Legislatura LIII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19871117 - Número de Diario 27

(L53A3P1oN027F19871117.xml)Núm. Diario:27

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., martes 17 de noviembre de 1987 NÚM.. 27

SUMARIO

APERTURA

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

Se da lectura.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Sin discusión se aprueba.

INVITACIÓN

Del Departamento del Distrito Federal a la ceremonia cívica del LXXVII Aniversario luctuoso de Aquiles Serdán, el 19 de noviembre. Se nombra comisión para asistir al acto.

BANCO DE MÉXICO

Informe referente al movimiento diario del financiamiento interno correspondiente al tercer trimestre, en el ejercicio de 1987. Se turna a comisiones.

FINANZAS PÚBLICAS

Las secretarías de Programación y Presupuesto y la de Hacienda y Crédito Público, remiten informe correspondiente al tercer trimestre del ejercito fiscal de 1987. Se envía a comisiones.

INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

Iniciativa de ley, para el ejercicio fiscal de 1988. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

INGRESO DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

Proyecto de ley, para el ejercicio fiscal de 1988. Se turna a comisiones.

DISPOSICIONES FISCALES

Iniciativa de ley que establece, reforma y deroga. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

Decreto de ley que reforma, modifica, adiciona y deroga diversas disposiciones. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

Proyecto de presupuesto para el ejercicio fiscal de 1988. Se turna a comisiones.

EGRESOS DE LA FEDERACIÓN

Proyecto de presupuesto para el ejercicio fiscal de 1988. Se turna a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

CRITERIOS GENERALES DE POLÍTICA ECONÓMICA

Para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de

Egresos de la Federación, correspondientes a 1988. Se turna a comisiones.

INFORME DE ARANCELES

Facultad sobre su uso. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

INFORME SOBRE ALEACIONES DE MONEDAS DE 500.00 PESOS

Envía la Secretaría de Gobernación, por instrucciones del C. Presidente de la República. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

INFORME DE CONTROL DE CAMBIOS

Envía la Secretaría de Gobernación, por instrucciones del C. Presidente de la República. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

SOCIEDADES NACIONALES DE CRÉDITO

Informe sobre su operación correspondiente a 1987. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

PERMISOS CONSTITUCIONALES

Oficio de la Secretaría de Gobernación en que se solicita permiso para que la C. Rita Patricia Contreras Calleja, pueda prestar sus servicios en la embajada de la República Popular de Hungría. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Oficio de la Secretaría de Gobernación en que se solicita permiso para que los CC. José Salazar López, Aurora Guadalupe Castellanos Dávila, María Isabel Gutiérrez de Díaz y Manuel Gómez Millán, puedan prestar sus servicios en la embajada de la República Islámica de Pakistán. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

MINUTA DEL SENADO

La Cámara de Senadores envía, para efectos constitucionales, reforma a la fracción X del artículo 89 constitucional. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

INSCRIPCIÓN DE INTERVENCIONES

Para presentar iniciativas, proposiciones, denuncias y conmemorar efemérides. Se relacionan.

INICIATIVA DE DIPUTADOS

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Presta el diputado Héctor Hugo Varela Flores, reformas a los artículos 404, 406, 409, fracción I; 414, 415 y 419 - bis. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Presenta el diputado Nabor Camacho Nava, sobre mejoras al salario y prestaciones del trabajador. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

PROCESO ELECTORAL

El diputado Nabor Camacho Nava, propone cambios para aplicarse en las elecciones de julio de 1988. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY FEDERAL DE VEHÍCULOS

El diputado Ubaldo Mendoza Ortiz, presenta iniciativa de reforma y adición. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

La diputada María de la Luz Gama Santillán, presenta iniciativa que modifica la fracción II del artículo 171. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que reforma

el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Es de primera lectura.

PERMISOS CONSTITUCIONALES

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, envía dictámenes de: C. Alicia Philippe Ponce, para prestar sus servicios en la embajada de la República de Ecuador en México; de los CC. Guillermina Hernández Montes y Jorge Estrada Ortiz, para prestar sus servicios en la embajada de la República de Bolivia en México; de los CC. Adriana Guadalupe Cárdenas Campos y María Elena Tatay Visairo, para prestar sus servicios en los consulados de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco y en Tijuana, Baja California. Son de primera lectura.

LEY SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACIÓN

Dictamen a discusión en lo general y para razonar el voto el diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez; debaten los diputados Gabriela Guerrero Oliveros, Héctor Pérez Plazola, Oswaldo Harris Muñoz, Amin Zarur Menez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y Javier Garduño Pérez.

RECESO

Se reanuda la sesión a las 16:30 horas.

Se abre el registro de oradores, intervienen los diputados Gabriela Guerrero Oliveros, Alfonso Reyes Medrano, Héctor Pérez Plazola, Lorenzo Serrano Gutiérrez, Miguel Romero Sánchez, Arturo Ruiz Morales. Aprobado en lo general y en lo particular, pasa al Senado para efectos constitucionales.

PERMISOS CONSTITUCIONALES

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, envía dictamen de los CC. Guillermo Romero Ibarrola y María del Carmen García Plata de Rocha, para que puedan prestar sus servicios en la embajada Británica en México. De segunda lectura.

ACUERDO DE PROCEDIMIENTOS

Los coordinadores de las fracciones parlamentarias, envían documento que establece procedimientos para la reunión informativa con el Jefe del Departamento del Distrito Federal. El diputado Jorge Alcocer Villanueva, comenta sobre lo que se establece.

PROPOSICIONES

FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO

El diputado Jorge Alcocer Villanueva, presta punto de acuerdo para que se rinda un informe sobre el uso del tren "Agua Leguas". Los diputados Consuelo Botello de Flores, José Luis Días Moll, Arturo Ruiz Morales, María de la Luz Gama Santillán, Pablo Alvarez Padilla, Magdaleno Yáñez Hernández, Héctor Pérez Plazola, Genaro José Piñeiro, Pablo Pascual Moncayo, Santiago Oñate Laborde, Jorge Alcocer Villanueva y Juan de Dios Castro, debaten sobre el tema, Se desechan los puntos de acuerdo propuestos.

LEANDRO VALLE

El diputado Alonso Aguirre Ramos, propone punto de acuerdo para que se inscriba en los muros del recinto. Se aprueba y se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

DENUNCIA

El diputado Ricardo García Cervantes, propone punto de acuerdo para que una comisión investigue e informe al pleno de la Cámara, los hechos denunciados en el estado de Coahuila. Intervienen los diputados Ignacio Ramos Espinoza y Juan de Dios Castro. Se desecha.

REUNIÓN DE TRABAJO

Presenta el diputado Genaro José Piñeiro, punto de acuerdo para que la Comisión del Distrito Federal, cite al Regente, al Secretario de Protección y Vialidad y al responsable de Desarrollo Urbano y Ecología, para que antes de la reunión programada para el Regente y contesten preguntas de los legisladores.

COMISIÓN PLURIPARTIDISTA

El diputado José Luis Díaz Moll, propone que la Comisión de Derechos Humanos nombre una comisión que investigue e informe sobre denuncias de grupos de ciudadanos. El diputado Montúfar, propone que sea aceptada pero que se turne a la Comisión de Gestoría y Quejas de la Cámara. Los diputados Juan de Dios Castro y Ricardo García Cervantes, hacen alusión a lo debatido anteriormente. Se acepta con la modificación y se turna a comisión.

EXPLOTACIÓN MINERA

El diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez, denuncia la marginación que se ocasiona en los municipios de Taxco, Guerrero y en Sultepec. Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

FUERZAS DE LA PAZ

El diputado Hildebrando Gaytán Márquez, da informe sobre dos conferencias celebradas en Buenos Aires, Argentina. Se inscribe en el Diario de los Debates.

EFEMÉRIDES

REVOLUCIÓN SOCIAL EN PUEBLA

El diputado Melquiades Morales Flores, hace remembranza de la batalla del 18 de noviembre de 1910. El diputado Nabor Camacho Nava, abunda en el tema y hace consideraciones de la situación actual.

PONCIANO ARRIAGA

El diputado Antonio Monsiváis Ramírez, menciona la trayectoria política del ilustre mexicano.

REVOLUCIÓN MEXICANA

Se cumplen setenta y siete años. El diputado Hildebrando Gaytán Márquez, comenta su historia hasta estos días.

RICARDO FLORES MAGÓN

Iniciativa para que se inscriba su nombre en los muros del recinto parlamentario, presentada por el diputado Justino Delegado Caloca. Se turna a la Comisión de Reglamento, Régimen y Prácticas Parlamentarias.

REMEMBRANZA

De la Revolución Mexicana en 1910, por el diputado Magdaleno Yáñez Hernández.

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. CÉSAR AUGUSTO SANTIAGO RAMÍREZ

(Asistencia de 267 ciudadanos diputados)

APERTURA

El C. Presidente (a las 11:20 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros:

«Cámara de Diputados. - Tercer período ordinario de sesiones. - LIII Legislatura.

Orden del día

17 de noviembre de 1987

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del LXXVII aniversario luctuoso de Aquiles Serdán, tendrá lugar el 19 de noviembre.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Orgánica del Banco de México, se remite el informe correspondiente al movimiento diario que durante el tercer trimestre de 1987, tuvieron el financiamiento interno del Banco de México y la Cuenta General de la Tesorería de la Federación.

Oficios de los CC. secretarios de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público

Con el que se remite el informe sobre la situación económica y las finanzas públicas, correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal de 1987.

Iniciativas del Ejecutivo

De Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988.

De Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1988.

De Ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

De reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.

De Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1988.

De Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal de 1988.

Criterios Generales de Política Económica.

Informe sobre el uso de la facultad en materia arancelaria que confiere al Ejecutivo Federal del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Informe de aleaciones de monedas de $500.00

Informe de control de cambios.

Informe sobre la Operación de las Sociedades Nacionales de Crédito correspondiente a 1987.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que la C. Rita Patricia Contreras Calleja, pueda prestar servicios en la Embajada de la República Popular de Hungría en México.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. José Salazar López, Aurora Guadalupe Castellanos Dávila, Ma. Isabel Gutiérrez de Díaz y Manuel Gómez, puedan prestar servicios en la Embajada de la República Islámica de Pakistán en México.

Minuta

Con proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Iniciativa de CC. diputados del sector obrero

Para reformar varios artículos de la Ley Federal del Trabajo.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto para reformar el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 de la Constitución, y adicionar el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la C. Alicia Philippe Ponce, para prestar servicios en la Embajada de la República del Ecuador en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a los CC. Guillermina Hernández Montes y Jorge Estrada Ortiz, para prestar servicios en la Embajada de la República de Bolivia en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a las CC. Adriana Guadalupe Cárdenas Campos y María Elena Tatay Visairo, para prestar servicios en los consulados de los Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco y en Tijuana, Baja California.

Dictámenes a discusión

De las comisiones de Comercio y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a los CC. Guillermo Romero Ibarrola y María del Carmen García Plata de Rocha, para prestar servicios en la Embajada Británica en México.

Efemérides

Intervenciones de los CC. diputados Melquiades Morales Flores y Alejandro Cañedo Benítez.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La misma C. Secretaria:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día trece de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.

Presidencia del C. César Augusto Santiago Ramírez

En la ciudad de México, a las once horas y cincuenta y cinco minutos del viernes trece de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, con asistencia de doscientos setenta y cinco ciudadanos diputados, la presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del orden del día y del acta de la sesión anterior, llevada a cabo el día de ayer, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta con los asuntos en cartera:

Invitación de la legislatura del estado de Sinaloa, a la sesión solemne en la que el C. licenciado Francisco Labastida Ochoa. gobernador constitucional de la entidad, rendirá su primer informe de gobierno el quince del actual.

La presidencia designa en comisión para asistir a este acto con la representación de esta Cámara, a los ciudadanos diputados Salvador Robles Quintero, Salvador Esquer Apodaca, Marco Antonio Espinoza Pablos, Mario Alfonso Niebla Alvarez, Adrián Evodio Prado Gómez, Raúl Darío Cárdenas, Ma. Luisa Solís Payán, Adrián González García, Gorgonio Meza Ramos, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Eraclio Zepeda Ramos, Gustavo Ignacio Valenzuela Santeliz y Genaro José Piñeiro López.

El Congreso de Coahuila invita a la sesión solemne en la que el C. licenciado José de las Fuentes Rodríguez, gobernador del estado, rendirá el sexto informe de su gestión administrativa el día quince de los corrientes.

La presidencia concede la palabra para hechos en relación a esta invitación, al C. diputado Ricardo Francisco García Cervantes quien hace reflexiones en torno a la misma.

Designa la presidencia en comisión para llevar la representación de esta Cámara al informe del gobernador de Coahuila, a los ciudadanos diputados Gaspar Valdés Valdés, Hilda Aurelia Lozano López, Braulio Manuel Fernández Aguirre, Daniel Castaño de la Fuente, Rodolfo Jiménez Villarreal, Jesús Santiago Jardón Lerma, Gonzalo Padilla Fuentes, Marciano Aguilar Mendoza y Magdalena García Rosas.

Invitación del gobierno del estado de Veracruz, a la ceremonia de develación del monumento erigido a la memoria del licenciado Rafael Murillo Vidal, ex gobernador de la entidad, que tendrá lugar el diecisiete del actual en el ciudad de Xalapa.

Se nombra en comisión para asistir a esta ceremonia, a los CC. Francisco Berlín Valenzuela, Pedro Sánchez Arrieta, Carlos Roberto Smith Veliz, Juan Nicolás Calleja Arroyo y Sebastián Guzmán Cabrera.

La presidencia informa a la asamblea, que se encuentra en el salón de sesiones una delegación de diputados peruanos que están de visita de cortesía en esta Cámara.

Además informa de ciudadanos diputados inscritos para presentar iniciativas, proposiciones, denuncias, y para conmemorar diversas efemérides.

Iniciativas:

De la diputación de la CTM, sector obrero, proyecto para reformar la fracción XIII del artículo 123 constitucional, a la cual da lectura el C. José Herrera Arango. Túrnese a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.

De ciudadanos diputados oaxaqueños, para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, a la cual da lectura el C. Juan Manuel Cruz Acevedo. Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

De la fracción parlamentaria demócrata, a la que da lectura el C. Magdaleno Yáñez Hernández, proyecto para reformar el artículo 123 de la Constitución general de la República. Túrnese a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.

Se continúa con los asuntos en cartera:

Oficio de la Secretaría de Gobernación:

Cinco, por que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Alicia

Philippe Ponce, Guillermina Hernández Montes, Jorge Estrada Ortiz, Adriana Guadalupe Cárdenas Campos y María Elena Tatay Visairo, puedan prestar servicios en México a gobiernos extranjeros. Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Dictámenes a discusión, cuatro, emitidos por la Comisión de Salubridad y Asistencia, a los que en su oportunidad la asamblea les dispensa la segunda lectura, en virtud de haber sido impresos y distribuidos entre los ciudadanos diputados.

Con proyecto de Ley del Instituto Nacional de Cardiología "Ignacio Chávez". Es de segunda lectura.

A discusión en lo general:

Hacen uso de la palabra para razonar el voto en pro de sus respectivos partidos, de este proyecto de ley y de los otros tres proyectos relativos a instituciones de salud, los CC. Jesús Heriberto Noriega Cantú del PMS y Carlos Barrera Auld del PDM.

Presidencia del C. Samuel Quiroz de la Vega

También para razonar el voto en el mismo sentido, interviene el C. José Angel Aguirre Romero del PST.

Se considera suficientemente discutido en lo general el dictamen.

Presidencia del C. César Augusto Santiago Ramírez

Se procede a recoger la votación nominal en lo general; y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto, emitiéndose una votación de doscientos treinta y seis votos en pro y diez en contra.

A discusión en lo particular.

La presidencia informa que se reservaron para su discusión en lo particular los artículos 7o. fracciones I, V y VII; 12 fracción II; 16 fracción V y el artículo 21.

Interviene y se autoriza al C. Jesús Heriberto Noriega Cantú, para plantear simultáneamente los artículos reservados para este proyecto de ley y los demás relativos a institutos de salud, por corresponder a una misma línea de planteamiento esencial y propone modificaciones en todos los artículos reservados para su discusión.

A nombre de la comisión interviene el C. Manuel Monarres Valenzuela quien contesta una interpelación del C. diputado Jesús Heriberto Noriega Cantú, ocupando este último la tribuna para hechos.

La Asamblea, en votación económica, no admite las modificaciones propuestas por el C. diputado Noriega Cantú y por lo tanto se dan por desechadas.

Se consideran suficientemente discutidos los artículos 7o., 12, 16 y 21. En votación nominal se aprueban en sus términos por doscientos veintisiete votos en pro y dieciséis en contra.

Aprobada en lo general y en lo particular la Ley de Instituto Nacional de Cardiología "Ignacio Chávez". Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Dictamen con proyecto de Ley del Instituto Nacional de Cancerología. Es de segunda lectura.

A discusión en lo general. Sin ella, se procede a recoger la votación nominal en lo general; y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto. Se emiten doscientos treinta y siete votos en pro y trece en contra.

Discusión en lo particular.

La presidencia informa que se reservaron para su discusión los artículos 7o. fracción I y III; 12 fracción II; 16 fracción VI, y el artículo 21.

Aborda la tribuna el C. Eraclio Zepeda Ramos en contra, para plantear modificaciones a los artículos citados y, en pro, lo hace el C. Rodolfo Mario Campos Bravo.

En votación económica se desechan las modificaciones propuestas por el C. diputado Zepeda Ramos.

Se consideran suficientemente discutidos los artículos impugnados.

Presidencia del C. Samuel Quiroz de la Vega

Se procede a recoger la votación nominal de los artículos 7o., 12, 16 y 21, los que se aprueban en sus términos por doscientos treinta y seis votos en pro, catorce en contra y una abstención.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley del Instituto Nacional de Cancerología. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Dictamen con proyecto de Ley del Hospital Infantil de México "Federico Gómez" Es de segunda lectura.

A discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba en este sentido, y en lo particular los artículos no impugnados, en un solo acto, por doscientos veinticinco votos en pro y ocho en contra.

Discusión en lo particular.

La presidencia informa haber sido reservados para su discusión los artículos 8o. fracciones I y VII; 13 fracción II; 17 fracción VI y el artículo 21.

Intervienen, en contra de los artículos citados el C. Gerardo Unzueta Lorenzana, quien les propone modificaciones; en pro el C. Darío Maldonado Casiano.

Presidencia del C. César Augusto Santiago Ramírez

Finalmente, para hechos, el C. diputado Unzueta Lorenzana.

La asamblea, en votación económica, no acepta las propuestas de modificación y en consecuencia se dan por desechadas.

Se consideran suficientemente discutidos los artículos impugnados.

Por lo tanto se procede a recoger su votación nominal en su términos. Se aprueban por doscientos veinte en pro y veintiséis en contra.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley del Hospital Infantil de México "Federico Gómez". Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

En los términos del acuerdo de práctica parlamentaria, a solicitud de la presidencia y consulta de la secretaría, la asamblea autoriza continuar la sesión sin receso.

Dictamen con proyecto de Ley del Instituto Nacional de Nutrición "Salvador Zubirán". Es de segunda lectura.

A discusión en lo general. Sin ella, se procede a recoger la votación nominal, en un solo acto, en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados. Se emiten doscientos siete votos en pro y siete en contra.

Discusión en lo particular:

La presidencia informa haber sido reservados para su discusión los artículos 8o. fracción I y III, 13 fracción II, 17 fracción VI y artículo 21.

Hacen uso de la palabra, en contra el C. Jorge Alcocer Villanueva quien contesta una interpelación del C. diputado Zepeda Ramos.

La secretaría, por instrucciones de la presidencia, da lectura a las modificaciones propuestas por el C. diputado Alcocer Villanueva, misma que no se admiten y en consecuencia se dan por desechadas.

Suficientemente discutidos los artículos 8o., 13, 17 y 21.

En consecuencia, se procede a recoger la votación nominal en sus términos. Se emiten doscientos cinco votos en pro, veinte en contra y dos abstenciones.

Aprobada en lo general y en lo particular la Ley del Instituto Nacional de Nutrición "Salvador Zubirán". Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

A continuación, se presentan las siguientes proposiciones:

El C. Jorge Acedo Samaniego, previa fundamentación, propone "Que la Comisión de Energéticos integre un grupo de trabajo pluripartidista a efecto de que celebre las reuniones que se estime necesarias con funcionarios de las secretaría de Hacienda y Crédito Público; de Energía, Minas e Industria Paraestatal; Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad, para que se estudie la factibilidad de otorgar precios preferenciales o subsidios durante el invierno al gas doméstico en Cananea, Sonora; diáfano y tractomex en los estados de Chihuahua, Sonora, Durango y Coahuila y se influya en la determinación del acuerdo que fijará las tarifas eléctricas de uso doméstico en la zonas calurosas para 1988". Firman seis diputados priístas.

Sobre el particular, usan de la palabra, la C. María del Carmen Jiménez de Avila para una aclaración y en favor de la proposición; el C. Luis Ignacio López Moctezuma y Torres en apoyo de la misma al igual que el C. Manuel Terrazas Guerrero quien además propone que en la propuesta priísta queden expresas otras demandas.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría de lectura a la propuesta leída por el C. diputado Acedo Samaniego, misma que se admite y se considera

de urgente resolución. Se aprueba. La presidencia dicta: "Proceda la Comisión de Energéticos a integrar un grupo de estudio pluripartidista con las características señaladas en la propuesta".

La secretaría, por instrucciones de la presidencia, da lectura a la propuesta del C. diputado Terrazas Guerrero que dice: "Que en el acuerdo que se llegara a aprobar por esta soberanía, queden incluidas de manera expresa, las demandas de deducción de tarifas que sostiene la población de Hermosillo, Sonora". Se admite. Túrnese a la Comisión de Energéticos.

El C. Pedro José Peñaloza, previa lectura de un documento de la "Coordinadora Estudiantil Politécnica", en que presentan demandas relativas al problema del Instituto Politécnico Nacional, propone lo siguiente:

"El pleno de la Cámara de Diputados resuelve turnar a la Comisión de Educación la información leída por el diputado Pedro José Peñaloza, e indica a esta comisión que forme una comisión pluripartidista para investigar la situación existente en el Instituto Politécnico Nacional y presentar un informe al pleno lo más pronto posible."

En torno al tema, intervienen para hechos los CC. Magdaleno Yáñez Hernández, Gerardo Unzueta Lorenzana, Jaime Delgado Herrera y Gabriela Guerrero Oliveros.

En contra el C. Salvador Robles Quintero quien además propone:

"Que la Comisión de Educación Pública, en donde ya están representadas todas las fracciones parlamentarias, se mantenga atenta a este problema y recabe la información que juzgue conveniente, por las vías adecuadas, acerca del conflicto y que con oportunidad informe a esta asamblea plenaria de los resultados de su trabajo de información."

En torno al caso, siguen para hechos los CC. Pedro José Peñaloza, quien contesta una interpelación del C. Miguel Osorio Marbán; prosigue Javier Paz Zarza, Ricardo Andrés Pascoe Pierce quien contesta una interpelación del C. diputado Robles Quintero.

Continúan, para alusiones personales, el C. Salvador Robles Quintero y para hechos el C. Gerardo Unzueta Lorenzana.

Presidencia de la C. María Emilia Farías Mackey

Siguen para hechos los CC. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Efraín Jesús Calvo Zarco, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo y Alejandro Gascón Mercado.

La secretaría, por instrucciones de la presidencia, da lectura a ambas propuestas, en primer término la del C. Pedro José Peñaloza, misma que se desecha.

En segundo término la presentada por el C. Salvador Robles Quintero, misma que se admite. Túrnese a la Comisión de Educación Pública.

Presidencia del C. César Augusto Santiago Ramírez

El C. Víctor Manuel Jiménez Osuna, previa fundamentación, propone que esta Cámara manifieste su disgusto por el otorgamiento de la presea Águila Azteca del gobierno de la República a Paul Volker.

Intervienen para hacer consideraciones sobre el particular, en contra el C. Santiago Camarena Flores; en apoyo a la proposición el C. Martín Tavira Urióstegui.

En votación económica no se admite la propuesta del C. diputado Jiménez Osuna y por tanto se da por desechada.

El C. Víctor Guillermo Alvarez Herrera solicita se haga una excitativa a las comisiones de Comercio y de Energéticos, para que dictaminen una iniciativa que presentaron sobre alzas en los precios de los combustibles. La presidencia hace la excitativa en los términos solicitados.

El C. Ubaldo Mendoza Ortiz se refiere al trágico y lamentable accidente acaecido hoy por la mañana en que autobús cayó a la Laguna de Xico en la carretera de Tláhuac. Propone que en el marco de atribuciones de la Comisión de Información. Gestoría y Quejas de esta Cámara, recabe información del accidente con el fin de que se apliquen las indemnizaciones y la cobertura de todos los gastos generados por el siniestro, y se rinda al pleno el informe respectivo. Se admite. Túrnese a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

A continuación, la presidencia informa que en el transcurso de la sesión se recibieron cuatro iniciativas que el C. Presidente de la República envía a través de la Secretaría de Gobernación:

De decreto que reforma la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. Recibo y túrnese a la Comisión de Justicia.

De decreto que reforma y adiciona disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de

Banca y Crédito. Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

De decreto que establece las características de las monedas conmemorativas del 50 aniversario de la Expropiación Petrolera. Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

De Ley Federal para el Fomento de la Microindustria. Recibo y túrnese a la Comisión de Comercio.

Efemérides:

Hace uso de la palabra, para conmemorar el natalicio del prócer Felipe Carrillo Puerto, el C. Renán Solís Avilés; para referirse al héroe epónimo Jesús García Corona, el C. Arturo Ruiz Morales.

Finalmente la C. Rosa María Armendáriz Muñoz aborda la tribuna para conmemorar al ilustre mexicano Graciano Sánchez.

Agotados los asuntos en cartera, se da lectura al orden del día de la sesión próxima.,

A las diecinueve horas y cinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar, el próximo martes diecisiete de noviembre, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor presidente.

INVITACIÓN

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Escudo. - Jefe del departamento del Distrito Federal. - México.

México, D.F., a 11 de noviembre de 1987.

C. diputado licenciado César Augusto Santiago, Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Palacio Legislativo. - Presente.

El Departamento del Distrito Federal, hace a usted una atenta y cordial invitación a la ceremonia cívica conmemorativa del LXXVII aniversario luctuoso de Aquiles Serdán (1877 - 1910), el próximo jueves 19 del presente, mismo que se llevará a cabo a las 11:00 horas en el monumento erigido a su memoria, en el Eje Central Lázaro Cárdenas, entre Mina y Pensador Mexicano, Delegación Cuauhtémoc.

Al propio tiempo, me permito solicitarle tenga a bien dictar sus respetables indicaciones, con objeto de que una comisión asista al acto de referencia, con la representación de esa H. Cámara de Diputados que usted dignamente preside.

Reitero a usted con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El jefe del Departamento del Distrito Federal, Ramón Aguirre Velázquez.»

El C. Presidente: - Para asistir a este acto en representación de esta honorable Cámara, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: Carlos Palafox Vázquez, Melquiades Morales Flores y Heriberto Morales Arroyo.

BANCO DE MÉXICO

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros:

«Banco de México. - Dirección General. - México, D.F., a 13 de noviembre de 1987.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica del Banco de México, esta institución presenta al Congreso de la Unión por el digno conducto de ustedes el informe referente al movimiento diario del financiamiento interno del propio Banco de México y de la Cuenta General de la Tesorería de la Federación, correspondiente al tercer trimestre del año en curso.

Con fecha 30 de enero de 1987, esta institución informó a ustedes el acuerdo adoptado por su junta de gobierno respecto al saldo máximo que podrá alcanzar el financiamiento interno del propio Banco de México en el ejercicio 1987.

Las cifras relevantes de esta determinación son las siguientes:

Billones de pesos

a) Saldo del financiamiento interno del Banco de México al 31 de diciembre de 1986. 10.029

b) Flujo total en 1987. 6.282

c) Saldo máximo que podrá alcanzar el financiamiento interno del Banco de México durante 1987. 16.311*

(*) Según el referido acuerdo de la junta de gobierno, el saldo que se reporte durante el año podrá exceder esta cifra, sin que ello implique violar el límite establecido, por el efecto de la valuación en pesos de la deuda en moneda extranjera a favor del Banco de México y a cargo del gobierno federal.

En la consideración de las cifras de este informe, es necesario distinguir los saldos del financiamiento interno otorgado por el Banco de México, de los incrementos que experimentan dichos saldos en periodos determinados. Los saldos expresan el importe total de los financiamientos otorgados por el Banco de México desde su constitución, menos las amortizaciones efectuadas por los deudores y menos las cesiones de activos representativos de dichos financiamientos, en tanto que los incrementos de esos saldos, reflejan el financiamiento adicional otorgado por el banco durante el período el cual están referidos.

Con fecha 15 de mayo de 1987 informamos a ustedes sobre el financiamiento interno del Banco de México durante el primer trimestre de 1987. El saldo del financiamiento interno el día último de marzo fue de 11 mil 452 billones, cifra que muestra un aumento de 1 mil 423 billones respecto al saldo observado al cierre de diciembre de 1986, de los cuales - en números redondos - 1 mil 166 billones corresponden a redocumentación de adeudos y 0.345 billones al efecto del deslizamiento del tipo de cambio sobre el monto, valuado en pesos, de la deuda en moneda extranjera que el gobierno tenía con el Instituto Central al cierre de 1986, observándose una disminución de 0.089 billones en el financiamiento adicional efectivo de la institución.

Asimismo, el 14 de agosto de 1987 se les informó sobre el financiamiento interno del Banco de México durante el segundo trimestre de 1987. El saldo del financiamiento interno al día último de junio fue de 11 mil 416 billones, cifra que muestra un aumento de 1 mil 387 billones respecto al saldo observado al cierre de diciembre de 1986, de los cuales, en números redondos, 1 mil 166 billones corresponden a redocumentación de adeudos y 0.716 billones al efecto del deslizamiento del tipo de cambio sobre el monto, valuado en pesos, de la deuda en moneda extranjera que el gobierno tenía con el Instituto Central al cierre de 1986, observándose una disminución de 0.496 billones en el financiamiento adicional efectivo de la institución.

A continuación les damos a conocer los movimientos diarios del financiamiento interno del Banco de México, correspondiente al tercer trimestre de 1987, en los cuales se distingue el saldo e incrementos nominales de éste, del saldo sin el efecto del tipo de cambio y el flujo efectivo, entendiéndose por estos dos últimos, aquellos que no toman en cuenta el aumento del valor en pesos de la deuda denominada en moneda extranjera, consecuencia de la variación del tipo de cambio. Ello en virtud de que tal aumento del valor en pesos de la deuda en moneda extranjera no constituye financiamiento efectivo adicional y, por tanto, tampoco debe tomarse en cuenta para considerar si el financiamiento interno del Banco de México se encuentra o no dentro de los límites establecidos por su junta de gobierno, según se explica en la nota de la página anterior de este informe.

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El 30 de enero de 1987 informamos a ustedes que, de conformidad con los previsto en el artículo 9o. de la Ley Orgánica del Banco de México, el saldo máximo a cargo del gobierno federal en la cuenta general de la Tesorería de la Federación para 1987 se estableció en 0.674 billones, cifra que, de acuerdo con lo previsto en el mismo artículo, podría excederse de presentarse circunstancias extraordinarias que aumentaran considerablemente las diferencias temporales entre los ingresos y los gastos públicos. En cumplimiento del artículo 10 de la Ley citada, a continuación les damos a conocer los movimientos diarios de la cuenta referida, correspondientes al tercer trimestre de 1987.

- Saldos en billones de pesos - *

FECHA JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

1 0.498 0.919 1.413

2 0.334 0.919 0.854

3 0.269 0.308 0.692

4 0.269 0.164 0.935

5 0.269 0.060 0.935

6 0.160 0.078 0.935

7 0.186 0.015 0.737

8 0.336 0.015 0.769

9 0.882 0.015 1.276

10 0.813 0.006 1.276

11 0.813 0.532 1.509

12 0.813 0.842 1.509

13 0.744 0.977 1.509

14 0.772 1.103 1.443

15 0.635 1.103 1.179

16 0.735 1.103 1.179

17 0.833 0.942 0.885

18 0.833 0.985 1.017

19 0.833 1.268 1.017

20 0.815 1.418 1.017

21 0.806 1.477 0.884

22 0.851 1.477 0.833

23 0.724 1.477 0.814

24 0.753 1.297 0.755

25 0.753 1.268 0.876

26 0.753 1.388 0.876

27 0.767 1.347 0.876

28 0.840 1.389 0.855

29 0.845 1.389 0.921

30 0.829 1.389 1.573

31 0.919 1.413

*Durante el tercer trimestre, todos los saldos fueron a favor de la Tesorería de la Federación.

Miguel Mancera Aguayo, director general.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

FINANZAS PÚBLICAS

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Programación y Presupuesto. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Palacio Nacional, 13 de noviembre de 1987.

C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Palacio Legislativo. - México, D.F.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y a efecto de dar cumplimiento con lo señalado en el decreto aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1987, nos es grato anexar al presente el informe sobre la situación económica y las finanzas públicas, correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal de 1987.

En caso de requerir información adicional, nos ponemos a sus órdenes para satisfacer su petición de manera oportuna. Le reiteramos como siempre nuestra especial consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Gustavo Petriccioli Iturbide. - El Secretario de Programación y Presupuesto, Pedro Aspe Armella.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día, es el turno a comisión de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se procede a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

En cumplimiento a lo que establece la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,

me permito someter a su consideración, examen y en su caso aprobación, del proyecto de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguidas.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.«

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

En ejercicio de la facultad que concede al Ejecutivo Federal el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 73, fracción VII, y en cumplimiento del artículo 74, fracción IV del mismo ordenamiento, así como del artículo 7o. de la Ley de Planeación, por su digno conducto someto a la consideración de esa honorable Cámara de Diputados la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación correspondiente al ejercicio de 1988.

Los lineamientos en materia financiera y hacendaría para 1988, se diseñaron a partir de las directrices establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo; además, incorporan los elementos que se consignan en los Criterios Generales de Política Económica para 1988, documento que, por separado, acompaña a la presente iniciativa. En este último se precisan las acciones necesarias para consolidar la reordenación económica y se señalan las medidas que buscan proseguir con el cambio estructural. Además, se analizan los resultados de política obtenidos durante 1987, con el propósito de precisar los logros, así como detectar, reconocer y corregir las desviaciones y problemas que han surgido.

La estrategia económica y social de la presente administración, ha buscado avanzar simultáneamente en dos direcciones, a fin de superar la crisis. La primera, de reordenación económica, incluyó una serie de medidas de corto plazo orientadas inicialmente a detener la profundización de los principales desequilibrios macroeconómicos, para luego corregirlos. La segunda, de cambio estructural, incluye acciones para modificar aspectos esenciales de la economía, cuya corrección es imprescindible para permitir el éxito de la reordenación y la recuperación del crecimiento pero, al mismo tiempo, requiere de plazos más largos para llevarse a cabo y madurar.

En ese contexto, la política de financiamiento del desarrollo se planteó, al igual que ahora como objetivo general, dar sustento financiero a la estrategia económica y social. Por tanto, para 1988 en materia de financiamiento se busca apoyar la profundización de las medidas de cambio estructural; inducir, en la medida de lo posible, que la recuperación de la actividad económica continúe siendo gradual y sostenida; coadyuvar en la intensificación de los esfuerzos para combatir la inflación; y finalmente, contribuir a la conducción ordenada de los asuntos de la administración pública durante el último año de gobierno.

A fin de coadyuvar al logro de tales propósitos, se proponen acciones en diversos campos que, de manera directa o indirecta, implican tareas para las políticas de ingresos, financieras y de deuda pública. En materia de finanzas públicas, junto a una estricta disciplina presupuestal, se avanzará en la consolidación de la reforma fiscal aprobada el año pasado, lo que permitirá incrementar los recursos destinados a la inversión pública; asimismo, se fortalecerán los apoyos fiscales a la inversión que realicen los sectores privado y social. Además, continuará la rehabilitación financiera de diversas empresas paraestatales y el proceso de desincorporación de entidades públicas. En lo que se refiere a la política comercial, se avanzará tanto en el proceso de sustitución de permisos previos por aranceles, como en la reducción de los gravámenes implícitos.

Por otra parte, las políticas crediticia, monetaria y cambiaría continuarán induciendo la evolución deseada de las variables macroeconómicas fundamentales, a fin de darle permanencia al ahorro interno, así como de fortalecer la balanza de pagos y promover la recuperación de la actividad económica. Esas políticas, aunadas a la de ingresos, coadyuvarán al abatimiento de la inflación.

En consecuencia, las políticas de ingresos, financieras y de deuda pública planteadas para 1988, parten de la política económica y social que se ha integrado, la que entre sus principales elementos incluye mantener el superávit primario del sector público, mediante una racionalización adicional del gasto de operación, la consolidación de las adecuaciones fiscales emprendidas en 1986 y una política sincronizada de los precios y tarifas del sector público que evite rezagos.

Política de ingresos

A fin del año pasado, el H. Congreso de la Unión aprobó un paquete importante de reformas fiscales. Las modificaciones más significativas involucraron la redefinición de la base del Impuesto sobre la Renta de las empresas, para corregirla por

los efectos de la inflación; también se efectuaron otros cambios en el Impuesto al Valor Agregado; finalmente, se introdujo un estímulo en el mecanismo de participaciones a los estados. El resultado de las reformas fiscales es satisfactorio, pues se ha obtenido una recuperación de la recaudación proveniente del ISR de empresas e IVA, y empiezan a darse efectos favorables sobre la asignación de recursos. Ahora la política impositiva puede convertirse en el detonante de la inversión de los sectores social y privado, así como en factor que propicie el arraigo de los capitales repatriados.

Las reformas fiscales aprobadas el año pasado, no sólo han revertido la tendencia decreciente que se había venido observando en algunos de los principales rubros de la recaudación federal sino, además, han propiciado una estructura financiera más sana para las empresas. En efecto, diversos indicadores señalan una marcada tendencia hacia la capitalización de la empresa.

Un elemento fundamental de la política de ingresos, es el combate permanente a la evasión y elusión fiscales. Por tanto, en 1988 se reforzará la cruzada nacional que se emprendió en este año, y continuará el proceso para modernizar y reestructurar las tareas de fiscalización. Para ello, se aprovechará la experiencia adquirida en la capacitación de los recursos humanos y se buscará mejorar la utilización de otros recursos destinados a esos propósitos, a fin de alcanzar una presencia fiscal óptima.

El paquete fiscal que se somete a consideración del H. Congreso de la Unión, incluye una serie de adecuaciones a la legislación impositiva, que persiguen los objetivos siguientes:

- Consolidar las reformas fiscales aprobadas en 1986.

- Estimular la inversión de los sectores social y privado.

- Simplificar la legislación y la administración fiscal.

- Continuar con la recuperación de los ingresos del gobierno federal.

Consolidación de la reforma fiscal de 1986

En lo que se refiere a la consolidación del esquema fiscal aprobado en 1986, se propone depurar y ampliar tratamientos a rubros del Impuesto sobre la Renta que hasta ahora no se ajustan por inflación u observan ajustes imperfectos. De las modificaciones que se proponen, destacan:

- Ajustar el costo de las acciones por la inflación del año para la base nueva; hasta ahora sólo se reconoce la inflación del año anterior. También se propone permitir la deducción de la pérdida obtenida por empresas en la enajenación de acciones operadas en bolsa, sólo contra las ganancias generadas por el mismo concepto.

- Establecer un mecanismo para que las empresas que inicien operaciones o que registraron pérdidas el ejercicio anterior efectúen pagos provisionales. Esta propuesta permitirá eliminar la principal fuente de rezago en el entero de contribuciones que aún persiste en el ISR.

- Ajustar semestralmente la tarifa del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas y reducir la tasa máxima a 50%; hasta ahora, la tarifa se ha ajustado una vez al año.

- En materia de bases especiales de tributación, en el Impuesto sobre la Renta se propone que las cuotas del sector agropecuario se ajusten de acuerdo con la evolución de los precios de garantía. Asimismo, se propone aumentar las cuotas aplicables a los autotransportistas.

Otro aspecto de consolidación de los cambios fiscales aprobados el año pasado, son las modificaciones al sistema de coordinación fiscal, acordadas en la última Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales. En el esquema propuesto, los estados participarán con 30% de la recaudación directa del IVA. Asimismo, se establece un procedimiento que garantiza que los estados en su conjunto, no pierden participaciones al cambiar el sistema y se crea un Fondo de Contingencia que se alimenta con recursos adicionales, a fin de garantizar que durante un período de tres años ningún estado en lo particular se vea perjudicado por el cambio. Al término del período mencionado, esos recursos adicionales se incorporarían al Fondo Financiero Complementario.

Promoción de la inversión

No obstante que existen signos alentadores del cambio estructural que la reforma fiscal empieza a inducir, así como que se percibe una recuperación de la inversión privada, algunos aspectos fiscales son de especial relevancia para fortalecer esa recuperación. La deducción inmediata de la inversión, introducida en 1987, sólo opera parcialmente; esto limita la efectividad de este estímulo durante la etapa de transición al nuevo esquema.

Con el fin de promover la inversión, se propone generalizar la aplicación de la deducción inmediata a la inversión financiada con capital propio, así como autorizar la deducción de la inversión desde el momento cuando se hace la erogación.

Simplificación fiscal

Durante los primeros meses del presente año, el gobierno convocó a un Foro Nacional de Simplificación Fiscal, donde se recibieron opiniones y propuestas de diversos sectores. Gran parte de esas sugerencias han sido instrumentadas, mientras que otras lo serán en fecha próxima. Ahora se plantea la necesidad de realizar las adecuaciones fiscales que se requieren para concluir esta etapa del proceso de simplificación. Se proponen los siguientes ajustes legislativos:

- Establecer un sistema de pagos provisionales en el ISR para empresas.

- Introducir un procedimiento simplificado para calcular y ajustar por la inflación las deducciones por inversión y las pérdidas del ejercicio.

- Adecuaciones para la determinación del componente inflacionario de los intereses correspondientes a crédito y deudas.

- Simplificar el régimen de tributación de las constructoras.

- Elaborar y publicar los reglamentos y la circular miscelánea en su versión reducida.

- Diversos ajustes en la legislación dirigidos a simplificar los procedimientos administrativos.

Estas medidas, junto con las que se instrumentaron durante 1987, permitirían una mejor integración y coordinación de esfuerzos al interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con las entidades coordinadas y con el público en general. Ello redundará en una mejor calidad, transparencia y agilidad en los trámites y servicios da los usuarios.

A partir del diálogo permanente con las diversas organizaciones y sectores, se ha definido una serie de modificaciones que contribuyen al mejor desarrollo de actividades y sectores específicos. De estas destacan:

- Se propone instrumentar un paquete en apoyo al salario de los trabajadores que contiene: mecanismos para resolver la problemática y eliminar los rezagos en el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; reducción del ISR a ingresos obtenidos por PTU, jornada extraordinaria y prima vacacional; asimismo, desgravación del IVA en los intereses pagados a Fonacot.

- Para contribuir a solucionar la problemática que enfrenta la industria automotriz, tanto en el interior de la República como en la zona fronteriza, se propone mantener en el nivel actual las tasas del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y reducir la tasa aplicable en la zona fronteriza, de 8% a 5%.

- Para apoyar al sector exportador y el cambio estructural en Telmex, se propone reducir el impuesto telefónico de larga distancia internacional, ajustando la estructura de tarifas para compensar la pérdida recaudatoria involucrada.

A fines de 1985 se introdujeron tasas adicionales en diversos impuestos especiales sobre producción y servicios (IEPS), cuya recaudación tenía como destino específico apoyar la reconstrucción. Con el fin de apoyar el programa económico durante 1988, se propone continuar aplicando dichas tasas.

En materia de derechos, se proponen adecuaciones que tienen por objeto reducir los rezagos con respecto a la inflación. Asimismo, ajustes en el registro y control de los derechos destinados a un fin específico, con el propósito de garantizar que se apliquen sólo cuando se haya autorizado la partida presupuestal correspondiente.

De aprobarse la iniciativa que se presenta a consideración de esa soberanía, se estima que en 1988 los ingresos tributarios y no tributarios del gobierno federal ascenderán a 69 billones 349 mil millones de pesos, monto 114.7% superior al total que se estima para 1987.

La política de precios y tarifas responderá a dos principios fundamentales: en primer lugar, se buscará una estructura de precios relativos que permita y propicie una adecuada asignación de recursos; en segundo, se fortalecerán las finanzas de las empresas y organismos del sector público, con objeto de que sus ingresos contribuyan a alcanzar las metas establecidas en el programa económico del próximo año.

Por otra parte, la ejecución de esta política será congruente con la estrategia de combate a la inflación. El calendario y magnitud de los ajustes del año próximo, deberá acompañar el abatimiento de los niveles de inflación, en consonancia con un perfil decreciente de la misma. El programa de precios vigilará sus impactos sobre la equidad y el poder adquisitivo del salario.

Política de promoción fiscal

En materia de promoción fiscal, se ha configurado un esquema integral de estímulo para la mayoría de las actividades prioritarias y estratégicas definidas en el Plan Nacional de Desarrollo.

Recientemente entraron en vigor nuevos ordenamientos, cuyos efectos empezarán a observarse durante 1988, dirigidos a fomentar el desarrollo y la comercialización de tecnología nacional, las actividades de prevención y control de la contaminación ambiental y el sector agropecuario. A éstos deben adicionarse los apoyos a la industria prioritaria y al desarrollo regional, a la construcción de vivienda para arrendamiento, a la infraestructura para la producción y distribución de productos básicos, a las actividades minera, forestal, pesquera y de marina mercante, así como al desarrollo de las franjas fronterizas y zonas libres del país. Con esos estímulos se impulsa la generación del empleo, el proceso de cambio estructural y la racionalización del aparato productivo de los diversos sectores de la economía.

Por otra parte, se propone darle permanencia al tratamiento fiscal vigente aplicable a dichos estímulos, que los define como ingresos no acumulables.

En suma, para el ejercicio fiscal de 1988 se prevé avanzar en la consolidación de los programas de promoción que se han venido aplicando, dentro de un marco de selectividad y transparencia. Atendiendo los criterios de austeridad presupuestal, se prevé que las erogaciones involucradas por la política de estímulos fiscales no superarán 2.4% de los ingresos tributarios, excluyendo los provenientes de Pemex.

Justicia Fiscal

Para avanzar en la modernización y regionalización del sistema de justicia fiscal, por separado se sometió a esa soberanía la iniciativa de un decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

De ser aprobadas las reformas propuestas en dicha iniciativa, se culminarían de manera simultánea dos aspectos destacados de la política de la presente administración: el desarrollo del sector hacendario y el mejoramiento del sistema de impartición de justicia. Dicha aprobación tendría importantes consecuencias, ya que constituiría un impulso para lograr una impartición de justicia más expedita, la simplificación de diversos procesos jurisdiccionales y un avance sustancial en materia de descentralización.

En la iniciativa citada se propuso fusionar la impugnación de notificaciones con el medio de defensa principal, suprimiendo un ciclo procesal separado; reducir el número de instancias procesales y simplificar el sistema, mediante la fusión del recurso de revisión ante la sala superior del Tribunal Fiscal de la Federación y el de revisión fiscal, ante el Poder Judicial de la Federación, en un solo recurso, similar a la defensa de que disponen los particulares.

Lo anterior permitirá solucionar en el nivel local los conflictos que surjan en el interior de la República, así como evitar la bifurcación de vías de impugnación de la misma sentencia, que actualmente se produce según la parte que la impugna.

Se establece que la sala superior del Tribunal Fiscal de la Federación podrá resolver los asuntos que por sus características especiales deban ser examinados de manera más individual y cuidadosa; asimismo, se regula un novedoso sistema de procedentes, que complementarán la jurisprudencia que establece la sala superior.

Por último, se proponen medidas para simplificar el procedimiento administrativo y el proceso fiscal, así como para lograr una mayor efectividad en el cumplimiento de las sentencias del Tribunal Fiscal. Paralelamente se proponen adecuaciones a la estructura del Tribunal Fiscal, entre otras, la inmovilidad de sus magistrados, que faciliten la realización de las otras acciones de simplificación y se prevé un régimen de transición, que permite que cada reforma entre en vigor cuando le corresponda.

Políticas financieras.

En 1988 las políticas financieras continuarán orientándose al logro de los cuatro objetivos específicos señalados en el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo: recuperación y fortalecimiento del ahorro interno; asignación y canalización eficiente y equitativa de los recursos financieros; reorientación de las relaciones económicas con el exterior; y fortalecimiento del sistema financiero, promoviendo su consolidación institucional.

Sin embargo, la coyuntura económica que enfrentará el país en 1988 hace imprescindible lograr una mayor coordinación en el manejo de los diversos instrumentos de política. En ese contexto, a fin de mantener el equilibrio macroeconómico alcanzado hasta ahora, las acciones en materia financiera buscarán subrayar la congruencia de la relación entre la estrategia cambiaría y la de tasas de interés.

En materia de ahorro interno, con el propósito de avanzar en la recuperación de la captación financiera, que se manifestó en 1987, así como de

conservar las reservas internacionales en niveles congruentes con los flujos de comercio exterior y la situación de la cuenta de capitales del país, se proseguirá con una política de tasas de interés que mantenga la competitividad de los instrumentos financieros internos, ofreciendo rendimientos positivos en términos reales y superiores a los vigentes en el exterior. En 1988 la estructura de tasas de interés ofrecerá una combinación de rendimientos reales que permita alentar una mayor intermediación del sistema financiero en su conjunto.

En lo que se refiere a la canalización de recursos, el incremento del ahorro permitirá aumentar la capacidad del sistema para otorgar financiamiento a la inversión productiva de los sectores social y privado. La asignación del crédito será congruente con los objetivos en materia de crecimiento económico y cambio estructural, en particular de aquellas actividades donde se busca ampliar la infraestructura y fortalecer el proceso de modernización industrial.

Se prevé que la liberación del crédito de la banca múltiple, instrumentada de manera gradual desde agosto de 1987, facilitará otorgar un apoyo mayor a la actividad económica el año próximo. Sin embargo; también se requerirá mejorar la coordinación entre los oferentes de títulos en el mercado de dinero, en especial en la emisión de valores gubernamentales. Aunada al ordenamiento del mercado de dinero, se anticipa que dicha liberación permitirá reducir gradualmente el diferencial entre el costo de los recursos financieros para los usuarios del crédito y el rendimiento pagado a los ahorradores, lo que reflejará la mayor disponibilidad de recursos y, al mismo tiempo, la intermediación financiera más eficiente.

Se intensificarán los esfuerzos para que la banca múltiple, en términos complementarios a las funciones de otros intermediarios financieros, apoye los programas prioritarios de inversión, como los de vivienda, infraestructura y reconversión industrial, en especial los que aumenten la capacidad exportadora de la economía; los recursos crediticios de la inversión obligatoria se canalizarán hacia esas actividades. En ese contexto se promoverá una derrama creciente de recurso a las empresas medianas y pequeñas.

Los bancos y los otros intermediarios financieros buscarán acelerar el proceso de formación de capital de las unidades productivas, por medio de un programa más amplio de inversiones temporales en capital de riesgo. Se buscará que las empresas diversifiquen sus fuentes de financiamiento, a fin de que recurran cada vez más al mercado de capitales, a la reinversión de utilidades y a las capitalizaciones con recursos nuevos.

La inflación dificulta la operación financiera de muchas empresas. Para contribuir a superar esta situación, en 1988 se continuarán aplicando esquemas de financiamiento diseñados para evitar una acelerada amortización real de los créditos, en un contexto de inflación. Así será posible ajustar los plazos de amortización real de los créditos a los ciclos de maduración de las inversiones. Se proseguirá con la reestructuración de adeudos de empresas que, siendo intrínsecamente sanas, enfrentan problemas de liquidez.

Por otra parte, en lo que se refiere a la derrama crediticia de la banca de desarrollo y los fondos financieros de fomento, en 1988 se buscará perseverar en el apoyo a los sectores estratégicos y prioritarios, en un contexto de escasez acentuada de recursos, sobre todo fiscales y, de una racionalización adicional de los subsidios financieros. Destacan los programas de financiamiento a la producción y comercialización de alimentos; los que alientan la modernización del aparato industrial, procurando aumentar su eficiencia, productividad y competitividad en el exterior, y los que apoyan la exportación. Se dará especial atención a la microindustria, así como a los programas relacionados con el desarrollo urbano, el turismo, la vivienda y la pesca. Como hasta ahora, dichos créditos irán acompañados de asistencia técnica.

La derrama de crédito preferencial responderá a los objetivos de la estrategia económica y social, entre los que destaca la descentralización regional. Su destino por actividad y región reflejará las prioridades establecidas en el documento "Criterios Generales de Política Económica para 1988", así como en la iniciativa del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1988. El sistema financiero de fomento seguirá canalizando los recursos provenientes de organismos financieros internacionales, que por sus características de plazo y costo ofrecen ventajas con respecto a otras fuentes de financiamiento.

Con el propósito de lograr la consolidación institucional del sistema financiero nacional, su reestructuración ha involucrado acciones en relación con intermediarios de todos los tipos, así como acerca de sus interrelaciones. Durante los últimos años el cambio estructural del sistema financiero ha avanzado a paso firme, ha abarcado aspectos muy amplios y ha sido particularmente intenso. Lo logrado hasta ahora subraya la necesidad y refuerza el ánimo para seguir con la modernización del sistema financiero.

El sistema financiero en su conjunto se ha fortalecido; la banca múltiple se ha reorganizado para apoyar mejor los programas de desarrollo; el sistema financiero de fomento canaliza cuantiosos recursos en beneficio de las actividades prioritarias; la intermediación bursátil es más activa, constituyendo una importante opción de financiamiento para las empresas; las aseguradoras han ampliado su cobertura y servicios. En el ámbito de acción de cada uno, se ha robustecido la complementariedad de los diferentes intermediarios financieros.

La evolución de las instituciones bancarias durante los últimos años muestra la renovación que ha observado el sistema; su reorganización representa un avance cualitativo insoslayable. Como parte de ese proceso, las instituciones de la banca múltiple adquirieron un nuevo marco jurídico, asimismo, fueron incorporadas al Sistema Nacional de Planeación, lo que ahora permite una mayor congruencia de sus acciones con la política económica general y una mejor asignación del crédito entre sectores, actividades y regiones, conforme a las prioridades establecidas.

Por medio de las liquidaciones y fusiones, se avanzó hacia el objetivo de configurar un sistema más acorde con las necesidades del país, buscando una combinación adecuada entre la gran banca, con cobertura nacional y tecnología de vanguardia, y la banca regional más cercana a las necesidades locales y de gran eficacia en la atención de su clientela.

Apoyada en su nuevo marco jurídico e institucional, en 1988 la banca múltiple se orientará principalmente a impulsar la consolidación de la recuperación económica y la profundización del cambio estructural. Así mismo, buscará reforzar su modernización, promoviendo un servicio más ágil y eficiente, así como una mayor complementariedad con otras instituciones del sistema financiero.

El año próximo presenta un reto especial para el sistema financiero de fomento. Por una parte, la dinámica de la economía nacional requiere que la banca de desarrollo y los fondos financieros prosigan y amplíen su labor de promoción y apoyo a las actividades prioritarias. Por otra, la situación de las finanzas públicas en general, y financiera de cada banco y fondo en particular, demanda utilizar mejor los recursos disponibles, así como acelerar el cambio estructural y la rehabilitación financiera de algunas instituciones del sistema financiero de fomento.

Como se establece en el documento "Criterios Generales de Política", en congruencia con la austeridad en materia de finanzas públicas, así como con los lineamientos de transparencia fiscal, en 1988 las instituciones que constituyen dicho sistema habrán de realizar diversas operaciones de revisión de programas, racionalización de subsidios financieros y traspasos de pasivos al gobierno federal, así como de mejoría de procedimientos contables y administrativos. Las limitaciones de recursos fiscales y la consolidación de sus programas previsiblemente se reflejarán en una intermediación financiera mayor del sistema en 1988. El cambio estructural del sistema financiero de fomento y su solidez financiera es reto y responsabilidad de la presente administración.

Lograr un desarrollo equilibrado del sistema financiero ha sido propósito esencial de la presente administración. Por esto, junto a la reestructuración de la banca múltiple y al cambio estructural del sistema financiero de fomento, se ha llevado a cabo una reorientación y fomento de los intermediarios financieros no bancarios. La ampliación, profundización y profesionalización de las actividades de esos intermediarios son patentes.

En lo que se refiere al mercado de valores, se han consolidado diversas figuras financieras que permiten un desempeño mejor de los mercados de dinero y capitales, como los fondos de inversión de renta fija y los de inversión comunes. Estas figuras han permitido incorporar un mayor número de inversionistas a dichos mercados. En particular, a pesar de las fluctuaciones que ha observado la bolsa, su evolución reciente señala que, al igual que en otros países, ésta ha sido y será un medio para captar recursos de capital a largo plazo. En 1987 el mercado de valores ha generado y canalizado recursos frescos hacia las unidades productivas.

El desarrollo reciente del mercado de valores señala la necesidad de fortalecer la Comisión Nacional de Valores, a fin de mejorar sus funciones de vigilancia y regulación. Sin incurrir en una intervención que distorsione y afecte el adecuado funcionamiento del mercado, la regulación buscará garantizar que existan los elementos necesarios para que las transacciones se realicen con transparencia y orden. Con el propósito de apoyar dichas tareas, se adecuarán las cuotas y tarifas que correspondan.

Deberán ampliarse los mecanismos de información, a fin de que los participantes conozcan con oportunidad la situación y perspectivas del mercado. Asimismo, la Comisión Nacional de Valores habrá que mantenerse más vigilante de las condiciones de acceso al mercado, tanto de

los inversionistas como de las unidades productivas que concurren en busca de recursos. Un mayor número de participantes es deseable, en la medida que busquen realizar inversiones a largo plazo. En 1988 habrá que aprovechar mejor la potencialidad de los inversionistas institucionales; se fomentará una participación mayor de las compañías de seguros, que con los recursos que pueden aportar al mercado, están en condiciones de darle más estabilidad, por su carácter de largo plazo. Además, habrán de seguirse diversificando los instrumentos disponibles, a fin de que respondan mejor a las necesidades de los mercados de dinero y de capitales, buscando atender por una parte, las necesidades de los inversionistas y, por otra, los requerimientos de financiamiento del gobierno y las unidades productivas.

En un contexto de cautela, Nacional Financiera seguirá siendo, como lo ha sido, la principal entidad pública encargada de promover de manera activa el mercado de valores. Su experiencia en la materia es parte esencial de la infraestructura institucional de que se dispone para promover el adeudo desarrollo de dicho mercado. Política aduanera

Durante los últimos años, las relaciones de intercambio comercial del país con el exterior han aumentado a un ritmo acelerado; en ese sentido, se han generado la necesidad de nuevos métodos y técnicas que permitan resolver la problemática que presenta la agilización de trámites aduanales, la captación eficiente y oportuna de los impuestos correspondientes, así como la instrumentación de los lineamientos de la política comercial.

Para hacer frente a esas demandas, se ha modificado el esquema tradicional de recaudación, vigilancia y control, a fin de convertir a la aduana mexicana en un factor de desarrollo.

Es imprescindible continuar modernizando el sistema aduanero mexicano, con el objeto de que esté en condiciones de hacer frente a la dinámica propia del comercio mundial, en el marco de cambio estructural, la renovación moral y la simplificación administrativa.

En ese contexto, se buscarán adecuar las disposiciones jurídicas a la dinámica cambiante del comercio exterior y del sistema aduanero mexicano, en el marco de una estrategia de acción orientada a la actualización y modernización del mismos. Las modificaciones estarán dirigidas a subsanar omisiones, precisar conceptos y definiciones, revisar el importe de las multas a infractores, considerando el ritmo de deslizamiento del peso, actualizar procedimientos para los agentes aduanales, derogar disposiciones que se consideren obsoletas, así como lograr una mayor automatización en el despacho de las mercancías.

Política de deuda pública

Para acelerar el desarrollo, es frecuente que los países utilicen recursos externos para complementar su ahorro interno. Durante los últimos años México ha concurrido a los mercados internacionales de crédito con ese propósito. Sin embargo, dadas las condiciones de los mercados financieros internacionales, el país ha enfrentado incertidumbre acerca de los montos y características del financiamiento externo disponible. El proceso de negociación ha sido complejo y lento, lo que ha acentuado la incertidumbre, que a su vez significa un costo para el país en términos de su planeación y programación.

En 1988 México seguirá pugnando por obtener financiamiento externo neto por un monto moderado, que le permita modular sus flujos de recursos, financiar parte de sus operaciones de la balanza de pagos, aprovechar las condiciones favorables que significa el financiamiento de los organismos bilaterales y multilaterales para el cambio estructural y, sobre todo, aminorar el efecto negativo que tiene la transferencia externa neta que ha estado realizando el país, la que impone una pesada carga sobre el desarrollo nacional.

Con firmeza, México seguirá pugnando por hacer realidad una nueva etapa en materia de deuda externa, donde la combinación de la negociación con el conocimiento de las realidades que impone el mercado habrán de permitirnos avanzar, con la corresponsabilidad de nuestros acreedores, hacia la solución definitiva del problema.

El monto y características de los recursos externos disponibles afectan sustancialmente la situación de los mercados financieros internos. Como resultado del endeudamiento público externo, en 1987 México dispuso de recursos netos provenientes del exterior, por aproximadamente 5 mil 700 millones de dólares. En principio, esto permitió que el sector público recurriera menos al endeudamiento interno para cubrir su déficit fiscal, lo que a su vez alentó la recuperación de la economía.

Sin embargo, por diversos motivos los precios observaron presiones adicionales, lo que impidió una reducción de las tasas de interés nominales,

como se había previsto para 1987; esto elevó el déficit financiero del sector público a un monto superior al programado, lo que de nueva cuenta requirió un mayor endeudamiento interno para financiarlo. No obstante, se estima que la deuda interna disminuirá como porcentaje del PIB, aunque sólo ligeramente.

En la medida que durante 1988 se dispondrá de menos recursos del exterior, el crédito interno necesario para cubrir los requerimientos financieros globales del sector público observará diversas presiones. Para atenuarlas se actuará con decisión en diversos aspectos. Con el propósito de hacer frente a esas necesidades, en 1988 se continuarán diseñando nuevos instrumentos de ahorro, así como modificando las características de los vigentes, a fin de aumentar su plazo promedio, ampliando al mismo tiempo las opciones de inversión disponibles para los ahorradores. Aumentar el plazo promedio de la deuda pública interna coadyuvará a mejorar la estabilidad y funcionamiento de los mercado de dinero y capitales.

Un objetivo fundamental de la política de deuda interna es proseguir adecuando las características de los valores de deuda pública, a fin de reducir su costo y, al mismo tiempo, permitir que sigan siendo instrumentos atractivos para los ahorradores.

En 1988 se prevé consolidar los procesos de saneamiento y rehabilitación financiera en diversas entidades paraestatales, incluyendo algunas instituciones del sistema financiero de fomento. Para ello, éstas adquieren compromisos operativos y de mejoría de su eficiencia administrativa, a cambio de asunciones de pasivos por parte del gobierno federal.

En virtud de las consideraciones expuestas y en cumplimiento del artículo 10 de la Ley General de Deuda Pública, se solicita al H. Congreso de la Unión que, al aprobar la Ley de Ingresos de la Federación correspondiente al año de 1988, autorice un endeudamiento neto adicional por 75 billones 121 mil 100 millones de pesos. Esta solicitud incluye un endeudamiento externo neto de hasta un monto equivalente a 5 billones 640 mil millones de pesos; o sea, aproximadamente 2 mil 300 millones de dólares. Asimismo, esta solicitud incluye un endeudamiento interno neto adicional suficiente para cubrir la diferencia entre los requerimientos netos totales y el endeudamiento externo neto que se contrate. Del monto total, 63 billones 938 mil millones de pesos se destinarán a financiar el déficit neto del Presupuesto de Egresos de la Federación y 1 billón 40 mil 500 millones de pesos al sector paraestatal no incluido en el presupuesto. Por otra parte, se estima que la intermediación financiera ascenderá a 10 billones 142 mil 600 millones de pesos; este renglón representa el endeudamiento neto del sistema financiero de fomento para otorgar crédito a los sectores privado y social.

En atención a las consideraciones que contiene la presente exposición de motivos y a efecto que el H. Congreso de la Unión tenga conocimiento de los recursos con los que se financiará el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1988, me permito someter a esa representación nacional la estimación que aparece parcialmente en las distintas fracciones del artículo 1o. de la Ley de Ingresos, integrando el total de dichos recursos.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1988

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 1988, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran.

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Cuando en una ley que establezca alguno de los ingresos previstos en este artículo, se contengan disposiciones que señalen un diverso ingreso, este último se considerará comprendido en la fracción de este precepto que corresponda al primero.

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informará al Congreso de la Unión, trimestralmente, dentro de los 45 días siguientes al trimestre vencido, sobre los ingresos percibidos por la Federación en el ejercicio fiscal de 1988, en relación a las estimaciones que se señalan en este precepto.

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para contratar, ejercer y autorizar créditos, empréstitos u otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, que no rebasen los montos de 69 billones 481 mil 100 millones de pesos de endeudamiento neto interno y 5 billones 640 mil millones de pesos de endeudamiento neto externo, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988. En caso de que los recursos externos sean inferiores a lo expresado, se podrá contratar endeudamiento interno hasta por el monto de la diferencia.

Asimismo, se faculta al Ejecutivo Federal a ejercer o autorizar montos adicionales de financiamiento cuando, a juicio del propio Ejecutivo, se presenten circunstancias extraordinarias que así lo exijan.

También queda autorizado el Ejecutivo Federal para que, a través de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emita valores en moneda nacional y contrate empréstitos para canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal o con propósitos de regulación monetaria, en los términos de la referida Ley General de Deuda Pública.

Del ejercicio de estas facultades, dará cuenta el Ejecutivo Federal oportunamente al Congreso de la Unión, especificando las características de las operaciones realizadas.

Artículo 3o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda facultado para:

I. Fijar o modificar las compensaciones que deban cubrir los organismos descentralizados y empresas propiedad de la Federación, respecto a los bienes federales aportados o asignados para su explotación, o en relación con el monto de los productos o ingresos brutos que perciban.

II. Expedir las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido por esta ley en materia de estímulos y subsidios fiscales.

Artículo 4o. Petróleos Mexicanos estará obligado al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, de acuerdo con las disposiciones que los establecen, exceptuando el Impuesto sobre la Renta, y de conformidad con las siguientes reglas:

I. Derecho sobre hidrocarburos:

A cuenta de este derecho enterará, como mínimo, diariamente, incluyendo los días inhábiles, 7 mil 876 millones de pesos durante el primer cuatrimestre del año, 9 mil 808 millones de pesos en el segundo cuatrimestre y 11 mil 485 millones de pesos durante el tercer cuatrimestre; y además mensualmente, 238 mil 248 millones de pesos, durante el primer cuatrimestre del año, 301 mil 610 millones de pesos en el segundo cuatrimestre y 350 mil 308 millones de pesos durante el tercer cuatrimestre, los que deberá pagar el último día hábil de cada mes. Tratándose de exportaciones temporales de petróleo crudo y gas natural, Petróleos Mexicanos podrá hacer los ajustes que correspondan mediante la presentación de declaraciones complementarias, a más tardar el último día hábil del segundo mes posterior a aquél en que se presentó la declaración de pago provisional correspondiente a esas exportaciones, sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulten.

II. Derecho extraordinario sobre hidrocarburos:

Por la extracción de petróleo crudo y gas natural en territorio nacional, Petróleos Mexicanos pagará un derecho extraordinario sobre hidrocarburos del 12.8% del valor del petróleo crudo y del gas natural extraído en el ejercicio fiscal de 1988. Este derecho se determinará en los mismos términos que el derecho sobre hidrocarburos, quedando el organismos sujeto a las mismas obligaciones establecidas por la Ley Federal de Derechos. A cuenta de este derecho extraordinario sobre hidrocarburos enterará, como mínimo, diariamente, incluyendo los días inhábiles, 3 mil 441 millones de pesos durante el primer cuatrimestre del año, 4 mil 285 millones de pesos durante el segundo cuatrimestre y 5 mil 017 millones de pesos durante el tercer cuatrimestre; y además, mensualmente, 104 mil 081 millones de pesos durante el primer cuatrimestre del año, 131 mil 761 millones de pesos en el segundo cuatrimestre y 153 mil 030 millones de pesos durante el tercer cuatrimestre, los que deberá pagar el último día hábil de cada mes. Tratándose de exportaciones temporales de petróleo crudo y gas natural, Petróleos Mexicanos podrá hacer los ajustes correspondientes en los términos de la fracción anterior.

Los ingresos que la Federación obtenga por este derecho extraordinario no serán participables a los estados, municipios y Distrito Federal y su monto no servirá de base para calcular el derecho adicional sobre hidrocarburos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar a Petróleos Mexicanos a deducir del monto a pagar de los derechos sobre hidrocarburos, extraordinario y adicional sobre hidrocarburos, la cantidad que por esas contribuciones deba cubrir hasta por 50 mil barriles diarios de petróleo crudo que se exporten, siempre que esa cantidad se utilice para adquirir valores, mobiliarios que conlleven a participar en la propiedad de las empresas emisoras de dichos valores y que tenga como consecuencia el desarrollo de exportaciones de productos petroleros en nuevos mercados.

La deducción a que se refiere el párrafo anterior, se aplicará únicamente por los derechos a que se refiere el párrafo anterior que resulten de un precio por barril superior a 16 dólares norteamericanos como mínimo y de una extracción promedio diaria destinada a la exportación superior a 1 millón 418 mil 700 barriles de petróleo crudo.

Tratándose de los pagos provisionales diarios y mensuales a que refieren las fracciones I y II de este artículo, Petróleos Mexicanos deberá hacer

los ajustes de pagos que correspondan mediante la presentación de declaraciones complementarias, a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél en que realizó los pagos provisionales correspondientes, sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulten.

III. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios:

Por la enajenación de gasolina y diesel, a cuenta de este impuesto enterará como mínimo, diariamente, incluyendo los días inhábiles, 17 mil 019 millones de pesos durante el primer cuatrimestre del año, 22 mil 196 millones de pesos durante el segundo cuatrimestre, 26 mil 722 millones de pesos durante el tercer cuatrimestre, los que acreditará en los pagos provisionales que establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en el mes inmediato posterior a aquél en que fueren enterados, debiendo presentar la declaración de pago provisional a más tardar el último día hábil de cada mes, la que podrá modificarse mediante declaración complementaria que se presentará a más tardar el último día hábil del tercer mes siguiente a aquél en se presentó la declaración que se complementa, sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulten, siempre que éstas no excedan del 5% del impuesto declarado.

Estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.

Los pagos mínimos diarios a cargo de Petróleos Mexicanos, por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios por la enajenación de gasolina y diesel, cuando los precios de dichos productos varíen, se aplicará sobre los pagos mínimos diarios un factor que será equivalente al aumento porcentual que registren los productos antes señalados, el cual será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al tercer día posterior a la entrada en vigor de los nuevos precios.

Cuando la gasolina y diesel registren diferentes porcentajes de incremento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará el factor a que se refiere el párrafo anterior, tomando en consideración el aumento promedio ponderado de dichos productos, de acuerdo con el consumo que de los mismos se haya presentado durante el trimestre inmediato anterior a la fecha de incremento de los precios.

El Banco de México deducirá los pagos diarios, semanales y mensuales que establecen las fracciones anteriores, de los depósitos que Petróleos Mexicanos debe hacer en dicha institución, conforme a la Ley Orgánica del propio Banco de México y los concentrará en la Tesorería de la Federación.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para variar el monto de los pagos provisionales a que se refieren las fracciones anteriores, cuando exista modificación en los ingresos de Petróleos Mexicanos que así lo amerite.

IV. Impuesto al Valor Agregado:

Efectuará los pagos provisionales de este impuesto en la Tesorería de la Federación, mediante declaraciones que presentará a más tardar el último día hábil de cada mes, las que podrán modificarse mediante declaración complementaria que presentará a más tardar el último día hábil del tercer mes siguiente a aquél en que presentó la declaración que se complementa, sin que causen recargos las diferencias que en su caso resulten.

V. Contribuciones causadas por la importación de mercancías:

Determinará los impuestos a la importación y las demás contribuciones que causen con motivo de las importaciones que realice debiendo pagarlas ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del segundo mes posterior a aquél en que se efectúe la importación.

VI. Impuestos a la Exportación:

Cuando el Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Reglamentaria del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Comercio Exterior, establezca impuestos a la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados, Petróleos Mexicanos los deberá determinar y pagar a más tardar el último día hábil del mes siguiente a aquél en que se efectué la exportación.

VII. Derechos:

Los derechos que cause Petróleos Mexicanos se determinará y pagarán en los términos de la Ley Federal de Derechos, con excepción de las reglas que establece este artículo en sus fracciones I y II.

VIII. Otras obligaciones:

Petróleos Mexicanos presentará las declaraciones, hará los pagos y seguirá cumpliendo con la obligación de retener y enterar las contribuciones a cargo de terceros, incluyendo los establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los términos que señalan las leyes fiscales.

Petróleos Mexicanos presentará, asimismo, una declaración a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los meses de abril, julio y octubre de 1988 y enero de 1989 en la que informará sobre los pagos por contribuciones y los accesorios a su cargo, efectuándose en el trimestre anterior.

Artículo 5o. En los casos de prórrogas para el pago de créditos fiscales se causarán recargos al 8.5% mensual, sobre saldos insolutos, durante el año de 1988.

Artículo 6o. Se ratifican los acuerdos expedidos en el ramo de Hacienda, por los que se haya dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes; y las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la causación de tales gravámenes.

Artículo 7o. Durante el año de 1988, en materia de impuestos al comercio exterior se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. Importación:

El 80% de la mitad de la recaudación del impuesto establecido en el apartado B de la fracción I del artículo 35 de la Ley Aduanera, se destinará a incrementar los fideicomisos públicos constituidos para el fomento de las exportaciones de productos manufacturados y para el equipamiento industrial, así como para la realización de otras operaciones análogas que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los contratos de fideicomisos respectivos, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988. El 20% de la mitad de recaudación se destinará a la entidad paraestatal que tenga como fin el fomento de comercio exterior del país y la presentación de asesoría en esta materia.

El impuesto señalado en la párrafo anterior no se pagará por las mercancías exentas conforme a la Ley del Impuesto General de Importación.

Tampoco se pagará el impuesto de referencia por la importación de mercancías provenientes y originarios de países miembros de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio cuando le sean aplicables las fracciones con tratamiento preferencial en virtud del Tratado de Montevideo, hasta en tanto subsiste dicho tratamiento y, en su caso, las mercancías provenientes y originarias de países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración, si a su importación le son aplicables las fracciones que gocen de preferencias arancelarias conforme al tratado que instituyó a esta última asociación.

II. Exportación:

No se pagarán los impuestos a la exportación por las mercancías a que se refiere las siguientes fracciones de la Ley del Impuesto General de Exportación:

27 - 09 - a - 01 27 - 10 - a - 06 27 - 12 - a - 01

27 - 09 - a - 99 27 - 10 - a - 99 27 - 13 - a - 01

27 - 10 - a - 01 27 - 11 - a - 01 27 - 13 - a - 02

21 - 10 - a - 02 27 - 11 - a - 02 27 - 13 - a - 99

27 - 10 - a - 03 27 - 11 - a -03 27 - 14 - a - 01

27 - 10 - a - 04 27 - 11 - a - 04 27 - 14 - a - 02

27 - 10 - a - 05 27 - 11 - a - 99 27 - 14 - a - 99

Artículo 8o. El impuesto a la exportación y sus adicionales se aplicarán, invariablemente, en los casos del algodón, café y camarón, con base en su precio oficial.

Artículo 9o. Los ingresos que se obtengan por los productos señalados en la fracción VII del artículo 1o. de esta ley, se destinarán a las dependencias que enajenen los bienes o presten los servicios, para cubrir sus gastos de operación, conservación, mantenimiento e inversión, hasta el monto que señale el presupuesto de egresos que le hubiese sido autorizado. Los ingresos que excedan del límite señalado, no tendrán fin específico y se enterarán a la Tesorería de la Federación.

En la autorización para la modificación de las cuotas de los productos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el destino específico para la dependencia correspondiente.

Artículo 10. Los ingresos que se recauden por los diversos conceptos que establece esta ley se concentrarán en la Tesorería de la Federación, y deberán reflejarse, cualquiera que sea su forma o naturaleza, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la Cuenta de Hacienda Pública Federal.

No se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de las aportaciones de seguridad social destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas, los que podrán ser recaudados por las oficinas de los propios institutos y por las instituciones de crédito que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito público, debiendo cumplirse con los requisitos contables establecidos y reflejarse en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Tampoco se concentrarán en la Tesorería de la Federación los ingresos provenientes de los abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los que podrán ser recaudados por las oficinas del propio instituto y por las instituciones de crédito que autorice la citada Secretaría, debiendo cumplirse con los requisitos a que se refiere la última parte del párrafo anterior.

Artículo 11. Se aplicará el régimen establecido en la presente ley, salvo lo dispuesto en el artículo anterior, a los ingresos que perciban los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria que estuvieran sujetos a control presupuestal, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988, entre los que se comprende a:

Petróleos Mexicanos.

Comisión Federal de Electricidad.

Compañía Nacional de Subsistencias Populares.

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

Aeropuertos y Servicios Auxiliares.

Ferrocarriles Nacionales de México.

Instituto Mexicano del Café.

Productos Forestales Mexicanos.

Forestal Vicente Guerrero.

Instituto Mexicanos del Seguro Social.

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Lotería Nacional para la Asistencia Pública.

Azúcar, S.A. de C.V.

Altos Hornos de México, S.A.

Fundidora Monterrey, S.A.

Siderúrgica Lázaro Cárdenas - Las Truchas, S.A.

Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A.

Ferrocarril del Pacífico, S.A. de C.V.

Ferrocarril Chihuahua al Pacífico, S.A. de C.V.

Ferrocarril Sonora - Baja California, S.A. de C.V.

Aeronaves de México, S.A.

Fertilizantes Mexicanos, S.A.

Productos Pesqueros Mexicanos, S.A. de C.V.

Diesel Nacional, S.A.

Siderúrgica Nacional, S.A.

Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril, S.A., y

Productora e Importadora de Papel, S.A.

Artículo 12. Cuando los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal del gobierno federal, incrementan sus ingresos como efecto de aumentos en la productividad o modificación en sus precios y tarifas, los recursos así obtenidos serán aplicados prioritariamente a reducir el endeudamiento neto del organismo o empresa de que se trate, o a los programas a que se refiere el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988.

Artículo 13. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para otorgar los siguientes:

I. Estímulos y subsidios a:

a) Los sectores agropecuarios y forestal.

b) El sector pesquero.

c) El sector minero.

d) El abasto de productos básicos.

e) La producción de aguas envasadas y refrescos de marcas nacionales por empresas de capital cien por ciento mexicano.

f) La importación de materias primas cuya oferta es insuficiente.

g) La importación de artículos de consumo a las franjas fronterizas y zonas libres del país, por las empresas y centros comerciales establecidos en ellas.

h) La importación de equipo y maquinaria a las franjas fronterizas y a las zonas libres del país, por las empresas y centros comerciales establecidos en ellas para instalarlos en dichas empresas o centros comerciales.

i) Las actividades de prevención y control de la contaminación ambiental.

j) La investigación científica y el desarrollo tecnológico.

k) La microindustria y la industria editorial.

l) La marina mercante.

m) El turismo social.

n) A la vivienda nueva de tipo medio y de interés social, que se destine al arrendamiento.

ñ) Otras actividades sectoriales y regionales prioritarias en los términos del Plan Nacional de Desarrollo y sus programas.

II. Subsidios respecto de los impuestos federales, en relación a los contratos de compraventa de petróleo que celebran el gobierno federal y Petróleos Mexicanos para integrar el patrimonio del fideicomiso para la emisión de certificados de participación ordinarios, denominados "Petrobonos".

III. Subsidios a la exportación de artículos primarios, de productos manufacturados y de servicios y venta de tecnología.

Se aprueban los estímulos fiscales y subsidios con cargo a impuestos federales, así como las devoluciones de impuestos concedidos para fomentar las exportaciones de bienes y servicios o la venta de productos nacionales a las franjas fronterizas y a las zonas libres del país en los por cientos o cantidades otorgados o pagados, en su caso, durante el ejercicio fiscal anterior.

Los estímulos o subsidios que conceda la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos de este artículo, en ningún caso afectarán las participaciones que correspondan a las entidades federativas o municipios, ni tampoco afectarán a las contribuciones destinadas a un fin específico.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público escuchará, para conceder los estímulos a que se refiere este artículo, en su caso, la opinión de las dependencias competentes en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta ley entrará en vigor en toda la República del 1o. de enero de 1988.

Artículo segundo. Se aprueban las modificaciones a las tarifas de los Impuestos Generales a la Exportación y a la Importación efectuadas por el Ejecutivo Federal durante el año de 1987, a las que se refiere el informe que en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional y su ley reglamentaria, ha rendido el propio Ejecutivo al H. Congreso de la Unión.

Reitero a ustedes CC. secretarios las seguridades de mi consideración.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Huertado.»

Trámite: -Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

INGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día es el turno a comisión de la iniciativa de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

En cumplimiento a lo que establece la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, me permito someter a su consideración, examen y en su caso aprobación del proyecto de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1988.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República. CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

Con fundamento en los dispuesto por la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la fracción IV del artículo 74 de la misma ley suprema, que me otorgan, como titular del Poder Ejecutivo Federal, la facultad de presentar iniciativas y la obligación de hacer llegar a esa H. Cámara de Diputados, la correspondiente a la ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, someto a la consideración de esa soberanía nacional, para su análisis y aprobación en su caso, la presente iniciativa de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1988.

Naturaleza propia del ordenamiento objeto de la iniciativa, es la que el mismo debe ser continente del cúmulo de ingresos fiscales y financieros, que percibirá el fisco del Distrito Federal para hacer frente al imperativo del gasto político, el cual se traduce en obras de beneficio social para toda la comunidad política asentada en esta entidad federativa.

La planeación y la concertación han sido los principios torales que configuran el sustento del ingreso público que se previene para el ejercicio fiscal de 1988, reafirmando la decisión política del pueblo mexicano, representado por el gobierno de la República, de constituirse en una nación con independencia política, económica y social.

Lo anterior es respuesta a la dirección que se ha imprimido a la política financiera del sector público, y desde luego resultado del esfuerzo reiterado de los diversos grupos de contribuyentes, que ha permitido reorientar el proyecto nacional, mediante medidas de carácter colectivo, fundamentadas en la cooperación económica, lo que conlleva a la conservación y superación de la paz social en los Estados Unidos Mexicanos.

Una vez más, no se puede dejar de ponderar con legítimo orgullo la actuación de la autoridad administrativa del Distrito Federal, que ha respondido al imperativo actual del fortalecimiento del ingreso público, mediante una eficiente y eficaz administración de los recursos fiscales y financieros, superando satisfactoriamente las metas propuestas para el ejercicio fiscal de 1987. Ello debido, fundamentalmente, a las sistemática planeación instrumentada y ejecutada en el marco rector del Plan Nacional de Desarrollo 1983 - 1988, que se hace consistir de manera esencial en la incorporación de modernas técnicas computarizadas, la desconcentración de funciones, el esfuerzo y la voluntad de servicio de las autoridades del Distrito Federal, acciones llevadas a cabo, en la presente administración, con propósito ineludible de modernizar el aparato burocrático que constituye el soporte humano y material del ingreso público de la capital de la República.

Esta iniciativa se encuentra basada en el fortalecimiento de la soberanía, la preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la Ley Fundamental establece; la igualdad de derechos en atención a las necesidades básicas de la población para el aumento de su calidad debida en los servicios; y desde luego, el respeto irrestricto a las garantías individuales que nuestra Constitución Política consagra en materia tributaria.

La estrategia se apoya en los sectores privado y social, que han sido capaces de apoyar e impulsar los grandes proyectos económicos, con un espíritu que reconoce y adapta su actividad, con dinamismo y participación, confianza y seguridad, hacia el rumbo que toma nuestra nación, quien ha delimitado las orientaciones básicas para la reordenación económica y el cambio estructural, que permitirán avanzar con firmeza el logro de los objetivos propuestos.

Oportuno es considerar las premisas y el diagnóstico de que se ha partido para el diseño de las estrategias, que permitan, a corto, mediano y largo plazo, favorecer formas de organización económica y social que aseguren una mejor redistribución de la riqueza, en razón de que el ideal de igualdad busca lograr la equidad en los procesos económicos en los que se encuentra inmersa la sociedad.

El entorno nacional ha sido adverso y, en gran medida, ha impedido que se alcancen las metas y objetivos que permitan, con la celeridad deseada, el logro del propósito invocado.

Hacia el año de 1982, inicio de la presente administración, México atravesaba por la crisis más aguda de su historia:

Inflación galopante; la inversión pública se había frenado sensiblemente, con el consiguiente detrimento social, todo esto aunado a la baja en el precio de hidrocarburos, que representaban hasta entonces un pilar fundamental de nuestra economía.

El panorama internacional, álgido al igual, no permitía el desenvolvimiento de la estructura

hasta entonces conformada, amen de que del exterior se propendía la permanencia estática recrudecida por pretensiones hegemónicas, riesgos de alineamiento, distensión generalizada y profundas fallas de coordinación e interrelación.

Los retos que enfrentó la actual administración, por el estado mismo de las cosas, tuvieron que ser enfrentados con la ordenación de esfuerzos y recursos, con el empeño de preservar en las decisiones, con flexibilidad ante las circunstancias del momento histórico, pero con firmeza y claridad de propósitos, sabiendo anteponer los intereses nacionales sobre los particulares o de grupos.

En una primer etapa, se hizo imprescindible atender la dinámica misma de la industrialización, los requerimientos de infraestructura y la necesidad de abasto y suministro de bienes y servicios básicos, para una ciudad en rápido proceso de urbanización, mediante la obtención de recursos externos, además de un alto costo inflacionario, en virtud de que, de no haberse hecho así, se hubiera frenado un desarrollo incipiente, dando marcha atrás a proyectos nacionales, con un alto costo social e inestabilidad política, lo cual sólo agudizaría y haría recurrente la crisis, reduciéndose, a su vez, las posibilidades de recuperación.

Así las cosas, se debieron atender las siguientes prioridades:

- Recuperar la tasa de empleo, combatiendo la tendencia de deterioro creciente.

- Detener la contracción en la producción de alimentos, lo que implicó una necesidad de importar los citados productos básicos.

- Fomentar el ahorro interno a través del sistema financiero nacional, con los instrumentos de intermediación como lo son las sociedades nacionales de crédito y, de manera reciente, las casas de bolsa, para la obtención de recursos que generan inversión.

- Aplicar capital de trabajo a empresas que casi habían dejado de operar por carecer de recursos financieros.

- Frenar la inflación, que de manera galopante se había incrementado a niveles poco deseables.

- Establecer una proporcionalidad en los ingresos y gasto corriente, que se venía sufragando con los servicios de la deuda que era ya desproporcionada.

- Redocumentar la deuda externa, con dignidad y condiciones propicias.

Por lo anterior, se priorizó la acción gubernamental ante el marco rector del Programa Inmediato de Reordenación Económica, estableciendo medidas severas para contrarrestar la severidad y magnitud de la crisis. Estas medidas incluyendo la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestarias; honestidad y mayor rendimiento en el gasto público; la moderación de las utilidades y los salarios; el fomento del ahorro, mediante el aumento de las tasas de interés o mecanismos bursátiles, con el beneficio estatal correspondiente mediante obtención de recursos por el encaje legal; patrones de vida más sobrios; nuevos esquemas cambiarios y de comercio exterior; reestructurar la administración pública; reordenar las prioridades del gasto y la inversión pública; profundizar en la reforma tributaria; protección al empleo; abasto popular garantizado y protección a la planta productiva.

De manera significativa, gradualmente y mediante la concertación, se avanzó, sin que con ello se pretenda manifestar que se han logrado las metas propuestas, debido a que, en esencia, la solución a la problemática no se encuentra plasmada en fórmulas ortodoxas dogmáticas simples, por lo que la más sana prudencia administrativa ha dictado los lineamientos fundamentales que, a juicio del Poder Ejecutivo Federal, se hacen consistir en la reordenación económica y en el campo estructural, que integran programas de gobierno permanentes, perfectibles y recurrentes.

Las condiciones externas siguen siendo desfavorables, las internas has perdido su agudeza, no así su intensidad, sin que ello obste para que con fe, disciplina, inteligencia, vocación de servicio y voluntad reiterada se siga intensificando un repunte, cuantitativa y cualitativamente más alentador.

Las líneas de acción mencionadas consideran la reforma fiscal como un elemento que genera e impulsa el progreso nacional, por ello la política tributaria busca fortalecer las acciones emprendidas, además de que se subsume en su estructura conceptual y real.

La magnitud singular y progresiva de la ciudad de México, así como los perfiles propios de la explotación demográfica del Distrito Federal, que tienden a exceder los controles y las medidas más osadas de carácter administrativo, constituyen causa primordial y a la vez efecto relevante del entorno nacional que envuelve la problemática descrita de toda la República mexicana, que se exhibe con agudeza en los campos económico, financiero y fiscal, retos que ameritan y exigen acciones impostergables del gobierno de la República, quien tiene encomendado el que corresponde al Distrito Federal.

El fortalecimiento del ingreso de la hacienda pública del Distrito Federal se encuentra sustentado por cuatro orientaciones básicas: La actualización gradual de la bases gravables del Impuesto Predial, para reflejar en términos reales el valor catastral de los inmuebles ubicados en el Distrito Federal; incorporación de nuevas contribuciones, con objeto imponible no gravado y acorde al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal; el ajuste desfasado de las cuotas de derechos por los servicios que el Departamento del Distrito Federal proporciona en funciones de derecho público para no distanciarse del costo de su prestación; y por último, el aumento progresivo e incesante en la eficiencia y en la eficacia de la administración de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado.

El Impuesto Predial, cuyo objeto le constituye la propiedad o posesión de inmuebles en el ámbito del Distrito Federal, no había sufrido más que incrementos incidentales antes de 1983, toda vez que el valor catastral permanecía fijo, debido a la obsolescencia de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 1982.

Lo anterior precisó establecer un nuevo esquema jurídico que permitiera, con dinamismo y juridicidad, la administración del ingreso público generado por la causación del Impuesto Predial, dando como resultado la aprobación, para entrar en vigor el 1o. de enero de 1983, de la actual Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal que, sin menoscabo de coherencia, claridad, precisión y apego a las garantías individuales, permitía a las autoridades fiscales del Departamento del Distrito Federal, el ejercicio de facultades impositivas de manera dinámica y acorde a los requerimientos del momento histórico.

De esta manera, se establecieron tres procedimientos para la actualización del valor catastral como base gravable del Impuesto Predial, que consisten:

a) Por un avalúo físico practicado al bien inmueble, que tiene como característica el reflejo de su valor real;

b) Por la aplicación de los valores unitarios del suelo y de las construcciones, actualmente establecidos por el H. Congreso de la Unión, y

c) Por la aplicación de factores señalados anualmente por el mismo Congreso de la Unión, sistema en el que para obtener la base gravable a la suma del valor del suelo y de las construcciones, hechas las reducciones legales correspondientes, se aplica el factor respectivo.

Paulatinamente se ha venido actualizado, por medio de estos tres procedimientos, el valor catastral de los inmuebles ubicados en el Distrito Federal, sin que sea dable una revaluación masiva y en toda su intensidad, ni antes ni ahora, en tanto que la política tributaria actual no hacía aconsejable el incremento del valor catastral al máximo, con el consiguiente de los ingresos en el renglón del Impuesto Predial, pues las acciones tomadas han tenido que ser sin grave detrimento de la paz social y política de los habitantes del Distrito Federal.

Esta contribución ligada a la propiedad raíz, en su administración, conserva un paralelismo en el presente ejercicio fiscal respecto de los anteriores, ya que, se reitera, la actualización de valores se ha venido realizando gradualmente, con el propósito de no impactar significativamente la capacidad contribuida de los sujetos obligados al pago del gravamen, no de una manera drástica, sino en forma progresiva que permita la concientización y el convencimiento de los contribuyentes sobre sus deberes constitucionales.

Así pues, vinculada estrechamente esta iniciativa con la relativa a las reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se propone incrementar los ingresos por concepto del Impuesto Predial en un porcentaje superior al 100% respecto de los de 1987, como resultado de un incremento porcentual generalizado, con algunas salvedades, a los valores unitarios del suelo y de las construcciones, que devienen en el incremento de la base gravable y en el aumento consiguiente de las cuotas de esta contribución, todo esto con apoyo en la mencionada administración eficiente y eficaz por parte de las autoridades fiscales del Distrito Federal.

Del mismo modo y por razones análogas, en los ingresos previstos para el ejercicio fiscal de 1988 por otros conceptos, se busca conservar el ingreso real de la hacienda pública del Departamento del Distrito Federal, con tendencia al incremento, con el propósito continuado de no demeritar el apoyo de los ingresos propios obtenidos por concepto de contribuciones locales.

En esta tesitura, los ingresos programados por concepto de los otros impuestos, de igual manera que los de contribuciones de mejoras, se han estimado con las cuotas ya establecidas hasta ahora, pero teniendo en cuenta que las bases gravables tienden por sí solas al incremento, con excepción del impuesto sobre Nóminas cuyos ingresos

correspondientes se han calculado en forma conservadora, por la razón de que, al tratarse de una nueva contribución, se debe tener oportunidad de manejar su administración, a la vez que atender el comportamiento de su recaudación.

En los derechos, resalta el incremento porcentual generalizado a todas estas contribuciones, con la aplicación del factor de 1.80 a las cuotas vigentes al mes de diciembre de 1987, con la salvedad de aquellas que se encuentran señaladas en por ciento o al millar, cuya cuantía se incrementa conforme se aumenta la base gravable de la contribución.

En los ingresos por concepto de derechos, incide notoriamente la nueva mecánica establecida para su actualización, que tiene el propósito de que los incrementos anuales no constituyan un impacto significativo para los contribuyentes, lo que explica la innovación de un factor mensual de incremento para los derechos, que permitirá que, para el ejercicio fiscal de 1989 el factor de incremento no sea más que un ligero ajuste al resultado de los realizados durante el año de 1988, pero que, para el ejercicio fiscal de este año de 1988, representa un incremento a los ingresos por estos renglones.

El renglón intitulado participaciones en impuestos federales requiere una atención y un comentario especial, no solamente por el monto altamente significativo de los ingresos programados, sino también por la cabal concepción de esta clase de ingresos, que de ninguna manera y bajo ningún aspecto se pueden considerar como subsidio, ayuda o dádiva, de parte del gobierno federal a las entidades federativas, y menos aún tratándose del Distrito Federal en particular.

En efecto, la coordinación fiscal debe ser atendida como el sistema por el que la Federación y entidades federativas conciertan, mediante acuerdos y convenios, un orden tributario uniforme sobre las bases de colaboración administrativa y la participación que corresponda a las haciendas públicas locales, que ha tenido por objetivo y meta el fomento al federalismo y el desarrollo al núcleo básico de la sociedad, que en los Estados Unidos Mexicanos lo constituye el municipio.

Sustentada y garantizada por la normatividad contenida en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la coordinación fiscal ha ordenado la acción impositiva de las entidades federativas y de la Federación, para que, además del desarrollo regional, se evite el fenómeno de la doble imposición, generado de manera fundamental por las facultades coincidentes que, en materia tributaria, se derivan de la Constitución General, y como consecuencia de esto, de las contribuciones locales.

Dentro del entorno constitucional perfilado por la adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, las entidades federativas acuerdan suspender, dejar de percibir o no mantener en vigor, contribuciones cuyo objeto determinan expresamente las leyes, concretamente la Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 41 y la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 10-A, lo que sucede igualmente con el Distrito Federal, aun cuando su adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal sea, en este caso, por mandato mismo del Poder Legislativo.

Así, las entidades adheridas perciben una participación por la recaudación de contribuciones de orden federal, pero no sólo debido a la acción impositiva que se genera en su circunscripción territorial, sino que, además, por el detrimento patrimonial que opera en las haciendas públicas locales por las restricciones o prohibiciones en la imposición de contribuciones de carácter local, al declinar el ejercicio de sus facultades tributarias, en aras de un sistema tributario uniforme de carácter nacional.

Así pues, la participación que recibe una entidad por la realización de las acciones antes mencionadas, no constituye una concesión graciosa de parte de la Federación, sino que se trata de la redistribución justa del ingreso público generado en un territorio espacialmente delimitado, teniendo por últimos destinatarios del Sistema Nacional de la Coordinación Fiscal a los residentes en el mismo.

El proyecto nacional, y desde luego la presente iniciativa de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, no pierde de vista la conformación del Sistema Federal Mexicano que, por ministerio del artículo 40 constitucional implica que el pueblo mexicano se constituya en una República representativa, democrática, federal, compuesta de estado libres y soberanos en todo lo que concierne a su régimen interior, pero unidos en una Federación establecida según los principios de la Ley Fundamental.

Este orden político supone la participación proporcional del gobierno federal y del gobierno local, cada uno en el ámbito de su propia esfera de competencia, con particular énfasis en la redistribución de los ingresos públicos.

En este entorno constitucional, legal y administrativo, la participación en impuestos federales que percibirá el Departamento del Distrito Federal, refleja la acción impositiva de esta entidad

federativa, misma que se reitera en sustanciosa y relevante respecto de las demás que integran la Federación.

Los ingresos extraordinarios que se programan para el fisco local, tendrán un carácter complementario de los ingresos ordinarios, con la firme intención de que su aplicación será subsidiaria y dentro de un criterio de apoyo a programas prioritarios, reiterándose las líneas de acción previstas para ejercicios fiscales anteriores, a fin de que , de esta manera, se genere progreso y desarrollo mediante recursos internos, contando con la ineludible participación de nuestra sociedad civil.

Por lo expuesto, el Ejecutivo Federal a mi cargo somete a esa honorable representación nacional, el siguiente

PROYECTO DE LEY DE INGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1988

Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 1988, el Departamento del Distrito Federal percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

Millones de pesos

I. Impuestos 318,087

1. Predial 118,262

2. Sobre Adquisición de inmuebles 44,646

3. Sobre espectáculos públicos 10,700

4. Sobre loterías, rifas, sorteos y concursos 4,667

5. Substitutivo de estacionamientos 250

6. Sobre nóminas 139,562

II. Contribuciones de mejoras: 3,210

III. Derechos: 198,892

1. Por la prestación de servicios de agua 69,411

2. Por la prestación de servicios del Registro Público de la propiedad y del Comercio 25,086

3. Por los servicios de control vehicular 81,057

4. Por servicios de alumbrado público 7,658

5. Por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público del departamento del distrito federal 1,431

6. Por cuotas de recuperación por servicios médicos 1,231

7. Por la prestación de servicios del Registro Civil 2,653

8. Por la expedición de licencias para la explotación de minas y canteras, refrendo anual, así como la supervisión de los trabajos 115

9. Por la expedición de la placa de control de uso y ocupación de inmuebles 40

10. Por la prestación de servicios de demolición de inmuebles 1,100

11. Por la prestación de servicios que correspondan a funciones de derecho público distintos de los señalados en los incisos anteriores 9,110

IV. Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes, causadas en ejercicios fiscales anteriores, pendientes de liquidación o pago: 152

V. Accesorios de las contribuciones: 18,216

VI. Productos: 73,514

1. Por la prestación de servicios que correspondan a funciones de derecho privado 200

Millones de Pesos

2. Por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado 73,314

a) Tierras y construcciones 1,617

b) Enajenación de muebles e inmuebles 350

c) Intereses valores, créditos y bonos 67,847

d) Utilidades de organismos descentralizados y empresas de participación estatal 3,500

e) Otros 10,929

VII. Aprovechamiento:

1. Reintegros y cancelación de contratos 1

2. Multas administrativas, así como las impuestas por autoridades judiciales y reparación del daño denunciado por los ofendidos 3,960

3. Donaciones en especie a cargo de propietarios de fraccionamientos de terrenos 2

4. Aportaciones en efectivo por fraccionamientos de terrenos y por la construcción de conjuntos habitacionales 1

5. Aportaciones en efectivo por quienes construyen obras nuevas para la dotación general de la infraestructura, equipos y servicios urbanos 1

6. Cuotas por la división, subdivisión o relotificación de predios 400

7. Otros no especificados 6,564

VIII. Participación en impuestos federales: 2'267,600

1. Por el fondo general y por el fondo financiero complementario 2'199,100

2. Por la participación del 80% de la recaudación del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos 35,000

3. Por gestión de cobro 33,000

4. Por multas administrativas impuestas por autoridades federales no fiscales 500

IX. Ingresos derivados en financiamientos: 432,416

1. Empréstitos: 261,416

a) Al Departamento del Distrito Federal 156,149

b) A los organismos descentralizados del Departamento del Distrito Federal 105,267

2. Otros no especificados (Adefas) 171,000

X. Otros ingresos: 1'851,226

1. Ingresos y financiamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal.(ingresos propios) 576,233

2. Transferencias del Gobierno Federal. 1'274,993

Total: 55'174,242

Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la participación del Departamento del Distrito Federal, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, que no rebasen el monto neto de 222 mil 690 millones de pesos por endeudamiento del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1988, en los términos y condiciones que ordena la Ley General de Deuda Pública.

Unico. Esta ley entrará en vigor el día primero de enero de mil novecientos ochenta y ocho.

Palacio Nacional, a 13 de noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid de la Madrid Hurtado.»

El C. Presidente: - En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

Trámite: - Recibo, y túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y del Distrito Federal.

DISPOSICIONES FISCALES

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día, es el turno a comisión de la iniciativa de Ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas Disposiciones Fiscales.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales con el presente les envío iniciativa de Ley que Establece, Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales.

Al comunicar a ustedes lo anterior, les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

El ejecutivo Federal a mi cargo, con fundamento en los artículos 71, fracción I y 72 inciso f, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del H. Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

Esta iniciativa tiene por objeto incorporar al sistema fiscal de la Federación los instrumentos legales para el logro de los objetivos de política financiera previstas para el ejercicio fiscal de 1988.

Entre estos últimos destacan la consolidación de las reformas fiscales que ese H. Congreso de la Unión aprobó el año pasado a fin de recuperar la capacidad recaudatoria del sistema, a la vez que estimular la inversión de los sectores social y privado.

Importancia particular se le ha dado al fortalecimiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal mediante una revisión de los mecanismos para la formación del Fondo General de Participaciones y de distribución del mismo entre las entidades federativas, la cual se somete a esa soberanía después de un proceso de concertación y consulta entre autoridades federales y las de los estados de la República.

Completan las medidas legislativas propuestas para 1988, las contenidas en iniciativa diversa presentada ante el Senado para simplificar y regionalizar el sistema de impartición de justicia fiscal.

A continuación se exponen las características principales y las razones que justifican las medidas que se proponen en esta iniciativa.

Código Fiscal de la Federación

En lo referente al Código Fiscal de la Federación, se proponen algunas modificaciones que obedecen a los objetivos de seguir incrementando y mantener el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, así como de dar continuidad a la actualización constante de las disposiciones fiscales, con lo que se pretende a su vez insistir en la eliminación de vicios detectados por la administración tributaria y en el perfeccionamiento del sistema impositivo.

De esta manera, haciendo un comentario específico de las modificaciones más importantes, debe apuntarse, que en congruencia con las medidas para actualizar los mecanismos de distribución de participaciones a las entidades federativas y municipios, se precisa el concepto de domicilio fiscal de las personas morales y de las

personas físicas que se dediquen a actividades empresariales.

A ese efecto se señala que se entiende por domicilio el establecimiento más importante del contribuyente en la entidad federativa en que tenga el principal asiento de sus negocios.

Consecuentemente se precisa que el principal asiento de negocio está en la entidad federativa donde se encuentra el mayor porcentaje de los inventarios del negocio, tratándose de actividades comerciales, o del mayor porcentaje del valor de los activos y terrenos, en los demás casos.

Asimismo se define como establecimiento más importante el que, de todos los ubicados en la entidad federativa de que se trate, tenga el mayor valor de inventarios, tratándose de actividades comerciales, o del mayor valor de activos, en los demás casos.

De otra parte, se propone establecer en el artículo 6o. que cuando las disposiciones fiscales establezcan diversas opciones para el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes o para determinar las contribuciones a su cargo, la opción ejercida por el contribuyente ya no podrá variarse por el mismo ejercicio en el que se eligió, con lo cual se pretende evitar prácticas indebidas y dar estabilidad al correcto cumplimiento de obligaciones fiscales.

Por otra parte, en materia de compensación, como una medida tendiente a lograr simplificación administrativa en beneficio de los contribuyentes, agilizando los trámites y resoluciones correspondientes, se propone establecer en el artículo 23 que cuando los contribuyentes deseen compensar las cantidades que tengan a su favor contra los pagos que deban hacer y aquéllas no deriven de la misma contribución por la que estén obligados a efectuar pagos, podrán compensar, previa autorización de las autoridades fiscales competentes para ello, respecto de la contribución de la cual derive el adeudo contra el que se trate de efectuar la compensación; tal medida pretende por tanto, que sean las mismas autoridades que administran la contribución, la que autoricen su compensación.

Con objeto de continuar propiciando el cumplimiento voluntario de obligaciones, y de que las autoridades fiscales tengan oportuno conocimiento de las designaciones que se hagan en las liquidaciones de empresas, se propone, en materia de responsabilidad solidaria, establecer en el artículo 26 fracción III, que está no será aplicable a los liquidadores y síndicos de sociedades en liquidación o quiebra, cuando ésta además de garantizar el interés fiscal correspondiente, cumplan con las obligaciones de presentación de avisos y de proporcionar informes a los que se refiere el propio Código Fiscal y su Reglamento.

Asimismo, buscando avanzar en la simplificación administrativa y también para incrementar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias, se propone establecer en el artículo 31 en lo referente a la presentación de declaraciones, avisos, solicitudes y demás documentos, ante las autoridades fiscales, que se podrá rechazar su presentación cuando no se indique la autoridad recaudadora de la contribución respectiva correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.

Por otra parte, con objeto de lograr mejoría en el control fiscal, respecto de contribuciones que deriven de la revisión de la Cuenta Pública Federal, se propone establecer que para la determinación de dichas contribuciones no serán aplicables las disposiciones del artículo 64 del Código en cuestión, por lo que tal determinación de contribuciones podrá efectuarse sin más limitación que la consistente en que no se hayan extinguido las facultades de las autoridades fiscales al respecto; en igual forma se determinarán las contribuciones que se causen con motivo de la importación de bienes.

En el renglón de sanciones que se señalan en los artículos 81 y 82 se propone establecer como infracción el no efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución, aun cuando en la declaración del ejercicio no resulte cantidad a pagar por la misma contribución, con lo cual se trata de eliminar prácticas indebidas que se han detectado en cuanto al correcto cumplimiento de la obligación para los contribuyentes de hacer pagos provisionales, y para lo cual, se propone asimismo el establecimiento de una sanción para dicha infracción.

Finalmente, en los artículos transitorios se proponen los factores de ajuste para la determinación de pagos por omisión en la presentación oportuna de declaraciones y para las multas establecidas en cantidades determinadas o entre una mínima y otra máxima, del artículo 70 del Código de que se trata, con lo cual se trata de actualizar montos a efecto de que la administración tributaria afronte efectos de inflación sin menoscabo de recaudación fiscal y asimismo con objeto de que las sanciones no pierdan en algún momento su efecto e impacto de sanción a una infracción.

Ley Aduanera

Se modifica el artículo 141 de la Ley Aduanera con el objeto de que el importe de multas que se impongan por infracciones a la Ley del Registro Federal de Vehículos se distribuyan en la misma forma y proporción que las que se aplican por infracción a la Ley Aduanera en beneficio de denunciantes, descubridores y aprehensores.

Se estimulará la eficacia de los servidores públicos en la lucha contra el contrabando mediante el pago oportuno de las participaciones a que se tengan derecho sin estar supeditas al cumplimiento de cubrir el crédito fiscal por parte del infractor, y de esta forma la participación se cubrirá en el momento en que la resolución cause estado.

La anterior modificación traerá como consecuencia que tanto los empleados como los particulares, colaboren de una mejor manera detectando las mercancías que se encuentran irregulares en el país, lo que redundará necesariamente en beneficio del fisco federal.

Ley de Coordinación Fiscal

Compartir en forma integral los ingresos entre la Federación, los estados y los municipios, a través de un Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, con absoluto respeto a la soberanía de los estados y autonomía municipal, ha fortalecido el pacto federal, favoreciendo el desarrollo regional. Las participaciones fiscales en ingresos federales representan el 80% de los ingresos actuales de los gobiernos de los estados y en el nivel municipal exceden esta cantidad.

La descentralización de la vida nacional es un imperativo de los tiempos que corren y de los que están por venir. Atendiendo a ello y al hecho de que un país del tamaño, complejidad y heterogeneidad del nuestro requiere un sistema de coordinación fiscal acorde con el tiempo, que apoye la estrategia de un cambio estructural, en el cual el esfuerzo recaudatorio que realizan las entidades federativas se vea reflejado de inmediato en sus ingresos, el gobierno federal y de las entidades federativas aprobaron el acuerdo de proponer que a partir del año de 1988, el esquema de participaciones se ligue al esfuerzo recaudatorio de las entidades en el Impuesto al Valor Agregado. Por su parte, el gobierno federal diseño instrumentos de contingencia y de reforzamientos del mecanismo de equidad que significa el Fondo Financiero Complementario de Participaciones.

Por esta razón, se propone la reforma a diversos textos de la Ley de Coordinación Fiscal, para integrar el Fondo General de Participaciones con la suma del 30% del Impuesto al Valor Agregado que recauden las entidades federativas, más un fondo ajustado menos las devoluciones de la recaudación federal participable atribuibles a dichas entidades.

Con este nuevo esquema, las entidades federativas participarán de 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado directamente por ellas, y de un fondo ajustado que se deriva del Fondo General de Participaciones actual. Con esto se pretende que como punto de partida, el nuevo procedimiento de participaciones mantenga un monto total de recursos no menor al que reciben las entidades mediante el sistema vigente hasta el 31 de diciembre de 1987 de participaciones en el fondo general.

Es importante destacar que el nuevo esquema, a las entidades les son atribuibles las devoluciones en la misma proporción con que participan de los ingresos.

Para este fin, se parte de considerar la recaudación federal participable sobre ingresos brutos a los cuales se les resta las devoluciones atribuibles a las entidades, para determinar así la participación efectiva por concepto de Fondo General de Participaciones.

Por lo anterior la propuesta de reformas, contempla definiciones para el cálculo y operación de la nueva fórmula de distribución del Fondo General de Participaciones.

Para el caso de que las participaciones en su totalidad, calculadas de acuerdo al nuevo esquema resulten inferiores al monto percibido conforme al sistema vigente hasta el 31 de diciembre de 1987, la Federación establece un mecanismo que permite aportar la diferencia resultante con el objeto de poner a la disposición de las entidades un mayor volumen de recursos, así como de otorgarles una mayor seguridad en el momento de cambio de sistema, la Federación aportará el 0.50% de los totales que obtenga, mismo que durante tres años se destinará a crear un fondo de contingencia que se utilizará en caso de que alguna entidad obtenga una cantidad menor a la que le hubiera correspondido en el Fondo General de Participaciones calculada conforme a las disposiciones legales vigentes hasta el 31 de diciembre de 1987. De no ser aplicada esa reserva, se destinarán estos recursos a incrementar el Fondo Financiero Complementario de Participaciones. Una vez transcurrido estos tres años, dichos recursos adicionales pasarán a formar parte integrante del Fondo financiero Complementario de Participaciones.

Impuesto sobre la Renta

La Ley del Impuesto sobre la Renta, dentro del marco de las contribuciones federales, ocupa un lugar de primordial importancia, dado que constituye para la Federación uno de los renglones de ingresos de mayor trascendencia, por tal motivo, es una constante preocupación del gobierno federal, mantener los ordenamientos legales que regulan la materia de acuerdo a las condiciones de nuestro tiempo y a los requerimientos del país, ya que con ellos se requiere lograr un justo equilibrio impositivo, con un gravamen en este impuesto, equitativo y proporcional a la capacidad de los contribuyentes y que asimismo represente para la administración pública, una fuente sólida y continua de ingresos para cumplir con la prestación de los servicios públicos a su cargo en beneficio de toda la colectividad.

De tal manera, la presente iniciativa que el Ejecutivo a mi cargo somete a la consideración de vuestra soberanía, propone diversas adecuaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, con la finalidad de dar claridad y de mejorar la aplicación de las disposiciones respectivas, para de esta forma eliminar interpretaciones erróneas y solucionar los problemas planteados por los contribuyentes en el foro de simplificación administrativa. Es así como la Ley del Impuesto sobre la Renta, al igual que los diferentes ordenamientos de carácter fiscal que regulan las contribuciones, requieren constantemente de ajustes y adecuaciones que tienen como objeto primordial mantenerla actualizada en congruencia con el dinamismo de la política social y económica que experimenta el país.

Las modificaciones que se estiman necesarias para adaptar el mencionado cuerpo legal a las condiciones que prevalecen en el actual momento, pretenden lograr que exista una recaudación tributaria en materia de Impuesto sobre la Renta dentro de un mejor marco de justicia y equidad, proveyendo a la administración pública de los recursos indispensables para el desarrollo óptimo y eficiente de sus funciones.

Considerando que la simplificación administrativa constituye una acción concreta que permite reducir y agilizar trámites, se considera conveniente que se continúen aplicando las medidas administrativas expedidas por el Ejecutivo a mi cargo en el decreto de julio pasado, por lo que en la presente iniciativa se propone eliminar la obligación que tienen algunos contribuyentes y terceros responsables de presentar determinados avisos en materia de este impuesto.

Para evitar interpretaciones erróneas o confusiones en la aplicación del artículo 7o. - B, se reforman las fracciones I y II para precisar que cuando los créditos o deudas no generen intereses a favor o en contra del contribuyente, según el caso, el monto del componente inflacionario será la pérdida o la ganancia inflacionaria. En la fracción IV, se incorporan algunas definiciones de créditos, así como las fechas inicial y final de período durante el cual las cuentas y documentos para cobrar, se considerarán créditos para la determinación del componente inflacionario. En la fracción V, se excluyen los anticipos de clientes como concepto de deuda y se especifica el momento en el que surgen las deudas. El párrafo final de deferido artículo se modifica, para definir que las inversiones de las cuales se generan intereses que se conocen hasta que se enajena el título de crédito, no se incluirán como créditos, el valor de dichos títulos para la determinación del componente inflacionario, en tanto no se acumulen los intereses que generen.

También para precisar conceptos y evitar confusiones en su aplicación, en el artículo 12, se propone un procedimiento para la determinación de los pagos provisionales en los casos en los que, en el último ejercicio de 12 meses por el que se calcula el coeficiente de utilidad, se hubiera obtenido pérdida fiscal o los ingresos por dividendos o utilidades obtenidos durante dicho ejercicio sean iguales o mayores que la utilidad fiscal incrementando o la pérdida fiscal disminuida en los términos del propio artículo. Asimismo, se reordenan la mecánica para la determinación de la utilidad fiscal para pagos provisionales, y en todos los casos se reconoce el efecto de las pérdidas fiscales pendientes de aplicar.

En el artículo 12 - A se establece una regla de los impuestos mínimo que deberán tener cubierto los contribuyentes, hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio y el último mes de éste.

Como medida de simplificación en el artículo 12 - B se establece un procedimiento para determinar los montos acumulables de los ingresos por intereses, utilidad cambiaría y ganancia inflacionaria para pagos provisionales, con base en la aplicación de factores de acumulación calculados con la información del último ejercicio de 12 meses.

Como medida de equidad y para lograr el objetivo que a través de los estímulos fiscales se pretende, en el artículo 15 se agrega una fracción para clasificar como no ingreso a los certificados de promoción fiscal.

Para uniformar el criterio de los contribuyentes en los que se refiere a los momentos en que se deben acumular los ingresos que obtengan, se reformó el artículo 16 para incorporar la definición

de dichos momentos para los ingresos que en otros artículos no se definen.

Con el mismo fin de seguridad jurídica y para evitar confusiones en la aplicación de las disposiciones fiscales dispersas en varias disposiciones de aplicación opcional, se establece en el artículo 16 - A un tratamiento único para los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble u otros contratos de obra por los que se obliguen a ejecutarlos conforme a un plano, diseño o presupuesto; señalándose en este caso, que el diferir la acumulación de los anticipos de clientes tiene como consecuencia que éstos se consideren deudas para los efectos del artículo 7o. - B.

En el artículo 17, fracción IX se establece como concepto de ingreso para todos los contribuyentes, el monto de los anticipos que reciban.

El procedimiento de ajuste anual al costo comprobado de adquisición previsto en el artículo 18, se cambia por un procedimiento de ajuste mensual.

En el artículo 22, fracción II se redefine la terminología; y en la fracción IX del artículo 22 - bis se incorpora la limitación de la deducción de los dividendos provenientes de revaluación o de los conceptos que reflejan los efectos de la inflación en los estados financieros del contribuyente.

En el artículo 24, fracciones XI y XIII, se hacen modificaciones para ampliar los requisitos que deben cumplir las deducciones por concepto de pagos de asistencia técnica y regalías y primas por seguros y fianzas.

Las pérdidas en la enajenación de acciones autorizadas se limitan en la fracción XVIII del artículo 25, al monto de las ganancias que por el mismo concepto obtengan en el mismo ejercicio o en los tres siguientes.

Para evitar duplicidades en los efectos de la base nueva, se deroga la fracción II del artículo 30 para eliminar el ajuste al costo relativo a contratos de arrendamiento financiero.

Con el objeto de simplificar el tratamiento fiscal de los contribuyentes que celebren contratos de obra, se deroga el artículo 31 que contenía las reglas para la determinación del costo.

Con el mismo fin de simplificar y facilitar la mecánica de operación para determinación de la deducción de inversiones, se reforma el artículo 41 para incorporarle el procedimiento de ajuste al monto de la deducción de inversiones, redefiniéndose el período para el cálculo del factor de actualización y se deroga el artículo 41 - A.

Como un incentivo a la inversión, se establece que la deducción inmediata del artículo 51 se puede ejercer desde el ejercicio en el que se realice la inversión para efectos del Título Segundo, y para el Título Séptimo se autoriza también una deducción inmediata restringida por el incremento en el pasivo y en el capital social exhibido. Asimismo, se redefine el período de actualización de los bienes.

En el artículo 55 se rectifica la mecánica de actualización de las pérdidas fiscales.

En el artículo 57-K, se redefine el monto del impuesto acreditable en el caso de que, las sociedades controladoras o controladas gocen de reducciones de impuesto.

Los artículos 111, 111 - bis, 12 - bis y 12 - A - bis, se reforman con el mismo propósito que los artículos 12 y 12 - A de la ley.

En los artículos 8o, 9o, 41, 46, 29 - bis, 34 - bis, 39 - bis, 41 - bis, 51 - bis, 60 - bis, se eliminan avisos que resultaban innecesarios, lo cual implica la simplificación de trámites.

En el artículo 801 se dan las reglas para la determinación del impuesto acreditable a que se refieren los artículos 6o. y 14 - A - bis.

Se reforman los artículos 803, 805, 811, 814, 817 para aclarar conceptos, homologar terminología y evitar distorsiones en los resultados.

Se modifica el factor de acumulación de intereses y utilidad cambiaría a trimestral y se dan reglas para su utilización.

Por los que toca a la tarifa aplicable a las personas físicas, como se planteó el año anterior, se reestructura a doce estratos y se ajusta con el objeto de evitar que se grave el crecimiento nominal de los ingresos, disminuyéndose la tasa máxima de gravamen al 50% y las tasas de retención de un 55% a un 50%. Adicionalmente, a fin de lograr el objetivo indicado, se propone un ajuste a la misma a partir del segundo semestre del año de 1988, continuando con la medida consistente en reducir paulatinamente la tasa máxima de gravamen a cargo de las personas físicas.

Asimismo, para beneficiar no sólo a los trabajadores de salario mínimo, sino también a los

que perciben sueldos superiores, en esta iniciativa que el Ejecutivo a mi cargo propone, se señalan en el artículo 77 otros conceptos que deben considerarse exentos del pago del Impuesto sobre la Renta, dentro de los que se encuentran el 50% de las remuneraciones que se reciban por tiempo extraordinario siempre que no excedan de cinco veces el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente por cada semana de servicios.

También dentro del citado precepto se propone exentar del pago de este impuesto a las primas vacacionales que otorguen los patrones a sus trabajadores en forma general y a la participación de estos últimos en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días dicho salario mínimo y las primas dominicales hasta por un salario mínimo general de la zona económica del contribuyente, por cada domingo que se labore.

Por lo que respecta a las obligaciones de los contribuyentes que obtienen ingresos por salarios, y de quien hacen pagos por estos conceptos, se propone establecer dentro del artículo 82 que los primeros comuniquen al empleador antes de que éste les efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de sus servicios en el año de calendario de que se trate, si laboran para otro patrón, y éste les efectúa la deducción del salario mínimo general; congruente con lo anterior, se obliga al empleador a solicitar a los trabajadores, le proporcionen por escrito tal información, medida con la cual se pretende evitar que una misma deducción se realice en varias ocasiones, provocando un perjuicio al erario federal.

Con el objeto de que las disposiciones establecidas en la ley en comento, sean acordes con las del Código Fiscal de la Federación, dentro del mismo rubro de obligaciones a cargo de las personas mencionadas en el párrafo que antecede, se señala expresamente que los contribuyentes deberán proporcionar a quienes hagan los pagos, los datos necesarios para que los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, y para el caso de que ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionen su clave de registro al empleador; consecuentemente, el empleador deberá solicitar a quienes le presten servicios subordinados les comuniquen los citados datos.

Tratándose de la ganancia que perciban los contribuyentes por la enajenación de bienes, se amplía el número de años de 10 a 20 en los artículos 96 y 103 para efectos de determinar la parte de ganancia que se acumula a los demás ingresos del año de calendario de que se trate, y se propone permitir a los contribuyentes de este impuesto, optar por determinar el gravamen a su cargo respecto de la parte de la ganancia no acumulable, considerar la tasa efectiva de impuesto que correspondió a la totalidad de ingresos acumulables obtenidos en el año en que se efectuó la enajenación; o bien, el promedio que resulte de sumar las tasas efectivas de los últimos cinco años, incluyendo el año de calendario en que se efectúe la enajenación.

En materia de contribuyentes menores, se hace necesario proponer a esa soberanía, modificaciones que permitirán adecuar la situación de estos contribuyentes a su realidad económica y operativa, por tal motivo se cambian los límites señalados para considerarse como menores, fijándolos en un número determinado de veces el salario mínimo general de la zona económica correspondiente al Distrito Federal elevado al año.

Por otra parte, en el Título Quinto de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se incluye dentro de la iniciativa que se presenta, el régimen fiscal aplicable a los residentes en el extranjero, que mantengan bienes en depósito fiscal en almacenes generales de depósito para posteriormente entregarlos en el país. En estos casos, se considerará que la fuente de riqueza se ubica en territorio nacional cuando en el mismo se realice la entrega de dichos bienes. La medida a que se ha hecho referencia es necesaria, en virtud de que el depósito fiscal en almacenes generales de depósito, es un instrumento de gran ayuda para los comerciantes que requieren de importaciones oportunas para el cumplimiento de sus actividades, y en la actualidad está sujeto a un régimen fiscal de establecimiento permanente, lo cual propicia una abstención en la realización de operaciones de internamiento de mercancías sin un destinario conocido.

Tratándose de la enajenación de créditos realizada por personas distintas al acreedor original, en esta iniciativa que se pone a consideración de esta soberanía, en el artículo 151 se precisa, que la fuente de riqueza se ubique en territorio nacional, cuando la persona a cuyo cargo esté el crédito sea mexicana y se establece una tasa de impuesto del 20% sobre el monto total del pago que el residente en México haga al residente en el extranjero, lo cual se considera procedente, toda vez que se está en presencia de una ganancia generada en el país.

Por otra parte, se proponen adecuaciones que tienden a aclarar situaciones que los contribuyentes han considerado confusas, o bien que procuran corregir algunos errores menores que contiene el texto de ley, así como otras adecuaciones motivadas por las propuestas que se

hacen en relación con algunos preceptos de la ley de la materia.

Por último, respecto a las disposiciones de vigencia anual, cabe señalar que debido a que las actividades agrícolas, principalmente las consistentes en el cultivo de granos y semillas, son consideradas como prioritarias para el desarrollo del país, se propone que los contribuyentes, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, se consideren pequeñas o medianas empresas y realicen las actividades agrícolas señaladas, tributen como lo han venido haciendo en los últimos años, conforme a las bases especiales que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, considerando para la fijación de dichas bases en relación con las fijadas para el año de 1987, cuando menos el por ciento en que se incrementen los precios de garantía correspondientes a los ciclos agrícolas primavera - verano u otoño - invierno 1988, en relación con los citados precios de cada uno de los ciclos señalados para el año de 1987.

Asimismo, se propone mantener para 1988 el tratamiento fiscal que por el año de 1987 acordó esta soberanía a los contribuyentes que realicen actividades ganaderas, avícolas o de pesca.

Impuesto al Valor Agregado

Como en años anteriores, se permite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecer bases especiales de tributación para determinados sectores de contribuyentes, que debido a los actividades que desarrollan, no pueden cumplir con las obligaciones fiscales en los términos del régimen general establecido en la ley.

Tomando en consideración la forma en que son enajenados algunos bienes a través de fideicomisos, y a fin de precisar el momento en que los tenedores de certificados de participación deben pagar el impuesto por la enajenación de los bienes que amparan los mismos, se propone a ese honorable Congreso adicionar un último párrafo al artículo 11 de la ley.

Asimismo, con la preocupación de fomentar, entre otras, las actividades agrícolas y culturales, a través de tratamientos que liberen de cargas fiscales a los bienes indispensables para el desarrollo de dichas actividades, se propone que también por la importación de tractores e implementos agrícolas, que se señalan en el inciso e) de la fracción I del artículo 2o. - A, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de los libros, periódicos y revistas a que se refiere el artículo 9o., fracción III de la propia ley, no se pague el impuesto que la misma establece, aun cuando estos bienes sean usados. Igualmente, no se pagará el gravamen en las importaciones de obras de arte que sean destinadas a exhibición pública, siempre que las mismas sean reconocidas como tales por las autoridades oficiales competentes.

A efecto de simplificar la mecánica para el pago de contribuciones y en concordancia con las demás disposiciones que para este fin se han implantado, se somete a consideración la reforma al primer párrafo del artículo 28 de la ley que nos ocupa, para permitir la compensación de este impuesto que el contribuyente haya pagado en la importación de los bienes tangibles, siempre y cuando cumpla con lo establecido en las disposiciones fiscales.

En materia de contribuyentes menores, se plantea la adición de un artículo 35 - B y la reforma al último párrafo del artículo 37, para liberar del pago de este impuesto a aquellos contribuyentes que en su carácter de socios aporten sus bienes a una sociedad mercantil, siempre que dichos bienes formen parte del activo fijo, así como precisar que en la estimación del impuesto acreditable que efectúen las autoridades fiscales, se apliquen los por cientos que al efecto señale el Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

En esta materia se propone a esa soberanía adicionar un numeral tres al subinciso b), del inciso B), de la fracción II del artículo 2o., de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para especificar que por el servicio de larga distancia internacional se pague un tasa cuyo porcentaje sea acorde con el promedio internacional de esta clase de servicio.

Asimismo, se sugiere adicionar la fracción VIII al artículo 8o. de esta ley, para señalar que no se pagará este impuesto por las enajenaciones de alcohol que realice la empresa Azúcar, S.A. de C.V., a los productores de bebidas alcohólicas, siempre que se encuentren registrados ante dicha entidad, medida que ya se venía aprobando anualmente por ese honorable Congreso y que dado los resultados positivos y de control que ha tenido, se estima se incluya permanentemente en ley.

En este orden de ideas, se propone también adicionar al artículo 19 con una fracción IV, con el propósito de establecer el control a que se ha hecho referencia en el párrafo precedente, mediante la obligación para la empresa Azúcar, S.A. de C.V. de presentar una declaración

informativa anual, respecto de las enajenaciones efectuadas.

Asimismo, se sugiere a ese soberanía la adición de un segundo párrafo al artículo 11, para establecer que los productores o importadores de cigarros para calcular el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, consideren como valor el precio de esos productos al detallista y que este impuesto no se pague en las enajenaciones subsecuentes, tratamiento que ya se contemplaba en disposición de vigencia anual, el cual da seguridad y certeza a estos contribuyentes, ya que existe un verdadero control en los precios en que son enajenados los cigarros en sus diversas etapas de comercialización, situación que justifica su inclusión en dicho ordenamiento legal.

Finalmente, con el propósito y la firme intención de mantener los niveles de ingresos que por la recaudación de este impuesto obtiene la Federación, y a fin de que la misma pueda concluir las tareas emprendidas, se propone a esa honorable soberanía se mantenga durante el año de 1988, la aplicación del artículo 13 de la llamada Ley Miscelánea, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1985.

Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles

En lo referente al ordenamiento que grava la adquisición de inmuebles, el Ejecutivo a mi cargo juzga conveniente la reforma al artículo 1o. de la ley de la materia, para establecer que la reducción a que dicho precepto se refiere, también les sea aplicable a los hoteles.

Por otra parte, se propone la reforma al artículo 7o., con el propósito de precisar que para efectuar la reducción a que se refiere el artículo 1o. de la propia ley, se aplique al salario mínimo vigente, medida que en sí permite una justa y correcta aplicación de la ley de que se trata.

Tenencia o Uso de Vehículos

El presente ordenamiento se propone modificar únicamente en la parte relativa a disposiciones de vigencia anual, la cual contiene las cuotas y factores determinantes para el cálculo del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en cumplimiento a las disposiciones establecidas en el propio ordenamiento.

Impuesto sobre Automóviles Nuevos

En la presente iniciativa, se propone reformar la fracción II del artículo 1o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para precisar que los automóviles por cuya importación se está obligado al pago de este impuesto, son aquellos que correspondan al año modelo en que se efectúe la importación o a los 10 años modelos inmediatos anteriores, disposición que viene a ser congruente con los dispuesto en la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Automóviles.

Por otra parte, y atendiendo a la especial forma en que opera la comercialización de los automóviles y camiones por cuya enajenación se causa este impuesto, el Ejecutivo Federal propone reformar el artículo 5o. de la ley de la materia, con el propósito de establecer que cuando se ejerza la opción a que dicho precepto se refiere, los distribuidores deberán efectuar por cuenta de los fabricantes o ensambladores los pagos provisionales y del ejercicio, señalándose al respecto que ejercida la opción, ésta no podrá variarse en el mismo ejercicio, sin abandonar el principio fijado en reforma reciente a esta ley, de que el contribuyente es el fabricante o ensamblador de los automóviles, porque cuenta con todos los datos para calcular en definitiva el impuesto.

Finalmente en disposición transitoria, se propone se conserven las tasas que se aplicaron durante 1987, para las enajenaciones o importaciones que se realicen durante el año de 1988, y que ofrece una aplicación paulatina de las tasas que se señalan en la ley de la materia.

Ley Federal de Derechos

La presente iniciativa que se somete a consideración del honorable Congreso de la Unión, tiene como uno de sus objetivos primordiales mantener la suficiencia recaudatoria en materia de derechos, para lo cual se propone la actualización de los montos de las cuotas de los derechos, tanto para los servicios que proporciona el Estado en funciones de derecho público, así como por los bienes del dominio público de la nación que administra, mediante mecanismo que permitan mantener actualizadas las cuotas adecuadamente.

Paralelamente, se proponen modificaciones a diversas disposiciones que conforman a la Ley Federal de Derechos, y que a continuación se precisan para procurar resolver la problemática presentada durante el año en esta materia.

Se propone la inclusión de disposiciones que permitan un mayor control en el registro y seguimiento de la recaudación provenientes de derechos con destino específico, permitiéndose de esta manera implementar una mayor transparencia financiera a estos ingresos del gobierno federal.

Secretaría de Relaciones Exteriores

En la parte relativa a pasaportes, se propone una reforma a efecto de que la vigencia de los pasaportes ordinarios a estudiantes y trabajadores se amplíe de uno a tres años, para permitir una disminución de trámites administrativos, acorde a las disposiciones legales aplicables en esta materia. Respecto a los servicios consulares, se propone la reestructuración de los artículos que contemplan las cuotas de esos servicios, para permitir una simplificación administrativa en esta materia; adicionalmente, se propone hacer extensiva la exención en el pago de estos derechos a los pensionados mexicanos residentes en el extranjero que deseen repatriarse, en atención a su situación económica.

Finalmente, en la parte relativa de permisos conforme al artículo 27 constitucional, se establece que para la celebración de contrato de arrendamiento por sociedades o asociaciones y extranjeros, el derecho se pague únicamente cuando el término del contrato exceda de 10 años, debido a que administrativamente, únicamente se expiden estos permisos por lapsos superiores a ese período.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Se propone que por los ingresos sujetos a destino específico que recaude la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, se establezca el límite presupuestal para su afectación, toda vez que con dicha medida se permitirá la implantación de una transparencia financiera en estos recursos al destinarse únicamente a cubrir gastos presupuestales, situación que actualmente contemplan casos similares.

Respecto de los servicios en materia del registro nacional de valores e intermediarios, se propone la reestructuración de los derechos de refrendo y de inspección y vigilancia a las casas de bolsa, para gravar adecuadamente los servicios que prestan este tipo de instituciones financieras.

En materia de servicios aduaneros, se propone condicionar el plazo del derecho de gracia que se otorga en el pago del derecho de almacenaje a mercancías destinadas a la exportación, únicamente a aquéllas por las que no exista desistimiento en dicho régimen aduanero, a efecto de permitir una adecuada aplicación de este beneficio fiscal, por lo que se propone a esta soberanía la reforma conducente al artículo 41 de la Ley Federal de Derechos.

Tratándose de los servicios de trámite aduanero extraordinario, se propone la adecuación al artículo 50 del ordenamiento antes citado para establecer una congruencia en las cuotas aplicables, toda vez que en la actualidad las tasas al millar aplicables a dicho servicio extraordinario resultan inferiores a la cuota del servicio ordinario de trámite aduanero.

Finalmente, se propone la creación de una sección séptima a este capítulo, para implementar la prestación de un nuevo servicio que permita regular los volúmenes de inversión de capital nacional, que se acojan al programa de inversión mediante el sistema de sustitución de deuda pública por inversión.

Secretaría de Programación y Presupuesto

A efecto de ser congruente lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios relacionados con bienes muebles, se propone la eliminación del derecho por el refrendo anual en el Registro de Padrones y Contratistas de la Administración Pública Federal, toda vez que en dicho ordenamiento se eliminó ese requisito.

Secretaría de Comercio y Fomento Industrial

En cuanto al servicio que presta la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, relativo al aumento de capital social por inversión de extranjeros en empresas mexicanas, utilizando el sistema de sustitución de deuda por inversión, se propone adecuar el texto de este precepto, con el objeto de precisar que el derecho se pagará sobre la deuda pública a ser sustituida y no sobre el monto de la inversión, permitiendo de esta manera la implementación de la base para el cálculo de esta contribución.

Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos

Se propone la inclusión de nuevos conceptos en materia de expedición de autorizaciones o permisos que realice la dependencia prestadora de los servicios, para adecuar dicho ordenamiento a las innovaciones administrativas en esta materia, así como una cuota diferencial por el suministro de aguas residuales tratadas para su uso industrial en el Valle de México, con el fin de desalentar el suministro de aguas claras en procesos industriales que no las requieran.

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

En materia de telecomunicaciones, sobresale la reforma propuesta en materia de servicios que se

proporcionan a través del sistema de satélites Morelos, la cual permitirá una optimización de estos servicios.

Dentro de la reforma propuesta en esta materia, se mantiene sin variación significativa la estructura tarifaría, introduciéndose únicamente especificaciones de carácter técnico que delimiten y optimicen la utilización del sistema de satélites dentro de su vida útil, haciendo extensiva dicha utilización tanto a señales de televisión, radio, mensajes de datos y telefonía, entre otros, agilizando y dinamizando las comunicaciones internas del país, permitiendo además incidir en forma directa en el progreso nacional.

Por lo que respecta a los servicios de telégrafos, se propone la inclusión de nuevos servicios que permitan el acceso de grandes sectores de la población a la transmisión de documentos y situación de fondos, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.

Asimismo, tomado en consideración a los sectores sociales de escasos recursos que hacen uso del correo para situación de fondos, el Ejecutivo a mi cargo propone la disminución de los derechos correspondientes a esos servicios, para hacerlos más accesibles a estos sectores de la población.

En materia de autotransporte federal, se somete a consideración de esa honorable Cámara una serie de reformas tendientes a subsanar una inadecuada aplicación de la ley, en cuanto a bajas temporales de vehículos destinados al autotransporte federal, contribuyendo de esta forma a lograr una exacta aplicación de la ley, en beneficio de este sector tan importante de la economía nacional.

Asimismo, en una medida tendiente a fortalecer la descentralización administrativa, se propone en disposiciones de vigencia anual, la inclusión de una disposición que permita aplicar un descuento de 25% sobre las cuotas de los derechos correspondientes, cuando la prestación de los servicios se realice en oficinas ubicadas en le interior de la República Mexicana.

Secretaría de Salud

En esta materia, se propone incluir dentro de los productos sujetos a registro sanitario, a aquéllos que por su importancia dentro de los procesos de elaboración alimenticia o en la peligrosidad de su manejo, impliquen riesgos para la salud pública, encontrándose entre éstos a los colorantes, conservadores y aditivos alimenticios, así como fuentes de radiación.

En congruencia con lo señalado en el párrafo anterior, se propone una reforma en cuanto a los permisos para la elaboración de publicidad vinculada a las actividades, productos, bienes y servicios que tienen injerencia en cuanto a la salud en general, haciendo esta disposición congruente con lo establecido en la Ley General de Salud.

Por lo que se refiere al Título Segundo de la Ley Federal de Derechos, se propone una reforma en cuanto al uso o aprovechamiento de puertos y muelles propiedad de la nación, a efecto de instrumentar un mecanismo que permita generalizar los momentos de causación y pago de los derechos por el uso o aprovechamiento de dichos bienes.

En materia de uso de carreteras y puentes federales, se propone dentro de las disposiciones de vigencia anual, hacer extensiva la cuota contenida en la clase número dos a camiones de carga de dos, tres y cuatro ejes, aplicando la cuota a que se hace referencia el artículo 215, exclusivamente al quinto y sucesivos ejes.

Finalmente, en materia de derechos por el uso de carretera y puentes, se somete a consideración un proyecto de reforma encaminado a modernizar el sistema impositivo, logrando una más adecuada redistribución de la carga fiscal y permitiendo mantener un mecanismo yagil de actualización de las cuotas.

Por lo expuesto y con fundamento en la facultad que me confiere el artículo 71, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter al H. Congreso de la Unión por conducto de ustedes, la siguiente

INICIATIVA DE LEY QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES

CAPÍTULO I

Código Fiscal de la Federación

Artículo primero. Se reforman los artículos 10, fracción I, inciso a) y fracción II, 23, primer párrafo; 26, fracción III, segundo párrafo; 31, sexto párrafo; 64, antepenúltimo párrafo; 150, cuarto párrafo y 180, primer párrafo, y se adicionan los artículos 6o, con un párrafo final; 10,con un párrafo final; 64, fracción II, con un inciso h); 81, con una fracción IV; 82, con una fracción IV del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 6o..................................................................

...............................................................................

Cuando las disposiciones fiscales establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento

de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variarla respecto al mismo ejercicio."

"Artículo 10..................................................................

...............................................................................

I..............................................................................

...............................................................................

a) Cuando realizan actividades empresariales, el establecimiento más importante ubicado en la entidad federativa, en la que el contribuyente tenga el principal asiento de sus negocios.

...............................................................................

II. En el caso de personas morales:

a) El establecimiento más importante ubicado en la entidad federativa, en la que el contribuyente tenga el principal asiento de sus negocios.

b) Si se trata de establecimientos permanentes de residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de que tenga varios establecimientos, se estará a los dispuesto en el inciso anterior.

...............................................................................

Para los efectos de este artículo, se considera que el principal asiento de los negocios está en la entidad federativa donde se encuentra el mayor porcentaje de los inventarios del negocio, tratándose de contribuyentes cuya actividad preponderante sea la comercial; en los demás casos, en la entidad donde se encuentre el mayor porcentaje del valor de los activos fijos y terrenos. El establecimiento más importante será el que, de todos los ubicados en la entidad federativa de que se trate, tenga el mayor valor de inventarios, tratándose de contribuyentes cuya actividad preponderante sea la comercial; en los demás casos, aquél donde se encuentra el mayor valor de activos fijos y terrenos."

"Artículo 23. Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración, podrán compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de una misma contribución, incluyendo sus accesorios. Al efecto, bastará que efectúen la compensación en la declaración respectiva. Si las cantidades que tengan a su favor los contribuyentes no derivan de la misma contribución por la cual están obligados a efectuar pagos, sólo se podrán compensar previa autorización expresa de las autoridades fiscales competentes para ello, respecto de la contribución de la cual derive el adeudo.

.............................................................................."

"Artículo 26..................................................................

...............................................................................

III............................................................................

...............................................................................

No será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando la sociedad en liquidación garantice respecto de dichas contribuciones el interés fiscal en los términos del artículo 11 de este código, y siempre que cumpla con las obligaciones de presentar avisos y de proporcionar informes, a que se refiere este código y su reglamento.

.............................................................................."

"Artículo 31..................................................................

...............................................................................

Las oficinas a que se refiere el párrafo anterior, recibirán las declaraciones, avisos, solicitudes y demás documentos tal y como se exhiban, sin hacer observaciones ni objeciones y devolverán copia sellada a quien los presente. Se podrá rechazar la presentación cuando no contengan el nombre del contribuyente, su clave de registro federal de contribuyentes, su domicilio fiscal, no se indique la autoridad recaudadora de la contribución a la que se refiere la declaración, aviso, solicitud o documento de que se trate, correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente, o cuando no aparezcan debidamente firmados, no se acompañen los anexos o tratándose de declaraciones, éstas contengan errores aritméticos. En este último caso, las oficinas podrán cobrar las contribuciones que resulten de corregir los errores aritméticos y sus accesorios.

.............................................................................."

"Artículo 64.................................................................

...............................................................................

II.............................................................................

...............................................................................

h) Consignar información o datos falsos en los estados de resultados estimados del ejercicio, que se presenten para solicitar reducción de los pagos provisionales de contribuciones.

...............................................................................

Lo dispuesto en este artículo no es aplicable a la determinación de contribuciones que deriven de la revisión de la Cuenta Pública Federal efectuada por la Contaduría Mayor de Hacienda, o de observaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, a aportaciones de seguridad social, contribuciones sobre ingresos provenientes del extranjero o que se causen por la importación de bienes, al impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos, ni respecto de las deducciones por

creación o incremento de reservas de pasivo cuando los pagos correspondientes se efectúen en ejercicios posteriores a aquél en que se hizo la deducción, así como de los ejercicios en que se incurrió en pérdidas para efectos del Impuesto sobre la Renta, cuando dichas pérdidas se disminuyan total o parcialmente, en el ejercicio respecto del cual se ejercen las facultades de comprobación; tampoco es aplicable en el ejercicio inmediato anterior a aquél en que se incurrió en pérdida, cuando está disminuya en dicho ejercicio.

.............................................................................."

"Artículo 81..................................................................

...............................................................................

IV. No efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución, incluso cuando en la declaración del ejercicio no resulte cantidad alguna a pagar por la misma contribución."

"Artículo 82..................................................................

...............................................................................

IV. Para la señalada en la fracción IV, el 30% de cada pago provisional no efectuado."

"Artículo 150.................................................................

...............................................................................

Asimismo, se pagarán por concepto de gastos de ejecución, los extraordinarios en que se incurra con motivo del procedimiento administrativo de ejecución, incluyendo los que en su caso deriven de los embargos señalados en los artículos 41, fracción II y 141, fracción V de este código, que únicamente comprenderán los de transporte de los bienes embargados, de avalúos, de impresión y publicación de convocatorias y edictos, de inscripciones o cancelaciones en el Registro Público que corresponda, los erogados por la obtención del certificado de liberación de gravámenes, los honorarios de los depositarios y de los peritos, así como los honorarios de las personas que contraten los interventores, salvo cuando dichos depositarios renuncien expresamente al cobro de tales honorarios.

.............................................................................."

"Artículo 180. En toda postura deberá ofrecerse de contado, cuando menos la parte suficiente para cubrir el interés fiscal; si éste es superado por la base fijada para el remate, se procederá en los términos del artículo 196 de este código.

.............................................................................."

Disposición Transitoria

Artículo segundo. Para efectos de las reformas al artículo 10 del Código Fiscal de la Federación, las personas que con anterioridad al 1o. de enero de 1988 tuvieron registrado como su domicilio fiscal el local en que éste el principal asiento de sus negocios, o en su caso, la administración principal del negocio, podrán seguirlo considerando como domicilio fiscal hasta en tanto no decidan cambiarlo al establecimiento más importante ubicado en la entidad federativa en la que el contribuyente tenga el principal asiento de sus negocios, en los términos de dicho precepto.

Disposición de vigencia anual

Artículo tercero. Durante el año de 1988 se aplicarán respecto del Código Fiscal de la Federación, las siguientes disposiciones:

I. La cantidad que conforme al primer párrafo de la fracción I del artículo 41 del Código Fiscal de la Federación, determinen las autoridades fiscales como pago provisional a cargo de los obligados durante el año de 1988, se incrementarán con la que resulte de aplicar a la misma el factor 2.2.

II. Para los efectos del segundo párrafo del artículo 70 del Código Fiscal de la Federación, se establece el factor de 2.6 que se aplicará a partir del 1o. de marzo de 1988, sobre las cantidades en vigor.

CAPÍTULO II

Ley Aduanera

Artículo cuarto. Se reforma el artículo 141 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

"Artículo 141. El importe de las multas que se impongan de conformidad con las disposiciones de esta ley y la del Registro Federal de Vehículos, será distribuido entre los descubridores o denunciantes de las infracciones, los aprehensores de las mercancías y los fondos de previsión y de gastos, en los términos y proporciones que el reglamento señale.

En el caso de las infracciones previstas por los artículos 127, 128 y 130 de esta ley, como excepción a lo señalado en el párrafo anterior, se distribuirá únicamente el 80% del valor comercial al mayoreo de las mercancías secuestradas, o el 80% del monto de la multa si no existe secuestro.

La distribución se hará una vez que se haya pagado el importe de la multa y quede firme la resolución respectiva; en el caso de las mercancías secuestradas a que se refiere el párrafo anterior, la distribución se hará una vez que cause estado la resolución que determine que las

mismas quedan afectas al pago de créditos fiscales o que pasan a propiedad del fisco federal, en cuyo caso la distribución se efectuará cuando se lleve a cabo la recuperación de los recursos correspondientes para resarcir a la Federación."

CAPÍTULO III

Ley de Coordinación Fiscal

Artículo quinto. Se reforman los artículos 2o., fracciones I, primero y segundo párrafos, II, párrafo final; 3o.; 5o.; 7o.; 10-A, primer párrafo; y 15, tercer párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, y se adiciona el artículo 2o. con un párrafo final, de y a la propia ley, para quedar como sigue:

"Artículo 2o..................................................................

...............................................................................

I. Fondo General de Participaciones, que será la suma del 30% del Impuesto al Valor Agregado que recauden las entidades federativas, más el fondo ajustado, menos las devoluciones de la recaudación federal participable atribuible a dichas entidades, en cada ejercicio fiscal de la Federación.

El fondo ajustado se determinará aplicando el factor de distribución al monto que resulte de restar de la recaudación federal participable de cada año, el 30% del Impuesto al Valor Agregado que recauden las entidades federativas en el mismo período.

El factor de distribución será el que determine para el fondo ajustado de 1988, el cual será constante para los ejercicios siguientes, y sólo se modificará cuando:

a) La Federación y entidades convengan en derogar o dejar en suspenso determinados gravámenes locales o municipales, caso en el cual el factor de distribución se aumentará con el cociente resultante de dividir los ingresos provenientes de dichos gravámenes en el año en que se derogan o suspenden entre la recaudación federal participable, menos el 30% de la recaudación del Impuesto al Valor Agregado obtenido por las entidades en el mismo período.

b) Las entidades se coordinen o cuando dejen de estar coordinadas con la Federación en materia de derechos. En estos supuestos se aumentará o disminuirá el factor de distribución correspondiente a todas las entidades, según sea el caso, con el cociente resultante de dividir el monto que se determine multiplicando el factor determinado conforme a la fracción II del artículo 3o. vigente hasta el 31 de diciembre de 1987, por el 0.5% de los ingresos totales anuales de la Federación entre la recaudación federal participable menos el 30% del Impuesto al Valor Agregado del año que corresponda.

Para los efectos de esta ley, los ingresos totales anuales de la Federación serán los que está obtenga en cada ejercicio por todos sus impuestos, así como por los derechos sobre los hidrocarburos y de minería, menos el total de las devoluciones por los mismos conceptos. La recaudación Federal participable se formará por dichos ingresos sin excluir las devoluciones.

La parte de las devoluciones atribuibles a las entidades, serán las cantidades que resulten de aplicar al total de las devoluciones el cociente que se obtenga de dividir la suma del fondo ajustado, más el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado por las entidades, entre la recaudación Federal participable. Cuando en esta ley se haga referencia a devoluciones, se entenderá que también quedan incluidas las compensaciones.

El fondo general de participaciones no será inferior al resultado de aplicar el 17.351061% a los ingresos totales anuales. Si la determinación resultara inferior, la Federación aportará la diferencia al fondo ajustado y se distribuirá en la misma forma que establece el artículo 3o. de esta ley, para el incremento al fondo ajustado. Ese por ciento se modificará en los casos previstos en el inciso b) de esta fracción.

II.............................................................................

...............................................................................

No se incluirán entre los ingresos totales anuales ni en la recaudación federal participable, los impuestos adicionales del 3% sobre el impuesto general de exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados y del 2% en las demás exportaciones; ni el mismo impuesto del 5% sobre el valor base del Impuesto General de Importación, ni tampoco el derecho adicional del 5% sobre el de los hidrocarburos que se exporten.

Los incentivos que se otorgan a las entidades por recaudar o fiscalizar, no se computarán sobre el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado por las entidades."

"Artículo 3o. La cantidad que a cada entidad corresponde en el fondo general de participaciones, se integrará con el 30% de Impuesto al Valor Agregado recaudado por la entidad, adicionado con la parte que le corresponda en el fondo ajustado y disminuido con la parte de las devoluciones atribuibles a la entidad dentro del total de las mismas, al resultado se le deducirá el

3% de su importe para adicionarlo al fondo financiero complementario de participaciones.

La parte de fondo ajustado que corresponde a la entidad, se determinará conforme a lo siguiente:

I. A la entidad le corresponderá anualmente hasta una cantidad igual a la que haya resultado para ella en dicho fondo en el año inmediato anterior.

II. Adicionalmente, le corresponderá la cantidad que resulte de aplicar el coeficiente que se determine conforme a los incisos siguientes, al monto del incremento que tenga el fondo ajustado en el año, para el que se hace el cálculo en relación con el año procedente.

a) La suma de las cantidades que corresponde a la entidad, provenientes del fondo ajustado, en el segundo año anterior aquél para el que se efectúa el cálculo, se dividirá entre la recaudación federal asignable a la entidad en el cuarto año anterior, respecto del cual se efectúa el cálculo.

b) El monto de la recaudación asignable a la entidad en el tercer año anterior aquél para el que se haga el cálculo, se dividirá entre la recaudación asignable en todo el país en dicho tercer año.

c) Se multiplicarán entre sí los cocientes obtenidos, conforme a los incisos a) y b).

Se sumarán los resultados que se obtengan de acuerdo con el inciso c), calculados para todas las entidades y se determinará el coeficiente que corresponda a cada entidad en el incremento del fondo ajustado. Este coeficiente será la proporción en que cada entidad participará en el incremento del fondo ajustado, en año para el que efectúe el cálculo.

Las devoluciones atribuibles a la entidad, será la cantidad que resulte de aplicar al total de las devoluciones atribuibles a todas las entidades, el cociente que se obtenga de dividir la suma del fondo ajustado de la entidad más el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado por la misma, entre el fondo ajustado total más el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado por las entidades.

En el supuesto de que una entidad se coordine o deje de estar coordinada con la Federación en materia de derechos, su factor de distribución dentro del fondo ajustado se modificará, adicionándose a las cantidades que correspondan a la entidad conforme a lo señalado en la fracción II, inciso a) de este artículo, el resultado de multiplicar el coeficiente señalado en la fracción II del artículo 3o. vigente hasta el 31 de diciembre de 1987, por el 0.5% de los ingresos totales anuales de la Federación en el ejercicio fiscal en que ello ocurra.

En todos los casos en que este artículo menciona "recaudación asignable", se entenderá exclusivamente la que se obtenga por impuestos federales cuyo origen por entidades sea plenamente identificable. No se considerará identificable el origen por entidades de los impuestos al comercio exterior".

"Artículo 5o. Los cálculos de participaciones a que se refieren los artículos 2o., 2o. - A, 3o. y 4o. se harán para todas las entidades federativas, aunque algunas o varias de ellas no se hubieran adherido al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Las participaciones que correspondan a las entidades que dejen de estar adheridas, serán deducidas del Fondo General, del Fondo Financiero Complementario de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal".

"Artículo 7o. El Fondo General de Participaciones se determinará por cada ejercicio fiscal de la Federación, la cual en forma provisional harán un cálculo mensual considerado la recaudación federal participable obtenida en el mes anterior. En igual forma, se procederá con el Fondo Financiero Complementario y el Fondo de Fomento Municipal, calculándolos sobre los ingresos totales de la Federación obtenidos en dicho mes.

La entidades dentro del mismo mes en que se realice el cálculo mencionado en párrafo que anteceden, recibirán las cantidades que les correspondan conforme a esta ley, en concepto de anticipos a cuenta de participaciones.

Cada cuatro meses la Federación realizará un ajuste de las participaciones, efectuando el cálculo sobre la recaudación obtenida en ese período. Las diferencias resultantes serán liquidadas dentro de los dos meses siguientes.

A más tardar dentro de los cinco meses siguientes al cierre de cada ejercicio fiscal, ésta determinará las participaciones que correspondan a la recaudación obtenida en el ejercicio, aplicará las cantidades que hubiera afectado provisionalmente a los fondos y formulará de inmediato las liquidaciones que procedan."

"Artículo 10 - A. Las entidades federativas que opten por coordinarse en los términos de la fracción I del artículo 2o. de esta ley, no mantendrá en vigor derechos estatales o municipales por:

.............................................................................."

"Artículo 15..................................................................

Como excepción a lo dispuesto en el párrafo anterior, las entidades sin perjuicio de rendir su cuenta comprobada por la totalidad de la recaudación que efectúen, sólo concentrarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

I. Como mínimo el 70% del Impuesto al Valor Agregado que recauden en los términos de la fracción I del artículo 2o. de esta ley.

II. El 20% del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, las entidades coordinadas con la Federación en materia de adquisición de inmuebles.

.............................................................................."

Disposición Transitoria

Artículo sexto. Para determinar el factor de distribución para 1988 a que se refiere el artículo 2o., fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal, al resultado de multiplicar el 17.351061% a la recaudación federal participable de 1987, se restará el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado en ese año por todas las entidades; ese resultado se dividirá entre la recaudación federal participable de 1987, menos el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado en todas las entidades en ese Disposiciones con vigencia durante los años de 1988 a 1990

Artículo séptimo. Durante los años de 1988 a 1990, se aplicarán en materia de coordinación fiscal, las siguientes disposiciones:

I. En el primer cuatrimestre del año de 1988, los pagos provisionales de participaciones se harán conforme a las disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal vigentes hasta el 31 de diciembre de 1987; a partir de mayo, esos pagos provisionales se ajustarán conforme a las disposiciones de esa ley vigentes al 1o. de enero de 1988, incluyendo los correspondientes a ese cuatrimestre.

II. Para determinar el coeficiente de la entidad en el Fondo Ajustado correspondiente a 1988, se procederá como sigue:

a) Las participaciones de la entidad en el Fondo General de Participaciones correspondiente a 1987, se dividirá entre el Fondo General de Participaciones de todas las entidades de ese mismo año.

b) El resultado anterior se multiplicará por el 17.351061% de recaudación federal participable de 1987, y al producto se restará el 30% del Impuesto al Valor Agregado recaudado por la entidad.

c) El resultado anterior se dividirá entre la suma del mismo resultado de todas las entidades, obteniéndose así el coeficiente que corresponda a la entidad.

A partir de 1989, se aplicará lo dispuesto en el artículo 3o. de la ley.

III. Durante los años de 1988 a 1990, se crea una reserva de contingencia que se integrará con el 0.50% de los ingresos totales anuales que obtenga la Federación; esta reserva se utilizará en caso de que alguna entidad obtenga de la aplicación del artículo 3o. de la ley una cantidad menor a la que le hubiera correspondido en el año en el Fondo General de Participaciones, calculando y distribuido conforme a las disposiciones legales vigentes hasta el 31 de diciembre de 1987.

Esta reserva se aplicará provisionalmente cada cuatrimestre, siempre que las entidades hubieran presentado la cuenta comprobada de recaudación mensual en los plazos señalados en los convenios respectivos.

En los casos en que hubiera remanentes anuales, éstos pasarán a formar parte del Fondo Financiero Complementario; en ningún caso se utilizarán los recursos de esta reserva para cubrir las diferencias del Fondo Ajustado, a que se refiere la fracción I del artículo 2o. de la ley de la materia.

Cuando la Reserva de Contingencia no alcance a cubrir las eventualidades a que se refiere esta fracción, su distribución se hará prorrata.

A partir de 1991, la Reserva de Contingencia se integrará al Fondo Financiero Complementario de Participaciones.

CAPITULO IV

Impuesto sobre la Renta

Artículo octavo. Se reforman los artículos 7-B, fracciones I, segundo párrafo, II, segundo párrafo, III, primer párrafo, IV, subincisos 1, 2 y 5 del inciso b), V, primer párrafo, y último párrafo del artículo; 12, fracciones I, primer párrafo, y II, y los dos párrafos siguientes a la fracción III; 12 - A; 16; 16 - A; 17, fracción IX ;18; 22, fracción II; 24, fracciones XI y XIII; 30, fracción II; 41, tercer párrafo, 46 fracción VII; 51, primer párrafo; 51 - A, fracciones I y III; 55, tercer párrafo; 57 - K, fracción IV, segundo párrafo; 68 - A, último párrafo; 70, último párrafo; 77, fracciones I y XI; 80, en su tarifa, y séptimo párrafo; 82, fracción I; 83, fracción I; 86, en su tarifa; 91, segundo párrafo; 96, fracciones I y III, segundo párrafo; 103, primer párrafo; 108, fracciones

VII y VIII; 111, fracciones II y III, y los dos últimos párrafos del artículo; 115, fracción I; 123, fracción II, primer párrafo; 133, fracción XII; 135, cuarto párrafo; 136, fracción VI; 141, en su tarifa; 151, primero y segundo párrafos; 152, fracción II, primer párrafo, y el último párrafo del artículo 153, en sus dos últimos párrafos; 154, segundo párrafo; 154-A, fracción II; 161, segundo párrafo, y la fracción II; 12 - bis, fracciones I, primer párrafo, y II, y los dos párrafos siguientes a la fracción III; 12-A- bis; 18 - bis; 22 - bis, fracción IX, primer párrafo; 29 - bis, segundo párrafo; 34 - bis, primer párrafo; 39 - bis, último párrafo; 41 - bis, tercer párrafo; 51- bis último párrafo; 57 - K bis, fracción IV, segundo párrafo; 60 - bis; primer párrafo; 111 - bis; 803, primer párrafo; 805, fracción I; 811, primer párrafo, 814, primer párrafo; 815, fracción I, 816, fracción II, y el párrafo siguiente a dicha fracción II, 817; último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta; se adicionan los artículos 3o. con una fracción V; 7 - B, fracciones IV, con un último párrafo, V, con un tercer párrafo, y con los incisos a), b), c), d) y e); 12, fracción I, con un tercer párrafo; 12 - B; 15, con una fracción III; 25, fracción XVIII, con un segundo párrafo; 41, con dos últimos párrafos; 51, con un último párrafo; 51 - A, con un último párrafo; 55, con un cuarto párrafo, pasando el cuarto párrafo a ser quinto; 57 - K con una fracción V; 82, con una fracción IV; 83, fracción IV, con un segundo párrafo; 96, fracción III, con los incisos a) y b); 111, fracción I, con un tercer párrafo; 127, fracciones II, con un segundo párrafo, y III, con un segundo párrafo; 150 - A; 151, con un tercero y cuarto párrafo, pasando los actuales tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo párrafo a ser quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno párrafo, respectivamente; 12 - bis, fracción I, con un tercer párrafo; 15 - A - bis; 57 - K - bis, con una fracción V; 801, con dos últimos párrafos; 811, con dos últimos párrafos; 811, con un último párrafo; 816, con dos últimos párrafos a dicha ley; derogan los artículos 7-B, fracción III, segundo párrafo; 8o., tercer párrafo; 9o., cuarto párrafo; 12, en sus tres últimos párrafos; 30, fracción III; 31; 41 - A; 165, fracción III; 12 - bis, en sus tres últimos párrafos de la propia Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

"Artículo 3o..................................................................

V. La entrega en territorio nacional de bienes o de mercancías que el residente en el extranjero mantenga en depósito fiscal en los almacenes generales de depósito."

"Artículo 7o. - B............................................................

I..............................................................................

En el caso de que el componente inflacionario de los créditos sea superior a los intereses devengados a favor, el resultado será la pérdida inflacionaria deducible. Cuando los créditos no generen intereses a favor, el importe del componente inflacionario de dichos créditos será la pérdida inflacionaria deducible.

II.............................................................................

Cuando el componente inflacionario de las deudas sea superior a los intereses devengados a cargo, el resultado será la ganancia inflacionaria acumulable. Cuando las deudas no generen intereses a cargo, el importe del componente inflacionario de dichas deudas será la ganancia inflacionaria acumulable. No se acumulará la ganancia inflacionaria derivada de las deudas contratadas con fondos y fideicomisos de fomento del gobierno federal.

III. El componente inflacionario de los créditos o deudas se calculará multiplicando el factor de ajuste mensual por la suma del saldo promedio mensual de los créditos o deudas, contratados con el sistema financiero o colocados con su intermediación y el saldo promedio mensual de los demás créditos o deudas.

IV.............................................................................

b).............................................................................

1o. Los que sean a cargo de personas físicas y no provengan de sus actividades empresariales, cuando sean a la vista, a plazo menor d un mes o a plazo mayor si se cobran antes del mes. Se considerará que son a plazo mayor de un mes, si el cobro se efectúa después de 30 días naturales contados a partir de aquél en que se concertó el crédito.

2o. A cargo de personas morales con fines no lucrativos, socios o accionistas físicas o sociedades residentes en el extranjero, salvo que en este último caso, estén denominadas en moneda extranjera y provengan de la exportación de bienes o servicios.

...............................................................................

5o. Enajenaciones a plazo por las que se ejerza la opción de acumular como ingreso el exigible en el ejercicio, prevista en el artículo 16 de esta ley, a excepción de las derivadas de los contratos de arrendamiento financiero.

...............................................................................

Las cuentas y documentos por cobrar que se deriven de ingresos acumulables disminuidos por el importe de las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre los mismos, se considerarán como créditos para efectos de este artículo, a partir de la fecha en que los ingresos correspondientes se acumulen y hasta la fecha en que se cobren en efectivo, en bienes, en servicios o a la fecha de su cancelación.

V. Para los efectos de la fracción III de este artículo se considerarán deudas, entre otras, las derivadas de contratos de arrendamiento financiero y las aportaciones para futuros aumentos de capital.

...............................................................................

Se considerará que se contraen deudas en la fecha en que ocurra cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Tratándose de adquisición a crédito de bienes o servicios, cuando se reciba en bien o servicio, se expida el comprobante que ampara la adquisición o se suscriban títulos de crédito.

b) En el caso de que la adquisición se pacte de contado, cuando siendo exigibles las contraprestaciones, no se paguen.

c) Tratándose de la prestación de servicios, cuando es exigibles el pago o se expida el comprobante que ampare la prestación de servicios, lo que ocurra primero.

d) En la obtención del uso o goce temporal de bienes, cuando siendo exigibles las contraprestaciones, no se paguen.

e) En el caso de capitales tomados en préstamo, cuando se reciba parcial o totalmente el capital, o quede a disposición del deudor.

Tratándose de las inversiones en títulos de crédito a que se refiere la fracción IV, inciso a), de este artículo en las que parte de los intereses se conocen hasta que se enajenan el título de crédito, dicha parte se acumulará hasta que se conozca. El componente inflacionario de los créditos de los que derivan estos intereses, se calculará hasta el mes en que dichos intereses se conocen, multiplicando el valor de adquisición de los créditos que generaron esos intereses por el factor de ajuste correspondiente al período en que se devengaron. El componente inflacionario de los demás créditos, correspondiente al del mes de que se conozcan los referidos intereses".

"Artículo 8o..................................................................

(Se deroga el tercer párrafo.)

.............................................................................."

"Artículo 9o..................................................................

(Se deroga el cuarto párrafo.)

.............................................................................."

"Artículo 12..................................................................

I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto se le sumará a la utilidad fiscal o restará a la pérdida fiscal, según sea el caso, el importe de la deducción a que se refiere el artículo 51 de esta ley y la deducción de dividendos o utilidades distribuidos en dicho ejercicio; a la cantidad así obtenida se le restarán, los ingresos por dividendos de utilidades percibidos durante el mismo período. Este resultado se dividirá entre la cantidad que se obtenga de restar de los ingresos acumulables del mismo ejercicio, los dividendos o utilidades percibidos en dicho ejercicio.

...............................................................................

Cuando en el último ejercicio de doce meses por el que se deba calcular el coeficiente de utilidad, conforme a lo dispuesto en el primer párrafo de esta fracción, la suma de las deducciones autorizadas por esta ley, sin incluir el importe de las deducciones a que se refieren los artículos 22 fracción IX y 51 de esta ley, sea superior a igual al total de ingresos acumulados; así como en el caso de que los ingresos por dividendos o utilidades percibidos durante dicho ejercicio sean iguales o mayores que la utilidad fiscal disminuida, con el importe de las deducciones a que se refieren los artículos 22 fracción IX y 51 de esta ley, relativas al mismo ejercicio; el coeficiente de utilidad será el correspondiente al último ejercicio de doce meses, por el que se pueda calcular dicho coeficiente conforme a lo previsto en el primer párrafo de esta fracción.

II. la utilidad fiscal para el pago provisional se determinará conforme al procedimiento siguiente:

a) El coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, se multiplicará por el resultado de restar del total de los ingresos acumulables obtenidos desde el inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que

corresponda el pago, los ingresos por dividendos o utilidades percibidos durante el mismo período.

b) A los ingresos por dividendos o utilidades obtenidos desde la fecha de inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que corresponda el pago se les restarán los dividendos o utilidades que se hubieran pagado en el mismo período, los conceptos comprendidos en las fracciones IV, V, VI, y VII del artículo 120 de esta ley y la diferencia se sumará al resultado que, en su caso, se obtenga conforme al inciso anterior.

c) Cuando se ejerza la opción prevista en el artículo 51 de esta ley para efectos de pago definitivo, al resultado obtenido en el inciso b) que antecede, se le restará el importe de la deducción que corresponda conforme a dicho artículo.

A la utilidad fiscal determinada conforme a los incisos anteriores se le restará, en su caso, la pérdida fiscal de ejercicios anteriores, pendiente de aplicar contra las utilidades fiscales, sin perjuicio de disminuir dicha pérdida de la utilidad fiscal del ejercicio.

III............................................................................

Tratándose del ejercicio de liquidación los pagos provisionales se harán conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de esta ley.

Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pago provisionales, aun cuando no haya cantidad a enterar, excepto tratándose del ejercicio de iniciación de operaciones, cuando en el mismo no perciban dividendos o utilidades pagados por otras sociedades mercantiles, así como cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el Reglamento del Código fiscal de la Federación".

"Artículo 12 - A. Los contribuyentes para determinar los pagos provisionales a que se refiere el artículo 12 de esta ley, estarán a lo siguiente:

I. No considerarán los ingresos atribuibles a sus establecimientos ubicados en el extranjero, cuando dichos ingresos estén sujetos al pago del impuesto sobre la renta en el país donde se encuentren ubicados esos establecimientos.

II. No incluirán como ingresos ni restarán para determinar los pagos provisionales, los dividendos o utilidades distribuidos en acciones de la sociedad de que se trate o los que se reinviertan dentro de los 30 días siguientes a su distribución en la suscripción o pago de aumento de capital de dicha sociedad.

III. En el primer mes de la segunda mitad del ejercicio y en el último mes del mismo, se efectuará un ajuste en el impuesto correspondiente a los pagos provisionales, conforme a lo siguiente:

a) Se determinará la utilidad fiscal por los periodos comprendidos desde el inicio del ejerció hasta el último día de éste, deduciendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en los periodos señalados el monto de las deducciones que se efectúen por ejercicios, deducirán para efectos de este inciso en el período señalado, la parte proporcional que les corresponda.

b) El monto del ajuste en el impuesto, se determinará aplicando la tasa establecida en el artículo 10 de esta ley, sobre la utilidad fiscal determinada conforme al inciso anterior. Al monto del ajuste en el impuesto se le acreditará el monto de los pagos provisionales efectuados en los términos del artículo 12 de esta ley. La diferencia que resulte se enterará con el pago provisional correspondiente al mes en que se efectúe el ajuste. Esta diferencia no será acreditable contra los pagos provisionales a que se refiere el artículo 12 citado.

IV. Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, los contribuyentes podrán disminuir el monto de los pagos provisionales, cuando proceda, en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el reglamento de esta ley."

"Artículo 12 - B. Para determinar los ingresos por concepto de intereses, utilidad cambiaría o ganancia inflacionaria acumulable del período al que corresponde el pago provisional de que se trate, los contribuyentes considerarán los que resulten conforme a lo siguiente:

I. Cuando el contribuyente hubiese obtenido ingresos por intereses y utilidad cambiaría en el último ejercicio por el que hubiera o debió presentar declaración, calculará la parte acumulable de los ingresos obtenidos por estos conceptos desde el inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que corresponda el pago provisional, multiplicando el importe de los ingresos por intereses y utilidad cambiaría devengados por el factor de acumulación de estos conceptos.

El factor de acumulación de los intereses y utilidad cambiaría se calculará dividiendo el total de intereses y utilidad cambiaría acumulables en el último ejercicio por el que hubiera o debió

presentar declaración, entre el monto total de los ingresos por intereses y utilidad cambiaría devengados en ese mismo ejercicio.

II. Cuando el contribuyente en el último ejercicio por el que hubiera o debió presentar declaración, hubiera obtenido ingresos por ganancia inflacionaria del período comprendido desde el inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que corresponda el pago provisional, multiplicando los ingresos acumulables que correspondan a su actividad preponderante obtenidos durante este período por el factor de acumulación de la ganancia inflacionaria.

El factor de acumulación de la ganancia inflacionaria se calculará dividiendo el monto total de la ganancia inflacionaria obtenida en el último ejercicio por el que hubiera o debió presentar declaración, entre el porte de los ingresos acumulables correspondientes a la actividad preponderante del contribuyente obtenidos en el mismo ejercicio."

"Artículo 15..................................................................

III. El importe de los certificados de promoción fiscal que se hubieran obtenido en el ejercicio.

.............................................................................."

"Artículo 16. Para los efectos del artículo 15 de esta ley se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma ley, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente:

I. Tratándose de prestación de servicios o enajenación de bienes, cuando ocurra cualquiera de los siguiente supuestos:

a) Se preste el servicio, se envíe o se entregue materialmente el bien.

b) Se cobre parcial o totalmente el precio o se reciban cantidades por concepto de anticipos a cuenta del pago, depósitos o como garantía del cumplimiento de cualquier obligación.

c) Se expida el comprobante que ampare la prestación del servicio o la enajenación.

d) Se acepten títulos de crédito con motivo de los supuestos que establece esta fracción.

II. Tratándose del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando sean exigibles las contraprestaciones a favor de quien efectúe dicho otorgamiento.

III. Tratándose de enajenaciones a plazo en los términos del Código Fiscal de la Federación, o de la obtención de ingresos provenientes de contratos de arrendamiento financiero, los contribuyentes podrán optar, por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio el total del precio pactado, o bien, solamente la parte del precio exigible durante el mismo. La opción se deberá ejercer por la totalidad de las enajenaciones o contratos y podrá cambiarse. Tratándose del segundo y posteriores cambios deberán transcurrir cuando menos cinco años desde el último cambio; cuando el cambio se quiera realizar antes de que transcurran, se deberá cumplir con los requisitos que establezca el reglamento de esta ley.

Cuando el contribuyente hubiera optado por considerar como ingresos obtenidos en el ejercicio únicamente la parte del precio pactado exigible en el mismo, y enajene los documentos pendientes de cobro provenientes de contratos de arrendamiento financiero o de enajenaciones a plazo o los dé en pago, deberá consideraran la cantidad pendiente de cobrar como ingreso obtenido en el ejercicio en el que realice la enajenación o decisión en pago.

En el caso de incumplimiento de contratos de arrendamientos financiero o contratos de enajenación de bienes a plazo, respecto de los cuales se haya ejercido la opción de considerar como ingreso obtenido en el ejercicio la opción de considerar como ingreso obtenido en el ejercicio únicamente la parte del precio exigible durante el mismo, el arrendador o el enajenante, según sea el caso, considerará ingreso obtenido en el ejercicio las cantidades exigibles en el mismo del arrendatario o comprador, disminuidas por las que ya hubiera devuelto conforme al contrato respectivo.

En el caso de contratos de arrendamiento financiero, se considerarán ingresos obtenido en el ejercicio en que sean exigibles, los que deriven de cualquiera de las opciones a que se refiere el artículo 15 fracción I del Código Fiscal de la Federación."

"Artículo 16 - A. Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmuebles, considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada, sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro. Los contribuyentes que celebren otros contratos de obra de los que obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano, diseño o presupuesto, considerarán que obtienen los ingresos en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada, sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, o en los casos en que no estén obligados a presentarlas o

la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses, considerarán ingreso acumulable el avance trimestral en la ejecución o fabricación de los bienes a que se refiere la obra.

Tratándose de contratos que tengan por objeto el suministro de bienes o prestación de servicios o de contratos de obra inmueble, celebrados con dependencias o entidades de la administración Pública Federal, así como con las entidades federativas los municipios, se considerarán ingresos acumulables las cantidades percibidas por concepto de anticipos, depósitos o garantías del cumplimiento de cualquier obligación, hasta la fecha en que se amorticen contra las estimaciones o los avances a que se refiere el primer párrafo de este artículo, en la proporción que dichos anticipos, depósitos o garantías representen respecto del monto total del contrato.

Para los efectos del artículo 7-B, fracción IV de esta ley, se considerará cuenta por cobrar durante el período en que se difiera su cobro, el importe de las estimaciones o de los avances de obra, según sea el caso, acumulado para efectos de esta ley disminuido con la parte del anticipo, depósito o garantía, que se amorticen contra dichas estimaciones o avances.

Las cantidades recibidas por concepto de anticipos, depósitos o garantías, aún no acumuladas, se restarán de los conceptos a que se refiere la fracción IV del artículo 7-B, si dichas cantidades son superiores al importe de los conceptos a que se refiere la citada fracción, la diferencia se adicionará al importe de los conceptos a que se refiere la fracción V del mencionado artículo".

"Artículo 17..................................................................

IX. Las cantidades que perciban los contribuyentes por concepto de anticipos a cuenta del pago, depósito o en cualquier otra forma para garantizarle el cumplimiento de cualquier otra obligación, inclusive cuando la entrega material del bien enajenado o la prestación del servicio de que se trate, se realice con posterioridad a la fecha en que se perciban las cantidades a que se refiere esta fracción.

.............................................................................."

"Artículo 18. Para determinar la ganancia por enajenación de terrenos, acciones, piezas de oro o de plata que hubieran tenido el carácter de moneda nacional o extranjera y las piezas denominadas onzas troy, así como títulos valor que representen la propiedad de bienes, excepto certificados de depósito de bienes o mercancías; los contribuyentes podrán ajustar el monto original de la inversión multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al período comprendido desde el mes en que se realizó la inversión o la adquisición y hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se enajene".

"Artículo 22..................................................................

II. Las adquisiciones de mercancía, así como de materias primas, productos semiterminados o terminados que utilice el contribuyente para prestar servicios, para fabricar bienes o para enajenarlos, excluyendo el importe de las devoluciones, descuentos y bonificaciones, sobre los mismos.

No serán deducibles conforme a esta fracción los activos fijos, terrenos, las acciones, la moneda extranjera, así como las piezas de oro o de plata que hubieran tenido el carácter de moneda nacional o extranjera y las piezas denominadas onzas troy, así como los títulos valor que representen la propiedad de bienes, excepto certificados de depósito de bienes o mercancías.

.............................................................................."

"Artículo 24..................................................................

XI. Que tratándose de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se compruebe ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que quien proporciona los conocimientos, cuenta con elementos técnicos propios para ello; que se preste en forma directa y no a través de terceros, excepto en los casos en que los pagos se hagan a residente en México, y en el contrato respectivo se haya pactado que la prestación se efectuará por un tercero autorizado; y que no consista en la simple posibilidad de obtenerla, sino en servicios que efectivamente se lleven a cabo y que el contrato que dé origen a las erogaciones a que esta fracción se refiere, se encuentre debidamente inscrito en el Registro Nacional de Transferencia de Tecnología, cuando en los términos de la Ley de Materia, sea de los que deban registrarse.

XIII. Que los pagos de primas por seguros o fianzas se hagan a instituciones mexicanas y correspondan a conceptos que esta ley señala como deducibles o que en otras leyes se establezca la obligación de contratarlos y siempre que durante la vigencia de la póliza no se otorguen préstamos por parte de la aseguradora al contratante, a los beneficiarios o asegurados, con garantías de las sumas aseguradas, de las primas pagadas o reservas matemáticas.

En los casos en que los seguros tengan por objeto otorgar beneficios a los trabajadores deberá observarse lo dispuesto en la fracción anterior. Si mediante el seguro se trata de resarcir al contribuyente de la diminución que en su productividad pudiera causar la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes, la deducción de las primas procederá siempre que el seguro se establezca en un plan en el cual se determine el procedimiento para fijar el monto de la prestación y satisfaga los plazos y requisitos que se fijen en disposiciones de carácter general.

.............................................................................."

"Artículo 25..................................................................

XVIII..........................................................................

Las pedidas que se puedan deducir conforme al párrafo anterior no excederán del monto de las ganancias que, en su caso, obtenga el mismo contribuyente en la enajenación de acciones o valores mobiliarios en el mismo ejercicio o en los tres siguientes:

.............................................................................."

"Artículo 30..................................................................

II. La deducción a que se refiere la fracción II del artículo 22 de esta ley que se hará en cada ejercicio, por los bienes objeto de contratos de arrendamiento financiero a que se refiere este artículo, será la que se obtenga de aplicar el porciento que resulte conforme a la fracción I de este artículo, al valor de adquisición del bien de que se trate.

III. (Se deroga)."

"Artículo 41..................................................................

El contribuyente podrá aplicar por cientos menores a los autorizados por esta ley. En este caso el por ciento elegido será obligatorio y podrá cambiarse, sin exceder del máximo autorizado. Tratándose del segundo y posterior cambios deberán transcurrir cuando menos cinco años desde el último cambio; cuando el cambio se quiera realizar antes de que transcurran se deberá cumplir con los requisitos que establezca el reglamento de esta ley.

Los contribuyentes ajustarán la deducción determinada en los términos de los párrafos primero y sexto de este artículo, multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al período comprendido desde el mes en que se adquirió del bien y hasta el último mes de la primera mitad del período en el que el bien haya sido utilizado durante el ejercicio por el que se efectúe la deducción.

Cuando el número de meses comprendidos en el período en el que el bien haya sido utilizado en el ejercicio sea non, se considerará como último mes de la primera mitad de dicho período el mes inmediato anterior al que corresponda la mitad del ejercicio."

"Artículo 41 - A. (Se deroga)."

"Artículo 46..................................................................

VII. Las construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en activos fijos tangibles, propiedad de terceros que de conformidad con los contratos de arrendamiento o de concesión respectivos queden a beneficio del propietario y se hayan efectuado a partir de la fecha de celebración de los contratos mencionados, se deducirán en los términos de esta sección. Cuando la terminación del contrato ocurra sin que las inversiones deducibles hayan sido fiscalmente redimidas, el valor por redimir podrá deducirse en la declaración del ejercicio respectivo."

"Artículo 51. Los contribuyentes de este título, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, deduciendo en el ejercicio en que se efectúe la inversión de los mismos, se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar únicamente los porcientos que se establecen en este artículo al monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el porciento que se autorice en este artículo, no será deducible en ningún caso.

La opción prevista en este artículo podrá ejercerse por los bienes de activo fijo declarados monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos, siempre que dichos bienes se restauren o se conserven previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia."

"Artículo 51 - A................................................................

I. El monto original de la inversión se podrá ajustar multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al período comprendido

desde el mes que se adquirió el bien y hasta el primer mes en que inicie su deducción para efectos de pagos provisionales, cuando se opte por hacerlo. En el caso de que se opte por llevar esta deducción únicamente para determinar el resultado fiscal, el factor de actualización correspondiente al período comprendido desde el mes en que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primer mitad del lapso que transcurra desde que efectuó la inversión hasta el cierre del ejercicio.

El producto que resulte conforme al párrafo anterior, será el monto original de la inversión al cual se aplica el por ciento a que se refiere el artículo 51 de esta ley por cada tipo de bien.

III. Cuando los bienes se enajenen, se pierdan o dejen de ser útiles, se podrá efectuar una deducción, además de la prevista en el artículo anterior, por la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión ajuste con el factor de actualización correspondiente al período comprendido desde el mes en que se adquirió el bien y hasta el último mes de la primera mitad del período en el que se haya efectuado la deducción señalada en el artículo 51 de esta ley, los por cientos que resulten conforme al número de años transcurridos desde que se efectuó la deducción del artículo 51 de la ley citada y el por ciento deducción inmediata aplicando el bien de que se trate, conforme a la siguiente:

Para los efectos de las fracciones I y III de este artículo, cuando el número de meses del ejercicio en que se deduzca la inversión sea non, se considerará como último mes de la primera mitad el mes inmediato anterior al que corresponda la mitad del ejercicio."

"Artículo 55..................................................................

Para los efectos del párrafo anterior, el monto de la pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio, se actualizará multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al período comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que ocurrió y hasta el último mes del mismo ejercicio. La pérdida fiscal ya actualizada pendiente de aplicar, se actualizará multiplicándola por el factor de actualización correspondiente al período comprendido desde el mes del cierre del ejercicio en que se actualizó por última vez y hasta el último mes del ejercicio inmediato anterior al ejercicio en que se aplicará. Para los efectos del párrafo anterior, cuando el número de meses del ejercicio en que ocurrió la pérdida sea non, se considerará como primer mes de la segunda mitad, el mes inmediato posterior al que corresponda la mitad del ejercicio.

.............................................................................."

"Artículo 57 - K................................................................

IV.............................................................................

Cuando la sociedad controladora o alguna de las sociedades controladas goce de reducciones para el pago del impuesto en los términos del artículo 13 de esta ley, se considerará como impuesto acreditable para los efectos de esta fracción, el que le hubiera correspondido de no gozar de tales reducciones, adicionado de los impuestos que se hayan cubierto sobre el resultado fiscal en las declaraciones anuales respectivas del ejercicio presentadas por las sociedades controladora y controladas que no gocen de tales reducciones, hasta por el monto del impuesto que corresponda al resultado fiscal consolidado del ejercicio. Tratándose del impuesto que la sociedad controladora y alguna de las sociedades controladas, hubieran acreditado en los términos del artículo 6 de esta ley, también se considerará como impuesto acreditable en la declaración específica de consolidación, pero le serán aplicables las reglas que en lo conducente previene dicho artículo.

V. En el caso de que la sociedad controladora o alguna de las sociedades controladas, presente declaración complementaria con el fin de subsanar errores u omisiones, y con ello, se modifique el resultado fiscal consolidado, la pérdida fiscal consolidada o impuesto acreditado manifestados, a más tardar dentro del mes siguiente a aquél en que ocurra este hecho, la controladora presentará declaración complementaria específica de consolidación haciendo los ajustes a que haya lugar.

Si en la declaración complementaria específica de consolidación resulta diferencia de impuesto a cargo de la sociedad controladora, ésta deberá entérala sin recargos, siempre que hubieran sido pagados en las declaraciones complementarias a que se refiere el párrafo que antecede.

Si la diferencia fuere a favor de la sociedad controladora, ésta tendrá derecho a solicitar su devolución, o bien compensarla contra los pagos provisionales o definitivos del impuesto a su cargo."

"Artículo 68 - A................................................................

Las personas morales con fines no lucrativos o las sociedades mercantiles, no acumularán a sus demás ingresos aquellos que correspondan a sus integrantes que hubieran optado por pagar en forma individual, ni tampoco efectuarán las deducciones que a ellos corresponda, debiendo entregar a la persona física que opte por pagar el impuesto individualmente, los comprobantes de los gastos realizados en el ejercicio relativos al vehículo administrado por dicha persona; quienes hubieran efectuado la opción a que se refiere este párrafo, podrán deducir la parte que proporcionalmente les corresponda de los gastos comunes efectuados por las personas morales, siempre que cumplan con los requisitos que establezca el reglamento de esta ley."

"Artículo 70..................................................................

En el caso de que se determine remanente distribuible en los términos del párrafo anterior, la persona moral de que se trate deberá hacer la retención del impuesto aplicado a la tasa del 50% sobre dicho remanente distribuible."

"Artículo 77..................................................................

I. Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias zonas económicas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario hasta el límite establecido en la Ley Federal del Trabajo que perciban dichos trabajadores, Tratándose de los demás trabajadores, el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario que no exceda del límite previsto en la ley citada, equivalente a cinco veces el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente por cada semana de servicios.

Por el excedente de las prestaciones exceptuadas del pago del impuesto a que Se refiere esta fracción, se pagará el impuesto en los términos de este título.

XI. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general de la zona económica del trabajador elevado a 30 días, cuando dicha gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta el equivalente de 15 días de salario mínimo general de la zona económica del trabajador, por cada uno de los concepto señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por un salario mínimo general de la zona económica del contribuyente por cada domingo que se labore.

Por el excedente de los ingreso a que se refiere esta fracción se pagará el impuesto en los términos de este título.

.............................................................................."

Artículo 80.......................

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Las personas morales a que se refiere el título tercero de esta ley, y las personas físicas enterarán bimestralmente las retenciones a que se refiere este artículo a más tardar el día 15 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

.............................................................................."

"Artículo 82..................................................................

I. Proporcionar a las personas que les hagan los pagos se refiere este capítulo los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.

..............................................................................

IV. Comunicar por escrito al empleador antes de que éste les efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año de calendario de que se trate, si prestan servicios a otro empleador y éste les efectúa la deducción del salario mínimo general de la zona económica del contribuyente, a fin de que ya no realicen dicha deducción."

"Artículo 83..................................................................

I. Solicitar a las personas que les presten servicios subordinados proporcionen los datos necesarios a fin de escribirlos en el Registro Federal de Contribuyente, o bien cuando ya hubiera sido inscritas con anterioridad, les proporcionen su clave de registro. Asimismo deberán efectuar las retenciones señaladas del artículo 80 de esta ley.

...............................................................................

IV.............................................................................

Solicitar a los trabajadores que les comuniquen por escrito antes de que se efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año de calendario de que se trate, si prestan servicios a otro empleador y éste les efectúa la deducción del salario mínimo general de la zona económica del contribuyente, a fin de que ya no se realice dicha deducción.

.............................................................................."

"Artículo 86..................................................................

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"Artículo 91..................................................................

A la deducción a que se refiere la fracción VI del artículo 90 de esta ley, que corresponda al año de calendario de que se trate, calculada conforme al por ciento señalado en la fracción I del artículo 138 de la misma, se le aplicará el factor que se determine de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 - bis, de esta ley. La Secretaría de Hacienda y Crédito público publicará los factores correspondientes.

.............................................................................."

"Artículo 96..................................................................

I. La ganancia se dividirá entre el número de años transcurridos entre la fecha de adquisición y la de enajenación; cuando el número de años transcurridos exceda de 20, solamente se considerarán 20 años.

III............................................................................

El contribuyente podrá optar por calcular la tasa a que se refiere el párrafo que antecede, conforme a lo dispuesto en cualquiera de los dos incisos siguientes:

a) Se aplicará la tarifa del artículo 141 de esta ley a la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el año en que se realizó la enajenación, disminuidos por las deducciones autorizadas por la propia ley, excepto las establecidas en las fracciones II, III y IV del artículo 140 de la misma. El resultado así obtenido se dividirá entre la cantidad a la que se le aplicó la tarifa y el cociente será la tasa.

b) La tasa promedio que resulte de sumar las tasas calculadas conforme a lo previsto en el inciso anterior para los últimos cinco ejercicios, incluido aquél en el que se realizó la enajenación, dividida entre cinco.

.............................................................................."

"Artículo 103. Los contribuyentes que obtengan ingresos por enajenación de inmuebles, efectuarán pago provisional por cada operación, aplicando la tarifa del artículo 141 de esta ley a la cantidad que se obtenga de dividir la ganancia entre el número de años trancurridos entre la fecha de adquisición y la de enajenación; cuando el número de años transcurridos exceda de 20 solamente se considerarán 20 años. El resultado que se obtenga conforme a este párrafo se multiplicará por el mismo número de años en que se dividió la ganancia, siendo el resultado el impuesto que corresponda al pago provisional.

.............................................................................."

"Artículo 108.................................................................

VII. Las aportaciones para constituir fondos destinados a la investigación y desarrollo de tecnología, en los términos del artículo 27 de esta ley. Si los contribuyentes disponen para fines diversos de estos fondos o de sus rendimientos a la tasa del 50%.

VIII. La creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social y de primas de antigüedad constituidas en los términos del artículo 28 de esta ley. Si los contribuyentes disponen para fines diversos de estos fondos o de sus rendimientos, cubrirán sobre la cantidad respectiva impuesto a la tasa del 50%.

.............................................................................."

"Artículo 111.................................................................

I..............................................................................

Cuando en el último año de calendario por el que se deba calcular el coeficiente de utilidad, conforme a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores de esta fracción la suma de las deducciones autorizadas por este capítulo, sin incluir el importe de la deducción a que se refiere el artículo 51 de esta ley, sea superior o igual al total de los ingresos obtenidos por actividades empresariales, el coeficiente de utilidad será el correspondiente al último ejercicio por el que se pueda calcular dicho coeficiente a lo previsto en los dos primeros párrafos de esta fracción.

II. La utilidad fiscal estimada para el pago provisional se determinará conforme al procedimiento siguiente:

a) El coeficiente de utilidad fiscal que corresponda conforme a la fracción anterior se multiplicará conforme por los ingresos obtenidos por actividades empresariales en el cuatrimestre al que corresponda el pago.

b) Cuando se ejerza la opción prevista en el artículo 51 de esta ley, al resultado obtenido en el inciso a) que antecede, se le restará el importe de la deducción que corresponda conforme a dicho artículo. Cuando el monto de esta deducción sea mayor que el resultado obtenido en el citado inciso, la diferencia se podrá disminuir en los siguientes cuatrimestres del año, en los términos de estar fracción.

A la utilidad fiscal estimada determinada conforme a los incisos anteriores se le restará, en su caso, la tercera parte del monto de las pérdidas fiscales de años anteriores pendiente de aplicar contra las utilidades fiscales, sin perjuicio de disminuir dicha pérdida de la utilidad fiscal el año.

III. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tarifa del artículo 86 de este ley a la utilidad fiscal que se determine conforme a la fracción que antecede.

En el octavo mes del ejercicio y en el último mes del mismo, se efectuará un ajuste en el impuesto

correspondiente a pagos provisionales, conforme a lo siguiente:

a) Se determinará la utilidad fiscal por los periodos comprendidos desde el inicio del ejercicio hasta el último día del octavo mes del mismo y hasta el último día de éste, deduciendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en los periodos señalados, el monto de las deducciones autorizadas por este título, correspondientes a los mismos periodos. Tratándose de deducciones que se efectúen por ejercicios deducirán para efectos de este inciso, en el primer período señalado, la parte proporcional que le corresponda.

b) El monto del ajuste en el impuesto, se determinará aplicando la tarifa contenida en el artículo 141 de esta ley, sobre la utilidad fiscal determinada conforme al inciso anterior. Al monto del ajuste en el impuesto se le acreditará el monto de los pagos provisionales efectuados en los términos de este artículo. La diferencia que resulte se enterará con el pago provisional correspondiente al cuatrimestre en que efectúe el ajuste. Esta diferencia no será acreditable contra los pagos provisionales a que se refiere este artículo.

Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, el monto de los mismos se podrá disminuir, en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el reglamento de esta ley.

Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pagos provisionales, aun cuando no haya cantidad a enterar, excepto cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el Reglamento del Código Fiscal de la Federación."

"Artículo 115.................................................................

I. Que en el año de calendario anterior hubieran obtenido ingresos de los señalados en este capítulo, que no hubieran excedido de catorce veces el salario mínimo general de la zona económica correspondiente al Distrito Federal elevado al año, o de diez veces dicho salario mínimo general elevado al año, cuando en este último caso el coeficiente de utilidad que corresponda a la actividad preponderante del contribuyente conforme al artículo 62 de esta ley, sea mayor del 15%.

.............................................................................."

"Artículo 123.................................................................

...............................................................................

II. Retener en todos los casos en el momento de hacer los pagos el 50% del dividendo o utilidad pagado. Tratándose de los dividendos o utilidades destinados para la reservas para fondo de pensiones o jubilaciones de personal y de primas de antigüedad a que se refiere el artículo 28 de esta ley, así como de los que se paguen a las personas morales señaladas en los artículos 70 y 73 de la propia ley, la retención será el 50% de dichos dividendos o utilidades. No se efectuará la retención a que se refiere esta fracción a que se refiere esta fracción cuando los ingresos sean obtenidos por sociedades de inversión o por los contribuyentes a que se refiere el título segundo de esta ley. El impuesto retenido en los términos de esta fracción se enterará dentro de los 30 días siguientes ante las oficinas autorizadas.

.............................................................................."

"Artículo 128. (Se deroga.)"

"Artículo 133.................................................................

XII. Las cantidades acumulables en los términos de la fracción II del artículo 165 de esta ley."

"Artículo 135.................................................................

Tratándose de los ingresos a que se refiere la fracción XII del artículo 133 de esta ley, las personas que efectúen los pagos deberán retener el 50% sobre el monto acumulable de los mismos, como pago provisional. No se efectuará la retención a que se refiere este párrafo en los casos de fallecimiento del titular de la cuenta especial para el ahorro, asegurado o adquiriente de las acciones.

.............................................................................."

"Artículo 136.................................................................

VI. Que los pagos de primas por seguros o fianzas se hagan a instituciones mexicanas y correspondan a conceptos que esta ley señala como deducibles o que en otras leyes se establezca la obligación de contratarlas y siempre que durante la vigencia de la póliza no se otorguen préstamos por parte de la aseguradora, al contratante, a los beneficiarios o asegurados, con garantía de las sumas aseguradas, de las primas pagadas o reservas matemáticas.

.............................................................................."

"Artículo 141.................................................................

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"Artículo 150 - A. en el caso de que el residente en el extranjero mantenga bienes en depósito fiscal en almacenes generales de depósito, se considerará que la fuente de riqueza se ubica en territorio nacional, cuando en el mismo se realice la entrega de dichos bienes.

Para los efectos de este artículo, se considerará que la entrega del bien se realiza en la fecha en que el mismo sea retirado del almacén general de depósito para internarse en territorio nacional.

El impuesto se calculará aplicando el 5% sobre el valor de los bienes sin deducción alguna, y se pagará conjuntamente con el impuesto general de importación.

Cuando se trate de bienes por los que no se esté obligado al pago del impuesto general de importación, los contribuyentes efectuarán el pago del impuesto a que este artículo se refiere, mediante declaración que presentarán ante la aduana correspondiente."

"Artículo 151. Tratándose de la enajenación de créditos de cualquier naturaleza, realizada por personas distintas del acreedor original, de acciones, de títulos valor que representen la propiedad de bienes o de los documentos señalados en la fracción III del artículo 125 de esta ley, cuando en este último caso su plazo de vigencia sea mayor de seis meses, se considerará que la fuente de riqueza está ubicada en territorio nacional, cuando la persona que haya emitido las acciones, los títulos valor o a cuyo cargo esté el crédito de que se trate sea mexicana.

El impuesto será el 20% de monto total de la operación, sin deducción alguna, excepto tratándose de la enajenación de créditos de cualquier naturaleza en los que el impuesto será el 20% del monto total del pago que haga el residente en México al residente en el extranjero.

Cuando se trate de enajenación de créditos de cualquier naturaleza, la retención del impuesto correspondiente, la efectuará el residente en México que adquiera o pague el crédito.

En los casos de enajenación de acciones, de títulos valor que representen la propiedad de bienes o de los documentos señalados en la fracción III del artículo 125 de esta ley, la retención deberá efectuarse por el adquiriente si éste es residente en el país o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México. En caso distinto el contribuyente enterará el impuesto correspondiente mediante declaración que presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso.

.............................................................................."

"Artículo 152 ................................................................

II. Tratándose de establecimiento permanente de personas morales extranjeras la diferencia que resulte de restar al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.

...............................................................................

El impuesto se calculará aplicando la tasa del 50% sobre el ingreso que obtenga el contribuyente, sin deducción alguna, debiendo efectuar la retención quien haga los pagos. La retención será hasta que el dividendo o utilidad se

pague y no cuando sea exigible. Por lo que respecta a la fracción II de este artículo se estará a lo dispuesto en el segundo párrafo de la misma."

"Artículo 153.................................................................

El impuesto será el 50% del remanente distribuible y en su caso del ingreso no acumulable por enajenación de bienes en los términos del capítulo IV título cuarto de esta ley, debiendo calcular el impuesto la persona moral con fines no lucrativos, después de acreditar la parte proporcional que le corresponda de los pagos provisionales y enterarlo por cuenta del residente en el extranjero junto con la declaración a que se refiere el artículo 72 de esta ley.

Tratándose de las participaciones que, por cualquier concepto, remitan las personas físicas o morales residentes en el país, que obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal independiente, a personas físicas o morales residentes en el extranjero, el impuesto será el 50% de las participaciones, debiendo efectuar la retención las personas que hagan los pagos."

"Artículo 154.................................................................

Para los efectos de este artículo se considerarán intereses, los rendimientos de créditos de cualquier clase, con o sin garantía hipotecaria y con derecho o no a participar en los beneficios; los rendimientos de la deuda pública, de los bonos u obligaciones, incluyendo primas y premios asimilados a los rendimientos de tales valores, así como descuentos por la colocación de títulos valor, bonos y obligaciones; las comisiones o pagos que se efectúen con motivo de apertura o garantía de créditos; los pagos que se realicen a un tercero con motivo de la aceptación de un aval, del otorgamiento de una garantía o de la responsabilidad de cualquier clase. También se considerarán intereses la prima o ganancia que se derive de enajenaciones a futuro de monedas extranjeras, salvo que estén vinculadas con la exportación o la importación de bienes tangibles, distintos de moneda extranjera, así como la ganancia que derive de la enajenación de los documentos señalados en la fracción III del artículo 125 de esta ley, cuyo plazo de vencimiento sea hasta de seis meses.

.............................................................................."

"Artículo 154 - A...............................................................

II. Los que sean a plazo de cinco años o más, a tasa de interés fija, y se trate de entidades de financiamiento dedicadas a promover la exportación mediante créditos u otorgamientos de garantías en condiciones preferenciales, así como fondos de pensiones, siempre que aquéllas y éstos y los documentos en los que conste la operación de financiamiento correspondiente, estén registradas para este efecto en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

.............................................................................."

"Artículo 161.................................................................

Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en el artículo 157 de esta ley, cuando por sus actividades constituyan establecimiento permanente en el país, presentarán declaración dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que constituyan establecimiento permanente en el país calculando el impuesto en los términos de los títulos II ó IV de la misma, según sea el caso y efectuarán pagos provisionales a partir del siguiente ejercicio a aquél en que constituyan establecimiento permanente.

...............................................................................

II. Si cuando no constituyan establecimiento permanente se optó por aplicar la tasa establecida en el artículo 10 de esta ley, sobre la cantidad resultante de disminuir del ingreso obtenido las deducciones autorizadas por el título segundo de la misma, determinarán sus pagos provisionales conforme a lo señalado en los artículos 12, 12-A, 12-B o 111 de esta ley, según se el caso.

.............................................................................."

"Artículo 165.................................................................

III. (Se deroga.)

.............................................................................."

"Artículo 12 - bis...........................................................

I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto se le restará a la utilidad fiscal la deducción adicional a que se refiere el artículo 51 - bis de esta ley y los ingresos por dividendos o utilidades percibidos o utilidades percibidos o utilidades percibidos durante el mismo período. Este resultado se dividirá entre la cantidad que se obtenga de retar de los ingresos acumulables del mismo ejercicio, los dividendos o utilidades percibidos en dicho ejercicio.

...............................................................................

Cuando en el último ejercicio de doce meses por el que se calcula el coeficiente de utilidad,

conforme a lo dispuesto en el primer párrafo de esta fracción, la suma de las deducciones autorizadas por esta ley, sin incluir el importe de la deducción a que se refiere el artículo 22 - bis fracción IX de esta ley, sea superior o igual al total de ingresos acumulados; así como en el caso de que los ingresos por dividendos o utilidades percibidos durante dicho ejercicio sean iguales o mayores que la utilidad fiscal disminuida con el importe de la deducción a que se refiere el artículo 51 - bis de esta ley, relativa al mismo ejercicio; el coeficiente de utilidad será el correspondiente al último ejercicio de doce meses, por el que se pueda calcular dicho coeficiente conforme a lo previsto en el primer párrafo de esta fracción.

II. La utilidad fiscal para el pago provisional se determinará conforme al procedimiento siguiente:

a) El coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, se multiplicará por el resultado de restar del total de los ingresos acumulables obtenidos desde el inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que corresponda el pago, los ingresos por dividendos o utilidades percibidos durante el mismo período.

b) A los ingresos por dividendos o utilidades obtenidos desde la fecha de inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que corresponda el pago se les restará los dividendos o utilidades que se hubieran pagado en el mismo período, salvo los conceptos comprendidos en las fracciones IV, V, VI y VII del artículo 120 de esta ley y la diferencia se sumará al resultado que en su caso, se obtenga conforme al inciso anterior.

A la utilidad fiscal determinada conforme a los incisos anteriores se les restará, en su caso, la pérdida fiscal ajustada de ejercicios anteriores pendiente de aplicar contra las utilidades fiscales, sin perjuicio de disminuir dicha pérdida de la utilidad fiscal ajustada del ejercicio.

III............................................................................

Tratándose del ejercicio de liquidación de una sociedad, los pagos provisionales se harán conforme a lo dispuesto en el artículo 11 - bis de esta ley.

Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pagos provisionales, aun cuando no haya cantidad a enterar, excepto tratándose del ejercicio de iniciación de operaciones, cuando en el mismo no perciban dividendos o utilidades pagados por otras sociedades mercantiles, así como cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el reglamento del Código Fiscal de la Federación.

"Artículo 12 - A - bis. Los contribuyentes para determinar los pagos provisionales a que se refiere el artículo 12 - bis de esta ley, estarán a lo siguiente:

I. No considerarán los ingresos atribuibles a sus establecimientos ubicados en el extranjero, cuando dichos ingresos estén sujetos al pago del impuesto sobre la renta en el país donde se encuentren ubicados esos establecimientos.

II. No incluirán como ingresos ni restarán para determinar los pagos provisionales, los dividendos o utilidades distribuidos en acciones de la sociedad de que se trate o los que se reinviertan dentro de los 30 días siguientes a su distribución en la suscripción o pago de aumento de capital de dicha sociedad.

III. En el primer mes de la segunda mitad del ejercicio y en el último mes del mismo se efectuará un ajuste en el impuesto correspondiente a pagos provisionales conforme a lo siguiente:

a) Se determinará la utilidad fiscal ajustada por los periodos comprendidos desde el inicio del ejercicio hasta el último día de la primera mitad del mismo y hasta el último día de éste, deduciendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en los periodos señalados el monto de las deducciones autorizadas por este título, correspondientes a los mismos periodos tratándose de deducciones que se efectúen por ejercicios, deducirán para efectos de este inciso, en el primer período señalado, la parte proporcional que le corresponda.

b) El monto del ajuste en el impuesto, se determinará aplicando la tasa del 42% sobre la utilidad fiscal ajustada determinada conforme al inciso anterior. Al monto del ajuste en el impuesto se le acreditará el monto de los pagos provisionales efectuados en los términos del artículo 12 - bis de esta ley. La diferencia que resulte se enterará con el pago provisional correspondiente al mes en que se efectúe el ajuste. Esta diferencia no será acreditable contra los pagos provisionales a que se refiere el artículo 12 - bis citado."

IV. Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, los contribuyentes podrán disminuir el monto de los pagos provisionales, cuando proceda, en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el reglamento de esta ley.

"Artículo 15 - A - bis. Para los efectos del artículo 15 - bis de esta ley se considera que los ingresos se obtiene en aquellos casos no previstos en este título, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente:

I. Tratándose de prestación de servicios o enajenación de bienes, cuando ocurra cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Se preste el servicio, se envíe o se entregue materialmente el bien.

b) Se cobre parcial o totalmente el precio o se reciban cantidades por concepto de anticipos a cuenta del pago, depósitos o como garantía del cumplimiento de cualquier obligación.

c) Se expida el comprobante que ampare la prestación del servicio o la enajenación.

d) Se acepten títulos de crédito con motivo de los supuestos que establece esta fracción.

II. Tratándose del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando sean exigibles las contraprestaciones a favor de quien efectúa dicho otorgamiento."

"Artículo 18 - bis. Para determinar la ganancia por enajenación de terrenos, construcciones, acciones y títulos valor que representen la propiedad de bienes, excepto certificados de depósito de bienes o mercancías, los contribuyentes podrán ajustar el monto original de la inversión conforme a las siguientes reglas:

I. Al monto original de la inversión en terrenos, acciones y títulos valor que representen la propiedad de bienes excepto certificados de depósitos de bienes o mercancías, se aplicará el factor correspondiente, conforme al número de años transcurridos entre su adquisición y su enajenación de acuerdo con la tabla de ajuste que al efecto establezca el Congreso de la Unión.

II. Tratándose de construcciones, a la cantidad pendiente de deducirse aplicará el factor correspondiente, conforme a la fracción que antecede."

"Artículo. 22 - bis..........................................................

IX. Los dividendos o utilidades distribuidos en efectivo o en bienes en el ejercicio por el contribuyente, incluyendo los demás conceptos que de conformidad con esta ley se consideran dividendos, correspondientes a ejercicios anteriores, sin que para estos últimos sean aplicables los requisitos que para la deducibilidad de los primeros establece esta ley. Los dividendos a que se refiere la fracción II del artículo 152 de esta ley, se deducirán en el ejercicio en que se generen. En ningún caso serán deducibles los dividendos o utilidades distribuidos en efectivo o en bienes incluyendo los reembolsos generados por revaluación de activos y de su capital o de otros conceptos que reflejen el efecto de la inflación en los estados financieros de la sociedad.

.............................................................................."

"Artículo 29 - bis...........................................................

Cuando el costo de las mercancías, integrado a base de costos históricos o predeterminados, sea superior al de mercado o reposición podrá considerarse el que corresponda de los siguientes valores:

.............................................................................."

"Artículo 34 - bis. Los contribuyentes que extraigan minerales preciosos, siempre que observen el mismo procedimiento año con año, podrán optar por determinar el costo de enajenación conforme al siguiente procedimiento:

.............................................................................."

"Artículo 39 - bis...........................................................

La opción a que se refiere el párrafo anterior deberá ejercerse desde el primer mes del ejercicio. Una vez ejercida la opción por un ejercicio se entenderá que ésta se mantiene por los siguientes ejercicios, excluyéndose los conceptos señalados en este artículo siguiendo el mismo criterio año con año. Cuando el contribuyente desee cambiar su opción deberá cumplir con las condiciones y requisitos que fije el reglamento de esta ley."

"Artículo 41 - bis...........................................................

El contribuyente podrá aplicar por cientos menores a los autorizados por esta ley. En este caso el por ciento elegido será obligatorio y podrá cambiarse, sin exceder del máximo autorizado. Tratándose del segundo y posteriores cambios deberán transcurrir cuando menos cinco años desde el último cambio; cuando el cambio se quiera realizar antes de que transcurran cinco años se deberá cumplir con los requisitos que establezca el reglamento de esta ley.

.............................................................................."

"Artículo 51 - bis...........................................................

Las instituciones de crédito, de seguros y las organizaciones auxiliares de crédito no podrán efectuar esta deducción."

"Artículo 57 - k - bis.........................................................

IV.............................................................................

Cuando la sociedad controladora o alguna de las sociedades controladas goce de reducciones para el pago del impuesto en los términos del artículo 13 - bis de esta ley, se considerará como impuesto acreditable para los efectos de esta fracción, el que le hubiera correspondido de no gozar de tales reducciones, adicionado de los impuestos que se hayan cubierto sobre el resultado fiscal en las declaraciones anuales respectivas del ejercicio presentadas por las sociedades controladora y controladas que no gocen de tales reducciones, hasta por el monto del impuesto que corresponda al resultado fiscal consolidado del ejercicio. Tratándose del impuesto que la sociedad controladora o alguna de las sociedades controladas, hubieran acreditado en los términos del artículo 14 - A - bis de esta ley, también se considerará como impuesto acreditable en la declaración específica de consolidación, pero le serán aplicables las reglas que en lo conducente previene dicho artículo.

...............................................................................

V. En caso de que la sociedad controladora o alguna de las sociedades controladoras, presente declaración complementaria con el fin de subsanar errores u omisiones, y con ello, se modifique el resultado fiscal consolidado, la pérdida fiscal consolidada o el impuesto acreditado manifestados, a más tardar dentro del mes siguiente aquél en que ocurra este hecho, la controladora presentará declaración complementaria específica de consolidación haciendo los ajustes a que haya lugar.

Si en la declaración complementaria específica de consolidación resulta diferencia de impuesto a cargo de la sociedad controladora, ésta deberá enterarla sin recargos, siempre que hubieran sido pagados en las declaraciones complementarias a que se refiere el párrafo que antecede.

Si la diferencia fuere a favor de la sociedad controladora, ésta tendrá derecho a solicitar su devolución, o bien compensarla contra los pagos provisionales o definitivos del impuesto a su cargo."

"Artículo 60 - bis. el método de valuación de inventarios adoptado por el contribuyente conforme a la fracción III del artículo 58 - bis de esta ley, sólo podrá variarse cumpliendo con las disposiciones que al efecto señale su reglamento. Cuando el contribuyente haya adoptado el método de costos promedios o el de primeras entradas primeras salidas y desee cambiar por el de últimas entradas primeras salidas, podrá efectuar el cambio de valuación, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

.............................................................................."

"Artículo 111 - bis. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este capítulo, efectuarán pagos provisionales cuatrimestrales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas y conforme a las siguientes reglas:

I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último año de calendario por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración anual, disminuyendo de los ingresos obtenidos por actividades empresariales en dicho año las deducciones autorizadas por este capítulo y la deducción adicional a que se refiere el artículo 51 - bis de esta ley.

La cantidad que resulte conforme al párrafo anterior, se dividirá entre los ingreso por actividades empresariales obtenidos en el mismo año, disminuidos con el importe de la deducción adicional a que se refiere el artículo 51 - bis de esta ley, el resultado será el coeficiente de utilidad fiscal.

Cuando en el último año de calendario por el que se deba calcular el coeficiente de utilidad, conforme a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores de esta fracción, la suma de las deducciones autorizadas por este capítulo sea superior o igual al total de los ingresos por actividades empresariales, el coeficiente de utilidad será el correspondiente al último ejercido por el que se pueda calcular dicho coeficiente, conforme a lo previsto en los dos primeros párrafos de esta fracción.

II. La utilidad fiscal estimada para el pago provisional se determinará conforme al procedimiento siguiente:

a) El coeficiente de utilidad fiscal que corresponda conforme a la fracción anterior se multiplicará por los ingresos obtenidos por actividades empresariales en el cuatrimestre al que corresponda el pago.

A la utilidad fiscal estimada determinada conforme al inciso anterior se le restará, en su caso, la tercera parte del monto de las pérdidas fiscales ajustadas de años anteriores pendientes de aplicar contra las utilidades fiscales, sin perjuicio de disminuir dicha pérdida de la utilidad fiscal ajustada del año.

III. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tarifa del artículo 86 de esta ley a la utilidad fiscal estimada que se

determine en los términos de la fracción que antecede.

En el octavo mes del ejercicio y en el último mes del mismo, se efectuará un ajuste en el impuesto correspondiente a pagos provisionales conforme a lo siguiente:

a) Se determinará la utilidad fiscal ajustada por los periodos comprendidos desde el inicio del ejercicio hasta el último día del octavo mes del mismo y hasta el último día de éste deduciendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en los periodos señalados el monto de las deducciones autorizadas por este título, correspondiente a los mismos periodos, Tratándose de deducciones que se efectúen por ejercicios, deducirán para efectos de este inciso, en el primer período señalado, la parte proporcional que le corresponda.

b) El monto del ajuste en el impuesto, se determinará aplicando la tarifa contenida en el artículo 141 de esta ley, sobre la utilidad fiscal ajustada determinada conforme al inciso anterior. Al monto del ajuste en el impuesto se le acreditará el monto de los pagos provisionales efectuados en los términos de este artículo. La diferencia que resulte se enterará con el pago provisional correspondiente al cuatrimestre en que se efectúe el ajuste. Esta diferencia no será acreditable contra los pagos provisionales a que se refiere ese artículo.

Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, el monto de los mismos se podrá disminuir, en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el reglamento de esta ley.

Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pagos provisionales, aun cuando no haya cantidad a enterar, excepto cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el Reglamento del Código Fiscal de la Federación."

"Artículo 801.................................................................

Para los efectos del artículo 6o. de esta ley, el impuesto acreditable del extranjero a que se refiere el tercer párrafo de dicho artículo, no podrá exceder del 40%, 60% y 80% para los años de 1988, 1989 y 1990 respectivamente, de la parte del impuesto determinado en el Título segundo relativo a dichos años, que corresponda a los ingresos por los que se tiene el impuesto acreditable.

Para los efectos del artículo 14 - A - bis de esta ley, el impuesto acreditable del extranjero a que se refiere el tercer párrafo de dicho artículo, no podrá exceder del 60%, 40% y 20% para los años de 1988, 1989 y 1990 respectivamente, de la parte del impuesto determinado en el Título VII relativo a dichos años, que corresponda a los ingresos por los que se tiene el impuesto acreditable."

"Artículo 803. Las personas físicas que realicen actividades empresariales, aplicarán por separado las disposiciones que regulan el Impuesto sobre la Renta contenidas en el capítulo VI del título IV y el capítulo VII del título VII de esta ley. De las utilidades fiscales y las utilidades fiscales ajustadas determinadas por cada título en forma separada, disminuidas en su caso, con las pérdidas fiscales y las pérdidas fiscales ajustadas respectivamente, calculadas en los términos de cada título, se tomarán las siguientes proporciones:

.............................................................................."

"Artículo 805.................................................................

I. Se determinará la cantidad que resulte de aplicar las tasas del impuesto en los términos de las fracciones III de los artículos 12 y 12 - bis de la ley a las utilidades fiscales que resulten por cada título, conforme a las fracciones II de los mismos artículos, respectivamente.

.............................................................................."

"Artículo 811. Las personas físicas contribuyentes del impuesto sobre la renta podrán acumular los intereses y la ganancia cambiaría que no hubiesen acumulado, generados por depósitos o inversiones efectuadas en el extranjero antes del 1o. de enero de 1987, conforme a lo siguiente:

...............................................................................

Los depósitos o inversiones que se hagan en México, provenientes de los depósitos que se tenían en el extranjero y de sus rendimientos, deberán permanecer en territorio nacional durante un período no menor de dos años".

"Artículo 814. Las personas morales con fines no lucrativos, distintas de las señaladas en el artículo 70 de esta ley, que tengan créditos o deudas determinarán el remanente distribuiste, acumulado o deduciendo los intereses y la utilidad o pérdida cambiaría que generen dichos créditos o deudas, en la cantidad que resulte de conformidad con los artículos 7o. y 7o. - B de esta ley, considerando el factor de ajuste a que se refiere la fracción III del artículo 7o. - B citado en las proporciones previstas en el artículo 812 de la ley para los años de calendario que correspondan.

.............................................................................."

"Artículo 815.................................................................

I. Que sus ingresos del ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 350 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal durante dicho ejercicio, elevado al año.

.............................................................................."

"Artículo 816.................................................................

II. Aumentar la deducción de inversiones, multiplicándola por el factor correspondiente al número de años transcurrridos entre la fecha de adquisición y el inicio del ejercicio, conforme a la tabla de ajuste que anualmente establezca el Congreso de la Unión, en vez de aplicar el artículo 41 de esta ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará trimestralmente, la parte de los intereses acumulables o deducibles devengados a favor o a cargo de los contribuyentes, de acuerdo con la proporción que en dicho trimestre representó la tasa de interés real promedio en la de interés nominal, determinado proporciones distintas para intereses a cargo y a favor. A efecto de calcular dichas tasas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público considerará el costo porcentual promedio de captación de recursos del sistema bancario de dicho trimestre, el margen porcentual de incremento para operaciones activas y pasivas que determine anualmente el Congreso de la Unión, así como la tasa de inflación del mismo trimestre.

El por ciento de acumulación de intereses publicado para un trimestre conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará como por ciento estimado para determinar los ingresos que se deben acumular por este concepto de intereses en los pagos provisionales del trimestre que se inicia en el mes en que se publica.

Para determinar el resultado fiscal del ejercicio se deberán considerar los por cientos de acumulación o deducción de intereses que correspondan a los meses en que dichos intereses se devengaron."

"Artículo 817.................................................................

Lo dispuesto en el párrafo anterior es aplicable a las opciones iguales que contiene el capítulo VI del Título IV y el capítulo VII del Título VII de esta ley."

Artículo noveno. Se reforman los artículos 17 - bis, fracción IX; 24 - bis, fracciones XI y XIII; 46 - bis, fracción VII; 108 - bis, fracciones VII y VIII y 115 - bis, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta; se adiciona el artículo 25 - bis, fracción XVIII, con un segundo párrafo a la propia ley, para quedar con el mismo texto de los artículos 17, fracción XI; 24, fracciones XI y XIII; 25, fracción XVIII, segundo párrafo; 46, fracción VII; 108 fracciones VII y VIII y 115, fracción de la citada ley, vigentes desde el 1o. de enero de 1988, respectivamente, excepto en lo relativo a las referencias que dichos artículos hagan al Título II de la mencionada ley o a algunos de los capítulos, secciones o artículos de dicho título en que se consideran hechas al título VII a los capítulos, secciones o artículos que lo integran, respectivamente .

Artículo décimo. se adiciona un inciso e), a la fracción I del artículo 14, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1o. de enero de 1991, para quedar como sigue:

"Artículo 14..................................................................

I..............................................................................

e) El importe de los certificados de promoción fiscal obtenidos durante el ejercicio.

.............................................................................."

Artículo decimoprimero. Para la aplicación de los artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se reforman conforme lo establecido por los artículos primero y segundo anteriores, se estará a las siguientes disposiciones transitorias:

I. Los contribuyentes cuyo ejercicio no coincidan con el año de calendario, que no hubiesen efectuado pagos provisionales durante el ejercicio iniciado durante el año de 1987, por haber obtenido en su ejercicio inmediato anterior pérdida fiscal o pérdida fiscal ajustada en los términos de los artículos 12-A y 12 - A - bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 1987, deberán efectuar pagos provisionales a partir del mes de enero de 1988, en los términos de los artículos 12 y 12 - bis de la ley.

II. Los contribuyentes que hubiesen optado por aplicar el tratamiento fiscal establecido en los puntos 53-A y 53-B de la Resolución que establece Reglas Generales y otras Disposiciones de Carácter Fiscal para el año de 1987, publicada el 18 de septiembre del mismo año, cuando el ejercicio que consideren para determinar el coeficiente de utilidad a que se refieren las fracciones I de los artículos 12 y 12 - bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sea el iniciado durante el año de 1987 procederán como sigue:

a) El importe que resulte conforme a las fraccione I y II del punto 53-A de la resolución citada, así como el importe que, en su caso,

resulte acumulable en los términos del segundo párrafo de la fracción I del punto 53 - B de la misma resolución, se le restarán a la utilidad fiscal o se sumarán a la pérdida fiscal que resulte en el ejercicio de referencia.

b) El importe que resulte conforme a las fracciones I, primer párrafo. II y III del punto 53-B de la misma resolución, se le sumarán a la utilidad fiscal o se restarán a la pérdida fiscal que resulte en el ejercicio de referencia.

c) El importe que resulte conforme a las fracciones I y II del punto 53-A de la resolución citada, así como el importe que, en su caso, resulte acumulable, en los términos del segundo párrafo de la fracción I del punto 53-B de la misma resolución, se le restarán a los ingresos referidos en la fracción I de los artículos 12 y 12 - bis de la ley.

III. Cuando en el último ejercicio por el que hubieran o debieron presentar declaración no hubiesen obtenido ingresos por intereses o utilidad cambiaría, o bien hubiesen tenido pérdida inflacionaria conforme a lo previsto en el artículo 7-B de la ley, para los efectos del artículo 12-B de la ley los contribuyentes calcularán la parte acumulable de los ingresos por intereses y utilidad cambiaría obtenidos desde el inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que corresponda el pago provisional de que se trate, multiplicado el importe de estos ingresos por el factor de acumulación que determine trimestralmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 816 de la ley.

IV. Los contribuyentes que durante el período comprendido entre el 1o. de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1990 obtengan certificados de promoción fiscal, no considerarán acumulable para los efectos del Título VII de la ley, el importe de los certificados de promoción fiscal que se hubieran obtenido en el ejercicio; sin embargo, lo deberán incluir en la base sobre la cual se calcula la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa, en el ejercicio en que se obtengan.

V. Las sociedades mercantiles y las personas físicas que realicen actividades empresariales, para los efectos del Título VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de su activo fijo, en vez de efectuarla en los términos de los artículos 41 - bis y 51 - bis de la ley de referencia, deduciendo en el ejercicio en que se realice la inversión, se inicie la utilización de los mismos o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte conforme al procedimiento siguiente:

a) A la suma del monto original de la inversión de todos los bienes nuevos de activo fijo adquiridos durante el ejercicio de que se trate, se le restará la diferencia entre la suma del pasivo promedio del ejercicio para el que se determina la deducción con los aumentos al capital social exhibido de la sociedad representado por acciones que sean propiedad de otras sociedades, inclusive cuando dicha propiedad se tenga por conducto de otras sociedades y el pasivo promedio del ejercido inmediato anterior multiplicado por el factor de actualización promedio del año, siempre que el primero sea mayor que el segundo. Si el sustrayendo es igual o superior a dicha suma del monto original de la inversión, no se podrá ejercer la opción a que se refiere esta fracción.

El pasivo promedio del ejercicio se determinará con los saldos promedios mensuales calculados en los términos del artículo 7-B de la ley. El factor de actualización promedio del año se calculará dividiendo el promedio del índice nacional de precios al consumidor de los meses del ejercicio para el que se determina esta deducción entre el promedio del citado índice correspondiente a los meses del ejercicio inmediato anterior.

b) Para determinar el coeficiente de deducción inmediata, la diferencia obtenida en el primer párrafo del inciso a), se dividirá entre la suma del monto original de la inversión del todos los bienes nuevos de activo fijo adquiridos durante el ejercicio. El coeficiente de deducción inmediata se multiplicará por el monto original de la inversión de cada bien de activo fijo por el que se ejerza esta opción. El producto será el monto original de la inversión reducido al cual se le podrá aplicar el por ciento a que se refiere el segundo párrafo del artículo 51 de la ley, por tipo de bien. La Cantidad que resulte será el importe de la deducción inmediata.

En el caso de que la suma del pasivo promedio del ejercicio en el que se efectúe la deducción más los aumentos en el capital social exhibido, referidos en el primer párrafo del inciso a), sea igual o menor al pasivo promedio del ejercicio inmediato anterior multiplicado por el factor de actualización promedio del año, al monto original de la inversión de cada bien de activo fijo, por el que se ejerza la opción a que se refiere esta fracción, se le aplicará el por ciento a que se refiere el segundo párrafo del artículo 51 de esta ley, por tipo de bien y el importe que resulte será la deducción inmediata.

Cuando el contribuyente se dedique a dos o más actividades, aplicará el por ciento que le corresponda a la actividad en la que hubiera obtenido más ingresos en el ejercicio inmediato anterior.

El importe de la diferencia entre el monto original de la inversión de cada bien de activo fijo, por el que se ejerza esta opción y el monto original de la inversión reducido, se deducirá aplicando las reglas de la deducción de inversiones del Título VII.

La opción a que se refiere esta fracción podrá ejercerse por los bienes de activo fijo declarados monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, siempre que dichos bienes se restauren o se conserven previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Para los efectos de esta fracción se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.

La opción a que se refiere esta fracción no podrá ejercerse respecto de los bienes que se adquieran mediante arrendamiento financiero, o cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina.

VI. El monto pendiente de deducir de las inversiones realizadas antes del 1o. de enero de 1987, se continuará deduciendo hasta agotarse, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 1986, sin aplicar lo dispuesto en el artículo 51 de la misma ley, o en su caso, en los términos de los artículos vigesimoctavo transitorio de la Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales y que Modifica Decreto de Carácter Mercantil, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1983; de la fracción VII del artículo octavo de la Ley que Establece, Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 31 de diciembre de 1984, y de la fracción VI del artículo noveno de la Ley que Establece, Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1985.

La ganancia o pérdida en la enajenación de las inversiones a que se refiere el párrafo anterior, será acumulable o deducible en los términos de las disposiciones aplicables de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 1986.

VII. Los contribuyentes que durante el período comprendido del 1o. de enero de 1988 al 31 de diciembre de 1990 obtengan ingresos acumulables, que los acumulen en el Título II de la ley y a su vez los deban considerar obtenidos para efectos del Título VII en ejercicios distintos a aquéllos en que los acumularon en dicho Título II, o incluso cuando conforme al citado Título VII debieran considerarlos acumulables en fecha posterior al 31 de diciembre de 1990, por dichos ingresos que sean acumulables para efectos del Título VII, pagarán el impuesto aplicando la tasa del 42% y al resultado, la proporción que corresponda en los términos del artículo 801 de la ley referida, de acuerdo con el año en que dichos ingresos se acumularon para efectos del Título II o del Título IV, capítulo VI.

VIII. Para los efectos de la fracción II del artículo 161 de la ley de la materia, los contribuyentes a que se refiere dicho artículo efectuarán los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta, durante el período comprendido entre el 1o. de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1990, también en los términos de lo dispuesto por los artículos 12 - bis, 12 - A - bis ó 111 - bis del citado ordenamiento.

IX. Durante el período comprendido entre el 1o. de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1990, los contribuyentes a que se refiere la fracción II del artículo 152 de la ley, pagarán el impuesto que les corresponda conforme a dicho artículo, únicamente sobre la diferencia que resulte de restar al resultado fiscal obtenido en el ejercicio conforme al Título II de dicha ley, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa. Contra el impuesto sobre los dividendos que resulte conforme a dicho artículo, podrán acreditar la parte de los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta que hubieran efectuado en el mismo ejercicio en los Títulos II y VII de la ley. En el caso de que los pagos provisionales efectuados en ambos títulos en el ejercicio sean mayores que el impuesto sobre dividendos a su cargo, la diferencia sólo se podrá compensar contra los pagos provisionales que le corresponda efectuar al contribuyente en los siguientes ejercicios conforme a los títulos II y VII.

Artículo decimosegundo. Durante el año de 1988 se aplicarán en materia del Impuesto sobre la Renta las siguientes disposiciones:

I. Para los efectos de las tarifas establecidas en los artículos 80 y 86 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las cantidades correspondientes a los límites inferior y superior que en las mismas se señalan, se ajustarán a partir del 1o. de julio de 1988, mediante la aplicación del factor de 1.50.

Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta obligados a efectuar pagos provisionales cuatrimestrales, realizarán el correspondiente al segundo

cuatrimestre de 1988, conforme a lo siguiente:

a) Aplicarán, por separado a la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del cuatrimestre el monto de las deducciones autorizadas por la ley de la materia, la tarifa establecida en el artículo 86 de la citada ley, vigente hasta el 30 de junio de 1988 y la tarifa ajustada a partir del 1o. de julio del citado año.

b) Sumarán las cantidades que resulten de la aplicación de ambas tarifas en los términos del inciso que antecede.

c) El resultado que se obtenga conforme al inciso b) de esta fracción se dividirá entre dos, siendo la cantidad que resulte el monto del segundo pago cuatrimestral correspondiente al año de 1988.

II. El factor a que se refieren los artículos 116 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 37 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, será de 2.20 para el año de 1988.

III. Para los efectos del artículo 126, fracción I de la ley, por el ejercicio de 1987 se establece la cantidad de $ 6.800,000.00.

IV. Los contribuyentes que conforme a esta fracción se consideren pequeñas o medianas empresas que realicen actividades agrícolas, ganaderas, avícolas o de pesca, que hubieran venido pagando el Impuesto sobre la Renta conforme a bases especiales de tributación establecidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrán continuar pagando dicho impuesto conforme a las bases que al efecto establezca la citada dependencia, para el ejercicio de 1988.

Tratándose de actividades agrícolas consistentes en el cultivo de granos y semillas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fijará las bases para los contribuyentes que se dediquen a las citadas actividades, considerando cuando menos el por ciento de incremento de los precios de garantía que correspondan a los ciclos agrícolas primavera - verano u otoño - invierno 1988, respecto de los precios de garantía que hubieran correspondido a cada uno de los ciclos mencionados durante el año de 1987.

Para los efectos de esta fracción, en ningún caso las sociedades mercantiles que realicen actividades, agrícolas, ganaderas, avícolas o de pesca, se considerarán pequeñas o medianas empresas.

En los casos en que las actividades agrícolas, ganaderas, avícolas o de pesca se realicen a través de asociaciones, cooperativas, sociedades, uniones, mutualidades o cualquier otro organismo semejante en los términos de la Ley Federal de Reforma Agraria, de la Ley General de Crédito Rural y demás ordenamientos aplicables en materia de crédito rural y agrícola, sus integrantes personas físicas podrán optar por pagar el Impuesto sobre la Renta a su cargo, conforme a las bases especiales que al efecto fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando se encuentren en alguno de los supuestos previstos en los incisos de esta fracción.

Tratándose de personas físicas que se dediquen a las actividades mencionadas en esta fracción, se considerarán pequeñas o medianas empresas, cuando se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Las que se dediquen a la agricultura o a la ganadería bovina, cuando la totalidad de ingresos obtenidos en el ejercicio de 1987, hubieran provenido exclusivamente de las actividades señaladas en esta fracción y no excedan de 400 veces la cuota diaria del salario mínimo general correspondiente al Distrito Federal al 1o. de enero de 1988, multiplicado por 365.

b) Los contribuyentes que se dediquen a la pesca o a la ganadería distinta de la mencionada en el inciso anterior, cuando los ingresos obtenidos en el ejercicio de 1987, no excedan de 200 veces la cuota diaria del salario mínimo general correspondiente al Distrito Federal al 1o. de enero de 1988, multiplicado por 365.

c) En el caso de contribuyentes que se dediquen a actividades avícolas, cuando sus instalaciones les permitan tener en explotación permanente durante el año de 1988, hasta 100 mil aves. En el caso de contribuyentes que realicen actividades porcícolas, cuando sus instalaciones les permitan tener una producción permanente que en el citado año no rebasen la cantidad de 5 mil cerdos.

Los contribuyentes personas físicas que durante 1988 inicien actividades de las señaladas en esta fracción, podrán optar por pagar el impuesto conforme a las bases especiales de tributación que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando estimen que se encontrarán en alguno de los supuestos establecidos en los incisos que anteceden. Si al finalizar el ejercicio, no se encuentran en los supuestos establecidos en los incisos a), b), ó c) de esta fracción, para ser considerados pequeñas o medianas empresas, deberán pagar el Impuesto sobre la Renta conforme al régimen general de ley, acreditando contra el impuesto del ejercicio los pagos que hubieran efectuado bajo el régimen de bases especiales.

Los contribuyentes que lleven contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su reglamento, y conforme a la misma efectúen la separación de los actos o actividades de las operaciones por las que deban pagarse el impuesto al Valor Agregado a distintas tasas, de aquéllos por los cuales no se está obligado al pago de dicho impuesto, no podrán ejercer la opción a que se refiere esta fracción, aun cuando en los términos de la misma se consideren pequeñas o medianas empresas que realicen actividades empresariales.

Para los efectos de esta fracción, tratándose de copropiedades o de sociedad conyugal, se considerarán pequeñas o medianas empresas cuando la totalidad de ingresos de sus integrantes, la capacidad instalada o producción en conjunto de los mismos, no exceda los límites señalados anteriormente.

V. Los contribuyentes que se dediquen a la aerofumigación agrícola, por el ejercicio de 1988, podrán optar por determinar su utilidad fiscal correspondiente a dicha actividad, en los términos previstos en el artículo trigésimo segundo transitorio de la Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales y que Modifica Decreto de Carácter Mercantil, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 1983. No podrá efectuarse deducción alguna por concepto de inversiones, en equipo adquirido antes del 1o. de enero de 1984.

Los contribuyentes a que se refiere esta fracción podrán llevar contabilidad simplificada en los términos del Código Fiscal de la Federación y su reglamento y pagarán el impuesto mediante declaración que presentarán durante el mes de marzo de 1989, referida al año de 1988.

VI. Los contribuyentes que se dediquen al autotransporte, por el ejercicio de 1988, podrán optar por pagar el Impuesto sobre la Renta de acuerdo con las disposiciones de la ley de la materia o conforme a las bases especiales de tributación que se fijen conforme a lo siguiente:

El impuesto será la cuota anual que por unidad fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante disposiciones de carácter general, cuotas que deberán establecerse con base en las fijadas en el año de 1987, incrementadas en un 130%.

Las cuotas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se pagarán en tres partes iguales mediante declaraciones que presentarán los contribuyentes durante los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año.

No podrán tributar conforme a las bases especiales de tributación a que se refiere esta fracción los permisionarios y concesionarios de transporte de carga en los siguientes casos:

a) Cuando realicen otras actividades empresariales y se presenten a sí mismos el servicio de transporte de carga.

b) Las sociedades que presten servicios de transporte de carga a algunos de sus socios o a otra sociedad de la que sea accionista la prestadora del servicio o alguno de sus propios socios.

c) Cuando el ingreso obtenido por otras actividades empresariales sea mayor que el percibido por el servicio de autotransporte.

VII. Se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que en el año de 1988, mediante reglas generales, establezca bases en materia del Impuesto sobre la Renta para determinar la utilidad fiscal de los contribuyentes que se dediquen a las siguientes actividades:

1. Introducción de ganado, aves, pescado y mariscos.

2. Comisionistas en ganadería y pieles en crudo.

3. Cooperativistas dedicados a la captura de camarón.

4. Expendedores de revistas y periódicos.

5. Expendedores de billetes de lotería.

6. De agencias de Pronósticos para la Asistencia Pública.

7. De molinos de nixtamal.

8. Elaboración y venta de tortillas.

9. Porteadores de equipaje.

10. Músicos y trovadores ambulantes.

11. Fotógrafos ambulantes.

12. Vendedores ambulantes de billetes de lotería.

13. Servicio público de pasajeros, denominado servicio de taxi.

VIII. Para los efectos del artículo 51 - bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para las declaraciones que deban presentarse durante el año de 1988 se aplicarán los siguientes factores:

a) Para la fracción I del citado precepto:

1o. Por el año de calendario de 1972 0.05

2o. Por el año de calendario de 1973 0.12

3o. Por el año de calendario de 1974 0.24

4o. Por el año de calendario de 1975 0.15

5o. Por el año de calendario de 1976 0.16

6o. Por el año de calendario de 1977 0.29

7o. Por el año de calendario de 1978 0.18

8o. Por el año de calendario de 1979 0.18

9o. Por el año de calendario de 1980 0.26

10. Por el año de calendario de 1981 0.28

11. Por el año de calendario de 1982 0.59

12. Por el año de calendario de 1983 1.02

13. Por el año de calendario de 1984 0.59

14. Por el año de calendario de 1985 0.60

15. Por el año de calendario de 1986 0.90

16. Por el año de calendario de 1987 1.40

b) Para las fracciones II, III y V 1.40

IX. Cuando se autorice a los contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta el ajuste del costo comprobado de adquisición y en su caso el importe de las inversiones hechas en construcciones, mejoras y ampliaciones de inmuebles en los términos de los artículos 18-bis, 19-bis, 99, 101 y 816 fracción II de la misma, se aplicará la siguiente:

TABLA DE AJUSTE

Cuando el tiempo El factor

transcurrido sea: correspondiente será

Hasta 1 año 1.00

Más de 1 año hasta 2 años 2.40

Más de 2 años hasta 3 años 5.16

Más de 3 años hasta 4 años 8.26

Más de 4 años hasta 5 años 13.10

Más de 5 años hasta 6 años 23.73

Más de 6 años hasta 7 años 47.16

Más de 7 años hasta 8 años 60.72

Más de 8 años hasta 9 años 78.84

Más de 9 años hasta 10 años 94.58

Más de 10 años hasta 11 años 109.92

Más de 11 años hasta 12 años 132.52

Más de 12 años hasta 13 años 168.62

Más de 13 años hasta 14 años 187.68

Más de 14 años hasta 15 años 226.34

Más de 15 años hasta 16 años 274.53

Más de 16 años hasta 17 años 289.94

Más de 17 años hasta 18 años 304.42

Más de 18 años hasta 19 años 319.63

Más de 19 años hasta 20 años 338.81

Más de 20 años hasta 21 años 347.28

Más de 21 años hasta 22 años 357.36

Más de 22 años hasta 23 años 375.60

Más de 23 años hasta 24 años 384.98

Más de 24 años hasta 25 años 408.86

Más de 25 años hasta 26 años 425.62

Más de 26 años hasta 27 años 440.52

Más de 27 años hasta 28 años 459.91

Más de 28 años hasta 29 años 482.45

Más de 29 años hasta 30 años 507.53

Más de 30 años hasta 31 años 537.98

Más de 31 años hasta 32 años 579.94

Más de 32 años hasta 33 años 625.75

Más de 33 años hasta 34 años 698.98

Más de 34 años hasta 35 años 778.66

Más de 35 años hasta 36 años 784.90

Más de 36 años hasta 37 años 860.26

Más de 37 años hasta 38 años 1,015.08

Más de 38 años hasta 39 años 1,052.64

Más de 39 años hasta 40 años 1,076.86

Más de 40 años hasta 41 años 1,081.15

Más de 41 años hasta 42 años 1,167.65

Más de 42 años hasta 43 años 1,540.13

Más de 43 años hasta 44 años 1,603.27

Más de 44 años hasta 45 años 2,206.10

Más de 45 años hasta 46 años 2,572.32

Más de 46 años hasta 47 años 2,806.39

Más de 47 años hasta 48 años 2,826.05

Más de 48 años hasta 49 años 2,970.17

Más de 49 años en adelante 3,038.47

X. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 816 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el margen porcentual de incremento para las operaciones activas y pasivas durante el año de 1988 serán de quince y cinco puntos respectivamente.

Artículo decimotercero. Cuando en los preceptos que integran el Título I o el título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se haga mención de utilidad fiscal ajustada o pérdida fiscal ajustada, se suprime en ambos títulos la palabra ajustada. En los casos de los artículos 8o. y 9o. de dicha ley, se suprime la palabra ajustada cuando se apliquen para determinar resultado fiscal conforme al título II de dicha ley, y se mantiene la palabra ajustada cuando la determinación de resultado fiscal se haga conforme el Título VII de la citada ley.

CAPÍTULO V

Impuesto al Valor Agregado

Artículo decimocuarto. Se reforman los artículos 25, fracción III; 28, primer párrafo y, 37 último párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y se adicionan los artículos 11, con un último párrafo; 25, con una fracción V; 35-B de y a la propia ley, para quedar como sigue:

"Artículo 11. .........................................................

Tratándose de certificados de participación, se considera que éstos se enajenan en el momento en que se entreguen materialmente al adquirente los bienes que esos certificados amparen".

"Artículo 25. ...............................................................

. III. Las de bienes cuya enajenación en el país y las de servicios por cuya prestación en territorio nacional, no den lugar al pago del Impuesto al Valor Agregado o se les aplique la tasa del 0% y las de bienes muebles usados, únicamente cuando éstos sean de los mencionados en los artículos 2o.-A, fracción I, inciso e), y 9o., fracción III de esta ley. ........................................................................................."

V. Las obras de arte que por su calidad y valor cultural sean reconocidas como tales por las instituciones oficiales competentes, siempre que se destinen a exhibición pública".

"Artículo 28. Tratándose de importación de bienes tangibles, el pago tendrá el carácter de provisional y se hará conjuntamente con el del Impuesto General de Importación, inclusive cuando el pago del segundo se difiera en virtud de encontrarse los bienes en depósito fiscal en los Almacenes Generales de Depósito, sin que contra dicho pago se acepte el acreditamiento. .................................................................................................."

"Artículo 35 - B. Cuando los contribuyentes que dejen de ser menores, dentro del año de calendario en que ello ocurra, aporten sus bienes en calidad de socios a una sociedad mercantil para formar parte de su activo fijo, no estarán obligados a pagar el Impuesto al Valor Agregado por esa enajenación. Lo dispuesto en este artículo sólo será aplicable, si el contribuyente dejó de ser menor sin que medie el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales".

"Artículo 37..................................................................

La estimación del impuesto acreditable, se hará conforme a los por cientos de acreditamiento que en cada caso señale el Reglamento de esta ley".

Disposiciones Transitorias

Artículo decimoquinto. La reforma al último párrafo del artículo 37 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, entrará en vigor a partir del 1o. de marzo de 1988.

Artículo decimosexto. Durante el año de 1988, los contribuyentes personas físicas que se dediquen a la agricultura, ganadería o pesca podrán solicitar la devolución mensual del saldo a favor que resulte de su pago provisional mensual, sin que tengan que cumplir con las obligaciones a que se refiere el artículo 32, fracciones I, II y IV de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, cuando:

I. Se encuentren en los supuestos que a continuación se mencionan:

a) Los contribuyentes que se dediquen a la agricultura o a la ganadería bovina, cuando la totalidad de ingresos obtenidos en el ejercicio de 1987, hubieran provenido exclusivamente de las actividades señaladas en esta fracción, y no excedan de 300 veces la cuota diaria del salario mínimo general correspondiente al Distrito Federal el 1o. de enero de 1988, multiplicado por 365.

b) Los contribuyentes que se dediquen a la pesca o a la ganadería distinta de la mencionada en el inciso anterior, cuando los ingresos obtenidos en 1987, no excedan de 200 veces la cuota diaria del salario mínimo general correspondiente al Distrito Federal al 1o. de enero de 1988, multiplicado por 365.

c) En el caso de contribuyentes que se dediquen a actividades avícolas, cuando sus instalaciones les permitan tener en explotación permanente durante

el año de 1988 hasta 100 mil aves. En el caso de contribuyentes que realicen actividades porcícolas, cuando sus instalaciones les permitan tener una producción permanente que en el citado año no rebase la cantidad de 5 mil cerdos, siempre y cuando no excedan el límite de 300 veces la cuota diaria a que se refiere el inciso a).

II. Cumplan, además, con los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes ante la oficina recaudadora de la entidad federativa que le corresponda a su domicilio fiscal.

b) Presentar declaraciones mensuales manifestando el valor de las actividades que realicen.

c) Presentar la solicitud de devolución ante la autoridad fiscal competente que corresponda a su domicilio fiscal, acompañando la declaración mensual en la que se determine el saldo a favor, los documentos en que conste en forma expresa y por separado el Impuesto al Valor Agregado que se haya trasladado al contribuyente por bienes o servicios estrictamente indispensables para realizar las actividades del contribuyente y, en su caso, los documentos comprobatorios del pago de dicho impuesto por la importación de bienes tangibles.

CAPÍTULO VI

Impuesto especial sobre producción y servicios

Artículo decimoséptimo. Se adicionan a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios los artículos 2o., fracción II; inciso B), subinciso b), con un numeral 3; 8o., con una fracción VIII; 11 con un segundo párrafo, pasando el actual segundo a ser tercero; y 19, con una fracción IV, para quedar como sigue:

"Artículo 2o..................................................................

II.............................................................................

B) ............................................................................

b) ............................................................................

3. Larga distancia internacional de abonados residenciales y de telefonía rural, así como casos distintos a éstos. 22%

..............................................................................................

"Artículo 8o. ................................................................

VII. ..........................................................................

VIII. Las de alcohol que realice Azúcar, S. A. de C. V., a los productores que lo utilicen como insumo para la elaboración de bebidas alcohólicas, siempre que se encuentren registrados ante dicha entidad".

"Artículo 11.................................................................

. Los productores o importadores de cigarros para calcular el impuesto por la enajenación de esos bienes, considerarán como valor el precio de venta al detallista de los mismos. Este impuesto no se pagará por las enajenaciones subsecuentes."

"Artículo 19..................................................................

III. ..........................................................................

IV. Presentará Azúcar S. A. de C. V. en las oficinas autorizadas, declaración informativa anual de las enajenaciones de alcohol, dentro de los tres meses siguientes al cierre de su ejercicio, para los efectos de lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 8o. de esta ley. ............................................................."

Disposición Transitoria

Artículo decimoctavo. Para la aplicación de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se estará a las siguientes disposiciones transitorias:

I. Lo dispuesto en el artículo decimotercero de la Ley que Establece, Reforma, Adiciona y Deroga Diversa Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de diciembre de 1985, se seguirá aplicando a los actos o actividades que se realicen durante el año de 1988.

II. Se deroga el párrafo siguiente a la fracción II de la disposición de vigencia anual decimocuarta de la Ley que Establece, Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1985, aplicable a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Disposición de vigencia anual.

Artículo decimonoveno. Durante el año de 1988, se aplicarán en materia del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, las siguientes disposiciones:

I. Los productores o envasadores de agua mineral natural o con sabor, que de conformidad con el artículo 5o.-A de la Ley del Impuesto Especial

sobre Producción y Servicios estén obligados a retener ese impuesto, continuarán aplicando las disposiciones que estuvieron vigentes para 1985.

II. Para los efectos del artículo 2o., fracción I, inciso H), subinciso 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, son cigarros populares sin filtro los que al 1o. de enero de 1988 tengan un precio máximo al público que no exceda de 210.00 pesos por cajetilla.

CAPÍTULO VII

Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos

Disposiciones de vigencia anual

Artículo vigésimo. Durante el año de 1988 se aplicarán en materia de Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, las siguientes disposiciones:

I. Para los efectos del cálculo del impuesto, se dan a conocer las siguientes cantidades:

a) Vehículos a que se refiere el artículo 5o., apartado A, fracciones II y III de la ley de la materia $ 39,600.00

b) Vehículos a que se refiere el artículo 5o., apartado B, de la ley de la materia 42,100.00

c) Veleros 42,900.00

d) Embarcaciones 238,700.00

e) Aeronaves 1´528,600.00

f) Motocicletas 332,400.00

II. El precio de la unidad típica de los vehículos del año modelo de la aplicación de la ley, así como de los años modelo anteriores a que hace referencia el artículo 6o., apartado A, fracción I, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, será el que resulte de aplicar los siguientes factores:

1988 1.00

1987 2.30

1986 4.73

1985 7.74

1984 12.32

1983 22.27

1982 44.27

1981 56.98

1980 73.96

1979 88.75

III. Después de aplicar lo dispuesto en el artículo 5o., apartado A, fracción I de la ley de la materia para vehículos de año modelo 1987 inclusive, y de año modelo anterior a dicho año, el monto del impuesto que corresponda conforme al citado precepto, se reducirá en un 20%. La reducción a que se refiere esta fracción, es independiente de la que se establece en el penúltimo párrafo del artículo 1o. de la ley.

CAPÍTULO VIII

Impuesto sobre adquisición de inmuebles

Artículo vigesimoprimero. Se reforma el artículo 1o., segundo párrafo y 7o. de la Ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, para quedar como sigue:

"Artículo 1o.

Cuando del inmueble formen parte departamentos habitacionales, la reducción se hará por cada uno de ellos. Lo dispuesto en este párrafo es aplicable a hoteles".

"Artículo 7o. Para efectuar la reducción a que se refiere el artículo 1o. de esta ley, se aplicará el salario mínimo vigente elevado al año, cuando se esté en los supuestos de pago del impuesto a que se refiere el artículo 5o. de esta ley".

Disposición con vigencia durante el año de 1988

Artículo vigesimosegundo. Para los efectos del artículo 4o. de la Ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, deberá aplicarse la tabla de ajuste contenida en el artículo decimosegundo de la Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales.

CAPÍTULO IX

Impuesto sobre automóviles nuevos

Artículo vigesimotercero. Se reforman los artículos 1o., fracción II y 5o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para quedar como sigue:

"Artículo 10.................................................................

II. Importen en definitiva al país automóviles. Los automóviles a que se refiere esta fracción son los que corresponden al año modelo en que se efectúe la importación, o a los diez años modelos inmediatos anteriores. ..........."

"Artículo 5o. Las empresas fabricantes o ensambladoras podrán optar por calcular sus pagos provisionales, considerando únicamente los automóviles enajenados a los consumidores por todos sus distribuidores o por ellos mismos, en el mes inmediato anterior. Cuando se ejerza esta opción los distribuidores deberán efectuar por cuenta de los fabricantes o ensambladores, los pagos provisionales de este impuesto conforme a lo establecido en esta ley.

Ejercida la opción, ésta no podrá variarse en el mismo ejercicio de que se trate y será por el total de enajenaciones realizadas a través de sus distribuidores.

El contribuyente calculará el impuesto del ejercicio considerando las enajenaciones en los términos de este artículo".

Disposición transitoria

Artículo vigesimocuarto. Durante el año de 1988, para calcular el impuesto sobre automóviles nuevos por las enajenaciones e importaciones que se realicen en dicho año, se aplicarán las tasas del 8%, 12% y 16%, en lugar de las tasas del 10%, 15% y 20%, respectivamente, a que se refieren las fracciones I y II del artículo 3o. de la ley de la materia.

Asimismo, para calcular el impuesto sobre automóviles nuevos a que se refiere la fracción IV del citado artículo 3o., durante el año de 1988 será aplicable únicamente la tasa del 5% para todos los vehículos.

CAPÍTULO X

Derechos

Artículo vigesimoquinto. Se reforman los artículos 1o., segundo y penúltimo párrafos; 20, fracción I; 22; 24, fracción III; 25, fracción VII; 31-A; 33, fracción II, inciso a) , y fracción IV; 33-A, fracción V; 34, penúltimo párrafo; 50, fracción I, inciso a) y b); 54; 72, fracción XIV; 79, primer párrafo; 82, fracción I; 91, fracción I, inciso a); 92, fracción III; apartado A, fracción III, primer párrafo, apartado C, incisos a), b), c) y d), y apartado D, fracción I; 95, fracciones I y II; 97, fracción II, en sus incisos a), b) y c); 99, fracción I, inciso b), subincisos 4 y 5; 102, apartado A, fracción I, inciso b), subinciso 4; 103, apartado C; 103-A, primer párrafo; 104, fracciones I, II, IV y V; 105, fracciones I, II y III, en sus incisos a), en los encabezados de las columnas; 106, fracción III, inciso c); 107, fracción I, primer párrafo, fracción II, inciso a), en los subincisos del 1 al 12, la tabla contenida en la fracción I, incisos a), b), c), d) y e), y apartado B, fracción I, incisos a), b), c), d), e) y f); 111, fracciones I y IV; 112, fracción I, inciso a); 112-A, fracción IV, inciso b); 114, primer párrafo; 115, apartado A, fracción II, inciso a), subincisos 1 y 2 y apartado B, fracción II, inciso a), subincisos 1 y 2; 115-F; 115-M; 115-N; 116, fracción II; 127, fracción IV, primer párrafo; 138, penúltimo párrafo; 144, fracciones III, IV y X; 145, apartado C, fracción VII, en sus incisos a) y b); 147, segundo párrafo; 161; 162, apartado A, fracción I, inciso g); 165, fracción III, primer párrafo; 174-A, fracción II, incisos f) y m) y último párrafo de dicho artículo; 175, penúltimo párrafo; 195-A, fracciones IX y XII; 195-F, primer párrafo; 205, primer párrafo: 215, inciso 2; 223, apartado A, segundo párrafo; 224, fracción II; 233, primer párrafo; 238-A, fracción I; 240, penúltimo párrafo; 241, último párrafo; y 244 de la Ley Federal de Derechos; se adicionan los artículos 3o., con un último párrafo; 4o., con un antepenúltimo y penúltimo párrafos; 34-A; 41, con un último párrafo; 53-C, con un párrafo final; el capítulo III del título primero, con una sección séptima, denominada "otros servicios" que comprende el artículo 53-D; 79, con una fracción IV, 82, con una fracción IV, 82-A; 83, con un párrafo final; 94, apartado E, con un último párrafo; 99, con una fracción IV, 100, fracción II, inciso b), con un subinciso 3 y la fracción III, con los incisos c) y d); 101, con las fracciones III y IV; 106, fracción III, con un inciso d), y un último párrafo; 107, con un último párrafo a la fracción III y con una fracción IV; 108, con un penúltimo párrafo: 112, fracción I, inciso b), con un último párrafo; 112-A, fracción I, con un inciso d); 112-B, fracción II, con un último párrafo; 116, con las fracciones XI y XII; 138, con un último párrafo; 143-A, con una fracción IV; 144, con un último párrafo; 144-A, 145, apartado A, con una fracción V; 145-A, 148, apartado A, fracción III, con un inciso i), apartado B, con un último párrafo, apartado E, fracción VI, con un último párrafo y un párrafo final a dicho artículo; 173-A, con una fracción III; 195-A, con las fracciones XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX y con un último párrafo a dicho artículo; 195-E, fracción IX, pasando la actual fracción IX a ser fracción X; 195-F, con una fracción VIII; 195-K; 195-L;

201, con dos últimos párrafos; 202, con un último párrafo; 203, con un último párrafo; 205, con una fracción III, y un último párrafo; 206, con un último párrafo; 218, con un último párrafo; 223, apartado A, con una fracción I, pasando las actuales fracciones I y II a ser II y III ; 244 - A; de la citada Ley Federal de Derechos; y se derogan los artículos 46, último párrafo; 61; 95, fracción III; 99, fracción I, inciso b), en el subinciso 6; 101, fracción primera, inciso b), en el subinciso 6; 102, apartado A, fracción I, inciso b), en el subinciso 5 y apartado C, fracción III; 106, fracción III, inciso b); 108, fracción III; 112 - A, fracción IV, inciso c); 112 - B, fracción III; 145, apartado C, fracción VII, incisos c) y d), así como los dos últimos párrafos; 151 - A; 170, en sus dos últimos párrafos; 174 - A, fracción I, incisos c) y d); 174 - C; 178 - A, en su último párrafo; 238, fracciones II y VI; 253 - B de y a la propia Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

"Artículo 1o. ...............................................................

Las cuotas de los derechos se incrementarán bimestralmente a partir del día 16 del mes posterior a ese período, multiplicándolas por el factor que resulte de dividir el índice nacional de precios al consumidor del bimestre inmediato anterior, entre el mencionado índice del segundo bimestre anterior. Lo dispuesto en este párrafo, no será aplicable cuando expresamente se señale otro procedimiento de incremento en la propia ley. ...........................................................................................

Los incrementos en las cuotas de derechos, se calcularán sobre el importe de la cuota anterior antes de efectuar el ajuste a que se refiere el artículo 6o. de esta ley. Las tasas sobre valor no se incrementarán mediante la aplicación del índice nacional de precios al consumidor. ............................................................................................."

"Artículo 3o. ...............................................................

Cuando el contribuyente realice el pago de los derechos y por causas imputables al mismo, la autoridad no pueda realizar la prestación del servicio u otorgar el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la nación durante el mes inmediato posterior a dicho pago, el contribuyente pagará la diferencia que resulte a su cargo derivado de los incrementos de los derechos que haya en dicho período, salvo en aquellos casos en que la ley establezca otro período.

"Artículo 4o................................................................

Asimismo, los ingresos a los que se refiere el párrafo anterior, deberán ser registrados como ingresos del gobierno federal en la cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Los ingresos recaudados por las dependencias, organismos descentralizados y órganos desconcentrados en los términos de los dos párrafos que anteceden, podrán ser aplicados directamente por ellos como participantes, para cubrir los gastos que se originen con motivo de la prestación del servicio o la administración del bien de dominio público de la nación de que se trate. La parte de los ingresos que exceda el monto del presupuesto que le hubiere sido autorizado, no tendrá fin específico y se enterarán en los términos señalados en este artículo. ..........................."

"Artículo 20

I. Por la expedición de pasaportes ordinarios con validez no mayor de tres años a estudiantes becarios y trabajadores que presten sus servicios fuera de la República Mexicana $ 10,000.000"

"Artículo 22. Los derechos por la prestación de servicios consulares se pagarán como sigue:

I. Actuaciones matrimoniales $ 15,000.00

II. Legalización de firma 15,000.00

III. Visas de:

a) Certificados de análisis de corrección de manifiestos, de libre venta de origen y médicos, por cada uno 22,500.00

b) Certificados de sanidad animal y permisos de tránsito de cadáveres por cada uno 15,000.00

c) Certificados fitosanitarios y de sanidad de productos animales, por cada uno 45,000.00

d) En tránsito marítimo, por la manifestación de bultos faltantes o sobrantes, cartas de corrección a listas de pasajeros o de tripulantes de embarcaciones turísticas o deportivas, por cada una 15,000.00

e) Lista de pasajeros, de tripulación y de menaje de casa a mexicanos, por cada una 45,000.00

f) Listas de menaje de casa a extranjeros y manifiestos de carga, por cada uno 75,000.00

g) Pasaportes extranjeros, cuando no exista convenio o acuerdo $ 15,000.00

IV. Expedición de certificados de:

a) Constitución de extranjeras, importación de armas, municiones, detonantes, explosivos y artificios químicos, y de pasavantes o patentes provisionales de navegación, por cada uno 100,000.00

b) Matrícula a mexicanos y certificados a petición de parte, por cada uno 15,000.00

c) Turista cinegético 45,000.00

d) Copias certificadas de actas del registro civil 4,500.00"

"Artículo 24. ...............................................................

III. Los que soliciten indigentes y pensionados mexicanos, para justificar su situación legal en el país en que residan, la de su familia y sus bienes o para su repatriación. .................................................................................."

"Artículo 25.................................................................

VII. Para la celebración de contratos de arrendamiento, cuando el término del contrato exceda a diez años, por sociedades, asociaciones o extranjeros. $ 16,000.00

"Artículo 31 - A. Los ingresos que se obtengan por los derechos a que se refieren los artículos 29, 30 y 31 de esta sección, se destinarán a la dependencia prestadora del servicio para cubrir sus gastos de operación, hasta el monto que señale el presupuesto de egresos que le hubiere sido autorizado.

La parte de los ingresos que exceda el límite señalado en este artículo, no tendrá fin específico".

"Artículo 33.................................................................

II. ..........................................................................

1% respecto de su capital contable, sin que a) Casa de bolsa los derechos a pagar por este concepto sean inferiores a $30.000,000.00

1% respecto de su capital IV Bolsas de valores, contable, sin que los derechos cuota anual por concepto de a pagar por este sean inferiores a inspección y vigilancia. $ 30.000,000.00

"Artículo 33 - A

1% respecto de su capital contable, V. Instituciones para el sin que los derechos a pagar por el depósito de valores, por este concepto sean inferiores a concepto de inspección $30.000,000.00"

y vigilancia anual.

"Artículo 34.................................................................

Para la determinación de los derechos, servirán de base los estados financieros dictaminados de los emisores de valores correspondientes al penúltimo ejercicio en relación con aquél que cubran los derechos respectivos, cuando se deba efectuar el cálculo de acuerdo al monto de circulación de los títulos o valores, del capital contable, así como del activo neto considerado a valor de mercado, éstos se determinarán al 30 de octubre del ejercicio inmediato anterior a aquél en que sea exigible el pago, fecha que también servirá de referencia para efectuar las determinaciones relativas a oficinas de casas de bolsa y sociedades operadoras de sociedades de inversión. ........................................................................."

"Artículo 34 - A. Las cantidades que se señalan como límites máximos y mínimos para la determinación de los derechos a que se refiere esta sección, se incrementarán en la misma proporción en que se incrementen las cuotas de los derechos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o., segundo párrafo de esta ley".

"Artículo 41. ..............................................................

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción II de este artículo, las mercancías por las que hubiere desistimiento de régimen de exportación, pagarán el derecho de almacenaje correspondiente, desde el primer día que hayan quedado en depósito ante la aduana".

"Artículo 46. ...............................................................

(Se deroga el último párrafo.)"

"Artículo 50.................................................................

I..............................................................................

a) De ocho al millar sobre el valor que tengan las mercancías importadas de conformidad con lo dispuesto por los párrafos primero y segundo del artículo 49 de la presente ley.

b) De seis al millar sobre el valor comercial de las mercancías exportadas o sobre el valor oficial de las mismas si resulta mayor que aquél........................................"

"Artículo 53 - C................................................................ ......................................

Los contribuyentes que adquieran directamente las máquinas registradoras de comprobación fiscal, no estarán obligados al pago del derecho a que se refiere este artículo."

SECCIÓN SÉPTIMA

Otros servicios

"Artículo 53 - D. Por los servicios de estudio y trámite de solicitudes de personas físicas y morales mexicanas, para invertir en empresas mexicanas utilizando el sistema de sustitución de deuda pública por inversión, se pagará el derecho del 2.5 al millar sobre el monto de deuda pública a ser sustituida".

"Artículo 54. Por el registro en el padrón de contratistas o en el de proveedores del gobierno federal, se pagarán anualmente $ 81,500.00.

Los contratistas del gobierno federal pagarán la cuota de inscripción dentro del plazo de 15 días, a partir de la fecha en que la dependencia competente comunique al interesado que ha satisfecho los requisitos para ser inscrito en el padrón de referencia".

"Artículo 61. (Se deroga.)"

"Artículo 72.

XIV. Por aumento del capital social por inversión de extranjeros en 2.5 al millar sobre empresas mexicanas, utilizando el monto de deuda el sistema de sustitución de pública a ser sustituida". deuda pública por inversión

"Artículo 79. Por los servicios relativos a la autorización para la fabricación y reparación de instrumentos de medir, de equipos patrones, de modelos de instrumentos de medición y de técnicos responsables, se pagarán los derechos conforme a las siguientes cuotas: ...............................................................................................

IV. Por la autorización de técnicos responsables en la fabricación o reparación de instrumentos de medir y de equipos de medición $ 103,000.00

"Artículo 82.

I. Por la expedición del título de asignación, concesión, autorización o permiso para usar o aprovechar aguas nacionales, por cada uno 26,500.00

IV. Por la autorización o permiso para modificar las características de los títulos a que se refiere la fracción I de este artículo, respecto a la extracción o derivación, uso o aprovechamiento, sustitución de usuarios, ubicación o características constructivas de las obras, por cada uno 15,000.00"

"Artículo 82 - A. Por el otorgamiento de asignaciones, concesiones o permisos para la construcción de obras o para la extracción de materiales de construcción en cauces, vasos, zonas federales y depósito de propiedad nacional, se pagará anualmente el derecho de concesión de inmuebles federales conforme a las siguientes cuotas:

I. Para la construcción de obras, por cada una 32,500.00

II. Para la extracción de materiales de construcción, por cada uno 25,000.00

Este derecho se pagará independientemente del que corresponde por el uso o goce del inmueble, conforme al título segundo de esta ley."

"Artículo 83.................................................................

Por el suministro de aguas residuales tratadas para uso industrial en el valle de México, se pagará el 25% de la cuota que se aplique en el sistema de abastecimiento de agua potable de la localidad en que se realice el suministro, o en el más cercano a éste."

"Artículo 91.................................................................

I.............................................................................

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Cuota por unidad por minuto. $ 25.00

....................................................................."

"Artículo 92......................................................

III. Por la elaboración del mensaje, por cada página tamaño carta

a) No tabulada $ 500.00

b) Tabulada 1,500.00

Tratándose de mensajes que contengan partes tabuladas y no tabuladas, se aplacará la cuota contenida en el inciso b) de esta fracción."

"Artículo 94.................................................................

A. ......................................................................................

III. Por conexión o reconexión:

C.............................................................................

Dar doble click con el ratón para ver imagen

D.............................................................................

I. Por emisión de informes mensuales detallados, por cada informe $ 10,000.00

E.............................................................................

El derecho por servicio de transmisión de señales de datos telepac, se pagará en la fecha que para tal efecto señale la cuenta a pagar que expida la dependencia prestadora del servicio."

"Artículo 95. ...............................................................

I. Por cada mensaje $ 160.00

II. Por acceso, por puerto 61,000.00

III. (Se deroga.)"

"Artículo 97. ............................................

II.......................................................

Por ciento de la cuota mensual del servicio permanente

a) El primero y segundo día, por cada día 20%

b) Del tercero al décimo día, por cada día 6%

c) Del décimo primer día en adelante, por cada día 5%

......................................................................................."

"Artículo 99.................................................

I. .................................................................

b)............................................................

4. Por cada kilómetro adicional a partir de 601 kilómetros $ 290.00

5. Por cada enlace internacional el 10% del enlace respectivo, más 83,500.00

6. (Se deroga.)

................................................................................................

IV. Cuando en un mismo enlace se proporcionen circuitos unitarios en forma individual, el derecho se sujetará a los siguientes descuentos, de acuerdo a las cuotas de la fracción I de este artículo:

a) De más de 10 y hasta 30 circuitos 3%

b) De más de 30 y hasta 60 circuitos 5%

c) De más de 60 circuitos 7%

"Artículo 100.............................................................

II........................................................................

b).......................................................................

3. Por derivación, por cada una. $ 8,300.00

III.........................................................................

c) Cuando el contribuyente solicite servicios con un ancho de banda mayor al especificado en el artículo 99 de esta ley, y hasta con un máximo de 12 kilohertz, las cuotas establecidas en dicho precepto se incrementarán tres veces.

d) La longitud de los enlaces a que se refiere este artículo, se determinará en forma individual por cada enlace, tomando como referencia el punto que se origina la señal y el punto en que se entrega ésta, aun cuando se trate del mismo contribuyente."

"Artículo 101. .................................................

I.........................................................................

b)...........................................................................

4. Por cada kilómetro adicional a partir de 601 kilómetros $ 380.00

5. Por cada enlace internacional, el 10% de la cuota por enlace respectivo, más 104,000.00

6. (Se deroga.)

III. Cuando en un mismo enlace se proporcionen circuitos unitarios en forma individual, el derecho se sujetará a los siguientes descuentos, de acuerdo a las cuotas de la fracción I de este artículo.

a) De más de 10 y hasta 30 circuitos 3%

b) De más de 30 y hasta 60 circuitos 5%

c) De mas de 60 circuitos 7%

IV. Las cuotas anteriores se aplican a velocidades de hasta 4 mil 200 bits por segundo, para velocidades mayores a la indicada y hasta de 9 mil 600 bits por segundo, dichas cuotas se incrementarán en 60% sobre las cuotas indicadas en el presente artículo."

"Artículo 102. ..................................................

A.........................................................................

I.........................................................................

b)........................................................................

4. Por cada kilómetro adicional a partir de 601 kilómetros $ 140.00

5. (Se deroga.)

C..................................................................

III. (Se deroga.)

"Artículo 103. ............................................................

C. Para la aplicación de las cuotas a que este artículo se refiere, se observarán las siguientes reglas:

I. Por los circuitos urbanos, se pagarán las cuotas autorizadas a los concesionarios del servicio público de conferencias telefónicas.

II. En el caso de que la señal se conduzca de manera tal que los enlaces constituyan una cadena derivando la señal en las estaciones de la red, la longitud total de los enlaces se determinará por la distancia acumulada de todos los que constituyan la cadena, de acuerdo con las posibilidades físicas de continuidad de la red para el establecimiento de la cadena".

"Artículo 103-A. Para los efectos de los artículos 96, del 98 al 103, 106, 108, 109, 111, 112-A y 112-B, cuando el contribuyente solicite servicios internacionales que requieran de la conexión de los sistemas nacionales con otros del extranjero, pagará además del servicio por el tramo nacional conforme a las cuotas estipuladas en esta ley, las cantidades equivalentes a las que la dependencia prestadora del servicio, en su tramo internacional, más un 5% calculado sobre estas últimas cantidades por la coordinación y supervisión en la continuidad del servicio respectivo, excepto por el servicio a que se refiere el artículo 112-B, en cuyo caso se pagará el 8% sobre el pago que se haga por el mencionado tramo internacional.

..................................................................................................."

"Artículo 104................................................................

I. En aeronaves de equipo de turbohélice o reacción, por la reservación de asiento, en vuelos nacionales, la que resulte de aplicar el 1.3% al precio promedio de los boletos de viaje sencillo en el servicio normal de la ciudad de México a Acapulco, a Guadalajara y a Monterrey.

Para los efectos de esta fracción, se consideran como pasajeros a los que hayan abordado en aeronaves de equipo de turbohélice o reacción para vuelos nacionales e internacionales, de conformidad con el documento que contiene los pasajeros transportados por cada vuelo de las líneas aéreas validado por la dependencia prestadora del servicio.

II. En hoteles, por la reservación de cada habitación y de acuerdo a la categoría de los mismos.

a) De una a tres estrellas $ 2,500.00

b) De cuatro estrellas 4,000.00

c) De cinco estrellas 6,600.00

d) Categoría de gran turismo y clase especial 11,000.00

.....................................................................................................

IV. En ferrocarriles, por la reservación de espacios, por cada pasajero 410.00

V. En transbordadores, por la reservación de espacios, por pasajero y por vehículo 550.00

"Artículo 105. ................................................................................

I.........................................................................

a)..................................................................................................

Ancho de banda Tipo Potencia radiada

(Megahertz) de banda por satélite en el

contorno del país

(Pire en dBW)

.......................................................................

II......................................................................

a) ...................................................................

Ancho de banda Tipo Potencia radiada

(Megahertz) de banda por satélite en el

contorno del país

(Pire en dBW)

.........................................................................

III....................................................................... a)......................................................................

Ancho de banda Tipo Potencia radiada

(Megahertz) de banda por satélite en el

contorno del país

(Pire en dBW)

.........................................................................."

"Artículo 106........................................................

III.......................................................................

b) (Se deroga.)

c) Las cuotas que señala este artículo corresponden al segmento terrestre nacional, además se deberá pagar por el tramo internacional las cantidades que resulten de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 103-A de esta ley.

d) Las cuotas contenidas en los artículos 106, 108, 111, 112-A y 112-B de esta ley, corresponden a la utilización de una estación terrena normalizada del tipo estándar A. Cuando en el servicio en cuestión se utilice una estación terrena del tipo estándar B, las cuotas se reducirán en un 30%. Por estaciones estándar Ay B se entenderán aquellas estaciones normalizadas por el organismo Intelsat de 32 y 11 metros de diámetro, respectivamente".

"Artículo 107.............................................................

I. Servicio permanente que se presta para conducir una señal conforme a los mismos enlaces durante todos los días del mes, por canal digital de hasta 4 mil 800 bits por segundo, con una tasa de error de uno en 10 mil bits, mensualmente:

............................................................................

II..........................................................................

a)..........................................................................

Dar doble click con el ratón para ver imagen

III...........................................................................

Relación de corrección

de error por adelanto Factor de ajuste

2/3 1.334

3/4 1.5

7/8 2.0

Sin codificación 4.0

El acceso al satélite podrá efectuarse en las modalidades de acceso múltiple por división en frecuencia y acceso por división de tiempo.

En el caso de acceso múltiple por división de código, la cuota se incrementará con un factor de 50 veces, en relación con las cuotas mencionadas en el presente artículo.

IV. En el caso de que el contribuyente requiera potencias superiores a las de valor nominal mencionadas en el presente artículo, hasta los

valores máximos de potencia que establezca la dependencia prestadora del servicio, se aplicarán cargos adicionales de acuerdo a lo especificado en el artículo 115-I de esta ley."

"Artículo 108................................................................

. III. (Se deroga.)

Las cuotas que señala este artículo corresponden al segmento terrestre nacional, y además se deberán pagar por el tramo internacional las cantidades que resulten de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 103-A de esta ley. .............................................................................."

"Artículo 109................................................................

. A. ...........................................................................

. I. ...........................................................................

Velocidad en bits por segundo

a) De 50 a 300 $ 610,000.00

b) De 301 a 1200 2'441,000.00

c) De 1201 a 2400 4'883,000.00

d) De 2401 a 4800 9'766,000.00

e) De 4801 en adelante 19'531,000.00

..............................................................................

. B.............................................................................

. I.............................................................................

Velocidad en bits por segundo

a) De 50 a 300 $ 980,000.00

b) De 301 a 1200 3'918,000.00

c) De 1201 a 2400 7'835,000.00

d) De 2401 a 4800 15'670,000.00

e) De 4801 a 9600 31'340,000.00

f) De más de 9601 47'013,000.00

.............................................................................."

Artículo 111. ...............................................................

. I. Servicio permanente que se presta para conducir una señal, conforme a los mismos enlaces durante todos los días del mes, por segmento terrestre, mensualmente.

a) Por cada uno de los primeros 400 circuitos $ 1.980,000.00

b) Por cada circuito adicional a los anteriores 990,000.00

..............................................................................

. IV. Las cuotas que señala este artículo corresponden al segmento terrestre nacional, y además se deberán pagar por el tramo internacional las cantidades que resulten de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 103-A de esta ley."

"Artículo 112. ..............................................................

. I. ...........................................................................

. a) Por segmento espacial, mensualmente:

Canal con ancho Potencia nominal radiada Cuota

de banda desde el satélite referida Mensual

al contorno nacional

(Pire en dBW)

1. De 7.5 kilohertz 15.5 $ 641,000.00

2. De 15 kilohertz 17.5 1.284,000.00

b)............................................................................

. En el caso de que el contribuyente requiera potencias superiores a las de valor nominal mencionadas en el presente artículo, hasta los valores máximos de potencia que establezca la dependencia prestadora del servicio, se aplicarán cargos adicionales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 115-1 de esta ley.

..............................................................................

" Artículo 112-A. .............................................................

. I. ...........................................................................

. d) Canal con ancho de banda de 16 kilohertz $ 3.820,000.00

..............................................................................

. IV. ........................................................................... ...............................................................................

b) Las cuotas que señala este artículo corresponden al segmento terrestre nacional, y además se deberán pagar por el tramo internacional las cantidades que resulten de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 103-A de esta ley.

c) (Se deroga.)"

"Artículo 112-B. ............................................................

. II. ..........................................................................

. Las cuotas que señala este artículo corresponden al segmento terrestre nacional, y además se deberán pagar por el tramo internacional, las cantidades que resulten de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 103-A de esta ley.

III. (Se deroga.)"

"Artículo 114. Por el servicio nacional de transmisión o recepción de señales radiotelefónicas o radiotelegráficas, se pagará el derecho de transmisión o recepción de señales, conforme a las siguientes cuotas:

.............................................................................."

"Artículo 115. ..............................................................

. A. ...........................................................................

. II. ..........................................................................

. a) ...........................................................................

1. Por las primeras siete palabras $ 1,000.00

2. Por cada palabra adicional 140.00

.....................................................................................................

. B. .................................................................................................

.. II. ................................................................................................

. a) .................................................................................................

1. Por los primeros tres minutos $ 2,400.00

2. Por cada minuto o fracción adicional 800.00

..................................................................................................."

"Artículo 115-F. Para efectos de aplicación de los dispuesto en los artículos 91, 92, 96, 98, 99, 100, 101 y 102 de esta ley, la longitud que servirá de base para la aplicación de las cuotas por enlace, será la distancia aérea entre las estaciones del sistema de microondas en que se conduzca la señal, determinada por el método geodésico de Jeppesen, para cálculos de distancia a partir de coordenadas geográficas."

"Artículo 115-M. Para efectos de la aplicación de las cuotas a que se refieren los artículos 106, 108, 111, 112-A y 112-B de esta ley, se observarán las siguientes reglas:

I. El servicio hacia la región del Océano Atlántico abarca la conducción desde la torre central de telecomunicaciones hacia las estaciones terrenas ubicadas en Tulancingo, Hidalgo, y de éstas al satélite y viceversa, según corresponda a una emisión o una recepción de la señal.

II. Para el caso de servicios de conducción de señales hacia o desde la región del Océano Pacífico a través de estaciones terrenas diferentes a las ubicadas en Tulancingo, Hidalgo, el suministro del servicio se efectuará en iguales condiciones a las mencionadas en la fracción anterior dependiendo del lugar en que se encuentren ubicadas las instalaciones de la dependencia prestadora del servicio.

III. La conducción de la señal dentro del territorio nacional, desde las estaciones terrenas respectivas hacia el lugar de origen o destino, quedará sujeta a la aplicación de las cuotas del servicio correspondiente que señale esta ley."

"Artículo 115-N. Los ingresos que se obtengan por los derechos a que se refieren los artículos 91, 92, 93 y 113 de esta ley, a excepción de aquéllos que se destinen a cubrir los gastos de operación que se generen con motivo de la prestación del servicio, así como los que se deben pagar en moneda extranjera por servicios internacionales a otras administraciones, se destinarán al organismo público descentralizado Telégrafos Nacionales, para cubrir sus gastos de operación, conservación, mantenimiento e inversión, hasta el monto que señale el presupuesto de egresos que le hubiere sido autorizado. La parte de los ingresos que exceden el límite señalado en este artículo, no tendrán fin específico."

"Artículo 116. ..............................................................

. II. Teleimpreso.

a) Por el servicio nacional, por cada página tamaño carta u oficio, incluyendo el servicio de entrega a domicilio, cuando éste se encuentre ubicado dentro de la ciudad en la que se reciba la señal. $ 1,000.00

b) Por el servicio internacional

1. Por la primera página 3,600.00

2. Por cada página adicional 900.00

Los derechos a que se refiere este inciso, no incluyen el pago correspondiente a la llamada telefónica de larga distancia, que debe cubrir el solicitante del servicio.

c) Por la recepción de teleimpresos provenientes del extranjero, el destinatario pagara $ 3,600.00

..............................................................................

. XI. Telexgrama, por la transmisión de telegrama ordinarios o urgentes que se realicen de las administraciones telegráficas a suscriptores del servicio télex, o viceversa, se pagará el derecho conforme a las cuotas a que se refieren las fracciones I y III de este artículo, respectivamente.

XII. Por el servicio de situación de fondos a cualquier lugar de la República Mexicana, a través del sistema girofax, se pagará el 2% sobre la cantidad situada, más los costos de conducción, de conformidad con las cuotas contenidas en esta ley."

"Artículo 127. ..............................................................

. IV. Línea o circuito privado con cruce fronterizo para transmisión de voz o datos, sin enlace a la red conmutada del servicio público, telefónico, por cada línea o circuito de dos hilos: .............................................................................."

"Artículo 138. ..............................................................

. Los porcientos a que se refiere este artículo se aplicarán al valor total de los equipos de telecomunicación considerando su capacidad máxima con excepción de las centrales telefónicas públicas y de las centrales telefónicas privadas, para las cuales se tomarán como base a la capacidad de 10 mil y 5 mil líneas, respectivamente. Asimismo para los equipos de radio enlace el porciento a pagar se aplicará en base al valor total de un sistema conformado por dos equipos terminales y dos equipos repetidores.

..............................................................................

. Las cantidades que se señalen como precio de los equipos a que se refiere este artículo, se incrementarán en la misma proporción que se incrementen las cuotas de este derecho de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. segundo párrafo de esta ley."

"Artículo 143-A. ............................................................

Servicio Local Servicio Foráneo

IV. De más de 1 mil gramos independientemente de la cuota anterior por cada kilogramo o fracción adicional $ 2,500.00 $ 3,500.00

.............................................................................."

"Artículo 144. ........................................................

III. Acuse de recibo por pieza $ 550.00

IV. Seguro postal, además del franqueo correspondiente, por cada $ 1,000.00 o fracción del valor declarado. 50.00

..............................................................................

X. Premios por vales

a) Con vales hasta de $ 1,000.00 $ 270.00

b) Con valor de 5,000.00 350.00

c) Con valor de 10,000.00 450.00

d) Con valor de 20,000.00 650.00

e) Con valor de 50,000.00 1,200.00

................................................................................................

Los valores de los premios por vales que se señalan en la fracción X de este artículo, se incrementarán en la misma proporción que se incrementen las cuotas de este derecho."

"Artículo 114-A. Por los servicios de correo para propaganda comercial en el régimen interior de la República, por cada depósito de más de 10 mil piezas, con peso máximo de 300 gramos por unidad, siempre que sean de peso y dimensiones iguales y éstas se depositen previa autorización en los términos y condiciones que establezca la dependencia prestadora del servicio, oyendo la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se pagará el derecho de correo por pieza, de conformidad con las siguientes cuotas:

I. Hasta 20 gramos $ 100.00

II. De más de 20 y hasta 50 gramos 150.00

III. De más de 50 y hasta 100 gramos 250.00

IV. De más de 100 y hasta 200 gramos 350.00

V. De más de 200 y hasta 300 gramos 400.00

VI. Por la autorización a que se refiere este artículo, anualmente. 20,000.00"

"Artículo 145. ...............................................................................

A. ................................................................................................

V. Por las cartas y tarjetas postales, impresos en general, pequeños paquetes y las encomiendas de

superficie que se envíen por avión con prioridad reducida, con destino a los países con los que se haya celebrado convenio, se cobrará, además de las cuotas establecidas para vía de superficie, el 30% de las sobretasas aéreas fijadas por el Convenio Postal Universal, según la zona de destino de que se trate.

Para los países con los que se establezca esta modalidad se suspenderá el servicio de superficie.

..............................................................................

. C)............................................................................

. VII...........................................................................

a) Encomiendas, importación $ 3.700.00

b) Encomiendas, exportación 1,100.00

c) (Se deroga)

d) (Se deroga)

....................................................................................................

. (Se derogan los dos últimos párrafos.)"

"Artículo 145-A. Para los efectos de aplicación de los artículos de esta sección, por servicios de correo se entenderán conjuntamente los servicios postales y de correspondencia que proporciona la dependencia prestadora del servicio.

Para efectos de aplicación de las cuotas de los derechos señalados en esta sección, las mismas se incrementarán trimestralmente, en la misma proporción en que se incrementen las tasas básicas que fija el Convenio Postal Universal conforme al valor del franco oro postal."

"Artículo 147................................................................

. Los partidos políticos constituidos en los términos de la legislación correspondiente, así como la Comisión Federal Electoral, no pagarán el derecho de correo por le envío de su correspondencia ordinaria, su propaganda y sus publicaciones periódicas. ..............................................................................."

"Artículo 148................................................................

. A.............................................................................

. III...........................................................................

i) De cambio de propietario por cada unidad. $ 12,500.00

..............................................................................

. B)............................................................................

. Cuando los trámites a que se refiere este apartado sean realizados con motivo del alta de unidades de autotransporte federal, dentro de los seis meses inmediatos anteriores al término del bienio correspondiente, se pagará el 50% de las cuotas.

..............................................................................

. E.............................................................................

. VI............................................................................

. En el caso de bajas temporales por cambio de vehículo, no se causarán los derechos a que se refiere el apartado B de este artículo durante la vigencia de las mismas, siempre que los contribuyentes regresen a la autoridad prestadora del servicio las placas de las unidades.

..............................................................................

. Cuando el contribuyente realice el pago de los derechos a que se refiere esta sección, y por causas imputables al mismo, la autoridad no realice la prestación del servicio correspondiente durante los tres meses siguientes a dicho pago, el contribuyente pagará la diferencia que resulte a su cargo, derivado de los incrementos de los derechos que haya durante ese período."

"Artículo 151-A. (Se deroga.)"

"Artículo 161. Los derechos establecidos en los artículos 150 a 152 de esta ley, se determinarán decenalmente por la autoridad administradora del derecho y se pagarán dentro de los tres días siguientes de la fecha en que se le dé a conocer al usuario."

"Artículo 162................................................................

. A.............................................................................

. I.............................................................................

. g) De más de $ 1.000,000.00 una cuota de $ 29,000.00 más cuatro al millar.

..............................................................................

. "Artículo 165................................................................

. III. Por la expedición, revalidación o reposición del certificado de registro o placa de matrícula: .............................................................................."

"Artículo 170. ..............................................................

. Se derogan los dos últimos párrafos.)"

"Artículo 173-A. ............................................................

III. Por el deslinde y levantamiento topográfico de la zona sujeta a concesión, por metro cuadrado $ 80,000.00

.....................................................................................................

. "Artículo 174-A. ...........................................................................

. I. ...................................................................................................

. c) (Se deroga.)

d) (Se deroga.)

II. ..........................................................................

f) Para comercialización de aves canoras y de ornato, en cada entidad federativa. $ 4,000.00

......................................................................................................

m) Para capturadores de aves canoras o de ornato, en cada entidad federativa $ 9,600.00

Los colectores científicos nacionales acreditados por su institución y autorización por la dependencia prestadora de los servicios no pagarán el derecho por servicios de flora y fauna a que se refiere la fracción II inciso d) de este artículo."

"Artículo 174-C (Se deroga.)"

"Artículo 175. ..............................................................

. El Instituto Nacional de Bellas Artes y el Instituto Nacional de Antropología e Historia, por conducto de la Secretaría de Educación Pública , podrán reducir o eliminar el cobro de las cuotas señaladas en este artículo, cuando para la promoción de la cultura lo estimen conveniente, previa autorización de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Programación y Presupuesto.

.............................................................................."

"Artículo 178-A. ............................................................

. (Se deroga el último párrafo.)"

"Artículo 195-A. ............................................................

IX. Colorantes, conservadores y otros aditivos. $ 500,000.00

.....................................................................................................

XII. Insumos de uso odontológico $ 100,000.00

XIII. Productos que contengan substancias tóxicas de alto y mediano riesgo para la salud 300,000.00

XIV. Productos que contengan substancias tóxicas de bajo riesgo para la salud 60,000.00

XV. Fuentes selladas de radiación ionizante, que utilicen isótopos radioactivos de alto riesgo para la salud 750,000.00

XVI. Fuentes selladas de radiación ionizante que utilicen isótopos radioactivos de mediano riesgo para la salud 300,000.00

XVII. Fuentes abiertas de radiación ionizantes que utilicen isótopos radioactivos de alto riesgo para la salud 500,000.00

XVIII. Fuentes abiertas de radiación ionizante que utilicen isótopos radiactivos de 200,000.00

XIX. Fuentes de radiación ionizante que no utilicen isótopos radioactivos 175,000.00

Lo dispuesto en el párrafo anterior, también será aplicable a los productos a que se refieren las fracciones IV, V, VI, VII, X, XI, XII, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX de este artículo.

"Artículo 195-E.

IX. Certificaciones de responsabilidad sanitaria $ 40,000.00

X. .................................................................................................

. "Artículo 195-F. Por los servicios de trámite y expedición, prórroga o modificación del permiso sanitario en materia de publicidad vinculada a las actividades, productos, bienes y servicios a los que se refiere la Ley General de Salud, se pagará el derecho de permiso sanitario en materia de publicidad, por cada producto y tipo de mensaje, de conformidad con las siguientes cuotas:

..............................................................................

. VIII. Anuncios en exteriores $ 125,000.00

.............................................................................."

"Artículo 195-K. Por la inscripción de los actos jurídicos en materia sanitaria, se pagará el derecho de inscripción, de conformidad con las siguientes cuotas:

I. De cesión de derechos de autorizaciones sanitarias entre personas físicas $ 5,000.00

II. De cesión de derechos de autorizaciones sanitarias entre personas morales o entre personas físicas y morales 25,000.00

III. De cesión de derechos para la importación de productos 100,000.00"

"Artículo 195-L. No se pagarán los derechos a que se refiere este capítulo, en los siguientes casos:

I. Cuando se trate de establecimientos, locales, instalaciones o transportes dedicados exclusivamente a la asistencia o seguridad pública, así como los pertenecientes al Ejército y Armada nacionales.

II. Cuando se trate de establecimientos, locales instalaciones, transportes, productos o bienes para el servicio de gobiernos extranjeros, en caso de reciprocidad."

"Artículo 201. ..............................................................

. Tratándose de embarcaciones locales comerciales, se pagará el 50% de la cuota correspondiente al derecho de puerto de cabotaje, por cada entrada a puerto.

Los derechos a que se refieren los artículos 200 y 201 de esta ley se pagarán al día siguiente a aquél en que entre a puerto la embarcación."

"Artículo 202. ..............................................................

. El derecho a que se refiere este artículo, se pagará dentro de los cinco días siguientes, contados a partir del momento en que atraquen las embarcaciones."

"Artículo 203. ..............................................................

. Las autoridades portuarias, antes de expedir el despacho de salida de una embarcación, verificarán el correcto pago de los derechos a que se refiere este capítulo."

"Artículo 205. Los propietarios, remitentes o destinatarios de las mercancías por sí o por conducto de los agentes aduanales que utilicen los muelles propiedad de la Federación, pagarán el derecho de muelle por cada tonelada o fracción de carga, conforme a las siguientes cuotas:

..............................................................................

. III. Mercancías en tráfico de cabotaje $ 45.00

El derecho a que se refiere este artículo, se pagará a partir del día siguiente a aquél en que se haya realizado la descarga de las mercancías."

"Artículo 206. ..............................................................

. El derecho a que se refiere este artículo, se pagará por una sola vez al desembarco de los pasajeros."

"Artículo 215. ..............................................................

. 2. Autobuses de pasajeros, camiones de carga o tractores con semirremolque o remolque, se aplicará el 50% de la cuota por cada eje excedente a partir del quinto eje. .............................................................................."

"Artículo 218. ..............................................................

. Los derechos contenidos en este capítulo, se incrementarán en la misma proporción en que se incrementen las tarifas del servicio público federal de autotransporte de pasajeros y de carga promediadas en su caso, a partir del séptimo día de calendario posterior a la fecha de la autorización."

"Artículo 223. ...............................................................

A.............................................................................

. Cuando el aprovechamiento de aguas se realice en zonas de acuíferos sobreexplotados o de disponibilidad I, se pagará el 75% de la cuota que se aplique en el sistema de agua potable del municipio donde se realice el aprovechamiento o del más cercano a éste, a excepción de las que se extraigan dentro del Distrito Federal y de los estados de Guanajuato, Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Querétaro, en cuyo caso la cuota se determinará conforme a lo siguiente:

I. Por las aguas superficiales cualquiera que sea su fuente independientemente del destino que se les dé, por metro cúbico $ 150.00

.............................................................................."

"Artículo 224. ..............................................................

. II. Por el uso o aprovechamiento de aguas residuales en zonas de acuíferos sobreexplotados, cuando se deje de usar o aprovechar agua distinta de ésta en la misma proporción. .............................................................................."

"Artículo 233. Para los efectos del artículo anterior, el valor del inmueble federal será el que resulte mayor entre el valor catastral o el de adquisición del terreno colindante con aquél, este último valor se ajustará aplicando el factor correspondiente, conforme al número de años transcurridos entre su adquisición y la fecha en que se debe pagar el derecho de acuerdo con la tabla de ajuste que al efecto establezca la Ley del Impuesto sobre a Renta. .............................................................................."

"Artículo 238. ..............................................................

. II. (Se deroga.)

..............................................................................

. VI. (Se deroga.)

.............................................................................."

"Artículo 238-A. ............................................................

I. Águila arpía, real o dorada; ballena jorobada o gris; berrendo cochinito, cóndor de California, elefante marino, foca fina de Guadalupe, lobo marino; halcón pradera y peregrino; guacamaya roja o verde; lobo mexicano, manatí oso gris; oso negro; pavón o gran cornudo; tapir y jaguar, por cada uno $ 7.200,000.00

.............................................................................."

"Artículo 240. ..............................................................

. Por los sistemas de UHF y VHF, se utilizará un horario diario de 24 horas. .............................................................................."

"Artículo 241 ...............................................................

. Para los efectos de este artículo, el horario autorizado como referencia será el de la ciudad de México, el mínimo de horas que se tomará en cuenta para el cálculo del derecho será dos horas para los sistemas de HF, y para los sistemas de UHF y VHF será de 24 horas, las fracciones de una hora se tomarán como hora completa."

"Artículo 244. Tratándose de sistemas o redes de enlace radioeléctricos multicanales entre estaciones móviles a través de una o más estaciones de base con o sin repetidor, el derecho por el uso del espectro radioeléctrico se determinará considerando el radio de acción en kilómetros de estaciones móviles, la cantidad de canales duplex, la carga de suscriptores por canal en servicio, el número de horas diarias de operación autorizadas y las características de emisión. Este último concepto se convertirá en factor de conformidad en el artículo 252 de esta ley.

Para calcular el derecho, se multiplicará 33.0 por el número de kilómetros del radio de acción de las estaciones móviles, por el número de horas de operación y por el factor de emisión correspondiente; el resultado se sumará al producto que se obtenga de multiplicar 650.0 por la carga de suscriptores por canal en servicio, el cual será de 25 como mínimo, y por la cantidad de canales radioeléctricos duplex que tenga en operación el sistema. La cantidad así obtenida será el derecho a pagar.

Para efectos de este artículo, el horario autorizado tendrá como referencia el de la ciudad de México."

"Artículo 244-A. Tratándose de sistemas o redes radiotelefónicas con tecnología celular, el derecho se determinará considerando el radio de acción de cada célula, la cantidad de canales duplex, la carga de suscriptores por canal en servicio, el número de horas de operación y las características de emisión que se convertirá en factor de conformidad en el artículo 252 de esta ley.

Para calcular el derecho, se multiplicará 33.0 por la suma de los kilómetros del radio de acción de cada célula, por el número de horas de operación y por el factor de emisión correspondiente; el resultado se sumará al producto que se obtenga de multiplicar 650.0 por la carga de suscriptores por canal en servicio, el cual será de 25 como mínimo y por 333 que equivale a la cantidad de canales radioeléctricos duplex del sistema. La cantidad así obtenida será el derecho a pagar.

Para los efectos de este artículo, el horario autorizado tendrá como referencia el de la ciudad de México."

"Artículo 253-B. (Se deroga)."

Disposición transitoria

Artículo vigesimosexto. La reforma al artículo 25 de la Ley Federal de Derechos, entrará en vigor a partir del 1o. de febrero de 1988.

Disposiciones de vigencia anual

Artículo vigesimoséptimo. Durante el año de 1988 se aplicarán en materia de derechos las siguientes disposiciones:

I. Para los efectos del artículo 1o. de la ley, las cuotas de los derechos se incrementarán con el factor de 1.2 a partir del 1o. de febrero, y subsecuentemente se ajustarán bimestralmente con el índice nacional de precios al consumidor, con las excepciones al título primero que a continuación se indican:

a) Las cuotas de los derechos a que se refiere la sección segunda del Capítulo III, con el factor de 1.5 a partir del 1o. de enero, y a partir del 16 de marzo con el índice nacional de precios al consumidor a excepción de las cuotas contenidas en el artículo 33 fracción II, inciso a), y fracción IV y 33-A, Fracción V, las cuales se incrementarán con el factor de 2.0 a partir del 1o. de enero.

b) Las cuotas de los derechos a que se refiere la sección sexta del capítulo III, con el factor de 3.0 a partir del 1o. de enero y a partir del 16 de marzo con el índice nacional de precios al consumidor.

c) Las cuotas de los derechos a que se refiere la sección primera del capítulo VIII, con el factor de 1.2 a partir del 1o. de febrero, y a partir del 16 de marzo con el índice nacional de precios al consumidor, a excepción de los artículos 105, 107, 109 apartado A, 110 y 112, los cuales se incrementarán con el factor de 1.8 a partir del 1o. de febrero, los de la sección cuarta con el factor de 2.0 a partir del 1o. de febrero, a excepción de lo dispuesto en el artículo 144, fracciones IX, X y XII.

d) Las cuotas de los derechos a que se refiere el capítulo X, con el factor de 1.2 a partir del 1o. de febrero, y a partir del 16 de marzo, con el índice nacional de precios al consumidor, a excepción de lo dispuesto en el artículo 178-A, apartado B, fracción III y 178-B fracción IV, que no tendrán incremento por factor ni por aplicación del índice nacional de precios al consumidor.

II. Las cuotas de los derechos a que se refiere el capítulo VI del título segundo de la ley, se incrementarán con el factor del 1.5 en las clases uno, tres y cuatro a partir del 1o. de febrero, y con el factor de 1.3 en la clase dos, a excepción de las cuotas para autobuses de pasajeros, las cuales se incrementarán con el factor de 1.17 a partir del 1o. de febrero.

A partir del 1o. de marzo las cuotas de los derechos a que se refiere el párrafo anterior, se incrementarán en la misma proporción en que se incrementen las tarifas, del servicio público de autotransporte federal de pasajeros y de carga, promediadas, en su caso, a los siete días de calendario posteriores a la fecha de autorización.

Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a los puentes federales de la frontera norte del país.

III. Los servicios a que se refiere el artículo 3o., quinto párrafo, de la Ley Federal de Derechos para el año de 1988 son:

A. Telex internacional.

B. Telegráfico internacional.

C. Telerreservaciones en la modalidad de reservación de espacios.

D. Telecomunicaciones a través de satélites internacionales en lo que se refiere a las cantidades que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tenga que pagar por la utilización del segmento espacial y los servicios complementarios del exterior.

E. Comunicaciones marítimas por satélite.

F. Conducción internacional de señales por satélite y por otros medios.

G. Transmisión internacional de señales de datos.

H. Conducción de señales de México al extranjero correspondiente al tramo nacional.

I. Servicio de transmisión de mensajes financieros.

J. Servicio radiomarítimo proporcionado a embarcaciones extranjeras.

K. Los prestados por oficinas de la Federación en el extranjero.

L. Los siguientes derechos: pesca comercial, puerto, atraque, desembarque, sal destinada a la exportación, puentes federales de la frontera norte del país y caza deportiva.

IV. Para los efectos del artículo 83-B de la Ley Federal de Derechos, durante 1988 los usuarios de distritos de riego con superficie regable mayor de 50 mil hectáreas en los que la tenencia media de la tierra por usuarios sea mayor de cinco hectáreas, así como los usuarios de los distritos de riego con superficie regable menor de 50 mil hectáreas, en las que la parcela media por usuario sea mayor de seis hectáreas, deberán cubrir mediante el pago de las cuotas por el servicio de riego y drenaje, el 100 % de sus necesidades presupuestales para la realización de programas normales de operación y mantenimiento de sus obras de infraestructura.

En el año de 1988, los distritos de riego con superficie regable mayor de 50 mil hectáreas con

parcela media por usuario menor de cinco hectáreas y los que aun teniendo superficie regable menor, cuenten con parcela media por usuario de tres a seis hectáreas, deberán ser autosuficientes en el 80 % de sus necesidades presupuestales para los programas normales de operación y mantenimiento de sus obras.

Los distritos de riego en los que la parcela media por usuario sea menor de tres hectáreas, durante el año de 1988 deberán ser autosuficientes en el 60 % de sus necesidades presupuestales para los programas de operación y mantenimiento de sus obras.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en consulta con la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, publicará cuáles son los distritos de riego que se encuentran comprendidos dentro de cada uno de los supuestos anteriores.

Si en el año de 1988 la escasez de agua derivada de sequía o insuficiencia de los acuíferos subterráneos, las catástrofes sufridas por fenómenos hidrometeorológicos o por plagas, o cualquier otra causa de fuerza mayor, afecten el programa de un distrito de riego, impidiendo a los agricultores sembrar con cultivos de riego la totalidad de sus parcelas registradas en el padrón de usuarios, por los menos una vez durante el ciclo agrícola completo, la autosuficiencia presupuestal para la operación, conservación y mantenimiento de sus obras, se reducirán en proporción igual a la disminución del programa de riego. También se podrán reducir los porcentajes de autosuficiencia a que se refieren los párrafos anteriores, cuando la situación económica del distrito de riego no permita alcanzar dichos porcentajes, si así lo constatan las secretarías de Hacienda y Crédito Publico y de Agricultura y Recursos Hidráulicos, a petición del comité directivo del distrito de riego.

V. Las cuotas de los derechos a que se refieren las secciones primera y segunda del Capítulo II, del título primero de la Ley Federal de Derechos, así como las cuotas de los derechos a que se refieren los apartados C y D del artículo 151 de la citada ley, se ajustarán a medios millares de pesos.

Las cuotas de los derechos a que se refiere la sección cuarta del Capítulo VIII, del título primero, de la Ley Federal de Derechos, inferiores a 500 pesos se ajustarán a medias centenas de pesos.

Las cuotas de los derechos a que se refieren los artículos 213 y 214 de la Ley Federal de Derechos, se ajustarán a medias centenas de pesos cuando la cuota sea hasta de 1 mil pesos y a centenas de pesos cuando la cuota aplicable exceda de esta cantidad, a partir de 10 mil pesos se aplicará la tabla de ajuste a que se refiere el artículo 6o.

Para efectuar los ajustes a que se refiere la fracción anterior, las cuotas se aumentarán o disminuirán, según sea el caso a la unidad de ajuste más próxima; cuando se encuentre a la misma distancia de dos unidades de ajuste se disminuirá a la más baja.

Esta regla no se aplicará a las cuotas que sean menores de 500 pesos tratándose de los dispuesto en el primer párrafo de esta fracción y de 50 pesos por lo que se refiere al segundo párrafo, mismas que se ajustarán a estas cantidades, respectivamente.

VI. Para los efectos de lo dispuesto en la sección quinta del capítulo VIII del título primero de la Ley Federal de Derechos, cuando el pago de los derechos se realice en las oficinas de la dependencia prestadora del servicio ubicadas fuera del Distrito Federal, se aplicará un descuento del 25% sobre las cuotas de los derechos respectivos.

VII. El derecho a que se refiere el artículo 173 de la Ley Federal de Derechos, sólo se pagará cuando se trate de aquellos parques que cuenten con el control que permite el acceso exclusivamente a las personas que lo hayan pagado.

VIII. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 215, en la clasificación número dos, de la Ley Federal de Derechos, el 50 % de la cuota se aplicará a partir del 5o. y sucesivos ejes.

IX. Tratándose del derecho por el uso de aeropuertos en vuelos internacionales, se seguirán aplicando las mismas disposiciones que estuvieron vigentes durante 1986.

X. El pago del derecho de caza deportiva a que se refiere el artículo 238 de esta ley, por la temporada de caza 1988-1989, se realizará conforme a las cuotas vigentes durante 1988. Asimismo, los contribuyentes residentes en México pagarán durante esa temporada el 50 % de dichas cuotas a excepción de las fracciones XVIII y XIX del citado precepto, caso en el cual se aplicará el 10 % de la cuota a que se refiere dicha fracción.

Artículo vigesimoctavo. Los contribuyentes que en los términos del último párrafo del artículo 53-C de la Ley Federal de Derechos, adquieran directamente las máquinas registradoras de comprobación fiscal, podrán acreditar el 50 % del valor de adquisición de dichas máquinas

mediante certificados que al efecto les expidan las autoridades fiscales y lo aplicarán en el pago de cualquier impuesto federal, propio o retenido, así como los accesorios de éstos, con excepción de aquéllos que estén destinados a un fin específico.

Los contribuyentes podrán optar por hacer efectivo el remanente del certificado no aplicado totalmente en un período de tres meses, contados a partir de la fecha de expedición, ante las oficinas autorizadas.

El certificado será personal para el contribuyente y no podrá ser transmitido por acto entre vivos, excepto tratándose de fusión de sociedades.

TRANSITORIO

Artículo único. La presente ley entrará en vigor el día 1o. de enero de 1988.

Ruego a ustedes, CC. secretarios se sirvan dar cuenta de esta iniciativa al H. Congreso de la Unión, para los efectos correspondientes.

México, D. F., a 13 de noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.>

Trámite: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día es el turno a comisión de la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda y del Departamento del Distrito Federal.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Dirección General de Gobierno.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presentes.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente envió a ustedes iniciativa de reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, documento que el propio Primer Magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 13 de noviembre de 1987.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados Presente.

En ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por su digno conducto someto a esa soberanía nacional, para su análisis, consideración y aprobación en su caso, la presente iniciativa de decreto que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.

El cambio estructural no ha constituido, en la presente administración del gobierno de la República, un mero enunciado o propósito intangible, sino que se ha traducido en un vigoroso proceso cuyo objetivo fundamental consiste en reorientar las acciones que lleven al fortalecimiento de la estructura administrativa, que unida a la planeación, la voluntad reiterada y la vocación de servicio, desemboquen en el establecimiento de esquemas que, de manera gradual y concertada, conlleven a avanzar en la situación coyuntural por la que se atraviesa.

Con la convicción plena de que el orden jurídico es parámetro y lineamiento de la actuación de toda autoridad, pero que no debe constituir factor de obstaculización, sino de un cambio continuo a las contingentes necesidades, a la evolución y al progreso de la comunidad política, se propone ajustar los ordenamientos jurídicos tributarios que constriñen la actuación de la autoridad impositiva del Departamento del Distrito Federal.

Esta iniciativa obedece al imperativo de reafirmar la política tributaria instrumentada de acuerdo a las realidades del presente, partiendo de un equilibrio presupuestario que tiene como puntal la actualización, paulatina pero constante, de las bases gravables, la incorporación en ley de supuestos de causación, con miras a configurar nuevas

contribuciones o activar las ya existentes, encuadrando en supuestos hipotéticos normativos a hechos o actos que ya constituían generadores de contribuciones en términos reales, así como también a otros que pueden convertirse en nuevas fuentes de ingresos, dentro de una sana política tributaria que tiene como puntal el equilibrio de las fuerzas económicas.

Así dentro de las disposiciones generales del título primero de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se propone la modificación de su artículo 6o., para precisar que el pago espontáneo que está previsto en el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, sólo es procedente respecto de las contribuciones periódicas, habida cuenta de que, en materia federal, la figura jurídica del pago espontáneo se encuentra orientada primordialmente a las que tienen el carácter de periódicas.

Por otro lado, dentro del mismo artículo 6o. de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se previene el pago anticipado de las contribuciones periódicas, dentro de un marco operativo en que, al contribuyente que realice el pago anticipado, no se le cobrarán posteriormente las diferencias resultantes del incremento mensual a la base gravable o a las cuotas que más adelante se proponen en esta iniciativa, lo que responde a una adecuada administración de las contribuciones, por cuanto que, si el contribuyente paga anticipadamente, esto incide en un ahorro en los costos de la administración de la contribución y reporta un beneficio para la hacienda pública.

Este nuevo sistema trae como consecuencia necesaria la derogación de la disposición contenida en el artículo 16 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, que contempla actualmente el pago anual anticipado y sólo referido al impuesto predial.

La iniciativa contiene una reforma a los artículos 14 y 18, en el párrafo segundo de su fracción IV, de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, a fin de que, con una mínima afectación de las desgravaciones establecidas en beneficio de los propietarios o poseedores con reducida capacidad tributaria, se prevenga una cuota mínima por concepto del impuesto predial, como una respuesta al imperativo constitucional que se encuentra contenido en los artículos 31 y 115 reformado de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En efecto, además de la obligación impuesta en forma general por el artículo 31 constitucional, de contribuir a los gastos públicos, el reformado artículo 115 constitucional determinó desde el año de 1983, pues las reformas respectivas fueron publicadas en el Diario Oficial del 3 de febrero de 1983, que las leyes locales, carácter éste atribuido a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, no establecerá exenciones o subsidios respecto de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en favor de personas físicas o morales, ni de instituciones oficiales o privadas.

Es más, el decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone, en su artículo segundo transitorio, que "el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, en el plazo de un año computado a partir de la vigencia de este decreto procederán a reformar y adicionar las leyes federales, así como las constituciones y leyes locales, respectivamente, para proveer al debido cumplimiento de las bases que se contienen en el mismo".

El Mandato del Constituyente Original, pero sobre todo el específico del Constituyente Permanente, no deben ser desatendidos por razones claras e indiscutibles, lo que motiva que el Poder Ejecutivo a mi cargo proponga una cuota mínima por concepto de impuesto predial, con importe del 50% de un salario mínimo diario a pagar bimestralmente, que de ningún modo parece afectar la economía particular de los propietarios o poseedores de escasos recursos.

En este mismo renglón, se precisa que las desgravaciones se actualizarán sólo cuando se modifique el valor catastral de los bienes inmuebles, lo que se explica en razón de que , de otra manera, las cuotas del impuesto predial tenderían paulatinamente a reducirse cada vez que se aumentara el salario mínimo general, con la consiguiente disminución de los ingresos del Estado, que le son indispensables para realizar las funciones de derecho público que tiene encomendadas, y a la vez se precisa que el salario mínimo general será el vigente en el mes de enero del año en que se asigne el nuevo valor catastral, con lo que se evita la indefinición en la aplicación de los distintos salarios mínimos generales que pudieren estar vigentes durante un año.

Las razones expuestas llevan igualmente al convencimiento y a la necesidad impostergable de incrementar la base gravable del impuesto predial, del tal modo que devenga en el aumento de las cuotas y el aumento consiguiente de los ingresos del Departamento del Distrito Federal, quien los requiere en forma indispensable para poder atender los servicios públicos cuya prestación no admite disminución o retardo, claro está que con la idea insoslayable de que las cargas tributarias no resulten excesivamente onerosas para los habitantes del Distrito Federal.

Así pues, la iniciativa propone, con algunas salvedades, un incremento porcentual generalizado a los valores unitarios del suelo y de las construcciones, que es uno de los medios previstos en la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal para la determinación del valor catastral de los inmuebles, lo que se pone a consideración de esa soberanía nacional en razón de que ésta misma consideró al aprobar el dictamen correspondiente a la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1987, que el principio de legalidad es toral para cualquier contribución por imperio de mandato Constitucional, por lo que, si bien es cierto que los valores unitarios del suelo y de las construcciones ya se encontraban apuntados en las fracciones III y IV del artículo 22 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, esa soberanía nacional estimó necesaria una modificación para que fuere el H. Congreso de la Unión quien autorice estos valores unitarios, lo cual quedó, establecido así en el artículo cuarto transitorio de la mencionada Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1987.

El impuesto sobre adquisición de inmuebles, establecido en el Capítulo II del título segundo de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, presenta una problemática amplia y compleja, que resalta cuando se trata de la aplicación de las normas tributarias en el tiempo, sobre todo al darse la causación de esta contribución por causa de muerte, lo que motiva la conveniencia de esclarecer las disposiciones fiscales sobre el particular, lo que deviene además en seguridad jurídica para los particulares.

Así pues, en el artículo 23 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se precisa que las reducciones establecidas para el cálculo del impuesto sobre adquisición de inmuebles se harán tomando en cuenta el salario mínimo general, elevado al año, de la zona económica que corresponda al Distrito Federal, vigente al mes de enero del año en que la contribución se cause.

En el otro aspecto, se propone la reforma a los artículos 26 y 28, relacionados, de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, para establecer que, cuando se trate de adquisición por causa de muerte, el impuesto sobre adquisición de inmuebles se pagará a la fecha de la adjudicación de los bienes de la sucesión, sin tomar en cuenta ya el plazo de tres años posterior a la muerte del autor de la misma, como se hace en las normas actuales, por lo que, consiguientemente, el avalúo sólo podrá estar referido a la fecha de la adjudicación de los bienes de la sucesión.

En lo relativo al impuesto sustitutivo de estacionamientos, se propone un ajuste al artículo 45-B de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, a fin de que, en atención a un sistema jurídico integral, este precepto legal quede acorde con el nuevo Reglamento de Construcciones, para que queden uniformemente señalados los espacios para estacionamientos de vehículos con que las edificaciones deben contar.

La iniciativa de este Poder Ejecutivo a mi cargo contiene una innovación sustancial, que consiste en el impuesto sobre nóminas, como una nueva contribución dentro de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, en un capítulo adicional a su título segundo, con el propósito apuntado en un principio y reiterado en esta exposición de motivos, de la obligación ineludible de contribuir a los gastos públicos impuesta constitucionalmente a todos los miembros de la comunidad política mexicana, obligación que no tiene por correlativo a un derecho susceptible de ser declinado, sino al deber del Estado de establecer y exigir las contribuciones necesarias para alcanzar objetivos que son impostergables.

Así pues, se propone que, dentro del título segundo de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se adicione un capítulo VI intitulado "impuesto sobre nóminas", en donde los sujetos de la nueva contribución son las personas físicas o morales que realicen erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, en lo que se puede apreciar también el objeto de este gravamen, con una tasa del 2% sobre el monto total de tales erogaciones, que se considera no tendrá repercusión económica de trascendencia en la economía de los empleadores de esta clase de servicios.

En la parte relativa al título cuarto de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, en donde se reglamentan los derechos, su artículo 57 previene actualmente que la autoridad prestadora del servicio dejará de proporcionarlo en el caso de que el contribuyente no realice los pagos oportuna y debidamente, excepto en el caso de derechos de agua, excepción ésta que el Poder Ejecutivo a mi cargo considera debe circunscribirse única y exclusivamente el caso del agua del uso doméstico.

En efecto, no se encuentra justificación suficiente para que los usuarios obtengan el servicio de agua de uso no doméstico o de agua residual, sin el pago de los derechos correspondientes, aparte de que esta clase de aguas no constituyen necesidades primarias para la población en general, por lo que, con la reforma propuesta, la autoridad

prestadora del servicio de agua de uso no doméstico y de agua residual dejará de proporcionarlo, en el caso en que el contribuyente no realice el pago de sus cuotas oportuna y debidamente, quedando la prohibición de suspender el servicio para el caso del agua de uso doméstico.

El sistema cartográfico catastral, que es uno de los pilares de la Infraestructura tributaria lograda en la presente administración, es de tal naturaleza que permite prestar servicios de copias de planos y de cartografía básica y temática, los que conviene regular en el importe de las cuotas respectivas, razón por la cual se introduce una adición al artículo 58 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, para establecer estas nuevas cuotas.

La iniciativa propone la derogación del artículo 96 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, en que se establece la obligación de pagar los derechos por servicios de control vehicular, por la expedición inicial, reposición y canje de placas y tarjetas de circulación, así como su refrendo anual, para los propietarios de bicicletas de motor, bicicletas, triciclos de trabajo y trajineras (canoas), con lo que se suprime un ingreso que no es significativo para la hacienda pública local, a la vez que se beneficia a grupos de escasos recursos que utilizan esta clase de vehículos.

En el artículo 98 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se contemplan las licencias tipo "A" para la conducción de motocicletas, motonetas, triciclos automotores y vehículos cuyo peso máximo autorizado no exceda de 3 mil 500 kilogramos o si son para el transporte de personas que no tengan más de nueve asientos, en una clasificación conforme a su vigencia que es de tres y de doce años, en relación con lo cual se propone adicionar una tercera clase de licencias con vigencia de un año solamente, en razón de que su cuota correspondiente será la de una tercera parte de la licencia con vigencia de tres años, facilitando de esta manera su acceso a gran parte del universo de personas que requieren los servicios.

La iniciativa propone la adición del artículo 99-B a la ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, para establecer los derechos por los servicios de expedición de permiso obligatorio para la venta de vehículos usados, así como también para el desguace de los mismos, con lo cual se pretende no solamente tener un ingreso más para el Estado, sino también introducir un instrumento administrativo de control para esta clase de actividades, que redunde en una seguridad jurídica de los particulares, que ha sufrido grave detrimento en este campo de la economía.

La iniciativa contiene la propuesta de nuevas cuotas por los servicios de publicaciones que presta el Departamento del Distrito Federal en la Gaceta Oficial, en virtud de que el incremento anual de carácter general que se ha venido estableciendo para todos los derechos, resulta actualmente inferior al costo real de esta clase de servicios.

Por las mismas razones y sobre las mismas bases constitucionales que han quedado asentadas para establecer una cuota mínima por concepto del impuesto predial, la iniciativa propone también una cuota mínima por concepto de derechos por servicio de agua, equivalente al 50% de un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a la vez que se establece un plazo específico para el pago de esta clase de derechos y la responsabilidad solidaria para los propietarios o poseedores de los bienes inmuebles en que se encuentren instaladas las tomas de agua.

La estructura administrativa de la Tesorería del Distrito Federal permite actualmente la administración de los derechos de agua mediante el sistema de autodeterminación, por parte de las sociedades mercantiles y las sociedades y asociaciones civiles, por lo que ya resulta innecesaria la norma contenida en el artículo 111 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, conforme a la cual la autodeterminación de esta clase de contribuyentes es paulatina, según se les vaya notificando la obligación de hacerlo, de donde que, atentas las razones expresadas, resulta procedente la derogación de esta disposición legal.

Con igual propósito y sobre idénticas bases, la iniciativa propone la inclusión de los derechos por servicios de alumbrado público, dentro de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, a fin de que, acorde a la naturaleza propia de los derechos, se puedan obtener en alguna medida las cantidades erogadas por concepto de los servicios públicos, proporcionados en materia de alumbrado público y prestados en forma particular a los propietarios o poseedores de cada uno de los inmuebles ubicados en el Distrito Federal.

En los artículos transitorios del decreto, como es propio de un ordenamiento de esta naturaleza, se establece su entrada en vigor y la derogación de todos aquellos preceptos que se opongan al contenido de los nuevos.

En cumplimiento a la disposición contenida en la fracción III del artículo 18 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, se establecen los factores que se aplicarán al valor catastral de los inmuebles, como uno de los instrumentos legales para determinación, o actualización,

del valor catastral de los inmuebles, que no es otra cosa que la dinámica propia que se presenta en toda contribución, la que se encuentra marcada por el incremento del costo de los servicios públicos.

Acorde con lo previsto por el artículo 22 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, según la propuesta de esta iniciativa, se establecen la tabla de valores unitarios del suelo y la tabla de valores unitarios catastrales de edificaciones, como otros de los instrumentos para la determinación del valor catastral de los inmuebles, que constituye la base gravable del impuesto predial.

La invocada dinámica de las contribuciones justifica la actualización de las cuotas de los derechos vigentes por el año de 1987, actualización prevista desde el origen de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, pues su artículo 54 estatuye en el párrafo segundo que las cuotas de los derechos aplicables al término de un año de calendario, se incrementarán en el siguiente año a la cantidad que resulte de multiplicar las mismas por los factores señalados por el Congreso de la Unión, en donde resalta el costo real del suministro de agua para fijar los incrementos a las cuotas correspondientes.

En todo esto, la iniciativa introduce una mecánica nueva para la actualización de las contribuciones, con el propósito de que su incremento anual no constituya un impacto significativo para los contribuyentes, por lo que se propone un factor mensual de incremento para las contribuciones, que permitirá que, para el ejercicio fiscal de 1989, el factor de incremento no sea más que un ligero ajuste al resultado de los incrementos mensuales realizados durante el año de 1988.

Por último, se reitera la exención establecida desde el ejercicio fiscal de 1986, respecto del impuesto sobre la adquisición de inmuebles y de los derechos por la prestación de servicios del Registro Público de la Propiedad, a favor de las personas que perdieron su vivienda como consecuencia de los fenómenos sísmicos del año de 1985 y que adquieran una vivienda en reposición de la destruida, con el objetivo primordial de que los beneficios derivados de su aplicación alcancen a las personas que, por cualquier circunstancia, aún no hayan podido adquirir una vivienda digna y decorosa.

Por lo expuesto, el Poder Ejecutivo Federal a mi cargo somete por su digno conducto a la soberanía nacional, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

"Artículo 6o.................................................................

Si el contribuyente efectúa el pago anticipado de contribuciones periódicas, no se cobrarán las diferencias resultantes de los incrementos posteriores, mensuales o derivados del aumento al salario mínimo, de las cuotas de las contribuciones respectivas, que correspondan a los pagos realizados.

Únicamente las personas que hayan solicitado su inscripción en el respectivo registro de contribuyentes de la Tesorería del Distrito Federal o las que de hecho se encuentren inscritas en el registro, podrán realizar el pago espontáneo de las contribuciones, el que procederá solamente respecto de aquellas que tienen el carácter de periódicas, a partir de la fecha de la solicitud o del registro. .............................................................................."

"Artículo 14.................................................................. ..............................................................................

. Por cada inmueble, se pagará al menos una cuota bimestral mínima, equivalente a una cuota diaria del salario mínimo vigente en el Distrito Federal. En el caso de inmuebles constituidos por apartamentos o viviendas destinados a habitación, la cuota bimestral mínima se pagará por cada uno de ellos."

"Artículo 16.................................................................

. (Se deroga.)"

"Artículo 18.................................................................

. I.............................................................................

. II............................................................................

. III...........................................................................

. IV............................................................................

. ..............................................................................

. Las reducciones anteriores se actualizarán cuando se modifique el valor catastral de un bien inmueble. .............................................................................."

. "Artículo 22.................................................................

. I.............................................................................

.

II............................................................................

. III. La determinación del valor catastral de los inmuebles ubicados en el Distrito Federal, se pondrá hacer con base en los valores unitarios del suelo y construcciones, aprobados por el H. Congreso de la Unión.

IV............................................................................

. Contra las resoluciones derivadas de los actos a que se refieren las fracciones I, II y IV, procederá el recurso de revocación."

"Artículo 23. Están obligadas al pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles establecido en este capítulo, las personas físicas o morales que adquieran inmuebles que consistan en el suelo o en el suelo y las construcciones adheridas a él, ubicados en el Distrito Federal, así como los derechos relacionados con los mismos a que este capítulo se refiere. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 10% al valor del inmueble, después de deducir de éste una cantidad equivalente a cinco veces el salario mínimo general elevado al año, de la zona económica a que corresponda el Distrito Federal, vigente en el mes de enero del año en que el impuesto se cause. Tratándose de viviendas cuyo valor no exceda de diez veces dicho salario mínimo, la deducción será de ocho veces el salario mínimo mencionado.

..............................................................................

. En cualquier caso, se pagará al menos una cuota mínima de veinte mil pesos, que se actualizará mensualmente con la aplicación del factor de 1.05."

"Artículo 25.................................................................

. I.............................................................................

. II............................................................................

. III...........................................................................

. IV............................................................................

. V.............................................................................

. VI............................................................................

. VII...........................................................................

. VIII..........................................................................

. IX............................................................................

. X.............................................................................

. XI............................................................................

. XII. La celebración de contratos de arrendamiento financiero y la cesión de derechos del arrendamiento en los citados contratos, con excepción de aquéllos en que intervengan arrendadoras financieras legalmente autorizadas. .............................................................................."

"Artículo 26. El valor del inmueble que se considerará para efecto del artículo 23 de esta ley, será el que resulte más alto entre el valor de adquisición, el valor catastral y el valor que resulte del avalúo practicado por la Tesorería del Distrito Federal o por el avalúo vigente practicado por personas autorizadas por la misma, el cual, cuando se trate de adquisición por causa de muerte, en cualquier caso deberá estar referido a la fecha de la adjudicación de los bienes de la sucesión.

.............................................................................."

"Artículo 28.................................................................

. ..............................................................................

. II. Cuando se adjudiquen bienes de la sucesión, así como al cederse los derechos hereditarios o al enajenarse bienes por la sucesión. En estos dos últimos casos, el impuesto se causará en el momento en que se realice la cesión o la enajenación, independientemente del que se cause por el cesionario o por el adquirente.

III...........................................................................

. IV............................................................................

. V.............................................................................

. VI............................................................................"

"Artículo 45-B...............................................................

. Para los efectos de esta ley, las edificaciones deberán contar con los espacios para estacionamientos de vehículos que se establecen a continuación, de acuerdo a su tipología y a su ubicación, conforme a los siguiente:

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Las cantidades anteriores de cajones para estacionamientos de vehículos se proporcionarán en los siguientes porcentajes, de acuerdo a las zonas indicadas en el "plano para la cuantificación de demandas por zona".

Zona Porcentaje de cajones respecto a los

establecidos en la tabla anterior

1 100%

2 90%

3 80%

4 70%

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CAPÍTULO VI

Impuesto sobre nóminas

Artículo 45-G. Se encuentran obligadas al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas y morales que en el Distrito Federal realicen erogaciones en dinero o en especie, por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les otorgue.

Para los efectos de este impuesto, se considerarán erogaciones destinadas a remunerar el trabajo personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que se deriven de una relación laboral.

Artículo 45-H. El impuesto sobre nóminas, se determinará aplicando la tasa del 2% sobre el monto total de las erogaciones realizadas, por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.

Artículo 45-I. El impuesto sobre nóminas, se causará en el momento en que se realicen las erogaciones por el trabajo personal subordinado, y se pagará mediante declaración que deberá presentarse cada mes, dentro de los primeros quince días siguientes de calendario.

Artículo 57..................................................................

. En el supuesto de que el contribuyente no haga la presentación de los comprobantes de pago a que se refiere este artículo en los plazos citados, la autoridad prestadora del servicio dejará de proporcionarlo, excepto en el caso de derechos de agua de uso doméstico.

..............................................................................

. Artículo 58..................................................................

. I.............................................................................

. II............................................................................

. III...........................................................................

. IV. Copias por cada una:

a) De planos, certificados o no

b) De cartografía básica y temática, escala 1:10,000 $ 2,200.00

c) Cartografía catastral, escala 1:500 y 1:1000, certificadas o no $ 4,000.00

V.............................................................................

. VI............................................................................

. VII...........................................................................

. VIII..........................................................................

. Artículo 96. (Derogado).

Artículo 98................................................................... I. Licencias tipo "A", que se expedirán para la conducción de motocicletas, motonetas, triciclos automotores y vehículos, cuyo peso máximo no exceda de 3 mil 500 kilogramos o si son para el transporte de personas que no tengan más de nueve asientos, 15 mil pesos por cada año de vigencia.

II. Licencias tipo "B", que se expedirán para la conducción de vehículos, cuyo peso autorizado exceda de 3 mil 500 kilogramos, y para los destinados al transporte de personas cuando tales vehículos tengan más de nueve asientos, 23 mil pesos por cada año de vigencia.

III...........................................................................

. IV............................................................................

. V.............................................................................

. a)............................................................................

. b)............................................................................

. VI............................................................................

. Artículo 99. Por el servicio de grúa, los propietarios pagarán el derecho de grúa con una cuota equivalente a cinco veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.

Artículo 99-B. Por los servicios de expedición de permiso obligatorio para la venta o desguace de vehículos usados, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Por licencia de funcionamiento, de vigencia anual $ 10,000.00

II. Por la venta o el desguace de cada vehículo $ 2,000.00

Artículo 104-C...............................................................

. I.............................................................................

. a)............................................................................

. b)............................................................................

. c)............................................................................

.

d)............................................................................

. II. Publicaciones en la Gaceta Oficial:

a) Por plana entera. $ 70,000.00

b) Por media plana. $ 40,000.00

c) Por un cuarto de plana. $ 20,000.00

Artículo 110. Los propietarios o poseedores de los inmuebles en que se encuentren instaladas tomas de agua, pagarán derechos de agua bimestralmente, teniendo el carácter de responsables solidarios las personas que usen o aprovechen el agua potable, conforme a la tarifa siguiente:

..............................................................................

. La cuota bimestral mínima por el uso o aprovechamiento del agua potable, será la equivalente al 50% de una cuota diaria del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Artículo 111. (Se deroga.)

CAPÍTULO III

De los derechos por el uso o aprovechamiento de bienes inmuebles del dominio público

SECCIÓN QUINTA

Alumbrado público

Artículo 117. Por los servicios de alumbrado público que preste el Departamento del Distrito Federal, los propietarios o poseedores de inmuebles pagarán bimestralmente derechos equivalentes a un 10% de la cuota diaria de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Los propietarios o poseedores de inmuebles, cuyo valor catastral sea mayor de diez veces el salario mínimo general elevado al año, de la zona económica a que corresponda el Distrito Federal, pagarán bimestralmente derechos equivalentes a los por cientos siguientes de la cuota diaria del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal:

I. Los de inmuebles cuyo valor catastral sea mayor de diez hasta trece veces este salario mínimo, elevado al año 13%

II. Los de inmuebles cuyo valor catastral sea mayor de trece hasta dieciséis veces este salario mínimo, elevado al año 16%

III. Los de inmuebles cuyo valor catastral sea mayor de dieciséis vecessalario mínimo, elevado al año. 20%

TRANSITORIOS

Artículo primero. Este decreto entrará en vigor el primero de enero de mil novecientos ochenta y ocho.

Artículo segundo. A partir de la fecha en que este decreto entre en vigor, quedarán sin efecto las disposiciones de carácter general o particular que se opongan a lo establecido en dicho decreto.

Artículo tercero. Para los efectos de la fracción III del artículo 18 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal , el factor que se aplicará será el que corresponda conforme a la siguiente:

Tabla

Tiempo transcurrido El factor de incremento

correspondiente será:

Hasta 1 año 1.00

Más de 1 año hasta 2 años 1.80

Más de 2 años hasta 3 años 2.88

Más de 3 años hasta 4 años 3.90

Más de 4 años hasta 5 años 5.03

Más de 5 años hasta 6 años 6.04

Más de 6 años hasta 7 años 7.01

Más de 7 años hasta 8 años 8.48

Más de 8 años hasta 9 años 10.77

Más de 9 años hasta 10 años 11.95

Más de 10 años hasta 11 años 14.46

Más de 11 años hasta 12 años 17.49

Más de 12 años hasta 13 años 18.55

Más de 13 años hasta 14 años 19.47

Más de 14 años hasta 15 años 20.47

Más de 15 años en adelante 21.68

Artículo cuarto. La determinación del valor catastral de los inmuebles ubicados en el Distrito Federal, se podrá hacer al entrar en vigor el presente decreto, con base en los valores unitarios del suelo y construcciones que señalan las siguientes tablas, cuyo uso se encuentra especificado en la parte final de las mismas.

Para aplicar la tabla de valores unitarios del suelo a un inmueble específico, se determinarán en el listado correspondiente a la delegación política de ubicación del inmueble, la región y manzana catastral; para este efecto, se tendrá en cuenta que del número de cuenta catastral respectivo, los tres primeros dígitos corresponden a la región catastral y los tres siguientes a la manzana. Precisadas éstas, se conocerán en el listado, la colonia catastral y el valor unitario del suelo correspondiente al respectivo inmueble.

Para aplicar a una construcción específica la tabla de valores unitarios catastrales de edificaciones en el Distrito Federal, se determinarán el tipo, clase y presentación de la respectiva construcción:

El tipo está relacionado con la época de la construcción: edificaciones antiguas son las construidas con materiales y procedimientos de hace más de cuarenta años, sin reparaciones o modificaciones mayores; edificaciones modernas son las construidas o renovadas con materiales y procedimientos de construcción de hace menos de cuarenta años.

La clase de edificación común está determinada por su construcción básica, que incluye estructura, complementos e instalaciones, dando lugar a cinco clasificaciones: 1) Popular, 2) económica, 3) media o regular, 4) buena y, 5) especial o muy buena.

La presentación o categoría de la edificación se encuentra definida tomando en cuenta sus acabados, así como también utilizando a sus elementos complementarios como factor determinante, dando origen a un orden creciente que se denominará simplemente 1), 2) y 3).

Artículo quinto. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo anterior, a partir del primero de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, el valor catastral de los inmuebles se incrementará mensualmente con la aplicación del factor de 1.05.

Artículo sexto. Para los efectos del artículo 54 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, las cuotas de los derechos se incrementarán a partir del 1o. de enero de 1988, mediante la aplicación del factor de 1.80 a las cuotas en vigor hasta el 31 de diciembre de 1987, con excepción de las establecidas en este decreto, de los derechos de agua y de aquellas que se expresen en por cientos o millares.

Estas cuotas se actualizarán mensualmente con la aplicación del factor 1.05, con excepción de las establecidas en este decreto, de los derechos de agua, de aquellas que se expresen en por cientos o millares y de las relacionadas con el salario mínimo.

Artículo séptimo. Las cuotas de derechos de agua en tomas de uso doméstico, se actualizarán a partir del 1o. de enero de 1988, en los términos siguientes:

I. En las tomas cuyo diámetro de entrada no exceda de trece milímetros que cuenten con aparato medidor, así como en tomas que no cuenten con aparato medidor, se aplicará el factor de 1.5 a las cuotas en vigor hasta el 31 de diciembre de 1987.

II. En las tomas cuyo diámetro de entrada exceda de trece milímetros:

a) Si se encuentran en inmuebles cuyo valor catastral no exceda de diez veces el salario mínimo general, elevado al año de la zona económica a que corresponda el Distrito Federal, tengan o no medidor, pagarán los derechos de acuerdo con lo establecido en la fracción anterior.

b) Si se encuentran en inmuebles que cuenten con aparato medidor, cuyo valor catastral exceda de diez veces el salario mínimo general, elevado al año de la zona económica a que corresponda el Distrito Federal, se pagarán derechos conforme al costo real de extracción, conducción y distribución por metro cúbico de agua que asciende a 560 pesos.

Los contribuyentes que no cuenten con aparato medidor, pagarán el derecho por servicio de agua, conforme al consumo que les estimen las autoridades fiscales del Departamento del Distrito Federal, en lo términos del Código Fiscal de la Federación, debiendo aplicarse a cada metro cúbico de agua la cuota que corresponde a su costo que es de 560 pesos

Las cuotas a que se refiere este artículo, se ajustarán mensualmente aplicando el factor de 1.05.

Artículo octavo. Los derechos de agua en tomas de uso no doméstico, cualquiera que sea su diámetro de entrada, se pagarán conforme al costo real de extracción, conducción y distribución por metro cúbico, que asciende a la cantidad de 560 pesos.

Tratándose de tomas que no cuenten con aparato medidor, se pagará el derecho conforme al consumo que estimen las autoridades del Departamento del Distrito Federal, de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, debiéndose aplicar a cada metro cúbico de agua la cuota que corresponda a su costo.

Estas cuotas se actualizarán mediante la aplicación mensual del factor de 1.05.

Artículo noveno. Las cuotas de los derechos de agua residual tratada, se incrementarán aplicándoles el factor de 1.80.

Estas cuotas se actualizarán mediante la aplicación mensual del factor de 1.05.

Artículo décimo. Por los servicios de control de vehículos que se presten para automóviles particulares, se pagará el derecho por servicio de control vehicular, sin perjuicio de otras establecidas en ley, conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la expedición inicial de placas y tarjeta de circulación, así como su refrendo anual. $ 20,000.00

II. Por reposición de placas, por cada una, por extravío o deterioro. $ 6,000.00

Artículo decimoprimero. Por estacionamiento de vehículos en la vía pública, se pagará el derecho de estacionamiento, conforme a una cuota de 600 pesos por cada hora o fracción que exceda, la que se incrementará a la que sea autorizada para estacionamientos públicos tipo "A", según acuerdo del ciudadano jefe del Departamento del Distrito Federal.

Artículo decimosegundo. Las personas que como consecuencia de los sismos acaecidos en el mes de septiembre de 1985 hubiesen perdido su vivienda, quedan exentas por una sola vez, del pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y de los derechos por la prestación de servicios del Registro Público de la Propiedad, previa exhibición del certificado de damnificado, que al efecto les hubiese expedido la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Dichas personas gozarán también de facilidades para el trámite de las escrituras públicas que al efecto se otorguen, conforme a las bases establecidas por las autoridades fiscales del Departamento del Distrito Federal, a través de la expedición del acuerdo respectivo.

El presente artículo entrará en vigor hasta el 31 de diciembre de 1988.

Palacio Nacional, a 13 de noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y del Distrito Federal.

EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día es el turno a comisión de la iniciativa del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1988.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se van a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Dirección General de Gobierno.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presente.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito enviar a usted, proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1988.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presente.

Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 74, fracción IV y a lo estipulado por la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, en sus artículos 19, 20, 23 y 24, el Ejecutivo Federal a mi cargo por este digno y apreciable conducto, somete a la consideración de esta soberanía nacional, para su análisis y aprobación en su caso la iniciativa de decreto, relativa al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1988.

Mediante este presupuesto, se observa la obligación constitucional y el compromiso del gobierno

capitalino de informar a la ciudadanía, con respecto al monto, origen, destino, estructura y política de aplicación de los recursos públicos, que ejercerá el Ejecutivo Federal en la ciudad de México, a través del Departamento del Distrito Federal, sus unidades administrativas y sus entidades coordinadas.

Es importante subrayar que durante el ejercicio de 1987, se dio continuidad al fortalecimiento de las estrategias de reordenación económica y cambio estructural estipuladas en el Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988. De igual forma, se prosiguió observando las directrices establecidas en la Ley de Planeación, en el Sistema Nacional de Planeación Democrática y en el Programa de Desarrollo de la zona metropolitana de la ciudad de México y de la región centro. Cabe destacar el fortalecimiento del sistema financiero del sector, a través del convenio de rehabilitación financiera llevado a cabo en 1986, mediante el cual, el gobierno federal asumió el 96% de los pasivos del Departamento del Distrito Federal, situación que permitió destinar un mayor margen de recursos, para apoyar los programas sustantivos.

Se ha actuado con decisión y energía y el principal compromiso de la presente administración, sigue siendo el de mejorar la convivencia social de los habitantes de esta gran ciudad, superando rezagos y desigualdades, originados principalmente por el crecimiento urbano y el centralismo económico y político. Pese a los esfuerzos realizados, estamos conscientes que aún existen problemas estructurales no resueltos, como la marginación de grupos sociales ubicados en áreas específicas de la ciudad, y el de seguridad pública, cuya problemática no se ha logrado satisfacer en su totalidad.

El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1988, se elaboró tratando en todo momento que fuese un medio eficaz de respuesta política a los requerimientos de la ciudadanía y lograr el consenso social de la misma.

El proyecto que se presenta, al igual que en años anteriores se orienta fundamentalmente a la atención de las demandas de servicios requeridos por la población capitalina, captadas a través de un intenso proceso de consulta pública, conducido por el comité de planeación para el desarrollo del Distrito Federal. Esta importante participación ciudadana, originó que las acciones se dirigiesen prioritariamente hacia el mantenimiento, continuidad y consolidación de obras y servicios esenciales.

Los documentos básicos para integrar este presupuesto, fueron el programa actualizado de mediano plazo del sector y el programa operativo anual para 1988, los cuales se consideraron como instrumentos flexibles y adaptables a las circunstancias, lo que permitió fijar rumbos y tener capacidad de respuestas viables ante las demandas de los habitantes de la ciudad.

Nuestra metrópoli, por su dimensión, densidad demográfica y su carácter de capital donde se asientan los poderes federales, tradicionalmente ha sido una urbe de extraordinaria complejidad, diferente en su organización a otras grandes ciudades, situación que complica la prestación de los servicios públicos y la función de gobierno en general.

El presupuesto que se presenta, concreta la política de gasto público del Departamento del Distrito Federal a corto plazo, además de establecer las acciones de coordinación, concertación e inducción con los tres niveles de gobierno y con los sectores social y privado respectivamente, como parte de un proceso integral para la aplicación racional de los recursos.

En el próximo ejercicio, se seguirá trabajando con el mejor de los empeños, preservando lo que así se requiera, pero es especialmente, consolidando las obras y servicios en proceso, bajo un esquema de congruencia y disciplina presupuestal, que oriente el gasto hacia la prestación de servicios públicos elementales, a la mayor cantidad de población posible, con el fin de favorecer a la clase más desprotegida.

Resulta de trascendental importancia, señalar el avance en el enriquecimiento de la democracia, al haber aprobado el Constituyente Permanente, en el mes de agosto del presente año, la iniciativa de reforma constitucional, para crear la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

La asamblea, como lo establece la propia iniciativa, constituye un importante instrumento de participación ciudadana en el gobierno del Distrito Federal, pues las funciones de los representantes que la integran y las facultades del plano, permitirán operar un estrecho y constante vínculo para la atención de la población capitalina.

En esta gran ciudad de México, viven compatriotas de todas las regiones del país, y como todos, requieren servicios y satisfactores a sus necesidades. El gobierno del Distrito Federal, proseguirá atendiéndolos, redoblándolos, redoblando esfuerzos para lograr una ciudad más digna y decorosa.

Con el propósito de lograr una adecuada comprensión de los objetivos y metas que se estiman

alcanzar para el ejercicio de 1988, se incluye en esta exposición de motivos, un resumen de la evaluación de política de gasto sectorial, llevada a cabo en el período de 1983-1987.

La ejecución del programa de mediano plazo a través de los programas operativos anuales, ha coadyuvado a un proceso sistemático en la programación - presupuestación, al mostrar en forma concisa los logros y avances, lo que permite la evaluación objetiva y veraz de los programas. Adicionalmente, el sistema ofrece en la presentación de la cuenta pública del sector, un fiel registro financiero y contable de las acciones realizadas.

La política financiera llevada a cabo por el sector, ha tendido a facilitar la recuperación económica, sin menoscabo de las medidas implantadas para incrementar los ingresos propios del Departamento del Distrito Federal.

Las grandes inversiones que el gobierno de la ciudad ha tenido que realizar para proporcionar los servicios públicos que la población requiere, lo han llevado con frecuencia a recurrir el endeudamiento; así en enero de 1983 el monto de la deuda ascendía a 261 mil 701 millones de pesos, que obligaban a un compromiso de pago por el 41% del presupuesto programado. Bajo estas condiciones financieras, el gobierno capitalino estableció políticas responsables, de reestructuración de la deuda, de ahorro presupuestal y de racionalización del gasto.

En 1984 se logró una ampliación en los plazos de vencimiento y gracia de los pasivos existentes y en abril de 1986 se suscribió el convenio de rehabilitación financiera, por el cual el gobierno federal, asumió el 96% de los pasivos de la entidad, por un importe de 418,310 millones y para 1987 se cumplirá con los compromisos de pago establecidos.

El saneamiento de las finanzas, ha tenido éxito con las medidas implantadas para hacer uso en forma restrictiva y selectiva de recursos vía crédito, tanto interno como externo. Asimismo, se han logrado diversificar los instrumentos de captación, con el fin de allegarse mayores recursos para la atención de servicios básicos.

En el período de 1983-1987, no obstante la situación económica prevaleciente, se ejecutaron satisfactoriamente los programas del sector y en 1985 y 1986, se llevaron a cabo los programas de reconstrucción encomendados por el gobierno de la República.

Las acciones realizadas por esta administración, han permitido que el transporte urbano, uno de los servicios con mayor demanda al que se han destinado montos presupuestales considerables, hoy en día responda a las necesidades de modernidad y eficiencia que el capitalino requiere para su traslado.

La red del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), contaba con una extensión de 78.8 kilómetros a finales de 1982, habiendo alcanzado una longitud de casi 131.5 kilómetros, con 118 estaciones en operación para el año de 1987, dando por resultado que en sólo cinco años se haya logrado incrementar la infraestructura de este servicio en aproximadamente un 67%, mediante la ampliación de las líneas 1, 2 y 3 y la creación de las líneas 6, 7 y 9.

El número de unidades del parque vehicular de Ruta-100, se ha elevado de 4 mil 900 autobuses en 1983 a más de 7 mil en 1987. Asimismo, se llevó a cabo la creación de nuevas líneas para trolebuses, alcanzándose un total de 435.3 kilómetros de líneas en operación en 1987 y se puso en funcionamiento la primera etapa del tren ligero, en el tramo comprendido de Taxqueña a Huipulco, con una longitud de 6.0 kilómetros en 1986.

A través de los diferentes medios que conforman el sistema de transporte urbano del sector, se trasladaron durante el período de 1983 a 1987, aproximadamente 17 mil 900 millones de usuarios.

Con el objeto de disminuir los altos subsidios que proporcionaba el gobierno federal al transporte colectivo del Distrito Federal, se han ido adecuando las tarifas del servicio, a fin de acercarlas a los costos reales de operación.

En seguridad pública, de 1983 a 1987, se incrementaron los niveles profesionales de los cuerpos policiales a través de la impartición de 8 mil 884 cursos de capacitación, especialización y educación vial, de la incorporación de 16 mil 706 policías egresados de la academia, de la dotación de nuevo armamento, de los equipos de intercomunicación, y de la adquisición de 2 mil 384 nuevos vehículos, tales como patrullas, motocicletas, autotanques, grúas, ambulancias de rescate, entre otros.

En impartición y procuración de justicia, se llevó a cabo un proceso constante de adecuaciones jurídicas, con el propósito de responder a las condiciones dinámicas que prevalecen en nuestra ciudad. Se efectuaron revisiones a métodos y procedimientos jurídicos en atención a los programas de modernización y simplificación administrativa, permitiendo garantizar a los ciudadanos una impartición de justicia más ágil y expedita.

Durante el período de 1983-1987, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, dictó a través de sus salas, 51 mil 386 sentencias y se efectuaron las reformas correspondientes a la Ley del Tribunal para la instauración de la sala superior del mismo; por su parte, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, realizó y resolvió 2 millones 292 mil 593 juicios de carácter civil, familiar y penal, así como demandas en materia civil y penal, del fuero común y del orden federal. La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a través de las agencias del Ministerio Público, realizó 938 mil 150 averiguaciones previas por denuncias y querellas y 417 mil 200 presentaciones ante el Ministerio Público de personas involucradas en ilícitos.

Se realizaron acciones de profesionalización y moralización de servidores públicos en materia técnica y jurídica, a través de la impartición de cursos de formación profesional y capacitación.

En materia laboral, se emprendieron programas de reestructuración interna de las instituciones, lo cual contribuyó a agilizar y eficientar los procedimientos procesales laborales, logrando con ello una conciliación más justa y equitativa en las controversias entre trabajadores y patrones.

Entre 1983 y 1987, se atendieron 32 mil 481 emplazamientos a huelga; se efectuaron 40 mil 334 inspecciones de trabajo en establecimientos de jurisdicción local, con el objeto de vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, los reglamentos y disposiciones que de ella derivan; se realizaron 49 mil 523 asesorías a trabajadores en conflictos laborales, y se continuó proporcionando capacitación a trabajadores no calificados sin empleo, otorgándose durante 1986 y 1987, 3 mil 773 becas, como una forma de aminorar el desempleo en el Distrito Federal.

La salud, representa la base para el desarrollo del ser humano; consciente de lo anterior, el gobierno de la ciudad, durante el período 1983-1987, amplió y modernizó la infraestructura para la atención de la población abierta del Distrito Federal, habiéndose remodelado nueve hospitales; construido el 50% de un nuevo hospital de urgencias y proporcionado mantenimiento preventivo y correctivo a 29 unidades hospitalarias.

Se adquirieron 33 unidades móviles médico - dentales y equipo e instrumental médico para las unidades de atención.

Durante el período citado, se proporcionaron 9 millones 481 mil consultas, en las diferentes unidades médicas del Departamento del Distrito Federal; se aplicaron 361 mil 212 dosis de vacuna; se obtuvieron 802 órganos para rehabilitación de la vista y se impartieron 1 mil 963 cursos de capacitación y actualización médica.

En servicios sociales, durante 1983-1987, se llevaron a cabo 79 mil 593 eventos cívicos, culturales, recreativos y turísticos y 69 mil 969 eventos deportivos, entre los cuales se cuentan 59 eventos especiales como los desfiles del 20 de noviembre, los maratones y caminatas internacionales de la ciudad de México, la carrera de la Revolución y la Expo - Deporte.

Se construyeron 10 instalaciones culturales, se continuó la construcción de las ciudades deportivas Carmen Serdán, Francisco I. Madero y San Jerónimo, se terminó la construcción de 800 módulos deportivos y se remodeló el Teatro de la Ciudad.

Se brindó protección social a 119 mil 879 adultos indigentes y a 65 mil 631 menores desvalidos en las casas de protección social existentes; se dio atención a un promedio mensual de 7 mil 200 internos en el sistema de reclusorios y centros de readaptación social; se proporcionó servicio en promedio anual a 1 mil 400 hijos de trabajadores del Departamento del Distrito Federal en los Centros de Desarrollo Infantil; se atendieron 3 millones 283 mil 781 consultas telefónicas a través de Locatel, y se coadyuvó a la seguridad económica y social de alrededor de 95 mil derechohabientes anualmente, a través de las cajas de previsión de los trabajadores a lista de raya y de la Policía Preventiva del Distrito Federal.

Los esfuerzos realizados para ampliar y mejorar los servicios de salud, así como para brindar mayores oportunidades a la población para tener acceso a la protección social, la educación, la cultura, el deporte y la recreación han cristalizado en la amplia cobertura que se brinda en estos aspectos alcanzando mejores niveles de bienestar social para los habitantes de la ciudad.

Se coadyuvó marginalmente a hacer realidad para un importante número de familias la disposición de vivienda decorosa para la clase trabajadora y de conformidad a la capacidad presupuestal se apoyaron 7 mil 970 acciones de autoconstrucción y mejoramiento de viviendas y se construyeron 3 mil 897 viviendas, entre 1983 y 1987.

La alta concentración poblacional del Distrito Federal, ha generado, entre otros aspectos, una pérdida de bosques y terrenos para la producción agropecuaria. Tal situación se expresa en la irregularidad de la tenencia de la tierra, limitando la capacidad del Estado en la dotación de servicios públicos.

Dichas circunstancias justifican darle el carácter prioritario otorgado a las acciones gubernamentales que buscan lograr un entorno urbano cada vez más digno para los habitantes de la capital.

En el lapso comprendido de 1983 a 1987, se expidieron escrituras para regularizar 207 mil 599 inmuebles, que constituyen el patrimonio de igual número de familias.

En este mismo período se adquirieron 21 millones 151 mil 72 metros cuadrados y 200 predios para reserva territorial, 20 millones 612 mil 413 metros cuadrados destinados para reserva ecológica y se llevaron a cabo 623 estudios para propiciar el crecimiento armónico del Distrito Federal. Se determinó la línea limítrofe entre el área de desarrollo urbano y el área de conservación ecológica, se actualizaron el Programa General para el Desarrollo Urbano del Distrito Federal, los 16 programas parciales delegacionales, los programas parciales de los poblados localizados en el área de conservación ecológica de diferentes delegaciones y se publicó el 3 de julio de 1987, el nuevo Reglamento de Zonificación para el Distrito Federal.

Dentro de los logros obtenidos para el fomento de la producción agropecuaria y productividad forestal, se alcanzó entre 1983-1987, la producción de 101 millones de árboles, la realización de 15 estudios y proyectos sobre actividades agrícolas, la producción de 1 millón 425 mil 239 árboles frutales, la producción de 6 mil 55 vientres y lechones en el vivero granja de Yecapixtla, Morelos, la conservación de 2 mil hectáreas en promedio anual de cultivos regionales; se inició la construcción del vivero Efraín Hernández. Además se otorgaron 244 cursos de capacitación rural a productores.

Ante la constante preocupación de esta administración por combatir la contaminación para la preservación del medio ambiente, en febrero de 1986, se emitió el decreto, por el cual el Departamento del Distrito Federal y otras dependencias federales se comprometieron a invitar a grupos de ecologistas a realizar acciones encaminadas al logro de este fin.

Dentro de las 21 medidas definidas en este decreto, el gobierno capitalino, en su ámbito de competencia, realizó diversas actividades entre las que destacan la verificación de 426 mil vehículos automotores, mediante la operación de sus 41 centros de diagnóstico; el cierre a la circulación vehicular los fines de semana del área que constituye el centro histórico de la ciudad de México; la creación del parque ecológico de Santa Cruz Meyehualco y la atención brindada a las 1 mil 529 hectáreas de superficie forestal del Desierto de los Leones.

Adicionalmente, se construyeron las Alamedas Sur y Norte, los parques Jesús Reyes Heroles, Ignacio Chávez y Juan Rulfo, el Laboratorio de Bacteriología y Fisicoquímica y se elaboraron 24 estudios de apoyo para el mejoramiento del ambiente.

El suministro de agua potable, es considerado como uno de los servicios que debe de atenderse con la mayor prioridad. Se ha logrado la cobertura al 100% de la población en un 97% a través de la infraestructura existente y en un 3% mediante la distribución en carros tanque.

A tal propósito se orientaron acciones y campañas específicas, como son: el programa de uso racional del agua, instalación de bolsas ahorradoras en sanitarios, instalación de medidores domiciliarios, inspección en pozos particulares y la emisión de normas para la fabricación e instalación de muebles sanitarios con aditamentos economizadores de agua.

Con la creciente demanda del líquido, surge la exigencia de realizar obras de infraestructura que permitan el suministro en cantidad y calidad suficientes. Con ese fin, se continuó el proyecto de recepción del Sistema Cutzamala, mediante las obras en el ramal sur del Acueducto Periférico, para mejorar la distribución en la zona sur del Distrito Federal.

Durante los años 1983-1987, en el sistema de agua potable, se realizaron obras de aplicación de las líneas primaria y secundaria de 19.5 kilómetros y 74 kilómetros, respectivamente, alcanzando 558.5 kilómetros de la red primaria y 12 mil 74 de secundaria en operación y se perforaron 60 pozos en diversas delegaciones.

En general, se ha proporcionado mantenimiento al sistema hidráulico, a los pozos, tanques de almacenamiento, plantas de bombeo, plantas potabilizadoras y cloradoras y unidades de maquinaria y equipo.

Con la actual infraestructura de drenaje y tratamiento de aguas negras, se han podido satisfacer en un 76% los requerimientos del servicio. Los alcances de las acciones realizadas, no sobresalen en el porcentaje de cobertura, en virtud de que el incremento en la infraestructura se ve diluido con las demandas de la creciente población.

Entre las actividades principales al respecto, destacan los trabajos de construcción del drenaje profundo en el Interceptor Central, en el colector Madrina Pestalozzi, de la planta de bombeo Miramontes II y en el colector semiprofundo Canal Nacional - Canal de Chalco.

En 1983, el drenaje profundo contaba con una extensión de 86 kilómetros alcanzando en 1987, 92 kilómetros; asimismo, la red total de drenaje en operación, pasó de 13 mil 68 kilómetros a 13 mil 510 kilómetros.

Las importantes obras efectuadas para suministrar agua potable a la población capitalina y para drenar la superficie del Distrito Federal, dejan de manifiesto la atención preferente que la actual administración ha dado a estos servicios, tratando de ir a la par en el incremento de cobertura con relación al crecimiento poblacional.

En materia educativa, acorde a las directrices de la Secretaría de Educación Pública, en el período 1983-1987 se construyeron 630 escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria y secundaria técnica, y se proporcionó mantenimiento a un promedio anual de 2 mil 200 escuelas de los mismos niveles. Adicionalmente, el Departamento del Distrito Federal atendió las reparaciones de 1 mil 658 planteles escolares, que sufrieron daños por los sismos de 1985.

En el programa de abasto y comercialización, durante el período de referencia, en coordinación con Liconsa, se construyeron 118 lecherías lo que permitió en corto plazo, satisfacer la demanda de leche de los núcleos de población de escasos recursos. Se construyeron 25 almacenes, se sacrificaron 45 millones 486 mil animales de diferentes especies, se industrializaron 19 mil 641 toneladas de productos derivados de la matanza, se produjeron 5 millones 599 mil 227 piezas de catgut, 106 mil 600 kilogramos de farmacobiológicos y mediante 8 mil 651 toneladas de productos cárnicos, se creó la reserva técnica para regular el mercado. Se remodelaron 67 mercados públicos, se inició la construcción del mercado de hortalizas y flores y se modernizaron física y operativamente 700 puestos expendedores de pescado congelado.

Con estas acciones, se ha apoyado el abasto de bienes de consumo de primera necesidad en forma expedita y permanente en condiciones de salubridad e higiene, a precios accesibles para la población de escasos recursos económicos.

Esta administración, ha llevado a cabo una nueva etapa en la prestación de servicios, aplicando una estrategia de mejoramiento integral de la imagen urbana, a través de la realización de obras orientadas a proporcionar un mayor bienestar a los habitantes de la ciudad capital.

En alumbrado público, se ha obtenido un ahorro considerable en energía eléctrica y un mayor nivel de iluminación, con la transformación de 22 mil 502 lámparas de mercurio a vapor de sodio de alta y baja presión, de 1983 a 1987, y se dio conservación anualmente, a un promedio de 190 mil 817 luminarias en las diferentes delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

Se proporcionó mantenimiento en un promedio anual a 1 mil 983 monumentos y centros históricos, así como a 1 mil 85 edificios públicos, 12 unidades habitacionales y 105 panteones; se operó un promedio anual de 21 mil 235 cajones de estacionamientos y 41 centros de barrio

Se realizaron acciones y reencarpetado y bacheo en 25 millones 300 mil metros cuadrados de calles y avenidas; en 26 mi 223 cruceros se instaló, rehabilitó y mantuvo en buenas condiciones el funcionamiento de la red de semáforos y se produjeron 3 millones 96 mil 397 toneladas de material asfáltico.

Se continuó con las obras de ampliación del Eje 10 Sur y del Paseo de la Reforma; se terminaron los puentes vehiculares en Distribuidor Potrero, Calzada de Tlalpan - Chabacano, Gasa Norte de acceso al aeropuerto, Río Churubusco - Avenida Universidad, Río Churubusco - Añil; los tres puentes que conforman el sistema vial Cuautepec - Ticomán y se inició el de Picacho - Periférico.

En recolección de basura, se observa un crecimiento acelerado de volúmenes de desechos sólidos, generados por la dinámica propia de la ciudad.

Para hacer frente a esta situación, se ha operado un sistema integral de recolección, tratamiento y disposición final de basura; asimismo, se cuenta con una planta industrializadora de reciclo y compostaje, ubicada en San Juan de Aragón.

Durante 1983-1987, se ha recolectado un promedio de 12 mil 290 toneladas diarias de basura y se ha realizado el tratamiento de 1 millón 262 mil 702 toneladas de desechos sólidos, habiéndose integrado el programa piloto de contenedores, con el cual se han captado 120 mil 464 toneladas. Se han transformado varios tiraderos de cielo abierto a tipo sanitario, como es el caso de Santa Fe; se están operando los bordos Poniente I y II y Prados de la Montaña en la modalidad de rellenos sanitarios, y se procedió a la clausura de tiraderos clandestinos.

El presente régimen estableció el compromiso de modificar las estructuras y mecanismos del aparato gubernamental, mediante una profunda modernización administrativa, orientada a convertirlo en un instrumento cada vez más efectivo para el desarrollo nacional.

En este contexto, el gasto público ha constituido uno de los soportes más dinámicos de la gestión capitalina, ya que posibilita la congruencia de las decisiones de política económica con las acciones concretas y resultados a alcanzar, al llevar a cabo una participación articulada de las unidades administrativas que conforman el sector Departamento del Distrito Federal, en el proceso de planeación.

Acorde a lo anterior, las acciones que en materia de reformas presupuestarias se han venido desarrollando, permitieron modernizar los mecanismos que posibilitan dar cumplimiento a los objetivos, metas y prioridades que demanda el desarrollo económico y social del Distrito Federal, a través de una mayor racionalidad y transparencia en el manejo de los recursos públicos.

Ha sido así como los presupuestos de egresos aprobados para los ejercicios fiscales de 1983 a 1987, han conllevado una serie de acciones, resultado de la vinculación, de la programación con la presupuestación, que aseguraron la correspondencia de los presupuestos con los objetivos del desarrollo.

La presente gestión ha tenido especial cuidado en la observancia de los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales, y en la aplicación del gasto para la realización de los proyectos y programas.

En cuanto a la racionalización en materia de transferencias, se acataron las disposiciones específicas de los decretos aprobatorios del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para cada ejercicio.

La inversión pública, contribuyó a orientar la actividad económica, al atender los programas prioritarios de transporte público agua potable, drenaje y tratamiento de aguas negras, abasto y comercialización entre otros.

Al haberse puesto en marcha los programas de desconcentración, descentralización y modernización administrativa, el Departamento del Distrito Federal, llevó a cabo acciones concretas, que han permitido lograr una mayor eficiencia en la tarea gubernamental, destacando las que a continuación se mencionan:

Durante el período analizado, se realizaron cambios en la estructura orgánica del sector, eliminándose 19 unidades administrativas, cuyas funciones fueron reasignadas a otras áreas, habiéndose conseguido una agilización en las operaciones del gobierno capitalino.

Se han modernizado los sistemas y mecanismos de recaudación y fiscalización, así como los procedimientos judiciales y administrativos, a través de la incorporación de procesos computarizados.

A las delegaciones del Departamento del Distrito Federal, les fueron desconcentradas funciones y atribuciones que anteriormente ejercían dependencias centrales, como las autorizaciones de licencias de construcción y de instalaciones hidráulicas interiores en condominio. Además, se ha fortalecido la descentralización física y operativa del servicio de seguridad pública.

Se instrumentó el programa de desconcentración, con la creación de 20 administraciones tributarias locales de la Tesorería del Distrito Federal, con objeto de facilitar al contribuyente, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Se estableció la placa única para vehículos automotores entregada a domicilio, evitando el cambio bianual y reduciendo costos de producción.

La estructura programática, se modificó de 37 a 21 programas para agilizar el ejercicio del gasto público, y los trámites administrativos se simplificaron para el mejor control y seguimiento del uso y destino de los recursos públicos.

Cabe destacar la participación del Departamento del Distrito Federal en la coordinación de labores del Comité de Reconstrucción del Área Metropolitana de la ciudad de México, a raíz de los trágicos sucesos del 19 y 20 de septiembre de 1985.

Las acciones realizadas, se instrumentaron a través del programa de reconstrucción, las cuales permitieron restablecer a su normalidad, el nivel. de operación de los servicios que proporciona el Departamento del Distrito Federal, habiéndose dado especial atención a la rehabilitación de hospitales, escuelas, edificios públicos y redes de agua potable y drenaje. De igual forma, se determinaron prioridades para los programas de construcción, autoconstrucción, reparación y remodelación de viviendas y para modificar normas y procedimientos de construcción con el fin de prevenir riesgos.

No habrán de olvidarse los esfuerzos análogos de la ciudadanía para superar los efectos de los sistemas padecidos, participación invaluable que demostró la solidaridad del mexicano.

El Departamento del Distrito Federal, expidió un nuevo Reglamento de Construcciones, vigente a partir del 4 de julio de 1987 en el cual,. se actualizan los factores de resistencia de los elementos estructurales y los coeficientes sísmicos, a fin de

lograr mayor seguridad de los habitantes ante futuros fenómenos de esta naturaleza.

Las acciones señaladas en esta evaluación, constituyen los frutos del esfuerzo coordinado y participativo de la población capitalina y de las autoridades del Distrito Federal, durante los últimos cinco años de gestión. Sociedad y gobierno, estamos saliendo adelante, adaptándonos a nuevas circunstancias y dando cimientos a una ciudad más digna.

Es intención clara y norma establecida, que la política de gasto para 1988, está orientada a continuar los esfuerzos realizados para lograr la recuperación económica y consolidar las acciones que los órganos gubernamentales desarrollan para alcanzar los grande objetivos nacionales, como son: el control de la inflación, el incremento de la producción y la defensa del empleo, el aliento a la inversión, la atención a las necesidades sociales básicas y el fortalecimiento de las áreas estratégicas del Estado.

Para simplificar el estudio y facilitar el análisis de este proyecto, a continuación se desglosan los objetivos específicos de los programas que habrán de dar congruencia a la acción de gobierno en el Distrito Federal, relacionándose asimismo, las acciones sustantivas de cada programa y los montos presupuestales asignados.

AM. Administración general

La finalidad de este programa, es dar respuesta a las necesidades y legítimas demandas de la ciudadanía, buscando elevar los niveles generales de bienestar, mediante una mayor eficiencia en la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, así como una adecuada dirección y control de las actividades que realizan las unidades administrativas que integran el sector, propiciando una mayor participación ciudadana y observando las disposiciones jurídicas vigentes. Para la consecución de estos fines, se destinarán 368 mil 512.9 millones de pesos.

Se dará continuidad a los procesos de desconcentración, descentralización y simplificación administrativa, así como a difundir la gestión del gobierno capitalino, mediante la elaboración de alrededor de 1 mil 500 boletines de prensa y 500 mil mensajes institucionales por radio. De igual forma, se efectuarán 24 giras de trabajo, igual número de consultas populares y se atenderán cerca de 363 mil audiencias públicas.

Se pretende llevar a cabo aproximadamente 121 mil 400 consultas en defensoría de oficio civil y familiar; intervenir en cerca de 96 mil juicios en materia jurídico - contenciosa, expedir casi 2 millones de copias certificadas de actas de registro civil y otorgar alrededor de 82 mil 500 asesorías jurídicas a entidades del Distrito Federal. Efectuar casi 370 verificaciones del gasto público; realizar 1 mil 200 auditorías; registrar alrededor de 143 mil requerimientos de actos inmobiliarios y mercantiles; realizar cerca de 140 mil certificaciones y 432 mil servicios de información a usuarios del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Las unidades responsables que participan en este programa son: Jefatura del Departamento del Distrito Federal, Secretaría General de Gobierno, Oficialía Mayor, Consejo Consultivo, Contraloría General, Dirección General de Difusión y Relaciones Públicas, Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, Coordinación General Jurídica, Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, Dirección General de Servicios Legales, Dirección General de Gobierno, Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

BI. Aportaciones a la ministración de justicia

Este programa tiene como objetivo primordial, la impartición y administración de la justicia en forma oportuna, ágil y eficaz, mediante el apoyo que se les otorga a los órganos existentes dentro de los ámbitos administrativo, penal y civil, para asegurar a la ciudadanía el disfrute y el respeto de sus derechos, a través de la aplicación de las normas y preceptos legales vigentes.

Para el cumplimiento de este objetivo, se asignarán a este programa 182 mil 144.6 millones de pesos.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, prevé dictar alrededor de 7 mil sentencias, celebrar cerca de 10 mil audiencias y desahogar 11 mil asuntos aproximadamente.

En lo referente a las materias del orden civil, de arrendamiento inmobiliario, concursal, familiar y penal, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, considera resolver cerca de 600 mil controversias jurídicas. La Procuraduría General de Justicia, estima iniciar alrededor de 169 mil averiguaciones previas derivadas de hechos ilícitos que alteren el orden y la seguridad social. Asimismo, proyecta dictaminar 155 mil peritajes técnicos científicos de actos antisociales y pretende efectuar aproximadamente 128 mil presentaciones ante el Ministerio Público, de personas

involucradas en hechos que alteren el orden público.

Se construirá la primera etapa del edificio para funciones sustantivas y de apoyo administrativo, del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; así como, un edificio para las oficinas administrativas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la construcción de 33 juzgados en los reclusorios norte, sur y oriente. Se adquirirán 52 vehículos y armamento diverso, para la policía judicial.

En la ejecución de este programa participan las siguientes unidades responsables: Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

BK. Impartición de justicia y vigilancia de la legislación laboral

El propósito de este programa consiste en hacer más ágil y expedita la administración de justicia laboral, conciliando de manera equitativa los intereses obrero - patronales y aplicando estrictamente la Ley Federal del Trabajo, sus reglamentos y las diversas disposiciones vigentes en la materia. Se pretende reforzar el apoyo al incremento de los índices de productividad laboral, mediante la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.

Para cumplir con este objetivo, se asignarán a este programa 12 mil 842.5 millones de pesos.

Las metas previstas para el logro de estos objetivos serán las siguientes: atender y tratar de conciliar alrededor de 470 mil asuntos por emplazamientos a huelgas y demandas; se estima asesorar en forma gratuita a cerca de 11 mil trabajadores en conflictos obrero - patronales de carácter individual; realizar alrededor de 19 mil inspecciones en centros de trabajo de jurisdicción local; atender casi 10 mil 500 citatorios para notificar resoluciones; así como coordinar aproximadamente 62 mil 500 acciones del servicio de empleo, y otorgar alrededor de 1 mil 500 becas para fomentar la capacitación y el desarrollo de los trabajadores.

Las unidades responsables de este programa son: La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Dirección General de Trabajo y Previsión Social.

BQ. Seguridad pública

Con este programa se busca brindar una mayor seguridad a los ciudadanos, así como incrementar la protección de sus bienes, mediante la prevención de delitos y accidentes, la atención de servicios de seguridad y urgencias, en incendios y en siniestros, y el eficiente control de la vialidad.

Para el logro de estos objetivos, se continuarán aplicando las leyes y reglamentos vigentes, se fortalecerá la estructura de operación en materia de seguridad pública y se emprenderán acciones que repercutan positivamente en la responsabilidad y honestidad del cuerpo policial, tanto sectorial como del metropolitano. Asignándose para estos efectos 253 mil 730.4 millones de pesos. Como metas más significativas, se pretenden realizar aproximadamente 4 millones 600 mil servicios de apoyo permanente a la vigilancia y vialidad, mediante 22 mil 100 elementos operativos; atender 21 mil servicios de auxilio en incendios y siniestros y 25 mil de rescate y urgencias médicas; incorporar al servicio activo a 6 mil nuevos elementos; realizar 25 mil campañas de servicios especializados y extraordinarios; llevar a cabo cerca de 21 mil 400 acciones de mantenimiento preventivo y correctivo a la red de semáforos; instalar casi 400 semáforos y señales adicionales y efectuar 3 mil 500 cursos de capacitación vial para la formación básica policial y de bachillerato técnico en policiología. Así mismo, se adquirirá equipo diverso como 64 motosierras; 4 bombas diesel; 2 mil chalecos blindados; 100 trajes aluminizados para bomberos y armamento en general.

La unidad responsable de este programa es la Secretaría General de Protección y Vialidad.

DB. Planeación

Este programa tiene por objeto, la actualización y operación del sistema interno de planeación del sector, mediante la ejecución de los procesos de planeación, programación, presupuestación, control y evaluación así como la incorporación de las demandas y propuestas de la ciudadanía a través del COPLADE - D.F., asegurando la correspondencia de los presupuestos con los objetivos de desarrollo establecidos en los programas de mediano plazo y operativo anual, observando los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988. A este programa se le asignarán 11 mil 967.1 millones de pesos.

Con el fin de alcanzar estos propósitos, se deberá actualizar el Programa de Mediano Plazo, elaborar el Programa Operativo Anual 1989, coordinar las acciones para la integración del presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1989, formular la Cuenta Pública 1987 del sector y elaborar los informes de seguimiento y

evaluación de los programas para el ejercicio de 1988.

La unidad responsable de la ejecución de este programa es la Dirección General de Programación y Presupuesto.

EY. Administración fiscal y recaudación

Este programa tiene como propósito, fortalecer las finanzas del sector mediante una mayor eficiencia en los diferentes niveles de captación de ingresos; a actualización del padrón de contribuyentes; la modernización, desconcentración y descentralización de funciones; el abatimiento de la evasión fiscal y la redistribución de las cargas impositivas en un marco de justicia, equidad y proporcionalidad tributaria, vigilando la estricta observancia de la Ley de Hacienda, de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal y el Convenio de Coordinación Fiscal. A este programa se destinarán 102 mil 569.2 millones de pesos.

Como meta de recaudación para 1988, se estima captar 2 millones 890 mil 600 pesos, en los rubros y montos que a continuación se indican:

Impuestos $ 318,087

Contribuciones de mejoras 3,210

Derechos 198,892

Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 152

Accesorios de las contribuciones 18,216

Productos 73,514

Aprovechamientos 10,929

Participación en impuestos federales 2.267,600

Se reforzará la administración tributaria local, tratando de acercar más las acciones recaudatorias al contribuyente y se continuará la remodelación de las oficinas del edificio "C" de la Tesorería.

La unidad responsable de la ejecución de este programa es la Tesorería del Distrito Federal.

E1. Deuda pública

El objetivo de este programa es cumplir oportunamente con el pago de los compromisos contraídos por el sector, observando el Convenio de Rehabilitación Financiera que establece la suscripción de endeudamiento en los protocolos francés y japonés y a los expresamente autoricen las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Programación y Presupuesto.

Para el pago de la deuda pública se asignarán 398 mil 200 millones de pesos, distribuidos en:

Pago de capital $ 4,817.2

Pago de intereses 247,682.8

Adefas 145,700.0

Total 398,200.0

La unidad responsable de la conducción de este programa es la Dirección General de Programación y Presupuesto.

GK. Fomento de la producción forestal y productividad

La finalidad de este programa es fortalecer el desarrollo en materia agropecuaria y forestal, formulando proyectos de promoción y ejecución de actividades encaminadas hacia el fomento pecuario agrícola y forestal , contribuyendo a frenar el crecimiento de la mancha urbana. Asimismo, apoyar las acciones encaminadas al mejoramiento de las condiciones ecológicas, mediante la ampliación y conservación de áreas verdes y la adecuada utilización de los recursos del suelo rural, permitiendo así, mejores condiciones de vida a los campesinos y a la población del Distrito Federal en general.

Se canalizarán a este programa 44 mil 278 millones de pesos.

Se ha programado para el año de 1988 la protección y vigilancia de los recursos naturales en 23 mil hectáreas que conforman el área de amortiguamiento; así como la plantación aproximada de 5 millones de árboles forestales; la producción de 15 millones 300 mil árboles y plantas ornamentales y de 1 millón de especies forestales para el Desierto de los Leones; se construirá la cuarta etapa del vivero Efraín Hernández, se producirán 3 mil vientres y lechones y 1 mil 500 núcleos apícolas.

Por otra parte se dará tratamiento integral a subcuencas en 325 hectáreas y se otorgarán créditos agropecuarios a campesinos.

Las entidades responsables de este programa son: La Comisión Coordinadora para el Desarrollo

Rural y las delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

P6. Transporte urbano

El objetivo de este programa es establecer un sistema de transportación masiva, que siendo eficaz, moderno, cómodo y seguro, satisfaga las necesidades de la población de la ciudad de México y de su zona conurbada. Al promover la transportación colectiva, se busca el uso creciente de este medio, ampliando su cobertura y derivando los beneficios hacia los sectores con posibilidades económicas más restringidas. Para cumplir con las metas previstas en el programa, se erogarán 1 billón 981 mil 925.1 millones de pesos.

El Sistema de Transporte Colectivo (Metro) se ha fijado como meta el transportar aproximadamente a 1 mil 600 millones de pasajeros en 1988, previendo la ampliación de 2.7 kilómetros en la línea siete norte en el tramo de Tacuba a El Rosario y 1.4 kilómetros en la línea nueve que va de Centro Médico a Tacubaya; asimismo, se continuará la construcción del Metro Ligero, que irá de Pantitlán a Santa Marta Acatitla con 8.6 kilómetros de extensión, se adquirirán nueve trenes con ruedas neumáticas y se construirán 9.7 kilómetros de vialidad coincidente.

Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta-100, estima transportar cerca de 2 mil 250 millones de pasajeros. Se ha programado la reconstrucción de 500 vehículos para reforzar el parque vehicular operativo y la construcción de cuatro módulos y 50 casetas de cierre de circuito.

Para el año de 1988 se prevé transportar aproximadamente 350 millones de pasajeros en trolebús y 18 millones en tren ligero; así como, la construcción de 39 kilómetros de nuevas líneas para trolebuses. Asimismo, se llevará a cabo la reconstrucción de 75 trolebuses, se continuará la segunda etapa del tren ligero, en el tramo de Huipulco - Xochimilco y se instalarán cinco subestaciones.

La Coordinación General de Transporte, continuará con la distribución del abono multimodal de transporte, llevará a cabo la revalidación de matrículas permanentes, adquirirá 275 cajas colectoras de dinero y realizará 35 estudios de transporte y vialidad.

Las dependencias responsables de llevar las acciones de este programa son: la Comisión de Vialidad y Transporte Urbano, la Coordinación General de Transporte, el Sistema de Transporte Colectivo (Metro), el Servicio de Transportes Eléctricos y Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta-100.

R4. Abasto y comercialización

Su finalidad está encaminada a dar un mayor impulso al sistema de abasto popular, mediante la creación y modernización de la infraestructura comercial necesaria, para asegurar a la población capitalina, el suministro de bienes de consumo básico en lugares estratégicos y a precios accesibles, bajo condiciones óptimas de salubridad e higiene. De esta manera, se contribuye a regular el mercado y a evitar el intermediarismo. Para tal fin, se canalizarán 116 mil 922 millones de pesos al programa.

Las acciones más significativas de este programa, pretenden concertar convenios de abasto y comercialización con las organizaciones de productores y comerciantes que concurren a la Central de Abastos, mediante el reordenamiento del comercio al mayoreo de productos perecederos.

Con el fin de encauzar los patrones alimenticios hacia una dieta más nutritiva y balanceada de las clases mayoritarias, se abastecerá de productos básicos a 250 grupos organizados de consumidores, se introducirán en 100 organizaciones sindicales el sistema de bonos, se organizarán 16 agrupaciones de comerciantes detallistas en mercados públicos y móviles, se seguirá apoyando la operatividad del Centro de Distribución de Pescados y Mariscos para atender la demanda de los centros comerciales del sector público, y a través de los almacenes del Departamento del Distrito Federal, se dará atención aproximadamente a 50 millones de compradores.

Se concluirá la construcción del mercado de hortalizas y flores ubicado en la Central de Abastos, se instalarán 26 lecherías móviles, se remodelarán 18 mercados públicos y se cambiará la estructura de 17; se modernizarán física y operativamente 18 rutas de mercados sobre ruedas. Se sacrificarán aproximadamente 8 millones de animales de diferentes especies, se elaborarán casi 9 mil 340 toneladas de subproductos y 2 mil toneladas de embutidos y carnes frías, se distribuirán cerca de 4 mil toneladas de productos cárnicos, se producirán alrededor de 6 millones de piezas de hilo para sutura quirúrgica y 60 toneladas de farmacobiológicos.

A través de la Corporación Mexicana de Impresión, se producirán aproximadamente 1 mil 200 millones de boletos digital unitario, 24 millones de digital temporal y de abono multimodal de transporte, y se imprimirán y comercializarán 45 millones de tiros de trabajos en offset y tipografía.

En forma conjunta con las 16 delegaciones, se instrumentarán acciones de difusión y orientación a la población en materia de abasto y comercialización, así como el mantenimiento a 188 mercados y a 25 lecherías. Participan en este programa las siguientes unidades responsables: Coordinación General de Abasto y Distribución, Industrial de Abastos, Almacenes para los Trabajadores del Departamento del Distrito Federal, Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V., y las delegaciones del Departamento del distrito Federal.

YY. Salud

El objetivo es proporcionar servicios de salud a la población abierta del Distrito Federal, principalmente a los grupos de escasos recursos.

Se pretende seguir mejorando la calidad de los servicios e incrementar los conocimientos de la población, para orientarla hacia la preservación de la salud. Para este programa se destinarán 114 mil 813.7 millones de pesos.

Con los recursos asignados, se llevarán a cabo las siguientes metas: proporcionar consulta externa y de urgencias aproximadamente a 2 millones 53 mil personas y atención primaria integral a 126 mil 500; se tiene estimado aplicar 135 mil dosis de vacunas; terminar la construcción de la Unidad de Imágenes de la nueva Central de Urgencias y construir el Hospital Villa Milpa Alta, incluyendo su dotación de equipo; dar mantenimiento a las instalaciones médico asistenciales existentes y obtener 480 órganos para rehabilitación de la vista.

La unidad responsable de este programa es la Dirección General de Servicios Médicos.

ZP. Desarrollo y servicios sociales

El objetivo de este programa es contribuir a mejorar los niveles de bienestar de la población capitalina y a la integración familiar, mediante el acceso a la cultura, el deporte y la recreación, así como fomentar los valores históricos y culturales en la conciencia de los habitantes de la ciudad.

Asimismo, se pretende proporcionar servicios sociales y de readaptación a indigentes, desvalidos y reclusos, para reintegrarlos al núcleo familiar y a la sociedad; ofrecer prestaciones socioeconómicas a las madres trabajadoras, a los empleados a lista de raya y a los integrantes de los cuerpos de seguridad del Departamento del Distrito Federal. Adicionalmente, se proporcionará información sobre personas y vehículos extraviados o accidentados. Para tales efectos se destinarán 276 mil 254 millones de pesos.

Las principales metas son: realizar alrededor de 19 mil eventos cívicos, culturales y turísticos y 14 mil 500 eventos deportivos delegacionales, distritales y selectivos y organizar eventos especiales tales como: Maratón Internacional de la ciudad de México, Desfile del 20 de noviembre, Carrera de la Revolución, Expo - Deporte, Copa de Futbol, Copa de Basquetbol, Jornada del Caballo y Ultra - Maratón.

Proseguir la construcción de las ciudades deportivas en Iztapalapa y Gustavo A. Madero, y terminar el centro deportivo en Azcapotzalco.

Se tiene programado atender aproximadamente a 44 mil adultos indigentes y 23 mil menores desvalidos, proporcionándoles asistencia alimenticia y servicios médicos, psicológicos y de terapia ocupacional. En el sistema de reclusorios, atender un promedio mensual de 10 mil 300 internos, realizar el seguimiento jurídico y penal de 31 mil expedientes, organizar 4 mil 30 eventos culturales y recreativos para los internos y sus familiares y terminar la construcción del Reclusorio Preventivo Femenil Norte.

Los Centros de Desarrollo Infantil darán atención 1 mil 400 hijos de trabajadores del Departamento del Distrito Federal. Las cajas de previsión de los trabajadores a lista de raya y de la Policía Preventiva proporcionarán a sus afiliados alrededor de 163 mil créditos a corto y mediano plazos y 300 hipotecarios, tienen capacidad para cubrir cerca de 510 pagos por defunción, así como aproximadamente 7 mil 500 jubilaciones y 5 mil 544 pensiones.

El Servicio Público de Localización telefónica prevé atender aproximadamente 935 mil consultas sobre información y localización de personas, vehículos extraviados o accidentados, de toxicología, urgencias médicas y crisis emocionales, así como reportes sobre desperfectos de diversos servicios públicos.

Las delegaciones por su parte darán mantenimiento a 521 inmuebles, se construirán 10 edificios culturales y una casa de la cultura en la Delegación Tlalpan.

Las unidades responsables que participan en este programa son: Secretaría General de Desarrollo Social, Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social, Dirección General de Acción Social, Cívica, Cultural y Turística, Dirección General de Promoción

Deportiva, Servicio Público de Localización Telefónica, Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya, Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

2D. Planeación de los asentamientos humanos

El propósito de este programa es el de coadyuvar en las tareas para mantener un crecimiento equilibrado del Distrito Federal y lograr conformar una ciudad, que brinde mejores expectativas para el desarrollo integral de sus habitantes. Lo anterior, a través de normas que regulen la tramitación de permisos, autorizaciones y licencias relativas al uso del suelo y de la actualización del inventario de la reserva territorial. Estas medidas, continuarán siendo acordes con las directrices del Programa de Desarrollo de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México y de la Región Centro, el Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Vivienda, y las acciones concertadas con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Para la ejecución de este programa se asignará un monto de 51 mil 473.2 millones de pesos.

Durante 1988 se elaborarán 603 estudios y proyectos que proporcionen alternativas de solución a los problemas de desarrollo urbano; siete proyectos de reordenamiento industrial y de servicios; 20 para la conservación y revitalización del Centro Histórico. Se finiquitará la adquisición de 600 mil metros cuadrados de reserva territorial y se adquirirán 1 millón 375 mil metros cuadrados de predios.

Las entidades responsables del desarrollo de este programa son: La Dirección General de Reordenación Urbana y Protección Ecológica y Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V.

2L. Mejoramiento urbano

El objetivo principal es mantener la atención de los servicios básicos, en materia de seguridad vial y peatonal, buscando el mejoramiento de la imagen física de la ciudad a través de la construcción y conservación de edificios, jardines y parques, estacionamientos, calles, avenidas y panteones; así como proporcionar un adecuado alumbrado público; asegurar el mantenimiento de áreas verdes y conservar los monumentos y centros históricos existentes. Para tales efectos se destinarán 400 mil 245.4 millones de pesos.

Las metas más importantes a alcanzar son: transformación de 30 mil luminarias en zonas urbanas y suburbanas, rehabilitar y mantener 40 mil en vías rápidas y ejes viales, la instalación de 2 mil en colonias populares y 10 mil 500 en avenidas principales; rehabilitación y mantenimiento en 740 kilómetros de señalamiento vial, 218 kilómetros de protecciones viales; conservación y mantenimiento de cerca de 450 mil metros cuadrados de carpeta asfáltica; terminación de los parques de Santa Cruz Meyehualco, Bosque de Chapultepec y Batallón de San Patricio; construcción del edificio delegacional de Iztapalapa y tres kilómetros del Eje Vial 10 Sur; continuar el puente vehicular Periférico - Picacho; construcción de 6.2 kilómetros de la carretera México - Toluca y la producción de 800 mil toneladas de material asfáltico.

Las delegaciones darán mantenimiento a cerca de 222 mil luminarias e instalarán 612; se proporcionará conservación a 13 millones de metros cuadrados de áreas verdes, a 15 monumentos históricos y a 573 edificios públicos; se realizará la reconstrucción y bacheo de aproximadamente 3 millones 900 mil metros cuadrados y la construcción de 695 mil metros cuadrados de pavimento en guarniciones y banquetas.

Se realizarán 957 estudios sobre estructuras de edificios, relativos a revisiones de proyectos, estudios especiales, peritajes e inspecciones, revisión de construcciones aparentemente no dañadas y diseño de proyectos para edificios públicos como mercados, hospitales, museos y escuelas.

Las unidades responsables de este programa son: Secretaría General de Obras, Dirección General de Obras Públicas, Dirección General de Servicios Urbanos, Planta de Asfalto, Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

2N. Regularización de la tenencia de la tierra

El objetivo de este programa consiste en otorgar seguridad jurídica a la ciudadanía a través de la expedición de documentos que acrediten legalmente la propiedad de los inmuebles que por diversas circunstancias han quedado irregulares. Para la ejecución de este programa se asignarán 8 mil 204.4 millones de pesos.

Para mantener la rectoría del Estado en la reordenación del uso y destino del suelo urbano, el Departamento del Distrito Federal expedirá aproximadamente 75 mil documentos que acrediten jurídicamente la posesión legal de inmuebles irregulares, que representan el patrimonio de igual número de familias.

La unidad responsable de la ejecución del programa es la Dirección General de Regularización Territorial.

2V. Vivienda

El fin que se persigue es el apoyar marginalmente, con acciones de construcción, autoconstrucción y mejoramiento de vivienda, las tareas que realiza el gobierno federal, para atender las demandas de la población capitalina de menores ingresos. En este programa se erogarán 25 mil 645 millones de pesos.

Con estos recursos se llevará a cabo la construcción de casi 970 viviendas terminadas, se impulsarán 153 acciones de autoconstrucción y se continuarán operando los 17 parques de materiales.

Las unidades responsables que participan en este programa son: El Fideicomiso de Vivienda del Distrito Federal, la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal y la Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya.

3C. Agua potable

La finalidad de este programa es dotar de agua potable a la población, en forma continua en cantidad y calidad apropiada para el consumo humano, aprovechando y mejorando la infraestructura existente. Los recursos asignados al programa ascienden a la cantidad de 215 mil 231.6 millones de pesos. Se pretende seguir proporcionado el servicio del vital líquido al 100% de la población, para lo cual se han trazado las siguientes metas específicas: construir 6 kilómetros de líneas primarias en la zona sur, 52,6 kilómetros de líneas secundarias en varias delegaciones, y 1.06 kilómetros del acueducto perimetral segunda etapa; dar mantenimiento a 4 mil 614 kilómetros de la red secundaria; colocar cerca de 216 mil bolsas ahorradoras de agua; reponer 12 pozos y rehabilitar 30; construir en tanque de almacenamiento; asimismo, proporcionar 4 mil 533 acciones de mantenimiento correctivo, preventivo y civil a motores eléctricos, transformadores, tableros, subestaciones, tanques de almacenamiento y plantas potabilizadoras.

Las unidades responsables para lograr las metas del programa son: La Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

3K. Drenaje y tratamiento de aguas negras

La finalidad de este programa es lograr el adecuado desalojo de aguas negras, residuales y pluviales, ampliando la cobertura, de acuerdo a las necesidades de la población y mejorando el servicio en las tareas de descarga, recolección, desalojo y tratamiento, como una forma más de proteger a la población de inundaciones y evitar repercusiones nocivas en la salud. Este programa contará con recursos financieros por la cantidad de 302 mil 414.6 millones de pesos.

En materia de drenaje y tratamiento de aguas negras, se emprenderán las siguientes metas: construcción de 4.6 kilómetros de red primaria y 85.7 kilómetros de red secundaria, excavación de 3.8 kilómetros y revestimiento de 1.2 kilómetros de túneles en el drenaje profundo, excavación de 41 metros de túnel en el colector semiprofundo Obrero Mundial y 1.8 kilómetros del Canal Nacional - Canal de Chalco; construcción de aproximadamente el 50% de la laguna menor de regulación de Iztapalapa, del 60% de la planta de tratamiento de San Luis Tlaxialtemalco y de 3.2 plantas de bombeo; asimismo, desazolvar cerca de 340 mil metros cúbicos en presas, ríos y canales, llevar a cabo 3 mil 595 acciones de mantenimiento correctivo, preventivo y civil y de 4 mil 800 kilómetros de red secundaria.

Las unidades responsables del desarrollo de este programa son: La Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

3Z. Ampliación y mejoramiento de la planta física educativa

El objetivo de este programa es coadyuvar a la creación de la infraestructura necesaria para la educación preescolar, primaria, secundaria y secundaria técnica, conforme a los requerimientos de la Secretaría de Educación Pública y en coordinación con el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas. Se contará con la asignación de 105 mil 991.1 millones de pesos.

Para apoyar al sistema educativo, se construirán 50 escuelas de educación preescolar, 33 de educación primaria, 26 secundarias y 30 secundarias técnicas; además, se dará mantenimiento a 539 jardines de niños, 781 primarias, 274 secundarias y 83 secundarias técnicas y se adquirirá el mobiliario y equipo necesario para los diferentes niveles básicos.

La Dirección General de Obras Públicas y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal

son las unidades responsables de realizar este programa.

6Q. Prevención y control de la contaminación ambiental

La finalidad de este programa es mejorar la calidad del medio ambiente, a través de la detección de las principales fuentes de contaminación que aquejan al Distrito Federal y la zona metropolitana, aplicar los controles necesarios para disminuir los agentes contaminantes, fomentar y utilizar la nueva tecnología; así como fortalecer las actividades de educación ecológica a la población capitalina. Para el logro de tales fines se asignarán 17 mil 652.2 millones de pesos.

Se prevé para el año de 1988 la revisión de 400 mil vehículos automotores a través de los centros de verificación y diagnóstico; entrará en operación el Laboratorio de Bacteriología y Fisicoquímica, y se construirá su segunda etapa; se llevarán a cabo cuatro estudios para el inventario y diagnóstico de los recursos naturales en cerca de 12 mil hectáreas; así como la impartición de 87 campañas de concientización sobre la importancia y utilidades de los mismos y se continuará dando atención a las 1 mil 529 hectáreas del Desierto de Los Leones.

Adicionalmente se continuarán desarrollando los 11 programas que considera el Convenio de Concertación, establecido con 34 asociaciones, agrupaciones e instituciones interesadas en el mejoramiento ecológico.

Las unidades que participan en este programa son: La Dirección General de Reordenación Urbana y Protección Ecológica y la Comisión Coordinadora para el Desarrollo Rural.

6T. Recolección y tratamiento de basura

Es propósito de este programa, lograr que la zona metropolitana sea un hábitat higiénico y decoroso, mediante la operación de un sistema integrado de recolección, barrido, transportación, transferencia, tratamiento, incineración y disposición final de los desechos sólidos.

Para realizar este programa se dispondrá de 183 mil 225.4 millones de pesos.

Con el fin de mejorar sustancialmente el sistema de cada una de las etapas de este programa, se pretende realizar durante 1988, las siguientes metas: suprimir 8 mil 500 tiraderos clandestinos; eliminar 140 sitios de fauna nociva; construir el parque metropolitano de Santa Fe y dos rellenos sanitarios en Tlapizahuaya y Prados de la Montaña; operar seis rellenos sanitarios, Bordo Poniente I y II, Prados de la Montaña, Barranca de Becerra, Socabón de Iztapalapa y de Tlapizahuaya; clausurar el tiradero a cielo abierto de Santa Catarina; rehabilitar cuatro estaciones de transferencia; adquirir 50 vehículos para el equipo de limpia; recolectar 36 mil 750 toneladas de basura a través del programa piloto de recolección por contenedores; apoyar al sistema de transferencia con 980 mil toneladas de desechos sólidos y recolectar 5 millones 280 mil toneladas de basura.

Las unidades responsables de este programa son: La Dirección General de Servicios Urbanos y las 16 delegaciones del Departamento del Distrito Federal.

La heterogeneidad del campo de acción dentro del cual se obliga, responsabiliza y opera el Departamento del Distrito Federal, requiere de una estricta observancia de las directrices emanadas del Sistema Nacional de Planeación Democrática, así como de los lineamientos de Plan Nacional de Desarrollo 1983 - 1988.

Bajo esas condiciones, se asegura la congruencia con las estrategias para el desarrollo nacional, evitando la duplicidad de funciones y actividades en los diversos sectores de la administración pública.

En este sentido dentro del ámbito territorial y funcional que corresponde al gobierno de la ciudad de México, se fortalecerá la definición específica de los programas y actividades, así como de los responsables de su ejecución, con objeto de obtener una mayor eficacia en el logro de las metas previstas para 1988. Con esto se busca satisfacer en el mayor grado posible las diversas y legítimas demandas de la población capitalina.

La estrategia general que continuará rigiendo el quehacer del Departamento del Distrito Federal, estará orientada hacia la atención de las necesidades sociales básicas, sin descuidar aspectos tan importantes como la recuperación firme y sostenida de la economía; el desarrollo regional, mediante la descentralización, desconcentración y el fortalecimiento de la reestructuración del gasto, al racionalizar las erogaciones de gasto corriente en favor de las de inversión productiva.

El gobierno capitalino ejecutará los programas de una manera integral y coordinada, con objeto de satisfacer al mayor número posible de habitantes y obtener la máxima eficiencia de los recursos de que dispone el sector. Entre las líneas prioritarias de acción que se acatarán para 1988, destacan las que a continuación se mencionan:

- Reforzar y ampliar la operación del sistema integral de transporte urbano, por considerarlo parte fundamental del desarrollo de la ciudad y de sus habitantes.

- Continuar cubriendo en su totalidad, la demanda de suministro de agua potable mediante la captación, conducción y tratamiento de aguas y la ampliación y mantenimiento de las redes primaria y secundaria, así como sistemas hidráulicos. Reforzar las campañas de concientización ciudadana relativas al uso racional del vital líquido y continuar la promoción de normas de instalación de enseres domésticos, que permitan reducir el desperdicio.

- Ampliar la infraestructura de drenaje y tratamiento de aguas negras, para cubrir las áreas en donde la población aún carece del servicio, e inducir la colaboración de los sectores social y privado para fomentar el tratamiento de aguas residuales y su reúso para fines industriales y agrícolas.

- Reducir los índices de actos delictivos y de accidentes, a través de un mayor nivel de vigilancia y seguridad vial, y de fomentar la participación ciudadana en estas tareas.

- Colocar marginalmente con las dependencias del gobierno federal, encargadas de atender las demandas de viviendas de la población capitalina.

- Coadyuvar con el sector educativo, en la dotación de instalaciones suficientes y adecuadas para impartir educación básica.

- Impulsar la regularización de la tenencia de la tierra, para fortalecer la rectoría del Estado en el uso y destino del suelo.

- Mejorar permanentemente los servicios de salud, en especial en metería de medicina preventiva, dirigiéndolos a los sectores más necesitados del Distrito Federal, así como ampliar y modernizar la infraestructura hospitalaria existente.

- Reforzar el sistema de recolección y tratamiento de basura, y las acciones ecológicas, para mejorar las condiciones del medio ambiente y la imagen de la ciudad de México.

- Garantizar el respeto a los derechos de la ciudadanía, observando de manera rigurosa la aplicación de la legislación vigente.

- Regular el abasto y promover la comercialización de productos básicos de consumo, en apoyo a la economía familiar y a la alimentación de la población.

- Continuar fortaleciendo las finanzas del sector, mejorando el sistema de captación de ingresos y cumpliendo oportunamente con los compromisos de pago contraídos.

En suma, tenemos por delante una importante tarea de consolidación que habrá de cumplirse, coordinando recursos y esfuerzos gobierno y sociedad.

Anualmente se establece dentro del Presupuesto de Egresos del sector, un marco de prioridades, con objeto de usar racionalmente los fondos públicos, destinándolos en forma selectiva y cuidadosa hacia los servicios que reporten mayor alcance y beneficio social.

La definición de prioridades, se establece considerando la consulta a la población beneficiaria; para este fin, desde 1983 fue creado el Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal, que ha funcionado como el órgano institucional y formalmente establecido para recabar, concentrar, definir y presentar las inquietudes de los diversos sectores que integren la sociedad capitalina, en apoyo para la formulación, actualización y evaluación de los programas que ejecuta el sector.

Este comité constituye el foro en el cual se discuten y definen propuestas de solución y de cooperación entre los sectores social, público y privado.

La naturaleza eminentemente social y democrática del presente Presupuesto de Egresos para 1988, se ratifica al observar que para la ejecución de los programas definidos como prioritarios, se asignará aproximadamente 76% de su monto total y beneficiarán a la mayor parte de la población del Distrito Federal, otorgando especial atención a los grupos económicamente más desprotegidos.

Se propone que sean considerados como programas prioritarios durante el ejercicio fiscal para 1988, los que a continuación se enlistan:

Nombre del programa Monto presupuestal

(millones de pesos)

Programa de fomento y regulación:

Abasto y comercialización $ 11.116,922.0

Regularización de la tenencia de la tierra 8,204.4

Programadas de producción directa de bienes y servicios:

Transporte urbano 1.981,925.1

Nombre del programa Monto presupuestal

(millones de pesos)

Agua potable $ 215,231.6

Drenaje y tratamiento de aguas negras 302,414.6

Seguridad pública 253,730.4

Ampliación y mejoramiento de la planta física educativa 105,991.1

Vivienda 25,645.0

Salud 114,813.7

Recolección y tratamiento de basura 183,225.4

Aportaciones a la ministración de justicia 182,144.6

Prevención y control de la contaminación ambiental 17,652.2

Desarrollo y servicios sociales (protección social) 30,329.4

Programa de apoyo administrativo:

Deuda pública 398,200.0

Total 3.936,429.5

Ante el cúmulo de acciones que desarrolla el Departamento del Distrito Federal, se definieron los proyectos que permiten realizar obras de ampliación y complementación de la infraestructura urbana, a fin de incrementar la cobertura de los servicios y hacerlos más eficientes.

Los proyectos de inversión que realizará el sector durante 1988, se detallan en el apartado relativo a los objetivos y metas; entre los principales destacan los siguientes:

Se continuará la ampliación de la red del Sistema de Transporte Colectivo (Metro), en la línea nueve en el tramo de Centro Médico a Tacubaya y en la línea siete norte, en el tramo de Tacubaya a El Rosario.

Se proseguirá con la construcción del tren ligero sobre la calzada Ignacio Zaragoza, en el tramo Pantitlán a Santa Martha y se continuará la construcción de vialidad coincidente con el metro.

Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta-100, continuará con la construcción de los módulos ubicados en Huayamilpas, San Lorenzo Tezonco, San Bernabé y Cuajimalpa y la reconstrucción de 500 unidades.

En Servicio de Transportes Eléctricos, ampliará su red de línea elevada para trolebuses; continuará las obras de la segunda etapa del tren ligero, en el tramo de Huipulco a Xochimilco y la construcción de un depósito de trolebuses en Milpa Alta.

Respecto al suministro de agua potable, se construirán líneas primarias en la zona sur del Distrito Federal, se continuarán las obras del acueducto perimetral en su segunda etapa, y se ampliará la red secundaria en las delegaciones.

En el sistema de drenaje y tratamiento de aguas negras. se continuará la excavación del drenaje profundo y del semiprofundo en los colectores Obrero Mundial y Canal Nacional - Canal Chalco y serán ampliadas las redes primarias y secundaria.

Se terminarán las plantas de bombeo y tratamiento de San Luis Tlaxialtemalco y la de bombeo de Miramontes II; se construirán la estación de bombeo Xochimilco - Apatlaco y la laguna menor de regulación de Iztapalapa.

En vialidad y mejoramiento urbano, se continuará el Eje Vial 10 Sur; al igual que un tramo de la carretera México - Toluca; se continuará el puente vehicular en Picacho - Periférico y se concluirá el edificio delegacional en Iztapalapa.

En el programa de recolección y tratamiento de basura, se realizará la construcción de los rellenos sanitarios en Tlapizahuaya y Prados de la Montaña y se iniciarán las obras del parque metropolitano de Santa Fe.

Dentro del programa de salud, destacan la construcción del nuevo Hospital General de Villa Milpa Alta; así como la terminación de la Construcción de la Unidad de Imágenes de la nueva Central de Urgencias.

Como apoyo a la impartición y procuración de justicia, se construirán los edificios para funciones sustantivas y de apoyo administrativo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; se llevará a cabo la construcción de juzgados en los reclusorios norte, sur, oriente, y la remodelación de agencias del Ministerio Público.

A continuación, se señalan las principales acciones que llevará a cabo el sector en materia de racionalización del gasto. En materia de recursos humanos, se proseguirán impartiendo cursos de

capacitación y especialización, con objeto de mejorar la eficiencia, tanto en el desarrollo del personal como en el institucional.

La adquisición de materiales, suministros y servicios generales, permanecerá siendo objeto de rigurosa supervisión y control por parte del Comité de Compras Central de Departamento del Distrito Federal y se continuarán observando las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles.

Aunque las necesidades son muchas y muy variadas, los recursos son escasos y por tanto, deben ser aplicados de manera eficaz, siempre teniendo presente la capacidad de captación de ingresos y considerando las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales. Se buscará transferir en lo posible, las erogaciones corrientes hacia proyectos de inversión y operativos que redunden en un beneficio social directo, de la más amplia cobertura posible.

En los cuadros siguientes, se describen las fuentes de ingresos en las cuales se sustenta el Presupuesto de Egresos de 1988 del Sector Departamento del Distrito Federal, diversas clasificaciones del mismo, de sus partes medulares y la forma en que se cubrirá el gasto de cada una de las entidades coordinadas por el sector.

El proyecto de Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para 1988, asciende a $ 5.174,242.400,000.00 (cinco billones ciento setenta y cuatro mil doscientos cuarenta y dos millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) el cual se ejercerá mediante:

Ingresos propios del Departamento del Distrito Federal. $ 2.890,600.000,000.00

Financiamiento al Departamento del Distrito Federal. 327,149.400,000.00

Transferencias del gobierno federal al sector central del Departamento del Distrito Federal. 691,800.000,000.00

Ingresos propios de los organismos descentralizados. 576,233.000,000.00

Aportaciones del gobierno federal a los organismos descentralizados. 583,193.000,000.00

Financiamiento a los organismos descentralizados. 105,267.000,000.00

Total 5.174,242.400,000.00

El presupuesto directo del Departamento del Distrito Federal en su clasificación por objeto del gasto, excluyendo organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria del sector, es de $ 3.900,549.400,000.00 y se distribuye como a continuación se detalla:

Servicios personales $ 1.276,449.100,000.00

Materiales y suministros 233,212.000,000.00

Servicios generales 388,233.900,000.00

Transferencias a organismos 109,520.000,000.00

Otras transferencias 15,410.300,000.00

Bienes muebles e inmuebles 262,126.200,000.00

Obras públicas 1.226,397.900,000.00

Amortización de la deuda pública 4,817.200,000.00

Intereses de la deuda pública 247,682.800,000.00

Adefas 145,700.000,000.00

Total del Departamento 3.909,549.400,000.00

De la cifra antes señaladas, las aportaciones que el Departamento del Distrito Federal destina a los organismos descentralizados se muestran en el presupuesto consolidado en el renglón de transferencias.

Por objeto del gasto, los organismos y empresas de participación estatal mayoritaria, excluyendo las aportaciones del sector, muestran la siguiente asignación.

Servicios personales $ 367,687.900,000.00

Materiales y suministros 567,233.200,000.00

Servicios generales 158,100.400,000.00

Bienes muebles e inmuebles 17,711.000,000.00

Obras públicas 39,589.000,000.00

Inversiones financieras 19,926.100,000.00

Erogaciones extraordinarias 23,980.400,000.00

Intereses de la deuda pública $ 70,465.000,000.00

Total organismos y empresas 1.264,693.000,000.00

Por lo que atañe a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, se presentan las asignaciones de gasto, mismas que contemplan las aportaciones del Departamento del Distrito Federal, como sigue:

a) Sistema de Transporte Colectivo $ 407,581.000,000.00

b) Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal 86,245.000,000.00

c) Autotransportes Urbano de Pasajeros Ruta - 100 770,437.000,000.00

d) Industrial de Abastos 31,225.000,000.00

e) Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya 30,972.000,000.00

f) Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal 21,953.000,000.00

g) Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. 12,193.000,000.00

h) Fideicomiso de Vivienda del Distrito Federal 9,270.000,000.00

i) Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V. 4,337.000,000.00

Total 1.374,213.000,000.00

El Presupuesto de Egresos consolidado del sector se divide en:

Gasto directo del Departamento del Distrito Federal $ 3.386,419.100,000.00

Transferencias a organismos descentralizados y empresas de participación estatal 109,520.000,000.00

Otras transferencias 15,410.300,000.00

Deuda pública $ 398,200.000,000.00

Total del Departamento 3.909,549.400,000.00

Gasto directo de organismos y empresas 1.170,247.600,000.00

Otras erogaciones 23,980.400,000.00

Deuda pública 70,465.000,000.00

Total organismos 1.264,693.000,000.00

Total presupuesto 5.174,242.400,000.00

El gasto de cada una de las entidades se cubrirá de la forma siguiente:

a) Sistema de Transporte Colectivo

1. Recursos propios $ 212,677.000,000.00

2. Fondos de financiamiento al Sistema de Transporte Colectivo 15,967.000,000.00

3. Aportaciones del Departamento del Distrito Federal 73,160.000,000.00

4. Subsidio del gobierno federal 105,777.000,000.00

Total 407,581.000,000.00

b) Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal

1. Recursos propios 27,658.000,000.00

2. Aportaciones del Departamento del Distrito Federal 17,000.000,000.00

3. Subsidio del gobierno federal 41,587.000,000.00

Total 86,245.000,000.00

c) Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta - 100

1. Recursos propios $ 231,448.000,000.00

2. Fondos de financiamiento a Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta - 100 89,300.000,000.00

3. Aportaciones del Departamento del Distrito Federal 13,860.000,000.00

4. Subsidio del gobierno federal 435,829.000,000.00

Total 770,437.000,000.00

d) Industrial de Abastos

1. Recursos Propios 28,725.000,000.00

2. Aportaciones del Departamento del Distrito Federal 2,500.000,000.00

Total 31,225.000,000.00

e) Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya

1. Recursos Propios 30,972.000,000.00

Total 30,972.000,000.00

f) Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal

1. Recursos propios 21,953.000,000.00

Total 21,953.000,000.00

g) Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V.

1. Recursos propios 12,193.000,000.00

Total 12,193.000,000.00

h) Fideicomiso de Vivienda del Distrito Federal

1. Recursos propios 6,270.000,000.00

2. Aportaciones del Departamento del Distrito Federal 3,000.000,000.00

Total 9,270.000,000.00

i) Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.

1. Recursos propios $ 4,337.000,000.00

Total 4,337.000,000.00

La Clasificación del gasto del Departamento del Distrito Federal, por actividades propias del sector público federal corresponde a:

Actividades públicas centrales $ 817,230.400,000.00

Orientación general de la economía 512,736.300,000.00

Orientación sectorial de la economía 2.143,125.100,000.00

Servicios sociales y urbanos 1.701,150.600,000.00

Total 5.174,242.400,000.00

La clasificación por función de acuerdo a los importes de las actividades anteriormente enunciadas, son:

Administración general $ 368,512.900,000.00

Justicia y seguridad pública 448,717.500,000.00

Planeación económica y social 11,967.100,000.00

Política financiera, fiscal y crediticia 500,769.200,000.00

Fomento y reglamentación agropecuaria, forestal y agraria 44,278.000,000.00

Prestación de servicios de transportes y comunicaciones 1.981,925.100,000.00

Regulación del mercado 116,922.000,000.00

Salud 391,067.700,000.00

Asentamientos humanos 1.003,214.200,000.00

Fomento de la educación 105,991.100,000.00

Preservación y protección de la ecología y del medio ambiente 200,877.600,000.00

Total 5.174,242.400.000.00

Para el logro de objetivo esencial del Departamento del Distrito Federal, consistente en proporcionar condiciones más dignas de vida y opciones viables de desarrollo a la población, es necesaria la organización y colaboración de los diferentes sectores que conviven en la zona metropolitana de la ciudad de México.

Como respuesta a esta situación, la Ley de Planeación en sus capítulos V y VI, así como el Plan Nacional de Desarrollo en sus Capítulos X, establecen las vertientes que deberá observar el gobierno capitalino, a fin de realizar el esfuerzo solidario, que conduzca a frenar la difícil situación económica y al establecimiento de las bases que soporten el firme desarrollo de la región.

El presupuesto como tal, se orienta dentro de la estrategia regional a satisfacer en el corto plazo, las demandas y requerimientos formulados a través del Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal, y en su momento mediante la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y de las instancias de participación que establece la ley orgánica.

Siguiendo este criterio general, el sector continuará instrumentando acciones dentro de las vertientes de coordinación, concertación e inducción, mencionándose entre otras, las siguientes:

Los mecanismos de la vertiente de coordinación, tienen por objeto el que los gobiernos estatales circunvecinos, participen en la planeación y coadyuven en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, para alcanzar un desarrollo más equilibrado y revertir la tendencia concentradora de la ciudad de México.

Con el estado de México, se continuarán desarrollando convenios para coordinar los sistemas de transporte en la región conurbada y se instrumentarán nuevas alternativas para la desconcentración de la planta industrial, comercial y de servicios. Se reforzará la comunicación para el establecimiento de normas organizativas, operativas y de disciplina que den congruencia a la seguridad pública.

Se mantendrá coordinación con la Secretaría de la Reforma Agraria, con la Comisión de Regularización de la Tenencia de la Tierra (Corett) y con los municipios circunvecinos, respecto a la regularización de la tenencia de la tierra y del uso del suelo en el Distrito Federal y su zona conurbada.

Se dará continuidad a los estudios para determinar las fuentes externas, técnicas y económicamente más factibles para obtener volúmenes adicionales de agua potable, estableciendo los convenios necesarios con los municipios y gobierno estatales correspondientes.

Se continuará desarrollando el Convenio de Coordinación entre el estado de Morelos y el Departamento del Distrito Federal suscrito el 9 de mayo de 1986, con objeto de coordinar programas y recursos durante los años de 1986, 1987 y 1988 para la resolución de problemas comunes en las materias de seguridad pública, protección forestal, aprovechamientos hidráulicos, transporte y vialidad, desconcentración industrial, salud, vivienda, abasto y comercialización, desarrollo urbano y protección ecológica y turismo.

El estado de Morelos y el Departamento del Distrito Federal, proyectan celebrar en abril de 1988 en la ciudad de México, una reunión de evaluación de las acciones concertadas en el citado convenio.

Mediante la instrumentación de acciones en las vertientes de concertación e inducción, se reforzará la colaboración de los sectores social y privado en las actividades que el gobierno capitalino realice, con miras a resolver la problemática urbana.

Se proseguirá con los convenios orientados a mejorar las condiciones del medio ambiente y a combatir la contaminación, para alcanzar el equilibrio ecológico; asimismo, se promoverán mejores formas de organización y capacitación en materia de desarrollo agropecuario y forestal.

En este contexto, el 20 de mayo de 1987 se suscribió un convenio de concertación entre el Departamento del Distrito Federal y treinta y cuatro asociaciones, agrupaciones e instituciones interesadas en proteger el medio ambiente, entre las que se citan: la Academia Mexicana de Derecho Ecológico, Centro de Ecodesarrollo - Conacyt, Colegio de Biólogos de México, Comité de Defensa Ecológica de México, Grupo de los 100, Instituto Politécnico Nacional y la Sociedad Mexicana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental, adquiriendo el compromiso de atacar juntos el problema de la contaminación en la ciudad de México.

Con tal objeto, colaborarán en el desarrollo de programas que resulten de interés para ambas partes y en beneficio de la población del Distrito Federal. Los programas específicos son los siguientes.

- Voluntario para desestimular el uso del automóvil.

- Forestación urbana con participación ciudadana.

- Intercambio de plantas por basura seleccionada.

- Utilización productiva de la basura domiciliaria.

- Manejo de desechos industriales y hospitalarios.

- Planeación ecológica regional.

- Investigación ecológica y ambiental.

- Ecotécnicas aplicadas.

- Protección y fomento de área rural.

- Investigación jurídica en materia ecológica y ambiental.

- Comunicación social.

En materia de vivienda, se concertarán acciones de mejoramiento y autoconstrucción. Se reforzarán las acciones de apoyo a la cultura, deporte, recreación y turismo, en beneficio de la población de escasos recursos.

En lo referente al abasto y comercialización, se realizarán acciones dirigidas básicamente a la autoadministración de los mercados públicos y el manejo de los fondos generales para este fin; asimismo, se fortalecerá la integración de grupos de consumidores para compras en común de alimentos básicos a precios de mayoreo.

En materia de seguridad pública, se elaborarán programas de educación vial, dirigidos a mejorar el comportamiento de la población en este sentido.

Por último, se realizarán campañas de concientización y participación ciudadana, encaminadas a inducir a la población hacia el mejorar aprovechamiento de los servicios públicos que se ofrecen.

Con los anteriores apuntamientos, se ha tratado de esbozar una panorámica general, primeramente de lo realizado por el gobierno y sociedad del Distrito Federal en el período 1983-1987; posteriormente, se señalan objetivos y metas que se pretenden lograr para el ejercicio de 1988, así como la correspondiente estrategia programática presupuestal y finalmente, los convenios que se desarrollarán a través de las vertientes de coordinación, concertación e inducción.

Todavía hay muchos problemas por resolver, sin embargo, tenemos mayor conciencia de lo que queremos hacer y mayor seguridad de cómo lograrlo.

Redoblaremos empeño y constancia para consolidar lo que se ha iniciado, venceremos los múltiples desafíos, haremos un esfuerzo evidente de eficiencia, para resolver con serenidad y seguridad los complejos problemas de nuestra ciudad; se continuará observando orden y disciplina administrativa, perseverancia y congruencia.

Proseguiremos fortaleciendo la participación de todos los sectores de nuestra sociedad, a fin de seguir con paso firme y continuo, con organización y solidaridad. Nada ni nadie podrá detener una ciudad que avanza. El próximo año nos depara un compromiso: estar a la altura de lo que hemos logrado en el pasado y superarlo; conjugaremos la inercia de anteriores esfuerzos y la de soluciones actuales, para lograr un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural de la población capitalina. Consolidaremos esta histórica tarea de renovación.

El Ejecutivo a mi cargo, tiene la certeza de que la presente exposición de motivos, facilitará una íntegra y justa apreciación de los alcances e importancia del Presupuesto de Egresos de sector Departamento del Distrito Federal, para el año de 1988.

Por lo anterior, expreso a ustedes mi confianza de que esta iniciativa, merezca la aprobación de esa honorable representación nacional.

Ciudad de México, noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.»

«INICIATIVA DE DECRETO DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 1988

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o El ejercicio presupuestal y control de las erogaciones de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el año 1988, se sujetará a las disposiciones de este decreto y a las que resulten aplicables en la materia.

Artículo 2o. Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para las unidades administrativas del Departamento del Distrito Federal, erogaciones adicionales de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, coordinadas sectorialmente por éste y demás asignaciones que a continuación se indican,

importan la cantidad de: $ 3.511,349.400,000.00 (Tres billones quinientos once mil trescientos cuarenta y nueve millones cuatrocientos mil pesos 00/100 Moneda Nacional) y se distribuyen de la forma siguiente:

Jefatura del Departamento $ 4,814.400,000.00

Secretaría General de Gobierno 3,821.900,000.00

Secretaría General de Obras 5,878.800,000.00

Oficialía Mayor 3,122.900,000.00

Secretaría General de Desarrollo Social 4,511.400,000.00

Contraloría General 7,292.100,000.00

Tesorería 81,903.200,000.00

Secretaría General de Protección y Vialidad 174,192.600,000.00

Dirección General de Difusión y Relaciones Públicas 5,354.700,000.00

Dirección General de Programación y Presupuesto 4,315.100,000.00

Dirección General de Gobierno 1,754.900,000.00

Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal 15,297.900,000.00

Coordinación General Jurídica 4,760.300,000.00

Dirección General de Trabajo y Previsión Social 1,633.600,000.00

Dirección General de Acción Social, Cívica, Cultural y Turística 23,815.900,000.00

Dirección General de Servicios Médicos 83,991.900,000.00

Dirección General de Reclusorios y Centros de Readaptación Social 36,213.200,000.00

Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio 3,525.700,000.00

Dirección General de Promoción Deportiva $ 22,267.100,000.00

Dirección General de Reordenación Urbana y Protección Ecológica 30,038.200,000.00

Dirección General de Servicios Urbanos 132,804.400,000.00

Dirección General de Obras Públicas 130,694.300,000.00

Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica 348,554.800,000.00

Dirección General de Regularización Territorial 5,265.400,000.00

Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos 3,999.700,000.00

Dirección General de Servicios Legales 4,071.300,000.00

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 35,488.100,000.00

Delegación Alvaro Obregón 44,993.300,000.00

Delegación Azcapotzalco 36,029.700,000.00

Delegación Benito Juárez 35,088.700,000.00

Delegación Coyoacán 40,871.000,000.00

Delegación Cuajimalpa de Morelos 24,825.800,000.00

Delegación Cuauhtémoc 67,177.700,000.00

Delegación Gustavo A. Madero 57,750.800,000.00

Delegación Iztacalco 23,656.600,000.00

Delegación Iztapalapa 55,657.400,000.00

Delegación Magdalena Contreras 19,952.700,000.00

Delegación Miguel Hidalgo $ 42,287.600,000.00

Delegación Milpa Alta 17,251.700,000.00

Delegación Tláhuac 23,337.400,000.00

Delegación Tlalpan 34,653.600,000.00

Delegación Venustiano Carranza 46,088.800,000.00

Delegación Xochimilco 32,115.800,000.00

Comisión Coordinadora para el Desarrollo Rural 20,815.000,000.00

Coordinación General de Abasto y Distribución 34,909.900,000.00

Comisión de Vialidad y Transporte Urbano 659,374.000,000.00

Planta de Asfalto 18,571.000,000.00

Almacenes para los Trabajadores del Departamento del Distrito Federal 3,910.900,000.00

Servicio Público de localización Telefónica 2,474.500,000.00

Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal 4,573.500,000.00

Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal 2,905.100,000.00

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 51,686.600,000.00

Coordinación General de Transporte 22,458.100,000.00

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal 91,670.300,000.00

Cooperaciones y Seguridad social 5,728.300,000.00

Servicio de las dependencias 504,816.800,000.00

Servicio de las delegaciones 196,813.000,000.00

Aportaciones a organismos descentralizados 109,520.000,000.00

Importe del gasto directo 3.511,349.400,000.00

Erogaciones adicionales de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria

Sistema de Transporte Colectivo $ 334,421.000,000.00

Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal 69,245.000,000.00

Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta-100 756,577.000,000.00

Industrial de Abasto 28,725.000,000.00

Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya 30.972.000,000.00

Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal 21,953.000,000.00

Servicios Metropolitanos S.A. de C.V. 12,193.000,000.00

Fideicomiso de Vivienda del Distrito Federal 6,270.000,000.00

Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V. 4,337.000,000.00

Importe del gasto de organismos: 1.264,693.000,000.00

Artículo 3o. Las erogaciones anteriores se ejercerán con base en los objetivos, metas costos, unidades responsables de su ejecución y asignaciones presupuestales que en el mismo se consignan, integrando los programas y subprogramas que arrojan los totales del gasto de las unidades administrativas, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, coordinados sectorialmente por el Departamento del Distrito Federal.

De acuerdo a la apertura programática, las asignaciones para cada uno de los programas que se indican, son las siguientes:

Administración general $ 368,512.900,000.00

Aportaciones a la ministración de justicia 182,144.600,000.00

Impartición de justicia y vigilancia de la legislación laboral 12,842,500,000.00

Seguridad pública $ 253,730.400,000.00

Planeación 11,967.100,000.00

Administración fiscal y recaudación 102,569.200,000.00

Fomento de la producción forestal y productividad 44,278.000,000.00

Transporte urbano 1.981,925.100,000.00

Abasto y comercialización 116,922.000,000.00

Salud 114,813.700,000.00

Desarrollo y servicios sociales 276,254.000,000.00

Planeación de los asentamientos humanos 51,473.200,000.00

Mejoramiento urbano 400,245.400,000.00

Regularización de la tenencia de la tierra 8,204.400,000.00

Vivienda 25,645.000,000.00

Agua potable 215,231.600,000.00

Drenaje y tratamiento de aguas negras 302,414.600,000.00

Ampliación y mejoramiento de la planta física educativa 105,991.100,000.00

Prevención y control de la contaminación ambiental 17,652.200,000.00

Recolección y tratamiento de basura 183,225.400,000.00

Total: 4.776,042.400,000.00

Artículo 4o. El gasto destinado a la deuda pública del Departamento del Distrito Federal para el año 1988, se distribuye de la siguiente manera:

Amortización $ 4,817.200,000.00

Servicio de la deuda 247,682.800,000.00

Adeudos anteriores 145,700.000,000.00

De acuerdo a la apertura programática, estas asignaciones se ejercerán en el programa de deuda pública, que importa la cantidad de $ 398,200.000,000.00

Artículo 5o. Los titulares de las unidades administrativas y entidades coordinadas del sector Departamento del Distrito Federal, así como los órganos de gobierno correspondientes en el ejercicio de sus presupuestos aprobados, serán responsables de que se ejecuten con oportunidad y eficiencia las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de los objetivos y prioridades fijados en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa de Desarrollo de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México y de la Región Centro, y en los demás programas que se formulen con base en la Ley de Planeación.

La Secretaría de Programación y Presupuesto, verificará periódicamente los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos del Departamento del Distrito Federal y entidades del sector, en relación con los objetivos y prioridades del plan y los programas de desarrollo, a fin de que adopten las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas.

Igual obligación y para los mismos fines tendrá el titular del Departamento del Distrito Federal, respecto de las entidades paraestatales agrupadas en el sector que coordina el Departamento.

Artículo 6o. En el ejercicio del presente presupuesto, las unidades administrativas y entidades coordinadas del sector, se sujetarán estrictamente a los calendarios de gasto que les apruebe la Secretaría de Programación y Presupuesto a través del Departamento del Distrito Federal.

Salvo lo previsto en los artículos 10 y 27 de este decreto, no se autorizarán adecuaciones a los calendarios de gasto, que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recursos; en consecuencia, las unidades administrativas y entidades del sector, deberán observar un cuidadoso registro y control de su ejercicio presupuestal, sujetándose a los compromisos reales de pago.

Artículo 7o. Para que el Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente puedan ejercer créditos externos destinados a financiar proyectos o programas específicos, será necesario que la totalidad de los recursos a ejercer se encuentren incluidos en sus respectivos presupuestos aprobados, y se cuente con la autorización previa y expresa de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

En los créditos externos que contraten las entidades paraestatales, se deberá establecerla responsabilidad de éstas para que cubran el servicio de la deuda que los créditos generen.

Artículo 8o. La Secretaría de Programación y Presupuesto, podrá reservarse La autorización de ministraciones de fondos federales al Departamento del Distrito Federal, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, coordinados sectorialmente por el propio Departamento, en los siguientes casos:

I. Cuando no envíen la información que les sea requerida en relación con el ejercicio de sus programas y presupuestos, con base al sistema integral de información del sector público;

II. Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no cumplan con las metas de los programas aprobados;

III. Cuando en el desarrollo de los programas, se capten desviaciones que entorpezcan su ejecución y constituyan distracciones en los recursos asignados a los mismos, y

IV. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto se dicten.

Artículo 9o. El Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio del presupuesto, vigilará que no se adquiera compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado, y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas, en contravención a lo dispuesto en este artículo.

Será causa de responsabilidades del jefe del Departamento del Distrito Federal, así como de los directores, vocales ejecutivos, administradores o gerentes de los organismos descentralizados u órganos de gobierno de las empresas de participación estatal mayoritaria del mencionado Departamento, contraer compromiso fuera de las limitaciones de los presupuestos aprobados para las unidades administrativas y entidades a su cargo, acordar erogaciones que no permitan la atención de los servidores públicos y el cumplimiento de sus metas durante el ejercicio presupuestal.

Artículo 10. En caso de que los ingresos obtenidos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1988 excedan del monto del presupuesto aprobado, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto y a solicitud del jefe del Departamento del Distrito Federal, podrá autorizar erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

I. Los ingresos ordinarios excedentes, a que se refiere el artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento, únicamente serán aplicados a los programas señalados como propietarios en el artículo 14 de l capítulo segundo de este decreto;

II. Los excedentes sobre los ingresos ordinarios presupuestos de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria del sector Departamento del Distrito Federal, se aplicarán para el desarrollo de programas prioritarios, y

III. Los ingresos extraordinarios que obtengan el Departamento del Distrito Federal, sus organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo Federal, al dar cuenta a la H. Cámara de Diputados de las erogaciones que se efectúen con base que esta disposición, hará trimestralmente el análisis de la procedencia y aplicación de los excedentes a los conceptos a que se refieren las tres fracciones de este artículo, independientemente de la obligación de informar al respecto en la presentación de la cuenta pública correspondiente.

Artículo 11. Todas las cantidades se recauden por cualesquiera de las unidades administrativas y órganos desconcentrados del Departamento del Distrito Federal, no podrán destinarse a fines específicos, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto, en función de las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.

Artículo 12. El Ejecutivo Federal efectuará las reducciones o ajustes de los importes de los presupuestos aprobados al Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas, en los supuestos y términos que establece el artículo 17 del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1988, con excepción a lo dispuesto por el artículo 14 de este decreto.

CAPITULO II

Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales

Artículo 13. Sin perjuicio de lo que establecen el presente decreto y las demás disposiciones

aplicables en la materia, el titular del Departamento del Distrito Federal y los de las entidades coordinadas sectorialmente por éste, así como los órganos de gobierno respectivos, serán responsables en los términos de este capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.

Artículo 14. De acuerdo al Programa de Desarrollo de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México y de la Región Centro, se establecen como prioridades de este presupuesto los siguientes programas:

- Vivienda

- Transporte urbano

- Ampliación y mejoramiento de la planta física educativa

- Regularización de la tenencia de la tierra

- Agua potable

- Drenaje y tratamiento de aguas negras

- Recolección y tratamiento de basura

- Seguridad pública

- Salud

- Deuda pública

- Aportaciones a la ministración de justicia

- Abasto y comercialización

- Prevención y control de la contaminación ambiental

A los programas aquí señalados deberá agregarse, con las mismas características de prioridad, el subprograma protección social, incluido en el Programa de Desarrollo y Servicios Sociales.

Los programas incluidos en este artículo, no podrán ser afectados presupuestalmente a la baja, excepto cuando se hubiesen cumplido las metas originalmente presupuestadas, y siempre y cuando las transferencias sean hacia otros programas también denominados como prioritarios. En el caso particular de la deuda pública, si las condiciones de pago mejoran, su meta podrá ser modificada a la baja.

La Secretaría de Programación y Presupuesto, por sí o a propuesta del Departamento del Distrito Federal, con objeto de fomentar el ahorro presupuestal o de canalizar recursos a los programas prioritarios o emergentes, podrá determinar la eliminación de renglones del gasto y la liberación de recursos asignados a los programas no prioritarios.

Todo excedente presupuestal, independientemente de sus causas, deberá transferirse a programas prioritarios.

Artículo 15. Los titulares de las unidades administrativas y entidades coordinadas del sector Departamento del Distrito Federal, no podrán crear nuevas plazas. La Secretaría de Programación y Presupuesto, a solicitud del titular del Departamento del Distrito Federal, podrá autorizar la creación de las que sean indispensables para los programas de salud, administración de justicia, seguridad pública y transporte urbano, así como aquellas requeridas para la planta productiva que entre en operación; asimismo, no podrá llevar a cabo conversiones de sus plazas autorizadas, salvo cuando se trate de casos debidamente justificados, para lo cual se deberá recabar la autorización de los órganos de gobierno correspondientes o de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Los órganos de gobierno de las entidades paraestatales, podrán autorizar la creación de plazas cuando ello garantice el incremento de su productividad; se establezcan notas especificas a este respecto; se cuente con los recursos propios que se requieran y tales circunstancias hayan quedado previa y debidamente acreditadas por ese órgano.

Artículo 16. Las unidades Administrativas y entidades del sector departamento del Distrito Federal, en el Ejercito de sus erogaciones por concepto de servicios personales, deberán:

I. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores del sector Departamento del Distrito Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas, conforme a las normas y lineamientos que expida la Secretaría de Programación y Presupuesto y en el caso de las entidades del sector, por el órgano de gobierno respectivo, conforme a los lineamientos que se emitan de acuerdo a la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

Las remuneraciones adicionales por horas extraordinarias y los estímulos por eficiencia en la actuación, se regularán por las disposiciones que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto y el órgano de gobierno respectivo, con base en los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior. Tratándose de las remuneraciones por jornadas ordinarias o por horas extraordinarias,

y otras prestaciones del personal que laboran en los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, que se fijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;

II. Abstenerse de cubrir gastos por contratos de honorarios y salarios al personal eventual que en cualquier forma suponga el incremento, con respecto al ejercicio de 1987, del número de los contratos relativos o de los montos de las asignaciones respectivas.

Estos contratos sólo podrán celebrarse para la prestación de servicios profesionales, por lo que no podrá incorporarse por esta vía, personal para el desempeño de labores iguales o similares a las que realiza el personal que forma la planta de la dependencia, o de la entidad de que se trate.

La celebración de contratos por honorarios, sólo procederá en casos debidamente justificados, y siempre que la dependencia o entidad no pueda satisfacer las necesidades de estos servicios con el personal y los recursos técnicos con que cuente. Invariablemente, estos contratos deberán ser autorizados por el titular de la dependencia o por el órgano de gobierno de la entidad de que se trate;

III. Eliminar compensaciones de cualquiera naturaleza a los servicios públicos a título de representación en órganos de gobierno, juntas directivas, consejos y comités técnicos y otros, así como gastos de representación, con excepción de los que autorice el Coordinador del Sector, y

IV. Abstenerse de realizar traspasos se recursos, que en cualquier forma afecten las asignaciones para el capítulo 1,000 - "Servicios Personales", excepto los casos que autorice el coordinador del sector.

Artículo 17. En el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y de sus entidades coordinadas sectorialmente para el año de 1988, no se podrán efectuar;

I. Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:

a) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos, con excepción de las erogaciones estrictamente indispensables, que para su operación en forma específica y previamente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto; en consecuencia, se deberá optimizar la utilización de los espacios físicos disponibles y el aprovechamiento de los bienes y servicios de que dispongan;

b) Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, con excepción de aquéllos necesarios para salvaguardar la seguridad pública, así como para la procuración de justicia, los servicios de salud, y para el desarrollo de programas productivos prioritarios y de servicios básicos, que especifica y previamente al ejercicio del gasto correspondiente, autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto;

II. Gasto con cargo a la partida de erogaciones imprevistas, y

III. Gastos relativos a congresos, convenciones, ferias y exposiciones.

Artículo 18. Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, deberán reducirse al mínimo indispensable, su uso se sujetará a los criterios de racionalidad y selectividad, y se efectuará siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del titular del Departamento del Distrito Federal o del órgano de gobierno de la entidad coordinada correspondiente.

I. Gastos de ceremonial y de orden social;

II. Comisiones de personal al extranjero;

III. Contrataciones de asesorías, estudios e investigaciones;

IV Publicidad, propaganda, publicaciones oficiales y en general, los relacionados con actividades de comunicación social. En estos casos, las unidades administrativas y entidades del sector, deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del sector público y el tiempo que por ley otorgan al gobierno federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal. Las erogaciones por estos conceptos con cargo al Presupuesto de Egresos 1988 del Departamento del Distrito Federal, deberán ser autorizadas previamente por las secretarías de Gobernación, Programación y Presupuesto y las que efectúen las entidades coordinadas, por el sector o por el órgano de gobierno, con base en los lineamientos que establezcan dichas secretarías;

V. Otorgamiento de becas, y

VI. Donativos.

Asimismo, las unidades administrativas y entidades del sector, serán responsables de que las erogaciones por concepto de correos, telégrafos, teléfonos, energía eléctrica y agua potable, obedezcan a una utilización racional de dichos servicios, directamente vinculada al desempeño de las actividades y funciones que tengan encomendadas.

Artículo 19. En el ejercicio del gasto de inversiones públicas, comprendido en el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1988, se observarán las siguientes medidas:

I. Se otorgará prioridad a los proyectos y obras de conservación y mantenimiento de la infraestructura básica, así como a aquellos que, en función de las disponibilidades financieras del ejercicio y de acuerdo con los estudios correspondientes, puedan concluirse durante 1988, en especial a los que presenten un mayor avance relativo, estén orientados a incrementar la oferta de bienes y servicios socialmente necesarios y que reporten los mayores beneficios para la población;

II. Se deberá estimular el proceso de cambio estructural, así como los proyectos de coinversión con los sectores social y privado en la zona metropolitana de la ciudad de México.

Durante 1988, no se iniciarán nuevos proyectos, salvo los que se consideren estrictamente necesarios, a juicio y previa autorización del Ejecutivo Federal;

III. Se aprovechará la mano de obra local y se empleará al máximo la capacidad instalada productiva y de servicios, para abatir costos;

IV. Se diferirán las obras de construcción y remodelación de edificios e instalaciones para oficinas administrativas, o bien las de carácter ornamental, y

V. En el caso de los proyectos de inversión que sean parcialmente financiados con créditos externos, el sector Departamento del Distrito Federal deberá sujetarse a los términos de las autorizaciones, que para cada uno de dichos proyectos otorguen las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público conforme a sus respectivas atribuciones.

Artículo 20. Las erogaciones por concepto de transferencia con cargo de Egresos del Departamento del Distrito Federal, se sujetarán a las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, del Programa de Desarrollo de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México y de la Región Centro, del Programa de Mediano Plazo y Operativo Anual correspondientes, y se apegarán a los siguientes criterios:

I. El otorgamiento se hará con base en criterios de selectividad, temporalidad y transparencia en su asignación, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estratégicos o prioritarios;

II. Las transferencias destinadas a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán ajustar en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;

III. Los subsidios a los precios de los bienes, se mantendrán en niveles que estimulen a los productores y que al mismo tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores;

IV. Las transferencias para las actividades productivas de los sectores privado y social, estarán condicionadas a procurar el mayor de la mano de obra, y a incrementar el nivel de vida de la población de escasos recursos;

V. Las transferencias destinadas al apoyo de las entidades paraestatales del sector Departamento del Distrito Federal, se deberá orientar selectivamente hacia las actividades estrategias y prioritarias, así como a fortalecer el proceso de cambio estructural, a efecto de incrementar la oferta real de bienes y servicios, de insumos estratégicos para la producción y a generar permanente y productivo;

VI. Se requerirá la autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto, para otorgar transferencias que se pretendan destinar a inversiones financieras;

VII. Las entidades paraestatales del sector Departamento del Distrito Federal beneficiarias de transferencias, deberán fuentes alternativas de financiamiento, a fin de lograr en el mediano plazo, una mayor autosuficiencia financiera y una disminución correlativa de los apoyos con cargo a recursos presupuestarios, y

VIII. No se deberán otorgar transferencias cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.

Artículo 21. Para la autorización de transferencias a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos con cargo al Presupuesto de Egresos, corresponderá al Departamento del Distrito Federal, en su carácter de coordinador sectorial, verificar previamente:

I. Que se justifique la necesidad de los recursos solicitados del estado de liquidez de la entidad beneficiaria, así como la aplicación de dichos recursos;

II. Que las entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados, en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase, y

III. El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.

El Departamento del Distrito Federal suspenderá la ministración de fondos, cuando las entidades beneficiarias no remitan la información físico - financiera en la forma y términos establecidos en las disposiciones aplicadas.

Artículo 22. Cuando se deban ministraciones de fondos, la secretaría de Programación y Presupuesto, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinará el orden a que se sujetará la ministración de transferencias autorizadas por el Departamento del Distrito Federal, en su carácter de coordinador de sector, a fin de asegurar la disposición oportuna de recursos para el desarrollo de los programas prioritarios.

Artículo 23. Las unidades administrativas del Departamento del Distrito Federal, los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, sólo podrán conceder subsidios, ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios o dar ayuda de cualquier clase, con autorización previa por esto del titular del Departamento del Distrito Federal.

Artículo 24. El titular del Departamento del Distrito Federal, se abstendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no contribuyan a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquéllos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos del sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.

Artículo 25. Las unidades administrativas y entidades del sector Departamento del Distrito Federal, proporcionarán a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información sobre las aportaciones y subsidios que hubiesen otorgado durante el ejercicio presupuestal, a efecto de que dicha Secretaría la analice e integre al registro único de transferencias; asimismo, los titulares de las unidades administrativas y entidades del sector, serán los responsables de llevar el registro contable anual de la aplicación de recursos que hagan por los conceptos de gasto mencionados.

Artículo 26. Las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, determinarán conjuntamente los lineamientos a que deberá sujetarse el sector Departamento del Distrito Federal, respecto de las disponibilidades financieras con que cuente el ejercicio presupuestal. Para tal efecto, el Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente, proporcionarán la información financiera que requiera el Sistema Integral de Información del Sector Público.

Asimismo, deberán informar a las citadas secretarías de sus depósitos en dinero, valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias, a fin de identificar los niveles de liquidez y para operar la compensación de créditos o adeudos.

El Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que causen por no cubrir oportunamente sus respectivos adeudos, las que se calcularán a la tasa equivalente al rendimiento promedio de las emisiones de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, del mes inmediato anterior a la fecha del corte compensatorio. La aplicación de ésta, se efectuará sobre los adeudos reportados por el sistema de compensación de adeudos del sector público, desde la fecha en que debieron liquidarse tales adeudos.

Artículo 27. Las secretarías de Hacienda y Crédito público, de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, en el seno de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento, así como el Departamento del Distrito Federal, celebrarán en su caso con las entidades paraestatales convenios para:

I. El establecimiento de metas de déficit, o en su caso, superávit financiero mensual y trimestral, a nivel devengado, y

II. El saneamiento financiero, mediante la asunción de pasivos de entidades paraestatales, estratégicas o prioritarias, cuyas funciones estén asociadas a la prestación de servicios públicos, de acuerdo a los fines para los que fueron creadas y siempre que la entidad de que se trate cuente con un programa de cambio estructural, que se presente a más tardar el 30 de junio de 1988 a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y sea aprobado por ésta, el cual será evaluado periódicamente por la propia comisión.

Las dependencias que integran ésta Comisión establecerán los lineamientos con base en los cuales se llevarán a cabo la formulación de los convenios a que se refiere este artículo.

Artículo 28. El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición del propio Departamento y entidades coordinadas sectorialmente, las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.

Artículo 29. La Secretaría de Programación y Presupuesto, conjuntamente con la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público y de acuerdo con los flujos reales de divisas y de moneda nacional, efectuará las adecuaciones necesarias a los calendarios de pagos en función de los requerimientos y disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.

Artículo 30. El Departamento del Distrito Federal y entidades incluidas en este Presupuesto de Egresos, quedan obligados a informar a las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, en la forma y periodicidad que éstas determinen, los movimientos presupuestales que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos los que darán a conocer trimestralmente a la H. Cámara de Diputados.

Artículo 31. Para los efectos del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas, los montos máximos de contratación directa y los de adjudicación mediante convocatoria a cuando menos tres personas, de las obras que podrán realizar el Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente durante el año de 1988, serán los siguientes:

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Artículo 32. Para los efectos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación mediante convocatoria a cuando menos tres y ocho proveedores, según el

caso, de las adquisiciones, arrendamientos o servicios que podrán realizar el Departamento del Distrito Federal y sus entidades coordinadas sectorialmente durante el año de 1988, serán los siguientes:

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Las cantidades resultantes deberán considerarse sin incluir el monto del impuesto al valor agregado (IVA).

Artículo 33. La Secretaría de Programación y Presupuesto realizará periódicamente la evaluación del ejercicio del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, en función de los objetivos y metas de los programas aprobados.

El Departamento del Distrito Federal Presentará un informe trimestral a la H. Cámara de Diputados sobre la ejecución de su Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para 1988. En igual forma presentará un informe trimestral sobre los avances de la consecución de las metas de los principales programas contenidos en su Presupuesto de Egresos, correlacionándolos con los recursos aplicados, en forma desagregada por subprogramas y su correspondiente desglose por

proyectos de ejecución del presente presupuesto, así como la ejecución del gasto programático asignado a cada una de sus entidades administrativas.

Los informes trimestrales mencionados en este artículo, se presentarán dentro del mes siguiente al que correspondan y se harán las aclaraciones que requiera la H. Cámara de Diputados.

Artículo 34. La Secretaría de Programación y Presupuesto vigilará la exacta observancia de las normas contenidas en este decreto, así como la estricta ejecución del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal.

Para estos efectos, podrá requerir de las unidades administrativas y entidades del citado sector, la información que resulte necesaria y comunicará a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación las irregularidades y desviaciones de que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones.

Artículo 35. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en el ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control y vigilancia le confiere la ley, comprobará el cumplimiento por parte de las unidades administrativas y entidades del sector Departamento del Distrito Federal de las obligaciones derivadas de este decreto. Con tal fin, dispondrá lo conducente para que se lleven a cabo las inspecciones y auditorías que se requieran, así como para que se finquen las responsabilidades y se apliquen las sanciones que proceden con motivo del incumplimiento de las mencionadas obligaciones.

Artículo 36. La Secretaría de Programación y Presupuesto, estará facultada para interpretar las disposiciones del presente decreto para efectos administrativos, así como para establecer las medidas conducentes a su correcta aplicación.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 1988.

Ciudad de México.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y del Distrito Federal.

EGRESOS DE LA FEDERACIÓN

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día es el turno a comisión de la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988.

En virtud a que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a dar el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación. - Dirección General de Gobierno.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presentes.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito enviar a usted, proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1988.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 13 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presente.

Con fundamento en lo establecido en el artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo a mi cargo, por su digno conducto, somete a la consideración de esa H. representación nacional la iniciativa de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente a 1988 para su examen, discusión y, en su caso, aprobación.

Cumplo así con la obligación constitucional de informar al pueblo de México, a través de esa H. Cámara de Diputados, sobre el Proyecto de Presupuesto, que de merecer su aprobación, será ejercicio por la Federación durante 1988, Igual que en años anteriores, las prioridades, metas y asignaciones de este proyecto se derivan del Plan Nacional de Desarrollo 1983 - 1988 y de los programas sectoriales de mediano plazo, y reflejan los lineamientos expuestos en el documento de Criterios

Generales de Política Económica para 1988, que se envía por separado a esa H. representación nacional.

Durante estos años, nuestro país ha sabido enfrentar la crisis y, al mismo tiempo, avanzar en un proceso de renovación nacional que se ha basado en la unidad y el consenso de los mexicanos. Ello ha implicado modificar sistemas y actitudes tanto en lo político, como en lo económico y en lo social.

Este proceso de renovación se basa en las dos líneas generales de estrategia definidas en el Plan Nacional de Desarrollo 1983 - 1988: el cambio estructural y la reordenación económica. De acuerdo al dicho plan, las dos líneas estratégicas deben proceder simultáneamente, reforzándose una a la otra . Por un lado, el fortalecimiento de la estructura económica y social sólo podrá darse plenamente en un contexto de certidumbre y estabilidad. Por el otro lado, una economía estructuralmente sana es el mejor punto de apoyo para superar las crisis y evitar su aparición recurrente.

En este contexto, la política de gasto público tiene tres funciones que desempeñar: apoyar el esfuerzo de reordenación económica, manteniendo las erogaciones en un nivel congruente con los recursos disponibles y con la evolución de la demanda y la oferta agregadas; contribuir al cambio estructural, a través de una asignación acorde con los objetivos del desarrollo; y apoyar la protección y fortalecimiento del bienestar social como objetivo fundamental de la acción gubernamental.

En 1988, la política económica continuará persiguiendo los objetivos generales del Plan Nacional de Desarrollo, de manera congruente con la estrategia definida en dicho plan, y pondrá un énfasis especial en los objetivos específicos señalados en el documento Criterios Generales de Política Económica para el año.

I. Profundizar en las medidas de cambio estructural;

II. Lograr que la recuperación de la actividad económica continúe efectuándose de manera gradual y sostenida, en un contexto de equilibrio de balanza de pagos y de fortalecimiento del ahorro interno;

III. Intensificar los esfuerzos para combatir la inflación, y

IV. Asegurar un manejo honesto y eficaz de los fondos públicos.

Para apoyar la consecuencia de dichos objetivos, en Criterios Generales de Política Económica se fijan, entre otras cosas, las siguientes acciones que son de especial relevancia para el diseño y ejecución de política de gasto público:

- Mantener la disciplina presupuestal para apoyar la lucha continuada contra la inflación.

- Apoyar la recuperación económica gradual, manteniendo el gasto programable del sector público como proporción del producto interno bruto en el mismo nivel que en 1987.

- Continuar con el cambio estructural del presupuesto del sector público, para dar mayor prioridad al gasto de contenido social.

- Aumentar el gasto de inversión del sector público, sin que el gasto total programable aumente como proporción del producto interno bruto. Con base en estos señalamientos, la estrategia presupuestal para 1988 se caracteriza por las siguientes ocho líneas acción.

1. Apoyar la recuperación moderada de la economía, en un marco de continuada austeridad y disciplina presupuestal.

El mantenimiento del gasto público en un nivel de 22% del producto interno bruto, igual al estimado para el cierre de 1987, implica que esta variable será congruente con el crecimiento de la actividad económica, de poco más de 3% en base anual, ello, en un contexto de fortalecimiento de la balanza de pagos y del ahorro financiero. Como se explica en el documento de criterios, una aceleración forzada de la actividad económica sería contraproducente, al poner en peligro los avances en la reordenación económica, con lo que la recuperación sería de corta duración. Por otro lado, el mantener el gasto público programable en la misma proporción del producto, lo que implica un ligero incremento real, similar al crecimiento de la actividad económica, impedirá el estrangulamiento de la recuperación financieramente sana que ha empezado a registrarse desde el segundo semestre de 1987. En apoyo de una recuperación sostenida de la actividad económica, se plantea un crecimiento real de 13.0% de la inversión pública.

2. Continuar con el esfuerzo de saneamiento de las finanzas públicas.

No obstante que se espera un ligero crecimiento real del gasto público, éste continuará siendo reducido, en apoyo a la estrategia de reordenación económica. Ello implica que no habrá financiamiento para atender todas las demandas de gasto público que se presentan, sobre todo tomando

en consideración que 1988 es el último año de la presente administración. Muchos proyectos prioritarios tendrán que ser propuestos y los de menor prioridad cancelados. El aumento propuesto de gasto social y de la inversión deberá ser compensado con una mayor austeridad y disciplina en el ejercicio del gasto corriente, lo que exige un esfuerzo de eficiencia y productividad. Asimismo, bajarán las transferencias a entidades fuera de control presupuestal directo, como efecto de las medidas de cambio estructural tomadas durante los primeros cinco años de esta administración.

3. Elevar la eficiencia y rentabilidad social de la inversión pública, a fin de aumentar su impacto en la actividad económica y, en general, en el logro de los objetivos prioritarios del desarrollo social.

La inversión del sector público será congruente con un programa de terminación de obras, en donde se dará prioridad a aquellos susceptibles de concluirse en 1988. Para cumplir con estos programas y dada la escasa disponibilidad de recursos, no se autorizará el inicio de nuevos proyectos, salvo en casos verdaderamente excepcionales.

Dentro del programa de terminación de obras se ha previsto un esquema de simplificación y agilización de trámites administrativos y presupuestales para apoyar a los ejecutores de obras prioritarias, eliminando obstáculos operativos innecesarios, tanto para la iniciación de los trabajos como para el pago de los mismos, pero reforzando la disciplina y el control presupuestal.

4. Asegurar la disciplina y el control presupuestal, evitando la ineficiencia y el dispendio.

Se reforzará las medidas de disciplina y control presupuestal en el ejercicio de todas las partidas de gasto, especialmente en aquéllas en donde es deseable una mayor restricción como las destinadas a viáticos, gastos de representación y congresos, etcétera, las que serán sujetas a un estricto control por parte de las contralorías internas, para reducir al máximo las erogaciones en dichas partidas. Por otra parte, no habrá aumento global de plazas y, mediante la política de no autorizar obras nuevas, se ayudará a evitar la dispersión e inefectividad del gasto público. En el caso de la obra pública, el programa de terminación de obras incluye un sistema de control y seguimiento físico y financiero para garantizar el estricto cumplimiento de las metas físicas y financieras.

5. Garantizar la prestación de los servicios básicos a la población, con un claro propósito de mejoramiento social y económico.

Como una política constante de este régimen y dentro del marco de las políticas de racionalización y austeridad en el quehacer público, se ampliará la cobertura de los servicios educativos, de salud y de impartición de justicia a la población mexicana. En consecuencia, la participación de estos sectores dentro del total de gasto programable pasará de 24.0% en 1987 a 26.8% en 1988.

6. Continuar con el esfuerzo de cambio estructural y modernización en el sector público paraestatal.

El proyecto de Presupuesto de Egresos de 1988 propone continuar los trámites en proceso para desincorporar empresas no prioritarias ni estratégicas, y avanzar en el logro de una planta productiva paraestatal más eficiente. El aumento autorizado en su programa de inversión, será enfocado a sustituir líneas obsoletas e ineficientes de producción y en general, a modernizar los procesos productivos. Por otra parte, dentro de los programas de saneamiento financiero, que exigen compromisos claros y realistas de cambio estructural y aumento de la productividad, el gobierno federal asumirá los pasivos de empresas prioritarias que requieren de este apoyo para alcanzar niveles óptimos de operación.

7. Consolidar el cambio estructural en el sector central.

El proyecto de presupuesto de 1988 propone continuar reduciendo el gasto corriente de las dependencias del sector central, mediante una mejor utilización y una adecuada reasignación de recursos entre los programas internos, dando prioridad a los sustantivos y reduciendo los de apoyo y administrativos. En el caso del número de puestos existentes, éste se mantendrá al mínimo indispensable y no habrá creación global de nuevas plazas en 1988. Con este último propósito las necesidades de nuevas plazas en los sectores educación, salud, defensa, marina, seguridad e impartición de justicia, deberá ser acomodadas dentro del número global de plazas existentes.

8. Atender el mantenimiento y conservación de la infraestructura básica y de la planta productiva.

Al no autorizar proyectos de inversión nuevos y limitar los recursos a los que se encuentran en proceso, dando preferencia a los prioritarios que se encuentran en una etapa avanzada de construcción, será posible destinar mayores recursos a la planta productiva existente del sector paraestatal, la que, en muchos casos, ha sufrido rezagos en su mantenimiento. Adicionalmente, se destinarán recursos a la conservación de la infraestructura carretera, hidráulica y, en general, a la conservación de los bienes que constituyen el patrimonio nacional.

Evolución del Gasto 1983 - 1987

Como se estableció en el Plan Nacional de Desarrollo, la política de gasto público de esta administración fue diseñada con dos objetivos: convertir las exigencias de la crisis en motor para romper inercias y llevar a cabo un proceso de cambio estructural; y atender las demandas de la población por servicios básicos para proteger el bienestar de las mayorías ante la crisis.

Resolver de manera duradera las deficiencias estructurales que aquejaban a nuestra economía, ha requerido de un gran esfuerzo por parte de la sociedad mexicana. El balance, después de cinco años, demuestra tanto lo acertado de la estrategia, como la necesidad de perseverar para superar los problemas que aún enfrentamos.

La estrategia de reordenación económica, implicó una corrección, en las tendencias de la política de gasto público, pues en años precedentes las erogaciones habían crecido sin guardar proporción con los ingresos y sin cuidar al grado deseable, su productividad y eficiencia.

Por ello, el gobierno de la República decidió racionalizar la política de gasto a la vez que revisaba las prioridades y fortalecía la disciplina y el orden en su ejercicio. Asimismo, se instrumentaron políticas que permitieran que las empresas públicas fueran procurando su propio ahorro y capitalización, a la vez que se fortaleció la rectoría económica del Estado, retirándose éste de las áreas no estratégicas ni prioritarias y concentrando sus esfuerzos en aquéllas que sí lo son.

El mayor ajuste en el gasto público se realizó en los tres primeros años del régimen, cuando se redujo el gasto programable de 28.2% del PIB en 1982 a 23.0% en 1985, lo que, aunado al esfuerzo efectuado por el lado de los ingresos, logró convertir el déficit primario de 7.6% del PIB en 1982 a un superávit primario de 5.0% en 1987.

El esfuerzo de racionalización en el gasto, se concentró en las transferencias a entidades públicas fuera del control presupuestal directo, que se redujeron en 1.6 puntos del PIB, y en los renglones de servicios personales, que disminuyeron 1.7 puntos. Hay que reconocer, sin embargo, que una parte importante del ajuste recayó en el programa de inversiones públicas, que pasó de 7.7% del PIB en 1982 a 5.0% en 1985, lo que significó disminuir el alcance de los diversos proyectos iniciados en el período de expansión económica.

En materia de gasto corriente, se avanzó en el proceso de racionalización de la administración pública. El gobierno federal eliminó 146 áreas organizacionales (direcciones generales a subsecretarias) de su estructura orgánica básica, y se cancelaron 20 mil 550 plazas de confianza.

En el sector paraestatal, el proceso partió del reconocimiento de la necesidad de modernizar, reestructurar y depurar las entidades públicas, siguiendo dos vertientes: la desincorporación de entidades no prioritarias ni estratégicas y la rehabilitación y reestructuración de las que sí lo son para que el Estado cumpla con sus responsabilidades en materia de rectoría económica.

En los cinco primeros años de esta administración, se decidió liquidar, fusionar, extinguir, transferir o enajenar empresas y entidades, de tal forma que el tamaño del sector paraestatal se reducirá de 1 mil 155 entidades en 1982 a 502 al concluirse dichos procesos de desincorporación. También se suprimieron el 21% de las áreas organizacionales y 5 mil 500 plazas de confianza. Además se desarrollaron programas de modernización en las empresas prioritarias y estratégicas, eliminando líneas de producción obsoletas, incorporando tecnologías nuevas, reestructurando cadenas productivas y estableciendo compromisos precisos de productividad.

Estas acciones fueron complementarias con programas de saneamiento financiero, que buscan ajustar la estructura de precios y tarifas para recuperar el rezago frente a la inflación, y reducir la carga del servicio de la deuda en la estructura de costos, mediante la capitalización de pasivos.

En 1986 y ante el desplome de los precios del petróleo y la escasez de recursos crediticios del exterior, se consideró que dando el esfuerzo ya realizado durante los tres primeros años de gobierno, no era posible ni conveniente absorber toda la pérdida en los ingresos del sector públicos, ajustando el gasto en la misma proporción. Sin embargo, se revisaron los presupuestos para mantener las actividades prioritarias y se acomodó el crecimiento de las plantillas de personal en los sectores de educación, salud, seguridad nacional e impartición de justicia, mediante reducciones en áreas administrativas. Los subsidios y transferencias también fueron sujetos a revisión, y se intensificaron las acciones de cambio estructural en el sector paraestatal.

De esta manera, mediante un esfuerzo de disciplina y austeridad, no se perdió el terreno ganado durante los tres años anteriores en materia de reducción del gasto público, aunque debe reconocerse que la inversión pública sufrió una disminución adicional.

Así, el gasto programable presupuestal del sector público en 1986 se redujo en casi un punto en relación al PIB, como resultado de una disminución de 0.3 puntos en el gasto corriente del gobierno federal, de 0.7 puntos en el de inversión pública en presupuesto y 0.2 puntos en transferencia a entidades públicas fuera de presupuesto, así como de un aumento de 0.3 puntos en el gasto de operación y otros de las empresas paraestatales controladas. De esta manera, el superávit primario presupuestal alcanzó 4.9% del PIB, solamente 0.9 puntos menor al de 1985, a pesar de la caída en los ingresos petroleros.

Paralelamente al esfuerzo interno para amortiguar el choque externo, el gobierno inició negociaciones con la comunidad financiera internacional, para que aceptara que el problema de la deuda externa requiere la corresponsabilidad entre acreedores y deudores. En un convenio sin procedentes, México logró establecer el compromiso de que el crecimiento económico determinará la capacidad de pago y no a la inversa.

En materia de gasto público, durante 1987 se profundizó la disciplina característica de los primeros cuatro años, con el fin de seguir apoyando el saneamiento de las finanzas públicas, bajar la presión del sector público sobre las disponibilidades financieras y avanzar en el proceso de cambio estructural. Se restringió el crecimiento de plazas, se prosiguió con el proceso de cambio estructural, se revisaron subsidios y transferencias y se desincorporaron entidades públicas no estratégicas ni prioritarias. Por otro lado y por primera vez en la presente administración, se reactivó la inversión pública en términos reales, como parte de la recuperación moderna que se pretendía.

El presupuesto de 1987, se ejerció en el contexto de una tasa de inflación y un tipo de cambio superiores a los niveles incorporados al presupuesto original y de mayores ingresos petroleros.

Por ello se, efectuaron modificaciones en términos nominales como en el caso de sueldos, tanto del sector central como del paraestatal.

Al cierre del año el gasto programable estimado, que asciende a 40.3 billones de pesos, representa un crecimiento nominal de 134.6% respecto al ejercido en 1986, lo que significa un aumento de 0.7% en términos reales. El gobierno federal absorbe el 41.1% y su gasto crece respecto a 1986 en 158.4% nominal y 10.9% real. Este crecimiento en términos reales, se explica por tres razones: la asunción de pasivos de Banrural, que de hecho constituye un gasto virtual, una aportación de capital a Teléfonos de México para apoyar el programa de inversiones, y por las modificaciones que se autorizaron para proteger del impacto inflacionario, los programas de inversión de los sectores prioritarios, principalmente comunicaciones, transportes, agropecuario y salud.

El gasto de los organismos y empresas en presupuesto que absorbe el 58.9% restante, creció en 120.4%, lo que significa una caída en términos reales del 5.4%. Esta disminución se explica sobre todo por los menores crecimientos reales del gasto realizados por el IMSS y Pemex, y los menores niveles de importaciones de Conasupo.

En cuanto a la estructura del gasto estimado al cierre, se observa que el renglón de mayor dinamismo lo constituye la inversión de los organismos y empresas, al crecer 5.1% en términos reales. Es importante destacar que ésta es la primera vez en este sexenio que la inversión aumenta en términos reales, recuperando así parte del rezago acumulado. En el caso de la inversión directa del gobierno, el esfuerzo realizando en el gasto permitió que también aumentara en términos reales, contra caídas en años precedentes. En lo que respecta a los servicios personales, las adecuaciones autorizadas permitieron atenuar el deterioro real en el año, de acuerdo con la política fijada.

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Política de Gasto 1988

En este último año de gobierno y en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, la política de gasto busca consolidar los avances obtenidos en materia de cambio estructural y descentralizado de la vida nacional.

La línea fundamental de la estrategia de gasto, será la de atender de manera prioritaria, el mantenimiento y conservación de la infraestructura básicas y de la planta productiva estatal; la de concluir el máximo número de obras y proyectos de inversión, factible de acomodar dentro de las disponibilidades financieras; y de la de continuar con la disciplina y control presupuestal, evitando el desbordamiento presupuestal. Sólo en el caso de verdaderas excepciones, se autorizará el inicio de obras y proyectos nuevos.

Asimismo, la estrategia del gasto continuará apoyando la recuperación moderada de la economía, el combate a la inflación y la generación de empleos, al mantener el gasto programable en 22.0% del PIB, con un crecimiento de 13% real de la inversión, y manteniendo el gasto corriente en el mismo nivel real de 1987.

El gasto de contenido social recibirá atención especial dentro de la política de gasto para 1988; destaca el esfuerzo de gastos destinados a satisfacer los consumos básicos de la población de escasos recursos, así como a los programas nacionales de salud, educación y vivienda. En el sector educación, una parte importante del apoyo presupuestal se canaliza hacia el magisterio nacional, debido a la importancia que tiene la educación para lograr los objetivos nacionales.

En materia de cambio estructural, se continuarán las acciones prioritarias en las industrias siderúrgicas, de fertilización, de azúcar, de autotransporte, entre otras; asimismo, se proseguirá con el sancionamiento y rehabilitación financiera de las empresas públicas. Así, el gobierno federal se propone asumir en 1988 los pasivos de Dina, Fertimex y Astilleros, entre otros, previa aprobación de la Comisión Intersecretarial Gasto - Financiamiento, de programas y metas de productividad y eficiencia.

En 1988 y por segundo año consecutivo, se pretende compatibilizar un crecimiento real de la inversión pública de 13.0%, con un esfuerzo de racionalización del gasto corriente. Para asegurar eficacia y eficiencia en el impacto social y económico de la inversión, el programa de inversión pública se ejercerá de acuerdo con un programa de terminación de obras, que incorpora de manera específica un sistema de seguimiento y control del avance físico y financiero de las mismas.

En el gasto del sector paraestatal, se otorgará atención especial al gasto, tanto de operación como de inversión de las entidades que se han comprometido en el cambio estructural, y que son las consideradas estratégicas y prioritarias para el desarrollo económico y social del país.

En este contexto, el proyecto de presupuesto para 1988 asciende a 235.7 billones de pesos; se propone que el gasto programable sea de 89.4 billones de pesos, lo que representa un incremento de 121.8% respecto al estimado al cierre de 1987. Este monto implica que el gasto programable siga representando 22.0% del producto interno bruto, porcentaje similar al estimado para 1987. Su estructura y composición reflejan la decisión de la administración de apoyar el crecimiento moderado de la economía con estabilidad financiera, y mantienen la alta prioridad del gasto de contenido social.

El gasto no programable asciende a 146.3 billones de pesos, correspondientes a 132.2 billones al pago del servicio de la deuda; 12.5 billones a las participaciones y estímulos; y 1.6 billones a las Adefas.

En 1988, las acciones sectoriales tratarán de consolidar los logros alcanzados, y continuar la lucha contra los problemas y desequilibrios que persisten tanto de orden estructural como coyuntural.

De esta manera y dentro del presupuesto, la línea básica de asignación será la reorientación del gasto, contrarrestando los aumentos en la inversión y servicios personales, con reducciones en el gasto corriente y de operación; realizando esfuerzos de optimización que aseguren la ampliación en la cobertura de los servicios de educación, salud, seguridad y justicia; y el apoyo a las prioridades en materia de desarrollo rural, desarrollo regional, comunicaciones y transportes, comercio y abasto.

En este contexto, se dará un mayor impulso al sector educación durante 1988. Su asignación presupuestal contempla como acción primordial, la de seguir mejorando la calidad de la educación y ampliar su cobertura, dando especial énfasis a los aspectos sustantivos del quehacer educativo.

En el sector salud y seguridad social, se dará prioridad a la terminación de las obras en proceso de hospitales y clínicas, para ampliar la atención y mejorar la calidad de los servicios, en especial aquéllos dirigidos a los grupos de mejores ingresos.

En el sector desarrollo rural, también se dará especial atención a la conclusión de obras en proceso. Paralelamente, se profundizarán las acciones que faciliten la transformación integral de la estructura productiva y social del campo, para avanzar en el logro de la soberanía y en el mejoramiento de los niveles de vida de los trabajadores del campo.

En el sector pesca, las acciones se orientarán al fortalecimiento del uso de tecnologías adecuadas a los procesos de captura e industrialización, así como a la capacitación y organización de los productores.

El sector desarrollo regional, encauzará sus acciones de manera prioritaria al impulso de los programas que propicien la ampliación y conservación de las infraestructura social y básica, la integración de las economías regionales y la generación empleos. Asimismo, la política de gasto regional, se sustentará en la consolidación de los sistemas estatales de planeación democrática.

Para 1988, el programa de comunicaciones y transportes se orientará al mantenimiento y conservación de la infraestructura carretera, de vías férreas y aeroportuaria, y a concluir obras que permitan consolidar los avances de modernización y conservación de los sistemas, a fin de apoyar la integración y el desarrollo del medio rural, que constituye un aspecto fundamental del cambio estructural.

Las acciones del sector comercio y abasto, darán prioridad a la promoción del equilibrio y articulación entre los procesos y fases de la producción y el consumo. Asimismo, se proseguirá con la consolidación de la infraestructura, que asegure el abasto nacional de productos básicos; se avanzará en la racionalización de la política de comercio exterior, mediante la sustitución del permiso previo por el arancel; y se propiciará la modernización del sistema de acopio y almacenamiento.

El sector industrial plantea continuar con el proceso de desincorporación de entidades públicas no estratégicas ni prioritarias, avanzar en el saneamiento financiero de las entidades, promover el crecimiento de la oferta de bienes y servicios básicos; fomentar nuevas cadenas de producción, y ampliar los mercados de productos de exportación.

Por lo que se refiere al sector energético, se continuará con la aplicación del Programa de Ahorro y Uso Eficiente de Energía, alentando la diversificación de fuentes compatibles con la disponibilidad de recursos escasos y no renovables. Asimismo, en un panorama internacional de mayor competencia, se aplicará estrategias comerciales de coinversión, para fortalecer geográficamente las exportaciones de petróleo y asegurar mercados en un horizonte de largo plazo, sin afectar el abasto interno.

La acción del sector turismo, se orientará a promover el uso intensivo de la capacidad instalada y una política de precios competitivos en el mercado internacional, para generar divisas y mejorar nuestra balanza comercial. También se desarrollarán las opciones de esparcimiento que ofrecen los centros turísticos y regiones del país.

Las dependencias y entidades del sector administración, concentrarán sus esfuerzos en aquellos programas que permitan avanzar en los aspectos de modernización, simplificación, descentralización y desconcentración de la administración pública, consolidando las medidas de racionalización del gasto.

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ANÁLISIS SECTORIAL DEL GASTO PROGRAMABLE

Desarrollo social

Dentro del sistema político, social y económico de México, juegan un papel determinante la educación, la salud y la seguridad social. Por ello y no obstante la escasez de recursos que ha caracterizado estos últimos cinco años, la presente administración ha sostenido el carácter prioritario de los programas, proyectos y acciones dirigidos a ampliar y mejorar la cobertura de los servicios de educación y salud.

Igualmente, en 1988 la política presupuestal se orientará a proteger el empleo y el consumo básico, impulsar los servicios de educación, ampliando los programas en todos sus niveles y mejorando las condiciones de trabajo del magisterio nacional, así como los de salud, con énfasis en los programas dirigidos a los grupos poblacionales más rezagados.

Educación

Dentro del marco del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional de Educación, Cultura, Recreación y Deporte las acciones del sector educativo en el período 1983 - 2987, han tenido como objetivo mejorar la calidad y satisfacer la demanda de educación del mayor número de mexicanos, registrando avances sustanciales, entre los que destacan los siguientes:

Se alfabetizaron a 3 millones 844 mil personas, con lo que el índice de analfabetismo pasó de 14.3% a 6.0%. En el nivel preescolar en el ciclo 19887 - 1988, se atienden a 2 millones 718 mil 600 alumnos, que en relación al ciclo 1983 - 1987 representa un incremento promedio anual de 11.6%; en primaria se ha mantenido la oferta a todos los niños que la demandan; se ha avanzado en la conversión de escuelas primarias de organización incompleta y unitarias en bidocentes y tridocentes; en secundaria se absorbe 85% de los egresados de primaria, atendiéndose en el ciclo escolar 1987 - 1988 a 4 millones 465 mil alumnos, un aumento en el período de 25%. Además, se ha introducido el uso de computadoras micro SEP en más de 2 mil 800 escuelas.

En educación media superior, se atienden en el ciclo escolar 1987 - 1988 a 2 millones 266 mil alumnos, superior en más de 730 mil alumnos a la del ciclo escolar 1982 - 1983. Sobresalen el apoyo a la educación profesional media, que tuvo un crecimiento durante estos cinco años del 55%, y la creación del bachillerato pedagógico para elevar el nivel académico de los docentes.

En la educación superior para el ciclo escolar 1987 - 1988, están inscritos 1 millón 80 mil alumnos en licenciatura y más de 50 mil en posgrado, es decir, más de 100 mil y 22 mil, respectivamente, que en el ciclo 1982 - 1983. El mayor crecimiento lo ha experimentado la educación técnica con un 17%.

En la descentralización de la educación básica y normal, se convino con los 31 gobiernos estatales la coordinación de los servicios educativos, federales y estatales, y la creación de los consejos estatales de educación.

Asimismo, se construyeron 158 mil espacios educativos, 56% de lo construido por el Capfce desde su fundación y se estableció la red nacional de bibliotecas, instalándose cerca de 1 mil 422 bibliotecas adicionales a las 351 existentes en 1983.

Se puso en marcha el Programa Cultural de las Fronteras, que propició la descentralización, el rescate y estímulo de las manifestaciones culturales regionales. Además, se inició el Programa de Seguridad en 36 museos y una zona arqueológica.

Considerando estos logros, para 1988 se mantendrán vigentes los objetivos del sector, consistentes en: elevar la calidad de la educación; ampliar el acceso a los servicios educativos, con atención prioritaria a las zonas y grupos desfavorecidos; vincular la educación y la investigación científica y tecnológica con los requerimientos del país; avanzar, mejorar y ampliar las áreas sustantivas de la educación, cultura, recreación y deporte, para continuar con los cambios estructurales.

De esta manera, en el ciclo escolar 1988 - 1989 se atenderán 2 millones 132 mil niños en preescolar, 6% más respecto al año anterior; se dará prioridad a las comunidades rurales e indígenas y a las zonas urbano - marginadas. En educación especial se atenderán 201 mil 300 alumnos; la matrícula en primaria continuará descendiendo, como consecuencia de un menor índice de crecimiento de la población y una mejor atención del rezago educativo; se atenderán 10.6 millones de alumnos en el sistema federal. Con el proyecto de lector - escritura, se atenderá a 23 mil 210 grupos de primero y segundo grados, beneficiando a una población de 742 mil alumnos en el país. Asimismo, se imprimirán 70.7 millones de libros de texto gratuitos.

En educación secundaria en todas sus modalidades (general, técnica, telesecundaria y para trabajadores), la matrícula por atender será de 3 millones

286 mil 400 alumnos, 132 mil 500 más que en el ciclo anterior. Se continuará apoyando preferentemente las secundarias técnicas en las zonas urbanas y suburbanas marginadas, y a la telesecundaria en el medio rural, en zonas que reciben la señal vía del sistema Morelos. Se continuará con el proyecto micro - SEP, con el suministro de 5 mil microcomputadoras para equipar a 2 mil 585 planteles.

En educación universitaria y tecnológica, se atenderán 2 millones 639 mil 348 alumnos, de los cuales 1 millón 707 mil 966 corresponden al nivel medio superior y 931 mil 382 al nivel superior. Del total de alumnos, 1 millón 725 mil 948 se matricularán en el área universitaria y 915 mil 400 en el área tecnológica. En educación media, el 33% lo hará en la modalidad terminal, preferentemente en planteles del Conalep, y se dotará de 2 mil computadoras a 83 planteles de educación media superior tecnológica.

Se continuará con la desconcentración de la investigación y los estudios de posgrado, y se atenderá una matrícula de 44 mil 96 alumnos de ese nivel. Asimismo, se promoverá la coordinación entre las instituciones de educación superior y la vinculación entre docencia e investigación, apoyando los proyectos que constituyen tecnologías de punta.

Con la modulación en la formación de maestros, la matrícula de licenciatura en las normales será de 21 mil 700 alumnos; se continuará ofreciendo al mayor número de maestros la posibilidad de cursar la licenciatura, así como acceder a cursos de actualización y mejoramiento profesional.

Para 1988, se espera alfabetizar a 850 mil adultos, reduciendo así el índice nacional de analfabetismo o aproximadamente 4.4%; se ofrecerá primaria y secundaria a 1.7 millones de adultos y capacitación para el trabajo a 550 mil personas.

En la preservación y difusión del patrimonio cultural, se seguirán apoyando en los museos las acciones de rescate, fortalecimiento, formación de personal, investigación y de seguridad y vigilancia. Se fortalecerá el contenido cultural en la enseñanza y se impulsará la difusión de la educación y la cultura, a través de los medios de comunicación y el Programa Cultural Fronterizo.

En materia de deporte, destaca el apoyo para la participación de México en los Juegos Olímpicos de Seúl, Corea, y la formación de entrenadores deportivos.

Para atender adecuadamente el crecimiento de los servicios educativos, se construirán y equiparán 26 mil 814 espacios educativos; se continuarán los programas de mantenimiento preventivo, correctivo y de reforzamiento de planteles, y se instalarán 414 bibliotecas para llegar a 2 mil 184.

En congruencia con los objetivos, la estrategia y las metas planteadas, el presupuesto sectorial propuesto asciende a 13 mil 897.8 millones de pesos.

Salud y Seguridad Social

En el período 1983 - 1987, el sector consolidó esfuerzos que le permitieron avanzar en la atención de la salud de la población, a fin de materializar la garantía constitucional del derecho a la salud y ampliar la seguridad social. En este sentido, se emprendieron acciones encaminadas a lograr una mayor cobertura nacional de los servicios, así como a mejorar el nivel de salud, particularmente de los sectores rural y urbano rezagados; a contribuir con la voluntad de la pareja, a un crecimiento demográfico concordante con el desarrollo económico y social del país, y a promover la protección social, especialmente de los menores, ancianos y minusválidos.

Por otra parte, el Programa de Reconstrucción obligó ala rehabilitación de 54 unidades de primer nivel 23 hospitales generales de zona, siete hospitales de segundo nivel y 12 unidades médicas de alta especialidad. Asimismo, se concluyó la construcción de un hospital de 60 camas, un albergue de cancerología y seis hospitales generales de 144 camas cada uno.

También se iniciaron los trabajos para la construcción de cinco centros médicos foráneos, la consolidación de anillo de contención de IMSS con cinco hospitales general el Centro Médico Nacional Siglo XXI con 716 camas y el nuevo Hospital Juárez con 400 camas, obras que se estima concluir en 1988.

Con lo anterior, se dispondrá en la zona metropolitana de la Ciudad de México de 5 mil 572 camas, con un incremento de 1 mil 149 camas de alta especialidad, en relación a los que prevalecían antes del sismo de 1985.

La cobertura del sector subió de 78 a 88% en los años extremos del período, al incorporarse 13.2 millones de personas más a los servicios de salud.

En su programa normal, la Secretaría de Salud concluyó la construcción de 16 hospitales generales, dos centros de salud y un instituto. La cobertura del IMSS se incrementó en 837 consultorios y 2 mil 263 camas, mientras que el

Programa IMSS - Coplamar contribuyó con 122 unidades médicas y ocho hospitales rurales. La cobertura del ISSSTE aumentó en 293 unidades de medicina general de primer nivel y 32 unidades de segundo nivel, en beneficio de 1 millón de derechohabientes.

El Fovissste en el período 1983 - 1987, construyó 23 mil 603 viviendas con prototipos regionalizados, y puso en marcha el Programa Especial de Vivienda con 6 mil 500, que se terminarán en 1988.

Asimismo, de acuerdo a las estrategias básicas para la consolidación del Sistema Nacional de Salud, se avanzó en el proceso de descentralización, con los apoyos para la operación de los primeros 13 estados descentralizados que cubren el 50% de la población. Por su parte el IMSS y el ISSSTE continuaron con su programa de regionalización, estableciendo esquemas escalonados de atención del primero, segundo y tercer nivel.

En materia de modernización administrativa, se modificó la estructura de la Secretaría de Salud, para fortalecer su carácter normativo y coordinación y se cambio el funcionamiento de las unidades hospitalarias para atender a la población abierta. Asimismo, se avanzó en la homologación salarial y la capacitación de su personal.

En materia de seguridad social, destacan las reformas jurídicas y administrativas introducidas para el pago de pensiones en el IMSS e ISSSTE, así como el incremento en su cuantía. A este respecto, se modificó la Ley del ISSSTE disminuyendo el límite de jubilación a 28 años de servicio para la mujer y de tres a un año el promedio de salarios base para la pensión.

Para el 1988, la estrategia del sector estará orientada a avanzar en la desconcentración y descentralización administrativa, la reordenación y modernización del aparato distributivo de los servicios de salud, a estimular la participación social desarrollar el potencial de los recursos humanos.

En esta forma, los objetivos del sector se orientarán a la ampliación de la cobertura y mejoramiento de la calidad de los servicios de salud; a la continuación de las acciones de regularización y control sanitario; al impulso de los servicios de planificación familiar; al apoyo al desarrollo científico y tecnológico en colaboración con instituciones relacionadas con la salud, tanto nacionales como extranjeras; a la distribución de relaciones alimenticias; a la ampliación de las prestaciones económicas y sociales y a la intensificación del control y vigilancia sobre la seguridad e higiene en los centros laborales.

Entre las metas más importantes para 1988, están las de aplicar 78.1 millones de dosis de vacunas, 12.2 millones más que en 1987; otorgar 110.2 millones de consultas médicas, tanto generales como especializadas, así como 56.0 millones de consultas en diversos niveles de atención, y producir 94.7 millones de biológicos. Asimismo, se brindará asistencia social a 37.8 millones de personas, incluyendo servicios culturales, deportivos y turísticos, así como asistenciales a niños, ancianos, personas en estado de abandono y minusválidos; se otorgarán 1 mil 156.3 millones de raciones alimenticias y se atenderán 6.4 millones de consultas de planificación familiar voluntaria.

Con lo anterior, se disminuirá la tasa de morbilidad por 100 mil habitantes en 1988 para llegar en poliomielitis a 0.10, en sarampión a 5.11, en tos ferina a 1.23 y en tétanos a 0.31. Se disminuirá la tasa de morbilidad por tuberculosis en todas sus formas a 7.20 y la prevalencia de lepra a 19.0.

Se abatirá la mortalidad por diarrea por 100 mil habitantes a 38.0 y se sostendrán las tasas de 0.027 por brucelosis, de 0.0534 por rabia y de 0.075 por fiebre reumática.

En materia de seguridad social, se fortalecerán los programas orientados a garantizar al trabajador y a su familia las atenciones básicas en salud y prestaciones, ampliando su cobertura. Se otorgarán subsidios y ayudas a 5.1 millones de personas, 6.1% más que en 1987; se pagarán pensiones y jubilaciones a 1.2 millones de personas, 9.8% superior a 1987, aumentando la cuantía mínima de las pensiones.

Por último, se otorgarán 610 mil préstamos a corto plazo y mediano plazo, así como 8.7 mil créditos hipotecarios; se llevarán a cabo 84.7 millones de operaciones en tiendas y farmacias y se dará cabal terminación a 9.7 mil viviendas para los trabajadores.

Para alcanzar estas metas, se propone un presupuesto para el sector de 9,803.1 mil millones de pesos.

Trabajo y Previsión Social.

Las acciones del sector durante el período 1983 - 1987, se orientaron a la impartición y procuración de justicia laboral, a la capacitación y productividad para y en el trabajo, a promover el empleo y la organización social para el trabajo y a procurar el bienestar de los trabajadores y sus familias.

De esta forma, mediante la acción conciliadora sedujo de manera considerable el número de

estallamientos de huelga. Asimismo, a través del Programa Nacional de Capacitación y Productividad, se definió una política clara en la materia, lo que benefició a un amplio sector de la población trabajadora.

De igual manera, el servicio nacional de empleo permitió regular los mercados regionales de empleo, y propició la colocación masiva de trabajadores en la industria y en la agricultura.

En materia de bienestar para los trabajadores y sus familias, por medio del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), se ha beneficiado a 8 millones de trabajadores con el otorgamiento de 1 millón 100 mil créditos.

Respecto a la política de salarios, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos ha venido efectuando revisiones trimestrales a los salarios mínimos en los últimos meses, buscando impedir un mayor deterioro en la capacidad de compra de los trabajadores de ingresos bajos.

En concordancia con la estrategia adoptada para el período 1983 - 1987, los objetivos del sector para 1988 se encamina a procurar e impartir justicia laboral en las relaciones productivas; ampliar la cobertura de las acciones de capacitación y adiestramiento; promover la generación de empleos y proteger los existentes; fomentar y promover la organización cooperativa e incrementar los niveles de bienestar de la población trabajadora.

Las líneas prioritarios del sector, estarán orientadas a reforzar los programas de impartición de justicia y vigilancia de la legislación laboral, de empleo y organización social para el trabajo. Se llevarán a cabo acciones que tiendan a abatir el desempleo y subempleo, a través del programa de becas y la operación del servicio nacional de empleo; a incrementar la productividad las empresas, mediante la capacitación y productividad; y a garantizar un mejor nivel de vida a los trabajadores, con el otorgamiento de créditos para adquirir bienes de consumo duradero y perecedero.

En lo que corresponde al Programa de Defensa del Trabajo y del Cooperativismo, se pondrá al alcance de los trabajadores y sindicatos, mecanismos y acciones de tutela y protección que les permitan preservar sus derechos.

En el Programa Político de Salarios, se vigilará la observancia y aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 123 constitucional al fijar los salarios mínimos. Por último, en el Programa de Seguridad e Higiene en el Trabajo, se fortalecerá la investigación que contribuya a disminuir los altos índices de riesgos en el trabajo.

En cumplimiento a sus objetivos el sector, ha programado alcanzar las siguientes metas: resolver a través de la conciliación el 100% de los conflictos obrero - patronales, y realizar 13 mil visitas de inspección; proporcionar capacitación a 900 mil personas; atender 200 mil solicitudes y captar 170 mil vacantes mediante el Servicio Nacional de Empleo; otorgar 40 mil becas de capacitación para trabajadores desempleados; organizar 300 sociedades cooperativas de consumo para el beneficio de 13 mil socios, y proporcionar 300 mil créditos para productos básicos de consumo duradero y otros servicios.

Desarrollo Rural.

Con base en la política de desarrollo rural integral, plasmada en el Plan Nacional de Desarrollo, el gobierno federal lleva a cabo un conjunto de acciones orientadas a lograr la soberanía alimentaría, aumentar el número de empleos y el ingreso en zonas rurales, reducir las importaciones de productos agropecuarios y forestales, elevar el nivel de vida de los trabajadores del campo y mejorar las condiciones de intercambio con los sectores industriales y de servicio, en beneficio de los campesinos.

Los resultados de las acciones emprendidas, permitieron que durante el período de 1983 - 1987, el PIB sectorial creciera en promedio cerca del 2.0% en términos reales.

En cuanto a los niveles de producción, la agricultura tuvo avances significativos de 1982 espacio 1986; la superficie total cosechada pasó de 17.7 a 20.4 millones de hectáreas, mientras que la producción se incrementó de 114.4 a 122,7 millones de toneladas. La superficie de granos básicos (maíz, frijol, arroz y trigo) creció de 8.4 a 9.9 millones de hectáreas, en tanto que la producción aumentó de 16.0 a 18.6 millones de toneladas. Esta producción ha permitido alcanzar y mantener la autosuficiencia en arroz y trigo y prácticamente eliminar las importaciones de frijol.

Para 1987, la superficie sembrada ascenderá a 11.9 millones de hectáreas y la producción se espera sea de 19.7 millones de toneladas de granos básicos, lo que representa un incremento del 6% con respecto a la producción de 1986.

En materia pecuaria y forestal, se han registrado disminuciones en la producción, debido principalmente a la contracción de la demanda final, condiciones climatológicas desfavorables y elevación de costos.

En relación a la balanza comercial de 1983 - 1986, se han logrado reducir las importaciones de granos

básicos, forrajes, oleaginosas, leche en polvo y aceite crudo, al pasar de 10.5 a 6.2 millones de toneladas. En las exportaciones se ha revertido el saldo negativo de un déficit de 512 millones de dólares en 1983 a un superávit de 1 mil 169 millones en 1986. Para agosto de 1987, el superávit asciende a 360 millones de dólares.

La estrategia de gasto para 1988, estará dirigida hacia la consolidación de los logros alcanzados, con especial énfasis en la terminación de obras en proceso, y la profundización de las acciones que propicien la transformación integral de la estructura productiva y social del campo.

Para poder cumplir con las acciones programadas para 1988, se propone un presupuesto de 6,969.7 mil millones de pesos para el sector desarrollo rural integral.

En el ámbito del sector paraestatal, se acelerará su proceso de rehabilitación apegándose a criterios de eficiencia operativa y de saneamiento de sus estructuras financieras.

El logro de los objetivos y metas de resultados, demandan la participación corresponsable de las diversas instancias de la administración pública y postula la incorporación de los sectores sociales y privados en la toma de decisiones. Para ello, se ha promovido la celebración de convenios de concertación de desarrollo rural, los cuales vinculan a los productores con el Estado en función de actividades concretas.

También se fortalecerán los mecanismos de consulta y concentración para la planeación del desarrollo rural integral, entre los que destacan el Convenio de Concertación Intergubernamental para el Desarrollo de la Comarca Lagunera, el de Apoyo Operativo al Sistema Nacional para el Abasto y el Combate a la Abeja Africana.

Agrícola

Durante 1988 se mantendrán los límites de soberanía alimentaria alcanzada, y el abastecimiento de los requerimientos de materias primas para la industria nacional, continuando las acciones de fomento a la producción y productividad de granos alimenticios básicos, oleaginosas y sorgo.

Las acciones a desarrollar, contribuirán a la producción de 20.4 millones de toneladas de granos básicos, 1.4 millones de toneladas de oleaginosas y 6.5 millones de toneladas de otros granos de uso industrial y forrajero.

Para ello, se otorgará asistencia técnica y crediticia de acuerdo a las demandas de los productores, dando preferencia a las áreas de temporal y a la producción de granos básicos. Complementariamente, se promoverá el cambio tecnológico que apoye el incremento de la productividad.

Se dará particular a la construcción, conservación y operación de obras de infraestructura hidráulica, para la incorporación de nuevas superficies a la agricultura y el mantenimiento de las ya incorporadas. Entre los proyectos prioritarios que se concluirán en 1988, destacan las presas de almacenamiento: Trojes, Colima; Santiago Bayacora, Durango; Chilatán, Michoacán; Trigomil y La Pólvora, Jalisco; Centro de Oro, Oaxaca; Peña Colorada, Puebla; Jesús María, Guanajuato; Los Carros y Cayehuacan, Morelos; Las Agujas, Huiscolco y Mal Paso, Zacatecas.

En el desarrollo de áreas de temporal, se concluirá el proyecto San Fernando, Tamaulipas; y se avanzará en los proyectos en proceso: Plan Chiapas y Proderith Ometepec, Guerrero.

Con estos proyectos, se incorporan 280.0 mil hectáreas al cultivo de temporal y 60.7 mil al riego, y se realizarán 167 obras de infraestructura agrícola. Los servicios básicos de asistencia técnica, organización y capacitación, atenderán 9.3 millones de hectáreas agrícolas de temporal y 4.0 millones de hectáreas de riego y fomentarán la integración de 9 mil 413 agrupaciones.

Para el fomento agroindustrial, se dará asesoría y se organizará a 95 personas para la operación y administración de plantas agroindustriales, así como establecer y rehabilitar 758 plantas.

Por su parte, Inmecafé comercializará 2.3 millones de quintales de café; Albamex producirá 323.2 millones de toneladas de alimentos balanceados; Pronase comercializará 127.2 millones de toneladas de semillas certificada, y Conafrut apoyará la comercialización de 42 mil toneladas de fruta fresca.

Pecuario

Las acciones fundamentales del subsector se orientarán hacia el abatimiento de los costos de producción y al incremento de su contribución, para satisfacer la demanda alimentaria de la población.

Para ello, se inducirá una mayor complementariedad con las actividades agrícolas relativas al aprovechamiento de pastizales, forrajes y esquilmos. Se fortalecerán las actividades de investigación científica y tecnológica, para encontrar fuentes alternas de alimentación porcina y avícola. En cuanto a infraestructura, se enfatizarán las acciones de conservación.

Se atenderá 2.4 millones de hectáreas de agostadero con servicios de asistencia técnica y 30 agrupaciones para consolidar su organización; en materia de sanidad pecuaria, se proseguirá la campaña contra el gusano barrenador en el Istmo de Tehuantepec y Península de Yucatán, así como los programas coordinados con los gobiernos de Guatemala y Belice, y los relativos a la detección de enfermedades epidémicas. Se proporcionará protección zoosanitaria a 74.2 millones de cabezas: se asesorará a 2 mil 830 personas; en la operación de plantas agroindustriales; se producirán 446 mil dosis de semen, y se distribuirán 297 mil paquetes familiares de especies menores. El sector paraestatal contribuirá con la producción de 28.8 millones de dosis de biológicos veterinarios.

La actividad pecuaria participará con un volumen de producción de 7 mil 800 millones de litros de leche, 3 millones de toneladas de carne en canal, 1.1 millones de toneladas de huevo y 64 mil toneladas de miel, consolidando el papel de México como exportador de este producto.

Forestal

En este subsector, durante 1988 se promoverá la construcción, conservación y mejoramiento de obras de infraestructura que apoyen el desarrollo de las zonas forestales e incrementen su productividad.

Se acentuará el aprovechamiento racional de bosques el aprovechamiento racional de bosques, selva y zonas áridas, mediante la prestación de servicios técnicos y de apoyo a la producción.

Se consolidará las acciones para la transferencia de viveros y prevención y combate de plagas, enfermedades e incendios forestales en los estados de Guerrero, Oaxaca Sonora, Jalisco, México y Veracruz.

Se otorgará asistencia técnica en 2.4 millones de hectáreas forestales; se promoverá la organización de 540 agrupaciones; se asesorará a 3 mil 500 personas en la operación de plantas agroindustriales y se producirá 29.7 millones de plantas en vivero para reforestación.

Con lo anterior, se espera obtener un volumen de producción maderable de 6.1 millones de metros cúbicos de escuadría y 3.2 millones de metros cúbicos de madera para celulosa. Por lo que corresponde a los productos no maderables, se producirán 75.6 mil toneladas, de las cuales 41.6 son resinas. Las empresas forestales extraerán 1.1 millones de metros cúbicos de madera en rollo y producirán 37.8 millones de pie tabla de madera aserrada.

Captación y Conducción de Agua

Para el abastecimiento de agua potable en bloque, sobresale la terminación de los acueductos: Yosocuta - Huajuapan, Oaxaca; El Vízcaino, segunda etapa, Baja California Sur, Linares - Monterrey, primera fase y segunda etapa, la Comarca Lagunera; Valle de Sauz, primera etapa, Chihuahua; Chapala - Guadalajara, primera fase, primera etapa; el Sistema Río Presidio - Mazatlán, obras que permitirán la captación que permitirán la captación y conducción de agua en bloque de por 7.5 metros por segundo.

Reforma Agraria Integral

Para lograr el desarrollo rural, es necesario garantizar la propiedad y usufructo de la tierra en todas las formas de tenencia existentes, distribuir la superficie legalmente afectable y promover la organización y capacitación de los productores.

Por ello, el subsector reforma agraria orientará su actividad hacia el mejoramiento de los mecanismos de coordinación y concertación, entre las diferentes instancias que participan en los ámbitos federal y estatal.

En este sentido, se concluirá la última etapa del reparto masivo de tierra y el Proyecto Especial de Catastro Rural y Regularización de la Tenencia de la Tierra.

En cuanto a las tareas de organización y capacitación, se reforzarán los diferentes tipos de agrupación existentes, con el propósito de convertirlos en unidades de desarrollo rural eficiente y productivas; por lo que se intensificará la impartición de cursos de capacitación agraria básica, administración rural, fomento cooperativo y promoción del desarrollo rural.

Las principales metas para 1988, se resumen en ejecutar resoluciones presidenciales dotatorias en 750 mil hectáreas, integrar y consolidar 2 mil 500 unidades de desarrollo rural y graficar 73 mil millones de hectáreas.

Desarrollo Regional y Urbano

Durante la presente administración, la política regional y urbana se ha orientado a impulsar la descentralización de la vida nacional, propiciar un desarrollo regional más equilibrado y apoyar un proceso de urbanización gradual y ordenado. Para ello, se ha promovido el crecimiento de las economías estatales y municipales, el fortalecimiento de los servicios en las ciudades medias, una mayor integración de las diversas regiones del país al desarrollo nacional y el mejoramiento de los niveles de bienestar e ingresos de la población.

Para continuar estos esfuerzos en 1988, se propone un presupuesto de 3,880.1 mil millones de pesos, de los cuales 850 mil millones se ejercerán a través del ramos de desarrollo regional y 959.4 mil millones por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Desarrollo Regional

Como eje de la renovación nacional, la política regional del gobierno federal se ha sustentado en la consolidación de los sistemas de planeación democrática; su institucionalización en los ámbitos nacional, estatal y municipal ha configurado cambios cualitativos que mejoran la coordinación entre los tres niveles de gobierno, otorgando mayor eficiencia a los programas gubernamentales. Asimismo, se ha enriquecido el Convenio Único de Desarrollo y se han instrumentado prácticas de concertación que estimula la participación de los sectores social y privado en los proyectos de desarrollo.

Igualmente, el mejoramiento de los procesos de programación - presupuestación del gasto regional ha permitido aumentar el impacto en la reactivación y diversificación de las actividades productivas en los estados, la ampliación de la cobertura de los servicios sociales básicos, principalmente en las áreas urbanas y rurales con mayores desequilibrios y una mejor ordenación de la actividad económica en el territorio nacional.

Mediante los programas de desarrollo regional, regionales de empleo y coordinación especial se ha atendido la ampliación y conservación de la infraestructura educativa y de salud de los sistemas de agua potable y alcantarillado; la construcción y modernización de carreteras y caminos rurales, que contribuyen a la integración territorial de las regiones estratégicas y al fortalecimiento de los grandes ejes de comunicaciones; el desarrollo de áreas de riego, la tecnificación de zonas temporales y el incremento a la productividad agrícola y pecuaria, y la generación de empleos.

Asimismo, los programas regionales estratégicos en ejecución han propiciado una gradual integración de los mercados regionales, constituyéndose en una de las principales vertientes para propiciar la descentralización de la vida nacional, la reordenación de la actividad económica del país, la atención de regiones prioritarias para el desarrollo y la soberanía nacional.

Durante 1988, la política regional continuará impulsando la política de desarrollo social del gobierno federal y el cambio estructural de las economías estatales y municipales, para consolidar los avances alcanzados en la descentralización de la vida nacional y apoyar la recuperación de la economía del país.

Para lograr estos propósitos, se dará especial atención a los programas que propicien la diversificación de las actividades productivas, amplíen la participación de los municipios en el mejoramiento de los servicios básicos y se alentarán las acciones de descentralización de la administración pública federal y de reordenación territorial de la actividad económica. Igualmente, se privilegiarán los proyectos que se protejan los niveles de empleo e ingresos de la población y atiendan el mejoramiento de los servicios sociales básicos en las áreas rurales y urbanas.

El gasto regional se aplicará con estrictos criterios de selectividad y jerarquización. Dará alta prioridad a las obras de uso intensivo de mano de obra, a la conclusión de las que están en proceso para aprovechar las inversiones realizadas, y al mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura existente, con énfasis en escuelas, caminos, clínicas, hospitales, obras hidráulicas de usos agrícolas y urbanos, almacenes, tiendas rurales y centros de seguridad social.

La política de gastos regionales se sustentará en la consolidación de los sistemas estatales de planeación democrática. Se mejorarán los procedimientos de programación - presupuestación para dar un uso más eficaz a los recursos, atender puntualmente las prioridades estatales y municipales, reforzar el control en la aplicación del gasto y promover una mayor participación de los sectores social y privado en la ejecución de los programas de servicios comunitarios y de fomento económico.

Para seguir impulsando y consolidando los avances de la descentralización y el reordenamiento territorial de la actividad económica, en 1988 se destinarán recursos fiscales que permitirán consolidar el proceso de transferencia a los gobiernos estatales, de empresas y organismos, de servicio educativos, de salud y de la operación de las juntas locales de caminos, así como la relocalización de organismos y empresas públicas.

Mediante las inversiones regionales, se continuará impulsando el fortalecimiento de la infraestructura social, urbana, industrial y de servicios de las ciudades medias del país, en especial del sistema de ciudades seleccionadas para la relocalización de la actividad industrial y la reubicación de entidades públicas.

En 1988, los recursos del ramo XXVI se ejercerá mediante los programas de Desarrollo

Regional, Regionales de Empleo y Coordinación Especial, de acuerdo a los siguientes lineamientos:

- Ampliar la cobertura y mejorar los servicios de educación , cultura, recreación y salud, mediante la construcción de espacios educativos, bibliotecas, casas de cultura, centros deportivos, parques públicos, centros de salud, clínicas y hospitales.

- Apoyar el fortalecimiento de la infraestructura urbana, principalmente en las cabeceras municipales y ciudades medias, con la construcción, ampliación y rehabilitación de sistemas de agua potable de drenaje, la ejecución de obras de equipamiento urbano, acciones de vivienda y de electrificación de poblados.

- Impulsar la modernización del sistema de abasto y comercialización de productos básicos, con la instalación y equipamiento de almacenes, bodegas y tiendas rurales.

- Mejorar la seguridad pública en los estados y municipios mediante programas de prevención social, la construcción y remodelación de centros de readaptación social y la modernización y capacitación de los cuerpos de protección ciudadana

- Coadyuvar a mantener los niveles de empleo en los principales centros urbanos y áreas rurales, con la ejecución de proyectos de uso intensivo de mano de obra, los proyectos de becas de servicio social, de capacitación de trabajadores, de estímulos a hijos de obreros, campesinos, y de incorporación a jóvenes y mujeres a las actividades productivas.

- Fortalecer la ejecución de proyectos para consolidar la infraestructura agropecuaria, agroindustrial y pesquera con el fin de incrementar los niveles de productividad, alentar una adecuada oferta de productos básicos y contribuir a mejorar los hábitos alimentarios de la población.

- Impulsar la conclusión de las obras hidráulicas en proceso, para ampliar las áreas de cultivo bajo riego y satisfacer los requerimientos de agua potable en los centros urbanos que han registrado un acelerado crecimiento.

- Profundizar en el fortalecimiento de la infraestructura de comunicaciones y transportes que faciliten el desarrollo de los mercados locales y regionales, y su vinculación con los principales centros consumidores del país. Por ello, se continuarán las obras de construcción y rehabilitación de caminos rurales; de conservación en las redes carreteras de los estados, y de consolidación de la infraestructura aérea y portuaria.

- Continuar protegiendo el equilibrio ecológico mediante la realización de obras para el tratamiento y alojamiento de aguas negras; la construcción y puesta en operación de plantas de tratamiento de desechos sólidos; la protección de parques y reservas ecológicas y el control de la contaminación del medio ambiente.

- Enfatizar en la incorporación de los municipios a los sistemas de planeación y fortalecer su capacidad de ejecución de la obra pública. Se reforzará la transferencia de programas y recursos hacia de los ayuntamientos y se mantendrá la capacitación de los empleos municipales.

- Mantener el apoyo a programas especiales para la atención de emergencias derivadas de contingencias naturales.

Para continuar avanzando en el cumplimiento de las acciones previstas en los programas regionales estratégicos de la zona metropolitana de la ciudad de México y región centro, frontera norte, Mar de Cortés, zona áridas, sureste, acciones para la frontera sur, así como en los 17 planes estatales convenidos, con recursos del gasto regional se impulsarán proyectos estratégicos de fomento a las actividades productivas y de fortalecimiento de la infraestructura básica de apoyo y de desarrollo social.

En los estados de la región centro se continuará dando prioridad al desarrollo rural integral, mediante el fortalecimiento de la infraestructura hidráulica y la ejecución de proyectos de diversificación agropecuaria, agroindustriales, piscícolas, y de electrificación rural, que mejoren las condiciones de bienestar de la población e incrementen la producción de alimentos.

Igualmente, con el propósito de reducir las migraciones al Valle de México, se apoyará la realización de obras de equipamiento urbano en las principales ciudades de la región. En la zona metropolitana de la ciudad de México, se proseguirá con la ampliación de los sistemas de transporte, agua potable, drenaje profundo y con los programas de empleo.

Mediante el Programa de Desarrollo de la Frontera Norte, se atenderá el fortalecimiento del equipamiento urbano de los principales municipios fronterizos, el mejoramiento de los sistemas de abasto de productos de consumo popular, la construcción de escuelas, clínicas y hospitales, y se continuarán las importantes acciones de protección al medio ambiente que se realizan en la región.

Asimismo, se dará un especial impulso a la conclusión de los sistemas hidráulicos de usos

múltiples que permitan mantener el dinamismo de las actividades agrícolas y el suministro de aguas a las principales zonas fronterizas, y se mantendrá el apoyo a los programas de modernización de carreteras y de construcción de caminos rurales.

En la región del Mar de Cortés se concluirán obras portuarias, aeroportuarias y carreteras, que ampliarán los enlaces de los estados de la península con los del macizo continental, y de la región con el resto del país. Se continuarán los sistemas de conducción y distribución de agua potable para incrementar el abastecimiento de recursos en los principales centros urbanos, turísticos y comerciales de la región. También se ejecutarán programas de fomento agropecuario, pesquero turístico para aprovechar su potencial productivo.

Para impulsar el desarrollo integral de las zonas áridas, se otorgará prioridad a la diversificación del sector agropecuario y al aprovechamiento óptimo del agua, mediante la rehabilitación y tecnificación de distritos de temporal, la construcción de sistemas de pequeña irrigación, la perforación y electrificación de pozos y el saneamiento de las cuencas hidrológicas de la región.

En el sureste, se apoyará la ampliación y diversificación de su estructura productiva y el mejoramiento de los servicios sociales básicos, para continuar abatiendo los rezagos existentes. En Chiapas se concluirán los hospitales y clínicas en proceso y se proseguirá con los proyectos de irrigación y tecnificación de áreas de temporal en la zona de la costa.

En Yucatán se concluirán de modernización del Puerto Progreso y se profundizará la diversificación agropecuaria en la zona henequenera y en el sur del estado.

En Campeche se continuará el programa de desarrollo rural integral, dando énfasis a la producción de arroz, actividades piscícolas y la construcción de caminos rurales. En Quintana Roo tendrá prioridad los programas lechero, de apoyo al campo y a la conclusión de caminos rurales. Asimismo, se apoyará el desarrollo de las mixtecas y de la región chatina en el estado de Oaxaca, así como los programas de electrificación y caminos rurales y los proyectos productivos en zonas marginadas del estado de Veracruz.

Igualmente, durante 1988, el gasto regional continuará impulsando el desarrollo de las comunidades de la frontera sur del país. En esta zona se ejecutarán proyectos productivos, se reforzará la infraestructura caminera regional, se realizarán acciones para la protección de la selva lacandona y se dará prioridad a los programas de nutrición, salud pública y etno - desarrollo.

Desarrollo Urbano, Vivienda y Ecología

lograr un mayor equilibrio en el proceso de desarrollo urbano, la protección del medio y la dotación de vivienda ha sido uno de los renglones prioritarios atendidos entre 1983 y 1987. Esto se ha traducido en dotación de agua potable, alcantarillado y otras obras de infraestructura básica y se ha dado especial apoyo al crecimiento de ciudades medias y áreas con problema críticos.

En materia de vivienda se instrumentaron los programas de Renovación Habitacional Popular y los emergentes fase I y II como una respuesta inmediata a los damnificados por el sismo; se crearon las reservas territoriales de vivienda y se estableció la normatividad en lo referente a ecología. Estas acciones propiciaron que se construyeran y mejoraran un número mayor de viviendas que en cualquier otra administración, beneficiando a más de 939 mil familias, a través de los programas de vivienda terminada, progresiva, mejoramiento, lotes con servicios y créditos hipotecarios.

Durante 1988, se continuarán las acciones relativas a la consolidación e instrumentación de normatividad urbana que propicie un incremento ordenado y la dotación de infraestructura, equipamiento y servicios básicos; la normalización de asentamientos humanos irregulares para atender los problemas más urgentes y la consolidación de ciudades medias, a fin de disminuir la migración hacia las grandes metrópolis.

De igual modo, se utilizarán al máximo las instalaciones y propiedades de la administración pública, se impulsarán las acciones de vivienda, se fortalecerán las medidas para abatir y controlar la contaminación ambiental en los grandes centros urbanos y se preservará el equilibrio ecológico en el territorio nacional.

El carácter normativo de la acción federal obliga a estrechar la coordinación de acciones con las demás instancias de gobierno, para resolver los principales problemas del sector.

Desarrollo Urbano

Para 1988 las acciones en esta área se dirigirán fundamentalmente a: vigilar la aplicación de la normatividad en materia de urbanización y ordenamiento territorial en los centros de población; y fomentar la dotación de infraestructura y equipamiento urbano e industrial para impulsar la descentralización hacia ciudades medias e intermedias.

Se continuará con la constitución de reservas territoriales urbanas.

Asimismo, se conservarán y mantendrán los sitios históricos y monumentos nacionales; se fortalecerán las acciones de aprovechamiento y administración de los bienes inmuebles y el mantenimiento de los edificios públicos.

Vivienda

En 1988 se profundizará la búsqueda de nuevos instrumentos y mecanismos de aplicación de la política habitacional, con base en la concertación con la sociedad, retomando las experiencias obtenidas en el proceso de reconstrucción para los organismos ejecutores.

En este sentido, se adecuarán los instrumentos financieros para ampliar su cobertura y en los organismos de vivienda se introducirán procedimientos que expresen el valor real de la vivienda y los montos de crédito a requerir en términos de salarios mínimos, fomentando la construcción de viviendas para arrendamiento.

En este contexto, para 1988 se apoyará mediante nuevos financiamientos la dotación de 17 mil 80 lotes con servicios, 32 mil 323 acciones de vivienda progresiva y 18 mil 843 de mejoramiento de vivienda.

Estas acciones se complementarán con las que se realicen dentro del Programa de Reconstrucción, entre las que destacan la reconstrucción del conjunto habitacional de Tlatelolco.

Ecología

Las acciones durante 1988, estarán orientadas a optimizar la gestión ambiental, mediante un esfuerzo de coordinación con Pemex, Azúcar, S.A., C.F.E., Fertimex y las entidades federativas y municipios.

Se propiciará la participación del sector privado mediante convenios para la reubicación de las fundadoras de la zona metropolitana de la ciudad de México, y contratos convenidos para verificación y reparación de automóviles.

Se incorporará al sector social, a través de acuerdos y convenios con grupos y asociaciones ecologistas, para participar en la planeación y ejecución de programas de mejoramiento ambiental.

Se integrará al sector obrero y campesino, para prevenir el deterioro de los recursos naturales, mediante la participación en el manejo y uso adecuado de los mismos.

Asimismo, se acelerarán los trabajos sobre normas y legislación en materia de contaminación ambiental; se desarrollarán preferentemente los sistemas de control de la contaminación en los ríos Blanco, Zacahuapan, Pánuco y Balsas.

Pesca

De conformidad con las orientaciones establecidas en el Programa Nacional de Pesca y Recursos del Mar, la política pesquera se ha dirigido a instrumentar las acciones necesarias para contribuir a la oferta de alimentos, generar más empleos productivos, captar mayor volumen de divisas y promover un desarrollo regional más equilibrado en el país.

En congruencia con estos objetivos, la presente administración ha logrado avances sustanciales que se reflejan en una mayor oferta de productos pesqueros, así como en el aumento de la productividad y eficiencia en la captura, industrialización y comercialización.

De esta manera, durante el período 1983 - 1987, el sector creció a una tasa media anual de 8.6%; la industrialización de materia prima en 10.6%, destacando los procesos de congelado y enlatado; la comercialización de productos pesqueros en 12.1%, resaltando las presentaciones de fresco, congelado y enlatado; y la estructura ocupacional en 7.2%.

Durante este lapso, el sector ha tenido un saldo superavitario en su balanza comercial, habiéndose exportado especies de alto valor comercial a cambio de importar mínimas cantidades de harina de animales marinos y otros productos. A estos logros han contribuido las acciones de simplificación, modernización y reestructuración, emanadas del cambio estructural para abatir las ineficiencias organizacionales y la deficiente utilización tanto de la infraestructura portuaria, como de las instalaciones de transformación y procesamiento.

Dentro de este marco, las acciones del sector en 1988 se orientarán a fortalecer el uso de tecnologías apropiadas a los procesos de captura e industrialización; fortalecer la capacitación y organización de productores en cooperativas; reforzar el financiamiento a la actividad, y continuar con el programa de reestructuración del consorcio Propemex, para sanear sus finanzas y cumplir con los objetivos de modernización y rehabilitación.

En cuanto a la captura, se estima obtener 1 millón 630 mil toneladas, de las que se destinará el 48.1% a consumo directo y el 51.9% a consumo indirecto y uso industrial, representando

este último un volumen semejante al alcanzado en 1987; estos niveles de producción generarán empleos para cerca de 13 mil 780 trabajadores de la pesca en las diversas regiones del país.

En la fase de comercialización, se prevé alcanzar un volumen de 897 mil 250 toneladas, compuesto por 589 mil 400 toneladas de producto fresco y 307 mil 850 en otras presentaciones. De este volumen se prevé colocar 699 mil 900 toneladas en el mercado interno y 197 mil 350 toneladas en el mercado exterior, con una captación de divisas de alrededor de los 566.4 millones de dólares.

La disponibilidad de productos pesqueros, apoyará un consumo per capita de 14.8 kilogramos para 1988, que se integra con 9.4 kilogramos de consumo humano directo.

En materia de acuacultura, se dará énfasis a la terminación de obras de infraestructura que aseguren la puesta en marcha de los centros acuícolas y granjas piscícolas destinadas al cultivo de especies para el consumo local y regional y de beneficio directo a grupos de población de escasos recursos.

Se consolidarán las acciones de modernización y rehabilitación de las líneas de producción y de renovación tecnológica en el tratamiento de productos congelados y se continuará el proceso de reubicación e instalación de la planta industrial.

En el sistema de comercialización, se buscará lograr una mejor integración de la distribución, para poner al alcance de las mayorías los alimentos de origen pesquero, mediante el fortalecimiento de los centros de acopio y abasto y revisiones de precios que aseguren el consumo.

Para el logro de estas acciones, se prevé un presupuesto de 1,269.2 mil millones de pesos.

Comunicaciones y Transportes

La conformación de modelos y eficientes sistemas de transporte y de comunicaciones se definió en el Plan Nacional de Desarrollo cono un propósito fundamental de cambio estructural para la modernización del aparato productivo y distributivo, para facilitar la descentralización del país y apoyar la integración y desarrollo del medio rural. En apoyo a este propósito, el sector Comunicaciones y Transportes ha recibido atención prioritaria en la asignación presupuestal. manteniendo sus niveles de participación en el gasto entre 1983 - 1987. Para 1988, se le ha asignado un presupuesto total de 7 mil 993.6 millones de pesos, considerando que jugará un papel fundamental en la reactivación económica.

Los avances de los últimos cinco años han sido sustanciales. Mediante intensos programas de modernización y conservación, se han reducido los rezagos más graves en infraestructura, lo que aunado a la conclusión de obras en proceso, permitió ampliar la cobertura del sistema. De esta manera, se cuenta actualmente con 230 mil kilómetros de carreteras, 25 mil kilómetros de vías férreas; 58 aeropuertos en operación y 18 puertos de altura; además de una extensa red de telecomunicaciones que incluye la puesta en operación del sistema de Satélites Morelos y una red telefónica que llegará en 1987 a 8 millones de aparatos. Se han logrado asimismo, mejoras significativas en la operación mediante acuerdos de concertación con los diversos prestadores de servicios.

En materia de modernización administrativa destacan: la organización sectorial de todos los medios de transporte y comunicación bajo la responsabilidad de una sola secretaría; la integración de las seis entidades ferroviarias en un solo organismo, Ferrocarriles Nacionales de México; la constitución de los servicios postal y telegráfico como organismos descentralizados; la transferencia a los gobiernos estatales de 14 juntas locales de caminos y la creación de los institutos de Transporte y Comunicaciones para fomentar la investigación y el desarrollo tecnológico.

En relación al saneamiento financiero de las empresas públicas del sector, se ha logrado que Caminos y Puentes Federales de Ingresos dejara de ser un organismo subsidiado como en 1982 cubriendo actualmente, con cargo a cuotas, sus gastos de operación, conservación y la inversión en modernización y expansión de su red; en Ferrocarriles Nacionales de México, el gobierno federal asumió 1 mil millones de dólares de sus pasivos sobre la base de compromisos de modernización productividad y resultados financieros, lo que permitirá que en 1988, el organismo cubra con recursos propios sus gastos de operación; en los sistemas portuario y aeroportuario se mantiene la autosuficiencia financiera mediante la actualización tarifaría y de los derechos por uso de infraestructura; en las líneas aéreas se eliminó el subsidio vía consumo de turbosina; en Teléfonos de México se ha mantenido un crecimiento del 6% anual, con una situación financiera sana; en los servicios postal y telegráfico, incluyendo télex, se han reducido los niveles de subsidio que eran del 80% de su costo y en 1988, estarán en posibilidad de tener una operación autosuficiente.

Transporte Ferroviario

La modernización ferroviaria constituye el eje de la estrategia en la renovación del sistema de transporte y el componente humano es el factor fundamental de cambio estructural en los ferrocarriles; al respecto, se ha logrado su reestructuración administrativa y la transformación de sus condiciones laborales mediante acuerdos que promueven la productividad y la capacitación para un mejor desarrollo de los trabajadores ferroviarios.

El servicio de pasajeros se ha modernizado y se seguirá concentrando en las rutas de mayor densidad de tráfico, bajo un nuevo concepto que mejora sustancialmente la calidad del servicio. En 1988, se adquirirán 80 coches nuevos y se renovarán 33 más para incorporar otros tres trenes de primera especial, que permitirán atender en ese año un total de 26.7 millones de pasajeros, lo que significa un crecimiento anual de 6%.

En el servicio de carga que representa el 95% del movimiento ferroviario, se moverán 59.7 millones de toneladas, con un crecimiento del 3.5%. la eficiencia y mejoramiento de la calidad de este servicio, exige acelerar la modernización de la operación mediante la instrumentación de los programas extraordinarios de rehabilitación de vías y de reparación de locomotoras. En este sentido, en 1988 se rehabilitarán 1 mil 9 kilómetros de vías y se iniciará la modernización de los principales patios y terminales de la red. Además, se reconstruirán 100 locomotoras y se otorgará especial atención al mejoramiento de los talleres y sistemas de mantenimiento preventivo.

Entre las grandes obras de infraestructura ferroviaria en marcha, destaca como proyecto principal, la construcción de la vía doble México - Querétaro, de la cual se pusieron en operación 214 kilómetros en 1986; y 15 kilómetros más en 1987, entre las terminales de Huehuetoca y Valle de México; su electrificación se continúa para aumentar la capacidad y eficiencia de esta línea que es la de mayor tráfico del sistema; esta obra representa un impulso al cambio estructural pues moderniza los sistemas de operación ferroviaria. Además, se terminarán tramos operativos en la vía doble México - Veracruz y en la vía corta Guadalajara - Monterrey, con lo cual se mejoran las comunicaciones transversales y se apoya el desarrollo regional de zonas prioritarias.

Transporte Carretero

En materia carretera, el principal compromiso ha sido conservar la extensa red con que cuenta el país: 47 mil kilómetros de carreteras federales, incluyendo la red de cuota; 55 mil 500 kilómetros de carreteras estatales y más de 127 mil 500 kilómetros de caminos rurales y brechas mejoradas. A este propósito se ha destinado en promedio 40% de la inversión y en 1988 se atenderá con mayor intensidad.

Cabe señalar que durante esta administración se han construido más de 15 mil kilómetros de carreteras y se han duplicado las autopistas de cuatro carriles.

Durante 1988 se concentrarán los recursos en la terminación del mayor número de proyectos en proceso, lo que permitirá poner en operación casi 1 mil kilómetros de autopistas, donde se concluyen la México - Toluca, Guadalajara - Manzanillo, Guaymas - Nogales, Querétaro - Celaya - Irapuato, Querétaro - San Luis Potosí y Puebla - Orizaba, así como diversos libramientos también de cuatro carriles. Se terminarán además, alrededor de 3 mil kilómetros de nuevas carreteras como la Chihuahua - Parral, Maravatío - Atlacomulco, San Nicolás - Yécora y la Dzibalchen - Xpujil, entre otras; se concluirán también los puentes de Tampico, Reynosa II y el de Ciudad Acuña.

En cuanto al proceso de descentralización se terminará de entregar a los 31 estados las juntas locales de caminos encargadas de la construcción y conservación de la red de carreteras estatales, y se les transferirá asimismo la conservación y reconstrucción de caminos rurales que recibirán un impulso especial.

En cuanto a metas operativas, el transporte carretero atenderá en 1988 una demanda estimada de 1 mil 760 millones de pasajeros y 300 millones de toneladas de carga, que representan alrededor del 96% y 80%, respectivamente, del movimiento total.

Transporte Marítimo

En materia de transporte marítimo resaltan los logros en el desarrollo de la Marina Mercante Nacional, que pasará de 2 millones de toneladas de peso muerto en 1982 a 3.5 millones en 1988. Por otro lado, se han consolidado las escuelas náuticas para capacitación de tripulación y se han afinado los instrumentos de fomento a partir de la necesidad de mantener una competitividad internacional.

En materia de infraestructura portuaria, entre 1983 - 1987 se ha incrementado la capacidad de los principales puertos de altura, destacando las obras realizadas en Mazatlán, Guaymas, Ensenada, Manzanillo y Tampico. En este período sobresale la puesta en operación, en 1986, del puerto industrial de Altamira.

En el sistema portuario, se ha avanzado significativamente en la modernización del funcionamiento de las empresas de servicios portuarios de participación estatal mayoritaria. Cabe destacar que en el caso de Veracruz se ha iniciado la instrumentación de compromisos para mejorar la productividad del puerto, uno de los más importantes del país.

Se considera que para 1988, el sistema portuario nacional estará en capacidad de manejar 133 millones de toneladas de altura y 37 millones de toneladas de cabotaje.

El servicio de transbordadores se fortalecerá con la adquisición de dos nuevas embarcaciones destinadas al apoyo del transporte de vehículos de carga en la zona del Mar de Cortés.

En 1988 se terminará la construcción del nuevo Puerto de Altura de Progreso; además, se concluirá la ampliación del Puerto de Manzanillo a más del doble de su capacidad y se consolidarán las obras de los puertos industriales de Lázaro Cárdenas y Altamira.

La función de dragado en los puertos, que se desincorporó del sector central para organizarse en forma más moderna y eficiente a través del órgano desconcentrado Servicios de Dragado, continuará en 1988 con su programa de renovación de equipo, lo que le permitirá elevar su capacidad y eficiencia.

Transporte Aéreo

El transporte aéreo está apoyando en una red de 56 aeropuertos, de los cuales 12 se han incorporado en esta administración. Durante 1988 se terminará la modernización de los de Colima y León, y se pondrán en operación los nuevos aeropuertos de Tepic y Huatulco; asimismo, se dará atención especial al mantenimiento y ampliaciones de los más importantes, entre los que destaca el edificio terminal de Cancún.

El sistema aeroportuario a cargo del organismo Aeropuertos y Servicios Auxiliares, atenderá en 1988 alrededor de un millón de operaciones aeronáuticas y 30.1 millones de pasajeros y continuará operando sin subsidios.

Las líneas aéreas nacionales están en proceso de renovación para poder adaptarse a las nuevas condiciones del mercado y al incremento en los costos del combustible y otros insumos que exigen una mayor productividad y calidad del servicio. Se espera que ambas líneas movilicen, durante 1988, un tráfico previsto de 9.8 millones de pasajeros nacionales y 4.3 millones de pasajeros internacionales.

Durante 1988, Aeronaves de México continuará racionalizando su estructura de rutas e iniciará un programa de modernización de su flota, sustituyendo en primera instancia los aviones más antiguos por la renta de cuatro aviones usados de tecnología más reciente; además, reforzará su programa de mantenimiento mayor donde se incluye la terminación de su nueva base en la ciudad de México y la iniciación de la sub - base de Guadalajara.

Comunicaciones

El sistema de telecomunicaciones experimentó durante este sexenio un cambio estructural cualitativo al ponerse en operación el Sistema de Satélites Morelos; durante 1988 se consolidará la red de estaciones terrenas.

La red de microondas, que en su mayoría se instaló hace 20 años, se ha venido reemplazando y modernizando para ampliar la capacidad y calidad de la conducción de señales a larga distancia, en especial de telefonía. En 1988 este proceso continuará y se terminará, además, la red pública de transmisión de datos para atender 55 ciudades del país y se modernizará el control de frecuencias.

En el servicio telefónico, se reforzarán los programas para mejorar la calidad y se instrumentará un programa de expansión para aumentar el ritmo de crecimiento de conexiones del 6% a más del 9%; el próximo año se llegará a una capacidad instalada de 8.8 millones de teléfonos.

En los servicios postales y telegráficos se consolidará el proceso de modernización, mejorando el funcionamiento de los organismos descentralizados creados en 1986 para encargarse de esos servicios. En 1988 se pondrán en operación los nuevos centros mecanizados para el manejo de correspondencia y la moderna red automática de telegrafía.

Comercio y Abasto

En el marco de la estrategia de cambio estructural, se ha promovido una profunda reestructuración del sector comercio, fomento industrial y abasto.

En el ámbito del fomento industrial, la modernización de la industria privada y paraestatal, permitirá fortalecer su capacidad tecnológica, administrativa y financiera, a fin de que pueda atender la demanda del mercado interno e incorporarse a un contexto internacional de avanzada tecnológica, alta competitividad y prácticas proteccionistas.

En el abasto, se ha promovido el apoyo a la infraestructura productiva y distributiva de básicos y un cambio estructura para fortalecer la función reguladora del Estado, que permita atender con mayor eficacia las necesidades alimenticias de la población de menores ingresos de las zonas rurales y zonas marginadas.

Durante los últimos cinco años se concretaron avances importantes, entre los que destacan la racionalización de la protección comercial en el marco del Protocolo de Adhesión al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). Esto liberó el 95% de las fracciones de la tarifa general arancelaria, para mantener un nivel de protección adecuado a la industria.

Para apoyar el fomento industrial y el impulso a las exportaciones no petroleras, se introdujo la carta de crédito doméstica y se ampliaron y simplificaron los sistemas de importación temporales.

Se promovió el cambio estructural en Conasupo para fortalecer su papel regulador operativo sobre el de abastecedor masivo; al efecto, se constituyeron y consolidaron los sistemas mixtos de acopio - abasto participativo de maíz, trigo, granos forrajeros, frijol y productos oleaginosos, mediante los cuales la industria privada concurre directamente al mercado para sus materias primas.

Por otra parte, se corrigieron distorsiones y se racionalizó el otorgamiento de subsidios, al hacerlo selectivo y transparente. En 1985, se eliminaron los que se otorgaban al arroz y en 1986, los que se destinaban al sorgo, a las oleaginosas y a la industria molinera de trigo. Para proteger el consumo popular, en 1987 sólo se mantuvieron los correspondientes a la leche en polvo distribuida en zonas urbanas marginadas; en maíz se instrumentó el sistema de tortibonos, para transferir el subsidio de la materia prima al producto final y otorgarlo en la tortilla.

Para mantener niveles ascendentes en la producción industrial de básicos, modernizar la industria de maíz, transferir subsidios selectivos en leche y complementar la canasta básica en aceites, se apoyó la conclusión de proyectos en proceso, la rehabilitación de plantas, el incremento de la capacidad de secado en las líneas de lácteos y la reducción en el desequilibrio entre la capacidad de molienda y refinación de productos oleaginosos.

Se promovió el cambio estructural en la distribución regional al menudeo, a través de la coordinación de acciones con las entidades federativas, para que tengan una mayor intervención en la integración de un sistema de circuitos locales y regionales de producción - consumo.

De acuerdo a las políticas de desincorporación de empresas públicas, se liquidó el Instituto Mexicano de Comercio Exterior, cuyas funciones fueron absorbidas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y el Banco Nacional de Comercio Exterior; se transfirió Tapetes Mexicanos, S.A. al gobierno del estado de México, y se liquidó la empresa Exmex, S.A. de C.V., que duplicaba funciones con Bancomext.

Dentro del proceso de cambio estructural, también se liquidaron Trigo Industrializado Conasupo y los Centros Conasupo de Capacitación, debido a que la participación del Estado en el mercado del pan no tenía un efecto regular significativo, y porque al liberarse el precio de este producto, esta función se ejerce a través de la dotación de la materia prima a los industriales. En el caso de Ceconca, duplicaba sus funciones de capacitación con otras dependencias y entidades públicas.

Para 1988, el sector continuará dando prioridad a las acciones que promueven el equilibrio y articulación entre los procesos y fases de la producción y el consumo, así como consolidar los avances logrados en materia de cambio estructural.

Se proseguirá con la consolidación de la infraestructura que asegure el abasto nacional de productos básicos, y con las acciones de un claro impacto económico - social; se fortalecerá la programación financiera para la atención de actividades industriales y comerciales prioritarias y la modernización de las estructuras de abasto popular; además, se orientará al consumidor para inducirlo a ejercer su gasto por encima de influencias distorsionadoras.

Se continuará con el apoyo técnico y financiero para promover la eficiencia y competitividad de la industria, y se impulsará la creación de cadenas productivas, vinculando su oferta con las necesidades del mercado interno y los requerimientos del exterior. Igualmente, se instrumentarán e impulsarán medidas que vigoricen al sector industrial productor de bienes y de capital, estimulando factores que incrementen producción y competitividad.

Respecto al comercio exterior, se llevarán a cabo acuerdos de comercialización internacional en apoyo al sector productivo, aprovechando el poder de negociación del Estado, así como las ventajas de acuerdos ampliados con países miembros del GATT.

Se continuará con la racionalización de las medidas de protección, mediante la sustitución del

permiso previo por el arancel, adecuándolo a los factores prioritarios del comercio nacional respecto al internacional, y se cuidará el desarrollo de las franjas fronterizas y zonas libres.

En el ámbito de la inversión extranjera y de transferencia de tecnología, las acciones tenderán a incrementar la generación neta de divisas, la protección del empleo y la incorporación de innovaciones coherentes con las necesidades del país.

En la comercialización agropecuaria, sólo se continuará participando con los volúmenes necesarios para una eficaz función reguladora de la oferta y los precios, consolidando la operación de los Comités Mixtos Participativos de Comercialización, para incrementar la intervención de las ramas industriales y las filiales de Conasupo en las compras de las cosechas y en las importaciones complementarias del abasto nacional.

Asimismo, se propiciará un sistema de acopio y almacenamiento más moderno y equilibrado entre centros productores y consumidores, y se mejorará la coordinación entre almacenadoras oficiales y privadas.

En materia de transformación industrial, se ampliará la producción de básicos directamente y mediante fuentes alternativas de financiamiento. Las suscripción de convenios de coinversión con gobiernos estatales y los sectores social y privado, será prioritaria.

En el ámbito de la distribución al menudeo, se consolidará la descentralización de la red de tiendas y almacenes que apoyen a los circuitos locales y regionales de producción - distribución - consumo; asimismo, se continuará con la concertación de convenios con comunidades y grupos organizados de productores y consumidores, y se consolidará la atención a la población de menores recursos, reubicando la infraestructura de distribución hacia zonas prioritarias, con el apoyo de los gobiernos estatales.

La capacitación y difusión de información para orientar a comerciantes y consumidores será reforzada, así como la normalización, inspección y vigilancia sobre los procesos de producción y comercialización, a fin de evitar distorsiones en los precios, proteger el poder adquisitivo y garantizar un consumo de productos básicos que mejore el nivel nutricional de la población.

Durante 1988, Conasupo comprará 5.5 millones de toneladas de maíz, trigo, frijol, arroz, sorgo y oleaginosas en el mercado nacional y 2.8 millones de toneladas de importación de maíz, sorgo y leche en polvo, venderá 7.3 millones de toneladas de productos y supervisará la comercialización de 5.0 miles de toneladas de trigo.

Andsa y Boruconsa calculan almacenar y manejar, considerando la revolvencia, 55 millones de toneladas de productos básicos. Liconsa producirá 1,624 mil millones de litros de leche; Iconsa y Miconsa 1 millón 628 mil toneladas de harinas de maíz y trigo, aceites y mantecas, entre sus principales productos.

El sistema Diconsa distribuirá productos por un valor de 2 billones 622 mil millones de pesos, con especial atención a comunidades rurales y zonas marginadas; Impecsa consolidará la atención a 145 mil pequeños comerciantes, a los que venderá 886 mil millones de pesos. El FIA otorgará créditos a la pequeña y mediana industrias proveedoras del subsistema oficial de distribución al menudeo, por 90 mil millones de pesos.

Dentro de los proyectos prioritarios de inversión para la producción de básicos, destacan la instalación de la tercera línea de reconstitución de leche en polvo en Tláhuac, Distrito Federal; la conclusión del molino de oleaginosas en Matamoros, así como continuar la instalación de la planta harinizadora de maíz en Huamantla, Tlaxcala y otra en Guerrero, e instalar tiendas sindicales en diferentes estados, convenidas con el Congreso del Trabajo.

Las entidades de orientación y protección al consumidor, difundirán información sobre bienes y servicios de consumo generalizado, a través de 3.6 millones de periódicos y revistas y 70 mensajes por radio y televisión; capacitarán y asesorarán a 454 mil 526 grupos de consumidores organizados y atenderán 363 mil reclamaciones, 350 mil controversias y 175 mil arbitrajes.

Se propone un presupuesto para el sector de 4,646.6 mil millones de pesos, de los cuales 3,897.7 mil millones corresponden a Conasupo.

Industrial

Las líneas estratégicas de reordenación económica y cambio estructural han permitido hacer de la industria paraestatal un instrumento efectivo de garantía de la independencia nacional en lo estratégico y de impulso vigoroso al desarrollo en lo prioritario. se ha logrado reorientar la producción industrial hacia el exterior, aumentando su participación en mercados altamente competitivos. En lo interno, el sector industrial paraestatal ha contribuido a la producción de bienes necesarios; al fortalecimiento de las cadenas productivas existentes

y la creación de otras nuevas; a la modernización del aparato industrial; y a la generación de empleo. Asimismo, se han diseñado y aplicado medidas ágiles para garantizar el logro de las metas propuestas y avanzar en el objetivo de alcanzar la integración y competitividad internacional.

En 1988, la actividad sectorial se orientará a las siguientes acciones principales:

- Continuar el proceso de desincorporación de entidades públicas no estratégicas ni prioritarias, concentrando la participación del Estado en 13 de las 28 ramas recibidas en 1982 y en sólo 141 entidades de las 412 que había.

- Avanzar en el proceso de saneamiento de las entidades.

- Promover el crecimiento de la oferta de bienes y servicios básicos.

- Avanzar en el cambio estructural del sector, con énfasis en los subsectores prioritarios, y fomentar nuevas cadenas de producción.

- Ampliar mercados y productos de exportación.

- Promover el uso de mayores proporciones de la capacidad instalada acorde con la evolución de la economía.

Para alcanzar los objetivos y directrices de acción señalados, se propone para el sector un presupuesto de 11,631.1 mil millones de pesos.

Minería

A partir de 1983, las políticas de gasto en el subsector minero se han orientado principalmente al fortalecimiento de su papel como proveedor de materias primas para la industria nacional y como contribuyente de magnitud importante en la generación de divisas. para este fin, se instrumentaron las acciones tendientes a abatir los costos de producción derivados de la obsolescencia de las instalaciones y el exceso de personal; las inversiones se dirigieron a reforzar las plantas industriales, a modificar los sistemas de explotación para un aprovechamiento más racional de los minerales y a reducir y simplificar las estructuras orgánicas de las entidades.

En este sentido, para 1988 se intensificarán las acciones que permitan alcanzar niveles de producción del orden de 1,375 mil toneladas de minerales preciosos, 1,073 toneladas de minerales no ferrosos, 19,821 mil toneladas de minerales siderúrgicos, 9,900 mil toneladas de minerales no metálicos y 4,205 mil toneladas de minerales combustible.

La producción minerometalúrgica se verá reflejada en la comercialización de 1,082 kilos de oro, 95,872 kilos de plata, 3,620 toneladas de cobre, 700 mil toneladas de concentrados de roca fosfórica, 2,300 mil toneladas de azufre, 5,000 mil toneladas de sal, 3,384 mil toneladas de carbón lavado, 4,000 mil toneladas de carbón térmico, 2,807 mil toneladas de concentrado de hierro y 2,775 mil toneladas de pelet de hierro, entre otras.

Entre los proyectos que se desarrollarán en el programa de inversiones del subsector, sobresalen: los de Micare (Minera Carbonífera Río Escondido, S.A.), en Carbón II, vinculado al abastecimiento de las carboeléctricas de Río Escondido; el de la modernización de la terminal de carga y descarga de azufre líquido en Coatzacoalcos, Veracruz; el Coremi, que intensificará las exploraciones en áreas potencialmente factibles y de instrumentación inmediata, e incrementará los inventarios de los minerales estratégicos.

Se continuará apoyando financiera y técnicamente a la pequeña y mediana minerías a través de la promoción de créditos fondeados por el Pecam (Programa Especial Complementario de Apoyo a la Pequeña y Mediana Minería). Asimismo, se proseguirá con las acciones encaminadas al cambio estructural del subsector; la culminación del proceso de descentralización del sector minerometalúrgico paraestatal a la ciudad de Pachuca, Hidalgo, y la elaboración de estudios encaminados a incrementar el valor agregado de los minerales para obtener una mejor comercialización.

Siderurgia

En respuesta a la crisis que afecta a la industria siderúrgica a nivel mundial y al deterioro productivo de la planta nacional, en 1986, el gobierno puso en ejecución un programa de modernización integral, congruente con el Plan Nacional de Desarrollo para redimensionar la industria, racionalizar su estructura de costos, dar autonomía de gestión a las empresas, introducir adecuaciones tecnológicas en las instalaciones, aumentar la eficiencia y productividad.

Se inició el saneamiento financiero mediante la asunción de pasivos por parte del gobierno federal de Ahmsa y Sicartsa, estableciéndose compromisos de eficiencia y productividad por parte del las plantas.

También se llevó a cabo el redimensionamiento de la industria paraestatal; además de cerrar Fumosa se desincorporaron entidades filiales que no

se consideraban prioritarias ni estratégicas, lo que significó una reducción para el presente año del 61% en relación a las existencias en 1983.

Por otra parte, se instrumentaron medidas para optimizar los procesos productivos de Ahmsa, depurando sus costos y dando prioridad a la venta de aquellos productos con mayor contribución marginal.

En 1987 se dieron los primeros frutos al obtenerse resultados positivos en cuanto a producción y ventas, sobre todo en Ahmsa; asimismo, Sicartsa II logro preparar en este año, su arranque formal a partir del segundo semestre de 1988. Asimismo, empiezan a mejorar los índices de productividad tonelada - hombre; se generan 31 mil empleos directos, y se crea una demanda importante para los sectores de la construcción metalmecánica, bienes de capital, transporte y otros.

En materia de exportaciones, la industria nacional que hasta 1982 fue importadora neta, ha ido aumentando sus exportaciones y en 1986 se exportó cerca del 25% del volumen de ventas, a pesar de problemas de sobrecapacidad a nivel mundial, precios bajos y el proteccionismo en los países industrializados.

En 1988, la producción siderúrgica de Ahmsa y Sicartsa será del orden de 3 millones 584 mil toneladas de productos terminados, que representará un crecimiento de 15% respecto al presente ejercicio. Las metas de comercialización crecen 19% respecto a 1987.

Con base en el programa estratégico de inversión, se continuará la modernización de Ahmsa y se imprimirá un mayor ritmo en la etapa preoperativa de Sicartsa II a efecto de arrancar su operación a mediados de 1988, incrementando la capacidad instalada del subsector en 56%. Dicho proyecto fungirá como pivote del cambio tecnológico; mejorará radicalmente la rentabilidad del subsector en su conjunto y permitirá alcanzar elevados niveles de productividad y eficiencia.

Asimismo, se aumentará sustancialmente la inversión en conservación y mantenimiento de la capacidad instalada en todas las plantas, así como los recursos destinados a las nuevas líneas de producción de rieles, lo que permitirá abatir importaciones a partir de 1990.

En la investigación y desarrollo, destacan los proyectos de desarrollo de tecnología mexicana para el proyecto de soplo combinado en los convertidores al oxígeno y la construcción de equipos para el proceso de metalurgia de olla y de desgasificación al vació para la producción de grados de acero.

Por último, dentro del proceso de reestructuración del sector paraestatal, se continuará con la desincorporación de aquellas filiales del Grupo Sidermex que trascienden el objetivo básico de la industria siderúrgica.

Azúcar

La industria azucarera paraestatal participa de forma mayoritaria en la producción nacional de azúcar y realiza el acopio y comercialización total del dulce a fin de satisfacer oportuna y suficientemente la demanda nacional.

Durante el período 1983 - 1986, las acciones en esta rama industrial se han orientado a alcanzar la autosuficiencia productiva, el redimensionamiento de la participación estatal, la modernización de la planta productiva y su saneamiento financiero.

De acuerdo con los objetivos de la política económica nacional, la autosuficiencia productiva se alcanzó en 1985; en los años subsecuentes se ha contado incluso con volúmenes para su exportación y para la reserva estratégica. En el lapso 1985 - 1987, se logró colocar en el mercado internacional 869 mil toneladas de azúcar.

En relación a la capacidad productiva, se concluyó en 1984 la construcción del Ingenio Plan de San Luis con capacidad de producción de 90 mil toneladas de azúcar/zafra; en 1985 se amplió el Ingenio Atencingo en Puebla y El Modelo en Veracruz, con lo que se adicionaron a la capacidad de producción 180 mil toneladas de azúcar/zafra.

Paralelamente y de acuerdo al objetivo de redimensionamiento de la participación estatal en la producción, desde 1985 se suspendieron las operaciones de los ingenios Unidas y Libertad, en Veracruz, y Nueva Zelandia, en Tabasco, por su alta obsolescencia y falta de rentabilidad.

Para 1988, garantizado el abasto nacional de azúcar y con la posibilidad de exportar excedentes, se fortalecerá el cambio estructural en el subsector azucarero para el redimensionamiento de la participación estatal en las etapas de producción y comercialización de azúcar, a fin de conservar sólo el 50% de la producción azucarera en manos del Estado. Para ese fin se desincorporarán 19 ingenios más, de los cuales tres dejarán de operar y para los otros 16 restantes se iniciará su proceso de venta a los sectores social y privado, de acuerdo a los objetivos del cambio estructural.

Asimismo, se proseguirá con el programa de saneamiento económico iniciado en 1985, a fin de lograr el abatimiento de costos y la mejoría en los índices de productividad de la industria azucarera.

En el aspecto financiero se proseguirá con la revisión en los precios de venta, que permitan cerrar la brecha con los de liquidación de azúcar a los ingenios y de caña a los agricultores.

Dentro del programa de inversiones, se destinarán recursos principalmente a conservar y mantener la capacidad productiva de los 31 ingenios públicos que conserve el Estado y a continuar con la modernización de la planta productiva, de ahorro y uso eficiente de energía.

Fertilizantes

La industria paraestatal de fertilizantes coadyuva a la satisfacción oportuna y suficiente de los requerimientos de la agricultura nacional, así como a incrementar la productividad del agro y lograr la autosuficiencia alimentaria.

En el período 1983 - 1986, las acciones de esta industria se orientaron a su reordenación y saneamiento financiero a su modernización y a la protección de la planta productiva y el empleo. Con sujeción a los criterios establecidos en el Programa Inmediato de Reordenación Económica, el programa de expansión seleccionó proyectos prioritarios cuyo grado de avance y capacidad de producción ofrecía la posibilidad de incrementar la producción en el corto plazo. De esta manera fue posible concluir dos importantes plantas de productos intermedios para la fabricación de fertilizantes con una capacidad de 858 mil toneladas por año, una planta de urea de 495 mil toneladas por año, 22 bodegas con capacidad de 420 mil toneladas, así como la infraestructura para el manejo de materia prima y productos para el manejo de materia prima y productos terminados.

En materia de descentralización, se fortalecieron las gerencias regionales de venta y se consolidaron las superintendencias de zona. Asimismo, se simplificaron sistemas y procedimientos para agilizar operaciones y las relaciones con proveedores y prestadores de servicios y usuarios.

Para 1988 se continuará con la ampliación y modernización de la infraestructura de producción y distribución, mejorando los niveles de aprovechamiento de la capacidad instalada, con lo que se abatirán costos y se reducirá la importación de productos.

En el aspecto financiero, se proseguirá con la revisión de precios, en función del contenido de nutrientes de los productos, y se procurará dar congruencia a los precios de insumos agrícolas con los de garantía.

Con el inicio de operaciones del Complejo Industrial de Fertilizantes Lázaro Cárdenas en Michoacán, se incrementará la oferta de fertilizantes en 800 mil toneladas; consecuentemente, producirán y comercializarán 5.0 y 5.9 millones de toneladas de productos, respectivamente superiores en un 5% y 3.5% a las esperadas para 1987, a fin de fertilizar 14 millones 620 mil hectáreas.

Para apoyar la modernización industrial, se realizarán las siguientes acciones.:

- Terminar, en diferentes estados, el Plan Nacional de Bodegas en fase III, con lo que se incrementará la capacidad de almacenamiento en 600 mil toneladas. Se concluirán 12 terminales de amoniaco y siete terminales marítimas para la distribución de productos, a fin de reducir en el corto plazo los costos de transporte.

- Continuar con el desarrollo de proyectos que se encuentran en construcción, como son el Sistema de lavado de Gases en Pajaritos, Veracruz, en Complejo de Soluciones Nitrogenadas II en Coatzacoalcos, Veracruz, dos plantas de urea en Lázaro Cárdenas, Michoacán y Camargo, Chihuahua, con capacidad unitaria de 495 mil toneladas al año, que permitirán en el mediano plazo cubrir el crecimiento de la demanda de esto productos.

Bienes de Capital

El proyecto de infraestructura industrial NKS para la producción de bienes de capital, ubicado en Lázaro Cárdenas, Michoacán, fue concebido con la finalidad de alcanzar la producción nacional de insumos, parte y componentes, así como de equipos que integran plantas industriales indispensables en la articulación de cadenas productivas, cuya orientación contribuya a la autonomía nacional en materia tecnológica y sustituya importaciones.

La construcción de NKS se articula con el proyecto de la mexicanización de la producción de turbogeneradores para la CFE, mismo que contempla un mínimo de 40% de integración nacional. La vinculación de este proyecto hacia la integración nacional de turbogeneradores constituye el mercado natural de NKS. De acuerdo con el crecimiento proyectado de la CFE, la salida anual de divisas en este rubro es del orden de 50 a 100 millones de dólares para la nación, misma que deberá disminuir mediante el amarre de cadenas productivas internas.

El monto total de la inversión aplicada en el proyecto asciende a 350 millones de dólares al cierre de 1987, y se estima que rebase los 400 millones de dólares en los tres años subsecuentes.

En el ejercicio de 1988 se ha previsto que la entidad logre superar las dificultades de su curva de aprendizaje reflejada en el pasado ejercicio, permitiéndole alcanzar un aprovechamiento próximo al 40% de su capacidad instalada.

Por lo que respecta a Siderúrgica Nacional, S.A., para 1988 continuará participando en el desarrollo agrícola e industrial, a través de la fabricación de tractores y componentes y agrícolas, y mediante la producción de bienes siderúrgicos. Se programa producir 2 mil 215 tractores agrícolas de mediana y pequeña potencia; 1 mil 560 motores y componentes para el tractor Ford, y 750 motores turbocargados para el tractor Deere.

Se buscará la participación de Sidena en el mercado externo, mediante la comercialización de 800 toneladas de piezas de acero colado y aceros especiales.

Se instrumentarán medidas que tiendan a concretar el cambio estructural de la empresa a nivel operativo, administrativo y financiero, a través de su asociación tecnológica con Massey Ferguson en la línea de tractores.

Automotriz y Ferroviario

Las empresas paraestatales fabricantes de equipo automotriz y ferroviario atienden con sus productos los requerimientos nacionales del Sistema Integral de Transporte.

Durante el período 1983 - 1987, el subsector automotriz y ferroviario ha dotado al país de autosuficiencia para el transporte colectivo de bienes y personas, sentando las bases para dominar la tecnología externa. Para alcanzar estos logros en 1987, se concretaron diversas asociaciones orientadas a actualizar los productos y mejorar la comercialización.

En 1987 Diesel nacional inició el cambio estructural en la rama automotriz mediante la asociación tecnológica y comercial entre Dina Camiones, Navistar y Chrysler, a través de la cual esta última, en coordinación con Dina, distribuirá y comercializará los productos, tanto en el mercado nacional como en el exterior. General Motors Co. transfirió el 100% de las acciones del capital social de Moto Diesel Mexicana a Diesel Nacional y se concluyó la venta de Dina Cummins al socio y tecnologista Cummins Engine Company.

En autobuses foráneos, Dina ha desarrollado internamente su propia tecnología y en 1988 incorporará al mercado el nuevo modelo "Avante". En motores se continuará empleando, en mayor proporción, el "Perkins Fase IV" que evitará en gran medida la contaminación ambiental y permitirá ahorrar combustible.

Para 1988 las metas de producción y comercialización se estiman en 200 autobuses integrales, 1 mil 300 camiones ligeros, 1 mil 500 camiones medianos, 453 camiones semipesados, 500 tractocamiones, 1 mil 375 motores V6/V8 y 960 medios motores.

Por su parte, Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril producirá el 85% del equipo ferroviario y el 100% de la línea Metro en el período 1983 - 1988.

Para 1988, Concarril atenderá las necesidades de los Ferrocarriles Nacionales, mediante la rehabilitación y modernización de equipo de carga, la fabricación de coches pasajero y la rehabilitación de locomotoras. Igualmente atenderá los nuevos requerimientos de unidades del metro ligero para el sistema de transporte colectivo de Guadalajara, Jalisco.

La entidad prevé para 1988 fabricar 250 unidades de carga y 124 coches pasajeros, acondicionar 500 carros campamento y rehabilitar 33 carros pasajero y 12 locomotoras; también fabricará 81 coches metro con ruedas neumáticas, 48 coches metro con ruedas de acero y 16 carros de metro ligero. Con este nivel de producción, se utilizará alrededor del 75% de la capacidad instalada.

Naval

La construcción naval mayor, iniciada a principios de la década, se ha consolidado en nuestros días como actividad prioritaria, demandante de insumos, partes, componentes y mano de obra directa e indirecta. Asimismo, ha coadyuvado a fortalecer las cadenas productivas del sector bienes de capital, como cliente de diversos productos y servicios.

En el período 1983 - 1987, el subsector naval paraestatal tuvo que enfrentar la ausencia de un esquema de financiamiento que resultase atractivo a los armadores, así como la falta de tecnología para la construcción de embarcaciones mayores. estas limitantes, se acentuaron debido a la existencia de un mercado internacional deprimido que ofertaba embarcaciones a precios de dumping. Sin embargo, mediante el apoyo de Pemex y Navimin fundamentalmente, el subsector ha ido superando el período de curva de aprendizaje, habiendo

concluido durante 1986 y 1987 las primeras embarcaciones de gran calado: un granelero de 22 mil toneladas de peso muerto (TPM) y un buque tanque petrolero de 45 mil TPM.

Para 1988, el subsector enfocará sus acciones a incrementar su capacidad utilizada, mediante la promoción de atractivos paquetes de financiamiento que permitan a los astilleros paraestatales, negociar la utilización de tecnologías extranjeras para la construcción de embarcaciones. Con ello, se cimentarán las bases para su proceso de cambio estructural y se coadyuvará a cubrir la demanda de embarcaciones de la marina mercante nacional, con calidades y precios equivalentes a los que prevalecen en el mercado internacional.

En construcción naval, se prevé lograr la consolidación de las inversiones realizadas en los astilleros. Se entregará a Pemex el segundo buque tanque de 45 mil TPM, se dará continuidad en la construcción de dos unidades de las mismas características y la construcción de ocho remolcadores (cuatro para Pemex, dos Exportadora de Sal y dos Fidenap); cuatro buques tanque de 10 mil TPM para Navimin a fin de ampliar sus servicios de transportación y apoyar de esta manera a empresas públicas que actualmente contratan parte de este servicio en el extranjero; y se pondrá a punto de navegación un buque de 22 mil TPM para la naviera paraestatal.

Se estima, por otra parte, que se efectuarán 491 reparaciones, 456 nacionales y 35 extranjeras.

Energéticos

El sector energético representa un papel estratégico en el desarrollo económico nacional, fundamentalmente por su impacto en el PIB, la recaudación fiscal, la inversión pública, el empleo y el impulso a los sectores productivos.

En los primeros cinco años de la presente administración, se ha logrado avanzar en la productividad del sector, en una mejor utilización de sus recursos, en el saneamiento de la estructura financiera, en la diversificación de fuentes alternas de generación energética, en la racionalización de subsidios y en su vinculación al desarrollo de la planta industrial. Asimismo, el sector ha contribuido a la captación de divisas, a pesar de la drástica caída en el precio del crudo; ha sido factor fundamental en la aportación fiscal, y ha buscado mayor autodeterminación tecnológica y apoyo social y regional, así como el cambio estructural que lleve a una modernización de la industria nacional.

Para 1988, este subsector plantea proseguir en la instrumentación del Programa de Ahorro y Uso Eficiente de Energía, alentando la diversificación de fuentes alternas, compatible con la disponibilidad de recursos escasos y no renovables. Asimismo, en un panorama internacional de mayor competencia, se aplicaron estrategias comerciales para diversificar geográficamente las exportaciones y asegurar mercados en un horizonte de largo plazo.

Asimismo, se proseguirá con las acciones de saneamiento de las empresas del subsector, enfatizando la productividad y rehabilitación financiera, bajo esquemas de racionalización de subsidios, precios y tarifas. El programa de inversiones dará prioridad a la conservación y mantenimiento, así como al desarrollo de la capacidad productiva. Se continuará apoyando al desarrollo regional y social, mediante la incorporación del trabajo local, el aprovechamiento de la infraestructura productiva y de servicios existentes, y la protección de la ecología en las áreas productivas donde se encuentren asentadas las instalaciones del sector.

En electrificación del medio rural, las acciones continuarán incorporando progresivamente a nuevos núcleos de población a los beneficios que conlleva la disponibilidad de energía, de manera coordinada con los estados y municipios.

Para el logro de las acciones anteriores, se propone un presupuesto para el sector energético de 22,917.5 mil millones de pesos, lo que significa un incremento real de 6.0% en relación a 1987.

Petróleo

En el período 1983 - 1987. Petróleos Mexicanos mantuvo una posición fundamental en la economía: en el último quinquenio, la entidad generó en promedio el 4% del producto interno bruto, el 48% de los ingresos de divisas de la balanza comercial, el 51% de la recaudación tributaria del gobierno federal y determinó una significativa demanda directa e indirecta de mano de obra, aparte de contribuir con más del 90% de la oferta de energía del país.

Además de suministrar energía, Petróleos Mexicanos se constituye como pivote de la industrialización y del fomento de zonas rezagadas del país. Asimismo, apoya al aparato productivo nacional a través de su demanda de bienes y servicios.

En este período las finanzas del organismo fueron presionadas por el drástico desplome del precio del crudo. En respuesta, se tomaron medidas adicionales para aumentar la eficiencia y productividad, tales como el aprovechamiento de inventarios de materiales e innovaciones tecnológicas que le permitieron no sólo financiar con recursos

propios sus inversiones, sino desendeudarse en más de 3 mil 500 millones de dólares.

En 1987, el mercado petrolero internacional inició una recuperación después del colapso sufrido en 1986. Esto permitió al subsector superar los ingresos presupuestados y alcanzar una exportación promedio de 1,336 MBD de crudo.

Para 1988, la estrategia se orienta a proseguir acciones encaminadas a sostener la autosuficiencia energéticas; apoyar los programas de protección a la planta productiva y el empleo; mejorar la balanza de pagos; mantener una estructura financiera sana; mejorar los indicadores de eficiencia, productividad y acentuar su cambio estructural. Asimismo, con el fin de mantener su participación en el mercado internacional, se reforzarán los mecanismos de coordinación con la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), y con otros países productores y consumidores de petróleo para contribuir a la estabilización y recuperación del mercado.

Asimismo, en un panorama internacional de mayor competencia de las exportaciones de petróleo, se prevé la aplicación de una estrategia de coinversión que, en un esquema de diversificación geográfica, permita consolidar, a largo plazo, las relaciones comerciales con países que son o pueden ser nuestros clientes, sin afectar el suministro interno, la captación de divisas o los compromisos internacionales.

Esa estrategia, similar a la que están ejecutando las empresas estatales de los países productores para adquirir activos en las ramas de refinación y distribución, podrá apoyar la participación y estabilidad volumétrica de las ventas a España y el ingreso de México a los mercados de la Comunidad Económica Europea.

Para consolidar relaciones comerciales a largo plazo, se procurará ampliar inversiones en el exterior que garanticen ventas de crudos pesados, sin afectar el suministro interno, la captación de divisas, ni los compromisos internacionales.

Las metas operativas previstas para el ejercicio 1988 son: producir 2,564 MBD de petróleo crudo, que permitirá satisfacer los requerimientos nacionales y la colocación de 1,300 MBD de crudo en el exterior y exportar excedentes de petrolíferos; en gas natural, producir 3,554 MMPCD, destinándose en su totalidad a la demanda interna.

La comercialización en el mercado doméstico, alcanzará en petrolíferos un volumen de 1,213.3 MBD; en petroquímicos 6,111.1 MTA y en gas natural 1,201.0 MMPCD; se intensificarán acciones para reducir el sobreconsumo de algunos productos, combinando éstos con una política de precios que reduzca y mantenga diferencias mínimos entre los precios nacionales e internacionales.

En materia de inversiones, los programas de exploración se orientan a mantener los niveles actuales de producción y sostener las reservas, por lo que se canalizarán recursos a la perforación en el Mezozoico de Campeche y a los programas de recuperación secundaria en los campos de Abkatún, Cantarell y Reynosa; se continuará con la construcción de plataformas, tendido de ductos, sistemas de recolección, separación, compresión y almacenaje.

En el programa de transformación industrial, se continuará con las acciones para aumentar la eficiencia de plantas. En refinación, se consolidará el funcionamiento de las instalaciones existentes y se terminarán las necesarias para garantizar el abasto nacional, destacando entre otras, las segundas etapas de Salina Cruz y Tula con capacidad cada una de 150 MBD. Por otra parte, se orientarán recursos de inversión, para continuar trabajos intensivos de mantenimiento de las refinerías.

En petroquímica básica, los recursos se orientarán a consolidar la eficiencia de las instalaciones actuales, dando prioridad a los productos más rentables ligados a los programas de petroquímica secundaria, a fin de articular cadenas productivas. La estrategia tiene sus bases en las dos plantas de amoniaco en Lázaro Cárdenas y Camargo; en las plantas del Complejo Petroquímico y Morelos y el Complejo Petroquímico Independencia, principalmente.

En comercialización, se continuará con el reacondicionamiento de instalaciones, y se incrementará la capacidad de almacenamiento en las agencias y terminales de venta, sobre todo en Zamora, Michoacán, en Tula, Hidalgo Progreso, Yucatán y Pajaritos, Veracruz.

Se proseguirá el incremento de la red de ductos, para reforzar la distribución de productos y apoyar las exportaciones e importaciones de productos, destacando: poliducto Monterrey - Monclova - Sabinas; poliducto Guaymas - Ciudad Obregón; poliducto Aguascalientes - Zacatecas y poliducto Rosarito - Ensenada.

Por otra parte, se continuará con el Proyecto Petrolero del Pacífico para incrementar la capacidad de proceso, conducción, almacenamiento y distribución de crudo y derivados, así como disponer de la infraestructura necesaria para exportar petróleo crudo al Oriente.

Con base en estas acciones, el gasto programable para el subsector hidrocarburos asciende a 14,459.9 mil millones de pesos.

Electricidad

En el período 1983 - 1987, este subsector observó un crecimiento promedio de la demanda anual de 5.2% haciendo necesario incrementar la capacidad instalada en un promedio de 1 mil 002 MW, 4.9%, lo que ha permitido elevar la producción anual al 5.4% para conservar una reserva confiable.

Las acciones de saneamiento financiero se cristalizaron en 1986 con la asunción del 82% de la deuda del subsector, permitiendo una mejor estructura financiera. En paralelo se tomaron medidas de productividad y eficiencia en materia de disponibilidad de las centrales termoeléctricas, la eficiencia térmica en centrales de vapor y en índice de ventas por trabajador; asimismo, se llevaron a cabo acciones para reducir y racionalizar subsidios.

Para 1988 y dentro del marco del Programa Nacional de Energéticos 1984 - 1988, las orientaciones estratégicas se manifestarán en la productividad, ahorro de energía y diversificación de fuentes alternas, las que permitirán aumentar el margen de maniobra del sector, economizar recursos para orientarlas al cambio estructural, como en el caso de la construcción de centrales de mayor capacidad de potencia y del mantenimiento mayor capitalizable, a efecto de garantizar el suministro del fluido eléctrico requerido por el aparato productivo nacional.

En torno a este esquema, la industria eléctrica producirá 101 mil 607 GWH, superior en 6.8% a la de 1987, que provendrán en 64.4% de hidrocarburos, 23.0% de hidroelectricidad, 7.8% de carboelectricidad y 4.8% de geotermoelectricidad. Esta meta de generación se alcanzará con la incorporación de 1 mil 558 MW, para que al finalizar 1988 se cuente con una capacidad total de 24 mil 962 MW instalados; esto permitirá comercializar 83 mil 22 GWH, que representa un crecimiento en la demanda del 5.0% aproximadamente, incluyendo la exportación de energía.

Del mismo modo, se incrementará la capacidad de transformación en 4 mil 26 MW, el tendido de líneas de transmisión en 2 mil 521 kilómetros y las redes de distribución en 1 mil 17 kilómetros, reflejando el crecimiento de la capacidad productiva y la mayor flexibilidad en el sistema interconectado.

Se reforzarán las acciones para abatir las deficiencias de abasto en zonas marginadas y deprimidas e incrementar la electrificación del medio rural, así como elevar los índices de productividad y eficiencia del subsector eléctrico, de conformidad con lo establecido en los diferentes programas en esta materia.

El programa de inversiones, tiene como objetivo el concluir la construcción y puesta en operación comercial de los siguientes proyectos: los geotérmicos, Los Azufres, Michoacán, y los termoeléctricos Manzanillo II, Colima y Puerto Libertad, Sonora, y la primera unidad nucleoeléctrica de Laguna Verde, Veracruz; asimismo, se continuará con la ejecución de diversos proyectos en proceso, que incrementarán la reserva en el mediano plazo.

Para lograr los objetivos citados, el subsector eléctrico precisa en 1988 un presupuesto de gasto programable por 8,457.6 mil millones de pesos.

Turismo

El sector turismo, como fuente de divisas y generador de empleos, ha realizado importantes esfuerzos encaminados a consolidar su participación en el desarrollo nacional.

Durante los últimos cinco años, las acciones del sector se han orientado básicamente a promover el uso intensivo y eficiente de la capacidad instalada; implantar una política de precios competitiva en el mercado internacional, y que satisfaga las necesidades del turismo; abrir nuevas áreas de esparcimiento y desarrollar la infraestructura y servicios necesarios; promover posibilidades de recreación a la población de escasos recursos, y alentar el desarrollo regional.

Su evolución ha sido satisfactoria al lograr importantes avances, a pesar de la declinación del turismo externo, como consecuencia de las campañas de desprestigio difundidas en el extranjero y de la imprecisa información sobre los sismos de septiembre de 1985.

Para recuperar la afluencia de turismo extranjero, fue necesario intensificar las campañas de información y promoción, así como instrumentar en coordinación con el sector privado, el Programa de Acción Inmediata de Fomento al Turismo.

La estrategia de gasto para 1988, busca promover y desarrollar las alternativas de esparcimiento que ofrecen los centros turísticos y regionales del país, para ampliar los mercados internos y externos.

Para ello, se canalizarán recursos para consolidar los centros turísticos de Cancún e Ixtapa; acelerar

el desarrollo de Loreto y los Cabos en Baja California Sur y proseguir las obras de infraestructura en Bahías de Huatulco, Oaxaca, entre las que destaca la conclusión del aeropuerto internacional y el equipamiento turístico, a fin de iniciar su operación en 1988.

Se apoyará la creación de instalaciones y servicios complementarios en centros turísticos seleccionados; se alentará y financiará la construcción de 5 mil cuartos nuevos y la remodelación de 5 mil en diferentes modalidades, promoviendo una mayor participación de la banca nacionalizada y de inversionistas nacionales o extranjeros en el financiamiento de la oferta turística.

Mediante el reforzamiento de campañas promocionales en el extranjero, se pretende incrementar el volumen de turismo receptivo a 6 millones de turistas, lo que permitirá generar ingresos por 3 mil millones de dólares y alcanzar un saldo positivo de la balanza turística por 2 mil millones.

Se buscará retener un mayor número de turistas nacionales que tradicionalmente viajan al exterior, mediante campañas intensivas de promoción, entre las que destacan: "México te da a Escoger" y "México una Aventura a tu Alcance", permitiendo que 32 millones de turistas viajen por el país, utilicen servicios de hospedaje comercial y los principales de transporte, en especial los carreteros por lo que se reforzará el auxilio vial en las carreteras.

También en materia de turismo interno, se fortalecerá la oferta de paquetes promocionales a bajo costo, propiciando el acceso al esparcimiento y recreación de la población de bajos ingresos.

El Fideicomiso para el Turismo Obrero, seguirá desempeñando amplios esfuerzos en relación directa con sindicatos, gremios, confederaciones, sociedades cooperativas e instituciones educativas y de servicios sociales.

Dentro de las acciones de redimensionamiento del sector público, se concluirá con el proceso de extinción de fideicomisos que hayan cumplido con su finalidad y/o carácter no prioritario, con el propósito de liberar estos recursos para su canalización hacia acciones sustantivas.

Para el cumplimiento de sus acciones durante 1988, el monto presupuestal del sector ascenderá a 155.8 mil millones de pesos.

Administración

En el marco de las estrategias globales del Plan Nacional de Desarrollo, las acciones del sector administración durante el período 1983 - 1987, han permitido avances sustanciales en los aspectos de modernización, simplificación, descentralización y desconcentración de la administración pública, cuyo efecto positivo se refleja en una mayor eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos.

Durante 1988, se mantendrán y consolidarán las políticas y medidas de racionalización de subsidios y transferencias, para reducir el tamaño del sector público a través de la desincorporación de entidades, la revisión de los esquemas normativos, la readecuación de las prioridades sectoriales y el estricto control y disciplina presupuestal.

Presidencia

Esta dependencia ejerce actividades en materia de asuntos jurídicos, comunicación social, coordinación de gabinetes, asesoría, atención de quejas, seguridad, organización y apoyo aéreo para las actividades del ciudadano Presidente de la República.

Para 1988, las acciones de esta dependencia se concentrarán en lo siguiente:

- Analizar y opinar sobre los proyectos de iniciativas presentadas por el Poder Legislativo, por las legislaturas de los estados y del Poder Ejecutivo Federal.

- Analizar y opinar sobre reglamentos, acuerdos y resoluciones presidenciales, así como proporcionar apoyo jurídico al ciudadano Presidente de la República.

- Informar oportunamente a la opinión pública, sobre las actividades realizadas por el ciudadano Presidente de la República, a través de los medios de comunicación.

- Coordinar los asuntos presidenciales y realizar el seguimiento de los acuerdos tomados en los gabinetes.

- Atender peticiones, quejas y sugerencias de la ciudadanía al ciudadano Presidente.

- Proporcionar transporte aéreo y apoyo logístico en los eventos en que participe el titular del Ejecutivo Federal.

Para el cumplimiento de sus acciones, esta dependencia ejercerá un presupuesto de 112.7 mil millones de pesos.

Gobernación

La política interior del Estado mexicano tiene como objetivos especiales, entre otros, preservar

la democracia y el respeto recíproco entre los poderes, garantizar los derechos de los ciudadanos, partidos y asociaciones y fomentar la participación política a través de la consulta popular, para propiciar el desarrollo armónico del sistema político mexicano; asimismo, es responsable de asegurar el ejercicio de las libertades públicas de prensa, expresión, reunión y manifestación, la seguridad nacional y paz pública, así como el control y regulación de los flujos migratorios y la política de población.

Para 1988, el sector continuará apoyando las acciones que garanticen la paz y seguridad nacional y el régimen de libertades. Se dará la atención oportuna a las políticas de comunicación social y de servicios migratorios, y se celebrarán acuerdos de colaboración con las entidades federativas y del Departamento del Distrito Federal, para coordinar la política de población en las entidades y el desarrollo del Programa Nacional de Prevención del Delito. En materia de protección civil, se establecerá coordinación con los estados para apoyar a la población en casos de desastre.

Para fortalecer la participación política, la Comisión Federal Electoral intensificará sus campañas, para informar a la ciudadanía sobre las actividades del Registro Nacional de Electores.

1988 es un año de transición política para el país. Para apoyar la renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo, en un marco de respeto a las voluntades individuales y eficiente coordinación con los gobiernos estatales, el presupuesto asignado considera el financiamiento a los partidos políticos, de acuerdo con lo previsto en el Código Federal Electoral y los gastos de operación e inversión necesarios para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. De esa manera, todas las necesidades de apoyo a los procesos electorales que considera el Código Federal Electoral, se atienden en forma transparente y ordenada para contribuir a garantizar la vigencia de nuestro régimen democrático.

En relación con las entidades coordinadas por la Secretaría de Gobernación, se continuará apoyando el fortalecimiento de la radio, televisión y cinematografía, para consolidar la presencia del Estado en las actividades.

Asimismo, se apoyarán a los subsectores prensa y noticias, para informar a la población de las actividades de interés nacional, y en materia de producción y comercialización de papel, se mejorarán los procesos para aumentar la calidad y abatir costos.

Para la ejecución de las acciones del sector gobernación se contará con un presupuesto de 294.7 mil millones de pesos.

Relaciones Exteriores

La política exterior del gobierno mexicano, tiene como propósito fundamental impulsar y defender los intereses y principios básicos nacionales, en un marco de soberanía e independencia.

Durante el período 1983 - 1987, se han reafirmado en diversos foros internacionales, los principios de no intervención y libre autodeterminación de los pueblos; se ha contribuido al desarrollo interno del país, fortaleciendo las acciones en el ámbito bilateral, multilateral y regional, mediante programas y convenios de cooperación económica, intercambio de tecnologías y comercio.

En cumplimiento de las medidas de racionalización previstas, se abatió el gasto de las representaciones en el exterior en más de un 10%, y se reestructuraron las oficinas externas de Petróleos Mexicanos, Ferrocarriles Nacionales, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y las secretarías de la Defensa Nacional, de Agricultura y Recursos Hidráulicos y de Pesca. En lo relativo a cuotas de organismos internacionales, previa evaluación de su costo - beneficio, se determinó la permanencia de nuestro país en 106 y se denunciaron 23 tratados.

Para 1988 la política exterior de México seguirá siendo un punto de confluencia y protección de intereses vitales del país. Se continuará apoyando la integración latinoamericana a través del Grupo Contadora, así como la búsqueda de una cabal y justa solución a la deuda latinoamericana, mediante la participación en el llamado Grupo de los Tres: Argentina, Brasil y México.

En el seno de los foros internacionales, se continuarán sosteniendo las tesis de libre autodeterminación de los pueblos, cooperación para el desarrollo, no intervención en asuntos internos, soluciones pacíficas a las controversias e igualdad jurídica de los estados.

Entre las acciones más importantes a desarrollarse en 1988, destaca la intensificación de las relaciones políticas, económicas, culturales y científico tecnológicas, así como el fortalecimiento de la presencia de nuestro país en los foros internacionales.

La Secretaría de Relaciones Exteriores atiende fundamentalmente las cuotas, conforme a tratados que garantizan nuestra participación en la promoción del desarme, la protección de los derechos humanos, la solución pacífica de las controversias y la cooperación internacional. Las dependencias se hacen cargo de las cuotas en organismos internacionales relacionados con su campo de

acción, a fin de dar una mayor transparencia al gasto y promover un mayor esfuerzo de racionalización.

A fin de dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, el sector contará con un presupuesto de 282 mil millones de pesos.

Procuraduría General de la República

En el marco del Programa Nacional de Procuración e Impartición de Justicia 1983 - 1988 y con apego al régimen de derecho que nos rige, la Procuraduría General de la República ha realizado acciones tendientes a lograr la reforma jurídica integral que permita satisfacer las demandas de justicia de la sociedad mexicana.

Para ello, se han realizado modificaciones en materia penal y de amparo a nuestro máximo ordenamiento jurídico, simplificando diversos procedimientos penales y civiles, y fortaleciendo la seguridad pública y administración de justicia en las entidades federativas. Destacan las reformas legales incorporadas a la Ley de Amparo y a los códigos Civil, Penal, de Comercio y Federal de Procedimientos Penales.

Durante el período 1983 - 1987, se ha enfatizado la elevación de las remuneraciones y calidad profesional de quienes intervienen en la procuración de justicia, mediante adecuados sistemas de incorporación, capacitación y permanencia, con el apoyo de las tareas encomendadas al Instituto Nacional de Ciencias Penales y la simplificación de procedimientos administrativos.

Asimismo, en ese período se cumplieron convenios de colaboración recíproca con las entidades federativas, que permitieron duplicar el número de agencias del Ministerio Público Federal, para atender a todas las ciudades medias consideradas en el programa sectorial, y se crearon otros organismos de similar rango pero de carácter itinerante, así como 18 delegaciones de circuito para desconcentrar decisiones y procedimientos.

Destaca, entre las políticas y acciones del período, la contribución de la Procuraduría General de la República, a la prevención y combate de los problemas relacionados con el narcotráfico y la farmacodependencia, mediante la Campaña Permanente contra el Narcotráfico.

Para 1988, se continuará la modernización del sistema de procuración e impartición de justicia, al revisar exhaustivamente el orden jurídico y proponer las reformas pertinentes, además de ampliar la cobertura geográfica del servicio del Ministerio Público Federal, a través del Ministerio Público Itinerante, abarcando cerca de 200 poblaciones.

Entre las acciones más importantes a desarrollar en 1988, destaca el fortalecimiento de las acciones de la Campaña contra el Narcotráfico y la Farmacodependencia, en sus fases preventiva y correctiva y la intensificación de las orientadas al mejoramiento de los sistemas de formación, capacitación e investigación en el área de procuración de justicia.

Para el cumplimiento de sus acciones durante 1988, el monto presupuestal del sector ascenderá a 106.0 miles de millones de pesos.

Defensa Nacional

La Secretaría de la Defensa Nacional, realiza acciones dirigidas a proteger la integridad territorial, la independencia y la soberanía nacional y los recursos e instalaciones estratégicas del país.

Asimismo, en coordinación con las autoridades civiles, participa en tareas de alto contenido social, tales como la atención de la población en caso de desastre, apoyo a campañas de reforestación, fitosanitarias y de alfabetización; en este contexto, destaca su contribución en el combate al narcotráfico y a la producción de enervantes.

En el lapso 1983 - 1987, se realizaron acciones de modernización que incluyeron la adquisición de 67 aviones, 12 helicópteros, un simulador de vuelos y 120 vehículos blindados; también se instalaron 27 estaciones meteorológicas, se construyeron 12 cuarteles y una base de reparaciones mayores de aeronaves, y se adquirió la tecnología y la maquinaria para fabricar la pistola de nueve milímetros; asimismo, egresaron 9 mil 935 elementos de diversas escuelas y centros educativos militares.

Para 1988, continuará el apoyo a la elevación del nivel profesional de todos sus elementos, se promoverá la plena utilización de la capacidad de la industria militar, a fin de reducir la dependencia del exterior en ingenios militares, equipos y municiones, y se proseguirá la Campaña contra el Narcotráfico.

Su programa de inversiones está orientado principalmente a la modernización de su equipo, abasto militar e instalaciones, y a contar con los elementos que coadyuven al reforzamiento de la seguridad nacional. Destaca la remodelación de zonas militares, hospitales, instalaciones meteorológicas y escuelas de enseñanza militar superior, así como la adquisición de vehículos terrestres y aéreos para transporte militar y de refacciones mayores para el mantenimiento de la flota aérea militar.

Para el logro de las acciones anteriores, se propone un presupuesto para 1988 de 1,820.6 mil millones de pesos.

Marina

La Secretaría de Marina tiene como principal responsabilidad, garantizar la independencia y soberanía del país, mediante la vigilancia de las costas, mares e islas nacionales, así como la realización de acciones complementarias que coadyuven al desarrollo económico y social del país.

En el lapso 1983 - 1987, se impulsó la modernización del equipo naval, mediante la adquisición de 10 aviones Aviocar, seis helicópteros, así como la rehabilitación de 21 buques patrulla tipo "Azteca" y la construcción de cuatro guardacostas clase "Águila"; asimismo, se apoyó a la industria naval nacional a través de la construcción y reparación de unidades de superficie y aeronavales en astilleros y centros de reparación naval. Asimismo, egresaron 5 mil 610 elementos de las escuelas y centros educativos navales.

Para 1988, la Secretaría de Marina prevé la vigilancia de 220 mil millones de millas náuticas cuadradas en el mar territorial y zona económica exclusiva, y 14.1 millones de kilómetros cuadrados en la faja costera nacional, así como el desarrollo de la industria naval militar y la investigación oceanográfica.

Se desarrollarán acciones orientadas a la prevención y control de la contaminación marina, causada por derrames de hidrocarburos y otras sustancias.

El programa de inversiones para 1988, apoyará la terminación del edificio sede de la dependencia en el Distrito Federal, la construcción de instalaciones en la zona naval de San Blas, Nayarit, la continuación de la base naval de Manzanillo, Colima, la de Lázaro Cárdenas, Michoacán, el centro de capacitación de Antón Lizardo, Veracruz, y el desarrollo del Plan Logístico de Vivienda.

Asimismo, se construirán dos buques logísticos, se terminarán cuatro guardacostas clase "Águila" y se rehabilitarán 21 buques patrulla clase "Azteca".

El logro de las acciones anteriores, requiere de un presupuesto de 592.6 mil millones de pesos.

Hacienda y Crédito Público

El marco rector de las acciones de este sector, lo constituye la política de financiamiento del desarrollo consignada en el Plan Nacional de Desarrollo 1983 - 1988, y los programas financieros del sector público.

En este contexto, se ha apoyado y avanzado en el reordenamiento de la economía y el saneamiento de las finanzas públicas, consolidando el sistema financiero nacional, reorientando las relaciones con el exterior, perfeccionando los sistemas de fiscalización existentes, aplicando políticas de precios y tarifas realistas, y racionalizando los subsidios e incentivos.

La política de financiamiento del desarrollo para 1988, se orientará fundamentalmente a avanzar en el fortalecimiento del ahorro interno, el sistema financiero mexicano, así como las relaciones económicas con el exterior.

Se continuarán adecuando los sistemas de fiscalización, a fin de hacerlos más eficientes y equitativos; se ampliará la presencia fiscal del Estado; se profundizará la reestructuración y saneamiento financiero de las empresas del sector paraestatal, mediante las políticas de precios y tarifas y de productividad; se buscará modernizar los instrumentos de captación de mediano y largo plazo, y se establecerá una política de tasas de interés congruente y acorde a la realidad económica.

Se promoverán adecuaciones a los actuales esquemas de administración tributaria concertadas con estados y municipios, a fin de mejorar sustancialmente sus finanzas e impulsar más eficientemente el desarrollo regional, y se pondrá especial énfasis en la racionalización y descentralización del sistema bancario nacional.

A fin de cubrir los requerimientos de divisas de la economía, la política de crédito se orientará hacia la utilización eficiente y racional de financiamiento externo, lo que permitirá impulsar y mejorar la capacidad de desarrollo del país.

A través de la banca de fomento, se continuará canalizando recursos crediticios hacia los sectores privado y social, a nivel nacional y regional en forma racional y selectiva, para fortalecer el aparato productivo y distributivo en las ramas agropecuaria, pesquera, desarrollo urbano, obras públicas e industriales, principalmente.

Se dará prioridad al apoyo crediticio a ramas prioritarias y a la articulación de cadenas productivas; fomento de ramas modernas que asocien y promuevan la investigación tecnológica a las necesidades de modernización nacional, e impulsen la capacitación y productividad de los cuadros técnicos que requieren el proceso de cambio tecnológico.

A fin de apoyar y consolidar la política de reactivación económica y de cambio estructural, se fortalecerán los esquemas de estímulos fiscales.

Se perfeccionarán los mecanismos que alienten las exportaciones no petroleras mediante programas de apoyo financiero y fiscal, poniéndose especial atención en acciones e instrumentos que coadyuven a mejorar sustancialmente la competitividad de los productos y servicios en el exterior.

Se avanzará en la modernización de la administración aduanera, de tal forma que responda a las exigencias de un mercado externo dinámico y cambiante, en el contexto de la política de apertura comercial de nuestro país.

A fin de estar en condiciones de instrumentar esta estrategia, para 1988 se propone un presupuesto que asciende a $1,287.3 mil millones.

Contraloría General de la Federación

La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en apego a sus atribuciones, durante 1983 - 1987 ha dirigido sus acciones hacia la consolidación del Sistema Nacional de Control y Evaluación, vigilando el cumplimiento de los criterios de racionalidad, eficiencia y honestidad en el manejo de recursos y patrimonios de la nación por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

En este sentido, en el período 1983 - 1987 ha logrado: la integración del Sistema de Control y Evaluación Gubernamental, que se orienta hacia la vigilancia de los recursos públicos; un avance importante en la información financiera de las auditorías; el fortalecimiento de la fiscalización del gasto público; una permanente vigilancia de la legalidad y transparencia de los concursos y contratos de obra pública y adquisiciones, para garantizar que en todo momento se obtengan las mejores condiciones para el Estado; importantes avances en materia de simplificación administrativa, que han permitido la eliminación de procedimientos y trámites innecesarios.

Para 1988, en este contexto y en apoyo al cumplimiento de los criterios de disciplina presupuestal y de elevación de la productividad, la Contraloría encaminará sus acciones hacia una mayor coordinación y eficiencia de los instrumentos de control y evaluación del quehacer gubernamental, relativos a la auditoria externa e interna y a la supervisión del ejercicio del gasto público.

Se incrementará la fiscalización de concursos y contratos de obra pública y del desarrollo físico - financiero de las obras federales, evitando desviaciones en cuanto a costo, tiempo y calidad. En el ámbito regional, se proseguirá manteniendo una estrecha coordinación con las entidades federativas para instrumentar las normas y procedimientos de vigilancia del ejercicio del gasto público federal, y asegurar su aplicación en programas prioritarios para el desarrollo regional y nacional.

Para el logro de estas acciones se propone para 1988 un presupuesto de 43.1 mil millones de pesos.

Programación y Presupuesto

En su carácter de dependencia normativa y de apoyo global, la Secretaría de Programación y Presupuesto orienta su actuación al fortalecimiento y coordinación de la planeación del desarrollo.

Durante el período 1983 - 1987, se obtuvieron importantes logros en la consolidación del Sistema Nacional de Planeación Democrática, a través de la formulación y actualización del Plan Nacional de Desarrollo y sus programas derivados. Se intensificó la instrumentación y ejecución de programas regionales CUD y programas de empleo; en materia de información estadística y geográfica, se avanzó en la cobertura nacional cartográfica y se editaron documentos referentes a las estadísticas económicas.

Asimismo, se ordenaron las prioridades sectoriales y regionales, se procedió a un cambio integral en el otorgamiento de transferencias y subsidios, se consolidó el saneamiento de las finanzas públicas, y se avanzó en la desincorporación ordenada de las entidades paraestatales.

La política de gasto para 1988 permitirá dar continuidad a la instrumentación de la política económica destacando el perfeccionamiento de los sistemas de programación, presupuestación, control y evaluación del gasto público federal. Se mantendrá una estricta disciplina y vigilancia presupuestal, a fin de lograr la orientación y racionalidad en el gasto público, sin detrimento de los proyectos prioritarios en ejecución. Se continuará con la reestructuración del sector paraestatal, a través de la desincorporación de organismos y empresas no prioritarias para el desarrollo nacional, y la elevación de la calidad y eficiencia productiva.

Se proseguirá con la descentralización de la vida nacional, con apego a los convenios únicos de desarrollo y de los programas regionales de empleos, como parte de un proceso más amplio, en

el cual se incluya la educación superior, la actividad económica industrial y de servicios, el comercio y las finanzas.

Por otra parte, en las acciones de consolidación de la infraestructura de los servicios nacionales de información, estadística y geográfica, destacan las tareas relativas a la publicación del XI Censo General de Población y Vivienda y del VII Censo Agrícola, Ganadero y Ejidal.

Se mantendrá el apoyo al desarrollo tecnológico y científico del país, a través del fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología (SINCYT) y la promoción de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, que apoyen esfuerzos en líneas de investigación prioritarias.

Se continuarán otorgando becas para estudios de postgrado nacionales, con el objeto de incrementar el número y la calidad de científicos y tecnólogos, y sólo se darán becas para estudiar en el extranjero cuando los postgrados no se ofrezcan en el país.

Para el cumplimiento de sus atribuciones y actividades institucionales, para 1988 se propone un presupuesto de 319.2 mil millones de pesos.

ESTRATEGIAS ESPECÍFICAS

Inversión Pública

La escasez de recursos, la reordenación económica y el cambio estructural en el sector público, han exigido romper inercias y concentrar los recursos en áreas estratégicas y prioritarias, lo que ha traído como consecuencia que sea la inversión pública, por su naturaleza, el renglón de mayor impacto en el ajuste al gasto.

Entre 1983 y 1986, la inversión física presupuestal ha caído en términos reales como proporción del producto interno bruto, esta caída ha significado pasar de 7.7% en 1982 a 9.3% en 1986, y se estima cerrará en 4.5% en 1987.

En 1987 y de acuerdo a las líneas generales del Programa de Aliento y Crecimiento 1987 - 1988, se estableció como objetivo el crecimiento moderado de la economía. Por ello se planteó por primera vez en el sexenio, que la inversión pública creciera en términos reales, aprovechando la entrada de recursos del exterior.

Para 1988, de acuerdo a las disposiciones financieras, el Ejecutivo Federal ha determinado concentrar los esfuerzos para concluir las tareas emprendidas en los últimos cinco años de esta administración. Consecuentemente, la inversión pública prevista en el presupuesto de 1988, está orientada fundamentalmente a la conservación y mantenimiento de la infraestructura básica y la planta productiva, así como a la terminación de los proyectos y obras prioritarios con un alto grado de avance, y que reporten los mayores beneficios económicos y sociales a la población.

En este sentido, se dará prioridad a la conclusión de proyectos y obras en proceso con un alto grado de avance físico; que incrementen la oferta de bienes y servicios básicos; que tengan un importante efecto multiplicador en los sectores social y privado; que hagan un uso intensivo de la mano de obra, y que contribuyan al esfuerzo de descentralización de la actividad económica e impulsen el desarrollo regional; así, el proyecto de la inversión pública presupuestal para 1988 asciende a 22,414.5 mil millones de pesos. Este monto equivale al 5.5% del PIB y supone un crecimiento del 13.0% en términos reales de la inversión pública presupuestal.

El ejercicio de la inversión en obra pública, se realizará con base en un programa de terminación de obras, el cual incluye un esquema de simplificación de trámites y facilidades a los ejecutores de las obras públicas, tanto en la autorización y adjudicación como en la ejecución y pago. También, se operará por las secretarías de la Contraloría General de la Federación y de Programación y Presupuesto un sistema de seguimiento, fiscalización y evaluación para verificar los avances, detectar oportunamente posibles desviaciones y evitar irregularidades.

En la distribución de la inversión pública a nivel sectorial, destaca la conclusión de las obras de desarrollo social que incrementan la infraestructura hospitalaria y los espacios educativos; las de desarrollo rural y comercio y abasto que incrementan el apoyo a la producción de alimentos y la oferta de productos básicos, así como las industriales y energéticos.

A continuación se presenta un resumen de los principales proyectos y obras prioritarias, a nivel de sector.

Desarrollo Regional y Urbano

Dentro de los programas de desarrollo regional, se continuarán impulsando los proyectos productivos y de infraestructura básica en regiones prioritarias. Se continuarán las obras de construcción de escuelas primarias y secundarias, clínicas, centros de abasto popular, caminos rurales, carreteras estatales, infraestructura hidráulica, así como obras urbanas y de preservación del medio ambiente.

En la zona metropolitana de la ciudad de México, se proseguirá con la ampliación de los sistemas de transporte, agua, drenaje profundo y con los programas de empleo. En particular, se construirá la obra civil del metro ligero de Zaragoza a Los Reyes, y se concluirán las líneas siete y nueve del Sistema Colectivo Metro, con lo que se espera alcanzar una movilización de 6.5 millones de personas diarias.

Dentro del programa de drenaje profundo y de tratamiento de aguas negras, se concluirá la construcción del colector semiprofundo Canal Nacional - Chalco. Se terminará también la segunda etapa de construcción del acueducto perimetral del tramo del Cerro del Judío.

En materia ecológica, se continuará con la instalación de sistemas de control de la contaminación del aire y del agua, y de tratamiento de desechos industriales y urbanos de las zonas más problemáticas.

Dentro de los programas de vivienda, se proseguirá con la ejecución del programa de reconstrucción del conjunto habitacional de Tlaltelolco y el programa emergente de vivienda fase II; asimismo, se continuará impulsando el programa de vivienda para reducir el déficit del país mediante el financiamiento otorgado a través del Fondo Nacional de Habitaciones Populares.

Desarrollo Social

En el subsector salud y seguridad social, la Secretaría de Salud dará prioridad a la terminación del nuevo Hospital Juárez en la ciudad de México, que beneficiará a 870 mil personas con la incorporación de 400 nuevas camas.

Se concluirán también 21 hospitales generales y 128 centros de salud en diversas ciudades de la República, entre los que destacan los hospitales generales de Cuernavaca, Morelos; Puebla, Puebla; Culiacán, Sinaloa; Jojutla, Morelos; Tapachula, Chiapas; Tehuacán, Puebla; Mazatlán, Sinaloa y Ensenada, Baja California, con los que se beneficiará a más de 5 millones de habitantes con la incorporación de cerca de 2 mil camas.

El IMSS terminará la construcción de los cuatro hospitales del Centro Médico Nacional Siglo XXI en la ciudad de México, con los cuales se beneficiará a una población de más de 3 millones de habitantes, al renovarse 716 camas y desconcentrarse los servicios por especialidades en zonas estratégicas de la ciudad. También se terminará la construcción de cinco centros médicos regionales, un hospital de tercer nivel y cinco hospitales generales de zona en el Distrito Federal y en el estado de México.

El ISSSTE terminará la construcción de cuatro unidades médicas de segundo nivel, con las cuales se beneficiarán 116 mil derechohabientes de los servicios médicos especializados. En materia de vivienda, el Fovissste terminará la construcción de 5 mil 148 viviendas en beneficio de 6 mil 520 familias, en 31 módulos sociales en diversas entidades federativas.

En el sector educación, se concluirán 8 mil 427 obras para la construcción y equipamiento de 26 mil 521 espacios educativos, de los cuales 12 mil 136 corresponden a educación preescolar, 7 mil 125 a educación secundaria, 3 mil 455 a educación media superior, universitaria, tecnológica y terminal, 1 mil 701 a educación superior universitaria y tecnológica, 631 a educación normal y 1 mil 403 a educación extraescolar, así como 70 obras especiales para los centros de investigación.

Asimismo, se continuarán los programas de mantenimiento preventivo y correctivo, con la realización de 1 mil 875 obras para reparación de escuelas, y 242 para el reforzamiento de 387 edificios escolares ubicados en zonas con alta sismicidad. Se instalarán 414 bibliotecas y se terminará entre otras obras, la Ciudad de la Investigación en Humanidades.

Desarrollo Rural

En el programa de desarrollo de áreas de temporal, se concluirá el proyecto de San Fernando, Tamaulipas, que incorporará al cultivo 400 mil hectáreas y beneficiará aproximadamente a 50 mil productores. Asimismo, se continuarán los proyectos Proderith, Plan Chiapas.

En el programa de desarrollo de áreas de riego, se terminará la construcción de diversas presas de almacenamiento, entre las que destacan: Trojes, Colima; Santiago Bayacora, Durango; Chilatán, Michoacán; Trigomil y La Pólvora, Jalisco; Ocoroni, Sinaloa; Peña Colorada, Puebla; Jesús María, Guanajuato; Los Carros y Cayehuacan, Morelos y las Agujas, Huiscolco y Mal Paso, Zacatecas. Se continuarán impulsando los proyectos de Elota - Piaxtla y de los ríos Sinaloa y San Lorenzo II en Sinaloa.

En el programa de protección de obras productivas y cauces federales, se concluirá la construcción de la presa Cerro de Oro en Oaxaca, la cual protegerá contra inundaciones a más de 200 mil hectáreas y a varias poblaciones de la cuenca baja del Río Papaloapan. También se terminará la construcción de la sobreelevación de la presa Adolfo Ruiz Cortines, para proteger contra inundaciones a 25 mil hectáreas aproximadamente en el valle de Río Mayo.

Comunicaciones y Transportes

Las actividades del sector se orientará principalmente a la conclusión de proyectos y obras en proceso, a fin de cumplir con los objetivos de modernización de la infraestructura de comunicaciones del país, a través de la construcción de carreteras, vías férreas, puertos y aeropistas.

En el subsector carretero, se dará prioridad a la terminación de los tramos Chihuahua - Hidalgo del Parral, Colima - Manzanillo, México - Toluca, Querétaro - Irapuato, Puebla - Esperanza, Guaymas - Nogales y el Puente de Tampico.

En lo referente al subsector ferroviario, se terminarán 14 kilómetros de obra civil del proyecto vía doble México - Querétaro, y 43 kilómetros de vía doble Los Reyes - Paso del Macho, pretendiendo con ello solucionar el problema de comunicación entre la costa del golfo y la ciudad de México; este avance representa un total de 138 kilómetros del proyecto México - Veracruz. Asimismo, se terminará el tramo correspondiente a Guadalajara - Monterrey.

En lo referente a los proyectos marítimos, se ampliará la capacidad del principal puerto comercial del Pacífico, al concluirse las obras de Manzanillo - Colima; reconstrucción y mecanización de obras para carga y descarga de granos para el abasto de la zona centro en Lázaro Cárdenas, Michoacán; reconstrucción y protección de obras de defensa de Puerto Madero en Chiapas.

En el subsector aéreo, destaca la conclusión de las obras en los aeropuertos de Huatulco, Oaxaca; Cancún, Quintana Roo; Colima, Colima; Tepic, Nayarit; León, Guanajuato; la construcción de talleres para la conservación de aeronaves en la ciudad de México, con lo cual se impulsará el desarrollo regional y turístico.

Industrial

En este sector se seguirán impulsando los programas de cambio estructural y los proyectos estratégicos en sus diferentes ramas.

En la rama siderúrgica, sobresale el impulso y mayor ritmo de Sicartsa II en su etapa preoperativa, a fin de arrancar su operación a mediados de 1988 y los programas de modernización y cambio tecnológico de AHMSA, así como la terminación de la planta NKS en Lázaro Cárdenas, Michoacán.

En fertilizantes, se proseguirá con la construcción de las plantas de urea en Ciudad Camargo, Chihuahua y Lázaro Cárdenas, Michoacán, el complejo de soluciones nitrogenadas en Coatzacoalcos, Veracruz y fertilizantes fosforados en Lázaro Cárdenas, Michoacán.

En el subsector azúcar, se concluirán los proyectos de rehabilitación y optimización de la planta productiva en los ingenios de El Potrero, El Higo, San Gabriel, S.A. y La Gloria en Veracruz; la Compañía de Azúcar de Los Mochis, Sinaloa; La Purísima en Jalisco; Lázaro Cárdenas y Pedernales en Michoacán y la Compañía Industrial Azucarera, S.A. Asimismo, se continuará la modernización de los sistemas de operación en los ingenios de Plan de Ayala, Plan de San Luis y Ponciano Arriaga en San Luis Potosí; Adolfo López Mateos en Oaxaca y Tala en Jalisco.

Energéticos

En el programa de producción petrolera, se concluirá la perforación de 116 pozos de desarrollo en diversas zonas, incorporándose 79 equipos de perforación a los ya existentes. Se seguirán impulsando los proyectos de la sonda de Campeche y el Mezozoico de Chiapas y Tabasco, y se continuará con la construcción de plataformas complementarias de Cantarell y de inyección de agua para la recuperación secundaria de Abkatun.

Dentro del programa de transformación industrial, se terminará la construcción de la segunda etapa de la refinería de Salina Cruz, Oaxaca, que forma parte del proyecto petrolero del Pacífico; la segunda etapa periférica de Tula; el complejo petroquímico Morelos; y las plantas de procesamiento de gas, entre otras obras.

En el programa de comercialización, se remodelarán y modernizarán las terminales de Salina Cruz, Pajaritos, Ciudad Madero, Mazatlán, Lázaro Cárdenas y Manzanillo, y se ampliarán las terminales de Culiacán, Navojoa, Ciudad Obregón, Villahermosa, Querétaro, San Luis Potosí y Mexicali. Asimismo, se concluirá la red nacional de ductos y se proseguirán las obras portuarias en Pajaritos, Salina Cruz, Manzanillo y Ciudad Madero, a fin de mantener en operación las instalaciones para el movimiento de productos por vía marítima.

En el subsector eléctrico, se concluirá la primera unidad del proyecto de Laguna Verde, y se continuarán las obras de la segunda unidad. Se terminará la construcción de la segunda unidad de la geotermoeléctrica Los Azufres en Michoacán, y de cuatro unidades de la geotermoeléctrica Los Humeros de Veracruz. Asimismo, se terminará la construcción de dos unidades de la termoeléctrica Manzanillo II en Colima, y las unidades tercera y cuarta de la termoeléctrica Puerto Libertad en Sonora.

Se incrementará la capacidad de transformación del sistema interconectado nacional y la red nacional del sistema de líneas de distribución, mediante la terminación de diversas obras.

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Adquisiciones

Como en los años anteriores, las adquisiciones de bienes muebles que realiza el sector público tienen especial relevancia en la reactivación económica del país, al dirigir su poder de compra hacia el logro de los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, especialmente al apoyo que se brinda al Programa de la Defensa de la Planta Productiva y del Empleo, propiciando con ello la inversión en el desarrollo de nuestra industria y estimulando, por otro lado, la oferta de bienes y servicios socialmente necesarios.

Para asegurar el logro de estos propósitos, se continuarán aplicando disposiciones relativas a la adquisición de bienes, dando preferencia a los de procedencia nacional y regional; así como a aquéllos cuyos insumos, materiales, equipos, sistemas y servicios tengan incorporada tecnología nacional.

En este sentido, se han logrado importantes avances en materia de sustitución de importaciones, a través de las Comisiones Consultivas Mixtas de Abastecimiento, con la participación directa tanto del sector público, como de los sectores productivos del país; de tal forma que, mediante la oportuna planeación y programación de las adquisiciones, es factible que las dependencias y entidades determinen sus necesidades y que los proveedores definan los bienes o líneas de bienes susceptibles de sustituirse, garantizando en todos los casos la competitividad en precios, calidad y oportunidad.

Se destaca que la adopción y ejecución de los programas generados, no sólo ha favorecido la sustitución de importaciones, sino que dentro del área de exportaciones, ha habido una mejora sustancial al presentar productos con alta calidad de acuerdo a los estándares solicitados por los órganos gubernamentales.

Cabe señalar que uno de los principales elementos orientadores para los programas de producción de los proveedores, lo constituye el Programa Anual de Adquisiciones que elabora el gobierno federal, ya que les permite dirigir sus esfuerzos de manera racional y acorde a los programas prioritarios del gobierno, con base en la política de racionalización en el ejercicio del gasto. Asimismo, lo anterior se refleja en el abastecimiento oportuno de bienes y servicios y consecuentemente en el fortalecimiento de la infraestructura económica.

Asimismo, y derivado de la situación económica actual, es necesario que se continué con la política de sujetar las adquisiciones de bienes y servicios a criterios de racionalidad, austeridad y disciplina. Con el propósito de lograr las mejores condiciones para el Estado, en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, las adquisiciones de todo tipo de bienes y servicios se realizarán a través de licitación pública, o en su caso, a través de los procedimientos que prevén los ordenamientos legales correspondientes.

Con lo anterior, se garantiza la libre concurrencia de quien así lo desee, incrementándose la cantidad de proveedores participantes, para que las dependencias y entidades cuenten con un mayor número de alternativas de selección en beneficio del Estado.

Por otra parte, mediante el poder de compra del sector público y dentro de las acciones que se han establecido en áreas prioritarias y de bienes cuya producción es deficitaria, o no existe fabricación en el país, se puede mencionar la implementación de adquisiciones consolidadas con cuyo mecanismo se han obtenido grandes resultados, ya que además de asegurar el abasto del sector público de bienes tradicionalmente desabastecidos, propicia la sustitución de importaciones, el ahorro de divisas y la reactivación de la planta productiva.

En materia de simplificación administrativa, se han logrado avances significativos con el propósito de reducir trámites e instancias innecesarias y agilizar el proceso de abastecimiento, para lo cual se han tomado diversas medidas tendientes a eliminar requisitos y autorizaciones previas en los procedimientos de adjudicación.

Asimismo, se sigue promoviendo la descentralización de las adquisiciones, a fin de que los trámites se ejecuten y resuelvan en los mismos lugares en que se originan. Asimismo, se están delegando facultades hacia los servidores públicos subalternos, para garantizar una mayor oportunidad y flexibilidad en la toma de decisiones.

Es importante destacar que se ha remitido a esa honorable Cámara, la iniciativa de reformas y adiciones a las leyes de Obras Públicas; Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con bienes muebles; General de Bienes Nacionales y General de Deuda Pública para adecuar dichos ordenamientos, en función de las disposiciones establecidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, conservando siempre el espíritu del artículo 134 constitucional. Cabe indicar que dentro de las adecuaciones se considera, acorde a la legislación aplicable a las entidades, el principio básico de autonomía de gestión, con lo que se verán reforzados sus órganos de gobierno y en consecuencia, se coadyuvará a la corresponsabilidad en el manejo del gasto.

Asimismo, se presentan en dicha iniciativa, otras modificaciones orientadas a reforzar el proceso de simplificación administrativa y a solucionar diversos aspectos de la aplicación diaria de las leyes que son objeto de reformas.

Transferencias

El Plan Nacional de Desarrollo estableció, dentro de las acciones para reorientar la política económica, una reevaluación de los criterios bajo los cuales se otorgarían subsidios a los distintos agentes económicos: para las empresas públicas, están sujetos a criterios de racionalidad y eficiencia; para otras actividades en beneficio de la comunidad, se replantearían bajo esquemas de selectividad, racionalidad y transparencia; para bienes y servicios comerciales, serían condicionados y explícitos. En general, se buscaba reestructurar el sistema de subsidios con un propósito claro de redistribución de ingresos, eliminando paulatinamente el alto costo del sistema de subsidios implícitos que predominaba en la economía nacional, ya que ello produce distorsiones económicas y sociales poco favorables.

Esta política está estrechamente vinculada con los programas de cambio estructural, en especial en lo referente al redimensionamiento del sector público, al saneamiento financiero y a la reestructuración de las empresas públicas y a la apertura de la economía mexicana al mercado internacional.

El esfuerzo que se ha realizado para elevar la productividad y eficiencia, tanto en el sector público como en el privado y social, ha resultado en una reducción del peso relativo de los subsidios y transferencias dentro de la economía. Así, las transferencias y subsidios en el presupuesto del gobierno federal absorben todavía una elevada proporción del gasto, aunque el esfuerzo realizado en estos cinco años ha permitido reducirlo de 8.3% del PIB en 1982 a 5.8% en 1987.

El mayor ajuste se ha realizado en las transferencias otorgadas a las entidades públicas en presupuesto, como resultado de la aplicación de una política de precios y tarifas más flexible y realista enmarcando en un programa integral de saneamiento financiero y de compromisos de productividad y eficiencia. También contribuyó de manera significativa el cambio estructural en Conasupo, al fortalecer su papel regulador en el abastecimiento de granos y productos básicos se deja que la industria concurra directamente al mercado para abastecerse de sus materias primas; y se concentran los subsidios directamente en los básicos de consumo generalizado. Por su parte, las transferencias a entidades fuera de presupuesto bajaron 1.5 puntos porcentuales del producto entre 1982 y 1987.

Para 1988 se plantea continuar con la política de disminución selectiva de las transferencias y subsidios, aplicando criterios de selectividad, temporalidad, transparencia y condicionando su otorgamiento a la promoción de las actividades estratégicas y prioritarias de acuerdo a los compromisos de cambio estructural.

El proyecto de presupuesto para transferencias asciende a 22,273.5 mil millones de pesos, que representa un incremento nominal de 111.1% respecto a la estimación de cierre de 1987 y que significa una disminución real de 1.3%. En términos del producto interno bruto, representa el 5.5%, o sea que baja en 0.3 puntos porcentuales respecto a 1987.

En la estructura de las transferencias destacan las destinadas a las entidades en presupuesto, que se incrementan en 118.6% respecto al cierre estimado de 1987, o sea que sube en términos reales 2.2%, debido a las mayores transferencias a las entidades con compromisos de cambio estructural. Por este motivo, se aumentan sustancialmente los apoyos a Fertimex y a las empresas siderúrgicas, para sufragar los montos de inversión y el costo de la curva de aprendizaje de las plantas que inician operaciones; a Ferronales para la rehabilitación de vías férreas comprometidas dentro de su programa de modernización, y a CFE para financiar el 10% de su programa de inversión, tal y como está estipulado en el convenio de rehabilitación financiera firmado en septiembre de 1986, entre otros. También destacan los apoyos para el gasto de pasivo e intereses, especialmente a Conasupo y a la CFE.

Las transferencias que se canalizarán a las entidades no controladas ascienden a 12,932.8 mil millones de pesos, que representa un crecimiento de 100.0% respecto al cierre estimado de 1987. Este crecimiento refleja una baja de 6.5% en términos reales. Esta reducción afecta principalmente a las entidades fuera de los sectores de educación y salud, los cuales registrarán incrementos en términos reales.

En la distribución por sectores económicos sobresale la proporción destinada al desarrollo social, que absorberá el 28.8% del total; al sector educativo 23.3% y el 5.5% restante a salud y laboral. En relación al cierre estimado para 1987, éstos representan un incremento de 6.2 puntos porcentuales, o sea un aumento de 169.4% nominal y de 25.9% en términos reales. Este importante avance se explica por el apoyo a las entidades del modelo de educación superior para su gasto en

sueldos y salarios y para la operación de los hospitales y centros de salud.

El sector industrial incrementará su participación del 11.7% a 14.9%, debido principalmente a los apoyos a la modernización y cambio tecnológico en Fertimex y en las empresas siderúrgicas.

En contraste, disminuye la participación de los sectores comunicaciones y transportes, desarrollo rural, y regional y urbano, como resultado de un mayor fortalecimiento a la capacidad de generación de ingresos de las entidades de estos sectores, principalmente en los casos de servicios postal, telégrafos, ASA, Caminos y Puentes, DDF, Ruta - 100 y Metro, entre otros.

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Descentralización y reconstrucción

Para alcanzar los objetivos nacionales de redistribución del ingreso y del mejoramiento del bienestar de la población, desde su inicio, estableció como prioridad la descentralización de la vida nacional. Las acciones emprendidas para avanzar hacia ella adquirieron mayor urgencia después de los sismos de 1985, por lo que desde entonces se han identificado de manera especial los recursos y programas de descentralización y reconstrucción.

Descentralización administrativa

Dentro de las principales actividades realizadas durante el presente régimen, resaltan las dirigidas a convertir a los estados y municipios en los orientadores de su propio desarrollo; a reafirmar las bases para revertir la tendencia concentradora de la zona metropolitana de la ciudad de México; a ampliar el desarrollo cultural de las regiones, y a proseguir el reordenamiento de las funciones y atribuciones de la administración pública federal.

En este esquema, la descentralización administrativa está permitiendo obtener mayores resultados en un menor plazo, impulsando la transferencia de áreas operativas y de servicios a los gobiernos de los estados, reformando y ampliando facultades a las representaciones estatales y mediante la reubicación del personal y de entidades y unidades administrativas en el interior del país.

Así la Secretaría de Salud consolidó en 1987 la tranferencia de los servicios a población abierta en las 12 entidades federativas donde ese proceso se había iniciado a partir de 1985 y se firmó el acuerdo con otro estado más. Para 1988 el sector llevará a cabo la descentralización de los servicios de salud en dos entidades federativas adicionales.

La Secretaría de Educación Pública, por su parte, durante 1987 concluyó la descentralización de los servicios de educación básica normal en las 31 entidades y se instalaron los 31 Consejos Estatales de Educación Pública. Para 1988 el propósito de la secretaría será fortalecer el proceso de descentralización en coordinación con los gobiernos locales.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha descentralizado, hasta esta fecha, la Junta Local de Caminos a 14 estados, quedando bajo responsabilidad de los propios gobiernos. En 1988 se continuará trabajando para llevar a cabo esa acción en los 17 estados restantes.

Asimismo, para fortalecer el desarrollo de las economías regionales, hasta 1987 se han transferido 36 empresas paraestatales y fideicomisos a 23 gobiernos estatales; en 1988 se realizará la transferencia de tres paraestatales más: Impulsora Minera Industrial a Baja California; Minerales no Metálicos a Guerrero, y Productos Químicos Vegetales a Oaxaca.

Para fortalecer la toma de decisiones de las dependencias federales al interior de los estados, las secretarías de Agricultura y Recursos Hidráulicos, Reforma Agraria, Pesca, Energía, Minas e Industria Paraestatal, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo Urbano y Ecología, Turismo, Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Programación y Presupuesto, Comercio y Fomento Industrial, así como la Procuraduría General de la República, han mantenido en forma permanente la revisión de las facultades y atribuciones de sus representaciones estatales, con el objeto de prestar con mayor eficiencia los servicios públicos que demandan la sociedad, mejorando de ese modo la calidad y oportunidades de respuesta de las instituciones.

De la misma manera, para complementar las funciones conferidas a los centros regionales de decisión creados en 1985 y 1986 en los estados de Jalisco y Nuevo León, las secretarías de Gobernación, Turismo, Comercio y Fomento Industrial y de Relaciones Exteriores establecieron coordinaciones con responsabilidades de carácter regional. Conforme a sus programas de descentralización, en 1988 continuarán revisándose las atribuciones a desconcentrar, con el propósito de seguir ampliando las funciones y facultades otorgadas a las delegaciones de los estados, así como de las de índole regional.

En el traslado y reubicación de empleados federales y de organismos públicos, la descentralización muestra importantes avances en los distintos sectores. La Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos ha concluido el traslado fuera de la zona metropolitana de la ciudad de México de las siguientes entidades paraestatales: la Comisión de Zonas Áridas, el Centro Nacional de Investigaciones Agrarias, la Forestal Vicente Guerrero, Nutrientes Mexicanos y el Fideicomiso para Obras de Infraestructura Rural. Para 1988 habrá que culminar el traslado de Alimentos Balanceados de México, del Fondo Ganadero, de la Productora Nacional de Semillas y de la Comisión Nacional de Fruticultura, cuyo proceso se encuentra adelantado; así como del Fideicomiso del Riesgo Compartido, del Fideicomiso de la Palma, el Instituto Nacional de Capacitación del Sector Agropecuario, Servicios Ejidales, S.A. y Tabacos Mexicanos, que en todos los casos está iniciándose su reubicación.

La Secretaría de Pesca concluirá en 1988 la desconcentración de sus direcciones generales de Acuacultura y de Infraestructura Pesquera, así como de la Contraloría Interna de los estados de Hidalgo, Baja California, Yucatán y Sinaloa. De igual modo, habrá de finalizar el cambio del Instituto Nacional de la Pesca a sus 13 centros regionales de investigación y terminar la construcción de los tres centros de coordinación de investigaciones pesqueras del litoral del Pacífico, del Golfo y del Caribe.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes consolidó la reubicación de Caminos y Puentes Federales de Ingresos en los estados de Morelos, Querétaro y Tlaxcala; la empresa de Turboreactores, así como el Centro de Adiestramiento de Aviación Civil, se trasladaron a los estados de Querétaro y México, respectivamente. Para 1988 se concluirá la desconcentración de Servicio de Dragado y de la Dirección de Proyectos de Carreteras.

La Secretaría de Marina, en 1988 continuará con su programa de reubicación de las áreas de Investigaciones Oceanográficas y de Contaminación Marina en Manzanillo; del área de Talleres Generales en Tampico; de Construcción Naval e Ingeniería de Planta en Salina Cruz y de las Jefaturas de Operaciones Navales en siete estados.

Por su parte, la Secretaría de Programación y Presupuesto tiene avances considerables en la desconcentración de Instituto Nacional de Estadística,

Geografía e Informática (INEGI) en el estado de Aguascalientes y en sus 10 unidades regionales. Los proyectos de construcción de vivienda para sus trabajadores, así como de las instalaciones de INEGI, se concluirán en 1988, trasladándose un total de 3 mil trabajadores a esa entidad.

La Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal continúa con el establecimiento del Centro Minero Nacional en la ciudad de Pachuca; en 1988 habrá de concluir el traslado de la Comisión de Fomento Minero, del Fideicomiso de Minerales no Metálicos, del Consejo de Recursos Minerales y de la Dirección General de Minas. Asimismo, se concluirá la transferencia de las empresas Impulsora Minera Industrial, de Minerales no Metálicos y de Productos Químicos Vegetales a los gobiernos de los estados de Baja California, Guerrero y Oaxaca, respectivamente.

En cuanto al traslado de empleados hacia el interior de la República, se tiene un avance de más del 50%. La meta fijada es lograr la reubicación de 70 mil trabajadores al finalizar 1988, lo cual se obtendrá en forma paralela a la conclusión de los programas de transferencia de entidades federales a los estados.

De conformidad con las estrategias y compromisos señalados por el gobierno federal, durante 1988 se proseguirá con el proceso de descentralización de la vida nacional que es, como se ha expresado, necesidad política y necesidad económica y social.

El traslado de empresas paraestatales y fideicomisos estará orientado a fortalecer las estructuras sociales y productivas, propiciando con ello, un efecto positivo en las políticas de desarrollo de las entidades en donde sean asentadas, fundamentalmente hacia aquellas regiones que cuenten con programas y proyectos prioritarios, con objeto de sentar las bases de nuevos centros de desarrollo.

En el marco del programa de descentralización se incluirán acciones para consolidar los polos de desarrollo de Altamira, Salina Cruz - Istmo de Tehuantepec y de Sanfandila, Querétaro, para que cuenten con bases firmes que les permitan absorber, en el mediano plazo, flujos importantes de actividades industriales y de servicios.

Reconstrucción

El Programa de Reconstrucción instrumentado para reponer la infraestructura dañada por los sismos de septiembre de 1985, también ha planteado el reto de distribuir mejor los recursos entre las distintas regiones y abrir nuevas vías con el fin de reordenar los servicios.

En lo que se refiere al Fideicomiso Fondo Nacional de Reconstrucción, al término de 1987 ha sido dispuesta la totalidad de sus recursos, asignados a rehabilitar y reordenar los servicios de atención a la educación y a la salud, así como la reconstrucción de viviendas.

Por otro lado, el Ramo XXXI "Reconstrucción" del Presupuesto de Egresos de la Federación, destinó 102 mil millones de pesos al mismo fin.

En servicios educativos entre 1985 y 1987, el Departamento del Distrito Federal reconstruyó y rehabilitó 1 mil 650 escuelas, y el CAPFCE rehabilitó, construyó y reforzó 423 planteles. Asimismo, los inmuebles dañados del Instituto Politécnico Nacional se rehabilitaron totalmente.

Es importante señalar que dentro del presupuesto del sector educativo, para 1988 se canalizan recursos para terminar el reforzamiento de las estructuras de diversos planteles.

En el sector salud, la reconstrucción ha pretendido no sólo recuperar lo perdido sino, además, reordenar los servicios e incrementar su capacidad, a fin de disminuir rezagos, acercar los servicios a los usuarios y racionalizar los sistemas para mejorar la atención a un importante grupo de población.

La Secretaría de Salud entre 1985 y 1987, rehabilitó las unidades dañadas y construyó seis nuevos hospitales de 144 camas cada uno. En el Hospital Juárez se continuarán en 1988 las obras de reposición, con recursos aportados por la Lotería Nacional. Por su parte. el IMSS proseguirá con los trabajos para la reconstrucción del Centro México "Siglo XXI", que finalizará en 1988.

Por su parte, el ISSSTE finalizó en 1987 la reconstrucción y reforzamiento de las estructuras de las clínicas - hospital dañadas, sobresaliendo los hospitales generales Gonzalo Castañeda y 1o. de Octubre. En 1988 terminará la construcción e iniciará la operación de un nuevo hospital de 144 camas en el oriente de la ciudad de México. Por su parte, el Departamento del Distrito Federal realiza obras de ampliación, remodelación y equipamiento de ocho hospitales que se construyen en 1987. En vivienda, se terminó la construcción de 48 mil 800 viviendas en 1987 por parte de la entidad Renovación Habitacional Popular, que finalizó sus funciones. Para 1988 el programa denominado Fase II (predios no expropiados),

atenderá 7 mil 636 acciones de vivienda para beneficiar a igual número de familias, y el Programa de Reconstrucción Nonoalco Tlatelolco, concluirá la reparación de los 32 edificios, con 4 mil 488 departamentos.

Servicio civil

La administración del personal al servicio del Estado se ha enfocado a elevar el nivel de bienestar socio - económico, especialmente de los trabajadores con menores ingresos, y al desarrollo profesional de los servidores públicos, induciendo de esta manera el incremento en la eficiencia y productividad en las actividades propias del gobierno federal.

De esta forma, política salarial del gobierno federal que ha sido concentrada con la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado por conducto de la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil, ha tenido como propósito fundamental la protección del salario de los trabajadores y el mejoramiento de las presentaciones económicas y de seguridad social, de acuerdo a la capacidad económica del gobierno federal.

Las acciones más relevantes de la política salarial de 1987 se enfocaron a los siguientes aspectos:

- Incrementar las remuneraciones del personal federal en los meses de enero, abril, julio y octubre, en forma porcentual decreciente conforme al nivel de percepciones y responsabilidades de cada puesto; con esto se logró abatir parcialmente el rezago salarial del tabulador general del gobierno federal.

En todos los casos se tomó como base el porcentaje de aumentos otorgados en cada período al salario mínimo general, beneficiando con ello fundamentalmente al personal con menores ingresos.

- Rezonificar diversos municipios ubicados en zonas turísticas, petroleras, fronterizas e industriales.

- Incrementar los haberes del personal de las Fuerzas Armadas, haciendo más compatible el nivel de los sueldos con las funciones y responsabilidades.

- Mantener la homologación funcional y salarial de las ramas médica, paramédica y afines del sector salud, habiéndose profundizado en las acciones de capacitación, a fin de incrementar los niveles de productividad y eficiencia en los servicios que se presentan a la población.

- Avanzar en la retabulación de los puestos del personal docente y del sector salud, a fin de contar con una estructura salarial congruente con las características específicas del sector, así como el mejoramiento del esquema de prestaciones.

- Instrumentar la primera fase del esquema de educación básica para el personal docente de educación preescolar, primaria, secundaria y grupos afines, con lo cual se establecen las bases para la profesionalización y superación académica de los maestros y se apoya el mejoramiento del nivel de preparación escolar del alumno.

- Incrementar en 100% la prima quinquenal y en 300% la despensa.

- Actualizar las sumas aseguradas de los seguros colectivos de vida y de retiro en 213%.

Por otra parte, se han promovido, auspiciado y fomentado las acciones de capacitación del personal en los diferentes niveles educativos, así como las becas para especialización y postgrado, en el marco del Programa Nacional de Capacitación y Productividad, con el propósito de posibilitar el desarrollo profesional y laboral de los trabajadores y, consecuentemente, elevar la calidad de los servicios e incrementar la productividad.

Adicionalmente a lo anterior, como parte de las medidas de austeridad y racionalización del gasto público, se ha continuado el proceso de optimizar la utilización de plazas a fin de absorber las nuevas necesidades de los sectores prioritarios de salud, educación, procuración e impartición de justicia y seguridad nacional.

Para el ejercicio fiscal de 1988, al igual que en años anteriores, el Ejecutivo Federal, conjuntamente con la representación de los Trabajadores al Servicio del Estado y la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil, definirá un paquete salarial que permita conservar el poder adquisitivo de los trabajadores y avanzar en la conformación de una estructura salarial congruente, justa y equitativa. Asimismo, es propósito fundamental la instrumentación de medidas que permitan continuar fortaleciendo el esquema de prestaciones económicas y de seguridad social.

En materia de sueldos de los servidores públicos superiores y de mandos medios, se seguirá la política instrumentada en 1987 de otorgar aumentos en porcentajes similares y al mismo tiempo en que se modifique el salario mínimo burocrático, a efecto de mantener una política salarial equitativa.

Por último, con el propósito de mejorar la calidad y productividad a cargo del gobierno federal y de coadyuvar a la superación integral de los trabajadores, se continuarán promoviendo y fomentando las acciones de capacitación y desarrollo de personal.

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Reestructuración de la administración pública federal

Las acciones en materia de reestructuración administrativa del sector público, emprendidas por el Ejecutivo Federal desde el inicio del régimen, han tenido por objeto impulsar la modernización a nivel global, sectorial e institucional, a fin de que la infraestructura administrativa apoye la consecución de los objetivos, estrategias y políticas del Plan Nacional de Desarrollo, dentro de un marco de racionalidad, simplificación, productividad y disciplina financiera.

En estricto apego a estos propósitos se han realizado esfuerzos para redimensionar el tamaño de la administración pública en sus ámbitos central y paraestatal, con el doble propósito de: reforzar las áreas prioritarias y estratégicas y reestructurar las áreas administrativas mediante la realización de acciones que permitan hacerlas más eficientes y productivas. Todo ello en el marco de la política del cambio estructural.

En este contexto, la tarea de compactación de las estructuras orgánicas básicas de la administración pública central ha permitido en 1987, mantener el esfuerzo de racionalización llevado a cabo desde 1983, el cual se ha traducido en una reducción de 153 unidades organizacionales a nivel de Subsecretaría, Oficialía Mayor, Coordinación General y Dirección General con relación a las existentes en 1982, lo que presenta un 23% de decremento.

Cabe puntualizar que el proceso de redimensionamiento de la administración pública central tiende a que las estructuras organizacionales sean congruentes con los aspectos operativos y funcionales, posibilitando de esta forma la transparencia administrativa y el fortalecimiento de las acciones gubernamentales.

Dentro de las acciones de reestructuración administrativa del gobierno federal, cabe destacar el proceso de desincorporación de entidades paraestatales no estratégicas ni prioritarias, de conformidad con la Constitución Política y los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo.

Este proceso tiene como objetivo fundamental fortalecer el carácter rector del Estado en el desarrollo nacional, en el marco de nuestra ley fundamental.

Asimismo, cabe señalar que se inscribe en el marco de la política de cambio estructural, la cual está orientada a incrementar la productividad, eficiencia y competitividad del aparato productivo estatal.

En este contexto, se han realizado acciones encaminadas a: liquidar o extinguir entidades que ya cumplieron con sus objetivos o que carecen de viabilidad económica; vender empresas no estratégicas ni prioritarias cuya operación puede efectuarse en los sectores social o privado; fusionar aquéllas en las que se puede mejorar el uso de los recursos mediante la integración de los procesos productivos, comerciales y administrativos; y, por último, transferir a gobiernos estatales, empresas públicas que inciden en el desarrollo regional.

Con base en estos criterios, el gobierno de la República inició desde diciembre de 1982, acciones de redimensionamiento del sector paraestatal, el cual contaba a esa fecha con 1 mil 155 entidades. Desde entonces 716 entidades fueron objeto de desincorporación: 163 fueron vendidas, 344 liquidadas o suprimidas, 93 fusionadas y 46 transferidas a los gobiernos estatales. Adicionalmente, de acuerdo a la Ley Federal de Entidades Paraestatales promulgada en mayo de 1986, se excluyeron 35 empresas minoritarias y 35 fideicomisos de mandato, los cuales dejaron de considerarse como entidades paraestatales. Cabe señalar que a lo largo del sexenio, únicamente se han creado 63 entidades de servicios; es así que a la conclusión de los procesos antes mencionados, se contará con 502 entidades paraestatales.

Es necesario precisar que el proceso de desincorporación de entidades es gradual y dinámico, por lo que durante 1988 se seguirán revisando las entidades vigentes, bajo los criterios antes apuntados. Sin embargo, es conveniente reiterar que el Estado no se desprenderá de las empresas estratégicas que señala el artículo 28 constitucional, ni de aquéllas que tengan fines de servicio público social, cuya creación y funcionamiento derivan de ley o decreto del Congreso de la Unión o del Ejecutivo Federal. Asimismo, se continuará fortaleciendo la presencia estatal en aquellas entidades consideradas como prioritarias.

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

Poderes

El fortalecimiento de la autonomía y el respeto mutuo entre los Poderes de la Unión, son elementos de un equilibrio indispensable en un régimen democrático para garantizar el legítimo ejercicio de las facultades que la Constitución y las leyes les confieren. Ello coadyuva al logro de los objetivos que la propia Constitución le fija y a la consolidación del gobierno de la República.

Las acciones llevadas a cabo por la honorable Cámara de Diputados y por el Senador de la República, se ha orientado al perfeccionamiento del marco jurídico y político, que fortalece al estado de derecho y mantiene vigente la libertad individual y colectiva, en condiciones de igualdad y justicia.

Para mantener la continuidad de sus actividades, el Poder Legislativo, en ejercicio de su autonomía, envió para su incorporación al Presupuesto de Egresos de la Federación, un presupuesto que asciende a 106.5 miles de millones de pesos y que, comparado con el del ejercicio anterior, significa un crecimiento de 137.2%.

El Poder Judicial, frente a una sociedad en permanente transformación tiene como función sustancial preservar la libertad y la paz social, mediante la aplicación del orden jurídico emanado de la Constitución.

Las reformas y adecuaciones al texto de la Constitución y a otros ordenamientos legales, durante el período 1985 - 1987, constituyen un avance sustancial en la revisión, actualización y perfeccionamiento de los mecanismos y sistemas de administración de justicia para reafirmar el orden constitucional que da vigencia y salvaguarda las garantías individuales y sociales.

Con el propósito de continuar en las tareas de modernización de la administración de justicia, el presupuesto enviado por el Poder Judicial, en ejercicio de su autonomía, asciende a 192.8 mil millones de pesos; comparado con el cierre del año anterior se incrementa en 125.5%.

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Sector central

Para 1988 el proyecto de presupuesto de la administración pública central asciende a 45, 474.2 mil millones de pesos, con un crecimiento nominal de 116.0%. De este monto el 51.0% corresponde al gasto directo y el 49.0% a las transferencias a entidades públicas.

Este gasto permitirá llevar a cabo las acciones para apoyar el mantenimiento y mejoramiento de los servicios básicos en materia de educación, salud y seguridad social y vivienda. Especial énfasis se continuará otorgando a la descentralización de la vida nacional mediante el fomento de obras de infraestructura urbana, vivienda y servicios básicos en ciudades medias.

Se restringirán las erogaciones por concepto de materiales, suministros y servicios generales y se evitarán nuevas contrataciones salvo en los sectores de educación, salud y seguridad nacional. De esta forma se pretende liberar recursos para apoyar el programa de inversión pública, que se orientará al mantenimiento y conservación de la infraestructura básica y social, así como a la conclusión de los proyectos prioritarios que inciden en la generación de empleos y aumentan la infraestructura económica y social.

En cuanto a su estructura económica, el gasto corriente de las dependencias y poderes, excluyendo transferencias, crecerá en 115.9% debido fundamentalmente al aumento en el renglón de servicios personales, en especial para el magisterio

nacional; en contraste, los renglones de servicios generales, materiales y suministros y erogaciones extraordinarias crecen en sólo 44.4%.

La inversión física directa crece 141.1% en términos nominales, o sea 12.7% en términos reales. La mayor parte será canalizada al mantenimiento y terminación de obras en proceso de los sectores de comunicaciones y transportes, agricultura y recursos hidráulicos y desarrollo regional.

Las transferencias totales al sector público paraestatal crecerá en 111.1%, lo que significa una reducción de 1.3% en términos reales.

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Sector paraestatal

El sector paraestatal contribuye de manera fundamental al logro de los objetivos económicos y sociales y al ejercicio de la rectoría de Estado dentro del marco constitucional de la economía mixta.

Con objeto de fortalecer este papel, la actual administración puso en marcha un programa de cambio estructural y modernización que, aunque sea un proceso gradual, empezó a dar resultados en estos últimos años del régimen.

A las empresas en presupuesto, se les exigió compromisos de productividad y racionalización de recursos y se les apoyó en sus programas de cambio estructural y renovación tecnológica, eliminando líneas de producción obsoletas, no rentables o no estratégicas o prioritarias.

Como efecto de esta política, se redimensionó el sector en presupuesto: se eliminó una entidad al consolidar sus actividades en otra empresa; se cerró otra por obsoleta, y se fusionaron cuatro para racionalizar operaciones.

Con ello, se ha reducido el peso relativo del subsidio a la operación de estas empresas, a la vez que se hizo transparente y condicionado a metas de productividad y de operación.

Por el lado de la producción, se han reordenado los procesos de fabricación, incorporando tecnologías modernas, que han permitido a las empresas competir en el mercado internacional. En este sentido destaca el esfuerzo realizado en las empresas siderúrgicas, Dina, Sidena y Fertimex.

Para 1988, el sector paraestatal en presupuesto continuará avanzando en sus distintos programas de cambio estructural y saneamiento financiero. En especial, se consolidará el proceso en Dina y Fertimex, firmando convenios de rehabilitación y asunción de pasivos con el gobierno federal; así como en Azúcar, S.A., que continuará con las medidas de desincorporación y cambio estructural.

El proyecto de presupuesto de gasto programable para el sector paraestatal asciende a 54.1 billones de pesos, lo que significa un incremento en términos nominales de 127.9% y de 6.5% en términos reales. Por segundo año consecutivo, el

mayor crecimiento se registrará en el renglón de inversión física, que en 1988 ascenderá a 14.1 billones de pesos, un aumento sobre el cierre estimado para 1987 de 22.8% en términos reales, por su parte, el gasto de operación también crecerá en términos reales 2.7% debido al incremento programado en los niveles de producción.

Las empresas de mayor crecimiento en términos de gasto son Sicartsa, Forestal Vicente Guerrero, ASA y la CFE.

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Resultado presupuestal

Para 1988 el sector público presupuestal plantea un superávit primario de 5.3% del PIB como resultado de mantener el gasto programable en 22.0% del PIB, y elevar los ingresos a 29.8%, así como las participaciones a los estados y municipios y las Adefas a 3.5% del PIB. Este esfuerzo de las finanzas públicas permitirá continuar apoyando la recuperación moderada de la economía con estabilidad financiera.

Para el gobierno federal significará un superávit primario de 13.7 billones de pesos, que representa un incremento de 100.8% respecto al de 1987 y aporta el 63.9% del superávit total del sector presupuestal. El superávit primario del gobierno federal es resultado de un crecimiento de 114.7% en los ingresos, de 116.1% en el gasto programable, de 133.0% en las participaciones y otros y de 145.4% en los pagos en trámite.

En el caso de los organismos y empresas del sector paraestatal en presupuesto, el superávit primario de operación será de 13.2 billones de pesos, que representa un aumento de 201.8% respecto al esperado de 1987. Este superávit permite financiar un programa de inversiones y otros gastos de capital que crecen en 156.1%, esto es, casi 20.0% en términos reales. Lo anterior significa que el ahorro generado por la operación de las entidades alcanza a financiar el 91.5% del gasto de capital para mantener e incrementar la capacidad productiva del sector paraestatal.

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PROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA DEUDA PÚBLICA

En los cinco años de esta administración se ha realizado, como se ha afirmado en todo este documento, un esfuerzo extraordinario en materia de saneamiento de las finanzas públicas; se ha reducido el gasto como proporción del producto interno bruto y se han aumentado los ingresos, lo que se ha traducido en un superávit primario año con año, comparado con una situación deficitaria al principio del régimen. No obstante, el impacto de la inflación en los intereses ha hecho que la carga del servicio de la deuda repunte en los últimos dos años.

Así, el Proyecto de Presupuesto de la Deuda Pública para el año de 1988 asciende a un total de 133,815.7 millones de pesos. lo que significa un incremento en términos nominales de 129.9% sobre el cierre estimado para 1987. Del total presupuestado, el 63.8% corresponde al pago de intereses, el 35.0% a la amortización del capital y el 1.2% restante a los adeudos de ejercicios fiscales anteriores.

La deuda interna y externa del gobierno federal generará pagos por 117.043.3 mil millones de pesos, lo que representa un incremento de 134.2% sobre 1987. Los intereses ascenderán a 77,221.2 mil millones de pesos y las amortizaciones a 38,221.1 mil millones de pesos, con lo que los incrementos respecto a 1987 serán de 131.2 y 140.8% respectivamente. Por su parte, las Adefas alcanzarán un total de 1,600 mil millones de pesos, 125.5% más que este año.

El servicio de la deuda de los organismos y empresas en presupuesto sumará 16,772.4 mil millones de pesos, que comparado con 1987 significa un incremento del 104.0%. Los intereses a pagar ascenderán a 8.123.1 mil millones y el pago de capital a 8,649.3 mil millones, lo que arrojan tasas de incremento de 103.9 y 104.2% respectivamente. Cabe señalar que el menor ritmo de incremento del sector paraestatal en comparación con el gobierno federal refleja los esfuerzos de saneamiento financiero llevados a cabo por las empresas paraestatales, así como por la asunción de sus pasivos que ha efectuado el gobierno federal.

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En resumen el Proyecto de Presupuestos de Egresos de la Federación para el año de 1988 que someto a esta honorable Cámara de Diputados, confirma la política que mi gobierno ha mantenido durante cinco años para ir sentando las bases para un desarrollo sostenido y más justo.

En el año entrante se continuará con la estrategia de concentrar esfuerzos para que, con eficiencia y eficacia, la acción del sector público apoye la recuperación moderada de la economía nacional y eleve el nivel de bienestar de la población, como objetivo fundamental de este gobierno.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración más distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, noviembre 13 de 1987.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.»

«DECRETO APROBATORIO

INICIATIVA DE DECRETO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA 1988

CAPITULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1o. El ejercicio y control del gasto público federal y de las erogaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1988, se sujetarán a las disposiciones de este decreto y las aplicables a la materia.

Artículo 2o. las erogaciones previstas en el Presupuesto de Egresos para la Presidencia de la República, las dependencias del Ejecutivo Federal y los ramos de aportaciones a seguridad social, erogaciones no sectorizables y reconstrucción y descentralización para el año de 1988, importan la cantidad de $43.745,334.300,000.00 (cuarenta y

tres billones setecientos cuarenta y cinco mil trescientos treinta y cuatro millones trescientos mil pesos, moneda nacional) y se distribuyen de la siguiente manera:

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Artículo 3o. Las erogaciones previstas en el Presupuesto de Egresos para Desarrollo Regional y Participaciones a estados y municipios para el año de 1988 importan la cantidad de $14.275,894.000,000.00 (catorce billones doscientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro millones de pesos. moneda nacional) y se distribuyen de la siguiente manera:

00026 Desarrollo Regional $ 2.125,000.000,000.00

00028 Participaciones a estados y municipios. 12.150,894.000,000.00

Artículo 4o. El presupuesto de Egresos del Poder Legislativo para el año 1988 importan la cantidad de: $71.799,400,000.00 (setenta y un mil setecientos noventa y nueve millones cuatrocientos mil pesos, moneda nacional.)

Artículo 5o. El presupuesto de Egresos del Poder Judicial para el año de 2988 importa la cantidad de: $131.383,800,000.00 (ciento treinta y un mil trescientos ochenta y tres millones ochocientos mil pesos, moneda nacional).

Artículo 6o. Las erogaciones previstas para el año de 1988 correspondientes a las entidades paraestatales , cuyos programas están incluidos en este presupuesto, se distribuyen de la siguiente manera:

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Artículo 7o. El gasto asignado a la deuda pública del gobierno federal para el año de 1988 importa la cantidad de: $117.043,324.100,000.00 (ciento diecisiete billones cuarenta y tres mil trescientos veinticuatro millones cien mil pesos, moneda nacional) y se distribuyen de la siguiente manera:

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Artículo 8o. Las previsiones del ramo XXXI se orientarán a los programas y proyectos de reconstrucción y descentralización que llevarán a cabo las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Para su autorización, los programas y proyectos de reconstrucción y descentralización deberán estar suficientemente evaluados, integrados y especificados.

Las erogaciones que se realicen con cargo a los recursos de este ramo se someterán a los controles presupuestales correspondientes. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, informará trimestralmente a la Cámara de Diputados del manejo que se haga de los mismos y al rendir la cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 1988.

Artículo 9o. Los titulares de las dependencias así como los órganos de gobierno y los directores o sus equivalentes de las entidades de la administración pública federal, en el ejercicio de sus presupuestos aprobados, serán responsables de que se ejecuten con oportunidad y eficiencia las acciones previstas en sus respectivos programas, a fin de coadyuvar a la adecuada consecución de los objetivos y prioridades fijados en el Plan Nacional de Desarrollo, en los programas sectoriales de mediano plazo y demás programas formulados con base en la Ley de Planeación.

La Secretaría de Programación y Presupuesto verificará periódicamente los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades, en relación con los objetivos y prioridades del plan, de los programas de desarrollo, del Programa de Aliento y Crecimiento y de los proyectos de cambio estructural a fin de que se adopten las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas. Igual obligación y para los mismos fines, tendrán las dependencias de la administración pública federal, respecto de las entidades paraestatales agrupadas en el sector que coordinan.

Artículo 10. Se faculta al Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 1988, otras entidades paraestatales, además de las señaladas en el artículo 6o. de este decreto.

Artículo 11. En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades comprendidas en el presupuesto de Egresos de la Federación para 1988, se sujetarán estrictamente a los calendarios de gasto que les apruebe la Secretaría de Programación y Presupuesto y las demás entidades paraestatales se sujetarán a los que aprueben sus respectivos órganos de gobierno, con base en los lineamientos generales que emita la propia secretaría.

Las ministraciones de fondos a las dependencias serán autorizadas por la Secretaría de Programación y Presupuestos, de acuerdo con los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Salvo lo previsto en los artículos 15 y 39, no se autorizarán adecuaciones a los calendarios de gasto que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recursos así como ampliaciones liquidas a los presupuestos; en consecuencia las dependencias y entidades deberán observar un cuidadoso registro y control de su ejercicio presupuestal, sujetándose a los compromisos reales de pago.

Artículo 12. Para que las dependencias y entidades puedan ejercer créditos externos destinados a financiar proyectos o programas específicos, será necesario que la totalidad de los recursos a ejercer, se encuentren incluidos en sus respectivos presupuestos autorizados y se cuente con la aprobación previa y expresa de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

En los créditos externos que contraten las entidades paraestatales se deberá establecer la responsabilidad de éstas para que cubran el servicio de la deuda que los créditos generen.

Cuando la contratación de estos créditos, tratándose de fideicomisos públicos, pueda redundar en incrementos de los patrimonios fideicomitidos, se requerirá de la autorización previa de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Artículo 13. La Secretaría de Programación y Presupuesto podrá reservarse la autorización para ministrar fondos a las dependencias y en su caso solicitar a los coordinadores de sector la revocación de las autorizaciones que hayan otorgado a sus entidades coordinados, en los siguientes casos:

I. Cuando no envíen la información que les sea requerida en relación con el ejercicio de sus programas y presupuestos con base en lo dispuesto por el artículo 42 de este decreto;

II. Cuando el análisis del ejercicio de sus presupuestos resulte que no cumplen con las metas de los programas aprobados;

III. Cuando en el desarrollo de los programas se capten desviaciones que entorpezcan la ejecución de éstos y constituyan distracciones en los recursos asignados a los mismos;

IV. En el caso de subsidios, el incumplimiento de la cuenta comprobada motivará, en su caso, la inmediata suspensión de las subsecuentes ministraciones de fondos que por el mismo concepto se hubieren autorizado, así como el reintegro de los que se haya suministrado;

V. Cuando en el manejo de sus disponibilidades financieras no cumplan con los lineamientos que emitan las secretarías de Programación y Presupuestos y de Hacienda y Crédito Público;

VI. Cuando se hayan celebrado convenios de asunción de pasivos en los términos del artículo 32 del presente decreto y no se cumplan con las obligaciones pactadas o los compromisos establecidos en los programas de saneamiento financiero respectivos;

VII. Cuando no se cumplan los compromisos de déficit o superávit establecidos en los convenios que se hubieran celebrado en los términos del artículo 32 del presente decreto, y

VIII. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto se dicten.

Artículo 14. La Secretaría de Programación y Presupuesto en el ejercicio del presupuesto vigilará que no se adquieran compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en contravención a los dispuesto en este artículo.

Será causa de responsabilidad de los titulares de las dependencias, así como de los órganos de gobierno y directores o sus equivalentes de las entidades de la administración pública federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, contraer compromisos fuera de las limitaciones de los presupuestos aprobados para las mismas; acordar erogaciones que no permitan la atención de los servicios públicos y el cumplimiento de sus metas durante el ejercicio presupuestal; así como del titular de la Secretaría de Programación y Presupuesto, autorizar dichos compromisos, salvo en lo previsto en el artículo siguiente.

Las partidas a que se refiere el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 constitucional, sólo serán las comprometidas en el concepto 8100 del ramo XXIII del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 15. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, autorizará erogaciones adicionales para aplicarlas a programas y proyectos prioritarios y estratégicos del gobierno federal, con cargo a:

I. Excedentes que resulten de los ingresos ordinarios a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación, con excepción de los incisos uno, dos, tres y cuatro de su fracción II "aportaciones y abonos retenidos a los trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", "cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores", "cuotas para el Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado a cargo de los citados trabajadores" y "cuotas para el Instituto de Seguridad Social para las fuerzas armadas mexicanas a cargo de los militares".

De estos ingresos se asignarán igualmente los recursos necesarios para el sostenimiento del Instituto de Estudios Legislativos, en monto que no exceda del 5% del gasto corriente presupuestado para el Poder Legislativo, los que serán ejercidos por conducto de la Cámara de Diputados.

II. Excedentes relativos a ingresos ordinarios presupuestarios de las entidades paraestatales a que se refiere este decreto;

III. Remanentes que tengan las entidades paraestatales, entre sus ingresos y gastos netos, que se consignen como erogaciones recuperables dentro de sus presupuestos, y

IV. Ingresos que obtenga el gobierno federal como consecuencia de la liquidación o extinción de las entidades paraestatales que se determine o del retiro de la participación estatal en aquéllas que no sean estratégicas o prioritarias, o de la enajenación de otros bienes o inmuebles que no le sean útiles o no cumplan con los fines para los que fueron creados o adquiridos, así como de los provenientes de la recuperación de seguros.

Asimismo, se podrán autorizar erogaciones adicionales con cargo a los ingresos extraordinarios que obtenga el gobierno federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, los que se destinarán a los programas y proyectos específicos para los que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo Federal al presentar a la Cámara de Diputados la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 1988, dará cuenta de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición y hará el análisis de su aplicación.

Artículo 16. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, efectuará las reducciones a los montos de los presupuestos aprobados a las dependencias y entidades, cuando se presenten contingencias que repercutan en una disminución de los ingresos presupuestados.

Para efectos del párrafo anterior, deberán tomarse en cuenta las circunstancias económicas y sociales que priven en el país, los alcances de los conceptos de gastos y, en su caso, la naturaleza y características particulares de operación de las entidades de que se trate, escuchando la opinión de los órganos de gobierno de las propias entidades.

Los ajustes y reducciones que efectúe el Ejecutivo Federal en observancia de lo anterior , deberán realizarse en forma selectiva, procurando que no se afecten programas estratégicos ni prioritarios, optando preferentemente, en los casos de programas de inversión. por aquellos de menor productividad e impacto social y económico.

Del ejercicio de esta facultad, el Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados al rendir los informes trimestrales a que se refiere el artículo 43 de este decreto y al prestar la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

Artículo 17. Todas las entidades que se recauden por cualesquiera de las dependencias federales, no podrán destinarse a fines específicos y deberán ser concentradas en la Tesorería de la Federación, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto, en función de las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.

Artículo 18. Los importes no devengados en el pago de servicios personales, así como las diferencias en cambios, quedarán definitivamente como economías del Presupuesto y en ningún caso se podrá hacer uso de ellos.

Artículo 19. La administración, control y ejercicio de los ramos de erogaciones no sectorizables, aportaciones a seguridad social, desarrollo regional y reconstrucción y descentralización a que se refiere el presente decreto, se encomiendan a la Secretaría de Programación y Presupuesto.

La administración, control y ejercicio de los ramos de deuda pública, de participaciones a estados y municipios y de erogaciones para saneamiento financiero será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

CAPITULO II

Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales

Artículo 20. Sin perjuicio de lo que establece el presente decreto y las demás disposiciones aplicables a la materia, los titulares de las dependencias, así como los órganos de gobierno y directores o sus equivalentes de las entidades de la administración pública federal serán responsables

en los términos de este capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales. Su inobservancia o incumplimiento motivará el fincamiento de las responsabilidades a que haya lugar conforme a la ley.

Artículo 21. Las dependencias y entidades llevarán a cabo sus respectivas acciones en materia de descentralización con base en los criterios siguientes

: I. Procurar que los trámites se lleven a cabo y se resuelvan los asuntos en los mismos lugares en que se originen:

II. Promover la efectiva delegación de facultades en servidores públicos subalternos, empleando criterios de tasas porcentuales o cualesquiera otros que se adecúen a los topes o rangos que se establezcan en dicha delegación, a efecto de garantizar mayor oportunidad en la toma de decisiones y flexibilidad en la atención de los asuntos, considerando monto, complejidad, periodicidad y vinculación con las prioridades de los mismos;

III. Fortalecer la operación, estructura y niveles de decisión de sus órganos regionales;

IV. Racionalizar y simplificar las estructuras con que cuenten a efecto de utilizar los recursos estrictamente indispensables para llevar a cabo sus actividades, sin que ello implique creación de estructuras paralelas o de plazas adicionales respecto de las que tengan en las oficinas centrales, y

V. Determinar, oyendo a las representaciones sindicales respectivas, los términos y condiciones en que se realizará la reubicación geográfica de los servidores públicos que acepten ser incluidos en los programas de descentralización, otorgándoles las prestaciones que les correspondan conforme a la ley y respetando los derechos laborales adquiridos.

Artículo 22. Las dependencias y entidades de la administración pública federal no podrán crear nuevas plazas. La Secretaría de Programación y Presupuesto, a solicitud expresa del titular de la dependencia respectiva, podrá autorizar la creación de las que sean indispensables para los programas de educación, salud, procuración de justicia y seguridad nacional. Los órganos de gobierno de las entidades paraestatales podrán autorizar la creación de plazas cuando ello garantice el incremento de su productividad, se establezcan metas específicas a este respecto, cuenten con los recursos propios que se requieran y tales circunstancias hayan quedado previa y debidamente acreditadas para el propio órgano de gobierno.

A la designación o contratación de personal para ocupar las plazas a que se refiere el párrafo anterior, en ningún caso podrá dárseles efectos retroactivos a la fecha de la autorización correspondiente.

Las dependencias y entidades no podrán llevar a cabo conversiones de sus plazas autorizadas, salvo cuando se trate de casos debidamente justificados, para lo cual deberá recabarse la autorización previa de la Secretaría de Programación y Presupuesto, para el caso de las dependencias y del órgano de gobierno, tratándose de entidades paraestatales.

Las dependencias y entidades no podrán modificar su estructura orgánica básica y ocupacional aprobada en el ejercicio de 1987, debiendo ser éstas acordes con las normas emitidas a este respecto por la secretaría de Programación y Presupuesto, por lo que cualquier adecuación sólo podrán hacerla las dependencias, previa autorización de dicha secretaría y las entidades paraestatales por su órgano de gobierno, conforme a los lineamientos que se dicten para tal efecto, de acuerdo a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Tales adecuaciones no podrán implicar traspaso o ampliación a las previsiones presupuestadas por las dependencias y entidades por concepto de servicios personales, ni incremento en el número de plazas.

Artículo 23. Las dependencias y entidades de la administración pública federal en el ejercicio de sus presupuestos por concepto de servicios personales deberán:

I. Dar prioridad a los traspasos de plazas y de recursos asignados a sus presupuestos, entre sus unidades responsables y programas, tratándose de acciones de descentralización de las mismas;

II. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas por la Secretaría de Programación y Presupuesto para las dependencias y en el caso de las entidades, por el órgano de gobierno respectivo, conforme a los lineamientos que se emitan de acuerdo a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Las remuneraciones adicionales por jornadas u horas extraordinarias, los estímulos por eficiencia en la actuación y otras prestaciones, se regularán por las disposiciones que establezcan la Secretaría de Programación y Presupuesto y el órgano de gobierno respectivo, con base en los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior.

Tratándose de remuneraciones adicionales por jornadas y por horas extraordinarias y otras prestaciones del personal que labora en las entidades paraestatales, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;

III. Abstenerse de cubrir gastos por contratos de honorarios que en cualquier forma supongan el incremento, con respecto al ejercicio de 1987, del número de los contratos relativos o de los montos de las asignaciones respectivas.

Estos contratos sólo podrán celebrarse para la prestación de servicios profesionales, por lo que no podrá incorporarse por esta vía, personal para el desempeño de labores iguales o similares a las que realiza el personal que forma la planta de la dependencia o entidad de que se trate.

La celebración de contratos por honorarios sólo procederá en casos debidamente justificados y siempre que la dependencia o entidad no pueda satisfacer las necesidades de estos servicios con el personal y los recursos técnicos con que cuente. Invariablemente estos contratos deberán ser autorizados por el titular de la dependencia o por el órgano de gobierno de la entidad de que se trate;

IV. Eliminar compensaciones de cualquier naturaleza a título de representación en órganos de gobierno, juntas directivas, consejos, comités técnicos y otros;

V. Sujetarse a los lineamientos que se expidan para la autorización de los gastos de representación y de las erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones oficiales, y

VI. Abstenerse de realizar cualquier transferencia de recursos de otros capítulos presupuestales al capítulo de servicios personales.

Artículo 24. Los titulares de las dependencias y los órganos de gobierno de las entidades, serán responsables de reducir selectivamente y eficientemente los gastos de administración, sin detrimento de la realización oportuna y eficiente de los programas a su cargo y la adecuada prestación de los bienes y servicios de su competencia, así como de cubrir con la debida oportunidad sus compromisos reales de pago, con estricto apego a las demás disposiciones de este decreto y las que resulten aplicables a la materia.

Artículo 25. Las dependencias y entidades de la administración pública federal en el ejercicio de sus presupuestos para el año de 1988, no podrán efectuar adquisiciones o nuevos arrendamientos de:

I. Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos, con excepción de las erogaciones estrictamente indispensables para la operación. En consecuencia se deberá optimizar la utilización de los espacios físicos disponibles y el aprovechamiento de los bienes y servicios de que dispongan;

II. Vehículos terrestres y marítimos con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad y soberanía nacional, así como para la para la procuración de justicia, los servicios de salud y del desarrollo de programas productivos prioritarios y de servicios básicos, y

III. Vehículos aéreos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad y la soberanía, así como la procuración de justicia.

Cualquier erogación que realicen por los conceptos previstos en las fracciones anteriores, las dependencias y aquellas entidades cuyos presupuestos se encuentren incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1988 o que reciban transferencias con cargo al mismo, requerirá de la autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto en forma específica y previa al ejercicio del gasto correspondiente.

Tratándose de las demás entidades paraestatales, se requerirá de la autorización de órgano de gobierno en los mismos términos del párrafo anterior.

Artículo 26. Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican deberán reducirse al mínimo indispensable, su uso se sujetará a los criterios de racionalidad y selectividad y se efectuarán siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del titular de la dependencia o del órgano de gobierno de la entidad correspondiente:

I. Gastos menores, de ceremonial y de orden social;

II. Comisiones de personal al extranjero;

III. Contratación de asesorías, estudios e investigaciones;

IV. Publicidad, propaganda, publicaciones oficiales y, en general, los relacionados con actividades de comunicación. En éstos casos las dependencias y entidades deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del sector público y el tiempo que por ley otorgan al gobierno federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal.

Las erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para 1988 por estos conceptos deberán ser autorizadas previamente por las secretarías de Gobernación y de Programación y Presupuesto y las que efectúen las entidades, se autorizarán por el órgano de gobierno con base en los lineamientos que establezcan dichas secretarías;

V. Congresos, convenciones, ferias, festivales y exposiciones;

VI. Otorgamiento de becas distintas a las comprendidas en los programas regionales de empleo, a las autorizadas por las instituciones oficiales de carácter educativo y a las otorgadas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y

VII. Donativos.

Asimismo, las dependencias y entidades serán responsables de que las erogaciones por concepto de correos, telégrafos, teléfonos, energía eléctrica y agua potable, obedezcan a una utilización racional de dichos servicios, directamente vinculados al desempeño de las actividades y funciones que tengan encomendadas.

Artículo 27. Las dependencias y entidades en el ejercicio de sus presupuestos sólo podrán efectuar erogaciones en el exterior, para las representaciones, delegaciones u oficinas autorizadas y aportar cuotas a organismos internacionales cuando dichas erogaciones se encuentren expresamente previstas en sus presupuestos autorizados.

Durante el ejercicio de 1988, el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, oyendo la opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de la coordinadora de sector, en funciones de las disponibilidades de recursos, establecerá medidas de racionalización de los presupuestos, calendarios autorizados, utilización y tabuladores que tengan asignados las representaciones, delegaciones u oficinas de las dependencias y entidades en el exterior, así como para verificar que la administración de los recursos asignados y el ejercicio de los presupuestos y calendarios se realicen conforme a lo autorizado.

Las dependencias y entidades en coordinación con las secretarías de Relaciones Exteriores y de Programación y Presupuesto continuarán revisando las aportaciones que actualmente realizan a organismos internacionales con cuyos fines se relacionen sus respectivas atribuciones y funciones, a efecto de avanzar en la disminución o cancelación de aquéllas que, en el contexto actual de las prioridades nacionales, no se justifiquen.

Artículo 28. En el ejercicio del gasto de inversiones públicas para 1988:

I. Se otorgará prioridad a los proyectos y obras de conversación y mantenimiento de la infraestructura básica, así como a aquellos que, en función de las disponibilidades financieras del ejercicio y de acuerdo con los estudios técnicos correspondientes, puedan concluirse durante 1988, en especial a los que presenten un mayor avance relativo, estén orientados a incrementar la oferta de bienes y servicios socialmente necesarios y que reporten los mayores beneficios para la población;

II. Se deberá aprovechar la mano de obra e insumos locales y emplear al máximo la capacidad instalada productiva para abatir costos;

III. Se considerará preferente la adquisición de productos y la utilización de tecnologías nacionales, con uso intensivo de mano de obra;

IV. Se deberá estimular el proceso de cambio estructural, así como los proyectos de coinversión con los sectores social y privado y con los gobiernos locales.

Durante 1988 no se iniciarán nuevos proyectos, salvo los que se consideren estrictamente necesarios a juicio y previa autorización del Ejecutivo Federal;

V. Los proyectos de inversión financiados con créditos externos, deberán estar contemplados en los presupuestos de las dependencias y entidades y deberán sujetarse a los términos de las autorizaciones que otorguen las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, conforme a sus respectivas atribuciones;

VI. Las inversiones financieras con cargo al presupuesto de Egresos de la Federación para 1988, serán aquellas estrictamente necesarias y se realizarán previa autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto y se orientarán:

a) A fomentar y desarrollar selectivamente las actividades y ramas de producción consideradas como fundamentales para el desarrollo del país, y

b) Al financiamiento de empresas públicas que promuevan la producción y comercialización de productos básicos, así como de bienes de capital.

Las inversiones financieras deberán estar vinculadas a programas de saneamiento financiero, productividad y eficiencia y responder a las orientaciones de los programas sectoriales de mediano plazo. Tratándose de erogaciones para saneamiento

financiero, deberán sujetarse además a lo que dispone el artículo 32 de este decreto, y

VII. Las entidades paraestatales deberán ajustar sus programas de expansión productiva a las acciones previstas en los programas de mediano plazo correspondientes.

Artículo 29. Las erogaciones por concepto de transferencias con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación se sujetarán a las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, de los programas de mediano plazo y de los demás programas formulados conforme a la ley de la materia y se apegarán a los siguientes criterios:

I. El otorgamiento se hará con base en criterios de selectividad, temporalidad y transparencia en su asignación considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estratégicos o prioritarios;

II. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación se deberán ajustar en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;

III. Los subsidios a los precios de los bienes se mantendrán en niveles que estimulen a los productores y que al mismo tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores;

IV. Los subsidios para las actividades productivas de los sectores privado y social estarán condicionados a procurar el mayor uso de la mano de obra, a incrementar el nivel de vida de la población de escasos recursos y a promover la capacidad de exportación y la generación de divisas;

V. Los subsidios a los bienes y servicios de consumo popular se circunscribirán a los productos agropecuarios ubicados dentro del régimen de precios de garantía y del paquete básico de consumo popular, regulándose conforme al comportamiento del mercado, las necesidades sociales y el nivel de ingresos de los productores;

VI. Las transferencias destinadas al apoyo de entidades paraestatales se deberán orientar selectivamente hacia actividades estratégicas y prioritarias así como a fortalecer el proceso de cambio estructural, a efecto de incrementar la oferta real de bienes y servicios, de insumos estratégicos para la producción y a generar empleo permanente y productivo;

VII. Se requerirá la autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto para otorgar transferencias que se pretendan destinar a inversiones financieras;

VIII. Se considerarán preferenciales las transferencias destinadas al desarrollo de la ciencia y la tecnología en aquellos sectores en proceso de cambio estructural, a la capitalización de las empresas públicas, a la formación de capital en ramas y sectores básicos de la economía y al financiamiento de actividades definidas como estratégicas, que en el mediano plazo propicien la generación de recursos propios;

IX. Los recursos asignados a los programas regionales de empleo deberán destinarse a la generación de puestos permanentes;

X. Las entidades paraestatales beneficiarias de transferencias deberán buscar fuentes alternativas de financiamiento a fin de lograr, en el mediano plazo, una mayor autosuficiencia y una disminución correlativa de los apoyos con cargo a recursos presupuestales, y

XI. No se deberán otorgar transferencias cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.

Artículo 30. La Secretaría de Programación y Presupuesto autorizará las transferencias con cargo al Presupuesto de Egresos a las dependencias coordinadoras de sector, quienes procederán a la asignación de los recursos a las entidades paraestatales bajo su coordinación, verificando previamente:

I. Que se justifique la necesidad de los recursos solicitados en función del estado de liquidez de la entidad beneficiaria, así como la aplicación de dichos recursos;

II. Que las entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos en cualquier clase, y

III. El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.

Las dependencias coordinadoras de sector podrán suspender las ministraciones de fondos, cuando las entidades beneficiarias no remitan la información físico - financiera en los términos y plazos establecidos en las disposiciones aplicables, informando de inmediato a la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Artículo 31. Cuando se deban diferir ministraciones de fondos, la Secretaría de Programación y Presupuesto conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinarán el orden a que se sujetará la ministración de

transferencias autorizadas por las dependencias coordinadores de sector, a fin de asegurar la disposición oportuna de recursos para el desarrollo de los programas prioritarios.

Artículo 32. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, en el seno de la comisión intersecretarial gasto financiamiento, así como la respectiva dependencia coordinadora de sector, celebraran con las entidades paraestatales convenios para:

I. El establecimiento de metas de déficit o, en su caso, superávit financiero mensual y trimestral, a nivel devengado, y

II. El saneamiento financiero, mediante la asunción de pasivos de entidades paraestatales estratégicas o prioritarias, cuyas funciones estén asociadas a la prestación de servicios públicos o a la producción de bienes social, y nacionalmente necesarios, de acuerdo a los fines para los que fueron creadas y siempre que la entidad de que se trate cuente con un programa de cambio estructural que se presente a más tardar el 30 de junio de 1988 a la comisión intersecretarial gasto financiamiento y sea aprobado por ésta.

La comisión evaluará periódicamente el cumplimiento de los convenios, respecto de las metas establecidas en dichos instrumentos. Si de las evaluaciones mencionadase se observan hechos que contravengan las estipulaciones concertadas, las dependencias que integran la comisión, en los términos de las disposiciones legales aplicables, propondrán a la dependencia coordinadora de sector y a la entidad de que se trate, las medidas conducentes para corregir las desviaciones detectadas.

El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, con base en las evaluaciones de la comisión intersecretarial gasto financiamiento, informará a la Cámara de Diputados sobre la ejecución de los mencionados convenios, así como de las medidas adoptadas para su debido cumplimiento.

Las dependencias que integran la comisión intersecretarial gasto financiamiento establecerán los lineamientos con base en los cuales se llevará a cabo la formulación de los convenios a que se refiere este artículo y harán la determinación de las entidades paraestatales con las que habrán de celebrarse los mismos. Los órganos de gobierno serán responsables de vigilar que se cumpla con las metas de déficit o superávit de las entidades con las que no se celebren los correspondientes convenios.

Artículo 33. La Secretaría de Programación y Presupuesto se abstendrá de autorizar subsidios y las dependencias y entidades, donativos y ayudas que no contribuyan a la consecución o que no se consideren de beneficios social, así como aquéllos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos de la Federación o cuyos principales ingresos provengan de éste.

Artículo 34. Las dependencias y entidades proporcionarán a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información sobre transferencias que hubiesen otorgado durante el ejercicio presupuestal, a efecto de que dicha secretaría la analice e integre al registro único de transferencias.

Artículo 35. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto podrá determinar reducciones, diferimentos o cancelaciones de programas y conceptos de gasto de las dependencias y entidades que no les resulten indispensables para su operación cuando ello represente la posibilidad de obtener ahorros, en función de la productividad y eficiencia de las propias dependencias y entidades.

El propio Ejecutivo, por conducto de la citada secretaría, resolverá sobre la aplicación de los remanentes que se generen con tal motivo o, en su caso, el que los mismos se reflejen como economías presupuestales.

Artículo 36. Las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, determinarán conjuntamente los lineamientos a que deberán conjuntamente los lineamientos a que deberá sujetarse las dependencias y entidades respecto de las disponibilidades financieras con que cuenten durante el ejercicio presupuestal, las que no deberán invertirse a través de mecanismos bursátiles salvo en el caso de valores emitidos por el sector público. Para tal efecto, las dependencias y entidades proporcionarán la información financiera que requiera el sistema integral de información del sector público a que se refiere el artículo 42 de este decreto.

A fin de identificar los niveles de liquidez, así como para operar la compensación de créditos o adeudos, las dependencias y entidades de la administración pública federal informarán de sus depósitos en dinero o valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias en los términos que se establezcan con base en lo dispuesto por el artículo 42 del presente decreto.

Las dependencias y entidades, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que causen por no cubrir oportunamente sus respectivos adeudos, las que se calcularán a la tasa equivalente al rendimiento promedio de las emisiones de los certificados de promedio de las emisiones de los certificados de la Tesorería de la Federación a 28 Días del mes inmediato anterior a la fecha del corte compensatorio. La aplicación de esta tasa se efectuará sobre los adeudos reportados por el sistema de compensación de adeudos del sector público, desde la fecha en que debieron liquidarse tales adeudos.

Artículo 37. El Ejecutivo Federal podrá abstenerse de ministrar subsidios y de concertar programas de coordinación de servicios e inversiones con las entidades federativas que graven con impuestos locales los sueldos y salarios de los empleados de la Federación, de las entidades paraestatales y de las que operen mediante concesión federal.

Artículo 38. El Banco de México en función del monto de divisas requerido para el Presupuesto de Egresos de la Federación y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará, a petición de las dependencias y entidades, las divisas necesarias para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera, debiendo las mismas a informar a las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, en la forma y periodicidad que éstas determinen, los movimientos presupuestales que efectúen al respecto, de acuerdo con los flujos reales establecidos.

Artículo 39. La Secretaría de Programación y Presupuesto conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tomando en cuenta los flujos reales de divisas y de moneda nacional, así como las variaciones que se produzcan por las diferencias en tipos de cambio en el financiamiento de los programas, efectuarán las adecuaciones necesarias a los calendarios de gasto en función de los requerimientos, las disponibilidades presupuestales y de las alternativas de financiamiento que se presenten.

Artículo 40. Para los efectos del artículo 57 de la Ley de Obras Públicas, los montos máximos de contratación directa y los de adjudicación mediante convocatoria a cuando menos tres personas, de las obras que podrán realizar las dependencias y entidades durante el año de 1988, serán los siguientes:

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Las dependencias y entidades se abstendrán de formalizar o modificar contratos de obras públicas y de servicios relacionados con ellos, cuando no hubiere saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.

Artículo 41. Para los efectos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación habiendo convocado, en su caso, por lo menos a tres u ocho proveedores, según el caso, de las adquisiciones, arrendamientos o servicios que podrán realizar las dependencias y entidades durante el año de 1988, serán los siguientes:

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Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del impuesto al valor agregado.

Las dependencias y entidades se abstendrán de formalizar o modificar contratos y pedidos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, cuando no hubiere saldo disponible en la correspondiente partida presupuestal.

Artículo 42. Las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto, de la Contraloría General de la Federación y el Banco de México, operarán el sistema integral de información del sector público. Las propias dependencias establecerán las normas y lineamientos relativos a la organización, funcionamiento, requerimiento de dicho sistema.

Las dependencias y entidades deberán cumplir con los requerimientos de información que demande el sistema. Para tal efecto, las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, conjuntamente con la coordinadora de sector, harán compatibles los requerimientos de información que demande el sistema racionalizando los flujos de información.

Artículo 43. La Secretaría de Programación y Presupuesto realizará periódicamente la evaluación del ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación en función de los objetivos y metas de los programas aprobados.

El Ejecutivo Federal, a través de las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público, informará trimestralmente a la Cámara de Diputados sobre la situación económica y las finanzas públicas del ejercicio y hará asimismo, las aclaraciones que ésta le solicite, a través de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, sobre la detección de irregularidades y el fincamiento de las responsabilidades correspondientes.

Los informes trimestrales deberán ser presentados a más tardar 45 días después de terminado el trimestre de que se trate.

Artículo 44. Las propuestas que en ejercicio de sus atribuciones legales formule la Secretaría de Programación y Presupuesto para disolver, liquidar, extinguir, transferir a los estados y municipios, enajenar la participación estatal y fusionar entidades paraestatales, se basarán en dictámenes que al efecto deberá emitir la comisión intersecretarial gasto financiamiento.

El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto informará a la Cámara de Diputados de las razones y criterios específicos que fundamenten el ejercicio de estas atribuciones.

Artículo 45. La Secretaría de Programación y Presupuesto vigilará la exacta observancia de las normas contenidas en este decreto así como la estricta ejecución del Presupuesto de Egresos de la Federación. Para estos efectos, podrá requerir de las dependencias y entidades la información que resulte necesaria y comunicará a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación las irregularidades y desviaciones de que tenga conocimiento con motivo del ejercicio de sus funciones.

Artículo 46. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación y los órganos internos de control de las dependencias y entidades, en el ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control y vigilancia les confiere la ley, comprobarán el cumplimiento, por parte de las propias dependencias y entidades de la administración pública federal, de las obligaciones derivadas de este decreto.

Con tal fin, dispondrán lo conducente para que lleven a cabo las inspecciones y auditorías que se requieran, así como para que se finquen responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan con motivo del incumplimiento de las mencionadas obligaciones. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, pondrá en conocimiento de tales hechos a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados.

Artículo 47. La Secretaría de Programación y Presupuesto estará facultada para interpretar las disposiciones del presente decreto para efectos administrativos y establecer las medidas conducentes a su correcta aplicación.

TRANSITORIOS

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día primero de enero de 1988.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración. Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, D.F., 13 de noviembre de 1987.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.»

Trámite: -Recibo, y túrnese a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

CRITERIOS GENERALES DE POLÍTICA ECONÓMICA

El C. Presidente: -El siguiente punto del orden del día es el turno a comisión de los Criterios Generales de Política Económica.

En virtud de que este documento ya ha sido impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados. Presentes.

A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en los artículos 7o. y 27 de la Ley de Planeación, me dirijo al honorable Congreso de la Unión para exponer, en este documento, los objetivos que en materia de política económica ha definido el Ejecutivo Federal para 1988, y las especificaciones que habrán de orientar al ejercicio de los instrumentos que se utilizarán para alcanzarlos. Se informa así a esta honorable representación nacional de la forma como se avanzará en el logro de los objetivos propuestos en el Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988.

En este documento, los objetivos de política económica que se perseguirán en el último año de esta administración, son definidos en relación con los propósitos enunciados a principios del sexenio, a partir de un análisis cuidadoso y realista de los avances logrados al respecto.

El propósito fundamental de la estrategia para 1988, es que al concluir este período presidencial en un contexto de fortalecimiento de las instituciones, estén sentadas las bases para un desarrollo más justo y permanente, mediante la corrección a fondo que ha venido siendo realizada a través de la presente administración, de los desequilibrios acumulados durante muchos años en la economía nacional.

Como en años anteriores, este documento ofrece elementos de referencia y de apoyo para el proceso de análisis, discusión y, en su caso, aprobación de las iniciativas de leyes de Ingresos y de los proyectos de presupuestos de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal correspondientes a 1988, que por separado recibirá para su consideración el honorable Congreso de la Unión.

1. El desenvolvimiento de la política económica

Durante la presente administración, la política económica ha estado basada en dos principios generales de acción: la reordenación económica y el cambio estructural, La estrategia ha sido clara. Se ha informado y explicado a la opinión pública acerca de las medidas adoptadas . Ha habido siempre un rumbo definido. Se ha dicho lo que se ha hecho y se ha hecho lo que se ha dicho. Con objetivos y estrategia bien definidos, sólo ha habido ajustes tácticos para adecuar las medidas generales de política a las circunstancias. El gobierno ha conducido la política económica con responsabilidad y de cara a la nación. No ha habido ni habrá sorpresas. Los cambios sustanciales de Política económica ejecutados durante esta administración son congruentes con lo inicialmente programado.

Hoy vivimos en un país cualitativamente diferente al de hace apenas unos años. El cambio estructural está a la vista. Tenemos ahora una economía que, sin haber superado totalmente sus problemas, es más productiva y menos vulnerable

ante el exterior. Tenemos un sector público que, en el cumplimiento de sus funciones y propósitos, usa menos recursos reales y es, al mismo tiempo, más fuerte y dinámico, ya que al deshacerse de lo no indispensable ha aumentado su capacidad para atender lo socialmente prioritario.

En el Plan Nacional de Desarrollo, se reconoció qué los esfuerzos de cambio estructural y de reordenación no son independientes entre sí por lo que deben proceder simultáneamente. Sin embargo, los avances en la reordenación, aunque positivos, han sido claramente insuficientes, como consecuencia del surgimiento de condiciones externas muy desfavorables, que no eran previsibles a principios del sexenio. Además, debe reconocerse que los esfuerzos internos no siempre fueron estrictamente acordes con lo programado, y que subsisten problemas estructurales que, al haberse gestado durante décadas, no ha sido posible corregir en sólo cinco años.

En 1983, la economía atravesaba por una grave crisis. Existían desequilibrios reales y finacieros importantes, no había generación de ahorro interno suficiente para financiar el desarrollo y el aparato productivo era incapaz de competir en el exterior para adquirir las divisas que el país requería. Dada la gravedad de los desequilibrios, cualquier repunte de la actividad económica hubiera sido sólo temporal y habría terminado en un recrudecimiento de la crisis. La especulación cambiaria y los mercados ilegales de divisas eran un síntoma de la magnitud de los problemas. Estábamos al borde de la quiebra en muchos aspectos. A partir de este reconocimiento, se adoptaron las medidas apropiadas para evitar lo que a muchos parecía inevitable, avanzando así en la corrección de los desequilibrios financieros, y logrando entre 1983 y 1984 una apreciable disminución de la inflación.

Ciertamente, hacia finales de 1984 y durante 1985, en presencia de situaciones internas y externas menos favorables, así como de cierto debilitamiento en el esfuerzo por profundizar la reordenación, la inflación dejó de disminuir, pero se evitó que hubiera un retroceso respecto del saneamiento económico alcanzado, Los resultados globales en el período 1983-1985 fueron alentadores. La inflación disminuyó a la mitad, al pasar de un máximo de 120% la tasa anual que había alcanzado en los primeros meses de 1983, a una de alrededor de 60 por ciento. El producto interno bruto (PIB), después de contraerse en 1983, creación durante 1984 y 1985. Asimismo, se pudo contrarestar eficazmente el efecto sobre el empleo de los menores ritmos de actividad. Sin embargo, a partir de finales de 1985, las condiciones empeoraron. A los estragos de los sismos de septiembre de 1985 siguió, a principios de 1986, el desplome del mercado petrolero mundial, que agudizó intensamente el deterioro en nuestro términos de intercambio ocurrido a partir de 1981. El choque externo fue tan severo que llevó a la economía mexicana a una crisis distinta a la anterior.

Las políticas fiscal, financiera y cambiaria fueron enfocadas al enfrentamiento de esta nueva situación, para absorber el choque minimizando el costo social del ajuste y sin que durante 1986 mediara un mayor endeudamiento con el exterior. Es decir, sin comprometer a las generaciones por venir, ni reducir el margen de maniobra de la política económica futura criterio que se mantuvo vigente en 1987, toda vez que el endeudamiento incurrido ha sido menor que el aumento de las reservas internacionales del país durante el presente año.

El esfuerzo de saneamiento económico de 1986, en adición la efectuado durante 1983-1985, hubiera sido diferente para alcanzar los objetivos de estabilidad económica y financiera si la evolución de las condiciones externas hubiera sido la prevista. De acuerdo con casi todos los pronósticos, no se esperaba una caída del precio del petróleo tan grande como la sucedida, ni otras circunstancias que nos afectaron adversamente.

De esa manera, el esfuerzo aplicado en 1986, inicialmente programado para alcanzar la estabilidad económica, sirvió en la práctica para enfrentar con eficacia el choque externo. Así, por ejemplo, las medidas de ese año para ajustar las finanzas públicas sirvieron para contrarrestar la caída en los ingresos por los menores precios de petróleo, sin lograr, por tanto, la disminución programada del déficit. Asimismo, la menor disponibilidad de divisas obligó a una fuerte devaluación cambiaria, tanto en términos nominales como reales, lo que contribuyó, aún en presencia de los importantes ajustes internos realizados, a que la inflación comenzara a crecer nuevamente.

La inflación que en la actualidad aflige al país es de naturaleza muy diferente a la que existía antes de 1983. En ese entonces, los desequilibrios y la inestabilidad de los mercados financieros, así como el abultado déficit de las finanzas públicas, habían propiciado que la demanda agregada creciera más rápido que la oferta, lo que constituyó el impulso inflacionario inicial. Con la adopción de medidas para corregir los desequilibrios subyacentes, la demanda dejó de ser fuente de presiones inflacionarias. Tenemos ahora una inflación de costos y de inercia, muy diferente a la anterior. El impulso original de esta nueva inflación provino,

inicialmente, del choque externo de 1986. En 1987, la inflación continúa a tasas muy altas, debido a la inercia y a otros factores que se explican más adelante al considerar, en mayor detalle, la evolución macroeconómica de este año. Baste aquí señalar que, además de la inercia y de la presión de costos, subsisten deficiencias estructurales que han restado eficacia a las políticas antinflacionarias. Perduran los estrangulamientos o cuellos de botella en la estructura productiva. Hay insuficiencias e ineficiencias a lo largo de la cadena de distribución: acopio, almacenamiento, transporte, abasto y comercialización. En el caso de muchos productos, en especial de los de consumo popular, el intermediarismo excesivo amplía el sobreprecio que, por encima del precio de producción, el consumidor paga, no obstante las importantes acciones realizadas para mejorar la distribución de productos básicos.

Dadas las características actuales de la inflación, el intento de abatirla significativamente con una reducción de la demanda agregada sólo tendría éxito produciendo una aguda recesión de la actividad económica, con un costo social muy elevado e insostenible. Por ello, se ha preferido una estrategia gradual de combate a la inflación que no cancela la persecución de otros objetivos. El propósito es atacar las causas estructurales de los incrementos acelerados de los precios, sin poner en peligro a la planta productiva y al empleo, y protegiendo, al mismo tiempo, el bienestar social.

Cuando se ha presentado la opción de avanzar rápidamente en la reducción de la inflación, pero a costa de posponer o abandonar los ajustes de orden estructural, la solución a este dilema ha sido clara: profundizar el ajuste estructural, aun sacrificando resultados espectaculares, pero insostenibles, en el combate a la inflación.

Es de reconocer, sin embargo, que el adverso fenómeno inflacionario, que a la fecha perdura, no se ha vuelto explosivo debido, precisamente, a que ante la aparición de condiciones sumamente desfavorables se ha perseverado y profundizado en la estrategia. Gracias a esta perseverancia, ha sido posible avanzar también en la construcción de una economía estructuralmente más sana y más fuerte, en la que sea viable un crecimiento justo, equilibrado y sostenido.

A continuación se detallan algunos aspectos de las dos líneas generales de estrategia: la reordenación y el cambio estructural. Adicionalmente, se señalan algunos aspectos del bienestar social, cuya protección y mejoramiento han sido motivo, fundamento y fuerza de la acción gubernamental en materia económica. Se incluyen también algunas consideraciones respecto de la política de descentralización de la vida nacional, en atención a su importancia en el proceso de cambio estructural e impacto en el bienestar social.

1.1 La reordenación económica.

Los esfuerzos de reordenación han sido vigorosos y constantes. Para corregir los desequilibrios acumulados, se actúo decididamente, a partir de 1983, en el campo de las finanzas públicas, así como en el ámbito de las políticas monetarias y cambiaria. El manejo adecuado de estos instrumentos no sólo corrigió en buena medida los desequilibrios generados en el pasado, sino que, como se mencionó, permitió hacer frente a los retos derivados de las difíciles condiciones que se presentaron en los años recientes.

El déficit financiero del sector público, que mide la diferencia entre gastos e ingresos totales, no refleja apropiadamente los ajustes realizados en el campo de las finanzas públicas, Este déficit, después de disminuir de 17.6 a 9.0% del PIB, entre 1982 y 1983, y 8.7% en 1984, aumentó a 10.0 y 16.3% en 1985 y 1986, respectivamente. La mayor parte del aumento en los dos últimos años provino, en gran medida, del efecto de una mayor inflación sobre el pago de intereses. A mayores tasas de inflación suelen corresponder mayores tasas de interés nominal, sin que el pago de intereses reales aumente en la misma proporción. Por ello, ante aumentos de la inflación, el déficit financiero del sector público usualmente déficit financiero del sector público usualmente crece, aun cuando los parámetros de política fiscal, tales como tasas impositivas y gastos en bienes y servicios no financieros, se vuelven más restrictivos.

Este fenómeno se aprecia con claridad al tomar en cuenta que el pago de intereses de la deuda pública internar incluye dos partes de naturaleza diferente. Una, componente inflacionario, es el pago hecho a los tenedores de la deuda pública para reponer la pérdida del valor real del principal de dicha deuda debida al incremento de precios. La otra es la diferencia entre el pago nominal total y el componente inflacionario, diferencia que constituye el pago real de intereses. Desde esta perspectiva, el componente inflacionario no es un pago de intereses sino un pago de principal - amortización - de la deuda pública. Esto no significa que el déficit financiero sea irrelevante, pues determina el monto de los requerimientos financieros nominales del sector público. Sin embargo, en condiciones de alta inflación, la consideración de otros indicadores de déficit público puede resultar pertinente.

Así, por ejemplo, la evaluación del esfuerzo realizado en el campo de las finanzas públicas se

facilita, en condiciones de alta inflación al usar el concepto del balance primario del sector público, para cuyo cálculo se excluyen del gasto público los pagos de los intereses de la deuda pública interna y externa.

Dicho balance primario pasó de un déficit de 7.6% del producto interno bruto en 1982 a un superávit de 4.4% en 1983. Este superávit fue de 1.7% del producto de 1986. Para 1987 se espera que el superávit alcance la cifra de 5.0%. De 1983 a la fecha se ha logrado, año tras año, un superávit primario, situación que nunca, dentro del período para el que existen cifras al respecto, se había presentado. Ello ilustra la magnitud del esfuerzo sostenido.

Así de 1965 a 1982 el balance primario de las finanzas públicas mostró, año con año, un déficit. Entre 1971 y 1976, dicho déficit alcanzó un promedio anual de 3.7% del producto interno bruto, y entre 1977 y 1982 uno de 4.5%. Además, la tendencia de este desequilibrio era creciente hasta 1981, año en que alcanzó el 8.4% del producto. En 1982, cuando la crisis era evidente, el déficit primario fue ajustado, pero siguió siendo elevado, al situarse en 7.6% del producto.

En cambio, de 1983 a 1986 el balance primario tuvo un saldo positivo promedio de 3.7% del producto. Para apreciar mejor el ajuste, debe considerarse, además, que el precio promedio de las exportaciones de petróleo ha sido, durante la actual administración, mucho más bajo que los niveles máximos alcanzados hace apenas algunos años. Así, mientras que el barril de exportación de crudo mexicano llegó a valer 33.20 dólares en promedio en 1981, en 1986 su precio alcanzó poco menos de doce dólares en promedio. Otro dato importante es que en tanto las exportaciones de petróleo representaron en 1982 el 33.6% de los ingresos públicos presupuestales, en 1986 esta cifra fue sólo de 16.0%.

Por componentes, la mayor parte del ajuste en el balance primario provino de reducciones del gasto, el cual neto de intereses, disminuyó seis puntos porcentuales del PIB, entre 1982 y 1987. La contribución de los ingresos no ha sido tan grande, lo cual se explica por tres razones principales: la recesión de la actividad económica, la caída del ingreso correspondiente a impuestos a las importaciones por la disminución de las mismas, y la persistencia del fenómeno inflacionario. Sin embargo, se ha venido avanzando recientemente en la reforma fiscal, la que habrá de producir, a su tiempo, los frutos de ella esperados.

Es de señalar que las recientes medidas fiscales han eliminado una parte importante del efecto negativo de la inflación sobre la recaudación tributaria. Por una parte, a partir de junio de 1986 se aumentó la frecuencia de los pagos de impuestos y se redujo, además, el plazo para realizar dichos pagos. De esa manera se evita parte de la erosión del pago real por el aumento de precios entre el momento de la causación y el pago del impuesto. Las modificaciones recientes al Impuesto. Las modificaciones recientes al Impuesto sobre la Renta de las empresas suprimirán gradualmente la deducción, en el cálculo de la base para dicho impuesto, de la parte de los intereses nominales que sólo es un pago por la disminución del valor real de los pasivos ante el aumento de precios.

Los precios y tarifas del sector público han sido ajustados para reflejar mejor los costos reales. Los subsidios vía precios se habían convertido, en diversas instancias, en una fuente de inequidad e ineficiencia, al perseguir una multitud de objetivos no siempre compatibles entre sí, y al permanecer vigentes aun después de desaparecer las causas que les habían dado origen. Además, es común que los subsidios beneficien a los intermediarios y no a quienes se quiere beneficiar. Se ha cancelado un gran número de subsidios injustificables en términos de equidad o eficiencia, y se han conservado y mejorado los que se destinan a los grupos de población más necesitados de apoyo. De esa manera se han fortalecido los ingresos públicos y se han eliminado las distorsiones en la asignación de recursos y los efectos negativos sobre la distribución del ingreso que dicho estado de cosas propiciaba.

La reducción del gasto se ha hecho de manera selectiva, de acuerdo con las prioridades del desarrollo y con el objetivo de proteger el bienestar de las mayorías ante la crisis. Se ha dado prioridad al gasto en infraestructura económica intensiva en el uso de mano de obra, protegiendo así el empleo; y al destinado a cubrir necesidades sociales fundamentales, como educación, salud, vivienda y abasto. A través de prioridades bien definidas y compatibles con el desarrollo, el gasto público ha sido una herramienta fundamental no sólo de estabilización económica, sino también, y de manera muy importante, de cambio estructural.

La retroalimentación entre las dos líneas generales de estrategia es aquí muy clara. Para que el ajuste del gasto público sea permanente debe ser estructural. A su vez, el cambio estructural requiere de un ejercicio y un diseño del gasto apegados a las prioridades del desarrollo. Con esa filosofía se ha actuado y se seguirá actuando. Sin embargo, es importante reconocer que el gasto en inversión pública ha disminuido en una proporción mayor que el gasto corriente, debido a que en el corto plazo el margen operativo para ajustar el

primero es más amplio que en el caso del segundo.

Las variables financieras y cambiarias han sido operadas de manera flexible, de acuerdo con las condiciones macroeconómicas imperantes en las distintas circunstancias. El manejo adecuado de estos instrumentos contribuyó, de manera importante, en conjunción con las demás variables de política económica, a la absorción eficiente del choque externo en 1986. En ausencia de un manejo realista de la política monetaria, de las tasas de interés y del tipo de cambio, cualquier avance se habría tornado efímero, y los eventos desfavorables de origen externo hubieran asumido consecuencias catastróficas

. En el pasado, el manejo inflexible de dichas variables para mitigar temporalmente los síntomas de los desequilibrios acabó agravando los problemas. Aplicando las lecciones de la historia, se ha actuado sin titubeos. En 1983, el grado de subvaluación del peso en relación con otras monedas permitió que, a pesar de un deslizamiento cambiario menos acelerado que la inflación, el tipo de cambio real fuera suficiente para promover las exportaciones y la sustitución de importaciones. Sin embargo, al haber entonces un gran número de barreras al comercio con el exterior, y al mantenerse la inflación interna en tasas superiores al ritmo de la devaluación cambiaria más la inflación internacional, se presentó una tendencia hacia la sobrevaluación cambiaria. Finalmente, en 1985 se adoptó un sistema de subastas reguladas que, al tiempo que disminuye el margen de error en la fijación del tipo de cambio controlado, elimina fluctuaciones erráticas de muy corto plazo de la paridad. En términos globales, los resultados de la política cambiaria han sido muy satisfactorios: se recuperaron para México los mercados cambiarios, que en 1982 sólo eran operados, en la práctica, por instituciones financieras y casas de cambio extranjeras, así como por especuladoras nacionales; los mercados ilegales de divisas han desaparecido; el diferencial entre el tipo de cambio controlado y el libre es prácticamente inexistente; como consecuencia de lo anterior, el racionamiento de divisas es nulo; y en coordinación con otros instrumentos, se ha fomentado el crecimiento de las exportaciones no petroleras y el turismo.

La persistencia de condiciones externas desfavorables y de una tasa de inflación elevada oscurece los logros en la reordenación. Sin embargo, los avances en cuanto al saneamiento de las finanzas públicas y al fortalecimiento de nuestra posición financiera ante el exterior son inobjetables. Así, entre 1983 y 1987, la deuda pública externa, neta de las reservas internacionales, que representan un activo, ha aumentado en alrededor de dos mil millones de dólares. En términos reales, es decir, descontando la inflación en el exterior, la deuda pública externa neta disminuyó aproximadamente 4% entre 1983 y 1987. Más aún, el país en su conjunto se ha desendeudado en términos nominales, al haberse efectuado, en el período, amortizaciones de la deuda externa del sector privado por cerca de ocho mil millones de dólares, cifra superior al endeudamiento público neto. Este desendeudamiento contrasta con el crédito externo, neto de acumulación de reservas internacionales, por 76 mil millones de dólares que la economía mexicana recibió entre 1972 y 1982.

1.2 El cambio estructural

A pesar de las adversidades, hemos avanzado, y mucho, en el cambio estructural. Los avances en la línea de cambio estructural han sido más evidentes que en el caso de la reordenación, la que, como se mencionó, ha enfrentado problemas formidables e inesperados, al tiempo que se ha seguido el criterio de no supeditar los demás objetivos económicos al logro de uno solo de ellos: el abatimiento de la inflación.

Tomando en cuenta la retroalimentación y simultaneidad entre las dos líneas generales de estrategia: reordenación y cambio estructural, es conveniente que todos los ajustes de la política económica sean permanentes. Para ello, se ha buscado no sólo que las medidas de política económica sean congruentes, en un momento dado, con ciertas metas específicas de corto plazo, sino que se han redefinido los procesos de formulación de dichas medidas para asegurar una congruencia permanente, en presencia de condiciones variables. Así, se satisface uno de los propósitos básicos del Sistema Nacional de Planeación Democrática, conformado durante el presente gobierno, para orientar la acción pública e impulsar la participación de todos los grupos en la solución de los problemas nacionales.

En materia de gasto público, se ha avanzado en el mejoramiento de los procesos de presupuestación y de control, para que las disminuciones y otro tipo de adecuaciones se hagan más por proyectos y de acuerdo con los objetivos buscados, y menos con decisiones generales que no atienden a criterios de eficiencia y equidad. En el control presupuestal, se ha puesto énfasis en el cumplimiento de techos financieros que, en comparación con el control de partidas detalladas de gasto, de mayor flexibilidad al ejercicio de las erogaciones, promoviendo la rentabilidad social, al tiempo que el control se vuelve más estricto.

De conformidad con la tesis de renovación moral, se han realizado acciones importantes para

promover el cambio en el ejercicio de gobierno y en el manejo de los recursos públicos. Dicho cambio ha ocurrido en dos vertientes: la modernización del control interno y la transformación de la relación entre los servidores públicos y el Estado, a partir de un concepto renovado de la ética pública.

En la Contraloría de la Federación se reubicaron facultades, recursos y personal, antes dispersos en varias dependencias, para cumplir con la tarea del control, sin incrementar el total de recursos destinados a esta función. Se creó un conjunto de instrumentos jurídicos, cuya acción integral constituye un sistema de control y evaluación gubernamental. Destaca la acción de las contralorías internas de dependencias y entidades, cuyos programas técnicos se norman homogéneamente; opera el sistema de quejas y denuncias en relación a servidores públicos que presumiblemente incurren en conductas ilícitas: se estableció el procedimiento de declaración patrimonial, de observancia rigurosa, que permite conocer la evolución anual del patrimonio de los servidores públicos, así como casos de conflicto de interés o de acceso a información privilegiada.

Los comisarios tienen la tarea de valuar la calidad de la gestión de las empresas públicas. Se vigila que las recomendaciones de los auditores externos sean tomadas en cuenta por los órganos de gobierno de las entidades públicas; funciona un sistema permanente de verificación de las importaciones del sector público; se asegura el cumplimiento de las normas en materia de concursos de obra pública y de adquisiciones, de manera que las asignaciones directas a particulares ocurran únicamente en los casos de excepción que las leyes señalan. Por otra parte, la fiscalización de la obra pública federal ejecutada por los estados, a través de los convenios únicos de desarrollo, ha generado cambios estructurales al interior de las administraciones locales y aun municipales, modernizando en ellas la función de control interno.

En virtud de nuevos preceptos constitucionales, se ha establecido una nueva relación de los servidores públicos con el Estado, definiéndose las categorías de responsabilidad en que pueden incurrir aquéllos: política, penal o administrativa. También a nivel constitucional (artículo 134) se señalan los objetivos de la actuación de los administradores públicos. estipulándose que su conducta debe atender a criterios de eficiencia, economía, imparcialidad y honestidad.

En el año de 1986 entró en vigor la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Esta ley representa un cambio profundo en las relaciones de la empresa pública frente al sector central de la administración pública federal. La ley otorga a los órganos de gobierno y a los directores de las entidades del sector paraestatal federal una amplia autonomía de gestión en materia financiera, presupuestal, de inversión, de adquisición y de administración interna. Las decisiones básicas que afectan a la vida de la empresa pública y sus relaciones con la clientela y los mercados a los que sirve quedan en manos de los órganos de gobierno y de los directores, quienes deben seguir los lineamientos básicos de política que señala el Ejecutivo Federal.

Se eliminaron multitud de normas y reglamentaciones que sujetaban a las entidades a engorrosas autorizaciones que entorpecían su toma de decisiones. Están a consideración del H. Congreso de la Unión diversas iniciativas que modifican las leyes de deuda pública, de obra pública, de adquisiciones y la de bienes nacionales para adecuar sus textos a la autonomía de gestión de la que hoy disfrutan las empresas públicas con fundamento en la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Se trata de un cambio estructural en la vida de la empresa pública mexicana, que hoy goza de una mayor capacidad de gestión, sin que por ello se hayan relajado los correspondientes controles financieros y administrativos.

La estrategia de cambio estructural ha permeado a la mayoría de las acciones importantes de política económica que se han llevado a cabo. Es, sin embargo, importante enfatizar algunos de los logros alcanzados en dos áreas: el redimensionamiento del sector público y la racionalización de la política de comercio exterior.

Redimensionamiento del sector público

Los cambios que han llevado a un redimensionamiento importante del sector público no fueron producto de la improvisación o impuestos por las circunstancias. Al aprobarse por el Constituyente Permanente las reformas a los artículos 25, 26, 27 y 28 de la Constitución, fueron previstos los alcances de la rectoría del Estado y la economía mixta, se estableció un sistema de planeación democrática del desarrollo, se fijaron bases para el desarrollo rural integral y una mejor justicia agraria, y se precisó la definición de las áreas reservadas exclusivamente al Estado y la función y desempeño de las instituciones, organismos descentralizados y empresas en las que participaría el Estado. por sí o con los sectores social o privado.

Así en el artículo 28 de la Constitución se definieron las áreas estratégicas de participación exclusiva del Estado: correos, telégrafos, comunicación vía satélite, emisión de billetes, petróleo y demás hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radioactivos, energía nuclear, electricidad, ferrocarriles

y las demás actividades que expresamente señalen las leyes que expida el H. Congreso de la Unión. Asimismo, el Estado presta en forma exclusiva el servicio público de banca y crédito y mantiene la propiedad y el control de otras entidades estratégicas para el desarrollo, o para la producción de bienes y prestación de servicios públicos social y nacionalmente necesarios. Por su parte, en diversos ordenamientos legales, planes y programas se definen áreas prioritarias en las que la participación del estado se considera necesaria. Las áreas estratégicas y prioritarias precisan el campo de la participación económica directa por parte del Estado, a través de la entidades paraestatales.

El Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988 dejó claramente establecido el propósito de precisar, a partir de las disposiciones constitucionales, el campo de acción económica propia de los diversos sectores, y afirmó la intención de consolidar la acción estatal en las áreas donde ésta es necesaria, limitando su participación indiscriminada en otro tipo de actividades. En apoyo a lo anterior, se anunció la puesta en práctica de lineamientos para determinar la creación, adquisición, fusión, liquidación o venta de empresas públicas.

A partir de estas definiciones se ha llevado a cabo un proceso de desincorporación de entidades del sector público, el cual se retira por completo de algunas ramas, tales como la petroquímica secundaria, farmacéutica, refrescos embotellados, y reduce su participación en otras muchas. El sector industrial paraestatal ha reducido su participación a sólo 13 de las ramas productivas, contra 28 al inicio de la actual administración.

Para ilustrar la magnitud del cambio, considérese que de 1 mil 155 entidades (organismos, empresas y fideicomisos del sector público, que existían al inicio de la presente administración, se ha decidido desincorporar 696 vía venta, transferencia, liquidación o fusión, con lo que sólo quedarán 500, tomando en cuenta que han sido creadas algunas entidades nuevas.

La sociedad mexicana quiere un Estado fuerte y eficiente para atender las funciones prioritarias que le son propias. Ello implica que el sector público no debe distraer ni atención ni recursos de lo prioritario por atender lo superfluo y lo que, siendo importante, puede ser adecuadamente atendido por otros. Un sector público deficitario e ineficiente que abarca demasiado es un sector público débil incapaz de promover el desarrollo social y económico que la sociedad requiere y demanda.

Al tiempo que el sector público se ha ido retirando de los campos de acción que no le son propios, ha podido reforzar e intensificar sus acciones en las áreas en que su participación es necesaria o importante. Una de estas áreas es la del bienestar social, que más adelante se comenta. Otra es la de las empresas públicas que, por ser prioritarias o estratégicas, permanecen en el sector. En este sentido, son importantes las acciones que se han venido tomando en el sector siderúrgico, en el petrolero, en fertilizantes y en ferrocarriles, entre otros. Ha sido precisamente, el redimensionamiento del sector público lo que ha permitido aumentar los recursos para fortalecer su acción en lo estratégico y prioritario. Cabe señalar que la mayor disponibilidad de recursos ha permitido mejorar la estructura financiera y operativa de muchas empresas públicas a través, entre otras medidas, de la asunción de pasivos realizada por el gobierno federal. Esta acción es importante, ya que el sano desenvolvimiento de muchas empresas públicas fue obstaculizado por un endeudamiento excesivo, acumulado en el pasado por razones diversas, tales como una insuficiente capitalización, precios rezagados, subsidios no reconocidos e insuficiencias estructurales.

La asunción de pasivos ha sido acompañada de programas de cambio estructural, plasmados en convenios suscritos por el gobierno federal y las entidades paraestatales. Estos convenios contienen compromisos específicos de productividad y eficiencia con los que deben cumplir las empresas, así como compromisos de apoyo que adquieren las dependencias y otras entidades del sector público. En otros casos, se ha fortalecido a las empresas estratégicas o prioritarias mediante la canalización directa de mayores recursos para consolidar o ampliar metas.

Los esfuerzos para fortalecer a entidades estratégicas o prioritarias han rendido frutos; en 1987, Sidermex, en el marco de Convenio de Rehabilitación Financiera de las empresas del grupo, aumentó su productividad, disminuyendo el consumo de energéticos por tonelada de acero producida y reduciendo sustancialmente el nivel de inventarios.

Fertimex continuó el apoyo al campo mediante la garantía de abasto de los fertilizantes a precios bajos, basándose en una estrategia de cambio estructural con plantas modernas, convenientemente localizadas y orientadas hacia la producción de fertilizantes de alta concentración, el aprovechamiento más intenso de la capacidad instalada y la modernización del sistema de distribución y comercialización. Está en proceso de formulación un convenio de cambio estructural que, una vez aprobado, permitirá la liberación de una parte importante de los pasivos de la empresa.

En el caso de Ferronales se ha rehabilitado, en 1987, el doble de kilómetros de vías férreas que en 1985; ha mejorado la eficiencia y aumentando la disponibilidad de locomotoras y equipo de arrastre; se han puesto en operación y mejorado diversas rutas del servicio de pasajeros; se han logrado avances significativos en los resultados financieros de operación y explotación y ha aumentado la proporción del gasto sustentada con recursos propios. Todo ello en el marco del correspondiente Convenio de Rehabilitación Financiera, firmado en junio del presente año, y que estipula la mejoría de las condiciones laborales de los ferrocarrileros y el aumento de programas de capacitación, lo cual habrá de propiciar una mayor productividad en este sector.

Cabe señalar que también se han registrado importantes avances en entidades como Banrural, Dina y Conasupo; en el primer caso se aumentaron las metas de apoyo crediticio al campo, se racionalizó el otorgamiento de subsidios en función de los ingresos de los productores, se redimensionó el área fiduciaria, vendiendo activos ociosos, reordenando administrativamente al banco y mejorando el perfil de su deuda.

En el caso de Dina se ha reducido el grupo de once a siete empresas, para concentrar el esfuerzo en los procesos terminales y en algunas líneas de motores; está en proceso la modernización tecnológica de las plantas y de los productos, la depuración de la red comercial y la disminución del nivel de la operación necesaria para alcanzar el equilibrio financiero; se ha formulado un proyecto de convenio de saneamiento financiero y cambio estructural para ser suscrito en 1988.

En el caso de Conasupo, y dentro del Convenio de Rehabilitación Financiera firmado en 1986, en el que se le asumieron pasivos por dos terceras partes de su deuda, el organismo mejoró su función reguladora y de participación selectiva en los mercados, y redujo su gasto de operación y administración en términos reales.

Las principales entidades prioritarias beneficiadas mediante acciones de saneamiento financiero ha sido CFE, AHMSA y Sicartsa, a las que se les asumieron pasivos por un total de 6.5 billones de pesos. Además en 1987 se asumieron pasivos por cerca de 1 billón de pesos a Ferronales, Productos Pesqueros Mexicanos, Mexicana de Papel Periódico, Fábricas de Papel Tuxtepec, Imevisión y Alimentos Balanceados de México.

En adición a los resultados ya mencionados, cabe destacar los siguientes avances en la productividad de algunas entidades: en la industria eléctrica el índice de usuarios atendidos por trabajadores creció de 167 en 1982 a 182 en 1986. En el mismo período la energía vendida por trabajador aumentó 7.95%; en la industria siderúrgica la producción de acero por hombre ocupado se incrementó 11.5% entre 1982 y 1986; y en fertilizantes las producción por hombre ocupado pasó de 264 toneladas a 288, representado un incremento en los niveles de productividad de 9.1%.

La mayor productividad ha significado que los apoyos fiscales que recibe el sector industrial paraestatal se redujeran sistemáticamente a partir de 1982. En ese año representaron el 2.7% del PIB, mientras que en 1987 serán de 1.5%

. Por otra parte, el número de entidades apoyadas con recursos fiscales ha disminuido de manera notable: de 50 en 1982 a 30 en este año. De esta manera, se han eliminado aquellos subsidios y transferencias que no están justificados y que provocan una inadecuada asignación de los recursos de inversión. Por su parte, la banca múltiple ha sido objeto de una reestructuración sustancial durante los últimos cinco años. En la actualidad cuenta con un marco jurídico renovado, así como con una organización del sistema y de las instituciones distinta a la que prevalecía cuando fue nacionalizada. A partir de su nuevo marco jurídico e institucional, los lineamientos y las orientaciones para la operación de la banca múltiple han respetado el principio esencial de la autonomía de gestión, así como buscado preservar la rentabilidad de las instituciones en lo particular y del sistema en general. En ese período, la banca múltiple ha desarrollado nuevos instrumentos de captación, que responden mejor a las necesidades de los ahorradores en un contexto de inflación, ha participado activamente en la derrama de crédito hacia las actividades prioritarias y, sobre todo, ha sido muy activa en la restructuración financiera de empresas con problemas de liquidez.

Racionalización de la política de comercio exterior.

Los cambios estructurales realizados en la política de comercio exterior son de gran importancia. La estrategia deliberada de sustitución de importaciones propició, en su tiempo, el desarrollo del país, hasta que agotó sus posibilidades hacia finales de la década de los sesenta. El notable crecimiento de la economía mexicana hasta esas fechas atestigua lo apropiado, en aquel entonces, de dicha estrategia. Sin embargo, al consolidarse un sector industrial doméstico y agotarse las primeras etapas de la sustitución de importaciones, la estrategia se convirtió en su escollo para el desarrollo sostenido.

En la actualidad, la sustitución forzada y artificial de importaciones tiene efectos contrarios a sus

propósitos: propicia la ineficiencia, al crear mercados cautivos; en lugar de disminuir la dependencia externa del aparato productivo, implica una dependencia mayor, al hacer necesaria la importación masiva de bienes de producción, al tiempo que induce la existencia de una industria incompetente para generar las divisas indispensables para tal finalidad; propicia el uso de recursos escasos en actividades productivas en el país es ineficiente, a costa de otras en las que el país tiene una clara ventaja comparativa; y, asimismo, genera inequidades y una mala distribución del bienestar, al crear, a guisa de incentivos, importantes rentas monopólicas a favor de unos cuantos y en perjuicio de la población en general, al tiempo que induce actividades y técnicas que favorecen al capital en detrimento del empleo y de los salarios.

La protección comercial elevada y discriminatoria equivale a un gravamen a las exportaciones y la sustitución eficiente de importaciones. Por ello, tomando en cuenta las condiciones específicas de nuestro país, que tiene un importante mercado interno potencial, la estrategia de cambio estructural en el comercio exterior persigue consolidar un sistema más balanceado de incentivos que fomente de manera equilibrada, a las exportaciones, las sustitución de importaciones del mercado interno. Con este propósito, se ha actuado de manera decidida en la racionalización de la política comercial.

Se han tomado decisiones para sustituir con cierta rapidez los permisos de importación por aranceles, los que brindan un incentivo transparente y benefician al fisco, sin que ello implique desproteger súbitamente a las industrias altamente protegidas. A un plazo mayor, el objetivo ha sido reducir los niveles y la dispersión de los aranceles. En este aspecto, se han dado pasos graduales pero decisivos. Al dar tiempo a la consolidación de las acciones, se ha asegurado la permanencia del cambio estructural.

Al mismo tiempo, se ha brindado una protección cambiaria real elevada al aparato productivo, la que en comparación con la protección comercial es más eficiente, al ser más general y no implicar un seguro en contra de las exportaciones, al tiempo que disminuye al contrabando. Esta protección cambiaría real, mucho más alta que la esperada cuando se programaron las medidas de racionalización de la protección comercial, permitió adelantar la adopción de éstas, respecto del programa inicial. Además de la alta protección cambiaria, se ha procedido por etapas en la liberación, comenzando por los bienes de uso intermedio y terminando con los de consumo final, para que la industria nacional tenga tiempo para adaptarse.

El avance logrado en la instauración de medidas al respecto ha sido significativo. A principios de 1983, todas las fracciones de la tarifa del impuesto general de importaciones estaban sujetas a permiso previo de importación. En 1984, se realizó la primera etapa del proceso de sustitución de permisos por aranceles, liberándose de permiso a 2 mil 844 fracciones. En mayo de 1986 el número de fracciones liberadas alcanzó la cifra de 7 mil 306. Al 31 de octubre de este año, únicamente 336, de un total de 8 mil 416 fracciones, continuaban sujetas a permiso. No obstante, las fracciones todavía sujetas a este requisito administrativo representan alrededor de un 24% de las importaciones que el país realiza. Es necesario seguir avanzando en el proceso de liberación de permisos.

Al inicio de esta administración, existían 16 niveles de arancel entre cero y 100%. A la fecha, existen siete niveles entre cero y 40%. Adicionalmente, se han venido eliminando los precios oficiales de importación, los que al haber sido fijados en niveles temporalmente altos, incrementaban el nivel arancelario efectivo. En la actualidad sólo permanecen 41 precios oficiales, los que serán eliminados en diciembre de 1987. Esto ha sido posible por la promulgación de una legislación adecuada que protege a los productores nacionales de las prácticas desleales de comercio por parte de sus competidores en el exterior. Adicionalmente, la adhesión al Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio reafirma la permanencia de los cambios realizados.

A partir de 1985, el Programa de Fomento Integral a las Exportaciones ha estimulado el crecimiento de las exportaciones de manufacturas. Entre otras medidas que surgieron de este programa, destaca la mecánica de importación temporal de insumos exenta del pago de aranceles, tanto a las empresas que destinen su producción a la exportación, como a sus proveedores, a través de lo que se conoce como Carta Doméstica de Crédito.

El sector industrial paraestatal ha estado activamente presente en el proceso de reconversión industrial y apertura al exterior, actuando tanto a través de las exportaciones como de la promoción selectiva de la sustitución de importaciones.

Durante el período 1982-1986, las exportaciones no petroleras del sector industrial paraestatal elevaron su participación en las exportaciones totales del país de 2.8% en 1982, al 5% en 1986. Para 1987 se estima que las exportaciones no petroleras del sector superen los 760 millones de dólares (lo que representaría un incremento de 42.2% en relación a 1986) y que para 1988 alcance una cifra entre los 900 y los 1 mil millones de dólares.

En materia de sustitución de importaciones de continuó impulsando el sistema de compras globales, mediante la estandarización y tipificación de materiales, equipo y partes necesarias para la construcción, conservación y operación de las instalaciones y la elaboración de programas de compras anuales. Así, el contenido importado del gasto sectorial bajó, en promedio, de alrededor de 40% en 1982 a cerca de 25% de 1986.

Como resultado de la racionalización de la política de comercio exterior, y de manejo congruente del tipo de cambio de la política económica en general, la balanza comercial del país se ha fortalecido de manera muy significativa. El saldo en la balanza comercial del país, perennemente deficitaria entre 1950-1981, ha registrado, año tras año, saldos muy favorables durante el presente sexenio. Las exportaciones no petroleras han mostrado un dinamismo sin precedente, a pesar de condiciones externas no siempre favorables, al pasar de 4 mil 752 millones de dólares en 1982 a 9 mil 725 millones de dólares en 1986.

Estos resultados son muy importantes y habrán de repercutir favorablemente en el futuro desarrollo del país. Así, por ejemplo, el servicio de la deuda externa es ahora menos difícil que en 1982. De continuar las tendencias actuales, la posición neta del país ante el exterior se fortalecerá y aumentará el poder de negociación ante los acreedores. Asimismo, la balanza de pagos se ha vuelto menos dependiente del petróleo; las exportaciones de crudo pasaron del 63% de las exportaciones totales, incluyendo los ingresos por servicios no factoriales, a sólo el 32%, de 1982 a 1987. Este proceso de fortalecimiento de las exportaciones no petroleras ha disminuido la vulnerabilidad de la economía mexicana ante la fluctuaciones en el precio y la demanda externa de un solo producto.

1.3 Bienestar social

Los diversos aspectos del bienestar social que pueden ser influenciados en forma directa y eficaz por la política económica han recibido atención prioritaria durante la presente administración. La política social ha debido fortalecerse a raíz de la caída de los salarios reales, la cual obedece a las difíciles condiciones que han afectado al país, así como a las altas tasas de inflación. Estas últimas provienen, en gran medida, de la magnitud de los desequilibrios macroeconómicos de orden interno que debieron enfrentarse en un principio, y del impacto adverso de fenómenos externos ocurridos en años recientes. Asimismo, la inercia ha sido un factor determinante en la persistencia de la inflación. Además, ante una gran incertidumbre respecto de las condiciones externas, en los primeros meses de 1987 se siguió una estrategia deliberada de acumulación de reservas internacionales, para hacer frente a posibles dificultades provenientes de choques externos. Sin embargo, es de señalar que esta política exitosa de acumulación de reservas, debido a su impacto monetario y cambiario, neutralizó el efecto antiinflacionario de otras medidas de política económica

Para mitigar los efectos sociales de la crisis se han tomado medidas importantes con el fin de proteger a la planta productiva, que en 1983 estaba al borde de la quiebra, y de mantener los niveles de empleo. A pesar de condiciones sumamente adversas, las tasas de desempleo abierto no son superiores a las que prevalecían al principio de la actual administración. Asimismo, se han intensificado los esfuerzos en política social: educación, salud, vivienda y abasto. Para ello, no sólo se ha asignado una gran prioridad a esta política, sino que se ha aumentado su eficiencia, haciendo más con menos.

El apoyo oportuno a la producción del campo ha sido y es propósito fundamental de la presente administración. Ello ha motivado la revisión de los precios de garantía de los principales productos agrícolas, haciéndolos más atractivos para el productor y asegurando al campesino una mejor remuneración. Se revierte de esa manera la tendencia al deterioro de los términos de intercambio entre el campo y la ciudad, lo cual constituye una verdadera política de cambio estructural. Así, de 1982 a lo que va de 1987, los precios de productos como el arroz, maíz, cártamo y sorgo tuvieron una variación real positiva de 20.7, 9.8, 22.6 y 20.2%, respectivamente; dichos productos representan más del 70% de la superficie sembrada de los diez principales cultivos.

A pesar de la escasez de recursos que impone la crisis, en esta administración ha aumentado en términos reales el crédito canalizado al sector agropecuario; el número de beneficiarios creció, hasta 1986, 27%, y las hectáreas habilitadas aumentaron casi 20%. De 1983 a 1985, la producción de los diez principales cultivos creció 8.5% acumulado. En 1986, debido a condiciones climatológicas desfavorables, no se obtuvieron buenos resultados en la producción del sector, pero las perspectivas de cierre para 1987 son prometedoras. Se ha aumentado la asistencia a campesinos y se ha trabajado para llevar, en mayor cantidad y calidad, los servicios sociales al campo. De esa manera, se protege de los efectos de la crisis a uno de los sectores más desfavorecidos y se empiezan a corregir las diferencias ancestrales entre el campo y la ciudad.

En el largo plazo, la estrategia de desarrollo seguida apunta hacia una sociedad más igualitaria en todos los aspectos, incluyendo al económico. Una economía más fuerte y mejor insertada en la economía mundial requiere, de manera muy especial, de una fuerza de trabajo con un nivel creciente de productividad. La estrategia que hemos adoptado prevé la incorporación a empleos productivos y bien remunerados de los desempleados, subempleados y de quienes por primera vez buscan empleo; para lo cual es necesario elevar los niveles de educación y de capacitación de la población.

De ahí la gran prioridad otorgada a la educación la cual es de una importancia clave en el proceso de cambio estructural. Un México mejor sólo es concebible con mexicanos mejor preparados. Además, la educación no sólo es inversión para el futuro, es también fin en s¦ misma y elemento esencial del bienestar individual y social. La mejor inversión para el país es la destinada a hacer florecer las capacidades innatas y la gran potencialidad de los mexicanos.

La educación es un proceso continuo que rinde sus mejores frutos a plazo y en el que se debe avanzar sistemática y permanentemente. En esta administración se han dado pasos importantes, a pesar de la escasez de recursos que la crisis ha impuesto. Así, por ejemplo, se redujo la tasa de analfabetismo a sólo la mitad de la que existía en 1982. Se han aumentado de manera significativa la atención a la demanda por educación en todos los niveles. El número de escuelas creció 40% y el personal docente casi 30%.

Por otra parte, los Programas Regionales de Empleo han permitido crear alrededor de 1 millón 200 mil empleos, entre 1983 y el año en curso. Dentro de estos programas, se han otorgado más de 120 mil becas de capacitación para trabajadores desempleados, a fin de elevar sus niveles de calificación y sus posibilidades de empleo, conforme a los requerimientos de la planta productiva. En este ámbito, el Proyecto de Capacitación de Mano de Obra, que se ejecutará entre 1988 y 1991, parcialmente financiado por el Banco Mundial, permitirá otorgar 160 mil becas de capacitación adicionales para trabajadores que no cuentan con un puesto de trabajo, así como capacitar a 75 mil trabajadores de empresas medianas y pequeñas.

También en renglones como los de salud y vivienda hay avances significativos. De 1983 a la fecha, el gasto público, medido en términos de valor agregado real, en la prestación de servicios de naturaleza social ha aumentado. El número de médicos en el sector público creció 15% y el total de camas de hospital más del 10% a pesar de los graves daños causados por los sismos de 1985. Se ha incorporado a 8 millones de personas más al sistema de salud en sólo cuatro años. A partir de 1983, se han construido más viviendas que en los diez años anteriores, sin contar los programas especiales de reconstrucción derivados de los sismos, programas que, por su cobertura, su rapidez de ejecución y sus características sociales han sido objeto de reconocimiento internacional.

La protección del medio ambiente es un aspecto fundamental de la protección del bienestar social. Esta administración ha realizado acciones importantes en ese sentido, las que habrán de ahondarse y perfeccionarse en el futuro. La depredación de nuestro medio ambiente amenaza nuestro bienestar y el de las generaciones por venir, ya que en muchos casos los daños son irreversibles. Esta administración propuso, y procedió a ejecutar, un programa de 100 acciones para cumplir con las metas que en materia ecológica se pretende alcanzar, con la participación de todos sectores de la sociedad, al concluir el sexenio. Asimismo, recientemente el Ejecutivo ha puesto a consideración de la actual Legislatura la iniciativa de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De gran importancia y en relación estrecha con la protección del ambiente, la política de desconcentración territorial ha sido otra de las prioridades de la presente administración. Se ha reubicado fuera de la ciudad de México diversas instalaciones del gobierno federal, del sector paraestatal y del sector privado. Se han descentralizado funciones a las oficinas regionales de las dependencias federales. La descentralización, que es elemento fundamental de una sociedad cada vez más democrática, constituye un importante apoyo a la desconcentración territorial. Por ello, entre otras razones, los recursos y las facultades administrativas de los estados y los municipios han sido fortalecidos.

1.4 Descentralización de la vida nacional

El estado y el municipio son los ámbito políticos y sociales más cercanos al individuo y la familia. El centralismo es afrenta directa al ciudadano y es incompatible con el desarrollo democrático; y es también ineficiencia: sólo quienes viven en una comunidad determinada pueden sentir cabalmente sus intereses, conocer a fondo sus problemas particulares y proponer y ejecutar las soluciones adecuadas. La descentralización de la vida nacional en todos sus aspectos es una de las más sentidas demandas de los mexicanos.

La reforma municipal es la base territorial, política, administrativa y poblacional en que se sostiene la descentralización, la cual no es sino el federalismo original llevado a sus últimas consecuencias.

En el municipio, el Estado y la sociedad encuentran las condiciones más propicias para su mutua colaboración, de manera que el Estado puede organizar y orientar a la sociedad para que ésta se procure a s¦ misma la satisfacción de sus deseos de progreso y bienestar.

Se trata de un proceso gradual, pero sistemático, de redistribución de facultades y competencias del gobierno federal hacia el gobierno estatal de éste hacia el gobierno municipal y hacia la propia sociedad, tendiente a que tanto los tres niveles del Estado como sociedad compartan el poder, la responsabilidad y el esfuerzo de promover el desarrollo nacional, cada uno en el ámbito que le corresponde.

En el Plan Nacional de Desarrollo, se especificó que la política de descentralización de la actual administración se materializaría en el desarrollo estatal integral, en el fortalecimiento municipal, y en la reordenación de la actividad económica en el territorio nacional. Se promovieron modificaciones del artículo 115 de la Constitución, para fortalecer la independencia y la capacidad de estados y municipios.

A pesar de la crisis, los recursos a disposición de las administraciones locales han sido aumentados significativamente. En los últimos cinco años, el 80% de la inversión pública ha sido ejercida, de manera coordinada, en los estados y municipios. Además, las participaciones fiscales en los ingresos federales representan el 80% de los ingresos actuales de los gobiernos estatales. Los programas regionales de empleo han ayudado a mitigar los efectos de la crisis y a reducir el flujo migratorio hacia las grandes ciudades. Un mayor número de las gestiones que el ciudadano tiene que realizar ante el gobierno federal las puede efectuar ahora en su propio municipio, estado o región.

Hay conciencia generalizada en la población de que la ciudad de México no debe seguir creciendo. Esta conciencia cobró más fuerza a partir de los sismos de septiembre de 1985. Desde entonces, se han redoblado los esfuerzos por avanzar en la desconcentración territorial del valle de México, con criterios de gradualismo y de concentración y coordinación con estados, municipios y con los grupos afectados. Se ha rechazado la idea de una desconcentración abrupta de la población que destruiría las carreras, el porvenir y las ilusiones de muchos capitalinos, y sería disruptiva de los valores provinciales y de la infraestructura de las localidades receptivas.

En parte como efecto de las políticas de descentralización y desconcentración, la crisis que vive el país es, en cierta medida, sólo una crisis del centro. Hay zonas que muestran incluso expansiones sostenidas de su actividad económica, sobre todo en la frontera norte. Las estadísticas muestran una disminución de los flujos migratorios relativos hacia el valle de México, al tiempo que han aumentado su fuerza otros polos de atracción. Si bien los resultados no son espectaculares, el inicio de la desconcentración es ya patente.

2. La evolución económica en 1987

Los criterios de política económica para 1987 establecieron los siguientes propósitos: un crecimiento de la producción moderado pero con alta generación de empleos; el combate a la inflación; la consolidación y profundización del proceso en marcha de cambio estructural; el impulso a la descentralización de la vida nacional.

Se esperaba que, una vez asimilado el importante choque externo que sufrió la economía mexicana en 1986, la actividad económica empezara a recuperarse y la inflación mostrara signos de abatimiento al inicio del segundo semestre de 1987.

Empieza a observarse con claridad una recuperación moderada y casi generalizada a todos los sectores productivos. Sin embargo, como esta recuperación surgió con cierto rezago, respecto de lo esperado, no se cumplieron las previsiones de lograr para el año en su conjunto un crecimiento del PIB entre 2 y 3%. Se estima que el crecimiento logrado será ligeramente superior al 1%. Sin embargo, es importante señalar que la tendencia se ajusta a lo previsto, toda vez que se estima que en el último trimestre del año el PIB crecerá a una tasa en base anual superior al 3%.

Tal como se previó en el documento de criterios del año pasado, la reactivación de la economía mexicana en el presente año ha estado impulsada por cuatro factores: las exportaciones no petroleras, que mantuvieron su dinamismo del año anterior; el fortalecimiento del mercado interno, resultado tanto de la sustitución de importaciones, como del aumento de los índices de empleo y de nivel real de los salarios contractuales; la recuperación de los niveles de inversión privada y la reactivación selectiva de la inversión pública.

Después de una caída de 5.5% en 1986, se estima que la producción industrial crecerá 1.2% en 1987. Conviene destacar que este indicador experimentó

una reducción anual de 2.2% en el primer semestre, pasando a un crecimiento anualizado que se estima en 4.8% para el segundo semestre.

El sector agrícola, que a principios del año registró un bajo dinamismo, empezó a mostrar resultados favorables en el segundo trimestre de 1987, como resultado básicamente de las siembras del ciclo agrícola primavera - verano de 1987. Los avances registrados en el ciclo primavera - verano y el favorable comportamiento de la producción forestal maderable hacen prever un desempeño positivo en la segunda mitad del año para el sector agrícola y el silvícola

. Dado su menor comportamiento procíclico, durante el primer semestre, el sector servicios registró disminuciones en su actividad menos acentuadas que las experimentadas por el sector industrial. Para el año en su conjunto, se prevén crecimientos, aunque modestos. La industria turística ha tenido una importante recuperación, resultado tanto de un incremento en el número y en el gasto de los turistas provenientes del exterior, como del aumento del número de viajeros nacionales. En los primeros ocho meses del año, los ingresos externos por turismo crecieron 35%. En este resultado influyeron la depreciación del dólar frente a las principales monedas, el incremento en la capacidad hotelera del país, el aumento en el número de vuelos de fletamento y la continuación de las activas campañas de promoción realizadas en el exterior.

Por el lado de los componentes de la demanda agregada, las exportaciones no petroleras han constituido un factor importante en la recuperación económica durante 1987. Las exportaciones de manufacturas han mostrado un dinamismo notable, al crecer en 45% durante los primeros nueve meses del año. La relación de exportaciones a producción en el sector manufacturero pasó de 9.6% en 1986, éste de por s¦ ya un nivel elevado, a 11.0% en el primer trimestre de 1987 y 11.5% en el segundo.

Se estima que la inversión total, que registró en el primer semestre una caída de 9.6%, en el segundo semestre tendrá una fuerte recuperación de 10.6%. La recuperación de la inversión se explica por factores tales como la mejoría general en las expectativas del público, la mayor disponibilidad de financiamiento ante la recuperación de los niveles reales del ahorro y el menor costo del crédito en términos reales.

La inversión pública ha tenido un comportamiento similar recuperándose en el segundo semestre, tal como se estableció originalmente en el ejercicio de calendarización de las erogaciones públicas, para registrar un crecimiento positivo en el año en su conjunto. Se estima también una estabilización en los niveles de consumo privado, ante la mayor generación de puestos de trabajo y la recuperación que comienza, en alguno sectores, de los salarios contractuales en términos reales.

Ante la reactivación de la demanda interna, se observa una recuperación de los niveles de importaciones, debida básicamente a las mayores compras de insumos. A esta evolución contribuyó el mecanismo de importación temporal para la exportación. Las compras externas del sector privado de bienes de uso intermedio destinados a la producción de bienes de exportación creció 58.1% en el período enero - septiembre.

Como resultado de la reactivación del aparato productivo, así como del cumplimiento del objetivo, enunciado en los criterios del año pasado, de que el empleo creciera más que la producción, los diversos indicadores de empleo mostraron una tendencia a la recuperación durante 1987. según la encuesta de empleo urbano, la tasa de desempleo abierto en las 16 áreas metropolitanas principales fue de 3.6% en agosto de este año, alcanzando así su nivel más bajo desde mayo de 1986. De acuerdo con la encuesta industrial mensual, el empleo en la industria manufacturera que, durante el segundo trimestre de este año era 5.6% menor que durante el mismo trimestre del año pasado, había alcanzado, en septiembre, el mismo nivel que un año antes. Además, en agosto de 1987 el nivel de ocupación total en la industria manufacturera era 2% mayor que en diciembre de 1986 y el número de obreros 2.9% mayor. El empleo en la industria maquiladora creció 20.2% en el período enero - mayo y el número de obreros aumentó 27.5%. El total de asegurados permanentes del IMSS tuvo un importante dinamismo, pasando su tasa de crecimiento anual de 3.1% en el primer semestre del año a 5.8% en el tercer trimestre.

Es importante señalar que la recuperación de la actividad económica no ha sido forzada artificialmente, ya que se ha continuado con el manejo prudente de la política económica, atendiendo a los equilibrios básicos y a las condiciones reales de los mercados. Así, por ejemplo, se puede mencionar que las políticas presupuestal y de gasto público han seguido mostrando una marcada disciplina en su diseño y ejercicio. Una característica importante de la recuperación es el hecho fundamental de que ella se presenta, a diferencia de lo que antes sucedía, simultáneamente con un fortalecimiento de la balanza de pagos y de las reservas internacionales. Estas circunstancias y la

estructura generalizada de la incipiente recuperación permiten un moderado optimismo respecto del futuro inmediato. Hay, sin embargo, incertidumbre respecto de la evolución de la economía internacional, así como la indiscutible necesidad de consolidar y profundizar los avances.

Por otro lado, el objetivo de reducir la inflación en 1987 no fue logrado. Por el contrario, ésta parece haberse estabilizado en tasa demasiado altas. La inflación ha sido más elevada que la esperada debido a la persistencia de los efectos rezagados del ajuste del tipo de cambio y de los precios controlados durante el año pasado. Esta subestimación de la inercia inflacionaria es compresible en un país, como el nuestro, sin larga historia de inflación alta. El comportamiento del tipo de cambio en 1986 y demás precios clave que generaron el impulso inflacionario fue determinado, como se mencionó, por la crisis de ese año, en la que el país resistió con eficacia el golpe económico externo más duro de su historia moderna. Uno de los efectos de la crisis fue la inflación que, debido a la inercia, seguimos resistiendo. Sin embargo, se han moderado substancialmente las causas internas básicas que promovieron una elevada inflación, por lo que ésta deberá disminuir a medida que la inercia ceda, en un contexto de continuada disciplina fiscal y monetaria.

Asimismo, es importante reiterar que la persistencia de las altas tasas de inflación en 1987 se explica, en parte, por la acumulación de reservas internacionales. El país requiere reservas para hacer frente a posibles choques externos, ante la gran inestabilidad de la economía internacional debida, entre otros factores, a los desequilibrios de balanza de pagos y financieros en las principales economías del mundo. El objetivo de acumular una buena cantidad de reservas implicó el mantenimiento de un desliz cambiario por encima del requerido para equilibrar la balanza de pagos, así como un crecimiento de cierta magnitud de la liquidez en la economía. Así, el fortalecimiento del ahorro público y privado se reflejó en dicha acumulación de reservas, y no en una disminución de la inflación. Una vez cumplido el propósito de acumulación de reservas, el mantenimiento de la disciplina fiscal y el fortalecimiento del ahorro privado podrán influir más decididamente en el combate a la inflación.

Ni las tasas de interés ni el tipo de cambio fueron utilizados este año para reprimir artificialmente la inflación. Se ha procurado, a lo largo de esta administración, el manejo realista de todas las variables de política macroeconómica, evitando el espejismo de estabilidad y bienestar aparentes que proporcionan sólo de manera transitoria las políticas que atacan las manifestaciones y no el fondo de los problemas. Si en 1987 el deslizamiento cambiario y las tasas de interés fueron menores que en 1986, fue porque la situación fue menos apremiante, al haber cierta recuperación en el precio internacional del petróleo y, sobre todo, porque así lo indicó el estado de los mercados crediticios y cambiarios. El manejo adecuado de dichas variables se manifiesta en el fortalecimiento de la balanza de pagos y del ahorro financiero.

En congruencia con el uso adecuado de los instrumentos de política financiera y cambiaria, el comportamiento en este año de la balanza de pagos ha sido altamente satisfactorio. La evolución del sector externo en 1987 se caracteriza por el continuado dinamismo de las exportaciones no petroleras, principalmente las manufactureras, la recuperación del mercado petrolero internacional, y el sustancial incremento de las reservas internacionales del país. Las exportaciones no petroleras serán de aproximadamente 12 mil 200 millones de dólares, lo que representa un aumento del 25%, respecto de 1986. Destaca el crecimiento previsto de 40% de las exportaciones de manufacturas, sobre el ya muy elevado nivel alcanzado en 1986, año en que aumentaron 43% con respecto a 1985. El precio de las exportaciones de petróleo continuó relativamente bajo, pero tuvo una recuperación importante, de 40%, respecto de los niveles observados en 1986. Por su parte, se estima que las importaciones de mercancías aumentarán 9.3 por ciento. El crecimiento de las importaciones de bienes de capital, que en el mes de septiembre fue de 13% en base anual, muestra que la recuperación de la actividad económica ya está en marcha. Para el cierre de 1987 se prevé un superávit en la cuenta comercial de la balanza de pagos de 8 mil 650 millones de dólares, con un incremento del 88% respecto a 1986, y uno en la cuenta corriente de 4 mil 115 millones de dólares, en comparación con un déficit de 1 mil 270 millones el año pasado. Esta evolución del sector externo cumple sobradamente con lo enunciado en el pasado documento de criterios, y representa un avance sustantivo en el proceso de diversificación de nuestras exportaciones.

Se estima que al terminar 1987, las reservas internacionales habrán aumentado muy significativamente respecto al saldo registrado al cierre de 1986. Dicho aumento de reservas representa un mejoramiento sustancial en la posición deudora neta del país, dándonos mayor capacidad para enfrentar probables perturbaciones de origen externo.

El aumento de las reservas se vio acompañado de un aumento genuino del ahorro público y del ahorro financiero del sector privado. El fortalecimiento del ahorro público es consecuencia del mantenimiento de la disciplina fiscal. El superávit económico primario del sector público pasó de 1.7% del PIB en 1986, a 5.0% estimado en 1987. Esta cifra es ligeramente inferior a la programada, pero constituye una cifra históricamente alta. El fortalecimiento del ahorro financiero privado se refleja en el aumento del saldo del ahorro financiero total, el que se estima alcanzará un crecimiento de más de 10% en Términos reales.

En 1987, la política monetaria se orientó a procurar un equilibrio de los mercados financieros congruente con una reactivación económica moderada, condiciones ordenadas en el mercado cambiario y reducción de las presiones inflacionarias. El elemento central de tal política fue propiciar una mayor capitación financiera. A lo largo del año, la generación de ahorro financiero fue superior a los requerimientos de financiamiento interno de los sectores público y privado y ello permitió la muy importante acumulación de reservas internacionales ya mencionada.

El repunte de la actividad económica, la persistencia de rendimientos reales al ahorrador y la competitividad de las tasas de interés internas en relación con las externas, fueron los factores más importantes que favorecieron la recuperación de la demanda por activos financieros internos. Al cierre del mes de septiembre, el saldo del agregado monetario amplio (M5) registró una tasa de crecimiento anual real de 11.5%. Para el año, se estima una tasa de crecimiento real del mismo orden de magnitud.

La presión sobre el mercado crediticio interno, derivada de la necesidad de financiar el déficit del sector público, fue atenuada tanto por el avance en el proceso de saneamiento de las finanzas públicas, como por la disponibilidad de crédito externo. A pesar de que el mecanismo de conversión de deuda a capital implicó una amortización importante de deuda pública externa en 1987, el endeudamiento externo neto del sector público en enero - septiembre fue de aproximadamente 2 mil 200 millones de dólares.

El costo porcentual promedio (CPP) disminuyó de 96% en enero de 1987 a 90% en octubre. No obstante, el rendimiento real acumulado para el ahorrador fue positivo. Por otra parte, se mantuvo un diferencial favorable respecto al exterior y ello, entre otros factores, favoreció al reflujo de capital privado en montos muy significativos.

Los ajustes en la tasas de interés ocurridos en semanas recientes obedecen a la necesidad de preservar la recuperación de la capitación financiera, lo que, ante la persistencia del fenómeno inflacionario, supone incrementar los niveles nominales de las tasas pasivas de interés, manteniendo así la competitividad de los instrumentos de ahorro ofrecidos por nuestro sistema financiero.

Ante la recuperación de la intermediación financiera y la menor presión del déficit público sobre la disponibilidad de recursos internos fue posible canalizar financiamiento adicional al sector privado. A partir de agosto la tasa de encaje marginal se redujo 26.2 puntos porcentuales.

El índice de precios y cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores aumentó de 47 mil 101 puntos en diciembre de 1986 a 373 mil puntos el 6 de octubre de este año, para luego disminuir a 144 mil puntos hace unos días, siguiendo tendencias similares, al alza y a la baja, a las observadas internacionalmente. A pesar de las fluctuaciones del volumen y de las cotizaciones del mercado de valores, la creciente importancia de éste en el proceso de financiamiento de la actividad productiva es insoslayable.

Se han formalizado diversas figuras financieras que permiten un desempeño mejor del mercado de dinero y capitales, como los fondos de inversión de renta fija y los fondos de inversión comunes. Estas figuras permitieron incorporar un mayor número de inversionistas al mercado, lo que significó ventajas y riesgos.

Ha habido pérdidas en la bolsa de valores, pero también ganancias para quienes invirtieron a largo plazo. Por ejemplo, quienes aportaron recursos a principios de este año habían obtenido hasta octubre, incluso después de la disminución de las cotizaciones, rendimientos superiores a los ofrecidos, en promedio, por el mercado de dinero. Mientras que de los primeros días de enero de este año al 9 de noviembre pasado, el índice general de precios y cotizaciones aumentó 231.5%, el rendimiento de un Cete a un mes fue 127.2% y el de un pagará bancario 124.3%.

Además, debe reconocerse la contribución del mercado de valores a la generación y canalización de recursos hacia actividades productivas. En el período enero - septiembre las colocaciones primarias ascendieron a 926.4 mil millones de pesos, lo que significó recursos frescos para la industria, el comercio y los servicios, incluyendo las organizaciones financieras; esto señala que al igual que en otros países, la bolsa ha sido y es un mercado para captar recursos a largo plazo. Por lo anterior, el gobierno se propone continuar con su

política de fortalecimiento del mercado de valores, un mercado sólido, sano, con instituciones eficaces y operaciones transparentes.

Es importante señalar que durante 1987 se formalizó la reestructuración de la deuda pública externa con la banca comercial por 52 mil millones de dólares, la que fue reprogramada a un plazo de veinte años con siete de gracia, habiéndose logrado mejores condiciones de pago, como la reducción de los márgenes sobre las tasas de referencia. Dichas condiciones implican un ahorro anual de aproximadamente 300 millones de dólares. Adicionalmente, se logró un convenio para refinanciar, al mismo plazo y costo de la deuda pública, las obligaciones del fideicomiso para la cobertura de riesgos cambiarios, correspondientes a adeudos a cargo del sector privado por un monto de hasta 9 mil 300 millones de dólares. En conjunto, esta renegociación es la más favorable lograda por un país en desarrollo; sin embargo, habrá que continuar avanzando en el futuro en la disminución de la carga del servicio de la deuda externa.

Al inicio de 1987, la disponibilidad del financiamiento externo, tanto privado como oficial, convenido como parte del paquete financiero acordado a fines de 1986, produjo un impacto muy favorable sobre las expectativas, así como en los márgenes de acción de la política económica.

3. La situación económica internacional

Los rasgos dominantes del contexto internacional en que la economía mexicana habrá de desenvolverse durante 1988 y los años subsecuentes, estarán determinados por dos fenómenos: primero, la existencia de marcados desequilibrios macroeconómicos internos y con el exterior en la gran mayoría de los países, tanto desarrollados como en desarrollo; y segundo, el proceso de cambio estructural que está ocurriendo tanto en las relaciones globales de la economía mundial, como dentro de las economías de casi todos los países.

En la persistencia y agravamiento de los profundos desajustes de los balances macroeconómicos básicos de un gran número de países, particularmente de los de más alto grado de desarrollo, subyacen los aspectos más preocupantes de la situación económica internacional: la tendencia hacia un menor crecimiento de la actividad económica mundial; la incertidumbre acerca de la evolución de los mercados de productos primarios; la inestabilidad financiera; los riesgos que ésta implica respecto del comportamiento futuro de las tasas de interés; la amenaza de un creciente proteccionismo; y el posible agravamiento del problema de la deuda externa que enfrenta un gran número de países en desarrollo.

En la actualidad, la fuente más importante de inestabilidad de la economía mundial, proviene del desequilibrio existente entre las balanzas comerciales altamente positivas de algunos países desarrollados, que son sumamente deficitarias. En estos últimos países, la contraparte interna del déficit comercial es un considerable déficit fiscal. Hasta hace poco, el influjo de capital mundial ha financiado los déficit comerciales y fiscales de dichos países; sin embargo, la prolongación durante varios años de esta situación, ha vuelto difícil el mantenimiento del statu quo. Como consecuencia, es previsible que se efectúen a nivel mundial, ajustes financieros y comerciales que podrían repercutir en todos los países.

Es claro que para minimizar el costo de estos ajustes, los países involucrados deberán realizar un esfuerzo de coordinación internacional, validado por políticas fiscales y monetarias congruentes; de otra manera, aumentaría el riesgo de que se presenten condiciones recesivas o al menos de estancamiento a nivel internacional, con un impacto adverso en el comercio mundial. Los países en vías de desarrollo sufrirían como consecuencia un deterioro adicional de sus términos de intercambio, por encima de la tendencia a largo plazo hacia el debilitamiento de los precios de las materias primas que exportan.

Ante la imposibilidad de que los flujos internacionales de capital financien indefinidamente los altos déficit comerciales de algunos países desarrollados, éstos deberán empezar a reducir significativamente sus altos déficit recientes; para que esto ocurra, los países altamente industrializados que han tenido superávit sostenidos en su balanza de pagos, tendrán que aceptar situaciones deficitarias temporales o al menos disminuir sus superávit. De no realizarse de forma ordenada esta resignación de los flujos comerciales, surgirán tendencias hacia un mayor proteccionismo a nivel mundial.

Asimismo, la inestabilidad económica y financiera ha conducido a una mayor incertidumbre respecto de la evolución de las tasas de interés externas. El futuro de dichas tasas dependerá, también, del logro de una solución coordinada de los desequilibrios actuales, que permita una expansión simultánea de la actividad económica en todos los países, tanto superavitarios como deficitarios; de otra manera, habría peligro no sólo de una guerra comercial, sino también de una guerra de tasas de interés. Este desarrollo perjudicaría comercial y financieramente a los países en

desarrollo con problemas de deuda externa, sobre todo a aquellos que no han realizado medidas de fondo para corregir sus desequilibrios internos y fortalecer su posición comercial y financiera con el exterior.

Sin embargo, es poco probable que un panorama tan pesimista como el anterior llegue a realizarse. No hay razón para dar por hecho que la solución de los desequilibrios mundiales por la que opten los países desarrollados, sea la menos conveniente para sus intereses y los nuestros. Hay opciones racionales que evitarían un ajuste innecesariamente oneroso; de hecho, esos países ya han empezado a realizar esfuerzos coordinados para lograr una solución satisfactoria de los desequilibrios actuales. Sin embargo, habrá que estar alertas y percibir con claridad las distintas posibilidades; de cualquier manera, la situación será complicada y requerirá que a nivel mundial y en cada economía en particular, se seleccionen cuidadosamente las estrategias para enfrentar los costos del reacomodo de los flujos reales y financieros en la economía internacional.

A este respecto, cabe tener presente que existe hoy una interdependencia financiera y comercial de los diversos países, mucho mayor que la de hace apenas unos años. Para las economías en desarrollo, esta mayor interdependencia significa un grato reto, ya que no es posible sustraerse sin consecuencias graves, a lo que sucede en el mundo; en especial, la interdependencia financiera y comercial ha reducido en algunos aspectos, el margen de maniobra de las políticas económicas. Cualquier desequilibrio en los mercados internos tiende ahora a magnificarse ante la mayor integración de las economías.

Adicionalmente y desde una perspectiva de mayor plazo, debe tomarse en cuenta que para hacer del reto de una mayor interdependencia, una oportunidad de desarrollo, los países deben modificar, para mejorar sus plantas productivas, y en general, el funcionamiento de sus economías. Hoy, las medidas de cambio estructural, entre las que se encuentran las desregulación, la reconversión industrial, la racionalización del comercio exterior, el redimensionamiento del sector público y la profundización de la educación y capacitación de la fuerza de trabajo, son características de las estrategias seguidas en muchos países, y en las cuales México es uno de los líderes entre los países en desarrollo. El sustraerse de estas corrientes mundiales implicaría, para cualquier país, la marginación respecto del progreso mundial; de ahí que países de distintos grados de desarrollo y de diversas ideologías, hayan optado por ese tipo de estrategias.

Ante las incertidumbre en las condiciones económicas mundiales, lo que cabe es la profundización de las medidas de renovación y de cambio. El volver a estrategias ya superadas y que han mostrado su ineficiencia en condiciones como las actuales, antes que ayudar a hacer frente a posibles condiciones externas desfavorables, restaría eficiencia a la política económica y aumentaría la vulnerabilidad del país ante el exterior. Frente a un mayor proteccionismo, lo que procedería es un mayor grado de racionalización de la política de comercio exterior. Una reversión hacia estrategias de autarquía no sólo es indeseable por su efecto en el potencial de desarrollo, sino que, debido a la interdependencia con otros países, difícilmente sería viable. Ante desarrollos adversos en los mercados financieros mundiales, lo que se requeriría es un manejo flexible de los instrumentos de política financiera. Dada la mayor integración financiera, un manejo inflexible de la política económica sería contraproducente.

México continuará participando activamente en los foros multilaterales y en los diálogos bilaterales, para propiciar que los países industrializados, al tomar las medidas de ajuste que les exigen las circunstancias, hagan una debida consideración de los intereses de los países en desarrollo, ya que una recuperación firme de la economía mundial no es posible sin un trato equitativo de las economías del norte y del sur.

4. Objetivos y estrategia económica para 1988

La constancia y claridad en los objetivos es propósito fundamental de esta administración. De ahí que año con año las políticas enunciadas en los Criterios de Política Económica sean semejantes a las del año precedente. El próximo año no será la excepción; en el ámbito de la acción gubernamental no habrá sorpresas, en todo caso, está claramente definida la forma como, de presentarse situaciones no previstas, los instrumentos de política les harían frente: con decisión, oportunidad, flexibilidad y realismo, así lo hicimos en 1983, lo volvimos a hacer en 1986 y lo volveríamos a hacer en 1988, de aparecer condiciones menos favorables a las hoy previstas.

En 1988, la política económica pondrá énfasis en la consecución de los siguientes cuatro objetivos:

I) Profundizar en las medidas de cambio estructural.

II) Lograr que la recuperación de la actividad económica continúe efectuándose de manera gradual y sostenida, en un contexto de equilibrio de balanza de pagos y de fortalecimiento del ahorro interno.

III) Intensificar los esfuerzos para combatir la inflación.

IV) Continuar asegurado el manejo honesto y eficaz de los fondos públicos, en el que será el último año de la actual administración.

Para el logro de los objetivos anteriores, nos proponemos entre otras, las diez acciones siguientes:

I) Mantener la disciplina presupuestal, para apoyar la lucha continuada contra la inflación.

II) Con la idea de apoyar la recuperación económica gradual, mantener el gasto programable del sector público en 22% del producto interno bruto, cifra similar a la implícita en el presupuesto de salida y a las estimaciones de cierre para 1987. Los demás instrumentos de política de manejarán también con el criterio de favorecer que la recuperación económica proceda de manera equilibrada y sostenida.

III) Continuar con el cambio estructural del presupuesto del sector público, para dar mayor prioridad al gasto de contenido social.

IV) Aumentar el gasto de inversión del sector público, sin que el gasto total excluyendo intereses, aumente como proporción del PIB, así como propiciar la recuperación de la inversión privada a través de apoyos fiscales. Estas acciones permitirán fortalecer la capacidad de crecimiento económico, sin arriesgar los avances logrados en la reordenación, y propiciarán el arraigo de capitales en el país.

V) Consolidar la reforma fiscal aprobada el año pasado, con el objeto de fortalecer la recaudación, eliminar los efectos de la inflación sobre la base de los impuestos y aumentar la equidad y eficiencia del sistema tributario. Se pondrá especial atención en la simplificación de la legislación y de la administración tributaria, en la modernización y descentralización del aparato recaudatorio y en el combate a la evasión fiscal.

VI) Continuar con el redimensionamiento del sector público y, de manera prioritaria, intensificar el cambio estructural de aquellas empresas públicas que, por ser estratégicas o prioritarias continuarán siéndolo.

VII) Usar las políticas monetarias, de tasa de interés y de tipo de cambio para asegurar equilibrio en los mercados cambiario y financiero, así como para fortalecer el ahorro y la balanza de pagos. El uso de estas variables para reprimir la inflación o para forzar una recuperación exagerada de la actividad económica, sería riesgoso y contraproducente.

VIII) Avanzar de manera decidida en el cambio de permisos previos por aranceles, en el caso de las importaciones de bienes de consumo, para que la política de racionalización de la protección comercial contribuya de manera eficaz, en conjunción con otras medidas de políticas económica, a abatir la inflación y proteger el poder adquisitivo de los salarios. Se dará preferencia a los bienes consumidos, en proporciones relativamente elevadas por la clase trabajadora.

IX) Con la intención de mejorar el uso de los recursos escasos, y fomentar a los sectores exportadores y a los que de manera eficiente sustituyen importaciones, seguir cumpliendo con el propósito expreso de reducir de manera gradual, pero significativa, los niveles y la dispersión entre los sectores de las tasas arancelarias.

X) Realizar acciones que disminuyan la inercia inflacionaria, para que los aumentos de precios sean más acordes con las condiciones económicas básicas, y menos con la tasas de inflación pasadas. Habrá una mayor sincronización en la fijación de los precios y tarifas de los bienes y servicios que ofrece el sector público, aumentando la frecuencia y disminuyendo el monto de los ajustes.

En 1988, la política económica continuará siendo austera y se ejecutará con una marcada disciplina. El objeto de mantener el gasto programable del sector público presupuestal en la misma proporción del PIB que en 1987 permitirá que dicho gasto aumente en términos reales en la medida que crezca el producto. Sin embargo, los recursos no serán suficientes para atender todas las demandas de gasto público. Se seguirá el criterio general de no iniciar nuevos proyectos, para dar cabida a la terminación de los que son prioritarios y se encuentran en una etapa avanzada, pero sin incurrir en apresuramientos que impliquen dispendio. La escasez de recursos y el criterio de ejecutar eficientemente lo que resta por hacer implica que habrá un acervo de proyectos en marcha a ser considerado y atendido por la próxima administración.

El manejo de los instrumentos de política económica deberá ser congruente con el propósito de proteger el salario real de los trabajadores en 1988. Esta política buscará primero, que la inflación no se dispare por encima de los altos niveles alcanzados, y después su gradual abatimiento. En un ambiente de descontrol inflacionario, los aumentos nominales de los salarios derivan en tasas de inflación aun mayores, sin que los incrementos salariales se reflejen adecuadamente en un mayor poder adquisitivo para la clase trabajadora. De ahí la importancia de la política

antiinflacionaria. Adicionalmente se seguirá dando prioridad al gasto público destinado a satisfacer necesidades sociales básicas y al que es intensivo en mano de obra.

Se propone aumentar el gasto de contenido social, para garantizar un mayor acceso de la población a los servicios educativos, de salud y de seguridad, así como impulsar los programas de vivienda. También se dará prioridad a la inversión pública, la cual aumentará su participación en el gasto público programable. La inversión se destinará, fundamentalmente, al mantenimiento de la infraestructura carretera, hidráulica y a la conservación de la planta productiva paraestatal. El aumento del gasto programable para atender necesidades sociales y para aumentar, a partir de niveles muy deprimidos, la inversión pública, será compensado por una mayor disciplina y austeridad en el ejercicio del gasto corriente. Así, por ejemplo, las necesidades de nuevas plazas en áreas de alta prioridad social, como salud, educación, seguridad y procuración de justicia, deberán ser acomodadas dentro del número global de plazas existentes en todo el sector público.

En apoyo a la disciplina y austeridad presupuestal, la política de ingresos del sector público desempeñara un cometido fundamental: que la mayor parte del gasto del sector sea financiada con recursos propios. Adicionalmente, se consolidará, de acuerdo con lo previsto, la reforma fiscal, perfeccionando los mecanismos de ajuste por inflación de la base tributaria en el Impuesto sobre la Renta; se continuará con la simplificación administrativa y el combate a la evasión fiscal; y, para apoyar a la recuperación, se darán estímulos fiscales importantes a la inversión.

Para proteger al salario, se proponen adecuaciones al gravamen de los ingresos provenientes de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, jornada extraordinaria y prima vacacional; así como la desgravación del Impuesto al Valor Agregado a los intereses pagados a Fonacot. Para promover la inversión, se propone generalizar a la base tradicional del Impuesto sobre la Renta, la deducción inmediata, con el respectivo coeficiente, de la inversión realizada con capital propio; autorizando, además que dicha deducción se realice desde el momento en que se hace la erogación. Para consolidar la reforma fiscal del año pasado, se propone realizar ajustes que aumenten la claridad de las disposiciones fiscales y faciliten su cumplimiento. De acuerdo con la sugerencias resultantes del Foro Nacional de Simplificación Fiscal, se avanzará en la eficiencia del sistema tributario. Por último, la participación directa de los estados en la recaudación del Impuesto al Valor Agregado propiciará un mayor esfuerzo recaudatorio.

La política de precios y tarifas, tendrá para 1988 dos objetivos centrales. Primero, lograr una esctructura de precios adecuada, que permita una asignación eficiente de recursos; y segundo, fortalecer los ingresos del sector público. El primer objetivo es congruente con la necesidad de evitar que las distorsiones de precios relativos propicien desequilibrios de oferta y demanda en los mercados. El segundo objetivo supone evitar rezagos, respecto a la inflación, de los precios y tarifas del sector público a lo largo del año. Para asegurar la consecución de dichos objetivos, el programa de precios y tarifas se ha diseñado con base en cuatro criterios. En primer lugar, debe protegerse, por medio de la progresividad, el poder adquisitivo de los grupos de menores ingresos. En segundo término, los precios y tarifas deben contribuir al abatimiento de las presiones inflacionarias, con una calendarización de ajustes que evite incrementos abruptos. Tercero, el programa debe propiciar la eficiencia económica y al habilitación financiera de las empresas paraestatales. Finalmente, el programa de ajustes debe allegar a la Hacienda Pública ingresos suficientes, que permitan cumplir con las metas fiscales y objetivos macroeconómicos ya señalados.

El tipo de cambio real será aquél que, de acuerdo con las condiciones que se presenten, permita continuar fomentando el crecimiento de las exportaciones petroleras y de los ingresos por turismo. Por su lado, las tasas de interés serán suficientemente atractivas para que continúe el fortalecimiento del ahorro nacional, y para consolidar el arraigo y la repatriación de capitales. Tipo de cambio y tasas de interés serán congruentes con la meta de conservar el nivel actual de reservas internacionales, neto de endeudamiento externo.

La política crediticia de la banca de desarrollo y los fondos financieros de fomento para 1988 apoyará a los sectores estratégicos y prioritarios en un contexto de escasez de recursos y de una racionalización adicional de los subsidios financieros. Destacan los programas de financiamiento a la producción y comercialización de alimentos, en especial azúcar; los que alientan la modernización del aparato industrial, en especial de la mediana y pequeña industrias, procurando aumentar su eficiencia, productividad y competitividad en el exterior; así como los relacionados con el desarrollo urbano, el turismo y la vivienda. Como hasta ahora, dichos créditos irán acompañados de asistencia técnica.

En congruencia con la austeridad en materia de finanzas públicas, así como con los lineamientos

de transparencia fiscal, en 1988 las instituciones de fomento habrán de realizar diversas operaciones de revisión de programas, racionalización de subsidios financieros y traspaso de pasivos, así como de mejoría de procedimientos contables y administrativos. El cambio estructural del sistema financiero de fomento y su solidez financiera es reto y responsabilidad de la presente administración.

En relación con las industrias mediana y pequeña, que son activamente apoyadas por la banca de desarrollo, cabe señalar que el Ejecutivo Federal ha enviado a esa honorable representación nacional una iniciativa de Ley Federal para el Fomento de la Microindustria, cuyos propósitos fundamentales se orientan a la simplificación de trámites para la creación y operación de ese tipo de empresas, a la promoción de inversiones y al impulso del empleo en las mismas, así como a otorgarles apoyos y facilidades fiscales, financieras y de asistencia técnica.

Los acontecimientos recientes en el mercado de valores, señalan la necesidad de continuar fortaleciendo a la Comisión Nacional de Valores en sus funciones de vigilancia y regulación. Sin embargo, a actividad de regulación no debe confundirse con una intervención que distorsione el mercado. Regular no es intervenir, sino garantizar que existan las fuerzas y contrafuerzas para que las transacciones se realicen con transparencia y orden en el mercado.

Deberán ampliarse los mecanismos de información, a fin de que los participantes conozcan con oportunidad la situación y perspectivas del mercado bursátil. Asimismo, habrá que mantenerse vigilantes de las condiciones de acceso al mercado, tanto de los inversionistas como de las unidades productivas que buscan recursos; un mayor número de participantes es deseable, en la medida que deseen realizar inversiones a largo plazo. Debe subrayarse la potencialidad de los inversionistas institucionales; se fomentará la participación de las compañías de seguros, que no sólo pueden aportar recursos cuantiosos al mercado, sino también darle estabilidad por su carácter de largo plazo. Además, habrán de seguirse diversificando los instrumentos disponibles en el mercado, buscando que respondan mejor a las necesidades del mercado de dinero y de capitales, y atiendan a las necesidades de los inversionistas y a los requerimientos de financiamiento del gobierno y las unidades productivas.

Durante los últimos años, México ha concurrido a los mercados internacionales de crédito con el propósito de allegarse recursos para complementar el ahorro interno. Sin embargo, dadas las condiciones de los mercados financieros internacionales, el país ha enfrentado incertidumbre acerca de los montos y características del financiamiento externo disponible. El proceso de negociación ha sido extremadamente complejo y lento, acentuando, en ocasiones, la incertidumbre, lo que significa un costo para el país, en términos de su planeación y programación.

En 1988 México seguirá pugnando por obtener financiamiento externo neto por un monto moderado, que le permita modular sus flujos de recursos, financiar parte de sus operaciones de la balanza de pagos, aprovechar las condiciones favorables que significa el financiamiento de los organismos bilaterales y multilaterales para el cambio estructural, y sobre todo, aminorar el efecto negativo que tiene la transferencia externa neta que ha estado realizando el país, la que impone una pesada carga sobre el desarrollo nacional.

Con firmeza, México seguirá pugnando por hacer realidad una nueva etapa en materia de negociación de deuda externa, donde la combinación de la negociación con el reconocimiento de las realidades que impone el mercado habrán de permitirnos avanzar, al igual que a nuestros acreedores, hacia la verdadera solución del problema.

5. Evolución esperada de la economía en 1988.

Es imposible realizar predicciones exactas del comportamiento económico. Las consideraciones aquí realizadas sobre la evolución probable de la economía durante 1988 podrán resultar atinadas en la medida que los programas se ajusten a lo previsto, y no surjan eventos impredecibles fuera del control gubernamental, como lo serían los de origen externo. El marco macroeconómico para 1988, detallado en el anexo a este documento obedece, entre otras razones, a la necesidad de que los proyectos de presupuestos de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, así como la iniciativa de Ley de Ingresos, se realicen a partir de una base estadística común, razonablemente confiable y coherente.

La construcción de este marco de referencia supuso una evolución poco propicia del contexto internacional: aumento en las tasas de interés externas; sostenimiento o, si acaso, ligera variación del precio del petróleo; y moderación del crecimiento económico en la mayoría de los países. Aunque esta perspectiva es un tanto desfavorable para el país, se espera que la magnitud de su impacto sea relativamente moderada, en comparación con los choques externos recientes.

La evolución reciente de la economía mexicana, así como el mantenimiento de una política económica

adecuada, dan lugar a un optimismo moderado. Es previsible un crecimiento del producto interno bruto ligeramente superior al 3%, toda vez que en meses recientes se ha observado este ritmo de expansión en los indicadores pertinentes. En cuanto a la inflación se considera factible que disminuya significativamente, como consecuencia del mantenimiento del superávit primario del sector público, de la desaparición de los impactos rezagados de la situación prevaleciente en 1986, y de las medidas para vencer la inercia inflacionaria, entre las que destacan la continuación del proceso de racionalización de la protección comercial, y la sincronización y coordinación en las revisiones de los precios y tarifas del sector público. Todo ello acompañado de políticas monetarias y financieras congruentes con la evolución real de los respectivos mercados, y del cese de la estrategia de acumulación de reservas, una vez que ésta ha cumplido ya su cometido. En este aspecto, la meta es que el nivel de reservas no disminuya, pero que tampoco aumente por encima del satisfactorio nivel ya alcanzado.

El superávit primario del sector público, que refleja la magnitud real del esfuerzo en el ajuste fiscal, seguirá en un similar al estimado para el cierre de 1987.

Para prever eventos adversos de origen externo, en el diseño del Presupuesto de Egresos de la Federación se supuso que las exportaciones no petroleras, si bien continuarán creciendo, lo harán a un ritmo menor que el alcanzado en 1987. La política económica en general y la política cambiara y comercial en particular tendrán, como uno de sus objetivos importantes, el fortalecimiento continuado del sector exportador. Como consecuencia de la reactivación de la actividad económica, se espera un aumento moderado de las importaciones, a partir de niveles deprimidos. En resumen, para 1988 es previsible que la cuenta corriente de la balanza de pagos continúe siendo superavitaria, pero cercana a un nivel de equilibrio. Un resultado superavitario en dicha cuenta de monto significativo, como el de 1987, al implicar una transferencia importante de recursos reales al exterior, resulta indeseable como fenómeno permanente, al tomar en consideración nuestra escasez de ahorro para financiar el desarrollo. Una cuenta corriente balanceada, o ligeramente positiva con la meta de mantener aproximadamente constante el nivel de reservas internacionales.

Para finales de 1988 se esperan síntomas claros de una tendencia hacia la estabilidad con crecimiento económico; y que en el último trimestre del año la inflación, aunque todavía relativamente alta, muestre una marcada tendencia hacia la baja.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados: El lustro transcurrido de la presente administración ha constituido un período de grandes retos. El pueblo de México ha sabido hacer frente con patriotismo, decisión y eficacia a las adversas circunstancias, tanto internas como externas que nos han afectado. Hemos podido sobreponernos a nuestros problemas en un clima de libertad y solidaridad social, y en el proceso salir fortalecidos como nación. Lo he afirmado antes y lo reitero en esta oportunidad: el mérito es de todos y por ello debemos estar orgullosos.

El esfuerzo de reordenación, que representó desde un inicio un reto formidable, dada la magnitud de los desequilibrios acumulados en el pasado, ha debido acrecentarse para superar el agravamiento de las difíciles condiciones externas, sobre todo en 1986.

Aquilatar el fruto del esfuerzo requiere la magnitud del reto. Al inicio de 1983, el país estaba al borde del colapso. La planta productiva era amenazada por quiebras masivas, y con ellas las fuentes de trabajo de muchos mexicanos. La insolvencia interna y con el exterior parecía ineludible. A estos fenómenos adversos, significativamente corregidos al cabo de dos años, vinieron a sumarse los desastres naturales de 1985 y luego, al inicio de 1986, la mayor perturbación externa de naturaleza económica sufrida por México a lo largo de su historia.

Ante los retos y dificultades, el gobierno, basándose en la razón y el consenso social, actuó con realismo y firmeza, rechazando la popularidad efímera que, en ocasiones, otorgan las políticas que eluden la raíz de los problemas. Se trataba, en todo caso, de reducir al mínimo el costo social de la crisis. Evitarlo por completo era imposible.

Los logros de la reordenación están a la vista de todos: se evitó la fractura del aparato productivo, protegiendo así los niveles de empleo; a pesar de la escasez de recursos, se continuó atendiendo las importantes necesidades de gasto en bienestar social que plantea la creciente población del país; y se superó la crisis financiera y de balanza de pagos revirtiendo, además, el pernicioso fenómeno de fuga de capitales.

El esfuerzo no ha sido únicamente para superar los problemas del presente. La estrategia de cambio estructural atiende, en mucho, los retos y necesidades del futuro. Los resultados más tangibles del redimensionamiento del sector público, del fortalecimiento financiero del Estado,

de la reforma fiscal, de la nueva política de protección comercial, de las políticas de descentralización de la vida nacional, y de las demás acciones de corte estructural, habrán de manifestarse a plenitud durante los años venideros.

Sustentamos, con objetividad y sin triunfalismos, una actitud de optimismo para 1988. El crecimiento de la producción y el empleo continuará de manera gradual y persistente, al contar con bases estructurales más sanas que en el pasado. A ello contribuirá la consolidación del notable aumento de las exportaciones no petroleras, y que será viable al continuar aplicándose, con oportunidad y eficacia, las medidas que lo han propiciado.

Una continuada disciplina fiscal y monetaria, una mayor coordinación de todos los instrumentos de política económica; y la obtención más tangible de los frutos del cambio estructural, nos permitirán avanzar, simultáneamente, en la recuperación económica y el combate a la inflación.

En el proceso amplio y fundamental de cambio, los diversos grupos y sectores de la sociedad han contribuido de acuerdo con sus posibilidades y atribuciones específicas. La labor legislativa ha sido de una importancia singular en este movimiento que, apropiadamente, puede ser llamado de renovación nacional. Al plasmar en ordenamientos jurídicos las aspiraciones de los mexicanos, el Poder Legislativo ha sustentado e impulsado las tareas del avance económico y social. Por ello, señores legisladores, reciban mi sincero reconocimiento a su labor.

Sin embargo, la batalla por el progreso no está todavía ganada. Los problemas que subsisten son ciertamente complejos. Perseveremos en el esfuerzo, teniendo la certeza de que así alcanzaremos los objetivos que como nación nos hemos trazado.

Reciban ustedes la seguridad de mi más distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 13 de noviembre de 1987.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H.

ANEXO CUADROS Y GRÁFICAS

Este anexo da sustento estadístico al documento principal y complementa la información ahí contenida. Para facilitar la consulta rápida y para que la congruencia interna de las cifras sea clara, la información histórica y las proyecciones son presentadas por medio de cuadros. En el diseño de ese anexo se siguió un criterio de estricta selectividad, por lo qué sólo se consignan algunas cifras que, para los propósitos del documento de criterios, son de especial relevancia. Se incluyen, asimismo, tres gráficas que ayudan a visualizar el ajuste de las finanzas públicas en un contexto histórico, y una más que muestra el fortalecimiento del país en sus relaciones con el exterior.

El cuadro uno presenta la evolución de 1965 a la fecha, así como las proyecciones para 1988, del comportamiento de las finanzas públicas de acuerdo con tres definiciones: el balance (déficit o superávit) financiero del sector público, el balance operacional y el balance primario. Como es sabido, el déficit financiero representa el financiamiento total que el sector público requiere para cubrir la brecha entre sus gastos e ingresos totales en términos nominales.

Sin embargo, como ya se anticipó en el documento, el déficit financiero no siempre es un indicador de la magnitud del endeudamiento real del sector público, ni de la presión que éste ejerce sobre la demanda agregada y la disponibilidad real de crédito en la economía, ya que el gasto en intereses por el servicio de la deuda no representa, en su totalidad, un gasto real. Parte del interés nominal sólo repone la depreciación del valor real de la deuda debida al aumento de los precios; es decir, a la inflación. Así, el pago de intereses por el servicio de la deuda pública tiene dos componentes: un componente real, que es la tasa real de interés multiplicada por el saldo de la deuda; y un componente inflacionario igual a la tasa de inflación multiplicada por dicho saldo. Sin embargo, el déficit financiero es un indicador de gran importancia para la programación financiera, al señalar el monto de recursos financieros que requiere el sector público.

Para medir el aumento en términos reales de la deuda del sector público, al déficit financiero hay que deducirle el componente inflacionario de los intereses. El concepto del déficit (o superávit) operacional que es reportado en el cuadro uno excluye el componente inflacionario de los intereses por el servicio de la deuda interna del sector público, ya que la existencia de una alta tasa de inflación doméstica conduce a una tasa nominal de interés interna elevada, sin que el interés real sea necesariamente alto. De esa manera, el déficit operacional es un concepto apropiado para evaluar el endeudamiento real del sector público.

Por último, en el cuadro uno se representa también el comportamiento del déficit (o superávit) público primario. Este concepto sólo incluye un balance entre gastos e ingresos excluyendo el

pago de intereses. Puesto que éste resulta del servicio de la deuda originada por desequilibrios fiscales pasados, el concepto de balance primario refleja el esfuerzo fiscal realizado en un año determinado.

Los tres conceptos mencionados de déficit no son mutuamente excluyentes en el análisis económico. Cada uno tiene su propio significado. El financiero mide los requerimientos financieros del sector público, el operacional es un indicador de aumento real de la deuda pública durante el año, y el primario mide el esfuerzo de ajuste en términos de ingresos y de gastos en bienes y servicios reales.

Es importante señalar que es posible que de un año a otro el sector público realice ajustes importantes, disminuyendo los gastos en bienes y servicios excluyendo intereses o incrementando los ingresos, y que el déficit financiero aumente como proporción del producto si, a consecuencia de una inflación mayor, sube el componente inflacionario del pago de intereses.

La gráfica uno muestra a partir de la década pasada, una tendencia general creciente del déficit financiero, la que, en gran medida, responde a la tendencia de la inflación. El déficit financiero esperado de 1987, así como el proyectado en 1988, son sumamente elevados, a pesar de los significativos ajustes que durante esta administración se han hecho en los gastos y en los ingresos públicos reales.

La gráfica dos revela que el déficit operacional del sector público durante esta administración se ha mantenido en niveles relativamente bajos, como proporción del producto interno bruto. Esto es especialmente notable si se considera que la composición de la deuda pública interna ha cambiado, siendo ahora más importante que hace algunos años la proporción de pasivos no monetarios que devengan intereses.

El esfuerzo fiscal realizado puede ser apreciado claramente en la gráfica tres, que indica el comportamiento del déficit o superávit primario. A lo largo de la presente administración el balance primario ha sido siempre superavitario, en contraste con los perennes déficit del pasado. El valor relativamente bajo del superávit alcanzo en 1986, que fue de 1.7%, debe evaluarse a la luz de la caída de los ingresos petroleros en más de 6% del producto, respecto de 1985.

En 1987 el esfuerzo ha sido notable, como lo muestra el superávit de 5.0% del producto que se estima alcanzar, a pesar de que el precio de las exportaciones de petróleo se mantuvo bajo, no obstante su importante recuperación a partir del precio de 1986.

El cuadro dos detalla el comportamiento del gasto programable de 1986, el estimado de 1987 y el proyectado de 1988. Como proporción del producto, el gasto programable del sector público presupuestal cerrará 1987 en un nivel igual al programado: 22.0%. Este nivel será mantenido en el presupuesto de salida de 1988, tal como se explica en el documento de criterios.

A nivel del gobierno federal, es notable la recuperación programada para el año entrante en los rubros de servicios personales, como consecuencia, fundamentalmente, del apoyo a la labor educativa, y de la inversión, que será aumentada para consolidar la recuperación de la actividad productiva. Para acomodar estos aumentos, otros rubros presupuestales, como el de transferencias fuera del presupuesto, tendrán un crecimiento porcentual menor que el del producto o, incluso, decrecerán en términos reales.

El cuadro tres, muestra la evolución esperada de los ingresos presupuestales. En 1987 se registrará un aumento de estos ingresos de 0.2 puntos porcentuales del producto interno bruto, a pesar de una disminución de los ingresos de los organismos y empresas de casi un punto, como resultado, principalmente, de un rezago de los precios y tarifas del sector público respecto de la inflación. Para 1988, se proyecta un crecimiento de un 6.8% de los ingresos no petroleros reales del gobierno federal y de 7.7% de los de organismos y empresas diferentes de Pemex; se espera que los ingresos presupuestales registren un aumento real de 3.9%.

El cuadro cuatro reporta una desagregación más amplia de la evolución de las finanzas públicas a partir de 1982.

El cuadro cinco presenta la evolución de la oferta y la demanda agregada en que se basó la programación presupuestal para 1988. El cuadro seis detalla algunos aspectos de la evolución económica en que se basó el ejercicio.

Por último, la gráfica cinco ilustra el fortalecimiento de la economía ante el exterior, por medio de la evolución del coeficiente de intereses de la deuda externa a exportaciones de bienes y servicios.

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INFORME DE ARANCELES

El C. Presidente: -El siguiente punto del orden del día, es el turno a comisión del informe sobre el uso de la facultad en materia arancelaria.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional.- Estado Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales con el presente les envió el informe de aranceles.

Al comunicar a ustedes lo anterior, les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6o. de la Ley Reglamentaria del párrafo 2o. de dicho precepto constitucional, el Ejecutivo Federal a mi cargo somete a la aprobación del H. Congreso de la Unión el uso que durante el presente año fiscal ha hecho de las facultades que tiene concedidas en materia arancelaria, por virtud de las normas legales citadas.

En el año de 1986, fue transcendente para la aplicación de la política de racionalización de la protección, en tanto que por una parte, se mantuvieron los logros alcanzados, y por otra, se avanzó significativamente al continuar eliminando barreras no arancelarias (controles cuantitativos y precios oficiales) e iniciar el programa de desgravación arancelaria como segunda fase de esta política.

Para 1987 el objetivo general continúa sin cambio, de tal forma que el 6 de marzo se aplicó la segunda etapa de desgravación arancelaria y se aplicará la tercera el 31 de diciembre; asimismo, se han logrado importantes avances en la eliminación de barreras no arancelarias, sustituyendo el permiso previo por aranceles adecuados hasta donde ha sido posible, y se ha depurado el sistema de precios oficiales utilizando procedimientos modernos contra prácticas desleales de comercio.

En materia arancelaria el avance es muy notorio, ya que se aplicó la desgravación arancelaria a 4 mil 169 fracciones. Adicionalmente se bajaron los aranceles a otras 1 mil 105, principalmente a fracciones con arancel del 10% por tratarse de productos que no se fabrican en el país, como medida de apoyo al aparato productivo para reducir costos de producción y abatir presiones inflacionarias.

Con el avance en la política arancelaria se redujeron sus indicadores, tales como la media arancelaria que disminuyó tres puntos, la dispersión arancelaria que se redujo aproximadamente en un punto para situarse en 19.6% y 13.4 respectivamente, por su parte, el arancel ponderado con importaciones disminuyó también en dos puntos para situarse en 11.1%.

A fin de cumplir lo anterior, durante el presente año fiscal, se ajustaron los aranceles a 5 mil 708 fracciones de la tarifa del impuesto general de importación, al incrementar la tasa ad valorem a 274 fracciones con el propósito de adecuar su protección, y reducir el arancel a 5 mil 434, para alcanzar los objetivos de la penúltima etapa del programa gradual de desgravación arancelaria y ajustar la apertura del comercio exterior de nuestro país.

Adicionalmente, como complemento a estas medidas y con el objeto de homogeneizar la nomenclatura a la tarifa de importación, se crean 435 fracciones, se modifica el texto a 214, se restablecen 42, se derogan 253 y se cambia la unidad de aplicación a dos.

En cumplimiento a los compromisos contraídos por nuestro país como signatario del Tratado de Montevideo, se negociaron diversos productos que están comprendidos en 18 acuerdos, tres de alcance parcial, 14 de naturaleza comercial, que amparan un total de 3 mil 161 fracciones de la tarifa del impuesto general de importación; y otro de carácter regional. También se signó un protocolo dentro del marco del GATT, relativo a negociaciones comerciales entre países en desarrollo, con estos dos últimos acuerdos se incluyen las negociaciones de la mayoría de los productos de la tarifa de importación. Asimismo, se elaboraron dos iniciativas de ley de reformas y adiciones a las nomenclaturas de las tarifas del impuesto general de importación y de exportación; por último, se realizó la transposición de 8 mil 355 fracciones de la tarifa de importación al sistema armonizado de designación y codificación de mercancías.

Con lo anterior, México sigue cumpliendo fielmente sus compromisos internacionales y además promueve el intercambio comercial con los países de la zona. En total, las modificaciones arancelarias a la tarifa del impuesto general de importación, en este período, se efectúan sobre 6 mil 654 fracciones, publicadas en las siguientes fechas:

El 23 de febrero se modifican 240 fracciones, al crear 12, elevar el arancel a 68, reducirlo a 25, cambiar el texto a 30, derogar 104 y cambiar la unidad de aplicación a una.

El 25 de febrero se llevan a cabo 79 ajustes a la tarifa, al crear cuatro fracciones, incrementar el arancel a cinco y disminuirlo a cuatro, derogar 50, modificar el texto a 13, restablecer dos y cambiar la unidad de aplicación a otra fracción.

El 6 de marzo se efectúan cambios significativos en la estructura tarifaria, al reducir el arancel a 4 mil 192 fracciones, elevarlo a 87, crear 90, modificar el texto a 14, derogar 13, y restablecer 33, para un total de 4 mil 429 ajustes arancelarios.

El 30 de abril se realizan 373 modificaciones arancelarias, en virtud de que se crean 174 fracciones, se reduce el arancel a 62 y se incrementa a 24, se derogan 61, se cambia el texto de 50 y se restablecen dos.

El 28 de julio se hacen ajustes en 93 fracciones, al crear 23, elevar el arancel a siete, reducirlo a 20, derogar seis, modificar el texto a 34 y restablecer tres.

El 31 de julio se crean 13 fracciones, se aumenta el arancel a 39 y se baja a 65, se derogan cuatro, se cambia el texto a 10 y se restablece una, para un total de 132 ajustes a la tarifa.

El 28 de agosto se realizan ajustes que se habían programado, al disminuir el arancel en 968 fracciones, elevarlo a cinco, crear 21, modificar el texto a 22, derogar siete y restablecer una, que significa un total de 1 mil 24 modificaciones arancelarias.

En el mes de noviembre se realizan 56 modificaciones arancelarias, al crear 18 fracciones, elevar el arancel a nueve y disminuirlo en 15, cambiar el texto a 12 y derogar dos.

En el mes de noviembre se crean 80 fracciones, se incrementa el arancel a 30 y se reduce a 83, se ajusta el texto en 29 y se derogan seis, para un total de 228 modificaciones a la tarifa.

En materia de exportaciones, se ha continuado con el objetivo de impulsar su promoción y fomento, apegándose a los planes y metas de los distintos programas que orientan su aplicación para agilizar su administración y elevar los niveles de comercialización en los mercados extranjeros. Se ha cuidado con especial atención, restringir exportaciones de productos, cuando se considera que éstos ponen en peligro el abasto interno, para evitar la explotación irracional de la flora y la fauna, para regular y respetar compromisos contraídos por acuerdos internacionales y por razones de salud, sanidad y fitosanitarias.

En la tarifa del impuesto general de exportación, se efectúan 139 modificaciones arancelarias, las cuales, se llevan a cabo en las siguientes fechas:

El 25 de febrero se crean tres fracciones relativas a suero de leche desmineralizada en polvo, planta de sábila o áloe cuando se cultive en viveros y soldadura de alambre sin fundente; se adecúa la tasa ad valorem a 95 fracciones, relativas principalmente a productos agropecuarios; sardina Monterrey, abulón, langosta y camarón; así como también a las de algunos derivados del petróleo, desperdicios y desechos de acero, cobre en bruto y soldadura en forma de alambre, destacándose la desgravación en 71 productos, la reducción del arancel en 21 y la elevación de éste en tres. Así mismo, se modifica el texto a tres fracciones correspondientes a plantas de sábila o áloe de origen silvestre, garbanzo y betunes fluidificados de origen natural, y se derogan dos, una como consecuencia de la modificación a la fracción de garbanzo, y otra, que clasificaba a postes de madera, para un total de 103 modificaciones arancelarias.

El 30 de abril se realizan 12 ajustes arancelarios, de los cuales, uno corresponde a la eliminación de prohibición de la langosta viva y 11 a cambios de texto para garantizar la salvaguarda del patrimonio histótico y del acervo cultural, sobre todo, de productos considerados monumentos artísticos o históricos, tales como pinturas o dibujos, estampas, litografías, fósiles, antigüedades y colecciones de ejemplares zoológicos, botánicos, minerológicos, etcétera; así como también, para productos como el aceite esencial de limón mexicano y el chicle, a fin de regular su comercialización.

El 23 de septiembre se modifica el texto de tres fracciones que clasifican a monedas de metal común o sus aleaciones y se derogan cuatro, una relativa a pectinas, y tres a monedas, como consecuencia de la modificación a los textos antes señalados.

En el mes de noviembre se llevan a cabo 17 cambios a la tarifa, al crear 10 fracciones que amparan a maíz palomero, arroz variedad Morelos y cospeles de metales preciosos, cobre, bronce, níquel y de fundición de hierro y acero; se modifica también la nomenclatura de tres fracciones que comprenden a monedas de metales preciosos, nacionales o extranjeras que tengan o hayan tenido curso legal y se derogan cuatro fracciones que comprendían a monedas no especificadas en la tarifa y otras manufacturas de metales preciosos o

chapados en estos metales, de hierro o acero y níquel

Reitero a ustedes las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987.

El Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado.»

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Trámite: - Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

INFORME SOBRE ALEACIONES DE MONEDAS DE 500 PESOS

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día, es el turno a comisión del informe de aleaciones de monedas de 500 pesos.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. -Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío informe de aleaciones de monedas de $500.

Al comunicar a ustedes lo anterior, les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 13 de noviembre de 1987.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. -Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2o. del decreto en el que se fijan las características de la moneda de quinientos pesos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 1986, la Secretaría a mi cargo presenta al Congreso de la Unión, por el digno conducto de ustedes, el informe sobre la composición metálica de la moneda de la mencionada denominación.

El referido decreto faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a determinar dentro de una serie de opciones la composición metálica de la moneda en él prevista, oyendo para ello al Banco de México, de manera que se pueda adecuar la aleación de la moneda a las cambiantes circunstancias que imperan en los mercados internacionales de metales.

Las razones que se consideraron para determinar la aleación de cupro - níquel como la idónea de entre las señaladas por ese honorable Congreso de la Unión fueron, en primer término, las cualidades de dicho metal que permiten lograr altos relieves en la acuñación de las piezas lo que da gran calidad y apariencia a las mismas, características que deben tener las monedas de denominaciones altas.

Además, cabe agregar que el Banco de México cuenta actualmente con grandes inventarios de cupro - níquel, lo que evita adquirir el principal insumo para la acuñación de esta pieza. Este significativo ahorro no se lograría de seleccionarse alguna de las otras aleaciones aprobadas por esa honorable soberanía.

Dicho ahorro en la fabricación de esta nueva pieza, además de ser muy considerable, es congruente con el fin de sustituir el billete de 500 pesos por una moneda metálica de esa misma denominación, con el fin de lograr economías en la fabricación de nuestros signos monetarios.

La aleación que se eligió para la moneda de 500 pesos, así como las que se determinaron en los pasados dos años para las otras suertes, dan lugar a una distribución equilibrada de los recursos materiales, productivos y tecnológicos disponibles en la República para la acuñación de piezas metálicas.

Por otra parte, la moneda de 500 pesos se integra adecuadamente al sistema monetario de piezas metálicas, ya que permite tanto por su color, espesor y peso, su fácil identificación con respecto a los otros signos metálicos, coadyuvando de esa manera a la seguridad y agilidad en las transacciones económicas.

Durante el lapso que cubre este informe se continuaron acuñando las demás monedas metálicas correspondientes a las otras denominaciones en las aleaciones determinadas por la Secretaría a mi cargo en 1984 y 1985, de las cuales en su momento se informó a esa honorable soberanía.

Reitero a ustedes las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 13 de noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Secretario, Gustavo Petriccioli Iturbide.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

INFORME DE CONTROL DE CAMBIOS

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día, es el turno a comisión del informe de control de cambios.

En virtud a que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se va a proceder a darle el trámite correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presente.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío el informe de control de cambios.

Al comunicar a ustedes lo anterior, les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. -Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - Presente.

En cumplimiento del artículo 19 de la Ley Orgánica del Banco de México, el Ejecutivo Federal a mi cargo informa al honorable Congreso de la Unión, acerca del uso que durante el presente año ha hecho de las facultades que tiene concedidas en materia de control de cambios.

La laboral desarrollada en 1987 en materia de control de cambios, ha estado encaminada a consolidar las acciones emprendidas desde diciembre de 1982, las cuales han permitido alcanzar una estabilidad en las disposiciones cambiarias que ha representado importantes ventajas, tanto para las empresas que participan en el comercio exterior como para las instituciones de crédito operadoras, principalmente en cuanto a la planeación de sus actividades futuras.

A continuación se describen las acciones más importantes adoptadas en este año:

a) Compilación de las disposiciones complementarias de control de cambios.

Continuando con la política de compilar periódicamente las disposiciones de control de cambios a fin de facilitar su consulta, aplicación y cumplimiento, el pasado 11 de mayo se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones complementarias de control de cambios, mismas que abrogan las expedidas con anterioridad. En esta nueva reglamentación se introdujeron diversas adiciones y ajustes menores, con objeto de brindar una mayor seguridad jurídica a los sujetos involucrados en las operaciones de control de cambios y de mejorar la eficiencia del sistema:

1. Se otorgó a las personas que realizan exportaciones a consignación, un plazo de hasta 360 días para llevar a cabo las ventas de divisas correspondientes.

2. Se comprendieron nuevos conceptos a la lista de gastos indirectos asociados a la exportación, tales como el arrendamiento de maquinaria y equipo relacionado con el proceso productivo de exportación; la inversión en infraestructura de

comercialización en el exterior; y el tratamiento y refinación de minerales, fuera del país.

3. Se estableció un mecanismo que permite a los importadores protegerse contra el robo, la pérdida o el extravío de la copia del pedimento de importación necesaria, para llevar a cabo operaciones de control de cambios. Los importadores que se acojan a dicho mecanismo, aun cuando sufran el robo, la pérdida o el extravío de la mencionada copia del pedimento de importación, pueden realizar las operaciones de control de cambios que correspondan, sin incurrir en las sanciones de tipo económico previstas en las disposiciones aplicables.

Este mecanismo concede a los interesados, principalmente a aquellos que regularmente realizan importaciones de mercancías, diversas ventajas tales como la seguridad de que en ningún momento sufrirán quebrantos económicos, de no contar con la referida copia del pedimento de importación, o bien evitar a los importadores y agentes aduanales el establecimiento de procedimientos altamente onerosos para el manejo de los documentos mencionados.

4. Se previó un plazo de prescripción de 120 días naturales, contados a partir del ingreso al país de mercancías importadas, para que los interesados puedan adquirir en las instituciones de crédito, al tipo de cambio controlado, las divisas que requieran para el pago de sus importaciones. Si las importaciones son financiadas con créditos de proveedores del extranjero a plazo mayor al mencionado, las adquisiciones de divisas podrán efectuarse conforme al calendario de pagos correspondiente.

Con esta medida, se busca evitar que la obligación de las instituciones de crédito de vender divisas controladas se mantenga indefinidamente, y con ello impedir que se presenten prácticas especulativas indeseables, que obstaculizan una programación adecuada de las necesidades de divisas del país.

5. Se aclaró la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para negar el registro de créditos en moneda extranjera pagaderos en el exterior a favor de entidades financieras, o de limitar el monto de los intereses respecto de los cuales se tenga derecho de divisas controladas, cuando considere que dichos créditos fueron contratados a tasas de interés superiores a las que rijan en el mercado para operaciones similares.

6. Se sujetaron al régimen general establecido para los exportadores de mercancías, a las empresas cuya actividad esté orientada al mercado nacional, y a la vez cuenten con programas de maquila autorizados para ocupar capacidad instalada ociosa.

7. Finalmente, se incorporaron algunas resoluciones de carácter general emitidas por el Comité Técnico de Control de Cambios, que tratan los temas siguientes: ventas de divisas al tipo de cambio controlado, para pagar el importe de las refacciones incorporadas en la reparación en el extranjero de maquinaria y equipo; exención de registro en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de crédito en moneda extranjera otorgados por instituciones de crédito del país, a plazo de hasta 180 días, y de créditos otorgados con recursos provenientes de fideicomisos de fomento económico, independientemente de su plazo de pago; y ventas de divisas controladas para el pago de gastos directos asociados a la exportación e importación de mercancías, que no excedan de 2 mil dólares, sin requerir dictamen de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

b) Resolución sobre compraventas comprendidas en el mercado controlado.

Con el mismo propósito de agrupar y sistematizar las normas emitidas en materia de control de cambios, el Banco de México publicó en el Diario Oficial de la Federación del 11 de mayo de 1987, una resolución sobre compraventas comprendidas en el mercado controlado de divisas, en la que se compilan las expedidas con anterioridad.

Con objeto de propiciar la regularización de obligaciones derivadas del control de cambios que mantengan incumplidas los importadores, se estableció un régimen aplicable a partir del 9 de octubre de 1987, en virtud del cual dichos importadores tienen derecho a que se les libere del compromiso de uso o devolución de divisas y a que se les reembolse el importe de la garantía que se hubiere hecho efectiva, debiendo al efecto entregar a la institución de crédito correspondiente, además de la documentación exigida por las disposiciones cambiarias, un importe en moneda nacional que se determina en función del retraso con el que se lleve a cabo la comprobación.

Asimismo, también a partir del 9 de octubre de 1987, se redujo al 10% el importe de la garantía que los importadores están obligados a constituir sobre el monto de las divisas vendidas por anticipado.

c) Resoluciones emitidas por el Comité Técnico de Control de Cambios.

Durante el año en curso el Comité Técnico de Control de Cambios dictó nueve resoluciones, las

cuales constituyen significativos avances en materia de simplificación administrativa, en beneficio principalmente de las empresas exportadoras e importadoras del país.

Estas resoluciones tratan los temas siguientes:

a) Ventas de divisas al tipo de cambio controlado para el pago de gastos directos asociados a la exportación y a la importación, en exceso de los porcentajes autorizados, sin requerir dictamen de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

b) Operaciones dentro del mercado controlado de las personas integrantes del sector pesquero;

c) Disposición de divisas controladas a los importadores de ciertas mercancías, para cubrir gastos directos asociados a la importación por concepto de fletes, en porcentajes superiores a los autorizados, sin requerir dictamen de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

d) Procedimiento por el cual las personas que hubieren realizado importaciones de mercancías con anterioridad al 18 de mayo de 1987, que por cualquier causa no cuenten con la copia válida para efectuar operaciones de control de cambios del correspondiente pedimento de importación, pueden liberar compromisos de uso o devolución de divisas o efectuar deducciones a compromisos de venta de divisas, hasta el 16 de octubre de 1987, en base a otra copia del respectivo pedimento de importación, autógrafa o certificada por la aduana de entrada de la mercancía;

e) Otorgamiento de un período mayor, a partir del cual comienza a correr el plazo de prescripción de la obligación de las instituciones de crédito, de vender divisas o aceptar deducciones a compromisos de venta de divisas, para el pago de importaciones de mercancías;

f) Excepción a la aplicación del aludido plazo de prescripción, tratándose exclusivamente de la obligación de las instituciones de crédito, para aceptar deducciones a compromisos de venta de divisas que amparen la exportación de mercancías importadas temporalmente;

g) Establecimiento de un procedimiento por el cual se simplifica la comprobación de la venta de divisas generadas por la exportación de productos pesqueros; y

h) Créditos en moneda extranjera contratados a corto o medio plazo, cuyos recursos se apliquen al pago de financiamientos dispuestos con posterioridad al 20 de diciembre de 1982 otorgados por entidades financieras, que a su vez se hubieren destinado a la liquidación de adeudos contraídos con anterioridad a la fecha citada.

d) Difusión de las medidas adoptadas en materia de control de cambios.

Siguiendo la política adoptada desde el establecimiento del régimen actual de control de cambios, durante el presente año se continuó el esfuerzo de difusión de las normas emitidas en materia cambiaria, habiéndose llevado a cabo durante el presente año 33 seminarios y pláticas en las principales plazas del país, así como en el extranjero, dirigidos fundamentalmente a la comunidad exportadora e importadora y al personal bancario, que en las distintas instituciones de crédito del país tienen bajo su responsabilidad el manejo de las diversas operaciones de control de cambios.

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado».

Trámite: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

SOCIEDADES NACIONALES DE CRÉDITO

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día, es el turno a comisión del informe sobre la operación de las sociedades nacionales de crédito correspondientes a 1987.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, se procede a darle el turno correspondiente.

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presente.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales con el presente les envío informe sobre operación de las sociedades nacionales de crédito correspondiente a 1987.

Al comunicar a ustedes lo anterior, les reitero en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo, No Reelección

México, Distrito Federal, a 13 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

En cumplimiento a los dispuesto por el artículo 4o. de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, presento a este honorable Congreso de la Unión el informe sobre la operación de las sociedades nacionales de crédito, correspondiente a 1987.

El sistema bancario se ha constituido durante 1987 en punto de apoyo fundamental en la instrumentación del Programa de Aliento y Crecimiento.

Cuatro han sido las orientaciones básicas de la actuación bancaria en este periodo: fortalecer el ahorro nacional; canalizar el crédito y la inversión de capital de riesgo en apoyo de la recuperación económica y el cambio estructural; reforzar la consolidación institucional de la banca, promoviendo un servicio bancario eficiente; y buscar una mayor complementariedad y equilibrio con los distintos sectores del sistema financiero.

Es así que se ha impulsado una mayor movilización nacional del ahorro interno, con el objetivo de reducir las necesidades de recursos financieros del exterior y aprovechar al máximo las potencialidades de generación de ahorro de empresas y particulares en las distintas regiones del país.

Durante 1987 la banca ha canalizado un volumen creciente de recursos en apoyo de la recuperación económica y la transformación estructural del país. En tal esfuerzo se han conjugado el otorgamiento de recursos crediticios y la aportación de capital de riesgo.

Los niveles de utilidad alcanzados, los grados de capitalización adecuados y la venta de certificados de aportación patrimonial serie "B" de 13 bancos múltiples, consolidan institucionalmente al sistema y fortalecen las relaciones y comunicación de la banca con la sociedad civil.

Prioritariamente se han realizado esfuerzos para mejorar y agilizar la atención al público en ventanillas, a través de estímulos al personal, avances en sistemas e informática, introducción de nuevos servicios y adecuaciones en la red de sucursales bancarias.

Se ha buscado que la dinámica de expansión y modernización de la banca sea tal, que se logre un razonable balance con el crecimiento de otros componentes del sistema financiero. De ahí el surgimiento de sociedades de inversión en los bancos y de diversos servicios de ingeniería financiera, que modernizan y adecúan la prestación del servicio público de banca y crédito al momento actual.

Durante 1987 se ha continuado emitiendo diversas disposiciones de reglamentación bancaria, a fin de cumplir con los dispuesto en la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

En diciembre de 1986 se publicaron las leyes orgánicas de Nacional Financiera y Patronato del Ahorro Nacional, que se adicionan a las emitidas en enero del mismo año: a la fecha queda pendiente aún la correspondiente a Financiera Nacional Azucarera.

Asimismo, se expidieron los respectivos reglamentos orgánicos de Banrural, Banjército, Banpesca, Banpeco, Banobras, Bancomext, Nafin y Pahnal.

Con esta nueva reglamentación, los bancos de desarrollo cuentan con una base jurídica moderna y adecuada a la naturaleza de sus operaciones, lo que permite mayor uniformidad y coherencia en el cumplimiento de sus objetivos de apoyo a los sectores económicos y sociales hacia los que orientan preferentemente sus actividades.

En relación con las medidas de seguridad bancaria, en el mes de abril se expidieron el Reglamento de Seguridad y Protección Bancaria, así como las reglas generales que establecen lineamientos sobre dichas medidas, considerando la conveniencia de establecer bases idóneas para proteger el servicio que presta la banca, en su condición de depositaria de los recursos del público, y con esto delimitar las actividades propias de la seguridad, así como los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales, las cuales contarán con un apoyo eficaz de los cuerpos de seguridad y protección bancaria.

En los términos de la Ley Bancaria, se autorizó la inversión por parte de las sociedades nacionales de crédito en el capital de la sociedad denominada Seguridad y Protección Bancaria, S. A. de C. V., constituida con el fin de prestar servicios de vigilancia interna y externa a las propias instituciones.

Se expidieron lineamientos para la colocación entre el público, de los certificados de aportación patrimonial de la serie "B"; con lo que se dieron las bases para la participación del público en general en el capital de las sociedades nacionales de crédito, observándose en la práctica una adecuada diversificación y distribución de los certificados entre los distintos sectores y regiones. Asimismo, se expidieron las reglas generales a que deberán sujetarse las sociedades nacionales de crédito, para la adquisición transitoria de los certificados de la serie mencionada, y las reglas sobre la forma en que deberán computarse las obligaciones subordinadas para efectos de capital neto.

A través de dichas reglas y las demás que se encuentran en proceso de instrumentación, en apego a lo previsto por la Ley Bancaria, se pretende dar a las disposiciones del propio ordenamiento una eficaz aplicabilidad y al mismo tiempo establecer controles flexibles sobre las distintas operaciones y servicios que los bancos realizan.

En materia laboral, se concluyó con la aprobación de las Condiciones Generales de Trabajo de las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca múltiple, con lo cual quedan totalmente formalizadas las relaciones laborales armónicas, justas y adecuadas a las características propias del servicio público de la banca. Actualmente las autoridades, los sindicatos y la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios, llevan a cabo las actividades propias del proceso de revisión de las condiciones hacia un mejoramiento de las prestaciones, dentro del marco de las leyes en la materia y con base en la realidad que vive el trabajador bancario.

En lo referente a la banca de desarrollo, se autorizaron las condiciones generales de trabajo del Banrural, Bancomer y Banpeco. Se encuentran en proceso de análisis, revisión, seguimiento y tramitación las correspondientes a Banpesca, Nafin, Banobras, Banjército y Pahnal.

Congruentemente con la política de desregulación a las entidades paraestatales, se continúo estimulando la autonomía de gestión de los bancos, pero siempre vinculándose a los objetivos nacionales, mediante la definición de políticas generales, que en materia de operación de éstas se encuentran plasmadas en el marco de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Durante el período que se analiza, ha continuado avanzando la política de racionalización de la estructura de la banca de desarrollo. Así, concluyó el proceso de liquidación del Banco Nacional de Turismo, S. A. de C. V. y del Banco Nacional Cinematográfico, S. A., conjuntamente con la del Fideicomiso El Palomar, que se transformó en Mandato. En mayo del presente año salió publicada la Resolución para la Extinción de los Fideicomisos para Inmuebles Cuauhtémoc, S. A. y para la Compañía Del Ángel, S. A., por lo que Banobras, en su carácter de institución fiduciaria formuló los convenios respectivos. Asimismo, en el área fiduciaria del sistema Banrural están en proceso de extinción los fideicomisos Fipror, Focce, Feda y Ffaa. Los programas prioritarios y estratégicos que venían manejando estas instituciones, han sido reasignados a otras entidades afines.

Actualmente el sistema de banca de desarrollo cuenta con ocho sociedades nacionales de crédito, que cubren los sectores agropecuario, pesquero, azucarero, industrial, comercio interior, comercio exterior y obras y servicios públicos.

En su sector fiduciario coordinado, la banca de desarrollo opera a través de 12 fondos de fomento especializados en financiamiento y apoyo técnico a la vivienda, turismo, pequeña y mediana industria, producción agropecuaria y al comercio exterior.

Con el propósito de apoyar la operación de las instituciones de banca múltiple que enfrentan problemas financieros transitorios y de conformidad con los estipulado en el artículo 77 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, en noviembre de 1986 se constituyó el Fondo de Apoyo Preventivo a las Instituciones de Banca Múltiple, Fonapre.

El Fondo está integrado por el Gobierno Federal, representado por la Secretaría de Programación y Presupuesto, como fideicomitente; el Banco de México en su carácter de fiduciario, y la comparecencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El patrimonio del fondo se constituye con aportaciones provenientes del mismo sector bancario, con el propósito de aplicarlas a operaciones preventivas para apoyar la estabilidad financiera de las instituciones y evitar que los problemas que enfrenten se constituyan en perjuicio del pago oportuno de los créditos a su cargo.

En el fondo se constituyó como órgano supremo un comité técnico integrado por funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la Secretaría de Programación y Presupuesto, el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

En 1987 la gestión del Fonapre ha permitido conjugar apoyos del fondo y programas de corrección financiera de las instituciones, para emprender la solución a los problemas presentados en algunos bancos como Multibanco Mercantil de México, Banpaís, BCH, Crédito Mexicano y Bancreser; de esta manera, a través del funcionamiento del Fonapre, que opera sin recursos fiscales, se da transparencia a la solución de problemas y se toman las medidas preventivas para evitar que se agraven.

En el comportamiento de las instituciones atendidas por el fondo, se observan signos de recuperación; se estima que a partir de este año sus resultados sean más satisfactorios.

El establecimiento de las bases normativas de reorientación, reorganización y control propicia un adecuado y armónico desenvolvimiento del sector, así como una mayor congruencia entre la autonomía de gestión y los requerimientos de la política económica.

La banca, inmersa en un proceso de continua transformación jurídica y operativa a lo largo de los últimos cinco años, tiene ya una nueva estructura con significativos avances hacia su consolidación.

Como parte de la política de racionalización del sector paraestatal, el Ejecutivo Federal lleva a cabo un proceso de liquidación, extinción, fusión, transferencia y venta de entidades paraestatales no prioritarias ni estratégicas. La banca nacional participa activamente en este proceso.

A la fecha, se ha asignado a la banca nacional la promoción y realización de la venta de acciones de 165 empresas. Este proceso se realiza conforme al procedimiento establecido por el grupo intersecretarial constituido para tal efecto.

Las instituciones bancarias encargadas efectúan los estudios y análisis necesarios y establecen contacto con los sectores social y privado interesados.

El procedimiento es arduo, no obstante se avanza de manera importante. De las empresas en proceso de enajenación, se ha concluido la venta de acciones de 101 de ellas, por un monto de 378 mil 769 millones de pesos.

De las 64 empresas restantes, 29 están en proceso de evaluación de oferta; se elaboran los análisis tecnicofinancieros de otras 17; se reconsidera la situación de cuatro empresas, cuya venta no es viable y se inician los estudios de 14 más, recientemente asignadas.

Durante 1987, se ha consolidado la recuperación de la intermediación bancaria. A partir del segundo trimestre de este año, nuevamente se han observado tasas reales de crecimiento positivo en la captación de la banca y se canalizan recurso crediticios a un ritmo de crecimiento mayor al de la inflación.

El mejoramiento del entorno macroeconómico, ha influido significativamente en el comportamiento de la intermediación bancaria.

El repunte en los precios internacionales del petróleo, el dinamismo de las exportaciones no petroleras y el retorno de capitales del exterior, son tres factores que han generado favorables expectativas entre el público, alentando conductas que favorecen la formación de ahorro al interior del sistema bancario y fomentan la demanda de recursos crediticios por parte de los sectores privado y social.

De enero a septiembre de este año, la captación de recursos del público por parte de la banca nacional creció en 17 billones 296 mil millones de pesos, de los cuales 16 billones 14 mil millones corresponden a la banca múltiple y 1 billón 281 mil millones provienen de la banca de desarrollo.

Cifras de los últimos 12 meses a septiembre, indican que la captación del sistema bancario en su conjunto ha observado un crecimiento anual superior a la inflación en un 2%.

Se estima que en todo el año los saldos de la captación bancaria aumentarán en aproximadamente 28 billones 690 mil millones de pesos, con un crecimiento anual de 132% a diciembre.

La captación de la banca de desarrollo se concentra básicamente en depósitos a plazo y en segundo término, en valores o títulos en circulación. El primero representó a septiembre cerca del 60%, y el segundo 26.0%.

En la captación de la banca de desarrollo sobresale Nafin, quien al 30 de septiembre absorbe el 63.0%, le siguen en importancia Banpesca con 10.4% y Banobras con 10.5%.

Por lo que se refiere a los bonos bancarios de desarrollo, éstos tuvieron relativa aceptación en el mercado. Sólo fue posible realizar colocaciones en Banpesca y Banrural durante el lapso comprendido entre septiembre de 1985 y mayo de 1986, período en el cual se emitió un total de 17 mil millones de pesos, saldo que se mantuvo sin cambios hasta diciembre de 1986. A septiembre de este año el saldo se redujo a 12 mil millones de pesos.

Por su parte, el saldo de aceptaciones bancarias colocadas por la banca de desarrollo, que ascendió a 428 mil millones de pesos a diciembre de 1986, observó a septiembre de este año una declinación importante en algunas instituciones; Nafin y Banobras, por ejemplo, redujeron al mínimo esta fuente del mercado de dinero.

Ha continuado la tendencia a que el ahorro captado del público se desplace de los instrumentos de menor a los de mayor rendimiento financiero. En 1982 los depósitos a la vista y ahorro representaban el 26% y los depósitos a plazo el 74% del total de la captación; en septiembre de 1987 estas proporciones fueron de 16% y 84%, respectivamente. Este cambio en la mezcla de recursos significa un factor que incrementa los costos de captación y por lo tanto, impacta negativamente en el nivel de la tasa efectiva de crédito.

Con el fin de facilitar las transacciones en divisas en la frontera norte, y permitir que los bancos nacionales capten más recursos en moneda extranjera, el Banco de México autorizó el 7 de agosto del año en curso que las personas físicas o morales asentadas en una franja fronteriza de 20 kilómetros o en Baja California, puedan operar cuentas de cheques en dólares

. Se ha mantenido una política realista de tasas de interés, congruente con la demanda de recursos financieros, con la inflación, con las expectativas del deslizamiento cambiario y con las tasas de interés en el exterior.

La recuperación del ahorro en términos reales ha facilitado disminuir el alto nivel nominal de las tasas de interés bancarias. El costo porcentual promedio de la captación ha mantenido una tendencia descendente a partir del mes de abril, pasando de 95.33% en diciembre de 1986 a 91.02% en septiembre de 1987, 4.3 puntos porcentuales de reducción en nueve meses.

En lo que va del año se han ofrecido, en promedio, tasas de interés reales positivas al ahorrador, hecho que ha favorecido la permanencia del ahorro en el sistema bancario.

Asimismo, considerando los rendimientos ofrecidos por instrumentos bancarios en el mercado internacional y el ritmo esperado de devaluación del peso frente al dólar, los intereses pagados por los depósitos bancarios en el país son superiores a los que se obtendrían en otras monedas, estimulando así la permanencia de capitales en el mercado financiero doméstico.

Durante el período que se informa, se han creado nuevos instrumentos de captación, algunos de ellos con novedosas modalidades, con el objeto de brindar al público planes de inversión más flexibles y rentables, servicios computarizados, centros financieros y oficinas de autoservicio, que satisfacen las necesidades y demandas de los ahorradores en cuanto a seguridad, liquidez y rendimiento.

Estos nuevos instrumentos han permitido a las instituciones bancarias brindar mayores opciones de inversión, tal es el caso de las tarjetas bancarias a las cuales se les dio una doble finalidad, por un lado seguir operando como tarjetas de crédito o bien si el tarjetahabiente lo desea, manejarla como tarjeta de inversión de un fideicomiso constituido con instrumentos de alta liquidez y rendimientos, pudiendo además disponer libremente de su inversión a través de las sucursales y cajeros correspondientes. Este servicio ya lo ofrecen 15 de las 19 instituciones que integran la banca múltiple.

La cuenta maestra es una alternativa más que presenta el sistema bancario para que el usuario tenga acceso a diferentes instrumentos y al mercado de dinero, otorgándose una diversificación de servicios que anteriormente se ofrecían de manera aislada.

El sistema bancario en su dinamismo, ha buscado nuevas alternativas financieras que le permitan optimizar sus recursos. Actualmente cuatro instituciones ofrecen servicios de cajeros automáticos permanentes. Este servicio computarizado está sufriendo una transformación substancial al establecerse convenios entre sociedades nacionales de crédito, a efecto de compartir los cajeros automáticos con otras sociedades, con lo cual se permitirá al usuario el disfrutar de un sistema bancario que tiende a conjuntarse para ofrecer un servicio cada vez más completo y desarrollado.

Con el objeto de establecer otras fuentes alternativas de inversión, se autorizó la emisión de certificados plata (Ceplatas), para lo cual el Banco de México, conjuntamente con Industrial Minera México, S. A. de C. V. y Met - Mex Peñoles, S. A. de C. V., constituyó un fideicomiso irrevocable al cual se destinaron cuatro millones de onzas de plata. Banca Cremi actúa como fiduciaria para la custodia y administración de la plata fideicomitida y para la emisión de los certificados de participación ordinarios amparados por ella.

Dadas las menores presiones para financiar internamente el déficit y con objeto de apoyar la reactivación de la economía durante el segundo semestre del año, las autoridades financieras del país pusieron fin, en el mes de agosto, a la restricción crediticia iniciada en julio de 1985.

Es así que se estableció un nuevo régimen de inversión para la captación marginal de la banca múltiple, con el cual, del ahorro adicional que se capte a partir de agosto, el financiamiento al gobierno federal se reduce del 58.0% al 35.0%; el fondeo de recursos a la banca de desarrollo pasa de 3.0% a 6.0% y la disponibilidad de fondos prestables para las actividades productivas y otros activos aumenta del 29.0% al 49.0%.

Se espera que esta política, además de apoyar la reactivación económica, tenga un alto efecto antiinflacionario a mediano plazo, en la medida en que contribuya a un mayor grado de utilización de la capacidad instalada en la planta industrial y por este conducto, permita alcanzar menores costos en medios de producción.

Con las medidas de liberación crediticia comentadas, la nueva estructura de encaje legal e inversión obligatoria para la captación marginal de la banca múltiple a partir de agosto de 1987, es la siguiente: 10.0% en efectivo en caja y/o depósito de efectivo con intereses en el Banco de México; 35.0% en créditos al gobierno federal; 6.0% en créditos a instituciones de banca de desarrollo; 4.4% en valores o créditos destinados al financiamiento de actividades de fomento económico; 3.5% a la industria mediana y pequeña; 0.6% a ejidatarios, campesinos de bajos ingresos o empresas agroindustriales; 4.3% al sector agropecuario e industrias conexas; 1.4% a la producción de artículos básicos; 1.2% a la exportación de productos manufacturados; 6.0% para vivienda de interés social; 2.5% para habitación de tipo medio; y 0.1% para apoyo al mercado de valores.

El objetivo es canalizar estratégicamente los recursos crediticios, a fin de dar más profundidad y alcance a la contribución de la banca en el logro de los objetivos del desarrollo económico.

La cartera doméstica de crédito a empresas y particulares, por parte de la banca múltiple, ha crecido de enero a septiembre en 5 billones 222 mil millones de pesos, una tasa de crecimiento en el año del 81.3%.

Como resultado del crecimiento en la colocación de recurso, el uso de la capacidad crediticia aumentó del 96% en diciembre de 1986 al 97% en agosto de 1987.

Por su monto y por su orientación, el crédito bancario continúa siendo la fuente más importante de financiamiento de la planta productiva del país, pese a la restricción crediticia instrumentada hasta el primer semestre del año.

En la canalización de crédito, se ha buscado dar un mayor impulso a la función crediticia de la banca, promoviendo el avance técnico para su otorgamiento, empleando no sólo el análisis contable y de las garantías reales, sino de la moderna técnica de evaluación de los proyectos.

Se estima que en todo el año los saldos de la cartera doméstica de crédito, aumentarán en aproximadamente 8 billones 334 mil millones de pesos, 126.4% de crecimiento nominal a diciembre.

La mayor disponibilidad de fondos prestables en la banca, está generando que disminuya el nivel nominal de las tasas de interés de crédito.

Asimismo, la instrumentación de medidas que aumentan la productividad y la eficiencia bancaria, junto con las limitaciones impuestas al crecimiento en los gastos operativos, están permitiendo una reducción de las sobretasas de interés en el marco de una sana competencia interbancaria.

Es así que se espera, que pese a los elevados niveles inflacionarios, las tasas efectivas de crédito continúen disminuyendo en los próximos meses, por efecto de la acción conjunta de los factores antes anotados.

Conscientes de que la contribución de la banca a la estrategia económica, no puede limitarse a la esfera del crédito, aun modernizando esta función, se ha dado un impulso importante a la inversión en capital de riesgo por parte de las instituciones bancarias.

De enero a septiembre de este año, la banca múltiple ha otorgado financiamiento a través de la compra de cartera accionaria, por un total de 242 mil millones de pesos. Dicha cifra representa un crecimiento nominal de 322.2% en el saldo de la tenencia accionaria de la banca, en tan sólo nueve meses.

La inversión en capital de riesgo se está realizando con prudencia y profesionalismo, apegándose a lo dispuesto por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Con este tipo de financiamiento, la banca impulsa el desarrollo de los sectores privado y social a través de su capitalización, revirtiendo en forma gradual el excesivo apalancamiento crediticio en que incurrieron múltiples empresas en años anteriores.

La banca continúa impulsando la modalidad de crédito conocida como "aficorcamiento" y realiza reestructuraciones de adeudos de empresas que,

aun cuando intrínsecamente viables, afrontan problemas financieros derivados con gran frecuencia de la situación general de la economía.

Una de las más importantes contribuciones de la banca nacional en los últimos años, fue respaldar con sus servicios y recurso a más de 200 mil empresas que han logrado, a pesar de las dificultades, sobrevivir y en ocasiones crecer.

Para enfrentar nuevos problemas, los bancos han creado servicios de ingeniería financiera para estructurar y aplicarlos cada día más completos esquemas crediticios necesarios para atender los requerimientos de las empresas.

Como resultado de la eficiencia de la banca mexicana, se tiene que, a pesar de la crisis, México conserva prácticamente intacta su planta productiva, al tiempo que inicia la modernización de varias de sus industrias.

Debido a la crisis, podría esperarse un mayor número de acreditados insolventes; sin embargo el índice de cartera vencida se ha reducido de manera importante, producto en parte de la reestructuración de los créditos existentes.

El saldo de cartera vencida doméstica, prácticamente no aumentó en los últimos 12 meses en agosto de 1986 fue de 294 mil millones de pesos y en agosto de 1987 de 300 mil millones, con los cual el índice pasó de 4.4% a 2.4% en las fechas señaladas. En diciembre pasado el índice fue de 3.0%.

El índice de cartera vencida total, que incluye cifras de las agencias en el extranjero, observó un comportamiento similar al doméstico, al pasar de 3.0% en agosto de 1986, a 2.2% en diciembre anterior y al 1.7% en agosto de este año.

El total de recursos operados por la banca de desarrollo y sus fideicomisos de fomento durante enero - diciembre de 1987, ascenderán a 38 billones de pesos, lo que significará un incremento nominal de 112.7% con relación a la cifra observada en 1986. La fuente más importante seguirá siendo la recuperación de cartera que alcanzará, durante este mismo lapso, 31.7% del total de los recursos. En orden de relevancia le siguen los intereses y comisiones cobrados, 21.1% la contratación de crédito externo, 14.3% e interno, 13.9% y las operaciones bancarias netas, 5.8%. Cabe destacar que los apoyos fiscales han venido perdiendo participación relativa en el total, ya que pasarán de 2.2% en 1986, a 1.6% en 1987. Asimismo, su proporción respecto al PIB también será menor, 0.5% y 0.33%, respectivamente.

Otros instrumentos de financiamiento interno, como los créditos interbancarios, de casas de bolsa y del mercado de dinero, han observado un peso importante en los niveles de endeudamiento; no obstante, su inestabilidad y elevado costo financiero replantearon en 1985 la estructura de fuentes, introduciendo instrumentos de mediano plazo con mayor permanencia, como el bono bancario y los recurso provenientes de la banca múltiple a través del encaje legal.

La revolvencia de los recursos se estima alcanzará un monto de 12 billones, 42 mil millones de pesos, 12.8% mayor al de 1986. Derivado de los procesos de reconversión y cambio estructural efectuados en algunas instituciones bancarias, los índices de recuperación otorgamiento de créditos serán superiores a los de 1986; en Banpesca aumenta de 0.62% en el primer año a 0.96% en el segundo; Banobras de 0.56% a 0.65%; Bancomext, de 0.69% a 0.82%; y Banjército, de 0.60% a 0.66%, respectivamente. En el resto de los bancos se mantendrán niveles intermedios, siendo Nafin la institución con el índice más bajo, 0.50%.

Se espera que a diciembre de 1987 los intereses y comisiones cobrados tengan un crecimiento de 134%, similar al de la inflación estimada, con lo que registrará un monto de 8 billones 38 mil millones de pesos. De este total, Nafin y sus fideicomisos absorberán el 50%, Bancomext y Fomex 14.2% y Banobras 11.6%.

El endeudamiento neto ejercido de enero a diciembre de 1987 ascenderá a 5 billones 210 mil millones de pesos, 122% superior al de 1986. Este total se integra por 58% de crédito neto interno y externo y el resto por captación bancaria neta; es decir, 2 billones 996 mil millones de pesos y 2 billones 214 mil millones, respectivamente.

La deuda neta total, incluyendo captación, estará compuesta por 84.5% de origen interno y el resto de origen externo. Las instituciones que mayor participación tendrán en este total serán: Nafin, 33%, Banrural, 16% y Banpesca, 12%.

El endeudamiento neto de la banca de desarrollo excluida la captación, ascenderá durante enero - diciembre de 1987 a 3 billones de pesos, lo que representa un incremento de 127.9% respecto al flujo de 1986. Este monto está constituido por 2 billones, 187 mil millones de pesos de recursos internos provenientes del 6% del encaje legal, del Fondo de Financiamiento del Sector Público, crédito interbancario y préstamos del mercado de dinero. El resto, 809 mil millones de pesos, 27%, está integrado por créditos BID - BIRF,

Eximbank y bancos privados extranjeros, fundamentalmente. En términos de flujo se depende cada vez menos de las fuentes externas, en 1986 éstas constituyeron 33% del total.

A septiembre de 1987, los saldos de la deuda se concentran en instrumentos de origen externo, los cuales absorben más del 85% del saldo total. Durante este período el incremento de los pasivos en moneda extranjera se explica casi en su totalidad por la variación del tipo de cambio. Las instituciones que más aumentos observan en sus saldos totales, son aquellas que contratan préstamos en el extranjero: Bancomext, Nafin, Banobras y Banpesca, las cuales a su vez intermedian recursos como agentes financieros del gobierno federal.

De las fuentes internas, debe destacarse la del 6% del encaje legal. A partir del 1o. de agosto de 1987 se modificó la estructura del encaje legal, los cambios implicaron tres puntos porcentuales adicionales para los bancos de desarrollo. Hasta julio de este año, estos recursos se asignaron preferentemente a Nafin y a Banrural. La modificación de la tasa del encaje significaría un flujo neto adicional para el período agosto - diciembre estimado en 436 mil millones de pesos, lo que haría un total para todo 1987 de 1 billón 212 mil millones de pesos, llegándose a diciembre de 1987 a un saldo de 1 billón 538 mil millones de pesos.

Estas modificaciones en el encaje marginal propiciaron que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estableciera una nueva estructura de distribución para los bancos de desarrollo, dándole prioridad a Banpesca y Banrural que han observado problemas de liquidez, elevados montos de pasivo exigible y ampliaciones de los programas de crédito. Por otra parte, los recursos provenientes del encaje mostraron también aumento en su costo financiero, los pasivos contraídos hasta el 31 de julio permanecerán con la tasa de CPT + tres puntos y los pasivos que se generen en exceso a partir del 1o. de agosto, tienen una tasa de CPT + 12.4 puntos.

El uso de recursos para financiar a los sectores privado y social durante enero - diciembre de 1987 registró un avance de 1 billón 938 mil millones de pesos, que representa 59.5% de la cifra programada para todo el año. De acuerdo con la tendencia de los programas financieros y las previsiones sobre su estacionalidad, se espera que al cierre de este año la intermediación alcance un monto de 3 billones 266 mil millones de pesos, lo que significaría un aumento de 116.6% respecto al dato observado en diciembre de 1986. Como proporción del PIB pasaría de 1.94% en 1986 a 1.78% en 1987.

De la intermediación estimada a diciembre de 1987, el 75% se concentra en Banrural, Banpesca y Nafin. Las ocho sociedades nacionales de crédito participan con el 80% del total de recursos para financiar a los sectores social y privado.

La cartera de crédito de los bancos de desarrollo durante enero - septiembre se incrementó en 81.1%, al pasar de 25 billones 18 mil millones de pesos al 31 de diciembre de 1986 a 45 billones 298 mil millones de pesos al 30 de septiembre de 1987, el financiamiento neto que se deduce de la diferencia de los saldos ascendería a 20 billones 279 mil millones de pesos. Sin embargo, este aspecto influye en forma determinante la contratación de operaciones en moneda extranjera, particularmente en dólares, las cuales absorben 86% de la cartera total. Sin el efecto del desliz cambiario, el flujo sería tan sólo de 4 billones 655 mil millones de pesos Para hacer compatible esta cifra con los flujos de caja, es necesario eliminar un conjunto de operaciones compensadas, con lo que la cifra efectiva sería por 2 billones 173 mil millones de pesos, la cual registró un incremento nominal de 57.7% respecto a la observada en diciembre de 1986. Las instituciones que más destacan por su alto grado de dolarización en relación a sus recursos totales son Bancomext, Banobras y Nafin.

Debe destacarse que en este renglón las sociedades nacionales de crédito participan con el 92% del saldo total del sistema financiero de fomento; con la adición de Fira y del Fomex, esta proporción se eleva al 98%, por el papel tan relevante de estos dos fideicomisos en el financiamiento agropecuario y del sector exportador.

Durante el período de análisis, la política financiera asignó especial atención a sectores prioritarios como el agropecuario, pesquero, pequeña y mediana industrias, vivienda y exportaciones no petroleras. Se estima que el financiamiento bruto del sistema financiero de fomento alcance un monto por 17 billones 23 mil millones de pesos al cierre de 1987, superior en 138% al de 1986. De este total le corresponde 55% a las ocho sociedades nacionales de crédito. El financiamiento neto asignado a la misma fecha, alcanzaría 6 billones 217 mil millones de pesos.

El financiamiento otorgado al sector agropecuario para todo el año, registrará un monto de 2 billones 827 mil millones de pesos, y 537 mil millones de pesos netos, 48.9% le corresponde al Banrural y el resto de Fira y Ficart. El saldo total alcanzado a septiembre por Banrural asciende a 2 billones 303 mil millones de pesos y observa un incremento respecto a diciembre de 1986 de 71.8%. Se espera que durante el último trimestre

de 1987, esta institución ejerza un mayor dinamismo en cartera de crédito, en virtud de la ampliación de sus programas financieros y de metas físicas.

El proceso de reconversión iniciado por Banpesca en años anteriores se profundizó en 1987, generando mayores impactos sobre los índices de recuperación de cartera, productividad y selectividad en el crédito. Bajo esta perspectiva, el monto de crédito asignado al sector pesquero alcanzará 111 mil millones de pesos brutos y 4.4 mil millones de pesos netos, este último inferior al de 1986, fundamentalmente por un crecimiento relevante en la recuperación de créditos. En este renglón destacan los programas de capitalización de adeudos de los acreditados con problemas de liquidez y el otorgamiento de crédito automático de habitación para los prestatarios que han cumplido con la totalidad de sus obligaciones derivadas de créditos anteriores. El saldo a septiembre registró un monto por 823 mil millones de pesos, 87%, mayor al de diciembre de 1986; distribuido en partes similares en moneda nacional y en moneda extranjera.

El crédito otorgado al campo cañero y a la comercialización y fabricación en el sector azucarero, a través de Financiera Nacional Azucarera y del Fideicomiso de Maquinaria Agrícola Fimaia, será del orden de 1 billón 2 mil millones de pesos brutos y 185 mil millones de pesos en términos netos. El saldo a septiembre alcanzó un monto por 311 mil millones de pesos, concentrado básicamente en moneda nacional.

Con el propósito de apoyar el Programa de Reconversión Industrial, donde participa Nacional Financiera conjuntamente con otras instituciones financieras, así como mantener, mejorar, obtener o recuperar los niveles de competitividad, tanto en el mercado nacional como en le extranjero, se estima que al cierre de 1987 el sector industrial recibirá créditos brutos por 3 billones 770 mil millones de pesos, y por 1 billón 922 mil millones de pesos netos, donde Nafin aportará 93% del total, el resto se asignará a través de su área fiduciaria. Debe destacarse el énfasis que están imprimiendo tanto Nafin como el Fogain a las industrias mediana y pequeña. Asimismo, el saldo total de cartera de Nafin al mes de septiembre, fue de 23 billones 42 mil millones de pesos, 52.6% del total de la banca. La estructura de este saldo se integra por 89% en moneda extranjera y el resto por moneda nacional.

Dentro del sector Desarrollo Urbano y Vivienda, el Banco Nacional de Obras y Servicios con base a los criterios de su política financiera, canalizó recursos en 1986 a través del Sector Público y de programas propios, dentro de éstos se encuentran los créditos a gobiernos estatales y municipios, individualizando los créditos para cada acción. Para 1987 hubo cambios en su política de asignación crediticia al operar a través del mecanismo "Convenios de Concertación de Acciones" para cada uno de los estados de la Federación, otorgando en un solo paquete, financiamiento a las diversas obras de infraestructura de las entidades federativas.

Así, se espera canalizar a este sector 800 mil millones de pesos, en términos brutos y 457 mil millones en términos netos. El saldo de Banobras a septiembre de este año, alcanzó 9 billones 556 mil millones de pesos, compuesto por 96.5% en moneda extranjera y la diferencia en moneda nacional.

El financiamiento de fomento al comercio interior y abasto, se realiza a través de Banpeco y Fice. Durante 1987 el primero ha brindado apoyos preferentemente a comercios establecidos y el segundo, asigna especial énfasis a los Programas de Desarrollo Comercial en Franjas Fronterizas y de Comercialización de Alimentos. Para financiar éstos y otros programas, se estima que a diciembre de 1987, el crédito bruto otorgado para este sector ascenderá a 468 mil millones de pesos y 149 mil millones de financiamiento neto, Banpeco aportará 43.3% del total. Por su parte, el saldo alcanzado por esta institución bancaria a septiembre de este año, sumó 59 mil millones de pesos, superior en 104% al de diciembre de 1986.

El apoyo financiero a las exportaciones se ha considerado como prioritario dentro de la política financiera de fomento. Se han otorgado especial atención a las ventas de productos manufacturados y primarios, a la preexportación, a los exportadores indirectos y a los exportadores que participan en ferias, misiones y eventos internacionales. Los créditos otorgados a través de Bancomext y Fomex son los que más han crecido en términos reales durante 1986 y 1987. Se estima que al finalizar 1987 esta institución y este fideicomiso hayan otorgado un total bruto por 2 billones 698 mil millones de pesos y neto por 981 mil millones, Bancomext aportará aproximadamente el 49%. Tanto en este sector como en donde participa Nafin, existe una alta concentración de los saldos en moneda extranjera, por el volumen de sus operaciones en divisas y fundamentalmente por el incremento que provoca la valorización por tipo de cambio. A septiembre de 1987 el Bancomext reportó un saldo de 8 billones 339 mil millones de pesos, el cual está integrado fundamentalmente en 97% por moneda extranjera.

El Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, continuó atendiendo las necesidades de

crédito de los efectivos de las fuerzas armadas mexicanas, los préstamos personales y el apoyo a unidades habitacionales. Se espera que al cierre de este año, esta institución bancaria otorgue financiamientos brutos por 144 mil millones de pesos y 49 mil millones de pesos netos. El saldo observado a septiembre fue de 64 mil millones de pesos.

El flujo de financiamiento neto canalizado por el sistema financiero de fomento a los sectores privado y social, se prevé que para 1987, alcance un total de 3 billones 668 mil millones de pesos, superior en 140% al otorgado en 1986. Los bancos de desarrollo aportarán 78% del total y el resto los fondos y fideicomisos de fomento. Las instituciones que mayor participación mantienen son Nafin, 36.7%, la cual está influida preponderantemente por el apoyo que otorga a las empresas mineras; y Banrural, 18.8%. En 1986 esta estructura presentó a Banrural como la entidad más importante, seguida por Nafin y Bancomext.

La programación da sentido a la actividad bancaria y la vincula a los intereses nacionales.

Los objetivos del proceso de programación - presupuestación de la banca múltiple en 1987 son: orientar la captación y canalización de recursos conforme a las prioridades nacionales y promover la eficiente prestación y modernización de los servicios bancarios a través de la regulación del gasto corriente y la inversión, conjugando rectoría del Estado con autonomía de gestión y operación rentable.

Pese a los cambios tan importantes que se han dado en las variables macroeconómicas, la banca ha logrado consolidar un sistema de programación, sus resultados son positivos y la determinación de objetivos, metas, estrategias y acciones han permitido mantener una operación eficiente.

El énfasis se ha puesto en la eficiencia y rentabilidad institucional; racionalizando el gasto corriente; se optimizan las erogaciones en promoción y publicidad; el gasto de inversión se orienta a modernizar la infraestructura bancaria; se agilizan, mejoran y eficientizan las operaciones y se busca el uso más intensivo y adecuado de los recursos humanos, técnicos, financieros y de oficinas bancarias.

El comportamiento y los resultados operativos y financieros del sistema bancario, son totalmente satisfactorios.

En el período enero - agosto de 1987, las utilidades en la banca múltiple ascendieron a 506 mil millones de pesos, 3.2 veces mayores a las registradas en el mismo período de 1986, 157 mil millones; y representan el 94% de las obtenidas en los cinco años anteriores, que suman 536 mil millones de pesos.

Se estima que para todo 1987, las utilidades serán del orden de los 940 mil 350 millones de pesos, mismas que se comparan muy favorablemente con los 306 mil 684 millones obtenidos en 1986.

La relación de utilidad a captación muestra la eficiencia con que la banca está utilizando los recursos de la sociedad; este índice mejora consistentemente; en diciembre de 1985 fue de 1.1%; en 1986 de 1.6%, y en agosto de 1987 es de 2.2%.

Las utilidades alcanzadas permiten a la banca mantener su sana expansión y autosuficiencia; se logra que su apalancamiento, medido por la relación de capital a activos en riesgo, sea adecuado y que mejore su infraestructura física, a fin de superar las condiciones del servicio público de banca y crédito.

Destaca la rentabilidad de los dos mayores bancos nacionales, Bancomer y Banamex, que con el 49% de participación en el mercado de captación de recursos del público, generando el 72% de las utilidades.

Las cinco entidades de carácter regional, Banoro, Banca Promex, Banco Mercantil del Norte, Banco del Centro y Banco de Oriente que en sus regiones de influencia figuran entre los principales bancos, participan con el 7% de la captación nacional y generan casi el 10% de las utilidades del sistema.

Las instituciones de carácter nacional y multiregional presentan resultados positivos, que les permiten consolidar su proceso de expansión con autosuficiencia financiera; en otros casos, que presentan algunas dificultades transitorias, se observa una evolución favorable.

En el caso de instituciones con problemas de productividad y rentabilidad, se han puesto en marcha programas de corrección que permitan superar sus dificultades y consolidar una mejor posición financiera.

En cumplimiento de la Ley Reglamentaria, las sociedades nacionales de crédito publican mensualmente, en los diarios nacionales de mayor circulación y en algunos periódicos de provincia, sus estados de contabilidad donde se muestran, entre otros conceptos, las utilidades obtenidas por cada banco.

Las direcciones generales y consejos directivos en uso de su autonomía de gestión, tiene la responsabilidad fundamental de mantener la solidez de las instituciones. Con los indicadores oportunos de gestión que mensualmente se emiten, se vigila el que la captación, el financiamiento y la rentabilidad y productividad de los bancos, se apeguen a sanas prácticas bancarias. Los consejos directivos han venido operando adecuadamente, su mayor participación en la administración los acredita como uno de los rasgos sobresalientes de la nueva Banca Nacional.

La operación bancaria muestra un incremento de su eficiencia, el número de cuentas y clientes atendidos por empleado y sucursal aumenta y el gasto corriente decrece en términos reales; el costo real de la operación bancaria es menos, lográndose que el gasto de operación no sea factor de encarecimiento del crédito.

De 1982 a 1986 el gasto corriente de la banca múltiple se redujo en un 21% en términos reales; para 1987 la banca presupuestó un gasto corriente de 1 billón 794 mil millones de pesos, que representa un crecimiento de 94% respecto al ejercicio de 1986. Al mes de agosto de 1987, el gasto realizado asciende a 1 billón 185 mil millones de pesos, con un crecimiento de 118% respecto a lo ejercido en el mismo período de 1986, esto significa una disminución del 6% en términos reales. La banca mantiene los principios de austeridad y racionalidad en le gasto, sin desatender la eficiencia de su operación.

La eficiencia del gasto, medida por la relación de gastos a captación, se ha mantenido en los últimos años en alrededor del 6%; esto demuestra el esfuerzo y la eficiencia del sistema en el manejo de los recursos del público, permitiendo alcanzar a la vez, objetivos de racionalización y rentabilidad.

Se mantiene el propósito de cambiar de manera firme y gradual el monto, estructura, contenido y orientación del gasto en promoción y publicidad.

De 1982 a 1986, los gastos de promoción y publicidad se han reducido en términos reales en un 40%; la proporción de este gasto con respecto a la captación, también ha disminuido: en 1982 la banca gastó 21 centavos por cada 100 pesos de captación de recursos del público, para 1986 se redujo a sólo 15 centavos, en 1987 se continúa este esfuerzo.

El gasto del sistema bancario en promoción y publicidad, está hora más diversificado en las diferentes fuentes publicitarias; su contenido se orienta más a fortalecer el ahorro, la inversión, los servicios y la imagen del sistema, vinculándose a las prioridades nacionales.

Este gasto forma parte de la sana estrategia competitiva de los bancos y de la necesidad de conformar una adecuada cultura financiera, que permita fortalecer el proceso de intermediación.

La banca múltiple ha ejercido su gasto de inversión, conjugando la necesidad de modernizar su operación; de utilizar sus propios recursos y de aplicar criterios de racionalidad en el gasto.

La infraestructura física de la banca, particularmente en materia de automatización, ha permitido enfrentar con éxito la creciente y cada vez más sofisticada demanda de servicios por parte del público inversionista, que cuenta con una más amplia cultura financiera.

Con la inversión ejercida, se ha logrado atender el crecimiento en el volumen de transacciones, así como mejorar la calidad de los servicios y diversificarlos.

La aplicación de medidas de austeridad ha permitido en los últimos años que el gasto de inversión ejercido sea menor al programado originalmente por los bancos, como resultado de revisiones de su monto y estructura a fin de adecuarlos a las necesidades más urgentes y a una estrategia de expansión institucional.

La inversión realizada por la banca entre 1983 y 1986, ascendió a 238 mil millones de pesos; equivalente a 45% de las utilidades generadas en el mismo período.

Para 1986, se programó originalmente una inversión de 128 mil millones de pesos; se ejercieron 120 mil millones, un 6% menor a lo programado.

Para 1987 la banca múltiple programó una inversión de 313 mil millones de pesos, a junio del presente año se habían ejercido 77 mil millones; se espera que al finalizar el año, la banca habrá cumplido satisfactoriamente sus proyectos.

La banca está generando recursos suficientes para mantener su sana expansión, garantizando el mejoramiento de la calidad de los servicios bancarios para beneficio del público usuario.

Como muestra del aumento en la eficiencia de la banca, debe señalarse, que de diciembre de 1982 a junio de 1987, el empleo sólo aumentó en 3.1%; el número de transacciones lo hizo en mayor medida; el número de cuentas creció en 22.1%, resultando favorecidos los depósitos a plazo y el volumen de recursos captados se multiplicó por 12.

El nivel de empleo a junio de 1987, que ascendía a 155 mil plazas, es inferior al alcanzado en diciembre de 1983 de 158 mil plazas y al máximo existente en 1984 de 161 mil; esto fue el resultado de una política de racionalización en el nivel de empleo y modernización en los sistemas operativos en los años de 1985 y 1986.

Para 1987, se espera que la banca aumente su empleo en poca más de 1% a fin de concretar diversos proyectos de mejoramiento de su infraestructura, de aumentar servicios; mejorar su calidad; ampliar la red de sucursales y consecuentemente fortalecer la intermediación financiera.

En algunas instituciones, con el propósito de consolidar su operación y sanear su situación financiera, se mantiene el proceso de racionalización en el empleo.

Concluidos los procesos de fusión, decretados por la presente administración, el siguiente paso ha sido la consolidación y racionalización de las redes de sucursales de las instituciones de banca múltiple. El objetivo general ha consistido en consolidar y modernizar las estructuras y el funcionamiento de las instituciones bancarias, que asegure su viabilidad, autosuficiencia y cambio tecnológico.

Se ha actuado en favor de la prestación de un servicio ágil y eficiente al público, de una mayor captación del ahorro nacional y de un cambio cualitativo en la colocación de financiamiento, que permitan la sana expansión de las instituciones y una mayor contribución al desarrollo nacional.

La política de sucursales busca cumplir con los principios de desarrollo equilibrado y sana competencia de las instituciones de banca múltiple.

En esta administración se ha dado prioridad a las reubicaciones y a las nuevas aperturas en plazas sin servicios bancarios. Se ha dado mayor flexibilidad para propiciar el intercambio de oficinas entre las instituciones de banca múltiple, particularmente entre los bancos, regionales y multiregionales, permitiéndoles racionalizar participaciones marginales y aumentar su densidad de operación en otras plazas que definen de mejor manera el alcance de su cobertura.

La flexibilización en la política de sucursales tiene como objetivo contribuir en la consolidación y modernización institucional del sistema.

Los cambios de ubicación se aprovecharon para construir sucursales de tamaño más adecuado a la demanda actual del servicio y se dotaron con avanzados equipos electrónicos, para mejorar la atención a los usuarios y aumentar la eficiencia en el servicio público de banca y crédito.

Los bancos con problemas financieros que están siendo apoyados por Fonapre, continuaron con el proceso de redimensionamiento y racionalización de sus redes de sucursales. Se les han autorizado las clausuras e intercambios de las oficinas bancarias menos productivas, con el propósito de avanzar en una mejor distribución espacial de su infraestructura.

Al mes de agosto de 1987, la banca múltiple tenía 4 mil 423 oficinas, cifra ligeramente menor a la de diciembre de 1982.

En lo que va del año, se han autorizado 157 nuevas aperturas de oficinas bancarias y 74 clausuras, con lo que se da un crecimiento neto de 1.9% de la red actual. Mientras que el cambio de domicilio de oficinas ascendió a 202, 4.6% de la red.

La mayor parte de aperturas se autorizaron en plazas sin servicios bancarios.

En materia de sucursales y representaciones, las instituciones de banca de desarrollo han realizado esfuerzos significativos para racionalizar la estructura bancaria tanto dentro del país como en el extranjero. De 1984 a 1986 éstas se redujeron en 8.4% al pasar de 893 a 818 respectivamente, los ajustes más importantes se realizaron en Banrural y Banobras.

Con relación al personal ocupado, estas instituciones registraron un total de 38 mil 211 personas en 1984 y se redujeron a 36 mil 504 en 1986, es decir, hubo un ajuste en la plantilla de 4.5%.

Durante enero - septiembre de 1987 no se registraron cambios significativos en estos dos renglones, en términos generales se mantienen vigentes las cifras de diciembre de 1986, como resultado de la continuidad de los cambios estructurales y mayor racionalización del gasto operativo. Al cierre de 1987 se espera que estén operando ocho sucursales adicionales, y tres dejarán de hacerlo, para alcanzar un total de 826, Asimismo, la plantilla de personal de 37 mil 779 plazas vigente al 30 de septiembre de este año, se mantendrá sin modificaciones al cierre de 1987, las variaciones más importantes se registraron en Banpeco y Bancomext.

La prestación de los servicios bancarios se ha extendido a regiones donde difícilmente llega el crédito institucional y por ello que el Banrural incrementó durante enero - septiembre su número de

sucursales de 618 a un total de 621. Así, el sistema Banrural con nuevas facultades en sus sucursales operativas permite el acceso fácil y directo a los demandantes de recursos crediticios en el mismo lugar donde se solicitan.

El desarrollo comercial y el abasto se han venido incorporando a ciudades y regiones de crecimiento medio, lo que ha implicado establecer vínculos más estrechos en las fases de producción y distribución. Al respecto, Banpeco ha contribuido ampliando su red de sucursales de 88 en 1986 a 92 en 1987, mientras sus agencias se mantienen en el mismo número.

Por su parte, el proceso de cambio de ubicación de sucursales del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos implicó mayor racionalización en sus niveles de gasto corriente. Al 31 de diciembre de 1986 contaba con 44 sucursales a nivel nacional y al mismo mes de 1987 operó con 10 sucursales en el área metropolitana y 31 delegaciones estatales.

Las oficinas de representación, tanto a nivel nacional como en el extranjero, no sufrieron ningún cambio. En el exterior las consejerías del Banco Nacional de Comercio Exterior y las oficinas de Nacional Financiera se mantienen en el mismo número de 1986.

Durante el lapso que revisa este Informe, se asignó especial atención al financiamiento de proyecto de desarrollo regional en combinación con los gobiernos de los estados.

La banca de desarrollo, en este ámbito, adaptó y mejoró su infraestructura bancaria de sucursales, oficinas regionales de crédito y promoción. Promovió la apertura de comités de financiamiento y el aumento en el número de fondos de financiamiento estatal de Nacional Financiera. De esta manera, la banca de desarrollo amplió y consolidó sus servicios y estableció convenios de concertación con las entidades federativas.

La presencia de la banca múltiple en el exterior constituye un mecanismo efectivo en la reorientación de nuestras relaciones financieras con el extranjero, en la captación de divisas y en la promoción de nuestro comercio internacional.

Se ha determinado que las instituciones con mayor capacidad concurran a los mercados financieros extranjeros, enmarcándolas en un programa de racionalización de plazas, oficinas y gastos.

Actualmente se cuenta con 21 oficinas operativas en los siguientes países: 10 en Estados Unidos de América: cuatro en Grand Cayman, Indias Occidentales; cuatro en Inglaterra; dos en Islas Bahamas y una en Japón.

La banca múltiple también cuenta con 15 oficinas de representación en los siguientes países: dos en Estados Unidos de América; dos en Japón; tres en España; dos en Canadá; una en Alemania; una en Francia; tres en Brasil y una en Singapur.

Muestra de la importancia que ha cobrado la operación de las agencias y oficinas de representación de la banca múltiple en el exterior, es el caso de la agencia de Banca Serfín en Nueva York, donde se ha convertido en uno de los bancos extranjeros más activos.

En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, se procedió a la colocación de Certificados de Aportación Patrimonial serie "B"(CAP's), representativos del 34% del capital social de las siguientes sociedades nacionales de crédito: Bancomer, Banamex, Banca Serfín, Banco Internacional, Multibanco Comermex, Banca Confía, Banca Cremi, Banco del Atlántico, Banco del Centro, Banco de Oriente, Banco Mercantil del Norte, Banca Promex y Banoro.

La estrategia de colocación de los CAP's se instrumentó con estricto apego ala ley y además de técnicamente correcta, fue exitosa.

En la distribución de la colocación primaria de CAP's, se buscó fortalecer los vínculos existentes entre los bancos y sus trabajadores y clientes.

Los consejos directivos de los bancos, acordaron planes específicos para la colocación de CAP's y Obligaciones Subordinadas Convertibles (OSC) entre los trabajadores de las instituciones.

De esta manera, en la colocación primaria se asociaron patrimonialmente al destino de la banca 82 mil personas, siendo 70 mil empleados bancarios y 12 mil clientes, consejeros y público.

Se cuidó que no se dieran fenómenos de concentración, los porcentajes máximos de colocación primaria por persona estuvieron muy por debajo del máximo establecido en la ley.

La buena aceptación que tuvieron los CAP's y el alza que se fue dando en el mercado de valores durante el período de colocación, permitieron que las colocaciones primarias se fueran realizando con relaciones de valor de mercado a valor en libros cada vez mayores; asimismo, la fórmula de integrar paquetes con CAP's y OSC probó sus ventajas al permitir a los bancos beneficiarse del alza que privó en el mercado de valores, al realizar

conversiones de OSC por CAP's a precios mayores que los de las colocaciones primarias.

Del 34% del capital a colocar entre el público por los 13 bancos, ya se colocaron CAP's representativos del 24.8%, los CAP's que amparan el 9.2% restante están depositados en la tesorería de los bancos, amparando las OSC que restan por convertirse o bien, constituyen reservas para futuras colocaciones primarias.

El valor nominal de los recursos ingresados a los 13 bancos, asciende a 299 mil millones de pesos, mismos que tienen la siguiente integración: 104 mil millones por colocación primaria de CAP's; 131 mil millones por OSC convertidas a CAP's; y 64 mil millones por OSC que restan por convertirse. Los 299 mil millones de pesos obtenidos hasta el momento, son una cifra equivalente a los 303 mil millones de utilidades generadas por estas instituciones durante 1986.

Los 235 mil millones de pesos obtenidos por la colocación primaria de CAP's muestran que el promedio ponderado de la colocación realizada por los 13 bancos, se ha dado con una relación de valor de mercado a valor en libros de 133%. El capital de la banca se ha colocado a un precio ligeramente mayor a su valor contable, los bancos salieron a constituir su capital con valores adecuados, no a lucrar con los vaivenes del mercado.

El éxito de la colocación fue signo inequívoco de la confianza que la sociedad tienen en la operación de las sociedades nacionales de crédito.

Con la participación de los representantes de los nuevos tenedores de CAP's en los consejos de administración, se introduce en estos organismos una fuerza que seguramente contribuirá a elevar la eficiencia de la banca.

El sistema financiero debe concebirse como algo global en sus componentes: la banca múltiple, la banca de desarrollo y el conjunto de intermediarios financieros ajenos a la banca. Es el enfoque que debe existir en una economía moderna que busca a la vez complementariedad y competencia entre los agentes financieros.

Propiciar el aumento en la captación real de recursos del público por parte de nuestro sistema financiero es imperativo. Este es el camino más eficaz para procurar losa recursos necesarios para la inversión y la producción.

Sin duda, los principales agentes en la gran tarea de captar y movilizar el ahorro de los mexicanos, son las sociedades nacionales de crédito. El enorme capital físico y humano invertido en ellas, debe emplearse a plenitud y con eficiencia. Ningún otro intermediario financiero podría sustituir en forma satisfactoria a la banca en el cumplimiento de las importantes y variadas funciones que desempeña.

La banca tiene la gran masa de los recursos y el contacto más amplio con el público. Cuenta también con el mayor número de acreditados. De su eficiencia depende la de todo el sistema financiero, el cual requiere lograr el mejor equilibrio y complementariedad entre sus componentes. Sus operaciones tienen que ser rentables y sus instituciones deben lograr utilidades.

La nacionalización demuestra que la banca es instrumento de modernidad, de la reconversión, motor que democratiza el crédito lejos de intereses de grupo.

Una historia que da perspectivas y visión que debe fortalecer la unidad. La banca de nuestros días es patrimonio de todos los mexicanos.

Hace poco más de cuatro años la banca mexicana inició una etapa de gran complejidad, derivada de una doble circunstancia y los adversos momentos que enfrentaba el país; se requirió de un extraordinario esfuerzo para que el sector bancario pudiera superar los obstáculos que se oponían a su desenvolvimiento y emprender una nueva era en la que crecientemente, contribuye a labrar un futuro promisorio para la nación.

Reitero a ustedes las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección. - Palacio Nacional, a 12 de noviembre de 1987. - El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado.

Trámite: Recibo, y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

PERMISOS CONSTITUCIONALES

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.. - Presentes.

En oficio fechado el 6 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores, se ha dirigido a ésta de Gobernación, manifestando lo siguiente:

"Mucho agradeceré a usted tenga a bien solicitar al honorable Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción II, apartado B), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la ciudadana Rita Patricia Contreras Calleja pueda prestar sus servicios como secretaria administrativa del Departamento Comercial de la Embajada de la República Popular de Hungría. Por tal efecto me permito adjuntar copia del acta de nacimiento de la citada ciudadana, así como de la nota EHM. 571, por medio de la cual dicha embajada extiende la solicitud correspondiente."

Lo que transcribo a ustedes para su conocimiento y fines legales procedentes enviándoles además con el presente el anexo que en el mismo se cita.

Reitero o a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección

México, Distrito Federal, a 12 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

Trámite: Recibo, y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta Gobernación, con fecha 4 del actual, enviándoles además con el presente los anexos que en el mismo se mencionan:

"A petición de los interesados, solicito a usted tenga a bien gestionar ante el honorable Congreso de la Unión, el permiso correspondiente a que se refiere la fracción II, apartado B), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que los ciudadanos José Salazar López, Aurora Guadalupe Castellanos Dávila, María Isabel Gutiérrez de Díaz y Manuel Gómez Millán, puedan prestar sus servicios como chofer, estenógrafa - traductora, traductora y mensajero respectivamente, en la Embajada de la República Islámica de Pakistán, para lo cual anexo sus actas de nacimiento.

" Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección

México, Distrito Federal, a 9 de noviembre de 1987. - El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

Trámite: Recibo, y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

MINUTA DEL SENADO

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D.F.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con minuta proyecto de decreto, que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobado en esta fecha por la Cámara de Senadores.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, Distrito Federal, 16 de noviembre de 1987. - Senadores: Guadalupe Gómez Maganda de Anaya, secretaria: Alberto E. Villanueva Sansores, secretario.»

«MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 89 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue

: Artículo 89..................................................................

. X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de

los estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales,

TRANSITORIO

Único. Este decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. - México, Distrito Federal, 16 noviembre de 1987. - Senadores: Mario Hernández Posadas, presidente; Guadalupe Gómez Maganda de Anaya, secretaria; Alberto E. Villanueva Sansores, secretario.

Trámite: -Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

INSCRIPCIÓN DE INTERVENCIONES

El C. Presidente: - Esta presidencia se permite informar a la asamblea, que para presentar iniciativas, proposiciones, denuncias y conmemorar efemérides, se han inscrito los siguientes ciudadanos diputados: Para presentar iniciativas: Héctor Hugo Varela, Nabor Camacho Nava, Ubaldo Mendoza y María de la Luz Gama Santillán.

Para presentar diversas proposiciones, los siguientes ciudadanos diputados: Jorge Alcocer Villanueva, Carlos Arturo Acosta González, Beatriz Gallardo, Carlos Barrera Auld, Ricardo García Cervantes, Jorge Alcocer Villanueva y Nabor Camacho Nava.

Para presentar denuncias: Lorenzo Serrano Gutiérrez; y para presentar un informe, el diputado Hildebrando Gaytán Márquez.

Para celebrar diversas efemérides: Melquiades Morales Flores, Alejandro Cañedo Benítez, Vicente Calvo Vázquez, Nabor Camacho Nava, Antonio Monsiváis, Magdaleno Yañez y Justino Delgado.

INICIATIVAS DE DIPUTADOS

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Hugo Varela Flores, para presentar una iniciativa.

El C. Héctor Hugo Varela flores: -Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados:

Los diputados de la Confederación de Trabajadores de México que forman parte de la fracción parlamentaria del sector obrero en la LIII Legislatura Federal, con fundamento en los dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Federal y del 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, inician reformas a los artículos 404, 406, 409, 412 fracción II, 414, 415, 419 - bis, de la Ley Federal del Trabajo, basándose para ello, en lo siguiente:

El movimiento obrero con el devenir de los años y con el nacimiento y el incremento de la industria y otra serie de actividades humanas en las que ha estado involucrado, ha definido con firmeza y hecho conciencia sobre el papel que le corresponde en la sociedad, no solamente como fuerza de trabajo, sino como baluarte de estructuras e instituciones que han determinado el progreso de la nación.

En esa medida de participación y de reconocimiento del sistema político que nos rige y de la propia sociedad, ha escalado niveles jurídicos en la persecución de una auténtica justicia social y de su emancipación, tal es el caso de leyes proteccionistas hacia el trabajador como el artículo 123 constitucional y su reglamentación: Ley Federal del Trabajo, del Seguro Social, Infonavit. etcétera.

La acción permanente del sector laboral le ha impulsado a adecuar los instrumentos legales a las circunstancias y el avance modernista de la República.

El contrato - ley es un instrumento de contratación de trabajadores en una rama determinada de la industria declarada obligatoria en una o varias entidades federativas, en una o varias zonas económicas o en todo el territorio nacional. Convenio superior a los contratos colectivos de trabajo, cuyo espíritu, además de la unidad, de la solidaridad, constituye la benéfica y justa universalidad de prestaciones económicas y sociales como remuneración a un trabajo igual como norma de equilibrio y de justicia social en las relaciones de trabajadores y patrones.

Más, las determinaciones de algunos artículos del mismo código laboral, limitan en extremo la proliferación de los contratos - ley, con tal magnitud que, pese a su bondad, sólo existen en el país nueve industrias en el multicitado contrato obligatorio; el último de ellos, instituido desde 1976, con la industria de la radio y televisión, y antes de éste debieron de transcurrir aproximadamente tres décadas.

Hechas estas consideraciones, nos permitimos citar la vigencia de algunos artículos del código laboral, relativos al contrato - ley y la propuesta de reforma y el porqué.

"Artículo 404. Contrato - ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias entidades federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dicha entidad, o en todo el territorio nacional."

La reforma que se propone es la supresión de "en una o varias zonas económicas", para adecuarlo a los términos actuales relacionados con los salarios mínimos, a saber: "áreas geográficas", para que expresara lo siguiente:

"Artículo 404. Contrato - ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales de prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias entidades federativas, en una o varias áreas geográficas que abarquen una o más de dichas entidades, o en todo el territorio nacional."

El artículo 406 expresa: "Pueden solicitar la celebración de un contrato - ley los sindicatos que representen las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por los menos, de una rama de la industria en una o varias entidades federativas, en una o más zonas económicas, que abarque una o más de dichas entidades, o en todo el territorio nacional."

La reforma de este artículo sería también en el sentido de suprimir el concepto "en una o más zonas económicas, para adecuarlo al actual contenido sobre los salarios mínimos por áreas geográficas" y quedaría en consecuencia con esta redacción:

Artículo 406. Pueden solicitar la celebración de un contrato - ley los sindicatos que representen las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una rama de la industria en una o varias entidades federativas, en una o más áreas geográficas que abarque una o más de dichas entidades o en todo el territorio nacional.

"Artículo 409 (vigente). La Secretaría de Trabajo y Previsión Social, el gobernador del estado o el jefe de Departamento del Distrito Federal, después de verificar el requisito de mayoría, si a su juicio es oportuna y benéfica para la industria, la celebración del contrato - ley, convocará a una convención a los sindicatos de trabajadores y a los patrones que puedan resultar afectados."

Sostenemos que este artículo, en sus formalidades de que solamente a juicio de las autoridades señaladas puede convocarse a convención para la celebración del contrato - ley, limita o condiciona sobremanera la posibilidad de su realización y no se deja la libre voluntad de trabajadores y patrones de llevarla a cabo, ya que mediante diversas circunstancias de restricción, como pueden ser el nulo interés, asuntos de carácter político, etcétera y no únicamente al empleador y al empleado, como garantiza el derecho de los contratos colectivos en el Capítulo III de la Ley Federal del Trabajo, por lo que proponemos se suprima la facultad gubernamental de ser determinante para la celebración o no del multicitado contrato - ley, para quedar expresado en la siguiente forma:

Artículo 409. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el gobernador del estado o el jefe del Departamento del Distrito Federal, a petición de parte convocará a una convención para la celebración del contrato - ley, tanto a los trabajadores como a los patrones afectados, después de verificar el requisito de mayoría.

Reformas al artículo 412, en su fracción II, para adecuarla a la supresión de zonas económicas relativa a los salarios mínimos. para expresar en la parte relativa "áreas geográficas", igualmente a los artículos 414 y 415.

Por los que respecta al artículo 419 - bis, consideramos de justicia que en virtud de la permanente inflación que está flagelando a la clase trabajadora, debería adecuarse al desequilibrio entre los factores de la producción, tomando en cuenta que su actual concepción es la siguiente:

"Artículo 419 - bis. Los contratos - ley serán revisables cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria."

La propuesta será en el sentido de los incrementos contractuales, se dieran conforme a la citada inflación y que determina el alza salarial a los mínimos la comisión nacional correspondiente, para quedar redactado así:

"Artículo 419 - bis. Los contratos - ley serán revisados cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria y cuando la comisión nacional incremente los salarios mínimos."

Atentamente. México, Distrito Federal, a 27 de octubre de 1987, por la diputación priísta de la Confederación de Trabajadores de México: Alfredo González, Rogelio Preciado Cisneros, Pedro López Vargas, Gaspar Valdés Valdés, Alfonso Santos Ramírez, Jorge Doroteo Zapata García, Humberto Andrés Zavala Peña, José Herrera Arango, Armando Lazcano Montoya, Joaquín López Martínez, Federico Durán Liñán, Javier Pinedo Serino, Alfonso Godínez López, Luis Manuel Altamirano Cuadros, Alfonso Reyes Medrano, Agustín Bernal Villanueva, Juan Moisés Calleja García, Gonzalo Castellot Madrazo, Cristóbal García Ramírez, Héctor Hugo Varela Flores, J. Jesús Gutiérrez Segoviano, Alberto Carrillo Flores, Porfirio Camarena Castro, Félix Liera Ortiz, Justino Delgado Caloca, Samuel Orozco González, Eduardo Lecanda Lujambio, Alberto Rábago Camacho, Heriberto Serrano Moreno, José Delgado Valle, Juan Carlos Velasco Pérez, Abimael López Castillo, Raúl Ramírez Chávez, Leobardo Ramos Martínez, Pedro Ortega Chavira, Gloria Montoya Ochoa, Alfredo López Ramos, Oney Cuevas Santiago, Blas Chumacero Sánchez, José Manuel López Arrollo, Ezequiel Espinoza Mejía, Antonio Sandoval González, Salvador Esquer Apodaca, María Luisa Solís Payán, Francisco Villanueva Castillo, Homero Pedrero Priego, Emilio J. Cordero García, Diego Navarro Rodríguez, Luis Nájera Olvera, Américo Rodríguez García, Carlos R. Smith Veliz, Sebastián Guzmán Cabrera, F. Rafael García, José Nerio Torres Ortiz, y José Luis Galaviz Cabral.

El C. Presidente: - Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

El C. Presidente: - El siguiente orador es el diputado Nabor Camacho Nava, para presentar una iniciativa.

El C. Nabor Camacho Nava:

«C. diputado presidente; compañeras y compañeros diputados: La presente iniciativa de ley con proyecto de decreto, que el día de hoy ponemos a la amable consideración de ustedes, de aprobarse permitirá sin duda alguna, a corto plazo, un mayor rendimiento de la capacidad laboral de los trabajadores en el país.

Los honorables dirigentes del movimiento obrero organizado del país, llámense ferrocarrileros, obreros automotrices, textiles o petroleros, sin duda deben estar profundamente preocupados por la crisis que todos sufrimos, pero que, en especial el obrero absorbe como el más viable catalizador de los problemas.

A nadie escapa que le bajo poder adquisitivo del salario de los compañeros trabajadores, mina no sólo la confianza, sino la estabilidad de sus hogares; faltan satisfactores y si a eso agregamos que la posibilidad de una depresión a mediano plazo destroce en definitiva a muchos mexicanos, debe hacernos reflexionar no sólo profunda sino muy seriamente en las medidas que en este país se deben tomar urgentemente. Un aumento desorbitado de salarios traerá consigo un aumento inmisericorde en los precios de los productos básicos; ya lo precisaba aquí el año pasado un compañero diputado del sector obrero de esta Legislatura, aún lo recordamos, pero, los líderes obreros deben ser aún más previsores y adelantarse a los acontecimientos por venir y defender con acierto la economía de sus representados, como una forma de acrecentar la credibilidad que en ellos se tiene.

En la carrera de los precios y los salarios es el capital especulativo el que se dispara con mayor velocidad, haciendo nugatoria la pretendida alza de salarios a los trabajadores; se presenta desaliento en ellos, baja productividad, despego al trabajo, deserciones a edad temprana vía jubilaciones especiales, en los momentos en que, la experiencia adquirida, por el trabajador, es más redituable para las empresas, dando como consecuencia lógica el retroceso del avance del país hacia metas de superación.

Una forma eficaz de alentar al trabajador, consiste en que la liquidación de la póliza de antigüedad que se paga en la jubilación, se pague a los 30 años de antigüedad, sobre todo, en el caso de los obreros petroleros, aun cuando el trabajador permanezca laborando hasta completar lo que se dispone en el contrato colectivo de trabajo en vigor a la fecha de los actos, debiendo la empresa comprometerse a liquidar en el momento de la jubilación contractual, los derechos que por ascensos, aumentos de salarios, recategorizaciones y demás conceptos que el trabajador haya obtenido en ese lapso, descontando de los mismos la cantidad que a los 30 años de antigüedad hubiese pagado al trabajador.

CONSIDERANDO

1o. Que a los 30 años de antigüedad se obtiene el derecho de recibir la póliza de antigüedad al 100%.

2o. Que la alto costo del dinero y el poder multiplicador del mismo, hace que a partir de esa fecha gane más dinero al que se tienen derecho,

que la fuerza de trabajo. Resultando en la práctica que el trabajador pague por trabajar en lugar de recibir y por lógica consecuencia, lo que exceda de 30 años laborados, lo trabaje en forma gratuita para la empresa.

3o. Que un trabajador de y con 30 años de antigüedad es un cúmulo de experiencias y por lo mismo productivo al máximo para la empresa, dado que aún conserva capacidad, vigor y júbilo para laborar. Como lo anteriormente expuesto es del conocimiento y dominio del trabajador, crea desaliento y por lo mismo la deserción vía la jubilación es buscada, con el único fin de obtener el dinero de la póliza que le garantice su estándar de vida.

4o. Que un respaldo económico al trabajador, le proporciona la tranquilidad necesaria para desempeñarse con eficiencia y júbilo, siendo entonces su labor más productiva, su sentido de solidaridad más firme y quien goza de estímulos, fácilmente encontrará la vía de amor al trabajo.

Compañeros diputados: Quizá en la mente de alguno de ustedes haya dudas en relación a la nobleza de estos considerandos, no existen estas dudas, sin embargo, en quien hemos investigado a fondo las penurias por las que atraviesan no pocos obreros, pero, a mayor abundamiento, quiero dar a conocer la táctica que algunos trabajadores calificados y muy experimentados, han adoptado para paliar los efectos de la crisis: Buscan la jubilación a la mayor brevedad, algunos hasta argumentando problemas de salud, obtienen los pagos a que tienen derecho y a renglón seguido se contratan con compañías contratistas extranjeras aquí en México o en otros países que requieren de la destreza de los trabajadores, sobre todo petroleros y van a rendir a patrones extranjeros y países ajenos el producto de la experiencia acumulada en nuestra patria; esto, hasta el más lerdo comprende que es un desperdicio grave de la tecnología, que bien puede seguir aplicando en nuestra patria, para su beneficio y logro de metas elevadas. Por otra parte, las estadísticas no mienten, los jubilados que plácidamente se dedican a descansar sin practicar otra actividad trascendente o no, pronto se mueren; ahí están los números que no mienten y finalmente otras potencias mundiales son las que se benefician con la destreza y capacidad de nuestros calificados obreros, en nuestras manos está evitar tamaño despilfarro, los convoco a ello.

Compañeros diputados: con la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución general de la República y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, contando además con el consenso del resto de los integrantes de la fracción parlamentaria de mi partido, al Auténtico de la Revolución Mexicana, proponemos a esta honorable soberanía la siguiente.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o. Las empresas en general, pagarán la póliza de antigüedad a sus trabajadores, al cumplir estor treinta años de antigüedad cualquiera que sea su edad.

Artículo 2o. Los trabajadores a quienes se haya pagado la póliza de antigüedad, seguirán laborando hasta completar lo que dispone el contrato colectivo de trabajo.

Artículo 3o. Las empresas se comprometerán a través de los contratos colectivos de trabajo, a liquidar, en el momento de la jubilación contractual, los derechos que por ascensos, aumentos de salarios, recategorizaciones y demás conceptos que el trabajador haya obtenido en ese lapso, descontando de los mismos, la cantidad que a los treinta años de antigüedad hubiese pagado al trabajador.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial de la Federación y será de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, trátese de empresas paraestatales, privadas o maquiladoras de regiones fronterizas.

Sala de sesiones de la H. Cámara de Diputados a 17 de noviembre de 1987. Diputados: Nabor Camacho Nava, Carlos Enrique Cantú Rosas, Reyes Fuentes García, Gregorio Macías Rodríguez, Jaime Castellanos Franco, Héctor Manuel Calderón Hermosa, Juan Manuel Lucia Escalera, Enrique Bermúdez Olvera, Jorge Cárdenas González, María de la Luz Gama Santillán.

El C. Presidente: - Túrnese a la Comisión Federal del Trabajo.

PROCESO ELECTORAL

El C. Presidente: -Continúa en uso de la palabra, el diputado Nabor Camacho

Nava, para presentar una iniciativa.

El C. Nabor Camacho Nava

C. diputado presidente, compañeras y compañeros diputados: La iniciativa con proyecto de

decreto que el día de hoy ponemos a la consideración de ustedes, de aprobarse, coadyuvará, indudablemente, a que los procesos electorales sean más cristalinos, toda vez que, a nadie escapa que las casillas auxiliares son medios propicios para voto múltiple.

A tal propósito, quiero hacerme eco de lo declarado recientemente en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, por el ciudadano candidato a la Presidencia de la República, postulado por el Partido Revolucionario Institucional, don Carlos Salinas de Gortari; citó: "si la oposición llega a tener triunfos legales, se respetarán". Al iniciar en Monterrey y su campaña política en pos de la Presidencia de la República, Carlos Salinas de Gortari, demandó de los priístas evitar la cultura de fraude electoral, así, la juventud priísta tiene especial responsabilidad de llevar el convencimiento a esos emisarios del pasado, que una invencibilidad lograda a base de artimañas, sólo es manifestación de impotencia.

Bien, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana en su nueva era de lucha cívica insurgente, aporta un elemento de los muchos que pudieran servir para ser más nítidas y transparentes las elecciones, de tal forma que si existe voluntad política y deseo de respetar la decisión popular, podríamos empezar de inmediato.

Quiero citar como ejemplo a la ciudad de Poza Rica, si bien las reflexiones siguientes se pueden aplicar a cualquier otra ciudad de la República Mexicana

. Sección electoral. En la ley abrogada se le definía como: "la demarcación territorial en que se dividen los distritos electorales uninominales para la recepción del sufragio, con base en la cual se elaboran las listas nominales de electores..." salta a la vista la congruencia de dicha definición, con el dato correspondiente de la credencial de elector y con el resto de lo preceptuado para definir sección electoral en el artículo número 148" cada sección comprenderá un máximo de 3 mil electores y un mínimo de 100"... baste recordar que en el proceso electoral de 1985 en la ciudad de Poza Rica se instalaron 102 casillas electorales, pero su numeración progresiva sólo llegó a 60, pues la uno contó con una auxiliar; la dos con dos auxiliares; la tres con una auxiliar; la cuatro con una auxiliar; la cinco con una auxiliar; la siete con dos auxiliares; la ocho con una auxiliar; la nueve con dos auxiliares; la once con una auxiliar; la doce con dos auxiliares; la trece con dos auxiliares; la catorce con una auxiliar; la dieciséis con una auxiliar; la diecisiete con una auxiliar; la dieciocho con una auxiliar; la diecinueve con una auxiliar; la veintidós con una auxiliar; la veintisiete con una auxiliar; la veintinueve con una auxiliar; la treinta y tres con una auxiliar; la treinta y ocho con una auxiliar; la treinta y nueve con una auxiliar; la cuarenta con una auxiliar; la cuarenta y seis con una auxiliar; la cuarenta y siete con tres auxiliares; la cincuenta con una auxiliar; la cincuenta y uno con una auxiliar; la cincuenta y cuatro con una auxiliar; la cincuenta y cinco con una auxiliar; la cincuenta y seis con dos auxiliares; la cincuenta y siete con dos auxiliares; la cincuenta y ocho con dos auxiliares y la sesenta con una auxiliar.

Salta a la vista que en poco menos del 50% no se cumplió con el máximo de 3 mil electores por sección electoral, pero las protestas nunca prosperaron por la hegemonía de miembros del partido oficial en los organismos electorales. Lógico sería que se hubiesen considerado 102 secciones electorales y no 60 básicas y 42 auxiliares, pero con tal proclive interpretación lograron entregar a cada partido opositor o disidente, solamente 60 listas nominales de electores - Padrones - y no las correspondientes en número de 102; pero además, el partido oficial a través de sus afiliados manejó a su antojo 42 padrones, pues cada casilla básica y sus auxiliares manejaron idéntico padrón.

En el pasado, entonces, hubo base legal para protestar pero se soslayaron las protestas. Hoy, la ley se modificó, burlando a los electores, al prescindir de máximos y mínimos de electores en cada sección electoral. Tal puede comprobarse al tenor del artículo 123 del nuevo Código Federal Electoral.

Considero que debe pugnarse por redefinir el concepto sección electoral, de modo que en cada una de ellas exista similar número de electores, terminando de una vez por todas con las casillas auxiliares, de forma tal que cada padrón sirva para utilizarse exclusivamente en una casilla electoral. Si la demarcación actual ¡por casilla efectiva! requiere de cambio de ubicación, realizarlo, aunque es casi seguro que no será necesario.

Compañeros diputados: Con la facultad que me otorga la fracción II del artículo 72 de la Constitución General de la República y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo a esta honorable soberanía la siguiente

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o. Se proscriben en definitiva las casillas electorales auxiliares

Artículo 2o. De requerirse cambio de ubicación alguna casilla electoral básica, llévese a efecto, con la finalidad de facilitar la recepción de los sufragios.

Artículo 3o. Si hubiese aumentado el número de ciudadanos registrados con derecho al voto, créese una nueva casilla básica para dar fluidez a la recepción del voto. En sectores populosos.

Artículo 4o. Redefínase el concepto "sección electoral" para que en cada una de ellas exista similar número de electores.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en le Diario Oficial de la Federación, será aplicable a partir del próximo proceso electoral federal a celebrarse el primer miércoles del mes de julio de 1988.

Sala de sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 13 de noviembre de 1987. Diputados: Nabor Camacho Nava, Carlos Enrique Cantú Rosas, Reyes Fuentes García, Gregorio Macías Rodríguez, Jaime Castellanos Franco, Héctor Manuel Calderón Hermosa, Juan Manuel Luis Escalera, Enrique Bermúdez Olvera, Jorge Cárdenas González, María de la Luz Gama Santillán.

El C. Presidente: - Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY FEDERAL DE VEHÍCULOS

El C. Presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Ubaldo Mendoza Ortiz para presentar una iniciativa.

El C. Ubaldo Mendoza Ortiz:

Compañeros diputados: Los hogares de muchos mexicanos se enlutan a los largo y ancho del territorio nacional y cambia radicalmente su nivel de vida, con la presencia de un siniestro que es motivado por la muerte o lesión de un miembro de la familia, causado por un accidente de tránsito. Sucede esto diariamente en la ciudades o en las carreteras nacionales, acentuándose los fines de semana y los días de puente.

Hay pérdida no tan sólo de vida de mexicanos en plena productividad, o de menores que apenas están en los albores de su vida.

Estos accidentes, dejan una marca temporal o perenne en el círculo familiar, pero lesionan siempre su vida familiar y económica.

Todos los días la prensa informa de accidentes donde quedan abandonados a su suerte mexicanos que son heridos y muertos. Y los que tienen la suerte de sobrevivir, quedarán lastimados mortal y físicamente y no volverán a ser ni a practicar su vida normal, causado esto por un manejador irresponsable, ebrio o sencillamente prepotente que utiliza las calles de la ciudad y carreteras como si fueran autopistas para carreras.

En los accidentes donde únicamente hay colisiones y donde afortunadamente no hay lesionados, también los protagonistas son lastimados en su economía. Sin embargo, cuando algún mexicano se siente responsable de sus actos y afronta el problema el marco jurídico se le viene encima, ya que los representantes de la autoridad con la corrupción imperante, van a realizar el peritaje de acuerdo y a favor de quien mejor pague. Aunque sea culpable, peritaje, que a la postre otorgará la razón en el juicio respectivo a uno de los protagonistas.

Ocasionando esto, gastos imprevistos que en la mayoría de las veces sobrepasa la capacidad económica de los protagonistas.

Según datos proporcionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, el año pasado tan sólo fueron asegurados 1 millón 306 mil 591 vehículos de los 7 millones existentes en el país. Es decir, únicamente 19%. Así también cifras proporcionadas por la dirección de Autotransporte Federal, revelan la gran cantidad de accidentes ocurridos en carreteras federales, los que ascendieron a número 38 mil 117, así como que el número de heridos y fallecidos es en número 20 mil 731. Siendo el costo de los bienes accidentados cerca de un billón de pesos. Estos datos tomados al mes de septiembre último, no contienen las cifras de accidentes ocurridos en las ciudades, que son mucho mayor que los ocurridos en carreteras. Lo anterior con la irremediable pérdida de vidas humanas y miles de millones de pesos que afectan tanto a la economía de las personas involucradas y sumando; el de la economía nacional.

Este problema es bastante serio y debe ser considerado por esta Legislatura para que los mexicanos no sufran cuando menos, esas agresiones a su economía, y debemos proteger a estos miles de conciudadanos que tienen la desgracia de sufrir la pérdida de su integridad física.

Por las anteriores consideraciones y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Comisión Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos formulamos la siguiente:

INICIATIVA DE LEY QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY FEDERAL DE VEHÍCULOS

Primer. Se reforma el artículo 1o. y 3o. de la ley a que hace referencia la iniciativa para quedar como sigue:

"Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto el control fiscal, el registro y seguro vehicular contra daños a terceros en sus bienes y su persona, de vehículos que se encuentran y circulan en territorio nacional."

"Artículo 3o. La autoridad encargada de la aplicación de la presente ley es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quien será auxiliada por las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, por las oficinas de Tránsito Estatales y del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la misma, y las autoridades de los estados, de los municipios y del Distrito Federal en los términos de los convenios celebrados con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o en su caso, de los acuerdos que ésta dicte al respecto."

Segundo. Se adiciona el Capítulo V del Título Segundo con denominación "del seguro vehicular", a la Ley Federal de Vehículos, capítulo que estará integrado por los artículos 21-A, 21-B, y 21-C para quedar como sigue:

"CAPITULO V

Del seguro vehicular

Artículo 21-A. Para que un vehículo automotor pueda circular por las carreteras del territorio nacional, será obligatorio el que se encuentre protegido por una póliza de seguros en vigor que garantice el pago, la responsabilidad que pudiera constituirse por colisión u otra contingencia que causarán daños a terceros en sus personas o en sus bienes.

Artículo 21-B. Las pólizas deberán ser expedidas por instituciones o sociedades mutualistas de seguro que llenan los requisitos siguientes:

I. Ser nacionales;

II. Estar organizados y funcionar conforme a las normas que establezcan la misma ley;

III. Sujetarse a la Ley General de Sociedades de Seguros.

Artículo 21-C. Las pólizas deberán contener a favor de las víctimas las siguientes indemnizaciones:

A) Por daños en su persona.

I. Por muerte o incapacidad total permanente: la cantidad equivalente a 5 mil días de salario mínimo general;

II. Por lesiones que ocasionan incapacidad parcial permanente hasta máximo de la cantidad equivalente a 2 mil días de salario mínimo general, y gastos médicos;

III. Por lesiones que ocasionen incapacidad total temporal, hasta un máximo de la cantidad equivalente a 1 mil días de salario mínimo general y gastos médicos;

IV. Por lesiones que ocasionan incapacidad parcial temporal hasta un máximo de la cantidad equivalente a 600 días de salario mínimo general."

En lo que respecta a las indemnizaciones establecidas en las fracciones II, III y IV del presente artículo, se determinará de acuerdo con la tabla de indemnizaciones del reglamento respectivo.

B) Por daños en sus bienes.

El monto de la indemnización por daños en los bienes de las personas se establecerá conforme el dictamen que rinden los peritos respectivos.

Para el pago de las indemnizaciones a que se refiere el presente artículo se tomará como base el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, a la fecha en que sea cubierta la indemnización correspondiente.

TRANSITORIO

Único. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados, a los 17 días del mes de noviembre de 1987. Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, diputado Ubaldo Mendoza Ortiz.»

Trámite: - Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

El C. Presidente: - Tiene la palabra para presentar una iniciativa la diputada María de la Luz Gama Santillán.

La C. María de la Luz Gama Santillán: -Ciudadano presidente; compañeras y compañeros

diputados: La presente iniciativa de ley que el día de hoy ponga a la consideración de ustedes lleva la finalidad de corregir a la mayor brevedad posible lo que considero una incongruencia, pues, como todos ustedes recordarán, voy a referirme a la antigua LOPPE, se efectuaban insaculaciones para obtener así a quienes deberían ocupar las presidencias y secretarías de las comisiones locales y distritales federales a todo lo largo y ancho de la República mexicana.

Recordemos que los artículos 86, 93, 97 y 116 así lo preceptuaban; tal facultad correspondía a la Comisión Federal Electoral valiéndose de la insaculación. Consideramos pues un franco retroceso lo preceptuado en el artículo número 171 del nuevo Código Federal Electoral, que a la letra dice: fracción VII. "Designar a los comisionados presidente y secretario para integrar las comisiones locales y comités distritales electorales"

Considero, compañeros diputados, que en lo general se deben descentralizar omnímodas facultades, que van en desdoro de la confianza del electorado hacia los responsables del proceso electoral. En otras palabras, se debe retornar a la insaculación para designar a los personajes citados.

Compañeros diputados: El año entrante de 1988 habrá de celebrarse el proceso electoral federal para la renovación del Poder Ejecutivo Federal, senadores y diputados federales. Nuestro enemigo común es un fantasma: el abstencionismo; que a pesar de la alquimia y métodos tradicionalmente usados por quienes manejan los procesos, no ha sido posible vencerlo y si con métodos poco cristalinos se designan a los funcionarios electorales, menos aún habremos de lograrlo. Los últimos procesos electorales estatales y municipales arrojan cifras de abstencionismo tal que de veras cabe pensar si los gobiernos así electos son o no son legítimos. Considero además que quienes finalmente son ungidos con tan poca votación, me pregunto: ¿recibierán con plena satisfacción el poder estatal o municipal?, ¿se sentirán verdaderamente satisfechos de llegar a ese puesto?, ¿sus jóvenes hijos, sentirán orgullo?, ¿sus hijos, al acudir a la escuela, tendrán valor para ver hijos, al acudir a la escuela, tendrán valor para ver frente a frente a sus compañeros o se avergonzarán de la actitud de su padre? Compañeros diputados nosotros aquí podemos seguirnos engañando, pero ¿seremos capaces de engañar a las generaciones futuras? Debemos reflexionar, tomar medidas prudentes, no ilusorias, no podemos seguir engañando a la juventud actual con nuestra postura, ¿qué explicaciones les vamos a dar cuando nos pregunten que cuál fue la razón para haber permitido retroceso en lugar de avance?

En el próximo proceso electoral federal, casi el 50% de los votantes que emitirán su sufragio por primera vez serán jóvenes deseosos de un cambio en las estructuras básicas de gobierno, pero si van a encontrarse con obstáculos insalvables, .¿cómo irán a proceder, pasivamente, activamente, violentamente? Creo, compañeros diputados, que debemos dar a nuestros hijos los instrumentos cabales para que se manifiesten libremente, lealmente, patrióticamente, que no encuentre estorbos en el ejercicio de su facultad como ciudadanos y como patriotas mexicanos leales a sus principios, a sus ideales y sobre todo a sus ilusiones por un México mejor, libre de ataduras, libre de dependencias con el extranjero, libre de presiones de dentro y fuera, ¿seremos capaces de orientarlos con justicia y prudencia?

Invito a todos los compañeros diputados aquí presentes a que hagamos profesión de fe en favor de México, proveyendo a las generaciones venideras de instrumentos electorales limpios, nítidos, cristalinos y confiables; ésa es nuestra misión en esta Cámara, pues triste y miserable sería nuestro paso por este recinto si nos empeñamos en anclar por más tiempo la democracia que urge en este país. Somos un pueblo adulto que merece respeto y nosotros como legisladores tenemos esa sagrada obligación; los invito a reflexionar en nuestra grave responsabilidad, sin proferir exabruptos, con sereno juicio, con sensatez, equilibrio y evaluación juiciosa, por el bien de nuestra patria, para poder heredar a nuestros hijos y nietos algo mejor que la patria que nosotros recibimos, pero también para poder así honrar a nuestros héroes, quienes nos legaron a su vez su lealtad a toda prueba, su heroísmo, su amor a la patria, su ejemplo y esa honradez inmaculada que no hemos podido igualar, en suma, para que nuestros grandiosos héroes no se sientan defraudados.

Con la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución general de la República y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo la siguiente iniciativa de ley que modifica la fracción VII del artículo 171, para quedar como sigue:

«Fracción VII. Instruirá a la Comisión Federal Electoral en pleno para que mediante el sistema de insaculación sean designados los presidentes y secretarios de las comisiones locales electorales y a estos últimos, para que a su vez y también mediante el sistema de insaculación designen a los presidentes y secretarios de las comisiones distritales electorales, propietarios y suplentes, ordenando publicar a la mayor brevedad posible estas integraciones.

Sala de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 17 de noviembre de 1987. Diputados: María de la Luz Gama Santillán, Carlos Enrique Cantú Rosas, Reyes Fuentes García Gregorio Macías Rodríguez, Jaime Castellanos Franco, Héctor Miguel Calderón Hermosa, Juan Manuel Lucia Escalera, Enrique Bermúdez Olvera, Jorge Cárdenas González y Nabor Camacho Nava»

Trámite: - Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día es la primera lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto para reformar el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 constitucional y adicionar el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y se está distribuyendo entre los ciudadanos diputados, ruego a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen, señor presidente.

«Comisión de Trabajo y Previsión Social

Honorable Asamblea: A la Comisión de Trabajo y Previsión Social fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa para adicionar con una fracción IX el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo y reforma el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentada por el Presidente de la República en ejercicio de las atribuciones que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Tras el estudio y análisis de dicha iniciativa y de su exposición de motivos, esta comisión estima que la adición y reforma propuestas a las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado son procedentes ya que, efectivamente, el Código Federal Electoral, que el honorable Congreso de la Unión aprobara en el mes de diciembre pasado, establece como nueva fecha para la celebración de las elecciones el primer miércoles del mes de septiembre, declarándolo como día no laborable, a fin de otorgar mayores facilidades a los ciudadanos para que acudan a las mesas directivas de las casillas, tanto para el desempeño de las funciones electorales que les sean encomendadas, como para el ejercicio del sufragio, expresión democrática de su voluntad política. El cambio de fecha para la realización de las elecciones se fundamentó esencialmente, como se razonó en el dictamen del proyecto de decreto discutido y aprobado en esta Cámara, en propiciar las condiciones adecuadas para el ejercicio de ese derecho constitucional y en esta forma reducir el índice de abstención, circunstancia que es preocupación conjunta de ciudadanos, partidos políticos y gobierno; inclusive el declarar ese día no laborable fue una proposición presentada, en esta asamblea, durante la discusión del artículo 19 del mencionado Código Federal Electoral, que mereció el voto aprobatorio de todas las fracciones parlamentarias representadas en esta Cámara.

En consecuencia y a efecto de hacer congruentes las disposiciones del Código Federal Electoral con las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, deben modificarse los artículos que actualmente señala en ambos cuerpos de normas los días no laborables para adecuarlos al mandato de la legislación electoral.

Además y consecuente con el espíritu de la iniciativa, la comisión considera conveniente y necesario que el principio de que el día de las elecciones sea declarado como no laborable, sea de carácter general, a fin de que el caso de elecciones locales los ciudadanos tengan las mismas facilidades y se satisfaga el principio de igualdad jurídica que caracteriza a nuestro estado de derecho, en caso de que las entidades federativas, en uso de su autonomía constitucional opten por señalar el mismo día miércoles de determinado mes para la celebración de las elecciones locales.

Por lo anterior expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley Orgánica y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno el siguiente

DICTAMEN

Artículo primero. Se adiciona con la fracción IX el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son días de descanso obligatorios:

I. a VIII.....................................................................

.

IX. El que determinen las leyes, federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Artículo segundo. Se reforma el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 29. Serán días de descanso obligatorio los que señala el calendario oficial y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

TRANSITORIO

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados. México, Distrito Federal.

Blas Chumacero Sánchez, presidente; Ángel Sergio Guerrero Mier, secretario; Eduardo Acosta Villeda, Miguel Alonso Raya, Consuelo Botello de Flores, Rosalba Buenrostro López, Juan Moisés Calleja García, Eleazar Camarillo Ochoa, Jaime Castellanos Franco, Humberto Cervantes Vega, Joaquín Contreras Cantú, Emilio Cordero García, Porfirio Cortés Silva, Oney Cuevas Santiago, Eleno de Anda López, Leopoldo de Gyves de la Cruz, Alejandro Encinas Rodríguez, Blanca Esponda de Torres, Salvador Esquer Apodaca, Manuel Fernández Flores, Reyes Fuentes García, José Luis Galaviz Cabral, María de la Luz Gama Santillán, Cristóbal García Ramírez, José Ramón García Soto, Gerardo Gómez Castillo, Manuel García Ordóñez, Eduardo Hernández Mier, Eduardo Lecanda Lujambio, Guadalupe López Bretón, Joaquín López Martínez, Rafael López Zepeda, Rafael Lozano Contreras, Gloria Mendiola Ochoa, Manuel Monreal Zamarripa, Heriberto Morales Arroyo, Carlos Palafox Vázquez, Ricardo Pascoe Pierce, Javier Paz Zarza, Javier Pineda Cerino, Rogelio Preciado Cisneros, Antonio Punzo Gaona, Alberto Rábago Camacho, Raúl Ramírez Chávez, Salvador Ramos Bustamante, Leobardo Ramos Martínez, Sergio Roa Fernández, Marcelino Rodríguez Silva, Arturo Ruiz Morales, Rafael Sáenz Moreno, Antonio Sandoval González, David Serrano Acosta, Heriberto Serrano Moreno, Renán Solís Avilés, José Nerio Torres Ortiz, Héctor Hugo Varela Flores, Isaías Vázquez Mendoza, Juan Carlos Velasco Pérez, Patricia Villanueva Abrajan, y Magdaleno Yañez Hernández.»

Trámite: - Es de primera lectura.

PERMISOS CONSTITUCIONALES

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: En oficio fechado el 29 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Alicia Philippe Ponce, pueda prestar servicios como secretaria, en la Embajada de Ecuador en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados el 13 de noviembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que la interesada prestará en la Embajada de Ecuador en México, serán de carácter administrativo, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Alicia Philippe Ponce, para prestar servicios como secretaria, en la Embajada de Ecuador en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - México, Distrito Federal, a 16 de noviembre de 1987. Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Mousés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González,

Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda, y Sergio Valls Hernández.»

Trámite: -Primera lectura.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: En oficios fechados el 29 y 30 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso Constitucional necesario para que los ciudadanos Guillermina Hernández Montes y Jorge Estrada Ortiz, puedan prestar servicios administrativos, en las oficinas de la Embajada de Bolivia en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 13 de noviembre, se turnó a la comisión que suscribe para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acrediten su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de su nacimiento;

b) Que los servicios que los interesados prestarán en la Embajada de Bolivia en México, serán de carácter administrativo;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Guillermina Hernández Montes, para prestar servicios como secretaria administrativa en las oficinas de la Embajada de Bolivia en México.

Artículo segundo. Se concede permiso al ciudadano Jorge Estrada Ortiz, para prestar servicios como ayudante administrativo en las oficinas de la Embajada de Bolivia en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal, a 16 de noviembre de 1987. Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda, y Sergio Valls Hernández.»

Trámite: Es de primera lectura.

La misma C. secretaria:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: En oficios fechados el 27 y 29 de octubre próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que las ciudadanas Adriana Guadalupe Cárdenas Campos y María Elena Tatay Visairo, puedan prestar servicios administrativos en los consulados de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco y Tijuana, Baja California, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 13 de los corrientes, se turnó a la comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que las peticionarias acreditan su nacionalidad mexicana, con las copias certificadas de las actas de nacimiento;

b) Que los servicios que las interesadas prestarán al gobierno de los Estados Unidos de América en México, serán como recepcionista y operadora de conmutador, respectivamente;

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente.

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Adriana Guadalupe Cárdenas Campos, para prestar servicios como recepcionista, en el Consulado de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana María Elena Tatay Visairo, para prestar servicios como operadora de conmutador en el Consulado de Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal a 16 de noviembre de 1987.- Nicolás Reynés Berezaluce, presidente: Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda, y Sergio Valls Hernández.»

Trámite: -Primera lectura.

LEY SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACIÓN

El C. Presidente: -El siguiente punto del orden del día, es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley sobre Metrología y Normalización.

En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.

«Comisiones Unidas de Comercio y de Ciencia y Tecnología.

Honorable asamblea: A las Comisiones Unidas de Comercio y de Ciencia y Tecnología de esta H. Cámara de Diputados, fueron turnados para su estudio, análisis y dictamen, diversos expedientes que contienen iniciativas relativas a la modificación de la legislación aplicable a normas, pesas y medidas.

Estas comisiones han estudiado las propuestas en forma conjunta, toda vez que tienen como propósito común actualizar la legislación que rige la materia de normas pesas y medidas.

Las iniciativas materia del presente dictamen son las presentadas por el C. licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el primero de octubre de mil novecientos ochenta y siete, en que somete a la consideración del H. Congreso de la Unión, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y la presentada a esa honorable asamblea, el día 28 de diciembre de 1986, por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, que reforma y adiciona la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas.

Para el despacho de los negocios mencionados, las comisiones responsables convocaron a sus miembros a diversas reuniones y, además, para ilustrar su juicio, invitaron a participar en sus trabajos a diversos servidores públicos, en los términos del artículo 62 de la Ley Orgánica del Congreso General, respecto de la iniciativa presentada por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, se invitó a varios diputados miembros de las comisiones de Comercio, de Ciencia y Tecnología y de la Defensa Nacional, interesados directamente en la elaboración del presente dictamen, a visitar el laboratorio central de pruebas de la industria militar.

Por referirse las iniciativas a los mismos temas: normas, pesas y medidas, las comisiones acordaron estudiarlas y dictaminarlas conjuntamente.

Las comisiones que suscriben, después de haber analizado las razones y fundamentos expuestos en las iniciativas turnadas para su estudio y haberlos discutido a satisfacción de sus integrantes, formulan el presente dictamen con apoyo en las siguientes

CONSIDERACIONES

La iniciativa presentada por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, propone reformas y adiciones a la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas.

La iniciativa presentada por el Presidente de la República, propone sustituir la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas por la Ley Federal de Metrología y Normalización.

Por lo anterior, es preciso examinar en primer término, la iniciativa presidencial, pues su contenido es de mayor alcance y comprensión que la iniciativa presentada por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.

Para entrar al estudio de las iniciativas, es conveniente considerar que al Estado corresponde la rectoría del desarrollo nacional y proveer las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional.

El Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988 y el Programa Nacional de Fomento Industrial y Comercio Exterior 1984-1988, le han asignado al comercio exterior un papel prioritario en la estrategia del desarrollo económico del país.

El gobierno enfrenta los retos con un profundo sentido de renovación, modernizando sus instituciones y la economía y realizando un intenso proceso de racionalización de la protección comercial para inducir mayor eficiencia y competitividad en la industria nacional, dotándola de un aparato administrativo moderno que le permita enfrentarse a las prácticas desleales del comercio internacional.

Puede afirmarse que la iniciativa de la Ley Federal de Metrología y Normalización tiene cambios significativos en relación a la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas de 1961, actualmente vigente y que se incorporan nuevos apartados y capítulos que fortalecen la infraestructura existente en metrología y normalización. Esto es el resultado de la necesidad que tiene México de elevar la calidad de su producción, no sólo como consecuencia de la necesidad de exportar para hacerse de las divisas que se requieren, sino también para hacer frente a la competencia con los productos provenientes del exterior.

Adicionalmente, se ha requerido actualizar la legislación en la materia, para hacerla congruente con el proceso de modernización y tecnificación de la planta productiva nacional.

Por ello, el capitulado que se plantea, refleja, en comparación con e de la vigente ley, las necesidades actuales de interés nacional.

Como parte integrante del mismo, se da personalidad jurídica al Centro Nacional de Metrología, asignándosele el papel de laboratorio primario del Sistema Nacional de Calibración.

Con lo anterior, se expresa el deseo del Estado para fomentar el desarrollo de la metrología en México, ya que es ésta el instrumento para establecer la calidad de los productos.

El objetivo del Sistema Nacional de Calibración es conjugar todos los esfuerzos que en el campo metrológico se realizan en el país de una manera dispersa y aislada, y lograr que las mediciones sean uniformes y se garantice su confiabilidad.

Por lo que se refiere a las mediciones en las transacciones, se amplían las atribuciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, para vigilar que éstas se realicen en condiciones de equidad.

En materia de normalización, el anteproyecto contiene innovaciones sustanciales en relación a la ley de 1961, ya que contempla reglamentos y disposiciones posteriores. Se considera, por primera vez, la elaboración de normas conjuntamente con otras dependencias del Ejecutivo Federal, a fin de dar al productor mexicano, claridad de los requisitos que debe cubrir su producto y evitar duplicidad de esfuerzos.

Por otra parte, se incluyen los servicios como objeto de normalización. Esto es debido a que la tendencia actual nos indica el surgimiento de nuevos servicios como consecuencia del avance tecnológico. Es decir, no sólo se piensa en términos de los servicios tradicionales. El objetivo de esta inclusión es la de garantizar que las relaciones entre industriales, prestadores de servicios y consumidores, cuando así se requiera, sean

transparentes y satisfagan las necesidades para las cuales fueron diseñadas estas normas.

El apartado de normalización de la iniciativa de ley es novedoso, ya que además de conceder nuevas atribuciones a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, actualiza y precisa disposiciones vigentes, cabe destacar que se amplían las atribuciones y se definen las funciones de los comités consultivos de normalización. Esto es un reconocimiento al hecho de que el mayor esfuerzo en la elaboración de normas corresponde al sector productivo.

Parte fundamental de este capítulo es la creación de la comisión nacional de normalización; cuyo objetivo principal es la de coadyuvar en la política general de normalización. Para ello se visualiza la participación de los sectores público y privado y los centros de investigación científica y tecnológica.

Entre las funciones que se le asignan, está la de opinar y recomendar respecto al Programa Nacional de Normalización. Esto implica, a su vez, la definición de una política de normalización que contemple las prioridades nacionales, no sólo a corto plazo, sino por el período de desarrollo industrial y tecnológico que trascienda los aspectos coyunturales.

El título denominado normalización, tiene un carácter innovador, ya que incorpora lineamientos jurídicos generales que pretenden asegurar la calidad de productos y servicios, a través de la verificación sistemática de las especificaciones contenidas en las normas oficiales de cumplimiento obligatorio y de productos y servicios que se adhieran al sello oficial de garantía. Asimismo, se establece que las normas oficiales mexicanas servirán de referencia para efectos de verificación oficial y de protección y orientación a los consumidores.

La legislación propuesta, establece que determinadas normas oficiales mexicanas son de cumplimiento obligatorio a partir de su publicación, ubicando entre éstas a las de productos y servicios que por sus características afecten la seguridad e integridad física de las personas, las materias primas o partes de productos sujetos a régimen de obligatoriedad y los métodos de pruebas para efectos de comprobación oficial.

La iniciativa de ley amplía en ámbito de la certificación oficial de la calidad, extendiéndolo desde los productos y servicios para la exportación hasta los de consumo interno, referido a normas oficiales mexicanas, normas internacionales o cualquier referencia convenida por los interesados.

Un aspecto importante, especialmente para el productor mexicano, es que se establezca que los productos importados, cuyos similares nacionales sean objeto de norma obligatoria, antes de ser comercializados en el país, requieran el certificado de calidad de la autoridad. Esto es, los productos importados deberán de tener la calidad de los nacionales, pues de no ser así, proliferaría la competencia desleal.

Se eleva a rango de ley el premio nacional de calidad, para estimular productor o al prestador de servicios, que hace esfuerzos por mejorar la calidad de su producto o servicio, de manera que den incentivos y se fomente la alta calidad de los productos y servicios, en beneficio del consumidor y del país.

Se incorpora a la ley el Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios, creado por decreto presidencial en 1980. El objetivo del sistema, es el reconocer aquellos laboratorios que por sus características técnicas, de personal y de equipo, dan resultados confiables y por ello base del mejoramiento de la calidad.

La intención es la de articular una infraestructura de laboratorios y evitar los múltiples esfuerzos que se realizan de una manera aislada y por ello, implica duplicidad de esfuerzos e ineficacia en su aportación al proceso de desarrollo nacional.

Finalmente, el proyecto de ley define las visitas de verificación, considerándola como la comprobación de la calidad y del contenido bruto de los productos. Asimismo, aclara el procedimiento técnico de las mismas con el fin de dar transparencia a esta actividad, dando seguridad al productor, comerciante y prestador de servicios de sus derechos.

De estos señalamientos, queda claro que la iniciativa de Ley de Metrología y Normalización puede establecerse como un ordenamiento jurídico moderno, acorde con la realidad económica y tecnológica actual. Se considera como un instrumento fundamental para lograr el objetivo primordial de elevar la calidad y con ello propiciar un desarrollo industrial en base a una planta eficiente y competitiva.

Las comisiones que suscriben, no obstante estar de acuerdo con la iniciativa presidencial, en su concepción integral, consideran conveniente introducir algunos cambios en su articulado y proponen a esta H. asamblea las siguientes modificaciones a la iniciativa en examen:

Consignar que se procure incluir en los programas de estudios de las escuelas oficiales y

particulares, la enseñanza del sistema general de unidades de medida, en lugar de establecer su enseñanza obligatoria en la Ley de Metrología y Normalización, tal y como lo señala en su artículo 8o., sin que ello demerite su importancia y trascendencia, a efecto de que dicha obligatoriedad quede consignada, en su caso, en la ley particular que corresponda.

Con la finalidad de dar claridad a diversas disposiciones se opta por mejorar el texto de algunos artículos; 12, 14, 20, 29, 30, 35 fracción IV, 37, 54, 57, 58, 59 fracciones II, VI y VII, 64, 65, 67 fracción VI, 71, 75, 92 y se agrega la palabra registro al título del Capítulo Único del Título Quinto. Se elimina el artículo 76 por considerar que los requisitos de proveedores del sector público, se encuentran definidos en la ley específica.

Las comisiones han considerado conveniente suprimir: del artículo 14, el calificativo de "medidas" a los patrones, por ser éste el término usual; la referencia que se hace en el artículo 10 fracción VIII a la verificación que "se efectúe conforme al artículo 99 de la ley" porque en este caso no se trata de la verificación metrológica que es a la que se refiere el artículo citado, sino de verificación distinta; la fracción V del artículo 56 porque los comités consultivos nacionales de normalización no manejarán ni tendrán bajo su custodia fondos federales; el término "economía nacional", en el artículo 62 fracción VI por considerar suficiente la razón de interés público para declarar el cumplimiento obligatorio de normas oficiales mexicanas; la referencia innecesaria al Acuerdo sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, que se hace en el Artículo 46.

Considerando que es conveniente aprovechar a su máximo los recursos federales ya existentes, por lo que con las limitaciones de seguridad nacional, deberán incluirse a la Secretaría de la Defensa Nacional, que cuenta con laboratorios de prueba para metrología y calibración, en el consejo directivo del Centro Nacional de Metrología y en la Comisión Nacional de Normalización.

Se modifican los artículos 79 y 80 con el propósito de dejar en el texto de ley la obligatoriedad del contraste de los artículos de joyería y orfebrería y para dejarle potestad a la autoridad, de certificar productos elaborados con materias primas y procedimientos que los distingan por su calidad con relación a otros de la misma naturaleza.

Por lo que se refiere al premio nacional de calidad se considera innecesario consignar en la ley, los requisitos de procedencia y dictaminación, que deberán contenerse en el reglamento en observancia de aquélla o en decreto particular del Ejecutivo, por lo que se eliminan los artículos 85 y 86 de la iniciativa.

Finalmente, con objeto de que se observe el debido cumplimiento de la ley, que requiere para su exacta observancia del reglamento, se agrega un transitorio disponiendo que éste se expedirá en un plazo máximo de 180 días hábiles.

También se agrega un transitorio que precisa los casos pendientes de resolución al entrar en vigencia esta iniciativa de ley.

Las comisiones consideran igualmente la iniciativa de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista en que se proponen reformas y modificaciones a la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas.

Merecen especial atención de tal iniciativa que se contemplen: definiciones de las unidades fundamentales del Sistema General de Pesas y Medidas; el procedimiento para formular y revisar las normas; y el establecimiento de un laboratorio nacional de metrología y normalización.

Al respecto cabe considerar que la iniciativa del Presidente de la República, recoge, en su concepción integral, y rebasa las propuestas de la iniciativa del Partido Popular Socialista.

En lo que hace a las definiciones de las unidades fundamentales del Sistema General de Pesas y Medidas se acordó que deben ser materia del reglamento dada su amplitud y detalle.

El procedimiento para formular y revisar las normas, está contemplado en su totalidad por la iniciativa del Ejecutivo Federal.

Lo mismo sucede con la propuesta del laboratorio nacional de metrología y normalización que en la iniciativa presidencial se contiene en la creación de un organismo descentralizado denominado centro nacional de metrología y la institución de la comisión nacional de normalización con funciones consultivas y de coordinación en la tarea de vigorizar la política nacional de normalización que compete al Ejecutivo Federal.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones de Comercio y de Ciencia y Tecnología, someten a

la consideración de esta honorable asamblea lo siguiente:

Primero: Por las razones que se señalan en consideraciones anteriores no es de aprobarse la iniciativa presentada por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.

Segundo: Fundada en las razones que anteceden en este dictamen así como con los cambios que se han introducido por estas comisiones, someter a la consideración de esta asamblea la aprobación de la iniciativa del Ejecutivo Federal, en los siguientes términos:

PROYECTO DE LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACIÓN

TITULO PRIMERO

CAPITULO ÚNICO

Disposiciones generales

Artículo 1o. La presente ley regirá en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, sin perjuicio de las facultades que en materia de normalización correspondan a otras dependencias.

Siempre que en esta ley se haga mención a la "Secretaría", se entenderá hecha a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Artículo 2o. Esta ley tiene por objeto:

I. En materia de metrología:

a) Establecer el Sistema General de Unidades de Medida;

b) Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología;

c) Establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida;

d) Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de indicar el contenido neto en los productos envasados;

e) Instituir el Sistema Nacional de Calibración;

f) Crear el Centro Nacional de Metrología, como organismo de alto nivel técnico en la materia;

g) Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.

II. En materia de normalización:

a) Fomentar la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas, a fin de incrementar la calidad de los productos y servicios nacionales;

b) Instituir la Comisión Nacional de Normalización para que coadyuve en las actividades que sobre normalización corresponda realizar a las distintas dependencias de la administración pública federal;

c) Estimular la concurrencia de los sectores público, privado, científico y de consumidores en la elaboración y observancia de las normas oficiales mexicanas;

d) Determinar las normas de carácter obligatorio y la forma en que se acreditará el cumplimiento de las mismas;

e) Establecer el Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Prueba;

f) Contribuir al fortalecimiento y modernización de la infraestructura tecnológica, material y financiera del proceso de normalización, así como al desarrollo de los recursos humanos especializados para tal fin, y

g) En general, divulgar las acciones de normalización y de las demás actividades relacionadas con la materia.

Artículo 3o. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores y en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, representará al país en todos los eventos o asuntos relacionados con la metrología y normalización a nivel internacional, sin perjuicio de que en dicha representación y conforme a sus atribuciones participen otras dependencias interesadas en razón de su competencia, en coordinación con la propia Secretaría. También podrán participar, previa invitación de la Secretaría, representantes de organismos públicos y privados.

TITULO SEGUNDO

Metrología

CAPITULO I

Del sistema general de unidades de medida

Artículo 4o. En los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General de Unidades de Medida es el único legal y de uso obligatorio.

El Sistema General de Unidades de Medida se integra con las unidades base del Sistema Internacional de Unidades, así como con las suplementarias, las derivadas de las unidades base y los múltiplos y submúltiplos de todas ellas, que apruebe la Conferencia General de Pesas y Medidas y se prevean en el reglamento de esta ley. También se integra con las no comprendidas en el sistema internacional que acepte el mencionado organismo y se incluyan en dicho ordenamiento.

Artículo 5o. Excepcionalmente la Secretaría podrá autorizar el empleo de unidades de medida de otros sistemas por estar relacionados con países extranjeros que no hayan adoptado el mismo sistema. En tales casos deberá expresarse, conjuntamente con las unidades de otros sistemas, su equivalencia con las del Sistema General de Unidades de Medida, salvo que la propia Secretaría exima de esta obligación.

Artículo 6o. Las unidades base del Sistema Internacional de Unidades son: de longitud, el metro; de masa, el kilogramo; de tiempo, el segundo; de temperatura termodinámica, el kelvin; de intensidad de corriente eléctrica, el ampere; de intensidad luminosa, la candela; de cantidad de substancia, el mol. Las definiciones de estas unidades y de las suplementarias se consignarán en el reglamento de esta ley.

Artículo 7o. Para la expresión de las unidades base fija la siguiente simbología:

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Artículo 8o. Las escuelas oficiales y particulares que formen parte del sistema educativo nacional, procurarán incluir en sus programas de estudio la enseñanza del Sistema General de Unidades de Medida.

Artículo 9o. La Secretaría tendrá a su cargo la conservación de los prototipos nacionales de unidades de medida, metro y kilogramo, asignados por la Oficina Internacional de Pesas y Medidas a los Estados Unidades Mexicanos.

CAPITULO II

De los instrumentos para medir

Artículo 10. Para los efectos de esta ley y las disposiciones que de ella se deriven, se entenderá:

I. Por medir, el acto de determinar el valor de una magnitud;

II. Por instrumentos para medir, los medios técnicos con los cuales se efectúan las mediciones y que comprenden las medidas materializadas y los aparatos medidores;

III. Por medida materializada, el dispositivo destinado a reproducir de una manera permanente durante su uso, uno o varios valores conocidos de una magnitud dada;

IV. Por aparato medidor, el dispositivo destinado a indicar o proporcionar información del valor de una magnitud sujeta a medición;

V. Por patrón, el instrumento para medir destinado a materializar, conservar y reproducir una unidad de medida de una magnitud determinada;

VI. Por patrón nacional, el patrón autorizado para obtener, fijar o contrastar el valor de otros patrones de la misma magnitud, que sirve de base para la fijación de los valores de todos los patrones de la magnitud dada;

VII. Por calibración, el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas, así como, en su caso, realizar el ajuste correspondiente;

VIII. Por verificación, la comprobación de que los instrumentos para medir reúnen los requisitos reglamentarios, y

IX. Por manifestación, la declaración a la Secretaría de los instrumentos para medir que se fabriquen,

importen, posean, utilicen o pretendan utilizarse en el país.

Artículo 11. Todos los instrumentos para medir que se fabriquen en territorio nacional o se importen deberán cumplir las normas oficiales mexicanas o especificaciones que fije la Secretaría. En todo caso, el modelo deberá ser presentado, previa su comercialización, para su ensayo y autorización.

Artículo 12. Los fabricantes, importadores, distribuidores o comerciantes de instrumentos para medir no podrán vender éstos ni permitir su uso por cualquier título, sin antes someterlos a verificación inicial, en la forma, plazos y términos que disponga la Secretaría, salvo que la verificación de dichos instrumentos deba hacerse, por razones técnicas, una vez instalados.

Artículo 13. Queda sujeta a esta ley, su reglamento y demás disposiciones derivadas de tales ordenamientos, la verificación periódica y extraordinaria de los instrumentos para medir que continuación se indican:

I. Los que sirvan de base para una transacción comercial o para determinar el precio de un servicio;

II. Los que sirvan de base para la remuneración o la estimación, en cualquier forma, de labores personales;

III. Los que determinen cuantitativamente los componentes de una mercancía cuyo precio o calidad dependa de esos componentes;

IV. Los que sirvan de base a un acto pericial o cualquier otro en que haya intervención judicial o de las autoridades públicas en general;

V. Los que sirvan de base para actos que afecten o puedan afectar la salud, la vida o la integridad corporal, y

VI. Los que sirvan o se utilicen para confirmar otras medidas de la naturaleza de las anteriores.

Artículo 14. La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación, con la debida anticipación, la lista de los instrumentos para medir y patrones cuya calibración y verificación periódica, serán obligatorias una o más veces en el mismo año, sin perjuicio de ampliarla o modificarla en cualquier tiempo de requerirlo el interés público. En ella se establecerán los plazos, lugar y forma de cumplir con esta disposición.

Las personas físicas o morales que posean o utilicen instrumentos para medir deberán manifestarlos oportunamente, cuando su verificación y calibración sea obligatoria y proporcionar toda clase de facilidades y ayuda para practicarla.

Artículo 15. La fabricación y reparación de instrumentos para medir sólo podrá realizarse por personas físicas o morales autorizadas por la Secretaría, previo el cumplimiento de los requisitos de capacitación, equipo de fabricación y de calibración que señale el reglamento.

Artículo 16. la Secretaría fijará las marcas, sellos o contraseñas de identidad en los instrumentos para medir que hayan sido objeto de verificación y dejará en poder de los interesados los documentos que acrediten que dicho acto ha sido realizado oficialmente.

Artículo 17. Los recipientes que, no siendo instrumentos de medir, se destinen reiteradamente a contener o transportar materias objeto de transacciones, cuya masa se determine midiendo simultáneamente el recipiente y la materia, deben ostentar visible e indeleblemente con caracteres legibles su tara, la que deberá verificarse periódicamente en la forma y lugares que señale la Secretaría.

Artículo 18. Los instrumentos para medir que no reúnan los requisitos reglamentarios al practicarse las verificaciones correspondientes o las inspecciones, serán desechados para su venta o uso hasta en tanto los satisfagan. Los que no puedan acondicionarse para cumplir los requisitos de esta ley o de su reglamento serán inutilizados.

CAPITULO III

De la medición obligatoria en transacciones

Artículo 19. En toda transacción comercial, industrial o de servicios que se efectúe a base de cantidad, ésta deberá medirse utilizando los instrumentos de medir adecuados, excepto cuando los servicios estén sujetos a tarifa autorizada por autoridad competente, así como en los demás casos que señale el reglamento atendiendo a la naturaleza o propiedades del objeto de la transacción.

La Secretaría determinará los instrumentos para medir apropiados en razón de las materias objeto de la transacción y de la mayor eficacia de la medición.

Artículo 20. Los poseedores de los instrumentos para medir tienen la obligación de permitir que cualquier parte afectada por el resultado de una medición se cerciore de que los procedimientos empleados en ella son los apropiados,

así como de que los utilizados estén debidamente autorizados, para lo cual su poseedor deberá exhibir la autorización correspondiente.

Artículo 21. Los instrumentos automáticos para medir que se empleen en los servicios de suministro o abastecimiento de agua, gas o energía eléctrica, quedan sujetos a las siguientes prevenciones:

I. Deberán ser propiedad de las autoridades, empresas o personas que proporcionen dichos servicios directamente o como intermediarios, no debiendo cobrar cuota ni depósito alguno a los consumidores por su uso, ni por el servicio habitual de mantenimiento, reparación o substitución, excepto en caso de deterioro intencional comprobable;

II. Las autoridades, empresas o personas que proporcionen directamente el servicio, estarán obligadas a contar con el número suficiente de instrumentos patrón, así como con el equipo de laboratorio necesario para comprobar, por su cuenta, el grado de precisión de los instrumentos en uso.

La Secretaría podrá eximir a los suministradores de contar con equipo de laboratorio, cuando sean varias las empresas que proporcionen el mismo servicio y sufraguen el costo de dicho equipo para uso de la propia Secretaría, caso en el cual el ajuste de los instrumentos corresponderá a ésta;

III. Los suministradores podrán mover libremente todas las piezas de los instrumentos para medir que empleen para repararlos o ajustarlos, siempre que cuenten con patrones de medida y equipo de laboratorio. En tales casos deberán colocar en dichos instrumentos los sellos necesarios para impedir que personas ajenas a ellas puedan modificar sus condiciones de ajuste;

IV. Las autoridades, empresas o personas que proporcionen, los servicios, asumirán la responsabilidad de las condiciones de ajuste de los instrumentos que empleen, siempre que el instrumento respectivo ostente los sellos impuestos por el propio suministrador;

V. La Secretaría podrá practicar la verificación de los instrumentos a que se refiere el presente artículo. Cuando se trate de servicios proporcionados por dependencias o entidades paraestatales, que cuenten con el equipo a que se refiere la fracción II, la verificación deberá hacerse por muestreo, y

VI. Con la excepción prevista en la fracción III, en ningún otro caso podrán ser destruidos los sellos que hubiere impuesto el suministrador o, en su caso, la Secretaría. Quienes lo hagan serán acreedores a la sanción respectiva y al pago estimado del consumo que proceda.

Artículo 22. La Secretaría podrá exigir que los instrumentos que sirvan de base para transacciones reúnan características apropiadas a fin de que el público pueda apreciar fácilmente la operación de medición, en cuyo caso quedará prohibido el uso de instrumentos distintos a los exigidos por dicha Secretaría.

Artículo 23. Los poseedores, de básculas con alcance máximo de medición igual o mayor a cinco toneladas deberán conservar, en el local en que se use la báscula, taras cuyo mínimo equivalente sea el 5% del alcance máximo de la misma. Dichas taras deberán ser verificadas inicial y periódicamente.

La Secretaría podrá exigir que la operación de dichas básculas se efectúe por personas que reúnan los requisitos de capacidad que se requieran.

Artículo 24. Queda prohibido utilizar instrumentos para medir que no reúnan los requisitos señalados en esta ley, su reglamento y demás disposiciones derivadas de dichos ordenamientos.

El uso inadecuado de los instrumentos para medir en perjuicio del consumidor, ameritará las sanciones respectivas.

Artículo 25. La Secretaría podrá autorizar a personas físicas que satisfagan los requisitos de capacitación y cuenten con el equipo de medición y verificación que señale el reglamento para que, bajo su responsabilidad, expidan certificados sobre resultados de medición.

Artículo 26. Los productos empacados o envasados por fabricantes, importadores o comerciantes deberán ostentar en su empaque, envase, envoltura o etiqueta, a continuación de la frase contenido neto, la indicación de la cantidad de materia o mercancía que contengan. Tal cantidad deberá expresarse de conformidad con el Sistema General de Unidades de Medida, con caracteres legibles y en lugares en que se aprecie fácilmente.

Cuando la transacción se efectúe a base de cantidad de partes, accesorios o unidades de efectos, la indicación deberá referirse al número contenido en el empaque o envase y, en su caso, a sus dimensiones.

En los productos alimenticios empacados o envasados el contenido neto deberá corresponder al total. Cuando estén compuestos de partes líquida

y sólida, además del contenido neto deberá indicarse la cantidad de masa drenada.

Artículo 27. La Secretaría fijará las tolerancias permisibles, en relación con el contenido neto, a los productos empacados o envasados, atendiendo a las alteraciones que pudieran sufrir por su naturaleza o fenómenos que modifiquen la cantidad de que se trate. Dichas tolerancias se fijarán para fines de comprobación del contenido neto.

Artículo 28. Si al verificarse la cantidad indicada como contenido neto de los productos empacados o envasados se encontrase que están fuera de la tolerancia fijada, podrá la Secretaría, además de imponer la sanción administrativa que proceda, prohibir su venta hasta que se remarque el contenido neto con caracteres legibles o se complete éste.

La selección de muestras para la verificación del contenido neto se efectuará al azar y mediante el sistema de muestreo estadístico, en cuyo caso se estará al resultado de la verificación para, de proceder, prohibir la venta en tanto no se remarque o complete el contenido neto.

CAPITULO IV

Del sistema nacional de calibración

Artículo 29. Se instituye el Sistema Nacional de Calibración con el objeto de procurar la uniformidad y confiabilidad de las mediciones que se realizan en el país, tanto en lo concerniente a las transacciones comerciales y de servicios, como en los procesos industriales y sus respectivos trabajos de investigación científica y de desarrollo tecnológico.

La Secretaría autorizará y controlará los patrones nacionales de las unidades básicas y derivadas del Sistema General de Unidades de Medida y coordinará las acciones tendientes a determinar la exactitud de los patrones e instrumentos para medir que utilicen los laboratorios que se autoricen, en relación con la de los respectivos patrones nacionales, a fin de obtener la uniformidad y confiabilidad de las mediciones.

Artículo 30. El sistema Nacional de Calibración se integrará con el Centro Nacional de Metrología, los laboratorios autorizados y los demás expertos en la materia que se consideren convenientes, que constituirán los comités de evaluación. En apoyo de dicho sistema la Secretaría realizará las siguientes acciones:

I. Autorizar laboratorios para que presten servicios técnicos de medición y calibración;

II. Integrar con los laboratorios autorizados cadenas de calibración, de acuerdo con los niveles de exactitud que se les haya asignado;

III. Difundir la capacidad de medición de los laboratorios autorizados y la integración de las cadenas de calibración;

IV. Autorizar métodos y procedimientos de medición y calibración y establecer un banco de información para difundirlos en los medios oficiales, científicos, técnicos e industriales;

V. Establecer convenios con las instituciones oficiales extranjeras e internacionales para el reconocimiento mutuo de los laboratorios de calibración;

VI. Celebrar convenios de colaboración e investigación metrológica con instituciones, organismos y empresas tanto nacionales como extranjeras, y

VII. Las demás que se requieran para procurar la uniformidad y confiabilidad de las mediciones.

Artículo 31. La Secretaría autorizará, tomando en consideración la evaluación del Centro Nacional de Metrología, o en su caso, del comité de evaluación de metrología correspondiente, los laboratorios que integrarán el Sistema Nacional de Calibración, siempre que cuenten con las instalaciones, equipo, patrones de medida, personal técnico, organización y métodos operativos adecuados para asegurar la confiabilidad de los servicios que presten.

La autorización se otorgará por cada prueba específica de calibración o medición que esté en condiciones de efectuar el laboratorio.

Artículo 32. Los laboratorios autorizados podrán prestar servicios de calibración y de operaciones de medición. El resultado de la calibración de patrones de medida y de instrumentos para medir se hará constar en dictamen del laboratorio autorizado suscrito por el responsable del mismo, en el que se indicará el grado de precisión correspondiente, además de los datos que permitan la identificación del patrón de medida o del instrumento para medir

. Las operaciones sobre medición se harán constar en dictámenes que deberá expedir, bajo su responsabilidad, la persona física que cada laboratorio acredite para tal fin.

Artículo 33. La Secretaría podrá suspender o cancelar la autorización a los laboratorios, previo el otorgamiento de la garantía de audiencia, en los siguientes casos:

I. Cuando se proporcionen en forma oportuna y completa a la propia Secretaría, los informes que le sean requeridos respecto a su funcionamiento y operación.

II. Cuando se compruebe que se ha degradado el nivel de exactitud con que fue autorizado;

III. Cuando disminuyan sus recursos humanos o técnicos para realizar las actividades con las que fue autorizado, en detrimento de la prestación del servicio;

IV. Cuando se impida u obstaculice la función de supervisión y vigilancia que la propia Secretaría realice;

V. Cuando no se cumpla con las disposiciones que rijan el funcionamiento del Sistema Nacional de Calibración;

VI. Cuando se emitan dictámenes falseados;

VII. Cuando se nieguen injustificadamente a proporcionar el servicio de calibración a quien lo solicite, y

VIII. Cuando renuncien expresamente a la autorización concedida.

Excepto en el caso a que se refiere la fracción VI, en los demás podrá suspenderse la autorización. Si la causa que la motivó se prolonga por más de tres meses consecutivos procederá la cancelación.

CAPITULO V

Del centro nacional de metrología

Artículo 34. Se crea el Centro Nacional de Metrología como organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, con objeto de llevar a cabo funciones de alto nivel técnico en materia de metrología.

Artículo 35. El Centro Nacional de Metrología tendrá las siguientes funciones:

I. Fungir como laboratorio primario del Sistema Nacional de Calibración;

II. Conservar el patrón nacional correspondiente a cada magnitud, salvo que su conservación sea más conveniente en otra institución;

III. Proporcionar servicios de calibración a los patrones de medición de los laboratorios, centros de investigación o a la industria, cuando así se solicite, así como expedir los certificados correspondientes;

IV. Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo tecnológico en los diferentes campos de metrología, así como coadyuvar a la formación de recursos humanos para el mismo objeto;

V. Asesorar a los sectores industriales, técnicos y científicos en relación con sus problemas de medición y certificar materiales patrón de referencia;

VI. Participar en el intercambio de desarrollo metrológico con organismos nacionales e internacionales y en la intercomparación de los patrones de medida;

VII. Dictaminar, a solicitud de parte, sobre la capacidad técnica de calibración o medición de los laboratorios que integren el Sistema Nacional de Calibración;

VIII. Organizar y participar, en su caso, en congresos, seminarios, conferencias, cursos o en cualquier otro tipo de eventos relacionados con la metrología;

IX. Celebrar convenios con instituciones de investigación que tengan capacidad para desarrollar patrones primarios o instrumentos de alta precisión, así como instituciones educativas que puedan ofrecer especializaciones en materia de metrología;

X. Impartir cursos de capacitación en metrología y otorgar diplomas a quienes los cursen, y

XI. Las demás que se requieran par su funcionamiento.

Artículo 36. El Centro Nacional de Metrología estará integrado por un consejo directivo, un director general y el personal de confianza y operativo que se requiera. Su domicilio será en la ciudad de México, sin perjuicio de su reubicación por acuerdo del Ejecutivo Federal, si por condiciones ambientales se requiere.

Además se constituirán los órganos de vigilancia que correspondan conforme a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Artículo 37. El consejo directivo del Centro Nacional de Metrología se integrará con el Secretario de Comercio y Fomento Industrial, quien lo presidirá; los subsecretarios cuyas atribuciones se relacionen con la materia, de las Secretarías de Educación Pública y de Energía, Minas e Industria Paraestatal; un representante de la Secretaría de la Defensa Nacional; el director del Centro de Instrumentos de la Universidad Nacional Autónoma de México; el director del Centro de Investigación

y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional; el director del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; sendos representantes de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales; de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio y el director general de normas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. Por cada miembro propietario se designará un suplente.

A propuesta de cualquiera de los miembros del consejo directivo podrá invitarse a participar en las sesiones a representantes de las instituciones de docencia e investigación de alto nivel y de otras organizaciones de industriales.

Artículo 38. El consejo directivo tendrá las siguientes atribuciones:

I. Expedir su estatuto orgánico;

II. Estudiar y, en su caso, aprobar el programa operativo anual;

III. Analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el director general, con la intervención que corresponda a los comisarios;

IV¿ Aprobar los presupuestos de ingresos y egresos;

V. Vigilar el ejercicio de los presupuestos a que se refiere la fracción anterior;

VI. Examinar y, en su caso, aprobar el balance anual y los informes financieros del organismo, debidamente auditados;

VII. Autorizar la creación de comités técnicos y de apoyo;

VIII. Expedir el reglamento a que se refiere el artículo 41;

IX. Aprobar la realización de otras actividades tendientes al logro de las finalidades del Centro Nacional de Metrología, y

X. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y disposiciones legales aplicables.

Artículo 39. El director general del Centro Nacional de Metrología será designado por el Presidente de la República o, a indicación de éste, por el Secretario de Comercio y Fomento Industrial. Los servidores públicos de las dos jerarquías inferiores al director general serán designados por el Secretario mencionado, a propuesta del consejo directivo.

Artículo 40. el director general del Centro Nacional de Metrología tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I. Representar al organismo ante toda clase de autoridades, con todas las facultades generales a que se refiere el artículo 2554 del Código Civil para el Distrito Federal y las especiales que se requieran para el ejercicio de su cargo;

II. Elaborar el programa operativo anual y someterlo a consideración del consejo directivo, así como procurar la ejecución del que se apruebe;

III. Establecer y mantener relaciones con los organismos de metrología internacionales y de otros países;

IV. Constituir y coordinar grupos de trabajo especializados en metrología;

V. Designar al personal de confianza, salvo el correspondiente a las dos jerarquías inmediatas inferiores a su cargo, sobre la base de lo dispuesto en el artículo siguiente, así como al demás personal;

VI. Formular el proyecto de presupuesto anual del organismo, someterlo a consideración del consejo directivo y vigilar el ejercicio del que se apruebe;

VII. Rendir los informes periódicos al consejo directivo relativos a las actividades realizadas, al presupuesto ejercido y en las demás materias que deba conocer el consejo directivo, y

VIII. Ejecutar los acuerdos del consejo directivo y en general, realizar las actividades para el debido cumplimiento de las funciones del Centro Nacional de Metrología y de los programas aprobados para este fin.

Artículo 41. Las designaciones del director general y del personal técnico de confianza, deberán recaer en profesionales del área de ciencias o de ingeniería con reconocida experiencia en materia de metrología. Las designaciones respectivas se harán con base en los resultados de la evaluación de dichos profesionales. Las promociones se efectuarán sobre la base de la evaluación del desempeño, conforme al reglamento que apruebe el consejo directivo para este fin.

El personal del Centro Nacional de Metrología, estará incorporado al régimen de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, y sus relaciones con el Centro se regirán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 constitucional.

Artículo 42. El patrimonio del Centro Nacional de Metrología, se integrará con:

I. Los bienes que le aporte el gobierno federal;

II. Los recursos que anualmente le asigne el gobierno federal, dentro del presupuesto aprobado a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

III. Los ingresos que perciba por los servicios que proporcione, y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes, y

IV. Los demás bienes y derechos que adquiera para la realización de sus fines

TÍTULO III

Normalización

CAPÍTULO I

De las normas oficiales mexicanas

Artículo 43. Las normas oficiales mexicanas, tendrán las siguientes finalidades:

I. Fijar las especificaciones que deban reunir los productos elaborados que determine la Secretaría, para que satisfagan las necesidades y usos a que están destinados;

II. Establecer las especificaciones o características que deban reunir los servicios que determine la Secretaría, de acuerdo con esta ley;

III. Fijar las especificaciones que, en razón de las características propias de los productos naturales se establezcan para fines industriales, comerciales y de protección y orientación a los consumidores;

IV. Establecer las especificaciones relacionadas con los instrumentos para medir, los patrones de medida y sus métodos de medición y calibración;

V. Establecer las especificaciones o procedimientos para envase y embalaje;

VI. Establecer los métodos de prueba o los procedimientos para comprobar las especificaciones a que se refieren las fracciones precedentes y el equipo y materiales adecuados para efectuar las pruebas correspondientes, así como tratándose de lotes de productos, los procedimientos de muestreo;

VII. Establecer los procedimientos para determinar la eficiencia del funcionamiento de sistemas, máquinas, aparatos, instrumentos y demás dispositivos empleados en operaciones industriales, comerciales o de servicios;

VIII. Establecer las condiciones de salud, seguridad e higiene que deban observarse en los centros de trabajo;

IX. Establecer las características de los materiales de referencia, a emplearse en procedimientos y procesos industriales;

X. Establecer la nomenclatura, expresiones, abreviaturas, símbolos, diagramas y dibujos que deberán emplearse en el lenguaje técnico industrial, comercial, de servicios o de comunicación;

XI. Describir emblemas, símbolos o contraseñas para fines oficiales, y

XII. Cualesquiera otras en que se requiera normalizar productos, operaciones unitarias del proceso, sistemas o prácticas industriales, comerciales o de servicios.

Artículo 44. Las normas oficiales mexicanas, deberán contener:

I. La denominación de la norma y su clave;

II. La identificación del producto o servicio o en su caso del objeto de la norma, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente;

III. Las especificaciones que correspondan al producto, las características del servicio, o en su caso, los procedimientos o particularidades que se establezcan en la norma en razón de su finalidad;

IV. Los métodos de prueba aplicables en relación con la norma, y su caso, los de muestreo;

V. Los datos y demás información que deban contener los productos o en su defecto sus envases o empaques, así como el tamaño y características de las diversas indicaciones;

VI. Las otras menciones que se consideren convenientes, para la debida comprensión y alcance de la norma, y

VII. La bibliografía que corresponda a la norma.

Artículo 45. Corresponderá a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en materia de normalización, sin perjuicio de las atribuciones de otras dependencias del Ejecutivo Federal en esta materia:

I. Elaborar el Programa Nacional de Normalización, tomando en consideración la opinión de las demás dependencias que ejerzan control o vigilancia sobre los productos o los servicios susceptibles de normalizarse, así como coordinar las actividades necesarias para su ejecución;

II. Expedir las normas oficiales mexicanas, observando lo dispuesto en el artículo 50;

III. Constituir y coordinar a los comités consultivos nacionales de normalización, así como prestarles el asesoramiento necesario, y

IV. Realizar las demás actividades tendientes al cumplimiento de la presente ley.

Artículo 46. Las normas oficiales mexicanas, deberán elaborarse:

I. En versión de anteproyecto, por los sectores interesados: fabricantes, prestadores de servicios, comerciantes o consumidores intermedios o finales del producto o servicio de que se trate;

II. En versión de proyecto, por los comités consultivos nacionales de normalización, y

III. En versión oficial como norma oficial mexicana por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, aun cuando no hubiese mediado anteproyecto o proyecto, de requerirlo el interés público.

En todo caso, en la elaboración de normas oficiales mexicanas, participarán ejerciendo sus respectivas atribuciones, las dependencias de la Administración Pública Federal, a quienes corresponda la regulación o control del producto o servicio a normalizarse.

Artículo 47. Los anteproyectos a que se refiere la fracción I del artículo precedente, serán entregados a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, la que los turnará al Comité Consultivo Nacional de Normalización de la rama específica respectiva para la elaboración del proyecto correspondiente, salvo que dicha Secretaría opte por elaborar directamente, y en su caso, con la participación de las demás dependencias competentes, la versión oficial de la norma por apremiarlo el interés público.

Artículo 48. En la elaboración de normas oficiales mexicanas, se dará preferencia a las que se comprendan en el Programa Nacional de Normalización y a las que recomiende la Comisión Nacional de Normalización.

Artículo 49. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial podrá requerir de fabricantes, prestadores de servicios, consumidores o centros de investigación científica y tecnológica, los datos necesarios para la elaboración de normas oficiales mexicanas, los que se emplearán exclusivamente para tal objeto y no serán divulgados. También podrá recabar, para estos mismos fines, de fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios, las muestras estrictamente necesarias, las que serán devueltas una vez efectuado su estudio, salvo que para éste haya sido necesaria su destrucción.

Cuando se hayan caído en el dominio público no se podrá exigir que se proporcionen secretos industriales, entendiéndose por tales los procedimientos y condiciones de manufactura no patentados de los productos por medios físicos, químicos o biológicos, así como las condiciones de reacción en estos dos últimos medios.

Artículo 50. Las normas oficiales mexicanas serán expedidas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y, en su caso, conjuntamente con la dependencia del ejecutivo Federal que en razón de sus atribuciones ejerza control sobre la producción, distribución o consumo del bien normalizado o sobre la prestación del servicio.

Artículo 51. Las normas oficiales mexicanas, se harán del conocimiento público en la siguiente forma:

I. Las de carácter obligatorio se publicarán íntegramente en el Diario Oficial de la Federación, y

II. Los títulos de las demás se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, y su versión completa en la Gaceta de Industria, Comercio y Servicios.

Artículo 52. Las normas oficiales mexicanas podrán ser revisadas, adicionadas o modificadas en todo tiempo a propuesta de la Comisión Nacional de Normalización, de los comités consultivos nacionales de normalización, de los sectores interesados o de los fabricantes prestadores de servicios, comerciantes o consumidores.

Cuando la adición o modificación no proceda de determinado Comité Consultivo Nacional de Normalización, se turnará al correspondiente la propuesta para su consideración, salvo que la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial estime necesario formular de inmediato la adición o modificación por apremiarlo el interés público. Si la norma fue emitida conjuntamente con alguna otra dependencia del Ejecutivo Federal, sólo podrá ser adicionada o modificada con la aprobación de ésta.

Artículo 53. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, conservará sistemáticamente la colección de normas oficiales mexicanas y las que se reciban de los organismos internacionales, regionales o de otros países. La reproducción de dichas normas, podrá hacerse previa autorización de la Secretaría.

CAPÍTULO II

De los comités consultivos nacionales de normalización

Artículo 54. Los comités consultivos nacionales de normalización serán órganos auxiliares en la formulación de normas oficiales mexicanas y en la promoción de su cumplimiento; estarán integrados por personal técnico representativo de las dependencias del Ejecutivo Federal correspondientes; organismos públicos; organizaciones; de industriales, de prestadores de servicios, comerciales, productores agropecuarios, forestales o pesqueros; centros de investigación científica o tecnológica; colegios de profesionales y consumidores.

La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial determinará qué organismos de los mencionados deberán integrar el comité consultivo de que se trate, lo que hará también en el caso de los comités que deban constituirse para participar en actividades de normalización internacional.

Artículo 55. Los comités consultivos nacionales de normalización se constituirán por ramas específicas en razón del objeto a normalizar, bien a promoción de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial o a solicitud de las dependencias o de los sectores interesados.

Artículo 56. Una vez que sea aprobado por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial el reglamento interno de cada comité, será obligatorio para sus miembros, en el cual deberá preverse:

I. El domicilio del comité;

II. Los cargos que constituirán la directiva del comité y la duración en el ejercicio de éstos;

III. El procedimiento para elegir a los directivos de cada uno de ellos;

IV. La forma en que funcionará el comité y subcomités, especificando la periodicidad de las sesiones y los lugares en que se efectuarán, y

V. Las demás circunstancias que se considere conveniente consignar.

CAPÍTULO III

De la comisión nacional de normalización

Artículo 57. Se instituye la Comisión Nacional de Normalización con el fin de coadyuvar en la política de normalización y coordinar las actividades que en esta materia corresponda realizar a las distintas dependencias y entidades de la administración pública federal.

Artículo 58. Integrarán la Comisión Nacional de Normalización:

I. Los subsecretarios correspondientes de la siguientes secretarías: Comercio y Fomento Industrial, quien presidirá; Energía, Minas e Industria Paraestatal; Agricultura y Recursos Hidráulicos; Comunicaciones y Transportes; Desarrollo Urbano y Ecología; Educación Pública; Salud; Trabajo y Previsión Social, y Pesca; así como un representante de la Secretaría de la Defensa Nacional;

II. Sendos representantes de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales de la República Mexicana; de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio; de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de las Cámaras Regionales de la Industria de Transformación, y

III. Los directores generales del Consejo Nacional de Ciencias y Tecnología; de los Laboratorios Nacionales de Fomento Industrial; del Centro Nacional de Metrología; del Instituto Nacional del Consumidor; del Instituto Nacional de Pesca y de los Institutos de Investigación que se consideren pertinentes.

Por cada propietario podrá designarse un suplente para cubrir las ausencias temporales de aquél exclusivamente.

Artículo 59. La Comisión tendrá las siguientes funciones:

I. Opinar sobre el Programa Nacional de Normalización, vigilar y procurar su cumplimiento;

II. Proponer mecanismos de coordinación entre las dependencias, entidades de la administración pública federal y organizaciones privadas para la elaboración y difusión de normas oficiales mexicanas y su cumplimiento;

III. Recomendar la elaboración de las normas oficiales mexicanas que considere convenientes;

IV. Proponer soluciones a las discrepancias que puedan presentarse en los trabajadores de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización;

V. Proponer la integración de grupos de trabajo para el estudio e investigación de materias específicas;

VI. Proponer las medidas que se estimen oportunas para el fomento de la normalización, y

VII. Todas aquellas que sean necesarias para la realización de sus funciones.

Para el desempeño de sus funciones, la comisión contará con un secretariado técnico a cargo de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Artículo 60. Las sesiones de la Comisión Nacional de Normalización serán convocadas por el representante de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, a iniciativa propia o a petición mayoritaria de cualquiera de los sectores a que se refiere el artículo 58. Se celebrarán por lo menor una vez cada tres meses.

Las reuniones serán válidas si concurren más de la mitad de sus miembros siempre que estuvieren presentes representantes de los diversos sectores que integran la comisión.

También podrá invitarse a participar en las sesiones de la Comisión a representantes de otras dependencias, organismos públicos y privados e instituciones científicas y tecnológicas, cuando se traten temas de su competencia, especialidad o interés.

CAPÍTULO IV

Del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas

Artículo 61. Las normas oficiales mexicanas serán de cumplimiento obligatorio a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, cuando se trate de:

I. Instrumentos para medir, patrones de medida y sus métodos de medición y calibración;

II. Métodos de prueba para fines de comprobación oficial;

III. Términos, expresiones, abreviaturas, símbolos, diagramas o dibujos que deberán emplearse en el lenguaje oficial, industrial y comercial;

IV. Tallas de prendas de vestir y de calzado;

V. Productos y servicios en que se requiera el cumplimiento obligatorio de normas oficiales de conformidad con otras disposiciones legales;

VI. Productos utilizados como materia prima o partes para la fabricación o ensamble de productos finales sujetos al cumplimiento de norma obligatoria, siempre que para cumplir las especificaciones de éstos sean indispensables los de dicha materia prima o partes;

VII. Procesos, productos y servicios de los que dependa la seguridad o la salud de las personas o que, formando parte de aparatos, maquinaria vehículos o instalaciones, deban reunir determinadas especificaciones para dicha seguridad;

VIII. Equipo para el uso y manejo de gases utilizados como energéticos, en medicina o en usos industriales, así como los recipientes para almacenarlos, las tuberías para conducirlos y sus conexiones, los instrumentos para regular la presión, los accesorios de control y los artefactos para aprovecharlos;

IX. Materiales, dispositivos, maquinaria y aparatos designados a la generación, conducción, transformación, abastecimiento y utilización de energía eléctrica, y

X. Productos y procesos que por su contenido, uso y operación, puedan causar contaminación en términos de las disposiciones legales aplicables.

Artículo 62. Podrán ser declaradas de cumplimiento obligatorio, con la intervención, en su caso, de las dependencias competentes, las normas oficiales mexicanas relativas a:

I. Productos alimenticios y bebidas, de cualquier naturaleza, que directa o indirectamente sean para consumo humano, así como sus envases, empaques o envolturas, cuando por sus materiales puedan influir en su sabor o producir sustancias tóxicas;

II. Productos o servicios de exportación, cuando se requiera establecer determinadas especificaciones para la concurrencia y permanencia de los mismos en mercados externos;

III. Procesos, productos y servicios que utilicen energéticos o recursos naturales respecto de los cuales deba evitarse el dispendio o, en general, cuando lo requiera el interés público;

IV. Otros procesos, productos y servicios cuando lo soliciten fabricantes, prestadores de servicios, comerciantes o consumidores;

V. Descripción de emblemas o símbolos para denotar que un producto ha sido obtenido, elaborado, producido o fabricado en el país o se adopte para fines de normalización, y

VI. En general, productos o servicios de cualquier clase, cuando lo requiera el interés público.

Las resoluciones relativas a las declaratorios a que se refiere el presente artículo se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y serán obligatorias a partir de la fecha que en las mismas se establezcan. Igual procedimiento se observará cuando se resuelva que la norma respectiva deja de ser de cumplimiento obligatorio.

Artículo 63. Cuando determinado producto o servicio deba cumplir obligatoriamente determinada norma oficial mexicana, sus similares a importarse también deberán cumplir las especificaciones establecidas en dicha norma, Para tal efecto, previa su internación al país, deberá obtenerse de la Secretaría y, en su caso de las dependencias competentes, el certificado de calidad y las autorizaciones gubernamentales respectivas, para la cual, en el caso de productos, deberá exhibirse el número de muestras correspondientes acompañadas de la certificación del país de origen, en el sentido de que son representativas del lote que se pretende importar.

Tratándose de servicios, para obtener dicho certificado deberá acreditarse, por el medio de prueba correspondiente, que se cumple con las especificaciones de la norma oficial mexicana.

Cuando no exista norma oficial mexicana obligatoria en la República mexicana, pero sí en el país donde se elaboró el producto o de donde se pretende importar el servicio, la mercancía o, en su caso el servicio a importarse, deberá acompañarse del certificado de calidad respectivo.

En todo caso, a falta de las normas obligatorias mencionadas, los productos o servicios a importarse deberán tener, como mínimo, la calidad a que se refiere el artículo 65 de esta ley.

Artículo 64. Los productos o los servicios sujetos a norma de cumplimiento obligatorio por disposición de esta ley o por resolución posterior, deberán ostentar la contraseña oficial que denote tal circunstancia, aprobada por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

De no ser posible fijarla en el producto mismo, se hará en sus envases, empaques, etiquetas o envolturas. También podrá utilizarse en las facturas, correspondencia y publicidad relativa al producto o servicio de que se trate.

La Secretaría verificará periódicamente que el uso de la contraseña oficial corresponda a lo dispuesto en este artículo.

Artículo 65. Las normas oficiales mexicanas no obligatorias, constituirán referencia técnica para determinar la calidad de los productos y servicios de que se trate, particularmente para la protección y orientación de los consumidores.

Tratándose de productos alimenticios y bebidas para consumo humano, no podrá usarse la denominación del producto que se establezca en la norma si no cumple las especificaciones fijadas en ésta. Las secretarías de Comercio y Fomento Industrial y de Salud se coordinarán para vigilar el cumplimiento de esta disposición, conforme al reglamento que sobre la misma se expida.

Los fabricantes y los prestadores de servicios que cumplan estas normas podrán denotar tal circunstancia mediante el "Sello Oficial de Garantía", cuyo uso requerirá previa autorización de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Artículo 66. Los fabricantes, comerciantes o los prestadores de servicio sujetos al cumplimiento de norma obligatoria deberán notificar a la Secretaría su razón social y domicilio, así como tipo, marca o cualquier característica que identifique el proceso, producto o servicio.

Artículo 67. La autorización para usar el "Sello Oficial de Garantía" podrá otorgarse cuando se reúnan los siguientes requisitos:

I. Que la solicitud y sus anexos, contenga los datos que se establezcan en el respectivo;

II. Que se cuente con permanente sistema de control de calidad para las diferentes fases de proceso de producción;

III. Que el personal técnico destinado al control de calidad sea especializado;

IV. Que se verifique sistemáticamente las especificaciones del producto o servicio en los término del artículo siguiente;

V. Que el producto o servicio cumpla satisfactoriamente las especificaciones correspondientes, y

VI. Que se exprese por escrito y bajo protesta de decir verdad, que se cumplirá con las especificaciones señaladas en la norma oficial mexicana de que se trate, así como con lo dispuesto en la presente ley y el reglamento respectivo.

Artículo 68. Los fabricante y los prestadores de servicios sujetos a norma de cumplimiento obligatorio y aquellos que usen el "Sello Oficial de Garantía", deberán mantener un sistema de control de calidad adecuado. También estarán obligados a verificar sistemáticamente las especificaciones

del producto o servicio y su proceso, utilizando equipo suficiente de laboratorio y el método de prueba apropiado, así como a llevar un control estadístico de la producción en forma tal, que objetivamente se aprecie el cumplimiento de dichas especificaciones.

Artículo 69. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial comprobará periódica y regularmente el cumplimiento de las especificaciones de productos y servicio sujetos a norma de cumplimiento obligatorio o que ostenten el "Sello Oficial de Garantía", la que podrá efectuarse sobre el producto terminado o la materia prima, partes o componentes de su fabricación o armado.

La comprobación se efectuará en el laboratorio del fabricante, si cuenta con éste y el equipo que se requiera o, en su defecto, en el que le preste servicio, salvo que dicha Secretaría disponga se realice en otro. La comprobación de los servicio se realizará conforme el procedimiento establecido en la norma.

Artículo 70. De todas las comprobaciones efectuadas por personal de la Secretaría se expedirá un informe detallado, sea cual fuere el resultado, el que será firmado por el representante de la Secretaría, el del laboratorio en que se hubiere realizado y el fabricante o prestador del servicio si hubiere intervenido,

La falta de participación del fabricante o del prestador de servicio en las pruebas o su negativa a firmar el informe, no afectará su validez.

Artículo 71. Si el producto o el servicio no cumple satisfactoriamente las especificaciones, la Secretaría, a petición, del interesado, podrá autorizar se efectúe otra comprobación en los términos de esta ley.

Esta comprobación podrá efectuarse, a juicio de la Secretaría en el mismo laboratorio o en otro distinto, en cuyo caso serán a cargo del fabricante o del prestador de servicios los gastos que se originen. Si en esta segunda comprobación se demostrase que el producto o el servicio cumple satisfactoriamente las especificaciones, se tendrá por desvirtuado el primer resultado. Si no las cumple, por confirmado.

Artículo 72. Los productos o los servicios respecto de los cuales se haya autorizado el uso del "Sello Oficial de Garantía" y no cumplan las especificaciones respectivas, podrán comercializarse sin ostentar dicha contraseña oficial.

En tal caso, los fabricantes tendrán la obligación de sustituir a los comerciantes los productos que no cumplan con la norma respectiva y ostenten dicha contraseña, por otros que sí cumplan las especificaciones correspondientes o, en su caso, reintegrar su valor.

Artículo 73. Cuando los productos o los servicios sujetos a cumplimientos obligatorio de determinada norma oficial mexicana, no reúnan las especificaciones correspondiente, se prohibirá de inmediato su comercialización, hasta en tanto se acondicionen, reprocesen, reparen o sustituyan. De no ser posible esto, se tomarán las providencias necesarias para que no se usen en el fin a que se destinarían de cumplir dichas especificaciones.

Si el producto o servicio se encuentra ya en el comercio, los comerciantes tendrán la obligación de abstenerse de su venta a partir de la fecha en que se les notifique la resolución o se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Los fabricantes tendrán la obligación de sustituir a los comerciantes los productos a los servicios cuya venta se prohiba, por otros que cumplan las especificaciones correspondientes o, en su caso, de reintegrarles o bonificarles su valor.

Artículo 74. Procederá la suspensión del derecho de usar el "Sello Oficial de Garantía", en los siguientes casos:

I. Cuando la norma oficial mexicana conforme a la cual se obtuvo la autorización para usar tal contraseña, se modifique parcial o totalmente, salvo que el fabricante o prestador de servicios solicite la revalidación de la autorización dentro de los 30 días siguientes a la modificación, demostrando que está en condiciones de cumplir las especificaciones fijadas en la norma o en sus modificaciones;

II. Cuando se sorprenda producción con "Sello Oficial de Garantía" fuera del criterio de aceptación establecido en la norma, previa la comprobación a que se refiere el artículo 69 y, en su caso, la prevista en el artículo 71;

III. Cuando el equipo de laboratorio propio o el sistema de control de calidad se modifique de tal manera que no garanticen el control del producto o del servicio, así como cuando se deje de contar con los servicios de laboratorio autorizado;

IV. Cuando deje de contarse con el personal técnico especializado destinado al control de calidad, y

V. Cuando dejen de controlarse las especificaciones sobre el producto terminado.

De subsistir la causa o motivo de suspensión por más de tres meses consecutivos, caducará automáticamente la autorización, así como cuando se deje de usar voluntariamente el "Sello Oficial de Garantía".

En todo caso, para usar nuevamente el "Sello Oficial de Garantía" se requerirá autorización expresa de la Secretaría.

Artículo 75. La revocación de la autorización para usar el "Sello Oficial de Garantía" procederá:

I. Cuando el fabricante no acate la suspensión del derecho de usarlo, y

II. Cuando durante el lapso de dos años naturales, se reincida por tercera vez en la misma infracción o se cometan seis infracciones diversas.

CAPÍTULO V

De la certificación oficial de la calidad

Artículo 76. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial certificará a petición de parte o cuando se requiera para fines oficiales o de exportación, que determinados procesos industriales, productos o servicios, cumplen las especificaciones establecidas en normas oficiales mexicanas, diferentes a éstas o convenidas entre fabricantes prestadores de servicios y consumidores. La certificación de carácter sanitario, agropecuario, forestal, ecológico o pesquero, se expedirá por la dependencia del Ejecutivo Federal competente.

Los certificados se expedirán previa la comprobación de las especificaciones, la que se efectuará conforme al método de prueba oficial fijado en la norma oficial mexicana respectiva o, en su defecto, al que determine la dependencia competente o a lo convenido entre los interesados.

Artículo 77. La certificación de las especificaciones podrá realizarse por lotes o partidas de productos de origen nacional o de importación. En tales casos se recabarán muestras en el número que proceda conforme al muestreo estadístico. El lote será individualizado y se tomarán las medidas necesarias para que no sustituyan productos de éste. El poseedor de los productos que integre el lote objeto de certificación, será responsable de que se conserve sin alteración.

La certificación de servicios se hará previa comprobación de las características de éstos.

Artículo 78. Es obligatorio el contraste de los artículos de joyería y orfebrería elaborados con plata, oro, platino, paladio y demás metales preciosos, el que se efectuará sobre los artículos que contengan como mínimo la ley del metal que se establezca en el reglamento.

Artículo 79. También podrá la Secretaría certificar que los productos han sido elaborados con determinadas materias primas o mediante procedimientos específicos que los distingan en calidad respecto de otros de la misma naturaleza, siempre y cuando se cerciore fehacientemente dicha Secretaría de las materias primas o procedimientos empleados.

CAPÍTULO VI

Del Premio Nacional de Calidad

Artículo 80. Se instituye el "Premio Nacional de Calidad" con objeto de reconocer y premiar anualmente el esfuerzo de los fabricantes y de los prestadores de servicios nacionales, que mejoren la calidad de procesos industriales, productos y servicios.

A los diez primeros lugares se les otorgará además un reconocimiento especial.

Artículo 81. El procedimiento para la selección de los acreedores al premio mencionado, la forma de usarlo y las demás prevenciones que sean necesarias, las establecerá el Ejecutivo Federal mediante decreto.

TÍTULO CUARTO

CAPÍTULO ÚNICO

Del sistema nacional de acreditamiento de laboratorios de prueba

Artículo 82. Se instituye el Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas, con objeto de autorizar o acreditar laboratorios que cuenten con equipo suficiente, personal técnico calificado y demás requisitos que establezca el reglamento, para que presten servicios relacionados con la normalización, particularmente los inherentes al control de calidad.

Los laboratorios autorizados podrán denotar tal circunstancia, usando el emblema oficial del Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Prueba.

La Secretaría podrá concertar convenios con instituciones oficiales extranjeras e internacionales, para el reconocimiento mutuo de laboratorios de prueba acreditados.

Artículo 83. El Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Prueba, será coordinado por la Secretaría; los laboratorios acreditados se clasificarán por ramas específicas y serán registrados en un directorio nacional que llevará la Secretaría, la que publicará periódicamente en la Gaceta de la propia dependencia una relación actualizada de los laboratorios registrados, así como las correspondientes cancelaciones.

Artículo 84. Para fungir como grupos de apoyo y consulta en los asuntos relacionados con el acreditamiento de los laboratorios de prueba, la Secretaría establecerá comités de evaluación, los que se integrarán por técnicos calificados y con experiencia en los asuntos de las ramas específicas.

Artículo 85. El resultado de las pruebas que realicen los laboratorios acreditados para fines comerciales o industriales, se hará constar en un dictamen que será firmado, bajo su responsabilidad, por la persona facultada por el propio laboratorio para hacerlo; dichos dictámenes tendrán validez ante las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Artículo 86. La Secretaría podrá suspender el registro de los laboratorios acreditados en los siguientes casos:

I. Cuando no proporcionen a la Secretaría en forma oportuna y completa, los informes que les sean requeridos respecto a su funcionamiento y operación.,

II. Cuando impidan u obstaculicen las funciones de inspección y vigilancia de la Secretaría, y

III. Cuando disminuyan sus recursos o su capacidad necesaria para emitir los dictámenes técnicos en áreas determinadas, caso en el cual la suspensión se concretará al área respectiva.

Artículo 87. Previo el otorgamiento del derecho de audiencia, la Secretaría podrá revocar la autorización de los laboratorios acreditados, en los siguientes casos:

I. Cuando emitan dictámenes falseados;

II. Cuando hagan mal uso de la contraseña oficial del sistema;

III. Cuando se nieguen reiterada e injustificadamente a proporcionar el servicio a quien se los solicite;

IV. Cuando renuncien expresamente a la autorización concedida para operar como laboratorio acreditado, y

V. Cuando tratándose de la suspensión fundada en las fracciones I y II del artículo precedente, se reincida en la misma información, así como cuando la disminución de recursos o de capacidad para emitir dictámenes se prolongue por más de tres meses consecutivos.

Artículo 88. Cuando la Secretaría revoque definitivamente la autorización a determinado laboratorio, éste deberá reintegrar el Certificado de Acreditación, dejar de emplear el emblema del sistema en sus informes de resultados de pruebas y abstenerse de hacer cualquier otro tipo de alusión al acreditamiento.

Artículo 89. Cuando los laboratorios acreditados presten servicios en materia sanitaria, agropecuaria, forestal, ecológica pesquera, estarán sujetos también a la regulación y control de la dependencia competente.

TÍTULO QUINTO

CAPÍTULO ÚNICO

Registro, inspección, verificación y vigilancia

Artículo 90. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial establecerá, para constatar lo dispuesto en esta ley y demás disposiciones derivadas de ellas, servicios de registro y vigilancia, conforme a los siguientes procedimientos.

I. Requerimiento de informes y presentación de documentos, o en su caso, de muestras de productos;

II. Visitas de inspección;

III. Visitas de verificación, y

IV. Recolección de muestras.

Artículo 91. Las personas físicas o morales tendrán obligación de proporcionar a las autoridades competentes los informes y datos que se les requiera por escrito, así como las muestras de productos que se les solicite cuando sean necesarios, para los fines de la presente ley y demás disposiciones derivadas de ella; en todo caso, respecto a las muestras se estará a lo dispuesto en los artículos 105, 106, 107, 108 y 109.

Artículo 92. Los servicios de registro, tendrán por objeto contar con información actualizada de:

I. Fabricantes que elaboren, fabriquen o ensamblen productos industriales sujetos a normas oficiales mexicanas de cumplimiento obligatorio, o que ostenten el "Sello Oficial de Garantía";

II. Prestadores de servicios sujetos a normas de carácter obligatorio, o que ostenten el "Sello Oficial de Garantía";

III. Importadores y distribuidores de productos y servicios sujetos al cumplimiento de normas oficiales mexicanas, conforme a esta ley o a otras disposiciones legales;

IV. Fabricación de artículos de joyería y orfebrería de metales preciosos, y

V. En general, de toda aquella que se requiera para los fines de la presente ley.

Artículo 93. Se entiende por visita de inspección para los fines de la presente ley, la que se practique en los lugares en que se elaboren, fabriquen, ensamblen, reparen, almacenen, utilicen, transporten, distribuyan o expendan productos, mercancías o instrumentos para medir, con objeto de constatar ocularmente que se cumpla lo dispuesto en esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, así como comprobar lo concerniente a la utilización de los instrumentos para medir.

Artículo 94. Se entiende por visita de verificación para los efectos de la presente ley, la que se efectúe con objeto de comprobar el cumplimiento de las normas obligatorias o respecto de aquéllas en que se use el "Sello Oficial de Garantía"; comprobar el contenido neto y en su caso la masa drenada; determinar los ingredientes que constituyan o integren los productos, si existe obligación de indicar su composición, o la ley de los metales preciosos.

Dicha comprobación o verificación se efectuará tratándose de lotes de productos, sobre el número de unidades representativas conforme al muestreo estadístico y en los laboratorios del fabricante, si cuenta con el equipo que se requiera o en los autorizados o acreditados por la Secretaría, salvo que ésta determine hacerlo en los propios o en otros laboratorios.

La verificación que realice la Secretaría, es sin perjuicio de la que corresponda efectuar a las otras dependencias del Ejecutivo Federal.

Artículo 95. Las visitas de inspección o verificación, se practicarán en días y horas hábiles y únicamente por personal autorizado por las autoridades competentes, previa identificación vigente y exhibición del oficio de comisión respectivo, el que podrá referirse a uno o varios establecimientos o comprender una zona determinada.

La autoridad podrá autorizar se practiquen también en días y horas inhábiles, a fin de evitar la comisión de infracciones, en cuyo caso en el oficio de comisión se expresará tal autorización.

Artículo 96. Los propietarios o encargados de establecimientos industriales o comerciales en que se elaboren, fabriquen, ensamblen, distribuyan, reparen, utilicen, almacenen o vendan productos, instrumentos para medir o se presten servicios sujetos al cumplimiento de la presente ley, tendrán la obligación de permitir el acceso al personal comisionado para practicar las visitas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el presente título.

Artículo 97. De toda visita de inspección se levantará acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiese entendido la diligencia o por inspector que la practique, si aquélla se hubiese negado a proponerlos.

De toda visita de verificación se hará un informe con los datos señalados en las fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII y IX del artículo siguiente, así como del resultado de la comprobación efectuada sobre las muestras; si ésta se hizo en el laboratorio del fabricante o en su caso el número de piezas que integran el lote de prueba y el número de unidades que constituyen las muestras de aquél, las que se recabarán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106.

Del acta o informe se dejará copia a la persona con quien se entendió la diligencia, aunque se hubiese negado a firmar, lo que no afectará la validez del documento de que se trate.

Artículo 98. En las actas se hará constar:

I. Nombre, denominación o razón social del establecimiento;

II. Hora, día, mes y año en que se inicie y en que se termine la diligencia;

III. Calle, número, población y entidad federativa en que se encuentre ubicado el lugar en que se practique la visita;

IV. Número y fecha del oficio de comisión que la motivó;

V. Nombre y cargo de la persona con quien se entendió la diligencia;

VI. Nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos, sea que hubiesen sido designadas por el visitado, o en su defecto, por el inspector;

VII. Datos relativos a la actuación;

VIII. Declaración del visitado, si quisiera hacerla, y

IX. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia, incluyendo el inspector.

Artículo 99. Las personas a quienes se haya levantado acta, podrán formular observaciones en el acto de la diligencia, y ofrecer pruebas en relación con los hechos contenidos en ella, o por escrito, hacer uso de tal derecho dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se haya levantado.

Artículo 100. La separación o recolección de muestras de productos, sólo procederá cuando deba realizarse la comprobación a que se refiere el artículo 99, así como cuando se solicite la certificación de un producto.

Artículo 101. La recolección de muestras se efectuará con sujeción a las siguientes formalidades:

I. Sólo las personas expresamente autorizadas por la Secretaría, podrán recabarlas;

II. Las muestras se recabarán en la cantidad estrictamente necesaria, la que se constituirá por:

a)El número de piezas que en relación a lotes por examinar integren el lote de muestra, conforme al muestreo estadístico;

b)Una sola fracción o varias, cuando se trate de productos que se exhiban a granel, en piezas, rollos, tiras o cualquiera otra forma y se vendan usualmente en fracciones.

III. Las muestras se seleccionarán invariablemente al azar, y precisamente por la persona autorizada;

IV. A fin de impedir su sustitución, las muestras se guardarán o asegurarán en forma tal, que no sea posible su violación sin dejar huella, y

V. En todo caso se otorgará, respecto de las muestras recabadas, el recibo correspondiente.

Artículo 102. Las muestras se recabarán por duplicado, quedando un tanto de ellas en resguardo del establecimiento visitado; sobre el otro tanto, se hará la verificación inicial y si de ésta se desprende que no existe contravención alguna a la norma de que se trate, a lo dispuesto en esta ley o demás disposiciones derivadas de ella, quedará sin efecto la otra muestra y a disposición de quien se haya obtenido.

Si de la verificación inicial se aprecia alguna deficiencia del producto, del contenido neto o de la masa drenada, se repetirá la verificación si así se solicita, sobre el otro tanto de las muestras en laboratorio diverso y previa citación al solicitante. Si de esta segunda comprobación se infiere que las muestras se encuentran en el caso del primer párrafo de este artículo, se tendrá por aprobado todo el lote; si se confirmase la deficiencia encontrada en la primera, se procederá en los término del artículo 112.

Los fabricantes o los distribuidores podrán solicitar la segunda verificación, dentro del término de cinco días hábiles siguientes a aquél en que tuvieron conocimiento del resultado de la primera verificación; si no la solicitaren, quedará firme el resultado de la primera verificación.

Artículo 103. Las muestras podrán recabarse de los establecimientos en que se elaboren, fabriquen, distribuyan, ensamblen o expendan productos, invariablemente previa orden por escrito, que podrá ser para un solo establecimiento o para varios que se encuentren en determinada circunscripción.

Si las muestras se recabasen de comerciantes, se notificará a los fabricantes para que si lo desean, participen en las pruebas que se efectúen.

Artículo 104. De las comprobaciones que se efectúen de las muestras recabadas, se expedirá un informe en el que se hará constar:

I. Si el sobre que las contenía presenta o no huellas de haber sido violado, o en su caso, si el producto individualizado no fue sustituido;

II. La cantidad de muestras en que se efectuó la comprobación;

III. El método o procedimiento empleado;

IV. EL resultado de la comprobación, y

V. Los demás datos que se requiera agregar.

Los informes deberán ser firmados por las personas que realizaron o participaron en las pruebas si se trata de laboratorios acreditados; en los demás casos por el responsable del laboratorio, el representante de la Secretaría que hubiese intervenido y el del fabricante o distribuidor, tratándose de productos importados que hayan participado y quisieran hacerlo. Su negativa a firmar no afectará la validez del informe.

Artículo 105. Los informes a que se refiere el artículo precedente, cualquiera que sea su resultado

se notificarán dentro de un plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de recepción del informe del laboratorio, a los fabricantes o distribuidores de productos, así como a los comerciantes si a éstos les fueron recabadas las muestras.

Si el representante del establecimiento concurrió a la comprobación, se le entregará copia del informe una vez elaborado; si el resultado fuese favorable al fabricante o comerciante, podrá disponer de inmediato del lote de donde se obtuvieron las muestras.

Si el resultado fuese en sentido desfavorable al fabricante, distribuidor o comerciante, la notificación se efectuará en forma tal, que conste la fecha de su recepción.

Artículo 106. Al notificarse el resultado de la comprobación, quedarán a disposición de la persona de quien se hubiesen recabado las muestras respectivas, o en su caso, el material sobrante si fue necesario su destrucción, lo que se hará saber a dicha persona para que las recoja dentro de los tres días hábiles siguientes, si se trata de artículos perecederos o de fácil descomposición.

Los fabricantes tendrán obligación de reponer a los comerciantes las muestras de ellos, que resultasen destruidas.

Cuando se trate de productos no perecederos, si en el lapso de tres meses contados a partir de la fecha de notificación del resultado no son recogidas las muestras o el material sobrante, se les dará el destino que estime conveniente la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con la intervención de las autoridades competentes.

Artículo 107. Si de la comprobación se desprende determinada deficiencia del producto, se procederá en la siguiente forma:

I. Si se trata de incumplimiento de especificaciones fijadas en normas oficiales mexicanas obligatorias, se estará a lo dispuesto en el artículo 73; si se trata de normas respecto de las cuales se use el "Sello de Garantía", se procederá en los términos del artículo 72;

II. Si se trata de deficiencia en el contenido neto o la masa drenada, se estará a lo dispuesto en el artículo 28;

III. Si los materiales, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren el producto, no corresponden a la indicación que ostente o el porcentaje de ellos sea inexacto en perjuicio del consumidor, se prohibirá la venta de todo el lote en su caso de toda la producción similar, hasta en tanto se modifique dicha indicación si esto es posible; de no serlo, se permitirá su venta al precio correspondiente a su verdadera composición;

IV. Si se trata de artículos de joyería u orfebrería de metales preciosos, se impondrá la obligación de remarcarlos con su verdadera ley, si no es inferior a la que se establece en el reglamento; de ser inferior, se tomarán las medidas necesarias para que no se comercialicen como artículos de metales preciosos, y

V. Si se trata de la prestación de un servicio en perjuicio del consumidor, se suspenderá su prestación hasta en tanto se cumpla con las especificaciones correspondientes.

Las resoluciones que se dicten con fundamento en este artículo, serán sin perjuicio de las sanciones que procedan.

Artículo 108. Siempre que se trate de la comprobación de especificaciones contenidas en normas de cumplimiento obligatorio, o respecto de las cuales se use el "Sello Oficial de Garantía", de la verificación del contenido neto de la masa drenada, de la composición de los productos o de la ley de metales preciosos, en tanto se realiza la comprobación respectiva, el lote donde se obtuvieron las muestras no podrá comercializarse y quedará en poder y bajo la responsabilidad del propietario, representante o encargado del establecimiento de donde se recabaron.

De no encontrarse motivo de infracción, se permitirá de inmediato la comercialización del lote. De comprobarse incumplimiento a las especificaciones o a la indicación del contenido neto, masa drenada, composición del producto o ley del metal precioso, se procederá como se indica en el artículo precedente.

Artículo 109. Cuando sean inexactos los datos o información contenidos en las etiquetas, envases o empaques de los productos, cualesquiera que éstos sean, así como en la publicidad que de ellos se hará, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial podrá ordenar se modifique, concediendo el término estrictamente necesario para ello, sin perjuicio de imponer la sanción que proceda.

TÍTULO SEXTO

Sanciones y recursos

CAPÍTULO I

De las sanciones

Artículo 110. Las violaciones a lo dispuesto en esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, serán sancionadas administrativamente con:

I. Multa hasta por el importe de quinientas veces el salario mínimo general diario, correspondiente a la zona económica del Distrito Federal y área metropolitana; en caso de persistir la infracción, podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo;

II. Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, y

III. Arresto hasta por treinta y seis horas.

Artículo 111. En los casos de reincidencia se duplicará la multa impuesta por la fracción anterior sin que en cada caso su monto total exceda del doble del máximo fijado en el artículo anterior.

Se entiende por reincidencias, para los efectos de esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, cada una de las subsecuentes infracciones a un mismo precepto, cometidas dentro de los dos años siguientes a la fecha del acta en que se hizo constar la infracción precedente, siempre que ésta no hubiese sido desvirtuada.

Artículo 112. Las sanciones serán impuestas con base en las actas levantadas, en los resultados de las comprobaciones o verificaciones, en los datos que ostenten los productos, sus etiquetas, envases o empaques o en la omisión de los que debieran ostentar, o con base en cualquier otro elemento o circunstancia de la que se infiera en forma fehaciente infracción a esta ley o demás disposiciones derivadas de ella; en todo caso las resoluciones en materia de sanciones, deberán estar fundadas y motivadas y tomando en consideración los criterios establecidos en el artículo siguiente.

Artículo 113. Para la determinación de las sanciones, deberá tenerse en cuenta:

I. El carácter internacional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción;

II. La gravedad que la infracción implique en relación con el comercio de productos o la prestación de servicios así como el perjuicio ocasionado a los consumidores, y

III. Las condiciones económicas del infractor.

Artículo 114. Cuando en una misma acta se hagan constar diversas infracciones, las multas se determinarán separadamente y por la suma resultante de todas ellas, se expedirá la resolución respectiva.

También cuando en una misma acta se comprendan dos o más infracciones, a cada una de ellas se impondrá la sanción que proceda. Si el infractor no intervino en la diligencia, se le dará vista del acta por el término de diez días hábiles, transcurrido el cual, si no desvirtúa la infracción, se le impondrá la sanción correspondiente.

Cuando el motivo de una infracción sea el uso de varios instrumentos para medir, la multa se computará en relación con cada uno de ellos y si hay varias prevenciones infringidas, también se determinarán por separado.

Artículo 115. Las sanciones que procedan de conformidad con esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, se impondrán sin perjuicio de las penas que correspondan a los delitos en que incurran los infractores.

CAPÍTULO II

Del recurso administrativo

Artículo 116. Las personas afectadas por las resoluciones dictadas con fundamento en esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, podrán recurrirlas administrativamente por escrito que presentarán ante la autoridad que haya pronunciado la resolución, dentro del término de quince días hábiles siguientes a su notificación.

Artículo 117. El recurrente deberá acompañar al recurso lo siguiente:

I. Los documentos que acrediten legalmente su personalidad, exhibiendo la documentación respectiva, cuando el recurso no se interponga a nombre propio;

II. Copia del documento en que conste el acto impugnado, y

III. Las pruebas que ofrezca y que tengan relación directa con los hechos constitutivos de la infracción.

Artículo 118. Excepto la confesional, en el recurso administrativo podrán ofrecerse toda clase de pruebas, siempre que tengan relación con los hechos que constituyan la motivación de la resolución recurrida. Al interponerse el recurso, deberán ofrecerse las pruebas correspondientes y acompañarse las documentales.

Artículo 119. Si se ofreciesen pruebas que ameritaren ulterior desahogo, se concederá al interesado un plazo no menor de ocho ni mayor de treinta días hábiles, para tal efecto.

Quedará a cargo del recurrente la presentación de testigos, dictámenes y documentos; de no

presentarlos dentro del término concedido, la prueba correspondiente no se tendrá en cuenta al emitirse la resolución respectiva.

En lo no previsto en este capítulo, será aplicable supletoriamente en relación con el ofrecimiento, recepción y desahogo de pruebas, el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 120. El recurso se tendrá por no interpuesto, cuando:

I. Se presente fuera del término a que se refiere el artículo 121;

II. No se haya acompañado la documentación que acredite la personalidad jurídica del recurrente, y

III. No aparezca suscrito por quien deba hacerlo, a menos que se firme antes del vencimiento del término para interponerlo.

Artículo 121. Las resoluciones no recurridas dentro del término establecido en el artículo 116, así como las dictadas al resolver los recursos o tenerlos por no interpuestos, tendrán administrativamente el carácter de definitivas.

Artículo 122. La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la resolución impugnada por cuanto al pago de multas, siempre que se garantice su importe en los términos del Código Fiscal de la Federación, ante la oficina exactora correspondiente.

Respecto de resoluciones que no impliquen pago de multas, la suspensión sólo se otorgará si concurren los siguientes requisitos:

I. Que la solicite el recurrente;

II. Que el recurso sea procedente, atento a lo dispuesto en el artículo 120;

III. Que no se permita la consumación o continuación de actos y omisiones, que impliquen inobservancia o contravención a lo dispuesto en esta ley;

IV. Que la ejecución de la resolución recurrida produzca daños y perjuicios de difícil reparación, en contra del recurrente, y

V. Que no se ocasionen daños o perjuicios a terceros, a menos que se garanticen éstos para el caso de no obtener resolución favorable.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abroga la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 7 de abril de 1961, sus reformas y las demás disposiciones que se opongan a la presente ley.

Tercero. En tanto se expide el reglamento de la presente ley, seguirán en vigor en lo que no se opongan a sus disposiciones, el Reglamento de la Ley sobre Pesas y Medidas publicado en el Diario Oficial de la Federación de 14 de diciembre de 1928, y el Reglamento del artículo 32 de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas, relativo al uso del "Sello Oficial de Garantía", publicado en el Diario Oficial de la Federación de 21 de octubre de 1967, los demás reglamentos de instrumentos de medir vigentes en la fecha en que se publique esta ley, así como las resoluciones o acuerdos de carácter general dictados con base en la ley que se abroga.

Cuarto. Dentro de los ciento ochenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de esta ley, el Ejecutivo Federal deberá expedir el reglamento de la misma, así como los demás reglamentos sobre determinada materia que se requieran.

Quinto. Se concede un plazo de cuatro meses siguientes a la fecha de publicación de esta ley, para que se indiquen en los productos alimenticios empacados o envasados, el dato relativo a la masa drenada a que se refiere el artículo 26 de esta ley.

Sexto. Las normas oficiales mexicanas que tenían el carácter de opcionales de acuerdo con la ley que se abroga, a partir de la vigencia de esta ley tendrán el alcance a que se refiere el artículo 65 de la misma; las que deban ser obligatorias conforme al artículo 61, también tendrán el carácter si ya se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, y si no hasta en tanto se publiquen.

Séptimo. El Ejecutivo Federal dotará al Centro Nacional de Metrología que se crea, de los recursos materiales, humanos y financieros necesarios para su funcionamiento.

Octavo. Las sanciones en trámite se aplicarán con base en las disposiciones de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas.

Noveno. Las solicitudes en trámite se resolverán con base en los preceptos contenidos en esta ley, salvo que impliquen aplicación retroactiva en perjuicio del solicitante, caso en el cual se aplicarán las disposiciones de la ley que se abroga.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D.F., a 9 de noviembre de 1987.

Comisión de Comercio y Fomento Industrial: Javier Garduño Pérez, presidente; Alfonso Reyes

Medrano, secretario; Amílcar Aguilar Mendoza, Marciano Aguilar Mendoza, Jesús Alcántara Miranda, Graciano Bortoni Urteaga, José Rodolfo Budib Lichtle, Roberto Calderón Tinoco, Porfirio Camarena Castro, Jorge Cárdenas González, Francisco Contreras Contreras, Justino Delgado Caloca, María Soledad del Río Herrera, Homero Díaz Córdova, Edeberto Galindo Martínez, Alejandro Gascón Mercado, Javier Lobo Morales, Rodolfo Antonio Menéndez Menéndez, Janitzio Múgica Rodríguez Cabo, María Aurora Munguía Archundia, Pastor Murguía González, Pedro Ortega Chavira, José de Jesús Padilla Padilla, Carlos Palafox Vázquez, Héctor Pérez Plazola, Adner Pérez de la Cruz, Luis Pérez Díaz, Humberto Enrique Ramírez Rebolledo, Cirilo José Rincón Aguilar, Arturo Ruiz Morales, Rafael Sáinz Moreno, David Serrano Acosta, Lorenzo Serrano Gutiérrez, Germán Sierra Sánchez, María Luisa Solís Payán, José Félix Torres Haro, Juan Manuel Pablito Tovar Estrada, José Camilo Valenzuela, Juan Carlos Velasco Pérez, Pedro Zamora Ortiz.

Comisión de Ciencias y Tecnología: Amín Zarur Menez, Miguel Romero Sánchez, Jorge Acedo Samaniego, Héctor Aguirre Barragán, Guillermo Juan Altamirano Conde, Rebecca Arenas Martínez, José Ascensión Bustos Velasco, Daniel Castaño de la Fuente; Augusto Guerrero Castro Dario Castañeda Maldonado Casiano, Gustavo Nabor Ojeda Delgado, Cristóbal Benjamín Figueroa Nicola, Elvia Lugo de Vera, Oswaldo García Criollo, Patricia Villanueva Abrajam, José Angel Aguirre Romero, Héctor Miguel Calderón Hermosa, Gabriela Guerrero Oliveros, Oswaldo Harris Muñoz, Leopoldo Arturo Whaley Martínez, Federico Ling Altamirano.»

Trámite: - Es de segunda lectura.

El C. Presidente: - En consecuencia, está a discusión el dictamen en lo general.

Se abre el registro de oradores en lo general.

El C. Lorenzo Serrano Gutiérrez (desde su curul): - Pido la palabra.

El C. Presidente: - ¿En lo general, en pro o en contra?

El C. Lorenzo Serrano Gutiérrez (desde su curul): - Para razonar el voto.

El C. Presidente: - Tiene la palabra, para razonar el voto, el ciudadano diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez.

El C. Lorenzo Serrano Gutiérrez - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Me he inscrito para razonar el voto de la fracción parlamentaria del PDM, respecto del dictamen que presenta el proyecto de Ley Federal sobre Metrología y Normalización, por las razones a las que posteriormente me referiré.

Debo aclarar que en un principio firmé el dictamen correspondiente, en tanto que mi compañero, el diputado Roberto Calderón advirtió que razonaríamos nuestro voto. El trabajo de comisiones se presentaron tanto verbalmente como por escrito diversas proposiciones para mejorar el articulado de la iniciativa que nos envió el Ejecutivo. Dichas propuestas no fueron aceptadas en lo sustancial por las comisiones unidas que han dictaminado este asunto.

En un principio pensamos que la no conformidad con varios de sus artículos podría impugnarse en lo particular, pero una segunda reflexión nos hizo concluir en nuestra fracción que tal como se nos presenta el proyecto de ley a nuestra consideración, sin esas modificaciones, representa un ordenamiento contrario al interés público en su conjunto, por lo cual era imperativo de nuestro papel de legisladores dar testimonio de ello. Aclaramos que no tenemos grandes reservas en cuanto al gran capítulo de metrología, que actualiza y pone al día las reglas que contiene la vigente Ley General de Normas de Pesas y Medidas. Cuando mucho, recalcamos la falta de técnica jurídica del artículo, del artículo 2o. en que se precisan las finalidades de la ley. Estas finalidades en buena metodología jurídica y técnica legislativa, deben introducirse en exposición de motivos de una nueva ley y no en su articulado.

Las leyes son conjuntos de normas que establecen derechos y obligaciones entre las personas jurídicas, no son la expresión de buenos deseos y no deben ser ocasión para introducir discursos programáticos, aunque los mismos se manifiesten en apartados y artículos.

En este capítulo, también tenemos objeción a que el director general del Centro Nacional de Metrología, previsto en el numeral 39 del proyecto, sea designado por el Presidente de la República. Nos encontramos con otro caso de hiperpresidencialismo, que tanto ha dañado a la vida política y económica del país, en que casi hasta el nombramiento de los mozos de aseo está reservado al Primer Mandatario de la nación.

Es verdad que este Centro Nacional de Metrología, según el artículo 34 del proyecto, está previsto como organismo descentralizado y que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el nombramiento

de los directores de esos organismos corresponde al Presidente de la República, pero no era necesario delinear como tal ya que no cuenta con el patrimonio propio y no pudo ser diseñado como las comisiones mixtas que se prevén en el gran capítulo de normalización, a la manera de ingenieros que utilizan el método de descimbrar cimbrando para el tratamiento del concreto.

La actual administración se obstina en descentralizar centralizando, y un botón de muestra es el diseño de ese Centro Nacional de Metrología que responde al principio jerárquico descendiente desde la cúpula presidencial.

Las anteriores observaciones no son tratables como pelillos a la mar, pero nuestro reparo y objeciones están en el gran capítulo de normalización, y los títulos que le corresponden.

En principio estamos de acuerdo en que se debe incrementar desde el marco legislativo el aumento en la calidad de los productos y servicios que genera el aparato productivo mexicano, y que los mismos deben ser sujetos a una especial normalización, a normas que sean puntos de referencia de los mismos. Pero no estamos de acuerdo con la forma en que se instrumentan esos propósitos en el proyecto de ley que se pone a nuestra consideración.

Consideramos que en el articulado respectivo se presentan defectos de técnica jurídica, que al fomentar la ambigüedad, inducen al no cumplimiento de la ley o al excederse de funciones de las autoridades administrativas. Estos defectos podrían mejorarse con proposiciones y adiciones en lo particular, y no son los que motivan nuestras oposiciones en lo general.

Vayamos al fondo del asunto. El artículo 73 del proyecto a la letra dice: "Cuando los productos o los servicios sujetos al cumplimiento obligatorio de determinada norma oficial mexicana no reúnan las especificaciones correspondientes, se prohibirá de inmediato su comercialización, hasta en tanto se acondicionen, reparen o sustituyan. De no ser posible esto, se tomarán las providencias necesarias para que no se usen en el fin a que se destinarían de cumplir dichas especificaciones. Si el producto o servicio se encuentra ya en el mercado, los comerciantes tendrán la obligación de abstenerse de su venta a partir de la fecha en que se les notifique la resolución o se publique en el Diario Oficial de la Federación. Los fabricantes tendrán la obligación de sustituir a los comerciantes los productos o los servicios cuya venta se prohiba, por otros que cumplan las especificaciones correspondientes o, en su caso, de reintegrarles o bonificarles su valor".

Hasta aquí termina el artículo. A su vez, en el artículo 110 se prevé como sanciones a la violación de la ley, además de las tradicionales multas, la clausura temporal o definitiva, parcial o total, suponemos que de los respectivos negocios, además del arresto hasta por treinta y seis horas. Mucho ojo con esta disposición. Supone que si un producto o servicio no llena las calidades exigidas por una norma de calidad oficial, no podrán ser comercializado y por ende no producido. Todo eso abre un inmenso océano de posibilidades en que teóricamente puede ser declarada la calidad oficial de un libro, por la tipografía con la que esté impreso, la calidad de su papel y su número de páginas. El número de transistores que debe contener un aparato reproductor de sonido, así como su presentación. Las recetas culinarias que deben emplearse en la elaboración de un producto enlatado, etcétera. Todo un océano de posibilidades.

Los diputados demócratas, ante la comisión y en la comparecencia del Subsecretario de Comercio, propusimos un añadido a este numeral, en que se presentara la posibilidad de comercializar los productos definidos en una norma oficial, que no lleven sus requisitos bajo otras denominaciones y anuncios de otras cualidades, bajo una redacción que podía ser hasta ésta u otra mejor.

Los productos similares a los definidos o protegidos por una norma oficial, sólo podrán ser comercializados bajo otras denominaciones y con el anuncio de otras cualidades, distintas a las de la norma oficial. Así una bebida que no contara con la cantidad de uva suficiente, podría ser anunciada y vendida como brebaje avinado a tipo de vino, con ello se protege al público en la información comercial, que es uno de los propósitos de la normalización.

Se conservaría la libertad de elección del consumidor y permitiría el espontáneo desarrollo de la actividad económica, en consonancia con el artículo cuarto de nuestra Constitución.

Puede alegarse que la norma oficial surge de la sociedad civil y se sanciona y oficializada por la autoridad, de acuerdo con lo que proviene en el artículo 46 del proyecto en la cual según su fracción I se elabora en versión de anteproyecto por los sectores interesados, en versión de proyectos por los comités consultivos nacionales de normalización, que se diseñan más adelante como órganos mixtos y en versión oficial con la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Tal modelo sería ejemplar si no contuviera los defectos que a continuación señalamos: "Los comités consultivos nacionales de normalización,

encargados de presentar los proyectos de normas, en principio están previstos como órganos mixtos con representación de las autoridades correspondientes, sectores organizados de los particulares, así como centros de investigación científica o tecnológica y colegios de profesionales o consumidores". Tal como se deriva el artículo 54 del proyecto en su primer párrafo.

Pero el gozo se vino al pozo en el párrafo segundo de dicho numeral, en que la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial determinará qué organismos, de los que ya mencionamos, deberán integrar el comité consultivo de que se trate o sea, que cabe la posibilidad de que estas secretarías escojan al jurado que le convenga a la política que siga o sea que la Secofi tenga la última palabra, por sí o por conducto de sus interpósitas y manejables personas.

Lo mismo se puede decir de la Comisión de Normalización, cuya integración en el artículo 58 se prevé como mixta, pero con el peso excesivo burocrático de los representantes de diez secretarías de Estado y un sinnúmero posible y teórico de representantes de diversos órganos descentralizados, estatales y paraestatales, que dejan en evidente minoría a los representantes de los particulares.

La composición mixta de estos cuerpos es meramente simbólica, muy parecida a la representación de las minorías en los distintos cuerpos políticos de la República.

A pesar de la evidente ventaja en la cual se puede hablar de alevosía que lleva el aparato burocrativo sobre los representantes en la sociedad civil, el candado de seguridad se cierra en las últimas líneas de la fracción III del artículo 46 del proyecto, cuando se dice literalmente: "Aun cuando no hubiese mediado anteproyecto o proyecto, de requerirlo el interés público, o sea que la Secofi por sí, por sus propias pistolas, sin mediar versión de anteproyecto de los sectores interesados o del proyecto de los dizque mixtos comités consultivos nacionales de normalización, puede expedir una norma oficial obligatoria, solamente con invocar el interés público".

En la ley no se define cuál es el interés público en la materia de normalización, que obviamente es distinto al que se presente en aspectos de la salud o de los asentamientos humanos.

La Secofi por sí y ante, sí, puede decidir lo que es de interés público.

Todo este marco es posible teóricamente que la Secofi declare que no son comercializables los vestidos de mujer que lleven moño porque así le gusten a la esposa del funcionario dictaminador y así esté establecido en la norma oficial.

Parece caricatura, pero otras posibilidades igualmente dictatoriales y absurdas, son posibles dentro de la ley que se nos presenta.

Para nosotros la norma oficial debe ser un punto de referencia en cuanto calidades, no un mero consejo ni una mera excitativa, porque el producto o el prestador de servicios no podrá anunciar el producto respectivo bajo esa denominación; lo cual representará una clara desventaja comercial para él. El fabricante de telas o el que elabore vinos o artefactos metálicos, al no contar con el respaldo de la norma, tendrá que salvar graves inconvenientes.

De acuerdo con la retórica en uso, se nos pretende presentar este proyecto de ley como un instrumento modernizador, sin embargo, para nosotros la modernidad, los avances de la ciencia y los perfeccionamientos de la tecnología han surgido y surgirán de la sociedad civil, no del aparato burocrático. El gobierno puede estorbar y alentar las innovaciones científicas, tecnológicas o económicas pero no las puede crear; cuando lo ha intentado han surgido los poemas de Nerón, los barcos de concreto de Heriberto Jara y hoy en día el atraso de Laguna Verde.

De acuerdo con la legislación que se pretende que aprobemos, si estuviera esto vigente en el pasado, no hubiera surgido el azúcar, por no llevar la norma de calidad de la miel de colmena, ni los detergentes, por no llenar las del jabón tradicional, ni los radios de transistores por no ajustarse a la norma de calidad de los radios con bulbos, o sea que se nos pretende imponer una premodernidad que lleve a la parálisis con pretextos de la modernidad y de la calidad; repetimos, no estamos contra el control efectivo de la calidad que sea compatible con el dinamismo propio de la economía moderna.

Precisamente por eso, pedimos su voto en contra, para que el proyecto regrese a comisiones y elabore uno más racional y acorde con la modernidad que todos debemos impulsar. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, en pro, la diputada Gabriela Guerrero Oliveros.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Vivimos una etapa rebosante de esperanzas y brillantes expectativas porque el hombre, como

nunca antes, ha adquirido una extraordinaria capacidad para desarrollar aceleradamente nuestra civilización. Aunque también esta misma capacidad ha creado peligro y agudizado contradicciones tales que el mundo atraviesa hoy, quizá, por la fase más inquietante de su historia, situación que obliga a los mejores representantes de cada pueblo actuar con elevada responsabilidad a fin de buscar formas y a fin de hacer realidad lo que hoy es sólo posibilidad y eliminar definitivamente todo obstáculo que se interponga en el logro de este objetivo.

Este panorama profundamente contradictorio, está vinculado indisolublemente a la revolución científica - técnica que ha generado un salto cualitativo formidable en las fuerzas productivas de la humanidad, cuyas manifestaciones, rasgos y consecuencias técnicas, económicas, sociales y aun culturales de cada país, dependen del grado de desarrollo de éste y de su situación y relaciones con respecto de los campos determinantes de la vida social: el socialismo y el capitalismo.

El aspecto negativo se expresa en el peligro de exterminio nuclear que esta Cámara ya ha analizado en más de una ocasión.

En el marco del curso de los acontecimientos, para los países en vías de desarrollo, como el nuestro, el dilema más acuciante que se nos presenta, es el de asimilar y ser partícipes de los adelantos de la ciencia y la técnica, adquiriendo así poderosas fuerzas en nuestra lucha contra problemas seculares del pueblo o el de quedarnos al margen de estos avances con el consecuente peligro de rezagarnos en todo, en otros términos, o hacemos de esta revolución científica - técnica un arma en nuestra lucha por la independencia económica o nos deslizamos por la pendiente del neocolonialismo y la expoliación imperialista, cancelando nuestros afanes de progreso social y soberanía. No hay término medio.

Desde este punto de vista, a veces el horizonte del país parece cerrarse y otras veces se aclara y se vuelve profundo; todo depende de las medidas económicas o tecnocientíficas que se adoptan en un momento dado y también de la decisión con la que actúan las fuerzas democráticas del país ante cada una de éstas últimas.

Así, ¿cómo se puede comprender que en base a un cambio estructural de dudoso afán modernizador, las empresas del Estado se vayan reduciendo una a una, cuando ellas representan la principal fuerza económica de la nación, y constituyen el único sustento real, objetivo, de nuestro necesario progreso tecnológico y por lo tanto económico?

De la misma manera, ¿cómo no calificar de absurdo un proceso de reconversión industrial que se ha puesto en marcha y que muchas empresas declaran haberla ya concluido, sin que previa o al menos paralelamente, se haya hecho un gran esfuerzo planificado y con el empleo de todos los recursos que hubiese tenido a su disposición el Estado de crear y fortalecer toda una base sólida y amplia, jurídica y material para el progreso tecnológico del país?

¿Cómo se puede intentar seriamente la modernización de la actividad económica del país, sin que ésta se lleve a cabo sobre bases científicas y técnicas propias, aunque sea en mínima parte, a fin de que lo que hoy se compró y mañana ya será obsoleto sea renovado oportunamente? O lo que es peor todavía, ¿cómo es posible que haya funcionarios que dentro de sus proyectos de cambio estructural y reconversión industrial, consideren como parte de su estrategia lograr nuestro desarrollo tecnológico por vía de las empresas transnacionales que se instalen en el país, cuando la experiencia indica que estas transnacionales tienen ahora como arma principal para la competencia monopólica que no la libre competencia y el control de sus mercados y sus acervos tecnológicos desarrollados en sus propios laboratorios industriales?

Para el Partido Popular Socialista, señoras y señores diputados, un verdadero proceso de modernización de la producción económica nacional, debe tener como indispensable base, una amplia y fuerte base científica y tecnológica, creativa y orgánicamente vinculada a las empresas industriales, formando con éstas una cadena de interacción, ciencia, técnica y producción, que sea el medio fundamental para llevar a cabo la primera en forma tal que no sea efímera y a costa de nuestra dependencia económica.

Por estas razones, el Partido Popular Socialista no puede sino calificar de positiva la iniciativa del Poder Ejecutivo de Ley Federal sobre Metrología y Normalización, cuyo dictamen a debate propone sea aprobada por esta soberanía.

La recibimos positivamente no sólo porque constituye en sí una respuesta favorable a la iniciativa de reformas y adiciones a la obsoleta Ley General de Pesas y Medidas, que nuestra fracción parlamentaria presentó a esta soberanía el 28 de diciembre del año de 1986, también sujeta a dictamen junto a la iniciativa del Ejecutivo, sino porque viene a satisfacer una necesidad ya impostergable, la de crear con las instituciones y mecanismos idóneos un verdadero sistema de metrología y normalización que sirva como sustento técnico a la elevación de la calidad de los productos

de la industria nacional y también al desarrollo tecnológico y aun científico del país.

Aspecto éste, al que poca atención se presta en el cuerpo del dictamen o en las consideraciones de la iniciativa del Ejecutivo, pero además porque establece el valioso antecedente de crear un laboratorio de carácter industrial, con el Centro Nacional de Metrología. Un laboratorio con objetivos definidos y precisos de carácter económico, aunque en este caso con la característica particular, de que no está ligado a una empresa o rama industrial particular, sino a todo el conjunto de la actividad económica del país.

Sin dejar de reconocer lo valioso de las instituciones, mecanismos, procedimientos y órganos que se proponen en el proyecto de ley federal a debate, que se orientan a ser obligatoria y hace efectiva la vigencia del Sistema Nacional de Metrología y de la Normalización, que se ponen de relieve en el cuerpo del dictamen, el paso trascendental en materia de desarrollo tecnológico, lo constituye el hecho de darle existencia jurídica al Centro Nacional de Metrología, que no es un organismo nuevo, sino que sus antecedentes se remontan hasta 1975, año en el que la Escuela Superior de Física y Matemáticas del Instituto Politécnico Nacional se formula un proyecto de desarrollo de un voltaje patrón, esfuerzo que posteriormente conduciría a los investigadores politécnicos que participan en él, a proponer el ambicioso y audaz objetivo de integrar el Centro Nacional de Metrología, organismo que durante todos estos años, no tuvo el apoyo ni la trascendencia que potencialmente significa para el país. Pero que con la ley que se propone, pronto tendrá existencia legal. Si a este paso que se pretende dar la siguen otros con la misma orientación, entonces estaríamos avanzando sobre un camino acertado y estaríamos destruyendo dos equívocos que están haciendo mucho daño al país.

Primero, el de abandonar la idea ilusoria de que nuestro avance tecnológico nos lo darán las transnacionales, creando nuestra propia estructura cuyo núcleo fundamental lo constituyen los laboratorios industriales. En esto, queremos ser muy claros: La única tecnología que nos pueden ceder las transnacionales, es la tecnología de uso, cuestión elemental para el manejo de lo que nos venden. Pero ésta no es la tecnología que caracteriza el desarrollo de un país, sino otra: La tecnología de diseño, y principalmente la tecnología de construcción, cuyo dominio significa el dominio en el mercado internacional. Y éstas sólo se logran con investigación en laboratorios específicos, los llamados laboratorios industriales.

El otro equívoco que también está generalizado en nuestro país, es el de exigirle a la estructura científica del país, que genere tecnología que no puede crear, porque no es su función. Tecnología que, por otra parte, no le solicitan explícitamente las empresas industriales.

No, señoras y señores diputados. La ciencia tiene sus propias leyes de desarrollo y lo mismo la tecnología. Ambas están íntimamente vinculadas. Pero no son las mismas entidades. La segunda se desarrolla en base a la ciencia.

En otro tiempo, la tecnología era motor del desarrollo industrial. Ahora, ese papel está pasando a desempeñarlo la ciencia. Pero para que esto se refleje en la industria, requiere por necesidades del eslabón de la tecnología, para que se integre lo que en los países desarrollados denominan la "cadena de interacción, ciencia - técnicaproducción" y que en nuestro país prácticamente no existe. Ahondar en estos nexos e interacciones es nuestra obligación a fin de formular políticas de ciencia y tecnología que se reflejan finalmente en nuestro sistema de producción y a fin de proponer medidas que redunden en nuestro desarrollo científico y tecnológico.

En este sentido, señoras y señores diputados, las proposiciones contenidas en la iniciativa de ley a discusión contienen aspectos susceptibles de corrección y mejoramiento o adolecen de algunas omisiones que consideramos pronto serán subsanadas, si no ahora mismo, en un futuro cercano, cuando la práctica muestre que efectivamente hay que efectuar correcciones.

Desde el punto de vista de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, algunos de estos aspectos susceptibles de ser mejorados, fueron motivo de proposiciones concretas que hicimos llegar a las comisiones dictaminadoras para su consideración, no habiéndose tomado en cuenta ninguna. Volveremos a proponerla en esta plenaria convencidos de que una Ley Federal de Metrología y Normalización que establezca bases sólidas para el desarrollo independiente de México, no es una victoria para el Partido Popular Socialista u otro de los partidos representados en esta Cámara, sino para el pueblo de México. Gracias.

El C. Presidente: - No habiéndose inscrito oradores en contra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados en un solo acto.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 16 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Se emitieron 242 votos en pro y cinco en contra.

El C. Presidente: - Aprobado el dictamen en lo general en sus términos, y en lo particular los artículos no impugnados por 242 votos.

Esta presidencia, informa que han sido reservados para su discusión en lo particular los siguientes artículos: Capítulo V, título segundo que comprende de los artículos 34 al 42; artículo 37, 63, 110 fracción I, 58, 60, 33, 63, 110 y segundo transitorio, 34, 35, 37, 38, 51, 61, 69 y 87.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 33.

Tiene la palabra en contra el diputado Héctor Pérez Plazola, por lo que toca al artículo 33.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados: He reservado el artículo 33 para traer como referencia un caso concreto, al mencionar que estimo que en términos generales al proyecto de Ley de Metrología, le va a hacer falta una buena dosis de revisión en la comisión de estilo.

A grandes rasgos, para no ser muy extenso, quiero poner algún ejemplo: En el artículo 2o. de dicha ley, expresamente se establece que para todos los casos en que dentro del cuerpo de la misma se hable de secretaría, se entenderá específicamente la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. Sin embargo, recorremos todos los artículos de la misma y hasta el artículo 44 se conserva esa tónica, pero precisamente a partir del artículo 45 ya se vuelve a la mención explícita de Secretaría de Fomento Industrial y nos olvidamos en el resto de la ley de que ya se había establecido que para todos los casos en que se fuera a referir a la misma se hablaría solamente de secretaría.

Esto es solamente el ejemplo, por lo que creo que vale la pena que entremos a detalles de aclaración. Ahora, ¿por qué precisamente el artículo 35? Porque en él se habla de casos concretos, quiero hacer la aclaración que yo había previsto que fuéramos tratando todos al mismo tiempo, sin embargo, vamos a ver el 33.

El artículo 33 dice: "La Secretaría podrá suspender o cancelar la autorización a los laboratorios, previo el otorgamiento de la garantía de audiencia en los siguientes casos". O sea, está estableciendo precisamente la suspensión o cancelación de autorización para todos los casos, que se pueden presentar cuando se proporcione en forma oportuna y completa la propia ley, "cuando no se proporcionen en forma completa a la Secretaría" los informes que le sean requeridos respecto a su funcionamiento, etcétera, y luego finalmente dice: "Cuando se cumpla con las disposiciones que rigen el funcionamiento del sistema nacional de calibración, cuando se emitan dictámenes falseados, cuando se nieguen injustificadamente a proporcionar el servicio de calibración a quien lo solicite". Y la última fracción de este artículo dice: "Cuando renuncien expresamente a la autorización concedida".

Sin embargo, el párrafo final dice: "Excepto en el caso a que se refiere la fracción VI, que hace mención de cuando se emitan dictámenes falseados, entonces, excepto en este caso, dice, en los demás, podrá suspenderse la autorización; si la causa que la motivó se prolonga por más de tres meses consecutivos, procederá la cancelación".

Aquí realmente hay una amalgama de expresiones que definitivamente no dan la claridad que se requiere para su interpretación. Repito, podríamos hablar de cuatro o cinco, seis u ocho artículos más que ya platicando y oyendo los comentarios, orientaciones de quienes se han servido clarificar un texto, pues se llega a la interpretación. Sin embargo, volviendo a la lectura concreta de la ley encontramos que falta claridad y por lo tanto requiere específicamente una recomendación para que redacción y estilo meta la mano en esta situación y no deje lugar a dudas.

Así como esto, repito, podríamos hablar de muchos otros casos, porque en el artículo que he referido podría entenderse que cuando alguien emite dictámenes falsos, entonces no opera la cancelación o la suspensión, cuando se debe entender que en este caso específicamente operaría la cancelación definitiva de una autorización.

Entonces, dejo esa referencia para que sea tomada en cuenta y en su oportunidad haré las proposiciones correspondientes al artículo 73, 110 y transitorios. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Oradores en pro del artículo 33.

Esta presidencia somete a consideración de la asamblea, para efectos de la discusión de los artículos reservados la siguiente proposición: El artículo 132 del reglamento dice que: "los proyectos

de ley que consten de más de 30 artículos, podrán ser discutidos y aprobados por los libros, títulos, capítulos, secciones o párrafos, en que los dividieron sus autores o las comisiones encargadas de su despacho, siempre que así lo acuerde la Cámara respectiva".

En atención a que el ciudadano diputado Oswaldo Harris Muñoz ha reservado el título completo, consulte la secretaría a la asamblea si acepta que se discuta en su totalidad el Capítulo V, del título segundo, y proceder, en consecuencia, a recoger la votación nominal de todos los artículos comprendidos en ese título.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Por instrucciones de la presidencia, se pregunta a la asamblea si se discute en su totalidad el Capítulo V del título segundo.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - En consecuencia, tiene la palabra, en contra, el ciudadano diputado Oswaldo Harris Muñoz.

El C. Oswaldo Harris Muñoz: - Con su permiso, señor presidente: He querido reserva precisamente todo el Capítulo V, del título segundo, porque se refiere al Centro Nacional de Metrología.

De acuerdo con la estructura de este Capítulo V, jurídicamente va a funcionar como la ley orgánica de este centro, creado por esta nueva ley y, por lo tanto, tiene implicaciones tanto desde su estructura como de sus relaciones laborales con los trabajadores que en ella van a desempeñar funciones tanto de tipo técnico, científico como administrativo.

En vista de esto, no todos los artículos, claro, requieren de modificación; sin embargo, es necesario analizar toda una serie de hechos que se han estado dando en la comunidad científica y técnica de nuestro país.

Por principio de cuentas, existen toda una serie de centros e instituciones de investigación, catalogados como entidades de interés público. Por otro lado, existen centros de desarrollo y de investigación en universidades. Sin embargo, las características de unos, los centros, en los institutos, y las características de las universidades, desde el punto de vista de la designación de sus directivas, son muy diferentes.

Es práctica común que en todos los centros de investigación sea el Presidente de la República o un Secretario de Estado, el que designa al director de dicha institución, y el caso del Centro Nacional de Metrología no es la excepción. Aquí se crea un problema de a quién va a responder este director de dicho centro; casi siempre va a responder a su jefe, el Presidente de la República y pocas veces va a responder a la comunidad científica o al país inclusive en su conjunto.

Hay muchos ejemplos de problemas serios que se han dado en centros de investigación, en donde el director es el que hace y deshace dentro de esas instituciones, por no existir un consejo técnico, por no existir mecanismos internos en la toma de decisiones sobre proyectos de investigación, sobre áreas de trabajo y sobre nombramiento de personal, se cae en situaciones en donde el proceso de desarrollo, de investigaciones en dichos centros va de picada, hay muchos ejemplos de éstos.

Personalmente conozco el caso del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica ubicado en Puebla, en Santa María Tonanzintla, Puebla. Este centro tiene una estructura similar a la del Centro Nacional de Metrología que con esta ley van a hacer.

De ahí la decisión de proyectos de investigación, de contratación de personal, de áreas de investigación; la toma el director, a veces, consultando a la base de investigadores, a veces simple y sencillamente por decisión unipersonal, los resultados están a la vista; hay una fuerte inversión de equipo. Alrededor de unos 200 mil millones de pesos invertidos en equipo en esa institución, que podría dar trabajo, fácilmente, a unos cien investigadores. Sin embargo, dadas las condiciones en las que se está trabajando en dicha institución, cuando mucho llegan a unos cuarenta o treinta los investigadores que ahí laboran.

La gente, los investigadores, los técnicos, prefieren estar en otras instituciones, sobre todo en universidades, en lugar de atender o de poder desarrollar su trabajo utilizando dichos equipos. Está subutilizada toda esa planta física, además de que cuenta con un personal administrativo prácticamente de uno por cada investigador y uno por cada técnico, están a la par, es un aparato burocrático bastante grande. Todo esto, por decisión personal, en la gran mayoría de los casos, de su director general.

En este Centro Nacional de Metrología, se cae exactamente en la misma estructura y por lo tanto corre el riesgo de caer en los mismos vicios.

Creo que es hora de que no sólo para el Centro Nacional de Metrología, sino para muchos otros

Centros de investigación, se modifique totalmente la legislación, que haya un mecanismo de selección de su director en donde participen directamente los miembros de dicha institución.

En este Centro Nacional de Metrología, como lo mencionaba, es el Presidente de la República el que decide quién va a ser el director y sólo en su caso podrían ser el Secretario de Comercio y Fomento Industrial. Ese es uno de los aspectos negativos de todo este capítulo, pues en varios de los artículos se refleja precisamente esta situación.

Otro aspecto que tiene que ver precisamente con la designación del personal, está también en la legislación de este Centro Nacional de Metrología, es la situación de los empleados de confianza.

Las universidades, la Universidad Nacional Autónoma de México, las universidades de provincia, por lo general tanto los profesores, investigadores y personal técnico, son empleados de base; no sólo eso, sino que dependen del apartado A) de la Ley Federal del Trabajo.

Estos otros centros e institutos que no están ligados a ninguna universidad, casi todos ellos dependen del apartado B) y se llega a la contradicción de que en estos centros, los investigadores y técnicos son catalogados como empleados de confianza. Hay dos varas para medir a los investigadores y técnicos en estos dos diferentes tipos de centros. En las universidades se les mide con el apartado A), en los centros e institutos descentralizados se les mide con el apartado B).

Creemos que todos los investigadores y técnicos en todos los centros de investigación, ya sean integrados a las universidades o a los centros de investigación, deben quedar regidos única y exclusivamente por el apartado A) del artículo 123, y por lo tanto, por la Ley Federal del Trabajo.

El último aspecto al que me quiero referir, es al caso del artículo 37. En ese artículo se menciona la forma en que quedará integrado el consejo directivo de dicho Centro Nacional de Metrología, y al mencionar los diferentes integrantes del consejo directivo habla del director de investigación y estudios avanzados del Instituto Politécnico Nacional, el director del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, centros representantes de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales, etcétera. Pero hay uno que llama la atención, el del director del Centro de Instrumentos de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Aquí se crea un problema de tipo jurídico con la autonomía universitaria, el artículo 3o. constitucional le otorga precisamente la autonomía a la Universidad Nacional Autónoma de México, con lo cual pueden nombrar a sus representantes a los organismos ante los cuales participen. De esta ley se le está imponiendo a la Universidad Nacional Autónoma de México, el que sea el director del Centro de Instrumentos, la persona que represente a la UNAM ante dicho Centro Nacional de Metrología, esto viola la autonomía Universitaria.

Creemos que si a la Secretaría de la Defensa, por ejemplo, se le da la capacidad de que sea la Secretaría de la Defensa en forma autónoma quien designe quién va a ser su representante ante el consejo directivo del Centro Nacional de Metrología, lo mismo debe suceder con la Universidad Nacional Autónoma de México. Deben ser ellos en forma autónoma los que designen a su representante en el consejo directivo de dicho centro.

Estos son, en resumen, los problemas que vemos dentro de este capítulo quinto, título segundo de esta ley, por lo que hacemos una serie de propuestas, que voy a dar lectura a ustedes, considerando que la Universidad Nacional Autónoma de México tiene, como lo dice el artículo 3o. constitucional, autonomía para nombrar a sus representantes, a los organismos ante los cuales participa y que la iniciativa que ahora discutimos pretende imponer a esa institución que su representante en el Consejo Nacional de Metrología, sea el director del Centro de Instrumentos, lo que no hace por ejemplo, con la Concamin y la Concanaco, a los cuales reconoce el derecho de decidir quiénes serán sus representantes.

En uso de la facultad de que contempla la fracción II del artículo 71 constitucional, proponemos la siguiente modificación al dictamen de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, suprimiendo del artículo 37 las palabras: el director del Centro de Instrumentos de la UNAM, e insertando en su lugar: un representante de la UNAM.

Esta es una de las propuestas que tenemos, la segunda es la siguiente: considerando que según el artículo 123 constitucional, el apartado A) del propio artículo rige una manera general, y que en cambio el apartado B) sólo rige para la relación laboral entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores, que el Centro Nacional de Metrología, queda definido en el artículo 34 de la iniciativa de ley que discutimos, como organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, y por tanto, jurídicamente distinto de los Poderes de la

Unión y del gobierno del Distrito Federal, que las cuestiones laborales ya están regidas por ese artículo constitucional y sus leyes reglamentarias y por lo tanto no procede contravenirlas cuando se crea o modifica un organismo público, que en particular en la Ley Reglamentaria del apartado A) que es la aplicable en el caso, en virtud de los considerandos anteriores, ya define en su artículo 9o., cuál es el personal de confianza, que es particularmente atentatoria contra los derechos de los trabajadores, que se implique en el artículo 36 de la iniciativa, el que todo el personal que no sea operativo sea de confianza, e incluso viendo de conjunto este artículo y el 41, que implique que todo el personal técnico sea de confianza y que viola toda la legislación laboral, el que sea facultad del director general del centro, designar a todo el personal del mismo, proponemos las siguientes modificaciones al trabajo de la iniciativa de Ley Federal sobre Metrología y Normalización:

1. Suprimir del artículo 36 las palabras "de confianza" y "operativo", para quedar como siguen:

Artículo 36. El Centro Nacional de Metrología, estará integrado por un consejo directivo, un director general y el personal que se requiera, su domicilio, etcétera.

2. Eliminar de la fracción V del artículo 40, son facultades del director general, las palabras: "así como al demás personal", para quedar como sigue:

5. Designar al personal de confianza, salvo el correspondiente a las dos jerarquías inmediatas inferiores a su cargo, sobre la base de lo dispuesto en el artículo siguiente.

3. Suprimir del segundo párrafo del artículo 41, las palabras "y sus relaciones con el centro, se regirán por la Ley Federal del Trabajo al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B), del artículo 123 constitucional" para quedar como sigue: "el personal del Centro Nacional de Metrología, estará incorporado al régimen de seguridad y servicios sociales de los trabajadores al servicio del Estado".

Sala de sesiones del Palacio Legislativo, a 13 de noviembre de 1987.

Por el grupo parlamentario del Partido Mexicano Socialista, Oswaldo Harris Muñoz. Muchas gracias.

El C. Presidente: - ¿Oradores en pro? Tiene la palabra, en pro, el diputado Amín Zarur Menez.

El C. Amín Zarur Menez: - Muchas gracias, señor presidente; compañeros diputados: El señor diputado Oswaldo Harris al referirse al capítulo quinto, hizo algunas consideraciones que en algunos casos no eran propuestas concretas; sin embargo, me voy a permitir, a manera de comentario, tratar de aclarar algunos puntos que él mencionó en esta tribuna.

En primer lugar, nos habla que el Centro Nacional de Metrología, según esta ley, se encuentra limitado porque su director es nombrado directamente por el Presidente de la República. Tenía que manifestarle al compañero Harris, que, efectivamente, todos los centros de investigación del sector público federal, generalmente son nombrados por los titulares de la secretaría correspondiente o por el Presidente de la República.

Uno de los puntos que más polémica desató esta ley en comisiones, fue precisamente la función que va a tener como una parte importante de la investigación en este aspecto, teníamos que recordar que efectivamente esta ley no trata de normar todos los aspectos de la metrología, hay centros de investigación en varias universidades, en otros organismos del sector público que no están regidos ni se regirán por esta ley, puesto que esta ley no pretende regir todo lo que se refiere a aspectos científicos y técnicos; esta ley solamente va a regular lo que se refiere a la metrología legal que tendrá que ver con productos y normas industriales y comerciales.

En referencia al artículo 34, tenemos que recordarle al compañero diputado Harris, que este Centro Nacional de Metrología, en su fracción cuarta dice: "promover y realizar actividades de investigación y desarrollo tecnológicos, así como coadyuvar a la formación de recursos humanos en los diferentes campos de la metrología". Es decir, que además de su función específica de elaborar normas para fines legales, fomenta la creación de cuadros humanos y desde luego está en relación con otros centros de investigación universitaria.

En relación con el artículo 37, en lo que se refiere al consejo directivo del Centro Nacional de Metrología, estamos de acuerdo con ello, no podríamos obligar en esta ley federal a una institución académica como la Universidad Nacional Autónoma de México, que es autónoma, a que su director del Centro de Instrumentación sea forzosamente el representante ante este consejo directivo, y estamos de acuerdo con él para que quedara el artículo de la siguiente manera, que diga en lugar de "ser el Centro de instrumentos de la Universidad Nacional Autónoma de México", diría "por un representante de la Universidad Nacional Autónoma de México", en eso estamos de acuerdo con el diputado Harris.

En relación con el artículo 38, en donde habla de las funciones exageradas del director del centro, tendríamos que recordarle que el consejo directivo tiene las siguientes atribuciones: entre ellas analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el director general con la intervención que corresponda a los comisarios, y en ese consejo directivo no tan sólo existen personas o representantes del sector público, sino representantes también de los investigadores de otros centro universitarios e incluso de representantes del sector privado y el sector social. Por lo tanto, el director quedaría sujeto en sus informes y en sus análisis a lo que recomiende el consejo directivo.

Creo que con ello solamente aceptaríamos la modificación al artículo 37 en lo que se refiere al representante de la Universidad Nacional Autónoma de México. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - En votación económica, proceda la secretaría a consultar a la asamblea.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo (desde su curul): - Señor presidente, algunos de los artículos impugnados los tiene reservados la compañera Guerrero. Sugiero que se le dé la palabra antes de que se someta a discusión y se pongan a votación.

El C. Presidente - Tiene la palabra la diputada Gabriela Guerrero.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Ya hemos mencionado en esta tribuna, que a juicio de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, la iniciativa que el dictamen a debate propone sea aprobada, contiene aspectos posibles de ser mejorados. Algunos de éstos se refieren a los artículos 34, 35, 37 y 38 relativos a los objetivos y atribuciones del Centro Nacional de Metrología, así como de su consejo directivo.

Otros se refieren a los artículos 58, 61, 69 y 89 que tratan de la política de normalización y sus órganos competentes, mismos que pido a la presidencia se me autorice a tratar en una sola intervención.

El C. Presidente: - Adelante.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - En el artículo 34 se dice al finalizar el párrafo, que el Centro Nacional de Metrología tiene el objeto de llevar a cabo funciones de alto nivel técnico en materia de metrología. Este artículo tan importante, porque es el que define el objetivo del Centro Nacional de Metrología, adolece de dos fallas que se manifiestan en el fragmento del párrafo a que aludimos.

La primera es la de otorgar funciones técnicas a una institución que debería dedicarse a una actividad que es esencialmente científica, es decir, la metrología es una ciencia, es la ciencia que ahora más que nunca está en constante renovación, la ciencia de las mediciones, por lo cual el Centro Nacional de Metrología por esencia y definición, debe llevar a cabo tareas de alto nivel científico, aunque por sus propósitos generales debe hacerlos también en el campo tecnológico pero como consecuencia de lo primero. Esto es evidentemente una falla que confiamos esta soberanía sabrá corregir, a fin de que los objetivos de este organismo reflejen con toda precisión y claridad.

La segunda se refiere al objetivo limitado que a este organismo se le otorga al reducirlo en esta misma frase del artículo 34 al campo de la metrología. Ya hemos mencionado que siendo éste, el de la metrología, el objetivo principal de un organismo de la naturaleza del Centro Nacional de Metrología, su desarrollo bien orientado indefectiblemente lo lleva a incidir en el desarrollo científico del país, ya que sus logros son necesarios y aun indispensables para algunas ramas de la ciencia, ocurriendo lo mismo en el campo de la tecnología en múltiples y variados aspectos de ésta, sobre todo en la etapa de desarrollo de los mismos.

Así lo indica la experiencia de organismos análogos de los países desarrollados, países donde comprendiendo a plenitud este hecho, desde el momento mismo en que les fijan sus objetivos generales, lo hacen de tal manera que se les abre amplio cauce al desarrollo creativo de los mismos en los diversos campos de la ciencia y la técnica, a tal grado que por ejemplo en algunos de los países capitalistas más desarrollados, sus laboratorios nacionales de patrones de referencia, están dando lugar a la creación de gigantescos institutos nacionales de tecnología avanzada.

Por otra parte, consideramos que en este mismo artículo 34, debe quedar perfectamente explícito el objetivo social y nacionalista de este organismo de investigación y desarrollo, a fin de impedir que en el desarrollo de sus actividades se generen desviaciones que anulen en la práctica el propósito de convertirlo en medio importante para el progreso de la industria verdaderamente nacional.

Por estas razones, señoras y señores diputados, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista propone se modifique el artículo 34 para quedar en los siguientes términos: "Artículo 34. Se crea el Centro Nacional de Metrología como

organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá los objetivos generales de desarrollar investigación científica y desarrollo tecnológico en materia de metrología, contribuir a fortalecer nuestra base científica y a generar tecnología propia para beneficio de la producción industrial de la producción".

por lo que se refiere al artículo 35, en el que se definen las funciones del Centro Nacional de Metrología, consideramos que su fracción II que dice: "Conservar el patrón nacional correspondiente a cada magnitud, salvo que su conservación sea más conveniente en otra institución", se comete el grave error de no fijar explícita y claramente la principal y esencial de este organismo que es la de realizar investigación científica y desarrollo tecnológico, con el objeto de construir o implementar en nuestro país los patrones nacionales correspondientes a cada magnitud, según las normas establecidas por el Sistema Internacional de Medidas.

Si el Centro Nacional de Metrología no tiene esta función explícita y concreta, entonces, en gran medida, carecería de sentido su existencia, puesto que cualquier otro laboratorio podría comprarlo del extranjero para conservarlos y proporcionar el servicio de calibración a quien lo solicitase, tal como ahora se lleva a cabo.

En otras palabras, la limitada función expresada en la actual redacción de la fracción II de este artículo 35, en la práctica cerraría la perspectiva de avanzar en nuestra independencia respecto de los patrones de referencia de las unidades de medida.

Por estas razones proponemos a esta soberanía que esta grave omisión se subsane mediante la siguiente redacción:

Artículo 35, fracción II: "Desarrollar, construir y conservar el patrón nacional correspondiente a cada magnitud."

Como se puede observar, también proponemos eliminar la frase "salvo que su conservación sea más conveniente en otra institución"; porque si el patrón es vigente, el lugar adecuado para su uso y conservación es precisamente el Centro Nacional de Metrología.

En la fracción IV del mismo artículo 35, se comete la misma falla de concepción que en el artículo 34, en cuanto a que la metrología no es una técnica, sino una ciencia; por tal razón, proponemos se modifique su redacción, quedando en los siguientes términos:

Artículo 35, fracción IV: "Promover y realizar actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico en los diferentes campos de la metrología, así como coadyuvar a la formación de recursos humanos para el mismo objeto".

Por lo que se refiere a la fracción X del mismo artículo 35, que dice: "Impartir cursos de capacitación en metrología y otorgar diplomas a quienes los cursen".

Simplemente proponemos que se elimine. La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista tiene el punto de vista de que en las fracciones II y X de este artículo 35, de las funciones del Centro Nacional de Metrología, se percibe una actitud autolimitante; una visión de corto alcance; una falla de altura de miras, que no corresponde a los retos que el país se presenta en esta etapa de grave crisis económica, de profunda dependencia tecnológica y de evidentes peligros para la soberanía nacional.

Con la fracción X en sus actuales términos, francamente pensamos que se caricaturiza la función fundamental del Centro Nacional de Metrología que es la de llevar a cabo la investigación científica y desarrollo tecnológico al más alto nivel, al mismo nivel que la que se realiza en los países desarrollados, ni más ni menos.

Además, cabría aquí preguntar: ¿Acaso no existe todo un sistema de instituciones de educación superior en el país, algunas de las cuales podrían impartir esos cursos de capacitación y otorgar los diplomas de que se habla? Por lo que nosotros sabemos, ya se están implantando en el Instituto Politécnico Nacional cursos de especialización en metrología a nivel de postgrado y seguramente otras instituciones podrían llevar a cabo la misma tarea en una división concertada de trabajo y responsabilidad, cuestión en lo que el centro bien podría colaborar, tal como acertadamente lo contempla la fracción IV del mismo artículo 35.

Comprendemos que la redacción propuesta que la fracción X del artículo 35 quizá se haya originado de la deformación en los objetivos generales del Centro Nacional de Metrología que han llevado a cabo las personas que hoy lo dirigen, que no son los investigadores del Instituto Politécnico Nacional que le dieron origen y les señalaron los trazos generales de su actividad futura.

Pero nosotros pensamos que no debemos caer en el error de elevar a rango de ley federal lo que corresponde a limitaciones de unos transitorios dirigentes de este organismo científico y técnico de tanta importancia futura; por el contrario, creo

que debemos evitar, mediante una redacción precisa de tareas y objetivos, evitar proporcionar la simulación en actividad de tanta trascendencia para la nación.

Estas son las razones de por qué proponemos se elimine la actual redacción de esta fracción X. En su lugar proponemos introducir otra función distinta de gran importancia, relacionada con la normalización, función que en la iniciativa no está contemplada; la redacción sería la siguiente:

Artículo 35. fracción X: Otorgar la autorización o el acreditamiento de los laboratorios de pruebas.

En el artículo 37, relativo a la integración del consejo directivo del Centro Nacional de Metrología, la modificación que proponemos, es la de incluir directamente al director del Instituto Politécnico Nacional, puesto que esta institución dio origen, a través de sus escuelas, al Centro Nacional de Metrología en una ejemplar acción concertada entre el instituto y otra dependencia del gobierno federal, la Secretaría de Comercio e Industria. En aquel entonces, en que el Politécnico aportaba su base, científica y la secretaría planteaba el problema de interés nacional y aportaba los recursos materiales para su solución; en este caso, con el resultado de la creación de un organismo de tipo nuevo.

En la actualidad, aparte de la Escuela Superior de Física y Matemáticas, la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, también realiza tareas de investigación en metrología, por lo que consideramos de justicia, reconocerle este mérito inobjetable, al Instituto Politécnico Nacional, con la modificación que proponemos.

En cuanto al artículo 38, de las atribuciones del consejo directivo del Centro Nacional de Metrología, la modificación que proponemos consiste en agregar una fracción que tendría el propósito de precisar que este consejo sería el encargado de aprobar los planes de investigación científica y desarrollo tecnológico del centro, cuestión no contemplada claramente en ninguna otra parte de ese artículo 38 o en otro artículo.

El agregado tendría la siguiente redacción: Artículo 38 octavo - bis: "Aprobar los planes de investigación científica y desarrollo tecnológico, relativos al cumplimiento de los objetivos generales del Centro Nacional de Metrología".

En el artículo 58, de la integración de la Comisión Nacional de Normalización, la modificación que proponemos, sería la de agregar al Instituto Politécnico Nacional, por las mismas razones ya expuestas.

En cuanto al artículo 61, de las normas oficiales mexicanas de cumplimiento obligatorio, vale la pena recordar el accidente de la cápsula de cobalto, perdida en Chihuahua, que fue...

El C. Presidente: - Compañera diputada: Estamos discutiendo el Capítulo V del Título Segundo, que comprende el artículo 42. Le rogamos que las proposiciones del artículo siguiente, lo presentemos cuando discutamos ese título.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Muy bien, señor presidente. Estaba yo tratando ya todo lo que correspondía. Como no, con mucho gusto.

El C. Presidente: - Va a procederse a desahogar las proposiciones presentadas por los ciudadanos Oswaldo Harris y Gabriela Guerrero.

Consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite o no la proposición presentada para modificar el artículo 34 propuesto por la diputada Gabriela Guerrero.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por la diputada Guerrero para adicionar el artículo 34.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se aceptan las modificaciones propuestas al artículo 35 por la diputada Gabriela Guerrero.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite la modificación propuesta por la diputada Guerrero al artículo 35.

Los que estén por la afirmativa...

(Votación.)

Los que estén por la negativa... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría en votación económica a la asamblea si se acepta la modificación propuesta al artículo 36 por el diputado Oswaldo Harris.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite la proposición que hizo el diputado Oswaldo Harris al suprimir en el artículo 36 la palabra "de confianza y operativo".

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

EL C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se acepta la modificación propuesta al artículo 37 por la diputada Gabriela Guerrero.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se aprueba la modificación presentada por la diputada Guerrero al artículo 37.

Los que estén por la afirmativa...

El C. Javier Garduño Pérez (desde su curul): - Solicito que se repita la propuesta del 37.

El C. Presidente: - Proceda la secretaría a dar lectura a la propuesta de la diputada Guerrero al artículo 37.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - La misma redacción, tachando sólo: del Centro de Investigación y Estudios Avanzados.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea en votación económica.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Se pregunta en votación económica si se aprueba la modificación presentada por la diputada Guerrero.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría en votación económica, si se admite la adición propuesta al artículo 38 por la diputada Gabriela Guerrero.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite la modificación al artículo 38 que propuso la diputada Guerrero.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se admite la proposición de modificaciones al artículo 37, formuladas por el diputado Harris. Señor diputado.

El C. Javier Garduño Pérez (desde su curul): - Que se lea la propuesta, señor presidente.

El C. Presidente: - Proceda a dar lectura a la propuesta del diputado Harris, de modificaciones al artículo 37.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Al dictamen de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, suprimiendo el artículo 37 las palabras: el director del Centro de Instrumentos de la UNAM, insertar en su lugar: un representante de la UNAM.

En votación económica se pregunta si se acepta la modificación propuesta... Aceptada, señor presidente. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Proceda la secretaría a consultar en votación económica si se acepta la proposición de modificación al artículo 40, fracción V, formulada por el diputado Harris.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta si se admite la modificación propuesta por el diputado Harris a la fracción V del artículo 40.

los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si se admite la proposición formulada en relación con el artículo 41, segundo párrafo, por el diputado Harris.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si

se admite la modificación propuesta del diputado Harris al artículo 41.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se encuentran suficientemente discutidos el artículo 33 y el título II del Capítulo V.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si está suficientemente discutido el artículo 33 del Capítulo V.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

El C. Presidente: - Suficientemente discutido.

Consulte la secretaría en votación nominal, si se aprueba el artículo 33 y el Título II, Capítulo V, con la modificación aceptada por la mayoría.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo (desde su curul): - Señor presidente, ¿por qué no seguimos el procedimiento de votar en lo nominal al final todos los artículos no impugnados?

El C. Presidente: - Consulte la secretaría en votación nominal, perdón, en votación económica, si se aprueba reservarlo para votar en su conjunto al final de la discusión de la ley.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se aprueba que los artículos que se reservaron sean votados en su conjunto al final de la discusión... Aprobado.

RECESO

El C. Presidente (a las 15:00 horas): - Se declara receso de una hora, en términos del acuerdo de práctica parlamentaria.

El C. Presidente (a las 16:30 horas): - Se reanuda la sesión.

Se abre el registro de oradores en relación con el artículo 58. ¿Oradores en contra?. ¿oradores en pro?.

Se ha registrado, en contra, la diputada Gabriela Guerrero.

Tiene el uso de la palabra.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Señor presidente, señoras y señores diputados: En el artículo 58, que se refiere a la integración de la Comisión Nacional de Normalización, la modificación que proponemos sería la de agregar al Instituto Politécnico Nacional, y quiero hacer énfasis en esto, no sólo porque fue el Instituto Politécnico Nacional la institución que dio origen a través de sus escuelas al Centro Nacional de Metrología, sino porque en dos de sus escuelas de mayor prestigio como son la Escuela Superior de Física y Matemáticas y la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, se realizan tareas de investigación en metrología, por lo cual consideramos un acto de justicia que se le incluya como miembro de la Comisión Nacional de Metrología. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Alfonso Reyes Medrano.

El C. Alfonso Reyes Medrano: - Con su permiso, señor presidente, compañeras y compañeros diputados: En el Capítulo III artículo 58, se propone la integración de la Comisión Nacional de Normalización; quizá haya alguna confusión por parte de mi compañera diputada Gabriela Guerrero, pero en este artículo y en este capítulo se está integrando la Comisión Nacional de Normalización, donde participarán evidentemente y según la fracción I, las secretarías que están involucradas en el proceso de regir una política nacional de normas, así como elaborar el Programa Nacional de Normalización.

En consecuencia, creo que no es en este ámbito donde deba participar el Politécnico Nacional, sino más bien como está participando la Secretaría de Educación Pública dentro de ellos, y puesto que depende de ella el Politécnico Nacional, es el cambio viable para que puedan participar la entidad o las entidades educativas originadoras de esto.

Aparte de lo anterior, señor presidente, yo quisiera proponer a usted, como lo había apartado en este capítulo, la modificación de dos artículos, como el mismo 58 y el mismo 60, en el ámbito de la integración de la Comisión Nacional de Normalización.

En el artículo 58, fracción II, en la actualidad dice que quedará integrada además de lo que dice en la fracción I, las secretarías de Estado; en la fracción II se incluyen además los representantes de la

Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales de la República Mexicana, de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de las Cámaras Regionales de la Industria de Transformación.

El agregado que propongo es el siguiente: Al final de esto que acabo de describir sería integrarle una línea en donde diga: "Un representante del sector social productivo". Lo anterior es de importancia porque al pertenecer todos los sectores productivos del país en la economía, y confirmado en nuestra Constitución, en el artículo 25, la participación de los tres sectores, el público, el social y el privado, queda pues mi protesta de agregar: "Un representante del sector social productivo" en la fracción II.

Y en el artículo 60 del mismo Capítulo III, al final de este artículo quisiera poner el agregado en donde indica actualmente, o sea el proyecto, que también podrán invitarse a participantes a las sesiones de esta comisión a representantes de otras dependencias, organismos públicos y privados e instituciones científicas y tecnológicas, cuando se trate de temas de su competencia, de especialidad o interés.

Como en la Comisión Nacional de Normalización evidentemente se van a ver y analizar, dentro del Programa Nacional de Normalización, cualitativa y cuantitativamente las normas que regirán en nuestro país, es evidente que dentro de estos invitados que se están proponiendo en el actual proyecto, nosotros le agregaríamos, pido a nombre de la diputación obrera, la invitación cuando sea de su resorte, a las organizaciones de trabajadores y consumidores de instituciones científicas y tecnológicas, para quedar en la forma que sigue:

"También podrá invitarse a participar en las sesiones de la comisión a representantes de otras dependencias y organismos públicos y privados y organizaciones de trabajadores y consumidores, de instituciones científicas y tecnológicas, cuando se traten temas de su competencia, especialidad o interés."

Con estos agregados que dejo en la Secretaría, nosotros estamos de acuerdo en que quede como está el capítulo III con la explicación que le hemos hecho a la compañera diputada Gabriela Guerrero. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra, en los términos del artículo 102 del Reglamento, el diputado Héctor Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente, señoras y señores diputados: Yo creo que esta proposición que se está haciendo amerita una explicación un poco más amplia. Desafortunadamente no se discutió ni se trató, aunque solamente se comentó en la reunión de la subcomisión, pero no se llegó a nada por obvias razones de falta de quórum. Sin embargo, en la primera parte, creo que se necesita precisar, en un momento dado, qué organismo es el que va a ser convocado para integrar la Comisión Nacional de Normalización, puesto que aquí se habla del sector social productivo. Yo pregunto si no está el sector social productivo dentro de todas las organizaciones que aquí ya se han enunciado. Yo creo que no comprenden una Cámara aparte, una institución separada, que no tenga representatividad. Creo que todos los organismos productivos del sector social están incorporados en cualquiera de los componentes que se han enunciado para la formación de la Comisión Nacional de Normalización.

Entonces pienso que falta precisar qué organismo es el que va a ser convocado para que forme parte de esto. Y en el segundo caso, creo que es obvio reiterar, puesto que se abre expresamente a todo tipo de organizaciones públicas, privadas, instituciones para que formen parte también de este artículo. Pero particularmente deseo tener la información amplia y concreta para justificar el tipo de proposición. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra la diputada Gabriela Guerrero.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Señor presidente, señoras y señores diputados: La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, queda de acuerdo con los argumentos y las adiciones que se hacen al artículo 58 que vino a tratar a esta tribuna el compañero Reyes Medrano. Sin embargo, quisiéramos hacer, en vista de que todavía no se vota, una reconsideración en este artículo 37.

Por las razones que ya expusimos en esta tribuna, queremos proponer a la comisión que se agregue al Instituto Politécnico Nacional como integrante del Consejo Nacional de Metrología. Gracias.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea si es de aceptarse o no la modificación al artículo 37, propuesto por la diputada Gabriel Guerrero.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite o no la proposición de la diputada Gabriela Guerrero, al artículo 37, de

agregar al Instituto Politécnico Nacional como miembro del consejo directivo del Centro Nacional de Metrología.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - En votación económica consulte la secretaría a la asamblea, si se admite o no la modificación propuesta por el diputado Alfonso Reyes Medrano al artículo 58.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite o desecha la modificación propuesta por el diputado Alfonso Reyes Medrano y que consiste en agregar un representante del sector social productivo. El texto quedaría en los siguientes términos:

Artículo 58, fracción II: "Siendo representantes de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior, de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales de la República Mexicana, de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de las Cámaras Regionales de la Industria de Transformación, un representante del sector social productivo".

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el ciudadano diputado Alfonso Reyes Medrano.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - En votación económica consulte la secretaría a la asamblea, si aceptan o no las modificaciones propuestas por el diputado Alfonso Reyes Medrano al artículo 60.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Modificación que se propone. Agregar: "De organizaciones de trabajadores y consumidores".

El texto quedaría en los siguientes términos:

Artículo 60. "De organizaciones. También podría invitarse a participar en las sesiones de la comisión a representantes de otras dependencias de organismos públicos y privados; de organizaciones de trabajadores y consumidores; instituciones científicas y tecnológicas, cuando se traten temas de su competencia, especialidad o interés".

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea si se consideran suficientemente discutidos los artículos 58 y 60.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta si están suficientemente discutidos los artículos 58 y 60. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutidos.

El C. Presidente: - Aprobadas las propuestas de modificación a los artículos 58 y 60 y se reservan para su votación nominal en su conjunto.

Del Capítulo IV, Título III, fueron reservados los artículos 61, 63, 69 y

Se abre el registro de oradores... Tiene el uso de la palabra la diputada Gabriela Guerrero, en contra.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Señor presidente; señoras y señores diputados: En cuanto al artículo 61, de las normas oficiales mexicanas de cumplimiento obligatorio, vale la pena recordar el accidente de la cápsula de cobalto perdida en Chihuahua, que fue causa de un grave accidente, porque un laboratorio que la tenía bajo su custodia no observó evidentemente ninguna norma de seguridad en su manejo y conservación y transporte.

Ahora que se incrementa el uso pacífico de la energía nuclear, vale la pena meditar si resulta o no excesivo incluir en ese artículo lo relativo a las substancias radioactivas.

Nosotros consideramos que no resulta ocioso, a menos que se nos demuestre que así es, que esto está perfectamente contemplado en otra norma de carácter federal.

Por tal razón, proponemos se agregue al artículo 61 una fracción en los siguientes términos; artículo 61, proponemos se agregue en la fracción IX - bis, que diría: "Manejo, transporte, empleo y conservación de sustancias y desechos radioactivos".

Quiero pedir a la presidencia se me autorice a tratar el artículo 69 del mismo capítulo.

El C. Presidente: - Se le concede.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - La modificación que la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista propone al artículo 69, relativo a la comprobación del cumplimiento de las especificaciones de productos y servicios sujetos a la norma de cumplimiento obligatorio, la consideramos de suma importancia porque con ella, así lo consideramos, se subsanaría el hecho de no haberse previsto un instrumento de carácter científico sobre el que se debe apoyar el Estado para otorgar reconocimiento a los laboratorios de las empresas que han de encargarse de certificar la calidad de un producto. Este instrumento, consideramos que debe ser el mismo Centro Nacional de Metrología, por lo que proponemos la siguiente redacción para el párrafo segundo del artículo 69: "La comprobación se efectuará en el laboratorio del fabricante o en el que le preste servicio si éstos cuentan con la autorización del Centro Nacional de Metrología, salvo que dicha secretaría disponga se realice en otro. La comprobación de los servicios se realizará conforme al procedimiento establecido en la norma".

En este sentido, proponemos se agregue al artículo 89, el siguiente párrafo, a fin de que sea congruente con la modificación al artículo 69. Artículo 89, segundo párrafo: "El Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas, estará integrado por la Secretaría, el Centro Nacional de Metrología y los comités de evaluación". Gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Pérez Plazola, en contra.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente, señoras y señores diputados: En primer lugar quiero manifestar mi extrañeza de que no haya tenido contestación mi pregunta cuando se discutía el punto anterior y que vino tal vez a dar solamente mayor inclaridad a este dictamen, no quiere decir que yo estuviera en desacuerdo de la proposición sino que así se necesitaba precisar.

Y para demostrar, una vez más que hace falta claridad, por lo menos en los aspectos concretos en que se establecen cuestiones dentro de esta ley, el artículo 73 de la Ley de Metrología que nos ocupa dice: "Cuando los productos o los servicios sujetos a cumplimiento obligatorio de determinada norma oficial mexicana no reúnan las especificaciones correspondientes, se prohibirá de inmediato su comercialización hasta en tanto se acondicionen, reprocesen, reparen o sustituyan. De no ser posible esto, se tomarán las providencias necesarias para que no se usen en el fin al que se destinarían de cumplir dichas especificaciones.

Si el producto o servicio se encuentra ya en el comercio, y esto es lo que yo quisiera que ustedes analicen y reflexionen con todo detenimiento, los comerciantes tendrán la obligación de abstenerse de su venta a partir de la fecha en que se les notifique la resolución o se publique en el Diario Oficial de la Federación".

Creo que todos estamos de acuerdo en que comerciantes, desde el vendedor ambulante hasta el gran pulpo de dicha actividad.

Entonces yo creo que no llegan a decenas de millares los ejemplares que se distribuyen en el país del Diario Oficial de la Federación. En lo particular se me decía que es obligación de todos los mexicanos leer el Diario Oficial de la Federación, pero en la práctica, la realidad, creo que una mínima parte de los mexicanos pueden obtener, ya no digamos alcancen a ver, el Diario Oficial de la Federación. Y al dejar el texto como está de este artículo de que si el producto se encuentra ya en el comercio, los comerciantes de todo nivel estarán obligados a abstenerse de su venta a partir de la fecha en que esto sea publicado en el Diario Oficial de la Federación o se les notifique, yo pienso que para llegar a decreto o publicación del Diario Oficial de la Federación, muchas de estas cosas nunca van a ser decretadas en esa forma, porque son actividades internas fundamentalmente de dependencias de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y justificar en un momento dado una sanción, presentar una infracción a la ley, porque el comerciante no haya dejado de vender el producto que tenía en sus manos, porque no se enteró que en el Diario Oficial había sido resuelto que esto debería ser así, pienso que es ilógico e impráctico.

Por lo tanto, espero que estén de acuerdo en que se le agregue tan sólo se modifique una palabra, para que el segundo párrafo de este artículo 73 quede como sigue:

Si el producto de servicio se encuentra ya en el comercio, los comerciantes tendrán la obligación

de abstenerse de su venta, a partir de la fecha en que se les notifique la resolución y se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Lo que creo importante, es que se quede especificado que es necesario y conveniente que una resolución de esta naturaleza, lo menos que debe saber el comerciante, es estar enterado, lo menos que debe de haber en este caso es enterarse, saber que existió esa prohibición.

Entonces, si lo dejamos en el texto como está, dice: Que se le notifique o se publique. Sin embargo si se tiene que publicar de todos modos que no deje de existir la notificación al comerciante, para que éste proceda en consecuencia.

Dejo aquí el texto de la modificación de este párrafo, para que se sirvan considerarlo y en su oportunidad, espero, aprobarlo. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez.

El C. Lorenzo Serrano Gutiérrez: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: El artículo 73 de la ley en discusión, dice que cuando los productos o servicios sujetos a cumplimiento obligatorio de determinada norma oficial, no reúnan las especificaciones correspondientes, se prohibirá de inmediato su comercialización, hasta en tanto se acondicionen, reparen o sustituyan. De no ser posible esto, se tomarán las providencias necesarias para que no se usen en el fin a que se destinarían, de cumplir dichas responsabilidades, especificaciones.

En la fracción demócrata, consideramos que esta disposición supone que si un producto o servicio no llena las calidades exigidas por una norma de calidad oficial, no podrá ser comercializado ni tampoco fabricado. Esto nosotros consideramos, se atenta en contra del derecho al trabajo, limita la posibilidad de producir, la posibilidad de promover fuentes de trabajo. Y por esta razón en la fracción parlamentaria demócrata proponemos lo siguiente:

Los productos similares a los definidos o protegidos por una norma oficial, sólo podrán ser comercializados bajo otras denominaciones y con el anuncio de otras cualidades distintas a las de la norma oficial.

Por la fracción parlamentaria del PDM.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al diputado Miguel Romero Sánchez.

El C. Miguel Romero Sánchez: - Señor presidente: Quisiera pedir su venia para hacer una proposición en relación con el artículo 63 del Título III, Capítulo IV, así como también aclaraciones sobre el artículo 61 al que se refirió nuestra compañera del Partido Popular Socialista, la diputada Guerrero, y finalmente, un comentario acerca del Capítulo V, Título II en los diferentes artículos a los que también se refirió la mencionada diputada Guerrero. Gracias.

Honorable asamblea: Quiero referirme al artículo 63 de este proyecto de ley que está relacionado con el cumplimiento obligatorio de las normas oficiales mexicanas, las cuales tienen que ser cumplidas por todos aquellos productos y servicios que son regidos por esta disposición.

Cuando estos productos o servicios tienen que ser importados, marca el artículo 63, tienen éstos que obedecer y seguir las especificaciones obligatorias que dicta precisamente la norma nacional, ya sea que se trate de un producto o de un servicio.

Ahora bien, en el 63 en su párrafo tercero, se refiere al caso en que no exista una norma para determinados productos o servicios, en este caso entonces se tendrán que adoptar las especificaciones de calidad del país de procedencia de donde se haga la importación del producto o el servicio que se solicita de ese país de origen.

Consideramos nosotros que como esta disposición obliga a que deba presentarse por parte del importador un certificado de calidad por lo que se refiere al producto, creemos que no compete esta disposición de certificado de calidad a un servicio que se le va a solicitar a un extranjero. Por lo tanto, y resumiendo esta proposición, dice así el artículo 63, en su párrafo tercero del proyecto de decreto que se discute: Cuando no exista norma oficial mexicana obligatoria en la República mexicana pero sí en el país donde se elaboró el producto o donde se pretende importar el servicio respectivo, la mercancía o en su caso el servicio a importarse, deberá acompañarse del certificado de calidad respectivo.

Nuestra propuesta es que se elimine de ese párrafo: "O de donde se pretende importar el servicio, la mercancía o en su caso el servicio a importarse", y en su lugar quedaría en los siguientes términos: Artículo 63. "Cuando no exista norma oficial mexicana obligatoria en la República mexicana pero sí en el país donde se elaboró el producto para su importación, deberá acompañarse del certificado de calidad respectivo". Proposición que dejo aquí en la secretaría.

Y me voy a referir al artículo 61, en donde nuestra compañera, la diputada Guerrero, del Partido

Popular Socialista, efectivamente entendemos su preocupación en el sentido de que todo material radioactivo debe estar sujeto a una norma de seguridad.

Sin embargo, este proyecto de ley, y específicamente en el título correspondiente de normalización, y en el caso del artículo 61, creemos que no compete a esta iniciativa de ley ni a este artículo la seguridad que deben tener los materiales radiactivos, y no compete porque precisamente esa preocupación ya está considerada en el Consejo de Seguridad Nuclear y Salvaguarda, o sea que estamos de acuerdo en la inquietud de nuestra compañera del Partido Popular Socialista, pero creemos que el caso que nos ocupa de una ley de normas en que se deben de fijar las especificaciones de calidad, no tiene que ver con los riesgos que implique el manejo de materiales radioactivos, porque esto es ya dentro de la competencia de otra reglamentación y vuelvo a insistir en este caso sería el Consejo de Seguridad Nuclear y Salvaguarda.

Quiero también hacer referencia, a manera de comentario, con respecto al Título II, Capítulo V, que en sus diferentes artículos también mencionara nuestra compañera diputada Guerrero del Partido Popular Socialista y que se refiere a lo siguiente.

Recibimos precisamente, también en las comisiones que estudiaron este proyecto de ley, y la exposición que ella hace de estos artículos, nos parece que entendemos lo que ella quiere significar porque haya una promoción en la investigación científica y en el desarrollo y la tecnología, para asegurar y promover un desarrollo desde el punto de vista de metrología. La forma en que ella lo ha expresado y la forma en que también su partido sometió a la comisión para su estudio sus propuestas, define esta promoción de investigación científica y tecnológica, en una forma general.

Nosotros creemos que debe de hacerse la aclaración que efectivamente, esta ley que nos ocupa, este proyecto de ley, en los artículos respectivos, debe manifestarse la preocupación y el beneficio también que implica una promoción al desarrollo de la ciencia y de la tecnología, pero no en términos generales, sino en aquellos que competen exclusivamente a las actividades de metrología y normalización. Desde este punto de vista estaríamos de acuerdo en la forma que ella ha expresado esa preocupación, pero siempre y cuando hagamos la aclaración: Que esta promoción, para desarrollar las actividades científicas y tecnológicas, sean dentro de la incumbencia y del campo que corresponde a esta iniciativa de ley, o sea, en las áreas de metrología y en las áreas de normalización. Sabemos que en muchos países estas dependencias descentralizadas, efectivamente realizan actividades intensivas y extensivas de tipo de investigación aplicada, con el fin de mejorar, de perfeccionar los patrones, así como también de mejorar las metodologías que marcan las especificaciones en relación con las normas de calidad. Muchísimas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría, en votación económica, a la asamblea si son de aprobarse las modificaciones propuestas por la diputada Gabriela Guerrero al artículo 61.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admiten o se desechan las modificaciones propuestas por la diputada Guerrero.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea si se aprueban o no las modificaciones propuestas por el diputado Miguel Romero Sánchez, al artículo 63.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite la modificación propuesta por el diputado Miguel Romero Sánchez al artículo 63.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea si aprueba o desecha las modificaciones propuestas por el diputado Pérez Plazola al artículo 73.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por el diputado Pérez Plazola al artículo 73.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea si aprueba o desecha las modificaciones propuestas al mismo artículo 73, por el diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si admiten o se desechan las modificaciones propuestas al artículo 73 por el diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor

PRESIDENTE.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea si aprueban o desechan las modificaciones propuestas por la diputada Gabriela Guerrero, al artículo 69.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta si admiten o se desechan las modificaciones propuestas por la diputada Gabriela Guerrero, al artículo 69.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Fue reservado también el artículo 89. Previamente a discusión, consulte la secretaría a la asamblea si considera suficientemente discutidos los artículos que ya se mencionaron del Capítulo IV, Título III.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si están suficientemente discutidos los artículos 61, 63, como la modificación aceptada, 69, 73.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Suficientemente discutidos, señor presidente.

El C. Presidente: - Se consideran suficientemente discutidos los artículos señalados, reservándose su aprobación en votación nominal en su conjunto.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 89... Tiene la palabra la ciudadana diputada Gabriela Guerrero Oliveros.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Yo había hecho ya, señor presidente, la propuesta de modificación del artículo 89 que estaba en función de la modificación al artículo 69 y era un segundo párrafo que decía lo siguiente:

"El Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas, estará integrado por la Secretaría, el Centro Nacional de Metrología y los comités de evaluación". Gracias.

El C. Presidente: - En votación económica, consulte la secretaría a la asamblea, si admite o desecha la proposición hecha por la ciudadana diputada Gabriela Guerrero al artículo 89 en los términos en que la formula en relación con el artículo 69.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta por la diputada Gabriela Guerrero al artículo 89.

Los diputados que estén porque se admita, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría, en votación económica a la asamblea, si se estima suficientemente discutido el artículo 89.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el artículo 89.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, el artículo 89.

El C. Presidente: - Se reserva para su votación nominal en conjunto.

Se abre el registro de oradores en relación con el artículo 110.

¿Oradores en contra? . ¿Oradores en pro?. Tiene la palabra el diputado Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Nuevamente

he de hacer referencia al punto tratado en lo anterior que omití el volver a hacer uso de esta tribuna por no quitarles a ustedes más tiempo, pero definitivamente no me convence y creo que a nadie convence, el argumento que en lo particular se maneja en el sentido de que no es la intención de la ley, interpretaciones de otro tipo, sino ajustarse estrictamente a la gramática para su aplicación. Yo ciertamente he de manifestar que no soy doctor en gramática, pero creo que como se quedo el segundo párrafo del artículo 73, definitivamente se va a prestar a que por el solo hecho de una prohibición se publique en el Diario Oficial, se va a tener que dar por notificados a millones de gentes que tienen qué ver con esto y pienso que en la realidad, esto va a causar graves problemas, más a los que menos pueden defenderse y tienen capacidad de hacerlo.

Quiero, pues, dejar constancia de esto, porque me hubiera gustado que aquí se hubieran manejado los argumentos.

En relación al artículo 110, hablamos del capítulo de sanciones, tal como viene redactado. Dice que las violaciones a los dispuesto en esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, serán sancionadas administrativamente con, o sea yo quiero pensar que esto quiere decir que todas las violaciones serán sancionadas administrativamente con:

1o. Multa hasta por el importe de quinientas veces el salario mínimo general diario correspondiente a la zona económica del Distrito Federal - creo que allí habría que hacer una modificación de redacción, pero en fin, en eso no voy a meterme yo - y del área metropolitana,

En caso de persistir la infracción podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin que se obedezca al mandato respectivo.

2o. Clausura temporal o definitiva que podrá ser parcial o total, y

3o. Arresto hasta por 36 horas.

O sea, todas las infracciones a esta ley y a reglamentos y disposiciones complementarias, serán sancionadas de esta manera.

Hechas algunas aclaraciones con algunas de las gentes que intervinieron en la elaboración, pues se habla de que no es ésa la intención, sin embargo, creo que vale la pena y esto viene a corroborar que va a ser falta que se le dé realmente una revisada a fondo a la redacción de la ley. Pero por lo menos en aquellos aspectos en que particularmente se quedan establecidas situaciones que van a efectarnos a todos, propongo en concreto que la redacción del artículo 110 quede de la siguiente manera:

Las violaciones a lo dispuesto en esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, serán sancionadas administrativamente con cualesquiera de las siguientes:

1o. Multa hasta por el importe de quinientas veces, etcétera, todo el resto del párrafo tal cual.

2o. Clausura temporal o definitiva que podrá ser parcial o total, o

3o. Arresto hasta por 36 horas.

Dependiendo pues de la magnitud de la violación deberá ser la aplicación de la sanción, porque si lo dejamos tal y como está redactado, pienso que se entiende claramente que cualquier violación sería sancionada con los tres puntos asentados.

Sin embargo, aquí sí no por entrar en las oes y las íes, pero creo que es necesario establecer que la sanción puede ser cualquiera de las enunciadas; y, finalmente, no también con el "y" arresto sino "o" arresto que podrá ser lo único que se aplique según pues la magnitud.

Y entonces en concreto, no sé, señor presidente, en que esté usted de acuerdo en que de una vez haga mi proposición también del transitorio que está comprendido en el mismo título.

Aunque es otro artículo pero dentro del mismo Título VI, nos vamos hasta los transitorios.

En los transitorios, se habla en primer lugar de que la presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ahí nosotros habíamos insistido, y he de reconocer que algo de esto fue aceptado en las modificaciones que hizo la comisión. Pero insistíamos también en que la misma ley debía ser puesta en vigor con algún tiempo posterior al en que fuera publicada, por razón práctica también, puesto que de aquí a que se conozca dicha ley va a pasar un tiempo. Y sin embargo, como a esta ley se le va a seguir aplicando mientras no se elaboren nuevos reglamentos, los reglamentos que existen desde 1921, aquí es en donde quiero hacer el reconocimiento de que ante nuestras opiniones se aceptó la modificación de un transitorio, en el cual se establece la obligación expresa de que el reglamento tenga un tiempo límite para ser expedido, que será de ciento ochenta días, según lo establece el transitorio cuarto que fue agregado.

Entonces, hay una serie de decretos y de reglamentos y de normas que completan esto y pienso que a la mayor parte, probablemente pasó desapercibida, que existe un decreto específicamente sobre el Sistema Nacional de Calibración, que fue publicado el 9 de junio de 1980.

Aquí en esta ley, se habla de que se crea el Instituto Nacional de Calibración; lo entiendo porque se le da rango de ley, pero la realidad es que existe un decreto desde 1980 que instituyó el Instituto Nacional de Calibración. Entonces, pienso que se hace necesario determinar que en el transitorio segundo, que habla de que se abroga esta ley general, la Ley General de Normas, Pesas y Medidas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 1961, sus reformas y las demás disposiciones, se debe agregar específicamente el abrogamiento del decreto que creó el instituto, por lo consiguiente propongo que ese transitorio quede en los siguientes términos:

Segundo: Se abroga la Ley General de Normas, Pesas y Medidas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 1961, el decreto que estableció el Sistema Nacional de Calibración publicado el 9 de junio de 1980, las reformas y demás disposiciones que se opongan a la presente ley.

Espero su anuencia, para que esto sea modificado en los términos que han sido propuestos, porque de alguna manera, creo que estaremos contribuyendo al mejoramiento de estas normas que aquí van a quedar establecidas. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, el diputado Arturo Ruiz Morales.

El C. Arturo Ruiz Morales: - Con su venia, señor presidente: El artículo 110 fracción I, dice: multa... más bien el artículo 110. Las violaciones a lo dispuesto en esta ley y demás disposiciones derivadas de ella, serán sancionadas administrativamente, con multa por el importe de quinientas veces el salario mínimo general diario correspondiente a la zona económica del Distrito Federal y área metropolitana. En caso de persistir la infracción, podrán disponerse multas por cada día que transcurra si no se obedece el mandato respectivo.

El Congreso de la Unión decretó reformas a la fracción VI del 123. Y la publicación consistió en que se haría por áreas geográficas en vez de zonas económicas.

En tal virtud, agregamos a esta modificación, se propone la siguiente modificación: La zona económica, por área geográfica, que corresponda.

El texto quedará en la forma siguiente: Fracción I del artículo 110. Multa hasta por el importe de quinientas veces el salario mínimo general diario correspondiente al área geográfica que corresponda al Distrito Federal y al área metropolitana. En caso de persistir la infracción, podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo.

Dejo la proposición aquí en la secretaría. Muchas Gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si se acepta la proposición formulada para modificar el artículo 110 presentada por el diputado Pérez Plazola.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta para reformar el artículo 110 del diputado Héctor Pérez Plazola.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se acepta la proposición presentada por el diputado Ruiz Morales al artículo 110, fracción I.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite la modificación propuesta por el diputado Ruiz Morales al artículo 110.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si acepta la proposición formulada por el diputado Héctor Pérez Plazola, para modificar el artículo 2o. transitorio.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite la modificación propuesta por el diputado Héctor Pérez Plazola, para modificar el artículo 2o. transitorio.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestalo .....Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se tiene por suficientemente discutido el artículo 110 y 2o. transitorio.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si esta suficientemente discutido el artículo 110 y el 2o. transitorio.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo....Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. Presidente: - En consecuencia, procede a tomarse la votación nominal de los artículos reservados, con las modificaciones aceptadas, en un solo acto.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en un solo acto de los artículos impugnados. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento.

(Votación.)

Señor presidente, se emitieron por los artículos 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 41, 42, 61, 69, 89 y el segundo transitorio en sus términos, doscientos cuarenta votos en pro y diecisiete votos en contra.

Se emitieron por el artículo 73 en sus términos, doscientos veinte votos en pro, treinta y seis votos en contra.

Se emitieron por los artículos 37, 58, 60, 63 y 110 con las modificaciones aceptadas por la asamblea, doscientos cincuenta votos en pro y siete votos en contra.

El C. Presidente: - Aprobados los artículos 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 41, 42, 61, 69, 89 y 2o. transitorio por doscientos cuarenta votos en pro y diecisiete en contra.

Aprobados igualmente los artículos 37, 58, 60, 63 y 110 con las modificaciones aceptadas, por doscientos cincuenta votos en pro y siete votos en contra.

Aprobado el artículo 73 por doscientos veinte votos en pro y treinta en contra.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley sobre Metrología y Normalización.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales. (Aplausos.)

PERMISOS CONSTITUCIONALES

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

Primera lectura

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

4 de noviembre de 1987,

Honorable Asamblea: En oficio fechado el 15 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para los ciudadanos Guillermo Romero Ibarrola y María del Carmen García Plata de Rocha, puedan prestar servicios en la Embajada Británica en México.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados el 29 de octubre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento.

b) Que los servicios que los interesados prestarán en la Embajada Británica en México, serán como asesor científico y como asistente en la sección comercial, respectivamente.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Guillermo Romero Ibarrola, para prestar servicios como asesor científico adjunto en el Consejo Británico, de la Embajada de la Gran Bretaña en México.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana María del Carmen García Plata de

Rocha, para prestar servicios como asistente en la sección comercial, de la Embajada Británica en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. - México, Distrito Federal, a 30 de octubre de 1987. - Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmall, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda, Sergio Valls Hernández.»

Trámite: - Segunda Lectura.

El C. presidente: - Esta. en discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto del decreto, en un solo acto.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - Se va a proceder la votación nominal en lo general y en lo particular , en un solo acto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos que se refiere al artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - Se emitieron 248 votos en pro y nueve abstenciones.

El C. presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

ACUERDO DE PROCEDIMIENTOS

El C. presidente: - En el transcurso de la sesión esta presidencia recibió un acuerdo firmado por los coordinadores de las fracciones parlamentarias que integran esta LIII Legislatura. Proceda la secretaría a dar cuenta con él.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Acuerdo que establece el procedimiento para la reunión informativa que sostendrán las comisiones del Departamento del Distrito Federal, de Hacienda y Crédito Público y de Programación y Presupuesto y Cuenta Pública, con el ciudadano Jefe del Departamento del Distrito Federal, con el objeto de recibir ampliaciones a las iniciativas de Ley de Ingresos y del decreto que reforma la Ley de Hacienda y Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1988.

I. La reunión de trabajo se efectuará, de conformidad con la invitación girada por la presidencia de esta honorable Cámara de Diputados, el próximo miércoles 25 de los corrientes, a las 10:00 horas, en el Salón Legisladores de la República del Palacio Legislativo.

II. El ciudadano presidente de la Cámara, declarará abierta la sesión y pedirá al presidente de la Comisión del Departamento del Distrito Federal, actúe como moderador de los trabajos.

III. El ciudadano Presidente de la Comisión del Distrito Federal dará en primer lugar, oportunidad al Jefe del Departamento del Distrito Federal, para que haga la explicación que motiva su asistencia.

IV. A continuación se abrirá el período de preguntas - respuestas, en la forma siguiente:

- Cada pregunta deberá ser formulada en un máximo de 10 minutos. El presidente de la Cámara queda facultado para sugerir al Jefe del Departamento del Distrito Federal que la duración de su respuesta sea equivalente a la pregunta.

- Cada diputado federal tendrá derecho a una réplica, con una duración máxima de cinco minutos.

Los grupos parlamentarios participarán de la siguiente forma:

Partido Revolucionario Institucional.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Acción Nacional.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Mexicano Socialista.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Socialista de los trabajadores.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Autentico de la Revolución Mexicana.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Revolucionario Institucional.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Acción Nacional.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Revolucionario de los Trabajadores.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Demócrata Mexicano.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Popular Socialista.

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

Partido Revolucionario Institucional

Respuesta del Jefe Ciudadano del Departamento del Distrito Federal.

V. El moderador levantará la sesión.

Coordinadores de las fracciones parlamentarias: Diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, PRI; Jesús González Schmal, PAN; Jorge Amador Amador, PST; Arnoldo Martínez Verdugo, PMS; Antonio Monsiváis Ramírez, PDM; Indalecio Sáyago Herrera, PPS; Carlos Enrique Cantú Rosas, PARM; Pedro José Peñaloza, PRT.

México, Distrito Federal, noviembre 16 de 1987.»

El C. Jorge Alcocer Villanueva (desde su curul): - Antes pido la palabra para hechos.

El C. presidente: - Tiene la palabra, el diputado Alcocer, para hechos.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Señoras y señores diputados: Nosotros queremos precisar nuestra posición respecto a este acuerdo parlamentario. Y frente a los que normarán las comparecencias de los secretarios de Programación y Presupuesto y de Hacienda.

Nosotros hemos suscrito este acuerdo parlamentario, pero queremos reiterar aquí, que quede establecido, que estos acuerdos no suspenden la vigencia del Reglamento Interior y de Debates del Congreso.

Estos acuerdos, lo que pretenden, es desahogar de la mejor manera para la Cámara una parte de su trabajo, que es la comparecencia, pero no pueden suspender el Reglamento. No se puede pedir a ninguno de los diputados que renuncie a los derechos que el Reglamento le otorga. Cada uno de los diputados y cada una de las fracciones parlamentarias harán uso de este derecho con la responsabilidad y la seriedad que merece la Cámara. Pero no puede pretenderse, como se pretendió en la comparecencia del licenciado Manuel Camacho que este acuerdo, o cualquier otro, suspenda el Reglamento Interior y de Debate.

Nosotros acataremos el acuerdo, pero mantendremos en todo momento nuestro derecho y exigiremos de la presidencia pleno acatamiento al Reglamento Interior y de Debates, cuando a juicio de cualquiera de nuestros diputados sea necesario acudir a ello. Eso queremos dejar precisado.

El C. Juan de Dios Castro Lozano (desde su curul): - Una pregunta, señor presidente, ¿el PMS firmó acuerdo?

El C. presidente: - Informe la secretaría si el PMS firmó el acuerdo.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - Sí, señor diputado Juan de Dios, sí firmó

El C. presidente: - Proceda la secretaría a recoger la votación económica.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo parlamentario.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobado, comuníquese.

PROPOSICIONES

FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Jorge Alcocer para presentar una proposición

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Señoras y señores diputados: Vengo a plantear aquí una propuesta relacionada con un asunto que ya había sido tratado en sesión anterior, relativa al uso del tren, que ha sido bautizado como el "Agualeguas" por parte del licenciado Carlos Salinas de Gortari, candidato del PRI, a la presidencia de la República.

Y quiero explicar a ustedes cuáles son los fundamentos del siguiente punto de acuerdo que, conjuntamente con el Partido Revolucionario de los Trabajadores propone el Partido Mexicano Socialista; sus fracciones parlamentarias.

Ha sido un reclamación constante de la ciudadanía que los partidos políticos ajustemos nuestra actividad y nuestra acción de campañas electorales, principalmente, pero en general en nuestra actividad, a las prerrogativas que la ley otorga a los partidos .

Los partidos somos entidades de interés público, deberíamos ser los primeros de procurar el respeto a las leyes. Y parte fundamental de ese respeto es que las campañas políticas de todos los partidos se desarrollen en estricto apego y sujeción a las leyes.

Ha sido promulgado, hace muy poco, por esta Legislatura, un Código Federal Electoral que establece las prerrogativas a que los partidos tiene derecho, y que establecen también, junto con otras leyes, la prohibición de que bienes propiedad de la Federación, bienes de dominio público, sean usados por los partidos, en contravención a las leyes.

Es el dominio público que un tren de pasajeros ha sido entregado al Partido Revolucionario Institucional y a su candidato. Ahí están las fotos en la prensa, en donde el candidato o uno de sus familiares bautizan, vamos a llamarlo así, al tren con la consabida botella que rompen sobre uno de los vagones y lo bautizan como el "Agualeguas".

Ese tren, es propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México. Se trata por tanto, de un bien propiedad de la nación, no de un bien cualquiera.

Y, Señores, nosotros hemos revisado las leyes, porque aquí cuando se planteó el asunto la vez anterior, se dijo que ese tren había sido entregado al Partido Revolucionario Institucional por el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros, pero la pregunta es ¿cómo pudo el sindicato obtener ese tren?, ¿puede el organismo descentralizado, Ferrocarriles Nacionales de México entregar en arrendamientos, en donación o en lo que se quiera a su sindicato un tren de pasajeros?, ¿puede permitirle el organismo descentralizado, Ferrocarriles Nacionales de México a un partido político hacer uso de las vías férreas nacionales para que un tren que no sabemos en qué calidad ha sido entregado al PRI, circule por las vías férreas nacionales?, ¿forma esto parte de las prerrogativas a que tiene derecho un partido político?, ¿puede un sindicato aportar a un partido político un bien de la nación aunque sea sólo para su uso?, ¿puede ser arrendado un bien mueble de la nación? Hemos revisado la Ley Federal de las entidades paraestatales, hemos revisado la Ley de Bienes Nacionales y hemos revisado la Ley Orgánica de los Ferrocarriles Nacionales de México.

La figura jurídica - comercial llamada arrendamiento de un bien propiedad de la nación, no está contemplada en ninguna de estas leyes, en ninguna señores, está contemplada la enajenación de bienes nacionales, cuando a juicio del gobierno federal o de sus instituciones ese bien ya no sea útil par los fines par lo que fue adquirido. Pero el tren de pasajeros denominado el "Agualeguas" eran un tren en su uso, era un tren con el que se proporcionaba servicio público de pasajeros, y fue retirado de ese servicio y entregado al Partido Revolucionario Institucional para uso de su candidato.

Esto no puede ser señores, esto no puede ser que la ciudadanía y los partidos políticos distintos del PRI contemplemos de nueva cuenta cómo la campaña del PRI se desarrolla con bienes de la Federación, de los estados y de los municipios, no puede ser, porque entonces el Código Electoral no sirvió para nada, porque entonces vamos a repetir las mismas prácticas, los mismos vicios y el mismo uso indiscriminado de las áreas públicas en beneficio del partido del gobierno, esto es lo que no puede ser porque entonces no hay ley o si la hay no vale para el PRI y no vale para su candidato.

Y, señores, el candidato del PRI, es el autor de la mayoría de las leyes que hoy regulan el uso de bienes nacionales, ahí están las iniciativas, él era parte responsable, desde luego, el Presidente de la República es el principal responsable pero uno de sus colaboradores principales para la elaboración de estas leyes, fue el licenciado Salinas de Gortari y el colmo de este asunto es que como ha sido manejado por el periodista Miguel Angel Granados Chapa, en el periódico La Jornada, hay una circular firmada nada más y nada menos que por Pedro Aspe, en ese entonces subsecretario de Programación y Presupuesto, todavía con Carlos Salinas en la Secretaría, y por el licenciado Enrique del Val, subsecretario de la Contraloría.

Ley voy a leer lo que dice esta circular que fue presentada, fue remitida a todas las dependencias del Ejecutivo, dice:

Como es de su conocimiento, con fecha 15 de diciembre de 1982, se publicó en el Diario Oficial, un acuerdo del titular del Ejecutivo, que establece las bases administrativas generales respecto a las disposiciones legales que regulan la asignación y el uso de los bines y servicios que se designan a los funcionarios y empleados de las dependencias y entidades de la administración pública federal. Asimismo, los lineamientos que de conformidad al mismo fueron dados a conocer los días 14, 22 y 23 de febrero de 1983, según los principios de austeridad e íntegra conducta con que deben conducirse quienes prestan sus servicios a la nación.

Al respecto, nos permitimos recordarles que el contenido de las citadas disposiciones continúan vigentes en sus términos por lo que los recursos del Estado, no deben ser utilizados para fines ajenos a la función pública. De este modo, tratándose de vehículos terrestres, aéreos o marítimos, propiedad de la administración pública federal, queda estrictamente prohibida su utilización o asignación a fines diversos para los cuales están adscritos; así como su transferencia a cualquier otro tipo de organismos cuyas actividades sean distintas a las del gobierno.

Asimismo no podrán enconmendarse a los servidores públicos tareas diferentes a las que tengan que cumplir según su función, por lo que en ningún caso se podrán autorizar comisiones que persigan el desempeño de servicios ajenos a la administración pública federal.

En el mismo orden de ideas, tampoco es admisible disponer de recursos económicos para la adquisición o arrendamiento de bienes cuya utilización sea para uso diferente a los encomendados al servicio público.

Por otra parte, termina esta carta, debe cuidarse que las partidas destinadas a programas de información y publicidad, se ajusten a principios de eficiencia, sobriedad y austeridad velando porque se ciñan al cumplimiento de las metas institucionales que nunca podrán tener fines de promoción y propaganda personal de ninguna índole.

No se omite mencionar que quienes infrinjan los preceptos del acuerdo presidencial y los lineamientos que se invocan, podrán incurrir en las responsabilidades que las disposiciones legales señalan, firman: Pedro Aspe, subsecretario de Programación y Presupuesto y Enrique del Val Blanco, subsecretario de la Contraloría.

Señores, esta circular es del 30 de septiembre, de este año, prohibe a las dependencias entregar vehículos terrestres, aéreos o marítimos del Ejecutivo Federal, propiedad del gobierno federal, y bueno, ¿cómo le hicieron para entregar el Agualeguas al Partido Revolucionario Institucional?

¿Está siendo destinado o no el tren denominado el Agualeguas a un uso distinto del que está asignado en Ferrocarriles Nacionales?, ¿sí o no?, ¿puede destinarse un ferrocarril al uso privado de un partido político?, ¿puede disponerse de las vías férreas de la nación para un partido político?, ¿es eso modernidad?, ¿es eso renovación moral?, ¿así vamos a hacer la campaña? Porque ya también están los helicópteros del Estado Mayor al servicio del candidato priísta. Y ya sabemos que ahora el Partido Revolucionario Institucional ya adquirió aviones Boing 127 - 200, que los pintaron, señores, son los que tenía el Estado Mayor.

¿Cómo vamos a hacer para que los bienes de la nación no sean usufructuados durante el tiempo de campaña por el Partido Revolucionario Institucional? Porque esto es violatorio de las leyes, por no decir que es violatorio de la mínima moral republicana.

Y Ferrocarriles Nacionales de México, no es cualquier organismo, es un organismo público descentralizado, sujeto al control directo de la Cámara de Diputados; por tanto, nosotros proponemos que en uso de las facultades de esta Cámara se adopte el siguiente

«PUNTO DE ACUERDO

Único. La Cámara de Diputados acuerda solicitar del organismo público descentralizado, Ferrocarriles Nacionales de México, la información sobre las razones, mecanismos y condiciones, por las cuales entregó al Partido Revolucionario Institucional un tren de pasajeros denominado el Agualeguas, para servicio exclusivo del licenciado

Carlos Salinas de Gortari, candidato del Partido Revolucionario Institucional a la Presidencia de la República.»

Y, señores, si viene ustedes a decirnos para anticiparnos que ese tren se lo entregó Ferrocarriles al sindicato, que entonces Ferrocarriles explique por qué razones legales, amparado en qué ley o en qué autorización entregó un tren de pasajeros a su sindicato.

Porque no nos vengan a dorar la píldora, no se la doren a la opinión pública que está viendo cómo se usan los bienes nacionales en beneficio de un partido político. Y eso señores, estamos empezando las campañas políticas. De una vez discutámoslo y de una vez parémoslo, porque no conviene a la nación, no conviene a la República que una vez más los bienes de la nación sean puestos al servicio exclusivo de un partido, eso no conviene a nadie, no conviene a las elecciones, no conviene a los ciudadanos, no conviene a los partidos; tenemos que ser transparentes en el uso de los recursos de los partidos y lo primero es que no se usen bienes públicos en beneficio de ningún partido político.

Dejo a la secretaría la propuesta.

La C. Consuelo Botello de Flores (desde su curul): - Pido la palabra, para hechos.

El C. Presidente: - Tiene la palabra la diputada Consuelo Botello para hechos.

La C. Consuelo Botello de Flores: - Ciudadano presidente; ciudadanos diputados: Desde la semana antepasada en mi partido se había hecho una propuesta no de la misma tónica que la que hoy presenta el diputado Alcocer, pero sí preguntando que se mostrase el contrato en que Ferrocarriles arrendaba ese tren al partido oficial; fue rechazada la propuesta. Jorge fue ahora más allá, Jorge Alcocer, el diputado Alcocer, diciendo que de acuerdo con la ley y los propios lineamientos dictados por quienes manejan Hacienda y Programación y Presupuesto, no deben ser ni arrendado ni enajenado.

Y yo quiero abundar más aún, señores, en este caso, no solamente el tren fue puesto a la disposición del candidato oficial, sino que además el personal de Ferrocarriles también fue puesto a disposición del candidato del partido oficial, me consta físicamente cómo los trabajadores ferrocarrileros de mantenimiento y de vía de otros departamentos del ferrocarril, el lunes pasado trabajaban horas extras, dicho por ellos mismos, para tener todo listo para la llegada del candidato que esperaban para el día siguiente.

En un abuso que todos los recursos de la nación que el pueblo paga, y en estas situaciones tan críticas sean puestas a disposición del candidato del partido oficial. y voy más allá, aquí se hace la denuncia con respecto a ferrocarriles, y yo quiero denunciar algo más, precisamente esa noche el nueve al 10 de noviembre, el convoy, era todo un convoy de ferrocarriles el que acompañaba al candidato, delante del tren del candidato, con mucho más vagones de los que proporcionan a los usuarios, por lo cual es tan difícil obtener localidades en ése medio que debe ser el medio popular, ése sí tenía muchos vagones. Y delante del él, delante del tren que conducía al candidato, iba un tren, una locomotora con sus vagones, con soldados, y detrás del tren otra locomotora con vagones, con soldados. Me consta físicamente. También el ejército que es para cuidar las instituciones, que es parte de lo que el presupuesto público del pueblo de México paga, también estaba a disposición del candidato, apenas al inicio de su campaña.

En cambio, los usuarios de Ferrocarriles, amanecimos la semana pasada, el miércoles o el jueves de la semana pasada con un aumento del 30% de las tarifas. Y si la clase media puede más o menos captar ese aumento, los ferrocarriles están hechos precisamente para dar servicio, mucho más, con más modestas cuotas, a usuarios de pocos recursos económicos. Porque si no que lo diga el medio billón de subsidio que se aprobó en esta Cámara en diciembre para este ejercicio fiscal, a favor de los Ferrocarriles Nacionales de México.

Mucho subsidio, cuotas muy elevadas y en cambio, el personal de Ferrocarriles y un tren entero con otros dos trenes o sabrá Dios cuántos más vaya necesitando, para disposición del candidato del partido oficial.

Yo creo que eso no debe ser, yo creo que de veras esa propuesta que hace ahora el PMS, debe ser aprobada y debe hacerse una investigación exhaustiva a ese respecto. Y que se respete el Código Federal, porque si no lo empiezan respetando al empezar la campaña del partido oficial, ¿qué podemos esperar los demás partidos, cuando estemos en nuestras campañas, en todos los aspectos que una campaña electoral, de esta envergadura engloba para 1988? Muchas Gracias.

El C. Presidente: - En términos del artículo 102, tiene la palabra para hechos el diputado José Luis Díaz Moll.

El C. José Luis Díaz Moll: - Con el permiso de la presidencia: cuando el compañero diputado Alcocer hacía la propuesta, yo notaba la inquietud de algunos diputados en torno a la misma y bueno esto está claro, es muy difícil

justificar lo que no tiene justificación, inclusive algunos compañeros diputados del PRI dirán ¿investigar qué? Si las cosas están muy claras, manejan los bienes de la nación como que si son propios, por lo tanto muchos piensan que la nación es de ellos, dado que tienen esta mayoría relativa como algunos plantean, pero que en ningún momento justifica el que se utilicen dichos bienes en particular por un partido político. La realidad y los hechos son contundentes en lo que se refiere a la utilización fraudulenta de este tren por parte del Partido Revolucionario Institucional.

El PRI maneja los bienes de la nación como bienes propios, a las cosas hay que mencionarlas por su nombre; ahora estamos hablando de un tren pero ¿qué hacen con los presupuestos de los ayuntamientos?. Hacen lo mismo, lo mismo; seguramente esta parte de los presupuestos de los ayuntamientos, a la hora de los informes, estarán considerados como "varios", forma parte de aquello que no es posible explicar más que con un simple "varios" u "otros" en las nóminas de las presidencias municipales.

¿Qué hacen con los presupuestos de los gobiernos estatales? En la campaña todos los presupuestos se ponen a las órdenes del candidato oficial, ésa es la realidad llegan al absurdo inclusive de tener algunas camionetas el dar servicios médicos con la denominación de PRI - ISSSTE, así lo llaman; son servicios del ISSSTE dados a la ciudadanía como un favor del PRI a la misma, ésta es la realidad, eso no se puede negar, hay que salir por todo el país y fijarse también qué hacen con las tiendas Conasupo, que hacen con las despensas, todo lo reparten en una actitud de compra - venta, por votos, ante una mayoría que se diluye ante la realidad de la crisis.

Aquí está en entredicho la aplicación y está entredicho la esencia del llamado Código Federal Electoral. Frente a esto hechos, ¿de qué sirve el Código Federal Electoral aprobado en esta Cámara?

La propuesta de Alcocer es muy clara y muy concreta, Yo no les preguntaría que me enseñen, ni les pediría que me enseñen la factura del tren, bueno, de la renta del tren o de las vías del mismo, yo les preguntaría y les pediría que me enseñen la factura de quien les vendió este país, señores de la mayoría priísta. Esa es la pregunta que ustedes tendrían que contestar. Indudablemente nadie, ustedes se lo han tomado de manera fraudulenta y de manera que violenta lo que realmente dicen las leyes de este país. Gracias.

El C. Presidente: - Se pregunta a los ciudadanos diputados, si alguien desea hace uso en pro o en contra de la proposición...Para hechos, tiene la palabra el ciudadano diputado Arturo Ruiz Morales.

El C. Arturo Ruiz Morales: - Señor presidente: He venido a esta tribuna para aclarar algunos hechos que vienen especulando y a veces por ignorancia supina.

Los Ferrocarriles Nacionales de México, antes eran cinco ferrocarriles, ahora están unificados en uno solo, partamos de ese punto de vista. El ferrocarril es prestador de servicios, esa prestación de servicios no solamente se ha hecho en estos momentos como se acaba de manifestar, sino se viene haciendo desde su creación.

Los Ferrocarriles transportan por carro entero o por menos de carro entero; se alquila todo el carro para que el usuario pueda transportar lo que él desee, siempre que esté permitido de acuerdo con las cuotas y de acuerdo con las disposiciones legales.

También, no solamente eso, sino las industrias renta carros para su uso exclusivo, tienen incluso escuelas que se introducen a su negociación. Esto es desde su creación señores. ¿Por qué no, ahora, alquilar cuatro carros al sindicato ferrocarrilero, que de acuerdo con su autonomía y de acuerdo con el consenso de los trabajadores, alquilaron cuatro carros y fueron su aportación como priístas al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional y a su candidato?

Así como nosotros no hemos interferido en sus campañas, ni tampoco en sus aportaciones, como trabajador ferrocarrilero y como priísta, podemos aportar todo lo que está a nuestro alcance. Es por ello que el sindicato, siendo una persona moral y con el consenso de los trabajadores, alquilaron cuatro carros que están al servicio de su candidato, por ser priísta. Muchas gracias.

El C. Presidente: - En los términos del artículo 102 del Reglamento Interior, tiene la palabra para hechos, el diputado Jorge Alcocer Villanueva.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores diputados: No, no es especulación, el tren está ahí, no lo inventamos, existe, se puede tocar, salió en la prensa, abordándolo el candidato.

Sabemos que antes eran cinco empresas y ahorro es una. No es eso lo que está a discusión, por eso decimos que es Ferrocarriles Nacionales de

México, pero quiero entrar al punto que me parece que es el que vale la pena comentar de la intervención del diputado que me antecedió en el uso de la palabra.

Ferrocarriles es prestador de un servicio, exactamente, presta un servicio público, que puede ser de carga o puede ser de pasajeros, pero señores, si yo voy a contratar el servicio de Ferrocarriles Nacionales de México, lo que me entrega es el servicio, no los bienes.

Cuando yo contrato que se transporte maquinaria por ferrocarril de Durango a Guanajuato, pago por el servicio, no dispongo del bien, y ésa es una pequeña diferencia en este caso, porque en este caso no se está dando servicio, se está entregando el bien que es propiedad de la nación, esos es lo que nosotros nos parece que es incorrecto.

Y el sindicato ferrocarrilero, no los ferrocarrileros, el sindicato, su dirección, pues ya sabemos cómo trabajan; ellos dicen que tiene derecho a dar todo lo que esté a su alcance como priístas, sí sólo lo que no puede estar a su alcance y no puede estar al alcance de nadie, es disponer de los bienes de la nación. Eso no se vale, eso no se puede hacer. Y que no se nos venga a decir aquí que entonces pueden aportar lo que quieran, lo que no pueden aportar son los bienes, que son de dominio público, que son propiedad de la nación y están bajo la custodia del gobierno federal o de sus organismos. Eso es lo que nosotros venimos a reclamar.

Y queremos aclarar aquí que por eso no nos referimos al sindicato, no estamos pidiéndole al sindicato ferrocarrilero que no explique nada, estamos pidiendo que en uso de las atribuciones de este órgano legislativo, que a un organismo público sujeto a su control, se le pida la información, y si el sindicato está inmiscuido en el asunto, que sea la dirección de Ferrocarriles la que nos lo explique, no el sindicato.

El C. Presidente: - En términos del artículo 102, tiene el uso de la palabra la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán.

La C. María de la Luz Gama Santillán: - Ciudadano presidente; compañeros diputados: El compañero Jorge Alcocer vino aquí a poner el dedo en la llaga. Indiscutiblemente que esto no es grato para nadie de la gente que milita en el partido del poder.

De eso estamos conscientes. Lo que sí no entendemos es, hasta dónde llega la rudeza o la falta de sensibilidad o la falta de inteligencia o de sentido raro, porque ahí no es sentido común.

Aquí lo que pide es el sentido raro, porque el sentido común no lo tienen, perdónenme.

Para los que tuvimos la desgracia, me refiero a la oposición, de participar en el Colegio Electoral de esta LIII Legislatura y que escuchamos reiteradamente cómo se mostraron en esta tribuna una tras otra, en forma incansable, pruebas y pruebas del uso que el Partido Revolucionario Institucional hizo de los bienes del país para hacerles las campañas a los diputados de la llamada mayoría relativa, cuando trajeron fotografías de personas que trabajan en el Departamento del Distrito Federal, trabajando turnos nocturnos, porque en el día no es posible interrumpir el tráfico a tal grado, todavía tuvieron la decencia de no tener que bloquear el tráfico más de lo que ya lo tienen, cuando se les ocurre algo en su brillante cabecita, lo hacían de noche; pero esta gente, obviamente no estaba trabajando de gratis.

Y ninguna prueba tuvo el peso suficiente para que algún inteligente y brillantísimo cerebro de los que abundan en el partido en el poder, tuviera la sensibilidad de siquiera contemplar, de siquiera ver cómo estaban tomadas esas fotografías, por que alegaban ustedes que habían un sinfín de recursos técnicos; porque las grabaciones tampoco servían, porque estaban oyendo los gritos de los golpeados, y eran hechizos los gritos.

En cuanto al segundo tema que se tocó, parece que fue el compañero Díaz Moll, yo también pregunto, es un hecho entonces que el país es de su propiedad, pues entonces hagan otra cosa que no sea esto, porque esto es una charada. señores, ésta es una mascarada, ésta es una burla para la gente que venimos aquí con buena voluntad a tratar de colaborar, conscientes de nuestra pequeñez ante su grandeza; conscientes de nuestra mínima sabiduría ante su inconmensurable y grandiosa elocuencia cuando se viene a esta tribuna.

Vimos aquí gente que verdaderamente fue una decepción para esta Legislatura, a la que le dieron campañas de super lujo, y aquí vinieron a hacer, perdónenme si alguien se siente aludido, papeles más tristes que gente que participó en nuestras modestas campañas; haciendo uso de la tribuna; gente que se alborotó el cabello y se levantaba las mangas cada cinco minutos. Haciendo dengues frente a toda una gente que merece el respeto.

Yo quiero preguntar lo siguiente: Los que habitamos en el estado de Guerrero, cuando arribó José Francisco Ruiz M. al gobierno, abrigamos una esperanza; pensamos que era un hombre limpio, pensamos que era un hombre que verdaderamente llevaba, no solamente una nueva fraseología.

Se acabó, se borró, porque como ustedes lo acostumbran, sexenalmente renuevan sus frases; se acabó la renovación moral, pero como les dije en días pasados algunos compañeros, los guerrerenses estamos en ventaja, con respecto al resto del país. Somos alumnos aventajados, porque tenemos un año oyendo lo mismo: la nueva política.

Pero yo no sé qué tiene de nueva, realmente yo le he buscado la novedad y no se la encuentro por ningún lado. Si la nueva política va a ser ésa, pues que nos dejen con la vieja, por que de cualquier manera tiene miles de vicios.

Si el propio presidente del municipio de Iguala, en funciones en este momento, está pidiendo auditoría para su antecesor, por un fraude supermillonario y no se le ha hecho caso ni en el Congreso, ni en el gobierno del estado, ¿qué haríamos si pidieran que auditaran a Acapulco, donde el anterior presidente municipal se hizo hasta su escuela particular? Los señores de la Revolución, haciendo escuelas particulares, ahí se los dejo para que lo mediten y a ver si tienen respuesta.

El C. Presidente: - Para hechos, en términos del artículo 102, tiene la palabra el diputado Pablo Alvarez Padilla.

El C. Pablo Alvarez Padilla: - Señor presidente: compañeros diputados: Yo creo que en términos de sentido común, y valga la pena apelar nuevamente a este sentido raro del que hablaba la compañera diputada Lucha, sí es lícito hacer algunas reflexiones desde esta tribuna, en relación de este gravísimo asunto como el que nos ocupa en estos momentos.

¿Cómo es posible, compañeros diputados, y se los pregunto de la mayor buen fe posible, cómo es posible, que nos moleste que se hable mal de nuestro país, que se hable mal de nuestro sistema tras las fronteras, si estamos haciendo todo aquello que precisamente en el futuro próximo nos va denigrar o nos está ya denigrando? Yo quisiera preguntarle ¿quién es más responsable, el que habla mal del país o el que da lugar con sus hechos y con su obras a que se maldiga, a que exista la maledicencia en relación de nuestra patria?

Yo creo que esto debiera ser un motivo de seria y de preocupante reflexión por todos y cada uno de nosotros; no es tan fácil pararse en esta tribuna y tratar de salir del paso, diciendo que se rentaron los ferrocarriles; yo quiero preguntarle al compañero diputado, de la mayor buena fe, ¿está usted en la posibilidad de exhibir desde esta tribuna, el contrato a que hace usted mención, compañero diputado? Lo exhorto a que traiga ese contrato y nos lo exhiba para tratar de rectificar en alguna medida lo que nosotros estamos afirmando, de que hay contubernio, de que hay cosas extrañas, de que hay una disposición indebida de los bienes de la nación en favor de candidato y de un partido, que es el candidato y el partido oficial.

Yo creo que todos estos hechos que forman parte de una fisonomía a la cual ustedes han querido que el pueblo de México se acostumbre, que es precisamente este fraude electoral en todas sus modalidades, en su preparación, en su consecución y en el aspecto postelectoral, no se lo traga ya el pueblo de México. No es posible que nosotros como partidos de oposición andemos mendigando los pocos dineros que la gente con esfuerzo nos da para hacer las campañas, mientras ustedes dilapidan injustamente, ilegalmente, inmoralmente, los bienes de esta gente que con tantos sacrificios, sobre todo en estos tiempos, aporta para obras y servicios y no tiene ni lo uno ni lo otro.

¿Les gusta que se hable bien del país, compañeros diputados del PRI? No le permitan a su candidato que use uno solo de los recursos del Estado, que use uno solo de los recursos del pueblo, no permitan que haya acarreos; den toda la libertad a los sindicalizados para que voten por quien ellos quieran y yo les aseguro que se va a hablar muy bien del sistema político mexicano. Pero naturalmente, el hablar bien o el hablar mal, es un efecto de hechos anteriores que significan una real y profunda moralización, y moralizar no es tan sólo emitir frases que encuadren bellos propósitos, moralizar significa tener plena conciencia de hacer lo que se debe hacer, de hacer lo que se tiene derecho de hacer y de hacer lo que no lesione a los demás en lo individual o considerado socialmente como pueblo, como pueblo mexicano.

A veces, es preocupante esta duplicidad con que se manejan las cosas de la política nacional, por un lado, se da la impresión de estar queriendo, de estar preocupados, de estar deseosos de hacer un cambio y de realmente actuar conforme a la moral, y por otro lado, esos hechos dan al traste y presentan una triste realidad, que es la realidad que siempre hemos observado, la realidad de vivir un sistema corrupto que ya los mexicanos no aguantamos, y al decir no aguantamos, no estoy pensando en ninguna revolución, Dios nos libre de volver a ensangrentar el país con sangre de mexicanos, de hermanos nuestros.

Yo creo que sigue siendo un reto para nosotros el pensar que la cabeza, este órgano que tenemos

sobre los hombros, no tiene tan sólo una función de equilibrio del cuerpo humano, sino tiene una función de pensar, de llevar a cabo ideas, de llevar a cabo juicios y raciocionios que nos permitan vivir mejor, que nos permitan vivir en cordialidad y esto sólo es posible hablar, hablando un leguaje común y viviendo una manera de actuar poner a la honestidad como piedra de toque, como base y fundamento que sirva para la acción de todos y cada uno de los partidos políticos que militamos en nuestra patria. Sólo así tendremos derecho, solo así tendremos derecho a poder hablar con propiedad a poder de hablar con conocimiento de causa y a decir: esto está bien o esto está mal, cuando no nos haya quedado de lo que podíamos hacer en beneficio de este cambio político que todos deseamos.

Por favor, queremos que se hable bien de México, actuemos y obremos en consecuencia desde nuestra patria. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Para hechos, en términos del artículo 102, el diputado Magdaleno Yañez Hernández.

El C. Magdaleno Yañez Hernández: - Señor presidente; honorable Cámara de Diputados: En esta época de campañas pues el despilfarro es grande de los recursos que el pueblo paga a través de sus impuestos. Aquí se ha venido a comentar que los sindicalista priístas, ferrocarrileros, han alquilado un ferrocarril para su candidato. Yo preguntaría, ¿cuánta es la aportación que ha hecho cada ferrocarrilero para pagar el arrendamiento del ferrocarril? Pero además creo que no todos los ferrocarrileros son convenidos.

El otro día se escuchaba en Radio Educación que había un ferrocarrilero que había pedido que se le pagara la prima de antigüedad y algunos derechos más, y después de haberse dictado el laudo allá en 1982 este trabajador andaba mendigando de un lugar a otro, porque ni siquiera a lo que tenía derecho se le puede pagar. Yo creo que de esa manera pues los ferrocarrileros no son tan priístas como aquí se ha venido a afirmar.

Es bien sabido que el partido oficial no nace como partido sino nace del grupo en el poder, para poder seguir conservando sus intereses económicos y políticos después de la Revolución Mexicana, y así de esa manera terminar con el caudillismo.

El partido del gobierno no ha pasado por lo que hemos pasado los demás partidos de constituirse como lo exigen las leyes y de trabajar con recursos propios. Bien es sabido que el dinero del pueblo sale a través de las dependencias oficiales, de las secretarías del Estado, como se ha estado informando en el norte donde se ha dado información de que a las camionetas de la SARH se les ha cambiado el letrero para que lleven el logotipo del PRI y así además las órdenes que recibieron varios presidentes municipales, por pare del secretario de gobierno o del gobernador, donde se les invita a que trabajen arduamente.

Bien es sabido, que los recursos que se gastan en la campaña del partido del gobierno, no surgen de los convencidos priístas que de alguna manera, pues si bien hay algunos honestos, hay otros que se llevan la tajada del león. En ese aspecto entonces las campañas se hacen con los recursos del pueblo de México y como consecuencia de este despilfarro, esto viene a hacer que cada día la inflación sea más grande y de que nuestro país esté más endrogado.

Bien se vio los comentarios de la prensa, de que algunos de los bancos gringos que querían prestar dinero, querían supervisar la campaña del partido del gobierno, porque tenían miedo que los préstamos se fueran a gastar en ella.

Ya es tiempo de que cada partido haga su campaña con los recursos que legalmente le corresponden y que no despilfarre el dinero del pueblo. Aquí se está discutiendo sobre un ferrocarril, un hecho que se ve, camiones, vehículos que se ven, pero, ¿cuánto dinero puede salir que no se da cuenta nadie, de la dependencias públicas de nuestro país? Muchas gracias.

El C. Presidente: - Para hechos, en términos del artículo 102, el diputado Héctor Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señores diputados: Creo que estamos exactamente en el mismo tema, en el mismo punto que abordamos hace algunos días en esta tribuna, en el que denunciábamos lo declarado por el secretario del sindicato ferrocarrilero, el señor Peralta, y el director de Ferrocarriles, en el sentido de haber entregado tres carros de ferrocarril que iba la empresa rentar al sindicato, aparentemente, para disposición del candidato oficial.

Si mal no recuerdo, hablamos concretamente de que se entregaban los bienes de la nación sin ninguna justificación y autorización, que lo disfrazaban con la supuesta existencia de un contrato; por eso, para no prejuzgar más, todavía no se comenzaba a ver esto claro, más claro, pedíamos que éste mostrara a través de una comisión de la Cámara, la copia de dicho contrato, para en su caso analizar en qué términos había sido precisamente

firmado. Se vino a decir que podía haber sido factible tal trámite, pero que por las expresiones hechas en la fundamentación, se descartaba. Y para completar, que eran asuntos internos del sindicato.

Definitivamente creo que está perfectamente claro que no pretendemos incursionar en decisiones del sindicato, aun cuando por lo menos por lo que a mí toca, muchos ferrocarriles, cuando he tenido oportunidad casualmente de conseguir algún boleto para poderme transportar en dicho tipo de servicio, no ha habido uno solo que haya manifestado conocimiento de tal situación. Pero en fin, los dirigentes del sindicato pueden resolver a nombre de sus agremiados. En fin, eso lo dejamos totalmente de lado.

El asunto es que la declaración inicial del secretario del sindicato y de Ferrocarriles fue de que se ponía a disposición tres carros. Aquí el señor diputado ferrocarrilero, don Arturo, nos ha dicho que han sido acondicionados cuatro carros. La realidad del uso de tal servicio, está claro, la prensa lo ha difundido, que no habíamos tenido oportunidad de verlo física y personalmente como nuestra compañera Consuelo Botello, por la prensa hemos confirmado también todos que han sido tal vez docenas de carros. ¿Y no solamente carros, sino trenes completos con locomotoras y todo el demás. Entonces, por qué esconder lo que se supone que está claro? Y qué mejor oportunidad para clarificar esta situación, que recordar lo que propusimos y en dado caso retomando la proposición del diputado Jorge Alcocer, se pida la información y se vea qué es lo que existe, qué es la realidad y ya analizaremos en dado caso que corresponda, de acuerdo a los términos en que esto haya sido llevado a cabo.

El C. Presidente: - Para hechos, en términos del artículo 102, el diputado Genero José Piñeiro.

El C. Genaro José Piñeiro López: - Con su permiso, señor presidente, compañeras y compañeros diputados: El Partido Socialista de los Trabajadores considera oportuno aprovechar el tema que se ha presentado por iniciativa del diputado Alcocer, mediante una propuesta para hacer algunas reflexiones, algunas consideraciones y emitir su opinión frente a esta propuesta.

Nosotros queremos partir de este refrán popular que dice "Ni tanto que queme al santo, ni tanto que no lo alumbre"; sin duda alguna al contestar a la iniciativa o a la propuesta del diputado Alcocer, el compañero Arturo Ruiz, diputado ferrocarrilero, acertaba en señalar la posibilidad real del alquiler de un servicio ferrocarrilero; nosotros hace seis años, en la campaña de nuestro candidato a la Presidencia de la República, el licenciado profesor y ex diputado Cándido Díaz Cerecedo, vimos la necesidad en los marcos de parte de una ruta de su gira de campaña, de haber contratado estos servicios porque estaban permitidos y porque había posibilidad para realizarlos; claro, esto dista mucho de lo señalado por el diputado Alcocer, de decir, bueno ya cuento con mi trenecito y el día que yo no lo necesite, ¿a dónde lo voy a guardar?

Yo creo que lo que está de fondo o por lo menos desde nuestro punto de vista, lo que es de interés y queremos sacar a relucir en esta asamblea es lo siguiente:

Hace tres días nos informó la dirigencia del Partido Socialista de los Trabajadores en Chiapas y en el sur de Veracruz, que iniciaban la marcha ciento o miles de compañeros a la ciudad de México, para verificar nuestra asamblea nacional este próximo domingo 22, asamblea donde con casi toda seguridad postularemos y haremos nuestra la candidatura del ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas para la Presidencia de la República.

Y cuando esta decisión en el interior de nuestro partido se tomó, se proveyó a los dirigentes para que con los propios recursos de los militantes, y en el caso de Chiapas y sur de Veracruz, se contaran vagones como en infinidad de ocasiones lo hemos hecho. En esta ocasión, ante el evidente enojo, suponemos, de funcionarios adictos total y abiertamente a la candidatura del licenciado Salinas, entre ellos no dudamos al licenciado Caso, se ha llegado a la negativa de rentarnos en alquiler, con el objetivo de mermar la movilización de nuestra militancia y del pueblo que acudirá sin duda alguna también a este evento.

Y nosotros queremos señalar lo siguiente: No creo que el compañero Alcocer tenga la factura o copia del la misma, donde conste la propiedad; si aquí el alegato del compañero de Acción Nacional era: a ver, presente usted la factura de la contratación del servicio. Sería más fácil que se presentara ésa a que se presentara la de la compra - obsequio para el candidato oficial.

Creo que la propuesta debe de ser enriquecida, porque se nos alega que no había carros para trasladar a nuestros compañeros, a más de dos o tres mil compañeros de los Altos de Chiapas, que en mil ocasiones, a lo largo de su vida han usado en tren como medio principal, y que ahora que vienen a un acto donde habrá de darse un hecho histórico en nuestro país, se les ha negado este servicio alegando la inexistencia de carros, ¿pero sí hay carros pues para otras organizaciones, para todas?

Yo pienso que hay que incluir esta pregunta para el director de Ferrocarriles.

Estamos por esta propuesta, apoyamos esta propuesta y pedimos se incluya la pregunta de cuál es la capacidad para que las diversas candidaturas, los diversos candidatos puedan hacer, o los partidos, la contratación de este servicio para hacer también sus recorridos mediante el uso de la vías férreas.

O por lo último compañeros, por lo menos que nos alquilen el cabús. Gracias compañeros.

El C. Presidente: - Tiene la palabra, en pro, el compañero Pablo Pascual Moncayo.

El C. Pablo José Pascual Moncayo: - Señor presidente, compañeros diputados: En numerosas ocasiones que se han tocado temas similares y en el curso de los debates, nosotros hemos insistido e insistimos en algo que para nosotros es fundamental. Todas aquellas cuestiones políticas que tienen que ver con la nación, todos aquellos acontecimientos políticos que tienen que ver con el que hacer democrático del país, son temas de interés de esta Cámara.

Y si nosotros planteamos y hacemos un esfuerzo como grupos de oposición, por dignificar no solamente nuestra participación y nuestra presencia en esta Cámara, sin dignificar la participación en su conjunto de la Cámara, pensamos que temas como el que estamos tratando debe ser atendido puntualmente, no solamente en el ámbito de la denuncia, sino en el plano de análisis de todos los diputados.

¿Por qué saco a colación estas consideraciones compañeros? Porque evidentemente, las próximas elecciones federales, el debate que se dé previo a las elecciones federales, el desarrollo de las campañas, son el acontecimiento político fundamental en nuestro país, sobre todo en una coyuntura tan difícil como la que vivimos.

En esa medida, todos aquellos datos, todos aquellos sucesos, acontecimientos, inclusive anécdotas que tengan que ver con un desarrollo sano del proceso de las campañas, del debate en el curso de las campañas y de las elecciones, tiene que ver con esta Cámara, tiene que ver con el Poder Legislativo, y tienen que ver con el interés de los diputados.

Y es de interés de los diputados, compañeros, debe ser del interés de los diputados, que si el candidato del partido en el poder, si el candidato del Partido Revolucionario Institucional, o su partido, su organización o grupos afines priístas, llevaron a cabo una serie de acciones para contratar el servicio de un tren que es propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México, que es propiedad de la Federación, que es propiedad de la nación, es algo que nos interesa saber, y de ninguna manera puede ser una explicación suficiente el que un compañero diputado, porque sea ferrocarrilero venga y nos diga que los priístas, que no son todos compañero, ferrocarrileros decidieron aportar su esfuerzo rentando un tren para ponerlo al servicio de su candidato, sea suficiente par a los diputados compañeros.

Nosotros no tenemos que ver con el sindicato, nosotros tenemos que ver con Ferrocarriles Nacionales, porque es una paraestatal y está bajo control presupuestal, es una propiedad de la nación y nosotros somos representantes de la nación. Por eso nos interesa saber cuáles son las condiciones bajo la cuales se dieron o se alquiló el servicio de este famoso tren "Agualeguas".

De ahí, compañeros, escuchen la propuesta. La propuesta es que solicita a la dirección de Ferrocarriles Nacionales de México que informe a esta Cámara cuáles fueron las condiciones bajo las cuales se rentó este tren al Partido Revolucionario Institucional.

Compañeros, eso es interés de todos, no solamente de la oposición, y por eso pensamos que es una propuesta que procede. Gracias

El C. Presidente: - Tiene la palabra, en contra, el diputado Santiago Oñate Laborde.

El C. Santiago Oñate Laborde: - Señor presidente, con su autorización; compañeros diputados: Deseo retomar al inicio de esta intervención alguna palabras del compañero Pascual Moncayo. El habla de un esfuerzo por dignificar a la Cámara y la tarea Legislativa. Los diputados de la mayoría suscribimos ampliamente sus palabras.

Hemos luchado, luchado lo subrayo, por dignificar la tarea que como diputado se nos ha confiado, y en tal virtud, es que en diversas ocasiones hemos aceptado propuestas valiosas provenientes de distintos partidos para llevar a cabo tareas de análisis, investigación, de escrutinio por parte de la Cámara de Diputados, aun cuando no todas ella tuviesen una interpretación clara y prístina en las leyes existentes. Pero también, en aras de ese mismo esfuerzo por dignificar la tarea de la Cámara hemos rechazado y rechazaremos peticiones que tienen por origen tan sólo la suspicacia, la desinformación o la mala fe.

Aquí se ha venido a cuestionar una operación de arrendamiento entre una empresa y un partido

político; se ha hablado de la existencia de un contrato, de un convenido mediante el cual se aseguró el uso de un servicio público, servicio público federal, los Ferrocarriles a favor de un partido político. También, bueno está recordarlo, entidad de interés público.

Ya mi compañero, el compañero Arturo Ruiz Morales ha explicado, en detalle, como se llevan a cabo ese tipo de operaciones, normalmente, por los Ferrocarriles Nacionales de México.

El compañero Genaro Piñeiro ha venido también a mencionar ejemplos de uso de ese mismo servicio por parte de otro partido político, en otra campaña política.

Todos conocemos la posibilidad de emplear un servicio público federal dentro de las rutas normales que éstos prestan sus servicios, como pasajeros individuales, o realizar contratos especiales para un uso exclusivo determinado de uno, dos, tres, cuatro, cincuenta vagones o furgones, según venga el caso.

Aquí, ha surgido la suspicacia acerca de por qué mi partido ha contado con ese servicio para desplazar a miembros de la campaña presidencial a diversos lugares de la República.

Ha dicho el compañero Pascual Moncayo que es de interés de los diputados y de la sociedad el determinar, con claridad, cuál es el contenido de ese contrato.

Creo que el compañero Pascual Moncayo anticipaba vísperas, al decir que es interés de los diputados, es interés de algunos diputados, el conocer los detalles de este convenio.

Hay quienes aquí, sabemos, aspiramos y nos esforzamos porque las campañas electorales no sólo de nuestro, sino de todos los partidos se lleven a efecto con apego a un marco legal. A un marco legal que fue aprobado, dentro del contexto del Código Federal Electoral, dando respuesta a muchas de las inquietudes que volvió a traer a la tribuna la diputada Gama Santillán.

Precisamente a raíz de esos hechos que conocimos y debatimos a lo largo del Colegio Electoral, es que estuvimos en capacidad de determinar la gravedad que acarrea el destino de bienes públicos, sean éstos materiales o personales para el desarrollo de campañas políticas.

Jorge Alcocer ha traído a esta tribuna los acuerdos y las leyes de referencia, leyes hechas por este Congreso de la Unión, cuya vigencia respetamos y cuya vigencia se encuentra garantizada por el propio estado de derecho a partir de la posibilidad que tiene cualquier ciudadano de acudir, denunciando el peculado o el delito correspondiente que a su juicio se cometa por la desviación de esos fines públicos

No somos aquí un organismo que revise los contratos, pero no es eso lo que interesa; lo ha dicho Pascual Moncayo, que hay un interés político en examinar qué es lo que está atrás de estas cuestiones, no se trata de actuar como un tribunal que venga a establecer si es válido o no el contrato o la concesión de servicio o el acto jurídico que exista atrás de la presentación de este servicio público.

Como acto Político que es, los priístas queremos reafirmar en primer lugar, la autonomía de todos los partidos políticos para diseñar y llevar adelante sus campañas electorales.

Hemos sido respetuosos los miembros de la mayoría de campañas de otros partidos, aun cuando en donde nuestro fuero interno pudiésemos considerar que se apartaban de la legalidad establecida. Hemos sido respetuosos porque no queremos dignificar esta Cámara de Diputados, porque no queremos transformarla en un órgano de supervisión de la actividad de cada uno de los partidos; sabemos la responsabilidad que a todos incumbe de cumplir y hacer cumplir la ley.

En el caso planteado por la diputación del Partido Mexicano Socialista, los diputados de la mayoría estimamos que no da lugar a solicitar el informe que se pide, porque hemos podido apreciar el desarrollo de una campaña apegada a derecho.

Será tal vez interés de algunos diputados, eso lo veremos en un momento más; el interés de la sociedad al que también se aludió en la intervención anterior, en tanto que las campañas se apeguen a los lineamientos jurídicos y políticos de la sociedad en que vivimos, como el que la Cámara se ocupe de aquellos asuntos que a la población verdaderamente interesan y que no son ciertamente el arrendamiento de un furgón. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene la palabra, para hechos, el diputado Jorge Alcocer.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: - Señor presidente; señores diputados: Nosotros no pretendemos inmiscuirnos o supervisar la vida interna de algún partido político. No es ésa nuestra intención, no está formulada en esos términos la propuesta, pero como Cámara de Diputados, sí nos interesa, debiera interesarnos a todos, y si a algunos diputados o a la mayoría no le interesa,

en su responsabilidad, sí inmiscuirnos y sí supervisar lo que está haciendo un organismo público descentralizado sujeto al control presupuestal directo de la Cámara de Diputados.

No hemos pedido aquí que el Partido Revolucionario Institucional nos presente nada, no hemos pedido que nos lo presente el sindicato ferrocarrilero, uno de cuyos miembros ha venido a decir a esta tribuna que ellos fueron los que arrendaron el tren, para entregárselo al PRI. No es nuestra intención fiscalizar a los partidos políticos, no es nuestra intención fiscalizar al sindicato ferrocarrilero; sí es nuestra intención fiscalizar y vigilar a un organismo público descentralizado que está bajo el control de esta Cámara, en aspectos presupuestales y ese arrendamiento, si existe, tendrá que estar sujeto a derecho, no puede hacerse sólo por la disposición del director.

Y yo le quiero aclarar al diputado Santiago Oñate que no es un problema de suspicacia, no es desinformación; yo diría que es exceso de información, diputado Oñate, porque yo pregunto, vamos a entrar, si ustedes quieren, minucias, pero a veces la minucias en estos casos son reveladoras de lo que ocurre.

El tren, es entregado debidamente acondicionado por Ferrocarriles Nacionales, el día que inicia la campaña del licenciado Salinas de Gortari. El tren es bautizado en un acto público, con la asistencia del director de Ferrocarriles Nacionales de México. El tren es bautizado con el nombre de la población de donde son originarios los familiares del licenciado Salinas de Gortari.

Vamos a suponer, ¿puede un partido político, podría ir el PMS, el PAN, el PST, cualquier otro partido, el PRT, a rentar un ferrocarril, a que se lo acondicionen, a que asista el director de Ferrocarriles a su bautizo? Digo, tenemos derecho a solicitar la información, porque no queremos incurrir en suspicacias, tenemos entonces derecho a que la empresa Ferrocarriles Nacionales de México nos informe en qué condiciones entregó ese ferrocarril. Porque no está prestando un servicio público de pasajeros, señores, Ferrocarriles entregó un tren completo para que transite por las vías férreas del país, transportando al candidato priísta y a su comitiva.

Bueno, así me parece a mí, si ustedes quieren a lo mejor es una sutileza, pero una sutileza muy importante. No pagaron los pasajes de aquí a Querétaro y luego de Querétaro a Monterrey, no usaron ese servicio, tienen crédito para su uso exclusivo. Y eso es lo que yo revisando las leyes de bienes nacionales, repito, empresas paraestatales y la Ley Orgánica de Ferrocarriles Nacionales de México, no encontré que esa operación esté permitida, esté contemplada en esas leyes. ¿Se puede disponer de un bien propiedad de la nación para entregarlo en arrendamiento permanente para uso exclusivo a una cantidad distinta de la que forman parte de la administración pública federal? Esa es la pregunta.

Y más aún, ahí está la carta, señores, no es nuestra, es una carta del licenciado Aspe, del licenciado Del Val, subsecretario en ese entonces del doctor Aspe de Programación y el licenciado Del Val, subsecretario de la Contraloría, donde dice que tratándose de vehículos terrestres, y yo entiendo que los ferrocarriles, si la memoria no me falla son vehículos, terrestres, aéreos o marítimos, propiedad de la administración pública federal, quede estrictamente prohibida su utilización o asignación, a fines diversos para los cuales están adscritos, así como su trasferencia a cualquier otro tipo de organismos cuyas actividades sean distintas a las del gobierno. Esto, señores, no lo dijimos nosotros, lo dijo el 30 de septiembre el subsecretario. Hoy Secretario de Programación y Presupuesto y el subsecretario de Contraloría en oficio dirigido a todas las dependencias.

Bueno, ¿quién prohibió que se usaran vehículos terrestres para fines distintos de su actividad? Yo pregunto, ¿el Partido Revolucionario Institucional es un organismo cuya actividad es distinta a la del gobierno? Si es la misma actividad que la del gobierno no procede la circular, pero si es distinto como yo creo que lo es, o a la mejor estoy equivocado, procede la circular. No procede, por tanto, asignarle, así sea por arrendamiento, a mi juicio, un tren para uso permanente.

Ese es el problema, y en aras de que las campañas transcurran en otro ambiente, en otras condiciones es que estamos haciendo esta propuesta. Y a la Cámara de Diputados también le interesa por otra razón, la Cámara de Diputado en el proceso electoral no es sujeto pasivo; yo quiero recordarles que nosotros tenemos un representante en la Comisión Federal Electoral, designado por la mayoría, que es el diputado Jaime Aguilar Alvarez, que esta Cámara de Diputados en términos del Código Federal Electoral es corresponsable de los procesos electorales. Porque ahí dicen que es responsabilidad del gobierno federal, pero en esta cosa rara que se hizo en el código, la Cámara se asimiló al gobierno federal y tenemos un representante ahí, igual que lo tienen senadores, y los señores votan, intervienen en representación de la Cámara.

Entonces, hay competencia expresa, directa, de la Cámara en asuntos electorales, si no ¿para qué

está ahí nuestro representante? entonces, diputado Oñate, estamos solicitando la información a Ferrocarriles, no al PRI, no al sindicato, para que esto se aclare, porque miren, hoy podrán ustedes rechazar, pero yo quiero aquí anticipar una cosa, por ejemplo, sabemos y estamos por obtenerlo, que existe un documento, un programa, elaborado por Aeropuertos y Servicios Auxiliares que también es un organismo público descentralizado, que es programa de coordinación para el transporte aéreo del candidato del PRI.

Bueno, no tenemos más detalles que es que existe ese programa, y sabemos que existe, no lo tenemos todavía, si lo tenemos y encontramos que es otro uso distinto de recursos públicos en beneficio de un partido, lo vamos a plantear señores, porque si no ¿para qué hicimos el código?., si no ¿para que se asignó y se pretendió transparencia en los recursos asignados a los partidos? Y los partidos puedan recibir cualquier tipo de ingresos dentro de la ley, pero lo que no pueden, señores, es disponer a su arbitrio de los bienes públicos, ésa es la preocupación que tenemos y en beneficio de todos ojalá y se pudiera aclarar.

Si aquí se rechaza, la duda de cualquier manera quedará. No queremos suspicacias, queremos hechos porque hay hechos.

El C. Juan de Dios Castro Lozano (desde su curul): - Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: - Tiene usted el uso de la palabra, para hechos, en términos del artículo 102.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Cuando intervino el diputado Oñate, su intervención más que convencer a los señores diputados, de no decidir con criterio partidarista, debieran reafirmar su convicción de que es necesaria la información que proporcione Ferrocarriles Nacionales de México. O mejor aún, con base en la Ley de Entidades Paraestatales, la coordinadora de sector. Porque un diputado, no sé si sea diputado ferrocarrilero, pero supongo que está estrechamente relacionado con el sector, nos da primero una información, Ferrocarriles Nacionales de México, a través de un acto jurídico proporciona un tren con equis número de vagones, al sindicato ferrocarrilero, porque todos son priístas, nos dijo el señor diputado, todos tienen coincidencia absoluta en afinidad política; todos los trabajadores ferrocarrileros están afiliados al Partido Revolucionario Institucional. Y por eso, después de que Ferrocarriles le otorgo al sindicato un ferrocarril con equis número de vagones, ese sindicato lo proporciona al partido del cual pertenece el cien por ciento de los sindicalizados, como nos dijo el señor diputado.

Pero luego viene el diputado Oñate y nos complica el problema, porque él ya no habla del acto jurídico entre Ferrocarriles y sindicato, sindicato y Partido Revolucionario Institucional o sindicato y candidato presidencial del Partido Revolucionario Institucional. No, nos habla de un acto jurídico entre Ferrocarriles Nacionales de México y un partido político, que en este caso es su partido. Pero al margen de lo uno o lo otro, de si Ferrocarriles le rentó al sindicato y el sindicato al PRI, o si Ferrocarriles directamente le alquiló al PRI, el problema yo lo voy a centrar en la argumentación del señor Oñate, señor diputado Oñate.

El C. Arturo Ruiz Morales: (desde su curul): ¿Me permite una interpelación?

El C. Presidente: - Señor diputado, ¿acepta usted una interpelación?

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Ya sabe que yo siempre se las acepto, señor diputado, hágala.

El C. Presidente: - Adelante.

El C. Arturo Ruiz Morales (desde su curul): - El acto jurídico es un contrato de arrendamiento entre Ferrocarriles y el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros. No sea usted falaz.

El C, Juan de Dios Castro Lozano: - Vamos a analizar el calificativo del señor diputado. Probablemente su compañero diputado Oñate, se lo aclare. El arrendamiento es un acto jurídico, entonces, señoras y señores diputados, no puedo ser falaz cuando me referí precisamente a un acto jurídico determinado, usted acaba de aclararnos que arrendamiento; bueno pues yo le informo señor diputado, aunque no estoy aquí para dar clases de derecho a usted, que el arrendamiento es un acto jurídico, por si usted no lo sabía.

Pero vamos a referirnos a la argumentación del diputado Oñate; nos da un argumento para él contundente, solamente a algunos diputados interesa el tema, no es del interés de la generalidad de esta Cámara, primer argumento; segundo argumento, es una intromisión en la vida interna de un partido político y ustedes, miembros del Partido Revolucionario Institucional, representado mayoritariamente en esta Cámara, dicen: Nosotros, a través de su diputado, no nos entrometemos en la vida interna ni en las campañas de los demás partidos políticos, y agregó Oñate:

Aun en aquellos casos en que a nuestro juicio pudieran dichas campañas o dichos partidos políticos no ajustar su conducta a la ley.

Y yo esperaba algo más, yo esperaba que nos diera el argumento legal que se le pidió; el primer diputado así nos dijo y lo acaba de aclarar, en arrendamiento, y ratificó, Ferrocarriles a sindicato, y habrá facultades para subarrendar o para ceder o para celebrar contratos de mutuo, el arrendatario de los bienes nacionales.

Dice la Ley de Entidades Paraestatales, en el artículo 58 fracción VII, "que los órganos de gobierno de las entidades paraestatales tendrán las siguientes atribuciones, fíjense bien, indelegables". Quiero decir que esta facultad no la pueden delegar y entre esas facultades está la que la ley caracteriza con la fracción VII del artículo que es: "aprobar de acuerdo con las leyes aplicables y el reglamento de esta ley, las políticas, las bases y programas generales que regulen los convenios, los contratos, pedidos o acuerdos que deba celebrar la entidad paraestatal con terceros en obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, etcétera.

Lo que pedimos, y permítanme qué triste opinión tendríamos de la mayoría de ustedes diputados, si no se interesan en el tema como dice el diputado Oñate, ¿qué no interesa a esta Cámara el manejo de los recursos de la nación?

No es por entrometernos a las cuestiones internas del partido Revolucionario Institucional, sino una cuestión que nos interesa a todos como es el manejo de los recursos de la nación. ¿Podrá Ferrocarriles rentar al sindicato, y esta facultad indelegable, el sindicato, a través de un contrato distinto convertirse en subarrendador, en mutante, en cededor o de cualquier otro medio? De ninguna manera.

Pero voy más allá. ¿podrá el arrendatario, o el usufractuario, o el beneficiario modificar, alterar las condiciones materiales de los bienes, entre comillas muy grandes, dados en arrendamiento? No sabemos señores diputados cuál es el criterio que ustedes tengan, pero si la paraestatal Ferrocarriles, en el informe que se pide podría darnos a conocer las bases bajo las cuáles pueden celebrar este tipo de contratos, si es que lo celebraron, si es que están ingresando, u qué fácil le sería al Partido Revolucionario Institucional justificar, con parte del financiamiento interno, pagarle a Ferrocarriles, entre comillas, en la hipótesis de que ese acto jurídico estuviera permitido; rentar para modificar las condiciones materiales del bien arrendado, modificarlo o alterarlo.

Pero dice Oñate: A unos cuantos, diputados les interesa esto y a la sociedad no le interesa. ¿Qué de veras no le interesará a la sociedad?, ¿podrá la paraestatal rentar el número de vagones que le pida cualquier organismo público o privado o el gobierno mismo, con una afectación del servicio que está obligado a prestar al público usuario? Probablemente sí, y los tiene. Probablemente tenga el número de vagones necesarios y suficientes para hacer eso y más, bueno, que nos informe, que nos diga las bases bajo las cuales celebró, señor diputado, el arrendamiento o acto jurídico como usted quiera llamarle.

Eso implica, señores diputados, implica interés indispensable de esta Cámara, que debe preocuparse por el manejo de los recursos de la nación.

Me permito plantear el siguiente pedimento. Solicito que se apruebe el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

« Que la Secretaría de Comunicaciones proporcione a la comisión de esta Cámara, a la Comisión de Comunicaciones de esta Cámara, las bases bajo las cuales se proporcionó por parte de Ferrocarriles Nacionales de México bienes de la nación al Partido Revolucionario Institucional para la campaña de su candidato.»

Y digo esta secretaría, porque esa coordinadora de sector es responsable. Es la responsabilidad de ustedes, señores diputados. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se admite o no la proposición del diputado Jorge Alcocer.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la proposición presentada. Los que estén por la afirmativa, favor de manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén por la negativa, favor de manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: - Se pregunta a los ciudadanos diputados en relación con la propuesta del diputado Juan de Dios Castro, si alguien desea hacer uso de la palabra en pro o en contra...

No habiendo quien así lo manifieste, consulte la secretaria a la asamblea si se acepta o no a discusión la proposición del diputado Juan de Dios Castro.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición presentada por el diputado Juan de Dios Castro. Los que estén por la afirmativa, favor de manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, favor de manifestarlo... Desechada, señor presidente.

LEANDRO VALLE

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, para presentar una proposición, el ciudadano diputado Alonso Aguirre Ramos.

El C. Alonso Aguirre Ramos: - Con permiso de usted, señor presidente; honorable asamblea: Con fundamento en lo dispuesto de la Ley Orgánica del Congreso General y su Reglamento para el Gobierno Interior, los que suscribimos, diputados miembros de la Comisión de Defensa Nacional, acudimos ante esta honorable pleno a formular la siguiente propuesta con punto de acuerdo.

Considerando que en los muros de este honorable recinto se encuentran inscritos con letras de oro los nombres de aquellos próceres que participaron en las etapas más transcendentales de nuestra historia y que contribuyeron a forjar nuestra nación; considerando que los nombres de prohombres de la Independencia están ya escritos en oro, reconociendo con ello que el grito de Independencia transmitido a nuestra nación a través del eco espiritual, del deseo de los mexicanos de liberarse de todo dominio y lograr emanciparse del vasallaje y la esclavitud, inscripción que fue un consenso nacional como justo tributo a aquellos hombres que como el caudillo de Dolores se unieron a la causa independentista; considerando que de igual manera aparecen los nombres de los lúcidos precursores de la reforma y que en la casa de la representación popular se ostenta con orgullo en lo más alto de sus muros interiores el apotegma juarista que conlleva un mensaje de advertencia en los intentos hegemónicos o de dominio imperial, pues el pueblo de México a costa del sacrificio de sus mejores hombres preservará su soberanía y su independencia, también implica un llamado a la convivencia pacífica de los pueblos exigiendo el respeto al derecho de los demás.

Hoy proponemos, ante este honroso cuerpo colegiado, que se inscriba con letra de oro el nombre de un mexicano, de un soldado de la reforma, de un liberal: el general Leandro Valle, nacido en el Distrito Federal el día 27 de febrero de 1833.

En la epopeya de la reforma, etapa culminante con la que consolida nuestra independencia, brilla fulgurante la figura de Leandro Valle, joven guerrero, atrevido y resuelto que a temprana edad alcanzó el estado de general por su disciplina y arrojo; pero sobre todo, por su lealtad a las legítimas instituciones a las que defendió a costa de su propia vida.

Frontal fue de la guerra de tres años entre los liberales y conservadores en la que se distinguió el liberal Leandro Valle quien no sólo defendió sus ideales con el pensamiento sino que pugnó por ellos con acciones, con las armas en la mano.

En la guerra de tres años, participó al lado de los liberales, luchando por la justicia y la libertad de México, con lo que logró que se le reconozca como el soldado de la Reforma, principalmente por su destacado arrojo en la batalla de Calpulalpan, en donde el general González Ortega venció a los conservadores.

Heredero de la vocación militar de su padre, a los 11 años ingresó al Heroico Colegio Militar y por las circunstancias de nuestra nación, ante la invasión norteamericana de 1847, Leandro Valle alcanzó el grado de subteniente a sus escasos 14 años de edad. Y tuvo que enfrentarse al enemigo en el campo de batalla por su peculiar sentido de la estrategia y por el singular valor que lo caracterizó y le permitió ganar rápidos ascensos.

En noviembre de 1857, siendo capitán de ingenieros y estando estudiando en París, fue llamado para encargarse de la comandancia de México. Y de inmediato acudió al llamado de la patria.

Antes de salir de campaña, se reúne con su antiguo condiscípulo, el general Miramón, quien trató de convencerlo para que participará al lado de los conservadores. Pero el capitán Valle, convencido de sus ideales de libertad y de justicia, rechazó la propuestas y se aprestó a seguir defendiendo con las armas sus ideales liberales.

En marzo de 1858, combate en la batalla de Salamanca al lado del general Anastacio Parrodi. Después marcha a Guadalajara en donde es ascendido al grado de teniente coronel por sus acciones en Salamanca y en Guadalajara, en donde después participa en la captura del Bastión de la Merced, lo que le hace ascender al grado de coronel.

En 1859, el coronel Valle se incorpora a las fuerzas del general Santos Degollado para atacar la ciudad de México y participa en la acción principal

que se libró en las Lomas de Tacubaya. Acción que fue adversa para las armas liberales, que se retiraron a Morelia, y con ellos el coronel Valle.

En Morelia recibe su ascenso al grado de general de brigada por su comportamiento en la acción de Tacubaya.

De Morelia, el general Valle partió a Jalisco, donde recibió el mando de la Segunda Brigada de la Primera División del Ejército Federal.

Restablecido el gobierno de Juárez en la capital del país, el general Leandro Valle fue designado cuartel maestre y después comandante militar del Distrito Federal; fue elegido diputado federal por Jalisco, para el congreso que se instaló en mayo de 1861.

Poco después con los asesinatos del reformador Melchor Ocampo y del general Santos Degollado, el general Valle pide permiso al Congreso para cumplir con la orden recibida del general Ignacio Zaragoza de unirse al general González Ortega y salir en persecución de los asesinos que comandaba al general Leonardo Márquez, el tristemente célebre "Tigre de Tacubaya."

Para su desgracia el general Leandro Valle fue capturado en Santa Fe por las fuerzas conservadoras, ordenando Márquez su inmediato fusilamiento el que se ejecutó el día 23 de julio de 1861. Con ello se extinguió la efímera pero fructífera vida de un hijo de la patria, que dejó a la posteridad para ejemplo de las generaciones presentes y futuras, cátedra de honor, patriotismo y lealtad.

Por lo anterior, proponemos que su nombre sea inscrito con letras de oro en este recinto parlamentario, ya que su vida es un ejemplo de virtudes y merece no sólo que sus restos descansen en la Rotonda de los Hombres Ilustres, sino que se imprima para siempre su nombre en el principal pergamino de la patria como un homenaje al lado de los grandes, como grande fue, es y será para siempre Leandro Valle.

Hay que destacar que la propuesta no es de un hombre más, es la forma más modesta con que el pueblo a través de sus legítimos representantes puede y debe reconocer al joven militar que ofrendó su vida por la patria. pero más que eso, la sublime intransigencia de combatir por las mejores causas de nuestro pueblo.

De ser aprobada esta propuesta, la Cámara de Diputados rendirá homenaje a un defensor del constitucionalismo de 1857 y por consecuencia histórica a un defensor de la constitución de 1917, ordenamiento fundamental que heredó los principios constitucionales básicos de 1857.

Es necesario ser congruentes con la historia, Leandro Valle caminó junto a Juárez, buscando el sendero de la libertad y la independencia de nuestro país. Leandro Valle debe estar también junto a Juárez de este recinto.

No fue casual que Leandro Valle fuera diputado en 1861, sin embargo, poco tiempo tuvo de enriquecer con su palabra los Diarios de los Debates, pues estaba llamado por destinos superiores, a derramar su sangre en el campo de batalla, a cumplir su cita con el destino, luchando a favor de la causa liberal mexicana.

Por todo lo anterior, proponemos a esta honorable asamblea, el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

«Que se inscriba con letras de oro en la honorable Cámara de Diputados, el nombre de Leandro Valle.»

Los miembros de la Comisión de Defensa: Diputados: Juan Manuel Cruz Acevedo, Alberto Carrillo Flores, Manuel Urrutia Castro, Amado Llaguno Mayaudón, Enrique Pelayo Torres, Alma Guadalupe Salas Montiel, Eraclio Zepeda Ramos, Francisco García Castillón, Leonel Villalobos Chávez, José Angel Aguirre Romero, Manuel Jiménez Guzmán, Javier Pineda Serino, Jorge Amador Amador, Miguel Osorio Marbán, Cristóbal Figueroa Nicola, Lulio Valenzuela Herrera, Cirilo Rincón Aguilar, Jorge Montúfar Araujo, Rodolfo Linares González, Mario Murillo Morales, Rafael García Anaya, Hildelbrando Gaytán Márquez, Héctor Mejía Gutiérrez, Gerardo Gómez Castillo, y el que esto habla. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - ¿Desea algún ciudadano diputado hacer uso de la palabra en pro o en contra de la proposición?...

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea en votación económica si se acepta a discusión la propuesta.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica se pregunta si se admite o no a discusión la proposición.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie.

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor presidente.

El C. Presidente: - Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

DENUNCIA

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, para formular una proposición, el diputado Ricardo García Cervantes.

El C. Ricardo García Cervantes: - Con autorización de la presidencia. Compañeras y compañeros diputados: Nuevamente en esta tribuna para hacer un relato de hechos acaecidos en la ciudad y en el municipio de Monclova, hechos ocurridos el día 15 de noviembre que involucran a candidatos del Partido Acción Nacional.

En esta fecha, del 15 de noviembre, el comité estatal de Coahuila convocó a todos los candidatos a puestos de elección popular; gobernador, presidentes municipales y regidores, a una reunión en Saltillo, que pretendía celebrar una manifestación en protesta de las arbitrariedades cometidas en las elecciones pasadas.

En Monclova las personas que habían sido convocadas se preparaban a salir a las seis de la mañana y en diferentes hogares de la mismas estaban apostados patrullas de la judicial intimidándolas. Don Carlos Páez Falcón, candidato a la presidencia municipal por nuestro partido, en compañía de algunas otras personas, se dirigieron a la casa de otro militante, y en este trayecto una combi de transporte de la Confederación de Trabajadores de México, se les echó encima, con el evidente propósito de provocar un choque. El señor Páez que iba manejando evitó el accidente, no sin antes percatarse de las amenazas que lanzaba el chofer.

De ahí recogieron a las personas que iban a Saltillo, y en la salida de Monclova a Castaños, tres patrullas judiciales y una del grupo GES (Grupo Especial de Seguridad), los sacaron de la carretera y con lujo de violencia, les quitaron las llaves de los vehículos y los metieron en el suelo de la patrulla y los llevaron detenidos al palacio de justicia. Las personas detenidas en este incidente fueron: Don Carlos Páez Falcón, la señora María Cabello, el ingeniero Saturnino Péaz, el señor Francisco Martínez y el ingeniero Domingo Barrios.

Al bajarlos en el palacio de justicia reclamaron con razón, airadamente, el motivo de su detención, se empezó a juntar la gente. En ese momento pasó un camión urbano y ante el desconcierto de los judiciales, se subieron los detenidos al camión, avanzando algunas cuadras, siendo interceptados nuevamente por la judicial, quienes amagándolos con metralletas y armas largas, les exigieron bajarse del camión.

Ese incidente provocó que se empezara a reunir mucha gente del pueblo, con lo que los judiciales optaron por retirarse. Habiéndose retirado los judiciales todos los del camión se bajaron en la plaza principal. En ese momento se enteraron que otro grupo de candidatos que iban rumbo a Saltillo habían sido detenidos, siendo éstos el ingeniero Manuel Pérez Torres, el señor Javier García y el señor Humberto Flores Cuéllar, esto se supo posteriormente.

Los habían secuestrado a las seis de la mañana, y los habían llevado también con lujo de fuerza rumbo a Candela, habiéndoseles dicho que les iba a pasar lo mismo que a Burciaga, por lo que supone que éstos fueron los mismos que golpearon brutalmente a Rosendo Burciaga. Eran del grupo GES y esto está plenamente comprobado.

A mediodía se convocó a los panistas, quienes fueron al palacio de justicia a reclamar; primero, por la arbitrariedad y violencia con la que se detuvo a don Carlos Páez Falcón y sus acompañantes; segundo, la liberación de las personas que estaban secuestradas y que no se sabía nada de ellas; tercero, la devolución de los vehículos detenidos.

Estando ahí, aparecieron los secuestrados como a las dos de la tarde, quienes con justa razón protestaban airadamente por su secuestro, haciéndose de palabras y golpes en las oficinas de la judicial, habiendo quedado detenidos: Humberto Flores Cuéllar, Gerardo López Sánchez, Juan Alberto González Vázquez, César Humberto Moreno Limón y Mario Alberto Briseño Rojas.

En esta escaramuza, hubo mucha gente garroteada y golpeada, pero afortunadamente no pasó a mayores y no se sabe de muertos que podamos lamentar.

Mediante gestiones realizadas por los diputados federales que suscribimos la petición que ahora pondremos a su consideración, fueron puestos en libertad ayer por la tarde los detenidos.

El Partido Acción Nacional protesta enérgicamente por estos actos arbitrarios de la policía judicial y hace responsable al gobernador del estado, pero muy especialmente a las autoridades judiciales de Monclova, por estas arbitrarias detenciones y secuestros a personas de nuestro partido.

Es evidente la provocación a la violencia por parte de los elementos de seguridad, que tienen como misión, que no cumplen, proteger a la ciudadanía.

Compañeros diputados, los diputados Juan de Dios Castro Lozano, y el que les habla, diputados federales, solicitamos con base en los hechos expuestos en esta tribuna, se apruebe el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

«Único. Que una comisión de diputados se sirva investigar en el estado de Coahuila los hechos denunciados y a la mayor brevedad informe al pleno.»

Gracias por su atención.

El C. Presidente: - Se pregunta a la asamblea si algún ciudadano diputado desea hablar en pro o en contra...

El C. Ignacio Ramos Espinoza (desde su curul): - En contra.

El C. Presidente: - En contra. ¿En pro?

Tiene la palabra, en contra, el ciudadano diputado Ignacio Ramos Espinoza.

El C. Ignacio Ramos Espinosa: - Con su venia señor presidente; compañeras y compañeros diputados: vengo simplemente a hacer algún comentario en torno a lo expuesto por el compañero de Acción nacional, en torno a su petición de que se integre una comisión especial pluripartidista de esta Cámara, para investigar supuestas violaciones en relación con los comicios celebrados en el municipio de Monclova.

El compañero refiere una serie de hechos en los que están involucrados miembros del Partido Acción Nacional. En este recinto y en sucesivas sesiones, se han venido manejando estas cuestiones. Yo simplemente quiero mencionar, que de acuerdo con datos que existen en poder de nuestro partido, miembros de Acción Nacional participaron en hechos de violencia el día de ayer en el municipio de Monclova, lo cual provocó que las fuerzas del orden público actuaran en consecuencia. Se sabe incluso de sustracción de armas propiedad de la policía por parte de miembros del Partido Acción Nacional. Aquí se viene a manejar y a presentar hechos con un enfoque diferente; pero lo importante es saber cuál es la posición de este órgano representativo de la soberanía nacional.

Debemos ser congruentes con nuestro papel y debemos ser muy respetuosos de la soberanía de los diferentes órganos del poder público. En el caso concreto, estimo yo que la compete a las autoridades del estado de Coahuila, el conocimiento de estos hechos que se han expuesto en esta tribuna por el compañero que me antecedió en el uso de la palabra.

Por lo tanto estimo que no procede que se forme esta comisión de la Cámara de Diputados, para investigar los hechos a los que aquí se hizo referencia, y mi intervención es en ese sentido de que se deseche por improcedente la propuesta del compañero de Acción Nacional, por no ser motivo del conocimiento de esta Cámara de Diputados. Muchas Gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, en términos del artículo 102, para hechos, el señor diputado Juan de Dios Castro.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Cuando en esta Cámara se toca un asunto que hiere mucho la susceptibilidad de los señores diputados del Partido Revolucionario Institucional, se nos reitera, así dijo señor diputado, que esta Cámara no tiene competencia, dijo: es competencia de la autoridades judiciales del estado de Coahuila.

Bueno, realmente qué poca memoria tiene el señor diputado Ignacio ramos, ¿Y lo de Agua Prieta, señor diputado?, ¿qué no se nombró una comisión pluripartidista presidida por el diputado Jesús Murillo Karam, en la que participaron diputados de varios partidos políticos para investigar hechos similares a los que ahora se denuncian? Entonces, ese procedente echa abajo, señor diputado, su argumentación de que esta Cámara no tiene facultades para integrar una comisión pluripartidista para investigar ese tipo de hechos; pero, señores diputados, ¿qué somos representantes de la nación?, ¿qué el señor diputado Ignacio Ramos no le preocupa que en el país se violen las garantías individuales? O ¿nada más le preocupan cuando se violan en prejuicio de los miembros del Partido Revolucionario Institucional?

Mire, señor diputado, en Coahuila, sin orden de aprehensión, sin ningún fundamento legal, se privó de la libertad al candidato que fue y sigue siendo mientras no se dictamine, del Partido Acción Nacional a la presidencia municipal de la ciudad de Monclova, se le privó de su libertad a él y a varios simpatizantes más. Posteriormente, otros miembros del partido, cuando fueron puestos en libertad, fueron detenidos nuevamente por protestar airadamente por una detención arbitraria e ilegal.

¿Por qué no llamar las cosas por su nombre?, ¿por qué no decir que el virrey que ahora gobierna Coahuila, el gobernador José de las Fuentes Rodríguez, cuando se enteró que el Partido Acción Nacional estaba organizando una reunión en la ciudad de Saltillo para presentar una formal protesta con motivo de su sexto informe de gobierno, dio órdenes por conducto del procurador, a la policía judicial del estado y al Grupo Especial de Seguridad para secuestrar, señor diputado, secuestrar a ciudadanos coauhilenses, cometiendo quien ordenó y quien ejecutó el delito, de abuso de autoridad?

Y ustedes nos vienen a decir que el asunto es de la competencia de las autoridades judiciales del estado de Coahuila. ¿Qué no sabe usted, señor diputado, que el ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público, y que en el Ministerio público en Coahuila no moverá un dedo sin la autorización del señor procurador que forma parte de él? ¿Y cómo vamos a pedirle al responsable de las órdenes para que se privara de la libertad a un grupo de ciudadanos, se les impidiera la libertad de tránsito, se suspendieran las garantías individuales en relación con ellos en Coahuila, que él, que dio las órdenes, ejercite acción penal en contra de sus subordinados que no hicieron otra cosa que acatar las órdenes que dio el procurador?

La amarga realidad, ciudadanos, es que en Coahuila no tiene vigencia el derecho, no tiene vigencia las garantías individuales, y que esta Cámara de Diputados debe preocuparse por una situación de esta naturaleza.

Con base en procedente de la formación de la comisión pluripartidista en el caso de los sucesos de Agua Prieta, procede una comisión pluripartidista para estos hechos que se denuncian, en relación con el estado de Coahuila.

Pero hay algo más, el señor diputado dice que miembros de Acción Nacional cometieron actos delictuosos. Señor diputado, díganos al replicar, quiénes, que tipo de hechos delictuosos cometieron, en qué circunstancias se cometieron esos hechos delictuosos, si fue primero la intervención de la policía, previa a la comisión de los hechos delictuosos, o fue posterior a la comisión de los hechos delictuosos, o fue flagrante delito. Porque yo no veo por qué razón varios ciudadanos que se dirigen a Saltillo a una reunión convocada por mi partido, son interceptados en la carretera, les quitan las llaves de los vehículos, los suben a los vehículos policiacos, los llevan a las oficinas de gobierno, ¿con base en que? ¿con base en qué orden de aprehensión?

¿Cuál fue el proceso?, ¿en qué tribunal está radicado ese proceso?, ¿Cuál fue el juez que libró la orden de aprehensión? por la comisión y si se libró orden de aprehensión de hechos delictuosos, ¿por qué salieron sin un auto de libertad dictado por la autoridad competente?, ¿si se les decretó formal prisión?, ¿si salieron en libertad bajo fianza? Díganos, señor diputado, para tener la información, que por lo visto usted en Michoacán o aquí en la ciudad de México, con tanto detalle dispone, pero que no es capaz de proporcionarnos.

Nosotros seguiremos afirmando que el señor gobernador del estado de Coahuila, en los últimos días de su mandato, desesperado por un gobierno irresponsable que se ha caracterizado por el vacío de poder, por falta de realización de obras, por la falta de apego a la ley, no encuentra el medio para convencer a la ciudadanía disidente, que reprimirla.

Espero su respuesta, señor diputado Ramos. Muchas Gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si se admite o no a discusión la proposición del diputado García Cervantes.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición del diputado García Cervantes. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

REUNIÓN DE TRABAJO

El C. Presidente: - Tiene la palabra, para presentar una proposición, el diputado Genaro José Piñeiro.

El C. Genaro José Piñeiro López: - Con su permiso, señor presidente; señoras y señores diputados: El sábado pasado 14 de noviembre, con un gran despliegue policiaco en el que intervinieron más de 1 mil 500 efectivos de la Secretaría de Protección y Vialidad del Distrito Federal, además de agentes judiciales de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, y un número indeterminado de empleados de otras dependencias gubernamentales, como la Policía Fiscal de Hacienda, con un procedimiento que a simple vista plantea muchas interrogantes y suscita muchas dudas y que apunta hacia la ilegalidad, si no es que se instala definitivamente en ella, se procedió en la colonia Buenos Aires de esta ciudad capital,

a intervenir cientos de negocios de comerciantes de autopartes, e incautar en la acción muchas de las mercancías que ellos expedían.

No digo esto por lo que se lee en los periódicos, ni aporto a estos últimos como prueba, pues sabemos que muchas veces no refleja íntegramente la realidad tal como lo es, lo digo, porque el de la voz y dos compañeros diputados de nuestra fracción, estuvimos presentes y nos vimos impotentes ante el despliegue de fuerzas que avasallaron a la ciudadanía en general, y cancelaron el derecho de libre tránsito en una amplia zona de esta ciudad capital.

Las razones que las autoridades presentes en el operativo adujeron a nuestras preguntas, no son del todo satisfactorias y no sólo no explican nada, sino que confunden y suscitan más dudas.

Estuvo presente en la acción el propio Secretario de Protección y Vialidad, y los informes que ese mismos día recibimos en el lugar de los hechos, son más o menos los siguientes: Se trató ese día de iniciar una serie de auditorías fiscales a los establecimientos expendedores de autopartes; pero ¿sólo eso?, ¿para un procedimiento administrativo tantos policías? Los rumores llegan más lejos.

Los establecimientos de la colonia Buenos Aires no eran sino la pantalla para la compra y venta de partes automotrices robadas, el operativo estaba encaminado a sentar un duro golpe y marcar un "un ya no más" al robo de autopartes automotrices en la ciudad. Pero entonces, había sospechosos identificados, ¿acaso todos los habitantes de esas colonias lo eran o lo son?, ¿por qué entonces auditorías fiscales?

En fin entonces, ¿por qué el procedimiento fiscal que se utilizó Muchas preguntas más flotan aún en el aire. Cierto es, nuestra organización hace suya toda la política que en materia de seguridad se desarrolle para reducir el alto índice de robos de autos que ha prevalecido en la capital del país.

Pero nuestras preguntas conllevan a exigir a estas autoridades de Hacienda y de Protección y Vialidad en este lugar de los hechos, pues algún documento que partes avalara o que autorizara la realización de este operativo.

El operativo no tuvo más documento, que una vez sustraídas y despojados los comerciantes de las parte que se suponían robadas, bajo suposición, ser sustraídas introducidas a unidades de la Procuraduría del Distrito Federal, y entregándose tan sólo un recibo que no daba ni la garantía misma de poder volver a ver dichas partes.

Este procedimiento se ha realizado en otros tiempos, en otros lugares y entendemos que habría hecho un embargo precautorio, un embargo precautorio dejando de depositarios a los mismos comerciantes y obligándolos, sí, a través de la descripción de las cosas embargadas a comparecer ante la autoridad fiscal y probar la procedencia legal, o darse confieso de la procedencia ilegal que suponían las autoridades fiscales.

Este era el procedimiento legal que debió de haberse realizado; sin embargo no hubo tal procedimiento, se sellaron indiscriminadamente las negociaciones, y repito, indiscriminadamente por que estuvimos presentes. A empellones, tanto la diputada Gallardo como un servidor fuimos retirados de una de las camionetas, cuando le pedíamos explicación de por qué sustraían en esta forma estas partes; si había la presunción de que eran ilegales, hágase comparecer al poseedor porque está en el comercio, y que el poseedor una vez ante el embargo precautorio no puede identificar o justificar la procedencia legal de este bien, pues tácitamente se declaraba culpable de complicidad en la compra de materiales robados.

Esto nos trajo a colación que más que el operativo fiscal, se dejaba ver la posibilidad de un operativo que probara la capacidad de los cuerpos policiacos para atemorizar psicológicamente y físicamente a nuestra población. Un mil 500 policías, más de 70 unidades, las propias unidades de bomberos, de la policía, ahí se encontraban, el cierre de calles y en fin, actitudes que van más allá del mero propósito fiscal aún muy razonable, y aún más que van más allá del justo movimiento que deba hacer para garantizar y acabar con el robo de autos.

Los diputados del Partido Socialista de los Trabajadores afirmamos, si ese operativo del sábado 14 en la colonia Buenos Aires fuera hecho aislado, el asunto sería de preocupar, pero no tanto como para traerlo a esta tribuna; lo grave es que ese hecho espectacular no está aislado. A principio de esa misma fecha, se hizo exactamente lo mismo con los comerciantes ambulantes de las calles de Palma, Motolinía y Allende, no salió nada en los periódicos, pues se necesitaron muchísimo menos policías porque eran menos comerciantes.

El viernes 13 hubo dos desalojos de familias de escasos recursos, en dos predios de diferentes rumbos de la ciudad; en la colonia Maravillas, ubicadas en el Cerro de la Estrella y por enésima ocasión en El Ajusco; tampoco salieron en todos los periódicos, nosotros lo sabemos por nuestra vinculación con grupos de solicitantes y compañeros que fueron afectados con estos desalojos.

Podemos pensar que en otros lugares sucede lo mismo y el hecho pasa desapercibido, pero limitémonos a lo que nosotros conocemos a ciencia cierta; cuatro atropellos a comerciantes y a colonos en una sola semana, con gran despliegue policiaco y de fuerza, sin seguir los procedimientos legales establecidos, privando de posesiones y/o derechos sin juicio y sin orden judicial, al menos apariencia, abriendo torpemente posibilidades, habiendo, existiendo posibilidades, de resolver estos asuntos deciden revolver el río más de lo que ya hecho y esperar a ver qué pescador saca más ganancias.

Estamos en épocas de comparecencias posiblemente pronto, y aquí y/o acaba de acordar el pleno de esta soberanía, estará en comisiones el regente de la ciudad. Los asuntos que con él tengamos que tratar son muy graves y de enorme importancia: cuál es el tipo de ciudad que se plantea para los 15 millones de habitantes que aquí estamos, no podemos ni queremos detenernos con él en cosas de detalle, y los graves acontecimientos que reseñamos no podemos tampoco dejarlos pasar inadvertidos.

Por eso, para que esos acontecimientos se aclaren a tiempo, para que las dudas que esos hechos provocan, no desvíen la atención de lo fundamental en las comparecencias para que podamos intervenir por vías adecuadas en asuntos que a todos importan, pues el Distrito Federal es la ciudad de todos los mexicanos, como lo ha dicho el licenciado Miguel de la Madrid. Proponemos los diputados de la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

«Único. Se instruya a la Comisión del Distrito Federal, para que realice una reunión de trabajo antes de la comparecencia del regente del Distrito Federal, contador público Ramón Aguirre Velázquez, con el ciudadano Secretario de Protección y Vialidad del Distrito Federal, y el responsable de Desarrollo Urbano y Ecología, en la que respondan a las preguntas que los miembros de la comisión tengan a bien hacerles sobre los sucesos mencionados, y los que sean del mismo tenor.

Por la fracción parlamentaria, diputado Genaro Piñeiro López.»

El C. Presidente: - ¿Algún ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra en pro o en contra?...

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición.

La C. secretaría Yrene Ramos Dávila: - En votación económica, se pregunta si se admite a no a discusión la proposición presentada. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

COMISIÓN PLURIPARTIDISTA

El C. Presidente: - Tiene la palabra, para presentar una proposición, el ciudadano diputado Carlos Barrera Auld.

El C. Carlos Barrera Auld: - Con todo respeto, señor presidente, declino mi participación.

El C. Presidente: - Tiene la palabra, para presentar una proposición, el ciudadano diputado José Luis Díaz Moll.

El C. José Luis Díaz Moll: - Señor presidente: Los problemas no declinan, ésos ahí están. Cuando se habla de la presencia de las diferentes corporaciones policiacas en nuestro país, la comunidad la asocia con problemas, con arbitrariedad, con represión. Este es el caso de la presencia de la Dirección General de Investigación y Seguridad Nacional en el sur de esta ciudad capital.

Esta es la asociación que hacen habitantes de 16 colonias del sur de la ciudad de México, cuando les hablan de la presencia de esta dirección en su entorno social; las 16 colonias a las que hago referencia, las voy a mencionar: Barranca Seca, La Concepción, La Magdalena, Primero de Mayo, La Cruz, La Guadalupe, El Rosal, Santa Teresa, San Bernabé, Pedregal, Bosques, Dos de Octubre, Cuadrilla de Padierna, San Nicolás, Ampliación Hidalgo y La Carbonera.

Estas colonias no declinan en su derecho de dar a conocer, no obstante que ya la mayoría se quiere retirar, los problemas que significan para ellos la instalación de esta dirección en sus comunidades.

Desde hace varios meses, por todos los medios posibles, la coordinadora de pueblos y colonias del sur de esta ciudad capital, han venido a dar, han venido dando a conocer a la ciudadanía sobre los problemas que significa para ellos esta dirección

Ellos han venido denunciando cómo no se les tomó en cuenta para la instalación de esta dirección,

cómo desde su perspectiva, la misma va a servir para reprimir a los disidentes políticos en nuestro país; en las instalaciones de esta dirección existen las instalaciones que van a permitir enclaustrar ahí a disidentes políticos y reprimirlos.

Justificadamente estas comunidades preguntan, ¿por qué no se les construyó un centro escolar o un centro cultural con el que no cuentan?, y sí se instaló en torno a sus comunidades la Dirección General de Investigación y Seguridad Nacional; porque para muchos, Seguridad Nacional significa el que haya hegemonía en las acciones políticas y sociales y esos que piensan así, seguramente van a utilizar esta dirección para reprimir a quien no piense como ellos y a quien se movilice en torno a sus demandas y a sus derechos.

Seguramente hay quien prevé que va haber movilizaciones sociales importantes en nuestro país, y también hay quien prevé que hay que reprimirlas, tal y como se ha venido haciendo hasta ahora.

El punto de acuerdo es muy concreto, voy a dar lectura a él con el espíritu de que esta Cámara de Diputados, haciendo uso de sus facultades de vigilar que se respete nuestra Constitución, intervenga e investigue qué de cierto hay en las denuncias, no de unos cuantos, como siempre se viene a contraatacar las denuncias de la comunidad, sino de 16 colonias que hacen un planteamiento muy concreto.

PUNTO DE ACUERDO

Único, dice así: «Se propone que el pleno de la Cámara de Diputados, resuelve turnar la denuncia acerca de las instalaciones de la Dirección General de Investigación y Seguridad Nacional, dependiente de la Secretaría de Gobernación, a la Comisión de Derechos Humanos, para que ésta a su vez nombre una comisión pluripartidista para que se traslade a dicho lugar, e investigue si las denuncias de diversos grupos de ciudadanos son veraces.

Firman la propuesta de punto de acuerdo, por la fracción parlamentaria del PRT, el diputado Pedro José Peñaloza, el diputado Ricardo Pascoe Pierce, el diputado Gerardo Unzueta Lorenzana y su servidor.»

El C. Presidente: - Se pregunta a la asamblea si algún ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra.

El C. Jorge Montúfar Araujo (desde su curul): - Pido la palabra.

El C. Presidente: - ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Jorge Montúfar Araujo (desde su curul): - Para este asunto, señor

El C. Presidente: - Tiene usted el uso de la palabra.

El C. Jorge Montúfar Araujo: - Para proponer a los compañeros del PRT, en relación a su propuesta, que la fracción parlamentaria de mi partido aceptaría o haría suya esta proposición, siempre y cuando se remita a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, para que proceda a la investigación y nos turne en su oportunidad lo que logre averiguar. Muchas gracias, señor presidente.

El C. Juan de Dios Castro Lozano (desde su curul):¿Permite el diputado una interpelación? ¿por qué razón esa misma mayoría no aceptó lo de Coahuila?

El C. Jorge Montúfar Araujo: - No me di cuenta cuando usted lo expuso, en qué términos.

El C. Juan de Dios Castro Lozano (desde su curul): - Gracias, señor.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si se acepta o se desecha la proposición del diputado Díaz Moll. con el agregado que ha presentado el diputado Montúfar.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la proposición presentada por el diputado Díaz Moll, con el agregado que presentó el diputado Montúfar.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, en los términos del artículo 102, el señor diputado Ricardo García Cervantes.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: - Con autorización de la presidencia: Muy rápidamente, para informarle al diputado Montúfar de lo que probablemente no se dio cuenta y se ha perdido en esta sesión.

Se desechó por la mayoría que él vino a representar en esta tribuna en el punto anterior, una petición hecha por el diputado del PST, en el que demostró la flagrante violación a los artículos 14 y 16 constitucionales en el caso de la colonia Buenos Aires, en la que la policía fue a robarse lo que supuestamente era robado.

Anteriormente a eso, se había solicitado la intervención de esta Cámara de Diputados, para investigar

la violación de garantías individuales y la actuación indebida y fuera del marco constitucional de la policía judicial del estado de Coahuila, concretamente en Monclova. De alguna manera, violaciones similares a las que hoy proponen que sea la Comisión de Gestoría y Quejas de esta Cámara la que la mayoría, a través de su representante, el diputado Montúfar, sí se dieron cuenta afortunadamente en esta última proposición y trataron de intervenir y cumplir su responsabilidad de representantes populares. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Túrnese la proposición aceptada a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

EXPLOTACIÓN MINERA

EL C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano Lorenzo Serrano Gutiérrez, para presentar una denuncia.

El C. Lorenzo Serrano Gutiérrez: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Vengo a poner de su conocimiento diversos hechos que deben ser objeto de su atención, y de las correspondientes medidas legislativas.

Me refiero a lo que sucede en el municipio de Taxco, Guerrero, en donde radico, y en el municipio de Sultepec, estado de México, de donde son originarios mis padres y me ligan relaciones familiares y de amistad con varios de sus pobladores.

En Taxco, Guerrero, opera la compañía minera industrial Minera México, S.A., explotando diversos minerales como plata, zinc, oro y derivados secundarios. Esa empresa cuenta con un establecimiento conocido como El Solar, cerca de la ciudad de Taxco, y otro en la comunidad de Tehuilotepec en el mismo municipio, conocido como La Mina de Remedios.

En la explotación de la primera indicada, o sea El Solar, como parte de sus trabajos realiza explosiones con dinamita, que son propios de esa actividad industrial; lo denunciable es que esas explosiones afectan a la población, pues sus vibraciones han provocado el deterioro de algunas casas que se encuentran el la periferia de Taxco, desgraciadamente cercanas a la zona de explotación minera.

Los desechos de dicho mineral son arrojados sin ninguna consideración y permiso, en predios que pudieran servir para la agricultura, y que con ellos se les inhabilita para esos fines; además, esos mismos desechos son arrojados en los arroyos y corrientes de agua de la zona los cuales a su vez desembocan en otros mayores, impidiendo que muchas comunidades puedan disponer de agua limpia para el uso doméstico o para riego en el cultivo.

Entre esas comunidades se puede mencionar a Huimatla y Sochula, que se encuentra por abajo de dicho mineral.

En el establecimiento de Tehuilotepec se repiten las mismas conductas, con la afectación de los pequeños poblados que se encuentran cercanos de dicha extracción.

En Sultepec, estado de México, al sur de dichos municipios y cerca de la comunidad de La Albarrada, la Compañía Fresnillo, S.A. explota otro yacimiento mineral, cuyo principal mineral, cuyo principal producto es la plata; en esta región extensiones considerables de terrenos comunales, ejidales y pequeñas propiedades son destruidas, cuando esa empresa abre los caminos de acceso a sus minas, sin pagar indemnización a sus propietarios y poseedores, haciéndolos creer que esas obras son de absoluto beneficio para sus poblaciones.

Aquí también se repite la hazaña de retirar los desechos minerales y en terrenos ajenos y contaminar las aguas de la región, sin tomar ninguna providencia para disminuir los daños. De manera especial quiero mencionar, que en la comunidad de La Albarrada, esta empresa ha llegado a tal extremo, que por el excesivo volumen de desechos minerales que siguen tirando sobre esta comunidad, se está produciendo derrumbes de casas.

El único manantial de donde los pobladores se surtían de agua para su consumo necesario, ya fue contaminado. Como consecuencia de esto, la empresa ofreció a esta comunidad instalarles agua potable, promesa que hasta el momento no se ha cumplido; pretende solucionar esta necesidad de líquido vital llevando pipas de agua sucia, poniendo de esta manera en grave riesgo la salud de las familias.

Queremos aclarar que no estamos en contra de la actividad minera y menos en la zona a que me refiero, que por su pobreza, la minería es una fuente de sustento para sus pobladores; al contrario, queremos que se extienda, se modernice y se intensifique. Sin embargo, consideramos que esta actividad debe pagar sus costos e indemnizar a los que perjudica con sus actividades, tanto a los que se ven afectados por la apertura de caminos, como a los que en sus propiedades o posesiones tiran los desechos minerales.

Asimismo, estas empresas están obligadas a tomar las medidas concernientes para evitar la contaminación del ambiente, tanto de las aguas como de ruidos en la atmósfera. Es compatible la actividad económica con la protección del ambiente.

Los afectados por estos daños están inconformes y ofendidos por los mismos, pero algunos de ellos por su condición de pobreza y marginación, no han podido encontrar los cauces para hacerse oír y cuando han reclamado a las autoridades, no les prestan atención.

Por eso, como representante popular y militante del Partido Demócrata Mexicano, alzo mi voz por los que no tienen voz, y realizo esta denuncia.

En este período de sesiones analizaremos la importante Ley de Ecología que nos ha enviado el Ejecutivo, pero con el marco legal existente en esta Cámara puede realizar gestiones en el ámbito de su competencia, para defensa de los compatriotas que así se ven afectados; además del estudio de los hechos, puede servir de marco de referencia para la configuración de la futura legislación que aprobaremos.

Por todo lo anteriormente expuesto, propongo que la presente denuncia sea turnada para su análisis, investigación y medidas consecuentes a las comisiones de Asentamientos Humanos, Ecología y a la de Gestoría y Quejas.

Por la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, diputado Lorenzo Serrano Gutiérrez.

El C. Presidente: - En atención a que en el texto de su intervención formula una propuesta el ciudadano diputado, se pregunta a la asamblea si alguien desea hacer uso de la palabra en pro o en contra...

No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría, en votación económica, si se admiten a discusión la propuesta.

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - En votación económica, se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la proposición presentada.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - Túrnese a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas.

FUERZAS DE LA PAZ

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Hildebrando Gaytán Márquez, para presentar un informe.

El C. Hildebrando Gaytán Márquez: - Señor presidente; honorable asamblea: Dos importantes conferencias internacionales de las fuerzas de la paz se realizaron recientemente en Buenos Aires, Argentina, la Conferencia Internacional sobre el Atlántico Sur y la Reunión de los Movimientos de la Paz de las Naciones del Grupo de los Seis.

Convocados estos eventos por el Consejo Mundial de la Paz y el Consejo Argentino de Paz, los trabajos que se realizaron los días del 26 al 29 de octubre del año en curso, fueron presididos por el Presidente del Consejo Mundial de la Paz, señor Romesh Chandra, y asistieron con la representación de sus respectivos organismos, entre otros el diputado Eduardo Chuay, por el Centro Brasileño por la Paz y la Ecología; por la República del Congo, Donatien Okombi; de Estados Unidos, el reverendo Wendell Foster del Consejo Municipal de Nueva York; por Grecia, el general Kostas Konstantinidis; la doctora Hemlata Swarup, por la India; el señor Max Moabi, por el Congreso Nacional Africano; el general Liber Seregni y otras personalidades, por el Uruguay; el general Mercado Jarrín, por el Perú; y parlamentarios, sindicalistas y personalidades de la cultura, en representación del Consejo Argentino de Paz. Por nuestro país, fue invitado a participar en estos eventos el Movimiento Mexicano por la Paz, el Antiimperialismo y la Solidaridad entre los Pueblos y su presidencia colectiva a proposición de su presidente, el doctor Juan Manuel Figueroa, tomó el acuerdo de nombrarme para asistir con la representación de dicha organización a estos actos. Además de quien informa, también asistió a estas conferencias el diputado Eraclio Zepeda, realizando ambos un trabajo armonioso.

La Conferencia sobre el Atlántico Sur, Zona de Paz ha sido por diversas razones de gran importancia.

Dentro de los elementos que amenazan la paz y la seguridad internacional, las bases militares cumplen un grave papel, su existencia incrementa la tensión regional y global, sirven como factor de amenaza y represión a los movimientos populares, y constituyen un instrumento que acelera la carrera armamentista.

A las organizaciones militares que el imperialismo norteamericano estableció en los años de la guerra fría, después de la Segunda Guerra Mundial

estuvo siempre el proyecto de establecer en el Atlántico Sur una organización militar similar a la del Atlántico Norte, a la OTAN; aunque estos planes no se han cristalizado; sin embargo, el armamentismo en la región ha alcanzado proporciones sumamente peligrosas en los últimos años por la intervención del gobierno de Estados Unidos de América, de la Gran Bretaña y del propio Tratado del Atlántico Norte.

De esta manera, tenemos el hecho monstruoso de que todas las islas del Atlántico Sur tienden a ser bases militares. Ya tienen ese carácter las islas de Ascensión y Santa Elena, bajo dominio de la Gran Bretaña; ahora se camina aceleradamente en la militarización de las islas Georgias del Sur, Sandwich del Sur y las Malvinas, que la Gran Bretaña persiste en mantener como enclaves coloniales, en perjuicio de los derechos soberanos de la República de Argentina. Las Malvinas se han convertido en una zona de exclusión militar, donde se ha establecido una base aeronaval nuclear y un aeropuerto estratégico.

Esta peligrosa construcción de nuevas bases militares en el Atlántico Sur, se torna más grave si tomamos en cuenta que las islas más importantes del Océano Pacífico e Indico, cercanas al Atlántico Sur, como es la Isla de Pascua y Marion, forman parte de los planes militares del gobierno norteamericano, gracias a la anuencia de los gobiernos de Chile y Sudáfrica y asimismo ante el apoyo que recibe el gobierno de Botha en Sudáfrica de parte de los gobiernos de Gran Bretaña, Estados Unidos, República Federal de Alemania e Israel, que le suministran la tecnología necesaria para que desarrolle su capacidad nuclear y fabrique bombas atómicas.

Las acciones intervencionistas de Sudáfrica, además de la ocupación ilegal que tiene en Namibia, se expresan ahora con los convenios y colaboración militar que ha establecido con los dictadores Pinochet y Strossner.

Este grave cauce que ha seguido la construcción de nuevas bases militares en la región sur del continente, determinó que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobara la Resolución 41-11-50 del día 27 de octubre de 1986, en que declara al Atlántico, Sur Zona de Paz, y se señala: "...la necesidad de mantener la región libre de medidas de militarización, de la carrera de armamentos, de la presencia de bases militares extranjeras, y sobre todo de armas nucleares". También afirma la resolución que: "...exhorta a todos los estados de todas las demás regiones, en especial a los estados militarmente importantes, a que respeten escrupulosamente la región del Atlántico Sur como Zona de Paz y Cooperación, en particular mediante la reducción y eventual eliminación de su presencia militar en dicha región, la no introducción de armas nucleares o de otras armas de destrucción masiva, y la no extensión a la región de rivalidades y conflictos que le sean ajenos".

A un año de haberse aprobado esta importante Resolución de la ONU, la realización de la Conferencia Internacional del Atlántico Sur convocada por el Consejo Mundial de la Paz, cobró significativa importancia, y entre sus diversas resoluciones están la de promover la difusión y el cumplimiento de la Resolución de la ONU ya mencionada; de promover una Jornada Internacional de Solidaridad con el pueblo argentino en apoyo de sus demandas de soberanía en las Islas Malvinas, Sandwich y Georgias del Sur, y por el desmantelamiento de las bases militares británicas; condenar la política racista del gobierno de Sudáfrica y exigir cese la represión contra el pueblo sudafricano, expresando además la más activa solidaridad con la lucha que libra el Congreso Nacional Africano; exigir la aplicación de la Resolución 435 del Consejo de Seguridad de la ONU, sobre la independencia y soberanía de Namibia.

Por otra parte, el Encuentro de los Movimientos de Paz de la Naciones del Grupo de los Seis, reiteró el reconocimiento y la importancia de esta iniciativa de paz que han enarbolado los seis Jefes de Estado, a quienes se exhortó a proseguir y profundizar la tarea emprendida y a llamar a todos los pueblos, gobiernos y organizaciones sociales a redoblar todos los esfuerzos por la paz mundial, donde adquiere relevancia la realización, en fecha próxima, de la Tercera Sesión Especial de la ONU sobre Desarme, de la cual espera la humanidad resoluciones verdaderamente trascendentes.

La importancia de los estudios y resoluciones de estas Conferencias Internacionales de Buenos Aires, como todas las que se refieren a la paz, no pueden restringirse a los intereses y problemas específicos de una región, porque la paz mundial es indivisible y ningún problema grave de cualquier lugar del planeta, puede quedar fuera del contexto de la seguridad internacional.

Por eso, hemos considerado pertinente informar a esta soberanía, que por cierto ha aprobado resoluciones oportunas muy importantes sobre la paz, sobre la realización de estas Conferencias del Atlántico Sur, cuyas resoluciones movilizarán con mayor vigor a las fuerzas de paz de México y del mundo. Muchas gracias.

Diputado Hildebrando Gaytán Márquez.»

Señor presidente, en el uso de las facultades que le concede el reglamento, disponga que el trámite de este informe se inscriba en el Diario de los Debates. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Proceda a inscribirse en el Diario de los Debates, el texto del informe presentado por el diputado Hildebrando Gaytán Márquez.

EFEMÉRIDES

REVOLUCIÓN SOCIAL EN PUEBLA

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra para conmemorar una efemérides, el ciudadano diputado Melquiades Morales Flores.

El C. Melquiades Morales Flores: - Señor presidente; señores diputados: El 18 de noviembre de 1910, hace 77 años, estalla en Puebla la Revolución Social de México, encabezada por Madero y una pléyade de patriotas esclarecidos, entre ellos los hermanos Aquiles, Máximo y Carmen Serdán Alatriste, Revolución que derrumba viejas estructuras y destruye los intereses creados para trasformar la fisonomía de nuestra Patria.

Los hermanos Serdán, al lado de Madero, son quienes precipitan los impulsos sociales hacia objetivos concretos; son quienes encarnan la necesidad de transformar un orden aparentemente inamovible; son fieles intérpretes de los deseos y aspiraciones generales de un pueblo sometido, para hacerlo dueño de su destino.

Nadie puede negar la trascendencia de la gesta heroica del 18 de noviembre de 1910, cuando los hermanos Serdán, sitiados en su propio domicilio, que era su trinchera, con valor y decisión se enfrentan a sus verdugos, para convertirse en precursores y heraldos de la buena nueva de la Revolución.

Cierto que las estructuras caducas se aferraban a la supervivencia, pero vencido el servilismo, rotos los diques que contenían al pueblo, nada habría de detener la marcha hacia una nueva y mejor existencia individual y colectiva.

La verdadera Revolución, es la que crea sus propios instrumentos para realizar sus fines, crea un nuevo estado de cosas, desde una nueva cultura y un nuevo arte, hasta un nuevo régimen jurídico y económico.

Por eso, la nuestra, además de ser un auténtico movimiento revolucionario, es la primera que enfoca los problemas generales de un pueblo, con una nueva orientación social.

La Revolución si no quiere agotarse en impulsos violentos, tiene que encauzarse hacia objetivos claros que respondan al impulso que le dio origen, y a la creación de un nuevo orden legal.

Es la Constitución de 1917 donde se estructuran los fines de la Revolución, señalando hacia dónde quieren ir los mexicanos, y a partir de este momento se definen con claridad las metas de nuestro movimiento. Por eso afirmamos que el Código de Querétaro define el perfil del México moderno.

Al recordar a los Serdán, subrayamos la vigencia de los principios revolucionarios que norman la vida de la República, y la decisión política de acatarlos y hacerlos cumplir cabalmente.

Es un acto genuino de adhesión a las corrientes más profundas de nuestra historia. Es, en suma, un acto de afirmación cívica y militancia política, que nos compromete con una causa que no ha concluido.

Hoy, en el México contemporáneo, con las banderas de la Revolución, recorremos los caminos de la democracia económica y política. La unidad de las fuerzas populares, revitaliza y presta sentido a nuestro empeño de consolidar lo logrado y alcanzar nuevos objetivos.

La Revolución la hizo el pueblo, fueron los trabajadores del campo y la ciudad los protagonistas de este movimiento, y fueron los que le dieron rumbo y contenido.

Por eso, no es casual que Villa y Zapata se hayan erigido en los paradigmas de la lucha social.

La Revolución es un parteaguas histórico, de tal forma que podemos hablar de un México de antes y después de este movimiento social.

Con la Revolución, el país tiene otra fisonomía y forja un nuevo tipo de mexicano, un hombre más libre y con mejores armas para enfrentarse a la vida.

El país tiene otra cara, porque la obra material es impresionante: tenemos vías de comunicación, grandes ciudades, energía eléctrica, hidrocarburos, más de 5 millones de tierras de regadío, más de la mitad del territorio en manos de los campesinos, presas, puertos, aeropuertos y una planta industrial pujante, que han transformado al país.

Contamos con servicios de salud, educación y con más oportunidades para acceder a mejores niveles

de bienestar, que han creado un nuevo perfil del mexicano, dueño de su patria y su destino.

Los protagonistas de la Revolución, quienes más aportaron, siguen siendo los artífices del destino nacional.

Los obreros, los campesinos, las clases populares, con mejores instrumentos contribuyen hoy al desarrollo del país, y son sus beneficiarios legítimos.

Por eso, la Revolución no se ha agotado, y mucho menos es sólo un recuerdo, es un proceso vivo y dinámico, que a pesar de sus logros que son enormes, no ha alcanzado plenamente los objetivos trazados, por lo que estamos empeñados en alcanzarlos hasta lograr su cabal realización.

El desarrollo político alcanzado es notable, contamos con un vigoroso sistema de partidos que contribuyen a enriquecer nuestro régimen democrático, nos afanamos en perfeccionar nuestro sistema electoral para encauzar con la mayor nitidez la voluntad popular, que es el sustento legítimo de los Poderes de la Unión.

Por todo ello, al rendir homenaje a los Serdán y a todos los que hicieron la Revolución, manifestamos que ésta está vigente y continúa su marcha, que se renueva en cada logro y ofrece amplias alternativas para la solución de los grandes problemas nacionales.

La Revolución no ha culminado, porque tenemos enfrente muchas carencias que satisfacer y deudas pendientes con quienes la forjaron; por ello, este gobierno se esfuerza por encontrar las soluciones a los problemas de las mayorías, para cumplir compromisos y saldar deudas en ese empeño. Quienes militamos en el PRI, nos solidarizamos con las medidas gubernamentales que tienden a satisfacer demandas de las grandes mayorías populares, que son la fuerza que impulsa a esta país. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Nabor Camacho, para conmemorar una efemérides.

El C. Nabor Camacho Nava: - Ciudadano diputado presidente; compañeras y compañeros diputados: Abundaré en lo expresado ya por el compañero diputado que me antecedió en el uso de la palabra, tan sólo para decir que la familia Serdán, los hermanos Serdán, se conjuraron y tuvieron como compañeros de lucha a obreros textiles tlaxcaltecas; fueron sin embargo denunciados y el gobernador de la entidad en esa época, Mucio Martínez, regresó de improviso de Tehuacán, a donde se encontraba de visita y se precipitó el cateo y ataque de la casa de los Serdán.

Miguel Cabrera, inspector de policía, se parapetó frente a la casa de los hermanos Serdán sobre la iglesia de Santa Clara, y empezó el ataque. En la primera escaramuza cae muerto Miguel Cabrera, aprehendido uno de los subordinados y el resto de la gendarmería huyó despavorida; viene entonces la fuerza federal, los rurales toman posiciones, reinician el ataque y cae muerto Máximo Serdán, en tanto Carmen y la cuñada, esposa de Aquiles, salen a la calle y ofrecen armas a los que van pasando y les dicen: "luchemos por la libertad, aquí hay armas para pelear".

La gente temerosa decide huir y no participa. Cabe reflexionar, ¿sirvió de algo el sacrificio de los hermanos Serdán?, ¿dejaron en nuestra conciencia el espíritu libertario? Vamos a reflexionar, qué ha cambiado a 77 años de distancia.

La policía es respetuosa con la ciudadanía; nuestro glorioso Ejército Nacional es sostén de nuestras instituciones y defensor de nuestras soberanía; se construyen escuelas para satisfacer las necesidades educativas; la seguridad social abarca cada vez más y mayor número de ciudadanos; actualmente los productos básicos alimentarios se encuentran al alcance de toda la población; no existe desempleo; los obreros y jornaleros perciben salarios muy decorosos; los maestros cumplen escrupulosamente con su noble misión; los estudiantes se aplican a sus tareas escolares; no existe el porrismo; se implementan medidas para un control de precios y evitar abusos; los precios oficiales de masa y tortillas son respetados por los comerciantes del ramo; existe libertad de expresión y no se agrede a los periodistas y columnistas; la policía federal de caminos ya no atraca a los camioneros que conducen productos alimentarios al pueblo; los procesos electorales federales, estatales y municipales son legales y limpios; el padrón electoral nacional no está inflado; las ánforas en las elecciones en general ya no se rellenan previamente al proceso electoral; ya nadie se roba las ánforas; se respetan los triunfos de la oposición; no existe el voto forzado de obreros y burócratas a través del sistema de boleta cruzada, previo al acto electoral una semana antes; no hay represión; no existe abstencionismo; se combatió a fondo la corrupción administrativa; a todos los niveles se respeta el erario; y los gastos de administración son comprobados a satisfacción.

Los ciudadanos en general vivimos satisfechos con nuestros gobernantes; se han recuperado todas las cantidades de dinero sustraídas de las arcas nacionales por funcionarios corruptos; se ha castigado

a los depredadores de la nación. Los grandes talamontes están en la cárcel; ya no se expiden permisos de explotación forestal irracional. Los productos derivados del petróleo se encuentran a precios accesibles, las instituciones nacionales de crédito atienden a los solicitantes; la Bolsa Mexicana de Valores es muy honesta y sus dueños no esquilman a los pequeños ahorradores.

Los diputados federales, nosotros, cumplimos con la misión que el pueblo nos encomendó, y somos orgullo de nuestros electores, siendo puntuales, responsables, permanecemos en la sala de sesiones, participamos en la tribuna, presentamos iniciativas, nunca abandonamos este recinto si no ha finalizado la sesión; de ser necesario, aquí amanecemos, asistimos a los trabajos de comisión, procuramos que siempre haya quórum, escuchamos con mucha atención a quienes participan en tribuna, en fin, cumplimos con nuestro deber.

Compañeros diputados, la Revolución no ha terminado. Los conmino a todos, les pido, les suplico, que seamos más responsables de nuestra obligación.

Visto todo lo anterior, bueno, no existe el fermento peligroso que pudiera provocar un nuevo estallido revolucionario; estamos en paz, vivimos muy democráticamente, no cabe la posibilidad de una guerra civil, sigamos como vamos; el México bronco aún no despierta, tal vez no pase nada. (Aplausos.)

PONCIANO ARRIAGA

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Antonio Mosiváis Ramírez, para conmemorar una efemérides.

El C. Antonio Monsiváis Ramírez: - Don Ponciano Arriaga nació en San Luis Potosí, el 18 de noviembre de 1811. En 1831. En recibió de abogado, habiéndosele tenido que habilitar la edad para el ejercicio de la profesión, pues sólo contaba con 20 años de edad, al momento de obtener su título profesional.

Figura primero como secretario del general Esteban Moctezuma que luchó contra las administraciones del presidente Bustamante y contra el centralismo. Desde entonces, se dio a conocer como un hombre de ideas nuevas.

Desempeño muchos puestos en su estado natal, y así lo vemos de regidor, de diputado al congreso local y de secretario general de gobierno en su tierra natal.

Figuró siempre en los acontecimientos políticos de San Luis Potosí y llegó a ser jefe del Partido Liberal. Fue electo diputado al Congreso general en 1843 y en 1846. Nombrado Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos del presidente don Mariano Arista, le alcanzó el prestigio de respetuoso de las leyes que envolvió a esa administración.

Fue después perseguido por Santa Anna por sus conocidas ideas. Pero donde la patria le debe sus mejores servicios, es sin duda en el Congreso Constituyente de 1857. Al reunirse este congreso el 16 de Octubre de 1855, siete distritos Electorales lo nombraron su representante. A él le tocó presidir la primera junta preparatoria del 14 de febrero de 1856, y en la Cámara, cuando quedó instalada, fue desde luego nombrado en la comisión más importante, o sea en la que debía presentar el proyecto de Constitución.

Se le tiene como el alma mater o padre de la Constitución de 1857, porque la mayor parte del proyecto, sobre todo la que se refería a los puntos de progreso y libertad, es su obra.

Sus discursos patrióticos en el seno del congreso, aparecen en la historia del Congreso Constituyente de don Francisco Zarco.

Don Ponciano Arriaga murió el 12 de julio de 1865.

La fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, quiere este día, recordándolo con estas sencillas palabras, presentar un uncioso homenaje de veneración, de respeto y de recuerdos. Por el honor de su atención, muchas gracias.

REVOLUCIÓN MEXICANA

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, para conmemorar una efeméride, el ciudadano diputado Hildebrando Gaytán Márquez.

El C. Hildebrando Gaytán Márquez: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: La Revolución Mexicana cumple 77 años de su estallido en medio de las condiciones más desfavorables, y con el abandono de algunas de sus mejores conquistas.

El pueblo de México, ante el panorama actual, debe saber qué frutos, qué expectativas le puede otorgar aún la Revolución Mexicana para la construcción de su historia futura; pero tener ese juicio y esas opiniones de lo que debe ser la Revolución, entraña descifrar lo que esta movimiento del pueblo es esencialmente.

Y decimos que la Revolución Mexicana es, ha sido un movimiento antifeudal, democrática, antiimperialista, y sin duda alguna, es a partir de la situación semicolonial de México que existía en la época del porfiriato, y que se ha mantenido en estos años, como surge la disyuntiva de que la Revolución Mexicana por esas características, es una vía para la independencia económica de México que si no se cumple en sus objetivos y medidas fundamentales, entonces esta situación de dependencia semicolonial se agravará, sometiendo a nuestra patria en el neocolonialismo.

La Revolución Mexicana una vez más demostró que las grandes medidas de solución a los problemas sociales son las que surgen del pueblo. No se conoce ninguna medida fundamental que desde la posición de los intereses creados, tienda a transformar la situación en favor de los oprimidos y necesitados.

Como revolución popular, al igual que las anteriores de nuestro pueblo, creó instituciones, leyes y nuevas normas.

El programa de la Revolución, los principios que la caracterizan, se han definido desde la lucha armada, se han definido por la lucidez de los hombres que han profundizado en el estudio científico de la realidad nacional; y también ha sido un factor para definir el programa revolucionario, el tomar en cuenta las medidas y los objetivos de los sectores reaccionarios, de los contrarrevolucionarios, porque, de esta manera, contrastando el programa revolucionario y el programa de la reacción, ha definido el programa nacional revolucionario, su esencia y su carácter.

Rumbo histórico en cuanto a objetivos y, por otra parte, medidas concretas a aplicar, son indisolubles; no se puede pelear por la independencia económica, la soberanía plena, las mejores condiciones de vida del pueblo, la educación y la cultura, basada en la ciencia, en la democracia y en el nacionalismo o un régimen democrático más amplio, si no se es consecuente con aplicar las medidas que la propia Revolución definió y que son: la intervención del Estado en la economía, la aplicación de la política de nacionalizaciones; la concepción del Estado como tutelar de los derechos de la clase obrera y campesina, y el concepto de democracia en cuanto a que mira al constante mejoramiento de las condiciones económicas y sociales del pueblo y el desarrollo nacional en base a las puertas propias y a la intervención del Estado, la aplicación de la reforma agraria y la educación popular, con orientación precisa, democrática, nacionalista y con un contenido científico que la distingue de la del porfiriato, con aquella concepción ambigua de educación laica que no tenía ningún compromiso social ni estaba en base a la verdad científica.

Por eso, esos objetivos y estas medidas concretas a tomar, el Partido Popular Socialista las ha hecho suyas, se identifica con ellas, porque sabe que son objetivos y medios para resolver problemas de hoy, y a la vez, son los que pueden mirar a una sociedad más justa del futuro, pero esta aplicación en el menor análisis, tenemos que no ha sido consecuente, que el escenario temporal de la Revolución ha sido diverso, zigzagueante y que han acontecido hechos de la vida internacional que han también obstaculizado su pleno desarrollo; sin embargo, la esperanza en la Revolución Mexicana, en lo que ésta debe ser para resolver los problemas del pueblo, ante la situación de actuar, el pueblo se pregunta si sigue siendo la vía para el desarrollo y para resolver los problemas de los mexicanos.

¿Por qué surge esta interrogante que queremos dar respuesta? Porque evidentemente que medidas esporádicas que lo gobiernos anteriores que habían favorecido a sectores minoritarios de la burguesía reaccionaria, hoy han sido una medida permanente; no podemos nosotros apreciar como medidas que pertenezcan a la Revolución Mexicana, las que se han tomado en política económica por el actual régimen, porque sin detallarlas, sí acentuamos que se sustentan tesis económicas de la reacción y del imperialismo en las que se han aplicado en la actualidad; que se coincide con lo que demanda imperialismo y el Fondo Monetario Internacional para nuestra vida económica y social; que se abren posibilidades al imperialismo y la burguesía reaccionaria para enriquecerse más y aumentar su presencia en toda la vida de México y que abaten las condiciones de vida del pueblo y que medidas como la requisa anulan los derechos y lucha de la clase obrera.

Por eso, esas medidas no son las que están en la vía de la Revolución Mexicana, esas medidas, están favoreciendo a los enemigos de la Revolución: la burguesía reaccionaria y el imperialismo, están deformando el proceso histórico de México. Por eso, no es tarde para seguir reflexionando en la esencia y el compromiso de la Revolución

Nosotros, el Partido Popular Socialista, señala claramente que esas medidas constituyen una traición al programa de la Revolución y, por otro lado, la Revolución Mexicana como vía para el desarrollo de México, pensamos que sigue siendo válido; siguen siendo válidos los objetivos y las medidas que ya he mencionado. No hay otras medidas que el pueblo tenga a la mano para poder seguir construyendo su futuro.

La situación singular de nuestros días, es que a los enemigos del exterior que ha tenido la Revolución: el imperialismo; a los enemigos internos: la burguesía reaccionaria, ahora tiene con esa política económica ajena a la Revolución Mexicana, tiene la revolución y el pueblo, dentro del gobierno también, a enemigos de su lucha. No son medidas que se inspiren en el patriotismo, en el anhelo popular ni en el interés nacional, éstas de la política económica sumamente graves para el rumbo de México, por el camino de la Revolución Mexicana y más aún, están llevando al país precisamente hacia objetivos contra los cuales había luchado el pueblo revolucionario de 1910 y todas las generaciones que han seguido a nuestros días.

Por eso, ante ese balance, las fuerzas progresistas y patrióticas de México, tienen una responsabilidad insoslayable: seguir profundizando en lo que es y debe ser la Revolución Mexicana, defenderla de sus detractores y de los que la violentan y, consecuente también con todas estas acciones de carácter teórico y de movilización política, la tarea de expulsar del gobierno a quienes traicionan a la Revolución Mexicana, con esa política económica y rescatar el camino de sus más valiosas conquistas que será la que nos lleve a la plena independencia nacional económica y política, a la elevación real del nivel de vida del pueblo que hoy lo reclama y al ensanchamiento de nuestro régimen democrático. Muchas gracias.

RICARDO FLORES MAGÓN

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Justino Delgado Caloca, para conmemorar una efemérides.

El C. Justino Delgado Caloca: - Con permiso, señor presidente; señoras y señores diputados: Vengo ante esta importante tribuna, a dar lectura a una iniciativa.

«H. Cámara de Diputados. Presente.

Los diputados de la Confederación de Trabajadores de México, que forman parte de la fracción parlamentaria del sector obrero en la LIII Legislatura Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución federal y del 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa de decreto, basándose para ello en lo siguiente:

Desde hace muchos años, diputados del entonces Partido Nacional Revolucionario, del Partido de la Revolución Mexicana, hoy Partido Revolucionario Institucional, y desde 1964, diputados de distintas fracciones parlamentarias, a través de su trabajo legislativo, han coincidido en un justo reconocimiento al revolucionario por excelencia, patriota oaxaqueño, indomable luchador social, intelectual honesto, ideólogo precursor de la Revolución Mexicana, al liberal por antonomasia, Ricardo Flores Magón.

Representante fiel del sufrimiento del pueblo, auténtico luchador por el bienestar de la familia proletaria, precursor de la equitativa distribución de las tierras, pionero del derecho obrero y sindicalista intachable. Sin lugar a dudas, Ricardo Flores Magón pertenece y enriquece al patrimonio histórico de la nación, su ejemplar conducta durante el ejercicio de una vida plena de solidaridad, marcada siempre con dolorosos episodios, sintetiza la práctica de los más elevados valores cívicos y patrióticos y lo presenta como una fortaleza moral, modelo para las nuevas generaciones.

Para respaldar mis aseveraciones, quiero destacar lo más importante del perfil de este revolucionario puro:

Un profundo amor a México, fundado en el conocimiento de su historia.

Un solidario empeño de construir una sociedad justa.

Una determinación intransigente en la práctica de sus ideas revolucionarias.

Una militancia en la disidencia política, sin componendas ni oportunismos.

Un periodismo combativo y definido ideológicamente al lado del pueblo.

Una lealtad inquebrantable a sus principios.

Un férreo carácter para imprimir y difundir sus avanzadas ideas, aun expuesto al encierro, al destierro o la permanente amenaza del martirio, y a pesar de las agresiones físicas y la destrucción de las imprentas, soportó estoicamente frente a la dictadura porfirista.

Ricardo Flores Magón, es un personaje histórico en la energía inagotable de la corriente ideológica más radical de la Revolución Mexicana: ¡el magonismo! Misma que, aún en contra de sus detractores, es la primera organización de masas en el México del siglo veinte.

El magonismo evolucionó desde las posiciones liberales hasta la intransigencia romántica del

anarquismo individualista, el magonismo es avanzada revolucionaria, es la junta del Partido Liberal, es "regeneración", es orientación y agitación social en el germen revolucionario.

El magonismo nace en las marchas estudiantiles que en 1892 protestaron por la primera reelección del dictador; nace en el ejercicio del periodismo iniciado en El Demócrata, dirigido por Joaquín Clausell y más tarde en la relación con Camilo Arriaga y en el club liberal de San Luis Potosí.

La ideología magonista parte del liberalismo juarista; defiende el derecho del pueblo a elegir a sus gobernantes; rechaza la reelección; denuncia la venalidad del sistema judicial. Perseguido. acosado y asediado Ricardo Flores Magón por la dictadura, ejerce la libertad de imprenta y practica el derecho de asociación.

Su conocimiento profundo de la realidad social le alimenta y estimula su radicalismo frente a los abusos y las injusticias.

No obstante que el magonismo en sus orígenes era muy representativo de la clase media, en su desarrollo político se vincula estrechamente a los problemas del proletariado.

En su lucha contra la dictadura procuraron la organización de los trabajadores, no sólo mediante las consignas publicadas en Regeneración, y ya para 1906, difundían las ideas expuestas en el manifiesto del Partido Liberal, como respuesta a la concesión injusta otorgada a las empresas extranjeras para la explotación de los recursos naturales y la realización por los trabajadores mexicanos de los trabajos más difíciles e inseguros, siendo discriminados en el pago y en el trato, circunstancias que explican las violentas jornadas de Cananea, Sonora, en 1906, de Río Blanco en 1907, en San Luis Potosí en 1908, lugares donde la huelga fue instrumento de lucha de los trabajadores mineros, textiles y ferrocarrileros, en donde la presencia de las consignas magonistas orientaron la insurgencia.

En relación a los derechos de la clase trabajadora, el manifiesto del Partido Liberal demandaba lo siguiente:

Jornadas de trabajo máximas de ocho horas.

Salario mínimo de un peso.

Reglamentación del trabajo doméstico y del trabajo a domicilio.

Prohibición del trabajo a niños menores de 14 años.

Obligación de los propietarios de minas, fábricas y talleres de mantener las mejores condiciones de higiene en sus propiedades, así como guardar los lugares de peligros en un estado que preste seguridad a la vida de los operarios.

Obligaciones de los patrones o propietarios rurales de dar alojamiento higiénico a los trabajadores cuando la naturaleza del trabajador exija que reciban albergue.

Declarar nulas las deudas de los jornaleros de campo, para los amos.

Adoptar medidas para que los dueños de la tierra no abusen con los medieros.

Prohibir a los patrones, bajo severas penas, que paguen al trabajador de otro modo que no sea con dinero en efectivo; prohibir y castigar, que no se ponga multa a los trabajadores o se les hagan descuentos de su jornal, o se retarde el pago de la raya por más de una semana, o se niegue al que se separe de su trabajo, el pago inmediato de lo que ha ganado e igualmente, prohibir el establecimiento de las tiendas de raya.

Obligar a todas las empresas o negociaciones a no ocupar entre sus empleados o trabajadores, sino una minoría de extranjeros. No permitir en ningún caso que en trabajos de la misma clase se pague peor al mexicano que al extranjero en el mismo establecimiento, o que a los mexicanos se les pague en otra forma que a los extranjeros.

Hacer obligatorio el descanso dominical.

El magonismo corrió los riesgos del odio dictatorial, al orientar sus esfuerzos a la formulación de acciones políticas y de organización de las masas obreras y campesinas. Sus tesis habrían de prender en la clase trabajadora.

Años después destacados magonistas darían nuevas y apasionantes batallas, en el Congreso Constituyente de 1917, convirtiendo sus banderas de lucha revolucionaria en normas jurídicas en la Constitución Política de 1917, fundando y perfilando el derecho social mexicano establecido en los artículos 27 y 123 constitucionales e influyendo también en el contenido del artículo tercero constitucional.

Compañeros diputados: Por las razones antes expuestas, vengo a someter a su respetable consideración la propuesta para inscribir en los muros de este recinto con letras de oro, el nombre de un hombre probo revolucionario y profundamente patriota. ¡Ricardo Flores Magón!

Atentamente.

México, Distrito Federal, 17 de noviembre de 1987. - Por la diputación priísta de la Confederación

de Trabajadores de México: Alfredo González González, Rogelio Preciado Cisneros, Pedro López Vargas, Gaspar Valdés Valdés, Alfonso Santos Ramírez, Jorge Doroteo Zapata García, Humberto Andrés Zavala Peña, José Herrera Arango, Armando Lazcano Montoya, Joaquín López Martínez, Federico Durán Liñán, Javier Pineda Serino, Alfonso Godínez López, Luis Manuel Altamirano Cuadros, Alfonso Reyes Medrano, Agustín Bernal Villanueva, Juan Moisés Calleja García, Gonzalo Castellot Madrazo, Cristóbal García Ramírez, Héctor Hugo Valera Flores, J. Jesús Gutiérrez Segoviano, Alberto Carrillo Flores, Porfirio Camarena Castro, Félix Liera Ortiz, Justino Delgado Caloca, Samuel Orozco González, Eduardo Lecanda Lujambio, Alberto Rábago Camacho, Heriberto Serrano Moreno, José Delgado Valle, Juan Carlos Velasco Pérez, Abimael López Castillo, Raúl Ramírez Chávez, Leobardo Ramos Martínez, Pedro Ortega Chavira, Gloria Mendiola Ochoa, Alfredo López Ramos, Oney Cuevas Santiago, Blas Chumacero Sánchez, José Manuel López Arroyo, Ezequiel Espinoza Mejía, Antonio Sandoval González, Salvador Esquer Apodaca, María Luisa Solís Payán, Francisco Villanueva Castelo, Homero Pedrero Priego, Emilio Jorge Cordero García, Diego Navarro Rodríguez, Luis Nájera Olvera, Emérico Rodríguez García, Carlos Roberto Smith Veliz, Sebastián Guzmán Cabrera, Rafael García Anaya, José Nerio Torres Ortiz, José Luis Galaviz Cabral.»

El C. Presidente: - Se pregunta a la asamblea si algún ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra en pro o en contra. No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición.

El C. Presidente: - Proceda la secretaría a dar lectura al punto de acuerdo propuesto.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - "Por las razones antes expuestas, vengo a someter a su respetable consideración la propuesta para inscribir en los muros de este recinto con letras de oro, el nombre de un hombre probo, revolucionario y profundamente patriota, Ricardo Flores Magón".

En votación económica, se pregunta si se admite o no a discusión la proposición.

Los que estén por al afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - Túrnese a la Comisión de Reglamento, Régimen y Prácticas Parlamentarias.

REMEMBRANZA

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Magdaleno Yáñez para conmemorar una efemérides.

El C. Magdaleno Yáñez Hernández: - Honorable asamblea: La otra revolución. Nada existe tan universal y tan antiguo como las luchas sociales. A través de los siglos el trabajo de los pobres se ha transformado en la fortuna de los ricos. De ahí el antagonismo irreductible del débil contra el fuerte.

Los fenómenos económicos, políticos y sociales que en su época más agitada vio nacer el viejo mundo fueron el resultado de la división de la sociedad en dos clases, explotados y explotadores.

Esos fenómenos son aplicables, si se atiende debidamente a sus causas de origen, cuyas causas nos harán llegar al conocimiento de la verdad en que se pueda constatar que todo privilegio es el cimiento de un infortunio para el que lo sufre y para el que lo ejerce.

La defensa de la libertad y de la justicia social, la sangre ha corrido a torrente y se han formado inmensas montañas de cadáveres, dejando tras de sí el amargo recuerdo que recoger la historia en las páginas negras de fatídica y dolorosa distancia que han tenido que recorrer los pueblos por alcanzar un fin, para alentar una noble y santa aspiración o por invocar un sublime ideal, reclamando su derecho conculcado.

Bajo el movimiento de estos factores sociales y de ideas que han elevado sucesivamente el nivel de la civilización, queda al descubierto un principio primitivo: La esclavitud, principio que se halla en todos los pueblos antiguos que se extienden sobre la Tierra. Lo que reinó en el origen del mundo fue la desigualdad de fuerzas que produjo la de condiciones sociales. El dominio del fuerte sobre el débil, lo encontramos con más fuerza mientras más nos aproximamos al estado natural.

Todos éstos y otros nuevos fenómenos derivados de la cuestión social, fueron formado en sus distintos aspectos y en sus diversas etapas, el acervo y la experiencia fuente del más amplio conocimiento de los profetas, filósofos, ideólogos, quienes nos legaron como herencia al mundo proletario el resultado de sus estudios, la predicación de sus profecías y el fundamento de sus ideales.

Y a listas fueron los próceres de la Revolución de 1910 a fines del siglo pasado e inicios del presente. Las cárceles y la muerte establecieron

las tinieblas y la luz, cuando cientos de hombres que querían una patria mejor fueron acusados de subversivos ante un régimen legalmente establecido, según los opresores de las mayorías desprotegidas.

El poder para explotar a los débiles y cubrir las delegalidades, los delitos que cometen los poderosos, que amparados en el poder político acrecientan su poder económico. Así los delincuentes se convierten en jueces para condenar a los justos cuando intentan reclamar lo que les pertenece. Se hacen subversivos, enemigos de la ley, alteradores del orden público y la paz, etcétera.

Esto sucedió y dio origen a la Revolución de 1910. Sin embargo, los delincuentes de esta época hoy son héroes nacionales. A pesar de la pompa y el boato de las fiestas del primer centenario de nuestra Independencia, el pueblo de México no se dejó impresionar por el ostentoso aparato y la pirotécnica con que la dictadura porfiriana llevó a cabo los festejos en el mes de septiembre de 1910

El presidente Porfirio Díaz, los científicos y en general todos los industriales y hombres de empresa, actuaban conjuntamente movidos por sus particulares intereses y ambiciones, haciendo cada día más complicada la vida de los hombres del campo, el taller, la fábrica, la mina, el ferrocarril, el barco, etcétera.

Cuando la política del gobernante no va regida por un espíritu justiciero de convivencia humana, sino porque se desvía hacia el hechizo del oro y el poder, esta desvío es tan profundo que origina el lógico despertar de los pueblos y al sacarlos de su letargo, marchan resueltamente hacia su reivindicación, arrollando a su paso todo lo que se interpone, porque su fuerza la arrasa con la misma fuerza del huracán, del torbellino y del capitalismo; todo lo destruye y lo deja hecho trizas y polvo.

El pueblo cansado ya de tantos años de injusticia, de explotación, de miseria, de atropellos, de crímenes, encarcelamientos, asesinatos, falta de libertad y derechos humanos se alza a la Revolución.

La aurora de la libertad recoge los anhelos y las esperanzas del pueblo de México los días 18, 19 y 20 de noviembre de 1910.

Al estallar la Revolución, el horizonte de nuestra patria se ilumina en bellas tonalidades; anuncio del nuevo día.

El 20 de noviembre de 1910 el pueblo, en todos los confines de la República mexicana, despertó para contemplar en toda su magnitud el resplandor de esa libertad que le traía la nueva aurora, llevando como programa el Plan de San Luis, como bandera la democracia, como lema: "Sufragio efectivo y no reelección" y como caudillo a Francisco I. Madero.

Fue precisamente enclavado, sentimiento de una filosofía de vida nueva, donde al conjuro de su férrea voluntad, concurrieron al llamado de la revolución, los obreros y los campesinos, los escritores y los periodistas, los profesores y los empleados, todos ellos de filiación revolucionaria; todos ellos asalariados.

Ellos fueron y nadie más que ellos quienes empuñando las armas ofrendaron su vida y su sangre para llevar al triunfo la Revolución Mexicana.

Los hombres de levita llevaban en el poder más de 30 años para derrumbar su insolente e injusta dictadura; no tomaron las armas ni los banqueros agiotistas, ni los terratenientes y latifundistas, amos y señores de las tiendas de raya, ni los explotadores del hombre y de la riqueza de nuestro país.

Ninguno de los de esa gama de parásitos sociales, causantes de la miseria y la injuria del proletariado fueron a la Revolución, por la sencilla razón de que no era su causa.

Algunos familiares o amigos que no fueron a la revolución, han tenido mucho cuidado de lavar su ideología y economía que habían mantenido durante el porfiriato, ingresando a las filas del partido único o bien directamente a la administración gubernamental, pasando en la actualidad por ciudadanos honestos y respetables, pero ajenos como siempre al dolor y a las penurias del pueblo trabajador.

Las armas las tomaron los asalariados, periodistas y escritores que poblaron las bartolinas de la abyecta cárcel de Belén y las inquisitoriales tinajas del presidio de San Juan de Ulúa. Los campesinos peones a quienes se les llamaba despectivamente "gañanes" y se les retribuía a su trabajo de 14 y 16 horas diarias, con el mísero jornal de 25 centavos; los obreros que agobiados por la explotación inhumana y larga jornada de trabajo salían exhaustos, para confrontar en sus hogares el hambre, la miseria y todos los problemas de su pobreza.

Ellos y nadie más que ellos, son los héroes colectivos de la Revolución Mexicana, ellos que unidos y estrechamente vinculados a los próceres y hombres preclaros, a los mártires y paladines de las dimensiones de Ricardo Flores Magón, de

Praxedis Guerrero, Antonio Villarreal, Librado Rivera, Zapata, Villa, Madero, Vasconcelos y otros muchos más, le dieron vida e impulso al triunfo de la Revolución Mexicana.

Con el heroico sacrificio de Aquiles Serdán y la abnegación de su hermana Carmen, el día 18 y el 20, se inicia la gloriosa jornada de la revolución, a partir de esta fecha se suceden los más grandes acontecimientos bélicos de cruentas batallas en que salen victoriosas las armas de la Revolución.

Ante el éxito de las fuerzas armadas, el ejército de libertad y el desprestigio del gobierno de Porfirio Díaz, éste en forma por demás democrática, el 25 de mayo de 1911, hace publicar su renuncia como Presidente de la República mexicana.

Clamoroso triunfo de la revolución maderista, estrepitosa caída del dictador Porfirio Díaz, liberación del pueblo después de 30 años de ignominia.

El 7 de junio de 1911 hace su entrada triunfal a la ciudad de México el caudillo de la revolución Francisco I. Madero, este acto constituye un verdadero apoteosis, después de que el pueblo en general se desbordó de entusiasmo. Hombres, mujeres, niños y ancianos de todas las clases sociales se lanzan a las calles, quieren conocer en personal al caudillo y a la multitud, y la multitud forma una verdadera avalancha humana. Se le recibe con grandes demostraciones de cariño y delirantes ovaciones.

Ese acto no tiene precedente en la historia de México, el 15 de octubre de 1911, tienen verificativo las elecciones democráticas en que el pueblo va a designar por primera y única vez, haciendo uso de absoluta libertad a los hombres que han de regir los destinos de la patria. Por unanimidad el pueblo de México se hizo sentir en toda la República resultando electos Francisco I. Madero, presidente constitucional y José María Pino Suárez, vicepresidente.

A casi cien años de la Revolución Mexicana, sí ha habido avances que no se pueden negar, lo cierto es que hoy todavía el lema de la Revolución Mexicana: Sufragio Efectivo, no existe en México. Muchas gracias y gracias a los que sonaron las tablas.

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Cámara de Diputados. - Tercer Período Ordinario de Sesiones. - LIII Legislatura.

Orden del día

19 de noviembre de 1987.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comparecencia del ciudadano licenciado Gustavo Petriccioli Iturbide, Secretario de Hacienda y Crédito Público.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del LXXVII aniversario de la iniciación de la Revolución Mexicana, tendrá lugar el próximo 20 de los corrientes.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del LXV aniversario luctuoso de Ricardo Flores Magón, tendrá lugar el próximo 21 de noviembre.

Y los demás asuntos con los que la secretaría dé cuenta.»

El C. Presidente (a las 21:45 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo jueves 19 de noviembre a las diez horas, en la que comparecerá el licenciado Gustavo Petriccioli Iturbide, secretario de Hacienda y Crédito Público.

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