, y así lo reconoce la Constitución, cuando nos reconoce como entes de interés público, somos parte importante de la nación y nosotros tenemos la capacidad y la oportunidad de sentir dónde es exactamente donde nos duele; y le dijimos al Gobierno dónde dolía, y tal parece que ahí nos vuelve a pegar, en lugar de ayudarnos a salvar la enfermedad que nos aquejaba, ahí nos vuelve a dar el garrotazo, eso no es justo, eso no es lícito, eso no es ético.

Ya en alguna ocasión alguno de ustedes, no recuerda quién precisamente, hablaba de la "asesocracia"; no es ni la democracia, no es ni la aristocracia, ni es ni la autocracia, no es ninguna de estas formas tradicionales que conocemos de gobierno, es una nueva forma de gobierno que no lleva muchos años de haber sido instaurada en el país y que se llama ahora "asesocracia".

Y por si alguno quisiera la explicación de qué entiendo cuando hablo, por asesocracia, el término no es originalmente mío, lo oí y me gustó y creo que revela gran parte de lo que está ocurriendo precisamente en materia legal en las proposiciones que, como iniciativas, nos llegan de las distintas secretarías con la firma del Presidente a esta Cámara.

Es la asesocracia aquella usurpación de funciones que teniéndola el Ejecutivo las hacen los asesores sin darse cuenta de para qué o para quiénes hacen aquella iniciativa de ley.

Hay un ausencia evidente de falta de conocimiento, de falta de experiencia en las iniciativas que frecuentemente se nos proponen a esta legislatura, ni idea tienen los señores de lo que significa tener una Cámara de 500 diputados, si 400 difícilmente nos entendemos, si 400 difícilmente nos conocemos, si, inclusive, no somos capaces de convivir como seres humanos y tratamos de agredirnos en momentos; si alguien se queja hasta que por qué no trajo su pistola, para poder darle en la torre al que estaba en frente; ¿cómo es posible que 500 nos vayamos a entender señores diputados?.

Yo creo que no es en proporción del número como podemos los diputados mejorar la calidad de las leyes que deban ser votadas en este país; mucho tiene que ver la calidad humana, mucho tiene que ver el esfuerzo personal, mucho tiene que ver el esfuerzo colectivo, mucho tiene que ver la solidaridad del grupo parlamentario y la solidaridad de Cámara entre todos nosotros para que avancemos. Si estamos como perros y gatos y no podemos entendernos y terminamos a las ocho y media o a las ocho y media de la mañana el día siguiente, porque al Senado le tiene que pasar la minuta a las nueve; pues no sé; yo inclusive le sugerí a algunos de los diputados del Partido Revolucionario Institucional, que le hablara a Miguel Montes, el oficial mayor del Senado, que se viniera en una motocicleta a estar aquí fuera a ver a qué horas terminábamos.

Yo creo, yo creo, que sí estamos en una etapa que podemos ser más serios, y digo podemos, porque también me incluyo; padezco de alguno de los vicios que critico y si los critico es porque los conozco, porque he tenido la experiencia durante aproximadamente 20 años, he visto lo que sucede en materia electoral y he visto las fallas y las he convivido; me tocó en 1964, 1965 una de las últimas votaciones a la que acudió Vicente Lombardo Toledano, en una casilla de Flor María, ahí arriba de San Angel, ahí mismo les tocaba votar y en distinto momento votaron y creo que hasta se cruzaron don Manuel Gómez Morín o este Mauricio y Juan Manuel Gómez Morín, la presidenta de la casilla era Ruth Rivera, la hija de Diego Rivera, total, una mescolanza bonita aquélla y sin embargo ya íbamos a acabar peleados, íbamos a acabar peleando ¿por qué? por lo mismo, la intolerancia que tenemos y no es precisamente por ser mexicanos sino por ser irracionales.

Yo creo, compañeros diputados, que sí vale la pena que le demos una visita y la posibilidades de mejorar lo que los tecnócratas nos han dado. Han sorprendido al Presidente pidiéndole la forma y yo creo que no ha tenido tiempo el Presidente de revisarla, porque supongo que como maestro de la universidad, capacidad mucho más arriba de

lo que en esta iniciativa se trata de reflejar. Yo creo que le están haciendo un flaco favor al Presidente cuando mandaron esta iniciativa.

¿Cuál es el gobierno? Pues claro, es una de las partes que interviene para que esta situación se mejore. El Gobierno ¿Quién es el gobierno? Bueno pues es aquel órgano que nosotros los ciudadanos teóricamente hemos decidido que nos ayude a coordinar las tareas que llevamos, que debemos llevar adelante como sociedad; pero gobierno ¿cuál gobierno? pues un Legislativo, un Ejecutivo y un Judicial, cada uno en su área.

Y fíjense ustedes, en la modificación que se propone a la reforma constitucional se propone terminar ya, acabar con el recurso de queja, del cual conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Y les soy sincero, yo creo que los ministros de la corte deben estar rezándoles a todos los santos, porque se apruebe cuanto antes y les quiten esa papa caliente de encima, no quieren conocer de nada que los comprometa.

Y esto, esto es triste, es triste conocerlo, cómo es posible que una cosa tan importante, un conflicto de leyes y de leyes tan importantes como son las que rigen la forma como un pueblo renueva sus autoridades, no le importe a la corte conocerlas y ni siquiera refrendan títulos de opinión. Creo que es bueno que la corte siga conociendo de esto.

También interviene el Legislativo y ya hablamos más o menos de él, interviene el Judicial, interviene el Ejecutivo, creo que de los tres hemos hablado; pero parte importante también es este proceso es también el pueblo, ¿pero cuál pueblo? El pueblo abstracto; ese pueblo que en un 80% aproximadamente sacando y poniendo como excepción al pueblo de Atlacomulco, un pequeño distrito de Puebla que tuvo 90 mil votos, se llevó el campeonato de votos; Chilchacomula - ya lo recordó -, en el colegio electoral nos dimos cuenta Chalchicomula 90 mil votos, lo excepcionamos de lo que vamos a decir porque son muy buenos ciudadanos y todos fueron a votar

Pero el resto de los ciudadanos en más de un 80% no se presentaron a las casillas.

Entonces, para cualquiera de los aquí presentes como partidos y como personas, resulta presuntuoso nombrarnos mayoría de qué o de quiénes; no somos mayorías, somos modestos aprendices de políticos que buscamos ojalá que de buena fe todos hacer efectiva la democracia, no una democracia subjetiva que cada quien puede manejar a su criterio, una democracia que históricamente tiene unas raíces que ha ido evolucionando, pero ha seguido evolucionando en mejoría, no en detrimento, no en perjuicio, no en defectos; sino tratando de equipararla a un modelo esencial en donde el pueblo tenga injerencia, el pueblo sea directamente quien elige a sus autoridades y que esas autoridades le rindan el informe al pueblo, que le deben de rendir oportuna y verazmente.

Se habla en el dictamen y quiero referirme precisamente al artículo 60 de la Constitución cuya modificación se propone de un colegio electoral. Compañeros, ¿cómo es posible pensar en una universidad o en un colegio, en donde los propios alumnos interesados en tener el título, se concedan la nota y digan si tienen 6, 5, 4, ó 10? Yo creo que es una aberración, yo creo que un mínimo de decencia exige que sea una gente ajena, alguien extraño a quien va a ser juzgado en aquel juicio honorable de conocimientos el que dictamine si es válido, si es válido el estado de preparación científica o académica que aquel alumno tiene, para acceda al grado superior o acceda o la capacidad de ser titulando de acuerdo con los conocimientos de que dispone.

No es posible la autocalificación, no es sensata la autocalificación, encierra vicios muy añejos que dan al traste hasta con los mejores propósitos. Acuérdense de aquel vicio que dicen, que le piden a Dios no que les dé, sino que los pongan donde hay. Aquí ocurre lo mismo, la oportunidad que se tiene de odiar una responsabilidad a cambio de un título, a cambio de una pretensión de acceder al grado siguiente, esto es lo que se refiere al Colegio Electoral.

Pero qué podríamos decir, qué podríamos decir del Tribunal de lo Contencioso Electoral; leído así de primera intención, como que dice uno, ¡ah qué bonito! ya por fin va a haber un tribunal independiente que va a dar cabida a los recursos y que independientemente va a valorar las consideraciones que los partidos presenten, las objeciones que presenten y los recursos que promuevan.

Y dice la ley, la modificación que se propone: "...que esto se hace para garantizar que los actos de los organismos electorales se ajusten a lo dispuesto por esta Constitución y las leyes que de ella emanen e instituirá un tribunal que tendrá la competencia que determinen las leyes. Las resoluciones del tribunal serán obligatorias y sólo podrán ser modificadas por los colegios electorales de cada Cámara, que serán la última instancia en la calificación de las elecciones; todas estas resoluciones tendrán el carácter de definitivas e inatacables".

Por fin volvemos a la misma, de nada sirve el Tribunal de lo Contencioso Electoral, porque en rigor de términos, sus decisiones no son obligatorias, no es la última instancia, vuelve a ser un organismo político, casi siempre de un solo lado, de un partido relativamente mayoritario el que resuelve qué se hace en última instancia, en relación del caso concreto que se le plantea.

Piensen ustedes y podemos pensar y podemos ejemplificar tanto en derecho público, como en derecho privado lo que ocurriría con un juez, un juez que tiene una relación íntima con una de las partes que está juzgando, un juez que tiene compromisos, un juez que está interesado en que la sentencia salga a favor de uno de los dos contendientes. En cualquiera de los dos derechos, tanto públicos como privados, este juez estaría descalificado para conocer el juicio que se le plantea, y aquí no sólo se establece como causa de dejar de conocer del juicio y de abstenerse de conocer del juicio, sino que se establece como obligación que va a ser el Colegio Electoral la última instancia que conozca de los recursos interpuestos por los partidos y resueltos por el Tribunal de lo Contencioso Electoral.

Qué efectos produce el empecinarse y querer que se continúe con la organización del Tribunal de lo Contencioso Electoral en los términos que se propone, pues hay una injusticia evidente, va a haber una resolución que va a ser y que va a estar afectada de parcialidad a favor de una de las partes interesadas o la parte con quien se tienen los nexos, la correlación de intereses que es precisamente el organismo de mayoría relativa con que se está integrando, le va a faltar independencia también a ese tribunal y le va a faltar, y va a tener un exceso de parcialidad.

¿Como puede corregirse esto pues? Puede corregirse, puede corregirse -repito- tratando de que el Tribunal de lo Contencioso Electoral quede como tribunal de definición, de resolución definitiva, de resolución inapelable, sólo de esta manera los partidos, los representantes del pueblo, aquellos que sentimos y que tenemos la enfermedad de sufrir periódicamente las afecciones a los atracos, podríamos tener cierta garantía de que va a causarse un alivio y este alivio podría producir también, el alivio para este grave mal que aqueja a la República, que es precisamente la falta de una verdadera democracia.

Yo creo compañeros, que si en realidad tenemos recta intención en lo que estamos haciendo en este momento, desde el punto de vista de valorar las ideas que desde aquí se exponen, podríamos concluir que votar a favor de esta modificación de la Constitución como se propone, no tiene ninguna trascendencia ni implica ningún cambio, es una tomada de pelo, y yo creo que para todo estaremos aquí, menos para que se nos tome el pelo. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Felipe Flores.

El C. Felipe Flores Gutiérrez: - Ciudadano presidente; compañeros diputados: Han venido a esta tribuna compañeros diputados de gran cultura universal, de una gran cultura jurídica; ya se ha dicho bastante sobre el tema a discusión. Quiero ser breve.

Después de escuchar muchas horas la discusión sobre las reformas de los artículos constitucionales, parece que todavía no se ha llegado a un acuerdo que abra las puertas a los partidos de oposición para avanzar hacia rumbos más democráticos.

El Partido Socialista de los Trabajadores, hizo propuestas a su tiempo en los foros de consulta popular y parece ser que como a los otros partidos políticos que presentaron también propuestas de reformas, poca atención se les ha tomado, qué infaustos días estos de 1986, en los que la razón de la fuerza se impone, en lugar de la fuerza de la razón.

He puesto mucha atención a los discursos prolongados de los compañeros diputados que han venido a esta tribuna y he llegado a la triste conclusión desafortunadamente, que la razón de la fuerza de la mayoría numérica en esta Cámara, nos obligará a seguir arando en el mal, pero hay la esperanza que muy pronto las cosas combinarán en beneficio del pueblo de México. Aprovecho esta oportunidad para manifestar lo siguiente:

1. Considerando que es impostergable la necesidad de que el Senado abra la representativa de otras corrientes políticas, que son expresión del pluralismo del sistema político mexicano.

2. Que es limitativo que sólo se considere en la integración del Senado el pacto federal, ya que por encima del pacto federal está el pacto nacional.

3. Que los partidos políticos son entidades de interés público, definidos de esta manera en la actual ley en materia electoral y que, consecuentemente, por ser elementos integrantes del Estado, se hace necesario validar este precepto, por medio de la representativa con voz y voto en todo organismo que represente la nación.

Por las razones indicadas, el Partido Socialista de los Trabajadores, propone que el artículo 56 constitucional quede de la forma siguiente:

"La Cámara de Senadores se compondrá de dos miembros por cada estado, dos por el Distrito Federal y dos por cada partido político nacional, que alcance por lo menos 1.5% del total de la votación. La Cámara de Senadores se renovará, en su totalidad, cada seis años.

"La legislatura de cada estado declara electos a los que hubiesen obtenido la mayoría de los votos emitidos.

"La Comisión Federal Electoral otorgará constancias de asignación como senadores de cada partido a los dos candidatos que hubieren obtenido mayor votación".

Fraternalmente por un gobierno de los trabajadores. Muchas gracias. (Aplausos).

El C. presidente: - Resérvese la proposición del diputado José Felipe Flores, para darle trámite en el momento oportuno.

Tiene la palabra el diputado Gonzalo Badillo Ortiz.

El C. José Gonzalo Badillo Ortiz: - Gracias señor presidente; compañeros diputados: Creo que a través del debate que se ha dado en lo general, se ha agotado o casi se han agotado los temas y las tesis de los diferentes partidos políticos aquí representados; sin embargo quisiera se me permita puntualizar algunos conceptos sobre que considero de importancia y que se me permita tratarlos de manera breve.

Si en las dictaduras, las sociedades permanecen estáticas, en las democracias encuentre el vigor suficiente para adelantar hacia el perfeccionamiento de su sistema político, ya que todavía no existe en el mundo sistema político, ya que todavía no existe en el mundo sistema político democrático perfecto. Pero las innovaciones que se piensen para ellas, si no concuerdan con su índole histórica, en su aplicación pueden ser más dañinas que benéficas.

La práctica de sistemas ajenos a su naturaleza, puede llevar consigo el caos social, bien pudiera decirse que toda democracia es particularmente nacional. Un avance en este aspecto nos ha sido propuesto por el Presidente Miguel de la Madrid en esta iniciativa presentada para reformar nuestros actuales procesos políticos. Ha sido nutrida con las conclusiones de numerosas audiencias públicas realizadas por la Secretaría de Gobernación, con participación en ellas de asociaciones y partidos políticos, organizaciones sociales, instituciones académicas, particulares interesados en aportar sus opiniones y fueron aprobadas y confrontados todos los temas derivados del central para poder conformar un universo completo del mismo.

Somos una sociedad plural y pluralista, así ha sido nuestro desenvolvimiento y lo son nuestras formas actuales de subsistir, nuestro ámbito, nuestros grupos sociales, nuestras demandas, nuestras espectativas y, por consiguiente, nuestro pensamiento político sobre la vida que debemos seguir hacia el objetivo de nuestra realización superior como nación y, precisamente, por ser la nuestra una sociedad plural, todo cambio político debe ser pensado tomando en cuenta siempre nuestra condición heterogénea; si el gobierno que se piensa acepta a todos, de todos debe tomarse opinión sobre su forma, solo así podremos ser una verdadera democracia participativa.

Hay en nuestra democracia junto a los representantes de la opinión mayoritaria se desempeñan los representantes de esas opiniones importantes, hoy en esta Cámara, de esta tribuna con acceso a todos, se argumenta, se replica, se propone, se rechaza, se precisa, se afirma y se niega sin cortapisas en los alegatos sin amenazas puritivas, sin sistema prohibidos, somos hoy, en nuestro conjunto, la voz heterogénea y democracia del pueblo mexicano.

Mucho se ha abordado sobre la legitimidad, mandato popular expresado únicamente a través del sistema de elecciones por mayoría relativa, sobre todo, en cuerpos de necesaria liberación como es el Legislativo, un cuerpo así han objetado los cuestionadores, carece de legitimidad porque sólo está representada - y con mayoría - una parte de la opinión electoral y mucho también, se ha polemizado sobre las inconveniencias del mandato expresado únicamente con el sistema de elecciones por representación proporcional. Aducen sus objetadores y así el mandato se desvirtúa, porque si no encuentra asegurada la mayoría ningún partido, para alcanzarla se ve obligada a concertar alianzas dentro de la asamblea; alianzas que traicionan la intención política de quienes entregaron su voto; la sufragación es un acto de escoger y en el acto de escoger, le va implícito de rechazar y se podría configurar una democracia contra victoria alianzas para alcanzar la mayoría absoluta concretada, entre una fracción grande y otra menor, o entre dos medianas, o entre tres, cabildos interminables, cambios de composición.

de los bloques formados, un día la mayoría absoluta en manos de la alianza centro izquierda, en la del centro derecho, cualquier otro, y como en la lucha de los partidos políticos para buscar espacios, a veces todo se vale; son capaces de unirse para ellos hasta los extremos doctrinarios y temas en nuestro sistema político, no existe límite para el registro de partidos, reducir por él su número o rigorizar el extremo los requisitos de registro, no resulta nada democrático, y con quinientas curules de representación proporcional en juego, supongamos, y sin necesidad de alcanzarlas por mayoría, cuántos nuevos partidos sin mayor significación quedarían en México, y el elector habría de escoger en boletas con listas, tipo directorio telefónico de una aurrerá de opciones en cada casilla, cuál sería la esencia así del voto popular.

Hagamos a un lado las posiciones dogmáticas, nuestro pueblo no tiene tradición de poseer una gran intuición selectiva en su participación electoral, el partido que busque su voto tiene que ser muy claro de su doctrina, por eso me atrevo a decir a riesgo de furibunda réplica, que la confusión que causan en el elector mexicano los matrices doctrinarios, es una de las razones de que por sus posiciones más concretas la derecha haya aumentado fuerza, y la de la izquierda no haya crecido significativamente por su convocatoria desparramada en siglas con diferencias bizantinas. Llevo confidación hasta ahí nada más.

En resumen, da vigor a la exposición de la Cámara, la representación proporcional, cierto, la mayoría relativa que proporciona cohesión, cierto, luego entonces, el sistema mixto recoge las dos cualidades y evita defectos.

Con el sistema mixto de representación proporcional con dominante mayoritario, uno de los dos factores garantiza estructural y coordinación en los trabajos y el otro en su rica, además de su utilidad en la aportación de ideas, aleja de nuestro futuro una peligrosa venida hacia el bipartidismo nefasto, tal como el de la democracia en el vecino país del norte, tan admirado por algunos, y donde la única expectativa de la participación ciudadana es de depositar un voto estéril para cualquiera de los partidos con la misma doctrina y que se aferra al poder con el similar programa.

Dijo cierto notable pensador: "Una sociedad sana y normal, es aquella en que se encuentra habitualmente en desacuerdo". Pensamiento profundo y por profundo certero. Podríamos agregarle una verdad de propio orgullo: "De ese habitual desacuerdo nacen los partidos". Una opinión pública que no contará con partidos para corporizar y expresarse políticamente en sumas de ideas, parecería de peso y se resolvería en la nada ¿qué es entonces lo que da peso a un partido? La captación de adeptos con la bandera de su tesis y su programa como guión.

Una democracia, el partido con mayor peso electoral ejerce el poder, calidad, claridad y contenido de su mensaje doctrinario; son inseparables e indispensables para que su partido cuente con apoyo electoral permanente y no derivado de inconformidades pasajeras. Es este tipo de partidos el que realmente cumple con su compromiso político con la sociedad que le da vida, cuando un partido así por mayoría electoral se establecen, en el poder, en esta solidaridad sana y normal habitualmente en desacuerdo, ese partido le está garantizando a la misma que su dirección será consistente y clara, y es ya en la responsabilidad política de la dirección donde no pueda tener cabida en desacuerdo y menos habitual, las razones son obvias. Esa es la necesidad que la función legislativa cuente para sus acuerdos con una mayoría absoluta para que no se les legisle a la deriva sin sistema ni objeto predestinado.

Puede significar esto una negación de la democracia, aquí cabe repetir lo que señalo el Secretario de Gobernación, licenciado Manuel Bartlett en su pasado comparecencia, para explicar los alcances de la iniciativa a discusión, ni con mayorías unánimes dijo, pero tampoco con mayorías impotentes hay democracia y tampoco las hay sin minorías respetadas, minorías con vocación de acceso a la responsabilidad del poder público, la democracia - indico -, exige cantidades pero también calidades.

Es por ello, - apunto yo - que quien estudie esta iniciativa presidencial con interés democrático sincero, no importa a cuál partido pertenezca, encontrará que resalta en su equilibrio contenido, la gran voluntad política del Presidente Miguel de la Madrid.

Para terminar, me quiero referir a lo dicho en esta Cámara por un compañero diputado de un partido de izquierda que aseveró que el nuevo artículo 54 que propone la iniciativa, fue fabricado exprofeso para que el Partido Revolucionario Institucional, - mi partido - ante lo que no sé en que fundar expectativa de que no logrará alcanzar la mayoría nacional efectiva de los próximos comicios federales no perdiera; así indicó la mayoría absoluta en esta Cámara de Diputados; lo remito a las razones expuestas para que deba existir una mayoría absoluta de partido en la responsabilidad legislativa, de este cuerpo colegiado sea con apoyo comisial numérico o habilitado por la ley, sea priísta o no lo sea, y se me ocurre inmiscuyéndome en sus elucubraciones

y llevar sus hipótesis un poco más allá de donde él lo dejó, dejemos correr la imaginación que nada cuesta y, así supongamos que el Partido Revolucionario Institucional en las próximas elecciones o aún en posteriores elecciones federales no alcanzará tampoco mayoría de curules de distrito.

¿Qué sucedería de acuerdo con lo propuesto en el nuevo artículo, que según se dice fue diseñado para mi partido? Pues, que otro partido simplemente consiguiendo una curul distrital más que el mío, se convertiría en la nueva mayoría de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; cómo le iría con ella a su fracción partidista de izquierda, dejo sembrada esta semilla para que también fertilice en la imaginación del compañero diputado, si así me lo permite. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Pablo Pascual Moncayo.

El C. Pablo José Pascual Moncayo: - Ciudadano presidente; compañeros: seré breve para no despertar a muchos de los compañeros. La propuesta que hacemos los grupos parlamentarios del Partido Socialista Unificado de México, Partido Mexicano de los Trabajadores y Partido Revolucionario de los Trabajadores, fue argumentada por algunos de los compañeros, que hicimos intervenciones en lo general sobre la iniciativa de reformas constitucionales presentadas por el Ejecutivo. Planteamos una modificación al cuarto párrafo del artículo 60 para quedar como sigue en nuestra propuesta:

Artículo 60 en el cuarto párrafo: el Estado, los ciudadanos y los partidos políticos son corresponsables de la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, se establecerán los medios de información para garantizar que los actos de los organismos electorales se sujeten a lo dispuesto por esta Constitución y las leyes que de ella emanen e instituir un tribunal que tendrá la competencia que determine la ley, las resoluciones del tribunal no podrán ser modificadas por los colegios electorales. Es todo gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Resérvese la propuesta del diputado Pablo Pascual Moncayo, para ser tramitada en su oportunidad. tiene la palabra el ciudadano Jesús Galván Muñoz.

El C. Jesús Galván Muñoz: - Con su venia señor presidente; estimados compañeros diputados: Un destacado intelectual mexicano decía en el diálogo, "es lo contrario del ruido que nos niega y del silencio que nos ignora". Desafortunadamente, en esta Cámara se oscila entre el ruido y el silencio; ayer fue ruido y violencia y hoy es silencio. Hoy este proyecto de ley no se está debatiendo, por eso esas reflexiones las hago para dar testimonio de que existen posiciones éticas, políticas, jurídicas, distintas a las del poder público, para dar testimonio de que una realidad política de poder monolítico, hay en la sociedad un pluralismo que cada vez se fortalece más. Comenzaré por señalar que el dictamen de la comisión afirma, que las leyes electorales se han modificado a fin de asegurar la eficacia del sufragio y la trasparencia en los procesos electorales.

También este dictamen menciona que la iniciativa es producto de una firme voluntad de avanzar sustantivamente en el proceso siempre inacabado del mejoramiento de la representación democrática y que tiene el empeño de que normas, órganos, procedimientos, sistemas y mecanismos electorales, puedan traducir en el máximo de fidelidad y transparencia la voluntad expresada en las urnas, no dejando asomo de sospecha en el resultado de procesos electorales.

Sin embargo, ninguna de estas aseveraciones tiene mucho que ver, ni con la realidad, ni con lo que la iniciativa propone; aumentar a 200 los diputados electorales según el principio de representación proporcional.

Se señala que atendiendo a la experiencia, es oportuno corregir algunos aspectos negativos que la representación mayoritaria aún muestre, pero si de lo que se trata es fortalecer la democracia, si de lo que se trata es de que el Congreso sirva más y mejor al pueblo, de conseguir una mejor representación, de lograr un verdadero equilibrio de poderes, la iniciativa debió encaminarse en otro. Si lo que queremos es una Cámara de Diputados más eficaz, más útil, mejor, lo que se necesita no es más diputados, sino mejores diputados. Lo que necesita para tener una mejor representatividad no es tener más diputados, sino respetar la voluntad popular.

Para que la Cámara de Diputados sea una verdadera representante popular, lo que se necesita es que se cumpla eficazmente con sus funciones que le señala la Constitución y una de esas funciones que le señala es la de fiscalización del gasto público; se requiere que en conciencia se revise la cuenta pública y se conozca, valore y juzgue sobre los resultados de la gestión financiera, sobre la congruencia entre el ejercicio del gasto con los criterios señalados en el presupuesto y sobre el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

Me van a decir que esto se hace siempre o quizá no me digan nada, porque en realidad esta ley ya

no está debatiendo, ya no les interesa. ¡Pero qué diferente sería el México de hoy si el Congreso hubiera dimitido facultades, si el Congreso no hubiera sido sumiso al Ejecutivo! ¡qué diferente sería nuestra Patria si la Cámara cumplido cabalmente con esta función fiscalización del gasto público! ¡qué distinto sería el nivel de vida de los mexicanos si se hubiera frenado a tiempo el desorden presupuestal desde hace muchos años, si se hubiera evitado que el Ejecutivo gastará el dinero que no tenía, si se hubiera obligado al Ejecutivo a cumplir con nuestra Constitución en materia de deuda pública, para que las inversiones las destinará a actividades que fueran productivas! La Cámara de Diputados pudo haber introducido mesura en los planes y prohibido proyectos faraónicos, pudo haber evitado las graves consecuencias de la pésima planeación económica, pudo haber soslayado el progreso improductivo.

No lo hizo, no ejerció sus facultades, no ejerció su soberanía de poder, de haberlo hecho, hoy no se nos diría que se hecho mucho al revertir las tendencias negativas de la crisis, crisis que no apareció como un vendaval, ni de repente, sino que gradualmente se fue dando como consecuencia del mal Gobierno, de la ausencia del oficio de la gobernación y de un verdadero Poder Legislativo.

Quizá nuestro país, no fuera ni un país en crisis, pero tampoco un país donde se administrara la abundancia, pero sí podría ser hoy lo que en 1940, el ingeniero Robles decía que México podría ser un país modesto pero equilibrado, sano y feliz, que viviera por tercias partes su agricultura, de su industria y de su minería. Seríamos hoy mucho menos sensibles a las alzas de las tasas de interés y a las bajas de los precios del petróleo, no dependeríamos de la banca internacional, ni de la inversión extranjera para vivir, nuestras comunidades locales serían fuertes y viviríamos en un país un poco más equilibrado.

Se requiere entonces, que la Cámara ejerza sus funciones, se requiere que la aprobación de Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos no sea un mero trámite burocrático ritual. Se requiere el fortalecimiento de la Contaduría Mayor para que sea un órgano auxiliar más eficaz y ayude en mejor forma a la Cámara para cumplir con esas funciones; se requiere también que las comisiones de esta Cámara funcionen, se necesita que el Poder Legislativo sea eso, Poder y sea Legislativo y para ello, es necesario que no claudique de su importantísimo papel, se necesita que la Cámara legisle, que las iniciativas del Ejecutivo sean proyectos para discutirse y no posiciones desde las que se discute y todo esto no va a cambiar absolutamente nada ni aumentamos 10,100 diputados más. Se requiere un estado de actitudes, quizá esto pueda ser paradógico, pero la única intolerancia que debiera subsistir en la Cámara debiera ser la intolerancia de la intolerancia, se necesita que la mayoría relativa destierre su creencia de ser la dueña de la verdad absoluta, se requiere que la mayoría relativa deje de ver en cada uno de los que piensan distinto un monstruo y una amenaza, se requiere que en el Congreso se den cada vez menos los monólogos paralelos que no conducen a nada, porque impiden que unos y otros se escuchen. Para que el diálogo se de no se necesitan más diputados, sólo se necesita voluntad para el diálogo y el diálogo abre las puertas de la democracia. Pero aquí y ahora nada va a cambiar, aquí y ahora se cambiará la Constitución para que no cambie nada, aquí y ahora se dará la paradoja del cambio que paraliza, del cambio que inmoviliza aquí y ahora se desechará el recurso de la votación, toda crítica y toda autocrítica.

El artículo 54 en su inciso c) de este proyecto, intenta introducir - y de hecho se introducirá - un absurdo, pero un absurdo que contradice a la propia exposición que hace la comisión. La comisión dice que lo que se quiere es que los órganos legislativos reflejen de un modo más fiel, la composición real y el pluralismo imperante en la sociedad mexicana.

Pero, ¿cómo se concilia esto con el querer a toda costa imponer una mayoría?, vamos a poner un ejemplo numérico ¿qué pasaría si con cinco partidos se tuvieran los siguientes resultados: 28%, 27%, 19%, 15%, y 11%?, pues resultaría que con estas proporciones quien alcanzaría la mayoría sería el partido que tuviera el 28% y le asignarían cuantas curules necesitará para alcanzar el 51% ¿cómo se concilia, con lo que dice la comisión, cuando dice que requiere y que se tiene el empeño de que las normas, órganos, procedimientos, sistemas y mecanismo electorales, pueden introducir con el máximo de fidelidad y transparencia, la voluntad expresada en las urnas? ¿cómo puede decirse que se requiere el máximo de fidelidad y transparencia con el partido que alcanza el 28% puede tener la mayoría y se le asignan automáticamente todas las curules que necesiten para alcanzar 51% eso es absurdo y se contradice con lo que ustedes quieren alcanzar, pero es absurdo y además traiciona la voluntad popular.

Finalmente quiero dejar claro, aquí no solamente venimos a criticar y señalar lo que tiene de malo la iniciativa del Ejecutivo, sino que nosotros presentamos una alternativa viable que fue desechada mediante el recurso fácil de la mayoría.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Piñeiro López.

El C. Genaro José Piñeiro López: - Con su permiso señor presidente compañeras y compañeros: hemos reservado el artículo primero del dictamen únicamente y en forma exclusiva al párrafo IV del artículo 60 constitucional, consideramos que en la propia redacción de la exposición de motivos, que desde la discusión en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y en las intervenciones en lo general, realizadas por los compañeros diputados de nuestra fracción del Partido Socialista de los Trabajadores, pues ha quedado claro que hay un sentido de fondo en el cambio de una categoría, en el uso de la palabra Gobierno Federal excluyendo el contenido de fondo del Estado mexicano. Traigo para abreviar la propuesta que queremos que someta a la consideración de esta soberanía para modificar la iniciativa del Ejecutivo únicamente el cuarto párrafo de ese artículo 60 para que quede de la siguiente manera:

"Corresponde al Estado mexicano, la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, la ley determinará los organismos que tendrán a su cargo esa función y la debida corresponsabilidad de los partidos políticos y de los ciudadanos. Además, establecerá los medios de impugnación, para garantizar que los actos de los organismos electoral, se ajusten a lo dispuesto por esta Constitución y las leyes que de ella emanen e instituirá un tribunal que tendrá la competencia que determine la ley, las resoluciones del tribunal obligatorias y sólo podrán ser modificadas por los colegios electorales de cada Cámara, que serán la última instancia en la calificación de las elecciones, todas esas resoluciones tendrían el carácter de definitivas e inatacables.

Esta propuesta que vamos a dejar en la secretaría y que he leído en forma desacostumbrada en esta tribuna, para argumentar en ese momento el por qué tiene consigo el sentido de lo que será una profunda discusión cuando esté a debate el Código Federal Electoral.

La consecuencia de restringir al Gobierno Federal en este artículo como reza la iniciativa del Ejecutivo, va a dar como resultado el de desarrollo y el de facultar al propio Gobierno Federal, en todos lo órganos a los diversos niveles para justificar la desaparición en casos concretos, como la designación de los funcionarios de casillas que venían siendo insatulados y que ahora, a través de esta restricción, definitivamente se convierte en una actitud facultativa del titular del Gobierno Federal, representativo en ese órgano.

Dejamos a su consideración esta propuesta. Muchas Gracias y bueno días compañeros.

El C. presidente: - Reserve la secretaría la propuesta del diputado Genaro José Piñeiro López, para darle trámite en el momento oportuno. Tiene la palabra el ciudadano diputado Eraclio Zepeda Ramos.

El C. Eraclio Zepeda Ramos: - Una buena noticia señor presidente, la declino.

El C. presidente: - Felicidades diputado.

Consulte la secretaría a la asamblea si se autoriza que se reserve el artículo primero del decreto para votarlo con el artículo segundo en un solo acto.

La C. secretaría María Guadalupe Ponce Torres: - Por instrucciones de la presidencia se pregunta a la asamblea en votación económica, si se autoriza que se reserve el artículo primero del decreto, para votarlo con el artículo segundo en un solo acto. Los compañeros diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Se autoriza, señor presidente.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Ricardo Pascoe Pierce.

El C. Ricardo Andrés Pascoe Pierce: - A nombre de las fracciones parlamentarias del Partido Socialista Unificado de México, Partido Mexicano de los Trabajadores y Partido Revolucionario de los Trabajadores; quiero plantear un punto en relación a la cuestión del Senado, en donde creemos pertinente señalar que el hecho de no haber tomado la opinión expresada por diversos sectores en la consulta popular, expresada también por otros sectores, no necesariamente a través de la consulta en el sentido de la necesidad de abrir a corrientes diversas a este sector del Congreso de la Unión, en nuestra opinión plantea una situación de cerrazón ante una necesaria apertura política en el país.

En nuestra opinión, era importante señalar y dejar constancia de nuestro rechazo a la actitud de la mayoría y de evidentemente el proyecto del Ejecutivo Federal, en el sentido de no contemplar una modificación democrática a la forma de integración, sino al contenido y fondo en cuanto a la integración del Senado de la República, por lo tanto, las tres fracciones parlamentarias expresamos nuestro rechazo a este contenido del proyecto del Ejecutivo Federal. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Magdaleno Yáñez Hernández.

El C. Magdaleno Yáñez Hernández: - Señor presidente; estimado compañeros

diputados y diputados tengan muy buenos días y bien, el telón está por caer y en el teatro de la vida, cada uno de nosotros nos disfrazamos de la forma en que se va a actuar en el teatro de la vida. Aquí hemos escuchado aportaciones pues sinceras, honestas y otras que no menciono.

La fracción del Partido Demócrata Mexicano, no está de acuerdo con la reforma que se le hace al artículo 52, en virtud de que creemos de que no hacen falta más diputados, con los que hay es suficiente además ya ven ni quieren hablar. En ese aspecto entonces creemos que con los 400 que señala la Constitución actualmente, está bien, porque además viene a ser una carga para los ciudadanos que a través de lo ingresos están pagando nuestros salarios. En este aspecto entonces consideramos que el artículo 52 debe permanecer igual y en relación a esto el artículo 53, 54 y el 56.

Al principio decía, que el telón está por caer y a eso las preguntas que nos hacemos ¿cuál fue el objeto de esta discusión? ¿cuál fue el objeto en las comisiones y cuál fue el objeto en el pleno? En ese aspecto diremos, nuestra desvelada sale sobrando ¿tiene alguna utilidad?, si el proyecto que venía del Ejecutivo no se modificó y no se tomó en cuenta en nada las opiniones de los demás partidos.

En ese aspecto como dice tienen la mayoría, si es cierto, como lo menciona allá un compañero diputado, pues sí, aquí se ha discutido de la mayoría y creo que dentro de las minorías que somos todos los partidos, pues el Partido Revolucionario Institucional es la minoría mayoritaria.

En ese sentido la iniciativa que se ha discutido y digo no se que sentido tenga la discusión ¿cuál es el objeto si a fin de cuentas la iniciativa quedó igual?, hace de cuenta que el Ejecutivo es el que está legislando y no el Poder Legislativo.

Habría algunas propuestas, no tiene objeto hacerlas debido a que, pues, serán desechadas y además perderemos más tiempo. El Artículo 60, pues la modificación que se hace para que los senadores estén tres años, pues claro que a la mejor algunos de ustedes están esperando que al terminarse el período de diputados, pues puedan ser senadores, claro que es legítimo pero pues no, en sí no aporta ningún beneficio al Senado, el beneficio que hubiera aportado era que se hubiera abierto cuando menos, que hubiera dos o tres senadores de oposición para que pues los senadores no se vayan a dormir ¿verdad?.

En ese sentido entonces pues estamos: en contra del proyecto que presentó el Ejecutivo y la fracción demócrata votará en contra. Muchas gracias.

El C. presidente: - Consulte a la asamblea, si los artículo primero y segundo se encuentran suficientemente discutidos.

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si los artículos primero y segundo se encuentran suficientemente discutidos. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido señor presidente.

El C. presidente: - Proceda en consecuencia la secretaría. La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres: - Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo primero y segundo en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Por instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta si se admite o se desecha la propuesta de modificación del artículo 54 en el sentido de suprimir los incisos c) y d) de la fracción IV presentada por las fracciones parlamentarias del Partido Socialista Unificado de México, Partido Revolucionario de los Trabajadores y Partido Mexicano de los Trabajadores, los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

El C. presidente: - De acuerdo con la moción, proceda a recoger la votación nominal.

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres: - Se va a proceder a recoger la votación nominal.

El C. presidente: - De los artículos primero y segundo del decreto.

La C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres: - De los artículos primero y segundo del decreto en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor presidente, se emitieron 200 votos en pro y 35 en contra.

El C. presidente: - Se ruega a la secretaría consulte a la asamblea sobre las modificaciones propuestas por los ciudadanos diputados.

La. C. secretaria María Guadalupe Ponce Torres: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite o se desecha la propuesta presentada por las fracciones parlamentarias del Partido Socialista Unificado de México, Partido Revolucionario de los Trabajadores y Partido Mexicano de los Trabajadores, en el sentido de reformar el párrafo cuarto del artículo 54 suprimiendo los incisos c) y d).

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada señor presidente.

En votación económica se pregunta a los ciudadanos diputados si se acepta la propuesta de modificación, presentada por la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, en el sentido de modificar el artículo 56 de la Constitución.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada señor presidente.

Por instrucciones de la presidencia, se pregunta a la asamblea, si se admite o se desecha la propuesta de modificación al párrafo cuarto del artículo 60, presentada por la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores.

Los compañeros diputados que están por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Los que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Desechada señor presidente.

El C. presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos 52, 53 segundo párrafo, 54 primer párrafo y fracciones segunda, tercera y cuarta, 56, 60, 77 fracción cuarta y décimo octavo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La C. secretaría María Guadalupe Ponce Torres: - Pasa al Senado de la República para los efectos constitucionales. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el diputado Jesús Murillo Karam.

El C. Jesús Murillo Karam: - Señores diputados, hoy hemos visto en esta larga jornada muchas actitudes y medido capacidades; en lo general, el debate se manejó a la altura que requería una reforma de la importancia de ésta. Cada diputado de los que intervinieron, dibujó su perfil como tal, con su capacidad, inteligencia o talento; reflejó su propia dimensión y pudimos apreciar alegatos, precisos algunos, objetivos otros, apasionados o violentos, pero casi todos en el marco del respeto mutuo y la dignidad propia, pero hubo la excepción, la excepción que motiva mi presencia en esta tribuna, hubo una intervención que mostró también, que nos enseño también, el tamaño del expediente; el diputado Paz Zarza, en una intervención sin que mediara motivación alguno, mostrando su incapacidad total para debatir y utilizando las armas, que son propias de la necedad y el fanatismo, el insulto, la calumnia y la diatriba, el diputado Paz Zarza nos mostró también su verdadero tamaño. Nosotros simplemente en él, lo dejamos. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el diputado Jesús González Schmal.

El C. Jesús González Schmal: - Señor presidente, señoras y señores diputados: en verdad por el inicio de la exposición del diputado Murillo Karam, creíamos que se trataba de una participación razonable, serena y equilibrada. Cuando por el contrario, viene a demostrar, viene a impedir el ejercicio de la libre expresión, el respeto de las ideas, así como están tratando de hacerlo en este momento, el respeto a las ideas, a las disidencia, a los juicios de la oposición. No se está manifestando más que una vez más, lo que en realidad conforma la mentalidad, al comportamiento, la actitud de este sistema político.

Qué fácil al término de esta sesión volverse a desenmascarar, que fácil es volver otra vez a constatar que estas reformas democráticas, que éstas reformas electorales a la Ley Electoral, a la Constitución, no son más que otro subterfugio, más que otro recurso pueril, que oculta o quiere ocultar lo que en verdad es un comportamiento sistemático de intolerancia de este régimen.

Yo vengo aquí a invocar el respeto de la libertad de expresión, el respeto a los juicios por más duros y por más severos que éstos sean. Yo vengo a invocar el derecho parlamentario, el derecho sagrado parlamentario de todos los que integramos esta Cámara, para expresarnos según nuestras propias concepciones y nuestro propios juicios.

Si a esto, se quiere volver atropellar una vez más, les diremos que están volviendo a hacer el uso del poder, del poder arbitrario, porque nunca con ello podrán acallar la voz de la verdad, la voz que hasta donde tengamos posibilidades, ejerceremos a pesar de un Gobierno represivo y a pesar de un

Gobierno que quiera limitar las garantías más elementales de la persona humana. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Santiago Oñate Laborde.

El C. Santiago Oñate Laborde: - Señor presidente, señores diputados: nosotros también estamos por el respeto a la libertad de expresión, estamos también por el respeto a la crítica, pero estamos contra la calumnia, estamos en pro del argumento. (Aplausos.)

Estamos en pro del argumento razonado, estamos, en pro de la crítica, del debate, a las ideas, a los conceptos, a las apuestas. No queremos por un momento, menos en el debate de nuestra Constitución y su reforma, el mezclar un argumento por otro.

Hemos escuchado y hemos participado en el análisis de dichas ideas, las hemos dejado a un lado y sólo al final de esto, cualquier otra consideración que no se refiere a un análisis razonado de los elementos. Pero al final de este debate, de ese debate provechoso, estamos obligados a señalar con precisión qué cosas forman parte de ese debate y qué cosas son las que en el avance democrático de esta nación debe de desaparecer, la injuria debe de ceder su lugar a la crítica, la demagogia debe ceder su lugar al argumento y a partir de ahí empezaremos a construir y seguiremos en la lucha por un México más democrático, en donde las decisiones se tomen a partir de razones y en donde en este foro plural pueda darse ese intercambio de ideas y de posiciones, no de insultos, no de injurias, no de afirmaciones ligeras. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Jesús Galván Muñoz.

El C. Jesús Galván Muñoz: - Hay conceptos en los que estamos de acuerdo, sin embargo entre los conceptos y las realidades hay distancias muy grandes. El diputado Oñate dice que ustedes están de acuerdo con el respeto de la libertad de expresión.

Señaló que están en pro del argumento, están en pro del debate, están en pro de la crítica y de las propuestas y aquí en esto ustedes se empeñan en decirle debate, ni fue debate, ni se dieron los suficientes argumentos porque no hubo debate. Ustedes no quisieron debatir, en el momento en el que ya no les pareció, ya no quisieron debatir, no aceptaron crítica alguna, no cambiaron una sola coma y desde luego tampoco, no aceptaron ninguna propuesta. También dijo el diputado Oñate que era preciso señalar con mucha claridad lo que no podían tolerar, la injuria y la demogogia. Si, pero también hay que precisar que en muchos casos, lo que ustedes le llaman injuria y demagogia, no es más que aquello que no coincida con lo que ustedes piensan. Todo aquello que no coincide con su pensamiento, es injuria y es demagogia.

RECONOCIMIENTO A LA PRESIDENCIA

El C. Antonio Monsiváis Ramírez: - Compañeras y compañeros diputados: ayer escuchamos a varios compañeros haciendo llamamientos a la cordialidad, nosotros creemos en la bondad de todos y cada de esos llamamientos, pero quisiéramos hacer una reflexión, que a pesar de la gente negativa que desde siglos lo entorpece todo, creemos que la humanidad jamás está pasiva o evoluciona o desaparece y en ese sentido yo vengo a nombre de la fracción parlamentaria de mi partido, el Demócrata Mexicano, a hacer un llamado para que tomemos lo positivo de cada uno de los que hemos hecho en alguna forma un llamamiento a la cordura, porque la responsabilidad no es de un grupo parlamentario, la responsabilidad es de los 400 diputados y la imagen que debemos dar ante el pueblo de México, es la imagen de una Cámara que en realidad representa al pueblo de México y esta imagen no debe ser negativa.

Yo había pedido la palabra y trataré de ser muy breve, porque ese es el objetivo primario, de haber pedido el uso de la palabra, quiero reconocer a nombre de la fracción parlamentaria de mi partido, quiero hacer presente un reconocimiento al diputado Guillermo Fonseca Alvarez, por la labor que desempeño como presidente del Congreso, como presidente de la Cámara de Diputados. Muchas gracias (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Néstor Luna Hernández.

E. C. Néstor Raúl Luna Hernández: - Señor presidente; distinguida asamblea: con esta fecha termina prácticamente un mes de actividad legislativa, a través de este tiempo hemos podido apreciar en toda su intensidad las diversas corrientes de opinión de los partidos representados en esta legislatura, con ello hemos pretendido construir el futuro y el presente, tener una idea de la sociedad que se quiere y que esto no se reduce simplemente a tener una ideología o bien una orientación política.

Los esfuerzos han sido muy grandes para todos los integrantes, pero resalta la labor desarrollada

por el presidente de esta Cámara, diputado Guillermo Fonseca Alvarez (Aplausos.) Por lo tanto a nombre de mis compañeros de partido, el Revolucionario Institucional, queremos hacer patente nuestro reconocimiento al presidente de esta Cámara por la brillante labor realizada durante este mes. Muchas gracias (Aplausos.)

El C. presidente Guillermo Fonseca Alvarez: - En obvio de tiempo, deseo solicitar a la asamblea me autorice para que las palabras que se acostumbran en estos casos por la mesa directiva, que actúa en el mes correspondiente, se inserten en el Diario de los Debates y me permitan hacer llegar una copia a cada uno de ustedes compañeros diputados (Aplausos.)

Compañeros diputados: en breve habrán de concluir las tareas plenarias de esta asamblea legislativa correspondiente al presente mes; esta circunstancia me induce a rogar su atención para expresarles algunas reflexiones que me siento obligado a formular.

La Cámara de Diputados integrada por los representantes de la nación, es para el Congreso de la Unión el foro del gran debate nacional, nueve partidos aquí representados expresan la pluralidad ideológica y política de México. El diálogo y la confrontación racional que se dan en esta Cámara, señalan también rumbos al país en el avance hacia el perfeccionamiento de la democracia mexicana; todo ello acrece en la dignidad e importancia de la responsabilidad de dirigir los trabajos de este órgano legislativo. En mérito a ello, deseo expresar mi agradecimiento a los que contribuyeron para otorgarme esa distinción.

Durante este mes juntos recorrimos un camino que nos permitió participar en el análisis y la decisión normativa de aspectos trascendentes en los órdenes económico, social y político del país. También tuvimos ocasión de desempeñar un papel protagónico en el diálogo con funcionarios del Poder Ejecutivo, que en cumplimiento de mandatos constitucionales, comparecieron para responder a cuestionamientos y proporcionar información sobre asuntos de su competencia, que son materia de iniciativas de ley sometidas a la consideración de esta soberanía.

Tales vivencias nos permitieron percibir un auténtico fortalecimiento de nuestra estructura gubernamental, ya que a través de estas comparecencias, quedó evidenciado nuevamente un hecho indiscutible: la actitud respetuosa que el titular del Poder Ejecutivo de la Unión guarda a la investidura y funciones del poder legislativo.

Estimo que el respeto entre poderes para el ejercicio de atribuciones y el desempeño de responsabilidades, significa equilibrio entre los mismos que, necesariamente, se traduce en eficacia idoneidad funcional. Asimismo, pienso que las comparecencias representan un testimonio del respeto de la presidencia de la República, al pluripartidismo y a la libertad de acción y de expresión de todos los partidos.

La participación directa en las actividades legislativas de estos días, alentaron mi convicción de que la democracia, en último término, debe interpretarse como el ejercicio del diálogo en la libertad.

La integración plural de esta Cámara requiere en gran medida de ese diálogo y de esa libertad, hasta ahora, con ciertas sinuosidades naturales y lógicas perfectamente explicables, ese diálogo se ha realizado con resultados satisfactorios, sin embargo tal vez porque nuestro sistema pluripartidista es bastante joven - se advierte que el camino de la democracia plena a la que todos aspiramos, no es franco ni fácil, durante su recorrido hay que salvar asechanzas y que no pocos riesgos a veces convertidos en obstáculos graves, tales como sentimientos de frustración, desbordamiento de apetitos personales o de grupo, intolerancia dogmática, distorsión de objetivos de partido, pérdida de la apreciación de la correlación de fuerzas en la composición democrática, vulneración de las fronteras del respeto a la dignidad individual y social, provocación del surgimiento de enconos y rencores, etcétera. En una palabra, existe la necesidad de tener siempre presente que la democracia jamás podrá - en ningún lugar - consistir en la prevalencia de las discrepancias, sino en la conjugación de las concordancias. Pretender hacer realidad aun tiempo, objetivos políticos distintos o contradictorios, es atentar contra la propia democracia porque con ello se incuba su destrucción.

Para no entorpecer el diálogo de esta asamblea soberana, procuré en todo momento conducir con imparcialidad el debate político y hacer evidente la consideración a la dignidad institucional y respeto a la persona humana y a la función legislativa.

Concluyo mi encomienda convencido de que, conscientes de la legitimidad de su representación, los diputados que aquí participan, unos elegidos por el principio de mayoría relativa y otros con el de representación proporcional, se han esforzado por imprimirle a su cargo, dignidad y responsabilidad. Para todos, mi gratitud por la actitud complaciente hacia mi gestión.

Y como sin duda que para los logros de esta Cámara de Diputados, pivote del Poder

Legislativo, resulta relevante la información objetiva que los medios de comunicación han sabido darle a sus actividades, también para ellos mi reconocimiento.

En especial, quiero significar a los ciudadanos vicepresidentes, secretarios y prosecretarios de la directiva, mi agradecimiento más cumplido por la comprensión y apoyo que me brindaron.

Finalmente, porque considero que legislar es gobernar y gobernar es compartir una responsabilidad, quiero dejar constancia de gratitud a todos los que, en general, me ayudaron durante el presente mes a cumplir con la mía, puesto que además ello constituyó un honor y una profunda satisfacción.

El C. secretario Eliseo Rodríguez Ramírez: Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera, se va a dar lectura de la orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

«Segundo período ordinario de sesiones LIII Legislatura

Orden del día

2 de diciembre de 1986.

Sesión solemne para conmemorar el L aniversario de la fundación del Instituto Politécnico Nacional.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del XIII aniversario luctuoso del expresidente Adolfo Ruíz Cortines, tendrá lugar el próximo 3 de diciembre.

Comunicación del ciudadano diputado Manuel Terrazas Guerrero.

Comunicación de la honorable Cámara de Senadores.

Comunicaciones de los Congresos de los estados de Aguascalientes, Guerrero y Jalisco.

De conformidad con el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, la secretaría presenta el informe que manifiesta el número de expedientes tramitados en el mes de noviembre por las comisiones permanentes y especiales.

Protesta del ciudadano diputado.

Oficios de la Secretaría de Gobernación.

Siete por los que se solicita el permiso constitucional necesario, para que los ciudadanos Mario Ramón Beteta, Julio Rodolfo Moctezuma Cid, Manuel Pärez Sánchez, Florencio Acosta Burgunder, Leobardo Ruíz Pérez, Arturo Cardona Merino, Manuel Rodríguez Arriaga, Daniel de la Pedraja, Domiro Roberto García Reyes e Ignacio Villaseñor Arano, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno de Japón.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Vicente López Isita, pueda aceptar y usar la condecoración Cruz de Mérito Militar de Segunda Clase, que le confiere el Gobierno de Guatemala.

Minutas

Con proyecto de ley del servicio postal mexicano.

Con proyecto de ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la señora Diana Mclean de Hueta, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Canadá en Acapulco, Guerrero.

Con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la C. María Guillermina Domínguez Monestel, para prestar servicios como secretaria en la embajada de los Estados Unidos de América en México.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto, que reforma el párrafo sexto de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Comunicaciones y Transportes con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de decreto que reforma los artículos 343, 344, 349, 352 y 358 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley Orgánica de Nacional Financiera.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso al ciudadano Abraham Campos López, para aceptar y usar la condecoración Cruz Peruana del Mérito Militar en grado de Encomendador, que le confiere el Gobierno de Perú.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a los ciudadanos Rosa Hilda Sarabia Valenzuela, Eduardo Serrano Pérez, Arturo Morales Islas y Bonifacio Pérez, para prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos de América en México y en la Delegación General de Quebec en México.

Sesión secreta.»

El C. presidente: (a las 7:20 horas del día 28 de noviembre): -Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 2 de diciembre a las 10:00 horas.