Legislatura LIV - Año III - Período Ordinario - Fecha 19901215 - Número de Diario 17
(L54A3P1oN017F19901215.xml)Núm. Diario:17ENCABEZADO
LIV LEGISLATURA
PODER LEGISLATIVO FEDERAL
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Registrado como artículo de segunda clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS RECINTO LEGISLATIVO
Diputado Fernando Córdoba Lobo
DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES
CENTRO MEDICO NACIONAL
Héctor de Antuñano y Lora
Año III México, D.F., sábado 15 de diciembre de 1990 No. 17
SUMARIO
ASISTENCIA
La secretaría informa que hay quórum.
APERTURA
Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
Se da lectura.
ACTA DE LA SESIÓN
ANTERIOR
Sin discusión, se aprueba.
INICIATIVAS DE LEY
CÓDIGO FEDERAL
DE INSTITUCIONES
Y PROCEDIMIENTOS
ELECTORALES
Presentada por el diputado Javier López Moreno, sobre reformas a diversos artículos de dicho código. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
LEY DE AMPARO
Presentada por el diputado José Herrera Reyes, sobre reformas a los artículos 42 y 85 de dicha ley. Se turna a la Comisión de Justicia.
LEY DEL INSTITUTO
DE SEGURIDAD
Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS
TRABAJADORES DEL ESTADO
Presentada por el diputado Pedro Acosta Palomino, para reformar el artículo 64. Se turna a la Comisión de Trabajo y a la Seguridad Social.
LEY DE ESTIMULO
Y FOMENTO DEL DEPORTE
Presentada por el diputado Felipe Zambrano Páez. Se le dispensan todos los trámites y entra a discusión y a votación de inmediato. Intervienen los diputados:
Jorge González Ilescas
Osiris Samuel Cantú Ramírez.
Oscar Mauro Ramírez Ayala.
Guillermo Castellanos Martínez.
Jesús Luján Gutiérrez.
Francisco Curi Pérez Fernández.
Jorge del Rincón Bernal.
María Esther Valiente Govea.
José Sánchez Ochoa.
Vicente Coca Alvarez.
José Sánchez Ochoa.
José Gándara Terrazas.
Se aprueba la iniciativa en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
DICTAMEN DE PRIMERA
LECTURA
PATRIMONIO INDÍGENA
DEL VALLE DEL MEZQUITAL
Y LA HUASTECA
HIDALGUENSE
De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que deroga el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1952, por el que se crea este organismo descentralizado. Se le dispensa la lectura al dictamen.
DICTAMEN A DISCUSIÓN
CONVENIOS CONSTITUTIVOS
SOBRE EL FONDO MONETARIO
INTERNACIONAL Y EL BANCO
INTERNACIONAL
DE RECONSTRUCCIÓN
Y FOMENTO
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma la que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del gobierno de México, los convenios en cuestión.
En la discusión intervienen los diputados:
Abigaíl Cruz Lázaro.
Jorge Cejudo Díaz.
Se aprueba en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
OFICIO DE LA
COLEGISLADORA
Por el que remite iniciativa de decreto que reforma la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. Se turna a la Comisión de Salubridad y Asistencia.
TOMA DE POSICIONES,
COMENTARIOS
Y DECLARACIONES
DEL ESTADO DE SINALOA
Sobre el proceso a judiciales en La Angostura, Sinaloa, toman la palabra los diputados:
Juan Guerra Ochoa, presenta propuesta.
David Miranda Valdez.
Se turna a la Comisión de Justicia y a la de Información, Gestoría y Quejas.
Jorge del Rincón Bernal.
Manuel Marcué Pardiñas.
DENUNCIAS
PETRÓLEOS
MEXICANOS
Presentada por el diputado Alfredo Monsreal Walkinshaw. Se turna a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y a la de Información, Gestoría y Quejas.
COMPAÑÍAS DE SEGUROS
Presentada por el diputado Francisco Melo Torres. Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.
ÓMNIBUS DE MÉXICO
Presentada por el diputado Juan Jaime Hernández, sobre supuestas violaciones a las garantías individuales de los trabajadores de la empresa. Se turna a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, a la de Derechos Humanos y a la de Trabajo y Previsión Social.
ORDEN DEL DÍA
De la próxima sesión. Se levanta la sesión.
DEBATE
PRESIDENCIA DEL DIPUTADO FERNANDO CÓRDOBA LOBO
(Asistencia de doscientos ochenta y un diputados)
ASISTENCIA
El secretario diputado Gerardo de Jesús Arellano Aguilar: - Señor Presidente, hay una asistencia de 281 diputados, hay quórum.
APERTURA
El Presidente (a las 13.24 horas): - Se abre la sesión, compañeros diputados. Proceda la secretaría.
ORDEN DEL DÍA
El secretario diputado Gerardo de Jesús Arellano Aguilar: - Se va a dar lectura al orden del día.
«Primer Período Ordinario de Sesiones.- Tercer Año.- LIV Legislatura.
Orden del día
15 de diciembre de 1990.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Iniciativas de ley
Del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de reformas a la Ley de Amparo.
Del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, de reformas a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
De la Comisión del Deporte, de Ley de Estímulo y Fomento del Deporte.
Dictamen de primera lectura
De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que deroga el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1952, por el que se crea el organismo descentralizado actualmente denominado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense y su modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1982.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma al que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del gobierno de México, los Convenios Constitutivos sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
Toma de posiciones, comentarios y declaraciones
Del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, sobre el proceso a judiciales en Angostura, Sinaloa.
Denuncias
Del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, contra el gobernador del estado de Tamaulipas.
Del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, contra el Sindicato de Petróleos.
Del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, sobre la contaminación del Río Papaloapan.
Del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, contra las compañías de seguros.»
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
El secretario diputado Gerardo de Jesús Arellano Aguilar: - Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.
«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, celebrada el día catorce de diciembre de mil novecientos noventa, correspondiente al Primer Período de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de ejercicio de la Quincuagésima Cuarta Legislatura.
Presidencia del diputado Armando López Nogales
En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las doce horas con cinco minutos del día catorce de diciembre de mil novecientos noventa, con una asistencia de doscientos ochenta diputados, el Presidente declara abierta la sesión.
La secretaría da lectura al orden del día y posteriormente al acta de la sesión anterior, misma que, con dos aclaraciones, se aprueba en votación económica.
Se da cuenta con una invitación del Congreso del Estado libre y Soberano de Tlaxcala, a la sesión solemne en la que su gobernadora rendirá el cuarto informe de gobierno. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.
La secretaría da lectura a dos minutas del honorable Senado de la República, con proyectos de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la ley y de Salud y de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Se turnan a las comisiones de Salubridad y Asistencia Pública y de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, respectivamente.
Se concede el uso de la palabra a la diputada Arely Madrid Tovilla, del Partido Revolucionario Institucional, quien a nombre del sector campesino de su partido, da lectura a una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos cincuenta y cuatro de la Ley de Crédito Rural y ciento tres de la ley de la Reforma Agraria. Se turna a la Comisión de Reforma Agraria.
Presidencia del diputado Fernando Córdoba Lobo
Hace uso de la palabra la diputada Blanca Escoto González, del Partido Acción Nacional, quien hace diversas proposiciones respecto al Bosque de la Primavera, de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, y contesta a una interpelación del diputado Javier López Moreno. Se turna a las comisiones de Ecología y Medio Ambiente y de Información, Gestoría y Quejas.
Para apoyar las proposiciones de la diputada Escoto, hace uso de la palabra el diputado Juan Jaime Hernández, del partido Auténtico de la Revolución Mexicana.
El Presidente concede el uso de la palabra a la diputada Rosario Guerra Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, quien a nombre de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, da a conocer un agregado al dictamen de la misma comisión, con proyecto de ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales y reforma otras leyes federales. Acepta interpelaciones de los diputados Pérez Fontecha y Pérez Duarte. Agréguese al expediente, imprímase y distribúyase.
Con el fin de dar oportunidad a que los diputados estudien el agregado de referencia, el Presidente declara un receso a las trece horas con cuarenta y un minutos.
Receso
A las dieciséis horas con treinta y un minutos, se reanuda la sesión.
En razón de que el dictamen a que se ha hecho referencia ha sido impreso y distribuido entre los señores diputados, la asamblea le dispensa la segunda lectura y se somete a discusión de inmediato.
Hace uso de la palabra el diputado Cuauhtémoc Anda Gutiérrez, del Partido Revolucionario institucional, en su calidad de Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para hacer razonamientos respecto del dictamen.
A discusión en lo general, se concede el uso de la palabra al diputado Alberto Pérez Fontecha, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, quien expresa las razones en contra que tiene su grupo parlamentario, pero aclara que, en lo general votará en pro del dictamen.
Se concede el uso de la palabra al diputado Félix Mercado Téllez, del Partido popular Socialista, pero el diputado Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática, impugna el procedimiento y, desde sus perspectivas curules, hacen diversos comentarios los diputados Elizondo Torres, Jaime Hernández, el mismo Pablo Gómez Alvarez y Carlos Navarrete Ruíz.
Por instrucciones de la Presidencia se da lectura al artículo dieciocho del reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, continúan dando sus respectivos criterios, desde sus curules, los diputados Gómez Alvarez, Rosario Guerra Díaz, Ciro Mayén Mayén e Israel Yañez Centeno.
Sube a la tribuna el diputado Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática, para contestar alusiones personales y el Presidente concede el uso de la palabra al diputado José Luis Lamadrid Sauza, del Partido Revolucionario Institucional, quien aporta elementos de información respecto al derecho parlamentario y acepta interpelaciones de los diputados Ávalos Lemus, Ortuño Gurza, Martínez Aguirre y Arias Aparicio.
Para rectificar hechos hacen uso de la palabra los diputados Carlos Castillo Peraza y Américo Ramírez Rodríguez, del Partido Acción Nacional.
Por instrucciones de la Presidencia, se da lectura a los artículos treinta y cuatro y cuarenta y tres de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Presidente precisa los términos en los que se llevará a cabo el debate de la llamada Miscelánea Fiscal.
Para continuar con el debate del dictamen con proyecto de ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales y reforma otras leyes federales, hacen uso de la palabra los diputados Armando Duarte Móller, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, en contra; Félix Mercado Téllez, del Partido Popular Socialista, en contra; Martín Gavica Garduño, del Partido Revolucionario Institucional, en pro; Teresa Cortés Cervantes, del Partido Acción Nacional, para ratificar hechos; Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática, en contra; Juan José Moreno Sada, del Partido Revolucionario Institucional, en pro y para rectificar hechos el diputado César Coll Carabias, del Partido Acción Nacional.
Continúan en el debate en lo general, los diputados Ramón Medina Padilla, del Partido Acción Nacional, en contra; Dionisio Pérez Jácome, del Partido Revolucionario Institucional, en pro y Noé Aguilar Tinajero, del Partido Acción Nacional, para proponer que el dictamen sea regresado a comisiones.
Por instrucciones de la Presidencia se lee el artículo cincuenta y ocho del reglamento y se concede el uso de la palabra al diputado Federico Ruíz López, del Partido Acción Nacional, quien se pronuncia en favor de la proposición y el diputado Dionisio Pérez Jácome, del Partido Revolucionario Institucional, en contra de la propuesta y contesta una interpelación del diputado Aguilar Tinajero.
En votación económica se desecha la proposición y la asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Se reservan los artículos primero, segundo, quinto, octavo, décimo, decimotercero, decimocuarto, vigesimotercero, vigesimocuarto, trigesimosegundo y trigesimotercero del decreto para su discusión en lo particular.
La secretaría recoge la votación nominal en lo general y de los artículos no impugnados en un solo acto y la asamblea aprueba el dictamen en lo general por doscientos sesenta y seis votos.
A discusión en lo particular, el Presidente propone que se concedan diez minutos de tiempo a cada uno de los diputados que han reservado artículos para ser discutidos en lo particular, lo que la asamblea aprueba.
Para debatir sobre el artículo primero del decreto, hacen uso de la palabra los diputados Gerardo Arellano Aguilar, del Partido Acción Nacional, en contra; Zeferino Esquerra Corpus, del Partido Acción Nacional, en contra; Oscar Villalobos Chávez, del Partido Revolucionario Institucional, en pro y contesta interpelaciones de los diputados Ruíz López y Ramos; Bernardo Bátiz Vázquez, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos; Oscar Villalobos Chávez, del Partido Revolucionario institucional, para entregar las propuestas de modificación y Pedro López Alarid, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos.
Para discutir respecto del artículo segundo del decreto, hacen uso de la palabra los diputados Humberto Esqueda Negrete, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en contra y María Esther Valiente Govea, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.
La asamblea considera suficientemente discutidos los artículos primero y segundo del decreto y se reservan para su votación nominal en conjunto.
A discusión el artículo quinto del decreto, hacen uso de la palabra los diputados César Coll Carabias, del Partido Acción Nacional, en contra, y Javier Bonilla Chávez, del partido Revolucionario Institucional, en pro.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Para debatir sobre el artículo octavo del decreto, hacen uso de la palabra los diputados Tomás
Gutiérrez Narváez, el Partido Popular Socialista, en contra.
Presidencia del diputado César Coll Carabias
Y Juan José Moreno Sada, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Se somete a discusión el artículo décimo del decreto y hacen uso de la palabra los diputados Ramón Garza Rodríguez, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en contra; Juan Jaime Hernández, del mismo partido, en contra; Albertina Barbosa de Meraz, del Partido Revolucionario Institucional, para rectificar hechos.
Presidencia del diputado Fernando Córdoba Lobo
Abigaíl Cruz Lázaro, del Partido Popular Socialista, en contra; Francisco Espinosa Urzúa, del Partido Revolucionario Institucional, en pro y contesta una interpelación del diputado Aguilar Tinajero; Jesús Ortega Martínez, del Partido de la Revolución Democrática, en contra, solicita que se agregue al Diario de los Debates un documento con sus proposiciones y se refiere solamente a las que tocan los artículos ochenta y ciento cuarenta y uno del impuesto sobre la renta.
Para rectificar hechos, se concede el uso de la palabra al diputado Cuauhtémoc Anda Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional y, también para rectificar hechos, al diputado Jesús Ortega Martínez, del Partido de la Revolución Democrática.
Continúan en el debate del artículo décimo del decreto, los diputados Noé Aguilar Tinajero, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos; Ramiro Pedroza Torres, del Partido Acción Nacional, en contra; Oscar Villalobos Chávez, del Partido Revolucionario Institucional, en pro; Ramiro Pedroza Torres, del Partido Acción Nacional, para contestar alusiones personales y, en el mismo sentido, Oscar Villalobos Chávez, del Partido Revolucionario Institucional; Ramón Garza Rodríguez, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos.
También para rectificar hechos respecto al debate del artículo décimo del decreto, hace uso de la palabra el diputado César Acosta Palomino, del Partido Acción Nacional, quien contesta a una interpelación del diputado Pérez Jácome, quien sube a la tribuna para rectificar hechos y contestar interpelaciones de los diputados Acosta Palomino y Aguilar Tinajero.
Continúan en el debate los diputados Rafael Nuñez Pellegrín, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos; Horacio González de las Casas, del Partido Acción Nacional, en contra; Ramón Medina Padilla, del Partido Acción Nacional, en contra; Martín Gavica Garduño, del Partido Revolucionario Institucional, en pro y contesta interpelación del diputado Díaz Pérez Duarte.
Suficientemente discutido el artículo décimo, se reserva para su votación nominal en conjunto.
A discusión el artículo decimotercero del decreto, hacen uso de la palabra los diputados Sergio Rueda Montoya, del Partido Acción Nacional, en contra, y Dionisio Pérez Jácome, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
A discusión el artículo decimocuarto del decreto, hacen uso de la palabra los diputados Crescencio Morales Orozco, del Partido Popular Socialista, en contra; Alejandro Díaz Pérez Duarte, del Partido Acción Nacional, en contra; Rigoberto López Alarid, del Partido Acción Nacional, en contra y solicita que el texto íntegro de su proposición se integre en el Diario de los Debates y Esquipulas David Gómez Reyes, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Para discutir el artículo dieciséis del decreto, hacen uso de la palabra los diputados Alejandro Díaz Pérez Duarte, del Partido Acción Nacional, en contra y Benjamín Clariond Reyes Retana, del Partido Revolucionario Institucional, en pro.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Para expresar su opinión respecto a los artículos veintitrés y veinticuatro del decreto, hace uso de la palabra el diputado Alejandro Díaz Pérez Duarte, del Partido Acción Nacional, en contra.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Para expresar su opinión en contra del artículo treinta y dos del decreto, hace uso de la palabra el
diputado Erasmo López Villarreal, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.
Suficientemente discutido, se reserva para su votación nominal en conjunto.
Varios diputados que estaban en el turno de oradores declinan y la secretaría recoge la votación nominal de los artículos impugnados que resulta aprobatoria por doscientos cuarenta y nueve votos.
Aprobado el proyecto de ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales y reforma otras leyes federales, por doscientos cuarenta y nueve votos.
La asamblea considera de urgente resolución las proposiciones que durante el debate hicieron los diputados y en sendas votaciones económicas se aprueban las que se refieren al artículo veintinueve "A" del Código Fiscal de la Federación; ciento diecinueve "C" y ciento diecinueve "I" de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; el tercero transitorio del artículo treinta y tres del decreto y el decimosegundo transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Se desechan en sendas votaciones económicas otras proposiciones y pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Se concede el uso de la palabra al diputado Horacio González de las Casas para hacer una denuncia de hechos y contestar a una interpelación del diputado Carlos Navarrete Ruíz.
Agotados los asuntos en cartera, la secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las tres horas con cuarenta minutos del sábado quince de diciembre de mil novecientos noventa, citando para la que tendrá lugar hoy mismo a las doce horas.»
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: - Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra...
El diputado Jesús Bravo Cid de León (desde su curul): - Señor Presidente: Respecto a la lectura del acta, en el final, el relato o el registro de la petición para hechos del diputado De las Casas no es correcta con lo que sucedió ayer, yo quisiera que por favor recogiera fielmente en qué consistió la intervención de hechos del compañero De las Casas. Gracias.
El Presidente: - Tome nota la secretaría para hacer la corrección que señala el señor diputado.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: - Se toma nota, señor Presidente.
No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Aprobada, señor Presidente.
INICIATIVAS DE LEY
CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES
Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
El Presidente: - Tiene la palabra el diputado Javier López Moreno, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El diputado Javier López Moreno: «Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Los suscritos diputados federales miembros del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la Cámara de Diputados la presente iniciativa que reforma y adiciona los artículos 13, 15 y 366 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Las reformas a los artículos 5o., 35, fracción III; 36, fracción I; 41, 54, 60 y 73, fracción VI de la Constitución General de la República publicadas en el Diario oficial de la Federación el 6 de abril de 1990, establecieron entre otras innovaciones, nuevas bases para la composición de la Cámara de Diputados y particularmente en el método para la asignación de los diputados electos por el principio de representación proporcional.
En los términos de las mencionadas reformas quedó previsto en el artículo 54 constitucional un mecanismo acorde con el sistema mixto de integración de la Cámara de Diputados, de manera que la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujetaría a las bases y a las reglas previstas en las fracciones I, II, III y IV del citado precepto y también a lo que dispusiera la ley.
En las consideraciones del dictamen de reformas constitucionales aprobado por la Cámara de Diputados, como cámara de origen, se expresaron en forma resumida las razones del nuevo sistema electoral, en los términos siguientes:
"Que teniendo en cuenta que no hubo consenso respecto de los planteamientos a fin de introducir para la Cámara de Diputados la representación proporcional total ni sobre los sistemas mixtos, particularmente el que establecía la igualdad de condiciones de todos los partidos para participar bajo el principio de mayoría como en el caso de representación proporcional, se ha optado por un procedimiento graduado que propicia mayor equidad en la asignación de curules, en pro de la efectividad en el ejercicio de las funciones de la Cámara."
Las bases y las reglas del nuevo artículo 54, de acuerdo con la lógica establecida para la asignación de diputados, no pretendieron ser exhaustivas sino regular en su contexto general el nuevo sistema teniendo en cuenta los diversos supuestos de la votación nacional que recibiera cada partido y el número de constancias que lograse en la elección por el principio de mayoría relativa, tal como corresponde a la naturaleza de la norma constitucional.
De acuerdo con las normas constitucionales aprobadas, están previstos los casos para que bajo ciertos supuestos la Cámara de Diputados cuente con una mayoría que garantice equilibrio y estabilidad, así como las fórmulas para que a ciertos niveles de votación correspondan proporciones similares de curules.
La fracción III del referido artículo 54 contiene diversas reglas para la asignación de las constancias. En el inciso a, se establece que ningún partido podrá contar con más de 350 diputados electos mediante ambos principios. El inciso b, prevé el supuesto de que ningún partido político obtenga por lo menos el 35% de la votación emitida, caso en el cual a todos los partidos políticos que hubieran acreditado el cumplimiento de las fracciones I y II del citado precepto, les será otorgada constancia de asignación por el número de diputados que se requiera para que su representación de la Cámara por ambos principios corresponda, en su caso, al porcentaje de votos obtenido. En el inciso c, se establece la regla según la cual al partido político que obtenga el mayor número de constancias de mayoría y el 35% de la votación nacional emitida, le será otorgada constancia de asignación de diputados en el número suficiente para alcanzar la mayoría absoluta en la Cámara; también se le asignarán dos diputados de representación proporcional, adicionalmente a la mayoría absoluta, por cada 1% de la votación emitida por encima del 35% y hasta menos del 60%, en la forma que determine la ley. Por último, el inciso d, regula el supuesto del partido político que obtenga entre el 60% y el 70% de la votación nacional y su número de constancias de mayoría relativa represente un porcentaje del total de la Cámara inferior a su porcentaje de votos, caso en el cual tendrá derecho a participar en la distribución de diputados electos según el principio de representación proporcional hasta que la suma de diputados obtenidos por ambos principios represente el mismo porcentaje de votos.
En el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de agosto pasado, se contienen en el Título Tercero del Libro Primero, las disposiciones relativas a la elección del Presidente de la República y de los integrantes de la cámaras del Congreso de la Unión, y de manera específica en el Capítulo II, relativo a la integración de la Cámara de Diputados por el principio de representación proporcional y de las fórmulas de asignación, se consignan las reglas para el otorgamiento de constancias de asignación de las curules de representación proporcional a los partidos políticos, de acuerdo con los supuestos y las condiciones que se establecen, así como la determinación de la fórmula de primera proporcionalidad y el método para su aplicación en el caso de los partidos restantes.
En la elaboración de la legislación electoral que habría de reglamentar las reformas constitucionales, los autores de la iniciativa de Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales quisieron precisar cabalmente sus alcances a fin de que diversas hipótesis tuvieran una comprensión inequívoca y se diera una solución puntual a cada una de ellas. Es sabido que es el legislador ordinario el primer intérprete de la norma constitucional, al que corresponde en una instancia original explicitar y dar claridad a lo que determina la ley fundamental conforme a su naturaleza normativa.
De esa forma, la iniciativa de código suscrita por legisladores del Partido Revolucionario Institucional, preveía en su artículo 13, 1, c) lo siguiente:
"Al partido político que haya obtenido más de 250 constancias de mayoría relativa y cuya votación sea el 35% o más de la votación nacional emitida y menor al 60% le serán asignados de las listas regionales dos diputados adicionales por cada punto porcentual obtenido por encima del 35% de la votación."
En el curso de las deliberaciones en el seno de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales los diputados expresaron su comentario y punto de vista en relación con la disposición transcrita. Pese a las divergencias que se hicieron valer sobre las consecuencias resultantes de su redacción, prevaleció la idea de que se volvía necesario que el código contuviera una disposición destinada a normar la asignación de diputados al partido político que hubiera obtenido 251 o más constancias de mayoría y cuya votación fuera el 35% o más de la votación nacional menor al 60%.
El debate incidió fundamentalmente, de acuerdo con los argumentos hechos valer, en si la redacción original generaba una sobrerrepresentación en el caso de que las diputaciones de representación proporcional tuvieran que asignarse al partido político que estuviera en el supuesto, adicionalmente a las constancias que ya hubiera logrado en la elección mayoritaria. En tales condiciones se buscó una fórmula que eliminara cualquier iniquidad y fuera consecuente con la lógica del esquema general previsto para la atribución de curules de representación proporcional. En los fundamentos del dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del nuevo código quedó asentado lo siguiente:
"En el análisis del sistema electoral de la Cámara de Diputados, establecido en el artículo 54 de la Constitución, para la asignación de curules de representación proporcional, se deliberó ampliamente sobre la hipótesis de que un partido político obtenga 251 o más constancias de mayoría relativa y el 35% de la votación nacional emitida.
Lo anterior hizo evidente la necesidad de encontrar una solución acorde con una interpretación constructiva del texto y el sentido de las reformas constitucionales, a fin de establecer una regulación equitativa que evite para el partido que estuviera comprendido dentro de dicha hipótesis, tanto una sanción indebida como una ventaja desproporcionada. De otra forma resultaría un sistema electoral incongruente que, en un determinado supuesto, permitiría que le fueran adjudicadas un mayor número de constancias de representación proporcional a un partido político que hubiera obtenido menos constancias de mayoría."
Las deliberaciones en comisión sobre este punto concluyeron en la conveniencia de no incluir en el dictamen ninguna de las soluciones que se habían elaborado, considerándose prudente dejar a otro momento de trabajo legislativo la adopción de la fórmula necesaria, recogiéndose incluso los planteamientos de algunos diputados de que el supuesto estaba considerado implícitamente en el inciso b, de la fracción IV del artículo 54 constitucional y que, en su caso, los organismos electorales o el Colegio Electoral podrían hacer su aplicación recurriendo a los criterios de interpretación que se contenían en el artículo tercero del propio dictamen.
Los suscritos hemos realizado nuevamente una evaluación de las circunstancias en que habrán de celebrarse las elecciones federales en el futuro, y de las consecuencias que resultarán de poner en práctica las instituciones, mecanismos y fórmulas que se prevén en la nueva legislación y reiteramos la necesidad de que se contenga una regulación explícita y concreta respecto de la hipótesis a que se ha hecho referencia, de manera que, de actualizarse la misma, la asignación de diputados de representación proporcional resulte de la letra de la ley, con el fin de evitar al máximo el obligar a los organismos y autoridades electorales a recurrir a la interpretación para cubrir la solución respectiva y suprimir los márgenes de discrecionalidad que pudieran afectar la certidumbre en la composición de la Cámara de Diputados.
La posibilidad de que sea el legislador ordinario el que regule la hipótesis es conforme con los extremos de la norma constitucional y se apega a la naturaleza del nuevo esquema previsto para la integración de la Cámara de Diputados, que garantiza a los partidos políticos, independientemente de las constancias de mayoría que obtuvieran, que le sean asignados diputados electos por representación proporcional. Así, el artículo 54 constitucional en su fracción III, establece que el partido político que hubiera participado con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 200 distritos electorales uninominales y alcance por lo menos el uno y medio por ciento de la votación emitida para las listas regionales en las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a que le sean asignados diputados por representación proporcional, conforme a lo que establece la propia Constitución y el código de la materia.
Bajo ninguna circunstancia el texto del artículo 54 limita ese derecho para los partidos políticos en cualquier supuesto, razón por la cual resultaría del todo improcedente querer aplicar un criterio restrictivo al partido que hubiere obtenido 251 o más constancias de mayoría y cuya votación nacional oscile entre el 35% y el 60%. En tal sentido es necesario evitar la eventualidad de una pretensión que indebidamente dedujera que al partido en esta hipótesis sólo le correspondería el
número de diputados que hubiera ganado por mayoría relativa.
En caso de no preverse en forma concreta el supuesto de que un partido político alcance por mayoría un número de constancias superior a 251, podrían originarse cuestionamientos sobre la validez de las decisiones de los organismos electorales competentes que le asignaran diputaciones por el principio de representación proporcional. La utilidad de introducir esta regulación tendrá, por igual, el objetivo de que esta asignación lo sea en los términos equitativos y justos del nuevo sistema electoral, impidiendo tanto una restricción indebida como una ventaja desproporcionada, que desnaturalicen el sentido del texto constitucional.
Al introducirse la disposición por la que pugnamos, se evitará que un partido que tenga menor número de constancias de mayoría obtenga un número total de diputados por ambos principios mayor que el que lograra con más triunfos de mayoría.
Para la Asamblea de Representantes del Distrito Federal la iniciativa de los legisladores del Partido Revolucionario institucional contenía una disposición semejante a fin de hacer congruente su sistema de integración con el de la Cámara de Diputados.
Al someterse a examen y deliberación en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, las mismas razones que las aducidas para el sistema electoral de la Cámara de Diputados hicieron que el dictamen aprobado no contuviera dicha disposición. Se reitera aquí la importancia de no dejar a una posible interpretación por los organismos y los colegios electorales la regulación del supuesto que se daría en cuanto un partido político obtuviera más de 33 constancias de mayoría relativa y cuya votación sea equivalente al 30% o más de la votación en el Distrito Federal. Por ello estimamos necesario consignar en la legislación sobre la materia una disposición que contemple el caso específico y su tratamiento concreto, con el propósito de ser congruentes con el esquema constitucional que asegura eficacia en la toma de decisiones.
Por las razones anteriores se somete a la consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente
INICIATIVA CON PROYECTO
DE DECRETO
Artículo único. Se reforma el párrafo primero del artículo 13 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y se adiciona con un nuevo inciso c, recorriéndose el actual inciso c, que quedaría como inciso d; se reforma el artículo 15, párrafo primero, y se adiciona el artículo 366 con un inciso c, para quedar como sigue:
Artículo 13.................................................................
1. El otorgamiento de constancias de asignación conforme al principio de representación proporcional de conformidad con la fracción III y en los casos comprendidos en la fracción IV, ambas del artículo 54 de la Constitución, se realizará como sigue:
a) y b)...........................................................................
c) Al partido político que haya obtenido 251 o más constancias de mayoría relativa y cuya votación sea equivalente o más del 35% y hasta menos del 60% de la votación nacional emitida, le serán asignados dos diputados adicionales de las listas regionales por cada punto porcentual de votación que hubiera alcanzado por encima del 35%. En este supuesto, el número total de diputados por ambos principios no podrá ser superior a la cantidad que resulte de sumar a 251, el número de diputados adicionales de las listas regionales que se le asignen por los puntos porcentuales de votación obtenida por encima del 35%.
d)....................................................................................
Artículo 15....................................................................
1. Para la distribución de curules de representación proporcional al partido político que se encuentre en alguno de los supuestos previstos por los incisos b, c, o d, del artículo 13 de este código, se procederá, para ese partido político, en los mismos términos del artículo anterior.
2......................................................................................
Artículo 366...................................................................
1.......................................................................................
a) y b).............................................................................
c) Al partido que obtenga 34 o más constancias de mayoría relativa y cuya votación sea equivalente al 30% y hasta el 66% de la votación en el Distrito Federal, le será asignado de su lista un representante adicional por cada cuatro puntos porcentuales de votación que hubiere alcanzado por encima del 30%. En este supuesto, el número total de representantes por ambos principios no
podrá ser superior a la cantidad que resulte de sumar a 34, el número de asambleístas adicionales de su lista, que se le asignen por cada cuatro puntos porcentuales obtenidos por encima del 30%.
TRANSITORIO
Único. Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, 14 de diciembre de 1990.- Diputados: Juan José Osorio Palacios, Gilberto Muñoz Mosqueda, Javier López Moreno, Ramiro Hernández García, Bernardo Sánchez Ríos, Antonio B. Manríquez Guluarte, Jorge E. Minet Ortíz, Antonio Pariente Algarín, Joaquín Garduño Vargas, Rubén García Farías, Francisco Galindo Musa, Juan Ugarte Cortés, Rodolfo Paniagua Alvarez, Pablo Torres Chávez, Carlos Grajales Salas, Benjamín Edgardo Rocha Pedraza, Elina Elfi Coral Castilla, Gustavo Rosario Torres, Raúl García Leal, Félix Pérez Amador, Noé Antonio Peniche Patrón, Julián Ibargüengoytia Cabral y José Murat C.
Diputación del estado de Sinaloa, diputados: Martín Gavica Garduño, Ramón Alejo Valdés, Pablo Moreno Cota, María Eduwiges Vega Padilla, David Miranda Valdez, Benito Juárez Camacho y Juan Rodolfo López Monroy.»
El Presidente: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
LEY DE AMPARO
El Presidente: - Tiene la palabra el diputado José Herrera Reyes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley de Amparo.
El diputado José Herrera Reyes: - Señor Presidente; diputados:
«Iniciativa de reforma al párrafo segundo del artículo 42 de la Ley de Amparo y de adición al artículo 85 del mismo ordenamiento.
Honorable Cámara de Diputados: Con la facultad que nos confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los que suscriben, diputados miembros del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, nos permitimos presentar a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa de reforma al párrafo segundo del artículo 42 de la Ley de Amparo y de adición al artículo 85 del mismo ordenamiento, con base en la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Que por decreto de 23 de diciembre de 1987, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 1988, se reformaron varios preceptos de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, precisándose en ellos los ámbitos de competencia de los tribunales que integran el Poder Judicial Federal y su aumento en el número de ellos para combatir más el rezago de expedientes, que llevaron años almacenados en sus archivos.
Por otra parte, en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada el 5 de enero del año a que nos referimos, también se precisa la competencia de los diferentes tribunales que lo componen y señala en sus artículos del 31 al 37 los casos que deben conocer los tribunales unitarios de circuito, y que los tribunales colegiados de circuito conocerán de los amparos directos contra las resoluciones definitivas que dicten los tribunales judiciales de orden común y los tribunales federales, entre los que se encuentran, desde luego, los tribunales unitarios de circuito, así como de los amparos y recursos que se mencionan en los artículos del 38 al 47 de la misma ley.
En consecuencia, tanto los jueces de distrito como los tribunales del fuero común dictan sentencias y autos y contra aquéllas y éstos, cuando afectan a una de las partes y proceda interponer el recurso que corresponda, del que conocen los tribunales colegiados de circuito, y los tribunales unitarios de circuito emiten también sentencias definitivas en materia penal, contra las que el indicado pide amparo directo y de él conoce el tribunal colegiado de circuito en cuya jurisdicción se encuentra dicho tribunal responsable.
Ahora bien, si a los tribunales colegiados de circuito competentes conocen de los amparos directos contra resoluciones definitivas dictadas por el tribunal unitario de circuito, tribunales superiores de justicia de los estados o laudos de las autoridades del trabajo y demás actos a su cargo, no nos resulta claro el último párrafo del artículo 42 de la Ley de Amparo que en lo conducente dice: Para conocer de los juicios de amparo que se promueven contra actos de un tribunal unitario de circuito es competente el juez de distrito que, sin pertenecer a su jurisdicción, esté más próximo a la residencia de dicho tribunal. Lo que nos
parece una incongruencia que de un acto de autoridad superior, como lo es el unitario de circuito, conozca un inferior como lo es o lo son los juzgados de distrito.
En efecto, partiendo de los principios de que toda ley debe ser general, abstracta e impersonal y clara, la segunda parte del precepto en cuestión no tiene esta última característica, pues aunque no lo dice, se refiere a actos que no son sentencias definitivas, sino a otros, como acuerdos, decretos, sentencias interlocutoras, etcétera, que la presente iniciativa pretende aclarar, precisando: que estos actos no pueden ser tratados por los tribunales colegiado de circuito, cuyos casos que les compete conocer están ya señalados en los preceptos antes anotados, porque son materia de amparos indirectos o bi - instanciales sino por el juez de distrito más cercano que no pertenezca a la jurisdicción del tribunal unitario responsable "que jerárquicamente no le está supeditado en lo que atañe a los juicios federales distintos del amparo". Lo que así resuelven los tratadistas, como Burgoa y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Y por lo que hace a los recursos que pudieran interponerse contra las resoluciones a actos de los juzgados federales auxiliares, como son los juzgados de distrito que conocen de los pronunciados por los tribunales unitarios de circuito, surge otra vez la duda o incomprensión acerca de qué tribunal colegiado de circuito será el competente, si el de la jurisdicción a que pertenece el unitario responsable o el tribunal colegiado de circuito a cuya jurisdicción pertenece el juez federal auxiliar que conoció del amparo interpuesto contra actos de aquél. La doctrina y la lógica resuelven esto, en virtud de que tampoco lo aclara la ley que comentamos, en el sentido de que el competente para conocer de dichos recursos es el tribunal colegiado de circuito del que depende el juzgado federal auxiliar que emitió los actos recurridos.
Con base en las consideraciones anteriores, sometemos a esta honorable asamblea el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Para reformar el segundo párrafo del artículo 42 y adicionar con un tercer párrafo el artículo 85 de la Ley de Amparo, para quedar como sigue:
Artículo primero. Se reforma el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley de Amparo, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 42....................................................................
Para conocer de los juicios de amparo que se promuevan contra actos de un tribunal unitario de circuito, distintos de las sentencias definitivas civiles o penales que en la segunda instancia federal pronuncia, es juez de distrito competente el que, sin pertenecer a su jurisdicción esté más próximo a la residencia de dicho tribunal.
Artículo segundo. Se adiciona el artículo 85 de la Ley de Amparo con una fracción III, para quedar en la forma y términos siguientes:
Artículo 85....................................................................
I y II...............................................................................
III. En los casos a que se refiere la segunda parte del artículo 42 de esta ley, es competente para conocer de los recursos de revisión o de queja el tribunal colegiado de circuito a cuya Jurisdicción corresponda el juez de los autos que se recurran.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Artículo segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones del recinto alterno de la honorable Cámara de Diputados, México, Distrito Federal, 13 de diciembre de 1990.- Diputados: José Herrera Reyes, Enrique Martínez Hinojosa, Jaime García Martínez, Alfredo Oropeza García y Sergio Alfonso Rueda Montoya.»
El Presidente: - Recibo y túrnese a la Comisión de Justicia.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD
Y SERVICIOS SOCIALES
DE LOS TRABAJADORES
DEL ESTADO
El Presidente: - Tiene la palabra el diputado Pedro César Acosta Palomino, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
El diputado Pedro César Acosta Palomino:
«Los suscritos, diputados a la LIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la asamblea de esta honorable Cámara la presente iniciativa de reforma al artículo 64 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de acuerdo con la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ha sido preocupación permanente del Partido Acción Nacional la grave situación económica en que se encuentra ese amplio sector de la sociedad que representa los pensionados del país. Cuestión que es particularmente dolorosa en este momento, toda vez que es de sobra conocido el grave deterioro del poder adquisitivo que ha sufrido nuestra moneda.
Decimos que ha sido preocupación permanente, pues ya desde su asamblea constituyente celebrada los días 15 y 16 de septiembre de 1939, Acción Nacional manifestó en sus principios de doctrina, en el capítulo referente a trabajo, lo siguiente:
"Quienes hayan cumplido su deber de trabajo y tengan mermada o agotada por cualquier causa su capacidad de trabajar, deben seguir contando con los recursos necesarios para vivir dignamente y no dejar en desamparo a los suyos."
Ya desde entonces, Acción Nacional ha luchado por la reivindicación de los derechos de los pensionados, a efecto de que en reconocimiento a la dignidad que estas personas merecen, y del esfuerzo que han realizado en beneficio de nuestro país, es conveniente que se les proporcionen los medios indispensables para que puedan enfrentar con firme serenidad la difícil etapa de la vida en que se encuentran.
En consecuencia, resulta de elemental justicia proveer de un mínimo de recursos a este sector de la población como un acto de congruencia con los principios y logros indiscutibles del hombre en los tiempos modernos, entre los que se encuentran los sistemas e institutos de seguridad social, cuya finalidad es la de proteger eficazmente la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, pensionados y sus dependientes económicos. Consideramos que es obligación de todos los mexicanos hacer un reconocimiento a aquellas personas que han cumplido con creces su misión productiva y que han aportado esfuerzo, juventud y capacidad al crecimiento de México.
Si lo expresado anteriormente resulta consecuente para con los pensionados en general del país, resulta especialmente aplicable a las personas que han dedicado sus mejores años de trabajo a servir al Estado. Pensamos que si éste ya se encuentra obligado a proporcionar los medios elementales de subsistencia a todos aquellos que han visto agotada o mermada su capacidad de trabajo, lo está con mayor razón respecto de quienes han dedicado gran parte de su vida a servirlo.
En el particular, creemos que resultaría benéfico que los pensionados pudieran recibir por lo menos, como monto de su pensión, el equivalente al último salario que como trabajadores en activo obtuvieron, habida cuenta que tal sueldo y categoría son normalmente obtenidos después de muchos años de esfuerzo y dedicación, por lo que resulta de toda justicia que así como otros derechos (periodos vacacionales, prima de antigüedad, días económicos, permisos, etcétera) son generados por el simple transcurso del tiempo, un aspecto como el salario debe ser también considerado en tal sentido, es decir, como un reconocimiento al trabajo y dedicación de la persona. Si atendemos a la idea anterior, nos lleva necesariamente a vigilar que las categorías y sueldos de los trabajadores en activo estén permanentemente actualizados, ya que será para ellos de primer orden saber que están correctamente ubicados en el escalafón, con la tranquilidad que esto implica para su posterior retiro.
Creemos que el hecho de haber ocupado determinada categoría, debe significar que ese reconocimiento a su capacidad se dé también en el plano económico, atendiendo a que en el futuro difícilmente podrán encontrar alguna otra ocupación o modo de ingreso en virtud de su avanzada edad, por lo que debe considerarse que será el monto de su pensión el único y último ingreso del que podrán disponer para el resto de sus días. En consecuencia, consideramos prudente asegurar a todos aquellos que fueron servidores del Estado, un tratamiento económico y social por lo menos equiparable a los trabajadores en activo de su categoría, sin menoscabo del límite que la ley fija a las pensiones.
En mérito a lo expuesto y fundado, ponemos a consideración de esta honorable Cámara el siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se reforma el artículo 64 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 64. Para calcular el monto de las cantidades que correspondan por pensión en los términos de los artículos 60, 63, 67, 76 y demás
relativos de esta ley, se tomará en cuenta el último sueldo básico disfrutando en la fecha de la baja del trabajador o de su fallecimiento.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Recinto alterno de la honorable Cámara de Diputados, a 15 de diciembre de 1990.- Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, diputados: Pedro César Acosta Palomino, Jaime Guillermo Aviña Zepeda, Eleazar Guadalupe Cobos Borrego, César Coll Carabias, Eliher Saúl Flores Prieto, Horacio González de las Casas, Magdaleno Gutiérrez Herrera, Guillermo Islas Olguín, José Ángel Luna Mijares, Gerardo Medina Valdez, Alfredo Oropeza García, Manuel de Jesús A. Ponce González, María Guadalupe Rodríguez Carrera, Sergio Alfonso Rueda Montoya y Leopoldo Homero Salinas Gaytán.
Trámite: -Túrnese a la Comisión de Trabajo y a la Comisión de Seguridad Social.
LEY DE ESTIMULO Y FOMENTO DEL DEPORTE
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Felipe Zambrano Páez, para dar lectura a la iniciativa de Ley de Estímulo y Fomento del Deporte.
El diputado Felipe Zambrano Páez:
«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
El deporte pertenece por sus orígenes al pasado; por su práctica cotidiana, al presente, y por necesidades de las nuevas generaciones al futuro. No obstante tan larga historia y tan obligado futuro, el deporte en nuestro país no dispone de un ordenamiento jurídico sistemático para regular las diversas actividades deportivas que se producen en la sociedad.
En la práctica del deporte están presentes varios elementos jurídicos que permiten la conceptualización de esta actividad. Como fundamento de todo el esfuerzo intelectual y físico que pone en movimiento el deportista al relacionarse con otro deportista, dentro de un juego cuyas reglas estructuran la participación ordenada, se encuentran por un lado, las libertades esenciales del hombre: la libertad de elección, de movimiento, de asociación y de conciencia; por otro lado, la voluntad individual o colectiva, de contenido competencial y finalista.
El deporte en la sociedad actual, se comporta como un fenómeno de masas, cuyo crecimiento explosivo y especialización técnica, hoy rebasan las privaciones del derecho privado y del derecho laboral, para ubicarlo como un nuevo y complejo aspecto social, que requiere una particular conceptualización en el campo jurídico.
En México, el deporte se empezó a promover y organizar en forma constante a partir de los años veinte. Hasta la fecha, existen dos campos de actividad perfectamente delimitados: la obligación del Estado de prestarlo como servicio público o gestión gubernamental, y la reservada a los particulares.
La historia del deporte en México acredita, que tanto el Estado como los particulares, han realizado acciones y programas de cierta permanencia, mediante los cuales han conjugado los intereses de los deportistas con apoyos financieros e institucionales, para propiciar el fomento, organización y estímulo al deporte y al deportista.
En todo el siglo pasado, las autoridades dictan leyes de todo tipo para regular las actividades del juego. Cobra importancia la charrería que exige un amplio número de habilidades y conocimientos, y utiliza una terminología compleja para los individuos que la practican.
La presencia en México de grupos de marinos extranjeros, de trabajadores de empresas de origen inglés, alemán, holandés y norteamericanos, introdujeron a nuestro medio la práctica de deportes a los que no estábamos acostumbrados. Así en 1877, en la ciudad de Guaymas, se juega por primera vez el béisbol; en 1898, en la ciudad de Pachuca, por primera vez se juega el futbol; a finales del porfiriato, los ingleses radicados en México, practican el cricket, tenis, polo y golf.
El desarrollo empresarial en la capital del país, así como en Sonora, Veracruz, Guanajuato, Hidalgo, Nuevo León y otros puntos del territorio, propició el apoyo a la formación de equipos locales que se dedicaron a la práctica de estos novedosos deportes. También nació el boxeo, la lucha, las carreras de caballos y el frontón a mano.
La revolución de 1910, no obstante la alteración que trajo en la vida de las ciudades, no interrumpió el gusto de los mexicanos por la práctica de los deportes. A la consolidación, en 1917, del orden jurídico revolucionario, queda en la
mente de los diputados constituyentes de Querétaro, el considerar al deporte como un derecho del hombre que se produce en libertad, y que forma parte de las condiciones necesarias para el desarrollo armónico de las facultades como ser individual y social.
Las diferentes organizaciones que fundaron los extranjeros en México (Reforma Atlhetic Club, México Cricket Club y British Tennis Club), generaron el nacimiento de asociaciones, federaciones, empresas o asociaciones de empresas, que con el tiempo y por las actividades especiales que fueron desarrollando, promovieron el crecimiento de diversos campos en la práctica del deporte, ya sea el deporte escolar; el popular que juegan todos en todas partes; el federal que obedece a reglas y normas de ligas, clubes y federaciones, y, por último el de alto rendimiento o de competencia. Asimismo, nace el deporte como espectáculo público y, consecuentemente, el deporte profesional.
En este tiempo, las leyes aplicables a la actividad deportiva son ya de orden público o ya de orden privado. En las de orden público se cuenta con las disposiciones que el Estado dicta en materia de educación y deporte, así como las relativas al trabajo deportivo; en el orden privado rigen los contratos entre particulares y, eventualmente, la aplicación del Código Penal en cuanto a la reparación del daño producido durante los encuentros o competencias deportivas. También se discute por los estudiosos de la época, la aplicación de las reglas de derecho internacional público o las de carácter privado.
Con esta panorama, en 1923 nacen el Comité Olímpico Mexicano y la Confederación Deportiva Mexicana.
En los siguientes 60 años, suceden dos fenómenos que influyen decisivamente en el fomento y desarrollo de la actividad deportiva. El primero es el crecimiento olímpico que se consolida después de las primeras dos guerras mundiales. Luego, la creación de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas y Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, que elevan a rango de derecho inalienable la libertad del hombre para practicar las actividades deportivas.
Por otro lado, y en paralelo, cobra importancia el deporte profesional como espectáculo, cuya explotación genera cuatro tipos de organización:
a) La empresa que explota el deporte como mercancía y que vende espectáculos de toros, box, lucha, tenis, béisbol, futbol, basquetbol, automovilismo, etcétera;
b) La segunda que surge cuando empresas no lucrativas, bajo el concepto de recreación sostienen equipos en las competencias profesionales, como lo hacen el Instituto Mexicano del Seguro Social, algunos sindicatos nacionales, el Departamento del Distrito Federal y varias instituciones de enseñanza superior;
c) Otra organización tiene lugar cuando una institución permite que un grupo de particulares opere empresarialmente un equipo profesional deportivo que representa a dicha institución, y
d) La empresa que reúne a todas las demás para regular la competencia en campeonatos, como son las ligas de béisbol o futbol.
Todo ello, sin contar una creciente actividad de órganos de la administración pública, empresas descentralizadas, partidos políticos, organizaciones sindicales de trabajadores, campesinos o patrones, estudiantes de diversos niveles de educación, cooperativas de diverso tipo, instituciones de enseñanza pública y privada en todos los estados del país, las empresas industriales y comerciales, y hasta los vecinos de colonias, pueblos, barrios y manzanas.
Este es un extraordinario universo, en el cual confluye una enorme actividad deportiva de todo orden, de todas clases, de todos tipos, y cuya complejidad de intereses personales, privados y sociales, provoca por un lado, una efervescencia deportiva positiva y, por otro, una falta de autoridades y de leyes que regulen adecuadamente su fomento y promoción en beneficio de los deportistas.
Es este orden de ideas, es conveniente señalar aquí, que respecto del Estado, el artículo 3o. de la Constitución aunque no contiene expresamente la mención del deporte, lo manifiesta cuando define que el tipo de educación que se imparta, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano.
Luego, como ésta es una actividad que desarrolla el Poder Ejecutivo, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal atribuye a la Secretaría de Educación Pública, el cumplimiento de los objetivos de la educación que imparte la Federación. Tienen aplicación la Ley Federal de Educación, así como el Reglamento Interior de la propia Secretaría, y las disposiciones que contiene el decreto de creación de la Comisión Nacional del Deporte
Estos ordenamientos tienen como propósito regular la actividad deportiva en tanto servicio público a cargo del Estado; como una obligación gubernamental de fomentar, promover, organizar y conducir la política nacional en materia deportiva; así como gestión pública para que la sociedad canalice esta práctica de libertad y recreación.
Sobre este concepto de que el Estado tiene la obligación de promover, organizar y desarrollar el deporte, el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, que rige las acciones del gobierno federal, considera al deporte como una práctica que constituye el elemento fundamental para alcanzar una vida plena, a través de la formación de aptitudes, capacidades, hábitos y destrezas que permiten el desarrollo armónico e integral de los individuos; liga al deporte y la recreación física, para que los niños y los jóvenes los practiquen como un componente básico de su integración social, ya que se alienta el espíritu de cooperación y de solidaridad, se estimula el deseo de éxito en el marco de la sana competencia, coadyuvando al bienestar físico, psicológico y moral de los jóvenes, al fomentarles el afán de logro y superación personales, abriendo perspectivas de desarrollo vocacional y estilos de vida sana.
También instituye que en la promoción del deporte, se buscará el apoyo comprometido de los sectores social y privado para procurar elevar la calidad y la excelencia de su práctica y resultado.
Por otra parte, la libre determinación de toda persona para elegir, prepararse, asociarse con otras personas, entrenarse, practicar y competir en alguna disciplina deportiva, sin agravio ni lesión a los derechos o integridad física de terceros, constituye la esencia del derecho del deporte.
En la perspectiva actual, conviene redefinir a cual sector corresponde la responsabilidad de regir la múltiple y problemática actividad deportiva. La respuesta plantea un claro parteaguas: por un lado, el fomento, enseñanza y organización de juegos y competencias, así como la construcción y mantenimiento de la infraestructura e instalaciones deportivas; a más de la preparación de maestros y técnicos especializados, indudablemente que corresponde al Estado, como función pública, como responsabilidad de gestión y atención a las necesidades y expresiones de la comunidad nacional.
Por el otro, son miembros que componen la comunidad nacional, en su calidad de particulares, las personas en general, a quienes corresponde ser los destinatarios de la acción del Estado; es decir, son los deportistas que habrán de compartir y recibir, al participar en juegos bajo las reglas específicas de cada deporte, los beneficios de la acción pública y el esfuerzo propio.
Por estas razones, la iniciativa que hoy se presenta, de Ley de Estímulo y Fomento del Deporte, pone énfasis en la actividad que debe poner en práctica el Estado, para coordinar la voluntad política y la decisión económica del gobierno de la República, los estados y los municipios, a fin de establecer un sistema nacional del deporte, así como inducir y concertar la participación de los sectores privado y social, de tal forma que se garantice la permanencia, consistencia y eficiencia del sistema y, por ende, de los programas nacionales que dentro del mismo se formulen.
Como se puede apreciar, el tema de la regulación jurídica del deporte, es muy amplio y complicado. Por esta razón, al constituirse en 1988 la Comisión del Deporte de la Cámara de Diputados, los legisladores federales que la integran, se dieron a la tarea de recoger toda la información jurídica de que se dispone en el país, así como de conocer las diferentes leyes que en otros países del mundo se han dictado en materia deportiva. Además, se realizaron en diversos puntos del país ocho foros nacionales, y se recogieron opiniones, comentarios y sugerencias de diversos grupos organizados y personas especializadas en cuestiones deportivas, con el propósito de integrar la información básica que hoy funda esta iniciativa de Ley de Estímulo y Fomento del Deporte.
Su objeto es la búsqueda de un ordenamiento regulador del deporte no profesional, y que sirva como instrumento para promover y organizar, con criterios de seguridad y certeza, la participación del Estado en las actividades deportivas que realizan los particulares, como amateurs y en forma privada.
Desde este punto de vista, esta comisión ha considerado la obligación a cargo del Ejecutivo Federal, de realizar la gestión social para conseguir la promoción y estímulo de todas las disciplinas y actividades que hoy se califican como deportivas, ya que le corresponde, en el ámbito de la educación pública y por conducto del organismo administrativamente competente, coordinar y concertar las acciones públicas y privadas, dentro del marco legal del sistema nacional de planeación democrática, el establecimiento del sistema nacional del deporte.
Dentro de este sistema, se propicia la concurrencia de los tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal. Se apunta el procedimiento de la coordinación de competencias y
voluntades políticas, para la organización de recursos que soporte el cumplimiento de los objetivos de los programas deportivos nacionales que demande la población, o los requerimientos de participación internacional.
Consideramos que la política de introducir y sumar la actividad de los particulares a los objetivos del sistema nacional del deporte, constituye un enlace de fines y propósitos comunes entre el Estado y la sociedad. Por ello, en esta iniciativa de ley se establecen los mecanismos para dicho propósito.
Dentro de estos aspectos, el reclamo fue la falta de derechos de los deportistas, tanto como personas, como miembros de equipo, dentro de la organización de juegos competitivos, o para uso de las instalaciones deportivas públicas, como fuera del ejercicio y prácticas deportivas.
El proyecto de ley establece derechos a los deportistas, no sólo en el aspecto deportivo, sino ampliándolos a participar dentro del sistema nacional del deporte, mediante el ejercicio del derecho de iniciativa en la elaboración de los programas generales o los específicos de cada actividad; derecho de iniciativa o veto para los reglamentos de los mismos, y por último, creando una instancia de jurisdicción especializada para que el deportista pueda, mediante un procedimiento ágil, reclamar y exigir que se dicten resoluciones justas que diriman los diversos conflictos que se produzcan en, durante o con motivo de la práctica deportiva no profesional.
Por considerar que la infraestructura e instalaciones que construyan tanto los gobiernos de la Federación, estatales o municipales, como los particulares, para destinar las actividades deportivas, integran el patrimonio inmobiliario deportivo nacional, esta iniciativa las considera de interés y utilidad social. Corresponderá al reglamento de la ley, establecer los mecanismos de apoyo y promoción respectivos.
Se introducen cuatro importantes rubros para el ejercicio y prácticas deportivas:
a) El deporte popular. Que se considera como el conjunto de actividades físicas que practican los grandes núcleos de la población, según la capacidad e interés de los individuos, normada convencionalmente y sin que se requiera para su práctica equipos o instalaciones especializados, y su finalidad es el empleo creativo del tiempo libre, el mantenimiento de la salud y el fomento al hábito cotidiano de la creatividad física que contribuye a elevar el nivel y calidad de vida;
b) El deporte estudiantil. Que es la actividad física que se realiza en los distintos grados y niveles del sistema educativo nacional, con el propósito de contribuir a la formación y desarrollo integral del estudiante;
c) El deporte federado. Que se práctica con propósito de clasificación de calidad, dentro de los organismos deportivos de la Federación de cada deporte, conforme a sus estatutos y reglamentos, y
d) El deporte de alto rendimiento. Que constituye la actividad de excelencia del deporte federado, y que se lleva a cabo en competencias de alto nivel, o campeonatos nacionales e internacionales.
Se establece que los individuos en forma personal o agrupados, podrán formar organismos deportivos con o sin personalidad jurídica, los cuales deberán registrar ante la autoridad competente para su integración al sistema nacional del deporte, con lo cual estarán en posibilidad de obtener facilidades y apoyos que otorgue el Ejecutivo Federal.
Para efectos competitivos, se reconoce como organismos deportivos a los clubes, ligas, asociaciones y federaciones de cada deporte.
Se crea el registro nacional del deporte, en el que se inscribirán los deportistas y organismos deportivos que cumplan con los requisitos que se establecerán en el reglamento de la ley. La inscripción condiciona el derecho a gozar de estímulos y apoyos que se otorguen en el marco del sistema nacional del deporte.
En el capítulo de estímulos, se ha procedido a enunciarlos en forma genética para que en la vía reglamentaria pueda definirse su especie, monto o cuantía, periodicidad y requisitos que deben reunir los candidatos a recibirlos.
Se atribuye al Ejecutivo Federal la responsabilidad de promover con la participación de los sectores sociales, la constitución del fondo nacional del deporte, con la finalidad de apoyar económicamente el desarrollo deportivo del país.
Como instrumento rector de la actividad deportiva en el marco del sistema nacional del deporte, se prevé la formulación del programa nacional del deporte a cargo del Ejecutivo Federal, en el cual se determinarán los objetivos y lineamientos, así como la participación de los tres niveles de gobierno y los sectores social y privado.
Por las razones y consideraciones expuestas, los diputados pertenecientes a los grupos
parlamentarios del Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Partido de la Revolución Democrática, Partido Popular Socialista Partido Auténtico de la Revolución Mexicana y Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, como integrantes en pleno de la Comisión del Deporte de la LIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el art. 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscribimos y presentamos ante esta honorable soberanía, la presente
INICIATIVA DE LEY DE ESTIMULO Y FOMENTO DEL DEPORTE
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1o. Las disposiciones de esta ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer el sistema nacional del deporte, así como las bases para su funcionamiento.
Artículo 2o. El sistema nacional del deporte está constituido por el conjunto de acciones, recursos y procedimientos destinados a impulsar, fomentar y desarrollar el deporte en el país.
Artículo 3o. La participación en el sistema nacional del deporte es obligatoria para las dependencias y entidades de la administración pública federal.
Los estados y municipios podrán coordinarse dentro del sistema en los términos de esta ley.
Los sectores social y privado podrán participar en el sistema conforme a lo previsto en este ordenamiento.
Artículo 4o. En el marco del sistema nacional del deporte se realizarán las siguientes funciones:
I. Proponer, formular y ejecutar las políticas que orienten el fomento y desarrollo del deporte a nivel nacional;
II. Establecer los procedimientos que se requieran para la mejor coordinación en materia deportiva, entre el Ejecutivo Federal y los gobiernos de los estados, así como entre éstos y sus municipios;
III. Propiciar la participación de los organismos deportivos y de los deportistas en la determinación y ejecución de las políticas a que se refiere la fracción I. estableciendo los procedimientos para ello;
IV. Promover una mayor conjunción de esfuerzos en materia deportiva con los sectores social y privado;
V. Formular el Programa Nacional del Deporte y llevar a cabo las acciones que se deriven del mismo, y
VI. Determinar los requerimientos del deporte nacional, así como planear y programar los medios para satisfacerlos conforme a la exigencia de la dinámica social.
Artículo 5o. La actividad deportiva de orden profesional no queda comprendida dentro del sistema nacional del deporte.
Conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, no se consideran para efectos del sistema nacional del deporte, las actividades de promoción, organización, desarrollo o participación en materia deportiva que se realicen con ánimo de lucro.
Artículo 6o. El sistema nacional del deporte estará a cargo del Ejecutivo Federal quien ejercerá sus atribuciones por conducto de la institución competente.
Artículo 7o. El Ejecutivo Federal tendrá las facultades siguientes:
I. Coordinar el sistema nacional del deporte;
II. Ser el órgano rector para la ejecución de la política deportiva nacional;
III. Llevar y mantener actualizado el registro del sistema nacional del deporte y
IV. Las demás que le otorguen otras disposiciones legales y las que se requieran para el mejor desarrollo del deporte nacional.
Artículo 8o. Para el cumplimiento de las atribuciones que a la institución competente del Ejecutivo Federal otorga esta ley, se expedirán las normas y reglamentos correspondientes.
CAPITULO II
De la participación de los estados y municipios en el sistema nacional del deporte
Artículo 9o. Con el fin de impulsar, fomentar y desarrollar el deporte conforme a la planeación
nacional, el Ejecutivo Federal promoverá la coordinación con los estados y municipios a efecto que participen en el sistema nacional del deporte.
Artículo 10. Los gobiernos de los estados y sus municipios podrán adherirse al sistema nacional del deporte, para la consecución de los fines siguientes:
I. Planear y programar en el marco del sistema nacional del deporte las actividades deportivas en el ámbito estatal y municipal;
II. Determinar las necesidades estatales y municipales en materia deportiva y los medios para satisfacerlas;
III. Elaborar sus programas estatales de acuerdo con el Programa Nacional del Deporte;
IV. Otorgar estímulos y apoyos para el desarrollo y fomento de las actividades deportivas en los estados y municipios, y
V. Promover a los organismos locales que desarrollen actividades deportivas y que estén incorporados al sistema nacional del deporte.
Artículo 11. La incorporación de las entidades federativas al sistema nacional del deporte se realizará por conducto de la Secretaría de Educación Pública, mediante la celebración de los convenios de coordinación respectivos.
CAPITULO III
De la participación de los sectores social y privado en el sistema nacional del deporte
Artículo 12. El Ejecutivo Federal promoverá la participación de los sectores social y privado, así como de los organismos que realicen actividades deportivas, con el fin de integrarlos al sistema nacional del deporte, mediante convenios de concertación que al efecto se celebren.
Artículo 13. Los convenios a que se refiere el artículo anterior, deberán prever:
I. La forma en que desarrollarán las actividades deportivas que realicen dentro del sistema nacional del deporte;
II. Los apoyos que, en su caso, les sean destinados para el desarrollo y fomento del deporte, comprendiendo las actividades científicas y técnicas que se relacionen con el mismo, y
III. Las acciones y recursos que aporten para la promoción y fomento del deporte.
Artículo 14. También podrán formar parte del sistema nacional del deporte, los deportistas que en lo individual se adhieran al mismo en los términos que señale el reglamento de esta ley.
CAPITULO IV
De la participación de los deportistas y las agrupaciones deportivas en el sistema nacional del deporte
Artículo 15. Las personas físicas que realicen actividades deportivas podrán participar en el sistema nacional del deporte en lo individual o mediante agrupaciones deportivas.
Artículo 16. Los deportistas que individualmente participen en el sistema nacional del deporte deberán:
I. Inscribieres en el registro del sistema nacional del deporte, y
II. Conducir sus actividades deportivas de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley y su reglamento, así como los demás ordenamientos emitidos en materia deportiva.
Artículo 17. Los deportistas podrán participar en el sistema nacional del deporte mediante agrupaciones deportivas.
Los individuos, las personas morales o agrupaciones de personas físicas, podrán formar libremente organismos deportivos que deberán registrar ante las autoridades competentes, a fin de ser integrados al sistema nacional o estatal del deporte para poder obtener las facilidades de apoyo, que en materia del deporte otorgue el Ejecutivo Federal.
Para efectos de esta ley se considerará organización deportiva toda agrupación de personas físicas que cuente o no con personalidad jurídica, conformada con el propósito de practicar algún deporte.
Se reconocen como organismos deportivos para competencia:
I. Clubes;
II. Ligas;
III. Asociaciones, y
IV. Federaciones de cada deporte.
También podrán registrarse como organismos deportivos las agrupaciones de individuos que tengan por objeto el desarrollo de actividades vinculadas con el deporte, y que su fin no implique necesariamente la competencia deportiva.
Artículo 18. Para formar parte del sistema nacional del deporte las organizaciones deportivas deberán, además, de satisfacer los requisitos que para su admisión establezca el reglamento de esta ley, realizar lo siguiente:
I. Adecuar sus estatutos y reglamentos a efecto de establecer los derechos y obligaciones de sus miembros conforme a las bases que para tal efecto determine el órgano a que se refiere el artículo 8o., y
II. Prever en los mismos el arbitraje del órgano en los casos en que lo señale el reglamento de esta ley y sus propios estatutos lo determinen.
Artículo 19. Se considerarán parte del sistema nacional del deporte, las organizaciones deportivas que pertenezcan a asociaciones estatales, nacionales o federaciones que ya estén integradas al mismo.
CAPITULO V
Del programa Nacional del Deporte
Artículo 20. El Programa Nacional del Deporte será formulado por el Ejecutivo Federal, y tendrá el carácter de instrumento rector de las actividades deportivas del sistema nacional del deporte.
Artículo 21. El Programa Nacional del Deporte deberá formularse de acuerdo a las siguientes prioridades:
I. Deporte popular;
II. Deporte estudiantil;
III. Deporte federado, y
IV. Deporte de alto rendimiento.
Artículo 22. El Programa Nacional del Deporte determinará los objetivos, lineamientos y acciones, así como la participación que corresponda al gobierno federal, los gobiernos estatales, los municipios y los sectores social y privado que participen dentro del sistema nacional del deporte.
Artículo 23. Los deportistas, relacionados de cualquier forma con el deporte, individual u organizadamente, podrán participar dentro del sistema nacional de planeación democrática, en la elaboración del Programa Nacional del Deporte, y conforme a las disposiciones de esta ley, en los reglamentos de la misma, así como de su deporte o especialidad.
Tratándose de reglamentos se establece la iniciativa del deportista, como un método de participación directa de los individuos relacionados con el deporte, para proponer la elaboración, reforma, adición, derogación o abrogación de ordenamientos o disposiciones reglamentarias de carácter deportivo.
El ejercicio de la iniciativa del deportista, se sustanciará de acuerdo con la convocatoria que al efecto expida el Ejecutivo Federal, por conducto del órgano desconcentrado a que se refiere esta ley, en los términos del reglamento de la misma.
CAPITULO VI
Del registro del sistema nacional del deporte
Artículo 24. Como instrumento del sistema nacional del deporte se crea un registro nacional del deporte que comprenderá las inscripciones relativas a los deportistas y las organizaciones deportivas, así como las instalaciones para la práctica del deporte y los eventos deportivos que determine el reglamento de esta ley.
Artículo 25. Los requisitos a que se sujetará la inscripción en el registro nacional del deporte, así como los lineamientos para su integración y funcionamiento serán determinados en el reglamento de esta ley.
Artículo 26. La inscripción en el registro nacional del deporte será condición para gozar de los estímulos y apoyos que se otorguen en el marco del sistema nacional del deporte.
CAPITULO VII
De los fomentos y estímulos al deporte
Artículo 27. Dentro del sistema nacional del deporte, los deportistas tendrán los siguientes derechos:
I. Practicar el deporte o deportes de su elección;
II. Asociarse para la práctica del deporte y, en su caso para la defensa de sus derechos;
III. Usar las instalaciones destinadas para la práctica del deporte, apegándose a la normatividad correspondiente;
IV. Recibir asistencia y entrenamiento deportivo;
V. Recibir atención y servicios médicos, cuando lo requieran en la práctica de un deporte, durante competencias oficiales;
VI. Participar en competencias, juegos o eventos deportivos reglamentarios u oficiales;
VII. Representar a su club, asociación, federación, localidad o al país en competencias nacionales o internacionales;
VIII. Participar en las consultas públicas a que se convoque para la elaboración del Programa Nacional del Deporte, así como de los programas y reglamentos deportivos de su especialidad;
IX. Ejercer su derecho de voto en el seno de la asociación u organización a la que pertenezca así como desempeñar cargos directivos o de representación;
X. Obtener de las autoridades el registro, reconocimiento y autorización, en su caso, que lo acredite como deportista;
XI. Recibir toda clase de becas, estímulos, premios, reconocimientos y recompensas de cualquier índole, y
XII. Los demás que le otorgue esta ley u otros ordenamientos legales.
Artículo 28. En el marco del sistema nacional del deporte se otorgarán los estímulos y apoyos a que se refiere este capítulo.
Artículo 29. Las personas físicas y morales, así como las agrupaciones que hubieren contribuido al desarrollo del deporte nacional podrán obtener reconocimiento, así como, en su caso estímulos en dinero o en especie.
Artículo 30. Las personas físicas o morales, así como las agrupaciones que realicen actividades destinadas al impulso del deporte nacional, podrán gozar de los apoyos que se otorguen dentro del sistema nacional del deporte.
Artículo 31. Los apoyos podrán consistir en:
I. Dinero o especie;
II. Capacitación;
III. Asesoría;
IV. Asistencia, y
V. Gestoría.
Artículo 32. Los apoyos se otorgarán conforme a las bases que establezca el Ejecutivo Federal, por conducto del órgano a que se refiere el artículo 8o. de esta ley.
Artículo 33. Los procedimientos para el otorgamiento de estímulo y apoyos se establecerán en el reglamento de esta ley.
Artículo 34. El otorgamiento y goce de los beneficios a que se refiere este capítulo estarán sujetos al cumplimiento de esta ley, de las disposiciones que conforme a ella se dicten, así como a los términos y condiciones en que sean autorizados.
Artículo 35. El Ejecutivo Federal promoverá las acciones necesarias para la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para la enseñanza y práctica del deporte.
Artículo 36. Se declara de interés social la construcción, conservación y mantenimiento de las instalaciones deportivas que permitan atender adecuadamente las demandas que requieran el desarrollo del deporte, promoviendo para este fin, la participación de los sectores social y privado.
Artículo 37. El Ejecutivo Federal promoverá la constitución del fondo nacional del deporte, con la participación de los sectores social y privado para apoyar el desarrollo deportivo del país.
CAPITULO VIII
De las sanciones administrativas y recursos en el deporte
Artículo 38. La aplicación de sanciones por infracciones a esta ley, a sus reglamentos y las disposiciones legales correspondientes corresponderá:
I. A la autoridad deportiva que designe el Ejecutivo Federal;
II. A las autoridades deportivas estatales y municipales en el ámbito de su competencia;
III. A los organismos deportivos, confederación deportiva mexicana, federaciones, asociaciones y ligas registradas, en el ámbito que les corresponda, y
IV. A los directivos, jueces, árbitros, y organizadores de las competencias deportivas en relación a los reglamentos deportivos.
Artículo 39. Las infracciones que se cometan a esta ley, a sus reglamentos y a los reglamentos
deportivos, se les aplicarán las sanciones siguientes:
A) Organismos deportivos:
I. Amonestación privada o pública;
II. Limitación, reducción o cancelación de apoyos económicos;
III. Suspensión temporal o definitiva en el uso de instalaciones deportivas oficiales.
B) Directivos en el deporte:
I. Amonestación privada o pública;
II. Suspensión temporal;
III. Desconocimiento.
C) Deportistas:
I. Amonestación privada o pública;
II. Suspensión temporal o definitiva de su registro.
D) Técnicos:
I. Amonestación privada o pública;
II. Suspensión temporal o definitiva de su registro.
E) Árbitros y jueces:
I. Amonestación privada o pública;
II. Suspensión temporal o definitiva de su registro.
Artículo 40. Contra las resoluciones de las autoridades y organismos deportivos que impongan sanciones procederá el recurso de reconsideración ante quien la emitió, a fin de que revoque, confirme o modifique la resolución, sin perjuicio de entablar el recurso de inconformidad que establezca el reglamento respectivo.
Artículo 41. Las resoluciones que impongan sanciones, agotada la reconsideración, podrán impugnarse por el recurso de inconformidad que se tramitará ante la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte.
Artículo 42. El Ejecutivo Federal expedirá el reglamento que normará la aplicación y procedimientos de las sanciones y recursos establecidos en esta ley.
CAPITULO IX
De la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte
Artículo 43. Se crea la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte, que tendrá la función de atender y resolver administrativamente las inconformidades que los miembros del sistema nacional del deporte presenten en contra de las sanciones que apliquen las autoridades deportivas.
El Ejecutivo Federal designará a los miembros de esta comisión y expedirá las normas reglamentarias a las que se sujetará su integración y funcionamiento.
TRANSITORIO
Unico. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 22 de noviembre de 1900.- Por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, diputados: Felipe Zambrano Páez, Presidente; Guillermo Castellanos Martínez, Jorge González Ilescas, secretarios; Luis Mayén Ruíz, Judith Murguía Corral, Enrique Ibarra Pedroza, Ricardo Gómez de Orozco, José Luis Alfonso Sampayo, Víctor Manuel Sarabia Luna, Ismael Garza T. González, Agustín Serna Servín, Luis Antonio Pérez Fraga, Adalberto Jorge Porte Petit Moreno, Rosa Elena Guízar Villa, Everardo Vargas Zavala, María Esther Valiente Govea, Cupertino Alejo Domínguez, Juan Albarrán Castañeda, Salvador Sánchez Vázquez, Mercedes Erdmann Baltazar; por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, diputados, Jorge del Rincón Bernal, secretario y Rafael Núñez Pellegrín; por el grupo parlamentario del Partido Popular Socialista, diputados: Jesús Luján Gutiérrez y Magdaleno Luis Miranda Reséndiz; por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, diputados: Pedro René Etienne Llano y José Antonio Ríos Rojo; por el grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, diputados: Oscar Mauro Ramírez Ayala, Lorenzo Ruíz Gómez y Juan Jaime Hernández; por el grupo parlamentario del Partido Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, diputados: Jesús Alfredo Fernández Gardea, María Teresa Dorantes Jaramillo y Osiris Samuel Cantú Ramírez.»
El Presidente: -Consulte la secretaría a la asamblea, si se le dispensan todos los trámites a la iniciativa con la que se acaba de dar cuenta y se pone a discusión y votación de inmediato.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: -En votación económica, por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la asamblea si se le dispensan todos los trámites a la iniciativa con la que se acaba de...
El Presidente: -Sí diputada, permítame usted un momento. Sí, diputado Gerardo Medina.
El diputado Gerardo Medina Valdez (desde su curul): -Señor Presidente, con todo respeto una moción de orden; este asunto no estaba programado, esto parece un evidente albazo. Yo creo que lo que procede es que esa iniciativa se turne a comisiones pero que no se le de ese trámite de inmediata resolución, señor. La materia no lo requiere y es una iniciativa que se introduce prácticamente fuera del orden del día; yo creo que es improcedente ese tratamiento.
El Presidente: -Le voy a hacer dos observaciones con todo respeto, señor diputado Medina. La iniciativa a la que se acaba de dar lectura está en el orden del día; por una parte, tengo entendido que diputados de todas las fracciones parlamentarias han expresado su solidaridad con la misma y, por otra parte, no corresponde a esta Presidencia otorgar ni negar el trámite que el diputado Zambrano ha solicitado, pertenece a esta soberanía, es la asamblea quien decidirá si se admite o no a discusión de inmediato en la dispensa de todos los trámites o se envía a comisión...
Dígame, diputado.
El diputado José Ramón Medina Padilla (desde su curul): -Señor Presidente: Nosotros consideramos que puede ser que en la comisión respectiva haya habido diputados representantes de los diferentes grupos parlamentarios, sin embargo, también consideramos que los demás diputados tenemos derecho de conocer este proyecto, este dictamen, esta iniciativa y tener también la opción de poder discutirla. Nosotros consideramos por otro lado que aún siendo una propuesta de iniciativa que viene de una comisión, en todo caso consideramos que debe darse el trámite solamente de primera lectura y en una sesión posterior probablemente someterse a segunda lectura y discusión.
También consideramos que no es asunto de obvia y urgente resolución, sino que es solamente una iniciativa propuesta por una comisión que debe ponerse a consideración del pleno y nosotros consideramos que de someterse ahorita en estos trámites que se están proponiendo violaría el derecho de los demás diputados aunque no formamos parte de esa comisión, de tener el derecho también de conocerla previamente en primera lectura.
El Presidente: -Muy bien diputado, tomo nota de su observación. Un momento diputado, permítame usted, diputado Javier Culebro.
El diputado Javier Culebro Siles (desde su curul): -A nombre de la fracción del Partido Revolucionario Institucional le solicitamos, atentamente, que se le dé el trámite correspondiente y reglamentario a esta Ley del Deporte. Gracias.
La diputada María Luisa Calderón Hinojosa (desde su curul): -Solicito la palabra para hacer una propuesta, señor Presidente.
El Presidente: -Diputada Calderón Hinojosa, si usted me permite y para obviar un debate innecesario, esta Presidencia atendiendo a las observaciones que aquí se han hecho, atendiendo también al hecho evidente de que no tienen todos los miembros de esta asamblea la iniciativa, pide a la secretaría que le dé el curso normal correspondiente y le concedo la palabra en un momento.
La secretaría, sírvanse darle el turno normal a esta iniciativa, considerándola como de primera lectura, si la asamblea lo aprueba, para turnarlo a comisión.
El secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas: -Simplemente, por instrucciones de la Presidencia es de primera lectura.
(Desorden.)
El Presidente -Sí, asiste la razón a los señores diputados.
Túrnese a la Comisión del Deporte.
Tiene usted la palabra, diputada Calderón.
La diputada María Luisa Calderón Hinojosa: -Señor Presidente; señores diputados: El artículo 3o. de la Constitución de la República habla de fomentar el desarrollo integral de los mexicanos, el deporte es parte del desarrollo integral de los mexicanos y a pesar de que se manifiesta esto en el artículo 3o., siempre se ha apartado y el deporte, dentro de la educación, se pone como parches y como complemento sin ser integral.
Estoy, a través de esta tribuna, haciendo la propuesta...
El diputado Jesús Luján Gutiérrez (desde su curul): -Señor Presidente...
El Presidente: -Le escucho, señor diputado, un momento, diputada. Dígame, diputado Luján.
El diputado Jesús Luján Gutiérrez (desde su curul): -¿Ya está a discusión?
El Presidente: -Desde luego que no.
El diputado Jesús Luján Gutiérrez (desde su curul): -Entonces no tiene sentido la intervención de la diputada.
El Presidente: -La diputada pidió la palabra para hechos, no para discusión, porque no está a discusión.
La diputada María Luisa Calderón Hinojosa: -Tampoco la pedí para hechos, la pedí para hacer una propuesta.
El Presidente: -No se está discutiendo la iniciativa.
La diputada María Luisa Calderón Hinojosa: -Sólo estoy proponiendo que se turne a la Comisión de Educación, para que se estudie conjuntamente. Aquí dejo mi propuesta por escrito.
El diputado Gerardo Medina Valdez (desde su curul): -Señor Presidente.
El Presidente: -Dígame, señor diputado Medina.
El diputado Gerardo Medina Valdez (desde su curul): -Señor Presidente: Sin llegar a la categoría de sabios, a los cuales se les atribuye el derecho a rectificar, yo no había sido enterado de que esto es un dictamen suscrito por nuestros propios diputados de Acción Nacional. Se trata de un dictamen aprobado por todos los miembros de la comisión y que ha llevado dos años de trabajo. Retiro mi observación hecha al principio de este trámite.
El diputado Juan Jaime Hernández (desde su curúl): -Señor Presidente.
El Presidente: -Dígame, señor diputado Juan Jaime Hernández.
El diputado Juan Jaime Hernández (desde su curul): -Señor Presidente, la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, pide respetuosamente se siga el trámite de obvia y urgente resolución de esta Ley del Deporte.
El Presidente: -¿Ningún orador, ningún diputado desea hacer uso de la palabra? Proceda entonces la secretaría a consultar a la asamblea y después de la rectificación a su primera solicitud hecha por el diputado Gerardo Medina, proceda la secretaría a consultar a la asamblea, en términos de los artículos 59 y 60, si esta soberanía considera la iniciativa de ley como de urgente resolución.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: -En votación económica se pregunta a la asamblea, con fundamento en el artículo 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, si se le dispensan todos los trámites a la iniciativa con la que se acaba de dar cuenta y se pone a discusión y votación de inmediato.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Se dispensan todos los trámites, señor Presidente.
El Presidente: -Dígame, diputada.
La diputada María Luisa Calderón Hinojosa (desde su curul): -Para que sea aceptada esta propuesta, deben ser las dos terceras partes de los diputados presentes. Yo le solicito que cuente cuántos son los votos para ver si se dispensa.
El Presidente: -Con todo respeto, diputada fue evidente que aprobaron las dos terceras partes de los presentes esta solicitud.
Dígame, diputado Ortíz Walls.
El diputado Eugenio Ortíz Walls (desde su curul): -En este caso es obligatorio contar para que quede claro que se cumplieron los requisitos del reglamento, las dos terceras partes.
El Presidente: -Yo le solicito a la diputada Calderón, si es usted tan amable, esta Presidencia le solicita que pase usted a la secretaría para que atestigüe que la votación cubre los requisitos expresos en el artículo 59 del reglamento.
Permítame la secretaría. Señores diputados: en términos del artículo 151, si de alguno otra fracción parlamentaria existe alguna duda al respecto, esta Presidencia le solicita que un miembro de la misma haga acto de presencia en esta secretaría. Si no la hay, proceda la secretaría a consultar a la asamblea si aprueba el trámite de urgente resolución, que debe ser con el voto de las dos terceras partes de los presentes.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: -Por instrucciones de la Presidencia, se solicita a los señores diputados que los que
estén de acuerdo en que esta iniciativa se considere de urgente resolución, lo manifiesten poniéndose de pie.
Gracias, señores diputados. Se les solicita a los diputados permanezcan de pie.
El diputado Gerardo Medina Valdez (desde su curul):-Señor Presidente, una propuesta...
El Presidente: - Sí, diputado.
El diputado Gerardo Medina Valdez:- -Los datos son obvios, nos vamos a sentar quienes votamos en pro. Que se levanten enseguida los que están en contra y eso es suficiente.
El Presidente: -De acuerdo diputado. Tomen asiento, señores diputados. Proceda la secretaría.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: -Por instrucciones de la Presidencia se solicita a los señores diputados que estén por la negativa se sirvan manifestarlo poniéndose de pie... Señor Presidente, se dispensan todos los trámites.
El Presidente: -En consecuencia está discusión en lo general. Han solicitado hacer uso de la palabra al respecto los diputados: Jorge González Ilescas, del Partido Revolucionario Institucional; Osiris Samuel Cantú Ramírez; Oscar Mauro Ramírez Ayala, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Guillermo Castellanos Martínez, del Partido Revolucionario Institucional; Jesús Alfredo Fernández Gardea, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Jesús Luján Gutiérrez, del Partido Popular Socialista; Pedro René Etienne Llano, del Partido de la Revolución Democrática; Jorge del Rincón Bernal, del Partido Acción Nacional; María Esther Valiente Govea, del Partido Revolucionario Institucional.
El Presidente; -Tiene la palabra el diputado Jorge González Ilescas, del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Jorge González Ilescas: -Me permite señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: La exposición hecha por el compañero diputado Felipe Zambrano, presidente de la Comisión del Deporte, a mi juicio fue amplia y acuciosa.
Yo quisiera solamente resaltar dos aspectos que me parecen de suma importancia: el primero, es que la Comisión del Deporte, es una comisión integrada por todas y cada una de las fracciones parlamentarias que conformamos esta honorable Legislatura; que la Comisión del Deporte ha venido trabajando en un marco de respeto y de consulta en todos y cada uno de los puntos que registramos en nuestro proyecto de Ley de Estímulos y Fomento del Deporte.
Esta discusión, este breve incidente que acaba de suscitarse, entiendo fue solamente un problema de mero procedimiento, no una oposición a lo que en sí mismo significa un aspecto notable, noble y trascendente para nuestro país.
Las diferentes fracciones parlamentarias acudimos a varios estados de la República a consultas directas y permanentes con los interesados, los involucrados y los especialistas del deporte. Este documento que hoy presentamos a esta honorable soberanía, insisto, es uno de los aspectos que quería resaltar, es precisamente consecuencias, resultado, reflejo de esta consulta que en forma y de manera plural hicimos todos los diputados.
El otro aspecto que a mi juicio vale la pena destacar, es que en las diferentes reuniones sostenidas con funcionarios del Ejecutivo, responsables del deporte, siempre manifestaron la disposición del Presidente de la República para que esta honorable Cámara creara el ordenamiento jurídico necesario para regular la asignación de recursos económicos, técnicos y humanos, para que el gobierno de la República asuma la responsabilidad de la promoción, fomento, estímulo, protección y organización del deporte en todo el país.
Son dos aspectos, señores diputados, que creo que vale la pena resaltar, y que finalmente, a la hora de emitir su voto, estoy seguro los considerarán.
Finalmente, y lo hago con mucho respeto y con mucho orgullo, quiero hacer del conocimiento que la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, en voz del diputado Pedro Etienne, por mi conducto manifiesta que está a favor del dictamen que hoy presentamos a la consideración de esta honorable asamblea.
Son. compañeros diputados, éstos, pues, motivos suficientes, necesarios; hemos trabajado con mucho esfuerzo, con mucho cariño, con muchas ganas durante estos dos años, para poder proponer y ofrecer a esta honorable soberanía este anteproyecto de ley.
Pido, finalmente, compañeros diputados, que en su oportunidad, que en su tiempo, si así lo consideran, den su voto a favor para que esto se haga realidad. Muchas gracias.
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Osiris Samuel Cantú Ramírez.
El diputado Osiris Samuel Cantú Ramírez: -Entendemos el consenso logrado en la Comisión del Deporte de esta honorable Cámara de Diputados, como una expresión de las posibilidades que se abren de acuerdos, de consenso y de unidad en torno de temas que rebasen las posturas, los puntos de vista ideológicos y políticos de las formaciones políticas aquí representadas.
Forma parte de la lucha por el derecho al deporte, de los derechos democráticos del pueblo mexicano; es una parte inseparable de la lucha por la justicia social, por el derecho efectivo a la salud, a la educación, al trabajo y por la participación más amplia en los asuntos que tienen que ver en todos los órdenes de su vida.
Las manifestaciones, las expresiones más diversas que tienen lugar en el ámbito del deporte, de carácter masivas, proyectan en la actualidad la fusión impresionante que se da en estas expresiones, en estas manifestaciones masivas, del carácter nacional de la cultura y de la tradición propia de cada pueblo, con la emergencia de una nueva mentalidad que se abre paso en estos tiempos en el mundo convulsos, hacia el cambio, hacia la paz y hacia la solidaridad humana sin fronteras.
Se ha convertido el movimiento deportivo internacional en un enorme puente de entendimiento entre todos los pueblos, entre todas las nacionalidades y las etnias del mundo; es un factor que prueba la unidad del mundo, su concatenación actual y su fuerza de supervivencia en las condiciones tan críticas que atraviesa.
Las expresiones actuales que tienen lugar en el ámbito del deporte, prueban también que se ha convertido en un movimiento que representa una extraordinaria forma de relación; el deportista se ha constituido en un embajador auténticamente de los pueblos, junto con el movimiento masivo de turistas y de estudiantes que se trasladen a estudiar a otros países.
El estímulo y el fomento al deporte en México, tiene por estas razones un sentido y propósitos que rebasan los marcos nacionales y se conecta con la gran causa de la humanidad por la paz. Tiene que ver con el aporte de nuestro propio pueblo a la solución de los conflictos en el mundo por vía pacífica, por la amistad de los pueblos y por la solidaridad.
Junto con otras estructuras que existen en nuestro mundo, también las del deporte están sujetas a cambio y a revisión. En nuestro propio país el hecho de que se produzca un acuerdo en esta comisión, con relación a la ley que ahora examinamos, es una expresión de la necesidad de cambios en las estructuras. Por ahora esta ley es un primer paso, tendiente a dotar a nuestra juventud y a nuestro pueblo de un instrumento jurídico para abrir paso a un nuevo ámbito de los derechos del pueblo mexicano.
Entre todos los miembros de la comisión pensamos que se abrirá paso también a la posibilidad de que constitucionalmente sea reconocido el derecho al deporte; de que también en el artículo 123 de la Constitución se reconozcan los derechos de los profesionales en materia que no es objeto de la ley que hoy aprobamos por unanimidad, de los miembros de la comisión.
Quiero, tan sólo para terminar, decir que me parece que en esta iniciativa, la parte relativa a las posibilidades que da a los deportistas para participar de manera directa en las propuestas para la elaboración del Programa Nacional del Deporte, es la forma concreta a través de la cual los deportistas podrán influir de manera efectiva a través de sus organizaciones, de sus asociaciones, en la elaboración de planes concretos para el deporte nacional.
Se establece la obligación del Ejecutivo Federal, para promover los recursos que requiere la atención social del deporte, para apoyar el desarrollo de los recursos humanos para la enseñanza y la práctica del deporte.
Por último, la conformación de un fondo nacional para el deporte, abre también la posibilidad de que se reúnan recursos mayores porque en la actualidad son muy insuficientes; serán por ahora de acuerdo con este ordenamiento, los que esta Cámara aprueba para la Secretaría de Educación Pública.
En este primer paso, pensamos que no queda todavía resuelta la necesidad de que una parte del presupuesto nacional sea expresamente aprobada, sea expresamente asignada para la actividad deportiva.
Compañeras y compañeros diputados: con estos razonamientos expresamos nuestro voto en favor del proyecto de ley. Muchas gracias.
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.
El diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala: -Señor Presidente; compañeras y
compañeros diputados: Hoy, en esta Cámara de Diputados, estamos realizando uno de los actos cívicos, políticos y sociales de mayor trascendencia en la vida cultural de nuestro país.
Es innegable que la concentración de los diputados es una fuente a la que debemos de recurrir cuando queremos sacar a México adelante en cualquier actividad del que hacer humano.
Hace unos momentos, elaboraba un discurso en el que razonábamos nuestro voto de la fracción parlamentaria en pro de esta iniciativa de ley, en el que buscábamos estadísticas, en el que analizábamos o tratábamos de encontrar fuentes de apoyo que enriquecieran, que hicieran vibrar a todos lo diputados y ciudadanos y ciudadanas asistentes a esta reunión, pero realmente nos fue muy difícil encontrar esos elementos en la frialdad de las estadísticas, en la frialdad de los números.
Vino mejor a nuestra mente lo que hemos vivido en el deporte, lo que los mexicanos sienten del deporte, lo que a los mexicanos les hace vibrar dentro del deporte, y vinieron a mi mente aquellas etapas en las cuales acudíamos a competir en las escuelas primarias y secundarias en eventos deportivos; como en aquella etapa de nuestra vida, recurríamos al desayuno escolar para llegar más o menos algo alimentados al aula escolar; vino a nuestra mente cómo deseábamos ganar una competencia deportiva en los eventos en los cuales estábamos participando.
También hicimos a un lado las estadísticas para refugiarnos en lo que a todos los mexicanos nos ha hecho vibrar, para refugiarnos en lo que ha unificado a todo el pueblo de México, en aquellos hechos deportivos a través de los cuales todos los mexicanos nos hemos unificado al saber de un compatriota, en otras latitudes del mundo, hacía y lograba que se izara la bandera mexicana y que se entonara el Himno Nacional, porque había logrado una presea deportiva para nuestro país.
Y vino a nuestra mente aquella gloriosa etapa deportiva de nuestro país, cuando un mexicano montaba en un corcel daba a México una medalla olímpica: Humberto Mariles, indudablemente que representó el esfuerzo, la inquietud y el coraje de todos los mexicanos para que, a través de la justa deportiva pusiera el nombre de México en todos los niveles del mundo.
Y como él, como esos deportistas de alto rendimiento, nuestra patria ha dado muchos mexicanos de los cuales nos sentimos orgullosos todos los mexicanos.
Y basta recordar cómo en el ámbito de la natación y de los clavados, tuvimos también en esa época hombres que le dieron prestigio a nuestro deporte, como ese ilustre mexicano que todos recordamos y recordaremos en cada justa olímpica, como es Joaquín Capilla; aquel hombre que hizo también vibrar los corazones de los mexicanos al lograr la medalla olímpica.
Y así recorremos la historia de los eventos deportivos en los cuales hemos participado, y vemos cómo en 1968 este país logra superar las diferencias que se vivían en esos momentos para unificarnos en torno a una sola actividad, a una sola meta: sacar adelante un evento olímpico en este país.
Y también recuerdo cómo todos los mexicanos sentíamos el vibrar, sentíamos el deseo de apoyar a un Felipe "Tibio" Muñoz, para que lograra una presea olímpica en esos momentos de 1968.
Todos lo mexicanos a los cuales veíamos frente a una televisión, gritaban con coraje, con deseo de apoyar a los mexicanos que en esos momentos hacían gallardía echaban recursos de energía para lograr vencer a las potencias deportivas en esos eventos.
Así como estos mexicanos, han existido muchos, muchos más, de los cuales no nos viene a la mente más que estos que son representativos de momentos de gran vibración para los mexicanos. Ha habido, indudablemente, muchos deportistas, como aquellos de las caminatas que nos dieron medallas olímpicas, como aquellos de las carreras que nos dieron medallas olímpicas: un Barrios, un Raúl González, etcétera. Muchos mexicanos, varios mexicanos que han grabado en los anales de la historia olímpica el nombre de México.
Pero también, como esos mexicanos, hace unos días, esta ciudad de México vivió y vibró con los ciudadanos, con los jóvenes que se integraron representando a México en los juegos Centroamericanos y del Caribe. Ahí, en esa justa deportiva, quienes acudimos a ver las competencias sentimos que la piel se nos enchinaba, cuando de izaba la bandera, porque un mexicano ganaba una presea de oro en las justas deportivas de los Juegos Centroamericanos y del Caribe.
En este evento deportivo, compañeros diputados, logramos, por primera ocasión en la historia de México, superar la meta de 200 medallas. Muchas decenas, pero muchas decenas de medallas de oro. Muchas decenas que en estos momentos están colgadas en los lugares preferidos de las familias mexicanas, porque es ahí donde deben de estar: en el corazón de los mexicanos, en el hogar de los
mexicanos, que se han esforzado y que no han contado con técnicas depuradas, pero han contado con el coraje para vencer y para sacar adelante a México.
Ahí cuando hacíamos este discurso, nos remontábamos a los anales de la historia de las Naciones Unidas, en donde se proclamó la Carta del Deporte, en donde se señalo que el deporte es para unir a los pueblos, que el deporte es para convivir, que el deporte es para superarse, que el deporte es para lograr la paz y la convivencia entre los pueblos y entre los seres humanos.
Por ello, consideramos que esta iniciativa de ley debe ser aprobada por unanimidad de todos los miembros de esta LIV Legislatura y fundamentalmente porque todos estamos comprometidos en hacer un México más grande, en hacer un México más fuerte, en hacer un México más representativo, dándole a las nuevas generaciones lo que ellas requieran: elementos de carácter jurídico, elementos de carácter legislativo, para que por el camino de esta legislación puedan irse conformando los espíritus, las mentes y los cuerpos que han de dar a México toda la gloria que requerimos para mantenernos unidos y gallardos en estas justas deportivas.
Efectivamente, en nuestro país hemos tenido oportunidad de ver también otro tipo de justas deportivas, de vibrar al ritmo de estas justas deportivas. Para nadie es extraño recordar eventos deportivos, que si bien es cierto no son a nivel amateur, son a nivel profesional, para nadie han sido extrañas las gestas deportivas a través de las cuales los mexicanos hemos mantenido un nivel superior a muchas naciones y me refiero concretamente al deporte del boxeo, en donde hemos logrado también medallas olímpicas, hemos logrado también campeonatos mundiales.
Actualmente a un mexicano se le ubica como el deportista de la década. Indudablemente es un deportista que se dedica por profesión a esta actividad y que ha mantenido el nombre de México en todos los medios de información del mundo. El campeonato mundial que mantiene Julio César Chávez, es muestra de orgullo para los mexicanos y si bien es cierto este deporte es un deporte de paga, también es cierto que todos los mexicanos vibramos al ritmo en que estos gladiadores se enfrentan a sus oponentes en las justas deportivas.
Y no es por hacer gran elogio del deporte del boxeo, pero para muchos mexicanos el haber visto a un Rubén Olivares, aun Vicente Zaldívar y a una serie de boxeadores que le han dado gloria al deporte mexicano, ha demostrado que los deportistas mexicanos vienen de abajo, vienen de las clases más humildes y requieren apoyo, requieren técnica, requieren asesoría y eso es lo que se pretende a través de esta legislación.
A través de esta legislación en al cual no se ve ni se hace distingos ni de clases sociales ni de posiciones políticas ni mucho menos de posiciones raciales, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana apoya de manera unánime, de manera consiente y responsable esta iniciativa de ley, porque fue producto del consenso, fue producto de la participación y del tránsito en las distintas entidades del país, en donde muchos mexicanos nos reclamaban una legislación del deporte.
Hoy gracias a la unidad, a la comprensión a la corresponsabilidad de esta LIV Legislatura, la más criticada, o la más recordada en la historia de México, los deportistas y México tendrán una ley del deporte para el bien de la juventud y de México. Muchas gracias. (aplausos.)
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Guillermo Castellanos Martínez, del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Guillermo Castellanos Martínez: -Señor Presidente; compañeros diputados: A partir del día de hoy los deportistas de nuestro país debemos sentirnos satisfechos. Después de muchos esfuerzos por realizar un documento normativo que regule la tan apasionante actividad del deporte en México, la Comisión del Deporte de nuestra honorable Cámara de diputados, presenta el proyecto de Ley de Estímulos y Fomento del Deporte, que recoge las inquietudes e ideas de todos los partido políticos representados en esta Cámara.
Como deportistas sabedores de la urgente necesidad de corresponder con nuestro esfuerzo a la solución de los problemas por lo que atraviesa nuestro deporte, venimos a dar nuestro firme y decidido respaldo a este proyecto, que tiene por objeto establecer el sistema nacional del deporte, así como las bases para su eficaz funcionamiento, que dentro de una orden federal establece la coordinación de las acciones del Ejecutivo Federal con los estados y con los municipios, así como la participación directa de los sectores social y privado de nuestro país en tareas que orienten y fomenten el desarrollo de nuestro deporte en toda la República.
Otro de los puntos importantes del proyecto será el que determina los objetivos y lineamientos, así como las acciones del gobierno en atención al deporte popular, aquel que practican las grandes
mayorías de jóvenes mexicanos; el deporte estudiantil que se practica en las instituciones educativas; el deporte federado, que se practica con el propósito de clasificar al deportista de calidad dentro de un órgano federado y el deporte de alto rendimiento, que se refiere a la excelencia del deporte.
El proyecto establece la creación de un fondo económico, de estímulo y apoyo a los deportistas, para que reúnan las condiciones óptimas en el desarrollo de su actividad deportiva, dentro de una esfera de tranquilidad, por no estar sujetos a la presión que implica el tener que destinar recursos adicionales para prepararse en óptimas condiciones, con miras a mejores resultados.
De la participación de los sectores social y privado en el sistema nacional del deporte, así como de los organismos que realicen actividades deportivas, debemos recalcar que el proyecto establece la celebración de convenios de concentración que regulen la forma en que habrán de participar, los apoyos y recursos que brindarán y que deberán ser los suficientes para estimular y fomentar la actividad deportiva dentro de sus respectivos sectores.
Nuestro proyecto establece un sistema de registro de deportistas y organizaciones, sanciones administrativas y recursos en materia de deporte, una comisión de apelación y arbitraje, para dirimir los conflictos entre deportistas y sus dirigentes.
Por las razones antes expuestas, así como por lo mencionado por los compañeros diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, solicitamos a ustedes compañeros diputados, su respaldo, con objeto de que este importante proyecto de la Ley de Estímulos y Fomento del Deporte, obtenga el voto unánime aprobatorio de esta soberanía. Muchas gracias. (Aplausos.)
El Presidente: Tiene la palabra el diputado Jesús Luján, del Partido Popular Socialista.
El diputado Jesús Luján Gutiérrez: -Señoras y señores diputados: A nuestro juicio, esta iniciativa de ley que ha sido presentada con la aprobación unánime de los integrantes de todos los partidos políticos en la Comisión del Deporte, merece algunos comentarios que nosotros no podemos dejar inadvertidos.
En primer lugar, en la LIV Legislatura es donde surge por primera vez la Comisión del Deporte en la Cámara de Diputados.
En segundo lugar, esta comisión que encabeza entusiastamente el diputado Zambrano, desde un principio se dio a la tarea de hacer las consultas necesarias, con el propósito de elaborar una iniciativa de ley del deporte que rigiese a nivel federal, porque también es cierto que hoy por hoy no existe una legislación federal que tenga que referirse precisamente a esta actividad tan importante de la sociedad mexicana.
Fue esta ley, este proyecto de ley, producto de debate, es una unanimidad que nosotros, yo la podría calificar de unanimidad militante, unanimidad combativa, que nos permitió ir limando una serie de cuestiones en las que hay discrepancias todavía, pero estuvo por encima el interés de tener una reglamentación federal en esta actividad que afecta a grandes masas populares.
Esta iniciativa, como todas, tiene una serie de virtudes y una serie de defectos, yo podría señalar como virtudes, el que es producto del consenso debatido por varios meses, de un recorrido nacional de la aportación que hicimos como experiencia de nuestra actividad deportiva. La otra cuestión que nosotros mencionamos como defecto, puede ser que en lugar de ser una iniciativa del deporte debería ser una iniciativa de ley de la salud, de la educación física, como parte esencial de la actividad deportiva; tiene indiscutiblemente algunas cuestiones de fallas, por ejemplo el que no esté contemplada la actividad profesional que indiscutiblemente tendrá que reglamentarse algún día a nivel federal, para acabar con el abuso que se hace de los deportistas, para evitar, inclusive, muertes lamentables, como la reciente y muy publicitada que se efectuó con un boxeador en el estado de Michoacán.
En fin, una serie de actividades de esa naturaleza, pero dentro de ese marco, nosotros consideramos que es un avance muy importante el que se tenga ya una legislación en la cual se sujeten una serie de actividades de carácter deportivo, que no sea el capricho sexenal bueno o malo el que rija la política deportiva que se aplique en nuestro país; hay una base de tipo legal que inclusive establece prioridades, como lo decía el compañero Guillermo, donde se le da importancia al deporte popular, al deporte estudiantil, a deporte federado y al deporte, digamos de alto rendimiento, pero sobre todo, compañeros, se sientan las bases para cuidar de los niños y de los jóvenes que practican el deporte dentro del articulado de la propia legislación, porque todavía profesionales o aficionados o amateurs, como quiera llamárseles, son lesionados muchos jóvenes y muchos niños, algunos por ignorancia de quienes los atienden y otros, simplemente por acciones de lucro.
Por esas razones, compañeros, nosotros los del Partido Popular Socialista estuvimos informados
e informamos a nuestros compañeros de los avances y es decisión unánime de votar favorablemente al proyecto de iniciativa que hoy está a discusión. Muchas gracias. (Aplausos.)
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Francisco Curi Pérez, del Partido de la Revolución Democrática.
El diputado Francisco Curi Pérez Fernández: -Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: Vengo a cumplir con una vieja promesa y a cubrir la parte de responsabilidad que le corresponde a mi partido, el de la Revolución Democrática, en apoyar la iniciativa de ley del deporte que hoy se presenta a consideración de esta honorable asamblea.
Hoy concluye un prolongado esfuerzo de los integrantes de la comisión y hay que decirlo también, claro, de su activo presidente, el diputado Zambrano, para poder darle a México una norma que en esta materia regula la actividad tan importante para la salud de la patria y para el desarrollo de la juventud.
Pudimos constatar el enorme esfuerzo de muchos diputados para poder concebir una norma que conjuntara las opiniones de las diferentes corrientes políticas que se expresan en esta Cámara, para conjuntar y darle coherencia a las opiniones que desde diversos estados de la República se generaron y creemos que este consenso ha traído como consecuencia una iniciativa que puede ser ejemplo de lo que se puede hacer cuando hay voluntad política de concertar y de trabajar conjuntamente.
Y considero también que esto representa un ejemplo de lo que esta Cámara puede hacer, cuando desde aquí, asumiendo con cabal responsabilidad su papel, los legisladores nos enfrentamos a hacer realmente las leyes y no a estar esperando que de parte del Ejecutivo nos llegue.
Por razones, por lo que esta ley contiene, mi partido respalda evidentemente, la iniciativa de la ley del deporte y solicita a la asamblea su aprobación en este acto. Muchas gracias.
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Jorge del Rincón Bernal, del Partido Acción Nacional.
El diputado Jorge del Rincón Bernal: -Con la venia de la Presidencia; amigos legisladores: En primer término, es conveniente aclarar el desconcierto que se dio al iniciar, al presentarse esta iniciativa de ley, básicamente creo yo que por esas maratónicas sesiones, como la de anoche, ya no hubo una coordinación y por eso, los compañeros de Acción Nacional y con todo derecho, muy legítimo, interesados en esta ley, que no por ser del deporte deja de tener una gran trascendencia, no es que se opusiesen a la ley, sino a esta práctica muchas veces que se da, una práctica viciada de presentar en el último momento, una iniciativa, en que ni los que hemos participado en ella estamos enterados.
Esta ley debió haberse presentado el próximo lunes y hubiésemos tenido tiempo, los que aquí hemos participado, para fundamentar mejor los argumentos que ahora hemos presentado.
De momento, sentí que no debería yo de subir a la tribuna, porque quería venir con más datos o por lo menos haber refrescado más esta iniciativa de ley, sin embargo, no era debido evitar esto, porque como uno de los secretarios de la comisión del Deporte me sentía obligado, en segundo término, porque ustedes recordarán que fue a mí a quien me tocó, de alguna manera, iniciar esta inquietud, cuando subí en el año de 1988 a censurar el triste papel que habían hecho algunos deportistas en las Olimpiadas de Corea.
Para mí lo más valioso de esta ley, ya lo mencionó el compañero Luján, es que es una ley que nace en el seno mismo de esta Legislatura, como nació la Comisión del Deporte, que no hubo que esperar que se nos diese línea de ninguna parte para legislar en esta materia.
Por otra parte, también tiene el valor que trabajamos siempre en forma coordinada sin que hubiese mayores discrepancias al interior de la comisión, hubo que recorrer prácticamente toda la República por regiones, para percatarnos de cuáles eran los problemas esenciales del deporte y nos percatamos que prácticamente en todas las latitudes del país son los mismos problemas, los problemas del subdesarrollo del deporte no son más que el reflejo de nuestro subdesarrollo social, político y económico.
En donde quiera la inquietud era regionalizar el deporte, porque duele el centralismo también en materia deportiva, era el apoyo económico, las becas para los deportistas, la seguridad social para el deportista, los campos deportivos, los entrenadores, los capacitadores, la medicina deportiva, era el mismo problema a nivel nacional; no nos cupo la menor duda a los de la comisión, que al palpar estas inquietudes, eran generalizadas por regiones en todo el país.
Queremos también decir que no tuvimos la pretensión de una legislación completa, para nosotros lo importante era crear un marco legal que
viniera a regular todo el deporte, inclusive el deporte profesional, que posteriormente tuvimos que renunciar a esa ambición porque vimos que el deporte profesional requería mayor profundización. No quisimos abrir esa caja de Pandora que es el deporte profesional; no quisimos meternos tampoco a reformar la Constitución en su artículo 123 y su ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo, que es a la que corresponde regular en esta materia al deporte profesional.
Estamos conscientes que no por el hecho de haber formulado esta ley, vayamos a resolver todos los problemas graves que tiene el deporte en este país; quisimos crear el marco, quisimos frenar al Poder Ejecutivo para que indiscriminadamente meta las manos en el deporte, sin ninguna reglamentación, sin ninguna regulación; quisimos evitar que se nombre a las personas por amiguísimo o compadrazgo en los puntos claves, con las consecuencias que todos conocemos.
Sabemos que se requiere la participación y el esfuerzo solidario de todos los deportistas del país y de todos los ciudadanos, para que esta ley realmente no sólo tenga vigencia, sino que tenga operancia.
Por estas razones, los compañeros del grupo parlamentario de Acción Nacional estamos de acuerdo, no hemos, en ningún momento, dejado de estar de acuerdo en apoyar esta ley, insisto, no porque se vayan a resolver todos los problemas, pero sí porque es el inicio de la solución de los mismos y hemos querido poner los de la comisión nuestro grano de arena, para hacer del deporte en México un instrumento al servicio del pueblo de México, para que supere sus niveles de vida.
Está claro que el deporte es un instrumento magnífico de superación personal, de capacitación, por llamarle de alguna manera, integral de la persona humana.
Nosotros que tanto pugnamos por el respeto al derecho del hombre, a la integración personal del individuo, creemos que el deporte es un instrumento para realización del mexicano. Muchas gracias.
El Presidente: - Tiene la palabra la diputada María Esther Valiente Govea, del Partido Revolucionario Institucional.
¿Dígame, diputado?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa (desde su curul): -A título personal, particular, quiero expresarme en contra.
El Presidente: -Ahora que concluya la diputada, si espera un momento.
La diputada María Esther Valiente Govea: -Con su permiso, señor Presidente; compañeros legisladores: El deporte como manifestación social incide en los diversos grupos que conforman este conglomerado de una manera positiva.
Esta expresión del ser humano que implica disciplina, voluntad, respeto, ejercicio responsable de las libertades y que en su práctica exalta las virtudes, fortalece física y mentalmente, templa el carácter y recompensa, además de todo lo que he referido, con la satisfacción del triunfo, de la meta obtenida.
El deporte ha constituido el interés y motivo de trabajo intenso, dedicado, responsable, por parte de quienes integramos la Comisión del Deporte de esta honorable LIV Legislatura y que plural y armónicamente integrada se realiza en la tarea legislativa.
Fue hasta que la Constitución de 1824 reconoció la igualdad de derechos de los hombres que se permitió la práctica del deporte a los mexicanos, pues estaba prohibido realizarlos por ordenanzas y circulares y, en general, por la legislación de la época colonial.
Múltiples y valiosos han sido desde entonces los esfuerzos que se han efectuado en pro del deporte en nuestro país, pero resultaba indispensable contar con un instrumento jurídico que regulara toda esa actividad, que recogiera las aportaciones y diversas responsabilidades que se han encaminado a promover y estimular el deporte en nuestra nación.
Es esencial destacar de este dictamen a consideración de la honorable asamblea, que por primera vez en la historia de México se constituyen derechos para los deportistas, como parte del fomento y estímulo a su participación; en nuestro dictamen están contenidos en el artículo 27.
Estos derechos son:
Practicar el deporte o deportes de su elección;
Asociarse para la práctica del deporte y en su caso para la defensa de los derechos;
Usar las instalaciones destinadas para la práctica del deporte, apegándose a la normatividad correspondiente;
Recibir asistencia y entrenamiento deportivo;
Recibir atención y servicios médicos cuando lo requieran en la práctica de un deporte durante competencias oficiales;
Participar en competencias, juegos o eventos deportivos reglamentarios u oficiales;
Representar a su club, asociación, federación, localidad o al país en competencias nacionales e internacionales;
Participar en las consultas públicas a que se convoque para la elaboración del Programa Nacional del Deporte, así como de los programas y reglamentos deportivos de su especialidad;
Ejercer su derecho de voto en el seno de la asociación u organización a la que pertenezca, así como desempeñar cargos directivos o de representación;
Obtener de las autoridades el registro, reconocimiento y autorización en su caso, que lo acredite como deportista;
Recibir toda clase de becas, estímulos, premios, reconocimientos y recompensas de cualquier índole y los demás que le otorgue esta ley u otros ordenamientos legales.
Considero, compañeros, que estos derechos constituyen garantía a la práctica del deporte, una seguridad real, un respeto a las libertades, una búsqueda de la equidad que tiene o pretende tener fundada en esta ley la certeza en la legalidad para los deportistas de nuestro país y que queremos su aprobación para que se plasme en la norma las inquietudes de millones de mexicanos deportistas que ven en nosotros la esperanza de cristalizar sus más sentidos anhelos.
Desde esta alta tribuna quiero expresar un reconocimiento sincero a los héroes del deporte nacional en las personas de los deportistas que hoy nos acompañan. por brindarnos el orgullo nacional de recibir medallas y obtener marcas en eventos centroamericanos, panamericanos y olímpicos.
Sea este dictamen de la Ley de Estímulo y Fomento del Deporte, que solicitamos y esperamos de todos ustedes su aprobación para que se constituya en una ley, nuestro homenaje a todos ellos y, al mismo tiempo a todos los mexicanos que lo practican, promueven y coordinan cotidianamente en las aulas, comunidades rurales, colonias populares, centros recreativos, gimnasios, igualmente a aquellos mexicanos que desde los espacios colectivos proyectan su anhelo de superación y triunfo, en su actual lucha por reafirmar los valores morales de nuestro pueblo, sin ver en el deporte una salida, sino un principio a su realización.
Es de los legisladores de la nación una respuesta seria, palpable y consecuente con el compromiso que nosotros adquirimos durante los trabajos de la comisión para llegar a este proyecto, a este dictamen y, con su aprobación, a esta ley. Muchas gracias.
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado José de Jesús Sánchez Ochoa, del Partido Acción Nacional.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -compañeras y compañeros diputados: Mi intervención y lo quiero dejar expresamente señalado, es a título personal y de acuerdo con mi responsabilidad de diputado.
Yo estoy de acuerdo con los miembros de la Comisión del Deporte, estoy de acuerdo con quienes trabajaron en la formulación y preparación de esta iniciativa de ley, en la urgencia que hay de legislar en este país sobre deporte.
Todos coincidimos que ya es necesario un marco jurídico para que pueda realizarse la actividad deportiva, tanto en el campo de la educación, en el campo del ocio, de la distracción y en el campo del trabajo, pero lo que no podemos hacer es violar la Constitución General de la República, porque nosotros estamos sujetos a un régimen de facultades expresas y, como lo dice el artículo 124 constitucional: "las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados".
Y en el artículo 73 constitucional, no me podrán ustedes encontrar una sola fracción donde se nos conceda la facultad, se señale la facultad de legislar en materia deportiva, al Congreso federal.
Algunos dicen, o donde habla de desarrollo social, creo que es en la fracción XXX, pero si ustedes ven e interpretan correctamente y apegándose al espíritu y a la letra, ahí no podrán ustedes apoyar la fundación para que presentemos esta iniciativa.
Qué bueno que la presenten, pero qué malo que por precipitarnos violemos el marco jurídico al que nosotros hemos de sujetar todas nuestras decisiones. En este mismo librito "Deporte y Derecho", de Mariano Albor Salcedo, queda bien claro que no hay facultad para que nosotros podamos legislar, sin reformar el artículo 73 constitucional. Es lo único que quiero decir, ¡qué
bueno que legislemos! pero, ¡qué malo que vayamos a atropellar las facultades constitucionales!, ¡qué malo que nos salgamos de nuestro marco jurídico!, será una legislación que viene interpretada por abogados competentes, podrá nulificarse toda decisión administrativa o de otro tipo, que se fundamente en esta ley.
Yo invitaría a los miembros de la comisión a que piensen esta inquietud y si lo tienen a bien, lo reconsideren y, bueno, pues, ciertamente es urgente, a lo mejor con buenos constitucionalistas preparan rápido un texto en el que evidentemente vamos a estar de acuerdo, pero no violemos la constitución y hagámoslo bien.
Es todo lo que tengo que decir para poner a salvo mi responsabilidad personal como diputado. Gracias.
El Presidente: -Permítame, señor diputado, un momento. Le desean hacer una pregunta, ¿la acepta usted?
No la acepta, señor diputado.
El diputado Vicente Luis Coca Alvarez (desde su curul): -Pido la palabra en pro.
El Presidente: -Señor diputado Luis coca tiene usted la palabra.
El diputado Vicente Luis Coca Alvarez: -Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores: He pedido hacer uso del micrófono, porque considero, tal y como ha quedado ya aquí asentado, de extraordinaria importancia esta iniciativa que ha conjugado el esfuerzo de los distintos grupos parlamentarios al interior de esta LIV Legislatura.
Considero que el trabajo legislativo confeccionando esta norma jurídica fundamental para el pueblo de México, porque es precisamente el basamento en la estructura misma de lo que podemos legarle a nuestra juventud, lo que podemos esperar como país, como pueblo mismo.
Hace unos momentos acaba de antecederme en el uso de la palabra un compañero diputado del grupo parlamentario de Acción Nacional, quien ha venido a hablar de la posible, de la hipotética inconstitucionalidad de esta ley y yo vengo aquí, con todo respeto, ciudadanos diputados, a refutar que no es cierto, que es falso cuando se afirma que es anticonstitucional esta ley.
Y justamente ustedes están abordando sobre el tema, estaba usted tratando de aterrizar en el artículo correspondiente, que son las facultades que este Congreso de la Unión tiene, justamente en el artículo 73 en su fracción XXIX, inciso d.
Efectivamente, el artículo 73 de la constitución Política del país, señala: "El Congreso tiene facultad...
Fracción XXIX, inciso d: Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social".
Cómo no habremos de encuadrar, cómo no habrá de enmarcarse esta norma jurídica dentro del aspecto social, si es justamente el espíritu mismo de esta legislación de esta norma jurídica, lo que imbulle a los legisladores al que hacer legislativo en materia social que trasciende justamente en manera específica al ámbito deportivo; cómo no habrá de tener una repercusión seria pero estrictamente desde el punto de vista técnico jurídico, que esta norma está precisamente enmarcada dentro del ámbito social y es justamente este Congreso, es justamente esta Cámara de Diputados la que tiene facultad de expedir esta ley reglamentaria de este artículo correspondiente.
De suerte que esto es lo que he venido a apoyar, esto es lo que he venido a decir y creo que definitivamente este dictamen tiene sustento constitucional.
Es cuanto, señor Presidente. (Aplausos.)
El Presidente: -Tiene la palabra el diputado Sánchez Ochoa, para alusiones personales.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Señor Presidente; compañeros diputados: Desde luego, con toda sencillez y humildad debo reconocer que aun cuando de alguna manera estaba yo investigando sobre este tema, porque es un tema que me interesa, ciertamente hoy para mi ha sido una sorpresa; una sorpresa por una parte grata, porque yo estoy convencido de la necesidad de legislar sobre el deporte; yo estoy convencido de la necesidad que tenemos de señalar cauces al desarrollo del deporte como integralmente considerado, ya sea como un aspecto de la educación, ya sea como el instrumento fundamental que los ciudadanos de este país debemos de utilizar para nuestros días de ocio, de descanso, para regenerar nuestras fuerzas físicas, para reimpulsar nuestro espíritu y poder emprender la jornada cada lunes o cada mañana, después de la práctica del deporte. Yo creo que es evidente la necesidad que tenemos de crear estos cauces jurídicos, eso ya lo dije y estoy convencido de ello.
Lo que no me convence es que en este momento, este congreso pueda interpretar la fracción XXXIX del artículo 73 constitucional, para
fundar la iniciativa que ahora presentan y, qué bueno, de común acuerdo, los integrantes de las diversas fracciones parlamentarias de la Comisión del Deporte.
A mí también me llena de alegría el hecho de que los integrantes de una comisión hayan colaborado con tanto entusiasmo, con generosidad y hayan coincidido y presenten prácticamente por unanimidad una iniciativa de esta naturaleza, indudablemente es también signo de los tiempos; de esos tiempos por los que todos los diputados que aquí estamos y formamos parte de este Congreso estamos luchando, unos tiempos nuevos donde el bien nacional se ponga por encima de los bienes particulares y de grupo.
Pero qué triste que no hayan cuidado, si quieren ustedes algunos dicen, el formalismo. Yo no creo que sea el formalismo, aquí ha habido reiteradas intervenciones durante esta semana sobre la necesidad de que los distintos niveles de gobierno y las distintas funciones de poder sujeten su acción al marco jurídico, para que no haya duda de la legitimidad de sus decisiones, de la competencia de su decisión legislativa, en este caso del Congreso.
Por eso yo creo que en estricta o aún en amplia interpretación literal, aquí esta fracción no se puede referir al deporte en concreto, que tiene que ser así, bien señalado, que el Congreso puede legislar sobre el deporte. Que están evidentemente buscando un alfiler, un punto de apoyo para ya no dar marcha atrás en su decisión...
El Presidente: -Señor diputado Sánchez Ochoa permítame usted un momento, si es tan amable.
¿Dígame, diputado Coca?
El diputado Vicente Luis Coca Alvarez (desde su curul): -Deseo hacerle una pregunta al orador.
El Presidente: -¿Acepta usted una pregunta, señor diputado?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Bueno... Lo que digan los compañeros diputados: ¿lo acepto o no...?
El Presidente: -¿Acepta usted la pregunta, señor diputado?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Bueno, la acepto.
El Presidente: -Adelante, diputado Coca.
El diputado Vicente Luis Coca Alvarez (desde su curul): -Solamente, diputado, querría yo su comentario, particularmente en lo que se refiere al artículo 3o., primer párrafo, de la Constitución General de la República, que consideramos tiene una íntima vinculación con la fracción última, entiendo que es la XXX del artículo 73 de la propia Constitución Política del país, y si autoriza la Presidencia que pudiera darse lectura al primer párrafo del artículo 3o. y a la última fracción del artículo 73 de la Constitución General de la República. Para que pudiéramos darnos, si a bien lo tiene el diputado, sus comentarios al respecto.
El Presidente: -Para normar el criterio de la asamblea, proceda la secretaría a dar lectura a lo solicitado por el diputado Coca.
El secretario diputado Juan Ugarte Cortés: -Artículo 3o. constitucional. "La educación que imparta el Estado, federación, estados, municipios, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia".
Pasamos ahora al 73, en su última fracción, o sea la XXX constitucional:
"Fracción XXX. Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión."
Pienso que son facultades implícitas y concurrentes: federación, estados y municipios.
El Presidente: -Continúe, diputado Sánchez Ochoa.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Gracias, señor diputado.
Bien, en relación al artículo 3o. constitucional yo pienso que aquí podría implícitamente pensarse en el deporte, ciertamente, como materia académica, pero el deporte es algo más que una materia académica o un apoyo para la educación de los jóvenes, de nuestros niños, de los adolescentes y de los jóvenes.
El deporte en la actualidad en el país es ya una profesión, es un trabajo, pero es fundamentalmente el medio para que descanse el mexicano de sus fatigas de sus atribulaciones...
El Presidente: -Señor diputado Sánchez Ochoa, permítame. El señor diputado Juan Jaime Hernández desea hacerle una pregunta.
¿Acepta usted una pregunta, diputado Sánchez Ochoa?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -¡Es que todavía no contesto la primera...!
Déjame contestarle a Coca y luego con mucho gusto, al fin y al cabo tenemos tiempo y venimos descansado.
Entonces, ciertamente no es el artículo 3o. constitucional el que nos da facultades para legislar en deporte, porque si así fuera esto debería estar incluido en la Ley Federal de Educación y no una ley especial del deporte.
Porque es la Ley Federal de Educación la que explícita, la que reglamenta todo lo referente al artículo 3o. constitucional y yo también los invito, entonces ya para qué legislar, simplemente, ¿para qué crear una nueva ley? Vamos entonces ampliando lo referente al deporte en la Ley Federal de Educación, pero no hagamos una nueva Ley Federal del Deporte.
Pero yo creo que ustedes pensaron bien, no, el deporte no nada más tiene que ver con la educación, también tiene que ver con diputados como ustedes, como muchos de ustedes, perdón, aquí hay muchos jóvenes y yo que tenemos que practicar el deporte, porque si no el corazón se nos fatiga y ya no podremos servir con esa alegría. con esa bonhomía a nuestro país; nuestra inteligencia necesita... un cuerpo sano, según aquello que decían los latinos y que Juan Jaime diría muy bien: men sana in corpore sano, ciertamente, un espíritu sano en un cuerpo sano y hoy es el tema.
Entonces, yo lo que quiero demostrar es que esto, el deporte supera lo que pide aquí el artículo 3o. constitucional, si vamos a la fracción XXX...
El Presidente: -Permítame, señor diputado, permítame un momento, Señores diputados, les solicito de la manera más comedida, guardar silencio y poner atención al orador.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Si vamos a la fracción XXX del artículo 73, basta que la leamos así, con toda calma, para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, o sea todas las facultades que le son concedidas al Congreso en todas, en las 29 fracciones anteriores tienen como una reiteración, aquí en la fracción XXX para que hagamos las leyes y ahí es donde está el meollo del asunto que yo quiero presentar ante ustedes.
En las 29 fracciones anteriores no se nos da la facultad de legislar sobre deporte, por lo tanto, nosotros no podemos expedir una ley necesaria ciertamente para hacer efectiva la facultad, porque no se nos ha dado, y con lo que no se nos ha dado no podemos operarlo y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.
Pero yo creo que si ustedes revisan el texto constitucional no hay en ningún otro artículo una facultad para que pudiera entrar en esta última frase, en esta última oración de la fracción XXX del artículo 73 constitucional. He respondido en la medida de mis posibilidades al diputado Coca Alvarez y estoy dispuesto...
El Presidente: -Señor diputado, permítame usted una interrupción.
Señores diputados, el señor diputado Sánchez Ochoa ha sido cuestionado, se le han hecho preguntas, está utilizando el tiempo adicional en responder a esas preguntas, no es el tiempo del que originalmente y reglamentariamente dispone un orador. El está respondiendo a cuestionamientos hechos por otros señores diputados. Yo les agradeceré poner atención al orador y al señor diputado Sánchez Ochoa, precisar sus respuestas para desahogar esta intervención.
Dígame, diputado Ramírez Ayala.
El diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala (desde su curul):- Deseo hacer una pregunta al orador.
El Presidente: -¿Acepta usted una pregunta del diputado Ramírez Ayala?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Sí, como no.
El Presidente: -Proceda, diputado Ramírez Ayala.
El diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala (desde su curul): -Señor diputado, es una pregunta sencilla y muy concreta, que quisiera que me contestara usted.
¿La actividad del deporte, en dónde la ubicaría usted, en el problema económico o en el problema social?
Sí, ¿la actividad del deporte que reglamenta esta ley, en dónde la ubicaría usted, en el problema económico o en el problema social?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -En ambos.
El diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala: -Cierto diputado, muchas gracias, es constitucional nuestra ley.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Sí, porque en el problema económico, porque ciertamente ya tiene que mirar a muchos que se dedican profesionalmente al deporte, pero tampoco, digamos, ése es sólo un aspecto del deporte y nosotros tenemos que contemplarlo integralmente señor diputado; no podemos de una retacería hacer surgir una unidad. Evidentemente que la práctica del deporte contribuye o podía usted ubicarlo en la cuestión social, mirada amplísimamente, como la política también se puede colocar en la cuestión social, y entonces, bajo ese rubro, en ese caso usted podría aquí meter no se cuanto, a lo mejor hasta puede dedicarse al narcotráfico, porque es una actividad social y es una actividad económica.
(Desorden.)
El Presidente: -Permítame señor diputado Sánchez Ochoa. Dígame, diputado García Aguilar. Continúe señor diputado y le agradeceré pueda concluir su intervención.
El diputado Juan Jaime Hernández (desde su curul): -Deseo hacer una pregunta.
El Presidente: -¿Acepta usted la pregunta del diputado Juan Jaime?
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Sí, yo sí la acepto.
El Presidente: -Adelante, diputado Hernández.
El diputado Juan Jaime Hernández (desde su curul): -Señor diputado, en beneficio del tiempo y de la asamblea y que usted reconoció que es de materia social que se contiene en el inciso a, de la fracción III, del artículo 3o. constitucional, mejor tache, guardo silencio.
El diputado José de Jesús Sánchez Ochoa: -Gracias por su recomendación, señor diputado.
Bien, señoras y señores diputados, yo cuando subí la primer ocasión para tratar de pergeñar aquí algunas ideas, inquietudes sobre esto, dejé claramente establecido desde el primer momento porqué quería hacer uso de la tribuna, no tuve más tiempo para discutir o dialogar sobre este tema, evidentemente con mis compañeros del Partido Acción Nacional, eso lo reconozco y por eso he dicho que vengo a riesgo personal, no vengo ciertamente con el apoyo de mi fracción parlamentaria, no puedo alegar que mi grupo parlamentario está apoyando la exposición de mis inquietudes aquí. Tal vez es un atrevimiento, lo hago de buena fe, lo hago por que sinceramente creo que vamos a cometer una aberración, pero si la mayoría considera que no, obvio, yo creo que debo aceptar esa decisión, en cuanto que no tengo otro procedimiento para convencerlos y tratar de que se cambie. (Aplausos.)
El Presidente: -Dígame, diputado.
El diputado José Antonio Gándara Terrazas (desde su curul): -Pido la palabra para hechos.
El Presidente: -Tiene usted la palabra por cinco minutos, señor diputado.
El diputado José Antonio Gándara Terrazas: -Señor Presidente; señores diputados: el propósito de hacer uso de la palabra en este momento es para clarificar la postura del grupo parlamentario de Acción Nacional con respecto a la Ley de Estímulo y Fomento del Deporte. Por supuesto que reconocemos la conveniencia, los alcances, los propósitos, los objetivos de esta ley; no sólo eso, sino que nos complace los dos años de trabajo de la gente de esa comisión, nos enorgullece que esta Legislatura pueda dejarle a México y a sus ciudadanos una ley de esta naturaleza.
Si deploramos que en procedimiento hayan ocurrido fallas, como es el hecho de que una comisión dictaminadora no tiene capacidad para iniciar leyes; lo pudieron haber hecho como diputados y por obvia resolución, aunque se turnara a comisión, hoy o el lunes, se les hubiera aprobado. Existe esa duda que no todos compartimos de si tiene marco constitucional o no esta ley, pero el procedimiento está avanzado, es una ley necesaria en la que todos coincidimos que le conviene al país. Felicitamos a quienes legislaron en esta materia y en la única razón de haber puesto tanto hincapié en el procedimiento es que no deseamos que se repita este procedimiento para otras materias.
Los diputados que la hicieron, la felicitación del grupo parlamentario de Acción Nacional donde nuestra propia gente trabajó para dejarle a México una ley de esta naturaleza. Muchas gracias. (Aplausos.)
El Presidente: -consulte la secretaría a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: -En votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Suficientemente discutido, señor Presidente.
El Presidente: -Para los efectos del artículo 134, se pregunta a la asamblea si algún diputado reserva un artículo para su discusión en lo particular.
No habiendo quién haga uso de la palabra, proceda la secretaría a tomar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.
La misma diputada secretaria: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de la presente iniciativa.
Se solicita a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.
(Votación.)
Señor Presidente, se emitieron 307 votos a favor de la iniciativa, cinco votos en contra y dos abstenciones.
El Presidente: -Aprobado en lo general y en lo particular, por 307 votos, el proyecto de Ley de Estímulo y Fomento del Deporte.
El secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas: -Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA
PATRIMONIO INDÍGENA DEL VALLE DEL MEZQUITAL Y LA HUASTECA HIDALGUENSE
El Presidente: -El siguiente punto del orden del día es la primera lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto que deroga el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1952, por el que se crea el organismo descentralizado actualmente denominado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense y su modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1982.
En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los diputados, se ruega a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
La secretaria diputada Sofía Valencia Abundis: -Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.
Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Se dispensa la lectura al dictamen, señor Presidente.
"Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.
Honorable asamblea: A esta Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa de decreto que deroga el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1952 por el que se crea el organismo descentralizado actualmente denominado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense, y su modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1982, que el Ejecutivo Federal presenta al honorable Congreso de la Unión en uso de las facultades que le confiere el artículo 71 fracción I de la Constitución General de la República.
En tal virtud, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, se somete a la consideración de esta soberanía, el siguiente
DICTAMEN
La iniciativa de mérito señala que el organismo descentralizado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense, en su origen tuvo como objeto el estudio y solución de los problemas económicos y sociales de la zona del Valle del Mezquital en el estado de Hidalgo, conforme al acuerdo presidencial que lo creó, y que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 1o. de septiembre de 1951. El honorable Congreso de la Unión confirmó la creación del citado organismo mediante decreto publicado en el propio órgano informativo el 31 de diciembre de 1952.
Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 1982, se reformaron diversos artículos del decreto antes mencionado expedido por el honorable Congreso de la Unión, modificando la denominación del organismo descentralizado por la de
Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense, con lo que se amplió su ámbito territorial de aplicación a la región de la Huasteca en el estado de Hidalgo.
Al crearse el organismo referido, se previó la constitución de un fideicomiso en el Banco de México, como instrumento a través del cual se llevaría a cabo la transferencia de recursos por parte del gobierno federal. El fideicomiso quedó formalmente constituido el 20 de diciembre de 1951.
Se manifiesta asimismo en la iniciativa de decreto que nos ocupa, que las acciones del gobierno federal con los gobierno estatales, dentro del marco de los Convenios Únicos de Desarrollo, tiene por objeto promover el desarrollo económico y social en el ámbito regional, y particularmente en zonas en donde se ha venido efectuando un esfuerzo considerable para superar los rezagos sociales.
Que como parte de las acciones previstas en el Plan Nacional de Desarrollo 1989- 1994, relativas al fortalecimiento del Pacto Federal, destaca la necesidad de dar pasos firmes hacia la descentralización y des concentración, promoviendo la redistribución de la actividad económica, social y cultural, con el fin de que los estados y municipios puedan impulsar su desarrollo de manera concentrada y autónoma.
En ese orden de ideas, se plantea la extinción del organismo descentralizado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense, como consecuencia se propone también la extinción del fideicomiso antes aludido. Al mismo tiempo, se ha considerado conveniente transferir los recursos que conforman el patrimonio del organismo, al gobierno del estado de Hidalgo.
Analizada la iniciativa, esta comisión considera que es procedente su aprobación, toda vez que la medida que se propone es congruente con las estrategias señaladas en el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, consistentes en estimular la intervención de los gobiernos estatales y municipales, como impulsores del bienestar económico, social y cultural de la población, ya que son las instancias más cercanas a la comunidad y receptores primarios de sus demandas.
Constituye la iniciativa en estudio un paso hacia la descentralización y des concentración que emprende el gobierno de la República, y concreta su voluntad de dar vigencia en plenitud a las facultades que la ley fundamental confiere a los estados y municipios.
Acciones como las que aquí se plantean fortalecen el federalismo que anima nuestro sistema político, cuya modernización y vigencia implica que cada ámbito de gobierno cumpla cabalmente con sus atribuciones.
Por las razones expuestas, se solicita a esta honorable asamblea la aprobación, del siguiente
PROYECTO DE DECRETO
Artículo único. Se deroga el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1952 por el que se crea el organismo descentralizado actualmente denominado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense y su modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1982.
TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Artículo segundo. La Secretaría de Programación y Presupuesto designará un liquidador responsable de iniciar y encauzar el proceso de extinción y liquidación del organismo descentralizado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense, levantar el inventario de los bienes pertenecientes al mismo, someter al dictamen del auditor designado por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, los estados financieros inicial y final de liquidación, y efectuar la transferencia de activos en el marco del Convenio Único de Desarrollo suscrito por el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del estado de Hidalgo.
Artículo tercero. La Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, en su carácter de coordinadora de sector del Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense, promoverá lo conducente a efecto de que los procesos de desincorporación que se ordenan, se lleven a cabo eficaz y oportunamente y con apego a las disposiciones legales que los rigen.
Artículo cuarto. La Secretaría de Programación y Presupuesto, en su carácter de fideicomitente único de la administración pública centralizada, procederá a realizar los actos conducentes a efecto de extinguir el fideicomiso para el sostenimiento del Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital. Para tal efecto, la institución fiduciaria, en un plazo no mayor a 20 días, someterá a la consideración de la propia Secretaría el convenio de extinción correspondiente.
Artículo quinto. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación, conforme a sus atribuciones, vigilará y hará el seguimiento de los procesos a que se refiere el presente decreto.
Artículo sexto. Los derechos de los trabajadores serán respetados conforme a la ley.
Artículo séptimo. Salvo que exista impedimento legal para ello, los respectivos procesos de desincorporación no podrán exceder de un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de este decreto.
Sala de comisiones, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 15 del mes de diciembre de 1990."
Trámite: -Primera lectura.
DICTAMEN A DISCUSIÓN
CONVENIOS CONSTITUTIVOS SOBRE FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
El secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas:
"Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Honorable asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público le fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal para reformar el decreto que lo autorizó a suscribir, en representación del gobierno de México, los convenios constitutivos sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
Esta comisión, de acuerdo con lo establecido por los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha procedido al análisis de la citada iniciativa y, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente
DICTAMEN
El propósito de la iniciativa de decreto, es reformar el artículo 3o. de decreto expedido por el honorable Congreso de la Unión, el 26 de diciembre de 1945, por el que se facultó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del gobierno de México, los convenios constitutivos sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
Con esta reforma se autorizaría incrementar la aportación de los Estados Unidos Mexicanos al Fondo Monetario Internacional, por la cantidad equivalente a 1 mil 753.3 millones de derechos especiales de giro, para atender la resolución 45-2, adoptada por la junta de gobernadores del Fondo Monetario Internacional el 28 de junio de 1990, mediante la cual se decidió aumentar en 50%, aproximadamente las aportaciones de los países miembros al Fondo. La cuota de México es de 1 mil 165.5 millones de derechos especiales de giro, de acuerdo con la autorización del Congreso, contenida en decreto del 12 de diciembre de 1983.
En el artículo 3o. del decreto del 26 de diciembre de 1945, se autorizó que la aportación de México fuera de 90 millones de dólares. En 1959, la cuota de nuestro país aumentó a 180 millones de dólares; en 1964, a 300 millones de dólares; en 1970, a 370 millones de dólares; en 1976, a 535 millones de derechos especiales de giro; en 1980, a 802.5 millones de derechos especiales de giro, y en 1983, a 1 mil 165.5 millones de derechos especiales de giro.
El incremento propuesto, es del orden de 587.8 millones en derechos especiales de giro, lo que representa aproximadamente 834.7 millones de dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha de elaboración del presente dictamen. El 25% de esta aportación, o sea, de 146.95 millones de derechos especiales de giro que representan 208.7 millones de dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha de elaboración del presente decreto, serán depositados en el Fondo Monetario Internacional y el 75% restante, quedará depositado en pesos mexicanos, en el Banco de México, a disposición del Fondo Monetario Internacional. Ambas operaciones deberán realizarse a más tardar el 31 de diciembre de 1991, con lo cual, la aportación total de nuestro país a dicha institución, ascenderá a 1 mil 753.3 millones de derechos especiales de giro, suma que equivale actualmente a 2 mil 497.5 millones de dólares de los Estados Unidos de América. La aportación en derechos especiales de giro, formará parte de las reservas internacionales de México.
Adicionalmente, la comisión tomó en cuenta la resolución 45-3 de la propia junta de gobernadores, por la que se propone establecer sanciones que lleguen hasta la expulsión de la institución de aquellos miembros que no cumplan sus obligaciones patrimoniales, después de un tiempo razonables en el que el país en cuestión ha
perdido el acceso a los recursos del Fondo, por una mayoría del 70% de los votos del directorio ejecutivo. De acuerdo con esta enmienda, el miembro de que se trata podrá ser suspendido en el ejercicio de sus derechos corporativos; no podrán elegir gobernador y director ejecutivo, así como participar en las enmiendas al convenio constitutivo y en otras decisiones relativas a la operación del Fondo Monetario Internacional.
La comisión estima conveniente atender la resolución 45-2 y otorgar al Ejecutivo Federal la autorización que solicita, toda vez que este aumento de cuotas se ha decidido para que el organismo financiero citado pueda hacer frente a las necesidades de recursos de los países miembros, en especial de los menos desarrollados.
Por las anteriores consideraciones, la Comisión de Hacienda y Crédito Público se permite someter a la aprobación de esta honorable asamblea, el siguiente
PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA AL QUE AUTORIZO AL EJECUTIVO FEDERAL A FIRMAR, EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE MÉXICO, LOS CONVENIOS CONSTITUTIVOS SOBRE EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
Artículo primero. Se reforma al artículo 3o. del decreto que autoriza al Ejecutivo Federal a firmar en representación del gobierno de México, el texto de los convenios sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, para quedar en los términos siguientes:
"Artículo 3o. El Banco de México efectuará, en términos del artículo 6o. siguiente, la aportación de los Estados Unidos Mexicanos al Fondo Monetario Internacional. La citada aportación será hasta por la cantidad equivalente a un mil setecientos cincuenta y tres millones trescientos mil derechos especiales de giro."
Artículo segundo. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto del Banco de México, a que, en representación de los Estados Unidos Mexicanos, actualice las aportaciones al Fondo Monetario Internacional para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo primero de este decreto, y acepte la tercera enmienda al convenio constitutivo del mencionado organismo, conforme a las resoluciones 45-2 y 45-3 respectivamente, acordadas el 28 de junio de 1990, por la junta de gobernadores del citado organismo.
TRANSITORIO
Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 11 de diciembre de 1990.»
Trámite: -Segunda lectura.
El Presidente: -Está a discusión en lo general.
Se ha inscrito, para hablar en contra, el diputado Abigaíl Cruz Lázaro del Partido Popular Socialista y por el Partido Revolucionario Institucional, el diputado Jorge Cejudo.
Tiene la palabra el diputado Abigaíl Cruz Lázaro.
El diputado Abigaíl Cruz Lázaro: -Ciudadano Presidente; señoras y señores diputados: A nombre del grupo parlamentario del Partido Popular Socialista, vengo a impugnar el proyecto de decreto que suscribe la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, para su discusión y aprobación en su caso por esta soberanía, teniendo como objetivo principal autorizar al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del gobierno de México, el texto de los convenios sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
Tomando en cuenta que estos organismos internacionales son instrumentos del imperialismo para mantener sojuzgados a los países en vías de desarrollo, al imponerles una política contraria al desarrollo independiente y que se expresa en una grosera intromisión en la vida económica y política de los pueblos, con altas tasas de interés, con el claro propósito de que se endeuden en demasía y arrastren una pesada y larga cadena neocolonial.
Para que otorguen préstamos estas instituciones usuarias, exigen una serie de requisitos que los gobiernos que lo solicitan tienen que cumplir, reprivatizar la economía de los países en vías de desarrollo, con la finalidad de convertir a los gobiernos en gendarmes de las transnacionales; reducir el gasto público, que equivale a realizar ajuste de personal en la administración estatal; a mantener a los trabajadores con bajos salarios, que significa que vivan en la miseria y la pobreza; a fomentar el desempleo y el subempleo, para que potencialmente sean protagonistas del vicio y del
crimen; en fin, a desatender los servicios educativos, asistenciales y la infraestructura urbana y rural.
Pero lo que es imperdonable es que exijan a los países emergentes que bajen la tasa de natalidad, experimentando métodos anticonceptivos contrarios a la tradición familiar, que tienen todo el derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y el esparcimiento de sus hijos.
El Partido Popular Socialista considera que si en 1948 nuestro país ingresó al Fondo Monetario Internacional, aportando 90 millones de dólares, se justificaba porque acabábamos de terminar la Segunda Guerra Mundial y la situación internacional era distinta, en virtud de que los países del bloque nazi - fascista, salieron derrotados y los Estados Unidos de América, Francia e Inglaterra, resultaron los grandes ganadores y acreedores de los capitales acumulados durante la contienda.
Pero hoy, señoras y señores diputados, que nos hemos dado cuenta de los objetivos que persiguen rechazamos categóricamente la resolución 45-2 del 28 de junio de 1990, acordada por la junta de gobernadores, con el falso pretexto de disponer de recursos financieros suficientes para hacer frente a los requerimientos de los países miembros en vías de desarrollo.
Es decir, nos oponemos resueltamente a que se incrementen las aportaciones de México a este organismo expoliador de 1 mil 165 millones 500 mil, a 1 mil 753 millones 300 mil, derechos especiales de giro.
De la misma manera nos oponemos a la resolución 45-3 aprobada por la misma junta de gobernadores el 28 de junio de 1990, porque es represiva, antidemocrática y amenazante, al establecer un mecanismo de sanción a los países que no cumplan con sus compromisos ante el citado organismo, previendo una posible expulsión, privándolo del acceso a los recursos del Fondo, negándole el derecho a elegir gobernador y director ejecutivo.
Esta resolución arbitraria perjudica directamente a algunos gobiernos del tercer mundo que se han atrasado en el pago de servicio de la edad externa, en virtud de la grave crisis que sufren y se han visto en la necesidad de cumplir con sus compromisos populares ante la amenaza latente de estallidos sociales que reflejan una acentuada inconformidad de las masas ante la carestía de la vida.
El Partido Popular Socialista razona su voto en contra, basándose en las siguientes consideraciones:
"Nuestro país tendrá un déficit en la balanza comercial de 2 mil 500 millones de dólares en 1990, muy a pesar del auge de los precios del petróleo. Las exportaciones alcanzarán únicamente 26 mil millones de dólares y las importaciones 28 mil 500 millones de dólares.
En México persiste una inestabilidad del sector externo de la economía por las elevadas importaciones que impactan en forma negativa el saldo de la balanza comercial, no tomando en cuenta la amenaza de recesión en los Estados Unidos de América que podría afectar a las ramas más dinámicas de nuestras exportaciones.
Se advierte un desequilibrio mayor para 1991, debido a la política equivocada del gobierno federal por la apertura hacia el Acuerdo de Libre Comercio.
Por lo antes expuesto, nuestro voto será en contra de que el Banco de México aporte de sus reservas 1 mil 753 millones 300 mil derechos especiales de giro; no estamos de acuerdo a que el Ejecutivo Federal actualice las aportaciones con el Fondo Monetario Internacional, y no aceptamos la tercera enmienda del convenio constitutivo del organismo mencionado, expresadas en las resoluciones 45-2 y 45-3 de junio de 1990.
Sala de sesiones de la Cámara de Diputados, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa."
Por el grupo parlamentario del Partido Popular Socialista, Abigaíl Cruz Lázaro.
El Presidente: -Tiene la palabra, para hablar en pro, el diputado Jorge Cejudo, del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Jorge Cejudo Díaz: -Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: A mí me parece muy respetable y especialmente congruente con la ideología que la sustenta, la posición del Partido Popular Socialista. En este sentido, entiendo que el proyecto internacional de México no sea compartido por sus miembros.
Nuestro país ha asumido desde siempre una actitud de respeto a la autodeterminación de los pueblos; en esto México goza de una larga y añeja tradición. Esta tradición tiene mucho que ver con un permanente sentimiento de participación y colaboración a nivel internacional, que hace que nuestra interdependencia sea respetuosa y positiva. México ha sido nación fundadora de diversas organizaciones internacionales: la Organización de la Naciones Unidas, la Organización
de Estados Americanos, del propio Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial. Quiero exponer, por lo tanto, una serie de razonamientos que fundamenta la iniciativa en cuestión.
La junta de gobernadores del Fondo Monetario Internacional, adoptó el 28 de junio de 1990, una resolución mediante la cual se decidió incrementar en aproximadamente 50% las aportaciones de los países miembros al fondo.
Este incremento tiene por objetivo disponer de recursos suficientes para hacer frente a los requerimientos financieros de sus países miembros, particularmente los de aquéllos en vías de desarrollo.
Como es bien conocido, dicha institución tiene entre sus funciones más importantes la de fomentar la cooperación monetaria internacional y la estabilidad cambiaría, así como apoyar con sus recursos financieros los esfuerzos de estabilización de sus países miembros.
Permítame señalar algunas de las razones más importantes sobre la participación de nuestro país en el Fondo Monetario Internacional:
Primero. La aportación de cada país al fondo que en lenguaje técnico se conoce como "cuota", es la que determina la cantidad de recursos que un país puede obtener en préstamos del Fondo Monetario Internacional. Es decir, mediante la aportación adicional, que ahora se está discutiendo, nuestro país se verá beneficiado, porque estará en posibilidades de utilizar un monto mayor de recursos del propio fondo;
Segundo. La cuota de un país al Fondo Monetario Internacional, es la base también para determinar su poder de votación en las decisiones de la institución. De esta forma, si México no participara en el aumento general de cuotas del Fondo, su importancia como accionista dentro de la institución se vería disminuida;
Tercero. El Fondo Internacional está facultado para crear liquidez incondicional, mediante la asignación de derechos especiales de giro a sus países miembros. La participación de cada país en dichas asignaciones de derechos especiales de giro, esto es, su posibilidad de beneficiarse de la creación de liquidez internacional por el fondo, está también determinada por el tamaño y alcance de su cuota;
Cuarto. Ante el problema resultante de la crisis de la deuda externa, el acceso de los países en desarrollo a los créditos de fuentes comerciales se ha reducido considerablemente. Así, la importancia relativa de los préstamos de organismos internacionales, como el Fondo Monetario Internacional, para suplementar nuestras necesidades de recursos, se ha acrecentado. Es por ello que los países en desarrollo en general, han respaldado el incremento de cuotas del Fondo Monetario Internacional e inclusive demandaron incrementos superiores del que finalmente se acordó;
Quinto. El acceso a los recursos del Fondo Monetario Internacional es importante, no sólo por la contribución que de manera directa pueda hacer en la instrumentación de la política económica de un país, sino por el hecho de que facilita la obtención de recursos externos adicionales de otras fuentes, como la banca comercial internacional, los gobiernos de los países industriales, etcétera, y
Sexto. La aportación de México al Fondo Monetario Internacional, representa una inversión de nuestro país en dicha institución, que nos permite desempeñar un papel como accionista de la misma. Adicionalmente debe considerarse que de la contribución total al fondo, el 25% que es realizado en divisas forma parte de nuestras reservas internacionales.
Por los anteriores motivos, considero que debe darse el respaldo a la iniciativa de decreto, en la que se propone el aumento de la contribución de México al Fondo Monetario Internacional y la tercera enmienda al convenio constitutivo del citado organismo. Muchas gracias.
El Presidente: -Consulte la secretaría a la asamblea, si se encuentra suficientemente discutido en lo general.
EL secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas: -Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el dictamen en lo general.
Los señores diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Suficientemente discutido, señor Presidente.
El Presidente: -Para los efectos del artículo 134, esta Presidencia pregunta a la asamblea si se hace alguna reserva de los artículos de este dictamen.
No habiendo quien haga uso de la palabra, proceda la secretaría a tomar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto. Y la Oficialía Mayor a dar los avisos correspondientes.
El secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular.
(Votación.)
Señor Presidente, se emitieron 271 votos en pro y 33 en contra.
El Presidente: -Aprobado en lo general y en lo particular, por 271 votos, el proyecto de decreto que reforma al que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del gobierno de México, los Convenios Constitutivos sobre el Fondo Monetario Internacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
El secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas: -Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
OFICIO DE LA COLEGISLADORA
El Presidente: -Esta Presidencia acaba de recibir un oficio de la honorable Cámara de Senadores. Se ruega a la secretaría dar cuenta con él.
El secretario diputado Juan Ugarte Cortés:
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Gobierno.
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión.- Presentes.
Por instrucciones del Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente envío a ustedes iniciativa de decreto que reforma la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, documento que el propio Primer Magistrado de la Nación propone por el digno conducto de ustedes.
Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a 29 de noviembre de 1990.- EL secretario, Fernando Gutiérrez Barrios."
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D.F.
Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados.- Presentes.
Para sus efectos correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto que reforma la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal.
Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
México, Distrito Federal, a 15 de diciembre de 1990.- Senadores secretarios: Eliseo Rangel Gaspar y Gustavo Almaraz Montaño."
MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY DE INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo único. Se reforman los artículos 1o., segundo párrafo; 51, fracción I; 82, fracciones III y IV; 83, 84, 86, 89, 91, fracción XXI; 92, fracción VII y 93 - bis, de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
Artículo 1o...................................................................
Podrán acogerse a las disposiciones de esta ley las instituciones cuyo objeto sea ejecutar actos de solidaridad que tiendan al desarrollo social.
Artículo 51. No podrán desempeñara el cargo de patrono de una institución:
I. Quienes estén impedidos por la ley;
II a V...........................................................................................
Artículo 82. Cuando los patronatos de las instituciones deseen organizar algún festival o espectáculo de los que habla el artículo 79, se observarán las prevenciones siguientes:
I y II................................................................................
III. La junta designará un inspector o auditor para que ejerza la vigilancia correspondiente, autorizará los boletos de paga o cortesía y las invitaciones que expidan los patronatos, y girará oficio al delegado del Departamento del Distrito Federal correspondiente, para que se otorgue la licencia o el permiso sin exigir el pago de impuestos derechos o tasas, y
IV. El inspector o auditor designado por la junta vigilará que no tengan acceso al espectáculo o al festival sino aquellas personas que presenten boletos o invitaciones autorizados por la junta.
...............................................................................................
Artículo 83. La Junta de Asistencia Privada es un órgano administrativo desconcentrado por función, jerárquicamente subordinado al Departamento del Distrito Federal, por medio del cual el poder público ejerce la vigilancia y asesoría que le compete sobre las instituciones de asistencia privada que se constituyan conforme a esta ley.
Artículo 84. La junta estará a cargo de un consejo de vocales integrado por:
I. Un presidente que será designado por el Jefe del Departamento del Distrito Federal, quien lo elegirá de la terna que le sea presentada por los vocales representantes de las instituciones, y
II. Por nueve vocales designados entre personas de reconocida honorabilidad, mexicanos por nacimiento, menores de 75 años, y quienes deberán desempeñar sus funciones personalmente. Dicho cargo es indelegable.
Al sector público le corresponde designar cuatro vocales, uno por cada una de las siguientes dependencias: Departamento del Distrito Federal y secretarías de Hacienda y Crédito Público, Educación Pública y Salud.
Los vocales restantes serán designados por las instituciones; podrán ser o no patronos de éstas, no deberán ser servidores público y se designarán por cada uno de los rubros que a continuación se indican, según la función predominantemente prestada por las instituciones:
a) Atención a niños y adolescentes;
b) Atención al anciano;
c) Atención médica;
d) Asistencia en la educación, y
e) Otra clase de servicios asistenciales.
La designación de estos vocales se hará por mayoría de votos, teniendo un voto cada institución y en caso de empate, decidirá el presidente de la junta.
Artículo 86. Las instituciones cubrirán a la junta una cuota del seis al millar sobre sus ingresos brutos, destinada a cubrir los gastos de operación de la junta, de conformidad con el presupuesto anual y a los gastos extraordinarios autorizados por el consejo de vocales. No se pagará la citada cuota por la parte de los ingresos que consistan en comida y ropa o cuando se trate de las asociaciones a las que se refiere el artículo 6o.
Las cuotas a que se refiere este artículo no formarán parte de los ingresos del Estado ni figurarán en su presupuesto; serán pagadas por las instituciones mensualmente dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la forma y lugar que señale la junta.
Artículo 89. Las ausencias del presidente se suplirán por el vocal designado por el Departamento del Distrito Federal y en ausencia de éste, por alguno de los vocales designados por el sector público en el orden establecido en el artículo 84, fracción II, párrafo segundo, de esta ley, lo cual se hará constar en el acta de sesión.
Artículo 91. Para el cumplimiento de sus fines, la junta tendrá las siguientes funciones:
I a XX......................................................................................
XXI. Las demás que le confiera la ley, el Departamento del Distrito Federal y otras disposiciones aplicables.
Artículo 92. Serán facultades y obligaciones del presidente de la junta:
I a VI...............................................................................................................
VII. Acordar con el Jefe del Departamento del Distrito Federal, con la regularidad que señale, a fin de informarle sobre la marcha de los asuntos que le competen a la Junta de Asistencia Privada;
VIII a XIV..................................................................................
Artículo 93 - bis. El Departamento del Distrito Federal podrá celebrar acuerdos de coordinación con los gobiernos de los estados para que, por medio de la Junta de Asistencia Privada, se les proporcione asesoría y asistencia técnica en materia de asistencia privada.
TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. La Junta de Asistencia Privada pasará de la Secretaría de Salud al Departamento del Distrito Federal con el personal y
los recursos con que actualmente cuenta, para lo cual se dará la intervención que corresponda a las secretarías de Programación y Presupuesto, Contraloría General de la Federación y Desarrollo Urbano y Ecología.
Artículo tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, Distrito Federal, a 15 de diciembre de 1990.- Senadores: Ricardo Canavati Tafich, Presidente; secretarios: Eliseo Rangel Gaspar y Gustavo Almaraz Montaño."
Trámite: -Recibo, y túrnese a la Comisión de Salubridad y Asistencia.
TOMA DE POSICIONES, COMENTARIOS Y DECLARACIONES
DEL ESTADO DE SINALOA
EL Presidente: -Tiene la palabra el diputado Juan Guerra Ochoa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, sobre el proceso a judiciales en Angostura, Sinaloa.
El diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa: - Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados: En torno a lo que sucede y a lo que el curso que toman los acontecimientos, resultado del operativo ya muy conocido de la Procuraduría General de la República en el municipio de Angostura, quisiera previamente detenerme en algunas consideraciones de índole general.
El día 13 de diciembre, el señor procurador de éste país, licenciado Enrique Alvarez del Castillo, reconoció ante una comisión del Congreso americano, miembros de la Comisión Selecta sobre el Abuso y Control de Drogas de esa asamblea, reconoció, reitero, que la procuraduría General de la República realiza con al Agencia Federal contra el Narcotráfico (DEA), operativos que pueden denominarse: persecuciones en caliente.
Se habló incluso en esa reunión, según la información que consta en varios diarios, de un convenio en vigor para la lucha contra el narcotráfico. Este convenio del cual se le informa al Congreso americano, no lo conocen miembros del Congreso mexicano, ni se les informa a miembros del Congreso mexicano.
Este convenio tiene ya por lo menos 24 meses y se informaba que el resultado del mismo es 120 aparatos aéreos decomisados en ese lapso.
Estas operaciones o persecuciones en caliente, consisten en detectar los aviones procedentes allende nuestras fronteras al sur, detectarlos, ubicarlos y en coordinación con la Agencia Federal contra el Narcotráfico, perseguirlos.
Sin duda éste es el caso de lo que ocurre en Angostura; fue una expresión de ese convenio llamado: persecuciones en caliente.
Más de 12 horas dura ese operativo, en esas 12 horas, y horas después incluso de que hay gente asesinada, desangrándose, lugareños las autoridades estatales no tienen ningún conocimiento.
Simple y sencillamente desde las 2.00 de la mañana en que son asesinados los primeros cinco lugareños, hasta las 10.00 de la mañana en que se presenta el agente del ministerio público del fuero común, con sede en Angostura, nadie sabe oficialmente en el estado de Sinaloa de ese operativo.
Se supo después que habían colaborado con el operativo, además de los elementos de la Procuraduría General de la República destacados en Sinaloa, miembros destacados en otras entidades como Nuevo León y otro estado, pero esto rebasa la coordinación que puede haber entre el estado y la Federación para efecto del trabajo de los integrantes de la Procuraduría General de la República en Sinaloa; no se les tomó para nada en cuenta al estado ni a ninguna autoridad. Es decir, este operativo de persecución en caliente demuestra de entrada lesión a la soberanía de los estados.
Pero hay una pregunta más, porque se presume que en el caso de otro avión detenido en Monclova, participó la Agencia Federal contra el Narcotráfico. ¿No estará también este convenio lesionando la soberanía nacional? ¿Y no es lamentable que de él no tengamos conocimiento los mexicanos y tenga conocimiento y se informe ante miembros del Congreso americano?
Parece ser que aquí, como se desprende de la misma entrevista con estos miembros del Congreso americano, lo que importaba era limar asperezas y diferencias con los Estados Unidos, aunque esto sea en detrimento de los derechos humanos y de los intereses del pueblo de México. ¡Lo que importa es presentar resultados espectaculares, como esos 120 aparatos decomisados; aunque se estén agrediendo sistemáticamente las garantías constitucionales de los mexicanos en este país!
Y bueno, el resultado entonces de esa entrevista cordial que tenía el Procurador, era de que
tenemos menos conflictos con los Estados Unidos. Ahora los conflictos, hay que decirlo, los está teniendo la Procuraduría General de la República con el pueblo de México y con toda la gente que se ve agredida por esa corporación.
Este operativo, que es de las características de persecución en caliente que ocurre en el municipio de Angostura, presenta los siguientes hechos:
El día 2 de diciembre, y voy a leer de un informe que entregamos ante las autoridades estatales de Sinaloa, perdieron la vida seis ciudadanos sinaloenses, entre ellos dos menores de edad.
El asesinato se cometió en el estado de Sinaloa, con todas las agravantes de la ley: con premeditación, con alevosía y ventaja.
Primero, alrededor de las 2.00 de la mañana se dio muerte a cinco personas y, posteriormente, a las 5.30, a una persona más.
Conviene en esto, se sabe que del operativo a las 2.00 de la mañana, porque es cuando se asesinan a cinco personas. Aquellas que da información la Prensa que venían de amenizar una fiesta, pero el operativo permanece ahí.
Y a la 5.30 horas, cuando salen lugareños del poblado Bruno B. García, que van a hacer sus actividades, los elementos de la Procuraduría General de la República reciben a un camión, a un automóvil, que venía con niños y adultos, a balazos.
¿Que cuidaban? Es lo que se pregunta la gente allá, desde las 2.00 horas que habían asesinado a las primeras cinco personas hasta las 5.30, para que no permitieran incluso que los lugareños pasaran por dicho lugar y en todo este tiempo, desde las 2.00 en que se balancea a los primeros miembros de la comunidad de ahí de Protomártir, hasta las 5.30 y más allá hasta las 10.00 de la mañana en que se presenta al agente del ministerio público, no hay ninguna, no sólo atención legal sino médica para quienes habían sido, quienes fueron así ultimados.
Seguramente muchos de ellos murieron desangrándose. Es totalmente improbable que todos hayan muerto a los disparos. Ahí se les dejó hasta que se presentó, repito, tuvo conocimiento el agente del ministerio público a las 10.00 de la mañana.
Fue un homicidio con agravantes, porque los autores del crimen se apostaron en el lugar de los hechos y se posesionaron del mismo, no dieron oportunidad de que las víctimas se identificaran ni siquiera se les solicitó, solamente al pasar por el lugar de los hechos se les rafagueó y ametralló con saña y con crueldad; todavía más, a los que quedaron con vida se les golpeó y se les dio el tiro de gracia.
Hubo premeditación, porque los autores tuvieron oportunidad de reflexionar sobre el delito que iban a cometer; hubo ventaja porque los delincuentes no corrían el riesgo de ser muertos ni lesionados y hubo alevosía, porque las víctimas fueron sorprendidas y acechadas.
Por los golpes y señas que presentaron los occisos, se presume que algunos de ellos fueron víctimas de la tortura antes de morir y que particularmente a uno se le dio el tiro de gracia, ya que acusaba una perforación por arma de fuego en el centro de la frente y en el terreno de los hechos se detectaron huellas de balazos profundos en la tierra.
Además consta en las actas del ministerio público local de Angostura, que a una de la víctimas se le colocó una pistola en la mano derecha, aunque esta persona era públicamente conocida como zurdo.
Esto, obviamente, se hizo a fin de simular un enfrentamiento, aun cuando la prueba de la parafina resultó negativa, las circunstancias de las muertes ofenden a la sociedad en su conjunto, ya que se asesinó a gente inocente desarmada y pacífica que tuvo la desgracia de pasar por el lugar del crimen.
Los autores materiales de este alevoso crimen se desempeñan como agentes de la policía judicial federal, pero al actuar en el asesinato lo hicieron como delincuentes comunes. La sola procedencia de su trabajo no determina en este caso el carácter del delito cometido. En el lugar de los hechos quedaron cinco cuerpos tirados, uno más se localizó en su casa.
Se encontraron además tres vehículos, en dos se trasladaban las víctimas, el otro era una camioneta Ford que contenía un tanque con gas - avión, esta camioneta fue recogida por el agente del ministerio público federal y asimismo se detectaron dos avionetas de la misma matrícula y subrayo esto, lo cual resulta sospechoso.
De las explicaciones dadas por la Procuraduría se deduce que una avioneta era donde viajaban los criminales, pero no se ha explicado la procedencia de la otra. En la Prensa lo que ha salido es que la otra justamente era en la que se perseguía o en su caso, ¿cómo justificar que se detuvo al
vehículo y no quienes lo conducían? Lo que es más el carro - tanque no ninguna perforación de bala, no así el carro donde iban las víctimas asesinadas.
Surge además la interrogante, ¿quién manejaba la camioneta que transportaba el gas - avión?
La acción donde perdieron la vida estas seis personas inocentes, duró más de 12.00 horas, sin embargo, no se ha reportado ningún narcotraficante detenido ni las señas ni los datos de los mismos.
Sobre la base de los acuerdo de coordinación entre la policía judicial estatal y la federal, las acciones de estos últimos dentro del territorio del estado deberán hacerse del conocimiento de las autoridades estatales correspondientes y tomar las medidas precautorias para no afectar a la población.
Por las informaciones recabadas se deduce que esta coordinación no cedió y se desconocía el hecho de que fuera a realizarse algún operativo oficial en esa zona; se tiene conocimiento de que a las autoridades del fuero común no se le dieron facilidades para iniciar las averiguaciones correspondientes, desde el primer momento se posesionaron del caso las autoridades federales, impidiendo en primera instancia al ministerio público local, posteriormente a este mismo sólo se le permitiría dar fe de los cuerpos, en ningún momento en todo este proceso inicial se exhibió la orden de comisión que justificara que los implicados en el crimen, actuaban en ejercicio de una función o en desempeño de su trabajo.
Tampoco se proporcionó esta información verbalmente, ni a la Prensa, ni a las autoridades locales; a la fecha no se ha aclarado suficientemente qué comisión cumplía o qué operativo tenían a su cargo, qué comandante estaba al frente y quién dio la orden de disparar. Esto es de suma trascendencia para determinar el carácter del delito que se persigue. En ausencia de todas estas pruebas que demuestran la situación del cumplimiento de funciones, el delito que se cometió es de homicidio calificado y por lo tanto es de competencia del orden común y no federal, como viene siendo tratado.
Tomando como base todas estas irregularidades y lagunas que se han presentado en el proceso, no resulta sostenible la hipótesis de que los responsables del crimen actuaron en el desempeño de sus funciones; de principio a fin, este operativo es irregular e ilegal, no hay pruebas que demuestren la comisión que desempeñaban. Además no pueden reivindicarse como funciones de la Procuraduría General de la República el asesinato de gente inocente, sin darle oportunidad de identificarse y defenderse.
No puede decirse que está en el desempeño de sus tareas quien realiza una acción policiaca que se oculta a las autoridades judiciales locales y quienes, para justificar el crimen, colocan un arma en la mano de una de las víctimas o le dan el tiro de gracia.
¿Puede la Procuraduría General de la República reivindicarse estas irregularidades como parte de sus funciones? Según información de testigos, en ningún momento al ministerio público local se le proporcionó el nombre del comandante que estuvo a cargo del operativo; tampoco tuvo contacto con los autores materiales del crimen, éstos, por órdenes de quién sabe qué autoridad o de quién, fueron trasladados primero a la ciudad de México. A la fecha, los familiares y testigos presenciales del crimen no han sido llamados para hacer sus declaraciones, pese a que disponen de información y elementos que podrían clarificar los hechos y fundamentar esta denuncia. Esta es una omisión grave, ya que la falta de elementos o lagunas en la averiguación previa, pueden servir como elementos para que no se tipifique claramente el delito y el proceso que se le siga termine siendo el de exceso de funciones.
Esta denuncia que nosotros presentamos por escrito a la Procuraduría del estado de Sinaloa, firmada por la Comisión de Derechos Humanos, un servidor, la fundamos en los artículos 1o., 2o., 4o., 9o.,11., 290., 297., 298, 299, y demás aplicables del Código Penal para el estado de Sinaloa, así como en los artículos 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., 7o., 12 y demás relativos del Código de Procedimiento Penales para el estado de Sinaloa y sobre esas bases nosotros estamos solicitando lo siguiente:
Primero. Que se reponga el procedimiento y que los responsables de los crímenes sean juzgados por las autoridades del fuero común. A la fecha este proceso está en manos del fuero federal, se habla ya de que cuatro pueden salir; se dijo en un principio que estaban implicados ocho, nadie sabe por qué dijeron ocho, podían haber sido 20 o tres o cuatro, nadie sabe por qué son ocho; porque hoy se dice que cuatro pueden salir libres y cuatro quedarían sobre el proceso, en fin, sobre esto lo que más ha faltado en verdad es información;
Segundo. En virtud que no se ha demostrado que los implicados en el asesinato estaban en desempeño de sus funciones, además de que no puede tomarse como funciones de la Procuraduría General de la República el asesinato de gente
inocente, no resulta aplicable, por esa razón, el artículo 51 fracción F de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que es en el que se amparan para decir que el proceso está bajo un juez federal;
Tercero. Demandamos se llame a los familiares y testigos, para que proporcionen toda la información y datos que permitan ampliar y fundamentar la averiguación y el delito cometido, y
Cuarto. Que la acción en al que perdieron la vida seis personas inocentes sea tipificada como homicidio calificado, por haberse cometido con premeditación, alevosía y ventaja, por lo cual solicitamos se aplique todo el rigor de la ley para los responsables.
Finalmente, compañeras y compañeros y agradeciendo también su atención, quisiera señalar a ustedes unos es hechos, éste es un caso de ese resultado de ese convenio, lo decíamos, y de eso que se llama persecución en caliente, una expresión cruel de esto que está sucediendo.
Pero según informes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Procuraduría General de la República es la institución número uno en violación a los derechos humanos, por lo menos en las denuncias presentadas ante el doctor Carpizo de los 841 casos tipificados como violaciones a los derechos humanos, el primer lugar lo ocupa la Procuraduría General de la República con 171 casos y uno se pregunta, ¿cuántos casos más como el de Angostura van a tener que pasar?, ¿cuántos casos más como los 171 que ya tiene conocimiento la Comisión de Derechos Humanos van a ocurrir para que se ponga un alto a las arbitrariedades de este cuerpo?, ¿de cuántos más ataques a la población va a ser responsable el Procurador General de la República Enrique Alvarez del Castillo antes de que se le ponga un alto?
El señor Salinas decía recientemente cuando el informe de la Comisión de Derechos Humanos, que la ley no puede defenderse con la violencia de la ley misma, llama a un no rotundo a la impunidad, a la arbitrariedad y al abuso, "mi gobierno no solapa abusos, torpezas, arbitrariedades, delitos o excesos que cometan quienes olvidan su responsabilidad del servicio público. No admitiremos, decía también, que se rompa el derecho con el pretexto de combatir la delincuencia" y la Comisión de Derechos Humanos por no decir de todos los que nosotros tenemos conocimiento, habla de 171 quejas, ¿cuántas más le decimos a quien lo puso para que sea destituido?
Por nuestra parte el Partido de la Revolución Democrática se reserva el derecho, lo hemos insistido, de presentar la demanda de juicio político contra un Procurador incompetente, irresponsable y cuyos excesos u omisiones en su cargo está significando el sacrificio de muchas vidas inocentes y de los derechos más elementales que preserva nuestra Constitución y la Carta de los Derechos Humanos en nuestro país.
Con fundamento o tomando en consideración todo esto, nosotros solicitamos a la Presidencia y a la Cámara de Diputados que se cite al Procurador General de la República para informar a esta soberanía sobre los derechos ocurridos en Angostura, Sinaloa, y sobre el convenio con la Agencia Federal contra el Narcotráfico en el operativo persecuciones en caliente.
Por ahora eso es lo que podemos hacer, es lo que puede hacer esta soberanía, no está en nuestra facultad destituirlo porque no fuimos nosotros quienes lo pusimos, pero si quiere ser congruente quien lo puso con lo que ha dicho, vamos a esperar resultados.
Pido entonces señor Presidente que se le dé turno a esta propuesta. Muchas gracias. (Aplausos.)
EL Presidente: -Turnese... dígame, señor diputado.
EL diputado David Miranda Valdez: - Señor Presidente; honorable asamblea: Pedí hacer uso de esta tribuna, la más alta de la nación, para hacer algunos comentarios, aunque sea en forma muy general, sobre los hechos que se relacionan con el asunto de que ahora nos ocupamos.
Hay indignación general por los acontecimientos que se suscitaron el día 2 de diciembre del presente año, ocasionados por elementos de la policía judicial federal, ya que aparentemente, al realizar un operativo antinarcótico, dieron muerte a seis personas en las inmediaciones de los ejidos Protomártir y Bruno B, García del municipio de Angostura del estado de Sinaloa.
Estamos enterados que hay ocho personas que prestaban sus servicios en la policía judicial federal y que al ser investigados se les encontró que tuvieron participación en esto hechos, y que por lo mismo, podrían ser condenados de ocho a 20 años de cárcel.
También se sabe que el agente del ministerio público del municipio de Angostura, al tener conocimiento de esto hechos, procedió a realizar descripción y fe ministerial de los cadáveres, así
como su levantamiento e identificación legal, recogiendo los objetos que se relacionan con el caso, en el lugar de los hechos, y que estas actuaciones preliminares, previa petición, fueron entregadas a la Procuraduría General de la República con fundamento, así se dijo, en la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Sinaloa y la Constitución Política del mismo estado.
Compañeros diputados: como legislador sinaloense, no solamente ratifico en este acto el acuerdo de protesta que hace apenas unos días se hizo en esta tribuna por esta clase de actos que realizan elementos de la policía judicial federal, sino que además por mi parte, de manera atenta, pero también enérgica, solicito que las autoridades competentes procedan de manera clara y con estricto apego a la ley, en el procedimiento sobre el juicio que se le sigue a todas las personas que se encuentran involucradas en este grave asunto, para que así se haga verdadera justicia en el caso que nos ocupa.
Así también que entienda la policía judicial federal que no solamente tiene el deber y obligación de cumplir con todas las acciones que se le encomienden para el combate al narcotráfico, sino que además entienda que tiene también el deber y obligación de cuidar que no se violen las garantías individuales y proteger y dar seguridad a toda la sociedad.
Este asunto no solamente nos preocupa a nosotros como diputados, sino que además preocupa a la sociedad en general que está muy pendiente del curso que tome este asunto.
Señor Presidente: solicito también por mi parte, que la versión estenográfica de mi intervención se turne a la Comisión de Justicia para que proceda en consecuencia. Muchas gracias.
El Presidente: - Túrnense las denuncias presentadas, a la Comisión de Justicia y para lo que proceda a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.
El Diputado Jorge del Rincón Bernal (desde su curul): -Señor Presidente, pido la palabra.
El Presidente: - Tiene usted la palabra por cinco minutos.
El diputado Jorge del Rincón Bernal: -Señor Presidente; compañeros legisladores: Nuevamente subo a esta tribuna en relación a un asunto que muchos hemos tratado aquí: la del señor procurador Enrique Alvarez del Castillo, sólo que esta vez no vengo a solicitar la comparecencia ante este pleno, sino a solidarizarme con la proposición del compañero Juan Guerra, para que sea destituido de su cargo el señor Procurador General de la República.
El licenciado Salinas de Gortari se ha caracterizado por saber escoger a sus colaboradores; se habla que su gabinete económico a nivel internacional es uno de los más aptos, de los más capaces, de los más preparados en el mundo. Se habla de que hay gente capaz que ha hecho una brillante actuación, ha tenido una brillante actuación y que ha prestigiado el gabinete del licenciado Salinas.
Lo que no entiendo es cómo un hombre tan inepto que como gobernador del estado de Jalisco hizo uno de los más lamentables papeles, porque incluso se le acusaba hasta de dipsomanía, no sé qué tiene que hacer en un puesto tan delicado como es la Procuraduría General de la República y ahí están las consecuencias. Tenemos pruebas de sobra, tenemos una serie de datos que condenan esa actitud tan inepta del señor Procurador.
Solamente quiero insistir en que soy solidario de la proposición de Juan Guerra, para que cesen a este funcionario, que ayudaría mucho a césar con la carnicería que se ha desatado en el país.
El Presidente: -Dígame, diputado. Tiene usted la palabra diputado Marcué. Señores diputados, silencio, respeto y atención al orador.
El diputado Manuel Marcué Pardiñas: - A mi paso por ese pasillo, gente del Partido Revolucionario Institucional dijeron que no escarmentaba. Efectivamente, no he escarmentado...
El Presidente: -Permítame usted un momento, señor diputado. Reitero a los señores diputados que es no sólo obligación de elemental cortesía de seres humanos sino obligación de legisladores, guardar respeto y atención a quien se encuentra en el uso de la palabra. Continúe, señor diputado.
El diputado Manuel Marcué Pardiñas: - Afortunadamente tengo 50 años de vida pública, de hacer política, no de robarme el dinero, como ese que me gritó u otros muchos miembros del Partido Revolucionario Institucional que gritan en esta Cámara.
Señores, voy a ser muy breve, pero yo me pregunto: ¿qué el señor Presidente de la República, el joven presidente Salinas de Gortari, no tiene consejeros que le informen y le digan lo que sucede en la Procuraduría General de la República? ¿Cómo es posible, señores, que un día sí
y otro también, aparezcan en las páginas de los periódicos lo que hace la policía judicial federal? ¿Qué el señor Salinas no tiene quien le informe? ¿Qué no sabe que el señor procurador, y lo digo con respeto, ya está en una edad en que no puede estar el frente de un puesto tan importante como es la Procuraduría General de la República y más en este momento en que el narcotráfico, no nada más en México sino en América Latina, está haciendo de las suyas? ¿Qué no basta con dos años de mal funcionario para que Salinas de Gortari lo siga sosteniendo?
No son los segundos, el responsables aquí, y lo digo con respeto para él, es el Presidente de la República, yo le pido al Presidente de la República que como buen mexicano que es, destituya a ese señor.
Es imposible, voy a durar mucho tiempo, hermano, no me va a dar el infarto, es imposible, señores, que para funciones de diferentes secretarías, particularmente para la Procuraduría General de la República se tenga que formar toda clase de comisiones para que le ayuden. ¿Qué no hay una Constitución? ¿Qué no hay unas leyes penales que puedan perseguir al narcotráfico, que puedan perseguir a los asesinos de gente inocente en todos los lugares del país? ¿Cómo es posible que los diputados del Partido Revolucionario Institucional y todos nosotros, porque todos somos responsables?
¿Cómo es posible que este Poder Legislativo, señores, por una vez siquiera, cuando ve que están asesinando a familias completas, lo mismo en Sinaloa, que en Michoacán, que en Guerrero, que en el estado de México, que en todas partes, no se una para pedir al Presidente de la República que destituya a ese señor Alvarez del Castillo?
No quiero hablar aquí de lo que sé y tengo informes en su función como gobernador.
El hecho concreto es que lo está haciendo mal en la Procuraduría General de la República. Hay buenos abogados, enérgicos. Hay abogados militares, valientes. Buenos ciudadanos que podrían estar ocupando ese puesto.
Yo opino aquí, con respeto al Presidente que se dé cuenta de lo que está haciendo en el país y que destituya a ese funcionario inepto.
DENUNCIAS
PETRÓLEOS MEXICANOS
El Presidente: - Tiene la palabra el diputado Alfredo Monsreal, del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, que presentará una denuncia sobre la empresa Petróleos Mexicanos.
El diputado Alfredo Monsreal Walkinshaw: -Señor Presidente: honorable asamblea: Hecha la aclaración, me permitiré expresar lo siguiente:
El 9 de noviembre de 1990, la Comisión de Información, Gestoría y Quejas envió al licenciado Pedro Cabrera Vázquez, coordinador ejecutivo de Recursos Humanos de Petróleos Mexicanos, con oficio número I P G 936/90, respuesta a la denuncia que presentó el diputado Vicente Luis Coca Alvarez, en relación a la liquidación incorrecta de los trabajadores petroleros transitorios.
El licenciado Cabrera informa en el oficio, que por motivo de la declinación de actividades de explotación de hidrocarburos en el distrito Frontera Noroeste de Reynosa, Tamaulipas, Petróleos Mexicanos dejó de contratar personal transitorio, ante la imposibilidad de que este organismo incrementara sus actividades.
Se celebró entre empresa y sindicato el convenio número 4761/89, con fecha 9 de octubre de 1989, concediéndoles su liquidación y jubilación, según corresponda en condiciones establecidas, para el personal de planta.
Manifiesta el referido oficio que los trabajadores transitorios presentaron demanda en contra de Petróleos Mexicanos, los trabajadores protestaron y demandaron porque Petróleos Mexicanos, en contubernio con el sindicato petrolero, no les pagó su salario conforme al nivel, turno y antigüedad que legalmente les correspondía.
El licenciado Cabrera dice que el trabajador Elpidio Maldonado Oliva, ficha 610042, se negó a recibir un ajuste complementario de 5 millones 331 mil pesos, lo que es totalmente falso, pues sólo le ofrecieron 1 millón 600 mil pesos. Así como este ejemplo fue a todos los trabajadores.
El representante de los mismos en la junta de conciliación especial número 7- bis, vota los laudos de que concede esa junta en contra del trabajador y a favor de la empresa, incluso aunque el proyecto de resolución esté a favor del trabajador .
No firma de conformidad lo hace en contra y expresa, conforme con el voto del representante de los patrones, aun se da el lujo de elaborar votos particulares en contra de trabajadores, quedando
los mismos en completo desamparo, pues quien debe de protegerlos está en su contra; si vemos que la junta especial se integra con un presidente, un representante de los patrones y un representante de los trabajadores.
Esta situación es tan desesperante e ilógica, que el mismo presidente de esta junta especial está inconforme, ya que él es el único que vota por el trabajador, pero tiene en su contra los dos votos de los otros representantes.
En virtud de lo anterior, los trabajadores no ganan un solo juicio en la junta mencionada y tienen que recurrir al juicio de amparo ente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde el trabajador gana el juicio respectivo. Lo anterior redunda en perjuicios de los derechos del trabajador, porque los juicios se prolongan por mucho tiempo, en tanto que se resuelve el amparo y retrasa la junta para el nuevo laudo.
Hay casos en que aun ganando el amparo el trabajador, aun así vota en contra el representante de los mismos. Como prueba de lo anterior bastaría consultar algunos expediente que se tramitan a esta junta especial, donde consta lo que aquí se afirma. Estimo que dicho representante incurre en responsabilidades penales y ataques a los derechos humanos, que deben fincársele para terminar con estas violaciones a la ley.
Señor Presidente: agradecería, en economía de tiempo, autorizar al señor secretario para que otro documento que presentan los señores trabajadores de Reynosa, Tamaulipas, se agregara al escrito inicial y se integre a la versión estenográfica y al Diario de los Debates para su análisis ante las comisiones que solicito: de Trabajo, de Justicia, de Derechos Humanos y, especialmente solicito el apoyo, como miembro de la Comisión de Energéticos, al presidente de la misma comisión, para que estos trabajadores puedan encontrar positivamente la solución a su problema.
En estas mismas circunstancias, honorable asamblea, se encuentran los ciudadanos trabajadores transitorios del distrito Poza Rica, en la cual, su servidor, en especial entrevista ante el director general de Petroleros Mexicanos tuvo a bien dejar todas las constancias de las fechas de estos trabajadores que se acogieron a la convocatoria de dicha empresa para obtener su liquidación correspondiente.
De esta suerte, anexo también la constancia del trámite correspondiente de este grupo reivindicador de trabajadores petroleros transitorios de la sección XXX del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.
Por la atención y el trámite debido que tengan a bien conceder, les expreso en nombre de estos conciudadanos mis respetos y agradecimiento.
El Presidente: - Túrnese a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Información, Gestoría y Quejas. Igualmente a la Comisión de Energéticos.
COMPAÑÍAS DE SEGUROS
El Presidente: - Tiene la palabra el diputado Francisco Melo Torres, del grupo parlamentario del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, para hablar contra las compañías de seguros.
El diputado José Francisco Melo Torres: -Señor Presidente: señoras y señores legisladores que nos escuchan en este día: Después de haber tenido varios y emotivos momentos, algunos agradables, a los que yo me sumo, como es saludar y dar la bienvenida a esa nueva ley que ustedes, señores de la Comisión de Deportes hicieron, para quitarles el mal sabor de lo que hace rato se manejó en esta tribuna.
Quiero también manejarles que solamente hablaremos de lo que es nuestra verdad en este tema, porque sólo lo que pasa por nuestros sentidos podemos considerarlo así.
Quiero referirme a una serie de problemas que viven muchos mexicanos, sin excluirnos, nosotros, producto muchas veces del chantaje de algunas compañías como las que voy a mencionar.
Hace algunos meses esta soberanía nacional aprobó diversas disposiciones que reformaron y adicionaron la Ley General de Instituciones de Seguros. En esa ocasión nuestro partido, el Auténtico de la Revolución Mexicana, señaló que no existía suficientes garantías para el ciudadano cuando contrataba las pólizas de seguros con las instituciones existentes.
También señalamos que no bastaba la buena voluntad de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, cuando contrataban las pólizas de seguros con las instituciones existentes, también señalamos que no bastaba la buena voluntad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para suponer que de la noche a la mañana esas empresas mercantilistas respondieran con honestidad a los compromisos contraídos con la comunidad.
A lo largo y a lo ancho del país, señores legisladores, la fracción parlamentaria del
Auténtico de la Revolución, ha recibido denuncias y quejas en contra de las compañías aseguradoras, porque éstas olímpicamente deciden que no procede pagar los seguros, porque la enfermedad era preexistente o que el siniestro no se notificó en los términos del contrato; que el deducible era más caro que los daños ocasionados al segundo.
En suma, estas empresas han seguido el mal ejemplo de aquella llamada Aseguradora Nacional Agrícola y Ganadera (Anagsa), que era una cueva de ladrones y que manipulaba sólo los pagos millonarios cuando había arreglos entre inspectores, aseguradores y representantes de la compañía, así como los mal llamados ajustadores, que son eso, unos atracadores.
Pero, señores legisladores, yo quiero llamar la atención en este aspecto porque debemos empezar viendo los problemas en propia casa y así es también como la mayoría de diputados de esta LIV Legislatura fuimos asegurados con la Compañía Aseguradora Mexicana, (Asemex) y hasta la fecha pocos, muy pocos son los compañeros diputados que han sido atendidos por esta compañía, no obstante que en la póliza de seguros de los diputados se pagó un sobreprecio que garantiza las enfermedades preestablecidas.
Muchos de nosotros, muchos de nosotros, repito y lo ratifico, hemos vivido en carne propia estos atropellos.
Existen también otras compañías aseguradoras como a la que le voy a dedicar un renglón especial: Aseguradora Hidalgo, la cual tiene asegurada a toda la burocracia nacional, pero en realidad los seguros en favor de los burócratas no son debidamente cubiertos y cuando llega a entregarse alguna cantidad por concepto de seguro, ya los beneficiarios han gastado tanto dinero en hacer efectiva la fianza, con coyotes, gestores, intermediarios, que al fin de cuentas más les hubiese valido no los hubiese asegurado en ésa.
Esto, para el de la voz, tenemos realmente la seguridad de los que estamos diciendo. Hace más de tres años que la extinta profesora Cecilia Melo Torres falleció en circunstancias trágicas y hasta la fecha no hemos logrado hacer que esta compañía cubra el costo de la póliza del seguro de vida a los beneficiarios.
No aun así cuando la misma Comisión de Gestoría y Quejas, quiero reconocerlo, han intervenido atendiendo la petición de los familiares, pero hasta la fecha no hemos logrado nada.
También existen otras aseguradores casi fantasmas, como la de Seguros Atlántida Multiva, S.A., en la cual no se consigue a un ajustador o representante legal para que responda por los daños causados al asegurado, como aconteció el día de ayer justamente con los familiares de nuestro compañero coordinador de nuestra fracción, el cual hasta la fecha desconoce si existen o no ajustadores de esta empresa.
También tenemos otro caso, como el del compañero diputado Israel Galán, que a más de un año de haber fallecido su extinto padre, hasta la fecha todavía le niegan los trámites para el cobro de ese seguro de vida a sus familiares.
También tenemos el caso del suscrito, como ya lo hemos repetido, porque la verdad es que si no buscamos la forma de que estas instituciones que brindan un servicio a la población, que brindan un servicio y que contrajeron un compromiso con la secretaría, con la secretaría precisamente que regula en esos términos a estas instituciones, no podremos salir adelante.
Hay otra más, otra de las muchas fantasmas de esas compañías aseguradoras, como es el caso también de otro compañero legislador que en Nuevo Laredo le negaron el pago de un siniestro, porque la famosa compañía manifestaba que su agente en Nuevo Laredo no era el que realmente la representaba.
En consecuencia y en cumplimiento a lo que ahora se conoce como Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, solicitamos intervenga la Comisión de Información, Gestoría y Quejas de esta cámara de Diputados, para que la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, requieran a las compañías aseguradoras por escrito, en cumplimiento a los compromisos contraídos con la ciudadanía y se frene la simulación de los seguros, que sólo dañan a los ciudadanos que de buena fe logran ser enganchados.
Por lo antes expuesto, solicitamos a esta soberanía y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se turne esta proposición a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, conforme al siguiente
«PUNTO DE ACUERDO
Único. Se solicite de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se envíe circular a todas las compañías aseguradoras, requiriéndolas para que en estricto cumplimiento a los seguros
contraídos, den respuestas y solución a todos los asegurados y beneficiarios.
Asimismo se les requiera para que los ajustadores de las compañías, preste un eficiente servicio a los asegurados. De igual forma, que la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas actúe en los mismos términos en que se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público".
Señor Presidente: por lo antes dicho, estamos rogando se le dé el trámite de ley correspondiente y además, nos reservamos el derecho de poder demostrar, con todas las probanzas necesarias, lo que aquí estamos diciendo. Muchas gracias.
El Presidente: - Túrnese a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
La diputada María Ynés Solís González (desde su curul):-Señor Presidente.
El Presidente: - Dígame, diputada.
La diputada María Solís González (desde su curul): - Señor Presidente, solamente para precisar ante esta asamblea que por intervenciones de la Comisión de Gestoría y Quejas de la Cámara, hace un mes se presentó un abogado de la Aseguradora Mexicana en días pasados, con el cheque para pagar la indemnización de la hermana del diputado que me antecedió en la palabra.
Sin embargo él no estuvo de acuerdo con el monto de esta indemnización, por ello, esta comisión hará lo propio volviendo a insistir ante la Aseguradora Mexicana para que se reconsidere el monto de la indemnización que él pretende.
Es todo, señor Presidente.
El Presidente: - Tiene la palabra, diputado.
El diputado José Francisco Melo Torres: - Gracias, señor Presidente. Para aclaración y rectificación de hechos.
Con todo respeto, yo dije con toda honestidad que agradecería la participación y la intervención de la compañera diputada presidenta de la Comisión de Gestoría y Quejas en este asunto. Quiero rectificar: no es la Aseguradora Mexicana la que lleva el caso del siniestro, en el caso de mi familia; es Aseguradora Hidalgo; Aseguradora Mexicana es otra cosa.
ÓMNIBUS DE MÉXICO
El Presidente: - Tiene la palabra el diputado Juan Jaime Hernández, para dar lectura a una denuncia.
El diputado Juan Jaime Hernández.: -Señor Presidente; señoras diputadas; señores diputados: A esta fracción parlamentaria se ha presentado un grupo de operadores de los autobuses Ómnibus de México, S.A. de C. V. con un escrito dirigido a este honorable Congreso de la Unión, para que por nuestro conducto sea presentado a la consideración de este pleno, mismo que por encontrar en dicha queja que existe violación a las garantías individuales y sociales, por parte de los patrones, el sindicato y patrulleros de la policía del Distrito Federal, la hacemos nuestra en todas y cada una de sus partes, lo cual, en su contenido y por razón de tiempo lo sintetizamos de esta forma:
Ellos piden que se respete su derecho a organizarse sindicalmente en forma democrática, que se cubran en forma legal, completa y oportuna los salarios que corresponden a los operadores del autobuses; que se les devuelva a los operadores de autobuses las cantidades que indebidamente el patrón les ha descontado de su salario por concepto de diesel, excedentes en la cuota.
Que los operadores de autobuses estén inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social con el salario real, puesto que los patrones los ponen con otro salario totalmente diferente y que les devuelvan el porcentaje que por concepto de ventas de boletos, que es un 4% los patrones se los cotizan en un 2%.
Y por último, que cese la represión patronal, sindical y policiaca, que como ya dijimos se está realizando actualmente en las oficinas sindicales de estos trabajadores y en las oficinas de Ómnibus de México por parte de patrullas del Distrito Federal.
En consecuencia y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos de esta honorable asamblea y de esta Presidencia se apruebe su turno a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, de los Derechos Humanos y la del Trabajo y Previsión Social para su atención, investigación y trámites correspondientes, porque nosotros consideramos que no hay nada nuevo bajo el Sol. Gracias.
El Presidente: - Túrnese a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, a la
Comisión de Derechos Humanos y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.
ORDEN DEL DÍA
El secretario diputado Juan Manuel Verdugo Rosas: -Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera y se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.
«Primer Período Ordinario de Sesiones. - Tercer Año. - LIV legislatura.
Orden del día.
17 de diciembre de 1990.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicación del Congreso del estado de Puebla.
Dictámenes de primera lectura
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se adiciona con una fracción XX - bis al artículo 47, de la ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que modifica diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.
Dictamen a discusión
De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de decreto que deroga el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1952, por el que se crea el organismo descentralizado actualmente denominado Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y la Huasteca Hidalguense y su modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1982.
Y los demás asuntos con los que la secretaría dé cuenta.
El Presidente (a las 19.00 horas):-Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo lunes 17 de diciembre a las 10.00 horas.